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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 34, de 15/03/2016
cve: BOCG-11-D-34 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XI LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


15 de marzo de 2016


Núm. 34



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/000157 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la eliminación de las Puertas Giratorias ... (Página5)


161/000158 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la reforma del actual modelo de la Corporación de RTVE y sus Sociedades para garantizar su independencia, la transparencia y la
participación ... (Página7)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000155 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al posicionamiento y medidas a adoptar por parte del Gobierno de España en torno a la Asociación Transatlántica de Comercio e
Inversión (TTIP) ... (Página10)


161/000176 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la condena del asesinato de la activista hondureña, Berta Cáceres ... (Página12)


161/000189 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática ... (Página14)


Comisión de Justicia


161/000152 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para solucionar los problemas que está generando la aplicación Lexnet ... (Página15)


161/000171 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de la pena de prisión permanente revisable ... (Página16)


161/000186 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la concesión de la nacionalidad a los saharauis ... (Página17)



Página 2





Comisión de Interior


161/000172 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana ... (Página19)


Comisión de Defensa


161/000173 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el recorte del presupuesto militar ... (Página20)


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000169 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la implantación del software libre en la Administración General del Estado ... (Página21)


161/000182 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la actualización del Régimen Económico y Fiscal de Canarias ... (Página23)


Comisión de Fomento


161/000151 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el tramo de AVE denominado Variante de Pajares ... (Página25)


Comisión de Educación y Deporte


161/000187 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la paralización del calendario de implantación y posterior derogación de la LOMCE ... (Página26)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000149 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, relativa a la despenalización del derecho de huelga ... (Página29)


161/000156 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la derogación de las Reformas Laborales de 2010 y 2012 que afectan y modifican el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores ... (Página30)


161/000165 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el alcance de los incumplimientos por la legislación laboral española de la Carta Social Europea ... href='#(Página32)'>(Página32)


Comisión de Industria, Energía y Turismo


161/000145 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo de un Plan de Reindustrialización Sostenible de la Comarca del Besaya y del municipio de Reinosa ... href='#(Página34)'>(Página34)


161/000150 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la viabilidad de las plantas de Covestro (antes Bayer) y Ercros, así como la reactivación económica del sector industrial en la demarcación
de Tarragona ... (Página36)


161/000170 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la moratoria y la prohibición de técnicas de prospección de hidrocarburos mediante el sistema de fractura hidráulica (fracking) ... href='#(Página37)'>(Página37)



Página 3





Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000164 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para luchar contra el desperdicio de alimentos ... (Página39)


161/000168 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la prohibición de tirar alimentos aptos para el consumo humano y la reducción del despilfarro alimentario ... href='#(Página40)'>(Página40)


161/000177 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la creación de un grupo de trabajo que aborde la elaboración de un Estatuto Básico para Agentes y Bomberos Forestales y un marco regulador de su
actuación y pertenencia ... (Página42)


161/000178 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la reparación de los daños sufridos en el Valle de Arán por la avenida del río Garona en el año 2013 ... (Página44)


161/000179 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la redacción de un nuevo convenio en materia de agua entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias ... href='#(Página45)'>(Página45)


161/000180 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las labores de limpieza, conservación y seguridad del Canal del Valle del Guadalquivir a su paso por Parque Alcosa ... href='#(Página46)'>(Página46)


161/000181 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el dique provisional en el río Miño ... (Página47)


161/000184 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas urgentes contra el insecto psila africana y la posible expansión de la plaga de los cítricos conocida como Huangglongbing (HLB) o Greening ...
(Página48)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000146 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la adopción de medidas urgentes contra la pobreza infantil ... (Página49)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000188 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el control de los proyectos de cooperación con participación de las empresas privadas ... (Página50)


Comisión de Cultura


161/000148 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el IVA cultural ... (Página51)


161/000153 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat), sobre medidas para mejorar la condición profesional en el sector de la cultura y de las artes, y para facilitar la actividad creativa
... (Página52)


161/000161 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para incluir las Enseñanzas Artísticas Superiores en el marco universitario ... (Página53)


161/000167 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a fomentar la cultura del respeto a los derechos de propiedad intelectual ... (Página54)



Página 4





Comisión de Igualdad


161/000159 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la reforma integral del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus cuidadores y
cuidadoras, en casos de nacimiento, adopción o acogida ... (Página55)


Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/000175 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre incentivos con consecuencias ambientalmente negativas ... (Página58)



Página 5





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación, estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/000157


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en
Comisión, relativa a eliminación de las Puertas Giratorias.


Exposición de motivos


La comunidad internacional ha tomado conciencia del grave problema que supone la corrupción. Cuando ésta afecta a la res publica, quebranta derechos humanos y es incompatible con los fundamentos más básicos de la democracia. Además,
conlleva una pérdida de confianza de las personas en las instituciones y en quien las lidera, y como hemos sufrido en los últimos años en nuestro país, el desánimo y la fuga de jóvenes talentos. La destrucción causada por la corrupción perjudica el
interés general y pone trabas, e incluso impide, el desarrollo económico.


Se necesita una voluntad política fuerte y constante para combatir la corrupción, tanto en el ámbito nacional e internacional, no solo por la adopción de los convenios internacionales y la legislación nacional de la represión, sino también
mediante la creación de mecanismos de intervención real.


El derecho internacional avala la línea de trabajo de la lucha contra la corrupción. Son numerosos los instrumentos jurídicos adoptados por el Consejo de Europa, y normativa suscrita por el Estado Español comprometiéndose a adoptar medidas
para prevenir la corrupción y mejorar las normas contables y de auditoría en el sector privado como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción-UNCAC); la Decisión marco
2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado; el Reglamento del Consejo de 22 de julio de 2003 sobre la lucha contra la corrupción en el sector privado, el cual establece que la
corrupción activa y pasiva en el sector privado es un delito en todos los Estados miembros; el Convenio de Derecho Penal sobre la Corrupción (ETS n.º 173) de 27 de enero de 1999, efectiva desde el 1 de julio de 2002; Convenio civil sobre la
corrupción, de 4 de noviembre de 1999 (STE n.º 174).


El dispositivo legislativo español se ha visto reforzado en esta línea por la publicación de normas tales como la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo; Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado;
el Real Decreto 432/2009, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la
Administración General del Estado; el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2005 por el



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que se aprueba el Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado; estas tres últimas derogadas por la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de
la Administración General del Estado.


Por esta ley se regulan los requisitos previos para el nombramiento de los titulares de determinados órganos y para el nombramiento de los altos cargos en determinados organismos reguladores y de supervisión, así como las medidas básicas
para evitar situaciones de conflicto de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado y de las entidades del sector público estatal. A su vez, dota de nuevas funciones a la Oficina de
Conflictos de Intereses, fiscaliza la situación patrimonial y profesional de los altos cargos y las obligaciones y cautelas se inician con anterioridad al nombramiento y se extienden hasta los dos años siguientes.


Introduce asimismo una previsión que hasta ahora la legislación española había obviado: que los altos cargos tienen además de la responsabilidad política -que es evidente- una responsabilidad pública que, hasta ahora, muchas veces se ha
ignorado o no se ha tenido en cuenta por parte del responsable. Así, el artículo 9 reza: 'Quienes ejerzan un alto cargo tendrán la consideración de personas con responsabilidad pública a los efectos del artículo 14 de la Ley 10/2010, de 28 de
abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo'. Esto implica la superación de la creencia de que el cumplimiento de la legalidad exonera de cualquier responsabilidad política. La realidad nos ha mostrado cómo
un responsable público puede cumplir escrupulosamente la legalidad e incurrir a la vez en conductas moralmente reprobables, de las que se deberían derivar consecuencias políticas. No se puede ignorar que la dignidad de la institución y del
ejercicio del cargo está directamente vinculada con cumplir con las funciones asignadas de forma íntegra, ejemplar, honesta y responsable.


El cargo público suele ser un cargo de gran responsabilidad, que incluye la capacidad de crear leyes, asignar presupuestos, o modificar modelos de gestión. No obstante, cuando un cargo público deja su responsabilidad y pasa a incorporarse a
la empresa privada, muchas veces con cargos de gran remuneración, que se basan casi exclusivamente en el lobbying, las relaciones exteriores o el asesoramiento. Estas relaciones entre política y grandes empresas es un fenómeno al que se denomina
puertas giratorias y repercute directamente a la hora de tomar decisiones sobre sectores estratégicos.


El fenómeno de la puerta giratoria, especialmente cuando no se da en una situación de transparencia, conlleva una problemática ética y deontológica por la intromisión de las esferas de interés de las grandes empresas con las del interés
general público, a pesar de estar legalmente aceptada si se cumplen una serie de condiciones. La necesidad de regular estas situaciones y extender una incompatibilidad, que fije con toda claridad un sistema de incompatibilidades adecuado a la
realidad social y política de hoy en día, que sirva de base preventiva a la corrupción y renueve la confianza de la ciudadanía en la política.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover una normativa que establezca la prohibición absoluta y permanente para ocupar puestos en Consejos de Administración y/o de alta dirección en empresas que operen en sectores estratégicos del Estado a las personas que hayan
ocupado los siguientes puestos:


a) Altos cargos y, en todo caso, aquellos contemplados en el artículo 1.2 de la Ley 3/2015 de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la administración general del Estado.


b) Puestos de alta dirección en la Administración Pública o en las entidades del sector público estatal.


2. Reforzar las incompatibilidades y aumentar a 10 años el periodo de carencia para que los cargos enumerados en los apartados a y b del artículo anterior no puedan prestar servicios para entidades privadas que hayan resultado afectadas por
decisiones en las que hayan participado durante el ejercicio de su cargo y/o relacionadas con su gestión.


3. Extender las prohibiciones e incompatibilidades arriba señaladas a las personas que ocuparan puestos de personal eventual y asimilados, o de asistencia a los sujetos incluidos en los puntos 1 y 2.


4. Promover una normativa que regule la actividad de los grupos de presión (o 'lobbies'), la creación de un registro de los mismos, la elaboración de un código de conducta común que establezca la obligación a dichos grupos de declarar los
intereses que representan, y un sistema de control y procedimiento sancionador.



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5. Prohibir que desde estos grupos de presión se contrate a Diputados y Diputadas, así como a sus asistentes y/o personal eventual y asimilados.


6. Obligar a que, si desde dichos grupos de presión se emplea a antiguos miembros del Gobierno, aquellos informen sobre quiénes son sus clientes, a qué representantes políticos contactan, qué temas tratan y en qué gastos incurren durante su
trabajo.


7. Obligar a los cargos enumerados en los apartados 1.a) y 1.b), a declarar todas las nuevas funciones que ocupen, ya sean remuneradas o no. Regla de Double Checking: deben informar tanto el empleador/contratante como el
empleado/contratado.


8. Reforzar la transparencia, la independencia, las competencias y las capacidades inspectoras y sancionadoras de la actual Oficina de Conflictos de interés, para garantizar que vele por el cumplimiento de sus funciones y las normas cuyo
desarrollo se solicita en los apartados anteriores y que al mismo tiempo que esté dotada de un presupuesto propio para la ejecución de sus tareas.


9. Reforzar las actuales incompatibilidades de los cargos electos, para evitar las llamadas 'puertas giratorias' y para que el ejercicio del cargo se realice con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos
entre sus interesas privados y los inherentes a sus funciones públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2016.-Segundo González García y Marta Domínguez Álvarez, Diputados.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000158


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en
Comisión, relativa a reforma del actual modelo de la Corporación de RTVE y sus sociedades, para garantizar su independencia, la transparencia y la participación.


Exposición de motivos


El derecho a recibir información veraz y el derecho a acceder y hacer uso de medios de comunicación están protegidos por el artículo 20 de la Constitución Española como derechos fundamentales. El artículo 20.3 establece que la ley regulará
la organización de los medios de comunicación social dependientes del Estado y la participación de la sociedad en los mismos, respetando el pluralismo social, político, cultural y lingüístico de España.


Sin embargo, en la práctica, estos derechos están escasamente desarrollados y las denuncias de incumplimiento se multiplican. El modelo organizativo de RTVE no ha sido actualizado en las últimas décadas, prolongándose un modelo obsoleto que
no está a la altura de los estándares europeos y no responde a los retos actuales, como la creciente demanda social de transparencia y participación ciudadana o la garantía de pervivencia del servicio público en la era de la comunicación digital
multiplataforma y el consumo no lineal.


La ausencia de un sistema de equilibrios y contrapesos en el organigrama de la corporación que garantice la independencia del ente y la prevalencia del criterio profesional con un modelo basado en la transparencia y en la participación del
personal, personas usuarias y sociedad civil ha permitido que las injerencias políticas y la opacidad en el gasto se conviertan en práctica habitual, poniendo en riesgo la propia sostenibilidad del servicio público como vienen denunciando diversas
instituciones y los propios trabajadores y trabajadoras del ente desde hace muchos años.


Instituciones internacionales, tanto de carácter patronal como el International Press lnstitute (IPI) como de carácter profesional Europea de Periodistas (EJF), Federación Internacional de Periodistas (IFJ), Reporteros Sin Fronteras (RSF),
Access Info Europe o el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ International) han denunciado reiteradamente junto a los propios Consejos de Informativos de RTVE la estrategia de control político de la redacción que desnaturaliza el servicio
público y el derecho a la información, imposibilita la independencia profesional del ente y lo aleja de los principios de objetividad, veracidad, pluralismo y rigor deontológico. Estas denuncias y estrategias han tenido eco en repetidas



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ocasiones en prensa internacional, afectando gravemente a la imagen de España y de su sistema democrático en la comunidad internacional.


Instituciones europeas como la OSCE o el propio Consejo de Europa han denunciado en varias ocasiones la falta de pluralismo y presiones gubernamentales en RTVE.


Más allá del control político, los sindicatos internos vienen denunciando reiteradamente la ineficaz gestión económica del ente, incluyendo numerosos casos de contabilidad opaca, venta de patrimonio en condiciones desfavorables, ausencia de
concursos públicos o subastas, externalización a terceros implicados en tramas de corrupción, desproporción en el número y remuneración de directivos internos y externos o contratación sesgada de redacciones paralelas, entre otras cuestiones. A día
de hoy, gran parte de los recursos abiertos contra el Consejo de Transparencia los hace RTVE para negarse a dar cuentas de su contabilidad a los contribuyentes que lo demandan. De prolongarse esta situación, podría llegar a ponerse en riesgo la
propia sostenibilidad del ente, por lo que urge atajar estos problemas.


Pero las dificultades del modelo actual no se limitan a la permisividad del sesgo informativo y la falta de transparencia en la gestión, sino que implican también un fuerte déficit de participación y acceso de la ciudadanía y la sociedad
civil que permita al contribuyente valorar la utilidad del servicio público, así como un abandono del papel líder como referente informativo, innovador tecnológico y herramienta de proyección internacional de nuestra pluralidad cultural.


La solución a estos problemas requiere ir más allá de la renovación del Consejo de Administración del ente, y exige una reforma estructural del modelo para adecuarlo a los estándares europeos de transparencia y participación social,
respondiendo a los retos inmediatos para garantizar la viabilidad y prestigio del servicio público de radiotelevisión. Más allá de los mecanismos de elección de la administración, lo importante es que su estructura proteja la toma de decisiones
ante presiones externas y garantice una gestión democrática, eficiente y transparente a través de la participación, apertura y permanente rendición de cuentas, precisamente para que el buen funcionamiento y criterio editorial de la corporación sean
independientes del equipo encargado del gobierno. El objetivo es que el buen funcionamiento del ente no dependa de la voluntad de quien componga su Consejo de Administración en cada momento.


Es necesario, además, dotar al ente de una financiación estable y suficiente que permita acometer con garantías el proyecto de reestructuración y planificación para la producción orientada hacia las nuevas formas de consumo audiovisual en el
escenario digital. Para ello, conviene garantizar por ley su estabilidad y cuantía mínima, así como su gestión eficiente.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner en marcha de manera urgente un debate relativo a la reforma del actual modelo de la corporación RTVE y de sus sociedades para garantizar su independencia, la transparencia y la participación.


2. Alcanzar acuerdo para la reestructuración de RTVE y en concreto a, modificar la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal, y derogar el Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril, de modificación del
Régimen de Administración de la Corporación RTVE, estableciendo al menos los siguientes mecanismos para la administración democrática y plural del ente:


- Los consejeros accederán al Consejo de Administración por concurso público en base a méritos y a su trayectoria profesional. Evaluación de cada candidatura individual por un tribunal ad hoc formado por profesionales independientes de
acreditada trayectoria, elegidos por sorteo para cada ocasión de entre los propuestos proporcionalmente por cada grupo parlamentario. Los informes de evaluación serán públicos, así como las sesiones de audiencia ante la correspondiente comisión
parlamentaria, donde se aprobarán las candidaturas por mayoría simple.


- En el caso de candidaturas a presidir la corporación, la evaluación se realizará además en base a un proyecto de futuro para RTVE que deberán presentar y defender públicamente. Para su nombramiento necesitarán un apoyo de 2/3 en el Pleno.
Para evitar reproducir situaciones de bloqueo como las ocurridas en el pasado, si en un plazo de cinco meses el parlamento no hubiera alcanzado acuerdo, la elección entre los candidatos que superen la fase de concurso se realizará mediante votación
directa de la ciudadanía a través de voto electrónico seguro. Además, el presidente podrá ser destituido por mayoría simple en el pleno, para evitar situaciones de secuestro como la actual.



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- Los dos consejeros que representan a los trabajadores de la corporación en el Consejo de Administración serán elegidos en votación directa específica coincidiendo con la votación del Consejo de Informativos, la Mesa de Producción, o el
referéndum sobre el Jefe de Informativos, que pasará a tener carácter vinculante.


- Cada grupo parlamentario podrá designar un solo representante en el Consejo de Administración. Esta representación directa de los grupos políticos no superará nunca el 49 % de la totalidad del Consejo, asegurando así una mayoría de
Consejeros independientes y representantes de la sociedad civil, audiencia y trabajadores del ente, para fomentar la participación, pluralismo, independencia y transparencia.


- El Defensor de la Audiencia, elegido por la ciudadanía en votación directa a través de voto electrónico y seguro, formará parte directamente del Consejo de Administración. Su misión será fomentar y coordinar la participación directa de la
audiencia en la gestión del ente a través de las tecnologías interactivas multiplataforma, y garantizar la disponibilidad de toda la información relacionada con el mismo. Así, fomentará la implicación con el servicio público y la relevancia del
mismo en el nuevo escenario digital y de consumo no lineal.


- El compromiso de administración de RTVE supone un contrato con la ciudadanía y las instituciones públicas, de lo que se deriva que su incumplimiento debe ser penalizado jurídicamente según el grado y naturaleza de la falta.


- Entre las competencias del Consejo de Administración, estará la aprobación de los nombramientos de todos los directivos de la corporación, el visto bueno al mandato marco y al contrato programa y aprobar los informes trimestrales del
servicio público y los resultados de las auditorías, así como vigilar el cumplimiento de los mecanismos de participación social y transparencia.


- Se creará un Consejo Social amplio para sustituir al actual Consejo Asesor, dotado de mayores competencias, a través del cual la sociedad civil podrá participar en la fijación de los principios generales de gestión de la radiotelevisión
pública y vigilar su cumplimiento. Sus miembros serán propuestos y votados por asociaciones sin ánimo de lucro representativas de sectores significativos de la sociedad española. Dos de sus miembros serán elegidos en votación directa por la
ciudadanía a través de voto electrónico seguro. Entre las competencias del Consejo Social estará la supervisión del Derecho de Acceso general y específico, la garantía del correcto cumplimiento de los derechos humanos y sociales recogidos en la
Constitución Española y la aprobación de los informes sobre el cumplimiento del servicio público en función de los compromisos fijados por contrato-programa. Estará representado en el Consejo de Administración a través de dos portavoces que se
rotarán anualmente.


- Las actas del Consejo Social y el Consejo de Administración serán públicas, y sus respectivos presidentes rendirán cuentas públicamente al menos una vez por trimestre a través de informes accesibles a todos los contribuyentes. El Consejo
Social podrá cesar miembros de cualquiera de los dos consejos si detecta conflictos de intereses o incumplimiento de funciones y compromisos. La ciudadanía podrá valorar y proponer actuaciones en ambos consejos a través de plataformas digitales
interactivas coordinadas por el Defensor del Usuario.


- Se programarán espacios sistemáticos específicos en horario relevante para hacer realidad el Derecho de Acceso a medios de los grupos políticos y sociales significativos como exige la Constitución Española, en la programación general y en
los servicios interactivos, tanto a nivel estatal como en las desconexiones territoriales.


- Elaboración de un Estatuto de la Carrera Profesional del servicio público por el Consejo de Administración en colaboración con todas las representaciones legítimas de los diversos cuerpos laborales y profesionales, basado en criterios
exclusivos de mérito y capacidad para la promoción objetivable por concurso abierto y baremo público para todos los puestos.


- Reforzamiento de la participación de los trabajadores, con poderes reales de control interno. Los Consejos de Informativos, los Consejos de Programación y la Comisión Mixta de Producción Interna informarán al Consejo Social sobre la
adecuación de los contenidos a la misión de servicio público.


3. Promover la modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, para establecer:


- Un estricto reglamento de incompatibilidades y transparencia que ayude a prevenir todo conflicto de intereses. Todo gasto contable deberá figurar en un portal web de transparencia permanentemente accesible y actualizado cada tres meses,
incluyendo todos los salarios, el coste detallado y completo de



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toda la programación y todos los contratos de externalización. Todos los Consejeros y Directivos publicarán periódicamente sus bienes y actividades hasta un año después de abandonar la corporación.


- Un sistema de auditoría semestral con participación rotativa de los propios profesionales de la corporación y la sociedad civil, así como mecanismos que garanticen el cumplimiento íntegro de la Ley 19/2013, de Transparencia, acceso a la
información política y buen gobierno.


- La reducción del organigrama a un máximo de 35 direcciones y subdirecciones, limitando a un 30 % del total el número de cargos directivos externos.


- Cantidades mínimas garantizadas para la financiación provenientes de los Presupuestos Generales del Estado a través de Contratos-Programa plurianuales evaluados por el Consejo Social, y eliminar el límite máximo en la aportación
proveniente de la tasa sobre la reserva de dominio público radioeléctrico. La tasa referente a operadores de telecomunicaciones se aplicará sobre los ingresos brutos de explotación de todos ellos.


- El cumplimiento de la producción propia encomendada en la ley actual, además de un plan de inversión en producción propia para el ámbito digital. Asunción directa de los programas esenciales del servicio público, impidiendo la
externalización de servicios informativos. El Consejo Social supervisará el equilibrio entre estos niveles de producción propia y el papel dinamizador en los sectores productivos audiovisuales independientes en España para fomentar la creación de
empleo de calidad.


- El desarrollo de nuevos formatos pensados para el consumo no lineal, móvil, e interactivo a través de nuevas plataformas, en sinergia con la programación lineal, maximizando la participación del público con influencia real y directa en la
orientación de los servicios. Se aprovechará la interactividad para testar su valor añadido, para proveer un servicio público multimedia y multiplataforma y evitar la marginación del servicio público en los nuevos entornos de consumo, como
dispositivos móviles, plataformas de pago, etc. Trasponer al mundo on-line las funciones clásicas del servicio público y facilitar el acceso universal a contenidos digitales, a través de un Plan Estratégico para la Era Digital, concretado en los
mandatos-marco y los contratos programa.


- La promoción y puesta en valor del archivo histórico de RTVE, facilitando a toda la ciudadanía el acceso permanente on-line para fines no comerciales.


- La promoción de RTVE como herramienta capital en la cooperación cultural exterior de España y una plataforma esencial en la proyección de las culturas españolas hacia el mundo entero, con atención a la máxima calidad de su oferta,
especialmente en la relación con la Unión Europea y el mundo hispanohablante.


- La habilitación de criterios de desgubernamentalización similares a estos en la agencia pública de noticias EFE, que garanticen independencia, participación y transparencia en la gestión.


- La habilitación protocolos de cooperación y fomento desde el sector público a los medios del tercer sector de la comunicación (sin ánimo de lucro), lo que inexorablemente exige el cumplimiento de la actual LGCA en lo relativo al
reconocimiento de los mismos siguiendo el ejemplo de la mayoría de los países europeos y las recomendaciones marcadas por UNESCO.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de febrero del 2016.-Noelia Vera Ruiz-Herrera, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Asuntos Exteriores


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en
la Comisión de Asuntos Exteriores, relativa al posicionamiento y medidas a adoptar por parte del Gobierno de España en torno a la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (TTIP).



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Exposición de motivos


La Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (en adelante, TTIP-Transatlantic Trade and Investment Partnership) que se está negociando entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América se puede convertir en el tratado
supranacional con mayor impacto de cuantos ha firmado la Unión Europea.


El acceso limitado de los Parlamentos Europeo, nacionales y autonómicos, así como de la sociedad civil en general a la información relativa al desarrollo de las negociaciones y -más concretamente- de los textos consolidados del acuerdo se
contrapone al que la Comisión Europea está brindando a representantes de la industria y de los mercados financieros, la banca, las asociaciones empresariales y patronales. Así lo ha entendido la ciudadanía europea al presentar una Iniciativa
Ciudadana Europea que ha recaudado ya más de tres millones cuatrocientas mil firmas.


El tratado se firma entre dos partes cuyas economías están ya profundamente integradas entre sí y este hecho le confiere un alcance extraordinario en comparación con otros tratados comerciales. Ambos lados del atlántico representan el 12 %
de la población mundial, pero también el 31 % del comercio mundial y el 53 % del PIB mundial. Dado que los aranceles son ya sumamente bajos a ambos lados del Atlántico, el TTIP se centra sobre todo en la eliminación de barreras no arancelarias,
incluyendo diferencias normativas y de procedimientos que la Unión Europea ha erguido para salvaguardar la salud pública, el empleo y los derechos laborales, la seguridad alimentaria y la protección del medio ambiente.


La eliminación de barreras no arancelarias se traduce en una armonización legislativa a la baja, lo que significa que se toma como referencia la legislación menos garantista, que en la inmensa mayoría de los casos es la legislación
norteamericana. En la práctica, esto significaría una pérdida de derechos laborales y sociales para la ciudadanía europea, así como serias rebajas en la protección del medio ambiente y en los derechos del consumidor. Se eliminaría, por ejemplo, el
principio de precaución, que permite -ante indicios de efectos nocivos de, por ejemplo, un alimento- poner en marcha medidas protectoras.


Cualquier modificación de este marco regulatorio supondrá un cambio radical en la forma de vida de la ciudadanía del Estado español, así como de la capacidad del Congreso de los Diputados para garantizar tanto sus derechos como su bienestar.
De ahí que la opacidad con que estas negociaciones se están llevando a cabo, tanto en lo que respecta al Congreso de los Diputados como a la ciudadanía en general sean, sencillamente, inadmisibles y motivo suficiente para que este Parlamento inste a
la Comisión Europea a paralizar las negociaciones del TTIP.


En relación con los bienes y derechos públicos que pueden sufrir perjuicios debido a los cambios en la regulación que impondría el TTIP y los límites que en el futuro restringirían la capacidad de legislar por parte del Estado, se exponen
los siguientes hechos:


- El TTIP se dotaría presumiblemente de un sistema de resolución de disputas entre inversores y Estados. Independientemente de que este sistema esté basado en tribunales de arbitraje ad hoc o en una corte permanente, supone una amenaza
contra el sistema judicial de los Estados. No es baladí subrayar que en Alemania, donde la cuestión ha sido debatida más que en ningún otro país europeo, la asociación nacional de jueces se ha pronunciado en contra de que cualquier forma de
mecanismo de resolución de disputas entre inversores y Estados se vea recogida en el TTIP.


- Las diferencias en los sistemas normativos de Estados Unidos y la Unión Europea son evidentes y se hacen constatar, en particular, las diferencias en la firma y ratificación de convenios internacionales. Algunos de los Convenios y
Protocolos que han sido firmados por la Unión Europea -pero no por los Estados Unidos- son: seis de los ocho Convenios fundamentales de la OIT, Protocolo de Montreal, Convenio de Basilea, Convenio de Estocolmo, Convenio de Rotterdam, Convenio sobre
el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, Convenio sobre la diversidad biológica y Protocolo de Kyoto, etc. La desregulación provocada por la oleada de privatizaciones de servicios públicos tendrá un impacto
negativo especialmente en materia de derechos laborales, protección medioambiental y acceso a los servicios públicos de calidad.


- El órgano de Cooperación Reguladora que se propone daría a los grupos de interés un peso inaudito en la formulación de leyes, tanto en la fase pre-legislativa como en la legislativa, lo cual puede entorpecer el desarrollo normal del
proceso legislativo mediante la mera exigencia -por ejemplo- de evaluaciones de impacto de la legislación. Esta dinámica violaría de facto el principio de precaución, que es uno de los principios fundamentales de las políticas europeas de medio
ambiente, salud y protección del consumidor, y en virtud del cual se toman medidas tempranas y proactivas con el fin de impedir



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posibles riesgos para la salud de las personas, animales o plantas o evitar que se produzcan efectos nocivos en el medio ambiente.


- El acuerdo tendrá previsiblemente repercusiones negativas en los países en desarrollo debido al desvío del comercio y el establecimiento de lo que serán de facto normas mundiales en un foro no multilateral. Si bien el acuerdo prevé ser
consistente con las obligaciones de la Organización Mundial del Comercio, el mandato negociador indica un nivel de ambición que va más allá de los compromisos multilaterales. Dado el gran volumen comercial que representan EEUU y la UE -alrededor
del 31 % del comercio mundial y más del 53 % del PIB mundial- se prevé que esto altere de facto las normas comerciales multilaterales fijando nuevos estándares.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a exigir a la Comisión Europea que haga públicos todos los documentos del proceso negociador del TTIP.


2. Insta al Gobierno de España a rechazar cualquier tratado comercial que establezca un mecanismo para la solución de controversias inversor-Estado que suponga un sistema judicial paralelo y superior a los cauces legales ordinarios.


3. Insta al Gobierno de España a que exprese ante la Comisión Europea su rechazo a la creación de entes de 'Cooperación Reguladora' que socaven la soberanía popular.


4. Insta al Gobierno de España a reafirmar su compromiso con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Naciones Unidas.


5. Insta al Gobierno de España a fomentar un marco regulatorio multilateral y democrático del comercio internacional que respete los criterios del multilateralismo democrático, a partir de foros transparentes y democráticos donde todos los
Estados están representados de manera justa, y que cuenten con la participación de la sociedad civil, los sindicatos y los Parlamentos de los Estados.


6. Insta al Gobierno de España a exigir a nivel europeo la suspensión inmediata de las negociaciones del TTIP, y a declarar, mientras tanto, el territorio Español zona libre de TTIP.


7. Insta al Gobierno a abrir un debate político y público usando todos los medios a su disposición mediante debates en el Congreso, campañas de información pública, espacios en los canales de información públicos (RTVE) y todos aquellos de
los que normalmente dispusiere donde se garantice la pluralidad y diversidad de opiniones, con el fin de que la ciudadanía del Estado español disponga de la información necesaria, dado el alcance e importancia de estas negociaciones.


8. Insta al Gobierno, llegado el caso, a celebrar un referéndum de carácter vinculante, permitiendo que la ciudadanía decida libre, democrática y directamente sobre la aprobación o rechazo del TTIP.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2016.-Pablo Bustinduy Amador, Diputado.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000176


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la condena del asesinato de la activista hondureña, Berta Cáceres, para su
debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El pasado jueves día 3 de marzo de 2016 fue asesinada en su domicilio del Departamento de Intibucá, Honduras, la líder indígena y defensora de los derechos de la comunidad lenca y de los movimientos campesinos, Berta Cáceres. Según algunos
testigos presenciales, dos hombres armados llegaron a su domicilio en la ciudad de La Esperanza, hacia las 01.00 AM, hora local, y le dispararon. Berta Cáceres contaba con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos,
debido a las



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amenazas de muerte que había recibido de poderosos terratenientes locales y de compañías mineras y de energía.


La líder hondureña, que había denunciado los abusos de algunas empresas transnacionales de su país, había alertado en las últimas semanas sobre las amenazas que ella misma estaba recibiendo. Pese a dichas amenazas, Cáceres continuó su lucha
desde la coordinación del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) con grandes logros en su causa, como el relativo a la expulsión de los territorios de la comunidad de Río Blanco a la mayor empresa constructora
del mundo, la china Sinohydro. En este contexto, cabe destacar el valor de las comunidades indígenas lencas, que habitan en el occidente hondureño, y luchan en defensa de su territorio que está siendo amenazado por proyectos hidroeléctricos y
concesiones mineras aprobados sin previa consulta popular. Esta lucha activa de Berta Cáceres le valió a finales de abril del año pasado el prestigioso premio Goldman, conocido como el Nobel del Medio Ambiente. Además de su lucha medioambiental,
Cáceres también encabezó protestas contra el golpe de Estado en su país, el 28 de junio de 2009, al entonces presidente hondureño, Manuel Zelaya; así como mostró su firmeza en el rechazo a la instalación de bases militares estadounidenses en el
territorio lenca.


Ese suceso demuestra una vez más que las amenazas de muerte contra defensores y, especialmente, defensoras de los derechos sociales y medioambientales se mantienen latentes y crecen en Honduras. Este crimen político constituye una afrenta
no solo para Honduras, sino para todos los pueblos del mundo.


La persecución, la amenaza y la violencia contra las personas que defienden el medio ambiente se produce en muchos países donde empresas transnacionales extractivas, hidroeléctricas o del sector agroindustrial tienen importantes intereses,
en ocasiones con la connivencia de los gobiernos y del poder financiero.


Según el informe '¿Cuántos más?', de Global Witness, entre 2002 y 2014 se produjeron 111 asesinatos de activistas ambientales en territorio hondureño. Más de 80 de ellos, tuvieron lugar en el Bajo Aguán, región donde Berta Cáceres fue
asesinada. Además, organizaciones como Human Rights Watch o Front Line Defenders han acreditado en recientes estudios la vinculación de miembros de la Policía y del Ejército en casos de intimidación, amenaza, chantaje y supuestos asesinatos de
defensores del medio ambiente, así como de periodistas, sindicalistas y activistas sociales. Cabe señalar, además, que todas estas agresiones contra los derechos humanos se han visto notablemente incrementadas a partir del golpe de Estado de 2009.


El asesinato de Berta Cáceres es el último de una larga lista de personas que dieron su vida por defender el medio ambiente frente a los intereses de las grandes corporaciones. La importancia de la lucha de Berta Cáceres ha sido destacada
por numerosas organizaciones sociales, entre ellas Ecologistas en Acción, que ha señalado que 'además de identificar con toda claridad a los tratados de libre comercio como parte de un mismo engranaje que asegura la impunidad de las empresas
transnacionales, Berta luchó por la salud, por la tierra y contra el patriarcado y la violencia'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Trasladar al Gobierno de Honduras la condena y la preocupación por la muerte de la líder lenca Berta Cáceres y de otros activistas sociales y medioambientales en ese país.


2. Solicitar al Gobierno de Honduras una investigación sobre este crimen, así como la identificación de los autores materiales e intelectuales de dicho asesinato, que evite la impunidad ante la muerte de Berta Cáceres.


3. Establecer mecanismos de cooperación con Honduras y con otros países centroamericanos para erradicar los asesinatos de activistas sociales y medioambientales en dicha zona.


4. Solicitar un informe a la Comisión de Expertos en aplicación de convenios y recomendaciones de la OIT sobre el seguimiento del Convenio 169, ratificado por ambos Estados, y sobre la violación de derechos, la realización de consultas
previas, y su seguimiento y protección posterior.


5. Instar al Gobierno de Honduras a que se articulen las acciones necesarias de protección a la familia de Berta Cáceres.



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6. Que se generen -o se apliquen los ya existentes- instrumentos de protección al medio ambiente y a las comunidades, como la posible paralización de los proyectos sobre los que existan denuncias de violaciones de derechos humanos de los
pueblos indígenas.


7. Crear mecanismos propios de control y penalización a empresas de origen español que vulneren los derechos humanos en terceros países.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Joan Miquel Mena Arca, Diputado.-Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podemos-En Marea.


161/000189


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a iniciativa del Diputado don Joan Tardà i Coma y la Diputada doña Ana María Surra Spadea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática, para su debate en Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El Estado español comenzó su colonización sobre el Sahara en 1884, proclamando un protectorado en la costa de Saguia el Hamra. Mediante los acuerdos de 1900, 1904 y 1912 España definirá las fronteras de las tierras colonizadas con Francia,
la potencia dominante en la zona al tener bajo control Marruecos, Argelia y Mauritania. A pesar de ello, la ocupación efectiva de todo el territorio saharaui no será hasta 1936.


La entrada de España en las Naciones Unidas en 1955 comportó la aceptación de los principios de descolonización establecidos. No obstante, el Estado español fue dilatando el proceso hasta que en 1965 es invitado a iniciar los trámites de
descolonización y las partes reconocen el derecho de autodeterminación.


El camino hacia la independencia se estableció entonces por fases, siendo la primera de ellas un proceso de Autonomía que debía culminar en el Referéndum para la autodeterminación en 1975. En este período, se produjo una movilización del
pueblo saharaui, que será cruelmente reprimida por las fuerzas de ocupación españolas. Fue en este contexto cuando se creó el Frente por la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro, conocido como Frente Polisario, en 1973.


En mayo de 1975, una Comisión de Encuesta de la ONU visitó los territorios saharauis, comprobando los deseos de independencia y el miedo a las ansias anexionistas de Marruecos y Mauritania. Dichos temores se verían confirmados en noviembre
de 1975, al producirse la invasión mauritana y la 'Marcha verde' marroquí acompañada de crueles bombardeos aéreos contra la población civil cuando intentaba huir.


El 14 de noviembre de 1975, en los últimos días del dictador español Franco, se firmaron los Acuerdos Tripartitos de Madrid, según los cuales, el territorio del Sahara Occidental fue repartido entre Marruecos y Mauritania. Estos acuerdos
serían posteriormente modificados de facto cuando, en agosto de 1979, Mauritania firmó un Acuerdo de paz con el Frente Polisario y se retiró de los territorios ocupados, que serían anexionados entonces por Marruecos.


Como consecuencia de los Acuerdos de Madrid, España abandonó definitivamente el Sahara el 26 de febrero de 1976. El día siguiente, el 27 de febrero, el Frente Polisario, proclamó la constitución de la República Árabe Saharaui Democrática,
reconocida por la OUA y por diferentes Estados.


Después de la invasión mauritano-marroquí, 175.000 saharauis huyeron y se establecieron como refugiados en la zona desértica e inhóspita de Hamada en la región argelina de Tindouf, que se ha convertido en un enorme campo de refugiados desde
hace más de 30 años. Las personas refugiadas todavía se mantienen allí, sobreviviendo gracias a la cooperación internacional y a la estructura político-social creada y gestionada por el Frente Polisario.


El pueblo saharaui lleva más de 40 años esperando la celebración del referéndum, en un proceso dilatado deliberadamente por Marruecos y ante la pasividad de una comunidad internacional que no quiere alterar los equilibrios estratégicos
regionales.



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El Estado español tiene una responsabilidad histórica y una deuda moral con la población saharaui y la RASD todavía confía en el papel protagonista que debe desarrollar en el proceso hacia la independencia saharaui.


Cuatro décadas más tarde de la descolonización española y de la creación de la RASD es hora que el Estado español asuma sus responsabilidades. Y especialmente en un momento en que la represión marroquí se acentúa y la paciencia saharaui se
agota.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reconocer oficial e internacionalmente a la República Árabe Saharaui Democrática.


2. Establecer relaciones bilaterales horizontales, con todo su reconocimiento diplomático al Frente Polisario como legítimo representante, con la República Árabe Saharaui Democrática.


3. Fomentar la colaboración con la RASD en las necesidades básicas de la población saharaui, así como impulsar becas de estudio en el Estado español para la población saharaui.


4. Insistir, en las instancias internacionales oportunas, en la urgencia de resolver la situación anómala de los territorios saharauis y en la necesidad de realizar el referéndum de autodeterminación del pueblo saharaui.


5. Subordinar los acuerdos con el Estado marroquí a garantizar el cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas respecto al Sahara, especialmente la celebración del referéndum, y de los derechos humanos con la población saharaui.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Ana María Surra Spadea, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Justicia


161/000152


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para aplicar medidas que permitan solucionar
los problemas que la aplicación Lexnet está generando, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


En la Disposición Adicional primera de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, así como en el artículo 5 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, llamado Decreto de implantación
definitiva del sistema Lexnet, se establece la obligatoriedad de utilización de los medios electrónicos de notificación y presentación de escritos para los profesionales de la justicia, y los órganos y oficinas judiciales y fiscales.


Así mismo, el artículo 15.1 en su párrafo tercero establece 'El Ministerio de Justicia tendrá la responsabilidad de garantizar el correcto funcionamiento, la custodia y la seguridad del sistema, sin perjuicio de las atribuciones
correspondientes a las Comunidades Autónomas que hayan recibido los traspasos de funciones y servicios en relación con los medios materiales de la Administración de Justicia en los términos de los convenios de cooperación tecnológica suscritos con
estas'.


El artículo 162.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que los actos de comunicación se realizarán por medios electrónicos siempre que 'esté garantizada la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia
fehaciente de la remisión y recepción íntegras y del momento en que se hicieron'.



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En la práctica este correcto funcionamiento no está siendo garantizado, y se está poniendo de manifiesto que los problemas son acuciantes, y la manera de enfrentarlos por las diferentes Comunidades Autónomas está generando diferencias
notables y gran inseguridad jurídica.


Sirva de ejemplo que en la Comunidad Valenciana se ha producido de facto una suspensión de la aplicación de estos preceptos legales y no se prevé que la presentación de escritos vía Lexnet sea viable antes de junio del corriente, según la
propia Consellería de Justicia.


En Andalucía, la Sala de Gobierno del TSJA ha mostrado su preocupación por las incidencias que se están registrando, y ha advertido que la suspensión del sistema no puede ser acordada unilateralmente por los jueces decanos, tal como le
habían solicitado el Presidente de la Audiencia Provincial de Granada y el Juez Decano de Granada.


Así mismo, las numerosas caídas o colapsos del sistema tienen paralizada la actividad de despachos profesionales y oficinas judiciales por su mal funcionamiento, dándose la paradoja que en algunas de estas oficinas se está produciendo el
efecto contrario al deseado: un mayor gasto en papel al tener que imprimir escritos y documentos que el sistema no permite tratar, reenviar o gestionar; así como la recepción de numerosos requerimientos por procuradores y abogados para aportar en
papel lo que ha sido previamente presentado telemáticamente a través del sistema. Es inadmisible que sean los profesionales los que terminen supliendo la falta de dotación de medios a los juzgados, puesto que ello supondría un estancamiento de la
situación.


Además, ante la falta de previsión y unidad de criterio ante los fallos descritos, cada órgano judicial está dictando resoluciones distintas y dispares, incluso con requerimientos a las partes no contemplados en la legislación procesal y
plazos arbitrarios, con la consiguiente inseguridad jurídica que ello provoca.


En resumen, las incidencias en el funcionamiento de la plataforma Lexnet son continuas, y unidas a la desigualdad geográfica que presentan, hacen que la calidad y eficacia del servicio público de juzgados y tribunales se encuentren
seriamente comprometidas.


Por todo lo anterior el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el Real Decreto 1065/2015 a fin de permitir una moratoria temporal de la obligatoriedad de presentación de escritos a través de la plataforma Lexnet mientras no se den todas las
garantías procesales y su funcionamiento sea correcto, permitiéndose la doble vía de presentación de escritos (tanto iniciadores como de trámite), a elección del operador, hasta la correcta implementación del sistema.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de febrero de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/000171


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Ester Capella i Farré, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para
la derogación de la pena de prisión permanente revisable, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, aprobada únicamente con los votos del Grupo Parlamentario que apoyaba al Gobierno, ha supuesto la introducción de
penas y medidas desterradas hace años del sistema jurídico-penal español. Así, desde el más absoluto populismo punitivo ha construido un discurso populista que enaltece el endurecimiento del Código Penal conduciendo a reiteradas reformas que
suponen retrocesos constantes en el sistema español de derechos y libertades. Esta política regresiva de agravamiento constante de las penas tiene como máximo exponente la introducción de la cadena perpetua.



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El Estado español presenta uno de los índices de criminalidad más bajos de Europa y, sin embargo, una de las tasas más alta de población reclusa. Algo que no parece corresponderse con el discurso mediático y político que propugna la
necesidad de un Derecho Penal más gravoso y contundente. Según el Ministerio del Interior, la tasa de criminalidad en el Estado español en el año 2010 fue de 45 delitos por cada mil habitantes, muy inferior a la media europea (67,6), solo por
encima de Grecia y Portugal, y lejos de Suecia (121), Bélgica (95,1), el Reino Unido (84,7) o, incluso, de Francia (56,4). Además, desde hace 20 años la línea de criminalidad es descendente en el Estado español. Estas cifras se compadecen poco con
el hecho de que los 87 centros penitenciarios del Estado albergan a más de 76.000 internos, frente a los 33.000 de 1990: un incremento del 130 % en los últimos veinte años, cuando el aumento de la población española ha sido del 20 %. La
comparación con Europa es igual de llamativa. Si en el Estado español hay 160 presos por cada cien mil habitantes, en Alemania hay 88, en Italia 108, en Francia 102 y en Suecia 68; la media de la Unión Europea es de 126. Todo ello según los datos
que recoge Eurostat.


Esta situación se explica porque la aprobación del Código Penal de 1995 supuso un grave endurecimiento del sistema punitivo debido al aumento de la duración de las condenas de prisión, consecuencia, entre otras razones, de la eliminación de
la redención de penas por trabajo, sin que se hubiera procedido a una disminución equivalente de las penas. De tal manera que, como muestran las estadísticas del Consejo de Europa, el Estado español se sitúa entre los Estados de la Unión Europea en
los que el periodo medio de estancia en la cárcel es mayor (13 meses, frente a 8 en la media de la Unión Europea). Esta misma tendencia de endurecimiento de las penas, propugnada por el populismo punitivo practicado, se ha mantenido también en las
posteriores reformas del Código Penal. En resumen, cada vez entran más presos y salen menos. Además, todo ello tiene un elevado coste para la sociedad, pues con normas penales más duras no se resuelven los problemas y, por contra, se está dando
una falsa imagen de seguridad.


Lejos de romper esta tendencia, La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, persiste en esta concepción y sigue desarrollando la política regresiva de
agravamiento de las penas e introduce una nueva pena de prisión permanente revisable que oculta una pena a perpetuidad que busca apartar indefinidamente a las personas en lugar de buscar su reinserción. La denominación utilizada pretende burlar las
limitaciones que para ello impone el artículo 25 de la Constitución española que exige que las penas privativas de libertad estén orientas hacia la reeducación y la reinserción social. Sin embargo, la introducción de la cadena perpetua, aunque con
distinta denominación, supone apartarse de los principios que deben inspirar cualquier sistema penal, renunciando, justamente, a la reeducación y la reinserción social.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


- Derogar inmediatamente la pena de prisión permanente revisable introducida por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Ester Capella i Farré, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


161/000186


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Ester Capella i Farré, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley en
materia de concesión de la nacionalidad a los saharauis, para su debate en la Comisión de Justicia.



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Exposición de motivos


El Estado español mantiene todavía un vergonzoso olvido al no reconocer la vinculación especial que han mantenido con el Estado los territorios saharauis y, en consecuencia, asimilar a sus ciudadanos y ciudadanas en el Código Civil a los de
los territorios reconocidos en el artículo 22 por la vinculación histórica con el Estado español. La colonización sobre el Sahara comenzó en 1884, proclamando un protectorado en la costa de Saguia el Hamra. Mediante los acuerdos de 1900, 1904 y
1912 definirá las fronteras de las tierras colonizadas con Francia, la potencia dominante en la zona al tener bajo control Marruecos, Argelia y Mauritania. A pesar de ello, la ocupación efectiva de todo el territorio saharaui no será hasta 1936.
La entrada del Estado español en las Naciones Unidas en 1955 comportará la aceptación de los principios de descolonización establecidos. No obstante, el Estado español irá dilatando el proceso hasta que en 1965 es invitado a iniciar los trámites de
descolonización y las partes reconocen el derecho de autodeterminación.


El camino hacia la independencia se establece por fases, siendo la primera de ellas un proceso de Autonomía que debía culminar en el Referéndum para la autodeterminación en 1975. En este período, se produce una movilización del pueblo
saharaui, que será cruelmente reprimida por las fuerzas de ocupación españolas. Será en este contexto cuando se crea el Frente por la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro, conocido como Frente Polisario, en 1973. En mayo de 1975, una
Comisión de Encuesta de la ONU visita los territorios saharauis, comprobando los deseos de independencia y el miedo a las ansias anexionistas de Marruecos y Mauritania. Dichos temores se verán confirmados en noviembre de 1975, cuando se produce la
invasión mauritana y la 'Marcha verde' marroquí acompañada de crueles bombardeos aéreos contra la población civil cuando intentaba huir.


El 14 de noviembre de 1975, en los últimos días del dictador español Franco, se firman los Acuerdos Tripartitos de Madrid, según los cuales, el territorio del Sahara Occidental es repartido entre Marruecos y Mauritania. Estos acuerdos serán
posteriormente modificados de facto cuando, en agosto de 1979, Mauritania firma un Acuerdo de paz con el Frente Polisario y se retira de los territorios ocupados, que serán anexionados entonces por Marruecos. Como consecuencia de los Acuerdos de
Madrid, el Estado español abandona definitivamente el Sahara el 26 de febrero de 1976. El día siguiente, el 27 de febrero, el Frente Polisario, proclama la constitución de la República Árabe Saharaui Democrática, reconocida por la OUA y por
diferentes Estados.


Los 175.000 saharauis huidos después de la invasión mauritano-marroquí se establecen como refugiados en la zona desértica e inhóspita de Hamada en la región argelina de Tindouf, que se ha convertido en un enorme campo de refugiados desde
hace más de 30 años. Las personas refugiadas sobreviven gracias a la cooperación internacional y a la estructura político-social creada y gestionada por el Frente Polisario. El pueblo saharaui permanece esperando la celebración del referéndum en
un proceso dilatado deliberadamente por Marruecos y ante la pasividad de una comunidad internacional que no quiere alterar los equilibrios estratégicos regionales.


El Estado español tiene una responsabilidad histórica y una deuda moral con la población saharaui y la RASD confía en el papel protagonista que debe desarrollar en el proceso hacia la independencia saharaui. Tres décadas más tarde de la
descolonización española y de la creación de la RASD es hora que el Estado español asuma sus responsabilidades. Y especialmente en un momento en que la represión marroquí se acentúa y la paciencia saharaui se agota. Más allá de las
responsabilidades con la RASD, el Estado español tiene unas responsabilidades con una ciudadanía saharaui que hasta el año 1975 tenían la nacionalidad española, en tanto que integrantes de la llamada provincia 53.


El intento de resolver esta cuestión mediante el Real Decreto 2258/1976 por el que se establecía el plazo de un año para que los saharauis pudieran adquirir la nacionalidad española compareciendo ante el correspondiente juez del Registro
Civil, en el fondo supuso la sustracción de la nacionalidad española a ciudadanos y ciudadanas que la tenían de origen. De hecho el Código Civil ni siquiera reconoce el plazo de dos años de residencia que se aplica a nacionales originarios de
países que han mantenido una histórica relación con el Estado español, como son los países latinoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o, incluso, Portugal.


Es más, la ciudadanía saharaui se encuentra en la injusta paradoja de tener más dificultades que otros países para adquirir la nacionalidad española ya que la Dirección General de los Registros y del Notariado no reconoce la validez de los
certificados expedidos por la República Árabe Saharaui Democrática, pese



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al reconocimiento internacional de la RASD, incluyendo la representación que mantienen ante la Unión Africana, la Unión Europea o la Organización de Naciones Unidas.


Por todo ello se presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Modificar el artículo 22 del Código Civil para incluir a los saharauis entre los que pueden adquirir la nacionalidad española mediante un plazo privilegiado de cinco años de residencia.


2. Modificar el artículo 221 del Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Registro Civil, para reconocer de forma expresa la validez de los certificados expedidos por los
Registros de la República Árabe Saharaui Democrática para probar los hechos a los que hace referencia el artículo 220 del mencionado Decreto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Ester Capella i Farré, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Interior


161/000172


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Gabriel Rufián i Romero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para
la derogación de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, conocida popularmente como Ley Mordaza, aprobada únicamente con los votos del Grupo Parlamentario que apoyaba a un Gobierno, solo pretendía dotar de una
cobertura legal a la cotidiana práctica policial de persecución y represión de la protesta y el derecho de manifestación. Ello, con el agravante de que el Gobierno de turno -y no la Justicia, en un nuevo atentado a la separación de poderes- pasa a
ser el responsable de 'juzgar' y penalizar las situaciones que consideren que atentan contra la seguridad ciudadana por parte de aquellos que protestan contra él en ejercicio de su derecho de manifestación. La aprobación de la Ley Mordaza supuso
una vuelta de tuerca más en la represión política y en el asentamiento de un Estado policial en detrimento del Estado de Derecho.


Asimismo, la Ley Orgánica mantiene la inseguridad ciudadana de las personas política y socialmente comprometidas, entre otras cosas, porque se otorga a la policía un poder que no ofrece la debida fiscalización de la actuación policial ni la
garantía de los derechos ciudadanos. Máxime cuando se impide la grabación de las actuaciones policiales que pueden documentar los abusos policiales. Abusos policiales que, por cierto, no son tan perseguidos y penados como lo son los excesos
ciudadanos.


También, hay que señalar el incremento de la represión en el caso de la tenencia o consumo de drogas, pese al evidente fracaso de la perspectiva policial, y en contra de la tendencia hacia una orientación pedagógica y, en su caso, dirigida a
la rehabilitación y reinserción social. Finalmente, cabe añadir la legalización de las devoluciones 'en caliente' en las fronteras de Ceuta y Melilla, totalmente contrarias a los Derechos Humanos y a la legalidad internacional y que fueron
incorporadas a la Ley Orgánica durante su trámite parlamentario.



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Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Derogar la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.


2. Detener inmediatamente las devoluciones 'en caliente' en las fronteras de Ceuta y Melilla.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Gabriel Rufián Romero y Joan Tardà i Coma, Portavoces del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Defensa


161/000173


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Gabriel Rufián i Romero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre
recorte del presupuesto militar, para su debate en Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


El gasto militar español se ha situado desde el Gobierno Aznar entre los 40-50 millones de euros diarios. A pesar de ello se arrastra una deuda militar de más de 30.000 millones que hipoteca los Presupuestos del Estado hasta 2040 en el pago
de grandes Superproyectos armamentísticos como los tanques Leopard, los aviones Eurofighter o los helicópteros Tigre. Por si fuera poco, el Ministro de Defensa, Pedro Morenés, ya anunció su intención de comprometerse en nuevas adquisiciones
armamentísticas por valor de 10.000 millones más.


Más allá del endeudamiento cotidiano, en los últimos años el incremento del gasto militar se ha llevado a cabo directamente a costa de deuda pública. No en vano, en el mes de mayo de 2015 se aprobaba un crédito de más de 800 millones de
euros a costa de deuda pública para gasto militar.


El exagerado gasto militar implica recortes sociales, directa e indirectamente. Por un lado, porque ha generado y sigue generando una deuda que es la principal excusa de los recortes sociales. Por otra parte, para que el dinero destinado a
gasto militar podrían ser destinados a gasto social, y en esta línea cabe destacar que los 800 millones de euros de la última ampliación del gasto militar es lo que se necesitaría para financiar adecuadamente la ley de la dependencia y que todas las
personas del Estado tuvieran efectivamente reconocido el derecho.


En la encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) de Actitudes hacia el Estado del Bienestar se preguntaba respecto a la distribución en políticas y servicios públicos de los recursos del Estado. En dicha encuesta, el gasto
militar fue, con diferencia, el más criticado: un 27 % de la población consideraba que los gastos destinados a Defensa son 'demasiados' y más del 40 % creía que si hay que recortar políticas públicas se deberían recortar en este ámbito. De hecho,
en consonancia con esta opinión, el recorte del gasto en Defensa es el que menos oposición suscita (ni la mitad de la población).


En sentido inverso, los ámbitos en que la población cree que se debe reforzar el gasto público son la sanidad, la enseñanza y las pensiones. Asimismo, se considera que los sectores de la población más desfavorecidos y cuya atención es
prioritaria son las personas mayores que viven solas de forma independiente y las familias con personas mayores o con personas con discapacidad a su cargo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reducir en un 40 % el Presupuesto de Defensa de los próximos Presupuestos Generales del Estado y mantener este recorte durante toda la Legislatura.



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2. Destinar los recursos recortados a financiar la Ley de Dependencia y a gasto público en sanidad, educación y pensiones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000169


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Teresa Jordà i Roura, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la implantación del software libre en la Administración General del Estado, para su debate en Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


Exposición de motivos


La implementación del software libre en la Administración permitiría una mayor eficiencia presupuestaria que contribuye a la reducción del déficit público, impulsaría la evolución del software y fomenta el desarrollo basado en el
conocimiento y la innovación, tanto en la Administración Pública como en las empresas TIC locales.


El alto grado de consolidación del software libre está asociado a las ventajas económicas, estratégicas y sociales que el uso, promoción y desarrollo de este tipo de software proporciona, en especial a las Administraciones Públicas, en
contraposición al software de licencia propietaria. Algunas de estas ventajas son las siguientes:


- Optimización de la inversión. En el software propietario, gran parte de la inversión económica recae sobre el coste de la licencia del producto, que solo beneficia a la empresa productora del programa. En el mundo del software libre no
hay coste alguno de licencia, ya que ésta otorga el derecho de copiarlo, lo que conlleva el efecto de que los programas son gratuitos o tienen un coste mínimo.


- Fomento de la innovación tecnológica. En la medida en que se efectúen posibles adaptaciones o mejoras de un programa de software libre, se fomenta la innovación tecnológica del país. Al disponer del código fuente de la aplicación,
cualquier técnico o empresa del país puede realizar el desarrollo de las mejoras. No hay que encargarlas a empresas de otros países que trabajan con sistemas propietarios. De esta forma, contribuimos a la formación de profesionales de nuevas
tecnologías y al desarrollo local bajo nuestros propios planes estratégicos. Dado que las mejoras realizadas no tienen, a su vez, restricciones, cualquier otra administración, empresa, institución u organismo pueden beneficiarse de las mejoras
introducidas. En este sentido, los modelos de negocio que apuntan la presente iniciativa permiten convertir la capacidad de compra de la administración en una herramienta más al servicio de la promoción económica y el desarrollo local.


- Independencia del proveedor. Al disponerse del código fuente del programa, cualquier empresa o profesional con conocimientos adecuados puede continuar ofreciendo desarrollos o servicios para la aplicación concreta. En el mundo del
software de licencia propietaria solo quien desarrolló la aplicación puede realizar estos servicios. Con el software libre no se está supeditado a las condiciones del mercado del proveedor; frecuentemente, los proveedores de software de licencia
propietaria se ven obligados a dejar de fabricar un producto por un cambio drástico de las condiciones del mercado o, simplemente, porque consideran que ya no podrán rentabilizar la inversión. Disponiendo del código fuente, en cambio, el usuario
puede continuar introduciendo por su cuenta mejoras en el programa. El software libre, por su propia naturaleza, no es más inestable, en lo que respecta a la continuidad que el software de licencia propietaria. Al contrario: el software libre
puede ser utilizado perfectamente después de haber desaparecido la empresa o grupo de usuarios que lo elaboraron, ya que cualquier técnico informático de cualquier institución puede continuar desarrollándolo, usándolo, mejorándolo y adaptándolo. En
cambio, el software de licencia propietaria, tan pronto desaparece la empresa que lo desarrolló está abocado inexorablemente a su desaparición sin que pueda hacerse nada para evitarlo.



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- Seguridad y privacidad de los datos. El software libre, al disponerse del código fuente del programa, garantiza los derechos civiles de los ciudadanos en los siguientes aspectos:


• Los sistemas de almacenamiento y de recuperación de la información son públicos. Cualquier persona puede ver y entender cómo se almacenan los datos en un determinado formato o sistema y éstos no quedan ligados a sistemas cerrados tan
habituales en el software de licencia propietaria. Así se garantiza la perdurabilidad de la información.


• Mayor dificultad para introducir código malicioso, espía o de control remoto, ya que el código fuente puede ser revisado y se pueden detectar posibles 'puertas traseras' ('backdoors'). En el software de licencia propietaria nunca podremos
saber si los programadores originales introdujeron, bien por propia iniciativa, bien por encargo de la empresa, 'puertas traseras' que pongan en peligro la seguridad del sistema o la privacidad de los datos.


- Seguridad nacional. En el mundo del software libre, cualquier persona o empresa puede revisar el código y comprobar que no se ha introducido ningún código malicioso; y, a su vez, cualquier entidad puede añadir libremente a la aplicación
que utiliza cualquier codificación adicional para proteger sus datos.


- Fomento de la lengua propia. Actualmente, las lenguas minoritarias, como el catalán, el gallego o el vasco, tienen pocas posibilidades de desarrollo en el mundo del software de licencia propietaria. En cambio, el software libre
representa claras ventajas para lenguas minoritarias como las citadas.


Cualquier persona o institución puede traducir y adaptar un software libre a cualquier lengua, a diferencia del software de licencia propietaria, en el cual solo la empresa productora tiene los derechos para realizar la traducción. Por otra
parte, si el programa no dispone de corrector ortográfico a alguna lengua, puede desarrollarse un corrector propio o adaptar alguno de los existentes en el mundo de las nuevas tecnologías, ya que cuando se crea un nuevo recurso lingüístico en el
ámbito del software libre (una traducción, un diccionario, etc.), al quedar a disposición de todos, puede ser reutilizado en futuras aplicaciones. Así, por poner un ejemplo, entidades como SoftCatalá o usuarios individuales han conseguido crear y
mantener programas libres traducidos al catalán con reconocido éxito. Muchas de estas traducciones han sido posibles gracias al hecho de que el software no tenía limitaciones legales en este sentido.


Éstas y otras ventajas han hecho que el uso, el desarrollo y la difusión del software libre haya llegado a las Administraciones Públicas de muchos Estados. El Gobierno chino ha optado por que una versión en chino del GNU/Linux sea el
sistema de toda su Administración. Perú, México y Brasil están adoptando medidas similares.


Tomando como referencia nuestro propio entorno, la Unión Europea, hay que destacar las iniciativas del Gobierno alemán destinadas al desarrollo, promoción y uso del software libre: el proyecto GNU Privacy Guard, desarrollado por el GUUG
(Grupo de Usuarios UNIX de Alemania) y, finalmente, por el Gobierno alemán, es uno de los mejores instrumentos de seguridad existentes en la actualidad. Igualmente, la KBST, Agencia de Coordinación de las Tecnologías de la Información del Gobierno
alemán, recomienda en sus circulares el uso de software libre en la Administración alemana.


Hay que mencionar también, en este ámbito europeo, las iniciativas legislativas del Estado francés; el Proyecto de Ley de Lafítte, Tregout y Cabanel, y el Proyecto de Ley de Le Déaut, Paul y Cohen, con objetivos parecidos: que la
Administración pública francesa utilice software libre.


Cabe destacar que las iniciativas legislativas encaminadas a promover el uso de este tipo de software en las Administraciones Públicas de la Unión Europea garantizan el 'derecho a la compatibilidad' del software y, por lo tanto, proporcionan
los mecanismos necesarios para llevar a la práctica el principio de interoperatividad de la Directiva europea sobre el software de 1991.


Las herramientas que proporciona el Programario Libre (PL) cada vez son más utilizadas entre la ciudadanía, las empresas y las administraciones. Asimismo, y de manera explícita, la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los
servicios públicos señala, en su artículo 4, que 'las Administraciones Públicas utilizarán estándares abiertos' y en su artículo 6 establece el derecho de los ciudadanos a 'escoger las aplicaciones o sistemas para relacionarse con las
Administraciones Públicas, siempre y cuando utilicen estándares abiertos'. En este sentido, el programario libre siempre utiliza los estándares abiertos y, por tanto, es el único que siempre puede garantizar el total cumplimiento de estos preceptos
legales.


La Administración del Estado, como institución responsable del desarrollo tecnológico y de la democratización del acceso a las nuevas tecnologías en la sociedad española, no puede mantener una actitud pasiva ante los sucesivos cambios y
ventajas tecnológicas que la irrupción del software libre 'free software/open source' ha traído en estos últimos años.



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En el ámbito empresarial hay que mencionar que grandes empresas informáticas, como IBM, Hewlett Packard, Apple y Sun, ofrecen apoyo técnico, financiero y comercial al software libre. Por ejemplo, hoy día, IBM permite la ejecución de
GNU/Linux en sus 'mainframes' (grandes ordenadores), Hewlett Packard instala GNU/Linux en sus servidores, las nuevas versiones del sistema operativo de los ordenadores Apple (MacOS X) están basadas en software libre (FreeBSD) y Sun participa
activamente en el desarrollo de software libre (proyecto Apache, herramientas de programación JAVA, proyecto Mozilla, y la aplicación ofimática OpenOffice, por poner algunos ejemplos).


El objetivo de la presente iniciativa es que la Administración del Estado constituya el principal eje motor de estos cambios tecnológicos incentivando el desarrollo, la distribución y el uso de este tipo de software, basado en licencias de
código abierto ('open/free software') en el Estado español y, en especial, en el seno de la misma Administración. En esta línea el programario libre debe garantizar las cuatro libertades que establece la Free Software Foundation:


1. Libertad de usar el programa para cualquier finalidad.


2. Libertad de estudiar cómo funciona el programa y de modificarlo.


3. Libertad de redistribuir copias.


4. Libertad para mejorar el programa y distribuir las mejoras al público.


Estas libertades permiten la 'reproducción', 'transformación', 'comunicación pública' y 'distribución' del programa original. Y, para hacerlas efectivas, es necesario el acceso al código fuente. Asimismo, las licencias deben garantizar que
los usuarios utilicen la misma licencia libre en las mismas condiciones, de manera que se elimine la posibilidad de privatizar el programario, es decir, que se redistribuya bajo una licencia que no sea libre.


Ya en 2011, a instancias de Esquerra Republicana, la Comisión de Política Territorial, aprobó una Proposición no de Ley en la que se instaba al Gobierno a dar los pasos necesarios para la implantación y puesta en marcha de sistemas de
software de licencia propietaria en la Administración General del Estado. Dicha Proposición no de Ley fue incumplida por el ejecutivo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Presentar, en el plazo de dos meses, ante esta Cámara, un plan de implantación general del software libre en la Administración General del Estado, en detrimento del software de licencia propietaria.


2. Definir, en el marco de dicho plan, una estrategia de difusión, promoción y distribución de software libre en las distintas lenguas oficiales del Estado, en el seno de todas las instituciones, asociaciones y entidades públicas o privadas
y, en especial, en las Administraciones locales y en el mundo educativo. Este plan será difundido mediante los organismos competentes y, simultáneamente, fomentará la industria informática de las Comunidades Autónomas con lenguas oficiales
distintas del castellano.


3. Admitir el derecho de modificación, copia y redistribución del software propiedad del Estado, así como la obligatoriedad de licenciar en las mismas condiciones los productos derivados de su modificación por parte de terceros. Este
software será puesto a disposición de toda la ciudadanía en un servidor público.


4. Contemplar un proceso de pedagogía, formación y de asistencia en la migración para la implementación del software libre.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Teresa Jordà i Roura, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


161/000182


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tenemos el honor de dirigirnos a la Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición
no de Ley, la actualización del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, para su debate en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.



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Exposición de motivos


El pleno del Parlamento de Canarias acordó por unanimidad el 21 de abril de 2015, aprobar una resolución sobre la renovación de los incentivos económicos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.


En ella se contempla:


Como finalidad de la ley.


- Actualizar los aspectos económicos del tradicional Régimen Económico y Fiscal de Canarias.


- Que se garantice que las limitaciones estructurales permanentes de Canarias, que la convierten en región ultraperiférica de la Unión Europea de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento, sean compensadas a
través de políticas específicas y suficientes.


- Que se desarrolle un conjunto estable de medidas económicas y fiscales encaminadas a promover el desarrollo y la cohesión económica, social y territorial de Canarias, velando en particular por la efectiva atención de las necesidades
derivadas de la doble insularidad.


- Que se fomente la internacionalización de la economía canaria a través de la promoción de Canarias como plataforma atlántica.


Como principios de libertad comercial.


- Que se mantenga y ratifique el principio de libertad comercial de importación y exportación, en virtud del cual todas las mercancías podrán ser importadas y exportadas sin restricciones cuantitativas, sin más limitaciones que las
estrictamente necesarias, y que en aplicación de dicho principio siga sin ser de aplicación en Canarias ningún monopolio sobre bienes y servicios.


Como principios de equidad en materia de financiación.


- Que se mantenga el principio de que el coste de la actividad económica en Canarias no sitúe al archipiélago en desventaja respecto a la media del resto de regiones a nivel nacional.


- Que el Régimen Económico y Fiscal establezca y garantice una presión fiscal menor que en el conjunto del Estado.


- Que los recursos del Régimen Económico y Fiscal no den lugar a la disminución del volumen del resto de gasto público estatal corriente y de inversión y sean complementarios y adicionales a los contemplados en las políticas y la normativa
vigente en cada momento para la financiación de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus entidades locales.


- Que se busquen los instrumentos jurídicos adecuados para que el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en cuanto a su cumplimiento, también se encuentre vinculado en las leyes de presupuestos del Estado.


Como principios derivados de la consideración de Canarias como región ultraperiférica.


- Que los ciudadanos canarios disfruten de las mismas oportunidades que las que prevalecen en el conjunto de la Unión Europea, a pesar de la condición de Canarias como región ultraperiférica, reconocida por el artículo 349 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, debiéndose modular a tal fin la actuación estatal en las políticas económicas y fiscales.


- Que, atendiendo a la consideración de Canarias como región ultraperiférica de la Unión Europea, el Régimen Económico y Fiscal de Canarias comprenda un conjunto de medidas económicas y fiscales destinadas a garantizar la cohesión económica,
social y territorial del archipiélago y la competitividad de todos los sectores económicos.


- Que los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, adapten sus políticas y actuaciones legislativas y reglamentarias, así como sus decisiones financieras y presupuestarias, a la condición de Canarias como región
ultraperiférica de la Unión Europea, fijando las condiciones específicas para su aplicación en el archipiélago, teniendo en cuenta ámbitos tales como la política aduanera, la política de transportes y telecomunicaciones y sus infraestructuras, el
mercado interior, la política comercial interior y exterior, las políticas energética y medioambiental, puertos y aeropuertos, la política fiscal, las zonas francas, internacionalización, las políticas agrícola y pesquera, las condiciones de
abastecimiento



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de materias primas y de bienes de consumo esenciales, política industrial y las condiciones de acceso a las ayudas públicas. Como principios derivados de la cohesión social y territorial.


- Que las medidas compensatorias recogidas en el REF tengan en cuenta, con carácter general, los costes adicionales derivados de la situación de doble insularidad.


- Que los poderes públicos promuevan y potencien la responsabilidad social corporativa de las empresas en Canarias y, en particular, de todas aquellas que se beneficien de los incentivos económicos o fiscales recogidos en la presente ley.


Además en dicha resolución se recogen aspectos detallados relativos a materias tales como transporte, telecomunicaciones, energía, residuos, precio del agua, convenios de infraestructuras, promoción comercial, promoción turística, incentivos
económicos regionales, creación de empleo, incentivos a la inversión, universidades, formación profesional para el empleo, sector primario y régimen jurídico aplicable a las zonas francas de Canarias.


Una vez se ha aprobado la actualización de los aspectos fiscales del régimen Económico y Fiscal de Canarias mediante el Real Decreto-ley 15/2014, de 19 de diciembre, procede acelerar las negociaciones con el Gobierno de Canarias que
conduzcan a la aprobación de una nueva ley que actualice los aspectos económicos del REF sobre la base de los principios recogidos en la resolución unánime aprobada por el Parlamento de Canarias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a actualizar, a la mayor brevedad posible, el Régimen Económico y Fiscal de Canarias en sus aspectos económicos, previa negociación con el Gobierno de Canarias y sobre la base de los acuerdos
adoptados por unanimidad del Parlamento de Canarias el 21 de abril de 2015.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Francisco Hernández Spinola, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Fomento


161/000151


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
tramo de AVE denominado variante de Pajares, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La conexión ferroviaria entre Valladolid y Asturias, con Alta Velocidad, tiene en la denominada variante de Pajares su hito más importante desde el punto de vista geológico, económico y constructivo.


De la importancia que tienen para el transporte de viajeros y mercancías, entre Asturias y la Meseta, da buena muestra el siguiente dato: La distancia entre Pola de Lena y la Robla, por línea ferroviaria, disminuirá de 87,5 km a 49,7 km con
una reducción del tiempo de viaje superior a una hora, ya que los túneles de Pajares, ya horadados, tienen una longitud de 49,7 km, lo que le sitúan entre los séptimos más largos del mundo, los sextos de Europa y los segundos de España.


Dicha obra, con un presupuesto superior a los 3.000 millones de euros, tiene ejecutado hoy más de un 90 %, aproximadamente, de su programación.


Las obras avanzaron a buen ritmo entre el 1 de abril de 2004 y el 31 de diciembre de 2011. En dicho periodo se ejecutaron obras por valor de 2.700 M/€, es decir una media de 350 M/€ al año, según datos aportados por los actuales
responsables del Ministerio de Fomento. Sin embargo el ritmo se ralentizó



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desde el 1 de enero de 2012, ya que desde dicha fecha hasta el 1 de septiembre del 2013 solo se ejecutaron obras por valor de 122,2 M/€, una media de 61 M/€ año, y entre los años 2012, 2013 y 2014 se invirtió la misma cantidad que, hasta
esos años se ejecutaba en uno solo.


Las cifras comparativas del Grupo Fomento para Asturias son elocuentes: la inversión anual entre 2012 y 2015 fue un 64,5 % menor que entre 2005 y 2011.


El actual Presidente del Gobierno de España, Mariano Rajoy, se comprometió en sede parlamentaria a tener en funcionamiento, con un solo túnel, el trayecto ferroviario, con Alta Velocidad, por dicha variante, antes de acabar el pasado año
2014. La Ministra de Fomento, Ana Pastor, pasada esa fecha comprometió el año 2015 para su apertura.


Desde hace varios meses, el Ministerio de Fomento se niega ya a cualquier previsión de calendario para la variante de Pajares y Asturias necesita conocer ya un calendario oficial para su puesta en funcionamiento. Especialmente porque, a día
de hoy, las obras están prácticamente paralizadas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Agilizar las obras de la variante de Pajares, pieza fundamental para la conexión ferroviaria de Asturias con León y el conjunto de la meseta, salvando la barrera de la Cordillera Cantábrica por un trazado alternativo.


2. Establecer con carácter urgente un calendario oficial para su puesta en funcionamiento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de febrero de 2016.-Antonio Ramón María Trevín Lombán y Adriana Lastra Fernández, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Deporte


161/000187


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
paralización del calendario de implantación y posterior derogación de la LOMCE, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


La aprobación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de noviembre, para la mejora de la calidad educativa, únicamente con los votos del Grupo Parlamentario que apoyaba al Gobierno, constituyó un enorme error que demostraba la nula capacidad de
consenso del Gobierno del momento. Sin él la perdurabilidad de la reforma y la estabilidad del sistema era y es nula. Las elecciones del pasado 20 de diciembre del 2015 han constatado que la mayoría excluyente que sirvió para apoyar la ley se ha
volatilizado, siendo hoy mayoría en el Congreso las fuerzas políticas que se opusieron y que llevaron en sus programas electorales la derogación de la ley.


La Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa responde a una concepción partidista, intervencionista, clasista, jerárquica y reaccionaria de la educación que avala una metodología tradicional, autoritaria, disciplinaria y acrítica,
que supuestamente pretende afrontar los principales retos educativos y, en particular, el abandono y el fracaso escolar. En su lógica, establece un modelo que pretende obligar al estudio, en lugar de estimularlo, mediante la reintroducción de
reválidas que provocarán regresiones pedagógicas y didácticas (al dirigirse a aprobar el examen) y mayores tasas de abandono escolar por parte del alumnado que no supere las pruebas.



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La LOMCE establece, asimismo, un modelo educativo inspirado en una ideología nacionalista española que tiene como objetivo, tal como el mismo Ministro tuvo la voluntad de dejar evidenciado, que los profesores y profesoras enseñasen a sus
alumnos el orgullo de ser españoles, a vertebrar la nación española y a españolizar 'a todos los niños catalanes'. En este sentido, y fiel a esa ideología nacionalista española que históricamente ha prohibido y perseguido las lenguas minoritarias y
minorizadas, esta ley representa un episodio más en la historia de la persecución de la lengua catalana. La LOMCE está coherentemente enmarcada en una estrategia de minorización y marginación de la lengua catalana por parte del Partido Popular allá
donde han gobernado: proceso contra la inmersión lingüística en les Illes Balears; rechazo de la Generalitat Valenciana al derecho de estudiar en la lengua propia reclamado por 125.000 familias valencianas; surrealista invención de una 'nueva'
lengua LAPAO para negar la lengua catalana en Aragón...


Más allá de que estos ataques puedan ser revertidos por los nuevos gobiernos autonómicos, la LOMCE en sí niega la diversidad lingüística de las Comunidades Autónomas con lengua propia y supone un ataque al modelo de inmersión lingüística,
que garantiza el conocimiento del catalán y el castellano al finalizar la formación obligatoria y que ha sido fundamental para la cohesión social y la convivencia lingüística en Catalunya. Un modelo que ha contado históricamente con un amplísimo
consenso social y político.


Por otro lado, el carácter recentralizador, segregador y elitista de la contrarreforma del Gobierno del PP también supone una amenaza para el conjunto del sistema educativo catalán. Un sistema que se fundamenta, entre otros principios, en
la universalidad y la equidad, como garantía de la igualdad de oportunidades, y en la inclusión escolar y la calidad de la enseñanza, de acuerdo con lo establecido en el Estatut d'Autonomia de Catalunya y en la Llei d'Educació de Catalunya.


Efectivamente, el carácter recentralizador se refleja en todo lo que afecta al ámbito curricular al romper los acuerdos entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en cuanto a los porcentajes de elaboración de los
currículos, reservando a la primera la potestad de establecer todo el currículum de las asignaturas troncales y de las específicas. De igual manera, queda evidenciada la voluntad recentralizadora en la pretensión de establecer procesos evaluadores
unitarios a final de primaria, secundaria y bachillerato.


El proyecto de ley se inspira en valores reaccionarios que responden a fórmulas de escuela no comprensiva y no inclusiva, que rechaza el trabajo por competencias, que entiende el aprendizaje como una carrera de obstáculos y no como la
facilitación de los medios adecuados y las ayudas que cada alumno requiera para progresar. Asimismo, ignora las desigualdades y atenta contra el principio de igualdad de oportunidades al consolidar un modelo segregacionista que establece dos
tipologías en 4.º de ESO: una, tendente a lo que denomina 'enseñanzas académicas' y la otra 'enseñanzas aplicadas', devaluando la Formación Profesional, y discriminando, en definitiva, por origen y procedencia social a través de una tipología de
centros especializados que favorece la exclusión y la estabulación del alumnado con dificultades.


Propugnan un carácter conservador, ultraliberal, clasista y regresivo de la educación, que deja de ser un derecho para convertirse en un servicio y que abre camino a la escuela selectiva. La LOMCE actúa como un catalizador del proceso de
privatización de la educación, tal como se refleja a través de la oficialización del concierto a los centros de élite que rompen los principios de coeducación.


De igual manera, se consolida un modelo de escuela confesional, heredero del nacionalcatolicismo negador de la libertad de conciencia, que establece la religión como materia fundamental, agravando aún más la actual situación -no compartida
por el republicanismo- de presencia de la enseñanza de la religión en el sistema escolar público a través de un profesorado, pagado por la Administración pública, pero designado y controlado por la propia Iglesia. La ofensiva de la jerarquía de la
Iglesia Católica es tanto más inaceptable -y lamentable su asunción por parte del gobierno- en cuanto corrió en paralelo a la expulsión del currículo de la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que había sido cuestionada por la Conferencia
Episcopal.


Asimismo, mientras se potencia la enseñanza de una materia dogmática como la religión, son suprimidas o relegadas otras materias imprescindibles para la formación integral del alumnado como el Conocimiento del Medio como Área de Educación
Primaria, la Historia Contemporánea para los estudiantes de Secundaria de las ramas científicas y tecnológicas, la Música u otras.


La ley representa un paso atrás en todo aquello que estimula la cogestión de los integrantes de la Comunidad Educativa en el proyecto educativo, al suprimir el carácter decisorio del Consejo Escolar, así



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como la participación de la sociedad hasta el extremo de menoscabar el papel de los Ayuntamientos como administración educativa.


Todo ello nos hace concluir que la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa no responde a una sincera voluntad de aspiración de mejora del actual sistema, tal como quedó demostrado, más allá de la voluntad de imposición,
intolerancia y rechazo al diálogo demostrada por el Gobierno, en la ausencia de una memoria económica suficiente y creíble. Al contrario, su contenido, sin duda, fractura más que cohesiona al conjunto de la Comunidad Escolar e impide alcanzar los
objetivos que se pretenden en la Unión Europea para el año 2020 de reducir el fracaso escolar y la tasa de abandono escolar, así como el de aumentar el porcentaje de alumnado que finaliza con éxito los estudios postobligatorios.


Por otro lado, el inicio de la implantación de la LOMCE que se puso en marcha en el curso 2014-15 ha traído aparejada multitud de variables e inconvenientes por la forma dispar que se ha llevado a cabo en las Comunidades Autónomas. Las
prisas del Ministerio por imponer esta ley, acelerando el calendario de implantación de la misma, sin el apoyo de la mayoría de la comunidad educativa y en contra de varias Comunidades Autónomas, está generando problemas en la aplicación de la
misma. Problemas en las administraciones educativas para adaptar sus normativas, lo que lleva aparejado desconcierto y desorganización en los centros; problemas para el alumnado que está sufriendo las consecuencias de este desorden; problemas
para las familias que viven con preocupación e incertidumbre la educación de sus hijos e hijas y, fundamentalmente, problemas para el profesorado que son los que tienen que aplicar los cambios de la normativa educativa sin tiempo para asumirlos y
prepararlos.


Los datos que aportan los estudios realizados sobre la implantación de la LOMCE al finalizar el curso 2014-15, revelan que en cada Comunidad Autónoma la situación es distinta. En los cursos de implantación tanto de Primaria (1.º, 3.º y 5.º)
como en 1.º de FP Básica en muchos casos se comenzó el curso sin la normativa requerida o bien aprobada en el último momento sin tiempo para conocerla y prepararla adecuadamente. Existen Comunidades Autónomas con desarrollos normativos nuevos,
otras con los antiguos, en otras conviven los dos, e incluso se han dado situaciones tan caóticas como implantar un curso LOMCE pero utilizando material del currículo anterior. Con respecto a la prueba individualizada de 3.º de Primaria que se
presentó como un pilar fundamental para mejorar el sistema educativo, también ha tenido una puesta en marcha dispar. Si se profundiza en la normativa para la realización de esta evaluación externa se vuelve a observar un gran número de variables
dependiendo de cada Comunidad Autónoma. En Andalucía y Asturias no la han realizado. En Canarias y Euskadi se ha realizado con carácter muestral. En el resto de territorios con carácter censal, pero con múltiples casuísticas, tanto en las
competencias evaluadas como en la aplicación de las pruebas. Un ejemplo de ello es que en unos territorios son aplicadas por profesorado externo, en otros por profesorado del centro que no imparte clase al grupo evaluado, en otros es el propio
profesorado del grupo el que la aplica,... Con este panorama difícilmente se pueden sacar conclusiones fiables sobre la validez y eficacia de estas pruebas. En el curso 2015-16 se ha iniciado la implantación de 1.º y 3.º de la ESO y 1.º de
Bachillerato, sin el desarrollo normativo adecuado, por lo que se corre el peligro de que este nuevo curso sea todavía más problemático que el pasado.


Ante la situación descrita de desconcierto se hace necesaria que con urgencia se derogue la ley para impedir males mayores a los descritos y permitir el respeto a las competencias de las Comunidades Autónomas (especialmente con aquellas que
tienen leyes vigentes como es el caso de Catalunya) y a la realidad de diferentes nacionalidades.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Suspender el calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, previsto en su disposición final quinta.


2. Derogar el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo y el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las pruebas de la evaluación
final de Educación Primaria.


3. Derogar definitivamente la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.



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4. Detener el proceso de recentralización y homogeneización en materia educativa y respetar plenamente las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas, garantizando la implementación en su plena integridad de la Ley de
Educación de Catalunya.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Joan Baptista Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000149


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
despenalización del derecho de huelga, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


El derecho de huelga está reconocido en su artículo 8 por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (una de las partes de la Carta Internacional de los Derechos Humanos), firmado y ratificado por el Estado español.
Asimismo, la Constitución española de 1978 lo recoge en su artículo 28: 'se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas
para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad'. Casi cuatro décadas más tarde de su aprobación, el desarrollo de este precepto constitucional no se ha producido y la regulación de la huelga se contiene en una norma
preconstitucional: el Real Decreto-ley de Relaciones de Trabajo de 4 de marzo de 1977.


No obstante, a pesar de formar parte del derecho básico internacional y de estar constitucionalizado por el ordenamiento jurídico español, el derecho de huelga está siendo limitado de facto en los últimos tiempos mediante una política
represiva que usa el apartado 3 del artículo 315 del Código Penal como mordaza del ejercicio del derecho fundamental y advertencia al sindicalismo activo. Dicho artículo permanece como rémora del articulado legislativo franquista y ha sido y es
interpretado, en plena etapa de recortes económicos y de libertades -entre ellas las relacionadas con la negociación colectiva-, en contra del efectivo ejercicio del derecho a la huelga o lo que es lo mismo en clara contradicción con el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales así como con el propio artículo 28 de la Constitución.


Su consecuencia inmediata es la existencia de más de 300 trabajadores y trabajadoras procesados en virtud del citado artículo, así como un incremento de la actividad sancionadora por parte del Estado criminalizando la actividad legal del
ejercicio de huelga y su información a través de los piquetes informativos, única posibilidad con la que cuenta los trabajadores y sindicatos ante la presión y coacción que pudiera ejercer los empresarios frente a esta situación.


En toda nuestra experiencia democrática si algo ha caracterizado a la actividad de los trabajadores y sus sindicatos ha sido la de la de reivindicación pacifica dentro de los cauces democráticos y legales.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Suprimir el apartado 3 del artículo 315 de la Ley Orgánica 10/1985, de 23 de noviembre, del Código Penal.


2. Instar al Ministerio Fiscal a realizar las actuaciones que corresponda con el objeto de sobreseer las causas en tramitación así como para revisar las sentencias condenatorias dictadas de conformidad al



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apartado 3 del artículo 315 la Ley Orgánica 10/1985, de 23 de noviembre, del Código Penal que se deroga, para anular las condenas y restaurar o indemnizar por los daños ocasionados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario Esquerra Republicana.


161/000156


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 1389 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en
la Comisión de Empleo relativa a la derogación de las Reformas Laborales de 2010 y 2012 que afectan y modifican el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.


Exposición de motivos


Desde el inicio de la crisis económica, los gobiernos del Partido Socialista Obrero Español y del Partido Popular acometieron sucesivamente una serie de reformas del marco normativo laboral a través de procedimientos normativos
extraordinarios para casos de urgencia que eran posteriormente convalidados mediante la correspondiente Ley o reforma legal en su caso.


Han pasado algo más de cinco años desde la primera de esas reformas y la situación del mercado laboral sigue en situación de excepcionalidad si se atiende al nivel de la tasa de desempleo y su diferencial con respecto a la media europea.
Además, la evolución de muchos de los indicadores de dicho mercado desde la entrada en vigor de dichas reformas muestran el impacto destructivo que las mismas han tenido sobre el mismo. Basten algunos pocos datos para confirmarlo a partir de la
comparación de su nivel en el último trimestre antes de la aplicación de la reforma laboral del 2010 en relación con el último dato disponible:


- Actualmente, hay 530.000 personas menos en activo, es decir, las reformas han facilitado un efecto expulsión en mercado de trabajo español.


- También hay 700.000 personas ocupadas menos, es decir, se han destruido de forma paralela puestos de trabajo.


- La tasa de temporalidad ha permanecido intacta, alrededor di 25 %, manteniéndose España como uno de los países con una tasa más alta de toda la OCDE.


- Entre 2010 y 2014, según la AEAT, el salario medio declarado ha caído casi un 4 %.


- El desempleo se ha convertido en una situación crónica para más de dos millones de personas que llevan más de dos años en dicha situación, de las cuales más de un millón es mayor de 45 años y ve imposible su vuelta al mercado de trabajo.


Por lo tanto, no solo no se han conseguido los objetivos perseguidos con esta reforma (reducción del desempleo, incremento en la calidad del empleo, reducción de la temporalidad, etc.), sino que los males que pretendían solventar se han
agravado.


Y ello en el marco de una regulación del trabajo justificada exclusivamente sobre la base de su presunta contribución al crecimiento económico y a la productividad empresarial y obviando que, como valor jurídico, el empleo sustenta el
derecho al trabajo, reconocido en la Constitución Española y renunciando a la tutela del trabajo dependiente para irla sustituyendo paulatinamente por el de 'empleabilidad'.


Tanto el gobierno del Partido Socialista Obrero Español como el del Partido Popular decidieron enfrentar el problema del desempleo mediante la reforma del marco normativo laboral a través de la 'flexibilización' de las modalidades de
contratación y despido, el incremento de las facultades del empresario para modificar unilateralmente las condiciones de trabajo fijadas en convenio colectivo y la modificación de las políticas activas y pasivas de empleo recortando derechos de los
más desfavorecidos y sustituyéndolos por caridad institucionalizada,


A pesar de que la atención ha quedado centrada sobre la derogación de la reforma laboral del Partido Popular de 2012, por cuanto en la misma se articulan los ataques más agresivos contra los derechos de



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trabajadoras y trabajadores, esto sería claramente insuficiente por cuanto hay que tener en cuenta que la base para la erosión de muchos derechos, especialmente los que afectan a la negociación colectiva, estaban presentes y marcaban el
rumbo ya en la reforma del Partido Socialista Obrero Español de 2010.


De esta forma, derogar la reforma laboral de 2012 y mantener la de 2010 mantendría vigentes muchos de sus aspectos lesivos en términos de merma de derechos laborales con sus consiguientes repercusiones tanto sobre el mercado de trabajo como
sobre la estructura y la dinámica económica en general.


Algunos de los efectos más lesivos que quedarían en vigor derogando tan solo la reforma RDL 3/2012 serían los siguientes:


- Se ampliaron las causas para despedir.


- Se limitó la tutela administrativa y judicial de los despidos.


- Se facilitó el llamado 'despido express' por causas objetivas con el objetivo de reducir los salarios de tramitación.


- Se abría la puerta a la financiación de los despidos con recursos públicos.


- Se permitía la posibilidad de que las empresas suprimieran derechos establecidos en los convenidos colectivos sectoriales.


- Se permitía el llamado descuelgue salarial.


- Se permitía al empresario incumplir los derechos establecidos en los pactos y acuerdos de empresa.


Los efectos que tuvo esta reforma laboral no pueden ser tampoco ignorados y refuerzan la argumentación a favor de su derogación, más allá de la de 2012. Así, entre el segundo trimestre del 2010 (trimestre previo a la entrada en vigor de la
reforma) y el cuarto trimestre del 2011 (trimestre previo a la reforma de febrero 2012) el número de ocupados se redujo en casi 600 mil personas; el número de desempleados aumentó en 632 mil personas y la tasa de temporalidad se mantuvo intacta.


Por tanto, esta Proposición no de Ley no puede limitarse a plantear la derogación de la reforma aprobada por RDL 3/2012 sino que también es necesario hacerla extensiva al Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral, y a la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, y abrir un diálogo social que permita una reforma profunda del marco normativo de las relaciones laborales en este país.


Y ello porque es necesario un nuevo marco normativo que sea funcional al cambio de modelo productivo que este país necesita y que deje de hacer recaer la carga del ajuste en el ámbito productivo sobre los derechos de los trabajadores y
trabajadoras y, en última instancia, sobre sus condiciones de vida.


Se necesita un marco normativo en materia laboral que reconozca la dualidad del salario, no solo como un coste para la empresa, sino como la mayor y más importante fuente de ingresos de la población española. La elevación del nivel de renta
de la población no solo tiene incidencia sobre sus condiciones de vida sino también es la base para el mantenimiento de los servicios públicos, con su consiguiente efecto positivo sobre el conjunto de la sociedad y la economía.


Centrar el problema del mercado de trabajo en su flexibilidad de entrada y salida y en los niveles salariales es un enfoque absolutamente erróneo. La restricción fundamental para reducir el desempleo España no es el coste laboral. Basta
con consultar la Encuesta de Costes Laborales para saber que un 93 % de los empresarios señala que en su empresa no se crean vacantes de empleo porque 'no se necesita ningún trabajador' más y que tan solo un 5 % de los empresarios señala que no crea
más empleo en plantilla por 'el elevado coste de la contratación'.


Ningún mercado de trabajo, por más flexible que sea su regulación, crea empleo sin crecimiento económico y este, en una economía como la española, proviene fundamentalmente del consumo interno. Un consumo interno que, a su vez, depende de
la renta disponible y, por ende, de los niveles salariales o, en su defecto, del endeudamiento. Los niveles actuales de endeudamiento excluyen la posibilidad de esa fuente espuria de reactivación de la demanda y exigen, a su vez, de la mejora de
las condiciones salariales, no solo como mecanismo de estimulo de la demanda sino también corno forma de reducción del endeudamiento de los hogares. Por lo tanto, es necesario romper el círculo vicioso que nos ha traído hasta esta situación
devolviendo estabilidad y certidumbre a las relaciones laborales y capacidad de mantener vidas emancipadas a la relación salarial.


Es necesario poner en el centro del mercado de trabajo el incremento de productividad. Reduciendo la inestabilidad en el empleo, su rotación y volatilidad, todo lo contrario a lo que han hecho las sucesivas reformas laborales. Hay que
impedir los contratos temporales injustificados y el despido solo debe ser la



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última opción de ajuste. Por eso hay que centrar las líneas de incidencia sobre la flexibilidad y la productividad en la formación y el incremento de cualificaciones y conocimientos, lo que permitiría que los salarios crecieran.


Sin embargo, las nuevas reglas de inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en convenio colectivo y la nueva regulación de la vigencia de estos han contribuido a reducir de manera notable los salarios pactados en convenio
agudizándose esta tendencia desde el año 2012, fecha de aprobación de la reforma laboral del Partido Popular. Además, la tasa de cobertura de estos convenios se ha reducido entre 2013 y enero de 2016 en un 40 %. Es evidente que dichas reformas han
debilitado la negociación colectiva al aumentar los motivos que permiten el descuelgue salarial y al eliminar la ultraactividad de los Convenios Colectivos.


En definitiva, la situación actual es la de una normativa laboral que ha sustituido la negociación colectiva por el empresario como fuente de determinación de las reglas sobre el trabajo y su prestación; la utilización del despido barato y
difícilmente revertible como elemento de disciplinamiento de los trabajadores; el empobrecimiento de los trabajadores por la vía de mermar sus salarios; el sometimiento y funcionalización de los acuerdos sociales a la eliminación de los riesgos
sobre el excedente empresarial y, como expresión concentrada de todo lo anterior, la reducción del contenido laboral del derecho al trabajo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'Instar al Gobierno a adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para:


1.º Derogar la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma laboral.


2.º Derogar el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, y la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.


3.º Abrir un proceso de diálogo social para concluya con un nuevo marco de relaciones laborales funcionales al cambio de modelo productivo y garante de los derechos de los trabajadores y trabajadoras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2016.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000165


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el alcance de los incumplimientos por la legislación laboral española de la
Carta Social Europea, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


El Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano encargado de verificar si los Estados miembros, entre ellos España, cumplen las obligaciones que les impone la Carta Social Europea de 1961 y el Protocolo Adicional de 1988, emitió recientemente
un informe sobre el cumplimiento por parte de España de los derechos laborales, de negociación colectiva y libertad sindical que recoge la Carta Social Europea.


Según las conclusiones emitidas por el citado Comité, se ha constatado que nuestro país incurre en graves incumplimientos en estas materias, incluyendo numerosos aspectos que hacen referencia al marco normativo de la legislación laboral, así
como en relación a los niveles del salario mínimo interprofesional.


La resolución detecta siete incumplimientos de las obligaciones de España establecidas en esas normas internacionales, además de reservarse su opinión sobre diversas materias en las que entiende que el Gobierno no ha facilitado suficiente
información para poder pronunciarse, pero que en algunos casos sí pueden considerarse incumplimientos a priori.


El primero de ellos hace referencia al salario mínimo interprofesional (SMI). El Comité considera que el salario mínimo interprofesional establecido por el Gobierno y la Ley de Presupuestos no asegura un



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nivel de vida decente. Recuerda que a 'fin de garantizar un nivel de vida decente en el sentido del artículo 4.1 de la Carta de 1961, la remuneración debe estar por encima del umbral mínimo, fijado en el 650 % del salario medio neto'. A la
vista de las alegaciones expresadas por las organizaciones sindicales, el informe afirma que 'toma nota de que después de las contribuciones a la Seguridad Social y el impuesto sobre la renta, el SMI, así como el salario mínimo del personal
contractual, están por debajo del umbral mínimo fijado en el 50 % del salario medio neto, y por lo tanto son manifiestamente abusivas en el sentido del artículo 4.1 de la Carta Social Europea'.


En segundo lugar, el Comité constata la falta de preaviso adecuado ante el despido de contratos temporales, y en el contrato de apoyo a los emprendedores introducido por la reforma laboral. Se llega a la conclusión de que España no
garantiza los derechos establecidos en el artículo 4.4 de la Carta de 1961, sobre la base de que no exige un plazo de preaviso razonable en la extinción que decide el empresario en numerosos supuestos, siendo el más llamativo el establecido durante
el período de prueba del contrato de apoyo a emprendedores, introducido por la reforma laboral. Lo mismo sucede con otros supuestos de contratación en los que diversas reformas laborales han suprimido el preaviso a fin de que la empresa pueda
imponer el despido de forma inmediata, como sucede con los contratos temporales de duración inferior a un año. Igualmente, muestra su preocupación por la situación de los trabajadores autónomos económicamente dependientes, por lo que pide
información expresa al Gobierno sobre esta cuestión.


También informa el Comité del incumplimiento por parte del Gobierno del derecho de libertad sindical, al no haber establecido un procedimiento de consulta con las organizaciones sindicales antes de aprobar la reforma laboral. Según el
informe, la situación en España no está en conformidad con el artículo 6.2 de la Carta Social Europea, entre otros motivos, por haberse aprobado el Real Decreto-Ley 3/2012 y la Ley 3/2012, que afectaban de forma muy directa a la negociación
colectiva, sin consulta de los sindicatos y las organizaciones empresariales. Además, concluye que la reforma laboral -la Ley 3/2012- no es conforme igualmente a la Carta pues 'permite a los empleadores de manera unilateral no aplicar condiciones
pactadas en los convenios colectivos como sucede en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores con los pactos y acuerdos de empresa'.


Un cuarto incumplimiento que detalla el Comité es la restricción del derecho de huelga y la criminalización que hace el Gobierno de la actividad sindical. Según el informe, estas restricciones son contrarias al artículo 6.4 de la Carta
Social Europea, pues la legislación autoriza al Gobierno a imponer el arbitraje obligatorio para poner fin a una huelga en los casos que van más allá de las excepciones permitidas por el artículo 31 de propia Carta. De esta forma, el derecho de
huelga sufre una importante restricción ya que la autoridad gubernativa puede dejarlo sin efecto a través de una medida que no está suficientemente justificada en las razones excepcionales que permite la propia Carta. Además, el Comité toma nota de
las denuncias formuladas por las organizaciones sindicales sobre la criminalización de la actividad de los piquetes informativos, por lo que pide al Gobierno información al respecto a fin de evaluar si se vulnera igualmente la libertad sindical.


En quinto lugar, el Comité reprocha que nuestra legislación establezca, para la distribución de la jornada flexible, periodos de referencia de un año, como en el establecimiento de la jornada máxima anual, o en la determinación de la jornada
irregular que puede libremente imponer el empresario tras la reforma laboral. Así, el informe apunta que los periodos de referencia no deben exceder seis meses. Y que solo podrán ampliarse a un máximo de un año en circunstancias excepcionales.
Por ello pide información para constatar si en la práctica, los trabajadores en las modalidades de trabajo flexibles de tiempo con largos periodos de referencia no trabajan horas irrealizables o un excesivo número de semanas de trabajo prolongado.


En sexto lugar, el Comité considera que España incumple la obligación de asegurar que todos los trabajadores expuestos a los riesgos para la salud y la seguridad tengan derecho a medidas compensatorias, como reducción de las horas de
trabajo, tiempo de exposición o de permiso pagado adicional. Este incumplimiento implica la vulneración del artículo 2.4 de la Carta Social Europea. Esta norma exige que a los trabajadores y trabajadoras que desarrollen su actividad en puestos
peligrosos para la salud, se les ofrezca tiempo suficiente para recuperarse del estrés o la fatiga producida. Esto debe lograrse a través de una reducción de jornada o tiempos de exposición, o mediante la concesión de una licencia adicional pagada.


Por último, el informe sostiene que en materia de horas extraordinarias España no está en conformidad con el artículo 4.2 de la Carta Social Europea, sobre la base de que el Estatuto de los Trabajadores no garantiza una mayor remuneración o
un mayor tiempo libre compensatorio de las horas extraordinarias.



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Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner en marcha el proceso de reforma legislativa para dar cumplimiento a la Carta de Derechos Sociales del Consejo de Europa en los términos recogidos en el informe del Comité Europeo de Derechos Sociales.


2. Iniciar un proceso de concertación social con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a efectos de proceder a las referidas reformas legislativas.


3. Poner en marcha un proceso de actualización y mejora del salario mínimo interprofesional que permita en un periodo breve de tiempo dar cumplimiento a las exigencias del Comité de Derechos Sociales en relación a la cobertura mínima del
SMI prevista en la referida Carta Social Europea.


4. Abordar cuanto antes la ratificación del Tratado Internacional por el que se aprueban las modificaciones introducidas en la Carta Social Europea Revisada, las cuales crean un sistema de control de cumplimiento de los derechos sociales y
amplían, al tiempo, su catálogo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Aina Vidal Sáez, Diputada.-Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Industria, Energía y Turismo


161/000145


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en
Comisión, relativa al desarrollo de un Plan de Reindustrialización Sostenible de la Comarca del Besaya y del municipio de Reinosa, para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.


Exposición de motivos


Cantabria se ha visto duramente afectada por la crisis económica y financiera que ha golpeado a la economía española desde 2008. Tanto es así que Cantabria es la segunda Comunidad Autónoma que ha sufrido una mayor caída del PIB desde 2008.
Según la información facilitada por el Instituto Nacional de Estadística, entre 2008 y 2014 el PIB cántabro se redujo un 11,8 %, una caída 4,3 puntos porcentuales superior a la media nacional, mostrando un más que preocupante deterioro de la
actividad industrial, con una caída de la producción de este sector del 17 %. La debilidad de la economía de Cantabria se mantiene en 2015 mostrando un crecimiento cinco décimas inferior a la media del país. Tendencia que se mantiene en las
previsiones de crecimiento para 2016.


La dureza de la crisis económica en Cantabria, considerablemente superior a la media española, ha provocado que el PIB per cápita cántabro se sitúe en torno al 90 % de la media nacional y sea similar al PIB per cápita cántabro del año 2005,
pudiendo así hablar de una auténtica y dramática década perdida para la economía de Cantabria, con un 27,4 % de la población cántabra viviendo en riesgo de pobreza o exclusión social. Esto no se explica únicamente por hechos coyunturales que
afectan a la generalidad del país sino que, en el caso de Cantabria, se debe a la ausencia de desarrollo de actividades terciarias de alto valor añadido, la pérdida de actividad del sector primario tradicional y, fundamentalmente, a la
desindustrialización.


Precisamente, este proceso de desindustrialización, que ha supuesto la pérdida de más de 6.000 empleos en la industria, se ha sufrido con especial intensidad en la Comarca del Besaya y en Reinosa, zonas que fueron tradicionales motores
económicos e industriales de Cantabria y que han focalizado la mayoría de despidos y cierres del sector industrial en Cantabria. En estas zonas viven en torno a 120.000 personas, el 20,3 % de la población de Cantabria, que han sufrido un continuo
deterioro económico por la pérdida de



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competitividad y la deslocalización industrial, agravado por los cierres y quiebras producidos durante la crisis, que ha generado un alto índice de desempleo, emigración y una pauperización intensa. El cierre o los planes de ajuste y la
incertidumbre sobre el futuro de empresas industriales de referencia como Sniace, Bridgestone, Solvay, Greyco, Haulotte o Gerdau han deprimido económica y socialmente estas zonas llevando la tasa de paro hasta el 22,6 % a finales de 2015, habiendo
llegado al 27,2 % en 2013 según la encuesta de población activa. Por desgracia, la caída en la tasa de paro no se debe a una mejora en las perspectivas económicas y laborales, como muestra el hecho de que la ocupación se haya reducido un 24,8 %
desde el inicio de la crisis y todavía un 2 % en 2015. De hecho, lo que muestran estos indicadores es que son zonas sometidas a dos fenómenos dramáticos, a añadir al alto desempleo, como son la caída de la población activa y la emigración de la
población más joven que busca mejorar su situación laboral.


Por todo lo anterior y por la necesidad de reactivar la economía de Cantabria recuperando de forma sostenible sus motores industriales de la Comarca del Besaya y el municipio de Reinosa, consideramos esencial la financiación y concreción de
un Plan de Reindustrialización Sostenible en estas zonas que vaya mucho más allá de la mera declaración de intenciones sobre su reindustrialización y reactivación económica. El problema al que nos enfrentamos no requiere declaraciones
institucionales sino hechos concretos con una cuantía presupuestaria finalista claramente definida. Por una parte, esto permitiría el desarrollo social y económico de unos territorios profundamente deprimidos en la actualidad. Por otra, rompería
la tendencia de deterioro y falta de competitividad estructural de la economía cántabra al aprovechar las inversiones para desarrollar un nuevo sector industrial sostenible, productivo y competitivo internacionalmente que permita crear empleo de
calidad y estable en sectores de alto valor añadido.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a


La aprobación de un Plan de Reindustrialización Sostenible de la Comarca del Besaya y del municipio de Reinosa, dotado de una cuantía total de 250 millones de euros, debiera completarse en un horizonte plurianual de cuatro años, equivalente
a una legislatura, con un calendario de inversiones en el que el primer año se desembolsaran 100 millones de euros, el segundo año 75 millones, el tercer año 50 millones y el cuarto año 25 millones de euros. Con un reparto geográfico de 225
millones de euros para la Comarca del Besaya y 25 millones de euros destinados a Reinosa. Asimismo las principales vías de actuación y el desglose finalista de los gastos del Plan de Reindustrialización Sostenible de la Comarca del Besaya y del
municipio de Reinosa se resumen en las siguientes líneas:


- Ayudas para incrementar la eficiencia energética, la reducción de emisiones y residuos procedentes del proceso productivo. 30 millones de euros.


- Ayudas para la búsqueda de nuevos mercados, internacionalización de las empresas, aprovechamiento de cadenas globales de valor y fomento de las exportaciones de bienes y servicios. 5 millones de euros.


- Ayudas para la modernización de industrias en riesgo de deslocalización para la adquisición de maquinaria, patentes o transformación de procesos productivos que permitan incrementar la productividad y competitividad. 30 millones de euros.


- Incentivos para la atracción de nuevas empresas, inversión extranjera directa y participación en sociedades mixtas: 50 millones de euros.


- Desarrollo de nuevo suelo industrial y readaptación del ya existente: 20 millones de euros.


- Mejora de las infraestructuras de transportes para reducir el coste del transporte de mercancías y evitar colapsos circulatorios motivados por la nueva actividad económica. 100 millones de euros.


- Ayudas para la atracción del talento, mejora del capital humano y la formación continua de los trabajadores. 15 millones de euros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de febrero de 2016.-Rosa Ana Alonso Clusa, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
viabilidad de las plantas de Covestro (antes Bayer) y Ercros, así como la reactivación económica del sector industrial en la demarcación de Tarragona, para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.


Exposición de motivos


Covestro, la antigua Bayer Material Science, SL, dentro del complejo petroquímico de Tarragona; y Ercros, una industria de producción de Cloro situada en Flix con más de 120 años de historia y base económica de la comarca de la Ribera
d'Ebre y otra planta en Vila-Seca comunicaron a sus trabajadores, a finales del año 2015, el cierre de su fábrica en los próximos meses.


La causa alegada por Ercros es que la normativa europea les obliga a sustituir, antes de diciembre de 2017, la actual tecnología con células de mercurio para producir cloro por otra que supondría tener que invertir entre 150 y 170 millones
de euros. Esta inversión es considerada inviable por los directivos de Ercros y más teniendo en cuenta la saturación de cloro que hay en el mercado Europeo y el cierre de Covestro, uno de sus principales clientes.


En el caso de Covestro, antes Bayer, se trata de una planta que produce el MDI, uno de los componentes de las espumas rígidas de poliuretano que se usa para el aislamiento térmico y por tanto el ahorro de energía y paliativo del
calentamiento global para la industria del automóvil, la construcción, ocio, embalaje, etc. La causas alegadas en este caso es la falta de competitividad de la planta, argumento que se niega de manera categórica y sólidamente argumentada por los
trabajadores y trabajadoras de la empresa, quienes consideran que se trata de una deslocalización en toda regla en el seno de la Unión Europea a favor de las plantas alemanas de la empresa matriz.


De hecho, resulta especialmente llamativo si tenemos presente que la planta tarraconense dispone de un elevado nivel tecnológico, siendo de las principales del Estado español de estas características.


El cierre afecta directamente a unas 120 personas en Covestro y unas 200 personas en Ercros, así como a un indefinido -pero previsiblemente amplio- número de puestos de trabajo indirectos. En definitiva, un durísimo golpe para la zona y en
especial para la comarca de la Ribera d'Ebre.


Desde los agentes sociales de la demarcación de Tarragona se teme que nos encontremos en el inicio de una dura crisis de la industria química, base cuantitativa y cualitativa de la economía de las comarcas del sur de Catalunya, y que estos
cierres sean el inicio de un cierre en cadena de más industrias del sector.


De hecho, el empresariado del sector (pese a que ciertamente no ha sido explicitado por Covestro y Ercros) alega que el mantenimiento de las industrias y posibles nuevas inversiones no serán viables sin las necesarias inversiones en
infraestructuras -especialmente el Corredor del Mediterráneo- y la reducción del alto coste de la energía eléctrica en el Estado español.


Dado que el cierre de estas plantas está directamente vinculado a las políticas del Gobierno español, este debe implicarse en el proceso de diálogo social que necesariamente tiene que abrirse entre empresa y sindicatos para buscar la
viabilidad de las plantas, así como para evitar y, en su caso, mitigar el impacto laboral y social que el cierre de Ercros y Covestro puede tener sobre las personas trabajadoras y, por extensión, en la actividad económica sobre unas Terres de l'Ebre
y un Camp de Tarragona que -junto a la comarca del Penedés- cuentan ya con altas cifras de desempleo (68.000 personas en paro a finales de 2015).


En tal sentido, consideramos que el Gobierno español debe cumplir con su obligación de dotar de las infraestructuras ferroviarias oportunas y de abaratar el coste energético al valor similar de otros países de Europa para permitir la
competitividad de las empresas y evitar el mayúsculo drama socioeconómico que se prevé sobre el territorio si no se actúa con prontitud. En caso de no actuar con celeridad sobre estos factores se pone en riesgo el complejo petroquímico situado en
los municipios de La Canonja, Vila-Seca, Tarragona, El Morell, Constanti, La Pobla de Mafumet, así como su industria auxiliar.



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Por último, hay que subrayar la importancia estratégica de mantener la industria del cloro, producto y materia primera básica para la industria química, e inversamente el perjudicial impacto que su pérdida tendría para todo el Estado
español.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el gobierno español a:


1. Implicarse en la apertura de sendos procesos de diálogo entre las empresas Covestro y Ercros con los sindicatos dirigido a la búsqueda de soluciones para la viabilidad de las plantas de estas empresas en Tarragona y para impedir su
cierre.


2. Impulsar, conjuntamente con el Gobierno de la Generalitat de Catalunya y el resto de Administraciones públicas competentes, la elaboración y aprobación de un Plan, que será negociado con empresas y sindicatos, para el mantenimiento y la
reindustrialización en la demarcación de Tarragona. Dicho Plan tendrá como objetivo prioritario mantener el empleo en las comarcas altamente castigadas por el paro: Terres de l'Ebre, el Camp de Tarragona y el Penedés.


3. Priorizar el ancho de vía europeo y el Corredor del Mediterráneo, comprometiéndose a la conexión ferroviaria de todos los puertos, aeropuertos, plataformas logísticas y centros de producción y, especialmente, a finalizar el tramo de alta
velocidad entre Castelló y Tarragona, el ramal de mercancías entre el puerto de Tarragona y Castellbisbal y la resolución de la vía única entre Vandellós y Tarragona. Dicho compromiso incluirá el establecimiento de una fecha límite ante la propia
industria para otorgarle motivos de confianza y estímulo en la prosperidad económica.


4. Presentar, en el plazo máximo de seis meses, una propuesta de reforma eléctrica que, asimilando el coste de la energía a la media europea, permita la competitividad de las empresas.


5. Trasladar al Parlamento Europeo y la Comisión Europea, reclamando su regulación, la problemática de las deslocalizaciones en el seno de la Unión Europea basadas en el 'dúmping' laboral, social y fiscal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


161/000170


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Teresa Jordà i Roura y de los Diputados don Joan Olòriz Serra y don Joan Capdevila Esteve, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para moratoria y la prohibición de técnicas de prospección de hidrocarburos mediante el sistema de fractura hidráulica ('fracking'), para su debate en la Comisión de Industria,
Energía y Turismo.


Exposición de motivos


A finales de los años ochenta se empezó a experimentar en Estados Unidos con la fractura hidráulica ('fracking') como técnica prospectiva de gas natural. Esta técnica se ha ido extendiendo desde entonces y en los últimos años han
proliferado los expedientes de solicitud y prospección de tierras en el Estado español, superando actualmente el centenar de permisos repartidos entre concesiones de explotación vigentes, condiciones de almacenamiento subterráneo y permisos de
investigación pendientes y vigentes.


Son numerosos los incidentes medioambientales sucedidos -sobre todo en Estados Unidos, país donde hasta el momento se están explotando las diferentes fuentes de gas natural no convencional de manera masiva desde los años noventa- que pueden
estar relacionados directamente con las prácticas del 'fracking'. Ello ha conducido a una oposición social y a diferentes escándalos medioambientales, principalmente relativos a la contaminación de acuíferos, poniendo en alerta la Agencia de
Protección Ambiental (EPA), quien anunció en marzo de 2010 la puesta en marcha de una investigación.



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Los principales interrogantes de esta técnica de prospección es la afectación sobre los acuíferos, sobre la actividad sísmica de la zona afectada, sobre los elevados consumos de agua, sobre la gestión de las aguas residuales producidas y
sobre la liberación no controlada de gas metano.


Ante la situación de alarma de diferentes grupos sociales, recientemente la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo solicitó un estudio sobre el impacto de la extracción del petróleo y gas de
pizarra mediante la técnica de fractura hidráulica sobre el medio ambiente y la salud humana.


Las conclusiones a las que llega el informe son:


'En unos tiempos en que la sostenibilidad es la clave de futuras operaciones, se puede cuestionar si la inyección subterránea de productos químicos tóxicos se debería permitir, o se debería prohibir, ya que tal práctica podría restringir o
excluir cualquier uso posterior de la capa contaminada (p.e. para propósitos geotérmicos), y los efectos a largo plazo no han sido investigados. En un área activa de extracción de gas de pizarra, se inyectan entre 0,1-0,5 litros de productos
químicos por metro cuadrado. Esto se ve poco justificado, ya que los yacimientos potenciales de gas de pizarra son demasiado pequeños para tener un impacto sustancial en la situación del suministro del gas europeo. Los privilegios actuales para la
exploración y extracción de petróleo y gas deberían ser reevaluados en vista del hecho de que los riesgos y cargas medioambientales no son compensadas por su correspondiente beneficio potencial ya que la producción específica de gas es muy baja.'


Y se hacen las siguientes recomendaciones:


- No hay ninguna directiva europea en materia de minas y tampoco se ha realizado un análisis detallado, exhaustivo y accesible públicamente del marco regulatorio de la extracción del gas de pizarra y del petróleo de rocas duras. Ambos
deberían desarrollarse.


- El marco regulatorio actual de la UE sobre la fractura hidráulica, que es el elemento central en la extracción de gas de pizarra y petróleo de rocas duras, tiene varias lagunas. Además el umbral por el que se deben someter las actividades
de fractura hidráulica en extracción de hidrocarburos a evaluación de impacto ambiental es más permisivo que en cualquier actividad industrial de este tipo, y por tanto, se debería disminuir sustancialmente.


- Se debería reevaluar con especial atención el alcance de la Directiva Marco del Agua en relación a las actividades de fractura y sus posibles impactos en el agua de superficie.


- Los Análisis de Ciclo de Vida (ACV) podrían resultar una buena herramienta para evaluar los beneficios globales para la sociedad y sus ciudadanos, proporcionado minuciosos análisis de costes/beneficios. Se deberían desarrollar de forma
armonizada en toda la UE27 por autoridades responsables y se deberían poner a disposición del público para debatirlas con la ciudadanía.


- Se debería evaluar la prohibición general del uso de productos químicos tóxicos en este tipo de técnicas. Por lo menos, se deberían conocer públicamente todos los productos químicos utilizados, restringir el número de productos químicos
permitidos y monitorizar su uso. Se deberían recopilar las estadísticas sobre las cantidades inyectadas y el número de proyectos llevados a cabo a nivel europeo.


- Se deberían fortalecer las autoridades regionales para la toma de decisiones sobre proyectos que impliquen la fractura hidráulica. La participación pública y las evaluaciones de ACV deberían ser obligatorias para tomar estas decisiones.


- Donde los permisos de proyectos estén concedidos, la monitorización de los cursos de agua superficial y las emisiones a la atmósfera deberían ser obligatorios.


- Se deberían recoger las estadísticas de las quejas y accidentes ocurridos a nivel europeo. Donde los proyectos estén permitidos, una autoridad independiente debería recoger y examinar las quejas presentadas.


- Dada la compleja naturaleza de los posibles impactos y riesgos para el medio ambiente y la salud humana de la fractura hidráulica, debería dársele consideración a desarrollar una nueva directiva a nivel europeo que regule todas las
cuestiones sobre esta área de una manera exhaustiva.


En junio de 2011, la Asamblea Nacional francesa decidió, mediante la Ley 835 de 2011, la prohibición de la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos mediante la técnica de fractura hidráulica. En el mismo
sentido se han pronunciado las autoridades nacionales del Reino Unido, Bulgaria y Holanda, quienes han prohibido cautelarmente estos tipos de explotación. En el resto



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del mundo también Sudáfrica han congelado preventivamente los permisos de exploración debido a las dudas en torno a la seguridad de esta técnica por lo que respecta a la población y al medio ambiente.


Así mismo, el Parlament de Catalunya, en un informe de conclusiones perteneciente a una Comisión de Estudio sobre los permisos de explotación de hidrocarburos por medio de la fractura hidráulica, concluyó que, teniendo en cuenta las dudas
generadas y la inexistencia de soluciones a la gestión de los residuos procedentes del 'fracking' así como los costes sociales y medioambientales, el 'fracking' se puede considerar una técnica poco fiable y de dudosa rentabilidad energética y
económica.


En el Estado español, la regulación mediante la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, y el Reglamento que la despliega permiten sin condición alguna el uso de la técnica de fractura hidráulica, hecho que provoca la indefensión del
territorio ante las peticiones de exploración.


En estos momentos, las más que razonables dudas y los datos sobre los efectos de esta técnica, suficientes para motivar las actuaciones preventivas en el seno de la Unión Europea y en países como Francia, aconsejan la máxima prudencia de las
autoridades y una actuación decidida para evitar efectos irreversibles en el territorio.


Por todas estas razones, en base al principio de precaución, y teniendo en cuenta la situación y experiencia en otros países, debe plantearse en el Estado español la prohibición y explotación del sistema de fracturación hidráulica para la
extracción de gas no convencional.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Prohibir la técnica del 'fracking' en el Estado español.


2. Decretar, de manera inmediata y mientras no se prohíba esta técnica, una moratoria en la concesión de cualquier tipo de autorización o concesión para la exploración, investigación y explotación de los yacimientos de hidrocarburos que
utilicen la técnica de la fractura hidráulica para su extracción,


3. Incluir dentro de esta moratoria a todos los permisos o peticiones de autorización para realizar investigaciones, prospecciones o explotaciones que estén actualmente en trámite y todas aquellas que, aun habiendo sido objeto de concesión,
no hayan iniciado los trabajos que les fueron autorizados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Teresa Jordà i Roura, Joan Baptista Olòriz Serra y Joan Capdevilla i Esteve, Diputados.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000164


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para luchar contra el desperdicio de alimentos, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


En un mundo como el actual, donde en torno al 12% de la población mundial, 800 millones de personas, sufre hambre o desnutrición, el desperdicio de alimentos es inadmisible.


La FAO estima que cerca de 1.300 millones de toneladas, un tercio de los alimentos producidos a nivel mundial para consumo humano, se pierden. Según datos de la Comisión Europea correspondientes al año 2014, se calcula que en Europa se
malgastan anualmente 100 millones de toneladas de alimentos susceptibles de ser consumidos y, si no se corrige la tendencia, se espera que lleguen a 126 toneladas



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en 2020. En España, el sexto país europeo que más comida desperdicia (tras Alemania, Holanda, Francia, Polonia e Italia), se cifra en 8 millones de toneladas anuales.


Este hecho tiene efectos éticos -no es asumible que en un mundo donde se producen alimentos suficientes, siga habiendo quien pase hambre- y económicos -un informe de la Comisión global sobre Economía y Clima estima en 270.000 millones de
euros el ahorro que en la economía global supondría reducir el malgasto de comida y la FAO eleva esta cifra a 750.000 millones de dólares-, pero también medioambientales -ese mismo informe cifra en el 7% la emisión de gases de efecto invernadero
debida al malgasto de comida-. En los países desarrollados este malgasto se produce, fundamentalmente, en las fases de distribución y consumo de los alimentos.


La cuestión es cómo se puede luchar contra este desperdicio de alimentos. Se conviene en señalar que todos y cada uno de los actores de la cadena alimentaria -productores, transformadores e, incluso, consumidores- tienen un papel que jugar
en el objetivo común de prevenir y reducir el desperdicio de alimentos.


Desde la Unión Europea, sobre todo a partir de 2011, se han elaborado programas de buenas prácticas para prevenir este fenómeno, así como materiales didácticos e informativos, dirigidos fundamentalmente a los consumidores, con este fin. En
2014, la Comisión Europea ha elaborado una hoja de ruta hacia una Europa eficiente en materia de recursos, que incluye un programa de 'cero residuos' para el continente y ha identificado el sector alimentario como un sector clave en el que la
eficiencia debe ser mejorada. En materia de 'food waste' está previsto que los Estados miembros reduzcan el desperdicio de alimentos en un 30% antes de 2025.


Este tipo de campaña existe también en los países de nuestro entorno (piénsese en la campaña 'Piensa. Aliméntate. Ahorra. Reduce tu huella' de la FAO o la campaña 'Love Food, Hate Waste' en el Reino Unido) y en España desde hace algún
tiempo.


Desde abril de 2013, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha puesto en marcha la estrategia 'Más alimento, menos desperdicio', centrada en cinco líneas de actuación estratégica, a saber: la realización de estudios que
permitan determinar cómo, dónde y por qué se produce el desperdicio de alimentos; la elaboración de guías de buenas prácticas y campañas de sensibilización; la revisión de la normativa que incida en el malgasto; el impulso de actuaciones en
colaboración con los agentes de la cadena alimentaria para reducirlo; el fomento y desarrollo de nuevas tecnologías con este mismo fin.


Incluso, encontramos en nuestro país ejemplos de donación voluntaria de los alimentos que, estando en perfecto estado, la cadena de distribución no considera comercializables, bien porque presentan defectos en el etiquetado o en el envasado,
bien porque tengan próxima la fecha de caducidad.


Por otro lado, en algún país de nuestro entorno (Francia está tramitando una reforma normativa en este sentido), recientemente se ha optado por una política más ambiciosa de lucha contra el desperdicio de alimentos que pasa por establecer la
obligación legal de proceder a la donación de excedentes alimentarios a la distribución e, incluso, por sancionar el incumplimiento de esta obligación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar, con carácter inmediato, las medidas necesarias para establecer la obligación legal de los distribuidores del sector alimentario de proceder, siempre que sean aptos para el consumo, a
la donación a organizaciones benéficas autorizadas (ONGs, entidades solidarias, bancos de alimentos...) de los alimentos, así como el correspondiente régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento de la misma.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2016.-Felipe Jesús Sicilia Alférez, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000168


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Xavier Eritja i Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la



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siguiente Proposición no de Ley sobre la prohibición de tirar alimentos aptos para el consumo humano y la reducción del despilfarro alimentario para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La Asamblea Nacional francesa ha aprobado por unanimidad una ley que prohibe a las grandes superficies tirar o destruir los productos alimentarios aptos para el consumo humano, debiendo ceder gratuitamente esa comida a ONGs que asistan a
personas en situación de necesidad.


Contrariamente a la Asamblea Nacional francesa, el Parlamento español rechazó una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya en la tramitación de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena
alimentaria, en que se reclamaba la prohibición de tirar productos aptos para el consumo humano y la obligatoriedad de donarlos a bancos de alimentos, comedores sociales o entidades sin ánimo de lucro que atiendan a población necesitada. En
esencia, el Parlamento español rechazó lo mismo que Francia ha aprobado por unanimidad.


En un contexto socio-económico como el actual, donde se desperdician 1.300 millones de toneladas de comida al año, no se puede permitir que un tercio de todos los alimentos que producimos se pierda o desperdicie. En el Estado español 2
millones de personas pasan hambre hoy en día como consecuencia de la crisis económica, y se calcula que en la UE 43 millones están en peligro de pobreza alimenticia. En el global más de 870 millones de personas pasan hambre cada día.


Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura el 54 % del desperdicio de alimentos en el mundo se produce en las etapas iniciales de la producción manipulación y almacenamiento post-cosecha, el 46 %
restante ocurre en las etapas de procesamiento, distribución y consumo de los alimentos.


Todos los agentes que participan en el proceso tienen su grado de culpabilidad. Esa culpabilidad también recae en las instituciones públicas, las cuales no han sabido explicar ni concienciar a una sociedad que cada día sufre más las
consecuencias de una crisis duradera.


La mala praxis de algunas empresas y una falta clara de voluntad política para regular este derroche, sumado a los malos hábitos de la ciudadanía han creado una atmósfera de la cual cuesta encontrar el modo de romper esa rutina, debemos dar
solución a un problema endémico, y de difícil solución. Las personas tenemos el poder para producir los cambios necesarios si convertimos el desperdicio de comida en algo socialmente inaceptable.


Limitar el despilfarro no solo es una forma de mejorar la eficiencia, sino también de acabar con la malnutrición de parte de la población más necesitada, este excedente alimenticio es imperante donarlo a miembros vulnerables de la sociedad,
ONG, entidades, o buscarle un mercado secundario donde poder darle salida a estos productos.


En el caso de que no fueran aptos para el consumo humano la mejor opción podría ser desviarlo para el consumo del ganado, conservando de este modo recursos que por otra parte serían usados para la creación de pienso comercial.


En el caso que no sea posible la reutilización, debería intentarse el reciclaje y la recuperación: el reciclaje de subproductos, la digestión anaeróbica, el compostaje y la incineración con recuperación de energía permitiría recuperar
energía y nutrientes de los residuos de los alimentos, lo que representaría una ventaja significativa sobre el tirarlos en los vertederos, teniendo en cuenta que los alimentos no consumidos terminan pudriéndose en los vertederos y son un gran
productor de metano, gas de efecto invernadero especialmente perjudicial.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Presentar un Proyecto de Ley para la reducción del despilfarro alimentario.


2. Incorporar en dicho Proyecto de Ley la prohibición para las grandes superficies y supermercados de tirar productos aptos para el consumo y destinarlos a organizaciones sociales sin ánimo de lucro que atiendan a personas bajo el umbral de
la pobreza.



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3. Comprender en el Proyecto de Ley medidas de reutilización y reciclaje de aquellos productos alimentarios que ya no sean aptos para el consumo humano, beneficiando así a la economía y al medio ambiente.


4. Obligar legalmente a las grandes superficies y supermercados a ser transparentes y hacer público el destino de los productos alimentarios que ya no son aptos para su venta.


5. Realizar una campaña institucional de sensibilización ciudadana para reducir el despilfarro alimentario doméstico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


161/000177


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre el Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no
de Ley para la creación de un grupo de trabajo que aborde la elaboración de un Estatuto Básico para Agentes y Bomberos Forestales y un marco regulador de su actuación y pertenencia. Para su debate en Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


Exposición de motivos


223.783 es el número de incendios forestales que se han producido en el siglo XXI (hasta 2014), más de 1,5 millones de hectáreas de masa forestal quemadas, el equivalente a las comunidades autónomas de País Vasco y Madrid juntas. 251
muertos, 1.670 heridos, y más de 30.000 civiles desplazados solo en el periodo 1980-2011. De los fallecidos, 187 eran Bomberos Forestales y Brigadistas de terreno, 33 eran Bomberos Forestales y Brigadistas de los medios aéreos, pertenecían todos
ellos a las unidades que formaban parte del dispositivo de extinción de incendios. Estas cifras son alarmantes, el número de fallecidos, y heridos es superior al de militares españoles fallecidos o heridos en zona de operaciones desde la década de
los 90. La tasa de mortalidad por ejemplo de los pilotos aéreos es 80 veces superior a la media nacional, lejos de disminuir, el número de victimas mortales y heridos se mantienen constantes. España es el país de Europa que más sufre los incendios
forestales y sus efectos perniciosos, con tasas de siniestralidad excesivamente elevadas, hasta 9 veces por encima de la tasa que tiene EE. UU, país con una masa forestal y de intervenciones muy superior a la española. Efectos que se están viendo
agravados con el efecto del calentamiento global. Los incendios ya no solo son estacionales, en la temporada estival, sino que se producen a lo largo de todo el año, los incendios ya no son exclusivamente forestales, más por el contrario la fuerte
presión urbana sobre la masa forestal, y el cambio de la zona rural ha hecho que los incendios cambien tanto de comportamiento que estos ya no solo afectan a masas continuas de zona boscosa.


Los incendios forestales no tienen fronteras, están afectando gravemente al patrimonio ecológico español, ponen en riesgo la vida y la salud de las personas, el futuro personal y económico de muchos habitantes, en añadido afectan gravemente
a la fauna y flora de los ecosistemas, generando daños irreparables. Se han convertido en un problema de ámbito nacional.


Para enfrentarse a estos incendios se manifiesta la imperiosa necesidad de contar con funcionarios especializados, dedicados a la gestión, protección, custodia y salvaguarda de los recursos y patrimonio naturales y medioambientales. Esta
necesidad está muy lejos de ser nueva, o innovadora, ya que es inherente a la propia historia natural de España, actualmente tiene su materialización por un lado en los Cuerpos y Escalas de Agentes Forestales, Medioambientales, de Medioambiente o
Rurales... existentes en las Comunidades Autónomas (CC.AA.) con carácter general y en el Estado con carácter residual, constituyendo una policía ambiental de naturaleza mixta, administrativa y judicial, que aglutina actualmente a unos 6.000
miembros al servicio de las Administraciones Públicas Españolas con responsabilidad ambiental, y en el conjunto del Estado. Por otro lado, hay que añadir los heterogéneos Bomberos Forestales, unos 35.000, conformando brigadas de prevención y
extinción de incendios, en su mayoría subcontratados temporalmente a través de empresas privadas en cuya gestión priman las ganancias económicas a la eficacia y adaptación de medios a las necesidades reales, hay que sumar a los anteriores



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los Bomberos Voluntarios en número variable, y los miembros de las BRIF (helitransportadas) del MAGRAMA en número de 500.


Si bien la lucha contra incendios podría acometerse como una cuestión de ámbito nacional, la descentralización política derivada de la consolidación del Estado de las autonomías constituyó de facto la transferencia de competencias
ambientales del Estado a las diferentes CC.AA., y con ellas la de los Agentes Forestales, quedando únicamente en la Administración del Estado los Agentes Forestales adscritos al Organismo Autónomo de Parques Nacionales, hasta que; en virtud de la
Sentencia del Tribunal Constitucional número 194/2004, se estableció la anulación de modelo de cogestión, realizando la total transferencia de Parques Nacionales a las CC.AA., y por ende la transferencia de los Agentes forestales adscritos a los
citados. Acción similar han sufrido los Bomberos Forestales. La profesión de Bombero Forestal fue reconocida según Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, sin embargo el mismo no se está aplicando por igual a todo el colectivo.


Tras la transferencia en materia ambiental, realizada en virtud de las competencias asumidas estatutariamente por las CC.AA., estas empezaron a desarrollar una amalgama legislativa tan diversa como el número de ellas, configurando bajo una
pluralidad de nomenclatura corporativa a los Agentes Forestales, en unos casos como funcionarios estrictamente forestales, y en otros pasándolos a encuadrar en una especie de policía ambiental con una concepción más amplia, como ocurrió con la Ley
Territorial 8/1989, de Creación del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias. En algunas CC.AA. se adscribieron los Agentes Forestales a otros Cuerpos no específicos, mientras que en otras creaban Cuerpos especiales
para tal fin, con su correspondiente normativa, reglamentos de organización y funcionamiento.


Por otro lado los Bomberos Forestales pasan a prestar sus servicios a través de empresas públicas, semipúblicas o privadas, y en el menor de los casos a través de contratación directa por las CC. AA. u otras administraciones como la local.
Trabajadores contratados de manera muy dispar, en el mejor de los casos como fijos discontinuos, con sueldos y complementos muy variables, con una carencia de legislación a la que atenerse en sus funciones, en sus cometidos, y en los requisitos de
sus cualificaciones para realizar sus intervenciones, en definitiva actúan en una ausencia de marco legislativo que establezca de manera explícita cuáles son sus derechos, sus deberes, los medios de los que deben estar dotados, medidas de seguridad,
de coordinación en sus actuaciones, etc.


Los recientes incendios, su virulencia, su número, así como su no estacionalidad, están afectando gravemente al patrimonio forestal español y están poniendo de manifiesto que desde hace ya tiempo vienen sobrepasando con creces los
dispositivos de extinción de incendios, la prueba evidente es la cada vez mayor necesidad de intervención en la extinción de los mismos de medios materiales y humanos pertenecientes a la Unidad Militar de Emergencias. Unidad que se creó entre otros
cometidos como refuerzo a los medios propios de extinción de incendios y que se está convirtiendo en actor de intervención primaria y no secundaria. Y no por una falta real de medios, sino por una infrautilización de los mismos al tener una gestión
tan descentralizada de los mismos lo que dificulta la coordinación de actuación y utilización.


La disparidad de medios materiales, humanos, recursos económicos, medidas activas y pasivas de gestión, control, coordinación, requisitos de formación, cualificación profesional, la variedad de legislación o ausencia de ella... todo ello
actuando sobre los mismos actores que deben tener un objetivo común; la lucha contra los incendios en todas sus etapas y fases, desde la prevención a la rehabilitación de la zona afectada, está generando una merma en la eficacia de actuación,
poniendo en peligro muchas vidas, y generando una pérdidas humanas inaceptable, económicas y medioambientales irrecuperables.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta, para que sea debatida en Pleno esta


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación de un grupo de trabajo que aborde la elaboración de un Estatuto Básico para Agentes y Bomberos Forestales, y un marco regulador de su actuación y pertenencia, en cualesquiera sus
denominaciones para que:


1. Se regule la creación de un cuerpo, unidad con capacidad para llevar a cabo la lucha contra incendios de la manera más eficaz posible en todas sus fases.


2. Se regulen los derechos y deberes de los trabajadores de dicha unidad, mediante la creación de un Estatuto Básico de Agentes y Bomberos Forestales, así como los requisitos de acceso, permanencia y/o cese de la unidad.



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3. Se debata y consensúe el nivel de centralización para el ejercicio del mando, control, y coordinación de las actuaciones de dicho cuerpo y unidad, así como el nivel de la descentralización en la ejecución de sus tareas y las dependencias
orgánicas y funcionales en cada caso y si así se establece. Y las competencias que deban tener en virtud de su zona de actuación, tiempo y estado de intervención.


4. Establezca los medios de los que deben estar dotados dicha unidad y sus miembros para el ejercicio de sus cometidos, garantizándose la mayor eficacia y eficiencia a la par que se respetan los requisitos establecidos en la legislación de
riesgos laborales.


5. Se regulen reglamenteriamente y garantice los requisitos de formación específico para cada puesto y desempeño, siendo estos homologados.


6. Se establezca la habilitación y acreditación profesional para cada especialidad si así se determina o para el conjunto de la profesión.


7. Se regulen los derechos derivados del ejercicio profesional como el reconocimiento de enfermedades laborales.


8. Se establezca un marco nacional en el que se regule los pluses de peligrosidad, toxicidad, penosidad, penuria, disponibilidad horaria, turnicidad, nocturnidad, plus de vuelo, y se contemple en el estatuto dentro de su acuerdo marco la
jubilación anticipada con los correspondientes coeficientes reductores debido al tipo de trabajo desempeñado.


9. Y todo aquel conjunto de medidas, y actuaciones conducentes a establecer el adecuado marco legal que permita el desarrollo profesional descrito. (Como determinar su consideración de agentes de la autoridad, uso utilización de medios de
emergencias e incluso armamento en el ejercicio de su desempeño y a tenor de sus especialidades y puestos.)'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2016.-María Pilar Lucio Carrasco y Zaida Cantera de Castro, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la reparación de los daños sufridos en Arán por la avenida del río Garona en el año 2013, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El 18 de junio de 2013 diferentes zonas del Pirineo sufrieron fuertes inundaciones sin precedentes por desbordamiento de los ríos a causa de la suma de diferentes factores, tales como fuertes nevadas, lluvias torrenciales y días de intenso
calor.


El Valle de Arán fue de las zonas más perjudicadas sufriendo importantes daños en infraestructuras, viviendas, comercios, campings, instalaciones ganaderas, de producción eléctrica o en las protecciones de los núcleos urbanos. Con el
agravante que a los pocos días empezaba una nueva temporada estival siendo el turismo uno de los motores económicos de esta zona.


Han pasado ya más de dos años y medio desde aquel funesto día y a la vista está que aún quedan muchas actuaciones por llevar a cabo de las comprometidas por parte de las administraciones, tanto autonómica como estatal.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que la CHE continúe los trabajos de reparación de los daños sufridos en Arán por la avenida del río Garona en 2013. Quedan por restituir tramos de camino



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e infraestructuras de contención y canalización, para garantizar la seguridad de la población, tanto en zonas urbanas como en zonas periurbanas.


Asimismo, instamos a que el Gobierno del Estado, junto a la Generalitat de Catalunya, desarrollen un Parque Territorial del río Garona para gestionar y compatibilizar mejor sus usos y actividades, de acuerdo con las líneas de inundabilidad
actualizadas, e implementando las actuaciones necesarias para prevenir los daños en caso de riada, garantizar la seguridad de la población y hacer del río Garona, su entorno y su rico patrimonio hidráulico un espacio integral configurador del
paisaje del fondo del Valle, de vertiente atlántica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2016.-Mónica Lafuente de la Torre, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000179


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, nos dirigimos a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre
la redacción de un nuevo convenio en materia de agua entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El agua es un recurso natural indispensable para el bienestar humano y el desarrollo socioeconómico de Canarias. La distribución de este recurso en las islas es muy diversa debido a factores geográficos, climáticos, geológicos, económicos y
políticos. No obstante, la característica común en la mayoría de las islas es la escasez de recursos hídricos naturales, particularmente acusada en las islas más orientales.


La escasez de carácter estructural de recursos hídricos que presentaban las islas Canarias obligaba a emprender acciones que mejoraran la eficacia de las infraestructuras existentes y de la utilización de agua.


El incremento de la capacidad de producción, abastecimiento de agua de calidad para la población y suministro de agua a las actividades económicas requería inversiones en infraestructuras de desalación de agua de mar para garantizar el
abastecimiento tanto a la población residente y turista, como a las actividades económicas.


Asimismo, era apremiante emprender diversas actuaciones en saneamiento y depuración de aguas residuales que contribuyera a la sostenibilidad del medio ambiente de Canarias, en coherencia con el mandato recogido por las directivas
comunitarias en la materia.


Como consecuencia de ello, el Consejo de Ministros autorizó en octubre de 2008 al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino a aportar 306.590.000 euros para el desarrollo de actuaciones en materia de agua en Canarias, al amparo de
un nuevo convenio de Obras Hidráulicas con la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias, con vigencia entre los años 2008 y 2012.


Este nuevo convenio sustituyó al firmado en 1997 y que, aunque contemplaba una inversión inicial de 456,77 millones de euros, permitió una inversión en Canarias, por parte del Gobierno de España, de 597,76 millones de euros.


Las actuaciones contempladas en dicho convenio fueron declaradas de interés general, estando en su mayoría incluidas en el Plan Hidrológico Nacional. Las no incluidas fueron declaradas de interés general, al amparo de lo establecido en la
disposición adicional novena del texto refundido de la Ley de Aguas, donde se establece que quedarán comprendidas como actuaciones de interés general la desalación, reutilización o cualquier otro tipo de obra hidráulica, que por SU dimensión o
interés público o social, suponga una iniciativa esencial para el mantenimiento de adecuados niveles de disponibilidad del agua de las diferentes islas, habiendo sido propuestas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para su
inclusión en este Convenio.



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Con fecha 25 de noviembre de 2010, se firmó un nuevo acuerdo mediante el cual se reajustaban las anualidades iniciales.


Posteriormente, el 27 de septiembre de 2012 y 17 de diciembre de 2013, las partes suscribieron el segundo y tercer acuerdo de modificación del convenio, ampliándose las anualidades y estableciéndose la finalización del mismo en el año 2017,
en lugar de 2015.


El 7 de mayo de 2015, los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento, una vez analizada la situación de las obras en ejecución y los créditos disponibles hasta su finalización, acuerdan proponer una cuarta modificación del convenio, en el
sentido de que los incrementos por incidencias contractuales, tales como modificados, complementarios e indemnizaciones, así como los derivados de revisión de precios y de excesos de medición, computen con cargo a las dotaciones del convenio,
siempre que no exceda del limite presupuestario establecido en el mismo (Acuerdo suscrito el 20 de noviembre de 2015).


A pesar de las infraestructuras ya existentes, sigue siendo un reto garantizar la cantidad y calidad del agua en Canarias. Hoy por hoy siguen haciendo falta infraestructuras e inversión y sigue habiendo déficit en el régimen de
sostenibilidad.


Además, si atendemos a las obras que demandan los principales municipios para garantizar un adecuado cumplimento de sus responsabilidades en materia de agua, podemos deducir que las obras que se han ejecutado no cubren el importante déficit
de infraestructuras hídricas en Canarias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: iniciar las negociaciones encaminadas a la redacción de un nuevo convenio en materia de agua, donde se establezca el régimen de colaboración, coordinación y financiación entre la
Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2016.-Sebastián Franquis Vera, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000180


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de ley sobre las labores de limpieza, conservación, y seguridad en el Canal del Valle del Guadalquivir a su paso por Parque Alcosa, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El Canal del Valle Inferior del Guadalquivir recorre aquellos municipios entre Peñaflor y la ciudad de Sevilla, ideado en 1902 dentro del Plan Nacional de Aprovechamientos Hidráulicos toma forma en las primeras décadas del siglo XX para ser
inaugurado en 1929 dando servicio a 20.000 hectáreas de terreno agrícola que con dicha infraestructura pasan a ser plantaciones de regadío.


Sin embargo, en la concepción del Canal del Valle Inferior del Guadalquivir no se contempla una problemática que dará la cara a finales del siglo XX, la expansión oriental de la ciudad de Sevilla.


Dichos terrenos situados al este del entonces núcleo urbano, abandonan en la segunda mitad del siglo XX los usos agrícolas para acoger las futuras expansiones urbanísticas, en primer lugar del Parque Alcosa a principios de la década de los
70 y Sevilla Este una década después con el inicio del desarrollo del Polígono Aeropuerto.


Los problemas derivados del encorsetamiento del trazado del Canal del Valle Inferior del Guadalquivir en el interior de la trama urbana son varios; y entre ellos debemos destacar la barrera física existente entre ambos márgenes, los costes
de conservación y la limpieza del trazado urbano y las interferencias con la infraestructura urbana existente.



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Fruto de las demandas vecinales, ya en 1989 se inician la búsqueda de soluciones a esta problemática en el desarrollo urbano; definiendo como opción prioritaria la supresión del trazado del Canal del Valle Inferior del Guadalquivir desde el
cruce con la Autovía de Madrid hasta su actual desembocadura en el río Guadaira; estableciendo un nuevo desagüe en el actual Arroyo Miraflores.


Si bien una década atrás EMASESA inició una serie de medidas paliativas como la construcción de una losa para cubrir el primer tramo del canal (entre el cruce con la A4 y la calle Ciudad de Manises; estas actuaciones han cesado. A ello
debemos sumar la nula conservación y limpieza del canal en su tramo urbano ejecutada por la Comunidad de Regantes del Canal del Valle Inferior del Guadalquivir.


Desde hace demasiado tiempo son notorios los problemas de limpieza, conservación y seguridad en el entorno de la calle Secoya y la calle Cojinete, ambas situadas en el distrito Este - Alcosa - Torreblanca. Problemas que han sido denunciados
de forma insistente por las y los empresarios del parque empresarial Aeropuerto y por las y los vecinos del Parque Alcosa; vecindad que además ve con impotencia la degradación e infrautilización de este espacio que bien podría ser un alivio para
las deficiencias de espacios libres y de aparcamiento en el barrio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que:


1. A través de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, se retome, de forma urgente las labores continuas de conservación y limpieza en el trazado urbano del mismo a su paso junto a la calle Secoya y la calle Cojinete. Así como la
ejecución de un cerramiento exterior que certifique la seguridad del entorno.


2. Se redacte en el menor plazo de tiempo posible un proyecto para la supresión del tramo urbano del mencionado trazado, en aras de recuperar dicho espacio para el disfrute de los vecinos y vecinas de Parque Alcosa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2016.-Antonio Pradas Torres, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000181


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre el dique provisional en el río Miño, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


En el mes de noviembre de 2015 la empresa INCA levantó un dique provisional en el río Miño, antes de la antigua fábrica de la luz, para poder realizar la reparación del azud ('caneiro') y limpiar los lodos depositados durante años en el
canal y en la zona de entrada previa al canal.


La Confederación Hidrográfica Miño Sil considera que el dique no se construyó en el lugar que preveía la declaración de impacto ambiental y ordenó la paralización de las obras.


Además le dio a la empresa plazo hasta el 9 de diciembre para que remitiera a la Confederación la documentación que justifique la nueva ubicación de la ataguía para a su vez enviarla al Ministerio de Medio Ambiente que es quien puede
legalizar la obra.


La firma ya presentó la documentación ante la Confederación, que a su vez la remitió al Ministerio para que este se pronuncie sobre si esa modificación puede acogerse a la declaración de impacto ambiental vigente o si debiera iniciarse una
nueva.


El 25 de enero el presidente de la Confederación Hidrográfica Miño Sil le reconoció al concejal responsable del ayuntamiento de Lugo que no sabe cuándo ni en qué se sentido se pronunciará el Ministerio.



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Esta obra genera preocupación en el ayuntamiento de Lugo y sus habitantes ya que esa zona tiene una especial protección, al formar parte de la Red Natura 2000 y de la Reserva de la Biosfera Terras do Miño. Acoge además 60 especies de aves y
varias especies protegidas a nivel europeo, estatal y autonómico, de las que dos están en peligro de extinción.


Por todo lo expuesto, el Grupo Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que en el menor tiempo posible solucione la provisionalidad en la que se encuentra dicha obra con garantías suficientes para la protección medioambiental de una zona de alto valor ecológico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2016.-Margarita Pérez Herraiz, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000184


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre medidas urgentes contra el insecto psila africana y la posible expansión de la plaga de los cítricos conocida como Huangglongbing (HLB) o Greening, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Sindicatos y organizaciones agrarias han alertado de la presencia en Galicia y Portugal del insecto (psila africana) que actúa como vector para la expansión de la plaga de los cítricos conocida como Huangglongbing (HLB) o Greening, y han
exigido a las administraciones públicas que se extremen los controles para evitar su entrada en las comunidades autónomas y comarcas con una importante presencia de cítricos.


Hasta ahora la enfermedad se había quedado aislada y localizada en Canarias, Azores o Madeira; pero ahora ya se ha detectado en la península ibérica según los técnicos de la Estación Fitopatológica de Areeiro (Pontevedra) y de la Unidad de
Protección de Cultivos de la ETS Agrónomos de la Universidad Politécnica de Madrid.


Ante el conocimiento de estas informaciones las organizaciones agrarias han solicitado que tomen todas las medidas de protección posibles porque sería una auténtica catástrofe su introducción en los campos de cítricos ya que supondría la
muerte del arbolado.


Durante el pasado mes de agosto se pudieron observar por primera vez los síntomas característicos en diversos cítricos de Vilanova de Arousa (Pontevedra), pero a partir de ese momento se han localizado también en otros municipios de esa
misma provincia y de A Coruña, así como en un limonero en Oporto (Portugal).


La situación obliga a tomar todas las medidas de protección posibles y viene a corroborar las denuncias que reiteradamente se hacen desde estas organizaciones del sector acerca de la fragilidad de los controles fitosanitarios en la Unión
Europea y exige de forma urgente medidas para controlar rigurosamente los intercambios de material vegetal con objeto de evitar la transmisión de esta enfermedad. En este sentido, la variante asiática del HLB ha provocado ya enormes pérdidas
económicas en la citricultura brasileña y en el estado norteamericano de Florida.


Los daños que provoca el HLB en los cítricos son variados. Por un lado, en el envés de las hojas jóvenes se forman unas agallas abiertas donde se desarrollan las ninfas, apareciendo como consecuencia deformaciones en forma de verruga en el
haz. Esto ocasiona una distorsión de los brotes y las hojas, que adquieren un aspecto rizado y en ocasiones clorosis de las hojas jóvenes. Por otro lado las semillas se vuelven marrones y pueden no desarrollarse totalmente. Aunque pudiera parecer
una plaga menor, desde el punto de vista fitosanitario tiene una gran incidencia puesto que la psila africana puede ser vector de



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transmisión de la enfermedad conocida como 'huanglongbing' o enverdecimiento de los cítricos provocada por varias bacterias del género Candidatus Liberibacter. Esta patología es la más destructiva de las que pueden afectar a este tipo de
cultivo, causando debilitamiento y muerte de los árboles en pocos años.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, en coordinación con las Comunidades Autónomas, establecer las medidas oportunas y su financiación correspondiente para evitar la extensión del insecto psila africana hasta su total
erradicación en España, que incluirán de forma urgente controles para evitar su entrada en la comunidades autónomas y comarcas con una importante presencia de cítricos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de marzo de 2016.-Herick Manuel Campos Arteseros, Artemi Vicent Rallo Lombarte, María Such Palomares, Patricia Blanquer Alcaraz y Felipe Jesús Sicilia Álvarez Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz,
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000146


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
adopción de medidas urgentes contra la pobreza infantil, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño establece el deber de los Estados a reconocer el derecho de los niños y niñas a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Aun así, 1 de
cada 3 niños y niñas en el Estado español ven limitado este derecho ya que viven en hogares que están por debajo del umbral de la pobreza. De hecho, 1 de cada 10 viven en la pobreza severa.


Datos publicados por UNICEF remarcan que el incremento de la pobreza en la infancia ha sido significativamente mayor que el del total de la población. Es decir, el impacto de la crisis ha sido más duro en los hogares con niños y niñas que
en el conjunto de los hogares. La situación de desempleo de los progenitores representa sin lugar a dudas uno de los factores relacionados directamente con la pobreza de las familias, pero no es el único.


Diferentes informes han evidenciado la incapacidad del Estado español para reducir la pobreza entre la población infantil. Esta debilidad en la protección de la infancia se ha visto agravada por la reducción del gasto público en ayudas a
las familias, en becas escolares de comedor o libros de texto. Medidas como la supresión de la prestación por nacimiento o adopción de hijos e hijas establecida en la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, o la reducción de más de 300 euros de la
prestación por hijos e hijas a cargo de la Seguridad Social para menores de 3 años son un claro ejemplo de los recortes que afectan directamente a la infancia. Por otro lado, el ahogamiento presupuestario económico y financiero a las Comunidades
Autónomas, cuyos presupuestos están destinados en 3/4 partes a gasto social, también está teniendo un fuerte impacto directo e indirecto sobre la pobreza infantil, tanto por la reducción de ayudas a las familias como por los recortes en servicios
sociales, educativos y de salud.


Los índices de pobreza infantil en el Estado español representan la cifra más alta de la Unión Europea solo por debajo de Rumanía, haciendo patente una vez más la incapacidad de la Administración para afrontar la pobreza estructural del
Estado ya constatada en las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño hizo en el examen CRC/C/ESP/C0/3-4, de 3 de noviembre de 2010. Es absolutamente vergonzoso que años más tarde de estas recomendaciones y de las advertencias de
diferentes organizaciones internacionales así como de ONGs que trabajan por los derechos de la infancia, las tasas



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de pobreza infantil -lejos de reducirse- sigan incrementándose y que siga sin desarrollarse un plan de acción para atajarla.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Crear, de manera inmediata, un Fondo de lucha contra la pobreza infantil con una asignación inicial de 800 millones de euros que será distribuido entre las Comunidades Autónomas (a excepción de aquellas que cuentan con régimen foral)
según el porcentaje de pobreza infantil de cada una de ellas.


2. Mantener esta cantidad, como mínimo, en los sucesivos Presupuestos Generales del Estado de la Legislatura y procurar incrementarlo para cumplir con eficiencia los objetivos del Fondo, garantizando que las Comunidades Autónomas puedan
realizar políticas propias para la erradicación de la pobreza infantil en el marco de sus competencias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 2016.-Joan Baptista Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000188


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Ana María Surra Spadea, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre el control de los proyectos de cooperación con participación de las empresas privadas para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


Las empresas españolas siempre han colaborado en la gestión de los fondos públicos de cooperación. De hecho, lo hacen tanto o más que las propias ONGs.


Con el espectacular recorte de la Cooperación española y especialmente con el impulso de las Alianzas Público-Privadas para el Desarrollo (APPD), se pretende potenciar el peso privado en el ámbito de la Cooperación.


No obstante, existen algunos factores que cuestionan la idoneidad de una participación preponderante de las empresas en el ámbito de la cooperación: imposición de intereses estratégicos o comerciales que pueden ser contrarios al desarrollo
sostenible en las comunidades locales donde se implementa, sumisión de los objetivos de la Cooperación a la voluntad de colaboración de las empresas, sustitución de las empresas españolas de la economía productiva regional...


En este sentido, se considera necesario realizar un control parlamentario de la gestión de los fondos públicos de cooperación que son gestionados por empresas y de la implantación y evolución de las Alianzas Público-Privadas para el
desarrollo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a


- Enviar un informe anual a la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Congreso de los Diputados sobre la participación de las empresas españolas en la Cooperación española. Este informe, que dará lugar a las propuestas
de resolución que se estimen oportunas, concretará una relación



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de los proyectos de Cooperación de empresas privadas donde exista capital o gestiones de los poderes públicos del Estado y en especial de las Alianzas Público-Privadas para el Desarrollo, detallando la finalidad de los proyectos, el proceso
de licitación -en su caso-, los gastos, la imposibilidad de las economías productivas locales de realizar el proyecto, la aceptación del proyecto en el entorno donde se realiza o, si lo hubiere, el impacto del proyecto en la deuda externa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Ana María Surra Spadea, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Cultura


161/000148


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Xavier Eritja i Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el
IVA cultural, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


En los últimos años los Presupuestos Generales del Estado han evidenciado un progresivo descenso de las aportaciones económicas a las artes escénicas y a la cultura audiovisual. Efectivamente, las partidas de los últimos años alcanzan un
recorte respecto al presupuesto del año 2011 de hasta un 24% (teatro) y 35% (cinematografía), lo cual sin duda ha repercutido en las capacidades del sector.


Paralelamente, el contexto económico depresivo afectaba negativamente al sector de las industrias culturales, tal como se refleja en los datos relativos al descenso del 12,2% en el número de conciertos de música en vivo desde el año 2008,
acompañado de una reducción del 23,2% en el número de espectadores y del 11,3% en facturación. Asimismo, datos provenientes de las asociaciones empresariales y profesionales indican que los conciertos promovidos por iniciativa privada la misma
facturación cayó en el año 2011 en un 12,6%. No se libran de estos descensos las Artes Escénicas, como se refleja en el número de espectadores y de recaudación del 10% en las ciudades de Madrid y Barcelona, y del 60% en cuanto a la contratación en
el resto del territorio estatal. Por último, en el periodo 2004-2011, la asistencia a salas de cine evolucionó hacia la reducción en un 32%.


A pesar de todo ello, recientemente, el gobierno en las modificaciones del Impuesto de Valor Añadido (IVA) incluyó el incremento del 8% al 21 % para los espectáculos escénicos y el cine, lo cual entendemos que afectará gravemente al sector
cultural, cuya aportación al producto interior bruto nacional alcanza el 3,2%, empleando a cerca de 500.000 trabajadores. Consecuencias nefastas, pues, para con la producción y creación culturales, pero también potencialmente nefastas para la
pluralidad cultural y el acceso a la cultura por parte de la ciudadanía.


Sin duda, esta medida del gobierno sitúa el Estado español en un escenario de excepcionalidad. En efecto, los porcentajes (IVA) de los Estados europeos oscilan entre el 0% de Noruega hasta al 13% de Portugal, pasando por Francia, en donde
el gobierno, incluso, lo rebajó al 4,5%. De igual manera, Alemania (7%) y Holanda (6%) son prueba fehaciente de hasta qué punto el porcentaje español se nos presenta difícilmente comprensible y asumible. Valga el caso holandés como ejemplo de
corrección por parte de su gobierno, que ante las consecuencias negativas de un incremento corrigió la medida situando el porcentaje en el 6% actual.


Esta situación ha generado una extraordinaria alarma en las asociaciones y entidades representantes de las industrias de las artes escénicas, música en vivo y cine atendiendo al hecho que se calcula que en los próximos meses llegarán a
destruirse hasta 4.226 empleos directos y un 20% de las empresas cerradas podrían cerrar sus puertas, lo cual será reflejo y consecuencia de la pérdida de 43 millones de espectadores y un nuevo descenso en las contribuciones a la Seguridad Social,
en la recaudación del impuesto de sociedades, en el IRPF y un mayor gasto en prestaciones por desempleo.



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Por todo ello se presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Modificar el actual porcentaje del 21% del Impuesto del Valor Añadido (IVA) para los productos culturales para situarlo en el porcentaje del 8% (el existente antes de su subida en julio de 2012).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


161/000153


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francesc Homs i Molist, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat), y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Cultura, una Proposición no de Ley para mejorar la condición profesional en el sector de la cultura y de las artes y para facilitar la actividad creativa.


Antecedentes


Las artes, en su acepción más amplia y completa, son parte integrante de la vida, por lo que es del todo necesario y conveniente que los gobiernos contribuyan a crear y a mantener un clima propicio a la libertad de expresión artística, así
como las condiciones materiales que faciliten la manifestación de este talento creador.


La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ha reconocido y establecido este principio desde hace años. El 27 de octubre de 1980 aprobó una Recomendación relativa a la
Condición del Artista, en la que instaba a los gobiernos de los Estados miembros, a asegurar el acceso al arte a toda la población y a fomentar todas la actividades encaminadas a poner de relieve la contribución de los artistas al desarrollo
cultural, considerando que el arte refleja, conserva y enriquece la identidad cultural y el patrimonio espiritual de las diferentes sociedades, constituye una forma universal de expresión y de comunicación y, como denominador común de las
diferencias étnicas, culturales o religiosas, recuerda a cada cual el sentimiento de pertenecer a la comunidad humana.


Del mismo modo, la Conferencia General de la UNESCO, reconociendo el papel esencial que desempeña el arte en la vida y el desarrollo del ser humano y de la sociedad, exhortaba a los estados miembros a cumplir con el deber de proteger,
defender y ayudar a los artistas y a su libertad de creación. Con ese fin, en opinión de la UNESCO, los gobiernos deberían hacer lo necesario para estimular la creatividad artística y la manifestación de talentos, para demostrar y confirmar, por
todos los medios a su alcance, que las actividades artísticas tienen que desempeñar un papel en el esfuerzo de desarrollo global de las naciones, para forjar una sociedad más humana y más justa, y para lograr una vida en común pacífica y
espiritualmente rica.


Los Estados Miembros deben asegurar así, a los artistas, si es necesario mediante medidas legislativas apropiadas, la libertad y el derecho de constituir las organizaciones sindicales y profesionales, deben procurar que estas tengan la
posibilidad de participar en la elaboración de las políticas culturales y laborales, y deben tomar todas las medidas necesarias encaminadas a definir una política de ayuda, apoyo material y moral a los artistas. Es decir, que los artistas puedan
contar con una protección suficiente en materia de ingresos y de seguridad social, con condiciones de vida y de trabajo que les permitan desarrollar con plenitud su talento, y con disposiciones fiscales y de protección social que tengan en cuenta su
contribución al desarrollo cultural y al progreso social.


Este respeto, protección, cuidado y fomento de la condición de artista y creador ha guiado tanto desde el sector cultural, como desde los distintos grupos parlamentarios, la reivindicación de reformas y mejoras en el marco normativo que en
España se aplica a los profesionales del mundo de la cultura y las artes.


Sin embargo, a pesar de la reivindicación y el avance que se ha conseguido en algunas materias, restan todavía pendientes muchas cuestiones por resolver para garantizar a los artistas y creadores cuyo



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medio fundamental de vida es la actividad artística, un trato y una cobertura adecuada y suficiente, que les permita ejercer su actividad en condiciones y que reconozca su contribución al desarrollo y progreso social.


Además, cabe resolver una situación que recientemente ha saltado a la luz pública y que provoca un daño de enormes proporciones en el desarrollo intelectual y artístico de nuestra sociedad. Al parecer, la interpretación y aplicación de la
normativa en materia de Seguridad Social, pensiones de jubilación e incompatibilidades, llevada a cabo en los últimos tiempos, está poniendo en riesgo la actividad de escritores y artistas mayores de 65 años.


Una actividad cuya aportación social puede ser altamente valiosa precisamente por formularse en una etapa de la vida en que se alcanza un elevado grado de madurez, de experiencia y de conocimiento, y que puede dejar de producirse si la
administración penaliza su ejercicio, retirando la pensión que les corresponde de acuerdo con su contribución al sistema.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar, con la mayor celeridad posible, un conjunto de modificaciones normativas con el objetivo de mejorar las condiciones de los profesionales del sector de la cultura y las artes, y
ajustarse a las peculiaridades de las diversas actividades artísticas. Estas modificaciones normativas deben incluir entre otras:


- La disminución del tipo fijo de retención del IRPF en las relaciones laborales especiales de artistas del 15% al 7%.


- La promoción y articulación de un sistema de representatividad como trabajadores, mediante la constitución de delegados sindicales o unitarios, que permita la negociación colectiva.


- Una reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que establezca un sistema de cotización progresivo y flexible que posibilite la cotización en función de los ingresos reales e incluso, que considere los momentos de no ingresos
permitiendo el mantenimiento de la situación de alta, que admita y ampare el trabajo autónomo a tiempo parcial, y que a su vez, articule una protección específica para el sector que tenga en cuenta las intermitencias en las afiliaciones, la corta
vida laboral y los riesgos y enfermedades profesionales asociados a algunas profesiones artísticas (circo, danza..), y la irregularidad y/o escasez de los ingresos.


- Una actualización de las normas que regulan la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos y del Régimen de Seguridad Social aplicable a los mismos, a fin de facilitar la generación de carreras de
cotización con la menor intermitencia posible y de adecuar dichas normas a las nuevas modalidades de prestación de servicios, tal y como establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de
Seguridad Social, y de incluir el personal técnico y auxiliar que colabora en la producción de estos espectáculos.


- La utilización del sistema RED para las relaciones laborales especiales del sector artístico.


E insta al Gobierno a iniciar un proceso de diálogo con el sector, con las organizaciones y asociaciones más representativas en sus respectivos ámbitos de actuación, estatal y autonómico, con el objetivo de avanzar de forma adecuada, en la
compatibilidad de la percepción de una pensión de jubilación con rendimientos del trabajo procedentes de actividades profesionales relacionadas con la cultura y el arte, para facilitar y fomentar la actividad de escritores y artistas mayores, y
reconocer su contribución intelectual y cultural a la sociedad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de marzo de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).


161/000161


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Secretario General del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presenta la siguiente Proposición no de Ley para incluir las Enseñanzas Artísticas Superiores en el marco universitario, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Las enseñanzas artísticas superiores en España (Música, Danza, Arte Dramático, Artes Plásticas y Diseño, y Conservación y Restauración) se encuentran actualmente en una situación crítica. A pesar de estar reconocidas como enseñanzas
superiores, sus estructuras, funcionamiento, profesorado, autonomía y gestión están todavía enmarcadas dentro de las enseñanzas escolares, caso único en Europa, lo cual las mantiene sin posibilidad de una plena integración en el Espacio Europeo de
Educación Superior.


La actual situación precisa de una actuación urgente para devolver la relevancia que les corresponde dentro del mundo académico, así como en la sociedad. A día de hoy, las Enseñanzas Artísticas Superiores necesitan una regulación propia y
autónoma que proporcione enseñanzas de calidad y titulaciones competentes, siendo integradas en la universidad con un nuevo sistema de selección del profesorado basado en la calidad y especialización ya que el actual sistema está completamente
obsoleto y no garantiza la mejor enseñanza perjudicando directamente al alumnado. Es preciso que los centros que impartan estas enseñanzas tengan la posibilidad de desarrollarse como centros de investigación, creación científica, artística e
interpretativa. Con la legislación actual es imposible. En estas circunstancias, no pueden ni siquiera optar a las convocatorias oficiales de I+D. Esto impide también que los docentes desarrollen una carrera investigadora y profesional.


También consideramos preciso que se adapten al marco existente en Europa, pues todavía existe la imposibilidad de impartir los tres niveles de educación superíor (Grado, Máster y Doctorado) mantiene a estas enseñanzas fuera del Espacio
Europeo de Educación Superior. Actualmente, España es el único país que tiene sus Enseñanzas Artísticas Superiores fuera de este marco, lo que deja a sus estudiantes en una situación de clara desventaja con respecto a los estudiantes comunitarios.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar un nuevo marco normativo y procedimental que permita la adscripción de las Enseñanzas Artísticas Superiores a la Universidad.


2. Llevar a cabo las medidas oportunas para que en la educación secundaria puedan ofertarse módulos de estas disciplinas como materia académica, y que sean impartidos o bien por titulados en las correspondientes escuelas oficiales, o bien
por profesionales cuya trayectoria pueda ser suficientemente acreditada como medio para fomentar el acercamiento de los más jóvenes a las enseñanzas artísticas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/000167


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a fomentar la cultura del
respeto a los derechos de propiedad intelectual, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


La vulneración de los derechos de propiedad intelectual en internet se ha incrementado en los últimos tiempos, lo que ha llevado a las industrias culturales y creativas a desarrollar nuevos modelos de negocio y a los poderes públicos a
aprobar mecanismos jurídicos más adecuados a la difícil protección de estos derechos en este nuevo marco.



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Así, en la pasada legislatura, el Gobierno adoptó entre sus primeras medidas el Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, que regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual para salvaguardar los derechos de propiedad
intelectual y dinamizar las industrias culturales españolas.


En esa misma dirección, impulsó la reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual, Ley 21/2014, de 4 de noviembre, con el objetivo, entre otros, de mejorar la protección de los derechos de propiedad intelectual frente a las vulneraciones
que puedan sufrir en el entorno digital. Las medidas de protección que contempla dicha iniciativa se dirigen a los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información sin afectar a los usuarios finales de internet.


Durante la X Legislatura cerca de 250 páginas web retiraron contenidos ilegales y 31 han cesado completamente su actividad a raíz de la actuación de la Comisión de Propiedad Intelectual.


Ahora bien, la protección que se pretende brindar a través de las citadas normas, debe completarse con otras acciones dirigidas a sensibilizar a la opinión pública en el respeto y en el valor que encierra la propiedad intelectual de los
creadores. Se debe fomentar en la conciencia de la ciudadanía la idea de que una conducta como la que se pretende combatir, no solo ocasiona una destrucción importante de empleo sino que lesiona a todo un sector que genera una riqueza equivalente
al 4% del PIB. La sociedad debe saber que, a diferencia de los que ofertan contenidos legales con frecuencia, quienes vulneran los derechos de propiedad intelectual actúan al margen de la legalidad económico-tributaria. Ello termina perjudicando a
todos y contribuye al enriquecimiento ilícito de unos cuantos, que se lucran a costa del trabajo ajeno.


Por otro lado, este escenario dificulta la apertura de nuevas vías de negocio para la creación y la industria cultural, limita su expansión económica y en consecuencia también la difusión de nuevos contenidos.


Por otra parte, vale la pena recordar que ya el informe aprobado por la Subcomisión de 28 de febrero de 2010, creada en el seno de la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados, sobre la reforma de la Ley de propiedad Intelectual,
advirtió que la falta de respuesta rápida a los cambios, ha fomentado una cultura de acceso, al margen de las ofertas de la industria, cuya reconducción exige la implicación de políticas de muy diverso tipo, educativas y culturales, entre otras.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, entidades locales, universidades y entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual, a llevar a cabo actuaciones para fomentar el
respeto a la propiedad intelectual y para valorar la propiedad intelectual de los creadores de contenidos.


Para ello propone:


- Incluir en el desarrollo de los contenidos de la reforma educativa el respeto a la propiedad intelectual en áreas de las diferentes etapas educativas obligatorias para su interiorización desde edades tempranas.


- Continuar impulsando en el seno de la Unión Europea los trabajos por una política común de concienciación y sensibilización de la opinión pública sobre el respeto a los derechos de propiedad intelectual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de igualdad


161/000159


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en
Comisión de Igualdad, relativa a la reforma integral del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus cuidadores y cuidadoras, en casos de nacimiento, adopción o acogida.



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Exposición de motivos


El nacimiento, adopción o acogimiento es un momento crucial para la distribución del tiempo de empleo y cuidados entre las personas cuidadoras. Todos los estudios coinciden en constatar que, si bien en la sociedad española actual se ha
avanzado hacia una mayor igualdad en las parejas jóvenes, es en ese periodo en el que tradicionalmente los hombres se constituyen en sustentadores principales y las mujeres en cuidadoras principales.


La regulación actual de los permisos induce a la permanencia y profundización de este desequilibrio secular: las mujeres se ausentan de sus puestos de trabajo, y cuidan a tiempo completo a sus criaturas, al menos durante sus 16 semanas de
permiso de maternidad, seguidas de las 2, 3 o 4 semanas de permiso de lactancia. Terminado este periodo, y ante la falta de alternativas, muchas lo prolongan con excedencias, reducciones de jornadas o incluso renuncia total a su empleo. Los
hombres, en cambio, tienen derecho solamente a 2 semanas de permiso de paternidad.


Además de en el reproductivo, este sistema crea graves desequilibrios en el empleo y en el modelo productivo. Según un informe de la Organización Internacional del Trabajo, publicado en 2014, un 45% de las españolas no regresan a su puesto
de trabajo tras la maternidad. Un 35% pasan a trabajar a tiempo parcial y un 7% pierde su empleo. Además, todas las mujeres en edad fértil -y no solamente las madres- se ven afectadas por el fenómeno denominado 'discriminación estadística': los
empresarios saben que existe una alta probabilidad de que ellas disminuyan su dedicación al empleo con la maternidad, mientras que la mayoría de los hombres la aumentan. Las mujeres en general aparecen como 'mano de obra de alto riesgo', viéndose
reducidas a puestos no cualificados y fáciles de sustituir, lo que es una importante causa de los mayores índices femeninos de subempleo, desempleo e inactividad.


De esta forma se mantiene la brecha salarial de género, la precariedad y la pobreza femenina e infantil, así como un mercado de trabajo segregado por sexos vertical y horizontalmente, y por tanto ineficiente. Todo ello redunda en un grave
desaprovechamiento del potencial de empleo de las mujeres, originando también pérdidas al erario público en términos de impuestos y cotizaciones sociales no recaudadas.


Por otro lado, el hecho de que los padres solo tengan derecho a dos semanas de permiso de paternidad refuerza la ancestral y desfasada idea de que los hombres son incapaces de cuidar a sus criaturas. Esta creencia origina graves
consecuencias para las niñas y niños, que se ven en privación de sus padres, así como para los hombres, para la vida familiar y para la sociedad en su conjunto, que no se beneficia del capital cuidador de la mirada de la población.


La sociedad española ha cambiado en las últimas décadas. Las leyes declaran la igualdad entre hombres y mujeres como principio rector y la mayoría de la población se define como una persona igualitaria. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, constituyó un paso adelante al otorgar a los padres (o a la otra persona progenitora) dos semanas de permiso de paternidad, un derecho que se les había negado en su totalidad hasta entonces. En
los 9 años transcurridos desde esa reforma, el permiso de paternidad se ha revelado como instrumento válido para la iniciación de los hombres en el cuidado, pues se lo toman más de un 80% de los padres con derecho (contrariamente a las 10 semanas
transferibles del permiso de maternidad, de las que solamente se toman alguna parte el 1,3% de los hombres, según datos de la Seguridad Social). Este comportamiento de los padres españoles coincide con el observado en todos los países: los padres
se toman mayoritariamente los permisos cuando son, a la vez, intransferibles y bien pagados, mientras que solo hacen un uso marginal de los permisos mal pagados o no pagados, así como de los que pueden transferir a las madres.


A pesar del indudable éxito del permiso de paternidad, este permanece aún en su inicial duración de dos semanas, la octava parte que el de maternidad. Es importante destacar que esta desigualdad constituye una discriminación explícita de la
Seguridad Social pues, siendo una prestación contributiva, se niega a los padres ese derecho a la vez que desde los poderes públicos se les insta a cuidar a sus hijos e hijas igual que las madres.


El perjuicio a los padres, a las madres y a la infancia se agrava por el hecho de que estas dos semanas paternas no permiten que ambas personas progenitoras se turnen en el cuidado del bebé, hurtando así al padre la oportunidad de ser el
cuidador principal durante un periodo, forjar el vínculo de apego con su criatura e iniciarse corno cuidador autónomo. En efecto, las dos semanas que se toman la mayoría de los padres son las sucesivas al parto, durante las cuales tienen que cuidar
a la madre y al resto de la familia



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mientras ella se recupera, permaneciendo las dos personas progenitoras en el hogar. Pasado ese primer periodo, el padre se ve obligado a volver a su puesto de trabajo, sin disponer de un tiempo para relevar a la madre una vez terminado su
permiso de 16 semanas.


Por todo ello, cabe afirmar que la actual regulación de los permisos está obsoleta, es disfuncional y no responde a las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía. Para hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades y a la
corresponsabilidad en los cuidados, una de las condiciones necesarias es que los hombres dispongan de un permiso de la misma duración que el de las madres (tal y como se ganan con sus cotizaciones); que ese permiso sea intransferible (como el resto
de derechos sociales, pues estamos ante el único derecho social que es transferible); y que esté pagado igual que el permiso de maternidad (al 100% del salario). La experiencia permite predecir que esa reforma, además de ser de justicia, supondría
un avance sustancial para la implicación de los hombres en el cuidado.


La actual regulación, además, discrimina y desatiende otros modelos de familia: en el caso de las parejas del mismo sexo, se producen situaciones absurdas y discriminatorias, como que una de las dos mujeres deba cogerse el permiso de
maternidad y la otra el de paternidad, o que los dos hombres progenitores deban compartir el permiso de maternidad. La presente reforma persigue también que la ley cumpla con el principio de no discriminación por razón de orientación sexual, y
propone recoger lingüísticamente esta sensibilidad mediante un cambio en la terminología: en lugar de hablar de permisos de maternidad y paternidad hablaríamos de 'permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus
progenitores/as, en casos de nacimiento, adopción o acogida'.


La implementación de esta reforma es muy fácil y los efectos inmediatos: el comportamiento de los hombres cambiará radicalmente; las niñas y niños se educarán en modelos de corresponsabilidad, y disminuirá la discriminación estadística, la
ciudadanía comprenderá que el cuidado es asunto de todas las personas en igual medida y la ley dará cabida a los diferentes modelos de familia que existen.


La actual situación económica, lejos de constituir un impedimento para esta reforma, la hace más urgente. La atención a la infancia es más importante, si cabe, cuanto más deteriorada se encuentra la situación material de las familias. En
un contexto de precariedad laboral extrema es aún más importante igualar efectivamente el derecho de cada progenitor/a. Ello aumentaría los recursos de muchos hogares, que podrían organizarse para cubrir los primeros meses de la criatura sin
comprometer la inserción de las mujeres en el empleo y, por tanto, sin aumentar aún más su penuria. A este respecto, conviene recordar que la familia de un solo sustentador estable es la mayor trampa de pobreza: cuando ese ingreso desaparece, bien
sea porque el único sustentador se queda en paro o porque deja de estar presente, la familia aumenta desmesuradamente el riesgo de pobreza. Si a ello añadimos la desprotección de las familias monoparentales, podemos explicarnos que España sea uno
de los países con mayores tasas de pobreza infantil de toda la UE (solo superada por Bulgaria, Polonia y Rumanía).


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Tramitar de forma inmediata una reforma integral del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus cuidadores y cuidadoras, en casos de nacimiento, adopción o acogida.


- Que el objetivo de dicha reforma sea que, en caso de nacimiento, adopción o acogida, el permiso sea de igual duración para cada persona cuidadora; intransferible en su totalidad; pagado el 100 % del salario; y con igual protección del
puesto de trabajo durante el ejercicio de los derechos de maternidad y paternidad.


- Que dicha reforma debe establecer ese objetivo y un calendario completo hasta alcanzarlo, mediante el aumento del actual permiso de paternidad hasta alcanzar las 16 semanas, duración actual del permiso de maternidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de febrero de 2016.-Sofía Fernández Castañón, Ángela Rodríguez Martínez, María del Mar García Puig, Pedro Arrojo Agudo, Rita Gertrudis Bosaho Gori, María Isabel Medina Suárez, Nayua Miriam Alba
Goveli y Noelia Vera Ruiz-Herrera, Diputados.-Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/000175


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre
incentivos con consecuencias ambientalmente negativas, para su debate en la Comisión de Cambio Climático.


Exposición de motivos


El artículo 5.2.b) de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece que las Administraciones Públicas 'identificarán y, en la medida de lo posible, eliminarán o modificarán los incentivos contrarios a la conservación del
patrimonio natural y la biodiversidad'.


La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de la que el Estado español forma parte, ha señalado repetidamente la importancia de eliminar o, cuanto menos, reducir las 'subvenciones ambientalmente perjudiciales'. Y
es que, lógicamente, no tiene sentido aprobar normativas que persigan la conservación del medio ambiente y, simultáneamente, respaldar económicamente actividades que tienen un efecto contrario.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Realizar, en el plazo de seis meses, un informe en que se identifiquen aquellas subvenciones, beneficios fiscales, ayudas públicas e incentivos de cualquier tipo que estén vigentes por parte de la Administración General del Estado y que
puedan tener una influencia contraria a la conservación del medio ambiente, singularmente las que afectan al patrimonio natural y la biodiversidad.


2. Enviar el informe a la Comisión de Cambio Climático del Congreso de los Diputados.


3. Adoptar todas las medidas legales necesarias, en el plazo máximo de un año, tendentes a eliminar o, cuando no sea posible de manera inmediata, a reducir, dichos incentivos y sus efectos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de marzo de 2016.-Joan Baptista Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.