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BOCG. Senado, apartado III, núm. 44-407, de 13/12/2016
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III. Autorizaciones


Acuerdo del Gobierno por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2017-2019 y el
límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2017.
Texto remitido por el Gobierno
702/000002



La Mesa de la
Cámara, en su reunión del día 5 de diciembre de 2016, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:

Acuerdo por el que se fija el objetivo de estabilidad presupuestaria.

702/000002

AUTOR: GOBIERNO


Acuerdo del Gobierno por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2017-2019 y el límite de gasto no financiero
del Presupuesto del Estado para 2017, y remisión de documentación complementaria.

ACUERDO:

Trasladar a la Comisión de Presupuestos y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales.

En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Senado, 5 de diciembre de 2016.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del
Senado.

Al Excmo. Sr. Presidente del Senado.

Excmo. Sr.:

Tengo el honor de remitir a V.E., en cumplimiento de lo acordado en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 2 de diciembre de 2016, y conforme a lo
establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Acuerdo por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de
Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2017-2019 y el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2017.

Al Acuerdo del Consejo de Ministros se acompaña la siguiente documentación:


• Memoria del Acuerdo por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2017-2019 y el límite de gasto no
financiero del Presupuesto del Estado para 2017.

• Decisión del Consejo de la Unión Europea por la que se formula una advertencia a España para que adopte medidas dirigidas a una reducción del déficit que se considera necesaria
para poner remedio a la situación de déficit excesivo.

• Certificado del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas.

• Certificado de la Secretaria de la Comisión Nacional de
Administración Local.

Madrid, 2 de diciembre de 2016.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón Manso.

ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE SE FIJAN LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
Y DE DEUDA PÚBLICA PARA EL CONJUNTO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE CADA UNO DE SUS SUBSECTORES PARA EL PERÍODO 2017-2019 Y EL LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO PARA 2017

EXPOSICIÓN

El artículo 15 de la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera relativo al «Establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas» señala en su
apartado primero que corresponde al Gobierno la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública referidos a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto de administraciones públicas como para cada uno de sus
subsectores. Asimismo, el apartado segundo establece que para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria se tendrá en cuenta la regla de gasto recogida en su artículo 12, la cual será la referencia a tener en cuenta por la
Administración Central y cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus presupuestos.

Para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria del conjunto de comunidades autónomas, siguiendo el
procedimiento previsto en la ley, el Ministerio de Hacienda y Función Pública remitió la propuesta de objetivos para el periodo 2017-2019, al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las comunidades autónomas, que fue objeto de informe favorable
en su sesión de 1 de diciembre de 2016, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, habiéndose remitido, también a estos efectos, a la Comisión Nacional de Administración Local con
fecha 30 de noviembre de 2016.

El 8 de agosto de 2016 el Consejo de la Unión Europea publicó una Decisión relativa a la necesidad de adoptar las medidas necesarias para la corrección del déficit excesivo, para fortalecer el marco de la
gobernanza de la política fiscal y de la contratación pública. En dicha Decisión se insta a España a reducir el déficit de las administraciones públicas al 4,6 % del PIB en 2016, al 3,1 % del PIB en 2017 y al 2,2 % del PIB en 2018. En este
sentido, los objetivos de estabilidad presupuestaria contenidos en este Acuerdo son coherentes con la aplicación de la senda de reducción del déficit propuesta por la Comisión Europea en su Decisión.

En la fijación del objetivo de deuda
pública se ha mantenido la coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido, conforme el artículo 15.3 de la citada Ley Orgánica. Finalmente, la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece
que el acuerdo del objetivo de estabilidad incluirá el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para el próximo ejercicio.

Al presente Acuerdo se acompaña el informe en el que se evalúa la situación económica prevista para
cada uno de los años contemplados en el horizonte temporal de fijación de dichos objetivos, así como las recomendaciones y opiniones emitidas por las instituciones de la Unión Europea sobre el Programa de Estabilidad de España o como consecuencia
del resto de mecanismos de supervisión europea, tal como establece el artículo 15 de la citada Ley.

En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 2 de diciembre de 2016,

ACUERDA

1. El objetivo
de estabilidad presupuestaria de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, de conformidad con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, que figura en el Anexo I que se acompaña.

2. El objetivo de deuda pública de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, de conformidad
con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que figura en el Anexo II que se acompaña.

3. La variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades
Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española que se recoge en el Anexo III.

4. La Ministra de la Presidencia y para
las Administraciones Territoriales remitirá a las Cortes Generales el presente Acuerdo, para que el Congreso de los Diputados y el Senado se pronuncien aprobando o rechazando los objetivos propuestos por el Gobierno, tal y como se establece en el
artículo 15.6 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

5. Este acuerdo de Consejo de Ministros se acompaña de un informe en el que se evalúa la situación económica que se prevé para cada uno de los
años contemplados en el horizonte temporal de fijación de dichos objetivos.

6. El límite máximo de gasto no financiero del Estado en 2017 se fija en 118.337 millones de euros.

De conformidad con lo previsto en el artículo 30 de
la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Ministerio de Hacienda y Función Pública informará al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas sobre el límite máximo de gasto no financiero
del Estado en 2017.

Elévese a Consejo de Ministros.

Madrid, 2 de diciembre de 2016.—El Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.

El Consejo de Ministros aprobó la presente propuesta en su reunión
del día 2 de diciembre de 2016.—La Ministra Secretaria.

ANEXO I

OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PARA EL PERIODO 2017-2019

Capacidad (+) Necesidad (-) de Financiación, SEC-2010

(En porcentaje del PIB)




2017 2018 2019
Administración Central -1,1 -0,7 -0,3
Comunidades Autónomas -0,6 -0,3 0,0
Entidades Locales 0,0 0,0 0,0
Seguridad Social -1,4 -1,2 -1,0
Total Administraciones Públicas -3,1 -2,2 -1,3

ANEXO II

OBJETIVO DE DEUDA PÚBLICA PARA EL PERIODO 2017-2019 (*)

(Deuda PDE en porcentaje del PIB)






2017 2018 2019
Administración Central y Seguridad Social 72,0 71,370,0
Comunidades Autónomas 24,1 23,6 22,7
Entidades Locales 2,9 2,8 2,7
Total Administraciones Públicas 99,097,7 95,4

* Estos objetivos de deuda pública se podrán rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los mecanismos adicionales de financiación para las Comunidades Autónomas que
se produzcan durante los respectivos ejercicios siempre que no se destinen a financiar vencimientos de deuda o déficit del ejercicio en que se ejecute y por los incrementos de deuda derivados de reclasificaciones de entidades y organismos públicos
en el Sector Administraciones Públicas siempre que no financien déficit del ejercicio.

ANEXO III

REGLA DE GASTO PARA EL PERIODO 2017-2019

Tasa de referencia nominal

(% variación anual)


2017 2018 2019
2,1 2,3 2,5

ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS

POR EL QUE SE FIJAN LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA
PÚBLICA PARA EL PERÍODO 2017-2019 Y EL LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO DEL ESTADO PARA 2017

MEMORIA

1. INTRODUCCIÓN

El presente Acuerdo de Consejo de Ministros se circunscribe al siguiente contexto normativo.

La Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (en adelante LOEPySF) constituye en España una norma esencial que da cumplimiento a lo previsto en la Directiva 2011/85 del Consejo, de 8 de noviembre
de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros de la Unión Europea. Conforme a esta Directiva, los marcos presupuestarios son el conjunto de disposiciones, procedimientos, normas e instituciones que
establecen la base de las políticas presupuestarias de las Administraciones Públicas, en particular, los procedimientos presupuestarios, comprendidas las normas procedimentales que sostienen todas las etapas del proceso presupuestario.

Una de
las piedras angulares del marco reforzado de supervisión presupuestaria de la Unión es la existencia de reglas presupuestarias numéricas sólidas, específicas para cada Estado miembro y conformes con los objetivos presupuestarios a nivel de la
Unión.

Si bien la aprobación de la ley de presupuesto anual se caracteriza por ser la etapa primordial del proceso presupuestario, gran parte de las medidas y decisiones adoptadas en ese marco tienen implicaciones presupuestarias que van
mucho más allá del ciclo presupuestario anual. A fin de integrar la perspectiva plurianual en el marco de supervisión presupuestaria de la Unión, la planificación de la ley de presupuesto anual debe basarse en una planificación plurianual derivada
del marco presupuestario a medio plazo.

Las disposiciones del marco de supervisión presupuestaria establecido en el TFUE y, en particular, en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, son aplicables al conjunto de las administraciones públicas,
que comprenden los subsectores de la administración central, las comunidades autónomas, las corporaciones locales y seguridad social, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013,
relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea.

Así, en este contexto, el artículo 15 de la LOEPySF recoge el procedimiento para el establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda
pública para el conjunto de Administraciones Públicas, señalando que corresponde al Gobierno, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública referidos a los tres ejercicios
siguientes, tanto para el conjunto de administraciones públicas como para cada uno de sus subsectores.

Para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria de las comunidades autónomas y entidades locales, siguiendo el procedimiento
previsto en la ley, el Ministerio de Hacienda y Función Pública remitió la propuesta de objetivos para el periodo 2017-2019 al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las comunidades autónomas que fue objeto de informe favorable en su sesión de
1 de diciembre de 2016, de conformidad con el artículo 15, de la LOEPySF, habiéndose remitido, también a estos efectos, a la Comisión Nacional de la Administración Local con fecha 30 de noviembre de 2016.

De conformidad con el apartado
tercero del citado artículo, en la fijación del objetivo de deuda pública se ha mantenido la coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido.

Además de lo anterior, la LOEPySF establece que para la fijación del objetivo
de estabilidad presupuestaria se tendrá en cuenta la regla de gasto. El artículo 12 señala que ésta será la referencia a tener en cuenta por la Administración Central y cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración
de sus presupuestos.

Finalmente, el artículo 15 establece que el Acuerdo del objetivo de estabilidad incluirá el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para el próximo ejercicio.

El Acuerdo del Gobierno en el que se
fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública debe remitirse a las Cortes Generales acompañado del informe en el que se evalúa la situación económica prevista para cada uno de los años contemplados en el horizonte temporal de
fijación de dichos objetivos, así como de las recomendaciones y opiniones emitidas por las instituciones de la Unión Europea sobre el Programa de Estabilidad de España o como consecuencia del resto de mecanismos de supervisión europea, tal como
establece el citado artículo 15.

2. OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA PÚBLICA PARA 2017-2019

La estabilidad presupuestaria es, junto con las reformas estructurales y el saneamiento del sistema financiero, una de
las claves de la política económica que ha permitido la salida de la crisis económica y la consolidación del escenario de crecimiento, creación de empleo y recuperación de la confianza en la economía española.

El objetivo prioritario de la
política presupuestaria del Gobierno es la reducción del déficit público y el cumplimiento de los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea. Esto supone el claro compromiso de España con las exigencias de coordinación y definición
del marco de estabilidad común de la Unión Europea.

Fruto de esta política, el déficit del conjunto de Administraciones Públicas ha pasado del 9,3 % del PIB en 2011 al 5,1 % en 2015 (sin el efecto derivado del mecanismo de ayuda financiera),
lo que supone una reducción de 4,2 puntos porcentuales del PIB. No obstante, el esfuerzo realizado ha sido mayor, teniendo en cuenta que en este periodo se ha financiado el aumento del gasto de prestaciones sociales.

Los Presupuestos del
Estado para 2016 continúan el proceso de reducción del déficit, en un contexto de paulatina mejora de la situación económica que se seguirá manteniendo en 2017. En agosto de 2016, el Consejo de la UE modificó la senda de consolidación al ampliar
los objetivos intermedios de déficit global que permiten la corrección del déficit excesivo para el conjunto de las Administraciones Públicas, estableciendo unos objetivos de déficit del 4,6 % del PIB para 2016, 3,1 % del PIB para 2017 y 2,2 % del
PIB para 2018.

Las medidas previstas en la Actualización del Plan presupuestario 2017 y aprobadas por el Consejo de Ministros de 2 diciembre de 2016, refrendan el compromiso del Gobierno con la Unión Europea y el cumplimiento de la senda de
reducción del déficit público establecida.

Conforme a lo anterior, para el periodo 2017-2019 se fijan los siguientes objetivos, tanto para el conjunto de administraciones públicas como para cada uno de sus subsectores:

Capacidad (+)
Necesidad (-) financiación pública en % del PIB




2017 2018 2019
Administración Central -1,1 -0,7 -0,3
Comunidades
Autónomas
-0,6 -0,3 0,0
Entidades Locales 0,0 0,0 0,0
Seguridad Social -1,4 -1,2 -1,0
Total Administraciones Públicas -3,1 -2,2 -1,3

Por lo que se refiere a los objetivos de deuda pública para el periodo 2017-2019, se fijan los siguientes para el
conjunto de administraciones públicas y para cada uno de sus subsectores:

Deuda PDE en porcentaje del PIB

2017 2018 2019
Administración Central y Seguridad
Social
72,0 71,3 70,0
Comunidades Autónomas 24,1 23,6 22,7
Entidades Locales 2,9 2,8 2,7
Total
Administraciones Públicas
99,0 97,7 95,4

* Estos objetivos de deuda pública se podrán rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los mecanismos adicionales de
financiación para las Comunidades Autónomas que se produzcan durante los respectivos ejercicios siempre que no se destinen a financiar vencimientos de deuda o déficit del ejercicio en que se ejecute y por los incrementos de deuda derivados de
reclasificaciones de entidades y organismos públicos en el Sector Administraciones Públicas siempre que no financien déficit del ejercicio.

3. REGLA DE GASTO

La regla de gasto se define en el artículo 12 de la LOEPySF. Así,
según su apartado primero, la variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo
de la economía española. Esta regla se completa con el mandato de su apartado quinto, según el cual, los ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinarán íntegramente a reducir el nivel de deuda pública.

El Ministerio de
Economía, Industria y Competitividad, según lo previsto en la Ley, ha calculado la tasa de referencia (tasa nominal) de crecimiento de la economía española, obteniendo las siguientes magnitudes:

Tasa de referencia nominal

(% variación
anual)

2017 2018 2019
2,1 2,3 2,5

No obstante, para aquellas administraciones públicas que tengan un plan
económico-financiero en vigor, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en el correspondiente plan.

4. LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO DEL ESTADO PARA 2017

De conformidad con el artículo 30 de
la LOEPySF, el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el
techo de asignación de recursos de sus Presupuestos. El límite de gasto no financiero excluirá las transferencias vinculadas a los sistemas de financiación de Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

El límite de gasto no financiero
del Presupuesto del Estado para 2017 asciende a 118.337 millones de euros. Este límite constituye el techo de gasto del Estado, y está definido en términos presupuestarios o de caja. Para su cálculo es necesario ajustar el gasto en términos de
contabilidad nacional que resulta del objetivo de déficit establecido para el Estado y de los ingresos no financieros previstos. El gasto en términos de contabilidad nacional debe ajustarse por las diferencias de criterio utilizado para
contabilizar determinadas operaciones en el presupuesto y en contabilidad nacional y también es necesario hacer ajustes por las diferencias de ejecución que responden al grado de realización del gasto respecto a las previsiones presupuestarias
iniciales.

De conformidad con la redacción del artículo 30 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en el límite de gasto no se computarán las transferencias vinculadas a los sistemas de financiación de
comunidades autónomas y corporaciones locales.

El resultado de sumar el déficit, los ingresos, los ajustes de contabilidad nacional y de deducir el gasto de los sistemas de financiación de las administraciones territoriales, da un techo de
gasto no financiero del Estado para 2017 de 118.337 millones de euros, lo que supone mantener la cifra de gasto real prevista para 2016.

DECISIÓN (UE) 2016/… DEL CONSEJO

de...

por la que se formula una
advertencia a España para que adopte medidas dirigidas a una reducción del déficit que se considera necesaria para poner remedio a la situación de déficit excesivo

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea, y en particular su artículo 126, apartado 9,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo al artículo 126 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
(TFUE), los Estados miembros deben evitar déficits públicos excesivos.

(2) El Pacto de Estabilidad y Crecimiento tiene por objetivo lograr unas finanzas públicas saneadas como medio de reforzar las condiciones para la estabilidad de
precios y para un crecimiento fuerte, sostenible y generador de empleo. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento incluye el Reglamento (CE) n.º 1467/97 del Consejo, que se adoptó con objeto de fomentar la rápida corrección de los déficits públicos
excesivos.

(3) El 27 de abril de 2009, el Consejo declaró, de conformidad con el artículo 104, apartado 6, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), que en España existía un déficit excesivo y emitió una recomendación
para que este país lo corrigiese en 2012 a más tardar, de conformidad con el artículo 104, apartado 7, del TCE. Desde entonces, el Consejo ha dirigido tres nuevas recomendaciones a España (el 2 de diciembre de 2009, el 10 de julio de 2012 y el 21
de junio de 2013) sobre la base del artículo 126, apartado 7, del TFUE, que ampliaban el plazo para la corrección del déficit excesivo hasta 2013, 2014 y 2016, respectivamente. En las tres recomendaciones, el Consejo consideraba que España había
tomado medidas efectivas, pero que habían surgido factores económicos adversos e inesperados con importantes efectos desfavorables en la hacienda pública.

(4) Con arreglo al artículo 126, apartado 8, del TFUE, el 12 de julio de 2016 el
Consejo decidió que España no había tomado medidas efectivas para seguir la Recomendación de 21 de junio de 2013 del Consejo.

(5) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, en el supuesto de que un
Estado miembro participante no aplique las medidas o de que, a juicio del Consejo, se compruebe que son inadecuadas, este ha de adoptar de inmediato una decisión conforme a lo establecido en el artículo 126, apartado 9, del TFUE.

(6) La
Comisión ha actualizado sus previsiones de la primavera de 2016 con la información disponible hasta el 19 de julio de 2016. Sobre esa base, las previsiones de crecimiento real del PIB para 2016 se han revisado al alza 0,3 puntos porcentuales en
comparación con las previsiones de primavera, hasta el 2,9 %, y a la baja para 2017 (2,3 % frente al 2,5 % de la primavera). Para 2018, se prevé que el PIB real crezca un 2,1 %. Frente a ello, en 2015 el crecimiento fue del 3,2 %. Así pues, el
crecimiento económico disminuirá pero permanecerá sólido, beneficiándose todavía de las reformas emprendidas en respuesta a la crisis y de la satisfactoria finalización del programa de ayuda financiera. La recuperación sigue yendo acompañada de una
fuerte creación de empleo, en un contexto de moderación salarial continuada, y continúa beneficiándose de las reformas del mercado de trabajo. Los bajos precios del petróleo también favorecen el crecimiento. Al mismo tiempo, se espera que la
inflación sea del -0,3 % en 2016. Sin embargo, existen riesgos de revisión a la baja de las previsiones de crecimiento, especialmente a partir de 2017, relacionados, entre otros elementos, con el resultado del referéndum en el Reino Unido sobre la
pertenencia a la Unión, que ha aumentado la incertidumbre, con posibles implicaciones negativas para el comercio y la demanda interna.

(7) Según las previsiones de la primavera de 2016 actualizadas de la Comisión, se espera que el
déficit público disminuya al 4,6 % del PIB en 2016, al 3,3 % del PIB en 2017 y al 2,7 % del PIB en 2018 (frente a los objetivos del programa de estabilidad del 3,6 %, el 2,9 % y el 2,2 % del PIB en 2016, 2017 y 2018, respectivamente, y una previsión
de déficit del 3,9 % del PIB en 2016 y del 3,1 % del PIB en 2017 en las previsiones de primavera). La previsión de déficit más elevada se explica, en parte, por el hecho de que las previsiones actualizadas de la Comisión tienen en cuenta una
cantidad menor de medidas de contención del gasto, tanto en la administración central como en la de las Comunidades Autónomas en respuesta a la recomendación de la Comisión de marzo de 2016 (0,2 % del PIB), frente a las previsiones del programa de
estabilidad (0,4 % del PIB), debido a que algunas de esas medidas aún no se han especificado suficientemente para ser incluidas en las previsiones de la Comisión, sobre la base de la hipótesis habitual de mantenimiento de la política. Sin embargo,
la mayor parte de las diferencias se deriva de los cambios introducidos en el marco jurídico del impuesto sobre sociedades, que conducirían a unos menores pagos anticipados por las empresas («pagos fraccionados») en 2016. Los menores pagos
fraccionados no se cuantificaron en el programa de estabilidad y solo se observaron en abril, en el momento de abonarse el primer tramo, tras la fecha límite de las previsiones de primavera. Las previsiones de la primavera de 2016 actualizadas de
la Comisión estiman ese déficit en un 0,5 % del PIB en 2016. Dado que los cambios mencionados provocan una demora permanente en el pago de los impuestos, pero no un cambio del tipo impositivo o de la base imponible, no afectarán a los ingresos
procedentes de los impuestos sobre la renta de las sociedades en un nuevo estado estable (a partir de 2017). Se traducen en una pérdida temporal de ingresos fiscales en 2016, que ha sido tratada como un acontecimiento excepcional en las previsiones
de primavera actualizadas. Para 2017, las diferencias entre las previsiones de primavera actualizadas y el programa de estabilidad se derivan de la peor situación de partida y del hecho de que las medidas de ahorro adoptadas en respuesta a
la Recomendación de la Comisión de marzo de 2016 todavía no se han especificado suficientemente para ser tenidas en cuenta sobre la base de la hipótesis habitual de mantenimiento de la política. Se espera que el déficit estructural aumente un 0,4 %
y un 0,1 % del PIB en 2016 y 2017, respectivamente, y que no varíe en 2018. Sin embargo, en 2016, el incremento previsto del déficit estructural está impulsado en parte por el hecho de que las actuales perspectivas para la inflación y el
crecimiento del PIB nominal son más bajas que el escenario en que se basaba el presupuesto de 2016, lo que ha afectado negativamente a los ingresos públicos estructurales sin posibilidad de ajustar el gasto.

(8) La ratio deuda pública
bruta y PIB pasó del 36 % en 2007 a alrededor del 99 % en 2014. En 2015 la ratio de deuda se mantuvo más o menos estable, dado que las ventas netas de activos financieros contrarrestaron el impacto negativo provocado por el aumento del déficit a un
ritmo más rápido que el crecimiento del PIB nominal. Según las previsiones de la primavera de 2016 actualizadas de la Comisión, se espera que el ratio de deuda alcance un máximo del 100,6 % del PIB en 2017, mientras que, según las previsiones de
primavera, se esperaba que la deuda alcanzase un máximo del 100,3 % del PIB en 2016. Aunque España no parece enfrentarse a riesgos inmediatos de tensiones presupuestarias derivadas de esta elevada ratio de deuda, los riesgos de sostenibilidad de la
deuda aumentarán significativamente a medio plazo si no mejora la situación presupuestaria. A más largo plazo, los riesgos para la sostenibilidad de las finanzas públicas se reducirán gracias al impacto positivo de la disminución de los gastos
relacionados con el envejecimiento.

(9) De conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 1467/97, en la decisión por la que se recomiende la adopción de medidas encaminadas a la reducción del déficit excesivo de conformidad con
el artículo 126, apartado 9, del TFUE, el Consejo ha de instar al Estado miembro a alcanzar objetivos presupuestarios anuales que, sobre la base de las previsiones subyacentes a la recomendación, permitan una mejora anual mínima equivalente al 0,5 %
del PIB, como valor de referencia, del saldo presupuestario ajustado en función del ciclo, tras deducir las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal. Sin embargo, el hecho de que dicha decisión se adopte en el segundo semestre del año
amplifica el esfuerzo presupuestario necesario para alcanzar una mejora anual determinada del saldo estructural. Por otra parte, es importante tener en cuenta que la hipótesis de partida para la nueva senda de ajuste se inicia con un deterioro
del 0,4 % del PIB del déficit estructural, que, al menos en parte, es el resultado de una inflación que ha resultado inferior a lo previsto en el escenario en que se basa el presupuesto de 2016 —una situación que se encuentra en gran medida
fuera del control del Gobierno. Por todo ello, parece conveniente no solicitar medidas estructurales adicionales en 2016.

(10) Considerando que no procede solicitar nuevas medidas estructurales en 2016, conceder a España un año
adicional para la corrección de su déficit excesivo, lo que se ajusta a la norma en virtud del Reglamento (CE) n.º 1467/97, requeriría una mejora anual del saldo estructural en 2017, lo cual tendría un impacto demasiado negativo en el crecimiento.
Por lo tanto, parece adecuado ampliar a dos años el plazo para que España ponga fin a la situación de déficit excesivo.

(11) Por lo tanto, una senda de ajuste creíble y sostenible exigiría a España alcanzar un déficit público
del 4,6 %, del 3,1 % y del 2,2 % del PIB en 2016, 2017 y 2018, respectivamente, lo cual es coherente con un deterioro del saldo estructural del 0,4 % del PIB en 2016 y una mejora del 0,5 % del PIB tanto en 2017 como en 2018. Estos objetivos
presupuestarios también tienen en cuenta la necesidad de compensar los efectos secundarios del saneamiento presupuestario sobre las finanzas públicas, a través de su impacto en la economía en general.

(12) Con objeto de alcanzar dichos
objetivos, se consideran necesarias medidas estructurales adicionales con un impacto estimado del 0,5 % del PIB tanto en 2017 como en 2018. Los ahorros para 2017 y 2018 podrían incluir, entre otros puntos, la reducción del número y el alcance de
los gastos fiscales, en particular los tipos reducidos del IVA, a fin de lograr el ajuste estructural requerido.

(13) Además, el estricto cumplimiento a todos los niveles de la Administración de los mecanismos preventivos y correctores
previstos en la Ley de Estabilidad española podría contribuir a una corrección oportuna y duradera del déficit excesivo. Esto podría conseguirse mediante una mayor automaticidad en su aplicación. Por otra parte, la contribución de la norma de
gasto de la Ley de Estabilidad a la sostenibilidad de las finanzas públicas podría reforzarse aclarando mejor la cobertura y la definición de las categorías de gasto necesarias para su cálculo y pidiendo explícitamente a las administraciones
públicas incumplidoras que compensen los desvíos de gastos en el año siguiente a aquel en el que se produzcan.

(14) España también debe prestar la debida atención a los aspectos cualitativos de las finanzas públicas, incluida su
política de contratación pública. Ha sido significativo el número de irregularidades con un impacto en la aplicación de la legislación sobre contratación pública de la UE puestas en conocimiento de la Comisión durante los últimos años. Los datos
ponen de manifiesto que existen divergencias en la ejecución de los contratos públicos en las entidades y autoridades de contratación y que la falta de suficientes mecanismos de control a priori y a posteriori obstaculiza la aplicación correcta y
uniforme de la legislación en materia de contratación pública. España destaca por una baja tasa de publicación de los anuncios de contratos y un uso relativamente elevado del procedimiento negociado sin publicación previa en comparación con otros
Estados miembros. Esto se traduce en una competencia limitada de las empresas de otros Estados miembros y, con frecuencia, en adjudicaciones directas, con consecuencias en términos de aumento del gasto de las administraciones públicas. El uso
limitado de instrumentos de contratación centralizada o conjunta impide que las mejoras de eficiencia contribuyan a los ahorros presupuestarios. La falta de un organismo independiente encargado de garantizar la eficacia y el cumplimiento de la
legislación en materia de contratación pública en todo el país obstaculiza la aplicación correcta de las normas de contratación pública y puede generar oportunidades para cometer irregularidades, lo cual tiene efectos negativos sobre la situación de
la hacienda pública española.

(15) Para facilitar el éxito de la estrategia de saneamiento presupuestario, también será importante respaldar dicho saneamiento con extensas reformas estructurales, en la línea de las recomendaciones
formuladas por el Consejo a España en el contexto del Semestre Europeo de 2016 y, en particular, las relativas a la corrección de sus desequilibrios macroeconómicos.




(16) De conformidad con el artículo 126, apartado 9, del TFUE, el Consejo puede, como parte de su decisión de formular una advertencia en virtud de dicha disposición, solicitar al Estado miembro en cuestión que presente informes
sobre el esfuerzo de ajuste conforme a un calendario específico. Con arreglo al artículo 5, apartado 1 bis, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, el informe del Estado miembro debe incluir los objetivos relativos al gasto y a los ingresos públicos y
especificar las medidas de política fiscal por el lado tanto del gasto como de los ingresos, así como información sobre las medidas adoptadas en respuesta a las recomendaciones específicas del Consejo. A fin de facilitar el seguimiento de la fecha
límite para el cumplimiento de las recomendaciones incluidas en la presente Decisión, así como el plazo para la corrección del déficit excesivo, España debe presentar un informe de ese tipo a más tardar el 15 de octubre de 2016, al mismo tiempo que
su proyecto de plan presupuestario para 2017.

(17) España también debe presentar informes a la Comisión y al Comité Económico y Financiero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (UE) n.º 473/2013 del Consejo,
de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento Delegado (UE) n.º 877/2013 de la Comisión. El informe debe presentarse por primera vez el 15 de enero de 2017 a más tardar y a partir de entonces con una periodicidad trimestral.

HA
ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. España debe poner fin a la situación actual de déficit excesivo en 2018 a más tardar.

2. España debe reducir el déficit
público al 4,6 % del PIB en 2016, al 3,1 % del PIB en 2017 y al 2,2 % del PIB en 2018. Esa mejora del déficit público es coherente con el deterioro del saldo estructural del 0,4 % del PIB en 2016 y una mejora del 0,5 % del PIB tanto en 2017 como
en 2018, basadas en las previsiones de la primavera de 2016 actualizadas de la Comisión. España también debe utilizar todos los ingresos inesperados para acelerar la reducción del déficit y de la deuda.

3. Además de los
ahorros ya incluidos en las previsiones de la primavera de 2016 actualizadas de la Comisión, España adoptará y aplicará completamente medidas de saneamiento por un importe equivalente al 0,5 % del PIB, tanto en 2017 como
en 2018.

4. España debe estar preparada para adoptar otras medidas si se materializan los riesgos para los planes presupuestarios. Las medidas de saneamiento presupuestario garantizarán una mejora duradera del saldo
estructural general de las administraciones públicas que favorezca el crecimiento.

5. España adoptará medidas para reforzar su marco presupuestario, en particular con vistas a incrementar la automaticidad de los
mecanismos para prevenir y corregir las desviaciones de los objetivos de déficit, deuda y gasto y reforzar la contribución de la norma de gasto de la Ley de Estabilidad a la sostenibilidad de las finanzas públicas.

6. España
establecerá un marco coherente que garantice la transparencia y la coordinación de la política de contratación pública de todas las entidades y autoridades de contratación a fin de garantizar la eficiencia económica y una elevada
competencia. Dicho marco debe incluir mecanismos adecuados de control a priori y a posteriori para la contratación pública a fin de garantizar la eficiencia y el cumplimiento de la normativa.

Artículo 2

El Consejo establece
el plazo del 15 de octubre de 2016 para que España adopte medidas efectivas y, de conformidad con el artículo 5, apartado 1 bis, del Reglamento (CE) n.º 1467/97, presente al Consejo y a la Comisión un informe sobre las medidas adoptadas en respuesta
a la presente Decisión. En el informe se incluirán los objetivos relativos al gasto y a los ingresos públicos, y se especificarán las medidas discrecionales por el lado tanto del gasto como de los ingresos, así como información sobre las medidas
adoptadas en respuesta a las recomendaciones específicas del Consejo para reforzar su marco presupuestario y su política de contratación pública, de conformidad con el artículo 1, apartados 5 y 6.

Artículo 3

El destinatario de
la presente Decisión es el Reino de España.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente

D.ª MARÍA JESÚS ROMERO DE ÁVILA TORRIJOS, SECRETARIA DEL CONSEJO DE POLÍTICA FISCAL Y FINANCIERA, P. S. (Artículo 4.4 del
Reglamento del Consejo)

CERTIFICA: Que en la sesión plenaria del Consejo de Política Fiscal y Financiera, celebrada el día 1 de diciembre de 2016, se informó favorablemente la siguiente propuesta de objetivos de estabilidad presupuestaria y
de deuda pública del conjunto de las Comunidades Autónomas para el trienio 2017-2019:

OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DEL CONJUNTO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

TRIENIO 2017-2019

Capacidad (+) Necesidad (-) de
financiación, SEC-2010

(En porcentaje del Producto Interior Bruto)

2017 2018 2019
-0,6 -0,3 0,0

OBJETIVOS
DE DEUDA PÚBLICA DEL CONJUNTO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS TRIENIO 2017-2019

Deuda PDE

(En porcentaje del Producto Interior Bruto)


2017 2018 2019
24,123,6 22,7

Estos objetivos de deuda pública se podrán rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los mecanismos adicionales de financiación para las Comunidades Autónomas que se
produzcan durante los respectivos ejercicios, siempre que no se destinen a financiar vencimientos de deuda o déficit del ejercicio en que se ejecute, y por los incrementos de deuda derivados de reclasificaciones de entidades y organismos públicos en
el Sector Administraciones Públicas siempre que no financien déficit del ejercicio.

El presente certificado se emite sin perjuicio de la posterior aprobación del acta que habrá de efectuarse en la próxima sesión plenaria del Consejo de
Política Fiscal y Financiera.

Y para que conste, se expide el presente certificado en Madrid, a 2 de diciembre de 2016.

La Secretaria P. S. (Artículo 4.4 del Reglamento del Consejo), María Jesús Romero de Ávila Torrijos.—V.º
B.º El Presidente, Cristóbal Montoro Romero.

D.ª PILAR ATIENZA GABÁS, SECRETARIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL

CERTIFICA: Que el Pleno de la Comisión Nacional de Administración Local, en sesión celebrada el día 30 de
noviembre de 2016, en el punto 2.º del Orden del día, ha informado sobre la propuesta de objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Entidades Locales para el periodo 2017-2019 formulada por el Ministerio de
Hacienda y Función Pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2, de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace constar que la presente CERTIFICACIÓN se emite con anterioridad a la aprobación del Acta, que tendrá lugar, en su caso, en la próxima sesión del Pleno de la Comisión
Nacional de Administración Local.

Y para que conste, expido la presente CERTIFICACIÓN, en Madrid a uno de diciembre de dos mil dieciséis.

La Secretaria CNAL, Pilar Atienza Gabás.

Al Excmo. Sr. Presidente del Senado.


Excmo. Sr.:

Como ampliación de la documentación remitida el pasado día 2 de diciembre, acompañando al Acuerdo por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones
Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2017-2019 y el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2017, adoptado en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 2 de diciembre de 2016, tengo el honor de
enviar a V.E. el Informe de situación de la economía española correspondiente a 2016.

Madrid, 5 de diciembre de 2016.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón Manso.

INFORME DE SITUACIÓN
DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA

ESPAÑA

2016

Noviembre de 2016

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN.

2. ENTORNO ECONÓMICO Y PREVISIONES.

2.1. Contexto internacional.

2.2. Evolución
reciente de la economía española.

2.3. Escenario macroeconómico 2016-2019.

2.4. Posición cíclica de la economía española.

1. INTRODUCCIÓN

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (Ley de Estabilidad), regula en un texto único la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas —Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones
Locales y Seguridad Social— consiguiendo, de este modo, una mayor coherencia en la regulación jurídica, mayor claridad en la Ley e igualdad en las exigencias presupuestarias entre las diferentes Administraciones Públicas.

Esta Ley
establece en su artículo 15.5 que el Ministerio de Economía y Competitividad elaborará un informe anual, previa consulta al Banco de España y teniendo en cuenta las previsiones del Banco Central Europeo y de la Comisión Europea, en el que se
especifique, por una parte, la tasa de referencia de crecimiento de la economía española a la que se refiere el artículo 12.3 de la Ley de Estabilidad y, por otra, se valore la situación económica prevista para cada uno de los años a los que se
refiere el informe. En cumplimiento de esta disposición, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad elabora, por quinto año consecutivo, este informe.

El informe de situación contiene un escenario macroeconómico de horizonte
plurianual que especifica, entre otras variables, la evolución prevista para el Producto Interior Bruto (PIB), la brecha de producción, la tasa de referencia de la economía española y el saldo cíclico del conjunto de las Administraciones Públicas, y
la distribución entre sus subsectores.

En lo que respecta al contexto internacional, en el primer semestre de 2016, la economía mundial continuó expandiéndose a un ritmo relativamente modesto, pero desde mediados de año los riesgos a la baja
se han acentuado debido a múltiples factores, entre los que destacan el resultado del referéndum británico favorable a la salida de Reino Unido de la Unión Europea, la persistencia de tensiones geopolíticas y los desafíos cíclicos y estructurales a
los que se enfrenta el sector bancario de las economías avanzadas. En este contexto, la Comisión Europea, en sus Previsiones de Otoño de 2016, revisó una décima a la baja la previsión de crecimiento de la economía mundial para este año, respecto a
lo publicado en mayo, debido al menor crecimiento esperado en las economías avanzadas, y mantuvo inalterada la de 2017. Respecto a las economías emergentes y en desarrollo, la Comisión Europea mantiene prácticamente inalteradas sus previsiones de
crecimiento para China e India, y proyecta una menor contracción en Brasil, Rusia y otras economías exportadoras de materias primas, seguida de una leve recuperación a partir del próximo año.

En la zona euro, la recuperación económica ha
proseguido a un ritmo moderado, cerrando el PIB el pasado ejercicio con un crecimiento del 2 %, el más elevado desde 2011, impulsado en gran medida por la demanda interna. A principios de 2016, diversos factores continuaron impulsando la actividad
en la Eurozona, entre los que cabe destacar el reducido precio del petróleo y la política monetaria expansiva del Banco Central del Europeo. La información más reciente apunta al mantenimiento del ritmo de actividad de la zona euro en el tercer
trimestre del año, por lo que la Comisión Europea ha revisado ligeramente al alza su previsión de crecimiento de la zona euro para este año, mientras que ha rebajado la del próximo, debido, entre otros factores, a la incertidumbre asociada a la
salida del Reino Unido de la Unión Europea.

Respecto a la economía española, un rasgo común de las proyecciones de los principales organismos nacionales e internacionales, es la revisión al alza del crecimiento del PIB real en 2016 y la
previsión de una desaceleración en 2017, manteniéndose el diferencial positivo de crecimiento respecto a la zona euro los próximos años. En consonancia con las previsiones de los principales organismos nacionales e internacionales, el escenario
macroeconómico que se presenta en este informe supone una revisión al alza del ritmo de crecimiento del PIB real en 2016 y 2017 respecto al escenario del Plan Presupuestario 2017 enviado a la Comisión Europea en octubre, de tres y dos décimas,
respectivamente, hasta el 3,2 % este año y el 2,5 % el próximo, incorporando así la favorable evolución de los principales indicadores de demanda, producción y empleo.

En relación con la composición del PIB, se proyecta un patrón de
crecimiento en el periodo 2016-2019 más equilibrado entre la demanda interna y la externa. El motor de crecimiento seguirá siendo la demanda interna, presentando el consumo privado y la inversión productiva un elevado dinamismo durante todo el
horizonte de previsión, y el sector exterior mantendrá una contribución positiva al crecimiento, que vendrá determinada por el dinamismo de las exportaciones de bienes y servicios debido a la mejora de los mercados de exportación españoles. Como
resultado, la economía española presentará una capacidad de financiación frente al resto del mundo superior al 2 % del PIB en todo el horizonte de proyección.

Este diferencial positivo de crecimiento de la economía española respecto a la zona
euro es el resultado de la ambiciosa agenda de reformas estructurales adoptadas en los últimos años. Entre ellas, cabe destacar el esfuerzo en la consolidación presupuestaria, el saneamiento, reestructuración y reforma del sistema financiero y la
reforma del mercado laboral, entre otras. Estas medidas han transformado la economía española, permitiendo consolidar la recuperación de la confianza en los mercados financieros internacionales y ganar eficiencia, flexibilidad y competitividad.
Además, han sido fundamentales para aprovechar mejor el impulso derivado de factores externos como el reducido precio del petróleo, la depreciación del tipo de cambio del euro o la política monetaria expansiva del Banco Central Europeo.


2. ENTORNO ECONÓMICO Y PREVISIONES

2.1. Contexto internacional

En el primer semestre de 2016, la economía mundial continuó expandiéndose a un ritmo modesto, en un contexto de elevada
volatilidad en los mercados financieros debido a la incertidumbre sobre las perspectivas de crecimiento de las economías emergentes, las tensiones geopolíticas y las fuertes fluctuaciones del precio del petróleo Brent, que llegó a situarse en 25,8
dólares por barril en enero, el menor nivel desde septiembre de 2003.

Desde mediados de año, a pesar de que la incertidumbre en torno a la desaceleración de la economía china se fue moderando y el precio del petróleo Brent se fue recuperando
progresivamente, hasta situarse a mediados de noviembre en torno a los 45 dólares por barril, los riesgos a la baja para la economía mundial se han acentuado debido a múltiples factores. Entre dichos factores destaca el resultado del referéndum
británico favorable a la salida de Reino Unido de la Unión Europea, que desencadenó un aumento de la aversión al riesgo, caídas significativas de las cotizaciones bursátiles y una fuerte depreciación de la libra esterlina. Asimismo, la persistencia
de tensiones geopolíticas y los desafíos cíclicos y estructurales a los que se enfrenta el sector bancario de las economías avanzadas, en un contexto de reducidos tipos de interés, también han contribuido a incrementar la incertidumbre. En los
últimos meses, se han recrudecido además otros riesgos potenciales, como la incertidumbre sobre el impacto del resultado electoral en Estados Unidos sobre el comercio y la economía mundial. En este contexto, la Comisión Europea, en sus Previsiones
de Otoño de 2016, revisó una décima a la baja la previsión de crecimiento de la economía mundial para este año respecto a lo publicado en mayo, hasta el 3 %, debido al menor crecimiento esperado en las economías avanzadas, y mantuvo inalterada la
de 2017, en el 3,4 %.

Según las cifras de la Contabilidad Nacional de la zona euro, en el segundo trimestre de 2016, el PIB creció un 0,3 % (tasa intertrimestral no anualizada), dos décimas menos que en el trimestre precedente. El gasto en
consumo final privado y la formación bruta de capital fijo se desaceleraron, mientras que la demanda externa neta aportó cuatro décimas al crecimiento del PIB, tres más que en el trimestre previo, impulsada por las exportaciones de bienes y
servicios. La información más reciente apunta a una consolidación del crecimiento en el tercer trimestre del año. En este contexto, la Comisión Europea ha revisado una décima al alza la previsión de crecimiento de la zona euro para 2016, hasta
el 1,7 %, y ha rebajado tres décimas la de 2017, hasta el 1,5 %.

En Reino Unido, el PIB creció un 0,7 % en el segundo trimestre del presente ejercicio, tres décimas más que en el trimestre previo. El consumo privado se aceleró y la formación
bruta de capital fijo se recuperó, después de retroceder en los dos trimestres anteriores. En el tercer trimestre, según la estimación preliminar, el PIB se ha desacelerado dos décimas, hasta el 0,5 %, afectado por el resultado del referéndum
británico de junio. La Comisión Europea prevé un crecimiento del PIB de Reino Unido del 1,9 % en 2016, y del 1 % en 2017, siendo esta última tasa inferior en casi un punto porcentual a la proyectada en mayo.

Durante 2016, el crecimiento del
PIB de Estados Unidos se ha intensificado progresivamente. Así, en el tercer trimestre, el PIB creció el 3,2 % (tasa intertrimestral anualizada), más del doble que en el trimestre anterior, debido principalmente al mayor dinamismo de las
exportaciones y de la inversión privada no residencial, así como a la contribución positiva de los inventarios. La Comisión Europea prevé para 2016 y 2017 tasas de crecimiento del PIB de Estados Unidos del 1,6 % y del 2,1 %, respectivamente.




En lo que respecta a los principales países emergentes, el crecimiento del PIB de China se ha estabilizado en los tres primeros trimestres del año en el 6,7 % interanual, debido, en parte, a las medidas de estímulo implementadas. La
Comisión Europea ha revisado ligeramente al alza la previsión de crecimiento de la economía china para 2016, hasta el 6,6 %, y ha mantenido la proyección para 2017 en el 6,2 %. Para las principales economías emergentes exportadoras de materias
primas, como Rusia y Brasil, la Comisión Europea proyecta una moderación del ritmo de contracción en 2016 y una ligera recuperación en 2017.

2.2. Evolución reciente de la economía española

La economía española
consolidó en 2015 el proceso de recuperación iniciado en 2013, registrando el PIB real una trayectoria fuertemente expansiva, con tasas intertrimestrales en el entorno del 1 %, no alcanzadas desde 2007. En el conjunto del año, el PIB creció
el 3,2 %, muy por encima del PIB de la zona euro (2 %).

El principal motor del crecimiento de la economía española es la demanda nacional, que desde el tercer trimestre de 2013 registra aportaciones positivas al avance intertrimestral del
PIB, después de tres años consecutivos de aportaciones negativas. En el conjunto de 2015, la demanda nacional aportó 3,3 puntos al incremento del PIB, casi un punto y medio más que en 2014, y en el periodo enero-septiembre de 2016, la contribución
ha sido de 3 puntos.

Por componentes de la demanda interna, destaca el dinamismo del gasto en consumo privado y de la inversión productiva. En 2015, el consumo privado se aceleró 1,3 puntos, hasta anotar un incremento del 2,9 %, impulsado
por el favorable comportamiento de la renta bruta disponible real de las familias, favorecida a su vez por el dinamismo del empleo y las menores cargas impositivas derivadas de la reforma fiscal, así como por la contención de los precios. La mejora
de la confianza de los consumidores ante las favorables perspectivas económicas, el aumento de la riqueza financiera neta de los hogares y el incremento del crédito nuevo, en un contexto de menores tipos de interés, también habrían contribuido al
dinamismo del consumo privado. En los tres primeros trimestres de 2016, el consumo privado se ha incrementado un 3,2 % en media anual respecto al mismo periodo del año anterior, tres décimas más que en el conjunto de 2015.

El gasto en
consumo final de las AAPP aumentó el pasado año un 2 % en términos reales, tras acumular en los tres años precedentes una caída del 7 %. La economía española prolongó en 2015 el proceso de consolidación fiscal, reduciendo el déficit público en 0,8
puntos porcentuales, hasta el 5,1 % del PIB, excluyendo la ayuda financiera. En el periodo enero-septiembre de 2016, el consumo público en volumen ha moderado el ritmo de avance interanual respecto al del conjunto del pasado año, anotando un
crecimiento del 1,4 %.

A la expansión de la demanda interna también ha contribuido el favorable comportamiento de la inversión. La formación bruta de capital fijo inició a principios de 2014 una trayectoria expansiva que se consolidó
en 2015, cerrando el año con un crecimiento medio anual del 6 %, más de dos puntos superior al de 2014. En los tres primeros trimestres de 2016, el ritmo de expansión de la inversión se ha mantenido elevado, en el 3,8 %, si bien más moderado que el
del pasado año. A esta desaceleración han contribuido sus principales componentes: la inversión en equipo y activos cultivados, que ha registrado en el periodo enero-septiembre de 2016 un incremento interanual del 6,2 %, frente al 8,8 % anotado
en 2015; y la inversión en construcción, que creció en dicho periodo el 2,4 % interanual, avance más de dos puntos y medio inferior al del pasado año. El menor dinamismo de la inversión en construcción se debe, principalmente, a la inversión en
otras construcciones, que aumenta un 1,6 % en el periodo enero-septiembre, frente al 6,4 % de 2015. Por su parte, la inversión en vivienda ha aumentado en los tres primeros trimestres del año el 3,3 %, frente al 3,1 % registrado en el conjunto
de 2015.

Un rasgo a destacar de la economía española es la prolongación del proceso de desapalancamiento del sector privado, cuya deuda se ha reducido en 49 puntos porcentuales de PIB, desde el máximo alcanzado a mediados de 2010 hasta el
segundo trimestre de este año. La deuda no consolidada del sector privado no financiero se situó en el segundo trimestre de 2016 en el 169 % del PIB (149,5 % del PIB en términos consolidados), niveles de finales de 2005 y próximos a la media de la
zona euro.

En 2015, la demanda externa restó una décima al crecimiento del PIB, debido a un avance de las importaciones de bienes y servicios superior al de las exportaciones. Las importaciones reales de bienes y servicios crecieron el
5,6 %, en línea con el robusto crecimiento de la demanda final, mientras que las exportaciones se aceleraron seis décimas, hasta el 4,9 %, impulsadas por el dinamismo de los mercados de exportación y por las ganancias de competitividad. En efecto,
el tipo de cambio efectivo real frente a los países desarrollados, medido con los costes laborales unitarios de manufacturas, se depreció un 2,7 % el pasado año, según datos del Banco de España, evolución que resulta de la depreciación del tipo de
cambio efectivo nominal y de la disminución de los costes laborales unitarios relativos. En el periodo enero-septiembre de 2016, la contribución del sector exterior al crecimiento interanual del PIB ha sido de 0,4 puntos porcentuales.

Según
las Previsiones de Otoño de 2016 de la Comisión Europea, los mercados españoles de exportación mantendrán su dinamismo en 2016, creciendo al 2,4 %. Hasta septiembre de 2016, y según cifras de Aduanas, las ventas a la Unión Europea (UE) registraron
un ritmo de avance interanual del 4,3 %, en términos reales, inferior en 1,2 puntos al del mismo periodo del año anterior, mientras que las dirigidas al resto del mundo aumentaron un 1,1 %, siete décimas más que un año antes. En términos nominales,
destacan los incrementos de las exportaciones, dentro de la UE, a Reino Unido, Italia y Benelux, y, fuera de la UE, las dirigidas a China. Por el contrario, las exportaciones con destino Brasil, Argentina y Venezuela anotaron las mayores
caídas.

El sólido crecimiento económico ha sido compatible con el avance en la corrección del desequilibrio exterior. Hasta septiembre de 2016, la cuenta corriente presentaba un superávit de 14.046 millones de euros, frente al superávit
de 7.690 millones del mismo periodo de 2015, y la economía española mostraba una capacidad de financiación frente al resto del mundo de 16.418 millones, un 44,6 % superior a la capacidad de financiación contabilizada en el mismo periodo de 2015
(11.355 millones de euros). Paralelamente, se ha reducido el saldo deudor de la posición neta de inversión internacional, situándose en el 88,5 % del PIB en el segundo trimestre de 2016, inferior en 5,5 puntos a la del mismo periodo de 2015.


El crecimiento económico ha sido, además, intensivo en creación de empleo. Según la Encuesta de Población Activa correspondiente al tercer trimestre de 2016, el número de ocupados ha aumentado en casi 1,6 millones de personas desde el mínimo
registrado a principios de 2014, y acumula siete trimestres consecutivos de tasas interanuales en el entorno del 3 %. En el tercer trimestre de 2016, se crearon casi quinientos mil empleos netos (478.800) respecto a un año antes, y el paro se
redujo en más de medio millón de personas (530.000), situándose el número total de parados en 4,3 millones, el menor nivel desde el tercer trimestre de 2009. La tasa de paro se sitúa en el 18,9 % de la población activa, la más baja desde el cuarto
trimestre de 2009.

En lo que se refiere a los precios, la inflación agregada ha seguido condicionada por la volatilidad de los precios de los productos energéticos, mientras que la subyacente ha permanecido estable desde mediados de 2015 en
niveles cercanos, pero en general inferiores al 1 %. Así, de acuerdo con los últimos datos disponibles, el Índice de Precios de Consumo (IPC) creció en octubre de 2016 por segundo mes consecutivo, hasta registrar una tasa interanual del 0,7 %,
superior en medio punto a la del mes previo, tras más de dos años de caídas prácticamente ininterrumpidas. Esta aceleración del IPC general en octubre se explica, principalmente, por los precios de los productos energéticos, que crecieron en
términos interanuales por primera vez en más de dos años, como resultado de los aumentos en los precios de los carburantes y lubricantes y de la electricidad. La inflación subyacente, por su parte, se mantuvo en octubre en el 0,8 %.

En este
contexto, es importante señalar que el robusto crecimiento de la economía española, muy superior al de nuestros principales socios, está siendo compatible con diferenciales de inflación favorables a España, debido principalmente a los efectos
derivados de las reformas implementadas en los últimos años. Así, el diferencial de inflación frente a la zona euro se ha mantenido favorable a nuestro país durante los últimos tres años hasta septiembre de 2016, con las consiguientes ganancias de
competitividad y el positivo impacto sobre nuestras exportaciones y, por ende, sobre el crecimiento y el empleo. En octubre, la economía española y el conjunto de la zona euro registraron idénticas tasas de variación del IPC armonizado.

Sin
embargo, el impacto de la inflación negativa de los últimos años también ha tenido efectos menos favorables sobre otras variables macroeconómicas, especialmente en el ámbito fiscal, dado que los ingresos fiscales se ven afectados negativamente por
la caída de los precios.

2.3. Escenario macroeconómico 2016-2019

El Cuadro 1 recoge las principales hipótesis en las que se fundamenta el Escenario Macroeconómico que acompaña a esta Actualización del Informe de
Situación de la Economía Española. Estos supuestos se basan, principalmente, en las hipótesis incluidas en las Previsiones de Otoño de la Comisión Europea, disponibles hasta 2018, en previsiones del Fondo Monetario Internacional y en estimaciones
propias del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Las hipótesis para 2016 y 2017 son muy similares a las del Plan Presupuestario 2017.

Según la Comisión Europea, el PIB de la economía mundial crecerá este año el 3 % y se
acelerará progresivamente hasta registrar una tasa del 3,5 % en 2018. En este contexto, la economía de la zona euro consolidará la recuperación económica, registrando una ligera desaceleración este año y el próximo, con crecimientos del PIB en el
entorno del 1,5 %, seguidos de un perfil creciente los últimos años del horizonte de previsión.

Cuadro 1. Hipótesis de la proyección
Variación anual en %, salvo indicación en
contrario




2015 2016 (F) 2017 (F) 2018 (F) 2019 (F)
Tipos de interés a corto plazo (euríbor a tres meses)0,0 -0,3 -0,3 -0,3 0,0
Tipos de interés a largo (deuda pública a 10 años, España) 1,7 1,7 1,9 2,2 2,5
Tipo de cambio
(dólares/euro)
1,1 1,1 1,1 1,1 1,1
Crecimiento del PIB Mundial 3,1 3,0 3,4 3,5 3,6
Crecimiento del PIB de la zona
euro
2,0 1,7 1,5 1,7 1,8
Mercados españoles de exportación 4,0 2,4 3,5 4,0 4,1
Precio del petróleo (Brent,
dólares/barril)
52,2 43,0 50,2 52,4 52,4
(F) Previsión. Fuentes: Banco Central Europeo, Comisión Europea y Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Los tipos de interés a corto plazo se mantendrán relativamente estables y en terreno negativo hasta 2018, previéndose en 2019 un ligero incremento. Por su parte, los tipos de interés a largo plazo
aumentarán gradualmente durante todo el periodo de previsión, en consonancia con una posible normalización de la política monetaria del BCE.

En lo que respecta al precio del petróleo Brent, ha registrado una trayectoria creciente a lo largo
del año, pasando de cotizar por debajo de los 30 dólares por barril a principios de año, hasta el entorno de los 45 dólares durante las primeras semanas de noviembre, en un contexto de elevada volatilidad. A partir de la evolución que proyectan
actualmente los mercados de futuros de los precios del petróleo, se prevé un nivel medio en 2016 ligeramente por encima de los 40 dólares por barril y una estabilización en torno a los 50 dólares durante el resto del periodo de proyección.

En
cuanto a la evolución del tipo de cambio, el euro se apreció respecto al dólar durante los primeros meses de 2016, pero desde junio la cotización de la divisa europea presenta un perfil descendente, estabilizándose en torno a 1,1 dólares por euro,
nivel en el que se prevé que el tipo de cambio se mantenga durante todo el periodo de previsión. Respecto al crecimiento de los mercados de exportación, las proyecciones apuntan a un perfil creciente durante el horizonte de proyección, en línea con
las perspectivas sobre la evolución de la demanda de nuestros principales socios comerciales.

En base a las hipótesis mencionadas, este escenario macroeconómico refleja, a medio plazo, la consolidación de la recuperación y la posterior
estabilización de la economía española. Estas proyecciones se sustentan en la mejora de la confianza y del empleo, en el mejor acceso al crédito, favorecido por la culminación del proceso de saneamiento financiero, así como en el contexto de
moderado avance de los precios y reducidos tipos de interés. Se trata de un patrón de crecimiento equilibrado, apoyado tanto en la demanda externa como en la interna.

El continuo proceso de desapalancamiento de hogares y empresas junto a un
mayor acceso al crédito supone una mejora sustancial del contexto en el que se desenvuelve la actividad económica respecto a años anteriores. Este cambio, unido a la sensible recuperación del consumo, hace prever que la demanda interna prolongue su
dinamismo en el horizonte temporal considerado. El papel de la demanda interna como motor del crecimiento de la economía española se mantendrá en el horizonte 2016-2019, si bien su aportación se irá moderando progresivamente. El impulso de la
demanda interna tiene su base en el incremento de la renta disponible, fruto del favorable comportamiento del mercado de trabajo y de la recuperación de la confianza.

El escenario macroeconómico que se presenta en este informe supone una
revisión al alza del ritmo de crecimiento del PIB real en 2016 y 2017 respecto a lo estimado en el Plan Presupuestario 2017, de tres y dos décimas, respectivamente, hasta el 3,2 % este año y el 2,5 % el próximo. El mayor crecimiento previsto para
este año se debe, en parte, a la revisión al alza del crecimiento interanual del PIB en el segundo trimestre, a una evolución de la actividad económica en el tercer trimestre más favorable de lo esperado y a una mejora de las perspectivas para el
último trimestre del año. Para 2018 y 2019, se prevé una estabilización del ritmo de crecimiento en el 2,4 %.

En relación con la composición del PIB, se proyecta un patrón de crecimiento en el periodo 2016-2019 más equilibrado entre la
demanda interna y la externa. El perfil ligeramente descendente de la contribución de la demanda interna al crecimiento del PIB que se prevé a partir de 2016 se produce en paralelo a una trayectoria de contribuciones positivas del sector exterior a
lo largo de todo el horizonte de previsión.

Cuadro 2. Escenario Macroeconómico 2016-2019
Variación anual en %, salvo indicación en contrario








2015 2016 2017 2018 2019
Gasto en consumo final nacional privado (a) 2,9 3,4 2,7 2,5 2,4
Gasto en consumo final de las AAPP 2,0 1,0 0,9 0,7 0,7
Formación bruta de capital fijo 6,0 4,6 3,4 3,5 3,6
Bienes
de equipo y activos cultivados
8,8 7,5 5,0 4,8 4,9
Construcción 4,9 2,8 2,6 2,8 3,0
Demanda Nacional (contribución al
crecimiento del PIB)
3,3 3,1 2,4 2,3 2,2
Exportación de bienes y servicios 4,9 5,8 5,9 5,7 5,7
Importación de bienes y
servicios
5,6 6,0 5,9 5,8 5,8
Saldo exterior (contribución al crecimiento del PIB)-0,1 0,1 0,1 0,1 0,2
PIB real 3,2 3,2 2,5 2,4 2,4
Deflactor del PIB 0,5 0,7 1,51,6 1,6
Deflactor del consumo privado -0,2 -0,2 1,4 1,5 1,5
Empleo total (b) 3,0 2,9 2,4 2,3 2,3
Tasa de paro (% población activa) 22,1 19,6 17,6 15,6 13,8
Cap(+)/Nec.(-) financiación de las AAPP (% PIB) -5,1 -4,6 -3,1 -2,2-1,3
Cap(+)/Nec.(-) financiación frente al Resto del Mundo (% PIB) 2,0 2,5 2,3 2,2 2,1
(a) Hogares e ISFLSH. (b) Empleo equivalente a tiempo
completo. Fuentes: INE y Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Entre los componentes de la demanda interna, el consumo privado y la inversión productiva presentarán un elevado dinamismo
durante todo el horizonte de previsión. El consumo privado se acelera en 2016 hasta el 3,4 % y se estabiliza a partir de 2017, registrando ritmos de crecimiento en el entorno del 2,5 % al final del periodo. Esta evolución viene determinada por el
aumento de la renta disponible, derivado del buen comportamiento del mercado de trabajo, en un contexto de moderación de precios y mejora de las condiciones de financiación.

Asimismo, destaca el tono expansivo de la formación bruta de capital
fijo, que tras una ligera desaceleración este año, hasta el 4,6 %, se estabiliza en tasas próximas al 3,5 % durante todo el horizonte de previsión. Por componentes, la inversión en bienes de equipo modera el ritmo de crecimiento los primeros años
del periodo, pero gana dinamismo en 2019, anotando en dicho año una tasa de crecimiento próxima al 5 %. Este dinamismo de la inversión en equipo y otros productos se sustenta en el afianzamiento de las expectativas, la favorable evolución de las
exportaciones, la continuación del proceso de desapalancamiento de las empresas (que elimina presiones financieras y libera recursos para la inversión) y la recuperación de la actividad crediticia, principalmente hacia el sector productivo. A su
vez, la evolución de la inversión en construcción también contribuirá al dinamismo de la formación bruta de capital fijo, consolidando la recuperación iniciada en 2014, primer año de crecimiento tras seis años consecutivos de caídas, y registrando
incrementos próximos al 3 % en el periodo 2016-2019.

Por su parte, la contribución positiva del sector exterior al crecimiento durante el periodo de previsión viene determinada tanto por el dinamismo de las exportaciones de bienes y
servicios, impulsadas por las ganancias de competitividad y la mejor evolución de los mercados de exportación españoles, como por una ligera ralentización de las importaciones, en consonancia con la evolución de la demanda interna. Se prevé una
aceleración de las exportaciones de casi un punto este año y de una décima en 2017, hasta anotar tasas de crecimiento del 5,8 % y 5,9 %, respectivamente, y una estabilización del ritmo de crecimiento en el 5,7 % a partir de 2018. Por su parte, el
ritmo de crecimiento de las importaciones de bienes y servicios, tras situarse este año en el 6 %, tasa superior en cuatro décimas a la de 2015, se estabiliza en torno al 5,8 % al final del periodo de proyección. En este contexto, la economía
presentará una capacidad de financiación sostenida frente al resto del mundo por encima del 2 % del PIB en todo el horizonte de proyección.

Es importante señalar que la mayor flexibilidad introducida por la reforma laboral de 2012 ha
posibilitado la creación de empleo con tasas de crecimiento del PIB sensiblemente inferiores a las que resultaban necesarias antes de su entrada en vigor, situando el umbral de creación de empleo por debajo del 0,7 %. Como resultado del dinamismo
en la creación de empleo, que mantendrá un ritmo de crecimiento medio anual próximo al 3 % este año y en torno al 2,5 % en el resto del horizonte de previsión, la tasa de paro se reducirá progresivamente, unos dos puntos cada año, hasta situarse por
debajo del 14 % de la población activa en 2019.

En el proceso de corrección de los desequilibrios de la economía española, la estabilidad de los precios seguirá jugando un papel relevante. A pesar del impulso de la demanda interna, el ritmo
de crecimiento del deflactor del consumo privado no superará el 1,5 % en el periodo 2016-2019. La ausencia de presiones sobre los precios seguirá teniendo su reflejo en ganancias de competitividad, favoreciendo el comportamiento de las
exportaciones e influyendo positivamente tanto en la moderación salarial como en la renta disponible real de las familias. La contención de los precios del petróleo llevará a una nueva caída del deflactor del consumo privado en 2016, si bien su
efecto sobre el deflactor del PIB será compensado por el descenso del deflactor de las importaciones.

Por otro lado, el Cuadro 3 refleja las previsiones más recientes publicadas por la Comisión Europea, el FMI, la OCDE y el Banco de España,
que se han tomado como referencia en la elaboración de este Informe de Situación de la Economía Española.


Cuadro 3. Comparación de escenarios macroeconómicos 2016-2017





Variación anual en %, salvo indicación en contrario CE OCDE FMI BdE
Previsiones noviembre 2016 Previsiones noviembre 2016Previsiones octubre 2016 Previsiones septiembre 2016
2016 2017 2016 2017 2016 2017 2016 2017
1. PRODUCTO INTERIOR BRUTO 2. Gasto en consumo final nacional privado (a) 3. Gasto
en consumo final de las AA.PP. 4. Formación bruta de capital fijo 5. Variación de existencias (b) 6. Exportación de bienes y servicios 7. Importación de bienes y servicios 8. Demanda Nacional (b) (c )
9. Demanda externa neta (b)
3,22,3 3,2 2,1 0,9 0,8 4,2 3,6 0,1 0,0 6,1 4,5 5,8 4,3 2,9 2,1 0,2 0,2 3,22,3 3,4 2,1 0,9 1,2 4,3 4,7 0,1 0,0 5,8 4,5 5,9 5,0 3,2 2,4 0,1 0,0 3,12,2 3,3 2,3 0,9 0,4 4,2 3,0 0,0 0,0 5,9
4,4 6,1 4,4 3,0 2,1 0,1 0,1
3,22,3 3,4 2,0 1,0 0,8 4,0 4,8 - - 5,3 4,5 5,4 4,9 3,1 2,3 0,1 0,0
Promemoria: 10. Cap(+)/Nec(-) financiación de la nación (% PIB) 11. Deflactor del PIB 12. Deflactor del
consumo privado 13. Empleo total (d) 14. Tasa de Paro 15. Coste Laboral Unitario 16. Cap(+)/Nec(-) financiación de las AA.PP. (% PIB)
2,62,4 0,7 1,2 0,0 1,6 2,8 2,1 19,7 18,0 0,8 1,1 -4,6 -3,8 -- 0,6
1,2 -0,1 1,1 2,9 2,4 (1) 19,6 17,7 0,5 1,6 (2) -4,6 -3,6
2,52,3 0,7 0,9 - - 2,9 1,9 (1) 19,4 18,0 - - -4,5 -3,1 2,62,2 0,3 1,1 - - 2,9 2,0 19,8 18,3 - - -4,9 -3,6
(1) Encuesta de Población Activa.
(2) Definición OCDE: Remuneración de los asalariados por unidad de producto. (a) Incluye a los hogares y a las ISFLSH (Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares).


(b) Aportación al crecimiento del PIB. (c) En la OCDE y FMI: crecimiento anual de la demanda nacional. (d) Puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo. Fuentes: Comisión Europea, FMI, OCDE y BdE.

Un rasgo común de las proyecciones de los principales organismos nacionales e internacionales, es la revisión al alza del crecimiento del PIB real en 2016, y la previsión de una desaceleración en 2017. La Comisión
Europea, en sus Previsiones de Otoño de 2016 estima un crecimiento del PIB español este año del 3,2 %, en línea con el previsto por el Fondo Monetario Internacional, la OCDE y el Banco de España. Para 2017, estos organismos coinciden en proyectar
un crecimiento en torno al 2,3 %.

2.4. Posición cíclica de la economía española

Con objeto de analizar la situación cíclica de la economía española, el presente informe proporciona estimaciones del producto
potencial y de la brecha entre la producción real y la potencial (output gap), siguiendo la metodología de la función de producción utilizada por la Comisión Europea y acordada en el seno del Grupo de Trabajo del Output Gap. Se ha incorporado un
cambio estadístico, consistente en la utilización de las proyecciones de población de corto plazo publicadas por el INE.

El Cuadro 4 recoge las tasas de crecimiento observadas y previstas para el PIB real, el crecimiento del PIB potencial
estimado hasta 2019 y las aportaciones al crecimiento de sus principales determinantes y la evolución del output gap.

El PIB potencial, tras el mínimo alcanzado en 2014, inicia en 2015 una senda expansiva, con tasas de crecimiento positivas y
gradualmente crecientes, hasta situarse en el 1,3 % al final del horizonte de previsión. Esta aceleración se debe a la recuperación del factor trabajo, que registra a partir de 2016 aportaciones positivas al crecimiento del PIB potencial, tras
cinco años de aportaciones negativas, así como al perfil ascendente del capital y, en menor medida, a la Productividad Total de los Factores (PTF), que aumenta ligeramente su contribución en el periodo de proyección.


Cuadro 4. PIB potencial y output gap (1)


PIB real (Variación anual %) Función de Producción
PIB potencial (Variación
anual %)
Output gap (%) Contribuciones al crecimiento potencial
PTF Capital Empleo
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 20193,83,93,60,51,71,7 1,1 3,1 1,6 0,5 1,5 1,1 -3,6 1,2 -3,1 0,5 0,8 -0,1 0,0 1,3 -4,4 0,5 0,6 0,2 -1,0 0,7 -6,0 0,3 0,4 -0,1 -2,9 -0,4 -8,4 0,2 0,2 -0,7 -1,7 -0,6 -9,4 0,1 0,1 -0,8 1,4 -0,1 -8,1 0,1 0,1 -0,3 3,2 0,2 -5,4 0,1 0,2 -0,1 3,2 0,6 -2,9
0,2 0,3 0,1 2,5 0,9 -1,3 0,2 0,3 0,3 2,4 1,1 0,0 0,2 0,4 0,5 2,4 1,3 1,0 0,3 0,5 0,6
(1) NAWRU calculada con Curva de Phillips forward-looking no centrada. Fuente: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Como resultado de la evolución del PIB real y del potencial, el output gap seguirá reduciéndose, desde la máxima diferencia entre PIB potencial y observado (-9,4 %) alcanzada en 2013, hasta registrar un valor
positivo (1 %) en 2019.

A partir del output gap, es posible descomponer la senda prevista de déficit público en sus componentes cíclico y cíclicamente ajustado. Como se observa en el Cuadro 5, la reducción del déficit ajustado cíclicamente
entre 2016 y 2017 es de 0,6 puntos porcentuales, situándose el déficit público nominal por debajo del umbral del 3 % en 2018.

Cuadro 5. Cálculo del saldo ajustado cíclicamente
(% del
PIB, salvo indicación en contrario)





Saldo público Output gap (1) Saldo cíclico Saldo cíclicamente ajustado (2)
2013 -7,0 -9,4 -5,1 -1,9
2014 -6,0 -8,1 -4,4 -1,6
2015 -5,1 -5,4 -2,9-2,2
2016 -4,6 -2,9 -1,6 -3,0
2017 -3,1 -1,3 -0,7 -2,4
2018 -2,2 0,0 0,0-2,2
2019 -1,3 1,0 0,5 -1,8
(1) NAWRU calculada con Curva de Phillips forward-looking no centrada. (2) Por tratarse de déficit ajustado cíclicamente y no
déficit estructural, no se descuentan medidas one-off. Fuente: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

El Cuadro 6 recoge la estimación de la tasa de referencia, que establece el límite a la
variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales. Para obtener dicha tasa, se calcula cada año la media de los crecimientos reales potenciales de dicho año, los cinco
anteriores y los cuatro posteriores, obteniéndose así la tasa de referencia real. Para los años posteriores a 2019, los crecimientos potenciales se han obtenido aplicando la metodología t+10 de cálculo del PIB potencial aprobada en el seno del
Grupo de Trabajo del Output Gap.

En línea con la metodología de desarrollo de la Ley de Estabilidad, los crecimientos de los deflactores utilizados para pasar de la tasa de referencia real a la nominal se corresponden con el menor valor entre
el 2 % y la tasa del deflactor del PIB prevista o efectivamente realizada cada año, según la Contabilidad Nacional.


Cuadro 6. Tasas de referencia del PIB reales y nominales




Tanto por c iento 2015 2016 2017 2018 2019
Tasa de referenc ia real (1) 0,5 0,5 0,6 0,8 1,0
Tasa de referencia nominal 1,0 1,2 2,1 2,3 2,5
(1) NAWRU calculada con Curva de Phillips forward-looking no centrada. Fuente: Ministerio de Economía, Industria
y Competitividad.

Finalmente, el Cuadro 7 muestra el saldo cíclico de los diferentes agentes de las Administraciones Públicas obtenido al aplicar al output gap del Cuadro 5 las semielasticidades obtenidas a partir de la
metodología prevista en la Ley de Estabilidad para calcular las previsiones tendenciales de ingresos y gastos. Entre 2016 y 2019, el saldo cíclico del conjunto formado por la Administración Central y la Seguridad Social aumenta 1,4 puntos de PIB,
pasando de un déficit del 1 % del PIB a un superávit del 0,4 %, mientras que el saldo cíclico de las Comunidades Autónomas se incrementa 0,6 puntos, desde un déficit del 0,4 % del PIB en 2016 a un superávit del 0,2 % en 2019.


Cuadro 7. Saldos cíclicos por agentes de las AAPP (1) (% PIB)



2015 2016 2017 2018 2019
Administración Central y Seguridad Social -1,9 -1,0 -0,5 0,0 0,4
Administración Central -0,9 -0,5 -0,2 0,0 0,2
Seguridad Social -1,0 -0,6 -0,3 0,0 0,2
Comunidades Autónomas -0,8 -0,4 -0,2 0,0 0,2
Corporaciones Locales-0,2 -0,1 0,0 0,0 0,0
Total Administraciones Públicas -2,9 -1,6 -0,7 0,0 0,5
(1) NAWRU calculada con Curva de
Phillips forward-looking no centrada. Fuente: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.