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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 76, de 28/12/2016
cve: BOCG-12-D-76 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


28 de diciembre de 2016


Núm. 76



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/001051 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a ratificar la condena del franquismo y cualquier acto de enaltecimiento del dictador... href='#(Página7)'>(Página7)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001059 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa a la pena de muerte en Egipto... (Página8)


Comisión de Justicia


161/001046 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, por la que se insta al Gobierno a la derogación del actual redactado del artículo 23 de la Ley 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, relativo a la jurisdicción universal, volviendo la redacción anterior a las reformas realizadas por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre y por la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la jurisdicción universal .... (Página9)


161/001050 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la reforma de la planta judicial... (Página11)


161/001052 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el impulso del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia...
(Página12)


161/001053 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la reforma de la sucesión en el Código Civil suprimiendo la legítima de los ascendientes... href='#(Página13)'>(Página13)


161/001054 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el desarrollo de la conciliación ante el Letrado de la Administración de Justicia... href='#(Página14)'>(Página14)



Página 2





161/001060 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre despenalización de la venta ambulante... (Página15)


161/001064 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la modificación del marco legislativo para la protección de las víctimas de los accidentes de tráfico... href='#(Página17)'>(Página17)


161/001079 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al indulto de dos trabajadores vigueses condenados por participar en una huelga legal... href='#(Página18)'>(Página18)


Comisión de Interior


161/001048 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la normativa reguladora de la jornada laboral en el seno de la Policía Nacional ... (Página19)


Comisión de Defensa


161/001040 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a anular el Decreto 462/1962, de 1 de marzo, por el que se le concede a la ciudad de Melilla el título de
'Adelantada al Movimiento Nacional'... (Página20)


161/001069 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a cumplir con el mandato del Congreso para la cesión del dominio y titularidad de los terrenos de la antigua base Loran al
Ayuntamiento de Torroella de Montgrí (Girona), o a la Generalitat de Cataluña para ser destinados a equipamientos de interés cultural y natural, en el seno del futuro Parque Natural del Montgrí-Illes Medes-Baix Ter... href='#(Página21)'>(Página21)


Comisión de Fomento


161/001088 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la supresión del paso a nivel de Porriño y Salida Sur ferroviaria de Vigo... (Página23)


Comisión de Educación y Deporte


161/001032 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a permitir la matriculación en 2º curso de Formación Profesional Básica, con carácter excepcional, del alumnado con Necesidades Educativas Especiales
que haya cumplido 21 años ... (Página23)


161/001043 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la inclusión de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, territorios de gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la próxima
oleada del Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA) ... (Página25)


161/001066 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la creación de un Plan Estatal para la Enseñanza y Aprendizaje de la Convivencia y Combatir el Acoso Escolar... (Página26)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/001035 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la defensa del sistema público de pensiones... (Página29)



Página 3





161/001047 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la ratificación de la Carta Social Europea revisada en 1996, así como del Protocolo de reclamaciones
colectivas de 1995 ... (Página30)


161/001055 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al acceso de los trabajadores autónomos a los recursos de la Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral en igualdad de condiciones con
los trabajadores por cuenta ajena... (Página32)


161/001061 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a mejorar la protección de los trabajadores y trabajadoras del campo en Andalucía y Extremadura ... (Página33)


161/001063 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa al reemplazo y sustitución de los trabajadores jubilados en las entidades prestadoras de servicios de la Seguridad Social en Gipuzkoa ... href='#(Página35)'>(Página35)


161/001065 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el estudio y evaluación de los incentivos a la contratación... (Página36)


161/001067 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la ratificación del Convenio 188 de la OIT... (Página38)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/001030 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la adecuación de la ribera del río Duero a su paso por la ciudad de Zamora ... (Página39)


161/001044 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el reconocimiento del Ayuntamiento de Cambados para la designación del municipio como 'Ciudad Europea del Vino 2017' ... href='#(Página40)'>(Página40)


161/001070 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al cumplimiento del mandato legal existente para la revisión del Plan Forestal Español ... (Página41)


161/001071 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la necesidad de constituir a la mayor brevedad el Consejo Forestal Nacional ... (Página42)


161/001072 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la necesidad de regeneración de las playas al sur del puerto de Valencia... (Página43)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001031 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la mejora de la respuesta del Sistema Nacional de Salud al tratamiento de las personas transexuales ... (Página44)


161/001034 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los servicios sociales y la lucha contra la pobreza y la exclusión social en la Ciudad Autónoma de Melilla
... (Página45)


161/001077 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a priorizar los servicios de atención a la dependencia como preferentes respecto a las ayudas económicas ... href='#(Página47)'>(Página47)



Página 4





161/001078 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo y concesión de un distintivo solidario a aquellos agentes económicos que colaboren con la financiación de la dependencia ...
(Página48)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/001038 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al inicio de una auditoría pública de las actividades del Fondo de Promoción de Desarrollo ... href='#(Página49)'>(Página49)


161/001039 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al compromiso con la ayuda humanitaria y la política de cooperación internacional como expresión de la
solidaridad humana.... (Página52)


161/001062 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el incremento de la ayuda humanitaria para los desplazados y personas refugiadas ... (Página54)


Comisión de Cultura


161/001033 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al proyecto de creación de un Centro de Interpretación del Castro de Cociñadoiro en Arteixo (A Coruña),
comprometido por el Gobierno con motivo de las obras del Puerto Exterior de Punta Langosteira ... (Página55)


161/001042 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el VIII Centenario de los Amantes de Teruel ... (Página57)


161/001049 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al traslado de la Lex Flavia Malacitana del Museo Arqueológico Nacional al Museo de Málaga ... (Página57)


161/001075 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la candidatura de Sagunto como Patrimonio Mundial de la UNESCO ... (Página58)


161/001076 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la conmemoración del V Centenario de la Primera Circunnavegación del Mundo, Magallanes-Elcano ... (Página59)


161/001080 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a que las tablas originales de la Lex Flavia se expongan en el Museo de Bellas Artes de Málaga ... href='#(Página60)'>(Página60)


161/001083 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, por la que se insta al Gobierno a recuperar la exigencia de las clasificaciones K7 y N5 a las empresas contratistas de servicios dedicadas a la restauración
de bienes inmuebles y muebles ... (Página61)


161/001084 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la regularización de las encomiendas de gestión y su intervención en obras de Patrimonio Histórico ... (Página63)


161/001087 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la puesta en marcha inmediata de las medidas necesarias para impulsar la construcción de la Biblioteca Central de Barcelona ... href='#(Página64)'>(Página64)



Página 5





Comisión de Igualdad


161/001036 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la elaboración, en el marco del informe de impacto de género de los Presupuestos Generales del Estado, de fichas de seguimiento que identifiquen de
forma transparente y ordenada las partidas presupuestarias destinadas por cada Ministerio a políticas de igualdad ... (Página66)


161/001037 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a adoptar las medidas necesarias para que la atención y asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en
el ejercicio de la patria potestad cuando exista sentencia firme, o hubiera una causa penal en curso, por malos tratos o abusos sexuales ... (Página67)


161/001073 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a dotar de un chaleco femenino a cada una de las Guardias Civiles y Policía Nacional, adecuados a sus características
antropométricas, y que esto se haga extensivo al personal masculino.... (Página68)


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/001045 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los problemas de seguridad vial en la N-VI a su paso por los Ayuntamientos de Bergondo y Oleiros (A
Coruña)... (Página70)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001082 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para mejorar el régimen de funcionamiento de los Centros Especiales de Empleo y para potenciar su papel en el acceso al empleo y en la inclusión
social de las personas con discapacidad... (Página72)


161/001086 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el Fondo Estatal de Accesibilidad Universal.... (Página75)


161/001089 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la educación inclusiva en la asignatura de educación física a alumnos con discapacidad... (Página76)


Comisión para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la


corrupción y las reformas institucionales y legales


161/001090 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la ordenación de los trabajos de la Comisión para la auditoría de calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas
institucionales y legales ... (Página78)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/001029 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la ampliación de la financiación de los municipios turísticos conforme a la Ley de Haciendas Locales ... (Página79)


161/001057 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para reforzar la independencia e imparcialidad de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional ... href='#(Página80)'>(Página80)


161/001058 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la reinversión del superávit municipal ... (Página81)



Página 6





161/001068 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a aplicar el tipo reducido del IVA a los servicios funerarios ... (Página82)


Comisión de Economía, Industria y Competitividad


161/001056 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la necesidad de promover un Pacto Nacional por la I+D+i que dote de estabilidad y objetividad a la política en materia de ciencia, tecnología e
innovación ... (Página83)


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/001074 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el apoyo al mantenimiento de la actividad industrial y energética de Hidro Nitro ... (Página86)


161/001085 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, relativa a la actualización de los Planes de Emergencia Nuclear de la provincia de Tarragona y la dotación de medios para una implementación
efectiva... (Página88)



Página 7





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2016-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/001051


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para ratificar la condena del franquismo y cualquier acto de
enaltecimiento del dictador, para su debate en la Comisión Constitucional.


El pasado 13 de diciembre el medio de comunicación La Marea dio a conocer cómo se había desarrollado la cena homenaje a Francisco Franco, que tuvo lugar el pasado 2 de diciembre en el Hotel Novotel Madrid, organizada por la fundación que
lleva el nombre del dictador, Según la página web de esta institución, en la citada cena se rindió homenaje a Franco ofreciendo galardones a aquellos cargos públicos que incumplen de forma manifiesta la conocida como Ley de Memoria Histórica,
aprobada en el Pleno del Congreso de los Diputados en 2007 (Ley 52/2007, de 26 de diciembre), cuya denominación oficial es aquella 'por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o
violencia durante la guerra civil y la dictadura'.


Según relata el comunicado publicado por la propia Fundación Francisco Franco, entre los asistentes a dicho evento se encontraban el secretario provincial del PP de Badajoz y Diputado de la Asamblea de Extremadura, Juan Antonio Morales; el
alcalde de Guadiana del Caudillo, Antonio Pozo (PP), y la alcaldesa de Alberche del Caudillo, Ana Rivelles (PP) que fueron premiados por incumplir la ley anteriormente citada y 'honrar al dictador', por lo que recibieron los 'Diplomas de Caballero y
Dama de Honor' por su 'labor destacada en la defensa de la verdad histórica y de la memoria del Caudillo y su gran obra'.


Recordamos los principios democráticos que deben regir las políticas públicas en virtud de lo establecido en la exposición de motivos de la propia Ley de Memoria Histórica, en vigor desde diciembre de 2007:


'Por ello mismo, esta Ley atiende a lo manifestado por la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados que el 20 de noviembre de 2002, aprobó por unanimidad una Proposición no de Ley en la que el órgano de representación de la
ciudadanía reiteraba que 'nadie puede sentirse legitimado, como ocurrió en el pasado, para utilizar la violencia con la finalidad de imponer sus convicciones políticas y establecer regímenes totalitarios contrarios a la libertad y dignidad de todos
los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra sociedad democrática'. La presente Ley asume esta Declaración así como la condena del franquismo contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en
París el 17 de marzo de 2006, en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en España entre los años 1939 y 1975.'



Página 8





Asimismo, es necesario atender las consideraciones y exigencias de la Organización de Naciones Unidas a través del 'Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición':


'El Relator Especial formula a continuación sus principales recomendaciones y reitera su plena disposición para acompañar a las autoridades en su implementación. Insta al Gobierno a las instancias del Estado relevantes a:


a) Mostrar un compromiso decidido del Estado por darle vigencia plena, con carácter prioritario, a los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. El Relator Especial recalca que las limitaciones de
recursos, si bien pueden reducir las capacidades del Estado, no pueden justificar la inacción en favor de estas medidas.


b) Evaluar rigurosamente la implementación de la Ley de Memoria Histórica y su uso por parte de las víctimas en aras de ajustar los modelos y medidas a los reclamos de las víctimas, estableciendo canales de comunicación entre las autoridades
competentes, las víctimas y asociaciones.


c) Incrementar y promover el contacto y la coordinación entre las diferentes instituciones públicas de memoria histórica, así como asignar los recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.


d) Promover las actuaciones en la materia y coordinación entre las Defensorías del Pueblo nacional y autonómicas existentes .


e) Evitar disparidades profundas en las leyes relevantes al tema entre niveles autonómicos y nacional, asegurando una protección igualitaria y homogénea para todas las víctimas. El Relator Especial reconoce la competencia de las comunidades
autónomas y el desarrollo de legislación y medidas que ofrecen mayor reconocimiento y protección a las víctimas que a nivel nacional.


f) Promover las iniciativas del Estado y la sociedad civil que aglutinen y respondan a las demandas de todas las víctimas de violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario, independientemente de su afiliación política o
aquella de los perpetradores.'


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados reprueba cualquier acto de enaltecimiento del franquismo, como el que tuvo lugar el pasado 2 de diciembre en el Hotel Novotel en Madrid a través de la fundación Francisco Franco, y ratifica la expresa
condena del franquismo ya realizada por esta Cámara en el año 2002.


2. EI Congreso de los Diputados rechaza la actitud de cualquier cargo público que participe en actos de homenaje al dictador, reprueba la actividad de la fundación Francisco Franco, e insta al Gobierno a que revise cualquier tipo de ayuda
pública que reciba dicha fundación.


3. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas necesaria para que se cumplan las recomendaciones de la ONU establecidas en el 'Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y
las garantías de no repetición.''


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Eva García Sempere y Ricardo Sixto Iglesias, Diputados.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001059


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la pena de muerte en Egipto, para su
debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.



Página 9





Exposición de motivos


Considerando el deterioro de los derechos humanos en Egipto reflejado en las condenas a penas de prisión de miles de personas en juicios sin garantías, manifiestamente injustos, algunos masivos; las condenas a muerte de cientos de personas
declaradas culpables de 'terrorismo' y otros cargos relacionados con la violencia política desatada tras el derrocamiento de Mohamed Morsi en julio de 2013; la ejecución de decenas de personas en 2015 y 2016; la práctica generalizada de la
tortura; y la impunidad con que operan las fuerzas de seguridad.


Considerando que el 29 de mayo de 2016, un tribunal militar de El Cairo (Causa militar 174/2015) condenaba a ocho civiles a muerte (Ahmad Ghazali, Mohammed Fawzi, Ahmed Mustafa, Reda Ma'tamad, Mahmoud al-Sharif, Abdul Basir Abdul Rauf,
Abdullah Noureddin y Ahmed Abdul Baset); que ellos afirman haber confesado bajo tortura, pero el tribunal militar ignoró sus denuncias; que el juicio de civiles en tribunales militares viola el derecho a un juicio justo; que en su interrogatorio
no estuvo presente un abogado; que las autoridades negaron que estuvieran detenidos hasta que el Ministerio del Interior anunció por televisión el desmantelamiento de una 'peligrosa célula terrorista' y emitió un vídeo con algunos de los chicos
'confesando' su participación en actividades terroristas; que dos de los condenados, Abdullah Noureddin y Ahmed Abdul Baset, ni siquiera estuvieron presentes en el juicio.


Advirtiendo que en 17 de mayo de 2015, se ejecutó a seis hombres en circunstancias que se pueden considerar similares. Ese mismo año se ejecutaron a más de 22 personas y se condenó a muerte a más de 538 personas.


Reconociendo que el Gobierno egipcio se enfrenta a una amenaza a la seguridad, pero que esta no puede ser pretexto para constreñir los derechos humanos y las libertades fundamentales.


Reconociendo que el pasado 7 de octubre el Consejo de Ministros en funciones de España aprobó una declaración institucional del Gobierno con motivo del Día Mundial contra la Pena de Muerte, en la que reiteraba la rotunda oposición de España
a la aplicación de la pena de muerte en todos los casos y circunstancias.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


- Interceda ante las autoridades egipcias para que se anulen las sentencias a muerte, así como las demás condenas, en la causa militar 174/2015 y estas personas sean sometidas a un nuevo juicio, ante un tribunal civil ordinario, acorde con
el derecho y las normas internacionales, sin que se admita ninguna confesión o prueba obtenida bajo tortura, mientras se hallaban en desaparición forzada, ni quepa recurrir a la pena de muerte.


- lntensifique sus acciones en los distintos foros internacionales y en sus relaciones bilaterales con el gobierno de Egipto para conseguir una moratoria efectiva de la pena de muerte, como paso previo a su total abolición.


- Inste al Gobierno egipcio a que erradique la práctica de la desaparición forzada y la tortura por parte de los cuerpos de seguridad; establezca una comisión de investigación independiente sobre desapariciones forzadas y garantice que los
responsables de estas violaciones de derechos humanos rindan cuentas ante la justicia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


Comisión de Justicia


161/001046


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley por la que se



Página 10





insta al Gobierno a la derogación del actual redactado del artículo 23 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativo a la jurisdicción universal, volviendo la redacción anterior a las reformas realizadas por la Ley
Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre y por la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la jurisdicción universal, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


La reforma de la Justicia Universal aprobada por la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo supuso una 'restricción sustancial y extrema' de los derechos de los españoles víctimas de genocidios en el extranjero, según señaló la Sala de lo Penal
del Tribunal Supremo en el Auto 3240/2016, de 18 de abril de 2016. En su resolución, el Alto Tribunal destaca que 'la nueva regulación del principio de justicia universal con respecto a los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra
ha procedido a una restricción tan sustancial del derecho de los ciudadanos españoles víctimas de tales delitos en el extranjero, que excluye de forma extrema su acceso a la jurisdicción para defender sus derechos dentro del territorio español dada
la escasísima posibilidad de que uno de los presuntos autores resida habitualmente en España'. Continúa la referida resolución señalando que 'La gran contradicción sustancial de la reforma queda evidenciada en el hecho de que mientras que los
delitos más graves del Derecho penal internacional (lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra) son desplazados fuera de la competencia de la jurisdicción española, excepto para los supuestos de rarísimas excepciones anteriormente expuestas; en
cambio, sí cabría encuadrar en el ámbito de nuestra jurisdicción los delitos de segundo grado del Derecho Penal internacional: aunque también con unas restricciones que no se daban en la Ley Orgánica 1/2009, y mucho menos en la 6/1985'.


Conclusión de ello, podemos afirmar que la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2014, viene a diferenciar víctimas españolas de primera y de segunda categoría, privilegiando a las víctimas de actos de terrorismo, respecto de las de otros
delitos, de tal suerte que los tribunales españoles podrán ejercer la jurisdicción respecto de este delito por el mero hecho de que la víctima sea española, pero no cuando sean víctimas de genocidio, lesa humanidad, tortura o crímenes de guerra,
casos en los que no bastará con ser de nacionalidad española sino que se requerirán otras exigencias adicionales. De esta manera, todo ciudadano español que esté en misiones en el extranjero (profesionales, militares, periodistas, cooperantes,
religiosos, etc), si son víctimas de los citados crímenes, quedarán desamparados judicialmente en España, a pesar de ser nacionales, al carecer sus órganos jurisdiccionales de competencia para enjuiciar a sus verdugos.


Es decir: el actual redactado del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial no solo niega la justicia a las víctimas extranjeras de graves violaciones de derechos humanos sino que también deja por tanto en situación de desamparo a
las víctimas españolas que sufran delitos internacionales en el extranjero, contradiciendo el Estatuto de la Corte Penal Internacional en su Preámbulo que establece que 'es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables
de crímenes internacionales'.


Por ello, podemos afirmar que la reforma de la Justicia Universal aprobada por la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, ha supuesto en la práctica la derogación del principio de justicia universal debido a la introducción de un catálogo
ininteligible de precisiones para la afirmación de la jurisdicción española que la ha hecho simplemente imposible de aplicar. Efecto principal al que cabe añadir otros colaterales, más allá de la persecución de crímenes internacionales señalados,
como son los relativos a asuntos de tráfico de droga, impidiendo perseguir a los barcos que transportan droga que naveguen en aguas jurisdiccionales internacionales próximas a las costas españolas, salvo que esa embarcación enarbole bandera española
o a bordo haya tripulantes españoles o ese barco se dirija a España.


Por lo tanto, queda sentado que la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, debilita el Estado de Derecho, contraviene el Derecho Internacional y ataca los Derechos Humanos y la dignidad de las víctimas y garantiza la impunidad, sumándose a la
Ley Orgánica 1/2009, que ya limitó el principio de la justicia universal solo a los supuestos casi imposibles de que los acusados se encontrasen en España, que las víctimas fuesen españolas o que existiese conexión relevante con nuestro país.


De hecho, el propio Tribunal Constitucional, en Sentencia 237/2005, de 26 de septiembre, con anterioridad a las reformas operadas por ambas Leyes Orgánicas, había sostenido que la justicia universal contemplada en nuestro ordenamiento
jurídico era 'absoluta, es decir, sin sometimiento a criterios restrictivos de corrección o procedibilidad, y sin ordenación jerárquica alguna con respecto al resto de las reglas de atribución competencial, puesto que, a diferencia del resto de
criterios, el de justicia universal se



Página 11





configura a partir de la particular naturaleza de los delitos objeto de persecución'; no requiriéndose vinculación alguna, ni estableciéndose límites a dicho principio (a excepción de la cosa juzgada). Tras las dos reformas ello ha quedado
sin efecto y en España ya no existe una jurisdicción universal, pues se ha limitado a tales extremos que hace prácticamente imposible seguir un procedimiento de justicia universal en España.


Por todo ello el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a insta al Gobierno a que derogue la actual redacción del artículo 23 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativo a la jurisdicción universal, volviendo al enunciado
anterior a las reformas realizadas por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre y por la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Jaume Moya Matas, Diputado.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001050


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reforma de la planta judicial, para su debate en la
Comisión de Justicia.


Existe un consenso generalizado en el sector de la justicia sobre la necesidad de modificar la normativa relativa a la demarcación y planta judicial, dentro de cualquier estrategia que pretenda una modernización estructural de la
Administración de Justicia.


El Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia ha desarrollado un conjunto de propuestas para modificar la estructura de la justicia y adaptar los recursos personales y materiales a las necesidades de la ciudadanía. Propuestas
que, en materia de planta judicial, podrían lograr un elevado grado de consenso político, social y profesional.


Así, la nueva planta judicial debe considerar, en primer lugar, a los Tribunales de Instancia, que deben constituir un modelo de organización colegiada y pluripersonal frente al actual modelo de juzgados. Su creación posibilitará el
establecimiento de criterios conjuntos, homogéneos y objetivos en la organización y distribución del trabajo (como es el caso de las Audiencias o los Tribunales Superiores de Justicia), superando los criterios subjetivos, por ejemplo, en la fijación
de las fechas de juicios, y favoreciendo la sustitución puntual entre jueces en caso de necesidad. También permitirán ampliar el numero de jueces y garantizarles mejores condiciones en la prestación del servicio, al concentrar su labor
exclusivamente en funciones jurisdiccionales.


Los Tribunales de Instancia deberían mantenerse en cada uno de los actuales partidos judiciales y deberían integrarse en ellos todos los jueces y magistrados que actualmente componen el poder judicial.


En segundo lugar, los Tribunales de Base y Ejecución coexistirían junto a los de Instancia en todos los partidos judiciales actuales y en todas las Jurisdicciones. Asumirían los asuntos menos complejos y que pueden ser resueltos con mayor
rapidez, permitiendo a los Jueces de Instancia concentrarse en los asuntos más complejos.


En tercer lugar, la Oficina Judicial sería el soporte tanto a los Tribunales de Instancia como a los de Primer Grado, impulsando la tramitación de los procedimientos y la ejecución de las resoluciones. Las Oficinas Judiciales estarían
dirigidas por Letrados de la Administración de Justicia y contarían exclusivamente con personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.


Por último, tras la reforma del Código Penal en la que se suprimieron las faltas penales, carece de sentido el mantenimiento de los Juzgados de Paz, respetando los intereses de los pequeños municipios y



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su vecindad . Más aun si consideramos la implantación de los Tribunales de Instancia y los Tribunales de Base y Ejecución.


Una solución para los municipios de reducida dimensión seria que los Juzgados de Paz se sustituyan por Oficinas Judiciales de Atención a la Ciudadanía, que mantendrían la presencia de la Administración de Justicia con los actuales medios
materiales y personales con los que cuentan actualmente las oficinas de los Juzgados de Paz, con excepción de los Jueces de Paz, que desaparecerían.


Estas oficinas, podrían realizar labores de atención a la ciudadanía de su municipio para acercar la justicia a la ciudadanía, especialmente aquella que todavía no tiene acceso a los medios telemáticos para relacionarse con la Administración
de Justicia. Y podrían, además, asumir funciones de comunicación y ejecución en su municipio en asuntos que se encuentren en los Tribunales de Base y Ejecución y de Instancia del partida judicial en el que se encuentren. Y también podrían
desempeñar las funciones de auxilio judicial en actos de comunicación y ejecución de otros partidos judiciales.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas necesarias para:


1. Posibilitar el aumento del número de jueces mediante la creación de órganos colegiados como los Tribunales de Instancia y Tribunales de Base y Ejecución, situando al Estado español con una ratio de jueces por habitante entre las mayores
de Europa.


2. Especializar a los órganos pluripersonales en asuntos de mayor complejidad (Tribunal de Instancia) y menor complejidad (Tribunal de Base y Ejecución).


3. Solventar el grave problema de la Ejecución Judicial, especialmente en el ámbito penal, otorgando a los Jueces de Base las competencias para dictar la orden general de ejecución de sus resoluciones, las derivadas tanto de los Tribunales
de Instancia como las de los Servicios Comunes.


4. Especializar a los Letrados de la Administración de Justicia en funciones de dirección procesal al frente de los Servicios Comunes.


5. Garantizar una justicia próxima mediante la creación de Oficinas de Atención a la Ciudadanía en sustitución de los Juzgados de Paz.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001052


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para el impulso del uso de las tecnologías de la información y
la comunicación en la Administración de Justicia, para su debate en la Comisión de Justicia.


La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial mediante la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial estableció por primera vez el uso válido y pleno de medios
tecnológicos en la administración de justicia. Posteriormente, la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia y la reforma del artículo 230 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial mediante la Ley Orgánica 7/2015, han convertido en obligatorio para los distintos operadores jurídicos el uso de dichas tecnologías cuando existan en los órganos de la administración de justicia.


La propia jurisprudencia del Tribunal Supremo establece ya que el soporte papel ha sido superado por las nuevas tecnologías de la documentación e información, de tal forma que cualquier sistema que permita incorporar ideas, declaraciones,
informes o datos susceptibles de ser reproducidos en su momento, suple



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con ventajas al tradicional documento escrito, siempre que existan instrumentos técnicos que permitan acreditar la fiabilidad y seguridad de los impresos en soporte magnético.


Ante esta realidad social, que el derecho no puede desconocer, y pese al estado actual de las tecnologías, a la progresiva generalización de las mismas en las oficinas de la administración de justicia e incorporación a los procedimientos,
siguen existiendo resistencias al uso de estas tecnologías en algunos sectores profesionales.


Es preciso adoptar medidas para impulsar definitivamente el uso de las tecnologías de la información y la comunicación a la administración de justicia, para mejorar la calidad del servicio y optimizar los recursos públicos.


Por un lado, es preciso poner fin a la situación actual que permite duplicar injustificadamente la documentación y la garantía de verificación de actos procesales mediante la presencia del Letrado de la Administración de Justicia, que sigue
siendo optativa en las vistas orales de juicios, con la consiguiente distorsión en el ejercicio de las competencias de dirección procesal de la oficina atribuida a dicho Cuerpo.


Por otro lado, es necesario impulsar la formación efectiva y evaluada públicamente para profesionales del sector de la justicia respecto al uso de las aplicaciones de su entorno, tanto por el Consejo General del Poder Judicial como por el
Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas con competencias en la materia; e implantar protocolos, soportes técnicos y organizativos eficientes para la superación automática de eventuales disfunciones, para que en ningún caso se vea afectada la
calidad del servicio o el avance en la implementación efectiva de las nuevas tecnologías.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reformar la legislación procesal para convertir en obligatoria la ausencia del Letrado de la Administración de Justicia en los actos procesales (vistas de juicios orales, comparecencias o declaraciones) que sean documentados con plenas
garantías mediante técnicas de grabación audiovisual.


2. lmplementar los soportes organizativos y formativos necesarios para que por todos los profesionales se utilicen efectivamente y de modo óptimo los medios públicos puestos a su disposición, en particular, los recursos tecnológicos y de
comunicación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001053


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reforma de la sucesión en el Código Civil suprimiendo
la legítima de los ascendientes, para su debate en la Comisión de Justicia.


Según nuestro Código Civil, los españoles con vecindad civil común y sin descendientes deben reservar en su testamento la mitad de sus bienes para sus padres, o el que sobreviva de ambos, quedando solo la otra mitad a la libre disposición
del testador.


Efectivamente, el artículo 807 del Código Civil establece en su apartado 2.º que son herederos forzosos, a falta de hijos y descendientes, los padres y ascendientes, y el artículo 809 sanciona que constituye la legitima de los padres o
ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte de la herencia.



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Esta situación contrasta con la de quienes poseen la vecindad civil de territorios como Navarra, Galicia, Aragón o el Pais Vasco, donde la legitima de los ascendientes no existe, o de Cataluña, donde es solo la cuarta parte.


Los antecedentes más recientes en España de la abolición de la legitima de los ascendientes son los de Galicia con la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, y el Pais Vasco con la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho
Civil Vasco. En ambas comunidades, la reforma ha obtenido un amplio consenso político y ha sido bien recibida por la ciudadanía.


El origen de la legítima del Código Civil español, como parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, viene de antiguo. Tiene sus antecedentes en el Derecho castellano, en el Derecho canónico y en el Derecho
romano, aunque también tiene relación con el Derecho germánico. Fue en el Código Civil de 1889, cuando se recogió esta institución.


La realidad social actual no es la misma que la del siglo XIX. En aquellos tiempos, la esperanza de vida apenas superaba los cincuenta años y todos los miembros de la familia permanecían unidos férreamente. Padres e hijos contribuían al
patrimonio familiar común y la 'legítima' podía tener sentido en aquel contexto.


Además, en agosto de 2015, entró en vigor un nuevo Reglamento Europeo de Sucesiones. Esta norma introdujo cambios trascendentales en el derecho legitimario del Viejo Continente. Se posibilita la elección de la ley de sucesiones del Estado
de la Unión Europea que más interese al ciudadano, siempre que este haya residido en el mismo.


Seguramente es hora ya de revisar la figura jurídica de la 'legítima', una institución anacrónica y un obstáculo a la libertad del testador. Máxime cuando hablamos de legítima de los ascendientes y algunas comunidades autónomas con
competencias en la materia han implementado cambios al respecto.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar ante la Comisión de Justicia un estudio sobre legislación comparada nacional y europea en la regulación de la figura de la legítima en materia de sucesión.


2. Presentar un Proyecto de Ley ante las Cortes Generales, considerando los resultados del estudio del apartado anterior, para la reforma de la sucesión en el Código Civil suprimiendo la legítima de los ascendientes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001054


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para el desarrollo de la conciliación ante el Letrado de la
Administración de Justicia, para su debate en la Comisión de Justicia.


La Administración de Justicia debe estar en condiciones de ofrecer una capacidad de respuesta más eficaz y rápida de lo que ha venido siendo común hasta ahora, y altamente cualificada, a las necesidades planteadas por la ciudadanía.


En este sentido, debe desarrollarse un instrumento de gran calado como es la conciliación ante el Letrado de la Administración de Justicia, prevista en el artículo 456 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.



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Esta conciliación debería llevarse a cabo, en la medida de lo posible, en un servicio común de conciliación en aquellos partidos en los que pudiera establecerse y se podría extender a todas aquellas jurisdicciones regidas por el derecho
dispositivo: Instancia, Social, Familia y Mercantil.


Los Letrados de la Administración de Justicia se hallan investidos de las condiciones necesarias para poder ejercer la función de conciliación y mediación desde la máxima ecuanimidad, profesionalidad, competencia y experiencia acumulada. Lo
hacen en su doble condición tanto de Funcionarios Públicos adscritos a la Administración de Justicia y conocedores de la praxis procesal como de Técnicos en Derecho con la calificación máxima en la estratificación de grupos funcionariales vigente en
el seno de nuestra Administración Pública.


Desde 2009, en la jurisdicción social, el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia viene realizando funciones de conciliación previa al juicio En el ámbito laboral, más de la mitad de los procedimientos finalizan mediante
resolución de estos Letrados fruto de la función mediadora. A esto hay que sumar experiencias piloto en las que los Letrados citan a las partes para una conciliación voluntaria y anticipada con meses de antelación a la fijada para el juicio.


Todo parece indicar que los Letrados están en condiciones de contribuir a resolver los problemas que arrastra la justicia mediante el ejercicio del acto de conciliación, especialmente la Social. Y ello sin perjuicio de la necesidad de
aumentar la dotación de jueces mediante la implantación de los Tribunales de Instancia y de Base y Ejecución.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para regular la conciliación previa ante los Letrados de la Administración de Justicia como un acto autónomo e independiente al de la celebración del acto del
juicio ante el Tribunal, de tal forma que ambos trámites sean dos hechos sucesivos y obligatorios para las partes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001060


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comu Podem-En Marea, a iniciativa la Diputada Ione Belarra Urteaga, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley para su debate en la Comisión de Justicia, sobre despenalización de la venta ambulante.


La aprobación de la Directiva de Retorno (2208/115/CE), en el año 2008, da inicio a un ciclo de políticas migratorias restrictivas de derechos hacia la población migrada que alcanza altísimas cotas en 2009, con la intensificación de las
redadas basadas en perfil étnico. En aquel momento, un esfuerzo intenso desde la sociedad civil organizada por denunciar y visibilizar este tipo de prácticas evidencia, además, la necesidad de modificar el Código Penal con el objetivo de sacar la
venta ambulante del ámbito penal.


Fruto de dichas exigencias la Ley de 2010, de reforma del código penal (Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio) por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, establecía en su preámbulo que el agravamiento penológico en el
ámbito de los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial llevado a cabo siete años antes por el Partido Popular, había generado una quiebra en la proporcionalidad de la pena.


Se refería al caso de la venta a pequeña escala, habida cuenta de que muchas de las personas que incurrían en dicha práctica se encontraban en situación de pobreza. Se conseguía así tras varios años de lucha intensa la reforma del Código
Penal, haciendo que la actividad del entonces denominado 'Top Manta' pasase de ser un delito a ser falta.



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A pesar de tratarse de un consenso ampliamente alcanzado cinco años antes, el Partido Popular aprueba en 2015, una de las reformas del Código Penal más restrictivas y antidemocráticas que ha vivido nuestro país. Así, el 1 de julio de 2015,
entra en vigor en su totalidad dicha reforma, que introduce importantes cambios en el régimen de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial.


En concreto el artículo 274.3 del Código Penal de la citada ley, versa del siguiente modo, repenalizando unas prácticas que, como señalábamos más arriba, se habían despenalizado previamente debido a su desproporcionalidad:


'La venta ambulante u ocasional de los productos a que se refieren los apartados anteriores será castigada con la pena de prisión de seis meses a dos años. No obstante, atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del
beneficio económico obtenido o que se hubiera podido obtener, siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo 276, el Juez podrá imponer la pena de multa de uno a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno
a sesenta días.'


Además, dicho artículo entra en contradicción con el propio preámbulo de la citada ley, que recoge en el párrafo decimosexto, que es la Ley de Propiedad Intelectual la que constituye el instrumento natural para la protección de los derechos
tutelados por la misma determinando, por tanto, que es la jurisdicción civil será la más pertinente para ello.


El principio de intervención mínima significa en el ordenamiento jurídico penal de nuestro país que el Derecho Penal tiene el carácter de última ratio por parte del Estado para la protección de bienes jurídicos y solo para los más graves
ataques frente a los mismos. Es evidente que la venta ambulante no representa un ataque a los bienes jurídicos protegidos por los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. La situación actual supone una regresión respecto a la
regulación anterior y condena a personas migrantes en situación administrativa irregular a una suerte de muerte social porque, al mismo tiempo, tipifica como delito la única forma de ganarse la vida y les imposibilita regularizar su situación en
nuestro país.


Es de sobra conocido que la existencia de antecedentes penales imposibilita la obtención de una autorización de residencia temporal, aun cuando concurran el resto de requisitos exigidos por la vigente Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. También es sabido que la inexistencia de autorización de residencia temporal imposibilita la posibilidad de trabajar en nuestro país, lo que impide a las personas
migrantes que viven de la venta ambulante dedicarse a otras ocupaciones.


A esta situación socio-administrativa terriblemente excluyente se le suma, en demasiadas ocasiones, la persecución desmedida y violenta de las personas que se dedican a la venta ambulante por parte de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.


Las persecuciones a las que son sometidos manteros y lateros, desproporcionadas para la gravedad de su falta, provocan habitualmente caídas, contusiones, lesiones con secuelas a largo plazo, etc. En ocasiones tienen consecuencias trágicas.
Recordemos cómo el 11 de agosto de 2015, Mor Sylla, un vecino de Salou desde hacía más de diez años que se dedicaba a la venta ambulante, cayó al vacío desde el balcón de su casa durante una operación policial contra el top manta. Las
circunstancias en que se produjeron los hechos aquel día aún no han sido aclaradas suficientemente. Desde la comunidad senegalesa de la localidad se exigió una investigación y tras la muerte de Mor se sucedieron las protestas y los actos de
homenaje. Sin embargo la situación hacia los vendedores ambulantes no ha mejorado en la actualidad. Muy al contrario, empeora cada día.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Iniciar la reforma del actual Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal) a fin de excluir del ámbito penal las conductas recogidas en el art. 274.3.


2. Comenzar un proceso legislativo encaminado a la reforma de la Ley de Extranjería, entendiendo que la condición de irregularidad a la que se condena a muchas personas es en sí misma la que aboca a éstas personas a la venta ambulante y a
situaciones de vulnerabilidad que generan trata de seres humanos y explotación laboral.



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3. Adoptar para garantizar la tutela adecuada de los bienes jurídicos tutelados por los delitos de propiedad intelectual e industrial y teniendo en cuenta la competencia estatal sobre esta materia en virtud del artículo 149 párrafo 1
epígrafe 10 de la Constitución, sobre: 'Régimen aduanero y arancelario' medidas destinadas a garantizar la óptima aplicación del Reglamento (UE) N.º 608/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013, relativo a la vigilancia por
parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual y por el que se deroga el Reglamento (CE) N.º 1383/2003 del Consejo.


4. Tomar las medidas necesarias para la modificación de los protocolos policiales de manera tal que éstos sean respetuosos con los derechos humanos y en concreto con el derecho recogido en el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos
Humanos por el que nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Ione Belarra Urteaga, Diputada.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001064


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la modificación del marco legislativo para la protección de las
víctimas de los accidentes de tráfico, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


En septiembre de 2014, la Mesa Nacional de la Bicicleta presentó un documento con el título de 'Directrices para un Plan Nacional de la Bicicleta' con el ánimo de poner en marcha un proceso que tenga por misión definir la política que
debería impulsar el Gobierno español, a fin de promover un uso seguro cómodo y atractivo de la bicicleta como parte primordial de una política de transporte integral y sostenible. Este documento fue remitido al Consejo Superior de Tráfico y define
una serie de medidas que deberían ser la base de la reforma de la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación.


Recientemente, la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso de los Diputados acaba de aprobar una Proposición no de Ley en la que, en la línea aprobada ya en la pasada legislatura, se asume seguir el ejemplo de otros
países europeos en lo que se refiere al uso de la bicicleta. En dicha Proposición no de Ley se insta al Gobierno a 'elaborar un Plan Estratégico Estatal de la Bicicleta que contemple, a modo de directrices generales de alcance estratégico,
iniciativas normativas, propuestas programáticas sectoriales, coordinación interadministrativa y recomendaciones que sirvan, en conjunto, para promover el uso habitual de la bici como una alternativa de movilidad dentro de una política de transporte
integral y sostenible'.


También la Propuesta requiere al Gobierno que dé 'un impulso definitivo a la cultura de la bicicleta en España, lo cual requiere la creación de un marco normativo adecuado, tanto a nivel legislativo como reglamentario, que, en coordinación y
acuerdo con todas las administraciones competentes en la materia, permita el incremento del uso seguro de la bicicleta en sus distintas vertientes (como medio de transporte cotidiano, deportiva o recreativa)'.


Una de las medidas de desarrollo de este fomento del uso seguro de la bicicleta debe ser la elaboración de una nueva Ley de Circulación, que sea de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad sostenible, y que no se centralice en los vehículos a
motor, concediendo trato preferente a la bicicleta, tanto por la seguridad del ciclista como por la función social que cumple en la movilidad sostenible.


Junto a ello, se considera necesario asegurar que las víctimas con lesiones menos graves, que son las más numerosas, sean atendidas adecuadamente y con equidad por parte de las compañías aseguradoras, facilitando los requisitos de acceso a
la indemnización, evitar que la lucha contra el fraude venga a suponer la eliminación de justas indemnizaciones para todas las víctimas y sus familias y garantizar que el perjudicado pueda tener en todo caso una defensa jurídica independiente con
cargo al



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seguro de defensa jurídica, incluso en el caso que se obtenga el cobro de la indemnización sin necesidad de procedimiento judicial.


En esta misma línea, y como remedo a la desaparición del Juicio de Faltas, se propone la creación de un procedimiento civil para reclamar los daños causados en accidente de tráfico, carente de formalismos, bastando una papeleta con la
cantidad que se reclame, sin más complejidad y sin costas.


Por ello, y recogiendo la peticiones de la Mesa Nacional de la Bicicleta, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revisar la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación atendiendo a las directrices de la Mesa Nacional de la Bicicleta remitidas al Consejo Superior de Tráfico.


2. Revisar la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, en lo referente al procedimiento que deben afrontar las víctimas para
reclamar las correspondientes indemnizaciones ante las aseguradoras.


3. Revisar la Ley 50/1980, de Contrato de Seguros, en lo que se refiere al cobro de la defensa jurídica por parte de los propios asegurados y hacer sancionable las oposiciones injustificadas para su abono por parte de las aseguradoras.


4. Introducir en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, un procedimiento civil específico para la reclamación de los daños y perjuicios en accidente de tráfico, informal y sin costas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Jaume Moya Matas, Diputado.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001079


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz Alexandra Fernández Gómez, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 del Reglamento
del Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Justicia, relativa al indulto de dos trabajadores vigueses condenados por participar en una huelga legal.


Exposición de motivos


La huelga no es un delito: este es el lema de la campaña lanzada por el sindicalismo de clase para enfrentar el proceso de criminalización del ejercicio efectivo del derecho de huelga que está ocurriendo a largo del Estado español.


Dentro del amplio arsenal represivo legal que se viene implementando para bloquear en diversas formas las luchas de las personas trabajadoras afectadas por recortes, despidos, EREs, etc... se encuentra el recurso al artículo 315.3 del
código penal para impedir de facto, por la vía de las condenas y el amedrentamiento, el empleo de este instrumento legal por parte de las personas trabajadoras.


Condenados en 2011, a tres años de prisión por ejercer el derecho de huelga, Carlos Rivas y Serafín Rodríguez no cuentan con antecedentes de ningún tipo y pidieron un primer indulto, que se les denegó, solicitando otro después por el que
llevan esperando dos años. Fueron absueltos por el juzgado que reconoció que no causaron daño alguno. Y el juzgado de lo penal solicitó la suspensión de la condena hasta que el gobierno resolviera ese segundo indulto; decisión recurrida por la
fiscalía. Estos compañeros cuentan con el respaldo y la simpatía de una clase trabajadora que no dejará de pelear en defensa de sus derechos. Como sucede a los más de 300 trabajadores y trabajadoras encausados por defender nuestros derechos.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Proponer, de forma urgente, el otorgamiento del indulto de estos dos trabajadores (Serafín Rodríguez y Carlos Rivas) que no causaron daño alguno y que no tienen antecedentes de ningún tipo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Interior


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre normativa reguladora de la jornada laboral en el seno de la Policía Nacional, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Si bien carecemos de datos actualizados sobre plantillas policiales ya que el Ministerio del Interior lleva sin ofrecerlos más de un año, el último del que disponemos, el recogido en el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas, Registro Central de Personal, de enero de 2016, arroja el siguiente dato en cuanto a la Policía Nacional: de los 77.088 funcionarios policiales que en servicio activo se encuentran previstos en el Catálogo en vigor,
solamente son 65.741 los que cubren dichos puestos, lo que supone un total de 11.347 vacantes de miembros de la Policía Nacional. La solución ni está ni se la espera a corto plazo, ya que si creemos los datos que el Gobierno facilitó para los
Presupuestos de 2016, no se podrán cubrir los objetivos que se proponen en especialidades tan importantes como seguridad ciudadana o policía judicial, ni los dedicados a violencia de género y familiar. Esto evidencia el fracaso de la política de
personal de los últimos cinco años como consecuencia de las restricciones que se han llevado a efecto para la provisión y cobertura de vacantes del personal de la Administración General del Estado, en general, y de la Policía Nacional en particular.


Esta situación de falta de efectivos se ha visto agravada por la implantación de la nueva jornada laboral en la Policía Nacional que ha comportado un recorte del 10 por ciento de la presencia policial en las calles, el cierre por la noche de
comisarías o la imposibilidad de patrullar en ese mismo tramo horario ciudades y barrios de toda la geografía española. Y esto ha ocurrido con una Dirección General de la Policía que no ha previsto ni adoptado medidas para proveer y reparar la
actual situación carencial de efectivos policiales, aun cuando el Director General Adjunto actual en funciones es el propio Subdirector General de Recursos Humanos de las dos legislaturas de gobierno del Partido Popular. Todo esto ha conllevado una
merma considerable del servicio, que la seguridad pública presta a los ciudadanos.


No debemos olvidar que esta medida fue aprobada el 18 de diciembre de 2015, a dos días de unas elecciones generales y un Gobierno con la Cámara disuelta, el mismo Gobierno que aprovechó la disolución de la Cámara para convocar un proceso
selectivo a fin de promover al cargo de Comisario Principal a sus afines dentro del Cuerpo de Policía Nacional.


Todos estos problemas han aflorado en la instrucción de la Dirección Adjunta Operativa de 24 de noviembre pasado sobre organización de los permisos de navidad, lo que llevó al sindicato SUP, a declarar un conflicto colectivo contra el
Ministerio del Interior, entre otras razones, al considerar que no se han respetado los derechos de los policías en cuanto a la organización de los permisos de Navidad de este año. Esta situación ha sido parcialmente resuelta, pero ignorando los
mínimos principios que deben regir la actuación de un Ministerio como el de Interior en sus relaciones con los representantes sindicales de la Policía Nacional.



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Resulta curioso que mientras se vulneran derechos como el de la conciliación de los miembros de la Policía Nacional, ayer mismo 12 de diciembre, la Ministra de Empleo en una comparecencia en el Congreso anunció que va a impulsar en esta
legislatura un pacto nacional por la conciliación y la racionalización de horarios.


A todo lo anterior debemos añadir que según denuncian las organizaciones sindicales, a pesar de las múltiples incidencias que se han producido en la aplicación de esta normativa, la Administración se niega a convocar la Mesa de Seguimiento
de la Jornada Laboral, prevista en la Circular de 18 de diciembre de 2015, por la que se aprueba la nueva jornada laboral y dar la participación que prevé en su artículo 8 la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía
Nacional, aprobada casi en tiempo de descuento de la legislatura, con el voto en contra del Grupo Socialista al considerar que no atendía a las necesidades reales de la Policía Nacional.


Por todo lo anterior el Grupo Parlamentario Socialista propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. Ante la declaración de Conflicto Colectivo se convoque un Pleno Extraordinario del Consejo de la Policía, donde se aborden las medidas necesarias para dar una respuesta y en caso de imposibilidad de acuerdo en un plazo razonable, se abra
una vía de solución extrajudicial pactada.


2. Se convoque en un plazo breve la Mesa de Seguimiento de la Jornada Laboral, prevista en la Circular de 18 de diciembre de 2015, por la que se aprueba la nueva jornada laboral, donde se planteen y se busque solución a los problemas que la
implantación de la Jornada Laboral ha planteado, sin que con ellos se menoscaben los derechos de los policías, ni se deteriore el derecho de los ciudadanos a una servicio público de seguridad eficaz.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Antonio Ramón María Trevín Lombán, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Defensa


161/001040


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Común Podem-En Marea por iniciativa de la Diputada Rosa Martínez, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los
Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Defensa, para anular el Decreto 462/1962, de 1 de marzo, por el que se le concede a la ciudad de Melilla el título de 'Adelantada al Movimiento Nacional'.


Exposición de motivos


La Ley 52/2007, de Memoria Histórica, en su exposición de motivos recoge el espíritu de reconciliación y memoria de la transición y sienta las bases para que los poderes públicos lleven a cabo políticas dirigidas al conocimiento de nuestra
historia.


Como siempre se ha dicho, en toda guerra 'la historia la escriben los vencedores', y en este sentido los vencedores de la guerra civil escribieron una página de una historia falsa e interesada de la ciudad de Melilla. En al año 1962, se
publicó el Decreto 462/1962, de 1 de marzo, por el que se le concede a la ciudad de Melilla el título de 'Adelantada al Movimiento Nacional' con derecho a la incorporación al escudo heráldico de la ciudad, por el hecho de que el golpe militar se
produjo un día antes, 17 de julio, que en el resto del Estado. La ciudad ha ido arrastrando dicho 'mérito' indeseable hasta la actualidad sin que nadie reconociera el error histórico y el bochorno que ello supone para los ciudadanos de Melilla.


Si bien el solo hecho de mantener un título con referencia a un hecho infame de la guerra civil española sería suficiente como para ir en contradicción con la citada Ley de Memoria Histórica, es justo y necesario



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recuperar y reparar la dignidad de los habitantes de una ciudad que nada tuvo que ver con el golpe militar del año 1936.


Todos reconocemos que el golpe de Estado de 1936, fue un golpe militar, ejecutado por individuos dentro de las filas del ejército. Los militares que iniciaron el golpe en el Norte de África procedían de todos los territorios del Estado, y
fueron precisamente civiles melillenses los que les tocó, por tanto, ser los primeros en organizarse para defender a la República Española siendo además los primeros en sentir la represión en sus carnes. Las cifras demuestran que esto fue así y no
de otra manera. Según diversos estudios en la ciudad de Melilla fueron fusilados por los golpistas más de 200 personas y llevados a cárceles y campos de concentración a miles de melillenses, por defender los valores democráticos de la República
Española. Por tanto, si fueron los melillenses adelantados en algo fue en la defensa de la República, lo que es justo y necesario reconocer el error histórico, proceder a la reparación moral y evitar en el futuro que ciertos elementos interesados
utilicen ese recurso de la propaganda franquista.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Anular el Decreto 462/1962, del Ministerio de la Gobernación de 1 de marzo, por el que se le concede a la ciudad de Melilla el título de 'Adelantada al Movimiento Nacional' con derecho a la incorporación al escudo heráldico de la ciudad.


2. Ordenar al Ministerio de Defensa que instruya las órdenes necesarias para retirar y prohibir la mención de 'La Adelantada' en los acuartelamientos de todas las unidades militares que dependan de la Comandancia Militar de Melilla,
incluyendo elementos como banderas, pendones, insignias, metopas y de cualquier otro tipo, salvo en actividades museísticas o exposiciones de carácter histórico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-María Rosa Martínez Rodríguez, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001069


A la Mesa de la Comisión de Defensa


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de la Diputada del Partit Demòcrata Català, doña Miriam Nogueras i Camero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Defensa, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a cumplir con el mandato del Congreso para la cesión del dominio y titularidad de los terrenos de la antigua base Loran al Ayuntamiento de Torroella de Montgrí (Girona),
o a la Generalitat de Catalunya para ser destinados a equipamientos de interés cultural y natural, en el seno del futuro Parque Natural del Montgrí-Illes Medes-Baix Ter.


El 20 de junio de 2012, la Comisión de Defensa aprobó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán para la cesión al Ayuntamiento de Torroella de Montgrí (Girona) de la titularidad de la base Loran.


Concretamente, el texto aprobado fue el siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta a hacer efectiva la venta a un precio razonable al Ayuntamiento de Torroella de Montgrí (Girona) de los terrenos e instalaciones de la antigua base Loran para su rehabilitación y reconversión en bienes de
equipamiento de interés cultural y natural para el municipio y toda la comarca, atendiendo a su privilegiada posición en el marco del futuro Parque Natural de Montgrí-Illes Medes-Baix Ter.'



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Cuatro años y medio después de su aprobación en comisión, no se ha procedido ni se ha iniciado ningún trámite para dar cumplimiento a un acuerdo que el grupo que daba apoyo al Gobierno, grupo con mayoría absoluta, también votó positivamente.


Dado tal incumplimiento del Gobierno, el Partit Demócrata se ve obligado a plantear ante la Comisión de Defensa, y en la nueva legislatura, la demanda al Gobierno para que cumpla con el mandato parlamentario de proceder a la cesión al
Ayuntamiento de Torroella de Montgrí o a la Generalitat de Catalunya, de la base Loran.


La base, de tipo Loran, que estuvo en funcionamiento más de treinta años, fue clausurada en 1994, coincidiendo con el fin de la guerra fría, con posterioridad a la caída del muro de Berlín. El cierre fue debido a la pérdida de valor
estratégico de la zona para el control y orientación de las comunicaciones con los países antiguo bloque comunista, así como por la obsoleta tecnología de que estaba dotada. No obstante, hasta el año 2000, fecha de su desmantelamiento debido a la
sustitución de la tecnología de ondas de radio que empleaba por las modernas comunicaciones por satélite, siguió desempeñando tareas de control y orientación de los buques de la marina estadounidense en el mediterráneo.


En los dieciséis años que han pasado desde su desmantelamiento, ni el Ministerio de Defensa ni el Gobierno han iniciado acción alguna para dotarla de nuevo uso. En esta tesitura su degradación ha sido cada vez mayor. Aunque las estructuras
básicas se mantienen en buen estado; la base está completamente abandonada con nula vigilancia, lo que facilita su ocupación temporal por parte de transeúntes que generalmente pernoctan en ella.


Existen en el mismo término municipal dos baterías, la número 5 (Punta Milán) y la número 6 (La Clota); construidas como estructura militar después de la Guerra Civil por el régimen anterior para evitar un posible invasión aliada. Una vez
abandonado su uso militar, se encuentran en un total proceso de abandono y degradación a causa de la falta de mantenimiento, convirtiéndose en un peligro para los visitantes, un incentivo al vandalismo y ofreciendo una pésima imagen para el conjunto
del territorio en general y para el Parque Natural en particular.


La excepcional situación estratégica de estas edificaciones, las convierten en el centro de uno de los parajes naturales más bellos de la geografía gerundense y catalana. Por esta razón, en 2004 el Pleno municipal del Ayuntamiento de
Torroella de Montgrí instó a la Generalitat para que negociara con el Gobierno español la cesión de la base Loran y así, junto con el Ministerio de Medio Ambiente, poder convertirla en el Centro de Estudios del Paisaje, la Fauna y la Flora del
Parque Natural del Montgrí Illes Medes-Baix Ter. Finalmente, el proyecto no se llevó a cabo; no por razones técnicas, sino por una cierta apatía del Ministerio del Medio Ambiente, desoyendo así la presión popular y ciudadana.


Con el fin de recuperar la petición realizada en 2004 de cesión al Ayuntamiento de Torroella de Montgrí de la base y atendiendo a los beneficios medioambientales, naturales, paisajísticos, sociales, humanos, económicos y turísticos, que
podrían reportar la recuperación y rehabilitación de los terrenos e instalaciones de la antigua base Loran y la demolición de las antiguas baterías militares para toda la región ampurdanesa.


El Partit Demòcrata Català presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dar inmediato cumplimiento a la Proposición no de Ley aprobada hace más de cuatro años, en la sesión por la Comisión de Defensa de 20 de junio de 2012, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán, por la que el Congreso de los
Diputados instaba al Gobierno a ceder, al Ayuntamiento de Torroella de Montgrí (Girona), los terrenos e instalaciones de la antigua base militar Loran para su rehabilitación y reconversión en bienes de equipamiento de interés cultural y natural para
el municipio y toda la comarca atendiendo a su privilegiada posición. Alternativamente, la cesión podría efectuarse también a la Generalitat de Catalunya para incorporar al Parque Natural del Montgrí-Illes Medes-Baix Ter.'


2. Demoler las instalaciones de las Baterías Militares número 5 de Punta Milá y número 6 de la Dota, con el fin de adecuarías a elementos para el uso de la ciudadanía, como itinerarios de senderismo, centros de educación ambiental o centros
de interpretación del territorio, en el seno del Parque Natural del Montgrí-Illes Medes-Baix Ter.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Míriam Nogueras i Camero, Diputada.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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Comisión de Fomento


161/001088


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la
supresión del paso a nivel de Porriño y Salida Sur ferroviaria de Vigo, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La conocida como 'Salida Sur Ferroviaria de Vigo', es un proyecto que aparece incluido por primera vez en el Plan Estratégico de Infraestructuras del Transporte (PEIT 2005-2020) y que, desde hace más de veinte años, lleva apareciendo en los
medios de comunicación de Galicia.


Esta infraestructura, que parte desde la estación Vigo-Urzaiz atravesando el subsuelo de Vigo hasta Sárdoma y desde allí a Porriño, es la mejor alternativa para unir la salida norte actual (Eixo Atlántico) con la línea del Miño, siendo
asumida por los grupos políticos mayoritarios como un proyecto de futuro imprescindible para la ciudad de Vigo.


Hace más de un año, fue presentado un estudio técnico, encargado por el Eixo Atlántico de municipios de la Euroregión, que contempla convertir en pasante la estación de Vigo-Urzaiz, apostando por la salida sur, al considerarla más eficiente
y barata que otras alternativas.


El accidente recientemente acaecido en Porriño ha puesto otra vez sobre la mesa el proyecto para construir un trazado de Vigo a Tui que eluda el centro de Porriño y convierta en pasante la estación de Vigo-Urzaiz.


Este proyecto supondría unos 240 millones de euros y permitiría la creación de una masa crítica de mercado de pasajeros y mercancías, aprovechando los más de 3,7 millones de habitantes de la Región Norte de Portugal. Además, este nuevo
trazado sacaría las vías ferroviarias del centro del núcleo urbano de Porriño, con la mejora que esto supone para los y las habitantes de la zona. Una histórica reivindicación del Ayuntamiento de Porriño.


Esta obra permitiría que Vigo dejara de ser una estación terminal para convertirse en pasante, constituyendo otra ventaja que abriría la posibilidad de una conexión ferroviaria con el puerto en el área de Bouzas. De hecho, la actual
estación de Vigo-Urzaiz se diseñó a 15 metros bajo tierra sobre la anterior, lo que permitiría que prosiga el túnel hasta la Avenida de Madrid.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que continúe los trámites administrativos y técnicos necesarios para afrontar el desvío del paso del tren por el centro de Porriño, solución ya contemplada en el proyecto conocido como
'Salida Sur ferroviaria de la ciudad de Vigo'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de diciembre de 2016.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y María Dolores Galovart Carrera, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Deporte


161/001032


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tenemos el honor de dirigirnos a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los



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Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para permitir la matriculación en 2.º curso de Formación Profesional Básica, con carácter excepcional, del alumnado con Necesidades Educativas Especiales que haya cumplido 21 años, para
su debate ante la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, establece, en su preámbulo, que uno de sus objetivos esenciales es conseguir el mayor poder cualificador del sistema educativo junto a la integración en este del máximo
número posible de alumnos; que el sistema educativo debe procurar una configuración flexible, que se adapte a las diferencias individuales de aptitudes, necesidades, intereses y ritmos de maduración de las personas para no renunciar al logro de
resultados de calidad para todos; asimismo, a través de esta ley, se establece un marco general que permita a las Administraciones educativas garantizar una adecuada respuesta educativa a las circunstancias y necesidades que concurren en los
alumnos con Necesidades Educativas Específicas.


En su artículo 1 se enumeran los principios de calidad del sistema educativo. Uno de los principios establecidos es la equidad, que garantiza una igualdad de oportunidades de calidad, para el pleno desarrollo de la personalidad a través de
la educación, en el respeto a los principios democráticos y a los derechos y libertades fundamentales. Otro de los principios es la flexibilidad, para adecuar su estructura y su organización a las diversas aptitudes, intereses, expectativas y
personalidad de los alumnos.


Asimismo, en su artículo 7.5, se contempla, como uno de los principios generales de la estructura del sistema educativo, que las enseñanzas escolares de régimen general y de régimen especial se adaptarán a los alumnos con necesidades
educativas específicas.


Un colectivo que requiere una especial protección a estos efectos es el alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo asociada bien a algún tipo de discapacidad o de alta capacidad intelectual de la que resulte la necesidad de recibir
educación especial.


El Real Decreto 943/2003, de 18 de julio, por el que se regulan las condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente, permite reducir el periodo
escolar ordinario para el alumnado con altas capacidades intelectuales, de manera excepcional sin los límites establecidos previamente, tanto en la enseñanza general como en la enseñanza de régimen especial.


'CAPÍTULO II


Enseñanzas de régimen general


Artículo 7. Criterios generales para flexibilizar la duración de los diversos niveles, etapas y grados para los alumnos superdotados intelectualmente.


1. La flexibilización de la duración de los diversos niveles, etapas y grados para los alumnos superdotados intelectualmente consistirá en su incorporación a un curso superior al que le corresponda por su edad. Esta medida podrá adoptarse
hasta un máximo de tres veces en la enseñanza básica y una sola vez en las enseñanzas posobligatorias. No obstante, en casos excepcionales, las Administraciones educativas podrán adoptar medidas de flexibilización sin tales limitaciones.


CAPÍTULO III


Enseñanzas de régimen especial


Artículo 9. Criterios generales para flexibilizar la duración de los diversos grados, ciclos y niveles para los alumnos superdotados intelectualmente, en las enseñanzas de régimen especial.


En el caso de las enseñanzas de régimen especial la flexibilización de la duración de los diversos grados, ciclos y niveles para los alumnos superdotados intelectualmente consistirá en su incorporación a un curso superior al que le
corresponda por su edad, siempre que la reducción de estos períodos no supere la mitad del tiempo establecido con carácter general. No obstante, en casos excepcionales, las Administraciones educativas podrán adoptar medidas de flexibilización sin
tal limitación.'



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En el caso del alumnado con Necesidades Educativas Especiales el sistema educativo permite ampliar ese periodo escolar para estos estudiantes. Si bien en este caso la prórroga se establece hasta los 21 años. Para cumplir con el principio
de equidad, se habrán de contemplar casos excepcionales eliminando dicha limitación de edad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la normativa vigente sobre el alumnado con necesidades educativas especiales para que se contemplen casos de excepcionalidad a la limitación de 21 años de edad para cursar los
estudios de Formación Profesional Básica.'


Palacio de Congresos de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Juan Jiménez Tortosa y Sonia Ferrer Tesoro, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001043


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la inclusión de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, territorios de gestión directa del Ministerio de Educación, en la próxima oleada del Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA), para su debate en la Comisión de
Educación y Deporte.


Exposición de motivos


En el año 2009, Ceuta y Melilla participaron en la evaluación del Informe PISA sobre el nivel de competencias educativas, obteniendo los peores resultados de toda España en comprensión lectora, competencia matemática y competencia
científica.


Sin embargo, las dos ciudades autónomas no han participado en la última evaluación, cuyos resultados se han dado a conocer recientemente.


Diferentes agentes sociales y educativos tanto de Ceuta como de Melilla han coincidido en valorar negativamente la no inclusión de estos territorios en el Informe PISA tanto en las evaluaciones de 2012 como en las de 2015.


De hecho, son numerosas las voces que relacionan la no participación de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla con el previsible descenso de la puntuación media nacional que supondría la repetición de los resultados de 2009 en estas
demarcaciones.


La no participación de Ceuta y Melilla, únicos territorios de gestión directa por parte del Ministerio de Educación en el Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA) impide no solo el conocimiento y comparación de las
destrezas competenciales de los estudiantes sino la valoración de la brecha educativa ligada al nivel socioeconómico en las dos ciudades autónomas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, territorios de gestión directa del Ministerio de Educación, en la próxima oleada del Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos
(PISA).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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161/001066


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la creación de un Plan Estatal para la Enseñanza y Aprendizaje de la Convivencia y Combatir el Acoso Escolar, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


Una definición aceptada, clara y muy citada de lo que es el acoso, es la que propone el psicólogo experto en el tema, José M.ª Avilés: 'La intimidación y el maltrato entre escolares de forma repetida y mantenida en el tiempo, casi siempre
lejos de la mirada de los adultos/as, con la intención de humillar y someter abusivamente a una persona indefensa por parte de una persona acosadora o de un grupo mediante agresiones físicas, verbales o sociales, con resultados de temor psicológico
y rechazo grupal'.


El acoso es, sobre todo, la negación de la diferencia; un alumno o alumna es acosada porque es diferente respecto del grupo o del acosador o acosadora, y ahí radica su carácter perverso. Se presenta con muchas y dramáticas facetas, y bajo
patrones distintos, en algunos casos por estereotipos que son utilizados para hacer daño a los compañeros que sobresalen en cualquier sentido o que tienen algún rasgo físico característico, que destacan en rendimiento escolar o por todo lo
contrario, por razones de género, de etnias o religiones distintas, aunque también existen casos de acoso escolar que no obedecen a ningún patrón concreto.


Las consecuencias del acoso escolar son múltiples. Además de que los niños y niñas que lo han sufrido en algún momento tienen más probabilidades de padecer el fracaso escolar, las consecuencias psicológicas son las más importantes para la
víctima como la pérdida de la autoestima, stress, ansiedad, fobia social, etc., que pueden llevar a la aparición de ideas suicidas y, excepcionalmente, al suicidio. Por ello, es preciso establecer y tener claras las señales que alertan sobre la
conversión de un alumno o alumna en persona agredida para actuar cuanto antes, proporcionándole todos los apoyos personales, sociales y psicológicos que sean necesarios.


Además de actuar sobre los agredidos, las actuaciones también deben plantearse en relación a los otros protagonistas de las situaciones de acoso: agresores, espectadores, profesores y familias.


Sobre los agresores hay que actuar no solo para castigarles o sancionarles, sino para reeducarles. Son personas con una carencia de habilidades sociales (falta de empatía), de valores éticos (compasión, solidaridad...) y emocionales
(control de la ira...), que exigen una clara actuación educativa. El objetivo como educadores tiene que ser recuperar y reeducar a estas personas.


En toda situación de acoso hay un grupo clave: los espectadores y espectadoras. El acoso suele pasar inadvertido para los adultos, pero los iguales saben lo que está pasando y muchas veces no actúan por miedo a convertirse ellos en
víctimas. Hay que trabajar a fondo con ellos para modificar su conducta, informarles de las consecuencias de su actitud, enseñarles que la violencia no puede ser la solución y comprometerles en la creación de una red de apoyo a través de la figura
del alumno-ayuda, para evitar el acoso.


Hay que trabajar también con las familias en identificar sus emociones, comprender su inquietud, informarles, implicarles en la solución, etc.


El profesorado es otra pieza clave. Es fundamental proporcionarles una formación sólida para aprender a detectar los síntomas y conocer medidas preventivas y de actuación. Es preciso crear equipos de profesores en los centros y
responsables de convivencia como ya funcionan en muchos colegios e institutos. Hay que educar en valores sociales, en la tolerancia y en el respeto a los demás, valores que se impartían en la asignatura Educación para la Ciudadanía y que fue
aniquilada por la LOMCE.


Hoy día no puede hablarse de acoso sin citar también al ciberacoso. Este es una forma de acoso a través de los medios digitales, que está creciendo exponencialmente y que exige una actuación decidida. Tiene las mismas características que
el acoso (duración, desequilibrio, etc.), pero añade dos específicas: el anonimato que favorece su incidencia y que los jóvenes lo llevan siempre con ellos, ya que al abrir el móvil o el ordenador aparece el menaje, la foto, el insulto o la
amenaza. Para combatir el ciberacoso es fundamental la prevención y la educación de nuestro alumnado para el buen uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, evitando sus riesgos y amenazas.



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El acoso escolar ha existido desde siempre, pero algo que ha ido cambiando en los últimos años es la conciencia social del acoso y el nivel de tolerancia de la sociedad al mismo. Hoy nos parece totalmente inaceptable este tipo de conductas,
desde el maltrato al más débil y al diferente, hasta las novatadas hacia los nuevos. A pesar de ello, se siguen manteniendo justificaciones del acoso que contribuyen a su mantenimiento con frases como 'es cosa de niños', 'siempre lo ha habido', 'es
una manera de hacerse adultos', etc., siendo absolutamente necesario rechazarlas por sus consecuencias de mantenimiento y refuerzo del acoso entre iguales.


En 2006, el Gobierno del PSOE puso en marcha el Plan para la Promoción y Mejora de la Convivencia Escolar. Estaba diseñado de forma transversal para tratar la violencia y la convivencia escolar, por lo que no se centraba únicamente en el
acoso, sino que también trabajaba la empatía, la solidaridad, el trabajo en equipo, la violencia de género, etc. La asignatura de Educación para la Ciudadanía fue muy importante en su puesta en marcha.


Uno de los puntos fuertes del Plan era que contaba con un Acuerdo de compromiso firmado en 2005 con sindicatos, padres y madres y alumnos, e implementó medidas como la celebración de Congresos Estatales en 2005, 2006, 2007 y 2008, la
creación de una página web, el diseño y puesta en marcha del concurso de 'Buenas prácticas', o la impartición de cursos de Formación de Formadores, para profesores y para padres y madres.


Una de las actuaciones más importantes del Plan para la Promoción y Mejora de la Convivencia Escolar, fue la creación del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar en 2007, cuyas funciones eran analizar situaciones de acoso, hacer
diagnósticos y proponer medidas que favorezcan la convivencia escolar. Se reunió en varias ocasiones para su constitución, para la organización de los trabajos y para el adelanto del 'Estudio Estatal de la Convivencia Escolar en la ESO'. El
Observatorio, a su vez, estaba compuesto por una Comisión permanente encargada de coordinar los Grupos de Trabajo creados, entre otros, para el estudio y situación de la convivencia escolar, para la convivencia y los medios de comunicación, o para
la elaboración de materiales para profesores.


Este Plan de Convivencia fue tratado en la Conferencia Sectorial de Educación con las Comunidades Autónomas, y contó con un presupuesto total de 4,5 millones de euros.


Lamentablemente, en estos últimos años de Gobierno del PP la mejora del clima de convivencia en los centros educativos no ha sido una prioridad, como se deduce de su olvido del Observatorio Estatal de Convivencia, el cual lleva casi cinco
años sin ser convocado, exactamente desde que el PP llegó al Gobierno. Sin embargo, en el pasado mes de enero, estando el Gobierno en 'funciones' presentó en el Consejo de Ministros el Plan Estratégico de Convivencia Escolar, plan que fue aprobado
sin contar ni consultar con la Comunidad Educativa, ni con expertos como los que componen el Observatorio Estatal de Convivencia, y pone en marcha medidas que no ayudan a solucionar el problema. El acoso no puede ni debe ser simplificado mediante
la creación de un teléfono de atención a las víctimas de acoso escolar o la emisión de un sello de correos; no puede ser abordado sin hacer un diagnóstico y establecer una tipología de los problemas de convivencia escolares.


La mejora de la convivencia debe ser un objetivo prioritario para los centros educativos ya que comporta múltiples beneficios para todos los integrantes de la comunidad educativa y de modo especial incide en el mejor aprovechamiento de los
procesos de enseñanza-aprendizaje. Por ello, es necesario que los poderes públicos se coordinen y trabajen junto con las comunidades autónomas con el objetivo de desarrollar un Plan de Convivencia para que todos los centros cuenten con un protocolo
de actuación para que la enseñanza y el aprendizaje de la convivencia ocupen el lugar que le corresponde en la educación.


En general, el clima de convivencia en los centros escolares de secundaria es bastante bueno, tal y como lo señalan los dos informes del Defensor del Pueblo (1999 y 2006) y el propio del Observatorio Estatal (2008), estudios que señalan que
el porcentaje de acoso está en torno a un 3,8%, cifra que, aunque no llegue a los niveles de otros países europeos, nos alerta para que trabajemos de forma seria en la solución de los problemas de convivencia que siguen ocurriendo en los centros:
disrupciones en el aula, falta de respeto entre compañeros o a los docentes, acoso escolar, etc.


El centro educativo debe situar la convivencia como eje central de su proyecto educativo porque, si esto falta, las actuaciones externas serán siempre puntuales y apenas tendrán incidencia en el alumnado. Las acciones que lleve a cabo el
centro deben de estar centradas en el desarrollo de competencias de pensamiento, emocionales, sociales y éticas, recursos positivos para la convivencia, desde un enfoque proactivo y con un planteamiento preventivo y capacitados en favor de la
convivencia y centrado en su desarrollo y fomento, no meramente represivo o sancionador.



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Tal y como señala el informe Delors sobre la Educación del siglo XXI, lo recogía la LOE y lo señalan todos los expertos en educación, aprender a convivir es uno de los objetivos fundamentales de la educación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aprobar un Plan Estatal para la Enseñanza y Aprendizaje de la Convivencia y Combatir el Acoso Escolar, en colaboración rigurosa con las comunidades autónomas, que priorice la promoción, desarrollo y fomento de la convivencia escolar.


Asimismo, el Plan deberá ser acordado con todos los sectores de la comunidad educativa: sindicatos de profesorado, confederaciones de padres y madres, organizaciones de estudiantes y representantes de centros educativos.


Específicamente, dicho Plan deberá incluir:


a) Acciones de prevención e intervención sobre la violencia de género en la adolescencia.


b) Acciones de educación a los alumnos y alumnas para que realicen un buen uso de las TIC evitando sus riesgos y amenazas, para prevenir el ciberacoso.


c) Acciones dirigidas a los medios de comunicación, de modo que la transmisión de noticias sobre acoso escolar respondan a la realidad del problema y no creen una alarma innecesaria.


d) La difusión de buenas prácticas en convivencia.


e) La organización de encuentros, jornadas o congresos sobre convivencia.


f) La puesta en marcha y mantenimiento de una página web que recoja materiales, experiencias, etc.


g) La elaboración de materiales que puedan ser usados por el profesorado o las familias y el propio alumnado.


2. Dentro del Plan Estatal, el Gobierno elaborará un Protocolo de Actuación Contra el Acoso, donde se trabaje la convivencia y se dote de competencias al alumnado para saber relacionarse desde el respeto, la paz y el rechazo de todo tipo de
violencia.


Dicho Protocolo pondrá en marcha de forma clara y sencilla acciones que lleven a crear un ambiente con un sistema de relaciones en el centro que prevengan el acoso y que intervengan si tiene lugar a través de una Red de Apoyo que cuente con
un programa específico de Alumnos Ayudantes, de modo que todo el alumnado sepa a qué compañero-ayuda o compañera-ayuda debe acudir si sufre acoso, a qué profesores, a qué tutores, o con qué medios cuenta para comunicar la situación.
Específicamente, el Protocolo contará con las siguientes acciones:


a) Fomentar planes de alerta e intervención que incluyan iniciativas de prevención primaria orientados a la mejora de la convivencia.


b) Promover planes de actuación secundaria, enfocados a intervenir cuando se dan situaciones de acoso y de quiebra de la convivencia impidiendo que se conviertan en crónicas.


c) Proporcionar formación específica a los padres y madres, docentes y alumnos y alumnas para promover la creación de equipos de Convivencia en cada centro con grupos de actuación y de tratamiento de conflictos.


3. Convocar de manera inmediata el Observatorio Estatal de la Convivencia para:


a) Realizar dos estudios con carácter estatal, uno sobre la 'Convivencia Escolar en secundaria' que actualice los datos del informe de 2008; y otro pionero sobre la 'Incidencia del acoso escolar en Primaria'.


b) Promover estudios en relación con la evaluación de las líneas pioneras de intervención en este campo para poder institucionalizar aquellas más eficientes para la promoción de la convivencia escolar.


4. Crear un programa de Cooperación Territorial en colaboración con todas las Comunidades Autónomas y el Observatorio Estatal de la Convivencia para:


a) Acordar una definición común del acoso escolar y de sus características.



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b) Poner en marcha acciones de formación dirigidos tanto al profesorado como a otros agentes de la comunidad educativa y a padres y madres, con el objetivo de formarles en temas de convivencia para que puedan formar a otras personas y servir
de enlace y mediación ante problemas que al respecto pudieran surgir en el centro educativo.


c) Llevar a cabo en los respectivos territorios tanto el Plan Estatal para la enseñanza y aprendizaje de la convivencia como el Protocolo de actuación contra el acoso.


5. Destinar la financiación necesaria para llevar a cabo con éxito todas las medidas que componen el Pian Estatal para la Enseñanza y Aprendizaje de la Convivencia y Combatir el Acoso Escolar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Manuel Cruz Rodríguez y María Luz Martínez Seijo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/001035


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de la Diputada Isabel Franco y el Diputado Manuel Monereo presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la
Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Empleo y Seguridad Social, relativa a la defensa del sistema público de pensiones.


Exposición de motivos


Primero. El pasado 14 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el denominado Plan Presupuestario 2017-Informe de acción efectiva ('Plan', en adelante), a fin de remitirlo a la Comisión Europea en el marco del procedimiento de déficit
excesivo regulado en el Reglamento 473/2013, de 21 de mayo de 2013, sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la
zona del euro. El Plan, que incorpora una actualización del cuadro macroeconómico para 2017, ha provocado un ambiente de inseguridad en la ciudadanía, alentando una conciencia de precariedad en el acceso presente a, y en el mantenimiento futuro de,
la protección dispensada por el poder público a través de la pensión de jubilación.


En efecto, este documento reconoce que el Sistema de Seguridad Social alcanzará en dicho ejercicio el déficit más alto de su historia, situándose en el 1,7 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB). Por tanto, si consideramos que el
cuadro macroeconómico que lo acompaña contempla una revisión al alza del crecimiento de la economía española del 2,9 por ciento en el año 2016, cabe concluir que la desviación entre ingresos y gastos del Sistema de Seguridad Social superará
ampliamente los 18.000 millones de euros, una cifra inédita en nuestro país. Como ha reconocido la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF), esta situación está relacionada con la devaluación salarial provocada por la reforma
laboral, cifrándose en 15.000 millones de euros (1,5 por ciento del PIB) el impacto que ha tenido en la previsión de las cotizaciones del Sistema de Seguridad Social.


Segundo. Paralelamente, la situación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social (FRSS) ha sufrido un deterioro acelerado durante los últimos cuatro años, pasando de 66.815 millones de euros en 2011 a 24.207 millones en 2016, el nivel más
bajo desde su constitución. Según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, el 20 de julio de este año el Gobierno detrajo 1.000 millones de euros para liquidar el IRPF de los pensionistas, que se suman a los 8.700 millones retirados el 1
de julio para hacer frente a las prestaciones. En total, la quita producida durante este mes ascendió a 9.700 millones de euros, una cifra que no tiene precedentes en la historia del FRSS. Si a ello se añade la intención manifestada por el
Ministerio de Empleo en el sentido de efectuar una nueva disposición en diciembre (entre 8.000 y 9.000 millones de euros), es razonable pensar que los recursos del FRSS se agotarán en una fecha muy próxima.


No otra cosa se desprende del Plan anteriormente citado, que para 2017 anticipa un déficit presupuestario de casi 19.000 millones de euros en el Sistema de Seguridad Social. Una vez descontada



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la disposición prevista para diciembre de 2016, el montante del FRSS será muy inferior a esa cifra (15.000 millones de euros, aproximadamente), por lo que es evidente que a finales del año que viene no podrá hacer frente a las obligaciones
contraídas con los pensionistas. Sin que, por lo demás, la próxima actualización de las pensiones vaya a alterar esta previsión, pues el Plan contempla la revalorización mínima del 0,25 por ciento, según lo previsto en la Ley 23/2013, de 23 de
diciembre, Reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.


Tercero. A la vista de tales datos, hay que recordar que, en un Estado social como el que propugna el artículo 1.º de nuestra Constitución, es inconcebible, y en todo caso inaceptable, que las pensiones se deban financiar exclusivamente
mediante cotizaciones sociales. Son todos los recursos del Estado los que tienen que hacer frente a la totalidad de los gastos de ese Estado, también a las pensiones. La separación entre Seguridad Social y Estado es meramente administrativa y
contable, pero no económica, y mucho menos política; es más, el hecho de que la sanidad y otros tipos de prestaciones que antes se imputaban a la Seguridad Social se encuentren hoy en los presupuestos del Estado o de las Comunidades Autónomas
prueba que se trata de una separación convencional.


El artículo 50 de la Constitución Española afirma que 'los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad'. Las pensiones, en
tanto que derechos subjetivos de los ciudadanos establecidos en la Constitución, tienen la consideración de gastos obligatorios que por su naturaleza no están ligados a la suficiencia de recursos presupuestarios, ni a la evolución de una determinada
fuente de ingresos. El Estado ha de concurrir con los recursos necesarios para asegurar el pago de las pensiones, sea con las cotizaciones o con cualquier otro impuesto. Y si las cotizaciones no son suficientes para financiar las prestaciones en
una determinada coyuntura, el desfase entre ingresos y gastos ha de ser cubierto por las aportaciones del Estado.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a establecer los mecanismos de financiación que hagan viable el Sistema de Seguridad Social y, específicamente, a:


1. Suprimir de forma inmediata las medidas de fomento del empleo adoptadas en los últimos ejercicios que implican una reducción en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.


2. Garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones con la introducción progresiva de financiación por vía impositiva, sobre la base de un sistema tributario justo y progresivo que tenga en cuenta la capacidad económica de las empresas
y sitúe la presión fiscal en niveles similares a los de otros países de nuestro entorno.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de diciembre de 2016.-Isabel Franco Carmona y Manuel Monereo Pérez, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001047


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado Manuel Monereo Pérez y la Diputada Isabel Franco Cardona, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Empleo y Seguridad Social, relativa a la ratificación de la Carta Social Europea revisada en 1996, así como del Protocolo de
reclamaciones colectivas de 1995.


Exposición de motivos


1. La Carta Social Europea (CSE) es el Tratado europeo para el reconocimiento y protección de los derechos sociales por excelencia, adoptado en 1961 como complemento al Convenio Europeo de



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Derechos Humanos (CEDDHH) del año 1950 en el seno del Consejo de Europa. La efectividad de la Carta Social Europea depende de su asunción normativa por los Estados que la hayan ratificado y de su sometimiento al Comité Europeo de Derechos
Sociales (CEDS) que la interpreta jurídicamente mediante dos mecanismos: el originario y obligatorio de informes; y el facultativo de reclamaciones colectivas.


La Carta Social de 1961 ha sido modificada mediante un primer Protocolo adicional de 1988 y un Protocolo de enmienda en 1991; el Protocolo de 1995 que introduce un mecanismo de reclamaciones colectivas; y la Carta Social Revisada de 1996
que amplía el catálogo de derechos, incluyendo una cláusula transversal de no discriminación, incluyendo entre ellos el derecho a la protección en caso de despido (art. 24), derecho a la tutela de los créditos de los trabajadores en caso de
insolvencia de su empleador (art. 25), derecho a la dignidad en el trabajo (art. 26), derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral (art. 27), derecho a la protección y facilidades de los representantes de los trabajadores en la empresa
(art. 28), derecho a la información y consulta en los procedimientos de despido colectivo (art. 29), derecho a la protección contra la pobreza y la exclusión social (art. 30) o el derecho a la vivienda (art. 31).


2. España se constituye en un Estado Social, Democrático y de Derecho. Con esa rotundidad lo consagra el primero de los artículos de nuestra Constitución a modo de declaración de principios. La cláusula de igualdad material del art. 9.2
CE reafirma la inequívoca vocación social de nuestro modelo Estado, al exigir a los Poderes públicos remover todos los obstáculos que impidan la efectividad de los derechos fundamentales y sociales de los ciudadanos. Y para confirmarnos en la
vanguardia del constitucionalismo europeo y mundial, la Carta Magna dedica una parte programática a los principios rectores de la política social y económica, como un faro que debe iluminar toda la normativa y la actuación de los poderes públicos.
Con estos presupuestos, era imperdonable que las Cortes Generales no ratificaran la Carta Social Europea para incorporarla a nuestro Derecho interno en las condiciones del art. 96 CE, en relación con el art. 10.2 CE


En efecto, la Carta Social Europea de 1961 fue ratificada por España en 1980 (B.O.E. n.º 153, de 26 de junio de 1980), formando parte del núcleo esencial de los tratados internacionales que simbolizaban nuestra incorporación de pleno a las
democracias occidentales: Naciones Unidas (los dos Pactos de 1966, ratificados en 1977) y Consejo de Europa (el Convenio Europeo de 1950, ratificado en 1979). En concreto, nuestra aceptación de la CSE se verificó mediante el instrumento de
ratificación de 29 de abril de 1980, que incluía la siguiente declaración:


'España interpretará y aplicará los artículos 5 y 6 de la Carta Social Europea en relación con el artículo 31 y el anexo a la Carta, de manera que sus disposiciones sean compatibles con las de los artículos 28, 37, 103.3 y 127 de la
Constitución española.'


Declaraciones de esta índole reforzaban la entidad constitucional del catálogo de derechos sociales consagrado en el Título I de nuestra Carta Magna. En esta senda coherente con la naturaleza social del Estado, las Cortes Generales
ratificaron el 24 de enero de 2000 tanto el Protocolo adicional de 1988 como el Protocolo de enmienda de 1991 de la CSE. Sin embargo, de manera incomprensible e injustificable, no aceptó el Protocolo de reclamaciones colectivas de 1995. Y aunque
el 23 de octubre de 2000 llegó a firmar la Carta Social Europea revisada de 1996, todavía no ha sido ratificada, a pesar de que el Texto entró en vigor el 1 de julio de 1999.


3. A nadie escapa la dolorosa brecha que se está abriendo en el modelo social de los Estados de la Unión Europea, con especial crudeza en España De ahí que cueste entender la negativa del Estado a ratificar un instrumento internacional que
coadyuvaría a garantizar los derechos sociales de la ciudadanía y a profundizar en nuestro modelo territorial, puesto que han sido las Comunidades Autónomas las que han asumido la generalidad de las competencias relativas a estos derechos, y las que
han demostrado una mayor sensibilidad hacia la propia Carta Social Europea.


Conviene llamar la atención pues, sobre la paradoja que significa el enorme esfuerzo realizado por las Comunidades Autónomas al reformar sus Estatutos de Autonomía para incluir en ellos las referidas enumeraciones de derechos sociales
inspiradas en el catálogo de la Carta Social Europea, Tratado Internacional este, que no ha sido ratificado en su versión revisada y que precisamente es el que se compadece en esencia con la declaración de los derechos sociales que tiende a
reconocer y proteger.


De la misma manera que reconoció en su momento la Carta Social Europea de 1961 otorgando la máxima relevancia de los derechos sociales y la plena voluntad de compromiso en su defensa, es necesario y urgente que el Gobierno central inste a
las Cortes Generales su ratificación con los nuevos mecanismos que el Consejo de Europa ha añadido a las sucesivas ampliaciones de 1988, 1991 y 1996,



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de tal forma, que junto a otros textos de derechos fundamentales y sociales, la CSE se convierta en la piedra angular de interpretación de los derechos sociales, adoptando igualmente el Protocolo de Reclamaciones Colectivas.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a:


Que por el cauce procedimental oportuno, inste a las Cortes Generales a que sometan a ratificación la Carta Social Europea revisada en 1996, así como el Protocolo de reclamaciones colectivas de 1995.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de diciembre de 2016.-Manuel Monereo Pérez e Isabel Franco Carmona, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001055


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al acceso de los trabajadores autónomos a los
recursos de la Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral en igualdad de condiciones con los trabajadores por cuenta ajena, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


A 30 de septiembre de 2016, había 1.974.881 trabajadores autónomos inscritos en los diferentes regímenes por cuenta propia de la Seguridad Social, concentrándose, por este orden, principalmente en el sector servicios, la agricultura, la
construcción y la industria.


El empleo por cuenta propia se ha venido potenciando en las últimas décadas como estrategia de fomento del empleo y de lucha contra el desempleo por la mayoría de los gobiernos, puesto que la creación de empresas disminuye el paro de forma
directa, e indirecta, en la medida en que puede crear empleos asociados adicionales. Esta forma de participación en el mercado laboral presenta, no obstante, una gran heterogeneidad. El nivel educativo, la experiencia laboral, la edad, el estado
civil, la nacionalidad, la situación familiar o el sexo son variables que pueden ser relevantes a la hora de que una persona decida emprender como autónoma.


En relación al nivel educativo del emprendedor, la literatura especializada señala que no solo influye en el tipo y características de la actividad de emprendimiento, sino también es importante en el éxito y sostenibilidad futura de la
actividad. Según datos de Eurostat, en el segundo trimestre de 2016, alrededor del 40% de los trabajadores por cuenta propia o autónomos en España tienen un nivel educativo de Secundaria, Primaria o inferior, alrededor del 37% tienen un nivel de
estudios terciarios, y menos de un 25% tienen un nivel intermedio. Estas cifras contrastan con los datos de países como Dinamarca, Alemania, Francia, Holanda o Finlandia, y con los datos generales a nivel europeo, en los que apenas un 20% de estos
trabajadores tienen un nivel educativo inferior a la Secundaria y la mayor parte de ellos (alrededor del 45%) tiene estudios superiores a la Secundaria o post-secundarios, sin llegar a ser educación terciaria.


Por lo tanto, conscientes de la necesidad de potenciar la formación de capital humano con unas políticas activas de empleo y formación que sean verdaderamente eficaces, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas que procedan para posibilitar que los trabajadores autónomos inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) de la Seguridad
Social coticen por Formación Profesional, de conformidad



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con la cuota por dicho concepto que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio, con la finalidad de permitir su acceso a los recursos disponibles en materia de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito
laboral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de diciembre de 2016.-José Cano Fuster, Saúl Ramírez Freire y Sergio del Campo Estaún, Diputados.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001061


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para
mejorar la protección de los trabajadores y trabajadoras del campo en Andalucía y Extremadura, para su debate en la Comisión de Empleo v Seguridad Social.


Exposición de motivos


En los últimos años el mundo rural andaluz y extremeño está sufriendo una serie de cambios importantes que están afectando de una u otra manera al campo de Andalucía y Extremadura.


La mecanización cada vez más utilizada en amplios sectores agrarios como el del olivar, que tiene un peso específico en el sector agrario andaluz y extremeño, está cambiando la realidad socio-laboral del sector primario. Cada vez son menos
jornadas la que produce el sector debido fundamentalmente al cambio en los procesos y sistemas de producción. Para todos los jornaleros la situación es injustamente complicada, pero afecta de forma mucho más dramática a la mujer andaluza y
extremeña y a las personas mayores, con mayor dificultad para cumplir los requisitos para el acceso a la protección.


La protección de las personas desempleadas eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura se articula en:


1. Un nivel contributivo, consistente en una prestación por desempleo, regulado por la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de Medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, en vigor desde
el 26 de mayo de 2002.


2. Un nivel asistencial, que contempla dos tipos de prestaciones:


- Subsidio Agrario, regulado por el Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, vigente desde el
1 de enero de 1997.


- Renta Agraria, regulada por el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, por el que se regula la renta agraria para los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social residentes en las Comunidades
Autónomas de Andalucía y Extremadura, vigente desde el 13 de abril de 2003.


Y según el artículo 2 del Real Decreto 5/1997, serán beneficiarias del subsidio agrario las personas desempleadas que, careciendo de rentas -en los términos que determina su artículo 3-, tengan su domicilio en Andalucía o Extremadura y se
encuentren afiliadas en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena, en situación de alta o asimilado a ella, y acrediten un número mínimo de 35 jornadas en los doce meses naturales inmediatamente anteriores a
la situación de desempleo, siempre que no tengan la edad mínima para tener derecho a pensión contributiva de jubilación, salvo que no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello. Este subsidio se acompaña por un subsidio
especial para los trabajadores mayores de cincuenta y dos años que tuvieran cumplidos todos los requisitos anteriores, excepto el de cotización, y hubieran sido perceptores de dicho subsidio durante los últimos cinco años; subsidio que se prorroga
cada doce meses, hasta que el trabajador alcance la edad mínima para acceder a cualquier tipo de jubilación.


Por su parte, la renta agraria se creó en 2003 como prestación dirigida a los jornaleros que fueron excluidos del subsidio agrario debido a los duros requisitos impuestos para acceder al mismo por el polémico decretazo del Gobierno del PP en
mayo de 2002 que dio lugar a la Ley 45/2002.



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En consecuencia, en la protección por desempleo de nivel asistencial conviven dos sistemas aparentemente idénticos, pero que esconden algunas diferencias importantes.


Fundamentalmente en cuanto a la exigencia del número de jornadas pues, aunque el número mínimo para tener derecho a ambos subsidios es el mismo: 35 jornadas reales cotizadas en los doce meses naturales inmediatamente anteriores a la
situación de desempleo, el origen de esas jornadas difieren entre el Subsidio Agrario y la Renta Agraria.


Para la Renta Agraria las jornadas realizadas en el Programa de Fomento de Empleo Agrario (en adelante, PFEA) no se tendrán en ningún caso en cuenta para el cómputo mínimo de jornadas para acceder a la prestación.


Sin embargo en el Subsidio Agrario, la disposición adicional primera establece que:


'Para completar el número mínimo de treinta y cinco jornadas reales cotizadas, establecido en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 2 de este Real Decreto, podrán computarse, en el caso de los trabajadores mayores de treinta y cinco años
o menores de dicha edad si tienen responsabilidades familiares, las cotizaciones efectuadas al Régimen General de la Seguridad Social durante los doce meses inmediatamente anteriores a la situación de desempleo con ocasión del trabajo prestado en
obras afectadas al Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, siempre que se hayan cotizado, al menos, veinte jornadas reales al Régimen Especial Agrario, si se ha sido perceptor del subsidio en el año inmediatamente anterior o siempre
que se hayan cotizado, al menos, treinta jornadas reales al Régimen Especial Agrario, si no se ha sido perceptor del subsidio en el año inmediatamente anterior.'


Es decir, en el Subsidio Agrario las personas mayores de 35 años o menores con responsabilidades familiares pueden completar las jornadas reales agrarias con las realizadas en el PFEA, hasta un máximo de 15 si fueron beneficiarias del
subsidio en el año anterior y hasta un máximo de 5 si no lo fueron.


Esta diferencia en el tratamiento de las jornadas es muy significativa ya que muchas personas beneficiarias necesitan esas peonadas del PFEA para completar las jornadas mínimas, que en el caso de la Renta Agraria no se les permite. Y otra
cuestión relacionada con este aspecto es que las personas beneficiarias de la Renta Agraria tienen prioridad sobre aquellas que lo son del Subsidio Agrario para participar en los trabajos del programa PFEA, aun cuando esas jornadas no le sirvan para
solicitar la Renta Agraria.


En cuanto a la duración del Subsidio, la diferencia entre ambos subsidios está en el colectivo de mayores de 52 años, con una clara diferencia mucho más ventajosa para las personas beneficiarias del Subsidio Agrario.


La duración del subsidio de las personas beneficiarios de la Renta Agraria mayores de 52 años es de 300 días.


En cambio, la duración del subsidio para las beneficiarias del Subsidio Agrario mayores de 52 años es la siguiente:


Con carácter general:


a) Personas trabajadoras mayores de 52 años y menores de 60 años: 300 días.


b) Personas trabajadores mayores de 60: 360 días.


c) Personas trabajadores mayores de 52 años que accedan al subsidio especial: 360 días.


En cuanto a la cuantía de ambos subsidios, es levemente más ventajosa la de la Renta Agraria, ya que la misma se fija en función del número de jornadas reales cotizadas que se acrediten para obtener el derecho a la renta, siendo la cuantía
mensual del Subsidio Agrario de 426,00 euros para 2016.


Por tanto, no se puede abordar la protección de las personas trabajadoras del campo andaluz y extremeño, sin referirnos a una de las políticas activas que más incidencia tienen y han tenido en el conjunto de la protección de las personas
desempleadas eventuales del sector agrario: el Programa de Fomento de Empleo Agrario.


Con todo, y ante lo anteriormente expuesto, se hace necesario analizado el sistema de protección de las personas trabajadoras eventuales del sector agrario determinar la necesidad de refundir los dos subsidios, el Subsidio Agrario y la Renta
Agraria, en uno solo para que todos las personas desempleadas tuvieran los mismos derechos y el mismo nivel de protección, manteniendo los beneficios para el colectivo de mayores de 52 años.



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Además, en esa misma línea se ha de abordar la necesidad de hacer un estudio en profundidad para que el sistema de protección se adecúe a la realidad de la mujer trabajadora del campo, dadas sus mayores dificultades para reunir el requisito
de las jornadas, habida cuenta de la creciente mecanización del campo. A la vez que modificar el sistema de selección de las personas trabajadores participantes en el Programa de Fomento de Empleo Agrario.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incluir a todas las personas trabajadoras eventuales del Sistema Especial de Trabajadores agrarios por cuenta ajena de la Seguridad Social en una única y nueva prestación denominada 'Subsidio de desempleo agrario para trabajadores
residentes en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura'.


2. Abrir una Mesa de Dialogo Social entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, los interlocutores sociales más representativos del sector agrario y las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura para la modificación y mejora
del Subsidio de Desempleo Agrario que desemboque en la total equiparación del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios por cuenta ajena con el Régimen General de la Seguridad Social, con la premisa de que esa nueva prestación debe considerar las
cotizaciones efectuadas al Sistema de Seguridad Social.


En dicha Mesa se analizará las especiales dificultades que concurren en las mujeres trabajadoras eventuales en el sector agrario, desagregándolo por provincias, al objeto de determinar cuáles son los principales obstáculos que dificultan su
inserción laboral y que inciden en el acceso y mejora del sistema de protección. Dicho análisis debe concluir con propuestas de actuación con el fin de remover dichos obstáculos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-María Jesús Serrano Jiménez, Antonio Pradas Torres, María Soledad Pérez Domínguez, Juan José Díaz Trillo, Felipe Jesús Sicilia Alférez, Elvira Ramón Utrabo, Sonia Ferrer Tesoro,
María Pilar Lucio Carrasco y Salvador Antonio de la Encina Ortega, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reemplazo y sustitución de los trabajadores
jubilados en las entidades prestadoras de servicios de la Seguridad Social en Gipuzkoa, para debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


De acuerdo con las informaciones facilitadas por diferentes agentes sociales, las entidades prestadoras de servicios de la Seguridad Social en Gipuzkoa, Tesorería e Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), están sufriendo en los
últimos años tal número de bajas de sus trabajadores sin relevo que el servicio que prestan dichos organismos está siendo gravemente afectado, en claro perjuicio de la población trabajadora y beneficiaria del sistema.


Así y según dichas informaciones, son un total de 47 trabajadores de la Tesorería General de la Seguridad Social quienes se han jubilado en estos últimos tres años en Gipuzkoa, sin que se haya producido un relevo, y son 28 el número de
empleados del INSS de dicho territorio los que han accedido en el mismo periodo a su jubilación, y tampoco han sido reemplazados. Así, a finales de 2015 el INSS en el territorio contaba con 175 empleados con una media de 54 años, de los que un
elevado 81% tenían de 51 años en adelante. El dato es aún más preocupante si se considera que un cuarto de estos trabajadores son empleados de Clases Pasivas, lo que significa que podrán jubilarse con 60 años, mientras que en general el resto de la
plantilla se jubilará, según dichas informaciones, con 63 años. Las estimaciones que realiza la propia



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Dirección Provincial del INSS con base a estos datos, es que de no intermediar en la situación, a finales de este año la reducción de la plantilla será de un 20% respecto de la que existía hace cuatro años.


Lo cierto es que, a fecha de hoy y como consecuencia de la escasez de personal en la delegación provincial de Gipuzkoa del Instituto Nacional de la Seguridad Social, se está produciendo un colapso del servicio, que se podría agravar en un
corto espacio de tiempo si la Administración central no toma medidas urgentes que solucionen la situación a través del refuerzo de la plantilla y el reemplazo de los que se jubilan. A tal efecto, conviene recordar que las principales consultas y
trámites de ciudadanos que se ven afectados por esta incidencia están ligados a prestaciones como las de jubilación, viudedad y orfandad, o incapacidad laboral. Y que, por su parte, algunos de dichos trámites requieren una 'pronta resolución', con
lo que la demora de tres semanas para realizarlos puede impedirles la recepción correcta de su perceptiva prestación.


Además, conviene destacar que el problema se encuentra en la cita previa, que es obligatorio pedir desde hace cinco años, y no en la tramitación posterior de la consulta donde el seguimiento y la resolución se realizan en plazos adecuados.


Nos consta, además, que la representación sindical mayoritaria había alertado hace meses del problema, y que ha elevado recientemente una denuncia en tal sentido ante la Dirección Provincial del INSS. Si bien y de igual modo, también nos
consta que la solución a dicho problema excede a las competencias de dicho organismo provincial, y atañe en exclusiva a sus organismos centrales, INSS y TGSS, y por tanto al Gobierno del Estado.


Atendiendo, por ello, a los antecedentes indicados, el Grupo Vasco en el Congreso de los Diputados (EAJ-PNV) insta al Gobierno a que


Proposición no de Ley


'Inicie el procedimiento conducente a la inmediata cobertura de plazas de trabajadores del INSS y TGSS jubilados en la Delegación Provincial de Gipuzkoa, así como a la adopción de cuantas medidas transitorias sean necesarias para la
sustitución de dichas vacantes en aras a la atención del servicio, durante el período en que se tramiten y concluyan dichos procedimientos de cobertura de plazas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el estudio y evaluación de los incentivos a la contratación,
para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


El Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida supuso el primer intento del Gobierno para incentivar los contratos indefinidos a través de la aprobación de la
denominada 'tarifa plana de cotizaciones', que no era otra cosa que una rebaja sustancial en el pago de las cotizaciones sociales por contingencias comunes correspondientes al empleador (cuota empresarial). En el momento de su aprobación, el
Gobierno aventuró que el impacto presupuestario de la medida sería neutro. Sin embargo, la memoria económica del Real Decreto-ley no incluyó ninguna cifra sobre las cotizaciones que iba a dejar de ingresar la Seguridad Social.


Recientemente, un grupo de investigadores de la Universidad de Valencia realizó un estudio en el que se efectúa el cálculo del impacto de la medida. Según el citado análisis, para recaudar la misma cantidad que se recauda con un contrato
indefinido sin incentivo a la contratación, hubiese sido necesario firmar 3 contratos de trabajo indefinidos bonificados con esta tarifa plana de 100 euros (en vigor entre febrero de 2014 y marzo de 2015).


Según datos ofrecidos por el propio Ministerio de Empleo y Seguridad Social, las cifras reales están muy alejadas de las que habrían sido necesarias. La tarifa plana de 100 euros benefició a 341.947 personas, que representan únicamente un
22,9% de los 1,49 millones de contratos indefinidos registrados entre febrero de 2014 y marzo de 2015. Esto es, en contra de lo previsto por el Gobierno, la merma en las cuentas de la



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Seguridad Social como consecuencia de la tarifa plana fue evidente. Como también es evidente que la medida supuso un ahorro importante en costes laborales para las empresas. Sin embargo, es importante retener que una parte de la nueva
contratación indefinida se habría producido también sin la aplicación de la tarifa plana (por la mejora de la situación económica) y otra parte hubiera sido contratación temporal.


En relación a los efectos sobre los ingresos a corto plazo de la Seguridad Social, los cálculos otra vez procedentes del estudio realizado por el profesor Devesa y su equipo en la Universidad de Valencia, indican que con los datos de la
Encuesta Trimestral de Coste Laboral, un nuevo contrato indefinido a tiempo completo con salario medio supone 7.386 euros anuales en cotizaciones por contingencias comunes entre la parte del trabajador y de la empresa si no hay reducción de la
cotización y 2.427 euros con reducción de cotización.


Por otra parte, en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, en su artículo 8, se regula el llamado 'mínimo exento de cotización', un
instrumento que daba continuidad a la 'tarifa plana de cotizaciones'. Igual que su predecesor, esta medida buscaba incentivar la creación de empleo de calidad, esto es, de carácter indefinido a tiempo completo y a tiempo parcial (como mínimo del
50% del tiempo).


En esta ocasión, el nuevo beneficio en la contratación indefinida consistía en un mínimo exento de 500 euros para la base de cotización por contingencias comunes a cargo de la empresa si la contratación era a tiempo completo, y si era a
tiempo parcial superior al 50% de la jornada, el mínimo exento se reduciría de forma proporcional. La diferencia entre ambas medidas se basa en que el mínimo exento de cotización reduce la base de cotización y la tarifa plana reducía directamente
la cuota a pagar. Por otra parte, el mínimo exento supone un mayor ahorro para la empresa en términos relativos cuanto menor sea el salario mientras que la tarifa plana suponía un mayor ahorro relativo a medida que el salario era mayor.


Respecto a los efectos de esta medida, el número de personas beneficiadas por el mínimo exento han representado únicamente el 16% de los 1,98 millones de contratos indefinidos firmados entre marzo de 2015 y agosto de 2016. Y en relación a
los efectos sobre los ingresos a corto plazo de la Seguridad Social, para un salario medio a tiempo completo la cotización anual de la empresa sin bonificación es de 6.256 euros y la del trabajador/a de 1.246 euros. Con mínimo exento, la cotización
de la empresa pasa a 4.840 euros y la del trabajador o trabajadora se mantiene igual. Estos 1.416 euros anuales de pérdida de cotizaciones por contrato indefinido suponen el 18,9% de los ingresos por contingencias comunes y se podrían compensar si
gracias a esta medida el número de contratos indefinidos con esta bonificación fuera un 23,3% superior a los que se hubieran firmado sin esta bonificación. A medio plazo, el efecto sobre los ingresos dependerá de lo que ocurra tras los tres años
que debe mantenerse el nivel de empleo que da derecho a la reducción, siendo positivo si se mantiene el empleo adicional creado.


Lo cierto es que la existencia de estos incentivos apenas se ha notado en la segmentación del mercado de trabajo. En 2013, los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido representaban el 7,6% de los contratos registrados en España.
En 2014, con la tarifa plana en vigor, equivalían al 8%. En 2015 eran el 8,6%. Hasta octubre de 2016, los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido siguen estancados en el 8,6% de la contratación. Así, pese a los incentivos la
participación de los contratos indefinidos sigue aún muy por debajo del 11,8% que se alcanzó en 2007, antes del estallido de la crisis y mucho antes de la reforma laboral del año 2012.


Queda pues demostrado que las subvenciones a la contratación son, además de caras, ineficaces y tienen efectos perversos. El efecto sobre la creación de empleo no es grande, mientras que el gasto es considerable. Lo que vemos
fundamentalmente son los efectos sustitución y de 'peso muerto' en acción. El efecto de bonificar contratos no es tanto aumentar la contratación como sustituir la contratación de unos trabajadores por otros, y el grueso del gasto en estas
bonificaciones va a parar a contrataciones que se iban a producir de todos modos, solo una pequeña parte a contrataciones 'nuevas' y, finalmente, muy pocas de estas contrataciones subsisten en ausencia de la bonificación. Porque ni la creación de
empleo depende en estos momentos de los costes laborales, ni las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social son un instrumento útil para crear empleo. Antes al contrario, lo que hacen es malbaratar recursos.


Por último, y parafraseando las conclusiones que el profesor Luis Toharia Cortés realizó en uno de los estudios más importantes sobre la materia y en el que analizó la utilidad de las bonificaciones en un ciclo de casi veinte años: 'Desde
una perspectiva macroeconómica, los contratos incentivados no han logrado contribuir a la creación de empleo o a la reducción del desempleo, generando aparentemente considerables efectos de peso muerto y sustitución. (...) Quizá haya llegado el
momento de dejar de subvencionar las contrataciones siempre que los fondos que se liberen puedan dedicarse a otras medidas que puedan



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tener un mayor impacto directo en el nivel de empleo o en la propia protección social de los trabajadores que se encuentran en situación de necesidad como consecuencia del desempleo'.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. Impulsar la evaluación de la tarifa plana de 100 euros de cotización establecida por el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, y la evaluación del
mínimo exento de 500 euros para la base de cotización regulado en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, con el objetivo de conocer: primero,
los efectos generados sobre la contratación indefinida y la segmentación del mercado de trabajo y, segundo, el impacto económico sobre los ingresos de la Seguridad Social.


Segundo. El Gobierno, en el plazo máximo de seis meses, deberá presentar dicha evaluación al Congreso de Diputados para que, en atención a los resultados de dichas evaluaciones, tanto por lo que se refiere a creación de empleo de calidad,
como por lo que se refiere a la pérdida de ingresos para la Seguridad Social, el Congreso pueda pronunciarse sobre la revisión del sistema de bonificaciones y exenciones a la cotización a la Seguridad Social como medida para la creación de empleo de
calidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre 2016.-Aina Vidal Sáez, Diputada.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001067


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la ratificación del Convenio 188 de la OIT, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


El Convenio 188 de la Organización Internacional del Trabajo se aprobó en junio de 2007 con el objetivo de que las personas que trabajan en los barcos de pesca tengan condiciones decentes de empleo, trabajo y vida a bordo.


Este sector se caracteriza por tener condiciones de trabajo duras y peligrosas y por la coexistencia de pequeñas empresas familiares dedicadas a la pesca artesanal junto a empresas dedicadas a la pesca industrial.


El Convenio responde a los desafíos que conlleva la globalización con disparidad de condiciones de vida y de trabajo a bordo de los buques, así como de la aplicación de las normas de seguridad y control en los mismos. Intenta garantizar a
todos los pescadores del mundo unas condiciones decentes de trabajo en relación a las condiciones mínimas para trabajar a bordo, las condiciones de trabajo propiamente dichas, el alojamiento y manutención, la protección de la seguridad y salud en el
trabajo, la atención médica y la seguridad social.


También busca el Convenio un desarrollo sostenible del medio marino teniendo en cuenta la armonización social, la preservación de la seguridad y del medio ambiente mundial.


Además de garantizar condiciones de trabajo y vida decentes a los pescadores ofrece a los armadores la posibilidad de obstaculizar el dumping social al caminar hacia una competencia leal sobre la base de reglas comunes y controladas y
dificultando la actividad de los 'barcos piratas'.


El Convenio 188 de la OIT de 2007 sobre el trabajo en la pesca, necesita de la ratificación como mínimo de diez países, ocho de los cuales deben ser estados ribereños, para su entrada en vigor y será efectiva un año después de la última
ratificación necesaria; el Convenio 188 ha sido ya ratificado por



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Angola, Argentina, Bosnia y Herzegovina, Congo, Estonia, Francia, Marruecos, Noruega, Sudáfrica y el 16 de noviembre de 2016 lo ratificó Lituania con lo que entrará en vigor efectivamente el 16 de noviembre de 2017.


En la Unión Europea trabajan 139.023 pescadores, de los cuales 36.145 son españoles. España es la tercera potencia pesquera del mundo y la primera de Europa. El Convenio 188 es una herramienta para la buena gobernanza de los mares
especialmente en lo relacionado con la pesca que es la parte más desprotegida.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que de forma inmediata ratifique el Convenio 188 de la Organización Internacional del Trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Margarita Pérez Herráiz, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/001030


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para la
adecuación de la ribera del río Duero a su paso por la ciudad de Zamora, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La ciudad de Zamora ha vivido durante años de espaldas al río Duero. A pesar de las múltiples y millonarias inversiones realizadas (más de 15 millones de euros) durante los tres últimos quinquenios, lo cierto es que el río no se ha
integrado en la vida de la ciudad.


Es verdad que algunas zonas han mejorado notablemente en relación a su aspecto anterior, pero la falta de mantenimiento y conservación en otras ha derivado hacia la anterior situación de abandono.


Lo cierto es que ni las Aceñas de Cabañales son el centro de interpretación del Duero que se había prometido por parte de las Administraciones Públicas, ni las Aceñas de Olivares cumplen las expectativas turísticas como Museo de las
Industrias Tradicionales del Agua, los conocidos como 'Molinos de Olivares'.


Tampoco las islas conocidas como 'Las Payas', 'Los Bañaderos' y 'Los Conejos' han sido integradas en el entorno como centro de interpretación de la flora y fauna del río.


Los más de 20 kilómetros de riberas del Duero a su paso por el municipio de Zamora, desde su entrada por el barrio de Villagodio hasta la zona de 'Las Pajarrancas', son todo un potencial de posibilidades medioambientales, turísticas, de
ocio, de tiempo libre y de deporte, que el Ayuntamiento de Zamora junto a otras Administraciones Públicas e instituciones privadas debe explorar en toda su amplitud.


Los socialistas hemos manifestado reiteradamente nuestro apoyo a la reivindicación de los vecinos y vecinas de la ciudad de Zamora para la ampliación del proyecto, por cuanto supondría la recuperación medioambiental de las riberas, la
dotación de nuevos espacios de ocio y tiempo libre y la mejora de los equipamientos de los barrios de Pinilla, Cabañales, San Frontis y de Carrascal.


Ciertamente la recuperación de toda esta ribera del Río Duero a su paso por Zamora supondría para la provincia de Zamora, y especialmente para su capital:


- Recuperación medioambiental del río Duero a su paso por Zamora.


- Mejora del entorno urbano y natural del municipio de Zamora.


- Dotación de nuevas infraestructuras para el ocio y el deporte.


- Mejora de la calidad de vida ambiental de los ciudadanos de Zamora.


- Creación de empleo en el sector medioambiental y de ocio y tiempo libre.



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Es por ello que el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, a que, a través de la Confederación Hidrográfica del Duero, y en colaboración con la Junta de Castilla y León, dentro del Plan de Restauración de Riberas de la Cuenca del Duero, promueva el
proyecto de ampliación del 'Proyecto de Recuperación Medioambiental del Duero a su paso por Zamora Capital', integrando dicho proyecto de ampliación las siguientes actuaciones:


1. Adecuación ambiental de la ribera de la margen izquierda del río Duero, entre Zamora-Carrascal. Adecuación de senderos como zona de paseo. Construcción de seis kilómetros nuevos de carril bici. Dotación de tres miradores paisajísticos
y observatorios de aves.


2. Adecuación ambiental de la ribera de la margen derecha del río Duero, entre Zamora-Las Pajarrancas por el camino de Aldea Rodrigo. Adecuación de senderos como zona de paseo. Construcción de nuevos seis kilómetros de carril bici.
Dotación de tres miradores paisajísticos y observatorios de aves.


3. Recuperación ambiental de las islas de 'Los Bañaderos' y 'Los Conejos', integrándolas en el proyecto de Centro de Interpretación de la Flora y Fauna del Duero.


4. Reconversión de las Aceñas de Cabañales como sede Centro de Interpretación de la Flora y Fauna del Duero.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2016.-María del Mar Rominguera Salazar, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001044


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el reconocimiento del Concello de Cambados
para la designación del municipio como 'Ciudad Europea del Vino 2017', para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El pasado 5 de noviembre Cambados (Pontevedra) fue designada como 'Ciudad Europea del Vino 2017' en la reunión de la Red Europea de Ciudades del Vino (RECEVIN) que tuvo lugar en el municipio portugués de Palmeiras.


Cambados concurría al concurso con un programa que incluye ochenta actividades relacionadas con el enoturismo que tiene previsto desarrollar durante el año 2017.


El concurso 'Ciudad Europea del Vino' reconoce anualmente aquella candidatura cuyo conjunto de actividades previstas pone mejor de relieve la riqueza y diversidad de la cultura del vino al tiempo que subraya los rasgos comunes de los
territorios vitivinícolas europeos.


La elección del municipio de Cambados como 'Ciudad Europea del Vino en 2017' permitirá otorgar una dimensión europea tanto a la ciudad como a sus productos, con el consiguiente impacto turístico y todo el potencial, que de aprovecharse
correctamente, supondrá un impulso socio-económico en la provincia de Pontevedra.


Ya en el enunciado de la propia Red Europea de Ciudades del Vino (RECEVIN), se sitúan como objetivos propios del concurso 'la promoción de las cualidades del municipio, de la región vitivinícola y de la consolidación del vino como un
producto de calidad promoviendo un desarrollo sostenible del territorio'.


Por tanto, reconociendo al Concello de Cambados el éxito que supone la designación como 'Ciudad Europea del Vino 2017', deberían ponerse a disposición de dicha designación todos los instrumentos y toda la coordinación entre las diferentes
Administraciones Públicas de cara a fortalecer el ya reconocido programa de actividades, de manera que pueda obtenerse el mayor impacto mediático, turístico, social y económico para el municipio, para la comarca y para la provincia de Pontevedra con
motivo de esa celebración.



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Transmitir al Concello de Cambados el reconocimiento por la designación del municipio como 'Ciudad Europea del Vino 2017'.


2. Articular desde el Gobierno de España el apoyo institucional necesario a Cambados como 'Ciudad Europea del Vino 2017' con el objetivo de potenciar el desarrollo de las actividades previstas, enriquecer el calendario de las mismas y
maximizar el impacto turístico, económico y social de dicha celebración.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001070


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al cumplimiento del mandato legal existente para la revisión
del Plan Forestal Español, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Conforme a los compromisos internacionales derivados de los Convenios Mundiales sobre Cambio Climático, Desertificación y Biodiversidad (Río de Janeiro, 1992) en los que los bosques juegan un papel esencial, y de acuerdo con los
requerimientos y recomendaciones del Foro Forestal de Naciones Unidas derivados de la agenda sobre bosques, se instó a todos los países del mundo para formular su propio Plan Forestal Nacional como instrumento de planificación estratégica que defina
una política forestal sostenible, que sea eficiente, legítima y transparente, en un marco planificado, comprometido y consensuado, que sea verificable y periódicamente revisable.


Los compromisos, requerimientos y recomendaciones a nivel mundial para el desarrollo de políticas forestales sostenibles, legítimas y eficaces fueron recogidos por las sucesivas Conferencias Ministeriales sobre Protección y Desarrollo
Sostenible de los Bosques de Europa, denominadas como 'Proceso Paneuropeo Forest Europe', cuyas sucesivas Declaraciones, Resoluciones, Directrices, Criterios e Indicadores Paneuropeos de Gestión Forestal Sostenible, firmadas por más de cuarenta
países del continente europeo, incluido el Estado español y la propia Unión Europea, amparan el desarrollo de Planes Forestales Nacionales en los países del viejo continente.


Desde entonces, la Unión Europea dispuso su propia Estrategia Forestal (1998) recientemente revisada en 2015 y un Plan de Acción Forestal (2007-2011) y además casi todos los países europeos disponen ya de sus propios planes forestales
nacionales o instrumentos equivalentes de planificación estratégica de su política forestal, cada cual según su propia configuración institucional, su distribución de competencias, sus capacidades, necesidades e intereses.


En este contexto internacional, mundial y europeo, la Administración General del Estado español emprendió la reforma de la política forestal española sucesivamente mediante la Estrategia Forestal Española (1999) y el Plan Forestal Español
(2002) amparados legalmente después por la Ley Básica de Montes. Desde la aprobación de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, después modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y más recientemente por la Ley 21/2015, de 20 de julio, se
ha mantenido prácticamente invariable su artículo 30 que define 'El Plan Forestal Español, como instrumento de planificación a largo plazo de la política forestal española...' que será elaborado por el ministerio competente en colaboración con las
comunidades autónomas.


El Plan Forestal Español se presentó en el Consejo Nacional de Bosques y se aprobó por Acuerdo del Consejo de Ministros en julio de 2002, previo informe favorable de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente. El apartado 2 del artículo 30
de la referida Ley Básica de Montes estableció que: 'El Plan Forestal Español será revisado cada diez años, o en un plazo inferior cuando las circunstancias así lo aconsejen', habiendo transcurrido casi cinco años el plazo máximo para su primera
Revisión preceptiva



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sin haber procedido aún a su obligada formulación y aprobación, por lo que se ha producido un manifiesto incumplimiento de este mandato legal.


Desde entonces, han cambiado las circunstancias lo suficiente para emprender la revisión del Plan Forestal Español para adecuarlo a las necesidades, demandas y tendencias emergentes a nivel nacional e internacional, en un nuevo contexto de
cambio climático, biodiversidad, economía y empleo verde ('bioeconomía baja en carbono'), economía circular, construcción sostenible y consumo responsable, en el que los bosques han de representar sin duda un papel protagonista.


En estas condiciones, resulta urgente adecuar la política forestal española al contexto actual, habiéndose tenido que aprobar la primera revisión del Plan Forestal Español antes de acabar el mes de junio de 2012, por lo que resulta
incomprensible que no se haya procedido a su aprobación en toda la legislatura anterior.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proceder durante el año 2017 a la primera revisión del Plan Forestal Español, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 30 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de
Montes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Luis Miguel Salvador García, Antonio Cantó García del Moral y Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, Diputados.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario
Ciudadanos.


161/001071


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la necesidad de constituir a la mayor brevedad el Consejo
Forestal Nacional, para su debate en la Comisión de Agricultura. Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Los ecosistemas forestales ocupan 27,59 millones de hectáreas, algo más del 54,5% de la superficie total española, con 18 millones de hectáreas de superficie arbolada. Según datos de FAO, las mayores áreas forestales de Europa corresponden
a Rusia, Suecia, Finlandia, España y Francia. Y en nuestro país los bosques crecen, pasando de ocupar 13,8 millones de hectáreas en 1990 a 17 millones de hectáreas en 2000 y a 18,2 millones de hectáreas desde 2010.


Para su idónea conservación y gestión incluido el aprovechamiento de los recursos forestales asociados engloban a diferentes sectores y subsectores económicos, sociales y ecológicos, según puso de manifiesto la Asamblea de las Naciones
Unidas, en 1997, señalando la importancia de la ordenación, la conservación para el desarrollo económico y social. También desde esa fecha, el Parlamento Europeo aprobó una Resolución instando a la Comisión Europea el desarrollo de una estrategia
forestal, con similares criterios, pero enfatizando especialmente las ventajas que comporta una coordinación efectiva entre los distintos sectores cuya actividad está o se deriva de todos los tipos de monte. El principio de participación pública en
las políticas forestales ha estado ampliamente reconocido internacionalmente (IPF/IFF propossals for action) existiendo también numerosos ejemplos de organismos participativos en el ámbito forestal a escala autonómica.


En nuestro país se creó el Consejo Nacional de Bosques al amparo del Real Decreto 203/2000, de 11 de febrero, como órgano colegiado, consultivo y asesor de montes y recursos forestales, en el marco del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente, que facilitaba la adecuada gestión sostenible de los montes.



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Este foro, constituido por representantes de las Comunidades Autónomas y los principales agentes implicados en la actividad forestal española, funcionó hasta 2007, destacando como principales resultados la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de
Montes, y el Plan Forestal Español, aprobado en 2002, fruto del consenso de los agentes y ejemplo de participación de los sectores implicados.


Su funcionamiento cesó por la disposición adicional que reguló su sustitución por el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Bíodiversidad, que asumía sus funciones, creado según el artículo de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.


No obstante, con su restablecimiento en la reforma de la Ley Básica de Montes de 2015, se reconoce la naturaleza integral de lo forestal que integra todos los usos y funciones de los espacios forestales y que no debe ser limitado a uno solo
de ellos, sea biodiversidad, cambio climático o producción mientras que la biodiversidad se extiende a todos los usos del suelo y el mar.


Aunque ha trascurrido más de un año desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Montes, todavía no se ha constituido el Consejo Forestal Nacional, corno órgano de coordinación y participación en la política forestal española,
establecido en el artículo 10 de la Ley 21/2015, de 20 julio, que modifica la Ley 43/2003, de Montes.


Disponer de ese organismo desde el arranque mismo de la Legislatura permitiría incorporar de forma estructurada, transparente e inclusiva a los principales agentes del mundo forestal y asistir al Gobierno en todas las decisiones de
relevancia que afecten a los espacios forestales (por ejemplo, el posible desarrollo reglamentario de la Ley de Montes). El Consejo Forestal Nacional resulta asimismo crucial para asegurar que las decisiones fundamentales que marcarán esta
Legislatura se tomen con la debida participación de los principales agentes implicados.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar los acuerdos y las demás medidas que procedan para la constitución, en el plazo máximo de tres meses, del Consejo Forestal Nacional, previsto en el artículo 10 de la Ley 21/2015, de
20 julio, que modifica la Ley 43/2003 de Montes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de diciembre de 2016.-Luis Miguel Salvador García, Antonio Cantó García del Moral y Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, Diputados.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001072


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Diputado don Enric Bataller i Ruiz (Compromís) presenta, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de regeneración de las playas al sur del
puerto de Valencia, para su debate en la Comisión de Agricultura.


Exposición de motivos


A la vista del mapa de la evolución de la línea de costa desde Pineda hasta la gola de El Perelló, mediante imágenes LANDSAT (1984-2014), realizado por la Universitat Politècnica de València y encargado por el Ayuntamiento de Valencia en
diciembre de 2015, se detecta claramente el comportamiento erosivo de las playas situadas al sur del puerto de Valencia durante estos últimos 30 años. Esta tendencia ya se reflejó en un estudio realizado por el antiguo Ministerio de Obras Públicas
y Urbanismo (MOPU) en el que se señalaba para el periodo 1947-1977 una pérdida de playa media de 30 m para el tramo Pineda-gola del Pujol y de 12 m para el tramo gola Pujol-gola del Perellonet.


En esta tendencia regresiva, la regularización del río Turia y el efecto barrera del puerto de Valencia suponen los dos mecanismos más influyentes. La ausencia de aportes sedimentarios fluviales y la barrera al transporte longitudinal N-S
provocan un déficit sedimentario en estas playas situadas al sur del Puerto.


A lo largo de estos años se han llevado a cabo a lo largo de este tramo de litoral diferentes actuaciones con la finalidad de paliar los efectos de la erosión. Éstas han sido ejecutadas por el gobierno estatal, autonómico y por el propio
Ayuntamiento de Valencia y han consistido desde construcción de espigones,



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eliminación de construcciones e infraestructuras cercanas a la línea de agua, aportes de arena procedentes de playa sumergida, seca o de cantera, retranqueo de la línea de costa... hasta restauraciones de la morfología del primer frente
dunar.


Pese a ello la regresión sigue aumentando y se ha observado que en algunas zonas concretas (playa de la Garrofera, entre el Sidi Saler y la urbanización de la Casbah) el efecto está agravándose llegando a situaciones de erosión sobre las
mismas infraestructuras y viviendas, como ocurre en cada temporal de levante que se da en estas playas, como está ocurriendo en estos últimos días (como ocurrió a consecuencia del último temporal acaecido entre los días 27 y 30 de noviembre).


El pasado 1 de diciembre, el Ayuntamiento de Valencia envió una carta a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, exponiendo la urgencia de esta necesidad.


La dotación presupuestaria, calculada por la demarcación de costas, está cifrada entre 50 y 70 millones de euros, y englobaría el total del coste de la regeneración de las playas del sur.


Por todo ello, proponemos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas y urgentes para paliar los efectos erosivos y regresivos en las playas situadas al sur del puerto de Valencia, mediante una partida con una dotación presupuestaria específica y
suficiente en los próximos Presupuestos Generales del Estado 2017, para lograr un impacto regenerativo sobre las mismas en los próximos años.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de diciembre de 2016.-Enric Rataller i Ruiz, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la
mejora de la respuesta del sistema nacional de salud al tratamiento de las personas transexuales, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


La Reasignación de la Identidad o Expresión de Género es una situación compleja que requiere un abordaje multidisciplinar integral, incluyendo la atención y acompañamiento psicológico cuando así lo solicita la persona, individual y en
ocasiones familiar, y por supuesto el tratamiento médico endocrinológico y quirúrgico. En ocasiones la manifestación de la transexualidad aparece ya en edades tempranas y cada vez más vemos aparecer en España casos de personas menores que acuden a
las consultas del Sistema Nacional de Salud buscando atención y solución a esta problemática personal. La asistencia a esta población es muy compleja y no está resuelta a nivel nacional, existiendo unidades aisladas en algunas Comunidades Autónomas
con muy distinta dotación de recursos profesionales.


La falta de equidad territorial hace que la afluencia de personas transexuales de todo el territorio nacional sea cada vez más numerosa a las pocas unidades actualmente existentes, que se ven de esta manera cada vez más sobrecargadas de
pacientes procedentes de otras Comunidades. A ello se suma que en algunas Comunidades los gobiernos autonómicos han puesto barreras a la recepción de personas de otros territorios que hasta hace poco eran atendidas y tratadas sin problemas.


La atención a personas menores que acuden con sus padres o madres por posibles casos de transexualidad es cada vez mayor y presenta una problemática psicológica, social, médica y legal aún más especial. En ocasiones, la falta de respuesta a
estos problemas en el Sistema Nacional de Salud hace que terminen buscando asistencia en consultas privadas sin suficiente formación ni preparación. Por eso creemos necesario que la asistencia en el Sistema Sanitario Público debe dar respuestas
individualizadas,



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con equipos multidisciplinares expertos, y con espíritu docente e investigador, mediante una red de centros extendida y abierta a todo el SNS.


A estas dificultades se suma una problemática añadida y específica relacionada con el acceso a medicamentos necesarios utilizados en el manejo farmacológico de estos procesos de reasignación. Desde hace un tiempo se ha producido una
carencia de fármacos destinados al tratamiento hormonal cruzado (testosterona y estrógenos) de los pacientes transexuales. En concreto la desfinanciación decidida por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de una presentación de
testosterona inyectable trimestral ha supuesto un problema importante que incide muy negativamente en la calidad del tratamiento de estas personas, dado su diferente farmacocinética respecto de los fármacos de testosterona actualmente financiados, y
de los cuales además se han producido recientemente desabastecimientos en las farmacias de las presentaciones de duración más prolongada.


También desaparecieron de la distribución habitual otros fármacos utilizados en estos procesos como los estrógenos conjugados y el valerato de estradiol, utilizados como hormonas feminizantes.


Atendiendo a esta situación el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a resolver la atención integral prestada por el Sistema Nacional de Salud a las personas transexuales y para ello solicita del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:


1. Cuantificar la demanda actual y oculta existente de la atención sanitaria a las personas transexuales, cuantificando asimismo la demanda específica en personas menores de edad.


2. Elaborar un mapa de unidades de identidad de género dentro del Sistema Nacional de Salud identificando sus carteras de servicios y la dotación de recursos profesionales y líneas de asistencia e investigación existentes en cada una.


3. Promover junto a las Comunidades Autónomas un plan para optimizar la distribución de estas unidades y sus correspondientes carteras de servicios y especialidades involucradas, con el fin de completar los recursos profesionales
multidisciplinares necesarios para atender la demanda existente.


4. Analizar la conveniencia de establecer alguna de estas unidades como CSUR, unidad de referencia nacional, de manera que puedan servir de modelo de buenas prácticas, atender los casos procedentes de CCAA sin dichas unidades y atender
aquellos casos que presenten características especiales o más complejas.


5. Recuperar la financiación pública de los tratamientos farmacológicos recomendados por los especialistas de estas unidades y asegurar su disponibilidad comercial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Jesús María Fernández Díaz, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001034


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de las Diputadas doña lone Belarra Urteaga, doña Ana Marcello Santos y doña Amparo Botejara Sanz, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, relativa a Servicios Sociales y lucha contra la pobreza y la exclusión
social en la Ciudad de Melilla.


Exposición de motivos


El informe de EAPN-España el estado de la pobreza seguimiento del indicador de riesgo de pobreza y exclusión social en España 2009-2015, en sus datos sobre Melilla, ofrece los siguientes datos:


El 31,8 % de la población de Melilla está en riesgo de pobreza y o exclusión social en el año 2015. La cifra es alta y algo más de tres puntos por encima de la media nacional. En el último año, el crecimiento



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de la tasa ha sido de 6 puntos porcentuales, lo que no le ha impedido acabar el período como el único territorio español en el que se ha reducido la tasa AROPE (tasa de riesgo de pobreza y exclusión social). En cualquier caso, el
crecimiento de la población provoca que el número de personas en Riesgo de Pobreza y/o Exclusión Social en la Ciudad Autónoma de Melilla se haya incrementado en 2.300 en la totalidad del período.


En términos cuantitativos, el principal componente del AROPE es la tasa de riesgo de pobreza. En el año 2015, el 25,8 % de la población de la ciudad autónoma está en riesgo de pobreza. Esta cifra es más de 3 puntos porcentuales superior a
la media nacional. En términos absolutos, en Melilla hay 22.000 personas en riesgo de pobreza. En el último año la tasa de pobreza se ha reducido en 13,3 puntos, lo que ha permitido que unas 11.500 personas hayan salido de la pobreza. En el
conjunto del período, el número de personas en riesgo de pobreza prácticamente se ha mantenido igual.


Además, el 3,9% de la población de Melilla está en situación de pobreza extrema lo que supone unas 3.000 personas que tienen que sobrevivir con ingresos inferiores a 332 € mensuales por unidad de consumo. Es importante subrayar que en el
último año la pobreza extrema se ha reducido en 7,7 puntos.


Un importante grupo de personas mayores está en situación de pobreza. Dado que los ingresos de las personas mayores dependen en su práctica totalidad de las pensiones que perciben, su situación de pobreza dependerá fundamentalmente del
importe de la pensión.


En el año 2015, el 15,1 % de la población de Melilla vive en situación de privación material severa, es decir, no puede hacer frente al menos a cuatro de nueve conceptos o items de consumo básico definidos a nivel europeo que se muestran en
la tabla siguiente. La tasa es muy elevada, superior a la de cualquier comunidad autónoma y solo 1,5 puntos inferior a la de Ceuta y está casi 9 puntos porcentuales por encima de la correspondiente al conjunto de la población nacional. En términos
absolutos unas 13.000 personas viven en situación de privación material severa en la Ciudad Autónoma.


Durante los años de crisis la evolución de la renta media por persona ha sido negativa y de gran intensidad. Actualmente, la renta media por persona es de 10.027 al año, 392 € menos que la media nacional y 1.021 menos que la disponible en
2009, lo que supone una reducción del 9,2 %.


Por otro lado, la ciudad de Melilla es el único territorio de toda España en que la población migrante ha continuado creciendo en estos años. Desde 2012 se ha incrementado en 1680 personas (14,9%). Esto genera una serie de retos añadidos
en lo que a gestión de la diversidad se refiere. Así mismo, la situación fronteriza de la ciudad hace que alrededor de 15.000 personas (según estimación) marroquíes trabajen fuera de regulación, a menudo en condiciones laborales de pseudo
explotación.


En lo que tiene que ver con el desempleo, las tasas de paro (EPA) aumentaron en la ciudad de Melilla desde el 29,5% en 2014 a 32,6 en 2015.


En el tercer trimestre de 2016 la tasa de paro era de 31,2%, si bien en el caso de mujeres es mucho mayor que en el de hombres (41% de mujeres en paro frente al 24,3%). Las tasas de paro afectan a todas las edades, pero son muy superiores
en el caso de los menores de 25 años, pues están en paro el 61,3%, y una vez más, afectando a las mujeres con mayor intensidad, con un 68%.


Además, la población 'oficial' en Melilla ha pasado de ser, según datos del INE, de 65.488 en el 2004 hasta los 85.976 en el 2015. Según el INE, el crecimiento vegetativo en España era en 2013 del 0,78%, mientras que en Melilla era del
12,52%. Por su parte, el saldo migratorio interior pasó de ser negativo en 2006, con 193 personas, a ser positivo en todos los años sucesivos, a veces con más de 1.000 personas anuales, y en 2013 de 673 personas. Este aumento de población no se ha
visto, sin embargo, acompañado de un aumento en las dotaciones educativas o sanitarias, algo imprescindible para dar respuesta a todos los nuevos vecinos y vecinas. Sin ir más lejos, el hospital comarcal de Melilla vio nacer a 2.758 niños y niña en
2015. El INE refleja solo 1.518. Esta diferencia se debe a que dicho hospital da servicio también al entorno marroquí colindante con Melilla. Es a todas luces evidente la necesidad de mejorar los servicios sanitarios y de otro tipo para atender a
una población creciente.


A estos datos se puede añadir que la Ciudad de Melilla acoge a población migrante y a solicitantes de asilo. El CETI de Melilla, donde se acoge a la mayoría de estas personas, es conocido por su sobreocupación estructural. Además alrededor
de 500 niños y adolescentes que viajan solos están 'tutelados' por la Ciudad Autónoma de Melilla.


Al CETI de Melilla llegan personas de países subsaharianos, algunos en guerra, y otros no, además de personas sirias en busca de refugio No obstante, el acceso al derecho de asilo es desigual en la Ciudad de Melilla y no está garantizado
para todas las personas. Las personas de países subsaharianos que saltan la 'valla' no pueden solicitar asilo en las oficinas dispuestas a tal efecto, como tampoco pueden



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hacerlo los marroquíes que quieren pedir asilo en Melilla por razones políticas, o por haber vivido vulneraciones de sus derechos fundamentales, como pertenecer al colectivo LGTBI.


Por otro lado, en la ciudad de Melilla se encuentra un centro educativo, no reconocido como tal, de propiedad del Reino de Marruecos, con alrededor de 1.000 escolares, que en una proporción importante escolariza a niños/alumnos que han sido
rechazados en los centros públicos de la ciudad, debido a que, tanto estos niños como sus familias no se encuentran empadronadas en Melilla, ni tienen permiso de residencia. Estas familias están viendo cómo se vulnera el derecho de sus hijos/as a
la educación, únicamente por no cumplir con un requisito administrativo.


Como señalábamos más arriba, la Ciudad de Melilla tiene unas características muy particulares. Sus servicios públicos atienden tanto a los residentes en Melilla con nacionalidad española, como a la población migrante residente en Melilla o
a las vecinas y vecinos del territorio marroquí colindante. Esto hace que los recursos actualmente disponibles en materia educativa sean muy insuficientes, con la mayor ratio alumno/a-profesor/a de todo el Estado (29 alumnos/as por aula).


La ciudad de Melilla recibe financiación para una población de 85.000 habitantes, pero en realidad supera las 100.000 personas, con una tendencia al alza y con aumento de población extranjera empadronada.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Que los Presupuestos del Estado no incluyan ningún tipo de recorte en materia de empleo, educación, sanidad y servicios sociales, y se aumenten las partidas un 15% para garantizar que se adecuen a la población real de la Ciudad de
Melilla.


2. Que se cubran todas las plazas vacantes del hospital comarcal de Melilla y se financie la terminación del nuevo hospital universitario con carácter urgencia.


3. Que se aumente la plantilla del profesorado de centros públicos y se aporte financiación para la construcción de un nuevo centro de educación Infantil y Primaria, y de un nuevo centro de secundaria, además de los actualmente en vías de
ejecución.


4. Que se dote al Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes de recursos humanos y económicos para atender las necesidades de la población residente en educación y sanidad.


5. Que se garantice financiación suficiente para atender a la población de niños y adolescentes no acompañados en infraestructuras dignas, en programas socio-educativos, en formación, y para poner en marcha programas de inserción para los
menores que cumplen la mayoría de edad siendo custodiados por la Ciudad Autónoma.


6. Que se financie un plan de empleo y emprendimiento para jóvenes en riesgo de exclusión social.


7. Que se inste al INE para que aumente la muestra que utiliza en la Encuesta de Condiciones de Vida de Melilla para reducir los errores muestrales, que son mayores del 5% y se aporten datos estadísticos de Melilla y Ceuta de forma
separada.


8. Que se aporte desde el Estado financiación para elaborar durante 2017 un Plan de Inclusión Social para la Ciudad de Melilla, completando la que aporta la Ciudad Autónoma de Melilla.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Ione Belarra Urteaga, Amparo Botejara Sanz y Ana Marcello Santos, Diputadas.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para priorizar los servicios de
atención a la dependencia como preferentes respecto a las ayudas económicas, para su debate en Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.



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Exposición de motivos


La atención a la dependencia constituye una política social de primer orden en un país como España, en el que los cambios demográficos, sanitarios y sociales, están provocando un incremento progresivo de la población en situación de
dependencia.


Tradicionalmente eran las familias las que asumían el cuidado de las personas dependientes, pero los cambios sociales como la incorporación progresiva de la mujer al mercado de trabajo y el beneficio que representa para la persona
dependiente una atención especializada, han introducido nuevos factores en esta situación. Es por ello, que los poderes públicos han asumido un importante esfuerzo para la atención al colectivo de personas dependientes y sus familias.


En este sentido y de forma particular, los Planes de Acción para personas con discapacidad (2003-2007) y para Personas Mayores (2003-2007), aportaron un gran avance en la protección de las personas dependientes. Del mismo modo, la entrada
en vigor, el 1 de enero de 2007, de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, supuso la creación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD),
que incorpora una serie de servicios y prestaciones para la atención a las personas dependientes, en función de un baremo determinado y del programa individual de atención que a estos efectos se determine.


El propio articulado de la Ley 39/2006 prevé otorgar prestaciones de naturaleza económica, únicamente cuando no sea posible la cobertura de las necesidades de la persona dependiente mediante alguno de los servicios establecidos dentro del
texto legal. Es decir, la norma considera excepcionales las prestaciones económicas, por encima del fin prioritario que debe ser facilitar el acceso a los servicios de atención a la dependencia previstos en el Sistema para la Autonomía y Atención a
la Dependencia.


Sin embargo, a finales de 2011, el carácter excepcional de las prestaciones económicas se había convertido en mayoritario, contraviniendo el espíritu de la Ley. En este sentido, el Tribunal de Cuentas advirtió que, en caso de mantenerse esa
tendencia, la dependencia se convertiría en un sistema de subsidios dejando a un lado su concepción original.


Ante la situación descrita, el Gobierno de acuerdo con las Comunidades Autónomas ha impulsado una serie de medidas con el fin de mejorar el Sistema de la Dependencia convirtiéndolo en un sistema más justo, solidario y sostenible. Así en
diciembre de 2015, los servicios profesionales habían aumentado 9,28 puntos porcentuales respecto a 2011 y se produjo un ascenso de 35.401 nuevas afiliaciones. A pesar de esta progresión, es necesario seguir profundizando en la mejora del Sistema
de la Dependencia para poder atender a los usuarios con garantía de calidad.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer los servicios especializados de atención a la dependencia como preferentes, respecto a las ayudas económicas, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre,
de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001078


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el desarrollo y concesión de un
distintivo solidario a aquellos agentes económicos que colaboren con la financiación de la Dependencia, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.



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Exposición de motivos


Para nosotros, desde el Grupo Parlamentario Popular, el compromiso con el gasto social y por ello, con nuestro importante Estado del Bienestar, es primordial en nuestro programa de partido.


En este sentido, la atención y promoción de los derechos de las personas en situación de dependencia, son obligaciones ineludibles para un país como España, en el que las políticas sociales son prioritarias y donde los cambios demográficos y
socio sanitarios están originando un aumento de las situaciones de dependencia.


En el ámbito público, este compromiso viene ejerciéndose desde hace años. Así, en 2003 se pusieron en marcha los Planes de Acción para Personas con Discapacidad (2003-2007) y para Personas Mayores (2003-2007). Y en el año 2006 se aprobó,
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.


Asimismo, son muchas las personas ajenas a lo público que, por iniciativa propia y desinteresada, colaboran para mejorar las condiciones de vida de las personas en situación de dependencia y sus familias. Por ese motivo, y no solo por razón
de estímulo sino por justicia sería lógico reconocer y hacer pública la contribución anual que los agentes económicos, personas físicas o jurídicas, realizan a través de aportaciones a entidades sociales dedicadas a tal fin, para financiar
actividades relacionadas con la de dependencia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que proceda al desarrollo de un distintivo que reconozca el esfuerzo solidario de aquellos agentes económicos que contribuyen a la mejora de la calidad de vida de las personas en situación de
dependencia gracias a las aportaciones realizadas a entidades sociales dedicadas a tal fin.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/001038


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Proposición no de Ley relativa al inicio de una auditoría pública de las actividades del Fondo de Promoción de Desarrollo.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión de desarrollo en el seno de la misma de un nuevo marco estratégico y operativo de cooperación financiera se haría, en su caso, por el
procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Asimismo, dar traslado del
acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, relativa al inicio de una auditoría pública de las actividades del Fondo de Promoción de Desarrollo.


Exposición de motivos


En el año 2010 se creó el Fondo de Promoción del Desarrollo (FONPRODE), instrumento español para realizar acciones de cooperación financiera reembolsable y no reembolsable. Este instrumento absorbía el anterior Fondo de Ayuda al Desarrollo,
instrumento que desde los años 70 había sido el principal articulador del vínculo entre Ayuda Oficial para el Desarrollo y promoción de la internacionalización de la empresa. Conjuntamente con el FONPRODE, en el año 2010 se creó el Fondo para la
Internacionalización de la Empresa (FIEM) con la intención de separar ambas acciones.


El FONPRODE suponía la inclusión de España con un instrumento en la corriente global de auge de las acciones de cooperación financiera. Efectivamente, en los últimos años el crecimiento de este tipo de actividades en el ámbito de la
cooperación internacional para el desarrollo ha sido espectacular. Solo en Europa, y según datos de la Asociación Europea de Instituciones Financieras de Desarrollo (EDFI), entre el año 2005 y el año 2014 la cantidad invertida se había incrementado
en un 204%


A primeros de marzo de 2016 el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (CAD-OCDE) publicó el Informe de resultados del Examen de Pares realizado a la cooperación española, entre cuyas principales conclusiones y recomendaciones se encuentran
la necesidad de analizar, monitorear e informar de los efectos de sus políticas en los países en desarrollo, desarrollar una estrategia específica en el ámbito de la movilización de recursos adicionales y el vínculo con el sector privado,
coordinando adecuadamente sus instrumentos financieros de cooperación atendiendo a si generan impactos positivos en desarrollo.


Según la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo, las actividades que puede financiar el FONPRODE son las siguientes:


a) Donaciones a Estados, administraciones públicas regionales o locales y otras entidades de carácter público para proyectos, programas, estrategias y modalidades de ayuda programática.


b) Donaciones a organismos multilaterales de desarrollo no financieros, incluidos programas y fondos fiduciarios de desarrollo en dichos organismos.


c) Donaciones para asistencias técnicas, estudios de viabilidad de proyectos y evaluaciones ex ante y ex post de proyectos o programas, así como de la ejecución anual del Fondo en términos de garantizar su sostenibilidad financiera,
económica, social y ambiental, valorando su contribución a los objetivos de desarrollo y promoción de los derechos humanos.


d) Donaciones a fondos fiduciarios en instituciones financieras internacionales de desarrollo o donaciones a fondos multidonantes gestionados o administrados por instituciones financieras internacionales.


e) Préstamos o créditos y líneas de crédito en términos concesionales a Estados para la financiación de proyectos de desarrollo, siempre que aporten la correspondiente garantía soberana.


f) Adquisiciones temporales de acciones o participaciones directas de capital o cuasi capital en instituciones de inversión colectiva u otras entidades de derecho público constituidos en el país de destino de la financiación.


g) Préstamos, créditos o líneas de crédito, a entidades financieras locales para la concesión de microcréditos u otros servicios micro financieros o para la concesión de préstamos, créditos, líneas de crédito u otros servicios financieros a
empresas pequeñas o medianas o a instituciones micro financieras. Excepcionalmente, se podrán adquirir también títulos de deuda emitidos por sociedades de propósito específico, cuando este sea la concesión de microcréditos, otros servicios micro
financieros o servicios financieros de apoyo a entidades micro financieras.


h) Adquisiciones temporales de acciones o participaciones directas o indirectas de capital o cuasi capital en entidades de derecho privado, ya sean instituciones privadas de inversión colectiva, entidades privadas de capital riesgo o, en su
caso, sociedades de propósito específico para inversiones de apoyo al tejido económico o de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa.



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Desde el año 2014 el Gobierno del partido popular cercenó gran parte de la actividad del FONPRODE al establecer que todo el fondo se ejecutaría en la modalidad de cooperación reembolsable, con lo que las acciones tradicionalmente más y mejor
vinculadas a los criterios de desarrollo [las recogidas en los epígrafes a), b), c) y d) anteriores, es decir, todo el componente donación] fueron abandonadas, limitando la acción de FONPRODE a lo que actualmente se conoce como 'cooperación
financiera reembolsable'. Con esta decisión se pierden opciones prioritarias para la política española de cooperación: OMUDES, Fondos tipo GAVI y relaciones con instituciones multilaterales, públicas y mixtas, con alto impacto en los objetivos de
desarrollo.


En el año 2015 se aprobaba un nuevo Reglamento del FONPRODE que otorgaba a la Corporación Financiera de Desarrollo, un instrumento de inversión del Ministerio de Economía y Competitividad orientado a la internacionalización de la empresa, un
papel clave en la gestión de las acciones e), f), g) y h). De este modo, se cuestionaba la propia motivación de la creación del FONPRODE, que era en gran parte alinear la cooperación financiera reembolsable con los objetivos de Desarrollo de la
Cooperación. El FONPRODE pasaba de ser un instrumento propio de la cooperación española a ser un instrumento más en la estrategia de internacionalización de la empresa española.


Esta reforma, se realizó con la oposición de la sociedad civil española que en el Posicionamiento de la Plataforma 2015 y Más y la Coordinadora de ONGD sobre la Reforma del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con fecha 27 enero de 2014
(FONPRODE) indicaba entre otras cosas:


- La reforma supone en términos generales un traspaso de competencias ejecutivas responsabilidades sobre las operaciones del FONPRODE del MAEC al MINECO.


- La reforma propuesta otorga a COFIDES un protagonismo en todas las fases relativas a la operativa del FONPRODE, acabando con el difícil equilibrio entre criterios de desarrollo y criterios de internacionalización vinculados a rentabilidad
económica con que nació el FONPRODE.


- La reforma no limita explícitamente las competencias que atribuye a COFIDES a las operaciones reembolsables, por lo que aparece un riesgo serio de balancear el presupuesto destinado anualmente a FONPRODE hacia la parte reembolsable del
mismo.


- El triple rol asignado por la reforma propuesta a COFIDES como identificador, gestor y experto independiente, además de una broma de mal gusto, parece difícil de sostener en una lógica de rigurosidad con los requisitos que establece la ley
en materia de vinculación y pertenencia a la política de cooperación para el desarrollo.


- El modelo de cooperación financiera para el desarrollo con que se concibe el FONPRODE, tiende con esta reforma, a asemejarse a las cooperaciones financieras internacionales realizadas por otros países que funcionan de forma desvinculada a
la política de cooperación al desarrollo de los Estados, y los recursos utilizados en sus operaciones no tienen que responder a criterios de AOD a efectos de ser contabilizados como tal.


Por su parte el Consejo de Cooperación dictaminó con claridad cuáles eran los procedimientos legislativos indebidos que habían sido utilizados, así como un análisis de los riesgos y las amenazas que la modificación legal realizada al
FONPRODE traía consigo, y serias dudas sobre las consecuencias que la incorporación de COFIDES traería al funcionamiento del FONPRODE en su ejecución y localización de sus operaciones sin que estas hayan sido hasta la fecha respondidas ni resueltas
adecuadamente.


Ya han aparecido públicamente algunos análisis realizados por centros especializados que arrojan serias dudas sobre la vinculación con los objetivos de desarrollo de la Estrategia española de fortalecimiento del tejido productivo que las
operaciones ejecutadas con el FONPRODE han tenido desde su nacimiento. El Informe del Consejo exige aclaración sobre fondos ejecutados y compromisos anteriores, puesto que no hay suficiente información sistematizada que dé cuenta de las
obligaciones contraídas y pendientes.


Tal y como demanda e! Consejo de Cooperación en su dictamen sobre el Informe de ejecución de FONPRODE relativo al año 2014, es preciso mejorar y especificar los vínculos de las operaciones con los resultados de desarrollo de las mismas, a
fin de asegurar que los elementos de adicionalidad, inclusión financiera, cumplimiento de estándares ambientales y sociales y orientación a pequeñas y medianas empresas, han sido prioritarios en la selección de los expedientes y en el seguimiento de
los impactos de las operaciones aprobadas.


De igual forma, el mismo dictamen, llama la atención sobre la baja ejecución del FONPRODE instando a revelar cuáles son las verdaderas causas, dado que la razón explicativa expuesta en el Informe es antigua y genérica y por lo tanto del todo
insuficiente. Es previsible que estos problemas de ejecución



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tengan relación directa con un diseño inapropiado del FONPRODE y su falta de ajuste con las prioridades y con el alineamiento de los resultados de desarrollo.


El Gobierno español ha incumplido en varias ocasiones su compromiso de dotar a la cooperación financiera reembolsable de una estrategia específica, que hubiera sido necesaria tener debatida y aprobada antes de proceder a la modificación
legislativa. En el informe elaborado en junio de 2015 volvió a reiterar el compromiso de elaborar dicha estrategia antes de finalizar 2015, lo que de nuevo no se cumplió.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Con carácter de urgencia, a entregar una tabla sistematizada informando de operaciones comprometidas y pendientes de ejecutar en los ejercicios actual y sucesivos, dado el carácter multianual de algunos compromisos. Así mismo debe
informar de todos los expedientes que están en fase de estudio, paralizando todas las aprobaciones de operaciones del FONPRODE hasta la realización de una auditoría pública sobre las mismas y sus resultados.


2. Iniciar el proceso para auditar las operaciones realizadas hasta el momento y su justificación desde el punto de vista de los derechos y del desarrollo, así como del cumplimiento del código de financiación responsable y de los impactos
de las operaciones.


3. A partir de los resultados de dichas auditorías, evaluaciones y análisis, desarrollar, con el consenso de todos los actores de la cooperación española y en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, un nuevo
marco estratégico y operativo de cooperación financiera en España, que logre una correcta definición del instrumento, un adecuado encaje institucional y operativo y en definitiva, un alineamiento fuera de toda duda con los objetivos de la
cooperación española tal y como recomienda el CAD-OCDE en su último examen a la cooperación española.


4. Construir un sistema transparente y de rendición de cuentas permanente con todos los actores implicados para las actividades de cooperación financiera de la cooperación española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Ángela Ballester Muñoz, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, relativa al compromiso con la ayuda humanitaria y la política de cooperación internacional como expresión de la solidaridad humana.


Exposición de motivos


El mundo se enfrenta a crisis humanitarias, sin precedentes tanto en su número, magnitud y persistencia. La mayoría de las crisis humanitarias tienen su origen en incoherencias en las políticas de los países desarrollados. Los desafíos
crecientes como la urbanización, el rápido crecimiento de la población, los cambios demográficos, la prevalencia y el aumento de la magnitud de los desastres naturales, la degradación ambiental, la desertificación, el cambio climático, numerosos
conflictos de larga duración suman a las consecuencias de la pobreza y por lo tanto incrementan la desigualdad y la fragilidad aumentado dramáticamente la necesidad de respuestas humanitarias en todo el mundo.


La actual crisis de refugiados en Europa, junto con las situaciones de emergencia en Siria, Irak, Yemen, Sudán del Sur y la República Centroafricana, y el brote de ébola en África Occidental, han alimentado un fuerte incremento en el número
de personas afectadas por crisis humanitarias a 250 millones.



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Siguiendo una tendencia al alza del desplazamiento forzado, hoy hay más refugiados y desplazados internos que durante la Segunda Guerra Mundial, concretamente cerca de 60 millones, incluyendo casi 40 millones de desplazados dentro de sus
propios países. Una consecuencia de ello ha sido el crecimiento espectacular de personas que buscan refugio -la mitad de ellos son niñas y niños-, poniendo en riesgo sus vidas, mediante largos, complejos y costosos viajes.


Las mujeres y las niñas sufren la mayor parte de la crisis humanitaria y niñas están desproporcionadamente expuestas a riesgo, aumento de la pérdida de medios de vida, inseguridad, e incluso muerte, durante y después de los crisis
humanitarias. Las crisis humanitarias incrementan las probabilidades de violación, la explotación sexual y el aumento de embarazos no deseados, infecciones de transmisión sexual y de las complicaciones relacionadas con la salud reproductiva.


Las necesidades crónicas derivadas de estas crisis están llevando el actual sistema de respuesta humanitaria a sus límites. Esta situación está llevando, en ciertos casos, al incremento de la privatización y militarización de las respuestas
humanitarias. En un contexto en el que la brecha entre las necesidades humanitarias y los medios operativos y financieros disponibles para hacerlos frente está aumentando exponencialmente, el Secretario General de la ONU, Ban Ki-Moon, ha pedido una
primera Cumbre Mundial Humanitaria (CMH).


Es el momento para que las comunidades humanitarias y de desarrollo trabajen conjuntamente y se cambie el foco de la respuesta hacía la prevención y anticipación como medio fundamental para reducir las necesidades humanitarias y de lucha
contra las perturbaciones en la salud, la higiene, la educación, la nutrición e incluso refugio.


España debe y tiene el potencial para asumir un importante liderazgo y desempeñar un papel fundamental en la ayuda humanitaria y el continuum humanitario en los países de nuestro entorno y en aquellos donde ya existe cooperación, siempre
guiado por los principios humanitarios y las necesidades de los beneficiarios, en expresión del compromiso del pueblo español con los Derechos Humanos y con la solidaridad más allá de las fronteras, como nos recuerda el Día Internacional por la
Solidaridad Humana que se celebra el 20 de diciembre.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Insta al Gobierno a tener un rol internacional más activo en la ayuda humanitaria guiado por los principios internacionales sobre esta y prestando la suficiente atención a la cuestión del cambio climático en la acción humanitaria, lo que
supone incluir la planificación de las consecuencias del cambio climático y el desplazamiento y migraciones inducidas por el clima, en toda la formulación de políticas relevantes a nivel regional y global.


2. Insta al Gobierno a fortalecer y desarrollar los marcos legales nacionales para la acción humanitaria y la gestión del riesgo de reducción de desastres en base a las leyes, normas y principios internacionales sobre respuesta a desastres,
de modo que la preparación resiliencia, reducción del riesgo y la capacidad de recuperación, se incorporen sistemáticamente en los planes de respuesta de las administraciones locales , regionales y nacionales y de la sociedad civil, a que se ampare
su apoyo en recursos financieros suficientes.


3. Destaca que la innovación en materia de acción humanitaria debe extraerse de múltiples fuentes y, en particular, a partir del conocimiento de las personas afectadas, la sociedad civil y las comunidades locales; y subraya la importancia
de que la acción humanitaria impulse los servicios públicos esenciales, como la educación, salud, agua y saneamiento.


4. Muestra su preocupación por la creciente militarización de la acción humanitaria y recuerda que toda acción humanitaria debe de estar guiada por los principios de humanidad, neutralidad e imparcialidad; insta al Gobierno, en
consecuencia, a emplear exclusivamente medios civiles en la acción humanitaria y a desarrollar un marco de protección civil para la acción humanitaria.


5. Insta al Gobierno a desarrollar mecanismos vinculantes que aseguren el principio de coherencia para el desarrollo de todas sus políticas, especialmente las que afecte de manera directa a países en desarrollo.



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6. Insta al Gobierno a vincular la política de ayuda humanitaria con la política de ayuda al desarrollo para que la primera sea realmente efectiva y, en consecuencia, a avanzar de inmediato hacia el compromiso internacional de destinar el
0,7 % del PIB a AOD.


7. Insta al Gobierno a incrementar el presupuesto destinado a educación dentro de las partidas de ayuda humanitaria al 4%, como insta la propia Comisión Europea.


8. Insta al Gobierno a fomentar la ampliación de la Convención sobre los Refugiados y la Convención de Kampala para proteger y asistir a las personas desplazadas en todo el mundo, así como la población afectada por el cambio climático y
otras formas de violencia, como la trata de personas, la violencia de género, urbano y la violencia económica, ya que puede tener un temor bien fundado de persecución o estar en riesgo de sufrir daños graves, y a asegurar un pasaje seguro a las
personas que busquen refugio;


9. Insta al Gobierno a asegurar que a los migrantes se les ofrezca el mismo nivel de protección de sus derechos garantizados que a todos los demás grupos en tiempos de crisis.


10. Expresa su preocupación y condena ante el continuo uso de la violación y otras formas de violencia sexual y de género contra las mujeres y las niñas como arma de guerra en situaciones humanitarias.


11. Insta al Gobierno a fomentar el desarrollo de un compromiso global para asegurar la seguridad de mujeres y niñas desde el inicio de cada emergencia o de crisis, tratando el riesgo de violencia sexual y de género, la sensibilización,
asegurando el enjuiciamiento de sus autores y asegurando el acceso a la salud, incluyendo la oferta a un aborto seguro, libre y gratuito en línea con el derecho internacional humanitario internacional y con lo previsto en los Convenios de Ginebra y
sus protocolos adicionales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Ángela Ballester Muñoz, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001062


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
incremento de la ayuda humanitaria para los desplazados y personas refugiadas, para su debate en la Comisión Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


En el mundo hay casi 60 millones de personas desplazadas por la fuerza que viven fuera de sus hogares a causa de la persecución, los conflictos armados, la violencia y la violación sistemática de los derechos humanos.


La guerra civil indiscriminada de Siria ha convertido en personas refugiadas a más de 5 millones de personas que han tenido que huir de su país (la mayoría han encontrado refugio en los países vecinos de Líbano, Irak, Egipto, Turquía y
Jordania donde soportan unas duras condiciones de vida), y ha obligado a más de 8 millones de sirios a desplazarse dentro del país, donde la situación es de bloqueo humanitario.


La crisis siria es la mayor emergencia humanitaria a la que se enfrenta ACNUR actualmente y, como en la mayor parte de las guerras, las personas más vulnerables son las niñas, los niños y las mujeres.


En Siria, el acceso a la educación es prácticamente imposible, puesto que una quinta parte de sus escuelas han sido destruidas, dañadas u ocupadas para fines militares. Se estima que cerca de 3 millones de menores no acuden a la escuela.
El sistema sanitario sufre una situación similar, con el 60% de los centros de salud devastados.


Miles de niños y niñas viven y mueren bajo el incesante bombardeo de colegios, hogares y hospitales. Y así, según UNICEF 'la violencia y las privaciones llevan en Siria a millones de familias a huir de sus casas en busca de un lugar más
seguro. Más de 8 millones de niños y niñas necesitan ayuda humanitaria urgente, incluyendo los 2,5 que viven como refugiados en los países vecinos. 3,5 millones de niños y niñas han nacido en medio del conflicto y nunca conocerán el país que sus
padres recuerdan: Las bombas han reducido a escombros sus casas, escuelas, hospitales, bibliotecas y plazas. El acceso a la



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educación es prácticamente imposible, puesto que una quinta parte de sus escuelas han sido destruidas, dañadas u ocupadas para fines militares. Se estima que cerca de 3 millones de menores no acuden a la escuela. El sistema sanitario sufre
una situación similar, con el 60% de los centros de salud devastados.


Las mujeres -a cuyo destino está ligado el de sus hijos e hijas a cargo- carecen de ayudas y muy pocas encuentran empleos remunerados, por lo que no pueden hacer frente a sus más básicas necesidades, lo cual las hace más vulnerables a todo
tipo de explotación.


Ante esta ingente crisis humanitaria y la falta de respuesta de las autoridades europeas y del gobierno de nuestro país -sin sustituir en modo alguno la necesidad de una contundente acción política europea y española-, la ética de los
derechos humanos nos obliga a llevar a cabo, de forma urgente, una acción humanitaria que palie las necesidades básicas (alimentos, asistencia médica, agua potable, educación, seguridad...) de la población siria desplazada en su país y refugiada en
los países fronterizos.


La sociedad española, que ha demostrado ser solidaria, particularmente con la acogida de personas refugiadas, así lo demanda.


Como reflejo de esta solidaridad, y de conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, diferentes administraciones económicas y municipales, en el marco de sus competencias y a través de las políticas de
cooperación al desarrollo, en colaboración con ONGD y Agencias de Naciones Unidas, han venido apoyando diferentes acciones humanitarias en Siria y países fronterizos. Sin embargo, a pesar de lo expuesto, el Gobierno, desoyendo las demandas de
solidaridad de la ciudadanía, ha comprometido fondos insuficientes para ayudar a paliar el desastre humanitario del pueblo sirio que, a causa del conflicto, se ve obligado a desplazarse en su país o a refugiarse en los países vecinos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que de forma urgente y prioritaria incremente significativamente la actual línea de ayuda humanitaria a los desplazados en origen y a las personas refugiadas en los países limítrofes, para
dar respuesta a las necesidades del conflicto y a las peticiones de Naciones Unidas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 diciembre de 2016.-María Dolores Galovart Carrera, María del Mar Rominguera Salazar y Guillermo Antonio Meijón Couselo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista.


Comisión de Cultura


161/001033


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez, del Diputado don Antón Gómez-Reyno, y del Diputado don Miguel Anxo Elías Fernández Vello, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Cultura, relativa al proyecto de creación de un Centro de Interpretación del Castro de
Cociñadoiro (Arteixo, A Coruña), comprometido por el Gobierno con motivo de las obras del Puerto Exterior de Punta Langosteira.


Exposición de motivos


Las obras de ejecución del puerto exterior de Punta Langosteira en Arteixo (A Coruña), situado en la costa, dieron lugar al hallazgo de restos arqueológicos de gran valor, el conocido como Castro de Cociñadoiro y unas tumbas de época
galaico-romana.


Debido a la situación de los restos arqueológicos, ubicado en pleno dominio costero, todo el proceso administrativo relativo a esta cuestión correspondió al Ministerio de Cultura y a la Autoridad Portuaria.



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En diciembre de 2004 la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales (Ministerio de Cultura), autorizó el Proyecto de excavación arqueológica en el Castro de Cociñadoiro (Arteixo) mediante una serie de recomendaciones.


Posteriormente, en el año 2005 la Autoridad Portuaria de A Coruña solicitó al Ministerio de Cultura la liberalización de la franja sur del yacimiento del Castro para la construcción del muelle provisional dentro del proyecto de nuevas
instalaciones portuarias en Punta Langosteira. En este sentido, la Autoridad Portuaria recordaba que la 'excavación total del Castro de Cociñadoiro es producto del cumplimiento de una de las medidas correctoras establecidas en la declaración de
impacto ambiental de las obras'.


En el escrito remitido por la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, se señalaba, entre otras cuestiones, que 'se están ya llevando a cabo, con la metodología adecuada, la recuperación de una serie de estructuras
seleccionadas para su levantamiento y traslado a un futuro centro de interpretación que se ubicará en una zona de la nueva área portuaria'. En esta resolución quedaba claro que se adquiría el compromiso de construir un Centro de Interpretación en
Arteixo con el objetivo de difundir el Castro.


Han transcurrido los años y el Centro de Interpretación sigue siendo una entelequia. Nada se ha hecho a pesar de que durante años, el Gobierno central, la Xunta y el Ayuntamiento han mantenido la expectativa con anuncios y buenas palabras
pero sin acompañarlo de hechos.


Además de la cuestión del Centro de Interpretación, nos preocupa enormemente el estado de conservación de las estructuras que se salvaron de la destrucción del yacimiento. En principio, estos bienes inmuebles fueron depositados en las
dependencias del puerto de Parrote en A Coruña. Cuando se emprendieron las obras para la construcción de un aparcamiento en esta zona, las piezas fueron trasladadas a un almacén.


Dado que ha transcurrido bastante tiempo desde el traslado de estas piezas arqueológicas, nos preocupan las cuestiones relativas a la custodia, el cuidado y la protección de estas estructuras, que en su mayoría son los cimientos pétreos del
castro. Se trata de piezas seccionadas desde hace demasiado tiempo, carecen de supervisión alguna, o al menos que nos conste, y acumulan ya tres traslados. Con lo cual, es perfectamente imaginable que hayan sufrido algún deterioro o haya ocurrido
otro tipo de contingencia como un extravío, el borrado de los códigos que identifican cada pieza, entre otras cuestiones. Sobre todo porque la previsión temporal inicial entre la recogida in situ de las estructuras y su musealización en el supuesto
Centro de Interpretación no iba a ser muy prolongado.


En cuanto a los materiales muebles, como cerámicas, el lingote de plomo, útiles líticos, entre otros, de momento se hallan en la oficina de la empresa que realizó la intervención (ARQUEONOR), y se está a la espera de su salvaguarda. Puesto
que el Centro de Interpretación todavía está pendiente de construcción, creemos que estas piezas deberían ser depositadas en el museo más cercano al yacimiento que en este caso correspondería al Museo Arqueológico de A Coruña.


Preocupa mucho el estado en el que se encuentran las piezas inmuebles después de tanto tiempo. La realidad demuestra que el Ministerio de Cultura y la Autoridad Portuaria parecen haberse desentendido del tema, dejando en un total estado de
abandono este relevante patrimonio cultural.


Además, téngase en cuenta que la localidad de Arteixo ha sido objeto de una enorme presión urbanística en los últimos años, parte de ello es la macro obra del puerto exterior de Punta Langosteira, y un polígono industrial que ocupa buena
parte de su territorio. Sin embargo, carece de las necesarias dotaciones museísticas que contribuirían a mejorar la promoción cultural en la zona. De ahí la importancia de que el Centro de Interpretación del Castro de Cociñadoiro se efectivice y
sea una realidad, permitiendo la difusión y la divulgación de los restos arqueológicos encontrados.


En atención a los hechos descritos, nos vemos en la obligación de recordar la legislación vigente en esta materia, la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, que recoge la necesidad de garantizar la conservación del Patrimonio
Histórico Español, así como la necesidad de promover el enriquecimiento del mismo y fomentar y tutelar el acceso de todos los ciudadanos a los bienes comprendidos en él.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Aprobar el proyecto de creación del Centro de Interpretación del Castro de Cociñadoiro (Arteixo, A Coruña), comprometido por el Gobierno hace años debido a las obras de construcción del puerto exterior de Punta Langosteira.



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- Ejecutar cuanto antes este Centro de Interpretación a fin de poner en valor y difundir el patrimonio arqueológico de este Castro cuyas estructuras pétreas permanecen abandonadas sin la adecuada protección y custodia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 diciembre de 2016.-Miguel Anxo Elias Fernández Bello y Antonio Gómez-Reino Varela, Diputados.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea.


161/001042


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre el VIII Centenario de los Amantes de Teruel, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Durante el próximo año 2017 tiene previsto celebrarse el VIII Centenario de los Amantes de Teruel, un acontecimiento cultural que supondrá un impacto tanto a nivel local como provincial y regional.


Para dicha celebración, el Comité Organizador del 800 aniversario de los Amantes de Teruel aprobó a finales de noviembre un borrador del programa de actividades, que incluye más de 100 iniciativas a desarrollar durante los próximos meses.


Dentro de esas actividades, solo se conoce el soporte del Gobierno de la Nación a una actividad con ubicación en el Museo del Prado que consistirá en un recorrido especial con folletos y audioguías por una serie de obras expuestas y que
concluirá en el cuadro de 'Los Amantes de Teruel' obra del pintor Muñoz Degraín.


El Ayuntamiento de Teruel ya ha manifestado su voluntad de conferir a esta celebración una voluntad promocional de la ciudad en el escenario nacional e internacional con el fin de generar riqueza cultural, atracción turística y la
consiguiente actividad económica ligada a la misma.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Recoger en los Presupuestos Generales del Estado de 2017 el establecimiento de desgravaciones fiscales para los patrocinadores de los eventos del VIII Centenario de los Amantes de Teruel.


2. Promover la implicación del Ministerio de Educación y Cultura y su apoyo a los actos de celebración del VIII Centenario de los Amantes de Teruel.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Rodrigo Gómez García, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001049


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa
al traslado de la Lex Flavia Malacitana del Museo Arqueológico Nacional al Museo de Málaga, para su debate en la Comisión de Cultura.



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Exposición de motivos


La Lex Flavia Malacitana es un compendio de cinco tablas de bronce en las que hay inscritos los estatutos jurídicos que establecen el paso de la ciudad romana de Malacca (Málaga) de ciudad federada a municipio de pleno derecho en el Imperio
Romano. A partir de la concesión de esta ley municipal, todos sus habitantes adquirieron la condición de ciudadanos romanos de pleno derecho. Antes, esa condición había sido disfrutada de manera individual por algunos miembros de la élite. A
partir de entonces, este derecho se generalizó y toda la población disfrutaba de los privilegios que suponía ser ciudadanos de pleno derecho.


Descubiertas por unos trabajadores malagueños en el Monte de El Ejido, en la capital malagueña, en el año 1851, estaban condenadas a ser vendidas al peso como metal viejo a una familia de broncistas, pero cuando se dispusieron a fundirlas la
noticia de las tablas encontradas llegó a oídos del matrimonio formado por don Jorge Loring Oyarzábal y doña Amalia Heredia Livermore. Este matrimonio adquirió las tablas salvándolas, así, de su destrucción para siempre. Contaron con la ayuda de
don Manuel Rodríguez de Berlanga y Rosado, cuñado de don Jorge Loring, quien estudió, tradujo y divulgó en el ámbito científico el contenido de la Lex Flavia Malacitana. Con esta pieza iniciaron una colección arqueológica que les llevó a poseer su
propio museo, el Museo Loringiano, donde se expusieron estas tablas. Sin embargo, decidieron venderlas al Estado para evitar que se perdiera un hallazgo tan relevante tras su muerte. Por este motivo, las tablas se exponen en el Museo Arqueológico
Nacional, situado en Madrid.


El pasado día 12 de diciembre se inauguró en la ciudad de Málaga el Museo de Málaga, con dos colecciones compuestas por 15.000 piezas arqueológicas, que recoge restos paleolíticos, romanos, fenicios... y una colección pictórica de los
siglos XIX y XX, hasta llegar al arte contemporáneo, de 2.000 obras. El Estado ha invertido 40 millones de euros en la rehabilitación del Palacio, con nueva museografía. La infraestructura cultural cuenta con una superficie de 18.400 metros
cuadrados.


Dado que estamos ante una de las muestras arqueológicas más importantes de la provincia, parece conveniente que sea expuesta en el recién inaugurado museo para el disfrute de todos los malagueños y malagueñas, siempre que la integridad de
las tablas de la Lex Malacitana no se vea amenazada por razones de conservación y/o traslado.


Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Acordar con la Junta de Andalucía fórmulas para la cesión de la pieza conocida como Lex Flavia Malacitana, actualmente en la colección del Museo Arqueológico Nacional, para su exposición en el Museo de Málaga siempre que no suponga deterioro
para la pieza.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Victoria Begoña Tundidor Moreno y José Andrés Torres Mora, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001075


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la candidatura de Sagunto
como Patrimonio Mundial de la UNESCO, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Arse/Saguntum fue una de las ciudades más importantes de la ciudad ibérica de Edeta. En ella se han encontrado vestigios arqueológicos que datan del siglo VI a. C.



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En la actualidad conserva en su paisaje elementos del antiguo urbanismo público en excelentes condiciones: restos de la muralla ibérica, el foro, el teatro romano, el circo, restos del puente romano, la calzada, la Domus dels Peixos, restos
de la configuración urbana, restos de la antigua necrópolis y un muro del templo de Diana.


Una de las singularidades más importantes es el hecho de que se trata de un centro edetano que asume la civilización romana sin perder su identidad. Además, fue la primera ceca o fábrica de monedas que emitió moneda en la península Ibérica.


Y una de las claves que explican su gran relevancia histórica es la relación de la ciudad ibera con el mar a través del puerto ubicado al Grau Vell. Este puerto se convirtió en un emporio (siglos IV a III a. C.) fundamental para las
transacciones comerciales entre los pueblos del Mediterráneo: iberos, fenicios, púnicos, griegos...


La caída de fa ciudad de Arse/Saguntum en el ario 219 a. C, en manos de los cartagineses conducidos por Anibal, fue el inicio de la Segunda Guerra Púnica (218-202 a. C.), lo que supuso la llegada de los escipiones y la militarización de la
Península Ibérica.


Por tanto, con la caída de Sagunto comienza el proceso de romanización de la península Ibérica y también su transformación urbanística, económica y jurídica, sobre todo a partir de la reconstrucción de la ciudad por Escipión en el ario 205
a. C., hasta convertirse en un municipio de derecho romano, un privilegio otorgado por Augusto.


Por todo ello, por su valor universal excepcional y por ser un ejemplo de testimonio representativo de una parte de la historia y de confluencias considerables, el Ayuntamiento de Sagunto ha iniciado el proceso para presentar la candidatura
de Sagunto para ser declarada Patrimonio Mundial de la Humanidad de la UNESCO.


La declaración de bienes como Patrimonio Mundial es un reconocimiento que otorga la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) a los sitios que poseen un valor universal excepcional. Por medio de
esta distinción se califican estos bienes como universales, y su disfrute, protección y cuidado pasa a ser reconocido por todos los pueblos del mundo, independientemente del territorio en el que estén localizados.


Además, el Pleno del Ayuntamiento de Sagunto, en sesión celebrada el 9 de diciembre de 2015 aprobó por unanimidad que Sagunto fuera considerada Capital Valenciana de la Romanización, y las Cortes Valencianas aprobaron por unanimidad, el 10
de febrero de 2016, una declaración institucional para que Sagunto fuera declarada Capital Valenciana de la Romanización.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apoyar y defender en las instancias internacionales oportunas la candidatura de Sagunto como Patrimonio de la Humanidad por el Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO, previo acuerdo del
Consejo de Patrimonio Histórico y su grupo de trabajo y una vez que la candidatura de Sagunto haya sido incluida en la Lista Indicativa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la conmemoración del V
Centenario de la Primera Circunnavegación del Mundo, Magallanes-Elcano, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Fernando de Magallanes y Juan Sebastián Elcano fueron los artífices, al servicio de la corona española, de la magna empresa que supuso hallar un paso al oeste hacia la isla de las Especias. Posteriormente, y



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como consecuencia, se establecieron rutas comerciales que habrían de cambiar la navegación y el comercio mundial.


El rey Carlos I de España aceptó el proyecto y el 22 de marzo de 1518 se firmaron en Valladolid unas capitulaciones para la expedición en las cuales se le otorgaba a Fernando de Magallanes el título de Gobernador y Adelantado de todas las
tierras que descubriese.


Con esta expedición se produce un punto de inflexión en nuestra historia, porque con ella, a partir del siglo XVI, se desecha la creencia de que la tierra fuera plana, como afirmó el mismo Juan Sebastián Elcano 'hemos descubierto y dado la
vuelta a toda la redondez del mundo, que yendo para el occidente hayamos regresado por el oriente'.


La proeza emprendida supuso un cambio en la concepción del mundo y en el conocimiento científico tal como se conocía hasta entonces, con el estudio de nuevas especies animales, vegetales y de las diferentes culturas de los territorios a los
que llegaron.


La expedición partió de Sevilla el 10 de agosto de 1519, y navegando el Guadalquivir llegaron a Sanlúcar de Barrameda de donde zarpó, el 20 de septiembre de 1519, con cinco embarcaciones (Victoria, al mando de Elcano y Santiago, San Antonio
y Trinidad al mando de Magallanes y Concepción) y 237 hombres para realizar el primer viaje de circunnavegación mundial, Y tres años después, un 6 de septiembre de 1522, regresó un solo navío, el Victoria, con 18 supervivientes al puerto de Sanlúcar
de Barrameda.


Una expedición que contó con enormes dificultades, porque con un desconocimiento de la geografía tuvo que superar las diferentes vicisitudes en la travesía: tormentas o cambios drásticos de temperatura, los motines, las venganzas, la
deserción de la nao San Antonio que regresó a Sevilla, la pérdida de la Santiago o la quema de la Concepción, las enfermedades como el escorbuto, el hambre y la sed, o los enfrentamientos con la población indígena que encontraron a su paso.


Y recorriendo la costa de América del Sur, se adentraron en el Pacífico, llegando a las islas Filipinas, donde Magallanes murió a consecuencia de los enfrentamientos.


En conmemoración a esta magnífica hazaña se celebrará el V Centenario de la Primera Circunnavegación del Mundo, que se anuncia como ocasión de encuentros culturales, científicos e internacionales para su estudio y difusión.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apoyar los actos conmemorativos del V centenario de la Primera Circunnavegación del Mundo, Magallanes-Elcano, en colaboración con las administraciones de las Junta de Andalucía, Ayuntamientos
y Diputaciones partícipes, la Universidad española y Reales Academias y cuantas entidades públicas y privadas pudieran estar interesadas, en aras a la difusión de tan extraordinaria expedición, para su estudio y debate por la comunidad científica y
su difusión entre la población y, en particular entre los jóvenes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001080


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara. el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para que las tablas originales de la Lex Flavia se expongan en el Museo
de Bellas Artes de Málaga, para su debate en la Comisión de Cultura.


La Lex Flavia Malacitana, también conocida como Lex Malaca, es un compendio de cinco tablas compuestas por estatutos jurídicos que establecen el paso de la ciudad romana de Malacca (Málaga) de ciudad federada a municipio de pleno derecho en
el imperio romano.


Las tablas fueron halladas en el año 1851 en la zona del Monte de El Ejido, en la ciudad de Málaga, por unos trabajadores de la zona cuya pretensión inicial era la venta de estas piezas al peso como metal



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viejo a la familia Luque, broncistas. El peso de las piezas es de unos 90 kilogramos, pero antes de que las tablas fuesen fundidas, la noticia de su existencia llegó a oídos del matrimonio malagueño formado por doña Amalia Heredia Livermore
y don Jorge Loring Oyarzábial, quienes adquirieron las tablas con el fin de iniciar así una colección arqueológica.


Durante años, estas tablas fueron expuestas en el Museo Loringiano de la finca de la Concepción (Málaga), pero los Loring decidieron vender su colección de bronces jurídicos al Estado para evitar así que este valioso hallazgo se dispersara
tras su muerte. De esta forma, pasaron a formar parte de los fondos del Museo Arqueológico Nacional (Madrid). Actualmente, el Ayuntamiento de Málaga posee una copia de las tablas que expone en su Salón de Plenos.


La apertura del Museo de Bellas Artes de Málaga, con la inclusión de un área de Arqueología, es un motivo suficiente para que una de las piezas arqueológicas más importantes de la provincia vuelva a Málaga.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas necesarias para que las tablas originales de la Lex Flavia vuelvan a Málaga para ser expuestas en el Museo de Bellas Artes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de diciembre de 2016.-Eva García Sempere y Alberto Montero Soler, Diputados.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001083


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Manes, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la Proposición no de Ley para instar al
Gobierno a recuperar la exigencia de las clasificaciones K7 y N5 a las empresas contratistas de servicios dedicadas a la restauración de bienes inmuebles y muebles respectivamente, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


La defensa, la conservación, la restauración, la reutilización y la difusión del patrimonio cultural son diversas manifestaciones de uno de los postulados fundamentales que definen y caracterizan una sociedad avanzada y moderna, preocupada
por el bienestar futuro de sus ciudadanos pero respetuosa con el mantenimiento de las manifestaciones culturales de sus antepasados.


El constituyente español, dando muestras de una especial sensibilidad hacia el tema, proclamó solemnemente en el artículo 46 de nuestra Constitución la necesidad de conservar, enriquecer y proteger el patrimonio histórico, cultural y
artístico de los pueblos de España. Este principio constitucional informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, sin descontar la participación de todos los ciudadanos en la consecución práctica de
esos objetivos.


La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, establece en sus artículos 36 y 39 el principio esencial de proteger los bienes culturales a través de su conservación, consolidación, rehabilitación, restauración,
mantenimiento y custodia, Para garantizar la consecución de ese objetivo se establecen un conjunto de medidas, entre las que destacan el establecimiento de unos mínimos criterios de carácter técnico que habrán de respetarse en cualquier obra o
intervención que tenga como destinatarios a bienes culturales.


Esta preocupación ha tenido su continuidad en la normativa autonómica dictada en materia de patrimonio histórico, en donde se encuentran referencias, más o menos amplias, a la necesidad de garantizar el deber legal de conservación de los
bienes culturales. El marco previsto en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas responde a un esquema similar, aunque de desigual contenido y redacción en sus preceptos, que puede sintetizarse en dos ideas:



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a) Por una parte, se incluyen una serie de criterios generales de intervención, de obligado cumplimiento, aplicables a la conservación, restauración, consolidación y rehabilitación de bienes culturales de naturaleza inmobiliaria.


b) Por otra parte, se enumeran una serie de directrices condicionantes y de limitaciones en las intervenciones a realizar sobre determinadas categorías de bienes culturales, en concreto, monumentos y conjuntos históricos.


Con lo anteriormente expuesto es incuestionable que cualquier intervención que se realice sobre el patrimonio cultural requiere de profesionales altamente cualificados que garanticen una correcta conservación y restauración, acorde con los
criterios internacionales.


Desde comienzos de la crisis económica, las empresas y profesionales del sector de la conservación y restauración de bienes culturales han visto como descendían de manera desorbitante los presupuestos dedicados a la protección del patrimonio
cultural, con la inevitable consecuencia en pérdidas de empleo y cierre de empresas. En relación con esto, conviene señalar también que como parte de las obras se hallan en sitios alejados de núcleos urbanos, se fomenta la contratación de mano de
obra local, evitando una deslocalización del personal y facilitando el desarrollo económico y social del lugar. Al ejecutar una intervención en un entorno rural, se crean opciones para la viabilidad económica de la zona ya que se abren
posibilidades ciertas en torno a potenciar el turismo cultural de la comarca, ofreciendo así, un desarrollo económico en un territorio en el que a lo mejor se hubiera abandonado cualquier atisbo de oportunidad de inversión.


De todo lo anterior se deducen las grandes posibilidades que ofrece el sector de la restauración y rehabilitación de bienes patrimoniales. A aspectos como el crecimiento exponencial de los porcentajes de empleo, la no deslocalización del
mismo y las posibilidades de desarrollo económico de la zona una vez finalizada la restauración, se ha de sumar el montante económico que a la Administración Pública le revierte, vía impositiva, de todo el dinero invertido en una licitación pública
para la ejecución de una intervención en un elemento patrimonial.


No cabe duda que la crisis económica ha afectado a todos los sectores y las pérdidas de puestos de trabajo han sido un goteo constante durante todos estos últimos años, pero aquí estamos hablando de un sector estratégico para España, ya que
el turismo cultural (ligado a la visita de nacionales y extranjeros a nuestra riqueza patrimonial histórico-artística) tiene un importante peso en el PIB de la nación.


Es cierto que la contextualización de crisis económica vivida ha hecho inevitable que muchas actividades profesionales se hayan visto inmersas en un profundo reto de cambios, descenso de sus resultados productivos y recortes. Pero no por
ello los poderes públicos deben abandonarlos a su suerte, sino antes al contrario, se debe procurar desde las instituciones su protección y fomento.


La actual Ley de Emprendedores 14/2013 eleva a cantidades superiores a 500.000 € la exigencia de estar en posesión de una calificación especializada (clasificación K7 para intervenciones sobre bienes inmuebles de patrimonio histórico). Es
decir, por importes inferiores cualquier empresa puede obtener una obra de restauración sin necesidad de estar especializada, con el riesgo que ello conlleva para nuestro patrimonio, además de suponer un daño considerable para este sector, ya que
estas empresas no cualificadas presentan presupuestos muy a la baja, aspecto este que se prima por encima del técnico.


Valorar la cualificación técnica al mismo nivel que la oferta económica en obras que, por su especialización, requieren de técnicas y métodos de trabajo diferentes a tos de una obra común, supone un riesgo para nuestro patrimonio cultural
por lo que desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública tienen que ser conscientes que la adopción del criterio de preponderar la oferta económica más barata no significa que sea la mejor para ejecutar una obra de características tan especiales
como las intervenciones sobre patrimonio cultural.


Por otro lado, es inaudito que en la última modificación del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto) se haya procedido a eliminar la exigencia de la clasificación N5
para acometer intervenciones restauradoras sobre bienes muebles de patrimonio.


No exigir estas habilitaciones profesionales o exigirlas en función del montante económico de la obra y no por las singularidades técnicas que presenta el elemento sobre el que se interviene, puede suponer un gran peligro para el patrimonio
cultural y su conservación, al situar al elemento patrimonial en manos de personal carente de la pericia técnica para evitar su menoscabo o deterioro y haciendo que, a la



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Administración a quien competa la protección del mismo, no le quede garantía cierta de eficacia y eficiencia de la intervención realizada.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a exigir la clasificación K7 de empresas contratistas de obras de restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos, dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, en cualquier
intervención que se realice sobre el patrimonio cultural independientemente del importe de la misma y a recuperar la antigua clasificación N5 (servicios cualificados) de las empresas contratistas de servicios dedicadas a la restauración de obras de
arte (bienes muebles).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001084


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la Proposición no de Ley sobre la
regularización de las encomiendas de gestión y su intervención en obras de Patrimonio Histórico, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


En un contexto de crisis económica cuyos efectos han supuesto un gran impacto en la mayoría de los servicios públicos del país, la administración en general, tanto General del Estado, como autonómica, en pro de reducir sus costes y de
agilizar sus procedimientos, ha ensayado nuevas fórmulas de gestión que le permitieran obtener mayores rendimientos con iguales o menores recursos. Es así como se han generalizado fórmulas como la encomienda de gestión.


La encomienda de gestión es un instrumento jurídico en virtud del cual un organismo o ente público encarga a otra entidad, también de la Administración, la realización de una determinada actividad o prestación, sin cesión de titularidad de
la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Se trata de una forma de colaboración, de perfiles difusos, que se encuentra a caballo entre la actuación directa por parte de la Administración y la contratación externa. Esta figura
jurídica, similar a las 'in house providing' del Derecho comparado, se prevé normativamente con carácter excepcional y para situaciones en las cuales la Administración careciera de medios técnicos idóneos para afrontar la prestación directa de
servicios; en tales supuestos, se preveía que la Administración encargase a otro ente público, dependiente de aquella, la provisión de tales bienes o servicios. Este es el sentido en el que lo recoge el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Sin embargo, el uso y abuso de esta figura administrativa de gestión ha desembocado en una práctica casi cotidiana en la que la Administración, en vez de someterse a tos principios de contratación pública que la normativa española y
comunitaria establecen cuando los servicios no se prestan de manera directa, ha desarrollado su actividad bajo un nivel de control y de garantías mucho menor al exigido por dicha normativa, con la consiguiente sustracción de los procedimientos de
licitación pública recogidos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en las Directivas comunitarias que regulan la materia.


El actual vacío regulatorio de tales fórmulas que son usadas por la Administración sin una adecuada planificación en virtud de criterios preestablecidos y bajo principios que deben informar la función pública, sino con arreglo a decisiones
puntuales de cada órgano gestor que responden a criterios de oportunidad, terminan en una absoluta falta de control de las mismas, sin parámetro de objetividad alguno, que solo sirven para paliar carencias materiales o de personal de carácter
estructural, y cercenando la libre



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competencia del mercado en general y del sector de la restauración y rehabilitación de bienes de patrimonio histórico en particular.


Es por ello que, ante tal situación, se hace necesario implantar mecanismos de seguimiento y control de las encomiendas de gestión, con el objetivo de evitar una inadecuada utilización de las citadas fórmulas para finalidades que no eran las
inicialmente previstas y que, por ende, de no controlarse, pueden acabar afectando, como de hecho ya está ocurriendo, de forma negativa al sector de la restauración y rehabilitación de bienes de patrimonio histórico. En esa misma línea es preciso
que se refuerce el marco de contratación pública que contiene nuestra legislación vigente que, a su vez, se encuentra sometida a la normativa y a los principios establecidos por la normativa comunitaria tales como la igualdad de trato y no
discriminación, transparencia de los procedimientos, proporcionalidad y mutuo reconocimiento, así como los principios de defensa de competencia que obligan a la publicidad de aquellos contratos para los que resulte de aplicación. Para ello, es
necesario evitar el uso de las encomiendas de gestión como una fórmula habitual, dado que esas figuras jurídicas quedan fuera del ámbito de aplicación de la normativa nacional y europea, y por consiguiente, de los principios referenciados.


Si bien ya es bastante grave que la actual crisis económica haya postergado a un segundo plano la Cultura en la dotación presupuestaria de los gobiernos, tanto central como autonómicos, reduciendo el volumen de licitación en obra pública de
Patrimonio, esa gravedad se acentúa cuando la que hay no se licita sino que se ejecuta vía encomiendas de gestión a través de instrumentos propios de la Administración que, al no tener la pericia profesional y técnica de las empresas del sector,
terminan recurriendo a estas en régimen de subcontratación alterando el sentido lógico del recurso a la encomienda de gestión, el régimen de una competencia leal, la eficacia y eficiencia de la intervención y, en último término, colocando al
elemento patrimonial sobre el que se interviene en riesgo cierto de menoscabo o deterioro.


Con el objetivo de contribuir a mejorar la calidad de las decisiones públicas y a incentivar una sana competencia entre las empresas que trabajan con la administración, resulta imperativo reducir el impacto negativo de las encomiendas de
gestión que realizan las Administraciones Públicas y reforzar el cumplimiento de los principios de objetividad, publicidad, transparencia, estabilidad presupuestaria, control del gasto y eficiente utilización de los fondos que deben regir el
aprovisionamiento público, contribuyendo a mejorar la competitividad de la economía española y los objetivos generales de crecimiento y empleo de nuestra sociedad. Resulta evidente la necesidad de legislar al respecto, promulgando una norma que
recoja los aspectos mínimos, siendo tales, los requisitos y aspectos determinantes de esta figura, su régimen económico, criterios homogéneos para establecer las tarifas, procedimientos para su tramitación y su adecuado seguimiento


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias para utilizar el instrumento jurídico de las encomiendas de gestión de manera excepcional y solo con aquellos destinatarios o medios propios de la
Administración que puedan realizar la totalidad, o al menos una parte sustancial, de los encargos, que dispongan de la cualificación técnica exigida para las empresas del sector por la legislación contractual, que se permita a las empresas que lo
deseen presentar proposiciones técnicas y económicas a los encargos y que la decisión de la Administración sea motivada y pública.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001087


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Europeo Catalá, don Francesc Homs i Molist, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en
la Comisión de Cultura, una Proposición no de Ley sobre la puesta en marcha inmediata de las medidas necesarias para impulsar la construcción de la Biblioteca Central de Barcelona.



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Antecedentes


Uno de los grandes temas pendientes, desde hace décadas, del Estado con la ciudad de Barcelona en materia de Cultura, es la construcción de la Biblioteca Central de Barcelona. Desde 2012, el Ministerio no ha previsto ninguna partida
presupuestaria para un proyecto que en los Presupuestos Generales del Estado para 2009 se estableció con un coste total de 41 millones de euros. En 2012 se presupuestaron 600.000 euros para que en 2013 se acondicionara el solar entre la estación de
Francia y el passeig de Circumval·lació, un espacio actualmente invadido por la vegetación, en el que debe derribarse un edificio en desuso y levantarse el edificio de la Biblioteca. Pero ninguna de las actuaciones se ha llevado a cabo hasta el
momento y desde entonces, no ha habido ni actuación ni partida presupuestaria alguna con este objetivo.


Además de la cuestión económica, está la voluntad política que no parece muy firme. La comisión de seguimiento del proyecto de la Biblioteca -en la que participan las tres administraciones involucradas en el proyecto: el Ministerio de
Cultura, el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya- no se ha reunido desde septiembre de 2011, y eso pese a que el anterior Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Barcelona, reclamó reiteradamente un encuentro, verbalmente y por
carta, al Secretario de Estado de Cultura para tratar la cuestión.


En diciembre de 2014, con motivo de una reunión en el Arxiu de la Corona d'Aragó, los representantes del Ministerio de Cultura expresaron el interés y la voluntad del Estado de llevar a término la construcción de dicha Biblioteca en
Barcelona, aunque informaron también, de la imposibilidad de iniciar las obras de manera inmediata porque no había dotación presupuestaria para el año 2015.


Si bien es cierto que Barcelona tiene una amplia red de bibliotecas, no cabe tampoco la menor duda de que le hace falta una gran biblioteca central porque precisamente es esa la que debe coordinar toda la red. Este es el modelo que se está
implantando en otras ciudades europeas como Ámsterdam, Helsinki o más recientemente, en Birmingham. Y es el modelo que precisa una ciudad como Barcelona. Por ese motivo es fundamental iniciar cuanto antes el diálogo para desencallar y poner en
marcha un proyecto que ya lleva demasiados años de retraso.


No es la primera vez que esta cuestión se debate en las Cortes Generales. El 28 de abril de 2015, por ejemplo, se aprobó en la Comisión de Cultura una Proposición no de Ley por la que se instaba al Gobierno a continuar el proceso de diálogo
con el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya, a fin de que, en el período más breve posible, se ejecutara el proyecto de Biblioteca Central de Barcelona, dentro del marco de la disponibilidad presupuestaria. Considerando que el
marco de disponibilidad presupuestaria ha cambiado y que en todo caso sin duda, la construcción de la Biblioteca Central de Barcelona no puede prorrogarse indefinidamente, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Europeu Catala, presentan la
siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Recuperar la actividad de la Comisión de seguimiento para la construcción de la Biblioteca Pública del Estado en Barcelona, conjuntamente con la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Barcelona, con el fin de establecer un
calendario de ejecución de dicho proyecto, sin alterar la previsión de estándares utilizada para la redacción del proyecto original aprobado por el Ministerio.


2. Abordar la modificación presupuestaria pertinente para poder licitar de forma inmediata la totalidad de la construcción de la Biblioteca Central Urbana de Barcelona y garantizar la dotación necesaria, en los próximos presupuestos, para
iniciar su ejecución.


3. Garantizar la completa ejecución de la Construcción de la Biblioteca Pública del Estado en Barcelona mediante la previsión de las partidas presupuestarias plurianuales pertinentes, en los futuros Presupuestos Generales del Estado, al
margen de los posibles cambios de Gobierno que pudieren producirse en el futuro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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Comisión de Igualdad


161/001036


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa, para al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para la
elaboración, en el marco del informe de impacto de genero de los Presupuestos Generales del Estado, de fichas de seguimiento que identifiquen de forma transparente y ordenada las partidas presupuestarias destinadas por cada ministerio a políticas de
igualdad, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


Los objetivos generales de los presupuestos destinados a dar respaldo a las políticas de igualdad están enfocados a llevar a cabo políticas públicas que propicien la igualdad de trato y oportunidades, con especial incidencia en las acciones
necesarias para conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, cumpliendo de esta manera con los mandatos contenidos en la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres.


También la erradicación de la violencia de género en cuanto la manifestaciones más brutales de las desigualdades existentes entre hombres y mujeres ha encontrado acomodo en el marco de las actuaciones a que obliga la Ley Orgánica 1/2004, de
28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Acometemos nuevos retos que, desde los compromisos adquiridos en el Convenio de Estambul, nos obliga a intensificar la lucha contra la trata, pero también a
implementar nuevas políticas de juventud, en el entendimiento de que es obligación de los poderes públicos establecer los mecanismos necesarios para que la juventud acceda al mercado de trabajo, a la educación, a la cultura y, en definitiva, a una
participación en la sociedad en condiciones de igualdad.


La naturaleza transversal de las políticas de igualdad obliga a que los presupuestos y la estructura político-administrativa encargada de ejecutarla sea más trasparente a la hora de relacionar las acciones y presupuestos destinados por el
Estado a estas políticas. La transversalidad implica obligaciones que impone nuestro marco jurídico a la práctica totalidad de los sectores. Existen por tanto objetivos que en materia presupuestaria implican fondos y partidas procedentes de un
buen número de programas contenidos en otras secciones presupuestarias no específicas de los programas dirigidos a la 'igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (232B) a la 'prevención integral de la violencia de género (232C.)


Es de especial transcendencia identificar los distintos programas presupuestarios que configuran las políticas de igualdad y la prevención de la violencia de género, y señalar de forma trasparente y ordenada, a través por ejemplo de fichas
especificas en cada Ministerio, las distintas partidas presupuestarias que coadyuvan a dar cumplimiento a esas finalidades, así como los distintos planes y estrategias que se dotan económicamente, con independencia de cuál sea la sección
presupuestaria de la que formen parte.


Dado que el presupuesto público es el instrumento básico que refleja las prioridades de la política económica, es esencial su análisis desde la perspectiva de género para permite evaluar el grado de integración efectiva de los objetivos de
igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las políticas públicas. Sin un desglose detallado de la planificación presupuestaria en materia de igualdad resulta imposible identificar las acciones positivas y el nivel de compromiso público en
la lucha contra todas las formas de discriminación por razón de género.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el Informe de impacto de Género del próximo Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, identifique las distintas partidas presupuestarias relacionadas con las
políticas de igualdad, y señale de forma trasparente y ordenada, a través por ejemplo de fichas específicas de cada Ministerio o instrumento que permita realizar dicha función, las partidas presupuestarias que estos comprometen para dar respuesta a
los diferentes



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planes, estrategias y objetivos de las políticas públicas en materia de prevención de la violencia contra las mujeres e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001037


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley relativa a adoptar las medidas necesarias para que la atención y asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en el ejercicio de la patria potestad cuando exista sentencia firme, o hubiera una
causa penal en curso, por malos tratos o abusos sexuales, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género establece, en su exposición de motivos, que las situaciones de violencia sobre la mujer afectan también a los menores que se
encuentran en su entorno familiar, víctimas directas o indirectas de esta violencia.


La Ley consigna también su protección no solo para la tutela de los derechos de los menores, sino para garantizar de forma efectiva las medidas de protección adoptadas respecto de la mujer.


La exposición a esta violencia tiene un impacto negativo evidente en la vida, bienestar y desarrollo de los menores ya que vivir en una familia donde la madre es maltratada significa la exposición a situaciones de opresión y control y a un
modelo de relación basado en el abuso de poder y la desigualdad.


Desde la década de los 80 se ha ido construyendo una Red de Servicios especializados en la atención, información y acogida dirigida a mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de las relaciones de pareja, que tuvo un desarrollo más
amplio tras la aprobación de la Ley de 1/2004 al reconocer derechos específicos y estipular las prestaciones básicas de dichos servicios de atención que trabajan desde entonces en la mejora continua de los servicios y protocolos.


El artículo 19.5 de la Ley Orgánica 1/2004 dice:


'Tendrán derecho a la asistencia social integral a través de estos servicios sociales los menores que se encuentren bajo la patria potestad o guarda y custodia de la persona agredida...'.


Es decir, que los menores hijos de las víctimas tendrán derecho a intervenciones terapéuticas desde el ámbito de la psicológica.


Partiendo de la normativa aplicable, la intervención psicológica con menores expuestos a violencia de género está condicionada por el ejercicio de la patria potestad.


El ejercicio conjunto de la patria potestad implica la participación de ambos progenitores en cuantas decisiones relevantes afecten a sus hijos e hijas, especialmente, en el ámbito educativo, sanitario, religioso y social.


Los profesionales de la psicología se encuentran con que esta intervención psicológica forma parte de las decisiones que el padre y la madre deben tomar conjuntamente, por ser aquellas de carácter relevante, y que exceden del marco de
problemas puntuales y ordinarios a tomar por el guardador.


Es importante reseñar que la cuestión se centra en el marco del ejercicio de la patria potestad y no en el de la guarda y custodia.


Este aspecto implica disfunciones graves en las intervenciones psicológicas destinadas a prevenir la transmisión generacional de la violencia y fomentar las relaciones de buen trato, para avanzar en la erradicación de la violencia de género.
En los últimos años se vienen detectando denuncias a profesionales y centros destinados a la reparación del daño a las víctimas por parte de victimarios que utilizan este derecho reconocido por las leyes para obstaculizar los procesos de
recuperación u hostigar a quienes prestan apoyo a las víctimas.



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Esto es posible porque aunque las mujeres víctimas de violencia están perfectamente legitimada para solicitar la atención psicológica de los menores, independientemente de que ostente la guarda y custodia en solitario o compartida o de que
esta no esté regulada judicialmente, se presentan paradojas dado que el padre violento al que no le haya sido suspendida por resolución judicial la patria potestad de los hijos y/o hijas tiene no solo derecho a conocer la existencia de la
intervención psicológica sino a impugnarla.


Parece contradictorio con la filosofía de la Ley y las políticas públicas destinadas a proteger a los menores, que quienes ejercen violencia sobre ellos puedan mostrar su disconformidad y oposición a que sean atendidos profesionalmente. De
hecho, son ya frecuentes los casos en el que victimarios están acudiendo a demandar judicialmente a profesionales y victimas acogiendo a los derechos que le confiere el artículo 156 del Código Civil.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para que la asistencia psicológica quede fuera del catálogo de actos que requieren una decisión común en el ejercicio de la patria potestad cuando exista
sentencia firme, o hubiera una causa penal en curso, por malos tratos o abusos sexuales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001073


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para instar al Gobierno a dotar de un chaleco femenino a cada una de las Guardias Civiles y Policía Nacional adecuados a sus características antropométricas, y que esto se haga extensivo al personal masculino, para su debate en la Comisión de
Igualdad.


Exposición de motivos


En los últimos meses el Grupo Parlamentario Socialista está observando con preocupación cómo a diferentes miembros femeninos de la Guardia Civil se les está procediendo a aplicar el Código Penal Militar, o se están viendo inmersas en
procedimientos disciplinarios por negarse de una u otra forma a utilizar chalecos antibalas no adecuados a sus condiciones antropomórficas. La mera manifestación de no querer usarlos o el hecho en sí de contravenir las órdenes dadas por las que se
las obligaba bajo pena de incumplimiento de órdenes a la utilización de los mal llamados chalecos UNISEX, ha dado lugar a que algunas de ellas se encuentren en la actualidad sometidas a procedimientos judiciales por las que se enfrentan a penas de
prisión de 6 meses a 6 años.


La seguridad personal de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es fundamental para el desarrollo de sus cometidos y su actividad profesional, es por ello que se encuentran sometidos a planes de prevención y riesgos
laborales, sin embargo hemos podido observar que los mismos carecen en su redacción del principio de igualdad de trato y oportunidades, dejando una vez más malparadas a las mujeres,


Tal es la discriminación que sufren en este caso las mujeres, que en las comandancias, de haber chalecos, los hay en número de uno o dos, eso sí, a compartir por las Guardias, sin importar el tamaño o las formas antropométricas de la mujer.
Ante la falta de chalecos femeninos los mandos, hombres, insisten en ordenar a sus subordinadas que tienen que hacer uso del chaleco estándar obviando con ello los riesgos que el cumplimiento de dichas ordenes supone. Ahora bien, si las mujeres
guardias se niegan o contradicen dichas órdenes se ven sometidas a procedimientos disciplinarios y/ o penales, poco importan sus derechos como profesionales femeninas.


Para hacerse una idea debe entenderse, según nos manifiestan miembros femeninos de ambos cuerpos, que la utilización de un chaleco demasiado grande impide el movimiento adecuado de la Guardia Civil o Policía, correr supone un suplicio por el
roce del mismo en caderas, cuello, axilas, sin mencionar la



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dificultad para acceder al arma, las esposas u otros elementos necesarios. Si por el contrario el chaleco es pequeño, esto supone la asfixia de sus usuarias, dolores en las mamas por compresión excesiva pudiendo llegar a provocar hematomas,
rojeces o patologías más graves, zonas del abdomen y lumbares descubiertas y desprotegidas, sin olvidar que obviamente en ningún caso el chaleco se adapta al contorno de los senos dejando zonas intermedias entre los mismos huecas, lo cual supone una
disminución de la protección del chaleco en una zona de alta probabilidad de impacto, etc.


En un escrito de 5 de marzo de 2015 con número de salida 37063, el Servicio de Armamento y Equipamiento Policial (SAEP), dependiente de la Dirección General de la Guardia Civil emitió un informe del 'estudio balístico y evaluación del
comportamiento de los chalecos antibalas para su empleo por personal femenino', el cual en base a los resultados y análisis realizados estableció entre otros puntos destacables los siguientes:


1. El chaleco deberá tener un comportamiento técnico óptimo usuario/medio y por ello, deberá estar apoyado de forma continua sobre la superficie del tórax para poder absorber al máximo la energía de perforación y deformación producida por
el proyectil.


2. Si el chaleco no apoya en la superficie del tórax, el chaleco no tiene un comportamiento óptimo y por tanto la probabilidad de penetración frente a condiciones normales aumenta.


Tras la lectura de los dos puntos anteriores a nadie se le escapa que el perfil morfológico propio de la mujer es muy diferente al del hombre, en especial en la zona frontal del tórax y senos, y en la zona de las caderas. Por tanto la
utilización de un chaleco con perfil Masculino (al que han venido mal llamando a conveniencia UNISEX) supone una protección menor para el personal femenino que para el personal masculino, y en algunos casos supone más peligro que una ventaja ante la
dificultad de la Guardia Civil y/o Policía para la realización de su trabajo.


Si ahondamos más en las características antropométricas propias del cuerpo femenino cabe igualmente señalar, que mujeres de dimensiones y tamaño similares pueden tener tallas de pecho muy diferentes, por lo que la utilización compartida del
chaleco antibalas femenino podría ser tan ineficaz como la utilización de uno masculino, es por ello que se hace necesaria la individualización de la prenda.


Tampoco se nos escapa lo absurdo de los puntos tres y cuatro del mismo informe, una oda al sol para satisfacer las demandas del Mando, no hay chalecos para todos y todas, luego demos una salida para cubrir o respaldar la orden de que todos
los Guardias Civiles y todas las Guardias Civiles deben llevar el que se ordene, es decir sacrificamos la salud de las mujeres, sacrificamos el derecho de las mujeres a realizar con igual comodidad, seguridad y protección su trabajo que sus
compañeros masculinos, sacrificamos la igualdad, así por tanto no se explica que tras las aseveraciones de los puntos uno y dos del informe el mismo se descuelgue con lindezas tales:


3. Con carácter General, el personal tanto masculino como femenino, cuyas características antropométricas permitan de forma correcta la colocación del chaleco sobre la parte frontal del tórax (contacto permanente chaleco/tórax), deberá usar
el chaleco antibalas de dotación Standard.


4. El personal femenino cuyas características antropométricas NO permitan la colocación correcta del chaleco sobre la parte frontal del tórax, deberá utilizar el chaleco antibalas adecuado, si bien el chaleco de dotación standard, puede
suplir a aquel frente a la carencia del mismo.


Obviamente el informe está firmado por un hombre con desconocimiento de la realidad femenina, tanto es así que en palabras de una vocal del Consejo de la Guardia Civil llego a citar: 'En respuesta emitida por el (Consejo) se deja entrever
que el chaleco estándar sería suficiente para hombres y mujeres y que en todo caso es una cuestión de servicio de responsabilidad de cadena de mando. Esto nos parece del todo de una irresponsabilidad supina...'. A dicha vocal se le olvido añadir:
de un machismo y sexismo recalcitrante y arcaico.


Determinar que un chaleco standard, UNISEX, que finalmente es masculino puede suplir la ausencia de los femeninos, a la par que no se hacen esfuerzos para la adquisición de chalecos individualizados femeninos, se prohíbe mediante órdenes
escritas y verbales la utilización de chalecos comprados por las propias Guardias Civiles para garantizar su autoprotección y seguridad, se les ordena para más inri que deben usar Chalecos Standard, y finalmente se les persigue y abre procedimientos
disciplinarios y/o judiciales ignorando que el uso de esos chalecos van contra su propia salud e integridad física, resulta todo ello de un trato sexista contrario a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.



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En el caso especifico de la Policía Nacional, decir que son escasas las unidades que disponen de chaleco individualizado, siendo la práctica habitual la incorporación de dos chalecos en cada vehículo, con independencia del tamaño y
morfología de los integrantes de la dotación.


En el caso de las policías, no ha sido entregado ningún chaleco exclusivamente femenino, habiéndose adoptado por parte de la DGP, la decisión de adaptar el modelo masculino a la anatomía de las mujeres, acomodándolo a su cuerpo con cintas
ajustables.


El problema de esta adaptación no radica exclusivamente en la forma del pecho, sino también en el talle, que por el especial diseño del pantalón de uniformidad femenina, el chaleco se superpone impidiendo el acceso al arma y otros elementos
de dotación reglamentaria, a la par que la falta de un ajuste adecuado provoca heridas, hematomas, rozaduras...


En el caso de permanecer en una posición sedente, el chaleco se eleva excesivamente impidiendo el movimiento del cuello y la cabeza.


En el caso de que la policía tenga que usar un chaleco de una talla menor para paliar estos inconvenientes, se producirían las consecuencias que ya se han detallado con anterioridad en el presente escrito.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La dotación, desde el presente año 2016, a todo el personal femenino de la Guardia Civil y la Policía Nacional en formación (Academias) de un chaleco antibalas como elemento del equipo personal individual. Estos chalecos deberán
adaptarse a las características antropométricas de cada mujer. Dicha dotación se hará extensiva en igual forma al personal masculino. De tal manera que cada agente o policía tenga de dotación un chaleco antibalas individual adecuado a su talla,
forma y características morfológicas.


2. Dotar de forma inmediata e individual, de chalecos antibalas, a todos los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado destinados o que presten labores de seguridad ciudadana, o cualquier otra función operativa que su
ausencia ponga en riesgo su salud o su seguridad.


3. Así mismo se insta al Gobierno a que en un plazo máximo de cuatro años incluya como un elemento obligatorio y parte de la dotación reglamentaria de uniformidad y armamento los chalecos antibalas y en consecuencia deberán ser asignados
personalmente, con independencia de las funciones que se desempeñen y el destino que se ocupe.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2016.-Ángeles Álvarez Álvarez, Zaida Cantera de Castro, Pilar Cancela Rodríguez, Carmen Rocío Cuello Pérez, María Aurora Flórez Rodríguez, María Dolores Galovart Carrera, Lidia
Guinart Moreno, Juan Jiménez Tortosa y Micaela Navarro Garzón, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/001045


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la diputada Alexandra Fernández Gómez, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial, relativa a los problemas de seguridad vial en la N-VI a su paso por los Ayuntamientos de Bergondo y Oleiros (A Coruña).


Exposición de motivos


La N-VI conocida como la carretera de A Coruña, discurre entre Madrid y A Coruña. En su trayecto por Galicia, presenta diversos problemas de seguridad vial tanto a su paso por Lugo como en su discurrir por



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la provincia de A Coruña. En este caso, abordaremos los problemas de seguridad vial a su paso por los ayuntamientos de Oleiros y de Bergondo (A Coruña).


En varios puntos de su recorrido existen puntos negros que llevan años siendo objeto de reivindicaciones de mejoras por parte de sus vecinos y vecinas sin que Fomento haya emprendido las mejoras necesarias. La N-VI que tiene un elevado
tránsito de tráfico, cuenta con numerosos tramos urbanos como en los municipios citados, lo que constituye un elemento de riesgo, sobre todo para los peatones.


A continuación describiremos los problemas existentes en los puntos más peligrosos y conflictivos de los ayuntamientos de Oleiros y de Bergondo, y donde se concentran un mayor número de accidentes.


En el municipio de Bergondo hay que referirse a los problemas que se concentran en las parroquias de Cortiñán, y de Guísamo.


En Cortiñán sería pertinente repintar la vía para otorgarle mayor seguridad. Existe un inútil carril central que genera mucha confusión y despista a los conductores. Es un punto en el que se han registrado múltiples accidentes mortales y
atropellos.


Además en esta zona los pasos de peatones resultan peligrosos e insuficientemente señalizados por la ausencia de semáforos que darían mayores garantías. Según los anuncios realizados, estaba en las previsiones de Fomento llevar a cabo
actuaciones de mejora pero no existen previsiones concretas ni horizontes temporales.


Precisamente en el pasado mes de enero fallecía un hombre a consecuencia de un atropello en la N-VI a su paso por Cortiñán, a la altura del polígono de Piadela.


En cuanto a la parroquia de Guísamo (también en el municipio de Bergondo), la situación resulta similar. Se observa una señalización muy deficiente y nada adaptada a los estándares de seguridad que necesitan los peatones debido a la
visibilidad de los pasos de peatones, donde suelen producirse numerosos choques de coches y atropellos graves. Zonas donde existe una necesidad flagrante de mejora de la señalización, razón por la que los vecinos han decidido adoptar el mecanismo
de la protesta como último recurso. Todos los miércoles a mediodía se concentran para reivindicar soluciones urgentes a esta situación de inseguridad vial.


De hecho, a finales de noviembre de este año 2016, los vecinos de Guísamo decidían manifestarse a la altura del último atropello para visibilizar la falta de seguridad vial en la zona. Los residentes en esta localidad de Bergondo reclaman
mejoras que van desde el repintado de la carretera a la instalación de más semáforo y mejoras de la iluminación para que los peatones sean más visibles para los conductores que pasan por la N-VI.


A mediados del mes de noviembre, dos jóvenes resultaban heridos, uno de ellos de gravedad, debido a un doble atropello en esta zona. Ambos cruzaban por uno de los pasos de peatones cuando fueron arrollados por una furgoneta primero y
después por un segundo vehículo.


Otro de los puntos de la parroquia de Guísamo en el que se registran problemas es en la intersección entre la N-VI y la AC-164. Lugar en el que se han producido diversos accidentes en los últimos años, algunos de ellos con carácter muy
grave. El Ministerio de Fomento ha proyectado la construcción de una rotonda en este punto pero se desconoce el estado de tramitación del mismo.


A finales de 2015, el ayuntamiento y el Ministerio acordaban solventar la peligrosidad de este cruce transformándola en una glorieta. Incluso Fomento adjudicó a la empresa Enurcoin la redacción del proyecto, sin embargo, nada más se ha
sabido al respecto.


El paso de la N-VI por esta área tiene la entidad de una travesía urbana, otra de las demandas históricas de los habitantes de la zona que soportan un intensísimos tráfico con las consiguientes repercusiones tanto para la seguridad vial como
para la habitabilidad.


Otro de los ayuntamientos afectados por la N-VI es el municipio de Oleiros, en concreto en Perilla en el cruce conocido como 'Sol y Mar' y en el lugar de O Seixo. También aquí los vecinos y las vecinas se han visto obligados a recurrir a la
movilización ante la enorme demora del Ministerio para reformar el cruce, un proyecto contemplado en 2007 pero del que nada más se sabe. El proyecto incluye la instalación de dos pasarelas peatonales en O Seixo y la construcción de una rotonda y un
túnel en el cruce citado.


Al igual que en los anteriores casos, los habitantes de este municipio han optado por la protesta mensual como fórmula de presión para que el Ministerio emprenda por fin las obras de mejora comprometidas desde hace más de diez años.


La entrada de la N-VI en A Coruña por el puente de A Pasaxe es otro punto conflictivo que acumula enormes retenciones y atascos. Constituye una de las principales vías de entrada a la ciudad coruñesa, claramente insuficiente y necesitada de
una ampliación para absorber el intenso tráfico que se registra.



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La peligrosidad de la N-VI a su paso por municipios densamente poblados de A Coruña es una conclusión unánime de todos los regidores de esta comarca del área metropolitana de A Coruña. De hecho, defienden la necesidad de descongestionar el
tráfico de la N-VI, que cada vez cuenta con tramos más urbanos y soporta una importante densidad de tráfico, entre otras circunstancias, debido al aumento de los peajes de la AP-9.


Los problemas de seguridad vial señalados en esta exposición de motivos podrían calificarse de 'históricos' porque forman parte de las reivindicaciones de los habitantes de esta área metropolitana desde hace años. Sin embargo, nunca ha
estado entre las prioridades de Fomento proceder a la corrección de los graves problemas y deficiencias de la N-VI a su paso por los municipios de Bergondo y Oleiros.


Para En Marea, es un tema de inseguridad vial de urgente resolución, y que lógicamente debe contar con las consiguientes partidas presupuestarias.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Fomento a:


- Aprobar actuaciones urgentes de mejora de la seguridad vial en la N-VI a su paso por los municipios de Oleiros y de Bergondo (A Coruña), a fin de reducir los múltiples atropellos que se producen.


- En concreto, proceder a:


1. En la parroquia de Cortiñán (Bergondo), mejorar la señalización vial, otorgando mayores garantías a tos pasos de peatones con la instalación de semáforos y eliminar el carril central existente, objeto de numerosas confusiones que suelen
derivar en accidentes y atropellos.


2. En la parroquia de Guísamo (Bergondo), mejorar la deficiente señalización de los pasos de peatones procediendo al repintado de la vía y a la ubicación de semáforos para regular la velocidad, así como mejoras en la iluminación. Construir
la proyectada rotonda en la intersección entre la N-VI y la AC-164.


3. En el municipio de Oleiros, en concreto en Perillo, ejecutar cuanto antes el proyecto de construcción de dos pasarelas peatonales en el lugar de O Seixo, y la construcción de una rotonda y un túnel en el cruce conocido como 'Sol y Mar.''


Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2016.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001082


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas para mejorar el régimen de
funcionamiento de los Centros Especiales de Empleo y para potenciar su papel en el acceso al empleo y en la inclusión social de las personas con discapacidad, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de Discapacidad.


Exposición de motivos


En la actualidad, más de un 8% de la población española tiene o padece algún tipo de discapacidad, esto es, más de 3,5 millones de personas, cuyos derechos como personas y como ciudadanos, para ser verdaderamente garantizados, requieren no
solo de unas prestaciones asistenciales adecuadas a su situación, sino sobre todo de que existan oportunidades que posibiliten su plena integración en nuestra sociedad. Siendo así, que las personas con discapacidad puedan acceder, en igualdad de
condiciones, a un empleo remunerado de calidad y en condiciones dignas resulta fundamental para promover su inclusión social sin menoscabo de su libertad y su autonomía personal.


En ese sentido, los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y
que facilite a través del ajuste personal y social el transito al mercado ordinario de trabajo. A día de hoy, existen más de dos mil Centros Especiales de Empleo en



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España que emplean a más de 70.000 trabajadores con discapacidad. Son por tanto instrumentos imprescindibles para la creación de empleo en España y a su vez, para garantizar la empleabilidad de las personas con discapacidad. En definitiva,
son una pieza clave para el funcionamiento y desarrollo del Estado de Bienestar en España.


Sin embargo, la labor desarrollada por los Centros Especiales de Empleo a la hora de promover la integración social de las personas con discapacidad se ve lastrada por diversos problemas, entre los que cabe destacar, en primer lugar, los de
índole financiera y en segundo lugar la diferenciación de gestión de las diferentes comunidades autónomas Lógicamente, la crisis ha afectado a todos los sectores y los Centros Especiales de Empleo también han sufrido las consecuencias. Las
subvenciones salariales se retrasaron e incluso denegaron en ciertas Comunidades Autónomas, al igual que se retrasaron y suspendieron otras vías de financiación pública. Pese a la mejora de la situación económica, muchos Centros Especiales de
Empleo, sobre todo los más pequeños y de menor facturación, continúan arrastrando deuda y teniendo problemas financieros. Es cierto que existe una subvención para sanear financieramente a los Centros Especiales de Empleo, pero muchos encuentran
dificultades para acceder a ella, y además, se concede exclusivamente por una sola vez, y no es de lejos suficiente para solventar los retrasos y suspensiones de financiación. Esto está ocasionando una pérdida de garantías del trabajador con
discapacidad en su estabilidad laboral en tos Centros Especiales de Empleo.


Por otro lado, si bien es cierto que se han producido en los últimos diez años grandes avances en lo concerniente al cumplimiento de las cuotas de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad y de las Medidas Alternativas o
Sustitutorias en el caso de empresas de más de 50 trabajadores, actualmente previstas en el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de
29 de noviembre, todavía gran parte de las empresas sigue incumpliendo estas medidas achacando 'desconocimiento' y falta de información, así como los elevados trámites burocráticos que dichas obligaciones requieren. De hecho, se estima que solo el
23,5 % de las empresas de más de 50 trabajadores cumplen de forma efectiva ambas medidas. Esta situación es bastante grave en cuanto a que provoca, irremediablemente, una gran dependencia de los Centros Especiales de Empleo de la financiación
pública y de las subvenciones. Una situación que podría corregirse con una mayor supervisión y con la existencia de sanciones ejemplares y verdaderamente disuasorias por parte de la Administración Pública.


Existe igualmente una falta de coordinación e implicación a nivel estatal. Con excepción de Ceuta y Melilla, que dependen directamente del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la gestión de los Centros Especiales de Empleo corresponde
a las Comunidades Autónomas. Tal y como sucede con otras políticas, este hecho provoca falta de información, y por tanto cierta opacidad a nivel nacional -no existe, por ejemplo, ningún listado oficial de carácter nacional de Centros Especiales de
Empleo ni un registro centralizado-, y también desigualdades de condiciones y financiación. Por ese motivo, el sector viene reclamando desde hace tiempo una mayor centralización de las cuestiones de empleabilidad del sector discapacidad que
contribuya a solventar estos problemas.


Asimismo, la eficacia de los Centros Especiales de Empleo a la hora de promover la efectiva inserción laboral se ve muchas veces comprometida por la ausencia de políticas específicas de tránsito al empleo ordinario. De hecho, se supone que
por normativa y por su propia razón de ser, los Centros Especiales de Empleo son centros de trabajo de tránsito hacia el empleo ordinario para sus trabajadores, pero la realidad es que, lejos de cumplir con su cometido, en la mayor parte de los
casos los Centros Especiales de Empleo son centros 'finalistas' de empleo. En la actualidad se imposibilita este tránsito debido a la vulneración de la legislación vigente en materia laboral, de seguridad social y los derechos fundamentales del
trabajador. Se penaliza el tránsito a la empresa ordinaria por parte de la reglamentación de la Seguridad Social ya que al ser contratos bonificados estos no se podrían bonificar en la empresa ordinaria, se penaliza al CEE en materia laboral ya que
de la única forma que podría transitar el trabajador sería con un despido improcedente, lo que ocasionaría la perdida de ayudas durante un año de otro trabajador, así mismo el propio trabajador vería vulnerados sus derechos al obligarle a dejar su
puesto de trabajo y perdidas de derechos y antigüedad.


Además, esta falta de movilidad laboral se ve alimentada por una falta de innovación y de sectores de actividad con valor añadido: tos Centros Especiales de Empleo suelen centrarse en su mayoría en actividades de baja cualificación
(lavandería, jardinería, limpieza, manipulación, call center, etc.). Por un lado, esta situación lleva a que muchos Centros Especiales de Empleo se dediquen a lo mismo y compitan entre ellos; y por otro, no inventiva en absoluto el acceso de sus
trabajadores al mercado ordinario ni a su desarrollo personal y formativo.



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Por último, pero no por ello menos importante, no puede obviarse que los Centros Especiales de Empleo son entidades que se encuentran a caballo entre la empresa y lo social. Así, un Centro Especial de Empleo tiene que ser competitivo al
igual que una empresa ordinaria y contar con un buen plan de viabilidad que tiene que presentar como aval para conseguir ser calificado como tal; pero, por otro lado, se le exige ser una entidad de asistencia social con los Servicios de Ajuste
Personal y Social (rehabilitación, atención psicológica y sanitaria, actividades deportivas y culturales) y las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional, que son las que verdaderamente diferencian a un Centro Especial de Empleo de la Empresa
Ordinaria. Estas exigencias son necesarias para este colectivo, sobre todo cuando se cuenta con personal con discapacidades severas, y están más que justificadas, pero presentan varios problemas, principalmente, que garantizar la prestación de
estos servicios de forma eficaz implica irremediablemente contratar personal cualificado (psicólogos, sanitarios, trabajadores sociales etc.) que los Centros Especiales de Empleo muchas veces no pueden permitirse y derivar recursos al desarrollo de
unas actividades que no constituyen su objeto principal de actividad. Realmente si es uno de nuestros objetivos ya que básicamente es lo diferencia a los Centros Especiales de Empleo con la empresa ordinaria y justifica las ayudas recibidas. Es
por ello que resulta necesario dotar de una mayor flexibilidad para el cumplimiento de estos servicios y unidades por los Centros Especiales de Empleo según su tamaño, nivel de facturación y tipo de discapacidad de sus trabajadores.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Constituir, en el ámbito de la Administración General del Estado, una Secretaría General de la Diversidad Funcional y Atención a la Dependencia, que coordine, supervise y evalúe las políticas en materia de atención a los derechos de las
personas con discapacidad y/o dependencias y su inclusión social, incluidas las relacionadas con los Centros Especiales de Empleo, y promueva la armonización de las políticas desarrolladas en estas materias por las Comunidades Autónomas con la
finalidad de garantizar una efectiva igualdad de trato y condiciones en los servicios prestados a las personas con discapacidad y/o dependencias en todo el territorio nacional.


2. Crear un Registro Oficial de carácter estatal en el que deberán inscribirse todos los Centros Especiales de Empleo, que será gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en colaboración de las Comunidades Autónomas, que
contribuya a promover la transparencia y mejorar el control y la información sobre los Centros Especiales de Empleo.


3. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley General de Derechos de las personas con Discapacidad y de su inclusión social, y en particular, de las relativas al mantenimiento de la cuota de reserva de puestos de
trabajo para personas con discapacidad o su cumplimiento a través de las Medidas Alternativas o Sustitutorias, como la contratación de servicios a Centros Especiales de Empleo, mediante el refuerzo de los servicios de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social y de los demás mecanismos de control y supervisión que fuesen necesarios, y valorando el incremento de las sanciones previstas para asegurar su eficacia a la hora de disuadir potenciales incumplimientos de las obligaciones previstas
en la Ley.


4. Modificar el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, a fin de actualizar su contenido y flexibilizar la utilización de este
tipo especial de contratos.


5. Potenciar la formación de las personas con discapacidad, promoviendo ofertas de formación oficial desde las Administraciones y los servicios públicos de empleo más acordes con los avances empresariales y tecnológicos actuales.


6. Promover la creación de clústeres innovadores o viveros de Centros Especiales de Empleo relacionados con actividades de alto valor añadido o infrarrepresentadas en el sector, que asumirán los servicios centrales de los Centros Especiales
de Empleo adscritos a tos mismos y todas las demás actividades a las que se encuentren obligados, pudiendo externalizar a gestión de dichos servicios mediante licitación. La actividad de dichos clústeres o viveros será subvencionable por líneas de
ayuda específicas por las Comunidades Autónomas y/o los Ayuntamientos, pudiendo contar con cofinanciación privada.



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7. Fomentar el trabajo conjunto y colaborativo entre Centros Ocupacionales y Centros Especiales de Empleo para generar nuevas oportunidades en el sector, permitiendo que los primeros puedan recomendar a algunos de sus beneficiarios que,
tras un tiempo de rehabilitación y sociabilización, estuvieran preparados para un trabajo remunerado, y contemplando políticas de retorno en el caso de no conseguir los objetivos en un tiempo razonable.


8. Modular la exigencia de los servicios de Ajuste Personal y Social y las Unidades de Apoyo por los Centros Espaciales de Empleo en función de su tamaño, facturación y tipo de discapacidad de sus empleados, permitiendo los Centros
Especiales de Empleo que facturen menos de 120.000 euros anuales y no tengan en su plantilla personas con discapacidades severas puedan ofrecer estos servicios, sobre todo las actividades deportivas y culturales, en colaboración con otros Centros
Especiales de Empleo de gran tamaño y facturación y/o con grandes entidades sin ánimo de lucro de naturaleza social.


9. Establecer la posibilidad de otorgar una mayor puntuación con motivo de la concesión de subvenciones a aquellos Centros Especiales de Empleo que empleen a personas pertenecientes a otros colectivos con dificultades para el acceso al
empleo o en riesgo de exclusión social en la parte de su plantilla que no tengan obligación de cubrir con personas con discapacidad, al objeto de incentivar una acción social más global desde estas entidades.


10. Impulsar una campaña de comunicación y concienciación pública a nivel estatal con el objetivo de informar sobre las políticas de contratación de personas con discapacidad y a los Centros Especiales de Empleo y de visibilizar y
concienciar a toda la sociedad española sobre el problema de la discapacidad y su integración en el ámbito laboral y económico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001086


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
fondo estatal de accesibilidad universal, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU reconoce la importancia que tiene para este colectivo su autonomía e independencia individual. También señala la importancia de la accesibilidad al entorno físico,
social, económico y cultural, a la salud, la educación, la información y las comunicaciones, para que fas personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.


Accesibilidad universal es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas
las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la estrategia de 'diseño universal o diseño para todas las personas', y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban
adoptarse.


Sin accesibilidad, muchos de los derechos que la Constitución reconoce a todos los ciudadanos y ciudadanas pueden quedar en solo palabras. Es por ello que se hace necesario impulsar medidas, desde los poderes públicos, para que todos
podamos ejercer todos nuestros derechos.


Esa es la razón por la que España se dio, como plazo máximo, la fecha del 4 de diciembre de 2017, para eliminar las barreras preexistentes de todo tipo que impiden acceder a calles, plazas, todo tipo de bienes, instalaciones o servicios
públicos a una parte de nuestros ciudadanos y ciudadanas, quienes tienen algún tipo de discapacidad.


La disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, regula los supuestos
y plazos máximos de exigibilidad de las condiciones básicas de



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accesibilidad y no discriminación. El plazo que se establecía para espacios, productos y servicios, ya se cumplió para aquellos que fueran de nueva creación. El plazo aplicable a los existentes, finaliza el 4 de diciembre de 2017. En esa
fecha, deberían cumplirse las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en el acceso y utilización de:


- Espacios públicos urbanizados y edificaciones.


- Medios de transporte.


- Oficinas públicas, dispositivos y servicios de atención al ciudadano y aquellos de participación en los asuntos públicos, incluidos los relativos a la Administración de Justicia y a la participación en la vida política y los procesos
electorales.


- Bienes y servicios a disposición del público por las personas con discapacidad.


Ahora, a finales de 2016, todo indica que será prácticamente imposible cumplir con el plazo que nos dimos. Hay que intensificar los esfuerzos para garantizar las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, creando un fondo que
cumpla dos condiciones. Eliminar todo tipo de barreras a la accesibilidad universal y restablecer su confianza en los poderes públicos.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a crear un Fondo estatal de accesibilidad universal por el cual, del presupuesto ejecutado en obra pública e infraestructuras y en la sociedad de la información, un 1% se destine a la
accesibilidad física y tecnológica, con el objetivo de cumplir con el plazo señalado por la ley para garantizar las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Joan Ruiz i Carbonell, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001089


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la educación inclusiva en la asignatura de educación física a alumnos con discapacidad, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La escuela inclusiva es un modo de concebir la educación y la función social del centro escolar, para adecuar y mejorar la respuesta educativa a la diversidad, reconociéndola y no asimilándola. De tal forma que todo el alumnado tiene el
mismo derecho a acceder a un currículum culturalmente valorado, compartido con los compañeros de la misma edad, oponiéndose a cualquier forma de segregación. De este modo, una escuela para todos y para todas es una escuela donde todos y todas
tienen cabida indistintamente de sus características, dificultades y ritmos en su proceso de aprendizaje, partiendo de la premisa de que cualquier alumno es educable en un entorno ordinario, respondiendo no solo a las necesidades educativas de
algunos alumnos, sino a las de todos los alumnos, sin discriminación de ningún tipo.


La escuela debe ser un motor para crear comunidad, facilitando autonomía e interdependencia al alumnado, mediante estrategias innovadoras que permitan el trabajo educativo con todos y para todos en las aulas ordinarias. Deben pues
desarrollarse redes de apoyo comunitarias que colaboren con el profesorado.


Siguiendo a Ríos Hernández (2009) 1, cuando se hace referencia a una Educación Física inclusiva, todo el alumnado comparte el mismo espacio, sin diferencias, reconsiderando la enseñanza y su


1 Hernández, M.R.(2009), La inclusión en el área de Educación Física en España: Análisis de las barreras para la participación y aprendizaje. Ágora para la educación física y el deporte,(9),83-114.



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organización con el apoyo pedagógico y social que sea necesario, y manteniendo las más altas expectativas para el aprendizaje de todas y todos. Por tanto las actividades segregadas no son consideradas inclusivas.


Varios son los factores que influyen y condicionan el proceso de inclusión del alumnado con discapacidad en las sesiones de Educación Física. Estos condicionantes se pueden agrupar en cinco grandes categorías: escasez de recursos
económicos, accesibilidad, desconocimiento de la población con discapacidad, condicionantes de los propios alumnos que presentan NEE y la infravaloración del área de Educación Física.


Además, la carencia de formación del profesorado en este ámbito puede inducir a temores diversos como provocar lesiones y a las consecuencias legales que esto pueda comportar.


En este sentido es conveniente contar de una manera global con los fisioterapeutas, cuya función no debe quedar reducida a realizar un trabajo individualizado en el centro, sino a establecer una colaboración con el profesorado de Educación
Física.


Otra deficiencia detectada en los centros es la ausencia de especialista en Actividad Física Adaptada en los Equipos de Asesoramiento Psicopedagágico o Equipos Multiprofesionales. Con la presencia regular de un especialista en este ámbito,
la actitud inclusiva de los docentes se vería reforzada y, por tanto, aumentaría tanto la calidad docente como la seguridad del educador y educadora.


Este conjunto de condicionantes conforman una realidad que puede dificultar significativamente la inclusión efectiva y, por tanto, la participación activa del alumnado con necesidades educativas especiales en las sesiones de Educación
Física. Consecuentemente es necesario que se adopten medidas concretas para fomentar el deporte base y la práctica deportiva entre las personas con discapacidades y también para atender a todo el alumnado.


Se requieren especialmente medidas de tipo organizativo y curricular, ayudando de esta forma al desarrollo profesional y la innovación educativa, dado que la asunción de la diversidad en la sesión de educación Física, es una labor conjunta,
en la que todos los miembros de la comunidad escolar deben estar implicados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, a adoptar las medidas necesarias para:


1. Que se fomente de manera especial en la asignatura de Educación Física con alumnado con discapacidad y en las distintas etapas educativas:


- La educación en actitudes y valores para conseguir que todo el alumnado se sienta acogido, aceptado, seguro y por tanto, valorado.


- El aprendizaje cooperativo y las actividades cooperativas que fomentan la aparición de conductas prosociales en comparación con las actividades individuales o competitivas.


- La enseñanza multinivel.


- La adaptación de las tareas.


- La compensación de las limitaciones en situaciones competitivas.


- Compartir el deporte adaptado a las personas con discapacidad.


2. Establecer las pautas para que se genere la colaboración de los fisioterapeutas del Sistema Nacional de Salud, con el profesorado de Educación Física de manera habitual.


3. Introducir la especialidad de Actividad Física Adaptada en los Equipos de Asesoramiento Psicopedagógico o Equipos Multiprofesionales.


4. Potenciar líneas de formación del profesorado de educación física para mejorar sus prácticas y metodología con alumnos con distintas discapacidades.


5. Fomentar que se refuercen las sesiones de Educación Física en las que hay alumnos con discapacidad con profesores de apoyo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-María Luz Martínez Seijo, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales


161/001090


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de ordenación de los trabajos de la
Comisión de calidad democrática, contra la corrupción y las reformas institucionales y legales, para su debate en la propia Comisión.


Exposición de motivos


Con fecha 28 de septiembre de 2016, se aprobó por la Cámara del Congreso la creación de una Comisión permanente para la auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales.


Se trata de una Comisión no legislativa, cuyo objetivo principal es analizar y estudiar las causas de la crisis política e institucional que han afectado a nuestro país y el incremento de la desafección ciudadana hacia las instituciones
representativas, evaluando y actualizando las medidas relacionadas con la transparencia institucional, así como las dirigidas a reforzar la calidad de nuestro sistema democrático, para así, recuperar la confianza en la representación política.


Si bien se han registrado dos solicitudes de creación de una Subcomisión dentro de esta Comisión para llevar a cabo el estudio de diferentes temas, desde el Grupo Parlamentario Popular creemos que dada la importancia de los temas a tratar,
es necesario que la ciudadanía pueda conocer el desarrollo de los mismos, con total transparencia y publicidad, no siendo esto posible si se realizan a través de una Subcomisión.


Asimismo, consideramos que los temas a tratar son de gran trascendencia e importancia para hacerlo en tan corto espacio de tiempo, dejando vacía de contenido la actividad de la Comisión como tal, siendo así que la razón de ser de la misma,
es la investigación y el estudio de los asuntos de calidad democrática, y de corrupción y no olvidando que como decimos, no es una comisión legislativa, sino de estudio y valoración.


Es necesario reforzar los controles y profundizar en la rendición de cuentas de las distintas fuerzas políticas, regenerar la vida pública para no quebrar la confianza en la clase política.


Es par todo ello que proponemos elaborar un calendario de trabajo en el que se incluyan los distintos temas a estudiar y evaluar, así como la propuesta por los distintos Grupos Parlamentarios de Comparecencias en la Comisión de Expertos en
la materia, confiando en que sus contribuciones nos van a ayudar a ampliar nuestro conocimiento sobre estos temas en concreto y van a contribuir a facilitar nuestro trabajo dentro de la Comisión.


Al considerar que es conveniente que la ordenación de los debates sea objeto de un debate público y votación en el seno de la propia Comisión, con la posible presentación de enmiendas por parte de los Grupos, el Grupo Parlamentario Popular
propone una moción, o proposición no de ley, que tendrá como objeto la ordenación de los propios trabajos, así como el establecimiento de un procedimiento para plasmar parlamentariamente los trabajos de la Comisión en los temas que se consideren
prioritarios.


Partiendo de los mecanismos que nos ofrece el Reglamento de la Cámara, el Grupo Popular propone así desarrollar el instrumento de las Proposiciones no de Ley como elemento que favorezca y permita el debate sobre las conclusiones y mejoras
que se consideren más pertinentes. El debate que se quiere promover en torno a las Proposiciones no de Ley, que se redactarán en su caso tras las oportunas comparecencias públicas, deberá adaptarse a la complejidad de los temas tratados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión de calidad democrática, contra la corrupción y reformas institucionales y legales propone tratar, a la mayor brevedad posible, el estudio y evaluación de los siguientes temas, que se analizarán de forma sucesiva a lo largo de la
presente Legislatura:



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1. Financiación y transparencia de los partidos políticos.


2. Regulación de los grupos de interés o ''lobbies''.


3. Refuerzo de los controles sobre las subvenciones públicas concedidas por todas las Administraciones Públicas.


4. Transparencia y mayores controles en la contratación pública.


5. Mecanismos que puedan utilizarse para proteger la figura del denunciante de los casos de corrupción.


Cada uno de los temas dará lugar, tras las oportunas comparecencias de expertos, a su correspondiente Proposición no de Ley que, tras el oportuno debate en comisión, reflejarán las conclusiones y las mejoras que los Grupos estimen más
relevantes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de diciembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/001029


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, nos dirigimos a esa Mesa, para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la ampliación de la financiación de los municipios turísticos conforme a la Ley de Haciendas Locales, para su debate en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


Exposición de motivos


El turismo se configura como la actividad del sector servicios que mayores repercusiones, en términos de renta y empleo, genera en Andalucía, constituyendo un recurso de primer orden que se encuentra en constante dinamismo y siendo, durante
las últimas décadas, una de las palancas dinamizadoras de su crecimiento y desarrollo socioeconómico. En los últimos años el sector turístico es uno de los que mejor ha soportado la complicada situación económica.


En el año 2015 el sector del turismo en Andalucía supuso un 13,1% del PIB, los ingresos turísticos crecieron un 5,2% en términos reales, la factura casi llegó a los 18.000 millones de euros y se emplearon a 357.000 personas. Igualmente, la
afluencia de viajeros y viajeras a Andalucía tiene un importante efecto arrastre sobre otros sectores, como el comercio, lo que acentúa más aún si cabe su potencialidad e importancia.


Andalucía tuvo el pasado año 26 millones de turistas, una cifra que supone un 8,2% más que en el ejercicio anterior y que supera, por primera vez, el récord de 2007. Además se registraron 16,7 millones de viajeros alojados (+7%), 48
millones de pernoctaciones en los establecimientos hoteleros (+6,5%) y 10,4 millones de pasajeros en los aeropuertos (+6% más). Teniendo en cuenta que se prevé un incremento en el número de turistas para el año 2016 del +5,2%.


Esta afluencia de turistas a Andalucía ha provocado un aumento del gasto en el mantenimiento de servicios públicos a los Ayuntamientos, ya que soportan más usuarios de estos servicios respecto a su población natural.


La prestación de estos servicios públicos de forma inadecuada puede provocar una perdida en la calidad de la oferta turística andaluza dirigida a los viajeros y viajeras, afectando de forma negativa, a la promoción y a la afluencia de
turistas a determinados destinos,


Por ello, es necesario que los municipios turísticos encuentren vías suficientes de financiación que les permitan soportar con solvencia y calidad la prestación de estos servicios a sus destinatarios.


En Andalucía, y en algunas otras Comunidades Autónomas, existen planes y medidas complementarias articuladas como son los programas y convenios de colaboración con dotación económica, pero la



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renovación y firma de nuevos convenios se ven impedidos por el ajuste presupuestario y las reglas de gasto impuestas por el Gobierno Central. Por estas razones es necesario articular medidas estructurales para que los municipios turísticos
puedan garantizar la prestación adecuada de dichos servicios, es decir, adecuar en el sistema de financiación local esta circunstancia.


Esta figura, la del municipio turístico, se encuentra contemplada desde 2002 en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 125, por el que determinados municipios que cumplan con los requisitos recogidos
en la norma pueden acceder a mejores condiciones de financiación mediante la participación en los tributos del Estado.


Hasta el momento existen '21 municipios declarados turísticos' por el Estado, 5 municipios son de Andalucía, y la Ley establece a efectos de financiación que estas ayuntamientos deben de recibir cada año un porcentaje de los rendimientos que
genera la venta de tabacos e hidrocarburos en su término municipal, que es algo más del 2%.


Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente':


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a revisar y modificar las condiciones contempladas en el artículo 125 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, sobre la consideración de municipios turísticos, con el fin de que se amplíen las posibilidades de financiación recogidas en dicha norma a un mayor número de municipios turísticos declarados por las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-Juana Amalia Rodríguez Hernández, Antonio Pradas Torres, Sonia Ferrer Tesoro, Carmen Rocío Cuello Pérez, Miriam Alconchel Gonzaga, Josefa Inmaculada González Bayo, María Jesús
Serrano Jiménez, Victoria Begoña Tundidor Moreno y Felipe Jesús Sicilia Alférez, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001057


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas para reforzar la independencia e imparcialidad de los
funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su debate en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


Exposición de motivos


La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, contemplaba entre sus modificaciones de la Ley 7/1985, de 6 de abril, de Bases del Régimen Local, la devolución al Estado las competencias de
formación, selección, habilitación y potestad sancionadora por infracciones muy graves sobre dichos funcionarios, así como la previsión de que, can carácter general, los puestos de trabajo reservados a dichos funcionarios con habilitación de
carácter nacional serían provistos mediante el procedimiento de concurso de méritos.


Sin embargo, esta última cláusula contemplaba una excepción, recogida en el artículo 92.6 bis) de la citada Ley 7/1985, que contemplaba que 'los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional podrán cubrir por el sistema de libre designación en los municipios incluidos en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como las Diputaciones Provinciales, Áreas Metropolitanas, Cabildos y Consejos Insulares y las ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla, entre funcionarios de la subescala y categoría
correspondiente'.


Esta excepción supone reservar un amplio margen de discrecionalidad para los ejecutivos de las entidades locales señaladas, las cuales son, por otra parte, aquellas que poseen un mayor ámbito de



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actuación por su volumen de población y recursos gestionados, comprometiendo con ello la independencia e imparcialidad de los funcionarios con habilitación nacional que ejercen sus funciones en las mismas al permitir que pueda producirse su
cese por motivos tales como la mera 'pérdida de confianza' por parte de la autoridad que los nombró.


La naturaleza reservada y exclusivamente técnica de las funciones que desempeñan los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como la objetividad, independencia e imparcialidad que resulta necesaria en
el ejercicio de las mismas, justifica plenamente que el régimen de provisión sea exclusivamente el concurso de méritos.


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar una propuesta de reforma de la legislación aplicable a los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional (Secretarios, Interventores y
Secretarios-Interventores) con los siguientes objetivos:


1. Eliminar cualquier excepción que permita la utilización del sistema de libre designación para la provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de modo que
dichos puestos de trabajo deban cubrirse siempre y exclusivamente por el procedimiento de concurso de méritos.


2. Establecer que la incoación, instrucción y aplicación del régimen sancionador aplicable a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional competerá siempre a una Administración de ámbito superior. En
particular, cuando los hechos denunciados fuesen sancionados con faltas leves, las competencias referidas recaerán en la Comunidad Autónoma, y cuando dichos hechos fuesen sancionados con faltas graves o muy graves, en la Administración General del
Estado.


3. Permitir que las corporaciones locales puedan reconocer o asignar a los funcionarios de Administración Local con habilitación nacional funciones complementarias y distintas a las expresamente reservadas a esta Escala, así como funciones
directivas de carácter gerencia' compatibles con el ejercicio de las funciones reservadas a dicha Escala.


4. Prever que las retribuciones complementarias de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional se atendrán a la estructura y criterios de valoración objetiva de las del resto de los funcionarios públicos.
Su cuantía será fijada anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función de la naturaleza de la entidad local en la que presten su servicio y de su población de derecho.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de diciembre de 2016.-Francisco de la Torre Díaz y Vicente Ten Oliver, Diputados.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001058


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa a
la reinversión del superávit municipal, para su debate en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) recoge las tres reglas fiscales de obligado cumplimiento: estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto.


El artículo 11.4 de la LOPESF señala que 'las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario', mientras que el artículo 32, referido al destino del superávit, señala que 'este se destinará
reducir el nivel de endeudamiento'.



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La Ley 9/2013, de deuda comercial, modificó la ley para permitir a los Ayuntamientos que cumpliesen una serie de requisitos, destinar el superávit a inversiones financieramente sostenibles, una definición de inversiones que recogió el
Decreto-Ley 2/2014, de 21 de febrero, en su DA 16. Estas excepciones en ningún caso dieron satisfacción a las demandas municipales puesto que las condiciones para poder acogerse a la medida eran importantes: haber registrado superávit
presupuestario y remanente de tesorería, que hubiesen pagado antes las deudas pendientes con proveedores para cumplir con la ley de morosidad y destinar el sobrante a amortizar deuda.


A lo largo de estos años esta situación ha traído consigo una paradoja: los ayuntamientos son la única administración en superávit, están saneados y cumplen sus objetivos pero no pueden invertir ese ahorro.


En estos momentos la Administración Local se ha convertido en la administración más cumplidora con los objetivos marcados: la deuda local ya ha llegado este año a los objetivos del 3% fijados para 2020, con cuatro años de adelanto; el
superávit de las entidades locales, aporta al cómputo total de España medio punto del PIB y también cumple con el techo de gasto y paga en plazo a sus proveedores.


Por ello, es ineludible que el Gobierno atienda las demandas del conjunto de los ayuntamientos, y tal y como ha planteado la FEMP en la reunión de la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) del pasado día 30 de noviembre, les
permita utilizar el superávit, que este año ronda los 4500 millones de euros.


Ha llegado la hora de que el Gobierno de España sea sensible y escuche de verdad las reivindicaciones de los ayuntamientos, cuyas demandas son justas, razonables y necesarias. Se trata de poner los intereses de los vecinos y vecinas por
delante de cualquier otro interés para poder gestionar inversiones y programas de desarrollo centrados en fortalecer el Estado de Bienestar.


Por lo tanto el Gobierno Local representa la administración más cercana a la ciudadanía, y más aún en estos momentos de crisis, por esta razón el Gobierno no debe poner trabas a la labor que realizan los ayuntamientos para prestar desde la
proximidad servicios públicos de calidad.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a permitir que las entidades locales reinviertan su superávit en 2017, sin necesidad de generar nuevos ingresos por el mismo importe, a través de una autorización legal para esa reinversión que
surja de la prórroga presupuestaria de los PGE.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2016.-María Jesús Serrano Jiménez, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del diputado del Partit Demòcrata, don Francesc Homs i Molist, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión de
Hacienda y Función Pública, una Proposición no de Ley para aplicar el tipo reducido del IVA a los servicios funerarios.


A menudo se ha hablado del elevado coste de morirse y del impacto económico que ello tiene sobre las familias, en un momento sentimentalmente intenso, en el que la elevada factura funeraria suele ser una gota adicional de las que colma el
vaso.


Uno de los aspectos que se considera especialmente gravoso de estos servicios es el IVA que se les aplica. En España el 21%, el tipo normal, cuando bien se les podría aplicar el tipo reducido del 10%, tal como está previsto en la normativa
comunitaria.


En efecto, la Directiva 2006/112/CE, del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido determina qué productos y servidos pueden tener unos tipos reducidos de IVA. En concreto, es en el
anexo III donde detalla la lista de entregas de bienes y prestaciones de servicios que pueden estar sujetas a los tipos reducidos del IVA.


En su apartado 18 establece que la prestación de servicios realizados por funerarias y los servicios de cremación, junto con el suministro de los bienes relacionados con dicha actividad pueden estar sujetos a un tipo de IVA reducido.



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A pesar de que la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, recoge algunas de los bienes y servicios que tienen un tipo de IVA reducido, entre estos no se encuentra la prestación de los servicios por funerarias.


No se entiende que este tipo de servicio no cuente con un tipo reducido de IVA, tal como ocurre en otros países europeos, debido a que es un servicio básico, Además, como bien saben todas las personas que han sido afectadas por una defunción
más o menos reciente, los servicios funerarios tienen un coste muy elevado que, según algunos análisis comparativos, en ciudades como Tarragona o Barcelona puede situarse por encima de los 5.300 € o de los 6.400 € respectivamente. Varios son los
conceptos por los que se pagan, de entrada los trámites burocráticos, que son obligatorios, a los que hay que añadir la adquisición del féretro, la preparación del cuerpo, la ceremonia, el transporte en coche fúnebre y las flores (estas serían las
únicas que hoy tributan a tipo reducido) y los complementos como las coronas.


Muchas familias se ven obligadas a endeudarse para poder pagar los gastos fúnebres o las personas mayores con pocos ingresos se ven obligadas a ahorrar para poder pagar su funeral. Reducir el tipo del IVA de los servicios fúnebres, del tipo
general actual del 21%, al tipo reducido del 10% implicaría una reducción de 11 puntos que significaría un ahorro que oscilaría entre 300 y 550 euros.


Por todo ello, los diputados del Partit Demócrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las modificaciones normativas necesarias para que la prestación de servicios realizados por funerarias y los servicios de cremación, junto con el suministro de los bienes
relacionados con dicha actividad estén sujetos al tipo reducido del IVA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Economía y Competitividad


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la necesidad de promover un Pacto Nacional por la I+D+i que
dote de estabilidad y objetividad a la política en materia de ciencia, tecnología e innovación, para su debate en la Comisión de Economía y Competitividad.


Exposición de motivos


Desde su salto a la política nacional, Ciudadanos ha propuesto a la sociedad civil en general, así como al resto de las fuerzas políticas y sociales, un Pacto Nacional por la I+DA-i que favorezca, a través del fortalecimiento de la
investigación científica básica y aplicada de calidad, una mejora en la cultura científica del pais, un incremento en la capacidad de generación de conocimiento y una mayor transferencia de los resultados de la ciencia a la sociedad.


Este Pacto Nacional por la I+D+i debe tener como objetivo superar la situación de estancamiento en que ha vivido siempre el país en lo referente a la ciencia. La inversión pública y privada en investigación científica en España nunca ha
rebasado el 1,5% del PIB, considerando en conjunto aportación pública y privada, con un pico máximo en 2010 de un 1,4%. Lejos de incrementarse, esta inversión ha disminuido paulatinamente a lo largo de estos años hasta alcanzar, en 2013, la cifra
del 1,24%. Esto nos coloca en la decimoséptima posición en el ranking de inversión en investigación de los 28 Estados de la UE. Agravando todavía más esta situación, la inversión privada en nuestro país está también a la cola de la mayoría de
países europeos. En resumen, sumando inversión pública y privada, España ha quedado muy lejos de los objetivos de la Estrategia de Lisboa (2000) en la que se marcaba el 3% del PIB en inversión en I+D+i, como meta para el año 2010 y que dos tercios
deberían provenir del sector privado.


Todo esto perjudica de una manera evidente a nuestro crecimiento económico y a la calidad y sostenibilidad del mismo. La punta de lanza del crecimiento del futuro es la innovación. Pero la innovación



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no viene por sí sola. Solo emerge en un entorno institucional que la permita. La evidencia empírica demuestra que las políticas públicas pueden hacer mucho para que florezca la innovación. España tiene muchas cualidades para convertirse
en un núcleo de referencia para la innovación en Europa.


En la actualidad, por el contrario, las empresas encuentran enormes problemas para mejorar la tecnología de sus procesos productivos: dado el reducido tamaño de muchas de ellas, las empresas no tienen la capacidad de inversión o el
conocimiento para desarrollar las tecnologías por sí mismas y no son capaces de encontrar en el mercado soluciones a sus problemas específicos.


Por otro lado, los investigadores en universidades y centros de investigación tienen potencial para desarrollar tecnologías y solucionar problemas tecnológicos de las empresas, pero sus conocimientos no se utilizan con este fin, dado el
fuerte sesgo existente en la universidad y centros de investigación española hacia la investigación básica y la reducida producción de investigación aplicada. El único canal que en ocasiones encuentran los investigadores para llevar el conocimiento
al mercado es convertirse en emprendedores, lo cual conlleva grandes riesgos y fuerza al investigador a asumir un rol que no le corresponde.


Para contribuir a superar esta situación, se propone en la presente Proposición no de Ley, una batería de medidas que podrían constituir el punto de partido de un Pacto Nacional para la promoción del I+D+i. Estas propuestas tienen el
objetivo de promover un consenso entre los partidos políticos representados en el Parlamento y el afán de potenciar la investigación aplicada, la innovación y la transferencia de tecnología al sistema productivo y, en última instancia, a la
sociedad. Estas líneas de actuación pueden agruparse en siete ejes principales, abarcando aspectos en los que se detecta la necesidad de implementar reformas o promover un impulso adicional:


1.º Incrementar el nivel de inversión pública y favorecer la estabilidad a largo plazo en los recursos del sistema, de tal manera que se contribuya a que nuestro país pueda acercarse a la media europea en gasto en actividades de I+D+i como
porcentaje del PIB.


2.º Mejora del sistema de gobernanza del Sistema de Ciencia y Tecnología español, incluyendo la creación de un Comité de Ciencia y Tecnología para asesorar directamente al Presidente del Gobierno en estas materias, dotando de nuevas
atribuciones a la recientemente creada Agencia de Investigación y promoviendo la labor del Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial para que se convierta en una verdadera Agencia Estatal de Innovación.


3.º Promover una política de recursos humanos que favorezca la atracción y retención de talento científico y tecnológico.


4.º Favorecer y consolidar la formación de centros y grupos de investigación excelentes y la cooperación entre ellos.


5.º Promoción de la transferencia de tecnología, a través del desarrollo de la Red CERVERA de Transferencia Tecnológica, unida a medidas específicas para favorecer la actividad de los centros tecnológicos y al refuerzo de los incentivos para
estimular la participación de los investigadores en el trasvase de nuevo conocimiento al sector productivo.


6.º Favorecer la generación de una industria propia de alto componente tecnológico, mediante medidas de apoyo a la industria, mejora de los esquemas de incentivos y con una atención especial a las pymes de alta intensidad innovadora.


7.º Refuerzo de la labor institucional de la promoción de la cultura científica, principalmente mediante el refuerzo del conocimiento de la carrera científica en el ámbito de la educación de nuestros jóvenes.


Para ello, en primer lugar, se propone un objetivo general de esfuerzo en actividades de investigación desarrollo e innovación, en relación con nuestro PIB y se establece un plazo concreto, el año 2020, para alcanzarlo.


A continuación, se propone la reforma del modelo de gobernanza del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Así, se refuerza la Agencia Estatal de Investigación, reformando sus estatutos para que su actividad pueda basarse en el
principio de independencia en la gestión, siguiendo el modelo actual del European Research Council, atribuyéndole nuevas funciones de evaluación de iniciativas y de la calidad, mejorando, sus capacidades en relación con programas de compra pública
innovadora, y ampliando su ámbito de actuación a la coordinación conjunta con las Comunidades Autónomas de actividades de promoción de la investigación desarrollada por las Universidades, los hospitales, el Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC) y otros organismos públicos de investigación.


Paralelamente, se plantea convertir el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) en una Agencia Estatal de innovación, sin modificación de su situación legal actual, con el fin de mejorar la



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gestión de competencias del Estado en materia de coordinación de las actividades de innovación y de los criterios generales a aplicar en la estrategia, planificación, programación y asignación de recursos, para evitar duplicidades y fomentar
complementariedades entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, mientras que se mantienen las ventajas asociadas al actual estatuto jurídico del CDTI.


Posteriormente, se propone el desarrollo de un plan estatal específico que aborde las necesidades de un sistema complejo como el nuestro, en relación con los recursos humanos, que constituyen el núcleo esencial de nuestro sistema de Ciencia,
Tecnología y Empresa y que ha sufrido, según todos los estudios realizados, una importante diáspora desde la crisis económica. Para ello, se propone que este plan preste especial atención aquellos programas de talento científico que actualmente
están vigentes en España (Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Miguel Servet, etc.), y que, en ocasiones, están teniendo serias dificultades presupuestarias para estabilizar la carrera investigadores.


Asimismo, en cuanto al bajo nivel de investigación más desarrollo en nuestro país, es necesario cambiar la política de incentivos: en primer lugar, se propone que se desarrolle un estatuto específico que facilite el desarrollo de empresas
que realicen un importante esfuerzo en actividades de I+D+i y, en segundo lugar, se propone una reforma del sistema de incentivos fiscales al l+D+i que favorezca el esfuerzo que realizan las pymes en este ámbito y que limite las posibilidades de las
grandes empresas de disminuir su tipo efectivo en el impuesto de sociedades si no emprenden actividades de investigación y desarrollo significativas y de carácter incremental a las que habitualmente realizan. Por último, se contempla una medida
destinada a mejorar el conocimiento de la carrera científica en el ámbito educativo.


Teniendo presente todo lo anterior, y al objeto de promover un Pacto Nacional de l+D+i, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar un Pacto Nacional por la I+D+i, que incluya, entre otras, las siguientes medidas y líneas de actuación:


1. Incrementar la inversión pública estatal para alcanzar el objetivo del 2 % del PIB en el año 2020 en el conjunto de todas las actividades de l+D+i, unido a un compromiso de financiación estable y plurianual de la investigación, la
ciencia y la tecnología españolas, promoviendo con ello una mejora en la cultura científica del país, un incremento en la capacidad de generación de conocimiento, un aumento de la innovación empresarial, y una mayor transferencia de resultados a la
sociedad. Paralelamente, se negociará con la Comisión Europea que la inversión en l+D+i tanto en España como en la Unión Europea no compute a efectos del cumplimiento de los objetivos comunitarios de deuda y de déficit público.


2. Elaborar, en el más breve plazo posible, el nuevo Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico 2017-2020, que sustituya al actual que finaliza este mismo año. Paralelamente, se avanzará en la unificación de los
diferentes instrumentos de financiación de la I+D+i, diseñando un calendario único y estable para las convocatorias de ámbito estatal.


3. Constituir un Comité Asesor de Ciencia y Tecnología, formado por científicos especialistas españoles y extranjeros, que asesorará directamente al Presidente del Gobierno y a todo el Ejecutivo en relación con la política nacional de I+D+i
y que establecerá las líneas estratégicas y evaluará los resultados del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.


4. Reforzar el papel de la Agencia Estatal de Investigación, reformando sus estatutos para que responda al modelo de gestión independiente como el del European Research Council, atribuyéndole nuevas funciones de evaluación de iniciativas y
de la calidad, mejorando sus capacidades en relación con programas de compra pública innovadora y ampliando su ámbito de actuación, de manera coordinada con las Comunidades Autónomas, a la investigación desarrollada por las Universidades, los
centros hospitalarios, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y otros organismos públicos de investigación, todo ello con el fin de asegurar la estabilidad en la política de la I+D+i.


5. Convertir el Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI en una Agencia Estatal de Innovación, manteniendo su régimen jurídico actual que garantiza la flexibilidad en la gestión y asignándole la responsabilidad de elaborar y
ejecutar un plan de actuación en innovación que defina la estrategia, planificación, programación y asignación de recursos públicos, evite duplicidades, fomente la transferencia de tecnología, desarrolle los mecanismos de compra pública innovadora,
profundice en mecanismos de capital riesgo público-privados como Innvierte focalizados en empresas de base tecnológica, genere



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conexiones entre la política de innovación y la industrial y, finalmente, estimule la coordinación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.


6. Impulsar la creación de la Red CERVERA de Transferencia Tecnológica, formada por institutos tecnológicos para investigación aplicada con financiación mixta público-privada. Cada instituto estará ligado a una universidad u otros centros
de investigación. El director del instituto será una figura investigadora destacada en el área. Además del director, los institutos estarán formados por personal investigador propio. Se financiará en un 60% con fondos públicos, un 35% con fondos
privados y un 5% con becas internacionales. Los fondos privados serán la contrapartida al desarrollo de los contratos de investigación con empresas. Se aplicarán criterios estrictos de evaluación de los resultados y las retribuciones de los
investigadores se ligarán a la efectividad de las innovaciones y proyectos acometidos.


7. Desarrollar medidas dirigidas a la atracción y retención del talento científico e investigador, en colaboración con las Comunidades Autónomas, fundamentadas en el desarrollo de la carrera científica basada en el mérito y la capacidad,
que establezca recursos específicos que permitan la estabilización, consolidación, movilidad formativa y la intensificación de la carrera investigadora en España, así como el refuerzo de las plantillas y el rejuvenecimiento del personal investigador
(predoctoral y posdoctoral), siguiendo un modelo de 'tenure track', en Universidades y Organismos Públicos de Investigación. Igualmente, y en particular, se desarrollarán medidas para la difusión temprana de la carrera investigadora entre los
estudiantes de la Educación Secundaria y se abordará la estabilidad y la carrera profesional de los contratados Miguel Servet y Ramón y Cajal en las distintas Comunidades Autónomas,


8. Profundizar en las medidas de desarrollo de centros y grupos de investigación excelentes, favoreciendo la cooperación y coordinación de actividades entre los mismos, garantizando que las líneas de subvenciones dirigidas a la financiación
de estos grupos tengan carácter plurianual, con convocatorias estables y periódicas, y estableciendo incentivos económicos específicos que mejoren la financiación de aquellos grupos y organismos que presenten mejores resultados en cuanto a
indicadores de ciencia e innovación, como publicaciones en revistas de impacto o en editoriales de calidad contrastada, patentes, acuerdos de licencia, actividades de transferencia a la sociedad, y atracción de financiación internacional y privada.


9. Establecer incentivos para centros de investigación y científicos del sistema público (OPIs, Universidades, hospitales, etc.), que permitan incentivar y recompensar de manera efectiva la implicación de estos en el proceso de
transferencia de tecnología y la atracción de financiación internacional y procedente de la colaboración con el ámbito privado. igualmente, se estudiará la viabilidad de eliminar la intervención previa en los OPIs para dotar de una mayor
flexibilidad a su régimen de funcionamiento y actuación.


10. Promover las bases para el desarrollo de una industria de alto componente tecnológico, mediante el desarrollo de un estatuto específico para las 'PYMES de alta intensidad innovadora' que vaya más allá de la actual denominación de PYME
innovadora y defina e identifique a este tipo de empresas, la reforma del actual sistema de deducciones fiscales para reforzar los incentivos a la inversión en I+D+i por parte de las PYMES y la simplificación del procedimiento actual de concesión de
informes motivados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de noviembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tenemos ei honor de dirigirnos a la mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición
no de Ley sobre el apoyo al mantenimiento de la actividad industrial y energética de Hidro Nitro, para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.



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Exposición de motivos


La empresa Hidro Nitro es una de las empresas señeras de la tradición industrial de Monzón y ha sido y es motor de generación de empleo y riqueza en la zona.


Inició su actividad industrial en el año 1.946 cuando construyó una planta productiva dedicada a la producción de carburo de calcio, cianamida, ferrosilicio y amoniaco líquido.


Unos años antes, el 27 de octubre de 1.942, Hidro Nitro fue adjudicataria del arrendamiento del aprovechamiento hidroeléctrico del Salto de Pie de Presa de Barasona. El periodo de arrendamiento tenía una vigencia de 75 años que empezó a
contar dos años después de la publicación de la adjudicación en el BOE.


En el documento de la adjudicación se indica en varias ocasiones que la concesión ha sido solicitada y adjudicada para aplicar !a energía proveniente de la central a la industria que se construirá en Monzón.


A modo de ejemplo transcribo dos fragmentos extraídos del documento original de la concesión.


'Resultando que la petición de concesión se hace para aplicar la energía a la fabricación de Amoniaco Sintético en Monzón, industria considerada de interés nacional.'


'Considerando que si la Sociedad arrendataria, constituida con fines industriales electroquímicos, emplea la energía totalmente en otras aplicaciones, o si por cualquier otra causa cesa en la fabricación que proyecta, el arrendamiento
automáticamente quedará suspendido, sin derecho a indemnización alguna, pasando a propiedad del Estado las obras de toma en la presa y entradas de agua al canal y conservándose la facultada de adquirir mediante expropiación forzosa el resto de las
obras, maquinarias necesarias Para la explotación de la energía eléctrica.'


Parece quedar claro que la producción eléctrica estaba vinculada a la producción de la planta industrial de Monzón.


Posteriormente, con fecha de 24 de mayo de 1952, se amplió el aprovechamiento al Salto de Pie de Presa de El Ciego. Este arrendamiento tenía la misma vigencia que el anterior, el 27 de octubre de 2019.


Desde el momento de la adjudicación, Hidro Nitro explota estos dos aprovechamientos hidráulicos que generan, mediante dos centrales de producción de energía eléctrica: 22,1 MW y 3,4 MW, respectivamente.


Según la información suministrada por el Comité de Empresa, los aprovechamientos hidroeléctricos son fundamentales para el desarrollo de la producción industrial de silicomanganeso y ferromanganeso de la fábrica de Monzón.


Actualmente la fábrica de Monzón, cuenta con una potencia total de 70 MW, y se encuentra entre los cincuenta consumidores eléctricos más intensivos del sistema nacional. Cuenta con una capacidad de producción anual de 88.000 toneladas de
silicomanganeso, 46.000 toneladas de ferromanganeso y, adicionalmente, 10.000 toneladas de productos pulverizados. Y a fecha de hoy emplea a unos 175 trabajadores directos y otros tantos indirectos.


Hace unas semanas conocimos la intención del grupo FerroGlobe, al que pertenece Hidro Nitro, de vender la división de generación de energía del grupo. En esta operación de venta estarían incluidas las cinco centrales hidroeléctricas
gestionadas por Hidro Nitro, además de las de San José y El Ciego, las de Áreas I, Áreas II y Ariéstolas. Para ello, pretendían segregar la actividad industrial de la de generación de energía.


Hemos de reconocer que esta información ha sorprendido a nuestro grupo parlamentario ya que hasta la fecha por parte de la empresa siempre se nos había trasladado que la generación de energía y la producción de ferroaleaciones estaban unidas
y formaban parte del mismo negocio.


Por eso, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Estudiar si realmente existe una vinculación jurídica entre los saltos de energía hidroeléctrica explotados por Hidro Nitro con la actividad industrial realizada en la planta de Monzón.


2. Si existe tal vinculación tomar las medidas oportunas para que la segregación no se produzca.



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3. Promover ayudas permitidas por la normativa europea de competencia y que están dirigidas a la modernización de la factoría de Hidro Nitro en Monzón mejorando así la eficiencia en sus procesos de fabricación.


4. Realizar las gestiones oportunas para mantener los puestos de trabajo de la plantilla de Hidro Nitro evitando la destrucción de tos mismos.


5. Establecer una fórmula para que las factorías con alto consumo de energía puedan acceder al mercado de energía en condiciones similares a las de otros países de la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de diciembre de 2016.-Gonzalo Palacín Guarné, Patricia Blanquer Alcaraz y María Pilar Lucio Carrasco, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a
la actualización de los Planes de Emergencia Nuclear de la provincia de Tarragona y la dotación de medios para un implementación efectiva, para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.


Exposición de motivos


Los Planes de Emergencia Nuclear propios de los años 80, la expresión máxima de la preocupación por la seguridad de los ciudadanos y ciudadanas, han quedado obsoletos en algunos aspectos, debido sobre todo al estado de los medios o
infraestructuras que se contemplan para llevarlos a cabo y las actuaciones realizadas al respecto.


La eficacia y utilidad de estos Planes de Emergencia Nuclear de las centrales de Ascó (I y II) y Vandellós (II), ubicadas en la provincia de Tarragona, hoy por hoy está obsoleta, siendo ineludible su revisión y la adecuación de las
infraestructuras y medios a las necesidades reales. Estos planes necesitan de una renovación y adecuación urgente, con una dotación de medios a utilizar en las zonas de afectación que les permita ser plenamente efectivos y eficaces.


El ejemplo más evidente de estas carencias lo tenemos con la falta de cobertura de telefonía móvil en algunas áreas de municipios cercanos a las centrales, hecho que impide usar esta tecnología en avisos de zonas urbanas o en las rutas de
evacuación en caso de tener que activar los actuales Planes.


Las centrales nucleares llevan funcionando más de treinta años y algunas de ellas han acumulado diversos incidentes. El último lo tenemos con el caso de las microfisuras en los muros de contención del reactor de la central de Ascó. La
población estaría más tranquila si anualmente se realizará una auditoría externa, desde algún agente Internacional independiente, que analizara y realizará un seguimiento del estado de las centrales nucleares y sus planes de emergencia.


A partir del accidente de Fukushima I, en marzo de 2011, ha aumentado la conciencia sobre la mayor seguridad de las centrales nucleares y, al mismo tiempo, la voluntad de aprender de los errores cometidos, en especial en referencia a los
planes de emergencia, teniendo en cuenta que la prioridad siempre debe ser la seguridad de la población.


Durante el accidente radiactivo de las centrales nucleares de Fukushima-Daiishi, vimos cómo las autoridades japonesas evacuaron a la población de la zona en un radio de hasta 20 kilómetros de las centrales afectadas. A raíz del mismo
actualizaron y modernizaron sus planes de emergencia, hecho que nos ha de servir de ejemplo para revisar y actualizar el contenido de los nuestros, así como su aplicación en las zonas exteriores de las centrales, puesto que son muchas las
deficiencias en materia de infraestructuras viarias, ferroviarias o de telecomunicación.


La nueva Directiva 2014/87/EURATOM, del Consejo, de 8 de julio de 2014, por la que se modifica la Directiva 2009/71/EURATOM, por la que se establece un marco comunitario para la seguridad nuclear de las instalaciones nucleares, tiene como
objetivo incorporar las lecciones aprendidas tras el accidente de Fuskushima y corregir las carencias detectadas en los test de estrés a los que se han sometido las plantas



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nucleares europeas. El texto contempla la seguridad en todo el ciclo de vida de las centrales nucleares, desde la adecuada elección de la ubicación hasta su desmantelamiento incluyendo la preparación en materia de emergencias de cada planta
de la Unión Europea.


Y también introduce un sistema de revisión mutua de las instalaciones nucleares por parte de los países de la Unión que deberá llevarse a cabo cada seis años a partir de 2017. Además, al menos cada diez años, los Estados miembros tendrán
que autoevaluar su marco regulador con el fin de seguir reforzando la seguridad nuclear.


Aunque los estados miembros disponen de tiempo hasta el 15 de agosto de 2017, la elevación considerable del grado de exigencia a todo el sector y a los reguladores especialmente, hace necesaria la urgente transposición de la Directiva, ya
que se está mientras tanto dejando/poniendo en riesgo la seguridad de la población.


Los planes de emergencia exterior (PEE) de las centrales nucleares españolas, y en el caso de la demarcación de Tarragona, para las centrales nucleares de Ascó (I y II) y de Vandellós (II), el radio de la zona I (o Zona de Medidas de
Protección Urgentes) establece en 10 kilómetros, y el radio de la zona II (o Zona de Medidas de Larga Duración) hasta los 30. Estos radios en el caso de Ascó y Vandellós, incluyen núcleos de población en algunos casos de hasta 100.000 personas
(como es el caso de Reus). En números totales, la población de esta zona II, para las centrales de la provincia Tarragona, asciende hasta cerca de unas 300.000 personas.


Más allá de los déficit que presentan en aspectos de infraestructura de evacuación, los mismos planes de emergencia exterior, hay que reformuiar la zona de nivel I. Se ha demostrado que en el accidente de Japón, la zona más afectada es la
del radio de 20 kilómetros, y no solo la de 10 kilómetros alrededor de los grupos atómicos. Mientras tanto, los PEE solo observan un radio inmediato de 10 kilómetros, mientras en Japón se ha demostrado que en estas situaciones de emergencia la
población expuesta en primera instancia llega hasta los 20 kilómetros.


Cabe recordar que durante años, los municipios en torno a 10 kilómetros (zona I) han estado recibiendo recursos económicos y materiales de protección civil, con convocatorias de subvenciones de recursos escasos. Mientras que los municipios
de más allá de 10 kilómetros (zona II) no disponen de mecanismos de planificación locales, ni reciben recursos para situaciones de emergencia, ni disponen de infraestructura mínima (como puede ser un sistema de sirenas o megafonía), si no lo han
pagado con sus propios recursos (más bien escasos). Las autoridades de protección civil no pueden mantenerse impasibles ante estas carencias en la seguridad de la población y la posible inviabilidad manifiesta de una posible evacuación de los
ciudadanos de estas zonas afectadas por las centrales nucleares.


Con el objetivo de redefinir los PEN a la realidad actual y mejorar la seguridad de los ciudadanos habría que modificar los radios de actuación de dichos planes. Respetando la delimitación de la zona 1 para los municipios más próximos a las
centrales pero modificar la zona II, implementando una nueva una subzona IIA que abarcaría una radio de entre 10 y 20 km des de la central nuclear. Esta subzona incorporaría dentro de su radio de seguridad aquellos municipios con los núcleos de
población más habitados. Cabe apuntar que la zona 1 de seguridad que establecen los PEN actuales incluye todos los términos municipales que están situados en torno a los 10 km de la central, aunque en realidad su núcleo de población esté mucho más
lejos de dicho radio. Por este motivo se hace necesario centrarnos en una nueva reformulación de los radios de los PNE que afectan a los núcleos de población de la segunda corona que son los más desatendidos.


Por lo tanto la problemática en referencia a los Planes de actuación en caso de emergencia nuclear se sustenta en la necesidad urgente de poner al día sus contenidos solucionando aquellos problemas reales de aplicación/desarrollo de los
mismos, y la dotación de medios necesarios para su efectiva aplicación.


Por todo lo manifestado, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Llevar a cabo una revisión, modernización y adecuación de los Planes de Emergencia Nuclear de las centrales nucleares de !a provincia de Tarragona durante el año 2017, con los nuevos criterios establecidos a nivel internacional.



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a) Redefinir los planes de emergencia exterior de las centrales nucleares del Estado español con la implementación de una nueva subzona IIA, que incluya municipios con un núcleo de población dentro del radio comprendido entre 10 y 20 Km
desde la central nuclear.


b) Dotar una partida presupuestaria extraordinaria para los nuevos municipios que sus núcleos de población se incluyan en la subzona IIA, para actualizar y equiparar los mecanismos de protección civil con el resto de municipios que ya
estaban incluidos en la zona 1.


c) Implementar durante el año 2017 las inversiones y actuaciones necesarias para garantizar en todos los municipios de la zona 1 y subzona IIA la cobertura de telefonía móvil, disponiendo de más de una red de transmisión dentro del espacio
radioeléctrico público que afecta los núcleos urbanos de estas áreas, evitando así posibles saturaciones.


d) Incorporar expertos independientes en la supervisión de estos planes de emergencia.


2. Realizar las actuaciones necesarias para disponer de medios e infraestructuras en estado óptimo para desarrollar con eficacia las funciones establecidas en los Planes de Emergencia Nuclear de las centrales de Ascó (I y II) y Vandellós
(II) actualmente en vigor, en especial atención al ámbito de las infraestructuras de comunicación, telecomunicaciones, electricidad y viarias.


3. Llevar a cabo una auditoría externa, desde un organismo internacional independiente, para evaluar el estado y los riesgos de las centrales nucleares del Estado español, y sus correspondientes Planes de Emergencia.


4. Llevar a cabo en su totalidad la transposición inmediata de la Directiva 2014/87/EURATOM, del Consejo, de 8 de julio de 2014, por la que se modifica la Directiva 2009/71/EURATOM, por la que se establece un marco comunitario para la
seguridad nuclear de las instalaciones nucleares.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de diciembre de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.