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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 64, de 29/04/2016
cve: BOCG-11-D-64 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XI LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


29 de abril de 2016


Núm. 64



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000008 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sobre la aplicación de la Agenda 2030 desde un enfoque de coherencia de políticas para el desarrollo en España.
Acuerdo de la Comisión sometiendo su aprobación al Pleno ... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000208 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre las libertades y los derechos en Cuba ... (Página3)


Dirigidas, en caso de aprobación, al Gobierno que se constituya


162/000199 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la adopción de medidas en apoyo a los marineros del Long Hope ... (Página5)


162/000200 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas para luchar contra los paraísos fiscales ... (Página7)


162/000201 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la gestión por parte de la Junta de Andalucía de las competencias sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren
íntegramente por territorio andaluz ... (Página13)


162/000202 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la continuidad de tratamiento a pacientes participantes de ensayos clínicos ... (Página15)


162/000203 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la creación de un registro estatal de datos de los resultados de la aplicación del Programa de Detección Precoz de la Sordera en España ... href='#(Página16)'>(Página16)


162/000204 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el acuerdo de la Unión Europea con Turquía, sobre los refugiados procedentes del conflicto sirio ... (Página16)



Página 2





162/000205 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la cuestión de Gibraltar ... (Página18)


162/000206 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la actual situación en Guinea Ecuatorial ... (Página21)


162/000207 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre las reformas necesarias en el ámbito de la Cooperación Internacional y para el Desarrollo ... (Página22)


162/000209 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la gestión española y europea de la crisis humanitaria de migrantes y refugiados procedentes de Siria y otros países en conflicto, con especial énfasis
en el impacto de la misma sobre los niños y las niñas ... (Página25)


162/000210 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la necesidad de establecer la especialidad de Enfermedades Infecciosas en el nuevo Real Decreto de Especialidades Médicas ... href='#(Página27)'>(Página27)


162/000211 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al futuro de la empresa de titularidad estatal Agencia Efe, S.A. ... (Página28)


162/000212 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para corregir el déficit de la Seguridad Social ... (Página30)


162/000213 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la formación y titulación del militar ... (Página32)


162/000214 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el Real Cuerpo de Celadores y Guardamuelles ... (Página33)


162/000215 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el fomento de los principios de mérito y capacidad en todos los procesos de ingreso y ascenso en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ... href='#(Página34)'>(Página34)


162/000216 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la generación de una única base de datos policial ... (Página35)


162/000217 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la unificación de las Direcciones Generales de Compras para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSS) ... href='#(Página36)'>(Página36)


162/000218 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la derogación del Real Decreto 1069/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo
Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril ... (Página37)


162/000219 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la reforma de la Ley de la Carrera Militar ... (Página38)


162/000220 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el apoyo a los miembros y familias de las Fuerzas Armadas ... (Página39)


162/000221 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la retirada de las tierras contaminadas de Palomares ... (Página40)


162/000222 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el 0,7 % del IRPF destinado a fines de interés social ... (Página41)


162/000223 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para garantizar y agilizar las ayudas a los afectados por los terremotos de Lorca ... (Página42)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000008


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Comunicación de que la citada Comisión ha acordado someter a la aprobación del Pleno la solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sobre la aplicación de la Agenda
2030 desde un enfoque de coherencia de políticas para el desarrollo en España.


Acuerdo:


Trasladar a la Junta de Portavoces y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 44, de 1 de abril de 2016.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000208


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan Carlos Girauta, Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las
libertades y los derechos en Cuba, para su debate en Pleno.



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Exposición de motivos


Cuba vive en los últimos meses un proceso de normalización de sus relaciones con la comunidad internacional en general, y con los Estados Unidos, los países europeos y la Unión Europea en particular.


En cuanto a la Unión Europea, la Alta Representante y Vicepresidenta Sra. Mogherini ha realizado en marzo de 2016 la segunda visita a la isla. En dicha visita se ha dado por concluido el Acuerdo bilateral de diálogo político y cooperación,
que sustituirá, cuando sea ratificado, a la actual Posición Común sobre Cuba, de 1996. Pese a que el asunto de los derechos humanos y las libertades fundamentales ha sido, en declaraciones de la Alta Representante, uno de los aspectos que más ha
dilatado la conclusión del acuerdo, lo cierto es que en documento final no se hace una mención expresa a lo que, hasta ahora, ha sido el principio de la política exterior europea en relación con Cuba, esto es favorecer un proceso de transición hacia
una democracia pluralista y el respeto a las libertades fundamentales y los derechos humanos, algo que se ha derivado a un foro paralelo, a través de un diálogo estructurado sobre derechos humanos con Cuba que se le ha encargado al Representante
especial para los Derechos Humanos de la UE, Sr. Lambridinis.


Por los lazos históricos y culturales, así como los sociales y económicos, con un país tan cercano, España ha jugado y debe seguir jugando un papel clave en las relaciones con Cuba, país que el ICEX sitúa como principal cliente de España en
Iberoamérica en exportación per cápita y que ofrece grandes posibilidades de expansión para los intereses económicos de España y Cuba. Sin embargo, estos vínculos, tampoco los económicos, pueden hacer que se pierda de vista la protección de las
libertades fundamentales y los derechos humanos de la sociedad cubana, sobre todo de los que son perseguidos por defenderlos. Gobiernos de distinto signo han realizado políticas en esta línea, ora impulsando la Posición Común europea, ora
presionando para la liberación de presos políticos o apoyando a la disidencia tanto en la isla como en el exilio. En las últimas visitas de autoridades españolas a la isla, por el contrario, la cuestión de las libertades y los Derechos Humanos ha
vuelto a un segundo plano, cuando no ha quedado convenientemente aparcada. Así se desprende de la visita del Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación en noviembre de 2014, la visita del presidente del Congreso con una delegación parlamentaria
en septiembre de 2015, o la visita de los ministros de Economía y Competitividad y de Industria, Energía y Turismo en noviembre de 2015, por citar solo algunas. Ninguna de estas visitas ha incluido a la disidencia cubana ni ha abordado la cuestión
que nos ocupa, pese a que la propia experiencia histórica española y nuestra capacidad de influencia podría ser utilizada para abordar la transición de una dictadura a un régimen democrático, de libertades y de respeto a los Derechos Humanos.


Asimismo, no puede perderse de vista que la apertura económica de Cuba y la normalización de las relaciones diplomáticas con la Unión Europea y con otros países europeos, así como con Estados Unidos, no está suponiendo una evolución positiva
en la situación de represión que se vive en la isla. Diversos datos de organizaciones de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales muestran que tan solo en los dos primeros meses del año en curso se han contabilizado 2.650
casos de detenciones arbitrarias de defensores de los derechos humanos y las libertades en Cuba, una represión que el régimen utiliza políticamente puesto que, denuncian, se incrementa en los días previos a las visitas del presidente de los Estados
Unidos y de la Alta Representante europea, ambas en el mes de marzo.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mantener los siguientes principios en su actuación en el marco de las actuales relaciones con Cuba.


Proposición no de Ley


'1. El Gobierno español en funciones debe hacer un esfuerzo para favorecer el proceso de apertura que está viviendo Cuba y ocupar el lugar de cercanía que las relaciones históricas, lingüísticas, culturales, económicas y de todo tipo entre
los pueblos español y cubano requiere, que debe acompañarse con exigencias claras y firmes de respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales. A tal efecto, impulsará en las organizaciones internacionales en las que tiene presencia,
en la Unión Europa y mediante su influencia bilateral, una actuación coordinada para favorecer una transición a la democracia y al pleno respeto de las libertades y los Derechos Humanos que acompañe a la apertura económica y comercial con Cuba.


2. Las actuaciones del Gobierno español en funciones deben favorecer un proceso de apertura que tenga en cuenta en todo momento a los defensores de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Cuba, sobre todo a quienes más han
sufrido la pérdida de libertades y la falta de democracia en las



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últimas décadas, ofreciendo el apoyo y la experiencia de España para favorecer un proceso de transición hacia una democracia pluralista y el respeto a las libertades fundamentales y los derechos humanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación, estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000199


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, mediante los Diputados doña Yolanda Díaz Pérez, don Alberto Rodríguez Rodríguez, don Antonio Gómez-Reino Varela, y su portavoz, doña Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193
del Reglamento del Congreso presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la adopción de medidas en apoyo a los marineros del Long Hope, para ser debatida en Pleno.


Exposición de motivos


El pasado martes 12 de abril, doscientas personas se manifestaron ante la Embajada de Noruega en Madrid y otros tantos lo hicieron en Lisboa. Y lo hicieron para dar cuenta, de nuevo una vez más, de la situación de desamparo legal y social
en que se encuentran aquellas personas que, antes de 1994, trabajaron como emigrantes del mar en buques del Reino de Noruega y que, a pesar de haber pagado impuestos allí, no reciben pensión de jubilación. Esta iniciativa trata de abrir el camino
para acabar con esta injusticia social.


Esta iniciativa es consecuencia, por consiguiente, de una lucha de años para que Noruega pague a nuestros mayores las pensiones que justamente les corresponden después de haber trabajado en navíos del país nórdico toda o una gran parte de su
vida. Es una lucha para terminar con una injusticia social cometida durante más de cuatro décadas y que como tal está reconocida por la Comisión Europea, por la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y por el Parlamento gallego, pero en la
que más allá de reconocimientos se ha dejado a nuestros marineros solos.


Como se sabe, Noruega no reconoce pensiones de jubilación a nuestros trabajadores del mar embarcados en sus buques hasta el año 1994 -más de 12.000, según la asociación gallega Long Hope-por carecer de la condición de residentes mientras
trabajaban allí, pagando sus impuestos. Su actual desprotección se agrava por el hecho de que España no computó el tiempo de embarque en dichos buques para el cálculo, aquí, de prestaciones de seguridad social. Un grave problema de desamparo legal
reconocido por la Comisión Europea, que se ha desentendido del asunto proponiendo un convenio bilateral de seguridad social entre España y Noruega, pero siempre considerando que esta desprotección por falta de residencia era legal antes del Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo. Desde luego, la respuesta sería distinta de haberse analizado la residencia como requisito de afiliación al sistema noruego de seguridad social desde el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que permite calificar
como condición excluyente y discriminatoria exigir la residencia para tal inclusión -también antes de 1994- al vulnerar derechos fundamentales universalmente reconocidos, ya que -reparando en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos- hay diferencia de trato discriminatoria por razón de nacionalidad,



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al no exigirse la residencia, por el contrario, a los nacionales noruegos empleados en los mismos barcos, sin que exista justificación objetiva y razonable para eso.


Concretamente, hay una desigualdad de trato en materia de seguridad social que supone una vulneración del artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (relativo a la 'prohibición de discriminación') en relación con lo establecido en
el artículo 1 (sobre **protección de la propiedad') del Protocolo 1 del citado Convenio.


El remedio jurídico a esta diferencia de trato discriminatoria por razón de la nacionalidad en la exigencia del requisito de la residencia, sin justificación objetiva y razonable, lo pueden encontrar nuestros trabajadores del mar emigrantes
en el propio Convenio Europeo de Derechos Humanos. Y es que el Convenio contempla un sistema específico de protección del conjunto de derechos y libertades fundamentales que figura en su contenido, que está centrado en la figura del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos y cuya actividad de control se activa a partir siempre de la interposición de demandas interestatales y de demandas individuales.


Así, de acuerdo con el artículo 33 del Convenio (sobre 'Asuntos interestatales'), 'toda Alta parte Contratante podrá someter al Tribunal cualquier incumplimiento del dispuesto en el Convenio y sus Protocolos que, a su juicio, pueda ser
imputado la otra Alta Parte Contratante'. Se trata del procedimiento iniciado por demanda interpuesta por un Estado parte del Convenio contra otro Estado que también fuere parte del incluso, que es por lo que igualmente recibe la denominación de
'demanda interestatal'. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos registra la presencia de este tipo de demandas, razón por la que, en el caso de nuestros trabajadores del mar emigrantes embarcados en buques noruegos, cabe la
posibilidad legal de que sea España quien pueda denunciar a Noruega por vulneración de los derechos fundamentales de aquellos trabajadores discriminados por razón de su nacionalidad.


Por su parte, el artículo 34 del Convenio (sobre 'Demandas individuales') dispone que 'el Tribunal podrá conocer de una demanda presentada por cualquier persona física, organización o gubernamental o grupo de particulares que se considere
víctima de una violación por una de las Altas Partes Contratantes de los derechos reconocidos en el Convenio o sus Protocolos'. Se trata del procedimiento iniciado por demanda interpuesta por particulares, de modo que, siempre en nuestro caso,
deberían ser los propios trabajadores del mar emigrantes en barcos noruegos (a título individual, organizados en grupo o a través de una asociación) quienes tuviesen que pleitear, pero sobre la base de que sus demandas contra Noruega deberían
cumplir las 'condiciones de admisibilidad' requeridas por elartículo 35 del Convenio. Entre tales condiciones figura la relativa a agotar todas las vías judiciales internas del Estado parte demandado para darle 'la posibilidad de reparar por sí
mismo y en primer lugar, a nivel nacional, la violación alegada' (esto es, antes de demandar a Noruega ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se ha tenido que reclamar en los tribunales del dicho Estado hasta la última instancia), en la
medida en que 'al Tribunal no podrá recurrírse sino después de agotar las vías de recursos internos, tal como se entiende según los principios de derecho internacional generalmente reconocidos y en el plazo de seis meses a partir de la fecha de la
decisión interna definitiva'.


Abandonados a su suerte por el Gobierno de España presidido por el Sr. Rajoy Brey, que no ha querido interponer una 'demanda interestatal' a pesar de habérselo pedido incluso el Parlamento gallego por unanimidad, han sido los propios
afectados quienes han tenido que recurrir a la vía procesal de la demanda individual. Se han visto forzados a emplear este remedio procesal, que es, en comparación con la vía de las demandas interestatal, más dilatado en el tiempo (las personas
implicadas resultan ser de muy avanzada edad en muchos casos) y también más costoso económicamente para las personas y familias implicadas (con el que se agrava su delicada situación económica, pues no hay que olvidar que muchas de ellas viven en
situaciones de necesidad realmente clamorosas por causa del desamparo en el que viven). Por eso, de los dos remedios procesales que ofrece el Convenio, aquí el más ventajoso desde todos los puntos de vista sigue siendo el de la demanda
interestatal, dado que es más rápido y corto en el tiempo, además de resultar totalmente asequible desde el punto de vista económico por resultar menos costoso. Se trata, por consiguiente, de que España denuncie a Noruega en el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos formalizando para tales efectos una 'demanda interestatal', para evitar con ello que nuestros trabajadores del mar emigrantes afectados queden solos en su justa demanda.


Además de justo y necesario, consideramos que esta iniciativa pretende dar sentido, además, a lo que la propia Constitución Española de 1978 impone a nuestros poderes públicos en relación con la protección de nuestros emigrantes. Y es que
su artículo 42, lamentablemente muy olvidado, nos obliga a tener muy cuenta en qué situación han estado y están nuestros emigrantes, promoviendo medidas políticas para su



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retomo. Pero también -y esto es lo que importa ahora a nuestros efectos- nos obliga a políticas incisivas de protección en lo que se refiere a los efectos (también actuales) que se derivan de la condición legal de (quien fue) emigrante (en
su día), al declarar el mencionado artículo 42 con toda rotundidad que el 'El Estado velará especialmente por la salvaguarda de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero.'


Estas son las razones que llevan al Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea a formular la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que:


Primero. Adopte las medidas legales que correspondan e interponga, al amparo del artículo 33 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, una demanda contra el Reino de Noruega, que está incumpliendo el Convenio Europeo de Derechos Humanos, al
vulnerar la prohibición de discriminación por razón de nacionalidad por haber exigido la residencia para la inclusión en el sistema noruego de seguridad social a nuestros trabajadores del mar embarcados en sus buques, requisito que, por el
contrario, no se exigía a los nacionales noruegos empleados en los mismos barcos, sin justificación objetiva y razonable para ello.


Segundo. Sin perjuicio de lo anterior, inicie al mismo tiempo una negociación real, inmediata y directa con el Reino de Noruega para alcanzar un acuerdo que permita responder satisfactoriamente a la situación de desprotección social en que
se encuentran nuestros trabajadores del mar emigrantes en su día en Noruega.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Alberto Rodríguez Rodríguez y Antonio Gómez-Reino Varela, Diputados.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000200


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para luchar contra los paraísos fiscales, para su debate en el Pleno
de la Cámara.


Exposición de motivos


La suficiencia del sistema tributario para financiar los servicios públicos y la garantía de su equidad y efecto redistributivo requieren reducir de forma significativa el fraude fiscal.


Como dice la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado en su documento 'Reforma fiscal española y ''agujeros negros del fraude''. Propuestas y recomendaciones':


'... por muy perfectas y justas que puedan resultar en su redacción las normas fiscales, de persistir el grado de fraude fiscal y economía sumergida actualmente existente en nuestro país, de continuar con el elevado nivel de fraude fiscal
que padecemos, de seguir permitiendo la elusión por quienes deberían ser los principales contribuyentes del sistema o, en fin, de no poder cobrar la cantidad de obligaciones hoy impagadas al erario público, habremos fracasado con ese sistema
tributario...'


De poco vale aumentar los tramos de la base imponible del IRPF para aplicar tipos de gravamen más elevados a las rentas más altas si los ciudadanos que las perciben las ocultan en cuentas abiertas en Andorra o en Suiza o en Singapur.


De poco vale reinstaurar el Impuesto sobre el Patrimonio o recuperar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si los dueños de la riqueza la ostentan a nombre de sociedades de testaferros constituidas en las Islas Cayman o en Panamá o en
Belice.



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De poco vale suprimir deducciones o desgravaciones en el Impuesto sobre Sociedades o elevar su tipo de gravamen si luego las compañías sitúan artificialmente sus bases imponibles en sus filiales de Jersey, las Islas Vírgenes u Holanda.


Desde el año 2008 la Comunidad internacional, con el acicate de la crisis en ciernes y bajo el lema la era del secreto bancario ha terminado, ha impulsado medidas contra los paraísos fiscales que en este momento, ocho años después, puede
decirse que resultan claramente insuficientes.


El que la riqueza oculta en esos territorios se haya incrementado en un 25 % en el periodo 2008- 2013 y se sitúe, según Zucnnan, en 8 billones de euros, y que cada año se pierdan 130.000 millones de ingresos públicos por ese motivo, son
datos que soportan ese juicio negativo.


A ello hay que añadir el que una parte muy significativa de la riqueza situada en paraísos fiscales se halla en manos de los 50 principales bancos mundiales especializados en banca privada. Es decir, el grueso de la riqueza escondida en
paraísos fiscales no se encuentra en manos de oscuros bancos innominados situados en islas paradisíacas, sino en las de los principales bancos del mundo especializados en banca privada, así como de los principales despachos de asesoría legal y
contable, situados no en ignotos y lejanos territorios, sino en las mayores capitales del primer mundo, como Nueva York, Londres, Frankfurt o Singapur.


El mismo Zucman ha estimado que la riqueza que España mantiene en 2013 en cuentas abiertas en Suiza se eleva a 80.000 millones de euros. Por otra parte, de acuerdo a la revisión de las memorias de sostenibilidad de las empresas del IBEX-35
realizada por Oxfam Intermón, estas no quedaban en buen lugar en lo que a cumplimiento de sus obligaciones fiscales se refiere. En ella refleja que si bien se están produciendo algunos avances en algunas de estas empresas, su comportamiento fiscal
evidencia aún un compromiso insuficiente con la responsabilidad fiscal.


Según datos del propio análisis, en tan solo un año, de 2013 a 2014, se habría producido un incremento del 44 % en el número de filiales de estas empresas en paraísos fiscales. Solo en 2014, el total de la inversión en paraísos fiscales
desde España alcanzó los 2.073 millones de euros. En contraste, 17 de las 35 empresas del IBEX-35 no estarían pagando absolutamente nada por el Impuesto de Sociedades en España. Y mientras tan solo tres compañías cerraron el ejercicio 2014 con
pérdidas, fueron mayoría las que lograron reducir su factura fiscal gracias a los mecanismos de planificación fiscal y a una gran batería de incentivos fiscales de los que se benefician.


La enorme debilidad de las iniciativas acometidas por la comunidad internacional en los últimos ocho años resulta palmaria cuando resulta que los hechos revelados por los papeles de Panamá son conocidos por la opinión pública como
consecuencia de una investigación periodística y no como resultado del trabajo de las autoridades competentes de los Estados. A diario saltan a la luz pública casos de fraude, delincuencia organizada y corrupción, que tienen como patrón común la
utilización de los paraísos fiscales para ocultar las rentas de dichas actividades. El más reciente ha sido la masiva filtración informativa de documentos confidenciales de la firma de abogados panameña Mossack Fonseca, los 'Panamá Papers', por
parte del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés), que si bien por lo reciente de su publicación todavía no ha sido probada la naturaleza delictiva de las actuaciones contenidas en dicha
documentación, sí ha revelado el ocultamiento masivo de propiedades de empresas, activos, ganancias y evasión tributaria de jefes de Estado y de gobierno, líderes de la política mundial, personas políticamente expuestas y personalidades de las
finanzas, negocios, deportes y arte. Por lo que se refiere a España, al menos 1.200 sociedades, 558 accionistas, 166 clientes intermediarios y 89 beneficiarios con dirección postal española estarían presentes en la citada documentación.


El fraude asociado a esos territorios presenta dos manifestaciones:


- La utilización de cuentas bancarias y estructuras societarias de naturaleza fiduciaria para ocultar riqueza que ha escapado al control fiscal.


- El traslado artificial de los beneficios obtenidos por las multinacionales desde los países donde realmente los obtienen a territorios de baja tributación.


Eliminación del secreto bancario


En relación a esta materia hay que tener en cuenta que a partir de 2009, la comunidad internacional representada por el G-20 y la OCDE ha entendido que los países, territorios y centros financieros que se comprometieran a intercambiar
información financiera con trascendencia fiscal en virtud de requerimientos



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formalizados por otros estados sin que pudiera oponerse el secreto bancario ni el desconocimiento del titular real de una propiedad ostentada por medio de fiduciarios, no serían incluidos en listas negras de países no cooperativos ni serían
sancionados.


Los requerimientos debían de precisar la identidad del ciudadano investigado y acreditar que la información solicitada era relevante para esclarecer los hechos y evaluar su situación fiscal.


Todos los países se comprometieron a intercambiar información fiscal de acuerdo con tal estándar y la lista de paraísos fiscales quedó vacía.


Los requisitos que han de cumplir los requerimientos exigidos por el estándar de transparencia acordado limitaban gravemente el alcance del intercambio de información puesto que se exige 'que el Estado requirente conozca de antemano la
información que estaba requiriendo'.


Con semejantes limitaciones Andorra o Suiza pueden negarse a facilitar las cuentas bancarias de los ciudadanos españoles abiertas en esos países porque el requerimiento no se refiere a un ciudadano concreto respecto al que existen indicios
relevantes de que ha incurrido en un fraude fiscal u otro tipo de ilícito.


No obstante, es posible en este momento soslayar, al menos en parte, tales limitaciones con algunas iniciativas que el gobierno puede y debe impulsar tanto a nivel del Estado como en el seno de la comunidad internacional -el G-20 ONU, Unión
Europea y OCDE-.


Los procedimientos criminales instruidos a la UBS y al Credit Suisse en Estados Unidos, Francia y Alemania, al BBVA también en Estados Unidos y al HSBC en diversos países, entre ellos España, aportan evidencias de que tales entidades han
comercializado cuentas bancarias en esos países con el atractivo comercial del secreto.


En el marco de tales procedimientos criminales las autoridades competentes han impuesto multas y fianzas.


Es razonable pensar que esa política comercial se ha desarrollado en los países en los que operan esas entidades.


La titularidad de una cuenta en esos bancos privados constituye un indicio lo suficientemente relevante de ocultación fiscal como para justificar el requerimiento a la autoridad fiscal suiza.


La conducta de los dos principales bancos suizos, del BBVA y del HSBC constituye el paradigma de lo que ha sido la conducta de los bancos y de los paraísos fiscales facilitando el fraude fiscal de las grandes fortunas mundiales.


Cuando un gran patrimonio es atendido por una unidad de banca privada en sus oficinas en España, por ejemplo, es impensable que el gestor de la fortuna no conozca la posición global del cliente en el banco cualquiera que sea la oficina y
Jurisdicción donde se ubique. Las entidades de crédito ofrecen a sus clientes procedimientos telemáticos para operar sus cuentas bancarias con independencia de la jurisdicción donde se hallen situadas. Y esas cuentas además pueden ser operadas
desde las sedes bancarias del país de residencia del cliente.


Es decir, que los clientes y sus gestores están viendo y operando en sus domicilios y en sus sedes los saldos y operaciones en Andorra o en Suiza o en Luxemburgo o en Singapur y por lo tanto la información requerida por las agencias
tributarias se halla disponible en el ámbito de su jurisdicción.


Se propone al respecto la obligatoriedad para los bancos que operan en España de facilitar la información requerida. Esta propuesta resulta coincidente con la propuesta 51ª que la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado hace en el
documento titulado 'Reforma Fiscal Española y ''agujeros negros'' del Fraude. Propuestas y Recomendaciones' de 10 de mayo de 2014.


Por otro lado, y en la misma línea, es necesaria la modificación del artículo 51 del Reglamento de 5 mayo de 2014 de la Ley de prevención del blanqueo de capitales para incluir en el Fichero de Titularidades Financieras las cuentas abiertas
en filiales o sucursales del extranjero.


Y ello en cuanto que el artículo 31.1 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, que establece que los bancos aplicarán en sus sucursales y filiales con participación mayoritaria situadas en terceros países
medidas de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo al menos equivalentes a las establecidas por el derecho comunitario y, además, se indica que el Servicio Ejecutivo de la Comisión para la Prevención del Blanqueo de
Capitales podrá supervisar la idoneidad de tales medidas.


Por lo tanto, ese Servicio tiene acceso a la documentación de las filiales y sucursales establecidas en otras jurisdicciones relativas a la identificación de las cuentas en ellas abiertas y sin la que sería impensable que pudiera realizar la
labor de supervisión encomendada.



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La previsión reglamentaria de no declarar las cuentas abiertas en oficinas en el extranjero para su inclusión en el Fichero de Titularidades Financieras, además de ser inconsistente con la facultad de supervisión atribuida al Servicio
Ejecutivo, no se halla contemplada en la Ley 10/2010 que desarrolla.


La experiencia observada de que, en ocasiones, la banca privada de inversión ha figurado como titular fiduciario de títulos valores adquiridos con fondos que han escapado al control fiscal justifica la eliminación de la excepción de
referencia del artículo 9 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, en relación a la obligación establecida en el artículo 4.3 de esa Ley de recabar información de los clientes para determinar si estos actúan por
cuenta propia o de terceros, y la información precisa a fin de conocer la identidad de las personas por cuenta de las cuales actúan aquellos, cuando tales clientes sean entidades financieras domiciliadas en la Unión Europea o en países terceros
equivalentes que sean objeto de supervisión para garantizar el cumplimiento de las medidas de diligencia debida.


El G-20, en su reunión en San Petersburgo el 6 de septiembre de 2013, asumió la propuesta de la OCDE para que fuera el intercambio automático de información financiera el nuevo baremo o estándar para evaluar la conducta de las jurisdicciones
en materia de cooperación y transparencia.


En virtud del nuevo estándar los Estados se comprometen a obtener información de sus instituciones financieras y automáticamente la intercambiarán con periodicidad anual con otras jurisdicciones. El nuevo estándar de transparencia describe
la naturaleza de la información financiera y contable a intercambiar, se detallan las instituciones financieras que vienen obligadas a suministrar la información de referencia, los diferentes tipos de cuentas y de contribuyentes a los que se refiere
la información a suministrar y los procedimientos de diligencia debida que han de seguir las instituciones financieras para identificar a los titulares reales de los activos financieros.


En marzo y mayo de 2014 prácticamente la totalidad de los países han manifestado su compromiso de asumir el nuevo estándar, incluyendo jurisdicciones como Suiza, Luxemburgo, Andorra o Singapur.


La OCDE ha presentado a los Ministros de Finanzas del G-20 en septiembre de 2014 y a los Jefes de Estado del G-20 en la reunión celebrada en Brisbane en noviembre de 2014, los detalles técnicos del nuevo estándar que permitirá dar los pasos
para su efectiva implantación.


El calendario acordado prevé la aplicación del nuevo estándar a partir de 2017.


La incorporación del nuevo estándar de transparencia constituye un significativo avance en la desaparición del secreto bancario en el ámbito tributario.


Transparencia financiera


Tanto el actual estándar de transparencia a petición -on request- como el proyectado de intercambio automático de información establecen que los estados vendrán obligados -para atender una petición concreta de otro estado, en el estándar
ahora vigente, o de forma periódica y automática, en el estándar proyectado -a facilitar información financiera relativa a personas y entidades incluyendo a los trusts y a las fundaciones-.


En aplicación de ambos stándares los estados se comprometen en virtud de la aplicación de la regla de la diligencia debida -due diligence- a identificar a los titulares reales de las entidades, cuestión que comprende para el caso de los
trusts al fideicomitente y a los beneficiarios.


Para hacer efectivo ese compromiso resulta de la mayor relevancia que los registros mercantiles de cada uno de Ios Estados inscriban a los titulares reales de las compañías además de los fiduciarios de conformidad con lo previsto en la
Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales y, además, en sintonía con la reciente Resolución del Parlamento Europeo de 25 de noviembre de 2015.


Para alcanzar tal objetivo resulta igualmente relevante la creación de un registro mundial de los títulos financieros indicando sobre una base nominativa quién posee cada acción y obligación. El intercambio internacional y automatizado de
datos por sí solo corre el riesgo de chocar con la opacidad financiera pero, y en palabras de Gabriel Zucman, respaldado por el catastro financiero del mundo atajará el fraude masivo de los ultrarricos.


Medidas de supervisión y control y medidas sancionadoras


La revisión que anualmente hace la OCDE de la aplicación del estándar de transparencia por los países que se han comprometido a aplicarlo contiene, entre otros, un pronunciamiento llamativo en



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relación a Suiza a quien se denuncia porque todavía existen productos financieros de titularidad desconocida pero sin que ello haya supuesto sanción de ningún tipo.


El hecho de que Suiza ni siquiera haya incorporado adecuadamente a su ordenamiento las normas necesarias para aplicar el standard de transparencia actual, que ahora todo el mundo quiere superar, evidencia la debilidad y falta de decisión
política a la hora de hacer cumplir los compromisos asumidos para avanzar en la superación del secreto bancario.


La incorporación del nuevo estándar de transparencia a partir de 2017 constituye un significativo avance en la desaparición del secreto bancario en el ámbito tributario.


Sin embargo, tal como ha declarado el Secretario General de la OCDE, Sr. Gurria, la materialización de ese avance requiere un impulso político decidido y sostenido.


Es preciso reflexionar sobre por qué, a pesar de no haber cumplido con sus compromisos de transparencia suscritos en 2009, Suiza y Luxemburgo y los demás países incumplidores señalados por la OCDE, no han sido objeto de la repulsa de la
comunidad internacional y sancionados.


Es licito reclamar a los dirigentes del G-20 y de los países que han suscrito los compromisos de transparencia, la voluntad política de hacerlos efectivos, sancionando a los incumplidores.


La conducta de Suiza incumpliendo compromisos de transparencia anteriores requiere una respuesta clara de la comunidad internacional que disuada a esa jurisdiccíón de arrastrar los pies a la hora de cumplir el nuevo compromiso adquirido de
terminar con el secreto bancario a efectos fiscales.


La Unión Europea ha demostrado que es capaz de lograr que un país cumpla sus compromisos, supervisando directamente en su territorio la ejecución de las medidas derivadas de los mismos y dejando muy claro las consecuencias de su
incumplimiento.


El G-20 ha de enviar un gesto inequívoco de la seriedad y sinceridad de su compromiso por la transparencia y la justicia tributaria, contra los paraísos fiscales y la impunidad.


Medidas contra el traslado artificial de beneficios de los grupos multinacionales


La solución a estas maniobras, y un paso más allá de las iniciativas auspiciadas por el G-20 y la OCDE bajo la denominación Base Erosion and Profit Shifting BEPS, consiste en determinar las ganancias mundiales de las multinacionales, que
constituyen una magnitud cierta, para atribuirlas, a continuación, a los diferentes Estados mediante una fórmula de reparto no manipulable.


La fórmula ideal de reparto otorga un elevado peso al importe de las ventas realizadas en cada país, ya que las empresas no tienen ningún control sobre esa magnitud: ¡no pueden desplazar a su clientela de España a Panamá!


El problema es que si la India fabrica un producto que sólo compran los australianos, tener solo en cuenta la localización de las ventas atribuye todos los beneficios, y por tanto todo el impuesto, a Australia.


Para evitar semejante escenario, deben introducirse otros elementos como la masa salarial y el capital utilizado en la producción.


Una vez atribuidos los beneficios a los distintos países, cada uno queda libre para gravarlos al tipo que desee.


Sistemas equiparables ya existen a escalas regionales. En Estados Unidos, los beneficios de las sociedades se calculan a nivel del país entero, se atribuyen después a los diferentes estados según una clave difícilmente manipulable y luego
cada uno es libre de elegir el tipo que desea imponer.


La Comisión Europea defiende una solución análoga para la Unión Europea mediante su proyecto de Directiva Accis. Bruselas ha adoptado una sencilla fórmula de reparto, en la cual, las ventas, la masa salarial y el capital valen cada uno un
tercio.


Y en una fecha tan reciente como el 25 de noviembre de 2015, el Parlamento Europeo ha propuesto una solución de esta naturaleza en su Resolución titulada 'Propuestas para una fiscalidad empresarial en Europa más justa'.


La fórmula penaliza los paraísos fiscales, en los que hay pocas ventas, trabajadores y capital material.


En España la iniciativa actualmente vigente sobre esta materia, el informe que han de rendir los grupos multinacionales sobre las actividades que desarrollan en los países en los que operan presenta limitaciones importantes: y ello en
cuanto que al seguir principalmente el modelo de Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS, en sus siglas en inglés) de la OCDE, no será público, los países en desarrollo no tendrán derecho, en la mayoría de los casos, a recibir
informes, y que solo se incluyen las compañías más importantes que tengan un volumen de negocios consolidado superior a los 750 millones de euros.



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Con la aprobación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, España traspuso la IV Directiva Europea sobre Requisitos de Capital, que en una de sus disposiciones exige a los bancos
realizar un informe público con un enfoque por países. Hoy por hoy, solo un banco de los importantes ha publicado el documento informativo por países completo.


En definitiva, la lucha llevada a cabo hasta ahora contra la utilización de los paraísos fiscales es una lucha realmente difícil que contiene algunas luces y muchas sombras. Para luchar contra esta lacra es necesario dotarse de un marco
legal que obligue a las entidades y fortunas que operen en paraísos fiscales a dotar de la máxima de transparencia sus operaciones.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reclamar a la OCDE que proponga a la comunidad internacional encarnada en sus distintas organizaciones -ONU, UE y G-20- que emplace a Suiza para que atienda los requerimientos de las administraciones tributarias respecto a HSBC, la Unión
de Bancos Suizos, el Credit Suisse y el BBVA.


2. Los bancos que operen en España han de facilitar información relativa a las cuentas y operaciones realizadas por sus clientes españoles en sus matrices, filiales o sucursales en el extranjero. En los casos de incumplimiento por no
facilitar la información requerida, por el retraso en facilitarla o por existir obstrucción, se establecerá un sistema agravado de sanciones a aplicar por la administración tributaria que pueda llegar a la pérdida de la ficha bancaria. El gobierno
procurará que la OCDE y demás foros internacionales impulsen la adopción de una medida semejante por el resto de los Estados.


3. Impulsar la modificación del artículo 51 del Reglamento de 5 mayo de 2014 de la Ley de prevención del blanqueo de capitales para incluir en el Fichero de Titularidades Financieras las cuentas abiertas en filiales o sucursales del
extranjero.


4. Promover la revisión de todos los Acuerdos de Intercambio de Información firmados para implantar el nuevo estándar internacional de intercambio automático de información tributaria, procurando iniciativas internacionales para acortar los
plazos previstos para su implantación.


5. Reclamar a la OCDE que proponga a la comunidad internacional encarnada en sus distintas organizaciones -ONU, UE y G-20- que encomiende al Fondo Monetario Internacional la formación de un Catastro financiero mundial.


6. Reclamar a la OCDE que proponga a la comunidad internacional encarnada en sus distintas organizaciones -ONU, UE y G-20- que sus Estados miembros obliguen a todos los registros mercantiles a identificar a los titulares reales de las
entidades que registran, incluyendo a los trusts, llevando en definitiva a la práctica la obligación de due diligence (diligencia debida) que se establece respecto a esos fedatarios públicos.


7. Impulsar la supresión de la excepción del artículo 9 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, en relación a la obligación establecida en el artículo 4.3 de esa Ley de recabar información de los clientes
para determinar si éstos actúan por cuenta propia o de terceros, y la información precisa a fin de conocer la identidad de las personas por cuenta de las cuales actúan aquéllos, cuando tales clientes sean entidades financieras domiciliadas en la
Unión Europea o en países terceros equivalentes que sean objeto de supervisión para garantizar el cumplimiento de las medidas de diligencia debida.


8. Impulsar los acuerdos políticos necesarios para que todos los Estados y jurisdicciones suscriban el Convenio sobre Asistencia Mutua Administrativa en Materia Fiscal modelo OCDE Consejo de Europa, incluida la cláusula para el intercambio
automático de información.


9. La Comunidad internacional encarnada en sus diversas instituciones -ONU, UE y G-20- debe supervisar con el asesoramiento del Foro Global sobre Transparencia de la OCDE que la información facilitada por Suiza, Panamá y por los demás
países que han fallado en sus compromisos de transparencia, es completa y fiable.


10. Reclamar de la OCDE la elaboración de una lista de países incumplidores de sus compromisos de transparencia con el estándar vigente -identificación de las titularidades reales y levantamiento del secreto bancario-, su denuncia a la
comunidad internacional encarnada en sus distintas organizaciones -ONU, UE y G-20-.


11. Impulsar los acuerdos internacionales precisos para aprobar las sanciones contempladas Resolución del Parlamento Europeo de 25 de noviembre de 2015 a los países incumplidores de sus compromisos de transparencia.


12. Reclamar a la OCDE que proponga a la comunidad internacional encarnada en sus distintas organizaciones -ONU, UE y G-20- que se exija a los grupos multinacionales la rendición de un



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informe financiero por cada uno de los países en los que operan sus filiales en el que han de incluirse los datos siguientes:


a) La razón social de las compañías que operan en cada país.


b) Los detalles de sus resultados financieros, incluyendo.


c) Las ventas intragrupo y a terceros países.


d) Las compras intragrupo y a terceros países.


e) Los costes laborales y el número de empleados en cada país.


f) Los costes financieros distinguiendo los pagados a empresas del grupo y a terceros.


g) El beneficio antes de impuestos.


h) Los impuestos satisfechos en el país en cuestión.


i) El detalle del coste y del valor neto contable del inmovilizado material situado en el país del que se trate.


j) El valor de los activos que el grupo posee en la jurisdicción.


13. Reclamar a la OCDE que proponga a la comunidad internacional encarnada en sus distintas organizaciones -ONU, UE y G-20- un acuerdo global para gravar el beneficio mundial de las sociedades en función de las ventas, la masa salarial y el
importe del capital utilizado en cada país.


14. Establecer sistemas normalizados de intercambio automático de información con otras Administraciones tributarias acerca de la existencia de mecanismos de planificación fiscal agresiva y elusión fiscal.


15. Regular legalmente la posibilidad de que la Inspección efectúe actuaciones de obtención de información actuando de incógnito.


16. Potenciar la figura de la denuncia tributaria, modificando la Ley General Tributaria, para regular la participación del denunciante en el importe de la sanción.


17. Establecer el deber de suministrar la identidad de los clientes que hayan constituido, con su intervención o mediación, bajo titularidad directa o fiduciaria, entidades domiciliadas en un paraíso fiscal.


18. La obligación de suministrar la identidad de los clientes que hayan adquirido, con titularidad directa o fiduciaria, productos comercializados a través de sus filiales en paraísos fiscales, con origen y/o destino, directo o indirecto,
en cuentas abiertas en España.


19. La obligación de suministrar la identidad de quienes hayan cobrado o ingresado fondos por importe igual o superior a 3.000 euros en cuentas de corresponsal abiertas en España de las entidades de crédito cualquiera que sea su forma
jurídica radicadas en aquellos territorios.


20. Destinar más recursos y permitir mejores herramientas que permitan a la Agencia Tributaria tener acceso a las grandes filtraciones de defraudadores.


21. El delito fiscal en todo caso tendrá la consideración de delito previo o subyacente al de blanqueo de capitales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2016.-Josep Vendrell Gardeñes, Alberto Montero Soler y Segundo González García, Diputados.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En
Marea.


162/000201


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley, para su debate y aprobación en
Pleno, relativa a la gestión por parte de la Junta de Andalucía, de las competencias sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren íntegramente por territorio andaluz.


Exposición de motivos


El río Guadalquivir cohesiona todo un mapa histórico, social, económico y emocional en Andalucía. Representa un patrimonio natural muy importante de Andalucía y es uno de los elementos históricos



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vertebradores de la misma. Con una extensión de 722 kilómetros cuadrados y con una cuenca de 57.527 kilómetros cuadrados, atraviesa los territorios de Jaén, Córdoba, Sevilla y Cádiz. El río Guadalquivir permite el regadío en un millón de
hectáreas que producen hortalizas, algodón, maíz, fresas, olivar, cítricos y otros frutales. Igualmente existen unas 35.000 hectáreas de arrozales. El Guadalquivir tiene una capacidad de embalse aproximado de 8.782 hm³, y alrededor de más de
millón y medio de personas viven en sus riberas. El 99 % de los usos del río se realizan en Andalucía, el 96 % de la superficie de los acuíferos son andaluces, el cien por cien de la superficie protegida está en Andalucía, el cien por cien del
tronco del río es andaluz y el cien por cien de sus principales afluentes también están en Andalucía. Por ello, tal y como afirmó el Consejo Consultivo de Andalucía, en el Dictamen 72/2006, de 9 de marzo, la cuenca del río Guadalquivir, río ligado
al imaginario simbólico y a las señas de identidad de Andalucía, discurre en más del 90 % del territorio de ésta, y casi prácticamente la totalidad de las personas usuarias son andaluces y andaluzas. Tanto histórica como geográfica, como
económicamente, el río Guadalquivir es esencialmente, y ante todo, un río andaluz.


Pero el Guadalquivir no es sólo un recurso hidráulico fundamental, sino también un símbolo nacional de Andalucía, que representa y articula una parte de la identidad histórica del pueblo andaluz. Esta importancia vertebradora del
Guadalquivir es reconocida incluso en el Preámbulo del Estatuto de Autonomía de Andalucía expone literalmente 'Andalucía, asentada en el sur de la península ibérica, es un territorio de gran diversidad paisajística, con importantes cadenas
montañosas y con gran parte de su territorio articulado en torno y a lo largo del río Guadalquivir, que abierta al Mediterráneo y al Atlántico por una dilatada fachada marítima, constituye un nexo de unión entre Europa y el continente africano'.


El artículo 51 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, atribuyó a la Junta las competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurrieran por su territorio
y no afectaran a otra comunidad autónoma. A su amparo, se produjo mediante Real Decreto 1666/2008, de 17 de octubre, el correspondiente traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía
en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos sobre las mismas.


La Sentencia del Tribunal Constitucional 30/2011, de 16 de marzo, declaró inconstitucional y nulo dicho artículo, por vulnerar el artículo 149.1.22.° de la Constitución y no ser el Estatuto de Autonomía una norma idónea para la delimitación
de las competencias exclusivas del Estado allí establecidas. Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional, con fecha 7 de abril de 2011, la Administración General del Estado y la Administración de la Junta de Andalucía formalizaron un convenio de
colaboración por el cual se encomendó por la primera a esta última la gestión en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca hidrográfica del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio
de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Con dicha encomienda se dio solución transitoria y se arbitraron con carácter inmediato las medidas de alcance temporal y provisional que debían garantizar la continuidad y normalidad en la prestación de los
servicios públicos hidráulicos por el tiempo que requería el proceso de adecuación de la gestión de la cuenca hidrográfica del Guadalquivir al ordenamiento jurídico como consecuencia de la citada sentencia del Tribunal Constitucional.


Posteriormente, el 13 de septiembre de 2011, el Pleno del Parlamento de Andalucía por unanimidad, aprobó la proposición de ley orgánica de delegación de competencias sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren íntegramente
por territorio andaluz en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha proposición, dictaminada como constitucional por el Consejo Consultivo de Andalucía, se basaba en que la declaración de nulidad del artículo 51 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía abría la posibilidad prevista en el artículo 150.2 de la Constitución española para delegar en Andalucía las competencias estatales sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por territorio andaluz y no afectan a otras
comunidades autónomas y que por su propia naturaleza fueran susceptibles de delegación. El ejercicio por Andalucía de competencias delegadas por el Estado se encontraba a su vez previsto en el artículo 42.3 de su Estatuto de Autonomía y tiene una
plena justificación, en este caso, por el alto porcentaje de la cuenca que transcurre por territorio andaluz.


Sin embargo dicha proposición, de la que se nutre la actual, fue rechazada el 11 de junio de 2013 por el Pleno del Congreso con los votos de Partido Popular y UPyD, frustrando una vez más las legítimas aspiraciones históricas del pueblo
andaluz.



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En virtud de lo anterior se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la siguiente medida:


Única. Atendiendo a la soberanía de Andalucía y al reconocimiento mutuo entre instituciones en nuestra nación de naciones, instamos al Gobierno a crear una mesa de diálogo bilateral con el objeto de proponer una fórmula jurídica que
facilite la delegación de competencias habilitada en el art. 150.2 de nuestra Constitución para garantizar la gestión estrictamente andaluza sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren íntegramente por territorio andaluz en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2016.-María Auxiliadora Honorato Chulián, Sergio Pascual Peña, Marta Domínguez Álvarez, Alberto Montero Soler, Ana Belén Terrón Berbel, David Bravo Bueno, María Isabel Medina Suárez, Juan
Antonio Delgado Ramos, Isabel Franco Carmona y Noelia Vera Ruiz-Herrera, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000202


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Marta Martín Llaguno, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la continuidad de tratamiento a pacientes participantes de ensayos clínicos, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Los pacientes que colaboran en la realización de ensayos clínicos de nuevas alternativas terapéuticas sufren en la actualidad la absurda paradoja de tener que suspender el tratamiento, o superar arduos trámites burocráticos hasta la
autorización de comercialización definitiva del mismo, para poder continuar con él en el caso de que este haya resultado efectivo. Se da la paradoja de que su esfuerzo no se ve recompensado y que la industria farmacéutica suspende en ocasiones el
suministro del medicamento hasta su definitiva autorización de financiación y precio por parte de la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos. En el caso de los medicamentos huérfanos esta situación es especialmente sangrante al no
poder contar el paciente con alternativas terapéuticas eficaces. Desde ciudadanos creemos que esta situación genera una injusticia para con quienes se han sometido voluntariamente al ensayo clínico y desincentiva, además, la participación en dichos
ensayos. El Real Decreto 1090/2015 que regula la realización de ensayos clínicos en nuestro país no recoge entre los requisitos necesarios para la realización del mismo, explicitados en el artículo 17, la obligatoriedad de continuar con el
suministro del fármaco en estos casos. Desde el Grupo Parlamentario de Ciudadanos consideramos que este tratamiento debe garantizarse en ese periodo de tiempo, debiendo ser aprobado por el comité de ética responsable del ensayo, quien valorará la
petición del médico responsable del paciente a la vista de los resultados del ensayo y hasta la aprobación definitiva por parte del Sistema Nacional de Salud.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro
Español de Estudios Clínicos de forma que aquellas personas que participen en ensayos clínicos puedan seguir disfrutando del fármaco utilizado desde que finaliza el ensayo, hasta que es comercializado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Marta Martín Llaguno, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Marta Martín Llaguno, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
creación de un registro estatal de datos de los resultados de la aplicación del Programa de Detección Precoz de la Sordera en España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La elaboración de bancos de datos y su análisis han sido siempre elementos esenciales, en cualquier estudio epidemiológico, para conocer la génesis de un problema, su extensión y analizar posibles actuaciones para solucionar el mismo. Sin
datos objetivos que reflejen y den sentido a un conjunto de realidades es imposible comprender, siquiera, parte de esas realidades.


Esta situación está sucediendo a día de hoy con la sordera en España. En el año 2016 no sabemos a ciencia cierta cuántas personas hay afectadas en nuestro país por este tipo de discapacidad. El Instituto Nacional de Estadística (INE)
estimó en 2008, en su estudio EDAD 2008, que en España, entonces, había 1.064.000 personas sordas o con algún tipo de discapacidad auditiva. Desde entonces, no existe ningún tipo de dato o estudio oficial que acredite y evalúe la evolución de esta
cifra. Sin embargo, sí existen algunos estudios privados que arrojan resultados que doblan a las cifras calculadas por el INE.


Las asociaciones de afectados por la sordera reclaman la necesidad de contar con un registro estatal de datos de los resultados de la aplicación del Programa de Detección Precoz de la Sordera para poder analizar la aparición de nuevos casos,
la incidencia y prevalencia de la sordera, la evolución a diferentes grados de los casos existentes y la posible influencia de factores externos en el desarrollo de la misma. Este registro nacional se hace todavía más necesario cuanto más
envejecida es la población. Recordemos que la población española está en un proceso continuo de envejecimiento. Lo que supone una correlación directa sobre el número de casos de sordera y el agravamiento de los grados según vaya avanzado la edad
de las personas. Por ello, desde el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, consideramos inaplazable que desde el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas se inicien los procedimientos necesarios para crear ese registro nacional.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un registro estatal de datos de los resultados de la aplicación del Programa de Detección Precoz de la Sordera en España, a partir del cual sería posible disponer de datos
epidemiológicos y de incidencia de la sordera en la población infantil con objeto de mejorar la prevención, el propio proceso de detección y diagnóstico, así como los tratamientos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Marta Martín Llaguno, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan Carlos Girauta, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el
acuerdo de la UE con Turquía, sobre los refugiados procedentes del conflicto sirio, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El acuerdo entre la UE y Turquía es un signo de la debilidad de la Unión Europea a la hora de afrontar una cuestión global. Además de moralmente reprobable, estaría previsiblemente abocado al fracaso,



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debido a su visión cortoplacista. A medio y largo plazo, no va a evitar que miles de personas sigan huyendo de sus países mientras no cese la guerra y otros factores de expulsión en origen, no sólo en Siria, sino también en países como
Afganistán, Eritrea o Irak.


Con este acuerdo, la UE acepta, de facto, que Turquía sea la que decida quién, con qué estatus -refugiado o no-, y de qué manera, entra una persona en la UE. Será Ankara, quién definirá a partir de ahora los flujos de entrada en la UE, en
vez de poder definirlo de manera conjunta, ordenada y solidaria entre los Estados miembros de la UE.


La UE no puede ponerse en manos de un país cuyo gobierno se encuentra en una clara deriva autocrática y que además es parte implicada en el conflicto sirio por la cuestión kurda. Ankara ha instrumentalizado la tragedia de los refugiados
para obtener de la UE una mayor flexibilización en las exigencias europeas sobre la defensa de los DDHH y la consecución de una serie de ventajas económicas y de movilidad de sus ciudadanos.


Esto no significa que no haya que incluir a Turquía en la búsqueda de una solución viable y duradera a la crisis de los refugiados. Por el contrario, Turquía ha venido desarrollando un papel fundamental en la acogida, por sí sola, de en
torno a 3 millones de refugiados. Incluso ACNUR reconoce la necesidad de apoyo financiero a Turquía. Otra cosa bien distinta es dar la posibilidad a un país de decidir de manera unilateral sobre quién accede o no a la UE, pudiendo caer en el
incumplimiento de uno de los principios rectores de la figura jurídica del asilo: el principio de non-refoufement, por el que un solicitante de asilo no puede ser devuelto a un tercer país dónde su vida pueda seguir corriendo peligro o puedan ser
víctimas de tortura


A pesar de las numerosas dudas de algunos Estados Miembros y organismos internacionales sobre las garantías que Turquía pueda efectivamente otorgar a los solicitantes de asilo, la Comisión Europea ha señalado que Turquía es un país seguro
con el único objetivo de justificar el cambio de estatus de refugiado de guerra a migrante irregular. Esta medida, así como la nueva cláusula que determina que se examinarán las peticiones de asilo, una por una, tienen como objetivo evitar
contravenir lo establecido en el Estatuto del Refugiado de la Convención de Ginebra, que impide las expulsiones colectivas.


Hay que exigir de la UE que asuma su responsabilidad y actúe unida, con decisiones y acciones conjuntas, de acuerdo con los Tratados y el Derecho internacional; no haciendo cálculos internos, electoralistas, y cortoplacistas.


Las condiciones aprobadas en el acuerdo de la semana pasada no hacen sino confirmar que los líderes europeos han preferido transferir un problema en vez de atajarlo, cuando lo que se necesita en estos momentos es mostrar coraje, visión y
asumir la responsabilidad de una política de asilo común Europea de pleno derecho y sostenible.


En definitiva, este acuerdo pone en entredicho los valores propios de la UE, y además no aporta soluciones a la cuestión de fondo: el conflicto en Siria, que actúa como factor de expulsión y que causa los movimientos de población forzados
que estamos presenciando algunos con horror, otros con indiferencia y la UE con falta de unidad y de visión general a medio y largo plazo.


Con el pretexto de intentar poner fin al tráfico ilegal de personas a manos de mafias sin escrúpulos, lo único que se va a conseguir es que éstas busquen vías alternativas, potencialmente más peligrosas con el consiguiente coste en vidas
humanas, cuando es la Unión Europea la que debería estar facilitando vías de registro y acogida seguros y efectivos en los países de origen y de tránsito para dar protección internacional a todo el que lo necesite, en virtud del Derecho
Internacional.


Queremos también dejar constancia de que es importante tener presente que este acuerdo solamente hace frente a la problemática turca, no a las jordana y libanesa, donde existe igualmente una grave crisis humanitaria. En el caso de Jordania,
el 25 % de su población actual está compuesta por refugiados.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'1. Los refugiados de guerra en Turquía tienen derecho a seguridad y a condiciones dignas de vida, educación y sanidad. Exigir que los tres mil millones de euros deberán emplearse, íntegramente, en mejorar sus condiciones en los campos de
refugiados, priorizando la protección y la asistencia humanitaria a mujeres y niños.


2. Creación de un sistema común de guardias de fronteras de la Unión Europea y mecanismos de registro de llegada de los refugiados, para que sea posible determinar quiénes necesitan de protección internacional y quiénes son inmigrantes
económicos, y gestionar los centros de recepción europeos.



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3. Un sistema europeo común de asilo centralizado: sustitución del sistema de Dublín por un nuevo sistema de distribución centralizado para la UE, que reparta de manera equitativa y solidaria a los refugiados entre los distintos Estados
miembros.


4. Afrontar el problema de la migración irregular de manera ordenada, con una agencia Frontex reforzada y el establecimiento de mecanismos de retorno y readmisión adecuados y acordes con el derecho internacional y humanitario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Proposición no de Ley sobre la cuestión de Gibraltar.


Acuerdo:


Con excepción del punto 1, en la medida en que la iniciativa para que una Comisión proponga al Pleno la creación de una Subcomisión corresponde a un Grupo Parlamentario o a la quinta parte de los miembros de aquélla y, considerando que
solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, entendiendo que, en el caso de su eventual aprobación, estaría dirigida al Gobierno que se constituya.
Asimismo, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan Carlos Girauta, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
cuestión de Gibraltar, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Desde principios de este año 2012, se vienen sucediendo incidentes entre los pescadores españoles que faenan habitualmente en las aguas que rodean Gibraltar y las autoridades gibraltareñas. Al parecer, existe un acuerdo de 1999 entre los
armadores españoles y las autoridades gibraltareñas por el que los pescadores pueden extraer la pesca con sus artes tradicionales. Sin embargo, recientemente las autoridades del Peñón decidieron impedir dichas actividades pesqueras arguyendo el
daño ecológico que provocan en la fauna marina. Las verdaderas razones detrás de este acoso pueden ser otras: la voluntad de las autoridades gibraltareñas de impedir la presencia de la Guardia Civil en las aguas en torno al Peñón que dificulta los
tráficos ilegales de los que indirectamente se beneficia Gibraltar, y lo que es más importante, poner de manifiesto que las aguas que rodean Gibraltar son de soberanía británica y, por tanto, sometidas a su exclusiva jurisdicción.



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Gibraltar fue cedido a Gran Bretaña en virtud del Tratado de Utrecht de 1713 que puso fin a la guerra de sucesión española que se desencadenó a la muerte de Carlos II. España cedió a perpetuidad a Gran Bretaña la soberanía sobre el
castillo, población y puerto de Gibraltar. En el caso de que Gran Bretaña quisiera ceder dicha soberanía, el Tratado establece que España tendría derecho a recuperarla en primer término. Los habitantes de Gibraltar 'provisionalmente' pasaron a
residir en San Roque y los británicos repoblaron Gibraltar con personas de origen foráneo.


La soberanía sobre las aguas que rodean Gibraltar es objeto de controversia entre España y Gran Bretaña, pues nuestro país considera que esa soberanía nunca fue cedida como así aclara el párrafo segundo del artículo 10 del Tratado de
Utrecht: 'Para evitar cualesquiera abusos y fraudes en la introducción de las mercaderías, quiere el Rey Católico, y supone que así se ha de entender, que la dicha propiedad se ceda a la Gran Bretaña sin jurisdicción alguna territorial y sin
comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra.'


En coherencia con dicha posición, España sólo reconoce la soberanía británica sobre las aguas del puerto. En 1984, España firmó la Convención de Naciones Unidas sobre el derecho del mar haciendo reserva de la aplicación del mismo a las
aguas no incluidas en el artículo 10 del Tratado de Utrecht. La posición británica defiende que no se puede ceder un territorio sin su mar territorial correspondiente por ser contrario al derecho internacional consuetudinario.


En 1903, Gran Bretaña levantó la llamada 'verja de Gibraltar' sobre el istmo que lo separa de la península, territorio formalmente español de acuerdo con el Tratado de Utrecht. Las fuerzas británicas venían haciendo uso de ese territorio
desde hacía décadas. Posteriormente, construyeron un aeropuerto y ampliaron el puerto sobre ese nuevo territorio a costa de la soberanía española. En 1946, Gran Bretaña inscribió la colonia de Gibraltar en la lista de 'territorios no autónomos' de
Naciones Unidas y por tanto susceptibles de descolonización. Posteriormente, las resoluciones de la Asamblea General de Naciones Unidas, 2231 de 1966 y 2353 de 1967, proclamaron el principio de integridad territorial de España por encima del
derecho a la autodeterminación de los habitantes de Gibraltar como defendía Gran Bretaña, pidiendo a las partes que negociasen la descolonización del territorio salvaguardando los intereses de la población al término de dicha situación colonial.


Con el fin de facilitar la accesión de España a la Comunidad Europea y a la OTAN, ambos países abrieron un foro de discusión en 1984 sobre Gibraltar que incluía el tema de su soberanía. En 1997, el gobierno español lanzó una oferta de plan
de descolonización del Peñón que incluía: un régimen de autogobierno para los gibraltareños en consonancia con el sistema autonómico español que podría incluir el poder judicial y el sistema económico y tributario, un periodo de transición bajo
soberanía compartida con Gran Bretaña. La oferta señalaba que, si no se encontraba pronto una solución al conflicto, España continuaría evitando que Gibraltar prosperase a expensas de España, especialmente de la zona vecina al Peñón, debido a
tráficos ilegales, competencia desleal y falta de transparencia fiscal. De la misma forma, España continuaría oponiéndose a los intentos de Gibraltar de presentarse como un interlocutor diferenciado dentro de la UE. La respuesta británica fue la
celebración de un referéndum en la Roca por el que los habitantes de Gibraltar rechazaron la propuesta de soberanía compartida.


En 2004, el gobierno de Rodríguez Zapatero acordó cambiar de estrategia y crear el Ilamado 'foro tripartito', que implicaba la participación de una delegación de las autoridades de Gibraltar en las conversaciones entre ambos países, dando
prioridad a la cooperación por encima de la soberanía. Este foro dio lugar a un acuerdo para la utilización conjunta del aeropuerto construido sobre el istmo, territorio español ocupado por los británicos. No obstante, en 2006, Gran Bretaña
promulgó una nueva constitución para Gibraltar que reitera que el gobierno británico nunca entrará en acuerdos que supongan el paso de la soberanía sobre la población gibraltareña a otro Estado sin que ésta haya expresado libremente sus deseos. En
consecuencia, la posición británica no varió a pesar de la creación del foro tripartito y sus concesiones.


La pertenencia de ambas partes a la Unión Europea no ha facilitado la solución del conflicto, que sigue siendo un asunto bilateral en el que las instituciones europeas no entran salvo por incumplimientos del derecho comunitario. Ante los
tribunales europeos actualmente se dirimían dos cuestiones relacionadas con Gibraltar: la fiscalidad de Gibraltar por ser contraria al derecho comunitario y la inclusión de la bahía de Algeciras en la red de espacios naturales europeos a petición
de España. Respecto a esta última, el Tribunal europeo en primera instancia rechazó su competencia en su momento, decisión que fue recurrida por Gran Bretaña en apelación. Recientemente, el Tribunal ha rechazado de forma definitiva el recurso por
lo que el Gobierno puede libremente ya establecer una 'zona de especial conversación', de acuerdo con



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el derecho de la UE, para proteger el medio ambiente de las aguas que rodean el Peñón, incluyendo las zonas dónde pescan habitualmente los pescadores españoles.


Gibraltar alberga una base militar británica, dentro de la estructura de la OTAN, un puerto comercial, un aeropuerto internacional e instalaciones bancarias. La Roca es conocida internacionalmente como un paraíso fiscal del que obtiene la
mayor parte de sus beneficios a costa de la fiscalidad española. A los mismos, es preciso añadir los derivados indirectamente de tráficos ilícitos (tabaco, estupefacientes). La 'renta per capita' de los gibraltareños es de las más elevadas de
Europa y, por supuesto, superior a la media española. La comparación se vuelve flagrante cuando se hace en relación con el Campo de Gibraltar, cuya población precisamente engloba a los descendientes de los antiguos pobladores de Gibraltar
expulsados por Gran Bretaña.


El Campo de Gibraltar presenta una de las tasas de desempleo más altas de España, está siendo muy afectada por la crisis económica actual. Es necesario recordar que históricamente, por su importancia geoestratégica y económica, gozó de un
estatuto administrativo diferenciado del de Cádiz de 1704 a 1977, y que la actual Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar es insuficiente para encauzar la identidad peculiar de este territorio y para promover el dinamismo necesario
tendente a favorecer el desarrollo que merece dada su situación privilegiada. A este respecto, el artículo 5 del Estatuto de la Comunidad Autónoma de Andalucía prevé la 'creación de comarcas u otras entidades territoriales cuya base venga
constituida por la agrupación de municipios limítrofes', lo que permitiría profundizar en la integración administrativa de los siete municipios que agrupa la Mancomunidad del Campo cíe Gibraltar. Siguiendo el modelo de Gibraltar, esta nueva entidad
territorial podría gestionar un plan de desarrollo económico propio basado en la aplicación de ventajas fiscales que podría captar gran parte de los flujos de capital que ahora se dirigen al paraíso fiscal de Gibraltar. Asimismo, dicha entidad
sería un interlocutor legítimo para la negociación directa con el Gobierno de la Roca sobre cuestiones locales ajenas a la cuestión de la soberanía. De esta manera, el Gobierno de España, al igual que ha hecho el británico, dejaría de ser la
interlocutora directa con España.


Finalmente, otro problema grave que se plantea en relación con Gibraltar es la posible existencia de armas nucleares en su base militar o la presencia de buques de guerra dotados de ese tipo de armas por el riesgo que supone para las
poblaciones del Campo de Gibraltar. Hay que recordar que España es parte del Tratado de no proliferación nuclear por el que ha renunciado a las armas nucleares. Las bases norteamericanas en España no están autorizadas a poseer armas nucleares.
Por otra parte, la cercana base de Rota, que queda dentro de la estructura de la OTAN, puede plantear duplicidades ineficientes con la base británica de Gibraltar para el conjunto de la Alianza Atlántica. Todo lo expuesto hace urgente y necesario
que se reafirmen y aclaren los principios sobre los que debe sustentarse la política de España frente al gobierno británico en relación con Gibraltar y se diseñe y aplique una política de consenso que tenga en cuenta además los intereses de la
población del Campo de Gibraltar.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'1) [...]


2) Recordar y reafirmar ante los foros internacionales donde sea oportuno las resoluciones 2231(1966) y 2353(1967) de la Asamblea General de Naciones Unidas que establecen la necesidad de descolonizar Gibraltar conforme al principio de
unidad e integridad territorial de España, salvaguardando los intereses de la población al término de dicha situación colonial. Con este propósito, el Gobierno lanzará una campaña de información a nivel diplomático para sensibilizar a otros Estados
sobre esta grave situación.


3) Reafirmar públicamente la solución posible en el marco de nuestra Constitución, que coincide con la planteada por el gobierno español en 1997: un régimen de autogobierno para los gibraltareños en consonancia con el sistema autonómico
español y un periodo de transición bajo soberanía compartida con Gran Bretaña teniendo en cuenta el rechazo a cualquier tipo de condominio a perpetuidad. La campaña de información antes propuesta hará mención de la buena voluntad española y del
contenido de esta oferta negociadora.


4) Devolver el protagonismo a la Organización de Naciones Unidas como facilitador del proceso de descolonización de Gibraltar para que reasuma la responsabilidad que tiene asignada en esta materia conforme a la Carta de Naciones Unidas y la
resolución 1514 de la Asamblea General de Naciones Unidas. En este sentido, el Gobierno español propondrá la visita del Comité de los 24 a Gibraltar y al Campo de Gibraltar.



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5) Paralizar toda cooperación con Gran Bretaña en relación con Gibraltar a la que no esté obligado en virtud de algún compromiso internacional mientras no se reanuden las negociaciones tendentes a promover la descolonización del territorio.


6) Defender la legalidad internacional y comunitaria para que en el territorio de Gibraltar no se vulnere en particular la legalidad internacional y comunitaria en materia de tráfico de estupefacientes, fiscalidad y protección del medio
ambiente. Para facilitar la transparencia, el Gobierno proporcionará información regular y detallada sobre la situación actual de los procesos que se dirimen a nivel europeo relativos a Gibraltar en los que España es parte. Por otra parte, el
Gobierno reforzará sus esfuerzos ante las instituciones de la Unión Europea y ante el Gobierno del Reino Unido para éste haga extensivo a Gibraltar la aplicación del Convenio europeo de Asistencia Judicial en materia penal, de 20 de abril de 1959.


7) Apoyar a los pescadores españoles que habitualmente faenan en las aguas de Gibraltar con los medios que fueren necesarios para defender la soberanía española sobre esas aguas y el derecho al trabajo de nuestros pescadores. El Gobierno
informará en detalle sobre el apoyo que viene prestando a ese colectivo tanto en el ámbito jurídico, como en el político y en el de la seguridad, para que en ningún momento este colectivo se encuentre en desamparo.


8) Iniciar conversaciones con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la diputación provincial de Cádiz y la Mancomunidad del Campo de Gibraltar para la creación de una entidad administrativa adecuada que agrupe a los siete
municipios de dicho territorio, de acuerdo con las posibilidades que ofrece el Estatuto de autonomía de dicha Comunidad Autónoma con el fin de promover un desarrollo activo de este territorio en consonancia con su posición estratégica y con las
posibilidades que ofrece el derecho de la Unión Europea, sin perjudicar los intereses generales de la economía española.


9) Promover la desnuclearización de Gibraltar en consonancia con la del territorio español y para evitar cualquier tipo de riesgos. Con este fin, el Gobierno exigirá la máxima publicidad por parte del gobierno británico en el tránsito o
almacenamiento de armas nucleares en Gibraltar para prevenir y evitar cualquier tipo de accidente que pudiera afectar a la población del Campo de Gibraltar. Por otra parte, el Gobierno, en el seno de la estructura militar de la OTAN, planteará la
posible ineficiencia por duplicidad de los servicios que ofrece la base militar británica de Gibraltar por la existencia de la base de utilización conjunta hispano-norteamericana de Rota.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan Carlos Girauta, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
actual situación en Guinea Ecuatorial, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El 24 de abril de este año se celebrarán las cuartas elecciones presidenciales pluripartidistas de Guinea Ecuatorial. El hartazgo de la oposición ante los abusos del presidente Teodoro Obiang y una ciudadanía cada vez más castigada por la
crisis económica, hacen que estos comicios puedan suponer un hito en la historia de la excolonia española de África Occidental. Los guineanos están cansados de ver violadas sus libertades fundamentales desde que Obiang diera el golpe de Estado en
1979. Sin embargo, el contexto económico actual y las nuevas tecnologías de las comunicaciones están logrando que la opinión pública esté tomando conciencia de que el cambio es imprescindible. Tras estas elecciones presidenciales, que, como en
anteriores ocasiones, estarán marcadas por las denuncias de intimidación y de fraude por parte de la oposición, la situación política podría desestabilizarse gravemente. Por todo ello, y por nuestros vínculos históricos y culturales, así como por
la importante colonia de ecuatoguineanos residente en nuestro país, es hora de que España asuma un compromiso mayor con el futuro de su antigua colonia y con las libertades de sus habitantes.



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El proceso electoral está plagado de irregularidades. Teodoro Obiang Nguema se presenta de nuevo a las elecciones a pesar de que la última reforma constitucional había restringido el mandato presidencial a dos periodos de siete años. No
obstante, su candidatura ha sido admitida por la Junta Nacional Electoral, un órgano carente de toda independencia al estar presidida por un miembro del propio gobierno de Obiang. En las anteriores elecciones de 2009, el presidente revalidó por
tercera vez su mandato, obtuvo el 95,37 % de los votos. Por otra parte, cabe señalar que la constitución guineana exige que los candidatos a la presidencia sean residentes legales en el país, con lo cual impide que los líderes de la oposición en el
exilio puedan presentarse e impide con ello la necesaria reconciliación nacional pendiente desde la época del sanguinario dictador Macías, tío de Teodoro Obiang.


Los principales partidos de la oposición han calificado de inconstitucional el proceso electoral. Además de la invalidez legal de la candidatura de Obiang, la oposición denuncia el adelanto de la convocatoria, también contrario a la
constitución, que ha recortado la reducida capacidad de maniobra de los otros candidatos. La mayoría de la oposición, dentro y fuera del país, ya ha advertido que no reconocerán como legal y legítimo el resultado que dictamine la Junta Electoral.
Los pocos partidos opositores que presentan candidatos exigen una campaña en libertad y un recuento limpio, por lo que las urnas no deberían trasladarse a las sedes de las delegaciones gubernamentales para ser escrutadas, según lo establecido por el
gobierno. Sin embargo, desde que comenzó la campaña el pasado día ocho de abril, los incidentes se suceden: los militantes de la oposición son permanentemente acosados y las autoridades locales impiden sus actos de campaña. Destaca por su
gravedad la detención ilegal y tortura del jefe de campaña del partido opositor UCD. La libertad de prensa no existe, Guinea Ecuatorial ocupa el puesto 167 de 180 en el índice anual de Reporteros Sin Fronteras R.S.F. El Gobierno ha restringido la
presencia de observadores internacionales.


En conclusión, tras 37 años de dictadura y abusos, como la tortura, los arrestos arbitrarios, las detenciones secretas, los juicios injustos y la corrupción, los apenas 700.00 habitantes -principalmente sus 332.040 electores-, tienen derecho
a exigir un cambio real. Uno de los mayores defensores de los derechos humanos en el país, Tutu Alicante, afirmó hace unos días que: 'En cualquier momento puede estallar Guinea Ecuatorial'.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'1. Comprometerse públicamente con la urgente necesidad de que en Guinea Ecuatorial se celebren elecciones presidenciales justas y libres.


2. Apoyar activamente la decisión de la UE de no mantener diálogo político con el gobierno guineano por sus continuas violaciones de los derechos humanos. Por esta razón, Guinea Ecuatorial no se beneficia del Fondo Europeo de Desarrollo
E.D.F. y su membresía al Acuerdo de Cotonou ha sido invalidada.


3. Estudiar la posibilidad de desplegar una Misión de Observación Electoral Europea en función de la situación política que resulte tras las elecciones y ante la previsible repetición de las mismas.


4. Contribuir a que, en el caso de realizarse nuevos comicios, se trabaje en un marco electoral acorde a los estándares internacionales. La legalidad del proceso conllevaría la creación de una verdadera junta electoral independiente que
ofreciera garantías a los partidos y a los ciudadanos.


5. Impulsar y apoyar la pluralidad democrática con el fin de crear una plataforma representativa que facilite la transición política en un nuevo contexto de libertades democráticas.


6. Apoyar a la sociedad civil haciendo especial hincapié en el desarrollo de los derechos humanos y en fomentar el papel de la mujer en la sociedad y en la política. Ante una situación volátil, la protección de la infancia y de las
minorías étnicas adquiere una especial relevancia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan Carlos Girauta, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley sobre las reformas necesarias en el ámbito de la Cooperación Internacional y para el Desarrollo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el contexto internacional actual, cada vez más dinámico e imprevisible, el mundo de la cooperación internacional al desarrollo está en plena transformación, pasando de un modelo organizativo vertical, sin mecanismos apropiados en asegurar
la efectividad de la ayuda, a uno más horizontal y participativo basado en el empoderamiento de los países receptores y la búsqueda de la eficiencia de los recursos y la sostenibilidad. El nuevo enfoque refuerza además la necesaria interdependencia
entre los aspectos socio-económicos y los político-institucionales. Por otra parte, la corrupción se reconoce como uno de los mayores problemas a nivel mundial para que la ayuda llegue a sus destinatarios, por lo que el compromiso mutuo entre
donantes y receptores sobre los estándares internacionales en materia de buena gobernanza y contabilidad pública resultan esenciales para asegurar la eficiencia de los recursos empleados.


La nueva agenda de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) para el periodo 2015-2030 marca los objetivos generales a conseguir por la comunidad donante, en la que se engloba España, con los que se intenta ampliar y rectificar lo que no
se consiguió con los Objetivos del Milenio. Ello requiere de la voluntad política de los gobiernos y por supuesto un compromiso financiero serio y una estrategia adecuada para poder hacer realidad las palabras del Secretario General de la ONU,
Ban-Ki Moon, cuando declaró que 'tenemos que enfrentar las raíces de las causas y hacer más por integrar las dimensiones económicas, sociales y ambientales del desarrollo sostenible' 1. El objetivo general ha de ser la erradicación total de la
pobreza y de todos aquellos problemas que impiden el desarrollo sostenible del planeta y de su población independientemente de dónde nos encontremos.


Frente a tan importante reto, sin embargo, los rasgos principales de la cooperación española at desarrollo en España son:


- Se centra exclusivamente en la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD), es decir, en la cooperación que realizan las administraciones públicas, mientras que la Ayuda Total al Desarrollo (ATD), que tiene en cuenta al resto de los actores en
cooperación al desarrollo, tiene un papel secundario.


- La AOD española está descentralizada. Más de 300 instituciones públicas realizan actividades de cooperación internacional, aunque el 85 % de los fondos corresponden a la Administración central 2. Ello conlleva un alto riesgo de
duplicidad en gastos y acciones por tratarse de competencias propias de cada administración, además 'con la fragmentación la ayuda pierde fuerza'.


- Existe todavía una gran falta de transparencia a todos los niveles, tanto en cuestiones de procedimientos y decisiones como de asignaciones y gastos presupuestarios 3.


- Se han producido graves errores estratégicos con implicaciones presupuestarias: apertura y cierre de Oficinas Técnicas de Cooperación (OTC) 4 cuestionables, falta de evaluación de los proyectos con consecuencias irreversibles, la gestión
compartida de proyectos con gobiernos sin aval democrático o con problemas de respeto de los derechos humanos fundamentales y acusaciones de connivencia con intereses privados espurios 5.


Además, desde el punto de vista financiero, la cooperación española al desarrollo se ha reducido en casi un 70 % desde 2009, mucho más que en otros países de nuestro entorno afectados por la crisis económica como Portugal o Irlanda. El
período de mayor expansión del gasto en AOD en España fue el comprendido entre 2005 y 2008, alcanzando su cota máxima en 2009 con el 0,46 % de la RNB. España se sitúa en el puesto 22 de los 28 que conforman el CAD 6. La mayor parte de los recursos
destinados a la cooperación son gestionados por el Ministerio de Hacienda para los países europeos en desarrollo, mientras que el MAEC sólo dispone de un porcentaje muy reducido para cooperación, menos del 15 % 7.


1 El País, 9 de julio de 2015.


2 22.000 millones de euros en total en el periodo 2007-2012.


3 Un ejemplo, el portal en internet de la cooperación española sobre temas de procedimiento y presupuestario que dificulta que sea un verdadero instrumento de consulta y de decisión.


4 Oficinas Técnicas de Cooperación de la AECID en el terreno.


5 Informe 'Radiografía de la cooperación española al desarrollo 2007-2012', El Confidencial y la Sexta.


6 Según datos publicados por la OCRE, la contribución de España a la AOD de 2014 fue de un exiguo 0,14 % de la Renta Nacional Bruta (RNB).


7 Informe OXFAM/lntermon Internacional 2014.



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En todo caso, muy alejado de lo que le correspondería como 13.a economía mundial y de la meta del 0,7 % fijada por la ONU. La CONGDE 8 pone de manifiesto que esta tendencia es contraria a la del resto de países europeos, en los que la
inversión en AOD aumentó y la media se sitúa en el 0,42 % de la RNB. En la actualidad sólo Suecia, Noruega, Dinamarca, Luxemburgo y Reino Unido destinan un mínimo del 0,7 % a AOD, siendo el caso más espectacular el de Suecia con un 1,1 % de su RNB.


Dada la visible recuperación económica gradual del país debería ser posible que España comience a revertir el acusado descenso de la asistencia al desarrollo registrado desde 2010 y dirija una mayor proporción de su presupuesto de ayuda a
los países más necesitados.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'1. Impulsar un Pacto de Estado sobre Cooperación al desarrollo, en el que participen todas las administraciones que realizan actividades de cooperación internacional al desarrollo, para asegurar eficiencia y eficacia dentro del respeto al
principio de autonomía presupuestaria y competencial.


2. Incremento gradual de Ia Ayuda Oficial al Desarrollo hasta el 0,4 %, partiendo del actual 0,16 %, para acercarlo a la media europea en esta legislatura, teniendo en cuanta la ATD, y aspirar a alcanzar de manera gradual la meta del 0,7 %,
situando como prioridad la consecución de los ODS de la agenda 2015-2030.


3. La política española de cooperación internacional partirá de una planificación estratégica y transparente, fundamentada en una coherencia entre los intereses y objetivos de nuestra política exterior con los intereses y objetivos
globales. Conllevará planes de ejecución anual dotados de la metodología adecuada para garantizar su eficacia: según cada objetivo concreto, se diferenciarán por regiones según su problemática específica, y estarán conectados de forma clara con
las actividades concretas necesarias para conseguirlos señalando los resultados que se pretenden alcanzar.


4. La distinción por países y regiones en la ayuda ha de ser clara: países con extrema pobreza y países con renta media o baja, lo que implica diferentes objetivos y acciones. Las prioridades geográficas por afinidad cultural e interés
estratégico. Se creará un fondo temático para 'Estados frágiles', con especial incidencia en aspectos institucionales: seguridad, justicia, estado de derecho.


5. La cooperación con los gobiernos receptores será horizontal a partir del cumplimiento de los estándares internacionales en materia de contabilidad pública y control financiero, dentro de la lucha contra la corrupción. Salvo en caso de
ayuda de emergencia y humanitaria, la ayuda española estará condicionada al cumplimiento por los gobiernos receptores de los derechos fundamentales y del principio de democracia 9.


6. Apoyar la coordinación de toda la AOD española con la que desarrolla la sociedad española a través de ONGDs y las empresas, a través de sus programas de 'responsabilidad social', en el plano del análisis y de las estrategias. Además,
con el fin de alcanzar mejor los objetivos compartidos, se conectará la estrategia española con la europea y las agendas internacionales de los principales donantes a través de un intercambio permanente a nivel del CAD 10.


7. Promover campañas de sensibilización de la ciudadanía desde los poderes públicos y solicitar la colaboración del tercer sector y los medios de comunicación en el desarrollo de una labor pedagógica de información y debate permanentes que
pongan en valor lo que ya se hace desde nuestro país en materia de cooperación, así como lo que se debería mejorar.


8. Fomentar entre la comunidad de donantes y los países receptores de ayuda la exigencia de transparencia absoluta en cuestiones relacionadas con la ayuda humanitaria y la cooperación internacional, y la exigencia de la realización de
evaluaciones obligatorias de seguimiento e impacto y el rendimiento de resultados y de cuentas para prevenir la corrupción y el desvío de fondos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


8 Coordinadora española de ONGDs.


9 En el sentido de la Proposición no de Ley aprobada por unanimidad en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Congreso de diputados el 19 de septiembre de 2012.


10 Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre
la gestión española y europea de la crisis humanitaria de migrantes y refugiados procedentes de Siria y otros países en conflicto, con especial énfasis en el impacto de la misma sobre los niños y las niñas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En 2015, más de un millón de personas emprendió un viaje a través del Mediterráneo, huyendo mayoritariamente de los conflictos bélicos y el terrorismo, pero también de la miseria y el hambre en sus países de origen.


En los tres primeros meses de 2016, según estimaciones de la OIM (Organización Internacional para las Migraciones), 150.703 migrantes y refugiados han cruzado la frontera hacia las islas griegas. De entre ellos, uno de cada tres era un
menor.


Nadie podrá olvidar la foto de Aylan, el niño de tres años, ahogado en una playa turca en el verano de 2015. Esa foto, sacudió, temporalmente, las conciencias europeas y puso en evidencia la tragedia de millones de familias que huyen de la
guerra en Siria, hasta el punto de perder a sus hijos por el camino. Pero la realidad es que, desde septiembre de ese mismo año, una media de dos niños al día se ha ahogado intentando cruzar el Mediterráneo, según datos de ACNUR, la OIM y UNICEF.


Pero esa foto no es sino el botón de muestra de la incapacidad de la Comunidad Internacional, no ya para impulsar la búsqueda de una solución a un conflicto de extrema complejidad como lo es el conflicto en Siria, sino para gestionar sus
efectos secundarios, siendo uno de los más visibles el incremento de movimientos forzosos de población que, indudablemente, repercuten en los niños de manera más cruenta.


De los aproximadamente 300.000 niños que llegaron a Europa el año pasado, unos 26.000 eran menores no acompañados (MENA) según informa Save the Children.


Unos 10.000 niños y niñas han DESAPARECIDO según la INTERPOL, desde el inicio de la crisis, muchos a manos de redes de tráfico de personas con fines de explotación sexual y otras formas de violencia y, en ocasiones, a los pocos días de
llegar a los centros de acogida.


De entre los menores migrantes y solicitantes de asilo, la mayoría son niños. Sin embargo, la situación de las niñas es especialmente preocupante por riesgos adicionales de abuso, explotación y exposición a prácticas inhumanas y degradantes
como la mutilación genital femenina o los matrimonios forzados.


La foto del pequeño Aylan supuso un punto de inflexión en la llamada 'crisis de los refugiados' y un cambio de orientación en la política llevada a cabo hasta el momento por algunos países, especialmente por Alemania, que lideró con valentía
una política de solidaridad y apertura de fronteras (Willkommenskultur) y forzó a la UE, aunque sólo de manera provisional, a dejar de mirar para otro lado y hacer un amago de reparto de responsabilidades, a través de una política pírrica de cuotas,
aun frente a la oposición de algunos gobiernos como el de Hungría.


Del reparto de cuotas, establecido por la UE en octubre de 2015, los 28 países de la Unión acordaron que, de las 170.000 personas que reasentarían en su seno, a España le correspondía la acogida de unos 17.000 refugiados. Sin embargo, hasta
el momento, sólo han sido reubicadas 18 personas.


Asimismo, el acuerdo firmado durante la última reunión del Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo por los 28 países de la Unión, impone de nuevo una política restrictiva de cierres de frontera, de facto, y subcontrata a un tercer país, Turquía,
que ni siquiera las organizaciones humanitarias consideran como país seguro, la gestión de la crisis migratoria y de los refugiados a cambio de 6.000 millones de euros, el levantamiento de la exigencia de visados a los ciudadanos turcos y la
apertura de nuevos capítulos para una potencial adhesión de Turquía a la Unión Europea.


La prensa nacional e internacional se hacía eco el 31 de marzo pasado de las acusaciones del Observatorio Sirio de Derechos Humanos, que documentaba la muerte a tiros a manos de la policía turca de 16 migrantes, incluidos tres niños, que
intentaban cruzar la frontera.


Es una obligación del Estado, de todo estado, la protección y promoción de los derechos de los niños y las niñas en todo momento e independientemente de dónde se encuentren. Por consiguiente, el Estado español y el resto de países europeos
deberían anteponer el interés superior de los menores al, por otra



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parte legítimo, objetivo de gestión migratoria. El derecho a la protección internacional, así como el principio fundamental de la 'unificación familiar' tiene que estar garantizado en línea con el interés superior del menor, principio éste
que ha sido reafirmado por multitud de tratados internacionales y tribunales regionales.


En octubre de 2015, 59 organizaciones del ámbito de los derechos humanos, derechos de los niños, sanidad e inclusión social, incluida UNICEF y la Red Europea de Ombudspersons para la Infancia firmó una carta abierta conjunta al Consejo
Europeo expresando su preocupación respecto a la falta de atención prestada a los derechos de los niños en las discusiones de políticas relacionadas con la respuesta a la crisis migratoria y de los refugiados.


Las organizaciones en el terreno, ya sea en Grecia, Italia y otros países han desempeñado, por su parte, un papel crucial en la asistencia a niños y niñas migrantes/refugiados. Es por ello que desde la experiencia y el conocimiento de las
realidades en las que trabajan han elaborado multitud de informes y recomendaciones sobre las acciones a desempeñar.


Por su parte, el Grupo de Expertos en Tráfico de Personas, GRETA, por sus siglas en inglés, del Consejo de Europa apunta a la falta de medidas adecuadas para la protección de la infancia como:


- Falta de centros de acogida especializados para menores.


- Número insuficiente de guardianes legales para los niños y niñas.


- Falta de coordinación entre las distintas autoridades nacionales, como servicios de fronteras e inmigración, servicios sociales y fuerzas del orden y servicios de protección infantil.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Que España retire su apoyo al acuerdo aprobado por unanimidad en Bruselas durante la reunión del Consejo Europeo de los días 17 y 18 de marzo y cumpla con el mandato emanado de las Cámaras españolas a través de la Declaración Institucional
aprobada por unanimidad en la reunión de la Comisión Mixta para asuntos de la Unión Europea de 16 de marzo. Ese acuerdo, en las condiciones actuales supone una capitulación de las responsabilidades de la UE como adalid de la defensa de los derechos
humanos.


Incorporar en las medidas y acciones relativas a la crisis migratoria y de refugiados una perspectiva de derechos de la infancia y dentro de ella, una perspectiva de género, que se atenga al estricto cumplimiento del Derecho Internacional y
Humanitario y a las obligaciones emanadas de la firma de los Tratados internacionales de los que España es parte, como la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto del Refugiado, la Convención de los Derechos del Niño,
entre otros, y que tenga siempre en cuenta el interés superior del menor.


Atender las llamadas de atención de la sociedad civil y las recomendaciones de los organismos internacionales especializados en materia de refugio y asilo y en derechos de la Infancia como ACNUR, UNICEF, Oxfam intermón, Save the Children,
entre otros, y exigir en los foros internacionales de alto nivel, en los que participa, como la UE, que estas recomendaciones sean incorporadas en todo proceso decisorio conjunto.


Presentar ante el Congreso un Plan Estatal en previsión de la llegada de los refugiados del conflicto sirio:


Que determine los roles de cada administración, teniendo en cuenta las competencias locales y autonómicas, así como su engarce en el Plan Europeo de acogida.


Que garantice que los centros de acogida y tránsito previstos ofrezcan los mínimos requisitos de salubridad y dignidad y, consiguientemente, pongan en un primer plano la protección de los derechos de los niños, al ser uno de los sectores más
vulnerables en toda crisis humanitaria y evitar, por todos los medios, que los niños y niñas acaben en centros de detención de inmigrantes con adultos.


Que el Gobierno en funciones explique en sede parlamentaria los criterios que se aplicarán por parte de la Comisión Europea al contingente que tenga por destino España y la participación española en dicha selección.


Implementar procedimientos para la identificación de niños y niñas víctimas de tráfico de personas y el nombramiento de urgencia de guardianes legales para los menores no acompañados.



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Promover la formación del personal que trata directamente con migrantes/refugiados en frontera y centros de acogida para que de manera adecuada pueda atender a las necesidades específicas de los niños y las niñas en estas situaciones.


Aprovechar la presencia de España en el Consejo Permanente de Seguridad de Naciones Unidas (NNUU) para promover la búsqueda conjunta de soluciones a la cuestión de fondo: el conflicto en Siria, que actúa como factor de expulsión y que
origina los movimientos de población forzados que centran la crisis actual y que afectan de manera especialmente negativa a mujeres y niños.


Elaborar un Plan de Acción específico para garantizar el acceso de los niños y niñas migrantes/refugiados a la Educación y la Sanidad públicas y al derecho a la reunificación familiar.


Prevenir la apatridia de los niños y niñas que viajan solos y tienen muy difícil probar su nacionalidad cuando se han visto forzados a separarse de sus progenitores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Marta Martín Llaguno, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la necesidad de establecer la especialidad de Enfermedades Infecciosas en el nuevo Real Decreto de Especialidades Médicas, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Las enfermedades infecciosas suponen un reto creciente en el ámbito de la medicina especializada. La aparición de nuevas enfermedades ligadas a la nueva realidad de un mundo globalizado han traído retos tan importantes como el Ebola, el
Zika o la aparición de nuevos virus como los de la gripe aviar. La lucha contra el VIH-SIDA, las infecciones hospitalarias multirresistentes, la tuberculosis y un sinfín de retos cambiantes hablan también de la necesidad de homologar la formación y
la acreditación de nuestros especialistas. Las unidades de enfermedades infecciosas son ya una realidad patente en más de un centenar de hospitales públicos y privados a lo largo de nuestro país lo que hace más. Tampoco deja de sorprender que a
nivel internacional nuestros especialistas sean líderes en actividad científica en este campo y seamos uno de los escasos países que no tienen reconocida la especialidad. En Europa solo Bélgica, Luxemburgo y Chipre están en nuestra situación. Esta
falta de homologación perjudica también a nuestros profesionales. Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos que se debe aprovechar la nueva redacción del Real Decreto de Especialidades para reconocer esta especialidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'EI Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Llevar a cabo las modificaciones normativas oportunas para reconocer la especialidad de ''Enfermedades Infecciosas'' en el nuevo Real Decreto de especialidades médicas.


2. Llegar a un acuerdo con la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas, así como con las otras sociedades implicadas, en las necesidades formativas de dicha especialidad y los requerimientos para la homologación de dicha titulación
para que quienes ya estuviesen ejerciendo en esta área en nuestros hospitales puedan obtener esta titulación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.-Francisco Igea Arisqueta, Diputado.-Marta Martín Llaguno, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley, para su debate y aprobación en
el Pleno, relativa al futuro de la empresa de titularidad estatal Agencia Efe S.A.


Exposición de motivos


El artículo 20.3 de la Constitución, al igual que la doctrina europea, determinan la necesidad de que la Ley regule la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente
público, así como que garantice el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.


Sin embargo, transcurridos casi 40 años desde la aprobación de la Carta Magna de 1978 y 76 años después de la creación de la Agencia Efe, este medio de comunicación de titularidad pública carece de un marco jurídico congruente con esta
exigencia constitucional.


Tan prolongada carencia ha contribuido a que Efe padezca una situación crónica de conflicto e incertidumbre de dimensiones orgánicas, económicas y laborales, lo que impide su buen funcionamiento y facilita su control partidista, limitando
así su posibilidad de competir con otras agencias internacionales (AP, Reuters, Bloomberg y France Press). Los sucesivos equipos gestores no siempre han actuado de acuerdo con los intereses generales del Estado y de la ciudadanía, con criterios de
servicio público independiente, ni conscientes de la importancia de preservar la implantación e influencia de la Agencia dentro y fuera de España.


La Agencia Efe, cuyo propietario único es el Estado español a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), constituye una excelente herramienta para ayudar a hacer realidad el derecho ciudadano a la información y el
derecho de acceso a medios -recogidos ambos como fundamentales en la Constitución-, así como para favorecer una opinión pública informada y plural, la atención a las minorías y la diversidad cultural, la vertebración del territorio y la proyección
de dicha diversidad cultural en el exterior. En este sentido, su carácter público debe ser preservado para impedir que le afecten de forma irremediable políticas partidistas y modelos de gestión puramente mercantilistas guiados por intereses
particulares y al margen de cualquier supervisión independiente, como vienen denunciando sus trabajadores desde hace años.


Desde hace más de una década, diferentes gestores de Efe han aplicado políticas de recorte en diversos aspectos, como las dotaciones de profesionales, que han erosionado las posibilidades de fortalecimiento de la empresa, e incluso la
posición que tenía ganada, tanto en el plano interno del Estado español como en la competencia por la proyección internacional. La pérdida de prestigio como primera agencia de noticias internacional de habla hispana, que afecta a las delegaciones
de todo el mundo, no solo es una amenaza para la viabilidad de la agencia, sino para la imagen de España en el mundo, lo que puede tener graves consecuencias sobre el conjunto de la economía española.


Estos principios se empiezan a aplicar con rigor bajo la presidencia de Alejandro Grijelmo García. Su consecuencia más perniciosa ha sido la aplicación -durante el mandato del presidente José Antonio Vera Gil- de un Expediente de Regulación
de Empleo (ERE núm. 328/2012) que ha supuesto la salida de unos 200 trabajadores y la aplicación de recortes salariales de hasta el 50%. Además, los trabajadores denuncian un recurso descontrolado a la figura de los becarios.


Es urgente abordar la elaboración de una norma adecuada para la agencia de noticias de titularidad estatal, que potencie el carácter público de Efe, su función de servicio a la ciudadanía, poder fijar su estabilidad económica, garantizar la
permanencia de los puestos de trabajo y evitar la precarización laboral. En este sentido, muchas de las conclusiones del Informe para la Reforma de los Medios de Comunicación de Titularidad del Estado de 2005 continúan plenamente vigentes: la
Agencia Efe debe volver a ejercer como base y garantía del pluralismo informativo del conjunto del sistema mediático español, proporcionando una información veraz, diversa, emanación del conjunto de la sociedad española, de sus preocupaciones e
intereses. Para ello, es imprescindible dotarla por fin de un Consejo de Redacción



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y un Estatuto de la Información propios que abarquen además a sus diversas filiales, especialmente en el caso de Efeagro.


Como servicio público, debe atender a demandas de medios y públicos minoritarios y locales, generalmente ligados a mercados no rentables económicamente, así como dar acceso a los grupos sociales y políticos significativos. Es necesario
incorporar un Consejo Social Asesor dotado de competencias suficientes, en el que la participación directa de la sociedad civil, especialmente de las instituciones culturales y educativas y las organizaciones profesionales de periodistas, sirva para
velar por el cumplimiento de estos principios, como ocurre en los mejores referentes de medios públicos europeos.


Para dotar a la agencia de independencia informativa, el Consejo de Administración no puede seguir consistiendo en una representación del Gobierno, sino que debería componerse de profesionales independientes cualificados con una amplia
trayectoria, con un estricto régimen de incompatibilidades y con transparencia total en la gestión. El director tampoco debería ser nombrado desde el SEPI sino elegirse con criterios objetivos a través de un proceso transparente entre candidatos
independientes y en base a su proyecto de futuro para la Agencia.


La vía para fijar estos principios de servicio público independiente, transparente, democráticamente fiscalizado y sostenible es la elaboración del Estatuto largamente durante los años de bipartidismo. El establecimiento de esta norma legal
ya fue exigido por el Congreso de los Diputados el 2 de octubre de 1985, por decisión unánime de todas las fuerzas políticas con representación en el Parlamento. En 2005 y 2009, se vuelven a presentar proyectos para dotar a Efe de un Estatuto, pero
la iniciativa nunca llegó a sustanciarse.


La necesidad de democratizar la gestión de la Agencia Efe y de dotarle de los recursos necesarios para garantizar su viabilidad, cumplir con su misión de servicio público y de espejo de la cultura y de la lengua española a nivel
internacional.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar en el Parlamento las conversaciones con las fuerzas políticas allí representadas para elaborar con prontitud un Estatuto Público para la Agencia Efe, que dé cumplimiento a las exigencias del artículo 20.3 de la Constitución
Española.


2. Promover un consenso parlamentario sobre la necesidad de que la Agencia Efe se mantenga como una empresa informativa de titularidad pública, esencial para contribuir a hacer realidad el derecho ciudadano a la información recogido en la
Constitución, así como para la conformación de una opinión pública informada y plural, la protección de las minorías y la diversidad cultural, la vertebración del territorio y la proyección de dicha diversidad cultural en el exterior.


3. Promover que la actividad de la Agencia Efe se guíe por el ejercicio de la libertad de expresión, el derecho constitucional de acceso a medios y el pluralismo cultural, fundamentando su misión de servicio público en valores como el
pluralismo, el interés general, la independencia, la veracidad y la accesibilidad.


4. Fomentar que la Agencia Efe participe en los planes estatales para superar todo tipo de brecha digital en la ciudadanía.


5. Habilitar un concurso público transparente y objetivo para la formación del Consejo de Administración y la elección del Director General para dotar de independencia a la Agencia y poner fin a su control gubernamental y opacidad.


6. Dotar a la Agencia además de un Estatuto de la Información y un Consejo de Redacción propios, como exige el Código Deontológico Europeo del periodismo.


7. Habilitar un Consejo Social Asesor dotado de competencias reales, que vele por el cumplimiento de las funciones de servicio público y en especial del derecho de acceso, la atención a minorías y la proyección de la diversidad cultural
española hacia el exterior.


8. Propugnar que la Agencia Efe esté sujeta a control parlamentario como ocurre en otros medios públicos, para que el Parlamento fije democráticamente su modelo societario y los aspectos fundamentales de su gestión empresarial, como son los
presupuestos, los contenidos de servicio público o las funciones de su consejo de administración, que deberá contar con representación de los trabajadores.


9. Asumir que, para el cumplimiento del servicio público que le corresponde, el Gobierno suscribirá contratos-programa plurianuales con la Agencia Efe que permitan la planificación prolongada y la



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evaluación independiente y democrática de la gestión, que deberán ser ratificados en el Parlamento y cuyo coste deberá servir para garantizar la pervivencia y relevancia de este servicio público imprescindible.


10. Aplicar criterios e indicadores de servicio público, además de los estrictamente contables y empresariales, que permitan evaluar el cumplimiento de estas misiones, así como la proporcionalidad de la financiación pública, en un entorno
de total transparencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.-Noelia Vera Ruiz-Herrera, Sofía Fernández Castañón y Antón Gómez-Reino Varela, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
medidas para corregir el déficit de la Seguridad Social, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Como consecuencia de la crisis económica y de la destrucción de empleo vividas en nuestro país en los últimos años, pero también, y especialmente, como consecuencia de las políticas de empleo desarrolladas por el Partido Popular, nuestra
Seguridad Social presenta unas cuentas realmente preocupantes. Así, de las informaciones conocidas se desprenden los siguientes datos:


Resultados de la ejecución presupuestaria de la Seguridad Social correspondiente al año 2015


Considerando las partidas presupuestarias relativas a las gastos en prestaciones contributivas, y en términos de derechos reconocidos y obligaciones reconocidas (sin tener en cuenta datos de ingresos de caja, ni los gastos en referencia a
los pagos efectivamente efectuados).


I. Ejecución presupuestaria correspondiente al año 2015:


A) Ejecución presupuestaria de los ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo.


Los derechos reconocidos, excluidas las operaciones corrientes, ascendieron a 106.609 millones de euros.


Quedan incluidos en este apartado las cotizaciones sociales, las tasas y otros ingresos, los ingresos patrimoniales, y las transferencias corrientes de Seguridad Social.


B) Ejecución presupuestaria de gastos que se financian a través de los ingresos de naturaleza contributiva.


Las obligaciones reconocidas supusieron 123.945 millones de euros.


Quedan incluidos en este apartado los gastos de personal, los gastos en bienes corrientes y servicios y las transferencias corrientes realizadas para financiar las prestaciones del nivel contributivo.


Resultado de la ejecución presupuestaria.


La diferencia entre los ingresos vinculados a prestaciones contributivas y los gastos por prestaciones contributivas arroja un déficit de 17.336 millones de euros.


II. Ejecución presupuestaria de los ingresos de 2015: datos limitados a las cotizaciones sociales.


Los derechos reconocidos por cotizaciones sociales ascendieron a 100.492 millones de euros, lo que supuso que se obtuviese el 91,5% del objetivo presupuestado para el año 2015.



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En 2014 se obtuvieron por el mismo concepto 99.198 millones de euros, alcanzándose una ejecución presupuestaria del 96,4%.


El número de trabajadores en alta en los meses de diciembre de 2014 y de 2015 era el siguiente:


- Año 2014: 16.775.214.


- Año 2015: 17.308.400 (+533.186 sobre 2014; +3,08%).


En consecuencia, a pesar de registrarse un crecimiento en el número de cotizantes entre los años 2014 y 2015 de 533.186, la recaudación en los citados años sólo se incrementó en 1.294 millones de euros (+1,28%).


Este desfase entre el incremento del número de cotizantes a la Seguridad Social y el incremento habido en la recaudación, así como -y ello es lo más importante- el déficit que arrastra nuestra Seguridad Social guardan relación directa, como
se ha dicho antes, con las políticas de empleo del Partido Popular.


Así, en lugar de revalorizar las políticas activas de empleo, el Gobierno del Partido Popular ha utilizado la exención y reducción de cotizaciones a la Seguridad Social como única solución ante la falta de creación de puestos de trabajo y la
exacerbada precariedad en el empleo. Lo que supone importantes pérdidas de ingresos a la Seguridad Social a cambio de una más que insuficiente e ineficiente política de creación de empleos de calidad.


La excesiva temporalidad, la corta duración de los contratos de trabajo que se conciertan y los bajos salarios, que se han convertido en los rasgos característicos del mercado de trabajo con el Partido Popular, son, a su vez, la causa de que
apenas se noten los incrementos de afiliación en la propia recaudación por cotizaciones a la Seguridad Social. Empleos precarios y con bajos salarios no nutren de manera conveniente la caja económica de nuestras pensiones.


Finalmente, la casi completa falta de control sobre las horas extraordinarias y el trabajo a tiempo parcial, que muchas veces encubren situaciones fraudulentas, también condicionan los bajos ingresos de la Seguridad Social. Es, en
definitiva, la política de empleo del Partido Popular la que está provocando el riesgo de nuestro sistema de pensiones y, por ello, la que necesita ser modificada de raíz para que nuestra Seguridad Social vuelva a ser sostenible social y
económicamente.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las siguientes medidas:


1. Suprimir todas las reducciones y exenciones de pago de cotizaciones a la Seguridad Social como política activa de empleo, salvo para los colectivos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y las víctimas de violencia
de género.


2. Controlar exhaustivamente, mediante planes específicos de actuación de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, las horas extraordinarias y los contratos de trabajo a tiempo parcial que se realizan en nuestro país.


3. Iniciar un proceso paulatino y progresivo de subida del Salario Mínimo Interprofesional, de manera que alcance el 60% del salario medio percibido, tal como ordena la Carta Social Europea, así como reformar la normativa relativa al mismo
para que se garantice desde la legalidad que el Salario Mínimo Interprofesional no pierda poder adquisitivo y alcanza, efectivamente, y en consonancia con nuestros compromisos internacionales, el porcentaje marcado por la Carta Social Europea.


4. Abrir un proceso de Diálogo Social con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de nuestro país que conduzca, en el plazo de un año, a la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores que recupere el
sentido originario del mismo, como carta de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y concluya con la completa derogación de la reforma laboral del Partido Popular.


5. Reconstruir el Pacto de Toledo y abordar, dentro de él, la posibilidad de crear una figura impositiva, similar a la existente en el modelo francés, destinada directamente a la financiación de nuestro sistema público de pensiones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2016.-María Luz Rodríguez Fernández, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la formación y titulación del militar, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En cuanto a la formación y promoción profesional y al cambio de actividad profesional no se han efectuado, en la práctica, desarrollos que logren avances en dichos ámbitos. La tropa y marinería continúan sin tener garantizadas, formación,
reconocimiento, y titulaciones, así como tampoco se han establecido, garantías a sus salidas profesionales y bolsas de trabajo en las Administraciones Públicas y en los demás entornos de trabajo normalizados.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos creemos que el servicio prestado a la nación debe ser reconocido por ambas partes, no es lógico ni justo que un profesional dedique más de 30 años a su país y vuelva a la vida civil sin la obtención de
titulaciones oficiales que le reconozcan su labor y sus formaciones técnicas de manera oficial.


Aprovechando la coyuntura debemos dar a conocer que el Ministerio de Defensa, firmó un convenio con la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para facilitar que el personal militar pueda cursar enseñanzas universitarias oficiales de
grado y posgrado, así como, en su caso, apoyar al personal militar mayor de 25 años para que pueda preparar la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.


Actualmente y transcurridos varios años desde la firma de este convenio, y con el referente de las becas convocadas en las Resoluciones 455/08246/13 (BOD 119/13) y 455/08592/14 (BOD 127/14), en las que se fijan becas para estudios
universitarios, todos ellos Masters y estudios de postgrado dirigidos a las escalas superiores de oficiales, no se ha cumplido los objetivos fijados.


Estos cursos, aun existiendo personal titulado universitario en las Fuerzas Armadas perteneciente a Escalas de Tropa Marinería y la de Suboficiales, se dirigen de manera clara a los escalones superiores de las FAS.


No se han tomado, por parte del Ministerio de Defensa, medidas para apoyar al personal de tropa y marinería con al menos 25 años de edad, que son las personas que más lo necesitarán si salen de las FAS, para que puedan acceder a los estudios
universitarios oficiales de grado, mediante la superación de la correspondiente prueba de acceso, tal y como se fija en las cláusulas y puntos del convenio.


Tenemos unas FAS profesionales y con una gran capacitación técnica en diferentes formaciones, debemos de reconocerles las horas de esfuerzo y dedicación de manera oficial como a cualquier otro ciudadano español. Es responsabilidad de
estado.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Ciudadanos insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Proveer de un sistema de ayudas a la formación y titulación del militar, con objeto de facilitar su proceso de integración laboral civil.


Crear una oficina de inserción laboral potenciando la firma de convenios específicos con las empresas.


Desarrollar una estrategia que contemple convalidar determinadas formaciones de los miembros de las FAS con la obtención de títulos oficiales, en función de su complejidad, horas dedicadas y atribuciones adquiridas, para su uso posterior en
la vida civil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas Portavoz Suplente del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el Real Cuerpo de Celadores y Guardamuelles, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Los orígenes históricos del hoy denominado Cuerpo de Policía Portuaria, datan de la época del Rey Carlos III de España. Bajo su reinado se crea el Real Cuerpo de Celadores y Guardamuelles, destinados a la vigilancia y regulación del tráfico
marítimo. En el año 1869, durante el Gobierno provisional del General Francisco Serrano y Domínguez, en el periodo interregno, promulgó una Real Orden para la regulación y transformación de los distintos cuerpos de alguaciles encargados de la
custodia y vigilancia de los puertos en un único cuerpo de guarda-muelles, hoy 'Cuerpo de Policía Portuaria'.


La Constitución en su artículo 149.1.20, atribuye a la Administración del Estado la competencia exclusiva en materia de puertos de interés general, siendo la legislación portuaria la que atribuye a las Autoridades Portuarias y a Puertos de
España la ejecución de dicha competencia exclusiva.


En el año 1992, las antiguas juntas de puertos se transforman en las actuales 28 que Autoridades Portuarias, entrando en vigor la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos de Estado y de la Marina Mercante. En el artículo 106 obliga al
organismo público Puertos del Estado a la elaboración de un reglamento que regule las funciones de los cuerpos de policía portuaria, reglamento que se queda sin redacción.


En 1997, entra en vigor la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 27/1982, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. En esta Ley se vuelve a hacer referencia al reglamento indicado, pero no se
consigue su redacción.


En 2003, entra en vigor la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general. En esta Ley se copian y repiten las referencias al Reglamento indicado a las anteriores, pero
tampoco se consigue su elaboración.


En el año 2011 y tras diecinueve años de vigencia de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y ocho años de vigencia de la Ley 48/2003 de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general,
en ambas leyes quedan recuerdos y dudas por el actual Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. En esta última Ley, el artículo 295, vuelve
a obligar al Organismo Público Puertos del Estado a la elaboración de un Reglamento que regule las funciones de los Cuerpos de Policía Portuaria.


El personal del citado cuerpo que presta servicio en los 28 Puertos asciende aproximadamente a 2.500 personas, arrastrando en la actualidad problemas derivados de la falta de un marco regulador claro y concreto, al no abordar con firmeza la
figura pública del Cuerpo de Policía Portuaria. Si bien es cierto, que garantizan la prestación del servicio de policía en régimen de gestión directa y les atribuye la condición de agentes de la autoridad de la Administración Portuaria, deja
apartado el desarrollo para la discusión y elaboración del Reglamento de Explotación y Policía de los puertos, que debería ir acompañado de una ordenanza de régimen del citado cuerpo al objeto de definir con toda claridad la figura, competencia,
funciones, formación imagen corporativa y soporte legal de los policías portuarios.


Por otra parte, el Real Decreto Legislativo 2/2011 en su Libro tercero, recoge en el artículo 296 el servicio de policía portuario que atribuye a las Autoridades Portuarias las potestades de policía especial recogidas en el artículo 4 de la
Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre protección seguridad ciudadana, Ley derogada por la 4/2015, de 30 marzo, que en el artículo 74, sobre protección de la seguridad ciudadana, estipula que el personal que realiza funciones de policía
administrativa tendrá especial deber de colaborar en la consecución de los fines previstos en el artículo tercero de la Ley, por ello también se le atribuyen competencias en protección de seguridad ciudadana.


De ahí que la policial portuaria independientemente de sus labores administrativas, de control mercancías, personas en el interior del recinto, vehículos, buques, etc., efectúan en ocasiones detenciones de delincuentes que cometen hechos
delictivos dentro del puerto, actuando como agentes de la autoridad,



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sufriendo en ocasiones agresiones con resultado de lesiones y amenazas al proceder a la detención de los autores, e incluso actúan en casos de violencia de género.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Que a tenor de lo expuesto, queda claro que al Policía Portuaria ha protagonizado, en los últimos años, un importante cambio, convirtiéndose en un verdadero cuerpo de policía portuaria, actuando en la esfera del servicio público y
administrativo, no teniendo regulado por Reglamento ni Ley las funciones que deben desarrollar, sumiendo con ello a un colectivo de 2.500 personas, en una ilegalidad permanente que ha llegado el momento de resolver definitivamente.


Proceder a una regulación definida y específica que permita a las Autoridades Portuarias elaborar un Reglamento Interno y Propio, sobre una base común que evite discriminaciones y subjetividades.


Coordinar, para potenciar los servicios locales de policía portuaria, entendidos en el sentido más amplio de servicios públicos de seguridad, dotados de plena capacidad funcional y organizativa para que puedan convertirse en instrumentos
válidos que permitan a las Autoridades Portuarias ejercer las competencias que la Ley les encomienda.


Analizar si los Cuerpos de Policías Portuarios podrían tener doble dependencia, tanto de la Autoridad Portuaria en tareas administrativas y de Interior cuando las realicen en prevención de seguridad ciudadana, dotándoles de la formación
necesaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre principios de mérito y capacidad en todos los procesos de ingreso y ascenso en las FFCCSS del Estado, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución Española de 1978 en su artículo 104 recoge que 'Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la
seguridad ciudadana'. Para desarrollar dichas funciones, el mismo precepto constitucional, exige que las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estén regulados bajo el texto legal de
ley orgánica. Esta es la razón de la existencia de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Dadas las circunstancias que se han dado en 'determinadas convocatorias exprés' previas a las elecciones, que creemos que deben de ser cuestionadas y repetidas para garantizar el mérito y la capacidad de los postulantes, así como la
transparencia del proceso. 'Determinados nombramientos de dudosa validez' que quedan completamente fuera de lugar, como por ejemplo, el nombramiento del director de La Razón, personalidad que por cierto, ha sido nombrado comisario honorario de la
Policía Nacional, mención, por cierto, otorgada por el Ministerio del Interior. Y como este proceso podríamos enumerar varios más, como concesión de medallas, ascensos 'cuestionables' y demás deterioros de las FFCCSS del Estado que no hace más que
desprestigiar al actual Gobierno y consecuentemente la imagen externa del país.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos, no entendemos como un Gobierno 'en funciones' y que se hace llamar democrático, respetuoso con la sociedad y valedor de la transparencia y la igualdad, puede dedicarse a destinar parte de sus activos
y su tiempo a enseñar a los ciudadanos españoles como el Gobierno realmente se preocupa por la situación actual y refleja una actitud completamente responsable.



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Dicha actitud, provocadora y digna de haberse visto en nuestro país hace mucho tiempo, cuando unos pocos decidían en nombre de la sociedad para favorecer intereses personales, no debería ser tolerada.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Fomentar los principios de mérito y capacidad en todos los procesos de ingreso y ascenso en las FFCCSS del Estado, con criterios de transparencia y participación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la generación de una única Base de Datos (BB.DD.) policial, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Dadas las duplicidades que tenemos entre Policía Nacional y Guardia Civil, y antes de seguir adelante con otras instancias sugiriendo la unificación de los cuerpos, de manera que con ello se eliminase la duplicidad de competencias,
entendemos y más en la situación en la que el mundo y Europa se encuentran, que sería de gran agilidad e incremento por tanto de la seguridad ciudadana, la creación de una sola base de datos y se consiguiera una operatividad óptima a un coste mucho
menor, entre otras ventajas.


Clarificar competencias entre las fuerzas de seguridad del Estado empieza a ser no sólo una necesidad, sino una urgencia, como lo demandan asociaciones de policías y guardias civiles.


No se quiere hablar de 'conflicto' entre cuerpos, ni mucho menos de duelo entre agentes 'verdes' y 'azules', pero sindicatos policiales y asociaciones de guardias civiles hacen un llamamiento a los responsables de Interior para que se
adopten las medidas legislativas y de coordinación que eviten 'interferencias', de manera que puedan trabajar coordinados y de manera eficiente.


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, hace hincapié en la necesidad de que en España cuente con una base de datos única para evitar la pérdida de información, la confusión de competencias y aumentar la eficacia.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Definir los canales operativos permanentes de coordinación que garanticen los mecanismos de cooperación entre las FFCCSS del Estado, de acuerdo a la LOFCS de 1986.


Promover la generación de una única BB.DD. policial, actualizada y gestionada por un único administrador responsable, para la prevención de la criminalidad a partir de su cruce con las BB.DD. supraestatales, autonómicas y municipales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la unificación de las Direcciones Generales de compras para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSS), para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Actualmente nos encontramos con una problemática que genera cierta polémica cuando sobre todo se trata de adquisiciones de urgencia. Se trata de los gastos generados para equipar las FFCCSS del Estado, que tienen como objetivo mantener bien
equipados a nuestros policías y guardias civiles. En la evolución de las partidas de nuevas inversiones y renovaciones de la Dirección General de Policía y la Dirección General de la Guardia Civil podemos observar que coinciden con frecuencia
partidas presupuestarias destinadas a compras de productos similares, ya que como es obvio existe la necesidad de uso de equipos y materiales similares.


Comparando el desglose de gastos de dos partidas presupuestarias distintas Policía y Guardia Civil, podremos ver como existe una duplicidad que podría verse reducida generando un abaratamiento de los productos sencillamente combinando las
dos partidas en una.


De manera que nos encontramos, por ejemplo, en los Presupuestos Generales del Estado, Programa 132A - sección 16 - servicio 03 y 04. Art. 63 'Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios, Superproyecto,
Equipamiento Policial' partidas presupuestarias duplicadas, '04 9001D.G. Guardia Civil'. 1.860.000 € y '03 9001D.G. Policía' 5.285.000 € 11. Con un desglose de adquisiciones completamente complementario en ambas Direcciones Generales y
sintetizable en una sola partida.


Si nos adentramos al desglose de estos Presupuestos Generales del Estado destinados en este caso a Policía Nacional y Guardia Civil, veremos que el gasto en compra de equipos similares en dos partidas presupuestarias diferentes ocasiona un
gasto mayor por unidad que al Estado le sería remediable, si pensamos, que es hondamente sugerente pensar que bajo un futuro organismo de compras y adquisiciones que fusione ambos cuerpos y que adquiriese todo este material al unísono, estas compras
y concursos públicos podrían resultarle al Estado un importante ahorro tanto global como por unidad.


Englobar todas estas compras bajo una misma entidad sin duda abarataría los costes por unidad y globales, topando además con que también haría más sencilla la generación de proyectos de licitación pública más atractivos para las empresas
proveedoras, ya que aumentaría considerablemente la cantidad a suministrar. Sin mencionar además, que la partida presupuestaria quedaría agrupada en una sola tabla presupuestaria.


Es por ello que se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'1. Organizar las compras del Ministerio de Interior creando un órgano central de adquisiciones de material y equipamiento que englobe las necesidades conjuntas de las FFCCSS del Estado para la reducción de sus costes unitarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


11 www.sem.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2016Proyecto/MaestroDocumentos/PGEROM/doc/HTM/N 16 A V 2 O 1 201 1 2 116 1 103 1.HTM www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2016Provecto/MaestroDocumentos/PGEROM/doc/HTM/N 16 A V 2 O 1 201 1 2 116 1 104
1.HTM



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la derogación del Real Decreto 1069/2015, de 27 noviembre, por el que se modifica el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, para su
posterior debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución Española de 1978 en su artículo 104 recoge que 'Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la
seguridad ciudadana'. Para desarrollar dichas funciones, el mismo precepto constitucional, exige que las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estén regulados bajo el texto legal de
ley orgánica. Esta es la razón de la existencia de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Por lo que se refiere a la Policía, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, perseguía dotar a la institución policial de una organización racional y coherente, tomando como medida más efectiva unificar los dos cuerpos hasta ese momento
existentes, Cuerpo Superior de Policía y Policía Nacional (uniformada), en un solo colectivo denominado Cuerpo Nacional de Policía. De este modo, además de solucionarse problemas de coordinación y mando, se homogeneizaron, en un solo colectivo,
cuerpos que realizaban funciones similares o complementarias, con lo que se logró un incremento en la efectividad del servicio.


Desde entonces, el nuevo Cuerpo se estructura en cuatro Escalas que van en el siguiente orden descendiente: Superior (comisario principal y comisario), Ejecutiva (inspector-jefe e inspector), Subinspección, y Básica (oficial y policía).
Este sistema mejora la prestación de los servicios de un colectivo jerarquizado e incentiva a los funcionarios mediante promoción interna. En base a esta norma legal, mencionar que el ascenso de comisario a comisario principal se realizaba bajo el
criterio de antigüedad selectiva.


Posteriormente, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, fue modificada, en concreto los artículos sobre la Policía del Capítulo IV del Título II fueron derogados por la letra a) del número 1 de la disposición derogatoria única de LO 9/2015,
de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. Otra de las novedades de este texto legal es la denominación que utiliza cuando se refiere al Cuerpo Nacional de Policía, haciendo suya la más comúnmente usada por los ciudadanos, la
conocida Policía Nacional.


En el Preámbulo de la LO 9/2015, de 28 de julio, se especifica que 'el título VIII se ocupa de la carrera profesional y la promoción interna en la Policía Nacional, que se articula conforme a los principios de igualdad de oportunidades,
mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad, mediante las modalidades básicas de concurso-oposición y antigüedad selectiva. Cabe reseñar la novedad que supone la posibilidad de ascenso por promoción interna a todas las categorías, por cualquiera de
las dos modalidades; suprimiendo la limitación actual que sólo permite ascender por concurso-oposición a la categoría de Oficial de Policía y por antigüedad selectiva a la de Comisario Principal'. De esta forma, se introdujeron modificaciones
sustanciales en el régimen estatutario de los funcionaron de institución policial con el propósito de cubrir las necesidades de la organización, y también, provocar en los funcionarios interés en progresar dentro de la misma.


Entre los artículos que regulan la ordenación y provisión de puesto de trabajo, importante mencionar el contenido del artículo 47, apartado 6: 'Los puestos directivos de la Policía Nacional con nivel orgánicos de subdirector General y los
de jefe superior de policía se proveerán entre Comisarios Principales. La cobertura de estos puestos se llevará a cabo mediante libre designación,...'.


Transcurrido un tiempo desde la entrada en vigor de la LO 9/2015, de 28 de julio, la Dirección General de la Policía es conocedora de la existencia de tres Jefes Superiores de Policía que no cumplen con el artículo 47.6 al no ser Comisarios
Principales. En lugar de cesarlos, el Gobierno aprueba el Real Decreto 1069/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto



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614/1995, de 21 de abril, en un artículo único que permite el ascenso a Comisario Principal si se reúne uno de estos dos requisitos:


- Por antigüedad selectiva.


- Por concurso-oposición con siete o más años de Comisario.


Pasados dos días desde la entrada en vigor del Real Decreto 1069/2015, de 27 de noviembre, se convoca un nuevo concurso-oposición a Comisarios Principales, a pesar de que el día 1 de julio de 2015 se habían incorporado a sus destinos otros
recién nombrados Comisarios Principales. Además, el plazo de presentación de solicitudes de dicho concurso-oposición finalizaba el 20 de diciembre de 2015, casualmente un día después de finalizar dicho plazo, un Comisario (Jefe Superior) cumplía
los siete años de Comisario.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Instar al Gobierno a derogar el Real Decreto 1069/2015, de 27 de noviembre, en el que se modificó en un artículo único el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía para ascenso a Comisario
Principal, y se vuelva a utilizar en el proceso de promoción a Comisario Principal el criterio de antigüedad, capacidad, mérito y transparencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la reforma de la Ley de la Carrera Militar, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La reforma de la Ley de la Carrera Militar es la historia de un incumplimiento del Gobierno y de una frustración para los militares. Examinando la actitud de dejadez gubernamental y nula disposición para corregir los daños causados por el
régimen transitorio de Ley de la Carrera Militar, además de desprecio a las asociaciones de miembros de las Fuerzas Armadas como sus interlocutores.


Por todo ello la reforma presentada por el Gobierno ha causado un profundo malestar, ya que pese al reconocimiento de alguna mejora, no resuelve el gran problema: la inexistencia de un modelo efectivo de Carrera Militar, sin la cual los
militares no tienen futuro ni perspectivas, por otro lado, totalmente coherente con la inexistencia misma de modelo para nuestras Fuerzas Armadas.


Esta reforma no aborda la mayor parte de las reivindicaciones profesionales, muchas de las cuales ha defendido nuestro grupo en la campaña electoral de 2015. Vivimos una situación de crisis y hay malestar en toda la población, pero es
especialmente llamativo en las Fuerzas Armadas y el Gobierno debería ser consciente de ello. Los cambios que se introducen son de cara a la galería, sin efecto real alguno y menos sin establecer compromiso real para el Gobierno de cambios profundos
y eficaces que resuelvan los problemas y respeten los derechos de los militares, entre otros y de manera fundamental, el derecho a la carrera profesional. Mantener el sistema de evaluaciones para el ascenso, sin control alguno, con cambios anuales
de la regulación de méritos, es inasumible. Mantener el IPEc, en las mismas condiciones actuales es un total despropósito, que reforzará la injusticia y la discriminación, al servicio de los intereses del mando y no para la mejor progresión
profesional del militar y la mayor operatividad de las Fuerzas Armadas.


Se mantiene la discriminación con las Escalas de Tropa y Marinería, es decir, la resistencia a regular su carrera profesional como cualquier otro empleado público. Sigue sin haber ninguna referencia al



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ingreso, la promoción, la enseñanza y la formación en las Fuerzas Armadas. No se subsanan las disfunciones que crean los mecanismos subjetivos de evaluación para el ascenso ni los daños causados en referencia a la integración de las
escalas, los ascensos, o la consolidación de las escalas de complemento. Se dejan sin resolver cuestiones como la vinculación honorífica y los ascensos de personal retirado por discapacidad y el personal apto con limitaciones, que no haya sido en
acto de servicio.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Reformar la Ley de la Carrera Militar, de manera que garantice la promoción y progresión profesional de los integrantes de las Fuerzas Armadas subsanando las disfunciones que crean los mecanismos subjetivos de evaluación para el ascenso y
los perjuicios causados en referencia a la integración de las escalas, los ascensos o la consolidación de las escalas de complemento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre el apoyo a los miembros y familias de las Fuerzas Armadas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Una de las líneas de actuación prioritarias del Ministerio de Defensa consiste en 'optimizar el entorno social en el que el militar desarrolla su profesión, fomentando la conciliación de la vida profesional'. Desde 2013 el Ministerio
dirigido por Pedro Morenés ha manifestado esta intención en los proyectos de los Presupuestos Generales del Estado, pero nunca ha detallado qué partida económica va a destinar a tal fin.


Las asociaciones de militares no tienen constancia de que se invierta en políticas públicas que fomenten la conciliación familiar, laboral y en las ayudas en situación de desplazamientos de las familias. Al contrario, denuncian que la
situación ha empeorado después de que el Ministerio aprobase en febrero de este año la Orden DEF/253/2015 que obliga a los militares que tienen hijos mayores de cuatro años a realizar guardias, y no pueden negarse a participar en maniobras que duren
menos de 36 horas. Hasta que entró en vigor esta normativa los padres se podían librar de las guardias hasta que sus hijos fuesen mayores de 12 años 'siempre y cuando las necesidades del servicio no lo impidiesen', según la Orden 121/2006 que
regulaba las reducciones de jornada.


La movilidad a lo largo de la trayectoria profesional del militar es una característica o exigencia relevante que contribuye eficazmente a su capacitación y a la operatividad del Ejército. La necesaria movilidad geográfica derivada de la
disponibilidad por razones profesionales, generalmente, lleva implícitos unos traslados de domicilio que obligan al interesado y a su familia, a fijar su residencia en la localidad de destino, o bien a elegir otra localidad situada en sus
proximidades. Dichos traslados no son siempre cubiertos por el Ministerio a través del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED). Y es por esto que nos encontramos con problemas a la hora de proponer nuevos
destinos a nuestros soldados quienes no siempre pueden hacer frente, ni deberían hacerlo, a estos nuevos gastos. Ya que se trata de su trabajo y no es su voluntad siempre, el cambiar de destino.


En los últimos tres proyectos de Presupuestos Generales del Estado, Defensa ha elaborado un listado de medidas con las que persigue que se alcance la conciliación laboral y personal en el Ejército. En teoría, apuestan por 'la representación
de la mujer militar en los órganos de evaluación para la selección, ascenso y asignación de destino'.



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Aunque las mujeres suponen el 12,4% de la plantilla en las Fuerzas Armadas, conforme se escala en los rangos militares ese porcentaje disminuye. Solo el 7,9% de los oficiales son mujeres, esta cifra se reduce al 3,9% en el caso de los
suboficiales. La mayor representación femenina se encuentra en la tropa y marinería, representan el 16,7%; según los datos recogidos en diciembre del 2014 por el Observatorio Militar para la Igualdad.


En el proyecto de los presupuestos del 2016 aluden a esta institución, al Observatorio Militar para la Igualdad. Consideran que se ha convertido en 'un punto de referencia sobre igualdad y conciliación' y quieren darle continuidad. Al
igual que con las medidas anteriores, no han planteado qué cantidad presupuestaria van a destinar para potenciar este organismo.


Diferentes fuentes de las asociaciones militares aseguran que no se recibe inyección económica, ni se cuenta con ningún medio extra -más allá de las herramientas de las que se beneficia un departamento convencional del Ministerio- para
llevar a cabo las actuaciones que plantean.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos creemos que esta situación ha de repararse inmediatamente y se ha de proveer una batería de medidas vinculantes eficaces que sean planteadas para su aprobación.


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Potenciar las medidas dirigidas al apoyo personal y familiar de los miembros de las Fuerzas Armadas, haciendo hincapié en el problema de las madres.


Elaborar una ley de movilidad geográfica que resuelva las carencias que tiene el sistema actual de cambio de destino forzoso de los profesionales de las Fuerzas Armadas y mejore la conciliación laboral y familiar, compatibilizándolo con las
necesidades estratégicas y operativas de las Fuerzas Armadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la retirada de las tierras contaminadas de Palomares, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Tras la última visita a Madrid del secretario de Estado de los Estados Unidos de América, John Kerry, durante la cual tuvo lugar la firma de la declaración de intenciones para la rehabilitación del entorno de Palomares, junto con el Ministro
de Asuntos Exteriores y Cooperación, José Manuel García-Margallo, se renovó un marco de cooperación y acción social responsable por parte de ambas naciones.


Recientemente pudimos leer que los EE.UU. se negarían a comenzar las labores de negociación mientras haya un Gobierno en funciones. Teniendo en cuenta que los EE.UU. se encuentran cerca de realizar elecciones podríamos asumir que no
comiencen las labores hasta antes de 2017.


No obstante la visita a España del Subsecretario de Estado adjunto para Europa y la Unión Europea del departamento de Estado estadounidense, Conrad Tribble arroja luz sobre el comienzo de las negociaciones y reuniones técnicas de la comisión
que formaran ambos países para determinar las labores a realizar.


Movidos por la labor de informar y denunciar la grave situación, el Grupo Parlamentario Ciudadanos quiere alzar la voz en defensa de los vecinos de Palomares, en Cuevas del Almanzora, donde se ha reconocido un nivel de radiación superior a
20 y 50 veces según el lugar, superior al máximo permitido. Es imprescindible que el Gobierno sea claro y termine de abordar la limpieza de residuos radiactivos que pueden suponer un riesgo muy severo para la población local, máxime, cuando el
CIEMAT tiene un plan perfectamente viable para efectuar dicha evacuación de residuos. En 2010 se supo que hay 50.000 m3



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contaminados por supuestamente medio kilo de plutonio, y si este se degrada y se convierte en Americio, no nos gustaría entonces cuales serían las consecuencias. Este dato lo revela un informe sobre la situación de la zona del centro de
Investigaciones Energéticas, Medioambientales y tecnológicas (CIEMAT).


Por todo ello se insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'Establecer la creación de un portal de transparencia donde se informará de manera regular de los avances hechos por la futura comisión entre los dos países, de manera que los ciudadanos puedan ver que avances y reuniones se están
manteniendo para preparar la retirada de estas tierras contaminadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre el 0,7% del IRPF destinado a fines de interés social, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


En el año 2009 las llamadas 'organizaciones del tercer sector de acción social' celebraron la decisión del Gobierno Socialista de incrementar el porcentaje del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinado a fines
sociales. En virtud de este incremento, dicho concepto pasó del 0,52% al 0.7%.


Tras esta modificación, se intensificó el debate acerca de la necesidad de avanzar en la territorialización de la asignación de lo recaudado en el IRPF 'para otros fines sociales', una reivindicación histórica de algunas Comunidades
Autónomas, especialmente de Cataluña, donde existe una importante 'Mesa de Entidades del Tercer Sector' que reúne a 4.000 ONG.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española, la Administración General del Estado tiene competencia sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el
ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales. La Administración General del Estado tiene título competencial para gestionar con plena autonomía el programa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en
base al principio de naturaleza específica del ya citado artículo 149.1.1.ª y a los principios constitucionales generales recogidos en los artículos 1.1, 9.2, 138.1 y 2, 139.1 y 156.1 de la Constitución Española.


Por otro lado, es cierto que corresponde a las Comunidades Autónomas con carácter exclusivo la competencia en materia de asistencia social, sin otra limitación que la de que los servicios sociales correspondientes se realicen en su propio
territorio. Sobre esta cuestión se ha pronunciado el Tribunal Constitucional en numerosas ocasiones en el sentido de confiar la consecución del interés general de la Nación, y de los de carácter supracomunitario, a los órganos Generales del Estado,
de manera que se permite al Estado una regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad. En concreto, la sentencia del Tribunal Constitucional 46/2007, de 1 de marzo, dice sobre la concurrencia de competencias que el interés general
será el título prevalente que determinará la preferente aplicación de una competencia del Estado en detrimento de la correspondiente a una Comunidad Autónoma. Posteriormente, en su sentencia 178/2011, de 8 de noviembre de 2011, el Tribunal
Constitucional considera incluida en la esfera de la competencia estatal la regulación de los aspectos centrales del régimen subvencional -objeto y finalidad de las ayudas, modalidad técnica de las mismas, beneficiarios y requisitos esenciales de
acceso- mientras que sitúa dentro de la competencia autonómica lo referente a su gestión, esto es, la tramitación, resolución y pago de las subvenciones, así como la regulación del procedimiento correspondiente a todos estos aspectos.



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Así, la convocatoria de 2009 marcó un punto de inflexión al incluir entre sus medidas la posibilidad de que las entidades sociales, cualesquiera que fuera su ámbito de actuación, pudieran acceder a la condición de beneficiarias de las
subvenciones según lo establecido en sus estatutos, previsión que se mantenía en el proyecto de Orden de bases y de convocatoria de los años 2010 y 2011. De la misma manera, en esas convocatorias se contemplaba que los programas cuya ejecución no
rebasase el ámbito autonómico pudieran ser financiadas si eran declarados de interés general por la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se realizara la actividad subvencionable.


A su vez, en el año 2010 se produjo un avance significativo en el acuerdo sobre la convocatoria entre todos los actores públicos y privados involucrados en el proceso, que fueron aprobados en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales del
2 de marzo de 2010.


El nuevo paradigma legislativo que supuso la aprobación del Real Decreto 536/2013, de 12 de julio, motivó la interposición de un recurso por parte de la Generalitat de Catalunya, fundamentado en defectos formales (insuficiencia de rango
normativo y falta de motivación) así como en la extralimitación competencial. La sala tercera del Tribunal Supremo ha desestimado (Sentencia 610/2016, del 15 de marzo de 2016) el recurso de la Generalitat. Esta reciente sentencia contradice trece
sentencias anteriores del propio Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.


Esta sentencia supone que, sólo en Cataluña, 60 entidades dejen de percibir 13 millones de euros procedentes del fondo anual del 0,7% del IRPF en caso de que se mantenga el modelo actual de distribución estatal, un modelo que excluye a todas
aquellas entidades que actúan en el ámbito local y autonómico y que no ofrece a las Comunidades Autónomas la posibilidad de valorar el interés general de esas entidades.


A la vista de la situación expuesta, es necesario encontrar una fórmula que, siendo respetuosa con la doctrina constitucional, sea acordada con las Comunidades Autónomas en Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales y con los Grupos
Parlamentarios del Congreso de los Diputados y, en consecuencia, con las organizaciones sociales al efecto de conciliar los derechos de dichas organizaciones en el ámbito autonómico y en el ámbito estatal.


El sistema de financiación de las entidades sociales que se canaliza por medio de la casilla destinada a fines sociales de la declaración de la renta ha permitido la materialización de importantes proyectos sociales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer un ámbito de negociación en el marco de la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales con el objetivo de consensuar un nuevo modelo solidario de gestión de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a finalidades
sociales.


2. Mientras continúe realizándose la distribución actual, el principal criterio para asignar las ayudas a los proyectos será la calidad y el impacto de las actuaciones.


3. Actuar con transparencia publicando, después de cada ejercicio presupuestario, toda la información relativa al proceso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de abril de 2016.-Lídia Guinart Moreno y Elvira Ramón Utrabo, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para
garantizar y agilizar las ayudas a los afectados por los terremotos de Lorca, para su debate en el Pleno.



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Exposición de motivos


El 11 de mayo de 2016 se cumplirán cinco años de los trágicos terremotos que hicieron temblar trágicamente a la ciudad de Lorca y muchos de sus ciudadanos se enfrentan aún a situaciones complicadas por los graves efectos que provocaron los
movimientos sísmicos.


Durante estos años, miles de personas han estado obligadas a estar fuera de sus viviendas, en un alto porcentaje las ayudas o han tardado en llegar o no han llegado aún. Las viviendas demolidas como consecuencia de los terremotos superan
las 1.150 -todavía quedan por demoler- pero el número de viviendas reconstruidas no alcanza ni por asomo esta cifra.


El motivo que frena los derribos pendientes es la falta de acuerdo entre los propietarios y el Consorcio de Compensación de Seguros. Muchos propietarios han tenido que recurrir a la vía judicial, lo que provoca que la situación se demore
durante mucho más tiempo -derivando en problemas no solo para el propietario de la vivienda sino para el conjunto de propietarios y comunidades de propietarios- además de suponer aún mayores desembolsos económicos para unas familias que en muchos
casos pasan por una situación precaria.


Sigue siendo urgente actuar y en este contexto resulta imprescindible que el Gobierno de España asuma, establezca y cumpla compromisos reales, actuando decididamente para garantizar las ayudas a todos los afectados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Instar a la Comisión Mixta sobre los terremotos de Lorca para que se realicen las gestiones necesarias a fin de que, en el plazo de tres meses, puedan cobrar las ayudas atrasadas todos los damnificados por el terremoto cuyos expedientes
se encuentren aprobados.


2. Instar a la Comisión Mixta sobre los terremotos de Lorca para que, a la mayor brevedad posible, se realice un informe que contemple el número de expedientes de ayudas por los daños del terremoto que aún se encuentran en tramitación y se
agilicen los trámites para la aprobación de dichos expedientes.


3. Impulsar las acciones necesarias para que puedan ser derribadas todas las viviendas individuales y edificios en situación de indefinición y que por diferentes motivos aún no han sido demolidos.


4. Impulsar, a través del organismo correspondiente, la mediación entre el Consorcio de Compensación de Seguros y los propietarios de viviendas que aún no han llegado a un acuerdo sobre la indemnización correspondiente por los daños del
terremoto.


5. Poner en marcha medidas para que los propietarios de viviendas afectadas por los terremotos de mayo de 2011 y por no poder cumplir alguno de los requisitos exigidos en la legislación anterior sobre el terremoto no han tenido acceso a las
ayudas, puedan disponer de otras compensaciones económicas que les permita poder rehabilitar o reconstruir sus viviendas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de abril de 2016.-María González Veracruz y Pedro Saura García, Diputados.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.