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DS. Senado, Pleno, núm. 133, de 13/11/2014
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Página
12675




PLENO


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. PÍO GARCÍA-ESCUDERO
MÁRQUEZ


Sesión núm. 62


celebrada el jueves, 13 de noviembre de 2014


ORDEN DEL DÍA


6. PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


6.2. DICTÁMENES DE COMISIONES


6.2.2. Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley
35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No
Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de
marzo, y otras normas tributarias.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


(Núm. exp. 621/000091)


6.2.3. Proyecto de Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


(Núm. exp. 621/000092)


6.2.4. Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Ley
20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del
Régimen Económico Fiscal de Canarias, la Ley 38/1992, de 28 de diciembre,
de Impuestos Especiales, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que
se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad
medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


(Núm. exp. 621/000093)


7. HABILITACIONES


7.1. Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2015.


(Núm. exp. 551/000054)











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12676




SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve horas.


6. PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


6.2. DICTÁMENES DE COMISIONES


6.2.2. Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley
35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No
Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de
marzo, y otras normas tributarias.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


12681


(Núm. exp. 621/000091)


Comienza el debate de los votos particulares.


El señor Martínez Oblanca defiende las enmiendas 32 a 42 y
45 a 52, del Grupo Parlamentario Mixto.


El señor Iglesias Fernández defiende las enmiendas 1 a 30,
del Grupo Parlamentario Mixto, inicialmente presentadas por este senador
y el señor Mariscal Cifuentes.


La señora Martínez Muñoz defiende la enmienda 31, del Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV).


El señor Montilla Aguilera defiende las enmiendas del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya números 119 a 168 y la
vuelta al texto del Congreso de los Diputados en lo modificado por el
informe de la Ponencia.


El señor Guillot Miravet da por defendidas las enmiendas
169 a 197, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


El señor Bel Accensi defiende las enmiendas 53 a 101 y 103
a 118, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió.


La señora Marra Domínguez defiende las enmiendas del Grupo
Parlamentario Socialista números 198 a 248 y la vuelta al texto del
Congreso de los Diputados en lo modificado por el informe de la
Ponencia


En turno en contra hace uso de la palabra el señor Cotillas
López, por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


En turno de portavoces intervienen el señor Martínez
Oblanca, por el Grupo Parlamentario Mixto; el señor Bel Accensi, por el
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió; la señora
Marra Domínguez, por el Grupo Parlamentario Socialista, y el señor
Cotillas López, por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


Se procede a votar


12706


Se rechazan todas las enmiendas.


Se aprueban las propuestas de modificación con números de
registro 145 278 y 145 279.


Se aprueba, en un solo acto, el resto del proyecto de
ley.


El señor presidente anuncia el traslado de las enmiendas
aprobadas al Congreso de los Diputados para que este se pronuncie sobre
las mismas en forma previa a la sanción del texto definitivo por S.M. el
Rey.









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12677




6.2.3. Proyecto de Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


12712


(Núm. exp. 621/000092)


Se procede a votar las propuestas de veto


12712


Se rechaza la propuesta de veto número 1, con el siguiente
resultado: presentes, 220; votos emitidos, 218; a favor, 67; en contra,
133; abstenciones, 18.


Se rechaza la propuesta de veto número 2, con el siguiente
resultado: presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 68; en contra,
135; abstenciones, 18.


Se rechaza la propuesta de veto número 3, con el siguiente
resultado: presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 69; en contra,
133; abstenciones, 18.


Se rechaza la propuesta de veto número 4, con el siguiente
resultado: presentes, 220; votos emitidos, 217; a favor, 67; en contra,
133; abstenciones, 17.


Se rechaza la propuesta de veto número 5, con el siguiente
resultado: presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 68; en contra,
135; abstenciones, 18.


Comienza el debate de los votos particulares.


El señor Martínez Oblanca defiende las enmiendas 31 a 54,
del Grupo Parlamentario Mixto.


El señor Iglesias Fernández defiende las enmiendas del
Grupo Parlamentario Mixto números 1 a 9, inicialmente presentadas por
este senador y el señor Mariscal Cifuentes.


El señor Quintero Castañeda defiende las enmiendas del
Grupo Parlamentario Mixto números 10 a 18, inicialmente presentadas por
este senador.


La señora Domínguez Hormiga defiende las enmiendas del
Grupo Parlamentario Mixto números 19 a 23, inicialmente presentadas por
esta senadora.


El señor Yanguas Fernández defiende las enmiendas del Grupo
Parlamentario Mixto números 24 y 25, inicialmente presentadas por el
señor Eza Goyeneche, la señora Salanueva Murguialday y el señor Yanguas
Fernández.


La señora Martínez Muñoz defiende las enmiendas 26, 28 y
29, del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV).


El señor Montilla Aguilera defiende las enmiendas del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya números 55 a 85 y la vuelta
al texto remitido por el Congreso de los Diputados en lo modificado por
el informe de la Ponencia.


El señor Guillot Miravet da por defendidas las enmiendas 86
a 95, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


El señor Bel Accensi defiende enmiendas 96 a 130 y 132 a
165, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió.


El señor Lerma Blasco defiende las enmiendas 166 a 196 y la
vuelta al texto remitido por el Congreso de los Diputados en lo
modificado por el informe de la Ponencia.


En turno en contra hace uso de la palabra el señor De las
Heras Muela, por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


En turno de portavoces intervienen la señora Domínguez
Hormiga, por el Grupo Parlamentario Mixto; el señor Bel Accensi, por el
Grupo Parlamentario Popular en el Senado, y el señor De las Heras Muela,
por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.









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12678




Se procede a votar


12733


Se rechazan todas las enmiendas.


Se aprueban las propuestas de modificación con números de
registro 145 271, 145 272, 145 273, 145 276 y 145 277.


Se aprueba, en un solo acto, el resto del proyecto de
ley.


El señor presidente anuncia el traslado de las enmiendas
aprobadas al Congreso de los Diputados para que este se pronuncie sobre
las mismas en forma previa a la sanción del texto definitivo por S.M. el
Rey.


6.2.4. Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Ley
20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del
Régimen Económico Fiscal de Canarias, la Ley 38/1992, de 28 de diciembre,
de Impuestos Especiales, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que
se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad
medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


12739


(Núm. exp. 621/000093)


Se procede a votar las propuestas de veto


12739


Se rechaza la propuesta de veto número 1, con el siguiente
resultado: presentes, 221; votos emitidos, 221; a favor, 64; en contra,
140; abstenciones, 17.


Se rechaza la propuesta de veto número 2, con el siguiente
resultado: presentes, 222; votos emitidos, 222; a favor, 64; en contra,
140; abstenciones, 18.


Se rechaza la propuesta de veto número 3, con el siguiente
resultado: presentes, 223; votos emitidos, 223; a favor, 64; en contra,
141; abstenciones, 18.


Se rechaza la propuesta de veto número 4, con el siguiente
resultado: presentes, 223; votos emitidos, 223; a favor, 65; en contra,
140; abstenciones, 18.


Se rechaza la propuesta de veto número 5, con el siguiente
resultado: presentes, 222; votos emitidos, 222; a favor, 65; en contra,
139; abstenciones, 18.


Comienza el debate de los votos particulares.


El señor Martínez Oblanca, del Grupo Parlamentario Mixto,
defiende las enmiendas 54 a 75, 77 a 81 y 83 a 87


El señor Santos Fernández defiende las enmiendas 88 a 96,
presentadas por los señores Fuster Muniesa, Ibarz Ibarz y Santos
Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


El señor Iglesias Fernández defiende las enmiendas 2, 3 y 6
a 32, del Grupo Parlamentario Mixto, inicialmente presentadas por este
senador y el señor Mariscal Cifuentes.


El señor Quintero Castañeda defiende las enmiendas 33 y 39
a 46, del Grupo Parlamentario Mixto, inicialmente presentadas por este
senador.


La señora Domínguez Hormiga defiende las enmiendas 52 y 53,
del Grupo Parlamentario Mixto, inicialmente presentadas por esta
senadora.


La señora Martínez Muñoz defiende las enmiendas 48 y 49,
del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV).









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12679




El señor Montilla Aguilera defiende las enmiendas 149 y 152
a 165, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, y da por
defendidas las números 166 a 168 y 170 a 197, del mismo grupo
parlamentario.


El señor Bel Accensi defiende las enmiendas 98 a 101, 104 a
128, 130 a 137 y 139 a 147, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
Convergència i Unió.


El señor Sen Vélez defiende las enmiendas del Grupo
Parlamentario Socialista199 a 204 y 207 a 215 y la vuelta al texto
remitido por el Congreso de los Diputados en lo modificado por el informe
de la Ponencia, como consecuencia de todas las enmiendas introducidas en
su texto, menos las transaccionales:


Transaccional sobre la base de las enmiendas 206, del Grupo
Parlamentario Socialista; 103, del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado Convergència i Unió; 5, del Grupo Parlamentario Mixto, y 151, del
Grupo Parlamentario. Entesa pel Progrés de Catalunya.


Transaccional sobre la base de las enmiendas 1, del Grupo
Parlamentario Mixto (IU); 88, de los senadores Fuster Muniesa, Ibarz
Ibarz y Santos Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado;
97, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió;
148, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; 198, del
Grupo Parlamentario Socialista, y 224, del Grupo Parlamentario Popular en
el Senado.


Transaccional sobre la base de la enmienda 4, del Grupo
Parlamentario Mixto; 92, de los senadores Fuster Muniesa, Ibarz Ibarz y
Santos Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado; 102, del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió; 150 y 169,
del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, y 205, del Grupo
Parlamentario Socialista.


En turno en contra hace uso de la palabra el señor Castosa
Alvariño, por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


En turno de portavoces intervienen el señor Sabaté Borràs,
por el Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; el señor Bel
Accensi, por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió; el señor Sen Vélez, por el Grupo Parlamentario Socialista, y la
señora Ripoll Juan, por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


MODIFICACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA


Modificación del orden del día de la sesión plenaria del
día 13 de noviembre de 2014 para la inclusión en el mismo de la
habilitación de todos los días y horas de los meses de noviembre y
diciembre de 2014 para la tramitación del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2015.


(Núm. expte. 550/000048)


7. HABILITACIONES


7.1. Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2015


12764


(Núm. exp. 551/000054)


Se aprueba por asentimiento de la Cámara la habilitación de
todos los días y horas de los meses de noviembre y diciembre del año en
curso para la tramitación del citado Proyecto de Ley, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 76 y 77 del Reglamento del Senado.










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12680




6. PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


6.2. DICTÁMENES DE COMISIONES


6.2.4. Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Ley
20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del
Régimen Económico Fiscal de Canarias, la Ley 38/1992, de 28 de diciembre,
de Impuestos Especiales, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que
se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad
medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.


Comisión: Hacienda y Administraciones Públicas


12764


(Núm. exp. 621/000093)


Se procede a votar


12765


Se rechazan todas las enmiendas.


Se aprueban las propuestas de modificación con números de
registro 145 882, 145 883, 145 884, 145 885, 145 886, 145 911 y 145
912.


Se aprueban, en un solo acto, aquellas partes del proyecto
de ley enmendadas en comisión y no comprendidas en las votaciones
anteriores.


Se aprueba, en un solo acto, el resto del proyecto de
ley.


El señor presidente anuncia el traslado de las enmiendas
aprobadas al Congreso de los Diputados para que este se pronuncie sobre
las mismas en forma previa a la sanción del texto definitivo por S.M. el
Rey.


Se levanta la sesión a las dieciséis horas y treinta y
cinco minutos.











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12681




Se reanuda la sesión a las nueve horas.


El señor PRESIDENTE: Señorías, buenos días. Se reanuda la
sesión.


6. PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


6.2. DICTÁMENES DE COMISIONES


6.2.2. PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN LA LEY
35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
FÍSICAS, EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO
RESIDENTES, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2004, DE 5 DE
MARZO, Y OTRAS NORMAS TRIBUTARIAS.


COMISIÓN: HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
(Continuación).


(Núm. exp. 621/000091)


El señor PRESIDENTE: Entramos en el debate de las
enmiendas. En primer lugar, el senador Martínez Oblanca ha presentado las
enmiendas números 32 a 42 y 45 a 52.


Para su defensa, tiene la palabra su señoría.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Buenos días. Muchas gracias,
señor presidente.


Efectivamente, vamos a dar comienzo al debate de las
enmiendas, en este caso a la Ley del impuesto sobre la renta de las
personas físicas. Son enmiendas especialmente áridas; en mi caso, son 21
las que he presentado a este proyecto de ley. De ellas, para este trámite
plenario se mantienen 19, tras la incorporación de 2 durante la Comisión
de Hacienda y Administraciones Públicas que celebramos el pasado jueves,
una vez transaccionadas con el grupo de la mayoría que apoya al
Gobierno.


La enmienda número 32 propone modificar el apartado uno del
artículo primero del proyecto, con una redacción en la que consideramos
que es necesario introducir las variables de edad y antigüedad para
tenerlas en cuenta a la hora de indemnizar al trabajador.


Con la propuesta de modificación relativa a incrementar la
cuantía en un 1% por cada año de trabajo incluido en el cálculo de la
indemnización, se conseguiría el objetivo de proteger a aquellos
desempleados mayores de 50 años que iniciaron muy jóvenes su vida
laboral, con muchos años de antigüedad pero que, debido a la situación
actual del mercado de trabajo, van a tener muy pocas o nulas
posibilidades de obtener un nuevo empleo, y el importe de esta
indemnización será el único ingreso que tendrán hasta su edad de
jubilación. Por otro lado, con esta enmienda se pretende aliviar la
burocracia que supone que para todos los despidos donde se abonen
indemnizaciones se tenga que acudir ante los servicios de mediación,
arbitraje y conciliación o bien en sede judicial, con el consiguiente
colapso de los citados órganos ya de por sí muy sobrecargados.


La siguiente enmienda, la número 33, propone modificar el
apartado diez del artículo primero del proyecto de ley, toda vez que el
proyecto restringe la aplicación de la reducción del 30% prevista en el
apartado 2 del artículo 18 de la Ley del impuesto sobre la renta de las
personas físicas para rendimientos de trabajo que tengan un período de
generación superior a dos años y para rendimientos obtenidos en forma
notoriamente irregular en el tiempo, en aquellos casos en los que en el
plazo de los 5 períodos impositivos anteriores a aquel en el que los
rendimientos resultaran exigibles, el contribuyente hubiera obtenido
otros rendimientos con períodos de generación superior a dos años a los
que se hubiera aplicado la reducción. Dicha restricción viene configurada
como una norma antiabuso que pretende evitar, a través de la objetivación
del concepto de rendimiento obtenido de forma periódica o recurrente, la
utilización de la reducción descrita como mecanismo para minorar la
tributación sobre rendimientos del trabajo a través de la configuración
de los mismos como rendimientos irregulares.


No obstante, la implementación de esta norma podía
conllevar que la percepción de premios e incentivos de escasa cuantía
—por ejemplo, premios por años de trabajo en la empresa, premios
por edad, etcétera, previstos en la actualidad en numerosos convenios
colectivos y a los que se aplica la reducción por tener un tiempo de
generación superior a dos años— suponga en última instancia un
perjuicio para el trabajador que los recibe, al impedir a dicho
trabajador aplicar la









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reducción sobre rendimientos irregulares que con un importe
sustancial puedan llegar a obtener en los 5 períodos impositivos
siguientes. Para evitar ese efecto, entendemos que no buscado por el
proyecto de ley, que causa un impacto negativo precisamente en el
colectivo de trabajadores con niveles salariales más reducidos,
proponemos que la restricción descrita no se aplique en aquellos casos en
los que los rendimientos obtenidos en los 5 períodos impositivos
anteriores a los que se haya aplicado la reducción sean de cuantía
inferior al 20% de los rendimientos sobre los que se pretende aplicar la
reducción o alternativamente no superen la cantidad de 2500 euros.


La siguiente enmienda lleva el número 34 y propone añadir
al apartado 2.a) del artículo 42 de la Ley del IRPF, en el punto
veinticuatro del artículo primero una redacción que se justifica porque
el proyecto de ley elimina la no sujeción de la entrega de acciones
gratuitas a los trabajadores de la propia empresa, empleada como forma de
retribución a los trabajadores. Dado que la finalidad de esta
retribución, de esta fórmula de retribución del trabajo, es fomentar la
participación de los empleados en la empresa, brindándoles la oportunidad
de compartir el incremento del valor de las acciones de la compañía con
el fin de aumentar el compromiso con la empresa y mejorar su resultado
económico, no parece conveniente suprimir la actual exención.


Respecto a esta cuestión, la exposición de motivos del
proyecto de reforma de esta ley establece que se ha suprimido la exención
vinculada a la entrega de acciones gratuitas a los trabajadores de la
propia empresa en la que trabajan, fórmula fundamentalmente utilizada en
la práctica para los trabajadores de mayor renta. El único motivo que
esgrime la citada exposición de motivos es que esta es una forma de
retribución utilizada en la práctica para retribuir a los trabajadores de
mayor renta, sin que se tengan en cuenta las razones por las cuales se ha
otorgado tradicionalmente este tratamiento, tanto en normativa interna
como en derecho comparado, que no son otras que las de incentivar la
cogestión, es decir, contribuir a la participación de los trabajadores en
la empresa, finalidad que está muy arraigada en países tales como
Alemania y Francia.


Por tanto, proponemos mantener este beneficio fiscal
modificando los requisitos en los que la exención retributiva deba ser
aplicable. Por lo que respecta a esta eventual modificación, nuestra
propuesta es que dicho régimen sea aplicable no cuando la oferta se
realice dentro de la política retributiva general de la empresa dirigida,
por tanto, a los colectivos de mayor renta, sino que dicha exención sea
aplicable a la entrega a los trabajadores en activo de forma gratuita o
por precio inferior al normal de mercado de acciones o participaciones de
la propia empresa o de otras empresas del grupo de sociedades, en la
parte que no exceda para el conjunto de las entregadas a cada trabajador
de 12 000 euros anuales, cuando la referida oferta se realice a todos los
empleados con contrato indefinido sin excepción, sin distinción alguna de
grupo o nivel profesional.


Por último, en caso de que finalmente las Cortes decidan
eliminar la no sujeción de entrega de acciones gratuitas a los
trabajadores, entendemos que sería imprescindible establecer un régimen
transitorio para los planes de acciones que ya se han ofrecido y/o
concedido a los empleados antes de la entrada en vigor de la norma, pero
que todavía no se han entregado. Esta ha sido la decisión adoptada por
las nuevas normas forales del IRPF que han eliminado la no sujeción de la
entrega de acciones pero han mantenido el régimen anterior respecto de
los planes de entrega de acciones aprobados antes de su entrada en
vigor.


La enmienda número 35, al artículo primero, apartado
veinticuatro, es de modificación, para favorecer la formación consistente
en la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado,
siempre que venga exigida por su actividad o por su puesto de trabajo,
evitando que pudieran plantearse dudas sobre el alcance de la no sujeción
al impuesto en los supuestos en los que no es la empresa directamente
empleadora la que financia o proporciona dicha formación.


En todas las sociedades desarrolladas la formación se
revela como un factor crítico para el desarrollo de los países, así como
para el mantenimiento de su competitividad. En este sentido, los poderes
públicos vienen estableciendo medidas para facilitar y fomentar la
formación, tratando de evitar cualquier aspecto que pueda limitarla o
dificultarla. Hoy es una práctica habitual y consolidada la realización
de acciones formativas promovidas por entidades con las que las personas
físicas que reciben la formación no tienen relación laboral, sin que este
aspecto menoscabe la utilidad de dichas acciones para su actualización,
capacitación o reciclaje. Nuestra enmienda pretende que el tratamiento en
el IRPF de la formación recibida por los trabajadores no









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12683




se vea alterado en función de quien proporcione dicha
formación siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley.


La enmienda 36 es de adición. Se trata de añadir en el
apartado 3 f) del artículo 42, en el punto veinticuatro del artículo
primero de este proyecto de ley, una redacción que recoge la experiencia
de numerosos países de nuestro entorno económico de la Unión Europea, y
muy especialmente Francia, para la transformación de empleos en este
sector de la economía sumergida en empleos de la economía legal. Es,
además, una causa de creación de empleos nuevos en este sector con una
gran repercusión social.


La enmienda 37 es de modificación del artículo primero,
apartado cuarenta y tres del proyecto, con una redacción que plantea
varias cosas. Por un lado, aumentar el porcentaje de deducción desde el
20% actual hasta un 30%. Por otro lado, ampliar el importe de la
inversión favorecido por la ventaja de hasta un millón de euros de base
de deducción con un máximo del 20% de la base imponible del
contribuyente. Se trata de atender a la realidad del mercado en relación
con muchas empresas tecnológicas necesitadas con un importante volumen de
recursos que cuentan normalmente para su financiación con un número
reducido de business angels inversores, pudiendo realizar cada uno de
ellos inversiones más cuantiosas.


También queremos ampliar hasta 3 millones de euros el
máximo de fondos propios de la entidad en que se invierte sin señalar un
plazo máximo tolerado para las ampliaciones de capital, hoy de tres años,
y a la vez reducir los plazos de mantenimiento obligado de las acciones o
participaciones, hoy también de tres años, proponiéndose reducirlo a uno.
Finalmente, se plantea la aplicación de la exención por transmisión de
las acciones o participaciones al 50% en todo caso, sin necesidad de
reinversión, como forma de compensar el riesgo inversor del business
angels en empresas tecnológicas. Esta deducción, si bien está lejos de la
deducción de más del 99% de que gozan las inversiones en entidades de
capital riesgo, puede ser un factor importante para incentivar el riesgo
asumido directamente en este tipo de compañías. En definitiva, se trata
de hacerle más fácil al inversor la adopción de decisiones para el
sostenimiento de nuestra I+D de resultados estratégicos para la actividad
económica, tal y como se viene probando en otras jurisdicciones, caso de
Estados Unidos, Reino Unido y Bélgica. En España existe una escasa
tradición de inversión a través de entidades de capital riesgo con este
tipo de empresas, debiendo asumir los business angels, convenientemente
incentivados, un importante papel como sustitutos para la aportación de
recursos orientados a la inversión en desarrollos tecnológicos. Se trata
de una alternativa a la incentivación fiscal directa de aquellas
entidades de corte tecnológico.


La siguiente enmienda, la 38, es de modificación del
artículo primero, apartado cuarenta y cuatro, con una redacción que
suprime la modificación relativa a las asociaciones en actividades
económicas. En este caso no se considera justificada esta
incompatibilidad ya que en Canarias son creadas para compensar los
sobrecostes de carácter estructural a que se enfrenta esta comunidad como
región ultraperiférica y en concreto los empresarios de aquel lugar. Por
ello, en caso de que se conceda una deducción para todo el territorio
nacional, necesariamente tendrá que ser compatible con las citadas leyes,
ya que en caso contrario quien soportaría esta reducción serían
precisamente los empresarios canarios.


La enmienda número 39 pretende modificar el artículo
primero, apartado cuarenta y seis del proyecto de ley, con una redacción
que se enmarca dentro de los objetivos de la actual reforma tributaria,
en particular aquellos relativos al aumento de la competitividad así como
al fomento de políticas medioambientales, en este caso a través de normas
que fomenten la innovación, la eficiencia energética y la competitividad.
Adicionalmente, un incentivo fiscal de estas características
revitalizaría al sector de la construcción, que ha atravesado una crisis
de enorme magnitud en los últimos años, posibilitando que el
reacondicionamiento energético pueda ser uno de los pilares sobre los que
se reconfiguraría el sector. Se fortalecería con ello la incipiente
reactivación de la economía y la reducción del desempleo en un sector
tremendamente castigado. El régimen sancionador previsto en materia de
certificación energética y establecido en la Ley 8/2013, de 26 de junio,
de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, relativo a
certificados, técnicos certificadores y agentes independientes de
control, así como las facultades de control e inspección previstas en el
Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para
la certificación de la eficiencia energética de los edificios respecto de
los órganos competentes en materia de certificación energética en el
ámbito de las distintas comunidades autónomas, deben









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12684




garantizar por su parte la correcta aplicación evitando una
utilización abusiva de este beneficio fiscal. La Ley del impuesto sobre
la renta de las personas físicas establece un sistema de imputación de
rentas para todos aquellos propietarios de viviendas que no constituyan
su vivienda habitual. Con nuestra enmienda se propone modular la cuantía
de renta a imputar en función del grado de eficiencia energética de la
edificación, consiguiéndose de este modo que repercuta en el propio
titular de la vivienda los beneficios o perjuicios que para la propia
sociedad tiene el uso óptimo de la energía. Así, una reducción en el
porcentaje de la imputación favorecerá que los propietarios de los
inmuebles mejoren la eficiencia energética de su segunda vivienda,
contribuyendo de este modo a la consecución de los objetivos perseguidos
por directivas de la UE, esto es, normativas energéticamente
eficientes.


La siguiente de las enmiendas es la número 40, que modifica
el apartado cincuenta y ocho del artículo primero del proyecto de ley con
una redacción que propugna un cambio normativo que permitiría a las zonas
costeras españolas competir en igualdad de condiciones con otros destinos
europeos con climas similares a la hora de atraer inversores y residentes
de alto nivel adquisitivo. Esta demanda había sido recogida en el
denominado Informe Lagares, que recoge la figura del residente no
habitual o residente no domiciliado con el objetivo de favorecer el
desarrollo del turismo residencial. El informe reconoce que el actual
régimen fiscal constituye un obstáculo que tiene un peso negativo,
decisivo a la hora de competir con otros países, como es el caso de Reino
Unido, Portugal y Malta. En este caso la dificultad impide atraer
inversiones tanto inmobiliarias como la localización en España de
residentes de alto poder adquisitivo. El Informe Lagares proponía, sobre
la base del régimen especial para trabajadores desplazados a España,
ampliarlo para que pudiera favorecer a otras personas de rentas altas
que, residiendo en el extranjero, optaran por establecerse en España:
administradores o accionistas significativos de sociedades, pensionistas
o perceptores de rentas altas. El objetivo no es solo beneficiar a los
que ya están, sino presentar un marco fiscal que seduzca a quienes puedan
llegar, y de esa manera reactivar el mercado inmobiliario, el consumo y
el empleo en algunas zonas con más capacidad para tener este tipo de
residentes. Y también, en el mismo plano, atraer inversores y talento de
todo el mundo con las repercusiones económicas que ello implica.


La siguiente enmienda es la número 41. Propone modificar el
apartado noventa y uno del artículo primero del proyecto de ley,
añadiendo un nuevo punto 3 a la disposición transitoria vigésimo segunda
de la Ley del IRPF, estableciendo que los nuevos límites de exención de
las indemnizaciones por despidos o ceses establecidos por este proyecto
de ley, que se fija en 180 000 euros, no serán de aplicación a las
extinciones ocurridas con anterioridad a 1 de agosto de 2014. Tampoco se
aplicará a los despidos producidos a partir de esa fecha cuando traigan
causa de un ERE aprobado o un despido colectivo comunicado a la autoridad
laboral con anterioridad a dicha fecha. Dicho de otra forma, se aplicará
el nuevo límite de la exención de las indemnizaciones por despidos a
todas las extinciones posteriores al 1 de agosto de 2014, con la citada
excepción de que procedan de ERE preexistentes. Es oportuno señalar que
la aplicación con carácter retroactivo de normas que no han sido
aprobadas y publicadas en el Boletín Oficial del Estado generan una
enorme inseguridad jurídica, por cuanto de prosperar afectarían a
extinciones producidas con anterioridad a la entrada en vigor de la
reforma.


La enmienda número 42 es de supresión, en coherencia con la
enmienda anterior. La 43 y la 44 fueron transaccionadas en la sesión de
la Comisión de Hacienda celebrada hace unos días e incorporadas al texto
de la ponencia.


La enmienda número 45 propone añadir un apartado doce bis
al artículo primero del proyecto de ley, con una redacción que tiene como
objetivo incentivar la existencia del mercado de alquiler de
edificaciones energéticamente más eficientes, creándose para ello una
reducción del 20% de los rendimientos generados por el arrendamiento de
este tipo de inmuebles. Dicho incentivo se añadiría, si fuera el caso, a
la reducción por alquiler de viviendas destinadas a ser la vivienda
habitual del arrendatario.


Esta medida, a nuestro juicio, permitiría que los
arrendadores tuvieran un retorno asociado a los ahorros en combustible y
mejoras en el medio ambiente que llevan asociadas las edificaciones
energéticamente eficientes. De este modo, al aplicarse el incentivo
fiscal exclusivamente a aquellas edificaciones de eficiencia energética
elevada, aumentándose con ello su demanda, se fomentaría la realización
de las actuaciones pertinentes para al menos alcanzar la eficiencia que









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permita el acceso al incentivo fiscal para los
arrendadores. Lo anterior redundaría en que tanto arrendadores como
arrendatarios sean más conscientes de la relevancia de la eficiencia
energética, impulsándose así los objetivos perseguidos por la directiva
de la Unión Europea. Adicionalmente, un incentivo fiscal de estas
características revitalizaría el sector de la construcción, que ha
atravesado una crisis de enorme magnitud en los últimos años,
posibilitando que el reacondicionamiento energético pueda ser uno de los
pilares sobre los se reconfiguraría el sector. Se fortalecería con ello,
como dije antes también, la incipiente reactivación de la economía y la
reducción del desempleo en un sector tremendamente castigado.


El régimen sancionador previsto en materia de certificación
energética de edificios establecido en nuestra legislación, así como las
facultades de control e inspección previstas en reales decretos por los
que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la
eficiencia energética de los edificios, respecto a los órganos
competentes en materia de certificación energética en el ámbito de las
distintas comunidades autónomas, debe garantizar por su parte la correcta
aplicación y evitar una utilización abusiva de este beneficio fiscal. La
forma de justificar la aplicación de este beneficio será mediante la
correspondiente etiqueta de eficiencia energética y las facturas
acreditativas de los trabajos realizados, así como los justificantes del
pago, lo que proporcionará además un incentivo eficaz de la lucha contra
el fraude fiscal.


La enmienda número 46 propone añadir un apartado quince bis
al artículo primero del proyecto de ley, con una redacción que se
fundamenta tanto por razones de neutralidad fiscal como por razones de
coherencia normativa, de seguridad jurídica y de simplificación en la
aplicación del sistema tributario. La enmienda número 47 propone añadir
un nuevo punto en coherencia con la anterior enmienda. Una medida, en
definitiva, que es una causa directa de creación de puestos de trabajo de
la economía legal, así como una forma muy apreciada en los países de
nuestro entorno para favorecer la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral de los trabajadores.


El tiempo se me acaba, señor presidente, y por tanto, doy
por defendidas el resto de las 19 enmiendas que he presentado a este
proyecto de ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Martínez
Oblanca.


Los senadores Iglesias y Mariscal han presentado las
enmiendas números 1 a 30. Para su defensa tiene la palabra el senador
Iglesias.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Muchas gracias, señor
presidente.


El debate político lo realizamos ayer y hoy toca la
presentación de enmiendas de la forma más ágil posible. Planteamos
enmiendas al Proyecto de Ley que modifica el impuesto sobre la renta de
las personas físicas, en primer lugar, para suprimir el gravamen de la
indemnización por despido, aunque como ya apuntaba en mi intervención de
ayer, estamos abiertos a contemplar un tratamiento específico como rentas
del trabajo irregulares de aquellas indemnizaciones que sobrepasen los
límites legales. Modificamos el apartado siete del artículo primero
aclarando la atribución de las ganancias a quien tenga la titularidad
civil. También enmendamos el apartado ocho del mismo artículo,
modificando el tratamiento de las ganancias patrimoniales derivadas de
ayudas públicas destinadas a la inversión. En el apartado diez rebajamos
el límite máximo para aplicar la reducción en los rendimientos del
trabajo. Y en los apartados once y quince aplicamos este mismo criterio a
los rendimientos irregulares del capital mobiliario. En el apartado
dieciocho, creemos que se debe avanzar más en los límites de aplicación
del método para la estimación objetiva, aunque el proyecto suponga ya
algún paso en esa dirección, pero a través de esta enmienda queremos que
se establezca el límite de ingresos en 100 000 euros para las actividades
agrícolas y ganaderas y para aquellas actividades cuyo objeto sea
destinar los bienes y servicios a un consumo final, e igualmente para
aquellas actividades que signifiquen la adquisición o importación de
bienes y servicios con tal limite.


A través de otra enmienda situamos el límite de 150 000
euros al rendimiento que permite aplicar la reducción por rendimientos
irregulares de actividades económicas. Igualmente, pretendemos integrar
en la tarifa general los rendimientos de capital para acabar con ese
trato privilegiado de los mismos en relación a las rentas del
trabajo.









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Mediante 3 enmiendas buscamos que las reducciones por
primas a seguros no puedan exceder de 3000 euros y que este límite
también se establezca para las aportaciones a planes de pensiones y las
aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social.


Mediante 2 enmiendas suprimimos la reducción de tramos de
la tarifa porque consideramos necesario mantener el gravamen
complementario de la cuota íntegra estatal que estableció de forma
temporal el Real Decreto Ley 20/2011.


Con otra enmienda buscamos que más allá de que planteemos
la integración de las rentas del capital en la tarifa general, supuesto
previsible de que tal planteamiento no prospere, como alternativa
planteamos la supresión del apartado cuatro.dos del artículo primero para
mantener los umbrales vigentes en los tipos de gravamen complementarios
para no retroceder en progresividad fiscal.


Mediante dos enmiendas queremos introducir una deducción
por la adquisición de abonos al transporte público, y a través de otras 2
planteamos la desaparición del régimen especial aplicable a los
trabajadores desplazados al territorio español. Ayer lo manifestaba
también pues entendemos que ese trato privilegiado no tiene ninguna
justificación.


Mediante otra enmienda al apartado sesenta y cinco
adecuamos el importe de los pagos a cuenta a la previsión de enmiendas
anteriores. En este sentido, pasamos de la previsión que establece el
proyecto de un pago a cuenta, del 19%, a un tipo del 21%.


Añadimos un nuevo apartado, setenta y ocho bis, para
mantener el gravamen complementario a la cuota íntegra estatal que
estableció el Real Decreto Ley 20/2011, en el mismo sentido que una
enmienda anterior.


Y enmendamos el apartado ochenta y cuatro que hace
referencia a las plusvalías por elementos patrimoniales adquiridos antes
del 31 de diciembre de 1994. En la tramitación se ha producido un avance
sustancial que en términos generales nos podría servir. Por lo tanto,
incluso si fuera necesario, no tendríamos ningún inconveniente en retirar
esta enmienda número 24.


Finalmente, planteamos una nueva disposición adicional para
que en el plazo de tres meses el Gobierno presente un proyecto de ley de
creación de un impuesto sobre la riqueza, que sustituiría al impuesto
sobre el patrimonio. También en el mismo plazo pretendemos que el
Gobierno presente un plan de medidas urgentes para reducir la economía
sumergida y el fraude fiscal.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Iglesias.


El Grupo Parlamentario Vasco ha presentado la enmienda
número 31. Para su defensa, tiene la palabra la senadora Martínez.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Gracias, señor presidente.


Como bien dice, mi grupo parlamentario ha presentado una
única enmienda a este proyecto de ley, la número 31, en la que nosotros
pedimos que se modifique el apartado 6 del artículo 68 que el proyecto de
ley viene a suprimir. Es una enmienda que busca adecuar esta norma al
libro blanco de la Unión Europea, y en las recomendaciones específicas
sobre España, además de instar el retraso de la edad de jubilación, que
es lo que hace este libro blanco para garantizar la sostenibilidad del
sistema público de pensiones, promueven el desarrollo en general de la
previsión social complementaria. La actual reforma del IRPF no contempla
este segundo objetivo. Los tramos de renta entre 12 000 y 60 000 euros
aportan menos del 30% de los declarantes y se aporta poco más del 1% de
la base imponible. Si además tenemos en cuenta que casi un 60% de los
declarantes se encuentran en este tramo, parece que el problema de la
previsión complementaria está claramente definido.


El libro blanco de la Unión Europea sobre las pensiones
también aborda el tema sobre la forma de promover fiscalmente la
previsión social complementaria, que es de lo que trata esta enmienda.
Así, señala que la Comisión cooperará con los Estados miembros siguiendo
un enfoque de mejores prácticas para evaluar y optimizar la eficacia y la
rentabilidad de los incentivos fiscales y de otro tipo para los planes de
ahorro privados de la jubilación, como puede ser mejorar la orientación
de los incentivos hacia personas que, de otro modo, no constituirían
planes de pensiones adecuados. También la OCDE ha resaltado la necesidad
de concentrar los esfuerzos en aquellos niveles de renta que tienen
mayores dificultades para ahorrar. De hecho, la Unión Europea y la OCDE
han establecido ya un proyecto conjunto para valorar la efectividad de
los









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apoyos e incentivos a las pensiones complementarias que van
en la línea de las valoraciones que queremos hacer con esta enmienda. En
este sentido, creemos que es mucho más eficaz promover la previsión
social complementaria mediante ayudas intensas, focalizadas, y limitadas
en su amplitud, que favorezcan más a los niveles medios y bajos de renta.
Tanto los planes Riester, en Alemania, como el proyecto NEST, en el Reino
Unido, van en esta línea. Por ello, la enmienda propone hacer un esfuerzo
especial, con una relativamente alta deducción, a cantidades limitadas en
su importe. Es evidente que, comparativamente, la deducción es más
atractiva para los niveles medios y bajos de renta que la reducción en
base imponible; y, además, es mucho más tangible. Por otro lado, ese
esfuerzo también debe limitarse a unas aportaciones básicas que
justifiquen este apoyo fiscal reforzado.


En lo que respecta a la cuantía, el coste fiscal actual de
la previsión social complementaria se sitúa por encima del 30% de las
aportaciones, por lo que comenzar con un 35% de deducción no se nos
antoja excesivo. En cuanto a la deducción máxima, esta no supera al tipo
máximo de la nueva escala, ya reducida.


La cantidad que quedaría sin recaudación por aplicación de
la deducción propuesta en esta enmienda no alcanzaría los 250 millones de
euros en el primer año. Esta cifra se obtiene al considerar que serían 1
500 000 partícipes y mutualistas en los sistemas de empleo; pero,
evidentemente, estando excluidos los 500 000 empleados públicos que,
aunque son partícipes de este sistema de empleo, no reciben o reciben
aportaciones muy inferiores.


Así, suponemos que el coste fiscal actual es del 32% de las
aportaciones y que el coste futuro, con la deducción, sería del 40%, con
dos hijos de media, y que todas estas personas aportarían alrededor de
los 2000 euros. La consecuencia es de un coste adicional de 160 euros por
cada partícipe.


Si la medida promueve una generalización de la previsión
social complementaria, que es lo que se pretende en las directrices
europeas, podemos estimar que se sumen 12 millones de partícipes y
mutualistas en el futuro. Si suponemos que el coste fiscal es algo mayor
por tener un tipo marginal medio actual inferior al 32%, y si fuera, por
ejemplo, del 30%, alcanzaríamos un coste de 200 euros por partícipe, con
un total de 2400 millones de euros. De todos modos, la experiencia
internacional nos dice que este coste sería gradual y no se alcanzaría
hasta dentro de, al menos, diez años.


Estos costes no son significativos a cambio de aplicar un
incentivo más a una cuestión tan capital y necesaria como la previsión
social complementaria, a la vista de la situación negativa del mercado
laboral y del nivel de envejecimiento de la población.


Por otro lado, el tener en cuenta el número de hijos en el
apoyo fiscal a la previsión social complementaria, como hace Alemania,
supone además reconocer la mayor dificultad para ahorrar de estos
contribuyentes y también un tratamiento equitativo para aquellos que
contribuyen a la renovación generacional y el mantenimiento futuro de los
sistemas de protección social en un entorno de envejecimiento de la
población.


Esta deducción se restringe a los sistemas de empleo, ya
que son los sistemas más eficientes, en línea con las recomendaciones de
la propia Unión Europea y son los que tienen mayor posibilidad de
generalizarse entre los ciudadanos a través de las pequeñas y medianas
empresas.


El señor PRESIDENTE: Vaya terminando, señoría.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Este objetivo de extenderse entre
las pymes también ha sido reconocido en los informes de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones sobre las medidas para promover
la previsión social complementaria. De hecho, en este proyecto de reforma
del IRPF se están tomando en consideración algunas de las medidas de ese
informe, por ejemplo, la liquidez a los diez años y, sin embargo, salvo
por esta enmienda, no se aborda la principal problemática identificada en
el informe y refrendada por la Unión Europea de promover la extensión de
la previsión social complementaria.


Gracias.









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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Martínez.


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya ha
presentado dos bloques de enmiendas, de la 119 a 168 y la vuelta al texto
del Congreso de los Diputados en lo modificado por el informe de la
ponencia.


Para su defensa, tiene la palabra el senador Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señor presidente.


Señorías, mi grupo parlamentario ha presentado un conjunto
de 50 enmiendas al texto de este Proyecto de Ley del impuesto sobre la
renta de las personas físicas y del texto refundido de la Ley del
impuesto sobre la renta de no residentes, con el ánimo constructivo de
intentar corregir en parte la reforma que se nos propone de este
impuesto, que es el principal de nuestro sistema tributario.


A continuación, les explicaré algunas de las más
importantes de nuestras enmiendas que, en conjunto, constituyen una
cierta alternativa fiscal que pensamos que es más eficiente, equitativa y
solidaria que la propuesta del Gobierno. Frente al conformismo asumido
por el Ejecutivo al mantener el nivel de recaudación, nuestra propuesta
se basa en lo contrario, en posibilitar la elevación de los ingresos
cambiando la estructura del impuesto para hacerlo más progresivo y evitar
que el obligado ajuste fiscal vuelva a necesitar más recortes; recortes
que sufren principalmente las rentas medias y bajas.


Mediante la enmienda 164, proponemos la elaboración de un
proyecto de ley para gravar de forma efectiva la capacidad económica
derivada de la riqueza patrimonial, valorando el patrimonio de forma
homogénea y sin excepciones y estableciendo un mínimo exento lo
suficientemente elevado para no incrementar la carga fiscal de las rentas
medias. En especial, se gravaría la titularidad de diversos instrumentos
financieros: los fondos de inversión, las sicav, las sociedades
instrumentales, los seguros y planes de pensiones personalizados,
etcétera, y por cualquier participación en todo tipo de entidades y
sociedades. Mientras se elabora y se aprueba esta norma, proponemos que
se mantenga el actual impuesto sobre el patrimonio, derogado a partir del
2015, a través de un artículo en los Presupuestos Generales del Estado de
2014. Y, a través de las enmiendas 140 y 145, proponemos equiparar los
tipos impositivos de las rentas del trabajo y del capital. Esto es
indispensable para cumplir con los principios de progresividad y
capacidad que han de regir un sistema tributario más justo.


Además, nuestra propuesta no perjudica el tratamiento de
los rendimientos del ahorro de los contribuyentes con rentas bajas y
medias, incluso lo mejora, pues, por un lado, se mantiene la exención de
los 1500 euros de dividendos —enmiendas 120 y 149— y, por
otro, también los rendimientos del ahorro hasta 12 450 euros anuales, que
serían gravados al tipo mínimo del 19%.


En relación con la escala general del impuesto, proponemos,
con las enmiendas 136 y 139, modificar los tramos y los tipos de tarifa
general para reducir las ventajas y beneficios que el proyecto otorga a
las rentas más elevadas, aunque el ministro no deje de repetir que su
reforma implica una supuesta rebaja para las rentas bajas y medias. Así,
proponemos la creación de un tipo del 46,5% para las rentas que están
entre 160 000 y 300 000 euros anuales y, para las rentas superiores a 300
000 euros, aplicar un tipo del 48%. La mayor tributación de las rentas
más altas permite no minorar las reducciones y deducciones que
corresponden a las rentas del trabajo, así como adoptar las previsiones
necesarias para que los incrementos de las cuantías de los mínimos
personales y familiares no supongan, como sucede en el proyecto, incluso
un menor ahorro para los contribuyentes.


Con nuestras propuestas, recogidas en las enmiendas 124 y
125, pretendemos corregir parte de la devaluación de las rentas del
trabajo que lleva a cabo el proyecto del Gobierno. En este sentido,
proponemos elevar la deducción general de 2000 euros a 2700, como existía
antes, y aumentar la deducción variable de 3700 a 4100, como también
existía antes. Asimismo, proponemos la recuperación de la deducción
adicional de 2700 euros para trabajadores mayores de 65 años.


Para hacer realmente efectivo el incremento de los mínimos
personales y familiares propuesto por el Gobierno, debe preverse la
aplicación, como mínimo, del tipo del 12% a la parte de la base
liquidable general correspondiente al mínimo personal y familiar, a
efectos de la determinación de la cuota íntegra estatal. Así se recoge en
nuestra enmienda 137.









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También en la enmienda 161 establecemos una reducción
adicional para los rendimientos del trabajo de los contribuyentes en
situación de especial protección, de forma que se exima de tributación en
la práctica a los perceptores de prestaciones por desempleo,
contribuyentes con cargas familiares y pensionistas cuyas rentas totales
no excedan de los 16 000 euros.


Proponemos recuperar el tipo de retención del 15% para
todos los trabajadores autónomos en las enmiendas 147, 148 y 153,
recordando que la supuesta bajada al 19% que prevé el proyecto del
Gobierno sigue suponiendo una subida de 4 puntos respecto a cómo se
encontraron el tipo cuando llegaron al Gobierno en el año 2011; les
recuerdo que en este momento se sitúa en el 21%.


En el caso de los autónomos económicamente dependientes,
mantenemos las deducciones y las reducciones en unas cuantías
equivalentes a las actuales a través de la enmienda 129.


En relación a la renta del ahorro, con las enmiendas 131,
132 y 133, suprimimos las modificaciones propuestas por el Gobierno, que
entendemos que favorecen las rentas de capital y las operaciones que
pueden entenderse que son de carácter más especulativo, por ir ello en
contra de las recomendaciones de la propia OCDE.


La enmienda 150 propone la imputación como rendimiento a
integrar la base imponible del ahorro del porcentaje del 4% del valor de
las acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva
cuando dicho valor exceda conjuntamente de un millón de euros y en el
caso de acciones de sicav cuando el contribuyente tenga una participación
superior al 5% del capital de la sociedad. Tal previsión solo afecta a
los grandes patrimonios y a aquellas sociedades de inversión, en especial
las sicav, que no reúnen las características necesarias para ser
consideradas instrumentos reales de inversión colectiva.


También proponemos recuperar la deducción por alquiler de
vivienda para aquellos contribuyentes de menores ingresos, en las
enmiendas 142 y 156, y la cuantía máxima de 12 000 euros anuales para la
aplicación por los propietarios de la reducción del 60% de los ingresos
procedentes de arrendamientos de vivienda en la enmienda 126.


Con la enmienda 130 proponemos revertir la nueva redacción
del artículo 35 de la Ley del IRPF, que suprime los coeficientes de
actualización de los bienes inmuebles a efectos de la determinación de su
valor de adquisición en el supuesto de transmisiones onerosas. Esta
supresión provoca una mayor tributación de las transmisiones de los
bienes con mayor antigüedad en el patrimonio de los contribuyentes, es
decir, un mayor gravamen de las operaciones no especulativas.


El proyecto de ley somete a tributación las indemnizaciones
por despido también, con un límite exento de 180 000, y esto puede
perjudicar de forma especial a los trabajadores despedidos de avanzada
edad, que, ante la imposibilidad de reintegrarse en el mercado laboral,
podían destinar los recursos obtenidos a completar sus carreras de
cotización. Con la enmienda 119 añadimos una salvedad y aumentamos el
mínimo exento a 300 000 euros para los mayores de 55 años.


Con las enmiendas 159 y 167 eliminamos el carácter
retroactivo al 1 de agosto del gravamen de las indemnizaciones por
despido y además en las enmiendas 122, 134, 152 y 166 proponemos igualar
el tratamiento fiscal de los sistemas de previsión social de altos
directivos con el del conjunto de los trabajadores.


Finalmente, incluimos una nueva disposición adicional para
incrementar la lucha contra el fraude y la elusión fiscal. Para los
próximos cuatro años proponemos incrementar en 5000 el número de
efectivos de los cuerpos adscritos a la Agencia Estatal de Administración
Tributaria para el control y la lucha contra el fraude fiscal. Nuestro
país tiene el nivel de recursos más bajo de la Unión Europea, como se ha
dicho en diversas ocasiones a lo largo de este debate. Por ello, es
necesario abordar una reforma integral de la Administración tributaria,
que incremente de forma efectiva y gradualmente sus recursos humanos y
materiales, desde nuestro punto de vista unas enmiendas indispensables
para que se pueda hablar de una reforma del IRPF que es necesaria, por
supuesto, pero que ha de ser también equitativa, redistributiva y
justa.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Montilla.


El segundo grupo de enmiendas del Grupo Parlamentario
Entesa son las números 169 a 197. Para su defensa tiene la palabra el
senador Guillot.









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El señor GUILLOT MIRAVET: Gracias, señor presidente.


Son enmiendas idénticas a las presentadas y defendidas por
el senador Iglesias, con lo que, con su explicación y justificación, las
doy por defendidas.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Guillot.


El Grupo Parlamentario Catalán Convergència i Unió presenta
las enmiendas números 53 a 101 y 103 a 118. Para su defensa, tiene la
palabra el senador Bel.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, señor presidente.


Efectivamente, como ya avanzábamos ayer, hemos presentado
un conjunto de enmiendas a las tres leyes. En este momento estamos
defendiendo las correspondientes al impuesto sobre la renta de las
personas físicas. Dado que, de hecho, no estamos ante un nuevo impuesto
sino ante una reforma de no excesiva profundidad en relación al impuesto
vigente, nosotros distinguimos algunos elementos que mejoran en el
anterior IRPF y en esas no presentamos enmiendas; un segundo bloque que
empeoran respecto a la situación anterior y en está sí presentamos un
conjunto de enmiendas. Y un tercer bloque donde no se mejora la situación
anterior que, entendemos, es susceptible de mejora. Por tanto, nuestras
enmiendas van en estas 3 direcciones.


Avanzo que, dado que intuyo que no voy a tener tiempo de
defender todas las enmiendas, doy por defendidas todas ellas y voy a
enfatizar algunas.


La enmienda 53 pretende reformular la extinción de la
indemnización por despido. Admitimos que la imposición tenga un límite de
hasta 180 000 euros en caso de despido y que se empiece a tributar a
partir de esta cantidad, pero creemos que se debe hacer una salvedad para
los contribuyentes mayores de 50 años, que deberán mantener, aunque
superen estos 180 000 euros, la exención, siempre que no superen el
límite establecido por la legislación laboral. Esta es una modificación
en la que entendemos que se debería perseverar. Además, la complementamos
en que debería incrementar la exención en un 1% por cada año trabajado
por cada uno de los empleados.


La enmienda 54 pretende recuperar la exención hasta 1500
euros en el caso de los dividendos. Entendemos que es una forma de
incentivar las pequeñas participaciones en las empresas por parte de los
contribuyentes y que tiene un efecto recaudatorio muy limitado.


La enmienda 55 pretende ampliar la reducción del 30% a las
rentas irregulares de los rendimientos del trabajo generados en más de
dos años hasta 2500 euros y que no superen nunca el 20% de los
rendimientos del trabajo.


La enmienda 56 hace referencia a los gastos deducibles en
el apartado de rendimientos del trabajo. Entendemos que se debería
incrementar la cantidad propuesta, dado que elimina otras deducciones
hasta ahora vigentes, de 2000 euros a 3000 euros.


La enmienda 57 procede a modificar la estructura de
reducciones en los rendimientos del trabajo. Se suprime la propuesta del
proyecto en la medida en que estas reducciones solo afectan a aquellas
rentas inferiores a 14 450 euros. Entendemos que se deja fuera de estas
reducciones a muchas rentas medias y que, en todo caso, si se quería
establecer un límite máximo de 14 450 euros, nos parece insuficiente.


La enmienda 58 pretende modificar el cálculo de la
deducción por gastos de difícil justificación en la estimación directa
simplificada. Antes, los gastos en concepto de gastos de difícil
justificación y provisiones alcanzaban el 5% de los rendimientos netos
positivos con carácter previo. Creemos que se deberían establecer unos
cálculos similares y, en todo caso, se debe aumentar lo propuesto por el
proyecto.


En términos similares, respecto al cálculo de las rentas
provenientes de la actividad económica, la enmienda 59 hace una propuesta
en relación con el método de estimación objetiva. Proponemos que también
se aplique este método a aquellos autónomos del sector de transporte y a
la vez elevar el límite de rendimientos a 200 000 euros, en lugar de los
150 000 euros que propone el proyecto.


La enmienda número 60 también hace referencia a la
estimación objetiva. El proyecto establece un límite de 200 000 para la
aplicación de la estimación objetiva en actividades agrícolas, ganaderas
y forestales, y entendemos que ese límite, vigente hasta el momento, se
debería incrementar a 300 000.









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La enmienda número 61 también hace referencia al cálculo
del rendimiento de las actividades económicas, y en similitud a la
propuesta que hacíamos para los rendimientos del trabajo, entendemos que
debe haber una reducción de las rentas irregulares, no del 30, sino del
40%, tal y como está recogido en estos momentos en la regulación actual.
Esa misma enmienda la hemos presentado en relación con los rendimientos
del trabajo.


La enmienda número 62 —y hemos presentado también
alguna otra de carácter transitorio para solventar la cuestión que les
voy a plantear— va dirigida a incorporar un coeficiente de
corrección monetaria en el cálculo de determinadas plusvalías. Al
eliminar completamente estos correctores monetarios, estamos haciendo
tributar en el impuesto sobre la renta de las personas físicas toda la
renta producida, tanto la real como la monetaria. En una plusvalía hay un
efecto que es simplemente atribuible al mero paso del tiempo en tanto en
cuanto en este tiempo se establezca un escenario de una cierta inflación
positiva, que es lo que suele ocurrir. Por ello si eliminamos estos
correctores monetarios las plusvalías tributarán, no solo por su efecto
real, sino también por el monetario.


Presentamos también una serie de enmiendas, que van de la
número 63 en adelante, para plantear la exención en tanto rentas en
especie de determinados conceptos que entendemos tienen cierta
justificación. Por ello en la enmienda 63 planteamos que no se consideren
rentas en especie determinados gastos en servicios sociales y culturales
para los empleados, incluyendo también a aquellos empleados que sean
familiares del empleador, como son el cónyuge y descendientes en
determinadas circunstancias. No tiene sentido dejarlos de lado si a
efectos tributarios se les considera también trabajadores.


También entendemos en la enmienda número 64 que esta
exención se debe ampliar para todos aquellos gastos de conciliación de la
vida personal, familiar y laboral de los empleados, con la misma
matización que la enmienda anterior.


En la enmienda número 65 hemos introducido la posibilidad
de que no tributen como renta en especie aquellas cuotas satisfechas por
parte de la empresa en relación con sus trabajadores para pagar la
práctica deportiva del empleado hasta un límite de 450 euros. Esto va en
la dirección que ya algunos países en Europa están incorporando. Hemos
presentado varias en este sentido entendiendo que el buen estado físico
de los trabajadores repercute, no solo a nivel social, en tanto que serán
menos usuarios del sistema sanitario, sino también en su relación
laboral. En este sentido hemos presentado alguna otra más, como la número
68.


La enmienda número 66 casi decae porque es similar a la
número 264, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, que ha sido
incorporada en ponencia, y pretende recuperar la no sujeción hasta 12 000
euros de las stock options, la entrega a los trabajadores en activo de
acciones de la propia empresa de forma gratuita o a un precio inferior al
del mercado. Nos congratulamos de que esta eliminación haya sido
subsanada por el grupo mayoritario, aunque sea parcialmente.


La enmienda número 67 pretende concretar lo que comentamos
ayer, que la reforma incremente la seguridad jurídica del contribuyente,
el tratamiento de los gastos de formación de los empleados.


La enmienda número 68 va en la línea a la que me he
referido anteriormente, la no sujeción de prestaciones al empleado por la
práctica deportiva con unos determinados límites.


La enmienda número 69 hace referencia a las aportaciones y
contribuciones de los sistemas de previsión social. Proponemos mantener
los límites anteriores, no entendemos por qué se reduce el límite de los
10 000 euros a 8000 y por qué no se permite seguir incrementando este
límite hasta 12 500 euros para aquellas personas mayores de 50 años que
tienen más cercana su jubilación. Entendemos que con la situación actual
del sistema de pensiones público deberíamos intentar incentivar todavía
más estos planes de previsión social en el ámbito privado pero parece que
no es así.


La enmienda número 70 va en la misma dirección pero es una
alternativa a la enmienda número 69, y en el supuesto de que se considere
que no se debe incrementar este límite de 8000 a 10 000 euros, se debería
al menos flexibilizar para aquellos trabajadores mayores de 50 años.


Hemos presentado también 3 enmiendas, las números 71, 72 y
73, que hacen referencia al mínimo a reducir de la base imponible por
descendientes o ascendientes. En ambos casos, en la









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número 71 para descendientes y en la 72 para ascendientes,
la reducción que se plantea de 8000 euros debería incrementarse a 10 000
euros.


En la enmienda número 73 introducimos una novedad en la que
vamos a insistir, no solo en la tramitación de estas leyes sino también
en las futuras. Pretendemos que el mínimo del contribuyente por
descendiente o el mínimo por ascendiente, incluso por personas con
discapacidad, no sea exactamente el mismo en todo el territorio del
Estado español. Consideramos que estos mínimos deberían corregirse por un
índice vinculado al índice medio estatal de los precios del consumo
porque la evolución de los precios no es exactamente la misma en todas
las comunidades autónomas y, por tanto, se deberían corregir estos
mínimos en función de dicha evolución a lo largo del tiempo. Es una
novedad, repito, en la que vamos a insistir.


La enmienda número 74, sobre la que después también
hablaré, pretende subsanar lo que considero un error que estamos
cometiendo, y es que el proyecto de ley elimina la posibilidad de reducir
de la base imponible las aportaciones a los partidos políticos con un
límite de 600 euros. Nosotros proponíamos no solo recuperar esta
reducción de la base imponible de 600 euros, sino incrementarla a 1000,
pero seguramente lo más razonable sería mantenerla en 600 euros; y digo
que sería lo más razonable porque después hemos transaccionado una
enmienda a la que voy a hacer referencia. El artículo 12.1 de la Ley
Orgánica de financiación de los partidos políticos mantiene que las
aportaciones de sus afiliados y simpatizantes a partidos políticos se
reducirán de la base imponible del IRPF hasta el límite de los 600 euros.
Por tanto, estamos modificando la Ley de IRPF pero no estamos modificando
la Ley Orgánica de financiación de los partidos políticos, y esto genera
una cierta incongruencia.


Con la enmienda número 75 también planteamos incorporar una
deducción nueva, que consideramos útil, en la adquisición de abonos en el
transporte público. Se pretende favorecer la utilización del transporte
público para fomentar la movilidad sostenible y, a la vez, favorecer a
aquellas rentas bajas, que son las que normalmente utilizan este tipo de
transporte, y, dada la evolución de los precios del transporte público,
sería razonable poderlo compensar mediante una deducción en el IRPF por
este concepto.


La enmienda número 76 pretende también mejorar el trato de
la deducción por inversiones en empresas de nueva o de reciente
creación.


En un ámbito similar, la enmienda número 77 tiene la misma
pretensión en relación con las deducciones en actividades económicas, y
pretende suprimir una incompatibilidad de la libertad de amortización con
una deducción por inversiones regulada en la normativa canaria. Algún
senador que ha intervenido con anterioridad lo ha planteado en términos
muy similares.


Quiero hacer una mención especial a la enmienda número 78,
dado que se ha transaccionado y se va a aprobar la transacción. Nosotros
proponíamos en esta enmienda esencialmente 2 cuestiones: una,
reincorporar la deducción por donaciones a todas aquellas fundaciones no
incluidas en la Ley 49/2002, que regula el régimen fiscal del mecenazgo y
de fundaciones. Hasta ahora, estas fundaciones no acogidas a la Ley
49/2002 tenían una deducción en las donaciones que se les efectuaban de
un 10%, y nosotros proponíamos en esta enmienda que esta deducción, que
en el proyecto de ley era eliminada, no solo se mantuviera en el 10% sino
que se incrementara al 20%, y dos, eliminar una deducción que se
establecía con un límite de 600 euros a las aportaciones a los partidos
políticos, que nosotros entendemos que no es congruente con la Ley de
financiación de los partidos políticos que he mencionado anteriormente.
Finalmente la transaccional propone algo que no compartimos pero que es
un mal menor: mantener esta situación respecto a la financiación de
partidos políticos. Entendemos que es incongruente con la actual
legislación, con la ley orgánica correspondiente, pero lo que es más
importante para nosotros es que vamos a salvar a todas aquellas
fundaciones, que son muchísimas, que todavía no se han acogido a la Ley
49/2002, para que las aportaciones efectuadas a estas fundaciones, al
menos puedan gozar de un 10% de deducción en el IRPF. Un 10% de las
aportaciones a estas fundaciones será deducible.


Con la actual propuesta que ha entrado en esta Cámara estas
deducciones serán suprimidas y todas estas fundaciones —que, aunque
les sorprenda, son la mayoría de las que hay en estos momentos en el
Estado español— perdían la capacidad de deducir un 10% de sus
aportaciones. Por tanto, nos sentimos satisfechos de poder solventar,
aunque sea transitoriamente, esta situación. Nuestro deseo sería que la
mayoría de estas fundaciones hicieran el esfuerzo de cumplir









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con los preceptos establecidos en la Ley 49/2002, pero el
hecho es que después de más de diez años desde la entrada en vigor de
esta ley, la mayoría de fundaciones no se han incorporado a este régimen.
Por ello, suprimir esta deducción hubiese causado un perjuicio
importantísimo a las donaciones de las fundaciones del Estado español.
Agradecemos, por tanto, la sensibilidad del grupo mayoritario por
comprender la situación que se les generaba a estas fundaciones y por
haber transaccionado esta enmienda.


Las enmiendas 79 y 80 pretenden recuperar la deducción
vigente para los alquileres de la vivienda habitual siempre y cuando sean
viviendas energéticamente eficientes —esta es la novedad—, y
no solo la deducción por alquiler de vivienda considerada habitual sino
que la enmienda 80 propone también la deducción por la cuenta ahorro
empresa, que se creó hace relativamente pocos años y que considerábamos
era una deducción útil y que se acaba de eliminar.


La enmienda 81 pretende establecer una reducción para las
prestaciones sociales constituidas como renta vitalicia. De hecho, esta
es una reducción que no existía, que no ha contemplado la modificación
del proyecto y que se debería establecer en un 30%.


La enmienda 80 —voy terminando porque voy justo de
tiempo— es similar a la número 79 y también pretende establecer
unas reducciones para aquellas edificaciones de eficiencia energética.
Esto generaría, evidentemente, muchos beneficios, también al sector de la
construcción y de la eficiencia energética, y complementaría otras
políticas públicas dirigidas a este ámbito.


La enmienda 83 pretende equiparar el criterio de la
afectación parcial de los elementos patrimoniales de la actividad
empresarial que existe en el impuesto sobre el valor añadido a la que
pueda existir en el IRPF, para una mayor coherencia. Da la oportunidad de
rectificar este diferente criterio entre IVA e IRPF, y por ello
proponemos esta enmienda.


La enmienda 84, que podría tener algunas matizaciones, la
consideramos importante por diferentes motivos. Introducimos una
reducción por los gastos en servicio de asistencia a personas, con unas
limitaciones. Pretendemos reducir de la base imponible, con un límite
máximo del 50% de los costes, todos aquellos gastos incurridos en la
contratación de servicios de asistencia a las personas, ya sea ayuda en
domicilio, que sufraga el propio contribuyente; asistencia doméstica;
atención a menores o mayores de edad, o enseñanza a domicilio. Podríamos
matizar exactamente el alcance con un límite máximo de 5000 euros. Esta
medida tendrá un efecto positivo en los contribuyentes que están
obligados a sufragar estos gastos, porque el sector público no lo ha
hecho, aunque hubiese tenido la intención de hacerlo con alguna ley como
la de dependencia. Además tiene un efecto muy positivo. Francia es un
ejemplo de lo que ha ocurrido al respecto, y es que incentiva el empleo
legal en un sector donde el empleo en la economía sumergida es evidente.
Por tanto, pretendemos —lo hemos hecho en esta ley y lo haremos en
otras— insistir en la línea de dar un cierto trato favorable
fiscalmente a estos gastos incurridos por particulares y que
incentivarían a aflorar una parte de la economía sumergida centrada en la
atención doméstica.


La enmienda 85 pretende recuperar una deducción que fue
suprimida, si no recuerdo mal, en el año 1998, que era la deducción por
seguros de enfermedad.


La enmienda 87, en coherencia con la 75, pretende unas
deducciones en los gastos incurridos en los servicios de transporte
público.


La enmienda 90 —como he dicho, doy todas las
enmiendas por defendidas y solo me referiré a algunas— pretende que
la imputación de rentas inmobiliarias se haga siguiendo unos criterios de
eficiencia energética de los edificios. Por consiguiente, en aquellas
viviendas no habituales a las que se les imputa renta, el coeficiente de
imputación de rentas sería superior a aquellas menos eficientes
energéticamente, y sería inferior a las más eficientes.


La enmienda 91 pretende establecer un régimen fiscal
especial aplicable a los profesionales de alta cualificación,
emprendedores e inversores desplazados en territorio español, corrigiendo
la actual y mucho más en la dirección, concretamente, de la propuesta que
efectuaba la Comisión Lagares.


Algunas enmiendas, como la 93, 94 y 98, pretenden modificar
las retenciones aplicables a las actividades profesionales. Nosotros
pretendíamos rebajar del 19%, que era la propuesta del proyecto de ley,
al 15%. Las enmiendas del Grupo Popular incorporadas en ponencia lo han
rebajado al 18% con algún sistema transitorio. Lo consideramos
insuficiente ya que debería









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reducirse, en todo caso, al 15% y, al menos para aquellos
profesionales con rentas muy reducidas, mantener el 15%.


Solo citaré otra enmienda, la número 107, que también ha
sido objeto de transacción y que pretende eliminar la discriminación
entre residentes y no residentes en los alquileres de inmuebles en
España. La hemos transaccionado, y esperamos que la transacción acabe
contribuyendo a este objetivo. Nosotros pensamos que es mejor nuestra
propuesta, pero el grupo mayoritario ha querido otra reformulación. El
objetivo está claro: aquellas personas no residentes que dispongan de
inmuebles alquilados en España deben tener el mismo trato, deben reducir
los mismos gastos que los residentes.


En todo caso, finalizo aquí mi intervención, dado que he
terminado mi tiempo, y doy por defendidas el resto de enmiendas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Bel.


El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado las
enmiendas 198 a 248 y la vuelta al texto del Congreso de los Diputados en
lo modificado por el informe de la ponencia.


Para su defensa, tiene la palabra la senadora Marra.


La señora MARRA DOMÍNGUEZ: Gracias, presidente.


Buenos días, señorías. Es por todos conocido que los
principales problemas que presenta en el momento actual el sistema
tributario español son su reducida capacidad recaudatoria y su falta de
eficiencia y de neutralidad.


Hasta el momento, las decisiones que ha tomado el Gobierno
en esta legislatura han ido en la dirección de incrementar el IRPF, la
subida de impuestos indirectos, IVA, copago, tasas y precios públicos, y,
como consecuencia, la reducción a mínimos históricos del Estado del
bienestar, con un incremento alarmante de las desigualdades sociales y de
la pobreza en nuestro país.


Por lo tanto, resulta prioritario que se revise nuestro
sistema fiscal para dotarlo de una mayor eficiencia en la asignación de
recursos y de neutralidad, avanzando en los principios de equidad y de
bienestar social, sin dejar de atender el principio de suficiencia
financiera de todas las administraciones públicas, lo que permitiría
avanzar en el crecimiento económico, en la creación de empleo y en la tan
ansiada recuperación de nuestra economía.


En este sentido, el impuesto sobre la renta de las personas
físicas se configura como un elemento central de la imposición directa;
desempeña un papel primordial en nuestro sistema tributario, siendo el
tributo en el que los principios de capacidad económica y de igualdad y
progresividad tributaria deberían encontrar una más clara proyección,
conformándose como el instrumento más idóneo para alcanzar los objetivos
de redistribución de renta y solidaridad que propugna nuestra
Constitución.


Señorías, son unos objetivos que fracasan en este proyecto
de ley, porque lo cierto es que tenemos un texto con un alcance
marcadamente limitado, que no se adecúa a las profundas reformas que
demanda en la actual situación nuestro sistema tributario y no aborda de
forma ambiciosa y eficaz la lucha contra el fraude, la elusión y la
evasión fiscal. Nuestro país alcanza la cifra récord del 24,6% del
producto interior bruto, más de 250 000 millones de euros, lo que lo
sitúa en uno de los niveles más elevados de la Unión Europea. Una reforma
fiscal que se ha plasmado en un documento que ha recibido multitud de
enmiendas, no solo en su contenido, en la medida en que profundiza en la
injusticia, la inequidad y la desigualdad, sino también en su aspecto
formal, con correcciones y mejoras técnicas considerables.


Para facilitar la exposición de nuestras enmiendas,
empezaré analizando este proyecto de ley y, a su vez, planteando las
enmiendas que nuestro grupo propone a este proyecto.


En primer lugar, la nueva tarifa aplicable a la base
liquidable general, en la que se reducen tanto el número de tramos, de
los 7 actuales a 5, como los tipos marginales, ahonda en la desigualdad y
en la regresividad de la reforma al constatarse que la escala de gravamen
en 2015 y en 2016 beneficia más a aquellos contribuyentes con mayor nivel
de ingresos, cualquiera que sea su situación familiar, no solo porque los
tipos mínimos se aplican ahora sobre unos ingresos de hasta 12 450 euros,
cuando con anterioridad estos abarcaban hasta los 17 700 euros de la base
liquidable, sino porque ahora a contribuyentes de rentas bajas, entre 12
450 euros y 17 700









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euros anuales, se les aplica el tipo del 25%, cuando en el
IRPF de 2011 se les aplicaba el tipo del 24%, o bien en el período
2012/2014 el 24,75%.


Si esto sucede respecto de las rentas bajas, los efectos de
la nueva tarifa para las rentas medias son exactamente contraproducentes,
pudiéndose observar que incluso para rentas de entre 20 200 y 34 000
euros el tipo impositivo no solamente baja —teníamos un 28% en
2011; un 30% en 2014/2015—, sino que incluso se incrementa en 1
punto, llegando al 31% en el año 2015. Por el contrario, son en las
rentas altas en las que sí se aprecia una notable mejoría, con diferencia
para aquellos que ganan más de 60 000 euros. Ello hace que, por ejemplo,
alguien que gane 300 000 euros pase a tributar del 52% al 47% en el año
2015, y al 45% en el año 2016, 5 y 7 puntos porcentuales menos, en tanto
que, como acabamos de ver, una persona con ingresos de 30 000 euros
—esto es, 10 veces menos—, pase del 30 al 31% en el año
2015.


Para subsanar esta desigualdad y esta falta de
progresividad tributarias nosotros proponemos las enmiendas números 217 a
220, que pretenden modificar los tramos y los tipos de tarifa general del
impuesto al objeto de reducir la mayor rebaja del impuesto que en el
texto se otorga a las rentas más elevadas. Proponemos la creación de un
tipo del 46,5% para rentas que están entre 160 000 y 300 000 euros
anuales, y para rentas superiores a 300 000 aplicar el tipo del 48%.


En relación con los mínimos familiares y personales del
IRPF, nuestras enmiendas van en la línea de hacer efectivo y real dicho
incremento nominal. Porque no es cierto que se incremente hasta el 32%,
tal como nos viene diciendo el Partido Popular, sino que, por el
contrario, se produce un desahorro efectivo por cuanto a los mínimos
personales y familiares se les aplica ahora el tipo correspondiente a la
nueva base liquidable, esto es el 20%, cuando antes le correspondía el 24
o el 24,75%. Todo ello implica pagar una mayor cuota en el año 2015 en
relación con 2014, una cuota de 164,87 euros.


En el caso de los mínimos familiares por tercer o cuarto
descendiente, la situación es significativamente peor, pues supone una
mayor tributación, de 108,82 euros y 135,05 euros, respectivamente.
Efectos además que se agudizan en este texto con la bajada del tipo
mínimo al 19 en el año 2016, perjudicando en especial a aquellos
contribuyentes con mayores cargas familiares.


En cuanto a los perceptores de rendimientos del trabajo, el
texto procede a una devaluación de prácticamente todas las rentas
favorecedoras de este tipo de rentas: desde la minoración de la reducción
general por obtención de rendimientos del trabajo —ahora
configurada como un gasto deducible para ingresos superiores a 14 450
euros—, de 2652 euros a la cuantía fija de 2000 euros
—nosotros proponemos recuperar al nivel de 2700 euros
anuales—, a la nueva regulación de la reducción variable por
ingresos inferiores a 11 250 euros, que se fija en 3700 euros, y que en
nuestra enmienda 203 proponemos elevar a 4100 euros anuales, al tiempo
que se recupera la deducción adicional de 2700 euros anuales para
trabajadores mayores de 65 años.


En consecuencia, hemos presentado las enmiendas 198, 202,
203 y 204, donde se articulan medidas efectivas y reales de compensación
por la mayor tributación de este tipo de rentas de trabajo respecto de
las rentas del capital. Adicionalmente, la enmienda 198 trata de
modificar el artículo primero.uno, al someter a tributación las
indemnizaciones por despido sin tener en cuenta las dificultades que los
trabajadores de avanzada edad, en especial los mayores de 55 años, tienen
para reintegrarse en el mercado de trabajo, elevando la cantidad exenta
de tributación aplicable a dichos trabajadores a 300 000 euros.


Señorías, también en el caso de los trabajadores autónomos,
las enmiendas números 206 a 209 van en la línea de corregir el proceso de
devaluación de las previsiones favorecedoras de la obtención de este tipo
de rentas. Con ello hemos pretendido ajustar técnicamente los costes
recaudatorios que pudieran derivarse de la reducción de los tipos de
gravamen, que en el presente texto se limitan notablemente. Así, por
ejemplo, en la modalidad de estimación directa simplificada, el texto
limita los denominados gastos de difícil justificación a 2000 euros
anuales, y con nuestra enmienda 206 se contempla, al menos, la cuantía de
2700 euros anuales.


Cabe recordar además que para todos los autónomos ha sido
el Gobierno del Partido Popular el que ha subido ese tipo de retención
del 15% al 21%, por lo que, pese a las publicitadas promesas de rebaja de
retenciones hechas por el Gobierno, tampoco en el texto se recupera dicho
nivel al 15% del año 2011. Es por ello que en nuestra enmienda 231
pedimos la recuperación del citado









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porcentaje, lo que contribuiría a mejorar la situación de
liquidez de todos los perceptores de rendimientos de actividades
económicas.


En este sentido, el texto también limita el sistema de
módulos y reduce el umbral de exclusión sin contemplar especificaciones
de sectores con peculiaridades propias, lo que, en nuestra opinión,
repercute negativamente en el empleo y en la viabilidad de muchas de
estas pequeñas empresas, generando un grave problema social.


Así, la enmienda 208 viene a corregir en el texto la
expulsión del sistema de módulos a la casi totalidad de los
transportistas autónomos de transporte pesado, incluidos aquellos que
cuentan solo con un vehículo. La aceptación de dicha enmienda permitiría
que unas 26 000 empresas, personas físicas, del total de 38 000 empresas
que hay en la actualidad en el segmento del transporte pesado, siguieran
encuadradas en un sistema de tributación que les presenta multitud de
ventajas. Entre ellas, que sería sencillo para las empresas pequeñas, ya
que elimina, con el límite de 150 000 euros que se pretende imponer,
cualquier resquicio para el fraude fiscal; que no distorsiona el mercado
del transporte nacional, siendo accesible solo a las empresas de muy
reducida dimensión, y lo que es más importante, aseguraría la viabilidad
a medio plazo de la mayoría de las empresas y el mantenimiento de los
puestos de trabajo creados por ellas.


Permítanme que a continuación centre el debate en el
régimen especial de los trabajadores desplazados a territorio español,
también conocido como la Ley Beckham, que permite tributar a estos
trabajadores por el impuesto sobre la renta de no residentes, tipo actual
del 24,75% durante el plazo de cinco años, con el límite de 600 000 euros
de retribuciones anuales. Dicha opción se suprime en el texto para los
deportistas profesionales. Además, el régimen no va a ser solo aplicable
a los trabajadores con una relación laboral, ordinaria o especial, sino
que se extiende también a las personas que adquieran la condición de
administrador de una sociedad, suprimiéndose el límite de retribución
anual máxima de 600 000 euros. Si bien a las cantidades que excedan dicha
cifra se les aplicará el tipo del 45%, todos los ingresos de cuantía
inferior tributarán solo al tipo del 24%.


Por todo ello, nuestra enmienda 227 viene a corregir la
actual regulación, excluyendo de ella a los deportistas profesionales,
porque entendemos que querer suprimir el actual límite y extender el
régimen a otros supuestos por mor del interés económico en atraer
potenciales inversores, administradores o bien directivos, no puede hacer
olvidar que nuestro sistema tributario ha de respetar los principios
constitucionales de capacidad económica, igualdad y progresividad,
principios que no parece que se quieran cumplir en la norma
proyectada.


En segundo lugar, el texto incorpora modificaciones
significativamente ventajosas del capital mobiliario, de las ganancias y
pérdidas patrimoniales, con una nueva tarifa aplicable a la base
liquidable del ahorro en la que se reducen significativamente los
marginales de cada uno de los tramos. Es precisamente en las rentas del
capital donde se evidencia con mayor intensidad no solo su tratamiento
más beneficioso con respecto a las rentas del trabajo, sino también la
regresividad de la reforma fiscal presentada, porque mientras el tipo más
bajo se reduce 2 puntos porcentuales, del 21 al 19%, el más alto lo hace
en 4 puntos, del 27 al 23%. Las ventajas otorgadas a este tipo de rentas
del capital presentan, sin embargo, 2 excepciones: por un lado, que se
suprime la exención de los primeros 1500 euros de rendimientos
procedentes de dividendos y participaciones de sociedades, y por otro, se
suprimen los coeficientes de actualización de los inmuebles y los
conocidos como coeficientes de abatimiento, aplicables a aquellos bienes
con una gran antigüedad en el patrimonio de los contribuyentes. Estas 2
excepciones, al suprimirse en el proyecto de ley, limitan los beneficios
casi de forma exclusiva a las rentas bajas y medias y a las operaciones
no especulativas. Así, el proyecto de ley de nuevo no contribuye a los
principios de igualdad y neutralidad que deberían inspirar cualquier
reforma tributaria. Por eso nuestras enmiendas 199, 221 y 236 vienen a
corregir esa situación.


En relación con la supresión de la exención de los 1500
euros de dividendos y participaciones, hemos planteado la enmienda 199,
con la que intentamos recuperar dicha exención, permitiendo que los
pequeños ahorradores puedan aprovecharse de este reducido beneficio
fiscal, compensando también la mayor tributación que se produce por la
aplicación de los tipos de ahorro superiores en supuestos de ingresos
reducidos a los correspondientes al tipo medio efectivo de estos
contribuyentes.









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Por su parte, en cuanto a la no actualización del valor de
los inmuebles y la supresión de los coeficientes de abatimiento, las
enmiendas 221 y 236 vienen a rectificar este texto para que se consideren
estos coeficientes en relación con aquellas transmisiones de bienes con
mucha antigüedad, que suele ser la vivienda única de los pequeños
contribuyentes. (El señor vicepresidente, Lucas Giménez, ocupa la
Presidencia).


Señorías, es difícil imaginar que las personas que operan
en el mercado inmobiliario, en especial las grandes inmobiliarias, tengan
bienes con veinte o treinta años de antigüedad, por lo que, de no
aceptarse nuestra enmienda, los grandes perjudicados serían nuevamente
las rentas medias y bajas, que se van a ver obligadas a vender estos
inmuebles antiguos soportando una carga fiscal desproporcionada.


En la misma medida resulta incoherente que en este texto se
quiera suprimir la deducción por alquiler de vivienda ya limitada a
aquellos arrendatarios con ingresos inferiores a 24 107,20 euros anuales,
justificándose con el mantenimiento de beneficios a los propietarios de
los inmuebles.


Nuestra enmienda 223 va en la línea de eliminar este
tratamiento asimétrico en el beneficio de los propietarios, que se supone
son los contribuyentes de mayor capacidad económica, que verán reducida
su tributación sin ningún límite ni condición. Es una enmienda para la
que pedimos su apoyo porque, señorías, no es admisible que en este texto,
a la hora de decidir qué deducciones o beneficios es conveniente
suprimir, siempre se opte por aquellos que afectan a los perceptores de
menores ingresos manteniéndose en su esencia los que benefician a los
grandes capitales.


En este punto quiero poner en valor nuestra enmienda 229,
que viene a incorporar medidas que sí permiten corregir la actual
desfiscalización de la riqueza, ausentes en la reforma fiscal presentada
al no contener absolutamente nada sobre fiscalidad patrimonial. Es una
enmienda que se hace necesaria en tanto no se produzca una reforma en
profundidad de nuestro sistema tributario que grave de forma efectiva la
capacidad económica derivada de la riqueza patrimonial y que permita la
imputación como rendimiento a ingresar en la base imponible del ahorro
del 4% del valor de las acciones o participaciones en instituciones de
inversión colectiva, afectando así a los grandes patrimonios y a aquellas
sociedades de inversión de capital variable, en especial a las sicav.
Esta medida, junto con el sometimiento a la tributación por el impuesto
sobre sociedades de estas entidades, incorporado en nuestra enmienda 244,
viene a corregir parte de la actual desfiscalización de los grandes
patrimonios.


Señorías, a continuación cabe señalar que también
planteamos una disposición adicional única en nuestra enmienda 243,
relativa a la regularización de las deudas tributarias correspondientes a
pensionistas procedentes del extranjero y condonaciones a sanciones,
recargos e intereses liquidados por este concepto, y que viene a resarcir
el tratamiento injusto, opaco e insuficiente dado por el Gobierno a los
pensionistas retornados a nuestro país. Y es que la presente enmienda
tiene por objetivo no solo contemplar la devolución de oficio de lo
cobrado en concepto de sanciones, recargos o intereses de demora, o de
concederles facilidades de pago con el fraccionamiento sin devengo de
intereses, sino también establecer la obligación de la Agencia Tributaria
de elaborar y remitir a los contribuyentes afectados el borrador de las
declaraciones donde consten las pensiones procedentes del exterior
sujetas a tributación, así como aclarar que la norma es aplicable a
dichas personas.


Para terminar, quiero destacar la enmienda adicional 245
que planteamos para luchar contra el fraude y la elusión fiscal e
incremento del número de efectivos de los cuerpos adscritos a la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria. Es una enmienda, señorías, para
la que pedimos su apoyo porque consideramos que resulta imprescindible
prever la elaboración de un ley anual de lucha contra el fraude y la
elusión fiscal que corrija los vacíos legales y aquellas interpretaciones
normativas que posibilitan la elusión fiscal, teniendo en cuenta que
hasta el momento acabar con el fraude fiscal no ha sido una prioridad de
este Gobierno si nos atenemos a los datos crecientes de incremento de
fraude y a las erráticas decisiones adoptadas por este Gobierno. Además,
en esta enmienda también proponemos incrementar recursos materiales y
humanos. Hablamos de 5000 nuevos efectivos adscritos a la Agencia
Tributaria en los próximos cuatro años, al contar nuestro país con el
nivel de recursos más bajo de la Unión Europea, a la par que se insta al
Gobierno a modificar el artículo 95 de la Ley general tributaria para
conocer el nombre de los defraudadores acogidos a la amnistía fiscal,
aportando con ello transparencia y más claridad más allá de la
publicación de la lista de los deudores tributarios.









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Señorías, este proyecto de ley, que debería estar llamado a
desempeñar un papel primordial en nuestro sistema tributario, va a ver la
luz sin avanzar en ninguno de los objetivos centrales que han motivado su
redacción. Mi responsabilidad es explicarles nuestras enmiendas,
explicarles, convencerles y pedirles que las acepten, por coherencia con
los principios de capacidad económica, eficiencia, equidad, igualdad y
progresividad que en ellas incluimos y de los que carece este proyecto de
ley.


Gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Muchas gracias,
señoría.


Turno en contra. Tiene la palabra el senador, el señor
Cotillas.


El señor COTILLAS LÓPEZ: Muchas gracias, señor presidente.
Buenos días, señorías.


Subo a la tribuna para defender la posición del Grupo
Popular en contra de las enmiendas presentadas por los diferentes grupos
políticos al Proyecto de Ley por el que se modifican la Ley 35/2006, de
28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas, el
texto refundido de la Ley del impuesto sobre la renta de los no
residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de
marzo, y otras normas tributarias.


El posicionamiento en contra a las enmiendas presentadas
por otros grupos nace de una posición absolutamente positiva en tanto en
cuanto estamos a favor del proyecto de ley presentado por el Gobierno en
las Cortes Generales. Nos gusta su origen, nos gusta de donde viene;
viene y nace del compromiso con los ciudadanos, del compromiso con todos
y cada uno de los ciudadanos de este país y, muy especialmente, de
aquellos y con aquellos que perciben las rentas más bajas o cuyas rentas
provienen de su trabajo o de su ahorro. Este compromiso también viene
claramente plasmado en nuestro programa electoral; programa electoral que
cumplimos y que cumplimos en el tiempo en el que además lo hace posible.
Es nuestro ADN, señorías, va en nuestro ADN la rebaja de impuestos;
Partido Popular y rebaja de impuestos son siempre sinónimos, tanto en el
Gobierno de España como en las comunidades autónomas y, también, en las
entidades locales. Si, como digo, nace para cumplir un compromiso con los
ciudadanos, nace también para cumplir unos objetivos muy claros: impulsar
el crecimiento económico y generar empleo, nuestra mayor ocupación y
preocupación en estos tiempos de crisis económica. Se persigue generar
empleo y hacerlo porque se ha generado crecimiento económico.


Nos gusta también, y por eso apoyamos este proyecto de ley,
la manera en la que se ha llevado a cabo su tramitación. Hemos dado la
oportunidad a una comisión de expertos para que hagan sus propuestas,
para que nos ilustren con sus propuestas, con sus estudios, con su
capacidad de buscar soluciones a los problemas de esta sociedad. De las
67 propuestas relacionadas con el impuesto sobre la renta, 43 ya están
incluidas en este proyecto de ley que el Gobierno ha traído a las Cortes.
Las propuestas que hizo esta comisión de expertos iban en la dirección de
la rebaja en la imposición directa y también, cómo no, en las
cotizaciones sociales. Es un proyecto que no solo ha quedado en manos de
unos expertos, sino que además ha sido sometido a la información pública,
al estudio y a la propuesta de todos y cada uno de los ciudadanos, y que
después llega a trámite parlamentario, y es aquí, primero en el Congreso
y ahora en el Senado, donde esta mañana tenemos la oportunidad de debatir
sobre las 271 enmiendas que se han presentado a este proyecto, a las que
hay que añadir las enmiendas que este grupo ha pedido y ha sido posible
transaccionar: 2 en el día de hoy, 1 más en la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas de esta Cámara.


En primer lugar, quiero reconocer el esfuerzo desarrollado
por todos los grupos en la presentación de estas 271 enmiendas. También
quiero reconocer, cómo no, el esfuerzo realizado por los grupos para
intentar explicarlas en este tiempo y en esta mañana y, por lo tanto,
hacernos a todos conocedores de su contenido y del porqué de las mismas.
Quiero reconocer especialmente al Grupo Convergència i Unió y a Foro
Asturias el hecho de que también en esas 271 enmiendas hayan introducido
enmiendas nuevas. Eso también es importante. Estamos hablando en muchas
ocasiones del Senado como Cámara de segunda lectura, de cuál es su
función, cuál es su importancia o no. Pues los senadores de Convergència
i Unió y el senador de Foro Asturias hoy también dan un ejemplo de ello,
no se limitan a volver a traer aquellas enmiendas rechazadas en el
Congreso de los Diputados, sino que han aportado nuevas enmiendas a
estudio, nuevas enmiendas a debate, nuevas enmiendas que, seguro,
intentan o intentaban mejorar la calidad, la









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eficacia, la eficiencia de este proyecto de ley. Y, cómo
no, quiero reconocer también a los senadores del Grupo Popular que han
presentado 23 nuevas enmiendas en este trámite parlamentario, además,
como digo, de las tres enmiendas transaccionales. Quiero reconocer a
nuestra portavoz en comisión y a todo el grupo ese trabajo, y con ellos,
también, cómo no, a quienes con nosotros trabajan en el grupo y nos
asesoran, así como a los funcionarios y letrados de esta Casa, que en un
plazo corto de tiempo nos han permitido y facilitado la tarea de estudiar
estas 271 enmiendas, de buscar acuerdos, de buscar posiciones comunes y
de intentar llevarlas al texto final. Hemos conseguido transaccionar
algunas de ellas. Como digo, quiero agradecer también la disposición de
todos los grupos a esa transacción y muy especialmente a Convergència i
Unió y Foro, que han permitido que se haga a través de enmiendas que
ellos mismos habían propuesto. Gracias por esa generosidad que nos
permite aceptar o transaccionar enmiendas: 78, 102 y 107 de Convergència
i Unió y 43 y 44 de Foro; las números 43, 44, 102 en comisión, y las
números 78 y 107 hoy en esta sesión.


Hemos entendido en el Grupo Popular —puede ser
nuestra opción y quizá no la de otros grupos— que nuestras
enmiendas daban cabida a la 34 de Foro Asturias y a las números 60, 66,
97, 104, 112, 117 y 118 de Convergència i Unió. Por lo tanto, como digo,
es nuestra percepción y nuestra posición. No pedimos que se esté
totalmente de acuerdo, pero entendemos que en nuestros textos recogíamos
los objetivos, lo previsto en estas otras enmiendas de los grupos y por
ello hemos preferido admitir e incluir en ponencia, en la pasada
comisión, los textos del Grupo Popular. No cabe duda que para hacer
posible estas enmiendas han tenido mucho que ver también las reuniones
con diferentes colectivos sociales que nos han ilustrado, que nos han
transmitido sus inquietudes y el porqué de sus posicionamientos, las
reuniones con el propio ministerio y, cómo no, como digo, con otras
personas.


Quiero poner en valor, puesto que se incorporaron en la
ponencia y sin mayor debate, algunas de esas enmiendas que el Grupo
Popular ha presentado. Y quiero ponerlas en valor porque aprobar este
tipo de enmiendas justifica también el que digamos no a algunas otras que
han presentado los diferentes grupos. Con nuestras enmiendas en el Senado
se ha conseguido mantener la exención a la entrega de acciones o
participaciones a los trabajadores de la propia empresa, siempre que
dicha oferta sea para todos los trabajadores en activo, a todos en las
mismas condiciones y siempre con el límite de los 12 000 euros anuales.
Es una enmienda que nos habían pedido empresarios y trabajadores, que por
tanto, había que tratar de incorporar, y lo hemos conseguido.


Igualmente ocurre con la que tiene que ver con la retención
e ingreso a cuenta de rendimientos de actividades profesionales, bajando
del 21% al 19% en 2015, y al 18% en 2016; y hacerlo de manera coordinada
con los rendimientos de trabajo y derivados de impartir cursos,
coloquios, conferencias, elaboración de obras literarias, artísticas o
científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.


Otra enmienda que nos ha parecido muy importante, tanto por
el volumen de contribuyentes a los que afecta como por la propia manera
de ser y de estar en nuestra sociedad de estos contribuyentes, es la que
permite no llegar —es verdad— a los 300 000 euros que fijaba
la anterior regulación, pero tampoco quedarnos en los 150 000-200 000
euros que había previsto el Gobierno, alcanzando los 250 000 euros para
tributación por el sistema de estimación objetiva para agricultores,
ganaderos y actividades forestales. Como les digo, me parece muy
importante no solo por el elevado número de explotaciones de
agricultores, de ganaderos y de pequeñas empresas dedicadas a la
actividad forestal que en nuestro territorio están sometidos a esta
tributación, sino por la propia esencia de estos contribuyentes, que en
el sistema de estimación objetiva, evidentemente, navegan de manera mucho
más cómoda, mucho más fácil y, por lo tanto, se pueden centrar mejor en
su actividad principal y prioritaria que es suministrarnos productos de
calidad cada día.


También se promueven incentivos fiscales a favor de la
flota pesquera de túnidos o especies afines que operen exclusivamente
fuera de las aguas comunitarias y a no menos de 200 millas náuticas de la
línea base de los Estados miembros. Es una aportación que nos parecía
interesante y que ha sido recogida en la ponencia.


Por último, quiero agradecer las explicaciones del senador
de Convergència i Unió y su aceptación final, que ha hecho posible que se
pueda deducir ese 10% por donativos y otras









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aportaciones a las fundaciones legalmente reconocidas que
rindan cuentas al órgano del protectorado correspondiente, así como a las
asociaciones declaradas de utilidad pública.


Estas son enmiendas en positivo; enmiendas que favorecen a
colectivos muy importantes de ciudadanos, de contribuyentes, y que lo
hacen sin alterar la esencial fundamental de este proyecto de ley.


Evidentemente, no hay tiempo para entrar una a una en las
271 enmiendas que han presentado los grupos políticos, bien nuevas o
traídas desde el Congreso de los Diputados; en el caso de estas últimas,
se podría decir simplemente que las mismas razones que allí motivaron su
no aprobación sirven aquí porque el Partido Popular dice las mismas cosas
en todos los sitios, como es lógico que así sea. Además, me gustaría
diferenciar claramente entre las enmiendas en positivo ―según
considera mi grupo parlamentario― que han presentado aquellos
grupos que no vetaron la ley, aquellos grupos que quieren que esta ley
salga adelante y que han pretendido mejorarla y hacerla más potente desde
su punto de vista, y aquellas otras enmiendas presentadas por los grupos
situados en la izquierda de esta Cámara que lo que pretenden, de inicio,
tanto en el Congreso de los Diputados como aquí, es que este proyecto de
ley no salga adelante, que no se vote favorablemente en las Cámaras y que
no llegue a ser la solución para los problemas que tienen muchos de
nuestros ciudadanos.


Por lo tanto, quiero dar nuevamente las gracias a aquellos
que sí quieren que el proyecto de ley salga adelante e intentan
mejorarlo. Hemos procurado dar cabida a todo lo posible —de hecho,
he enumerado antes aquellas enmiendas que, desde nuestro punto de vista,
quedaban incluidas en la ponencia, si no con el texto original, sí con el
que pretendía el Grupo Popular— y, si no se ha podido llegar a más,
es porque el proyecto hay que estudiarlo en su conjunto, conforme a la
finalidad que persigue y de acuerdo con los principios que lo rigen.
Pero, también, cómo no, hay que tener en cuenta el momento en el que
estamos, y a nadie se le escapa que mayores deducciones, o sea subir los
límites en esas deducciones, puede ir contra el principio de suficiencia
que pretende este proyecto de ley, y que además es necesario para seguir
cumpliendo no solo con la estabilidad presupuestaria, con el objetivo de
déficit, sino también con la garantía de los servicios sociales básicos,
e incluso en algunos casos en contra del principio de equidad;
posiblemente, algunas de esas deducciones no se sustentan ni cabe
diferenciarlas de otras situaciones, y estoy pensando en aquellas que
hacían referencia, por ejemplo, a la práctica del deporte en gimnasios
privados o a determinados elementos del transporte, pues entendemos que
en la propia ley ya vienen recogidas en otros apartados.


En cuanto a las propuestas de los grupos de la izquierda,
como ya ha dicho el senador Montilla al inicio de su intervención, cabe
decir que en conjunto presentan una alternativa fiscal: cambiar la
estructura del impuesto para hacerlo de otra manera. Esto, que
seguramente es lo que sustenta el voto negativo —si no lo cambian a
partir de ahora— de los grupos de la izquierda a este proyecto de
ley, es lo que hace también que el Grupo Popular no pueda admitir las
enmiendas que ustedes presentan, porque con ellas pretenden hacer algo
muy distinto a lo contemplado en nuestro proyecto de ley. Nuestro
proyecto de ley pretende rebajar los impuestos a todos los ciudadanos, de
manera especial a aquellos que perciben rentas más bajas y cuyas rentas
provienen precisamente del trabajo o de los ahorros. Nuestro proyecto de
ley pretende que un impuesto directo, como es el de la renta, sea más
progresivo, más equitativo, más justo y también que permita una mayor
suficiencia en la recaudación de fondos públicos que nutren el
presupuesto y que a la vez suponga una menor carga administrativa para
los contribuyentes, algo importante. Si ustedes no cambian ese
posicionamiento, tendrán que explicar a los ciudadanos por qué no quieren
que se bajen los impuestos a partir del 1 de enero, o sea ya. Porque eso
es lo que traemos en este proyecto de ley: una rebaja general del
impuesto sobre la renta de las personas físicas que va a afectar a 20
millones de contribuyentes. Y lo aplicaremos desde el minuto uno, desde
el 1 de enero, practicando desde ya rebajas en las retenciones de las
nóminas de los trabajadores asalariados. Desde hace unos meses ya lo
hemos hecho con los autónomos, practicando las retenciones a aquellos
autónomos con rentas más bajas, y lo prolongaremos en el tiempo a lo
largo del 2015 y 2016. Lo hacemos con criterios claros de progresividad y
trabajamos sobre el concepto real de renta disponible, de ahí la
disminución de 7 tramos a 5 y la bajada de tipos. Todos van a pagar
menos, muy especialmente aquellos que perciben rentas más bajas. Algunos,
que son









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muchos, van a quedar exentos del impuesto y los que más
ganan van a seguir pagando más, bastante más.


Es un proyecto, por lo tanto, que busca la equidad, que
todos los ciudadanos nos sintamos iguales también en la tributación en
este país; que busca la Justicia social, porque evidentemente pone menor
carga fiscal en aquellas rentas más bajas, aumenta la carga fiscal en las
más altas, penaliza más el ahorro de las rentas más altas y no lo
penaliza, sino que lo baja, en las rentas más bajas, y además permite con
la recaudación garantizar el Estado del bienestar en nuestro país.


Buscamos que para garantizar ese Estado de bienestar haya
suficiencia y, por lo tanto, como he dicho antes, no se pueden admitir
todas aquellas enmiendas que favorecen deducciones que van en la línea de
provocar menor recaudación, cuando además generarán posiblemente también
situaciones no de equidad y neutralidad en el impuesto, sino todo lo
contrario.


Busca la generalidad gravando la renta disponible de todos
y busca evidentemente simplificar su ejecución, simplificar los trámites
administrativos y hacerlos más sencillos en un impuesto ya de por sí
bastante complicado, como hemos podido ver también en el debate de este
proyecto y en las enmiendas que se han presentado.


Lo presentamos en este momento para cumplir un objetivo
claro: la consolidación del crecimiento económico. Cuatro trimestres
consecutivos creciendo y previsiones de que 2015 va a seguir siendo un
año de crecimiento. Lo hacemos porque queremos contribuir a la generación
de empleo. Desde el año 1991, en que estoy en la política municipal,
siempre hemos venido contando por los pueblos y por las ciudades de
nuestro territorio y de toda España que el Partido Popular entiende que
dinero que está en manos de los ciudadanos es dinero que va al consumo,
al ahorro o a la inversión, y las tres posibilidades generan crecimiento
económico y crecimiento del empleo.


Lo presentamos también en este momento porque el esfuerzo
de todos los ciudadanos ha generado suficientes recurso para hacer
posible cumplir con el déficit, para hacer creíble nuestra economía, para
generar la posibilidad de obtener crédito y financiación a un precio
razonable y hacerlo evitando el temido, temible, pero pedido por algunos
dirigentes de los grupos de la izquierda, rescate de la Unión Europea a
España.


Es, por lo tanto, el momento de favorecer el poder
adquisitivo de los ciudadanos, el momento de devolver el sacrificio que
han hecho no solo en forma de servicios públicos, que también, sino en la
forma de pagar menos impuestos. Es el momento de confiar en que los
ciudadanos pagando menos impuestos van a ser capaces de movilizar más
recursos económicos para generar empleo y para crear economía
productiva.


Más dinero en manos de los ciudadanos. 5900 millones de
euros calcula el Ministerio de Hacienda que se van a poner en manos de
los ciudadanos. 1 600 000 personas van a dejar de tributar por IRPF. No
van a ser los que declaran rentas más altas, evidentemente, sino aquellos
que tienen rentas del trabajo más bajas. 750 000 asalariados que ganan
menos de 12 000 euros van a dejar de conocer este impuesto, es decir, no
va a existir para ellos. En 2016 habrá una rebaja de más del 23% para 14
millones de contribuyentes con rentas inferiores a 24 000 euros. Habrá
una rebaja del 31,6% para 11,6 millones de contribuyentes, el 58% del
total —el 58% del total, repito—, con rentas inferiores a 18
000 euros. El tipo mínimo con el Partido Socialista ha sido del 24% en
2011 y quedará en el 19%. El tipo máximo con el Partido Socialista ha
sido del 45% y quedará en el 45%, pero lo hemos subido en los momentos de
mayor dificultad a las rentas más altas, lo hemos llegado a subir hasta
el 52%, 7 puntos por encima a las rentas más altas en estos años de
crisis económica, como consecuencia del despilfarro y de la ruina a la
que otros nos llevaron. El 74% de la recaudación global del gravamen que
se ha aplicado sobre el IRPF lo ha soportado en estos años el 12% de los
contribuyentes.


Quienes ganan más de 150 000 euros al año, solo el 0,25% de
los contribuyentes, han aportado más del 20% de la recaudación. Por lo
tanto, de regresivo, nada; muy progresivo, muy claramente favorecedor de
las rentas más bajas, de las rentas medias y, evidentemente, pidiendo
mayor esfuerzo, mayor compromiso con toda la sociedad a las rentas más
altas. A los autónomos que tienen rentas inferiores ya les estamos
aplicando, como hemos dicho, la reducción de las retenciones.


Las deducciones para familias y discapacitados van a crecer
hasta un 32%, señorías, hasta un 32%. No solo mantenemos las ayudas a las
madres, sino que también habrá nuevas ayudas a las familias; hay nuevas
ayudas a las familias, hay nuevas ayudas a las personas con discapacidad;









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hay ayudas para las familias numerosas —1200 euros,
como sabe—. La suma de todas las deducciones que tienen que ver con
el apoyo a la familia y a las personas con discapacidad supone,
evidentemente, un apoyo bastante mayor que el que hasta ahora han venido
percibiendo.


Apoyo también al fomento del ahorro con la misma premisa.
Por cierto, la dualidad rentas del trabajoahorro o capital la llevó a la
ley el Partido Socialista. Nosotros seguimos haciendo posible que la
gente piense en ahorrar y que lo haga con garantía de que van a pagar
menos aquellos que, como digo, tienen las rentas más bajas.


Fomento del ahorro con el Plan ahorro 5 que, como saben, es
un plan de ahorro a largo plazo, en el que quedarán exentas las rentas
generadas por la cuenta de depósito o el seguro de vida a través del cual
se canalice dicho ahorro, siempre que aporten cantidades inferiores a
5000 euros anuales durante al menos cinco años.


Nos gusta el proyecto de ley, nos gustan las consecuencias
que entendemos va a tener el proyecto de ley: más dinero a disposición de
los ciudadanos, mayor poder adquisitivo a disposición de los ciudadanos,
mayores posibilidades de ahorrar, de invertir o de consumir por parte de
los ciudadanos, más reconocimiento a las rentas del trabajo y a las
rentas menores, eliminación de trabas, mayor eficiencia en el impuesto,
suficiencia económica, mayor equidad, mayor progresividad, es la clave de
este impuesto. Y nos gusta porque, además, y en estos días se está viendo
también en otros parlamentos y en los plenos de las administraciones
locales, la rebaja de impuestos impulsada por el Gobierno de España va a
verse aumentada en aquellas comunidades autónomas donde gobierna el
Partido Popular y en aquellos ayuntamientos donde gobierna el Partido
Popular.


En definitiva, cumplimos nuestro programa electoral y lo
hacemos generando oportunidades al crecimiento y al empleo.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Muchas gracias,
señoría.


Pasamos al turno de portavoces.


Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el
senador Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Gracias, señor presidente.


Muy brevemente. Agradezco las palabras del portavoz del
Grupo Popular, el senador Cotillas López, hacia el trabajo realizado por
el Grupo Parlamentario Mixto.


Gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias,
señoría.


¿Grupo Parlamentario Vasco? (Denegaciones).


No hace uso de la palabra. Muchas gracias.


¿Grupo Parlamentario de la Entesa? (Denegaciones).


No hace uso de la palabra. Gracias, senador Montilla.


Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
Convergència i Unió, tiene la palabra el senador Bel.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, señor presidente.


Mis palabras iniciales son también para agradecer al
senador Cotillas que valore el trabajo que ha realizado nuestro grupo,
aunque ya le avanzo que nos habría gustado que hubiera sido todavía más
fructífero, porque es verdad que hemos transaccionado algunas
—pocas— enmiendas en comisión y algunas otras aquí, en el
Pleno, pero quiero enfatizar la que se refiere a la deducción del 10% de
las cantidades aportadas a aquellas fundaciones no acogidas a la ley
específica. Hago, pues, una valoración positiva.


En todo caso, y en términos generales, nosotros coincidimos
en que la ley está mejor cuando sale del Senado que cuando entra. Sí,
objetivamente está mejor cuando sale que cuando entra, no solo por las
enmiendas transaccionadas, sino por algunas que incorporó el Grupo
Parlamentario Popular en comisión y que, aunque no sean íntegramente
iguales, sí eran similares a algunas de las que nosotros proponíamos. En
aquel momento no se estimó conveniente transaccionarlas, pero el fondo
venía a ser el mismo, y por tanto, efectivamente el proyecto de ley está
mejor.









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Ahora bien, señoría, también debemos decirle que desde
nuestro punto de vista la mejora es insuficiente. Hay un marco general, y
hemos perdido la oportunidad de hacer realmente un impuesto sobre la
renta completamente nuevo. Hemos ido modificando el anterior; repito, hay
elementos que se mantienen como en el anterior y que eran susceptibles de
mejora; hay algunos que desde nuestro punto de vista han empeorado, y hay
otros que objetivamente también debemos reconocer que se han mejorado.
Por ello mi grupo parlamentario se va abstener al igual que hizo en el
Congreso, una abstención que se debe entender en el sentido de que aún
nos queda mucho margen para la mejora, aunque objetivamente, y en
términos generales, que no particulares, los contribuyentes van a tener
en algunos casos un mejor trato.


Dicho esto, debo hacer unas aclaraciones sobre algunos
comentarios del senador Cotillas. Ha dicho que las comunidades autónomas
gobernadas por el Partido Popular van a continuar la rebaja de impuestos
que establece el Partido Popular en el Gobierno del Estado. Dos
matizaciones. Primera, no todas las comunidades autónomas tienen la
posibilidad de hacerlo, porque no todas están bien financiadas. Al
contrario, algunas de ellas están mal financiadas, y en algunas no se
están cumpliendo los compromisos que adquirió el Estado central en
relación con su financiación. Por ello —y hablo estrictamente de
Cataluña— no entendemos todavía cómo algunos presidentes de
comunidades autónomas que consideramos sobrefinanciadas se jactan de
poder rebajar sus impuestos cuando otros no pueden hacerlo. Quiero
recordar que no hace ni un año algunos de estos presidentes de
comunidades autónomas del Partido Popular eran reprendidos por el
ministro Montoro, que no entendía cómo se podían rebajar impuestos;
supongo que este año se entiende porque estamos en un año electoral.


El senador Cotillas decía también, pretendiendo casi crear
un eslogan, que el Partido Popular y la rebaja de impuestos son siempre
sinónimos. ¡Hombre, siempre no! Seguramente no les habrá gustado hacerlo,
pero ustedes subieron los impuestos en el año 2012, lo ha reconocido el
ministro. Por tanto, siempre siempre no serán tan sinónimos, y deben
reconocerlo.


¿Están rebajando actualmente una parte de los impuestos?
Sí. ¿Están rebajando todos los impuestos que subieron hace unos meses?
No, y deben reconocerlo también. ¿Están rebajando el impuesto sobre la
renta de las personas físicas a todos aquellos contribuyentes a los que
se lo subieron hace dos años o dos años y medio? Pues objetivamente, no.
Nos pueden vender la moto que quieran, pero esta no es la realidad.


En todo caso, no me parece acertado intentar establecer
esta similitud en cuanto a que todas las comunidades autónomas y los
ayuntamientos gobernados por el Partido Popular podrán hacer una rebaja
de impuestos. Pues tengo que decir que no, no todos los ayuntamientos
gobernados por el Partido Popular van a poder hacer una rebaja de
impuestos, y no todos lo están haciendo, porque dependerá de la situación
coyuntural en que se encuentren, y no todos van a poder afrontar una
rebaja de impuestos. Y lo mismo ocurre en cuanto a las comunidades
autónomas. Decir que aquellas comunidades que no rebajen impuestos es
porque no quieren o porque malgastan es perverso en sí mismo; algunas
están mal financiadas, en algunas no se están cumpliendo los compromisos,
y esto hace que no puedan rebajar los impuestos.


Pero, insisto, mi grupo parlamentario sigue manteniendo su
voto, nos abstendremos, porque consideramos que nos queda recorrido para
mejorar sustancialmente este impuesto.


Quiero finalizar agradeciendo la predisposición del senador
Cotillas a transaccionar algunas enmiendas, y me consta que si no hemos
ido más allá no ha sido por su falta de voluntad o por la falta de
voluntad de los miembros del Partido Popular en la comisión, sino porque
la coyuntura se lo ha impedido. Esperemos que en próximas leyes, si se
confirman estas grandes perspectivas de mejora económica que el Gobierno
nos está planteando, algunas mejoras que hasta ahora no han sido posibles
lo puedan ser a lo largo de los próximos meses.


Muchísimas gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias,
señoría.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la
senadora Marra.


La señora MARRA DOMÍNGUEZ: Gracias, señor presidente.


Señorías, a la vista de lo dicho ayer por el ministro de
Hacienda en la presentación de la reforma fiscal, pudiera parecer que la
situación de la economía en España fuese idílica y que ante la
suficiencia de recursos, ante el hecho de que nos sobra dinero, se decida
reducir los impuestos,









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dejando de recaudar cerca de 7000 millones de euros en el
impuesto sobre la renta de las personas físicas. Desgraciadamente,
señorías, la realidad de nuestra economía no es tan idílica. Llevamos
casi siete años inmersos en una crisis que nos ha hecho perder el 7% de
nuestro producto interior bruto; 1 de cada 4 españoles en edad de
trabajar está en el paro, y tenemos una deuda pública que solo este año
va a llegar a más del 100% del producto interior bruto, 1 billón de
euros, 300 000 millones de euros más en esta legislatura, y seguirá
creciendo.


Ante esta situación, el Gobierno desvía la atención y
centra su discurso, claramente electoralista, en los efectos
distributivos de esta reforma, actuando de una forma notoriamente
irresponsable e imprudente, desde el punto de vista presupuestario.
Señorías, ¿con qué palabras calificarían esta reforma del Gobierno cuando
en un escenario económico como el descrito anteriormente se decide
recortar? Con un coste recaudatorio de 7000 millones de euros se pone en
peligro no solo el cumplimiento de los objetivos de déficit y de deuda
pública, sino también los recortes de la economía del bienestar, como son
la sanidad, la educación, la dependencia, y se profundiza más en una
mayor desigualdad y en una mayor pobreza. Señorías, estaríamos
equivocados al pensar que esta creciente desigualdad y esta mayor pobreza
ha sido fruto del azar y no de políticas concretas, de políticas de
austeridad a ultranza, de medidas injustas y regresivas de política
fiscal, que en estos tres últimos años, han llevado a incrementar el
IRPF, a subir impuestos indirectos —IVA, copagos, precios
públicos— y que han contribuido a que más del 20% de la población
en España esté en situación de pobreza, de ellos, 3 millones de niños,
mientras solo en el último año, las 20 personas más ricas en España han
aumentado su riqueza en 12 300 millones de euros, alcanzando una fortuna
similar a los ingresos del 30% de la población más pobre de nuestro
país.


En consecuencia, es una reforma fiscal —la del
IRPF— imprudente e irresponsable desde el punto de vista
presupuestario, pero también desde el punto de vista de la equidad, la
igualdad y la justicia que deben inspirar toda reforma fiscal. Porque
esta reforma reduce drásticamente las tarifas aplicables, tanto a las
rentas del trabajo como a las del ahorro, pero no de la misma manera;
precisamente es a las rentas más bajas, a las clases medias, a las que
perjudica considerablemente, beneficiando a las grandes fortunas. Y para
llegar a este resultado no es necesario hacer excesivos cálculos. Con una
sencilla resta podríamos llegar a la conclusión de que la reducción de
más de 9 puntos en el marginal máximo —a partir de las rentas,
hasta ahora de 60 000 euros, con el actual impuesto, de 300 000—
tiene a la fuerza que beneficiar de forma notable a los contribuyentes
con mayores rentas. Si nos vamos a análisis más detallados, como los que
se han desarrollado por la Agencia Tributaria, en todos ellos se concluye
que esta reforma beneficia principalmente a no más de 75 000
contribuyentes que ingresan más de 150 000 euros anuales, que perjudica a
casi 9 millones de ciudadanos, entre rentas bajas y medias, que cobran
entre 12 450 y 30 000 euros anuales, mientras que 11,5 millones de
trabajadores y pensionistas, que ganan menos de 11 200 euros anuales,
apenas se verían afectados por esta reforma fiscal.


En consecuencia, señorías, y finalizo, esta reforma fiscal
no reduce la carga impositiva para todos los contribuyentes por igual.
Son precisamente las clases medias y las bajas las que se van a ver más
perjudicadas con esta reforma. Es por ello un sistema más injusto, menos
equitativo y más desigual que el actual, al consagrar precisamente una
mayor rebaja fiscal para las rentas más elevadas, para las grandes
fortunas, aquellas que están saliendo más beneficiadas por la crisis, y
son precisamente las rentas medias y bajas las que apenas van a notar una
mejora en su tributación.


Gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias,
señoría.


Por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado, tiene la
palabra el senador Cotillas.


El señor COTILLAS LÓPEZ: Gracias, presidente.


Senador Bel, no querría yo que mi última frase permitiera
un enganche tan importante para hablar de política autonómica en esta
Cámara. Es cierto,es una realidad —se lo dice un alcalde y, por
tanto, un amante de la autonomía municipal— que esta rebaja de los
impuestos que impulsa el Gobierno de España y que apoya el Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso y en el Senado, es un incentivo, un
aliciente, un espejo donde se están mirando muchas comunidades autónomas
y muchos ayuntamientos gobernados —y ahí está el matiz— por
el Partido Popular









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para hacer lo que va en nuestra esencia y en nuestro ADN.
He dicho antes que Partido Popular, al menos desde que yo milito en esta
formación, en sus programas y en su ejecución, es igual a rebaja fiscal,
porque eso es lo que pretendemos continuamente. ¿Que las coyunturas son
distintas en algunos momentos? Es cierto. ¿Que hay dificultades en
comunidades o en municipios? ¿Que no es la misma la situación de todos?
Es cierto. Conozco a muchos alcaldes del Partido Popular que han heredado
municipios en quiebra y en bancarrota de gobiernos de la izquierda y que,
después de tres años de un esfuerzo titánico para simplemente poder pagar
las nóminas, se plantean bajar los impuestos hasta el nivel que pueden,
hasta donde son capaces, hasta lo que les permite, eso sí, mantener los
servicios básicos de su ayuntamiento o de su comunidad autónoma. (El
señor presidente ocupa la Presidencia).


La comunidad autónoma de la que vengo, la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, ha hecho un esfuerzo fiscal brutal en los
últimos tres años. Ha reducido el déficit de una manera que no lo había
hecho ninguna otra en España, aun habiendo trabajado todas duro para
cumplir los objetivos. En estos momentos se está debatiendo también una
reforma fiscal que es una bajada de impuestos a todos los
castellanomanchegos, y con el mismo criterio que aquí, el de bajar los
impuestos a los que menos tienen y de seguir garantizando los servicios
básicos.


Hay maneras distintas de gobernar —esto es lo que le
quería decir— ante situaciones idénticas de crisis económica. La
izquierda no lo dice en esta intervención. Pero lo importante no es la
intervención, porque estamos acostumbrados a que el Partido Socialista
pueda decir una cosa en un sitio, la contraria en otro, ayer una distinta
y mañana justamente la contraria. Pero ha quedado claro en la tramitación
de este proyecto de ley que el Partido Socialista no quiere rebajar los
impuestos. Es una opción. No es la opción del Partido Popular,
evidentemente. Es una opción clara del Partido Socialista. No quiere
rebajar los impuestos. Además no quiere —eso es al menos lo que
parece— que el 1 de enero del año que viene, de 2015, millones de
contribuyentes, millones de ciudadanos, millones de vecinos nuestros,
tengan más renta disponible en su nómina, tengan, por lo tanto, más poder
adquisitivo, más capacidad por sí mismos de atender a sus familias, de
atender sus necesidades, de sacar adelante sus hogares y de cumplir con
lo que puede ser su deseo vital, sus aspiraciones en la vida.


Nosotros estamos justo en la línea contraria. Nosotros sí
queremos bajar los impuestos, y lo hacemos. Nosotros sí queremos que los
contribuyentes tengan mayor disponibilidad económica, mayor poder
adquisitivo y, por eso, les bajamos los impuestos, y lo hacemos, además,
bajando las retenciones desde el primer minuto. Y nosotros sí queremos
mantener y mejorar los servicios públicos básicos, y por eso también
hacemos una política diferente a la que ha hecho el Partido Socialista,
que nos ha llevado a la crisis económica, a la quiebra económica, a las
puertas del rescate, que nos ha llevado a que muchos ciudadanos se
pudieran plantear que los servicios sociales básicos, que la educación y
que la sanidad estaban en una situación imposible de mantener. Pues no,
hemos gobernado de otra manera, hemos hecho las cosas de otra forma y
hemos garantizado la sanidad pública, universal y gratuita para todos.
Hemos mejorado esa sanidad. Hemos garantizado la educación pública y,
además, le hemos metido marchamo de calidad. Hemos garantizado los
servicios sociales básicos a los que más los necesitan —y esto es
importante—, a los que más los necesitan, con actuaciones, además,
eficaces y eficientes. Otros nos llevaron a otra situación.


Me agrada, por buscarle algo positivo, que parezca que en
algunos aspectos ustedes están reconociendo errores pasados. Ya hablaba
usted de casi siete años de crisis económica. En el año 2008 no la
reconocían. Algo hemos avanzado, aunque hayan tardado siete años en
hacerlo, hayan tenido que pasar a la oposición y allí puedan hacer
planteamientos que después no cumplen cuando están en el Gobierno,
planteamientos que van en dirección contraria a lo que hacen cuando están
en el Gobierno.


Usted vuelve a hablar hoy aquí de que favorecemos a las
clases sociales más altas. No, señora, quienes quitaron el impuesto de
patrimonio a las clases altas fueron ustedes, el Partido Socialista;
quienes dejaron el tipo en el 45% para las clases altas fueron ustedes,
nosotros lo subimos al 52% y ahora lo volvemos a rebajar al 45%, a la
misma cantidad que tenían ustedes. Cuando decimos que la rebaja para los
declarantes de menos de 24 000 euros anuales va a ser del 19% en el 2015
y del 23% en el 2016, es así; cuando decimos que para los de menos de 18
000 euros anuales, es decir, todavía rentas más bajas, va a ser del
26,58% en 2015 y del 31,06%









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en 2016, es así; cuando decimos que el tipo máximo del
impuesto con gobiernos socialistas era del 45% y sigue en el 45%, es así;
y cuando decimos que el tipo mínimo, el que afecta a las clases más
bajas, a las rentas más bajas, a los contribuyentes con menos poder
adquisitivo con ustedes estaba en el 24,75 y con el Partido Popular va a
quedar en el 19 en 2016, es así; y eso es difícil de discutir.


Nosotros apostamos por las clases sociales que necesitan
más ayuda, lo hacemos bajándoles el impuesto a los que menos ganan,
eliminando el impuesto a los que ganan menos de 12 000 euros…
(Rumores).


El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden un poco de silencio,
por favor.


El señor COTILLAS LÓPEZ: Lo hacemos incrementando los
mínimos en el 32% para descendientes, para ascendientes, para
discapacitados, para las familias; lo hacemos, en definitiva, bajándole
las retenciones a 20 millones de contribuyentes, y lo hacemos porque
nuestra política presupuestaria, porque nuestra manera de ejercer la
prestación de los servicios públicos permite garantizar las cuentas y su
estabilidad, permite garantizar los servicios básicos, invertir y
reconocerle el esfuerzo y el sacrificio a los ciudadanos bajando el
impuesto, en la creencia contrastada de que cuando ponemos el dinero en
el bolsillo de los ciudadanos, los ciudadanos consumen, ahorran e
invierten y los ciudadanos, por lo tanto, crean economía y empleo.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Cotillas.


Llamen a votación. (Pausa).


Cierren las puertas.


Señorías, vamos a proceder a la votación de las enmiendas
del Proyecto de Ley de reforma del impuesto sobre la renta de las
personas físicas. (Rumores). Guarden silencio, por favor.


Y posteriormente, votaremos también los vetos del siguiente
proyecto de ley, el del impuesto sobre sociedades, que fueron debatidos
ayer.


Por lo tanto, comenzamos con las enmiendas.


En primer lugar, enmiendas del senador Martínez
Oblanca.


Votamos las enmiendas 32, 35, 41, 42 y 48.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 86; en contra, 130;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 33, 47, 49 y 50.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 17; en contra, 194;
abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 34.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 81; en contra, 132;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 38.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 5; en contra, 197;
abstenciones, 18.









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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 36, 39 y 45.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 218; a favor, 20; en contra, 191;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 37, 40 y 46.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 20; en contra, 194;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 51.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 5; en contra, 132;
abstenciones, 84.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 52.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 217; a favor, 5; en contra, 129;
abstenciones, 83.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De los senadores Iglesias y Mariscal.


Votamos las enmiendas 1 y 24.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 82; en contra, 133;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 2, 4, 5, 9, 11, 21, 22 y 28.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 68; en contra, 134;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 3, 13 a 15, 17, 19, 25 y 27.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 5; en contra, 133;
abstenciones, 82.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 6, 12 y 29.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 67; en contra, 147;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 7 y 8.


Comienza la votación. (Pausa).









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 4; en contra, 197;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 16 y 26.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 19; en contra, 134;
abstenciones, 68.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 10, 18, 20 y 23.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 5; en contra, 134;
abstenciones, 82.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 30.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 18; en contra, 134;
abstenciones, 68.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Vasco.


Votamos la enmienda 31.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 8; en contra, 133;
abstenciones, 79.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Entesa.


Votamos las enmiendas 120 y 128.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 78; en contra, 137;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 127, 147, 148 y 153.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 78; en contra, 134;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 143, 149 y 160.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 65; en contra, 134;
abstenciones, 22.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 150.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 68; en contra, 134;
abstenciones, 19.









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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 119, 123, 125, 129, 130, 135, 155,
159 y 165.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 82; en contra, 134;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 134, 142 y 166.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 67; en contra, 147;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 121, 122, 124, 126, 131 a 133, 136 a
141, 144 a 146, 151, 152, 154, 156 a 158, 161 a 164, 167 y 168.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 67; en contra, 136;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 169 y 191.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 71; en contra, 144;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 170, 172 a 174, 176, 178, 188, 189 y
195.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 68; en contra, 133;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 175 y 196.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 69; en contra, 147;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 171, 177, 180 a 182, 184, 186, 190,
192 y 194.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 4; en contra, 134;
abstenciones, 82.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 183, 193 y 197.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 18; en contra, 134;
abstenciones, 69.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 185 y 187.


Comienza la votación. (Pausa).









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 4; en contra, 146;
abstenciones, 70.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 179.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 219; a favor, 66; en contra, 144;
abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Convergència i Unió.


Votamos la enmienda 54.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 77; en contra, 137;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 55, 61, 65, 79, 84, 87, 92, 96, 98,
104 a 106, 108, 111, 117 y 118.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 14; en contra, 198;
abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 58 y 80.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 219; a favor, 16; en contra, 136;
abstenciones, 67.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 75 y 86.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 16; en contra, 134;
abstenciones, 71.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 94, 115 y 116.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 15; en contra, 134;
abstenciones, 72.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 53, 63, 66, 99 a 101, 109 y 110.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 219; a favor, 80; en contra, 133;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 56, 57 y 62.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 79; en contra, 133;
abstenciones, 8.









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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 60, 69, 70, 76, 77, 81, 83, 88, 89,
91, 95, 97, 113 y 114.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 15; en contra, 199;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 68, 71 a 73 y 93.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 15; en contra, 199;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 59, 64, 67, 74, 82, 85, 90,103 y
112.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 219; a favor, 16; en contra, 196;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Socialista.


Votamos las enmiendas 199 y 207.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 82; en contra, 134;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 206.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 79; en contra, 133;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 227, 228, 230 y 241.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 64; en contra, 134;
abstenciones, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 198, 202, 204, 208, 209, 211, 216,
231, 236, 240, 242 y 245.


Comienza la votación (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 82; en contra, 134;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 215, 223 y 246.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 65; en contra, 147;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 200, 201, 203, 205, 210, 212 a 214,
217 a 222, 224 a 226, 229, 232 a 235, 237 a 239, 243, 244, 247 y 248.









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Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 67; en contra, 132;
abstenciones, 21.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De los grupos de la Entesa y Socialista.


Votamos la vuelta al texto del Congreso en lo modificado
por el informe de la ponencia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 67; en contra, 146;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de modificación del dictamen con
número de registro 145 278 sobre la enmienda 78 de Convergència i Unió,
firmada por todos los grupos parlamentarios.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 211; en contra, 5;
abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Señorías, votamos la propuesta de modificación con número
de registro 145 279 sobre la enmienda 107 de Convergència i Unió, firmada
por todos los grupos parlamentarios.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 215; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada. (Aplausos).


Señorías, votamos en un solo acto el resto del proyecto de
ley.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 132; en contra, 65;
abstenciones, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Tal como dispone el artículo 90 de la Constitución, se dará
traslado de las enmiendas aprobadas por el Senado al Congreso de los
Diputados para que este se pronuncie sobre las mismas en forma previa a
la sanción del texto definitivo por S. M. el Rey.


6.2.3. PROYECTO DE LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
(Continuación).


COMISIÓN: HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


(Núm. exp. 621/000092)


El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a proceder a votar las
propuestas de veto del Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades, que
debatimos en la tarde de ayer.


Comenzamos por la propuesta de veto número 1, de los
senadores Iglesias y Mariscal.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 220; votos emitidos, 218; a favor, 67; en contra, 133;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 2, de la senadora
Capella.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 68; en contra, 135;
abstenciones, 18.









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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 3, de los senadores
Guillot y Saura.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 69; en contra, 133;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 4, de todos los
senadores de la Entesa, menos los senadores Guillot y Saura.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 220; votos emitidos, 217; a favor, 67; en contra, 133;
abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Finalmente, votamos la propuesta de veto número 5, del
Grupo Parlamentario Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 68; en contra, 135;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Una vez rechazadas las propuestas de veto, entramos en el
debate de las enmiendas. (Rumores.—Pausa).


Señorías, guarden silencio, por favor.


El senador Martínez Oblanca, del Grupo Parlamentario Mixto,
ha presentado las enmiendas números 31 a 54. (Rumores).


Señorías, guarden silencio, por favor.
(Rumores.—Pausa).


Señorías, el senador Martínez Oblanca no va a comenzar la
defensa de sus enmiendas hasta que no haya silencio en el hemiciclo.


Tiene la palabra el senador Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Muchas gracias, señor
presidente.


A este Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades he
presentado 24 enmiendas. A diferencia del proyecto de ley anterior, en
este el Grupo Popular no ha tenido a bien realizar esfuerzo alguno para
tratar de aceptar alguna de las enmiendas o buscar puntos de encuentro
que se sustanciasen en transaccionales. Por tanto, en este trámite queda
por defender estas 24 enmiendas, que paso a describir, comenzando por la
primera, por la número 31.


En ella se propone modificar el apartado g) del apartado II
de la exposición de motivos, que quedaría redactado de forma coordinada
con la redacción de la exposición de motivos y con las enmiendas
anteriores respecto de la no consideración de renta y respecto de los
gastos deducibles y no deducibles.


La enmienda 32 modifica el tercer párrafo de la letra d)
del punto 1 del apartado III de la exposición de motivos, que también
quedaría redactado en coordinación con la redacción de la exposición de
motivos y con las enmiendas anteriores respecto de la no consideración de
renta y respecto de los gastos deducibles y no deducibles.


La siguiente enmienda, la número 33, propone la
modificación del artículo 8 del proyecto, con una redacción que incorpora
un criterio específico de residencia fiscal para las instituciones de
inversión colectiva, en virtud del cual solamente se considerarían
entidades residentes en España, a efectos del impuesto sobre sociedades,
las dos c: que tengan su domicilio fiscal en España, en el caso de las
sociedades, o que se hayan autorizado en España, en el caso de los
fondos, con independencia del domicilio de su entidad gestora.


La enmienda número 34 propone una modificación relativa al
artículo 11.5, incrementando la seguridad jurídica, añadiendo
expresamente una norma análoga a las ya previstas en los apartados 5 y 7
del proyecto de ley, de no integración en la base imponible de la parte
proporcional de las rentas positivas o negativas derivadas de elementos
patrimoniales que se corresponda con









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la parte de cuyos gastos de amortización y uso no haya sido
fiscalmente deducible durante su permanencia en la empresa. Se trata de
una lógica regla de correlación de ingresos y gastos deducibles y de
aplicación del principio de capacidad económica, pues si una parte del
gasto de amortización y uso no fue deducible, es lógico que esa misma
parte de la ganancia o pérdida que se obtenga con su transmisión no quede
sujeta a tributación.


La enmienda número 35 propone la adición de un punto 4 al
artículo 12 del proyecto de ley, clarificando el valor sobre el cual debe
producirse la amortización fiscal de un bien o derecho que ha sido objeto
de un deterioro no deducible o de una corrección valorativa a la baja en
una transmisión intragrupo. La no deducibilidad de las pérdidas por
deterioro, así como las derivadas de transmisiones intragrupo, no debe
impedir que la amortización pueda llevarse a cabo sobre el valor del bien
previo a dicha transmisión o deterioro. En caso contrario, a nuestro
juicio se produciría una clara penalización en dichos supuestos, pues se
impediría la amortización de importes equivalentes a las pérdidas de
valor producidas en transmisiones o deterioros.


La enmienda número 36 propone modificar el artículo 15 para
añadir criterios objetivos sobre la deducibilidad o no de ciertos gastos,
confiriendo así seguridad jurídica en las relaciones entre la
Administración tributaria y los contribuyentes en asuntos que son
especialmente controvertidos desde hace años y que presentan una muy
elevada litigiosidad. En concreto, la deducción de los gastos por
retribuciones de los administradores, en la que se propone modificar la
redacción porque la prevista en el proyecto de ley ciertamente no resulta
útil para solucionar la grave problemática que para las cientos de miles
de sociedades mercantiles existentes en nuestro país supone la aplicación
de la denominada doctrina Mahou.


Asimismo, en el caso de la deducción de los gastos por
atenciones a clientes o proveedores se propone objetivar la deducibilidad
de esta clase de gastos para conferir seguridad jurídica en la actuación
de los contribuyentes. En concreto, se propone una regulación análoga a
la que está vigente en la normativa del impuesto sobre sociedades de las
haciendas forales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. También la deducción de
los gastos por adquisición y uso de vehículos automóviles. En este caso
se propone introducir criterios objetivos, aplicando también en el
impuesto sobre sociedades reglas de deducción similares a las que desde
1997 están vigentes en la Ley 37/1992 del impuesto sobre el valor añadido
y algunas reglas similares también a las que están vigentes en la
normativa del impuesto sobre sociedades de las haciendas forales de
Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.


La siguiente enmienda, la número 37, propone la
modificación del apartado a) del punto 6 del artículo 16 de este proyecto
de ley, que establece el límite del 30% del beneficio operativo del
ejercicio o 1 000 000 de euros a la deducción de los gastos
financieros.


Aunque el proyecto no modifica sustancialmente la actual
situación, la reforma constituye una oportunidad para reconsiderar
aspectos hoy muy desfavorables para algunos sectores, como el de
concesiones, en el que el tratamiento de los gastos financieros dificulta
en gran medida su actividad.


La actual adaptación sectorial del Plan General de
Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas
prevé un reconocimiento diferido de los gastos financieros en proporción
a los ingresos de peaje de cada ejercicio. Es decir, que gran parte de
los gastos financieros de los primeros ejercicios de explotación se
capitalizan, y, por tanto, no se integran en el resultado contable, sino
que son imputados a resultados en ejercicios posteriores en base a la
proporción que, sobre el conjunto de los gastos financieros de toda la
vida de la concesión, representan los ingresos de peaje de cada ejercicio
respecto a los ingresos totales previstos. Por tanto, la realidad es que
la normativa viene limitando contable y fiscalmente el gasto financiero
que forma parte del resultado del ejercicio, anticipando así la
tributación por el impuesto sobre sociedades, al no computar como gasto
deducible el total de gastos financieros incurridos en cada ejercicio
—que son intereses realmente pagados—, sino solo la parte
reconocida como gasto del período.


La siguiente enmienda, la número 38, modifica el apartado 2
del artículo 18 del proyecto de ley, con una redacción que trata de
aclarar la definición de «vinculación» en los términos establecidos en
este precepto porque conduce a situaciones en las que se reputan
vinculadas sociedades que pueden carecer de cualquier tipo de relación
entre ellas, pudiendo ser incluso









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competidoras en el mercado en el que operan y que, por
ende, van a establecer los términos de sus relaciones comerciales con
base en el principio de plena competencia.


El fundamento de la normativa de operaciones vinculadas
consiste en garantizar que, en aquellos casos en los que existe control
por parte de una entidad a otra, las relaciones entre ambas se rigen por
el principio de valor de mercado, sin embargo, este supuesto se excede
con mucho del citado objetivo, al no poder presuponerse control entre las
entidades que se consideran vinculadas bajo este precepto ya que su único
nexo de unión es una participación en la misma entidad que incluso podría
ser insignificante por parte de una de ellas.


La enmienda número 39 —otra más de las 24 que
presenté a este proyecto de ley— propone la modificación del
artículo 18.3, párrafo tercero, con una redacción que se encuentra en
línea con los principios de proporcionalidad y suficiencia recogidos en
el primer párrafo del mismo apartado de este artículo, que deben regir la
preparación de documentación específica que justifique que las
operaciones vinculadas han sido realizadas a valor de mercado.


Mediante la incorporación de la redacción propuesta podrían
suprimirse los apartados a) y b), incluidos actualmente, pues quedarían
subsumidos en el nuevo supuesto.


La enmienda número 40 propone modificar el artículo 25.2
del proyecto, con una redacción que atiende a la condición de territorio
ultraperiférico y a las particulares características económicas de las
islas Canarias.


La siguiente enmienda, la número 41, propone la
modificación del punto 1 del artículo 26 del proyecto porque la
limitación al aprovechamiento de créditos fiscales puede ser contraria al
principio de capacidad económica y al principio de capacidad
contributiva, por lo que su limitación debe hacerse en la menor cuantía
posible. Aplicar tal restricción a créditos fiscales generados en
ejercicios anteriores quiebra en exceso las expectativas y previsiones de
las empresas. Una limitación cuantitativa en la aplicación de bases
imponibles negativas del 75% al 80% de la base imponible, previa a su
compensación, en lugar de la actualmente contemplada en el proyecto, que
es del 60%, está en sintonía con los países de la Unión Europea que han
sufrido con mayor intensidad los efectos de la crisis económica y a los
que España más se asemeja. Así, en Italia, se aplica un límite del 80%,
en Portugal del 75% y Grecia no aplica límite alguno. El incremento en
este porcentaje para las entidades con cifra de negocio superior a 20 000
000 de euros resulta especialmente necesario respecto de las pérdidas
generadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, dado que, en
tal caso, al principio de capacidad se suma la atención al de seguridad
jurídica.


La enmienda número 42 propone la modificación de los
apartados 1.b) y 1.c) del artículo 35 de este proyecto de ley, porque
ahora se pretende elevar el porcentaje de minoración de las subvenciones
recibidas para el fomento de actividades de I+D e imputables como ingreso
en el periodo impositivo desde el 65% que aplica en la actualidad hasta
el 100%. Esto supone en la práctica pasar de restar —en el caso
peor— el 16,25% de las subvenciones recibidas a restar el 25%, con
un importante impacto y empeoramiento del importe final de deducción
—un 8,75% menos de la subvención recibida—. El caso es
todavía peor si la ayuda es del 100%, como ocurre en el caso del Programa
marco europeo de investigación e innovación 2014-2020, conocido como
Horizonte 2020.


Al margen de lo anterior, hay que tener en cuenta que la
empresa ya está tributando por el ingreso extraordinario que supone la
percepción de esta subvención, con lo cual no resulta coherente ni justo
realizar una minoración de la misma al 100%. Se propone, por tanto, dejar
el texto original, en el que se realiza un ajuste y se minora al 65%.


Asimismo, se propone, con alguna modificación, recuperar el
incentivo que presentaba la redacción del anteproyecto sometido a
consulta el pasado mes de julio, premiando a aquellas empresas que
dedican a I+D más del 10% del importe neto de la cifra de negocios de la
entidad o del grupo de consolidación fiscal. En este sentido es
importante destacar que el porcentaje del 10% de la cifra de negocio sea
el correspondiente al de la entidad o del grupo de consolidación fiscal.
La tendencia de negocio de los grupos de sociedades españoles es la
internacionalización, y la proporción con respecto a la cifra de negocio
cada vez se inclina más a favor de las filiales extranjeras, utilizando
parte de los recursos generados a gastos de I+D+i, al limitarse
principalmente la deducción a las actividades de investigación y
desarrollo realizadas en España. Adicionalmente proponemos que se incluya
la posibilidad de que, si no se alcanza el 10% de la cifra de negocio









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antes referido, puedan acogerse las empresas que tienen un
volumen elevado de inversión, como son, por ejemplo, las que superan los
40 000 000 anuales, todo ello con el objetivo de facilitar la reinversión
exigida hasta haber superado definitivamente el actual periodo de
crisis.


La enmienda número 43 propone la adición de un artículo 38
bis. Conviene señalar que la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se
establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y
se adoptan otras medidas tributarias y financieras, indica que «La
fiscalidad medioambiental constituye, pues, un medio complementario para
coadyuvar a la protección y defensa del medio ambiente, y se articula en
torno a figuras impositivas cuya finalidad es estimular e incentivar
comportamientos más respetuosos con el entorno natural.» Estimamos
necesario el mantenimiento y potenciación de este tipo de incentivos, o
al menos, un mantenimiento, tal y como está regulado en la actualidad,
con el doble objetivo de crear un horizonte normativo claro y estable
para no obstaculizar las inversiones en España, así como unos incentivos
que reconozcan los esfuerzos de la industria por adaptarse a un marco
social y jurídico, altamente exigente en materia de medio ambiente, y
también mantener el nivel competitivo de la industria manufacturera
española y lograr el objetivo estratégico de reindustrialización de la
economía española, que es compartido con la Unión Europea y que fue
cifrado por la Comisión en alcanzar el 20% del PIB para el año 2020.


Asimismo, proponemos la deducción por inversiones para la
adquisición de nuevos vehículos industriales de transporte por carretera
con categoría Euro superior, que contribuyan a la reducción de la
contaminación atmosférica. Se trata, en este caso, de recuperar una
deducción beneficiosa para cumplir con los objetivos medioambientales de
transporte sostenible, marcados por la Comisión Europea y el propio
Gobierno español, incentivando la renovación de la flota de vehículos
industriales —que, como todos ustedes saben, está envejecida hasta
extremos insospechables como resultado de la crisis económica sufrida en
los últimos años— y apoyando también la regeneración económica del
país a través de la recuperación de la actividad en el sector de la
fabricación y venta de vehículos industriales.


Una enmienda más, la número 44. Propone la modificación del
artículo 39 del proyecto porque consideramos que, dada la grave situación
económica actual, las sociedades de alta intensidad innovadora han visto
cómo se han incrementado sus balances debido a la activación de grandes
bolsas de deducciones, pendientes de aplicar precisamente por la
incapacidad de generar resultados positivos suficientes. No es baladí
mencionar que una gran parte de esas bolsas reflejan deducciones
realizadas en ejercicios prescritos o ya comprobados por la inspección
tributaria, que, por lo tanto, son créditos ciertos por cuanto emanan
validez.


Se propone también una modificación al nuevo apartado 3,
debido a que, comparando la redacción del artículo 39 del proyecto de ley
con la modificación introducida en la Ley de apoyo a los emprendedores y
su internalización —concretamente, el artículo 26.1, que modificó
la Ley del impuesto sobre sociedades—, se observa que la actual
redacción no hace referencia a los periodos impositivos iniciados a
partir de enero de 2013.


Por último, el proyecto de ley fija un nuevo incentivo para
las empresas que realicen un mayor esfuerzo en inversión en I+D. Aquellas
que destinen cuantías superiores al 10% de su cifra de negocio podrán
elevar de 3 a 5 millones de euros el importe monetizable de la deducción
por I+D. Por todo ello, se propone que se incluya adicionalmente la
posibilidad de que, si no se alcanza el 10% en la cifra de negocio de la
entidad o del grupo de consolidación fiscal, puedan acogerse las empresas
que tienen un volumen elevado de inversión, como son, por ejemplo, las
que superen los 40 000 000 anuales, todo ello con el objetivo de
facilitar la reinversión exigida hasta haber superado definitivamente el
actual periodo de crisis.


La enmienda número 45 a este Proyecto de Ley del impuesto
sobre sociedades propone la modificación del artículo 40.3 del proyecto
para incorporar un mecanismo que permitiría a este tipo de sociedades
intensivas en I+D reinvertir esos flujos de caja y reforzar dichas
actividades que atraen mano de obra cualificada y que además tienen un
impacto positivo tanto en la productividad de las empresas como en el PIB
del Estado.


La enmienda 46 propone modificar el artículo 54.1 del
proyecto, incorporando una medida que tiene como objetivo incentivar la
existencia en el mercado del alquiler de viviendas energéticamente más
eficientes, ampliándose para ello la bonificación establecida en el
régimen aplicable a las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas
hasta un 90% de los rendimientos generados









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por el arrendamiento de este tipo de viviendas,
equiparándose su tratamiento al de las viviendas arrendadas a
discapacitados. Esta medida permitiría que los arrendadores tuvieran un
retorno asociado a los ahorros en combustible y mejoras en medio ambiente
que llevan asociadas las viviendas energéticamente eficientes.


La enmienda 47 propone la modificación del punto 16 del
artículo 100 del proyecto para corregir la inclusión del requisito de
realización de actividades económicas en la excepción prevista en este
punto, que resulta excesiva en el marco de entidades residentes en otro
Estado miembro de la Unión Europea y resta virtualidad a dicha excepción,
pues la misma no difiere en casi nada de la aplicación de la regla
general regulada en los apartados anteriores de esta ley.


La enmienda número 48 propone modificar el artículo 105 del
proyecto por que, en términos equivalentes a la propuesta anterior, se
considere necesario atender al carácter territorial de las islas
Canarias.


La enmienda 49 es de adición de una disposición adicional.
Uno de los elementos más novedosos en la configuración del impuesto sobre
sociedades, tal y como contempla este proyecto de ley, es la reducción
del tipo de gravamen general —artículo 29—, que pasaría del
30% actual al previsible del 25% una vez finalizado el periodo
transitorio de 2015, en el que resultaría aplicable el tipo del 28%. Para
garantizar la neutralidad impositiva —pilar que debe guiar de forma
irrenunciable la reforma tributaria— creemos que debe arbitrarse un
mecanismo de carácter opcional que permita a aquellos contribuyentes que
así lo deseen y reúnan determinados requisitos seguir optando por aplicar
el tipo de gravamen incrementado del 30% durante un periodo temporal
limitado, evitándose así en la esfera patrimonial la generación de las
pérdidas extraordinarias asociadas al registro contable de las DTA a los
nuevos tipos más reducidos.


La enmienda número 50 propone una modificación al punto 1
de la disposición transitoria decimotercera para simplificar el tránsito
en materia de amortizaciones desde la anterior a la nueva ley, pues, con
la redacción del proyecto, se obliga a recalcular la amortización de los
bienes adquiridos con anterioridad y que se venían amortizando, aplicando
coeficientes lineales según tablas en los casos en que, según la nueva
ley, el coeficiente de amortización anual sea distinto del que se venía
aplicando. Creemos que ello supone una complicación contable y mercantil
innecesaria, que equivale nada menos que a un cambio de estimación
contable a efectos de la memoria de las cuentas anuales. No tiene lógica,
a nuestro juicio, permitir la opción en los casos del segundo párrafo de
esta disposición y obligar, sin embargo, a realizar un recálculo contable
y mercantil de la amortización de los casos del primer párrafo de la
misma.


La enmienda número 51 —y voy finalizando—
propone la modificación del punto 4 de la disposición transitoria
vigésima tercera para permitir que las deducciones por doble imposición
generadas al amparo de la propia disposición transitoria que no hubieran
podido aplicarse en el ejercicio por insuficiencia de cuota puedan
aplicarse en futuros períodos impositivos de igual manera que las
deducciones pendientes a aplicar, generadas con anterioridad a la entrada
en vigor de la ley.


La enmienda 52, de adición, propone introducir una nueva
disposición transitoria que pretende reparar esta situación de inmediato
y con efectos retroactivos al 1 de enero del propio ejercicio en curso en
el momento de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la
norma. La consideramos necesaria puesto que el objetivo de esta
modificación es poner término a una situación de discriminación y
garantizar la plena compatibilidad del nuevo método para evitar la doble
imposición con el derecho comunitario y dado que la regulación hasta
ahora vigente para las rentas procedentes en las transmisiones de
participaciones no trataba igual las transmisiones de participaciones en
entidades españolas frente a las transmisiones de participaciones en
entidades a los no residentes.


La enmienda 53, la penúltima, propone la adición al
proyecto de una nueva disposición transitoria. Consideramos que las
empresas tecnológicas han experimentado —como la mayoría de las
entidades españolas— las graves consecuencias de la crisis
económica, debiendo reestructurarse para garantizar su supervivencia. La
necesidad de acometer una reestructuración es patente en el caso de
empresas especialmente intensivas en la inversión en investigación más
desarrollo. La reducción de plantilla y de gasto a que se ven forzadas
las empresas tecnológicas como consecuencia de que la crisis pueda anular
la ventaja fiscal pretendida, precisamente, en los casos en que es más
necesaria, nos hace proponer la desactivación temporal de dichas
condiciones.









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Y, finalmente, la última de las enmiendas, la que lleva el
número 54, propone la modificación de la disposición final undécima.
Entrada en vigor, completando las salvedades establecidas a la aplicación
y entrada en vigor de la presente ley.


Con la entrada en vigor de la de la nueva Ley del impuesto
de sociedades —que tendrá lugar el día 1 de enero de 2015— se
elimina parte del efecto incentivador de las actividades de I+D+i en
España, que supone la novedad introducida a través de la Ley de
emprendedores al eliminar el carácter retroactivo en la aplicación del
mismo para las deducciones por actividades de investigación y desarrollo
e innovación tecnológica a la que se refieren varios apartados del
artículo 35 de esta ley.


En este sentido, manteniendo la coherencia con la enmienda
propuesta al punto 2 del artículo 39, se propone la modificación
indicada.


Hasta aquí, señor presidente, las 24 enmiendas que he
presentado a este Proyecto de Ley del impuesto de sociedades y que, como
indiqué al principio, contrariamente a lo ocurrido en las otras 2 leyes
que estamos viendo, el Grupo Popular no ha hecho esfuerzo alguno por
transaccionar o buscar elementos de acuerdo para sacar adelante alguna de
ellas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Martínez
Oblanca.


El Grupo Parlamentario Mixto ha presentado: los senadores
Iglesias y Mariscal las enmiendas 1 a 9; el senador Quintero, las
enmiendas 10 a 18; la senadora Domínguez, las enmiendas 19 a 23 y los
senadores Eza y Yanguas y la senadora Salanueva, las enmiendas 24 y
25.


Para su defensa, tienen que repartirse 25 minutos.


Senador Iglesias, tiene la palabra.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.


Las 9 enmiendas —que enumeraré de forma muy
rápida— plantean en primer lugar establecer un límite temporal de
10 años para deducir las bases imponibles negativas. (La señora
vicepresidenta, Vicente González, ocupa la Presidencia). Argumentaba en
la defensa del veto que la desaparición de todo límite temporal, como
plantea el proyecto, solo puede favorecer a las grandes empresas. El
período de diez años coincide con el período de comprobación por la
Administración tributaria.


Enmendamos el artículo 29, que establece el tipo,
planteando las siguientes modificaciones: que el tipo general sea del
30%, pero para las bases imponibles que superen el 1 000 000 de euros que
el tipo sea del 35%; y que sea sin embargo del 25% para las mutuas,
sociedades de garantía recíproca, cooperativas de crédito y cajas
rurales, así como para los colegios profesionales, entidades sin fines
lucrativos, fondos de promoción de empleo, uniones, federaciones y
confederaciones de cooperativas y autoridades portuarias. Para las
entidades que figuran en el punto 4, que son las sociedades y fondos de
inversión, el proyecto plantea una tributación al 1%. Con nuestra
enmienda pretendemos que el tipo sea del 15%.


Para las entidades del punto 7, sociedades de investigación
y de explotación de hidrocarburos, nuestra enmienda pretende incrementar
el tipo y llevarlo al 40%.


Con otra enmienda, y a través de un nuevo artículo, el 38
bis), recuperamos las deducciones por inversiones medioambientales
contempladas en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
Igualmente mediante otra enmienda creamos otro artículo 38 ter) nuevo
para introducir una deducción por gastos relacionados con la movilidad
sostenible para llegar al puesto de trabajo.


Igualmente enmendamos para suprimir los artículos 107, 108
y la disposición transitoria trigésima primera que establece que el
régimen especial de las sociedades de tenencia de valores extranjeros,
por ser —y lo dije también ayer— un mecanismo de elusión
fiscal en relación con otros Estados y un foco de fraude interno.


Vía otra enmienda planteamos crear una disposición
adicional nueva para que el tipo efectivo de los sujetos pasivos que
tributen al tipo general no pueda ser en ningún caso inferior al 25%.


Finalmente presentamos otra enmienda para que se introduzca
en el proyecto una nueva disposición final al objeto de que ningún
accionista de una sicav pueda tener más del 5% de su capital.


Muchas gracias.









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La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Tiene la palabra el senador Quintero.


El señor QUINTERO CASTAÑEDA: Gracias, señora presidenta.
Buenos días, señorías.


A este Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades
Coalición Canaria presenta las enmiendas números 10 a 18, que se agrupan
en dos bloques. Uno sobre el gravamen de las actividades de explotación,
de investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos
subterráneos de hidrocarburos, explotación esta última que para nosotros
es algo muy atractivo y especial, y con lo que ahora mismo tenemos muchas
dificultades. En este punto, el Grupo Parlamentario Popular reduce en 5
puntos —del 35% pasa al 30%— el gravamen de una actividad
altamente contaminante como es la extracción de hidrocarburos. En
Canarias se está hablando de rechazar los sondeos y las extracciones
petrolíferas y el Partido Popular incide en hacerlo sin contar con la
sociedad ni con las administraciones canarias, por tanto, evidentemente
este es un tema muy sensible. Pero si además, a poco menos de un mes de
que empiecen los sondeos —como dijeron el Gobierno y el
ministro—, en este proyecto de ley vemos cómo se rebaja el tipo de
interés del 35% al 30% —lo que supone un beneficio y un regalo de
más de 100 000 000 de euros directamente a la empresa Repsol, que es la
que va a extraer los suministros—, evidentemente pensamos que el
Gobierno trabaja y hace la ley otra vez exclusivamente para Repsol y no
para los ciudadanos canarios. De verdad, señorías, nos hemos quedado muy
sorprendidos. Y a esta ventaja hay que añadir una con la que ya cuentan
las petroleras: con la reducción del 50% de la base imponible. Es decir,
que, al final, solo van a tributar por un 15% de los beneficios. Esto es
lo que están haciendo el Gobierno de España y el Partido Popular. ¿Suena
muy raro, verdad? Resulta sospechoso que, a pocos días de que comiencen
los sondeos, el Gobierno introduzca esta medida. Así pues, señorías,
varias de las enmiendas que presentamos van encaminadas a que siga
tributando al 35% una actividad altamente peligrosa y contaminante y que
puede poner en riesgo el futuro de las islas Canarias y el futuro del
turismo, concretamente cerca de las costas de Lanzarote y Fuerteventura.
Por ello presentamos este tipo de enmiendas.


Y hemos presentado otro bloque de enmiendas relativas al
cine y a la industria audiovisual, industria que en los últimos años ha
generado importantes beneficios para Canarias y ha hecho posible la
creación de más de 50 nuevas empresas.


Como ustedes entenderán, Canarias soporta unos sobrecostes
permanentes para todo este tipo de actividades, que se intentan compensar
mediante medidas fiscales, medidas fiscales inferiores a las del resto
del territorio nacional puesto que todos aquellos desplazamientos tanto
desde el territorio nacional, continental a las islas, como entre las
islas, así como la manutención, deben ser deducibles fiscalmente para
hacer atractivas la instalación y la realización de producciones a este
tipo de empresas.


Por tanto, presentamos estos dos paquetes de medidas y
esperamos que el Partido Popular las acepte. No se han puesto en contacto
con nosotros para negociar ninguna, con lo cual entendemos que van a
rechazar todas, y, si es así, evidentemente, votaremos en contra del
proyecto de ley.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas de la senadora Domínguez.


La señora DOMÍNGUEZ HORMIGA: Muchas gracias, señora
presidenta.


Señorías, el objeto de mi intervención es la presentación
de un paquete de 5 enmiendas, todas las cuales versan sobre el artículo
36 de la Ley del impuesto sobre sociedades; un paquete de enmiendas en el
que se pide el reconocimiento de la singularidad geográfica que hace que
Canarias tenga unas condiciones fiscales diferentes de las del resto de
España. A fin de compensar esta singularidad y lejanía del archipiélago,
las enmiendas números 20 a 23 vienen a refrendar la continuidad del
régimen fiscal previsto en la Ley 20/1991.


Enmienda que se refiere al artículo 36. La deducción por
inversiones en producciones cinematográficas españolas, cuyo importe no
podrá superar los 3 000 000 de euros, y la deducción a aquellas
producciones que se encarguen de la ejecución de producciones
extranjeras, cuyo importe no podrá ser superior a 2,5 millones de euros,
no tienen cabida dentro de la normativa









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canaria, porque, según lo dispuesto en la citada Ley
20/1991, se establece que el productor de obras tendrá derecho a aplicar
la deducción en cuota del impuesto equivalente al 38% del importe de la
inversión realizada, para las cuales no se aplica un límite máximo
deducible. En esta misma línea se enmienda el límite previsto en el
artículo 36.2, por el que el importe de esta deducción, junto con el
resto de ayudas públicas, no podría superar el 50% del coste de
producción, entendiéndose de forma explícita que se habrá de excluir a
Canarias de este límite cuantitativo.


Esta modificación introducida por el proyecto de ley prevé
un doble límite al máximo deducible, lo cual produciría un efecto
negativo en Canarias, dado que las grandes empresas cinematográficas de
producción extranjera que han invertido en Canarias por sus beneficios
fiscales no verían rentable realizar este tipo de producciones
cinematográficas. A modo de ejemplo, la última macro película que se rodó
en Canarias, dirigida por Ridley Scott, Éxodo, dejó una cuantía de 7 000
000 de euros en España y creó alrededor de 6000 puestos de trabajo.


Asimismo, dentro del mismo articulado, la enmienda número
19, sobre deducciones por inversión, se refiere a aquellas producciones
cinematográficas para las que se exige, según esta enmienda, que abarquen
un panorama aún más amplio y que se incorporen nuevas formas de obras
audiovisuales.


El artículo 36.1 se limita a deducciones de largometrajes
cinematográficos y a series de ficción y animación o documental, como ya
sucede en el texto vigente, lo que supone una exclusión de las obras
audiovisuales unitarias, cuya primera explotación no sean las salas de
exhibición. Las obras audiovisuales unitarias tienen deducción
exclusivamente cuando su duración sea superior a 60 minutos, cuando
conste de un desenlace final, o cuando su explotación comercial incluya
salas de cine, por lo que solamente aquellos largometrajes que a
criterios del correspondiente distribuidor tienen potencial para
desenvolverse razonablemente en salas de exhibición acceden a este tipo
de deducciones, de tal manera que muchas otras obras audiovisuales quedan
totalmente excluidas.


Lo que se solicita en todas las enmiendas es que este
proyecto de ley se adapte tanto a la normativa canaria, en cuanto a
deducciones fiscales, como a la actualidad, en la que se exige otro tipo
de sistemas audiovisuales.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Tiene la palabra el senador Yanguas.


El señor YANGUAS FERNÁNDEZ: Muchas gracias, señora
presidenta.


En nombre de Unión del Pueblo Navarro, dentro del Grupo
Mixto, intervengo en este caso para defender las dos enmiendas que hemos
presentado a este Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades. La
primera de ellas, la enmienda número 24, relativa a la definición de los
grupos fiscales, solicita que se elimine la mención que el artículo 58 de
este proyecto de ley hace al convenio económico de Navarra. Hablo en
pasado, ya que la enmienda número 214, del Grupo Popular, ha atendido
nuestra petición y, por tanto, ya dejó zanjado este aspecto, porque, de
no haberlo eliminado, UPN considera que entraría en colisión con lo
dispuesto en este proyecto de ley y con el Convenio Económico de Navarra.
Por ello, UPN celebra que se haya corregido este aspecto en la Comisión
de Hacienda, puesto que se incorporó en ponencia, y quiero reconocer el
trabajo que realizó el Grupo Parlamentario Popular en colaboración con
Unión del Pueblo Navarro.(El señor vicepresidente, Lucas Giménez, ocupa
la Presidencia).


La enmienda número 25, concatenada con la número 24, lo
único que pretende es dejar todavía más claro, incluso, lo que es el
régimen fiscal aplicable a estos grupos fiscales en materia del impuesto
sobre sociedades, que es el que estamos debatiendo esta mañana aquí, en
el Senado. Voy a leer textualmente lo que solicitamos: «En la composición
del grupo fiscal, cuando afecte a entidades con domicilio fiscal en la
Comunidad Foral de Navarra o a entidades sometidas a la normativa foral
en materia del impuesto sobre sociedades, se aplicará lo establecido en
el convenio económico». Aunque parece difícil de explicar, es algo muy
sencillo y muy técnico, que aclara y mejora el texto que después
votaremos, y espero que en este trámite que queda lo apoyen, con lo que
entiendo que el trabajo se habrá concluido totalmente.


Muchas gracias, y buenos días.









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El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias,
señoría.


Por el Grupo Parlamentario Vasco en el Senado, tiene la
palabra la senadora Martínez.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Gracias, señor presidente.


Mi grupo parlamentario ha presentado 3 enmiendas a este
proyecto de ley, las números 26, 28 y 29. La número 28 hace referencia a
la situación en la que se encuentran aquellas empresas que
voluntariamente se acogieron al sistema de actualización de balances.
Habiendo transcurrido apenas un año desde la finalización del plazo para
la realización de las operaciones de actualización, el Consejo de
Ministros ha aprobado un proyecto de ley que no recoge ninguna medida que
permita el mantenimiento de las condiciones futuras en las que
desplegarán los efectos la actualización de balances para aquellos
contribuyentes que decidieron acogerse a ella. En el caso de que la
configuración del impuesto sobre sociedades contemplada en el proyecto de
ley fuese de aplicación finalmente en la redacción actual antes de la
incorporación de las enmiendas en ponencia, supondría una reducción
efectiva del aprovechamiento fiscal de las dotaciones contables a la
amortización de los elementos patrimoniales revalorizados por la parte
correspondiente al incremento de valor resultante de las operaciones de
actualización de balances.


Esto que he dicho así, tan seguido y tan rápido como hablo
yo, parece un rollo, pero es una cuestión que el Partido Popular sabe
perfectamente a lo que nos referimos, y lo saben tan bien, que no han
dudado en incorporarlo como enmienda propia. Dijeron que no la iban a
admitir en el Congreso, que seguramente se podría transar en el Senado,
pero ustedes ni siquiera han ofrecido la posibilidad de transaccionar
esta enmienda, que ya presentó en el Congreso el Partido Nacionalista
Vasco. Lo que han hecho es incorporarla y fusilarla tal cual en su
enmienda número 230. Esto que está muy bien en cuanto a sus efectos,
porque, al fin y al cabo, lo que buscamos todos es corregir los errores y
las omisiones no deseadas dentro de los proyectos de ley, señoría, tendrá
que convenir conmigo que bonito no es; cortesía parlamentaria, poca.


La enmienda número 29 hace referencia también a otro efecto
no deseado por este proyecto de ley, y que también ha sido corregido de
la misma forma, en este caso por el Grupo Parlamentario Popular, relativo
a las amortizaciones fiscalmente deducibles. Hay otras enmiendas
presentadas por mis compañeros que ya señalaban también esta
carencia.


Por tanto, me produce satisfacción que el proyecto de ley
que va a salir de esta Cámara sea sensiblemente mejor que cuando entró,
al menos, en lo que se refiere a estas dos cuestiones. Nos hubiese
gustado mucho que se reconociese también nuestro trabajo con la
incorporación de nuestras enmiendas o, al menos, transando una redacción
que todavía lo mejorase mucho más. Pero esto es lo que tenemos; por
tanto, gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias, senadora
Martínez.


Por el Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya,
tiene la palabra el president Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señor presidente.


Señorías, el Gobierno ha centrado su reforma del impuesto
sobre sociedades en una bajada del tipo nominal al 28% el año que viene y
al 25% en el año 2016. El Gobierno afirma que se mantiene la capacidad
recaudatoria del impuesto cuando en realidad lo que se mantiene es una
cierta inequidad que en estos momentos existe. Asimismo, se reduce la
progresividad y serán las grandes empresas las que acabarán siendo las
principales beneficiadas.


Los senadores y senadoras socialistas del Grupo Entesa
hemos formulado un conjunto de 31 enmiendas para intentar modificar estos
objetivos de la reforma normativa y para que el impuesto contribuya, con
el aumento de su recaudación, a la reducción del déficit y al necesario
impulso de la actividad económica que necesitan nuestras empresas. En
este sentido, proponemos mantener el actual tipo general de gravamen del
30% en el impuesto sobre sociedades a través de la enmienda 65. La
pérdida de capacidad recaudatoria del tributo prevista en el proyecto,
alrededor de 3000 millones de euros, resulta incomprensible e
inaceptable, lo que nos impide considerar que nos encontremos ante una
reforma estructural del impuesto que reconstruya la base imponible del
mismo. No lo hace obviamente ni estabiliza su recaudación, como se nos
intenta explicar.


Lo realmente efectivo para aumentar la recaudación sería la
limitación de las reducciones de la base imponible y la supresión de gran
parte de las deducciones que hacen que el tipo efectivo









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se encuentre muy alejado de los tipos nominales. Además,
configuraría un impuesto más sencillo y eficiente introduciendo mayor
equidad, pues en realidad solo las grandes empresas, las multinacionales,
tienen la capacidad de optimizar —entre comillas— la mayoría
de los beneficios fiscales existentes.


Por este motivo proponemos incluir, con la enmienda número
80, una disposición adicional nueva para exigir al Gobierno una
evaluación anual y una mejora constante de los beneficios fiscales y los
ajustes en el impuesto sobre sociedades, y así poder evaluar tanto su
impacto recaudatorio como su efecto real sobre la actividad económica y
la política redistributiva. Proponemos, con la enmienda número 76,
mantener el vigente tipo de gravamen del 25% a las sociedades de reducida
dimensión, estableciendo que para la base imponible mayor de 300 000
euros tributarán al tipo del 30%.


Con la enmienda número 66 proponemos mantener el tipo
vigente al 25% a una serie de sociedades de especial protección: mutuas
de seguros, colegios profesionales, sindicatos y autoridades portuarias.
También proponemos mantener el actual tipo del 20% a las sociedades
cooperativas fiscalmente protegidas. Además, proponemos, en las enmiendas
68 y 75, mantener la tributación de las sociedades que se dedican a la
explotación de yacimientos de hidrocarburos en el 40%. Igualmente
proponemos un aumento del tipo de gravamen del 1% actual al 15% para las
instituciones de inversión colectiva, en especial a las sociedades de
inversión de capital variable, las sicav, mediante la enmienda número
67.


También proponemos frenar una situación injusta que se ha
producido en los últimos años, que es la reducción del tipo efectivo de
los grandes grupos consolidados. Según los datos del último informe anual
de recaudación tributaria de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, en 2012 el tipo efectivo del resultado contable de las
empresas que no pertenecen a grupos consolidados ascendió al 16%. En
cambio, los grupos consolidados tuvieron un tipo efectivo del 5,3%.


Con la enmienda número 69 establecemos una tributación
mínima del 15% sobre el resultado positivo de la cuenta de pérdidas y
ganancias del ejercicio para las grandes empresas, con volúmenes de
negocio superior a 60 millones de euros, ajustado para tomar en
consideración las exenciones y deducciones para evitar la doble
imposición nacional e internacional y para eliminar las consecuencias del
excesivo endeudamiento.


No nos parece de recibo que el Gobierno modifique la
regulación en este impuesto para favorecer a determinados grupos de
empresas, sino que se ha de hacer siempre pensando en el interés
general.


Así, el proyecto, a efectos de la exención para evitar la
doble imposición, introduce, junto a la exigencia de participación en al
menos el 5% en el capital o en los fondos propios de la entidad de la que
provienen los dividendos o rentas derivadas de la trasmisión de valores,
la posibilidad de aplicar también dicha exención si el valor de
adquisición de la participación es superior a 20 millones de euros.
Consideramos que esto no es aceptable, ya que favorece exclusivamente a
las grandes empresas, las pequeñas han perdido la posibilidad de aplicar
la deducción en cuota del 50% de dividendos y rentas percibidas y,
además, es incoherente con la finalidad anunciada de la modificación del
tributo de reducir los beneficios que socaban las bases imponibles del
mismo. Lo planteamos en las enmiendas números 60, 70 y 71.


En la exención por doble imposición internacional
planteamos, mediante las enmiendas 61 y 62, que la entidad participada no
residente haya estado sujeta a un impuesto nominal no inferior al 20% a
diferencia del 10%, que es lo que contempla el proyecto.


Mediante las enmiendas 57, 58 y 74 proponemos medidas
adicionales en la limitación de la deducibilidad de los gastos
financieros para las grandes empresas. En este sentido, creemos que no se
puede permitir el incremento del límite de deducibilidad por el cómputo
de los ingresos financieros que procedan de dividendos o participaciones
en beneficios de entidades participadas y planteamos suprimir la
posibilidad de incrementar el límite durante cinco años, cuando dicho
límite no sea excedido en un ejercicio.


Además, planteamos restablecer el vigente plazo máximo de
18 años que el proyecto elimina para la compensación de bases imponibles
negativas y planteamos también la reducción del porcentaje máximo de
compensación, 40%, frente al 60%, que es lo que contempla el proyecto









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para las grandes empresas, con cifras de negocios
superiores a 60 millones de euros y lo hacemos mediante la enmienda
número 64.


Con las enmiendas 77 y 81 proponemos suprimir el régimen de
las entidades de tenencia de valores de extranjeros de acuerdo con los
principios de coordinación internacional para la lucha contra la evasión
fiscal de empresas multinacionales.


En este sentido, también proponemos incluir una nueva
disposición adicional mediante la enmienda número 79 para impulsar la
coordinación y el consenso internacional en la lucha contra la evasión
fiscal de empresas multinacionales, instando al Gobierno a impulsar de
manera inmediata las actuaciones oportunas para una implementación
efectiva del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el
traslado de beneficios de la OCDE.


Esperando que algunas de estas enmiendas pudieran merecer
su consideración, muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias, señoría,
gracias, president.


Las enmiendas 86 a 95, también del Grupo Parlamentario
Entesa, serán defendidas por el senador Guillot.


El señor GUILLOT MIRAVET: Gràcies, senyor president.


Al ser enmiendas idénticas a las defendidas por el senador
Iglesias, con sus argumentos las doy por justificadas.


Gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias,
señoría.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
Convergència i Unió 96 a 130 y 132 a 165.


Tiene la palabra el senador señor Bel.


El señor BEL ACCENSI: Muchísimas gracias, presidente.


Mi grupo ha presentado 70 enmiendas a esta ley y de estas
70 enmiendas, la 131 fue transaccionada en comisión, y en estos momentos
tenemos transaccionadas 5 más, la 98, 132, 133, 134 y 155, que comentaré
después brevemente. Doy el resto de enmiendas totalmente por defendidas.
Me voy a centrar en algunas, las que entiendo que merecen un mayor
comentario y a las que me alcance el tiempo. (La señora vicepresidenta,
Vicente González, ocupa la Presidencia).


La enmienda 96 pretende dejar fuera de tributación del
impuesto sobre sociedades, como ocurre ahora que tributan en el impuesto
sobre la renta de las personas físicas, a aquellas sociedades civiles en
que la normativa reguladora de su actividad, la actividad farmacéutica es
un ejemplo, exige una autorización administrativa a personas físicas.
Esto implicaría que todas aquellas sociedades civiles que ejerzan
determinado tipo de actividades, aunque requieran normativamente la
presencia de una persona física, pasarían a tributar en el impuesto sobre
sociedades. Por lo tanto, se trata de corregir esta circunstancia.


La enmienda 98 es una de las transaccionadas con el grupo
mayoritario y era para rectificar el punto 12 del artículo 11. En este
punto se regula la compensación de las bases negativas por el deterioro
de créditos u otros activos derivados de posibles insolvencias en una
sociedad o grupo de sociedades a las que no les sea de aplicación la
deducción por insolvencia establecida en el artículo correspondiente.
Hasta ahora cabía la posibilidad de deducir o compensar libremente, sin
ningún tipo de restricción. El texto propone un 60% de limitación a esta
compensación; nosotros proponemos un 75%, y hemos cerrado una
transaccional que alcanzará el 70%. Nos parece insuficiente pero,
obviamente, mejora la propuesta inicial.


La enmienda número 99 pretende modificar al alza algunos de
los coeficientes máximos de amortización. Nos parece acertada la
simplificación de las tablas de amortización; estas tablas de
amortización que establecían diferentes coeficientes de amortización
según el tipo de actividad y el tipo de activo a amortizar, que eran un
tanto engorrosas, se han simplificado. Nos parece un acierto. Sin
embargo, entendemos que algunos de los coeficientes de amortización
máximos, establecidos por estas nuevas tablas, se quedan cortos, y esta
enmienda pretende ampliar, no de forma exagerada pero sí de forma
sensible, algunos de estos coeficientes máximos.









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La número 101 es una enmienda similar a la que habíamos
presentado en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Pretende reintroducir las correcciones monetarias en aquellas rentas
obtenidas por la venta o la generación de elementos patrimoniales que
tengan la consideración de bienes inmuebles. Si se elimina esta
corrección monetaria, se va a tributar por la plusvalía monetaria, no
solo por la plusvalía real, sino también por la plusvalía monetaria como
consecuencia de la simple evolución del índice de precios al consumo. Por
lo tanto, entendemos que se debería rectificar.


La número 104 es una enmienda que pretende ampliar la
reserva de capitalización creada en torno a un 10% de la base imponible,
que nos parece escasa, para que aquellas empresas que tomen la opción de
retener sus beneficios en la propia sociedad no tengan que tributar. Por
lo tanto, ampliamos este límite del 10% al 50 %.


La número 105 es una enmienda que, en términos genéricos,
permite incrementar el límite de la compensación de las bases imponibles
negativas. Hasta hace relativamente poco —casi me atrevo a decir
pocos meses—, la compensación de las bases imponibles negativas no
tenían mayor limitación que la limitación temporal. Se introdujo una
limitación, que reitera este proyecto de ley, establecida en el 60%. A
través de una enmienda del mismo Partido Popular, incorporada en
comisión, este límite del 60% pasó al 70%. Nosotros en esta enmienda
continuamos pidiendo el 75%.


La enmienda 106, que después se reproduce en términos
similares para otras enmiendas, pretende reducir el derecho de la
Administración para comprobar e investigar las bases imponibles negativas
pendientes de compensar, para que en lugar de prescribir a los diez años
que establece la ley, puedan prescribir a los cinco años; cinco años nos
parece un plazo más que razonable para que la Administración pueda
comprobar estas bases imponibles negativas. Alargarlo más, alargarlo
mucho más que el plazo de prescripción del propio impuesto, desde nuestro
punto de vista simplemente generará mayor inseguridad jurídica.


Las enmiendas 107 y 108 hacen referencia a la tributación y
concretamente a los tipos impositivos que son de aplicación a las
cooperativas. La verdad es que entendemos que la ley es poco sensible al
régimen cooperativista, y se lo explico. Los tipos impositivos que se
establecen para las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas son
del 20%. No vamos a desarrollar ahora la teoría de la tributación de las
cooperativas y si a estas se les tendría que aplicar el régimen de
transparencia fiscal, que no tributasen las cooperativas y que tributasen
los propios socios, como ocurre en muchos países de Europa, pero eso
explica el concepto del tipo reducido aplicado tradicionalmente a las
cooperativas. En la medida en que teníamos un tipo al 35% y se reduce a
un tipo al 25%, entendemos que no se reduce en la misma proporción para
las cooperativas y, por tanto, para las cooperativas fiscalmente
protegidas que de su resultado ordinario tienen que tributar al 20% de
acuerdo con el proyecto, nosotros proponemos que tributen al 15%.


La enmienda 108 va en una dirección similar. Lo que
pretendemos es que los resultados extracooperativos tributen al mismo
tipo reducido que tributan los resultados cooperativos y que, al fin y al
cabo, en la medida en que no sean distribuidos reviertan en la misma
cooperativa. En estos momentos se va a dar la circunstancia de que las
sociedades en el tipo general van a tributar al 25% y los resultados
extracooperativos de las cooperativas van a tributar al 30%, es decir, un
resultado extracooperativo va a tributar más en porcentaje que un
resultado extraordinario en cualquier otra sociedad mercantil. Creemos
que esto es un error y que si no lo corrigen ahora lo van a tener que
corregir en algún momento, porque es claramente un maltrato a las
sociedades cooperativas en relación a las sociedades mercantiles.


La enmienda 110 pretende establecer unos tipos de gravamen
reducido del 1% para aquellas entidades del tercer sector que no tengan
otra tributación específica.


La enmienda 111 es similar a las que he planteado
anteriormente —la 106, 111 y 112, son el mismo caso— y
pretende que el plazo que disponga la Administración para poder comprobar
no las bases imponibles negativas, sino en este caso el derecho a las
deducciones por doble imposición jurídica o la deducción por doble
imposición económica internacional, también prescriba a los cinco años y
no a los diez años. No tiene sentido que si el plazo de prescripción es
inferior, se incremente muchísimo más el plazo de comprobación para este
tipo de deducciones, por lo









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mismo, porque va a incrementar la inseguridad jurídica, y
cinco años son suficientes para que la Administración pueda actuar,
comprobar y dar mayor certeza jurídica a los administrados en este
caso.


Nuestra enmienda 113 pretende establecer una bonificación
del 95% de la cuota íntegra del impuesto sobre sociedades a unas
determinadas sociedades, aquellas sociedades en las que la plantilla esté
compuesta en más de un 50% por personas con discapacidad y siempre y
cuando las rentas obtenidas, los beneficios obtenidos, sean reinvertidos
en la propia actividad. Esta es una bonificación dirigida especialmente
para fomentar la inclusión social de las personas con discapacidad; hemos
incluido diferentes enmiendas en este sentido, algunas de las cuales
también voy a nombrar posteriormente.


Lo que pretende la enmienda 114 es mejorar la base de la
deducción de investigación, desarrollo e innovación. Se establece que se
deben reducir en un 65% las subvenciones recibidas de dicha deducción y
no el 100%, como establece ahora el proyecto de ley. No hace falta que
les diga nada sobre la necesidad de incentivar en el ámbito del sector
privado todas las inversiones y gastos en investigación, desarrollo e
innovación.


La enmienda 116 pretende reestablecer una deducción que se
suprime, la del 8% sobre las inversiones realizadas con objetivos de
mejora medioambiental. A la vez, se pretende incluir una nueva deducción
del 10% en la adquisición de vehículos industriales y comerciales de
transporte por carretera, siempre que estos contribuyan a la reducción de
la contaminación atmosférica.


La enmienda 121 propone, en la dirección antes señalada,
establecer una deducción por la creación de puestos de trabajo para
personas con discapacidad y que se elimine la incompatibilidad de esta
deducción con la libertad de amortización prevista para las empresas de
reducida dimensión, que en estos momentos se ven obligadas a escoger
entre aplicar la deducción o aplicar la libertad de amortización.


La enmienda 122 pretende reestablecer la deducción por
gastos de formación de personal, que es eliminada y que creemos que no va
a fomentar la mejora de la competitividad de las plantillas y, por tanto,
de las empresas.


A través de la enmienda 124 creamos una deducción para las
inversiones orientadas a adaptar los vehículos a personas con
discapacidad en el ámbito laboral.


En una línea similar está la enmienda 126, que también
pretende crear esta deducción no solo para los vehículos sino para las
obras realizadas en las instalaciones laborales para adecuar a los
trabajadores con discapacidad su acceso. Entendemos que es una línea de
la inserción laboral de las personas con discapacidad que se debe
fomentar también a través del impuesto sobre sociedades.


La enmienda 127 no la voy a desarrollar —es una
enmienda larga—. Modifica las normas comunes a todas las
deducciones del impuesto sobre sociedades, el artículo 39, que intenta
flexibilizar a efectos de dar más margen para poder consumir todas las
posibilidades de deducciones.


La 128 va en la misma línea y afecta también al artículo
39, de normas comunes de las deducciones del impuesto sobre sociedades.
Tiene como objeto permitir que la deducción por creación de ocupación de
personas con discapacidad sea aplicada sin ningún tipo de límite en la
cuota.


La enmienda 131 ya fue transaccionada —tiene un
carácter más técnico— en Comisión, lo que agradecemos.


Las enmiendas 132, 133 y 134 también fueron transaccionadas
con el grupo mayoritario de la Cámara para adaptar las diferentes
circunstancias, porque sí se añadió una del Grupo Parlamentario Popular
pero faltaba incorporar en otros artículos del texto legislativo esta
posibilidad de que la compensación por pérdidas, y por tanto la
compensación de bases imponibles negativas también, no tenga una
limitación exclusivamente al 60%. Pedíamos el 75% y al final hemos
transaccionado en torno al 70% con la esperanza de que en un futuro nos
podamos acercar a este 75%.


En relación con las enmiendas 135 a 141, se trata de 7
enmiendas referidas al régimen especial de empresas de reducida dimensión
y el impuesto sobre sociedades. Las consideramos importantes porque
afectan a una parte fundamental de nuestro tejido empresarial. La pequeña
y mediana empresa genera en estos momentos prácticamente tres cuartas
partes de los puestos de









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trabajo que hay en nuestro país. En consecuencia,
entendemos que se debe defender de forma especial este ámbito.


Por ello, en la enmienda número 135 solicitamos una
ampliación del régimen de empresas de reducida dimensión a los efectos de
que no solo se compute el límite de los 10 millones de cifra de negocios
para su aplicación, es decir, que no se superen los 10 millones o, según
nuestra propuesta, que no se supere el número medio de 50 trabajadores.
Entendemos que aunque se superen los 10 millones de cifra de negocios, si
la empresa no tiene más de 50 trabajadores por término medio, también se
debería aplicar este régimen especial de empresas de reducida
dimensión.


La enmienda 136 pretende que el coeficiente de aceleración
de las amortizaciones de determinados activos fijos para las empresas de
reducida dimensión se incremente del 2 al 3, de tal forma que la
aceleración no se duplique sino que se triplique, lo que permitiría
amortizar más rápidamente y generar algo más de disponibilidad líquida en
nuestras empresas de reducida dimensión.


En cuanto a la 138 celebramos, se lo digo sinceramente, que
hayan incorporado este concepto de reserva de nivelación en las bases
imponibles para poder capitalizar más las empresas de reducida dimensión
y que no sea incompatible con el fondo de reserva anteriormente
mencionado, pero entendemos que, igual que en el caso anterior, en lugar
de un 10% de la base imponible, este límite se tendría que incrementar al
50% para que esta reserva de nivelación tuviera un efecto realmente
positivo.


La número 139 pretende recuperar la tributación que se ha
perdido en función de la base imponible. Entendemos que para las empresas
de reducida dimensión hasta una base imponible de 300 000 euros se
tendría que primar su tributación y que esta no fuera más allá del 20% en
tanto que el resto sí se tendría que mantener al tipo general del
25%.


En este mismo ámbito la número 140 pretende la creación de
un régimen para fomentar la reinversión de los beneficios extraordinarios
de las pymes y que sea compatible con otros beneficios fiscales.


Finalmente, aunque no voy a exponerlo, a través de la
enmienda 141 también solicitamos un nuevo artículo especificando toda una
serie de peculiaridades para determinar la base imponible exclusivamente
para estas empresas de reducida dimensión.


Me queda poco tiempo, pero quiero detenerme en la enmienda
143, con la que intentamos evitar la carga fiscal indirecta. Me explico.
Aquellas empresas que sean parcialmente exentas, sin ningún tipo de
limitación, están obligadas a presentar la declaración de impuestos sobre
sociedades. En ocasiones estas empresas no son sociedades mercantiles
aunque sí pueden ser entidades o asociaciones con carácter no lucrativo
que tampoco tienen que tributar puesto que no tienen rentas sometidas a
tributación ya que todas sus rentas son exentas aunque sí tienen
obligación de presentar el impuesto sobre sociedades, con lo cual, la
carga de elaborar y presentar este impuesto sobre sociedades con
entidades que tienen muy pocos ingresos, desde nuestra perspectiva
tendría que ser evitada. Por ello solicitamos para todas las entidades no
lucrativas que estén parcialmente exentas, que sus ingresos totales no
superen los 100 000 euros, que se les exima de presentar el impuesto
sobre sociedades. No van a tributar y evitaríamos que tengan esta carga
fiscal indirecta de los mayores costes de cumplimentar sus obligaciones
fiscales.


La enmienda número 145 establece la libertad de
amortización para determinados elementos del activo material fijo, tal
como estaba recogido anteriormente, es decir, sin condicionarlo al
mantenimiento de los puestos de trabajo. El resto de las enmiendas, las
doy por defendidas.


Muchísimas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista números 166 a
196, y vuelta al texto remitido por el Congreso de los Diputados en lo
modificado por el informe de la ponencia.


Para su defensa, tiene la palabra el senador Lerma.


El señor LERMA BLASCO: Muchas gracias, señora
presidenta.


Intervendré con brevedad, puesto que yo creo que en el
debate general hemos dicho prácticamente todo lo relativo a este tema. En
el caso del impuesto sobre sociedades se trataba fundamentalmente de algo
que el propio Gobierno manifiesta en el preámbulo de la ley. Cierto es









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que no ha habido una modificación y que nada justifica que
se haya presentado como una nueva ley porque fundamentalmente se mantiene
la estructura del impuesto del año 1996 y, al mismo tiempo, el proyecto
nuevo recopila las modificaciones del real decreto ley y poco más. Lo
cierto, insisto, es que de acuerdo con los propósitos que manifiesta el
Gobierno, este impuesto nuevo debería servir fundamentalmente para
depurar deducciones y reducciones que suponen para las grandes empresas,
tal y como hemos comentado en el día de ayer, fundamentalmente un tipo
efectivo que se aleja muchísimo del tipo nominal y, por tanto, que
disminuye sustancialmente la recaudación, porque las grandes empresas,
como todos ustedes saben, prácticamente copan el 80% de todas las
deducciones y reducciones que se establecen en la legislación española.
Lo cierto es que simultáneamente debería aumentar la recaudación y
dificultar el fraude fiscal. Y en realidad el hecho confeso de este
proyecto de ley es que va a suponer una reducción de entre 2500 y 3000
millones de euros para las arcas públicas. No debería ser así, pero en
cualquier caso parece ser que eso es lo que plantea el Gobierno. Y
además, también de acuerdo con lo que ha planteado el propio Gobierno, no
se va a producir una mayor justicia y, por tanto, una mejor
redistribución del impuesto entre los diversos tipos de empresas. Por
consiguiente, parece que está muy justificado que este no sea el impuesto
que necesita la economía española en estos momentos.


Diría más, no solo no es este impuesto, sino que la
voluntad del Gobierno es bastante clara respecto a no pactar una solución
que venga a beneficiar globalmente a la economía española. Tanto es así
que hasta una enmienda en la que el Partido Popular como Gobierno está
representado, en este caso la número 190 del Grupo Parlamentario
Socialista, prácticamente ni la ha tomado en consideración, cuando
estamos hablando de una nueva disposición adicional sobre coordinación
internacional para luchar contra la evasión fiscal de las empresas
multinacionales, algo que suponga la implementación efectiva del plan de
acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios
de la OCDE, en la que el Gobierno está trabajando también, y de la que
cada día nos desayunamos con una nueva revelación en los periódicos. No
es nuevo, todo el mundo sabía que Luxemburgo era un paraíso fiscal, lo
que sí es nuevo es lo de las 350 empresas, descubierto por los
periodistas de investigación, y que ha habido un pacto entre el Gobierno
de Luxemburgo y el hoy presidente de la Comisión, entonces presidente de
Luxemburgo, y todas las empresas multinacionales que se recogen en el
listado.


Lo cierto es que esa es una situación que debería cambiar,
que no lo hace de acuerdo con las posiciones del Gobierno, que el
Gobierno no quiere pactar, y que cada día supone un escándalo más en la
economía española, que se ha visto obligada, forzada por este presidente
de Comisión a hacer grandes recortes en temas sociales y, en cambio, se
estaban beneficiando simultáneamente las empresas que iban a instalarse
en su país pagando prácticamente, como usted saben, o nada o el 1% sobre
los beneficios totales.


Estas son las cosas que debería intentar arreglar, entre
otras, el impuesto de sociedades. Estamos hablando muchas veces no de
temas fiscales internos, sino fundamentalmente de fiscalidad
internacional, por donde se nos escapan una gran cantidad de posibles
ingresos y que están metidos en algunos sitios, en paraísos fiscales que
no tienen ninguna productividad, y no se aborda una solución para
ello.


Entre las cosas que se pueden abordar en este impuesto, y
el Gobierno lo hace mal, está la exención por doble imposición que el
Gobierno pretende gravarla con el 10% y nosotros proponemos el 20. En el
caso concreto de ese tipo de fiscalidad internacional están las
instituciones de inversión colectiva que nosotros pretendemos que paguen
al menos el 15%. En el caso concreto de las grandes empresas y grupos de
sociedades que, como he dicho, se benefician del 80% de todos los
beneficios fiscales, nosotros pensamos que para acogerse deben haber
pagado, por lo menos, el 20% en otro país y no el 10, como dice el
Gobierno, y pretendemos, además, mantener los tipos en el 30%.
Prácticamente el Gobierno lo baja en dos años al 25 y, por lo tanto,
compensa lo que podría recaudarse de más manteniendo el tipo respecto a
lo que ha quitado de lo que son posibles beneficios fiscales.


Es decir, en definitiva, hace falta una mayor concreción
por parte del Gobierno en este impuesto respecto al tratamiento de la
exención por doble imposición; hace falta un tipo de gravamen diferente
al que pretende mantener el Gobierno; hace falta que la compensación por
las









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reducciones se produzca efectivamente, y hace falta que el
Gobierno tenga voluntad de recaudar más y de no beneficiar a las grandes
empresas, como hace en este proyecto de ley.


No quiero insistir más en las cuestiones porque están todas
claras y previstas en las enmiendas que hemos presentado. Únicamente
pediría al Gobierno que fuera un poco más sensible respecto a la
redistribución interna de las cargas fiscales que en estos momentos
soportan fundamentalmente las pequeñas empresas y que tocan muy de pasada
a las multinacionales y grupos consolidados.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Turno en contra.


Tiene la palabra el senador De las Heras.


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias, señora
presidenta.


Señorías, intervengo en ese turno en contra de las
enmiendas, en representación del Grupo Parlamentario Popular, para
rebatir las 230 enmiendas que se han presentado: 49 del Grupo Mixto; 5
del Grupo Parlamentario Vasco; 41 de Entesa pel Progrés de Catalunya; 70
del Grupo Parlamentario Catalán Convergència i Unió; 31 del Grupo
Socialista y 34 del Grupo Parlamentario Popular.


Lo primero que quería decir, antes de que se me acabe el
tiempo, que es bastante pero creo que no lo agotaré, es que desde nuestro
grupo agradecemos el trabajo y el esfuerzo realizado por todos los grupos
parlamentarios en aras de mejorar un proyecto de ley que no se modificaba
desde hace muchísimos años y que es absolutamente vital para la
consolidación del crecimiento de la economía española.


Como ya adelanté en la Comisión de Hacienda, el pasado
jueves, quedaron incorporadas a la ponencia todas las enmiendas
presentadas por mi grupo con alguna excepción o matización, porque, como
saben ustedes, retiramos la 209 porque estaba vacía de contenido, la 227
porque estaba repetida con la 226, y nuestro grupo autoenmendó la número
200 en virtud del artículo 115 del Reglamento de esta Cámara. Se aprobó
también en ponencia la número 131 del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado Convergència i Unió, sobre una aclaración del funcionamiento de
los grupos fiscales; y hemos llegado al acuerdo de transaccionar varias
enmiendas, como ha recordado el senador Bel. Concretamente, las del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió números 98, 132,
133 y 134; y, finalmente, la número 155, en consonancia con la 229, que
pretendíamos modificar y que al haber sido aprobada en ponencia requería
la firma de todos los grupos, pero como algún grupo no ha querido
hacerlo, la colgamos de la 155 del Grupo Catalán Convergència i Unió y,
con los 4 grupos firmantes, la votaremos a favor.


Senador Bel, sabe que intentamos una transaccional sobre la
enmienda número 143 pero finalmente no fue posible. En esta vida uno
quiere muchas cosas, pero no todas son posibles.


Agradezco la labor del señor letrado de la comisión, que
detectó una contradicción interna en el propio proyecto de ley,
concretamente en lo que hacía referencia a la disposición derogatoria y a
la disposición final sexta, por cuanto derogaba el vigente texto
refundido de la Ley del impuesto sobre sociedades sin aparentes
salvedades, mientras que en la segunda introducía una serie de
modificaciones en algunos artículos. Finalmente, y con la pericia
profesional que atesora el señor letrado de la comisión, encontramos la
solución mediante una enmienda transaccional que, lógicamente, no se pudo
incorporar a la ponencia porque esto ocurrió en la tarde de ayer y que
habrá que votar en el Pleno como una nueva disposición final, en este
caso la duodécima y que, esa sí, fue firmada por todos los grupos, a
quienes también se lo agradezco.


No votaremos favorablemente las enmiendas del Grupo
Parlamentario Vasco, senadora Martínez, números 25, 27, 28, 29 y 30
porque, como usted bien ha manifestado, son exactamente iguales a las
enmiendas presentadas por mi grupo parlamentario números 221, 224, 228,
225 y 230, y preferimos nuestra redacción porque es más concreta. En
cualquier caso, senadora Martínez, lo importante no es el contenido sino
que, finalmente, lo que ustedes querían y lo que nosotros hemos reflejado
quede aprobado. En definitiva, lo importante es el resultado final.


Lo mismo ocurre con las enmiendas números 153, 156 y 157
del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió, pues
coinciden con lo expuesto en las enmiendas números 228 y 230 de mi grupo
parlamentario.









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Igual ocurre con la enmienda número 24 de UPN, del Grupo
Mixto, coincidente con la 214 del Grupo Parlamentario Popular, pero
vuelvo a repetir que preferimos nuestras enmiendas.


Mi grupo parlamentario votará en contra del resto de
enmiendas e, independientemente de los argumentarios individuales que
pudieran tener es imposible extenderlo a las 230 enmiendas y, con
carácter general, votaremos en contra porque muchas de ellas incurren en
las siguientes circunstancias: porque muchas de ellas desincentivan la
actividad económica o no mejoran la competitividad empresarial; otras son
contrarias a los propios objetivos de la ley; incluso bastantes de ellas
carecen de la suficiente justificación técnica; algunas proponen
modificar normas no tributarias; otras, como las planteadas por los
senadores canarios, afectan directamente a su régimen fiscal propio, que
ya tiene su propia normativa separada de la ley estatal y una
consolidación fiscal propia. Además, hay muchas enmiendas que duplican
incentivos fiscales y tampoco es cuestión de ello; otras, complican
todavía más, si cabe, el impuesto, no lo simplifican y, además, no
garantizan el régimen de trasparencia fiscal internacional que sería
deseable. No puede solicitarse, como hacen algunas otras enmiendas, una
especie de tributación a la carta en este impuesto porque, además,
suponen ampliación de diferentes sistemas de amortización. También las
hay que contienen referencias a algo que ya ha planteado el propio grupo
parlamentario en muchas de ellas y entendemos que no es necesario.
Algunas de ellas, sobre todo en el caso de las de la Entesa, podrían
incluso incumplir el ordenamiento jurídico europeo y supondrían
discriminaciones operativas, distorsionando, como podría ocurrir, la
ampliación de los límites de los gastos financieros. Por otro lado, hay
una cuestión que preocupa a varios grupos, el régimen actual de las
entidades tenedoras de valores en el extranjero, pero mi grupo
parlamentario entiende que está suficientemente fiscalizado y que la Ley
general tributaria es suficiente en la lucha contra el fraude. Otras
enmiendas reducen en exceso los plazos de ampliación de las bases
imponibles negativas. Las entidades sin ánimo de lucro, que tanto
preocupan al señor Bel, tienen ya su propio régimen de tributación
privilegiada y ya hay suficientes deducciones en otras por innovaciones
tecnológicas. No es además conveniente crear nuevos incentivos fiscales
contrarios a esta reforma que afecta a 3 proyectos, porque eso afectaría
a la consolidación fiscal.


Creemos adecuada la tributación de las cooperativas al 20%
actual, senador Bel. Alguna de ellas hace referencia al capital humano
pero, evidentemente, este no puede ser el único indicador al objeto de
determinar el tamaño empresarial. Otras, bastantes, son meras
declaraciones de intenciones que exceden del ámbito tributario. Las
sociedades cooperativas tienen el tipo específico del 20% y en cualquier
caso, senador Bel, revisarlo supondría revisar toda su tributación. El
tratamiento de las inversiones debe ser, además, homogéneo,
independientemente del tamaño empresarial. Y definir la identidad de los
beneficiarios, como algún grupo solicita, de los incentivos fiscales es
contrario a la propia Ley general tributaria.


En definitiva, nuestro grupo entiende que con este proyecto
de ley se mejorará la competitividad empresarial y, sobre todo, se reduce
el gravamen que va a soportar todo el tejido empresarial español.


Señorías, nosotros vamos a realizar la práctica de una
política económica que ya está ensayada en España. Lo que traemos a esta
Cámara está muy lejos de ser un salto en el vacío. Vamos a hacer lo que
nos comprometimos a hacer en cuanto la legislatura nos lo permitiese,
cuando el escenario económico fuera factible y posible; un escenario
económico que ha hecho que la contención del gasto crezca más de lo que
gasta el conjunto de nuestras administraciones públicas. Eso es lo que
hace que pierda peso específico el gasto público, no los recortes, como
dicen siempre ustedes, sobre todo desde la izquierda; es la pérdida de
proporción en términos relativos, como ocurrió otros años, cuando hubo
esos recortes que siempre están en el imaginario de la izquierda.


En el Grupo Parlamentario Popular queremos que pronto todos
los españoles tengamos lo que nos merecemos en términos de pagar menos
impuestos porque sean más los españoles que los pagan. Lo que queremos es
que haya más españoles invirtiendo en el futuro empresarial de España,
porque hay más empresarios invirtiendo en España. De esa manera, en un
futuro no muy lejano podremos decir que la crisis económica va quedando
atrás y se abre un horizonte de igualdad de oportunidades, donde la
cohesión social debe estar garantizada por la actuación del Estado, como
lo está siendo durante estos años tan duros. (Rumores).









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La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Señorías,
guarden silencio, si no, no se le oye al orador.


Gracias.


El señor DE LAS HERAS MUELA: Permítaseme hablar de política
económica, porque, después de algunos años de desgobierno, alguna cosa
diferente podremos proponer, una vez que estamos gobernando España.


Les recuerdo, y esto va dirigido a los parlamentarios del
Grupo Parlamentario Socialista, que en la España del año 1995 la tasa de
paro era del 25%. ¿Se acuerdan? ¿Se acuerdan también de que teníamos un
déficit público superior al 7%, de que la inflación estaba por encima del
5% y de que no cumplíamos ninguno de los tres objetivos para entrar en
Maastricht? ¿Son conscientes también, en el Grupo Parlamentario
Socialista, de la herencia que hemos recibido? ¿Quieren que se la
recuerde? No tendría tiempo suficiente. Pero les pido con absoluto
respeto parlamentario menos retórica parlamentaria y más contenido.


Finalmente, no me gustaría concluir sin una referencia a
algo que ha sido citado tanto en los vetos como en las enmiendas de esta
ley, de la anterior y seguro que también que de la posterior: del fraude
fiscal. (El señor vicepresidente, Lucas Giménez, ocupa la Presidencia).
Ustedes hablan mucho del fraude, parece que les preocupa, pero no lo
demuestran. Incluso un proyecto de ley que trajimos aquí fue votado en
contra por ustedes. ¿Recuerdan ustedes cuáles eran los resultados de la
lucha contra el fraude en el año 2005? Algo más de 5000 millones; son
datos que están en la Agencia Tributaria. En 2006 superaron los 6000
millones, en 2007 los 7000 millones de euros y en 2008 los 8000.
Actualmente, en 2014, se han batido todos los récords de recaudación en
la lucha contra el fraude y en el primer semestre de 2014 ha habido una
recaudación que iguala todos los resultados en la lucha contra el fraude
del año 2005.


Se preguntarán ustedes cómo somos capaces de traer a esta
Cámara una rebaja fiscal por importe de 9000 millones de euros: 5900 en
IRPF y 3100 millones en el impuesto sobre sociedades, y dicen ustedes que
porque rebajamos el gasto social. No es cierto, señorías. Comparen
ustedes los presupuestos del año 2014 con los del 2012 o incluso con los
de años anteriores. En el peor de los casos son 2000 millones de euros
más que lo que se dedicaban, por ejemplo, en el año 2011, y, entre otras
cosas, porque solamente en pensiones, en gasto social en pensiones este
Gobierno, el Gobierno del Partido Popular ha incrementado la cantidad en
el último año en 14 000 millones de euros. ¿Cómo se ha conseguido?
Evidentemente, corrigiendo el déficit, superando la recesión económica y
sin disminuir el gasto social; simplemente aplicando criterios de
eficiencia en el gasto público.


Acabo, señor presidente. Respecto del impuesto sobre
sociedades, lo primero que les tengo que decir es que me gustaría que sus
enmiendas, las de todos los grupos, en algunos casos fueran más
concretas. Ya sé que es mucho esfuerzo y que son tres proyectos de ley
muy importantes, pero también el Gobierno de España, el Ministerio de
Hacienda y este grupo parlamentario les presentamos un proyecto de ley
que pone en valor la principal norma que regula la actividad fiscal de la
actividad económica y la que tiene que sacar a este país de la crisis,
una nueva ley que no se modificaba desde hace muchos años y que además
contiene muchas reformas como no se habían hecho antes en este impuesto,
con lo que ello significa, en tres aspectos fundamentales respecto de
cualquier tipo de ley: la seguridad jurídica, el crecimiento económico y
la eficiencia en la gestión de los recursos públicos.


Lo que tampoco nos vale desde mi grupo, o, al menos, a mí,
personalmente, es que no haya otra razón para decir que no más que porque
beneficiamos —ese mantra de la izquierda— a los ricos y
perjudicamos a los pobres. Señorías, en el caso concreto del impuesto
sobre sociedades, entre otras cosas, también se quejan de que hay muchos
beneficios fiscales. Evidentemente había muchos beneficios fiscales,
tanto que el tipo efectivo llegó a ser en algunas empresas, las grandes,
hasta del 0%. Por eso, señorías, traemos una nueva ley que precisamente
crea un nuevo marco, fomenta la autofinanciación y crea dos nuevas
figuras, dos nuevas reservas: la de capitalización y la de nivelación
para fomentar la inversión empresarial.


Señorías, si aprobáramos sus enmiendas, el conjunto
empresarial español dejaría de beneficiarse de esta reforma fiscal que
con carácter general reduce el tipo del 30% al 25% en dos años o a las
pymes, que incluso podrían llegar hasta el 20% de tributación si además
aplican









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estas 2 reservas que acabo de comentar; o, por qué no
decirlo también, de aprobarse sus enmiendas, se impediría que los nuevos
emprendedores dejaran de tributar al 15%.


Compañeros de bancada del Grupo Parlamentario Popular, 3100
millones de euros para generar más y mejor empleo: eso es lo que está en
juego en este Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades; 3100
millones de euros para consolidar el crecimiento económico español, 3100
millones de euros para mejorar la competitividad de nuestro tejido
empresarial, 3100 millones de euros para generar unas expectativas de
mejor futuro para todos.


Por todo ello y las razones que con carácter general di al
principio de mi intervención es por lo que solicito de mi grupo el
rechazo de las enmiendas planteadas por los diferentes grupos y que no
han sido transaccionadas.


Gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Gracias,
señoría.


Pasamos al turno de portavoces.


Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la
senadora Domínguez.


La señora DOMÍNGUEZ HORMIGA: Señor presidente, voy a ser
muy breve, por lo que voy a intervenir desde el escaño.


He entendido que se han desestimado las enmiendas
presentadas por respetar el ámbito consolidado que tenemos, el Régimen
Económico Fiscal de Canarias. He entendido que han sido desestimadas por
el hecho de que ya se aplica el régimen económico. Es decir, según el
espíritu de la ley, por la intervención del portavoz del Grupo Popular,
entiendo que seguiremos manteniendo nuestro tipo impositivo del 38% de
deducción, sin límite máximo, como se estipula en el nuevo documento
legal.


Por lo tanto, han sido desestimadas, pero entiendo que se
están respetando las condiciones económicas que tenemos recogidas y
consolidadas en el texto legal autonómico. Lo único que se ha excluido de
forma expresa es el reconocimiento fiscal especial de Canarias, pero de
forma espiritual —por decirlo de alguna manera—, sí
mantenemos nuestra deducción del 38%. (El señor presidente ocupa la
Presidencia).


La otra enmienda, presentada por Asambleas Municipales de
Fuerteventura, se refiere a la necesidad de actualizar el ámbito de
aplicación de la industria audiovisual en el sentido de que se amplíe más
allá de la meramente tradicional, a lo que no me he sentido contestada,
porque en realidad no han justificado por qué no nos estamos adaptando a
los nuevos mercados audiovisuales.


En este sentido, ha sido una de cal y otra de arena, y,
efectivamente, en el Diario de Sesiones se reflejarán los términos del
respeto al régimen económico de Canarias.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora
Domínguez.


¿Algún otro portavoz del Grupo Mixto desea intervenir?
(Denegaciones).


Nadie.


¿Grupo Parlamentario Vasco? (Denegaciones).


No hay intervenciones.


¿Grupo Parlamentario de la Entesa? (Denegaciones).


Tampoco.


¿Grupo Parlamentario Convergència i Unió? (Pausa).


Tiene la palabra el senador Bel.


El señor BEL ACCENSI: Gracias, presidente.


Intervengo rápidamente para fijar la posición de nuestro
grupo en torno a la ley.


Quiero agradecer —lo he dicho antes— las
transacciones de nuestras enmiendas. En este caso sí se hacía una nueva
Ley del impuesto sobre sociedades y consideramos que se podría haber
hecho un poco mejor. Algunas enmiendas que no hemos podido encajar para
nosotros eran muy importantes, fundamentales. Por tanto, vamos a mantener
el mismo voto que hemos mantenido en el Congreso de los Diputados. Allí
pudimos transaccionar, y se aceptaron algunas









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enmiendas; aquí también. Pero en conjunto, tanto las del
Congreso de los Diputados como las incorporadas en esta Cámara nos
parecen insuficientes para poder apoyar la ley.


Por todo ello, nuestro grupo va a abstenerse en la votación
del proyecto de ley.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Bel.


¿Grupo Parlamentario Socialista? (Denegaciones).


No hay intervenciones.


¿Grupo Parlamentario Popular? (Pausa).


Tiene la palabra el senador De las Heras.


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias, señor presidente.


Intervengo —brevemente también, porque el tiempo
apremia para todos— en este turno final de portavoces porque me
gustaría —fundamentalmente por lo que he escuchado tanto en el
debate genérico de los vetos de ayer como en el de enmiendas al IRPF de
esta mañana— desmitificar ese mantra que la izquierda del arco
parlamentario nos atribuye a la derecha: que esta reforma fiscal favorece
a los poderosos y perjudica a los débiles. Mantra, por cierto, que solo
apuntan, no lo demuestran con un solo dato fehaciente.


El argumento inicial de la izquierda es loable, porque
cuando se dice que necesitamos más recaudación para tener mayor
protección social, es algo en lo que prácticamente todos estamos de
acuerdo. Pero los senadores del arco parlamentario de la izquierda
española olvidan; obvian, o, como parece, no han aprendido, a estas
alturas, nada de nuestra propia historia.


El problema no es otro —y lo repetiré tantas veces
como suba a esta tribuna pública— que el déficit público; ese es el
peor de los males; es decir, señorías, la diferencia entre lo que
gastamos y lo que ingresamos y es posible alcanzar. Esta es una de las
causas fundamentales que nos ha llevado a esta penosa crisis y a la
pérdida de una parte del enorme empleo que este país había generado, como
no lo había generado en la historia global.


La realidad de las cifras desmiente algunas de sus tesis
así como que es de izquierdas subir impuestos y de derechas bajarlos.
Porque cuando dicen que beneficiamos a los poderosos para perjudicar a
los débiles, ¿lo dicen por aquellos cerca de 20 millones de
contribuyentes que van a tener una rebaja muy importante del impuesto de
la renta sobre las personas físicas? ¿O quizá porque garantizar el
sistema nacional de pensiones o el subsidio de desempleo no es suficiente
desde el punto de vista de la política fiscal?


Pero la paradoja política de nuestro país es que quienes
ahora piden más gasto o manifiestan que solamente se beneficia a los
poderosos en detrimento de los más débiles fueron quienes gobernaron
España en estos últimos años, fundamentalmente entre 2004 y 2011, y sobre
todo en el último mandato. Y yo le recordaría al arco parlamentario de la
izquierda, y sobre todo al Grupo Parlamentario Socialista, que quienes
suprimieron el impuesto sobre el patrimonio fueron ustedes, y además,
entonces defendieron que era una medida anticrisis —otra
paradoja—, y también fueron ustedes quienes implantaron que todos
los rendimientos del ahorro fueran gravados al tipo fijo del 18%, o
establecieron una deducción de 400 euros con independencia del nivel de
renta, y eso sí era una medida electoral, y no esta; y eso supuso un
detrimento de las arcas públicas de 6000 millones de euros. También
fueron ustedes quienes en plena negación de la crisis dejaron de recaudar
68 000 millones de euros.


Pero ahora la reforma fiscal que presenta nuestro grupo
parlamentario es de derechas, y solo sirve para favorecer a los
poderosos. Ese es su problema y su dilema. Cuando gobiernan hacen
precisamente todo lo contrario a lo que dicen cuando están en la
oposición. Señorías, en política y en todos los aspectos de la vida no
todo cabe, y no cabe, sobre todo en política presupuestaria, sorber y
soplar al mismo tiempo. Gracias a las medidas y reformas del Gobierno del
presidente Rajoy, estamos en una fase económica distinta; llevamos varios
trimestres en crecimiento económico sostenido —los últimos tres
trimestres al 1,5%—; se empieza a generar empleo, vital para la
recuperación, como no se había hecho nunca; crecen nuestras
exportaciones, con datos históricos, del orden 33% del PIB; hay muchos
más afiliados a la Seguridad Social; crece la demanda interna,
protagonizada por el incremento del consumo y la inversión y la formación
bruta de capital; empezamos a salir del túnel en el que ustedes y su
negación de la crisis metieron a la









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sociedad española, y no ha sido el mercado, señorías, no ha
sido la troika, hemos sido todos los españoles, con el Gobierno del
presidente Rajoy a la cabeza.


Les decía antes, y lo repito ahora, que esta reforma fiscal
va a poner en manos de los ciudadanos 9000 millones de euros; y ustedes
se oponen. Ustedes, como casi siempre, van a lo suyo. ¿Acaso son los
poderosos aquellos 20 millones de contribuyentes con rentas inferiores a
24 000 euros que van a ver rebajada su carga impositiva en un 23%? Estos
son el 72% de los que hacen declaración. ¿Acaso los beneficios fiscales
para descendientes menores, ascendientes y discapacitados en el entorno
del 30% son también para los poderosos de este país? ¿Acaso se oponen a
la mejora en la competitividad que se hace en el impuesto sobre
sociedades, que baja del 30% al 25% en dos años, reforzando el futuro del
tejido empresarial español? ¿No creen acaso en las deducciones vinculadas
a la investigación, el desarrollo y la innovación? ¿Es que no consienten
la creación del fondo de reserva de capitalización al 20%? ¿Acaso son
también ellos los poderosos? ¿O lo serán los nuevos emprendedores que
tributarán en el impuesto sobre sociedades al 15%?


Lo decía mi compañero, el senador Cotillas: no forma parte
de nuestro ADN político subir los impuestos, más bien al contrario; pero
nos vimos obligados a ello como consecuencia del elevadísimo déficit
público que nos encontramos, el declarado y el oculto. Intuíamos la
realidad, pero esta superó la ficción: que la deuda comercial de las
instituciones públicas era muy elevada, pero no tan elevada. Pero pusimos
remedio y se acabaron las facturas en los cajones. Y mediante el Plan de
pago a proveedores y el Fondo de Liquidez Autonómico, hoy esas prácticas
ya son historia.


Acumularon ustedes más de 700 000 millones de euros de
deuda pública emitida, y hoy, cierto es, se acerca al billón de euros, y
como diría un castizo amigo mío: «Mía tú, pa´ chasco no se va a
acercar al billón de euros.» ¡Si hemos tenido que pagar todo ese dinero!
Un dinero que no ha caído de la chimenea; ha habido que pedirlo prestado,
esos y otros tantos miles de millones de euros, entre otras cosas, para
embridar el déficit tarifario del sistema eléctrico y para dar solvencia
a las entidades financieras, que no jugaban en la Champions, pero habían
acumulado agujeros negros por la falta de supervisión del Banco de
España.


Quería intervenir en este turno de portavoces en plan
genérico, y así lo he hecho, y vuelvo a solicitar el voto en contra de
las enmiendas presentadas a al Proyecto de Ley del impuesto sobre
sociedades.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador De las Heras.


Llamen a votación. (Pausa).


Cierren las puertas. (Pausa).


El señor PRESIDENTE: Señorías, como en el caso anterior,
vamos a votar las enmiendas de la reforma del impuesto sobre sociedades y
también las propuestas de veto del siguiente proyecto de ley.


El debate de las enmiendas del siguiente proyecto de ley lo
realizaremos durante la hora del almuerzo, es decir, no pararemos, pero
no se votará antes de las 4.


Comenzamos con la votación de las enmiendas al Proyecto de
Ley del impuesto sobre sociedades.


En primer lugar, enmiendas del senador Martínez
Oblanca.


Votamos la enmienda 42.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 79; en contra, 135;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 35 y 45.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 220; votos emitidos, 219; a favor, 21; en contra, 189;
abstenciones, 9.









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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 44, 46 y 48.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 6; en contra, 194;
abstenciones, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 53.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 19; en contra, 135;
abstenciones, 67.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 33, 41, 49, 51 y 52.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 221; a favor, 21; en contra, 194;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 43.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 24; en contra, 134;
abstenciones, 64.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 31, 32, 36, 39 y 54.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 7; en contra, 136;
abstenciones, 77.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 40.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 7; en contra, 135;
abstenciones, 79.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 34, 37, 38 y 47.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 6; en contra, 196;
abstenciones, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 50.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 7; en contra, 196;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De los senadores Iglesias y Mariscal, votamos las enmiendas
1 a 3, 6, 8 y 9.


Comienza la votación. (Pausa).









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12735




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 64; en contra, 139;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 4 y 5.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 221; a favor, 20; en contra, 135;
abstenciones, 66.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 7.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 6; en contra, 138;
abstenciones, 78.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del senador Quintero, votamos la enmienda 12.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 6; en contra, 195;
abstenciones, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 13 y 14.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 6; en contra, 135;
abstenciones, 81.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 10, 11, 16 y 18.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 9; en contra, 135;
abstenciones, 78.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 9; en contra, 194;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 17.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 69; en contra, 135;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De la senadora Domínguez, votamos las enmiendas 21 y
22.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 5; en contra, 135;
abstenciones, 82.









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12736




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 19, 20 y 23.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 7; en contra, 135;
abstenciones, 79.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De los senadores Eza, Salanueva y Yanguas, votamos las
enmiendas 24 y 25.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 10; en contra, 196;
abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Vasco votamos la enmienda 26.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 8; en contra, 137;
abstenciones, 76.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 28.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 20; en contra, 195;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 29.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 220; a favor, 20; en contra, 196;
abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Entesa votamos la enmienda 85.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 75; en contra, 138;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 72, 76 y 78.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 79; en contra, 138;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 55 a 71, 73 a 75, 77 y 79 a 84.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 220; a favor, 65; en contra, 137;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 89 y 90.


Comienza la votación. (Pausa).









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12737




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 17; en contra, 138;
abstenciones, 66.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 93.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 221; a favor, 5; en contra, 138;
abstenciones, 78.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 86 a 88, 91, 92, 94 y 95.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 65; en contra, 138;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Convergència i Unió, votamos las
enmiendas 97, 99, 102, 104 a 106, 111, 112, 135 a 145, 148 a 150, 152,
154 y 156 a 159.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 16; en contra, 197;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 131.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 221; a favor, 14; en contra, 198;
abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 101.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 75; en contra, 139;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 117, 118, 124, 125, 126 y 146.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 79; en contra, 138;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 113, 120, 147 y 165.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 20; en contra, 138;
abstenciones, 64.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 121, 128, 130 y 153.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 15; en contra, 136;
abstenciones, 69.









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12738




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 96, 116, 119, 122, 123 y 160 a
162.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 16; en contra, 200;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 100, 103, 107 a 110, 114, 115, 127,
129, 151, 163 y 164.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 15; en contra, 199;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Socialista, votamos la enmienda
196.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 62; en contra, 136;
abstenciones, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 183, 187 y 189.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 77; en contra, 137;
abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 166 a 182, 184 a 186, 188 y 190 a
195.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 222; a favor, 65; en contra, 138;
abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De los grupos parlamentarios Entesa y Socialista, votamos
la vuelta al texto del Congreso en lo modificado por el informe de la
ponencia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 221; a favor, 64; en contra, 150;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
14 5271 sobre la enmienda 98 del Grupo Parlamentario Convergència i Unió,
firmada por 4 grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 220; a favor, 153; en contra, 61;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
14 5272 sobre la enmienda 132, del Grupo Parlamentario Convergència i
Unió y firmada por cuatro grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 219; a favor, 153; en contra, 61;
abstenciones, 5.









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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
14 5273 sobre las enmiendas 133 y 134, del Grupo Parlamentario
Convergència i Unió, firmada por cuatro grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 150; en contra, 65;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
14 5276 sobre la enmienda 155, del Grupo Parlamentario Convergència i
Unió, firmada por 4 grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 221; a favor, 156; en contra, 60;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
14 5277, firmada por todos los grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 149; en contra, 64;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Señorías, votamos en un solo acto el resto del proyecto de
ley.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 220; a favor, 132; en contra, 64;
abstenciones, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda, por tanto, aprobado.


Tal y como dispone el artículo 90 de la Constitución, se
dará traslado de las enmiendas aprobadas por el Senado al Congreso de los
Diputados para que este se pronuncie sobre las mismas en forma previa a
la sanción del texto definitivo por Su Majestad el Rey.


6.2.4. PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN LA LEY
37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, LA LEY
20/1991, DE 7 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LOS ASPECTOS FISCALES DEL
RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL DE CANARIAS, LA LEY 38/1992, DE 28 DE DICIEMBRE,
DE IMPUESTOS ESPECIALES, Y LA LEY 16/2013, DE 29 DE OCTUBRE, POR LA QUE
SE ESTABLECEN DETERMINADAS MEDIDAS EN MATERIA DE FISCALIDAD
MEDIOAMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS Y FINANCIERAS.
(Continuación).


COMISIÓN: HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


(Núm. exp. 621/000093)


El señor PRESIDENTE: Señorías, votamos, a continuación, las
propuestas de veto del Proyecto de Ley de modificación del impuesto sobre
el valor añadido.


Comenzamos con la propuesta de veto número 1, de los
senadores Iglesias Fernández y Mariscal Cifuentes.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 221; votos emitidos, 221; a favor, 64; en contra, 140;
abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 2, de la senadora
Capella i Farré.


Comienza la votación. (Pausa).









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 222; a favor, 64; en contra, 140;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 3, de los senadores
Guillot Miravet y Saura Laporta.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 223; a favor, 64; en contra, 141;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 4, de todos los
senadores de la Entesa, menos los senadores Guillot Miravet y Saura
Laporta.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 223; votos emitidos, 223; a favor, 65; en contra, 140;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Finalmente, votamos la propuesta de veto número 5, del
Grupo Parlamentario Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 222; votos emitidos, 222; a favor, 65; en contra, 139;
abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Señorías, rechazadas las propuestas de veto, pasamos al
debate de las enmiendas.


En primer lugar, enmiendas del senador Martínez Oblanca, 54
a 75, 77 a 81, 83 y 87.


Tiene la palabra su señoría. (El señor vicepresidente,
Lucas Giménez, ocupa la presidencia.—Rumores).


El señor VICEPRESIDENTE (Lucas Giménez): Señorías, vamos a
ver si podemos iniciar el debate. (Rumores).


Tiene la palabra el senador Martínez Oblanca, que no
comenzará hasta que el auditorio guarde silencio. (Rumores).


Silencio, señorías.


Tiene la palabra el senador Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Muchas gracias, señor
presidente.


Iniciamos esta tercera ley de la mañana en la confianza de
que no se haga muy farragoso el debate, aunque me temo que la complejidad
de dicha ley hará inevitable que se nos haga un poco pesado a todos.


A este proyecto de ley he presentado 34 enmiendas, de las
que solamente 2 fueron aceptadas por el grupo mayoritario, eso sí,
mediante una transacción, y en el transcurso de esta mañana estamos
ultimando la posibilidad de transaccionar otra enmienda más.


La primera enmienda que continúa viva para este Pleno es la
número 54, que propone modificar el apartado dos al artículo primero del
proyecto de ley, por cuanto debe mejorarse la seguridad jurídica en la
aplicación del supuesto de no sujeción establecido en la ley en caso de
transmisión de un conjunto de bienes o derechos que constituyan una
unidad económica autónoma. Proponemos el establecimiento de la facultad
de las partes para renunciar a la aplicación de este supuesto de no
sujeción, tanto para ofrecer a las partes seguridad jurídica ante la
indefinición del ámbito de aplicación del mismo, como para evitar la
distorsión que se produce en determinados casos, cuando la no sujeción a
IVA da lugar a tributación por la modalidad de transmisiones
patrimoniales onerosas, mientras que si la transmisión hubiera estado
sujeta pero exenta, se podría haber renunciado a dicha exención y haber
tributado por IVA en vez de por transmisiones patrimoniales onerosas.


La segunda enmienda es la número 55 y propone modificar el
apartado cinco del artículo primero del proyecto de ley. Este cambio se
justifica porque la exención de las operaciones









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efectuadas a favor de sus miembros por determinadas
entidades de carácter sindical, político, religioso, patriótico,
filosófico, filantrópico o cívico tiene como razón de ser favorecer la
realización de tales actividades que se consideran beneficiosas para la
sociedad, abaratando su coste en el importe del impuesto. Ahora bien,
este abaratamiento se produce sólo si la exención se aplica a una
operación cuyo destinatario es un consumidor final o una entidad exenta.
Si, por el contrario, el destinatario de la operación exenta es un
empresario sujeto y no exento al IVA, dicha exención carece de sentido y
actúa en contra del objetivo proclamado al establecerla, puesto que al
cortar la cadena de repercusiones y deducciones en que consiste la
mecánica de aplicación del IVA, provoca no un abaratamiento, sino un
encarecimiento de la actividad que se pretendía favorecer. Ello es así
porque la exención impide la recuperación del impuesto soportado, en sus
adquisiciones de bienes y servicios, por la entidad que realiza la
operación exenta, y todo ello vulnerando uno de los principios
fundamentales de la regulación comunitaria del IVA: el principio de
neutralidad.


Doy por defendida la enmienda número 56 en los términos
expresados en ella y en su justificación.


La enmienda número 57 propone modificar el apartado
dieciséis del artículo primero del proyecto de ley. El artículo 80 de la
Ley del impuesto sobre el IVA ha sido modificado en las recientes
revisiones de esta ley con la intención de agilizar los trámites de
recuperación del impuesto en los supuestos recogidos en la norma:
clientes en concurso de acreedores y créditos que pasan a considerarse
como incobrables. Sin embargo, para el supuesto de créditos que pasan a
considerarse como incobrables, la modificación propuesta mantiene el
agravio comparativo ya existente en redacciones anteriores a la hora de
entender qué es un crédito de tales características. Así, se mantienen
unos plazos temporales diferentes, seis meses o un año, dependiendo de la
condición de gran empresa o no del acreedor de la deuda. No cabe
argumento jurídico ni comercial alguno para tal distinción cuando lo que
se pretende es evitar que los contribuyentes soporten una carga
financiera por la parte de la deuda en la que actúa como mero recaudador
del impuesto.


Por último, continuando con este apartado cuatro y el
procedimiento establecido para la modificación de base imponible en los
supuestos de créditos incobrables, no se comprende la determinación de un
plazo de tres meses para modificar la base desde la finalización del
periodo fijado para considerar la deuda como no cobrable.


La enmienda número 58 también la doy por defendida en los
términos expresados y justificados en su presentación.


La enmienda número 59 propone añadir un inciso al apartado
diecinueve del artículo primero del proyecto porque hasta ahora los
servicios de teleasistencia a las personas, tales como ayuda a domicilio,
centros de día y de noche, atención residencial que se presta a personas
mayores, enfermos o niños, que se refieren a actividades de primera
necesidad para las personas e intensivas en economía sumergida, solo
tienen el tipo superreducido cuando se contratan con el sector público,
que cubre una parte muy limitada de la demanda.


La enmienda número 60 propone añadir un inciso en el
apartado diecinueve del artículo primero del proyecto de ley porque este
tipo de servicios de asistencia informática a domicilio cubren una nueva
necesidad muy acusada y necesitada por los ciudadanos para adaptarse a la
sociedad de la información, pero en la actualidad se cubren en una muy
gran medida por la economía sumergida. Solo una reducción acusada del
tipo normal del IVA puede incentivar su incorporación a la economía
legal, tal y como pretendemos con esta enmienda número 60.


La número 61 propone añadir al apartado diecinueve del
artículo primero del proyecto de ley un inciso que hace relación a las
peluquerías. Son estos pequeños negocios formados por un autónomo y uno o
dos trabajadores. Es un sector que en el año 2011 agrupaba a 48 000
salones en los que de forma directa trabajaban alrededor de 120 000
personas. En septiembre de 2012 entró en vigor el incremento del tipo de
IVA aplicable a estos servicios, que suponía un incremento de 13 puntos
porcentuales. Hasta entonces, el sector de la peluquería estaba
manteniéndose pese a la crisis, pero esta subida de 13 puntos, 162,5%, ha
supuesto un efecto nocivo para el sector, que ha tenido las siguientes
consecuencias: Durante el año 2013 se han cerrado más de 8000 salones en
España y se han perdido más de 20 000 puestos de trabajo. Durante el año
2014 se prevé un cierre de 5600 empresas y la destrucción de 14 000
empleos directos. El sector de la peluquería, como ustedes saben muy
bien, es un sector intensivo en mano de obra.









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Es también un sector que da empleo, eminentemente, a las
mujeres; el 85% de este empleo está formado por empresarias y
empleadas.


En términos similares, se justifica la revisión de la
subida del tipo de IVA aplicable a los servicios de floristería, ya que
se trata de empresas con gran capacidad de generación de empleo.


Señorías, el 5 de mayo de 2009, el Consejo de la Comisión
Europea adoptó la Directiva 2009/47, que permite con carácter permanente
la aplicación de los tipos reducidos del IVA para los servicios
intensivos en mano de obra, entre los que se encuentran los servicios de
peluquería. Como consecuencia de la Directiva aprobada el 5 de mayo de
2009, los tipos de IVA reducidos aplicados a los servicios de peluquería
y floristería en España quedaban autorizados con carácter permanente,
produciendo un efecto muy positivo sobre un sector con gran capacidad
para generar empleo.


La enmienda número 62 la doy por defendida en los términos
expresados en su presentación. Hago lo mismo con la enmienda número 63,
que también doy por defendida, al igual que la 64 y la 65.


La enmienda número 66 propone añadir al apartado
veintinueve bis, artículo primero del proyecto de ley, un contenido que
hace referencia al comercio de labores de tabaco en España. En este
sentido, el mercado de tabacos es un sector muy específico, regulado por
leyes propias y con unas condiciones peculiares que le diferencian del
resto de sectores económicos. Es preciso valorar que el tabaco es un
producto con una elevada carga fiscal, y además muy compleja, en la que
el IVA, aparte de los impuestos especiales del tabaco, supone una carga
impositiva total de alrededor del 80%. Estimamos que la aplicación del
régimen general del IVA podría ser desproporcionada para el expendedor de
tabaco al tener que hacer frente y sufragar los costes económicos debidos
a las obligaciones fiscales y registrales que debe cumplir, hecho que no
ocurre si el expendedor se ha acogido al régimen de recargo de
equivalencia.


La enmienda 67 propone añadir un texto al apartado treinta
y dos bis del artículo primero de este proyecto de ley porque creemos que
la actual regulación, con la posible doble liquidación de recargos, tanto
en la sociedad dependiente por su declaración individual, como en la
dominante por la declaración agregada, supone un trato discriminatorio
para los grupos de entidades con respecto al común de los sujetos
pasivos. Esta regulación resulta incompatible con la Ley general
tributaria, en cuyo artículo 27 se cuantifica el recargo en función del
importe a ingresar y, como se ha indicado, la declaración de la sociedad
dependiente no arroja cantidad alguna a ingresar. Considerando que el fin
último de dichos recargos e intereses es resarcir al Tesoro Público del
coste financiero de no cobrar los tributos en plazo y forma, en ningún
caso los recargos e intereses deben redundar en beneficio económico para
la Administración.


Doy por defendida la enmienda 68.


La 69 propone incluir en el proyecto una modificación del
cuarto apartado dos del artículo 170. Es una modificación técnica para
mantener la coherencia en la tipificación de todas las infracciones
establecidas en dicho artículo.


La enmienda número 70 persigue el establecimiento de
garantías fiscales que favorezcan o al menos no entorpezcan la actividad
promocional y publicitaria en todas sus variantes: materiales, accesorios
de distribución, objetos publicitarios, etcétera, evitando que para un
mismo hecho económico existan diferentes tratamientos fiscales en función
de su calificación como entregas de bienes o prestaciones de servicios, y
que a su vez presenten diferentes interpretaciones por las autoridades
fiscales que dificultan la actividad promocional a la vez que demuestran
la inseguridad jurídica a la que se enfrentan las empresas.


La enmienda 71 complementa la propuesta anterior porque
debería añadirse una nueva regla en el artículo 96.Uno.5º de la Ley
37/1992, que reconociese el derecho a deducir el IVA soportado en la
adquisición de los bienes entregados sin contraprestación para facilitar
el cumplimiento de los fines propios del que hace la entrega.


La enmienda 72 es, en concordancia con propuestas
anteriores, también para evitar algunas interpretaciones que se están
manteniendo, que no se ajustan a la ley y que desvirtúan totalmente
algunos supuestos de no sujeción. En nuestro criterio, debería añadirse
una regla en este apartado que estableciese que la no sujeción que en él
se declara no deja de ser aplicable por el hecho de que los objetos
publicitarios a que se refiere sean utilizados por quien los entrega o
por quien los









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recibe para el ejercicio de su actividad empresarial o
profesional. Creemos también que debería actualizarse la cuantía del
límite que no ha sufrido variación desde hace muchos años.


Señor presidente, doy por defendida la enmienda 73.


Respecto a la 74, quiero señalar que proponemos
modificaciones en el capítulo VII, relativo al impuesto sobre
hidrocarburos, en relación con su ámbito objetivo. Como consecuencia de
la modificación propuesta en relación con este ámbito objetivo del
impuesto sobre el carbón, proponemos modificar el impuesto sobre
hidrocarburos con el fin de incluir los productos comprendidos en los
códigos de la nomenclatura combinada 2713, coque de petróleo, y 2714,
betún de petróleo. Estos productos participan de los mismos procesos de
fabricación, se fabrican en los mismos establecimientos y tienen
industrialmente igual tratamiento que cualquiera de los demás productos
energéticos derivados del petróleo. Por ello proponemos ampliar el ámbito
objetivo en el impuesto especial sobre hidrocarburos incluyendo en el
mismo los productos clasificados en los códigos NC 2713 y 2714.


La enmienda número 75 propone modificar el apartado quince
del artículo dos del proyecto. En primer lugar, por coherencia con los
argumentos esgrimidos para proponer la modificación del artículo 170 de
la Ley del impuesto sobre el valor añadido. Por ello, solicitamos que en
este artículo también se restrinja la tipificación de las infracciones
recogidas en los apartados 5, 9 y 10 del artículo 63 al supuesto en el
que las mismas den lugar a un perjuicio económico para la
Administración.


En lo que respecta a las infracciones por falta de
comunicación o comunicaciones incorrectas relativas a los supuestos de
inversión del sujeto pasivo en los casos de entrega de bienes inmuebles
en ejecución de garantía o de ejecuciones de obras, no comprendemos el
motivo para establecer las mismas cuando no haya perjuicio alguno en la
Hacienda Pública que se pueda derivar de estos supuestos.


En segundo lugar, enmendamos por la desproporcionalidad
existente en la cuantificación de la sanción que se impone a las
infracciones del apartado 5 de este artículo: el 75 % nada menos de la
cuota tributaria no consignada en la liquidación. Este porcentaje ya se
establecía anteriormente en la ley, pero ello no es óbice para que en
esta revisión profunda de la norma se modifique, no solamente por su
falta de proporcionalidad respecto del perjuicio que pudiera sufrir la
Administración en caso de su comisión, sino porque introduce una absoluta
desigualdad respecto de los sujetos pasivos del impuesto sobre el valor
añadido que por una infracción idéntica soportarían una sanción del 10%
de las cuotas no consignadas.


En cuanto al 10% incluido en el apartado 9, parece que se
trata de un error, puesto que en IVA se ha reducido al 1% la sanción que
se introduce para los dos casos de falta de comunicación o comunicación
errónea en los mismos supuestos de inversión del sujeto pasivo.


La enmienda 76 ha sido transaccionada.


La enmienda 77 supone una modificación al apartado siete
del artículo tercero del proyecto, que doy por defendida.


La enmienda 78 propone la eliminación del nuevo capítulo II
del título III, impuesto sobre la electricidad. En ella proponemos
mantener el impuesto sobre la electricidad dentro de los impuestos
especiales de fabricación, si bien estableciendo reglas particulares de
devengo de acuerdo con lo previsto por el artículo 21.5 de la Directiva
2003/96 de la Unión Europea.


La enmienda número 79 propone añadir el apartado cinco bis
al artículo tercero del proyecto. Hacemos unas modificaciones porque
consideramos evidente la inadecuación del artículo 47 de la Ley 38/1992,
con el agravio comparativo consiguiente para las industrias españolas
frente a nuestras equivalentes ubicadas en otros Estados miembros.


La enmienda número 80 propone revisar el PCA a partir del
cual se gravan los gases para que este impuesto sea acorde al Reglamento
Europeo 517/2014 sobre los gases fluorados de efecto invernadero, y por
el que se deroga el Reglamento 842/2006, cuyo objetivo es la progresiva
sustitución de estos gases y la reducción de emisiones de los mismos
desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2015 hasta 2030.


La enmienda número 81 propone modificar el apartado tres
del artículo cuarto del proyecto de ley, modificación que justificamos
por las siguientes razones: en primer lugar, porque los
instaladores/automantenedores buscan un doble beneficio medioambiental en
la reconversión, es decir, cambiar a un gas de menor PCA y utilizar el
gas retirado de las instalaciones para









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mantenimiento de instalaciones existentes hasta que su
capacidad presupuestaria les permita acometer reconversiones de gas en el
resto de sus establecimientos. En segundo lugar, porque no siempre es
necesario que el gas retirado sea reciclado o regenerado para este
propósito. Asimismo, que el entregar a gestor de residuos, si se quiere
seguir utilizando, supone gasto de regeneración y reciclaje y volver a
darlo de alta con —parece— un impuesto reducido pero sobre un
gas que no se ha emitido. Y este gas se utilizará para recargas, que
supone fugas, pero este gas retirado tendría el mismo estatus que el gas
comprado en 2013; es decir, tanto el comprado el año pasado como el que
estaba en instalación el año anterior deberían tener la misma carga
fiscal. Otras razones para modificar este apartado 3 son: la sustitución,
que creemos que va a contribuir enormemente a dinamizar la transición a
gases de menor PCA con la tecnología existente en lo que dure su ciclo de
vida. Y finalmente, el problema que se plantea si el gas retirado no
puede ser reutilizado igual que el comprado es que se desincentiva
totalmente la reconversión a gases con menor PCA, es decir, con menor
posibilidad de reducir a más de la mitad, porque existen 3 alternativas
en el mercado, por lo que será más difícil conseguir los objetivos que
todos tenemos, que no son otros que la reducción de emisiones.


La enmienda número 88 ha sido transaccionada.


Doy por defendida la enmienda 83 en los términos expresados
en el texto registrado.


La 84 es de adición. Proponemos añadir un apartado siete al
artículo cuatro del proyecto para definir el ámbito territorial de
aplicación del impuesto, a los efectos de determinar si el mismo se
incluye en las islas adyacentes, Baleares y Canarias, así como el mar
territorial y el espacio aéreo correspondiente.


La antepenúltima enmienda es la número 85, también de
adición como la anterior, y la damos por defendida, señor presidente. (La
señora vicepresidenta, Vicente González, ocupa la Presidencia.)


La penúltima enmienda es la número 86, de adición. Propone
añadir el artículo sexto al proyecto de ley, y lo justificamos en el
sentido de que el impuesto del gas de 0,65 euros por gigajulio se recauda
del generador y mediante la retribución específica contemplada en el Real
Decreto 413/2014 es recuperado por el propio generador. Con la propuesta
indicada se simplifican considerablemente los procedimientos
administrativos y de establecimiento del valor de la retribución
específica y declaraciones de impuestos en los casos que se utilice el
gas natural, ya que al menos una vez al año, de acuerdo con el Real
Decreto 413/2014 que antes cité, han de revisarse las retribuciones a la
operación considerando las variaciones de gas natural.


Finalmente, señora presidenta, con nuestra enmienda número
87 proponemos modificar la disposición final cuarta del proyecto de ley.
Consideramos que el Real Decreto Ley 9/2013, en su disposición
derogatoria única, deroga el Real Decreto 661/2007 por el que se regula
la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. Esto
trajo en consecuencia, al no existir el régimen especial porque no hay
instalaciones acogidas a dicho régimen, la no aplicación del apartado 1
del artículo 64 quinto. De ahí la incorporación de esta propuesta, de
esta exención en este proyecto de ley en el artículo 94.5. Por lo que es
de justicia, creemos, su aplicación a partir de la entrada en vigor de la
Ley 9/2013.


Estas son las 31 enmiendas que quedan vivas y que presenté
a este proyecto de ley, en la confianza de que, en el tiempo que queda
para la votación, podamos alcanzar, señora presidenta, algún acuerdo
más.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas de los senadores Fuster, Ibarz y Santos
Fernández.


Tiene la palabra la senadora Santos Fernández.


La señora SANTOS FERNÁNDEZ: Gracias, señora presidenta.


Permítanme que antes de proceder a la defensa de las
enmiendas, transmita el pésame del Partido Aragonés a la Región de Murcia
por el terrible accidente que ha sacudido a la población de Bullas esta
semana.


Subo a la tribuna a defender las enmiendas 88 a 96 del PAR,
de las cuales ya anuncio que la enmienda 94 ha sido transaccionada y, a
continuación, daré las explicaciones acerca de ellas. El resto se
someterá a votación conforme al texto que se presentó relativo a las
enmiendas.









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Vaya por delante nuestra comprensión de las razones
justificativas de la ley y que están expuestas en su preámbulo. Estamos
convencidos de la necesidad de trasponer las directivas europeas. Estamos
convencidos de la necesidad también de implementar el espíritu de la
jurisprudencia de los tribunales de justicia de la Unión Europea y, por
supuesto, de dotar a nuestro sistema de mayor seguridad jurídica.


Déjenme, sin embargo, que al hilo de las enmiendas
presentadas por el Partido Aragonés, haga una reflexión de carácter
general. Nosotros tenemos que trasponer las directivas, tenemos
efectivamente que implementar el espíritu de las sentencias del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea, pero también tenemos que crear un marco
adecuado para que se garanticen algunos derechos de los ciudadanos o, si
ustedes quieren, un marco que permita garantizar algunas cuestiones en
las que estamos de acuerdo el cien por cien de la ciudadanía y, sin lugar
a dudas, la totalidad de los grupos parlamentarios. Hablo, por ejemplo,
de la mayor y mejor integración, de los colectivos más vulnerables por
padecer discapacidades, de la competitividad de nuestras empresas en
mercados globales, del fomento de la cultura o de la educación.


Empezaré por hablar de la enmienda número 94 que, como
decía, ha sido transaccionada y que hace referencia al impuesto especial
sobre la electricidad. Como ustedes saben, la Directiva 2003/96 prevé que
los Estados miembros puedan aplicar reducciones impositivas a aquellas
empresas que en sus procesos productivos requieren un elevado consumo
energético. Pues bien, en el texto que salió del Congreso de los
Diputados en lugar del 3% que prevé la directiva, se establecía un 6%, lo
cual en la práctica supone la pérdida de competitividad de nuestras
empresas. Nosotros consideramos que las empresas españolas están haciendo
un esfuerzo enorme para internacionalizarse, para diversificarse, para
implementar mejores técnicas que les conviertan en pioneras en el ámbito
mundial y es un hecho que estas Cámaras y los poderes públicos estamos
obligados a buscar un marco jurídico adecuado para que sean lo más
competitivas posible en un entorno global. Afortunadamente, esta enmienda
ha sido transaccionada y hemos logrado rebajar el porcentaje que estaba
expuesto en el texto que salió del Congreso de los Diputados hasta el 5%.
Por lo tanto, quiero mostrar nuestro agradecimiento al Grupo
Parlamentario Popular por esta cuestión.


El resto de las enmiendas, 89, 90, 91 y 93 tienen por
objeto adecuar el IVA de algunos servicios, productos o actividades que
entendemos que con el Real Decreto Ley 20/2012 fueron incrementados de
una manera desmesurada. En este sentido, en la enmienda 90 el Partido
Aragonés persigue la aplicación del IVA del 4% a los artículos de uso
estrictamente escolar, porque entendemos que buena parte del material
exigido por los colegios para los currículos del alumnado han sufrido un
incremento del 17%, que es de toda suerte insostenible por la mayoría de
las familias españolas.


La enmienda 91, de la que ya anticipo que parte, en
concreto lo relativo a las flores y las plantas vivas, ha sido
transaccionada, la vamos a mantener porque requería el IVA reducido, el
IVA del 10% para el sector de la cultura, incluyendo la entrada a
teatros, espectáculos, cines, conciertos, y a los servicios veterinarios
cuando tengan por objeto la prevención, el diagnóstico y el tratamiento
de enfermedades y dolencias de los animales. En cualquier caso, quiero
insistir en que nos congratulamos de que las flores y las plantas hayan
podido finalmente beneficiarse de ese IVA del 10%. No entendemos cómo es
posible que mientras que la mayoría de los sectores experimentaron un
incremento del IVA de entre el 2 y el 3% con el Real Decreto Ley 20/2012,
estos a los que he hecho referencia hayan visto incrementado su IVA en 13
puntos, generando un impacto devastador tanto en el sector de la cultura
como en el caso de los veterinarios, que en muchas ocasiones —y es
el caso concreto del sector de la cultura— ha propiciado en buena
medida pérdida de tejido productivo y de empleo.


Las enmiendas 93 y 89 traen causa de la sentencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea conocida como sentencia de los
productos sanitarios. A este respecto, la sentencia permite que aquellos
productos y aquellos instrumentos que sirven para uso esencial de las
personas discapacitadas puedan beneficiarse de ese IVA reducido del 10%.
Entendemos que tanto las menciones de la ley a esta cuestión como el
catálogo que se ha incorporado en el texto legal requieren de mayor
precisión a los efectos de poder actuar como una suerte de discriminación
positiva para garantizar la integración óptima de los discapacitados. Se
quedan fuera instrumentos como las prótesis externas auditivas, los
bastones de movilidad blandos para ciegos, los









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estimuladores sensoriales y otros instrumentos que son de
uso necesario para las personas discapacitadas.


Mantendremos también la enmienda 88 pese a que en buena
parte el objetivo político que perseguía se consiguió con la enmienda 224
del Grupo Popular, que fue transaccionada el día que se celebró la
comisión. El objetivo de nuestra enmienda 88 era principalmente impedir
que el cambio de regulación inicialmente previsto en el criterio de
aplicación del IVA a las empresas públicas produjera un estrangulamiento
por vía del mayor gasto y les impidiera competir en condiciones de
igualdad en un mercado global con empresas privadas. Es cierto que la
enmienda 224 del Grupo Parlamentario Popular dio satisfacción a este
planteamiento genérico, no solamente del Partido Aragonés sino de la
mayoría de los grupos, si bien en la comisión se produjo un cambio en la
redacción de la letra l), que afecta a las televisiones públicas, pues
entendimos que no era lo suficientemente precisa como para aceptarlo.
Mantendremos la enmienda a estos efectos en la medida en que entendemos
que el redactado último de la letra l) pudiera dar lugar a dudas
interpretativas ante la Agencia Tributaria. No obstante, insistimos en
que el objetivo político de la enmienda 88 prácticamente se consigue.


Termino con la defensa de las enmiendas 95 y 96, que tienen
el objetivo de implementar mecanismos mediante los cuales se repercuta a
las comunidades autónomas del régimen común los incrementos de la
recaudación derivados de la nueva regulación del IVA y de los impuestos
especiales, toda vez que, pese a lo dispuesto en el Fondo de suficiencia
global, no se produce esa repercusión al 100%. Igualmente, esperamos que
exista un mecanismo de compensación por el incremento del IVA en los
productos sanitarios, pues, como se sabe, se trata de una competencia
transferida a las comunidades autónomas, en este caso a la Comunidad
Autónoma de Aragón, así que por ende conllevará un mayor gasto imputable
a los presupuestos generales de la comunidad autónoma.


Antes de terminar, quiero agradecer nuevamente al Grupo
Parlamentario Popular y, en este caso, a Convergència i Unió y al PNV el
esfuerzo conjunto realizado para poder transaccionar algunas enmiendas.
Gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto.


Las enmiendas 2, 3, 6 a 32, de los senadores Iglesias y
Mariscal; las enmiendas 33 y 39 a 46, del senador Quintero; y las
enmiendas 52 y 53 de la senadora Domínguez. Tienen treinta minutos para
compartir el turno.


En primer lugar, tiene la palabra el senador Iglesias.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Muchas gracias, señora
presidenta.


Agruparé las enmiendas a este proyecto de ley en dos
bloques de contenidos: las que hacen referencia al impuesto sobre el
valor añadido y las que guardan relación con los impuestos
especiales.


En el primer bloque, el del impuesto sobre el valor
añadido, mediante tres enmiendas pretendemos modificar el régimen
especial de criterio de caja. Como manifesté ayer, nos parece que fue un
acierto la creación de este régimen especial de criterio de caja. Y con
nuestras enmiendas pretendemos, por una parte, reducir de un año a seis
meses el tiempo transcurrido desde el devengo y, por otra, aumentar hasta
los 10 millones el límite de la facturación del año anterior que permite
acogerse a este mecanismo.


Con otra enmienda reducimos del 21% que se consigna en el
proyecto al 10% el IVA del consumo doméstico de electricidad, gas natural
y bombonas. En otra enmienda planteamos una reducción del 4% en los
billetes de transporte de viajeros, salvo en el caso del transporte
aéreo. Con 2 enmiendas pretendemos fijar en el 4% el IVA sobre el consumo
de agua de boca y el agua que se destina al riego y a los animales. Otras
2 enmiendas pretenden reducir al 4% lo que popularmente se conoce como
IVA cultural. Y con una última enmienda de este bloque del IVA
pretendemos que en el régimen simplificado se exija a los empresarios y
profesionales que sus adquisiciones e importaciones de bienes y servicios
superen los 100 000 euros al año, en vez los 150 000 que en este momento
se demanda como límite.









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Bloque de impuestos especiales. Tres de las enmiendas son
de supresión. Pretendemos suprimir la exención de estos impuestos al
combustible utilizado en los vuelos domésticos, en la construcción,
modificación, pruebas y mantenimiento de aeronaves y embarcaciones.


A través de otras tres enmiendas de supresión planteamos la
eliminación de las exenciones y beneficios fiscales para embarcaciones y
aeronaves de recreo en régimen de alquiler.


Con otras dos enmiendas planteamos un aumento en el
gravamen de los vehículos que generen más emisiones a la atmósfera.


Otras 2 enmiendas tienen como objetivo la puesta en marcha
de un proceso de aproximación progresiva de las tarifas aplicables a los
diferentes combustibles.


Mediante otra enmienda queremos introducir una exención en
el impuesto de circulación a los vehículos eléctricos y a los que se
utilizan en régimen de car sharing.


Con otra enmienda pretendemos gravar más el uso de carbón
de importación.


Planteamos una modificación de la Ley 15/2012, de 27 de
diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, con la
finalidad de que se exima del impuesto a todas las tecnologías renovables
en régimen especial y a las renovables destinadas al autoconsumo.


Finalmente, a través de dos nuevas disposiciones
adicionales, emplazamos al Gobierno en primer lugar a que en tres meses
presente un proyecto de ley para la creación de un impuesto sobre bienes
suntuarios y con la segunda nueva disposición adicional a que en el plazo
de seis meses presente una ley sobre emisiones difusas.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Tiene la palabra el senador Quintero.


El señor QUINTERO CASTAÑEDA: Muchas gracias, señora
presidenta. Muy buenas tardes.


A este Proyecto de Ley por el que se modifican tanto el
impuesto sobre el valor añadido como la Ley de impuestos especiales y,
muy singularmente para nosotros, el régimen económico y fiscal de
Canarias presentamos las enmiendas 33 a 47. No obstante, así como otras
veces he criticado al Grupo Popular su falta de diálogo y de consenso o
al menos de intentar llegar a un acuerdo, en esta ocasión tengo que
felicitarme por la sintonía que ha existido entre el Gobierno Central, el
ministro de Hacienda, y el Gobierno de Canarias, a través de su
consejero, y los senadores Armando Castosa y la senadora Carlota Ripoll
con este senador, porque creo que hemos corrido bastante y hemos
trabajado para intentar llegar a un consenso, a un acuerdo mayor que,
aunque no ha sido completo, como me hubiese gustado, tengo que reconocer
que ha sido bastante importante. Así, hemos acordado enmiendas y hoy
todavía hemos transaccionado algunas importantísimas para el IGIC canario
y el régimen económico y fiscal.


Me voy a referir a aquellas sobre las que no hemos llegado
a un acuerdo, como es la relativa a la determinación por el Gobierno de
que el impuesto especial sobre electricidad deje de configurarse como un
tributo sobre la fabricación para pasar a gravar el suministro de energía
para consumo. Entendemos que esto vulnera el artículo 46 de nuestro
estatuto de autonomía y contraviene la aplicación de la directiva por la
que se estructura el régimen comunitario de imposición de productos
energéticos, de la que Canarias está excluida, además de que supone una
pérdida de recursos para esta comunidad autónoma. Me extraña que no haya
sido aceptada esta enmienda porque el informe del Parlamento de Canarias
que resume nuestra posición sobre este tema energético fue aprobado por
unanimidad de todos los partidos políticos: Popular, Coalición Canaria,
Socialista y Mixto del Parlamento de Canarias; por tanto, por unanimidad
se trasladó al Gobierno de España, en este caso al Ministerio de
Hacienda, un informe sobre la importancia que tiene introducir estas
enmiendas en la presente ley.


Como ustedes saben, podríamos decir que el régimen
económico de Canarias es la piedra angular que regula las políticas que
se deben articular para compensar la lejanía y la insularidad, asunto
sobre el que trabajamos y sobre el que es importantísimo poder llegar a
un acuerdo mediante estas enmiendas que presentamos.


Como decía, en Canarias gozamos de un régimen económico
diferencial basado en la libertad comercial, la importación y la
exportación, la no aplicación de monopolios y las franquicias aduaneras y
fiscales sobre nuestro consumo. Estas franquicias han sido respetadas en
todas las legislaturas, gobernara quien gobernara. Es importante destacar
a este respecto la consolidación









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que han tenido en el ordenamiento español y comunitario, en
diferentes leyes tanto del Estado español como de la Unión Europea. Por
ello, creemos que se debe modificar el artículo 91 de este proyecto de
ley para que se sigan respetando las franquicias y se establezca que el
impuesto se aplicará en todo el territorio español, como ponía antes,
excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias, en Ceuta y en Melilla.


Respecto a la directiva comunitaria que regula la
imposición de los productos energéticos y de electricidad, como comenté
anteriormente, estamos excluidos. La directiva establece en su artículo 5
que será de aplicación en las Islas Canarias y aclara en su apartado 4
que España podrá, mediante una declaración, notificación, aplicar en las
Islas Canarias dicha directiva. Es decir, se puede aplicar la excepción a
las Islas Canarias. Esta directiva no puede desligarse de lo dispuesto en
el artículo 349 del Estatuto de funcionamiento de la Unión Europea, en el
que se regula la estructura social y económica de las regiones
ultraperiféricas. Este artículo supondrá una pérdida de recursos
económicos para Canarias, cuantificados por la comunidad autónoma en más
de 60 millones de euros. Esta pérdida atenta contra la sostenibilidad
financiera de la comunidad autónoma y vulnera el principio de lealtad
institucional.


También hago referencia al impuesto de gases fluorados de
efecto invernadero. Esperemos que este impuesto sea adaptado a los
condicionantes del Régimen Económico y Fiscal, que es lo que pedimos en
nuestras enmiendas.


Respecto al régimen económico y fiscal, en su parte fiscal,
hemos llegado a muchos acuerdos y hay que reconocerlo —lo reconocí
al principio de mi intervención y vuelvo a hacerlo ahora—, y
esperemos que en el futuro, en la parte económica, cuando redactemos los
Presupuestos Generales del Estado, también se cumpla este régimen
económico y fiscal que está consolidado, pero que no siempre se ha
llegado a cumplir.


Por todo ello, aunque discrepamos en algunas cosas y el
artículo 91 creemos que nos perjudica bastante, no podremos votar en
contra de este proyecto de ley, igual que antes votamos en contra de los
vetos, porque no podíamos entender que no saliera adelante, puesto que se
han aprobado referencias específicas a nuestro régimen económico y
fiscal. Y vuelvo a criticar esta parte importantísima, porque ha existido
unanimidad en el Parlamento de Canarias de todos los grupos y se ha
enviado un informe al ministerio para que sea incluido, pero no ha podido
ser.


Por otra parte, reitero mi agradecimiento y mi felicitación
al Grupo Popular por el trabajo que hemos realizado y las enmiendas que
hemos acordado. Así pues, no podremos votar en contra de este proyecto de
ley.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Tiene la palabra la senadora Domínguez.


La señora DOMÍNGUEZ HORMIGA: Gracias.


Voy a defender las dos enmiendas que hemos presentado.
Alteraré el orden y la defenderé por orden de importancia, por ello, en
primer lugar, me referiré a la 53, que es una enmienda de adición, que
pretende la modificación de los aspectos fiscales del régimen económico y
fiscal de Canarias y pretende la modificación del anexo IV, por el que se
prevé el régimen impositivo canario respecto al porcentaje que grava el
arbitrio sobre importaciones y entrega de mercancías en Canarias. El
gravamen de los bienes de primera necesidad es excesivo. Productos como
la leche, los yogures, la mantequilla, la pasta alimentaria, café y
artículos de uso quirúrgico, están gravados con el tipo impositivo más
alto, el 15%, y pone a los canarios en una situación de desventaja
respecto al resto de Europa y de España


Según el estudio anual de la Organización de Consumidores y
Usuarios, Canarias tiene la cesta de la compra más cara de toda España,
junto al País Vasco y Navarra, pero, por contra, estas dos comunidades
autónomas tienen una renta per cápita que duplica la de Canarias. Es
totalmente ilógico. Y, por ende, Canarias es una de las comunidades
autónomas que más paro tiene. Los consumidores de Canarias son los que al
final pagan este arbitrio del 15%, dado que se repercute en el precio
final de los productos, donde no solo se paga de forma indirecta el
arbitrio, sino que, además, se le suma el IGIC. Si bien el arbitrio es
una forma de protección del sector industrial, se ha de compensar con la
protección del sector comercial que se ve perjudicado por la reducción
del consumo provocado por los altos precios de nuestros productos
básicos.









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Se tiene que tener en cuenta que la producción local no
abastece ni cubre el 10% de la demanda real del mercado, por lo que el
resto de productos se ha de importar. El arbitrio impositivo elevado está
gravando el derecho a elegir una marca por parte del consumidor, y si
bien hay que mantener el tejido industrial en Canarias, la aplicación del
arbitrio actual es totalmente desproporcionada en los tipos de
gravámenes, especialmente en la alimentación. Esto en lo que se refiere a
la enmienda número 53.


La enmienda número 52, más genérica, se refiere a la Ley
37/1992, del impuesto sobre el valor añadido, y a la pretensión por la
cual el proyecto de ley plantea suprimir el número 21.1 del artículo 20
en cuanto a las exenciones del pago del IBI para la entrega de los
terrenos que realicen los propietarios como consecuencia de la aportación
inicial a las juntas de compensación, así como las adjudicaciones de los
terrenos que se efectúen a los propietarios en proporción a las
aportaciones.


Aunque parece que la motivación de la supresión de tal
articulado la causa el distinto tratamiento a efectos del impuesto según
si la junta interviene o no en su condición de fiduciaria, lo cierto es
que tal supresión aumenta las situaciones de desigualdad, dado que el
proyecto pretende tratar con la misma tributación al pequeño propietario
y al empresario urbanizador. El propietario no empresario, obligado como
consecuencia de la ejecución del planeamiento a costear las obras de
urbanización so pena de verse expropiado de sus terrenos, no es un
empresario al uso y desde luego no realiza una función de urbanizador,
sino que se limita a abonar los gastos derivados de la urbanización,
recibiendo posteriormente las parcelas ya urbanizadas, lo cual no implica
en sí mismo el ejercicio de una actividad económica de promoción
inmobiliaria. Además, el pequeño propietario ha tenido que ceder
previamente la parte correspondiente al aprovechamiento urbanístico,
zonas verdes y espacios libres al ayuntamiento, lo cual de por sí ya se
define como un semitributo más.


En cualquier caso no parece que la solución sea que todos
paguen, ya que toda aportación de terreno a una junta de compensación
muchas veces es una actividad ocasional y no planificada que no se puede
calificar como una actividad empresarial.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas números 48 y 49, del Grupo Vasco en el
Senado.


Para su defensa tiene la palabra la senadora Martínez.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Gracias, señora presidenta.


Si me lo permite, intervengo desde el escaño solo para
decir que yo, al igual que otros grupos parlamentarios, presenté en su
día en nombre del Grupo Vasco dos enmiendas relativas a las retenciones
por IVA para los entes públicos que fueron objeto de transacción sobre la
base de enmiendas de mis compañeros en comisión. Si bien es cierto que
estas enmiendas han venido a solucionar la parte más gruesa de este
problema al que se enfrentaban las administraciones públicas, no lo es
menos que la redacción final tampoco es satisfactoria, ya que lo más
probable es que tenga que dar lugar, al menos para las administraciones
que estamos encargadas de la recaudación de este impuesto, a ulteriores
explicaciones por parte de la Agencia Tributaria. Y ese fue el motivo por
el que yo decidí mantener mis enmiendas. En cualquier caso, es de
agradecer la disposición que en todo momento ha mostrado el Grupo
Parlamentario Popular para llegar a un acuerdo.


Gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas números 149 y 152 a 165, del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya.


Para su defensa, tiene la palabra el senador Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, defenderé las enmiendas números 148 a 165 y doy
por defendidas las números 166 a 197, de los senadores de Iniciativa del
Grupo Parlamentario de Entesa.


Nosotros, los senadores socialistas de Entesa, hemos
presentado un conjunto de 18 enmiendas al texto del proyecto enviado por
el Congreso que paso a resumir.









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En primer lugar, con la enmienda número 154 planteamos
recuperar el tipo impositivo del 18% del IVA anterior a la subida del 21%
efectuada por el Gobierno, que ha tenido un impacto claramente negativo
en el consumo, y consecuentemente en la actividad económica,
constituyendo, además, una medida injusta y no equitativa al hacer recaer
los efectos de la crisis sobre las capas medias y bajas, que son a
quienes más afecta una subida de una imposición indirecta.


La enmienda 155 recupera el 8% para el tipo reducido, que
había sido elevado al 10%. Y, asimismo, las enmiendas 149 y 156 proponen
aplicar el tipo superreducido del 4% a los productos de primera necesidad
que requieren las personas celíacas, también al material escolar y a los
productos de higiene personal como pañales, tampones, etcétera.


Incluimos también una propuesta de modificación mediante la
enmienda 159 para aplicar el tipo reducido a sectores intensivos en la
utilización de mano de obra que inciden en la salud pública o que han
sufrido con especial intensidad los efectos de la crisis económica, como
peluquerías, servicios veterinarios, plantas vivas y flores cortadas sin
manipular.


Asimismo, creemos imprescindible apoyar a la industria
cultural de nuestro país, que tanto ha sufrido los estragos de la crisis,
crisis a la que ha contribuido de manera especial la subida del IVA, que
ha penalizado enormemente el acceso a la cultura y a la formación de la
mayoría de los ciudadanos y que ha provocado que esta crisis esté más
generalizada en este sector. Con la enmienda 157 proponemos la aplicación
del tipo del 5% para equipararnos con la fiscalidad de la industria
cultural en los países de nuestro entorno.


Con la enmienda 158 planteamos un auténtico régimen de caja
en el IVA ante el escasísimo número de empresas, alrededor del 0,9%, que
se han acogido a lo establecido en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre,
de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.


Asimismo, creemos muy importante también mandatar al
Gobierno para que impulse la modificación de la directiva europea del IVA
con objeto de revisar —ya sabemos que estas cosas no son
fáciles— las exenciones del IVA actualmente reconocidas a
determinadas actividades, como la sanidad o la educación privada no
concertada; establecer de manera coordinada la posibilidad de aplicar un
tipo de gravamen más elevado a las entregas de aquellos bienes que
reflejan una mayor capacidad económica de los contribuyentes; y analizar
el establecimiento de un tipo de gravamen a los servicios financieros
actualmente exentos. Esto lo planteamos en la enmienda 161.


Finalmente, proponemos dos disposiciones finales. A través
de la enmienda 162, pretendemos que el Gobierno ponga en marcha mediante
la presentación de un proyecto de ley la creación del impuesto sobre
transacciones financieras para contribuir a mejorar la equidad y frenar
la especulación financiera. Y, por otro, con la enmienda 163 pretendemos
que el Gobierno avance en la legislación de la fiscalidad medioambiental
para aproximar este tipo de impuestos a la media europea, introduciendo
criterios de política ambiental en el sistema tributario, de manera que
se internalicen los costes externos y se incentiven comportamientos más
respetuosos con el medioambiente, actuando prioritariamente en áreas como
el transporte o la energía, por citar algunas.


Esperamos que algunas de estas enmiendas puedan ser
susceptibles de su consideración.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
Convergència i Unió. Tiene la palabra el senador Bel.


El señor BEL ACCENSI: Gracias, señora presidenta.


Mi grupo parlamentario ha presentado 50 enmiendas a esta
ley que modifica la Ley del impuesto sobre el valor añadido, la Ley de
impuestos especiales y la ley que trata del Régimen Fiscal de Canarias,
entre otras.


Tengo que reconocer que de estas 50 enmiendas
transaccionamos en comisión las enmiendas 97, 102, 103, 129 y la 138 con
el grupo mayoritario —quiero agradecer este gesto—, y también
hemos transaccionado las enmiendas 107 y 131, a las que después me
referiré. No voy a defender las 50 enmiendas una por una; dado lo
avanzado de la tarde, voy a dar todas ellas por defendidas. En todo caso,
me voy a centrar en algunas.


Nosotros hemos planteado una rebaja para que algunos
productos del tipo del 21 pasen al 10%, de entre aquellos que a fecha 1
de junio de 2012 pasaron a tributar del tipo reducido al









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normal. En este sentido, hemos transaccionado la enmienda
107 con otros grupos parlamentarios, especialmente con el Grupo Popular,
por lo que las plantas y flores ornamentales pasarán a tributar al tipo
reducido, al 10%. Para nosotros este es un sector importante y, por
tanto, se lo agradecemos. No obstante, se quedan fuera de la tributación
al tipo reducido sectores que consideramos fundamentales, como los
vinculados al mundo de la cultura, espectáculos, teatros, cines, todas
las actividades deportivas, servicios funerarios, de asistencia
sanitaria, peluquería, etcétera. Si bien reconocemos que se produce un
avance en relación con el sector concreto de las flores y plantas
ornamentales, no es así para otros, por lo que, además de la enmienda
107, hay una serie de enmiendas que se refieren a otros productos que van
en esa dirección.


Otro grupo de enmiendas hacen referencia a la aplicación
del IVA de caja. Aunque este se modificó hace unos meses, el ministro
reconoció hace pocas semanas que el sistema no había funcionado como
estaba previsto que funcionase; y cuando algo no funciona lo razonable es
intentar establecer algunos cambios que, desde nuestra óptica, tendrían
que ser sustanciales. Como digo, hay varias enmiendas en ese sentido,
como las números 119 y 128.


Y voy a extenderme en la defensa de la enmienda 131, una de
las transaccionadas. Ustedes recordarán que este mismo senador formuló
una interpelación al ministro de Hacienda hace más de un año, que terminó
con la presentación de una moción consecuencia de interpelación, aprobada
prácticamente por la unanimidad de la Cámara, en la cual se instaba a
establecer alguna modificación para que el sector papelero tuviera
bonificación en el impuesto sobre la electricidad, que representaba una
parte importante de la economía productiva en determinadas regiones y
determinados territorios. Aquello no acabó concretándose; se aprobó la
moción, pero no se produjo la consecuente modificación, una modificación
que se ha conseguido recientemente en la tramitación de la ley que ahora
discutimos en el Congreso de los Diputados, por la que se estableció que
tendrían una bonificación del 85% del impuesto sobre la electricidad
aquellos sectores industriales en los cuales las compras de electricidad
supusieran un coste superior al 6% del valor de producción de todos sus
productos.


Analizada esta situación, y considerando que beneficia a
muchos más sectores que al papelero, nos dimos cuenta de que en el sector
del papel —que es importante en Cataluña pero también en otros
territorios— se dejaba fuera prácticamente a un 20 o 25% de las
empresas, concretamente a todas aquellas que a lo largo de los últimos
años han hecho un esfuerzo inversor para reducir el consumo de energía
eléctrica, con lo cual, mediante esta medida se podía castigar o
penalizar a las empresas más eficientes energéticamente. Así, presentamos
una enmienda para que del 6% se pudiera rebajar al 5%, lo que da entrada
prácticamente al 90% de las empresas de este sector y de otros sectores.
Ha sido posible transaccionarla con el Grupo Parlamentario Popular, y
quiero agradecérselo.


Entre las enmiendas estrictas que hacen referencia a los
diferentes artículos de la ley quiero señalar de forma específica una de
ellas. Se trata de la enmienda 141, que afecta al IVA pero pretende
modificar el sistema de financiación de las comunidades autónomas de
régimen común. Tal como está establecido —lo hemos denunciado en
diferentes ocasiones—, el incremento que se produjo en los tipos
impositivos del IVA, que ahora no se ve reducido y se mantiene ya de
forma estructural, solo beneficia en su recaudación a la Administración
General del Estado. Las comunidades autónomas, si bien participan
inicialmente en el 50% de su recaudación, ven reducido el fondo de
compensación en cantidades idénticas. Por tanto, con esta disposición
adicional nueva se pretende que el incremento de recaudación del impuesto
sobre el valor añadido o de los impuestos especiales derivados de
incrementos de tipos impositivos repercutan y beneficien en la parte
proporcional correspondiente —en estos momentos, el 50%— a
las comunidades autónomas. El ministro nos explicaba ayer que el IVA
había crecido un 8% desde enero a octubre del año 2014. Pues bien,
desgraciadamente para la financiación de las comunidades autónomas, este
incremento del 8% no se verá reflejado en una mayor disponibilidad de
fondos para estas, y la Administración General del Estado es la que acaba
apoderándose de esa mayor recaudación. La enmienda 141 se complementa
otras enmiendas con el mismo sentido.


Les pedimos nuestro voto favorable a estas 50 enmiendas, de
las que van a quedar 43 vivas, todas las cuales doy por defendidas.


Muchísimas gracias.









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La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Para la defensa de las enmiendas del Grupo Socialista,
tiene la palabra el senador Sen.


El señor SEN VÉLEZ: Gracias, señora presidenta. Buenas
tardes, señorías.


El Grupo Socialista ha presentado a este proyecto de ley un
total de 18 enmiendas, las números 198 a 215. Como ya hemos indicado
anteriormente, mi grupo esperaba una reforma ambiciosa y de calado, pero
viendo este proyecto de ley nos damos cuenta de que al final es más de lo
mismo, reforma tras reforma: principalmente adaptaciones de disposiciones
para su adecuación a la normativa comunitaria, a su interpretación por el
Tribunal de Justicia Europeo o a criterios de la Comisión, unas
pinceladas en ajustes técnicos en aras del principio de seguridad
jurídica y algunas medidas de lucha contra el fraude.


En las enmiendas que hemos presentado nos hacemos eco
principalmente de aquellos sectores significativos por su cifra de
negocio aunque importantes por su elevado empleo, los cuales se han visto
muy afectados por la anterior subida de los tipos impositivos del IVA
aprobados por el Gobierno del Partido Popular mediante el Real Decreto
Ley 20/2012, de 13 de julio, real decreto que solicitamos que quede sin
efecto a través de diferentes enmiendas, ya que, como en su día
anunciamos, ha deprimido aún más la actividad económica, constituyendo
además una medida injusta e inequitativa al hacer recaer los efectos de
la crisis en las clases medias y bajas, que son las que han sufrido y
sufren con mayor intensidad las consecuencias prácticas de dicha subida
impositiva.


Con nuestras enmiendas números 201, 202 y 203 proponemos la
aplicación del tipo superreducido a diferentes productos de higiene
personal de uso diario y cotidiano.


Asimismo, debido a la singularidad en muchos casos, en los
que determinados segmentos de la población deben, por motivos médicos,
afrontar el consumo de productos alimenticios de primera necesidad y
cotidianos que a su vez son exclusivos, como en el caso de las personas
celíacas, es necesario reducir el tipo al pan común y pan común sin
gluten, así como a la masa de pan común y masa de pan común sin gluten
congelado.


También consideramos necesario la rebaja en el IVA a los
álbumes, partituras, mapas, cuadernos de dibujo y aquellos que por sus
características solo pueden utilizarse como material escolar, excepto los
artículos y aparatos electrónicos, recuperando el tipo superreducido para
el material escolar, que dejó de tributar al 4% para hacerlo al tipo
general del 21, con un incremento excesivo de 17 puntos que va en contra
de la equidad en la educación, ya que perjudica a los estudiantes de
familias con ingresos más bajos.


Dentro de esta reducción de tipos, consideramos que debe
aplicarse el del 5% a las prestaciones de servicios, como son las
entradas de teatros, circos, parques de atracciones y atracciones de
ferias, conciertos, bibliotecas, museos, parques zoológicos, salas
cinematográficas y salas de exposiciones.


En cuanto a la enmienda 204, ya lo advirtieron los
sindicatos agrarios cuando se subió el IVA a las semillas, bulbos,
esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles
de ser utilizados en la obtención de flores y plantas vivas, así como
plantas vivas de carácter ornamental. Hasta la Confederación Española de
Comercio criticó en su momento esta subida del IVA, máxime ante la
situación de crisis, lo que ha provocado, como también se advertía,
efectos devastadores en el subsector de las flores, uno de los más
castigados por la crisis.


Solicitamos también recuperar los tipos reducidos para los
servicios cotidianos, como el de las peluquerías, los servicios prestados
a personas que practiquen deporte o educación física, y la persona u
entidad a cuyo cargo se realice la prestación, siempre que tales
servicios estén directamente relacionados con dichas prácticas.


Como ya he indicado, recuperar la aplicación del tipo
reducido para las plantas vivas de carácter ornamental.


Recuperar el tipo reducido para los servicios veterinarios
cuando tengan por objeto la prevención, diagnóstico o tratamiento de las
enfermedades o dolencias de los animales. Las razones son claras: el
carácter sanitario de esta actividad con repercusión en la salud pública,
la función social de la actividad veterinaria y la importancia económica
del sector.


Contemplar las especialidades del sector agrícola, ganadero
y forestal, destacando que en estos supuestos el régimen de estimación
objetiva parte de la base de la declaración de los









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ingresos efectivamente obtenidos. O la necesidad de mejorar
también el IVA de caja, al ser este mal denominado régimen de caja un
auténtico fracaso, como otros muchos del Gobierno de Mariano Rajoy en
política económica; y como mejor muestra, ahí está el escasísimo número
de empresas que se ha acogido a este régimen: apenas 26 600
contribuyentes, que equivalen al 0,9% del total, lo que ha venido a
confirmar el hecho que nuestro grupo también denunció en su momento, que
no era otro que mera propaganda electoral.


También continuamos instando al Gobierno a que en el plazo
máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley
presente un proyecto de ley de creación del impuesto sobre las
transacciones financieras en España que grave las operaciones sobre
acciones admitidas a negociación en mercados secundarios, oficiales y
derivados, diferenciando los correspondientes tipos impositivos que
correspondan en cuanto a su aplicación.


Asimismo, solicitamos al Gobierno que impulse ante la
Comisión Europea y el Consejo de la Unión las actuaciones oportunas para
agilizar la puesta en marcha y aplicación del impuesto que acabo de
indicarles sobre transacciones financieras internacionales en la
Unión.


Con la enmienda 214 instamos al Gobierno del Partido
Popular a que en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la
presente ley, en colaboración con la comunidad autónoma de Canarias,
elabore un informe en relación con la aplicación en las islas Canarias
del impuesto especial sobre electricidad, proponiendo, en su caso, las
medidas e iniciativas legislativas necesarias para adaptar y ajustar
dicha figura tributaria a las especificadas características de la
comunidad autónoma. En este sentido, con el fin de minimizar el hecho,
como han comentado otros intervinientes, de que Canarias tenga la cesta
de la compra más cara de España, y al entender que los ciudadanos de la
isla sufren de forma directa esta mayor repercusión en la bolsa de la
compra y en artículos de primera necesidad, apoyaremos, porque así lo
compartimos, la enmienda presentada por el grupo de las Asambleas
Municipales de Fuerteventura, por considerar que cuando se aplicó a estos
productos de primera necesidad el tipo impositivo del 15% con el fin de
proteger las producciones locales este elevado tipo causó precisamente el
efecto contrario, encareciendo aún más, si cabe, la cesta de la compra,
por lo que es procedente rebajar en 10 puntos estos alimentos de primera
necesidad, dejándolos al 5%.


Y finalizo mi intervención resaltando que este impuesto
sobre el valor añadido ha constituido un elemento esencial en la política
tributaria del Gobierno, que este utiliza para llevar la carga tributaria
desde la imposición directa hacia la indirecta, en donde no se tiene en
cuenta la equidad del sistema tributario concentrando la recaudación en
todos por igual, cuando en una situación de crisis extrema como la que
estamos viviendo debería aplicarse una carga tributaria directa por la
que los ciudadanos que más tienen aporten más, y los que menos tienen,
que son la inmensa mayoría, aporten menos. El trato que el Gobierno del
Partido Popular ha hecho del IVA es el más injusto y menos progresivo:
más para los que más tienen, como siempre, y menos para los que menos
poder adquisitivo y capacidad económica tienen.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Para un turno en contra, tiene la palabra el senador
Castosa.


El señor CASTOSA ALVARIÑO: Gracias, señora presidenta.


Señorías, intervengo en nombre de mi grupo parlamentario,
el Grupo Popular, para dar cuenta y fijar la posición con respecto a las
enmiendas presentadas por los grupos de esta Cámara al Proyecto de Ley
37/1992, del impuesto sobre el valor añadido, la Ley 20/1991, de
modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de
Canarias, la Ley 38/1992, de impuestos especiales, y la Ley 16/2013, por
la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad
medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.


A este proyecto de ley se han presentado 226 enmiendas: 11,
del Grupo Parlamentario Popular; 94, del Grupo Mixto; 50, de Entesa pel
Progrés de Catalunya; 51, de Convergència i Unió; 18, del Grupo
Parlamentario Socialista, y 2 del Grupo Parlamentario Vasco.


En primer lugar, quiero agradecer el trabajo desarrollado
por los responsables de las enmiendas que han presentado todos los grupos
mostrando un interés en mejorar este proyecto.









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Y también quiero destacar la muy buena disposición de todos
los miembros de la comisión para poder transaccionar varias enmiendas y
llegar a acuerdos que, sin duda, mejorarán el texto normativo.


Señorías, como todos ustedes saben, esta ley incorpora
diversas modificaciones en el ámbito de la imposición indirecta, en
concreto, en la norma reguladora del IVA y en la de impuestos especiales,
con el objeto de adecuarlas en mayor medida a la normativa comunitaria,
tratando de establecer un marco jurídico más seguro, potenciando la lucha
contra el fraude fiscal y, finalmente, flexibilizando y mejorando el
marco fiscal de determinadas operaciones.


Por tanto, debo indicar que el impuesto sobre el valor
añadido se modifica teniendo en cuenta, por una parte, la necesidad de
adaptar el texto de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto
sobre el valor añadido, a la Directiva 2006/112, relativa al sistema
común del impuesto sobre el valor añadido, la Directiva IVA. De otra
parte, la necesidad de ajuste a la Directiva IVA viene dada por la
obligación de ejecutar diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea que inciden de forma directa en nuestra normativa interna,
así como del ajuste al dictamen motivado por la Comisión Europea, de 24
de octubre de 2012, relativo a la exención a los servicios prestados por
los fedatarios públicos en conexión con operaciones financieras
exentas.


Otro aspecto que hay que resaltar, como indicaba antes, es
el principio de seguridad jurídica. Un importante número de
modificaciones tienen en común la mejora técnica del impuesto, bien
aclarando algún aspecto de la tributación, bien suprimiendo determinados
límites o requisitos en el ámbito de la discreción que la Directiva IVA
permite a los Estados miembros, como es el caso del régimen de la no
sujeción del impuesto.


El tercer grupo de modificaciones viene motivado por la
lucha contra el fraude, como el establecimiento de nuevos supuestos en
los que es de aplicación la denominada regla de inversión del sujeto
pasivo o las modificaciones vinculadas al ámbito de la normativa
aduanera.


En este proyecto de ley se recogen también un conjunto de
normas que flexibilizan determinados límites o requisitos, como la
ampliación del plazo para poder modificar la base imponible en los casos
de empresarios o profesionales que tengan carácter de pequeña y mediana
empresa, o en los casos de empresarios acogidos al régimen especial del
criterio de caja; la inclusión de determinados supuestos que posibilitan
la obtención de la devolución a empresarios no establecidos de las cuotas
soportadas del impuesto sin sujeción al principio de reciprocidad,
etcétera. Y todo ello, de nuevo conforme al margen que la Directiva del
IVA otorga a los Estados miembros.


He querido hacer este preámbulo y remarcar estas cuestiones
que forman parte del texto, señorías, para poner de manifiesto y
justificar nuestro voto en contra de las enmiendas que presentan los
grupos parlamentarios —excepto, claro está, de las que han sido
transaccionadas y las presentadas por el Grupo Popular, que por supuesto
doy por defendidas—, ya que las enmiendas que no podemos aceptar
contravienen los principios que acabo de mencionar. Intentaré en lo
posible —y si puedo, de forma breve— explicar por qué esas
enmiendas van a tener un voto contrario por nuestra parte.


Señorías, 32 enmiendas se refieren a la reducción del tipo
de gravamen tanto general como reducido. No se pueden aceptar, puesto que
el proyecto de reforma en el IVA no recoge reducción alguna de tipos
impositivos. La modificación de tipos impositivos llevada a cabo por Real
Decreto Ley 20/2012 tuvo como objetivo, entre otros, aproximar los tipos
aplicables, así como la base del tributo, proporción de base imponible
gravada a tipo general, a los del resto de la Unión Europea, cuestión
reiteradamente demanda por la Comisión Europea dado el diferencial de
tipos y de base del impuesto existente en nuestro país.


De todas formas, en este apartado me gustaría dejar
constancia de ciertos matices en relación con determinadas reducciones, a
las que aludían algunos grupos parlamentarios, sobre algunos artículos o
productos. A modo de ejemplo, en cuanto al tipo impositivo reducido del
4% al agua hay que indicar que 13 de los 28 Estados miembros aplican un
tipo superior al 10% y otros dos, el tipo del 10%. En relación con los
servicios culturales, hay que tener en cuenta que la Ley 37/1992 mantiene
un buen número de exenciones vinculadas a estos. Otro ejemplo válido en
este sentido son los servicios veterinarios, para los que en la misma ley
se establece el tipo reducido en relación con dichos servicios cuando se
presten por titulares de explotaciones ganaderas. Del mismo modo, quiero
indicar en este apartado la propuesta de algunos enmendantes para añadir
productos al listado de productos sanitarios a tipo reducido. Saben
ustedes, señorías, que hay una sentencia









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del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en cuyo
apartado octavo desarrolla esta cuestión y en donde se pone de relieve
que la relación en forma de lista cerrada, salvo alguna cuestión
excepcional, es lo que otorga seguridad jurídica a la Comisión Europea
respecto del cumplimiento por el Reino de España de la sentencia y a los
sujetos pasivos.


Quiero hacer una referencia especial a la petición de los
distintos grupos para que tributen a tipo reducido los equipos médicos,
aparatos e instrumental de uso esencial o principal para personas con
discapacidad. A todos nos gustaría que fuera así, pero el precepto que
desarrolla la sentencia se refiere expresamente a que la directiva
establece el tipo reducido solo para los aparatos e instrumental de uso
personal y exclusivo para personas con discapacidad, sin perjuicio, claro
está, de que los productos no afectados por esta sentencia —tal es
el caso de las prótesis, etcétera— se contemplarán en el desarrollo
de la norma que se va a realizar con una resolución administrativa.


Otro bloque de enmiendas trata de la reducción de los
plazos para poder declarar un crédito incobrable. No se considera
procedente en estos momentos modificar el plazo para la calificación de
incobrable de un crédito, cuando en el caso de la pequeña y mediana
empresa se propone su ampliación opcional derivada de que el plazo se
consideraba muy corto para poder rectificar la base imponible.


En cuanto a las modificaciones del régimen simplificado y
del criterio de caja, sobre el primero quiero decir que el nuevo ámbito
de aplicación del método de estimación objetiva se ha diseñado teniendo
en cuenta la finalidad de este: contribuyentes de pequeños ingresos, lo
que se relaciona fundamentalmente con consumidores finales, por lo que no
se considera apropiada su modificación.


Y respecto del criterio de caja que pretende modificar la
enmienda 14 del Grupo Mixto, tendente a un incremento de la aplicación
hasta 10 millones de euros, no lo permite la Directiva IVA y requeriría
una medida derogatoria. En relación con esta modificación, que pretenden
hacer también otros grupos, simplemente añado que el régimen entró en
vigor el 1 de enero de 2014, y a resultas del análisis de su
funcionamiento podrá analizarse su modificación, lo que no procede en
este momento dado que prácticamente acaba de introducirse.


Otras enmiendas se refieren a la supresión y límite de
exenciones en el impuesto sobre hidrocarburos. La Directiva 2003/96, del
Consejo, de 27 de octubre, por la que se reestructura el régimen
comunitario de imposición de los productos energéticos y de la
electricidad, establece en su artículo 14 la obligación de eximir del
pago del impuesto a los productos energéticos destinados a la navegación
marítima y aérea internacional distinta de la de recreo, sin que la misma
tenga carácter facultativo, salvo que se llegue a acuerdos bilaterales
para gravar estos usos y sin que exista un Estado miembro que haya
querido implantar o negociar dichos acuerdos bilaterales.


En cuanto al impuesto especial sobre determinados medios de
transporte, otras enmiendas propuestas por los distintos grupos pretenden
eliminar la no sujeción para aquellas embarcaciones y buques de recreo o
de deportes náuticos que tienen ocho metros de eslora o menos y para
aquellas aeronaves cuyo peso máximo al despegue no exceda de 1550
kilogramos según certificado expedido por la Dirección General de la
Aviación Civil. No se considera apropiada dicha modificación porque, en
primer lugar, únicamente se considerarán embarcaciones de recreo aquellas
que tienen más de dos metros y medio de eslora utilizadas para fines
deportivos o de ocio. En segundo lugar, la actual sujeción al impuesto de
las embarcaciones de más de ocho metros de eslora, así como en relación
con su peso, se justifica por el menor impacto medioambiental que tienen
las embarcaciones de menor longitud de eslora; y a partir de dicho peso
es cuando las aeronaves tienen un considerable impacto medioambiental.
Por otra parte, distintos sectores han venido poniendo de manifiesto que
una fiscalidad sin estos beneficios fiscales para las embarcaciones
dedicadas al chárter náutico implicaría una desventaja competitiva y
provocaría una acusada pérdida del turismo náutico, tanto en la costa
atlántica como en la mediterránea, desplazándolo hacia otros Estados. Por
el contrario, un tratamiento fiscal más favorable permite un mayor
desarrollo de esta actividad económica en nuestro país, con la
consiguiente generación de empleo de alto valor añadido.


De la misma manera, no podemos aceptar las enmiendas
relativas a la modificación de los límites de distintas emisiones
contaminantes para los diferentes epígrafes del tipo impositivo. La
aplicación de dichas enmiendas en unos casos supondría que muchos
vehículos de un nivel más económico pagarían más por el impuesto; y, por
otra parte, se considera suficiente el nivel actual de imposición en
función de las emisiones de CO2.









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Otras enmiendas, señorías, proponen el aumento de los tipos
impositivos en el impuesto especial sobre el carbón. Hay que decir
—esto es aplicable a otros productos energéticos— que
actualmente se está negociando en la Comisión Europea una propuesta de la
directiva sobre fiscalidad de productos energéticos que modifica la
Directiva 2003/96, por la que se reestructura el régimen comunitario de
imposición de los productos energéticos y de la electricidad, dando a
dicho régimen comunitario una decidida orientación medioambiental. La
Comisión considera que los criterios casi exclusivos para estructurar la
fiscalidad sobre la energía deben ser dos: las emisiones de CO2
provocadas por la combustión de cada producto —impuesto CO2 para
fomentar los productos más respetuosos con el medioambiente— y su
capacidad energética —impuesto energético para fomentar la
eficiencia energética—. Por ello, se considera más oportuno esperar
a la aprobación de dicho proyecto para abordar los cambios pertinentes en
los tipos impositivos, no solo de los productos objeto de la enmienda,
sino de todos los demás productos energéticos.


Hay referencias en distintas enmiendas también en relación
con la adición y modificación del articulado de la Ley reguladora de las
haciendas locales, por las que se establece la exención en el impuesto
sobre vehículos de tracción mecánica para los vehículos eléctricos y los
adscritos a un régimen de car sharing modificando el cuadro de cuotas,
incrementando el coeficiente multiplicativo, y se suprimen bonificaciones
potestativas. En el Grupo Parlamentario Popular consideramos que el
estudio de medidas que afectan a la tributación local no debe llevarse a
cabo de manera aislada sino en el marco de la reforma del sistema de
financiación de las entidades locales, previo análisis global de sus
necesidades financieras y, en todo caso, con la participación de dichas
entidades por medio de la Federación Española de Municipios y
Provincias.


Otra de las cuestiones importantes a la que hacen
referencia los enmendantes es la relativa al impuesto sobre el valor de
la producción de energía eléctrica. Por una parte, se proponen una serie
de exenciones en el impuesto de una serie de tecnologías renovables en
régimen especial, renovables destinadas al autoconsumo, etcétera. En
primer lugar, conviene aclarar que el impuesto sobre el valor de la
producción de energía eléctrica no grava el autoconsumo de electricidad,
sino la producción e incorporación de electricidad al sistema eléctrico.
Sentado esto, tampoco se debe olvidar que toda forma de generación de
electricidad tiene, en mayor o menor medida, un impacto sobre el
medioambiente, el clima, la flora, la fauna o el paisaje. Y es por lo que
este impuesto grava todas las tecnologías de producción de electricidad,
no siendo tampoco ajeno a los importantes costes de inversión que
implican las redes de transporte y distribución de la energía eléctrica
para que esta sea accesible a los consumidores finales, contribuyendo a
su financiación.


En cuanto a la no aplicación del impuesto especial sobre
electricidad en Canarias, es necesario aclarar que con este impuesto se
pretende lograr una mejor trasposición en el impuesto sobre la
electricidad en relación de la Directiva 2003/96, de 27 de octubre, por
lo que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los
productos energéticos y de la electricidad. Si bien los impuestos
especiales de fabricación gravan la fabricación e importación de los
productos energéticos, su gravamen recae sobre el consumo. No obstante,
el artículo 21.5 de la aludida directiva establece una salvedad para la
electricidad al disponer que: »... será objeto de imposición y se
convertirá en imponible en el momento de efectuarse el suministro por
parte del distribuidor o redistribuidor.» Conforme a dicho precepto, y en
aras de una mayor simplificación del impuesto, se ha procedido a una
adaptación meramente formal del mismo. Se mantiene la redacción anterior
de los elementos esenciales del tributo —base imponible, tipo,
etcétera—.


Además de lo anteriormente expuesto, no se debe olvidar que
existen pronunciamientos del Tribunal Constitucional, y cito la Sentencia
16/2013, de 30 de enero, en la que se afirma que, en modo alguno, puede
interpretarse que los impuestos estatales sobre consumo no sean
aplicables en Canarias. Pues sí, pueden serlo con las modulaciones que el
legislador estatal considere oportunas. En todo caso, el Tribunal
Constitucional lo ha dejado muy claro en la Sentencia 109/2004, de 30 de
junio, donde se fija claramente que este impuesto sobre la electricidad
pasa de ser un impuesto sobre la fabricación —que es un impuesto de
carácter objetivo y que, en cualquier caso, siempre se cobraba sobre el
consumo— para denominarse claramente impuesto sobre el consumo, por
lo cual se derrama, se cobra y se devenga en el momento de suministrar
esa energía eléctrica al consumidor.


En cuanto a esta cuestión he de decir una cosa más:
mediante la modificación del impuesto especial sobre la electricidad se
pretende reducir, en la medida de lo posible, el número de









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obligados tributarios y de obligaciones formales, no
incluyéndose modificaciones sustanciales respecto a la legislación
vigente.


Me gustaría destacar en este apartado —aunque ya lo
ha hecho de forma pormenorizada y exhaustiva el senador Bel, de
Convergència i Unió— que se reduce del 6% al 5% para que se puedan
beneficiar de esa importante reducción las actividades industriales cuyas
compras de electricidad representan al menos el 5% del valor de la
previsión.


Quiero mencionar también en este momento otras
modificaciones fundamentales que se han hecho al texto remitido a esta
Cámara, como la relacionada con las flores y plantas vivas de carácter
ornamental, etcétera y otros productos de origen exclusivamente vegetal,
susceptibles de ser utilizados en su atención. Dichas modificaciones
beneficiarán sin duda, y mucho, el crecimiento y la competitividad de
este sector.


Otra modificación que me gustaría destacar es la de las
televisiones públicas —así lo venimos llamando en estos últimos
días de tramitación parlamentaria—, relacionada con la exclusión
del importe de las subvenciones según el criterio que se utilice para la
determinación de la proporción de IVA soportado en inputs comunes que
puedan ser objeto de deducción.


He de manifestar en cuanto a las exenciones que hacen
referencia a otras enmiendas relacionadas con el impuesto sobre gases
fluorados de efecto invernadero que el articulado de la Ley reguladora de
este impuesto ya recoge —siempre que se cumplan determinados
requisitos— una exención total para los gases fluorados de efecto
invernadero que se destinen a la fabricación de medicamentos y otra
parcial —un 90%— para los gases utilizados en sistemas fijos
de extinción de incendios, no considerándose, por tanto, necesario
establecer otros supuestos de exención en dichos ámbitos. Entre las
características de los gases objeto del impuesto hay que destacar su
negativa contribución al calentamiento de la atmósfera, con un potencial
recalentamiento global mucho más elevado que el CO2, lo que ha obligado a
que gran parte de estas sustancias hayan sido reguladas por el Protocolo
de Kioto sobre gases de efecto invernadero, donde se establecen objetivos
obligatorios de emisión para los países desarrollados que lo hayan
ratificado, como los Estados miembros de la Unión Europea. Por ello, al
objeto de reducir las emisiones nocivas a la atmósfera procedentes de
dichos gases, se creó este impuesto, siendo necesario para la consecución
de dicho objetivo que este resulte de aplicación en todo el territorio
español. Por otro lado, el hecho de que dicho impuesto recaiga sobre el
consumo de los gases fluorados no vulnera el artículo 46 del Estatuto de
Autonomía de Canarias en virtud de diversos pronunciamientos del Tribunal
Constitucional, que señalan que, en modo alguno, puede interpretarse que
los impuestos estatales sobre el consumo no sean aplicables en
Canarias.


Diré en cuanto a las dos enmiendas del Grupo Parlamentario
Vasco que una se ha transaccionado, como muy bien saben sus señorías, y
respecto a la otra, que vamos a votar en contra por cuanto que proponía
la supresión de la modificación del artículo 7. 8º de la Ley del IVA
propuesta y dejar la redacción como está actualmente. La modificación
propuesta al artículo supone elevar a rango legal la doctrina
administrativa al efecto. Ha habido ajustes técnicos en relación al mismo
y de asimilación a la Ley 37/1992, y también para dar un tiempo de ajuste
a la actividad de los representantes aduaneros, fijando la fecha de
entrada en vigor de la derogación el 1 de abril de 2016, así como ajustes
en relación con la Ley 4/2004 de la Comunidad Autónoma de Canarias. Sin
embargo, no podemos aceptar en relación al mismo impuesto la supresión de
la modificación del artículo 7.8º de la ley del IVA propuesta y dejar la
redacción vigente, por cuanto dicha propuesta de modificación para este
artículo supone elevar a rango legal la doctrina administrativa al
efecto.


No podemos admitir la enmienda 53 del Grupo Parlamentario
Mixto ya que la regulación de los tipos impositivos en el impuesto
general indirecto canario se realiza por ley de la Comunidad Autónoma de
Canarias.


Nos vemos obligados a rechazar la enmienda 62, que propone
un nuevo supuesto de tipo reducido del 4% para adquisición de viviendas
eficientes energéticamente por cuanto la Directiva sobre el IVA prevé la
posibilidad de un tipo reducido en la adquisición de viviendas
proporcionadas en el marco de la política social, lo que ya se recoge en
el artículo 91 de la Ley del IVA, dado que las viviendas eficientes
energéticamente pueden no cumplir el objetivo de política social. Hay que
añadir que la Comisión Europea está analizando la aplicación de tipos
impositivos reducidos desde









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la perspectiva de su limitación estricta y de que los
objetivos de política medioambiental se realicen vía estímulos directos,
no a través de la fiscalidad del IVA.


Le comentaré en cuanto a la aplicación del régimen especial
del recargo de equivalencia a las expendedurías de tabaco —a lo que
se refiere la enmienda 66— que no podemos aceptar esta propuesta
porque el régimen especial de recargo de equivalencia persigue una
simplificación de las obligaciones formales de aquellos empresarios cuya
actividad se destina básica y esencialmente a consumidores finales no
empresarios ni profesionales.


Rechazamos la enmienda 75 que propone condicionar la
imposición de determinadas sanciones relativas a la falta de comunicación
en las operaciones de inversión del sujeto pasivo y en las operaciones de
importación a que se produzca perjuicio en la Administración. Voy a decir
a este respecto que las comunicaciones resultan esenciales para la
aplicación de la regla de inversión y afectan a varios sujetos, de ahí
que incentivar su aplicación resulte fundamental. El sistema de
diferimiento que se establece en las operaciones de importación es muy
beneficioso y de carácter voluntario, pero debe ir acompañado de los
adecuados mecanismos de control de la declaración de dichas
operaciones.


Otra propuesta que no podemos aceptar es la relativa a la
enmienda 142 de CiU, que pretende que la Agencia Tributaria ponga a
disposición de las administraciones tributarias de las comunidades
autónomas la totalidad de sus bases de datos relacionadas con información
tributaria de los contribuyentes. No podemos aceptarla, señorías, porque
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, consagra el
carácter reservado de los datos obtenidos por la Administración
tributaria en el desempeño de sus funciones. La cesión que de los datos
pueda producirse deberá sujetarse a una acreditación expresa
individualizada, sometida a la valoración de la Administración tributaria
poseedora de los datos, que justifique la cesión que en cada caso pueda
ser solicitada.


Impulsar la modificación de la Directiva 2006/112 ante las
instituciones europeas. Saben, señorías, que la iniciativa legislativa en
el ámbito del impuesto sobre el valor añadido le corresponde a la
Comisión Europea y no a los Estados miembros. Las propuestas requieren
para su aprobación el común acuerdo, la unanimidad de los veintiocho
Estados miembros restantes.


El Grupo Popular ha presentado una serie de enmiendas que,
por supuesto, voy a dar por defendidas. Por otra parte, como saben sus
señorías, se han transaccionado otras, de las que hemos dado cuenta a la
Mesa a efectos de formar el cuaderno de votación. Todas las demás
enmiendas van a tener por nuestra parte un voto contrario.


Por último, quiero manifestar mi pleno convencimiento de
que, una vez se hayan incorporado las distintas propuestas a través de
las enmiendas presentadas en esta Cámara, sin duda alguna mejorarán el
texto definitivo y, por ende, los proyectos de ley que presentó el
Gobierno. Por eso quiero de nuevo reiterar mi agradecimiento a todos los
grupos parlamentarios y a todos los compañeros de la comisión, así como a
los técnicos que nos acompañaron y asesoraron, por su trabajo, su
dedicación y su disposición para que esto fuera posible. Todo ello nos
llevará a incentivar la actividad económica desde unas bases más sólidas
y, sin duda, nos va a permitir también seguir avanzando en la senda de
crecimiento y en la creación de empleo.


Muchísimas gracias a todos. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Turno de portavoces.


¿Grupo Parlamentario Mixto? (Denegaciones). No hace uso de
la palabra.


¿Grupo Parlamentario Vasco en el Senado? (Denegaciones). No
hace uso de la palabra.


Por el Grupo Parlamentario Entesa, tiene la palabra el
senador Sabaté.


El señor SABATÉ BORRÀS: Gracias, señora presidenta.


Señorías, haré una última intervención en nombre de mi
grupo para cerrar este debate apuntando lo que significa la oportunidad
perdida de haber discutido y aprobado una verdadera reforma integral que
España sin duda necesita.


La actual situación demandaba del Gobierno y del Parlamento
una reforma con cambios profundos en las principales figuras de nuestro
sistema tributario, adaptándolos a los tiempos y a los retos de la
sociedad actual. Ustedes han preferido la mini reforma rápida, con el
objetivo de poderse presentar a las próximas elecciones diciendo que han
bajado los impuestos.









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La reforma necesaria tenía que haber abordado todo nuestro
sistema tributario: clarificando el papel y la permanencia del impuesto
del patrimonio; reformando a fondo el impuesto de sucesiones y
donaciones, simplificándolo; eliminando tratamientos injustos
inasumibles, diferencias territoriales; reformando impuestos locales,
como el IBI, fundamental para la financiación de las entidades locales;
abordando las necesarias modificaciones del IVA; respetando la
legislación comunitaria, pero simplificando el impuesto; configurando de
verdad una auténtica imposición medioambiental, porque nuestra
legislación tributaria en este campo es dispersa, insuficiente y poco
rigurosa; reformando a fondo el IRPF, eliminando la inseguridad que hoy
supone la discriminación en función de la fuente de la renta, trabajo
capital, simplificándolo para evitar el fraude. (¿Saben cuántas páginas
tiene la declaración de la renta en Francia? Dos páginas. Aquí, treinta y
una, cuarenta. Depende del año.) Acabando con la autorización abusiva
también especialmente en el impuesto de sociedades, de bonificaciones,
deducciones e inventivos, algunos de ellos muy discutibles, incluso desde
el punto de vista de la política económica y social. Abordando junto con
la reforma un plan de lucha contra el fraude que vaya más allá de las
buenas pero insuficientes intenciones. Ello comporta cambios legislativos
para posibilitar la inclusión en la legislación tributaria de listas de
deudores —incremento de las sanciones en las conductas delusivas y
la agilización en los trámites de los recursos económicos
administrativos, por citar algunos—. Prestando especial atención al
fraude fiscal internacional y al blanqueo de capitales ya que el fraude
no se puede abordar solo desde una óptica nacional. Por ello es necesario
un conjunto de medidas que eviten el uso de los mecanismos de elusión por
empresas y patrimonios de gran tamaño. Reforzando la figura del delito
fiscal. Es difícil cobrar del defraudador y, además, se va de rositas. No
puede ser que haya impunidad ni sensación social de que el que defrauda,
como mucho, paga y asunto solucionado. Y ello requiere reformar nuestra
Administración tributaria, más recursos técnicos y humanos para la
Agencia Tributaria y más autonomía del Gobierno en su funcionamiento.


Para acabar, diré que estos tres proyectos de ley que hoy
se aprueban no ayudarán a cumplir ninguna de las teorías objetivas que
tenían: no incrementan la recaudación, al contrario, la debilitan; no
ayudan al crecimiento económico; no hacen más equitativa y equilibrada la
carga impositiva; no amplían las bases de sus declarantes; no simplifican
las figuras tributarias ni su gestión; no aumentan la eficiencia,
manteniendo regulaciones que causan distorsiones manifiestas. Es lo que
tiene haber formulado una pretendida reforma pensando solo en el 2015, en
sus intereses electorales a corto plazo y no en las necesidades de los
españoles.


Efímera reforma, señorías, ya lo verán.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Por el Grupo Catalán Convergència i Unió, tiene la palabra
el senador Bel.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, señora presidenta.
Intervendré desde el escaño; simplemente, haré dos comentarios.


Lo he dicho antes: quiero agradecer la posibilidad de haber
transaccionado dos enmiendas importantes para dos sectores también
importantes en Cataluña —el sector de las flores y de las plantas
vivas ornamentales—, y no solo para el sector de la industria
papelera sino para otras industrias en las que el peso del consumo de
energía eléctrica es importante en su producción que se van a ver
favorecidas de esta tramitación legislativa.


No obstante, nuestro grupo había presentado 50 enmiendas,
entendíamos que el proyecto era francamente mejorable, y, aunque hemos
podido transaccionar algunas en esta Cámara —igual que en
anteriores leyes— y otras en el Congreso, vamos a mantener nuestro
voto de abstención a la ley pensando que todavía nos queda recorrido por
hacer, concretamente, con relación a la ley que afecta no exclusiva pero
sí esencialmente al impuesto sobre el valor añadido que nos quedan
pendientes dos temas importantes. Pensamos que todos aquellos productos y
servicios que pasaron a tributar en 2012 del tipo reducido al tipo normal
deberían volver a tributar por el tipo reducido —si no en todos los
casos, en la mayoría de ellos— y no ha sido posible.


Además —como recordaba ayer—, cuando se realizó
este incremento de la tributación indirecta, el ministerio y el propio
ministro lo justificaron, y se compensaría con futuras reducciones









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en las cotizaciones sociales. Pues bien, estamos
consolidando este incremento en el impuesto sobre el valor añadido y la
rebaja en las cotizaciones sociales todavía no ha llegado.


Por tanto, agradecemos que se hayan podido transaccionar
las enmiendas, pero mantenemos nuestro voto de abstención, igual que
hicimos en el Congreso de los Diputados.


Muchísimas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Vicente González): Gracias,
señoría.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
senador Sen.


El señor SEN VÉLEZ: Muchas gracias, señora presidenta.
(Este micrófono está de aquella manera, está como el Gobierno.)
(Risas).


Para finalizar quiero recordarles algunas frases que
pasarán a la historia más reciente como el ejemplo de mentir a unos
españoles. Mariano Rajoy, debate de investidura del 19 de diciembre de
2011: «Mi intención es no subir los impuestos. La subida de impuestos no
se justifica y la subida de impuestos es profundamente insolidaria con
las clases medias y trabajadoras españolas.» El 16 de septiembre de 2011:
«Ahora el Gobierno habla de subir los impuestos, eso es un insulto a los
españoles. Subir los impuestos significa más paro, más recesión y pagar
las gracietas de Zapatero.» 29 de agosto de 2009: «Yo no soy como
ustedes. Le subió el IVA a la gente y no lo llevaba en su programa. Yo,
lo que no llevo en mi programa, no lo hago.» Eso fue lo que le dijo Rajoy
a Rubalcaba en el debate electoral celebrado en noviembre de 2011.


Soraya Sáenz de Santamaría, el 21 de agosto de 2010: «Es
vergonzoso que planteen subir impuestos. Hay que elegir entre el círculo
virtuoso del Partido Popular de rebaja fiscal o el vicioso del PSOE de
más impuestos. Con la subida de impuestos Zapatero nos va a hundir
todavía más en la crisis.»


Señor Montoro, el 21 de agosto de 2009, actual ministro de
Hacienda: «Cada día que pasa es más urgente una rectificación completa de
la política económica del Gobierno para crear más empleo, no para
anunciar nuevas subidas de impuestos. Subiendo los impuestos no saldremos
de la crisis.»


María Dolores de Cospedal: «No subiremos los impuestos
mientras dure esta terrible crisis. Nunca se ha salido de una crisis
subiendo los impuestos, esquilmando a las clases medias y haciendo
populismo fiscal. Mientras el PP ahorra y baja los impuestos, el PSOE
malgasta y los sube.»


El señor González Pons, su compañero, que dijo en un
programa de televisión que iban a crear 3,5 millones de puestos de
trabajo: «Si gana Rubalcaba, subirán los impuestos, si gana Rajoy,
bajarán los impuestos. Subir impuestos es darle una puñalada trapera a la
clase media por la espalda. No es necesario subir impuestos, sino un
cambio de Gobierno. La subida de impuestos constituye un hachazo en la
médula espinal de la clase media.»


Señorías, entendemos que recordar estas perlas es duro
porque el Partido Popular es el partido que más ha subido los impuestos
en la historia fiscal de este país y en menos tiempo. En poco más de un
año y medio, desde el inicio de la legislatura, el Gobierno de Mariano
Rajoy ha realizado 30 subidas de impuestos y 12 nuevas figuras
tributarias —5 revisiones del IRPF; 4 del impuesto sobre
sociedades; 2 del IVA; 2 del impuesto sobre bienes inmuebles; la
renovación del impuesto sobre patrimonio cuando habían anunciado su
supresión—, y de los 9 impuestos, 8 se han centrado en el sector
eléctrico. Y hasta han incorporado un impuesto para los premios de
loterías, los hidrocarburos o el medio ambiente, a lo que hay que unir
una amnistía fiscal en la que hemos podido ver algunas vergüenzas y, en
muchos casos, a algunas personas, en esta misma Cámara, dándonos dogmas
de pulcritud hasta hace muy poco tiempo.


Oxfam sitúa a España como el país de la OCDE donde más
aumentó la desigualdad el último año. Un país con 11 740 000 personas en
riesgo de exclusión y un 36,3% de niños pobres, según Cáritas y Unicef.
Los ingresos de las familias españolas dan un salto atrás en 10 años.
España es el país de la OCDE donde más han aumentado las desigualdades
sociales. Fondo Monetario Internacional: «España es la economía de la
Unión Europea donde más han aumentado las diferencias entre ricos y
pobres.» Forbes: «Entre marzo de 2013 y marzo de 2014 los 20 más ricos de
España han incrementado su riqueza en 15 400 millones de dólares.» A
mayor crisis, más ricos y más pobres.









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Según algunas cifras, cerca de 700 000 personas se han ido
de nuestro país desde el inicio de la crisis en busca de alguna
oportunidad. (Son datos de septiembre de 2014.) La tasa de paro entre los
titulados superiores españoles es del 14% —el triple de la media de
la OCDE—. La tasa de jóvenes de entre 15 y 29 años en España que ni
estudian ni trabajan —los nini— sigue siendo superior a la de
los países de la OCDE. Concretamente, 1 de cada 5 chicos y chicas de esta
edad —el 25,79%— no tienen ninguna ocupación laboral ni
tampoco dedica su tiempo a los estudios.


Unicef y Cáritas: «Respecto a otros datos globales del
Informe sobre pobreza infantil, España ocupa la posición número 35 de
entre los 41 países de la Unión Europea y la OCDE que más han aumentado
esta tasa.» Magdalena Sepúlveda, relatora de la ONU: «La reforma fiscal
llevada a cabo por el Partido Popular promueve la desigualdad.» Así se
indica en un informe elaborado por la Relatora Especial de la ONU sobre
pobreza extrema y derechos humanos. Se concluye que la actual reforma
fiscal no propone medidas para combatir firmemente la evasión ni el
fraude fiscal. (El señor presidente ocupa la Presidencia).


Últimas previsiones de la Unión Europea para nuestro país
presentadas por la Comisión: «La vuelta al número 1 de España en
desempleo. En 2016 España tendrá una tasa de desempleo del 22% de la
población activa —más del doble de la media de la eurozona y por
encima del dato heleno—. España y Grecia son los países con mayor
caída salarial. España fue el segundo país de la OCDE en el que más cayó
la remuneración salarial, con una caída del 0,6%. Además, es uno de los
países de la OCDE en donde más se ha incrementado la desigualdad de
ingresos.»


El documento presentado por el nuevo vicepresidente de la
Comisión Europea y el titular de Economía apunta a un crecimiento de la
economía española pero también a un aumento importante de la deuda en el
año 2015, que superará ampliamente el 100% del producto interior bruto.
En cualquier caso, según indican los expertos, España puede verse muy
perjudicada por el panorama sombrío de la eurozona, donde, entre los
grandes países, solamente Alemania crece por encima del 1% y, con todo,
también se desacelera. Francia e Italia seguirán este año con un
crecimiento muy débil.


Con estos datos, señorías del Partido Popular, no se puede
bajar aquí y decir que somos el ejemplo de Europa. Porque en algún dato
quedemos por delante de Chipre o Turquía, no se puede venir a esta
tribuna con un triunfalismo exacerbado para los ciudadanos de este país,
porque cuando lo vean, seguramente piensen que se trata de un mal sueño,
por no decir otra cosa. Que mejoremos en algún dato macroeconómico es
positivo, pero que esta mejoría no haya llegado ni vaya a llegar a corto
plazo a los hogares españoles es una realidad.


Baje a esta tribuna quien baje, lo diga quien lo diga, la
realidad de la microeconomía en millones de familias españolas es
precaria, y ojalá cambie cuanto antes esta situación. Tengamos los pies
en el suelo y dejemos los triunfalismos para los mítines del Partido
Popular.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Sen.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la
senadora Ripoll.


La señora RIPOLL JUAN: Muchas gracias, señor presidente,
señorías.


Por cierto, senador Sen, el único micrófono que va mal aquí
es el de la izquierda, los otros los veo en su sitio.
(Risas.—Aplausos).


Nos ha pintado usted un escenario que ni El Bosco. Durante
la tarde de ayer y la mayor parte de la mañana de hoy, la oposición ha
querido globalizar el debate —totalmente comprensible— contra
el conjunto de la reforma fiscal del Gobierno —de la del 2012, de
lo que ayer y hoy se ha presentado aquí— y la política fiscal
tributaria y económica del Gobierno, y nosotros, evidentemente, vamos a
posicionarnos a favor.


Las cifras de la macroeconomía empiezan a ser favorables
tras la recesión. Es momento pues de acciones decididas y firmes para que
la economía española consolide su recuperación con nuevas medidas
fiscales que impulsen la inversión, el consumo y la consiguiente creación
de puestos de trabajo. Se empieza a crear empleo en el umbral de
crecimiento económico y es en este momento, cuando se está colocando
España a la cabeza del crecimiento de la Unión Europea —señor Sen,
algún dato se le ha escapado—, al dejar de decrecer el 1,6% y pasar
a crecer el 1,3%, y con esta reforma fiscal hay que ayudar a seguir
avanzando en la buena dirección.









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Nos critican que, con estas reformas, entre los tres
proyectos de ley dejemos de ingresar entre 2015 y 2016 3000 millones de
euros para los bolsillos de los ciudadanos, mientras olvidan que fueron
ustedes los que dejaron perder a España 70 000 millones de euros en dos
años, lo que nos llevó a un déficit más acelerado e hizo un tremendo daño
a los españoles.


La repetida, manida, malintencionada y falsa argumentación
en la que fundamentan sus propuestas, utilizando el argumento
injustificado, como les decía, de que la política fiscal de reducción de
impuestos que proponemos va a ir en contra de las clases populares
españolas y solo beneficia a las grandes fortunas, no es nueva. Otra
incongruencia más a las que nos tienen acostumbrados, porque con nuestras
propuestas de reforma fiscal, señorías, se hace más progresivo que nunca
el impuesto sobre sociedades pues la rebaja del mismo es la mayor que se
ha hecho para las pequeñas y medianas empresas, que son las que emplean a
la mayor parte de trabajadores de nuestro país, y es menos beneficiosa
para las grandes empresas que reformas fiscales anteriores, y eso ustedes
lo saben bien. Así, con el impuesto sobre sociedades, del cierre de 2011
al cierre de 2013 se ha duplicado la recaudación de grandes empresas y
grupos. Señorías, las cosas se demuestran con hechos, no solo con
palabras, señor Sen.


Es cierto que subimos el IRPF y el IVA en 2011, es cierto,
pero no solo lo es porque lo diga usted, es que nosotros lo hemos
reconocido, hemos pedido perdón a los españoles por tenerlo que hacer
—subrayo, tenerlo—, y lo hemos hecho con total humildad
—y saben ustedes como nosotros que no era una cuestión de
voluntariedad, era una cuestión de obligatoriedad—. ¿Por qué?
Porque a nosotros no nos importó el coste que nuestras decisiones iban a
tener para las siglas de nuestro partido. Nosotros fuimos capaces de
anteponer los intereses generales de España y de los españoles a
cualquier otro tipo de consideración. Ojalá otros hubieran hecho antes lo
mismo, en vez de mentirnos a todos los españoles y a Europa sin
contemplaciones: el déficit del 6% —es que no se quieren acordar
pero eso está ahí— cuando realmente era del 9,2%. ¡Tan solo 30 000
milloncitos más de déficit! ¡Es calderilla! Ya decía la exministra
Magdalena Álvarez que el dinero público no es de nadie. ¡Y así nos fue
—y así le fue a ella también, por cierto! Y a ello hubo que añadir
la deuda comercial, el pufo que nos dejaron en el Ministerio de Fomento
con 40 000 millones de euros de deuda o en Sanidad con 16 000 millones.
¡Los más sociales de todos! O los más de 1000 millones por pagar, nada
más y nada menos, en cotizaciones a la Seguridad Social de los familiares
cuidadores de los dependientes. Congelaron las pensiones y bajaron el
sueldo a los funcionarios. Eso son ustedes. Esa es la política de sus
hechos, señor Sen.


Y es que esa era su máxima. ¡Qué fácil! ¡Qué bonita! ¡Viva
el Estado del bienestar! Dicho así, cualquiera se lo podría aplicar.
Ustedes lo anuncian y nosotros lo pagamos. ¡Hay que tener valor! Y se
encargaron de arruinar a los que con tanto y tanto esfuerzo y sacrificio
están volviendo a sacar este país adelante. Pero mientras que eso está
ocurriendo, prefieren dar la espalda a la realidad y entonar el no porque
no, cayendo en una incoherencia tras otra: cuando nos vemos obligados a
subir los impuestos porque los subimos y, entonces, cómo vamos a fomentar
el consumo; si los bajamos porque los bajamos y, entonces, argumentan que
no está demostrado que con ello se aumente el consumo; cuando se crea un
grupo de expertos, como no les interesen las conclusiones, por qué lo
hemos creado, y si no, por qué no lo hubiéramos creado; cuando tuvimos
que subirlos, afirmaban que solo existía afán recaudatorio. ¡Es que
somos, uf, malísimos! Y cuando los bajamos, pues no habrá suficiente
recaudación para cubrir los servicios públicos.


Señorías, a ver si nos aclaramos. ¿Cómo quedamos? Porque no
se puede estar en misa y repicando. Esa es su especialidad, pero es que
no se puede. La política fiscal que tanto critican, junto con toda una
serie de reformas estructurales puestas en marcha por este Gobierno, es
lo que ha hecho posible que hoy el rumbo haya cambiado. Comenzamos a
crecer de una forma progresiva y continuada, y ese crecimiento de la
actividad económica se refleja también en la creación de empleo. Se ha
saneado el sector financiero —aquel de la champions league, del que
también nos acordamos algunos— y hoy pasa los test de estrés
impuestos por Europa. Aunque, claro, de eso, ¿para qué acordarse?


Respecto a la consolidación fiscal, estamos cumpliendo con
nuestros compromisos con Europa, seguimos reduciendo el déficit público.
Que si la deuda ha aumentado. ¿Quieren explicarme ustedes cómo paliamos
el agujero que dejaron? ¿Quieren explicarnos cómo podemos poner en marcha
el plan de pago a proveedores y el FLA? (Perdón, que ustedes también lo









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votarían en contra.) Pero, claro, esto inyectó una cantidad
de dinero impresionante en el mercado y ayudó a las pequeñas empresas y a
los autónomos —como les día antes, auténticos generadores de
empleo— a poder seguir adelante.


La percepción de todos, menos de ustedes, de la marcha de
nuestra economía es que nos ha permitido recuperar la confianza de los
mercados y, por tanto, financiarnos mejor; la prima de riesgo está
alrededor de 120 —cuando llegamos a estar a casi 700—; y
aquellos que nos exigieron el rescate hoy no nombran esa palabra
—entiendo que, al menos, por vergüenza—.


Señorías, eso se llama memoria selectiva, mientras nos
recriminan que recordemos la herencia de ustedes recibida. Pero, señores,
hemos de recordar la herencia. Hemos de recordar cómo dejaron ustedes el
país, porque, de aquellos polvos, estos lodos. Hemos de recordar a los
españoles que las medidas que hemos tomado en muchas ocasiones, como las
que le comentaba antes de la reforma fiscal de 2012, fueron absolutamente
necesarias. De la Ley antifraude también han hablado. Es como si aquí no
se hubiera hecho nada al respecto. Pues miren, la reforma del Código
Penal, junto a la Ley contra el fraude, supone el mayor esfuerzo
normativo en la lucha contra el fraude y la economía sumergida.


Señorías, respecto a la modificación del Proyecto de Ley
del IVA, es una reforma, como saben, fundamentalmente técnica. Y, en
contra de todo lo que piensan los organismos internacionales, el Gobierno
ha decidido no subir el tipo impositivo, limitándose a plantear una
adaptación técnica y jurídica de mejora del funcionamiento del impuesto.
Además, he de mencionar la enmienda, por fin aprobada, de la bajada del
tipo en el sector de plantas y flores ornamentales y, por cierto, también
la de las papeleras, de la que nos sentimos francamente orgullosos.


Y es que se empeñan en negar lo más evidente en la rebaja
del IRPF. Señorías, gracias a la bajada de retenciones, los 20 millones
de contribuyentes podrán percibir cómo mes a mes disponen de más renta a
partir de enero de 2015. Se trata de una rebaja equitativa y progresiva,
que baja más el IRPF a las rentas medias y bajas, aunque a algunos les
sepa mal. Lo sabemos, pero es así, para muestra, un botón. Cifras, hechos
y datos. Para un trabajador con ingresos menores de 12 000 euros, la
rebaja es del 100%. Con ingresos de 15 000 euros van a pagar un 28,8%
menos que en 2014, pero un 31% menos que en 2011, cuando ustedes
gobernaban. Todas las personas con ingresos de menos de 15 000 euros van
a pagar un 31% menos que cuando gobernaba el Partido Socialista. Con 30
000 euros van a pagar un 9,1% menos que en este año, pero un 4,63% menos
que cuando gobernaban ustedes. Con un salario de 150 000 euros pagarán
1,67 euros más que cuando ustedes gobernaban. Igual que en 2012 se
incrementó el gravamen complementario del IRPF mucho más a las rentas más
altas, ahora se baja mucho más a las rentas medias y bajas. Eso es
equidad y eso es progresividad.


De todo esto, señorías, van a votar en contra, como también
van a votar en contra de los mínimos personales y familiares. Suben más
de un 25% casi todos los mínimos familiares, y entre el 28% y el 30% los
mínimos por discapacidad y otros. Esas tres nuevas figuras de protección
social, esos impuestos negativos, van a protegerse con 1200 euros al año:
100 euros cada mes a todas esas familias. Ayudas que, además y lo que es
muy importante, son acumulables a otras.


Señorías, de todo lo anterior, de esas rebajas se desprende
que ciudadanos, familias y empresas tengan más dinero en el bolsillo, que
puedan aumentar el consumo y con él la producción, pero también el ahorro
y la inversión. Sí, hemos bajado los impuestos. Sí, lo hemos hecho. Lo
sabemos. Les molesta, les duele, les incordia. Pero lo hemos hecho. Y
estamos satisfechos de haber podido realizarlo, porque creemos en la
política económica y fiscal del Gobierno. Señorías, todas las medidas
debatidas hoy aquí son necesarias, útiles y adecuadas. No es momento de
debates absurdos, obsoletos y estereotipados. Es la hora de dar
soluciones factibles y realistas para seguir avanzando. A lo largo del
debate de esta reforma fiscal en el Senado se ha hecho un importante
esfuerzo por llegar a acuerdos, incorporando al texto de los tres
proyectos de ley aquí debatidos, algunas de sus propuestas y otras
nuevas. Asimismo, con nuestras propias enmiendas hemos mejorado
igualmente el texto inicial.


Gracias a todos los que han colaborado. Creo que de ello
podemos sentirnos satisfechos. Hubiéramos querido, señorías, que todo lo
anterior saliera adelante con su apoyo. Nosotros, por nuestra parte,
seguimos con la determinación, la firmeza y el convencimiento necesario
para seguir legislando en pro de la recuperación económica y la creación
de empleo. España saldrá adelante, pese a sus votos en contra.









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El señor PRESIDENTE: Vaya terminando, señoría.


La señora RIPOLL JUAN: Y vamos a conseguirlo
─coma─, una vez más ─punto─.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Ripoll.


Llamen a votación. (Pausa).


Cierren las puertas.


MODIFICACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA


MODIFICACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN PLENARIA DEL
DÍA 13 DE NOVIEMBRE DE 2014 PARA LA INCLUSIÓN EN EL MISMO DE LA
HABILITACIÓN DE TODOS LOS DÍAS Y HORAS DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y
DICIEMBRE DE 2014 PARA LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS
GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2015.


(Núm. expte. 550/000048)


El señor PRESIDENTE: Antes de proceder a la votación de las
enmiendas del Proyecto de Ley de modificación del IVA, tengo que someter
al plenario la modificación del orden del día.


Al amparo de lo previsto en el artículo 71.4 del Reglamento
del Senado, solicito la aprobación de la mayoría de los senadores
presentes para proceder a la modificación del orden del día de esta
sesión para la inclusión de un nuevo punto relativo a la habilitación
para la tramitación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2015. ¿Se aprueba dicha modificación del orden del
día? (Asentimiento).


Muchas gracias. Queda modificado.


7. HABILITACIONES


7.1. PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
PARA EL AÑO 2015.


(Núm. exp. 551/000054)


El señor PRESIDENTE: Una vez modificado, tenemos otro punto
nuevo. Habilitaciones: Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2015.


La Mesa de la Cámara, oída la Junta de Portavoces, en su
reunión del día 11 de noviembre de 2014 ha acordado solicitar al Pleno la
habilitación de todos los días y horas de los meses de noviembre y
diciembre del año en curso para la tramitación del citado proyecto de
ley, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 76 y 77 del Reglamento
del Senado. ¿Se aprueba dicha habilitación? (Asentimiento).


Queda aprobada. Muchas gracias.


Les recuerdo a los señores senadores y senadoras que
pertenecen a la Mesa y portavoces de la Comisión Especial de Estudio
sobre las medidas a desarrollar para evitar la despoblación de las zonas
de montaña que se van a reunir, al terminar el Pleno, en la sala Luis
Carandell.


6. PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


6.2. DICTÁMENES DE COMISIONES


6.2.4. PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN LA LEY
37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, LA LEY
20/1991, DE 7 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LOS ASPECTOS FISCALES DEL
RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL DE CANARIAS, LA LEY 38/1992, DE 28 DE DICIEMBRE,
DE IMPUESTOS ESPECIALES, Y LA LEY 16/2013, DE 29 DE OCTUBRE, POR LA QUE
SE ESTABLECEN DETERMINADAS MEDIDAS EN MATERIA DE FISCALIDAD
MEDIOAMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS Y FINANCIERAS.
(Votación).


COMISIÓN: HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


(Núm. exp. 621/000093)









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El señor PRESIDENTE: Procedemos, a continuación, a la
votación de las enmiendas. En primer lugar, votamos las enmiendas del
senador Martínez Oblanca, números 58, 67, 69, 79, 86 y 87


Comienza la votación (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 4; en contra, 130;
abstenciones, 67.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas números 66 y 73.


Comienza la votación (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 4; en contra, 180;
abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda número 68.


Comienza la votación (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 14; en contra, 182;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas números 80 y 83.


Comienza la votación (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 14; en contra, 130;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 62.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 5; en contra, 180;
abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 64.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 15; en contra, 181;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 72.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 3; en contra, 181;
abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 71.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 14; en contra, 181;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 55, 57, 60 y 81.


Comienza la votación. (Pausa).









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12766




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 199; a favor, 14; en contra, 129;
abstenciones, 56.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 56 y la 59.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 15; en contra, 129;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 54, 65, 70, 74, 77, 78, 84 y 85.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 4; en contra, 128;
abstenciones, 68.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 63 y 75.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 4; en contra, 129;
abstenciones, 68.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De los senadores Fuster, Ibarz y Santos votamos las
enmiendas 88 a 90, 92 y 93.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 20; en contra 179;
abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 91, 95 y 96.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 15; en contra, 180;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De los senadores Iglesias y Mariscal votamos las enmiendas
2, 12 y 14.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 68; en contra, 129;
abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 3, 10, 17 a 19, 30 y 31.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 57; en contra, 129;
abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 6, 15, 16, 20, 22 a 26 y 28.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 3; en contra, 181;
abstenciones, 16.









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12767




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 7 y 8.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 199; a favor, 14; en contra, 129;
abstenciones, 56.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 9, 11 y 32.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 4; en contra, 130;
abstenciones, 67.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 13, 21, 27 y 29.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 13; en contra, 183;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del senador Quintero votamos las enmiendas 33 y 46.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 2; en contra, 129;
abstenciones, 70.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 39 y 43.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 2; en contra, 182;
abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 42.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 200; votos emitidos, 198; a favor, 12; en contra, 128;
abstenciones, 58.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 40 y 44.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 15; en contra, 129;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 41.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 14; en contra, 181;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 45.


Comienza la votación. (Pausa).









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12768




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 58; en contra, 129;
abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De la senadora Domínguez votamos la enmienda 52.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 5; en contra, 129;
abstenciones, 67.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 53.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 57; en contra, 129;
abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Vasco votamos las enmiendas 48 y
49.


Comienza la votación (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 72; en contra, 126;
abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Entesa votamos la enmienda 152.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 55; en contra, 131;
abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 153.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 55; en contra, 130;
abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 165.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 65; en contra, 130;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 154 a 158 y 162.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 66; en contra, 130;
abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 149, 160, 161, 163 y 164.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 199; a favor, 55; en contra, 129;
abstenciones, 15.









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12769




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 166, 167, 177, 179 y 196.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 67; en contra, 129;
abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 168, 175, 182 a 184 y 195.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 199; a favor, 55; en contra, 128;
abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 170, 171, 180, 181, 185, 187 a 191 y
193.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 2; en contra, 181;
abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 172 y 173.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 14; en contra, 130;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 174, 176 y 197.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 3; en contra, 131;
abstenciones, 67.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 178, 186, 192 y 194.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 13; en contra, 130;
abstenciones, 58.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas de Convergència i Unió. En primer
lugar, enmiendas 104 y 110. Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 13; en contra, 130;
abstenciones, 58.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 120.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 199; a favor, 12; en contra, 180;
abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 139.


Comienza la votación. (Pausa).









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 13; en contra, 131;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 105 y 142.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 17; en contra, 178;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 127.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 25; en contra, 127;
abstenciones, 49.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 146.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 21; en contra, 126;
abstenciones, 53.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 141.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 70; en contra, 127;
abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 101 y 121 a 126.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 15; en contra, 127;
abstenciones, 59.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 108, 113, 132, 144 y 145.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 199; a favor, 11; en contra, 183;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 116 a 118 y 143.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 12; en contra, 183;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 98, 100, 106, 109, 134, 137, 140 y
147.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 12; en contra, 130;
abstenciones, 59.









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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 99, 111, 112, 114, 115, 119, 128,
130, 133, 135 y 136.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 201; a favor, 12; en contra, 131;
abstenciones, 58.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Socialista, votamos la enmienda
207.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 53; en contra, 132;
abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 215.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 200; votos emitidos, 199; a favor, 64; en contra, 129;
abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 199, 200, 202, 203, 209 y 212.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 201; votos emitidos, 200; a favor, 67; en contra, 129;
abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 201, 208, 210, 211, 213 y 214.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 54; en contra, 129;
abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la vuelta al texto del Congreso, en lo modificado
por el informe de la ponencia, menos las siguientes transaccionales:
Transaccional sobre la base de las enmiendas 206, del Grupo Parlamentario
Socialista; 103, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
Convergència i Unió; 5, del Grupo Parlamentario Mixto, y 151, del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Transaccional sobre la base de las enmiendas 1, del Grupo
Parlamentario Mixto (IU) y 88, de los senadores Fuster Muniesa, Ibarz
Ibarz y Santos Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado;
97, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió;
148, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; 198, del
Grupo Parlamentario Socialista; y 224, del Grupo Parlamentario Popular en
el Senado.


Transaccional sobre la base de la enmienda 4, del Grupo
Parlamentario Mixto; 92, de los senadores Fuster Muniesa, Ibarz Ibarz y
Santos Fernández, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado; 102, del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió; 150 y 169,
del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, y 205, del Grupo
Parlamentario Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 202; a favor, 55; en contra, 142;
abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de modificación del dictamen con
número de registro 145 882 firmada por todos los grupos.


Comienza la votación. (Pausa).









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 199; a favor, 140; en contra, 2;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
145 883 firmada por todos los grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 138; en contra, 6;
abstenciones, 56.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
145 884 firmada por todos los grupos y corregida por escrito con número
de registro 145 916.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 146; en contra, 1;
abstenciones, 53.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
145 885 firmada por todos los grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 142; en contra, 1;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
145 886 firmada por todos los grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 143; abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
145 911 sobre las enmiendas 61 del senador Martínez Oblanca, 107 del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió, 159 del
Grupo Parlamentario Entesa y 204 del Grupo Parlamentario Socialista,
firmada por todos los grupos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 198; en contra, 1;
abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de modificación con número de registro
145 912 sobre las enmiendas 94 de los senadores Fuster, Ibarz y Santos y
131 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió
firmada por 5 grupos y corregida por escrito con número de registro 145
917.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 200; a favor, 140; en contra, 3;
abstenciones, 57.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Señorías, votamos en un solo acto aquellas partes del
proyecto de ley enmendadas en comisión y no comprendidas en la votación
anterior.


Comienza la votación. (Pausa).









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 202; a favor, 126; en contra, 55;
abstenciones, 21.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Señorías, votamos en un solo acto el resto del proyecto de
ley.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
presentes, 202; votos emitidos, 202; a favor, 126; en contra, 55;
abstenciones, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. (Aplausos).


Tal como dispone el artículo 90 de la Constitución, se dará
traslado de las enmiendas aprobadas por el Senado al Congreso de los
Diputados para que este se pronuncie sobre las mismas en forma previa a
la sanción del texto definitivo por S. M. el Rey.


Señorías, se levanta la sesión.


Eran las dieciséis horas y treinta y cinco minutos.