Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 16, de 30/06/2020
cve: DSCG-14-CM-16 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2020 XIV LEGISLATURA Núm. 16

PARA LA UNIÓN EUROPEA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª SUSANA SUMELZO JORDÁN

Sesión núm. 4

celebrada el martes,

30 de junio de 2020

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Debate y votación de la siguiente propuesta de creación de ponencia:


- Para el estudio de las consecuencias derivadas de la salida del Reino Unido de la Unión Europea el 1 de febrero de 2020 y la futura relación con dicho Estado. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 154/000001 y número de
expediente del Senado 573/000001) ... (Página3)


Debate sobre control de subsidiariedad de iniciativas legislativas de la Unión Europea:


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) número 1305/2013 en lo que respecta a las medidas específicas destinadas a proporcionar ayuda temporal excepcional en el marco del
Feader en respuesta a la pandemia de COVID-19 [COM (2020) 186 final] [2020/0075 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000017 y número de expediente del Senado 574/000013) ... (Página3)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) número 1303/2013 en lo que respecta a los recursos para la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil [COM (2020) 206
final] [COM (2020) 206 final anexo] [2020/0086 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000018 y número de expediente del Senado 574/000014) ... (Página4)


- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+) [COM (2020) 447 final] [2018/0206 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000029 y número de
expediente del Senado 574/000025) ... (Página5)



Página 2





- Propuesta modificada de Decisión del Consejo sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea [COM (2020) 445 final] [2018/0135 (CNS)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000019 y número de expediente del
Senado 574/000015) ... (Página6)


- Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión número 1313/2013/UE, relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2020) 220 final]
[2020/0097 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000020 y número de expediente del Senado 574/000016) ... (Página6)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) número 1257/96 del Consejo, de 20 de junio de 1996, sobre ayuda humanitaria [COM (2020) 461 final] [2020/0110 (COD)]. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 282/000028 y número de expediente del Senado 574/000024) ... (Página7)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Mecanismo de Recuperación y Resiliencia [COM (2020) 408 final] [COM (2020) 408 final anexo] [2020/0104 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 282/000021 y número de expediente del Senado 574/000017) ... (Página8)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) número 2015/1017 en lo referente a la creación de un Instrumento de Apoyo a la Solvencia [COM (2020) 404 final] [2020/0106 (COD)].
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000022 y número de expediente del Senado 574/000018) ... (Página9)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) número 2017/1601 por el que se establece el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible (FEDS), la Garantía del FEDS y el Fondo de Garantía
del FEDS [COM (2020) 407 final] [2020/0107 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000023 y número de expediente del Senado 574/000019) ... (Página9)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la creación de un programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027 y por el que se deroga el Reglamento número 282/2014 ('programa La
UE por la Salud') (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2020) 405 final] [COM (2020) 405 final anexo] [2020/0102 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000025 y número de expediente del Senado 574/000021) ... href='#(Página10)'>(Página10)


- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión [COM (2020) 452 final] [COM (2020) 452 final anexo] [2018/0197 (COD)]. (Número de expediente
del Congreso de los Diputados 282/000026 y número de expediente del Senado 574/000022) ... (Página11)


- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo de Transición Justa [COM (2020) 460 final] [COM (2020) 460 final anexo] [2020/0006 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000027 y número de expediente del Senado 574/000023) ... (Página12)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) número 223/2014 en lo que respecta a la instrucción de medidas específicas para hacer frente a la crisis de la COVID-19 [COM (2020) 223
final] [2020/0105 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000024 y número de expediente del Senado 574/000020) ... (Página12)



Página 3





- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al instrumento de préstamo al sector público en el marco del Mecanismo para una Transición Justa [COM (2020) 453 final] [COM (2020) 453 final anexo] [2020/0100 (COD)]
[SWD (2020) 92 final]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000030 y número de expediente del Senado 574/000026) ... (Página12)


- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, así como normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados [COM (2020) 450
final] [COM (2020) 450 final anexo] [2018/0196 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000031 y número de expediente del Senado 574/000027) ... (Página13)


Se abre la sesión a las dos de la tarde.


DEBATE Y VOTACIÓN DE LA SIGUIENTE PROPUESTA DE CREACIÓN DE PONENCIA:


- PARA EL ESTUDIO DE LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA SALIDA DEL REINO UNIDO DE LA UNIÓN EUROPEA EL 1 DE FEBRERO DE 2020 Y LA FUTURA RELACIÓN CON DICHO ESTADO. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 154/000001 y número de
expediente del Senado 573/000001).


La señora PRESIDENTA: Señorías, comenzamos la sesión, siendo las 14:00, y procedemos a tramitar el orden del día de la Comisión Mixta para la Unión Europea.


El primer punto es la propuesta de creación de una ponencia para el estudio de las consecuencias derivadas de la salida del Reino Unido de la Unión Europea el 1 de febrero de 2020 y la futura relación con dicho Estado.


¿Alguien de ustedes no conoce el texto y desea que lo leamos? (Pausa).


Si alguien de ustedes quiere intervenir, habrá un turno de palabra, de menor a mayor. (Pausa).


¿Algún grupo desea someter la propuesta a votación? (Pausa).


¿Puede aprobarse por asentimiento? (Asentimiento).


Queda aprobada la propuesta de creación de una ponencia para el estudio y las consecuencias derivadas de la salida del Reino Unido de la Unión Europea el 1 de febrero del 2020.


Me indica el letrado que conviene que cuanto antes los grupos procedan a comunicar los nombres de los integrantes de la ponencia de estudio para empezar a trabajar lo antes posible. El texto se publicará en el boletín.


DEBATE SOBRE CONTROL DE SUBSIDIARIEDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS DE LA UNIÓN EUROPEA:


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1305/2013 EN LO QUE RESPECTA A LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS DESTINADAS A PROPORCIONAR AYUDA TEMPORAL EXCEPCIONAL EN EL MARCO DEL
FEADER EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE COVID-19 [COM (2020) 186 FINAL] [2020/0075 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000017 y número de expediente del Senado 574/000013).


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate sobre control de subsidiariedad de iniciativas legislativas de la Unión Europea. El segundo punto del orden del día es la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se
modifica el Reglamento número 1305/2013 en lo que respecta a las medidas específicas destinadas a proporcionar ayuda temporal excepcional en el marco del Feader en respuesta a la pandemia de COVID-19. Número de expediente 282/000017.


Interviene para presentar el informe doña Milagros Marcos Ortega, del Grupo Parlamentario Popular, por tiempo de cinco minutos.



Página 4





La señora MARCOS ORTEGA: Buenos días. Muchas gracias, presidenta.


Efectivamente, se trata del reglamento del Parlamento Europeo por el que se modifica el Reglamento de la Unión Europea número 1305/ 2013 en lo que respecta a una medida específica destinada a proporcionar ayuda temporal excepcional en el
marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, Feader, en respuesta al brote del COVID-19.


Nuestro grupo parlamentario considera importante que se flexibilicen, como plantea este reglamento, los fondos que en este momento tienen los países miembros a fin de optimizar su ejecución en un momento intermedio de la pandemia y poder
destinar fondos específicos a aquellos sectores más afectados por la misma. Consideramos muy positivo que se hayan tenido en cuenta las propuestas del Parlamento ampliando los plazos y la cuantía de las ayudas. De hecho, en la primera propuesta
del reglamento se planteaba ayudas de hasta 5000 euros por agricultor, y en la propuesta definitiva llegan hasta 7000 euros por agricultor y 50 000 euros por pyme. Es importante que se considere esta flexibilización de la financiación para las
pequeñas y medianas empresas, que en su mayoría conforman el tejido empresarial vinculado al sector agroalimentario. La ayuda consistirá en pago de cantidad a tanto alzado y se deberá abonar a más tardar el 30 de junio de 2021, es decir, se ha
ampliado el plazo hasta el próximo año para poder garantizar su ejecución y el aprovechamiento completo de estos fondos. Es destacable el hecho de que se flexibilicen estas medidas y que sean los programas de desarrollo rural de los diferentes
países los que las articulen y orienten directamente a estos sectores más perjudicados.


También es cierto que se ha incrementado la ayuda concedida Feader, en virtud del artículo 39 ter, que puede llegar al 2 % de la contribución total del Feader al programa de desarrollo rural, cuando en origen se había planteado un 1 %. Pero
no es menos cierto que, dada la previsión que recoge la propia modificación del reglamento, en el que se habla del padecer del sector agrícola y de la afectación que tienen el sector agrícola y el sector alimentario, de las numerosas dificultades
derivadas de las limitaciones generalizadas por la libertad de circulación en los Estados miembros, por la afectación y el cierre de restaurantes y hostelería, se podría haber planteado en la Comisión y en el Parlamento Europeo un incremento
superior, teniendo en cuenta la posibilidad que permite la propia normativa de llegar hasta el 10 % de aportación para el conjunto total del problema.


También hay que destacar que no se trata de una financiación adicional, a pesar de la situación que está viviendo el sector, sino de flexibilización, en este caso respecto de utilización de las partidas. La Comisión ha planteado,
simplemente, una ayuda de 80 millones de euros para todos los países como ayuda directa. En otras ocasiones ha habido menor financiación, pero valoramos como adicional a este reglamento y a esta flexibilización que aquí se regula el marco temporal
de ayudas estatales recogidas en la State aid SA56851, donde se hace mención específica por parte de la Comisión de estas ayudas de Estado a los sectores agrarios y agroalimentarios, con la posibilidad de recibir hasta 100 000 euros en beneficio que
todavía puede aplicarse en nuestro país.


Por lo tanto, tanto por la flexibilidad que supone como por la facilidad de ejecución, aún teniendo en cuenta que no son cuantías elevadas, consideramos que la Comisión Mixta para la UE puede entender esta propuesta de reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo ajustada al principio de subsidiariedad establecido en el vigente tratado de la UE.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo quiere intervenir? (Pausa).


¿Algún grupo desea que se someta a votación? (Pausa).


¿Puede entenderse el informe aprobado por el asentimiento? (Asentimiento).


Queda aprobado por asentimiento.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1303/2013 EN LO QUE RESPECTA A LOS RECURSOS PARA LA ASIGNACIÓN ESPECÍFICA PARA LA INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL [COM (2020) 206
FINAL] [COM (2020) 206 FINAL ANEXO] [2020/0086 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000018 y número de expediente del Senado 574/000014).



Página 5





- PROPUESTA MODIFICADA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+) [COM (2020) 447 FINAL] [2018/0206 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000029 y número de
expediente del Senado 574/000025).


La señora PRESIDENTA: Pasamos a los puntos 3.º y 4.º del orden del día, que, por acuerdo de la Mesa y junta de portavoces del día 16 de junio, se debaten conjuntamente. La primera es la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo por el que se modifica el Reglamento número 1303/2013 en lo que respecta a los recursos para la asignación específica para la iniciativa de empleo juvenil, número de expediente 282/000018. El punto 4.º es la propuesta modificada del
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Fondo Social Europeo Plus, número de expediente 282/000029.


Interviene para presentar el informe doña Carmen Leyte Coello, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, en un turno de cinco minutos.


La señora LEYTE COELLO: Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, el coronavirus ha supuesto un enorme impacto en nuestra sociedad, poniendo contra las cuerdas a nuestro sistema sanitario y económico y afectando gravemente a nuestro comportamiento social. Tras una respuesta titubeante en los
inicios de la crisis de la COVID-19, la Comisión Europea se puso las pilas con su bien recibido plan de recuperación, que esperemos que vaya adelante. Como decía su presidenta, la señora Ursula von der Leyen, es el momento de Europa, y esperemos
que así sea. En mayo, la Comisión presentó los cambios necesarios en los programas de financiación social de la Unión Europea para poder hacer así frente a los retos sociales y de empleo en la crisis que ha provocado esta pandemia y que afecta a
todos los países, a algunos más que otros. Se propone que los fondos de cohesión reciban 55 000 millones de euros para el periodo 2020-2022. El instrumento será el React UE, en el que el Fondo Social Europeo 2014-2020 desempeña un papel clave en
el mantenimiento del empleo y la inclusión social. Serán asignados en función de la grave repercusión socioeconómica, incluido el desempleo juvenil, que, como todos sabemos, concretamente a nuestro país afecta de manera grave. Según los últimos
datos, tenemos una tasa de casi el 33 %, uno de cada tres jóvenes menores de veinticinco años no encuentra empleo.


En el marco de las nuevas propuestas para el futuro presupuesto de la Unión Europea 2021-2027, la Comisión también presentó modificaciones de la propuesta del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), principal instrumento para financiar el
fortalecimiento de la Europa social, concentrándose en los problemas de los ciudadanos. Esta modificación también incluye el desempleo juvenil. Por ello los Estados miembros tendrán que dedicar al menos el 10 % del Fondo Social Europeo Plus para
medidas que fomenten la inclusión social y vayan dirigidas a los más necesitados. También se establece un objetivo del 4 % para apoyar a los más vulnerables. La Comisión propone un presupuesto total de 1,01 billones de euros para el periodo desde
2021 a 2027. El Fondo Social Plus es el resultado de fusionar varios fondos: el fondo europeo existente, el de iniciativa de empleo juvenil, el fondo de ayuda a los más necesitados, el programa europeo de empleo, el de innovación social y el de
salud. De esos 1,01 billones de euros, 761 millones se destinarán al empleo e innovación social y 413 millones al capítulo de salud. En definitiva, el plan, en su conjunto, pretende dar una respuesta fuerte y coordinada para paliar las
consecuencias económicas de la COVID-19, dando apoyo al sector sanitario, a los trabajadores y a las empresas para salvar empleos. Para ello hay que modificar el actual marco financiero plurianual 2014-2020, para poder liberar 11 500 millones de
financiación para este año 2020, y dentro de esas modificaciones se enmarca lo que nos trae hoy aquí. Estas modificaciones son importantes para los Estados miembros. Han mandado informe los Parlamentos de La Rioja, Galicia y Extremadura, sin
ninguna objeción, y, por supuesto, cumplen los supuestos de proporcionacionalidad y subsidiariedad. Por todo ello, pido el voto favorable de esta Comisión.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Marcos.


¿Algún Grupo desea intervenir? (Pausa).


¿Algún grupo desea que se someta a votación? (Pausa).


¿Puede entenderse aprobado por asentimiento? (Asentimiento).


Queda aprobado por asentimiento.



Página 6





- PROPUESTA MODIFICADA DE DECISIÓN DEL CONSEJO SOBRE EL SISTEMA DE RECURSOS PROPIOS DE LA UNIÓN EUROPEA [COM (2020) 445 FINAL] [2018/0135 (CNS)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000019 y número de expediente del
Senado 574/000015).


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 5.º del orden del día: Propuesta modificada de Decisión del Consejo sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea. Número de expediente 282/000019.


Interviene para presentar el informe el señor Antonio Gutiérrez Limones, del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor GUTIÉRREZ LIMONES: Muchas gracias, señora presidenta. Buenas tardes.


Lo que nos trae aquí para pedir nuestro informe de acuerdo, conforme al principio de subsidiaridad, es una modificación de la Decisión del Consejo sobre el Sistema de Recursos Propios de la Unión Europea que se aprobó el 2 de mayo de 2018,
que tenía como objetivo garantizar la financiación del presupuesto de la Unión, es decir, el marco financiero plurianual 2021-2027. Es una propuesta, por tanto, de carácter excepcional y temporal para dar una respuesta conjunta a las consecuencias
económicas y sociales provocadas por la pandemia del COVID-19 y pretende ser un complemento de las medidas económicas y financieras adoptadas ya por cada uno de los Estados miembros. En esta nueva propuesta se recoge la posibilidad de que la
Comisión acuda a operaciones de empréstito por valor de 750 000 millones de euros, de los cuales 250 000 serían aplicables a concesión de crédito y 500 000 a subvenciones. Se pretende que sean desembolsados cuando la Unión Europea emprenda una
senda de crecimiento positiva, que se entiende que sería al inicio del año 2028, y serían devueltos en su integridad al finalizar el año 2058.


Hemos recibido una carta del presidente del Parlamento sueco en la que el Riksdag plantea que el marco financiero plurianual debe estar basado en una política presupuestaria eficiente y restrictiva, que en la medida de lo posible el apoyo
debe basarse en los instrumentos y forma de financiación ya existentes, y que el Parlamento sueco entiende que este tipo de préstamos se gestionan mucho mejor desde el ámbito nacional. El Riksdag ya consideró que la propuesta original del sistema
de recursos propios, o sea, la del año 2018, no cumplía con el principio de subsidiaridad, y ahora sigue insistiendo en que no la cumple la actual propuesta.


Por otro lado, se han recibido informes positivos, de conformidad, de la Asamblea de Extremadura y del propio Gobierno de España.


Los objetivos de la propuesta van más allá del interés y del beneficio exclusivo de uno o de varios Estados miembros. Estos objetivos no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los propios Estados y sí pueden serlo más fácilmente a
escala de la Unión Europea. Los beneficios son claros y la gestión es compartida. Por eso, podemos concluir que esta propuesta cumple plenamente con el principio de subsidiaridad y, por tanto, solicito a la Comisión que así se apruebe.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias señor Gutiérrez Limones.


¿Algún Grupo quiere intervenir? (Pausa).


¿Algún grupo desea que se someta a votación? (Pausa).


¿Se entiende aprobada por asentimiento? (Asentimiento).


Queda aprobada por asentimiento.


- PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR LA QUE SE MODIFICA LA DECISIÓN NÚMERO 1313/2013/UE, RELATIVA A UN MECANISMO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA UNIÓN (TEXTO PERTENECIENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2020) 220 FINAL]
[2020/0097 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000020 y número de expediente del Senado 574/000016).



Página 7





- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (CE) NÚMERO 1257/96 DEL CONSEJO, DE 20 DE JUNIO DE 1996, SOBRE AYUDA HUMANITARIA [COM (2020) 461 FINAL] [2020/0110 (COD)]. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 282/000028 y número de expediente del Senado 574/000024).


La señora PRESIDENTA: Pasamos a los puntos 6.º y 7.º del orden del día, que, por acuerdo de la Mesa y portavoces de la Comisión del día 16 de junio, se tramitarán conjuntamente. Punto número 6.º, propuesta de decisión del Parlamento
Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión número 1313/2013/UE, relativa a un mecanismo de protección civil de la Unión. Texto perteneciente a efectos del EEE. Número de expediente 282/000020. Punto 7.º, propuesta del reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento número 1257/96 del Consejo, de 20 de junio de 1996, sobre la ayuda humanitaria. Número de expediente 282/000028.


Interviene para presentar el informe el señor José Manuel Bolaños Viso, del Grupo Parlamentario Socialista. Tiene cinco minutos.


El señor BOLAÑOS VISO: Gracias, presidenta.


Haré una sola presentación porque ambas modificaciones se complementan entre ellas y porque el sentido de la propuesta es la misma para ambos reglamentos.


En lo que se refiere a la primera de ellas, el artículo 19 de la Decisión 1313/2013/UE, relativa a un mecanismo de protección civil de la Unión y las disposiciones con él relacionadas, hace referencia a la dotación financiera disponible para
respaldar la protección civil en el actual marco financiero plurianual 20142020 y, puesto que el actual marco financiero plurianual se acerca a su fin, es necesario modificar dichas disposiciones para garantizar la continuidad de la financiación del
mecanismo de la Unión. Por tanto, el objeto de dicha modificación se limita estrictamente a las disposiciones presupuestarias de la Decisión 1313/2013/UE. En resumen, la propuesta pretende reforzar la capacidad colectiva de los Estados miembros y
de la Unión Europea de respuesta a las catástrofes mediante la creación de una reserva especial de capacidades de respuesta. También pretende incrementar o implantar la cofinanciación en la Unión Europea para adaptar, reparar, transportar o hacer
funcionar capacidades asignadas al Grupo Europeo de Protección Civil. Pretende también hacer mayor hincapié en la prevención, mejorar la coherencia con otras políticas clave de la Unión Europea, establecer una red de conocimiento sobre protección
civil y fortalecer la cooperación con países vecinos.


En lo que se refiere a la modificación del Reglamento 1257/96 del Consejo, relativo a la ayuda humanitaria, quiero poner de relieve que la situación actual de crisis sanitaria no es ajena a la Unión Europea. Como saben, el coronavirus ha
sacudido a Europa y al mundo entero. Para proteger las vidas y los medios de subsistencia, reparar los daños al mercado único y forjar una recuperación sostenible y próspera, la Comisión Europea propone aprovechar todas las oportunidades que brinda
el presupuesto de la Unión Europea. La propuesta de modificación de este reglamento responde a las nuevas necesidades imprevistas relacionadas con la COVID-19, aumentando la disponibilidad de recursos adicionales por encima de los importes del
marco financiero plurianual 2021-2027. Por esta razón, y en consonancia con el papel y la responsabilidad de la Unión y con sus valores, también deben utilizarse recursos financieros del instrumento de recuperación, a fin de respaldar los esfuerzos
de dichos países para combatir y recuperarse de los efectos de la pandemia de la COVID-19.


Para finalizar, entiendo que no nos compete como Comisión pronunciarnos en cuanto al fondo de este asunto, pues no es este el foro, sino analizar la subsidiariedad. En este sentido, hay que decir que la presente directiva se ajusta a los
principios de subsidiariedad y proporcionalidad establecidos en el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea.


Muchas gracias. (La señora Illamola Dausà pide la palabra).


La señora PRESIDENTA: ¿Quiere intervenir? (Asentimiento). Tiene la palabra la señora Illamola.


La señora ILLAMOLA DAUSÀ: Gracias.


Simplemente, me voy a referir a dos cuestiones. El ponente, al final, ha hablado de la propuesta de la presente directiva. Pero, si no he entendido mal, es una propuesta de decisión y una propuesta de reglamento. En el texto también habla
de directiva. Supongo que es un error tipográfico, pero me gustaría aclararlo o saber si es error mío.



Página 8





Después, hago una reflexión conjunta a distintos informes que se han planteado, porque es una cuestión general. En este caso, en el apartado d) de los antecedentes -lo hemos comentado antes, pero me gustaría que constase en el Diario de
Sesiones- se pone que en este párrafo se incluirán los resúmenes del informe del Gobierno y de los informes de los parlamentos de las comunidades autónomas. Yo entiendo que no se han recibido porque todavía están en plazo; no ha terminado todavía
el plazo de las cuatro semanas para que los manden. Celebramos esta sesión por la premura del tiempo y lo entiendo perfectamente, pero agradecería que en sesiones futuras intentásemos cumplir con los plazos. Lo que se ha adoptado va en la tónica
de lo que ha hecho la Comisión Europea en situaciones excepcionales, y por eso digo que lo entiendo perfectamente y estoy completamente de acuerdo, pero desvirtuamos un poco el papel de los parlamentos de las comunidades autónomas.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Lo tendremos en cuenta para próximas convocatorias de la Comisión. Efectivamente, ha sido por la necesidad de cumplir con los plazos y aprobarlos cuanto antes. Tenía que ser ya. ¿Algún otro grupo desea intervenir?
(Pausa). ¿Algún grupo desea que haya votación? (Pausa). ¿Puede entenderse aprobado por asentimiento? (Asentimiento). Quedan aprobados los dos puntos por asentimiento.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE UN MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA [COM (2020) 408 FINAL] [COM (2020) 408 FINAL ANEXO] [2020/0104 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 282/000021 y número de expediente del Senado 574/000017).


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 8.º del orden del día, propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un mecanismo de recuperación y resiliencia. Número de expediente 282/000021.


Interviene para presentar el informe el señor Pons Sampietro, del Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo de cinco minutos.


El señor PONS SAMPIETRO: Buenas tardes, presidenta. Muchas gracias.


Empezaré con una primera reflexión, visto que estamos a finales de junio, un junio europeo, junio en que se proclamó el Plan Marshall o el 'whatever it takes' de Draghi, y estamos a punto de cerrar este mes de junio en el que se ha hablado y
se ha debatido sobre el fondo de reconstrucción y resiliencia, y en el que todos los grupos nos jugamos el futuro de este país en los próximos meses. Por tanto, la primera reflexión que hay que hacer es que lo que debatimos hoy -que es la forma- es
quién es la autoridad competente que está más próxima a la problemática de la reconstrucción económica, social y sanitaria del continente. Con los informes que ha habido, por ejemplo el del Gobierno, es evidente que el instrumento que se va a crear
a partir de la base jurídica del artículo 175.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea es la entidad europea y, por tanto, conforme a lo que ha descrito el Gobierno en su informe, no hay ninguna duda de que el principio de subsidiariedad
se cumple. Pero yo creo que es importante recordar algunas cuestiones relacionadas con este fondo. En primer lugar, que, lógicamente, las propuestas del Consejo y del Parlamento están amparadas en clave jurídica, no hay ninguna discusión, y
después, por supuesto, que estamos en el ámbito del corto plazo y que, como dice el informe del Gobierno, va a permitir, tanto a través de transferencias como de préstamos, que haya inversiones públicas en el ámbito social, del empleo, de la
educación, de la investigación, de la innovación y de la salud y, por tanto, se va a poder garantizar una mejor transición ecológica y digital, una mayor transición a las energías limpias, un mejor crecimiento sostenible y una mayor diversificación
de la cadena de suministros. Este informe, a nuestro parecer, al parecer del Grupo Parlamentario Socialista, después del informe emitido por el Gobierno, nos parece que es acorde con el principio de subsidiariedad. Por tanto, también aprovechamos
para reclamar la mayor unidad posible en las próximas semanas para la aprobación de este fondo.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Pons Sampietro.


¿Algún grupo desea tomar la palabra? (Pausa). ¿Algún grupo desea que lo sometamos a votación? (Pausa). ¿Puede entenderse entonces aprobado por asentimiento? (Asentimiento). Queda aprobado por asentimiento.



Página 9





- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 2015/1017 EN LO REFERENTE A LA CREACIÓN DE UN INSTRUMENTO DE APOYO A LA SOLVENCIA [COM (2020) 404 FINAL] [2020/0106 (COD)].
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000022 y número de expediente del Senado 574/000018).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 2017/1601 POR EL QUE SE ESTABLECE EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO SOSTENIBLE (FEDS), LA GARANTÍA DEL FEDS Y EL FONDO DE GARANTÍA
DEL FEDS [COM (2020) 407 FINAL] [2020/0107 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000023 y número de expediente del Senado 574/000019).


La señora PRESIDENTA: Por acuerdo de la Mesa y portavoces de la Comisión del 16 de junio de este año, los puntos 9.º y 10.º se debaten conjuntamente. El punto 9.º es la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el
que se modifica el Reglamento 2015/1017 en lo referente a la creación de un instrumento de apoyo a la solvencia; número expediente 282/000022. Y el punto 10.º es la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se
modifica el Reglamento 2017/1601, por el que se establece el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible, la Garantía del Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible y el Fondo de Garantía del Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible; número de expediente
282/000023.


Para presentar el informe, intervendrá el señor Fernández-Roca Suárez, del Grupo parlamentario VOX. Tiene la palabra durante cinco minutos.


El señor FERNÁNDEZ-ROCA SUÁREZ: Muchas gracias, señora presidente.


La propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el cual se modifica el Reglamento de la Unión Europea 2015/1017, en lo referente a la creación de un instrumento de apoyo a la solvencia, modifica el Reglamento de la Unión
relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, al Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión y al Portal Europeo de Proyectos de Inversión. Por medio del mismo, se introduce un instrumento temporal de capital abierto a todos los
Estados miembros y a todos los sectores englobados en el Reglamento del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, centrándose en aquellos Estados miembros cuyas economías se hayan visto más afectadas por la crisis sanitaria del virus de Wuhan o
en los que la disponibilidad de apoyo estatal en materia de solvencia sea más limitada. El objetivo es ayudar a restablecer la viabilidad de las empresas y liberar su potencial de crecimiento, contribuyendo, al mismo tiempo, a las prioridades de la
Unión Europea. A tal efecto, se ofrecerá una garantía de la Unión al Banco Europeo de Inversiones, en virtud del Reglamento de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos. El apoyo a la solvencia constituirá un tercer marco en el Fondo
Europeo para Inversiones Estratégicas, a fin de movilizar el capital privado para apoyar la solvencia de las empresas susceptibles de ser respaldadas.


Por su parte, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento de la Unión 2017/1601, por el que se establece el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible, la Garantía y el Fondo de Garantía,
se articula en respuesta al impacto del coronavirus de Wuhan. Así, la Comisión propone un paquete ambicioso, con un incremento en los límites máximos del marco financiero plurianual de 2014 a 2020, que permita implantar medidas dentro y fuera de la
Unión Europea, tales como medidas de apoyo a las empresas afectadas, ayuda de cohesión a los Estados miembros, refuerzo de capacidades para mejorar la preparación frente a situaciones de crisis futuras y medidas conexas que se apliquen a través de
instrumentos y programas de la Unión específicos y de conformidad con los actos relevantes de la Unión, en los que se establezcan las normas para dichos instrumentos y programas. La Unión pondrá a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo
Sostenible un importe adicional de 1040 millones de euros, aumentando la garantía en 2078 millones de euros, con lo que el límite máximo de la garantía de la Unión ascendería a 3578 millones de euros, y amplía el ámbito geográfico de los Fondos
Europeos de Desarrollo a los beneficiarios de los Balcanes Occidentales, enumerados en el Anexo I del Reglamento de la Unión 2014/231, por el que se establece un instrumento de ayuda de preadhesión.


Por todos los motivos anteriormente expuestos, el Grupo Parlamentario VOX entiende que la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento de la Unión Europea 2015/1017 en lo referente a la
creación de un instrumento de apoyo a la solvencia y la



Página 10





propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento 2017/1601, por el que se establece el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible, la Garantía y el Fondo de Garantía son conformes al principio de
subsidiariedad establecido en el vigente Tratado de la Unión Europea. Por tanto, nuestro grupo parlamentario votará a favor de la misma.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Fernández-Roca Suárez.


¿Algún grupo quiere tomar la palabra? (Pausa). ¿Y algún grupo desea que se someta a votación? (Pausa). ¿Puede entenderse aprobado por asentimiento? (Asentimiento). Queda aprobado por asentimiento.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LA CREACIÓN DE UN PROGRAMA DE ACCIÓN DE LA UNIÓN EN EL ÁMBITO DE LA SALUD PARA EL PERIODO 2021-2027 Y POR EL QUE SE DEROGA EL REGLAMENTO NÚMERO 282/2014 ('PROGRAMA DE
LA UE POR LA SALUD') (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2020) 405 FINAL] [COM (2020) 405 FINAL ANEXO] [2020/0102 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000025 y número de expediente del Senado 574/000021).


La señora PRESIDENTA: Si no hay problema por parte de los portavoces y el resto de los grupos, dejamos el punto número 11.º para el final, porque el señor Roberto Uriarte no está en la sala y es quien lo defiende.


Pasamos al punto número 12.º, que es la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la creación de un programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027 y por el que se deroga el
Reglamento número 282/2014 ('Programa de la UE por la Salud'), con número de expediente 282/000025. Intervendrá para presentar el informe el señor Moreno Palanques, del Grupo Parlamentario Popular.


El señor MORENO PALANQUES: Muchas gracias, señora presidenta.


Efectivamente, es un programa nuevo que forma parte de las medidas para responder a la actual pandemia del COVID-19. Si bien existe una decisión del año 2013 sobre amenazas transfronterizas graves para la salud, es obvio que esta COVID-19
ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar los sistemas sanitarios de toda la Unión para responder con eficacia a este tipo de pandemia, según el Reglamento Sanitario Internacional.


En esta pandemia nos hemos dado cuenta de que hemos tenido muchos problemas. En España los hemos tenido, sin ninguna duda, y en el resto de la Unión Europea también. Hay que subsanar determinadas carencias, entre ellas, el desarrollo y
producción de medicamentos, que muchos se están produciendo en el este, en China y en India; el suministro de equipos de los hospitales, ya que hemos tenido problemas para traerlos a nuestro país; la disponibilidad de profesionales sanitarios, que
es otro de los problemas que hemos tenido; recursos, herramientas y servicios digitales, y la necesidad de mantener también el acceso a bienes y servicios en situaciones de pandemia, que, sin ninguna duda, se volverán a repetir, esta u otra.


Por ello, se crea este programa específico, la Unión Europea por la salud, cuyos objetivos son mejorar ese nivel de protección de salud pública, apoyando acciones destinadas a promover la salud; prevenir enfermedades, tanto transmisibles
como no transmisibles, los dos tipos; reforzar los sistemas sanitarios nacionales, y mejorar la disponibilidad, a precios asequibles, de medicamentos y otros productos para la crisis. Vamos a ver cómo se hace, porque es una prerrogativa de cada
país, y el ministerio, acertadamente, pone de manifiesto en su informe que habrá que tenerlo previsto en los programas de trabajo que se plantean.


Intercambiar buenas prácticas. Hay países de la Unión Europea que han respondido muy bien a esta pandemia y otros no tan bien, y convendría ver qué es lo que han hecho bien unos y otros para intentar compartirlo. En ese sentido, la
Comisión va a trabajar en estrecha colaboración con todos los Estados miembros, incluso con terceros países y socios internacionales. Aprobando este reglamento, que es de obligado cumplimiento, se deroga otro reglamento, para el programa 2014/2020,
también en el ámbito de la salud.


Antes de acabar, tengo que decir algo interesante y es que el programa marco financiero plurianual se va a plantear ahora bajo un principio general, que es el de la salud en todos los programas. Eso nos va a



Página 11





permitir utilizar instrumentos de los distintos programas del nuevo marco financiero plurianual para, de forma complementaria y en sinergia con este reglamento, poder mejorar ese abordaje. Teóricamente, empieza su aplicación a partir del 1
de enero de 2021 -ya con la Unión a veintisiete, porque ya no estará Reino Unido, que ha decidido salir definitivamente; pues fenomenal-, y la ejecución del Programa de la Unión Europea por la Salud, obviamente, va a tener que respetar, con esas
salvedades que decía, todas las responsabilidades que tienen los Estados miembros. Por lo tanto, respeta plenamente el principio de subsidiariedad y, además, la propuesta es proporcionada. Por eso, se propone a la Comisión que sea aprobada como
tal, de acuerdo con el vigente Tratado de la Unión Europea.


La señora PRESIDENTA: ¿Algún grupo desea intervenir? (Pausa). ¿Algún grupo desea que se someta a votación este punto? (Pausa). ¿Puede entenderse aprobado por asentimiento el punto 12.º del orden del día? (Asentimiento). Queda aprobado
por asentimiento.


- PROPUESTA MODIFICADA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL Y AL FONDO DE COHESIÓN [COM (2020) 452 FINAL] [COM (2020) 452 FINAL ANEXO] [2018/0197 (COD)]. (Número de expediente
del Congreso de los Diputados 282/000026 y número de expediente del Senado 574/000022).


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 13.º del orden del día, propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión; número de expediente
282/000026.


Interviene, para presentar el informe, doña Marta Martín Llaguno, del Grupo Parlamentario Ciudadanos. Tiene la palabra durante cinco minutos.


La señora MARTÍN LLAGUNO: Gracias, presidenta.


El Parlamento Europeo y la Comisión Europea, desde el primer momento del surgimiento de la epidemia del COVID, se plantearon reformas que regularan los fondos estructurales y de inversión. De este modo, las instituciones europeas, desde el
primer momento, han trabajado para tender la mano, tanto a las corporaciones locales como a las comunidades autónomas, para ofrecerles la posibilidad de acometer gasto sanitario necesario para contener la enfermedad. El reglamento que nos ocupa
data de 2018 y supone precisamente el necesario punto de partida para asegurar que el diseño de la gestión y la ejecución de los fondos europeos se hagan de forma más ajustada a los reales beneficiarios de estos fondos, una cuestión que es muy
importante o que ha sido muy importante precisamente con la emergencia sanitaria del COVID-19. Esta propuesta de reglamento aspira, por tanto, a simplificar todos los procesos mediante los cuales los beneficiarios acceden a los fondos europeos, a
eliminar las barreras existentes y también a una cosa muy importante, como es poder reorientar las prioridades de inversión de los instrumentos financieros a los que afecta. Esta reforma viene, además, informada por evaluaciones ex post facto del
impacto real de los fondos Feder y también de los fondos de cohesión.


Con relación al principio de subsidiariedad, hemos visto que el artículo 174 del TFUE habla de desarrollar y perseguir la acción encaminada a reforzar la cohesión económica y en este mismo artículo se habla de reducir las diferencias entre
los niveles de desarrollo de las diferentes regiones. También los objetivos del Feder se exponen en el artículo 176 del TFUE y los del Fondo de Cohesión en el artículo 177. En cualquier caso, esta acción siempre es compartida por los Estados
miembros que ejercen las competencias de gestión de estos fondos europeos.


La verdad es que la propia propuesta se tiene que acompañar de contribuciones de las partes interesadas que explican la importancia de que la Unión Europea se involucre en esas inversiones que muchos países no podrían hacer, que representan
el 50 % de la inversión pública. De otra forma, no tendrían capacidad financiera para llevar a cabo tales inversiones. Revisado todo el planteamiento, nosotros consideramos que sí se ajusta a los principios de subsidiariedad y, por tanto, mi grupo
parlamentario propone que se vote a favor de ella.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Martín.


Sometemos, por tanto, a votación la propuesta. ¿Puede entenderse aprobada por asentimiento el punto 13.º del orden del día? (Asentimiento).


Queda probado por asentimiento.



Página 12





- PROPUESTA MODIFICADA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL FONDO DE TRANSICIÓN JUSTA [COM (2020) 460 FINAL] [COM (2020) 460 FINAL ANEXO] [2020/0006 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000027 y número de expediente del Senado 574/000023).


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 14.º, propuesta modificada del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo de Transición Justa; número de expediente 282/000027. Intervendrá, para presentar el
informe, el señor Fernández-Roca Suárez, del Grupo Parlamentario VOX.


El señor FERNÁNDEZ-ROCA SUÁREZ: Muchas gracias, señora presidente.


La propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo de Transición Justa trae causa de aquella que la Comisión Europea adoptó en enero de 2020, por la que se establecía el Fondo de
Transición Justa, junto con una propuesta de modificación de su propuesta legislativa relativa al Reglamento sobre disposiciones comunes para los fondos de cohesión.


El Fondo de Transición Justa tiene por finalidad la atenuación de los costes económicos, medioambientales y sociales de la transición a la neutralidad climática en beneficio de los territorios más perjudicados por dicha transición. El apoyo
del fondo se centra en medidas de reconversión económica, reciclaje profesional de los trabajadores afectados y asistencia en la búsqueda de trabajo. La modificación de la propuesta presentada en enero tiene en cuenta las mayores dificultades a las
que se enfrentan los territorios como consecuencia de la reciente crisis sanitaria causada por el coronavirus de Wuhan y que los Estados miembros, individualmente considerados, difícilmente podrían acometer. Salvo en lo que respecta al aumento de
los recursos, las modificaciones son limitadas y no alteran la estructura ni los elementos principales de la propuesta inicial. Se centra en los elementos siguientes: el aumento de los recursos por medio de los créditos presupuestarios adicionales
e ingresos afectados externos; la inexistencia de una obligación de complementar dichos recursos adicionales financiados con cargo al instrumento europeo de recuperación con transferencias del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Social
Europeo Plus, y por último la modificación del anexo I para adaptarlo al aumento propuesto de los recursos.


En clave política, a nuestro grupo parlamentario lo que nos preocupa especialmente es la condicionalidad de los fondos económicos europeos y que realmente el dinero de estos fondos no acabe en las pymes, que al fin y al cabo son las que
generan empleo y crean riqueza. Por lo tanto, que conste en acta nuestra preocupación. Igualmente, nos preocupa que sean finalmente los lobbies europeos, en este caso los energéticos, los que estén fijando y marcando la agenda política y económica
en Europa.


A modo de finalización, quiero indicarles, señorías, que el Grupo Parlamentario VOX entiende que la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo de Transición Justa es conforme al
principio de subsidiariedad establecido en el vigente Tratado de la Unión Europea, con lo que, consecuentemente, apoyaremos esta propuesta.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Fernández-Roca Suárez.


¿Algún grupo desea intervenir? (Pausa). ¿Algún grupo desea que sea sometido a votación? (Pausa). ¿Podemos entender aprobado por asentimiento el punto 14.º del orden del día? (Asentimiento). Queda aprobado por asentimiento.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 223/2014 EN LO QUE RESPECTA A LA INSTRUCCIÓN DE MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS DE LA COVID-19 [COM (2020) 223
FINAL] [2020/0105 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000024 y número de expediente del Senado 574/000020).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL INSTRUMENTO DE PRÉSTAMO AL SECTOR PÚBLICO EN EL MARCO DEL MECANISMO PARA UNA TRANSICIÓN JUSTA [COM (2020) 453 FINAL] [COM (2020) 453 FINAL ANEXO] [2020/0100 (COD)]
[SWD (2020) 92 FINAL]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000030 y número de expediente del Senado 574/000026).



Página 13





- PROPUESTA MODIFICADA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES COMUNES RELATIVAS AL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, AL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS, AL FONDO DE COHESIÓN, AL FONDO DE
TRANSICIÓN JUSTA Y AL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA, ASÍ COMO NORMAS FINANCIERAS PARA DICHOS FONDOS Y PARA EL FONDO DE ASILO Y MIGRACIÓN, EL FONDO DE SEGURIDAD INTERIOR Y EL INSTRUMENTO DE GESTIÓN DE LAS FRONTERAS Y VISADOS [COM (2020) 450
FINAL] [COM (2020) 450 FINAL ANEXO] [2018/0196 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000031 y número de expediente del Senado 574/000027).


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto 15.º del orden del día, propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al instrumento de préstamo al sector público en el marco del Mecanismo para una Transición Justa; número
de expediente 282/000030. Interviene para presentar el informe el señor Roberto Uriarte Torrealday, que no está presente.


Ocurre lo mismo respecto del punto 16.º del orden del día, que el ponente es el señor Roberto Uriarte Torrealday. El punto 16.º es la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, así como normas financieras para dichos fondos y para
el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados; número de expediente 282/000031.


El ponente de los puntos 11.º, 15.º y 16.º del orden del día era el señor Uriarte Torrealday. ¿Hay alguien de su grupo parlamentario que lo vaya a sustituir? (Pausa). Si al resto de sus señorías les parece bien, lo sometemos a votación.
¿Algún grupo desea intervenir en estos puntos? (Pausa). ¿Quieren que se sometan a votación? (Pausa). ¿Pueden entenderse aprobados por asentimiento los puntos 11.º, 15.º y 16.º? (Asentimiento). Quedan aprobados por asentimiento.


Muchas gracias a todos y a todas.


Se levanta la sesión.


Eran las dos y cincuenta minutos de la tarde.