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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 110, de 24/02/2017
cve: BOCG-12-D-110 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


24 de febrero de 2017


Núm. 110



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000332 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el Plan de Atención Integral a las Personas sin Hogar ... (Página3)


162/000333 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la central nuclear de Santa María de Garoña ... (Página4)


162/000334 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la no reapertura de la explotación de la central nuclear de Santa María de Garoña ... (Página6)


162/000335 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre reforma de la asistencia a pacientes con enfermedades raras ... (Página9)


162/000336 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a ampliar el plazo de suspensión de lanzamientos establecido en el artículo 1 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar
la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social ... (Página10)


162/000337 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la mejora de la protección de los pacientes afectados por la pseudociencia ... (Página11)


162/000338 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a las medidas necesarias para permitir que los creadores puedan compatibilizar su actividad creativa con sus pensiones ... href='#(Página13)'>(Página13)


162/000339 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a facilitar el acceso al Registro Español de Médula Ósea y facilitar los trasplantes de médula ósea ... (Página15)


162/000340 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre protección de la arquitectura contemporánea ... (Página16)


162/000341 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la titularidad, uso y disfrute del inmueble denominado El Olimpo y radicado en Bilbao ... (Página18)



Página 2





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en la Comisión de Interior ... (Página19)



Página 3





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2017.-P.A. El Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, José Antonio Moreno Ara.


162/000332


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre el Plan de Atención Integral a las Personas sin Hogar, para su debate en el Pleno del Congreso de los Diputados.


Exposición de motivos


La existencia de personas viviendo en la calle es el reflejo de un fracaso colectivo como sociedad. Esta dura realidad se ha agravado notablemente como consecuencia de la crisis y de los recortes en políticas sociales llevados a cabo desde
2012, con una doble consecuencia: el incremento del número de personas afectadas y el cambio en el perfil, características y problemas asociados a la situación de carecer de un hogar.


Si bien es cierto que existen una escasez de datos e información relativa a este fenómeno, se ha comprobado un importante aumento del número de personas sin hogar. Con mayor intensidad, ha crecido el número de personas jóvenes y de mayores
de cuarenta y cinco años. Se aprecia también un alarmante incremento de la proporción de mujeres, así como de las personas que tienen pareja e hijos.


Además, han aparecido una serie de fenómenos novedosos, consecuencia de lo ocurrido en los últimos años en nuestro país. En primer lugar, ha aumentado del sinhogarismo por impagos, pérdida de vivienda y desempleo. En segundo término, se
aprecia mayor cronificación de las situaciones de sinhogarismo y de la búsqueda de empleo. Tercero, aumenta el número de personas sin hogar que carecen de cualquier tipo de ingreso y varían sustancialmente las fuentes de ingresos de quienes los
tienen, al reducirse a la mitad las que cuentan como principal fuente de ingresos el trabajo. En el caso de las mujeres, bajan especialmente las fuentes procedentes de la protección por desempleo.


A la vez, se constata que las personas sin hogar presentan rasgos demográficos cada vez más similares al resto de la población. Por ejemplo, aumenta el porcentaje de mujeres universitarias. Entre las personas sin hogar que trabajan, hay
más directivos, técnicos o profesionales, más administrativos, comerciales o empleados del sector servicios y más trabajadores cualificados en los sectores agrario o industrial. La permanencia media en el trabajo ha aumentado, en 2012 creció
radicalmente el porcentaje de personas sin hogar que llevaban más de dos años en su trabajo.


Un dato especialmente preocupante es el aumento de agresiones y delitos contra personas sin hogar, especialmente los dirigidos contra jóvenes y mujeres.


En Europa, las políticas sobre sinhogarismo han experimentado un importante impulso. El Parlamento Europeo en sus resoluciones de 16 de diciembre de 2010 y 6 de septiembre de 2011 sobre la estrategia de la Unión Europea en relación con las
personas sin hogar, a las que habría que sumar también su



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resolución de 11 de junio de 2013 sobre vivienda social, ha recomendado a los Estados que elaboren sus propias estrategias. Este refuerzo y dinamización de las políticas para personas sin hogar se inscribe en la Estrategia Europa 2020, de
crecimiento inteligente, sostenible e integrador para la década.


España aprobó, el 6 de noviembre 2015, en cumplimiento de las citadas resoluciones, la Estrategia Nacional Integral para las Personas Sin Hogar 2015-2020 (ENI-PSH). Se trata de una enunciación de propuestas, una manera de apostar por una
determinada línea de trabajo, de metodología y de enfoque en las políticas dirigidas a la mejora de las condiciones de vida de las personas sin hogar en España y, en lo posible, la erradicación de este fenómeno.


La Estrategia fue bien recibida por los colectivos y expertos conocedores del problema pero, desde el primer momento, señalaron algunas deficiencias que se centraban, principalmente, en la necesidad de incorporar un presupuesto específico,
así como de concretar las medidas, mediante la coordinación de todas las administraciones.


La ausencia de dotación económica y la falta de concreción de las medidas, explican que la estrategia no esté desplegando efectos en la práctica. Si de verdad se quiere abordar el problema, es necesario elaborar, con la participación de
todas las administraciones y agentes sociales implicados, un Plan que concrete las medidas, incluyendo dotación presupuestaria y unos objetivos que sean evaluables y cuenten con un plazo determinado para su cumplimiento.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar, de acuerdo con las Comunidades Autónomas y las entidades locales y con la participación del tercer sector, un Plan de Atención Integral a las Personas sin Hogar, que cuente con
dotación presupuestaria y desarrolle las propuestas contenidas en la Estrategia Nacional Integral para las Personas Sin Hogar 2015-2020, para concretar medidas y actuaciones que contribuyan a alcanzar los objetivos previstos en la misma.


El Plan incluirá una evaluación a 31 de diciembre de 2017, cuyas conclusiones se presentarán ante la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso de los Diputados y servirán para orientar las políticas a desarrollar en el futuro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2017.-Eduardo Madina Muñoz, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000333


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado de EH Bildu, Oskar Matute García de Jalón, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la central nuclear de Santa María de
Garoña, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


A lo largo de las últimas décadas han sido decenas las iniciativas que, desde Euskal Herria y en especial desde Araba, han realizado tanto las diferentes instituciones como la sociedad civil exigiendo el cierre e inmediato desmantelamiento
de la central nuclear de Santa María de Garoña.


Las muestras más recientes son la Proposición no de Ley aprobada por el Parlamento vasco a fecha 19 de noviembre de 2015, con arreglo al siguiente texto:


'El Parlamento vasco insta al Gobierno vasco a que interponga recurso contra la declaración de impacto ambiental que autoriza la instalación temporal de un almacén de material nuclear en la central nuclear de Garoña.


El Parlamento vasco denuncia la falta de información del Gobierno de España hacia las instituciones vascas, que no han recibido información ni consulta alguna al respecto.


El Parlamento vasco insta al Gobierno de España, en coherencia con los reiterativos pronunciamientos de las instituciones vascas y especialmente las alavesas, contrarios a la continuidad de la vida útil de la



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central de Santa María de Garoña, a no autorizar una nueva licencia para la reapertura de estas instalaciones.


El Parlamento vasco solicitará el amparo de la Comisión Europea ante una nueva posible reapertura de la central nuclear de Garoña, para que supervise el procedimiento de concesión de una hipotética licencia de apertura de la central de
Garoña y para que se asegure del cumplimiento de las exigencias de seguridad impuestas después del accidente de Fukushima ante la posibilidad de concesión de una nueva licencia.


El Parlamento vasco expresa su intención de participar en la Comisión interinstitucional para el seguimiento del proceso de desmantelamiento de la central nuclear de Garoña, acordada por las Juntas Generales de Araba. En este sentido, insta
a la Diputación Foral y las Juntas Generales de Araba a crear lo antes posible la citada Comisión.'


Así como la Moción aprobada por las Juntas Generales de Araba a fecha 29 de noviembre de 2015, en su tradicional Pleno de Santa Catalina, con el siguiente contenido:


'1. Las Juntas Generales de Álava exigen al Gobierno español, Nuclenor, lberdrola y Endesa el cierre definitivo, incondicional e inmediato de la central nuclear de Garoña y la inmediata puesta en marcha del desmantelamiento de la central
nuclear de Garoña, todo ello bajo la supervisión y con la participación activa de la colaboración de la Comisión Interinstitucional aprobada por estas Juntas Generales el 21 de enero de 2013.


2. Las Juntas Generales de Álava instan al Gobierno vasco a que interponga recurso contra la declaración de impacto ambiental que autoriza la instalación temporal de un almacén de material nuclear en la central nuclear de Garoña.


3. Las Juntas Generales de Álava denuncian la falta de información del Gobierno de España hacia las instituciones vascas, que no han recibido información ni consulta alguna al respecto.


4. Las Juntas Generales de Álava instan al Gobierno de España, en coherencia con los reiterados pronunciamientos de las instituciones vascas y especialmente las alavesas, contrarias a la continuidad de la vida útil de la central de Santa
María de Garoña, a no autorizar una nueva licencia para la reapertura de estas instalaciones.


5. Las Juntas Generales de Álava solicitarán el amparo de la Comisión Europea ante una nueva posible reapertura de la central nuclear de Garoña, para que impida la concesión de una hipotética licencia de apertura de la central de Garoña.


6. Las Juntas Generales de Álava, mediante su Mesa, convocarán a la mayor brevedad un gran acto institucional y social que visualice el rechazo masivo y unánime del Territorio Histórico a cualquier intento de mantener la actividad de la
central nuclear de Garoña en ninguna circunstancia; en dicho acto, junto con la mayor representación institucional posible (Diputación Foral, Cuadrillas, Ayuntamientos y Concejos), se posibilitará también la participación de todos aquellos agentes
sociales que lo deseen (sindicatos, asociaciones profesionales, grupos ecologistas, agentes culturales y sociales, ONGs...).


7. Las Juntas Generales de Álava hacen un llamamiento a la ciudadanía a participar en todas aquellas convocatorias destinadas a reclamar el cierre y desmantelamiento inmediato de la central nuclear de Santa María de Garoña.


8. Las Juntas Generales de Álava entienden que para la clausura de Garoña es imprescindible: la movilización popular conjunta de los pueblos de Álava y del entorno burgalés, para que, unidos y acompañados de sus instituciones, extiendan a
todo el Estado el rechazo y la clausura de cualquier actividad en Garoña y, finalmente, generando la mayoría social necesaria obtener el cierre definitivo de la central nuclear de Santa María de Garoña.


9. Las Juntas Generales de Álava instan a la Diputación Foral de Álava, a contratar, de forma progresiva, el cien por cien de la energía eléctrica que provenga de fuentes de energía renovables, en todas las dependencias de la Administración
Pública a través de una comercializadora eléctrica que ofrezca ese servicio.


10. La presente Moción será remitida a todos los Ayuntamientos y Concejos de Araba, al Parlamento y Gobierno de la Comunidad Autónoma vasca y al Gobierno del Estado español así como a las empresas Endesa, lberdrola y Nuclenor.'



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A raíz de esta Moción, las propias Juntas Generales de Araba, han convocado, para el próximo 19 de marzo, un gran acto institucional y social que visualice el rechazo masivo y unánime del Territorio Histórico a cualquier intento de mantener
la actividad de la central nuclear de Garoña.


Por otro lado, teniendo en cuenta que, una vez que la Directiva 2014/87/Euratom, que modifica la Directiva 2009/71/Euratom del Consejo, se incorpore al Derecho estatal, la Comisión Europea deberá velar por que los marcos estatales que
requieren la seguridad de una instalación nuclear sean reevaluados al menos cada diez años. Y que la citada Directiva también establece que las revisiones temáticas por homólogos centradas en cuestiones específicas relacionadas con la seguridad
tengan lugar cada seis años. Así como que los reguladores estatales -reunidos en el Grupo Europeo de Reguladores de la Seguridad Nuclear (ENSREG)- han acordado seleccionar como tema común objeto de examen en el primer ejercicio que comenzará en
2017 las cuestiones de envejecimiento relacionadas con el funcionamiento a largo plazo.


Por todo ello, EH Bildu, formula la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados exige al Gobierno que se abstenga de tomar ninguna decisión irreversible sobre el futuro de la central nuclear de Santa María de Garoña y por lo tanto paralice cualquier proceso de renovación de explotación
de la misma.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a atender a las decenas de solicitudes realizadas desde Euskal Herria y en especial desde Araba a lo largo de las últimas décadas, tanto a nivel social como institucional, e inicie
urgentemente el proceso pertinente con el objetivo de desmantelar de manera absoluta y definitiva la central nuclear de Santa María de Garoña.


3. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que facilite y participe de la creación de la necesaria Comisión interinstitucional para el seguimiento del proceso de desmantelamiento de la central nuclear de Garoña en los términos
establecidos en la Moción aprobada por las Juntas Generales de Araba a fecha 21 de enero de 2013.


4. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para impulsar de manera urgente la reindustrialización de las comarcas afectadas por el fin de la actividad de la central nuclear Santa María de Garoña.


5. Este Congreso exige la dimisión inmediata del presidente del CSN, el señor Fernando Marti Sharfhausen. A la opacidad en el ejercicio de su cargo actual se le suma una parcialidad más que evidente en relación con la posibilidad de
reapertura de la central nuclear de Santa María de Garoña. Su cargo debería conllevar un celo absoluto con la seguridad de la población ante los riesgos derivados del uso de energía nuclear y, en ningún caso, la de colaborador con terceros para el
sostenimiento de su actividad en el campo de la energía nuclear.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2017.-Oskar Matute García de Jalón, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000334


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la no reapertura de la explotación de la central Nuclear de Santa María de Garoña, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La energía nuclear no es la energía del futuro: no es ni limpia, ni segura, ni imprescindible, ni barata. Tampoco es la respuesta adecuada ante el desafío del cambio climático. En el caso de España, ni siquiera es una energía autóctona:
el uranio que utilizamos como combustible tenemos que importarlo de terceros países, contribuyendo así a nuestro déficit comercial.



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En primer lugar, la energía nuclear no puede considerarse 'limpia' -a pesar de las reducidas emisiones de CO2 generadas a lo largo de su extenso ciclo de vida-, ya que genera peligrosos residuos radioactivos de muy difícil gestión, desde la
fase inicial de extracción del uranio, hasta centenares de miles de años posteriores a su utilización. Ninguna forma de contaminación tiene semejante potencial de amenaza -y a tan largo plazo- tanto para los ecosistemas naturales como para la salud
humana.


En segundo lugar, la confianza en la 'seguridad' de las centrales nucleares resulta hoy particularmente cuestionada tras la catástrofe de Fukushima, cuyas consecuencias siguen aún fuera de control, a pesar de las ingentes cantidades de
recursos públicos y privados invertidas para evitar fugas de radioactividad (al aire y al agua), así como para descontaminar el entorno de la central. Fukushima puso de manifiesto la infravaloración de los riesgos asociados a fenómenos externos
-inundaciones, terremotos...- así como graves deficiencias en la supervisión y control que debía realizar el organismo regulador, algo impensable en un país democrático y con un alto nivel de desarrollo como es Japón. La experiencia de Fukushima ha
obligado a revisar al alza los requisitos de seguridad de las centrales nucleares en todo el mundo, incluidas las condiciones para hacer frente de manera adecuada a una emergencia nuclear, así como a reforzar la independencia, la transparencia y el
rigor de los organismos reguladores.


En tercer lugar, la energía nuclear no resulta en absoluto 'imprescindible', teniendo en cuenta el rápido desarrollo de las energías renovables, con nuevas tecnologías cada vez más competitivas y con capacidad creciente de generar energía de
forma continuada -a pesar de la intermitencia natural de sus respectivas fuentes-, así como el amplio margen existente para reducir el consumo de energía a través de la eficiencia y el ahorro energético tanto en términos absolutos -en los países más
desarrollados-, como en términos de PIB. En el caso de España, además, existe un significativo excedente de capacidad de generación eléctrica, asociado a la gran expansión de las centrales de ciclo combinado, que apenas se aprovechan en la
actualidad; y, asimismo, se ha avanzado bastante poco en materia de eficiencia energética, en particular en el consumo de electricidad en todo tipo de edificios.


En cuarto lugar, la energía nuclear no es 'barata'. De hecho, solo se están construyendo nuevas centrales nucleares en aquellos países cuyos gobiernos garantizan condiciones financieras y de rentabilidad adecuadas para compensar sus
elevados costes iniciales de inversión -que se han incrementado significativamente durante los últimos años-; y, por supuesto, en aquellos donde el propio gobierno invierte recursos públicos en dichas centrales por razones geoestratégicas. La
energía nuclear solo resulta 'barata' una vez que se han amortizado sus costes de capital. Por eso, no es de extrañar que en España, donde desde 1997 existe plena libertad para construir nuevas centrales nucleares, no se haya iniciado ninguna, y,
en cambio, asistamos a una presión creciente de las empresas del sector para aumentar hasta los sesenta años la actividad de los reactores existentes. A ello contribuye, además, la sobre-retribución garantizada a la energía nuclear en nuestro país
por la regulación vigente, lo que supone los denominados 'beneficios caídos del cielo' para las empresas titulares de las plantas.


Gráfico 1. Evolución de la construcción de reactores nucleares de 1955 a 2014


[**********página con cuadro**********]



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En quinto lugar, la energía nuclear tampoco es la respuesta adecuada al desafío del cambio climático, el margen temporal para reducir las emisiones de CO2 (para frenar el calentamiento global) es cada vez más corto: poco más de una década.
Esta urgencia resulta incompatible con los tiempos necesarios para que la energía nuclear sustituya de forma significativa el uso de los combustibles fósiles. Así lo contempla la propia Agencia Internacional de la Energía (AIE), que prevé que
durante las próximas dos décadas la inversión en nuevas centrales nucleares apenas superará la inversión necesaria para compensar el cierre de las centrales más antiguas, por lo que aumentará solo ligeramente el porcentaje de la energía nuclear en
el consumo mundial de electricidad. En cambio, la AIE considera el ahorro y la eficiencia energética como el vector más importante para reducir las emisiones de CO2 de forma rápida y a un coste moderado.


En sucesivos proyectos políticos, tanto en el Gobierno como en la oposición, el PSOE ha defendido un proceso gradual de cierre ordenado de las centrales nucleares en nuestro país. El primer Gobierno del PSOE en 1982 implementó la denominada
'moratoria nuclear', es decir, la suspensión temporal del desarrollo de políticas de construcción y puesta en marcha de centrales nucleares. En 2002, el PSOE apoyó el cierre de la central nuclear José Cabrera situada en Almonacid de Zorita, la más
antigua de España; y el último Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero acordó el cierre, en 2013, de la central nuclear de Santa María de Garoña, a pesar de que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) había establecido las condiciones de seguridad
bajo las que este reactor hubiera podido seguir operando hasta 2019.


La central nuclear Santa María de Garoña fue inaugurada en 1970 y desde 2006 se convirtió en la central nuclear en activo más antigua de España. Garoña es una central de primera generación, de tecnología similar a la de los reactores de
Doel en Bélgica y de Fukushima en Japón, y ha quedado obsoleta, por su tecnología y por la duración de su ciclo de vida, lo que la convertiría en una central de alto riesgo, si volviera a operar.


No produce electricidad desde el 28 de diciembre de 2012, cuando a raíz de la entrada en vigor del impuesto sobre la producción en centrales nucleares que estableció la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la
sostenibilidad energética, Centrales Nucleares del Norte, S.A. (Nuclenor), que está participada al 50 % por lberdrola Generación y al 50 % por Endesa Generación, decidió dejar de operar al considerar que le supondría un coste adicional de cientos
de millones, algo que entendió 'inasumible'.


La central nuclear de Santa María de Garoña (Burgos) se encuentra actualmente en situación peculiar dado que se encuentra en cese definitivo de la actividad desde el 7 de julio de 2013, una vez expiró su autorización de explotación. Sin
embargo, el pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha autorizado -por cuatro votos a favor y uno en contra- que la central nuclear de Santa María de Garoña pueda operar hasta 2031, con una serie de requisitos de seguridad, es decir hasta
cumplir los sesenta años de vida útil. Esto es, en sí mismo, un hecho insólito debido a que sería la primera vez que una central española solicitara operar hasta esa edad, además superando en siete años el periodo de renovación, que está estipulado
en diez años y que ha sido hasta ahora lo máximo que ha informado el CSN.


Por otro lado, en sede parlamentaria el presidente del CSN, Fernando Marti, señaló, según recoge el acta de su intervención (Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados año 2016 XII Legislatura Núm. 33, 19 de octubre de 2016), que
'para poder emitir el informe técnico preceptivo y vinculante en el expediente administrativo de renovación de la autorización de explotación, antes deberían haberse completado' una serie de obras por parte de la empresa propietaria de la central de
Garoña que no se ha llevado a cabo hasta el momento. Entre dichas obras para mejorar la seguridad citaba las siguientes: 'el nuevo sistema de tratamiento de gases de reserva, modificaciones sobre la separación de trenes eléctricos modificaciones
de protección de equipos relacionados con la seguridad frente a la caída del techo de turbina en caso de incendio y las modificaciones en el aislamiento de contención'.


El Gobierno del Partido Popular tiene ahora seis meses para decidir si concede la autorización pertinente, condicionada a que Nucleor realice las inversiones exigidas por el CSN para garantizar el nivel de seguridad reforzado después de la
catástrofe de Fukushima.


Dicha central ha cumplido un ciclo de vida útil (cuarenta años) y ya está amortizada. En el momento actual, no tiene ninguna lógica su reapertura desde el punto de vista de la garantía del suministro y/o de los posibles riesgos para la
seguridad, por lo que el Gobierno debería adoptar una decisión en esos términos y no debería autorizar bajo ningún concepto la reapertura de la central nuclear de Santa María de Garoña. Además, es necesario también que la empresa propietaria de la
central ponga en marcha los trabajos de desmantelamiento de la misma.



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A su vez, el Gobierno tiene que involucrarse en el desarrollo de actuaciones de revitalización económica en los municipios incluidos en el área de influencia de la central, y especialmente en los municipios de la zona de influencia más
cercana, en la provincia de Burgos, sin menoscabo de las que deban también desarrollarse en otros municipios afectados de las Comunidades Autónomas del País Vasco y La Rioja.


Y todo esto se enmarca también en la necesidad de llevar adelante un proceso de transición energética en España, con dos prioridades comunes: mejorar la eficiencia energética y aumentar significativamente el uso de las energías renovables y
reducir la utilización de la energía nuclear, acorde con nuestro compromiso de lucha contra el cambio climático. Bélgica, Alemania y Suiza están en proceso de eliminar la energía nuclear en 2025, 2022 y 2035, respectivamente, según la OCDE.


El pasado 22 de noviembre de 2016 varios grupos de la Cámara enviaron al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital una carta para tratar el asunto del proceso de evaluación de la central de Santa María de Garoña. En dicha carta instamos
al Gobierno a que paralice toda decisión política en tanto en cuanto no se haga un debate político, social y técnico sobre la prolongación de la vida útil de las centrales nucleares a sesenta años.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las medidas necesarias para impedir que se reanude la actividad de la central nuclear de Santa María de Garoña y la renovación de la autorización de explotación, dentro de la potestad que tiene el Gobierno para tomar dicha
decisión.


2. Ratificar como fecha de cese definitivo de la explotación la que en su momento adoptó el Gobierno en la Orden ITC/1785/2009, de 3 de julio, por la que se acuerda como fecha de cese definitivo de la explotación de la central nuclear de
Santa María de Garoña el día 6 de julio de 2013.


3. Notificar a la empresa propietaria (Nuclenor) su obligación de proceder al desmantelamiento de la central nuclear de Santa María de Garoña, exigiéndole que continúe sin ulterior demora el proceso para la obtención de una autorización de
desmantelamiento de la central y proceda a la misma.


4. Adoptar las medidas oportunas para poner en marcha un plan de adaptación económica y reindustrialización de las comarcas afectadas por el fin de la actividad de la central nuclear de Santa María de Garoña.


5. Aprobar un calendario público de cierre progresivo de las centrales nucleares operativas en España, que se producirá a los 40 años, como máximo, del inicio de su funcionamiento, así como de su desmantelamiento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2017.-María Pilar Lucio Carrasco, Esther Peña Camarero, César Luena López y José Javier Lasarte Iribarren, Diputados.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000335


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José Manuel Villegas Pérez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre reforma de la asistencia a pacientes con enfermedades raras, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


A día de hoy, en España, existen multitud de pacientes con enfermedades raras que precisan de desplazamientos reiterados para percibir atención especializada en los centros de referencia denominados Centros, Servicios y Unidades de
Referencia (CSUR). Estos centros designados por el consejo interterritorial de salud tras un proceso de acreditación son los encargados de atender a estos pacientes. Este sistema trata de fomentar la especialización de los servicios en estos casos
poco frecuentes con el



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fin de que adquieran la mayor experiencia posible y desarrollen a su vez líneas de investigación que mejoren el pronóstico de estos pacientes.


En el transcurso de su funcionamiento numerosos pacientes y familiares han detectado algunas disfuncionalidades que deberían de tenerse en cuenta para una mejora continua del sistema. Entre ellas destaca la necesidad de viajes reiterados en
los casos que nos e agrupan consultas y exploraciones complementarias en el mismo día. Así mismo la desaparición de los fondos de cohesión y la crisis han dificultado la movilidad de estos pacientes por lo que también se hacen precisas algunas
mejoras en este aspecto.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones legales oportunas a fin de:


1. Crear la figura del gestor de casos en todos los CSUR con la función, entre otras, de aglutinar las citas de los pacientes con enfermedades raras en un solo día y reducir así los tiempos que tienen que pasar estos pacientes y sus
acompañantes en el hospital, con los consiguientes problemas que esto supone tanto a nivel personal como laboral.


2. Designar los CSUR suficientes para cubrir las 21 patologías designadas por la Unión Europea.


3. Establecer la posibilidad de que todos aquellos menores diagnosticados de una enfermedad rara puedan solicitar consulta de segunda opinión y seguimiento al CSUR de referencia.


4. Evitar duplicidades en enfermedades raras de baja prevalencia a fin de poder aunar experiencia.


5. Favorecer la continuidad de tratamiento por los mismos especialistas en la transición de edad pediátrica a edad adulta a fin de no perder experiencia acumulada.


6. Potenciar la investigación en los CSUR incentivando la publicación de trabajos de investigación como mérito y requisito imprescindible para mantener la acreditación.


7. Potenciar la gestión de casos en procesos relacionados con la escolarización precoz en pacientes con daño cerebral, facilitando el acceso a recursos de atención al niño crónico complejo con discapacidad y/o dependencia y con alta
necesidad de cuidados y terapias especializadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2017.-José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para ampliar el plazo de suspensión de
lanzamientos establecido en el artículo 1 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Gobierno popular sigue siendo sensible al drama de muchas familias, que por su situación de desempleo sobrevenida en la crisis, no pueden abonar las cuotas de los créditos hipotecarios para la adquisición de su vivienda. Por ello, se
adoptaron las medidas necesarias para paralizar los desahucios y proteger a estas familias.


El Gobierno, antes de sus primeros cien días de mandato en la X legislatura, aprobó el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo de 2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos que facilitaba la reestructuración
de la deuda hipotecaria y cuyo efecto principal fue la suspensión inmediata y por un plazo de dos años de los desahucios de familias en especial riesgo de exclusión.



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El Código de Buenas Prácticas (CBP) se firmó en marzo de 2012 con la práctica totalidad de las entidades con actividad hipotecaria en España, hasta 94 en la actualidad. El Gobierno impulsó este Código de adhesión voluntaria pero de
cumplimiento obligatorio durante dos años para las entidades firmantes. El objetivo era dar solución a las familias con dificultades para hacer frente al pago de sus deudas hipotecarias, bien por encontrarse en situación de desempleo o ausencia de
ingresos. Se establecieron tres opciones, renegociación de plazos y cuotas con las entidades o reestructuración de la deuda, quitas y dación en pago, con periodos de carencia, amortización hasta cuarenta años, reducción del tipo de interés
aplicable a Euríbor + 0,25 puntos e incluso la posibilidad de permanecer en la vivienda mediante el pago de un alquiler reducido. El CBP ha permitido a 44.200 familias reestructurar la deuda hipotecaria o la dación en pago. Las medidas para evitar
los desahucios han beneficiado a más 75.000 familias en riesgo de exclusión social. En el último semestre de 2016 se registraron 4.000 solicitudes más que en los últimos seis meses de 2015.


Posteriormente el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, que además de suspender los lanzamientos durante dos años para un colectivo más
amplio -todas las personas especialmente vulnerables-, incluyó un mandato para la creación del Fondo Social de Vivienda. Este DL, una vez convalidado, fue tramitado como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia, lo que dio lugar a la Ley
1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.


El Fondo Social de Viviendas destinado al alquiler es un convenio en el que participan tres Ministerios (Fomento, Economía y Sanidad), el Banco de España, la Federación Española de Municipios y Provincias, la Plataforma del Tercer Sector,
que integra las principales ONG de este país y representa a casi a nueve millones de personas, las patronales bancarias, y doce entidades de crédito que aportan sus casi 10.000 viviendas. La modificación del convenio realizada en mayo de 2014,
amplió el número de personas que podían acogerse al Fondo y está permitiendo que las familias puedan mantenerse en la vivienda que habitaban, aunque la hayan perdido a consecuencia de una ejecución judicial forzosa. El FSV ha permitido la
celebración de 6.800 contratos de alquiler a precios reducidos (rentas que oscilan entre 150 y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30 % de sus ingresos netos totales por unidad familiar) y se suspendieron, hasta septiembre de 2016, 22.850
lanzamientos a través de la moratoria hipotecaria.


La Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, facilita el desendeudamiento de la economía española y amplía los mecanismos de protección para aquellos
deudores hipotecarios más vulnerables, incrementa el número de beneficiarios del Código de Buenas Prácticas, eliminaba ya las cláusulas suelo para los colectivos vulnerables y prorrogaba dos años más, hasta mayo de 2017, la moratoria para los
desahucios.


Dicho plazo está a punto de expirar, pues el 15 de mayo de 2017 expira el plazo fijado para la moratoria hipotecaria, a la que se han acogido las referidas 22.850 familias, muchas de las cuales continúan en situación de vulnerabilidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el artículo 1.1 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social para ampliar el
plazo de suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales de personas y familias especialmente vulnerables hasta el 15 de mayo de 2019.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José Manuel Villegas Pérez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de la protección de los pacientes afectados por la pseudociencia, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Los profesionales sanitarios son elementos esenciales a la hora de detectar agresiones, abusos o situaciones de vulneración de derechos fundamentales a los ciudadanos en las diferentes etapas de su vida. La formación que poseen estos
profesiones, de diferentes categorías, permite valorar cuando sus pacientes manifiestan signos y síntomas que concuerdan con acontecimientos violentos o de situaciones de abuso. Esta facultad, y también obligación legal, les es conferida a través
de diferentes normas.


Por ejemplo, la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, estipula que en España, el personal sanitario tiene la obligación legal de poner en conocimiento de la autoridad judicial la posible
existencia de un hecho delictivo.


La Ley de Enjuiciamiento Criminal señala en sus artículos 262 y 355 preceptos legales relativos a esta obligación de denunciar a las autoridades competentes cualquier delito público o relacionado con delitos de lesiones: 'Los que por razón
de sus cargos, profesiones u oficios tuvieran noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al tribunal competente, al juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de
policía más próximo al sitio, si se tratase de un delito flagrante' y 'Si el hecho criminal que motivare la formación de una causa cualquiera consistiese en lesiones, los Médicos que asistieren al herido estarán obligados a dar parte de su estado y
adelantos en los períodos que se les señalen, e inmediatamente que ocurra cualquiera novedad que merezca ser puesta en conocimiento del Juez instructor' respectivamente.


También el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, recoge como una función del personal sanitario de
Atención Primaria, Atención Especializada y Urgencias, la comunicación a las autoridades competentes de aquellas situaciones que lo requieran, especialmente en caso de violencia de género.


El sistema sanitario también tiene un importante papel en la prevención de la violencia de género, que se articula a través de actuaciones en el ámbito de la sensibilización y formación de profesionales y de atención a la salud integral de
las mujeres, lo que incluye actuaciones de salud comunitaria y educación para la salud.


Sin embargo, a día de hoy, estas potestades y obligaciones médicas se circunscriben mayoritariamente, que no por ello menos importantes, a problemáticas relativa a la violencia de género, trata de personas, mutilación genital femenina y
maltratos a menores, dejando de lado otros elementos que, pudiendo ser constitutivos de delito, no se deben denunciar de manera sistemática.


En relación a esto último nos referimos a los efectos perniciosos que poseen las pseudociencias, y sobretodo quienes las indican, para los pacientes. Son numerosas las ocasiones en las que un paciente, con enfermedad terminal en numerosos
casos abandona un tratamiento con eficacia clínica probada y evidente probabilidad de éxito en la curación de esta, por terapias naturales o pseudociencias que no poseen evidencia científica alguna con efectos beneficiosos sobre la salud. También
existen numerosos casos en los que los pacientes sufren intoxicaciones o daños fisiológicos importantes como consecuencia de ingerir productos peligrosos o sin garantías sanitarias, que incluso pueden interaccionar con tratamientos que estén
tomando.


Además, puede ser peligroso el uso de este tipo de 'terapias' como complementarias de un tratamiento médico. Por ejemplo, determinados productos a base de plantas interactúan con los medicamentos empleados en quimioterapia. En otros casos
se emplean productos que son de por sí peligrosos, como diversas plantas medicinales o el llamado 'MMS' o 'Miracle Mineral Solution', declarado medicamento prohibido en España y varios países más.


Pese a los avances en la medicina y los logros conseguidos en muchas enfermedades, en especial el aumento de esperanza de vida y las tasas de supervivencia en diferentes patologías, el auge de las terapias alternativas sin aval científico es
imparable y su uso se extiende cada vez más en especial sobre colectivos de enfermos cuyas patologías derivan en procesos terminales o requieren un tiempo de tratamiento amplio.


Hay un argumento recurrente cuando se aborda este problema que defiende este tipo de prácticas. Según sus defensores, los pacientes que acuden a terapias naturales o pseudociencias no se ven



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perjudicados por elegir este tipo de tratamientos. Una hipótesis que no es verdad en una cantidad importante de casos.


Numerosos profesionales que practican este tipo de terapias señalan que existe un vacío legal que regule su práctica. Sin embargo, las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y del Tribunal Supremo en relación con el
Decreto catalán 31/2007, por el que se regulan las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales señala que el hecho de que estas prácticas, al presentarse como sanitarias y terapéuticas, hace que se les aplique el régimen
establecido en la regulación básica estatal, principalmente lo recogido en la Ley 14/1986 General de Sanidad, la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, y el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las
bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Una normativa que carece de supervisión para cerciorar su cumplimiento.


La falta de regulación generalizada en este ámbito tanto hacia los profesionales que las imparten o recomiendan, así como la falta de regulación sobre los productos y terapias que son consideradas efectivas o no, basadas en criterios
científicos, ha supuesto la aparición de un limbo legal en el que existen pacientes que, desesperados por el avance de su enfermedad, abandonan tratamientos con posibilidad de curación por tratamientos naturales o pseudociencias que no están
avaladas e indicadas, científicamente, para tratar sus dolencias.


Podemos comprobar cómo existen personas de toda índole social y nivel educativo que confían su salud a terapias naturales y pseudociencias abandonando tratamientos Esta problemática se está tratando ya en numerosos congresos médicos y
científicos. Todos ellos coinciden en que el uso de estas terapias está en aumento y que es necesario que desde la profesión sanitaria se pueda denunciar este tipo de prácticas no tanto por lo que hacen sobre los pacientes, que en algunos casos
también sería preciso, sino que por lo que dejan de hacer por los pacientes.


Otro elemento en cuestión a la hora de combatir este tipo de prácticas es apelar a la responsabilidad que las administraciones autonómicas y ayuntamientos poseen en relación a las actividades comerciales que se desarrollan en sus
territorios. El Real Decreto 1277/2003, sobre autorización de centros y establecimientos sanitarios establece que son las administraciones autonómicas, por regla general, quienes deben velar por las autorizaciones pertinentes en el establecimiento
de centros sanitarios en su territorio, una situación que a día de hoy no se produce dado que numerosos de estos establecimientos, que comienzan su actividad con actividades pretendidamente sanitarias, no pasan los controles pertinentes.


Somos conscientes de la libertad de los pacientes a la hora de elegir si continuar o no un tratamiento específico, pero también somos conscientes del daño que algunas personas causan a otras al ofrecer información o expectativas falsas
basadas en remedios o prácticas sin evidencia científica. Por ello consideramos que los profesionales sanitarios deben ser parte esencial en la detección de casos en los que existe un perjuicio claro en la salud de los ciudadanos por intereses
contrarios al bienestar del paciente.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones legales oportunas a fin de que los profesionales sanitarios estén obligados a comunicar a las autoridades legales pertinentes (fiscalía o juzgado de guardia)
las prácticas llevadas a cabo por profesionales, titulados o no titulados, que alejadas de la evidencia científica pudieran causar un perjuicio real en la salud directa de sus pacientes. Todo ello se hará a fin de detectar malas prácticas que
pongan en peligro la salud pública o la vida de los pacientes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 2017.-José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a las medidas necesarias para permitir que los creadores puedan compatibilizar su actividad creativa con sus pensiones, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Toda persona que se dedique a la labor creativa o a una actividad artística sabe, como elemento esencial, que su carrera profesional será compleja, con una alta tasa de intermitencia entre unos trabajos y otros, modelos de contratación
formales e informales, así como una complejidad sustancial a la hora de encuadrar sus actividades en la Seguridad Social. También es cierto que si la capacidad creadora se da, a menudo, en épocas tempranas, en un número importantes de artes se
manifiesta con mayor esplendor cuanto mayor recorrido vital posee el autor.


Desde la X legislatura, el Gobierno de Mariano Rajoy, estipuló que cualquier profesional del ámbito de la cultura y la creación, que superase la edad de los sesenta y cinco años tendría varias opciones tasadas: seguir cobrando su pensión
pero renunciando a percibir retribuciones por derechos de autor, así como conferencias o cursos que impartiese o, peor aún, renunciar a su pensión a cambio de los derechos de autor que legítimamente podrían corresponderle. Es decir, le negaban
recoger el fruto de años de trabajo a los que todavía tenía derecho.


A raíz de esta interpretación legal, numerosos creadores jubilados, sobre todo autores literarios, aunque también pintores, fotógrafos o músicos se han visto en la tesitura de tener que pasar por una inspección fiscal a fin de justificar la
compatibilidad de sus pensiones con el cobro de los derechos de autor que legítimamente les corresponde.


Por otro lado, reconducir esta situación no supone aumento de gasto para el Estado; al contrario, podría reflejarse en un aumento de los ingresos al contribuir los afectados con los impuestos correspondientes que se derivan de esta
actividad artística y creativa. Y algo más importante e intangible, ¿estamos en situación de perder la transmisión -a través de charlas, coloquios y foros- de toda esa sabiduría impidiendo que llegue a nuestros jóvenes?


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos que limitar la actividad creadora de nuestros artistas más mayores supone una limitación sin parangón a la cultura de nuestro país. ¿Cuántas obras maestras de la literatura universal o
premios nobeles de literatura se han escrito una vez pasados los sesenta y cinco años? ¿Cuántas obras de arte que todavía perduran en el imaginario colectivo dada su relevancia global han sido creadas en la vejez?


Somos conscientes de que la cultura es un elemento esencial a la hora de crear riqueza y empleo en cualquier país desarrollado. Si bien es cierto que en España, más de medio millón de personas están empleadas en el sector cultural, esta
cifra es muy inferior a las cantidades existentes en países de nuestro entorno, donde se duplica la cantidad de trabajadores del sector. El promover una mayor dedicación a este sector supone también llevar a cabo un apoyo decidido desde las
administraciones a fin de dotar de seguridad jurídica a estos profesionales y, sobre todo, apoyarles una vez hayan pasado la edad establecida para trabajar a fin de que puedan seguir creando con el reconocimiento que su labor y trabajos merecen.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones legales y reglamentarias oportunas para promover la compatibilidad de las pensiones de jubilación de artistas y creadores con la posibilidad de seguir
creando, así como con el cobro de los correspondientes derechos de autor que legítimamente les corresponda.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2017.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para facilitar el acceso al Registro Español de Médula Ósea y facilitar los trasplantes de médula ósea, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La donación de órganos y tejidos es un gesto completamente altruista, considerado como uno de los mayores actos de generosidad que una persona puede hacer por otra. A día de hoy existen miles de personas, sólo en nuestro país, que continúan
viviendo con una significativa calidad de vida gracias a la generosidad de otras personas que han donado sus órganos o tejidos.


Existen diferencias significativas en los tiempos de espera de una donación a otra dadas las limitaciones que las compatibilidades genéticas suponen. Unas diferencias de espera que pueden suponer la supervivencia o no de los pacientes. Por
ello es realmente importante poseer una base de donantes de órganos y tejidos amplia, que permita encontrar compatibilidades de la forma más rápida, sobre todo en lo que a trasplantes de médula se refiere.


Han pasado varias décadas desde que se realizara el primer trasplante de médula ósea en 1957. Desde entonces, este tipo de trasplantes han evolucionado significativa de tal manera que, en la actualidad, este tipo de trasplantes se emplean
para curar una variedad importante de enfermedades: leucemias, linfomas, aplasia medular, mielomas, etc...


Las posibilidades de encontrar el donante idóneo dentro de la familia del paciente afectado son de un 30 %, por eso, en la mayoría de las ocasiones (70 % de los casos) es preciso recurrir a la búsqueda del donante adecuado fuera del ámbito
familiar. Por otro lado, puesto que las células madre de la sangre también se encuentran en la sangre del cordón umbilical, el trasplante de sangre de cordón umbilical (SCU) es una opción terapéutica con una trascendencia cada vez mayor.


Las condiciones para ser donante son claras. Según el Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el
almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos para ser donante es preciso:


- Tener entre dieciocho y cincuenta y cinco años.


- Estar sano y no poder transmitir al receptor enfermedad alguna o poner en riesgo la vida del donante por el hecho de donar.


La leucemia aguda, linfoma y mieloma múltiple son las principales enfermedades que pueden beneficiarse de un trasplante de médula. En nuestro país, cada año cerca de 5.000 personas son diagnosticadas de leucemia aguda, alrededor de 7.000 de
linfoma y cerca de 2.000 de mieloma múltiple. Por otro lado, la leucemia es el cáncer infantil más frecuente. Supone un 30 % de las enfermedades hematooncológicas pediátricas. El 70 % de los pacientes que pueden beneficiarse de este tipo de
trasplante, necesitan un donante no familiar.


A día de hoy, más de 28 millones de personas, en todo el mundo, son donantes de médula, a los que deben añadirse los 650.000 cordones de Sangre de Cordón Umbilical (SCU) almacenados en el mundo. En España, en concreto, tenemos más de
230.000 donantes de Médula Ósea y alrededor de 60.000 cordones almacenados en bancos públicos. Unas cifras significativas y que han llevado a que nuestro país esté en segundo puesto en el listado mundial, tras los Estados Unidos, con más unidades
de SCU almacenadas. Estas excelentes cifras no se han conseguido de la noche a la mañana. El esfuerzo y trabajo de numerosos profesionales en materia de concienciación y educación ha sido esencial. En el año 2013 la Organización Nacional de
Trasplantes y las Comunidades Autónomas, en colaboración con las sociedades científicas y asociaciones de pacientes pusieron en marcha el Plan Nacional de Médula Ósea con el objetivo de alcanzar los 200.000 donantes para finales de 2016. Una cifra
que se ha alcanzado y ha desplazado el objetivo y el horizonte a 400.000 donantes para el año 2020. Es aquí donde los más jóvenes pueden tener un papel importante. Cada día, más a menudo, los más jóvenes sienten la necesidad



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de ayudar a otros ciudadanos con actos de generosidad de este calibre. Sin embargo, la actual ley de trasplantes les impide poder inscribirse en el Registro de Donantes de Médula Ósea (REDMO) hasta los 18 años, lo que limita el acceso a
este registro y frena el procedimiento a la hora de detectar posibles compatibilidades de cara a trasplantes de médula. Facilitar la inscripción de los menores de edad, siempre con el consentimiento de sus tutores legales, puede agilizar de manera
significativa la detección de ciudadanos compatibles con personas que precisan de ese trasplante lo antes posible siempre salvaguardando los derechos e integridad de los menores.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos que el fomento de las donaciones de órganos y tejidos, sobretodo de médula ósea, es un objetivo en el que deben implicarse todas las administraciones, fuerzas políticas, así como
sociedades científicas y pacientes. Un elemento basado en la generosidad, que puede salvar vidas y que, además, España representa como pocos países en el mundo debe seguir siendo bandera de nuestra sociedad.


Por todo lo anterior, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Llevar a cabo las modificaciones legales oportunas para facilitar el acceso, a los menores de 18 años, al Registro de Donantes de Médula Ósea (REDMO) facilitando su identificación, siempre con consentimiento de sus progenitores o tutores
legales, para agilizar posibles compatibilidades y trasplantes una vez hayan alcanzado la mayoría de edad.


2. Llevar a cabo campañas públicas de concienciación, en colaboración con las Comunidades Autónomas, sociedades científicas y asociaciones de pacientes, a fin de conseguir los 400.000 donantes de médula en España para el año 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2017.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000340


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre Protección de la Arquitectura Contemporánea, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En un país como el nuestro, inmensamente rico en patrimonio histórico-artístico, la salvaguarda del mismo está casi siempre garantizada. Sin embargo, cuando analizamos la situación del patrimonio arquitectónico más reciente, nos encontramos
con una tasa de desprotección y destrucción mucho más alta. Lo cierto es que, dada la desactualización de la normativa y la escasa sensibilización al respecto, el patrimonio arquitectónico de los siglos XX y XXI sigue siendo el más vulnerable a la
desaparición.


Dentro del marco de las políticas de protección del Patrimonio Histórico en territorio español, la protección de la arquitectura contemporánea presenta una línea anclada en uno de los aspectos más decisivos de la evolución del concepto de
Patrimonio en las últimas décadas: su extensión hasta alcanzar a bienes de más reciente historia.


En el ámbito del patrimonio arquitectónico, la 'Declaración de Praga para la protección de los monumentos de los siglos XIX y XX' (1971), fue la respuesta ante las desapariciones de edificios de gran valor histórico y cultural, pero carentes
de cualquier tipo de protección. Al mismo tiempo, la declaración redactada al inicio de los setenta sirvió como punto de partida para la aceptación definitiva del valor patrimonial de la arquitectura más reciente, hecho respaldado por la creación
del DOCOMOMO (Documentación y Conservación de la Arquitectura del Movimiento Moderno, Eindhoven, 1988), la



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creciente presencia de edificios del siglo XX en la lista del Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO o por el más reciente Plan Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural del Siglo XX.


Proteger bienes arquitectónicos reciente es, a día de hoy en España, un proceso difícil y complejo y por ello es necesario ampliar la definición de Patrimonio y concienciar de la necesidad de actuar a tiempo. Intentar catalogar y proteger
esta arquitectura a través de la legislación y los medios actuales se vuelve muy complejo ya que, al estar redactadas las leyes cuando todavía no se contemplaba este nuevo concepto de Patrimonio, no quedan recogidos muchos supuestos o criterios de
valoración e incluso se ponen trabas para su protección (por ejemplo, por la edad de la construcción). Es por ello que la revisión de la legislación al respecto es un aspecto esencial para conseguir revertir esta situación y equiparar las
necesidades y razones de protección de estas construcciones a las de épocas más lejanas.


En este sentido se pueden apreciar algunas líneas de trabajo, como por ejemplo la redacción del Plan Nacional para la Conservación del Patrimonio del Siglo XX, que intenta poner la atención sobre estas cuestiones y fijar los criterios y la
metodología a seguir en este área de trabajo. También van surgiendo en España iniciativas como el Documento de Madrid para los Criterios de Conservación del Patrimonio Arquitectónico del siglo XX (ICOMOS, 2011).


Sin embargo, tanto estas iniciativas como el trabajo de instituciones como el Docomomo, con labores de registro e información pero sin competencias para catalogar y dar protección a los edificios, si bien necesarios han resultado
insuficientes ya que se precisan medidas concretas en términos de protección de este patrimonio, que es además el más vulnerable a la especulación y a la transformación.


La desprotección de la arquitectura contemporánea es una realidad y hace tan solo unas semanas volvió a ponerse de manifiesto con la demolición de la casa Guzmán, obra destacada de Alejandro de la Sota, uno de los arquitectos españoles más
reconocidos de la modernidad. Este hecho, que viene repitiéndose en los últimos años (aún tenemos vivo el recuerdo de la desaparición del edificio de 'La Pagoda' de Miguel Fisac, ejemplo especialmente luctuoso por tratarse de una de las mejores
obras del arquitecto y de las más reconocibles de la arquitectura moderna española contemporánea), pone de manifiesto la dejadez de las administraciones a la hora de encarar una protección efectiva de la arquitectura del siglo XX-XXI. Los esfuerzos
de instituciones y estudiosos por poner en valor esas arquitecturas se revelan insuficientes.


Se hace necesario y urgente transmitir los valores de la arquitectura moderna a la sociedad e integrar esas arquitecturas en los mecanismos de protección patrimonial, que hasta ahora han preservado criterios de antigüedad por encima de los
de calidad a la hora de reconocer valor y en consecuencia protección a dichas obras. De no ser así, la arquitectura moderna continuará desprotegida.


Resulta sorprendente que, a pesar del enorme reconocimiento internacional de la arquitectura española contemporánea y de sus profesionales, este reconocimiento no tenga una traducción en su protección a nivel estatal y sigamos asistiendo,
ante la falta de mecanismos eficaces que lo eviten, a la desaparición de obras singulares de nuestro patrimonio arquitectónico moderno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos solicita, recogiendo una petición unánime en la comunidad de profesionales de la arquitectura y el arte así como en diferentes sectores culturales y civiles a nivel nacional e internacional,
que se promuevan las medidas necesarias para la catalogación y preservación de estas obras.


Para ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover la realización de estudios que ayuden a identificar y conocer mejor las aportaciones más valiosas de la arquitectura de los siglos XX y XXI.


2. Impulsar una Ley Nacional de Arquitectura que fomente y reconozca la arquitectura contemporánea en la línea de los parlamentos de otros países europeos comprometidos activamente en la defensa de la arquitectura y su valor, tanto
patrimonial como social, estableciendo para ello medidas de divulgación, promoción y educación.


3. Aportar los fondos para realizar Campañas de difusión de la Arquitectura Contemporánea Española que sirvan para el fomento y la promoción de los valores colectivos e individuales de la arquitectura y el urbanismo y pongan en valor dicha
expresión artística como bien nacional cultural apostando por la



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sensibilización de la sociedad con el fin de que sean los propios ciudadanos los que reconozcan este patrimonio como propio y promuevan esta defensa de la arquitectura moderna.


4. Promover la creación de registros especializados que, a modo de bancos de datos, permitan poseer y acceder a la información sobre las piezas arquitectónicas en ellos contenidas, siguiendo la metodología propuesta por el Registro Docomomo
Ibérico, a fin de disponer de un histórico accesible para las siguientes generaciones y evitar que se entreguen, por falta de medios ad hoc, a instituciones extranjeras.


5. Instar a las Comunidades Autónomas a la Inclusión de la arquitectura contemporánea en los Catálogos de Protección de los Planes Generales de Ordenación Urbana y en los Planes Especiales de Protección y Reforma Interior de los núcleos
históricos, asignándoles los niveles de protección específicos que contemplen los instrumentos de planeamiento, según su valor.


Además, las CCAA deberán desarrollar una labor pedagógica en los municipios pequeños, recomendando la catalogación de los edificios de valor identificados, y que vele por su protección a la hora de aprobar los planes urbanísticos de los
municipios.


6. Solicitar a las Consejerías de Cultura de las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, los Colegios de Arquitectos, las Academias de Bellas Artes y los Ministerios de Fomento, Educación y Cultura, que efectúen una protección efectiva y
una labor de difusión de la Arquitectura Contemporánea. Ello conllevaría la declaración de BIC (o de otras categorías de protección según la legislación autonómica) de las piezas más representativas y el diseño de ayudas públicas o de mecenazgo
privado, para la restauración y conservación de las piezas arquitectónicas contenidas en los registros. Las Administraciones deberán facilitar la conservación de esta arquitectura mediante líneas especiales de exenciones tributarias (IBI) así como
facilidades para la conservación, rehabilitación e incluso posibilidades de permutas.


7. Instar al Ministerio de Educación a incluir el estudio de la arquitectura contemporánea en los Planes de Estudio del nuevo Pacto Nacional por la Educación, fomentando la participación de profesionales del sector en el acercamiento y la
difusión de la arquitectura mediante charlas y visitas escolares a edificios representativos de los siglos XX y XXI.


8. Instar a las distintas Administraciones a preservar en buen estado las obras públicas de arquitectura contemporánea, así como a contar con los autores a la hora de realizar cualquier transformación esencial de la obra.


9. Instar a las distintas Administraciones a respetar la propiedad intelectual de las obras de arquitectura contemporánea que ostenten tal protección, siendo ejemplo ante la ciudadanía del respeto que éstas merecen. En concreto, promover
el respeto al derecho de paternidad e integridad de la obra.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2017.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado Oskar Matute García de Jalón de EH Bildu, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la titularidad,
uso y disfrute del inmueble denominado El Olimpo y radicado en Bilbao, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El solar ocupado por el inmueble denominado El Olimpo (actual cuartel de la Guardia Civil de La Salve, en Bilbao) fue adquirido por la Diputación Foral de Bizkaia en 1925. Posteriormente, se construyó el edificio y su uso fue cedido al
Estado, concretamente a la Dirección General de la Guardia Civil en el año 1958, para su utilización como cuartel de la Guardia Civil.


Desde 1958 hasta la actualidad este cuartel ha contribuido a hacer de Euskal Herria una de las zonas más militarizadas de Europa con 7,1 agentes por cada mil habitantes. Y, por desgracia también ha contribuido, junto a otros, a algunos de
los más graves episodios de vulneración de Derechos Humanos.



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La Diputación Foral de Bizkaia, propietaria del terreno y el edificio que alberga, no posee competencia alguna en materia policial por lo que carece de sentido que esa cesión gratuita se mantenga vigente.


De igual modo el proceso de crecimiento de Bilbao, no exento de carencias habitacionales en su perímetro, unido a su particular orografía hacen de esta ubicación un lugar idóneo para el desarrollo de proyectos que redunden en un mayor y
mejor equilibrio urbanístico de la ciudad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Interior a cesar su actividad en el inmueble denominado como El Olimpo-Cuartel de la Salve pasando esté a disposición a su legítimo propietario, la Diputación Foral de Bizkaia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2017.-Oskar Matute García de Jalón, Diputado.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de sus autores, ha acordado tener por convertida en pregunta con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Interior, la pregunta al
Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relaciona, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a los Sres. Diputados preguntantes y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PREGUNTA


Núm. expte.: 184/002258.


Núm. registro: 4958.


Autor iniciativa: Trevín Lombán, Antonio Ramón María y Botella Gómez, Ana María (GS).


Objeto iniciativa: Incremento de delitos violentos vinculados al crimen organizado.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 26, de 3 de octubre de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000077.