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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 211, de 11/02/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE



Año 1999 VI Legislatura Núm. 211



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FEDERICO TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE



Sesión Plenaria núm. 203



celebrada el jueves, 11 de febrero de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Dictámenes de la Comisión del Estatuto de los Diputados:



- Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre
declaraciones de actividades de Excmos. Sres. Diputados (número de
registro 70004) . . . (Página 11319)



Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:



- Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal
estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de
la Seguridad Social (número de expediente 130/000063) («BOE» núm. 8,
de 9 de enero de 1999) . . . (Página 11319)



Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales:



- Canje de cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y
la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación, relativo a la celebración de la 21.a Reunión del Comité
Coordinador del «Codex Alimentarius» para Europa (Madrid, 5 a 8 de
mayo de 1998), hecho en Roma y Madrid el 5 de noviembre y el 22 de
diciembre de 1997. «BOCG.

Sección Cortes Generales», serie A, núm. 260, de 17 de noviembre de
1998 (número de expediente 110/000215) . . . (Página 11326)



Página 11316




- Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones
entre el Reino de España y la República de Eslovenia, hecho en Madrid
el 15 de julio de 1998. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A,
núm. 261, de 17 de noviembre de 1998 (número de expediente 110/
000216) . . . (Página 11326)



- Convenio Internacional para la represión de los atentados
terroristas cometidos con bombas, hecho en Nueva York el 15 de
diciembre de 1997. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A, núm.

262, de 17 de noviembre de 1998 (número de expediente 110/000217)
. . . (Página 11326)



- Retirada de la reserva al artículo 22 de la Convención
Internacional sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación racial (7-3-1966). «BOCG. Sección Cortes Generales»,
serie A, núm. 263, de 17 de noviembre de 1998 (número de expediente
110/000218) . . . (Página 11327)



- Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que
agotan la capa de ozono, aprobada por la novena reunión de las Partes
en Montreal el 17 de septiembre de 1997. «BOCG. Sección Cortes
Generales», serie A, núm. 264, de 17 de noviembre de 1998 (número de
expediente 110/000219) . . . (Página 11327)



- Memorando de responsabilidades que han de asumir el Reino de España
y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación con respecto a la 12.a Reunión del Grupo
Intergubernamental sobre frutos cítricos del Comité de problemas de
productos básicos (Valencia, 21 a 25 de septiembre de 1998), hecho en
Roma el 7 de agosto de 1998. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie
A, núm. 265, de 17 de noviembre de 1998 (número de expediente 110/
000220) . . . (Página 11327)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



- Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 7.673.674.489 pesetas, para compensar el déficit de la
Compañía Trasmediterránea, S. A., correspondiente al ejercicio de
1996, por la explotación de los Servicios de Comunicaciones Marítimas
de Interés Nacional. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, núm.

122-1, de 23 de junio de 1998 (número de expediente 121/000121) . . .

(Página 11327)



- Proyecto de Ley Orgánica de transferencia de competencias a la
Comunidad Autónoma de Galicia. «BOCG. Congreso de los Diputados»,
serie A, núm. 134-1, de 31 de agosto de 1998 (número de expediente
121/000134) . . . (Página 11328)



- Proposición de Ley Orgánica de modificación del artículo 19 de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. «BOCG.

Congreso de los Diputados», serie B, núm. 159-1, de 24 de febrero de
1998 (número de expediente 124/000004) . . . (Página 11332)



- Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura.

«BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, núm. 215-1, de 17 de
julio de 1998 (número de expediente 127/000011) . . . (Página 11337)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas:



- Proposición de Ley sobre modificación del Régimen de Titularidad y
Gestión de la Televisión Autonómica. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie B, núm. 108-1, de 24 de junio de 1997 (número de
expediente 125/000012) . . . (Página 11342)



Página 11317




S U M A R I O



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana con
carácter secreto para debatir sobre el dictamen de la Comisión del
Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades de
señores diputados, que es aprobado.




Continúa la sesión con carácter público.




Convalidación o derogación de reales decretos-leyes . . . (Página 11319)



Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal
estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de
la Seguridad Social . . . (Página 11319)



Presenta el Real Decreto-ley, en nombre del Gobierno, el señor
ministro de Sanidad y Consumo (Romay Beccaría), con el objetivo de
evitar la grave situación que podría producirse como consecuencia de
dos recientes sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal
Supremo, en virtud de las cuales quedaba anulado todo el marco
normativo estatal de selección de personal y provisión de plazas en
los servicios sanitarios públicos. Expone que dicho Real Decreto-ley
fue aprobado por el Gobierno atendiendo estas circunstancias
excepcionales, haciendo uso de la previsión del artículo 86 de la
Constitución y publicándose en el Boletín Oficial del Estado, para
entrar en vigor de modo inmediato. A continuación pasa a explicar las
razones de urgencia y excepcional necesidad que justifican el Real
Decreto-ley 1/1999, solicitando a la Cámara su convalidación y que se
tramite posteriormente como ley ordinaria.




En turno a favor interviene el señor Mingo Zapatero, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.




En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Vázquez
Vázquez (don Guillerme), del Grupo Parlamentario Mixto; Mardones
Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; las señoras
Uría Echevarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), Solsona i
Piñol, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y
Maestro Martín, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, y
el señor Corominas i Busqueta, del Grupo Socialista del Congreso.




Sometida a votación la convalidación o derogación del Real Decreto-
ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y
provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad
Social, se
aprueba la convalidación por 272 votos a favor, 17 en contra y tres
abstenciones.




Sometida a votación la tramitación del Real Decreto-ley como proyecto
de ley, se aprueba por 290 votos a favor y dos abstenciones.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales . . . (Página 11326)



Canje de cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación, relativo a la celebración de la 21ª reunión del Comité
Coordinador del Codex Alimentarius para Europa (Madrid, 5 a 8 de mayo
de 1998), hecho en Roma y Madrid el 5 de noviembre y el 22 de
diciembre de 1997 . . . (Página 11326)



Sometido a votación, se aprueba por asentimiento.




Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre
el Reino de España y la República de Eslovenia, hecho en Madrid el 15
de julio de 1998 . . . (Página 11326)



Sometido a votación, se aprueba por asentimiento.




Convenio internacional para la represión de los atentados terroristas
cometidos con bombas, hecho en Nueva York el 15 de diciembre de 1997
. . . (Página 11326)



Sometido a votación, se aprueba por asentimiento.




Retirada de la reserva al artículo 22 de la Convención internacional
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial. .

. . (Página 11327)



Sometido a votación, se aprueba por asentimiento.




Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que
agotan la capa de ozono, aprobada por la novena reunión de las Partes
en Montreal el 17 de septiembre de 1997. . . . (Página 11327)



Sometida a votación, se aprueba por asentimiento.




Página 11318




Memorando de responsabilidades que han de asumir el Reino de España y
la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación con respecto a la 12. a reunión del Grupo
Intergubernamental sobre frutos cítricos del Comité de problemas de
productos básicos (Valencia, 21 a 25 de septiembre de 1998), hecho en
Roma el 7 de agosto de 1998 . . . (Página 11327)



Sometido a votación, se aprueba por asentimiento.




Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas . . . (Página 11327)



Proyecto de ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 7.673.674.489 pesetas, para compensar el déficit de la
Compañía Trasmediterránea S.A., correspondiente al ejercicio de 1996,
por la explotación de los servicios de comunicaciones marítimas de
interés nacional . . . (Página 11327)



En turno de fijación de posiciones interviene el señor Segura
Clavell, del Grupo Socialista del Congreso.




Proyecto de ley orgánica de transferencia de competencias a la
Comunidad Autónoma de Galicia . . . (Página 11328)



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Rodríguez
Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto; Jané i Guasch, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Ríos Martínez, del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida; y las señoras Marón
Beltrán, del Grupo Socialista del Congreso, y Sainz García, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.




Proposición de ley orgánica de modificación del artículo 19 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial . . . (Página 11332)



Se da por decaída la enmienda que se mantiene viva de la señora
Almeida, por no encontrarse presente, fijando su posición el señor
Castellano Cardalliaguet, del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida; la señora Uría Echevarría, del Grupo Parlamentario
Vasco (EAJ-PNV); y los señores Silva Sánchez, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Jover Presa, del Grupo
Socialista del Congreso, y Ollero Tassara, del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.




Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura . . .

(Página 11337)



En defensa de las enmiendas presentadas intervienen el señor Centella
Gómez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, y la
señora Almeida Castro, del Grupo Parlamentario Mixto.




En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Jané i
Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió);
Fuentes Gallardo, del Grupo Socialista del Congreso, y Álvarez
Álvarez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas . . . (Página 11342)



Proposición de ley sobre modificación del régimen de titularidad y
gestión de la Televisión Autonómica . . . (Página 11342)



En defensa de la enmienda de totalidad de texto alternativo,
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, interviene la señora
Almeida Castro, que sustituye al señor Alcaraz Ramos.




En turno de fijación posiciones intervienen los señores Mardones
Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; González de
Txábarri Miranda, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Recoder i
Miralles, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió);
Alcaraz Masats, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida;
Martinón Cejas, del Grupo Socialista del Congreso, y Medina Toledo,
del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Votaciones. . . . (Página 11349)



Por último se procede a las votaciones relativas a los diversos
proyectos y proposiciones de ley debatidas y a las votaciones de
conjunto de aquellas que tienen carácter de orgánicas.




Se suspende la sesión a la una de la tarde.




Página 11319




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana con
carácter secreto.




DICTAMEN DE LA COMISIÓN DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS:



- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE
DECLARACIONES DE ACTIVIDADES DE EXCELENTÍSIMOS SEÑORES DIPUTADOS.

(Número de registro 70004.)



Se somete a votación el dictamen de la Comisión del Estatuto de los
Diputados, que es aprobado.




Se reanuda la sesión con carácter público.




CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES:



- REAL DECRETO-LEY 1/1999, DE 8 DE ENERO, SOBRE SELECCIÓN DE PERSONAL
ESTATUTARIO Y PROVISIÓN DE PLAZAS EN LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE
LA SEGURIDAD SOCIAL. (Número de expediente 130/000063.)



El señor PRESIDENTE: Punto décimo del orden del día, debate sobre
convalidación o derogación de reales decretos-leyes.

Quiero anunciar que, al haberse retirado un punto de los que
constituyen el décimo del orden del día, habrá un solo debate sobre
la convalidación o derogación del Real Decreto-ley número 1/1999.

Llamaré, entonces, a votación y con toda probabilidad se producirán
conjuntamente las votaciones derivadas del punto siguiente, es decir,
de los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores. Luego
comenzará el debate del punto duodécimo, en el que están incluidas
algunas disposiciones con naturaleza orgánica. Por tanto, de acuerdo
con el Reglamento, tengo que anunciar que las votaciones
correspondientes a los proyectos de naturaleza orgánica se producirán
al final de la sesión, que no puedo asegurar que no se produzca más
allá de dos horas o dos horas y media.

Debate sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley
número 1/1999, de fecha 8 de enero, sobre selección de personal
estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de
la Seguridad Social.

Para la presentación de la disposición, tiene la palabra, en nombre
del Gobierno, el ministro de Sanidad y Consumo, señor Romay Beccaría.




El señor MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO (Romay Beccaría): Muchas
gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados, en el Consejo de Ministros del pasado
día 8 de enero el ministro de Sanidad y Consumo propuso al Gobierno
la aprobación de un
Real Decreto-ley sobre selección de personal estatutario y provisión
de plazas de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, al
objeto de evitar la grave situación que podría producirse como
consecuencia de dos recientes sentencias del Tribunal Constitucional
y del Tribunal Supremo respectivamente, en virtud de las cuales
quedaba anulado todo el marco normativo estatal de selección de
personal y provisión de plazas en los servicios sanitarios públicos.

Dicho real decreto-ley fue aprobado por el Gobierno atendiendo estas
circunstancias excepcionales, haciendo uso de la previsión del
artículo 86 de la Constitución y fue publicado en el Boletín Oficial
del Estado de 9 de enero, entrando en vigor de modo inmediato.

Me corresponde presentar ante SS.SS. esta norma y darles una breve
explicación de las razones de urgencia y excepcional necesidad que la
justifican y que nos llevan a solicitar ante esta Cámara que se
convalide dicho Real Decreto-ley 1/1999, para el que solicito
simultáneamente se acuerde su posterior tramitación como ley
ordinaria, por las razones que también brevemente detallaré a
continuación.

El Real Decreto-ley 1/1999 tiene como causa los recursos contencioso-
administrativos planteados por diversos sindicatos y por la
organización médica colegial contra el Real Decreto 118/1991, de 25
de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de
plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social. Entre
otros argumentos, los recursos contra el Real Decreto 118/1991
plantearon la inconstitucionalidad formal del artículo 34.4 de la Ley
4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para
1990, que había servido de base para el reglamento de selección
y provisión de plazas aprobado a principios de 1991 por el Gobierno.

Las razones de esta inconstitucionalidad no eran otras que la
inadecuación de las leyes de presupuestos para regular materias de
personal que no tengan incidencia directa alguna en el régimen de
ingresos y gastos públicos propio de dichas leyes. Planteada esta
cuestión de inconstitucionalidad por el Supremo ante el Tribunal
Constitucional el 15 de octubre pasado, se ha dictado sentencia por
la que, de acuerdo con la doctrina ya reiterada, se declara la
inconstitucionalidad, por razones formales, de dicho artículo 34.4,
sentencia de la que se ha derivado la posterior nulidad, por las
mismas razones, del Real Decreto 118/1991, que es la norma de apoyo
de los procesos selectivos actualmente en marcha en el Sistema
Nacional de Salud, más de 35.000 puestos de trabajo entre plazas ya
convocadas y pendientes de inmediata convocatoria a finales de
diciembre de 1998, nulidad que ha sido dictada por el Tribunal
Supremo en la reciente sentencia de 1 de diciembre pasado, pendiente
aún de publicación.

Para evitar la paralización de los procesos selectivos en los
diversos servicios de salud por nulidad de sus bases legales y
reglamentarias, el Ministerio de Sanidad y Consumo ha propuesto al
Gobierno, con carácter excepcional, la aprobación de un real decreto-
ley en el



Página 11320




que no sólo se dé amparo al artículo 34.4 de la Ley de Presupuestos
de 1990, anulada por el Constitucional, sino que se regule
directamente la normativa de desarrollo sobre los procesos de
selección y provisión de plazas contenida en el citado Real Decreto
118/1991, anulado por el Supremo.

De acuerdo con esta opción, se ha redactado y aprobadoel Real
Decreto-ley 1/1999, en vigor desde el pasado 9 de enero, como antes
he dicho, con el que se pretende evitar la paralización de las
convocatorias de ofertas de empleo público en el sector sanitario,
garantizando la normalidad y seguridad jurídica en el desarrollo de
los procesos selectivos actualmente en marcha que afectan a millares
de profesionales en toda España.

Aun cuando el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Gobierno han
tenido que actuar ante estos hechos con la urgencia que requerían las
circunstancias, se ha contado con la colaboración y el consenso de
las comunidades autónomas afectadas, como el propio Instituto
Nacional de la Salud, por las resoluciones judiciales antes citadas.

Las sentencias de los tribunales fueron inmediatamente puestas en
conocimiento de los servicios de salud de las comunidades autónomas
con competencia en la asistencia sanitaria y se constituyó para
analizar la situación un grupo de trabajo en el seno de la comisión
de gestión del Consejo Interterritorial, que ha estudiado las
alternativas posibles, concluyendo en la necesidad excepcional de un
real decreto-ley aprobado por el Gobierno. El texto del real decreto-
ley ha sido elaborado por el Ministerio de Sanidad y Consumo, de
acuerdo con los criterios expresados en las reuniones del grupo de
trabajo de la comisión de gestión del Consejo Interterritorial,
integrado por los responsables de personal de todos los servicios de
salud. En él se reproducen en su integridad los contenidos del
artículo 34.4 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para 1990, y en gran medida el Real Decreto 118/
1991, de 25 de enero, con algunas modificaciones como consecuencia de
las reformas legislativas posteriores.

El texto fue informado por el pleno del Consejo Interterritorial el
14 de diciembre de 1998, en el que se ha manifestado la unanimidad de
criterios respecto a la urgencia y necesidad del mismo. El texto fue
sometido a criterio del Ministerio de Administraciones Públicas y de
la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio
de Justicia antes de su definitiva aprobación por el Gobierno.

Asimismo, la norma fue puesta en conocimiento de las centrales
sindicales más representativas del ámbito sanitario a nivel estatal,
con quienes se han mantenido reuniones los días 22 y 23 de diciembre
pasado a propósito del real decreto-ley.

La adopción de este real decreto-ley ha sido excepcional, obligada
para el Gobierno en virtud de la situación creada por las sentencias
antes mencionadas. Es propósito del Ministerio, de acuerdo con las
directrices del dictamen del 18 de diciembre de 1997 de la
subcomisión parlamentaria para la consolidación
y modernización del Sistema Nacional de Salud, establecer un nuevo
marco de relaciones laborales en los servicios sanitarios públicos y
a tal efecto se está en negociación con las comunidades autónomas y
las organizaciones sindicales para elaborar la ley reguladora del
estatuto marco del personal. En dicho contexto, la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto- ley 1/1999 por razones evidentes de
urgencia y necesidad y su convalidación por la Cámara, ofrecen una
oportunidad para transformar la normativa hasta ahora vigente,
amparada por el real decreto-ley, introduciendo los criterios y
directrices propuestos por la subcomisión parlamentaria.

Es por ello por lo que el Ministerio considera conveniente sugerir a
esta Cámara de modo simultáneo la convalidación, la tramitación de
esta norma como ley ordinaria por el procedimiento de urgencia, en
los términos previstos en el artículo 86.3 de la Constitución, dando
con ello oportunidad, a través de los grupos parlamentarios, de
introducir cuantas modificaciones y mejoras se requieran en esta
controvertida materia. El Gobierno lamenta la situación creada por
las sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo,
que han anulado el marco normativo que servía de base para las
convocatorias de selección y provisión de plazas en los servicios
sanitarios públicos, aunque comprende las razones judiciales de la
nulidad formal de ambas disposiciones. Asimismo, lamenta el retraso
que se arrastra en la puesta al día de la legislación sobre personal
estatutario. Es por ello por lo que reitero nuestro propósito de
alcanzar en esta legislatura un acuerdo suficiente entre
instituciones y representaciones sociales para elevar a esta Cámara
un proyecto definitivo de estatuto marco del personal del Sistema
Nacional de Salud que colme las legítimas aspiraciones de nuestros
profesionales, esta vez con las bases para la consolidación y
modernización de nuestro sistema sanitario en el ámbito de los
recursos humanos. Las circunstancias judiciales sobrevenidas, que han
obligado a la aprobación por el Gobierno de este real decretoley,
dan, a mi juicio, una oportunidad a esta Cámara para avanzar en el
tema estatutario mediante la transformación de esta norma aprobada
por el Gobierno en una ley de selección y provisión de plazas que
adelante en estos ámbitos el marco estatutario del futuro que todos
deseamos.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro.




¿Algún grupo desea consumir un turno en contra de la convalidación
del real decreto-ley? (Pausa.)
No sé si vamos a tener que suprimir el turno en contra. ¿Turno a
favor? (Pausa.)
En nombre del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Mingo
Zapatero. (Un señor diputado: ¿Turno en contra?) He llamado a turno
en contra y parece que no lo consume nadie. (Rumores.)



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Señor Martínez Sanjuán. (Un señor diputado: ¡Vaya día que llevamos!-
Rumores.) ¡Vaya Pleno! (Risas.)
Adelante, señor Mingo.




El señor MINGO ZAPATERO: Gracias, señor presidente.




Señorías, debatimos esta mañana el Real Decreto-ley 1/1999, aprobado
en el pasado Consejo de Ministros del día 8 de enero, que ha sido
presentado por el ministro de Sanidad y Consumo hace unos momentos
para su convalidación.

Intervengo en turno a favor para defender la posición favorable del
Grupo Parlamentario Popular en base a los siguientes criterios.

Entiendo que el Gobierno ha tomado una decisión política que es
oportuna, puesto que ha dado cobertura legal al vacío que ha supuesto
la anulación del Real Decreto 118/1991, norma reguladora de la
selección y provisión de plazas en el Sistema Nacional de Salud, y
que se ha visto anulado por las sentencias del Tribunal
Constitucional y del Tribunal Supremo en los pasados meses de octubre
y diciembre.

Entendemos que la medida tomada por el Gobierno es adecuada porque,
con un criterio continuista, reproduce casi en su literalidad el Real
Decreto 118/1991, con el criterio y la pretensión que las distintas
fases del proceso, es decir, la convocatoria, la realización de las
pruebas de selección y la adjudicación de las plazas, tengan un
soporte legal común a todas ellas.

Consideramos también que la medida adoptada por el Gobierno aporta
seguridad, es tranquilizadora, sobre todo para los miles de
aspirantes que llevan meses estudiando, preparando adecuadamente las
pruebas que han sido convocadas o que están a punto de serlo en los
próximos meses.

Estamos, señorías, ante una importante oferta de empleo que
proporcionará a miles de facultativos la posibilidad de abandonar
definitivamente su actual condición de interinidad que, como bien
conocen SS.SS., se prolonga ya excesivamente en el tiempo. Para otro
grupo representa la opción de poder acceder a puestos de superior
jerarquía y responsabilidad en el lógico desarrollo de su carrera
profesional. Y, por último, para el resto significa el acceso, por
primera vez, a un puesto de trabajo en el sistema sanitario público
español. Son tres argumentos que creo que tienen el suficiente peso
específico para respaldar el presente real decreto-ley, respaldo que
ha sido alcanzado en el Consejo Interterritorial, que ha sido
alcanzado con los representantes sindicales y que espero que tenga el
apoyo de todos los grupos de esta Cámara.

Me gustaría resaltar que, a la hora de promulgar el real decreto-ley,
el Gobierno ha introducido un criterio de transitoriedad en la ley.

Desde el primer momento se entiende que este real decreto tiene un
objetivo de vida efímero. Entiende que tiene que ser un puente entre
el pasado y el futuro, y lo afirma taxativamente cuando pide, al
igual que lo hace nuestro grupo parlamentario,
que este real decreto-ley sea tramitado como ley ordinaria.

Y esta específica intencionalidad que introduce el Gobierno en el
presente real decreto-ley se deriva de la opinión ampliamente
mayoritaria en el sistema sanitario de que el modelo actual ha
cumplido ya su tiempo, que adolece de importantes insuficiencias
y que es necesario reformarlo. Así lo entienden los representantes de
las comunidades autónomas, los expertos sanitarios en gestión, los
sindicatos, los responsables de los servicios regionales de salud y
cuantos expertos, en múltiples ocasiones y en distintos foros, han
tenido oportunidad de hacerlo.

En la misma dimensión se sitúan los grupos de profesionales, los
médicos, el colectivo sanitario, que en numerosas ocasiones ha
insistido en la necesidad de la carrera profesional, en la necesidad
de modificar el modelo retributivo y, sobre todo, en la necesidad de
modernizar los procesos de selección y de provisión de plazas en la
Administración pública. En ese mismo sentido, el informe de la
subcomisión para la consolidación y modernización del Sistema
Nacional de Salud, aprobado por esta Cámara, recoge en su punto
décimo la conveniencia de establecer un nuevo modelo en el marco
laboral y encuadrado en el estatuto marco profesional. Como nos ha
comentado e informado el ministro, los trabajos preliminares para la
elaboración de dicho estatuto marco ya se están llevando a cabo y
están adelantadas las negociaciones con comunidades autónomas y con
sindicatos. Es intención del Ministerio que podamos enviar a esta
Cámara en la presente legislatura el correspondiente decreto-ley.

Señorías, estamos ante una magnífica oportunidad. Podemos hacer una
nueva ley fruto del diálogo y de la colaboración de todos los grupos
políticos. Podemos ganar tiempo y crear las bases legales para que el
nuevo modelo de selección y provisión de plazas pueda incardinarse
posteriormente en ese estatuto marco. Debemos ser capaces, a mi
juicio, de garantizar en esta nueva ley la libertad de oportunidades
y la libre circulación de los profesionales en todo el territorio
nacional, armonizarla con suficiente flexibilidad para que el
deseable incremento de la autonomía de la gestión de los centros sea
una realidad. Debemos, a fin de cuentas, llegar a un acuerdo para
delimitar los más adecuados criterios básicos que debe tener la ley.

Debemos, finalmente, señorías, hacer la reforma que los profesionales
están demandando, y para ello el Grupo Popular ofrece un espíritu
abierto de diálogo y colaboración, repito, para elaborar una ley que
alcance el máximo apoyo posible en esta Cámara.

Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mingo. ¿Grupos que desean
fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Vázquez.




El señor VÁZQUEZ VÁZQUEZ (don Guillerme): Gracias,señor presidente.




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Efectivamente, a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional
número 203/1998, de 15 de octubre, se declararon inconstitucionales
los artículos 37.5.a) de la Ley 37/1988, de Presupuestos Generales
del Estado para 1989, y 34.4 de la Ley 4/1990, de Presupuestos
Generales del Estado para 1990. En los citados artículos,
especialmente en el 34.4 de la ley, se incluía un novedoso régimen de
provisión de plazas de personal estatutario de la Seguridad Social,
que fue desarrollado en el Decreto 118/1991, que también sería
impugnado por las mismas razones y afectado seriamente por la
declaración de inconstitucionalidad contenida en la citada sentencia
del Tribunal Constitucional.

El presente real decreto-ley sirve, por tanto, para promulgar una ley
que recoja esas disposiciones, incluyendo además algunas de las
normas desarrolladas reglamentariamente en ese real decreto. Desde
nuestro punto de vista, debemos decir que el capítulo I del real
decreto-ley nos parece correcto, ya que en las pruebas selectivas de
acceso a la función estatutaria se observan en todo caso los
principios de mérito, capacidad y publicidad. Por lo demás, se siguen
manteniendo los criterios de provisión de puestos de carácter
directivo, que siguen nombrándose por el sistema de libre designación
exclusivamente a través de funcionarios públicos e incluso personal
de alta dirección, que son revocados discrecionalmente por la
autoridad política de turno. Y también se siguen designando por este
sistema los coordinadores de equipo y responsables de enfermería por
un periodo de cuatro años, que podrán ser renovados. Es decir, que se
tiende a fomentar la provisión de puestos de alta responsabilidad
sometidos únicamente a los criterios de la autoridad política que los
nombra.

Además, se introducen una serie de novedades que sería preciso
matizar. Por ejemplo, la irrenunciabilidad a los destinos adjudicados
en un concurso de plazas sin incluir determinadas excepciones que
parecen aconsejables, como causas de fuerza mayor o circunstancias
graves que se produzcan a lo largo del tiempo. Se considera como
mérito más valorado el de los servicios prestados, distinción ésta
que nosotros creemos que merece tener un lugar preponderante pero que
no debería ser tan exclusiva, dando importancia como méritos a
reseñar a aspectos como la formación continuada del personal
estatutario, que debe ser paulatinamente incorporado.

Nos parece adecuada la promulgación de este real decreto porque había
un vacío legal ocasionado por la sentencia del Tribunal
Constitucional mencionada y nosotros pretendíamos que se tramitase
como proyecto de ley; ya lo anunció el señor ministro, lo cual nos
satisface.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vázquez.




Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra su
portavoz, el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, mi grupo va a votar favorablemente la convalidación de este
real decreto-ley. Lo hace porque las razones de urgencia vienen
determinadas por las convocatorias del personal estatutario de las
instituciones sanitarias de la Seguridad Social que ya se han
celebrado. Hay en el texto del real decreto-ley una provisión para
legalizar la situación del personal que ya ha celebrado pruebas antes
de salir esta norma; hace también una reserva para las que están
actualmente convocadas a fin de que contengan los principios de
legalidad, y hace un enunciado de lo que es una normativa de
concursos- oposición, de garantías, de la regulación de las pruebas
en el sistema funcionarial español tradicional, desde el acceso a las
mismas, la designación de tribunales, recursos, concursos-oposición,
oposiciones, en fin, toda la normativa. Por tanto, desde un punto de
vista técnico, nosotros consideramos que la redacción del texto de
este real decreto-ley es felizmente acertada. Además, se ha hecho de
acuerdo con las comunidades autónomas. La Comunidad Autónoma de
Canarias ha dado su beneplácito para que mi grupo parlamentario
pudiera mostrar su apoyo parlamentario a la convalidación de este
real decreto-ley.

Como han dicho tanto el ministro como el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, había que salvar la situación de vacío legal
que se produce por las sentencias del Tribunal Constitucional, a la
que dedicaré un comentario al final de mi intervención, señor
presidente. Por tanto, era necesario armonizar el contenido de la Ley
66/1997, de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado
para 1998, que puso en marcha un procedimiento técnico precisamente
para esta selección y al que viene a dar cobertura legal, dado que
cuando se aprueba la Ley de acompañamiento 66/1997 no se ha producido
todavía -este es un detalle importante- la sentencia del Tribunal
Constitucional. En caso contrario, parecería que estamos
deslegitimando la disposición correspondiente de la Ley 66/1997
respecto de la provisión de plazas del personal estatutario de la
Seguridad Social. Y nos encontramos con un hecho que, por supuesto,
merece el respeto político de la Cámara como es que la
Administración, las comunidades autónomas, los sindicatos, están
negociando el estatuto marco del personal estatutario. Será este
estatuto marco al que habremos de sujetarnos. De aquí que sea
necesaria una ley.

Por esta razón primera que acabo de exponer, mi grupo va a solicitar
que se tramite como ley este real decreto. ¿Por qué? No para buscarle
un trabajo excesivo a la Cámara, sino porque entendemos que es
necesario ver el espíritu con el que el Tribunal Constitucional -esto
quiero destacarlo, señor presidente- basa su sentencia de
inconstitucionalidad sobre la Ley 4/1990, que es donde se incrustó
este tema del personal. El Tribunal Constitucional viene a decirle a
la Cámara y al Gobierno que no pueden utilizar la ley de presupuestos
para esto. Pero mucho me temo que dentro de algunos



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años, con la hipertrofia que está sufriendo la ley de acompañamiento,
que es una auténtica romería legislativa, el Tribunal Constitucional
termine diciéndole a la Cámara y al Parlamento que la ley de
acompañamiento no es una romería legislativa para meter todo lo que
quepa en ella. Estamos privando de bucear a los eruditos y estudiosos
del derecho en el espíritu del legislador. Cuando se estudian en el
«Diario de Sesiones» de esta Cámara proyectos singulares de ley,
cuando en los seminarios de las facultades de Derecho hay que
interpretar qué quiso decir el legislador con aquel artículo, cuando
leemos el «Diario de Sesiones» de los Presupuestos Generales del
Estado y pasamos a la ley de acompañamiento vemos que la precariedad
expositiva es tremenda. Ahí no se sabe cuál es el espíritu del
legislador, aquello es un juicio sumarísimo, se aprueban artículos en
la ley de acompañamiento que nada tienen que ver unos con otros.

Esta, señor presidente, es una disciplina que creo deberíamos
introducir en la Cámara para que no vayamos ampliando la hipertrofia
de una ley de acompañamiento que, heredada del anterior Gobierno, se
ha hecho cómoda. Es una especie de comodín en esta baraja que sirve
ya para todo y tenemos que reconducir el espíritu de las leyes a la
cuestión legislativa singularizada. Esto es lo que dice el Tribunal
Constitucional, porque aquí se ha utilizado la sentencia de tal
Tribunal como un puro tecnicismo que ha anulado una ley, pero hay que
leérsela, porque eso se lo dice a esta Cámara y al Estado en su
conjunto. No es la Ley de Presupuestos Generales del Estado el lugar
en el que ubicar esta cuestión de provisión de plazas de cualquier
clase de personal, y vuelvo a hacer la advertencia. Es por esa razón
de autodisciplina, señor presidente, que mi grupo pide que se tramite
como ley, para que tengamos respeto al espíritu de la filosofía del
derecho y de las leyes.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mardones.




Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra la
señora Uría.




La señor URÍA ECHEVARRÍA: Gracias, señor presidente.




Como profesora de derecho administrativo, en algunas ocasiones he
planteado como pregunta de examen a mis alumnos la exposición de
algún real decreto-ley para que me contestasen si creían que era
adecuado lo que se regulaba en él con las previsiones del artículo 86
de la Constitución. En el caso del real decreto-ley que hoy nos trae
el Gobierno a la Cámara para su convalidación, esto sería una
crueldad para los pobres alumnos.

Estamos ante una sentencia del Tribunal Constitucional dictada en una
cuestión de inconstitucionalidad que deriva de un recurso
contencioso-administrativo. La cuestión de inconstitucionalidad lo es
porque un precepto de una ley de presupuestos, la de 1990, que tuvo
luego un desarrollo reglamentario en el Real Decreto 118/1991, ha
sido declarada nula. La sentencia del Tribunal Constitucional dice,
como tantas veces hemos sostenido desde el grupo al que represento,
que las leyes de presupuestos no son lugar adecuado para regular una
normativa como la que se contenía en su artículo 34 y la nulidad de
este artículo ha arrastrado la nulidad del decreto.

Todo esto sucede cuando varias administraciones sanitarias están en
pleno proceso de cobertura de plazas y de consolidación de empleo,
proceso largo tiempo esperado por los colectivos afectados que se ha
convocado, por cierto, conforme a otra norma que denominaré también
anormal, la disposición adicional vigésima de la Ley de
acompañamiento del año 1997. Todo este desastre se pretende ahora
arreglar mediante otra normativa de excepción, mediante un decreto-
ley. Desde el Estado, desde la Ley General de Sanidad de 1986, no se
ha sabido dar una solución normativa estable al personal sanitario,
ni siquiera se ha sido capaz de adoptar los regímenes jurídicos
preconstitucionales. Los distintos intentos de abordar el tema se han
hecho por mecanismos impropios, una ley de presupuestos, una ley de
acompañamiento y ahora un decreto-ley, siempre con parcheos. La
verdad es que, salvo en el caso de Navarra, que aplica su regulación
completa de régimen funcionarial, en el caso del País Vasco, que
tiene su propia ley de ordenación sanitaria, y en el caso de
Cataluña, desde 1986 no se ha sido capaz de efectuar en el Estado
ninguna oferta pública de empleo, incluso la Comunidad andaluza ha
reproducido la norma estatal en un decreto propio, con una curiosa
concepción del autogobierno, al menos desde la óptica del grupo al
que yo represento.

Este caos ha hecho necesaria una solución normativa deprisa y
corriendo. ¿Y qué es lo que se nos trae? Se nos trae un texto que en
principio contiene menos aspectos básicos que el real decreto al que
sucede y esto podría ser un avance, una herramienta, pero ¿a qué
precio? Ocurre que, por las prisas, se mezclan en el decreto-ley
aspectos que son claramente reglamentistas; junto a aspectos
fundamentales del empleo público se meten, repito, aspectos que
estaban antes en un real decreto y así deben seguir estando. Creemos
que esto distorsiona gravemente el alcance de la reserva de ley y,
desde luego, perjudicará la futura labor legislativa si, como ha
anunciado el propio señor ministro y algún grupo ha solicitado ya,
finalmente se tramita como proyecto de ley. Repito, esto, desde
nuestra óptica, es una chapuza.

De una vez debe hacerse lo que viene llamándose el estatuto marco,
pero no como se ha venido planteando hasta ahora, con un alto grado
de detalle en lo básico, dejando para las competencias autonómicas
los meros desarrollos reglamentarios. Esta es, desde luego, una
opción política legítima, pero desde el punto de vista de nuestro
grupo inaceptable y desde luego no se cohonesta con la capacidad de
autogobierno que nos reconoce el Estatuto de Guernica.




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Siempre hemos sostenido -y al señor ministro le sonará- en clave de
alternativa respecto de toda la función pública, pero también
respecto de la sanitaria, la necesidad de establecer una cláusula de
aplicación a la Comunidad Autónoma vasca en los mismos términos que
el texto previsto en el amejoramiento navarro.Creemos que tiene
perfecto anclaje en la disposición adicional primera de la
Constitución. Desde el Ministerio para las Administraciones Públicas
se nos contesta que esto no es posible si no está previsto en el
Estatuto, desconociendo claramente lo que ya ha establecido el
Tribunal Constitucional, que en la sentencia referida a la Ley de
territorios históricos dice que la actualización de los derechos
históricos puede producirse en el propio Estatuto o bien en cualquier
norma estatal delimitadora de competencias, y tal es una norma que
pretende fijar aspectos básicos.

En definitiva, y por todo lo dicho, señor ministro, no estamos por la
labor, no vamos a convalidar este real decreto-ley, que tampoco da
una solución normativa estable a un ámbito tan fundamental en la
sanidad como es la regulación de sus recursos humanos.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Uría.

Señora Solsona, por el Grupo Catalán (Convergència i Unió).




La señora SOLSONA I PIÑOL: Muchas gracias, señor presidente.

Muy brevemente voy a manifestar que nuestro grupo votará a favor del
real decreto-ley que solucionará en parte la anómala situación
recientemente creada.

En efecto, señorías, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado
para 1990 se modificaban los sistemas de selección de personal y la
provisión de plazas y puestos de trabajo en las instituciones
sanitarias de la Seguridad Social. El posterior Real Decreto 118/
1991, de 25 de enero, desarrolló reglamentariamente dicho precepto.

Sin embargo, estas normas fueron declaradas inconstitucionales
mediante sentencia del 15 de octubre de 1998, ya que se estima que la
ley de presupuestos no es marco adecuado para la introducción de tal
medida. Como consecuencia, al ser declarado nulo dicho artículo, la
repercusión negativa que ello representa en el funcionamiento del ya
avanzado estado de aplicación en el sistema sanitario es evidente.

Por ello, nos parece oportuna la adopción por parte del Gobierno de
esta medida legislativa extraordinaria, que salva todo un proceso de
cobertura de plazas y convocatorias ya en marcha.

También nuestro grupo pedirá su tramitación como proyecto de ley, a
fin de que se puedan estudiar con mayor profundidad todos los
aspectos que signifiquen conseguir una mayor eficacia sobre los
procesos selectivos. Anunciamos que en la tramitación del real
decreto- ley como proyecto de ley nuestro grupo presentará las
enmiendas oportunas para liberar a aquél de excesiva regulación y
para limitar los artículos que puedan considerarse rigurosamente
básicos.

Nada más, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Solsona.




Señora Maestro, por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida.




La señora MAESTRO MARTÍN: Gracias, señor presidente.




Mi grupo parlamentario va a votar en contra de la convalidación de
este decreto-ley y pedirá asimismo, en el caso de que sea
convalidado, su tramitación como proyecto de ley.

Hago míos, en buena parte, los contenidos de la intervención de la
señora Uría, del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), en cuanto al
desastre que ha supuesto desde la aprobación de la Ley General de
Sanidad todo lo que tiene que ver con la ordenación de recursos
humanos en el marco de la sanidad pública. La precipitación y la
inadecuación de la tramitación de las diferentes normas ha supuesto,
ni más ni menos, que la declaración de inconstitucionalidad formal
por su tramitación en una Ley de presupuestos de 1990, que también
anula, como ya se ha dicho, el Real Decreto 118/1991.

Desde hace tiempo los diferentes gobiernos de turno, incluido el
Gobierno socialista, hablaban de la conveniencia de una ley básica
que estableciera las necesidades, los perfiles básicos del personal
sanitario al servicio de las administraciones públicas, una ley que
adecuara la dotación de plazas a las necesidades sanitarias y el
perfil de la carrera sanitaria, de la carrera profesional como
elemento para incentivar la calidad en la atención sanitaria y la
formación continuada de sus profesionales.

Sin embargo -insisto-, el caos y el desastre que ha rodeado todo lo
que tiene que ver con la gestión de personal en la sanidad pública no
obedece a la incapacidad o a la incompetencia de las diferentes
administraciones, sino precisamente a la profundidad del proceso en
curso de privatización de la sanidad, que evidentemente tiene en las
características del personal sanitario -la estabilidad en el puesto
de trabajo y la calidad en las relaciones laborales- un obstáculo
importante que se intenta sortear desregulando al máximo todo lo que
tiene que ver con las relaciones de personal. Desde el punto de vista
de Izquierda Unida no es incompetencia, sino planificación consciente
de la desregulación y del caos como medida favorecedora de la
fragmentación del sistema sanitario público.

Más allá de aspectos formales que se pueden atribuir a este real
decreto, los artículos a los que me voy a referir avanzan en la
competencia de los centros, en la competencia de los gerentes, para
llevar a cabo convocatorias descentralizadas en el ámbito de los
centros sanitarios, con publicación de convocatorias y resultadosen
los tablones de anuncios del centro, con lo cual la falta de
publicidad y, por cierto, la fragmentación y la inequidad en el
sistema sanitario hacen que estos factores actúen en detrimento de
los principios de igualdad, mérito y capacidad. Los objetivos en
función de los cuales se establece la gestión sanitaria y la creación



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de servicios y personal se fijan a la medida de los gerentes y de los
jefes y no de las necesidades de salud de los ciudadanos. Se incluyen
en el proceso de selección medidas que a nuestro juicio aumentan la
subjetividad y, por tanto, la arbitrariedad en la selección de
personal como son la introducción de entrevistas y tests
psicotécnicos, etcétera.

Otro de los temas que evidentemente actúa de manera complementaria al
proceso de privatización es todo lo que tiene que ver con la
provisión de plazas de carácter directivo, en las que, recordando la
oposición del Partido Popular a la politización de las plazas de
jefatura y de gerencia por parte del Partido Socialista, curiosamente
se avanza decididamente en la línea de la politización de la gestión,
no haciendo convocatoria y concurso público sino atribuyendo la libre
designación a una cantidad de plazas absolutamente desmesurada,
además de que los contratos de gestión se establecen por tiempo
indeterminado y el cese es discrecional. Al mismo tiempo,
incumpliéndose la Ley General de Sanidad, a nuestro juicio, los
puestos de gerente de área que dicha ley establece que sean nombrados
por el consejo de dirección y sean informados por el consejo de área,
en este momento se incluyen dentro de las plazas de libre
designación. El mismo planteamiento se atribuye a la provisión de
jefaturas de unidad.

Por todo ello, señor presidente, el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida votará en contra de la convalidación de este decreto-
ley que, como han señalado algunos grupos parlamentarios, supone un
parche más en el caos de la regulación de las condiciones de trabajo
del personal sanitario y, por otra parte, es un instrumento que el
Gobierno ha utilizado en la fragmentación del sistema sanitario
público, medida fundamental para el desarrollo de las políticas de
privatización del mismo.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Maestro.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Corominas.




El señor COROMINAS I BUSQUETA: Muchas gracias, señor presidente.

En nombre del Grupo Socialista debo manifestar que daremos nuestra
conformidad a la convalidación del real decreto-ley que se nos
propone, no porque estemos de acuerdo con el contenido de este real
decreto y con sus pequeñas modificaciones -sustanciales en algunos
casos-, sino porque creemos que es totalmente necesario dar una
cobertura legal a los concursos que en este momento se encuentran en
trámite, dado que por las sentencias del Tribunal Constitucional y
del Tribunal Superior han quedado anulados los soportes legales de
los mismos. Por tanto, era necesario que, de una forma urgente, se
estableciera una norma que permitiera dar cobertura a estos concursos
actualmente existentes y creemos que debemos dotarnos de una ley
realmente satisfactoria en cuando al tema de personal y no
mantenernos en esta situación de parcheo.

Como decía, en este real decreto-ley que hoy nos ha presentado el
señor Romay Beccaría existen algunas modificaciones respecto al real
decreto anulado por el Tribunal Superior y nos preguntamos por qué.

Durante el mandato del Gobierno del Partido Popular hemos aprendido
que estas pequeñas modificaciones -que se van introduciendo
aprovechando circunstancias particulares, como son alguna ley de
acompañamiento o ahora este real decreto-ley o alguna otra norma-
nunca son gratuitas y tienen un largo alcance en fases posteriores,
cuando se puede ver realmente lo que pretendían con ellas.

El señor ministro ya ha señalado que se va a pedir su tramitación
como proyecto de ley ordinario. Nosotros estamos totalmente de
acuerdo y, por ello, votaremos a favor de que se tramite como
proyecto de ley.

También quería indicarle que en este caso se ha perdido una
oportunidad bastante importante para mejorar sustancialmente algunos
aspectos en relación con la política de personal, ya que, a pesar de
la urgencia, como ha dicho el señor ministro, este proyecto fue
aprobado por el Consejo Interterritorial el 14 de diciembre y no hubo
tiempo de consultar a los agentes sociales para ver qué opinaban
sobre este tema. Por este motivo se ha producido una protesta de los
agentes sociales, y, como ya es habitual también, en el Gobierno del
Partido Popular sólo reaccionan ante las protestas que se producen
fuera de la Cámara y no ante los requerimientos de la misma. Este es
otro de los elementos que caracterizan la potenciación del papel del
Parlamento que señaló ya en su discurso de investidura. Recientemente
hemos tenido casos de éstos. Se ha producido una corrección rápida y
una rectificación de posiciones ante el problema de la asistencia a
menores inmigrantes cuando ha habido denuncias en la prensa, en los
medios de información; se ha producido una corrección rápida en este
real decreto-ley cuando ha habido protestas de los agentes sociales y
de los sindicatos. ¿Qué indica esto, señor Romay, que faltan
criterios en la acción de Gobierno, que falta capacidad de gobernar?
Debo señalarle, como ejemplo, la respuesta que se dio a los
sindicatos a los dos días de haberse aprobado el real decreto-ley. Se
decía que la premura de tiempo les había impedido reunirse con los
sindicatos, pero que no se preocuparan porque -palabras textuales del
subsecretario de su Ministerio, señor Romay-: se supeditará la
convalidación a su transformación en un ley de provisión de plazas.

Es decir, quien marca lo que debe hacer esta Cámara no es la
autonomía de la propia Cámara sino el subsecretario de su Ministerio
y, por tanto, usted y el Gobierno que nos dicen que van a supeditar
la convalidación de este real decreto-ley que han aprobado a su
transformación en un proyecto de ley. Me parece que ya es el súmmum
de desconsideración hacia el Poder Legislativo, marcando ustedes cuál
es la actuación que deben tener. Por otra parte, señala también el
propio subsecretario que,



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con la aprobación de este nuevo texto, se regulará el 20 por ciento
del estatuto marco, con lo que daremos un empujón importante a la
negociación, algo que también abordaremos en la reunión con los
sindicatos.

Señor Romay, su credibilidad es muy baja. Hoy nos ha dicho que lo
importante era la elaboración del estatuto marco y que en esta
legislatura ustedes lo iban a presentar. Supongo que esto casa muy
poco con el hecho de que desde junio se hayan interrumpido las
negociaciones para el estatuto marco con las centrales sindicales y
los agentes sociales. Yo les pediría que procuren modificar sus
criterios, que den más protagonismo a esta Cámara, que escuchen la
opinión de los distintos grupos parlamentarios y que, como ofrecía el
portavoz del grupo parlamentario que les da soporte, se trabaje en
consenso en temas que afectan de una manera tan directa e importante
al mundo sanitario y, por consecuencia, a todos los ciudadanos del
país.

El que ustedes soliciten la tramitación como proyecto de ley, espero
que no sea sólo una flor que no hace verano, sino que sea un sistema
tradicional para cualquier real decreto-ley que ustedes presenten, ya
que son muy aficionados a los mismos. Empezamos con éste cuya
urgencia está justificada; es el número 1 del año 1999 y ya veremos
cuando termine el año cuántos habrá. Inculque usted al resto de sus
compañeros de gabinete que cualquier real decreto-ley que se tramite,
se tramite también después como proyecto de ley, para que todos los
grupos podamos opinar e introducir modificaciones.

Gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Corominas.

Concluido el debate de la convalidación o derogación del real
decreto-ley, vamos a proceder a su votación.




Llámese para votaciones. (Pausa.)
Votación sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley
número 1, de 8 de enero de 1999, que acaba de ser debatido, sobre
selección de personal estatutario y provisión de plazas en las
instituciones sanitarias de la Seguridad Social.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
292; a favor, 272; en contra, 17; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda, en consecuencia, aprobada la
convalidación.

Se ha pedido, tanto por el Gobierno como por diversos grupos
parlamentarios, la tramitación del real decreto-ley convalidado como
proyecto de ley.

Se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
292; a favor, 290; abstenciones, dos.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobada, por tanto, la tramitación como
proyecto de ley del real decretoley convalidado.




DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES:



- CANJE DE CARTAS CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y
LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA
ALIMENTACIÓN, RELATIVO A LA CELEBRACIÓN DE LA 21. a REUNIÓN DEL
COMITÉ COORDINADOR DEL CODEX ALIMENTARIUS PARA EUROPA (MADRID, 5 A 8
DE MAYO DE 1998), HECHO EN ROMA Y MADRID EL 5 DE NOVIEMBRE Y EL 22 DE
DICIEMBRE DE 1997. (Número de expediente 110/000215.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a proceder a las votaciones
correspondientes al punto undécimo del orden del día: dictámenes de
la Comisión de Asuntos Exteriores sobre diversos convenios
internacionales.




¿Algún grupo parlamentario desea intervenir antes de las votaciones o
solicita la votación separada de alguno de los convenios? (Pausa.)
Si no es así, y de acuerdo con el artículo 83 del Reglamento,
procederemos a la votación por asentimiento.




Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación, relativo a la vigésimo primera
reunión del Comité Coordinador del Codex Alimentarius. ¿Lo aprueba el
Pleno? (Asentimiento.)
Gracias, señorías.




- ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA, HECHO EN MADRID
EL 15 DE JULIO DE 1998. (Número de expediente 110/000216.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo para la promoción y protección recíproca
de inversiones entre España y Eslovenia. (Pausa.)
Se entiende también aprobado por asentimiento.




- CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LOS ATENTADOS
TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS, HECHO EN NUEVA YORK EL 15 DE
DICIEMBRE DE 1997. (Número de expediente 110/000217.)



El señor PRESIDENTE: Convenio para la represión de los atentados
terroristas cometidos con bombas, hecho en Nueva York en 1997.

(Pausa.)
Se entiende aprobado por asentimiento.




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- RETIRADA DE LA RESERVA AL ARTÍCULO 22 DE LA CONVENCIÓN
INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE
DISCRIMINACIÓN RACIAL (7-3-1966). (Número de expediente 110/000218.)



El señor PRESIDENTE: Retirada de la reserva al artículo 22 de la
Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de
discriminación racial. (Pausa.)
También se entiende aprobado por asentimiento.




- ENMIENDA DEL PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE
AGOTAN LA CAPA DE OZONO, APROBADA POR LA NOVENA REUNIÓN DE LAS PARTES
EN MONTREAL EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 1997. (Número de expediente 110/
000219.)



El señor PRESIDENTE: Enmienda del Protocolo de Montreal, aprobada por
la novena reunión en dicha ciudad, relativo a las sustancias que
agotan la capa de ozono. (Pausa.)
La Cámara lo aprueba por asentimiento.




- MEMORANDO DE RESPONSABILIDADES QUE HAN DE ASUMIR EL REINO DE ESPAÑA
Y LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA
ALIMENTACIÓN CON RESPECTO A LA 12.a REUNIÓN DEL GRUPO
INTERGUBERNAMENTAL SOBRE FRUTOS CÍTRICOS DEL COMITÉ DE PROBLEMAS DE
PRODUCTOS BÁSICOS (VALENCIA, 21 A 25 DE SEPTIEMBRE DE 1998), HECHO EN
ROMA EL 7 DE AGOSTO DE 1998. (Número de expediente 110/000220.)



El señor PRESIDENTE: Memorando de responsabilidades que han de asumir
el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación con respecto a la duodécima reunión del
Grupo Intergubernamental sobre frutos cítricos del Comité de
problemas de productos básicos. ¿Lo acuerda así el pleno?
(Asentimiento.)
Gracias, señorías.




DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



- PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR
IMPORTE DE 7.673.674.489 PESETAS, PARA COMPENSAR EL DÉFICIT DE LA
COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA, S. A., CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE
1996, POR LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MARÍTIMAS
DE INTERÉS NACIONAL. (Número de expediente 121/000121.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos en consecuencia al punto duodécimo del
orden del día.




Dictámenes de comisiones sobre diversas iniciativas legislativas,
entre las que se incluyen, vuelvo a recordarlo, algunas proposiciones
y proyectos que tienen naturaleza orgánica y que serán sometidos
todos ellos a votación al final del orden del día, es decir, una vez
concluido no sólo el punto duodécimo sino el decimotercero.




Pasamos, por tanto, al debate del proyecto de ley sobre la concesión
de un crédito extraordinario a la Compañía Trasmediterránea,
correspondiente al ejercicio de 1996. (El señor vicepresidente,
FernándezMiranda y Lozana, ocupa la Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señorías, al no
existir enmiendas al punto 47 del orden del día, ¿algún grupo
parlamentario desea fijar su posición? (Pausa.)
Tiene la palabra, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, el
señor Segura. (Rumores.)
Señorías, les ruego silencio. Un momento, señor Segura. Señor
Hernández Moltó. Señor Ros. Señor Hernández Moltó y señor Ros.

Señorías. Señor Peón. Les ruego ocupen sus escaños o abandonen el
hemiciclo. (Pausa.)
Puede comenzar, señor Segura.




El señor SEGURA CLAVELL: Muchas gracias, señor presidente.

Este proyecto de ley sobre la concesión de un crédito extraordinario
por 7.673 millones de pesetas, para compensar el déficit de la
compañía Trasmediterránea correspondiente al ejercicio de 1996, si
bien es cierto que el Grupo Socialista lo va a votar favorablemente
lo hacemos sin renunciar a llevar a cabo una serie de reflexiones y
de consideraciones acerca de la evolución de la compañía de bandera,
marítima, transportista de mercancías y de pasajeros, del Estado
español, que está experimentando unas transformaciones que, sin duda
alguna, a lo largo de los meses próximos van a ser objeto de análisis
parlamentario en comisiones y muy previsiblemente en el Pleno de la
Cámara, como consecuencia a su vez de otros proyectos de ley de
créditos extraordinarios que el Gobierno tendrá que remitir a las
Cortes Generales.

Con respecto a este proyecto, queremos señalar lo siguiente, una vez
analizado el contenido de todo el expediente que lo acompaña. Se
observa una diferencia muy importante entre la propuesta de
liquidación que ha presentado la Compañía Trasmediterránea, que
asciende a 8.377,4 millones de pesetas, y la cantidad que considera
afectada la Intervención General del Estado a la cuenta del Estado,
que cifró en 7.673,6 millones de pesetas. En consecuencia, debe
quedar claro que hay 703,8 millones de pesetas referidos a diferentes
partidas, entre las que cabe destacar consumo de inventarios, con una
diferencia de 386,2 millones; trabajos y suministros exteriores, con
una diferencia de 128,2 millones; e ingresos atípicos, con una
diferencia de 147,7 millones.




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A efectos de que conste en el «Diario de Sesiones», porque sin duda
alguna éste será el primero de una serie de debates que
lamentablemente nos van a conducir a situaciones de radicales
discrepancias, reiteramos, en primer lugar, que el consejo de
administración de la compañía eleva, para liquidar la cuenta del
Estado del año 1996, una propuesta a la Intervención General del
Estado y la Intervención General del Estado la disminuye, la rebaja,
en 703,8 millones de pesetas. No sabemos qué ha ocurrido con ese
dinero; no sabemos ni tenemos constancia de qué ha hecho el equipo
directivo de la compañía para enmascarar esos 703 millones de
pesetas, distribuidos en diferentes partidas presupuestarias. En
segundo lugar, señorías, queremos dejar muy clara constancia de una
secuencia temporal en la liquidación del contrato-programa. Debemos
recordar que la compañía Trasmediterránea era una compañía privada
que se estatalizó, fue asumida por el Estado en el momento de una
grave crisis, en el año 1977, que se suscribió un contrato-programa
con una duración temporal de 20 años, que ese contrato programa
finalizó el 31 de diciembre de 1997 y que cada año la compañía
presentaba al Gobierno la liquidación de las cuentas.

A modo de referencia, para que SS.SS. tengan conocimiento de ello, la
liquidación de las cuentas de los años 1993, 1994 y 1995 no llegó
nunca a 3.000 millones de pesetas. De pronto, el señor Trías de Bes,
propuesto por el Partido Popular en el Gobierno para la presidencia
de la compañía, asume dicho cargo a mediados de 1996 y presenta la
liquidación de las cuentas de 1996. Recuerden que las de 1995 eran
2.700 millones de pesetas. Y hoy se aprueba aquí la liquidación de
esas cuentas de 1996, 7.600 millones de pesetas. Además, por parte
del consejo de administración de la compañía, se ha aprobado la
liquidación de las cuentas del año 1997, 14.000 millones de pesetas.

Y se pide, para liquidar el contrato-programa, también analizado en
el consejo de administración de la compañía, 25.000 millones de
pesetas. ¿Qué está ocurriendo? Sencillamente, que se están
externalizando servicios, con lo cual se liquidan contratos a altos
ejecutivos, por cantidades de 40, 50 y 60 millones de pesetas,
unipersonales. A continuación, esos ejecutivos montan gabinetes
externos, a los que se les adjudica el desarrollo de las funciones
que venían desempeñando cuando pertenecían a la plantilla. En segundo
lugar, se han eliminado 350 puestos de trabajo. Y, en tercer lugar, y
bajo mi responsabilidad personal, aunque, como es obvio, lo hago en
representación del Grupo Parlamentario Socialista, alertamos de que
existen auténticos lobbies, posicionados hoy en el seno de la
compañía, que han traído consigo el cese fulminante del director
general de la compañía, el señor Fuster, hace una semana, por parte
del presidente, señor Trías de Bes, por cuanto hay notables
discrepancias en la gestión de la compañía. En lugar de encargar
barcos nuevos a astilleros españoles, en grave crisis, los han
comprado, de forma que por supuesto será analizada, a
propuesta del Grupo Parlamentario Socialista, en la pertinente sesión
de la comisión competente, a astilleros europeos, por cantidades
superiores a las que ofertaron los astilleros españoles. Y ello ha
traído consigo el cese fulminante del director general de la
compañía, como he dicho, y naturalmente empieza a aflorar una gestión
de la que esta Cámara no puede sentirse satisfecha.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Segura,
le ruego vaya concluyendo.




El señor SEGURA CLAVEL: Termino, señor presidente.

Una gestión de la que esta Cámara tiene la responsabilidad
inexcusable, en defensa del bien público, de hacer un seguimiento.

En consecuencia, me tomo la libertad, y termino con ello, señor
presidente, de alertar de que esta ley de crédito extraordinario de
7.600 millones de pesetas ha sido tramitada en esta Cámara sin la
suficiente información documental, sin el suficiente software ni
soporte. El Grupo Socialista incluso solicitó la comparecencia del
máximo responsable político, que es el subsecretario del Ministerio
de Economía y Hacienda, que se ha negado a comparecer para explicar
todo lo que está ocurriendo en la compañía.

Hoy vamos a aprobar un crédito extraordinario y podría ocurrir que en
los meses próximos nos sintamos moralmente incómodos por haber
aprobado una cantidad no documentada, no suficientemente explicada y
que va a dar origen a debates notables próximos. Me responsabilizo de
esta aseveración.

Nada más, señor presidente. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.




- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS A LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. (Número de expediente 121/000134.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Pasamos al
punto 48 del orden del día: Proyecto de ley orgánica de transferencia
de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tampoco se mantiene ninguna enmienda. ¿Grupos que desean fijar su
posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor
Rodríguez.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.

El Bloque Nacionalista Galego va a votar favorablemente el proyecto
de ley orgánica de transferencia de competencias a la Comunidad
Autónoma de Galicia, en un tema tan crucial para el desarrollo de la
planificación y la ordenación económica como es el desarrollo
legislativo la ejecución en materia de ordenación del crédito, banca
y seguros.




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Y lo hace aun a sabiendas del estrecho margen de maniobra que les
queda a las comunidades autónomas en un contexto financiero
internacional, y particularmente de la Unión Europea, donde esta
ordenación del crédito, de la banca y de los seguros, queda
excesivamente escorada en relación con las autoridades monetarias de
carácter central. No obstante, esperamos que este proyecto de ley
valga para que el Gobierno gallego pueda ordenar no sólo el crédito
sino también a las entidades financieras del país, de la forma más
positiva para su desarrollo económico.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió),
tiene la palabra el señor Jané.




El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señoras y señores
diputados, con gran satisfacción intervengo por primera vez en esta
Cámara para fijar la posición del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) en el proyecto de ley orgánica de transferencia
de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Convergencia i Unió, como ha hecho siempre en todas las propuestas
que suponen aumentar el nivel de autogobierno de una comunidad
autónoma, va a votar favorablemente este proyecto de ley orgánica.

Nunca hemos negado nuestro apoyo a todo aquello que pueda suponer
mayores cotas de poder para una comunidad autónoma. Y muy
especialmente celebramos hoy que una comunidad, con una realidad
nacional histórica como Galicia, pueda aumentar sus competencias en
materia de ordenación del crédito, banca y seguros, a través de este
proyecto de ley orgánica que a continuación vamos a aprobar.

Quisiera dejar constancia también del acierto y oportunidad de
utilizar, como en esta ocasión, el mecanismo constitucional de
transferencia de competencias del Estado a una o varias comunidades
autónomas previsto en el artículo 150.2 de la Constitución, tal y
como se ha hecho en esta legislatura, al transferir por ley orgánica
a Cataluña las competencias en materia de tráfico para su policía
autonómica, els mossos d’esquadra.

Convergència i Unió considera que el artículo 150.2 de la
Constitución supone una vía posible para dar encaje constitucional a
los mayores niveles de autogobierno que desde determinadas
comunidades históricas, como Cataluña, reclamamos. El propio
presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, en el debate de política
general celebrado en el Parlament de Cataluña el pasado 29 de
septiembre, afirmaba que la forma de entender y aplicar el Estado de
las autonomías, por lo que respecta a Cataluña, está llegando a un
final de etapa. El nuevo impulso competencial que queremos alcanzar
pude conseguirse, decía el president Pujol, sin necesidad de retocar
en nada la Constitución, pero, evidentemente, interpretándola de otra
manera. Y, entre los distintos mecanismos para hacer posible esta
nueva
interpretación, se destacaban las posibilidades que deja abierta la
redacción del artículo 150.2 de la Constitución, que ahora estamos
aplicando, para transferir una nueva competencia a Galicia.

La Constitución tiene, en su artículo 150.2, una puerta abierta para
posibilitar nuevos impulsos de futuro en el desarrollo competencial
autonómico. Aprovechemos esta puerta, porque ello puede permitir una
relectura de la Constitución que, sin modificar en nada su texto,
suponga un avance en el reconocimiento de un Estado que es plural y
plurinacional. A través del artículo 150.2 es posible que por ley
orgánica, como hacemos hoy, se transfieran o deleguen a una o varias
comunidades autónomas facultades correspondientes a materias de
titularidad estatal. La Constitución no menciona en ningún caso
materias excluidas de esta posible transferencia a una o varias
comunidades autónomas. Únicamente establece que las materias deben,
por su naturaleza, dice la Constitución, ser susceptibles de
transferencia o delegación. Por tanto, no se cita expresamente una
materia no susceptible de ello. No pongamos, pues, puertas al campo.

No prohibamos lo que la Constitución no prohíbe y apostemos
decisivamente por una interpretación dinámica que precise en cada
momento qué alcance debe darse a este límite genérico de las materias
susceptibles de transferencia. Otorguemos la máxima potencialidad
posible a las leyes orgánicas de transferencia o delegación previstas
en el artículo 150.2.

Señorías, el proceso de construcción de la Unión Europea nos ha
obligado a compartir soberanía y ello ha sido jurídicamente posible
porque el artículo 93 de la Constitución lo permite, mediante la
aprobación de una ley orgánica. Por tanto, si, a través de leyes
orgánicas, como las previstas en este artículo 93, ha sido posible un
trasvase tan importante de competencias y soberanía para un ente
supraestatal como es la Unión Europea, ¿por qué no dar también plena
potencialidad a las leyes orgánicas del artículo 150.2, permitiendo
mayores cuotas de autogobierno para una o varias comunidades
autónomas?
Desde Convergència i Unió apoyamos por tanto plenamente esta vía del
artículo 150.2 y votaremos a favor de este proyecto de ley que
permite hoy a Galicia asumir competencias en materia de ordenación
del crédito, banca y seguros.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Jané.

En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra el señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, he tenido que dirigirme al
tocho que se nos entrega del Pleno para ver la propuesta que
estábamos discutiendo, porque en un momento determinado, además de
felicitar al nuevo diputado, no sabía si hablábamos de Cataluña o
hablábamos de Galicia. Digo esto porque al tratar de situarme para
saber si estaba en un debate



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sobre el modelo de Estado o en un debate para transferir el crédito,
banca y seguros a Galicia, transferencias que ya tienen y disfrutan
otras comunidades desde hace bastante tiempo, me he encontrado con la
cruda realidad: con estas transferencias a la Comunidad Autónoma de
Galicia y con que estamos procediendo en este trámite a través del
artículo 150.2 de la Constitución, que no se ha inventado hoy, que
lleva muchos años y que se ha usado varias veces en esta Cámara para
otros trámites.

Además, durante la discusión, me he encontrado con que estas
transferencias se hacen en un ámbito de competencias que facilita a
la comunidad que las va a recibir su desarrollo legislativo y
ejecución, no solamente la ejecución como otras comunidades tienen.

Me he encontrado después con que en el artículo 4 apartado c) se pone
algunos límites a las transferencias, de acuerdo con el control que
se ejerce a la hora de ceder transferencias, hay cierto grado de
tutelaje que el Estado se reserva a la hora de interpretar si el
ejercicio de estas competencias por la comunidad autónoma se hace de
acuerdo con la ordenación económica general que el Estado se reserva
en el artículo 149.1.11.ª de la Constitución. Por tanto, cedemos unas
transferencias a la comunidad, que va a desarrollar en la medida que
se ajuste a esta planificación o a esta previsión del Estado a nivel
general, y ¡ojo!, que en este apartado c) del artículo 4 el Gobierno
se reserva la posibilidad de que, en el caso de incumplimiento de
esos requisitos por parte de la misma, se requiera a la comunidad o
incluso se le retire la competencia.

Hicimos nuestras objeciones a esta propuesta a través de una enmienda
al artículo 5, que fue admitida -fue la única enmienda que se
presentó en este trámite- y que intentaba precisar las condiciones
del traspaso de las competencias. Cuando hablamos de una competencia
transferida tenemos que ver qué recursos y qué condiciones damos a la
comunidad para ejercerla. Es ahí donde nuestra enmienda quería
precisar que la comisión mixta tendría que establecer los medios
materiales, personales y financieros para llevar a cabo esta
competencia con efectividad. La enmienda fue aceptada por la ponencia
y se ha incorporado.

Por tanto, estamos haciendo un ejercicio de transferencia que, en
teoría, tendrá en cuenta, a la hora de medir y presupuestar, el valor
del traspaso de estos servicios, cosa que todavía se hace con un
criterio arcaico de coste efectivo de los servicios y se debe hacer
teniendo en cuenta todos esos costes a la hora de ejercer el
servicio.

Nosotros votamos en Comisión a favor de la aprobación de este
proyecto de ley orgánica de transferencias, lo vamos a votar aquí hoy
y, en otro momento, más sublime y más importante, tendremos
oportunidad de discutir las grandes apreciaciones y aportaciones que
hacen el señor Pujol y Convergència i Unió al nuevo impulso del
Estado que debe de necesitar nuestro país; pero hoy no tocaba, a
pesar de que me alegro de que un nuevo diputado se incorpore a la
Cámara.

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Ríos.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la
señora Marón.




La señora MARÓN BELTRÁN: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, el Grupo Socialista votará favorablemente este proyecto de
ley mediante el cual se transfieren a la Comunidad Autónoma de
Galicia competencias en materia de crédito, banca y seguros;
competencias que no estaban contempladas en el Estatuto de Galicia de
1981.

Es motivo, pues, de satisfacción. Con ello aumentamos la capacidad de
autogobierno, como corresponde al desarrollo autonómico, y se hace
justicia en el caso concreto de una nacionalidad histórica como
Galicia, que debería tener estas competencias en su estatuto y, desde
luego, se hacen estas transferencia por el único procedimiento que
puede hacerse: por ley.

Me gustaría, no obstante, situar en su justo lugar algunas
afirmaciones que hemos escuchado referidas a la reclamación de estas
competencias por parte de la Comunidad Autónoma de Galicia y a la
falta de sensibilidad del entonces Gobierno socialista para dar
respuesta.




Me remitiré al «Diario de Sesiones» de 30 de noviembre de 1995, en el
que en el contexto de un debate de transferencias a Galicia el hasta
hace muy pocos días ministro de Administraciones Públicas, don
Mariano Rajoy Brey, entonces diputado de la oposición, decía
textualmente: Las cuestiones que afectan al desarrollo de la
estructura territorial del Estado deben ser siempre objeto de
consenso mayoritario y el proyecto de ley que se debate es producto
del acuerdo entre Xunta de Galicia, Gobierno de España y ha tenido el
apoyo previo del grupo parlamentario que represento. Añade que la
línea de pactos es la buena y que cualquier gobierno que quiera
actuar con un mínimo de responsabilidad debe pactar. Sigue la
intervención, y en relación a una enmienda para incluir en aquel
proyecto de ley la transferencia que precisamente viene hoy a Pleno,
el señor Rajoy alega como lo más importante para no apoyarla una
razón de forma como es que la propia Xunta de Galicia no ha pedido al
Gobierno de España la transferencia referida de crédito, banca y
seguros.

Aclarada queda, pues, la posición de cada cual y asumamos el papel
histórico que nos ha tocado vivir. El Partido Socialista asumió
siempre posiciones muy claras y reivindicativas para Galicia; otra
cosa es el ruido que se genera a veces en el entorno, claramente
interesado en minimizar u ocultar nuestra posición.

No voy a hacer historia, pero sí me referiré brevemente a que ya en
el estatuto de 1936, plebiscitado el 28 de junio, que por los
acontecimientos bien conocidos del mes de julio no llegó a
refrendarse en esta Cámara, el Partido Socialista con hombres como
Quintanilla y Casal, junto con el sector galleguista más progresista,
jugaron un papel histórico bien decisivo. Ya más cercano también en
el tiempo y, por tanto, en la



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memoria, el estatuto de 1981 estuvo precedido de una profunda fase
reivindicativa en la que se movilizó masivamente el pueblo gallego y
que fue llevada casi en exclusiva y en solitario por el Partido
Socialista. Baste recordar una manifestación de un 4 de diciembre en
la que muchos quisieron estar allí con el pensamiento, pero sólo
algunos estaban.

Los «Diarios de Sesiones» y las hemerotecas son bien elocuentes y en
ellos figuran las posiciones políticas de cada uno de los partidos
que en esta Cámara defendieron e impulsaron el estatuto de Galicia de
1981 porque, aunque el futuro es lo que importa, y a mí me parece lo
acertado, la historia tampoco debe olvidarse.

Finalizo, señorías, diciendo que ya que hemos desarrollado un marco
competencial fruto del consenso y del diálogo, es evidente que hay
que ser ambiciosos en su desarrollo legislativo y, si cabe, más
reivindicativos en las políticas de cohesión y solidaridad que deben
vertebrar y equilibrar las diferencias existentes entre gallegos y
otras comunidades del Estado. Esa será, en definitiva, la bondad del
modelo territorial: mejor gestión y mejor calidad de vida para sus
ciudadanos. Si crece el desorden territorial, si se acentúa la falta
de solidaridad y pragmatismo, si no se amplía el marco de
descentralización competencial a los ayuntamientos, estaremos
retrocediendo en lo conseguido. Galicia tiene que desarrollar,
ejercer e impulsar todas sus competencias en un marco de solidaridad
fiscal, institucional y lealtad constitucional, y ahí podemos y
debemos estar todos, de manera que los hombres y mujeres en este caso
gallegos, de la montaña, el rural, de la costa o de las ciudades
mejoren su capacidad adquisitiva, su nivel de vida en la agricultura,
en la pesca, en la industria y en el desarrollo de los servicios,
algunos tan fundamentales como la educación o la sanidad; sólo así
habremos contribuido a saldar con nuestra actuación seculares deudas
y olvidos.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora
Sainz.




La señora SAINZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, es para mí motivo de satisfacción como diputada poder fijar
la posición favorable del Grupo Popular a la aprobación de este
proyecto de ley orgánica de transferencia de competencias a la
comunidad autónoma de Galicia mediante la que se transfiere, como ya
se ha dicho perfectamente, la competencia de desarrollo legislativo y
ejecutivo en materia de ordenación de crédito, banca y seguro.

Actuación que sin duda está en línea con la voluntad del Gobierno
actual de profundización y de desarrollo del Estado de las autonomías
y de dotarlas del mayor nivel competencial posible.

Con esta ley se da solución, como ya señalamos en Comisión, a una
carencia, a nuestro juicio injustificada,
del estatuto de autonomía de Galicia. Al igualar ahora el techo
competencial en esta materia con otras comunidades autónomas que ya
la habían asumido en los mismos términos, nuestro grupo piensa que es
importante resaltar que la transferencia ha de producirse en los
mismos términos, en los mismos niveles competenciales en que está
asumida ya por las comunidades históricas.




Yo comprendo que a la diputada socialista señora Marón no le gustase
escuchar en Comisión que esta competencia había sido anteriormente
reclamada por la comunidad, pero que el anterior gobierno no había
tenido la sensibilidad adecuada para dar respuesta a ella, y eso ha
sido así. Más allá de que en una fecha determinada no se hubiera
hecho, hay constancia clara de que fue en algún momento reclamada.

Los hechos, señora diputada, además se imponen y así lo avalan
porque, como es sabido, se pretendió que Galicia lo asumiese pero
simplemente en el nivel de ejecución, igual que tenían otras
comunidades autónomas que no eran históricas. Ahora, afortunadamente,
se utiliza para articular mediante esta ley orgánica una vía prevista
en la Constitución que, efectivamente, como ya se ha dicho, se ha
utilizado en otras ocasiones, y estoy segura que tanto usted como yo
y en definitiva todos los miembros de esta Cámara nos congratulamos
de que el nivel que se asuma sea precisamente también el de
desarrollo legislativo con el que ahora se da una solución
satisfactoria a esta demanda de la comunidad autónoma.

Termino señalando que el texto aprobado obedece a un acuerdo también
previamente tomado en la Comisión mixta de transferencias, articulado
mediante la ley orgánica y para el que fue preciso un diálogo y un
acuerdo previo.

Sólo me queda reiterar nuestra satisfacción por que ello se haga
también en el marco del consenso adecuado que el hecho requiere y que
merece, coincidiendo estas palabras con la actitud y con lo que en su
momento señalaba el ministro actual de Educación y Cultura, Mariano
Rajoy, de que la línea de pactos, de diáologo y de flexibilidad es la
buena, pero hay que añadir también la voluntad, y hoy la del Gobierno
está clara para Galicia en cuanto a resaltar, desarrollar e impulsar
precisamente la ampliación de su marco de competencias, cosa que en
las etapas anteriores no se hizo.

Desde luego coincido con usted en que es necesario impulsar y mejorar
el nivel de calidad de vida de la sociedad gallega y de la sociedad
de toda España, pero creo que precisamente desde el gobierno gallego,
y desde luego también con el impulso y la ayuda del Gobierno a nivel
del Estado central, estamos consiguiéndolo y desarrollándolo. Lo que
precisamente no encontramos son esos impulsos en etapas anteriores
por parte de un gobierno que no es el que hoy está gobernando en
Galicia ni, afortunadamente, en España.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Sainz.




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- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 19 DE LA
LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. (Número de
expediente 124/000004.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Pasamos al
punto 49 del orden del día, proposición de ley orgánica de
modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica 6 de 1 de julio de
1985 del Poder Judicial.

Se mantiene una enmienda viva por parte de la señora Almeida.

(Pausa.) Decae al no encontrarse presente la señora diputada. ¿Grupos
que desean fijar su posición) (Pausa.)
En nombre del Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Muchas gracias, señor presidente y
disculpe S.S. que en un trámite cual es el de fijación de posiciones
y que, evidentemente, por consejo de la Presidencia, aceptado por
todo el mundo, se suele desarrollar con intervenciones hechas desde
el escaño, este grupo parlamentario, sin querer dar ninguna
solemnidad excesiva al trámite, baje a la tribuna, pero es que
queremos enfatizar enormemente cuál es nuestra posición en este tema.

En su día y con muy buen criterio fue admitida a trámite por esta
Cámara una proposición no de ley para que se modificara el artículo
19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y al lado de una institución
respetable y memorable, cual es el Tribunal de Aguas de Valencia,
figurara el tribunal consuetudinario y tradicional llamado Consejo de
Hombres Buenos de Murcia. Desde el principio esta proposición contó
con nuestra conformidad y, por qué no decirlo claramente, con nuestra
absoluta satisfacción, evidentemente no desde el punto de vista de
pensar que instituciones de este tipo son residuos folklóricos ni
arcaicos sino, al contrario, son antecedentes clarísimos de algo que
nuestra Constitución proclama después: el derecho de la ciudadanía a
participar en la Administración de justicia. Tribunales nacidos de la
legitimidad más plena y directa, que es la ciudadanía sin ninguna
clase de mediadores para encontrar, a través de su actividad, el
amparo, el acogimiento de justas peticiones. Por ello es evidente que
cuando se redactó la Ley Orgánica del año 1985 se cometió un agravio
innecesario con nuestra comunidad murciana que ha llegado el momento
de reparar y a ello es evidente que nos tenemos que sumar con
auténtico entusiasmo. Y aquí debería acabar esta proposición de ley,
que para algo se llama así: proposición de modificación del artículo
19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pero, lamentablemente, no
se ha reducido la actividad de la Cámara a tramitar esta proposición
y resolverla. Lamentablemente la Cámara y su mayoría han aprovechado
esta proposición de ley de modificación del artículo 19, aceptando la
legítima enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), para llevar a cabo hoy lo que en el lenguaje normal
y cervantino se llama una solemne cacicada. Se está aprovechando
una proposición de ley que nada tiene que ver con el Tribunal Supremo
para, una vez más, producir modificaciones legislativas en las que
ya, de entrada, el Consejo General del Poder Judicial no ha podido
decir ni esta boca es mía.

De forma tan irregular entró en esta Cámara el estatuto de
magistrados del Tribunal Supremo, también con motivo de otra
proposición no de ley, a través de una enmienda, sin oír al Consejo
General del Poder Judicial. Pues bien, pensábamos que ya sería la
última ocasión en que está Cámara conculcaría las más elementales
normas del decoro parlamentario, las más elementales normas del rigor
en la forma de legislar y del respeto a sí misma. Lamentablemente,
nos equivocamos.




Ahora se introduce, so pretexto de los Hombre Buenos de Murcia, una
enmienda de la que van a ser beneficiarios unas personas que serán
buenísimas desde el punto de vista humano y a lo mejor unos
profesionales más que capacitados, pero que lo que pretenden es tener
un trato especial, privilegiado, discriminado y personal en relación
al resto de los magistrados del Tribunal Supremo. Van ustedes a
establecer, porque no van a contar con nuestro voto, dos clases de
magistrados: los magistrados del Tribunal Supremo en ejercicio y los
magistrados del Tribunal Supremo de tarjeta de visita o no
ejercientes. A partir de ahora la función de magistrado del Tribunal
Supremo no connotará la dedicación a tan prestigiosa tarea, sino que
será un título más que colocar en el currículum, en contra de lo que
esta Cámara ha decidido cuando estableció que la magistratura del
Tribunal Supremo es magistratura de ejercicio y es magistrado del
Tribunal Supremo el que ejerce como tal, y el que no ejerce como tal
merecerá toda clase de respetos, pero no es magistrado del Tribunal
Supremo.

Las presiones, las conveniencias partidistas, las afinidades
ideológicas de personas que tienen nombres y apellidos llevan a que
hoy aquí, y para cuatro personas en concreto, se modifique la Ley
Orgánica del Poder Judicial y algunos dignísimos magistrados de
carrera que ocupan posiciones relevantes en otros órganos
jurisdiccionales conserven, sin embargo, sin adscribirse al Tribunal
Supremo, sin trabajar en él, el título de magistrado del Tribunal
Supremo. O aquel día nos equivocamos cuando establecimos el estatuto
del Tribunal Supremo o nos estamos equivocando hoy. Yo creo que aquel
día no nos equivocamos, porque al menos hacíamos una norma de
carácter general y queríamos solucionar una apetencia, un anhelo
ampliamente mantenido por los miembros del Tribunal Supremo. Nos
equivocamos hoy. Y tan nos equivocamos hoy, que hemos dado lugar con
estas actitudes a que en el propio Tribunal Supremo se hayan
despertado reacciones que no compartimos ni en el fondo ni en la
forma, pero que tienen su lógica y se haya tenido que llamar la
atención de esta Cámara diciendo: Señores,que este no es el buen
camino. Y, sobre todo, señoras



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y señores, porque no es obligatorio ser magistrado del Tribunal
Supremo; tampoco es obligatorio ser magistrado de ninguna otra
jurisdicción; lo escogen libremente los titulares de estos órganos.

Lo lógico y lo normal es que si alguien quiere seguir manteniendo su
puesto en algo tan absolutamente estimable y honorable como el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que quede en él, pero
cesando, lógicamente, de magistrado del Tribunal Supremo. Y si quiere
presidir la Audiencia Nacional, que quede en ella, pero dejando de
ser magistrado del Tribunal Supremo. No se puede estar aprobando una
ley y todo lo contrario. No se puede estar cometiendo una auténtica
-repito, y no me voy a cansar- cacicada y arbitrariedad. Las leyes,
además del respaldo de la mayoría de la Cámara, para tener el
carácter de legales tienen que tener una ratio o un interés que les
dote de legitimidad. Y cuando la ley no sirve al interés general y
posterga los principios generales con los que se da trato a todo el
mundo para con ellos establecer situaciones de excepcionalidad, esa
es una ley que, desde el momento mismo en que nace, carece de toda
respetabilidad y está pidiendo a gritos ser inmediatamente derogada.

Sabemos en Izquierda Unida que, una vez más, esta va a ser la voz que
clama en el desierto, y no se nos venga diciendo que en su día ya se
aprobó esta medida en el Senado y que es un hecho cierto que nadie
puede ir contra sus propios actos, porque al venir aquí fue
rechazada.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor
Castellano, le ruego que vaya concluyendo.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Y si allí lo aprobaron con toda su
legitimidad, aquí fue rechazado con más legitimidad, y esta es la
última Cámara, que es la que lo dicta. (El señor Ollero Tassara hace
signos negativos.) Pero, en todo caso, señor Ollero, ya que hace
usted señas, en el Senado también entró esa enmienda sin haber pasado
por el Consejo General del Poder Judicial, sin haberse pronunciado el
organismo que, con nuestra Constitución en la mano y con la ley
orgánica, tiene la obligación, aunque no sea de carácter vinculante,
de hacer un dictamen, como una forma de participación ni más ni menos
que del órgano de Gobierno de los jueces en una actuación tan
importante como es la organización de los tribunales, que hemos
querido que sea casi una competencia exclusiva de esa institución.

Hagan ustedes lo que les parezca conveniente, lo van a hacer así,
pero que sepan que por lo menos en el «Diario de Sesiones» va a
quedar constancia de que el Grupo de Izquierda Unida, cuando se
sienta en esta Cámara, no se sienta al servicio de ningún interés
particular, no se sienta al servicio del partido; se sienta al
servicio ni más ni menos que de los intereses generales de la nación.

Por ello entenderán ustedes que pidamos votación separada del
artículo 1, del 2 y de las disposiciones
adicionales y finales de esta ley y que, desde luego, votemos
en contra tanto en lo que se refiere a esta reforma del estatuto del
Tribunal Supremo como también en lo que se refiere al pretendido
recurso extraordinario de nulidad de actuaciones, ya que pensamos que
el cauce adecuado para poder tratar este recurso con cierto rigor
será la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor
Castellano, le ruego concluya.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Acabo enseguida, señor presidente.

Entenderán, decía, que sólo vayamos a dar nuestro voto favorable a la
institución memorable, y no sólo por el tiempo, sino fundamental por
lo que refleja de participación directa de los ciudadanos en la
administración de justicia, del Consejo de Hombres Buenos de Murcia.

Y, señor presidente, cuando llegue la votación de totalidad de ley
orgánica, entiendan ustedes que, retorciendo nuestro criterio, nos
vayamos a abstener, no queremos que mañana la demagogia pueda decirle
a nuestro diputado por Murcia que hemos votado en contra de esa
institución murciana. Como hay que votar la totalidad, nos
abstendremos para dejarlo perfectamente claro y que nuestro diputado
por Murcia don Pedro Antonio Ríos pueda decir que hemos apoyado un
Consejo de Hombres Buenos desde la buena fe, pero que no hemos podido
votar todo porque lo que no estamos dispuestos a apoyar es una
enmienda, una reforma que no va guiada por la buena fe. Ustedes
sabrán por qué intereses espurios va guiada.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Castellano.

Le correspondería intervenir ahora al Grupo Calatán, pero estamos
llenos de retrasos.

En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJPNV), tiene la palabra la
señora Uría.




La señora URÍA ECHEVARRÍA: Muchas gracias, señor presidente.

Pido perdón a la Cámara por el retraso, debido a que la sesión se
está desarrollando con mayor celeridad de lo previsto.

Intervengo en términos similares a los que ha desarrollado ante SS.

SS. el representante del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida para que seamos al menos dos las voces que clamemos en el
desierto.

El proyecto sobre el que vamos a pronunciarnos ahora, acerca del
dictamen de la Comisión, hacía referencia única y exclusivamente a la
introducción de un apartado en el artículo 19 de la Ley orgánica del
Poder Judicial referido a la participación de los ciudadanos en la
Administración de Justicia con el que el grupo al que represento
estaba absolutamente de acuerdo. No tenemosnada que decir de una
institución de tanto arraigo



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tradicional como es la de los Hombres Buenos de Murcia. Sin embargo,
por vía de enmiendas, y así consta tanto en ponencia como en
Comisión, se le han añadido otros aspectos que se reducen a dos temas
concretos a los que me referiré por separado.

El primero es el relativo al número de excepciones que se quieren
tipificar en relación con el sistema establecido en la Ley orgánica
5/1997, de 4 de diciembre, que permite que se siga siendo magistrado
del Tribunal Supremo en destino distinto al propio Tribunal, hasta
que se solicite, si éste no es de duración determinada, o hasta que
finalice el periodo de cinco años si se trata de cargos de duración
prefijada.Desde la óptica del grupo al que represento -así lo
manifestamos en Comisión- se rompe el equilibrio del sistema
anteriormente aprobado. Los magistrados del Tribunal Supremo tienen,
desde luego, la especial relevancia con que les dota el artículo 123
de la Constitución y son, en consecuencia, remunerados de forma justa
por ello. Pero esta calificación de magistrado del Supremo tiene una
gran rigidez. Sólo debe ser magistrado del Tribunal Supremo quien
ejerce en esa condición, es decir, por expresarlo en términos
vulgares, quien está en el Tribunal Supremo y en él dicta sentencias.

Votaremos, por tanto, como ya lo hicimos en Comisión, para que estos
aspectos salgan fuera del contenido inicial, así como la propia
denominación de la modificación de la ley, que se llama de
modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Respecto del otro añadido al que me he referido, la regulación que se
da al artículo 240 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el grupo al
que represento ha cambiado su criterio en relación con lo sostenido
en Comisión debido a que ha tenido entrada en la Cámara una
iniciativa legislativa de la relevancia de la Ley de Enjuiciamiento
Civil. Creemos que en esta legislatura la nulidad de actuaciones ha
sido ya tocada en la Ley Orgánica 5/1997. Modificarla ahora con las
enmiendas que mi grupo había prometido aportar en Comisión sería una
segunda reforma, y una tercera la que se va a producir en la Ley de
Enjuiciamiento Civil. Creemos que la seguridad jurídica gana si, de
momento, dejamos el texto tal y como está y esperamos a que sea la
Ley de Enjuiciamiento Civil, un texto normativo completo, la que
regule este aspecto.

Por ello, y como he indicado al empezar mi intervención, el voto de
mi grupo será el mismo que ha anunciado el representante del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida. Votaremos en contra de todos los
añadidos a la ley, únicamente queremos que se reconduzca a sus
términos estrictos iniciales y nos abstendremos en la votación
correspondiente al carácter orgánico de la ley.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señoría.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y
para la fijación de posición de su grupo, tiene la palabra el señor
Silva.

El señor SILVA SÁNCHEZ: Señor presidente, gracias por permitir esta
intervención un poco tardía.

Señorías, lo que desea mi grupo es explicar la historia de este
dictamen de la Comisión de Justicia. En primer lugar, queremos
recordar que durante la tramitación de la modificación de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, que fue aprobada en 1997, en el trámite
del Senado se presentaron diversas enmiendas y quiero hacer
referencia concretamente a dos, a la enmienda número 34 del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y a la enmienda número 48
del Grupo Parlamentario Popular. Estas dos enmiendas, entre otras,
hacían referencia al núcleo de lo que está siendo objeto de debate en
el día de hoy, esto es, a la disposición transitoria tercera,
apartado primero, de esa modificación de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y establecían, tal y como fueron aprobadas en el Senado,
dos aspectos fundamentales: por un lado, que el plazo de
incorporación de un año para aquellos magistrados del Tribunal
Supremo que ocupaban cargos fuera de dicho Tribunal no fuese
aplicable ni a los excedentes, que podían mantenerse en esa situación
hasta que acabase el plazo de excedencia, ni tampoco a aquellos otros
magistrados del Tribunal Supremo que, a propuesta del Consejo General
del Poder Judicial, ocupaban cargos en otros órganos
jurisdiccionales. He tenido ocasión de comprobar el resultado de la
votación y quiero decir que estas dos enmiendas fueron aprobadas en
el Senado por 196 votos a favor y sólo tres en contra y en el
Congreso por 307 a favor, 12 en contra y una única abstención.




Saben SS.SS. -es cierto que estas materias parecen estar gafadas en
esta legislatura- que el texto de esas enmiendas, después de ser
aprobado por ese número de votos en el Senado y posteriormente
confirmado en el Congreso, decayó en la medida en que no tuvo mayoría
en la votación de conjunto como ley orgánica y, por lo tanto,
prevaleció el texto inicialmente aprobado por el Congreso de los
Diputados. Concretamente, la enmienda 48 del Grupo Parlamentario
Popular, ya digo que introducida en el Senado y luego confirmada en
el Congreso, establecía como justificación introducir una norma de
derecho transitorio imprescindible para garantizar la situación de
los magistrados del Tribunal Supremo que se encuentran desempeñando
cargos de designación temporal en otros órganos jurisdiccionales y,
en cuanto a la excedencia, se daba una justificación muy lacónica
para prever este supuesto en la redacción del proyecto de ley.

Señorías, estas dos enmiendas, junto con una decena más, aprobadas
como les digo por el Senado y por el Congreso, no pudieron
incorporarse al texto definitivo por no haber tenido mayoría la ley
orgánica en la votación de conjunto.

Ciertamente, el prestigio ante la sociedad de las instituciones del
Senado y del propio Congreso determina que aquí no hacemos cosas,
entiendo yo, inútiles o absolutamente contingentes y, por lo tanto,
cuando varios grupos parlamentarios, incluso uno que hoy se va a
pronunciar en contra, votó a favor en el Senado y luego volvió



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a votar a favor en el Congreso, razones tenía y fue lo que determinó
que, cuando se presentó la proposición de ley de los hombres buenos
de Murcia, mi grupo acogiese aquellas enmiendas que reunían estas dos
características, haber sido aprobadas por el Congreso y por el
Senado, y las presentase aprovechando esta circunstancia.

Posteriormente, la negociación con el Grupo Parlamentario Popular,
con el propio Gobierno del Partido Popular, a la que posteriormente
se adhirió el Grupo Parlamentario Socialista, ha determinado el texto
del dictamen de la Comisión sobre el que nos tenemos que pronunciar
hoy. Se nos podría decir ciertamente que aquí también cabe aplicar la
cláusula rebus sic stantibus y que las circunstancias que
determinaron la aprobación de esas enmiendas por tan amplia mayoría
por el Senado y por el Congreso, habiendo variado en estos momentos
tales circunstancias y habiendo finalizado el plazo de un año de
incorporación de tales magistrados al Tribunal Supremo, carecen de
sentido. Es una interpretación yo no diría irracional ni irrazonable,
pero, desde luego, me parece mucho más razonable la interpretación
que ha asumido Convergència i Unió, el Grupo Parlamentario Socialista
y el Grupo Parlamentario Popular de entender que esas disposiciones
de derecho transitorio tienen en estos momentos pleno sentido.

Por lo demás, señorías, querría decir dos cosas. Desde luego, no
estamos ante unas enmiendas o ante unas leyes ad hominem.

Ciertamente, el estatuto de los magistrados del Tribunal Supremo
tiene un ámbito tan reducido que sus disposiciones transitorias
obviamente tienen que tener un ámbito mucho más reducido todavía y yo
creo que a nadie puede extrañar que, si el estatuto de los
magistrados del Tribunal Supremo tiene por destinatarios a los 95 ó
96 magistrados del Tribunal Supremo, las disposiciones transitorias
de este estatuto vayan referidas a diez o a una veintena de personas.

Por lo tanto, aquí no hay enmiendas, no hay leyes al hombre, sino que
lo que hay, y acabo ya, señor presidente, es un universo
tremendamente reducido.

En segundo lugar, señorías, no ponemos en cuestión la magistratura de
ejercicio, ni queremos ni podemos ponerla en cuestión. Mi grupo asume
perfectamente el criterio de la magistratura de ejercicio. Por eso,
nos tenemos que ver en la obligación de recordar aquella frase
cervantina de no son gigantes, que son molinos; no se pretenda ver
detrás de estas enmiendas lo que no existe. Se trata, pura y
simplemente, de disposiciones transitorias que en pocos meses
agotarán absolutamente su aplicación, sin poner en cuestión, vuelvo a
reiterar, esa magistratura de ejercicio.

Por todo ello, señor presidente, por coherencia política, porque no
es una ley singular y porque además no pone en cuestión la
magistratura de ejercicio, mi grupo parlamentario votará a favor del
dictamen y a favor de la totalidad del proyecto.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Silva.

En nombre del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Jover.




El señor JOVER PRESA: El Grupo Parlamentario Socialista va a votar a
favor del dictamen en su integridad, tal como viene de Comisión, y
dado que ha decaído la única enmienda que quedaba subsistente me
evita tener que pronunciarme sobre ella, señor presidente.

Como aquí ya se ha dicho, inicialmente este proyecto solamente
pretendía la modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, reconociendo un tribunal consuetudinario, cual es el
Consejo de Hombres Buenos de Murcia. Es evidente que ese
reconocimiento tenía que hacerse necesariamente en esta ley orgánica,
por mandato de los artículos 122 y 125 de la Constitución. Por lo
tanto, respecto a este tema, yo creo que nada más hay que añadir. Se
trata de un tribunal consuetudinario que basa su legitimidad en la
tradición, en siglos y siglos de existencia, durante los cuales,
voluntariamente, los afectados han aceptado sus decisiones. En ese
aspecto, lo único que hacemos es reconocer y aceptar lo que dice la
Constitución.

Como sabemos, a este proyecto de ley se añadieron dos nuevos aspectos
durante la tramitación, que son aparentemente más importantes que el
inicial. Uno de ellos, como aquí ya se ha dicho, consiste en unas
pequeñas modificaciones a la regulación que hizo esta Cámara hace
unos meses del incidente de nulidad de actuaciones. El otro son unas
pequeñas modificaciones al régimen transitorio de las excepciones que
se establecen a la nueva magistratura de ejercicio para los
magistrados del Tribunal Supremo.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Un momento,
señor Jover.

Señorías, les ruego que desconecten sus teléfonos móviles en el
hemiciclo.

Discúlpeme, señoría; puede continuar.




El señor JOVER PRESA: Gracias, señor presidente.

El señor Castellano tiene razón cuando dice que no es una adecuada
técnica legislativa utilizar la tramitación de cualquier proyecto de
ley para introducir en él enmiendas que nada tienen que ver con su
contenido. Esto, en técnica legislativa, es cierto, pero la verdad es
que reglamentariamente es posible, se hace, se ha hecho muchas veces
y me da la impresión de que incluso su propio grupo lo ha hecho en
alguna otra ocasión. De manera que si en la medida en que el
reglamento no lo prohíbe se puede hacer y se hace, hágase.

En todo caso, quiero recordar dos cosas a este respecto. El informe
del Consejo General del Poder Judicial, al cual se refiere también el
señor Castellano, no ha existido en esta modificación de la ley
orgánica. Es cierto que la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la
modificación que se hizo en el año 1994 establece la posibilidad de
que determinadas enmiendas puedan ser sometidas a informe del Consejo
General del Poder



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Judicial, pero tampoco está mandando al respecto; es más, que yo
recuerde, tampoco se ha hecho nunca. De manera que no creo que éste
sea un argumento para cuestionar la validez de esta enmienda y de
este proceso legislativo que estamos realizando.

Y, yendo al fondo de la cuestión, primer aspecto: modificaciones que
se hacen en el incidente de nulidad de actuaciones. Señor presidente,
mi grupo cree que mejoran ese trámite, y lo mejoran fundamentalmente
porque evitan que este trámite se pueda convertir en un proceso
continuado de eliminación o de dilaciones indebidas. Se dice
claramente que la resolución que se deniegue no debe ser susceptible
de recurso alguno y posteriormente que tampoco lo sea la resolución
final. Esas son enmiendas que mi grupo ya había presentado
inicialmente en el trámite del Congreso y que fueron introducidas
después en el Senado. Nos parece que lo mejoran. El argumento que se
ha dado aquí de que está en tramitación una reforma de la Ley de
Enjuciamiento Civil y que por lo tanto es mejor esperar a esa
tramitación, me parece que no es adecuado. En todo caso, si la Ley de
Enjuiciamiento Civil regula este tema, lo hará solamente para el
proceso civil, cuando en realidad aquí estamos haciendo una reforma
de la ley orgánica que establece un trámite de nulidad de actuaciones
que se aplica a todos los procesos. No veo por qué razón ahora no
podemos, mediante esta pequeña enmienda, mejorar ese trámite en un
aspecto que realmente lo mejora.

En cuanto a la disposición adicional nueva, que en realidad es
transitoria, porque está en régimen transitorio, se introducen
algunas excepciones, muy tasadas, ya se ha dicho aquí, al régimen de
magistratura de ejercicio, que todos habíamos votado en esta Cámara.

Podremos estar de acuerdo o no, señor Castellano, con esta
modificación; por supuesto que sí. Incluso puede ser discutible, pero
yo quiero que quede muy claro que no solamente estas enmiendas fueron
aprobadas por el Senado, sino que volvieron a esta Cámara y esta
Cámara las votó favorablemente. Lo que pasa es que después en la
votación de totalidad no se consiguieron los 176 votos necesarios y,
por tanto, no fueron incorporadas al texto de la ley orgánica. Mi
grupo fue uno de los que no votó esa modificación total, lo hizo
porque en una votación de totalidad hay cosas en las que uno está de
acuerdo y otras con las que no estábamos de acuerdo, en éstas
estábamos de acuerdo y por eso habíamos votado a favor. Este es un
aspecto que ha de quedar muy claro. En una votación de totalidad, y
esto lo saben todos los señores diputados de esta Cámara, hay que
votar el conjunto de la ley y hay que tomar una decisión que se
refiere al conjunto, que no impide que en algunos aspectos de los que
ahora se vota en contra se estaba a favor y esto lo sabe todo el
mundo y es tan claro que no hace falta explicarlo para nada. Mi grupo
no ha cambiado de posición, mantiene la misma que mantuvimos en su
momento cuando votamos a favor de estas enmiendas, en el Senado y en
el Congreso cuando volvieron. No creo que haga falta explicar más por
qué razón votaremos ahora a favor de este texto.

Nada más, señor presidente.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Jover.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Ollero.




El señor OLLERO TASSARA: Muchas gracias, señor presidente.

Nos hallamos, sin duda, ante el debate de una iniciativa histórica
por tres razones distintas. En primer lugar, y la más positiva,
porque vamos a dar cauce legal a una institución histórica como es el
Tribunal de los hombres buenos de Murcia, con la alegría de toda esta
Cámara y no sólo de uno de sus diputados por digno que en este caso
sea. En segundo lugar, es histórica porque el debate que estamos hoy
desarrollando prolonga todavía un debate con el que casi se abrió
esta legislatura, el de una reforma de la Ley Orgánica del Poder
Judicial relativa fundamentalmente al regreso de aquellos jueces que
determinados partidos políticos habían incluido en sus listas
electorales a las tareas jurisdiccionales en las que, curiosamente y
sin audiencia del Consejo General del Poder Judicial, se introdujeron
una tonelada de enmiendas sobre un supuesto estatuto de los
magistrados del Tribunal Supremo ante el estupor de nuestro grupo.

Histórica, en tercer lugar, porque, como muy bien ha señalado el
señor Castellano, este texto que hoy se nos trae está lleno de
historias con nombres y apellidos. Así es y es inútil intentar
disimularlo.

Nuestro grupo nunca ha protagonizado esta curiosa historia que está
deseando que termine cuanto antes. Su actuación ha sido fundamental,
sobre todo en los comienzos de aquel curioso estatuto de los
magistrados del Tribunal Supremo que determinado grupo convirtió en
texto alternativo sin molestarse en leerlo, porque si lo hubiera
leído no hubiera presentado una enmienda en la que decía que, como
contraprestación a las retribuciones adicionales que los magistrados
tendrían se les imponía la gravísima incompatibilidad de no poder
desempeñar cargos en partidos políticos. Así decía la enmienda que
presentó determinado grupo cuando la Constitución les impide a los
jueces y magistrados afiliarse siquiera a un partido. Nuestro grupo
intentó en lo posible colaborar a una cierta racionalidad por la vía
de enmiendas transaccionales, puesto que nunca hemos presentado
enmienda alguna ni en aquel trámite ni en éste. Nada de lo que se
discute aquí es fruto de ninguna enmienda directa presentada por el
Grupo Popular y tengo especial interés en que eso quede claro.

Por un lado, nos encontramos con unas enmiendas que -como ha quedado
dicho- venían del Senado y fueron aprobadas por todos, también por el
Grupo Socialista, que por razones que no han quedado claras, porque
no ha dicho en qué no estaba de acuerdo con aquel curioso asunto, al
final, quizás por hacer perder una votación al grupo que apoyaba al
Gobierno, se



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abstuvieron en la votación de conjunto de la ley orgánica,
produciendo unos efectos para ellos curiosos como que determinada
persona, asiduo visitante de la bodeguilla, se viera afectado por el
motivo de esa votación. Así de claro, eso es lo que pasó y todo el
mundo lo sabe.

Nuestro grupo ha intentado en lo posible imponer algo de
racionalidad. Hemos votado siempre lo que votamos entonces sobre
iniciativas que no eran nuestras, iniciativas que tenían una función
transitoria. El problema de las disposiciones transitorias es que hay
que hacerlas en muy poco tiempo porque si no pasa como en las
fotografías, que salen movidas. Y esto sale movido, porque lo que era
transitorio hace un año, ahora ya no es que sea transitorio, es que
ha transitado ya mucha gente y el que estaba con un pie en el aire
hace un año, ahora ya lo tiene en el suelo, hay cuatro nuevos que
ahora lo tienen en el aire y así es imposible hacer disposición
transitoria alguna, en ese lío nos hemos metido.

La postura de nuestro grupo ha sido, en primer lugar, respetar la
magistratura de ejercicio, porque el propósito de esta disposición
-no dramaticemos- es que no tenga un efecto retroactivo respecto a
determinadas personas -pero la magistratura de ejercicio sigue en su
funcionamente- y procurar que se hiciera en términos tales que no
sólo no se tratara de una enmienda personalizada sino que no lo
pareciera. Así lo dijimos en comisión y por eso presentamos una
transaccional tan amplia que, como dijimos entonces, algunas de sus
previsiones son sin objeto, es decir sin sujeto, porque nadie se va a
apuntar a ellas, pero queríamos que nadie quedara fuera.

De todas maneras, a raíz del debate en comisión se han producido
algunos hechos no aludidos en este debate y a los que mi grupo sí
quiere aludir, concretamente dos hechos. En primer lugar, ha habido
una asamblea de magistrados del Tribunal Supremo. Nosotros queremos
dejar claro que si en el Tribunal Supremo hay un magistrado, dos,
tres o quizá cuatro -creo que son cuatro- a los que se les pueda
pasar por la cabeza la existencia de un consejo de generales del
Poder Judicial no es porque nuestro grupo les haya dado pie a que
puedan pensar así. Quizá haya ocurrido en otros casos, pero nuestro
grupo nunca les ha dado pie a pensar así. Y mucho menos que ese
presunto consejo inexistente pretenda plantear conflictos con el
Parlamento. En absoluto, quede claro. Y es algo que no deja de
gravitar sobre la postura que nuestro grupo está hoy defendiendo
aquí.

En segundo lugar, en el Consejo General del Poder Judicial, cuyas
decisiones respetamos absolutamente porque es un poder ajeno a éste,
se han producido algunos hechos que, respetándolos, no viene mal que
quede constancia de ellos en el «Diario de Sesiones».

Primer hecho. Se ha suspendido un concurso ya convocado, con nueve
firmantes, suscribiendo una teoría que a los profesores de derecho
nos sorprende un tanto, y es que las enmiendas que aquí discutimos
son
fuente del derecho. Es un asunto vanguardista que, por otra parte, no
es la primera vez que ocurre, porque este diputado conoce todo, y ha
llegado a haber una sentencia de un magistrado sobre un problema de
propiedad intelectual que se apoyaba en una enmienda que este
diputado había defendido aquí, desde una situación minoritaria de
esta Cámara. Es decir, el asunto tiene precedentes, pero ahí queda.

En segundo lugar, se pretendía hacer una interpretación auténtica de
nuestra enmienda, de la transaccional de todos, en el sentido de que
esa enmienda permitiría a determinados magistrados del Tribunal
Supremo, que siguen siéndolo, volver a cargos anteriores que habían
abandonado para no dejar de ser magistrados de dicho Tribunal,
previsión que nunca se ha abordado, en ningún caso, ni en ponencia ni
en comisión, por ninguno de los grupos aquí reunidos.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Ollero,
vaya concluyendo.




El señor OLLERO TASSARA: Tengo especial interés en que quede
constancia en el «Diario de Sesiones» en que así es, porque aunque
como profesor universitario sé que a la hora de la verdad las leyes
dicen lo que los jueces dicen que dicen, las enmiendas no, las
enmiendas dicen lo que decimos nosotros. Y nosotros nos hemos
ocupado, sólo nos hemos ocupado, de que nadie que quiera ser
magistrado del Tribunal Supremo deje de serlo en relación con la fase
anterior, pero nunca hemos abordado la posibilidad de que alguien
vuelva a su cargo, quiero que quede constancia de ello porque así es.

Visto todo este curioso asunto, sólo me queda aludir a la enmienda
del PNV, que consiguió convencernos de que la incluyéramos y ahora
pretende convencernos de que la desincluyamos, enmienda que está
asumida en el texto, pero entendemos que lo mejora, como muy bien se
ha dicho, sin perjuicio de que luego algunos de sus aspectos puedan
ser objeto de la Ley de Enjuiciamiento Civil, o de que en el Senado
algún grupo, si quiere, pueda volver a enmendarla. Por ello la vamos
a votar a favor.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Ollero.




- PROPUESTA DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE EXTREMADURA.

(Número de expediente 127/000011.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Punto 50 del
orden del día: Dictamen sobre la propuesta de reforma del Estatuto de
Autonomía de Extremadura.

Se mantienen vivas a este dictamen dos grupos de enmiendas, uno de
ellos firmado por la señora Almeida y otro firmado por el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida.




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Tiene la palabra, en primer lugar, el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida para la presentación de sus enmiendas.

Señor Centella



El señor CENTELLA GÓMEZ: Señor presidente, intervengo para hacer un
último esfuerzo, aunque uno sabe que es bastante difícil, para
intentar convencer a algunos grupos de esta Cámara de la necesidad de
modificar el texto que aquí se nos trae, debate que empezó con
bastante mal pie, ya que recordamos cómo se silenció la única voz
discordante del Parlamento extremeño a la hora de presentar la
propuesta de modificación de su estatuto. Esa presentación quería
aparentar una falsa unanimidad que no solamente no existía, sino que
además trataba de ocultar lo que hoy nos tememos se puede afirmar y
consumar, un acuerdo entre el Partido Popular y el Partido Socialista
Obrero Español que va a dejar al pueblo extremeño como una autonomía
de segunda categoría.

Creemos que no ha habido margen para modificar, para introducir
enmiendas de mejora y, por tanto, vamos a seguir manteniendo nuestras
enmiendas que tienen una sola intención, y es que el Estatuto de
Autonomía de Extremadura tenga el mismo techo competencial que
nuestra Constitución permite y que esta misma Cámara ha reconocido
para otras comunidades, techo competencial que se le está negando por
acuerdo del PSOE y el Partido Popular.

Nuestro grupo mantiene estas enmiendas porque creemos que el pueblo
extremeño tiene suficiente capacidad para autogobernarse, tiene la
suficiente capacidad para decidir por sí mismo en temas muy
importantes y que nadie en este momento le puede negar ese derecho a
tener un techo competencial máximo que nuestra Constitución permite y
-repito- hoy se les va a negar aquí.

No nos engañemos, la propuesta que se nos presenta mantiene a
Extremadura en la segunda división de la autonomía española, mantiene
a Extremadura con una autonomía limitada cuando no hay lugar para
ello y precisamente desde la Izquierda deberíamos saber lo que
significa la defensa del máximo autogobierno para las comunidades más
deprimidas. Significa, ni más ni menos, que defender un Estado
solidario, un Estado donde todos los territorios tengan las mismas
posibilidades de alcanzar su autogobierno.

Comprendemos que desde la opción política de la derecha se defiendan
Estados desequilibrados, Estados donde no todas las comunidades
tengan las mismas competencias, Estados confederales, pero no
entendemos cómo desde la izquierda se puede defender también este
modelo de Estado y tampoco entendemos cómo desde las tribunas
públicas en las proclamas de los días de la comunidad se denuncian
desigualdades, desequilibrios y a la hora de la verdad, que es cuando
se discute aquí el Estatuto de Extremadura, los que piden el máximo
autogobierno en las calles de los pueblos de Extremadura se conforman
luego aquí con un techo muy inferior al que dicen defender.

Queremos acabar con ese doble lenguaje, queremos acabar con ese
engaño que se hace a los extremeños y queremos que aquí y hoy se
apruebe un Estatuto de Extremadura que le permita los mismos derechos
que tienen comunidades que son limítrofes suyas. (El señor
Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)
Ante la naturaleza del acuerdo entre el Partido Socialista y el
Partido Popular, pensamos que no es una cuestión de estética, no es
una cuestión de memoria histórica solamente, es una cuestión que
sufrirán los extremeños y las extremeñas con un texto que limita las
competencias de autogobierno, un texto que mantiene diferencias entre
las facultades de ese pueblo para autogobernarse y las de otros
pueblos del Estado español. Por eso, mantenemos nuestra enmienda que
se basa en tres elementos que no son simples declaraciones de
intenciones, sino que van recogidas en el articulado de la ley que
hoy esperamos se pueda modificar.

Buscamos, en primer lugar, dotar de más poder político para
Extremadura. En segundo lugar, como ya se ha señalado, proponemos la
necesidad de que este estatuto sea un paso hacia adelante en la
configuración de un Estado federal. Por último, proponemos que es
imposible desligar la financiación autonómica del modelo de Estado
que se propone. Para ello es necesario la igualación de las
competencias de todas las comunidades autónomas de este país, y es
demagogia cualquier planteamiento que se haga sobre la autonomía
plena de Extremadura cuando luego se viene a esta Cámara y se
defiende un texto que no recoge estas competencias plenas, que no
recoge las competencias necesarias en la sanidad, en el comercio
exterior, en montes, en la gestión del sector público, en la
administración de la justicia, en la capacidad de disolver el
Parlamento extremeño. Seguro que hay grupos que se sonrojarían si en
su estatuto de autonomía de su comunidad autónoma estuviesen
explicitadas las condiciones que se le imponen al Gobierno extremeño
para disolver su Parlamento. Creo que ningún grupo nacionalista se
sentiría satisfecho de que en su estatuto de autonomía viniesen estas
cláusulas tan limitativas para la capacidad de autogobierno de
Extremadura.

Como ustedes ven, no estamos pidiendo ningún privilegio para
Extremadura; al contrario, solamente estamos intentando defender,
desde nuestra minoría, un trato igualitario. Por eso, nos sorprende
que quienes gritan tanto en Extremadura denunciando desigualdades,
quienes muchas veces se amparan en esa denuncia de la desigualdad
para pedir el apoyo de los extremeños luego vengan aquí y voten,
respalden estatutos que consagran esas diferencias, esas
desigualdades y siguen condenando a Extremadura a una categoría
inferior a la que la propia Constitución le permite. Por tanto, que
nadie suba a esta tribuna a decir que con este estatuto se alcanza el
máximo techo competencial, porque eso sería radicalmente inexacto.




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Nosotros queremos que Extremadura tenga un estatuto ni un centrímetro
más allá del que ya tienen otras autonomías, que tenga unos derechos
ni un centímetro más allá de lo que ya tienen otras comunidades
autónomas. Eso no es pedir ni más ni menos que justicia para
Extremadura, para un pueblo que ha demostrado que sintoniza con un
sentimiento de autogobierno, que ha sido capaz de demostrar su
capacidad de autogobierno. Nosotros pensamos que no tenemos ningún
derecho a negarle esa capacidad que tiene. Nosotros entendemos que se
podrían aprobar nuestras enmiendas, ya que serían positivas para el
pueblo extremeño y éste a partir de ahora podría tener esa garantía y
esa capacidad de autogobierno, que, repito, si se confirma al final
el pacto del PSOE con el Partido Popular, ustedes les van a negar.

Para terminar, quería decir que no entendemos cómo puede haber grupos
políticos que después de votar esta reforma del estatuto siguen
hablando de federalidad del Estado español. Señorías, no nos
engañemos, federalidad significa que todas las comunidades tengan los
mismos derechos, que todas las comunidades tengan los mismos techos
competenciales. Por tanto, quien después de votar aquí esta reforma
del estatuto siga hablando de federalidad o nos está tomando el pelo
o simplemente está haciendo un juego de cinismo político. Desde
Izquierda Unida seguimos defendiendo un Estado solidario, un Estado
federal y un Estado equilibrado entre todas las comunidades. Esto lo
seguiremos defendiendo no solamente en esta Cámara desde la minoría,
sino en Extremadura, porque estamos convencidos, por mucho que hoy
ustedes nos dejen en minoría, de que sintonizamos con la mayor parte
de los extremos y de las extremeñas y con el anhelo de un pueblo, que
-repito hoy aquí- se va a ver privado de un derecho que ya tienen
otros pueblos del Estado español.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Centella.

Señora Almeida, tiene la palabra para la defensa de sus enmiendas.




La señora ALMEIDA CASTRO: Muchas gracias, señor presidente.

La verdad es que cuando se plantea la aprobación de un estatuto de
una comunidad, como es en este caso el de la comunidad extremeña, a
nosotros nos parece que cualquier esfuerzo es poco para lograr la
mayor representatividad de los grupos, siendo pequeños o menos
pequeños, que forman parte del Parlamento extremeño y que han
intentado aportar a este estatuto las ideas, iniciativas e incluso
algunas simples enmiendas técnicas, lo que podría haber dado un nuevo
estilo al estatuto. Pero no han encontrado ningún amparo a la hora de
la discusión. No queremos pensar que la gente de Nueva Izquierda en
Extremadura está en contra de un estatuto extremeño. Si algo quieren
hacer es
mejorarlo, perfeccionarlo, pero ninguna de sus enmiendas fueron
admitidas en el Parlamento extremeño. Las hicimos en Nueva Izquierda,
dentro del Grupo Mixto, en el Congreso de los Diputados, y ninguna de
ellas se admitió. Nosotros pensamos que un estatuto debe sumar y
aunar esfuerzos, y en ese sentido se tenía que haber hecho un gran
esfuerzo. Tampoco se trata de imponer cosas desde las minorías que no
sean comprendidas por el conjunto del pueblo extremeño, pero sí que
la suma de esos intereses tenga la mayor aquiescencia y el mayor
apoyo del pueblo extremeño. No se han admitido estas sugerencias de
un grupo u otro y tampoco se comparten las de otro de una forma
abierta. Se podía haber dado esa posibilidad y no aparentar un pacto
cerrado entre dos fuerzas. Que no se admita la posible inclusión de
estas enmiendas técnicas, la verdad es que a nosotros nos entristece
un poco a la hora de celebrar entre todas las fuerzas el Estatuto de
Extremadura.




Nosotros hemos presentado unas enmiendas. Algunas nos las podían
haber razonado, pero hemos encontrado una cerrazón, tanto en el
Parlamento extremeño como en este Congreso de los Diputados, ya que
no se ha admitido ninguna enmienda, algunas técnicas, de Nueva
Izquierda. Nos hubiera gustado participar de la colectividad que
representamos, en menor medida, del pueblo extremeño. Sentimos que
esto no haya pasado. Seguimos manteniendo nuestras enmiendas con la
esperanza de que algunas de ellas sean incorporadas en el trámite de
votación por los grupos que hoy han dado ese pacto como cerrado. En
cualquier caso, no estamos en contra de que la decisión mayoritaria
del Parlamento extremeño tenga un reflejo democrático, pero
mantendríamos esa apuesta por una mayor integración, absteniéndonos
en la votación total del estatuto.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Almeida.

¿Grupos que desean fijar su posición en el debate? (Pausa.) Por el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Jané.




El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señoras y señores
diputados, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) va a
votar favorablemente el dictamen de la Comisión de esta propuesta de
reforma estatutaria de Extremadura. Nuestro grupo siempre ha dado su
voto favorable a todas las reformas estatutarias propuestas en esta
Cámara a través de una iniciativa legislativa de la comunidad
autónoma y de su propio parlamento, y en esta ocasión va a hacer lo
mismo. En este sentido no vamos a apoyar las enmiendas que han
quedado vivas en el debate de hoy de los grupos de Izquierda Unida y
de Nueva Izquierda, sin entrar en el contenido estricto de muchas de
ellas que pueden parecernos positivas, porque nuestro grupo
parlamentario quiere ser estrictamente respetuoso con la voluntad
mayoritaria de los grupos que integran la Asamblea



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de Extremadura. Como la mayoría de los grupos políticos de la
Asamblea de Extremadura no apoyan estas enmiendas, el nuestro tampoco
lo va a hacer.

Finalizo esta intervención manifestando que Convergència i Unió desea
que esta reforma estatutaria de Extremadura que hoy vamos a aprobar
permita a esta comunidad autónoma seguir avanzando, fortaleciendo su
nivel de autogobierno y definitivamente redunde en mayores cotas de
bienestar para todos sus ciudadanos.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Jané.

Por el Grupo Socialista, el señor Fuentes tiene la palabra.




El señor FUENTES GALLARDO: Gracias, señor presidente.




Señoras y señores diputados, nos encontramos hoy en el último acto en
esta Cámara con la reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura.

Quiero recordar que dicha reforma llegó a este Congreso de los
Diputados después de un amplio acuerdo de los representantes del
pueblo extremeño, que, por inmensa mayoría, así lo decidieron. Quiero
también recordar algunos de los aspectos fundamentales de esta
reforma, tal como llegó al Congreso de los Diputados, que suponía
modificaciones muy importantes en el estatuto actual. La reforma que
aprobó la Asamblea de Extremadura supuso una mayor capacidad de
autogobierno, mayores competencias para la Asamblea y para el propio
presidente de la Junta de Extremadura. Se recoge la capacidad de la
Junta de dictar legislación delegada, así como la posibilidad de
crear una figura similar a la del Defensor del Pueblo y la creación
por ley de un órgano de control económico y presupuestario, entre
otras muchas cuestiones. En los sucesivos trámites parlamentarios en
esta Cámara se han aportado importantes modificaciones a la ley que
llegó de la Asamblea de Extremadura, referidas fundamentalmente a la
facultad de la comunidad autónoma para participar en las
demarcaciones notariales y registrales y también a la ejecución en
materia de crédito, banca y seguros, etcétera.




Esta es la segunda vez que reformamos el Estatuto de Extremadura en
el Congreso de los Diputados. Los socialistas la apoyamos porque nos
parece la más adecuada en el momento actual. No es un punto final
para nosotros. Tal vez dentro de unos años tendremos que analizar
otras reformas, y en ese caso lo haremos como lo estamos haciendo
hoy, intentando que una norma tan importante sea reformada con
amplios apoyos parlamentarios.




Como ya expresé en la Comisión Constitucional, esta reforma no
responde íntegramente a las aspiraciones de los socialistas. Nuestra
disposición al diálogo y al consenso nos ha obligado a ceder en
algunos puntos para llegar al común denominador que permita, como
creo que hoy ocurrirá, un amplio apoyo parlamentario
a esta modificación. Señor presidente, hace 16 años, por
estas fechas, esta Cámara aprobaba el primer Estatuto de Autonomía
para Extremadura. El Grupo Socialista desea que esta reforma sea un
buen instrumento que le permita a la Asamblea y al Gobierno extremeño
seguir mejorando las condiciones de vida de los hombres y las mujeres
que viven en Extremadura.




Para terminar, señor presidente, permítame una pequeña reflexión que
me atrevo a hacer al hilo de que estamos debatiendo hoy una reforma
de un estatuto de autonomía en unos momentos en los que muchos
ciudadanos oyen, en mi opinión con desconcierto y a veces con
desasosiego, algunas afirmaciones sobre la estructura del Estado.

Tenemos estatutos de autonomía porque en España hay una Constitución
democrática. Hay autogobierno y autonomía en Extremadura y en el
resto de las comunidades autónomas porque existe la Constitución
española y no por otro motivo. Aceptar esto supone basar las
relaciones entre las distintas instituciones en la cooperación, la
solidaridad y la lealtad constitucional.

Gracias, señor presidente. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Fuentes.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Álvarez Álvarez.




El señor ÁLVAREZ ÁLVAREZ: Gracias, señor presidente.




Señorías, para cualquier extremeño que se precie de serlo hablar de
Extremadura siempre es un honor, y hacerlo desde esta tribuna un
privilegio; nunca agradeceré lo suficiente a mi grupo parlamentario
el haberme dado esta oportunidad histórica para mí como extremeño y,
sobre todo, para Extremadura.

Por su ubicación geográfica, Extremadura es una comunidad periférica,
obliga a acercarse a ella para conocerla y por eso ha tenido que
superar, con el esfuerzo de todos los extremeños, muchas
incomprensiones históricas y a veces clichés que distorsionaban la
realidad de nuestra tierra. Con esta reforma de su estatuto de
autonomía, la segunda que se produce desde que se aprobó en el año
1983, se profundiza un poco más en la capacidad de los extremeños
para superar nuestra condición de periféricos que tanto ha limitado
nuestro desarrollo y también se fortalece, sin lugar a dudas, nuestro
protagonismo, nuestra identidad regional, que nos obliga, en primer
lugar, a creer en nosotros mismos, en nuestra capacidad de avanzar en
el progreso, de abandonar el victimismo y a desarrollar un proyecto
llamado Extremadura para todos los extremeños y para el conjunto del
Estado español. Una de las señas de identidad de los extremeños es su
concepto de la lealtad. En esta reforma del estatuto de autonomía la
lealtad a la Constitución española, que ya ha sido puesto de
manifiesto por algún portavoz que meha precedido en el uso de la
palabra, está por encima



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de cualquier otra consideración y fuera de toda duda. También
nosotros apoyamos esta posición.

Para Extremadura es histórica la reforma de su estatuto de autonomía,
cuyo dictamen estamos en este momento sometiendo a la consideración
de esta Cámara, porque adquiere una mayor autonomía. No quiere decir
que tenga toda la autonomía posible; estamos haciendo camino. Con
esta reforma se adquieren una mayor autonomía y unas mayores
posibilidades de desarrollo. Por eso, el Grupo Parlamentario Popular
le va a dar su apoyo favorable. La mayor autonomía está justificada
por un incremento de su nivel competencial en temas relacionados con
el comercio exterior, denominaciones de origen, colegios
profesionales, cámaras agrarias, cámaras de comercio, ordenación
farmacéutica y otras muchas competencias, y muy especialmente en la
capacidad de asumir la gestión, como establece la reforma, en materia
de asistencia sanitaria y educativa. No solamente se aumenta el techo
competencial en materia económica, generadora de desarrollo y
bienestar para los extremeños, también se dota de mayores
competencias a las instituciones; así el presidente de la Asamblea
designará al candidato a la Presidencia de la Junta de Extremadura,
que es una novedad muy importante, y adquiere también facultades para
disolver la Cámara anticipadamente si fuera necesario.

Esta propuesta de reforma, fruto del diálogo y del deseo de consenso
entre todos los grupos políticos con representación en la Asamblea de
Extremadura, que se concretó en un acuerdo entre el Partido
Socialista Obrero Español y el Partido Popular, que representan al 90
por ciento de la población extremeña, también contempla, como mejora
y reforzamiento de este estatuto, la creación de dos instituciones
cada vez más requeridas por el pueblo extremeño, como son el Defensor
del Pueblo y el Tribunal de Cuentas de Extremadura.




En el trámite parlamentario de la Comisión que se celebró en esta
Cámara, respetando, como no podía ser de otra manera, la voluntad
mayoritaria de los representantes del pueblo extremo en la Asamblea,
se han incorporado al texto remitido por la Asamblea de Extremadura
varias enmiendas con un marcado carácter técnico, que tratan de
precisar con mayor claridad algunas competencias exclusivas de
nuestra comunidad autónoma. Vía enmienda, y por unanimidad, se ha
introducido también la competencia autonómica respecto de las
demarcaciones registrales y notariales, así como el nombramiento de
los respectivos registradores y notarios. Por su extremada posición,
al igual que ocurriera en la Asamblea de Extremadura, no ha sido
posible incorporar y aceptar algunas de las enmiendas presentadas por
el Grupo Mixto e Izquierda Unida, por entender que en algún caso
sobrepasaban el marco de la Constitución española, y, en otros,
porque, literalmente, coincidían con las enmiendas ya rechazadas en
el debate parlamentario llevado a cabo en la Asamblea de
Extremadura, y no se podía alterar la voluntad de aquel Parlamento.

Estamos convencidos de que la entrada en vigor de esta reforma
estatutaria y su posterior aplicación, demostrará a aquellos que hoy
no la apoyan -a quienes invitamos desde esta tribuna a que
reflexionen y cambien el sentido de su voto- que van a perder una
ocasión histórica de sentirse protagonistas ante la posibilidad de
establecer un mayor autogobierno para Extremadura, de reforzar
competencialmente sus instituciones democráticas, y de conseguir para
Extremadura la convergencia normativa y competencial con el resto de
las comunidades autónomas del Estado español que nos han precedido en
la reforma de sus respectivos estatutos.

Con la reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura se concluye
el proceso que el presidente del Gobierno impulsó en el debate de
investidura para que se armonizaran los techos competenciales y se
estableciera un marco estable en la España de las autonomías. Decía
al principio que Extremadura tendrá más autonomía con el estatuto
reformado. Eso significa que los extremeños vamos a depender menos de
los demás y mucho más de nosotros, es decir, nuestro futuro y el de
nuestros hijos va a sustentarse fundamentalmente en nosotros mismos.

Y así como los extremeños de la diáspora han demostrado que son
capaces de aportar su laboriosidad, su honestidad, su solidaridad y
su entrega en cualquier rincón de España y del mundo donde se les
acogió, también los extremeños que tenemos la suerte de vivir en
Extremadura somos capaces y estamos dispuestos a aportar esos mismos
valores para que en Extremadura sea una realidad la equiparación del
bienestar para todos los extremeños. Es necesario que esta reforma
estatutaria, que nos da más capacidad de autogobierno a los
extremeños, signifique, además de una convergencia normativa legal,
una convergencia en el bienestar y en el desarrollo social con el
resto de las comunidades autónomas del Estado.

Con el convencimiento de que ese objetivo es compartido por todos los
grupos políticos -aprovecho la ocasión para agradecer a aquellos que
están dispuestos apoyarnos con su voto-, tanto de la Asamblea de
Extremadura como de esta Cámara, y que el instrumento para lograrlo
es el marco estatutario que hoy se reforma, el Grupo Parlamentario
Popular apoyará esta propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía
de Extremadura. Felicitamos a todos los que han colaborado, tanto en
la Asamblea de Extremadura como aquí, en el Congreso, en esta noble
tarea de mejorar esta norma de convivencia que es el Estatuto de
Autonomía de Extremadura. Felicitamos, igualmente, en el día de hoy,
al pueblo extremeño que espera esta reforma con verdadera ansiedad e
ilusión.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Álvarez.

(Aplausos.)



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DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



- PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE TITULARIDAD Y
GESTIÓN DE LA TELEVISIÓN AUTONÓMICA. (Número de expediente 125/
000012.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Concluido el debate del punto
XII: Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas,
pasamos, finalmente, al punto XIII: Debates de totalidad. Con el
número 51, existe la proposición de ley sobre modificación del
régimen de titularidad y gestión de la televisión autonómica, a la
que se ha presentado una enmienda de totalidad de texto alternativo
por parte del Grupo Parlamentario Mixto.

Para su defensa, tiene la palabra la señora Almeida. (Pausa.)



La señora ALMEIDA CASTRO: Perdón, señor presidente.




Estaba llamando a Manuel Alcaraz, que es el que lleva la enmienda a
la totalidad porque no ha debido advertir que había terminado este
punto. Solicito un minuto ya que estoy llamando al grupo. (Pausa.)
¿Podemos esperar cinco minutos?



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): No, cinco minutos son muchos.

Esperamos un par de minutos. (Pausa.)
Continuamos la sesión. El señor Alcaraz tiene la palabra.




El señor ALCARAZ RAMOS: Muchas gracias, señor presidente. Pido perdón
por el retraso.

Señorías, asistimos hoy a la reiteración de un debate. Voy a
defender, en nombre de Nueva Izquiera-Iniciativa per Catalunya, una
enmienda de totalidad con texto alternativo a la proposición que trae
su origen de la Asamblea de Canarias, que permite la privatización de
las televisiones autonómicas... (Pausa.)
Señor presidente, estoy un poco mareado.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un minuto porque se encuentra
ligeramente indispuesto el señor Alcaraz. (Pausa.)
Suspendemos el Pleno hasta las 12.




Se suspende la sesión.




Se reanuda la sesión.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señorías, vamos a reanudar la
sesión, ocupen sus escaños.

Efectivamente, ha sido un incidente menor y ya está prácticamente
recuperado el señor Alcaraz, pero es mejor que otra compañera del
Grupo Mixto intervenga. La señora Almeida va a defender el texto
alternativo de la enmienda a la proposición de ley sobre modificación
del régimen de titularidad y gestión de la televisión autonómica.

La señora Almeida tiene la palabra.




La señora ALMEIDA CASTRO: Señor presidente, intervengo para sustituir
al compañero Manolo Alcaraz que es el que lleva, en nombre de nuestro
grupo Nueva Izquierda-Iniciativa por Cataluña-Los Verdes, esta
enmienda a la totalidad. De entrada, queremos advertir que es la
única forma reglamentaria de manifestar nuestra oposición a que se
pueda proceder a la privatización de las televisiones autonómicas.

Este debate se ha realizado ya en dos ocasiones en esta Cámara: la
primera, la discusión del 26 de marzo en donde se trataron
proposiciones de ley de la Comunidad Autónoma de Madrid y un proyecto
de ley. Aunque nuestros argumentos fueron entonces derrotados y hoy
han sido tomados en consideración, se encuentra en Comisión la
discusión de estas leyes, de cuyo resultado va a depender la posible
privatización. Nosotros estamos en contra de esa privatización y,
como digo, estimamos que la única forma de oponernos a ella es la
presentación de esta enmienda a la totalidad con texto alternativo.

No creo que tenga que profundizar ahora en la defensa de esta
iniciativa porque ya tuvimos este debate y, por otra parte, estoy
sustituyendo a nuestro compañero que se siente indispuesto. Nos
remitimos a los argumentos dados en el debate del 26 de marzo y a las
manifestaciones que se recogen en la exposición de motivos y en el
contenido de la enmienda a la totalidad que presentamos. No estamos
en contra de que haya televisiones privadas, pero el nuevo proceso de
privatización de las públicas procede de una idea de falta de
libertad en la propia televisión pública. Y en ese sentido, nosotros
queremos oponernos y manifestar que lo público también garantiza la
igualdad, aunque muchas veces esté manipulado, monopolizado o incluso
esté partidistamente utilizado. Pero tenemos fe en que precisamente
ese servicio de lo público es lo que puede generar la libertad de
información y la seguridad de los ciudadanos de que van a tener una
televisión que sirva no solamente para intentar hacer una
programación con la que esté conforme, sino para educar en la
libertad, para educar en valores y poder informar de lo que pasa en
cada una de sus regiones autonómicas.

Creemos que ese es el sentido de nuestra enmienda: mostrar nuestra
oposición a este tipo de privatizaciones. En ese sentido, mantengo y
reitero la enmienda a la totalidad, esperando que los argumentos que
dimos en el debate del 26 de marzo sean atendidos por los compañeros
y compañeras diputadas en este Congreso y que se vote a favor de esta
enmienda a la totalidad.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Almeida.

¿Algún turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos que deseen fijar su posición
en este debate? (Pausa.)



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Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.

Comienzo mi intervención haciendo votos para que el compañero
parlamentario, señor Alcaraz, recupere su salud. Lamento que él, como
portavoz que iba a ser de esta iniciativa, me permita a mí entrar en
otro tono, puramente formal, respecto a su persona, reconociendo la
solidaridad que ha tenido en su compañera Cristina para hacer la
defensa formal de la justificación de su enmienda de totalidad.

El Grupo de Coalición Canaria se va a oponer a la enmienda de
totalidad presentada por las siguientes razones. En primer lugar, se
trata de una enmienda de totalidad con texto alternativo a una
iniciativa que, con el rango de proposición de ley, el día 6 del
pasado mes de octubre en el Pleno de esta Cámara se acordó su toma en
consideración, pasando al trámite de posibles enmiendas de totalidad
-que es el caso que hoy tenemos aquí, a iniciativa del Grupo Mixto,
que iba a ser presentada por el señor Alcaraz- o al de enmiendas al
articulado.

Nuestro grupo político, consecuente con la postura manifestada
también por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria en el
Parlamento de la Comunidad de nuestro archipiélago, defiende este
texto que emana de la voluntad democrática del Parlamento autónomo de
Canarias. En la exposición de motivos se dan las razones de base
legal por las que el propio Parlamento de Canarias enjuicia que la
situación legal de monopolio del Estado en el sistema de la
televisión pública ha llevado a vaciar de contenido las competencias
de la comunidad autónoma y de su Parlamento. En esta evolución, si
nos estamos basando en el añejo Estatuto de la radio y la televisión
o en leyes de 1983, desde luego, es un contrasentido democrático con
las competencias estatutarias que tienen las comunidades autónomas
que están actuando en el campo de los terceros canales de
televisiones autonómicas. Por ello, se recalcan frases de la
exposición de motivos debatida en el Parlamento de Canarias, cuando
dice que la práctica aconseja revisar todas estas actuaciones, porque
esta situación ha dejado sin contenido previsiones estatutarias
referidas a la creación de una televisión autonómica y a la libre
organización de los servicios propios por los poderes autonómicos de
la correspondiente comunidad. Decimos también, y lo repetimos porque
hacemos nuestra la frase del Parlamento de Canarias, que sin que el
Estado deba mantenerse como titular exclusivo de un servicio sobre el
que las comunidades autónomas gozan de competencia ejecutiva y aun
normativa de desarrollo.

Dicho esto, en el debate -quiero recordarlo aquí- del 6 de octubre
del pasado año, mi compañero de grupo don Paulino Rivero defendió la
búsqueda de un modelo armónico que superara la situación de déficit
que nos encontramos a veces en las televisiones estatales, públicas y
autonómicas; un modelo de televisión
en el que, siendo público su control, dependiendo en este caso de la
voluntad soberana, democrática y política de la comunidad autónoma,
expresada por su Gobierno y por su Parlamento, se cree la figura
jurídica, se nombren los órganos de su consejo rector o de
administración y el director de ese ente, pero no se excluya una
gestión privada de la misma.

En la proposición de ley del Parlamento de Canarias se dan las dos
alternativas: o televisión pública en sentido total y con control
parlamentario, o la opción de una gestión privada, con la fórmula de
una sociedad anónima, por ejemplo.

Hay otras iniciativas, señor presidente, que se han presentado,
siendo la primera en fecha la del Parlamento Autónomo de Canarias,
aunque por la regulación normativa de la Junta de Portavoces de la
Mesa del Congreso entra la última al debate en esta Cámara, pero
están también la de la Asamblea de Madrid y la iniciativa del
Gobierno de la nación. Pues bien, aquí está la tercera, y vamos, con
el mejor espíritu de consenso, a buscar el punto de encuentro para
una regulación legal de las televisiones autonómicas que armonice
competencias del Estado, que armonice competencias ineludibles
e irrenunciables de las comunidades autónomas, de los gobiernos
autónomos, al amparo del título VIII de la Constitución española, de
sus estatutos de autonomía y de los Parlamentos autonómicos, y la
gestión, para que no tengamos una televisión de nivel autonómico
costosa, gravosa -en las palabras de mi compañero-, evitando déficit
insorportables, yendo fundamentalmente a un control público y a un
gasto austero y racional aceptable por la opinión pública.

Por estas razones, señor presidente, nos mantenemos en la defensa de
la iniciativa del Parlamento de Canarias y, por tanto, vamos a votar
en contra de la enmienda de totalidad que presenta el Grupo
Parlamentario Mixto.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Mardones.

El señor González de Txabarri tiene la palabra por el Grupo
Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).




El señor GONZÁLEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor presidente.

El Grupo Parlamentario Vasco no comparte las razones que sustentan la
enmienda a la totalidad en relación con el proyecto de ley de las
televisiones autonómicas, que ha sido objeto de un debate muy
reiterado y reiterativo en esta Cámara, como conocen SS.SS.

En definitiva, de lo que se trata es de que las comunidades autónomas
puedan disponer del modelo de gestión de la televisión adscrita a su
Parlamento, en unos casos, o vigente en relación con la Ley de los
terceros canales. Es un aumento de ámbitos competenciales de las
distintas comunidades autónomas, criterio del que participa el Grupo
Parlamentario Vasco. No estamos, en todo caso, hablando de
privatizaciones de las



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televisiones autonómicas, sino de que cada Parlamento autonómico sea
el que legalice el modelo de gestión directa o indirecta que afecta a
la televisión autonómica de la que dispone. Es una discusión que
podría llevarnos a matizar distintas consideraciones; por ejemplo, la
posición de Euskal Telebista, televisión fundada y creada por ley del
Parlamento vasco, y que no está adscrita a la ley de los terceros
canales, posición que en su caso habrá que mantener, al igual que los
ámbitos de expansión de estas televisiones, que, curiosamente, por
criterios políticos, conocen una serie de situaciones en lo que se
llama el espacio radioeléctrico que merecerían la consideración de
esta Cámara en el trámite mientras se estén discutiendo las distintas
propuestas que en este momento están encima de la mesa en relación
con esta cuestión. No parece razonable, señor presidente, por
ejemplo, que Euskal Telebista se pueda ver en este momento en todo el
Estado a través de los canales de pay per view, tan de moda en estos
días, y exista un objetivo político muy marcado para centrar y cerrar
sus ámbitos tanto en lo que respecta a otras comunidades autónomas
distintas de la vasca como en lo que se refiere al ámbito
radioeléctrico europeo. Existen, en consecuencia, discusiones que en
los trámites de ponencia y de comisión deberán irse aquilatando para
fijar posturas que nos lleven a las posiciones habituales de una
sociedad europea regida precisamente por directivas europeas en
relación con estas cuestiones.

En consecuencia, hay ámbitos que hay que aquilatar, hay ámbitos que
hay que acordar y hay ámbitos que hay que transaccionar. Es una
discusión que está abierta. Esta Cámara conoce distintas iniciativas
provinientes de distintos Parlamentos europeos y la posición del
Gobierno del Estado. En el Grupo Parlamentario Vasco queremos pensar
que estaremos en condiciones de aquilatar todas esas posiciones,
conociendo la riqueza de las distintas posiciones que los parlamentos
autonómicos, los grupos parlamentarios y el Gobierno del Estado
mantienen en relación con estos temas.

Será razonable, por tanto, señor presidente, que asumamos
y aprovechemos esta oportunidad para actualizar un tema tan interesante
como el de las televisiones autonómicas y la emisión en abierto que,
como digo, está tan de moda en los últimos días.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
González de Txabarri.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Recorder.




El señor RECODER I MIRALLES: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, quiero manifestar, en primer lugar, que lamento el episodio
que ha padecido nuestro colega y amigo don Manuel Alcaraz, al que
deseo que se restablezca de forma muy rápida.

La enmienda de texto alternativo que había presentado su grupo
parlamentario ha sido defendida de
forma muy digna por su compañera de escaño, doña Cristina Almeida.

Esta propuesta, que afecta a la iniciativa del Parlamento Canario, de
hecho se viene a sumar a otras dos iniciativas que ya están en
trámite en esta Cámara desde hace cierto tiempo, pretendiendo ambas
-tres con la del Parlamento canario- fijar un nuevo marco para la
televisión autonómica.Sin lugar a dudas, como se puso de manifiesto
en el debate del 26 de marzo del año pasado, hay diferencias notables
entre dichas propuestas, pero creo que todas ellas tienen un común
denominador como es establecer un concepto más flexible de la
televisión autonómica, otorgando mayor capacidad de decisión en su
autoorganización a las comunidades autónomas para poder decidir, en
definitiva, cómo creen ellas que debe ser su modelo de televisión.

La enmienda de texto alternativo que se plantea por los diputados de
Nueva Izquierda-Iniciativa per Catalunya, desde nuestro punto de
vista, supone volver atrás en este esquema, ya que se fundamenta
básicamente en la imposición legal del carácter público de la
television autonómica. Como es obvio, porque lo hemos manifestado
otras veces desde esta tribuna en los debates anteriores, nuestro
grupo parlamentario discrepa rotundamente de dicho planteamiento. Es
más, nos parece un planteamiento retrógrado y superado por la
realidad del panorama audiovisual. Si analizamos la evolución de lo
audiovisual en los últimos años, no sólo en este país sino en el
conjunto de la Unión Europea, vemos que se ha caracterizado por un
avance rapidísimo hacia la liberalización y la superación de las
limitaciones legales que constreñían su desarrollo. Así, hemos pasado
en muy pocos años de una televisión fundamentada en el monopolio
estatal televisivo a la apertura en el Estado español, a la creación
de los canales públicos autonómicos y, posteriormente, a la apertura
a diversas iniciativas privadas: primero, los canales privados
analógicos y después, los canales que utilizaban la tecnología
digital vía satélite.

Pero a estas iniciativas, que no son nuestras sino que tienen un
amplio consenso a nivel europeo y que incluso están siendo impulsadas
decisivamente por la Comisión Europea, cabe añadirles en este momento
un doble proceso. Uno es el de mayor presencia de los canales
privados, y otro la irrupción de nuevos canales fruto de la
tecnología digital. Creo que son dos procesos que van íntimamente
ligados porque la tecnología digital, de alguna forma, está
revolucionando la oferta de canales y es obvio que es imposible que
puedan ser gestionados desde los poderes públicos.

A este proceso también se suma, fruto de las nuevas tecnologías, una
apertura de las fronteras en cuanto a la recepción de canales. Es
difícil poder mantener hoy en día aquel concepto ancestral de que el
marco territorial donde se recibía un canal determinado era
previamente fijado por ley.

Este proceso va acompañado, de forma similar a como ha sucedido en el
mercado de las telecomunicaciones paralelamente a su liberalización,
de la creación



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de organismos independientes reguladores que ejercen de árbitros en
el mercado y que velan por el cumplimiento de la normativa, por
ejemplo, de defensa de los telespectadores, de defensa de la infancia
y la juventud, normativa de publicidad, etcétera.

No podíamos ser menos y, como saben SS.SS., estamos metidos en este
proceso de pleno. Cabe citar como ejemplo el debate vivo que se
mantiene en relación a la tecnología de la televisión digital
terrestre o bien el debate presente en esta Cámara, fruto de cinco
iniciativas parlamentarias, de regulación de un órgano que podríamos
denominar consejo superior de lo audiovisual, a imagen y semejanza de
los que existen en nuestro entorno comunitario.

Todas estas iniciativas legales, como decía, se enmarcan en este
proceso de apertura del mercado televisivo y todas ellas dotan de una
mayor autonomía a las comunidades autónomas para que puedan decidir
cómo quieren que sea su modelo televisivo. Quiero subrayar que, tanto
con la propuesta del Parlamento canario como con la propuesta de la
Comunidad de Madrid como con el proyecto de ley que ha presentado el
Gobierno y que se está tramitando en la Cámara sobre televisiones
autonómicas, no se obliga a nadie, es decir, no se obliga a que
ninguna comunidad autónoma privatice necesariamente sus canales.

Simplemente se abre la puerta a que las comunidades autónomas puedan
decidir si quieren gestionarlo directamente o bien mediante concesión
a través de un tercero y, además, como aspecto positivo de la Ley de
televisiones autonómicas, también quiero subrayar que se amplía el
número de televisiones a dos canales, a diferencia del canal único
que existía legalmente hasta el momento.

También quiero decir, señor Alcaraz, y quiero manifestarlo ante el
resto de señores diputados, algo que no es nuevo, porque lo venimos
defendiendo en esta Cámara desde siempre. Nuestro grupo parlamentario
cree firmemente en la televisión pública y la defiende. Es más, yo
siempre he dicho que la entrada en el mercado de los canales privados
ha puesto aún más de manifiesto la necesidad de que existan en este
país una o varias televisiones públicas que dediquen una parte de su
programación a lo que podríamos denominar programación de servicio
público; una programación que, en principio, no tiene por qué ser
rentable económicamente, pero que cubre unas necesidades de
audiencia, y en el caso de Cataluña o de aquellas comunidades
autónomas con lengua propia todos sabemos y creo que reconocemos el
importantísimo papel que han jugado estas televisiones...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Recoder, vaya
concluyendo.




El señor RECODER I MIRALLES: Termino ahora mismo, señor presidente.

Reconocemos el importantísimo papel que han jugado estas televisiones
en la labor necesaria de normalizar el uso público de las lenguas de
esas comunidades
y ello solamente se podía hacer desde la titularidad pública de estas
televisiones.

Yendo más allá, y ahora sí que termino, señor presidente, quiero
manifestar que a la Cámara le sorprendería que nuestro grupo
parlamentario dijera que va a votar en contra de una iniciativa que
amplía el ámbito de decisión autonómico; por tanto, no les voy a
sorprender y nuestro grupo parlamentario, tal y como he anunciado, va
a votar en contra de la enmienda de texto alternativo.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Recoder.

Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor
Alcaraz Masats.




El señor ALCARAZ MASATS: Gracias, señor presidente.




Voy a intervenir de manera muy breve en honor al señor Alcaraz Ramos.

Quiero decir que, efectivamente, no podemos suplantar el protagonismo
que él no ha podido tener hoy aquí, en esta Cámara, y esto lo digo
porque sabemos el trabajo que cuesta hacer una enmienda de totalidad
con texto alternativo; enmienda que compartimos en su totalidad, al
cien por cien en su forma y en su fondo, y que vamos a votar de
manera positiva.

Nosotros no vamos a hacer de nuestra intervención un acertijo, como
en la anterior intervención. Nosotros creemos en la televisión
pública y pensamos que tanto la titularidad, como la gestión y la
producción deben ser públicas. No hay otra forma de creer en la
televisión pública. Además, es urgente creer en la televisión pública
y en su dimensión, dada la selva en la que se está convirtiendo el
modelo audiovisual español, ya que los pocos límites que había para
evitar la concentración se están quitando de en medio. Con respecto a
la televisión privada, hemos pasado del límite del 25 al 49 por
ciento, incluso se está dando permisividad total en el accionariado
en distintos sectores. Nos encontramos con que, o hay un protagonismo
serio de las televisiones públicas en cuanto a titularidad, gestión y
producción, o vamos a un auténtico monopolio, si se quiere duopolio,
que no sólo va a afectar a los intereses partidarios, sino a la
democracia misma, al interés informativo, al derecho a la
información, tanto de los que la dan como de aquellos que la reciben.

Por lo tanto, en función de esto, señor presidente, en un debate que
ya en otras ocasiones hemos celebrado, por lo que se conocen sus
contenidos y se conoce muy bien la posición de Izquierda Unida,
votaremos a favor de esta enmienda de totalidad. En todo caso,
queremos dejar constancia de nuestra preocupación por las
explicaciones que se están dando, que encubren, en un terreno
enormemente sensible, una posición nítidamente neoliberal que
nosotros no vamos a compartir.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Alcaraz.




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Por el Grupo Socialista, el señor Martinón tiene la palabra.




El señor MARTINÓN CEJAS: Gracias, señor presidente.




Señoras y señores diputados, sean mis primeras palabras para expresar
la satisfacción de mi grupo al ver que don Manuel Alcaraz, diputado
de Nueva Izquierda, se recupera, al parecer satisfactoriamente, del
pequeño incidente que ha tenido.

Esta enmienda de totalidad que se presenta desde las filas de Nueva
Izquierda lo es a una proposición de ley presentada por el Parlamento
de Canarias, que ya debatimos aquí en su día, y que básicamente
contiene las mismas ideas que la presentada también en su día por la
Asamblea de Madrid y que el propio Gobierno presentó en un proyecto
de ley. Por cierto, son textos que llevan paralizados en esta Cámara
muchos meses, no sé si ya superamos el año, el año y medio o incluso
los dos años, y parece que o no hay voluntad de adoptar una posición
o hay una actitud de prudencia ante la continua evolución del sector.

En cualquier caso, adelanto que mi grupo comparte algunas de las
ideas esenciales de la enmienda presentada por Nueva Izquierda, pero
hay aspectos que no los comparte y que, por lo tanto, no le van a
permitir votar a favor. Si pretendemos que la titularidad y la
responsabilidad política de estos canales autonómicos sean de la
propia comunidad autónoma, parece que el ámbito de decisión de la
comunidad autónoma debe ser sensiblemente superior al que se
contempla en la enmienda que ha presentado Nueva Izquierda.

El texto que se está enmendando, que presentó en su día el Parlamento
de Canarias y cuya toma en consideración se votó, contenía dos ideas
básicas, señor presidente. Una, que la titularidad de los canales
autonómicos sea de las propias comunidades autónomas. Me parece que
es una idea que compartimos todos los grupos parlamentarios y, por lo
tanto, no vale la pena que dediquemos mucho tiempo a ese asunto. Pero
hay un segundo aspecto, que es el que se refiere a la gestión. El
texto del Parlamento de Canarias, como el del Gobierno, todo lo que
está defendiendo el Partido Popular y sus socios, tanto Coalición
Canaria como algunos otros, quieren permitir la privatización de esas
cadenas. Pero, señor Recoder, permítame una obviedad. Quieren
permitir la privatización... (El señor Recoder i Miralles hace signos
negativos.) ¿Todos no? Casi todos. ¿Por qué quieren que se pueda
privatizar? Para poder privatizar. Es claro. ¿Tiene mayor importancia
el asunto? ¿Es importante que haya o no una televisión pública o una
televisión privada? En España hay televisiones privadas y hay
televisiones públicas, pero estamos hablando de una televisión que
cubre un ámbito determinado, que es el de la comunidad autónoma, el
regional, el de una nacionalidad; utilicemos la expresión que
prefiramos. Si sólo hay una televisión autonómica -y puede ocurrir
que la haya, aunque la ley permita que pueda haber varias-, si la
gestión de esa televisión se privatiza, no estamos permitiendo la
participación de los distintos sectores políticos y sociales en la
comunicación a esa comunidad.

El artículo 20 de la Constitución obliga a que las televisiones
públicas, los medios de comunicación públicos en general, garanticen
la participación de las organizaciones sociales y políticas con
entidad que resulten relevantes, para, en una palabra, garantizar que
esos medios públicos de comunicación sean plurales de verdad. ¿Hay
garantía porque lo exija la Constitución o, por ejemplo, porque haya
un control parlamentario para que eso sea así? No la hay. Ya vemos
que en esta casa hay una Comisión de Control de Radiotelevisión
Española y es evidente que no existe pluralidad, en términos
razonables, en la Televisión española, no lo hay. Lo mismo podría
decirse de muchas televisiones autonómicas que hoy existen y que son
de titularidad y de gestión pública. La situación sería insoportable,
desde el punto de vista democrático, si encima la gestión resultara
privada, porque, como ya ocurre en algunas televisiones privadas, la
participación de todos los grupos relevantes desde el punto de vista
político y social sería nula o casi nula.

Parece obligado, señor presidente, que en esta selva de legislación
sobre la televisión se ponga orden. Quizás se pueda aprovechar esta
iniciativa legislativa del Parlamento de Canarias y las otras que ha
habido para intentar poner orden. El avance de las televisiones
digitales probablemente obligue a que se reestructure y se definan
los modelos de televisión que queremos para nuestro país. La
normativa, la legislación que tenemos es antigua, caduca y
necesariamente se hace imprescindible que se modernice.

Por último, no puedo sentarme sin dejar de decir - y acabo ya, señor
presidente- que la actual situación también hay que cambiarla porque
la arbitrariedad con la que ha actuado el Gobierno en relación con
una petición que hizo en su día el Gobierno de Canarias hay que
evitarla como sea. Lamento mucho que no haya ningún representante de
Coalición Canaria, pero están los del Partido Popular que también se
sientan en el Gobierno de Canarias. El Partido Popular y Coalición
Canaria, sentados en el Gobierno de Canarias, pidieron al Gobierno de
la nación el canal autonómico que por ley les corresponde. Esto
ocurrió en diciembre del año 1996; dos años después, el Gobierno de
la nación, el Gobierno de Jose María Aznar, se ha dignado concederle
al Gobierno de Canarias ese canal que la ley le permite tener. Es
evidente que esto no puede ser. Si la ley actual permite que el
Gobierno de la nación haga estas barrabasadas, habrá necesariamente
que modificar la ley, porque no es de recibo que una comunidad
autónoma, en cuyo Gobierno se sienta incluso el propio Partido
Popular, solicite del Gobierno de la nación la televisión que la ley
le autoriza y que el Gobierno de la nación se permita tardar dos años
en conceder la licencia pertinente. Algo, señor presidente, no
funciona bien.

Gracias.




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El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Martinón.

Por el Grupo Popular, el señor Medina Toledo tiene la palabra.




El señor MEDINA TOLEDO: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, en la actualidad el Congreso de los Diputados tramita tres
iniciativas legislativas relativas a la televisión autonómica. Una,
la del Parlamento de Canarias sobre modificación del régimen de
titularidad y gestión de la televisión autonómica, cuyo debate de
totalidad hoy nos ocupa y cuya toma en consideración se realizó el 6
de octubre del año 1998. Dos, el proyecto de ley reguladora del
servicio público de televisión autonómica presentado por el Gobierno.

Y, finalmente, tres, la proposición de ley de la Asamblea de Madrid,
que pretendía el mismo objetivo con la modificación de las leyes
vigentes. Estas dos ultimas iniciativas, el proyecto de ley del
Gobierno y la proposición de ley de la Asamblea de Madrid, fueron
debatidas conjuntamente en esta Cámara el 26 de marzo de 1998, siendo
rechazadas todas las enmiendas, tanto las de devolución como las de
texto alternativo.

Durante el debate para la toma en consideración de la proposición de
ley del Parlamento de Canarias -la que hoy nos ocupa-, de 6 de
octubre de 1998, el portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria manifestó literalmente lo siguiente: Esperamos que esta
proposición de ley, que queremos se incorpore a los dos expedientes
que en este momento se tramitan -al de la Asamblea de Madrid y al
proyecto presentado por el Gobierno-, adquiera un mayor dinamismo. El
compromiso que esperamos escuchar hoy del Grupo Parlamentario Popular
es que se van a acelerar estos proyectos de ley para ver que la
voluntad del Gobierno es que cada una de las comunidades autónomas
pueda tener una televisión adaptada a sus posibilidades económicas.

Fin de la cita.

Pues bien, señorías, hoy, en el primer Pleno del presente período de
sesiones, se hace claramente visible la voluntad política del
Gobierno, la del Grupo Parlamentario Popular y la de toda la Cámara
para dar solución y satisfacción adecuadas a una aspiración legítima
de las comunidades autónomas. Creo, señor Mardones, que su grupo
estará satisfecho, y todo ello es además coherente con la postura
manifestada por la portavoz de nuestro grupo, doña Ana Mato, en el
debate del día 6 de octubre, cuando señalaba claramente cuál era el
camino que se debía seguir para alcanzar los objetivos propuestos.

Cito también textualmente: En primer lugar, tomar en consideración
esta proposición -eso se hizo exactamente el 6 de octubre- y, en
segundo lugar, tramitar lo antes posible el proyecto de ley de
televisión autonómica de manera que el Parlamento de Canarias, en el
plazo más breve posible, de acuerdo con la ley y ajustándose al
contenido de la ley que aprobemos en esta Cámara, pueda decidir de
una vez por todas y con libertad si quiere una televisión autonómica
pública, si quiere una televisión autonómica privada o si no
quiere televisión autonómica.

Es pues evidente y claro que, en contra de lo manifestado aquí por
algunos portavoces con una cierta ligereza, no se prejuzga cuál es la
voluntad de las comunidades autónomas ni se impone modelo alguno. Se
deja que cada comunidad autónoma decida claramente qué es lo que
quiere hacer y -como doña Ana Mato decía muy bien- decida cuáles son
las prioridades en cuanto al presupuesto público y en cuanto a la
disponibilidad de una televisión que no necesariamente tiene que
financiarse con cargo al erario público, lo cual no va en menoscabo
de la posibilidad de que todos los grupos tengan acceso a ella ni de
la pluralidad suficiente para garantizar la democracia. Y justamente,
señorías, eso es lo que estamos haciendo hoy, acelerando el trámite
del proyecto de ley y de las proposiciones de ley con él
relacionadas.

Me apresuro a fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular, que
es contraria a la aceptación de la enmienda de totalidad presentada
por el Grupo Mixto, en particular por don Manuel Alcaraz Ramos, de
Nueva Izquierda, y don Joan Saura Laporta, de Iniciativa per
Catalunya-Els Verts. Un breve repaso de los debates parlamentarios
precedentes aquí citados muestran que los enmendantes son coherentes
ahora con su postura de entonces. Y ello es así porque formulan una
enmienda de totalidad reiterando prácticamente el mismo texto que
presentaron en su día. Estoy convencido de que, si hubiese tenido
oportunidad de ello, don Manuel Alcaraz habría defendido en los
mismos términos los argumentos que en aquel momento dio.

De forma más precisa, quiero señalar que la enmienda de totalidad con
texto alternativo sólo cambia de la de entonces en lo que les voy a
decir: se desdobla en dos partes la letra h) del artículo 5, se hace
una matización del artículo 9, invocando la legislación de la Unión
Europea, se hace otra matización a la disposición adicional tercera y
se suprimen las disposiciones transitorias. Pues bien, de forma
igualmente coherente, los argumentos que esgrimió en aquel momento
doña Ana Mato para el rechazo de la enmienda propuesta siguen hoy
vigentes, por lo que vale la pena recordarlos de forma resumida. En
síntesis, señorías, se trata de mantener como texto base el proyecto
de ley del Gobierno aunque más amplio, pues contiene dentro de sí
todos los aspectos esenciales de las dos proposiciones de ley que se
han presentado, la de Canarias y la de la Asamblea de Madrid. Sin
embargo, creemos que por un deber de respeto a esos parlamentos hay
que mantenerlas en sus términos y aceptarlas como están.

El posterior trámite de Comisión perfeccionará el texto base mediante
las proposiciones de ley admitidas y las propuestas de los grupos
parlamentarios. Aprovecho, señor presidente, para decir aquí que me
sorprende, siendo un diputado con un menor número de años aquí, que
algunas señorías ignoren que no hay ningún retraso cuando el trámite
de enmiendas está abierto,cuando tradicionalmente -y aquí no podía
ser de otra



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manera- los grupos parlamentarios -y en este caso también- piden una
ampliación del plazo de presentación de enmiendas y eso está
absolutamente vigente. Le diré que este proyecto de ley no sólo
corre, sino que prácticamente galopa hacia una satisfactoria
solución.

Voy terminando, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Termine en un minuto, señor
Medina.




El señor MEDINA TOLEDO: Dos minutos son suficientes, señor
presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tiene dos minutos exactos.




El señor MEDINA TOLEDO: Recordaré cuáles son los objetivos políticos
que no se cumplen con esta enmienda a la totalidad y que están
contenidos en el proyecto de ley del Gobierno. Primero, disponer de
una regulación de ley que debe ser global para la televisión
autonómica, adecuándola a la situación actual de liberalización y
competencia, es decir, de apertura y pluralismo en relación con los
medios de comunicación. Segundo, en este proyecto de ley se les da
más competencias a las comunidades autónomas. La televisión del
tercer canal será una televisión de titularidad autonómica y serán
las comunidades autónomas quienes decidan qué modelo de televisión y
qué gestión quieren. Tercero, el proyecto de ley mantiene el concepto
de televisión como servicio público sólo que de titularidad
autonómica.Y cuarto y último, La televisión autonómica no lo es
únicamente por sus contenidos, sino también por el ámbito territorial
en que se desarrolla.




Señor presidente, lamento decir que en este paisaje de coherencia
política de los enmendantes y de los grupos de Gobierno y sus
coaligados desentona la postura oscilante del Partido Socialista y su
grupo parlamentario. Verán SS.SS. que hay argumentaciones que
sostienen lo que digo. El Grupo Socialista se opuso a la toma en
consideración de esta proposición de ley emanada del Parlamento de
Canarias en el Congreso invocando una actitud coherente con su
postura de rechazo en el Parlamento de Canarias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Medina, si continúa
usted con esta argumentación, debe hacerlo en su tiempo. Estamos
debatiendo aquí una enmienda a la totalidad presentada por Iniciativa
per Catalunya-Nueva Izquierda. No me reabra nuevos debates porque
tendría que conceder turnos si me los pidieran después. Usted lo
valorará, la Presidencia le indica lo que puede pasar.




El señor MEDINA TOLEDO: Señor presidente, acato sus decisiones. Sin
embargo, verá que el portavoz del Grupo Socialista invocó al final de
su intervención una
situación respecto a una concesión que necesita una cierta
aclaración. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Si el portavoz del Grupo
Socialista solicita un turno, la Presidencia tendrá que dárselo y
usted intervendrá al final.




El señor MEDINA TOLEDO: No tengo inconveniente. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Eso lo decide la Presidencia.




El señor MEDINA TOLEDO: Estoy convencido de que la Presidencia así lo
hará.

Abreviando, señor presidente, para hacer honor a lo dicho, lo cierto
es que en el consejo de administración de la Radiotelevisión canaria
los consejeros propuestos por el Grupo Socialista han propiciado e
impulsado aceleradamente la creación de una televisión autonómica
que, en opinión del Gobierno, contraviene la ley vigente. Sin
embargo, ha manifestado el señor Martinón que se opone a todo tipo de
televisión autonómica en el debate de toma en consideración.

(Rumores.- Varios señores diputados: ¡No!)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Silencio, señorías. Termine
en un minuto, señor Medina.




El señor MEDINA TOLEDO: Todo ello, señor presidente, obedece a la
única intención de propiciar un conflicto político entre dos leales
socios parlamentarios en el Gobierno de Canarias y en el Parlamento
de Madrid.

Señor presidente, señorías, estoy convencido de que ese intento
resultará estéril a corto plazo con las iniciativas legislativas en
trámite, pues pronto dispondremos del cauce legal idóneo para
satisfacer las aspiraciones de las comunidades autónomas en esta
materia, e igualmente -y eso es lo importante-, se podrán adecuar
ciertas situaciones de hecho al marco legal resultante de este
proceso legislativo.

Por todos estos motivos, lamentamos no poder aceptar la enmienda a la
totalidad que hemos debatido, porque su aceptación retrasaría el
proceso y distorsionaría los objetivos políticos que se proponen a
través del proyecto de ley del Gobierno. Por ello, nuestro grupo
parlamentario votará en contra.

Señor Alcaraz, no me gusta hablar en términos pasados sino en
términos presentes. Yo me congratulo de verle otra vez sentado en el
escaño y espero verle pronto en plena actividad.

Gracias, señor presidente. Gracias, señorías. (El señor Martinón
Cejas pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Medina.

Señor Martinón, me lo temía. Tiene la palabra por tres minutos.




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El señor MARTINÓN CEJAS: Es posible que algunas de las señorías aquí
presentes no conozcan bien la pequeña historia de la televisión
autonómica en Canarias. El Gobierno de Canarias, donde se sienta
Coalición Canaria y el Partido Popular, toman la decisión de sacar
adelante la televisión autonómica en Canarias, de ponerla en
funcionamiento, de dar los pasos necesarios, y el primero de esos
pasos es pedirle al Gobierno de la nación que le dé, conforme a la
ley, la licencia del tercer canal de televisión. ¿Qué hemos hecho los
socialistas en Canarias? Aceptar democráticamente esa decisión
mayoritaria de las fuerzas políticas de Canarias, simplemente. Lo que
nos ha parecido poco decoroso por parte de alguna fuerza política,
concretamente del Partido Popular, es apoyar eso en el Gobierno,
boicotearlo sin embargo en el Gobierno de la nación y luego
boicotearlo en el propio consejo de administración. Eso es poner
piedras en el funcionamiento ordinario y normal de las instituciones
democráticas.

Tanto Coalición Canaria como el Partido Popular, y resulta obvio,
tomaron la decisión de poner en marcha esa televisión y de hacerlo
para privatizar su gestión, en una decisión legítima y que nosotros
no compartíamos. No compartíamos ese modelo, no creíamos -y
continuamos pensando igual- que fuera urgente, necesario y ni
siquiera conveniente poner en marcha esa televisión, entre otras
razones porque cuesta mucho dinero. Ellos dicen que la quieren
privatizar porque así costará menos dinero, simplemente quiero que se
den cuenta de que no habiéndola es como menos dinero cuesta.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Martinón.

Tiene tres minutos, señor Medina.




El señor MEDINA TOLEDO: Gracias, señor presidente.




Yo creo que del tiempo sobra más de la mitad. La realidad no es tal
como la cuenta el representante del Grupo Parlamentario Socialista.

Tan pronto el Gobierno de Canarias ha solicitado de forma adecuada y
de acuerdo con la ley vigente el tercer canal para una televisión
pública autonómica, que es lo único que la ley actual concede, el
Gobierno ha concedido la licencia. Por tanto, no es cierto lo que se
manifiesta.

Segundo punto, la postura de facto del Partido Socialista en Canarias
tampoco es la que su portavoz dice. Todo lo contrario, el consejo de
la Radiotelevisión canaria ha permitido la aprobación de un
procedimiento de contratación que privatiza de facto la televisión
autonómica canaria, en contra de lo que dice aquí, que es ilegal en
función de la ley vigente, y ahora está poniendo trabas a que podamos
aprobar una ley que dé cauce a que ese hecho que ellos han propiciado
pueda estar dentro del marco de la ley. Por consiguiente, hay que
decir las cosas con el rigor y con la pureza que ustedes no
acostumbran.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Finalizado el debate de
totalidad de la proposición de ley, pasamos a la votación de las
iniciativas que quedaban pendientes de ella. (El señor presidente
ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a proceder a las votaciones
correspondientes a los puntos que han sido objeto de debate y que
vienen abarcados por los que se numeran en el orden del día como
puntos XII y XIII, dictámenes de comisiones sobre iniciativas
legislativas, con los que vamos a empezar, y enmienda de totalidad a
una proposición de ley.




VOTACIONES:



- PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR
IMPORTE DE 7.673.674.489 PESETAS, PARA COMPENSAR EL DÉFICIT DE LA
COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA S. A., CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE
1996, POR LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MARÍTIMAS
DE INTERÉS NACIONAL. (Número de expediente 121/000121.)



El señor PRESIDENTE: El primer dictamen se refiere al proyecto de ley
sobre concesión de un crédito extraordinario para compensar el
déficit de la compañía Trasmediterránea, correspondiente al ejercicio
de 1996. Al no haber tenido enmiendas, se somete el dictamen
directamente a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 319.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS A LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. (Número de expediente 121/000134.)



El señor PRESIDENTE: Dictamen del proyecto de ley orgánica de
transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia. Al
no tener enmiendas, vamos a realizar, en primer lugar, la votación
correspondiente al dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
317; a favor, 317.




El señor PRESIDENTE: Queda también aprobado por unanimidad este
dictamen.




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VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Este dictamen requiere, a su vez, una votación
final de conjunto por tener naturaleza orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 319.




El señor PRESIDENTE: Habiendo alcanzado la unanimidad de la Cámara,
queda aprobado con el carácter de orgánico.




- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 19 DE LA
LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. (Número de
expediente 124/000004.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la proposición de ley orgánica de
modificación del artículo 19 de la Ley Orgánica número 6/1985, del
Poder Judicial.

Vamos a someter a votación seis bloques de enmiendas al dictamen. En
primer lugar, el artículo primero.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
317; a favor, 316; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votamos el artículo segundo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 297; en contra, 18; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Disposición adicional, apartado 1, párrafo primero.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
317; a favor, 297; en contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Sometemos a votación el resto de la disposición adicional.




Comienza la votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
316; a favor, 291; en contra, 24; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el resto de la disposición
adicional.

Señorías, vuelvo a recordarles que no está permitido introducir en el
hemiciclo artefactos inalámbricos o teléfonos móviles. Si lo hacen
SS.SS. deben hacerlo con ese instrumento móvil desconectado. Si no es
así y suenan
como están sonando en el momento de la votación, ya saben SS.SS.

que les será requisado por la Presidencia. (Risas.) Les ruego que, en
beneficio de la utilidad del instrumento, una vez abandonan el
hemiciclo, lo desconecten o no lo introduzcan.

Votación sobre la disposición transitoria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
317; a favor, 297; en contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la disposición transitoria.

Disposición final y exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
315; a favor, 294; en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la disposición final y también la
exposición de motivos.




VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación final de conjunto por
tener la proposición naturaleza orgánica.




Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 292; abstenciones, 26.




El señor PRESIDENTE: Al haber superado la mayoría absoluta legal de
la Cámara, queda aprobada con naturaleza orgánica.




- PROPUESTA DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE EXTREMADURA.

(Número de expediente 127/000011.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al dictamen de la propuesta de reforma
del Estatuto de Autonomía de Extremadura, comenzando por las
enmiendas de la señora Almeida, del Grupo Parlamentario Mixto.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, nueve; en contra, 290; abstenciones, 19.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 15; en contra, 301;abstenciones, tres.




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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votaciones correspondientes al dictamen. En primer lugar, el artículo
único, punto 46, correspondiente a la disposición adicional quinta
del Estatuto.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
318; a favor, 170; en contra, 141; abstenciones, siete.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el referido artículo y la
disposición.

Resto del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 294; en contra, 17; abstenciones, ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el resto del dictamen.




VOTACIÓN DE CONJUNTO:



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación final de conjunto por
tener la proposición naturaleza orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 319.




El señor PRESIDENTE: Habiendo alcanzado la unanimidad del Pleno,
queda aprobada la naturaleza orgánica de la propuesta.




- PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE TITULARIDAD Y
GESTIÓN DE LA TELEVISIÓN AUTONÓMICA. (Número de expediente 125/
000012.)



El señor PRESIDENTE: Finalmente, enmienda de totalidad de texto
alternativo a la proposición de ley sobre modificación del régimen de
titularidad y gestión de la televisión autonómica, que ha presentado
por el Grupo Parlamentario Mixto tan esforzadamente el señor Alcaraz.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos,
319; a favor, 23; en contra, 171; abstenciones, 125.




El señor PRESIDENTE: Queda, en consecuencia, rechazada la enmienda de
totalidad.

Finalizado el orden del día, se levanta la sesión.

Buenas tardes.




Era la una de la tarde.