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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 146, de 19/09/2012


BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 146, de 19/09/2012



Respuesta:



AENA Aeropuertos tiene como objetivo prioritario poner en valor la
sociedad, con el fin de hacer de ella una empresa sostenible y viable
económicamente que pueda contribuir al desarrollo económico de la zona
geográfica dónde los aeropuertos se encuentran ubicados.



Para el Aeropuerto de Salamanca, al igual que para el resto de los
aeropuertos de la red de AENA Aeropuertos cuyo resultado bruto de
explotación es negativo, se está diseñando un plan de eficiencia y
viabilidad individualizado por aeropuerto. Este plan conlleva la
reducción de costes de explotación, mayor eficiencia organizativa y
mejora de la gestión de recursos humanos. Ello significa que se van a
adaptar los horarios operativos, equipamientos y los servicios a la
existencia de vuelos. El horario operativo será, en cualquier caso, el
necesario para satisfacer la demanda real existente en el aeropuerto.



Estas medidas que actualmente se están analizando, contribuirán a hacer
del Aeropuerto de Salamanca un aeropuerto rentable o reducir sus pérdidas
al mínimo. De esta forma, estará en óptimas condiciones para seguir
prestando a las compañías aéreas el servicio que éstas requieren y
contribuir así al fomento del transporte aéreo.



Madrid, 19 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006622



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



No se ha eliminado el programa 466A Investigación y Evaluación Educativa
en los Presupuestos Generales del Estado para 2012, sino que se ha hecho
necesario efectuar una serie de priorizaciones en las políticas de la
Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades,
resultando un importe total para el programa 466A gestionado por dicha
Secretaría de Estado, de 5.588.840 euros.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte cuenta este año con la
actividad de dos nuevas Unidades:



1. Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa, encargado de:



- El diseño, planificación y dirección de la política de becas y ayudas al
estudio dirigidas a estudiantes que cursen enseñanzas reguladas en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.



- La coordinación de actuaciones relativas a las enseñanzas de lenguas
extranjeras y a los programas de enseñanzas de idiomas y bilingües.



- La elaboración y fomento de investigaciones, innovaciones, estudios e
informes sobre educación y la realización y edición de publicaciones y
materiales sobre educación, de acuerdo con el programa editorial del
departamento.




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709






- Los programas de apoyo e innovación tendentes a la compensación de
desigualdades, la inclusión educativa, la atención a sectores
desfavorecidos en el ámbito de la educación o la atención a otras áreas
de interés social.



- La gestión administrativa y económico-financiera de los programas de
libros de texto así como otras ayudas específicas para enseñanzas no
universitarias no sometidas al sistema general, que tengan por objeto
enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación. El seguimiento, control y evaluación del cumplimiento de las
obligaciones por los beneficiarios de las mismas.



- La programación y gestión de las actuaciones y planes para promover la
igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, los programas de
cooperación territorial con alumnos, así como la convocatoria,
adjudicación y entrega de los premios nacionales al estudio.



2. Instituto Nacional de Evaluación Educativa, encargado de:



- La coordinación de las políticas de evaluación general del sistema
educativo y la realización, en colaboración con los organismos
correspondientes de las administraciones educativas, de las evaluaciones
generales de diagnóstico.



- La coordinación de la participación del Estado español en las
evaluaciones internacionales; la participación en la elaboración de los
indicadores internacionales de la educación, así como el seguimiento de
las actuaciones de la Unión Europea en este ámbito, sin perjuicio de las
competencias de la Subsecretaría del Departamento, en materia
estadística.



- La elaboración del Sistema Estatal de Indicadores de la Educación, y la
realización de investigaciones y estudios de evaluación del sistema
educativo y la difusión de la información que ofrezcan ambas actuaciones.



Madrid, 13 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006624



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Las actuaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, vinculadas
a la formación del profesorado, van a ser desarrolladas a través de una
completa oferta formativa que se apoyará en los recursos tecnológicos de
los que el Departamento dispone y que contemplarán las siguientes facetas
o modalidades:



1. Formación en línea del profesorado a través de plataformas de
e-learning con un amplio catálogo de cursos con varias ediciones.



2. Formación sobre didáctica de tópicos curriculares basados en el uso de
recursos digitales educativos para el desarrollo directo de experiencias
y actividades en el aula.



3. Talleres abiertos de aprendizaje en colaboración a través de las redes
sociales educativas.



4. Formación abierta a través de bancos de recursos para la autoformación.



Con todo ello se pretende, por un lado, adaptar la oferta formativa de
forma personalizada a cada profesor de manera que pueda elegir el sistema
de formación que más se acomode a sus necesidades y, por otro lado,
ahorrar al máximo el componente de los gastos de formación asociados a
los desplazamientos de alumnos y ponentes, propios del modelo de
formación presencial.



Por otro lado, se realizarán congresos, jornadas y cursos en distintos
lugares de España, en colaboración con las Comunidades Autónomas a la que
pertenezca la sede, en ámbitos como la formación profesional, las
dificultades específicas de aprendizaje, la atención al alumno
inmigrante, la atención educativa a la primera infancia y la formación a
lo largo de la vida y el emprendimiento. También está previsto continuar
con las estancias profesionales de profesores españoles en distintos
países de Europa




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y acoger, a su vez, a profesores de estos países con objeto de fomentar el
aprendizaje de lenguas extranjeras y desarrollar intercambios
profesionales y culturales entre los sistemas educativos europeos.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006625



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Se aportan los datos del año 2011, siendo estos los más actuales de los
que dispone el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:



Tipo de ayuda;;N.º de becarios



Ayudas para lengua alemana o francesa en el extranjero durante el verano
de 2011 para alumnado de estudios universitarios y de enseñanzas
artísticas superiores;;1.450



Ayudas para cursos de lengua alemana o francesa en el extranjero durante
el verano de 2011 para alumnado de Grado Superior de Formación
Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas;;100



Ayudas para cursos de legua francesa en Francia durante el mes de julio de
2011;;450



Ayudas para cursos de lengua inglesa en el extranjero, destinadas a
titulados en Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, a Maestros y
a estudiantes de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de
Maestro;Australia;106



;Canadá;259



;Estados Unidos de América;522



;Malta;136



;Nueva Zelanda;39



;Reino Unido;1.415



;República de Irlanda;398



Ayudas para cursos de lengua inglesa, durante el verano de 2011,
destinadas a jóvenes de entre 16 y 30 años;Australia;290



;Canadá;1.297



;Estados Unidos de América;5.376



;Malta;2.554



;Nueva Zelanda;106



;Reino Unido;10.218



;República de Irlanda;2.555



TOTAL;;27.271



Madrid, 17 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006627 y 184/006628



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En el informe de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) del
año 2010 sobre los riesgos asociados al plomo en alimentos se señala que
el riesgo en general para los consumidores adultos




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a los niveles de exposición estudiados es nulo, pero que en la población
infantil y en mujeres gestantes, debe agilizarse la recomendación general
de evitar consumo de alimentos que pueden tener residuos de metales
pesados. En el mismo sentido, se concluye en el estudio realizado por el
organismo evaluador de riesgos alemán (BfR), que realiza el mismo estudio
pero específico para el consumo de carne de caza, y que concluye con una
recomendación general para niños y mujeres gestantes de evitar el consumo
de carne de caza.



El informe del Comité Científico de la Asociación Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición (AESAN), sobre los posibles riesgos asociados a
la presencia de plomo en carne de caza silvestre en España fue aprobado
por el Pleno del Comité el 22 de febrero y se publicó el 12 de marzo. En
dicho informe el Comité manifiesta que, considerando la contribución de
la carne de caza a la ingesta diaria de plomo por consumo de carne y
derivados, es obvio que el consumo de carne de caza no supone ningún
problema para la población general, estableciendo solo una serie de
pautas en cuanto al consumo por parte de poblaciones más vulnerables,
como las mujeres embarazadas y los niños menores de 6 años, en línea con
el consenso establecido por parte de otros organismos internacionales
anteriormente señalados.



Una vez aprobado el informe, la AESAN no ha considerado, dado que el
informe deja claro que no existe un riesgo para la población, tomar
ninguna otra medida. La agencia seguirá fomentando el consumo de dietas
equilibradas, completas y variadas en su composición con inclusión diaria
de todos los nutrientes en ciertas cantidades y proporciones, promoviendo
siempre un estilo de vida saludable, así como las políticas de inspección
y control que han permitido hacer avanzar al sector comercializador de
carne de caza en altos niveles de calidad.



Madrid, 12 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006632



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez García, Isabel, y Barreda Fontes, José María (GS).



Respuesta:



El Gobierno viene realizando un claro apoyo al Centro Tecnológico Nacional
de Descontaminación del Mercurio (CTNDM), al tratarse de un embrión para
generar actividad económica verde y constituir una iniciativa de gran
interés para promover el desarrollo tecnológico aplicado, necesario para
una gestión integral del mercurio. Dicho centro también contribuye a la
formación de expertos, a la cooperación y a la difusión internacional de
tecnologías y conocimientos sobre este metal.



Madrid, 29 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006633 a 184/006635 y 184/006637 a 184/006648



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barreda Fontes, José María, y Rodríguez García, Isabel (GS).



Respuesta:



En contestación a las preguntas que formulan Sus Señorías en las que
muestran su preocupación por la supresión de varios partidos judiciales,
según un informe elaborado por el Consejo General del Poder Judicial, se
ponen de manifiesto las siguientes aclaraciones:



El informe al que usted hace referencia da cumplimiento a la propuesta de
resolución defendida por la diputada por la provincia de Salamanca, doña
Carmen Juanes Barciela, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista
en el Congreso de los Diputados, y aprobada en la sesión plenaria del 15
de




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diciembre de 2010. En dicha propuesta se encargó al Consejo General del
Poder Judicial un informe sobre las distintas alternativas posibles para
adecuar la Planta Judicial a la realidad del país.



En ejecución de ese acuerdo parlamentario, el Consejo General del Poder
Judicial está en proceso de elaboración de un informe sobre la Planta
Judicial, que, aun cuando se ha hecho público, no es definitivo, pues el
pasado 3 de mayo fue remitido a los distintos Tribunales Superiores de
Justicia para que formulen sus observaciones. El informe del Consejo -en
el momento en que esté terminado-, y por más que sea remitido al
Ministerio de Justicia para su conocimiento, es, pues, una consecuencia
de una iniciativa del Grupo Socialista y no tiene carácter vinculante
para el Gobierno de la Nación.



El Gobierno, en la reunión del Consejo de Ministros del pasado 2 de marzo
aprobó un Acuerdo por el que se crea una Comisión Institucional para la
elaboración de una propuesta de texto articulado de Ley Orgánica del
Poder Judicial y de Ley de Demarcación y Planta Judicial ('Boletín
Oficial del Estado' de 13 de marzo de 2012), que deberá quedar concluido
en los próximos meses.



Basándose en esta propuesta, el Gobierno remitirá -previo cumplimiento de
los trámites preceptivos- el proyecto al Congreso, donde se establecerá
-entre otras materias- la regulación de la Demarcación y Planta.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006653



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



La posición del Gobierno en relación al asunto interesado es el estricto
cumplimiento de la normativa vigente, que en la actualidad es la Ley
28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y
reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los
productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, acorde con las
recomendaciones del Consejo de la Unión Europea, con el objetivo de
reducir el consumo de tabaco y promover las actividades de prevención
mediante la educación e información de la población, respetando las
competencias de las Comunidades Autónomas. En esta Ley se otorgan
competencias a las Comunidades Autónomas en virtud del artículo 22.2 y en
el apartado 2 de la Disposición final primera.



El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad tiene como
prioridad la promoción de la salud de los ciudadanos y la prevención de
la enfermedad. En línea con estos objetivos debe garantizar la protección
de la población no fumadora ante el humo de tabaco incluyendo a los
usuarios de locales abiertos al público y especialmente a los
trabajadores que desempeñan su actividad en estos centros.



En relación con la pregunta parlamentaria relativa a permitir el acceso a
los casinos a aquellos jugadores patológicos que lo tienen prohibido, se
indica que, a partir de la entrada en vigor de la Ley 13/2011, de 27 de
mayo, de regulación del juego, la creación y mantenimiento del Registro
General de Interdicciones de Acceso al Juego ha sido encomendada a la
Dirección General de Ordenación del Juego. De acuerdo con los preceptos
de esta Ley, aquellos ciudadanos que deseen autoexcluirse del juego
pueden hacerlo solicitando su inscripción en el citado Registro. También
se encuentran incluidos en el Registro aquellos ciudadanos que por
decisión judicial se hallan incapacitados, y están excluidos del juego.



Cabe señalar, sin embargo, que en relación con el juego presencial, son
las Comunidades Autónomas las competentes en determinar los juegos en los
que debe procederse a la comprobación previa de no inscripción en el
Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, y en su registro
autonómico de interdicciones de acceso al juego, así como en la
supervisión y control del cumplimiento de este requisito.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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713






184/006655



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento está estudiando posibles alternativas para
resolver el problema que ha planteado en España que la Administración
urbanística no estuviera obligada a practicar, en el Registro de la
Propiedad, la anotación preventiva de la incoación de expedientes de
disciplina urbanística que afectasen a determinados inmuebles.



La inexistencia de esta medida hasta la entrada en vigor del Real Decreto
Ley 8/2011, el 7 de junio del año pasado, propició que se produjeran
situaciones injustas cuando terceros adquirentes de buena fe, protegidos
por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria, adquirieron inmuebles incursos
en procedimientos sancionadores y disciplinarios en los que nunca fueron
parte y respecto de los cuales nunca fueron informados. Como resultado de
ello, cuando el correspondiente procedimiento llegaba a su última fase
jurisdiccional y en ejecución de la sentencia se encontraban con la
necesaria demolición de la vivienda, por ser incompatible (pese a estar
construida con su correspondiente licencia) con el ordenamiento
urbanístico vigente, estos propietarios quedaban desprotegidos, efecto
éste que resultaba, además, incompatible con nuestro régimen civil de
seguridad jurídica preventiva.



Ante esta situación, se están estudiando alternativas para encontrar la
solución más adecuada, por lo que de momento, no es posible ofrecer
respuesta definitiva a las cuatro primeras preguntas.



Por último, en relación con la pregunta de qué medidas va a adoptar el
Gobierno para combatir las viviendas ilegales que hay en España,
especialmente en la costa, se indica que son las Comunidades Autónomas y
los Ayuntamientos los que poseen las competencias urbanísticas que les
permiten adoptar las medidas disciplinarias y sancionadoras que
correspondan sobre dichas viviendas ilegales. Por lo que se refiere a las
viviendas ilegales en las zonas de costa, el Gobierno continuará
aplicando el ordenamiento jurídico.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006656



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



La Embajada de España en Yemen, antes de practicar trámite alguno para la
repatriación del cadáver del Sr. Cejudo, se informó ante el Ministerio
del Interior sobre existencia o no de un procedimiento especial para los
casos de fallecidos miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.



El Ministerio del Interior confirmó que no existía ningún procedimiento
especial, de modo que la Embajada llevó a cabo los trámites habituales
para la repatriación del cadáver del Sr. Cejudo atendiendo a los
principios generales de celeridad, seguridad jurídica, y cumplimiento
estricto de la legislación del Estado en donde se produce el
fallecimiento. El Servicio de Acción Social de la Dirección General de la
Policía realizó las funciones de asistencia personalizada y atención
directa a familiares del fallecido.



En el caso de la repatriación del Policía Nacional Antonio Cejudo, la
embajada de España en Yemen cumplió con la normativa vigente (Reglamento
de Policía Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 2263/1974, de 20 de
julio y Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores n.º 3.251 sobre
Traslado de cadáveres y restos cadavéricos a España de 30 de mayo de
2003) y actuó con la mayor eficacia al conseguir que el traslado se
completara en tan solo cuatro días desde el momento de la aparición del
cadáver.



Teniendo en cuenta que el fallecimiento del Sr. Cejudo no fue por causas
naturales, lo que hizo necesaria una investigación policial y una
autopsia, y el hecho de que durante esos días los servicios




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funerarios y de autopsias en Sanáa estaban colapsados por el fallecimiento
de más de setenta victimas en atentado de Al Qaeda, es fácil deducir la
profesionalidad con la que actuaron las autoridades consulares españolas
al poder conseguir la aceleración de los trámites necesarios para la
repatriación del cadáver.



En cuanto a las críticas formuladas por la familia en relación con el
ataúd del Sr. Cejudo, es preciso destacar que en Yemen no se usan ataúdes
y que el utilizado fue el único nuevo encontrado en Sanáa que cumpliera
la normativa vigente (artículo 40 del Reglamento ya referido) que obliga
a que la caja exterior sea de cinc, lo que pudo llevar a algunos a ser
confundida con una 'caja de transporte de mercancías'.



En resumen, los servicios de le Embajada de España en Yemen obtuvieron la
plena colaboración de las autoridades yemeníes y actuaron con la mayor
celeridad y eficacia posible, en medio de una situación de conflicto
civil que complica todo tipo de gestiones y obliga a restringir el
movimiento de nuestros representantes diplomáticos y consulares.



Finalmente, el Gobierno vela por que las condiciones de repatriación de
españoles fallecidos en el exterior sean iguales para todos los
ciudadanos, haciendo todo cuanto esté a su alcance para que las
repatriaciones se realicen con las máximas garantías y celeridad en
función de las circunstancias que rodeen el caso.



Madrid, 29 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006658



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



La partida presupuestaria destinada a la suscripción de un convenio con el
Ayuntamiento de O Carballiño (Ourense) para un centro cultural de usos
múltiples, recogida en los Presupuestos Generales del Estado para 2011,
no fue ejecutada por no disponer de la información necesaria para su
formalización, impidiendo la firma de dicho convenio y el inicio del
proyecto en el pasado ejercicio. Tampoco se encuentra incluido en los
Presupuestos Generales del Estado para 2012.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006664



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



El Aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén ha sufrido un descenso en
el tráfico de pasajeros desde 2007 hasta 2011 de un 41% y del número de
operaciones en un 40%. El resultado bruto de explotación de 2011
correspondiente a este aeropuerto ha sido de -2,59 millones de euros.



Para el Aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén, al igual que para
el resto de los aeropuertos de la red de AENA Aeropuertos cuyo resultado
bruto de explotación es negativo, se está diseñando un plan de eficiencia
y viabilidad individualizado por aeropuerto. Este plan conlleva la
reducción de costes de explotación, mayor eficiencia organizativa y
mejora de la gestión de recursos humanos. Ello significa que se van a
adaptar los horarios operativos, equipamientos y los servicios a la
existencia de vuelos. El horario operativo será, en cualquier caso, el
necesario para satisfacer la demanda real existente en el aeropuerto.



Estas medidas que actualmente se están analizando, contribuirán a hacer
del Aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén un aeropuerto rentable
o reducir sus pérdidas al mínimo. De esta forma,




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estará en óptimas condiciones para seguir prestando a las compañías aéreas
el servicio que éstas requieren y contribuir así al fomento del
transporte aéreo.



Madrid, 19 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006665



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Como punto de partida conviene recordar la existencia, en el sistema
español de Seguridad Social, de dos regímenes de protección social, el
General de la Seguridad Social y el de Clases Pasivas del Estado, con
diferente régimen jurídico, acción protectora, gestión y financiación, lo
cual no supone, en modo alguno, un trato discriminatorio ni una
vulneración del principio de igualdad reconocido en el artículo 14 de la
Constitución Española.



A mayor abundamiento, en el Régimen de Clases Pasivas del Estado coexisten
dos tipos de pensiones de orfandad, las reconocidas conforme al Título I
del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por
Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, causadas con
posterioridad a 1 de enero de 1985, y las llamadas de legislación
antigua, reconocidas de conformidad con la legislación vigente a 31 de
diciembre de 1984 (a cuyo amparo se reconocen pensiones vitalicias de
orfandad en favor de mayores de 21 años no incapacitados), y, sin
embargo, esta dualidad de regulaciones, incluso dentro de un mismo
régimen, ha sido sancionada favorablemente tanto por el Tribunal Supremo
como por el Tribunal Constitucional.



En los últimos años, sin embargo, se ha conseguido un paulatino proceso de
armonización entre regímenes en materia de acción protectora. En
concreto, por lo que se refiere a la pensión de orfandad, entre las
medidas adoptadas en ambos regímenes se ha ampliado el límite de edad, se
ha elevado el límite de ingresos que permite la prórroga en el percibo de
la pensión de orfandad y se ha equiparado el huérfano discapacitado en un
grado igual o superior al 33 por ciento con el huérfano absoluto, a
efectos de prorrogar el percibo de la pensión de orfandad hasta los 24
años de edad.



No obstante, se mantienen ciertas peculiaridades, como la del nuevo límite
de edad de los huérfanos para la percepción de la pensión (límite de
reciente aprobación y de aplicación paulatina), lo cual no supone una
vulneración del principio constitucional de igualdad.



Respecto a si piensa el Gobierno aplicar a los huérfanos del Régimen de
Clases Pasivas que no trabajan, que lo hacen pero perciben rentas
inferiores al SMI o que cursan estudios, el límite de edad establecido en
el apartado 2 del artículo 175 del Texto Refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, se indica que esta propuesta debe ser analizada,
junto con otras medidas pendientes de estudio y valoración, en el proceso
de coordinación y armonización del Régimen de Clases Pasivas con el
Régimen General de la Seguridad Social, en cuyo contexto podría
considerarse razonable extender al Régimen de Clases Pasivas la medida en
cuestión, previa valoración de su coste económico, dado que lo que se
pretende es beneficiar a uno de los colectivos más desfavorecidos, tal
como es el caso de los huérfanos.



Sin embargo, la dureza y profundidad de la crisis económica ha impuesto la
necesidad de corregir el grave deterioro de las finanzas públicas, lo
cual supone un férreo control del gasto público y, en consecuencia, en la
coyuntura actual, el aplazamiento o suspensión de todas aquellas medidas
que puedan suponer un mayor coste económico, como es el caso de la
presente propuesta.



Madrid, 15 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006666



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).




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716






Respuesta:



Las condiciones contractuales de la ampliación de la Autopista del
Atlántico AP-9 en el tramo Cangas-Teis, que incluye la ampliación del
Puente de Rande, están contempladas en el Real Decreto 1733/2011 por el
que se autorizó la ampliación del referido tramo de la autopista.



El presupuesto previsto en el proyecto correspondiente a este tramo, que
incluye la ampliación del Puente de Rande, es de 149 millones de euros.



El entonces Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, hoy
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en fecha 30 de
abril de 2009 dictó resolución que expresaba que no era necesario
realizar el procedimiento de evaluación ambiental, tras el resultado de
las consultas previas medioambientales realizadas, cuyo ajuste a derecho
fue confirmado en sentencia de la Audiencia Nacional de 19 de abril de
2012.



El Proyecto dispone de un anejo especial en el que se recogen los aspectos
relativos a la ordenación ecológica, estética y paisajística, englobando
una visión integral del planteamiento ambiental de la actuación
proyectada, detallando los aspectos socioeconómicos y naturales además de
un estudio del patrimonio cultural en el que se desarrollan las medidas
preventivas y correctoras necesarias sobre las afecciones previstas en el
proyecto.



Sobre la atenuación del ruido en el caso de las viviendas más afectadas,
serán adoptadas las medidas que resulten procedentes de acuerdo con el
Plan de Acción contra el Ruido previsto por el Ministerio de Fomento.



Para concluir, las medidas correctoras que se van a aplicar para reducir
la contaminación de obras y la escorrentía que van a afectar a los
polígonos de bateas y cultivos marinos, serán las expresadas en la citada
resolución del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino de
fecha 30 de abril de 2009, que eran las siguientes:



1. Cumplir las condiciones expuestas en el informe elaborado por la
Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Xunta de
Galicia.



2. Adoptar las medidas de prevención, expuestas por la Dirección General
de Recursos Marinos respecto a la fase de movimiento de tierras, tales
como establecer perímetros de protección con balsas de decantación y
cubrición de zonas de acopio de tierras, para evitar que las aguas de
lluvia arrastren materiales al medio marino.



Madrid, 29 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006674



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Nuet Pujals, Joan Josep (GIP).



Respuesta:



La protección de los Presidentes Autonómicos constituye una de las
funciones asumidas por los cuerpos y fuerzas de seguridad, siendo preciso
reforzarla cuando se prevé la presencia de grupos violentos que, sin
haber cumplido con la obligación de comunicación previa a la Delegación
del Gobierno, se concentran de forma irregular ocupando la vía pública
con el propósito de impedir que el máximo representante autonómico acuda
a cualquier tipo de acto.



Las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se
ajustan en todo momento a lo establecido en la Ley Orgánica 1/1992, de 21
de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y en la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.



La necesidad de reforzar o mantener la seguridad de cualquier presidente
autonómico no constituye una medida extraña, recordando que numerosas
Comunidades Autónomas han adoptado instrumentos legislativos con el
propósito, entre otros, de mantener la seguridad de expresidentes
autonómicos, tal y como prevé, por citar algunos ejemplos, la Ley 2/2005,
de 8 de abril, por la que se regula el Estatuto de los ex presidentes de
la Junta de Andalucía o la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura
3/2007,




Página
717






de 19 de abril, por la que se regula el Estatuto de quienes han ostentado
la Presidencia de la Junta de Extremadura.



Madrid, 27 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006675



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



El Cuerpo Nacional de Policía es un cuerpo de naturaleza civil y, en
coherencia con su naturaleza, sus ceremonias se desarrollarán según las
tradiciones y las normas del propio Cuerpo Nacional de Policía.



Madrid, 19 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006682



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Al procedimiento de pagos a proveedores se han incorporado las facturas
que han cumplido los requisitos del artículo 2 del Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. Es
decir, aquellas facturas cuya recepción, en el registro administrativo de
la entidad local, haya tenido lugar antes del 1 de enero de 2012, que
correspondan a obligaciones de pago:



• Vencidas, líquidas y exigibles.



• Derivadas de contratos de obras, servicios o suministros incluidos en el
ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre.



A estos efectos, se entiende por contratista tanto el adjudicatario del
contrato como el cesionario a quien le haya transmitido su derecho de
cobro.



Estas facturas fueron incorporadas inicialmente (hasta el día 15 de marzo)
por las entidades locales. Para poder proceder al pago de esas facturas,
ha sido necesaria la aceptación manifestada por parte de los proveedores
de aceptar el procedimiento del citado Real Decreto-ley 4/2012.



Con posterioridad, en los primeros cinco días hábiles de abril y mayo, se
han incorporado nuevas facturas, previa solicitud de los proveedores y
reconocimiento por parte de las entidades locales de la existencia de
estas deudas. En relación con estas facturas, la solicitud presentada por
los proveedores implicaba su aceptación del procedimiento mencionado. Las
facturas presentadas en los plazos anteriores, y siempre que hayan
concurrido las circunstancias expuestas, se abonaron el pasado 30 de
mayo. En total han sido 1.715.121 facturas, por importe de 9.263,1
millones de euros, correspondientes a 106.283 proveedores, de los que 611
son grandes empresas, 36.904 son autónomos y 68.768, PYMES.



Asimismo, están habilitados nuevos plazos, en los primeros cinco días
hábiles de junio y julio, con el fin de que las entidades locales
incorporen nuevas facturas, previa solicitud de los proveedores, dando
con ello reconocimiento de la existencia de las correspondientes
obligaciones pendientes de pago. También, en relación con estas facturas,
la solicitud presentada por los proveedores implicará su aceptación del
procedimiento regulado en el Real Decreto-ley 4/2012.




Página
718






En cuanto a la contabilización, es preciso tener en cuenta que el pago a
los proveedores podía llevar aparejada la formalización de una operación
de préstamo, previa aprobación de un plan de ajuste de las entidades
locales. De acuerdo con el artículo 10.5 del mencionado Real Decreto-ley
4/2012, en el supuesto de que la operación de endeudamiento se destine a
la cobertura de obligaciones que, en su momento, quedaron pendientes de
aplicar a presupuesto, estas deberán reconocerse en su totalidad en el
presupuesto vigente para 2012, con cargo al importe que corresponda del
total financiado.



La deuda financiera de las entidades locales, a 31 de diciembre de 2011,
se ha publicado recientemente, previa comunicación a la Subcomisión de
Régimen Económico, Financiero y Fiscal, de la Comisión Nacional de
Administración Local, celebrada el pasado día 21 de mayo.



Si la pregunta de su señoría se está refiriendo a las deudas derivadas del
mecanismo de pagos a proveedores, es preciso tener en cuenta que el
procedimiento no ha concluido y no se puede determinar, con exactitud,
los importes correspondientes a cada entidad local, lo que, en estos
momentos, impide la publicación de los mismos.



Hasta el día 31 de marzo, 2.591 entidades locales han presentado planes de
ajuste, de los que 2.296 se valoraron favorablemente por el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas. No remitieron planes de ajuste
1.183 entidades locales.



Por otra parte, en lo que se refiere a los planes de ajuste, es preciso
destacar que se ha habilitado un nuevo período para aquellas entidades
locales:



• Que antes del 31 de marzo elevaron al Pleno un plan de ajuste, pero
finalmente no fue aprobado por el mismo.



• Que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este, pero no
fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006684



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El compromiso del Gobierno en la lucha contra la lacra de la violencia de
género compromete a varios Departamentos.



En el ámbito de las competencias del Ministerio del Interior las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado participan en las políticas activas que,
en el marco jurídico del estatuto jurídico del menor, se están
desarrollando mediante los planes de actuación en coordinación y
cooperación con las Comunidades Autónomas.



Con relación a la violencia de género se mantienen los programas y
actuaciones ya implantados:



1. El sistema de seguimiento integral de víctimas de violencia de género
desarrollado por las correspondientes Instrucciones de la Secretaría de
Estado de Seguridad.



2. Los respectivos acuerdos de colaboración con ayuntamientos, Ministerio
Fiscal, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Igualdad, etc.



3. La especialización policial específica mediante los correspondientes
programas y acciones formativas.



4. El establecimiento de medidas de protección.



5. La elaboración de protocolos de actuación.



6. Medidas de organización estructural y asignación de recursos humanos
mediante la creación de las Unidades de Prevención, Asistencia y
Protección (las denominadas UPAPs).



El Ministerio del Interior está trabajando además para mejorar y potenciar
las líneas anteriores. En concreto se ha creado un Área de Seguimiento y
Control de la Violencia Doméstica.




Página
719






También se están realizando esfuerzos para aumentar la especialización en
la atención a las víctimas especialmente vulnerables, entre las que se
encuentran los menores y las mujeres víctimas de violencia de género.
Actualmente, se cuenta con 618 especialistas que se distribuyen a lo
largo de todo el territorio nacional en 275 Puntos de Atención
Especializada.



Se está estudiando la implementación de un programa para mejorar la
formación de especialistas e incrementar el número de puntos de atención
especializada supeditado a las disponibilidades presupuestarias
existentes.



En el ámbito de las competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, se señala que, con fecha de 20 de mayo de 2010 se
consensuó, por todas las Comunidades Autónomas en el ámbito de la
Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia, el
Protocolo Básico de Actuación en Centros y/o Residencias con Menores
Diagnosticados de Trastornos de Conducta.



El Protocolo tiene como objetivo recoger el proceso de atención a los
menores en estos centros, incluyendo el diagnóstico e intervención
educativa y terapéutica, con especial referencia a los aspectos de la
atención que requieren más garantías, de tal forma que toda actuación
tenga siempre como referencia no sólo la protección de los menores, sino
también la garantía de todos sus derechos durante el proceso de
intervención desde las Entidades Públicas.



Se debe señalar que está prevista la regulación del internamiento e
intervención en estos centros de menores con dificultades de conducta del
Sistema de Protección a la Infancia, con las garantías necesarias.
Actualmente, se está trabajando en la elaboración de dicha normativa.



Por otra parte, la estabilidad presupuestaria es la base para impulsar el
crecimiento y la creación de empleo en la economía española y para crear
oportunidades a toda la ciudadanía y especialmente a aquellas personas
que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, como pueden ser
las mujeres y los jóvenes, y de esta forma ofrecerles una perspectiva de
futuro.



Las medidas de recuperación económica, con un reparto social justo y
equitativo, tienen como objetivo sanear la economía española con el fin
de promover el crecimiento económico y el empleo.



En el ámbito de la violencia de género, el Gobierno tiene prevista la
aprobación de una Estrategia Nacional para la erradicación de la
violencia contra las mujeres, que contendrá una batería de medidas para
lograr la máxima eficacia de las herramientas legales e instrumentos
existentes en la atención a las mujeres víctimas de violencia de género y
sus hijos. Se va a garantizar una atención integral y especializada a los
menores de edad que sean víctimas de violencia de género, cuyas
necesidades específicas estarán presentes en todas las medidas que se
lleven a cabo, velando para que se incluyan en coordinación con las
entidades y administraciones implicadas.



Asimismo, y con el objetivo de garantizar unos estándares mínimos de
protección y asistencia en todo el territorio, el Pleno de la Conferencia
Sectorial de Igualdad, en la reunión celebrada el pasado 21 de mayo de
2012, acordó los criterios de distribución para el ejercicio económico
2012, así como las cuantías resultantes para cada una de las Comunidades
Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, para el desarrollo de los
programas que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las
víctimas de violencia de género y la asistencia especializada a los
menores expuestos a violencia de género. De los 5.000.000 de euros
destinados para estos fines, 1.500.000 de euros irán dirigidos al
desarrollo de proyectos que garanticen la atención a los menores
expuestos a la violencia de género.



En aplicación de lo acordado en la citada Conferencia Sectorial de
Igualdad, se ha creado un grupo de trabajo con las Comunidades Autónomas
y Ciudades de Ceuta y Melilla para la elaboración de una propuesta común
para la mejora de la coordinación y la puesta en marcha del plan
personalizado para las víctimas de la violencia de género y los menores a
su cargo.



Además se procederá a evaluar el Plan integral contra la trata de seres
humanos, cuya vigencia finaliza este año, y se trabajará en el desarrollo
de un nuevo Plan para 2013.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006686



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jorquera Caselas, Francisco Xesús (GMx).




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720






Respuesta:



La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil cumple escrupulosamente las
funciones específicas que le son encomendadas en el artículo 6 de la
vigente Ley de Tráfico, Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: la vigilancia,
regulación y control del tráfico y la seguridad vial, la denuncia de las
infracciones, y la protección y auxilio en las vías públicas.



La tarea de vigilancia de las normas de tráfico y de denuncia de las
infracciones es una tarea preventiva, no recaudadora, pues ésta es la
finalidad de la Ley, que persigue evitar los comportamientos contrarios a
las normas que ponen en riesgo la seguridad tanto del infractor como del
conjunto de los usuarios de las vías. Por su parte, las tareas de
protección y auxilio se activan normalmente cuando se ha producido una
incidencia o un accidente, como consecuencia de un fallo en la prevención
y cuidado debidos, y por tanto son tareas de respuesta y reacción más que
de prevención.



El Resumen de Actividades de Unidades (RAU) y el Resumen de Actividades
Individuales (RAI) conforman el sistema de gestión del complemento de
productividad en la Agrupación de Tráfico con criterios de racionalidad,
transparencia y objetividad, y se ajustan a la normativa vigente sobre
productividad y gestión de calidad en las Administraciones Públicas.



No existe presión sobre los agentes para denunciar cuando no se dan las
condiciones de productividad mínima exigible. En definitiva, no hay
vulneración de los derechos laborales.



Por último, se señala que la cadena de custodia de las pruebas sanguíneas
de alcoholemia se encuentra perfectamente garantizada.



Madrid, 26 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006687



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



Ante la celebración de Río+20, el objetivo de España ha sido el de
contribuir constructivamente a la Conferencia y a la meta compartida de
integrar los tres pilares en un modelo de desarrollo sostenible y
coherente (medioambiental, social y económico).



De cara a las negociaciones, España tenía como premisa alinearse en la
medida de lo posible con la Unión Europea en pos de una postura común.



En cuanto al concepto de Economía Verde, en la propuesta presentada por
varios países para establecer unos Objetivos de Desarrollo Sostenible, la
UE, y por ende España, desean que estos no se hagan en detrimento de la
consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, para los cuales
España ha apostado desde su consecución en el 2000.



Por otro lado, en lo que se refiere a la lucha contra el Cambio Climático,
el Gobierno va a recoger en su Hoja de Ruta un conjunto de iniciativas,
adecuadas a las actuales circunstancias económicas y compatibles tanto
con el cumplimiento de nuestros compromisos internacionales en esta
materia, como con sus objetivos prioritarios, que son la creación de
empleo y la reactivación económica a través de un crecimiento sostenible.



Las políticas de cambio climático constituyen un eje transversal que
proporciona coherencia a todas las demás políticas pero especialmente a
la económica, la energética, la industrial, la de infraestructuras, la
agrícola, la forestal, la de gestión de residuos y agua, la comercial y
la internacional.



La tarea inmediata es cumplir los objetivos de reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero, en un año clave, pues nos encontramos en la
recta final del primer periodo de compromiso del Protocolo de Kioto y en
los inicios de la construcción del futuro régimen de cambio climático
internacional.



Para el medio y largo plazo, es necesario un cambio de estrategia,
apostando por nuevas líneas de acción en nuestro país con una hoja de
ruta que incluya iniciativas como son los proyectos en el ámbito




Página
721






nacional que permitan acometer reducciones en los sectores difusos que
hemos puesto en marcha a través del Fondo de Carbono y el comienzo de las
'subastas tempranas' en este año.



Todo ello nos permitirá avanzar en la transformación de nuestros actuales
modelos de consumo y producción, y encaminarnos hacia un desarrollo bajo
en carbono.



El compromiso que ha adquirido España en materia de Cambio Climático queda
reflejado en las contribuciones multilaterales que se han realizado en el
Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), Convenciones
de Río, Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)-Medio
Ambiente y en los Bancos de Desarrollo-Cambio Climático, así como en el
trabajo realizado dentro del grupo de trabajo de ENVIRONET del Comité de
Ayuda al Desarrollo (CAD), dentro de la OCDE, sobre cambio climático e
integración de la sostenibilidad ambiental en la cooperación para el
desarrollo.



A modo de resumen, y dado el desfase temporal respecto a la fecha de la
pregunta -sobre todo en relación a las cuestiones que plantea sobre
Río+20 y la Economía Verde- se remite a su señoría a lo manifestado por
el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el Pleno del
Congreso en respuesta a las preguntas orales con números de expediente
180/000211 y 180/000214 Diario de Sesiones del Pleno n.º 45 (páginas
11-13) y en la comparecencia que tuvo lugar el pasado 11 de julio de 2012
en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Congreso
n.º de expediente 214/000038 Diario de Sesiones de Comisiones n.º 146.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006688



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lara Moya, Cayo (GIP).



Respuesta:



La Vicepresidenta y Portavoz del Gobierno, viajó a los Estados Unidos de
América con el fin de mantener encuentros oficiales con la directora del
Fondo Monetario Internacional (FMI), Sra. Cristine Lagarde y con el
Secretario del Tesoro de EE.UU., Sr. Timothy Geithner.



Asimismo, asistió a la reunión del Club Bildelberg. Los términos de la
invitación, participantes y temas abordados, han sido hecho públicos en
el sitio web oficial de la entidad: http://www.bilderbergmeetings.org



Madrid, 27 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006694



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bosch i Pascual, Alfred (GMx).



Respuesta:



No existen más directrices por parte del Ministerio de Interior y de las
Delegaciones del Gobierno, que las emanadas de la Ley 19/2007, de 11 de
julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en
el deporte.



Según el artículo 14 de la citada Ley, la persona responsable de la
coordinación de seguridad en los acontecimientos deportivos (Coordinador
de Seguridad), es aquel miembro de la organización policial que asume las
tareas de dirección, coordinación y organización de los servicios de
seguridad en la celebración de los espectáculos deportivos (art. 14) de
la Ley 19/2007.



En consecuencia, y atendiendo a las circunstancias concretas de cada
evento deportivo, establecerá unas pautas a los organizadores de estos
eventos (en virtud del art. 2.1.b y del art. 6) con la finalidad de que
se cumplan las condiciones de acceso y permanencia por parte de los
espectadores y evitar cualquier




Página
722






posible alteración de orden público que pudiera menoscabar el normal
desarrollo del acontecimiento deportivo.



En el caso concreto a que alude su señoría, si bien es cierto que hay
banderas o emblemas, que no constituyen en sí y de forma separada ningún
tipo de infracción, cuando se trata de un espectáculo deportivo de masas
donde convergen otras circunstancias como pueden ser, la rivalidad
deportiva y/o regional, ideologías políticas de los distintos grupos de
aficionados, lugares de exhibición, etc., su exhibición puede provocar
una reacción adversa y violenta por parte de unos sectores de
aficionados. En virtud de ello, el Coordinador de Seguridad, en ciertas
ocasiones, puede determinar que no se permita la introducción a los
recintos deportivos de dichas banderas y/o emblemas, quedando normalmente
en depósito en las consignas de los estadios, siendo retiradas a la
finalización del evento deportivo por las personas que las portaban.



Madrid, 28 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006697



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).



Respuesta:



La vigilancia desde un Helicóptero del Cuerpo Nacional de Policía en una
manifestación en ciudad está plenamente justificada. El helicóptero es un
medio técnico más al servicio del Cuerpo Nacional de Policía cuya
utilización es relativamente frecuente por parte de la Brigada Provincial
de Seguridad Ciudadana como parte de los dispositivos de seguridad,
vigilancia, control y seguimiento que se establecen en aquellos actos en
los que por la concentración de personas se considera oportuno.



Madrid, 3 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006914



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En el artículo que se menciona en la revista Nature, el término
'adelgazar' se utiliza cuando se habla de eliminar duplicidades y
solapamientos de instituciones y funciones, nunca en referencia a los
recursos humanos.



La Secretaria de Estado en ningún caso dice que haya un excedente de
científicos en nuestro país ni que se deba de reducir su número. La
interpretación obtenida del citado artículo es por tanto errónea, ya que
la reducción que se menciona se refiere exclusivamente a las nuevas
ayudas que se otorgan para los programas de recursos humanos: Ramón y
Cajal, Juan de la Cierva, Torres Quevedo y personal técnico de apoyo.



Como se explica en el texto, estas ayudas se van a ajustar en número
porque, con las cifras actuales, el Sistema de I+D+i no absorbe a los
investigadores que terminan dichos programas. Y no porque el sistema no
debiera, sino porque los datos indican que el sistema no los está
absorbiendo. Se ha estudiado la situación de estas convocatorias en los
últimos años y había que cambiar algunos aspectos. Por eso, por ejemplo,
se ha disminuido el número de nuevos investigadores del programa Ramón y
Cajal, de 250 a 175, pero se invertirá más en ellos. Se ha incrementado
la cuantía total del programa de 45 a 54 millones de euros. Este
incremento de recursos servirá para tener mayor independencia y para
poder acceder a un




Página
723






contrato estable una vez terminados los cinco años previstos en el
programa. Tienen que ser los mejores y con este fin se ponen a su
disposición los medios para que trabajen en las mejores condiciones
posibles.



Ni la Secretaria de Estado de I+D+i ni el Gobierno, como se ha detallado
anteriormente, piensan que en nuestro país sobren científicos. El
objetivo del Gobierno y de la Secretaría de Estado es evitar que
investigadores excelentes, como son los del Ramón y Cajal, no puedan
continuar con su trabajo en España cuando se cumplan los cinco años del
programa.



Madrid, 17 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006952



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román (GS).



Respuesta:



Se han licitado las obras del acceso provisional en ancho mixto al Puerto
de Barcelona en abril de este año.



Se prevé que estas obras finalicen a finales de agosto o principios de
septiembre.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006970, 184/006983, 184/007459 y 184/007460



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Ministerio del Interior no tuvo conocimiento previo de la asistencia de
escolares al acto referenciado; tampoco la Delegación del Gobierno en
Castilla y León.



Este Gobierno no entra a valorar las implicaciones educativas, requisitos
administrativos académicos (autorizaciones), objetivos pedagógicos y
curriculares de la presencia de los escolares, toda vez que las
competencias en materia educativa en este caso pertenecen a la Junta de
Castilla y León.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006971



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Economía y Competitividad informa que no dispone de los
datos solicitados relativos a evolución anual de entidades colaboradoras.
Estos datos podrían ser aportados por los Ayuntamientos que tengan algún
tipo de Convenio con entidades colaboradoras para la gestión de licencias
urbanísticas.



El Ministerio de Economía y Competitividad señala también, que no se
realizan actuaciones específicas a nivel provincial.




Página
724






Se adjuntan los cuadros sobre evolución mensual de comercio exterior de
mercancías de España en el periodo desde el año 2000 hasta la actualidad
(ANEXO 1), así como el gráfico de evolución de las exportaciones e
importaciones (ANEXO 2).



Por último, en cuanto a la valoración de la cifra actual, se señala que se
consideran muy positivas las cifras actuales de comercio exterior
actuales (2011 y primeros cuatro meses del 2012) debido a que:



- Se ha producido un ajuste importante de nuestro déficit comercial global
y se produce, a partir del 2011 (mejorándose incluso en el 2012), un
superávit con la UE y con la zona euro. Esto se interpreta, en parte al
menos, como una muestra de fortaleza de nuestras exportaciones a esos
países y exponente de competitividad.



- A partir de abril de 2011 empieza a registrarse un superávit global no
energético de España (aun reducido), superávit que en marzo y abril de
2012 se acrecienta ligeramente.



Madrid, 9 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
725







[**********página con cuadro**********]





Página
726







[**********página con cuadro**********]




184/006972



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La actual coyuntura de crisis económica requiere nuevas medidas
adicionales y urgentes de apoyo a la internacionalización de la economía
española. La internacionalización debe ser una de las palancas esenciales
sobre las que se apoye la recuperación económica. Igualmente, es precisa
la adopción de medidas urgentes de apoyo para incentivar la inversión
exterior en nuestro país como motor de la deseada reactivación económica
y crecimiento del mercado laboral.



En esta tesitura, se ha considerado que toda actividad que efectivamente
pueda suponer incentivo económico y que al mismo tiempo tenga como
circunstancia determinante el flujo económico transfronterizo de la
actividad empresarial, constituye un campo en el cual el Instituto de
Comercio Exterior-ICEX puede aportar su acreditada experiencia de décadas
de gestión, contribuyendo a una utilización más eficiente de los recursos
públicos en apoyo a la internacionalización.




Página
727






Es intención del Gobierno, por tanto, adaptar al ICEX al contexto actual
antes descrito, ampliando su ámbito de actuación al incluir las
actividades relativas a la promoción de las inversiones con destino a
nuestro país.



A ello se añade que la crisis actual provoca la necesidad perentoria de
llevar a cabo operaciones de reestructuración del sector público. El
Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 16 de marzo de 2012, por el
que se aprueba el Plan de reestructuración y racionalización del sector
público estatal, autorizó la cesión global de activo y pasivo de la
'Sociedad Estatal para la Promoción y Atracción de las Inversiones
Exteriores S.A.' (Invest In Spain) a favor del ICEX, lo que dará lugar a
la próxima extinción de la citada Sociedad y su integración en el ICEX.
Esta extinción no implica sino un refuerzo de la actividad de promoción
de la atracción de la inversión extranjera a España.



Para ello, orgánicamente, el ICEX se estructurará en tres Centros
Directivos:



1. El primero, que se hará cargo de la internacionalización de la empresa
española;



2. El segundo, que se encargará de la atracción de Inversiones a España;



3. Y, por último, un tercer Centro Directivo, que prestará servicios
comunes a los dos centros operativos y que, además de coordinar todos los
servicios, servirá de canal de cooperación institucional con las
restantes entidades de los sectores público y privado.



Finalmente, y por lo que se refiere a los recursos, presupuestos,
actuaciones y evolución de la inversión extranjera en España (se adjunta
en anexo), en la página corporativa de Invest in Spain
(www.investinspain.org) existe una voluminosa y detallada información
sobre dichos extremos. Esta información se puede encontrar tanto en el
'canal de información' que es accesible desde la página principal de la
citada página Web. Igualmente está disponible en la citada página toda la
documentación corporativa que, a través de los sucesivos informes de
actividad, da cumplida y exacta información sobre los puntos solicitados.



Madrid, 9 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



Elemento;Flujos Inversión Bruta en miles de euros;;;Flujos Inversión Neta
en miles de euros;;



;TOTAL;NO ETVE;ETVE;TOTAL;NO ETVE;ETVE



1999;18.528.000,00;10.680,00;7.849,00;13.757.758,21;5.909.157,19;7.848.601,02



1.º Trimestre
1999;2.068.841,67;1.885.602,24;183.239,43;1.042.892,26;859.652,83;183.239,43



2.º Trimestre
1999;3.179.879,25;2.915.583,40;264.295,85;1.696.956,66;1.432.660,81;264.295,85



3.º Trimestre
1999;3.463.251,75;2.574.215,71;889.036,04;2.527.342,67;1.638.306,63;889.036,04



4.º Trimestre
1999;9.816.394,22;3.304.364,52;6.512.029,70;8.490.566,62;1.978.536,92;6.512.029,70



2000;38.394.316,82;25.935.517,40;12.458.799,42;29.459.702,00;17.318.418,78;12.141.283,22



% Respecto Periodo
Anterior;107,22;242.741,92;158.631,04;114,13;193,08;54,69



1.º Trimestre
2000;3.110.639,84;2.599.442,19;511.197,65;-2.266.881,16;-2.510.278,81;243.397,65



% Respecto Periodo Anterior;50,36;37,86;178,98;-317,36;-392,01;32,83



2.º Trimestre
2000;11.445.592,23;4.188.826,48;7.256.765,75;10.091.650,24;2.834.884,49;7.256.765,75



% Respecto Periodo Anterior;259,94;43,67;2.645,70;494,69;97,88;2.645,70



3.º Trimestre
2000;3.323.525,40;2.789.386,52;534.138,88;2.751.390,92;2.221.110,54;530.280,38



% Respecto Periodo Anterior;-4,03;8,36;-39,92;8,86;35,57;-40,35



4.º Trimestre
2000;20.514.559,35;16.357.862,21;4.156.697,14;18.883.542,00;14.772.702,56;4.110.839,44



% Respecto Periodo Anterior;108,98;395,04;-36,17;122,41;646,65;-36,87



2001;35.188.210,30;15.542.248,30;19.645.962,00;28.208.813,39;8.673.770,09;19.535.043,30



% Respecto Periodo Anterior;-8,35;-40,07;57,69;-4,25;-49,92;60,90



1.º Trimestre
2001;8.246.131,06;5.173.362,96;3.072.768,10;6.869.757,88;3.797.296,81;3.072.461,07



% Respecto Periodo Anterior;165,09;99,02;501,09;-403,05;-251,27;1.162,32



2.º Trimestre
2001;5.747.576,39;4.237.436,83;1.510.139,56;3.408.968,38;2.008.359,20;1.400.609,18



% Respecto Periodo Anterior;-49,78;1,16;-79,19;-66,22;-29,16;-80,70



3.º Trimestre
2001;5.432.333,03;2.222.335,91;3.209.997,12;3.700.889,06;491.496,05;3.209.393,01



% Respecto Periodo Anterior;63,45;-20,33;500,97;34,51;-77,87;505,23



4.º Trimestre
2001;15.762.169,82;3.909.112,60;11.853.057,22;14.229.198,07;2.376.618,03;11.852.580,04




Página
728






Elemento;Flujos Inversión Bruta en miles de euros;;;Flujos Inversión Neta
en miles de euros;;



;TOTAL;NO ETVE;ETVE;TOTAL;NO ETVE;ETVE



% Respecto Periodo Anterior;-23,17;-76,10;185,16;-24,65;-83,91;188,33



2002;32.933.146,32;11.785.203,10;21.147.943,22;28.835.447,98;7.690.096,02;21.145.351,96



% Respecto Periodo Anterior;-6,41;-24,17;7,65;2,22;-11,34;8,24



1.º Trimestre
2002;3.508.833,01;2.956.770,16;552.062,85;3.017.354,20;2.467.515,00;549.839,20



% Respecto Periodo Anterior;-57,45;-42,85;-82,03;-56,08;-35,02;-82,10



2.º Trimestre
2002;5.979.754,60;2.426.764,65;3.552.989,95;5.317.934,36;1.764.944,41;3.552.989,95



% Respecto Periodo Anterior;4,04;-42,73;135,28;56,00;-12,12;153,67



3.º Trimestre
2002;3.849.642,61;3.140.065,05;709.577,56;1.877.758,59;1.168.183,10;709.575,49



% Respecto Periodo Anterior;-29,13;41,30;-77,89;-49,26;137,68;-77,89



4.º Trimestre
2002;19.594.916,10;3.261.603,24;16.333.312,86;18.622.400,83;2.289.453,51;16.332.947,32



% Respecto Periodo Anterior;24,32;-16,56;37,80;30,87;-3,67;37,80



2003;18.673.180,75;9.883.520,43;8.789.660,32;15.152.341,02;6.373.421,83;8.778.919,19



% Respecto Periodo Anterior;-43,30;-16,14;-58,44;-47,45;-17,12;-58,48



1.º Trimestre
2003;9.453.051,97;3.853.773,65;5.599.278,32;8.844.652,66;3.245.929,78;5.598.722,88



% Respecto Periodo Anterior;169,41;30,34;914,25;193,13;31,55;918,25



2.º Trimestre
2003;2.983.396,74;2.154.617,76;828.778,98;2.210.183,57;1.382.718,97;827.464,60



% Respecto Periodo Anterior;-50,11;-11,21;-76,67;-58,44;-21,66;-76,71



3.º Trimestre
2003;1.885.384,14;1.287.567,41;597.816,73;1.409.110,04;811.664,25;597.445,79



% Respecto Periodo Anterior;-51,02;-59,00;-15,75;-24,96;-30,52;-15,80



4.º Trimestre
2003;4.351.347,90;2.587.561,61;1.763.786,29;2.688.394,75;933.108,83;1.755.285,92



% Respecto Periodo Anterior;-77,79;-20,67;-89,20;-85,56;-59,24;-89,25



2004;18.948.976,16;8.931.017,80;10.017.958,36;9.161.303,37;-757.560,40;9.918.863,77



% Respecto Periodo Anterior;1,48;-9,64;13,97;-39,54;-111,89;12,99



1.º Trimestre
2004;1.924.309,48;1.426.359,16;497.950,32;-1.118.465,31;-1.614.852,43;496.387,12



% Respecto Periodo Anterior;-79,64;-62,99;-91,11;-112,65;-149,75;-91,13



2.º Trimestre
2004;5.576.305,58;2.046.749,64;3.529.555,94;4.990.521,48;1.467.966,79;3.522.554,69



% Respecto Periodo Anterior;86,91;-5,01;325,87;125,80;6,17;325,70



3.º Trimestre
2004;2.401.177,05;1.503.419,37;897.757,68;273.556,17;-614.039,29;887.595,46



% Respecto Periodo Anterior;27,36;16,76;50,17;-80,59;-175,65;48,57



4.º Trimestre
2004;9.047.184,05;3.954.489,63;5.092.694,42;5.015.691,03;3.364,53;5.012.326,50



% Respecto Periodo Anterior;107,92;52,83;188,74;86,57;-99,64;185,56



2005;17.691.950,45;14.115.916,75;3.576.033,70;10.902.805,50;7.739.613,17;3.163.192,33



% Respecto Periodo Anterior;-6,63;58,05;-64,30;19,01;-1.121,65;-68,11



1.º Trimestre
2005;1.691.074,87;1.169.593,36;521.481,51;324.766,72;-98.795,16;423.561,88



% Respecto Periodo Anterior;-12,12;-18,00;4,73;-129,04;-93,88;-14,67



2.º Trimestre
2005;1.515.201,15;1.220.510,95;294.690,20;-192.768,02;-487.437,62;294.669,60



% Respecto Periodo Anterior;-72,83;-40,37;-91,65;-103,86;-133,20;-91,63



3.º Trimestre
2005;2.901.049,84;2.652.296,50;248.753,34;2.225.303,87;1.976.550,53;248.753,34



% Respecto Periodo Anterior;20,82;76,42;-72,29;713,47;-421,89;-71,97



4.º Trimestre
2005;11.584.624,59;9.073.515,94;2.511.108,65;8.545.502,93;6.349.295,42;2.196.207,51



% Respecto Periodo Anterior;28,05;129,45;-50,69;70,38;188.612,70;-56,18



2006;13.941.865,67;9.674.973,64;4.266.892,03;3.717.279,20;-318.464,29;4.035.743,49



% Respecto Periodo Anterior;-21,20;-31,46;19,32;-65,91;-104,11;27,58



1.º Trimestre
2006;3.941.091,38;2.972.623,46;968.467,92;-71.863,53;-1.029.452,71;957.589,18



% Respecto Periodo Anterior;133,05;154,16;85,71;-122,13;942,01;126,08



2.º Trimestre
2006;2.380.874,09;1.734.530,84;646.343,25;562.604,45;-81.858,85;644.463,30



% Respecto Periodo Anterior;57,13;42,12;119,33;-391,86;-83,21;118,71



3.º Trimestre
2006;3.323.264,25;2.389.566,18;933.698,07;1.307.458,48;380.080,98;927.377,50



% Respecto Periodo Anterior;14,55;-9,91;275,35;-41,25;-80,77;272,81



4.º Trimestre
2006;4.296.635,95;2.578.253,16;1.718.382,79;1.919.079,80;412.766,29;1.506.313,51



% Respecto Periodo Anterior;-62,91;-71,58;-31,57;-77,54;-93,50;-31,41




Página
729






Elemento;Flujos Inversión Bruta en miles de euros;;;Flujos Inversión Neta
en miles de euros;;



;TOTAL;NO ETVE;ETVE;TOTAL;NO ETVE;ETVE



2007;37.278.533,29;29.179.896,94;8.098.636,35;26.779.404,15;18.851.158,83;7.928.245,32



% Respecto Periodo Anterior;167,39;201,60;89,80;620,40;-6.019,39;96,45



1.º Trimestre
2007;2.700.720,80;1.819.222,34;881.498,46;1.312.274,18;465.880,01;846.394,17



% Respecto Periodo Anterior;-31,47;-38,80;-8,98;-1.926,06;-145,26;-11,61



2.º Trimestre
2007;2.573.347,63;2.359.630,39;213.717,24;719.829,07;561.257,06;158.572,01



% Respecto Periodo Anterior;8,08;36,04;-66,93;27,95;-785,64;-75,39



3.º Trimestre
2007;4.294.928,08;3.043.467,25;1.251.460,83;-129.564,02;-1.381.024,85;1.251.460,83



% Respecto Periodo Anterior;29,24;27,36;34,03;-109,91;-463,35;34,95



4.º Trimestre
2007;27.709.536,78;21.957.576,96;5.751.959,82;-129.564,02;-1.381.024,85;1.251.460,83



% Respecto Periodo Anterior;544,91;751,65;234,73;-106,75;-434,58;-16,92



2008;38.851.370,58;29.524.076,37;9.327.294,21;34.690.303,61;25.760.666,40;8.929.637,21



% Respecto Periodo Anterior;4,22;1,18;15,17;29,54;36,65;12,63



1.º Trimestre
2008;19.506.703,90;16.007.211,85;3.499.492,05;19.145.385,25;15.680.283,50;3.465.101,75



% Respecto Periodo Anterior;622,28;779,89;296,99;1.358,95;3.265,73;309,40



2.º Trimestre
2008;12.254.092,90;9.443.616,17;2.810.476,73;11.036.018,15;8.238.173,53;2.797.844,62



% Respecto Periodo
Anterior;376,19;300,22;1.215,04;1.433,14;1.367,81;1.664,40



3.º Trimestre
2008;2.233.197,78;1.824.123,00;409.074,78;1.398.587,13;989.905,04;408.682,09



% Respecto Periodo Anterior;-48,00;-40,06;-67,31;-1.179,46;-171,68;-67,34



4.º Trimestre
2008;4.857.376,00;2.249.125,35;2.608.250,65;3.110.313,08;852.304,33;2.258.008,75



% Respecto Periodo Anterior;-82,47;-89,76;-54,65;-2.500,60;-161,72;80,43



2009;16.819.181,04;12.430.915,29;4.388.265,75;13.319.167,41;10.001.936,11;3.317.231,30



% Respecto Periodo Anterior;-56,71;-57,90;-52,95;-61,61;-61,17;-62,85



1.º Trimestre
2009;2.058.088,35;1.304.987,54;753.100,81;1.880.828,64;1.171.009,13;709.819,51



% Respecto Periodo Anterior;-89,45;-91,85;-78,48;-90,18;-92,53;-79,52



2.º Trimestre
2009;4.016.424,09;2.719.845,18;1.296.578,91;3.116.773,63;1.820.197,73;1.296.575,90



% Respecto Periodo Anterior;-67,22;-71,20;-53,87;-71,76;-77,91;-53,66



3.º Trimestre
2009;5.728.550,22;5.226.822,92;501.727,30;4.386.410,37;4.861.333,96;-474.923,59



% Respecto Periodo Anterior;156,52;186,54;22,65;213,63;391,09;-216,21



4.º Trimestre
2009;5.016.118,38;3.179.259,65;1.836.858,73;3.935.154,77;2.149.395,29;1.785.759,48



% Respecto Periodo Anterior;3,27;41,36;-29,58;26,52;152,19;-20,91



2010;24.008.297,98;12.103.789,77;11.904.508,21;20.958.072,01;9.066.364,13;11.891.707,88



% Respecto Periodo Anterior;42,74;-2,63;171,28;57,35;-9,35;258,48



1.º Trimestre
2010;3.424.059,76;2.450.535,33;973.524,43;3.286.233,02;2.315.911,31;970.321,71



% Respecto Periodo Anterior;66,37;87,78;29,27;74,72;97,77;36,70



2.º Trimestre
2010;2.272.555,41;1.936.356,70;336.198,71;1.250.210,65;920.386,19;329.824,46



% Respecto Periodo Anterior;-43,42;-28,81;-74,07;-59,89;-49,43;-74,56



3.º Trimestre
2010;5.275.723,96;3.801.003,24;1.474.720,72;4.915.390,19;3.443.840,88;1.471.549,31



% Respecto Periodo Anterior;-7,90;-27,28;193,93;12,06;-29,16;-409,85



4.º Trimestre
2010;13.035.958,85;3.915.894,50;9.120.064,35;11.506.238,15;2.386.225,75;9.120.012,40



% Respecto Periodo Anterior;159,88;23,17;396,50;192,40;11,02;410,71



2011;28.415.104,48;22.480.032,39;5.935.072,09;24.776.607,86;18.936.577,40;5.840.030,46



% Respecto Periodo Anterior;18,36;85,73;-50,14;18,22;108,87;-50,89



1.º Trimestre
2011;11.598.848,93;10.793.444,43;805.404,50;11.079.657,06;10.319.261,15;760.395,91



% Respecto Periodo Anterior;238,75;340,45;-17,27;237,15;345,58;-21,63



2.º Trimestre
2011;5.637.211,45;4.350.621,90;1.286.589,55;4.293.146,05;3.040.432,88;1.252.713,17



% Respecto Periodo Anterior;148,06;124,68;282,69;243,39;230,34;279,81



3.º Trimestre
2011;4.216.070,91;3.391.113,78;824.957,13;3.309.441,75;2.496.764,62;812.677,13



% Respecto Periodo Anterior;-20,09;-10,78;-44,06;-32,67;-27,50;-44,77



4.º Trimestre
2011;6.962.973,19;3.944.852,28;3.018.120,91;6.094.363,00;3.080.118,75;3.014.244,25



% Respecto Periodo Anterior;-46,59;0,74;-66,91;-47,03;29,08;-66,95




Página
730






184/006973, 184/006974 y 184/006975



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La simplificación de los trámites administrativos para el inicio y
desarrollo de la actividad comercial afecta a las licencias de actividad
y otras de similar categoría, pero no a licencias urbanísticas necesarias
para iniciar la actividad y la ejecución de obras de gran magnitud. Así,
lo que se ha sustituido por una mera declaración responsable o
comunicación previa son las licencias que recaen sobre la actividad y
para las obras menores ligadas al acondicionamiento de los locales que
requieren de un proyecto técnico aunque no propiamente de un proyecto de
obras. Todo ello es porque no se ha considerado ni necesario ni
proporcional exigir licencias previas a los establecimientos de menos de
300 metros cuadrados en atención a que su impacto, medido en metros
cuadrados de superficie, es reducido y a que su actividad es de mínimo o
nulo impacto sobre el medio ambiente o la salud pública. En este sentido,
se ha considerado viable la supresión previa de la licencia, supeditando
el control que requieran estas actividades a un proceso a posteriori de
verificación y comprobación, que garantice en todo caso el cumplimiento
de la legalidad vigente.



La labor de identificación de las actividades afectadas se ha efectuado
siguiendo los criterios desarrollados por algunos Ayuntamientos, en los
que se ha verificado un exitoso grado de implantación.



Por otro lado, el anexo de actividades que acompaña el Real Decreto-ley es
la guía que define el ámbito de aplicación para lo que se citan
determinadas actividades identificadas según los términos recogidos en la
normativa del Impuesto de Actividades Económicas (IAE); encontrándonos,
además de con actividades propiamente comerciales al por menor, con
algunas de carácter artesanal: fabricación de calzado, confección de
prendas de vestir; y la actividad de servicios complementarios a la
actividad comercial que se han estimado de nulo o de escaso impacto sobre
la salud de las personas o sobre el medio ambiente, como los talleres de
reparaciones, servicios de agencias de viaje, promoción inmobiliaria,
lavanderías, peluquerías, servicios de enmarcación, etc.



En cuanto a la coordinación con las CCAA, se informó exhaustivamente del
texto en la Mesa de Directores Generales de Comercio Interior del 5 de
marzo 2012, en la que no se recogió oposición alguna a la medida.



En lo que respecta a la colaboración con la Federación Española de
Municipios y Provincias-FEMP, se ha elaborado conjuntamente entre la
Secretaría de Estado de Comercio un modelo de declaración responsable
destinado a facilitar el tráfico de declaraciones responsables tanto para
los Ayuntamientos como para los administrados.



Asimismo, se está trabajando actualmente con la FEMP en la elaboración de
una ordenanza tipo destinada a facilitar la adaptación de los
Ayuntamientos (sobre todo a aquellos de menos capacidad) al RD 19/2012.



Recientemente, en la pasada reunión de la Conferencia Sectorial de
Comercio Interior celebrada el pasado 2 de julio, se ha informado a las
CCAA de estos avances y se les ha animado a presentar enmiendas técnicas
al RD 19/2012 durante su tramitación como proyecto de ley.



En cuanto a los mecanismos inspectores, éstos no corresponden a la
Administración General del Estado y, por tanto, no se efectúa provisión
presupuestaria en tal sentido. Son las administraciones Autonómica y
Local las llamadas a actuar en la comprobación y verificación de las
circunstancias que se señalen en la declaración responsable o que se
comuniquen a la Administración.



Se estima que es viable una actuación suficientemente eficiente que
garantice el control a posteriori de la legalidad administrativa. Por
tanto, al mismo tiempo que se estimula la actividad facilitando la
apertura de comercios o la realización de servicios, es necesario seguir
contando con los mecanismos sancionadores, que tienen un importante
efecto disuasorio para tratar de evitar los fraudes o los incumplimientos
de la normativa vigente.



Adicionalmente se abre la posibilidad de una reordenación de los recursos,
de tal forma que la Administración local que focalizaba una gran parte de
los recursos en la tramitación de las licencias ha de pasar a fortalecer
los trámites de control a posteriori centrándose en la inspección, en
línea con lo que establece el Real Decreto-ley sobre flexibilización de
los trámites iniciales requeridos al prestador en atención a la
declaración responsable o comunicación previa. En todo, caso se ha de
tener en cuenta que




Página
731






la disposición adicional primera del Real Decreto-ley prevé que, en el
marco del Comité para la mejora de la regulación de las actividades de
servicios se promueva la elaboración de una ordenanza tipo en materia de
actos de control e intervención municipal. Este Comité será el marco en
el que coordinar los mecanismos de control de las entidades locales.



Por último, se informa que el artículo 5 del Real Decreto-ley 19/2012 en
su apartado segundo establece lo siguiente: 'en el marco de sus
competencias, se habilita a las entidades locales a regular el
procedimiento de comprobación posterior de los elementos y circunstancias
puestas de manifiesto por el interesado a través de la declaración
responsable o de la comunicación previa, de acuerdo con lo dispuesto en
el art. 71 bis de la ley 30/1992, de 26 de noviembre'.



Para la consecución de este objetivo se ha elaborado un modelo tipo de
declaración responsable en colaboración con la FEMP que aúna todos los
requerimientos que impone la actual normativa y que contemple la
totalidad de circunstancias propias de la actividad que se va a
emprender. Con este modelo se facilita la adaptación de los Ayuntamientos
y administrados al RD 19/2012.



Asimismo se está trabajando en colaboración con la FEMP en un modelo de
ordenanza tipo también destinado a facilitar la rápida adaptación de los
ayuntamientos a esta normativa.



En atención a las circunstancias expuestas y puesto que se están
promoviendo actuaciones de coordinación general, en el momento actual no
se pueden aportar datos para la provincia de Soria.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006976, 184/006977 y 184/006982



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas por su señoría se informa que el
Anexo de Inversiones Reales y Programación Plurianual de los Presupuestos
Generales del Estado recoge una 'previsión' de las inversiones a ejecutar
durante un ejercicio y, por tanto, éstas podrán o no coincidir con las
inversiones finalmente realizadas.



Por otra parte, en el siguiente cuadro se recoge el importe de los
créditos iniciales que figuraban en el Anexo de Inversiones Reales de los
Presupuestos Generales del Estado para cada uno de los años del periodo
1996/2004 asignados al proyecto de inversión Obras en Soria del Servicio
04 - Dirección General de la Guardia Civil:



SERVICIO 04 - GUARDIA CIVIL



PROYECTO: 198916007014000 - OBRAS EN SORIA



(PROVINCIA SORIA);;;;



AÑO;CRÉDITO INICIAL;PROPUESTAS DE PAGO;NO EJECUTADO;% EJECUTADO



1996;0,00;0,00;0,00;0,00



1997;61.303,23;54.406,37;6.896,86;88,75%



1998;104.576,11;91.201,47;13.374,64;87,21%



1999;66.111,33;90.317,42;0,00;136,61%



2000;66.712,34;202.174,76;0,00;303,05%



2001;66.712,34;71.201,95;0,00;106,73%



2002;84.590,00;189.992,97;0,00;224,60%



2003;120.200,00;252.047,17;0,00;209,69%



2004;134.000,00;132.600,00;1.400,00;98,96%




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732






El importe de la inversión ejecutada en los acuartelamientos por los que
se interesa su señoría, en cada uno de los años del periodo anterior, fue
la recogida en el siguiente cuadro:



;1997;1998;1999;2001;2002;2003



BURGO DE OSMA;54.385,56;11.352,64;4.796,56;20.014,47;29.992,96;57.164,03



OLVEGA;0,00;4.491,06;0,00;0,00;20.645,55;0,00



S. LEONARDO DE YAGÜE;0,00;0,00;3.175,30;0,00;0,00;0,00



TOTAL;54.385,56;15.843,70;7.971,86;20.014,47;50.638,51;57.164,03



Por último, el detalle de la información contable solicitada sobre las
actuaciones en los citados acuartelamientos, todas ellas de
rehabilitación y ejecutadas con cargo al subconcepto 630.02, fueron las
recogidas en el siguiente cuadro:



AÑO;FECHA CONTABLE;FASE CONTABLE;FECHA ADJUDIC.;ACTUACIÓN;IMPORTE



1997;28/05/1997;RC;25/06/1997;OBRAS ADECUACIÓN OFICINAS POLICÍA JUDICIAL
CASA-CTEL. DE BURGO DE OSMA (SORIA) CONTRATA;54.385,57



1997;01/07/1997;AD;25/06/1997;COMPROMISOS GASTOS ADQUIRIDOS EN EJERCICIOS
ANTERIORES. OBRAS OFICINAS PARA POLICÍA JUDICIAL EN CUARTEL DE BURGO DE
OSMA;54.385,57



1997;23/07/1997;OK;25/06/1997;1 CERTIF. OBRAS ADECUACIÓN OFICINAS PARA
POLICÍA JUDICIAL CTEL. G.C. EL BURGO DE OSMA (SORIA);17.562,85



1997;23/07/1997;OK;25/06/1997;2 CERTIF. OBRAS ADECUACIÓN OFICINA POLICÍA
JUDICIAL CTEL. EL BURGO DE OSMA (SORIA);30.513,67



1997;26/09/1997;OK;25/06/1997;3 CERTIF. PROYECTO ADECUACIÓN OFICINA
POLICÍA JUDICIAL CTEL. G.C. EN BURGO OSMA (SORIA);6.309,04



1998;15/06/1998;RC;23/07/1998;CONTRATA OBRAS REPARACIÓN GENERAL PABELLÓN
N.4 CASA-CTEL. G.C. EN EL BURGO DE OSMA (SORIA);11.352,64



1998;01/12/1998;ADOK;23/07/1998;REP. GRAL. PABELLÓN 4 CASA CUARTEL EN EL
BURGO DE OSMA. SORIA;11.352,64



1998;15/06/1998;RC;20/08/1998;CONTRATA OBRAS INSTALACIÓN SISTEMA
CALEFACCIÓN DEPEND. OFICIALES CASA-CTEL. G.C. EN OLVEGA (SORIA);4.491,06



1998;01/12/1998;ADOK;20/08/1998;INST. SISTEMA CALEF. DEPEND. OFIC. CASA
CUARTEL EN OLVEGA. SORIA;4.491,06



1999;29/04/1999;RC;28/05/1999;CONTRATA OBRAS INSTALAC. UN SISTEMA CALEFAC.
DEPEND. OFICIALES ACUART. SAN LEONARDO DE YAGUE SORIA;3.175,30



1999;29/07/1999;ADOK;28/05/1999;INST. CALEF. EN DEP. OFICIALES CASA-CTEL.
SAN LEONARDO DE YAGÚE (SORIA);3.175,30



1999;29/04/1999;RC;28/06/1999;CONTRATA OBRAS INSTALAC. CANALONES RECOGIDA
AGUA ACUART. EL BURGO DE OSMA SORIA;4.796,56



1999;13/09/1999;ADOK;28/06/1999;INSTAL. CANALONES RECOGIDA AGUA
ACUARTELAMIENTO DE EL BURGO DE OSMA SORIA;4.796,56



2001;18/04/2001;RC;23/052001;REFORMA Y ACONDIC. DE UN PABELLÓN EN ACUART.
EL BURGO DE OSMA (SORIA);20.014,47



2001;07/08/2001;ADOK;23/052001;REF. Y ACONDIC. DE UN PABELLÓN
ACUARTELAMIENTO EL BURGO DE OSMA SORIA;20.014,47



2002;20/05/2002;RC;27/06/2002;EL BURGO DE OSMA - INST. CALEFACCIÓN Y AGUA
CALIENTE SANITARIA (A.C.S). DEPEND. OFICIALES Y 10 PABELLONES;29.992,96



2002;19/11/2002;ADOK;27/06/2002;EL BURGO DE OSMA SORIA INSTALACIÓN DE
CALEFACCIÓN Y A.C.S. DPCIAS. OFICIALES Y 10 PABELLONES;29.992,96



2002; 28/05/2002;RC;22/07/2002;OBRAS EN ÓLVEGA. SORIA;20.645,55



2002;05/11/2002;ADOK;22/07/2002;ÓLVEGA - INSTALACIÓN CALEFACCIÓN Y AGUA
CALIENTE SANITARIA EN 8 PABELLONES;20.645,55




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733






AÑO;FECHA CONTABLE;FASE CONTABLE;FECHA ADJUDIC.;ACTUACIÓN;IMPORTE



2003;08/05/2003;RC;01/07/2003;REPARACION HUMEDADES FACHADAS DEPEND.
OFICIALES Y PABELLONES ACUART. EL BURGO DE OSMA SORIA;27.364,09



2003;29/07/2003;ADOK;01/07/2003;REP HUMEDADES. FACHADAS DEP. OFIC Y PAB.
EN CUARTEL DE EL BURGO DE OSMA SORIA;27.364,09



2003;01/10/2003;RC;05/11/2003;INST. CALEFACCIÓN EN 11 PABELLONES EDIFICIO
TRASERO ACUARTELAMIENTO DEL BURGO DE OSMA;29.799,94



2003;22/12/2003;ADOK;05/11/2003;INST. CALEFAC. 11 PABELLONES EDIF. TRASERO
DEL CUARTEL DEL BURGO DE OSMA SORIA;29.799,94



;;;;TOTAL;206.018,13



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006984



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por su señoría, se señala que ningún
miembro del equipo de personas que acompañaron al Ministro del Interior
alteró de modo alguno las intervenciones de los parlamentarios
socialistas presentes mientras atendían a los medios de comunicación
provinciales, ni durante al acto institucional ni en los momentos
posteriores a este.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006988



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Chacón Piqueras, Carme (GS).



Respuesta:



En el momento actual todavía no está definido el Presupuesto para el año
2013.



Madrid, 4 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006989 y 184/006990



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Torres Mora, José Andrés (GS).



Respuesta:



En lo que se refiere a las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro,
en el Impuesto sobre Sociedades se distinguen dos regímenes de
tributación, uno recogido en la propia Ley del Impuesto sobre
Sociedades-LIS y el segundo es el establecido por la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y
de los incentivos fiscales al mecenazgo.




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734






La información disponible para la Agencia Tributaria se circunscribe a los
declarantes del Impuesto sobre Sociedades a los que les resulta de
aplicación la mencionada Ley, y por otro lado las deducciones que figuran
en las estadísticas correspondientes a los donativos o cuotas de sus
asociados y que son deducibles para estos en el impuesto de sociedades y
en el IRPF.



De acuerdo con lo anterior, se muestran a continuación los datos
estadísticos correspondientes de las deducciones que se han aplicado los
declarantes del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades desde el año 2003
hasta el 2010, sin que sea posible dar respuesta al resto de cuestiones
planteadas con la información fiscal disponible.



IRPF - Deducciones por donativos;;;;



;Parte estatal;;Parte autonómica;



Ejercicio;Declaraciones;Importe;Declaraciones;Importe



2003;1.320.500;59.145.673;1.320.500;29.137.656



2004;1.594.663;74.607.503;1.594.663;36.754.167



2005;1.785.634;82.285.298;1.785.634;40.535.975



2006;1.932.333;93.696.251;1.932.333;46.156.261



2007;2.015.860;100.133.954;2.015.860;49.317.923



2008;2.177.631;110.057.296;2.177.630;54.205.075



2009;2.333.870;117.448.858;2.333.869;57.844.801



2010;2.521.097;94.827.847;2.520.943;94.821.956



2011;No disponible;No disponible;No disponible;No disponible



Importes deducidos en el Impuesto sobre Sociedades por donaciones a
entidades sin fines de lucro



AÑO;IMPORTE



2003; 68.200



2004; 82.192



2005; 91.997



2006; 120.895



2007; 176.446



2008; 92.658



2009; 106.301



2010; 103.909 *



2011; No disponible



unidad: miles de euros



* año 2010: Datos provisionales;



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006997 a 184/006999



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



El emplazamiento propuesto por el Ayuntamiento de Calatayud para ubicar
las nuevas dependencias del Cuerpo Nacional de Policía en este municipio
es el edificio donde antiguamente se ubicaba la Fábrica de Harinas de la
Merced.




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735






Este lugar ha recibido el visto bueno de los técnicos, tanto municipales
como del Ministerio del Interior, y se considera que reúne las
condiciones idóneas y óptimas de localización, accesibilidad y dimensión
para acoger los servicios policiales que demanda una localidad como
Calatayud.



En la actualidad se está a la espera de resolver la posible financiación
de los costes de rehabilitación y equipamiento del edificio.



Madrid, 29 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007001



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Batet Lamaña, Meritxell, y Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



La retención de los recursos del sistema de financiación en garantía de
las operaciones de préstamo concertadas tiene su base jurídica en la
Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de
septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. La Comunidad
Autónoma de Cantabria se acogió al indicado mecanismo extraordinario de
pago a proveedores para la suscripción de los préstamos con el Fondo para
la Financiación de los Pagos a los Proveedores, y el Consejo de Ministros
del pasado 15 de junio autorizó el endeudamiento para esta Comunidad,
junto con las restantes. El importe total de esta operación para la
Comunidad Autónoma de Cantabria asciende a 326,62 millones de euros,
correspondientes a 91.424 facturas.



La comunidad autónoma deberá reintegrar el principal, los intereses y las
comisiones de esta operación de endeudamiento en los términos y plazos
establecidos, en cuyo caso no se procederá a practicar ninguna retención.
Tal como indica tanto el acuerdo de la Comisión Delegada como la Ley
Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), la
retención en los recursos del sistema únicamente se producirá en el caso
de que las comunidades autónomas incumplan sus obligaciones de pago, y
por el importe de dicho incumplimiento, sin que en ningún caso el importe
retenido cada mes pueda superar el 25% del importe de las entregas a
cuenta de los recursos del sistema de financiación o de la liquidación a
satisfacer en el citado mes.



El establecimiento de dicho límite, y no de otro superior, tiene por
finalidad garantizar que las comunidades autónomas puedan contar
mensualmente con los recursos necesarios para el cumplimiento ordinario
de las obligaciones derivadas de las funciones que tienen asumidas.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007002 a 184/007004



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Batet Lamaña, Meritxell; Sahuquillo García, Luis Carlos, y Zarrías
Arévalo, Gaspar Carlos (GS).



Respuesta:



Los datos indicados a continuación, relativos al procedimiento de pago a
proveedores previsto en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por
el que se determinan obligaciones de información y procedimientos
necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a
los proveedores de las entidades locales, no deberán considerarse como
definitivos, al no haber concluido dicho procedimiento.



Con el fin de posibilitar la formalización de operaciones de préstamo por
las entidades locales que, aun estando interesadas en la aplicación de
dicha medida, no lo han podido hacer, por distintos motivos,




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736






en el mes de mayo, se ha habilitado una ampliación del período para
concertar dichas operaciones con las entidades de crédito en el mes de
julio.



Al citado período de ampliación se podrían acoger las entidades locales
que se encuentren en algunas de estas situaciones:



• Las que, antes del 31 de marzo, elevaron al Pleno un plan de ajuste,
finalmente no aprobado por el mismo.



• Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este,
pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



• Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no tuvieron
aprobación de la concertación de la operación de préstamo por el órgano
competente de la corporación local (normalmente por falta de mayoría
suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable).



• Aquellas cuyo órgano competente haya aprobado la formalización de
préstamos por importe o por plazo de amortización distintos de aquellos
por los que debieron aprobarlos.



A las entidades locales incluidas en esas situaciones se les ha habilitado
un plazo en la primera quincena de junio para solventar aquellas
incidencias. De la provincia de Cuenca, se han presentado diez planes en
esta ampliación del periodo, por parte de los siguientes ayuntamientos:
Arguisuelas, Casas de Fernando Alonso, Leganiel, Las Mesas, Motilla del
Palancar, El Picazo, Saceda-Trasierra, Talayuelas, Tinajas y Villanueva
de Guadamejud.



En relación con aquellos ayuntamientos a los que se les aplicará retención
sobre la participación en tributos del Estado, se presenta el siguiente
cuadro con la cuantía abonada tras la primera fase del procedimiento de
pago a proveedores, debiendo, en todo caso, tener en cuenta que los diez
municipios citados podrían concertar la operación de préstamo, en caso de
valoración favorable del nuevo plan de ajuste presentado en la ampliación
del periodo:



Nombre de corporación;Importe ( €)



Albendea ;12.129,15



Alcázar del Rey ;15.790,00



Alcohujate ;20.577,12



Almarcha (La) ;264.169,88



Almendros ;147.136,08



Altarejos ;3.253,70



Arandilla del Arroyo ;1.856,14



Arcos de la Sierra ;47.345,37



Chillarón de Cuenca ;43.649,54



Arguisuelas ;42.391,27



Bascuñana de San Pedro ;10.000,50



Belinchón ;156.957,72



Beteta ;31.857,75



Buciegas ;16.333,06



Buendía ;112.221,12



Campillos-Paravientos ;7.499,99



Campillos-Sierra ;10.000,00



Canalejas del Arroyo ;4.287,90



Cañada Juncosa ;21.606,26



Cañamares ;239,65



Cañaveras ;197.246,46



Cañete ;99.275,35



Cañizares ;79.089,53



Casas de Fernando Alonso ;315.776,39



Casas de Guijarro ;4.694,26




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737






Nombre de corporación;Importe ( €)



Castillejo de Iniesta ;142.066,32



Castillejo-Sierra ;16.010,00



Castillo-Albaráñez ;15.473,69



Cervera del Llano ;17.506,15



Cueva del Hierro ;26.700,00



Fresneda de la Sierra ;21.600,00



Fuente de Pedro Naharro ;194.513,53



Fuentelespino de Haro ;737,70



Fuertescusa ;9.450,00



Gascueña ;21.193,11



Graja de Iniesta ;235.124,77



Herrumblar (El) ;84.970,57



Hinojosa (La) ;55.652,34



Hito (El) ;43.496,63



Huelves ;9.788,34



Huérguina ;13.800,23



Huerta de la Obispalía ;35.094,74



Laguna del Marquesado ;16.191,52



Leganiel ;40.075,10



Majadas (Las) ;220.275,22



Mesas (Las) ;429.903,09



Montalbo ;187.682,12



Monteagudo de las Salinas ;145.068,54



Mota de Altarejos ;16.361,24



Motilla del Palancar ;1.470.392,43



Olivares de Júcar ;36.124,61



Olmedilla de Eliz ;14.474,39



Palomera ;7.665,00



Paracuellos ;1.359,21



Paredes ;15.973,75



Pedernoso (El) ;292.782,03



Peral (El) ;131.019,26



Peraleja (La) ;10.707,63



Pesquera (La) ;4.709,43



Picazo (El) ;116.772,20



Pineda de Gigüela ;59.092,49



Portalrubio de Guadamejud ;15.199,12



Portilla ;45.482,48



Valle de Altomira (El) ;392.722,59



Puebla del Salvador ;81.711,93



Rada de Haro ;776,47



Reíllo ;85.142,60



Rozalén del Monte ;5.029,47



Saceda-Trasierra ;75.611,44



Saelices ;160.552,94



Salinas del Manzano ;6.680,78



Salmeroncillos ;13.000,00



San Pedro Palmiches ;12.855,52



Santa Cruz de Moya ;138.253,15




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738






Nombre de corporación;Importe ( €)



Santa María de los Llanos ;70.899,90



Talayuelas ;358.985,48



Tejadillos ;8.024,13



Tinajas ;47.418,16



Torralba ;15.666,11



Tresjuncos ;15.029,71



Tribaldos ;22.777,62



Uclés ;113.049,77



Uña ;27.390,00



Valdeolivas ;21.267,55



Valhermoso de la Fuente ;7.082,04



Valsalobre ;9.500,00



Valverde de Júcar ;174.987,42



Valverdejo ;33.409,61



Villaescusa de Haro ;10.148,00



Villalba de la Sierra ;228.483,66



Villalgordo del Marquesado ;13.000,00



Villanueva de Guadamejud ;67.726,46



Villar del Humo ;69.069,11



Villar del Infantado ;5.654,43



Villar de Olalla ;270.126,49



Villarejo de Fuentes ;155.110,28



Villarrubio ;3.912,81



Villarta ;84.609,29



Yémeda ;5.172,02



Zafrilla ;7.502,56



Zarza de Tajo ;10.526,32



Zarzuela ;18.941,74



Campos del Paraíso ;196.875,52



Valdecolmenas (Los) ;47.985,94



Sotorribas ;1.000,00



Villar y Velasco ;30.631,58



Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, para aquellas entidades locales que no formalicen la
operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el órgano
competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
organismo público competente, efectuará las retenciones que procedan con
cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su
participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al
cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de
endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se
aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la
disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquella, dispongan
las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.



El porcentaje de retención de los citados fondos será el que cada año
determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose
concretado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2012, un límite del 50% de la participación en los tributos del Estado.



Tal como se ha indicado, el citado procedimiento, en estos momentos, no ha
concluido, por lo que no se podría realizar por el momento valoración
alguna. No obstante, cabe significar que, para el conjunto de entidades
locales, la medida instrumentada mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y
procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación
para el pago a los proveedores de las entidades locales, junto con el
Real




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739






Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la
financiación de los pagos a proveedores, han definido una operación sin
precedentes para inyectar liquidez a las empresas y así recuperar la
senda de crecimiento y creación de empleo.



Además, ha posibilitado que las entidades locales puedan atender en
condiciones ventajosas sus obligaciones pendientes de pago, transformando
una deuda comercial vencida, líquida y exigible, en una deuda financiera
a un plazo de diez años, incrementando sus disponibilidades líquidas a
corto plazo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007005 a 184/007007



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena; Batet Lamaña, Meritxell, y Zarrías
Arévalo, Gaspar Carlos (GS).



Respuesta:



Los datos indicados a continuación, relativos al procedimiento de pago a
proveedores previsto en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por
el que se determinan obligaciones de información y procedimientos
necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a
los proveedores de las entidades locales, no deberán considerarse como
definitivos, al no haber concluido dicho procedimiento.



Con el fin de posibilitar la formalización de operaciones de préstamo por
las entidades locales que, aun estando interesadas en la aplicación de
dicha medida, no lo han podido hacer, por distintos motivos, en el mes de
mayo, se ha habilitado una ampliación del período para concertar dichas
operaciones con las entidades de crédito en el mes de julio.



Al citado período de ampliación se podrían acoger las entidades locales
que se encuentren en algunas de estas situaciones:



• Las que, antes del 31 de marzo, elevaron al Pleno un plan de ajuste,
finalmente no aprobado por el mismo.



• Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este,
pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



• Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no tuvieron
aprobación de la concertación de la operación de préstamo por el órgano
competente de la corporación local (normalmente por falta de mayoría
suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable).



• Aquellas cuyo órgano competente haya aprobado la formalización de
préstamos por importe o por plazo de amortización distintos de aquellos
por los que debieron aprobarlos.



A las entidades locales incluidas en esas situaciones se les ha habilitado
un plazo en la primera quincena de junio para solventar aquellas
incidencias. De la provincia de Guadalajara, se han presentado dos planes
en esta ampliación del periodo, por parte de los siguientes
ayuntamientos: Sacecorbo y Trijueque.



En relación a aquellos ayuntamientos a los que se les aplicará retención
sobre la participación en tributos del Estado, se presenta el siguiente
cuadro con la cuantía abonada tras la primera fase del procedimiento de
pago a proveedores, debiendo, en todo caso, tener en cuenta que los dos
municipios citados podrían concertar la operación de préstamo, en caso de
valoración favorable del nuevo plan de ajuste presentado en la ampliación
del periodo:



Nombre de la Corporación;Importe ( €)



Alarilla ;34.082,08



Albalate de Zorita ;1.022.970,73



Algar de Mesa ;9.877,04




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740






Nombre de la Corporación;Importe ( €)



Alustante ;17.147,18



Anguita ;9.000,00



Argecilla ;1.035,85



Atanzón ;57.551,89



Baides ;41.739,86



Baños de Tajo ;11.885,90



Brihuega ;39.294,21



Casa de Uceda ;6.000,00



Castejón de Henares ;1.816,92



Castilnuevo ;30.000,00



Cendejas de la Torre ;3.738,03



Cubillo de Uceda (El) ;16.593,35



Checa ;37.488,23



Chequilla ;14.571,22



Escariche ;3.091,41



Escopete ;1.083,21



Espinosa de Henares ;178.830,57



Fontanar ;758.142,08



Fuembellida ;17.399,02



Fuentelahiguera de Albatages ;67.352,75



Fuentelencina ;151.612,97



Heras de Ayuso ;11.148,32



Herrería ;55.292,94



Hiendelaencina ;39.027,63



Hortezuela de Océn ;1.347,07



Huérmeces del Cerro ;8.910,45



Illana ;45.486,87



Ledanca ;1.035,85



Malaguilla ;15.213,71



Mandayona ;26.157,80



Marchamalo ;90.884,89



Matillas ;66.052,25



Medranda ;83.001,58



Megina ;13.000,00



Membrillera ;17.730,34



Mochales ;14.700,06



Molina de Aragón ;742.005,43



Montarrón ;50.579,89



Muduex ;27.107,24



Olivar (El) ;12.195,88



Olmeda de Cobeta ;224.416,22



Paredes de Sigüenza ;5.264,19



Peralejos de las Truchas ;121.214,55



Peralveche ;295,00



Pioz ;5.038.151,96



Pozo de Almoguera ;33.500,81



Pozo de Guadalajara ;225.933,61



Prádena de Atienza ;7.551,32



Prados Redondos ;12.000,00




Página
741






Nombre de la Corporación;Importe ( €)



Renera ;33.917,05



Riba de Saelices ;71.829,94



Robledillo de Mohernando ;37.331,38



Robledo de Corpes ;12.661,77



Sacecorbo ;189.757,06



San Andrés del Congosto ;55.611,14



Solanillos del Extremo ;25.370,00



Tamajón ;22.946,22



Taravilla ;23.320,64



Tierzo ;65.120,22



Torrecuadrada de Molina ;63.021,67



Torremocha de Jadraque ;28.942,61



Torremocha del Campo ;8.119,20



Torremocha del Pinar ;46.100,00



Trijueque ;812.185,52



Valhermoso ;24.286,41



Villares de Jadraque ;19.385,82



Villaseca de Henares ;8.667,11



Villaseca de Uceda ;73.226,67



Villel de Mesa ;68.623,63



Zaorejas ;2.832,00



Zarzuela de Jadraque ;51.282,39



Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, para aquellas entidades locales que no formalicen la
operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el órgano
competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
organismo público competente, efectuará las retenciones que procedan con
cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su
participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al
cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de
endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se
aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la
disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquella, dispongan
las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.



El porcentaje de retención de los citados fondos será el que cada año
determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose
concretado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2012, un límite del 50% de la participación en los tributos del Estado.



Tal como se ha indicado, el citado procedimiento, en estos momentos, no ha
concluido, por lo que no se podría realizar por el momento valoración
alguna. No obstante, cabe significar que, para el conjunto de entidades
locales, la medida instrumentada mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y
procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación
para el pago a los proveedores de las entidades locales, junto con el
Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para
la financiación de los pagos a proveedores, han definido una operación
sin precedentes para inyectar liquidez a las empresas y así recuperar la
senda de crecimiento y creación de empleo.



Además, ha posibilitado que las entidades locales puedan atender en
condiciones ventajosas sus obligaciones pendientes de pago, transformando
una deuda comercial vencida, líquida y exigible, en una deuda financiera
a un plazo de diez años, incrementando sus disponibilidades líquidas a
corto plazo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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742






184/007011 a 184/007013



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César; Batet Lamaña, Meritxell, y Zarrías Arévalo,
Gaspar Carlos (GS).



Respuesta:



Los datos indicados a continuación, relativos al procedimiento de pago a
proveedores previsto en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por
el que se determinan obligaciones de información y procedimientos
necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a
los proveedores de las entidades locales, no deberán considerarse como
definitivos, al no haber concluido dicho procedimiento.



Con el fin de posibilitar la formalización de operaciones de préstamo por
las entidades locales que, aun estando interesadas en la aplicación de
dicha medida, no lo han podido hacer, por distintos motivos, en el mes de
mayo, se ha habilitado una ampliación del período para concertar dichas
operaciones con las entidades de crédito en el mes de julio.



Al citado período de ampliación se podrían acoger las entidades locales
que se encuentren en algunas de estas situaciones:



• Las que, antes del 31 de marzo, elevaron al Pleno un plan de ajuste,
finalmente no aprobado por el mismo.



• Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este,
pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



• Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no tuvieron
aprobación de la concertación de la operación de préstamo por el órgano
competente de la corporación local (normalmente por falta de mayoría
suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable).



• Aquellas cuyo órgano competente haya aprobado la formalización de
préstamos por importe o por plazo de amortización distintos de aquellos
por los que debieron aprobarlos.



A las entidades locales incluidas en esas situaciones se les ha habilitado
un plazo en la primera quincena de junio para solventar aquellas
incidencias. De La Rioja se han presentado dos planes en esta ampliación
del período, por parte de los siguientes ayuntamientos: Herramélluri y
San Torcuato.



En relación con aquellos ayuntamientos a los que se les aplicará retención
sobre la participación en tributos del Estado, se presenta el siguiente
cuadro con la cuantía abonada tras la primera fase del procedimiento de
pago a proveedores, debiendo, en todo caso, tener en cuenta que los dos
municipios citados podrían concertar la operación de préstamo, en caso de
valoración favorable del nuevo plan de ajuste presentado en la ampliación
del periodo:



Nombre de la corporación;Importe ( €)



Aguilar del Río Alhama ;18.031,54



Bañares ;26.401,50



Bobadilla ;15.409,64



Briñas ;230.222,69



Castañares de Rioja ;491,34



Cuzcurrita de Río Tirón ;83.598,63



Daroca de Rioja ;137.158,09



Fonzaleche ;74.733,33



Gimileo ;922,86



Herramélluri ;879,10



Hervías ;7.394,94



Matute ;12.820,02



Nájera ;34.731,28



Pazuengos ;2.224,81



Rincón de Soto ;11.515,31




Página
743






Nombre de la corporación;Importe ( €)



San Torcuato ;371.124,12



Tobía ;24.153,71



Treviana ;50.512,11



Tudelilla ;283.674,91



Villalba de Rioja ;73.906,17



Villalobar de Rioja ;6.971,87



Villarejo ;3.250,00



Villavelayo ;13.000,00



Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, para aquellas entidades locales que no formalicen la
operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el órgano
competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
organismo público competente, efectuará las retenciones que procedan con
cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su
participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al
cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de
endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se
aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la
Disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquella, dispongan
las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.



El porcentaje de retención de los citados fondos será el que cada año
determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose
concretado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2012 un límite del 50% de la participación en los tributos del Estado.



Tal como se ha indicado, el citado procedimiento, en estos momentos, no ha
concluido, por lo que no se podría realizar por el momento valoración
alguna. No obstante, cabe significar que, para el conjunto de entidades
locales, la medida instrumentada mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y
procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación
para el pago a los proveedores de las entidades locales, junto con el
Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para
la financiación de los pagos a proveedores, han definido una operación
sin precedentes para inyectar liquidez a las empresas y así recuperar la
senda de crecimiento y creación de empleo.



Además, ha posibilitado que las entidades locales puedan atender en
condiciones ventajosas sus obligaciones pendientes de pago, transformando
una deuda comercial vencida, líquida y exigible, en una deuda financiera
a un plazo de diez años, incrementando sus disponibilidades líquidas a
corto plazo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Asuntos Constitucionales y
Parlamentarios.



184/007014 a 184/007016



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Muñoz González, Pedro José; Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos, y Batet
Lamaña, Meritxell (GS).



Respuesta:



Con el fin de posibilitar la formalización de operaciones de préstamo por
las entidades locales que, aun estando interesadas en la aplicación de
dicha medida, no lo han podido hacer, por distintos motivos, en el mes de
mayo, se ha habilitado una ampliación del período para concertar dichas
operaciones con las entidades de crédito en el mes de julio.



Al citado período de ampliación se podrían acoger las entidades locales
que se encuentren en algunas de estas situaciones:



• Las que, antes del 31 de marzo, elevaron al Pleno un plan de ajuste,
finalmente no aprobado por el mismo.




Página
744






• Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este,
pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



• Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no tuvieron
aprobación de la concertación de la operación de préstamo por el órgano
competente de la corporación local (normalmente por falta de mayoría
suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable).



• Aquellas cuyo órgano competente haya aprobado la formalización de
préstamos por importe o por plazo de amortización distintos de aquellos
por los que debieron aprobarlos.



A las entidades locales incluidas en esas situaciones se les ha habilitado
un plazo, en la primera quincena de junio, para solventar aquellas
incidencias.



De la provincia de Ávila se han presentado 10 planes en esta ampliación
del período, por parte de los siguientes ayuntamientos: Las Berlanas,
Fresnedilla, Navalperal de Tormes, Navatalgordo, Pascualcobo, Peguerinos,
Piedrahíta, San Esteban del Valle, Santa María del Berrocal y Sotalbo.



En relación con aquellos ayuntamientos a los que se les aplicará retención
sobre la participación en tributos del Estado, se presenta el siguiente
detalle, con la cuantía abonada tras la primera fase del procedimiento de
pago a proveedores, debiendo, en todo caso, tener en cuenta que 10 de los
siguientes municipios podrían concertar la operación de préstamo en caso
de valoración favorable del nuevo plan de ajuste presentado en la
ampliación del periodo:



Nombre de la corporación;Importe ( €)



Diputación Provincial de Ávila ;1.575,00



Aldeaseca ;26.341,14



Arevalillo ;9.160,00



Bercial de Zapardiel ;4.400,52



Berlanas (Las) ;5.384,76



Blascosancho ;54.019,80



Casas del Puerto ;16.062,09



Casasola ;485,82



Casavieja ;21.900,00



Casillas ;30.011,05



Castellanos de Zapardiel ;18.114,60



Cebreros ;21.772,47



Colilla (La) ;51.711,20



Donvidas ;1.960,00



Fontiveros ;28.588,55



Fresnedilla ;48.947,47



Grandes y San Martín ;1.285,54



Hernansancho ;3.439,00



Herradón de Pinares ;386.365,84



Herreros de Suso ;1.458,50



Mamblas ;4.471,18



Martiherrero ;772,84



Narros del Puerto ;56.579,53



Navalperal de Tormes ;60.000,00



Navatalgordo ;69.884,12



Papatrigo ;69.328,76



Pascualcobo ;17.263,51



Peguerinos ;224.784,86



Peñalba de Ávila ;193,40



Piedrahíta ;505.118,63



Poveda ;33.022,74




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745






Nombre de la corporación;Importe ( €)



Poyales del Hoyo ;78.872,79



Pradosegar ;129,80



Rasueros ;18.097,41



Riocabado ;2.630,81



San Esteban de los Patos ;0,00



San Esteban del Valle ;107.978,52



San Juan de la Nava ;32.719,27



Santa Cruz de Pinares ;54.605,88



Santa María del Berrocal ;37.170,80



Santo Domingo de las Posadas ;31.219,48



Solana de Rioalmar ;60.000,00



Solosancho ;6.261,03



Sotalbo ;21.100,00



Tornadizos de Ávila ;30.244,35



Vega de Santa María ;13.775,63



Velayos ;79.269,18



Villafranca de la Sierra ;33.569,30



Zapardiel de la Ribera ;30.190,53



Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, para aquellas entidades locales que no formalicen la
operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el órgano
competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
organismo público competente, efectuará las retenciones que procedan con
cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su
participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al
cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de
endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se
aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la
Disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquella, dispongan
las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.



El porcentaje de retención de los citados fondos será el que cada año
determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose
concretado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2012 un límite del 50% de la participación en los tributos del Estado.



Tal como se ha indicado, el citado procedimiento, en estos momentos, no ha
concluido, por lo que los datos indicados no deberán considerarse como
definitivos y no se podría realizar por el momento valoración alguna. No
obstante, cabe significar que, para el conjunto de entidades locales, la
medida instrumentada mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de
febrero, por el que se determinan obligaciones de información y
procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación
para el pago a los proveedores de las entidades locales, junto con el
Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para
la financiación de los pagos a proveedores, han definido una operación
sin precedentes para inyectar liquidez a las empresas y así recuperar la
senda de crecimiento y creación de empleo.



Además, ha posibilitado que las entidades locales puedan atender en
condiciones ventajosas sus obligaciones pendientes de pago, transformando
una deuda comercial vencida, líquida y exigible, en una deuda financiera
a un plazo de diez años, incrementando sus disponibilidades líquidas a
corto plazo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007019



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos; Batet Lamaña, Meritxell, y Cortizo
Nieto, Miguel Ángel (GS).




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746






Respuesta:



En los momentos actuales, el procedimiento derivado del Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
se encuentra finalizado, por lo que la información individualizada,
referida a cada una de las entidades locales, no se puede considerar
definitiva.



De hecho, según nota informativa de fecha 31 de mayo, publicada en la
Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, en
la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se
habilitó un nuevo plazo para posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo, en el mes de julio, por las entidades locales que, aun
estando interesadas en la aplicación de dicha medida, no pudieron
hacerlo, por distintos motivos, en el mes de mayo.



Al citado período de ampliación se podrían acoger las entidades locales
que se encuentren en algunas de estas situaciones:



• Las que, antes del 31 de marzo, elevaron al Pleno un plan de ajuste,
finalmente no aprobado por el mismo.



• Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este,
pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



• Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no tuvieron
aprobación de la concertación de la operación de préstamo por el órgano
competente de la corporación local (normalmente por falta de mayoría
suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable).



• Aquellas cuyo órgano competente haya aprobado la formalización de
préstamos por importe o por plazo de amortización distintos de aquellos
por los que debieron aprobarlos.



Dentro del marco de este nuevo plazo concedido a las entidades locales, se
han presentado 240 planes de ajuste, los cuales están siendo objeto de
valoración por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
correspondiendo 4 de ellos a ayuntamientos de la provincia de A Coruña,
en concreto, los ayuntamientos de Carnota, Coristanco, Dodro y Frades.



Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, para aquellas entidades locales que no formalicen la
operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el órgano
competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
organismo público competente, efectuará las retenciones que procedan con
cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su
participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al
cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de
endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se
aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la
Disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquella, dispongan
las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.



El porcentaje de retención de los citados fondos será el que cada año
determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose
concretado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2012 un límite del 50% de la participación en los tributos del Estado.



Los ayuntamientos de la provincia de A Coruña a los que, tras la primera
fase de valoración, se les aplicarían las retenciones citadas ascienden a
15, en tanto que fue valorado desfavorablemente o no enviaron el plan de
ajuste, alcanzando la cantidad total a retener la cifra de 4.098.464,11
euros.



Nombre de la corporación;Importe (en euros)



Abegondo ;84.609,84



Boiro ;201.214,01



Brión ;77.145,71



Carballo ;651,71



Carnota ;1.161.543,58



Cedeira ;17.509,74




Página
747






Nombre de la corporación;Importe (en euros)



Cesuras ;118,00



Coristanco ;1.573.946,48



Curtis ;24.576,30



Dodro ;495.576,28



Frades ;166.924,91



Mañón ;3.373,28



Oza dos Ríos ;122.439,02



Sobrado ;33.704,79



Valdoviño ;135.130,46



Tal como se ha indicado, el citado procedimiento, en estos momentos, no ha
concluido, por lo que no se podría realizar por el momento valoración
alguna. No obstante, cabe significar que, para el conjunto de entidades
locales, la medida instrumentada mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de
24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y
procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación
para el pago a los proveedores de las entidades locales, junto con el
Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para
la financiación de los pagos a proveedores, han definido una operación
sin precedentes para inyectar liquidez a las empresas y así recuperar la
senda de crecimiento y creación de empleo.



Además, ha posibilitado que las entidades locales puedan atender en
condiciones ventajosas sus obligaciones pendientes de pago, transformando
una deuda comercial vencida, líquida y exigible, en una deuda financiera
a un plazo de diez años, incrementando sus disponibilidades líquidas a
corto plazo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007035



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La pregunta de su señoría parte del entendimiento de que la nueva
regulación sobre aranceles de registradores y notarios que introduce la
disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de
mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector
financiero, es mucho más gravosa para los ciudadanos que la contenida en
el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el
arancel de los Registradores de la Propiedad.



No obstante, la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley
18/2012, de 11 de mayo, tuvo como único objeto garantizar que, en un
contexto de saneamiento y reestructuración de entidades financieras que
daría lugar a la realización de numerosas operaciones susceptibles de
inscripción registral, que todas las transmisiones realizadas se
practicaran en un solo asiento, devengándose únicamente los honorarios
correspondientes a la última operación inscrita.



Esta regulación presenta algunas singularidades respecto a la regulación
de carácter general prevista en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de
noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la
Propiedad.



1. La disposición adicional segunda prevé un porcentaje de reducción del
capital inscrito menor que el previsto en el Real Decreto 1427/1989, de
17 de noviembre.



2. De acuerdo con la disposición adicional segunda la inscripción se hace
tomando como base el capital inscrito y no el capital pendiente de
amortizar como recoge el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre.




Página
748






Seguramente son estas dos novedades normativas las que han conducido a
considerar que se aumentan los costes derivados de la inscripción
registral de las operaciones de novación, subrogación o cancelación de
hipoteca, que deberán asumir los ciudadanos. Sin embargo, esta
interpretación no es correcta por lo siguiente:



En primer lugar, la disposición adicional tiene aplicación únicamente en
un contexto de saneamiento o reestructuración de las entidades
financieras, momento en que se produce una acumulación de operaciones que
requieren inscripción registral.



Es cierto que, en este caso, el coste de la inscripción individual es
mayor en virtud de la aplicación de la disposición adicional segunda, que
si se aplican las reglas previstas en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de
noviembre; pero, en contrapartida, en virtud de la disposición adicional
segunda, en el caso de que se hagan operaciones masivas, la entidad de
crédito solo tendrá que pagar arancel por la última inscripción, en vez
de tener que pagar aranceles por todas y cada una de las operaciones que
haga. De forma que, en su conjunto, el coste del pago de un único arancel
es, obviamente, mucho menor que el que resultaría de pagar múltiples
aranceles calculados de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto
1427/1989, de 17 de noviembre.



Se observa, por estas razones, que las normas contenidas en la disposición
adicional segunda pierden su sentido si se extraen de su contexto, que es
precisamente el de una reestructuración o saneamiento de entidades de
crédito que da lugar a la realización de muchas operaciones que deben ser
inscritas en el Registro de la Propiedad.



En segundo lugar, las reglas generales del Real Decreto 1427/1989, de 17
de noviembre, subsisten, no han sido derogadas; y deben ser, por lo
tanto, aplicadas en los supuestos ordinarios en que la subrogación,
novación y cancelación de créditos se hace fuera de un contexto de
saneamiento y reestructuración de una entidad de crédito.



Esta diferenciación entre normas aplicables en un contexto de saneamiento
y reestructuración, y normas aplicables en el tráfico ordinario es muy
relevante, pues en aquellos supuestos en que se produzca una novación,
subrogación o cancelación de hipoteca, consecuencia de un proceso de
saneamiento o reestructuración de una entidad de crédito, la inscripción
registral o notarial de estas operaciones se hará a instancia de la
propia entidad de crédito, o de la nueva que la sustituya, y por ello
será la entidad de crédito la que asuma los costes, no el ciudadano.



Por el contrario, los casos en que se hacen operaciones de novación,
subrogación o cancelación de hipoteca a instancia del ciudadano,
asumiendo este los costes, son procesos que no tienen que ver y no están
insertos en un proceso de saneamiento o reestructuración de una entidad
de crédito.



Para estos supuestos, seguirá siendo de plena aplicación la normativa y
los aranceles contenidos en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de
noviembre, y en la normativa de aranceles notariales correspondiente.



Sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para reducir los
aranceles de registradores y notarios en los casos de cancelación de
hipoteca, se informa lo siguiente:



1. En primer lugar el resultado global de la aplicación del Real
Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los
activos inmobiliarios del sector financiero, ha comportado ya, sin duda,
una disminución de los aranceles de los registradores de la propiedad. Y
así ha sido percibido por ellos.



2. La finalidad de esta norma es clara: establecer un régimen arancelario
especial para las inscripciones en que se reflejen operaciones previas de
saneamiento y reestructuración de las entidades financieras, de forma que
la inscripción de dichas operaciones previas no devengue honorarios.



3. El párrafo primero de la disposición adicional segunda del Real
Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, contempla todos los supuestos de
inscripciones que se practican en el Registro de la Propiedad -incluidas
las adjudicaciones, daciones en pago, etc.- que requieren la previa
inscripción de traspaso de activos financieros o inmobiliarios como
consecuencia de operaciones de saneamiento y reestructuración de
entidades financieras.



En el concepto 'operaciones de saneamiento o reestructuración' deben
incluirse todos los procesos de integración y consolidación del sistema
financiero. Dentro de esta expresión están incluidos los previstos en el
Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros
aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros; en el Real
Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema
financiero; los que resulten como consecuencia de las operaciones de
saneamiento y reestructuración del propio Real Decreto-ley 18/2012, así
como, igualmente, cualquier otra operación que pueda tener la
consideración legal de operación de saneamiento o reestructuración de




Página
749






entidades financieras. Dentro del concepto de reestructuración quedan
incluidas las modificaciones estructurales realizadas a través de
fusiones, escisiones o segregaciones.



El tenor literal del precepto implica una interpretación extensiva de
tales operaciones siempre que puedan tener la consideración legal de
operaciones de saneamiento o reestructuración de entidades financieras.
La razón es evidente: el Real Decreto-ley no restringe el concepto a
determinadas operaciones acogidas a determinadas normas; sino que se
refiere, con carácter general, a todas las operaciones de saneamiento y
reestructuración de entidades financieras. Esta disposición es siempre
aplicable con independencia de la fecha de las operaciones de
reestructuración y saneamiento.



En cuanto a los honorarios devengados por dichas operaciones registrales,
se percibirá únicamente el importe que resulte de aplicar el número 2.1 o
el número 2.2 del Arancel de los Registradores (Real Decreto 1427/1989,
de 17 de noviembre) a la operación que se inscribe a favor del adquirente
final.



Todas las transmisiones previas de bienes o derechos, que se hubieran
producido como consecuencia de operaciones de saneamiento y
reestructuración de entidades financieras, se practicarán necesariamente
en el mismo asiento que produce la inscripción a favor del adquirente
final, y no devengarán honorarios.



En definitiva, únicamente devenga honorarios la inscripción que se
practica a favor del último adquirente, ya sea una entidad financiera o
un tercero al que éste transmita o que adquiera en virtud de dación en
pago, adjudicación, etc.; y no devengarán honorarios las operaciones
previas de transmisión de bienes o derechos que se hubieran producido
como consecuencia de las operaciones de saneamiento y reestructuración de
entidades financieras.



Debe asimismo recordarse que procede la reducción del 5%, tanto al número
2.1 como al número 2.2 del Arancel de los Registradores, conforme a la
disposición adicional 8.ª2 del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo y
al Real Decreto 1612/2011, de 14 de noviembre, que modifica en su
artículo segundo el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre (así las
Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de
6 de junio, 17, 18 y 19 de octubre de 2011).



4. En el segundo párrafo de la disposición adicional segunda del Real
Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, es donde se establece un criterio
claro de racionalización de los honorarios por el concepto 'cancelación
de hipoteca' ante las dificultades de interpretación que planteaba la
regulación anterior.



Los preceptos referentes a tales cancelaciones, fueron objeto de al menos
tres interpretaciones diferentes por parte de la Dirección General de los
Registros y del Notariado así como por parte de los Tribunales.



La redacción actual, complementada por una Instrucción de la Dirección
General de los Registros y del Notariado de fecha 31 de mayo de 2012,
establece unos parámetros claros y perfectamente calculables por
cualquier ciudadano. Señala el Real Decreto-ley 'En los supuestos de
novación, subrogación o cancelación de hipoteca, incluso cuando
previamente deba hacerse constar el traspaso de activos financieros o
inmobiliarios como consecuencia de operaciones de saneamiento y
reestructuración de entidades financieras, las inscripciones que se
practiquen solo devengarán los honorarios establecidos en el número 2.2
del arancel de los registradores, correspondientes a la novación,
subrogación o cancelación, tomando como base el capital inscrito,
reducido al 60 por ciento, con un mínimo de 24 euros'.



Por lo expuesto, se considera que de la aplicación del Real Decreto-ley
18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos
inmobiliarios del sector financiero, se derivan beneficios para el
interés general.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007039



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



CORREOS cuenta con una extensa red de oficinas y sucursales urbanas en la
localidad de Málaga, que garantizan una adecuada cobertura y calidad del
servicio postal a todos los ciudadanos y empresas




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750






de esa ciudad, no habiendo diferencias entre los servicios que se
encontraban disponibles en el edificio principal, respecto a los que se
ofrecen en las actuales sucursales urbanas.



Teniendo en cuenta estas circunstancias, y en aplicación de los criterios
de eficiencia y racionalización de recursos que guían la actuación de
CORREOS, la Sociedad no tiene previsto, próximamente, expandir su red de
oficinas postales en Málaga y, consecuentemente, tampoco en el centro de
la capital.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007079



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Montón Giménez, Carmen (GS).



Respuesta:



En los casos de violencia de género, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado actúan no solamente como consecuencia de las denuncias
formuladas por la víctima o terceros, sino también de oficio y a
requerimiento de la Autoridad Judicial.



Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, dentro de las funciones que
tienen legalmente asignadas, promueven la detección y la acción
preventiva de este tipo de hechos delictivos, al tiempo que
institucionalmente se continúa participando en las campañas que otros
Departamentos Ministeriales, con competencia en la materia, llevan a cabo
para combatir la violencia de género.



En el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía se ha creado un Área de
Seguimiento y Control de la Violencia Doméstica, cuya principal misión
será realizar una evaluación permanente de la situación y proponer
iniciativas y medidas dirigidas a combatir la violencia de género, entre
ellas las de carácter preventivo.



No obstante, los datos relativos a los 23 casos de mujeres víctimas
mortales de Violencia de Género indican que 3 mujeres habían denunciado
previamente la situación y 20 no lo habían hecho.



El Gobierno tiene previsto la aprobación de una Estrategia Nacional para
la erradicación de la violencia contra las mujeres, que contendrá una
batería de medidas para lograr la máxima eficacia de las herramientas
legales e instrumentos existentes en la atención a las mujeres víctimas
de violencia de género y sus hijos, que necesariamente contemplará la
especial vulnerabilidad de las mujeres que aún no han interpuesto
denuncia.



Además, se están realizando distintas actuaciones dirigidas a abordar
estas situaciones:



• Mejora de la coordinación interinstitucional para establecer una red de
servicios y recursos con el único objetivo de mejorar los mecanismos de
protección, seguridad y asistencia a las mujeres víctimas y a sus hijos e
hijas. La mejora de la eficacia redundará en una mayor confianza en el
sistema de protección.



• Revisión de los protocolos de detección, especialmente el Protocolo de
Maltrato Infantil y el Protocolo de Actuación en el ámbito sanitario.



• Posibilitar el acceso a recursos especializados (información y
asesoramiento jurídico a través del 016; acompañamiento personalizado a
través del Protocolo de Actuación del Servicio Telefónico de Atención y
Protección para Víctimas de la Violencia de Género (ATENPRO).



• Sensibilizar a las mujeres, sus entornos y al conjunto de la sociedad a
través de iniciativas como la de 'Empresas por una sociedad libre de
violencia de género' o la emisión de campañas de sensibilización.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007082



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Montón Giménez, Carmen (GS).




Página
751






Respuesta:



En el compromiso de la mejora continua del servicio dispensado, el
Ministerio del Interior, a través de la Inspección de Personal y
Servicios de Seguridad (IPSS) de la Secretaría de Estado de Seguridad,
analiza pormenorizadamente todas las quejas y sugerencias recibidas sobre
la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.



Se ha prestado una especial atención a las relacionadas con la violencia
de género, de forma que por primera vez en la Memoria 2011 aparecen
desagregadas. Tras constatar que suponen un 0,43% del total de quejas
recibidas, se ha estudiado y procedido en consecuencia en las que
procedía.



En definitiva, el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de
Estado de Seguridad, ha establecido, con un máximo grado de exigencia y
sensibilidad ante el problema, medidas de control, detección y corrección
de comportamientos inadecuados en la recepción y tramitación de las
denuncias por violencia de género. Además de la comunicación expresa a
cada unidad afectada, las irregularidades detectadas se enuncian con
carácter general en la Memoria Anual con las recomendaciones pertinentes,
sobre las que se realiza el seguimiento oportuno.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007086



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



El artículo 26 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, establece
que el subsistema de formación profesional para el empleo está
constituido por un conjunto de iniciativas, medidas e instrumentos para
la formación de los trabajadores y la acreditación de sus
cualificaciones, todo ello dentro del marco del Sistema Nacional de las
Cualificaciones y Formación Profesional, y del Sistema Nacional de
Empleo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 5/2002, de 19 de junio, de
las Cualificaciones y de la Formación Profesional.



El Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral, introdujo una nueva redacción del apartado
c) de este artículo 26 de la Ley de Empleo, estableciendo la
participación de las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas y centros y entidades de formación debidamente
acreditados en el diseño y planificación del subsistema de formación
profesional para el empleo. En la Ley resultante de la tramitación
parlamentaria del Real Decreto-ley 3/2012, que ya ha sido aprobada y
publicada en el BOE de 7 de julio de 2012, la participación de los
centros y entidades de formación acreditados se articula a través de sus
organizaciones representativas del sector.



Por otra parte, la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral, a través de su disposición final séptima,
apartados c) y d), también ha modificado la redacción del artículo 24 del
Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema
de formación profesional para el empleo, estableciendo que, para la
ejecución de los planes de formación, el Servicio Público de Empleo
Estatal y las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos
competenciales, suscribirán convenios con los centros y entidades de
formación debidamente acreditados e inscritos tanto en el Registro
Estatal de Centros y Entidades de Formación, como en el Registro de
Centros y Entidades de Formación de la correspondiente Comunidad
Autónoma.



En este sentido, y en lo que concierne al Servicio Público de Empleo
Estatal, actualmente se está trabajando en las convocatorias
correspondientes a la ejecución de estos planes de formación, en las que
se considerará como beneficiarios de dichos planes a los centros y
entidades de formación, en los términos que en ellas se establezcan.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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752






184/007106



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández González, Daniel (GS).



Respuesta:



En el momento actual todavía no está definido el proyecto de Presupuestos
Generales del Estado para 2013.



Madrid, 4 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007112 a 184/007115



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martín González, María Guadalupe, y Sahuquillo García, Luis Carlos
(GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Sus Señorías, se señala lo
siguiente:



1. Respecto a las personas con necesidades de alimentación especial, cabe
señalar que, de acuerdo a lo estipulado en el citado Real Decreto-ley, la
prestación con productos dietéticos cuenta con la consideración de
cartera suplementaria.



El pasado 27 de abril, en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud se consensuaron los criterios básicos para la aportación del
usuario siguientes: los productos destinados a procesos de larga
duración, sin alternativa médica nutricional, estarán exentos de
aportación; los productos de nutrición enteral tendrán aportación
reducida; y los productos destinados a tratamientos alérgicos tendrán
aportación normal. Además, se dio el visto bueno al Proyecto de Orden por
el que se establece el factor de facturación común en productos
dietéticos, consiguiendo mayor equidad en el acceso.



El desarrollo reglamentario requerido en la reforma se está realizando en
estos momentos, conjuntamente con las Comunidades Autónomas.



2. La cartera común básica de servicios asistenciales continúa siendo
universal, pública y gratuita, y los tratamientos farmacológicos solo
estarán sujetos a aportación aquellos que puedan ser dispensados, de
forma alternativa, en oficinas de farmacia o servicios de farmacia. Los
fármacos para los tratamientos oncológicos, en su mayoría, tienen la
consideración de Uso Hospitalario (UH) o de Dispensación Hospitalaria
(DH) y, por lo tanto, no se dispensan en farmacia.



En cuanto a la prestación ortoprotésica de dispensación ambulatoria, hay
que señalar que algunos de los productos ya tenían aportación del
usuario, como es el caso de la mayor parte de las ortesis y ortoprótesis
especiales.



El pasado 27 de abril el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud aprobó el Proyecto de Real Decreto por el que se fijan las bases
para establecer los importes máximos de financiación en ortoprótesis.
Este proyecto de norma prevé la elaboración de un catálogo común de
prestación ortoprotésica y una aportación de la cartera suplementaria de
prestación ortoprotésica con un esquema similar al de la prestación
farmacéutica, tomando como base de cálculo el precio de Oferta del
producto y estableciendo unos topes para cada uno de los tramos de renta.
Por otro lado, establece un anexo con un listado de subgrupos de
productos en los que el usuario abonará una aportación reducida del 10
por ciento hasta un tope máximo que habrá que determinar.



A partir de este real decreto se establecerá la oferta de productos
ortoprotésicos del Sistema Nacional de Salud y se determinarán unos
criterios uniformes para la inclusión de un producto en la oferta y cada
producto tendrá su precio de oferta. Actualmente el desarrollo
reglamentario requerido en la reforma se está realizando en estos
momentos, conjuntamente con las Comunidades Autónomas. En tanto no se
publiquen las órdenes que desarrollen los distintos aspectos que regula
este real decreto (Procedimiento




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753






de Oferta, catálogo común, importes máximos de financiación y topes de
aportación) la prestación ortoprotésica se facilitará de la forma que se
ha venido haciendo hasta la fecha.



La prestación específica que puedan requerir determinados pacientes
oncológicos se rige por lo anteriormente señalado, pero cabe citar que la
mayor parte de los productos está previsto que sean de aportación
reducida.



Con este acuerdo, el ciudadano accederá al mismo producto, con el mismo
importe máximo de financiación, con independencia de dónde viva.



Respecto al transporte sanitario no urgente se informa que en la última
Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación se decidió crear
un Grupo de Trabajo técnico para evaluar un uso armonizado, homogéneo y
con valoración de la aportación según los mismos. Será esta Comisión, en
la que están representadas todas las Comunidades Autónomas, las
Mutualidades y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
la que se encargue de definir qué es transporte sanitario urgente y no
urgente, sujeto a prescripción facultativa por razones clínicas, así como
la aportación del usuario en función de diferentes circunstancias y
teniendo siempre especialmente en cuenta las condiciones geográficas y la
insularidad.



3. Respecto a la afectación de la reforma a los pacientes con
incontinencia urinaria, se informa que estos tratamientos siguen formando
parte de la prestación farmacéutica, que incluye medicamentos y productos
sanitarios. Lo que sí se ha modificado es el sistema de prestaciones de
pago con una fórmula más justa, que tiene en cuenta la renta, la
condición de activo o pasivo y la condición de enfermo crónico, al mismo
tiempo que asegura la equidad y calidad de las mismas, para de esta
manera garantizar una asistencia universal, pública y gratuita sustentada
en los impuestos.



4. Por último y respecto a las personas que sufren una lesión medular,
además de lo informado para los pacientes oncológicos, cabe señalar que
cualquier persona discapacitada seguirá teniendo el mismo nivel de
prestaciones y sin ningún tipo de aportación en razón de su discapacidad,
si así esta contemplado en la norma reguladora de la prestación que
percibe.



Por último, se manifiesta que el Real Decreto-ley 16/2012, indica las
categorías que estarán exentas de aportación en la prestación
farmacéutica:



1. Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los
supuestos contemplados en su normativa específica.



2. Personas perceptoras de rentas de integración social.



3. Persona perceptoras de pensiones no contributivas.



4. Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo
en tanto subsista su situación.



5. Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad
profesional.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007152



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con el asunto de referencia se informa que, se incorporó una
enmienda en la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para
2012, para la financiación del Hospital Marqués de Valdecilla de
Santander, que fue aprobada.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
754






184/007177



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José (GS).



Respuesta:



El anteproyecto para el desarrollo de 'Plataformas reservadas para el
transporte público. B-23. Molins de Rei-Avenida Diagonal' se encuentra en
fase de redacción.



El Ministerio de Fomento está replanteando el citado anteproyecto en el
marco de la Orden para la mejora de la eficiencia en la ejecución de
obras públicas (Orden FOM/3317/2010), ya que las soluciones que se han
planteado hasta ahora en el mismo, suponen unos costes excesivos que las
hacen inviables.



El Ministerio de Fomento conoce las propuestas realizadas en los últimos
meses para el desarrollo de esta actuación por la Generalitat de
Catalunya, que están siendo valoradas en el marco del análisis que se
está realizando para la adopción de una solución definitiva.



Por último, se informa que dada la situación administrativa en la que se
encuentra esta actuación, no es posible por el momento establecer con
rigor un calendario de ejecución para la misma, que no podrá quedar
establecido hasta que no estén concluidos el anteproyecto y los
correspondientes proyectos constructivos, y quede definida la totalidad
de las actuaciones a desarrollar.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007179 a 184/007181



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



En cuanto al número de viviendas vacías con protección pública o de
propiedad de entidades financieras en la provincia de Burgos a 1 de abril
de 2012, se indica que el número de viviendas vacías es una información
obtenida en los Censos de Población y Viviendas, pero no se investiga de
quién es la propiedad de las viviendas vacías.



Respecto al parque total de viviendas vacías existente en la provincia de
Burgos a fecha 1 de abril de 2012, se indica que los datos de los que
dispone el Instituto Nacional de Estadística corresponden al Censo de
Población y Viviendas 2001. Los datos correspondientes al Censo del año
2011 se publicarán en el primer trimestre del año 2013.



Madrid, 22 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007189



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis (GS).



Respuesta:



En una escalera interior del Complejo Policial de Zapadores de Valencia,
protegidas por sendas urnas de madera y cristal, se guardan tres guiones
(distintivos de unidades policiales), pertenecientes a la Policía Armada
y Policía Nacional, extintos cuerpos de naturaleza militar que se
integraron en el actual Cuerpo Nacional de Policía. A estas tres enseñas
se ha añadido con posterioridad un banderín con el escudo constitucional.




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755






Estos guiones permanecen en este emplazamiento, no accesible al público
salvo en casos excepcionales, desde hace casi dos décadas, como un
símbolo más de los 190 años de historia de la Policía en España, sin que
en ningún caso constituyan una amenaza para la neutralidad política de
los agentes de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana allí
destinados.



El Centro de Formación de Ávila cuenta con uno de los museos policiales
más importantes del mundo, accesible al público, en el que se exhiben
piezas, armas, uniformes, banderas, símbolos o documentos
correspondientes a los distintos periodos históricos por los que ha
pasado la Policía Española. Entre las previsiones del futuro Complejo
Policial de Zapadores de Valencia, está la de ubicar un museo de la
policía al que, en su momento, se incorporarán estos guiones, amén de
otras piezas de interés histórico-policial.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007190



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis (GS).



Respuesta:



No se tiene constancia alguna de que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado hagan uso de símbolos nacionales no establecidos
por la Constitución y las Leyes, ni que hagan uso indebido o irregular de
símbolos nacionales legalmente reconocidos.



En las Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía y en los acuartelamientos
de la Guardia Civil, los símbolos utilizados son la bandera nacional,
-que se ciñe estrictamente a su regulación específica- recogida por el
artículo 4 de la vigente Constitución, y el escudo nacional regulado por
la Ley 33/1981, de 5 de octubre.



Asimismo, en la mayoría de las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado se encuentra el escudo del respectivo Cuerpo,
igualmente visibles en el exterior de los vehículos oficiales que
utilizan.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007224



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En el anexo que se acompaña se recogen los datos sobre fondos distribuidos
a la Comunidad Autónoma de La Rioja para políticas de empleo y formación
en los años 2008 a 2012, según los Acuerdos alcanzados cada año en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.



La necesidad de ajuste presupuestario, unida a la voluntad política de
mantener el enorme gasto en protección social que está produciendo la
actual crisis económica y de empleo, ha obligado este año a consignar un
menor volumen de recursos para políticas activas, lo que a su vez hace
necesario redirigir los créditos hacia aquellas políticas de apoyo al
empleo que pueden tener mayor efectividad en la inserción laboral de los
desempleados, especialmente de los jóvenes y de los otros colectivos más
castigados por el paro.



Por este motivo se solicita a los diferentes Servicios Públicos de las
Comunidades Autónomas, mayor eficiencia en el gasto, la potenciación de
mecanismos de evaluación de las políticas que se desarrollen y una mejora
de la coordinación entre ellos, con la finalidad de obtener mejores
resultados. Para lo cual, se




Página
756






les ha dotado de una mayor flexibilidad en la aplicación de los recursos,
de forma que puedan destinarlos a las medidas que consideren más idóneas
para lograr los objetivos que se establecen.



Por otra parte, el diseño de las políticas activas de apoyo al empleo se
encuentra en un momento de transición, al iniciarse este año la puesta en
marcha de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, que supone una
revisión total de las políticas que se han estado aplicando en los
últimos 30 años. La actualización de las mismas, tras la evaluación de su
eficacia para hacer frente a las circunstancias y dinámicas laborales de
la actualidad, es una necesidad imperiosa.



Ello se plasma en el Plan Anual de Política de Empleo 2012, aprobado el
pasado 6 de julio por el Consejo de Ministros, teniendo en cuenta las
previsiones formuladas por las Comunidades Autónomas y el Servicio
Público de Empleo Estatal, en el seno de la Conferencia Sectorial de
Empleo y Asuntos Laborales. La intención es reorientar los programas de
promoción del empleo y de formación profesional, crear nuevos
instrumentos para la intermediación y la orientación hacia el mercado de
trabajo, priorizar los incentivos económicos hacia los colectivos con
mayores problemas de inserción laboral y fomentar la coordinación entre
las diferentes Administraciones competentes.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
757







[**********página con cuadro**********]





Página
758






ANEXO



Equivalencia



2012;2011;;;ANTERIOR DENOMINACIÓN



452.40;452.40;;;FORMACIÓN DESEMPLEADOS



452.50;452.50;;;FORMACIÓN CONTINUA



454.00;454.20;454.21;;OPEAS Y EXPERIMENTALES



454.02;454.10;454.11;;ORGANISMOS Y CORPORACIONES LOCALES



454.03;;;;



454.04 452.60;454.60;454.61;;ESCUELAS TALLER Y TALLERES DE EMPLEO



454.05;454.32;454.33;;CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO Y DISCAPACITADOS



454.06;454.34;454.35;;PROMOCIÓN EMPLEO AUTÓNOMO Y CAPITALIZACIÓN



454.07;454.13;454.30;454.31;AEDL, DESARROLLO LOCAL, I+E



454.08;;;;



454.09;456;;;FLEXIBILIDAD



458;458;;;MODERNIZACIÓN



184/007225



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



Desde su toma de posesión, el Gobierno de España está poniendo en marcha
un amplio programa de reformas, guiado por extraordinaria y urgente
necesidad que le dicta una situación económica profundamente agravada. El
instrumento legislativo del Real Decreto-ley está previsto en la
Constitución Española, precisamente, para los casos de 'extraordinaria y
urgente necesidad' (art. 86 de la Constitución), y con arreglo a esos
criterios es como se está utilizando.



En cuanto a los informes preceptivos que cabe solicitarle al Consejo
Económico y Social (CES), el Gobierno cumple escrupulosamente lo
dispuesto en la Ley 21/1991, de 17 de junio, de Creación del CES.



En dicha normativa se establece el carácter preceptivo de los dictámenes
para los anteproyectos de leyes que regulen materias socioeconómicas y
laborales, quedando excluidos, por la naturaleza de su urgencia, los
Reales Decretos-leyes.



De la misma forma, quedan excluidas las materias presupuestarias, como
ocurre con los anteproyectos de leyes anuales de Presupuestos Generales
del Estado, así como aquellos otros anteproyectos que supongan una
manifestación de las competencias presupuestarias del Gobierno.



Ninguno de estos criterios y normas se ha visto vulnerado en ninguna de
las tramitaciones normativas del Gobierno.



Resulta evidente que el Gobierno tramita todos los acuerdos que adopta en
Consejo de Ministros con arreglo a la Constitución y al resto de las
leyes en vigor.



Por lo que se refiere al Real Decreto-ley 3/2012, de medidas urgentes para
la reforma del mercado laboral, se ha estimado que concurrían las
circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad exigidas como
premisa para recurrir a esta figura del Real Decreto-ley.



La situación de crisis de estos últimos años ha traído consigo una intensa
destrucción de empleo, debida en parte a la rigidez del mercado laboral
español, como ha sido puesto de manifiesto en multitud de ocasiones tanto
por organismos internacionales como por la Unión Europea. Las medidas
adoptadas desde el inicio de la crisis para reformar el mercado laboral
se habían revelado insuficientes e ineficaces para conseguir que se
creara empleo.



Por tanto, resultaba de extrema urgencia abordar las deficiencias
estructurales del mercado laboral español, de forma que las estructuras
laborales sean adecuadas para apoyar la recuperación de la economía
española y resulten eficaces para la creación de empleo.




Página
759






No obstante, el Real Decreto-ley 3/2012 ha sido tramitado posteriormente
como proyecto de ley, en el Parlamento, recibiendo en esta tramitación
aportaciones de los diferentes Grupos que ostentan la representación de
los ciudadanos. Se han presentado 656 enmiendas, y se han aprobado
enmiendas de PSOE, CiU, Izquierda Plural, UPyD, Foro y UPN. Asimismo, se
ha llegado a acuerdos de transacción con PSOE (ocho), CiU, Izquierda
Plural, UPyD, PNV y BNG.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/00723?5



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez i Llibre, Josep (GCiU).



Respuesta:



Se muestra a continuación un cuadro con el desglose territorial de la
recaudación gestionada por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, expresada ésta en miles de euros, en términos líquidos, con
criterio de caja y antes de descontar la participación de la
Administraciones territoriales en la recaudación.



El criterio de imputación de esta recaudación se realiza en función de la
Delegación Especial de la Agencia Tributaria donde tenga su domicilio
fiscal el titular de los ingresos, con independencia del territorio en el
que desarrolle su actividad económica.



En el caso de los ingresos realizados por la Administración General del
Estado (retenciones de funcionarios de la Administración central o
retenciones de deuda pública, por ejemplo), la imputación se realiza al
epígrafe 'Servicios Centrales'.



Este criterio de imputación territorial de la recaudación difiere del
utilizado para la aplicación del actual sistema de financiación
autonómica y local. Así, por ejemplo, la recaudación en concepto de IVA
se reparte entre las distintas comunidades autónomas en función de unos
índices de consumo elaborados al efecto por el Instituto Nacional de
Estadística, mientras que las aplicaciones contables de la Agencia
Tributaria imputan esta recaudación en función del domicilio fiscal del
titular del ingreso.



Hechas estas aclaraciones, se detalla a continuación la información
solicitada.



Recaudación tributaria líquida gestionada por la AEAT



Importes en miles de euros;;;;



Delegación Especial



AEAT / SSCC;2008;2009;2010;2011



Andalucía;11.677.537;9.193.439;10.084.146;9.966.478



Aragón;3.802.523;2.696.113;3.046.902;3.149.004



Asturias;2.651.069;2.018.783;2.308.459;2.516.937



Baleares;2.608.436;2.069.911;2.213.347;2.301.282



Canarias;2.024.333;1.696.835;1.788.082;1.883.899



Cantabria;2.061.140;2.193.047;2.583.590;2.303.806



Castilla - La Mancha;2.979.974;2.151.767;2.580.727;2.496.952



Castilla y León;4.030.150;3.068.686;3.499.214;3.529.877



Cataluña;36.519.276;28.257.057;31.169.207;32.068.343



Extremadura;1.085.688;898.788;1.000.028;935.914



Galicia;5.721.873;4.353.681;5.331.313;5.631.468



Madrid;76.249.127;67.712.999;74.979.463;76.014.696



Murcia;2.223.626;1.556.684;1.783.200;1.669.846



Navarra;77.197;-11.543;145.774;-27.681



País Vasco;3.533.090;3.095.675;2.346.109;2.906.327




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760






Importes en miles de euros;;;;



Delegación Especial



AEAT / SSCC;2008;2009;2010;2011



La Rioja;705.375;625.135;622.739;629.825



Valencia;12.452.022;8.944.069;10.352.790;10.121.920



Ceuta;55.935;39.046;39.443;50.215



Melilla;42.421;32.900;31.895;33.760



Servicios Centrales;2.952.523;3.430.329;3.629.809;3.577.126



Total;173.453.315;144.023.401;159.536.237;161.759.994



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007236



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez i Llibre, Josep (GCiU).



Respuesta:



Se muestran a continuación dos cuadros con el número de actas instruidas
en relación con tributos internos, Impuestos Especiales y tributos que
gravan operaciones de comercio exterior, incluyendo expedientes
sancionadores de inspección, durante el periodo solicitado, así como el
importe liquidado, desglosado por Delegaciones Especiales de la Agencia
Tributaria.



N.º actas instruidas



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;8.817;10.273;9.616;10.005



Aragón;2.244;2.226;1.993;2.189



Asturias;2.085;2.450;2.267;2.440



Baleares;2.772;2.852;2.399;2.644



Canarias;1.597;2.100;1.868;1.927



Cantabria;824;849;888;893



Castilla-La Mancha;1.841;2.365;2.181;2.391



Castilla y León;3.935;4.280;4.204;4.502



Cataluña;10.261;9.562;8.984;9.622



Extremadura;1.263;1.331;1.514;1.339



Galicia;3.497;3.467;3.516;3.611



Madrid;6.795;7.840;6.418;7.858



Murcia;1.828;1.844;2.121;2.181



Navarra;128;145;162;167



País Vasco;504;389;396;466



La Rioja;562;645;622;799



Valencia;5.397;5.933;6.141;6.620



DCGC (1);2.408;2.586;2.465;2.501



Total AEAT;56.758;61.137;57.755;62.155



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;




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761






Deuda liquidada por actas (importes en millones)



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;440;482;552;565



Aragón;63;100;102;95



Asturias;77;68;79;89



Baleares;130;124;111;154



Canarias;76;150;153;134



Cantabria;32;30;22;27



Castilla-La Mancha;83;106;109;142



Castilla y León;145;221;190;202



Cataluña;600;656;894;732



Extremadura;27;42;48;29



Galicia;157;152;171;161



Madrid;639;729;1.050;843



Murcia;93;115;152;191



Navarra;6;1;6;2



País Vasco;11;12;13;13



La Rioja;21;17;19;18



Valencia;232;332;350;424



DCGC (1);890;1.179;1.981;1.688



Total AEAT;3.720;4.518;6.002;5.510



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con los porcentajes de actos de
inspección del Impuesto sobre Sociedades impugnados en cada año del
periodo 2008-2011, desglosados por Delegaciones Especiales de la Agencia
Tributaria.



A efectos de la obtención de dichos porcentajes, se han computado los
recursos y reclamaciones económico-administrativas interpuestos en cada
uno de esos años y se han comparado con los actos emitidos cada año, con
independencia de si los recursos se han presentado contra actos de ese
año o de años anteriores.



Porcentajes de actos de inspección del Impuesto sobre sociedades
impugnados



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011;Total periodo



Andalucía;17,10%;18,10%;20,40%;26,20%;20,20%



Aragón;21,60%;16,50%;25,10%;21,70%;21,30%



Asturias;20,20%;18,80%;21,40%;19,80%;20,10%



Baleares;10,60%;13,10%;10,10%;14,80%;12,10%



Canarias;25,10%;21,60%;27,50%;29,90%;25,60%



Cantabria;13,50%;26,40%;13,30%;22,70%;19,10%



Castilla y León;11,90%;19,40%;16,70%;13,50%;15,30%



Castilla-La Mancha;11,40%;17,80%;18,30%;20,10%;17,10%



Cataluña;23,70%;26,40%;30%;31,10%;27,60%



Extremadura;7%;15,70%;13,90%;12,70%;12,20%



Galicia;17,50%;24,60%;24,50%;23,20%;22,30%



Madrid;28,10%;21,20%;24,40%;26,20%;25,10%



Murcia;10,30%;20,10%;16,20%;17,50%;16,20%




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762






Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011;Total periodo



Navarra;18,20%;-;-;28,60%;9,30%



País Vasco;81,30%;43,80%;32%;23,30%;40,20%



La Rioja;13%;13,80%;9%;18,90%;14,00%



Valencia;36,20%;34,70%;30,90%;31,10%;33,20%



DCGC (1);27,20%;28,60%;35,30%;33,10%;31,10%



Total nacional;21,30%;22,50%;23,80%;24,90%;23,10%



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con los porcentajes de actos de
inspección del IRPF impugnados en cada año del periodo, desglosados por
Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria.



A efectos de la obtención de dichos porcentajes, se han computado los
recursos y reclamaciones económico-administrativas interpuestos en cada
uno de esos años y se han comparado con los actos emitidos cada año, con
independencia de si los recursos se han presentado contra actos de ese
año o de años anteriores.



Porcentajes de actos de inspección del IRPF impugnados



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011;Total periodo



Andalucía;5,10%;6,00%;6,00%;9,60%;6,70%



Aragón;8,40%;7,80%;8,30%;7,60%;8,00%



Asturias;5,20%;4,60%;5,80%;12,00%;6,80%



Baleares;4,30%;6,90%;4,00%;5,30%;5,10%



Canarias;7,80%;6,50%;9,30%;10,90%;8,70%



Cantabria;13,90%;11,30%;7,50%;6,70%;9,20%



Castilla y León;4,50%;6,50%;7,80%;7,40%;6,50%



Castilla-La Mancha;6,30%;5,80%;7,40%;9,20%;7,20%



Cataluña;11,90%;11,40%;13%;14,10%;12,70%



Extremadura;5%;5,90%;5,30%;5,10%;5,30%



Galicia;6,70%;5,20%;5,20%;8,00%;6,30%



Madrid;7,00%;8,40%;9,60%;10,50%;8,90%



Murcia;3,30%;4,00%;6,10%;7,00%;5,20%



Navarra;27,80%;-;-;-;5,50%



País Vasco;8,80%;2,70%;2%;1,50%;3,70%



La Rioja;12%;3,80%;6%;11,90%;8,50%



Valencia;12,40%;11,80%;13,70%;15,00%;13,20%



DCGC (1);6,50%;9,70%;9,20%;8,10%;8,40%



Total nacional;7,50%;7,60%;8,40%;10,30%;8,50%



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con los porcentajes de actos de
inspección del Impuesto sobre la Renta de no Residentes impugnados en
cada año del periodo, desglosados por Delegaciones Especiales de la
Agencia Tributaria.



A efectos de la obtención de dichos porcentajes se han computado los
recursos y reclamaciones económico-administrativas interpuestos en cada
uno de esos años y se han comparado con los actos emitidos cada año, con
independencia de si los recursos se han presentado contra actos de ese
año o de años anteriores.




Página
763






Porcentajes de actos de inspección del Impuesto sobre la Renta de no
Residente impugnados



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011;Total periodo



Andalucía;25,90%;19,60%;12,20%;27,70%;21,40%



Aragón;-;-;100,00%;-;20,00%



Asturias;25,00%;40,00%;11,10%;60,00%;30,40%



Baleares;3,40%;7,50%;11,50%;6,10%;6,80%



Canarias;11,10%;8,10%;1,50%;25,00%;6,90%



Cantabria;33,30%;50,00%;-;100,00%;29,40%



Castilla y León;-;100,00%;25,00%;25,00%;29,40%



Castilla - La Mancha;-;-;-;-;-



Cataluña;21,00%;15,70%;18%;11,30%;16,90%



Extremadura;-;-;-;-;-



Galicia;100,00%;12,50%;-;20,00%;15,10%



Madrid;29,60%;24,10%;25,70%;24,40%;26,90%



Murcia;12,50%;-;90,90%;20,00%;35,10%



Navarra;-;-;-;-;-



País Vasco;-;-;-;-;-



La Rioja;-;-;-;-;-



Valencia;8,10%;8,40%;11,40%;13,60%;9,90%



DCGC (1);10,60%;6,70%;16,00%;11,30%;11,30%



Total nacional;12,90%;10,90%;12,70%;13,20%;12,40%



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;;



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007237



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez i Llibre, Josep (GCiU).



Respuesta:



A continuación se muestran varios cuadros con el desglose del personal al
servicio de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por grupos y
por Delegaciones Especiales para cada uno de los años del periodo
señalado.



Cabe señalar que los inspectores se encuentran dentro del grupo A1 y los
subinspectores dentro del A2.



2007



Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Andalucía;240;1.038;1.417;920;9;363;3.987



Aragón;39;213;296;192;1;62;803



Asturias;36;177;326;130;0;33;702



Baleares;44;219;255;118;0;52;688



Canarias;63;269;334;227;2;86;981



Cantabria;30;89;160;113;2;33;427




Página
764






Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Castilla y León;39;226;357;219;2;61;904



Castilla - La Mancha;88;430;613;330;4;161;1.626



Cataluña;265;1.089;1.280;1.049;3;287;3.973



Extremadura;26;129;183;147;0;64;549



Galicia;92;433;758;344;3;123;1.753



Madrid;250;824;974;820;5;372;3.245



Murcia;50;190;274;132;2;52;700



Navarra;5;24;32;9;0;4;74



País Vasco;30;110;112;98;0;61;411



La Rioja;11;62;99;40;0;12;224



Valencia;173;666;1.009;609;0;147;2.604



Ceuta;1;11;24;12;0;6;54



Melilla;1;18;17;15;0;8;59



Servicios Centrales;755;1056;920;436;1;233;3.401



Total;2.238;7.273;9.440;5.960;34;2.220;27.165



2008



Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Andalucía;253;1.108;1.468;902;8;348;4.087



Aragón;39;215;312;181;1;57;805



Asturias;35;180;339;121;;40;715



Baleares;46;229;266;117;;49;707



Canarias;63;310;363;223;2;85;1.046



Cantabria;28;93;160;109;2;32;424



Castilla y León;40;250;366;217;2;72;947



Castilla - La Mancha;87;437;626;323;4;148;1.625



Cataluña;234;1.228;1.314;1.026;3;239;4.044



Extremadura;24;133;187;145;;58;547



Galicia;90;458;793;342;3;117;1.803



Madrid;248;939;997;846;5;349;3.384



Murcia;56;205;289;132;2;49;733



Navarra;6;26;33;10;;5;80



País Vasco;26;109;118;101;;47;401



La Rioja;11;63;96;39;;14;223



Valencia;180;723;1.045;589;;137;2.674



Ceuta;1;11;22;11;;6;51



Melilla;1;14;15;18;;8;56



Servicios Centrales;808;1152;961;453;1;224;3.599



Total;2.276;7.883;9.770;5.905;33;2.084;27.951




Página
765






2009



Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Andalucía;260;1.099;1.459;917;6;311;4.052



Aragón;39;212;315;181;1;50;798



Asturias;36;177;341;118;;38;710



Baleares;53;229;270;121;;42;715



Canarias;72;302;360;235;2;71;1.042



Cantabria;30;92;160;107;2;26;417



Castilla y León;48;250;357;213;2;62;932



Castilla - La Mancha;88;433;627;323;4;139;1.614



Cataluña;272;1.206;1.324;1.018;2;206;4.028



Extremadura;25;132;187;150;;52;546



Galicia;92;459;785;333;3;113;1.785



Madrid;243;919;1.022;855;5;318;3.362



Murcia;54;200;284;135;2;45;720



Navarra;7;26;32;10;;5;80



País Vasco;27;108;115;103;;38;391



La Rioja;13;64;96;39;;12;224



Valencia;188;715;1.037;585;;125;2.650



Ceuta;1;12;21;12;;5;51



Melilla;1;14;15;19;;3;52



Servicios Centrales;829;1151;942;453;1;210;3.586



Total;2.378;7.800;9.749;5.927;30;1.871;27.755



2010



Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Andalucía;259;1.145;1.507;853;5;299;4.068



Aragón;42;214;314;168;1;46;785



Asturias;35;176;336;116;;38;701



Baleares;50;235;288;117;;42;732



Canarias;64;321;383;216;1;70;1.055



Cantabria;25;94;156;105;1;25;406



Castilla y León;47;263;356;209;1;59;935



Castilla - La Mancha;87;423;629;305;4;136;1.584



Cataluña;248;1.247;1.369;984;2;202;4.052



Extremadura;28;129;187;143;;53;540



Galicia;91;464;797;306;3;113;1.774



Madrid;246;952;1.053;828;5;308;3.392



Murcia;55;206;293;121;2;43;720



Navarra;7;26;31;10;;4;78



País Vasco;25;107;110;100;;36;378



La Rioja;13;66;95;39;;12;225



Valencia;184;750;1.059;562;;123;2.678



Ceuta;1;12;22;12;;4;51




Página
766






Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Melilla;1;14;15;18;;5;53



Servicios Centrales;840;1173;921;440;2;297;3.673



Total;2.348;8.017;9.921;5.652;27;1.915;27.880



2011



Delegaciones Especiales AEAT;Funcionarios;;;;;Personal laboral;Total



;A1;A2;C1;C2;E;;



Andalucía;268;1.179;1.516;828;4;281;4.076



Aragón;41;212;308;163;1;42;767



Asturias;36;173;328;116;0;29;682



Baleares;54;227;283;108;0;39;711



Canarias;71;322;386;211;1;66;1.057



Cantabria;26;95;153;104;1;24;403



Castilla y León;48;272;355;197;1;54;927



Castilla - La Mancha;86;419;621;302;3;126;1.557



Cataluña;264;1.258;1.359;935;1;198;4.015



Extremadura;27;125;183;141;0;50;526



Galicia;94;457;801;291;3;102;1.748



Madrid;252;988;1.063;790;4;295;3.392



Murcia;56;211;293;115;2;37;714



Navarra;8;27;30;10;0;5;80



País Vasco;23;105;106;93;0;42;369



La Rioja;13;65;96;39;0;11;224



Valencia;187;753;1.058;548;0;110;2.656



Ceuta;1;12;21;12;0;5;51



Melilla;1;15;15;17;0;3;51



Servicios Centrales;845;1159;908;413;2;280;3.607



Total;2.401;8.074;9.883;5.433;23;1.799;27.613



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007238



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez i Llibre, Josep (GCiU).



Respuesta:



Con carácter previo cabe señalar que la Agencia Tributaria, en el
ejercicio de sus funciones de control, realiza actuaciones de diferente
naturaleza y complejidad, que no pueden ser objeto de comparación o
consideración conjunta sin más. Por ello, las actuaciones de la Agencia
Tributaria se reflejan en términos homogéneos y ponderados por su grado
de complejidad, concediéndose más valor a aquellas actuaciones que, a
priori, se consideran de mayor dificultad.




Página
767






Hecha esta consideración, se muestra a continuación un cuadro con el
número total de actuaciones inspectoras homogéneas realizadas en los
últimos años, desglosadas por Delegaciones Especiales de la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).



N.º total actuaciones inspectoras



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;50.498;55.185;64.310;56.453



Aragón;10.418;11.265;13.034;12.152



Asturias;8.382;9.160;10.590;11.365



Baleares;11.906;13.607;15.029;14.360



Canarias;11.783;15.049;15.480;15.613



Cantabria;3.784;4.308;3.650;3.891



Castilla - La Mancha;8.491;12.569;12.625;12.895



Castilla y León;17.564;21.291;23.193;21.815



Cataluña;63.596;62.168;70.575;68.328



Extremadura;4.701;6.131;6.721;5.847



Galicia;17.833;18.814;20.934;22.920



Madrid;58.658;63.327;69.166;68.839



Murcia;10.700;12.795;13.889;13.568



Navarra;525;745;772;1.100



País Vasco;2.492;2.504;2.612;4.371



La Rioja;2.611;2.995;3.225;3.096



Valencia;33.438;36.994;42.332;39.866



DCGC (1);71.891;82.211;112.540;126.889



Total AEAT;389.271;431.118;500.677;503.368



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con el número de actuaciones
inspectoras homogéneas sobre tributos internos realizadas en los últimos
años, desglosadas por Delegaciones Especiales de la AEAT.



Dentro de este indicador están incluidas las actuaciones inspectoras sobre
el sector inmobiliario y sobre tramas de fraude.



N.º actuaciones inspectoras sobre tributos internos



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;48.529;53.868;62.797;51.121



Aragón;10.180;11.033;12.760;11.354



Asturias;8.130;8.935;10.326;10.404



Baleares;11.546;13.256;14.658;13.160



Canarias;11.539;14.787;15.166;14.586



Cantabria;3.646;4.207;3.550;3.532



Castilla - La Mancha;8.214;12.294;12.204;11.242



Castilla y León;17.187;20.902;22.705;20.279



Cataluña;62.273;60.438;68.486;61.566



Extremadura;4.558;6.009;6.539;5.304



Galicia;17.381;18.427;20.500;21.428



Madrid;56.958;61.410;66.996;61.380




Página
768






Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Murcia;10.427;12.541;13.601;12.624



Navarra;417;578;630;538



País Vasco;1.605;1.777;1.835;1.618



La Rioja;2.493;2.913;3.140;2.863



Valencia;32.189;35.799;40.968;35.144



DCGC (1);67.953;78.177;107.823;105.235



Total AEAT;375.225;417.351;484.684;443.378



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con el número de actuaciones
inspectoras homogéneas sobre tributos que gravan operaciones de comercio
exterior realizadas en los últimos años, desglosadas por Delegaciones
Especiales de la AEAT.



N.º actuaciones inspectoras sobre tributos que gravan operaciones de
comercio exterior



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;1.970;1.318;1.513;5.332



Aragón;238;232;275;798



Asturias;251;225;263;961



Baleares;360;350;371;1.200



Canarias;244;262;313;1.027



Cantabria;138;101;101;359



Castilla - La Mancha;277;275;421;1.653



Castilla y León;377;389;488;1.536



Cataluña;1.322;1.731;2.089;6.762



Extremadura;143;121;182;543



Galicia;453;387;433;1.492



Madrid;1.702;1.918;2.170;7.459



Murcia;273;253;288;944



Navarra;107;166;142;562



País Vasco;888;727;777;2.753



La Rioja;117;82;85;233



Valencia;1.249;1.196;1.365;4.722



DCGC (1);3.937;4.034;4.717;21.654



Total AEAT;14.046;13.767;15.993;59.990



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con el número de actuaciones
homogéneas de control sobre grandes empresas realizadas en los últimos
años, desglosadas por Delegaciones Especiales de la AEAT.



N.º actuaciones de control sobre grandes empresas



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;12.324;12.654;13.609;9.825



Aragón;3.668;3.557;4.585;3.179




Página
769






Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Asturias;3.101;2.541;2.648;1.804



Baleares;2.760;2.079;2.557;1.819



Canarias;2.907;3.194;3.346;1.436



Cantabria;1.131;1.318;1.293;1.152



Castilla - La Mancha;3.319;4.088;3.769;2.266



Castilla y León;4.531;5.139;5.108;4.828



Cataluña;26.062;28.032;25.549;22.621



Extremadura;2.073;1.820;1.789;1.504



Galicia;7.049;7.814;8.111;7.433



Madrid;32.005;30.090;39.469;25.353



Murcia;2.794;3.652;3.778;3.445



Navarra;1.132;1.518;1.601;1.110



País Vasco;2.358;2.645;1.995;1.331



La Rioja;773;921;1.173;1.039



Valencia;13.580;14.291;14.554;11.967



DCGC (1);29.767;36.202;36.204;41.415



Total AEAT;151.334;161.555;171.138;143.527



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;



Se muestra a continuación un cuadro con el número de requerimientos de
información realizados en el ámbito de actuaciones inspectoras al amparo
de lo establecido en el artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.



N.º requerimientos de información (Art. 93 LGT)



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;193;367;766;1.246



Aragón;81;104;137;230



Asturias;90;37;175;419



Baleares;25;4;77;219



Canarias;91;125;239;424



Cantabria;22;27;84;139



Castilla - La Mancha;51;55;67;211



Castilla y León;103;173;151;345



Cataluña;351;595;343;1.441



Extremadura;53;34;109;232



Galicia;221;80;228;168



Madrid;291;163;687;555



Murcia;33;45;40;134



Navarra;1;;5;



País Vasco;13;5;19;14



La Rioja;19;51;36;64



Valencia;137;187;327;393



Total AEAT;1.775;2.052;3.490;6.234




Página
770






Se muestra a continuación un cuadro con el número de contribuyentes
inspeccionados en relación con tributos internos, Impuestos Especiales y
tributos que gravan operaciones de comercio exterior durante el periodo
señalado, desglosado por Delegaciones Especiales de la Agencia
Tributaria.



N.º contribuyentes inspeccionados



Delegaciones Especiales AEAT;2008;2009;2010;2011



Andalucía;3.664;3.939;3.814;3.699



Aragón;977;950;823;851



Asturias;828;891;776;793



Baleares;1.050;1.100;945;978



Canarias;940;1.094;934;950



Cantabria;367;373;380;342



Castilla - La Mancha;770;943;871;925



Castilla y León;1.634;1.682;1.490;1.525



Cataluña;5.003;4.252;3.938;3.857



Extremadura;560;577;620;536



Galicia;1.387;1.390;1.463;1.450



Madrid;3.517;3.979;2.826;3.241



Murcia;772;806;892;842



Navarra;72;74;107;128



País Vasco;256;241;214;274



La Rioja;239;258;261;276



Valencia;2.295;2.572;2.842;2.815



DCGC (1);715;805;727;717



Total AEAT;25.046;25.926;23.923;24.199



(1) Delegación Central de Grandes Contribuyentes.;;;;



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007242



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Riera i Reñé, Inmaculada (GCiU).



Respuesta:



El Instituto de Crédito Oficial-ICO ha instrumentado una línea de
financiación 'Línea ICO Exportadores', orientada a autónomos y empresas
españolas que deseen anticipar el importe de las facturas procedentes de
su actividad exportadora; y cuya tramitación se realiza directamente a
través de las entidades financieras.



Con respecto a las operaciones de comercio exterior a medio y largo plazo,
el ICO es consciente de la necesidad de apoyo a un sector que se
considera estratégico para la economía española, y por ello tiene
previsto crear una línea de financiación a la exportación de bienes de
equipo, para contribuir al impulso que las exportaciones españolas
requieren. En concreto, se trata de financiar tanto el crédito comprador
como el crédito suministrador en operaciones que pueden llegar hasta los
12 años de plazo.



En la actualidad se está en negociaciones con el Banco Europeo de
Inversiones para aportar la financiación en dólares que requiere el
negocio exportador.



Madrid, 9 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
771






184/007243



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Riera i Reñé, Inmaculada (GCiU).



Respuesta:



Durante el primer trimestre de 2012, la Compañía Española de Financiación
del Desarrollo-COFIDES ha apoyado 9 proyectos de internacionalización de
empresas españolas, con una inversión total asociada que asciende a más
de 356 millones de euros y compromiso de la Compañía de 34,18 millones de
euros.



Por país de destino de la inversión destaca Brasil, donde se han aprobado
2 proyectos de inversión (compromiso total de 6 millones de euros),
seguido de Turquía, Rumanía, Argelia, Canadá, México, China y Paraguay.




[**********página con cuadro**********]




Madrid, 9 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007244



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jané i Guasch, Jordi (GCiU).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado se informa que ya existe un
procedimiento de valoración de la capacidad visual de los conductores,
aplicable tanto en las obtenciones y en las prórrogas de los permisos,
como en las reobtenciones de aquellos que hayan perdido la vigencia de
sus permisos por haber perdido la totalidad del crédito de puntos o que
hayan perdido su vigencia de acuerdo con lo previsto en el Código Penal;
asimismo, el citado protocolo es de aplicación en todos los casos -no
solo en casos de delitos- de conductores implicados en un accidente de
tráfico en los que existieran indicios de pérdida de las aptitudes
psicofísicas y en concreto de su capacidad visual.



El Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba Reglamento
General de Conductores, en su Anexo IV determina las aptitudes
psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar el permiso de




Página
772






conducción. El apartado 1, del citado Anexo, especifica los requisitos que
debe poseer el conductor en relación con su capacidad visual, requisitos
que han sido modificados mediante la Orden PRE/2356/2010, de 3 de
septiembre.



A su vez el Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba
el Reglamento de Centros de Reconocimiento destinados a verificar las
aptitudes psicofísicas de los conductores, en su capítulo II, artículos
6.3 y 7, establece que las exploraciones destinadas a verificar la
aptitud psicofísica de los conductores se realizarán de acuerdo a lo
establecido en el 'Protocolo de exploración médico-psicológica' editado
por los Ministerios del Interior y de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad. El citado protocolo consta, entre otros, de un procedimiento
específico para la valoración de la capacidad visual y la exploración
oftalmológica.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007262, 184/007263 y 184/007278



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La Agencia Tributaria no dispone de información sobre el número de
viviendas (habituales o no) que se han beneficiado en Aragón del tipo
impositivo del 4 por ciento establecido por la Disposición transitoria
cuarta del Real Decreto-ley 20/2001, de 30 de diciembre, desde la entrada
en vigor de dicha medida.



La única información disponible en la Agencia Tributaria sobre esta
cuestión se refiere a la estimación del impacto de esta medida a nivel
nacional en la recaudación gestionada por la Agencia Tributaria en el
periodo enero-mayo de 2012, cifrándose en 500 millones de euros la
pérdida de recaudación asociada a la rebaja del IVA al tipo del 4 por
ciento en la compra de vivienda.



Las aplicaciones informáticas disponibles en la Agencia Tributaria para
contabilizar la recaudación de las diferentes figuras impositivas, no
están diseñadas para ofrecer la recaudación asociada a la venta de un
determinado bien o prestación de un servicio concreto, por lo que no se
puede facilitar la información de la recaudación del IVA procedente de
viviendas.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007269 a 184/007276



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Los datos de accidentalidad relativos a los tramos de las vías por las que
se interesa su señoría son los siguientes:



1. Torrellas hasta la altura del cruce con la AP-68 (N-121 desde el punto
kilométrico 1,5 al 6,6 (este último es el límite con la provincia de
Navarra) y N-121c desde el punto kilométrico 0 al 5,5 (este último es el
enlace con la AP-68):




Página
773







[**********página con cuadro**********]





[**********página con cuadro**********]





[**********página con cuadro**********]





[**********página con cuadro**********]





Página
774







[**********página con cuadro**********]





[**********página con cuadro**********]





[**********página con cuadro**********]





[**********página con cuadro**********]





Página
775







[**********página con cuadro**********]




Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007283



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En los siguientes cuadros se recoge la información solicitada por su
señoría:



Accidentes con víctimas en los que estuvo implicado un conductor de
vehículos de gran tonelaje * o un conductor de vehículos de transporte de
viajeros de más de 60 años



;2007;2008;2009;2010;2011



Castilla-La Mancha;21;17;11;8;10



Comunidad Valenciana;28;11;7;13;5



Andalucía;21;10;8;11;15



Castilla y León;21;13;12;17;10



Extremadura;0;5;0;0;0



Cataluña;6;8;7;2;0



Galicia;16;10;4;10;10



Aragón;16;8;13;12;7



Rioja (La);3;0;2;0;1



Madrid (Comunidad de);9;6;12;7;7



Murcia (Región de);1;4;2;2;1



Asturias (Principado de);3;1;3;0;3



Cantabria;2;2;3;1;1



Total;147;95;84;83;70



Accidentes en los que el conductor de vehículos de gran tonelaje* o de
vehículos de transporte de viajeros de más de 60 años resultó herido o
fallecido



;2007;2008;2009;2010;2011



Castilla-La Mancha;4;10;3;5;5



Comunidad Valenciana;10;6;1;3;1



Andalucía;8;2;4;2;4



Castilla y León;11;2;7;6;2



Extremadura;0;1;0;0;0




Página
776






;2007;2008;2009;2010;2011



Cataluña;3;1;3;1;0



Galicia;4;2;0;4;2



Aragón;7;3;6;6;4



Rioja (La);2;0;0;0;0



Madrid (Comunidad de);2;0;5;1;5



Murcia (Región de);0;1;0;0;0



Asturias (Principado de);1;0;1;0;0



Cantabria;0;0;1;0;0



Total;52;28;31;28;23



* Vehículo de gran tonelaje: Camión y/o vehículo articulado cuya Masa
Máxima Autorizada es superior a 3500 kg.;;;;;



Madrid, 3 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007287 a 184/007289



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La población y capacidad de los Centros Penitenciarias solicitados es la
siguiente:



• Centro Penitenciario de Daroca: 444 internos. Dispone de 319 celdas
residenciales de las cuales 298 tienen capacidad para dos personas.
Además de estas celdas, el Centro cuenta con 38 celdas auxiliares
(Ingresos, Enfermería y Aislamiento).



• Centro Penitenciario de Teruel: 196 internos. Dispone de 71 celdas
residenciales que son de mayores dimensiones que la celda-tipo, al
tratarse de un Centro de cierta antigüedad que no responde a los
parámetros actuales de superficie de la celda de los Centros modernos.
Además de estas celdas el establecimiento cuenta con 42 celdas auxiliares
(Ingresos, Enfermería y Aislamiento). Actualmente en dicho Centro se
están acometiendo obras de ampliación con el fin de dotarle de un mayor
número de celdas.



• Centro Penitenciario de Zuera: 1.490 internos. Dispone de 1.132 celdas
residenciales, de las cuales 1.096 tienen capacidad para dos personas.
Además de estas celdas, el Centro cuenta con 117 celdas auxiliares
(Ingresos, Enfermería y Aislamiento). Desde su construcción se dotaron
las celdas residenciales con literas de dos camas.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007291 a 184/007293



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Los datos de accidentalidad de tráfico registrados en las carreteras no
incluidas en la red general de carreteras del Estado, por los que se
interesa su señoría, son los recogidos en los siguientes cuadros:




Página
777






HUESCA;;;;;;;;;;



;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Accidentes con víctimas;205;250;223;251;289;235;213;166;184;126



Muertos 30 días;23;22;22;15;22;18;21;17;14;10



Heridos;326;389;339;367;433;330;289;224;257;179



teruel;;;;;;;;;;



;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Accidentes con víctimas;113;112;137;164;118;152;106;95;110;81



Muertos 30 días;8;14;10;13;6;18;8;6;5;5



Heridos;189;174;204;267;172;231;147;136;158;107



zaragoza;;;;;;;;;;



;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Accidentes con víctimas;250;220;239;274;265;293;312;259;254;243



Muertos 30 días;26;25;23;29;27;30;22;18;10;13



Heridos;385;347;365;404;437;412;434;360;367;320



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007296



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado se señala que se ha realizado una
prospección de unos 20 metros de largo y 4 metros de altura máxima
dividida en dos bancos de 2 metros cada uno y una anchura de 4 metros.
Según los datos y los informes obtenidos, no se han observado
infracciones.



Madrid, 3 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007299



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Quevedo Iturbe, Pedro (GMx).



Respuesta:



Los criterios que se siguen en los procedimientos de expulsión de
extranjeros del territorio nacional son los recogidos en la Ley Orgánica
4/2000, de 11 de diciembre, sobre los derechos y libertades de los
extranjeros




Página
778






en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas
8/2000, 14/2003 y 2/2009. Su Reglamento de desarrollo fue aprobado por el
Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (BOE de 30 de abril).



Madrid, 3 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007305



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, establece en su artículo 2. Seis, párrafo segundo que
'los créditos globales destinados al complemento de productividad de este
personal para el ejercicio 2012 experimentarán una reducción de un 10 por
ciento respecto de los destinados al mismo fin en el ejercicio 2011'.



En cumplimiento del mismo, se han minorado un 10% los importes asignados a
cada tipo de cargo, en términos homogéneos de número y tipo de cargos,
afectando a todos los centros gestores y a todo el personal que tiene la
consideración de alto cargo. No obstante, ello ha de entenderse sin
perjuicio de que, dentro del importe global autorizado a cada
Departamento, corresponde al titular del Departamento correspondiente la
determinación del importe concreto a abonar a cada alto cargo, como
señala el artículo 24, dos de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de
Presupuestos Generales del Estado para 2012.



Respecto al número de Altos Cargos y demás personal directivo afectado por
la reducción del complemento de productividad, se señala que el número
total de los altos cargos con derecho a percepción de complemento de
productividad es de 244.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007328



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado se informa que en la madrugada del
día 8 de junio hubo un intento de aproximación a la valla por parte de
entre 120 y 150 inmigrantes subsaharianos, por la zona próxima al paso
fronterizo del control del Barrio Chino y en la madrugada del sábado día
9 de junio, se produjo otro intento de asalto por parte de un grupo menos
numeroso.



En el dispositivo participaron un total de 35 efectivos de la Guardia
Civil, todos los que había en la Sección en dicho turno de servicio. Tres
de los Guardias Civiles resultaron heridos de carácter leve a causa de la
fuerza y contundencia por parte del grupo de inmigrantes. La Guardia
Civil actuó conforme a lo previsto para situaciones de asalto masivo y
con fuerza sobre la frontera de Melilla, contando en todo momento con el
apoyo previsto y coordinado previamente por el Delegado del Gobierno con
los responsables de la Jefatura Provincial de Policía y del Cuerpo de
Policía Local de la Ciudad de Melilla.



El Delegado del Gobierno (que se encontraba en Francia, en viaje
institucional) estuvo permanentemente informado de cuanto ocurría en
Melilla por el Delegado del Gobierno en funciones, el Teniente Coronel de
la Guardia Civil en la ciudad y otros responsables de los diferentes
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que colaboraron con el dispositivo de
control fronterizo (Jefe Superior de Policía y Consejero de Seguridad
Ciudadana de la Ciudad Autónoma). El Delegado de Gobierno regresó el día
10 por la mañana.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
779






184/007349



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia, y Jorquera Caselas, Francisco Xesús
(GMx).



Respuesta:



Según la información de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, el
día 26 de abril de 2012 se celebró una manifestación, no comunicada,
frente a la sede central de Nova Galicia Banco en Vigo, por parte de los
afectados por las participaciones preferentes emitidas por el citado
banco.



Como consecuencia de esta manifestación, se produjeron cortes de tráfico
en calles céntricas de Vigo durante más de dos horas y, al no estar
prevista dicha manifestación y por tanto no poder adoptarse con la debida
antelación las medidas oportunas, se produjeron serias alteraciones de la
circulación, que se pueden considerar desórdenes graves en las vía
pública, por lo que se iniciaron seis expedientes por infracción
administrativa del artículo 23.n) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, de Seguridad Ciudadana.



La Subdelegación del Gobierno en Pontevedra no impuso ninguna multa a
nadie por participar en las citadas concentraciones de protesta, ya que,
en ese supuesto, se hubieran iniciado procedimiento sancionadores por
infracción administrativa del artículo 23.c) (La celebración de reuniones
en lugares de tránsito público o de manifestaciones, incumpliendo lo
preceptuado en la LO 9/1983, reguladora del Derecho de Reunión), lo que
no fue el caso.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007375



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



El Gobierno de España, a través de la Confederación Hidrográfica del Tajo,
tuvo conocimiento de la existencia de peces muertos en el río Tajo el
pasado 19 de junio.



En ese mismo momento, en un ejercicio de responsabilidad y de atención al
servicio público que ha de prestar, procedió a la inmediata retirada de
los mismos.



Los técnicos del organismo de cuenca, en la inspección del terreno que
realizaron acompañados por un técnico municipal, descubrieron que un
colector, de titularidad municipal, de transporte de aguas residuales y
pluviales a la estación depuradora de aguas residuales, había vertido
aguas aún no depuradas a la altura del azud de Safont, por encontrarse
fracturado en diversos puntos, quedando levantada acta el 20 de junio de
los desperfectos de dicho colector municipal, con obstrucción y rebose de
su contenido, al arroyo del Aserradero.



En consecuencia, la Confederación Hidrográfica del Tajo ha procedido a
incoar el correspondiente expediente sancionador al Ayuntamiento de
Toledo ya que, al ser el competente en materia de saneamiento y
depuración, es el responsable del mantenimiento y conservación del
colector.



Anteriormente, la Confederación Hidrográfica del Tajo había incoado dos
expedientes sancionadores por rotura del colector al Ayuntamiento de la
ciudad de Toledo, que culminaron con las resoluciones de julio de 2011 y
enero de 2012. Sin embargo, en esta ocasión, la rotura del colector
coincidió con un episodio tormentoso que tuvo lugar en la madrugada del
19 de junio y que ocasionó que las aguas no depuradas fueran arrastradas
por superficie hasta el río Tajo, provocando la muerte de los peces en el
mismo.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
780






184/007396 y 184/007397



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La información que se facilita a continuación se ha recogido de los datos
de los Boletines Estadísticos del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas correspondientes a las fechas solicitadas. Debe
precisarse que, como consecuencia de las reestructuraciones ministeriales
de diciembre de 2011, la fecha más próxima a 1 de enero de 2012 de la que
se dispone de información es 1 de diciembre de 2011, que es la que se ha
utilizado en los cuadros correspondientes.



Año;Funcionarios *;Laborales



Enero 2005;1.020;290



Enero 2006;1.028;262



Enero 2007;1.063;251



Enero 2008;1.113;259



Enero 2009;1.188;248



Enero 2010;1.225;240



Enero 2011;1.152;220



Diciembre 2011;1.158;210



* Incluye funcionarios de carrera e interinos;;



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007418



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que no está prevista la
paralización de ningún proyecto del Ministerio del Interior en la
provincia de Málaga en 2012.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007440 y 184/007443



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).



Respuesta:



De acuerdo con el articulo 51 del texto refundido de la Ley del Catastro
Inmobiliario aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo,
'tienen la consideración de datos protegidos el nombre, apellidos, razón
social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos
en el Catastro Inmobiliario como titulares, así como el valor catastral y
los valores catastrales del suelo y, en su caso, de la construcción, de
los bienes inmuebles individualizados', regulando el artículo 53 de esta
misma norma




Página
781






el régimen de acceso a los datos protegidos sin necesidad de
consentimiento expreso del titular catastral del inmueble.



En virtud de este régimen de protección de los datos catastrales de
carácter personal no resulta posible la cesión de la información
solicitada en las preguntas parlamentarias relativa a la relación de
bienes inmuebles titularidad de la Iglesia Católica y otras confesiones
religiosas, ya que supondría una vulneración del principio de protección
de datos.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007441 y 184/007442



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).



Respuesta:



Desde el año 2009 se ha puesto de manifiesto el interés del municipio de
Benicássim para adecuar los valores catastrales determinados a partir de
la ponencia de valores aprobada en 2006, con efectos tributarios en 2007,
a la situación real del mercado, pero no se ha podido acometer una nueva
revisión de valores mientras no transcurrieran más de 5 años desde la
última revisión catastral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
28.3 a) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.



Durante 2012, año en el que ya es posible considerar esta circunstancia,
están en estudio las actuaciones a desarrollar sobre el municipio para
incorporarlo a un posible plan de actualización de valores catastrales.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007457



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con las distintas cuestiones interesadas por su señoría se
informa lo siguiente:



- Fecha de incoación del expediente de construcción: 30.03.2009.



- Anuncio de licitación: 20.05.2009



- Importe licitación: 1.762.849,61 € (IVA incluido)



- Importe adjudicación: 1.213.087,05 € (IVA incluido)



- Fecha de inicio de las obras: 13.10.2009.



- Fecha modificado de obras: 19.04.2011.



- Importe modificado de obras: 250.089,07 €



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007461



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).




Página
782






Respuesta:



El Ministerio del Interior respondió -de forma conjunta- a la iniciativa
aludida, con número de expediente 184/004169, y se ratifica en la
respuesta dada donde mostraba el dispositivo que se empleó para
garantizar la seguridad del acto.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007463 y 184/007464



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Se facilita a continuación el detalle de la recaudación gestionada por la
Agencia Tributaria en la provincia de Soria durante el periodo 2000-2011,
desglosada en impuestos directos, indirectos y resto.



La recaudación está expresada en miles de euros, en términos líquidos y
con criterio de caja.



El hecho de reflejar la recaudación en términos líquidos explica que para
algunos conceptos la recaudación tenga signo negativo, al superar para
determinados impuestos y periodos las devoluciones a los ingresos brutos.



Año;Impuestos directos;Impuestos Indirectos;Resto;Total



2000;55.473;18.283;672;74.428



2001;62.629;23.804;692;87.125



2002;69.195;20.280;733;90.208



2003;68.156;23.266;699;92.121



2004;75.576;24.201;498;100.275



2005;80.817;31.294;938;113.049



2006;90.363;32.364;777;123.504



2007;111.716;31.099;938;143.753



2008;106.170;16.733;978;123.881



2009;89.943;-4.265;1.184;86.862



2010;88.079;42.492;1.046;131.617



2011;94.385;41.687;1.822;137.894



Las previsiones de recaudación tributaria elaboradas se realizan a nivel
nacional, sin que se disponga de desgloses territoriales de las mismas.



Madrid, 23 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007466



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Gobierno no dispone de los datos desagregados a nivel provincial del
impacto recaudatorio de la medida de regularización extraordinaria de
activos ocultos aprobada por el Real Decreto-ley 12/2012, de 30




Página
783






de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y
administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007472



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En Soria se tomarán las medidas previstas con carácter general tendentes a
la optimización de la ocupación de los espacios administrativos
adaptándolos a las necesidades de la Administración y a la reducción de
los arrendamientos.



Así, el 24 de abril de 2012, se ha informado favorablemente de la
resolución del contrato de arrendamiento de una nave destinada a
servicios de la Guardia Civil en Burgo de Osma.



En la actualidad se encuentran en ejecución las obras definidas en el
proyecto de rehabilitación del edificio 'antigua sede del Banco de España
de Soria'. Su presupuesto asciende a 3.800.002,05 euros y comenzaron en
fecha 9 de febrero del presente año.



Se trata de una actuación de 3.573 m² construidos, los cuales serán
ocupados por el Centro de Fotografía, dependiente del Centro Nacional de
Artes Visuales y por la Gerencia Territorial del Catastro -actualmente en
régimen de arrendamiento en calle Diputación, 1- con superficies de 1.825
m² y 1.443 m² respectivamente, correspondiendo el resto (305 m²) a zonas
comunes.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007474



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La información disponible sobre el impacto de las diferentes
modificaciones normativas se refiere a todo el territorio nacional, sin
que se disponga de desgloses territoriales de dicho impacto.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007475



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La estimación del impacto del gravamen complementario en el IRPF
establecido por el Real Decreto-ley 20/2011 en términos de devengo para
el año 2012 asciende, a nivel nacional, a 5.357 millones de euros, de los
que 4.111 corresponden a la base general del impuesto y 1.246 a la base
del ahorro.



El desglose del impacto anterior entre las bases general y del ahorro se
ha realizado a nivel agregado, sin que sea posible replicar este impacto
a nivel territorial.




Página
784






La estimación de impacto del gravamen complementario del IRPF a nivel
territorial se lleva a cabo mediante microsimulación para las
declaraciones de una determinada comunidad autónoma o provincia,
liquidando el impuesto a cada declaración con la anterior normativa y la
modificada. Esta circunstancia, unida al actual esquema liquidatorio del
IRPF, impiden medir el coste diferenciado de cada una de las tarifas
(general y del ahorro) por la diferente cuantía de las deducciones
declaradas y las aplicadas realmente a la cuotas íntegras del impuesto,
que es la única magnitud liquidatoria del impuesto que diferencia parte
general y del ahorro.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007508



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En los siguientes cuadros se recoge la evolución de las matriculaciones en
la provincia de Guadalajara, por tipo de vehículos, para cada uno de los
años del periodo 2000/2011 y el detalle mensual para los meses de
enero/mayo de 2012:



MATRICULACIONES



PROVINCIA



DE GUADALAJARA;AÑOS;;;;;;;;;;;



;2000;2001;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Camiones de más de 3500 kg;131;177;116;106;133;146;137;153;86;36;52;24



Camiones de menos de 3500 kg y
Furgonetas;1.172;1.171;1.175;1.337;1.465;1.764;1.588;1.618;789;482;434;352



Autobuses;19;10;15;17;15;11;12;25;16;13;12;8



Turismos;4.210;4.615;4.553;6.067;7.127;6.917;6.914;7.358;5.014;4.327;4.077;2.710



Motocicletas;233;227;257;303;560;1.026;1.148;1.348;1.034;591;588;518



Tractores industriales;133;111;100;121;147;116;105;129;161;67;27;77



Remolques;34;30;35;35;52;66;64;76;52;31;38;29



Semirremolques;118;102;101;138;107;96;100;110;126;19;23;32



Ciclomotores;1.326;730;679;591;564;572;531;585;331;145;111;61



Otros;4;1;8;11;11;21;24;20;6;3;7;4



MATRICULACIONES PROVINCIA



DE GUADALAJARA;2012;;;;



;ENERO;FEBRERO;MARZO;ABRIL;MAYO



Camiones de más de 3500 kg;4;2;5;3;1



Camiones de menos de 3500 kg y furgonetas;22;24;26;28;20



Autobuses;0;0;1;0;0



Turismos;217;208;240;188;178




Página
785






MATRICULACIONES PROVINCIA



DE GUADALAJARA;2012;;;;



;ENERO;FEBRERO;MARZO;ABRIL;MAYO



Motocicletas;20;16;45;31;32



Tractores industriales;4;0;0;0;3



Remolques;2;6;2;4;5



Semirremolques;1;5;6;0;2



Ciclomotores;2;1;3;5;4



Otros;0;0;0;0;0



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007525, 184/007526 y 184/007527



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público establece, en su artículo 2, que las retribuciones del
personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún
incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos
de homogeneidad para los dos periodos de comparación, tanto por lo que
respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Así se
recoge también en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012,
(Ley 2/2012, de 29 de junio).



Por otro lado, el citado Real Decreto-ley establece, en su artículo 4, una
reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos del sector
público estatal, de manera que, a partir del 1 de enero de 2012, la
jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las
37 horas y 30 minutos. No obstante, hay que tener en cuenta que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2012 extiende esta previsión al
conjunto del sector público autonómico y local.



De acuerdo con los datos del Registro Central de Personal (Boletín
Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas, 1
de diciembre de 2011), estas medidas afectan a 14.447 efectivos en la
provincia de Guadalajara, de los cuales:



1. 2.363 prestan servicios en la Administración pública estatal



2. 7.842 prestan servicios en la comunidad autónoma



3. 4.242 prestan servicios en la Administración local



Por ultimo, se informa que de acuerdo con los datos del Registro Central
de Personal (Boletín Estadístico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, 1 de diciembre de 2011), el número de
efectivos que prestan servicios en la Administración General del Estado
en la provincia de Guadalajara es de 875.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007539



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).




Página
786






Respuesta:



La Ley de Presupuestos del Estado para el ejercicio 2012 no prevé ninguna
partida destinada a Cooperación Económica Local del Estado, salvo la
necesaria para cubrir el pago de compromisos derivados de ejercicios
anteriores.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007542



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



La Agencia Tributaria no establece objetivos a nivel provincial para este
tipo de actividades, por lo que no se dispone de información referida a
la provincia de Guadalajara.



Respecto al impacto del nuevo plan contra el fraude, de acuerdo con las
líneas directrices del Plan de Control Tributario y Aduanero para 2012 a
nivel nacional, se informa que el objetivo de lucha contra el fraude a
nivel nacional para 2012 se ha fijado en 8.171 millones, cifra que
coincide con la previsión de uno de los indicadores de objetivos de la
Agencia. En concreto, se trata del indicador denominado 'Resultados de la
prevención y control del fraude tributario y aduanero'.



Ahora bien, ha de tenerse en cuenta que los resultados de la Agencia
Tributaria en la lucha contra el fraude proceden también, además del
indicador para el que se ha fijado la referencia de 8.171 millones, de
otros indicadores para los que tradicionalmente no se establece una
referencia u objetivo anual, como es el caso de los ingresos inducidos a
través de declaraciones extemporáneas o los ingresos de los
contribuyentes denunciados en procesos judiciales de delito contra la
Hacienda Pública, previa denuncia o querella de la Agencia Tributaria
ante el Ministerio Fiscal o directamente ante los Tribunales de Justicia.



Estos ingresos presentan una evolución irregular en el tiempo que impide
la fijación de una referencia u objetivo fiable para un determinado año.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007559



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Los camiones, por definición, no pueden utilizar gasóleo bonificado por
disposición del artículo 54 de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales,
sin perjuicio del derecho a la devolución parcial por gasóleo de uso
profesional a la que tienen derecho los transportistas, tanto de personas
como de mercancías, incluidos taxis (artículo 52 bis de la Ley 38/1992).
Los tractores y otra maquinaria agrícola sí podrían utilizar gasóleo
bonificado y posteriormente solicitar su devolución en los términos del
artículo 52 ter de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales.



No obstante lo anterior, no existe, por no ser necesario para la gestión
del impuesto, información estadística disponible que agrupe cuantos
vehículos o maquinaria agrícola han utilizado los solicitantes de esta
devolución.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
787






184/007566



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Según lo planificado, y siempre que las disponibilidades presupuestarias
lo permitan, durante el año 2014 se tiene previsto llevar a cabo la
rehabilitación del acuartelamiento de Almonacid de Zorita (Guadalajara),
por un importe de 485.179,76 euros.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007568



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El número de efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
disponibles en la provincia de Guadalajara, a 31 de diciembre de cada
año, en el período 2004/2011 era el recogido en el siguiente cuadro:



GUADALAJARA;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Cuerpo Nacional de Policía;144;155;164;175;177;207;215;220



Guardia Civil;563;576;578;623;608;667;736;707



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007569 a 184/007571



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro figuran los datos estadísticos sobre tasa de
criminalidad en la provincia de Guadalajara, y su desglose entre los
ámbitos del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil, durante el
periodo 2004-2011:



GUADALAJARA;Tasa de Criminalidad: Delitos y Faltas por 1000
habitantes;;;;;;;



;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Total;33,8;33,5;33,9;36,5;43,6;40,8;38,6;38,9



Ámbito CNP;41,5;38,9;36,7;36,0;48,7;46,6;43,8;42,6



Ámbito GC;29,2;30,4;32,3;36,8;40,9;37,9;35,9;37,1



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
788






184/007572 y 184/007573



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



A fecha 1 de enero de 2012, el número de efectivos de la Guardia Civil en
situación administrativa de servicio activo en la provincia de Soria era
de 688 y el de vacantes 83.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007574



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El número de efectivos del Cuerpo Nacional de Policía en activo
destinados, a fecha 1 de enero de 2012, en la provincia de Guadalajara
era de 198.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007575



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que, en la actualidad, no
está previsto incremento ni reducción alguna en la plantilla de la
Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la provincia de Guadalajara.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007576



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Coscubiela Conesa, Joan (GIP).



Respuesta:



La Línea ICO Liquidez 2012 fue configurada como una línea de financiación
de necesidades de circulante.



Se ha advertido que mantener los plazos a 3, 5 y 7 años desvirtúa el
objetivo principal de una línea para la financiación de liquidez, que se
ciñe a cubrir la necesidad de tesorería y gasto corriente de las
empresas, por lo que por su propia definición debe ser a corto plazo
(inferior a dos años). Sin embargo, las distintas Líneas de Financiación
ICO a medio y largo plazo (3,5, 7 y hasta 20 años), que cuentan con




Página
789






tipos de interés más favorables y mayores periodos de carencia que las de
la Línea ICO Liquidez, son las apropiadas para financiar las inversiones
de Pymes y Autónomos generadoras de empleo.



Por lo anterior, se considera necesario que la demanda de financiación a
medio y largo plazo se reconduzca a las Líneas de Inversión, en
condiciones económicas más favorables para las empresas, y la Línea de
Liquidez se ciña a préstamos a corto plazo, más adecuado para la
financiación de circulante.



Hasta la fecha, el número de préstamos formalizados al amparo de la Línea
ICO-LIQUIDEZ 2012 a plazos de 3, 5 y 7 años ha sido de 64.254 operaciones
de préstamo.



La dotación total de la Línea ICO Liquidez 2012 es de 8.000 M €, sin que
exista una dotación específica asignada previamente para determinados
plazos.



En cuanto a nuevas medidas de financiación, en lo respecta al ICO, se han
puesto en marcha desde enero nuevas medidas que garantizan la liquidez y
el crédito a las empresas, como la Línea ICO Garantía SGR que financia
también circulante, y la Línea ICO Exportadores, para proveer liquidez a
las empresas que vendan sus productos o servicios en el exterior.



Madrid, 3 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007587



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bosch i Pascual, Alfred (GMx).



Respuesta:



El Gobierno, en el marco de los compromisos adquiridos por el Reino de
España para la aplicación de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o
Minoritarias, vela por la protección y promoción del uso del catalán.



No obstante, procede recordar que, como consecuencia de la distribución de
competencias existente en España, la aplicación de la Carta corresponde a
todas las administraciones públicas afectadas por razón de la materia. En
este sentido, el artículo 71.4.ª de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de
abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, establece que
corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva
sobre lenguas y modalidades lingüísticas propias en su territorio.



Asimismo, el artículo 7 del Estatuto establece que 'una Ley de las Cortes
de Aragón establecerá las zonas de uso predominante de las lenguas y
modalidades propias de Aragón, regulará el régimen jurídico, los derechos
de utilización de los hablantes de esos territorios, promoverá la
protección, recuperación, enseñanza, promoción y difusión del patrimonio
lingüístico de Aragón, y favorecerá, en las zonas de utilización
predominante, el uso de las lenguas propias en las relaciones de los
ciudadanos con las administraciones públicas aragonesas.'



Este artículo ha sido desarrollado por la Ley 10/2009, de 22 de diciembre,
de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón, que
establece que el castellano es la lengua oficial en Aragón, señalando a
continuación que el aragonés y el catalán son lenguas propias originales
e históricas de la comunidad autónoma.



De conformidad con el marco normativo anteriormente expuesto, corresponde
a la Comunidad Autónoma de Aragón la regulación sobre las lenguas y
modalidades lingüísticas en su territorio. La regulación hasta ahora
realizada, plasmada en la Ley aragonesa 10/2009, de 22 de diciembre, ha
sido hasta ahora respetada por el Gobierno, en el ámbito de la Carta
Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias, respeto que sería mantenido
en el caso de que la comunidad autónoma llevara a cabo una nueva
regulación de sus lenguas y modalidades lingüísticas que respetara el
marco jurídico vigente.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
790






184/007588



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Esteban Bravo, Aitor (GV).



Respuesta:



Se acompaña como anexo la respuesta a la pregunta planteada por su
señoría.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



ANEXO



Convenios firmados por España con otros países en materia de readmisión de
personas en situación irregular



1. Argelia: Protocolo entre el Gobierno de España y el Gobierno de la
República Argelina Democrática y Popular sobre circulación de personas.



2. Bulgaria: Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y
la República de Bulgaria relativo a la readmisión de personas en
situación irregular, hecho en Sofía el 16 de diciembre de 1996.



3. Eslovaquia: Acuerdo sobre readmisión de personas en situación
irregular, firmado en Bratislava el 3 de marzo de 1999 y publicado en el
B.O.E. del 20 de abril de 1999.



4. Estonia: Acuerdo sobre readmisión de personas, firmado en Tallin el 28
de junio de 1999 y publicado en el B.O.E. del 11 de mayo de 2000.



5. Francia: Acuerdo sobre admisión en puestos fronterizos de personas en
situación de estancia ilegal, firmado en Madrid el 8 de enero de 1988 y
publicado en el B.O.E. del 6 de mayo de 1989. Acuerdo entre la República
Francesa y el Reino de España sobre la readmisión de personas en
situación irregular.



6. Guinea Bissau: Acuerdo en materia de inmigración, firmado en Madrid el
7 de febrero de 2003. Se aplica provisionalmente desde el 9 de marzo de
2003 (BOE 27 de marzo 2003).



7. Italia: Acuerdo sobre readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Roma el 4 de noviembre de 1999 y publicado en el B.O.E. del 7
de febrero de 2001.



8. Letonia: Acuerdo sobre readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Madrid el 30 de marzo de 1999 y publicado en el B.O.E. del 18
de abril de 2000.



9. Lituania: Acuerdo sobre readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Madrid el 18 de noviembre de 1998 y publicado en el B.O.E. del
19 de abril de 2000.



10. Antigua República Yugoslava de Macedonia: Acuerdo entre el Gobierno
Español y el Gobierno Macedonio relativo a la readmisión de personas en
situación irregular, hecho 'ad referendum' en Skopje el 6 de febrero de
2006



11. Marruecos: Acuerdo entre España y Marruecos, relativo a la circulación
de personas, el tránsito y la readmisión de extranjeros entrados
ilegalmente, firmado en Madrid el 13 de febrero de 1992 y publicado en el
B.O.E. del 25 de abril y 30 de mayo de 1992.



12. Mauritania: Aplicación provisional del Acuerdo del Reino de España y
la República Islámica de Mauritania en materia de inmigración, hecho en
Madrid el 1 de julio de 2003.



13. Polonia: Acuerdo entre el Reino de España y la República de Polonia
relativo a la readmisión de personas en situación irregular, hecho en
Varsovia el 21 de mayo de 2002.



14. Portugal: Acuerdo sobre readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Granada el 15 de febrero de 1993 y publicado en el B.O.E. del
31 de marzo de 1995.



15. Rumanía: Acuerdo sobre readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Bucarest el 29 de abril de 1996 y publicado en el B.O.E. del
21 de junio de 1996.



16. Suiza: Acuerdo entre el Reino de España y la Confederación Suiza sobre
la readmisión de personas en situación irregular y Protocolo para su
aplicación, hecho en Madrid el 17 de noviembre de 2003.




Página
791






184/007593



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



El número de valoraciones policiales del riesgo de las víctimas de
violencia de género cumplimentadas por las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, en el periodo y con el desglose solicitado por su señoría, fue
el recogido en el siguiente cuadro:



DESCRIPCIÓN;NIVEL RIESGO;TOTAL



ANDALUCÍA;MEDIO;30.304



;ALTO;8.685



;EXTREMO;2.097



ARAGÓN;MEDIO;1.600



;ALTO;578



;EXTREMO;113



ASTURIAS (PRINCIPADO DE);MEDIO;2.143



;ALTO;790



;EXTREMO;212



BALEARS (ILLES);MEDIO;3.314



;ALTO;822



;EXTREMO;176



CANARIAS;MEDIO;9.248



;ALTO;2.712



;EXTREMO;587



CANTABRIA;MEDIO;2.051



;ALTO;772



;EXTREMO;140



CASTILLA - LA MANCHA;MEDIO;3.120



;ALTO;765



;EXTREMO;134



CASTILLA Y LEÓN;MEDIO;3.715



;ALTO;1.592



;EXTREMO;539



CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA;MEDIO;161



;ALTO;35



;EXTREMO;16



CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA;MEDIO;745



;ALTO;95



;EXTREMO;26



COMUNIDAD VALENCIANA;MEDIO;15.522



;ALTO;5.825



;EXTREMO;1.277



EXTREMADURA;MEDIO;2.378



;ALTO;931



;EXTREMO;437




Página
792






DESCRIPCIÓN;NIVEL RIESGO;TOTAL



GALICIA;MEDIO;7.390



;ALTO;2.267



;EXTREMO;413



MADRID (COMUNIDAD DE);MEDIO;9.677



;ALTO;2.528



;EXTREMO;744



MURCIA (REGIÓN DE);MEDIO;8.043



;ALTO;1.368



;EXTREMO;128



NAVARRA (COMUNIDAD FORAL DE);MEDIO;480



;ALTO;142



;EXTREMO;28



RIOJA (LA);MEDIO;482



;ALTO;133



;EXTREMO;36



TOTAL NACIONAL;MEDIO;100.373



;ALTO;30.040



;EXTREMO;7.103



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007598



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En la siguiente tabla se recoge la relación de municipios de la provincia
de La Rioja en la que se especifica el porcentaje que se deberá aplicar
sobre el tipo de gravamen del IBI que, conforme a lo establecido en el
Real Decreto-ley 20/2011, difiere en función del año de aprobación de la
última ponencia de valores catastrales.



Provincia;Municipio;Año aprobación ponencia;Incremento



tipo gravamen IBI



La Rioja;Torremontalbo;1987;10%



La Rioja;Navajun;1987;10%



La Rioja;Villarroya;1987;10%



La Rioja;Valdemadera;1987;10%



La Rioja;Badaran;1988;10%



La Rioja;Santa Eulalia Bajera;1988;10%



La Rioja;Pedroso;1988;10%



La Rioja;Villar de Torre;1988;10%



La Rioja;Herce;1988;10%



La Rioja;Bergasa;1988;10%



La Rioja;Bergasillas Bajera;1988;10%



La Rioja;Tobia;1988;10%




Página
793






Provincia;Municipio;Año aprobación ponencia;Incremento



tipo gravamen IBI



La Rioja;Berceo;1988;10%



La Rioja;Estollo;1988;10%



La Rioja;Prejano;1988;10%



La Rioja;Bobadilla;1988;10%



La Rioja;Enciso;1988;10%



La Rioja;Matute;1988;10%



La Rioja;Villaverde de Rioja;1988;10%



La Rioja;San Millan de la Cogolla;1988;10%



La Rioja;Laguna de Cameros;1989;10%



La Rioja;Leza de Rio Leza;1989;10%



La Rioja;Rabanera;1989;10%



La Rioja;San Millan de Yecora;1989;10%



La Rioja;Ajamil de Cameros;1989;10%



La Rioja;Zarraton;1989;10%



La Rioja;Galbarruli;1989;10%



La Rioja;Baños de Rioja;1989;10%



La Rioja;Cabezon de Cameros;1989;10%



La Rioja;Gallinero de Cameros;1989;10%



La Rioja;Sojuela;1989;10%



La Rioja;Terroba;1989;10%



La Rioja;Treviana;1989;10%



La Rioja;Villalba de Rioja;1989;10%



La Rioja;Villalobar de Rioja;1989;10%



La Rioja;Arenzana de Abajo;1989;10%



La Rioja;Santa Coloma;1989;10%



La Rioja;Corporales;1989;10%



La Rioja;Hornillos de Cameros;1989;10%



La Rioja;Sorzano;1989;10%



La Rioja;Soto En Cameros;1989;10%



La Rioja;Ventrosa;1989;10%



La Rioja;Almarza de Cameros;1989;10%



La Rioja;Villavelayo;1989;10%



La Rioja;Tirgo;1989;10%



La Rioja;Cellorigo;1989;10%



La Rioja;Fonzaleche;1989;10%



La Rioja;Ledesma de la Cogolla;1989;10%



La Rioja;Pradillo;1989;10%



La Rioja;Torrecilla Sobre Alesanco;1989;10%



La Rioja;Viguera;1989;10%



La Rioja;Cardenas;1989;10%



La Rioja;Castroviejo;1989;10%



La Rioja;Clavijo;1989;10%



La Rioja;Herramelluri;1989;10%



La Rioja;Lumbreras;1989;10%



La Rioja;Muro En Cameros;1989;10%



La Rioja;San Roman de Cameros;1989;10%



La Rioja;Tricio;1989;10%



La Rioja;Villarejo;1989;10%




Página
794






Provincia;Municipio;Año aprobación ponencia;Incremento



tipo gravamen IBI



La Rioja;Grañon;1989;10%



La Rioja;Hervias;1989;10%



La Rioja;Canillas de Rio Tuerto;1989;10%



La Rioja;Cañas;1989;10%



La Rioja;Cidamon;1989;10%



La Rioja;Cordovin;1989;10%



La Rioja;Manjarres;1989;10%



La Rioja;Nieva de Cameros;1989;10%



La Rioja;Pinillos;1989;10%



La Rioja;Robres del Castillo;1989;10%



La Rioja;Arenzana de Arriba;1989;10%



La Rioja;Bezares;1989;10%



La Rioja;Foncea;1989;10%



La Rioja;Ojacastro;1989;10%



La Rioja;Pazuengos;1989;10%



La Rioja;Torre En Cameros;1989;10%



La Rioja;Camprovin;1989;10%



La Rioja;Leiva;1989;10%



La Rioja;Villarta-Quintana;1989;10%



La Rioja;Villoslada de Cameros;1989;10%



La Rioja;Zorraquin;1989;10%



La Rioja;Brieva de Cameros;1989;10%



La Rioja;Gimileo;1989;10%



La Rioja;Jalon de Cameros;1989;10%



La Rioja;Mansilla;1989;10%



La Rioja;Munilla;1989;10%



La Rioja;Tormantos;1989;10%



La Rioja;Abalos;1989;10%



La Rioja;Viniegra de Abajo;1989;10%



La Rioja;Zarzosa;1989;10%



La Rioja;Cirueña;1989;10%



La Rioja;Aldeanueva de Ebro;1994;10%



La Rioja;Ausejo;1994;10%



La Rioja;Torrecilla En Cameros;1995;10%



La Rioja;Ezcaray;1995;10%



La Rioja;Santo Domingo de la Calzada;1995;10%



La Rioja;Logroño;1996;10%



La Rioja;Lardero;1997;10%



La Rioja;Rincon de Soto;1998;10%



La Rioja;Cenicero;1998;10%



La Rioja;Autol;1998;10%



La Rioja;Haro;1999;10%



La Rioja;Ollauri;1999;10%



La Rioja;Navarrete;1999;10%



La Rioja;Villamediana de Iregua;1999;10%



La Rioja;Arnedillo;1999;10%



La Rioja;Fuenmayor;2000;10%



La Rioja;Najera;2000;10%




Página
795






Provincia;Municipio;Año aprobación ponencia;Incremento



tipo gravamen IBI



La Rioja;Anguciana;2000;10%



La Rioja;Alfaro;2001;10%



La Rioja;Cuzcurrita de Rio Tiron;2002;6%



La Rioja;Ochanduri;2002;6%



La Rioja;Huercanos;2002;6%



La Rioja;Entrena;2002;6%



La Rioja;Nestares;2003;6%



La Rioja;Alesanco;2003;6%



La Rioja;Corera;2003;6%



La Rioja;Aleson;2003;6%



La Rioja;Agoncillo;2005;0%



La Rioja;Valgañon;2005;0%



La Rioja;Castañares de Rioja;2005;0%



La Rioja;Cihuri;2005;0%



La Rioja;Calahorra;2005;0%



La Rioja;Casalarreina;2005;0%



La Rioja;Arrubal;2005;0%



La Rioja;Hormilla;2006;0%



La Rioja;Hormilleja;2006;0%



La Rioja;Cornago;2006;0%



La Rioja;Nalda;2006;0%



La Rioja;Ribafrecha;2006;0%



La Rioja;Alberite;2006;0%



La Rioja;Medrano;2006;0%



La Rioja;Cervera del Rio Alhama;2006;0%



La Rioja;El Redal;2006;0%



La Rioja;Galilea;2006;0%



La Rioja;Alcanadre;2006;0%



La Rioja;Tudelilla;2006;0%



La Rioja;Uruñuela;2006;0%



La Rioja;Briones;2006;0%



La Rioja;Quel;2006;0%



La Rioja;Sajazarra;2007;0%



La Rioja;Anguiano;2007;0%



La Rioja;Ocon;2007;0%



La Rioja;Gravalos;2007;0%



La Rioja;Villanueva de Cameros;2007;0%



La Rioja;Aguilar del Rio Alhama;2007;0%



La Rioja;Albelda de Iregua;2007;0%



La Rioja;Igea;2007;0%



La Rioja;Lagunilla del Jubera;2007;0%



La Rioja;Santurde de Rioja;2007;0%



La Rioja;Santurdejo;2007;0%



La Rioja;Hornos de Moncalvillo;2008;4%



La Rioja;Azofra;2008;4%



La Rioja;Murillo de Rio Leza;2008;4%



La Rioja;Manzanares de Rioja;2008;4%



La Rioja;San Asensio;2008;4%




Página
796






Provincia;Municipio;Año aprobación ponencia;Incremento



tipo gravamen IBI



La Rioja;Baños de Rio Tobia;2008;4%



La Rioja;El Villar de Arnedo;2008;4%



La Rioja;Ventosa;2008;4%



La Rioja;Pradejon;2009;4%



La Rioja;Santa Engracia del Jubera;2009;4%



La Rioja;El Rasillo de Cameros;2009;4%



La Rioja;Arnedo;2009;4%



La Rioja;Canales de la Sierra;2009;4%



La Rioja;San Vicente de la Sonsierra;2009;4%



La Rioja;Ortigosa de Cameros;2009;4%



La Rioja;Sotes;2009;4%



La Rioja;Rodezno;2010;4%



La Rioja;Daroca de Rioja;2010;4%



La Rioja;Viniegra de Arriba;2011;4%



La Rioja;Briñas;2011;4%



La Rioja;Bañares;2011;4%



La Rioja;Muro de Aguas;2011;4%



La Rioja;San Torcuato;2011;4%



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007638



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Gobierno, en el marco de los compromisos adquiridos por el Reino de
España para la aplicación de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o
Minoritarias, vela por la protección y promoción del uso del catalán y
del aragonés en Aragón.



No obstante, procede recordar que, como consecuencia de la distribución de
competencias existente en España, la aplicación de la Carta corresponde a
todas las administraciones públicas afectadas por razón de la materia. En
este sentido, el artículo 71.4.ª de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de
abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, establece que
corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva
sobre lenguas y modalidades lingüísticas propias en su territorio.



Asimismo, el artículo 7 del Estatuto establece que 'una Ley de las Cortes
de Aragón establecerá las zonas de uso predominante de las lenguas y
modalidades propias de Aragón, regulará el régimen jurídico, los derechos
de utilización de los hablantes de esos territorios, promoverá la
protección, recuperación, enseñanza, promoción y difusión del patrimonio
lingüístico de Aragón, y favorecerá, en las zonas de utilización
predominante, el uso de las lenguas propias en las relaciones de los
ciudadanos con las administraciones públicas aragonesas'.



Este artículo ha sido desarrollado por la Ley 10/2009, de 22 de diciembre,
de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón, que
establece que el castellano es la lengua oficial en Aragón, señalando a
continuación que el aragonés y el catalán son lenguas propias originales
e históricas de la comunidad autónoma.



De conformidad con el marco normativo anteriormente expuesto, corresponde
a la Comunidad Autónoma de Aragón la regulación sobre las lenguas y
modalidades lingüísticas en su territorio. La regulación hasta ahora
realizada, plasmada en la Ley aragonesa 10/2009, de 22 de diciembre, ha
sido




Página
797






respetada por el Gobierno, en el ámbito de la Carta Europea de Lenguas
Regionales o Minoritarias, respeto que sería mantenido en el caso de que
la comunidad autónoma llevara a cabo una nueva regulación de sus lenguas
y modalidades lingüísticas que respetara el marco jurídico vigente.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007640



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En relación con las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades
locales, existe un amplio marco jurídico integrado por el Real
Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan
obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer
un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las
entidades locales, el Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que
se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, y, en
el ámbito de las entidades locales, por el Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 1 de marzo de 2012.



Conforme al citado Acuerdo, las operaciones de préstamo que han concertado
o han podido concertar las entidades locales tienen un período de
amortización de diez años, con los dos primeros de carencia de
amortización del principal, pudiendo las prestatarias efectuar
cancelaciones anticipadas.



El tipo de interés aplicable es el equivalente al coste de financiación
del Tesoro Público a los plazos señalados más un margen máximo de 115
puntos básicos, al que se añadirá un margen de intermediación de un
máximo de 30 puntos básicos. El tipo de interés en el primer trimestre es
el 5,939% anual, revisable trimestralmente. Considerando el período de
amortización de la operación, este tipo es bastante ventajoso para las
entidades locales, teniendo en cuenta las condiciones de los mercados
financieros, permitiendo que puedan atender sus obligaciones pendientes
de pago, transformando una deuda comercial vencida, líquida y exigible,
en una deuda financiera a un plazo de diez años, incrementando sus
disponibilidades líquidas a corto plazo.



El Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan
obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer
un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las
entidades locales, junto con el Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo,
por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a
proveedores, han definido una operación sin precedentes para inyectar
liquidez a las empresas en busca de la senda de crecimiento y creación de
empleo.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007664



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Correos establece los códigos postales en función de sus necesidades
logísticas para la eficiente clasificación por destinos, curso y entrega
de la correspondencia. En aplicación de estos criterios, el término
municipal de Villamayor de Gállego únicamente tiene asignado el 50162 y
el barrio de Montañana, en el término municipal de Zaragoza, el 50059.



Con objeto de recordar los códigos postales que les corresponden a los
vecinos de estos municipios, próximamente se va a realizar un envío
masivo de comunicaciones indicando los correctos.




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798






En todo caso, el término municipal de Villamayor de Gállego y el barrio de
Montañana en Zaragoza son atendidos desde el mismo centro de reparto, por
lo que, con independencia del código postal que se indique en la
dirección postal, la correspondencia se recibe toda ella en la misma
unidad, lo que posibilita, si fuera necesario, su intercambio entre los
distintos enlaces rurales.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007668



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



El Centro Penitenciario de Siete Aguas se encuentra en fase de
construcción. La obra de edificación comenzó a mediados de noviembre de
2011 y se ha ejecutado el 7,5% de la misma. La finalización de la obra
está prevista para el primer trimestre de 2016.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007?671



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



El Gobierno español considera la política científica de la Unión Europea
de excepcional interés. A través de miembros de la Secretaría de Estado
de Investigación, Desarrollo e Innovación (SEIDI) perteneciente al
Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), se hacen aportaciones
estratégicas a dicha política en los grupos de trabajo del Consejo de la
Unión Europea.



España apoya decididamente la construcción del Espacio Europeo de
Investigación (EEI) que está compuesto por todas las actividades de
investigación y desarrollo, programas y políticas en Europa que incluyen
una perspectiva transnacional. El objetivo es dar a los investigadores
acceso a un espacio abierto a nivel europeo para el conocimiento y las
tecnologías en las que las sinergias transnacionales y la
complementariedad estén plenamente explotadas.



El MINECO, a través de la SEIDI, participa decididamente en el debate
sobre las iniciativas y la implementación de los cinco ejes que
constituyen el EEI, para conseguir los ambiciosos objetivos del mismo.



Entre los principales objetivos de su política de Investigación e
Innovación, el MINECO promueve reformas que permiten a España encarar los
retos y oportunidades del futuro Espacio Europeo de la Investigación y la
Innovación.



Dichas reformas se recogen en el Plan Nacional de Reformas y se dirigen a
impulsar la excelencia de la investigación, valor añadido y empleo y a
fomentar la capacidad competitiva e innovadora de nuestras empresas, en
el contexto de un mundo globalizado en el que los procesos de innovación
deben ser rediseñados mediante sistemas abiertos e internacionales.
Totalmente en línea con las políticas de Investigación e Innovación de la
Unión Europea.



Para ello, el Gobierno está desarrollando una serie de estrategias para
alcanzar los objetivos propuestos desde una visión integradora, abierta y
sinérgica en la que las nuevas Estrategias Estatales de Ciencia y
Tecnología y de Innovación, junto con los planes de ejecución que las
declinan, el Plan Nacional de Investigación Científica y Técnica y el
Plan Estatal de Innovación, permitan crear ciencia de excelencia,
aumentar la competitividad y favorecer el crecimiento y empleo, en el
marco internacional. Tanto las Estrategias como el Plan Estatal, estarán
perfectamente alineados con el futuro Programa Marco




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799






de Investigación e Innovación de la Unión Europea Horizonte 2020, lo que
facilitará nuestra óptima integración en el escenario europeo.



La Agencia Estatal para la Investigación y el Centro para el Desarrollo
Tecnológico e Industrial (CDTI) serán los principales instrumentos para
la financiación de las acciones derivadas de estos planes.



Es necesario poner en marcha acciones para internacionalizar y situar el
sistema de I+D+i español en una posición de liderazgo internacional. Para
ello, el impulso de la participación española en los Programas Marco de
Investigación e Innovación de la Unión Europea y la contribución de
España a la construcción del Espacio Europeo de Investigación resultan
fundamentales.



En este contexto se está elaborando un plan estratégico de incentivación a
la participación española en el Séptimo Programa Marco (2007-2013) y en
el futuro Horizonte 2020 (2014-2020) con el objeto de incrementar y
facilitar sustancialmente la participación de entidades españolas
(Centros de Investigación, Universidades, Empresas, Plataformas
Tecnológicas, etc.) en las actividades y convocatorias que se realicen.



Representantes del MINECO participan activamente en el Comité para el
Espacio Europeo de Investigación (ERAC), que tiene la misión de
proporcionar información estratégica al Consejo, a la Comisión y a los
Estados miembros sobre cualquier tema de investigación e innovación
relevante para el desarrollo del EEI, por lo que nuestro país apuesta
decididamente por el alineamiento de las políticas nacionales de
investigación con las políticas europeas.



Por otro lado, la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
consigna al CDTI, como el agente de la financiación orientado al fomento
de la innovación mediante el impulso de la investigación, del desarrollo
experimental y de la incorporación de nuevas tecnologías, por lo que el
CDTI no tiene competencias en el desarrollo de la política científica
común ni en la creación del Espacio Europeo de Investigación.



No obstante lo dicho, el CDTI es representante español dentro del Programa
Marco de I+D de la Unión, que tiene entre sus objetivos apoyar la
consolidación del Espacio Europeo de Investigación. El CDTI tiene como
misión impulsar la participación española en este programa, contribuyendo
de manera indirecta a la consolidación del Espacio Europeo de
Investigación. La cooperación de entidades españolas y europeas en los
proyectos financiados por el Programa Marco contribuye a la articulación
de un sistema de ciencia, tecnología e innovación europeo y da respuesta
a los principales retos a los que se enfrentan la sociedad europea.



Por otra parte, a la Dirección General de Investigación Científica y
Técnica corresponde, a través de la Subdirección General de Proyectos
Internacionales, la gestión y financiación de proyectos de investigación
científica y técnica, cooperación, perfeccionamiento y movilidad de
investigadores, así como de acciones complementarias, en el ámbito
internacional.



Dicha Subdirección General gestiona, en el marco del VI Plan Nacional de
Investigación Científica y Técnica 2008-2011 (LIA de articulación de la
internacionalización del Sistema; Programa Nacional de
Internacionalización de la I+D+i), subprogramas de ayuda en los
siguientes ámbitos:



- Proyectos Internacionales: proyectos de investigación bilaterales,
multilaterales y acciones de movilidad (acciones integradas).



- Fomento de la Cooperación Científica Internacional.



- Proyectos de investigación en el marco del Espacio Europeo de
Investigación (ERA).



La Unión Europea en el marco del Espacio Europeo de Investigación ha
lanzado multitud de iniciativas, cuyo objetivo final es la puesta en
marcha de grandes programas conjuntos, en los que los Estados miembros
(EEMM) comprometan sus propios fondos nacionales. Los más destacados son
los siguientes:



1. ERAnets.



Las ERAnets ( 1) tienen como objetivo establecer la cooperación y
coordinación de las actividades científicas que se llevan a cabo a nivel
nacional y regional en los distintos EEMM de la UE y Asociados. La
iniciativa se lleva a cabo por medio del establecimiento de redes de
organismos financiadores de actividades de investigación y la apertura de
programas de investigación nacionales y regionales.



Los gastos de coordinación son cubiertos por la Comisión, mientras que la
apertura de programas se realiza de forma virtual, con convocatorias y
evaluación comunes, pero sin que haya trasvase transnacional de fondos,
es decir, que una vez seleccionados los proyectos, cada organismo
financia a sus nacionales.



1 ()http://cordis.europa.eu/coordination/era-net.htm.




Página
800






A continuación se proporciona una tabla con las ERAnets vigentes y los
fondos destinados a gastos de coordinación, así como los asignados a
España, para la realización de tareas de coordinación (redacción o
gestión de la convocatoria internacional, seguimiento, difusión, etc.)
para las que se ha comprometido mediante la firma de un contrato.



Distribución del presupuesto MINECO por años en proyectos ERAnets



Año;Total



ERAnet ( €);Total



MINECO ( €);%;Proyectos españoles



2006;105.500.000,00;9.213.000;9%;64



2007;18.400.000,00;957.700;5%;8



2008;92.200.000,00;9.927.700;11%;64



2009;71.900.000,00;4.141.000;6%;26



2010;38.700.000,00;4.199.425;11%;41



2011;36.000.000,00;3.180.000;9%;27



Total;362.700.000,00;31.618.825;9%;230



2. ERANet plus.



Se trata de ERAnets en un estadio más avanzado, en el que los
participantes acuerdan hacer una convocatoria conjunta. Esta vez, la
Comisión transfiere a las agencias financiadoras una cantidad adicional a
lo aportado por dichas agencias, que debe dedicarse también a la
financiación de proyectos.



MINECO participa actualmente en dos ERAnet plus, NanosciERA+, sobre
nanociencias, y ERAsysbio+, sobre biología de sistemas.



3. JPI (Joint Programming Iniciative).



Consiste en el desarrollo y ejecución de agendas comunes de investigación
estratégica basadas en una visión común de cómo abordar desafíos sociales
importantes. Requiere compromisos y acciones concretos de los EEMM y
reorganización de la definición de cada uno de sus programas nacionales,
reenfocando estos a objetivos comunes. La participación de cada Estado
miembro es voluntaria y estará basada en principios de gobernanza de alto
nivel, claros y transparentes.



En la actualidad se han identificado diez iniciativas JPI, que se
encuentran en distintos estadios de desarrollo y en las que España
participa con distintos grados de implicación.



MINECO co-liderará, junto con Noruega, una JPI sobre 'Mares y océanos
sanos y productivos' (Oceans), con un presupuesto para MINECO de 228.000
€ en 3 años, y participa en una sobre 'Patrimonio cultural y cambio
mundial: un nuevo desafío para Europa' (Presupuesto MINECO 22.470 € en 3
años) y otra sobre 'Una vida más larga y mejor: posibilidades y desafíos
del cambio demográfico' (MYBL).



4. Joint Technology Iniciatives (JTI).



Son instrumentos para desarrollar los objetivos de I+D+i de una serie de
Plataformas Tecnológicas Europeas, entidades de colaboración
público-privada, que se constituyen como Empresas Comunes (JU), en las
que participan los EEMM, asociaciones empresariales y empresas, con el
objetivo de aumentar la competitividad de las empresas de la UE.



MINECO participa en la JTI ENIAC-Electronic Numerical Integrator and
Computer, sobre Nano-electrónica. Se financian proyectos liderados por
grandes empresas fabricantes europeas, consiguiendo una participación
española efectiva, con un retorno tecnológico para nuestro país y una
posible semilla para un establecimiento de colaboraciones internacionales
futuras con un recorrido mayor que la duración del propio proyecto.



El extinto Ministerio de Ciencia e Innovación ha venido contribuyendo a
las convocatorias desde 2008 hasta 2011, con 1,5 M € por convocatoria,
financiando finalmente 31 proyectos por un total de 7,5 M €.




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801






No se ha especificado oficialmente la cantidad que aportará MINECO a ENIAC
en 2012, pero se calcula un mínimo de 1,4 M €, incluyendo un compromiso
anterior de 400.000 €.



5. Otras iniciativas.



FET Flagships (Future Emerging Technologies).



Son iniciativas de investigación básica a gran escala en el área de la
sociedad de la información (TIC), con un objetivo visionario pero de
carácter interdisciplinar, con participación industrial, dirigidas a
obtener resultados que proporcionen las bases para la innovación
tecnológica en una gran variedad de sectores y para la sociedad. Se han
propuesto seis temas para los FET Flagships piloto, de los cuales se
lanzarán dos en 2012:



- FUTURICT: Integración de los sistemas de información para un futuro
sostenible.



- GRAPHENE: Grafeno y sus propiedades en TIC.



- HBP: El cerebro humano.



- ITFOM: El futuro TIC de la medicina.



- CA ROBOCOM. Robots de compañía para ciudadanos.



- GUARDIAN ANGELS: Asistentes TIC para ayudar a los ciudadanos a resolver
situaciones complejas.



La Comisión Europea estima que la inversión para cada proyecto asciende a
100 M €/año durante 10 años, es decir, en total 2.000 M €. La
financiación de estos proyectos la realizarán la Comisión y los Estados
miembros.



FLEET.



Es una acción para coordinar a las entidades participantes (consultoras,
ministerios, organizaciones sin ánimo de lucro) en relación con la
definición de políticas, programas, instrumentos y formas de financiación
de los nuevos FET Flagships.



SET Plan.



SET Plan constituye el pilar de la Unión Europea (UE) para las políticas
energéticas y climáticas. SET Plan recoge el plan de trabajo para
desarrollar una cartera de tecnologías. Establece una estrategia para
desarrollar tecnologías asequibles, limpias, eficientes y de baja emisión
de carbono a través de la investigación coordinada y ponerlas a
disposición del mercado.



Uno de los principales mecanismos para la implementación del SET Plan son
las Iniciativas Industriales Europeas (IIEs), para organizar los
esfuerzos en investigación a nivel europeo. La participación en las
actividades que se desarrollen dentro de SET Plan es a la carta tanto en
instrumentos como en sectores o áreas de interés.



España está trabajando en 3 ERAnet+ en las áreas eólica, solar y
bioenergía, para financiar SET Plan, de duración entre 3 y 4 años.



INCOnets.



Son iniciativas que promueven la cooperación birregional, entre la UE y
otras regiones. Su objetivo es encontrar prioridades comunes de política
científica y áreas científicas de interés mutuo, así como ayudar a
estructurar la participación de otras regiones en el Programa Marco. En
ellas participan ministerios y agencias financiadoras, así como otros
organismos.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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802






184/007679



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Los datos muestran que, efectivamente, la imagen de la clase política y de
las principales instituciones del país se ha deteriorado en los últimos
años. Actualmente, uno de cada cuatro españoles cree que la clase
política está entre los tres principales problemas del país.



Es evidente que este dato preocupa al Gobierno, como debe preocupar al
resto de poderes del Estado, al conjunto de las instituciones y a todos
los partidos y representantes políticos. Sin embargo, el dato no es
nuevo.



Analizadas las series históricas del Centro de Investigaciones
Sociológicas, fuente que su señoría utiliza en la exposición de
antecedentes de su pregunta, se observa que a mediados de 1995 se
alcanzaron proporciones muy cercanas a las actuales. Tras un descenso en
los años siguientes, la proporción volvió a aumentar, precisamente
durante la IX Legislatura, es decir la anterior a esta, situándose
alrededor o por encima del 20% desde abril de 2010.



Lo mismo puede decirse de la percepción de la situación política que
tienen los españoles. Más de seis de cada diez afirman que es mala o muy
mala. Esa proporción tampoco es desconocida. A mediados de 1995 se rozó
la cifra del 70%. Tras unos años en los que la percepción mejoró, volvió
a empeorar desde la ya mencionada IX Legislatura. Entre febrero de 2010 y
diciembre de 2011 la proporción de los que creían que la situación
política era mala o muy mala no bajó del 60%. El máximo se alcanzó en
octubre de 2011, con un 74%.



El deterioro de las instituciones más importantes de España se constata en
los datos del Centro de Investigaciones Sociológicas-CIS. Los indicadores
muestran un declive de la confianza ciudadana en los partidos; el
Parlamento español; los Parlamentos autonómicos; el Gobierno central; los
Gobiernos autonómicos; los Ayuntamientos; el poder judicial; el Tribunal
Constitucional; el Consejo del Poder Judicial-CGPJ; el Defensor del
Pueblo, y los sindicatos. Las series del CIS van desde mediados de los
noventa hasta 2010 o 2011 para la mayoría de estas instituciones y los
datos no dejan lugar a dudas. La mayor desconfianza en todas ellas se
alcanzó en la, por tercera vez citada, IX Legislatura. Comparando con los
últimos años de la Legislatura 2000-2004, en la anterior a esta, la
desconfianza en los partidos aumentó 14 puntos porcentuales; en el
Parlamento 18; en el Gobierno central 20; en el poder judicial 28 y en
los sindicatos 18. En una escala de valoración de 0 a 10, la confianza en
los partidos cayó 1,18 puntos; en el Parlamento 1,83; en el Tribunal
Constitucional 1,23; en el Defensor del Pueblo 1,25, y en el Consejo
General del Poder Judicial 0,94.



Del estudio de los datos del CIS se desprende claramente que tanto la
preocupación por la clase política y por las instituciones en su conjunto
como la percepción de la situación política están muy ligados a la
situación económica. En los periodos históricos donde menos paro ha
habido, la clase política no se ha considerado tanto como un problema y
la percepción de la situación política ha sido más favorable.



Analizadas las causas sobre las que versa el primer epígrafe de la
pregunta formulada, resulta sencillo responder al segundo, en el que su
señoría se interesa por las medidas para mejorar la imagen de las
instituciones. La respuesta es: desarrollar un programa reformista para
reducir el déficit, aumentar la competitividad, regenerar la confianza en
España y sus instituciones y que nuestro país puede recuperar su posición
en el mundo y, sobre todo, volver a la senda de la creación de empleo.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007693 y 184/007694



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
803






Respuesta:



En relación con el asunto interesado, se informa que se están estudiando
diversas alternativas de solares para albergar un Centro de Internamiento
de Extranjeros (CIE), a fin de incluir como posible contrapartida la
cesión del inmueble donde hasta hace pocas fechas se albergaba dicho
centro.



No obstante, se señala que en el complejo donde se ubicaba el CIE, existen
todavía otras edificaciones de la Comisaría Provincial de Málaga.



Madrid, 23 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007695



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Con fecha 30 de marzo de 2012 se firmó un convenio entre el Ayuntamiento
de Málaga y la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos
Penitenciarios, S.A., por el que se acuerda la permuta de los terrenos de
la antigua Prisión Provincial de Málaga por los terrenos sobre los que se
asienta el actual Centro de Inserción Social. En el momento actual se
están ultimando los trámites necesarios para hacer efectivo dicho
convenio.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007726



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



Las principales novedades del Real Decreto-ley 11/2012, de 30 de marzo, se
circunscriben a la implantación de un procedimiento de pago de las ayudas
a través de entidades colaboradoras del ICO, el cual está en pleno
proceso de pago; y se contempla la posibilidad de la edificación forzosa
transcurridos dos meses desde que se haya percibido la correspondiente
ayuda, cuyo plazo todavía no se ha cumplido. Por otra parte, exige la
elaboración de un plan de reactivación económica entre las
administraciones estatal, autonómica y local, en un plazo de 9 meses, y
una vez determinada la metodología adecuada, se ha iniciado la
elaboración con las partes intervinientes.



Según información facilitada por los Departamentos responsables de las
ayudas, la Comisión Mixta responsable de la propuesta de concesión de las
ayudas y la Consejería de Obras Públicas de la Comunidad Autónoma, como
órgano concedente de las mismas, estiman que a lo largo del mes de julio
estarán prácticamente todas concedidas. La financiación del pago que
corresponde a la Comunidad Autónoma se sustancia con el préstamo que esta
tiene suscrito con el ICO para esta finalidad.



Por otra parte, a fecha 30 de junio, los datos de inmuebles sobre los que
se han iniciado actuaciones de reconstrucción, en función de las
licencias concedidas son los siguientes:



1. 722 licencias de obra mayor de edificios concedidas (P.E.M.
120.901.853,13 €).



2. 327 licencias de obra menor de edificios concedidas (P.E.M.
3.225.048,00 €).



3. 1.806 licencias obras menores de viviendas a causa del terremoto,
emitidas desde el día 11 de mayo del 2011 al día 30 de junio de 2012
(P.E.M. de licencia OC emitidas 22.310.405 €).




Página
804






Para analizar estos datos hay que tener en cuenta que, fundamentalmente
por vicios ocultos, un año después todavía se está decretando la
demolición de algunos inmuebles.



Por lo que respecta a la habilitación de la Entidad Estatal de Suelo
(SEPES), para promover la financiación y la realización de actuaciones de
ejecución forzosa de las obligaciones de edificación, hasta la fecha no
se ha firmado ningún convenio de actuación, puesto que no se han dado las
condiciones para que se pueda sustanciar este procedimiento.



En otro orden de cosas, respecto a los beneficios fiscales, el Real
Decreto-ley 11/2012, de 30 de marzo, de medidas para agilizar el pago de
las ayudas a los damnificados por el terremoto de Lorca, recoge la
prórroga para 2012 de los beneficios fiscales establecidos para 2011 en
el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades
Económicas.



En cuanto a la elaboración del Plan de actuaciones para impulsar la
recuperación de la actividad económica y social del municipio de Lorca
-previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley
11/2012, de 30 de marzo-, se ha constituido un grupo de trabajo para
proceder a la elaboración del mismo, del que forman parte además de
representantes del Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma, responsables de
los centros directivos con competencias en empleo, infraestructuras,
comercio, turismo, PYMES y hacienda, además de los responsables del
Comisionado del Gobierno. Asimismo, se ha acordado la metodología a
seguir y se ha iniciado el proceso de recopilación de información de los
diferentes departamentos con las competencias antes enunciadas.



Respecto a los efectos socioeconómicos del terremoto, hay que señalar que
la ciudad de Lorca viene sufriendo una alta tasa de desempleo desde el
inicio de la crisis (3.083 desempleados en enero de 2008). Estos datos se
han visto incrementados hasta los 7.535 desempleados del mes de mayo de
2012. En este incremento han influido los daños que los terremotos del
mes de mayo de 2011 ocasionaron en los establecimientos e industrias de
la ciudad, muchas de las cuales cerraron sus puertas, y cuyos datos son
los siguientes:



1. 708 comercios afectados: 59,94% del total (1.181).



2. 50 empresas artesanas afectadas: 58.8% del total (85).



3. 85 empresas industriales afectadas: 13,09% del total (649).



4. 210 negocios hosteleros afectados: 71,67% del total (293).



5. 482 empresas de servicios afectadas: 22,63% del total (2.129).



Las estadísticas marcan como sectores en los que hay un mayor índice de
desempleo al colectivo de jóvenes, al de mujeres y al de parados de larga
duración, mayores de 45 años. Ante esta situación, el Ayuntamiento de
Lorca plantea un plan de choque que venga a paliar el difícil momento por
el que atraviesa la ciudad. Este plan de choque contempla diversos
programas destinados, entre otros, a los colectivos en los que el
desempleo es más alto, para un total de 2.075 beneficiarios y una
inversión de 9.500.000 €.



Con todo, y según información facilitada por el Ministerio de Justicia, la
bonificación del 50% existente en Lorca para las operaciones ante
registradores de la propiedad y notarios, se ha aplicado al registro de
74 nuevas sociedades.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007730



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La Administración General del Estado adquirió la antigua sucursal del
Banco de España en Huesca de la Sociedad Estatal de Gestión
Inmobiliaria-SEGIPSA, mediante una permuta formalizada en escritura
pública de 23 de septiembre de 2010.




Página
805






En el momento de la transmisión existían dos contratos de arrendamiento de
16 y 31 de marzo de 2009, formalizados por el entonces Ministerio de
Administraciones Públicas (Oficina de Extranjería) y por el Instituto
Nacional de Estadística respectivamente, con SEGIPSA.



Mediante acta de 24 de septiembre de 2010, se formalizó la entrega de
dicho inmueble por la Administración General del Estado a la Comunidad
Autónoma de Aragón, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto
243/2010, de 5 de marzo, por el que se acordó transigir con la Comunidad
Autónoma de Aragón, dándose cumplimiento al apartado 2 de la Disposición
Transitoria primera del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley
Orgánica 5/2007.



En virtud de ello, la Comunidad Autónoma se subrogó en la posición de
SEGIPSA como arrendador respecto de los contratos vigentes. Las rentas
anuales establecidas en esos contratos, ascienden a 140.835,02 €, IVA
incluido, para la superficie ocupada por la Oficina de Extranjería; y
294.881,65 €, IVA incluido, correspondiente a la superficie ocupada por
el Organismo Autónomo.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007772



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



Se muestra a continuación la información sobre los ingresos recaudados por
el concepto de Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, en
los años 2008 a 2011 en la provincia de Alicante, en términos líquidos,
con criterio de caja y en miles de euros, sin que se disponga de la
información estadística desglosada por órdenes jurisdiccionales:



Delegación de Alicante;2008;2009;2010;2011



;4.548;10.554;8.149;8.236



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007864 y 184/007865



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La primera referencia a España en el 'Informe de Perspectivas Económicas'
del Fondo Monetario Internacional-FMI, publicado en abril de 2012,
aparece en los primeros párrafos de la 'Introducción' de dicho informe,
cuando se citan las causas que han provocado un brusco aumento de los
rendimientos soberanos en Italia y España que son, según el FMI, las
dudas en torno a la sostenibilidad fiscal en dichos países, si bien las
elecciones en España y el nombramiento de un nuevo primer ministro en
Italia devolvieron una cierta tranquilidad a los mercados (pág. XIII).



En el Capítulo 1 del informe, 'Perspectivas y políticas mundiales', se
considera que las reformas fiscales y estructurales llevadas a cabo en la
zona euro (especialmente en España e Italia) contribuyeron en un primer
momento a reducir las primas de riesgo soberano (pág. 3), aunque en el
momento de redactar el informe se habían incrementado de nuevo. Poco
después, se alude a las medidas desplegadas para resolver los problemas
en la zona euro, entre las cuales cita las políticas nacionales para
fortalecer los saldos fiscales e introducir reformas estructurales, como
por ejemplo, en España e Italia (pág. 5). Por último, en el epígrafe
dedicado a los riesgos de estas previsiones, se afirma que uno de los
posibles




Página
806






riesgos a la baja podría ser una espiral de deuda y deflación en varias
economías, especialmente en la zona del euro, y en particular, en las
economías de la periferia (España, Grecia e Irlanda) (pág. 18).



Las previsiones macroeconómicas para España que publica el FMI en este
informe se recogen en el siguiente cuadro:



Previsiones macroeconómicas del Fondo Monetario Internacional, abril
2012;;;;;;;;;;;;



;PIB real;;;Precios



al consumidor;;;Saldo balanza C/C;;;Desempleo;;



;Variación anual



en %;;;Variación anual



en %;;;Porcentaje del PIB;;;Porcentaje



de Pob. Act.;;



;2011;2012;2013;2011;2012;2013;2011;2012;2013;2011;2012;2013



Alemania;3,1;0,6;1,5;2,5;1,9;1,8;5,7;5,2;4,9;6,0;5,6;5,5



Francia;1,7;0,5;1,0;2,3;2,0;1,6;-2,2;-1,9;-1,5;9,7;9,9;10,1



Italia;0,4;-1,9;-0,3;2,9;2,5;1,8;-3,2;-2,2;-1,5;8,4;9,5;9,7



España;0,7;-1,8;0,1;3,1;1,9;1,6;-3,7;-2,1;-1,7;21,6;24,2;23,9



Grecia;-6,9;-4,7;0,0;3,1;-0,5;-0,8;-9,7;-7,4;-6,6;17,3;19,4;19,4



Portugal;-1,5;-3,3;0,3;3,6;3,2;1,4;-6,4;-4,2;-3,5;12,7;14,4;14,0



Irlanda;0,7;0,5;2,0;1,1;1,7;1,2;0,1;1,0;1,7;14,4;14,5;13,8



En el mismo capítulo, se incluyen dos recuadros, 1.1 y 1.2, que recogen
referencias a España.



Recuadro 1.1 Participación del factor trabajo en la renta nacional en
Europa y Estados Unidos durante y después de la Gran Recesión.



El objetivo de este recuadro es analizar el comportamiento de la
participación de las rentas salariales en el PIB, que algunos autores
consideran como un indicador imperfecto de desigualdad, durante la Gran
Recesión y su posterior fase de recuperación, comparado con otras
recesiones anteriores. Las principales conclusiones son las siguientes:



1. Primera: los estudios empíricos con datos de las economías avanzadas
muestran que la participación de las rentas salariales en el PIB es una
variable contracíclica, aumenta en las recesiones y disminuye en las
recuperaciones.



2. Segunda: en la actual fase de recuperación (2009-2011), la principal
contribución positiva a la variación del PIB nominal en las economías
avanzadas ha procedido del excedente bruto de explotación, siendo esta
aportación similar a la de las crisis anteriores. No ha ocurrido así en
Estados Unidos, cuya recuperación ha tenido un patrón inusual, con un
mayor peso del excedente que en pasadas recesiones, más parecido al de
las europeas.



3. Tercera y última conclusión: en la mayor parte de las economías
europeas los trabajadores no se encuentran en peor situación después de
la Gran Recesión en términos de su participación en la renta nacional.
Sin embargo, en Estados Unidos y en algunas economías europeas
(especialmente, España y Grecia), esa participación se mantiene bastante
por debajo del nivel máximo previo a la crisis (pág. 43).



Recuadro 1.2 La recuperación mundial: ¿en qué punto estamos?



Las principales conclusiones de este recuadro son las siguientes. Si se
cumplieran las previsiones económicas para las economías avanzadas en
2012, la actual recuperación sería la más débil desde la era de la
posguerra. En comparación con las crisis anteriores (1975-1982-1991),
esta recuperación es similar a la que tuvo lugar tras la crisis de los
primeros años 90, que también estuvo precedida por problemas en los
mercados crediticios e inmobiliario en Estados Unidos y otras países
desarrollados como España, Reino Unido e Irlanda (pág. 48).



El Capítulo 2, 'Perspectivas nacionales y regionales', comienza analizando
la forma en que se intensificó la crisis durante el pasado otoño, que
afectó principalmente a Italia y, en menor medida, a




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807






España, cuya actividad económica sufrió una marcada contracción en el
cuarto trimestre del año pasado (pág. 61). Según las previsiones
macroeconómicas del FMI, el PIB de la zona euro se contraerá a una tasa
anual un 0,5% en el primer semestre de 2012 y luego se iniciará una fase
de recuperación. Se prevé que la contracción será suave y poco duradera
en la mayor parte de las economías, ya que la confianza y las condiciones
financieras se han afianzado. Sin embargo, la recesión será profunda en
los países periféricos de la zona euro, como Grecia y Portugal, donde
continuará el ajuste en el marco de programas conjuntos de la UE y el
FMI, y en Italia y España, donde los diferenciales de rendimiento
permanecen en niveles elevados pese a que se han redoblado las medidas de
consolidación fiscal y la recuperación comenzaría a principios de 2013
(pág. 63). En el conjunto de 2012 la economía de la zona euro se
contraerá tres décimas y crecerá un 0,9% en 2013, con una estabilización
o una leve recuperación en todos los países periféricos, salvo en Italia
(pág. 63).



En materia de la política económica, el FMI recomienda en el caso de
Europa una combinación de políticas que respalden la recuperación,
abordando a la vez los retos para la sostenibilidad fiscal y las
vulnerabilidades del sector financiero, que son básicamente los dos
principales retos de la política económica del Gobierno. Respecto a la
política económica en España, considera que la nueva meta del déficit
público apunta a una fuerte consolidación fiscal -lo que es adecuado en
términos generales-, aunque hubiera sido preferible un ajuste algo más
moderado que se adaptara mejor a la situación cíclica (pág. 65). Esta es
la única apreciación sobre la política fiscal y los objetivos de déficit
público en España. El FMI publica dos veces al año el documento cuyo
título en inglés es 'Fiscal Monitor', donde se analiza de forma detallada
la orientación de la política fiscal por países y regiones y cuyas
previsiones macroeconómicas subyacentes coinciden con las del 'Informe de
Perspectivas Económicas Mundiales'.



En el mismo capítulo, se incluye una sección especial donde se analizan
los efectos transfronterizos del desapalancamiento de los bancos de la
zona euro (pág. 89). En esta sección, se han encontrado dos referencias
concretas sobre España.



1. La primera aparece cuando se enumeran los países de la zona euro
sometidos a la presión de los mercados. Según el FMI, España es uno de
estos países junto a Grecia, Irlanda, Italia, Portugal y Bélgica (pág.
92).



2. La segunda alusión a España se encuentra en el mismo párrafo cuando se
señala el significativo stock de inversión de las entidades financieras
españolas en Latinoamérica (pág. 92). No hay ninguna recomendación del
FMI a España.



El Capítulo 3 está dedicado, de forma monográfica, al endeudamiento de los
hogares. Hay una referencia explícita a España cuando se indican los
descensos de los precios de la vivienda en términos reales en distintos
países desde los máximos alcanzados antes de la crisis hasta finales de
2011: un 41% en Irlanda, un 23% en España y en Estados Unidos y un 21% en
Dinamarca (pág. 101). La siguiente referencia aparece cuando se analizan
las principales medidas de política económica que han adoptado los
gobiernos durante los períodos de desapalancamiento de los hogares. Se
examinan los beneficios y limitaciones de cuatro tipos de medidas, que no
son mutuamente excluyentes y pueden ser complementarias: estímulos
económicos temporales, apoyo a los hogares a través de prestaciones
sociales, asistencia al sector financiero y apoyo a la reestructuración
de la deuda de los hogares. Dentro de la primera categoría, los estímulos
monetarios a hogares endeudados es una opción recomendable, especialmente
en países con mayoría de hipotecas a tipos de interés variable como son
España y Reino Unido (pág. 100).



Respecto a la cuestión sobre si el Gobierno interpreta que políticamente
España debería haber tenido en cuenta que, en medio de una recesión
recortar el déficit sólo ahondaba en la caída del crecimiento, este
Gobierno considera que la consolidación fiscal, aunque pueda tener un
cierto impacto contractivo a corto plazo, es una condición necesaria
para:



1. Restablecer la confianza de los mercados.



2. Reducir los tipos de interés a medio plazo.



3. Sentar las bases para una sólida recuperación de la economía española.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
808






184/007901



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por su señoría, se informa que
la declaración de créditos no disponibles se efectúa a nivel global, es
decir, por Capítulos, Conceptos y Subconceptos, sin que, en principio,
repercuta en los proyectos de inversión de las Comunidades Autónomas y
provincias.



Por otro lado, recientemente se han aprobado los Presupuestos Generales
del Estado para 2012, por la Ley 2/2012, de 29 de junio. Por tanto, ya no
están vigentes los Presupuestos de 2011 prorrogados para 2012 y, en
consecuencia, el Acuerdo de no disponibilidad de 30 de diciembre de 2011,
no tiene efecto en los créditos del Presupuesto para el año 2012.



La citada Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2012, ha sido publicada en el BOE de 30 de junio, y en la
misma se recogen las inversiones para la provincia de Cuenca en el Anexo
de Inversiones de los Presupuestos Generales del Estado para 2012.



Por último, se indica que la grave situación económica por la que
atraviesa nuestro país ha obligado a realizar de manera insoslayable unos
necesarios ajustes presupuestarios. En estas circunstancias se van a
realizar en la provincia de Cuenca todas las inversiones en
infraestructuras que puedan servir para crear riqueza, actuar como motor
de la economía, generar empleo y mejorar el bienestar de todos los
ciudadanos, favoreciendo la mejora de nuestra competitividad, así como de
la cohesión social y territorial.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007917



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



En la actualidad y con cargo a los créditos ordinarios (Capítulo
6-Inversiones Reales) de la Dirección General de la Guardia Civil, está
prevista la sustitución de una caldera en la Comandancia de Cuenca
durante el año 2014 por un montante de 104.692 euros si las
disponibilidades presupuestarias lo permiten.



No obstante lo anterior, cabe señalar que durante el presente año y
siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, está
prevista la realización de diversas actuaciones de mejora y mantenimiento
de cuarteles del citado Cuerpo en la provincia de Cuenca por importe de
439.288,60 euros.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007919



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



El número de efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
disponibles en la provincia de Cuenca, a 31 de diciembre de cada año, en
el período 2004/2011 fue el recogido en el siguiente cuadro:




Página
809






;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



Cuerpo Nacional de Policía;712;729;784;776;760;831;857;840



Guardia Civil;111;117;119;126;116;122;127;126



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007920



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



La evolución de la tasa de criminalidad en la provincia de Cuenca entre
los años 2004 y 2011 fue la recogida en la siguiente tabla:



PROVINCIA;TASA DE CRIMINALIDAD POR 1.000 HABITANTES;;;;;;;



;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



CUENCA;26,3;28,8;28,1;31,6;34,4;29,6;30,1;29,7



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007921



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



A fecha 1 de enero de 2012, el número de efectivos de la Guardia Civil en
situación administrativa de servicio activo en la provincia de Cuenca era
de 799.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007922



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



A fecha 1 de enero de 2012, el número de vacantes de la Guardia Civil en
la provincia de Cuenca era de 59.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
810






184/007923



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



El número de efectivos del Cuerpo Nacional de Policía en activo
destinados, a fecha 1 de enero de 2012, en la provincia de Cuenca era de
117.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007924



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



En la actualidad, no está previsto incremento ni reducción alguna en la
plantilla de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la provincia
de Cuenca.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007925 y 184/007926



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



En el Centro Penitenciario de Cuenca los funcionarios pertenecientes a la
Relación de Puestos de Trabajo de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias a 1 de enero de 2012 eran 104; y 3 los funcionarios
dependientes del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias
que prestaban servicio en dicho Centro.



Por su parte, la ocupación era de 131 internos (a fecha 31 de diciembre de
2011).



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007933 y 184/007934



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



La Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para
2012, establece en su disposición adicional septuagésima primera una
reordenación del tiempo de trabajo del personal del sector público, de
manera que, a partir de su entrada en vigor, la jornada ordinaria de
trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30
minutos.




Página
811






Por otro lado, la citada ley establece en su artículo 22, en los mismos
términos que el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas
urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la
corrección del déficit público, que las retribuciones del personal al
servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos de
homogeneidad para los dos periodos de comparación, tanto por lo que
respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.



De acuerdo con los últimos datos oficiales disponibles (Boletín del
Registro Central de Personal, 1 de diciembre de 2011), estas medidas
afectan a 14.938 efectivos en la provincia de Cuenca, de los cuales:



- 1.931 prestan servicios en la administración pública estatal.



- 7.808 prestan servicios en la comunidad autónoma.



- 4.720 prestan servicios en la administración local.



- 479 prestan servicios en la Universidad.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007955



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



Se adjunta un anexo con la información solicitada. La Ley de Presupuestos
del Estado para el ejercicio 2012 no prevé ninguna partida destinada a
Cooperación Económica Local del Estado, salvo la necesaria para cubrir el
pago de compromisos derivados de ejercicios anteriores.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
812







[**********página con cuadro**********]





Página
813






184/007957



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por su señoría, se señala que
tanto las medidas relativas al saneamiento del sistema financiero, el
mecanismo de pago a proveedores, como los instrumentos de crédito ya
operativos, tienen como ámbito de actuación la totalidad del territorio
nacional, por lo que también resultarían de aplicación en la provincia de
Cuenca.



? Saneamiento del sistema financiero



En el primer semestre de este año, el Gobierno ha impulsado medidas
dirigidas al saneamiento del sector financiero, y se ha conseguido
financiación europea para la recapitalización de las entidades
financieras más débiles, que permite generar confianza con respecto a la
solvencia de las entidades, como condición necesaria e imprescindible
para que haya disponibilidad de crédito.



El impacto sobre la confianza en el sector financiero y el acceso al
crédito han sido marcadamente negativos a nivel internacional. Los
problemas de liquidez y financiación, unidos al empeoramiento de la
calidad crediticia, han incrementado las dificultades de acceso a la
financiación con severos efectos sobre la economía real. Con el objetivo
de dar solución a los problemas en el sector financiero y paliar las
consecuencias en la economía real, se ha aprobado una reforma de gran
calado del sistema financiero que se centra en el saneamiento profundo de
los balances de las entidades de crédito para aumentar la eficiencia y la
competitividad del sector.



Con este fin se aprobó el Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de
saneamiento del sector financiero. Los principales objetivos que se
persiguen con esta reforma son: aumentar la transparencia, mejorar la
confianza y la credibilidad del sector financiero, facilitar el acceso a
los mercados de financiación para que fluya el crédito a la economía
real, incentivar la salida al mercado de activos inmobiliarios y un
ajuste eficiente del exceso de capacidad instalada del sector, al tiempo
que mejora la gobernanza de las entidades.



En una segunda fase, se aprobó el Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo,
sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector
financiero. Mediante el mismo se amplían las coberturas para los activos
inmobiliarios clasificados como no problemáticos. El proceso exigirá
provisiones adicionales por unos treinta mil millones de euros y el
conjunto de las provisiones cubrirá un 45% de los activos ligados al
sector promotor.



El pasado 9 de junio el Eurogrupo adoptó la decisión de abrir una línea de
crédito de hasta 100.000 millones de euros para las entidades financieras
españolas que lo requieran, posibilita que vuelva a fluir el crédito a
las familias, a los emprendedores, a las pequeñas y medianas empresas, a
los trabajadores y autónomos para que todos ellos puedan desarrollar sus
iniciativas, mantener o crear sus empresas y, al mismo tiempo, generar
empleo. Simultáneamente, partiendo de una situación de saneamiento de los
balances, se buscarán fórmulas al fomento de crédito a las pymes que
faciliten la canalización de la financiación hacia los proyectos
productivos.



? Mecanismo de Pago a Proveedores de Entidades Locales y Comunidades
Autónomas.



La restricción al crédito, a la que está sometida la economía española
como consecuencia de la crisis, se ha visto agravada por los
significativos retrasos en el pago de facturas por parte de las Entidades
Locales y Comunidades Autónomas. Con esta medida, se atiende a los pagos
atrasados de estas administraciones, dotando así de liquidez a las
empresas, a la vez que se financia estas obligaciones garantizando plazos
más amplios para la devolución de las deudas, con la debida
condicionalidad fiscal y financiera.



El Gobierno considera que este mecanismo será clave para impulsar la
actividad empresarial y evitar la destrucción de empleo, ya que supondrá
una inyección de liquidez directa al punto donde más se necesita, de la
que se beneficiarán las empresas proveedoras de las Entidades Locales y
de las Comunidades Autónomas, que podrán cobrar de forma ágil sus
obligaciones pendientes de pago. Esta liquidez les permitirá continuar o
recuperar su actividad empresarial. Esta inyección de liquidez a la
economía a través de los proveedores tendrá un efecto directo muy
positivo sobre el empleo, según estimaciones del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas con esta inyección a los proveedores se están
salvando o propiciando más de 100.000 empleos.




Página
814






Así, el Gobierno pagó a finales de mayo todas las facturas pendientes de
las Entidades Locales con 106.283 proveedores, dentro de la primera fase
del Mecanismo extraordinario de Pago a Proveedores. El importe total de
las deudas pagadas asciende a 9.263.151.895 euros, que corresponden a
1.715.121 facturas procedentes de 3.774 Entidades Locales (Ayuntamientos
y Diputaciones provinciales). De los 106.283 proveedores a los que se les
han abonado facturas pendientes, casi el 65% son pymes, el 35% son
personas físicas, menos de un 1% empresas.



En una segunda fase, esta vez dirigida a las CC.AA., se abonaron a finales
de junio un total de 3.794.537 facturas pendientes por un importe de
17.718.553.729,10 euros a 29.108 proveedores, de los que 7.598 son
personas físicas (el 33%), 20.955 son pymes (66%) y 555 grandes empresas
(el 1%). Esto supone que dos de cada tres facturas pendientes de pago por
las Comunidades Autónomas se adeudaban a pequeñas y medianas empresas.



? Líneas de crédito en funcionamiento.



El Instituto de Crédito Oficial (ICO) dispone de instrumentos financieros
a los que se pueden acoger los autónomos y las pequeñas y medianas
empresas. Entre ellos, las siguientes líneas de mediación, con una
dotación conjunta cercana a los 24.000 millones de euros: ICO-Inversión,
ICO-Liquidez, ICO-Internacionalización, ICO-Rehabilitación,
ICO-Emprendedores y, como novedad, ICO-Garantía SGR e ICO-Exportadores.



A su vez, la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) dispone de una serie
de líneas de financiación para emprendedores y empresas innovadoras,
alguna específica para las pymes. En concreto, Línea PYME, Línea de
Empresas de Base Tecnológica (Línea EBT), Línea de Cofinanciación con
Business Angels, Línea de Cofinanciación con Sociedades de Capital
Riesgo, Línea de Cofinanciación con Agencias de Desarrollo Regional y
Línea D-diseño. Adicionalmente, ENISA cuenta entre sus líneas de
financiación para el crecimiento empresarial, con la Línea para la
adquisición y fusión de pequeñas empresas y Línea de apoyo financiero
para la salida de pyme al Mercado Alternativo Bursátil.



Además, la Dirección General de Industria y de la PYME, dispone del
Programa de Avales para las pymes, que actúa por medio del
reafianzamiento a las Sociedades de Garantía Recíproca con la finalidad
de facilitar el acceso de las pymes a fuentes de financiación y del
Programa de Fondos de Titulización de Activos para PYME (FTPYME), que
cuenta con el aval del Estado para respaldar los bonos emitidos por estos
Fondos con la condición de que las entidades financieras que les ceden
sus activos reinviertan, al menos en un 80%, la liquidez obtenida en
nuevos créditos para pymes.



En relación con el ámbito de Comercio, la Iniciativa de Apoyo Financiero
al Comercio Interior que, mediante el Fondo de Ayuda al Comercio
Interior, otorga, a través del ICO y de las entidades financieras
colaboradoras, préstamos al sector comercio con un tipo de interés
subvencionado, prevé llevar a cabo una convocatoria con una dotación de
13.720.000 euros, correspondientes al remanente del pasado ejercicio.



Los potenciales beneficiarios continúan siendo las Entidades Locales, las
entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de
aquellas, las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales,
las cámaras oficiales de comercio y las pequeñas y medianas empresas,
aunque se van a introducir algunas modificaciones con el fin de adecuar
la oferta a las necesidades actuales de las pymes y los autónomos del
sector comercio, en particular la financiación de capital circulante.



Además, con el fin de atender las necesidades de financiación de autónomos
del sector comercio al por menor que, siendo solventes y viables, se
enfrentan a una situación transitoria de restricción de crédito, se ha
creado, dentro del capítulo 8 de los Presupuestos Generales de Estado
para 2012, una partida cuya dotación (9 millones de euros) se destinará a
incrementar el fondo de la Línea de financiación ICO Liquidez mediante un
tramo especial de financiación. A través de esta Línea se pueden obtener
préstamos a un tipo de interés bonificado para afrontar gastos corrientes
tales como nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía,
reestructuración de pasivo...



Dada la distribución de competencias en materia de Comercio entre el
Estado y las Comunidades Autónomas, se contempla la posibilidad de que
las líneas de financiación se complementen y sean compatibles con
cualesquiera otras ayudas o subvenciones otorgadas por otras
administraciones públicas de ámbito nacional o supranacional.



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
815






184/007959



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



La primera referencia a España en el 'Informe de Perspectivas Económicas'
del Fondo Monetario Internacional-FMI, publicado en abril de 2012,
aparece en los primeros párrafos de la 'Introducción' de dicho informe,
cuando se citan las causas que han provocado un brusco aumento de los
rendimientos soberanos en Italia y España que son, según el FMI, las
dudas en torno a la sostenibilidad fiscal en dichos países, si bien las
elecciones en España y el nombramiento de un nuevo primer ministro en
Italia devolvieron una cierta tranquilidad a los mercados (pág. XIII).



En el Capítulo 1 del informe, 'Perspectivas y políticas mundiales', se
considera que las reformas fiscales y estructurales llevadas a cabo en la
zona euro (especialmente en España e Italia) contribuyeron en un primer
momento a reducir las primas de riesgo soberano (pág. 3), aunque en el
momento de redactar el informe se habían incrementado de nuevo. Poco
después, se alude a las medidas desplegadas para resolver los problemas
en la zona euro, entre las cuales cita las políticas nacionales para
fortalecer los saldos fiscales e introducir reformas estructurales, como
por ejemplo, en España e Italia (pág. 5). Por último, en el epígrafe
dedicado a los riesgos de estas previsiones, se afirma que uno de los
posibles riesgos a la baja podría ser una espiral de deuda y deflación en
varias economías, especialmente en la zona del euro, y en particular, en
las economías de la periferia (España, Grecia e Irlanda) (pág. 18).



Las previsiones macroeconómicas para España que publica el FMI en este
informe se recogen en el siguiente cuadro:



Previsiones macroeconómicas del Fondo Monetario Internacional, abril
2012;;;;;;;;;;;;



;PIB real;;;Precios



al consumidor;;;Saldo balanza C/C;;;Desempleo;;



;Variación anual



en %;;;Variación anual



en %;;;Porcentaje del PIB;;;Porcentaje



de Pob.Act.;;



;2011;2012;2013;2011;2012;2013;2011;2012;2013;2011;2012;2013



Alemania;3,1;0,6;1,5;2,5;1,9;1,8;5,7;5,2;4,9;6,0;5,6;5,5



Francia;1,7;0,5;1,0;2,3;2,0;1,6;-2,2;-1,9;-1,5;9,7;9,9;10,1



Italia;0,4;-1,9;-0,3;2,9;2,5;1,8;-3,2;-2,2;-1,5;8,4;9,5;9,7



España;0,7;-1,8;0,1;3,1;1,9;1,6;-3,7;-2,1;-1,7;21,6;24,2;23,9



Grecia;-6,9;-4,7;0,0;3,1;-0,5;-0,8;-9,7;-7,4;-6,6;17,3;19,4;19,4



Portugal;-1,5;-3,3;0,3;3,6;3,2;1,4;-6,4;-4,2;-3,5;12,7;14,4;14,0



Irlanda;0,7;0,5;2,0;1,1;1,7;1,2;0,1;1,0;1,7;14,4;14,5;13,8



En el mismo capítulo, se incluyen dos recuadros, 1.1 y 1.2, que recogen
referencias a España.



Recuadro 1.1 Participación del factor trabajo en la renta nacional en
Europa y Estados Unidos durante y después de la Gran Recesión.



El objetivo de este recuadro es analizar el comportamiento de la
participación de las rentas salariales en el PIB, que algunos autores
consideran como un indicador imperfecto de desigualdad, durante la Gran




Página
816






Recesión y su posterior fase de recuperación, comparado con otras
recesiones anteriores. Las principales conclusiones son las siguientes:



1. Primera: los estudios empíricos con datos de las economías avanzadas
muestran que la participación de las rentas salariales en el PIB es una
variable contracíclica, aumenta en las recesiones y disminuye en las
recuperaciones.



2. Segunda: en la actual fase de recuperación (2009-2011), la principal
contribución positiva a la variación del PIB nominal en las economías
avanzadas ha procedido del excedente bruto de explotación, siendo esta
aportación similar a la de las crisis anteriores. No ha ocurrido así en
Estados Unidos, cuya recuperación ha tenido un patrón inusual, con un
mayor peso del excedente que en pasadas recesiones, más parecido al de
las europeas.



3. Tercera y última conclusión: en la mayor parte de las economías
europeas los trabajadores no se encuentran en peor situación después de
la Gran Recesión en términos de su participación en la renta nacional.
Sin embargo, en Estados Unidos y en algunas economías europeas
(especialmente, España y Grecia), esa participación se mantiene bastante
por debajo del nivel máximo previo a la crisis (pág. 43).



Recuadro 1.2 La recuperación mundial: ¿en qué punto estamos?



Las principales conclusiones de este recuadro son las siguientes. Si se
cumplieran las previsiones económicas para las economías avanzadas en
2012, la actual recuperación sería la más débil desde la era de la
posguerra. En comparación con las crisis anteriores (1975-1982-1991),
esta recuperación es similar a la que tuvo lugar tras la crisis de los
primeros años 90, que también estuvo precedida por problemas en los
mercados crediticios e inmobiliario en Estados Unidos y otras países
desarrollados como España, Reino Unido e Irlanda (pág. 48).



El Capítulo 2, 'Perspectivas nacionales y regionales', comienza analizando
la forma en que se intensificó la crisis durante el pasado otoño, que
afectó principalmente a Italia y, en menor medida, a España, cuya
actividad económica sufrió una marcada contracción en el cuarto trimestre
del año pasado (pág. 61). Según las previsiones macroeconómicas del FMI,
el PIB de la zona euro se contraerá a una tasa anual un 0,5% en el primer
semestre de 2012 y luego se iniciará una fase de recuperación. Se prevé
que la contracción será suave y poco duradera en la mayor parte de las
economías, ya que la confianza y las condiciones financieras se han
afianzado. Sin embargo, la recesión será profunda en los países
periféricos de la zona euro, como Grecia y Portugal, donde continuará el
ajuste en el marco de programas conjuntos de la UE y el FMI, y en Italia
y España, donde los diferenciales de rendimiento permanecen en niveles
elevados pese a que se han redoblado las medidas de consolidación fiscal
y la recuperación comenzaría a principios de 2013 (pág. 63). En el
conjunto de 2012 la economía de la zona euro se contraerá tres décimas y
crecerá un 0,9% en 2013, con una estabilización o una leve recuperación
en todos los países periféricos, salvo en Italia (pág. 63).



En materia de la política económica, el FMI recomienda en el caso de
Europa una combinación de políticas que respalden la recuperación,
abordando a la vez los retos para la sostenibilidad fiscal y las
vulnerabilidades del sector financiero, que son básicamente los dos
principales retos de la política económica del Gobierno. Respecto a la
política económica en España, considera que la nueva meta del déficit
público apunta a una fuerte consolidación fiscal -lo que es adecuado en
términos generales-, aunque hubiera sido preferible un ajuste algo más
moderado que se adaptara mejor a la situación cíclica (pág. 65). Esta es
la única apreciación sobre la política fiscal y los objetivos de déficit
público en España. El FMI publica dos veces al año el documento cuyo
título en inglés es 'Fiscal Monitor', donde se analiza de forma detallada
la orientación de la política fiscal por países y regiones y cuyas
previsiones macroeconómicas subyacentes coinciden con las del 'Informe de
Perspectivas Económicas Mundiales'.



En el mismo capítulo, se incluye una sección especial donde se analizan
los efectos transfronterizos del desapalancamiento de los bancos de la
zona euro (pág. 89). En esta sección, se han encontrado dos referencias
concretas sobre España.



1. La primera aparece cuando se enumeran los países de la zona euro
sometidos a la presión de los mercados. Según el FMI, España es uno de
estos países junto a Grecia, Irlanda, Italia, Portugal y Bélgica (pág.
92).




Página
817






2. La segunda alusión a España se encuentra en el mismo párrafo cuando se
señala el significativo stock de inversión de las entidades financieras
españolas en Latinoamérica (pág. 92). No hay ninguna recomendación del
FMI a España.



El Capítulo 3 está dedicado, de forma monográfica, al endeudamiento de los
hogares. Hay una referencia explícita a España cuando se indican los
descensos de los precios de la vivienda en términos reales en distintos
países desde los máximos alcanzados antes de la crisis hasta finales de
2011: un 41% en Irlanda, un 23% en España y en Estados Unidos y un 21% en
Dinamarca (pág. 101). La siguiente referencia aparece cuando se analizan
las principales medidas de política económica que han adoptado los
gobiernos durante los períodos de desapalancamiento de los hogares. Se
examinan los beneficios y limitaciones de cuatro tipos de medidas, que no
son mutuamente excluyentes y pueden ser complementarias: estímulos
económicos temporales, apoyo a los hogares a través de prestaciones
sociales, asistencia al sector financiero y apoyo a la reestructuración
de la deuda de los hogares. Dentro de la primera categoría, los estímulos
monetarios a hogares endeudados es una opción recomendable, especialmente
en países con mayoría de hipotecas a tipos de interés variable como son
España y Reino Unido (pág. 100).



En relación con la cuestión sobre si el Gobierno interpreta que
políticamente España debería haber tenido en cuenta que, en medio de una
recesión recortar el déficit sólo ahondaba en la caída del crecimiento,
este Gobierno considera que la consolidación fiscal, aunque pueda tener
un cierto impacto contractivo a corto plazo, es una condición necesaria
para:



1. Restablecer la confianza de los mercados.



2. Reducir los tipos de interés a medio plazo.



3. Sentar las bases para una sólida recuperación de la economía española.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007962



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En la actualidad y con cargo a los créditos ordinarios (Capítulo 6 -
Inversiones Reales) de la Dirección General de la Guardia Civil, no
existen previsiones de nueva inversión en los cuarteles de la Guardia
Civil en la provincia de Cádiz para el año 2012.



No obstante lo anterior, cabe señalar que, durante el presente año y
siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, está
prevista la realización de diversas actuaciones de mejora y mantenimiento
de cuarteles del citado Cuerpo en la provincia de Cádiz por importe de
1.366.857,66 €.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007963



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



Durante el año 2012 y en la provincia de Cádiz están previstas las
siguientes inversiones en Infraestructuras de la Dirección General de la
Policía:




Página
818






LOCALIDAD;ACTUACIÓN;IMPORTE



ALGECIRAS;Certificación final Ejecución obras de renovación de saneamiento
vertical, mejora de la seguridad y acabados en C.I.E. Avda. Gesto por la
Paz, 46;15.482,43



SANLÚCAR DE BARRAMEDA;Proyecto Ejecución obras de intervención en CCTV y
otros en Comisaría local c/ Puerto, 2;7.081,46



CÁDIZ;Asistencia Técnica Redacción Estudio Patológico en Comisaría
Provincial Avda. de Andalucía, n.º 28;14.848,65



CHICLANA;Local para extranjería, fronteras y oficina de
documentación.;50.000,00



PUERTO REAL;Instalación Sistema de Alimentación Ininterrumpida para
oficina de documentación.;6.000,00



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007964 a 184/007967



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro figuran los datos estadísticos sobre la tasa de
criminalidad en la provincia de Cádiz, y su desglose entre los ámbitos
del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil, durante el periodo
2004-2011:



CÁDIZ;TASA DE CRIMINALIDAD POR 1.000 HABITANTES;;;;;;;



;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011



TOTAL;45,1;48,8;50,4;48,7;52,3;49,1;49,1;48,5



Ámbito GC;35,3;40,6;41,9;42,5;46,4;42,9;44,1;43,2



Ámbito CNP;49,7;52,7;54,4;51,7;55,1;52,1;51,6;51,0



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007968



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



Los camiones, por definición, no pueden utilizar gasóleo bonificado por
disposición del artículo 54 de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales,
sin perjuicio del derecho a la devolución parcial por gasóleo de uso
profesional a la que tienen derecho los transportistas, tanto de personas
como de mercancías, incluidos taxis (artículo 52 bis de la Ley 38/1992).
Los tractores y otra maquinaria agrícola sí podrían utilizar gasóleo
bonificado y posteriormente solicitar su devolución en los términos del
artículo 52 ter de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales.




Página
819






No obstante lo anterior, no existe, por no ser necesario para la gestión
del impuesto, información estadística disponible que agrupe los vehículos
o maquinaria agrícola que han utilizado los solicitantes de esta
devolución.



Madrid, 23 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007975



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta de referencia, se adjunta anexo en el que
figuran los importes de obligaciones reconocidas con áreas origen del
gasto correspondiente a Cádiz con cargo a los Presupuestos de Gastos de
la Administración General del Estado de los ejercicios 2000 y 2001 con
detalle de ejercicio y sección.



Además, puede haber otras inversiones realizadas efectivamente en la
provincia de Cádiz pero no recogidas en el anexo que se adjunta puesto
que las correspondientes operaciones de reconocimiento de obligación se
han efectuado con cargo a las áreas 'Varias provincias de la Comunidad
Autónoma de Andalucía' (para las inversiones que afectan a más de una
provincia de dicha comunidad autónoma) o 'No regionalizable' (para las
inversiones que, por su propia naturaleza, a priori, no pueden asignarse
a un área más concreta). En estos casos, no puede determinarse
contablemente la parte que ha podido corresponder a un territorio
concreto.



Madrid, 23 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



ANEXO



Obligaciones reconocidas en la provincia de Cádiz del capítulo 6
'Inversiones reales' de los presupuestos de gastos de la AGE de los años
2000 y 2001. Detalle por ejercicio y sección



Importe en euros



EJER.;SECCIÓN;DENOMINACIÓN;OBLIGACIONES



RECONOCIDAS



2000;13;MINISTERIO DE JUSTICIA;59.401,31



;14;MINISTERIO DE DEFENSA;38.555.456,40



;15;MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA;320.768,18



;16;MINISTERIO DEL INTERIOR;1.310.463,10



;17;MINISTERIO DE FOMENTO;71.393.954,77



;18;MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA;89.233,14



;19;MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES;9.343,89



;21;MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN;1.126.122,89



;22;MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS;63.676,74



;23;MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE;19.124.452,99



;Totales;;132.052.873,41




Página
820






EJER.;SECCIÓN;DENOMINACIÓN;OBLIGACIONES



RECONOCIDAS



2001;13;MINISTERIO DE JUSTICIA;66.380,84



;14;MINISTERIO DE DEFENSA;45.529.015,82



;15;MINISTERIO DE HACIENDA;444.709,83



;16;MINISTERIO DEL INTERIOR;2.647.607,27



;17;MINISTERIO DE FOMENTO;66.592.125,71



;18;MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE;54.363,97



;19;MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES;78.789,64



;21;MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN;234.990,20



;22;MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS;118.480,60



;23;MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE;26.077.301,11



;Totales;;141.843.764,99



184/007980



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



Los objetivos y prioridades que el Gobierno establece en materia económica
y que se aplican desde el Ministerio de Economía y Competitividad son
comunes a todo el territorio nacional, ya que según el artículo 98 de la
Constitución, el Gobierno, ejerce, entre otras, la función ejecutiva para
el conjunto del Estado. De ahí que no exista especificidad para la
provincia de Cádiz dentro de las políticas nacionales, ya que estas se
aplican, con carácter general sobre todo el territorio, sin perjuicio de
las políticas y medidas que cada Comunidad Autónoma o entidad local
desarrolle en su respectivo territorio. Esta aplicación igualitaria de
políticas y medidas garantiza, precisamente, la igualdad entre todos los
ciudadanos, con independencia de la región en la que residan, y
contribuye a reforzar el principio de unidad de mercado. Por tanto, los
objetivos políticos y prioridades detallados a continuación tienen como
ámbito de actuación la totalidad del territorio nacional, por lo que
también resultarían de aplicación en la provincia de Cádiz.



En el Programa Nacional de Reformas de España 2012, aprobado por el
Consejo de Ministros del pasado 27 de abril, se representa una agenda
ambiciosa de reformas estructurales e incluye los siguientes objetivos:
consolidación fiscal; fomento del crecimiento y la competitividad; lucha
contra el desempleo; reactivación del crédito; mejora y eficiencia en la
prestación de servicios públicos esenciales, y modernización y
racionalización de las Administraciones Públicas.



A continuación se presentan las principales prioridades y líneas de
actuación.



- Consolidación fiscal.



La corrección de los desequilibrios de las cuentas públicas es una
condición imprescindible para lograr un crecimiento económico sostenible
y fomentar la creación de empleo. En este ámbito la acción del Gobierno
no solo se limita a realizar ajustes fiscales para cumplir con los
objetivos de estabilidad presupuestaria, sino que también se están
adoptando reformas estructurales con las que se mejora el marco de la
gobernanza económica en España, en línea con las reformas adoptadas en la
Unión Europea,




Página
821






al introducir disciplina y transparencia presupuestaria en todas las
acciones de las Administraciones Públicas.



- Modernización de las Administraciones Públicas y de los Servicios
Públicos.



La modernización y racionalización de las Administraciones Públicas
(AA.PP.) no solo coadyuva a la consolidación fiscal, sino que contribuye
además a la mejora de la eficiencia y la competitividad de la economía
española, en tanto que se liberan recursos públicos redundantes que
podrán dirigirse a la dinamización de la actividad económica.



Se incluyen dentro de este epígrafe diversas medidas orientadas, por una
parte, a reducir la estructura administrativa en aquellos puntos donde
las funciones desempeñadas puedan ser simplificadas o bien se encuentren
divididas o duplicadas entre distintas unidades, organismos o, incluso,
administraciones. La mayor eficiencia lograda gracias a estas medidas se
refuerza, por otra parte, con otras dirigidas a una asignación más
eficiente de los recursos materiales y humanos en la Administración.



- Saneamiento del sistema financiero.



En el primer semestre de este año, el Gobierno ha impulsado medidas
dirigidas al saneamiento del sector financiero, y se ha conseguido
financiación europea para la recapitalización de las entidades
financieras más débiles, que permite generar confianza con respecto a la
solvencia de las entidades, como condición necesaria e imprescindible
para que haya disponibilidad de crédito.



Con el objetivo de dar solución a los problemas en el sector financiero y
paliar las consecuencias en la economía real, se ha aprobado una reforma
de gran calado del sistema financiero que se centra en el saneamiento
profundo de los balances de las entidades de crédito para aumentar la
eficiencia y la competitividad del sector.



Con este fin se aprobó el Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de
saneamiento del sector financiero. Los principales objetivos que se
persiguen con esta reforma son: aumentar la transparencia, mejorar la
confianza y la credibilidad del sector financiero, facilitar el acceso a
los mercados de financiación para que fluya el crédito a la economía
real, incentivar la salida al mercado de activos inmobiliarios y un
ajuste eficiente del exceso de capacidad instalada del sector, al tiempo
que mejora la gobernanza de las entidades.



En una segunda fase, se aprobó el Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo,
sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector
financiero. Mediante el mismo se amplían las coberturas para los activos
inmobiliarios clasificados como no problemáticos. El proceso exigirá
provisiones adicionales por unos treinta mil millones de euros y el
conjunto de las provisiones cubrirá un 45 por 100 de los activos ligados
al sector promotor.



El pasado 9 de junio el Eurogrupo adoptó la decisión de abrir una línea de
crédito de hasta 100.000 millones de euros para las entidades financieras
españolas que lo requieran, posibilita que vuelva a fluir el crédito a
las familias, a los emprendedores, a las pequeñas y medianas empresas, a
los trabajadores y autónomos para que todos ellos puedan desarrollar sus
iniciativas, mantener o crear sus empresas y, al mismo tiempo, crear
empleo. Al mismo tiempo, partiendo de una situación de saneamiento de los
balances, se buscarán fórmulas al fomento de crédito a las Pymes que
faciliten la canalización de la financiación hacia los proyectos
productivos.



Otra medida importante ha sido la puesta en marcha del Mecanismo de Pago a
Proveedores de Entidades Locales y Comunidades Autónomas, que será clave
para impulsar la actividad empresarial y evitar la destrucción de empleo,
ya que supone una inyección de liquidez directa al punto donde más se
necesita, de la que se benefician las empresas proveedoras de las
entidades locales y de las comunidades autónomas al poder cobrar sus
obligaciones pendientes de pago. Esta inyección de liquidez a la economía
a través de los proveedores tendrá un efecto directo muy positivo sobre
el empleo, que según estimaciones del Ministerio de Hacienda y AA.PP.,
con esta inyección a los proveedores se están salvando o propiciando más
de 100.000 empleos.



Así, se pagaron a finales de mayo todas las facturas pendientes de las
Entidades Locales con 106.283 proveedores, dentro de la primera fase del
Mecanismo extraordinario de Pago a Proveedores. El importe total de las
deudas pagadas asciende a 9.263.151.895 euros, que corresponden a
1.715.121 facturas procedentes de 3.774 Entidades Locales (Ayuntamientos
y Diputaciones provinciales). De los 106.283




Página
822






proveedores a los que se les han abonado facturas pendientes, casi el 65%
son pymes, el 35% son personas físicas, menos de un 1% empresas.



En una segunda fase, esta vez dirigida a las CC.AA. se abonaron a finales
de junio un total de 3.794.537 facturas pendientes por un importe de
17.718.553.729,10 euros a 29.108 proveedores, de los que 7.598 son
personas físicas (el 33%), 20.955 son pymes (66%) y 555 grandes empresas
(el 1%). Esto supone que dos de cada tres facturas pendientes de pago por
las Comunidades Autónomas se adeudaban a pequeñas y medianas empresas.



- Mercado laboral.



La crisis económica que atraviesa España ha puesto de relieve las
debilidades del diseño institucional del mercado laboral. España ha
destruido más empleo y más rápidamente que las principales economías
europeas. Además, la destrucción de empleo ha sido más intensa en ciertos
colectivos, especialmente los jóvenes.



La alta tasa de temporalidad constituye otra característica diferencial
del mercado laboral español, afectando también de modo mayoritario a los
sujetos más jóvenes y menos formados. El resultado de todo ello es un
mercado de trabajo caracterizado por una acusada dualidad laboral. El
diseño legal de las instituciones laborales de los últimos años es
parcialmente responsable de este escenario en la medida que no ha
incentivado a que se lleve a cabo una adaptación de las condiciones
laborales -en particular, de los salarios- a la evolución real de la
actividad, facilitando, en cambio, mantener la productividad del factor
trabajo y permitir una vía de ajuste a través de cantidades, es decir,
mediante la destrucción de empleo, especialmente a través del uso de los
contratos temporales más de lo que sería deseable, por su mayor
flexibilidad.



En atención a lo anterior, la reciente reforma del mercado laboral
español, aprobada mediante el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero,
recoge un conjunto integral y coherente de medidas, que se estructuran en
torno a cuatro grandes ejes: (1) favorecer la empleabilidad de los
trabajadores; (2) fomentar la creación de empleo y la contratación
laboral indefinida; (3) favorecer la flexibilidad interna en las empresas
como alternativa a la destrucción de empleo y (4) favorecer la eficiencia
del mercado de trabajo como elemento vinculado a la reducción de la
dualidad laboral.



- Crecimiento y competitividad.



Las actuaciones que mejoran el funcionamiento de los mercados de bienes,
servicios y factores productivos son imprescindibles para facilitar la
expansión duradera de la actividad económica y el empleo y, por esta vía,
en última instancia, promover la sostenibilidad de las finanzas públicas.



Entre la medidas encaminadas a mejorar el funcionamiento de los mercados
de bienes, servicios y factores, se encuentran: la corrección de los
desequilibrios del sector energético, con el establecimiento de un marco
regulatorio estable, el impulso a la sociedad de la información, para
favorecer la competitividad y la internacionalización de las empresas
españolas, la eliminación de barreras administrativas, la unidad de
mercado y fomento de la competencia, el apoyo a los emprendedores, con
una Ley específica que simplifique y promueva la implantación de nuevas
empresas y favorezca la innovación, actuaciones en I+D+i para la
generación de conocimiento de excelencia y el impulso de la creatividad,
y reformas en el ámbito de vivienda y suelo, para cambiar el modelo de
suelo urbano español, eliminar obstáculos en el sector y fomentar el
alquiler.



En el ámbito del comercio interior, se va a flexibilizar su regulación
para favorecer la instalación y mejorar el funcionamiento de los
comercios. La internacionalización de la economía y de las empresas es
también una prioridad del Gobierno, ya que el sector exterior debe
desempeñar el papel fundamental en la recuperación económica de España,
por lo que se diseñarán políticas para apoyar la internacionalización de
las empresas españolas.



Entre otras medidas de carácter normativo, y centrándose en el ámbito de
actuación de la Secretaría de Estado de Comercio, cabe hablar de la
sustitución de las licencias de actividad, funcionamiento y similares
para determinadas obras por declaraciones responsables tal y como prevé
el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de
liberalización del comercio y determinados servicios, convalidado por el
Congreso por Resolución de 14 de junio de 2012. El Ministerio de Economía
y Competitividad junto con la Federación Española de Municipios y
Provincias ha consensuado un modelo de declaración responsable que
sustituye las licencias previas. Otras medidas normativas de cuyos




Página
823






efectos se beneficiará la provincia de Cádiz, junto con el resto del
territorio nacional, es la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de
diciembre, de Horarios Comerciales, en la que se amplía el horario global
de los comercios, los domingos y festivos de apertura, la libertad
horaria en función de los metros cuadrados de superficie y las zonas de
gran afluencia turística.



Por otro lado, deben señalarse las medidas dirigidas a la financiación,
como la modificación del Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, por
el que se regula la iniciativa de apoyo financiero a la modernización y
mejora del comercio interior, y con la que se trata de facilitar el
acceso al pequeño comercio tradicional a la financiación reduciendo las
exigencias actuales de inversión. Junto a este, la Línea ICO Liquidez
2012, con una convocatoria de 9.000.000 de euros en 2012, ofrecerá al
sector comercio la posibilidad de créditos para gastos corrientes. Del
mismo modo, y ante la próxima finalización del Plan de Mejora de la
Productividad y Competitividad del Comercio 2009-2012, se está trabajando
en la redacción de un nuevo plan que estará dirigido a las pequeñas y
medianas empresas comerciales, autónomos y emprendedores. Sus líneas
básicas de actuación serán el apoyo a las políticas de innovación
comercial, la promoción comercial de las ventas, el impulso a la
cooperación empresarial, el apoyo a la calidad del servicio y el
fortalecimiento de la relación Comercio-Turismo.



En materia de Investigación, Desarrollo e Innovación, los organismos
públicos adscritos a este Ministerio a través de la Secretaría de Estado
de I+D+i que disponen de Centros en la provincia de Cádiz son el Consejo
Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y el Instituto Español de
Oceanografía (IEO), y por parte de ninguno de ellos está previsto la
realización de ningún proyecto singularizado o la realización de
inversiones específicas durante el presente ejercicio económico en dicha
provincia



Por otra parte, la actuación del Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial (CDTI) no se prioriza regionalmente, ya que depende de la
demanda empresarial de proyectos innovadores de suficiente calidad
científico-técnica para ser aprobados por el Consejo de Administración,
con independencia del sector o la tecnología de desarrollo así como de su
localización geográfica ( 2). Por tanto, la financiación de inversiones
en I+D+i en la provincia de Cádiz dependerá de la iniciativa empresarial
para desarrollar proyectos innovadores de calidad suficiente.



No obstante lo anterior, el CDTI, a través de la Secretaría de Estado de
I+D+i, tiene como objetivo prioritario ejecutar la totalidad de la
partida de Fondo Tecnológico asignada a la Comunidad Autónoma de
Andalucía ( 3) cuyo importe asciende a 259,99 millones de euros. Para
acelerar la ejecución de esta partida, el CDTI ha lanzado un programa
específico de proyectos de I+D en consorcio con desarrollo en Andalucía,
FEDER-INNTERCONECTA Andalucía, cuya primera convocatoria se ha resuelto
en 2012. Actualmente, el CDTI está trabajando en una posible nueva
convocatoria de FEDER-INNTERCONECTA en el último trimestre de 2012.



Hay que indicar también que este Organismo a través de su actuación
promocional y de orientación a empresas y emprendedores, trata de
estimular la generación de proyectos en todo el territorio nacional,
estructurando ideas, incluso en una fase muy temprana, para que ninguna
iniciativa innovadora quede sin apoyo público.



A título informativo se indican los proyectos de I+D aprobados en 2012 con
desarrollo en la provincia de Cádiz, así como las participaciones
correspondientes a los proyectos financiados mediante subvención de la
primera convocatoria de FEDER-INNTERCONECTA Andalucía:



1. Proyectos de I+D y ayudas NEOTEC aprobados hasta junio 2012 en Cádiz



Iniciativas de I+D ;4



Aportaciones CDTI ;1.476.705,94 €



Presupuesto total ;1.974.690,00 €



2 ()La localización geográfica es asignada en función del lugar de
desarrollo del proyecto, pudiendo coincidir o no con el domicilio social
de la empresa.



3 ()El Fondo Tecnológico es una partida especial de fondos FEDER de la
Unión Europea dedicada a la promoción de la I+D+i empresarial en España.
El CDTI ha sido designado para gestionar parte del mismo, para lo que ha
diseñado distintos instrumentos con cofinanciación FEDER/CDTI, de acuerdo
con las exigencias comunitarias. El Fondo Tecnológico va dirigido a todas
las regiones españolas, pero en su distribución se ha dado prioridad a
las antiguas regiones del Objetivo 1, que en conjunto son destinatarias
del 90% de su presupuesto. Castilla La Mancha, junto con Andalucía,
Extremadura y Galicia son regiones de 'Convergencia', destinatarias del
70% del Fondo Tecnológico.




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824






2. Participaciones FEDER-INNTERCONECTA con desarrollo en Cádiz



Participaciones ;20 (4) *



Subvención CDTI ;12.864.734,30 €



Presupuesto total ;27.725.805,00 €



* Al tratarse de proyectos consorciados, cada participante puede
desarrollar su parte del proyecto en una ubicación distinta. Entre
paréntesis los representantes (líderes) con desarrollo en Cádiz.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008099



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



El Instituto Internacional de la Universidad de Naciones Unidas (UNU) para
la Alianza de Civilizaciones se estableció mediante Convenio suscrito el
28 de junio de 2010 entre España y la UNU. El Instituto tendría su sede
en Barcelona, en el recinto histórico de Sant Pau. La financiación corría
a cargo de España, concretamente de la Generalitat de Cataluña, para
habilitar la sede y la Secretaría General de Universidades del entonces
Ministerio de Educación para la financiación de las actividades. El
acuerdo obligaba a una aportación creciente durante los primeros tres
años: 1 millón de euros en 2010, 1,5 millones de euros en 2011 y 1,9
millones de euros en 2012. A partir del 2013, se pactaba una aportación
anual mínima de 2,0 millones de euros, si bien sujeta a 'disponibilidades
presupuestarias'.



Tras haber satisfecho las contribuciones relativas a los años 2010 y 2011,
el Ministerio de Educación se vio, al llegar 2012 y en el actual marco de
contención presupuestaria, ante la imposibilidad material de realizar la
aportación de 1,9 millones de euros de este año.



Descartada la denuncia unilateral por parte de España del convenio firmado
con la UNU, se decidió iniciar conversaciones con la UNU para ver qué
alternativas se podrían barajar sobre el futuro del Instituto. Esta
posición se basaba en la dificultad de seguir haciendo frente a las
contribuciones anteriormente mencionadas, pero también en la voluntad,
por parte de las Administraciones implicadas, de continuar con el trabajo
iniciado por el Instituto. En otras palabras, se reconoce la valía de
mantener el Instituto. Por otro lado, es preciso señalar que las dos
aportaciones realizadas por España en 2010 y 2011, comparadas con los
gastos realizados por el Instituto hasta la fecha, arrojan un remanente
(de dinero desembolsado pero no ejecutado) de alrededor de 1.700.000
euros, lo cual de hecho permite seguir financiando el Instituto y ciertas
actividades.



Las conversaciones con responsables de la UNU tuvieron lugar a principios
de julio en Madrid. En ellas se planteó la necesidad de identificar
mecanismos que permitan mantener el Instituto sin dañar sus funciones
pero sin aportar fondos a su funcionamiento. Ello implicaba conocer las
actividades realizadas por el Instituto y las previstas para el futuro
más próximo.



Mientras tanto, la UNU había llevado a cabo un proceso independiente para
buscar un director para el Instituto. Hubo acuerdo generalizado en
considerar a la persona recién elegida por la UNU para dirigir el
Instituto como pieza clave en esta nueva etapa, ya que ella podría
diseñar un plan de docencia e investigación más apropiado que gozaría
además de mayores posibilidades de atraer patrocinadores públicos y
privados para el sostenimiento financiero del Instituto. Se decidió
encargar a la nueva directora un 'concept paper' que exploraría más a
fondo las posibilidades anteriormente mencionadas y reflejaría de manera
más concreta las actividades futuras del Instituto. Este documento podría
ser presentado por la nueva directora en una futura reunión, que se
podría celebrar en Barcelona o Madrid, a finales del año 2012.



En vista de todo ello, se acordó con la UNU un periodo de carencia hasta
finales del año 2014 (coincidiendo con el mandato inicial de la nueva
Directora del Instituto) en el que España quedaría exenta de la
obligación financiera contraída. Durante este periodo, España colaboraría
con el Instituto participando en los programas y proyectos ideados por el
Instituto y facilitando la participación en los mismos de otras




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825






instituciones. Quedó también claro que no podría comprometerse cantidad
alguna para el periodo post-2014. En su momento, y a la luz de la
evolución del Instituto y de la situación presupuestaria, se estudiarían
eventuales contribuciones.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008114



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



Las Cortes Generales han aprobado la Ley 2/2012, de 29 de junio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, que contiene créditos
presupuestarios destinados a la financiación del transporte metropolitano
de Madrid y de Barcelona.



Para el cumplimiento de los compromisos adquiridos por su pertenencia a la
Unión Europea, el Gobierno estimó por motivos de política económica la
procedencia de recortar las transferencias destinadas a la finalidad
mencionada anteriormente y las Cortes Generales han avalado la propuesta.



No obstante lo anterior, cabe recordar que las transferencias que se
canalizan a través de la Administración General del Estado coadyuvan a
financiar las necesidades, si bien las competencias corresponden a las
administraciones territoriales correspondientes, quienes definen el
esquema de financiación, fijando el reparto entre usuarios y
transferencias de las respectivas administraciones territoriales.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008506



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



El Ministerio del Interior está estudiando la posibilidad de que las
empresas de Seguridad Privada desempeñen algún cometido específico en la
seguridad exterior de los Centros Penitenciarios.



Se trata de un proceso de implantación gradual que durante la primera fase
afectará a menos de 1/3 de los centros Penitenciarios existentes y a un
número de puestos reducido, variable en función del tipo de centro.



Parte de estos puestos serían ocupados por el personal que prestaba
servicio de escolta con anterioridad a la reducción de los mismos en el
País Vasco y Navarra.



Las condiciones, forma y circunstancias en que podrían desarrollarse estos
servicios por los vigilantes de seguridad privada, se determinarán tras
el análisis y evaluación de los especialistas en los que participan las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado e Instituciones Penitenciarias.



En caso de producirse dicha situación, se realizará una evaluación
económica.



Madrid, 19 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008524



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).




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826






Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no tiene
previsto proponer la modificación de la Ley del Parque Nacional de Sierra
Nevada con la finalidad manifestada en la pregunta.



Cabe señalar que, para que se pudiera llevar a cabo la modificación de la
ley en ese sentido, tendrían que producirse las circunstancias
contempladas en la Ley 5/2007 y sería necesario incorporar la posición de
la Comunidad Autónoma de Andalucía que, hasta la fecha, no ha hecho
ninguna sugerencia al respecto.



Madrid, 19 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008525



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha sido consultado y la
propuesta del Ayuntamiento de Granada ha sido analizada por el Instituto
del Patrimonio Cultural de España, dependiente del Ministerio. Se
considera que sería positiva una mayor comunicación del conjunto de la
Alhambra con la ciudad de Granada. Para ello, la apertura de la puerta
original nazarí favorecería el acceso desde la ciudad y permitiría una
mejor comprensión de la relación histórica de la Alhambra con el Albaicín
y con el resto de la ciudad.



No obstante, la configuración de los accesos y remontes planteados en la
propuesta requiere promover unas actuaciones, tanto en la parte superior
como en los lugares de partida, que afectan a una zona densa y llena de
contenidos, espacios y funciones de la ciudad y del conjunto nazarí.



Teniendo en cuenta que la idea es muy positiva, se considera necesario
estudiar las distintas alternativas con el fin de mejorar la
accesibilidad y la relación entre la Alhambra, el Albaicín y el resto de
la ciudad de Granada.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008528



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



La Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, en su artículo
36.a), atribuye la titularidad de la potestad sancionadora por las
infracciones tipificadas en esa Ley a la Administración General del
Estado, en el caso de infracciones relativas a los niveles de protección
cuyo ámbito territorial se extienda a más de una Comunidad Autónoma.



Por razones de eficacia, en virtud de la posibilidad que ofrece el
artículo 127.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se ha
considerado necesario delegar el ejercicio de dicha potestad sancionadora
en el ámbito de las competencias atribuidas al Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.



En este sentido, y con el fin de separar las fases de instrucción y de
resolución, la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de
competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
establece en su capítulo VII que:




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827






1. Se delegan en el Director General de la Industria Alimentaria, en
relación con el ejercicio de la potestad sancionadora atribuida a la
Administración General del Estado en el artículo 36.a) de la Ley 24/2003,
de 10 de julio, de la Viña y del Vino:



a) La competencia para la imposición de las sanciones por la comisión de
las infracciones tipificadas en esta Ley, a excepción de las que lleven
aparejada como sanción accesoria alguna de las reguladas en los apartados
c) y d) del artículo 42.5 de la misma.



b) Las restantes competencias derivadas del ejercicio de la potestad
sancionadora, a excepción de lo dispuesto en el apartado 2.



2. Se delegan en los Presidentes de los Consejos Reguladores de
Denominaciones de Origen, Denominaciones de Origen Calificadas, Vinos de
Calidad con Indicación Geográfica, Denominaciones de Origen Protegidas e
Indicaciones Geográficas Protegidas de productos agroalimentarios no
vínicos e Indicaciones Geográficas de bebidas espirituosas cuyo ámbito
territorial se extienda a más de una Comunidad Autónoma las competencias
para la iniciación e instrucción de los procedimientos sancionadores a
que se refiere el artículo 36.a) de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la
Viña y del Vino.



Tal y como establece el Capítulo X de la citada Orden AAA/838/2012, de 20
de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, han quedado sin efecto la Orden
ARM/939/2011, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Medio
Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Orden ARM/955/2009, de 14 de abril
-a la que se refiere su señoría-, y la Orden AAA/3541/2011, de 27 de
diciembre, de delegación de competencias.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008529



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Grande Pesquero, Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada conviene precisar, con carácter
previo, que en los acontecimientos por los que se interesa su señoría no
fallaron los controles establecidos en la isla de Lanzarote para la
detección de embarcaciones con inmigrantes irregulares.



En la llegada de una patera el día 1 de enero de 2012, el radar del
Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) situado en la zona sur de
la Isla de Lanzarote detectó una posible embarcación, sin identificar, a
4 millas del Puerto del Carmen. Cuando se encontraba a 3 millas de la
costa se realizó el seguimiento de dicha embarcación con la cámara
optrónica del SIVE pero sin poder precisar si se trataba de un pesquero o
de una patera. Dada la proximidad a la costa, se envió una patrulla a la
zona y una cámara térmica portátil para realizar la búsqueda desde
tierra, localizándose una patera varada en la Playa de la Pocilla, y en
las inmediaciones un inmigrante de origen magrebí.



En la llegada de una patera el día 15 de enero de 2012, se recibió un
aviso sobre la supuesta llegada de una embarcación a la zona de Tinajo,
situada en la costa Oeste de la Isla de Lanzarote. Se envió una patrulla
a la zona que localizó la patera y a 9 inmigrantes de origen magrebí en
las inmediaciones.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008532



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tapia Otaegi, Arantza (GV).




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828






Respuesta:



La primera ronda negociadora dirigida a la renovación del Protocolo del
Acuerdo de colaboración en el sector de la pesca entre la República
Gabonesa y la Comunidad Europea, reglamento (CE) número 450/2007, tuvo
lugar en Bruselas los días 14 y 15 de julio de 2011. A pesar de haber
avanzado en algunas cuestiones técnicas, las negociaciones se
suspendieron debido a que la delegación gabonesa se negó a aceptar la
inclusión en el nuevo Protocolo de la cláusula de respeto de los Derechos
Humanos, por la cual se establecía que, en caso de incumplimiento, se
suspendería el pago de la correspondiente contrapartida financiera por
parte de la UE.



Se celebró una segunda ronda en Libreville entre los días 12 y 14 de
octubre de 2011 que, al igual que la anterior, terminó en bloqueo porque
la parte gabonesa insistía en que, atendiendo al carácter comercial del
Acuerdo, no había lugar a incluir ninguna cláusula suspensiva que
estuviera relacionada con los Derechos del Hombre y que pudiera debilitar
y restar seguridad a la contrapartida que el propio Acuerdo establece
para Gabón.



Por último, los días 25 y 26 de abril de 2012 tuvo lugar una reunión
'oficiosa' en Libreville en la que representantes de la Comisión Europea
intentaron nuevamente reconducir las negociaciones para la consecución de
un nuevo Protocolo. La parte europea propuso modificaciones técnicas para
flexibilizar su postura que consistían en una reformulación de la
cláusula de derechos humanos, una mejora del sistema de control de
capturas a través de medios tecnológicos y la introducción de fórmulas de
pesca experimental. Ante el rechazo continuo de la parte gabonesa, la
Comisión Europea acordó que fuese Gabón quien presentase su propia
propuesta en las próximas reuniones.



Por lo tanto, los negociadores europeos disponen de suficiente margen de
tiempo para la consecución de un nuevo Protocolo que permita trabajar a
los buques en la próxima campaña de pesca del año 2013.



Madrid, 23 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008533 y 184/008534



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Sostres, Enrique (GMx).



Respuesta:



La autoridad del profesorado es un asunto prioritario porque la calidad de
la función docente es un factor clave a la hora de mejorar los resultados
de un sistema educativo.



En este sentido ya han dado comienzo los trabajos preparatorios y los
estudios previos con vistas a elaborar un proyecto de Estatuto del
Personal funcionario docente no universitario. Se están recabando los
informes, dictámenes y aprobaciones previas preceptivos, así como cuantos
estudios y consultas resulten convenientes para garantizar el acierto y
la legalidad del texto.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008535



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Sostres, Enrique (GMx).



Respuesta:



El aprendizaje de lenguas extranjeras es una prioridad del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.



La actual situación económica exige un estudio pormenorizado de la
viabilidad y la eficacia de los diversos programas de formación del
profesorado, teniendo presente la obligación de garantizar su impacto y
su eficacia. Este análisis, realizado en colaboración con las Comunidades
Autónomas, comenzó




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829






a efectuarse en la reunión de la Conferencia Sectorial de Educación
celebrada el 26 de enero y continuará en las próximas semanas a través de
distintas reuniones con los representantes de las Comunidades Autónomas.
Una vez diagnosticada la situación de cada programa en cada Comunidad, el
Ministerio planteará a las Comunidades Autónomas la financiación de los
distintos programas y los acordará con ellas.



Es voluntad del Gobierno optimizar los recursos existentes para garantizar
la prestación de servicios cuyos resultados ofrezcan una contrastada
seguridad y beneficio para el sistema educativo. La Educación es
fundamental y decisiva para superar el momento económico que viven tanto
nuestro país como el resto de países de nuestro entorno.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008536



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Sostres, Enrique (GMx).



Respuesta:



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte está comprometido con la
calidad del sistema educativo español. El éxito de la reforma educativa
que se plantea se medirá en función de la mejora objetiva de los
resultados de los alumnos.



En este sentido, el Ministerio entiende la autonomía de los centros como
factor clave para mejorar los resultados académicos de los alumnos, y
cooperará con las Comunidades Autónomas para promover aquellas acciones
de fomento de la calidad del sistema, siempre que se basen en una
planificación estratégica por objetivos y se sometan a la oportuna
rendición de cuentas.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008541



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tarruella Tomàs, María Concepció (GCiU).



Respuesta:



Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 establecían una
previsión económica para la ejecución de las obras correspondientes a la
actuación 'Abastecimiento a Lleida y su comarca, 3.ª fase' de 944.000
euros.



No se pudo ejecutar nada en dicho ejercicio porque, al tratarse de una
nueva actuación, tuvo que incluirse en la modificación del convenio de
gestión directa que se no se aprobó hasta noviembre de 2011.



La previsión para dicha actuación en los Presupuestos Generales del Estado
para el año 2012 es de 1.343.000 €.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008542



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tarruella Tomàs, María Concepció (GCiU).




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830






Respuesta:



Las previsiones actuales de inversión para dicha actuación en el presente
año 2012 se sitúan en los 59,7 millones de euros.



Se considera que el ritmo de las obras es adecuado y que se ejecutan en
consonancia con los ritmos de las obras que lleva a cabo la Generalitat
de Cataluña asociadas al conjunto de la actuación de la puesta en regadío
del canal Segarra-Garrigues.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008543



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tarruella Tomàs, María Concepció (GCiU).



Respuesta:



Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 establecen una
previsión para la ejecución de las obras correspondientes a la actuación
del abastecimiento desde la presa de Rialb con captación en el Canal
Segarra-Garrigues de 9,7 millones de euros.



La aprobación del proyecto no se produjo hasta el pasado mes de abril.



Debido a la larga tramitación del proyecto y a la incorporación de varios
municipios fuera de la Demarcación Hidrográfica del Ebro, no se han
podido acometer las obras inicialmente previstas en 2011 de acuerdo con
lo planificado y ha sido necesario realizar una nueva programación de la
actuación. En este sentido se han mantenido diversas reuniones con la
Agencia Catalana del Agua para completar la documentación señalada en el
convenio a articular y así poder proceder a la licitación.



Por todo ello, las previsiones de inversión más realistas para esta
actuación, en el presente año 2012, se sitúan en 100.000,00 euros.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008544



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tarruella Tomàs, María Concepció (GCiU).



Respuesta:



Para finalizar las inversiones previstas en la partida 0003 'Estaciones de
viajeros' en la provincia de Lleida, para el año 2012 se presupuestó la
cantidad de 2.989 miles de euros.



La inversión ejecutada a 30 de junio en la citada partida asciende a 2.863
miles de euros, lo que representa un grado de ejecución del 96%.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008545 y 184/008546



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tarruella Tomàs, María Concepció (GCiU).




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831






Respuesta:



Está prevista la finalización de las obras interesadas durante el verano
de 2012, por lo que se prevé su puesta en explotación en breves fechas.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008548



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



Durante los primeros días del mes de febrero del presente año, en la
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, se produjeron episodios de
fuertes lluvias que conllevaron desbordamiento de ríos e inundaciones en
algunos núcleos de población.



En el ámbito competencial del Ministerio del Interior, para la atención de
necesidades surgidas como consecuencia de inundaciones, existen ayudas de
inmediata aplicabilidad en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por
el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades
derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se
establece el procedimiento para su concesión.



La concesión de estas ayudas tiene carácter subsidiario respecto de
cualquier otro sistema de cobertura de daños del que puedan ser
beneficiarios los afectados. Las subvenciones previstas en el citado Real
Decreto se conceden con carácter complementario y son compatibles en
concurrencia con otras subvenciones, indemnizaciones, ayudas, ingresos o
recursos, procedentes de sistemas públicos o privados, nacionales o
internacionales, hasta el límite del valor del daño producido.



Por último, cabe señalar que los daños producidos por esta situación de
emergencia tienen cobertura por el Consorcio de Compensación de Seguros y
del Sistema de Seguros Agrarios.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008549



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El pasado 26 de abril, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente resolvió
autorizar la ejecución de actuaciones en el dominio público hidráulico,
que se llevarán a cabo durante el año 2012, con carácter de emergencia,
en las cuencas afectadas por las avenidas acaecidas de Asturias y
Cantabria, por un importe de 4.000.000 de euros, de los que 3.200.000
euros están destinados a actuaciones en Asturias.



Las actuaciones, iniciadas en la primera quincena de mayo, se han
desglosado en nueve lotes agrupados por municipios y ríos de acuerdo con
la siguiente relación:



1. Acondicionamiento y limpieza de ríos de las cuencas del Sella, Piloña,
Nalón y Aller en los términos municipales de Oviedo, Parres, Piloña, Onís
y Aller.



2. Acondicionamiento y limpieza de ríos de las cuencas Sella y Piloña en
los términos municipales de Parres, Piloña, Onís, Amieva y Cangas de
Onís.



3. Acondicionamiento y limpieza de ríos de las cuencas del Nalón y Narcea
en los términos municipales de Ribera de Arriba, Candamo, Pravia y Cangas
del Narcea.




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832






4. Acondicionamiento y limpieza de ríos de las cuencas del Nalón y Nora en
los términos municipales de Oviedo, Siero y Las Regueras.



5. Acondicionamiento y limpieza de ríos de las cuencas Costero Oriental y
Deva Cares en los términos municipales de Llanes, Ribadedeva, Ribadesella
y Peñamellera Baja.



6. Acondicionamiento y limpieza de ríos de la cuenca del Nalón en los
términos municipales de San Martín del Rey Aurelio, Laviana y Caso.



7. Acondicionamiento y limpieza de ríos de la cuenca del Nalón en el
término municipal de Langreo.



8. Acondicionamiento y limpieza de ríos de la cuenca del Caudal en los
términos municipales de Mieres, Morcín y Lena.



9. Acondicionamiento y limpieza de ríos de las cuencas Costero Occidental
y Oriental y Eo en los términos municipales de Gijón, Corvera,
Cudillerao, Gozón, Tapia de Casariego y Vegadeo.



Estas actuaciones de emergencia consisten básicamente en:



1. Eliminación de naturaleza muerta, árboles con riesgo inminente de caída
y otros residuos.



2. Acondicionamiento y limpieza de cauces con desbroce de vegetación
arbustiva intensiva, retirada de residuos y dragados puntuales.



3. Dragado de los acarreos acumulados en las proximidades de diferentes
estructuras de cruzamiento de la red viaria, en zonas de población con
encauzamientos existentes, que presentan riesgo de inundación.



4. Dragados en otros tramos de cauces donde las últimas avenidas
extraordinarias originaron la consolidación de barras de acarreos que
propician la concentración de los caudales en una de las márgenes con el
consiguiente efecto erosivo y riesgo de producir cambios de cauce a
través de las vegas.



5. Reparación de obras de protección existentes y realización de otras
nuevas donde las aguas han erosionado la plataforma de viales existentes.



Por otro lado, los ayuntamientos han solicitado obras para prevención de
avenidas, al amparo de la Ley de auxilios del Estado sobre construcción
de obras hidráulicas con destino a riegos y de defensa y encauzamiento de
las corrientes.



En este sentido, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente está dedicando, en exclusiva, un equipo de técnicos de alto
nivel que, con el apoyo del Centro de Estudios Hidrográficos y la
Universidad de Cantabria, está llevando a cabo la planificación y
definición de las actuaciones necesarias para disminuir el riesgo de
inundaciones en todos los ríos de su ámbito territorial. Estas
actuaciones se desarrollarán a través de proyectos de obra de tramitación
ordinaria.



Madrid, 24 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008550



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 recogen un crédito
de 20.000 € para el proyecto del Museo de Bellas Artes de Córdoba, con el
que está previsto contratar los trabajos previos a la redacción del
proyecto.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008551



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).




Página
833






Respuesta:



El proyecto de construcción de la nueva sede de la Biblioteca Pública del
Estado en Córdoba está supeditado a la aprobación de créditos suficientes
para la licitación de las obras, considerando los porcentajes
plurianuales que establece la Ley General Presupuestaria y el contexto
económico actual.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008552



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El Gobierno elaborará una Estrategia Nacional para la erradicación de la
violencia contra las mujeres, que tendrá como eje un plan personalizado
para las mujeres víctimas de violencia de género, así como una batería de
medidas para lograr la máxima eficacia de las herramientas legales e
instrumentos actualmente existentes.



En tanto se adopta la citada Estrategia Nacional, se está trabajando en la
mejora de la accesibilidad de los recursos y servicios, como el servicio
telefónico 016 o el sistema de seguimiento por medios telemáticos de las
medidas de alejamiento en el ámbito de la violencia de género.



En este sentido, durante este año se va a iniciar un nuevo proceso de
contratación para la prestación del Servicio telefónico de atención y
protección para las víctimas de la violencia de género (ATENPRO), en el
que se prevén mejoras del servicio relacionadas con la accesibilidad
tanto en relación con usuarias con discapacidad auditiva y/o del habla
como en relación con la entrega de los terminales telefónicos en las
dependencias de los servicios sociales/servicios de igualdad más cercanos
a las víctimas.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008553



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, ha sido tramitado como
proyecto de ley, aprobándose por las Cortes la Ley 3/2012, de 6 de julio,
de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Esta Ley ha
modificado o ampliado algunos de los aspectos regulados en el Real
Decreto-ley aprobado en febrero, por lo que procede referirse a la norma
que se aprobó posteriormente.



En este sentido, los aspectos más destacables de la Ley 3/2012, de 6 de
julio, que tienen una mayor incidencia sobre las personas con
discapacidad son las siguientes:



• En los contratos para la formación y el aprendizaje que se concierten
con personas con discapacidad no se aplica el límite máximo de edad de
veinticinco años, establecido con carácter general (artículo 2 de la Ley
3/2012, que modifica el apartado 2 del artículo 11 del Estatuto de los
Trabajadores).



• En la regulación sobre la movilidad geográfica (artículo 40 del Estatuto
de los Trabajadores modificado por el artículo 11 de la Ley 3/2012)
existen dos referencias importantes para los trabajadores con
discapacidad:



- Por una parte, en el nuevo apartado 3.ter del artículo 40 del Estatuto
de los Trabajadores se establece que 'Para hacer efectivo su derecho de
protección a la salud, los trabajadores con discapacidad




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834






que acrediten la necesidad de recibir fuera de su localidad un tratamiento
de rehabilitación, físico o psicológico relacionado con su discapacidad,
tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo
grupo profesional, que la empresa tuviera vacante en otro de sus centros
de trabajo en una localidad en que sea más accesible dicho tratamiento,
en los términos y condiciones establecidos en el apartado anterior para
las trabajadoras víctimas de violencia de género y para las víctimas del
terrorismo'.



- Por otra, en el apartado 5 del mismo artículo 40 se añade la posibilidad
de que 'Mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el
periodo de consultas se podrán establecer prioridades de permanencia a
favor de trabajadores de otros colectivos, tales como trabajadores con
cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con
discapacidad'.



• En los supuestos de despidos por causas económicas, técnicas,
organizativas o productivas, se incentiva que mediante la autonomía
colectiva se establezcan prioridades de permanencia ante la decisión de
despido de determinados trabajadores, tales como aquellos con cargas
familiares, los mayores de cierta edad o personas con discapacidad
(artículo 18 de la Ley 3/2012 que modifica el artículo 51 del Estatuto de
los Trabajadores).



• En la disposición final décima de la Ley 3/2012, se modifica el artículo
25 de Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, añadiendo un apartado
nuevo en el que se establece que 'El Gobierno garantizará en la
Estrategia Española de Empleo la igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad en el acceso y el mantenimiento en el empleo'.



• Asimismo, la disposición final duodécima de la Ley 3/2012, añade en el
apartado 3 que 'el Gobierno, a lo largo de la presente legislatura,
regulará un nuevo marco legal de medidas estatales de políticas activas
de empleo dirigidas de manera integrada a favorecer la inclusión laboral
de las personas con discapacidad, que establecerá los contenidos mínimos
que serán de aplicación en el conjunto del Estado. Transitoriamente las
acciones y medidas que puedan llevar a cabo las Comunidades Autónomas en
relación con las políticas activas de empleo dirigidas a los
discapacitados deberán respetar los contenidos comunes recogidos en las
medidas estatales de inserción laboral de personas con discapacidad
previstas en la Estrategia Española de Empleo 2012-2014 aprobada por Real
Decreto 1542/2011, de 31 de octubre'.



• La disposición final decimosexta establece que 'El Gobierno, en el plazo
de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, remitirá a las
Cortes Generales un Proyecto de Ley de promoción de la inclusión laboral
de personas con discapacidad, con el fin de establecer un nuevo sistema
de promoción que ayude a la creación y mantenimiento del empleo de
calidad de estas personas, previa consulta a las Comunidades Autónomas, a
los interlocutores sociales y a las asociaciones más representativas de
las personas con discapacidad y sus familias'.



Por último cabe señalar que un especial impacto positivo en la inclusión
laboral de las personas con discapacidad tendrá la nueva regulación del
contrato de trabajo a domicilio, ahora denominado 'trabajo a distancia'.
Los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que
prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, salvo
aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en
el mismo de manera presencial y tendrá derecho a percibir, como mínimo,
la retribución total establecida conforme a su grupo profesional y
funciones.



Además, el empresario deberá establecer los medios necesarios para
asegurar el acceso efectivo de estos trabajadores a la formación
profesional continua, a fin de favorecer su promoción profesional.
Asimismo, a fin de posibilitar la movilidad y promoción, deberá informar
a los trabajadores a distancia de la existencia de puestos de trabajo
vacantes para su desarrollo presencial en sus centros de trabajo.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008554



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).




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835






Respuesta:



Para desarrollar la Estrategia Integral Española de Cultura para Todos, se
están llevando a cabo una serie de actuaciones en los siguientes ámbitos:



- Infraestructura y Equipamientos.



La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos ha incorporado plenamente
a los procesos de licitación de proyectos y obras el régimen de
obligaciones en materia de adaptación de infraestructuras a los
requisitos de accesibilidad.



Además, en aquellas infraestructuras ya construidas y en funcionamiento,
se han realizado inversiones de adaptación y adecuación a la normativa
para cumplir estas exigencias sobre requisitos de accesibilidad y
supresión de barreras arquitectónicas.



Adicionalmente, los pliegos de cláusulas administrativas y los
procedimientos de licitación gestionados por la Gerencia contemplan
previsiones sobre la incorporación de personas con discapacidad por parte
de las empresas.



- Museos estatales.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, junto con la Fundación
Orange y la Federación Española de Amigos de los Museos, ha puesto en
marcha la iniciativa 'Atención a la discapacidad auditiva: recursos
tecnológicos para personas hipoacúsicas' con el objetivo de hacer más
accesibles los museos a las personas con discapacidad.



Esta iniciativa público/privada pondrá a disposición de los usuarios con
discapacidad auditiva equipos tecnológicos tales como bucles magnéticos,
receptores inductivos, equipos inalámbricos portátiles para visitas
guiadas o auditorios, amplificadores, etc., según las características de
cada espacio museístico.



- Archivos estatales.



Se está fomentando la accesibilidad de los discapacitados a los sistemas
de información de Archivos a través del Programa Lazarillo para
discapacitados visuales, y el software didáctico. También se quiere
potenciar la accesibilidad al documento. Así, el Portal de Archivos
Españoles, mediante el software tiflotécnico adecuado, facilita el acceso
a personas con discapacidad.



- Coordinación Bibliotecaria.



Se está aplicando el Plan Extraordinario de Dotación de Fondos
Bibliográficos para las Bibliotecas Públicas Españolas, que consiste en
la adquisición de fondos bibliográficos y audiovisuales especialmente
adaptados al uso por parte de personas con discapacidad, como por
ejemplo: libros de lectura fácil, letra grande, audiolibros, DVDs, etc.



Asimismo, se ha financiado la dotación del programa JAWS a 20 Bibliotecas
Públicas del Estado, para facilitar el uso de Internet a personas con
dificultad de visión, así como 1.391 unidades de e-readers para 36
Bibliotecas Públicas del Estado.



Por otra parte, los programas de necesidades para la construcción o
reforma de los edificios sedes de estas bibliotecas incluyen todos los
requisitos para que los edificios sean plenamente accesibles.



- Patrimonio Cultural.



Se está colaborando con el Comité Técnico CTN 41/SC7 de AENOR, referido a
la Accesibilidad en la Edificación y el Urbanismo, para mejorar la
accesibilidad al patrimonio cultural.



Con este mismo sentido, se ha publicado el libro 'La movilidad sostenible
y accesible en el Patrimonio Cultural', cuyo fin ha sido investigar y
desarrollar soluciones sostenibles de movilidad.



También cabe destacar que la adaptación del espacio web a plataformas
accesibles cumple el nivel de conformidad doble A en todo el sitio y el
nivel de conformidad triple A en la mayor parte de las páginas (según las
pautas de accesibilidad definidas por el grupo de trabajo Web
Accesibility Initiative del Consorcio para la World Wide Web).



Por otra parte, las convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva tienen una especial consideración hacia aquellos proyectos
que favorezcan la accesibilidad de todos los ciudadanos.




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836






- Propiedad Intelectual.



La normativa vigente en España en materia de Propiedad Intelectual ya
facilita a las personas con discapacidad el acceso a obras protegidas al
disponer que no requieren autorización los actos de reproducción,
distribución y comunicación pública de obras ya divulgadas, siempre que
se realicen sin ánimo de lucro y guarden una relación directa con la
discapacidad de que se trate mediante un medio adaptado a la misma.



- Museo Nacional del Prado.



Se ha procedido a la adecuación de los espacios y a la eliminación de las
barreras arquitectónicas para las personas con discapacidad física, con
la excepción de algunos núcleos de conexión del edificio Villanueva,
cuyas características constructivas dificultan su adaptación y para las
que se están analizando soluciones. También cabe informar de las
siguientes actuaciones:



Establecimiento de un servicio de préstamo de sillas de ruedas y bastones
en las consignas.



Establecimiento de un servicio de signoguías y audioguías con bucle
magnético.



Atención personalizada en lengua de signos española en taquillas y puntos
de información.



Instalación de un bucle magnético en el Auditorio.



Edición del plano accesible del Museo.



Edición del folleto de actividades El Prado para todos en macrocaracteres
y braille.



Ampliación de la oferta de actividades específicas para visitantes con
discapacidad y elaboración de textos adaptados a sus necesidades.



- Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.



Se han llevado a cabo las siguientes actuaciones:



Mantenimiento de los respectivos Convenios marco de Colaboración en vigor
con la Fundación ONCE y Fundación CNSE (Confederación Estatal de Personas
Sordas).



Acciones formativas sobre discapacidad y accesibilidad entre los
trabajadores del museo.



Visitas descriptivas para personas con discapacidad visual e itinerarios
táctiles.



Visitas guiadas especializadas para personas con discapacidad intelectual.



Interpretación en lengua de signos española y presencia de bucles de
inducción magnética.



Viabilidad para implementar las guías multimedia accesibles basadas en el
principio de diseño para todos (Proyecto GVAM).



Ampliación de la oferta de materiales informativos tales como braille,
macrocaracteres o lectura fácil.



- Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM).



El acceso a los espacios escénicos está garantizado en todos los teatros.
Además, en todos los teatros del INAEM se reservan localidades en primera
fila del patio de butacas o en los palcos para personas con movilidad
reducida y sus acompañantes.



Existe un Servicio de Audiodescripción (AUDESC) en los teatros del Centro
Dramático Nacional. Así mismo, en las salas del Centro Dramático Nacional
se ha instalado un sistema de bucles de inducción magnética con
amplificadores para facilitar la accesibilidad acústica de las personas
con capacidad auditiva reducida.



El Teatro María Guerrero y el Teatro de la Zarzuela cuentan con sistema de
sobretitulado y subtitulado.



El Museo Nacional del Teatro (Almagro) ha negociado con la ONCE incluir
explicaciones de los contenidos de las salas y folletos en formato
braille.



Además se ha creado un grupo de trabajo permanente Web Accessibility
Initiative (WAT) del Consorcio para la World Wide Web (W3C) para su nivel
A.



Por último, cabe destacar la colaboración del INAEM con Proyecto
Pupaclown, Escuela de Payasos de Hospital y Jornadas de Inclusión Social
en las Artes Escénicas y de la Música.



- Biblioteca Nacional (BNE).




Página
837






Se han puesto en marcha tres ejes de actuación:



1. Acciones encaminadas a suprimir las barreras telemáticas en el ámbito
de la BNE. Mejora de documentos en pdf descargables (texto alternativo
para las imágenes, tabulado, marcadores, idioma del texto...), cambios en
los colores, eliminación de la cursiva y el subrayado de los enlaces e
instalación de la herramienta Readspeaker.



2. Acciones encaminadas a suprimir las barreras arquitectónicas en el
ámbito de la BNE:



Instalación de un elevador vertical.



Adquisición de una silla ergonómica con asiento basculante para adaptación
de puesto de trabajo.



Señalización de accesos.



Construcción de tres rampas.



Adquisición de una silla de ruedas.



Atención presencial de servicio de recepción e información.



Plazas de aparcamiento especiales.



Celebración de reuniones con la ONCE y con la Oficina de Turismo del
Ayuntamiento de Madrid, para mejorar la accesibilidad.



3. Acciones encaminadas a facilitar el acceso a las personas con alguna
discapacidad a la Biblioteca Digital Hispánica (BDH). La BDH ha
incorporado a sus colecciones la utilidad Readspeaker, una funcionalidad
que permite el acceso a los documentos de la BDH que tengan OCR
(Reconocimiento Óptico de Caracteres) a personas con discapacidades
visuales y psíquicas, dislexias o problemas de visión.



Finalmente, cabe informar de que, en cumplimiento de los artículos 6, 7 y
8 del Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y
regula el Foro de Cultura Inclusiva, se ha efectuado el nombramiento de
las personas que ocuparán las respectivas representaciones.



La actividad del Foro permitirá impulsar las actividades ya iniciadas en
los centros directivos en aplicación de la Estrategia, así como el
seguimiento de las líneas de actuación previstas en ella, a través de las
funciones atribuidas al Foro en el artículo 3 del citado Real Decreto.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008555



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



La redacción de la pregunta plantea en sí misma varias dudas de
interpretación. Concretamente, debe cuestionarse qué se quiere decir
cuando se habla de 'convalidación', del 'plan viejo de Derecho' y del
'nuevo título de posgrado de Derecho'.



La Disposición Final Cuarta de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación
en asuntos civiles y mercantiles, prevé el retraso de la efectiva entrada
en vigor del nuevo régimen de colegiación (que exige superación de un
máster, de unas prácticas formativas y de un examen). Todos los
licenciados en Derecho, con anterioridad o con posterioridad a la entrada
en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las
profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, cuentan con un
plazo de dos años, desde esa entrada en vigor o desde que estén en
condiciones de solicitar el título, para proceder a su colegiación sin
que les sea exigible la superación de un máster, de unas prácticas y de
un examen.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
838






184/008556



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



La organización territorial del Cuerpo Nacional de Policía, incluida la
desplegada en Andalucía, sigue vigente, por lo que se mantienen las dos
Jefaturas Superiores, la Occidental con sede en la ciudad de Sevilla y la
Oriental con sede en la ciudad de Granada.



Madrid, 17 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008557



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio (GS).



Respuesta:



En el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se estableció
la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se
contempló, en su artículo 2, que la Secretaría de Estado de Justicia se
estructuraba en una Secretaría General de Modernización y Relaciones con
la Administración de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que
dependían, a su vez, la Dirección General de Relaciones con la
Administración de Justicia y la Dirección General de Cooperación Jurídica
Internacional y Relaciones con las Confesiones.



Ello respondía a la lógica organizativa jerárquica que con carácter
general se sigue en toda organización ministerial, por la que, si existe
una Secretaría General dependiente de una Secretaría de Estado, las
Direcciones Generales normalmente dependen de dicha Secretaría General.
Siguiendo este esquema, se subsumió la Dirección General de Cooperación
Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones en la por
entonces llamada Secretaría General de Modernización y Relaciones con la
Administración de Justicia.



Sin embargo, dada la especificidad de las materias tratadas por dicha
Dirección General, posteriormente, en el Real Decreto 453/2012, de 5 de
marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Justicia, y que ya supone la concreción de las líneas
organizativas básicas del anterior Real Decreto, se modificó éste y se
hizo depender esta Dirección General directamente del Secretario de
Estado.



De este modo, la Secretaría de Estado distingue claramente dos áreas de
trabajo diferenciadas, como son las actuaciones relativas a la
Administración de Justicia y las relativas a la cooperación jurídica
internacional y las relaciones con las confesiones, que obviamente tienen
una muy clara entidad propia. La coherencia de actuación en los temas que
ambas áreas comparten se garantiza a través del superior jerárquico
común, es decir, el Secretario de Estado.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008558



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio (GS).



Respuesta:



La grave situación de crisis económica que actualmente estamos atravesando
exige, entre otras medidas, la racionalización del gasto público y de las
estructuras administrativas, al objeto de poder




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839






cumplir con nuestros compromisos de estabilidad y reducción del déficit.
Esta excepcional situación obliga a incrementar al máximo la austeridad
en el gasto público y a la búsqueda de soluciones organizativas que,
siguiendo criterios de racionalidad, maximicen la eficacia de la
actividad administrativa, a la vez que se reduce el número de unidades,
entes y organismos integrantes del Sector Público.



De la urgente necesidad de racionalizar las Administraciones Públicas y su
estructura organizativa ya fue consciente el anterior gobierno. Por todo
ello, acometió un plan de reestructuración administrativa, plasmado en
los Reales Decretos 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprobó la
estructura orgánica de los Departamentos Ministeriales, y el Real Decreto
776/2011, de 3 de junio, por el que se suprimieron determinados Órganos
Colegiados.



Esta operación supuso que en toda la Administración General del Estado se
suprimieran un total de 43 Direcciones Generales y 4 Secretarías
Generales y Secretarías de Estado. Asimismo se modificó el rango orgánico
de 12 órganos directivos, pasando de ser Direcciones Generales a
Subdirecciones Generales.



En lo que respecta, en concreto, al Ministerio de Justicia, este plan de
2010 supuso la eliminación de la Dirección General de Relaciones con las
Confesiones, pasando de cinco a cuatro el número de unidades con rango de
Dirección General en el Ministerio. Asimismo, el Centro de Estudios
Jurídicos fue una de las unidades con rango de Dirección General que pasó
a tener rango de Subdirección General.



En esta misma línea, la nueva estructura orgánica departamental de
diciembre de 2011, surgida del nuevo Gobierno, ha sido realizada con
estrictos criterios de optimización de recursos organizativos, suponiendo
la reducción de 20 Direcciones Generales en el global de la
Administración General del Estado. En este contexto, el Ministerio de
Justicia redujo su número de Direcciones Generales en una, eliminando la
Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia,
anteriormente dependiente del Secretario General de Modernización y
Relaciones con la Administración de Justicia.



Con ello se busca maximizar la eficacia de la organización, asumiendo el
Secretario General las competencias de la extinta Dirección General,
logrando así ahondar en la necesaria racionalización de estructuras.



En cualquier caso, esta desaparición de un órgano administrativo en
absoluto supone que no se sigan realizando, e incluso reforzando, las
actuaciones que al Ministerio de Justicia corresponden en materia de
modernización de la Administración de Justicia.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008559



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



Según anunció el Ministro de Justicia en su primera comparecencia ante la
Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, uno de los objetivos
de la presente legislatura es la elaboración de un estatuto de la víctima
que permita solventar el abandono normativo en el que se hallaba. Con
ello se busca reconocer a las víctimas todos sus derechos procesales,
incluyendo los mecanismos jurídicos precisos para hacerlos efectivos.



En lo que se refiere en concreto a las víctimas de explotación sexual, se
señala que, en la pasada Legislatura, el Gobierno aprobó el Plan Integral
de Lucha contra la Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación
Sexual, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 2008.
Este Plan tenía una duración prevista para los años 2009 a 2012 y
contenía algunos puntos específicos en los que se instaba del Ministerio
de Justicia la adopción de determinadas medidas normativas:



• Reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y de la Ley sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, para proporcionar a las víctimas un sistema de asistencia
jurídica inmediata, así como la disponibilidad de intérprete.




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840






• Aprobación del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 19/1994, de
protección a testigos y peritos en causas criminales.



• Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de prueba
anticipada para incluir una mención explícita a las víctimas de trata y
ampliar las medidas cautelares en relación con esta delincuencia.
Asimismo se crearía un fondo de bienes decomisados procedentes de la
trata de seres humanos.



Estas medidas no se llegaron a cumplir por parte de la Administración
anterior.



En cualquier caso, el citado Plan también contenía otras acciones, que sí
llegaron a materializarse, como es el caso del Protocolo Marco de
Protección de las Víctimas de Trata de Seres Humanos, que se firmó el día
28 de octubre de 2011. Se trata de un valioso trabajo, cuya implantación
ha sido retomada por el nuevo Gobierno, dada la trascendencia que tiene
la cuestión de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.



Así, el pasado día 7 de junio de 2012 ha tenido lugar la reunión
constitutiva de la Comisión de Seguimiento prevista en el Acuerdo para la
implantación de dicho Protocolo Marco.



En cuanto al ámbito estrictamente normativo, se continúa trabajando en la
Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el Estatuto de la Víctima.



En lo que se refiere a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se trata de una
de las reformas más importantes previstas para esta legislatura. Mediante
Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 2012 se ha creado una
Comisión Institucional formada por expertos que tiene encomendada la
tarea de preparar un borrador para un texto completamente nuevo de esta
norma, que recogerá todo lo necesario en materia de víctimas, incluidas
las de la explotación sexual.



Se está trabajando igualmente en el texto de un Estatuto de la Víctima que
permita completar la normativa procesal penal recogida en la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. En estos estudios se tendrá en consideración el
ámbito concreto de las víctimas de explotación sexual, por si fuera
necesario recoger alguna previsión específica al respecto.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008561



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En la convocatoria de becas de carácter general y de movilidad para
estudiantes de enseñanzas universitarias no existe ningún componente que
sea 'Renta Universitaria'. En la convocatoria se regula la 'beca
salario', que se concede a los estudiantes solicitantes con menos
recursos económicos (umbral 1 de renta familiar).



En 2012 la convocatoria oficial fue publicada en el BOE el pasado 14 de
agosto y el plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el 15
de octubre de 2012.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte trabaja continuamente para
que los trámites de esta beca, y de todas las demás, sean lo más ágiles
posibles, respetando a su vez los tiempos de matriculación universitaria.



Madrid, 29 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008?562



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Elorza González, Odón (GS).




Página
841






Respuesta:



El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del
texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a
motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo
339/1990, de 2 de marzo, debe ser objeto de actualización y revisión con
la finalidad de adecuar su contenido a la realidad vial y social de
nuestros días.



En particular, se hace necesario atender las diferentes reivindicaciones
de las entidades locales y asociaciones de peatones y ciclistas que
reclaman ciudades más amables, donde el espacio al vehículo a motor se
recorta y se da mayor cabida al viandante y a los usuarios de medios de
transporte saludables, como la bicicleta. Para ello, es preciso acometer
la reforma de la citada norma, tal y como en estos momentos está
analizando el Gobierno.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008563



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



La Orden de 20 de enero de 1994, por la que se fijan modalidades de
control sanitario a productos de comercio exterior destinados a uso y
consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización,
establece el marco de actuación en el que se desarrolla el control
sanitario del tráfico internacional de mercancías y, por tanto, el
control sanitario de los productos alimenticios procedentes de terceros
países a nivel nacional. Esta Orden implica que todos los productos
destinados a consumo humano directo, procedentes de países terceros y,
por tanto, incluidos los procedentes de Marruecos, son sometidos a
control sanitario en frontera.



A su vez cabe señalar que existe legislación comunitaria al respecto, de
directo y obligado cumplimiento.



Por otro lado, la normativa comunitaria que regula el control en materia
fitosanitaria (Directiva 2000/29/CE) se transpuso íntegramente al
ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 58/2005, de 21 de
enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción
y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de
organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como
para la exportación y tránsito hacia países terceros.



Esta normativa establece medidas de protección contra la introducción en
el territorio nacional de organismos nocivos para los vegetales o
productos vegetales originarios de países terceros. Todos los vegetales y
productos vegetales que se introducen en España a través de cualquier
puerto del territorio nacional tienen la obligación de cumplir con lo
dictado en la referida normativa independientemente del origen de los
mismos.



Por otra parte, el artículo 10 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de
Sanidad Vegetal, regula la introducción en territorio nacional de
vegetales, productos vegetales y otros objetos para cuya circulación se
requiera un documento fitosanitario, procedentes de países terceros,
cualquiera que sea su posterior destino aduanero, estableciendo que su
entrada se realizará únicamente a través de los Puntos de Entrada
autorizados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente (MAGRAMA).



En estos Puntos de Entrada este Departamento cuenta con los Servicios de
Inspección de Sanidad Vegetal que verifican el cumplimiento y ejecución
de la normativa anteriormente mencionada y que llevan a cabo el control
fitosanitario en frontera.



Madrid, 21 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
842






184/008564



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



La normativa comunitaria que regula el control en materia fitosanitaria
(Directiva 2000/29/CE) se transpuso íntegramente al ordenamiento jurídico
español mediante el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se
adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el
territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para
los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y
tránsito hacia países terceros.



Esta normativa establece medidas de protección contra la introducción en
el territorio nacional de organismos nocivos para los vegetales o
productos vegetales originarios de países terceros. Todos los vegetales y
productos vegetales que se introducen en España a través de cualquier
puerto del territorio nacional tienen la obligación de cumplir con lo
dictado en la referida normativa independientemente del origen de los
mismos.



Por otra parte, el artículo 10 de la Ley de Sanidad Vegetal regula la
introducción en territorio nacional de vegetales, productos vegetales y
otros objetos para cuya circulación se requiera un documento
fitosanitario, procedentes de países terceros, cualquiera que sea su
posterior destino aduanero, estableciendo que su entrada se realizará
únicamente a través de los Puntos de Entrada autorizados por el
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



En estos Puntos de Entrada el citado Departamento cuenta con los Servicios
de Inspección de Sanidad Vegetal que verifican el cumplimiento y
ejecución de la normativa anteriormente mencionada y que llevan a cabo el
control fitosanitario en frontera.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008565



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



La principal medida que el Gobierno de España ha puesto en marcha, en
trabajo conjunto con Francia e Italia, ha sido la mejora de la normativa
relativa al control de los precios de entrada y su repercusión en las
tasas que, en su caso, deberán abonar los importadores cuando los
productos se importen a precio bajo.



La mejora afecta a aquellos productos que, en el momento de la
importación, no se despachan en la aduana por el valor de importación a
tanto alzado, y asegura la trazabilidad del producto importado hasta su
venta en territorio de la UE (tanto en lo que se refiere a la identidad
del mismo como a los costes incurridos en su comercialización).



Para el seguimiento de los precios de importación se van a utilizar los
valores a tanto alzado que calcula la Comisión Europea basándose en las
comunicaciones realizadas por los Estados Miembros de acuerdo con la
normativa general que regula el mercado de las frutas y hortalizas.



La evolución de los precios que se obtengan de este modo se comparará con
los precios de entrada aplicables a las importaciones procedentes de
territorio marroquí, y que están recogidas en el propio acuerdo de la UE
con Marruecos.



Este seguimiento va a hacer especial hincapié en aquellos productos más
sensibles, bien por la importancia del producto importado en relación a
las producciones y exportaciones españolas (como es el caso del tomate) o
bien porque las cantidades importadas de Marruecos están próximas a los
contingentes acordados (como es el caso del calabacín).



En cuanto al respeto de los contingentes establecidos, se va a realizar un
seguimiento coordinado con la Comisión Europea sobre las cantidades
despachadas en las aduanas, tanto con cargo a los contingentes




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843






establecidos como fuera de los mismos, con lo que se podrá evaluar el
cumplimiento de dichos contingentes, así como la evolución de la
capacidad de exportación de Marruecos hacia la UE.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008566



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tapia Otaegi, Arantza (GV).



Respuesta:



Se informa a su señoría que la Operación Atalanta se desarrolla en un
escenario complejo y en constante evolución. En ese escenario es
necesario adaptarse y adelantarse a las tácticas de los piratas a fin de
conseguir una mayor eficiencia en la consecución de los resultados.



Esta es la razón por la que a principios de este año el comandante de la
operación solicitó la aprobación de una opción militar que supusiera un
refuerzo en la presión que se ejerce sobre los grupos piratas y que
persigue poder actuar sobre todas las bases de su modelo de negocio. Esta
opción es la inhabilitación de los depósitos logísticos. La nueva línea
de acción supone realizar en las costas somalíes lo que se viene haciendo
en la mar y desde la mar. Serían acciones selectivas contra objetivos
previamente identificados sin producir daños colaterales contra personas
en tierra y sin asumir riesgos añadidos para la fuerza en la mar.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008567



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Cabaña, Francisco (GS).



Respuesta:



Los Presupuestos Generales del Estado de 2012 consignan la correspondiente
partida presupuestaria, contemplada para el proyecto de inversión: 2005
17 38 1003 'A-7 Variante de trazado. Tramo: Algeciras-San Roque (12 km)'.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008568



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Ministerio del Interior no limita su actividad en el sentido expresado
en la pregunta formulada por su señoría.



Madrid, 3 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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844






184/008569



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo (GS).



Respuesta:



El Fondo Europeo de Pesca está dotado, para el período 2007-2013, de 3.849
millones de euros. España dispone de 945.692.445 € para regiones del
objetivo de convergencia y 186.198.467 € para las regiones situadas fuera
de dicho objetivo.



La cantidad que finalmente se apruebe en el ámbito de la reforma de la
Política Pesquera Común será establecida en el marco de negociación de
las perspectivas financieras para el período 2014-2020. Se parte de una
propuesta de la Comisión que mantiene el nivel de financiación del Fondo
Europeo de Pesca (FEP). Por parte del Gobierno, se aborda la negociación
con la premisa de que España debe mantener la misma intensidad de ayuda
en el ámbito de la pesca.



Madrid, 23 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008570



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



Se informa que el Grupo de Trabajo sobre maltrato infantil del
Observatorio de la Infancia elaboró una hoja de notificación y registro
de casos de maltrato infantil que ha servido de referencia para que,
paulatinamente, los servicios de menores de las Comunidades Autónomas
vayan confluyendo en sus protocolos de detección y registro frente a
situaciones de desprotección de la infancia.



El Boletín de Estadística Básica de Medidas de Protección a la Infancia
incorpora un apartado específico sobre notificaciones de casos de
maltrato infantil, que sigue la misma estructura que las Hojas de
Notificación del Registro Unificado de Notificación de Maltrato Infantil
(RUMI).



Por otra parte, la Comisión Interautonómica de Directores Generales de
Infancia acordó crear una base de datos de notificaciones de sospecha de
casos de maltrato infantil, así como desarrollar la aplicación
informática que la hiciera viable. Actualmente, basándose en el
mencionado acuerdo, se están cargando los datos por parte de las
Comunidades Autónomas.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucioneles y Parlamentarios.



184/008571



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



La Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, de la que depende la
Dirección General de Fondos Comunitarios, no ha recibido consulta alguna
de la Consejería de Economía de la Junta de Andalucía respecto a las
compatibilidades a que se refiere su señoría.



No obstante, se adjunta en anexo la relación de proyectos que han sido
financiados a la Fundación CITTA (Centro Tecnológico del Textil de
Andalucía) por distintos Fondos Operativos.



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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845







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846






184/008572



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



A raíz de las declaraciones de referencia, el Secretario de Estado de
Administraciones Públicas, Antonio Beteta, envió en su día una carta a
los representantes de los principales sindicatos de la función pública
para pedirles disculpas, lamentando 'que una frase descontextualizada se
interprete como una crítica generalizada' y manifestando 'la alta
valoración' que tiene del trabajo de los funcionarios, a los que
reconoció 'su valiosa contribución para hacer frente a los tiempos de
crisis en que vivimos'.



Sus intervenciones posteriores en los medios de comunicación muestran un
profundo y leal respeto y valoración por la labor que realizan los
empleados públicos en nuestro país, garantía de independencia,
profesionalidad y rigor.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008573



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



Tal y como anunció el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del
Congreso de los Diputados celebrada el 1 de febrero de 2012, la Ley para
el Desarrollo Sostenible del Medio Rural resulta difícil de aplicar
debido a su contenido y planteamiento.



El Gobierno tiene intención de modificar dicha Ley para hacerla más
operativa y eficaz, y por ello se está llevando a cabo el correspondiente
análisis con objeto de obtener una propuesta satisfactoria que permita su
aplicación.



En este sentido, considerando que no se tiene la seguridad de que la Ley
pueda seguir aplicándose tal y como está planteada, se procederá a
proponer la derogación del Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, por el
que se aprueba el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, y se iniciarán
los trámites necesarios para la modificación de la Ley.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008574



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



La reforma del Sistema Nacional de Salud recogida en el Real Decreto-ley
16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la
sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y
seguridad de sus prestaciones, prevé una cartera común básica de
asistencia sanitaria totalmente gratuita. En ningún caso puede hablarse
de copago en asistencia sanitaria aunque en algún momento de las dos
Legislaturas anteriores, distintos responsables del anterior Gobierno se
hayan referido abiertamente a ello.



Madrid, 7 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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184/008575



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



Los expedientes de revisión de precios se iniciaron ante la constatación
fehaciente de posibilidad de precios más eficientes para el Sistema
Nacional de Salud, de acuerdo con las obligaciones que la legislación
establece de gestión eficaz y eficiente de los recursos públicos.



Madrid, 7 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008576



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tapia Otaegi, Arantza (GV).



Respuesta:



Se señala a su señoría que las maniobras de las Fuerzas Armadas españolas
en cualquier parte del Territorio Nacional son una actividad habitual que
responde a las necesidades de la Defensa.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008579



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Las líneas maestras de actuación en el asunto interesado son sumamente
claras: defensa de los intereses de las empresas españolas y exigencia
del cumplimiento de la legalidad vigente, tanto nacional como
internacional, lo que incluye los Acuerdos de Promoción y Protección
Reciproca de Inversiones (APPRI) cuando los haya y los demás Convenios,
Acuerdos o Tratados Internacionales, bilaterales o multilaterales, que
sean de aplicación en cada caso.



Porque cada caso es diferente y con variables muy distintas según el país
o empresa de que se trate, el Gobierno mantiene muy al día las bases de
datos de las relaciones económicas bilaterales con cada país al objeto de
mantener una imagen lo más completa y clara posible de los intereses
mutuos, en cada caso.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008581



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La actuación en el caso de la expropiación de YPF ha sido positiva para
las inversiones españolas en Argentina en una doble vertiente: por un
lado, las medidas políticas y diplomáticas efectuadas enviaron un




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firme mensaje de que el Gobierno español utilizará todos los recursos
jurídicos, diplomáticos, económicos y políticos a su disposición para
defender las empresas españolas objeto de acciones ilegales por parte de
un Estado o un Gobierno extranjero. Por otra parte, en el caso citado, el
apoyo completo a las acciones judiciales internacionales iniciadas por
REPSOL, para obtener una justa compensación por las acciones expropiadas,
redundará en beneficio de los inversores españoles afectados.



Finalmente, la expropiación sufrida por REPSOL fue una acción muy grave y
era necesario enviar rápidamente un mensaje adecuado a la gravedad de la
ilegalidad sufrida por una empresa española.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008583



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



El apoyo del Gobierno al Enviado Personal del Secretario General (EPSG, en
adelante) es constante. Desde su nombramiento, y como ha hecho con sus
predecesores, España ha apoyado plenamente la labor del Embajador
Christopher Ross como EPSG en la cuestión del Sahara Occidental.



El Gobierno ha defendido esta posición como miembro del Grupo de Amigos en
la negociación de la última resolución del Consejo de Seguridad sobre el
Sahara Occidental. Esta resolución recoge un claro apoyo al EPSG,
Embajador Ross, y a su labor de facilitar las negociaciones entre las
partes, y acoge con beneplácito las consultas que ha venido celebrando
con las partes y los Estados vecinos.



Aunque es cierto que Marruecos ha anunciado que retira su confianza al
Embajador Ross, por el momento el Secretario General de Naciones Unidas
no ha tomado ninguna decisión al respecto.



El Gobierno español realiza un esfuerzo sostenido a la labor de Naciones
Unidas, especialmente como miembro del Grupo de Amigos del Sahara
Occidental, a fin de ayudar a las partes a alcanzar una solución política
justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación
del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a
los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008584



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El Plan de Apoyo al Deporte Objetivo Paralímpico (Plan ADOP) sigue en
ejecución hasta el día 31 de diciembre de 2012.



Dentro de los beneficiarios con beca hay 124 deportistas, 16 personas de
apoyo y 81 entrenadores.



Madrid, 9 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008585



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).




Página
849






Respuesta:



En desarrollo de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen
las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la
comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y
sordociegas, están previstas las siguientes medidas:



- Suscripción del Convenio por el que se materializa la subvención
nominativa prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2012, a la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) para la
atención a personas sordas en el ejercicio de sus derechos básicos. A
través de esta subvención se prestan dos tipos de servicios: los
servicios presenciales de intérpretes de lengua de signos y la plataforma
de videointerpretación.



- Prorrogar el contrato del Centro de intermediación telefónica para las
personas con discapacidad auditiva y/o fonación, mediante el que se
facilita la comunicación tanto entre ellas como con los oyentes, mediante
medios que responden a protocolos de comunicación diferentes y con el fin
de prestar el servicio de manera rápida, fluida y sin interrupciones o
esperas.



Asimismo, se sigue trabajando con el mismo objetivo a través de:



- El Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española
(CNLSE), con el fin de investigar, fomentar, difundir y velar por el buen
uso de esta lengua, estableciendo consultas y convenios con las entidades
representativas de las personas sordas o con discapacidad auditiva y
sordociegas y de sus familias. Recientemente ha entrado en funcionamiento
la página Web en la que hay disponible recursos en distintas áreas
(lingüística, formación, etc.), una biblioteca virtual y noticias de
interés.



- El Centro Español de Subtitulado y Audiodescripción que continúa con su
actividad dirigida a investigar y fomentar el subtitulado y la
audiodescripción como medios de apoyo a la comunicación de las personas
sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.



- La Comisión de Seguimiento de la Ley que se reunió el pasado 27 de marzo
de 2012 con el fin de seguir avanzando en la aplicación de la misma.



- Recientemente se ha presentado el 'Estudio sobre las personas con
sordoceguera en España' a las asociaciones que representan a las personas
con sordoceguera. Dicho estudio recoge el número de personas con
sordoceguera, sus condiciones de vida y su ubicación geográfica, a
efectos de determinar los centros de referencia que se deberían crear,
así como el establecimiento de recursos más acordes con las especiales
necesidades de este colectivo, en cumplimiento de la disposición
adicional sexta de la citada Ley 27/2007.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008588



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Los requisitos de entrada en España de los nacionales de terceros países,
para una estancia inferior a noventa días por semestre, se regulan por lo
establecido en el Reglamento (CE) n.º 562/2006 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código
comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código
de fronteras Schengen).



Como consecuencia del anuncio por parte de las autoridades brasileñas de
la exigencia de nuevos requisitos de entrada en su país a los ciudadanos
españoles a partir del día 2 de abril de 2012, el titular de la Dirección
General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios
se desplazó a Brasil acompañado por el Comisario General de Extranjería y
Fronteras con fecha 26 y 27 de marzo para tratar cuestiones relacionadas
con las inadmisiones en frontera de nacionales de ambos países.



Como continuación de dicha reunión, con fecha 4 de junio de 2012, tuvo
lugar en Madrid una reunión técnica presidida por los Directores
Generales de Asuntos Consulares de ambos países e integrada por
responsables del control fronterizo tanto brasileños como españoles.




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Fruto de dicha reunión se llegó a una serie de acuerdos entre ambas partes
para detallar y aclarar los requisitos de entrada en ambos países,
simplificar la tramitación de la Carta de Invitación española, facilitar
los tránsitos de los ciudadanos brasileños cuando viajan a otro Estrado
Schengen y garantizar la asistencia consular a los ciudadanos españoles y
brasileños a los que no les sea permitida su entrada en Brasil o en
España, todo ello con el fin de facilitar al máximo la entrada en España
de visitantes brasileños, siempre bienvenidos en nuestro país.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008589



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por su señoría, se informa que el
Ministerio del Interior no emite juicios de valor sobre informaciones
aparecidas en los medios de comunicación.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008590



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Gobierno manifiesta que los requisitos de entrada en España de los
nacionales de terceros países, para una estancia inferior a noventa días
por semestre, se regulan por lo establecido en el Reglamento (CE) n.º
562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2006, por
el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de
personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).



Como consecuencia del anuncio por parte de las autoridades brasileñas de
la exigencia de nuevos requisitos de entrada en su país a los ciudadanos
españoles a partir del día 2 de abril de 2012, el titular de la Dirección
General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios
se desplazó a Brasil acompañado por el Comisario General de Extranjería y
Fronteras con fecha 26 y 27 de marzo para tratar cuestiones relacionadas
con las inadmisiones en frontera de nacionales de ambos países.



Como continuación de dicha reunión, con fecha 4 de junio de 2012 tuvo
lugar en Madrid una reunión técnica presidida por los Directores
Generales de Asuntos Consulares de ambos países e integrada por
responsables del control fronterizo tanto brasileños como españoles.
Fruto de dicha reunión se llegó a diversos acuerdos entre ambas partes
para detallar y aclarar los requisitos de entrada en ambos países,
simplificar la tramitación de la Carta de Invitación española, facilitar
los tránsitos de los ciudadanos brasileños cuando viajan a otro Estado
Schengen y garantizar la asistencia consular a los ciudadanos españoles y
brasileños a los que no les sea permitida su entrada en Brasil o en
España.



Obviamente los requisitos de entrada en España no han sido modificados,
por estar regulados en el Código de Fronteras Schengen, si bien se han
previsto todos los mecanismos para la mayor agilidad posible en la
entrada de viajeros brasileños en España.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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851






184/008591



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



En los momentos actuales, el procedimiento derivado del Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
se encuentra finalizado, por lo que la información individualizada,
referida a cada de las entidades locales, no se puede considerar
definitiva.



Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del citado Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, para aquellas entidades locales que no
formalicen la operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el
órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
u organismo público competente, efectuará las retenciones que procedan
con cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su
participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al
cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de
endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se
aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la
Disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquélla, dispongan
las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.



El porcentaje de retención de los citados fondos será el que cada año
determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose
concretado en el artículo 111 de la correspondiente a este año 2012 (Ley
2/2012, de 29 de junio), un límite del 50 por ciento de la participación
en los tributos del Estado.



No obstante, con anterioridad, al objeto de evitar la aplicación de esta
medida, según nota informativa de fecha 31 de mayo, publicada en la
Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, en
la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se
habilitó un nuevo plazo para posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo, en el mes de julio, por las entidades locales que, aun
estando interesadas en la aplicación de dicha medida, no pudieron
hacerlo, por distintos motivos, en el mes de mayo.



Al citado período de ampliación se pudieron acoger las entidades locales
que se encontraban en algunas de estas situaciones:



• Las que, antes de 31 de marzo, elevaron al Pleno un plan de ajuste,
finalmente no aprobado por el mismo.



• Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por este,
pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



• Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no vieron
aprobada la concertación de la operación de préstamo por el órgano
competente de la corporación local (normalmente, por falta de mayoría
suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable).



• A las que el órgano competente de la corporación local haya aprobado la
formalización de préstamos por importe o por plazo de amortización
distintos de aquellos por los que debieron aprobarlos.



Dentro del marco de este nuevo plazo concedido a las entidades locales, se
han presentado 240 planes de ajuste, que han sido objeto de valoración
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, habiendo sido
esta favorable para 178 de ellos, en relación con los que los
ayuntamientos correspondientes podrán concertar la operación de préstamo.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008592



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).




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852






Respuesta:



En la formulación de la pregunta no se facilita información sobre el
documento en el que consta la supuesta opinión de la Comisión Europea, en
relación con la que cabe decir que carece de competencia legislativa,
siendo su función, entre otras, la de hacer propuestas que se concretan
por el Consejo, mediante la emisión de las recomendaciones oportunas.



El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores
introducido por el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas
urgentes para la reforma del mercado laboral, cuya tramitación como
proyecto de ley dio como resultado la Ley 3/2012, de 6 de julio, debe
enmarcarse en el fracaso de los incentivos a la contratación indefinida
anteriormente vigentes y en la excesiva utilización de los contratos
temporales, que, en la situación de grave crisis económica en la que nos
encontramos, ha llevado a la necesidad de introducir un elemento de
flexibilidad que anime a determinadas empresas a la creación de empleo
indefinido y a jornada completa, mediante el establecimiento de un
periodo de prueba de un año, institución cuya función es, como su propio
nombre indica, tomar conocimiento del trabajo a realizar en relación con
todos los elementos que integran la prestación, por parte del trabajador,
y del nivel de adaptación de este al puesto de trabajo, por parte del
empresario, junto a la comprobación de que el desempeño responde a las
exigencias y expectativas de ambas partes de la relación laboral.



En síntesis, con la peculiaridad de la duración del periodo de prueba de
un año se pretende otorgar a las PYMES la flexibilidad necesaria para que
contraten indefinidamente a los trabajadores más adecuados para sus
puestos de trabajo, contribuyendo a fomentar la creación de empleo
estable y reducir la segmentación del mercado de trabajo.



El periodo de prueba es una institución laboral fuertemente arraigada en
nuestro derecho y corresponde al legislador determinar su extensión y
alcance. En ningún caso puede entenderse que el periodo de prueba que se
establece para el nuevo contrato dará cobertura a su transformación en un
contrato temporal con costes de rescisión nulos.



Sin entrar a considerar la afirmación de que empleo creado al amparo del
contrato que se analiza sea de baja calidad, por constituir una
afirmación que carece de base jurídica y supone el desconocimiento del
régimen legal de la institución, periodos de prueba de un año y aun de
más tiempo se han pactado en la negociación colectiva y no se puede
entender que sean irrazonables. Los convenios colectivos pueden
establecer el periodo de prueba que tengan por conveniente, de acuerdo
con las características del puesto de trabajo, superando incluso los doce
meses.



A modo de ejemplo, pueden citarse los siguientes convenios colectivos que
incluyen un periodo de prueba de un año:



1. Convenio Colectivo de la Empresa Serenos Murcia, S.L (BORM de 2.2.12),
que establece '...un periodo de prueba máximo de un año para todas las
categorías profesionales, duración que se considera justificada por la
necesidad de conocer perfectamente las cualidades del personal
contratado, su adaptación a las tareas que debe realizar y a las
relaciones personales con los compañeros de trabajo'.



2. Convenio Colectivo de la Caja de Ahorros de Guipúzcoa y San
Sebastián-Kutxa (BOE 14.1.12), que establece en su artículo 12 que 'Con
el objeto de favorecer la creación de empleo fijo se establece un periodo
de prueba que se concertará por escrito, de doce meses de duración, para
todo trabajador de nuevo ingreso en la empresa'.



3. II Convenio Colectivo de Iberdrola Inmobiliaria, SAU (BOE 21.3.11):
'Con carácter general se establece un periodo de prueba que será de un
año, computándose en el mismo el tiempo de permanencia bajo contratos
bonificados' (Art. 14.2).



4. V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo (BOE 5.7.11). La misma
previsión anterior.



5. Convenio Colectivo de Finanzauto, S.A (BOE 26.8.11): Doce meses de
duración del periodo de prueba del personal de nuevo ingreso (Anexo 5).



6. Convenio Colectivo de Compañía Española de Petróleos, S.A. (BOE
2.8.11): Periodo de prueba de un año de duración para los trabajadores
que ingresen en la empresa con un contrato indefinido.



En cualquier caso, el establecimiento de un periodo de prueba de un año no
se hace con carácter general, sino que queda limitado a una serie de
condiciones:



1. Modalidad de contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los
emprendedores.



2. Empresas de menos de 50 trabajadores.




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3. Empresas que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato
no hubieran realizado extinciones de contratos de trabajo por causas
objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o por despido
colectivo.



4. Contratación incentivada de determinados colectivos.



En el trámite parlamentario del Proyecto de Ley, el Congreso de los
Diputados introdujo, entre otras modificaciones, la previsión para
limitar la utilización del contrato de trabajo por tiempo indefinido de
apoyo a los emprendedores a la condición de que la tasa de desempleo en
nuestro país se sitúe por debajo del 15 por ciento.



La previsión de duración de un año del periodo de prueba, limitada a la
modalidad concreta, con el conjunto de los requisitos exigidos, tiene
como contrapeso el establecimiento de la obligación de mantenimiento en
el empleo al trabajador durante al menos tres años y el mantenimiento del
nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato al menos durante
un año para poder obtener los beneficios fiscales y las bonificaciones de
cuotas de Seguridad Social, con los que se fomenta su utilización,
debiendo proceder al reintegro de los incentivos en caso contrario,
actuando por tanto el periodo de prueba, superior al que en defecto de
pacto en convenio colectivo establece la normativa general, como un
instrumento favorecedor de la creación de empleo estable.



En el trámite parlamentario llevado a cabo en el Congreso de los Diputados
se había introducido, también, la mención de que 'No podrá establecerse
un periodo de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas
funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de
contratación'.



La nueva redacción, ya definitiva, contribuye a dar seguridad jurídica a
la especialidad en materia de periodo de prueba de esta modalidad de
contrato, excepcionando de la duración general de doce meses los
contratos que tengan por objeto la realización de las mismas funciones
desempeñadas con anterioridad en la empresa, con independencia de la
duración de la prestación.



En último término, cabe recordar que la resolución de la relación laboral
durante el periodo de prueba, a instancia del empresario, siempre que la
extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a alguno de
los supuestos constitutivos de situación legal de desempleo, o haya
transcurrido un plazo de tres meses desde dicha extinción, posibilita el
acceso a la protección por desempleo, conforme al artículo 209.1.g) de la
Ley General de la Seguridad Social.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008593



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



En la formulación de la pregunta no se facilita información sobre el
documento en el que consta la supuesta opinión de la Comisión Europea, en
relación con la que cabe decir que carece de competencia legislativa,
siendo su función, entre otras, la de hacer propuestas que se concretan
por el Consejo, mediante la emisión de las recomendaciones oportunas.



Entrando a considerar el fondo de la pregunta, la nueva regulación del
contrato para la formación y el aprendizaje introducida por el Real
Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma
del mercado laboral, transformado ya en Ley 3/2012, de 6 de julio, ha
eliminado algunas rigideces injustificadas en la legislación anterior,
que dificultaban la utilización de este tipo de contrato.



En este sentido, la Ley 3/2012 permite la utilización de un nuevo contrato
para la formación y el aprendizaje, una vez finalizado el contrato
inicial de la misma modalidad, cuando la formación inherente al nuevo
contrato tenga por objeto la obtención de distinta cualificación
profesional.




Página
854






Junto a ello, se establece la prohibición de celebrar un nuevo contrato
para la formación y el aprendizaje cuando el puesto de trabajo
correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el
trabajador en la misma empresa por tiempo superior a doce meses.



Con la nueva redacción se favorece el empleo de los jóvenes, como
colectivo especialmente afectado por el desempleo, posibilitando que
cuando el contrato inicial para la formación y el aprendizaje no ha
culminado con el resultado pretendido de la integración del trabajador en
el mercado laboral, pueda tener una nueva oportunidad de formación en
alternancia con el trabajo para obtener una cualificación profesional
diferente.



Esta posibilidad es coherente con la nueva concepción del contrato para la
formación y el aprendizaje en relación con la del antiguo contrato para
la formación.



Así, mientras que el contrato para la formación tenía como objeto la
adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el
desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo, el contrato
para la formación y el aprendizaje, ya desde su introducción por el Real
Decreto-ley 10/2011, pone el acento en la cualificación profesional de
los trabajadores en un régimen de alternancia con la actividad laboral,
inspirada en una concepción más general y amplia.



Finalmente, resulta paradójico que se justifique la modificación propuesta
en el efecto del aumento de la segmentación del mercado de trabajo,
cuando el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes
para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad
en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación
profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, en su
artículo 5, suspende la aplicación de la prohibición de encadenamiento de
los contratos temporales, prevista con la finalidad de fomentar el empleo
estable y reducir la dualidad del mercado laboral, durante un periodo de
dos años, que finalizaría el 31 de agosto de 2013.



La Ley 3/2012 adelanta al 31 de diciembre de 2012 el fin de la suspensión
prevista por el Real Decreto-ley 10/2011 a la que se acaba de hacer
mención.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008594



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria y el artículo 14 de la Ley
56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, los criterios de distribución de
fondos en materia de políticas activas se aprueban por la Conferencia
Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y no por el Gobierno.



Conviene recordar que en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales, de 23 de junio de 2009, todas las Comunidades Autónomas
aprobaron los criterios de reparto de los fondos de empleo de ámbito
nacional, para el periodo 2010-2013, en base a los cuales se han
calculado las cuantías para el presente ejercicio 2012.



De este modo, a la asignación del año 2011 para cada Comunidad Autónoma en
los distintos ámbitos establecidos en el artículo 25 de la Ley 56/2003,
de 16 de diciembre, de Empleo, se ha aplicado una minoración porcentual
lineal, de tal manera que se mantenga el peso relativo de cada ámbito
respecto del total de los fondos percibidos en 2011, y que es equivalente
a la disminución sufrida en la dotación de 2012 respecto del ejercicio
anterior.



La distribución de los fondos en el ejercicio 2012 fue aprobada en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 24 de mayo de
2012, con el voto favorable del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y
de la mayoría de las Comunidades Autónomas, tal y como establece el
artículo 10 del Reglamento que regula el funcionamiento de la citada
Conferencia Sectorial.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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855






184/008595



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



En el momento actual, se está llevando a cabo un proceso de reordenación
de las políticas activas de empleo, en un marco de limitación
presupuestaria, con el fin de aumentar la eficacia de éstas y teniendo en
cuenta la complementariedad entre la gestión que desarrolla el Servicio
Público de Empleo Estatal y las acciones que desarrollan las Comunidades
Autónomas en el ejercicio de sus competencias, tanto con fondos estatales
como con fondos propios.



Para ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 56/2003, de 16 de
diciembre, de Empleo, la Estrategia Española de Empleo y el Plan Anual de
Política de Empleo son marcos de referencia que establecen los objetivos
y líneas de actuación de las políticas activas de empleo en el conjunto
del Estado, en base a los cuales los diferentes Servicios Públicos de
Empleo deben diseñar y gestionar sus propios programas y actuaciones.



El Plan Anual de Política de Empleo para 2012 fue aprobado por el Consejo
de Ministros el pasado 6 de julio, teniendo en cuenta las previsiones
formuladas por las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo
Estatal, en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales.



A fin de dar una eficaz respuesta a los principales retos que, en materia
de política de empleo, se presentan en el contexto socioeconómico actual,
de crisis económica-financiera y adecuación a las limitadas
disponibilidades presupuestarias y, en consecuencia, estructurar
adecuadamente las acciones y medidas que se integran en el Plan Anual de
Política de Empleo para 2012, en este Plan se establecen seis objetivos
prioritarios a los cuales deberán necesariamente estar vinculadas todas
las acciones y medidas que se desarrollen por los Servicios Públicos de
Empleo.



Estos objetivos prioritarios son los siguientes:



1. Reducir la tasa de desempleo juvenil.



2. Mejorar la empleabilidad de los demás colectivos afectados por el paro.



3. Apoyar a los emprendedores a través de medidas que contribuyan a crear
empleo y posibilitar el mantenimiento de los mismos en el mercado de
trabajo.



4. Acentuar la colaboración público-privada con el fin de realzar los
mecanismos de búsqueda de empleo por los desempleados.



5. Desarrollar medidas para colectivos específicos, con especial atención
a las personas con discapacidad.



6. Lucha contra el fraude.



Asimismo, en el Plan se tendrán en cuenta las acciones y medidas dirigidas
a la formación de ocupados y la modernización de los Servicios Públicos
de Empleo. En todo caso, estas acciones y medidas deberán, a su vez,
incardinarse en los diez ámbitos establecidos en el artículo 25.1 de la
Ley 56/2003, de Empleo.



En un contexto de colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, las
Comunidades Autónomas, a fin de determinar las acciones y medidas que van
a desarrollar con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio Público
de Empleo Estatal en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales, pueden optar por realizar medidas de ámbito estatal de las
recogidas en la relación de normas no derogadas por el Real Decreto-ley
3/2012 o bien realizar medidas propias que establezcan las Comunidades
Autónomas, o una combinación de ambas, siempre que se dirijan a atender
los objetivos prioritarios establecidos.



De esta forma, se ofrecen vías alternativas a las Comunidades Autónomas
para desarrollar las acciones y medidas de políticas activas de empleo
que se adecuen a los objetivos prioritarios anteriormente mencionados y
se integren en los distintos ámbitos de la Estrategia Española de Empleo
2012-2014.



Por último se indica que, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Empleo,
el Plan Anual de Política de Empleo recoge también la información
correspondiente a las acciones y medidas de políticas activas de empleo
que las Comunidades Autónomas realicen con recursos económicos propios y
las acciones y




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856






medidas de políticas activas de empleo que desarrollará el Servicio
Público de Empleo Estatal dentro de su ámbito de gestión.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008597



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



A continuación se informa de la evolución de la contratación indicando los
contratos registrados desde enero a mayo 2012:



Año 2012;Contratos registrados



Enero ;1.038.601



Febrero ;959.230



Marzo ;1.026.858



Abril ;1.003.167



Mayo ;1.204.079



Total ;5.231.935



En los cinco primeros meses de este año se han suscrito 5.231.935
contratos laborales, cifra algo menor (-7%) que la de los efectuados en
el mismo período del año 2011. Ello se debe a la atonía de la actividad
que está experimentando la economía española como consecuencia de la
crisis.



Por ello, las políticas que el Gobierno está llevando a cabo, sobre todo
en lo que se refiere a las importantes reformas estructurales que está
poniendo en marcha, tienen como objetivo fundamental relanzar la
actividad económica y el empleo.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008598



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



En la siguiente tabla se recoge la media de beneficiarios de prestaciones
por desempleo, incluidos los beneficiarios del subsidio de trabajadores
eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, en los 5
primeros meses de 2012, y su comparativa con el mismo período de 2011,
con el desglose siguiente:



Beneficiarios;Prestación por desempleo;Subsidio por desempleo;Renta Activa
de Inserción;Subsidio agrario;Total



Media hasta mayo 2012 ;1.381.136;1.215.259;230.819;138.729;2.965.943



Media hasta mayo 2011 ;1.336.289;1.260.034;166.850;143.948;2.907.122



Diferencia 12/11 ;44.846;-44.775;63.969;-5.219;58.821



% 12/11 ;3,4;-3,6;38,3;-3,6;2,0




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857






Según estos datos, la cifra media de beneficiarios total hasta mayo 2012
(2.965.943 trabajadores) crece en un 2% respecto a mayo 2011 (2.907.122).



Por tipos de prestación se observa que, en el período de referencia, los
beneficiarios de la prestación contributiva aumentan en el 3,4%, los
beneficiarios del subsidio por desempleo disminuyen en el 3,6%, los
beneficiarios de la Renta Activa de Inserción (RAI), aumentan el 38,3% y
los beneficiarios del subsidio de los trabajadores eventuales del REASS
disminuyen el 3,6%.



De forma correlativa al aumento del número de beneficiarios de
prestaciones por desempleo, se produce el incremento en el gasto
presupuestario destinado al pago de las mismas. Hasta mayo de 2012 el
gasto total en prestaciones asciende a 13.280 millones de euros, 344
millones más que el gasto hasta la misma fecha en el año anterior, lo que
supone un 2,7% más.



Gasto (Millones €);Contributiva;Subsidio;R.A.I;Subsidio Agrario;Total



Total hasta mayo 2012 ;9.468;3.029;483;300;13.280



Total hasta mayo 2011 ;9.119;3.158;347;312;12.936



Diferencia 12/11 ;349;-129;136;-12;344



% 2012/2011 ;3,8;-4,1;39,2;-3,8;2,7



Por tipo de prestación el mayor incremento porcentual del gasto se aprecia
en la Renta Activa de Inserción, un 39,2% muy superior al 3,8% de
incremento del gasto de la prestación contributiva, en cuanto al subsidio
por desempleo y el subsidio agrario disminuyen en torno a un 4%.



Por tanto, a pesar de la necesidad de contención del gasto público, se ha
venido manteniendo, e incluso incrementando, el relativo a las
prestaciones de apoyo a los desempleados en una situación tan difícil
como la que está viviendo nuestro país.



No obstante, el aumento en el nivel de gasto que ello está comportando ha
hecho que el Gobierno haya abordado, en el Real Decreto-ley 20/2012, de
13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y
de fomento de la competitividad, una serie de modificaciones en el
sistema de prestaciones por desempleo, cuyos objetivos son: concentrar la
protección en mayor medida en las situaciones que requieren especial
atención, fortalecer los mecanismos que facilitan el pronto retorno a la
ocupación, aumentar el envejecimiento activo de los trabajadores de más
edad y, en suma, mejorar la racionalidad y la eficiencia del sistema en
su conjunto, dotándole de una mayor coherencia interna que asegure su
equidad.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008602



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iglesias Santiago, Leire (GS).



Respuesta:



El Gobierno tiene entre sus previsiones la actualización del Código
Técnico de la Edificación.



Se está elaborando la propuesta de revisión del Documento Básico DB HE de
ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación, y se tiene
previsto iniciar su tramitación mediante el preceptivo trámite de
audiencia, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno.



En la actualización, se realiza una revisión de los requisitos mínimos de
eficiencia energética que deben cumplir los edificios o unidades de estos
'con el fin de alcanzar niveles óptimos de rentabilidad', según se
establece en la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de
los edificios.



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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858






184/008605



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento está trabajando en la elaboración de una
disposición normativa que garantice la participación de las Comunidades
Autónomas, las Corporaciones Locales y las organizaciones empresariales y
sociales más representativas en los aeropuertos, cuya gestión está
atribuida a Aena Aeropuertos, entre ellos, el de Girona-Costa Brava.



Esta participación se va a materializar en la constitución de Comités de
Coordinación Aeroportuaria específicos para las respectivas Comunidades
Autónomas, de los que formarán parte tanto representantes de Aena
Aeropuertos como de las instituciones territoriales, empresariales y
sociales mencionadas.



Estos Comités de Coordinación Aeroportuaria van a convertirse en los
verdaderos órganos de coordinación que permitan la participación de las
instituciones territoriales en la gestión aeroportuaria, en materias como
el desarrollo de rutas aéreas o la coordinación de las políticas
aeroportuarias, dentro del marco competencial actualmente existente,
contribuyendo desde cada territorio o garantizar la competitividad de los
aeropuertos españoles y la sostenibilidad del sistema aeroportuario.



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008610



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Elorza González, Odón (GS).



Respuesta:



El actual escenario presupuestario, derivado de la necesaria reducción del
déficit público de España, ha condicionado que los Presupuestos Generales
del Estado de 2012 contemplen una serie de modificaciones a la baja y de
nueva periodificación de las inversiones programadas, que también ha
afectado al Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios.



En cuanto a los compromisos suscritos en su momento por los representantes
de Instituciones Penitenciarias con el Ayuntamiento donostiarra, el
Ministerio del Interior suscribió un protocolo de intenciones el 15 de
junio de 2005, en relación al traslado, construcción y financiación de un
nuevo Centro Penitenciario en Donostia-San Sebastián. Asimismo se
suscribió un convenio urbanístico entre la Sociedad Estatal de
Infraestructuras y Equipamientos penitenciarios (SIEP) y el Ayuntamiento
para el desarrollo del nuevo Centro Penitenciario de Zubieta el 18 de
abril de 2011. De momento no hay ningún incumplimiento por parte del
Ministerio.



La situación de las instalaciones actuales del Centro Penitenciario
permitirá un uso digno durante los próximos años. No obstante, en caso
necesario se llevarán a cabo las actuaciones precisas para garantizar el
uso adecuado de las instalaciones.



En definitiva, el Centro Penitenciario de Martutene se mantendrá en uso
mientras no se produzca el traslado de los internos a otro Centro, tal y
como se estable el Plan Infraestructuras y en función de lo que se decida
en la próxima revisión del mismo.



Madrid, 17 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008612



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).




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859






Respuesta:



La seguridad ciudadana no se sustenta en los Guardias Alumnos que realizan
sus prácticas en las diferentes Unidades, toda vez que estos efectivos
están cumpliendo el último periodo de práctica como Guardias Civiles, por
lo que el servicio que prestan está supeditado a que sirva para su
formación y, en todo caso, como apoyo al personal profesional ya
destinado en dichas Unidades.



En el caso de la Comandancia de Segovia, los Guardias Alumnos en Prácticas
representan actualmente menos del 1% del total del personal que presta
servicio.



En todo caso, aún no se ha adoptado ninguna decisión respecto a la
distribución de los Guardias Alumnos procedentes de la Academia de
Guardias, si bien, como es lógico, irán a reforzar las Comandancias cuyas
plantillas presenten un grado menor de cobertura y donde las necesidades
del servicio sean prioritarias.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008617



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



El programa nacional de reformas presentado a la Comisión, no pasa por
alto la política medioambiental, si bien, como parece lógico por sus
propios objetivos, no se centra en ella. Sin embargo, entre las distintas
medidas en él indicadas, se establece la posibilidad de reforzar los
ingresos del Estado vía la aplicación de tributos, con el fin de
contribuir a la mejora de los indicadores de calidad ambiental del país,
como aquellos relacionados con la política de residuos, calidad del aire
y conservación de la naturaleza.



El programa señala de forma explícita la posibilidad de establecer nuevos
tributos sobre instalaciones de producción de energía eléctrica que
afecten al medio ambiente, o sobre la eliminación y depósito de residuos
en vertedero. Asimismo, señala de forma explícita el establecimiento o
incremento de tasas y precios públicos en el tratamiento de residuos
urbanos, o en conservación de la naturaleza.



Por último, cabe informar que las normas de carácter ambiental acordadas
en el ámbito de la UE se trasponen al ordenamiento jurídico español, con
carácter general, dentro de los plazos establecidos para ello, utilizando
los cauces establecidos para hacerlo y de forma coordinada con las
comunidades autónomas, que según el reparto competencial establecido por
la Constitución, son las encargadas de su aplicación y desarrollo.



Madrid, 19 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008625



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En primer lugar, debe señalarse que la referencia a las 'ineficiencias', y
no 'deficiencias', de las actividades de I+D+i se produjo en el contexto
de una presentación de carácter académico y no se hicieron en referencia
a las 'políticas de I+D+i', sino a los datos estadísticos existentes que
muestran la diferencia entre el esfuerzo presupuestario realizado por las
Administraciones Públicas (estadísticas GBAORD) y las estadísticas del
gasto declarado por los agentes que realizan I+D+i y el total financiado
por estas Administraciones Públicas. Es éste desajuste el que nos permite
hablar de ciertas 'fugas' y por tanto de ineficiencia en el sistema.




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860






Las diferencias correspondientes pueden consultarse en
http://www.mineco.gob.es/ para las estadísticas GBAORD y en
http://www.ine.es/ para Estadística sobre actividades de I+D.



Tomando como referencia las fuentes estadísticas anteriormente mencionadas
las diferencias son las que se detallan a continuación:



;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010



Créditos presupuestarios I+D
(GBAORD);4.503,09;4.956,21;6.737,38;7.987,05;8.414,44;8.699,85;8.308,16



Gasto Total I+D financiado por las AAPP
(INE);3.669,00;4.384,00;5.020,00;5.825,00;6.699,00;6.869,00;6.804,00



Diferencia;834,48;572,45;1.717,33;2.162,42;1.715,10;1.831,22;1.503,90



En términos técnicos, que son los que se emplearon durante la presentación
y en la descripción de los datos estadísticos que la acompañaron, estas
diferencias pueden deberse tanto a problemas metodológicos como a
problemas de ineficiencias y desajustes entre los créditos
presupuestarios de las Administraciones Públicas y el gasto total en
actividades de I+D que los agentes de ejecución declaran proceder de
dichas fuentes públicas.



Por otra parte, la futura Agencia Estatal de Investigación tiene sus
funciones definidas en la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación del 1 de junio de 2011, y por tanto no puede redefinir la
dirección de las investigaciones en el territorio. Es un agente de
financiación de la Administración General del Estado-AGE y el ámbito de
sus competencias de financiación son las actividades de I+D que precisen
de una evaluación conforme a criterios y principios científico-técnicos
reconocidos.



Tal y como figura en la disposición adicional duodécima de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación así como en
la decimoséptima de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado, la Agencia Estatal de Investigación se crea a coste
cero. Los gastos de funcionamiento cuando la misma esté constituida se
corresponderán con la parte proporcional de los recursos que la integran
y que actualmente están adscritos a la Secretaría de Estado de
Investigación, Desarrollo e Innovación.



Los medios y el personal de la futura Agencia serán los necesarios para el
desempeño eficiente de sus funciones en los términos que recoja su
estatuto.



Las actuaciones del sector público en materia de I+D son extensas y cubren
una cantidad ingente de proyectos, contratos, becas, infraestructuras,
etc., todas ellas adjudicadas de acuerdo con la Ley General de
Subvenciones por procedimientos transparentes y en concurrencia
competitiva. Los resultados de estas actividades que corresponden a la
Administración General del Estado pueden consultarse en las Memorias
Anuales de actividad de los correspondientes Planes Nacionales de I+D+i
que están disponibles en http://icono.fecyt.es/. Las actuaciones de las
Comunidades Autónomas suelen estar reflejadas igualmente en las distintas
memorias que realizan.



La distribución por agentes, Comunidades Autónomas y cuantías adjudicadas
tanto en concepto de subvención como en concepto de crédito reembolsable
varía en función de las convocatorias correspondientes y del año que se
utilice como referencia. Todos estos detalles se publican en las Memorias
Anuales de los Planes Nacionales de I+D+i a las que se ha hecho
referencia.



Madrid, 17 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008630



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



El viaje realizado por el Presidente del Gobierno el pasado 1 de julio de
2012 a la final de la Eurocopa de fútbol, en la que participó y obtuvo la
victoria la selección española, se enmarca en su actividad ordinaria de
representación y asistencia a eventos relevantes de carácter nacional e
internacional.




Página
861






La decisión de asistencia a estos actos se adopta en cada momento oportuno
considerando diversos factores, que incluyen la diversa agenda
institucional del Presidente, las características del evento o las
circunstancias que afectan al mismo. Del mismo modo, dicha decisión se
adopta igualmente en permanente contacto con la Casa Real, que coordina
su agenda institucional nacional e internacional con la Presidencia del
Gobierno.



En este viaje se sopesó en todo momento la situación y las operaciones de
emergencia desarrolladas en la Comunidad Valenciana a causa de los
incendios, de modo que el Presidente estuvo permanente informado a través
de los diversos departamentos afectados de la situación de los incendios
y de las operaciones desplegadas.



Finalmente, los viajes de la Presidencia del Gobierno se computan en el
presupuesto ordinario, imputándose cada gasto -incluidos tanto los
operativos como los de seguridad- en la partida correspondiente, dentro,
como se ha señalado anteriormente, de las actividades ordinarias de viaje
y representación que al Presidente corresponden.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008635



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



Las cuentas del Fondo de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito
(FGD) del ejercicio comprendido entre el 31 de diciembre de 2011 y el 15
de octubre de 2012 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley
16/2011 que dispuso la creación del FGD, en el que se integraron los
patrimonios de los tres fondos anteriores) se formularán, y, una vez sean
aprobadas, se publicarán cuando se conozcan los estados contables del
Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a 31 de diciembre de
2011, momento en el que será posible valorar la participación
correspondiente al 25% del capital del FROB.



Se han otorgado tres esquemas de protección de activos:



- A favor de Banco de Castilla-La Mancha, S.A., según documento firmado el
7 de diciembre de 2010, contemplado en el Plan de Actuaciones de Caja de
Ahorros de Castilla-La Mancha.



- A favor de Banco CAM, S.A., según documento firmado el 7 de diciembre de
2011, contemplado en el Plan de Reestructuración de Banco CAM, S.A.



- A favor de Unnim Banc, S.A., según documento firmado el 7 de marzo de
2012, contemplado en el Plan de Reestructuración de Unnim Banc, S.A.



En cuanto a sus condiciones específicas:



- Banco de Castilla-La Mancha, S.A.: cartera garantizada de 7.718 M €,
respondiendo el FGD del 100% de las pérdidas que excedan de las
provisiones constituidas por la entidad a la fecha de efectos del EPA
-esquema de protección de activos- (de 1.239 M €), hasta un importe
máximo de 2.475 M €. Tiene una duración de 5 años desde el 1 de enero de
2010.



- Banco CAM, S.A.: cartera garantizada de 24.644 M €, respondiendo al FGD
del 80% de las pérdidas que excedan las provisiones constituidas a la
fecha de efectos del EPA (de 3.882 M €). con lo que el importe máximo del
que podría llegar a responder el FGD asciende a 16.610 M €. Tiene una
duración de 10 años desde el 31 de julio de 2011.



- Unnim Banc, S.A.: la cartera garantizada asciende a 7.360 M €,
respondiendo al FGD del 80% de las pérdidas que excedan las provisiones
constituidas por el banco (de 1.330 M €), con lo que el importe máximo
del que podría llegar a responder el FGD asciende a 4.842 M €. Tiene una
duración de 10 años desde el 31 de octubre de 2011.



Cabe señalar que la articulación de todos los mecanismos nacionales para
la reestructuración del sector financiero español, a través del FROB,
junto con la asistencia financiera que recibirá España de los




Página
862






Estados miembros de la zona euro, constituyen la mejor garantía activa
para que los depositantes españoles puedan estar completamente
protegidos. En España no se va a liquidar ninguna entidad, de modo que no
será necesario, bajo ningún supuesto, el empleo del FGD para pagar a los
depositantes. Nuestro país, como la práctica totalidad de los demás
miembros de la Unión Europea, ha optado por proteger la estabilidad del
sistema financiero en su conjunto y, por tanto, primero con el FGD,
después con el FROB y ahora con la asistencia financiera europea, se
garantiza la viabilidad del sistema en su conjunto y la máxima protección
de todos los depositantes.



Adicionalmente, cabe señalar que el artículo 6.3 del Real Decreto-ley
16/2011 establece un límite máximo a las aportaciones del 3 por mil. En
virtud de la vigencia del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre,
sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito, el importe
actual de las aportaciones de las entidades asciende al 2 por mil, con lo
que, si fuera necesario, el Gobierno podría tomar medidas oportunas para
elevar dichas contribuciones hasta el límite fijado por la Ley.



Además, según contempla el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 16/2011,
cuando el patrimonio resulte insuficiente para el desarrollo de sus
funciones, el FGD realizará las actuaciones necesarias para restaurar su
suficiencia; a tal efecto cabe contemplar aquí un posible acuerdo de
derramas entre las entidades adheridas, según señala el mismo artículo.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008713



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se remite anexo en el que figuran los importes de obligaciones reconocidas
con área origen del gasto Guadalajara con cargo a los Presupuestos de
Gastos de la Administración General del Estado de los ejercicios
2000-2011 gestionados por el Ministerio de Economía y Hacienda, y de
Política Territorial y Administración Pública (2011), por el Ministerio
de Economía y Hacienda, y de Política Territorial, y de Presidencia
(2010), por el Ministerio de Economía y Hacienda, y de Administraciones
Públicas (2005-2009), por el Ministerio de Hacienda, y de
Administraciones Públicas (2001-2004), por el Ministerio de Economía y
Hacienda, y de Administraciones Públicas (2000), con detalle de Ejercicio
y Sección presupuestaria.



Además, puede haber otras aplicaciones realizadas efectivamente en la
provincia de Guadalajara pero no recogidas en el anexo que se adjunta
puesto que las correspondientes operaciones de reconocimiento de
obligación se han efectuado con cargo a las áreas 'Varias provincias de
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha' (para las obligaciones
reconocidas que afectan a más de una provincia de dicha Comunidad
Autónoma), o al área 'No regionalizable' (para los gastos que, por su
propia naturaleza, a priori, no pueden asignarse a un área más concreta).
En estos casos, no puede determinarse contablemente la parte que ha
podido corresponder a un territorio concreto.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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863







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864






184/008856



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



Se remite anexo en el que figuran los importes de obligaciones reconocidas
con área origen del gasto Cuenca con cargo a los Presupuestos de Gastos
de la Administración General del Estado de los ejercicios 2000-2011
gestionados por el Ministerio de Economía y Hacienda, y de Política
Territorial y Administración Pública (2011), por el Ministerio de
Economía y Hacienda, y de Política Territorial, y de Presidencia (2010),
por el Ministerio de Economía y Hacienda, y de Administraciones Públicas
(2005-2009), por el Ministerio de Hacienda, y de Administraciones
Públicas (2001-2004), por el Ministerio de Economía y Hacienda, y de
Administraciones Públicas (2000), con detalle de Ejercicio y Sección
presupuestaria.



Además, puede haber otras aplicaciones realizadas efectivamente en la
provincia de Cuenca pero no recogidas en el anexo que se adjunta puesto
que las correspondientes operaciones de reconocimiento de obligación se
han efectuado con cargo a las áreas 'Varias provincias de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha' (para las obligaciones reconocidas que
afectan a más de una provincia de dicha Comunidad Autónoma), o al área
'No regionalizable' (para los gastos que, por su propia naturaleza, a
priori, no pueden asignarse a un área más concreta). En estos casos, no
puede determinarse contablemente la parte que ha podido corresponder a un
territorio concreto.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



OBLIGACIONES RECONOCIDAS EN LA PROVINCIA DE CUENCA CON CARGO A LOS
PRESUPUESTOS DE GASTOS DE LOS AÑOS 2000 A 2011 GESTIONADAS POR EL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Y DE POLÍTICA TERRITORIAL Y
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (2011), POR EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Y DE POLÍTICA TERRITORIAL, Y DE PRESIDENCIA (2010), POR EL MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA, Y DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (2005-2009), POR EL
MINISTERIO DE HACIENDA, Y DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (2001-2004), POR
EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Y DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
(2000), DETALLE POR EJERCICIO Y SECCIÓN



Sección;Obligaciones reconocidas



Importe en euros



2011;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;1.571.670,58



22 POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMÓN. PÚBLICA ;2.554.834,44



2010;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;1.067.006,48



22 POLÍTICA TERRITORIAL ;4.925.338,62



25 PRESIDENCIA ;219.025,61



32 ENTES TERRITORIALES ;15.600,58



2009;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;625.998,56



22 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;2.218.252,73



2008;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;4.694.075,11



22 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;4.133.902,66




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Sección;Obligaciones reconocidas



Importe en euros



2007;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;1.407.964,50



22 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;2.565.014,21



2006;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;1.581.149,86



22 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;2.775.187,02



31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS ;22.745,28



2005;



15 ECONOMÍA Y HACIENDA ;1.808.496,99



22 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;2.593.336,41



32 ENTES TERRITORIALES ;3.008.021,11



2004;



15 MINISTERIO DE HACIENDA ;579.256,61



22 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;2.564.064,95



2003;



15 MINISTERIO DE HACIENDA ;462.578,97



22 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;3.284.153,53



2002;



15 MINISTERIO DE HACIENDA ;692.799,94



22 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;3.300.344,58



2001;



15 MINISTERIO DE HACIENDA ;610.873,06



22 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ;2.748.638,92



31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS ;31.956,59



2000;



15 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA ;2.578.467,06



22 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS ;3.022.942,17



184/008923 a 184/008926



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Aguilar Rivero, Rosa; Hurtado Zurera, Antonio y Costa Palacios,
María Angelina (GS).



Respuesta:



En relación con el plazo de cobro de los Fondos FEDER que tienen de media
los Ayuntamientos desde que certifican sus inversiones en la plataforma
habilitada al respecto, se indica que, de acuerdo con los Reglamentos, la
autoridad de certificación se cerciorará de que las solicitudes de pagos
intermedios en relación con cada programa operativo se agrupan y remiten
a la Comisión, en la medida de lo posible, en tres ocasiones al año.




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866






Siempre que estén disponibles los fondos necesarios y no se haya producido
una suspensión de los pagos, la Comisión efectuará los pagos intermedios
a más tardar en un plazo de dos meses, a partir de la fecha en que quede
registrada ante la Comisión una solicitud de pago que reúna los
requisitos mencionados en los Reglamentos.



Como paso previo a su envío a la Comisión, la Autoridad de certificación
realiza una serie de comprobaciones, especialmente las indicadas en el
artículo 61 del Reglamento 1083/2006 del Consejo, por lo que el plazo de
cobro al que se refiere su señoría puede variar.



Los Fondos FEDER se asignan en la programación, entre otros aspectos, de
acuerdo con las distintas zonas, ejes y temas prioritarios, y se plasman
en los Programas Operativos. Pero estos Fondos no se asignan por
proyectos o por operaciones. De manera que si hubiera una
descertificación en una operación concreta, ese importe pasa a estar
disponible automáticamente para financiar otra u otras operaciones.



Una vez celebrados los distintos comités de seguimiento de los Programas
Operativos, no se está produciendo inejecución de Fondos. Periódicamente,
desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se realiza un
análisis pormenorizado en el seno de cada Programa Operativo (regionales
y plurirregionales), con objeto de evaluar la ejecución y absorción de
los Fondos.



Como resultado de estos análisis, se realizan los ajustes necesarios y se
toman las medidas adecuadas para asegurar una correcta ejecución.



Es preciso destacar que con todas estas medidas se pretende paliar el
riesgo de pérdida de recursos comunitarios tanto a corto como a largo
plazo, permitiendo salvar la regla N+2.



Asimismo, como resultado del análisis citado, se han incorporado a los
programas actuaciones nuevas y ajustes que refuerzan el cumplimiento de
los objetivos de los Programas y se sitúan en línea con los
planteamientos de la Estrategia Europa 2020.



Como datos concretos, a 30 de junio de 2012, y faltando aún el último
semestre del año, hay ocho Programas operativos regionales que ya salvan
la regla N+2, 5 Programas operativos regionales superan el 90% y tres
Programas operativos regionales superan el 80%. Respecto del resto de los
Programas Operativos regionales y plurirregionales, de acuerdo con la
información facilitada en los comités de seguimiento por los distintos
Organismos intermedios, no existe riesgo de descompromiso.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



CONTROL PARLAMENTARIO DE LA CORPORACIÓN RTVE Y SUS SOCIEDADES



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA RTVE



La Mesa de la Cámara ha acordado publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales las preguntas de los Sres. Diputados para las que se
solicita respuesta por escrito, que figuran a continuación.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación, de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de septiembre de 2012.-P. D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



179/000017



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la
siguiente pregunta, dirigida al Gobierno, para la que se solicita
respuesta escrita.



¿En qué situación de uso se encuentran las instalaciones de RTVE en
Andalucía?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de julio de 2012.-José Luis
Centella Gómez, Diputado.