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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 44, de 01/04/2016
cve: BOCG-11-D-44 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XI LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


1 de abril de 2016


Núm. 44



Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000005 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, para el análisis de la economía colaborativa, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista... href='#(Página3)'>(Página3)


158/000006 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Defensa, para el estudio del régimen profesional de los militares de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista... (Página5)


158/000007 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para el estudio de las dificultades que afectan al sector lácteo y posibles soluciones, presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista... (Página8)


158/000008 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sobre la aplicación de la Agenda 2030 desde un enfoque de coherencia de políticas para el desarrollo en España,
presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea... (Página10)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000146 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre garantía y respeto a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional en las interceptaciones en las
fronteras de Ceuta y Melilla... (Página13)


162/000149 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la cesión de la antigua refinería 'La Británica' al Ayuntamiento de Alicante... (Página15)


162/000150 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la defensa de la tauromaquia... (Página17)


162/000156 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la denegación por el CNI de la habilitación personal de seguridad de un trabajador de la empresa pública Navantia Ferrol y
sobre la vulneración de derechos políticos... (Página19)


162/000160 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a potenciar la contratación indefinida... (Página20)



Página 2





162/000161 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a priorizar el desarrollo y ejecución de la Ley por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito
laboral... (Página21)


Dirigidas, en caso de aprobación, al Gobierno que se constituya


162/000143 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para la lucha contra el fraude fiscal en España... (Página23)


162/000145 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la garantía del derecho de asilo en España y en la Unión Europea... (Página25)


162/000147 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Mixto y Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre criterios para la reforma del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con
Estatuto... (Página29)


162/000148 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre AENA y las inversiones en una red de transporte intermodal... (Página31)


162/000151 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre reforma de la legislación de partidos políticos, refundiendo las leyes actualmente vigentes en una sola Ley de Partidos... href='#(Página32)'>(Página32)


162/000152 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la reducción de tasas universitarias... (Página35)


162/000154 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al reconocimiento de la gratuidad del primer ciclo de la Educación Infantil... (Página36)


162/000155 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la valoración de discapacidad para las personas con enfermedades neurodegenerativas... (Página38)


162/000157 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a garantizar un Sistema de Información de Servicios Sociales... (Página39)


162/000158 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los delitos de fraude fiscal y el fraude de subvenciones, desgravaciones o ayudas de las Administraciones Públicas... href='#(Página40)'>(Página40)


162/000159 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la suspensión de la aplicación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal... (Página41)


162/000162 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas... (Página43)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000005


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, para el análisis de la economía colaborativa.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Economía y Competitividad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que no cabe predeterminar en este momento el conocimiento por el
Pleno del informe final que se elabore y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Asimismo, comunicar este acuerdo al Grupo Parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de
creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presentar propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, para el análisis de la economía
colaborativa.


Exposición de motivos


El desarrollo de las tecnologías de la información en el ámbito de la digitalización de la economía, los dispositivos móviles y las nuevas plataformas y aplicaciones, han dado lugar durante los últimos años al desarrollo de nuevos modelos de
consumo y está abriendo nuevas opciones a la actividad económica. La era de la economía colaborativa supone un cambio cultural en el que pasamos básicamente de una economía de propiedad y de tenencia a una economía de acceso.


La economía colaborativa se compone de diferentes aspectos, el consumo colaborativo es la parte que está creciendo más rápido y donde la ciudadanía colabora, explota y comparte servicios, bienes, tiempo o conocimiento, por medio del
intercambio o trueque, o bien facilitando planteamientos de emprendimiento y desarrollo personal, prestando servicios o sacando un rendimiento de sus activos infrautilizados, alquilándolos, o intercambiando tiempo o conocimiento. Pero la economía
colaborativa engloba más que el consumo colaborativo, también es producción colaborativa (movimiento Do-lt-Yourself, con desarrollo de espacios creativos compartidos como los Fab Labs), es finanzas P2P y movimientos de crowfunding y es conocimiento
abierto (MOOCs, nuevos modelos de organización en la investigación o en la elaboración de legislación).


La economía colaborativa propone nuevos modelos de producción y de organización que difuminan la línea divisoria entre el productor y el consumidor, donde son determinantes la idea de oferta basada en el acceso al bien improductivo en
contraposición a su adquisición. Combinación que unas veces puede basarse en una relación entre iguales, esto es peer-to-peer, o bien que una empresa ponga a disposición



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del usuario el acceso a un bien bajo demanda cuando le resulte más conveniente. Además del consumo colaborativo, esta economía comprende también aspectos como la coinnovación, la ciudadanía colaborativa (para dialogar con los gobiernos u
obtener beneficios individuales o colectivos), el 'crowfunding' o financiación entre particulares, la educación y el conocimiento en abierto y la cultura de los 'makers' redefiniendo así la banca, la educación y la producción de bienes.


La economía colaborativa está cobrando relevancia para un sector creciente de la población. La eficiencia y escalabilidad de estas plataformas, centradas en la comunidad y en la confianza, están creando nuevos mercados que responden mejor a
las expectativas y necesidades de una parte de la ciudadanía. Parece evidente el elevado potencial transformador de este modelo para ayudar a asegurar la sostenibilidad de nuestras sociedades desde el triple punto de vista social, económico y
medioambiental, pero también el importante impacto sobre las formas de vida de la ciudadanía y los derechos de trabajadores y consumidores.


La economía colaborativa puede incidir en la reducción de las desigualdades y el impacto negativo en el medio ambiente que el modelo económico existente y determinados modos de vida producen, racionalizando los patrones de consumo de bienes
y servicios y generando confianza e interacción entre la ciudadanía.


Hasta un plazo recientemente corto de tiempo, las actividades de la economía colaborativa se habían considerado como una actividad económica supletoria o marginal más que una actividad principal. Sin embargo, con el auge de empresas que
tienen un impacto global y popular, ha dado el salto a partir del cual su actividad comienza a tener un impacto económico importante, sobre todo en ciertos sectores, y debe ser considerado por las administraciones públicas.


Se tratarse de un sector tan incipiente que se encuentra con un marco regulatorio previo, en la mayoría de los casos, a la eclosión de lo digital, no adaptada para responder a los retos que plantea. Es, por tanto, necesario abrir el debate
sobre la necesidad de avanzar hacia un marco jurídico claro, para garantizar que se cumplan las normas fiscales, de seguridad, responsabilidad, protección del consumidor y demás elementos de los que nos hemos dotado en las diferentes actividades
económicas para garantizar los derechos de los usuarios y de la competencia, pero, al mismo tiempo, sin poner puertas al campo para tratar de impedir la innovación y el desarrollo de nuevas estrategias económicas.


En este sentido, el Comité sobre la pequeña empresa del Congreso de Estados Unidos ha reconocido el impacto de la cultura 'peer-to-peer' en la sociedad y en Europa se han anunciado iniciativas, como la de Reino Unido, para estudiar la
incorporación de la economía colaborativa como prioridad en el modelo económico, y la Unión Europea, a través de la Comisión y del Comité Económico Social, han subrayado su importancia y necesidad.


En un entorno donde es tan necesario como difícil cambiar el modelo productivo, España también debe hacer lo necesario para maximizar las oportunidades que el desarrollo de la economía colaborativa comporta.


A nivel europeo, Neelie Kroes, ex Comisaria Europea para la Agenda Digital, y otros miembros de la Comisión Europea, manifestaron la necesidad de no limitar estas actividades de la economía colaborativa por la mejora que representan, en
términos de eficiencia, para la sociedad de la información y los beneficios para los consumidores, aspecto este último que ha sido analizado en detalle en un Dictamen del Comité Económico y Social Europeo.


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) afirma en un informe que la economía colaborativa genera efectos favorables para la competencia en sectores hiper-regulados y avanza en marcos normativos racionales y eficientes
que sean igualmente garantistas, asignación más eficiente de los recursos infrautilizados, menores costes de transacción y reducción de los problemas de información asimétrica que obligan a los proveedores tradicionales a innovar y a reducir sus
márgenes y precios generando mejor y mayor oferta para el consumidor y unos efectos medioambientales positivos al crear una economía basada en el acceso a los servicios y no en la propiedad de los bienes.


También se puede explorar el papel de las Administraciones Públicas como agentes económicos destacados y cómo estas podrían aprovechar los mecanismos colaborativos para la mejora de sus políticas, desde la difusión del conocimiento de forma
más sencilla hasta actuaciones que podrían implicar plataformas de intercambio entre toda la ciudadanía.


Para ello es necesario generar en España un debate transversal en colaboración con todos los actores implicados para encontrar las formas en la que la sociedad pueda maximizar las ventajas y transformar los riesgos en oportunidades, poniendo
en marcha las acciones para la evolución hacia la economía



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colaborativa que incluya los cambios que resulten adecuados. Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece la norma segunda de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de
creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, se propone la creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, con las siguientes características:


REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


A) Objeto de la Subcomisión.


Analizar y evaluar el impacto de la denominada economía colaborativa en los sectores económicos regulados y sobre la competencia, así como las necesidades, en su caso, de adaptaciones o modificaciones normativas derivadas de la extensión de
su uso y las posibles oportunidades y riesgos que ofrecen las plataformas virtuales o marketplaces para los usuarios y consumidores.


La Subcomisión acordará cuantas comparecencias sean necesarias para el adecuado desarrollo de sus trabajos y contará con expertos, profesionales, empresas, sindicatos, colectivos e instituciones relacionadas con la denominada economía
colaborativa. Igualmente, los grupos parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Subcomisión desde el momento de su constitución .


La Subcomisión elaborará un informe con los resultados y propuestas necesarias para la consecución de los objetivos señalados.


B) Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con ochenta o más miembros, dos representantes de cada uno de los grupos parlamentarios con cuarenta o más miembros y un representante de cada
uno de los restantes grupos parlamentarios.


C) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá realizar el informe correspondiente y presentar sus conclusiones a que se refiere el apartado A) en un plazo máximo de seis meses desde su constitución.


El mencionado informe, una vez aprobado por la Comisión de Economía y Competitividad, junto con las conclusiones finales de los trabajos de la Subcomisión, se remitirá al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de marzo de 2016.-María González Veracruz, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


158/000006


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Defensa, para el estudio del régimen profesional de los militares de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas.



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Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Defensa, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de
creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presentar propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Defensa, para el estudio del régimen profesional de los militares de
tropa y marinería de las Fuerzas Armadas.


Exposición de motivos


El Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de
la Cámara de fecha 26 de junio de 1996, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 27 de junio de 1996, solicitan la creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Defensa, para el estudio del régimen profesional de los
militares de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas.


A lo largo de las últimas décadas, hemos asistido a un profundo proceso de transformación de las Fuerzas Armadas que ha comportado, a su vez, cambios sustanciales en el régimen de personal de nuestros ejércitos.


Una de las reformas de mayor calado, especialmente para el modelo histórico de reclutamiento del personal militar, fue la que introdujo la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, que supuso el fin del
servicio militar obligatorio.


Este cambio, que se realizó con consenso parlamentario, si bien respondía a los deseos de la sociedad española y a líneas de modernización de otros ejércitos de los países de nuestro entorno, no contó con la planificación y los recursos
presupuestarios necesarios para afrontar el tránsito a un modelo profesional de tropa y marinería.


En el año 2004, el nuevo gobierno surgido de las urnas, impulsó un plan de choque para paliar esta situación pero en seguida se hizo patente la necesidad de abordar una reforma más de fondo, que se materializó en la Ley 8/2006, de 24 de
abril, de Tropa y Marinería, con el objetivo de poner en marcha un nuevo modelo de profesionalización, basado en la calidad y la especialización para dar respuesta a las necesidades de las Fuerzas Armadas y que tuviera en cuenta las previsiones
demográficas y las posibilidades presupuestarias.


Esta ley, que contó con el respaldo la práctica totalidad de los grupos parlamentarios, configuró un modelo profesional más atractivo que ha permitido dar más estabilidad al personal de tropa y marinería, disminuir las necesidades de
captación y mejorar la selección y la formación de los efectivos.


En este sentido, la ley amplió el periodo de permanencia en las Fuerzas Armadas hasta los cuarenta y cinco años, a través del siguiente itinerario:


- Un compromiso inicial de dos años, renovable hasta los seis.


- Un compromiso de larga duración que se puede suscribir a partir de los cinco años de servicio, que permite mantener la relación profesional con las Fuerzas Armadas hasta los cuarenta y cinco años.


Y junto a esto, la posibilidad de acceder a la condición de personal permanente, siempre que se reúnan una serie de requisitos, a través de la oferta de plazas que se publica anualmente. Posteriormente, la Ley de la carrera militar
estableció que, con este acceso a permanente, se adquiriera la condición de militar de carrera.



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Además de regular la trayectoria profesional de quienes integran la tropa y marinería a los empleos de cabo, cabo primero y cabo mayor, la ley también flexibilizó la obtención de especialidades y mejoró los programas de formación para el
desarrollo personal y profesional. Del mismo modo, reforzó las medidas sociales en cuanto a la protección por desempleo o incapacidad temporal, así como de las mujeres en las situaciones de embarazo, parto o postparto, para que no se causara baja
en las Fuerzas Armadas y se prolongara el compromiso.


Por otro lado, para los soldados y marineros profesionales que finalizaran el compromiso de larga duración a los cuarenta y cinco años y con, al menos, dieciocho años de servicio, que no accedieran a la condición de personal permanente, se
creó la figura del reservista de larga disponibilidad.


En resumen, la Ley de Tropa y Marinería ha contribuido a mejorar las condiciones profesionales de este personal, ha contribuido a incrementar el número de aspirantes y su nivel formativo (algo en lo que también ha influido el contexto
socioeconómico y laboral del país en los últimos años), y ha permitido a las Fuerzas Armadas contar con un número suficiente de efectivos y mejorar su capacitación.


No obstante, la experiencia acumulada desde su entrada en vigor nos muestra que es necesario continuar avanzando en la definición de un modelo de la tropa y marinería que conjugue las necesidades operativas de las Fuerzas Armadas y las
oportunidades de desarrollo profesional y promoción a sus integrantes. Definiendo, entre otras medidas, actuaciones en el ámbito formativo e instrumentos efectivos que puedan facilitar, si es el caso, su incorporación al mercado laboral.


El Congreso de los Diputados puede contribuir a este objetivo, a través del análisis y el debate, contando con la participación de expertos, de los responsables de la política de personal del Ministerio de Defensa y los ejércitos (también de
otros países, para tener una perspectiva comparada), las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, de responsables de Educación, Empleo, Hacienda y Administraciones Públicas del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las
organizaciones empresariales y sindicales, así como de los grupos con representación en el Congreso de los Diputados.


Asimismo, este proceso de análisis debe contribuir y debe vincularse a la necesaria revisión del modelo de Fuerzas Armadas, atendiendo a las nuevas realidades y las necesidades que nuestro país tendrá en las próximas décadas.


Entre otros muchos aspectos, este análisis del modelo de tropa y marinería debería tener en cuenta:


- La adecuación de las diferentes figuras de compromisos, de corta y larga duración, así como de la condición de permanente como militar de carrera. Es conveniente revisar la definición legal de esas figuras y el número de efectivos de cada
una de ellas de tal forma que, siendo atractivas para los interesados, respondan a las necesidades operativas y de funcionamiento de las Fuerzas Armadas. E incluir en la programación plurianual de plazas para el acceso a las Fuerzas Armadas las
correspondientes a cada una de las modalidades.


- La formación de la tropa y marinería y homologación de la capacitación adquirida. Es necesario analizar qué mejoras podrían introducirse para atender de una forma más adecuada las necesidades de los ejércitos y para que la formación y
capacitación adquirida fuera acreditada y/o homologada por el Ministerio de Defensa y/o Educación. Todo ello para facilitar la posterior incorporación de estas personas al mercado laboral.


- Vías de inserción en el mercado laboral. Por otro lado, y conscientes de la necesidad de rotación y rejuvenecimiento de la tropa y marinería, es necesario poner en marcha un programa efectivo para la integración laboral de los militares
que salgan de las Fuerzas Armadas, a través de acuerdos con entidades privadas y públicas. En el caso de estas últimas, examinando aquellas posibilidades de empleo que más se adapten a los perfiles de los profesionales de tropa y marinería, sobre
todo de los que hayan cumplido un compromiso de larga duración (45 y 47 años).


- Vías efectivas para la promoción del personal de tropa y marinería. Para las Fuerzas Armadas es positivo retener a aquellos profesionales que, dada su cualificación y experiencia, pueden seguir desempeñando una gran labor. Por eso,
parece oportuno analizar, atendiendo las necesidades operativas de las Fuerzas Armadas, cuál es el número óptimo de plazas para el acceso a la condición de permanente. Y también, una vez adquirida esta condición, revisar los límites de edad y otras
circunstancias que puedan limitar la promoción y el desarrollo profesional de los militares profesionales de tropa y marinería.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Defensa, para el estudio del régimen profesional de los militares de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas.



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A) Objeto de la Subcomisión.


1. Analizar la situación actual del modelo de tropa marinería profesional definido en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.


2. Recabar la información necesaria sobre las mejoras que deberían introducirse para configurar el régimen profesional de los militares de tropa y marinería, que tenga en cuenta las necesidades de la Defensa y que dé estabilidad, vías de
promoción y facilidades para la integración laboral a este colectivo.


3. Para ello, la Subcomisión podrá solicitar la comparecencia de autoridades, funcionarios públicos u otras personas competentes en la materia.


4. Elaborar un informe para su debate y aprobación por la Comisión de Defensa en el que se expongan las conclusiones sobre los elementos que deberían ser tenidos en cuenta para la configuración del régimen profesional de los militares de
tropa y marinería.


5. Determinar otras medidas complementarias.


B) Composición.


La Subcomisión estará compuesta por dos representantes de los grupos parlamentarios con cuarenta diputados o más, y un representantes de cada uno de los restantes grupos parlamentarios.


C) Adopción de acuerdos.


Los acuerdos se adoptarán por voto ponderado.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2016.-Germán Rodríguez Sánchez y Zaida Cantera de Castro, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


158/000007


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para el estudio de las dificultades que afectan al sector lácteo y posibles soluciones.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que no cabe predeterminar en este momento el
conocimiento por el Pleno del informe final que se elabore, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Asimismo, comunicar este acuerdo al grupo parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de
creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presentar propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión



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Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para el estudio de las dificultades que afectan al sector lácteo y posibles soluciones.


Exposición de motivos


En España hay 17.710 explotaciones lecheras, con 867.903 vacas. La situación del sector lácteo de nuestro país, especialmente en el norte de España, es insostenible. Aunque debería ser muy diferente ya que España sigue consumiendo más
leche de la que produce (76,1 % en 2013).


Los precios a los que tienen que vender los ganaderos son muy bajos, por ejemplo, en la provincia de Lugo cobran 28,7 céntimos por litro de leche como promedio, un 30 % menos que hace un año. Y algunos productores y cooperativas de
productores no consiguen que se les recoja la leche que producen.


El sector lácteo en la cornisa cantábrica, Asturias, Castilla y León, y especialmente Galicia es fundamental por su aportación al producto interior bruto y muy especialmente por su contribución a la sostenibilidad medioambiental y del medio
rural, si esta actividad disminuyera empeoraría la economía, pero sobre todo aumentaría muy seriamente la despoblación de grandes extensiones del territorio.


Si bien es cierto que se han elaborado normas y acuerdos para dar estabilidad al sector lácteo, estas no están cumpliendo su finalidad:


- Real Decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteo y se establecen sus condiciones de
contratación.


- Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.


- Real Decreto 125/2015, de 27 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales
en el sector lácteo y se establecen sus condiciones de contratación.


- Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.


- Real Decreto 849/2015, de 28 de septiembre, por el que se establecen las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas 'de minimis' destinadas a compensar las dificultades económicas en el sector lácteo.


- Acuerdo Lácteo de 23 de septiembre de 2015.


REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


A) Objeto de la Subcomisión.


Analizar, evaluar y buscar posibles soluciones respecto de:


- Las posibilidades de regular el mercado del sector lácteo.


- Las posibilidades de que las CCAA puedan participar en las negociaciones con la UE.


- Los datos de entrada de leche y productos elaborados en España y su precio.


- Las diferentes fórmulas de pago a los ganaderos de leche para polvo y su posible control de destino.


- Las evoluciones de producción por comunidades y posibles sistemas de regulación de excedentes y alternativas como sacar leche del mercado para ayuda humanitaria.


- Los modelos propuestos por otros países a la UE.


- Las figuras de los primeros compradores en España: posibles alternativas.


- Los precios de cesión: decreto pendiente, cual es el motivo del retraso en su publicación.


B) Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los grupos parlamentarios con ochenta o más miembros, dos representantes de cada uno de los grupos parlamentarios con cuarenta o más miembros y un representante de cada
uno de los restantes grupos parlamentarios.


C) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.



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D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá realizar el informe correspondiente y presentar sus conclusiones a que se refiere el apartado A) en un plazo máximo de seis meses desde su constitución.


El mencionado informe, una vez aprobado por la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, junto con las conclusiones finales de los trabajos de la Subcomisión, se remitirá al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2016.-Felipe Jesús Sicilia Alférez, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


158/000008


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sobre la aplicación de la Agenda 2030 desde un enfoque de coherencia de políticas para el desarrollo en España.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, de acuerdo a lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las
Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presenta la propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo sobre aplicación de la Agenda 2030 desde un enfoque de
coherencia de políticas para el desarrollo en España.


Exposición de motivos


El 25 de septiembre de 2015 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la resolución A/RES/70/1, titulada 'Transformar nuestro mundo: la agenda 2030 para el desarrollo sostenible'. En ella, los Estados miembros aprobaban la nueva agenda
internacional de desarrollo que sustituye a los anteriores Objetivos de Desarrollo del Milenio.


La A/RES/70/1 plantea 17 nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible y 169 metas, todas ellas enfocadas a la transformación del desarrollo de nuestras sociedades en uno más sostenible justo y equitativo. Además, incluye una parte declarativa
en la que se realiza un diagnóstico sobre nuestro mundo y se plantean algunos de los principios fundamentales y de la visión el mundo que aspira a construir esta agenda.


En este sentido, una de las novedades fundamentales que incorpora la agenda es su carácter universal. Con esta idea, que se inspira en el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas se proponen objetivos que, al contrario de
los Objetivos de Desarrollo del Milenio, son aplicables para todos los países del mundo independientemente de su nivel de desarrollo.



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En concreto, y tal y como afirma el párrafo 5 de la resolución:


'5. La presente Agenda tiene un alcance y una importancia sin precedentes. Todos los países la aceptan y se aplica a todos ellos, aunque teniendo en cuenta las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada uno y
respetando sus políticas y prioridades nacionales.


Los presentes objetivos y metas son universales y afectan al mundo entero, tanto a los países desarrollados como a los países en desarrollo, son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible.'


Y posteriormente, en el párrafo 55:


'55. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas son de carácter integrado e indivisible, de alcance mundial y de aplicación universal, tienen en cuenta las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada país y
respetan sus políticas y prioridades nacionales. Si bien las metas expresan las aspiraciones a nivel mundial, cada gobierno fijará sus propias metas nacionales, guiándose por la ambiciosa aspiración general, pero tomando en consideración las
circunstancias del país. Cada gobierno decidirá también la forma de incorporar esas aspiraciones y metas mundiales en los procesos de planificación, las políticas y las estrategias nacionales. Es importante reconocer el vínculo que existe entre el
desarrollo sostenible y otros procesos pertinentes que se están llevando a cabo en las esferas económica, social y ambiental.'


El principio de universalidad, por lo tanto, es un cambio esencial para la manera en que se han diseñado las políticas internacionales de cooperación internacional para el desarrollo que tienen que afrontar todos los países, entre ellos
España.


El sistema de cooperación internacional para el desarrollo español se ha articulado sobre la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Esta, en su artículo 1, que determina el objeto de la cooperación
internacional para el desarrollo afirma que:


'se integran dentro de la cooperación internacional para el desarrollo el conjunto de recursos y capacidades que España pone a disposición de los países en vías de desarrollo, con el fin de facilitar e impulsar su progreso económico y
social, y para contribuir a la erradicación de la pobreza en el mundo en todas sus manifestaciones.'


y


'la presente Ley se aplica al conjunto de actividades que se traducen en transferencias de recursos públicos materiales y humanos que la Administración General del Estado, por sí o en colaboración con entidades privadas, destina a los países
en vías de desarrollo directamente o a través de organizaciones multilaterales.'


La Ley Española de cooperación se orienta a la acción destinada al desarrollo de los países en desarrollo, mientras que la Agenda 2030 plantea Objetivos de Desarrollo Sostenible que son universales y afectan al mundo entero, tanto a los
países desarrollados como a los países en desarrollo. Esta inadecuación entre el objeto de la Ley española y la nueva agenda internacional de desarrollo implica la necesidad de análisis profundo del actual sistema institucional de cooperación
internacional para el desarrollo y el emprendimiento de las transformaciones necesarias en el mismo de acuerdo a las nuevas premisas de la Agenda 2030.


Un enfoque que puede ser propicio para lograr esta transformación es la Coherencia de Políticas para el Desarrollo (en adelante, CPD). Según la OCDE, la CPD es 'la aplicación sistemática de políticas que se fortalecen mutuamente y la
integración de preocupaciones de desarrollo a través del gobierno para alcanzar las metas de desarrollo junto con los objetivos políticos nacionales'.1


El principio de coherencia de políticas para el desarrollo, que se recoge también en el artículo 52 del Tratado de la Unión Europea, ha ido adquiriendo mayor peso entre los documentos de la OCDE que lo recoge como uno de los elementos
fundamentales de su Estrategia para el Desarrollo. La Ley 23/1998, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, recoge este principio en su artículo 4, y ha sido recogido sucesivamente en los planes directores de la cooperación.


Sin embargo, en España, queda mucho margen para avanzar en este enfoque, que se reconoce clave para la implementación adecuada de la nueva agenda. Según se afirma en el informe sobre el examen intermedio del IV Plan Director de la
Cooperación española: 'se está lejos de tener un criterio unificado de lo que se ha de entender por coherencia de políticas para el desarrollo, y se carece de los mecanismos para garantizar que las incoherencias son detectadas y que se establecen
los procesos para, en su caso, corregirlas'.2


1 OECD , Office of the Secretary General, Policy Framework for Policy, Coherence For Development. Working Paper no 1, 2012.


2 http://www.consejocooperación.es/wp-content/uploads/2015/12/Informe-sobre-el-Examen-Intermedio-IV-Plan-Director-de-la-Cooperaci %C3 %B3n-Espa %C3 %B1ola.pdf.



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Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece la norma segunda.2 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en
el seno de las Comisiones de la Cámara, se propone la creación de una Subcomisión, en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, con las siguientes características:


A) Composición.


La Comisión determinará el número de representantes de cada uno de los grupos parlamentarios en la Subcomisión.


B) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


C) Objeto de la Subcomisión.


1. Llevar a cabo un diagnóstico de la acción del gobierno español desde la perspectiva de coherencia de políticas para el desarrollo, especialmente estudiando aquellas políticas que tienen mayor impacto desde una perspectiva de desarrollo
sostenible: la política de cooperación internacional para el desarrollo, la política comercial, la política migratoria, las políticas de seguridad y defensa, la política de igualdad de género, la política agraria común, la política fiscal y la
política de promoción de la internacionalización de la empresa.


2. Identificar los principales conflictos y aquellas sinergias posibles entre políticas públicas de acuerdo a un marco de desarrollo sostenible.


3. Proponer las transformaciones normativas e institucionales necesarias del sistema de cooperación español para llevar a cabo la adaptación interna de la Agenda 2030 desde la perspectiva de coherencia de políticas para el desarrollo.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá realizar los trabajos objeto de la misma y presentar sus conclusiones en un plazo máximo de seis meses desde su constitución.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de marzo de 2016.-lone Belarra Urteaga, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


CONTROL DE ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley, para su debate y aprobación en
Pleno, por la garantía y respeto a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional en las interceptaciones en las fronteras de Ceuta y Melilla.


Exposición de motivos


El pasado 1 de abril de 2015 entró en vigor la nueva disposición adicional 10.ª de la LO 4/2000, sobre los Derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, introducida por el número 1 de la disposición final
primera de la LO 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana ('BOE' de 31 de marzo). Dicha disposición establece un 'régimen especial' para el control fronterizo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, con el siguiente
tenor literal:


'1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a
fin de impedir su entrada ilegal en España.


2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.


3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.'


La tramitación de la LO 4/2015 incluyó una fuerte contestación social, el rechazo prácticamente unánime de la oposición parlamentaria e informes muy críticos de órganos consultivos en materia legislativa como el Consejo de Estado o el
Consejo General del Poder Judicial, y la nueva disposición adicional 10.ª, junto a otras disposiciones de la LO 4/2015, fueron objeto incluso un recurso de inconstitucionalidad y que está pendiente de resolución por el Tribunal Constitucional.


El legislador, al aprobar la disposición adicional décima de la LOEX, tenía la intención expresa de legalizar la práctica de las 'devoluciones en caliente'. Esta práctica, que vienen desarrollando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado al menos desde 2005, consiste en la entrega directa y sin ningún procedimiento previo por parte de miembros de la Guardia Civil a agentes de la guardia auxiliar de fronteras del Reino de Marruecos de las personas interceptadas intentando
acceder a Ceuta y Melilla por zonas que no son los puestos fronterizos habilitados al efecto. Esta práctica, como ha sido señalado por instancias nacionales e internacionales, carecía entonces de cualquier cobertura legal y constituía no solo una
arbitraria vía de hecho sino una flagrante vulneración de garantías y derechos fundamentales.


La nueva regulación establecida en la disposición adicional décima de la LOEX, tal como se ha expuesto, se ha limitado a establecer la posibilidad de desarrollar un procedimiento de rechazo en frontera en estos específicos supuestos de
interceptación en las vallas de Ceuta y Melilla. Dicho procedimiento debe respetar los estándares del derecho internacional de los derechos humanos y de protección internacional. Era innecesario que eso fuera afirmado por el legislador orgánico,
pero es muy significativo que lo hiciera constar expresamente. Confirma una absoluta desconfianza del poder legislativo tanto respecto de la constitucionalidad de estas prácticas del Ministerio del Interior antes de la reforma como respecto de la
voluntad del poder ejecutivo para establecer un procedimiento respetuoso con la legalidad nacional e internacional.


Obviamente, y con independencia la más que probable inconstitucionalidad de esta nueva regulación, su contenido y rango normativo solo alcanza a establecer una cobertura legal para este procedimiento excepcional de rechazo en frontera en las
vallas de Ceuta y Melilla. Es después de su aprobación al poder ejecutivo al que correspondía desarrollar y concretar, dentro de esos estándares internacionales y con respeto al resto del ordenamiento constitucional y legal un procedimiento para su
ejecución. En ausencia de este desarrollo reglamentario, la continuación con este tipo de prácticas sigue representando un supuesto de vía de hecho, que implica actuaciones administrativas llevadas a efecto prescindiendo de manera plena del
procedimiento establecido o por órgano manifiestamente incompetente y, por lo tanto, contrarias al artículo 105 CE.



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También es incuestionable que continuar con estas prácticas sin que se haya desarrollado reglamentariamente un procedimiento que determine y concrete las garantías de las que necesariamente debe estar revestido, supone una vulneración de los
principios de seguridad jurídica y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos consagrados por el artículo 9.3 CE, en tanto que la habilitación ex lege que se establece para el desarrollo reglamentario de este procedimiento no ampara
una actuación arbitraria de la Administración.


Igualmente, conlleva la vulneración de la tutela judicial efectiva y de las garantías procesales reconocidas en el artículo 24 de la CE, así como la negación de la potestad revisora de los tribunales de justicia otorgada por el artículo 106
CE.


La vía de hecho que supone continuar con estas prácticas, al exclusivo amparo de esta disposición adicional, también impide que pueda garantizarse la aplicación del principio de no devolución. Sobre este principio se ha configurado una
jurisprudencia del TEDH de la que se ha hecho aplicación no solo a los supuestos de expulsión o deportación de solicitantes de asilo, sino a cualquier supuesto de expulsión, recordando que los Estados tienen obligación de:


1. Obligación de asegurarse no solo el trato al que se exponen los migrantes que devuelven a sus países de origen o de procedencia... El Tribunal Constitucional también ha establecido esta misma limitación en relación con la posibilidad de
entrega de ciudadanos a otros países al amparo del artículo 15 CE (así, STC 140/2007, de 4 de junio)...


2. Obligación de garantizar el derecho al recurso efectivo previsto en el artículo 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH).


3. Prohibición expresa de las expulsiones colectivas de extranjeros de acuerdo al artículo 4 del Protocolo número 4 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.


En el caso de las zonas fronterizas de Ceuta y Melilla, por tanto, un adecuado respeto del principio de devolución (establecido, entre otros, por el artículo 33 Convención de Ginebra, artículo 3 de la Convención contra la Tortura y otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos según la interpretación de los mismos basada en la citada jurisprudencia consolidada del TEDH...) emerge como una cuestión clave. La situación
de las personas migrantes en tránsito en Marruecos debería justificar la prevalencia del 'principio de no devolución' en los supuestos que el Estado español se plantee la expulsión, devolución o rechazo a Marruecos de una persona migrante que haya
entrado por vías irregulares a España transitando por el territorio de este país. Esta prevalencia del principio de no devolución debería mantenerse al menos hasta que desde el Estado marroquí se ofrezcan garantías claras y sometidas al control de
organismos internacionales competentes en la materia de que los derechos fundamentales de las personas extranjeras en situación irregular que se hallen o sean devueltas a su territorio son respetados de acuerdo a los estándares mínimos
internacionales en materia de derechos humanos.


La situación de falta de respeto de derechos fundamentales de las personas migrantes subsaharianas en Marruecos es puesta de manifiesto por informes de organismos nacionales e internacionales como los elaborados por el Comité contra la
tortura de Naciones Unidas (21 de diciembre de 2011-CAT/C/MAR/CO/4 § 26 y 28 de febrero de 2013 A/HRC/22/52/Add3 § 24 y 25); los informes del Departamento de Estado del Gobierno de Estados Unidos (Country report on Human Rights Practices for 2011
-pág. 18- Country report on Human Rights Practices for 2012 -págs. 17 y 18-); el Résume du rapport annuel de 2011 (Association Marocaine des droits Humains -pág. 26-); el informe Human Rights Watch (año 2013 -pág. 590-); el informe
'Violencia, vulnerabilidad y migración: atrapados a las puertas de Europa' (Médicos sin Fronteras, marzo 2013 [6]); documental 'n.º 9' (-realizado en el marco de la campaña 'Basta de violencia en la fronteras' impulsada por las asociaciones
marroquíes AMDH, GADEM y otros [7]-); Rapport sur l'application au Maroc de la Convention internationale sur la protection des droits de tous les travailleurs migrants et des membres de leur famille [8], (GADEM, ALECMA y otros; agosto de 2013),
que denuncian las torturas y malos tratos sistemáticos a que son sometidas las personas migrantes expulsadas por parte de las fuerzas de seguridad marroquíes. A esos efectos, debe hacerse especial incidencia en la recomendación realizada a España
por el Comité Europeo para la prevención de la tortura de que 'teniendo en cuenta el riesgo de malos tratos infligidos por los miembros de las fuerzas auxiliares marroquíes a los migrantes irregulares, devueltos a Marruecos, la CPT recomienda que
las autoridades españolas aseguren que ninguna persona es entregada a ellos' (Informe al Gobierno español



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sobre la visita a España del Comité Europeo para la prevención de la tortura del 14 al 18 de julio de 2014 [CPT/inf (2015) 19], apartado 54).


Por ello, la continuación con estas prácticas de 'devoluciones en caliente' supone dar vía libre a la vulneración indiscriminada de dicho principio, al permitir la entrega por vías de hecho sin ningún tipo de garantías jurídicas de personas
a un país donde corren un riesgo fundado de sufrir graves violaciones de sus derechos fundamentales.


La afectación de derechos, además, se incrementa y agrava en los supuestos que conciernen a colectivos o personas especialmente vulnerables, que precisamente por esta condición, deben ser especialmente protegidos, de acuerdo con la
legislación española e internacional. Así, la continuación de estas prácticas impide el acceso al derecho de asilo contemplado en el artículo 13.4 CE que establece que 'la Ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los
apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España', así como a las garantías y al procedimiento establecido en la Ley 2/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, al impedir la identificación de personas necesitadas de
protección internacional y el análisis individualizado de sus circunstancias. Igualmente, impide la identificación de menores, fundamentalmente de menores en edad adolescente, colectivo especialmente vulnerable. Tampoco se contemplan mecanismos
para la detección, identificación y protección de las víctimas de trata que accedan a territorio español por puesto no habilitado.


Es necesario insistir en que la mención a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional que se refleja en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional no incorpora ningún procedimiento administrativo ni, por
tanto, garantías para hacer efectivo el cumplimiento de esta normativa, sino que son un llamamiento a que en el necesario desarrollo normativo de esta institución del rechazo en frontera se garanticen estos principios.


Todas estas cuestiones trascienden nuestro Estado en la medida que han sido planteadas y admitidas a trámite ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en al menos tres casos -denunciados por personas que han sufrido estas
denominadas 'devoluciones en caliente'- como supuestos en que se han vulnerado garantías establecidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú-Compromís-En Marea propone la aprobación
del Pleno de la Cámara la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Que en ausencia de ese desarrollo normativo, de manera inmediata dicte instrucciones con la suficiente publicidad para que en los casos de interceptación de personas intentando acceder a España por las vallas de Ceuta y Melilla, la Guardia
Civil se abstenga de la entrega directa de estas personas a las autoridades del Reino de Marruecos, procediendo en tales casos a aplicar bien los procedimientos de expulsión o de devolución actualmente desarrollados en la normativa de extranjería y,
en todo caso, con respeto escrupuloso a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional garantizando la posibilidad de acceder a los procedimientos de protección internacional y el principio de no devolución.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Irene María Montero Gil, Portavoz Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000149


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del diputado don Ignasi Candela Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley para la cesión de la antigua
refinería 'La Británica' al Ayuntamiento de Alicante, para su debate en el Pleno de la Cámara.



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Exposición de motivos


La antigua refinería 'La Británica', situada en la avenida de La Vila Joiosa (Alicante) es uno de los ejemplos más destacados del patrimonio industrial valenciano. Se trata de una infraestructura única por sus características en el Estado
español, ya que gran parte de sus instalaciones (depósitos y galerías) están excavados en la roca, creando grandes espacios en el interior de la Serra Grossa. En el documento adjunto primero, patrocinado por la Conselleria d'Infraestructures i
Transport de la Comunidad Valenciana, podemos encontrar su historia y el valor patrimonial que alberga.


La actividad de esta refinería acabó en los años sesenta del siglo XX, cuando las actividades de CAMPSA se trasladaron al puerto de Alicante. Más tarde, entre 1979 y 1981, sus terrenos pasaron a considerarse patrimonio del Estado.


Actualmente, la mayoría de las instalaciones que estaban en la superficie han desaparecido, debido principalmente a las obras del TRAM. En la factoría subterránea quedan tres galerías principales y siete secundarias, que conducen a ocho
depósitos de 2.000 m3 y unos quince de 500 m3, además de varias estancias de tipo rectangular. En el exterior se encuentra una balsa, un depósito descubierto, muros de mampostería y otros elementos.


Además, en el entorno de la refinería 'La Británica' se han hallado restos arqueológicos de la Edad del Bronce, de época ibérica, medieval, de la Guerra Civil, el antiguo campo de concentración de los almendros y vestigios relacionados con
la pedrera que se podrían integrar, conjuntamente con la antigua refinería, dentro de un Parque Temático Cultural. Aún así, debido a la diversidad temporal y temática de los restos y la gran superficie que alcanzan, sería conveniente plantear una
intervención por fases.


Por otra parte, hay abierto un debate en Alicante sobre la necesidad que tiene la ciudad de contar con elementos que generan atracción y una oferta turística más diversificada. Los grandes iconos con los que en el pasado se ha querido
posicionar turísticamente a la Comunidad Valenciana han resultado ser proyectos desmesurados en los que el sentido o el contenido del mismo se ha definido en la mayoría de casos con posterioridad. Por eso resulta importante, antes de empezar un
proyecto, trabajar la idea sobre la cual se quiere que gire el proyecto y que se ajuste a un presupuesto razonable. Con ese objetivo, adjuntamos el plan director de usos culturales de la fábrica 'La Británica', Sierra de San Julián/Molinet, y Serra
Grossa elaborado por la Concejalía de Cultura del excelentísimo Ayuntamiento de Alicante, que pone de relieve el interés del Ayuntamiento en llevar a cabo las medidas necesarias para que tanto en la refinería como en los terrenos adyacentes se
puedan llevar a cabo actividades que generen interés social.


Una intervención en este espacio de la Serra Grossa de Alicante sería la culminación de la transformación de esta parte de la ciudad que empezó con el Plan Badía, pero que lleva cuatro años paralizado. La finalización de este plan supondría
la conexión mediante el paseo de la playa del Postiguet con la de la Albufereta, donde un nuevo espacio como la antigua refinería 'La Británica' transformado para diferentes usos ocuparía un lugar destacado como polo de atracción.


La cesión planteada constituiría un instrumento para que el Ayuntamiento de Alicante pueda recuperar y poner en valor el patrimonio industrial de la ciudad, así como diversificar la oferta turística hacia nuevos segmentos de mercado, en
tanto que producto de turismo industrial y cultural. Además, el Ayuntamiento podría contar así con un contenedor cultural multiusos para manifestaciones artísticas de vanguardia.


Por todo lo expuesto, don Ignasi Candela, diputado de Compromís, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Ceder la titularidad de la antigua refinería 'La Británica' y los terrenos adyacentes (Serra del Molinet y Camp dels Ametllers) al Ayuntamiento de Alicante.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2016.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Nota.-La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría de la Cámara.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Carlos Salvador Armendáriz y don Íñigo Alli Martínez, Diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a la defensa de la tauromaquia, para su debate en Pleno.


El pasado domingo, 13 de marzo, se celebró una manifestación en Valencia organizada por la Unión Taurina de la Comunidad Valenciana, a la que acudieron miles de aficionados, figuras del toreo y ganaderos para reivindicar la tauromaquia bajo
el lema 'Por nuestra cultura, por nuestras raíces y por nuestra libertad'. El diestro Enrique Ponce leyó el siguiente manifiesto:


'Somos fuertes. Y muchos. Y responsables. Lo hemos demostrado hoy aquí. Lo estamos demostrando. Y por todo ello somos felices y estamos orgullosos de ser aficionados a los toros. Que se entere quien debe enterarse, ¡que se entere el
mundo!


Somos españoles con derechos, españoles de estos tiempos, españoles de todas las sensibilidades y orígenes, también tenemos que resaltar, gracias, que nos acompañan muchos compañeros de países europeos y americanos donde la tauromaquia tiene
reconocimiento y tratamiento de arte, aprendamos de ellos.


Somos, insisto, españoles con derecho a nuestra identidad, a nuestra cultura, al buen nombre de nuestros padres a los que les gustó la tauromaquia en todas sus expresiones, en la calle y en la plaza, e hicieron del toro el símbolo de sus
pasiones y las plazas lugar de encuentro y descanso tras las duras añadas de trabajo que levantaron a este país. Somos españoles a los que nos horrorizan las guerras, y la explotación infantil y las desigualdades, hombres y mujeres que lloramos
frente a las fosas comunes en las que se han convertido los mares, a los que nos duelen las apreturas de nuestro país, cuestiones todas ellas que precisan urgente y prioritaria atención de las administraciones. Hagan el favor pues de no utilizarnos
como materia de distracción. Por todo eso y por más, no podemos consentir, que ahora por intereses espurios y economicistas, venga nadie a decir que sus pasiones (las de nuestros padres y abuelos) eran perversas o crueles.


Ni lo eran ellos ni sus costumbres ni lo somos nosotros. Como tampoco lo fueron, no lo son, tantos y tantos intelectuales y artistas de reconocimiento universal que se vieron ganados por la belleza y los valores del toreo.


Reivindicamos la tauromaquia como portadora de valores sociales y humanos, como soporte básico y principal de la biodiversidad en nuestro país, 500.000 hectáreas de dehesa se mantienen gracias a la cría del toro bravo, dónde estarían si no
esos paraísos, en qué incendio hubiesen desaparecido, quién las mantendría... Reivindicamos la tauromaquia también por su animalismo, que incluye especialmente la defensa del toro y todas las especies que se refugian en su ambiente. Reivindicamos
la tauromaquia como herramienta económica dinamizadora de tantas y tantas ciudades, por su capacidad de crear puestos de trabajo, por los efectos en la fijación de la población rural, por sus aportaciones a las arcas del Estado y fundamentalmente
porque son raíces de nuestra cultura a las que tenemos derecho a no renunciar.


No pretendemos repudiar a nadie, ni avergonzar a quienes combaten el toreo como pretenden hacer con nosotros, somos gente de paz y concordia, a quienes no les guste que no vengan a la plaza, a quien no le guste el toreo bastante pena tiene
con ello, pero sí exigimos, como es propio en un estado de derecho, la libertad de elegir, de pensar, un tratamiento de igualdad respecto a otras actividades y artes, tanto en lo que se refiere a aportaciones fiscales como a la promoción. No más,
pero tampoco menos. Y por descontado no aceptamos la injuria y el insulto.


Hoy tenemos que agradecer la magnífica labor de las autoridades en la protección de este acto, hoy sí, otros días nos sentimos abandonados y no queremos que se repita.


Por todo eso nos hemos reunido aquí. Hemos reclamado lo nuestro con argumentos, en una exhibición de cordura, con el peso de nuestros sentimientos, con la contundencia de nuestras cifras. Y una recomendación, no nos nieguen sin conocernos.
Gracias. ¡Viva el toreo!. Por nuestra cultura, por nuestras raíces y por nuestra libertad.'



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En la pasada legislatura, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural, en cuyo preámbulo se recogen las siguientes consideraciones sobre la
tauromaquia: 'forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles, en cuanto actividad enraizada en nuestra historia y en nuestro acervo cultural común'; 'es signo de identidad colectiva, y ello justifica que su
preservación corresponda y competa a todos los poderes públicos'; 'El carácter cultural de la tauromaquia es indiscutible y merece ser preservado como un tesoro propio de nuestro país, rico en culturas distintas (...) ha sido, incluso, exportada a
otros países que la desarrollan, promocionan y protegen'; 'es una manifestación artística en sí misma desvinculada de ideologías en la que se resaltan valores profundamente humanos como puedan ser la inteligencia, el valor, la estética, la
solidaridad, o el raciocinio como forma de control de la fuerza bruta'; 'La fiesta de los toros y los espectáculos taurinos populares son algo vivo y dinámico, sujetos a constante evolución, sin que se puedan hacer conjeturas sobre de qué manera se
adaptarán a las sensibilidades cambiantes de nuestros tiempos u otros venideros. Esto dependerá de que se mantenga la afición popular y de que la misma sea capaz de renovarse en las nuevas generaciones de aficionados que son los que, en su caso,
deberán mantener, actualizar y conservar la fiesta de los toros. Pero, en todo caso, será desde la libertad de la sociedad a optar y desde la propia libertad que significa la cultura, no cercenando el acceso a esta'; 'la tauromaquia conforma un
incuestionable patrimonio cultural inmaterial español, que no ostentamos en exclusiva, sino que compartimos con otros lugares como Portugal, Iberoamérica y el sur de Francia'; 'Pero, además del aspecto cultural, la tauromaquia tiene una indudable
trascendencia como actividad económica y empresarial, de dación de bienes y servicios al mercado, produce un flujo económico que se traduce en miles de puestos de trabajo'; 'La Tauromaquia constituye un sector económico de primera magnitud, con una
incidencia tangible en ámbitos diversos y dispersos como son el empresarial, el fiscal, el agrícola-ganadero, el medioambiental, el social, el alimentario, el industrial o el turístico'.


Por último, algunos detractores de la fiesta de los toros recurren a un argumento que resulta especialmente ofensivo para los aficionados y amantes de la tauromaquia, y es considerarles a todos ellos como un colectivo que carecería de
sensibilidad o de humanidad, tratando de trasladar al resto de la opinión pública la falsa imagen de que todos ellos fueran personas proclives a la violencia. Conviene traer a colación en este punto, y como respuesta a dichas acusaciones, la
reflexión de Antonio Lorca, recogida en un diario nacional al día siguiente de la manifestación celebrada Valencia: 'No es la tauromaquia, además, una escuela de violencia, esa que los niños aprenden en la televisión en horario infantil o en los
videojuegos; es, por el contrario, una universidad de valores en la que se forjan mujeres y hombres en el sacrificio, el esfuerzo, la superación y la búsqueda de la gloria'.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados:


'1. Reitera el deber de los poderes públicos de protección, conservación y promoción de la tauromaquia como patrimonio cultural.


2. Ratifica el deber de los poderes públicos de velar por la tutela del derecho de todos a su conocimiento, acceso y libre ejercicio en sus diferentes manifestaciones.


3. Reconoce el valor y la contribución social, cultural, económica de la tauromaquia en España.


4. Asimismo, insta al Gobierno a continuar en el impulso de los trámites necesarios para la solicitud de la inclusión de la tauromaquia en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad a que se refiere el
artículo 16 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada el 17 de octubre de 2003, en París por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz e Íñigo Jesús Alli Martínez, Diputados.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem y En Marea, a través de la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez y la Portavoz, doña Alexandra Fernández Gómez, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 del Reglamento presentamos la
siguiente Proposición no de Ley para ser debatida en Pleno relativa a la denegación por el CNI de la habilitación personal de seguridad de un trabajador de la empresa pública Navantia Ferrol y sobre la vulneración de derechos políticos.


Exposición de motivos


La dirección de la empresa Navantia, S.A., ha impedido a un empleado el acceso a salas con documentación clasificada, tras la denegación de la preceptiva habilitación personal de seguridad (HPS) impidiendo la prestación de sus servicios.
Las razones aducidas por la empresa para la denegación y entrada en dichas dependencias se deben a que estamos ante un 'trabajador peligroso' para la Seguridad Nacional.


El referido trabajador entabló acciones judiciales en defensa de sus derechos laborales, dictando sentencia la Sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. En el cuarto de los fundamentos de Derecho,
la Audiencia Nacional hace un repaso exhaustivo de los requisitos de fondo dimanantes de la norma NS/02 sobre los criterios para valorar la idoneidad de las personas relativas a la habilitación de seguridad de personal y resuelve que dichos
requisitos no resultan de aplicación a este caso. En el sexto de los Fundamentos de Derecho, la resolución señala que es necesario motivar dicha prohibición al trabajador para acceder a la referida Sala con documentación clasificada para no caer en
arbitrariedades prohibidas por el ordenamiento jurídico. Finalmente, la resolución dictada por la Audiencia Nacional estima el recurso de apelación interpuesto por el trabajador y señala que la prohibición de acceso del empleado adolece de falta de
motivación. A pesar de la resolución dictada por la Audiencia Nacional y con el ánimo de 'motivar dicha prohibición', en fecha 3 de noviembre del pasado año, el Secretario de Estado, Director del Centro Nacional de Inteligencia, Félix Sanz Roldán
reconoce mediante escrito las verdaderas razones por las que se niega al trabajador la habilitación de seguridad que no son otras que políticas. Citamos literalmente: '[...] El Sr. Sinde ha demostrado una continuada participación en
organizaciones y grupos cuyos ideales defienden una estrategia revolucionaria: de clase, anticapitalista e internacionalista... Si bien esta participación es lícita, se considera discordante con la protección clasificada que el Ministerio de
Defensa cede a la industria para sus desarrollos armamentísticos'. Este trabajador informático viene prestando servicios para la empresa Navantia Ferrol desde hace muchos años, siempre desempeñó sus funciones sin problema alguno y, al amparo a sus
derechos constitucionales milita y desarrolla su compromiso sindical en CC.OO. Las afirmaciones vertidas por el Director del CNI son graves en un Estado Social y Democrático de Derecho, no hacen más que recordar las prácticas macartistas, pero no
hay ninguna razón que avale la posición discriminatoria del Gobierno en esta cuestión. No podemos olvidar que si este trabajador prestara sus servicios en una empresa auxiliar de Navantia esta práctica discriminatoria supondría su despido. Esta
flagrante discriminación fue denunciada ante la Xunta de Galicia, quien se limitó a señalar que no puede actuar porque estamos 'ante una competencia estatal ajena a las competencias del Gobierno gallego'.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú y En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley para ser debatida en Pleno


'- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que realice las gestiones oportunas que conduzcan a garantizar los derechos constitucionales que en la actualidad se vulneran con la segunda negativa a autorizar la habilitación personal
de seguridad al referido empleado de Navantia Ferrol y, conceda la HPS para poder prestar las funciones propias de su cargo en condiciones de igualdad al resto de sus compañeros de trabajo.


- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que remueva los obstáculos que pesan en la decisión del CNI para discriminar a un trabajador por estrictos motivos políticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 marzo de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.- Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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162/000160


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a potenciar la contratación
indefinida, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En diciembre de 2011, cuando el Partido Popular llegó al Gobierno la rigidez de nuestro mercado laboral nos llevaba a una destrucción masiva de empleos. Sin alternativas al despido, el número de parados se incrementó en más de 3.500.000
personas entre el segundo trimestre del 2007 y el cuarto trimestre de 2011, elevándose la tasa de paro en más de 14.5 puntos porcentuales. El 65 % del incremento del paro que se producía en Europa se originaba en nuestro país.


Este panorama hizo que el principal objetivo del Gobierno del Partido Popular al inicio de la Legislatura fuera frenar la destrucción de empleo. Se aprobaron reformas estructurales, orientadas a una mayor flexibilidad en el mercado laboral
que daban alternativas para que la última opción fuera el despido. Hoy podemos decir que, con la ayuda de todos, ese primer objetivo lo hemos conseguido.


Una vez superada la masiva destrucción de empleo, el siguiente objetivo fue el de la creación de empleo y la consolidación del mercado laboral. Con el esfuerzo de todos, también se ha conseguido cambiar la tendencia en el mercado laboral;
hoy en vez de hablar de destrucción de empleo, se habla de creación de empleo. Cuando el PP llegó al Gobierno el paro aumentaba un 7,86 % anual (SEPE diciembre 2011), en la actualidad el paro se reduce en un 7,95 % (SEPE febrero 2016). Entre 2014
y 2015 se crearon 960.000 nuevos empleos, y podemos confirmar que la recuperación ha llegado al empleo para quedarse, hoy España es el país de Europa donde más empleos se están creando.


Los datos acreditan que hemos superado dos grandes retos: el de frenar la destrucción masiva de empleo y el de la consolidación del mercado laboral. Sin embargo, todavía nos queda mucho por hacer, y debemos seguir trabajando por cada uno
de los 4.152.986 desempleados que hay en nuestro país (SEPE febrero 2016) para que puedan reintegrarse con la mayor brevedad en el mercado laboral con un empleo de calidad.


La calidad del empleo es el tercer gran reto al que nos enfrentamos, el objetivo es crear empleo estable y de calidad. Con la finalidad de avanzar en este nuevo reto, el Gobierno ha implementado medidas orientadas a potenciar la
contratación indefinida. Las medidas adoptadas por el Gobierno están dando sus frutos, la situación hoy es muy diferente a la que España vivía a cierre de 2011, cuando se destruían 355.000 empleos al año, el paro aumentaba en 322.000 personas, y la
contratación indefinida caía a un ritmo superior al 29 % interanual. Hoy tenemos menos paro, más empleo, y más empleo estable y de calidad. Porque, al contrario de lo que ocurría en diciembre de 2011, hoy la contratación indefinida aumenta a un
ritmo interanual del 15,87 %. Y la contratación indefinida a tiempo completo todavía más, con un 16,86 % (SEPE febrero 2016). En nuestro país, tres de cada cuatro trabajadores tiene un contrato indefinido.


El incremento de contratos indefinidos es esperanzador, por lo que debemos continuar por la senda del fomento del contrato indefinido, por la mayor estabilidad que otorga al trabajador, pero también al empresario. A pesar de la evolución
positiva del contrato indefinido, no podemos obviar que en nuestro país tenemos una alta tasa de contratación temporal.


Es cierto que, en su gran mayoría, los contratos temporales vienen motivados por necesidades transitorias de la empresa y siempre se les exige causa justificada, pero no es menos cierto, que esta modalidad de contrato puede encontrar una
alternativa en cualquiera de las modalidades existentes para la contratación indefinida.


Resulta por tanto interesante potenciar la contratación indefinida en cualquiera de sus modalidades como alternativa a la contratación temporal, ya que resulta beneficiosa tanto para el trabajador como para el empresario, ya que otorga mayor
estabilidad y mayor implicación laboral a ambos.


En definitiva, en el actual contexto de recuperación en que nos encontramos, nuestra prioridad debe ser la creación de empleo estable y de calidad, y trabajar para que este empleo llegue a todas las personas, familias, sectores y rincones
del país, porque el empleo es la clave del estado de bienestar.


El Gobierno del Partido Popular ha aprobado a lo largo de su legislatura diversas medidas que fomentan la contratación indefinida consistentes en aplicar interesantes bonificaciones a las cotizaciones sociales y que en vista de los
resultados obtenidos es evidente que están dando sus frutos, sin embargo,



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debemos ir más allá, y trabajar juntos para que el derecho a un empleo de calidad sea una realidad en nuestro país.


Debemos potenciar la contratación indefinida ampliando las medidas adoptadas hasta el momento. Es nuestra responsabilidad conseguir que los empresarios y empleadores encuentren más atractivo crear un empleo indefinido que utilizar la
contratación temporal.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de ampliar las medidas orientadas a potenciar la contratación indefinida frente a la contratación temporal. Para ello, solicitamos se lleven a cabo las actuaciones pertinentes para:


- Que los nuevos contratos indefinidos estén exentos de pagar en los primeros 500 euros las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante cuatro años.


- Que las conversiones de contratos temporales en indefinidos se puedan beneficiar de esta bonificación por igual periodo de tiempo de cuatro años.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a priorizar el desarrollo y
ejecución de la Ley por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Toda la agenda reformista aprobada en la X Legislatura se fundaba en un objetivo central: revertir la peor crisis económica, social e institucional de la historia reciente de nuestro país, volver a la senda de la recuperación económica y
detener la sangría de la destrucción masiva de empleo.


Así lo declaró el propio Presidente del Gobierno en el discurso de investidura en diciembre de 2011: 'Me propongo dedicar toda la capacidad del gobierno y todas las fuerzas de la nación a detener la sangría del paro, estimular el
crecimiento y acelerar el regreso de la creación de empleo'.


El esfuerzo por sanear las cuentas públicas, la reestructuración del sistema financiero, las medidas para recuperar la competitividad de nuestras empresas o la reforma laboral no eran fines en sí mismos, sino medios para sentar las bases
para el crecimiento y la creación de empleo. Este es el objetivo del Partido Popular, crear riqueza a través del empleo, mientras que otros aspiran a repartir la pobreza.


Y los resultados han llegado, especialmente, durante los dos últimos años de legislatura; al tiempo que hemos encadenado ocho trimestres consecutivos con crecimiento económico positivo (en 2015 crecimos al 3,4 %); hemos recuperado uno de
cada tres empleos perdidos en la crisis (1.157.653 nuevos empleos desde febrero 2013, de ellos 533.186 en 2015). En definitiva, hoy somos el país desarrollado que más crece y más empleo crea.


A pesar de esta dinámica positiva, es imprescindible seguir reforzando la competitividad de nuestra economía, aportar estabilidad y confianza, y continuar con las medidas de apoyo al empleo con un único objetivo: lograr la inserción laboral
de los 4.152.986 personas que aun buscan un empleo y no lo encuentran.


Aunque en las fórmulas para conseguirlo hay grandes diferencias entre las distintas fuerzas políticas, la pasada legislatura demostró que también tenemos algunos puntos en común. Sin duda, el más importante fue el compromiso del 90 % de los
votos en el Congreso y en el Senado para aprobar la Ley 30/2015, de Reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo (FPE), que entró en vigor en septiembre de 2015.



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La reforma es fruto de un amplio proceso de diálogo y participación con los agentes sociales, y responde al compromiso alcanzado con ellos en el Palacio de la Moncloa el 29 de julio de 2014.


El nuevo modelo de formación, aprobado por PP, PSOE, UPyD y con la abstención del resto de partidos, permitirá una mayor eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos destinados a la formación profesional para el empleo
y aporta instrumentos adecuados de control para evitar cualquier tipo de irregularidad en la gestión de los fondos públicos ligados al empleo. En otras palabras, por una parte se dota a nuestros trabajadores de las herramientas necesarias que les
permitan aprovechar las nuevas oportunidades de empleo que está generando nuestro mercado laboral, y por otra se ponen mecanismos para que no se puedan repetir fraudes en los cursos de formación como los que han sucedido en Andalucía.


El nuevo modelo de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral encomienda el diseño estratégico de los cursos a los agentes sociales, que son los que conocen de primera mano la realidad productiva, pero la formación fuera de la
empresa solo podrá impartirse por entidades formativas acreditadas y/o inscritas -sin posibilidad de subcontratación como sucedía hasta ahora- y en un régimen de estricta concurrencia competitiva.


La reforma de la formación profesional para el empleo contempla la puesta en marcha del 'cheque formación' para que sea el propio desempleado el que decida la entidad de la que recibe la formación, contando para ello con el asesoramiento del
Servicio Público de Empleo.


Y se completa con una apuesta por la evaluación permanente de la calidad y evaluación del impacto real de la formación, y la aplicación del principio de tolerancia cero para el fraude, para lo que se crea una unidad especial dentro de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


La propia Ley, por la que se regula el sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, contempla que se dictarán las disposiciones que sean precisas para su desarrollo y ejecución en el plazo de 6 meses desde su entrada
en vigor, esto es, el 12 de marzo de 2016. La inserción laboral de los desempleados que realizaron actuaciones para la obtención de un certificado de profesionalidad se sitúa en el 60 % y el objetivo de la nueva formación profesional para el empleo
es mejorar aun más este porcentaje, de ahí la importancia de darle prioridad a los desarrollos reglamentarios necesarios para hacerla plenamente operativa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de seguir priorizando los desarrollos reglamentarios y el dictado de las disposiciones que sean necesarios para garantizar que la Ley por la que se regula el sistema de Formación
Profesional para el Empleo en el ámbito laboral sea plenamente efectiva antes de la fecha máxima recogida en la propia Ley.'


Palacio del Congreso de losa Diputados, 22 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación, estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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162/000143


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley de medidas para la lucha contra el fraude fiscal en España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El fraude fiscal en España ha alcanzado en los últimos años, según la generalidad de las estimaciones realizadas, un volumen que se sitúa en torno al 8 % del PIB anual (lo que equivale a unos 80.000 millones de euros que se dejan de recaudar
cada año). Si siempre ha sido injustificable, en la actual coyuntura, con un déficit en las cuentas públicas que sigue sin enmendarse, como ha puesto de manifiesto recientemente la Comisión Europea, resulta ineludible desplegar una lucha decidida
en su contra. La existencia de bolsas de economía sumergida y de actividades no declaradas atenta contra la equidad en el reparto de las cargas fiscales y constituye un ejercicio de competencia desleal con aquellos empresarios y profesionales que
sí cumplen honestamente con sus obligaciones fiscales. Si, por las razones económicas apuntadas, es tarea ineludible, todavía lo es más debido a razones de ética social o de conciencia ciudadana, que se han visto perjudicadas por la amnistía fiscal
aprobada en 2012 por el actual gobierno del PP en funciones. La amnistía fiscal del Sr. Montoro y del Sr. Rajoy constituyó un enorme fracaso y ha sido objeto de durísimas críticas y merecidas de la ciudadanía.


La lucha contra el fraude fiscal constituye una obligación y una responsabilidad de los poderes públicos (legislativo, ejecutivo y judicial) en sus diferentes ámbitos de actuación (estatal, regional y local), así como de la sociedad en su
conjunto, de todos y cada uno de los ciudadanos. En consecuencia, no cabe reservar en exclusiva el cumplimiento de esta tarea a las diferentes Administraciones tributarias, aunque es evidente que a ellas les corresponde asumir el liderazgo en este
campo. A todos los poderes públicos corresponde diseñar el marco jurídico, organizativo y financiero en el que aquellas deben desarrollar su actuación, ajustándose a una planificación anual en la que se seleccionen los objetivos y se instrumenten
las medidas que garanticen la eficacia y eficiencia en la consecución de aquellos.


El actual Gobierno en funciones ha hecho de la lucha contra el fraude fiscal una de sus banderas. Sin embargo, este ejecutivo mantiene una Agencia Estatal de la Administración tributaria infradotada de medios humanos y materiales si se la
compara con los países de nuestro entorno y cuyo presupuesto se ha venido recortando en los últimos años. Tampoco se ha realizado la necesaria labor de pedagogía social para concienciar a los ciudadanos de que el fraude fiscal constituye una
gravísima lacra en nuestra sociedad.


Por ello, es necesario introducir nuevas medidas de tipo legal y organizativo, que deben ir acompañadas de los medios materiales y humanos necesarios para su puesta en práctica, así como de una decidida e inquebrantable voluntad política de
luchar contra el fraude fiscal que aqueja a nuestra sociedad y compromete nuestro futuro.


Estas medidas son principalmente:


1. Se exigirán los 2.800 millones de euros que el anterior Gobierno perdonó ilegalmente a los defraudadores de la amnistía fiscal, y se remitirán a los Tribunales todos los casos de acogidos a la amnistía en donde existen indicios de
delitos relacionados con la corrupción o de blanqueo de capitales.


El Gobierno en funciones, a través de la Dirección General de Tributos de 27 de junio de 2012, suavizó, aún más, las condiciones de la amnistía fiscal, permitiendo, ilegalmente en opinión de los inspectores de Hacienda, que los defraudadores
pagasen el 3 % en lugar del 10 % legalmente previsto. La Agencia Tributaria comprobará y liquidará a estos defraudadores para recaudar los 2.800 millones de euros que se dejaron de ingresar. Además, se remitirán urgentemente a los tribunales todos
aquellos casos donde existen indicios de otros delitos distintos del fiscal. Especialmente, se remitirán los más de 600 casos de funcionarios y políticos, en manos del SEPBLAC, y que se acogieron a la amnistía para que justifiquen el origen del
dinero regularizado.



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2. Promover las normas oportunas para que las entidades financieras informen sobre las operaciones de sus clientes en sus filiales en paraísos fiscales, en las mismas condiciones que dan información de los demás clientes.


Para la ciudadanía resulta inadmisible que las entidades financieras, que todas ellas en una medida u otra han recibido ayudas públicas, no colaboren plenamente con la Hacienda Pública, facilitando la información necesaria para asegurar que
todos cumplan con sus obligaciones fiscales como establece la Constitución en su artículo 31.


3. Se reforzará el Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC), y se endurecerán las multas a los bancos que cooperen en el blanqueo o en el fraude de sus clientes.


Resulta lamentable la situación de falta de medios del SEPBLAC, y que no haya una respuesta sancionadora eficaz cuando el sistema financiero se utiliza para canalizar fondos procedentes de todo tipo de delitos económicos. Para luchar contra
los delitos económicos, entre ellos los de corrupción, es esencial seguir el rastro del dinero, para lo que se debe potenciar el SEPBLAC y sancionar de forma contundente cualquier tipo de colaboración en ocultar el dinero o reintroducirlo en el
circuito legal.


4. Se devolverá a la Agencia Tributaria el control fiscal de las SICAV, haciendo que las que no sean auténticas instituciones de inversiones colectivas no tributen al tipo privilegiado del 1 % sino al tipo general del impuesto de
sociedades.


La Inspección de Hacienda, merced a una ley aprobada por el PP, PSOE y CIU, no puede controlar a las SICAV. En un estado de derecho, el control de las normas fiscales corresponde a la Agencia Tributaria, y no a instituciones que tienen
otras funciones como la CNMV. En consecuencia, resulta imprescindible devolver el control fiscal de las SICAV a la Inspección de Hacienda y promover la apertura de las SICAV, de tal forma que cualquier ciudadano pueda invertir en las mismas
condiciones que los dueños reales de las SICAV, para que las mismas sean instituciones de inversión colectiva y no vehículos de inversión privada de grandes fortunas, que son perfectamente lícitos pero que en ese caso deben tributar como cualquier
otra sociedad.


5. Eliminar el régimen de ETVE, y revisar la lista de paraísos fiscales, volviendo a incluir en la misma a aquellos Estados que no cooperan de forma efectiva con la Administración Tributaria Española.


El régimen de ETVE permite recibir exentas plusvalías y dividendos externos, deducirse parcialmente los gastos financieros, los ingresos no suman, los gastos sí restan; e increíblemente consolidar, es decir, incluir estos resultados
negativos en la base de los grupos españoles. En resumen, este régimen cuesta muchísimo dinero a los españoles sin que sus beneficios estén nada claros. Por otra parte, hay varios territorios que España ha sacado de su lista de paraísos fiscales y
que no cooperan con España en la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, con lo que es necesaria una revisión de la lista.


6. Se establecerá el derecho de los consumidores a pagar cualquier bien o servicio cuyo importe supere los 10 euros a través de tarjeta de crédito.


La finalidad de esta medida es reducir la circulación de efectivo, y mejorar y ampliar la información que la Agencia Tributaria dispone para la gestión tributaria. Al mismo tiempo se negociará la rebaja de las comisiones de las entidades de
crédito. Por último, se establecerá una declaración informativa para las tarjetas de compra análoga a la vigente para tarjetas de crédito.


7. Se afrontará urgentemente una reforma sustancial del delito fiscal.


Esta reforma incluiría fundamentalmente un plan de choque en los Tribunales para sustanciar la resolución de los juicios pendientes por este delito, donde hay más de 6.000 millones suspendidos y sin garantía en cuotas presuntamente
defraudadas. Por otra parte, se endurecerán las penas por este delito, especialmente en los supuestos más graves. Por último, se limitarán los supuestos en los que se puede rebajar la pena del delito cuando se paga una vez iniciada la instrucción
penal.


8. Se potenciarán los medios y la autonomía de la Agencia Tributaria.


El Gobierno cumplirá con un mandato legal incumplido durante más de veinte años y redactará el Estatuto de la Agencia Tributaria con el objetivo de devolver a la Agencia Tributaria su independencia y profesionalidad. Por otra parte, resulta
ineludible incrementar sustancialmente recursos a fin de que vayan equiparándose a los de los países de nuestro entorno. Por cada euro invertido en administración tributaria



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se obtiene un retorno directo de ocho. Este incremento de medios incidirá especialmente en el Departamento de Recaudación, ya que existen más de 50.000 millones de euros pendientes de cobro.


9. Se pondrán en marcha un programa de educación cívico tributaria.


Para cambiar la conciencia fiscal de parte de nuestra sociedad es necesario insistir desde la escuela que sólo cumpliendo con las obligaciones cívicas, incluyendo la de pagar los impuestos legalmente establecidos, es posible construir una
sociedad más civilizada y más justa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reforzar la lucha contra el fraude fiscal adoptando, entre otras, las siguientes medidas:


1. Se exigirán los 2.800 millones de euros que el anterior Gobierno perdonó ilegalmente a los defraudadores de la amnistía fiscal, y se remitirán a los Tribunales todos los casos de acogidos a la amnistía en donde existen indicios de
delitos relacionados con la corrupción o de blanqueo de capitales.


2. Promover las normas oportunas para que las entidades financieras informen sobre las operaciones de sus clientes en sus filiales en paraísos fiscales, en las mismas condiciones que dan información de los demás clientes.


3. Se reforzará el Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC), y se endurecerán las multas a los bancos que cooperen en el blanqueo o en el fraude de sus clientes.


4. Se devolverá a la Agencia Tributaria el control fiscal de las SICAV, haciendo que las que no sean auténticas instituciones de inversiones colectivas no tributen al tipo privilegiado del 1 % sino al tipo general del impuesto de
sociedades.


5. Eliminar el régimen de ETVE, y revisar la lista de paraísos fiscales, volviendo a incluir en la misma a aquellos Estados que no cooperan de forma efectiva con la Administración Tributaria Española.


6. Se establecerá el derecho de los consumidores a pagar cualquier bien o servicio cuyo importe supere los 10 euros a través de tarjeta de crédito.


7. Se afrontará urgentemente una reforma sustancial del delito fiscal.


8. Se potenciarán los medios y la autonomía de la Agencia Tributaria.


9. Se pondrán en marcha un programa de educación cívico tributaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley para la garantía del Derecho de Asilo en España y la Unión Europea, para su debate en el Pleno del Congreso de los Diputados.


Exposición de motivos


La tercera semana de abril de 2015, más de 1.000 personas murieron en aguas del Mediterráneo, mientras trataban de alcanzar territorio europeo en endebles embarcaciones. En ese momento la opinión pública despertó, alertada por la tragedia,
y descubrió un drama que lleva produciéndose durante décadas en las fronteras europeas. Sin embargo, las organizaciones de los Derechos Humanos como Amnistía Internacional ya habían alertado de que las muertes se sucederían en el Mediterráneo en
primavera, con la llegada del buen tiempo, tras la desaparición de la operación italiana de salvamento Mare Nostrum.



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Esta fue sustituida por la operación Tritón, peor dotada económicamente, con un mandato único de control de fronteras, no de salvamento; y con un perímetro de acción mucho más restringido.


Desde el pasado abril muchas otras personas han muerto tratando de llegar a Europa huyendo de distintas persecuciones y conflictos, convirtiendo al Mediterráneo en la mayor fosa común del mundo. Según la OIM (Organización Mundial para las
Migraciones) al menos 3.770 personas habrían perdido la vida en el Mediterráneo en 2015 (únicamente datos oficiales) y 476 en lo que llevamos de 2016. Estas muertes son consecuencia directa de las políticas migratorias puestas en marcha por la
Unión Europea y de las vulneraciones en el derecho de asilo de las personas que tratan de buscar refugio en Europa. Mientras no existan vías legales y seguras de acceso a territorio europeo, las personas seguirán muriendo y las mafias que trafican
con personas continuarán operando, ofreciendo rutas cada vez más peligrosas a las personas refugiadas y migrantes.


Esta crisis, además, ha impactado especialmente en los niños y las niñas. Según Naciones Unidas, uno de cada tres personas que llegan a Europa es un menor de edad. Actualmente, en Europa, uno de cada cuatro solicitantes de asilo es un
menor de 18 años (800 al día). Los niños y las niñas son los más vulnerables entre los que intentan acceder a Europa huyendo de la violencia, el conflicto y la persecución. Están en riesgo de sufrir violencia y abusos, de ser separados de sus
familiares durante su viaje a través de Europa, y son especialmente vulnerables a padecer enfermedades como la hipotermia y la neumonía, especialmente con las actuales bajas temperaturas y la falta de estructuras adecuadas para hacer frente al
invierno.


No podemos olvidar que los niños y las niñas tienen derecho a ser protegidos ante todo por el hecho de ser niños y niñas, independientemente de su estatus migratorio o del de sus familias.


Entre 2007 y 2013 la Unión Europea ha gastado 2.000 millones de euros en blindar las fronteras y solo 700 en políticas de asilo. Sin embargo, menos del 10 % de los refugiados en el mundo llegan a la UE, la mayor parte se quedan en países
limítrofes a los países de los que huyen. Como ejemplo, de los 11.695.806 millones de personas desplazadas por el conflicto en Siria, 6.600.000 son desplazados internos dentro de Siria, 4.597.436 refugiados en Turquía, Líbano, Jordania, Irak y
Egipto y tan solo 498.370 han cruzado a Europa, según ACNUR. Es hora de que la Unión Europea asuma sus compromisos internacionales y aplique su propia legislación en materia de asilo y adquiera un compromiso serio con los derechos de las personas
refugiadas y migrantes.


La voluntad política de la Unión Europea para abordar esta crisis humanitaria sin precedentes quedó en serio entredicho al tardar varios meses en adoptar un acuerdo sobre el número de personas refugiados que podía reasentar cada Estado
miembro. No fue hasta el pasado septiembre cuando la UE decidió poner en marcha un programa de reasentamiento para 120.000 personas que ya se encontraban en Grecia e Italia. Distintas organizaciones y fuerzas políticas valoraron ese compromiso
como claramente insuficiente dado que Europa cuenta con una población de más de 500 millones de personas. A pesar de ello, y poniendo el foco en el caso español, sólo 18 personas han llegado a nuestro país en el marco de dicho acuerdo.
Recientemente una delegación de Podemos viajó a Atenas y Lesvos y pudo comprobar por sí misma que los programas de reasentamiento, tal y como están planteados, no están funcionando. Cuando se ofrece información sobre estos programas a las personas
refugiadas no se les explica a qué país de la Unión Europea pueden ser llevados y eso puede significar cualquier lugar desde Hungría hasta Portugal. Las profundas diferencias en los sistemas de protección entre los distintos países y estos altos
niveles de incertidumbre están provocando que las personas refugiadas prefieran seguir su camino e intentar solicitar asilo en aquellos países donde cuentan con un cierto soporte social y/o familiar.


Por su parte el Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de
protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, conocido como Protocolo Dublín II, ha dificultado que exista un verdadero Sistema Común de Asilo ya que las personas deben solicitar
asilo en el primer país de la Unión Europea al que accedan. Dado que no existen vías legales y seguras de entrada de acceso a los Estados Miembro, esto supone que los países con frontera exterior de la Unión Europea asumen una responsabilidad mucho
mayor que el resto. Este es el caso de Grecia. Sólo en julio de 2015 recibió más personas refugiadas y migrantes que en todo el año 2014.


Es fundamental que España asuma, de una vez por todas, un compromiso firme con el derecho de asilo. España sólo recibe alrededor del 1 % de las solicitudes de asilo de la UE. Según Eurostat únicamente 14.780 personas pidieron protección
internacional en 2015 en España. En 2014, por su parte,



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de las 5.947 solicitudes presentadas sólo 4.768 fueron admitidas a trámite (a valoración). Finalmente sólo a 384 personas se les concedió el estatuto de refugiado y a 1.199 la protección subsidiaria. En el 2015 el Gobierno del Partido
Popular se comprometió a reasentar solo 724 personas sirias, más otras 130 personas (pendientes de reasentar del año 2014), en el marco de un conflicto que, como se señalaba más arriba, ha desplazado ya a más de 11 millones.


El compromiso del Gobierno de España con esta crisis y con el derecho de asilo es, como muestran estos datos, inexistente; y puede resumirse en la siguiente frase de Ban Ki-Moon, Secretario General de Naciones Unidas, 'es una crisis de
solidaridad, no una crisis de cifras'. Actualmente las personas que tratan de solicitar asilo en Ceuta y Melilla siguen teniendo dificultades extremas para acceder a territorio español y se produce una segregación por origen que impide, en la
práctica, solicitar asilo a las personas subsaharianas. Asimismo, las condiciones de acogida de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla siguen siendo muy deficitarias, los traslados a la Península sufren retrasos
injustificados y las personas que solicitan asilo en las Ciudades Autónomas ven restringida su libertad de movimiento.


Por otra parte, el sistema de examen y admisión a trámite de las solicitudes de asilo en España es deficitario. Es necesario revisar dicho sistema a fin de ampliar el número de concesiones de asilo y protección internacional que otorga
España cada año, para terminar así con un racismo institucional manifiesto que ha situado tradicionalmente a España durante muchos años como uno de los países de la UE con menor número de concesiones de asilo. Es fundamental agilizar el
procedimiento y la resolución de todas las solicitudes sin incurrir en retrasos injustificados, como ha ocurrido hasta ahora, con el fin de esperar a que la situación en el país de origen evolucione. Por último, son preocupantes los recortes en
materia de acogida de personas refugiadas llevadas a cabo por el Gobierno de Partido Popular que están impidiendo en la práctica cubrir adecuadamente las necesidades de las personas solicitantes de asilo.


Finalmente, es importante reseñar que esta crisis ha de enmarcarse en su propio contexto y que la política exterior española aplicada por el Gobierno no puede meramente traducirse en perpetuos parches ante problemas que se perciben aislados.
Es urgente proceder al análisis estratégico de porqué perviven los conflictos internacionales como el sirio, donde múltiples actores están implicados, y ofrecer alternativas que logren constituirse en iniciativas multilaterales que demuestren altura
de Estado. Crisis como esta no son sino el fruto de décadas de políticas erradas tanto en Oriente Medio y Próximo como en África, y una política responsable de asilo, migración y refugio debe ir acompañadas de profundas y urgentes transformaciones
en nuestra política exterior.


Por todo ello, desde el Grupo Parlamentario de Podemos presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, dada la gravedad de la situación, insta al Gobierno a que ponga en marcha de forma urgente las siguientes medidas concretas sobre las que tiene plena capacidad de decisión:


1. Articular vías legales y seguras de entrada en España para favorecer la lucha efectiva contra redes de tráfico de personas y poner fin al drama humano al que estamos asistiendo en nuestras fronteras. En concreto, restablecer la
posibilidad de solicitar protección internacional en todas las embajadas y consulados españolas, tal y como recogía la legislación anterior y se mantiene en el artículo 38 de la Ley 12/2009, y habilitar la concesión de visados humanitarios.


2. Y para ello, reglamentar de forma urgente la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria que lo prevé, facilitar las instrucciones necesarias para poder aplicar esta medida con carácter inmediato en tanto
se desarrolla el mismo.


3. Eliminar la exigencia del visado de tránsito por parte de España para aquellas personas que proceden de países en conflicto, especialmente Siria.


4. Agilizar la tramitación de los procedimientos de reunificación familiar y concesión de extensiones de asilo o autorizaciones de residencia por esta vía que garanticen los derechos básicos de las personas reagrupadas, incluido el derecho
a la salud. En la misma línea, flexibilizar los criterios para la reunificación familiar y la extensión de asilo.


5. Trabajar en la adopción de una política común de asilo y, mientras se desarrolla esta normativa, presionar a la UE para que derogue inmediatamente eI Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de
2013 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional



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presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida. Este reglamento, conocido como Reglamento Dublín II, prevé el regreso de una persona refugiada al país al que accedió por primera vez a la Unión
Europea desde otro país miembro de la UE e impide la libre circulación de estas personas.


6. Elaborar instrucciones cara a ampliar la aplicación de las disposiciones discrecionales recogidas en los artículos 16 y 17 del Reglamento de Dublín III, que permite a los Estados asumir la responsabilidad de estudiar cualquier solicitud
de protección, al margen de los criterios de reparto establecidos en el artículo 3, en especial por razones vinculadas al principio de unidad familiar y parentesco, o razones humanitarias.


7. Acordar un paquete de medidas en el seno de la Unión Europea para dar respuesta a las necesidades específicas de protección de la infancia migrante y refugiada, con objetivos concretos y medibles, y con los recursos adecuados para tal
fin. El interés superior del menor deberá ser la consideración primordial en la toma de todas las decisiones que puedan afectar a la infancia.


8. Crear un sistema permanente de reasentamiento y reubicación de personas refugiadas provenientes de otros países en España, y agilizar el proceso de reubicación ya aprobado por la Comisión Europea y con el que nuestro país se ha
comprometido.


9. Desplazar personal de los Ministerios competentes (Interior y Empleo y Seguridad Social) con formación específica en asilo y refugio a Grecia e Italia con el fin de explicar detalladamente en los centros de acogida a las personas
refugiadas cómo es el proceso de acogida en España y realizar procesos de acompañamiento a aquellas personas que deseen solicitar asilo en nuestro país.


10. En la misma línea, instar a la Unión Europea a modificar los criterios aplicados en la oferta de los programas de reubicación, permitiendo a las personas refugiadas elegir, al menos, el país de la Unión Europea en el que van a ser
reubicados, siempre que existan plazas disponibles.


11. Mejorar sustancialmente las condiciones de acogida de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) situados en Ceuta y Melilla y establecer por norma en 15 días el tiempo máximo de estancia en dichos centros, agilizando los
traslados a la Península.


12. Trabajar activamente a nivel internacional para que en el Consejo Europeo del próximo 18 de marzo no se ratifique el acuerdo propuesto entre Turquía y la UE por vulnerar el derecho internacional humanitario y violar el principio de no
devolución consagrado en la Convención de Ginebra ratificada por el Estado Español.


13. Mejorar sustancialmente el sistema de examen de las solicitudes de asilo estableciendo criterios más flexibles y reduciendo los tiempos de tramitación. En concreto, modificar la actual política de la Oficina de Asilo y Refugio por la
que se inadmiten las solicitudes de asilo de las mujeres víctimas de trata derivando sus casos a la aplicación del artículo 59 bis de la Ley de Extranjería, que condiciona la protección internacional a la colaboración de la víctima con las
autoridades en la desarticulación de la red de trata, lo que supone una clara vulneración de su derecho a la protección internacional y una puesta en peligro de su vida y su integridad física.


Asimismo, acabar con paralización del estudio de las solicitudes de determinadas nacionalidades, que, en principio, parecerían estar en necesidad de protección, en ocasiones apoyadas por posiciones y llamamientos del ACNUR, como son los
casos de Ucrania, Norte de Mali o Irak.


14. Modificar la Ley de Asilo 12/2009, que recoge diferentes procedimientos y causas de inadmisión/denegación para las solicitudes presentadas en CIE y frontera (art. 21), frente a las de territorio (art. 20) y asegurar que en ningún caso
la admisión a trámite se vea condicionada por el lugar en el que se presente la solicitud. Esto actualmente conlleva una considerable y menor admisión a trámite de las solicitudes presentadas en puestos fronterizos y CIE.


15. Promover una política exterior española y de la UE que, en un marco de coherencia de políticas, contribuya a atajar las distintas causas internas, regionales e internacionales que generan violaciones de derechos humanos en los países de
origen o tránsito. Una política exterior que no priorice los intereses geopolíticos, defensivos o económicos (comercio de armas, recursos naturales como el petróleo, el gas, los minerales, la pesca, etc.) sobre otros asuntos, y que ponga en el
centro la promoción de los derechos humanos, la equidad de género, la democracia, el desarrollo inclusivo y sostenible en esos países y la solidaridad entre los pueblos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Irene María Montero Gil, Portavoz Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre de los Diputados y Diputadas del Grupo Parlamentario Mixto: Joan Baldoví i Roda, Enric Bataller i Ruiz, Ignasi Candela Serna y Marta Sorlí Fresquet; y del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea: Àngela Ballester
Muñoz, Rita Bosaho Gori, José María Guijarro García, Rubén Martínez Dalmau y Rosana Pastor Muñoz, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre criterios para
la reforma del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto, para su debate en el Pleno, con la finalidad de establecer un concierto económico responsable entre el Estado y las CCAA que resuelva el
conflicto de financiación existente y garantice un consenso sobre las reformas necesarias para que mejore su eficacia en cuanto al cumplimiento efectivo de los principios de autonomía, solidaridad interterritorial y lealtad institucional.


Exposición de motivos


La Constitución Española de 1978 creó un nuevo nivel de gobierno, las Comunidades Autónomas, que con el paso de los años, han pasado a gestionar un volumen creciente del gasto público, incluyendo algunos de los servicios que más directamente
afectan al bienestar de la ciudadanía, como la sanidad, la educación y los servicios sociales; así como la gestión de una parte los ingresos públicos. El proceso de descentralización ha sido muy rápido en cuanto a la capacidad de gasto, mientras
que por el lado de la gestión de los ingresos el ritmo ha sido mucho más lento por las reticencias a aplicar el principio de responsabilidad fiscal que ha mostrado y muestra el Estado español.


El proceso de descentralización del Estado se inició con la aprobación de la Constitución de 1978. Tanto el artículo 2, que reconoce la autonomía de las nacionalidades y regiones, como el artículo 137, que establece que 'el Estado se
organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan, disfrutando todas estas entidades de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses' supusieron los pilares para la creación y
desarrollo del Estado de las Autonomías. Las directrices de funcionamiento de la hacienda autonómica se recogieron en los artículos 156, 157 y 158, pertenecientes al Título VIII de la Constitución, dedicado a la organización territorial del Estado,
y el articulo 148 del mismo Título donde se recogen las competencias que puede asumir una Comunidad Autónoma, así como el texto de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) aprobada en 1980. Esta normativa señala como
orientadores del sistema de financiación autonómico los principios de autonomía, suficiencia, solidaridad y coordinación.


En consecuencia, las comunidades autónomas deben tener capacidad para proveer de más y mejores servicios públicos, y para ello deben poder alterar el esfuerzo fiscal de la ciudadanía y soportar los posibles costes y beneficios electorales
que se puedan derivar de aumentar o reducir los impuestos. Por tanto, para poder cumplir con la premisa descrita es imprescindible que dispongan de poderes normativos sobre los tributos cedidos y de competencias en la gestión y administración de
los mismos. Un Estado descentralizado exige una Hacienda pública suficientemente descentralizada con autonomía tanto en el ámbito del gasto como de los ingresos públicos. No solo por coherencia política, también desde el punto de vista económico,
un sistema de financiación descentralizado que permita enfrentar los beneficios del gasto con los costes de su financiación es la única forma de ajustar la oferta de los servicios públicos a las preferencias de la ciudadanía y la base electoral.


El tráfico hacia un sistema con mayor autonomía tributaria y menor dependencia financiera de las transferencias del gobierno central debe incidir en una mayor responsabilidad de los gobiernos autonómicos. En la situación actual, las
comunidades autónomas disponen de recursos financieros y, sobre todo, de cierto poder normativo tributario para ser responsables ante sus ciudadanos y ciudadanas de las políticas que van desarrollando y de las que pretenden desarrollar. El
ejercicio que las comunidades han hecho de las competencias normativas atribuidas ha sido más bien escaso e irregular, por lo que la tendencia ha ido, como en el caso valenciano, hacia una disminución de la presión fiscal en los impuestos cedidos
directos (IRPF, Patrimonio e Impuesto de Sucesiones y Donaciones), a veces modificando las tarifas, aprobando deducciones y bonificaciones, así como la eliminación, como en el caso del Impuesto de Patrimonio, y en un incremento de la presión fiscal
en algunos impuestos cedidos indirectos (Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuestos sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y Tributos sobre el juego).



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En conclusión podemos decir que tanto con el sistema de 2001, como con el de 2009, se producen resultados arbitrarios ante la ausencia de un criterio explícito de nivelación fiscal, aunque con el último sistema se ha producido un proceso de
convergencia hacia la media y se ha reducido la desviación que presentaban las autonomías más desfavorecidas; así y todo, el pueblo valenciano ha recibido desde la entrada en vigor del Estado de las autonomías menos dinero por habitante que la
media de los españoles y españolas. Estas serían las consecuencias de los sucesivos modelos de financiación autonómicos, todo ellos lesivos para el País Valenciano desde todos los puntos de vista: solidaridad, autonomía financiera, suficiencia y
corresponsabilidad fiscal. En este balance tan negativo, ha tenido mucho que ver la escasa influencia que los diferentes responsables del Consell han tenido en la política española, y una sociedad civil poco exigente con los distintos gobiernos
autonómicos en general y con España en particular.


Por ejemplo, en el caso de la Comunidad Valenciana, tanto en PIB per cápita, como en productividad por ocupado y renta disponible per cápita, en los últimos años se observa un menor crecimiento de la economía valenciana con porcentajes de
variación inferiores a la media española. En el País Valenciano algunos economistas atribuyen este menor crecimiento a un exceso de aportaciones que viene realizando la economía valenciana al resto del Estado, de acuerdo con lo que se denomina
'déficit fiscal con el Estado español': o lo que es lo mismo, la creciente diferencia entre los impuestos y recursos que recaudan anualmente en Valencia el sector público central (Estado y Seguridad Social) y el gasto público que en Valencia recibe
del mismo.


Esta situación se ha convertido en una fuente de descapitalización de la economía, que está poniendo en peligro el estado del bienestar valenciano y el desarrollo de su economía.


Por lo tanto el método del beneficio no tiene en cuenta la capitalidad del Estado, así, contabiliza como gasto generado en todas las comunidades autónomas, partidas o conceptos que únicamente se destinan a Madrid, distorsionando por completo
los resultados obtenidos y, en especial, lo referente a la Comunidad de Madrid.


La segunda metodología es la del enfoque del flujo monetario, en función de que los ingresos tributarios se imputan al territorio donde se localiza la capacidad económica sometida a gravamen, que puede ser la renta, la riqueza o el consumo,
y los ingresos no tributarios al territorio donde tiene lugar el pago, mientras que los gastos en el caso de las operaciones de bienes y servicios (consumo final; consumo intermedio y formación bruta de capital) en el territorio donde tiene lugar
el gasto y, en el caso de las operaciones de distribución, en el territorio donde se efectúan los mismos (remuneración de asalariados, subvenciones, prestaciones sociales, transferencias corrientes y de capital).


Entrando a definir la propuesta que nos ocupa, el pueblo valenciano paga a España 23 mil millones de euros y recibimos 20 mil millones, según las estimaciones del Ministerio de Economía y aplicando el criterio del Beneficio, esto supone un
déficit de 3 mil millones de euros y del 3,62 % respecto de nuestro producto interior bruto (PIB). Utilizando la misma fuente, pero aplicando el criterio del flujo monetario, los valencianos y valencianas pagaríamos 24 mil millones de euros y
recibiríamos 19 mil millones, con un déficit de 5500 millones de euros y del 6,3 % respecto del PIB valenciano. Como se puede observar las diferencias aplicando uno u otro criterio son significativas.


El nuevo modelo de financiación para la Comunidad Valenciana debe corregir necesariamente las carencias, injusticias y prácticas discriminatorias que los valencianos y valencianas hemos sufrido en los últimos treinta años y que han sido
sobradamente explicadas en los diferentes estudios y trabajos que han encargado tanto la Generalitat como la sociedad civil valenciana al respecto. El resultado de los efectos que los diferentes modelos de financiación autonómica han tenido sobre
la economía valenciana y la viabilidad de su estado del bienestar también han sido objeto de estudio y los resultados han sido suficientemente concluyentes como para convocar a toda la sociedad valenciana en la reivindicación de un nuevo modelo de
financiación que ponga fin de una vez por todas a la actual situación.


En este sentido un nuevo modelo de financiación deberá corregir aspectos fundamentales que han informado durante este tiempo los diferentes modelos y que podríamos resumir en los siguientes: hay que acabar con la práctica del status quo a
la hora de asignar los recursos, hay que reconocer la población efectiva a financiar, se debe valorar el coste del estado de bienestar valenciano de forma y manera que sea un indicador de mínimos a la hora de establecer los recursos necesarios y se
debe tener en cuenta la renta per cápita de los valencianos y valencianas para establecer si deben ser aportantes o receptores netos de recursos del Estado. Sólo en la medida en que estas premisas básicas se cumplan podremos decir que el pueblo
valenciano dispone finalmente de una financiación justa.



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Por todo ello, los diputados y diputadas del Grupo Parlamentario Mixto: Joan Baldoví i Roda, Enric Bataller i Ruiz, Ignasi Candela Serna y Marta Sorlí Fresquet; y del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea: Àngela Ballester
Muñoz, Rita Bosaho Gori, José María Guijarro García, Rubén Martínez Dalmau y Rosana Pastor Muñoz presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que inicie los trabajos para la elaboración de un nuevo sistema de financiación autonómica consensuando con los demás grupos parlamentarios y las Comunidades y Ciudades autónomas basado en los siguientes criterios:


a) Criterio de equidad.


b) Criterio de solidaridad.


c) Criterio de corresponsabilidad.


d) Criterio de coordinación entre Administraciones.


e) Criterio de población.


2. Establecer un concierto económico responsable entre el Estado y las CCAA que resuelva el conflicto de financiación existente y garantice el consenso sobre las reformas necesarias para que mejore su eficacia en cuanto al cumplimiento
efectivo de los principios de autonomía, solidaridad interterritorial y lealtad institucional plasmados en la Constitución española.


3. El Gobierno rendirá cuentas ante el Congreso de los Diputados en el plazo de seis meses.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Enric Bataller i Ruiz, Ignasi Candela Serna, Marta Sorlí Fresquet, Rita Gertrudis Bosaho Gori, Txema Guijarro García, Rubén Martínez Dalmau y Rosana Pastor Muñoz, Diputados.-Joan
Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.-Ángela Ballester Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000148


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado don Ignasi Candela Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre AENA y las inversiones
en una red de transporte intermodal, para su debate en el Pleno de la Cámara.


Exposición de motivos


AENA es una de las piezas más valiosas de lo que queda del patrimonio público empresarial español. El Gobierno de España, mediante el Ministerio de Fomento, dio el visto bueno para la venta de un 49 % de las acciones de AENA, por lo que el
Gobierno mantiene el control del Consejo de Administración de la compañía con más del 51 % de las acciones.


Más del 95 % de las acciones fueron adjudicadas a grandes inversores, reservando únicamente un 5 % de acciones para accionistas minoritarios (particulares y empleados). La demanda dentro de este último tramo minorista quintuplicó la oferta
existente.


A estos inversores se les prometió que, anualmente, les darían un dividendo por acción equivalente al 50 % de los beneficios. La salida a bolsa se produjo el 11 de febrero de 2015, con un precio de 58 euros por acción.


En cuanto a la intermodalidad ferroviaria, la red de aeropuertos de AENA presenta graves carencias. Si bien algunos aeropuertos cuentan con conexiones ferroviarias de cercanías o metro, las conexiones con la red ferroviaria de medio/largo
recorrido son inexistentes en España.


Especialmente grave es la situación del Aeropuerto de Alacant-Elx, que recibió la peor puntuación en el estudio de INECA sobre la intermodalidad en 20 aeropuertos del Mediterráneo.



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Actualmente, AENA cotiza en el mercado continuo a un precio de 105,8 euros (a 1 de marzo de 2016), lo que representa una revalorización del 82,4 % en poco más de un año. Durante el mismo periodo, el IBEX-35 ha perdido un 18,4 % de su valor,
lo que indica que, en un contexto muy volátil en los mercados y de tendencia bajista, las acciones de AENA se han convertido en un valor seguro.


De hecho, pese a la fuerte revalorización que han tenido los títulos de AENA, la recomendación de los analistas continua siendo de compra, con una previsión de aumento de un 12-14 % sobre el precio actual.


Los resultados de 2015 han sido muy positivos para AENA, con unos beneficios de 320 millones de euros, de los cuales 160 millones irán a parar a manos de los inversores privados, en virtud del compromiso adquirido por la compañía.


Se repite, por tanto, la misma historia de la corriente privatizadora que empezó a mediados de los 80', repartiendo activos públicos rentables entre grandes grupos inversores nacionales y extranjeros.


Mientras tanto, los inversores minoristas en la OPV se quedaron marginados con el otorgamiento de un tramo muy reducido de las acciones.


El compromiso del Gobierno de dar un dividendo del 50 % ,sobre los beneficios puede comprometer una política de inversiones efectiva dirigida a hacer más competitiva a la compañía, haciendo inviables posibles inversiones en sistemas
intermodales de transportes.


Por todo lo expuesto, don Ignasi Candela, Diputado de Compromís, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Cambiar el rumbo en la política de dividendos de AENA, reduciendo drásticamente le porcentaje de los beneficios a repartir entre los accionistas.


2. Aprovechar las buenas perspectivas que tiene actualmente AENA para dedicar una parte sustancial de los beneficios a inversiones destinadas a mejorar la intermodalidad ferroviaria de la red de aeropuertos de AENA.


3. Empezar la mejora de la intermodalidad por el aeropuerto de Alacant-Elx, el peor conectado de la red, con un proyecto que considere la conexión tanto con los cercanías como con la red de media/larga distancia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000151


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para abordar con
carácter urgente la reforma de la legislación de partidos políticos, refundiendo las actualmente vigentes Ley 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos en una
sola Ley de Partidos, en desarrollo, garantía y afianzamiento de la democracia en su estructura interna y en su funcionamiento y para el establecimiento de un modelo de financiación vinculado a este principio y a los de transparencia y control
riguroso de las cuentas de las organizaciones políticas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución española, en su artículo 6, atribuye a los partidos políticos las funciones de expresar el pluralismo político, concurrir a la formación y manifestación de la voluntad popular y ser instrumento fundamental para la
participación política. Esta fórmula recoge acertadamente la posición y funcionalidad que en un sistema democrático representativo corresponde desempeñar a los partidos políticos, que se concretan en las muy diversas facultades que el ordenamiento
jurídico les atribuye conforme a su relevancia constitucional.



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En correspondencia con su naturaleza de instituciones a través de las cuales se garantiza el pluralismo político y la formación y manifestación de la voluntad popular, este precepto enuncia el principio de constitucionalidad de los partidos,
que queda prefigurado, desde el punto de vista interno, en la exigencia de que tanto 'su estructura' como su 'funcionamiento' deberán ser democráticos y, desde el punto de vista externo, en la sujeción a la Constitución, expresada por su ineludible
respeto a la misma, complementado obviamente con el principio de legalidad que también manifiesta, según el tenor del precepto constitucional, el exigido respeto a la ley.


Sin embargo, estos principios vienen siendo desatendidos, cuestionados o adulterados significativamente en la práctica, en una u otra medida, por algunas formaciones políticas en tanto que mantienen una deficiente organización interna desde
una perspectiva democrática, que se manifiesta en la opacidad con la que seleccionan a sus dirigentes y adoptan sus decisiones o por conculcar derechos de sus afiliados y, en particular, la libertad de expresión. De otro lado, además, es notoria la
sucesión de noticias que vienen implicando sin solución de continuidad hasta el presente a determinados partidos políticos en tramas corruptas e ilegales para su financiación por la facilidad con la que algunos de sus gestores se enriquecen en el
ejercicio de su responsabilidad o por el desvío de fondos públicos y privados a actividades no concordes con la función que les viene encomendada por nuestra norma fundamental.


Desde ambas perspectivas, por tanto, resulta por completo necesaria una reforma de la legislación de partidos que, para su mayor eficacia, debería estar contenida, como desarrollo constitucional, en un solo cuerpo normativo sistemático.
Esta nueva legislación orgánica unitaria de partidos políticos debe estar dirigida a potenciar su democracia interna y a garantizar la transparencia económica y el adecuado y riguroso control de sus cuentas.


Democracia interna.


Si bien la vigente Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos, ha supuesto una evidente mejora respecto de la regulación anteriormente contenida en la Ley 54/1978 si tomamos como referencia el principio de constitucionalidad desde la
perspectiva externa (libertad de creación y de actuación 'dentro del respeto a la Constitución y a la ley'), en tanto que regula con suficiente detalle las conductas en la actuación de los partidos que serían sancionables, así como el procedimiento
y los efectos de su disolución, no ocurre lo mismo con el desarrollo del principio de constitucionalidad de los partidos desde la perspectiva interna, esto es, la exigencia de que tanto su estructura como su funcionamiento deberán ser democráticos.


Con independencia de la necesidad de observar el respeto a la amplia esfera de libertad de autoorganización que obviamente debe quedar a los partidos en el marco constitucional y que es propia del desarrollo de sus correspondientes
estatutos, llama la atención el carácter tan limitado y en exceso genérico y esquemático con el que la mencionada ley aborda los elementos vinculantes para que su estructura y funcionamiento sean democráticos. Si la democracia es participación y
garantía de los derechos, competición y control, estos elementos deben también estar presentes y ser garantizados con suficiencia en la vida interna de los partidos, en tanto que de ellos va a depender la configuración y ejercicio del poder político
democrático, al proyectarse con su actuación sobre el conjunto de las instituciones democráticas, sea de manera inmediata o mediata. En este sentido son fácilmente determinables otros muchos criterios y elementos no tenidos en cuenta en la
legislación vigente que podrían abundar en una mayor democratización y, por tanto, en un mejor desarrollo y observancia del principio constitucional y una mayor adecuación a lo que tanto el paradigma constitucional democrático como la ciudadanía
están demandando de ellos.


Fundamentalmente se trata de introducir en el sistema nuevos elementos y nuevas prácticas de calidad democrática, como la celebración de primarias, la limitación de mandatos o la paridad en las listas electorales, entre otros aspectos.


Financiación, transparencia económica y rendición de cuentas.


Uno de los factores determinantes de los episodios de corrupción habidos en España está sin duda relacionado precisamente con la financiación de los partidos y la inoperancia del sistema de control de sus ingresos y gastos. El conocimiento
de la alarmante escala de corrupción al que estamos asistiendo está produciendo altos índices de desafección ciudadana respecto al sistema democrático y sus instituciones, lo que aconseja intervenir con urgencia y con intensidad en estos aspectos.


Reformar el sistema de financiación de los partidos políticos en España y el control y fiscalización de sus cuentas, a la vista de las prácticas de algunos partidos y de las fallas de efectividad de la normativa



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de desarrollo (primero la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, y después la vigente Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, además de determinados preceptos de la legislación electoral), resulta una tarea ineludible, sobre todo -pero no
exclusivamente- en lo relativo al refuerzo de los mecanismos de control.


La financiación que los partidos reciben del Estado debe estar vinculada no solo al número de votos recibidos y a los escaños obtenidos con ellos sino también a la calidad de su democracia interna en los términos antes expuestos. De otro
lado, todos los ingresos públicos y privados deben estar detallados con la necesaria precisión, detalle y desglose de las aportaciones de donantes, afiliados y cargos públicos. De igual manera deben contemplarse los gastos, detallando expresamente
y con el debido rigor las retribuciones a responsables internos y a empleados, así corno los gastos externos y de funcionamiento.


Por lo que se refiere al control y fiscalización, deberían reformarse los mecanismos en un sentido que, en contraste con la parquedad del capítulo IV de nuestra Ley Orgánica de Partidos Políticos, tome inspiración en modelos más rigurosos y
eficaces como, por ejemplo, en el modelo establecido en la legislación alemana de partidos, con reglas claras, detalladas y exigentes que permitan una transparente rendición pública de cuentas de estas organizaciones políticas. Tiene particular
interés que no se deje solo en manos de los partidos prever un sistema de control interno, como hace nuestra ley, sino que se establezca imperativamente cómo debe procederse para llevar a cabo el control público de cuentas, regulándose al detalle la
forma en la que éstas deben realizarse, los ítems que deben contener para homogeneizar y clarificar el control, permitiendo la comparación, y, entre otros aspectos, sobre todo, un proceso de verificación estricto para la determinación de los
recursos públicos que el partido tiene derecho a percibir. Son, por tanto, necesarias normas más precisas que las existentes, con procedimientos de publicidad y transparencia, control y rendición de cuentas tanto internos como externos, además de
mejorar los elementos del control a realizar por el Tribunal de Cuentas. Homogeneizar y reforzar los procedimientos de control es la única garantía de que la financiación de los partidos dejará de ser un problema de la magnitud que ha alcanzado en
España.


Con esta regulación y las medidas apuntadas perseguimos el objetivo de conseguir que los partidos políticos aumenten la calidad democrática de su estructura y funcionamiento internos, dotando de realidad y efectividad a la relación entre
representantes y representados, combatiendo así también la desafección de la ciudadanía. No en vano las funciones de los partidos que se mencionan en el artículo 6 de la Constitución podrían resumirse en aquella que es el punto nodal de las demás
menciones que describen a los partidos, cual es la de 'concurrir a la formación y manifestación de la voluntad popular'. Pero la voluntad popular no solo se expresa a través de los partidos mediante el mecanismo electoral-representativo sino que
también se construye en la vida interna de los mismos y en la interacción entre ellos. Por estas razones los partidos se convierten en un elemento esencial y vertebrados del Estado democrático y la calidad con la que funcionen y se construya su
interposición y mediación entre la Sociedad y el Estado determinará (junto con otros factores, como especialmente el sistema electoral que se adopte) la del propio sistema político en su conjunto.


Otro gran objetivo es que los partidos políticos estén mejor inmunizados frente a la corrupción, teniendo presente que la reforma de la financiación de los partidos no solo es un medio para la prevención de la corrupción, sino que debe
servir también para la reconstrucción del vínculo de identificación y de confianza entre la ciudadanía y los partidos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que en un plazo no mayor a tres meses elabore y remita a esta Cámara para su tramitación un proyecto de Ley Orgánica de Partidos Políticos que recoja de manera integrada toda la normativa
en materia de partidos políticos, refundiendo la actual ley de partidos y la de financiación en una sola Ley, con los objetivos de desarrollar y garantizar los principios de democracia en su estructura interna y en su funcionamiento y establecer un
modelo de financiación vinculado a este principio y a los de transparencia y control riguroso de las cuentas de las organizaciones políticas.


2. El proyecto deberá contemplar, entre otros, los siguientes aspectos relacionados con la democracia interna de los partidos:


- Mayor participación de los afiliados en la elección directa de cargos orgánicos.


- Selección de las candidaturas a la presidencia de los gobiernos nacional y autonómicos y a determinadas corporaciones locales mediante sufragio directo y secreto de los afiliados y, en su caso, simpatizantes.


- Existencia de órganos internos de garantía y control plenamente independientes.



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3. Respecto de la transparencia económica, el proyecto debe:


- Vincular la financiación estatal a los resultados electorales y a la democracia interna de los partidos, en los términos que la ley establezca.


- Establecer incentivos fiscales regresivos para las aportaciones privadas a los partidos.


- Regular las microdonaciones a través de Internet.


4. Sobre rendición de cuentas y fiscalización, el proyecto deberá:


- Dotar de transparencia a todos los ingresos públicos y privados detallándose las aportaciones y los gastos (en particular, las retribuciones a cargos internos y empleados).


- Establecer la obligación de realizar una auditoría externa anual.


- Regular la responsabilidad patrimonial los partidos que se hayan financiado ilegalmente a través de actos de corrupción de sus cargos públicos u orgánicos.


- Fijar un techo de gasto a los partidos políticos.


- Establecer la obligación de publicar la liquidación de gastos e ingresos electorales.


- Reforzar la potestad sancionadora y fiscalizadora del Tribunal de Cuentas para auditar en tiempo real las cuentas de los partidos políticos. Informar trimestralmente al Tribunal de Cuentas de todas las aportaciones privadas y de los
créditos contratados y renegociados. El Tribunal de Cuentas publicará las donaciones superiores a 200 euros anuales y retendrá toda subvención pública a los partidos que no le hayan remitido sus cuentas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Gregorio Cámara Villar, Diputado.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000152


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación
en Pleno, relativa a la reducción de tasas universitarias.


Exposición de motivos


La educación pública y el acceso a la instrucción superior es, sin duda, uno de los principales instrumentos democráticos con los que cuenta nuestro país, pues contribuye a corregir las desigualdades y alcanzar mayores cotas de progreso.


La subida de las tasas universitarias, por el contrario, dificulta la consecución de este objetivo, convirtiendo la educación superior en un privilegio y obligando a muchos estudiantes a dejar de serlo por razones socioeconómicas.


El Real Decreto-Ley 14/2012, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, ha supuesto un importante aumento de las tasas universitarias. Si hasta entonces los estudiantes pagaban alrededor del 15 % del
coste real de la enseñanza con el pago de sus matrículas, este decreto abrió la puerta a que las Comunidades Autónomas elevaran el coste de las primeras matrículas hasta un 25 %, y el de las segundas y terceras matrículas hasta un 40 % y 75 %
respectivamente.


De este modo, desde 2012, el precio de cursar una carrera en España se ha elevado una media de 800 euros, según los datos del propio Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En efecto, el precio medio de estudiar un grado de cuatro años
ha pasado de los 3.648 euros en 2011 a los 4.400 euros actuales, mientras que los másteres no habilitantes se han encarecido un 46 %. El Consejo de Gobierno de la UAM manifestaba, en este sentido, que el aumento de las tasas 'ya vulnera la igualdad
de oportunidades para el acceso y desarrollo de los estudios universitarios'.


El sindicato CC.OO. alertaba hace unos meses de que más de 77.000 estudiantes han abandonado la universidad o han renunciado a matricularse desde la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 14/2012. A partir de los datos del
Ministerio de Educación se puede apreciar dicha evolución: así, en el



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curso 2011/2012 se matricularon 1,37 millones de alumnos en las universidades públicas y desde entonces la cifra ha ido reduciéndose; 1,34 millones en el curso 2012/2013 y 1,32 millones en el curso 2013/2014.


A raíz del Real Decreto Legislativo 14/2012, España se ha convertido en el sexto país europeo donde los precios máximos de grado son más caros. Esta realidad, unida a la reducción de la cuantía becas durante la última legislatura, ha minado
la igualdad de oportunidades en el acceso a la universidad pública.


Este decreto, además, ha producido una importante brecha entre comunidades autónomas, hasta el punto de que la misma carrera cueste 5.000 euros más en Cataluña que en Galicia. Lo que supone, en último término, una importante pérdida de la
cohesión social y territorial en nuestro país.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Derogar el Real Decreto-Ley 14/2012, devolviendo los precios de grados y másteres a los niveles previos a 2012.


2. Garantizar el acceso a la educación superior como un derecho al alcance de toda la sociedad, articulando los mecanismos legales para que nadie pueda quedar excluido por razones económicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de marzo de 2016.-Irene María Montero Gil, lone Belarra Urteaga, Juan Manuel del Olmo lbáñez, Joan Miquel Mena Arca, Rosa Ana Alonso Clusa, Javier Sánchez Serna, María Belén Guerra Mansito y David
Bruzos Higuero, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000154


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación
en Pleno, relativa al reconocimiento de la gratuidad del primer ciclo de la Educación Infantil.


Exposición de motivos


La primera infancia resulta una etapa determinante para el desarrollo integral de los niños y niñas. Entre los cero y los tres años se sientan las bases del aprendizaje que permiten desarrollar todas nuestras habilidades y potencialidades
como personas adultas.


Disciplinas académicas como la psicología evolutiva y la pedagogía han obtenido numerosas evidencias científicas que respaldan la importancia de la escolarización desde edades tempranas. Además de los numerosos beneficios en aspectos clave
como la socialización y el desarrollo afectivo, la educación cero-tres contribuye a la detección e intervención precoz ante trastornos del desarrollo, dificultades de aprendizaje, condiciones personales de discapacidad... que pueden experimentar
los niños y niñas a esas edades.


El Informe Early Childhood Education and Care in Europe: Tackling Social and Cultural Inequalities, de la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural de la Comisión Europea, publicado en 2008, ya traslucía la
permeabilidad de las instituciones europeas a buena parte de estas evidencias:


'La educación infantil puede contribuir de forma decisiva a luchar contra las desigualdades educativas, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Los programas de intervención más eficaces son los que aúnan una educación intensiva,
temprana, centrada en el niño y desarrollada en centros educativos, así como un serio compromiso y formación por parte de los padres, junto con una programación de actividades educativas en el hogar y medidas de apoyo familiar'.


La educación infantil se presenta explícitamente 'como un medio eficaz para establecer las bases del aprendizaje posterior, prevenir el abandono escolar, favorecer la equidad en los resultados e incrementar los niveles generales de
competencia'.



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En esta línea, el Estado español apostó en el año 2008 por invertir en la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil a través del Plan Educa 3. Este programa obtuvo resultados muy satisfactorios, pasando de 199.341 alumnas y
alumnos matriculados en el curso 2004/2005 a 440.593 en el curso 2014/2015. Pese a los buenos resultados, el programa finalizó en 2012 y no han vuelto a invertirse recursos para ampliar la oferta de plazas para el ciclo de 0 a 3 años.


En la actualidad se ha alcanzado un buen nivel de concienciación en la población general respecto a los beneficios de esta opción educativa en esta etapa del desarrollo, al tratarse de una etapa que no tiene carácter obligatorio. Sin
embargo, las principales dificultades para las familias son principalmente la falta de plazas públicas que aseguren la escolarización gratuita de los niños y niñas de cero a tres años. Así, nos encontramos ante una situación en la que sólo las
familias que cuentan con recursos económicos suficientes pueden escolarizar a sus hijos e hijas en centros privados, ante la escasa oferta pública de las administraciones educativas.


Un dato que apoya esta tesis lo encontramos en el aumento del 9,2 % de excedencias por cuidados familiares que se produjo en el año 2014 en relación al año anterior, según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tras tres años
consecutivos de bajadas. Si se analizan en profundidad estos datos, contrasta el número de mujeres solicitantes de estos permisos (7.834) frente al de hombres (637), lo cual resulta altamente preocupante en cuanto supone un retroceso en la igualdad
entre hombres y mujeres.


Por otra parte, es una asignatura pendiente para las administraciones el reconocimiento de la etapa 0-3 como una etapa plenamente educativa, como solicitan diversas entidades y asociaciones de la comunidad educativa. Dicho reconocimiento
implicaría que sus profesionales pasen a depender exclusivamente de las Administraciones Educativas, así como aprobar un currículo regulado por normativa estatal, de carácter global, integral, laico, participativo e inclusivo que esté centrado en
los derechos y necesidades de los niños y niñas.


Asimismo, es fundamental que los ratios en esta etapa se ajusten también a dichas necesidades y, en ese sentido, seria recomendable que se aplicaran los siguientes criterios:


- 1 adulto para 4 niños/as menores de 12 meses.


- 1 adulto para 6 niños/as de 12 a 23 meses.


- 1 adulto para 8 niño/as de 24 a 35 meses.


- 1 adulto para 15 niños/as 36 a 72 meses


En línea con la convicción de que la etapa 0-3 es una etapa en la que es posible compensar desigualdades sociales y acompañar adecuadamente el desarrollo y aprendizaje de niños y niñas, es necesario que exista un cuerpo único de
profesores/as en el que se incluyan los y las docentes de dicha etapa.


Por su parte, la educación pública, gratuita y de calidad en la etapa 0-3 es fundamental para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en nuestro país. Como revela la Encuesta de Población Activa, la mayor tasa de exclusión o
precariedad laboral de las mujeres respecto a los hombres empieza, principalmente, cuando las mujeres tienen hijos. Es en este momento cuando, como madres, se pone sobre ellas la responsabilidad de la crianza que, en ausencia de suficientes
servicios de educación infantil (la red de escuelas infantiles, públicas y privadas, sólo se cubre al 31 % de los niños de 0 a 3 años) y la carestía de sus precios (540 euros al mes de media en el caso de las privadas) se vuelve demasiadas veces
incompatible con el trabajo o con una jornada laboral a tiempo completo.


Es así que las mujeres sufren en nuestro país mayor desempleo (3 puntos), mayor inactividad laboral (12 puntos) y mayor presencia en el empleo a tiempo parcial (72 %). Una brecha salarial del 19 %, 3 puntos superior a la medía europea y
que, a la larga, se convierte en una brecha en las pensiones que actualmente alcanza un 34 %. Esta situación no es sólo contraria a la Constitución en su artículo 35 sino que supone un desperdicio de capital productivo cualificado cuando, aunque
son las mujeres quienes concentran el 59 % de las titulaciones académicas y, además, con 10 puntos más de rendimiento académico, están un 14 % menos en el empleo cualificado. Un despilfarro de inversión en capital humano toda vez que cada
universitario le cuesta al Estado 9000 euros por año.


Como afirma el Instituto Nacional de Estadística, 'la educación preescolar facilita la conciliación entre vida laboral y familiar'. Especialmente si es pública: los precios de la educación infantil privada (que suponen el 47 % de la red de
escuelas infantiles) ascienden, de media, a los 540 euros al mes. Es así que la principal razón alegada por las madres que abandonan el trabajo o la jornada completa por el cuidado de hijos es la carestía de tales servicios.



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Mantener esta situación, con servicios de educación infantil escasos en su oferta de plazas e inaccesibles en sus precios imposibilita la consecución de los objetivos de igualdad entre hombres y mujeres de la Estrategia Europa 2020.
Paralelamente a la discriminación y perjuicio económico de las mujeres que eligen ser madres, esta situación de conflicto entre la crianza de los hijos y la independencia económica de las mujeres puede ser un factor que explique que otras mujeres en
edad fértil elijan no ser madres y la tasa de natalidad en España esté resultando de las más baja de la UE (1.3), muy por debajo de la tasa de reposición demográfica (2.1). Un fenómeno que enfrenta a una inversión de la pirámide poblacional y
consiguiente puesta en riesgo del sistema de pensiones.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reformar el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de manera que se reconozca la gratuidad del primer ciclo de la Educación Infantil y se disponga el deber de las Administraciones educativas de garantizar una
oferta suficiente de plazas en centros públicos.


2. Regular desde la Administración General del Estado el primer ciclo de la Educación Infantil, para lo cual se realizarán las modificaciones legislativas pertinentes, desarrollando el correspondiente Real Decreto por el que se establezcan
las enseñanzas mínimas del primer ciclo de Educación Infantil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de febrero de 2016.-Irene María Montero Gil, lone Belarra Urteaga, Juan Manuel del Olmo Ibáñez, Joan Miquel Mena Arca, Rosa Ana Alonso Clusa, Javier Sánchez Serna, María Belén Guerra Mansito, David
Bruzos Higuero, Rita Gertrudis Bosaho Gori, Nayua Miriam Alba Goveli y Noelia Vera Ruiz-Herrera, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000155


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, Diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento, presentan la
siguiente Proposición no de Ley sobre la valoración de discapacidad para las personas con enfermedades neurodegenerativas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El abordaje de las enfermedades neurodegenerativas y sus consecuencias constituyen uno de los grandes retos a los que nos enfrentamos como sociedad.


Las enfermedades neurodegenerativas tienen como atributo común el curso progresivo de sus síntomas, reflejo del daño paulatino de una parte o partes del sistema nervioso. Todas ellas presentan algunas características clínicas comunes, en
cuanto que su inicio es insidioso y su curso crónico y progresivo.


El pasado martes, se presentaban en Madrid los resultados de un informe que acaba de presentar la Alianza Española de Enfermedades Neurodegenerativas (Neuroalianza), junto con la Universidad Complutense de Madrid (UCM), en el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Dicho informe ha analizado los contextos de las más de 1.150.000 familias afectadas que engloban Neuroalianza, constituida por cinco asociaciones de pacientes con Alzheimer y otras demencias, Parkinson,
esclerosis múltiple, las enfermedades neuromusculares o ELA (esclerosis lateral amiotrófica), que no son las únicas, pero sí las más numerosas y las que más costes provocan y más recursos necesitan.


Según datos estimados en el Informe, la prevalencia de afectados a nivel mundial por enfermedades neurodegenerativas es de 64.074.000 personas afectadas y a nivel europeo de 8.559.462 personas afectadas. En España, la prevalencia de
afectados sería de 988.000 personas afectadas con un coste total medio de 23.345 euros por afectado y año.



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Además, el escenario en el que se plantea este desafío es complejo. 'Por un lado existe una combinación de factores sociológicos y técnicos (incremento de la esperanza de vida, incremento de la población, envejecimiento creciente de esa
población, mayor dificultad de avances científico-técnicos, previsible cronificación de las enfermedades). Por otro, hay que tener también en cuenta los factores socio-económicos (tasa de paro elevada y sostenida, incremento de la precariedad
laboral, empobrecimiento de las clases medias, incremento de los costes sanitarios y debilitamiento de la inversión social y sanitaria públicas)', como cita el informe.


Las personas con discapacidad por enfermedades neurodegenerativas, no responden al patrón de otras discapacidades de modo que en muchas ocasiones se dan claras situaciones de desprotección social. Así, en los supuestos en los que el
afectado no alcanza un grado de discapacidad mínimo, el sistema no le ampara sino hasta que el grado de deterioro físico es muy importante, habiéndole privado del acceso a servicios básicos y recursos imprescindibles para prevenir o paliar efectos
de este tipo de enfermedades.


Por todo ello, se propone la presente


Proposición no de Ley


'En virtud de la cual el Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Aprobar a la mayor brevedad posible la Estrategia Nacional de Enfermedades Neurodegenerativas.


2. Modificar el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en concreto el punto 22 del capítulo 1 ''Normas generales'' del anexo I donde establece
''El diagnóstico de la enfermedad no es un criterio de valoración en sí mismo. Las pautas de valoración de la discapacidad que se establecen en los capítulos siguientes están basados en la severidad de las consecuencias de la enfermedad, cualquiera
que ésta sea'', en el sentido de que el diagnóstico de la enfermedad sí sea un criterio de valoración en sí mismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de marzo de 2016.-Íñigo Jesús Alli Martínez y Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputados.-Joan Baldoví Roda, Portavoz Grupo Parlamentario Mixto.


162/000157


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para garantizar un Sistema de Información de Servicios Sociales, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Avanzar en la construcción de nuestro estado de bienestar pasa por consolidar su cuarto pilar: un sistema público de servicios sociales que ofrezca un conjunto de servicios para atender aquellas situaciones que se identifiquen como
prioritarias. Para ello es fundamental reforzar y consolidad el sistema, incluyendo los mecanismos de transparencia e información que hagan posible su planificación, su seguimiento y, en definitiva, su buen funcionamiento.


El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad carece de un Sistema de Información de Servicios Sociales que ofrezca información de alcance público, fiable y actualizado.


En la actualidad, es inadmisible la falta de datos en aspectos importantes del sistema como plazas de acogida para mujeres víctimas de violencia de género, plazas en centros y servicios para personas con discapacidad, y el retraso en otros,
como es el caso de los centros y servicios para personas mayores de 65 años, o las estadísticas del Plan Concertado, cuyos datos más recientes a comienzos de 2016, corresponden al año 2012.


Sin datos fiables y actualizados, se está vulnerando el derecho a la información de la ciudadanía, e incumpliendo todos los compromisos de trasparencia en la acción de gobierno. Al mismo tiempo, es una limitación importante para planificar
con racionalidad el Sistema.



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Es necesario que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad articule un sistema de información en materia de servicios sociales que permita conocer sus principales parámetros y de manera actualizada.


Hay que destacar el déficit democrático y de racionalidad que supone que en pleno siglo XXI, un país miembro de la Unión Europea no sea capaz de ofrecer información estadística fiable y actualizada sobre sus servicios sociales, como venimos
pidiendo las fuerzas políticas y las organizaciones sociales en los últimos años.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias, a articular, de manera urgente, un Sistema de Información de Servicios Sociales que ofrezca información de
alcance público, fiable y actualizado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de marzo de 2016.-María Soledad Pérez Domínguez y María Guadalupe Martín González, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz Grupo Parlamentario Socialista.


162/000158


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación
en Pleno, relativa a los delitos de fraude fiscal y el fraude de subvenciones, desgravaciones o ayudas de las Administraciones Públicas.


Exposición de motivos


El fraude fiscal priva al Estado de un volumen de ingresos estimado en 60.000 millones de euros anuales, lo que supone que alrededor de la quinta parte del PIB escapa al control de la Agencia Tributaria cada año. Desde el inicio de la
recesión económica, la economía sumergida ha aumentado en enormes proporciones y la Hacienda Pública ha perdido en torno a un 13 % de ingresos. Al mismo tiempo, los progresivos recortes en el Gasto Público han tenido un tremendo impacto negativo en
los derechos sociales de los ciudadanos y las ciudadanas de nuestro país, hasta situar a España a la cabeza de los países con más desigualdad de la Unión Europea.


Como consecuencia de las políticas de austeridad, hoy el 29,2 % de la población de nuestro país vive en riesgo de pobreza y/o exclusión social. Y de este total, 3,2 millones viven en situación de pobreza grave.


Mientras en nuestro país se acrecienta la desigualdad motivada por los recortes, las rentas altas acumulan el 72 % del fraude fiscal total.


En el contexto actual, la lucha contra el fraude fiscal se revela más necesaria que nunca, puesto que los ingresos adicionales recaudados podrían destinarse a servicios públicos.


El deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante el sistema tributario constituye, además, una obligación consagrada por el artículo 31 de nuestra Constitución.


Por tratarse de un deber constitucional y por las terribles consecuencias que acarrea para el bienestar social, la efusión tributaria es una conducta altamente reprochable, que el Estado debería perseguir y castigar firmemente.


El Código Penal tutela los valores y principios básicos de la convivencia social, según su propia exposición de motivos, y su contenido ha de ser ajustado a los cambios, nuevas situaciones y necesidades. El fraude fiscal constituye una
conducta reprobable por la sociedad, así como una de las mayores preocupaciones de nuestra ciudadanía, y el 65 % de la población española sostiene que el Estado no hace un esfuerzo suficiente para evitar el fraude.


No parece por tanto razonable, en este contexto, que la defraudación a la Hacienda Pública sólo sea constitutiva de delito a partir de una cuantía del fraude superior a los 120.000 euros, más aún, cuando el



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fraude a la Seguridad Social o los delitos contra la Hacienda de la Unión Europea constituyen conducta delictiva a partir de una cuantía del fraude superior a los 50.000 euros.


La magnitud del problema del fraude fiscal hace necesaria, por una parte y en el ámbito gubernativo, conocer los datos del número de delitos fiscales denunciados en 2015 por la AEAT y la deuda media descubierta en cada Inspección, datos que
no se han incluido en el Plan de Control Tributario para 2016; y en el ámbito legislativo, una profunda revisión de la totalidad de los tipos de los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, regulados en el Título XIV del Código
Penal, así como una mayor aportación de recursos para combatirlo. Dicha revisión debe tomar, como punto de partida, la homogeneización de los tipos del fraude fiscal y el fraude de subvenciones, desgravaciones o ayudas de las Administraciones
Públicas, para rebajar el umbral de los mismos, unificándolo así con el nivel que ya rige para el fraude a la Seguridad Social o los delitos contra la Hacienda de la Unión Europea.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Publicar los datos del número de delitos fiscales denunciados en 2015 y la deuda media descubierta en cada Inspección, datos que no se han incluido en el Plan de Control Tributario para 2016; y a iniciar los trámites para presentar un
proyecto de ley que dé nueva redacción a los artículos 305 y 308 del Código Penal, para rebajar la cuantía de la defraudación constitutiva de delito a 50.000 euros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2016.-Sara Carreño Valero, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación
en Pleno, relativa a la suspensión de la aplicación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Exposición de motivos


La Ley 41/2005, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, que entró en vigor el pasado día 6 de diciembre de 2015
introdujo en su artículo único, apartado 6, una modificación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, limitando la duración de la fase de instrucción de los procesos. Estableció un plazo general de seis meses y uno excepcional de
dieciocho meses para las investigaciones expresamente declaradas complejas. Se trata de una pretendida norma general con numerosas excepciones, y con un complicado régimen jurídico que hasta La Fiscal General del Estado en su Circular 5/2015 sobre
los plazos máximos de la fase de instrucción, afirma que 'plantea zonas de penumbra'.


Nos encontramos una vez más con uno de esos supuestos en que el legislador declara perseguir un objetivo, siempre loable, que es el que expresa formalmente en el preámbulo de la disposición. Pero materialmente el efecto que se consigue es
otro, al aplicarse la ley en el mundo real, en este caso en las circunstancias en que se desarrolla el servicio público de la administración de justicia y la labor del poder judicial en nuestro país.


Efectivamente, según el preámbulo de la disposición, la limitación temporal de la instrucción judicial tiene como objetivo, formalmente, superar el inoperante plazo de un mes anteriormente previsto, que en la práctica nunca se respetaba,
sustituyéndolo por plazos más realistas derivados, según se dice, de estudios estadísticos judiciales y fiscales, que en la práctica conducen a una mayor inseguridad jurídica y abren indeseables espacios de impunidad. También se afirma que la
reforma legal acometida mediante la Ley 41/2005 contempla medidas de sencilla implantación que permiten evitar dilaciones innecesarias y que no producen merma alguna en los derechos de las partes.



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Quizá el legislador de entonces ignorara la infradotación de medios materiales y personales en la inmensa mayoría de los Juzgados encargados de la instrucción en todo el territorio nacional, pese a que se pone de manifiesto reiteradamente en
las Memorias anuales que el CGPJ y la Fiscalía publican y remiten al Congreso de los Diputados. Pese a ello, la propia Ley 41/2015 en su disposición adicional única prevé que las medidas no podrán suponer incremento de dotaciones ni de gastos de
personal.


Acortar los plazos de investigación sin incrementar los medios, en la situación real de la administración de justicia, en la práctica equivale a introducir serias dificultades para que la investigación de delitos se complete en los plazos
previstos. Ello tendrá especial incidencia en las instrucciones más complejas, como suelen ser las de los grandes delitos patrimoniales, de defraudación y de corrupción, y la criminalidad organizada. La ciudadanía puede legítimamente pensar qué
habría sido de los grandes casos de presunta corrupción que se investigan en la actualidad, qué resultado habrían tenido de tener que juzgarse o archivarse en esos plazos de 6 o 18 meses. La reforma demostró que el legislador se situaba de espaldas
a la realidad,


El derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas, que reconocen el artículo 24.2 de la Constitución y el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, no puede ni debe ser garantizado mediante una reforma legal que
ignora las exigencias de seguridad jurídica que reclama el artículo 9.3 de la Constitución, introduciendo una pluralidad de plazos procesales con múltiples excepciones y posibilidades de prórroga, en manos del Ministerio Fiscal y no de las y los
jueces de instrucción que son quienes investigan, demostrando la falta de coherencia de la reforma.


Según el dictamen emitido por el Consejo General del Poder Judicial, la expiración del plazo máximo de instrucción excluye el sobreseimiento salvo que se de algunas de las causas previstas en los artículo 637 y 641 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, y ello obligaría al órgano encargado de la instrucción a abrir la fase de acusación aún en el convencimiento de no haber podido practicar cuantas diligencias de investigación fueran necesarias para el esclarecimiento de los
hechos. La instrucción 5/2015 de la FGE interpreta que 'las diligencias acordadas fuera de plazo estarán afectadas por una sanción de invalidez'.


Por tanto el sistema instaurado no impide la denominada 'pena de banquillo' e incluso puede favorecer que el Ministerio Fiscal dirija la acusación contra cualquier persona sin haberse podido completar la investigación de los hechos. La otra
opción es el sobreseimiento, con la consiguiente impunidad de hechos entre las que cabe incluir los que previsiblemente se incluirán los de mayor gravedad sancionadas en el Código Penal, al ser los de más dificultosa investigación.


Seis asociaciones judiciales y fiscales pidieron la suspensión de su entrada en vigor, calificando públicamente la reforma, en un comunicado conjunto, de auténtica 'ley de punto final'. La Asociación Profesional de la Magistratura no lo
suscribió pero también pidió su modificación. Más de 1.000 fiscales de un total de 2.500 firmaron una carta en similares términos. Las Fiscalías manifestaron la imposibilidad material de revisar unas 650.000 causas en plazo, hasta el próximo 5 de
junio de 2016, por prever la ley su aplicación a los procedimientos que ya se encontraban en trámite a su entrada en vigor. El Consejo General de la Abogacía Española también reclamó en su día diálogo al Ministerio de Justicia antes de la entrada
en vigor de la reforma.


Resolver, de nuevo, con una solución parcial productora de inseguridad jurídica, el esencial reto de confeccionar una nueva Ley Procesal Penal que sustituya al texto decimonónico aún en vigor y sucesivamente parcheado resulta
innecesariamente perturbador para el derecho a la tutela judicial efectiva y no garantiza el derecho a un proceso justo y sin dilaciones indebidas que tanto la Constitución como la Carta Europea de Derechos Humanos establecen como derecho
fundamental. La situación requiere una modificación urgente, que pueda entrar en vigor antes del próximo 5 de junio de 2016.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Instar al Gobierno a suspender antes del próximo 5 de junio de 2016 la aplicación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin perjuicio de iniciar con urgencia los trabajos necesarios para presentar un proyecto de ley
para su derogación o modificación; a fin de evitar el sobreseimiento de las causas en instrucción por el mero transcurso del plazo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2016.-María Victoria Rosell Aguilar, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José Manuel Villegas Pérez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución de 1978 estableció un sistema descentralizado de gobierno con amplias competencias para las Comunidades Autónomas. Esto permitía satisfacer el deseo de muchos españoles de tener una Administración más cercana. Sin embargo,
la inmensa mayoría de los españoles también querían y quieren una igualdad de acceso a los servicios públicos esenciales: sanidad y educación, fundamentalmente. Para tener una educación y una sanidad públicas, universales y de calidad es
imprescindible disponer de recursos económicos suficientes.


Sin embargo, el actual sistema de financiación autonómica tiene gravísimos defectos que han sido identificados por académicos, profesionales, dirigentes de todos los partidos, e inclusive por muchos ciudadanos. Estos defectos en nuestro
sistema de financiación no permiten garantizar la igualdad de los españoles en el acceso a los servicios públicos fundamentales. Además, el sistema es poco transparente y excesivamente complejo.


Por otra parte, el actual sistema de financiación autonómica genera unas diferencias de financiación entre Comunidades Autónomas que no se pueden explicar ni por las diferencias de población ni de las necesidades objetivas de gasto de las
mismas. Las conclusiones de los estudios más recientes sobre esta materia ponen de manifiesto que el actual sistema de financiación genera un reparto muy desigual y esencialmente arbitrario de recursos entre regiones, y que provoca diferencias en
la financiación por habitante entre Comunidades Autónomas superiores al 35 %.


Dejando de lado a las comunidades forales, siguiendo los datos aportados por Ángel de la Fuente (FEDEA e Instituto de Análisis Económico CSIC, 2015), el sistema produce como resultado un rango de más 35 puntos porcentuales entre los niveles
de financiación de las regiones mejor y peor tratadas, que además, no responde ni a diferencias en factores de coste ni con los ingresos tributarios brutos de los distintos territorios. Prueba de ello sería que, si referenciamos la financiación
media por habitante ajustado a competencias homogéneas en el conjunto de las regiones no forales a un valor de 100, la financiación de la Comunidad Valenciana se situaría en 94,6 y la de Cantabria en 130, sin que exista ninguna justificación
comprensible para ello.


Asimismo, siguiendo a Ángel de la Fuente (2015), la ordenación de las Comunidades Autónomas por recursos tras la aplicación del sistema carece de toda lógica, sin que exista una correspondencia entre la capacidad fiscal de las Comunidades
Autónomas y sus niveles de financiación resultantes. De este modo, tomando nuevamente el 100 como el valor de referencia de la financiación media por habitante ajustado, la Región de Murcia y Andalucía se situarían en valores del 94,5 y el 96,
respectivamente, mientras que Extremadura estaría en el 112,5, pese a que esta última posee una capacidad fiscal mucho menor que las anteriores. Igualmente, Cataluña y la Comunidad de Madrid se encontrarían en valores del 98,5 y del 98,6,
respectivamente, frente a los 130 ya citados de Cantabria y los 119,8 de la Rioja, produciéndose la misma circunstancia que en el ejemplo anterior.


Estas diferencias arbitrarias vienen propiciadas casi exclusivamente por el reparto de las transferencias del Estado a través de diferentes fondos que se calculan con posterioridad al reparto del Fondo de Garantía, que únicamente tiene en
cuenta el criterio de reparto por población en términos de 'habitante ajustado', esto es, una vez computados una serie de factores diferenciales que inciden en el coste efectivo de prestación de los servicios (edad de la población, superficie
territorial, insularidad, etc).


Esta situación ha dado como resultado que muchas Comunidades Autónomas durante estos años han efectuado recortes donde los ciudadanos no querían recortar, en sanidad, educación y servicios sociales, mientras que otras estructuras y servicios
públicos se mantuvieron intactos, con despilfarros, mala gestión de los recursos, casos de corrupción y duplicidades incluidas, que provocaron un sobre endeudamiento financiero, entre otros motivos, por la déficit de financiación en los servicios
fundamentales competencia de las CC.AA. El reparto de los sacrificios durante esta crisis económica, en definitiva, no ha sido justo.



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Este defecto de responsabilidad fiscal en el actual sistema de financiación es particularmente perverso. Por una parte, sistemáticamente las Comunidades Autónomas no cumplen con los objetivos de déficit, lo que impide el cumplimiento global
de España, perjudicando el crecimiento de la economía y la sostenibilidad financiera de la deuda. Por otra parte, los dirigentes autonómicos evitan reducir los gastos superfluos, a base simplemente de culpabilizar al Gobierno central. La excesiva
complejidad del sistema, y sobre todo su enorme opacidad, impiden que los ciudadanos puedan hacer responsable adecuadamente a los políticos estatales y autonómicos por las decisiones que toman.


Todo ello propicia que actualmente el Gobierno de España se enfrenta a un dilema imposible. O bien el Gobierno intenta cumplir con el déficit, exigiendo a las Comunidades Autónomas que recorten, con lo que éstas acaban recortando los
servicios básicos de sanidad y educación para mantener, por ejemplo, el gasto en televisiones autonómicas o en inútiles oficinas de representación, o bien el Gobierno central es 'comprensivo' y en consecuencia establece mecanismos como el Fondo de
Liquidez Autonómica (el denominado 'FLA', que compra la deuda que emiten las Comunidades Autónomas a tipo cero), en cuyo caso es imposible evitar que los Gobiernos autonómicos sigan viviendo por encima de sus posibilidades, estableciendo nuevas
obligaciones y emitiendo deuda que suscribe el Estado, es decir, todos los ciudadanos.


Para resolver estos problemas, la solución pasa ineludiblemente por configurar un sistema de financiación que combine de manera efectiva dos principios fundamentales: igualdad y autonomía responsable, resolviendo, además, el déficit de
financiación de algunos servicios públicos fundamentales, que han padecido los ciudadanos de algunos territorios, en la última década.


De este modo, por un lado, el sistema debe ser capaz de asegurar la igualdad real de los españoles, que les permita disfrutar de una educación y una sanidad gratuitas, universales y de calidad. Por otra parte, no puede existir la autonomía
sin la responsabilidad, y el sistema actual que fomenta la irresponsabilidad fiscal efectiva es el camino a ninguna parte. En ese sentido, es necesario que el nuevo sistema establezca de manera clara qué competencias quedarían sujetas a una
financiación homogénea por parte del Estado, en el marco de la cartera común de servicios señalada previamente, y cuáles otras deberían ser financiadas con cargo a los recursos propios de las Comunidades Autónomas.


Teniendo presente todo lo anterior, y transcurrido el plazo legal de vigencia del actual sistema debemos proceder ya a una revisión del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas que asegure la igualdad de los españoles en el
disfrute de los derechos básicos que su ciudadanía española supone, incluyendo la sanidad y la educación gratuitas, universales y de calidad. Para ello, desde los grupos políticos representados en el Congreso, debemos poner en marcha un sistema de
financiación que asegura que las Comunidades Autónomas usan su autonomía de forma responsable, sin imponer cargas injustas a los demás.


Esta revisión, por otro lado, debería ser abordada desde una perspectiva global, y no desde las circunstancias particulares de unas pocas Comunidades Autónomas, lo cual debe conllevar necesariamente que dicho proceso de revisión sea
impulsado por el propio Gobierno de España para su debate en el seno de las Cortes Generales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que en el más breve plazo impulse el proceso de revisión del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común, para su deliberación y aprobación en el seno de las Cortes
Generales, con el fin de consensuar entre las diferentes fuerzas políticas, y entre ellas al menos aquéllas mayoritarias, un nuevo modelo de financiación que resuelva el déficit de financiación de algunas Comunidades Autónomas y garantice, entre
otros, al menos los siguientes principios fundamentales:


a) transparencia, de modo que el mecanismo de reparto del sistema resulte claro y comprensible; de suficiencia de recursos, con el fin de cubrir adecuadamente las necesidades objetivas de gasto de cada territorio;


b) equidad, de forma que no se produzcan diferencias arbitrarias en el reparto de recursos entre las Comunidades Autónomas y por consiguiente entre los niveles de financiación de cada una de ellas;


c) corresponsabilidad fiscal, de manera que se delimite expresamente el ámbito de los servicios comunes garantizados por la financiación del sistema y aquellos otros adicionales que deban ser financiados por las Comunidades Autónomas con
cargo a sus propios recursos;



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d) igualdad, de modo que se garantice un acceso efectivo a los servicios públicos esenciales por parte de todos los ciudadanos españoles con independencia del territorio en el que residan.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2016.- Francisco de la Torre Díaz, Diputado.- José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.