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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 287, de 11/06/2015
cve: DSCD-10-PL-287 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 287

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO

Sesión plenaria núm. 270

celebrada el jueves,

11 de junio de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Dictámenes de la Comisión del Estatuto de los Diputados:


- Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaración de actividades de excelentísimos señores diputados. (Número de expediente 042/000048) ... (Página6)


Enmiendas del Senado:


- Proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y por la
que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 99-1, de 23 de junio de 2014. (Número de expediente 121/000099) ... href='#(Página10)'>(Página10)


- Proyecto de Ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. 'BOCG. Congreso de los
Diputados', serie A, número 100-1, de 23 de junio de 2014. (Número de expediente 121/000100) ... (Página21)


- Proyecto de Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 136-1, de 13 de marzo de 2015. (Número de expediente 121/000136) ... href='#(Página28)'>(Página28)


Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley Orgánica del Código Penal Militar. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 110-1, de 5 de septiembre de 2014. (Número de expediente 121/000107) ... (Página34)



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- Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 138-1, de 20 de marzo de
2015. (Número de expediente 121/000138) ... (Página45)


- Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A,
número 139-1, de 20 de marzo de 2015. (Número de expediente 121/000139) ... (Página45)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 143-1, de 17 de abril de 2015. (Número de
expediente 121/000143) ... (Página62)


- Proposición de Ley Orgánica para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 219-1, de 27 de
febrero de 2015. (Número de expediente 122/000195) ... (Página74)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página89)


Dictámenes de la Comisión del Estatuto de los Diputados. (Votación) ... (Página90)


Enmiendas del Senado. (Votación) ... (Página90)


Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página92)


Votación de conjunto ... (Página94)


Votación de conjunto ... (Página100)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página100)


SUMARIO


Dictámenes de la Comisión del Estatuto de los Diputados ... (Página6)


Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaración de actividades de excelentísimos señores diputados ... (Página6)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Álvarez Sostres, del Grupo Parlamentario Mixto; Nuet Pujals, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Macias i Arau, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió); Echávarri Fernández, del Grupo Parlamentario Socialista, y Romero Girón, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmiendas del Senado ... (Página10)



Página 3





Proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y por la que
se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia ... (Página10)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Iñarritu García, del Grupo Parlamentario Mixto, y Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Díez González, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y
Democracia; los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, y Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); la señora Silva Rego, del Grupo Parlamentario Socialista, y el
señor Elorriaga Pisarik.


Hacen uso de la palabra los señores ministros de Justicia (Catalá Polo) y de Asuntos Exteriores y de Cooperación (García-Margallo Marfil).


La Presidencia informa de que las votaciones no se realizarán antes de las cinco de la tarde.


Proyecto de Ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo ... href='#(Página21)'>(Página21)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Cuadra Lasarte, del Grupo Parlamentario Mixto; Martínez Gorriarán, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Coscubiela Conesa, del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Morlán Gracia, del Grupo Parlamentario Socialista, y Matos Mascareño, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proyecto de Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión ... (Página28)


En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Larreina Valderrama, del Grupo Parlamentario Mixto; Calduch Cervera, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, y Coscubiela Conesa, del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; la señora Riera i Reñé, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); y los señores Hurtado Zurera, del Grupo Parlamentario Socialista, y López Garrido, don José, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas ... (Página34)


Proyecto de Ley Orgánica del Código Penal Militar ... (Página34)


En defensa de las enmiendas que se mantienen vivas para su defensa en Pleno intervienen los señores Tardà i Coma, del Grupo Parlamentario Mixto, y Agirretxea Urresti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Lozano Domingo, del
Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; los señores Sanz Remón, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Xuclà i Costa, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); López Garrido, don Diego, del
Grupo Parlamentario Socialista, y Ferrer Roselló, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales ... (Página45)


Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica ... (Página45)


En defensa de las enmiendas que se mantienen vivas para su defensa en Pleno intervienen los señores Urbina Fernández, del Grupo Parlamentario Mixto, y Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Díez González, del
Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); De la Rocha Rubí y la
señora Rodríguez Ramos, del Grupo Parlamentario Socialista, así como el señor Conde Bajén, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Debates de totalidad de iniciativas legislativas ... (Página62)


Proyecto de Ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación ... (Página62)


El señor ministro de Justicia (Catalá Polo) presenta a la Cámara el proyecto de ley de referencia.


En defensa de su enmienda a la totalidad de devolución interviene la señora García Álvarez, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Calduch Cervera, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió); Corcuera Plaza, del Grupo Parlamentario Socialista, y De Olano Vela, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición de Ley Orgánica para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo ... (Página74)


En defensa de su enmienda a la totalidad de texto alternativo interviene la señora Fernández Davila, del Grupo Parlamentario Mixto, así como en turno de fijación de posiciones la señora Jordà i Roura, los señores Salvador Armendáriz y
Baldoví Roda y la señora Enbeita Maguregi, del mismo grupo.


En defensa de sus enmiendas a la totalidad de texto alternativo intervienen las señoras De las Heras Ladera, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, y Montón Giménez, del Grupo Parlamentario Socialista.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Agirretxea Urresti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Martínez Gorriarán, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; así como las señoras Tarruella Tomàs y
Ciuró i Buldó, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y González Vázquez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


La Presidencia informa de que se encuentra presente en la tribuna de invitados el comisario europeo de Agricultura y Desarrollo Rural, excelentísimo señor don Phil Hogan.



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Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página89)


Sometidos a votación separada los puntos de la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la posición del Gobierno en relación al drama humanitario que se está
produciendo en el Mediterráneo, las propuestas de la Unión Europea en materia de política de asilo y la respuesta del Gobierno a dichas propuestas, son rechazados todos.


Sometida a votación la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre las medidas que piensa llevar a cabo el Gobierno para renovar y actualizar el Acuerdo sobre un Código de
Conducta en relación con el 'Transfuguismo', con la incorporación de la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, se rechaza por 111 votos a favor, 177 en contra y 20 abstenciones.


Dictámenes de la Comisión del Estatuto de los Diputados. (Votación) ... (Página90)


Sometido a votación el dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaración de actividades de señores diputados, se aprueba el dictamen referido a don Agustín Conde Bajén por 176 votos a favor, 116 en contra y 17
abstenciones, y se aprueba el resto del dictamen de la Comisión por 295 votos a favor y 16 abstenciones.


Enmiendas del Senado. (Votación) ... (Página90)


Sometidas a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se
modifica el artículo 23 del Código Civil y por la que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, son aprobadas todas.


Sometidas a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2004, de 5 de marzo, son aprobadas todas.


Sometidas a votación las enmiendas del Senado proyecto de ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, son aprobadas todas.


Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página92)


Sometidas a votación las enmiendas al proyecto de ley Orgánica del Código Penal Militar, son rechazadas todas.


Sometido a votación separada el dictamen de la Comisión, queda aprobado.


Votación de conjunto ... (Página94)


Sometida a votación de conjunto, por tener la iniciativa carácter de ley orgánica, se aprueba por 180 votos a favor más 1 voto telemático, 181; 18 en contra y 112 abstenciones.


Sometidas a votación las enmiendas al proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, son rechazadas todas.



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Sometido a votación el dictamen de la Comisión, se aprueba por 170 votos a favor, 116 en contra y 19 abstenciones.


Se someten a votación las enmiendas al proyecto de ley Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.


Sometido a votación el dictamen de la Comisión, se aprueba por 176 votos a favor, 118 en contra y 21 abstenciones.


Votación de conjunto ... (Página100)


Sometida a votación de conjunto, por tener la iniciativa carácter de ley orgánica, se aprueba por 182 votos a favor más 1 voto telemático, 183; 112 en contra y 21 abstenciones.


Debates de totalidad de iniciativas legislativas ... (Página100)


Sometida a votación la enmienda a la totalidad de devolución al proyecto de ley de reforma del Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, se rechaza por 11 votos a favor, 298 en
contra más 1 voto telemático, 299, y 1 abstención.


Sometidas a votación las enmiendas a la totalidad de texto alternativo a la proposición de ley Orgánica para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo,
son rechazadas todas.


Eran las seis y cinco minutos de la tarde.


Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS:


- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXCELENTÍSIMOS SEÑORES DIPUTADOS. (Número de expediente 042/000048).


El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.


El primer punto del orden del día es el relativo al dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaración de actividades de los señores diputados. Aquí los grupos que deseen hacer uso de la palabra tienen cinco minutos.
Por lo que se me ha manifestado, por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Álvarez Sostres.


El señor ÁLVAREZ SOSTRES: Señor presidente, tomo la palabra desde esta tribuna para trasladarles mi posición sobre los extremos del dictamen que nos ocupa elevado por la Comisión del Estatuto de los Diputados, tras la reunión habida por sus
integrantes el pasado martes, día 26 de mayo, a efectos de resolver la declaración de compatibilidades de diez señoras y señores diputados. En esa sesión se analizaron todos los extremos del mismo, singularmente un dosier con varios escritos y
documentos sobre la declaración de compatibilidad del señor diputado don Agustín Conde Bajén, en el que, tras noticias aparecidas en los medios de comunicación, se ponía en cuestión la declaración de compatibilidad del mencionado diputado. Dicho
dosier motivó un informe del señor letrado de la Comisión del Estatuto de los Diputados con las conclusiones correspondientes y se sometió a la consideración y votación posterior de los integrantes de esa Comisión. La posición política de mi
partido fue contraria a aprobar el expediente del señor Conde, salvando específicamente mi voto, y considerar positivo a efectos del dictamen las situaciones de los nueve diputados y diputadas restantes que cuentan con mi voto indubitable. Varias
son



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mis consideraciones al respecto. En primer lugar, que a lo largo de la legislatura trasladé en innumerables intervenciones cuál es mi posición sobre los temas que afectan a la moral pública y al valor ejemplarizante de los servidores
públicos, y nosotros lo somos, desde el presidente del Gobierno hasta el último de los funcionarios y cargos públicos.


En segundo lugar, que, consecuentemente, es preciso impulsar cambios que obstaculicen la oscuridad y la opacidad en la vida de responsabilidad pública e impulsen la tan necesaria limpieza y transparencia en el ejercicio público de esas
responsabilidades. En este sentido, en mi opinión, se hace perentorio modificar el propio Reglamento de la Cámara en su artículo 19 y las competencias de la propia Comisión en materia de investigación, de indagación y declaración de bienes, con el
fin de contribuir al ejercicio real de las transparencia tan solicitada por esta Cámara y por toda la sociedad. Cualquier dilación en este campo solo contribuye a fosilizar y a esterilizar su propio funcionamiento y a darle carácter meramente
formal y artificial a esta Comisión.


En tercer lugar, a la vista del propio informe del señor letrado, que se manifiesta sobre una -entrecomillo- actividad ahora declarada que lo debió ser anteriormente -y siguen las comillas-, considerar que más allá de si era compatible o no,
tal omisión desde la aprobación por esta Cámara del dictamen de la Comisión de 25 de abril de 2012, es decir, hace más de tres años, resulta inaceptable e inasumible en mi estimación, como lo sería en el propio marco jurídico de la Función pública.


En cuarto lugar, manifiesto mi opinión -ya trasladada al señor presidente de la Comisión- de que los expedientes de todo orden, pero sobremanera aquellos expedientes de carácter controvertido, puedan ser analizados con carácter previo a la
sesión de la Comisión, a fin de que las opiniones, y en su caso resoluciones, se fundamenten en un análisis profundo de los expedientes presentados.


En último lugar, quiero manifestar lo inapropiado que me resulta presentar para su aprobación un dictamen único aunque singularizado, lo que me obliga a pedir votación separada para el expediente controvertido de don Agustín Conde Bajén. Y
habida cuenta de las limitaciones reglamentarias, no lo apoyaré, salvando además mi voto explícitamente de los efectos de la votación final de esta Cámara.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Álvarez Sostres.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Martínez Gorriarán, según tengo aquí apuntado. ¿Quiere usted intervenir? (Denegación). Pues se lo agradezco especialmente.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Nuet.


El señor NUET PUJALS: Gracias, señor presidente.


Doy traslado al plenario de las opiniones que ya en la Comisión del Estatuto de los Diputados manifestó mi grupo parlamentario. Estamos ante una situación que hasta ahora en teoría no había aparecido en esta Cámara. Las declaraciones de
los diputados y las diputadas se basan especialmente en un concepto: el concepto de la confianza, en pensar que aquello que los diputados y las diputadas declaran es cierto y, por tanto, en creer a partir de aquí que es compatible o incompatible
con la ley y con el Reglamento de la Cámara aquello que han manifestado. Pero, ¿qué ocurre cuando se comprueba que alguna de esas declaraciones omite información sensible y por tanto la confianza no puede seguir siendo la misma? Estamos ante ese
caso.


Nuestro grupo parlamentario ha pedido informes contrastados sobre las actividades de dos diputados de esta Cámara, de don Agustín Conde y de don Vicente Martínez-Pujalte, al pensar que parte de sus declaraciones son insuficientes, por decir
una palabra sencilla y, por tanto, necesitamos saber si es cierto o no lo que han declarado y si es cierto o no que sus actividades son compatibles con su condición de diputados. En ese debate se nos dijo que se iba a hacer un informe que ya nos
han presentado -este- (Muestra un documento) con la opinión sobre las actividades de don Agustín Conde. ¿Cuál es el problema? Repito lo mismo, este informe está basado en la confianza. Y la confianza, como he dicho antes, se ha quebrado y hay que
reconstruirla. Por tanto, ¿qué es lo que pedimos? Pedimos un informe contrastado. En primer lugar, queremos saber si lo que el diputado dice es cierto o no y si es la realidad. Si eso no se hace, evidentemente no podemos votar a favor de esta
declaración. En segundo lugar, pediríamos la separación de esta pieza y la votación por separado del expediente que afecta al diputado Agustín Conde.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Nuet.


Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Macias.



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El señor MACIAS I ARAU: Señor presidente, estimados y escasos señoras y señores diputados presentes en la sala, mi grupo, como ustedes saben perfectamente, en estos temas ha intentado siempre actuar con suma prudencia, con sumo rigor y con
sumo respeto a unos principios de lealtad democrática y también en este caso nuestra actitud va a estar guiada por los mismos elementos. Participamos, como no podía ser de otra manera, en el debate en el seno de la Comisión del Estatuto de los
Diputados. Quiero decirles a los señores diputados que no forman parte de esta Comisión -en la que participo como secretario- que, a mi parecer, por lo que se refiere al señor Conde, esta Comisión del Estatuto de los Diputados ha hecho su trabajo
con rigor y su dictamen se ajusta a la demanda de lo que se pidió, es decir, vamos a ver en qué circunstancias se han producido o no estas actuaciones, vamos a ver si de las declaraciones se desprende que algo se ha hecho o no. En este sentido,
nuestro grupo manifestó que los tres puntos referidos al señor Conde reflejan, a nuestro entender, la realidad. En primer lugar, el señor Conde está en situación de activado como reservista voluntario de la Armada. No hay ningún problema, es una
actuación de la que ya hay otros precedentes y, por tanto, no tiene elementos a destacar. En segundo lugar, el tema más controvertido pero de escaso alcance desde el punto de vista real y fáctico, que es lo que puede interesar a los ciudadanos, que
es su actividad como administrador único de una entidad que no ha llegado a actuar de forma real. La Comisión del Estatuto de los Diputados reconoce que -leo textualmente- dicha actividad debió ser declarada, no se hizo, aunque luego se puso en
conocimiento que dicha actividad no había comportado ninguna actuación y ya se ha abandonado. Por tanto, esta es una fotografía real de la situación para que todo el mundo pueda juzgar en consecuencia. La Comisión del Estatuto de los Diputados,
señorías, no es un tribunal, no hay que verla como un tribunal de la Inquisición, simplemente es un marco en el que se posibilita una acción de transparencia. Por tanto, la Comisión del Estatuto de los Diputados ha hecho en este caso su cometido
diciendo exactamente lo sucedido y el alcance del mismo para que cada cual pueda evaluar, en función de los criterios que sean, las consecuencias o no de una determinada actuación. ¿Se ha producido un hecho fuera de la normalidad que es que no se
declaró en su momento una actividad? Ciertamente. ¿Esta actividad tuvo contenido real? Ciertamente, de la documentación que obra en la Comisión se desprende que no hubo actuación real. ¿Está esta situación en estos momentos absolutamente
normalizada? Lo está. Por tanto, a partir de estos hechos transparentes, los ciudadanos pueden formular su juicio particular. Como compañero diputado, como miembro de esta Comisión y como representante de un partido político creo que debemos ser
muy finos y muy estrictos en el cumplimiento de nuestras obligaciones.


Señorías, yo sé que el ambiente en estos momentos puede inducir a grandes soflamas, pero la transparencia, la regeneración democrática y el hecho de que los ciudadanos sepan lo que cada uno hace no necesita de grandes inquisidores; necesita
de la claridad, de la transparencia, de la buena voluntad, de alejarse de las grandes palabras, de alejarse de los grandes juicios y ceñirse al estricto cumplimiento de las obligaciones. Esto es lo que hemos hecho y, por tanto, a partir de aquí
podemos estar satisfechos de la actuación de la Comisión del Estatuto de los Diputados.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Macias.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Echávarri.


El señor ECHÁVARRI FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.


El dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados que hoy se va a votar se refiere a las declaraciones de actividades realizadas por diez diputados y diputadas de esta Cámara. La práctica totalidad de ellos, o de ellas -nueve- han
presentado la declaración que da origen al dictamen con motivo de su alta como miembros de esta Cámara o por haberse producido alguna modificación en las circunstancias declaradas anteriormente y no se observa en estas declaraciones motivo alguno
para hacer una especial reseña de ninguno de estos aspectos. Por tanto, mi grupo las avalará. Pero una de las declaraciones presentadas no se ha producido como consecuencia de modificación alguna de las actividades; me refiero a la del diputado
Conde Bajén.


Dejando a un lado y sin entrar hoy en el asunto de su activación como reservista voluntario de la Armada, el dictamen de la Comisión sobre el señor Conde tiene como origen aparente una declaración extemporánea, por la que este diputado
comunica a la Cámara circunstancias y actividades que no se comunicaron cuando se debería haber hecho, es decir, cuando tomó posesión al inicio de la legislatura. El señor Conde declaró al inicio de la legislatura dos actividades: la de
administrador único de una asesoría jurídica y la del ejercicio de la abogacía. Más de tres años después, el diputado comunica que ha sido



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también administrador único de la entidad Eco-Witt, sociedad limitada, y el apoderamiento a su favor de dos sociedades, las entidades Altamira Real Estate y Santander Titulización Gestora de Fondos, filiales ambas del Banco de Santander. La
pregunta que podría hacerse cualquiera es: ¿Recordó de pronto el diputado Conde su actividad para estas empresas? No, su declaración no responde a un recuerdo repentino, sino a lo que a continuación voy a detallar. Estas actividades fueron de
conocimiento público no por la actualización de la declaración por el propio diputado, sino gracias a la información de un medio de comunicación. De hecho, la primera reacción del diputado fue reconocer la propiedad de la empresa, pero no quiso
confirmar las actividades de asesoría incluidas en la información, alegando la confidencialidad de su actividad como abogado. Por ello, el Grupo Parlamentario Socialista solicitó que se activara el procedimiento previsto en el Acuerdo de la Mesa
del Congreso de los Diputados de 29 de mayo de 1990, de atribución de facultades a la Comisión del Estatuto de los Diputados para investigar los asuntos de interés público relacionados con las actividades declaradas de los diputados.


¿Qué es lo que pretende el Grupo Popular, único grupo que apoyó, por cierto, el dictamen favorable de este diputado, aprobándolo en esta Cámara? Pretende tres cosas: que avalemos tácitamente el cierre de la investigación que fue solicitada
por el Grupo Socialista; que, en relación con la propiedad y administración de la empresa Eco-Witt, aunque debería haberlo declarado al inicio de la legislatura, no pasa nada por haberlo hecho a falta de unas semanas para que finalice, y en tercer
lugar, que los apoderamientos para la prestación de servicios en entidades filiales de una entidad financiera no incumplan el régimen de incompatibilidades previsto en la Loreg. Nosotros no podemos apoyar este dictamen en su totalidad, no podemos
dar por bueno lo referido al señor Conde y así lo haremos valer en la votación, también separada. Porque será tanto como negarse a dar respuesta a muchos interrogantes que se suscitan en este supuesto, entre otros, los siguientes. ¿Es razonable,
como pretende el Grupo Parlamentario Popular, que un miembro de esta Cámara, siendo ya diputado constituya y ejerza como administrador único de una sociedad en cuya parte de su objeto social figura la comercialización de energía eléctrica, y que
aceptemos ahora ante una declaración forzada y tardía, más de tres años después y sin ninguna comprobación, que, según declara ese diputado, en la práctica no se ha dedicado a esas actividades? ¿Puede mantenerse que no se pueden prestar servicios
en entidades financieras pero no hay inconveniente para hacer la misma prestación de servicios para entidades financieras, como si no existiera con carácter general para todos los parlamentarios el régimen de dedicación absoluta y la
incompatibilidad para desempeñar puestos de trabajo retribuidos por cuenta ajena en el artículo 157 de la Loreg? ¿Tenemos que aceptar que esta Cámara no disponga de instrumento alguno, aunque solo sea desde la responsabilidad política, para
verificar que se cumplan las condiciones de autorización de una actividad privada? No. No podemos aceptar la respuesta que quiere dar el Grupo Parlamentario Popular y no podemos aceptar, especialmente, que con todos estos interrogantes abiertos se
pretenda dar cerrojazo, no ya a la investigación solicitada por el Grupo Parlamentario Socialista, sino a una mínima comprobación de las circunstancias que el propio diputado alega en su escrito. No lo vamos a aceptar y no vamos a votar a favor de
lo referente a este diputado. Y los ciudadanos tampoco aceptarán lo que ustedes quieren que diga esta Cámara, que ellos no pueden eludir el cumplimiento de las leyes que les afectan pero que tratándose de diputados no hay ningún problema en eludir
el régimen de dedicación y de incompatibilidades, o, lo que es lo mismo, las leyes que nos afectan.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Echávarri.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Romero.


El señor ROMERO GIRÓN: Muchas gracias, señor presidente.


Señoras y señores diputados, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Popular para fijar la posición del mismo con respecto al dictamen que hoy se trae a la aprobación de este Pleno. Pero permítanme que antes de hacerlo realice algunas
reflexiones sobre el funcionamiento de la Comisión del Estatuto del Diputado. Y lo hago un poco sorprendido por algunas declaraciones que he visto en prensa de algún miembro de esta Cámara y especialmente del portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista.


Fíjense qué cosa más curiosa. Estamos en la X Legislatura. Pues bien, el Grupo Parlamentario Socialista ha presidido esta Comisión en seis ocasiones y en las otras cuatro ha sido su vicepresidente, y qué casualidad que jamás, jamás ha
puesto objeción alguna a las incompatibilidades, al régimen de incompatibilidades, ni a los criterios de funcionamiento de esta Comisión, ni siquiera a los principios jurídicos que se han venido aplicando en la misma. No sé si ahora, impulsados por
el extremismo y el radicalismo que su secretario general ha impuesto al grupo, sin duda por el temor que han cogido al grupo de Podemos, han cambiado sus criterios



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y de ahí la intervención del Grupo Parlamentario Socialista. Pues bien, aunque la intervención que me ha precedido pueda dar otra sensación, quiero manifestar en primer lugar que esta Comisión ha venido siendo, hasta el día de hoy -no sé lo
que será a partir de ahora-, una Comisión diferente a las demás, completamente diferente a las demás. Y su diferencia está en que aquí, en esta Comisión, ha primado el trabajo técnico o jurídico sobre la valoración política o de conveniencia
política que a cada miembro de la Comisión le haya podido interesar en cada supuesto. Los dictámenes que salen de la Comisión del Estatuto de los Diputados son documentos fundamentalmente técnicos que se basan en la aplicación de la Ley Orgánica
del Régimen Electoral General conforme a los usos y a los precedentes fijados por la propia Comisión. Así ha sucedido desde la primera legislatura y especialmente desde la aplicación de la Loreg en el año 1985. Coincido con el portavoz del Grupo
de Convergència en que, efectivamente, esa Comisión no es ni un juzgado de instrucción ni la policía. Nos dedicamos a examinar cuáles son las actividades que nos declaran los señores diputados, a pedir las aclaraciones y a dictaminar sobre las
incompatibilidades, siempre según los precedentes que obran, y así lo hemos hecho en esta ocasión. Por tanto, me parece injusta la visión que quiere transmitirse de que la Comisión permite hacer cualquier cosa y modificar su criterio en cada caso
determinado.


En cuanto al dictamen, permítame, señor portavoz del Grupo Socialista, que tenga que manifestarle que no se ajusta a la realidad lo que ha venido usted a decir aquí, en este tribuna. El Grupo Parlamentario Socialista envió un escrito a la
Mesa de la Cámara denunciando las actividades de un diputado del Grupo Parlamentario Popular solicitando que lleváramos una investigación sobre el mismo en relación con el posible incumplimiento del artículo 17 del Reglamento de la Cámara, es decir,
por el posible tráfico de influencias. Y no fue la Comisión del Estatuto de los Diputados la que se negó a hacer esa investigación sino la propia Mesa de la Cámara, que es la que dirige los trabajos de este Parlamento. Efectivamente, en su acuerdo
-número de registro 192791- nos dice exactamente que, en relación con el escrito que su señoría presentó, nos limitáramos a examinar las actividades del diputado en relación con los apartados 2 y 3 del artículo 19 del Reglamento, es decir,
exclusivamente sobre la compatibilidad o incompatibilidad de las actividades que habían sido denunciadas por el Grupo Socialista haciéndose eco de lo transmitido en medios de comunicación. Y el presidente de la Comisión no hizo más que solicitar un
dictamen al letrado de la Comisión -y espero, señores socialistas, que su nueva situación no les haga dudar de la imparcialidad, de la objetividad, además de la preparación y competencia de los servicios jurídicos de esta Cámara, espero que no;
nosotros por lo menos no lo hacemos- y el dictamen del letrado fue muy claro: en primer lugar, la actividad de asesoramiento externo a una entidad de crédito no está incluida en el artículo 159.2 del Reglamento de la Cámara y, por tanto, es una
actividad compatible, es el ejercicio de la profesión de abogado para lo que estamos autorizados muchos de los diputados de esta Cámara; en segundo lugar, una actividad como administrador único de una sociedad privada -que, efectivamente, según el
propio diputado, no había sido declarada porque se trataba de la administración de su propio patrimonio y creía que no era necesario declararla- también es compatible; es decir, no había sido declarada y es compatible. Y lo que hemos hecho ha sido
volcar el informe de los servicios jurídicos de la Cámara al dictamen de la Comisión. Por tanto, ambas actividades son compatibles. Sus señorías quieren seguir investigando, es decir, quieren que incumplamos la ley y que incumplamos el mandato que
nos hace la Mesa de la Cámara, y este grupo parlamentario no lo va a hacer, va a cumplir la ley, lo mismo que hemos hecho con el dictamen. Por eso, le pido a la Cámara que apruebe este dictamen en la seguridad de que cumplimos estrictamente la ley
y, por supuesto, como dije al principio, nos apartamos de cualquier oportunismo político como el que persigue el Grupo Parlamentario Socialista.


Muchas gracias, señor presidente, señoras y señores diputados. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Romero.


Cuando procedamos a votar, se votará diferenciadamente, como ha sido pedido por los grupos.


ENMIENDAS DEL SENADO:


- PROYECTO DE LEY EN MATERIA DE CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LOS SEFARDÍES ORIGINARIOS DE ESPAÑA QUE JUSTIFIQUEN TAL CONDICIÓN Y SU ESPECIAL VINCULACIÓN CON ESPAÑA, POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO CIVIL Y POR LA
QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA. (Número de expediente 121/000099).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado. Comenzaremos, en primer lugar, por las enmiendas aprobadas por el Senado al proyecto de ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes



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originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y por la que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por
residencia. En primer lugar, por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Iñarritu.


El señor IÑARRITU GARCÍA: Señor presidente, señorías, miembros de la Federación de Comunidades Judías de España (Pronuncia palabras en hebreo), desde Amaiur queremos señalar, en primer lugar, que hoy se dará un paso importante en aras de la
reparación de la tragedia que supuso la expulsión de cientos de miles de judíos de los reinos que componen hoy el Estado español y que supuso una de las mayores pérdidas intelectuales, culturales y de pluralidad que ha empobrecido en todas estas
áreas al Estado. El contexto en el que se produjo esa expulsión está encuadrado en varios siglos de imposición de una religión única, de una cultura única y de una lengua única, en la cual la espada y la cruz cabalgaron unidas hasta hoy. Eso ha
supuesto la represión de culturas, religiones e idiomas diferentes a la idea de la nacional católica y las consecuencias de todo aquello han llegado hasta nuestros días. Por eso, nosotros, los soberanistas vascos, independientemente de nuestro
posicionamiento a favor de la nacionalidad vasca, creemos que es positivo que este Estado reconozca la nacionalidad a todas y a todos los descendientes de las personas que fueron expulsadas de los reinos que hoy componen este Estado. Dicho esto,
queremos mostrar también nuestra decepción ya que esta ley, que tenía una vocación reparadora y de justicia, se ha ido tornando cada vez en un camino más difícil. Si observamos el procedimiento, las condiciones, el número de documentos a presentar,
traducciones juradas, tasas, exámenes de idioma y de cultura y tener que viajar al Estado, no podemos dejar de preguntarnos cuál es la razón de todas estas dificultades. Si esta ley tenía la vocación reparadora de una injusticia en la que se
produjeron expulsiones, explotaciones y desarraigos, lo lógico hubiera sido que se hubiese hecho sin que todo este procedimiento resultara tan gravoso para los solicitantes. Si ustedes han calculado cuánto costará a cada uno de los solicitantes
todo este procedimiento, verán que oscilará, como mínimo, entre 4.000 y 6.000 euros por cada uno de los miembros. ¿Por qué no se ha posibilitado realizar en los consulados estos procedimientos y se ha preferido que sea ante notario? ¿Por qué tan
solo un plazo de tres años, prorrogable a cuatro, y por qué no sine die si se trata de reparar una injusticia? No pongan plazos. ¿Por qué un examen de conocimiento del Estado y de idiomas? ¿Por qué no se ha reconocido un mayor papel a la
Federación de Comunidades Judías de España, que ostenta la representación de dichas comunidades ante las autoridades competentes en el Estado y que hubiera facilitado los procedimientos? Todos estos hechos nos llevan a pensar que el Gobierno tiene
la intención clara de que cuantos menos sean los solicitantes, mejor, y con el filtro económico se asegura que solamente puedan solicitar la nacionalidad aquellos miembros con un alto poder adquisitivo. De igual forma, teniendo en cuenta la
complicación tanto de viajes como de exámenes, solo podrá hacerlo gente joven. Como dice el proverbio judío: Para un hombre anciano cada colina es una montaña. Ustedes ya saben que difícilmente gente de edad podrá asumir dichas complicaciones y
trabas. El pasado año, un miembro de la comunidad judía sefardí del País Vasco norte, al comentarle esta nueva ley, me decía que no se fiaba de que se llevase a cabo y que, si se concluía, difícilmente se podría acceder a la nacionalidad.
Recientemente, esta persona me decía que le darían con mayor facilidad un Premio Nobel que la nacionalidad española. Teniendo en cuenta todos estos elementos, consideramos que no se puede hablar de una reparación; esta ley es más un símbolo, un
primer paso, pero no una ley que sirva para satisfacer a la mayoría de sefardíes, que les gustaría acceder a la nacionalidad española.


Por último, también queremos aprovechar la aprobación de esta ley para solicitar que en el futuro se impulsen leyes similares para otros colectivos descendientes de personas expulsadas y represaliadas por el Estado durante la historia. En
definitiva, lo consideramos un primer paso positivo, pero esperamos que en el futuro esta ley resultante de la voluntad limitadora del Partido Popular y su mayoría absoluta pueda ser modificada para flexibilizar las condiciones de acceso y todos y
todas las sefardíes que así lo deseen puedan solicitar la nacionalidad española.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Iñarritu.


Por el Grupo Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señor presidente.


Lamento no tener conocimientos de la lengua hebrea como mi predecesor en el uso de la palabra ha demostrado, ni siquiera del ladino, que es la lengua de los sefardíes. En todo caso les saludo en castellano para felicitarnos todos.



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Señor ministro, bien está lo que bien acaba, aunque acabe 500 años después de la expoliación de un derecho, como sucedió con la emisión del edicto de la reina Isabel I en el año 1492, que provocó la expulsión de un colectivo que, en virtud
de las expresiones consignadas en la exposición de motivos de este proyecto de ley -que raya ya en el lirismo excelso-, provocó la expulsión de personas que estaban inmersas en los reinos de España, constando sus aportaciones desde las perspectivas
más amplias -industriales, comerciales, culturales...-, cuyo recuerdo estaba grabado en piedra, que mantenían un caudal de nostalgia cuando fueron expulsados y que además no manifestaron rencor de ningún tipo cuando fueron expulsados. A mí me
gustaría conocer quién ha redactado una exposición de motivos con esta calidad lírica tan importante, y sobre todo cómo ha podido realizar una comprobación empírica difícil de realizar cuando dice que se marcharon o fueron expulsados sin rencor de
ningún tipo. Decía, señor ministro, que nunca es tarde para hacer justicia; ni siquiera 500 años después es tarde para hacer justicia. Estamos haciendo justicia mediante la provisión de la posibilidad de alcanzar la nacionalidad española a través
del mecanismo previsto en el artículo 23 del Código Civil, fundamentalmente a través de la llamada carta de naturaleza, lo cual no obliga a renunciar a la otra nacionalidad que poseen en este momento los sefardíes que quieran optar a la adquisición
de la nacionalidad española. Aquí hay mucho que reparar, han pasado muchas cosas en la historia. Los sefardíes expulsados del Reino de España tuvieron que ubicarse en otros países -balcánicos fundamentalmente, pero también en Grecia, en
Egipto...-, sufriendo avatares de todo tipo: 200.000 quedaron durante la Segunda Guerra Mundial bajo la Administración alemana y muchos de ellos fueron exterminados en campos de concentración. La deuda de gratitud con este colectivo que
aparentemente mantuvo el caudal de nostalgia con el Estado originario de pertenencia, con los reinos de España, nos obliga a adoptar una medida de estas características.


Señor ministro, el Senado nos aporta pocas novedades con las enmiendas aprobadas en el mismo, pero algunas nos provocan ciertas reservas intelectuales. El conocimiento -muy parecido a los test de integración de los extranjeros previstos en
la Ley de Extranjería; test de integración sobre cuya legitimidad nosotros hemos tenido siempre dudas-, por ejemplo, del derecho constitucional español por parte de los sefardíes para obtener la nacionalidad española, lo que podríamos extender
también a un conocimiento suficiente del derecho constitucional por parte de los españoles y me voy a atrever a decir que incluso en esta propia Cámara -quizá nos llevaríamos alguna sorpresa en relación con el conocimiento del derecho constitucional
español por parte de los diputados que conforman esta Cámara-; el conocimiento de la lengua -habría que preguntar al Cuerpo de Taquígrafos si todos los diputados de esta Cámara tienen un dominio de la lengua, manejando la sintaxis de forma adecuada
y la corrección lingüística exigible a un diputado cuya labor es orar, es realizar desde la tribuna o desde su escaño discursos que tienen que estar gramaticalmente bien configurados-. Son requisitos añadidos a otro tipo de exigencias: certificado
del presidente o cargo análogo de la comunidad judía de la zona de residencia -un elemento de acreditación que nos parece pertinente-, certificado de la autoridad rabínica competente por el idioma familiar, el uso del ladino, y algunos arcaísmos que
se consignan en el proyecto de ley que ustedes nos presentan y que no logramos entender. ¿Qué significa, por ejemplo, la no resolución del matrimonio según los sistemas matrimoniales previstos en el viejo derecho castellano? Deberíamos haber
acometido una actualización respecto a arcaísmos de esta naturaleza -de hecho, algunas de las enmiendas presentadas por mi grupo parlamentario hacían referencia a esta circunstancia-, y sobre todo la irrelevancia que ustedes confieren a algo tan
identificador para una persona sefardí como poseer un apellido sefardí, a lo cual se le priva de relevancia absolutamente.


Señor ministro, voy a acabar como empecé. Bien está lo que bien acaba, aunque sea muy tarde en el tiempo. Isabel I, un personaje político, como se dice ahora, sobrevalorado por algunos historiadores mercenarios por elementos patrioteros,
les expulsó. Otra reina, Isabel II, empezó a autorizar cementerio judíos en el Estado español. Práxedes Mateo Sagasta empezó a autorizar la ubicación de sinagogas en el Estado español. El senador Pulido consiguió forzar un real decreto del
Gobierno en el año 1924, que hasta 1930 posibilitó la adquisición de la nacionalidad española de 3.000 sefardíes. No sabemos por qué se interrumpió el tracto que posibilitaba este real decreto de adquirir la nacionalidad española, pero se acabó en
el año 1930 esta posibilidad, sin la derogación expresa de este real decreto que posibilitaba la adquisición de la nacionalidad española. Este proyecto de ley, con las reservas y con los requerimientos -algunos dudosos- que he manifestado va a
posibilitar que todos los sefardíes que superen los elementos de acreditación comentados en cuanto a su condición de sefardíes -piensen en lo del apellido, señor ministro; nos parece relevante- y que, además, tengan conocimientos suficientes de
derecho



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constitucional español -algo que no es requerido ni siquiera para ostentar la condición de diputado- y un conocimiento suficiente de la lengua española, podrán adquirir la nacionalidad española. No sería malo que ese buen conocimiento de la
lengua española fuera exigible también a los diputados de esta Cámara. En todo caso, señor ministro, vamos a terminar diciendo, parafraseando de nuevo a Locke, que nunca es tarde para hacer justicia, aunque esta dilación se provoque 500 años
después de la expoliación original.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra la señora Díez.


La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Gracias, presidente.


Saludo también en nombre de nuestro grupo, Unión Progreso y Democracia, a las comunidades sefardíes. Les saludo en nuestra lengua común y les doy la bienvenida a este hemiciclo y a nuestra patria común a partir de la ley que hoy se va a
aprobar.


Como se ha dicho, se trata de una reparación histórica que merece, en su tratamiento, una singularidad. Cuando en su momento debatimos las enmiendas de totalidad, se abrió el debate sobre el requerimiento de singularidad a la hora de tratar
a los sefardíes. Hay muchos colectivos que merecen reparación histórica porque han sido maltratados en la era moderna, pero nadie tiene ninguna duda de que lo que ocurrió con las sefardíes tiene una singularidad y por eso merece una ley particular;
una ley que espero aprobemos -como se hizo en Comisión- por unanimidad o, por lo menos, con un amplísimo consenso.


España tuvo algunas de las leyes antisemitas más antiguas de Occidente, como la ley del visigodo Sisebuto en el año 612; una ley que limitaba el derecho de propiedad a los judíos y preveía la condena a muerte del judío que convirtiera a un
cristiano. Creo que merece la pena recordar estas cosas. Como saben, el converso, a su vez, era vendido como esclavo. Estos son nuestros antecedentes, los antecedentes que hoy queremos reparar. Pese al antisemitismo católico y a la
discriminación legal bajo muchas y diferentes fórmulas, la comunidad judía española -los sefardíes- se convirtió en una de las más grandes, influyentes y activas de la Europa occidental. Toledo, Córdoba, Zaragoza, León, Gerona, Tudela eran
auténticos centros de referencia de la cultura judía del más alto nivel que era, a la vez, la cultura española. Eran referencia de nuestra cultura, de nuestra comunidad, de la comunidad de todos, la que nos incluye a todos nosotros. A lo largo del
siglo XIV hubo violentos ataques y matanzas de judíos en todos los reinos peninsulares; matanzas que obligaron a muchos judíos a convertirse a la fuerza y a practicar su religión y tradiciones de forma clandestina. En el momento del decreto de
expulsión de los Reyes Católicos que ya se ha citado aquí, la comunidad sefardí ascendía a decenas de miles de familias que rechazaban la conversión forzosa que se les ofrecía como única alternativa para poder seguir viviendo en España. En los
tiempos modernos, la conversión forzosa también ha sido algo que hemos conocido los españoles; aunque no fuera la conversión forzosa a una religión, la conversión forzosa a un totalitarismo de otro signo también lo hemos sufrido muchos españoles,
particularmente aquellos que vivimos en las tierras vascas; si queríamos seguir viviendo teníamos que convertirnos, y si no lo hacíamos teníamos riesgo de ser asesinados. Fue una aberración política aquello que ocurrió; una aberración política
que empobreció al país en todos los sentidos y acabó, por muchos siglos, con la tolerancia y el pluralismo religioso. Creo que eso también es algo que hoy debemos recordar. Tuvo esa consecuencia: acabar con la tolerancia política y con el
pluralismo político y religioso.


Esta ley que vamos a aprobar, que devuelve la nacionalidad española a sus descendientes, es una reparación moral, el reconocimiento de un grave y dañino error histórico que aún sigue vigente: el antisemitismo por que sí. Aún está vigente
el antisemitismo en nuestro país -hay que recordarlo-; aunque no lo amparen las leyes, el antisemitismo sigue presente entre nosotros y hemos de decirlo -quienes al menos así lo pensamos- en esta Cámara, que es la de la representación de todos los
españoles. Por eso esta ley supone un símbolo de reconciliación de una sociedad mayoritariamente plural: la España actual, la España democrática, la España constitucional. Por eso nos toca y nos corresponde hacerlo ahora y de esta manera. Se
trata, pues, de reparar, como decía, una injusticia histórica; se trata de reconocer el derecho a tener una patria a esos que el propio proyecto de ley denomina españoles sin patria, el reconocimiento de todos sus derechos de ciudadanía. Esta ley
ha de contribuir -contribuirá estoy segura- a cerrar heridas y a reparar, en las personas de sus descendientes, las consecuencias de la opresión y de la persecución que sufrieron. Parafraseando y



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recordando a Primo Levi: Puesto que comprender es imposible, recordar es un deber. Nuestro recuerdo, nuestro reconocimiento y nuestra bienvenida, y también nuestra petición de perdón.


Gracias, presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Díez.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Llamazares.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señor presidente.


Señorías, cualquier momento, y este lo es, es adecuado para recuperar la memoria y realizar un acto de reparación. Decía Walter Benjamin que la memoria es la historia de los derrotados, de los humillados y de los ofendidos. Hoy tendríamos
la oportunidad de hacer memoria y de que este acto fuera un acto de reparación, pero creo que no lo es o que lo es insuficientemente. Este acto es un gesto político. Podría decir también que es un gesto cicatero porque, lejos de reconocer la
nacionalidad en términos de reparación histórica, añade un nuevo procedimiento de adquisición de la nacionalidad por un método tortuoso y cicatero -como se ha dicho en esta Cámara- a los ya existentes. Si a eso le sumamos la costumbre del Partido
Popular de mezclar churras con merinas, hay que añadir las obsesiones del grupo proponente sobre quién debe gestionar la nacionalidad -en este caso, una gestión externa, los notarios- y establecer una tasa para el cumplimiento de la nacionalidad que
viene a confundir aún más este texto.


Señorías, nuestro grupo parlamentario retiró en su momento la enmienda a la totalidad confiando en que estos aspectos se superarían en el trámite parlamentario. No ha sido así. El trámite parlamentario resume como pocos el trámite
parlamentario de las reformas del Gobierno en materia de justicia. Primero era únicamente el reconocimiento de la nacionalidad a los sefardíes; más tarde era un nuevo procedimiento de adquisición de la nacionalidad por residencia; además, se
mezclaron otros aspectos sobre la gestión de la nacionalidad; el propio Grupo Parlamentario Popular presentó enmiendas que luego retiró; hemos cambiado dos veces el título de la ley... Señorías, al final uno no sabe muy bien cuál es el resultado
de todo esto, sino la confusión; confusión que, en nuestra opinión, deja insatisfechos a los propios sujetos de esta reforma, los sefardíes, y de la misma manera deja insatisfechos a otros. No hay un acto de reparación parcial si ese gesto
político provoca agravios e injusticias a otros. Para que los grupos parlamentarios retiráramos la enmienda, el Gobierno se comprometió a ver también otras situaciones especiales, aunque no sean comparables: moriscos, personas nacidas en Sidi
Ifni, saharauis, nietos de españoles que ya no tienen la nacionalidad española... Una serie de cuestiones que están pendientes para el reconocimiento de la nacionalidad española. Pues bien, el Gobierno donde dije digo, digo Diego y, finalmente,
ese compromiso de negociación y diálogo con los grupos parlamentarios no ha existido. Por tanto, como decía, reparación parcial, gesto político que no satisface a los sujetos que fundamentalmente tienen que ser reconocidos en esta ley, los
sefardíes, y que crea situaciones de agravio con otros colectivos. Además, señorías, era una oportunidad para llevar a cabo una modificación de fondo de nuestra legislación sobre nacionalidad que, por un parte, está dispersa en diversas leyes
contradictorias y que, por otra parte, debería haberse homologado en el marco superior que tenemos, que es la Unión Europea. Tampoco estas materias parecen importantes para el Gobierno y hemos visto cómo no se ha aprovechado esta oportunidad para
la reparación y la memoria en el sentido que aludía antes de Walter Benjamín, y tampoco se ha hecho para reformar y organizar nuestra legislación sobre nacionalidad. Utilizando una figura de Benjamin, es el ángel que vuelve la mirada atrás en la
historia y ve los escombros de esta ley: los escombros de la desmemoria, los escombros de la falta de justicia y de la falta de reparación. Esa sensación tenemos nosotros hoy con esta ley, y es que, señorías, las reformas tienen muchos enemigos,
como decía Maquiavelo. Las reformas tienen como enemigos a los que se ven afectados por ellas y a los que no se fían de ser beneficiados por ellas, pero si la reforma tiene mala calidad no solamente tiene enemigos, tiene legítimamente muchas
frustraciones, muchos agravios y muchos desacuerdos. Mi grupo parlamentario no va a obstaculizar este trámite -ya retiramos en su momento la enmienda a la totalidad-, pero hemos de expresar nuestra insatisfacción en relación con el concreto
reconocimiento de la nacionalidad para el pueblo sefardí y con otras materias que quedan pendientes y que esperemos que en algún momento podamos abordar.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Llamazares.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Jané.



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El señor JANÉ I GUASCH: Gracias, señor presidente.


Gracias también a los ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia por su presencia en este Pleno, en el que se va a aprobar una ley que es histórica, es una reparación histórica; una ley que tiene muchas esperanzas detrás. Se ha dicho ya
por parte de otros portavoces que es una reparación histórica tras 500 años de una situación injusta que esta ley intenta reparar. Por tanto, vaya por delante el apoyo de Convergència i Unió a este proyecto de ley. Nos unimos al consenso inicial y
al consenso que también se plasmó por unanimidad en la Comisión de Justicia. Estamos a favor de esta ley, a favor del consenso y a favor de la reparación histórica, pero no nos engañemos, hay muchas esperanzas y muchos anhelos que se van a frustrar
con esta ley una vez que entre en vigor. Así pues, apoyo decidido, sí, pero no nos llevemos a engaño, estamos más ante una ley escaparate que ante una ley que en la práctica tenga realmente los efectos que inicialmente todos querríamos que tuviera.
Hemos puesto de relieve en nuestras enmiendas en el Congreso de los Diputados, en el Senado y en los debates en Comisión y en ponencia las graves carencias de este proyecto de ley. Es un proyecto de ley más gestual que efectivo. ¿Es importante
aprobarlo? Sí. ¿Le damos apoyo? Sí. Plena solidaridad con todos los que nos han ayudado a impulsarlo y que llevan años luchando para lograr esta reparación histórica que hoy vamos a aprobar con solemnidad, sí, pero también siendo conscientes de
que este proyecto de ley, que será ley tras su publicación en el BOE y que se empezará a aplicar a partir del mes de octubre, tiene gravísimas carencias porque es una carrera de obstáculos, ya que estamos dificultando mucho los trámites a los
descendientes de aquellos sefardíes, que van a tener que desplazarse para acreditarlo, con los gastos que ello conlleva, para después quizás ni siquiera obtener la nacionalidad. Seamos sinceros porque, si no, hoy vamos a trasladar a la opinión
pública un gran consenso alrededor de una ley necesaria pero después quienes legítimamente van a pretender que esta ley tenga sus frutos, que es obtener la nacionalidad -no tan solo concederles la nacionalidad; para muchos de ellos es recuperar una
nacionalidad que deberían haber tenido históricamente-, van a encontrarse con obstáculos. Por tanto, seamos conscientes de que no lo hemos hecho del todo bien.


Pedimos que se acredite la condición de sefardí originario de España y además pedimos que se acredite la especial vinculación con España. Dos macroprocesos en los que a lo mejor se puede obtener uno y no el otro, con lo que todos los
gastos, papeles y burocracia del primer proceso no habrán servido para nada. Incluso, si me lo permite el Gobierno, ha habido titubeos en cuanto a la tasa. Primero, se pone una tasa en el proyecto de ley inicial, después con gran propaganda se
explica que ya hemos suprimido la tasa y después en el Senado se vuelve a introducir esa tasa. Esa improvisación no es buena porque damos mensajes contradictorios. De acuerdo con que hay un gasto por parte de la Administración pública al poner en
marcha todo ese procedimiento electrónico pero cierto es también que vamos a exigir una tasa de 100 euros a personas que tendrán la ilusión de recuperar esa nacionalidad y que finalmente no la podrán recuperar porque a lo mejor van a encontrarse con
una piedra en ese camino de obstáculos al que nos lleva este proyecto de ley para alcanzar finalmente esa hipotética concesión de la nacionalidad.


Daremos nuestro apoyo pero es un apoyo crítico porque lamentamos que no pueda verse mejorado el proyecto de ley. Les voy a poner un ejemplo. Convergència i Unió logró introducir en el Congreso una enmienda importante a la disposición
transitoria única para permitir que aquellos que ya habían iniciado la obtención de la nacionalidad por el Código Civil vigente, si ahora intentan iniciar un nuevo expediente de acuerdo con la nueva ley lo puedan realizar. Incluso en este caso, y
gracias a una enmienda de Convergència i Unió en el Senado, se dice textualmente que lo podrán hacer personalmente o por medio de persona autorizada. Le pregunto al señor ministro de Justicia, que va a tener la responsabilidad de desarrollar este
proyecto de ley, ¿por qué no legislamos que, siempre por medio de persona autorizada se permita realmente a un ciudadano que inste esta concesión de la nacionalidad por ser sefardí, por ser descendiente, por acreditar esa especial vinculación? ¿Por
qué no le permitimos también que lo haga por medio de persona autorizada? No se permite, realizamos una aportación que es engañosa. Decimos que existe el representante legal pero solo es así para los menores, para las personas que están
incapacitadas y tienen un representante legal, pero un ciudadano que quiera instar ese procedimiento va a tener que desplazarse, quizá una y más veces, y esos desplazamientos tienen un coste. Por tanto estamos abriendo un procedimiento que además
de la tasa de 100 euros va a tener unos costes adicionales para que quizá al final se encuentren con que no se les concede. De ahí que les pida al ministro de Justicia y al ministro de Exteriores -que sé de la voluntad que ha puesto el Gobierno en
este proyecto de ley y agradezco a todos los ponentes el esfuerzo que han realizado- que en su desarrollo intentemos facilitar las cosas porque hay muchos anhelos, mucha reparación histórica que merecería un trato más fácil, no tantas



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pruebas, tantos requisitos, tantos exámenes. Lo decía muy bien el señor Olabarría, se exigen tantas trabas en el camino, unos exámenes, unas pruebas que no sabemos si realmente a estas alturas, con tantos años de retraso, ahora tenemos que
imponer a aquellos que quieran legítimamente acogerse a la futura ley.


Expreso mi agradecimiento por el consenso alcanzado, es un día realmente histórico, pero no nos engañemos con falsas divulgaciones de las bondades de una ley que era necesaria pero que no se va a aplicar de la forma que nos hubiera gustado a
algunos de los que hoy vamos a votar que sí a este proyecto de ley. Termino ya, agradeciendo su participación a todos los que han colaborado en la elaboración de este proyecto de ley, a todos los ponentes, también -si me lo permiten- a personas que
nos han hecho aportaciones. Quiero recordar a don Rubén Agote, a doña Carmen Mur. Quiero recordar a don Elias Bendahan, quiero recordar al abogado Antonio Gómez Guiu y a sus representantes en Israel, que están realmente preparándose para
implementar este proyecto de ley. Quiero recordar a la jurista de nuestro grupo parlamentario, doña Patricia Lezcano, porque ha hecho una gran labor para canalizar muchas enmiendas que venían de todas partes y así hacer más fácil lo que este
proyecto de ley quiere realmente implementar, que es la concesión de la nacionalidad, esa reparación histórica, y hacerlo más fácil no ha sido posible al cien por cien, pero, en la medida en la que entre todos hemos intentado mejorar este proyecto
de ley, bien está lo que bien acaba. Por tanto, todo nuestro apoyo también al Gobierno para que desarrolle este proyecto de ley, esta futura ley con el máximo consenso, pero con la máxima generosidad para que esas trabas, esas piedras en el camino
y esas dificultades se puedan realmente solventar con una aplicación que sea ágil y que sea generosa porque ante esa injusticia histórica lo que nos hace falta, señores ministros y señorías, es mucha generosidad.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jané.


Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Silva.


La señora SILVA REGO: Gracias señor presidente.


Saludamos con afecto a los sefardíes que hoy nos acompañan en la Cámara.


Señorías, mi grupo ha apoyado desde el primer momento el proyecto de concesión de la nacionalidad a los sefardíes originarios de España. Lo hemos apoyado y lo seguimos haciendo. Creemos que es de justicia reconocerles el derecho a la
nacionalidad española porque supone, y aquí lo han dicho todos los portavoces, una reparación histórica a la que estábamos obligados. Quinientos años tarde, pero hoy nosotros tenemos el honor de participar en esta reparación histórica. Estamos
haciendo, pues, justicia y dando respuesta a una deuda contraída con la comunidad judía que fue expulsada injustamente de nuestro país pero, señorías, mi grupo quiere mostrar su total rechazo al modo en que se ha tramitado este proyecto de ley. Hay
que denunciarlo porque lo que no se denuncia parece que no ha existido y creemos que debe quedar constancia del modus operandi del Partido Popular.


El Grupo Popular ha mostrado una vez más, pero multiplicado por infinito, la falta de respeto que le tiene al Parlamento español. Pervierten una y otra vez la técnica legislativa. Resulta bochornoso lo que ustedes han hecho con esta ley.
Este es el relato. El Gobierno presenta un proyecto de ley, específico, para la concesión de la nacionalidad a los sefardíes originarios de España que sin duda era mejorable y en el trámite parlamentario en el Congreso el Grupo Popular presenta una
enmienda a la totalidad a la ley, pero, eso sí, a través de enmiendas parciales. Introducen por la puerta de atrás y sin dar opción a fijar posición por parte del resto de grupos una modificación ni más ni menos que del procedimiento para la
adquisición de la nacionalidad por residencia introduciendo un examen de integración. Modifican el procedimiento para adquirir la nacionalidad a los sefardíes, cambian la tasa que el Gobierno había fijado por aranceles y modifican el órgano
encargado de regular el procedimiento electrónico que pasa de ser responsabilidad del ministro de Justicia al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. El Grupo Popular presenta en realidad una nueva ley arrebatando al resto
de grupos su derecho a fijar posición sobre temas de tal relevancia. Pasamos de una ley específica de reconocimiento a los sefardíes a un batiburrillo de normas generales referentes a la nacionalidad. Mi grupo lo denunció en la Comisión de
Justicia y presentamos voto particular frente a estos atropellos democráticos, sí, atropellos democráticos. Ustedes se negaron a escucharnos y aprobaron todas las enmiendas parciales que habían presentado y que cambiaban de forma radical el texto
remitido por el Gobierno que el Grupo Popular apoya. Cuando ya creíamos que estábamos ante el culmen de la desfachatez política, nos encontramos con que en el Senado vuelven prácticamente al texto original presentado por el Gobierno. Una vez más



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presentan por la vía de hecho y a través de enmiendas parciales una nueva enmienda a la totalidad, esta vez al proyecto remitido desde el Congreso de los Diputados. Un esperpento, señorías, que no se le habría ocurrido ni al mejor
Valle-Inclán. Así que ahora procederemos a aprobar unas enmiendas del Senado que resultan ser una vuelta al texto inicial presentado por el Gobierno; es para no creerlo.


Ustedes, señores del Partido Popular, demuestran una total falta de respeto al Poder Legislativo. Usan su mayoría absoluta ya no como un rodillo, sino como una apisonadora de los derechos de los grupos parlamentarios. Algún día alguien
estudiará el procedimiento que se ha seguido en esta ley y se sorprenderá de que una vez hubiera un Gobierno y un grupo político, el Popular, que se saltaron todos los principios democráticos en aras de unos intereses que esta forma suya de actuar
convierte en ilegítimos. Sin embargo, ustedes no han querido aceptar muchas de las enmiendas de los grupos con representación en el Congreso y en el Senado que hacían referencia a la necesidad de reparar también derechos a otros colectivos y a
nuestros emigrantes. Se negaron a apoyar iniciativas relativas a los saharauis y a los moriscos; se negaron a reconocer la nacionalidad a los descendientes de emigrantes españoles que quedaron excluidos del derecho a la nacionalidad. Eso sí,
ustedes viajan mucho a otros países, pero mucho, mucho. Allí residen emigrantes españoles y les dicen que tienen razón en reclamar la nacionalidad española pero luego, en el Parlamento, les niegan el pan y el agua. Así actúan ustedes, faltan a la
verdad y engañan a los ciudadanos. Eso sí, con una total tranquilidad. Han recibido un duro golpe en las pasadas elecciones municipales y autonómicas. (El señor Conde Bajén: ¡Pues anda que el tuyo!). Esperen a ver el terrible varapalo, señor
Conde, por parte de nuestros emigrantes en las próximas y cercanas elecciones generales. Les van a pasar factura por su falta de sensibilidad y por haberles engañado. Nosotros, el Partido Socialista, señor Conde, repararemos su falta de
sensibilidad y compromiso -no lo duden- cuando volvamos al Gobierno de España, y será muy pronto.


Quiero hacer una mención a Pedro Zerolo, que siempre defendió los derechos de los emigrantes y de todos los colectivos a los que había que reparar sus derechos históricos. (Aplausos). Ha sido para todos los socialistas un ejemplo y yo,
humildemente, he intentado tener muy en cuenta sus propuestas y reflexiones. Gracias, Zerolo, por tanto.


Les decía al inicio de mi intervención que mi grupo mostró, desde que el Gobierno presentó el proyecto de ley de concesión de la nacionalidad a los sefardíes, su voluntad de reconocer la nacionalidad a los judíos originarios de España.
Vamos a apoyarlo también en este trámite, aunque votaremos en contra de las enmiendas que hacen referencia al cobro de una tasa porque defendemos con contundencia que la adquisición de derechos no debe estar sujeta a precio. No vamos a votar
favorablemente tampoco la enmienda relativa a las pruebas para acreditar la especial vinculación con España. En temas que tienen que ver con el estatus jurídico de las personas es inadmisible que se regule una prueba de forma unilateral, por mucha
mayoría que el Partido Popular tenga. Votaremos en contra de que sea el ministro de Justicia quien regule el procedimiento electrónico para la obtención de la nacionalidad de residencia, carta de naturaleza o dispensa. Esta es una puerta abierta a
la privatización y queremos mostrar nuestro total rechazo a ella. Puede ser admisible, señor ministro, que se encomiende de forma coyuntural la gestión, pero no que se deje en manos privadas lo que a todas luces debe ser público. Sin embargo, nos
alegramos de que ustedes hayan dado marcha atrás en promover una nueva regulación para la obtención de la nacionalidad por residencia y que hayan admitido algunas mejoras que facilitarán la adquisición de la nacionalidad a los sefardíes.


Estamos encantados de que hayan aceptado la enmienda presentada por mi grupo, que va a permitir, ahora sí, que las personas con discapacidad puedan acceder a la nacionalidad española en igualdad de condiciones. Votaremos favorablemente las
enmiendas que mejoran el texto, pero no quiero finalizar sin volver a incidir en el esperpento de la tramitación de esta ley. Ustedes, el Grupo Popular, deforman con sus hechos la potestad legislativa y lo hacen de una forma que resulta grotesca y
muy cuestionable. No quiero calificar como fraude legislativo lo que han hecho, pero parecerlo, como se dice en mi tierra, parece. Del trámite parlamentario sacamos en positivo que los sefardíes originarios en España puedan obtener la nacionalidad
española; se lo merecen, es un derecho que se merecen. Todo lo demás es para poner como ejemplo de lo que no debe hacer un Gobierno y lo que no debe hacer un grupo parlamentario.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Silva.


Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Elorriaga.



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El señor ELORRIAGA PISARIK: Muchas gracias, presidente.


Quiero dar la bienvenida a todos, al presidente de la Federación de Comunidades Judías de España, don Isaac Querub, al presidente de la Casa Sefarad y a todos a todos los amigos y representantes de la comunidad judía en España que hoy nos
acompañan. Shalom.


Quiero empezar agradeciendo muy sinceramente a todos los grupos la enorme colaboración que han prestado a la tramitación de este proyecto de ley desde sus comienzos y también sus intervenciones, sin perjuicio de que debo lamentar
expresamente la que ha realizado la portavoz del Grupo Socialista. Me parece simplemente que no ha estado a la altura de las circunstancias. (El señor Conde Bajén: ¡Como nunca!). No es estar a la altura de las circunstancias traer hoy a debate
el procedimiento de votación de los españoles no residentes. Es un procedimiento que, como todo el mundo en esta Cámara sabe, impulsó el Partido Socialista y personalmente su secretario de organización, el señor Blanco, paisano de quien nos ha
precedido en la tribuna, y procedimiento electoral del que a la señora portavoz le preocupa el resultado obtenido por el Partido Popular, pero parece ser que no ha mirado el del Partido Socialista, que ha sido la tercera fuerza política detrás de
Podemos entre los votantes residentes en el exterior, tal vez precisamente por su equivocada, su equivocada, decisión de impulsar ese procedimiento.


Es también, y lo digo con toda claridad, esperpéntico e incoherente que critique a los grupos parlamentarios por hacer su trabajo. No hay límite al derecho de enmienda de ninguno de los grupos de esta Cámara, no hay límite al debate de las
propuestas de unos y de otros, por lo que es incongruente decir ahora que está disconforme conque el resultado final sea precisamente el que ustedes propugnaban al principio, es decir, un texto legal que exclusivamente trata sobre la obtención de la
nacionalidad por los descendientes de los sefardíes y que, por tanto, ha quedado desprovisto de cualquier otra connotación o regulación que a ustedes les disgustaba, y cuando se acepta ese planteamiento parece ser que también les disgusta. Lamento,
insisto, la intervención. Con todo, me quedo con lo importante de las intervenciones precedentes, que es la constatación del amplísimo grado de acuerdo que ha suscitado este texto legal impulsado por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de
Asunto Exteriores.


Aludiré a unos cuantos aspectos rápidamente. El primero, insistiré una vez más en que este nivel de consenso no es más que el reflejo de un largo proceso que en España se ha desarrollado a lo largo de los últimos ciento cincuenta o
doscientos años y que ha reunido a las más relevantes personalidades de nuestra cultura que, en un momento u otro, dieron muestras expresas de acercamiento a las comunidades sefardíes, a Benito Pérez Galdós, a Unamuno, a Echegaray, a Emilia Pardo
Bazán, a Juan Valera, a Marcelino Menéndez Pelayo, es decir, toda, toda la gran cultura española en los últimos ciento cincuenta años respaldó el reencuentro con las comunidades sefardíes. Y también desde la política ha habido un amplísimo y
creciente nivel de consenso, no solo Canalejas, Maura, Romanones, Alcalá Zamora, Melquíades Álvarez, Lerroux, por no hablar del siempre citado Ángel Pulido, el senador Ángel Pulido, o más recientemente de Ernest Lluch, todos, Fernando de los Ríos,
todos, en un momento u otro de la historia, han ido aportando su apoyo a este proceso de reencuentro que ahora está culminando. La Institución Libre de Enseñanza y Rafael Altamira desempeñaron un enorme papel cultural para el conocimiento por la
sociedad española de la realidad sefardí y por lo tanto, insisto, todo eso, todo ese poso de consenso político y de atención cultural a la realidad sefardí, encuentra hoy reflejo en el texto legal que vamos a aprobar.


Yo quiero recordar brevemente, porque me parece que en algunas de las intervenciones lo parcial hace olvidar lo importante, cuál es el sentido central de esta ley. El sentido central de esta ley es ofrecer un cauce de obtención de la
nacionalidad a los descendientes de los sefardíes expulsados, de los judíos expulsados de España en 1492 que han mantenido su especial vinculación con España principalmente a través del idioma y de las tradiciones. Había precedentes legislativos,
sin duda, hubo dos precedentes muy parciales a lo largo del siglo XX y había o hay el precedente más inmediato de la reforma del Código Civil de 1981, que permitió la obtención de nacionalidad por residencia a los judíos sefardíes por el plazo de
dos años equiparándolos a los latinoamericanos.


La primera novedad importante que introduce este proyecto de ley y que no se ha recordado es que esta ley exime de la renuncia a la nacionalidad previa a aquellos que obtienen la nacionalidad española. Es un procedimiento de doble
nacionalidad, cosa que no ocurría antes. Es decir, quienes obtenían con la norma anterior la nacionalidad española, bien fuese por residencia de dos años, bien fuese por carta de naturaleza, debían renunciar a su nacionalidad. La gran aportación
primera y evidente, que es una ruptura con lo anterior, es que no exige la renuncia a nacionalidad alguna.



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La segunda es que es un procedimiento que objetiva y clarifica cuál es el modo de acceso por vía de carta de naturaleza. Claro que la carta de naturaleza, previa a renuncia a la nacionalidad original, estaba abierta. Pero ese era un
procedimiento enormemente discrecional que se sustituye ahora por uno mucho más ágil, tasado, gestionado básicamente por un procedimiento electrónico y con normas muy claras. Se ha criticado -o se ha objetado- el plazo excesivamente breve, el plazo
de tres años prorrogable por uno más. A mí me parece que es un plazo razonable porque además existe el compromiso en la propia ley de que serán resueltos los expedientes en el plazo de un año, con lo cual es un plazo razonable, pero en todo caso,
quiero destacar que la ley también incorpora la posibilidad de la aplicación posterior a este plazo de cuatro años cuando se den circunstancias excepcionales o razones humanitarias. Para estos casos y de manera indefinida en el tiempo, esta ley
quedará permanentemente en vigor para que pueda acoger y ofrecer la nacionalidad a todas aquellas comunidades sefardíes que por cualquier circunstancia en el futuro sufran una situación de persecución.


Es un texto, por lo tanto, claro, preciso, ágil, enormemente novedoso y que resuelve gran parte de las dificultades que hasta ahora han existido. Se ha dicho que la ley es compleja. Yo diría que la ley es precisa. Es decir, estamos todos
de acuerdo -y se ha reiterado, ese es el sentido de la ley- en hacer un ofrecimiento de la nacionalidad española a quienes fueron desposeídos de ella injustamente. Pero cualquiera entiende que tampoco es fácil, 500 años después, identificar hoy
individualmente a los integrantes de esa comunidad a la que nos dirigimos. La ley, por lo tanto, tiene que buscar mecanismos indirectos para identificar correctamente, pero quiero destacar una cosa que se ha dicho no con toda precisión. El
procedimiento notarial que se instituye llevará a la comparecencia personal de los interesados ante el notario solo cuando el notario, habiendo revisado la documento presentada por vía telemática, haya llegado al convencimiento de que el interesado
reúne los requisitos para la obtención de la nacionalidad. Es decir esos desplazamientos se harán exclusivamente cuando el grado de avance y de consolidación del procedimiento sea ya muy alto. No habrá por lo tanto, no se exigen, desplazamientos
innecesarios ni inútiles. Lo que se exige es una personación última para acreditar la veracidad de todos los datos declarados y constatar el compromiso personal del solicitante.


Termino ya. Hemos hablado en muchas ocasiones a lo largo del más de un año que ha durado la tramitación, esta ley es perfectamente conocida y va a empezar a aplicarse, seguro, con notable éxito, a juzgar por la expectación que
indudablemente existe en todo el mundo, me atrevería a decir, en este momento. Va a empezar a aplicarse el 1 de octubre con agilidad, con precisión y con la mejor voluntad de que sea lo más amplia posible. Quiero solicitar -conozco la voluntad del
Ministerio de Justicia de que así sea- que, en la medida de lo posible, cuando se empiece a aplicar esta norma, antes del 1 de octubre, hayan sido resueltos, al menos en su mayor parte, los expedientes pendientes del procedimiento anterior de
obtención por carta de naturaleza. Creo que esa sería la mejor manera; era una preocupación que expresaba también el diputado Jané, que ha sido muy activo en todo este proyecto de ley y se lo agradezco. Probablemente lo mejor sería que fuese
innecesaria esa cláusula de traslado de expedientes de un procedimiento a otro si pudiésemos hacer un esfuerzo adicional en este último momento para desatascar, por decirlo de alguna manera, los expedientes que han quedado pendientes de resolver.
Una cosa más: esta ley, con normas claras, con un papel claramente preponderante y central de la Federación de Comunidades Judías de España como eje sobre el que pivota la acreditación de la condición de sefardíes originarios de España de los
interesados, con el compromiso del Ministerio de Justicia de arbitrar un procedimiento electrónico, telemático, con un compromiso declarado y que agradezco también desde la tribuna del Consejo General del Notariado que en todo momento ha respaldado
y dado todas las facilidades para su mejor aplicación, con todas estas cosas, con la buena voluntad que todos los grupos han ido manifestando, estoy seguro de que al fin será la ley que durante tantos años hemos anhelado y han anhelado en la
comunidad sefardí a lo largo de todo el mundo.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Elorriaga.


Parece que hay petición de palabra del señor ministro de Justicia. Cuanto más breves sean los ministros más lo agradecerán los diputados.


Señor ministro de Justicia.


El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Muchas gracias, presidente.


Bienvenidas todas las personas y entidades representantes de la comunidad judía que nos han querido acompañar en este día que sin duda puede ser calificado de histórico; a veces es casi una frase



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hecha, pero hoy es evidente que nos encontramos ante un día histórico. Si el 1 de enero de 1492 se cerró una puerta para miles de españoles que fueron forzados a dejar de serlo, hoy concluye la tramitación parlamentaria de una ley que,
cuando entre en vigor, el 1 de octubre de 2015, volverá a abrir una puerta para todos los descendientes de aquellos que fueron tan injustamente expulsados de España. Esta ley que hoy se aprobará dice mucho, sin duda, de lo que fuimos en el pasado
pero también de lo que somos hoy los españoles y de lo que queremos ser en el futuro, porque la España abierta, la España diversa, la España tolerante de hoy de Felipe VI es la que ha culminado un largo proceso de reencuentro con aquellos que
durante más de medio milenio han llevado la lengua, la cultura y la memoria de España consigo. A la intransigencia, a la ingratitud, los sefardíes supieron responder en cambio con la constancia en el recuerdo y con la sinceridad en el amor a
España.


El apoyo que esta ley ha tenido a lo largo de su tramitación y el impulso del que ha gozado por parte de todas las comunidades y de todas las organizaciones, la generosa colaboración de los grupos parlamentarios aquí en esta Cámara y en el
Senado creo que ponen en valor también el proyecto que hoy culminamos. Es la culminación de un proceso, de un largo proceso en el que no ha habido ningún esfuerzo baldío, porque no fue baldía la reivindicación por parte de los sefardíes, que
comenzó ya en la segunda mitad del siglo XIX; no lo fue el decreto de 1924, que concedió la nacionalidad a sus descendientes, aunque es verdad que fue una norma poco conocida; no fueron tampoco baldíos los compromisos de los diplomáticos españoles
que les acogieron bajo su protección en la Europa ocupada de la Segunda Guerra Mundial, ni tampoco han sido baldíos en todo el tiempo de nuestra democracia los esfuerzos para la presencia del judaísmo en nuestro país y el impulso que el propio rey
Juan Carlos I ha dedicado a ello. Todo ese esfuerzo continuado es lo que hoy nos permite conseguir este paso histórico.


Quiero poner en valor y agradecer la colaboración de todos los grupos parlamentarios, muy en particular del ponente por parte del Grupo Parlamentario Popular, don Gabriel Elorriaga, y de todos los demás ponentes que han colaborado en este
proyecto. Es verdad que tras las enmiendas, en un proceso fructífero y complejo como es la técnica parlamentaria, están consiguiendo y vamos a conseguir una ley sólida y justa. Lamento que en un día tan importante como hoy algunos le dediquen más
tiempo a la discrepancia o al detalle procedimental que al valor tan relevante que tiene esta norma.


Un viejo proverbio sefardí que ustedes conocen mucho mejor que yo, reservado para las despedidas, desea a los viajeros caminos de leche y miel. (Dirigiéndose a las tribunas de invitados). Hoy podemos aprovechar ese viejo proverbio para
deseárselo a todos aquellos que quieran recuperar la nacionalidad y, por lo tanto, poner en marcha el procedimiento que esta nueva ley habilita.


Muchas gracias, presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro de Justicia.


Señor ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, tiene la palabra.


El señor MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN (García-Margallo Marfil): Señor presidente, quiero agradecerle personalmente su sensibilidad y el interés que ha mostrado siempre en un tema histórico tan importante. Eso nos permite
que por primera vez en esta Cámara seamos dos ministros los que presentemos un proyecto de ley de esta naturaleza. Es un proyecto de ley -se ha repetido aquí- que tiene una enorme importancia histórica. Al intervenir dos ministros, hemos querido
manifestar que esto es una labor de todo el Gobierno y de este Gobierno en todas sus fases. Lo empezó en el Ministerio de Justicia, conmigo, el ministro Ruiz-Gallardón, y lo ha culminado el ministro Catalá. Es una muestra de la unidad del Gobierno
en este tema a lo largo de todo su mandato.


Se ha repetido aquí -no voy a insistir en ello- que estamos aquí reparando una deuda histórica, una deuda histórica con comunidades judías que estaban en España desde hacía casi dos mil años, que protagonizaron probablemente los periodos de
convivencia más brillantes de nuestra historia en aquella época en que España era la Hispania romana y goda, Al-Ándalus para los de religión musulmana y Sefarad para nuestros judíos, y que han sabido, después de la Diáspora, en quinientos años,
mantener el amor, las tradiciones y la lengua -el ladino- que les unen a España.


Empecé a interesarme por el tema de los sefardíes cuando comencé a tener uso de razón política. En 1978, en el Ministerio de Cultura, recuerdo que en una comida alguien hizo un discurso magnífico y le pregunté cuando se sentó: ¿Dónde has
aprendido español? Y me contesto: Hace quinientos años en Toledo. Eso me llevó a participar con mi buen amigo Ernest Lluch en la modificación del Código Civil en 1981, como pueden ustedes comprobar en una obra que se llama Retorno a Sefarad. Hoy
he tenido la suerte de ser uno de los ministros que protagonizan la presentación de un proyecto de ley, proyecto de ley



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que ningún Gobierno anterior había presentado. Podrán ustedes, cuando lleguen al Gobierno, cuando se cumplan varias lunas desde ahora, modificar esta ley. Nosotros no tuvimos la oportunidad porque no había nada que modificar. Hay
antecedentes legislativos, ninguno debido a los Gobiernos que ustedes han protagonizado durante mucho tiempo. Hay un decreto de 1924 que tuvo enorme importancia porque sirvió al servicio exterior español para salvar a miles de judíos que eran
perseguidos por las hordas nazis; se modificó en 1948 y más tarde en 1981. Este proyecto de ley, con independencia de las deficiencias técnicas menores que puedan verse y que pueden ser modificables, tiene, como ha dicho el ministro de Justicia,
la enorme virtualidad de permitir adquirir la nacionalidad española sin renunciar a la nacionalidad de origen, que era el enorme escollo con que se encontraban los sefardíes en este asunto.


Si me permiten seguir con temas personales, les diré que, desde que tomé posesión como ministro de Asuntos Exteriores, he dedicado mucho tiempo a esta cuestión. He participado en las sesiones de homenaje a las comunidades que fueron
sacrificadas en la Shoah, he estado en varios campos de concentración, el último el de Mauthausen, honrando a los españoles republicanos que allí fueron martirizados pero también a los judíos que lo fueron; hicimos una exposición en el Ministerio
de Asuntos Exteriores, que muchos de ustedes visitaron, para rendir homenaje a los personajes del servicio exterior español que en los tiempos duros y difíciles, jugándose su carrera y su prestigio, ayudaron a muchos de los judíos a evadir la
persecución a la que estaban sometidos. He estado en Yad Vashem, donde tuve la suerte de honrar a dos nuevos justos entre las naciones, y seguimos investigando porque son muchos más los justos entre las naciones de nacionalidad española. Muy
pronto -espero- daremos a la luz un libro hecho por el profesor Lisbona en que se narra todo lo que pasó con los judíos españoles en los distintos países y cuál fue el heroico comportamiento de los funcionarios del servicio exterior en contra muchas
veces, la mayoría de las veces, de las instrucciones que recibían.


¿Por qué este asunto me ha importado, he sido muy activo y sigo siendo activo en el proceso de paz de Oriente Medio? La postura de este Gobierno, como ustedes saben, es una postura inalterable, coherente y consistente con lo que es nuestra
doctrina, que es que estamos por la solución de los dos Estados: un Israel seguro con una Palestina en paz.


Termino diciendo que ojalá el nombre de Jerusalén, la Ciudad de la Paz, sea el que se imponga en todas estas negociaciones y lleguemos a un sitio en donde los judíos puedan vivir en seguridad como no han vivido en mucho tiempo. A partir de
este momento podrán vivir ahí y, desde luego, podrán vivir en esa segunda patria que es España, a la que este Gobierno por primera vez desde hace mucho tiempo ha abierto las puertas.


Ha habido intervenciones muy tristes. En todos los indicadores de la marca España, que es la proyección de imagen de España, se demuestra que la imagen de España ha subido en estos tres años en todas partes con dos excepciones, en Argentina
y en Venezuela, y con una notabilísima excepción que es España. La peor imagen de España la tienen los propios españoles, y algunas de las intervenciones que aquí han oído contribuyen a que no recuperemos la imagen fuera a la velocidad que queramos
y a que se deteriore la imagen dentro de España en estas ocasiones, porque en casos como este lo que prima es la nobleza, la elegancia y la generosidad. Cuando se está reparando históricamente algo así, venir aquí a hablar de galimatías y no sé
cuántas otras cosas más califica al interviniente.


Muchas gracias. (Aplausos.-La señora Silva Rego: Señor ministro, ¡la verdad duele!).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor ministro.


Antes de entrar en el siguiente punto, aunque yo tendría que anunciar la hora de la votación en el noveno punto, para que los diputados lo conozcan no se votará antes de las cinco, pero temo que sea un poco después de las cinco.


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946 Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO. (Número de expediente
121/000100).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas al Senado. Proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/2004, de 5 de marzo.


En primer lugar, por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Cuadra.



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El señor CUADRA LASARTE: Señoras y señores, Consummatum est. Desde el punto de vista de Amaiur el rodillo antidemocrático del PP va a realizar hoy, y nunca mejor dicho, el mayor expolio de propiedad vecinal, comunal y pública que se ha
practicado en el Estado español en las últimas décadas. (La señora vicepresidenta, Villalobos Talero, ocupa la Presidencia). La Iglesia católica, la jerarquía católica que ha mantenido en estos últimos tiempos la mayor parte de todos los
privilegios económicos, fiscales, educativos, etcétera que consiguió en la negra noche franquista, va a conseguir con la aprobación de esta ley rematar la faena legalizando a su nombre la inmatriculación de bienes masiva de decenas de miles bienes
inmuebles practicada en estos últimos años.


El artículo 206.1 de la Ley Hipotecaria, una ley aprobada en 1946 en pleno maridaje, en plena euforia entre la Iglesia y el régimen de Franco, equiparaba a la hora de reconocer la propiedad de los inmuebles a los notarios y a los obispos, es
decir, se convertía a la jerarquía eclesiástica en juez y parte en todos los procesos de reconocimiento de la propiedad de los bienes inmuebles, en una especie de Juan Palomo: yo me lo guiso, yo me lo como. Decido qué es lo mío y tú te callas.
Posteriormente, sobre esta base y bajo el Gobierno del presidente señor Aznar, se modificó el reglamento hipotecario en lo que fue un pistoletazo de salida para proceder a la inmatriculación masiva de lo que han sido decenas de miles de inmuebles en
todo el Estado. Y no estoy exagerando absolutamente nada.


En Navarra, por ejemplo, donde se ha realizado un seguimiento bastante escrupuloso por parte de los ayuntamientos y entes locales de lo que ha ocurrido, más de mil bienes inmuebles se han inmatriculado durante estos años a nombre de la
Iglesia. Hay que tener en cuenta que no estamos hablando de lugares de culto, de iglesias, de ermitas únicamente, sino que estamos hablando en gran medida de lo que ha sido la inmatriculación de casas curales, de huertas, de plazas y caminos
públicos, de viñedos y hasta de un frontón. Esto es lo que hemos visto, un auténtico rebañar el plato por parte del Arzobispado, hasta dejarlo, y nunca mejor dicho, más limpio que una patena. Esto es lo que ha ocurrido en Navarra y esto es lo que
ha ocurrido en el resto del Estado. Para que lo conozcan ustedes, en Navarra se han pronunciado en contra de este expolio, de esta apropiación, más de 180 ayuntamientos y entes locales, denunciando lo ocurrido. Y lo que hemos visto por parte de la
jerarquía eclesiástica, del Arzobispado Castrense, militar, en este caso, en Nafarroa, y por parte del Gobierno del Partido Popular ha sido un auténtico: oídos sordos y ojos ciegos ante estos hechos escandalosos que estaban ocurriendo. Hay que
señalar que se trata, además, de bienes cedidos gratuitamente en su gran mayoría por parte de los ayuntamientos y de los pueblos a la Iglesia únicamente para su uso, o bien de bienes que han sido construidos, que han sido reparados, que han sido
mantenidos a lo largo de los siglos y de las últimas décadas, también, con cargo a los presupuestos públicos, con cargo a los esfuerzos vecinales y al trabajo comunitario realizado en todos estos pueblos. En el resto del Estado esto ha sido todavía
tan o más escandaloso en algunos casos como los que hemos visto con bienes declarados Patrimonio de la Humanidad como la Mezquita de Córdoba o la Giralda de Sevilla, pues han sido inscritos también a nombre de la Iglesia. Patrimonio de la Humanidad
es como decir propiedad de la humanidad, no propiedad de la jerarquía eclesiástica. Hay que denunciar, al mismo tiempo, que la mayor utilización que se está haciendo en estos dos últimos supuestos es una utilización comercial de cara a obtener unos
beneficios con la explotación turística de estos inmuebles.


En la ley que estamos discutiendo se suprime el artículo 206.1, al que he hecho referencia, pero nada se dice de las inmatriculaciones realizadas. En última instancia se está legalizando al cien por cien este expolio al que he hecho
referencia, a lo que sin duda alguna es la mayor estafa registral realizada en los últimos años. Por parte de Amaiur presentamos una enmienda en su momento que no ha sido atendida, en la que se señalaba todo lo que estoy expresando en estos
momentos, e incluso se hacía referencia a distintos e importantes informes jurídicos que se habían realizado, señalando la inconstitucionalidad de esta apropiación, de esta inmatriculación y de esta legalización con esta ley. Por eso vamos a votar
en contra de la misma.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Cuadra.


Por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia tiene la palabra el señor Martínez Gorriarán.


El señor MARTÍNEZ GORRIARÁN: Gracias, señora presidenta.


Voy a ser muy breve. Votamos a favor de esta ley cuando pasó por el Congreso. Las enmiendas que se han aprobado en el Senado consideramos que también mejoran algunos aspectos técnicos pendientes. Así que haremos lo mismo, volveremos a
votar a favor.



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La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Martínez Gorriarán.


Por el Grupo de la Izquierda Plural, señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, parece que mucha gente se ha puesto de acuerdo esta mañana en que hoy es un día histórico, pero desgraciadamente, no siempre los días históricos son para bien. Si antes nos felicitábamos de una ley que establece un gesto en
relación con la comunidad sefardí, ahora vamos a constatar cómo se aprovecha una ley para abordar no solo reformas que están al servicio de determinados lobbies de presión, sino posiblemente uno de los grandes pelotazos inmobiliarios que ha vivido
este país. Hoy acaba mal lo que comenzó muy mal y va a acabar con la aprobación de una ley que, otra vez, dice tener un objetivo declarado, la mejora de la coordinación entre Catastro y Registro de la Propiedad para evitar conflictos innecesarios,
pero que en el fondo tiene dos objetivos ocultos: otra vez propiciar que los registradores ocupen un espacio en relación con funciones que hasta ahora no venían desarrollando, especialmente de cara a facilitar la rentabilidad de una inversión
importante que han hecho a partir del programa Geobase registral. Y, dos, avalar, indultar, amnistiar el mayor pelotazo inmobiliario de la historia de este país cometido a partir, primero, de 1946 y, después, de 1998 con los procesos de
inmatriculación a nombre de la Iglesia católica de bienes comunes, de bienes públicos de este país. Esta ley es una buena prueba de la capacidad que tienen los lobbies, los grupos de presión, de incidir y de determinar la actuación de este
Congreso.


Desde el principio -ya se lo hemos dicho-, nuestro grupo no ha cuestionado la necesidad de mejorar los mecanismos y los procesos de solución de los conflictos que se dan, que existen entre Catastro Inmobiliario y Registro de la Propiedad.
Esta ley tiene un mecanismo curioso -lo dije ya en su momento-; plantea que si alguien ve una cosa y hace un levantamiento topográfico de algo que ve, y eso entra en conflicto con una inscripción registral, lo que cuenta es esa inscripción
registral y no lo que uno ve. Eso se podía haber resuelto con algunas de las propuestas que les hemos hecho, avaladas además por las peticiones del colectivo de topógrafos, en cuanto a que siempre tenga una prioridad y exista ese modus operandi de
la exigencia de una representación gráfica basada en un levantamiento topográfico. Esa es la oportunidad que se ha perdido con la tramitación de esta ley. Porque en el fondo creo que, detrás de esta ley, no está tanto resolver solo ese conflicto,
sino resolverlo de una determinada manera. Recuerden ustedes que este proyecto de ley se presentó de manera simultánea con el tema famoso del Registro Civil y la adjudicación también a los registradores de esa función. Es una legislación que,
afortunadamente, no se va a aplicar, está en vacatio legis hasta junio de 2016 y eso es un motivo de satisfacción. Pero la prueba de que el Gobierno del Partido Popular no ha reiterado su pretensión de retirar el tema del registro civil a favor de
los registradores por razones de convencimiento, sino sencillamente por los obstáculos que ha encontrado en una parte del cuerpo de registradores, es que cuando ha abordado el tema de la ley que estamos hoy tramitando se insiste -y se presiona hasta
conseguirlo- en otorgar a los registradores de la propiedad un nuevo espacio de negocio que, sin duda, han visto detraer como consecuencia de la caída del boom inmobiliario.


Déjenme que les diga, en relación con una enmienda que nos viene del Senado, que es especialmente curioso también el papel de los lobbies en toda esta cuestión. Si se fijan ustedes, una enmienda del Senado acota de manera muy clara qué
notarios van a hacer esa función de levantar acta notarial de los lindes y de otros procedimientos que se prevén en esa ley: acota al ámbito del distrito notarial y colindantes. Sería objeto de debate si eso es o no oportuno desde un punto de
vista técnico, desde un punto de vista de utilidad. Pero, déjenme que les diga -me dirijo al Gobierno y al Grupo Popular- que un grupo que ha hecho tanta ostentación de reformismo, de vencer los obstáculos que impiden la competencia, de
liberalizarlo absolutamente todo, todo -hasta en algunos casos las políticas sociales- sea tan poco reformista cuando tiene que enfrentarse a un colectivo tan potente políticamente como el de los notarios. Lo dejo aquí.


Termino con nuestra valoración de lo que nos parece el aspecto más negativo de esta ley que, en definitiva, si ustedes se dan cuenta, es avalar, indultar y amnistiar todos los procesos de inmatriculación que se han hecho durante todo este
periodo, especialmente a partir de la actuación del Gobierno Aznar en 1998. Como ya ha dicho algún otro diputado, las cosas vienen de lejos, de 1946, de cuando el régimen de entonces tenía que reconocer a la Iglesia católica su papel en la cruzada
y en la salvación de España. Eso le supuso el reconocimiento a la Iglesia católica de unas funciones cuasi públicas en relación con la posibilidad de ejecutar derechos, acciones que solo en el ámbito de las entidades de derecho público se



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podían hacer. Como parece que entre 1946 y 1998 la Iglesia católica no había sido suficientemente resarcida por su papel en la cruzada, el señor Aznar y su Gobierno decidieron poner en marcha aquel procedimiento que tantas barbaridades ha
provocado.


Lo hemos denunciado en muchas ocasiones, pero vale la pena volver a plantearlo. Es la posibilidad de que un obispo -o alguien en su nombre- se presente y, sin ningún tipo de cobertura documental, pueda inmatricular y registrar a nombre de
la Iglesia un bien concreto con apariencia de bien religioso, a pesar de que durante mucho tiempo haya podido estar ajeno a esas funciones. Eso se ha hecho, además, eso se ha hecho reconociéndole a la Iglesia católica una función que el derecho
solo reconoce a las entidades de naturaleza pública, lo cual en un Estado que se declara laico y que dice no tener ninguna confesión es más que dudoso. En vez de intentar abordar esa barbaridad, lo que van a hacer ustedes cuando aprueben esta ley
es sancionarla, avalarla, amnistiarla, indultarla y conseguir cerrar hoy -por eso creo que va a ser un día histórico, pero en negativo- el mayor pelotazo inmobiliario de la historia de este país, el cometido por parte de los Gobiernos desde 1998 a
favor de la Iglesia católica. Desgraciadamente es así. Esperemos que en algún otro momento podamos resarcir esa barbaridad. Claro que como las cosas siempre pueden ir a peor, igual se les ocurre a ustedes decir que este tipo de conflicto tiene
que ir a tratamiento del Tratado de Libre Comercio e Inversión y, por tanto, que no lo resuelvan los tribunales, sino un tribunal arbitral privado que siempre tiene más margen de maniobra para dar la razón a quien no puede salir perjudicado por una
decisión anterior de un Gobierno legítimo. Eso es lo que hoy tenemos aquí. Nos gustaría que el día no fuera tan histórico; nos gustaría que fuera un día más normalito o, al menos, que la historia se hiciera por haber echado atrás la barbaridad
que se perpetró por parte del Gobierno Aznar en 1998 y que hasta ahora nadie ha sabido resolver.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Coscubiela.


Señor Morlán, el señor Jané se va a incorporar ahora. ¿No le importa que le dé la palabra previamente? (El señor Morlán Gracia: No, no). Gracias. Adelante, señor Jané, por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


El señor JANÉ I GUASCH: Señora presidenta, señorías, este es el último trámite ya para aprobar una ley necesaria a la que Convergència i Unió da su apoyo. Esta ley intenta una mejor coordinación e interoperabilidad de las relaciones entre
el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario para evitar discrepancias en la inscripción de las fincas y creando una sola identificación de las mismas. Se pide muchísimo por parte de los operadores jurídicos, pero por parte de los
ciudadanos no hay concordancia entre lo que está en el catastro y lo que está en el registro. Es necesario buscar elementos que vayan en la línea de profundizar en la simplificación administrativa y en la seguridad jurídica. No obstante, quiero
destacar que hay aspectos que no hemos sido capaces de introducir en esta nueva ley. Me quiero referir muy directamente a la labor técnica que realizan los ingenieros técnicos en topografía, los topógrafos. Deberíamos haber sido capaces de
introducir en el proyecto de ley, como pedía Convergència i Unió, la incorporación de ese trabajo técnico en la descripción y representación gráfica de las fincas. Deberíamos haber posibilitado la existencia del plano técnico georreferenciado.
Hemos dejado de lado esta labor técnica cuando es una labor que podíamos haber incorporado, y lo lamentamos en mi grupo. Ni se incorporaron nuestras enmiendas a favor de los ingenieros en topografía en el Congreso ni tampoco en el Senado.


Sí llegan hoy del Senado dos enmiendas puntuales a las que Convergència y Unió debemos dar apoyo aunque no nos gustan. No nos gusta las enmiendas, pero nos gusta menos el texto original y, por tanto, ante la dicotomía de que si no votamos a
favor de la enmienda del Senado quedaría el texto que viene del Congreso, preferimos votar a favor de la enmienda del Senado. Agradezco que ahora se incorpore el ministro de Justicia porque, señor ministro, estamos realizando una legislación que va
en contra de las pequeñas notarías, va en contra de las notarías de ciudades que no son capitales de provincia. Vamos ampliando cuál es el notario competente y les vamos añadiendo sus distritos colindantes, de tal manera que el notario del lugar
donde se realiza una transacción ve usurpadas atribuciones y funciones que antes ope lege tenía. Y cada ley que aprobamos, sea la de jurisdicción voluntaria, sea ahora esta reforma puntual de la Ley Hipotecaria, se aprovecha para ampliar esos
distritos notariales, ampliar la competencia de otros notarios a los que a lo mejor no les correspondería.


Esta aquí el alcalde de Mollerussa -a quien felicito por su reelección-; localidad donde hay una notaría, pero si vamos ampliando vía distritos colindantes, al final de aquellos actos que se tienen que



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tramitar en el municipio de Mollerussa porque es competente el notario del lugar, será competente un notario de Madrid o Barcelona. Señor ministro, entendemos que esta no debe ser la filosofía, porque sí es verdad que en ocasiones se
realiza una llamada al distrito colindante de donde, por ejemplo, tenga una finca la persona que ha fallecido. Si a lo mejor tiene una finca en la provincia de Guadalajara, como esa ya es colindante con la de Madrid, por la vis atractiva ya
llegaría también a conocerlo el notario de Madrid. Esto no va en este proyecto de ley, sino en otros como el de jurisdicción voluntaria, pero sí me permite decir que apoyo la enmienda del Senado. En el Senado hemos conseguido rectificar con buen
criterio la alusión que se hacía a los colindantes a la capital de la provincia, de forma que por lo menos hemos sacado lo de la capital de la provincia porque era una vis atractiva inaceptable que no podíamos apoyar en ningún caso. Ahora con las
dos enmiendas del Senado se rectifica; se mantiene lo de colindantes, pero se rectifica esa alusión especial a las capitales de provincia.


Es una ley importante sobre la que estamos realizando modificación; ley que apoyamos desde Convergència i Unió. Ya lo hicimos puesto que no presentamos enmienda a la totalidad. Deseo lamentar, como decía al inicio, ese no reconocimiento
de las competencias a los ingenieros en topografía que realizan una gran labor que deberíamos haber sido capaces de incorporar. En los temas notariales deberíamos preservar cada vez con mayor profundidad -y no vamos en esa línea- al notario del
lugar. No hagamos macrodistritos que al final comporten que a una persona no le compense abrir o mantener una notaría en una ciudad, porque si vamos dando oportunidades a que los que deberían ir allí vayan a otras de distritos colindantes se
quedarán sin trabajo. Evitar que eso ocurra redunda en la cohesión territorial de un país. Un país se cohesiona territorialmente a través de una red extensa de pequeñas ciudades. Si todo va a las capitales será un mal servicio a un país en su
conjunto y a su estructura territorial.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Jané.


Ahora sí, señor Morlán.


El señor MORLÁN GRACIA: Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, asistimos hoy al último acto del debate de un proyecto de ley que tenía el objetivo -según planteaba el propio Gobierno- de llevar a cabo una mejor coordinación entre dos instituciones de este país, como eran el registro y el
catastro, modificando la Ley Hipotecaria y la Ley del Catastro. Aprovechaba también este proyecto de ley para tratar un tema que ha preocupado mucho, que tiene que ver con las inmatriculaciones de la Iglesia. En un primer momento se le daba a la
Iglesia la facultad de inmatricular durante el año próximo todos los bienes que quisiera y estimara. Esa disposición ha desaparecido del proyecto de ley, y por lo tanto lo único que queda en estos momentos es ver qué se hace con todas las
inmatriculaciones que se produjeron desde el año 1998 hasta ahora. Lo dije en el primer momento y lo reitero ahora: no estamos en desacuerdo con que la Iglesia inmatricule aquellos bienes patrimoniales que son suyos, y que está perfectamente
justificado que son suyos. A lo que nos oponemos es a que la Iglesia inmatricule bienes que no son suyos. Una calle no es de la Iglesia, un patio no es de la Iglesia. Hay muchas instalaciones y muchos inmuebles en España que se han inmatriculado
y que la Iglesia ha incorporado a su patrimonio, como decía antes el portavoz de La Izquierda Plural, con la sola firma del obispo o de la persona en quien delegara, y nos parece que es una barbaridad que eso se produjera, pero se ha producido,
aunque creo que hay todavía posibilidad de rectificar y de recomponer todo lo que se ha hecho mal. Por ello estamos de acuerdo con que la Iglesia inmatricule aquello que está documentadamente acreditado que es suyo, pero no estamos de acuerdo en
que inmatricule lo que no es suyo. Para eso hacía falta una cosa elemental que planteábamos en la enmienda y que ustedes han rechazado. Nosotros proponíamos tomar seis meses para ver qué bienes se han inmatriculado durante todo ese tiempo, veamos
qué clase de bienes son, qué títulos acreditan a esa inmatriculación a favor de la Iglesia, y los que no tengan acreditación que vuelvan al dominio público, que vuelvan a los ayuntamientos, a las comunidades autónomas o a instituciones públicas de
las administraciones. Ustedes eso lo rechazaron, y cuando pregunto al Gobierno, me dicen desde el Ministerio de Justicia que no depende de ellos. Es decir, la Dirección General de Registros y del Notariado es una dirección general que por lo que
se ve es ajena al Ministerio de Justicia, porque no puede obtener de los registradores de la propiedad los bienes que se han inmatriculado desde el año 1998 hasta ahora. Esto nos causa mucha sorpresa y un poco de decepción, porque parece que tienen
ganas de ocultar algo que al final se sabrá, y si vamos registro por registro lo sabremos sin ningún problema. Por ello creo que hubiera sido oportuno partir de esos datos reales para



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poner las cosas en su sitio, y que la Iglesia tenga lo que es suyo y las administraciones públicas tengan aquellos bienes demaniales que son propiedad del dominio público. Ese era uno de los temas que se planteaban en este proyecto de ley.


En cuanto a la coordinación entre el registro y el catastro dijimos -y no se ha modificado para nada- que se había producido un desequilibrio -en un equilibrio natural que existía durante todo ese tiempo- entre lo que es el registro, lo que
es el catastro, las decisiones judiciales y los notarios. Ustedes con este proyecto de ley han decantado hacia el lado del registro el reconocimiento de derechos que nunca había tenido hasta ahora. Hasta ahora en nuestra filosofía jurídica el
juez, a través de sus sentencias, reconocía derechos, el notario, a través de sus actas notariales, reconocía derechos, y el registro inscribía esos derechos reconocidos por las dos instituciones. Pero ahora ustedes no. Ustedes dicen: como los
registradores tienen un procedimiento Geobase que es magnífico y que funciona muy bien, y no lo dudo, vamos a pasar la capacidad de reconocer derechos al registro, la vamos a detraer del notario o del catastro, incluso de los jueces, y por tanto
vamos a concentrar en una institución todo lo que tenga que ver con el reconocimiento y la inscripción de derechos. Sé que este debate es un poco arduo, pero a la hora de la verdad cuando uno va al notario o cuando uno va al registro a ver qué pasa
con sus propiedades o con sus intereses inmobiliarios se puede encontrar con sorpresas, y a mí no me gustaría que la gente se encontrara con sorpresas. Que cada quien haga lo que tenga que hacer, y que cada quien tenga las competencias que debe
tener. Y si el notario, a través de sus actas notariales, está reconociendo la existencia de un derecho sobre una determinada finca, ese derecho no puede ser modificado por una inscripción en el registro, porque el registro lo que tiene que hacer
es reconocer la existencia de ese derecho, pero no reconocer el derecho, y este proyecto de ley eso no lo cambia en absoluto.


Las tres enmiendas que vienen del Senado y que han presentado siguen incidiendo en el mismo problema, siguen incidiendo en el mismo desequilibrio a favor del Registro de la Propiedad y en contra del notariado y los juzgados, y estando de
acuerdo con una de las enmiendas, que es la que hace referencia a que en caso de deslinde el notario competente será el del lugar donde esté la finca o los colindantes, no es la fórmula que nosotros planteábamos, porque nosotros decíamos que fuera
competente el notario del lugar donde esté ubicada la finca -ustedes decían antes que podía ser cualquiera, el de la capital de la provincia o el de otra provincia limítrofe-, y creo que esa fórmula es buena. Pero cuando se habla de expedientes de
dominio ustedes recuperan esa fórmula del notario competente del lugar donde esté la finca y los colindantes, pero siguen excluyendo al juez. Ustedes han dicho que el juez aquí no pinta nada, que únicamente cuando tengamos un lío de narices
intervengan los jueces, pero mientras tanto para cosas menores que decidan los notarios o que decidan los registradores de la propiedad, pero los jueces no, y en un expediente de dominio han dicho: yo quito al juez, dejo al notario, y el notario
que se haga cargo de todo. Al final, señor ministro, puesto que usted está escuchando con atención lo que estoy diciendo, y se lo agradezco, me estoy dando cuenta de que el Senado ha servido para compensar a los notarios. En el Congreso se les da
todo a los registradores, los notarios se enfadan, no les gusta mucho lo que se ha hecho, y en el Senado les compensan un poco, y sale la compensación aquí, pero esa compensación me parece que no es la más adecuada, porque romper un equilibrio como
el que había de la manera en que se ha hecho no creo que sea la manera más conforme con la realidad inmobiliaria y catastral que debe existir en un país.


Por ello en cuanto a las enmiendas del Senado vamos a tener una votación distinta en cada una de ellas. Sí que le digo que el conjunto de la ley sigue gozando de los mismos defectos, de las mismas situaciones atípicas, de las mismas
anomalías, de las mismas disconformidades que hemos puesto de manifiesto desde el principio, y que su paso por el Senado lo que ha hecho ha sido consolidar lo que ya había, y dificultar que en aspectos de inmatriculación de la Iglesia no se haya
avanzado nada, y que en aspectos relacionados con la coordinación lo único que se haya hecho haya sido satisfacer un poco alguna demanda de los notarios.


Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Morlán.


Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Matos.


El señor MATOS MASCAREÑO: Señorías, debatimos en este punto del orden del día las enmiendas incorporadas en el Senado al proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria y del Catastro Inmobiliario, aprobado por la Comisión de Economía de
este Congreso el pasado 25 de marzo.



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Tres son las enmiendas que vienen del Senado. En la primera se añade un nuevo apartado, el apartado quinto, en el que se describen las modificaciones recogidas en el proyecto de ley aprobado por el Congreso, por las que se incorpora un
criterio jurisprudencial que considera que los suelos urbanizables sin planeamiento de desarrollo detallado o pormenorizado deben ser clasificados como bienes inmuebles de naturaleza rústica, y no urbana, como venía siendo hasta ahora. Este
criterio jurisprudencial, que proviene de una sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014, es claro e inequívoco. En ningún caso pueden ser calificados como suelos de naturaleza urbana a efectos catastrales aquellos suelos urbanizables que
precisen para su desarrollo de la aprobación de nuevos instrumentos urbanísticos. Eso es lo que establece la letra b) del apartado 2 del artículo 7 del texto refundido de la Ley del Catastro, y eso es lo que incorpora el preámbulo de la ley con la
enmienda introducida en el Senado. Las otras dos enmiendas incorporadas en el Senado, a las que ya se ha hecho referencia aquí, ambas transaccionales, hacen referencia a determinar la competencia territorial de los notarios para tramitar los
expedientes de deslindes de fincas, o los expedientes de dominio en los casos de inmatriculación de fincas no inscritas en los registros de la propiedad. Son modificaciones a los artículos 200 y 203 de la Ley Hipotecaria. En el texto que se aprobó
en el Congreso se atribuía esa competencia territorial a los notarios hábiles para actuar en cualquiera de las poblaciones donde se encontrara la finca registral, también las colindantes, o los de la capital de provincia. El Senado, con buen
criterio por parte de la Cámara, ha modificado esos dos artículos restringiéndolo a los notarios hábiles para actuar en el distrito notarial donde radique la finca, o en cualquiera de los distritos notariales colindantes, pero no en la capital de
provincia. Esa modificación nos parece lógica, porque por un lado la intervención de los notarios alejados del lugar donde radique la finca afectada perjudica al ciudadano, al complicar y encarecer la tramitación de los expedientes, y por otro
porque al dificultar el conocimiento directo de la finca por parte del notario habría más posibilidades de error en la resolución de los expedientes.


Señorías, tal y como manifesté en mi intervención en el debate de totalidad esta reforma es exclusivamente técnica, ajena a cualquier motivación ideológica o política. Sin embargo desde el minuto uno los argumentos de la izquierda han sido
sus mantras de siempre, fabricados como siempre, y falsos como siempre. En esta ocasión los mantras de la Iglesia católica y de la privatización. El primer mantra, el de la Iglesia católica, se les desmoronó desde el comienzo del debate de este
proyecto de ley, porque es este proyecto de ley -y no ninguno anterior- el que acaba con los privilegios de la Iglesia católica a la hora de inscribir sus bienes no inscritos en el Registro de la Propiedad. Es este proyecto de ley. Hasta hace poco
estuvo gobernando durante ocho años el Partido Socialista con el apoyo de La Izquierda Plural, y en ningún momento se modificó una legislación que en todo caso venía de los años cuarenta. Lo dijo el señor Coscubiela: esto es un pelotazo
inmobiliario y lo que se hace en la ley es indultar, amnistiarlo o avalarlo. Es falso completamente. Dígame usted un artículo de la ley que avale todo lo anterior. Esta ley lo único que hace es que la facultad o privilegio que tenía la Iglesia
católica, equiparado al de las administraciones públicas, de inscribir bienes con una certificación de la propia Iglesia se acaba, y además desde que se publique esta ley y sin ningún periodo de vacatio legis. Por tanto esto es lo que hace esta
ley. Comprendo que a la izquierda, que ha gobernado estos últimos cuatro años, le moleste que haya sido un Gobierno del Partido Popular el que modifique una legislación que venía del año 1940. Por ello, señor Coscubiela, lo que usted ha dicho es
rotundamente falso, no hay ningún artículo que avale o amnistíe una situación anterior. Si alguien quiere saber cómo se pueden ver qué bienes se han inscrito, que sepa que absolutamente todos los ayuntamientos y todas las administraciones públicas
que conozcan algún bien inscrito que no le corresponde a la Iglesia tienen la facultad de abrir expedientes relativos a esa legislación; cualquiera. Pero hasta el momento todas las administraciones públicas han estado, las gobernadas por la
izquierda e incluso el Gobierno del Estado, sin hacer absolutamente nada.


El otro mantra, el de la privatización, ya roza el ridículo. En el trámite parlamentario de esta ley se ha llegado a decir que el hecho de que en los registros de la propiedad cada finca tenga un código de identificación significa una
suerte de privatización del registro. Se ha llegado a decir que la atribución de la resolución de los expedientes de dominio de deslinde, cuando todas las partes estén de acuerdo, y se conceda esa resolución a los notarios y a los registradores, es
privatizar la justicia. Cuando digo todas las partes, son todas las partes. Esta ley solo permite la resolución de los expedientes por parte de notarios y registradores cuando todos los titulares de la finca o de cualquier derecho real sobre ella,
la de los colindantes, el catastro y las administraciones públicas estén acuerdo. Y si hubiera alguien que no esté de acuerdo -administración, catastro, interesados, colindante- se remitirá, como siempre, a los juzgados de primera instancia.



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He utilizado el término mantra y en psicología se emplea como figura retórica para significarla repetición neurótica del sujeto a fin de fijar y reforzar un pensamiento circular. Pues eso, su mantra. Se han pasado los ocho años del
Gobierno Aznar y los tres años y medio del Gobierno Rajoy denunciando la privatización de la educación, pero la educación continúa siendo igual de publica, universal y gratuita que en las épocas de Felipe González y de Zapatero. Se han pasado ocho
años del Gobierno de Aznar y los tres años y medio del Gobierno de Rajoy denunciando la privatización de la sanidad, y la sanidad continúa siendo igual de pública, de universal y de gratuita que con los Gobiernos de Felipe González y de Zapatero.
Ahora denuncian, nada más y nada menos, la privatización de los registros de la propiedad y de la justicia, y todo por la asignación de un código de identificación fiscal a las fincas registrales, o que los notarios y registradores concluyan con los
expedientes cuando todas las partes -interesados, colindantes, catastro y administraciones públicas- estén de acuerdo. Este proyecto de ley persigue únicamente la coordinación de los registros y del catastro, la mayor seguridad jurídica y
fiabilidad jurídica de los datos catastrales registrales, la simplificación administrativa, la agilización de los procedimientos reservados, y alcanzar la concordancia entre los registros de la propiedad y la realidad física y jurídica,
desjudicializando solo aquellos expedientes en los que todos los interesados manifiesten su conformidad.


También se ha dicho por algunos de los intervinientes que se da relevancia a las bases geográficas de los registradores. Esto es también absolutamente falso. El nuevo artículo 10 de la Ley Hipotecaria queda redactado de la siguiente
manera: Punto 1. La base de representación gráfica de las fincas registrales será la cartografía catastral que estará a disposición de los registradores de la propiedad. ¡Cómo se puede decir el disparate de que se da mayor relevancia a la base de
los registradores de la propiedad cuando el primer artículo que lo aborda dice que es la cartografía catastral precisamente la que tiene la relevancia que le concede esta ley!


Quiero terminar mi intervención felicitando al Gobierno por la iniciativa, por haber presentado este proyecto de ley, y a los ponentes de todos los grupos parlamentarios, en especial al de Convergència i Unió y al de Unión Progreso y
Democracia, don Carlos Martínez Gorriarán, por los esfuerzos en mejorarla, tanto en el trámite del Congreso de los Diputados como en el Senado.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Matos.


- PROYECTO DE LEY DE RECUPERACIÓN Y RESOLUCIÓN DE ENTIDADES DE CRÉDITO Y EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSIÓN. (Número de expediente 121/000136).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pasamos, dentro de las enmiendas aprobadas en el Senado, al proyecto de ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.


En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Mixto, señor Larreina.


El señor LARREINA VALDERRAMA: Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, estamos ante el trámite final de aprobación de una ley, el proyecto de ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, que es eminentemente técnica, porque al final estamos hablando de
la trasposición de dos directivas comunitarias del año 2014, la 59 -que se refiere a la reestructuración- y la 49 -que se refiere a los fondos de garantía de depósitos-, y quizá tampoco tiene mucha más cuestión esta ley. Por lo tanto lo que yo haré
será una reflexión sobre el porqué de esta ley, y por qué los contenidos de esta ley no se han puesto en práctica mucho antes, ya que al final estamos hablando de lo que se debería haber evitado, es decir, el coste de la reestructuración bancaria,
de toda la crisis bancaria que según el propio Banco de España ha supuesto una inversión de 61.500 millones de euros, aunque hay otros cálculos que incluso la incrementan. Y de esos más de 61.000 millones de euros solo se han recuperado 2.760 según
el propio Banco de España. Por tanto vemos que ha habido un coste importante de toda la crisis bancaria, de todo ese desbarajuste financiero a lo largo de los años pasados que ha recaído sobre los contribuyentes, cuando precisamente esta ley y
estas directivas comunitarias lo que quieren evitar es que ese coste caiga sobre los contribuyentes, y esta es la primera reflexión: que esta ley viene a ser una enmienda a la totalidad de todo lo que se ha hecho en el Estado español con
anterioridad. Y creo que también es un motivo de reflexión importante el plantearlo. Nosotros, nuestro Grupo Parlamentario Amaiur, ha repetido muchas veces desde esta tribuna y en los ámbitos de las comisiones que este Gobierno ha sido siempre muy
raudo y veloz a la hora de dar respuesta a las



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necesidades de las grandes empresas, de la banca, de los sectores financieros; y ha sido tremendamente lento a la hora de dar respuesta a las necesidades y angustias de la gente de la calle, de los contribuyentes. Esta ley y todo lo que ha
pasado creo que es un fiel exponente de esa situación, y lógicamente es la primera reflexión que hay que hacer.


La segunda reflexión que pongo encima de la mesa es sobre una cierta incoherencia. Todos tenemos incoherencias; nosotros hemos denunciado muchas veces que este Gobierno está modificando a través de leyes otras muchas leyes, y a través de
enmiendas en el Senado está haciendo auténticas enmiendas a la totalidad al modificar otras leyes que no tienen nada que ver con la cuestión. Por eso digo que me habría gustado, siendo incoherente, que en esta ley el Gobierno hubiese aprovechado
para haber introducido otras cuestiones como, por ejemplo, la necesidad de que haya una banca pública que rompa el oligopolio financiero que está ahora mismo implantado en el Estado español. Yo creo que eso sería necesario: fortalecer entidades
públicas financieras precisamente siguiendo su espíritu liberal, precisamente para que haya un mercado libre, porque ahora mismo el oligopolio financiero está imponiendo unas condiciones que no son las de un mercado libre, y precisamente la
existencia de una banca pública es lo que condicionaría al sector privado a ser más diligente a la hora de dar respuestas a las necesidades de la gente, a las necesidades de las pequeñas y medianas empresas, de la economía social. Ese creo que es
también un motivo de reflexión sobre esta cuestión, y que es importante contar con entidades públicas de control social, pero también es una enmienda a la totalidad a todo lo que se ha hecho con todo el proceso de desaparición de las cajas de
ahorros, que al final se han puesto en manos de la banca privada.


Y la reflexión final -con esto acabo, señora presidenta- que hacemos siempre desde Amaiur, y en este caso es especialmente vigente y adecuada, es la necesidad de contar con instrumentos de soberanía propios para hacer precisamente lo que
ustedes no están haciendo, es decir conseguir que haya un mercado financiero que esté al servicio de las personas, y no las personas al servicio de esas entidades financieras. Pensamos desde Euskal Herria que eso lo podríamos hacer mucho mejor con
unas políticas más orientadas desde el punto de vista de la justicia social, de servicio a la ciudadanía, de poner a las personas por delante de las cifras, y sobre todo por delante de los intereses financieros de la economía especulativa de las
grandes corporaciones.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Larreina.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, señor Calduch.


El señor CALDUCH CERVERA: Presidenta, mi intervención va a ser breve.


Señorías, ya en su momento mi grupo parlamentario se manifestó a favor de este proyecto de ley, pero en este caso creo que tenemos que felicitarnos todos porque hemos hecho un texto tan perfecto que, cuando ha ido al Senado, prácticamente
las únicas modificaciones que se han hecho han sido puramente técnicas, sobre correcciones de denominación de artículos y poco más. Esa es una interpretación, la de que hemos sido tan buenos legisladores en esta Cámara que la segunda lectura no
tenía prácticamente sentido, pero cabe otra interpretación, y es que cuando se tienen mayorías absolutas da igual la segunda lectura porque ya va todo cerrado y bien cerrado desde la primera, que es lo que ha ocurrido en este caso. De todas formas
en un proyecto de ley de esta importancia creo que el papel del Senado debería haber sido más activo. Sea cual sea el resultado -ya lo hemos visto- nuestro grupo seguirá apoyando este proyecto de ley.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Calduch.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, en apariencia estamos ante un proyecto de ley eminentemente técnico; es verdad que es de una complejidad técnica importante, deriva además de dos directivas comunitarias, pero quiero destacar que tiene un trasfondo político muy,
muy importante, porque en el fondo se trata de intentar enmendar aquello que ya pasó, que es el desastre del sistema financiero -ese que era el mejor sistema financiero de la historia, el nuestro, y el europeo en general- que desgraciadamente nos ha
llevado donde estamos. Pero intentar enmendarlo a posteriori no va a resolver con la moviola el desastre provocado



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ni el rescate generado ni la aportación de recursos que se han tenido que destinar a la salvación del sistema financiero, y en cambio a nuestro entender continúa sin ver los riesgos del futuro, y quiero aprovechar esta última intervención en
este tema para destacar dos -y muy importantes- que derivan de la directiva comunitaria, pero también de su traslación a este proyecto de ley.


Este proyecto de ley teóricamente analiza todos los procesos de recuperación y de resolución de entidades de crédito, pero no resuelve el problema de fondo: qué pasa si, en base a esta nueva legislación de la directiva comunitaria, se tiene
que aplicar la resolución, es decir, el cierre de una entidad financiera de especial envergadura; pues sencillamente que no va a haber los recursos necesarios para hacerlo. Continuamos teniendo el mismo problema de siempre: continuamos teniendo
entidades financieras que son muy grandes, demasiado grandes para quebrar sin que los Estados se sientan obligados a intervenir con dinero público para salvarlas, y por tanto desde ese punto de vista el problema continúa siendo el mismo. Como
quiera que los acuerdos de la Unión Europea prevén unos fondos para esas resoluciones bancarias ad calendas graecas y además absolutamente insuficientes, en el supuesto de tener que aplicar este proyecto de ley que hoy estamos aprobando nos
encontraríamos con que el mecanismo para la próxima crisis tampoco serviría; espero que no nos tengamos que encontrar pronto con una situación en la que se tenga que volver a reconocer que se llega tarde y mal a las circunstancias.


Otro aspecto que es mucho más grave, señorías -no sé para quién hablo, pero en todo caso para que nadie pueda decir después que nadie lo dijo-, es el siguiente: les recuerdo que en esta Cámara, en sesiones anteriores, hemos aprobado una Ley
de sociedades de inversión colectiva que prevé la creación de la banca en la sombra, de una banca que va a poder captar dinero de los inversores -creo recordar que por importe superior a 100.000 millones-, y ofrecerlos como si fuera una entidad
financiera -el ahorro que reciben- en forma de préstamo, pero sin ser una entidad financiera, con los riesgos que eso supone de no estar sometidos a los controles de supervisión ni de tener las garantías del Fondo de garantía de depósitos, ni del
nacional ni de los instrumentos que se establecen a nivel europeo. ¿Qué quiero decir con eso? Que intentar aprender del pasado para que no vuelvan a suceder los mismos errores es inteligente, pero lo sería más si, además de aprender de los errores
del pasado, somos capaces de intuir o apuntar los desastres del futuro. Y el próximo desastre del futuro puede venir el día que comprobemos que los actuales mecanismos acordados en la Unión Europea no son suficientes para abordar la próxima crisis
financiera o cuando se produzca otro fenómeno aún más desgraciado: que la banca en la sombra, la de los fondos buitres y de alto riesgo, nos vuelva a meter en otro pantanal, en otro pastizal, como en el que nos ha metido en la última crisis
financiera.


Lo dejo aquí para que al menos nadie pueda decir, como ha pasado con la crisis financiera, que nadie lo previó. No, no es verdad. Algunos lo dijimos entonces y nos llamaron neuróticos, como acaba de hacer el portavoz del Grupo Popular hace
un momento. No creemos que seamos neuróticos. Sencillamente somos muy persistente en nuestra denuncia de los riesgos que tiene un capitalismo sin reglas, salvaje, que pone por delante de todo la retribución del inversionista porque sabe que en el
fondo estamos en una fase de capitalismo basado en el socialismo para ricos: los beneficios se privatizan y, cuando llegan los desastres, se socializan las pérdidas. Y esto no lo resuelve este proyecto de ley. O sea, es menos técnico de lo que
parece y más político de lo que algunos quisieran. Desgraciadamente, estamos en lo mismo de siempre.


Gracias, señorías.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Coscubiela.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra la señora Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Presidenta, señorías, haré una breve intervención en este debate sobre las enmiendas que nos llegan del Senado al proyecto de ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de
inversión. La posición de mi grupo parlamentario es favorable a este proyecto de ley aun cuando sentimos que no se haya aprovechado suficientemente a través de la incorporación de otras enmiendas, entre ellas las que ha presentado mi grupo
parlamentario, cuyo fin era una mejora del texto y una mayor eficiencia de los objetivos que persigue.


Señorías, déjenme hacer un breve repaso a este proyecto de ley, un proyecto de ley que adquiere más importancia, si cabe, a raíz de la crisis financiera que hemos vivido en los últimos años, especialmente en Europa. Ha sido una crisis que
nos ha obligado a acelerar los procesos de armonización financiera y a avanzar de manera más determinante y más decidida hacia la unión bancaria. Presidenta, señorías, estamos ante la trasposición de una directiva europea por la que se establece un
marco común para los



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procesos de reestructuración y resolución de entidades de crédito y se crea un mecanismo único de resolución. La moneda única, señorías, fue el embrión de todo este proceso que, tras avanzar en diferentes aspectos y en diferentes fases
-recordemos la más reciente, Basilea III, la adecuación a las ratios de capital-, culmina con la creación de un mecanismo único de resolución, y todo ello, repito, con la finalidad de una armonización de la normativa financiera y de profundizar en
la idea y en el proyecto de la unión bancaria. Este sistema español de resolución coordinado con el europeo deberá estar operativo en el año 2016. Señorías, la experiencia nos ha hecho ver, entre otras cosas, que hacen falta nuevas potestades a
favor de las autoridades públicas para gestionar un proceso de resolución de una entidad de manera ágil, bajo el principio de responsabilidad de accionistas y acreedores y sin costes para los ciudadanos. El objetivo más remarcable de esta ley es
poner fin al uso de recursos públicos en los proceso de resolución, de inviabilidad de las entidades de crédito, que ya lamentablemente hemos vivido.


La ley se inspira -lo recordaré muy brevemente- en cuatro principios internacionales: el primero, la distinción entre liquidación y resolución de una entidad financiera; el segundo hace referencia a la distinción entre funciones
supervisoras y funciones resolutorias; el tercero es el relativo a la instauración de un proceso resolutorio en dos fases, la preventiva y la de actuación temprana, y el cuarto, el más importante, es el de cero recursos públicos en el proceso de
resolución. ¿Y cómo se consigue que no se utilicen recursos públicos en estos procesos? Mediante dos vías: la primera, el llamado mecanismo de absorción de pérdidas por parte de los accionistas y acreedores de la entidad en resolución mediante el
sistema de recapitalización interna y, la segunda vía, la creación del fondo de resolución nacional, que se integraría en un futuro en un fondo a escala europea, sufragado ex ante por las contribuciones de las entidades de crédito. Esta vía es muy
importante, pero también es muy importante recordar que a nivel europeo se está aún debatiendo cómo se constituirá el fondo europeo, y es necesario e imprescindible avanzar.


Nuestro grupo, el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, presentó una serie de enmiendas a este proyecto de ley que, como decía al inicio de mi intervención, no han sido aceptadas y quisiera recordar la más importante para nuestro
grupo, que es la enmienda que afecta al artículo 53 del proyecto de ley. Con ella perseguíamos proteger la estabilidad del sistema financiero tal como se pretende en esta ley, pero minimizando el uso de los recursos públicos, dado que la presente
norma establece la obligación de que las entidades financieras realicen aportaciones al fondo de resolución nacional que se crea mediante esta norma, cuando en el caso de entidades públicas supondría una doble garantía y un sobrecoste del uso de los
recursos públicos. Por ejemplo, es el caso del Institut Català de Finances, el ICF, donde existe ya el aval de la Generalitat de Catalunya que cubre ya esta garantía a la que se está obligando a través de esta norma. El resto de enmiendas
presentadas por nuestro grupo están también enfocadas a la minimización del uso de recursos públicos y de nuevo repito que sentimos que no hayan sido aceptadas porque entendemos que mejoran la ley y permitían hacer más eficiente el sistema. No
obstante estas consideraciones, y aunque no han sido aceptadas nuestras enmiendas, entendemos que es positivo y necesario este proyecto de ley, por lo que nuestro grupo votará favorablemente al mismo, ya que nos alinea a nivel europeo en el camino
de establecer un marco común para los procesos de reestructuración y resolución de entidades de crédito y sobre todo hacia la creación de un mecanismo único de resolución.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Riera.


Por el Grupo Socialista, señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Gracias, señora presidenta.


Este proyecto de ley que viene del Senado ya fue debatido en Comisión y por ello quiero trasladar que además de incorporar la trasposición de dos directivas, la 49 y la 59 de 2014, también modifica una ley, una ley que definió un modelo de
reestructuración y de resolución de entidades bancarias en España, la Ley 9/2012, impulsada por este Gobierno, que fue quien tras la crisis provocada por Bankia, tuvo que acudir al rescate financiero, firmar el memorándum de entendimiento con la
Comisión Europea y definir un modelo de rescate a través de esa ley. Pues bien, yo creo que esta nueva modifica esa Ley 9/2012, ese modelo, incorporando una serie de ajustes que vienen de Europa y que, desde luego, mejoran sustancialmente el modelo
definido en 2012. No obstante, creo que también es hora de hacer balance de ese rescate de 2012, un balance de costes, empecemos por los costes. Ha sido el Tribunal de Cuentas el que ha cuantificado los costes de ese rescate en 108.000 millones de
euros; fondos públicos del FROB, del Fondo de garantía de depósitos y también del Banco de España. El propio Banco de España en su



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informe definía las ayudas públicas en 61.500 millones de euros. Pero este no solo ha sido el coste, sino que ha habido también un coste a efectos de producto interior bruto. Tengo que decir que el coste que he señalado antes ha supuesto
el 10,55 % de nuestro PIB, cuando en los países de la OCDE, donde también ha habido crisis financiera, no solo en España, el coste ha significado el 3,8 % de media del PIB. La primera conclusión es que ha sido un coste muy elevado con relación al
resto de países y a efectos de ayudas públicas, muy elevado. Recientemente, había un informe de la Comisión Nacional de la Competencia que decía que de los países europeos España había sido el tercer país donde más ayudas públicas se habían
prestado, es decir, el tercer sistema de reestructuración y resolución más caro de Europa. Pero también decía este informe que, además de ser de los más caros, era el que menos recursos estaba recuperando. Hemos recuperado 5.000 millones de euros,
siendo el segundo país que menos dinero ha recuperado de ese sistema de resolución; solo Chipre ha recuperado menos que España. Y, como decía, también tiene un efecto sobre el PIB. Mientras que en países como Austria el efecto sobre el PIB de la
crisis financiera ha sido cero por ciento y la media en los países de la OCDE ha significado el 8,3 %, en España ha supuesto el 22,3 %. Solo lo han superado países como Grecia, Irlanda y Hungría, que han tenido unos efectos por encima del 30 %
sobre su PIB. Por tanto, en este caso no ha sido un proceso de reestructuración y resolución bancaria ni ejemplar ni barato, ha sido caro y poco ejemplar porque ni tan siquiera ha habido suficiente transparencia. El último informe de transparencia
internacional pone de manifiesto que hay una enorme opacidad en la Sareb como gestión de activos en este sistema de resolución bancaria en España y en determinadas operaciones de una de las empresas nacionalizadas como es el caso de Bankia. Por
tanto, no ha habido ejemplaridad y ha sido bastante caro y costoso para nuestro país.


El nuevo sistema con vistas al futuro es el que se trae a través de este proyecto de ley. Estamos de acuerdo con los principios y objetivos básicos de esas directivas. La diferenciación entre lo que es la liquidación y la resolución, la
liquidación de entidades en el caso que sea necesario, recientemente Banco de Madrid, a través de un proceso judicial, y la resolución para entidades que en parte son viables y que hay que seguir manteniendo como consecuencia de los efectos que
pudiese tener su liquidación sobre el sistema financiero, sobre la economía, incluso sobre la deuda soberana de nuestro país. En ese sentido, se le aplicaría el proceso de resolución, un proceso extra judicial, que es el que se define a través de
este proyecto de ley. Estamos de acuerdo también con la diferenciación en la resolución, las actuaciones tempranas o la fase preventiva de la fase ejecutiva. Con lo que no estamos de acuerdo, porque creemos que ha sido una decisión probablemente
no acertada y que haya que corregir próximamente, es en la aplicación del sistema -que únicamente no ha incorporado Finlandia- en cuanto a asignar la autoridad de resolución al FROB, un ente del que no tenemos garantía de independencia ni tan
siquiera funcional y que está controlado por el Ministerio de Economía. Creemos que el sistema utilizado por todos los países, excepto Finlandia, que ha sido asignar la autoridad de resolución al supervisor -en este caso al Banco de España-, podría
ser mucho más adecuado. No obstante, esta provisionalidad se va a tener que resolver una vez que se defina el mecanismo único de resolución en Europa, que se hará próximamente, que será el que defina la arquitectura en la resolución y las
competencias y las potestades de la autoridad de resolución. En lo que tampoco estamos de acuerdo es en que este modelo definido hace que el coste recaiga, en primer lugar, sobre los accionistas; en segundo lugar, sobre los acreedores; en tercer
lugar, sobre un fondo de resolución, en este caso, nacional pero que se incorporará a un fondo de resolución europeo y, en cuarto lugar, cabe la posibilidad de que se vuelvan a requerir ayudas públicas. El proyecto de ley no incorpora que en el
caso, o necesidad, de incorporación de ayudas públicas tengamos garantías de su reintegro, de su devolución íntegra. Nosotros incluso, en las enmiendas que hemos presentado, definimos la necesidad de establecer un calendario de devolución en el
caso de que sean necesarias estas ayudas públicas. Por tanto, no estamos de acuerdo.


Incorporamos también una serie de enmiendas que creemos necesario abordar con relación al FROB: garantizar su dependencia funcional e, incluso, dar a la autoridad del FROB un trato similar a la de aquellos cargos que existen en el Banco de
España supervisor. También creemos necesarias modificaciones de las entidades financieras, entre las que incorporamos una importante, porque es un problema actual: la eliminación de las cláusulas suelo en todas las entidades bancarias. En estos
momentos hay 3.200.000 familias padeciendo las cláusulas suelo en nuestro país. Están pagando de media entre 200 y 500 euros más de cuota hipotecaria; esto está significando en muchos casos desahucios, insolvencias sobrevenidas y garantizando unos
mayores ingresos a la banca a costa de los bolsillos de estas familias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Hurtado, concluya, por favor.



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El señor HURTADO ZURERA: Voy a concluir, presidenta.


Señorías, la banca, con la inyección de dinero público, ya obtiene importantes beneficios. Según el último dato, 12.000 millones de euros de beneficios en 2014, un 36 % más, a costa de las ayudas públicas y de los bolsillos de los
ciudadanos y contribuyentes. Creemos que es necesario equilibrar la posición y la contribución que también la banca tiene que hacer a nuestra sociedad, a las familias y a las empresas, eliminado esas cláusulas abusivas y normalizando la inyección
de liquidez a familias y empresas.


Gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Hurtado.


Por el Grupo Popular, señor López Garrido.


El señor LÓPEZ GARRIDO (don José): Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, vuelve del Senado la ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y vuelve con ligeras mejoras de índole técnica. Esto no sé si interpretarlo irónicamente, como hacía el portavoz de UPyD, diciendo que era un magnífico
proyecto al salir del Congreso. Quizá sí, puesto que el tono de la mayor parte de las intervenciones y los apoyos que ha recibido en el Senado y aquí en el Congreso anteriormente y ahora -como los que ya han sido anunciados- nos pueden llevar a
interpretar que es un buen texto. Desde luego, no creo que algunos portavoces deban utilizar cada una de sus intervenciones para poner en cuestión la idoneidad, la viabilidad o incluso la supervivencia de la Cámara Alta, del Senado. Señorías, si
del Senado no vuelven enmiendas o no son aceptadas enmiendas que, por cierto, tampoco lo fueron aquí en el Congreso, seguramente no es tanto porque sea una Cámara inútil, sino probablemente porque quienes las proponen no disponen de la mayoría
suficiente para llevarlas adelante ni consiguen convencer al resto de grupos parlamentarios para que las apoyen y, fundamentalmente -se lo digo con absoluta conciencia-, porque no tienen razón. Hay enmiendas que se plantean que no tienen nada que
ver con la resolución de las entidades de crédito ni con los procesos de liquidación y que son mantras -mi compañero don Pablo Matos también hablaba antes de determinados mantras- que algunos incorporan al proceso parlamentario de debate para traer
a colación la creación de la banca pública; banca pública que ya no es que el Gobierno o el Grupo Parlamentario Popular, señor Larreina, pierda la oportunidad de incorporarla, es que no queremos, es que no hay voluntad. Su esquema ideológico
financiero no coincide con el nuestro. Respetamos sus planteamientos, sobre todo por la brillantez de su oratoria y por el tono que utiliza siempre, pero respete usted también los planteamientos de la mayoría, señor Larreina, que sé que lo hace,
sin duda. Insisto en que se trata de diferencias que están basadas en mayorías parlamentarias y por eso estamos de nuevo en esta Cámara debatiendo y confrontando planteamientos ideológicos que también son importantes a la hora de abordar un sistema
financiero capitalista como en el que nos movemos. Por cierto, señor Hurtado y señor Coscubiela -aunque ahora no tengo la oportunidad de visualizarlo en el hemiciclo-, es un sistema capitalista en el que la responsabilidad individual es importante.
Por eso precisamente en esta ley se tiene muy en cuenta que sean los accionistas y los acreedores los que sufran en primer lugar las consecuencias de la crisis de la entidad financiera. Parece lógico que si los accionistas cobran dividendos u
obtienen plusvalías de la venta de sus acciones, sufran también las pérdidas si la entidad va mal. Ese es un principio fundamental del sistema capitalista en el que vivimos; una economía capitalista, pero también social y de mercado.


La ley que vuelve del Senado es una trasposición de dos directivas europeas importantes en cuanto a su calado político; lo han dicho algunos de los intervinientes y yo lo comparto. Además, es una trasposición que no llega tarde, como
algunos insisten en mantener en esta Cámara. Es una trasposición a la que este Gobierno se anticipó, porque este Gobierno en el año 2012 ya aprobó la Ley 9/2012 de reestructuración y resolución de entidades de crédito, y lo hizo tomando como
referencia los trabajos que se estaban desarrollando en la Unión Europea respecto a estas directivas, con lo cual anticipamos la conclusión de los trabajos y la aprobación de las directivas, que fueron aprobadas en el año 2014 y se incorporaron en
el año 2012, y sirvieron para acometer el saneamiento de nuestro sistema financiero. Señorías, este Gobierno, el Gobierno al que da apoyo el Grupo Parlamentario Popular, es el que más empeño ha puesto en dar solución a la crisis de nuestro sistema
financiero y el que ha tenido éxito en sanear y hacer viables entidades cuasi públicas, como nuestras cajas de ahorros. No era nuestro sistema financiero, sino nuestras cajas de ahorros en el sector cuasi público de nuestro sistema financiero las
que estaban en aquellos momentos ciertamente perjudicadas. Ya he mantenido en alguna otra intervención que ha sido este Gobierno el que ha rescatado de la trampa de las preferentes a centenares de miles de ahorradores. Y ha sido este Gobierno el
que ha evitado que se pusieran en riesgo los depósitos de millones de ahorradores



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titulares de cuentas corrientes y de cartillas de ahorro. Desde este punto de vista, señorías -y lo afirmo con total rotundidad-, el rescate financiero que llevó a cabo en base a la Ley 9/2012, con inspiración europea ya, el Gobierno del
Partido Popular era una necesidad social ineludible para un Gobierno responsable. Evidentemente, no para otros, no para quienes desde el año 2009 negaron que existiera una crisis, dijeron que estábamos en la Champions League y que aquí no pasaba
nada. Mientras otros Gobiernos europeos, como el británico, invertían 130.000 millones de libras, en torno a 200.000 millones de euros, en sanear su sistema financiero, o el alemán se llevaba por delante casi 50.000 millones de euros en sanear su
sistema financiero incluidos los bancos de los Land, aquí hubo un Gobierno que llamó antipatriotas a quienes decían que había una crisis en el sistema, que negó que existiera esa crisis y que permitió que el coste final -y ahora se lo reprochan a
este Gobierno que actúa ya en el año 2012 con absoluta prontitud nada más tomar posesión- fuera muy superior para los contribuyentes.


Señorías, las iniciativas adoptadas por este Gobierno a partir del año 2012 son iniciativas para rescatar no a los bancos, para rescatar a los depositantes. Les voy a dar algunos datos que creo que son importantes y que deberíamos repetir
con más frecuencia. La mayor de las entidades rescatadas, con carácter sistémico aquella entidad, tenía al acabar el año 2011 un total de 300.000 millones de euros en depósitos. Tenía siete millones de clientes. Entre las dos siguientes entidades
rescatadas sumaban más de 120.000 millones de euros, a sumar a casi los 300.000 anteriores; de manera que solo en tres entidades estamos hablando de más de 400.000 millones de euros en depósitos; depósitos que son de ahorradores, de
cuentacorrentistas, de gente que tiene su libreta de ahorros o de empresas que tienen ahí sus depósitos a plazo fijo. ¿Y ustedes dicen que eso no era una responsabilidad social que hubiera de ser abordada? Pues esa responsabilidad social la abordó
este Gobierno, insisto, para rescatar a esas personas y a esas empresas que tenían sus depósitos en nuestro sistema financiero, en nuestras cajas de ahorros. Les hablo de casi 500.000 millones de euros que podían haberse puesto en juego -que de
hecho puso el anterior Gobierno en juego por su inacción- y que llegan a una cantidad superior a la mitad del producto interior bruto del país, a más de 500.000 millones de euros en depósitos que se hubieran puesto en juego, por no hablar de la
totalidad de la economía nacional. Señorías, si la semana pasada el Fondo Monetario Internacional llega a España y después de sus visitas y sus análisis afirma que uno de los pilares de la recuperación económica española es la renovada solidez del
sistema financiero que ha dado alas al crédito impulsando el consumo y la inversión, y si rectifica sus previsiones de crecimiento para este año del 2,5 al 3,1 no es más que por la acción de este Gobierno sustentado por el Grupo Parlamentario
Popular. Señorías, seguir afirmando que asegurar los ahorros de millones de clientes de las entidades financieras, evitar la pérdida de decenas de miles de puestos de trabajo y proteger la mitad de la riqueza nacional no era una necesidad social,
es un auténtico disparate en el que ustedes me temo que van a seguir incurriendo.


Pues bien, señorías -voy acabando-, tras todo este proceso el Gobierno del Partido Popular no solo rescató a esos clientes de las entidades financieras, no solo rescató a esos ciudadanos, no solo rescató a esas empresas que hubieran cerrado
de haber perdido también sus depósitos, sino que con eso y con las reformas estructurales acometidas acabó rescatando al país; un país al que un Gobierno anterior dejó en la más absoluta quiebra y que este Gobierno ha tenido que asumir, con la
responsabilidad, con el sacrificio pero al final también con el acierto, la responsabilidad de sacarlo adelante una vez más.


Muchísimas gracias, señora presidenta. Gracias, señorías. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor López Garrido.


DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL CÓDIGO PENAL MILITAR. (Número de expediente 121/000107).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pasamos al punto del orden del día del debate de los dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas. En primer lugar, corresponde debatir el dictamen del proyecto de ley orgánica del
Código Penal Militar.


Para defender en el Pleno las enmiendas formuladas, en primer lugar, por el Grupo Parlamentario Mixto, señor Tardà.



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El señor TARDÀ I COMA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, los republicanos presentamos un conjunto de siete enmiendas, algunas de ellas muy concretas referidas a la necesidad de suprimir un capítulo, el que establece hasta tres años de cárcel y también pérdida de empleo para aquellos
militares que ofendieren, ultrajaren a España, a la bandera, a los himnos, los símbolos del Estado y al monarca. (La señora vicepresidenta, Montserrat Montserrat, ocupa la Presidencia). Nosotros reclamamos la supresión de este capítulo en
coherencia con todo aquello que hemos defendido en la reforma del Código Penal. De hecho, para nosotros es muy poco moderno, incluso arcaico, que este código reconozca estas supuestas ofensas o injurias como delito. Digo supuestas. ¿Por qué digo
supuestas? Porque estamos inmersos en un océano de arbitrariedades. La misma concepción que se tiene sobre la ofensa o la injuria a España es una arbitrariedad. De hecho, esto ha ocurrido en los últimos días. Fíjense, para algunos este silbato
(muestra un silbato) era un arma de destrucción masiva, cuando fue utilizado por miles y miles de ciudadanos catalanes y vascos no para ofender al pueblo español -es el recurso fácil de los patrioteros- sino para manifestar libremente la protesta
ante la intolerancia de un Estado que atenta contra las realidades nacionales existentes. Aquí el debate está entre la capacidad de protesta, fruto de ejercer la libertad de expresión -repito, no ofensa al pueblo español, que es le recurso fácil-,
y la protesta ante la intolerancia.


Digo, pues, que estamos inmersos en un mar de arbitrariedades, y ustedes mantienen en este Código Penal y en el Código Penal Militar todo esto; en cambio -fíjense qué absurdo-, no aceptan nuestra enmienda para que se reconozcan en él los
tipos de delito relacionados con el genocidio, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra y los crímenes contra la paz. Según su Código Penal Militar, ofender al Rey, al himno y a la bandera es delito, pero practicar un genocidio no
se tipifica. De manera que estamos ante un mar, repito, de situaciones incluso que rayan el absurdo. También proponemos eliminar la propia justicia militar. Pedimos la supresión de la jurisdicción militar y que sus competencias sean asumidas por
los jueces y los tribunales ordinarios. De hecho, la Asociación de Militares por la Democracia afirma que la jurisdicción militar es manipulable. ¿Por qué lo es? Porque de entrada, por definición es opaca, y es evidente que todo aquello que es
opaco -los tribunales militares son el paradigma de la opacidad- provoca sospecha. Es decir, se sospecha algo que nadie puede negar, que la jurisdicción militar en el Estado español y en otros Estados -no en todos sino en muchos- esconde múltiples
abusos. Es más, a menudo existe la sospecha de que se da una mayor persecución de aquellos militares que denuncian los abusos o las corrupciones que no otra cosa, por ejemplo el caso del teniente Segura. Ya sé que nos dirán que la jurisdicción
militar no se puede suprimir porque lo establece la Constitución española. Este es un mantra que hemos oído de forma repetida siempre que planteábamos temas troncales. Ante esta estupidez recurrimos al otro mantra, a recordarles por activa y
pasiva que cuando les vino en gana -esa vez fue el Partido Socialista, pero los casos hubieran podido ser intercambiables- ustedes, las mayorías, nos endosaron una reforma constitucional al servicio de la doctora Merkel.


En todo caso, enmendamos algo que nos parece también razonable. Si ustedes no se avienen a suprimir la justicia militar, al menos de forma alternativa supriman en la jurisdicción militar el ejercicio de los jueces militares. ¿Por qué?
Porque con los jueces ordinarios se daría un gran paso hacia delante en pro de la publicidad de los hechos -en una sociedad avanzada negar la publicidad de los hechos es sinónimo de reaccionario- y, por ende, se daría un gran paso hacia delante en
todo aquello que tiene que ver con la independencia de la justicia, puesto que si la justicia no es independiente deja de ser justicia.


Estas son nuestras enmiendas que ponemos a consideración de todos ustedes.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor Tardà.


Por el Grupo Vasco tiene la palabra el señor Agirretxea.


El señor AGIRRETXEA URRESTI: Intervengo brevemente desde el escaño para dar por defendidas las enmiendas que mi grupo presentó, entre otras cosas porque no se aceptó ninguna de ellas. Por tanto, eso nos hace estar bastante descontentos con
la función que el Grupo Popular ha tenido en esta Comisión en torno a nuestras enmiendas y porque además defendíamos que un cuerpo policial fuera exento de este carácter militar que se le aplica en este Código Penal. Precisamente hemos pretendido
que sacaran este cuerpo de este Código Penal Militar. Entendíamos desde un principio, y así lo dijimos cuando se debatió la enmienda de totalidad en esta Cámara, que quizá tendríamos que preguntarnos si verdaderamente existía la necesidad de que se
mantuviera en la jurisprudencia del Estado un código penal específicamente militar. Quizá es más moderno incorporar lo estrictamente castrense, esos delitos que son solo militares,



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que se supone que son los que se tratan en este Código Penal, al Código Penal común; incorporándolos y citándolos como delitos únicamente castrenses, pero en un código penal común y no dejando un código penal militar ahí como una especie de
caverna que verdaderamente no sitúa en lo más moderno de los Estados, sobre todo cuando todos los preceptos que aparecen están remitiéndose constantemente al Código Penal común. Por tanto, nosotros ya partíamos con una pregunta, una duda en torno a
esta necesidad.


Visto que no se han incorporado las enmiendas que hemos presentado, tampoco nos satisfacen estas. Entendemos que en todo lo demás ha mejorado en algunas cuestiones este Código Penal Militar, comparando con lo que existía anteriormente. Las
reflexiones que el Consejo General del Poder Judicial hizo en un informe se han valorado y comprobado que son importantes, como pueden ser el tiempo -desde que el último Código Penal Militar se aplicó, que fue de 1985-, la excepcionalidad de los
preceptos estrictamente castrenses -que yo creo que han limpiado mucho de lo que en su momento era el Código Penal Militar existente, hoy en día no entendible-, la modernización en ciertas cuestiones del texto y, sobre todo, el ámbito de la
internacionalización -situar este Código Penal Militar en un ámbito europeo, internacional, con las nuevas necesidades y las incorporaciones de las nuevas funciones que el ejército y las Fuerzas Armadas tienen en este contexto internacional.


Dicho todo esto, no vamos a votar a favor de este proyecto de ley por las razones que he esgrimido, pero tampoco votaremos en contra.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor Agirretxea.


Por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia tiene la palabra la señora Lozano.


La señora LOZANO DOMINGO: Gracias, señora presidenta.


Señorías, la aprobación de este Código Penal Militar que concluye en el día de hoy es desde el punto de vista de mi grupo una clara involución, no solo para las Fuerzas Armadas sino para nuestro país. Es una involución jurídica por cuanto
se plasma en este Código Penal Militar un concepto de la justicia militar que es obsoleto, aunque se persiste en mantenerlo de manera incomprensible; pero también es una involución política porque contribuye a hacer de nuestras Fuerzas Armadas un
coto cerrado y opaco -aún más- y a mantenerlas como un territorio de excepción. Era un momento de tener un debate sobre el sentido de la jurisdicción militar, pero se ha aprovechado -con este proyecto de Código Penal Militar obsoleto, que supone
una involución, insisto- para dar un cerrojazo a la posibilidad de ese debate. Debates que están planteados en la sociedad y por quienes sufren más directamente, en este caso, las leyes militares están fuera pero no se dan dentro de esta Cámara,
demostrando una vez más la desconexión de los ciudadanos con la política, de la que muchos o no quieren o no pueden enterarse.


Para Unión Progreso y Democracia la única senda posible a seguir respecto a esta cuestión es la abolición de la jurisdicción militar, lo hemos dicho por activa y por pasiva. Es una jurisdicción que no tiene sentido en el siglo XXI y en
tiempos de paz. Países como Alemania, Austria, Bélgica, Noruega y muchos otros la abolieron hace tiempo; juzgan los delitos comunes en la jurisdicción ordinaria y reservan salas especiales en los tribunales ordinarios para juzgar los delitos
estrictamente castrenses. Si funciona así en numerosos países que son más modernos, teniendo ese modelo que ellos ya han experimentado para poder seguirlo, no sé por qué no se quiere ni siquiera plantear este debate. La jurisdicción militar ha
demostrado en numerosas ocasiones que es un instrumento no de justicia sino de impunidad. Ha demostrado que ni es imparcial ni es independiente, así como menos interés en encontrar la verdad de los hechos -que es para lo que trabajan los jueces-
que en ocultar responsabilidades de los mandos. El caso del Yakovlev 42 o el de la comandante Zaida Cantera son dos ejemplos muy visibles y conocidos por la sociedad. Hay muchos que permanecen en la opacidad porque con ello se pretende ocultarlos
a la sociedad. La jurisdicción alimenta el clientelismo y el miedo y, en numerosas ocasiones, ha demostrado no ofrecer garantías para proteger a las víctimas ni para favorecer que los testigos contribuyan al esclarecimiento de la verdad. Por lo
tanto, este Código Penal Militar no solo no camina en esa dirección de abolir la jurisdicción de excepción que es la jurisdicción militar, sino que, por el contrario, amplía el catálogo de delitos, sin que se explique cuál es el principio jurídico o
político que justifica que un robo, un hurto, un caso de acoso sexual o una violación deban ser juzgados por militares y no por jueces ordinarios. A pesar de que ustedes pretenden con la inclusión del acoso sexual como delito tipificado
expresamente mostrarse sensibles a un problema existente en las Fuerzas Armadas que hasta ahora había permanecido



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oculto, esta actitud es el reflejo de que no han dedicado ni un solo minuto a hablar con las víctimas de casos como este. Si lo hubieran hecho, ellas les habrían explicado que lo que les hace sentirse protegidas no es que se amplíe el
catálogo de delitos que se juzgan en la jurisdicción militar, sino que sus agresores sean juzgados de acuerdo a los criterios vigentes en la jurisdicción ordinaria y no con la protección estrictamente corporativa que los tribunales militares ofrecen
a los altos mandos. Ustedes saben que en el problema en el caso recientemente conocido de la comandante Zaida Cantera no fue la inexistencia de ese delito de acoso sexual tipificado como tal. Se castigó bajo el nombre de abuso de poder, abuso de
poder con trato degradante. El problema no es que el acoso no pudiera ser castigado, sino que lo que vino después fue la falta de protección a la víctima y su persecución por haber denunciado a través de esos cauces militares, que son opacos y
parciales, no independientes. Por tanto, se pretende poner el parche en esa parte de la rueda donde no está el pinchazo, todo para no admitir que la bicicleta de la justicia militar sencillamente no funciona desde hace tiempo y para fingir interés
en resolver un problema que en realidad no les preocupa, pues la única preocupación que se desprende de este texto legal es la voluntad de mantener las cosas como están.


Negarse a abolir la jurisdicción militar significa perpetuar un funcionamiento de los órganos judiciales como si fueran unidades militares, que no son, lo que de por sí es bastante estrafalario. Además, negando a las Fuerzas Armadas el
avance que hubiera supuesto esa abolición de la justicia militar, se niega a la sociedad española la posibilidad de normalizar las relaciones con sus militares, que quedan de nuevo aislados en la opacidad y en un territorio de excepción. Es una
involución jurídica y política que defiende intereses espurios y no intereses generales, ni de las Fuerzas Armadas ni de la sociedad; prima el interés corporativo del cuerpo jurídico militar y los privilegios, como el denostado aforamiento de los
mandos militares; y, por último, se niega a comprometerse honesta y sinceramente con los derechos fundamentales de los militares, que siguen siendo considerados ciudadanos de segunda.


Por estas consideraciones, nuestra enmienda sigue siendo de totalidad porque es un debate con el que se pretende dar cerrojazo, como decía, al verdadero debate. A pesar de eso, hemos defendido enmiendas parciales que no han sido en su mayor
parte atendidas. Quiero explicar los principales puntos a los que se dirigían esas enmiendas. En primer lugar, varias de ellas estaban destinadas a excluir a la Guardia Civil de la aplicación de este Código Penal Militar. Nos parece que no
debería estar vigente para este cuerpo; lo hemos defendido en numerosas ocasiones, pero nuestro esfuerzo ha sido baldío, como estamos acostumbrados en esta legislatura de mayoría absoluta. También hemos pedido que se elimine de este Código Penal
Militar numerosos delitos como el de traición, delitos que comprometan la paz o la independencia del Estado, delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, de rebelión en caso de conflicto armado internacional, delitos
de prevaricación de los funcionarios públicos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales. A falta del debate profundo sobre la pertinencia de la jurisdicción militar, hemos pedido que todos estos delitos pasen a
la jurisdicción ordinaria, y tampoco se nos ha escuchado. Asimismo, hemos sugerido eliminar esos artículos en los que se castiga a los militares con la pena superior en grado establecida en el Código Penal. Hemos pedido que se incluyera la
pertenencia a una asociación profesional de las Fuerzas Armadas como causa de posibles discriminaciones graves, pues hay hechos que demuestran que ha ocurrido. Hemos solicitado eliminar el concepto de arbitrariedad en los excesos del mando y
suprimir los incrementos de pena por el mero hecho de ser militares, así como que, hasta que los órganos de la jurisdicción militar no se integren en el Consejo General del Poder Judicial, se remita la estadística de la jurisdicción militar a esta
casa, a la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados. Queremos que se modifique la ley de derechos y deberes para proporcionar mejores medios a las asociaciones profesionales y, por último, que se cambie esta ley para que esas reuniones se
puedan celebrar en organismos y unidades de las Fuerzas Armadas. Ninguna de estas peticiones ha sido atendida, por lo tanto, estamos obligados por los principios generales y por las enmiendas concretas a votar en contra. Con esta reforma legal no
se abre ninguna ventana para los derechos de los militares, ninguna ventana para la modernización de las Fuerzas Armadas y del país ni para permitir su conexión con la sociedad; por el contrario, se cierra este debate en falso, se impone un
cerrojazo, por lo que naturalmente nuestro voto será en contra.


Muchas gracias, presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señora Lozano.


Por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, tiene la palabra tiene la palabra el señor Sanz.



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El señor SANZ REMÓN: Gracias, presidenta.


Señorías, antes de entrar al debate de las enmiendas concretas que subo a defender, desde La Izquierda Plural consideramos necesario hacer una reflexión sobre las coordenadas en las que se ha situado este debate, que no son otras que la de
confrontación clara de dos formas de entender la justicia en el ámbito militar. Una es la que responde al modelo que propone el Partido Popular, el Ministerio de Defensa, los estados mayores y las jerarquías de los ejércitos basado en el
mantenimiento, fortalecimiento y extensión de la jurisdicción militar; un modelo que, como bien saben, lleva aparejada la falta de imparcialidad, independencia y taxatividad requerida a cualquier ley penal, tal y como ha demostrado la experiencia.
Ese modelo se confronta con otro -que es el que defiende La Izquierda Plural- basado en la homologación de esta jurisdicción militar al resto, circunscribiendo las leyes penales militares a determinadas coyunturas de la vida del Estado, tal y como
exigiría en cualquier caso un país moderno y democrático con unas fuerzas armadas profesionales. Es un modelo, señorías, que además implicaría, entre otras cuestiones, cambiar profundamente sus leyes procesales. Decir esto es pertinente porque
hubiera sido cuando menos recomendable poder abordar antes y en profundidad si necesitábamos un texto que fortaleciese solo esa dirección de la jurisdicción militar, siguiendo el modelo del Partido Popular, o, por el contrario, si era el momento en
este país, si se daban las circunstancias, para acometer, como propone mi grupo, una profunda transformación que implicase la eliminación de la jurisdicción militar tal y como está configurada. De nuevo se impidió esta reflexión y no hemos podido
hacer otra cosa que enfrentarnos a un nuevo texto -el suyo- que es más de lo mismo, que está elaborado por unos cuantos militares, de espaldas o sin contar con la participación efectiva ni de los interesados, ni de sus asociaciones, ni del conjunto
de la sociedad española, además de espaldas al Código Penal común, hasta el punto de que empezó su tramitación antes de que fuera aprobado definitivamente este y que supone además extender más allá de lo castrense el ámbito de la justicia militar
sin tener en cuenta leyes disciplinarias, ni de las Fuerzas Armadas ni de la Guardia Civil, y recogiendo ilícitos penales ya contemplados en el Código Penal común, afectando así al límite constitucional de aplicar la justicia militar a lo
estrictamente castrense y vulnerando el principio que debería regir cualquier norma penal: el derecho penal de intervención mínima.


No contentos, señorías del Grupo Popular, con negarnos este debate a priori, antes de la redacción del proyecto, también nos lo niegan a posteriori, es decir durante el trámite de ponencia. Señorías del Grupo Popular y del Grupo Socialista,
que lleguen a acuerdos en materia de defensa nos parece normal, porque a fin de cuentas en el fondo comparten los fundamentos desde los que abordan esta temática, pero estos acuerdos, señorías -especialmente las del Grupo Popular-, no pueden jamás
suplantar a los espacios reglamentariamente constituidos y en los que la pluralidad política es algo más que maquillaje, es el reflejo político de la voluntad de la gente, de la ciudadanía. Se nos ha hurtado la posibilidad de abrir el debate que
queríamos, que era el del modelo de defensa, antes de la redacción de esta ley. En este sentido, evidentemente, mi grupo quiere reiterar aquí lo que ya dijo en Comisión, que no es otra cosa que su malestar profundo por el deficiente -o más bien
inexistente- trabajo en ponencia. Por todo ello y porque obviamente siguen vivos los motivos que nos llevaron a presentar la enmienda a la totalidad a este texto legal, situamos para su votación la práctica totalidad de nuestras enmiendas -ya que
como es evidente ninguna ha sido recogida- y para su defensa lo haremos en cuatro bloques fundamentales. El primero es el que aborda la extensión del conocimiento de la jurisdicción militar a delitos que están ya contemplados en el Código Penal
ordinario, rebasando, como les decía, constitucionalmente los límites que sitúa la Constitución. Este es el motivo principal de las enmiendas presentadas a su ley por mi grupo y por el resto de grupos -mi grupo solo ha presentado 15 enmiendas,
prácticamente la mitad-, en especial al libro II de la norma -señorías, se lo tenemos que decir-, cuya redacción demuestra, una vez más, la larga mano del ministerio y de los estados mayores, que quieren seguir contando con mayor autonomía, con
mayor capacidad y alcance -que es lo peligroso- de una ley penal que se va a aplicar en el interior de los cuarteles.


El segundo de los argumentos también agrupa a un buen número de nuestras enmiendas con las que tratamos de reparar la falta de taxatividad y objetividad del texto. Son cuestiones a nuestro juicio imprescindibles en una norma penal que tiene
una trascendencia y una incidencia importantísima en la esfera de las libertades y derechos fundamentales de los hombres y de las mujeres de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil a quien les va a ser de aplicación. Además supone una
discriminación penal negativa de forma injustificada y absolutamente injustificable hacia estos trabajadores en un espacio que, como bien saben, es apto para la arbitrariedad, más todavía si tenemos en cuenta que no se ha querido



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reformar el ámbito procesal. El incumplimiento del principio de legalidad que gravita sobre el conjunto del texto, señorías, mucho nos tememos que venga a arropar la aparente voluntad del Grupo Popular de limitar y prohibir el pleno y
eficaz ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil. ¿Por qué, si no, señorías, se niegan a incluir en el artículo 48 como delito de abuso de autoridad los actos de
discriminación por pertenencia a una asociación profesional de militares? ¿Por qué se niegan a incluir ese mismo tipo penal en el artículo 50, referente a los delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas
de la milicia, como les solicitamos en las enmiendas 18 y 20 de La Izquierda Plural? No tiene, si no, otra explicación. Algo similar ocurre, a pesar de los cambios sufridos durante este trámite, que reconocemos mejoran en parte el texto y lo hacen
menos malo, con el artículo 73.7.3, que sigue siendo una herramienta perfecta para aferrarse a la hora de perseguir a quien resulte molesto.


El tercero de los bloques de enmiendas tiene que ver con la Guardia Civil, como ya se ha dicho desde aquí. Tiene una redacción verdaderamente incomprensible y desoye todas las recomendaciones del Consejo de Estado. Este motivo centra otro
gran número de enmiendas de mi grupo y del conjunto de los grupos, pero ustedes no han aceptado absolutamente ninguna. Lo más lamentable es el argumento en el que se escudan, diciendo que la Guardia Civil tiene razón de ser en su naturaleza
militar. No, señorías; no es así por mucho que se empeñen. Hay que leer el artículo 104 de la Constitución española para entender el ámbito competencial de este cuerpo y, por tanto, no dudar en la necesidad de excluirlo del ámbito de la justicia
militar, avanzando así hacia su necesaria desmilitarización.


Por último, el cuarto bloque de enmiendas que presenta mi grupo y que defiendo desde esta tribuna es el correspondiente a aquellas que persiguen la modernización de la jurisdicción militar y de quienes la ejerzan, haciéndola dependiente
exclusivamente del Consejo del Poder Judicial, pero no como plantean ustedes -me voy a explicar-. Ya es hora, señorías, de que las normas disciplinarias o la carrera profesional de quienes tienen que administrar justicia en el ámbito militar no
estén sometidas al Ministerio de Defensa y, por tanto, a la jerarquía y al entorno militar. Hoy le hacen una pregunta en la prensa al grupo parlamentario mayoritario: ¿Qué sentido tiene que órganos judiciales se configuren como si fueran unidades
militares? Se lo voy a responder desde aquí: ninguno, señorías, ninguno. Ustedes plantean modificaciones de la Ley orgánica de competencia y organización de la jurisdicción militar que son exclusivamente una cuestión de maquillaje, son
cosméticas, y no van a la raíz del problema, que no es otro que la falta de independencia, imparcialidad y neutralidad de los jueces militares. El hecho de que nos propongan ahora que el nombramiento de los magistrados militares se haga a propuesta
del Consejo General del Poder Judicial no va a cambiar nada de no aprobarse el contenido de la enmienda número 31 que presenta mi grupo.


No quisiera acabar sin comentar algunas cuestiones que además de esta propone el Grupo Popular. Señorías, nos parece incomprensible que se admitan ahora, que se recupere a los generales auditores en situación de reserva. Esperamos que nos
lo expliquen porque nos parece francamente un escándalo, al igual que nos lo parece que esta reforma de las leyes orgánicas de competencia y organización de la jurisdicción militar y de la procesal militar se hayan hecho por enmiendas y sin el
conocimiento, la valoración y los informes del Consejo General del Poder Judicial, del Consejo Fiscal, del Consejo de Estado, del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, del Consejo de la Guardia Civil y de las asociaciones profesionales y de la
Guardia Civil, quebrando de nuevo el Estado de derecho en el ámbito castrense, demostrando una vez más la falta de voluntad del ministerio de hacer que la justicia y la democracia penetren en el seno de las Fuerzas Armadas con todas las de la ley.


En resumen, a pesar de sus intentos para hacer ver que la jurisdicción militar camina hacia la homologación con las demás, realmente lo que están haciendo es posponer este debate sobre el modelo de jurisdicción militar, el que necesita
nuestro país, a dentro de dos años, tal como recoge la disposición adicional primera del informe de la ponencia. Otra patada hacia delante, señorías, otra chapuza más. Por todos estos motivos les solicitamos el voto favorable a las enmiendas de La
Izquierda Plural, porque consideramos que este es el momento de modernizar y democratizar el ámbito de la defensa, que poco o nada ha evolucionado y cuya democratización es urgente en un país que se quiera definir como tal. De no aceptarse nuestras
enmiendas, evidentemente nuestro voto será negativo, como lo fue ya en la Comisión; esperemos poder cambiar de posición.


Gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor Sanz.


Por el Grupo de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Xuclà.



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El señor XUCLÀ I COSTA: Señora presidenta, señorías, intervengo en nombre de mi grupo parlamentario para fijar su posición en la recta final de la importante tramitación de la reforma de la Ley Orgánica del Código Penal Militar, partiendo
de las siguientes consideraciones. Esta ley viene a sustituir un Código Penal Militar aprobado en el año 1985, cuando en este hemiciclo aún era reciente el recuerdo de un intento de golpe militar. Aquel Código Penal Militar de la democracia tenía
que ser el código penal complementario del verdadero Código Penal de la democracia, pero este código penal no llegó hasta diez años después con un ministro que, a bombo y platillo, proclamó que el suyo, el de 1995, era el Código Penal de la
democracia. Como muy bien se dice en la exposición de motivos de esta ley, que desde un punto de vista técnico seguramente estaba bien preparada para abrir un debate técnico-político que no ha llegado a las últimas consecuencias ni ha apurado todas
las posibilidades de las que disponíamos, teníamos que pasar de una norma penal militar que quería ser omnicomprensiva en los tipos penales y en las puniciones a una norma penal complementaria de unos tipos que básicamente tienen que estar en el
Código Penal general. Este era el objetivo de esta reforma de aquello que se aprobó en el año 1985 tras un intento frustrado de golpe de Estado. Tantos años después, valía la pena hacerlo, ha valido la pena discutirlo y que cada grupo
parlamentario presentara sus enmiendas y expusiera su punto de vista. Además, señorías, era una obligación acordada entre los grupos cuando aprobamos una disposición adicional en la Ley orgánica 9/2011, de derechos y deberes de los militares, que
instaba al Gobierno a la presentación de la reforma del Código Penal Militar, pero este tenía que ser más restrictivo en lo sustancial y en la definición de una nueva jurisdicción militar de lo que al final ha resultado. Afirmo esto a la luz del
mandato claro que suponen el artículo 117.5 de la Constitución española y la doctrina constitucional. Señorías, esta era una buena oportunidad para acotar y limitar el ámbito sustancial de los tipos penales militares y para afrontar una reforma en
profundidad que acordara claramente los patrones de funcionamiento de un sistema democrático de la jurisdicción militar.


Nosotros hemos mantenido vivas las enmiendas 73 a 100, un número importante de enmiendas. ¿Por qué hemos mantenido vivas tantas enmiendas? Porque, en ponencia y en Comisión, este grupo parlamentario ha tenido el honor de que se le aceptara
una sola enmienda a la contribución, creo que constructiva, que hemos hecho para intentar mejorar este texto de ley orgánica de reforma del Código Penal Militar. Desde el primer día se ha visto que había un canal de comunicación preferente o
privilegiado entre el PP y el PSOE. Esta no es la primera vez que pasa en esta o en otras legislaturas ni será la última. No son celos, sino la constatación de las preferencias. Muchas enmiendas planteadas por nuestro grupo eran parecidas a
enmiendas planteadas por el Partido Socialista -voy a hacer referencia a la Guardia Civil-, pero una buena actitud de diálogo que se había mantenido con el Ministerio de Defensa durante esta legislatura está en fase declinante, de forma
incomprensible para nosotros, en esta recta final de la legislatura. Por esto, señorías, paso a defender los tres grandes bloques de enmiendas que mantenemos vivas.


Primer bloque: cuándo debe estar sometida la Guardia Civil a la jurisdicción militar. Señorías, les decía hace un momento que el redactado inicial de la propuesta de texto era un buen redactado y que detrás de él tengo constancia de que
hay unos buenos técnicos que han preparado el texto. Me permitirán que les lea, porque es muy breve, el artículo 1.4: El presente código se aplicará a los miembros del cuerpo de la Guardia Civil y a los alumnos pertenecientes a las enseñanzas de
formación de dicho cuerpo en los siguientes supuestos: en tiempo de conflicto armado, durante la vigencia del estado de sitio, en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que se les encomienden, mientras se encuentren integrados en
unidades de las Fuerzas Armadas. Punto y final del artículo 1.4. Exactamente este tendría que ser el ámbito material de aplicación de la jurisdicción militar a la Guardia Civil, así estaba bien redactado. Después se añade un artículo 1.5, que es
un corta y pega para desdibujar absolutamente lo que está definido en el 1.4. Nuestra posición y la posición compartida por otros grupos parlamentarios en cuanto a la Guardia Civil, que es una institución militar con doble dependencia del
Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa -quien me va a suceder en el uso de la palabra tiene su tesis doctoral referida a la naturaleza de la Guardia Civil, con lo cual no seré yo quien vaya a hablar, lo hará con más propiedad don Diego
López Garrido-, es que deberíamos haber deslindado claramente cuándo tiene que estar sometida a la jurisdicción militar y cuándo no. Y si esto no es posible con la redacción del nuevo texto, nos tendríamos que remitir simplemente a aquello que
votamos todos en el redactado de la ley del año 1985; mejor el redactado del año 1985 que como están quedando las cosas en este trámite final en el Congreso. El Grupo Popular nos promete todavía una última revisión de este punto en el Senado. La
fe parlamentaria es lo último que se pierde y se pierde en la votación de las enmiendas que vuelven del Senado. Con lo



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cual, no con fe, sino con expectativa, vamos a ver si su palabra, dicha en conversaciones bilaterales y espero que expresada también en breve en esta tribuna, se confirma.


Segundo bloque de enmiendas: 80 y siguientes. Reducción de los tipos penales militares, especificación de los mismos y definición, dentro de los actos de discriminación, de pertenencia a una asociación militar profesional como acto de
represión. Esto se ha producido y se debe contemplar en un nuevo código penal militar que quiera defender los derechos fundamentales y las libertades de los militares; derechos y libertades que en leyes de la anterior legislatura fuimos fijando
básicamente en la Ley 9/2011; así como la eliminación de conceptos jurídicos indeterminados, eliminación de arbitrariedades y eliminación de ambigüedades.


Señorías, finalmente, tercer y último bloque de nuestras enmiendas, que es una sola enmienda, la enmienda número 100, que es muy breve y les voy a leer, que hace referencia la jurisdicción militar. Propuesta de nueva disposición final
séptima: El Gobierno, en el plazo de un año a partir de la publicación de la presente ley -le damos un año-, deberá remitir al Congreso de los Diputados un proyecto de ley orgánica de modernización de la jurisdicción militar para su plena
homologación con los demás órdenes jurisdiccionales; reforzamiento de la independencia de quienes ejercen funciones judiciales, fiscales o de secretaría judicial en los órganos judiciales militares, estableciendo el procedimiento y los plazos para
la integración de aquellos como magistrados, jueces, fiscales y secretarios judiciales, que dejarán de tener dependencia del Ministerio de Defensa a los efectos de su carrera profesional y de sujeción al régimen disciplinario militar. Final de la
referencia a la enmienda. Les he querido leer la enmienda porque muchas veces concentra más lo que quiere transmitir que la explicación de la misma. Exactamente esto es lo que pedimos: una reforma de la jurisdicción militar, pendiente después de
treinta y cinco años de democracia; porque tal como les he leído, sigue exactamente igual aún después de treinta y cinco años de democracia.


Señorías, estos son los tres grandes bloques de enmiendas que mantenemos vivas. Celebramos la incorporación de una enmienda. Constatamos la declinante vocación de pacto del grupo de la mayoría con otros. El futuro de una mayoría absoluta,
como mínimo, es una mayoría relativa, y a veces no se entiende cómo la vocación de pacto es declinante precisamente al final de la legislatura. No es nada personal, señor Ferrer, nuestra relación es constructiva, pero ustedes sabrán, porque en
algunos temas sensibles, especialmente vuelvo al tema de la Guardia Civil, no han sido fieles a la redacción inicial del artículo 1.4. Nosotros vamos a votar abstención en este trámite del Congreso...


La señora VICEPRESIDENTA (Monserrat Monserrat): Señor Xuclà, tiene que ir terminando.


El señor XUCLÀ I COSTA: Voy terminando, señora presidenta.


Vamos a votar abstención a la espera del resultado de la tramitación del Senado, pero si ustedes dicen que hay margen para mejorar el ámbito material de sujeción a la jurisdicción militar de la Guardia Civil, así lo esperamos. Si no,
nuestro voto final será un voto decepcionadamente negativo.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Monserrat Monserrat): Muchas gracias, señor Xuclà.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor López Garrido.


El señor LÓPEZ GARRIDO (don Diego): Señora presidenta, señorías, el Grupo Socialista se va a abstener en la votación de conjunto de este proyecto de ley sobre el código penal militar. Esta abstención es la que mejor expresa la posición
política de nuestro grupo sobre el proyecto de ley, tal como está hoy, posición política que voy a explicar en esta intervención. Entendemos que el proyecto es mejor en la redacción actual -después del trámite de ponencia y Comisión- que el que
vino, es mejor que el actualmente vigente y es mejor, entre otras cosas, porque han sido admitidas la mayor parte de las enmiendas del Grupo Socialista, aceptadas o transaccionadas. Sin duda, esto ha mejorado el proyecto salvo en un punto: El
proyecto es claramente peor que el que hoy está vigente en la aplicación del código penal militar a la Guardia Civil. Es un paso atrás incomprensible, innecesario y así ha sido entendido por todos los grupos de la oposición, que hemos coincidido en
ese aspecto profundamente negativo. Voy a empezar por explicar en lo que ha mejorado el proyecto del Gobierno en este trámite parlamentario, algunos aspectos que nos parecen positivos, no todos, y que van en la línea, la buena línea, de acercar la
jurisdicción militar a los principios por los que se rige la jurisdicción civil o el derecho penal común y, de acuerdo con el espíritu y la letra de la Constitución, hacer que la jurisdicción militar sea de menor alcance y que se remita
estrictamente a la protección de bienes jurídicos castrenses. Esa es la línea modernizadora



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del derecho penal actual, del derecho penal común aplicado en este caso a las materias militares. Eso es lo que realmente se logra cuando a lo largo de estos trámites se han enviado al Código Penal común algunos tipos penales que estaban en
el proyecto del Gobierno como parte del código penal militar, como, por ejemplo, delitos contra la propiedad, o falsedades o prevaricación, delitos contra la Administración de Justicia, delitos contra el patrimonio que se han pasado al Código Penal
común y, por tanto, a la jurisdicción civil, no a la jurisdicción militar. En esa misma línea orientadora se produce un cambio que nos parece absolutamente crucial en este proyecto de ley, que es el relativo a la suspensión de la ejecución de las
sentencias de los tribunales militares. Por cierto, sentencias que a partir de este proyecto de ley van a ser públicas y conocidas porque, aunque parezca asombroso, las sentencias de los tribunales militares, salvo la Sala Quinta del Tribunal
Supremo, no se conocen y que a partir de ahora se van a conocer, van a ser públicas. La ejecución de las sentencias de los tribunales militares se va a poder suspender, incluso las que condenan a privación de libertad, las que condenan a prisión,
cosa que hasta ahora no ha sucedido nunca. Hay que saludar positivamente que se haya aceptado en su integridad la enmienda socialista que así lo proponía y que remite a la interpretación que se hace conforme a los principios del derecho penal
común. También tengo que significar la enmienda del Grupo Popular, que hemos apoyado sin ninguna reserva por parte del Grupo Socialista, en la cual hay un cambio que me parece significativo a la hora de nombrar a los miembros de los tribunales
militares. Hasta ahora los designa el ministro de Defensa; a partir de la aprobación de este proyecto de ley serán designados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, lo cual es un paso ciertamente muy importante, muy relevante.


Estos y otros aspectos -no voy a enumerarlos todos- hacen que esta ley orgánica no se debería llamar ya Código Penal Militar, como defendemos en una de nuestras enmiendas. No tiene ya una pretensión de regulación exhaustiva, total, completa
de una materia supuestamente autónoma, que sería la materia militar, sino que es un texto complementario del Código Penal desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo. Por eso defendemos, en una enmienda que no ha sido aceptada por el Grupo
Popular, que pase a llamarse ley orgánica penal militar y no se llame ya Código Penal Militar, porque no se corresponde en absoluto con su contenido. Mantenemos vivas esta y otras enmiendas para su votación. Otras tampoco han sido aceptadas, como,
por ejemplo, la que se refiere a la discriminación por pertenecer a una asociación profesional militar, que es una enmienda en la que hemos coincidido todos los grupos parlamentarios. Por tanto, las mantenemos vivas y las votaremos, aunque hay que
reconocer también que las enmiendas que se han aceptado tienen una gran relevancia política y nos parece que han hecho evolucionar positivamente el texto.


Pero la parte en la que el texto no ha evolucionado positivamente es la relativa a la Guardia Civil; ahí ha empeorado el texto. Aquí el Gobierno, o quizá habría que decir que una parte del Gobierno, el Ministerio del Interior, se ha
empeñado en contaminar el texto con la regulación que hace de la aplicación del Código Penal Militar, prácticamente completa, a la Guardia Civil y, por tanto, cambiando la situación actualmente existente, de tal forma que tenemos una especie de
proyecto esquizofrénico. Por un lado, tenemos que, en lo relativo a los miembros de las Fuerzas Armadas, disminuye la aplicación de la jurisdicción militar, hay un empequeñecimiento de la jurisdicción militar, hay un acotamiento de la jurisdicción
militar porque van a ser menos los delitos que se conozcan por la jurisdicción militar. Y, por otro, cuando estamos en la Guardia Civil, hay un ensanchamiento de la jurisdicción militar, una ampliación del campo, del espacio de la jurisdicción
militar en una dirección absolutamente contradictoria. Parece como si hubiera sido un proyecto hecho por dos personajes distintos, uno que se ocupa de las Fuerzas Armadas y otro que se ocupa de la Guardia Civil. El de las Fuerzas Armadas
evoluciona bien; el de la Guardia Civil evoluciona mal y en dirección contradictoria. En el mismo proyecto se reduce la jurisdicción militar para las Fuerzas Armadas y se amplía la jurisdicción militar para la Guardia Civil a través de ese
artículo 1.5. Lo hemos enmendado en un sentido constructivo para que se aplique a la Guardia Civil solo el título II del libro de la parte especial, que es el relativo a la disciplina militar, por ser la Guardia Civil un cuerpo que tiene una
disciplina militar. Por tanto, entendemos que ese título II sí, pero no el resto de los títulos de ese libro segundo del proyecto de Código Penal.


En realidad, este es un asunto que estaba resuelto desde 2007 cuando los dos grupos mayoritarios y otros grupos de la Cámara votamos un artículo 7 bis vigente que dice, en resumen: Cuando la Guardia Civil esté en unidades militares o
misiones militares o en guerra o en estado de sitio se le aplica el Código Penal Militar. Cuando la Guardia Civil hace funciones policiales, que son las suyas, no se le aplica el Código Penal Militar. Eso el Tribunal Supremo, la Sala Quinta de
Conflictos, lo ha matizado estableciendo que, aunque no realice funciones militares, hay un momento en el que sí se aplica en todo caso el Código



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Penal Militar, que es cuando se pone en cuestión la disciplina, la jerarquía o la subordinación. Esa es la jurisprudencia consolidada y pacífica. ¿Por qué el Gobierno cambia esa jurisprudencia, el artículo 7 bis que se incluyó en el año
2007 con el apoyo del Grupo Parlamentario Popular, y entra en una aplicación urbi et orbi completa del Código Penal Militar a la Guardia Civil? Con esta enmienda no ponemos en cuestión la naturaleza o el carácter militar de la Guardia Civil, pero
el Gobierno pone en cuestión con su nueva regulación la naturaleza de cuerpo policial de la Guardia Civil, la naturaleza de función policial de la Guardia Civil. Es el Gobierno en el que pone en cuestión esa naturaleza de la Guardia Civil, su
verdadera naturaleza de ser un cuerpo de seguridad. La Guardia Civil no pertenece a las Fuerzas Armadas, no está en las Fuerzas Armadas. La Guardia Civil no se enfrenta a un ejército en guerra en una batalla, sino que tiene delante a la sociedad
civil para proteger sus libertades y sus derechos. Se relaciona con la sociedad civil y no con un ejército extranjero contra el que combate. No tiene nada que ver la función habitual de la Guardia Civil con la función habitual del ejército. Eso,
lógicamente, tiene que tener su reflejo en el aspecto sancionatorio. Lo tiene ya en el campo disciplinario, porque en la Guardia Civil han desaparecido los arrestos, y lo tiene en el campo penal, porque en 2007 se aprobó el artículo 7 bis, que dice
que cuando la Guardia Civil está encuadrada en unidades militares y en otros casos se aplica el Código Penal Militar, pero cuando realiza funciones policiales no se aplica el Código Penal Militar. El Gobierno, sin embargo, quiere confundir los dos
ámbitos y quiere que la respuesta penal ante una acción de un miembro de las Fuerzas Armadas sea igual que la respuesta penal ante una acción de miembro de la Guardia Civil que realiza una función de naturaleza policial. (El señor presidente ocupa
la Presidencia).


El Grupo Parlamentario Socialista votaría sí, sin duda, a este proyecto si no existiese este cambio que ha roto el consenso de 2007. Estamos incluso dispuestos a retirar nuestra enmienda y a volver al texto de 2007 si el Gobierno suprime el
artículo 1.5. ¿Qué ha sucedido desde 2007 para que el Gobierno cambie? No han explicado qué ha pasado para que el Gobierno rompa el consenso de 2007. ¿Merece la pena que en este punto tan delicado los dos grupos mayoritarios, el Grupo
Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista, y otros de la Cámara rompan el acuerdo? ¿Merece la pena? ¿No sería mejor que hubiera el compromiso de guardar una igualdad legislativa en este punto entre los grupos mayoritarios, el Grupo
Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista, y otros de la Cámara en este aspecto fundamental? Sin duda, sería mucho mejor, pero el Gobierno ha decidido romper el acuerdo e ir hacia la discrepancia, retrocediendo en este punto e
impidiendo que votemos favorablemente a este proyecto de ley. Lo vamos a hacer estrictamente por esta razón, por la regulación absolutamente inconveniente, inadecuada, innecesaria e incomprensible que se hace respecto de la aplicación del Código
Penal Militar a la Guardia Civil.


Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista sigue apostando por un acuerdo en este asunto para que podamos votar sí -hoy no lo vamos a hacer- a este proyecto de ley. Nos parece esencial que se mantenga el consenso que alcanzamos en ese
punto concreto hace muy pocos años. Está en manos del Gobierno del Partido Popular que esto se consiga. Tenemos el trámite del Senado y creemos que debemos agotar todas las posibilidades para llegar a un acuerdo. Ustedes van a encontrar la misma
actitud constructiva que hemos tenido a lo largo de toda esta legislatura que está a punto de terminar.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor López Garrido.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Ferrer.


El señor FERRER ROSELLÓ: En poder de sus señorías obra una lista de correcciones que se someterán a votación con el proyecto.


Señor Tardà, exige usted que se respete su derecho a pitar el himno nacional, pero es que, no contento con ello, nos niega el derecho a sentirnos ofendidos; no me parece muy proporcional. Luego considera una estupidez el respeto a la
Constitución. Eso también explica muchas actitudes de su fuerza política.


Señora Lozano, usted insiste en que el asunto de la comandante Cantera pone en evidencia la falta de independencia, el oscurantismo y la arbitrariedad de los tribunales militares. En mi opinión, es todo lo contrario. Quisiera recordarle
que un tribunal militar en audiencia pública condenó a tres años de prisión militar al acosador de la comandante Cantera; tres años de prisión que cumplió en un castillo militar. Luego, en mi modesta opinión, es un ejemplo de la independencia y
del buen hacer de los tribunales militares, entre otras cosas, porque ningún tribunal civil habría sido tan duro con el acosador.


Señorías, si mis cálculos no son erróneos, este es el último proyecto de ley que en materia de defensa el Gobierno someterá a la Cámara en la presente legislatura, excepción hecha del relativo a los programas



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especiales de armamento. Y si fijo la vista atrás creo que podemos estar razonablemente satisfechos del trabajo realizado. Winston Churchill afirmó en una ocasión que el problema de nuestra época es que los hombres no quieren ser útiles
sino importantes. Pues bien, señorías, creo estar en posición de confirmarles que ese no ha sido en ningún caso nuestro pecado. La mayoría de nosotros hemos pretendido ser útiles y no importantes, y eso ha permitido acuerdos trascendentes;
acuerdos como el de ayer sobre la ley de reforma de la Ley de Carrera Militar o el de hace unos meses alrededor de la Ley de régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas. Cuestiones tan relevantes como son la participación de nuestras fuerzas en
operaciones militares en el exterior han gozado del respaldo de una amplia mayoría de esta Cámara y, si me apuran, incluso en aquellos temas en los que han existido posturas irreconciliables, como el caso del pago de los programas especiales de
armamento, las diferencias han sido de forma y nunca de fondo. De manera, señorías, que creo poder concluir que le hemos sido útiles a la nación y que el país ha estado en todo momento bien servido, y este espíritu ha permanecido intacto a la hora
de abordar el proyecto de ley que trae caso en el día de hoy, el relativo al Código Penal Militar.


El Ministerio de Defensa presentó un proyecto de ley orgánica, sin lugar a dudas, el más avanzado de los países de nuestro entorno y en su tramitación parlamentaria ha sumado interesantes avances, fruto de la negociación y de las
aportaciones realizadas por sus señorías en el trámite parlamentario, muy especialmente -y así lo reconozco y no me duele en absoluto- por parte del Grupo Socialista y del Grupo de Convergència i Unió. Como consecuencia de todo ello, se ha
producido una reducción extraordinaria en su articulado, menos de la mitad que el código anterior; se ha impulsado su carácter subsidiario respecto al Código Penal común; se ha reformado la jurisdicción militar transfiriendo al Consejo General del
Poder Judicial el nombramiento de los jueces militares -lo que indudablemente redunda en el fortalecimiento de su independencia-; se ha incluido la prevención y castigo de las violaciones del derecho internacional humanitario, así como las
obligaciones derivadas de la ratificación del Estatuto de la Corte Penal Internacional; se han añadido nuevas figuras delictivas para la protección penal del ejercicio de los derechos y libertades de los militares; se ha tipificado el acoso
sexual, los atentados a la intimidad, a la dignidad personal y en el trabajo, y cualquier tipo de acto discriminatorio; se han mejorado las condiciones para el cumplimiento de las penas... En fin, no voy a insistir en algo que sus señorías conocen
de sobra y que incluso han glosado algunos de los oradores que me han precedido.


Con todo y con ello han existido puntos de fricción. Voy a hacer referencia solo a dos, que me parecen los más relevantes. Hay quienes han pretendido que desaparecieran tanto el Código Penal Militar como la propia jurisdicción militar al
considerar ambas como una especie de singularidades trasnochadas de este viejo país. Pues bien, una u otra -y en la mayor parte de los casos las dos- se dan igual que en España en Alemania, en Austria, en Portugal, en Italia, en Francia, en Suiza,
en Holanda, en Bélgica, en el Reino Unido, en Irlanda, en Canadá, en Estados Unidos, en Israel, en Australia o en Nueva Zelanda, por citar algunos ejemplos. Todos ellos son países de larga tradición democrática, con los sistemas políticos más
avanzados del mundo. No puedo, no debo añadir más a este argumento.


Respecto a la segunda cuestión que ha generado controversia, permítanme que les formule en primer lugar una pregunta. ¿Saben ustedes en qué hemos coincidido todos los gobiernos de este país con independencia de nuestra ideología, con
independencia del régimen al que hayamos servido -monarquía o república- durante los últimos 170 años de historia? Se lo diré: en preservar el carácter militar de la Guardia Civil. En eso hemos estado de acuerdo todos los gobiernos durante 170
años de la historia de este país. Lo que distingue a la Guardia Civil no es el uso del tricornio como prenda de cabeza, ni el verde de sus uniformes, lo que distingue a la Guardia Civil es, precisamente, su carácter militar. Me dirán sus señorías
que también tiene naturaleza policial, que comparte esas dos naturalezas. Estamos completamente de acuerdo, pero esa naturaleza -la policial- la comparte con el resto de fuerzas policiales de nuestro país. Es precisamente su carácter militar lo
que la hace singular, lo que la diferencia. Es, por tanto, su razón última de existir. Si perdiera esa condición militar no se produciría un proceso de unificación -como se vende habitualmente- con la Policía Nacional, se produciría la absorción
por el Cuerpo Nacional de Policía y la desaparición del instituto porque no tendría sentido alguno mantener en este país dos fuerzas policiales de la misma naturaleza, con los mismos cometidos y las mismas dependencias. Sería una absoluta locura.
Luego, lo que conlleva la desaparición del carácter militar de la Guardia Civil es su absorción por el Cuerpo Nacional de Policía y su desaparición. Yo les pregunto, ¿creen honestamente que los ciudadanos de este país desean que desaparezca la
Guardia Civil? ¿Creen ustedes que ese es un sentimiento mayoritario entre la ciudadanía? ¿De verdad están convencidos de que los guardias civiles desean la desaparición de su cuerpo? ¿Piensan que estaríamos sirviendo al Estado privándole del



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instrumento que supone disponer del mejor cuerpo de gendarmería del mundo? Y si finalmente concluimos en la necesidad de preservar el carácter militar de la Guardia Civil ¿cómo podemos pretender que no les resulte de aplicación el Código
Penal Militar? No es posible, señorías, no es razonable. Creo honestamente que la solución propuesta según la cual en el ejercicio de sus funciones policiales les es de aplicación el Código Penal común y en el ejercicio de las militares el Código
Penal Militar es, sin lugar a dudas, la más sensata. Es la más razonable.


Con todo ello, señorías, creo que todavía es perfectamente posible el acuerdo y no renuncio a alcanzar una fórmula de consenso en el Senado. Permítanme que para finalizar vuelva a recurrir a las palabras de Sir Winston Churchill. Él dijo:
Soy optimista; no parece muy útil ser otra cosa.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ferrer.


- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA LA AGILIZACIÓN DE LA JUSTICIA PENAL Y EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES. (Número de expediente 121/000138).


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES Y LA REGULACIÓN DE LAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA. (Número de expediente 121/000139).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a los puntos 32 y 33, que son los dictámenes correspondientes al proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las
garantías procesales y al proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, que van a debatirse
acumuladamente como acordamos en Junta de Portavoces.


Para la defensa de las enmiendas, tiene la palabra, en primer lugar, por el Grupo Mixto, el señor Urbina.


El señor URBINA FERNÁNDEZ: Muchas gracias, señor presidente.


Señor presidente, señorías, en defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo de Amaiur al proyecto de ley orgánica que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que plantea Amaiur es claro: la derogación del régimen de detención
incomunicada que sigue hoy en vigor en el Estado español. Lo planteamos sobre una idea que creemos que es igualmente contundente y es que la incomunicación ha posibilitado durante todos estos años que se hayan producido vulneraciones de derechos
fundamentales en las comisarías del Estado español. Esta afirmación viene avalada por diferentes elementos. Hay sentencias judiciales internas e internacionales que así lo manifiestan. Hay resoluciones de Naciones Unidas, por ejemplo en el caso
de María Atxabal, que así lo ponen de manifiesto, y sobre todo las denuncias presentadas por ciudadanos y ciudadanas de Euskal Herria, denuncias que, por cierto, están documentando el Instituto Vasco de Criminología y Euskal Memoria, denuncias
-algunas de ellas- sobre las que se ha hecho un análisis puesto en relación con el protocolo de Estambul, dando credibilidad a aquellas denuncias que se han analizado. Un análisis que sinceramente recomiendo que se lea porque realmente aporta mucho
para abordar, entre otras cuestiones, el tema de la incomunicación. Incluso habría que señalar que ya en el año 2004 el relator especial de Naciones Unidas sobre la tortura, Theo van Boven, concluyó en aquel entonces que la presencia de malos
tratos es una práctica más que esporádica e incidental y que el sistema de detención permite casos de torturas o malos tratos, en particular de personas detenidas en régimen de incomunicación. Año 2004.


Con todo esto encima de la mesa pocas son las personas en Euskal Herria que ponen en duda que en el Estado español se ha torturado. Es una realidad reconocida por una mayoría social y esto contrasta con la actitud de las autoridades
españolas y con la actitud de los partidos mayoritarios de esta Cámara, que siguen sin querer reconocer que ha existido la tortura y que siguen sin querer reconocer lo que ha supuesto la incomunicación durante todos estos años en el Estado español.
Ello a pesar de que, entre otras cuestiones, son innumerables los pronunciamientos que desde instancias internacionales se han hecho, por ejemplo, denunciando que los juzgados españoles no han investigado las denuncias de torturas que se presentaban
en relación con hechos acaecidos durante el periodo de incomunicación. Hasta en siete ocasiones el Tribunal de Derechos Humanos ha condenado al Estado español por no investigar



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denuncias de malos tratos. El Comité contra la tortura de Naciones Unidas en sus últimos informes de unos cuantos años a aquí, cuando se refería al Estado español, ha mencionado esta falta de investigación y el propio Comité de Derechos
Humanos de Naciones Unidas también se han pronunciado en este sentido. Del mismo modo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en otras tantas ocasiones ha puesto de manifiesto la ausencia de examen médico-legal independiente y diligente de las
personas que eran detenidas bajo el régimen de detención incomunicada. En relación con esta denuncia, hace pocos días supimos que médicos argentinos solicitaron a la Asociación Médica Mundial la investigación de la actuación de los médicos forenses
de la Audiencia Nacional en las exploraciones realizadas a los detenidos bajo el régimen de incomunicación. Igualmente han sido innumerables las ocasiones en las que, por ejemplo, CPT Naciones Unidas, expresamente, ha solicitado al Estado español
la abolición del régimen de incomunicación y decía: por el riesgo de abusos y violaciones de derechos humanos que ello supone. Esto es, por el riesgo de torturas que ello supone. Podríamos añadir que incluso tribunales del Estado español a la
hora, por ejemplo, de abordar el valor como prueba de las declaraciones policiales, habla de la detención incomunicada como un contexto de opacidad que hay que tratar con diligencia.


A partir de aquí creemos que poco hay que añadir. Con semejante rapapolvo, a uno le surge una pregunta que tiene fácil respuesta y es la siguiente: ¿Cuál es la justificación para mantener el régimen de detención incomunicada? ¿Cuáles son
los motivos por los que una persona es incomunicada cuando ya está detenida, esto es, cuando ya está bajo custodia policial? Es cierto que en el proyecto de ley orgánica, en el artículo 509, para justificar la posibilidad de la incomunicación, se
hace referencia a dos situaciones que justificarían -en el tenor literal de la ley- la incomunicación, pero la realidad es que las dos situaciones a las que se hace referencia en nada modifican poder aplicar la incomunicación. ¿Por qué? Porque
ambas pierden toda efectividad partiendo de que la persona a la que se le va a aplicar la incomunicación ya está bajo custodia policial, es decir, no tiene posibilidad de llevar a cabo esas acciones que presuntamente se pretenden evitar. Por tanto,
con los riesgos que supone la incomunicación, exigidos internacionalmente, no existe ninguna justificación para mantener este régimen de detención incomunicada.


Hoy era una buena ocasión, pues, para poner fin a la detención incomunicada y para cumplir lo que exigen instancias internacionales y la lógica también; no para acortar el plazo de la incomunicación. Eso realmente no tiene ningún sentido
porque si analizamos las diferentes denuncias de torturas y los testimonios de torturas que ha habido podemos comprobar que en los primeros momentos, en las primeras horas, ya se producen esos delitos. Por lo tanto, ni cuarenta y ocho horas ni dos
horas. Lo que solicitamos y lo que se exige internacionalmente es la abolición de la detención incomunicada. También era una buena ocasión para cambiar de actitud, para contribuir a esclarecer lo ocurrido, para dejar atrás actitudes de
ocultamiento. Sería una buena ocasión para poner toda la información que se posea en manos del Instituto Vasco de Criminología que, como he dicho anteriormente, está analizando y documentando todas estas denuncias, y no mantener actitudes como la
que ha mantenido el Congreso cuando Amaiur solicitó la documentación referente a la Comisión de investigación sobre la tortura que se celebró en esta Cámara en los años 1978 y 1981, y se le negó, cuando es una documentación que puede aportar mucho
para el esclarecimiento de los hechos. Era una buena ocasión también para dejar atrás ese tipo de actitudes, era una buena ocasión para dejar atrás actitudes negacionistas y reconocer que ha existido tortura y reconocer a las personas que han sido
torturadas, que en Euskal Herria lo han sido en un contexto muy concreto. Creemos que era una buena ocasión para hacer una aportación de calado al proceso que se vive en Euskal Herria, que es lo que exige la sociedad vasca y lo que hoy cien
personalidades en Paris exigen a diferentes Gobiernos y también al Gobierno español.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Urbina.


Por el Grupo Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, señorías, el señor Urbina ha hecho una prolija intervención respecto de la incomunicación. La incomunicación es una expresión no procesal, como lo es la legislación antiterrorista. La
determinación o la denominación técnico-jurídica adecuada sería detención preventiva, señor Urbina. Yo no sé si en el debate en Comisión usted ha llegado a comprender la dimensión de una transacción realizada entre mi grupo parlamentario y el Grupo
Popular en relación con la incomunicación y con la detención preventiva, una transacción que nosotros hemos llegado a calificar como el inicio del decalaje de la legislación antiterrorista, tal y como estaba configurada hasta el momento. No intente
privar de relevancia a esta transacción respecto del decalaje de la legislación antiterrorista. Es



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importante; lo es porque, en primer lugar, la determinación de la incomunicación no va a corresponder a la policía, va a corresponder, mediante auto motivado, a un juez de instrucción. En segundo lugar, a ese juez de instrucción, que dicta
mediante auto motivado la incomunicación -que ya no va a superar en su duración la previsión constitucional de setenta y dos horas-, le corresponde tutelar la indemnidad personal, tanto física como psicológica del detenido. Le corresponde a él, al
propio juez. Cualquier limitación de los derechos previstos hasta el momento en la legislación antiterrorista que, como usted sabe perfectamente, reside en el artículo 527 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuales son, por ejemplo, la de no
poder recurrir a un abogado de confianza y tener que recurrir a un abogado de oficio, tiene que dictarse mediante auto motivado del juez de instrucción. No es irrelevante esta cuestión tampoco y supone el inicio del decalaje de la legislación
antirrosista. No podemos minusvalorar las cosas que se van logrando -no satisfactorias del todo, pero sí incipientemente-, generadoras de expectativas de que podemos normalizar la excepcionalidad de un ordenamiento jurídico nacido en el momento en
que ETA actuaba y que no tiene ningún sentido en este momento, en donde la paz es una realidad en Euskadi y la normalización se empieza a trabajar. Cualquier otra limitación de los derechos consignados en el artículo 527 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, como la imposibilidad de poder relacionarse o contactar con terceras personas, tiene que ser dictada igualmente mediante auto motivado por el juez de instrucción. Cualquier posibilidad de que el encausado o detenido incomunicado no
conozca las causas por las que ha sido detenido -cosa que ocurría anteriormente hasta la aprobación de esta transacción en relación con el 527 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- tiene que ser también dictada mediante auto motivado por el juez de
instrucción. No considere irrelevantes todos estos avances, que son avances garantistas, porque hay otro -me gustaría que el señor Urbina me escuche, por favor, si es tan amable- y es que en relación con la prevención de las torturas -torturas han
existido y están acreditadas; usted tiene razón en su exordio y yo lo puedo compartir- el Reino de España ha sido advertido por el Comité contra la tortura de Naciones Unidas en virtud de las verificaciones realizadas por el relator contra la
tortura Theo van Boven; ha sido también condenado el Reino de España en cinco ocasiones por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no investigar con suficiente diligencia prácticas de torturas. Están acreditadas más de 5.000 prácticas de
torturas con suficiente fehaciencia por parte del informe encargado por el Gobierno vasco al Instituto Vasco de Criminología, dirigido por el prestigioso forense Francisco Etxeberria. Para evitar esto, en la transacción conseguida en relación con
el artículo 527 con el Grupo Parlamentario Popular se ha conseguido que cada 24 horas un médico forense, por lo menos en dos ocasiones, atenderá a una persona sujeta a esta situación de detención preventiva. No es irrelevante tampoco. No es
irrelevante jurisdiccionalizar y que no sean decisiones o determinaciones policiales las que provocan esta situación de detención preventiva, y no es irrelevante que un juez sea el garante y tutele la indemnidad del detenido preventivamente. No es
irrelevante la reducción de los plazos que están previstos constitucionalmente de la detención preventiva, y no es irrelevante que un médico forense cada 24 horas, en dos ocasiones, tenga que analizar a una persona incomunicada. Y como no es
irrelevante, nosotros hablamos claramente del inicio del decalaje de una legislación antiterrorista propia de los tiempos nuevos; de los tiempos en donde la paz ya se puede considerar un hecho y donde empezamos a acariciar con las puntas de los
dedos la reconciliación de una sociedad dividida que ha sufrido mucho, de una sociedad fraccionada en la reconciliación. Desde esa perspectiva, me parece razonable su exordio, dialécticamente interesante y basado en un presupuesto que nosotros
hemos utilizado para negociar con el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Evidentemente existe una circunstancia que es cuando el terrorismo existe y se trata en abstracto como concepto; un fenómeno de política criminal que debe ser objeto de persecución, que debe ser reprimido. Pero cuando el terrorismo tiene
tal dimensión que desestabiliza a un Estado, puede desestabilizarlo o lo puede intimidar. Hay una tentación por parte de los Estados a sobrepasar incluso sus requerimientos constitucionales a la hora de configurar el andamiaje de lo que se denomina
legislación antiterrorista. Esto ha ocurrido en el Estado español. Tenemos un Código Penal que prevé la cadena perpetua revisable. Eufemísticamente llamada revisable, ¡como si alguna cadena perpetua, en algún Estado del mundo, no fuera revisable!
Tenemos un Código español donde esta cadena perpetua revisable sustituye a una pena que no era de entidad menor: 40 años de privación de libertad por delitos de terrorismo sin posibilidad de reducción ni de remisión de ningún tipo ni de obtención
de beneficios penitenciarios. Otra forma alambicada de denominar a la cadena perpetua. Una legislación penitenciaria que se aplicaba mediante el mantenimiento de la dispersión contra sus propios requerimientos en tanto en cuanto la legislación
penitenciaria establece que el cumplimiento de las penas en lugares próximos al domicilio del



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detenido es un elemento de resocialización en sí mismo y por lo tanto congruente con el artículo 25 de la Constitución. Y una forma de establecer el cómputo de las penas, la reciprocidad de las penas y el descuento de las penas cuando parte
de las mismas u otras se realiza o cumple en país extranjero, se ha hecho en el Estado español incumpliendo materialmente las decisiones marco que regulan esta materia, la reciprocidad en materia de cumplimientos de sentencias.


Desde esta perspectiva, su diagnóstico puede ser certero y esta legislación antiterrorista con la que estamos conviviendo todavía desbordaba los propios límites de la Constitución española, por no hablar de otros documentos como la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, particularmente su artículo 3.1, y otras normas internacionales ratificadas por el Estado español. Pero hemos iniciado el decalaje, señor Urbina, por lo menos
en la parte preventiva; no en la parte de las penas pero sí en la parte preventiva, en la parte anterior al proceso, en la parte de la detención preventiva, en la parte de la incomunicación. Solo nos faltaría -ojalá tenga flexibilidad y
sensibilidad suficiente el Grupo Parlamentario Popular- incorporar elementos de video-grabación a aquellos espacios de detención policial donde estas prácticas de tortura han sucedido: más de 5.237 acreditadas por el informe del Gobierno vasco, por
el Instituto Vasco de Criminología; 6.000 denunciadas en algunos años -6.000 por año- por el relator de Naciones Unidas Theo van Boven, lo cual provocó la admonición severa al Estado español por parte del Comité contra la tortura y de Derechos
Humanos.


Dicho esto, habría que hablar de otras cuestiones. Yo no voy a limitar mi discurso a la incomunicación en tanto en cuanto espero que en el tema de la incomunicación, desde una perspectiva garantista, pueda avanzarse mediante la
incorporación de elementos de video-grabación de lo que sucede en las instancias policiales donde la detención preventiva se produce. Espero mucho de ustedes en este ámbito porque entonces estaríamos incorporando al ordenamiento jurídico
excepcional, de excepción, con el que hemos convivido tantos años, elementos de inhibición de la tortura, que es lo que a todos nos interesa. Me imagino que nadie quiere torturar; ni las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ni se considera
por un país democrático una práctica decente, una práctica legal. Es un injusto penal, es un delito concreto, tanto la tortura como los tratos degradantes. No es la forma de erradicar determinados fenómenos criminales como el del terrorismo que,
afortunadamente, ya está adquiriendo otras dimensiones en el Estado español, no la dimensión histórica o tradicional.


En relación con este proyecto de ley, en primer lugar, tendríamos que denunciar la degradación del procedimiento parlamentario. Hemos convivido con ponencias de dos minutos de duración -lo cual es una duración de récord Guinness- mediante
ofertas de transacciones basadas en la oralidad -igual que en los procesos en el ámbito procesal, todo es oral-, oralidad además que luego no se cumplía porque estas propuestas ofertadas verbal u oralmente eran sustituidas por otras y en una
Comisión de una mañana de duración. La degradación del procedimiento legislativo ha sido extrema, a pesar de que se han conseguido cosas importantes en la materia que antes estábamos glosando, la relativa a la detención preventiva o la
incomunicación. Pero cuando se degrada el procedimiento legislativo, señor presidente, se degrada el parlamentarismo y en las postrimerías de esta legislatura estamos pasando varias líneas rojas en materia de degradación del parlamentarismo como
institución, como paradigma de un Estado democrático, configurado democráticamente. Dicho esto y también en relación con esta ley orgánica que estamos comentando en este momento, quedan algunas cuestiones por resolver que yo pediría a los
portavoces del Grupo Popular que examinen detenidamente porque pueden erigirse en verdaderas desviaciones de poder. Cuando se legitima al ministro del Interior o al secretario de Estado de Interior para lo que se llama, mediante una confusa
expresión, detención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas, etcétera -no sé cómo se puede detener una comunicación de estas características, no será con esposas, me imagino, será más bien interceptación lo que ustedes quieren decir-,
se está despojando a la autoridad judicial de una competencia que le corresponde en exclusiva. Este tipo de interceptaciones solo se pueden hacer mediante auto motivado del juez de excepción, no tiene ninguna competencia en este ámbito ni puede
tenerla el ministro del Interior ni el secretario de Estado de Interior.


Nos queda por comentar, señor presidente, toda la ley ordinaria. En la ley ordinaria hay varias cuestiones que resultan particularmente polémicas y rechazables para mi grupo parlamentario y es el sistema de conexidad que se introduce. Para
evitar los macroprocesos lo que hay que evitar es que existan macrodelincuentes. Los macroprocesos no existen como concepto, son por acumulación de unidades organizadas, de bandas o tramas organizadas que cometen no uno sino muchos delitos
vinculados fundamentalmente en los tiempos que corren a la corrupción; delitos que pueden ser de prevaricación, malversación de fondos, exacciones indebidas a funcionarios y tantos otros. Es decir, se



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puede realizar una acumulación a través de los sistemas de conexidad de injustos penales o de delitos diferentes y esto es razonable porque lo contrario, lo que se preconiza en el proyecto de ley, que es la apertura de un proceso por cada
delito cometido, va a cargar de tal trabajo a los jueces de instrucción que va a ser materialmente imposible, si no es mediante el mantenimiento de los sistemas de conexidad previgentes que puedan reprimir estas fenomenologías que tanto repugnan y
tanto desapego y desafección política están provocando. Se produce otra desviación de poder cuando se posibilita que se pueda resolver un pleito sencillo, un proceso monitorio o un pleito que lleve aparejada una multa de no demasiada cuantía o la
privación del carné de conducir mediante decretos del ministerio fiscal. Estamos ante otra desviación de poder. El ministerio fiscal no puede poseer funciones jurisdiccionales. El ministerio fiscal, en el sistema constitucional español, ni
siquiera tiene el monopolio de la acción penal; la comparte con otras personas que están legitimadas para el ejercicio de la acción penal. Además, el ministerio fiscal depende jerárquicamente de la Administración, del Ministerio de Justicia y,
mediante decretos, el ministerio fiscal no puede resolver o dictar resoluciones de naturaleza jurisdiccional. Esta es una verdadera aberración, una atrofia jurídica que deberíamos limitar.


Otro de los problemas de la ley ordinaria, señor presidente, hace referencia a la limitación o a los plazos de caducidad para los procedimientos de instrucción. El de seis meses es particularmente inaceptable porque seis meses se tarda en
practicar cualquier diligencia de cierta complejidad y exigir a los jueces de instrucción que acaben con una instrucción sumarial en seis meses, aunque no sea demasiado compleja, es un metafísico imposible. El plazo de dieciocho meses puede empezar
a resultar razonable, pero exigir una caducidad de seis meses para acabar una instrucción en un sistema tan procesalista, tan poco oral todavía, tan rituario como el que existe en el Estado español obliga a los jueces de instrucción a tener que
hacer o una instrucción de poca calidad, una instrucción con pocos elementos probatorios, una instrucción por tanto insegura jurídicamente, o a incumplir, mediante la petición de prórrogas sistemáticas, el plazo de seis meses y recurrir al de
dieciocho meses o a los posteriores de cualquier instrucción compleja.


Por último, señor presidente, aquí se ha comentado mucho la denominada pena del telediario, que debe ser un concepto absolutamente metajurídico, cuando resulta irrelevante denominar al imputado investigado. Si hay un componente de
estigmatización del ciudadano en la expresión imputado, también la expresión investigado va a poseer ese componente de estigmatización. Pero desde que hay detenciones de personajes de alto postín nos hemos encontrado con que algo que estaba ya
previsto en el artículo 520, que es que la detención se produzca de la forma menos gravosa para el detenido, se ha incrementado con nuevos elementos, garantistas aparentemente, que lo que pretenden en el fondo -o uno intuye que lo pretenden- es
evitar el visionado de esa detención. Estaríamos vulnerando el contenido esencial de un derecho fundamental, del derecho de libertad de información, que es un derecho prevalente, según ha resuelto la propia Audiencia Nacional, respecto al derecho a
la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia; estaríamos limitando derechos fundamentales mediante el intento de limitación del acceso de los medios de comunicación al acto de detención de una persona que está imputada o investigada.
Me da igual el término que resulte al final del debate de esta ley; si son estigmatizadores, las dos locuciones, los dos calificativos van a resultar estigmatizadores. Lo que hay que hacer es pedagogía política y jurídica y proveer explicaciones
suficientes para que los ciudadanos sepan que la imputación o la investigación se hacen en garantía del imputado y en garantía de los derechos del investigado, en su caso, si este es el nombre resultante, y no por todo lo contrario.


Dicho todo lo cual, señor presidente, estamos con leyes importantes en las que, a pesar de la degradación del procedimiento legislativo con el que se ha discurrido -el iter legislativo, el iter procedimental de ambas-, se han conseguido
cosas que en nuestra opinión no son irrelevantes. Son pasos insuficientes los relativos al decalaje de la legislación antiterrorista, de la legislación de excepción. Estamos consiguiendo que por lo menos la legislación sí reprima las conductas
reprochables, las terroristas y todas las demás, pero vamos a ver si entre todos podemos conseguir que además la legislación, también la antiterrorista ubicada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en otras leyes -ya empezaremos a hablar de leyes
como el Código Penal y otras-, no se convierta en un obstáculo objetivo para la reconciliación de un país que ha sufrido durante demasiados años el azote terrorista, de un país que por esta razón sigue dividido y en donde la reconciliación es un
requerimiento ético para los agentes políticos, sus representantes, para los agentes sociales y, si me permite la expresión, señor presidente, para todos los ciudadanos.


Muchas gracias.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra la señora Díez.


La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Gracias, presidente.


Señorías, el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia mantiene vivas para el Pleno nueve enmiendas a la ley orgánica, que son prácticamente todas las que hemos presentado. También todas ellas nos fueron rechazadas con, hasta el
momento presente, una sola excepción, que señalaremos más tarde, mediante una transaccional que se nos ofreció en la propia Comisión. En el día de ayer, el Grupo Popular nos ha ofrecido otra transaccional, en este caso a nuestra enmienda número 98,
que vamos a aceptar y, por tanto, esa es la única enmienda que no mantenemos viva del conjunto que teníamos.


Todas ellas pretenden hacer más seguras, desde el punto de vista jurídico -aunque parezca una contradicción-, estas dos leyes, la ordinaria y la orgánica. Del conjunto de ellas quisiera destacar, por su importancia y relevancia -así lo
entiende el Grupo de Unión Progreso y Democracia-, nuestra enmienda número 95 al artículo 782 de la ley orgánica, que es una enmienda destinada a derogar la llamada doctrina Botín que impide, como sus señorías saben, que las acusaciones populares
puedan ejercer la acusación en plenitud de facultades en determinados procedimientos y que crea situaciones como la vivida, por ejemplo, no solo con el caso Botín, sino con otras conocidas como la del caso Nóos. En dicho caso, a pesar de que tanto
el juez de instrucción como la acusación popular ven sobrados indicios de delito en las actuaciones de doña Cristina de Borbón, tanto el ministerio fiscal como la Abogacía del Estado se oponen a que sea juzgada precisamente en razón de la citada
doctrina Botín. Cabe recordar que la doctrina Botín en realidad es una interpretación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no lo digo yo ni lo dice mi grupo, lo dicen algunos de los magistrados que plantearon su voto particular -luego hablaré de
ello- y que esta doctrina ha sido fuertemente criticada por un buen número de las personas que están en ese mundo jurídico, ya que interpreta el texto de la ley de forma restrictiva y opuesta al significado histórico y gramatical que se venía dando
al papel de la acusación popular en el proceso.


En el ordenamiento procesal penal español, a diferencia de lo que sucede en otros países como Francia, Italia o Alemania, la acción penal no está monopolizada por el ministerio fiscal. En España la acción penal es pública y su ejercicio
está legalmente configurado como un deber para el ministerio fiscal y como un derecho -cabe destacar esto, como un deber para el ministerio fiscal- para todos los ciudadanos a través de la acusación particular para el perjudicado y la acusación
popular para cualquier otro. Su inclusión en la Constitución por tanto tampoco es baladí, y se deriva precisamente de nuestra historia jurídica, pues la misma ya se contemplaba en la Constitución de 1812, así como del contexto histórico en el que
fue aprobada la Constitución de 1978, en la que se veía como una garantía para ir depurando posibles excesos derivados del régimen anterior, que cabe recordar que era un régimen totalitario, un régimen antidemocrático. Lo más relevante es que la
acusación popular es ejemplo de participación directa de los ciudadanos en la justicia al permitir que cualquier ciudadano, aunque no sea directamente perjudicado o afectado por el delito, pueda personarse como acusación. Como decimos, la
legitimación de la acusación popular deriva de ese artículo 125 de la Constitución española como una forma de intervención ciudadana en la justicia penal, al igual que lo es la participación en el jurado. Es una de las figuras genuinas de nuestra
cultura jurídica y cuenta con una honda tradición en nuestro país, donde en determinados procesos ha prestado a lo largo de los años servicios formidables a nuestra democracia. Como se ha señalado, no se precisa ser perjudicado u ofendido por el
delito para ejercerla en los delitos públicos, su reflejo legal se encuentra en el artículo 19 de la LOPJ y en los artículos 101 y 270 de la Lecrim, de la que estamos hablando.


Hay un ejemplo. Hoy se cumple el tercer aniversario de la querella que presentó nuestro grupo político, nuestro partido, conocida como querella Bankia ante la Audiencia Nacional. Si no la hubiéramos presentado nosotros como acusación
popular, puesto que el fiscal no la había presentado, es muy probable que no conociéramos el caso Bankia, que el caso Bankia no existiera. Teníamos un derecho y lo ejercimos, el fiscal tenía un deber y no lo ejerció. Gracias a que nosotros
ejercimos ese derecho que se pretende anular con esta reforma de la Lecrim, hoy tenemos un proceso en el que se va a hacer justicia, una causa abierta en la que se va hacer justicia porque la acusación popular sintió que todos los españoles habíamos
sido perjudicados y, por tanto, actuamos. Valga todo esto como ejemplo de hasta qué punto se están restringiendo con esta ley derechos que son de todos los españoles y capacidad para actuar en defensa



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del interés general cuando quien tiene la obligación no actúa en defensa de ese interés general, en este caso la fiscalía.


A pesar de los excelentes resultados que ha deparado a nuestro Estado social y democrático de derecho la existencia de tal figura -acabo de citarles una-, lo cierto es que en la actualidad se ha venido limitando su aplicación a través de
discutibles doctrinas jurisprudenciales que parecen haber ido más allá de la mera interpretación de la ley, imponiendo una serie de requisitos y limitaciones que en realidad no se encuentran contenidas en forma alguna en nuestra ley. Lo
controvertido de esta doctrina, lo decía antes, se percibe perfectamente en los votos particulares que emitieron varios magistrados del Tribunal Supremo, que argumentaron convincente y contundentemente que esa ausencia de legitimación de la acción
popular para instar la apertura de juicio oral rompe con una tradición centenaria; es indefendible lógica, sistemática y teleológicamente, y no tiene apoyo tampoco en la interpretación gramatical del término: acusación particular, del artículo
728.1 de la Lecrim.


Por todo eso nuestro grupo parlamentario mantiene las enmiendas para este debate en Pleno. Espero que sus señorías reflexionen sobre estas cuestiones que les estoy planteando, que no son ideológicas en modo alguno, que son cuestiones
jurídicas pero que también lo son políticas, de práctica política y democrática. Mantengo también la esperanza, fundada en este caso por mi optimismo no antropológico sino lógico, de que puedan reflexionar y cambiar de posición, si no aquí en el
Congreso, al menos en el Senado, porque la ley termina en el Senado.


Hay otras enmiendas a las que quiero referirme más brevemente. La número 94, al artículo 113 de la Lecrim en la que se desarrollan extremos tales como la agrupación de acusaciones en el procedimiento penal, o la expulsión de partes que
ejercen la acusación en fraude, extremos ambos necesarios de plasmación normativa y que hasta ahora se venían realizando en la práctica por la vía de la interpretación de jueces y tribunales con multitud de contradicciones. Por eso lo queremos
plasmar en la ley para que no quepan interpretaciones restrictivas. Otra enmienda relevante es la número 100, de supresión del artículo 588 ter, por el cual el Gobierno pretende permitir que en casos excepcionales el Ministerio del Interior o el
secretario de Estado de Seguridad puedan autorizar intervenciones en las comunicaciones de manera previa a que sean siquiera puestas en conocimiento del juez. Sobre estas cuestiones ya se ha pronunciado, por ejemplo, el señor Olabarría, por tanto
no insistiré en ello. No existen razones de proporcionalidad que justifiquen la sustitución de una de las principales facultades y responsabilidades jurisdiccionales en la investigación del delito, que es la que tiene el juez. Tendría sentido que
la reflexión que contiene esta enmienda fuera tenida en consideración más allá de la literalidad de la enmienda. Otra enmienda relevante que introduce nuestro grupo al proyecto ordinario es la número 52, relativa a un nuevo artículo para la
regulación de la fijación de plazos máximos de instrucción. La actual redacción deja exclusivamente en manos del ministerio fiscal la potestad de solicitar al juez instructor la prórroga en la fase de instrucción, excluyendo de tal posibilidad al
resto de las partes. De esto se debatió bastante en esa Comisión en la que, como decía el señor Olabarría, nos ventilamos dos leyes de extraordinaria importancia como estas de las que estamos hablando. Allí no tuvimos éxito. Varios portavoces
coincidimos en esta reflexión. Espero que en el intento de volver a hacer reflexionar a las señorías del grupo mayoritario tengamos algún éxito. Agradezco al portavoz del Grupo Popular que nos haya hecho llegar una transaccional que, como he dicho
antes, ya hemos admitido. Era una transaccional anunciada y no producida. Llegó ayer y, como siempre es nuestra costumbre, cuando algo mejora el texto de las leyes, nuestro grupo está encantado de poder aceptar esas propuestas.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Díez.


Por el Grupo de Izquierda Plural tiene la palabra el señor Llamazares.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señor presidente.


Señorías, seré breve y no es una fórmula porque se trata de mi última intervención en el Congreso de los Diputados. No quiero despedirme a la francesa, pero tampoco como Antoñete que no sabía cuándo despedirse. Me despido ya
definitivamente.


Señorías, vemos hoy dos reformas a la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882. Entonces fue denominada la novísima; novísima por su modernidad. Hoy, desgraciadamente, asistimos a dos reformas que en resumen son una oportunidad perdida. En
realidad, no vamos a modernizar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, vamos a retocar algunos aspectos de la ya vieja y decante Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y algunos aspectos no precisamente para bien; algunos aspectos para mal. Porque,
señorías, en esta



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legislatura, y además con una parafernalia muy importante, se elaboraron varios estudios para la reforma a fondo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Se pretendía que en nuestro país, de una vez por todas, la fiscalía instruyera y los jueces juzgaran; es decir, se pretendía homologar nuestro modelo judicial, nuestro modelo penal, a nuestro entorno democrático. Desgraciadamente, el
Gobierno no ha cumplido ese compromiso; el Gobierno no se ha atrevido. El Gobierno mantiene la situación que ha dado lugar a muchos problemas y a la muy escasa agilidad del enjuiciamiento criminal en nuestro país, una posición de la fiscalía y de
los jueces a veces muy poco engranada y, por tanto, muy poco diferenciada. Hemos perdido esa oportunidad y el Gobierno, en vez de -como digo- modernizar el enjuiciamiento criminal -incluso pretendía cambiar el nombre- lo que nos propone es más de
lo mismo, si acaso algún sucedáneo como, por ejemplo, que el fiscal establezca plazos a los procedimientos de instrucción en determinadas materias complejas; que vigile y anime la instrucción, como si la instrucción no tuviera que ver con la
complejidad de la causa sino con la pasividad del juez y, en definitiva, un fiscal vigilante que no un fiscal instructor. A nosotros nos parece que eso no añade nada, si acaso más burocracia a la burocracia ya existente.


De la misma manera, podríamos decir que otro sucedáneo es la aceptación de decreto que también aparece en la reforma del Gobierno como un mecanismo muy poco claro, a veces incluso contradictorio. Una oportunidad perdida y un sucedáneo.
Cuando eso es así, el Gobierno tiene una irrefrenable tendencia hacia la estética. Hemos visto cómo en los últimos tiempos esta ley es más conocida ya por el cambio de nombre de imputado por investigado, como si eso fuera a cambiar el reproche
social o, lo que es peor, fuera a cambiar la situación de alarma social sobre la corrupción. Y, más recientemente, en un milagro de la estética inversa, el Gobierno decide alargar la edad de jubilación de los jueces. La gerontocracia judicial como
milagro estético para ocultar el vacío de la reforma penal, de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Pero, lo que es peor, como decía, señorías, es que a veces incluso una reforma puede aprovechar la oportunidad para derogar algunos aspectos negativos. Pues no lo hace. En materia de derechos humanos era la oportunidad de oro del Gobierno,
que no es capaz de cambiar el enjuiciamiento criminal pero que sí podría escuchar a los tribunales de derechos humanos europeos o a Naciones Unidas. El Gobierno no escucha a nadie; no es que no escuche a los grupos parlamentarios de la Cámara, es
que no escucha la decisión de los tribunales, y cuando los escucha es con sordina. Mantiene la prisión incomunicada, fuente de todo tipo de problemas, de malos tratos, de torturas; una prisión incomunicada que ni siquiera comunica al juez al cabo
de setenta y dos horas, que podría ser un mecanismo escabinado, un mecanismo de cierta vigilancia judicial. Mantiene también lo relativo a la vigilancia de las comunicaciones. Es decir, en nuestra opinión, pierde una oportunidad para reflejar lo
que en estos momentos también han sentenciado los tribunales de derechos humanos. Y, por si fuera poco, con las sentencias de los tribunales de derechos humanos el Gobierno considera que los ciudadanos deben acogerse individualmente a ella, es
decir, que no piensa cumplirlas más que en el caso de los ciudadanos individuales afectados. No piensa cumplirlas en términos generales con respecto a estas materias; por ejemplo, con respecto a la prisión incomunicada, con respecto a los riesgos
de malos tratos o de torturas que son un baldón sobre nuestro sistema judicial, penal y penitenciario que no nos merecemos y que no se merecen ni el sistema judicial ni el sistema penitenciario. En definitiva, señorías, una oportunidad perdida que
no puede ser ni siquiera compensada con las políticas estéticas tan habituales en el Gobierno. No es extraño, porque estas oportunidades perdidas son la norma en materia judicial. Si tenemos que hacer un resumen de las reformas judiciales es que
la ambición se ha convertido en un ratón y finalmente el cambio judicial del Gobierno es sobre todo una involución que tardará muy poco tiempo en volver a ser reformada de nuevo.


Termino, señorías. Quiero despedirme de los diputados y diputadas, de los funcionarios, de los letrados, de todo el personal de la Cámara y agradecerles su trabajo, su amabilidad y su apoyo. No tengo más que agradecimiento; no tengo
ninguna crítica en ese sentido. Señoras y señores diputados, me han enseñado ustedes a pensar más globalmente de lo que pensaba cuando llegué aquí, a deliberar, también a conceder y a ceder, y eso es muy importante en democracia. Sacaría
únicamente una conclusión. Tenemos muy malos tiempos para el parlamentarismo, muy malos tiempos, pero el Parlamento seguirá siendo el centro de la vida política de una democracia. En manos de los parlamentarios de hoy y de mañana está llevar a
cabo los cambios necesarios para que el Parlamento siga estando en el centro de la vida política del país. Solamente así conseguiremos que no haya ni restauración ni cirujanos de hierro; no necesitamos a ninguno de los dos. No necesitamos ni que
nos restauren ni que un cirujano de hierro nos diga que nuestra democracia es un exceso. Señorías, solamente espero que el futuro sea mejor. Como



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he tenido una experiencia larga, lo veo con un sano escepticismo, pero también con esperanza. Muchas gracias, señorías, por su apoyo.


Muchas gracias. (Prolongados aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Llamazares.


Como presidente, lamento profundamente la pérdida de su condición de diputado y estoy convencido de que la Cámara también lo siente. En nombre de todos le deseo lo mejor en su nueva andadura.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, tuvimos en la Comisión de Justicia una sesión intensa e improvisada. Fue intensa porque se debatieron dos importantísimos proyectos de ley que modifican el proceso penal e improvisada porque el debate fue rápido -duró apenas media
mañana- e incluso las posibilidades que enriquecen a esta Cámara de poder contrastar transacciones que se ofrecen para mejorar el texto legislativo se nos escaparon de las manos. Las prisas no son buenas para legislar y menos aún en un ámbito tan
trascendente y que afecta a los derechos fundamentales de los ciudadanos como es el del proceso penal. Lo lamentamos profundamente desde Convergència i Unió. Decía el señor Llamazares, a quien reitero el agradecimiento del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió) por toda su labor en esta Cámara, que no son buenos tiempos para el parlamentarismo. No lo son porque en muchas ocasiones prevalece la crítica fácil sobre el debate intenso, pero tampoco lo son porque en demasiadas
ocasiones a la hora de legislar vamos con prisas y con una imposición de quien tiene la mayoría absoluta legítima, pero que hurta el debido debate en proyectos de ley importantes. Por tanto, lo lamentamos desde Convergència i Unió. Nosotros hemos
participado activamente en los dos proyectos de ley y agradecemos a los ponentes toda su labor de aproximación, a pesar de las prisas.


En cuanto al proyecto de ley orgánica, nosotros habíamos presentado veintitrés enmiendas y en las fases de ponencia y Comisión hemos conseguido transar cinco de ellas, algunas importantes. Me quiero referir en primer lugar a las de la ley
orgánica y en concreto a la transacción a nuestra enmienda 48, que afecta al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Cuando se relaciona el derecho a examinar las actuaciones con la debida antelación para salvaguardar el derecho de
defensa hemos añadido gracias a una enmienda de Convergència i Unió: ... y en todo caso con anterioridad a que se le tome declaración. Porque es absolutamente imprescindible que ese examen de las actuaciones lo tenga el detenido antes de que se le
tome declaración. Es una garantía que no figuraba en el proyecto de ley y que gracias a nuestra enmienda sí estará.


Ha sido polémica la introducción de dos transacciones a nuestras enmiendas 52 y 53. No quiero rehuir el debate sobre un tema que también es importante. Se habla -lo decía el señor Olabarría y también lo comparto- de la primacía que debe
tener el derecho a la información. Por tanto, en ningún caso tenemos que limitar el derecho a la información, el derecho a la libre comunicación y el derecho que nos protege en una sociedad democrática de poder conocer lo que ocurre en los procesos
judiciales. Evidentemente, tenemos ese derecho a la libre información, el derecho a la comunicación libre y veraz y el derecho de los medios de comunicación a realizar su trabajo, y cuando hay colisiones de derechos sabemos también que prima el
derecho de comunicación, especialmente cuando estamos hablando de personas con notoriedad pública. Por tanto, en ningún caso tenemos que discutir esa necesaria prevalencia del derecho a la información, pero a través de la transacción que hemos
acordado sobre el artículo 520.1 se mejora. Quiero recordar lo que ya está en la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada, cuando se refiere a que la detención y la prisión provisional deberán practicarse en la forma que menos perjudique al detenido
o preso en su persona, reputación y patrimonio. Esto no es una innovación; esto ya está en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Y qué es lo que se añade con una transacción? Se añade que se deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar el
respeto a sus derechos constitucionales, al honor, intimidad e imagen en el momento de practicar la detención -se entiende-, así como en los traslados ulteriores. No se está limitando el derecho a la información. Se está precisando que las
detenciones deben realizarse respetando los derechos constitucionales porque no puede ser de otra forma y porque en determinadas ocasiones el fiscal general del Estado -quiero recordar a don Cándido Conde-Pumpido- tuvo que dictar una instrucción, la
3/2009, en la que sentaba las bases de cómo debían practicarse las detenciones, y evidentemente no puede limitarse la labor de los medios de comunicación -que es otro debate-, y que las detenciones deben realizarse siempre, como ya decía la ley, con
ese máximo respeto a la persona del detenido y esa máxima garantía a sus derechos constitucionales. Por tanto, no entendemos



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muy bien por qué se debe cuestionar en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sabiendo que en ocasiones se han producido detenciones que después se ha comprobado claramente que son desproporcionadas -lo digo como diputado por Tarragona en
supuestos en el municipio de Reus donde ha habido detenciones que han sido desproporcionadas-, cuando existe una instrucción del fiscal general del Estado, don Cándido Conde-Pumpido, diciendo cómo deberían realizarse. Si alguien compara cómo se
realizan y cómo dice el anterior fiscal del Estado cómo debían realizarse verán que no hay concordancia. Si alguien busca el Código Europeo de Ética Policial verá que ahí hay unas directrices que deben cumplirse y, si vamos releyendo la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en la que, repito, debe primar el derecho a la información - por tanto, no debemos limitar la labor de los medios de comunicación, aunque sí debemos cuando nos toca y ahora nos toca- cuando vemos que en
ocasiones lo que prevé el artículo 520.1 no está teniendo en la práctica la puesta al día que requeriría lo que ya dice el fiscal general del Estado, necesitamos adicionar esas garantías. Al igual que la transacción que iba en el mismo texto y que
ha pasado desapercibida, y tampoco entiendo cómo puede no aceptarse. Es la transacción a nuestra enmienda 53 en el sentido de que en los atestados policiales quede constancia del momento exacto de la detención y de la puesta a disposición de la
autoridad judicial del detenido, porque estamos ante el derecho constitucional de no permanecer detenido más de 72 horas sin que al detenido se le ponga a disposición de la autoridad judicial.


Esa transacción -acordada en el artículo 520.1- va en la línea de la garantía de los derechos fundamentales, en la línea de evitar tratamientos desproporcionados que en ocasiones destruyen la presunción de inocencia; personas que son
detenidas que después se demuestra su inocencia y que han vivido la práctica de una detención que se aleja de aquellas directrices que tanto el Código Europeo de Ética Policial como el fiscal general del Estado nos han advertido que debían
realizarse. Por tanto, ese -nada más y nada menos- era el sentido de esta enmienda que protege los derechos constitucionales como no puede ser de otra manera. Aquellos que se manifiestan en su contra -lo respeto- deberán explicar por qué quieren
votar en contra de un texto que dice que deben respetarse los derechos constitucionales de la persona que es detenida. Es muy difícil votar en contra de que se respeten los derechos constitucionales de la persona que está detenida. Quería aclarar
estos aspectos porque considero que son importantes.


Hemos transaccionado además las enmiendas número 64 y 68 y no estamos satisfechos con la transacción alcanzada, pero la aceptamos porque preferimos la reducción de 24 meses a 18 a que se quedara en 24 meses. ¿A qué nos estamos refiriendo?
A cuando el juez va alargando las medidas de intervención de la correspondencia escrita y telegráfica, y que esto pueda llegar hasta 24 meses. Nos hubiera gustado que el tope fuera 6 meses, pero quedó reducida de 24 meses a 18 meses, gracias a una
transacción con nuestra enmienda 64. Preferimos 18 meses a 24 pero en el Senado seguiremos insistiendo para acortar este plazo. De igual forma, cuando se habla de la duración máxima inicial de la intervención -me estoy refiriendo concretamente a
la nueva redacción acordada en el artículo 588 ter g)-, hablamos de la interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas. Pues bien, a veces esa interceptación se va prolongando y digámoslo se hace a veces de forma prospectiva. No hay
delito, pero se deja la intervención hecha a ver si de las charlas que vayan saliendo puede captarse en el futuro una presunción de futuro delito. Hay que ser cautelosos con esos plazos porque se pueden lesionar derechos constitucionales protegidos
como el derecho al secreto de las comunicaciones. También ahí nosotros hemos conseguido que esas prórrogas como máximo sean de 18 meses. Nos hubiera gustado un plazo máximo de 6 meses, pero, repito, mejor 18 meses que 24, que es lo que decía el
proyecto de ley inicial.


Coincido totalmente con el diputado De la Rocha que ha hecho una gran contribución en el debate en ponencia y en Comisión en este proyecto de ley, porque ha hecho reflexiones muy ponderadas en lo que pueden suponer de afectación de derechos
constitucionales determinadas intervenciones en lo que son los medios de interceptación de comunicaciones, de incluso poner dispositivos dentro de los domicilios que captan no únicamente las conversaciones de las personas investigadas, sino de
quienes conviven con él y que no están sujetas a investigación. Se sabe lo que dicen sus hijos y su esposa o se sabe lo que dice un vecino que les visita o un amigo que está en su casa. Hay que ser extremadamente, señor De la Rocha, tiene usted
toda la razón, cautelosos a la hora de autorizar. Hay todo un conjunto de enmiendas -no me queda mucho más tiempo- en las que intentamos que todo aquello que por excepción se puede hacer sin autorización judicial se quite del proyecto de ley porque
nos asusta. La intervención judicial es una garantía, al igual que es una garantía que existan juzgados de guardia. Y en vez de decir: vamos a encontrar al ministro del Interior o al secretario de Estado de Seguridad, en Convergència i Unió nos



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preguntamos: ¿No es más fácil encontrar al juez de guardia? ¿Es más fácil acudir al ministro o al secretario de Estado que ir a un juzgado de guardia y que autorice, si hay urgencia, esa intervención de las conversaciones en la intimidad
de las personas? Estamos sentando las bases de leyes que se aplican en un futuro sea quien sea quien gobierne y, por tanto, las deberíamos realizar con las máximas garantías para el ciudadano y para sus derechos constitucionales.


Termino ya con el segundo proyecto de ley, el ordinario. Nosotros teníamos once enmiendas y, en una de ellas, lamentamos que cuando se habla de la prórroga de los plazos de instrucción se dé solo al fiscal la posibilidad de solicitar la
prórroga. Si el modelo no es del que se había hablado anteriormente de que el fiscal instruya; no, no, instruye el juez y resulta que este no puede prorrogar a instancia de él la prórroga. Por eso nosotros en nuestra enmienda 28 celebramos que en
ponencia y en Comisión, gracias a una transacción con Convergéncia i Unió, se lograra que las partes también puedan solicitar la prórroga de la instrucción, no únicamente el fiscal; pero seguimos pidiendo que la pueda acordar el juez de oficio, que
es quien instruye, por tanto, sería necesario que el juez pudiera instruir.


Señor presidente, son muchos los plazos para garantizar instrucciones rápidas y eficaces, pero requieren medios y no podemos estar de acuerdo con unos proyectos de ley que nos dicen que no va a suponer incremento alguno de medios. Pues sí,
debemos dar más medios a la fiscalía y a la judicatura para que realicen mejor sus funciones en el proceso penal. Más medios sí, porque si no estaremos acelerando los plazos sin dar los medios necesarios para que esos plazos se cumplan. Más medios
sí, como no puede ser de otra forma, porque estábamos incumpliendo la jurisprudencia internacional. Se garantiza la doble instancia penal, sí, pero no se da más medios a los tribunales superiores de Justicia. En Cataluña vamos a tener un problema
con la doble instancia penal si no damos al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña más medios. Por tanto, pedimos que tenga al menos dos secciones servidas cada una por tres magistrados a la hora de atender esa doble instancia penal. Pedimos
más medios, los requerimos; y lamentamos que en este proyecto de ley tampoco se avance en lo que debería ser una garantía esa doble instancia, pero no únicamente esa doble instancia, sino que cuando hablamos de los recursos de casación también aquí
debemos recordar que los nuevos estatutos de autonomía y desde el principio el Estatuto de Cataluña o el del País Vasco, ya tenían esa competencia en casación para los tribunales superiores de justicia, y que una vez más cuando pedimos esas
funciones casacionales para los tribunales superiores de justicia se nos diga que no, y es una oportunidad perdida.


Termino, señor presidente. Leyes muy importantes, tramitación demasiado apresurada, afectación de derechos constitucionales. Pedimos una reflexión ahora que entran en el Senado, aún estamos a tiempo de introducir mayores garantías. Hoy
estos dos proyectos de ley no pueden merecer el voto positivo de Convergència i Unió. Nos queda el Senado para avanzar en algo en lo que tendríamos que ponernos todos de acuerdo, porque el proceso penal afecta a las garantías de todas las personas.
Quien sufre un proceso penal, desde su detención, desde la instrucción, necesita también que ese proceso vaya con las debidas garantías. Lo decíamos con el señor Olabarría: cuando se incomunica, cuando se detiene, hay que buscar siempre y en todo
caso las garantías que refuercen el proceso penal y que refuercen, sobre todo, nuestro Estado democrático de derecho.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jané.


Por el Grupo Socialista hay dos portavoces y comienza el señor De la Rocha.


El señor DE LA ROCHA RUBÍ: Señor presidente, señorías, quiero que mis primeras palabras, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, sean hacia el diputado don Gaspar Llamazares, el amigo Gaspar Llamazares, para manifestarle -repito, en
nombre de mi grupo- el reconocimiento por la labor extraordinaria que, como parlamentario, ha hecho en esta Cámara. (La señora vicepresidenta, Villalobos Talero, ocupa la Presidencia). Un parlamentario brillante, un parlamentario siempre atento al
diálogo con los demás grupos desde la cercanía o desde la discrepancia. Como ha dicho el presidente, le vamos a echar de menos. Gracias, Gaspar. (El señor Llamazares Trigo: Gracias).


Vamos a dividir la intervención de mi grupo entre mi compañera Soraya Rodríguez y yo. Voy a referirme a los aspectos relativos a la ley orgánica que reforma la Ley de Enjuiciamiento Criminal y ella hablará, entre otros temas, de la ley
ordinaria que reforma la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No puedo dejar de referirme, antes de entrar en el fondo, a algo que otros portavoces ya han señalado. Quiero hacer una reflexión, una denuncia más bien, ante este Pleno y ante el
presidente, de alguna manera garante de los derechos de los parlamentarios, de la forma de legislar que, al menos en el ámbito de justicia, se viene



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utilizando en los últimos tiempos. La Comisión de Justicia hace unos días, cuando se tramitaron los dos proyectos de ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal fue, si se me permite la expresión y con todo mi afecto a los ponentes
del Grupo Popular, un espectáculo lamentable. Los ponentes del PP nos habían anunciado que iba a haber enmiendas transaccionales pero no llegaban desde el Gobierno. Empezó la tramitación, estuvimos cerca de dos horas o más de dos horas, seguían
sin llegar y llegaron cuando quedaban pocos minutos para la votación y había pasado mucho tiempo desde el debate. (Un señor diputado: ¡Qué dices!).


Así no se puede reflexionar ni analizar ni debatir. Es una improvisación constante, en una ley, señorías, que afecta directamente a la libertad de las personas, a que una persona entre en prisión, sea detenida o salga de prisión o salga de
la detención. Algo tan importante y tan directo no puede regularse con esta inseguridad jurídica. Una de las enmiendas de ese paquete que nos presentaron en el último momento afectaba, por ejemplo, a la ampliación de la casación penal; y cuando
uno después la lee en el despacho con más detenimiento se da cuenta de que tendría que afectar a otros artículos de la ley que no se han tocado y que, posiblemente, se tocarán más tarde. Así, señorías, lo vuelvo a decir, no se puede legislar. Es
inadmisible esta, decía el señor Olabarría, degradación. No sé si es degradación o no, pero es verdad que algún esfuerzo colectivo tenemos que hacer para que el Parlamento cumpla su misión. La mayoría parlamentaria está legitimada para que las
decisiones finales sean las que ella considere, pero entre todos tenemos que hacer el esfuerzo para garantizar las formas, los procedimientos, las tramitaciones y los derechos de los parlamentarios. (Aplausos).


Paso ya al fondo de la ley orgánica que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que es, también quiero dejarlo claro en esta intervención, expresión de un gran fracaso, el fracaso de no haber sido capaces de hacer una reforma global de
la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se regulan aquí materias que afectan de forma directa a derechos y libertades fundamentales de los detenidos, de los sospechosos, de los imputados, de los acusados, a unos derechos que tienen garantía
constitucional, y se hace una reforma parcial, insuficientemente garantista -en algunos aspectos, manifiestamente no garantista-, expresión de esa concepción policial que sale en muchos proyectos de ley y en muchos textos de ley, de que el
equilibrio entre libertad y seguridad se inclina de nuevo, otra vez, a favor de la seguridad, es decir, de la policía.


Ha habido algunas enmiendas transaccionales positivas que han matizado algunos aspectos del proyecto de ley. Quiero señalar dos que se han comentado aquí y que a mi grupo le parecen positivas. Una, la enmienda pactada o transada con el
Partido Nacionalista Vasco, para la introducción de la intervención obligatoria del médico forense al menos dos veces al día en casos de incomunicación. Nos parece un paso positivo e importante. En segundo lugar, el derecho a la entrevista del
detenido con su abogado y al examen de las actuaciones antes de la primera declaración ante la policía y en todo caso. Son pequeños avances, pero avances insuficientes, y ahora explicaré por qué. Quiero también referirme brevemente a algo que han
mencionado otros portavoces, a la llamada enmienda Telediario, una enmienda que mi grupo no votó, no apoyó, y no, como ha dicho el señor Jané, porque no nos parezca que los detenidos tengan también derechos constitucionales. ¡Cómo no van a tener el
derecho a la presunción de inocencia o a su imagen o a su honor! Es verdad que si son personajes públicos lo tienen más limitado o acotado. No, el problema no es ese, el problema es la oportunidad. ¿Es oportuno regular esto ahora o es simplemente
un caso más de oportunismo político? ¿Por qué el Partido Popular, el Grupo Popular, es sensible en este momento a esta cuestión sencillamente después de la detención del señor Rato? Si la detención del señor Rato no se hubiera producido como se
produjo -cierto, a instancia del Gobierno o de ámbitos ministeriales, que son los que avisaron a todos los medios de comunicación para que estuvieran allí en el momento de la detención porque nadie lo sabía, solo ellos-, el Grupo Popular no sería
sensible a este tema, no hubiera apoyado esta cuestión. Por tanto, si se trata de lavar la imagen del Partido Popular, nuestro grupo no lo va a apoyar y, por eso, no votaré a favor.


Quiero referirme ahora a aspectos concretos de derechos fundamentales que se regulan en este proyecto de ley. Primero, al derecho a asistencia de abogado. Saben sus señorías que todo este proyecto deriva de la existencia de una directiva
europea nueva, la Directiva 2013/48, sobre el derecho de defensa, que avanza de manera significativa en lo que ha sido, por ejemplo, la tradición jurídica española de defensa. Se ha hablado del derecho a la entrevista con el abogado antes de la
intervención policial, pero también regula el derecho a designar un abogado de confianza y el proyecto de ley mantiene en los supuestos de incomunicación del detenido la posibilidad de que se le imponga un abogado de oficio en contra de la
directiva, que no lo permite. Lo hemos planteado y pensamos que quizá en el Senado se



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pueda avanzar en este aspecto, pero es una limitación que vulnera el derecho fundamental a la defensa, a la designación de abogado, en los términos en que la directiva ya lo reconoce y lo incorpora. También hemos planteado eliminar la
facultad que se otorga a la policía y al fiscal para acordar la incomunicación y luego pedir la ratificación del juez. La incomunicación, lo ha dicho el señor Olabarría, es una decisión judicial que debe hacerse mediante auto judicial y no por la
policía previamente, pensando o buscando su ratificación.


Se han desechado un grupo de enmiendas importantes de mi grupo parlamentario referentes a la introducción de nuevas disposiciones para rellenar vacíos relevantes, incluso graves, en materia de derechos del detenido. Por ejemplo, la toma de
muestras a recoger en el lugar del delito en temas que puedan tener relevancia con el análisis genético que pueda al final ser un instrumento de culpabilidad; o en las ruedas de reconocimiento, el control y la constancia videográfica de la rueda de
reconocimiento; o la regulación más amplia de las intervenciones corporales del investigado, leves o graves, o de un tercero, de persona distinta, para el análisis de los perfiles de ADN. Quiero recordar que hace dos años se presentó por mi grupo
parlamentario una proposición de ley amplia y la posición del Grupo Parlamentario Popular fue: no toca; toca cuando llegue la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ha llegado la Ley de Enjuiciamiento Criminal y tampoco toca. En algún momento, deberá
incluirse esta regulación.


Y termino en la parte más amplia del proyecto que es la referencia a la regulación de las intromisiones en la privacidad del investigado en un proceso penal. La regulación de la interferencia en la correspondencia, en las comunicaciones
telefónicas, en la grabación de comunicaciones orales mediante dispositivos electrónicos o el registro remoto de equipos informáticos mediante la introducción de troyanos. Ya dijimos que esto es una necesidad; que su regulación es necesario
incorporarla, pero que incluye demasiados elementos manifiestamente desproporcionados. Señalamos en el debate de totalidad y en las enmiendas que hemos presentado al proyecto, tres aspectos que, levemente, se han matizado, pero que en lo sustancial
siguen igualmente desproporcionados y que llevan a que nuestro grupo no pueda votar esta ley sino en contra.


En primer lugar, en cuanto al tipo de delitos, se recogen delitos menos graves. Se prevé que pueda ponerse un dispositivo electrónico en la mesilla de noche de la habitación de una persona o en el cuarto de estar para delitos menos graves,
para delitos que llegan hasta tres años, cuando la doctrina, cuando la jurisprudencia europea dice que tienen que ser delitos graves. En cuanto a su duración, porque no se diferencian los tipos de intromisiones; y es verdad, lo decía el señor
Jané, que se ha bajado de 2 años a 18 meses la intromisión cuando sea en la correspondencia escrita o en las comunicaciones telefónicas, pero no se ha bajado, se mantiene el límite de hasta 2 años cuando se trata de la grabación de conversaciones
por dispositivos electrónicos en el domicilio o los registros remotos a través de troyanos durante 2 años para cualquier tipo de delito que tenga penas de hasta 3 años. La mayor parte de los delitos menos graves del Código Penal tienen una pena que
oscila de 6 meses a 3 años, pues también para ellos, hasta 2 años. Se trata de intromisiones de lo que la jurisprudencia europea llama de mayor intensidad frente a las de baja intensidad, en las que la exigencia de proporcionalidad, la exigencia de
rigor, la exigencia de que haya muchísima más prudencia a la hora de regularlo, aquí no se cumple, en nuestra opinión, y se desborda.


Por eso, señorías, ¿por qué esto no se ha terminado de afinar? -Ahora sí que termino- ¿Por falta de sensibilidad de los portavoces o de los ponentes del Grupo Parlamentario Popular? Muy probablemente no. Esto ocurre por la improvisación,
por la aceleración, por no tener tiempo razonable, suficiente, para matizar sobre los matices que otros introduzcan. Por no tener una metodología de trabajo legislativo que permita llegar a leyes que garanticen de una manera plena los derechos
fundamentales, también de los detenidos y de los presos.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor De la Rocha.


Por el mismo grupo, señora Rodríguez Ramos.


La señora RODRÍGUEZ RAMOS: Gracias.


Señorías, me referiré en mi intervención, como ha dicho mi compañero, al proyecto de ley ordinaria de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización y el fortalecimiento de las garantías procesales. Y señalaré que a
criterio de nuestro grupo, tal y como hemos expresado, las modificaciones que aquí se producen suponen en algunos casos un gran fiasco o, si me lo permiten, una chapuza normativa. No es posible alcanzar estos objetivos de agilizar la justicia,
fortalecer las garantías procesales



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y regenerar la democracia en la lucha contra los delitos económicos y de corrupción sin incrementar los medios materiales, incrementar sustancialmente los recursos humanos de nuestra Administración de Justicia y, desde luego, proceder a
cambios procesales profundos en la adopción de medidas de racionalización de nuestro proceso penal. La disposición adicional de esta ley, que prohíbe cualquier incremento adicional del presupuesto de la Administración de Justicia para dotar a esta
de mayores medios, hace que los objetivos propuestos por la ley -agilización de la justicia- se hagan a costa de garantías y derechos de las partes procesales. El Gobierno abandonó, como ya se ha dicho en esta tribuna, el proyecto de una reforma
integral del proceso penal español. Abandonó también el modelo en el que la fase de instrucción debía estar atribuida al ministerio fiscal, dando a este competencias de dirección, impulso y control de la instrucción y, sin embargo, manteniendo el
modelo actual en el que el juez es el dueño de la instrucción, establece modificaciones que desvirtúan claramente nuestro proceso a costa -reitero- de serias perturbaciones en el sistema de garantías de los acusados y de las víctimas.


Citaré algunos aspectos que para nuestro grupo son inaceptables y que hemos enmendado en fase de Comisión. El proyecto intenta acabar con las macrocausas judiciales, entendiendo que es necesario establecer criterios de racionalización para
impedir dilaciones indebidas en los procesos. En este sentido, se modifica la conexidad procesal y quiero decirles que la decisión de acumular o no procedimientos, de acumulación o desacumulación, no puede estar solo sometida a criterios
jurídicamente imprecisos e indeterminados como que esta acumulación o desacumulación provoque una excesiva complejidad o una dilación del proceso en razón de la economía procesal. No quiero señalar de nuevo que el delito continuado no puede
entenderse como un delito conexo, puesto que el delito continuado es una realidad jurídica, fruto de varias acciones, con unidad objetiva y subjetiva, que no puede en ningún caso, por razones de economía procesal, verse sometido a procesos
diferentes. Señorías, otro elemento claramente inaceptable es el del establecimiento de los plazos. Se han referido a esto anteriores intervinientes. No hay ninguna reflexión de las causas estructurales profundas por una justicia dilatada en el
tiempo. Si no hay causas estructurales, parece que el proyecto establece que el único problema es la inactividad de los jueces que no acaban los sumarios a tiempo, una consecuencia claramente ofensiva para los jueces de instrucción de nuestro país.


Existen verdaderos problemas jurídicos procesales en el establecimiento de este plazo y citaré algunos: no se define la verdadera consecuencia, en el caso de incumplimiento de estos plazos o de sus prórrogas. La consecuencia no puede ser
la nulidad de las actuaciones, que supondría una caducidad en la instancia incompatible con las causas de extinción de responsabilidad penal establecidas en nuestro Código Penal. Señorías, si son los jueces y tribunales los que tienen que
establecer las consecuencias del incumplimiento de estos plazos, ustedes deberían saber que ya los tribunales se han pronunciado sobre esto y que entre el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, los
tribunales han dicho claramente que el incumplimiento de los plazos no puede tener trascendencia limitativa en el ejercicio de la acción penal. Señor Jané, es incomprensible que el juez instructor que dirige el proceso no pueda, de oficio,
establecer la prórroga; sí que puede en la adicional pero no en la primera prórroga. En fin, esto hay que modificarlo y espero que se haga. ¿A qué estamos llevando a los jueces de instrucción con el establecimiento de estos plazos? Pues a
sobreseimientos precipitados de los asuntos, lo cual vulneraría claramente el derecho de las víctimas, o bien a escritos de acusación también precipitados, insuficientemente fundamentados, lo cual llevaría a una vulneración de los acusados. En todo
caso ambas consecuencias favorecerían la impunidad, especialmente, señorías, la de los delitos más complejos como los económicos o los de corrupción, que lo que precisan es un incremento de medios, de personal especializado en esos temas, de
juzgados especializados para su persecución, y no la imposición de un límite temporal que, por imperativo legal, haga que la justicia sea rápida finalizando los procedimientos de instrucción.


Señorías, señalo también dos elementos que establece esta reforma en relación con la agilización de los juzgados, y que son inaceptables tal y como están planteados. Uno es la desaparición de la obligación de la policía de remitir los
atestados a los juzgados o al ministerio fiscal en los delitos menores. Esto obvia algunos elementos fundamentales: en primer lugar, que no se puede eliminar cualquier control judicial en casos de eventual inactividad de investigación policial;
en segundo lugar, que la decisión de investigar o no un delito no puede depender de la autoridad policial, sino que depende de la autoridad judicial, y por lo tanto habrá que establecer mecanismos de control, y en tercer lugar, que siempre hay que
garantizar el derecho de las víctimas de estos delitos, aunque sean menores, que siempre deben conocer que no van a obtener ninguna respuesta a no ser que presenten su demanda en un órgano judicial, puesto que no se



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va a remitir el atestado, tal y como establece por cierto la Ley de Víctimas. Y desde luego, señorías, por su propia naturaleza hay delitos que siempre deben ser investigados, como, por ejemplo, los delitos de corrupción. En esto mi grupo
agradece que finalmente se haya tenido en cuenta, y se hayan excluido estos delitos en la no obligación de mandar los atestados.


El otro elemento relativo a la agilización de los trabajos de los juzgados es la introducción de un nuevo procedimiento, que es el de aceptación por decreto, un modelo que es un monitorio penal copiado de los sistemas acusatorios puros, que
en nuestro sistema no tiene ningún sentido; un monitorio penal en el que la acusación del ministerio fiscal, con la conformidad, se convierte en sentencia. Como efectivamente aquí el ministerio fiscal no puede dictar sentencia, no tiene
auctoritas, no tiene imperio, el propio texto legislativo lo llama decreto, pero, ¿por qué no sentencia firme? ¿Por qué no la dicta un juez? Esto desde luego sugiere una anticipación peligrosa de funciones jurisdiccionales administrativizadas en
manos del ministerio fiscal. En todo caso, señorías, desde el punto de vista práctico no aporta nada a los juicios rápidos. El juicio rápido garantiza el principio de contradicción procesal que debe estar presente en todo juicio penal, permite la
negociación de las partes, y además tiene incentivos como la reducción en un tercio de la pena en el caso de la conformidad.


Por último, señorías, el establecimiento de la segunda instancia penal es necesario. Sin incrementos de dotación de mayores recursos va a producir un verdadero atasco judicial. Respecto al recurso de revisión de sentencias firmes, cuando
el Tribunal Europeo haya declarado que se ha dictado en vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas reconocidas en el convenio europeo, señorías, debe afectar a aquellas personas que no siendo demandantes están en la misma situación
que el recurrente, porque hay que aplicar el principio de que el Estado, que ha violado un derecho fundamental, no puede tener ninguna oportunidad de aprovechar ventajas procesales.


Finalmente, señorías -y acabo para cumplir con el tiempo-, espero que este proyecto, que desde luego no puede contar en estas condiciones con el voto de mi grupo, sea modificado en el Senado, ahora que parece que el Grupo Popular, el
Gobierno y el Partido Popular acusan esa soledad que tanto han estado ustedes buscando durante esta legislatura en esta Cámara: el Grupo Popular frente a todos. Por lo tanto si hay verdadero propósito de enmienda abramos una reflexión y un diálogo
con los grupos políticos, y con los operadores jurídicos, para poder modificar una ley tan importante y con tantos efectos en los derechos y en las libertades de los españoles.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Muchas gracias, señora Rodríguez.


Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Conde.


El señor CONDE BAJÉN: Muchas gracias, señora presidenta.


Subo efectivamente en nombre de mi grupo, el Grupo Parlamentario Popular, a defender nuestra posición en relación con este trámite relativo a la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en estas dos leyes acumuladas, ordinaria y
orgánica, en función de su naturaleza. En el frontispicio de mi intervención quiero dejar claro, señora presidenta, que puesto que ha de ser uno quien tome la palabra en nombre del grupo, eso no quiere decir que el trabajo realizado no haya sido
hecho por más de uno, y quiero dejar constancia del extraordinario trabajo realizado por los otros dos ponentes de mi grupo, en opinión de quien les habla, tanto José Antonio Bermúdez de Castro como muy especialmente Gonzalo Ordóñez, que llevó el
peso del debate en Comisión, y quiero que así conste en el 'Diario de Sesiones'.


Señorías, el Grupo Parlamentario Popular tuvo la oportunidad de valorar muy positivamente el proyecto de ley que remitió el Gobierno a fin de modernizar nuestra legislación procesal con una serie de objetivos que todos ustedes conocen:
mejorar las reglas de conexidad, regular los atestados sin autor conocido, establecer plazos máximos a la instrucción de las causas, establecer un procedimiento de decomiso autónomo, fijar por fin la segunda instancia penal como derecho fundamental,
establecer un sistema de cumplimiento de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, así como regular con mayores garantías los derechos a la asistencia letrada, regular todo el mundo de las nuevas tecnologías desde el punto de vista de
la investigación y averiguación de delitos, así como los hallazgos casuales, las grabaciones y seguimientos, el agente encubierto o la modificación de la terminología para adaptarla a los nuevos tiempos.


El Grupo Parlamentario Popular ha sido bastante receptivo a las intervenciones que se hicieron aquí en el Plenario por los portavoces de los distintos grupos parlamentarios, y desde luego hemos tenido la voluntad durante la tramitación de
este proyecto de ley en la Cámara de asumir muchas de las sugerencias



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que se nos hicieron por los grupos, porque estaban llenas de razón o de razones, y hemos procurado que este proyecto de ley no sea el proyecto de ley del Partido Popular, sino que sea el proyecto de ley que cuente con la mayor posibilidad de
consenso dentro de la Cámara. Es evidente que el Grupo Popular no iba a renunciar tampoco a su visión política, porque tan legítimo es que en los grupos de la oposición haya una visión política sobre las cosas como lo es que la tenga también el
Partido Popular; nosotros también tenemos derecho a tener una visión sobre las cosas y sobre cómo han de regularse. El consenso consiste precisamente en ceder cada uno parte de su derecho -como define nuestro Código Civil la transacción- para
llegar a un resultado común razonablemente compartido por todos. Siempre se suele decir esto cuando se tramita una ley, la diferencia es pasar de las musas al teatro, y la voluntad de consenso se demuestra cuando realmente se han obtenido esos
consensos. Entendemos que nuestra voluntad expresada ya en este Plenario se ha materializado, porque efectivamente hay materias afectadas por transacciones sobre cuestiones tan importantes como la no remisión de atestados de delitos sin autor
conocido, haciendo caso a algunas de las sugerencias que se nos hicieron, incluyendo, por ejemplo, a aquellos que en ningún caso pueden ser incluidos, como los de corrupción, que fue una de las sugerencias que se nos hizo; o las enmiendas sobre los
plazos de instrucción; o el procedimiento de aceptación por decreto, incluyendo, por ejemplo entre los posibles, aquellos cuya pena sean los trabajos en beneficio de la comunidad; o el procedimiento de decomiso, estableciendo algunas
modificaciones que se nos hicieron en concreto por enmiendas del Partido Socialista, de CiU o de La Izquierda Plural; o estableciendo el recurso de casación a las sentencias dictadas en recurso de apelación por la Audiencia Nacional o por las
audiencias provinciales. Esto en lo que se refiere a la ley ordinaria. Pero en lo que se refiere a la ley orgánica hubo también transacciones sobre la entrevista previa del abogado con el detenido, sobre el agente encubierto, sobre la salvaguarda
de los derechos constitucionales al honor, la intimidad o la imagen, por una enmienda de CiU, sobre la detención incomunicada, sobre la duración de la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica, o la detención y apertura de
correspondencia escrita realizada en pieza separada. En definitiva, señorías, creemos desde el Grupo Parlamentario Popular que, tanto por el número como por la sustancia de las materias que han sido objeto de transacción, ha quedado patentemente
demostrada la voluntad de consenso de este grupo parlamentario para alumbrar entre todos una Ley de Enjuiciamiento Criminal que sea moderna, y al propio tiempo razonablemente compartida por todos.


Me van a permitir ahora que haga una serie de observaciones a las que a su vez han hecho los portavoces de los grupos parlamentarios que han tomado la palabra. En primer lugar, por el portavoz de Amaiur, que ha dedicado sus quince minutos a
hablar de la incomunicación, de cómo la incomunicación es tortura, y de cómo el Estado español ha torturado durante décadas a algunos terroristas de ETA. Me resulta, señorías -y no puedo dejar pasar esta ocasión en la tribuna-, de un cinismo
intolerable que el portavoz de un grupo parlamentario que todavía no se ha tomado la molestia de condenar el terrorismo de ETA suba a esta tribuna a hablarnos de detención, de incomunicación, y de tortura. Quisiera recordarle al ausente diputado,
señor Urbina, una cifra: 532; 532 días estuvo encerrado en un zulo Ortega Lara, incomunicado del mundo, y al borde del suicidio. Eso lo hicieron aquellos a los que el señor Urbina y sus compañeros de banco jamás se han tomado la molestia de
condenar como terroristas. Es un cinismo inaceptable que se suba a esta tribuna y se exprese en los términos en los que lo ha hecho. (Aplausos).


El señor Olabarría ha puesto de manifiesto algunos puntos en los que hemos llegado a consenso, en concreto las modificaciones que se han introducido en relación a esta detención preventiva, que pasa a tener una garantía plenamente judicial,
y que pasa a tener también un control del médico forense precisamente para prevenir esos actos de tortura. El señor Olabarría decía que con esto estamos poniendo el principio del fin a una legislación excepcional como es la legislación
antiterrorista. Si eso puede ser es porque hemos ganado la lucha a esos a los que no condena el señor Urbina, porque hemos derrotado entre todos al terrorismo, porque la paz no nos la ha regalado nadie, sino que nos la hemos procurado con el
esfuerzo colectivo de la sociedad española. Porque hemos ganado, porque les hemos vencido, porque les hemos derrotado, ahora precisamente por eso la democracia española puede ser mucho más garantista para cumplir con determinados estándares
internacionales, o con puntos de vista que no es que no se cumplieran antes, sino que ahora, precisamente porque hemos ganado, podemos permitirnos llevar a cabo. Solo quiero hacerle una mención al señor Olabarría en relación con su queja o protesta
sobre que el ministro del Interior pudiese, excepcionalmente, tomar determinado tipo de medidas en relación con la detención de la correspondencia. Señoría, esa medida no la ha introducido este proyecto de ley. Esa medida está en vigor porque así
lo dice el artículo 579.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde el



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año 1988, cosa que quiero recordar también al señor De la Rocha que ha hecho mención al asunto. Esta cuestión fue introducida en el año 1988, gobernando el Partido Socialista Obrero Español, en la legislación positiva española. Nosotros no
la hemos introducido. Todo lo contrario, sigue existiendo. Lo que pasa es que ahora está todavía sometida a un mayor control judicial. Nosotros hemos sido más garantistas sobre la base de una medida que existía y que desde luego no fue
introducida por el Partido Popular, y que yo recuerde desde el año 1988 hasta ahora nadie se ha tomado la molestia de pretender modificar, ni mucho menos abolir.


Agradezco a UPyD su generosidad a la hora de aceptar la transacción que hemos propuesto en relación con una enmienda transaccional que nos ha anunciado directamente que aceptaría. Y al señor Llamazares, que ha hecho su segundo último
discurso en este Plenario, lo cual le permite recibir por segunda vez los parabienes, aplausos y buenos deseos de toda la Cámara, en relación con la detención preventiva le digo lo que acabo de decir. La detención preventiva de la correspondencia,
señor Llamazares, no es una novedad introducida por este proyecto de ley, sino que venía existiendo en la Cámara en todas las legislaturas en las que usted ha venido formando parte sin que se le conozca protesta alguna al respecto desde esta
tribuna. Coincido plenamente con el señor Jané en relación a las manifestación que ha hecho sobre la intimidad, la imagen y el honor del detenido, que son derechos fundamentales, por lo tanto vigentes, y que han de ser necesariamente respetados por
las fuerzas de orden público cuando practican una detención, y la enmienda transaccional que nos lleva a que en el atestado se tenga que poner de manifiesto en qué circunstancias se hizo esa detención para permitir preservar los derechos
constitucionales de aquellos que van a ser sometidos a un proceso de investigación, y que han sido detenidos por orden de la autoridad judicial. Eso no va en absoluto en contra de nada, sino a favor del respeto cada vez más profundo y más completo
a los derechos y libertades fundamentales que la Constitución consagra, no es incompatible investigar un delito, no es incompatible detener a una persona para que sea interrogada y sometida a todo tipo de pruebas relacionadas con la supuesta
comisión de un delito, con el hecho de que esa detención se practique en circunstancias tales que se preserven derechos que no le quedan suspendidos por el hecho de ser investigada, y que no le convierte en ciudadano de segunda por el mero hecho de
que vaya a ser investigada, sino que permanecen incólumes todos y cada uno de ellos en la persona en la que, debiendo ser detenido, sigue siendo un ciudadano en plenitud de sus derechos civiles.


El señor Jané junto con otros portavoces han hecho algunas manifestaciones sobre las escuchas en el domicilio. Señorías, es perfectamente posible hoy con la legislación vigente que se ordene la instalación de escuchas en el domicilio de una
persona que ha de ser investigada. Eso es posible hoy. Lo que estamos haciendo con la nueva regulación es limitar y regular en qué condiciones esas escuchas pueden ser hechas. Hoy la policía puede poner micrófonos en la casa de un señor, lo que
estamos regulando es que cuando eso se haga tendrá que hacerse bajo pleno y completo control judicial, y controlando exactamente en qué dependencias y durante cuánto tiempo esas escuchas pueden hacerse. Luego el ejemplo que decía el señor De la
Rocha de que a alguien le pueden poner un micrófono en su mesilla de noche no es posible, salvo que sea en su dormitorio, donde necesariamente la autoridad judicial entienda que ha de ser practicada la escucha para la correcta investigación y
averiguación del delito. No se trata en modo alguno de poner un micrófono en la vivienda de un individuo de manera que se escuchen las conversaciones de todos y cada uno de los componentes de la unidad familiar. Sí se trata de que en algunas de
las dependencias, durante el tiempo que el juez considere conveniente -previa solicitud naturalmente de la fiscalía o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado-, esas escuchas deban ser practicadas.


En cuanto a la prórroga de la instrucción se ha planteado por parte de algunos grupos parlamentarios que pueda ser acordada de oficio por el juez. Pero entenderán sus señorías que esa limitación en el tiempo de la instrucción se le
establece precisamente al juez, y que no es lógico que aquel que es el limitado vaya a resolver sobre su propia limitación. Si me permiten un paralelismo con el artículo 1.280 del Código Civil, la validez y cumplimiento de los contratos no puede
dejarse al arbitrio de uno solo de los contratantes, no parecería razonable que fuese el sujeto de la limitación quien pudiese acordar de oficio saltarse la limitación que se le está estableciendo en el tiempo.


El señor De la Rocha ha hablado de improvisación por aquellas enmiendas que hemos ido ofreciendo durante la tramitación en Comisión de esta ley. Puedo comprender que se haga esta acusación, como a veces que se nos acuse de pasar el rodillo
de nuestra mayoría absoluta, pero las dos cosas al mismo tiempo eso ya no lo acepto. Si nosotros somos inflexibles en mantener el texto que llega a la Cámara por



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parte del Gobierno, puesto que es el Gobierno que apoya este grupo parlamentario, y no aceptamos modificación alguna, entonces somos prepotentes y utilizamos nuestra mayoría absoluta y no empleamos el diálogo parlamentario. Ahora bien, si
utilizamos ese diálogo parlamentario y ofrecemos enmiendas, y hasta el último instante estamos tratando de lograr el consenso y el acuerdo con los grupos parlamentarios, entonces resulta que lo que estamos haciendo es improvisar. Señorías, pónganse
de acuerdo, elijan una cosa o la otra, porque soplar y sorber no es posible. En nuestro caso, señor De la Rocha, cuando nos acusa de improvisación he de entenderlo en el sentido de que nos reconoce que hemos tenido la clara, patente y evidente
voluntad de llegar a un acuerdo en el Parlamento sobre la tramitación de esta norma. Señorías, improvisar es hacer un proyecto de ley de enjuiciamiento criminal nuevo que se remite a la Cámara en el mes de julio de 2011, cuando luego se disuelven
las Cámaras dos meses más tarde, y simplemente decae y no puede ni comenzar a tramitarse. Eso sí es improvisar. Esto es tratar de agotar la legislatura con una notabilísima mejora en la legislación procesal criminal, cumpliendo por cierto -de
paso- con algunos de los requerimientos internacionales de convenios suscritos por el Reino de España, a los que debíamos de una vez dar cumplimiento debido.


Señorías, la señora Rodríguez nos habla de chapuza, y naturalmente los grupos parlamentarios son muy dueños de elegir quiénes son los que tienen que intervenir en este Plenario en defensa de cada uno de los asuntos, pero cuando he empezado a
escuchar a la señora Rodríguez hablar sobre los errores sobre las reglas de conexidad y el delito conexo, y ha incluido en el asunto el delito continuado, me he dado cuenta de que no se ha enterado de nada. El delito continuado no son muchos
delitos, sino un delito que se prolonga en el tiempo, y naturalmente como es uno solo no tiene posibilidad de dividirse. A partir de ahí, señorías, ya pueden imaginarse ustedes el resto.


Señorías, quiero agradecer a los grupos parlamentarios -a todos- la voluntad que han tenido de escuchar las contrapropuestas hechas por el Grupo Parlamentario Popular, de llegar a acuerdos con nosotros en la tramitación de estas dos
importantísimas normas, y de poder hacer un texto que probablemente no satisfaga plenamente a ninguno de los grupos parlamentarios, pero que reúna un consenso razonable quizá no para que esté en vigor los ciento veinte años que ha estado en vigor la
norma a la que viene sustituyendo, pero sí para que no sea una de esas normas efímeras que se aprueban un año y han de ser cambiadas al siguiente. En España nos dotamos de una legislación procesal mucho más perfecta y garantista, que protege mejor
los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, y que a su vez permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ser más eficaces en la persecución del delito y en garantizar la seguridad de los españoles. Por eso me alegro de que
las dos leyes vayan a ser aprobadas no solo por el grupo que sostiene a Gobierno, sino también por algunos de los grupos que están en la oposición.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Conde.


DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN. (Número de expediente 121/000143).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pasamos al punto del orden del día correspondiente a los debates de totalidad de iniciativas legislativas, comenzando con el proyecto de ley de reforma del sistema para la valoración de los
daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Para su presentación en nombre del Gobierno tiene la palabra el señor ministro de Justicia.


El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Señora presidenta, señorías, pocas veces un proyecto de ley llega a esta Cámara como resultado de un esfuerzo de diálogo y de entendimiento tan intenso como el que ha permitido que vea la luz
esta reforma del sistema para la valoración de daños y perjuicios causados a las personas con ocasión de los accidentes de circulación. El hecho de que los ministerios de Economía y Competitividad y de Justicia hayan sido coproponentes del texto
ante el Consejo de Ministros no debe en absoluto distraernos del mérito fundamental que subyace en esta propuesta legislativa, en la que las instituciones del Estado son cauce -como debe ser-, pero donde la iniciativa principal corresponde a la
sociedad civil, a las asociaciones que la articulan, y a las empresas del sector afectado. Por tanto no cabe una respuesta más elocuente ante la enmienda a la totalidad de la que el



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proyecto ha sido objeto -en mi opinión y con todos los respetos de modo incomprensible- que la propia alarma de las asociaciones de víctimas, que tanto han trabajado en este proyecto, y que son las primeras que han solicitado la retirada de
esta enmienda. En todo caso esto nos da la oportunidad de estar hoy debatiendo y presentando el proyecto.


Antes de entrar en el contenido de este proyecto merece la pena que atendamos a su gestación, porque como digo constituye, por razones de legitimidad y minuciosidad, la mejor respuesta que hoy se puede dar desde esta tribuna, y además ha
requerido un largo período de cuatro años de difícil y productivo trabajo. A la comisión de expertos oficialmente designada por los ministerios mencionados ya en julio de 2011 -por tanto en la legislatura anterior y con el Gobierno anterior- le
sucedió más adelante un grupo de trabajo, en el que han estado integradas las asociaciones de víctimas de accidentes de circulación, las entidades aseguradoras privadas, y los expertos del ámbito público y corporativo, la Fiscalía de Seguridad Vial,
el Consorcio de Compensación de Seguros, el Ministerio de Justicia, y reputados especialistas independientes, bajo la presidencia y el impulso de un prestigioso catedrático de derecho civil. Por tanto, lejos de alcanzar un acuerdo precipitado, el
debate ha sido profundo y los avances han sido incluso lentos, hasta el punto de necesitar varias prórrogas en los mandatos del grupo negociador. Finalmente el consenso alcanzado por todas las partes -ese es precisamente el mejor aval de este
proyecto- hizo posible elevar una propuesta de la comisión al Gobierno el pasado 12 de diciembre de 2014. Tras las consultas con las comunidades autónomas y a la vista de una proposición no de ley aprobada en esta Cámara instando al Gobierno a
presentar la reforma, esta fue aprobada por el Consejo de Ministros y remitida a esta Cámara, donde para sorpresa de las asociaciones de víctimas se ha encontrado con este inesperado obstáculo que estoy convencido de que podremos superar, incluso
con la colaboración del grupo que presenta la enmienda, si finalmente recapacita y la retira. Entre tanto las asociaciones que han comunicado su adhesión al nuevo sistema de evaluación de daños han sido innumerables. No canso a sus señorías, pero
por mencionar algunas son: la Federación Española de Daño Cerebral, la Asociación de Lesionados Medulares, la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico, Stop Accidentes, y todos aquellos que se han distinguido por su trabajo a favor de la
seguridad vial, aunque tampoco nos han faltado las observaciones del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad, el Cermi, o de la Fiscalía de Sala Coordinadora de Seguridad Vial.


Si este proyecto ha concitado tan alto grado de acuerdo ha sido porque obedece a una necesidad real, a una necesidad sentida por la sociedad. Hasta ahora ha habido en España una disparidad enorme en las cuantías indemnizatorias respecto a
las que son habituales en otros países de nuestro entorno. Se hacía urgente por lo tanto actualizar el baremo que las regula buscando un justo resarcimiento de los perjuicios producidos a las víctimas de un accidente de tráfico y a sus familias.
Debemos ser conscientes de que con el sistema vigente el principio de reparación íntegra de daños y perjuicios no es efectivo en toda su dimensión, provocando en ocasiones situaciones injustas y dramáticas, con una pérdida añadida de calidad de
vida. Era un deber de todos los poderes públicos y en particular del legislador, además de reivindicar a las víctimas, hallar una fórmula que garantice el cumplimiento de un principio tan relevante. De ahí la trascendencia de una interpretación
uniforme de las reglas de juego que doten de certidumbre al perjudicado, y también a la contraparte, a las entidades aseguradoras en cuanto a la viabilidad de sus pretensiones.


Podríamos decir -recapitulando- que el objetivo del proyecto es cuádruple. En primer lugar, se trata de incrementar la protección a las víctimas mediante una indemnización suficiente. En segundo lugar, progresar en el tratamiento
resarcitario de los perjudicados por los accidentes de tráfico. En tercer lugar, establecer un sistema indemnizatorio activo, actualizado, y adaptado a la realidad, y por último, también buscamos -y es un objetivo deseable- agilizar la justicia
como efecto de esa mayor certidumbre, del impulso de la mediación, y el establecimiento de un procedimiento para impulsar la resolución extrajudicial de las reclamaciones de los perjudicados. Hemos optado para ello por reformar el texto refundido
de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, incorporando a ella el nuevo sistema, y evitando por lo tanto una nueva dispersión normativa en
esta materia. La reparación íntegra del daño y su reparación vertebrada constituyen dos de los principios fundamentales del nuevo sistema. El primero tiene por finalidad asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos. El segundo
principio, el de vertebración, requiere que se valoren por separado los daños patrimoniales y los no patrimoniales. La objetivación en esa valoración del daño supone que se indemniza conforme a reglas y límites establecidos en el sistema. Por lo
tanto no pueden fijarse indemnizaciones por componentes o por importes distintos de los ya previstos.



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Por cierto que resulta curiosa la acusación que la enmienda hace al proyecto de no responder a un sistema de responsabilidad objetiva por el hecho circulatorio, y de invertir la carga de la prueba en la demostración de la culpa. Señorías,
no acabo de entenderlo, porque no hay diferencia alguna entre el artículo 1 del proyecto de ley y el vigente. Responsabilidad objetiva es obviamente la que prescinde del elemento subjetivo, la culpa, que dicho artículo 1 nunca ha exigido. Es solo
una de tantas afirmaciones erróneas.


Las reglas para la valoración del daño corporal distinguen entre indemnizaciones por causa de muerte, por secuelas, y por lesiones temporales, y cada uno de esos capítulos especifica con claridad los perjuicios personales básicos, los
particulares, atendiendo a la situación personal, familiar, social y económica, y también los daños patrimoniales en su doble vertiente de daño emergente y de lucro cesante. No es cierto, como apunta la enmienda, que no se indemnice el daño moral
por fallecimiento y tampoco que haya problemas de constitucionalidad en relación con el examen médico de la víctima, pues no supone en absoluto ninguna sanción para esta, ni se requiere para cuantificar el daño. Las indemnizaciones por
fallecimiento incrementan un 50 % su cuantía y las de los lesionados un 12,8 %. El conjunto de los lesionados que sufren alguna secuela de carácter permanente experimentan una mejoría en términos medios del 35 %, y los perjudicados con lesiones
solamente temporales, por lo tanto sin secuelas, una pequeña reducción en conjunto del 2 %. Permítanme que les ponga simplemente dos ejemplos muy concretos: el primero sería el del fallecimiento de un padre de familia de cuarenta años, con
ingresos netos de 38.000 euros, que dejase una viuda de treinta años y tres hijos de doce, seis y tres años. En este caso la indemnización se duplica respecto al sistema actual, pasando de 335.000 euros a 670.000. El segundo caso podría ser el de
una médico, con una renta superior a 60.000 euros anuales, que sufre la amputación de una pierna; hasta ahora la indemnización máxima por esta circunstancia era de 350.000 euros, mientras que con el nuevo baremo sería de hasta un máximo de 750.000
euros, porque incluiría elementos tales como el lucro cesante o los futuros gastos sanitarios.


Otras de las ventajas sociales en este proyecto son: el derecho a la indemnización de las personas que desempeñan tareas del hogar, la protección reforzada a los menores, la revisión de las cuantías conforme al índice de revalorización de
las pensiones y la creación de una comisión de seguimiento de la que formarán parte las asociaciones de víctimas y las entidades aseguradoras. No quiero obviar sino, al contrario, reivindicar abiertamente el efecto beneficioso que el nuevo sistema
tendrá también para la agilización de la justicia e incluso me atrevo a decir que para el sostenimiento de la sanidad pública. Hasta ahora muchos perjudicados por lesiones de escasa entidad se veían obligados a acudir a la vía penal simplemente
para obtener un informe forense. Con la despenalización de esta clase de lesiones se evitarán muchos procesos en los que la única cuestión en litigio, como digo, es la cuantificación de una indemnización, pero es necesario a la vez evitar que esas
reclamaciones se transfieran sin más a la vía civil. Para ello se fomenta un mecanismo de resolución extrajudicial previa a la interposición de la demanda que permita al interesado seguir sirviéndose de los informes de los médicos forenses como
medio de prueba, con la novedad de que los institutos de medicina legal podrán llevar a cabo esta pericia bajo un precio público. Les decía también que este procedimiento contribuirá a reducir la sobrecarga de trabajo de los tribunales,
especialmente en el orden civil, resolviendo muchos asuntos que hoy en día se tramitan como juicios de faltas para la reclamación de daños personales. De los 800.000 juicios de faltas que cada año se tramitan en España, cerca de 200.000 tienen que
ver con daños personales por accidentes de tráfico, los cuales en su mayoría se relacionan con lesiones muy leves o levísimas. Mencionaba también que el sistema sanitario público va a tener un claro ahorro presupuestario. Existen beneficios para
la sanidad pública que se derivan de los nuevos perjuicios a resarcir, como los gastos médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves, que se cifran, según las memorias estimadas, en
torno a 100 millones de euros, que se indemnizarán por parte de las compañías a los servicios de salud de las comunidades autónomas. De esta forma se desarrolla el concepto de gastos previsibles de asistencia sanitaria futura, que se compensan con
el valor económico de las prestaciones sanitarias en el ámbito hospitalario y ambulatorio que pueda precisar el lesionado una vez que se produzca la estabilización de sus secuelas.


Señorías, por ser breve y terminar, creo que todas estas y alguna más que no he mencionado son razones más que suficientes para poner en valor este proyecto y, por lo tanto, rechazar la enmienda presentada. Si alguien ha creído que con esta
enmienda se estaba oponiendo al Gobierno, les aseguro que se equivoca. Con quien se está distanciando, con quien se está indisponiendo es con la sociedad española y con las víctimas de los accidentes de tráfico. Son ellas quienes, durante cuatro
años, han



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trabajado y luchado para que sus intereses encontraran la protección de un Estado social y democrático de derecho que merecen como todos los ciudadanos, pero ellos muy en particular. Creo que nuestra responsabilidad es escucharles y dejar
que la ley prosiga su tramitación, de la manera más ágil y célere posible, hasta su inmediata entrada en vigor; que la unanimidad que en la sociedad se ha producido en torno a este tema no encuentre en esta Cámara por toda respuesta la división de
aquellos que tenemos la obligación de representar fielmente los intereses del conjunto de los ciudadanos.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor ministro.


Efectivamente, a este proyecto de ley se ha presentado una enmienda a la totalidad por el Grupo de La Izquierda Plural.


Para su presentación y defensa tiene la palabra la señora García Álvarez.


La señora GARCÍA ÁLVAREZ: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, entiendo perfectamente que suba a esta tribuna un tanto, digamos, cabreado porque tenga usted una enmienda a la totalidad para esta ley. Efectivamente, como cualquier enmienda a la totalidad, lo que intenta precisamente es
que se mejore el texto que se trae a esta Cámara. Señor ministro, habrá seguramente -y no le voy a cuestionar- cantidad de asociaciones que le hayan hecho llegar a usted su conformidad con el texto, pero también le podemos decir que hay
asociaciones que nos han hecho llegar su disconformidad con el mismo en los términos de la enmienda a la totalidad que le presentamos.


Señorías, como ustedes ya saben, el texto actual ya tiene veinte años de antigüedad y el proceso que ha traído el texto que hoy se presenta ante la Cámara ha recorrido también un largo camino. En mayo de 2010, las asociaciones de víctimas
plantearon, ante el baremo que se estaba gestando, unas exigencias mínimas e irrenunciables; exigencias que se han ido diluyendo sin pena ni gloria ni explicaciones convincentes. Una de ellas era que nadie, por pequeña que fuera su lesión, debía
dejar de ser resarcido, y ahora nos encontramos con un baremo que reduce secuelas y pone condiciones casi imposibles para acreditar otras. Con la excusa de la existencia de un incierto nivel de fraude, se va a producir el efecto de reducir el
número de personas indemnizadas que ciertamente han sufrido daños. Señorías, señor ministro, todos debemos actuar como aliados naturales del sector asegurador en la lucha contra el fraude; no queremos defraudadores, y las asociaciones de víctimas
han puesto de manifiesto su voluntad de colaborar para eliminarlos, pero la lucha contra el fraude no puede convertirse en la eliminación de justas indemnizaciones para todas las víctimas y sus familias. No se puede argüir el fraude como motivo
para sospechar de todas las víctimas inocentes que son el 95 % del total y acabar recortando derechos indemnizatorios.


Señorías, hemos presentado esta enmienda de devolución al Gobierno porque nos encontramos ante un texto que empeorará los derechos de los 250.000 ciudadanos que tienen heridas leves y graves cada año. No dudamos que el texto trata de
mejorar la situación indemnizatoria de las graves invalidantes y los fallecidos, pero estas, afortunadamente -insistimos, afortunadamente-, suponen menos del 1 % del total. Las asociaciones de víctimas han defendido el principio de personalización
y, finalmente, el proyecto hace prevalecer el de objetivación, lo que dificulta a las víctimas ser indemnizadas plena e individualmente. La garantía de justicia es la libertad de juzgar por parte de los jueces, cosa que con el texto del Gobierno se
limita, a nuestro entender, gravemente. Es un baremo muy complicado de entender y, por lo tanto, malo para los ciudadanos, especialmente para los más vulnerables, que quedan a los pies de los caballos. Pero, además, esta medida se da en un
contexto muy concreto y que usted como ministro conoce perfectamente: La despenalización de las faltas; la de facto inexistente justicia gratuita para quienes tienen menos recursos y son víctimas de un accidente; la reforma del Código Penal en
materia de tráfico, que deja sin la protección del Estado, de por sí muy deficiente y contaminada, a las víctimas y familias que ya tienen que enfrentarse en procesos civiles. Es la lucha de David contra Goliat, solo que en este caso a David le
falla en muchas más de las ocasiones pertinentes la honda, porque luchar contra las aseguradoras y todo su engranaje judicial y mediático es más que difícil, más que complicado. Este Código Penal hace que la grandísima mayoría que hasta ahora era
victima de delitos -se estima que en un 97 % del total de 250.000 casos de tráfico al año- ya no lo sea, porque pierden derechos como es el de atención en las oficinas de atención a víctimas del delito, atestados, informes periciales, judiciales, la
modificación de los plazos de prescripción, que las víctimas tengan que pagar de su indemnización a los profesionales que avalan sus lesiones y reclaman sus derechos. Nos encontramos ante la privatización de la justicia, donde



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el más fuerte hará y deshará a su antojo con muchos medios y sin prisas para solucionar los conflictos. Ponemos al zorro, señor ministro, a cuidar el gallinero.


Finalmente, no están protegidos por el Estatuto de la víctima del delito. En resumen, nos encontramos ante una estrategia que durante esta legislatura ha preparado un expolio de derechos para hacer que entre todos paguemos lo que
corresponde al seguro. Los grandes discapacitados mejoran, pero aun así, a nuestro entender, están maltratados, porque el seguro cubre 70 millones de euros y raro o imposible será que en los casos más graves el total a percibir sobrepase el 5 % de
ese límite. Tampoco existe ninguna garantía que asegure que ese dinero que se recibe para tercera persona, rehabilitación o ayudas técnicas en un solo pago anticipado para toda la vida, se dedique a eso y no sea la Administración quien al final
tenga que hacerse cargo de esas prestaciones por haber gestionado mal o agotado la indemnización. Señorías, en este caso nos encontramos ante un proyecto que no garantiza que una persona reciba una pensión suficiente a lo largo de su vida si queda
incapacitada para trabajar cuando existe el límite de 70 millones de euros, que debería usarse para eso. Flaco favor se hace a los graves lesionados no garantizando la integridad de sus necesidades y pérdidas a lo largo del tiempo. En algunos
casos, mirando el enrevesado articulado, vemos que pagamos todos con cargo a las arcas públicas lo que debe pagar el causante del accidente y su aseguradora. Se privatiza el beneficio y se socializan las pérdidas. La aseguradora se beneficia
alegando erróneamente enriquecimiento injusto de las cuotas que ha pagado la víctima a la Seguridad Social para estar asegurado y para percibir una pensión de discapacidad, viudedad u orfandad. Se minusvalora a quienes desarrollan su trabajo
cuidando a la familia y se les trata indignamente, asignando un valor a ese trabajo de 650 euros mensuales para calcular las indemnizaciones a percibir. Se obliga al perjudicado -cuestión de dudoso encaje con derechos constitucionales- a poner su
cuerpo a disposición de un médico de la compañía -insisto, de la compañía- con la que no se tiene ningún vínculo contractual, como sucede con un contrato de seguro de accidentes de vida o donde esa obligación se acepta explícitamente por el
asegurado. Aquí no son asegurados, son perjudicados y, además, cuando existen servicios médicos públicos con profesionales plenamente capacitados y, evidentemente, mucho más independientes y difíciles de condicionar que los médicos de parte. A los
familiares de fallecidos se les incluye a todos en el mismo saco y no se garantiza que el núcleo familiar de convivencia y dependencia -el que directamente paga las mayores y graves consecuencias afectivas, morales, sociales, familiares y económicas
del fallecimiento- reciba lo necesario durante el tiempo suficiente. Se pretende dar café para todos atendiendo al principio de objetivación, cuando debe primar, insistimos, la personalización.


En definitiva, señorías, este proyecto dejará a miles de víctimas sin reclamar lo que les corresponde por las dificultades y coacciones que van a encontrar. Hace pocas fechas, publicaba un periódico poco sospechoso de proximidad a las
posiciones ideológicas de mi grupo parlamentario, La Razón, algún ejemplo concreto de todas estas cuestiones. En el caso del llamado latigazo cervical, de molestas y permanentes consecuencias por los vértigos y dolores de cabeza prolongados en el
tiempo, la indemnización bajará de 10.686 euros a 4.447. En el caso de la incapacidad permanente parcial o limitación para desarrollar completamente actividades que la víctima desarrollaba antes del accidente, se pierde cualquier tipo de
indemnización cuando esta ahora asciende a 19.172 euros. Señorías, la disminución de los accidentes de tráfico y la disminución progresiva del número de fallecidos y lesionados graves, algo por lo cual nos debemos todos felicitar, enmarca un nuevo
panorama en el que las compañías aseguradoras tendrán importantes ahorros sobre las indemnizaciones que ahora se ven obligadas a satisfacer y con ello a incrementar considerablemente sus beneficios. El sector del seguro plantea, muy
inteligentemente, este nuevo baremo: subir indemnizaciones a lo que disminuirá más rápidamente y recortar o quitar a los 200.000 leves, que evolucionarán también a la baja, pero mucho más -desgraciadamente- lentamente. Solo en gastos de
tramitación de expedientes que no se abrirán o que no se pagarán porque las víctimas desistirán, es una cantidad muy importante, y si añadimos que cuando se pague, se pagará mucho menos, las cuentas salen redondas.


Señorías, pensamos que es muy importante que el Pleno de la Cámara se tome la molestia de debatir sobre este proyecto de ley. Algo tan importante para 300.000 ciudadanos víctimas directas anuales y muchos más que también padecen las
consecuencias. Mi grupo parlamentario no ha querido que este texto pasase sin pena ni gloria a ser tratado directamente en Comisión, porque merece ser objeto de debate en Pleno. Hemos tenido presiones por parte de algunas entidades para que
retiráramos esta enmienda a la totalidad -e incluso de usted ahora mismo, señor ministro-, arguyendo el posible retraso que podía suponer para su aprobación en la legislatura. No obstante, hemos preferido mantenerla porque estas prisas no son
buenas. La excusa de la urgencia no puede dar por buenas cosas que merecen un



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gran debate y reflexión. A unos gustará más y a otros menos; saldrá con cambios o no saldrá en esta legislatura, pero merece más atención antes de que entre en vigor; merece un ejercicio de responsabilidad, de participación y reflexión
política. Opinamos que si este proyecto de baremo sale adelante así, se está perjudicando a las arcas públicas y despojando de derechos a las miles de víctimas de accidentes y a sus familias. No quiero terminar sin mencionar que también en este
sector han funcionado, y pueden seguir funcionando, puertas giratorias que llevan desde el sector público al privado con excesiva facilidad. Por todo ello, hemos planteado esta enmienda a la totalidad que aunque seguramente no vaya a prosperar, al
menos ha servido para poner de relieve los graves problemas para un gran número de ciudadanos que también comporta este proyecto del Gobierno.


Muchas gracias, señorías.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Muchísimas gracias, señora García Álvarez.


En el turno de fijación de posiciones, en primer lugar, por el Grupo Parlamentario Vasco, PNV, señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señora presidenta.


Me voy a referir a la portavoz del grupo enmendante, La Izquierda Plural. El señor Jané y yo tenemos una característica que nos une, bueno varias, pero una muy en particular: ambos hemos sido presidentes de la Comisión de Seguridad Vial y
ambos conocemos cómo está vertebrado el sector. Conocemos quiénes son los interlocutores relevantes y los representativos en el sector y le puedo asegurar que, por lo que yo sé -no sé si me desmentirá después el señor Jané- el sector no mantiene
una posición tan crítica como la que usted ha defendido en este momento en relación con este proyecto de ley, sino todo lo contrario, si me permite la expresión. Yo podría aceptar algunas de sus reflexiones, las de naturaleza formal, no las de
naturaleza material. ¿Se han omitido algunos de los informes preceptivos? ¿Quizás el relativo al informe del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible? Sí, se ha omitido y debería concurrir. No existe una memoria
económica, señor ministro. Una memoria económica forma parte casi de los requerimientos de un proyecto de ley que debe ser debatido con la totalidad por la indemnidad de sus requerimientos en relación con este proyecto de ley. Pues no existe una
memoria económica, tiene razón. ¿Justifican estas carencias o ausencias la presentación de una enmienda a la totalidad por razones materiales más que formales? Probablemente no. En nuestra opinión, no. Además, en relación con sus reflexiones, yo
tengo que discrepar. Con amabilidad, también; no es cuestión de articular aquí un debate agrio sobre estas cuestiones. Mire, la ley no solo no establece, sino que ni siquiera insinúa el establecimiento de un sistema de responsabilidad objetiva.
Si en el ámbito del tráfico fuera un sistema de responsabilidad objetiva el que se implantara, a los conductores más nos valdría no salir a la calle a conducir, por razones que no tengo que explicitarle, me imagino que sabrá usted cuáles son las
consecuencias dimanantes de un sistema de responsabilidad objetiva. El sistema que se establece es el contrario: un sistema de responsabilidad extracontractual, el previsto en el artículo 1902 del Código Civil y que requiere actuaciones que deben
ser objeto de consideración a efectos de delimitación de responsabilidades, del baremo y de las indemnizaciones que resulten pertinentes. Este es el sistema de la ley, pero no puede ser un sistema de responsabilidad objetiva, como se aclara, sobre
todo en un ámbito donde concurren en tensión dos derechos: el de la víctima de un siniestro y el de la entidad aseguradora o el del autor del siniestro, que entran necesariamente en colisión, colisión imperfecta. Es difícil encontrar puntos
virtuosos de equilibrio en relación con este tipo de cuestión. Aquí nos encontramos con el problema de lo que ocurre cuando la víctima de un siniestro no cumple con lo requerido por el ordenamiento en materia de seguridad vial; por ejemplo, no va
con el cinturón puesto, no lleva el casco obligatorio o las medidas de protección obligatorias u otras carencias que pueden establecer un sistema de distribución de responsabilidades entre el autor del siniestro y la víctima del mismo. Esto se
tiene que identificar desde una perspectiva donde la casuística es muy complicada. Hay miles de casos, pero tiene que ser de naturaleza judicial o bien mediante lo que usted ha definido correctamente como posición dominante de las compañías de
seguros en virtud de los acuerdos suscritos entre ellas, que muchas veces no son conocidos. Ahí tiene usted toda la razón, las compañías de seguros tienen una posición dominante en este sector, ha sido siempre así, y este proyecto de ley debería
ser un instrumento para intentar corregir esta posición dominante de las compañías de seguros, pero no ha existido suficiente coraje o suficiente valor para asumir esta cuestión. Aquí nos encontramos con un dilema muy complejo de resolver sobre el
que ustedes en su enmienda no hacen ni siquiera aproximaciones empíricas, y es cómo solucionar el problema entre el autor del siniestro y la víctima que ha incumplido -como se decía otrora en el ámbito del derecho



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penal y del derecho administrativo punitivo, incumplimiento de reglamentos-, y en la ley se resuelve de forma mucho más pertinente y coherente que en las previsiones de su enmienda de totalidad.


Hay otras cuestiones en su enmienda de totalidad donde creo, con toda honestidad y con el cariño que sabe que le profeso, que se les ha ido la mano. ¿Cómo pueden hacer invocaciones de inconstitucionalidad citando nada menos que una posible
inconstitucionalidad por contravención del artículo 15 de la Constitución española? Estamos hablando de un derecho fundamental que es el relativo a los daños morales, a los perjuicios causados a personas por accidentes de circulación en relación
con los daños morales que determinan mediante una especie de omnicomprensión de cuáles son estos daños morales. Los daños morales tenemos que intentar pautarlos e identificarlos con cierta prudencia. El daño moral es un concepto casi metafísico,
el daño moral es infinito en su dimensión, pero no puede ser infinito también normativamente, y ustedes tienen que tener un elemento de ponderación en relación con cuáles son los daños morales que meritan la aplicación de baremos indemnizatorios por
compañías de seguros o por quien resulte autor de un siniestro. Lesiones temporales, perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados, todas estas secuelas, perjuicios estéticos, toda esta miscelánea de daños
morales que ustedes plantean, pero con cláusulas abiertas, donde el daño moral es casi omnicomprensivo, impediría un sistema de seguro razonable y financieramente sostenible en un país donde son las compañías de seguros al final las que tienen que
intentar compensar los daños producidos en el ámbito de la seguridad vial, en el ámbito de las vías, en virtud de los accidentes.


Desprotección de la infancia y de la juventud, contravención del artículo 39.4 de la Constitución española. Ya hay medidas en el propio proyecto de ley que establecen mecanismos de prevención de la seguridad de la infancia y la juventud,
entre otros algunos muy perentorios y que van mucho más allá de lo que se prevé en el derecho comparado en materia de protección por el uso de cascos y otros elementos de aseguramiento e incluso en bicicletas, ciclomotores, vehículos de motor,
etcétera. El principio de indemnidad en tela de juicio, dicen ustedes, ¿por qué?, ¿por qué está el principio de indemnidad en tela de juicio si al final se puede acabar reclamando o invocando la tutela judicial efectiva si esa posición dominante
de las compañías de seguros no resulta satisfactoria, a pesar de que la mayoría del sector considera que el elemento de baremación que se establece resulta satisfactorio? Tiene usted razón, igual en cuanto a las víctimas leves se podría mejorar
notablemente, pero tampoco las víctimas leves a través de las organizaciones de interlocución nos han manifestado particular renuencia o reserva respecto al contenido del baremo previsto en este proyecto de ley.


Le tengo que decir que yerran con cierta gravedad cuando establecen o intentan imponer a las compañías de seguros que afronten requerimientos que pertenecen al sistema público de pensiones. Si usted lo que nos está pidiendo es que en las
pensiones de orfandad o de viudedad, las denominadas pensiones de supervivencia -que en nuestra opinión y en la de otros muchos portavoces de este Congreso son pensiones contributivas-, deben ser las compañías de seguros las que, mediante una
abdicación del sistema público de pensiones de su abono, se subroguen en el sistema público de pensiones contraviniendo el contenido esencial del artículo 41 de la Constitución, que establece que este tipo de pensiones deben ser sufragadas por la
Tesorería de la Seguridad Social, por las entidades gestoras de la Seguridad Social, yo creo que ustedes se están equivocando gravemente. Pero no solo se están equivocando gravemente, sino que están vulnerando la propia filosofía subyacente en un
sistema de pensiones de naturaleza contributiva que entre todos hemos contribuido, valga la redundancia, a construir.


Podríamos seguir hablando de algunas de las reflexiones más valorativas y más argumentativas que han realizado: falta de equidad, posición dominante de las compañías de seguros, evidentemente, y otras, pero algunas de las previsiones y de
los argumentos que usted ha utilizado para defender la enmienda de totalidad que ha presentado, en primer lugar, no están avaladas por el sector que vertebra el mundo de la seguridad vial; en segundo lugar, no están avaladas por el ordenamiento
jurídico constitucional, a pesar de las invocaciones respecto a la inconstitucionalidad de este proyecto de ley en los aspectos que le he comentado, y, por último, tampoco están avaladas por principios que hacen referencia nada menos que a la
configuración de un sistema público de pensiones que ustedes -paradójicamente, ustedes- están intentando privatizar.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Calduch.



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El señor CALDUCH CERVERA: Señora presidenta, señorías, el proyecto de ley cuya enmienda a la totalidad estamos debatiendo posee una trascendental importancia humana, social y económica para nuestro país. De acuerdo con los datos de la
Dirección General de Tráfico, en 2013 el parque de vehículos a motor de todo tipo en nuestro país alcanzó la cifra de 30.916.000. En ese mismo año, el número de accidentes de tráfico con víctimas ascendió a 89.519, con un resultado de 1.680 muertos
y 124.720 heridos graves y leves. Estamos, por tanto, abordando una reforma legal que va a afectar directamente a la economía de millares de familias y a las condiciones de recuperación personal y/o compensación de centenares de miles de
conciudadanos. No se trata, por tanto, de una reforma legal de trámite y tampoco puede ser valorada, aunque posea un inevitable carácter técnico, con criterios exclusivamente estadísticos o económicos. De lo que se trata es de cómo podemos mejorar
la vida de la sociedad española que diariamente debe asumir los riesgos derivados del creciente tráfico circulatorio, estableciendo un sistema eficaz, ágil y justo de aseguramiento y, llegado el caso, de ayuda en la recuperación, así como de
mitigación de los efectos de toda índole que sufren las víctimas de accidentes de circulación y sus familiares. Desde esta perspectiva, el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia comparte algunas de las omisiones que se señalan o de las
insuficiencias que se han manifestado por el Grupo de La Izquierda Plural en su escrito de enmienda a la totalidad. Efectivamente, este proyecto de ley es manifiestamente mejorable y creemos que puede ser mejorado en su tramitación, pero contiene
en su redacción apreciables avances sobre la regulación actual de la valoración de daños y perjuicios causados a las personas por accidentes de circulación. No lo decimos nosotros, lo han manifestado las propias asociaciones de afectados como la
Federación Española de Daño Cerebral, la Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos, la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico y Stop Accidentes, por citar solo algunas de ellas con las que nos hemos reunido.
Entre esas mejoras que pueden realizarse se puede citar el propio hecho de la actualización de la ley, la revisión al alza del baremo médico de secuelas, la resolución rápida de los conflictos mediante la potenciación de los acuerdos
extrajudiciales, la racionalización del método de cálculo del lucro cesante, la reparación del gran lesionado con la inclusión de partidas de gastos asistenciales futuros y la inclusión del resarcimiento de daños morales.


También preocupa a nuestro grupo parlamentario un importante aspecto que por la naturaleza de este proyecto de ley no se ha incluido, pero que estimamos que puede provocar un serio perjuicio económico general si no se establece una
regulación rigurosa y específica. Se trata del impacto que la entrada en vigor en su día de esta ley podría tener en la cuantía de las pólizas del seguro obligatorio de vehículos. Es evidente que un incremento de la responsabilidad indemnizatoria
de las compañías de seguro tratará de ser repercutida sobre los tomadores del seguro obligatorio y que ello puede prestarse a abusos por las grandes compañías aseguradoras porque, como ya se ha señalado, ejercen una posición dominante. Si no se
establecen unos criterios legales y técnicos que limiten su discrecionalidad en la fijación del precio de las pólizas, mucho nos tememos que esa posición dominante terminará convirtiéndose en abuso de posición dominante, algo que, como saben
ustedes, la legislación europea persigue especialmente. Semejante laguna legal podía tener efectos económicos y sociales devastadores sobre las economías familiares en una época en la que la crisis ha provocado, por un lado, un inevitable
envejecimiento del parque móvil de nuestro país y, al mismo tiempo, un aumento apreciable de las pólizas con seguro obligatorio frente a las de seguro a todo riesgo, que es obvio que han caído espectacularmente. Consideramos que esta es una
cuestión cuya regulación debería incorporarse a este proyecto de ley durante la tramitación en esta Cámara. Creemos que en esta ocasión se hace cierto el refrán que afirma que lo mejor es enemigo de lo bueno. Nuestro grupo considera que debemos
lograr que lo bueno sea aún mejor mediante una tramitación de este proyecto de ley. Por todo lo expuesto, nuestro grupo se opondrá a la enmienda a la totalidad con la intención de sacar adelante una ley notablemente mejorada respecto del proyecto
presentado.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Calduch.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Gracias, señora presidenta.


Señorías, debatimos hoy en el Pleno de la Cámara un proyecto de ley que llega con retraso, con mucho retraso. Hace ya más de cuatro años que se empezó a trabajar con un grupo de expertos, y lo que anhela Convergència i Unió es que este
proyecto de ley se apruebe con prontitud. Por tanto, votaremos en contra de la enmienda a la totalidad de devolución. La enmienda ha generado un debate en el Pleno -siempre es



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necesario-, pero pide que se devuelva el proyecto de ley al Gobierno. Nosotros estamos a favor de que se tramite, y con prontitud, este proyecto de ley largamente esperado. El señor Olabarría, que presidió la pasada legislatura la Comisión
de Seguridad Vial, lo decía, y era un tema recurrente el baremo de los accidentes de tráfico. Cuando yo la presidí en la Legislatura 2004-2008 también era un tema recurrente. Ahora, cuando el señor Macias -que también nos acompaña en el debate-,
preside la Comisión de Seguridad Vial, es un tema recurrentemente pedido: es necesario este nuevo baremo. El anterior tiene más de veinte años, ha quedado anticuado. Nos los piden los afectados, y nosotros desde Convergència i Unió les damos
apoyo porque no podemos dudar de ninguna forma de lo que nos solicita Aesleme y su portavoz, doña Mar Cogollos. No podemos dudar -ni dudamos- de lo que nos pide PAT (Prevención de Accidentes de Tráfico) y su representante la señora Eugenia
Doménech. No podemos dudar de Fedace, de Predif, de Aspaym, del Cermi. El Cermi nos hace algunas aportaciones terminológicas que recogeremos, pero también nos pide que con prontitud se apruebe ya el nuevo baremo, puesto que cada día que pasa es un
día menos que tenemos para que entre en vigor este proyecto de ley tan esperado. Por tanto, seguro que se puede mejorar como todas las normas, pero esta viene de un equilibrio previo. También están Unespa -el sector de los seguros-, las víctimas,
los afectados, la fiscalía -ha intervenido don Bartolomé Vargas, quiero poner en valor porque es una persona muy implicada en todos los temas que afectan a la seguridad vial-; todo ello ha ido de la mano de quien coordinó el grupo de trabajo, el
catedrático Miquel Martín Casals, y del grupo de expertos que se han implicado en tejer complicidades y ese equilibrio.


Hay muchos aspectos defendidos por el grupo enmendante que desde Convergència i Unió comprendemos, pero si se aceptan alterarían el equilibrio y no tendríamos el resultado final de un baremo de consenso que pueda ser aprobado en esta Cámara
y en esta legislatura. Por tanto, vamos a rechazar la enmienda de devolución. Estamos a favor de que se tramite con prontitud este proyecto de ley. Pedimos al Grupo Parlamentario Popular -está presente una de sus portavoces adjuntas- que no firme
más prórrogas de enmiendas al articulado a este proyecto de ley, porque si vamos ampliando el plazo de enmiendas al articulado, acabaremos con un atasco legislativo que va a impedir que esta futura ley esté en el 'Boletín Oficial del Estado' y en
vigor cuanto antes.


Pedimos prontitud, con trámite no acelerado que permita estudiar las enmiendas que se puedan presentar. Ya señalo que desde Convergència i Unió van a ser las enmiendas que nos pidan desde el consenso quienes nos solicitaron impulsar con
prontitud este proyecto de ley. Por tanto, no les vamos a traicionar y no vamos a caer en la tentación -que existe- de mejorar determinadas indemnizaciones, aunque sabemos que sería muy legítimo hacerlo, pero que provocaría que el proyecto de ley
no tuviera el consenso necesario para ser aprobado.


Ha entrado ahora en el Pleno el señor Martínez-Pujalte, quien sabe muy bien que en la Comisión de Economía, en la que es portavoz, se aprobó a finales de diciembre una proposición no de ley conjunta, que firmó el Grupo Socialista, el Grupo
Vasco y el Grupo Catalán de Convèrgencia i Unió, en la que se pedía al Gobierno que con prontitud presentara el proyecto de ley. El Gobierno lo ha hecho con tardanza, pero finalmente lo ha presentado. Desde Convergència i Unió le pedimos que
cuanto antes tengamos las enmiendas al articulado de todos los grupos -el nuestro ya las tiene preparadas-, que cuanto antes se pueda reunir la ponencia en la Comisión de Economía se llegue a un acuerdo. Nos hubiera gustado que fuera a la Comisión
de Justicia, pero está muy cargada de trabajo con muchos proyectos de ley. Pedimos que finalice pronto el plazo para que tengamos más tiempo para discutir las enmiendas, porque si no nos encontraremos con que, al final, el plazo supondrá
apresuramiento y no permitirá debatir todas las enmiendas que se presenten al articulado y ver hasta qué punto son de consenso y nos puedan aportar una mejora en la tramitación de este proyecto de ley.


Señor ministro, señorías, manifestamos el apoyo absoluto de Convergència i Unió a este proyecto de ley, rechazo a la devolución que nos pide el grupo de La Izquierda Plural y apelación al consenso en su generación. Esperamos que sea un
consenso que se pueda predicar a lo largo de su tramitación parlamentaria.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Muchas gracias, señor Jané.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Corcuera.


El señor CORCUERA PLAZA: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, señorías, nadie es más consciente de la importancia de la ley que hoy debatimos que el Grupo Socialista, como tampoco ningún grupo parlamentario ha impulsado más iniciativas para hacer



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efectiva la reforma del baremo. Bastan los hechos como prueba. Fue un Gobierno socialista quien creó e impulsó en 2010 una comisión de expertos con el cometido de elaborar propuestas para la reforma del sistema de valoración. Son
numerosas las iniciativas impulsadas por el Grupo Socialista para instar a la reforma de esta ley: peticiones de comparecencias, proposiciones no de ley e incluso propuestas de resolución en el debate sobre el estado de la Nación. Déjenme que les
recuerde algunas de ellas.


Hace casi cuatro años, en septiembre de 2011, finalizábamos la legislatura en la Comisión sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico debatiendo una proposición no de ley de mi grupo para que, con independencia del final de la
legislatura o del cambio de Gobierno, se culminaran los trabajos en marcha para la reforma del baremo y se aprobara uno nuevo. Ya iniciada la actual legislatura, en la primera sesión de la nueva Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible,
la primera PNL que mi grupo sometía a debate instaba de nuevo al Gobierno a modificar el sistema de valoración de daños en accidentes de tráfico, una vez vistas las conclusiones elaboradas por el grupo de trabajo. Eso hasta el día de hoy, señorías.
Finalmente, el proyecto entró en esta Cámara para su tramitación hace unas semanas y ahora hemos de decidir si pedimos al Gobierno que lo retire y presente uno nuevo, atendiendo a los argumentos que nos planteaba La Izquierda Plural, lo que
supondría -ya se ha dicho- aplazar su aprobación sine die e iniciar un nuevo proceso con todo lo que ello supone, o seguir su tramitación y mejorarlo con enmiendas parciales. La pregunta que cabe hacerse entonces es: ¿El sistema que se propone
mejora la situación actual? ¿Es justificable su devolución? Desde nuestro punto de vista, si bien contiene algunos desequilibrios que debemos corregir, es evidente que mejora en muchos aspectos el actual baremo, que ha quedado obsoleto, como se ha
dicho. Les recuerdo que su creación data de 1995 y que durante todo este tiempo las indemnizaciones prácticamente no han sido actualizadas. Si hacemos una comparativa con el resto de países de Europa, las indemnizaciones a muertos y lesionados
graves son más altas que en España, a pesar de que las primas de los seguros son aproximadamente las mismas, algo que corrige la propuesta de reforma. Este sistema, conocido como baremo, ha sido durante años objeto de continuas interpretaciones
doctrinales y jurisprudenciales a causa de la falta de vertebración del daño en el sistema, de la insuficiencia de determinadas partidas resarcitorias y del desfase de algunas de sus reglas y criterios por el paso del tiempo, algo que el proyecto
también viene a subsanar.


En este sentido, la propuesta de baremo introduce claras mejoras con respecto al baremo vigente. Son mejoras tanto desde el punto de vista técnico -principalmente adaptación del sistema a los principios de indemnidad e incorporación de un
sistema objetivo de indemnizaciones por lucro cesante- como por el incremento significativo de las indemnizaciones en caso de fallecimiento y grandes lesionados. La propuesta que se plantea recoge además las conclusiones del grupo de trabajo que
desde hace años debate la reforma. En 2010 el Gobierno constituyó en la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones una comisión de expertos con el cometido de elaborar propuestas para la reforma del sistema de valoración. Entre los
objetivos con los que se constituyó la comisión estaba afrontar la reforma, inspirándose y respetando los principios básicos de la indemnización del daño corporal -básicamente el de integridad de la reparación, para situar a la víctima en una
posición lo más parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente- y el de integración -consistente en la necesidad de separar la valoración de los daños extrapatrimoniales de la valoración de los daños patrimoniales-, y dentro
de cada clase separar los diferentes subconceptos de daño sin solapamientos ni lagunas, superando el recurso a la valoración global del daño moral y los perjuicios económicos, mandato que también se plasmó en el informe final. Como saben, en el mes
de mayo de 2013 la comisión concluyó sus trabajos y entregó el informe a la dirección general, constituyéndose entonces un grupo de trabajo para la redacción del anteproyecto de ley, cuya base consensuada es la que se ha transformado después en la
ley. Finalmente, hay que destacar algo poco habitual -ya se ha dicho también-, como el amplio consenso alcanzado entre las asociaciones que atienden a los intereses de las víctimas de tráfico, y lo demuestra el hecho de que se hayan adherido
multitud de asociaciones a la propuesta de reforma del baremo contenida en el proyecto de ley. Ya se han mencionado, pero aún así también las señalaré: Fedace, Apanefa, Trace, Aspaym, Aesleme, PAT-APAT, Stop Accidentes, Predif y Cermi. Quisiera
aprovechar también la ocasión para agradecerles su esfuerzo y dedicación. Sepan que es voluntad de este grupo mejorar en la medida de lo posible el texto para que pueda ser aprobado antes de finalizar esta legislatura. Por todos estos motivos,
creemos más justificado introducir enmiendas parciales y facilitar su aprobación en lugar de pedir su devolución, máxime cuando viene consensuada por todas estas asociaciones.


Aun así, conscientes de que hay desequilibrios que conviene corregir, el Grupo Parlamentario Socialista ya les anuncia que presentará un conjunto de enmiendas que responden a los siguientes



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objetivos básicos: en primer lugar, mejorar el sistema para la indemnización de las lesiones leves, claramente perjudicadas en la reforma -algo que para nosotros es fundamental corregir-, removiendo principalmente aquellos obstáculos en el
articulado que dificultan el acceso a las indemnizaciones o adaptando criterios y modificaciones del baremo médico; en segundo lugar, adaptar el sistema a los criterios jurisprudenciales y doctrinales más beneficiosos para las víctimas, por ejemplo
la compatibilidad de los intereses penitenciales con los moratorios o la modificación del régimen de presunciones legales; en tercer lugar, mejorar el cálculo de las cuantías indemnizatorias a las víctimas más vulnerables -los menores de 16 años,
víctimas con secuelas intergravatorias o personas dedicadas a las tareas del hogar- o la introducción de correcciones en el cálculo actuarial en el caso de las víctimas que no tienen derecho a pensión; en cuarto lugar, mantener el equilibrio de las
cuantías indemnizatorias en el sistema evitando un encarecimiento de las primas para el conjunto de los asegurados; corregir los índices de la actualización del sistema; impulsar un código de buenas prácticas que beneficie principalmente a las
víctimas más vulnerables y evite los retrasos en el pago de indemnizaciones, los errores de la oferta motivada o los abusos en el cobro de honorarios y finalmente, incorporar a los psicólogos clínicos en la valoración y tratamiento de los problemas
de salud mental, un colectivo que también ha quedado claramente desplazado. (La señora vicepresidenta, Montserrat Montserrat, ocupa la Presidencia).


En definitiva, aunque no es perfecto, es un proyecto que mejora en mucho el baremo actual y con un alto grado de consenso. Aún así contiene desequilibrios que conviene señalar y corregir. Por este motivo, creemos más acertado realizar
enmiendas parciales en lugar de pedir su devolución. El Grupo Popular tiene la oportunidad de extender el consenso de inicio a su tramitación, corrigiendo esos desequilibrios y mejorando especialmente la prueba de las secuelas leves que la actual
redacción hace bastante difícil.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor Corcuera.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor De Olano.


El señor DE OLANO VELA: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, señorías, subo a la tribuna para fijar la posición del Grupo Parlamentario Popular respecto a la enmienda a la totalidad presentada por La Izquierda Plural al proyecto de ley de reforma del sistema de valoración de los daños
y perjuicios causados a personas en accidentes de circulación. Lo primero que debo manifestar, al igual que el resto de los portavoces de los grupos parlamentarios, es mi sorpresa por la presentación de esta enmienda. Digo sorpresa, porque en muy
pocas ocasiones un proyecto del Gobierno alcanza un grado de consenso tan amplio con los sectores directamente afectados. En este caso, tanto la inmensa mayoría de las asociaciones de víctimas de accidentes -no las repetiré, porque ya fueron
citadas por el señor ministro y por el resto de portavoces- como la patronal en la que se agrupan las compañías de seguros y los abogados especialistas en responsabilidad civil, etcétera, han mostrado su satisfacción con el texto que nos propone el
Gobierno y que hoy debatimos. No se trata, señora García Álvarez, de una lucha, como usted lo definió, entre compañías de seguros y víctimas; hablar de lucha lo único que demuestra son sus prejuicios personales. De lo que se trata es de que los
sectores afectados, las víctimas y las compañías de seguros, han llegado a un consenso prácticamente total sobre el texto que ahora traemos a la Cámara.


Señorías la reforma del texto actualmente vigente se hacía necesaria porque tras más de veinte años de vigencia debía adaptarse al conjunto de directivas europeas aprobadas en el ámbito del seguro del automóvil, tendentes en su mayoría a
incrementar la protección a las víctimas mediante una indemnización suficiente. A tal efecto, en 2011 el Gobierno creó una comisión de expertos que ha estado trabajando intensamente algo menos de cuatro años y cuyo resultado es esta propuesta de
texto articulado completo, acompañado de las tablas que contienen las indemnizaciones que correspondería abonar a las víctimas de accidentes de circulación. Me gustaría mencionar algunas de las ventajas del sistema que se propone en el proyecto con
respecto al vigente. En primer lugar, se produce un incremento medio del importe de las indemnizaciones superior al 16 %. En segundo lugar, adapta nuestra legislación a los principios de indemnidad y objetivación del sistema mediante una
estructura de fácil aplicación en aras de fomentar una rápida resolución de conflictos y en la medida de lo posible incrementar las transacciones extrajudiciales. En tercer lugar, se alcanza una mejor individualización del daño mediante la revisión
de los diferentes perjuicios que pueda sufrir la víctima, atendiendo a sus circunstancias personales, familiares y económicas. En este sentido, se establece un sistema totalmente separado para el tratamiento de los daños patrimoniales y de los
daños extrapatrimoniales. En cuarto lugar, se mejoran las indemnizaciones por fallecimiento,



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individualizándolas de conformidad con las estructuras familiares. En este punto me gustaría destacar que las indemnizaciones por este concepto se incrementan un 50 %. En quinto lugar, respecto de las indemnizaciones por secuelas, se
revisa íntegramente el baremo médico de secuelas para adaptarlo al estado actual de la ciencia y se refuerza especialmente la reparación del gran lesionado, indemnizando los perjuicios y los daños emergentes consecuencia de los gastos asistenciales
futuros. Me gustaría destacar también que las indemnizaciones por este concepto se incrementan una media del 35 %. En sexto lugar, se incorpora un sistema objetivo de indemnización del lucro cesante, superando al actualmente llamado factor de
corrección y estableciendo un sistema que parte de dos factores: el multiplicando, que está constituido por los ingresos de la víctima, y un multiplicador que resulta de combinar diversos factores como la duración, el riesgo de fallecimiento o las
tasas de interés de descuento. Con el nuevo sistema que ahora se propone para indemnizar el daño patrimonial, es decir el daño emergente y el lucro cesante, las indemnizaciones por este concepto se incrementan más del 250 %, y como novedad se
incluyen los gastos previsibles de asistencia sanitaria futura de carácter vitalicio para los grandes lesionados, así como los de rehabilitación domiciliaria y ambulatoria y los de ayuda a terceras personas. Por último y también como novedad, se
incorpora el derecho a indemnización por el perjuicio económico sufrido en función del desempeño de las tareas del hogar.


Señorías, pese a las bondades del texto que hoy debatimos, La Izquierda Plural presenta una enmienda a la totalidad, por cierto sin texto alternativo. Señora García, decía usted que no se enfadara el ministro porque lo que ustedes pretenden
es mejorar el texto; su texto no lo conocemos porque no han presentado ninguno alternativo, y además carece de la más mínima base jurídica. La enmienda se fundamenta en cinco puntos. Argumentan, en primer lugar, que el proyecto no responde a un
sistema de responsabilidad objetiva por el hecho circulatorio. Señorías, aunque parezca obvio decirlo, hay que recordar que el artículo 1 del proyecto no se diferencia en nada del vigente respecto de la responsabilidad, y tanto en el texto vigente
como en el proyecto que hoy debatimos solo se exige el nexo causal entre la acción y el daño. Señora García, la responsabilidad que deriva de un accidente de circulación -como bien explicó el portavoz del Grupo Vasco, señor Olabarría-, es la del
artículo 1902 y siguientes del Código Civil, es decir una responsabilidad extracontractual. Argumentan también una supuesta desprotección de la víctima en el caso de que exista concurrencia de culpas. Todo lo contrario, señorías, la víctima de un
accidente se verá más protegida en el caso de que se declare la existencia de concurrencia de culpas porque la indemnización que pueda corresponderle nunca podrá verse reducida más allá del 75 %, y ello aunque el grado de concurrencia sea mayor.
Por lo tanto -parece que han sido ustedes los únicos que no lo han entendido así-, lejos de verse perjudicadas, con el nuevo texto las víctimas encontrarán más protección que en estos momentos; por otra parte, se dota al sistema de una mayor
seguridad jurídica.


El tercero de sus argumentos hace referencia a la posible inconstitucionalidad de una supuesta obligación de la víctima a ser sometida a examen de las aseguradoras como requisito legal para que estas ofrezcan la propuesta vinculante de
indemnización. Nuevamente debo decirles que no han entendido ustedes el texto. Lo que ocurrirá es que si la víctima no permite su examen no empezarán a devengar sus intereses moratorios para la aseguradora, lo cual parece normal cuando la mora se
produce por voluntad de la propia víctima. Además, si todos estamos de acuerdo en que la propuesta vinculante es buena para ambas partes en aras de lograr una solución extrajudicial, ya me dirán ustedes cómo la aseguradora va a cuantificar el daño
personal sin un mínimo examen de la víctima. En su enmienda desde luego no lo dicen; esperemos que lo hagan en el trámite de enmiendas al articulado. En cuarto lugar, ponen en tela de juicio el principio de indemnidad en el caso del resarcimiento
del daño moral o de la asistencia de concurrencia de culpas. No cabe duda, señorías, que cuantificar el daño moral consecuencia de un fallecimiento es harto difícil por no decir imposible, ya que ni con todo el oro del mundo se podría reparar la
pérdida de una persona. Como decía al principio, si las cuantías que establece el proyecto son fruto del consenso alcanzado entre la inmensa mayoría de las asociaciones de víctimas, los juristas, las compañías aseguradoras, etcétera, no parece
prudente modificarlas sin la más mínima justificación, como usted solicita. Por último, justifica en su enmienda a la totalidad una supuesta falta de equidad respecto de las víctimas con lesiones menos graves al establecer unos requisitos mucho más
exigentes que la actual ley. Es cierto que en el proyecto se opta por moderar en lesiones de menor rango las indemnizaciones personales básicas, pero no otras, como el perjuicio personal particular por pérdida de calidad de vida, por lo que al
final la indemnización no tiene por qué ser menor que la actual. Por tanto, no se limita en ningún momento ningún derecho indemnizatorio a ninguna víctima; al contrario, se ha optado por aumentar muy



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significativamente, como ya he resaltado a lo largo de mi intervención, la protección de los grandes lesionados y de los familiares de los fallecidos, de conformidad con el acuerdo al que llegaron las partes. En todo caso, señorías, como
salvaguarda de las posibles deficiencias que pueda contener el proyecto, se ha dispuesto en su disposición adicional primera la creación de una comisión de seguimiento del sistema de valoración, que habrá de emitir informe razonado sobre el mismo,
así como sugerencias para la mejora del sistema. Esta comisión estará formada por las asociaciones de víctimas y por los representantes de las compañías aseguradoras.


Para concluir, señorías, de entre todas las manifestaciones a favor de este proyecto que han hecho multitud de asociaciones de víctimas quisiera hacer mías las palabras de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad
Civil y Seguro cuando expresaba -abro comillas- que el nuevo baremo nos permitirá evolucionar notablemente en esta materia al disponer de un sistema de valoración de daños muy superior al anterior. Si nuestras familias tuvieran un accidente de
tráfico, preferiríamos que estuviera vigente el nuevo baremo porque estaríamos mucho mejor protegidos. El nuevo baremo resuelve mucho mejor los verdaderos problemas. De esto es de lo que se trata -lo estamos debatiendo hoy-, de resolver problemas
y de proteger más y mejor a las víctimas de los accidentes.


Finalizo ya, señora presidenta, solicitando a la Izquierda Plural la retirada de su enmienda a la totalidad, pues carece de la más mínima justificación jurídica para que se proceda a la devolución del texto. De no hacerlo así, el Grupo
Parlamentario Popular votará en contra.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor De Olano.


- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN DE LAS MENORES Y MUJERES CON CAPACIDAD MODIFICADA JUDICIALMENTE EN LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. (Número de expediente 122/000195).


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Pasamos al último punto del orden del día: Debate de totalidad de la proposición de ley orgánica para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente
en la interrupción voluntaria del embarazo. A esta proposición de ley orgánica se han presentado cuatro enmiendas a la totalidad del texto alternativo. Para la defensa de las mismas, en primer lugar, tiene la palabra por el Grupo Mixto la señora
Fernández. El Grupo Mixto intervendrá tanto para defender sus dos enmiendas a la totalidad del texto alternativo como para fijar posición. Empieza la señora Fernández.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, subo a esta tribuna para defender nuestro texto alternativo a esta proposición de ley presentada por el Grupo Popular, que no es otra que la vigente Ley orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la
interrupción voluntaria del embarazo, en sus términos actuales, como acabo de comentar. Lo hacemos, señorías, por una razón, porque somos perfectamente conscientes de que esta fue una ley no solamente elaborada y aprobada desde la total y absoluta
responsabilidad, sino también tremendamente reflexionada en el transcurso del trabajo en ponencia. No tiene nada que ver aquella con estas ponencias a las que estamos acostumbrados en esta legislatura, que duran de diez minutos; no, fueron
ponencias de muchas semanas. Pero incluso, señorías, fue objeto de mucha reflexión para aquellas personas que, como es el caso de la diputada que está en el uso de la palabra, participamos en la Comisión de estudio sobre la interrupción voluntaria
del embarazo, que se celebró en las Cortes Generales, en el Congreso concretamente, entre el 30 de octubre de 2008 y el 25 de febrero de 2009; una comisión de estudio en la que participaron numerosísimas personas: desde representantes de la
comunidad científica a representantes de diferentes ámbitos del mundo jurídico: fiscales, jueces, abogados; desde los ámbitos de la salud a la educación; desde el trabajo social a representantes de ONG, etcétera.


Y, señorías, si bien es cierto que por parte de algunas de las personas que participaron en esta comisión también se plantearon propuestas como las que nos hace hoy el Grupo Popular, también es cierto que fueron unas propuestas hechas muy
minoritariamente, siendo la conclusión mayoritaria, no de las diputadas y diputados de este Congreso que aprobamos ese informe de la comisión de estudio, sino la conclusión de la mayoría de los participantes que era necesario responder a una demanda
social que existía desde hacía muchísimos años, después de la comprobación de la marcha de la Ley del Aborto anterior, y que obligaba al legislador, a los legisladores y a las legisladoras, a aprobar una ley que



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garantizara por lo menos tres cuestiones: la seguridad jurídica, la seguridad sanitaria y las medidas de prevención necesarias que permitieran la reducción de abortos. Y eso, señorías, fue lo que tuvimos en cuenta a la hora de elaborar
esta ley que hoy presentamos como texto alternativo a la propuesta del Partido Popular y que después de los años que está en vigor hemos comprobado que las mujeres que tienen que interrumpir un embarazo cuentan con la seguridad sanitaria, cuentan
con la seguridad jurídica y que se ha conseguido también reducir el número de abortos, porque las medidas de prevención que en la propia ley se contemplan van destinadas a evitar embarazos no deseados.


Señorías, somos conscientes de que además este objetivo de reducir los abortos es muy difícil que se haga en los términos que nosotros nos planteábamos por una razón fundamental, y es que la ley no está lo suficientemente desarrollada en
estos aspectos, el educativo y el de la salud, para estas prevenciones. Por lo tanto, señorías, nosotros consideramos desde el Bloque Nacionalista Galego que la ley es buena y lo que necesita, además de mejoras que evidentemente nos plantearíamos
en el futuro, lo que necesita en el momento actual es desarrollarse, sobre todo en esos aspectos que incidirían en la prevención, en la reducción de abortos. Y dicho esto, señorías, aprovecho para recordar que en su momento, en el momento de la
aprobación de este texto, el Partido Popular también se justificó en la misma razón que hoy nos propone de modificación de la ley para no votarla favorablemente, una justificación que era a todas luces una cuestión que no tenía que ver con la
realidad, eran realmente falsos los argumentos que se daban porque la ley en el artículo 13, apartado 4, ya deja perfectamente especificadas las cautelas a tener en cuenta con las mujeres jóvenes de dieciséis y diecisiete años, y los estudios que
hay a este respecto nos indican, señorías, que menos del 10 % de mujeres en esta franja de edad han acudido a abortar sin la presencia de sus padres y en todos los casos, como ya hemos dicho en alguna ocasión,...


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Señora Fernández, tiene que terminar.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Voy finalizando, señora presidenta.


... como hemos dicho en alguna ocasión, estaba debidamente justificada, por violencia familiar, por desarraigo, etcétera. Por lo tanto, no podemos entender que desde la seriedad, desde la reflexión y desde la responsabilidad se pueda hacer
una propuesta como esta que dejaría a muchas jóvenes sin la seguridad necesaria para interrumpir un embarazo.


Señorías, creemos -y finalizo, señora presidenta- que el Partido Popular, el Grupo Popular opta por salvar electoralmente a su partido, aunque no creo que sea posible con estas medidas...


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Señora Fernández, tiene que terminar.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: ... y nosotros optamos, señoras y señores diputados, por salvar a muchas jóvenes que se verían abocadas a provocarse un aborto, a una intervención del embarazo en la clandestinidad, sin las seguridades sanitarias
necesarias y, por lo tanto, con la peligrosidad que esto significaría para sus vidas.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Señora Fernández, se le ha terminado el tiempo.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Queremos manifestar nuestro rotundo y total desacuerdo con la propuesta del Grupo Popular.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Gracias, señora Fernández.


Por el mismo grupo, tiene la palabra la señora Jordà.


La señora JORDÀ I ROURA: Gracias, señora presidenta.


Señoras y señores diputados, el Partido Popular pretende robar el derecho a las jóvenes de dieciséis y diecisiete años a decidir sobre su propia maternidad y dar capacidad al padre y a la madre de imponerle una maternidad no deseada, y
encima tienen la caradura de hablar de protección al menor. La mejor protección que pueden tener la menor y el hijo o hija que pueda concebir es que la maternidad sea voluntaria y evidentemente no sea impuesta. En consecuencia, defendemos su
libertad para decidir sobre una maternidad que sin duda marcará toda su vida y la del hijo o la hija que pudiera tener, y nos oponemos absolutamente a la voluntad del Partido Popular de arrebatarles este derecho; lo subrayo, derecho. Si



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pretenden evitar los abortos, la mejor manera de hacerlo no es negando derechos, sino mediante una buena educación afectiva, una buena educación sexual y reproductiva y garantizando a la vez el acceso universal a todos los métodos
anticonceptivos. En este sentido, reivindicamos la gratuidad de los métodos anticonceptivos para la juventud y los colectivos con escasos recursos para acceder a ellos. Simplificando mucho -para que algunas mentes retrógradas lo entiendan- el
mensaje es: queremos condones para todas y para todos, por supuesto -insistimos en ello- acompañados de una buena educación afectiva, sexual y reproductiva, que necesariamente se imparta en las escuelas e institutos y que permita a las jóvenes y a
los jóvenes ser libres para decidir y ejercer libremente aquello que les apetezca hacer con su cuerpo, señorías, con su cuerpo, ya sea individual o colectivamente. Una buena educación que permita desterrar concepciones retrógradas, como aquellas
que censuraron y crucificaron a la conseller de la Generalitat, Marina Geli, por defender la libertad sexual y pretender educar en libertad.


Enterremos de una vez por todas el nacionalcatolicismo, este nacionalcatolicismo franquista y la censura y los tabúes para hablar sencilla y libremente de masturbación, de cómo se coloca adecuadamente un condón, de la variedad y diversidad
sexual y afectiva o de los métodos de contraconcepción. Por otro lado, hay que romper con la obsesión de la penetración o del mito de cumplir en la cama. Es necesario impulsar la educación y subrayar el poder de las caricias, el poder de la
confianza, del diálogo para una relación afectiva y sexual satisfactoria y evidentemente saludable para quienes la practican libremente. Una buena educación en salud afectiva, sexual y reproductiva no solo haría una sociedad más libre y
evidentemente más feliz, sino que además ayudaría a evitar enfermedades de transmisión sexual y embarazos justamente no deseados. En consecuencia, se reduciría también el gasto en enfermedades por contagio sexual y la necesidad de interrumpir
dichos embarazos.


Pero cuando la prevención fracasa, señorías, es necesario que las mujeres puedan decidir libremente sobre su maternidad. La Ley de interrupción voluntaria del embarazo que aprobamos las fuerzas progresistas en esta Cámara en el año 2010
supuso un avance importante en los derechos de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo, y es un avance que además ha permitido un descenso de las interrupciones voluntarias del embarazo entre la población más joven. No obstante, consideramos
que se puede modificar esta ley para avanzar en el desarrollo de los derechos, por ejemplo eliminando el plazo para la interrupción del embarazo en los casos de grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada, por supuesto vinculado, como
establece la ley, al preceptivo informe médico.


Voy acabando. Como ya defendimos en la tramitación de la ley, consideramos que hay que avanzar ampliando el plazo para la interrupción voluntaria del embarazo hasta las veintidós semanas. Alguien se preguntará: ¿Y por qué veintidós
semanas? Pues porque es el plazo en el que existe consenso entre la comunidad científica sobre la viabilidad fetal. Ampliar el plazo de las catorce a las veintidós semanas, más allá de basarse en el consenso científico, permitiría, especialmente
en el caso de las menores, evaluar mejor la capacidad de mantener a la criatura y la propia voluntad para decidir sobre una maternidad que implica una gran responsabilidad y que marcará para siempre la propia vida. Señorías, les guste o no les
guste a su machismo, solo las mujeres deben decidir sobre su propio cuerpo.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Gracias, señora Jordà.


Por el mismo grupo, tiene la palabra el señor Salvador.


El señor SALVADOR ARMENDÁRIZ: Gracias, señora presidenta.


Señorías, he dado mi opinión y la de mi partido sobre este tema en numerosas ocasiones y, por tanto, no voy a reproducir hoy nuestros argumentos para criticar tanto la reforma del Partido Socialista como esta modificación tan limitada que
impulsa el Partido Popular. Obviamente, no voy a apoyar las enmiendas de devolución con texto alternativo para recuperar íntegramente la ley de Zapatero, que seguimos considerando inconstitucional, ni mucho menos para que se pueda aprobar una
regulación todavía más gravosa, como pretende ERC, retrasando el plazo para abortar de catorce a veintidós semanas. Pero sí que nos parece oportuno abrir un debate con el fin de saber las soluciones y los planteamientos de cada grupo y sus
propuestas para prevenir de manera más eficaz los embarazos no deseados, para reducir la cifra de abortos, para promover una cultura en defensa de la vida; en definitiva, para saber cuál es su idea, la de cada uno de ustedes, la de sus partidos, de
un Estado del bienestar en el siglo XXI que quiera ser digno de denominarse así.


En esta materia, señorías, mi partido sigue defendiendo lo mismo. Primero, que el no nacido es un ser humano igual que lo fuimos cualquiera de nosotros. Segundo, que el acto de abortar no es simplemente



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una intervención estética. Y, tercero, que queremos que el Estado regule de una manera más equilibrada las posiciones jurídicas de las madres que se plantean dejar de serlo, por un lado, y de los no nacidos que, ante esa difícil, compleja
decisión, pueden morir. Defender al ser más desprotegido de la naturaleza, al más indefenso, nos parece, señorías, lo más progresista que hoy se puede ser.


Termino, señora presidenta, con una petición. En julio de 2010 el Tribunal Constitucional dictó un auto que resolvía la petición de 71 diputados de esta Cámara de suspender la vigencia de varios artículos de la Ley 2/2010, del Aborto,
incluida en el recurso de inconstitucionalidad que presentaron el día 1 de junio de 2010. No tengo tiempo para valorar las razones jurídicas de aquella denegación, pero debo recordar algo que también dejó dicho el Tribunal Constitucional en ese
auto -abro comillas-: Por último, atendiendo a lo interesado en la demanda y a lo alegado por el abogado del Estado, este Tribunal Constitucional dará carácter prioritario a la tramitación y resolución del presente recurso.


Señorías, desconozco las razones, los motivos, entiendo la complejidad, que imagino es máxima en este recurso, y no seré yo quien interprete al interpretador de la constitucionalidad de las leyes, pero sí que les pido, señorías, desde esta
tribuna, con total humildad y respeto, que tomen ya una decisión. (El señor vicepresidente, Barrero López, ocupa la Presidencia).


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señor Salvador.


Señor Baldoví, tiene la palabra.


El señor BALDOVÍ RODA: Muchas gracias, señor presidente.


Sabiendo de antemano que no voy a suscitar tantas simpatías en el Grupo Popular, empiezo.


Señorías, ¿de qué estamos hablando? ¿Hablamos de las mujeres, de la protección a las mujeres menores o hablamos de votos? Ustedes deberían no ser hipócritas y reconocer que, cada vez que se suscita este tema aquí, hablamos de votos; de
votos perdidos por el PP; insisto, del leñazo que se pegaron el día 24, aunque Rita Barberá lo describió con otro sustantivo. Por eso, después de marear toda la legislatura, acaban presentando esto hoy aquí.


En 2014, solo en los primeros nueve meses, 25.324 mujeres interrumpieron su embarazo. De esas más 25.324, solo acudieron a abortar sin el consentimiento de sus padres 113. Es decir un exiguo 0,44 % del total. Pero ese pequeño grupo de
mujeres constituye un subgrupo de altísimo riesgo, de mayor necesidad de protección por la ley, porque precisamente se trata de aquellas mujeres que no pueden acudir a pedir ayuda, consuelo y apoyo a sus padres y se ven obligadas a realizar este
drama personal en solitario. La consecuencia de su ley es condenarlas a un aborto clandestino e ilegal, con los graves riesgos para su vida que eso puede conllevar. Y esto, ¿con qué fin? Con un fin tan sucio como recuperar los votos perdidos del
sector antiabortista.


Van a poner en riesgo la vida de mujeres menores de edad a cambio de un puñado de votos. Una mujer que ha decidido interrumpir su embarazo lo hará con su consentimiento o sin su consentimiento; encontrará la manera y esta,
desgraciadamente, le puede costar la vida. Es absurdo que si una joven de dieciséis años puede decidir si se casa, si se liga las trompas, si tiene un hijo o si se emancipa, se la pueda obligar contra su criterio y decisión a ser madre de por vida.
Y todo ello -insisto- para que el PP no pierda tantos votos. Si realmente actuaran contra la corrupción de su partido, si se dedicaran a hacer limpieza interna, si colaboraran con la justicia, sería una manera muchísimo más efectiva y justa que
recuperar sus votos perdidos. Mucho más justa que hacerlo a costa del sufrimiento de mujeres menores, que no pueden siquiera lograr el apoyo de sus padres en un trance tan duro como tener que interrumpir un embarazo.


Sinceramente, y acabo, esta es una reforma desalmada, cruel e innecesaria, digna de un Gobierno sin alma como el suyo.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señor Baldoví.


Señora Enbeita, tiene la palabra.


La señora EMBEITA MAGUREGI: Gracias, señor presidente.


Señorías, de la mano de los directores de 'puede que el aborto tenga que ver con ETA pero no demasiado', llega ahora 'puede que no podamos quitar de un porrazo todos los derechos a las mujeres, así que vamos a hacerlo poco a poco'. En ese
afán, el Grupo Parlamentario Popular nos trae una



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proposición de ley que dice que viene a reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo. Reforzar la protección, señorías. ¿Me puede alguien explicar en qué
punto de esta ley hay algo que tenga que ver con la protección de las menores? Esta ley dejará en manos de alguien una decisión tan personal como interrumpir un embarazo. Reivindíquenme que si una madre tal o un padre cual; pero ellas hicieron su
vida, y una joven de dieciséis o diecisiete años tiene derecho a construir la suya.


Señorías, ¿qué pasará cuando uno de los dos progenitores diga que sí y el otro que no? ¿No posibilita esta ley utilizar los derechos de las jóvenes como moneda de cambio en un divorcio? ¿Han pensado lo que puede pasar en hogares donde las
violaciones están dentro de las paredes de casa o donde el maltrato hacia las mujeres es una realidad? ¿Qué pasará cuando los padres de una menor sean religiosos, con todo su derecho y todos los respetos, y una menor no comparta -no tiene por qué-
sus criterios éticos o morales? ¿Qué pasará en esos casos? Señorías, cuando hablan del Código Civil en su proposición de ley se contradicen, porque según el Código Civil casarse con dieciséis años o tener hijos es legal, o por lo menos no hay una
ley que obligue a nadie a tener un permiso para poder parir a los dieciséis o diecisiete. Entonces ¿por qué obligamos a conseguir uno para no parir?


Dicen que la ley vigente impide a los progenitores y tutores cumplir con la obligación recogida en el Código Civil, privando a los menores de la protección que el mismo texto legislativo reconoce de poder contar en un momento crucial y
complicado de su vida con la asistencia de quienes ejercen su patria potestad. Vamos a ver, ¿cuál es la ley que impide esa obligación a los tutores, o los padres, o a quienes sea? La ley solo dice que a partir de los 16 años cualquier mujer es lo
suficientemente madura para decidir qué hacer con su embarazo. Eso no significa que no compartan o que se les prohíba tomar parte en esa decisión a sus padres, a sus tutores o a sus confesores. Ustedes saben mejor que nadie que en la mayoría de
los casos así sucede. Las menores cuando quieren abortar acuden a las clínicas con el permiso y en la mayoría de los casos en compañía de sus padres o tutores. Para obligaciones, las suyas, señorías del PP. Ustedes sí que prohíben a las jóvenes
poder ejercer un derecho como es decidir sobre su cuerpo, en caso de que en su casa no haya nadie que las quiera acompañar en un momento crucial y complicado, como ustedes describen. No es cierto que la ley vigente obligue a nadie a no acudir con
su hija o con su tutelada en una situación así, lo que es cierto es que ahora con su nueva ley las que quieran pasar del tema tienen suficiente con no firmar el permiso y allá la joven con su bulto. ¡Cuánta hipocresía, señorías!


Parece que ustedes o UPN pretenden que todos los niños concebidos nazcan y así en papel es una intención muy bucólica y muy bonita, pero la realidad nos pinta cosas mucho más crueles que sus leyes y recortes provocan en los niños cuando ya
han nacido. Esto sin tener en cuenta todo lo que han hecho con cientos de niños y niñas vuestros amigos, obispos y demás, que ahora van de vuestra mano reivindicando no sé qué moral. En serio, lo hemos dicho por activa, por pasiva e incluso por
perifrástica. No queremos que nos protejan, queremos ser libres; libres de morales falsas, libres de estereotipos de mujeres ideales, libres de maternidades impuestas, libres de que nos conviertan en incubadoras, libres de religiones que no nos
consideran ni siquiera personas, libres de sociedades patriarcales, libres de políticas machistas, libres de sus absurdas leyes que nos reprimen nuestros derechos y libres para educar a nuestras hijas en una educación sexual, natural y diversa.
(Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señora Enbeita.


Por el Grupo de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, señora De las Heras.


La señora DE LAS HERAS LADERA: Gracias, presidente.


Señorías del Partido Popular, el pasado 14 de abril mi grupo ya les presentó en la práctica una enmienda a la totalidad pidiéndoles la retirada de la proposición de ley, con la que ustedes se empeñan en socavar y cercenar los derechos de las
jóvenes más vulnerables para acceder a un aborto legal y seguro. Hoy se lo exigimos una vez más a través de este texto alternativo y lo hacemos con el claro objetivo de que de verdad se garanticen los derechos de las mujeres a decidir sobre su
propio cuerpo de manera libre y responsable, para evitar que al arbitrio de medidas claramente ideológicas y electoralistas el Gobierno del Partido Popular ponga en peligro la salud y la vida de las mujeres menores o con capacidad judicial
modificada. Con nuestra alternativa proponemos, por tanto, garantizar el derecho a decidir de las mujeres, a decidir si quieren o no tener hijos, cuántos y cuándo quieren tenerlos, libres de presiones, discriminaciones y de violencia y garantizar
de manera efectiva el derecho de tener una vida sexual y reproductiva plena y saludable.



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Como habrán podido comprobar, señoras y señores diputados, les estamos exigiendo que cumplan con algo que, mal que les pese a los sectores más reaccionarios que ustedes, señores del Partido Popular, defienden, es un derecho imprescindible
para la consecución de otros derechos humanos de las mujeres, derechos reconocidos a nivel europeo e internacional en muchos tratados y recomendaciones que han sido ratificados y aprobados por el Estado español en todos los casos. Derechos que, en
definitiva, el Partido Popular, haciendo uso y abuso de su mayoría absoluta, ha pretendido mutilar una y otra vez de manera constante en esta legislatura por puro interés electoralista y con un marcado sesgo religioso y ultraconservador.


Porque si ciertamente no fueran estas las razones que motivan al Partido Popular para realizar estas reformas de la Ley de salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo, y por el contrario se quisiera realmente proteger
y apoyar a las mujeres menores y más vulnerables ante la difícil decisión del ejercicio de la maternidad, no nos cabe ninguna duda de que por lo menos se hubiera dotado de los informes jurídicos, sanitarios y sociales que avalaran una medida de este
calado. Informes que, por el contrario, han eludido de manera tramposa y a sabiendas de que dejarían en evidencia y sin argumentos sólidos sus verdaderas intenciones. Es más, se empeñan en negar este extremo y dicen que sí han utilizado informes,
aquellos que en su día sirvieron para la elaboración del texto normativo aprobado en 2010 sobre salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo, que, según su lectura, obligaban a las mujeres de dieciséis y diecisiete años a
informar y obtener el consentimiento obligatorio de los padres para poder acceder al aborto.


La práctica -si hubiera sido así, señorías del Partido Popular- ha dejado en evidencia la validez de esos informes, porque hoy la mayoría de las jóvenes -ya se ha dicho y hay que volverlo a repetir- acuden a las clínicas para interrumpir su
embarazo con la ayuda y el apoyo de sus progenitores, y solo evitan el consentimiento informado aquellas que se encuentran de manera demostrada en una grave situación de riesgo por maltrato, abuso sexual o situación de desarraigo familiar,
precisamente las jóvenes más vulnerables, a las que la ley vigente protege de manera especial con la excepción contemplada en el artículo 13 que ahora el Partido Popular pretende eliminar.


Si realmente quisieran reforzar la protección de las jóvenes en un momento determinante de sus vidas, y ante la complicada y costosa decisión de decidir si quieren ser madres o no ante un embarazo no deseado, deberían atender y tener en
cuenta las propuestas alternativas que hoy les presentamos, no solo La Izquierda Plural, sino también el resto de los grupos de la oposición. Señorías, son propuestas encaminadas a mantener la ley vigente al entender que el texto ha servido para
proteger el derecho a decidir de las mujeres, también de las menores, instándoles además en nuestro caso a desarrollar de manera eficaz las políticas de salud sexual y reproductivas basadas en la educación en la prevención de embarazos no deseados.
Propuestas que tienen como objetivo paliar las insuficiencias detectadas en los últimos cinco años de implementación de la ley vigente y que se han demostrado y constatado como el mejor instrumento para reducir el número de abortos.


Señoras y señores diputados, el Partido Popular ha intentado una y otra vez atropellar los derechos de las mujeres, como he dicho antes, durante toda la legislatura. Se llaman a sí mismos liberales, dicen defender la libertad individual de
las personas, pero luego promueven leyes que invaden hasta lo más íntimo del ser humano. Ustedes no son nadie para regular el útero de ninguna mujer; no son nadie para decirle a una mujer si debe tener o no debe tener un hijo que no desea; no son
nadie para condicionar la existencia de las personas; a ustedes no les han votado para coartar la libertad de los ciudadanos y especialmente la de las mujeres, sino para que ejerzan el gobierno de su mandato defendiendo y garantizando sus derechos.
Lo más grave de esa actitud que acabo de mencionar es que, además, están intentando cometer este atropello basándose en mentiras y en datos falsos para intentar ocultar esta vileza. Estamos más que hartas -se lo tenemos que decir-, hartas, de
escuchar a los voceros de la derecha más extrema contando mentiras, exageraciones y falsedades acerca de cómo afrontan nuestras jóvenes un momento tan crítico en sus vidas como es la decisión de interrumpir voluntariamente su embarazo. La práctica
demuestra que ni las jóvenes se han tomado el aborto como un método anticonceptivo más, ni mayoritariamente han ido solas a abortar a las clínicas privadas autorizadas, sino que prácticamente la totalidad han ido acompañadas por sus progenitores.
Solo, y por desgracia, un número muy limitado de jóvenes se ven privadas de esta ayuda por encontrarse en esa situación que ya he dicho, grave, muy grave, por maltrato, por abuso sexual o por desarraigo familiar.


Su manía de intervenir en la esfera de lo privado, de lo íntimo, es absolutamente inaceptable y contumaz. Las mujeres de este país le han demostrado a este Gobierno que no toleran que nadie mande



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sobre su cuerpo, que no van a permitir que ninguna institución, tenga el carácter que tenga, decida por ellas y su cuerpo. La movilización de las mujeres pudo parar sus intentos de aprobar una ley que acababa con sus derechos de acceso a un
aborto legal y seguro en la práctica y se llevó por delante a un ministro, al señor Gallardón, un ministro que pretendía legislar mirando hacia la derecha más reaccionaria. Vivimos en el siglo XXI. Han sido muchos los avances y conquistas que
hemos alcanzado. Nadie nos ha regalado nada a las mujeres. Han sido muchos años de lucha, de movilizaciones, concentraciones, manifestaciones y peleas por nuestros derechos, mucho esfuerzo como para que ahora nos pidan que demos un paso atrás, que
volvamos a ceder parte de nuestra libertad. No se lo vamos a consentir y no lo vamos a hacer.


Señorías del Partido Popular, déjenme que antes de finalizar mi intervención les haga una advertencia poniendo en mis labios las palabras de Concepción Arenal cuando decía que el error es un arma que acaba siempre por dispararse contra el
que la emplea. Esta misma frase me la escuchó el señor Ruiz-Gallardón y pudo comprobar su veracidad en sus carnes políticas. Si persisten en mantener esta medida en contra de las mujeres más jóvenes y vulnerables, sin escuchar las propuestas de la
mayoría de los grupos de la oposición y de la sociedad en su mayoría, se encontrarán con que no solo no lograrán el objetivo de conseguir un puñado de votos más, sino que no durarán más allá de lo que tardemos en echarles democráticamente en las
urnas.


Gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señora De las Heras.


Por el Grupo Parlamentario Socialista interviene la señora Montón.


La señora MONTÓN GIMÉNEZ: Señorías, la salud y la vida de las mujeres vale mucho más que un puñado de votos. La mayoría social lo ha dicho continuamente: no, que no modifiquen la Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción
voluntaria del embarazo. Hoy el Grupo Socialista vuelve a decirlo: no. La actual Ley del Aborto es una buena ley, una ley aprobada con consenso -pocas leyes han tenido una tramitación tan participativa y transparente-, una ley que cumple con el
objetivo, con la obligación de proteger la vida y la salud de las mujeres, también de las jóvenes, respetando su derecho a decidir sobre su maternidad. Pero el PP no quiere renunciar a este cebo electoralista, que blande sin pudor ante cada
convocatoria electoral. Ahora, con una legislatura ya agotada, continúan insistiendo; ahora asestan un último golpe a los derechos de las mujeres.


Rajoy está practicando la política de la tierra quemada, demoliendo los avances conseguidos con los Gobiernos socialistas en políticas de igualdad de género. Esta es la legislatura de la desigualdad, la legislatura que recordaremos por los
recortes y retrocesos en igualdad entre mujeres y hombres. La proposición de ley de hoy es tan vergonzosa que no ha habido ningún ministro que haya querido defenderla. Ha tenido que ser el Grupo Parlamentario Popular quien la traiga a esta Cámara
por la puerta de atrás, también para eludir los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. Una vez más preparan la campaña electoral amenazando los derechos de las mujeres, pero el principio de igualdad,
los derechos de ciudadanía, la capacidad de decidir libremente sobre aspectos esenciales, fundamentales para la vida, los derechos sexuales y reproductivos, no son de quita y pon según les vaya en las encuestas. Señorías del PP, nuestros derechos
de ciudadanía no son mercancía electoral, no se puede traficar con ellos.


Ya sabemos que se acercan las generales. Hace apenas un par de días el ministro Catalá aseguró que la aprobación de esta ley será para septiembre. Muy oportuna, para la precampaña, como siempre. ¿Realmente creen que la ciudadanía no se da
cuenta de una estrategia tan burda y tan descarada? Desde que llegaron al Gobierno han tanteado la posibilidad de modificar la Ley del Aborto en vigor y lo han hecho con principios cambiantes, sin rigor, sin profundidad, diciendo una cosa y la
contraria, han ido moviendo sus posturas a golpe de su propia necesidad electoral. Llevan toda la legislatura jugando con la amenaza a los derechos sexuales y reproductivos poniendo en tensión los deseos de la mayoría social que defiende que sean
las mujeres quienes decidan sobre su maternidad, frente a una minoría que pretende que se nos arrebate ese derecho. Comenzaron con Gallardón presentando la modificación de la ley como una cuestión de moral y principios al dictado de la Conferencia
Episcopal. Querían repartir a las mujeres -¿recuerdan?- certificados de autenticidad, porque, según Gallardón, lo que nos hacía realmente auténticas era la maternidad. Quisieron que España retrocediera treinta años y no lo consiguieron, no lo
consiguieron porque la sociedad los frenó. (Aplausos). Fue necesario organizar el tren de la libertad para que se enteraran, un tren que se llevó por delante al ministro de Justicia y también la ley que presentó el Gobierno de Rajoy.



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A continuación, la modificación del aborto pasó a ser una patata caliente que nadie del Gobierno quería, ni el ministro Catalá ni el ministro Alonso, y ha terminado siendo una modificación parcial, presentada por el grupo parlamentario, que
intenta arrebatar el derecho a decidir, responsable y libremente, sobre la maternidad a las mujeres más jóvenes y es especialmente dañina para las más vulnerables, lo que parece un cambalache para intentar contentar a todo el mundo pensando que, por
una parte, los sectores más conservadores ya se cobran su pieza y que, por otra, como las jóvenes que abortan son pocas, su sufrimiento, desprotección y derechos importan menos. Pues les aseguro que a nosotros sí nos importan y nos importan mucho.


Vamos a dejar las cosas claras. ¿Al retirar la ley Gallardón quieren decir que, salvo en el consentimiento para las chicas de dieciséis y diecisiete años, están de acuerdo con la Ley de 2010? (Un señor diputado: ¡Venga, venga!). Si es
así, cuéntenselo a los sectores más conservadores de su partido y a la Conferencia Episcopal y, en consecuencia, desistan del recurso de inconstitucionalidad. (Aplausos). De la plena constitucionalidad de la ley no duda prácticamente ningún grupo
de la Cámara. No duda la ciudadanía, que la respalda mayoritariamente, y tampoco el Consejo de Estado, que avaló por unanimidad el informe favorable de Herrero de Miñón, uno de los padres de la Constitución. Ustedes tienen mayoría absoluta, podían
haber cambiado la ley, pero, ante la gran contestación social, se han parapetado en el recurso que interpusieron ante el Tribunal Constitucional. En el fondo les falta valentía para definirse ante la mayoría de la sociedad y ante los sectores más
conservadores de su propio partido.


Hoy pretenden derogar el artículo 13 en su apartado 4 de la ley en vigor, el artículo que señala que las jóvenes de dieciséis y diecisiete años podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin informar a sus padres cuando estén en
situación de: peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o de desamparo. Ustedes llaman -en lo que es un ejercicio de malversación de los conceptos- reforzar la
protección por ejemplo a que una joven maltratada por su padre tenga que pedir permiso para interrumpir su embarazo precisamente a su padre maltratador. (Aplausos.-Rumores).


Señorías del PP, me gustaría que respondieran, ¿para quién es esta ley? ¿En quién han pensado cuando la traen a esta Cámara? ¿Cuál es su objetivo? ¿Qué quieren proteger? A las mujeres jóvenes, no, claro que no. (Varias señoras diputadas
pronuncian palabras que no se perciben). Todo lo contrario. Ustedes traen una ley que pondrá entre la espada y la pared a las mujeres jóvenes vulnerables. Ustedes conseguirán que una joven de dieciséis años que viva en las peores situaciones
familiares, con progenitores violentos o sin ningún tipo de apoyo familiar, desamparada o en desarraigo, ante un embarazo no deseado, tenga que recurrir, para poder abortar, a esos progenitores que no existen o que la maltratan. ¿Pueden imaginar su
sufrimiento (Una señora diputada: ¡No!), sin familia que las apoye, con un embarazo no deseado y abocadas a buscar fórmulas de riesgo para abortar? Deberían preocuparse por ellas. ¿Y por qué no pueden contar con sus padres, en vez de
culpabilizarlas y ponerles las cosas más difíciles? Porque si esa joven decide interrumpir su embarazo, nada, ni siquiera su ley regresiva, se lo impedirá. (Aplausos). Las leyes restrictivas no disminuyen el número de abortos, los invisibiliza y
ponen en riesgo la vida de las mujeres. Así no van a conseguir disminuir el número de abortos. Disminuirán el número de abortos legales y seguros. O, díganme: ¿cómo van a evitar el tráfico de fármacos abortivos o las prácticas cruentas? ¿Cómo
van a evitar los viajes a cualquier país europeo de nuestro entorno? ¿De verdad están satisfechos poniendo a las mujeres más jóvenes en esta peligrosa situación?


El planteamiento que ustedes proponen es exactamente el contrario a las recomendaciones de las instituciones internacionales. Aquellos países que tienen leyes más restrictivas sobre el aborto también son los que eliminan la educación sexual
de las aulas y los métodos anticonceptivos de su oferta de salud pública y ponen además trabas a las menores de edad para acceder a ellos. Es lo que ustedes han hecho: han eliminado la educación sexual, han sacado del sistema público de salud los
anticonceptivos de última generación y ahora quieren obligar a las chicas de dieciséis y diecisiete años que están en situación de vulnerabilidad y de desprotección a enfrentarse a una barrera insalvable. Para estas jóvenes el aborto es
consecuencia de un embarazo no deseado y eso debería ser su preocupación: trabajar en la prevención de los embarazos no deseados. Lo que es necesario, señorías -y que parece que el ministro Alonso no entiende-, es desarrollar toda la primera parte
de la ley, que se refiere a educación sexual y prevención, no castigar y perseguir a las jóvenes. El Gobierno, las leyes de este Parlamento tienen la obligación de proteger a las mujeres jóvenes, porque un embarazo temprano y no deseado tiene
consecuencias para toda la vida. Condiciona el presente y el futuro, tiene consecuencias físicas, personales, emocionales, económicas, profesionales; tiene consecuencias para la vida y la salud de las mujeres. Con más restricción



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no conseguirán disminuir las tasas de aborto, conseguirán más sufrimiento; y con menos prevención, educación y acceso a métodos anticonceptivos conseguirán más riesgo para la salud y más embarazos no deseados. La Organización Mundial de la
Salud lo dice claramente en su guía para un aborto sin riesgos: Las políticas deben orientarse a respetar, proteger y cumplir los derechos de las mujeres para alcanzar resultados de salud positivos. Se requiere un entorno regulatorio y político
propicio para garantizar que cada mujer tenga un acceso sencillo a servicios de aborto de buena calidad.


Señorías del PP, además, la situación vital en la que ustedes quieren colocar a las jóvenes es paradójica cuando menos. Con todas las reformas legales del Gobierno en estos momentos encontramos que una joven con dieciséis años puede
someterse o rechazar cualquier tratamiento para operarse a corazón abierto o de quimioterapia, por ejemplo. Puede trabajar y pagar impuestos. Puede dar su consentimiento para mantener relaciones sexuales. Puede casarse. En buena lógica, una
joven de dieciséis años debería poder seguir decidiendo sobre si quiere o no ser madre. ¿Por qué no lo aceptan? Retiren esta reforma incoherente y dañina de una vez. Después de cinco años de aplicación de la ley, no hay motivos ni para la alarma
ni para el retroceso, solo sus cálculos electorales. La actual Ley del Aborto es una buena ley porque cumple el objetivo de disminuir los embarazos no deseados. Ese debería de ser el objetivo perseguido. En 2010 se legisló para disminuir el
número de embarazos no deseados y, por tanto, para disminuir el número de abortos, no para criminalizar a las mujeres y robarles su derecho a decidir sobre su maternidad. En 2013, último año del que tenemos cifras oficiales, se ha registrado la
tasa más baja de aborto de los últimos siete años. Especialmente ha disminuido entre las jóvenes menores de treinta años. Conocen los datos porque ya se los hemos dicho muchas veces en esta Cámara. En 2014, según el estudio realizado por las
clínicas, el 0,4 % del total de las mujeres que abortaron no pudieron informar a sus padres por las razones que señala la ley, es decir, aquellas jóvenes que no podían contar con sus familias.


Se lo vuelvo a decir, vamos a votar en contra de esta reforma y vamos a hacer todo lo que esté en nuestras manos para evitar que se modifique la ley. Tienen mayoría absoluta, pero no tienen mayoría social. No es casualidad que se presenten
cuatro enmiendas a la totalidad. Cuatro enmiendas a la totalidad significan muchas voluntades contrarias a esta reforma. Rectifiquen, renuncien a dejar en la indefensión a las mujeres jóvenes. Renuncien a abocarlas a abortos inseguros que tendrán
consecuencias en su salud y en sus vidas.


Señorías -si me quieren atender y, si no, también se lo digo-, la historia no retrocede por mucho que el PP lo desee. Han tratado de meternos miedo durante toda la legislatura, pero no tenemos miedo. Si nos empujan al túnel del tiempo,
encontraremos la salida. Si se atreven a dar el último golpe a los derechos de las mujeres, no duden de que los socialistas lo cambiaremos. Lo haremos pronto, cuando estemos en el Gobierno. Señorías del Partido Popular, la vida y la salud de las
mujeres valen más que un puñado de votos. (Aplausos.-El señor presidente ocupa la Presidencia).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Montón.


En turno de fijación de posiciones, tiene en primer lugar la palabra, por el Grupo Parlamentario Vasco, PNV, el señor Agirretxea.


El señor AGIRRETXEA URRESTI: Señor presidente, señorías, este debate se origina con la proposición de ley del Partido Popular que, con el voto en contra de toda la oposición, se tomó en consideración, una proposición de ley que modificaba
la actual Ley en vigor, la 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, una proposición de ley con una modificación exclusiva en dos artículos de esa ley, que es la que está en vigor actualmente, dedicados a las
menores de dieciséis y diecisiete años y que versaba sobre la capacidad de decidir sobre la interrupción voluntaria de su embarazo. El tema era el consentimiento y la información; el consentimiento para poder interrumpir su embarazo y la
información que se debe dar por lo menos a uno de los progenitores, tal y como dice la ley, y, en el caso de que se pudiera demostrar que existen situaciones dramáticas, obviar esa información, algo a lo que llegamos a un acuerdo tras mucho debate
en su momento. Mi grupo, en el debate que tuvimos aquí al tratar este tema, ya se opuso a esta modificación y lo sigue haciendo. Por tanto, dejamos claro que estamos en contra de la modificación que propone el Partido Popular, pero hoy estamos en
un debate de totalidad. Hemos tenido la intervención de los cuatro grupos enmendantes, que han presentado evidentemente la enmienda a la totalidad, y alguno se preguntará por qué nosotros, estando en contra, no hemos presentado enmienda a la
totalidad. Pues por una sencilla razón, porque nuestro alternativo es la ley vigente, y, como ustedes saben, no se podía pedir la devolución, porque, al ser una proposición de ley,



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había que presentar texto alternativo, y, repito, nuestro texto alternativo es la ley vigente. Nos parecía práctico, útil o de sentido común no presentar una enmienda a la totalidad diciendo que la enmienda nuestra es la ley vigente.


La desaparición de las dos modificaciones que presenta el Partido Popular es lo que nosotros presentaríamos en la fase de enmiendas parciales, que es lo que pensábamos hacer en la siguiente fase. La verdad es que por tener cinco minutos más
en esta tribuna y aparecer en el periódico como enmendantes, aunque sea con la modificación de una palabra, no seremos ni más coherentes ni más firmes en nuestra convicción. Por tanto, hay que decir claramente que no hemos presentado enmienda a la
totalidad, estamos en contra, nuestro texto alternativo es la ley vigente. Otros lo han hecho, y todos los respetos para los grupos que lo han hecho. Nosotros no la hemos presentado. En la fase de enmiendas espero que el Partido Popular también
siga manteniendo el mismo criterio y no meta en la fase de enmiendas otras enmiendas que por ahora no conocemos. Nosotros sí le adelantamos que nuestras enmiendas en la fase de enmiendas van a ser de supresión de los dos artículos que el Partido
Popular ha presentado como modificación de la ley.


Incluso hay otra razón de peso que para nosotros es importante y que ha servido como justificación central para no presentar texto alternativo, independientemente de rechazar la modificación del Partido Popular. Todos los partidos, todos
los grupos políticos tenemos máximos, tenemos ideales y también enmiendas que no fueron aprobadas en la anterior legislatura cuando se debatió y se aprobó la ley, pero primó el consenso cediendo y acordando por todas las partes y ganando todos.
Seguimos pensando que hicimos bien, que costó, pero que gracias a ese acuerdo salió un texto más reforzado y más equilibrado que algún que otro posible si no se hubiera dotado de equilibrio político. Si algunos partidos políticos no hubiéramos
participado en ese texto, igual ahora esta ley tendría otra configuración, pero creo que es importante aceptar lo que cedió cada uno, lo que aportó cada uno y la confianza de que entre todos hicimos una ley justa y equilibrada, tanto política como
ideológicamente, pero sobre todo jurídica y sanitariamente. Por eso nos hemos abstenido de presentar un texto propio, nuestro texto, porque consideramos que el que vale es el texto que existe, que es de todos.


Cada grupo ha hablado de derechos, etcétera, y me parece totalmente respetable, porque es así, pero hay un elemento que es unificador en esta ley que está en vigor, que es el artículo 12, cuando dice que se garantiza el acceso a la
interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que se determinan en esta ley. Es una ley garantista, que creo que es lo básico y lo fundamental de esta ley y que no merece la pena cambiar en estos momentos. Por tanto, ¿por qué el Partido
Popular solo ha modificado un único apartado? El Partido Popular, tal y como se ha dicho aquí, presentó un recurso de inconstitucionalidad a la ley vigente. El Constitucional todavía no se ha pronunciado, nos gustaría que se pronunciara, pero
aparte hay una maniobra política que ya denuncié en su momento y que pienso que lo tengo que seguir haciendo. Si tanto se fía del Constitucional, ¿por qué no ha esperado a la resolución del mismo, a su pronunciamiento, y no presentar, no uno, sino
que, no nos olvidemos, también tuvo otro proyecto de ley? Creemos sinceramente que el Partido Popular, aun con grandes alharacas y exhortaciones de todo lo que iba a cambiar en campaña electoral, no se ha atrevido a cambiar la ley existente. Es
más, dudo, salvo la modificación que ha planteado, que quiera cambiar la ley existente. Lo digo basándome en datos y en hechos. Ha tenido cuatro años para hacerlo y no lo ha hecho. El primer intento en profundidad se llevó consigo al ministro
cual tsunami tropical y nadie más supo de él ni de su proyecto. El Partido Popular todavía no nos ha explicado por qué no defendió ese proyecto. No sabemos si cree en ese proyecto o no cree, si en lo único que cree es en esta modificación, si en
lo que cree es en la ley vigente o en qué cree, aparte de los cálculos que pueda hacer en cada momento. Considero que este es un debate señuelo, consecuencia de una modificación para salir del paso, con una consistencia muy baja y respondiendo a
una promesa electoral a la que de alguna manera, antes de que acabara la legislatura, había que responder. Bertrand Russell decía que, incluso si la verdad es inconveniente, hay que ser sincero, pues resulta más inconveniente cuando se trata de
ocultarla. Creo que deberían aplicarse la máxima de Russell, que algo de esto sabía.


Como yo decía en el debate de toma en consideración, hay un salto cualitativo y es de alegrarse, señores del Partido Popular. Hay un salto cualitativo que avanza sustancialmente en las posiciones del Partido Popular o por lo menos eso es lo
que están escenificando. Mientras ustedes no lo nieguen, es así, porque ya ustedes no cuestionan si en el Estado español se puede abortar o no; lo que ustedes cuestionan es quién puede abortar, con qué edad se puede abortar o no, pero no han
cuestionado en esta modificación si en el Estado español, con garantías jurídicas y sanitarias, dentro de unos plazos, se puede abortar o no.



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El Partido Popular, pues, acepta el consenso establecido y la piedra angular de la actual ley, que es esa. En su momento, hace cinco años, yo hablaba de cruzar el río. Pues parece que ustedes han cruzado el río, porque, aun entendiendo que
la distancia o desavenencia es mayor, no podemos olvidar una de las razones de peso que hacía que la ley actual sea una ley válida, y es que tras la aplicación de esta ley no ha habido más abortos y los que ha habido lo han sido con seguridad
jurídica y con seguridad sanitaria y garantizados por la ley y por las cuestiones que plantea la ley, y, lo que es más importante, solo el 3,6 % de esos abortos han sido de menores y de todos ellos -se ha dicho muchas veces- solo el 0,44 % lo han
hecho sin informar o sin consentimiento.


Cuando ustedes objetivaban o argumentaban la necesidad de esta modificación, se referían a una cuestión del Código Civil: la obligación que tienen los padres de velar por la salud, la integridad física y la protección de sus hijos menores.
Evidentemente, no lo cuestionamos en ningún momento, pero ustedes le han dado la vuelta al sentido que el Código Civil da a esa protección. Cuando redactamos ese artículo, que permitía que algunos menores, por su situación familiar, no estén
obligados a informar o que no necesiten el consentimiento, ¿creen ustedes que nosotros estábamos pensando en familias que tienen una relación sana, saludable y afectiva en su entorno? No. Ustedes lo saben. Estábamos pensando precisamente en esas
familias que tienen problemas incluso de violencia intrafamiliar, que tienen problemas de desarraigo, que tienen problemas de relación, que pueden incluso tener problemas de salud dentro de la propia familia, salud sexual, y de violación incluso.
Por tanto, seamos sinceros, sepamos a qué nos estamos refiriendo. Hay hijas que no pueden ser acompañadas por sus padres en ese momento tan trágico de su vida.


El señor PRESIDENTE: Señor Agirretxea, debe usted acabar.


El señor AGIRRETXEA URRESTI: Acabo ya, señor presidente.


Hace cinco años en el debate decíamos desde esta tribuna: no hay nada más maravilloso que una maternidad deseada. Les hago la pregunta: ¿creen ustedes que con esta modificación ustedes harán maravillosos los embarazos de las jóvenes que
no quieran ser madres?


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Agirretxea.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Martínez Gorriarán.


El señor MARTÍNEZ GORRIARÁN: Gracias, señor presidente.


Este es un debate o más bien un pseudodebate que se ha convertido en recurrente y es bastante lamentable porque afecta a una cuestión básica que tiene que ver con la conciencia de la gente, con la moral pública y con la relación siempre
conflictiva entre leyes, legislación, política y moral. Y, ya lo dijimos la otra vez, lo que nos ha parecido desde el principio muy criticable en cómo ha ido actuando el Gobierno y el Partido Popular en este campo es que, pese a sus críticas a
otros, concretamente en este caso al Gobierno anterior de Rodríguez Zapatero y al PSOE, han hecho lo mismo, que es venir aquí con propuestas de partido que van mucho más allá y mucho más acá se quedan siempre en un terreno estéril para una cuestión
que exige ser tratada con seriedad, con seriedad desde algunas premisas; por ejemplo, la premisa de que hay que separar la legislación democrática, la política, de la moral particular, porque lo que vuelve a traer otra vez de nuevo el Partido
Popular es eso, un texto desde un punto de vista de una moral particularista y con un cálculo electoral, y coincido en esto con lo que ha dicho algún interviniente anterior.


Mi grupo no ve por ninguna parte, y no lo ha visto a lo largo de este debate, que además está viciado, una voluntad de mejorar la ley vigente, sino una voluntad de llevar otra vez al terreno de la confrontación partidaria una cuestión tan
sensible como es esta de cómo regular el derecho al aborto. También es verdad que quizás hay que felicitarse de que ya no se cuestione si tiene que haber o no una despenalización de la interrupción del embarazo, sino meramente las condiciones en
que tiene que darse. Pero, dicho esto, la manera de conducir el debate nos ha llevado a una situación que realmente tenemos que rechazar, pero además de plano, por completo. Ustedes han hecho una maniobra filibustera para que sea el Grupo Popular
y no el Gobierno el que utilice la iniciativa legislativa en esta materia sobre la base de un proyecto de ley que retiró el Gobierno sin ninguna explicación y de paso retiró al ministro; pero, claro, esto obliga a los grupos, entre ellos al mío, a
presentar textos alternativos al suyo porque no permite la devolución. Y eso nos lleva ya al terreno que nosotros queremos evitar, nosotros no queremos un debate de partidos sobre la despenalización del aborto, queremos que haya una mejora y una
profundización de la ley sobre



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la base del consenso social más amplio posible, y político claro. Eso significa que en la ley habría que avanzar o habría que tratar de mejorarla en dos sentidos, lo hemos dicho muchas veces: en primer lugar, que sea una ley de plazos
pura, en la cual haya la máxima libertad para la mujer gestante, y a la vez la máxima seguridad jurídica, tanto para el personal sanitario que interviene en la interrupción como incluso cuando se acaban los plazos para los no nacidos. Pensamos
también que los plazos, cosa que se puede discutir si son veintidós semanas como ha propuesto Esquerra u otros grupos, es algo que justamente tendría que estar en ese objetivo de mejora de la ley y también la posibilidad de que hubiera excepciones.
Pero aquí no hay nada de esto, se propone retirar algunos artículos de la ley vigente, con lo cual se desarticula si aquí hay un verdadero debate y, por lo tanto, no hay debate político sobre la cuestión, sino una maniobra filibustera.


Tampoco podemos votar las enmiendas de texto alternativo que se han presentado porque si tuviéramos un texto alternativo que, como he dicho, no compartimos como estrategia de reforma de la ley, hubiéramos presentado el nuestro propio. Por
lo tanto, vamos a tener que abstenernos y reprochamos al Grupo Popular que haya llevado el debate a este punto sin salida basándose en intereses puramente partidistas. Hay muchas cosas que pensamos que están pendientes de discutir sobre la cuestión
de los derechos reproductivos, y no solamente la actual Ley del Aborto, por ejemplo, nuestro grupo no comprende tampoco por qué el Grupo Socialista no comparte la necesidad de legislar a favor de la gestación subrogada, que sería ampliar los
derechos reproductivos también a parejas homosexuales y cosas así, que nos parece que eso sí que sería progresista y sí que sería mejorar el actual panorama legislativo, y no empeñarse de un modo cerril en que mi ley era perfecta, o en el caso del
Grupo Popular, en que su ley era tremendamente defectuosa y le vamos a quitar un par de artículos.


En resumen, mientras no se haga un esfuerzo por separar ética de política y moral de partido de moral pública y no se acabe de entender que en una democracia progresista lo que hay que hacer es mejorar a favor de la libertad y de la
seguridad jurídica, cosa que no hace la propuesta del Grupo Popular, no la podremos apoyar de ninguna de las maneras. Así que en este caso nuestro voto será de abstención y, cuando se tramite la ley, presentaremos, por supuesto, las enmiendas que
nos parezcan pertinentes en esta cuestión.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Martínez Gorriarán.


Por el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra, en primer lugar, la señora Tarruella.


La señora TARRUELLA TOMÀS: Gracias, señor presidente.


Como ya es tradicional en esta Cámara, voy a hablar en nombre de los diputados de Unió Democràtica de Catalunya, ya que saben que dentro del grupo parlamentario hay libertad de voto.


Como es lógico y entenderán, ya que en la toma de consideración de esta proposición de ley ya nos manifestamos en este sentido, Unió Democràtica de Catalunya no ha presentado enmienda a la totalidad y además vamos a votar en contra las
enmiendas que se han presentado. Como bien entenderán ustedes, votaremos en contra por un tema de coherencia y por convicción. Por coherencia, porque desde Unió Democràtica de Catalunya ya nos opusimos a la actual ley por algunos aspectos que no
nos gustaban, y un punto muy importante para nosotros era que en la ley constara la autorización de los padres para las menores de dieciséis años en caso de interrupción del embarazo. Estoy convencida de que ninguna mujer interrumpe su embarazo por
gusto, y creo que en esos momentos es cuando más necesita estar acompañada, es cuando más necesita apoyo de sus familiares, sobre todo si es una mujer de dieciséis o diecisiete años. Vuelvo a repetirlo, por este motivo, por esta coherencia y por
esta convicción que tenemos los compañeros de Unió Democràtica, vamos a votar en contra de estas enmiendas a la totalidad.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Tarruella.


Señora Ciuró.


La señora CIURÓ I BULDÓ: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, saben que mi partido, Convergència Democràtica de Catalunya, es un poco más variado y que cada miembro del partido tiene libertad de voto. Por tanto, intentaré centrar mi exposición en aquellos puntos de consenso y de conexión a
los que hemos llegado entre todos, pronunciándome específicamente



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sobre el objeto del debate de hoy, que entendemos que no es otro que la toma en consideración de las enmiendas a la totalidad presentadas por cuatro grupos parlamentarios.


En este sentido, queremos decirles que en su día los diputados y diputadas de Convergència Democràtica, ante la toma en consideración del proyecto de ley de modificación de la Ley de 2010, llegamos a un punto de conexión y convenimos que era
una modificación innecesaria. Pensamos que era innecesario el proyecto de ley que nos trajo el Gobierno en su momento, era innecesaria su modificación, porque la ley vigente había conseguido que se redujese el número de abortos y se mejorase
muchísimo la prevención, la educación, la salud sexual y reproductiva. Al final, ese descenso del número de abortos, junto con un mejor tratamiento de la información en los jóvenes y en las mujeres, hacía innecesaria la modificación y, desde este
punto de vista, cada uno de nosotros ejercimos nuestra libertad de voto.


Ante las enmiendas a la totalidad de dos grupos parlamentarios, concretamente la presentada por Esquerra Republicana de Catalunya y la presentada por La Izquierda Plural, hoy ejerceremos nuestra libertad de voto en el mismo sentido, en
coherencia con lo que cada uno de nosotros votó en su momento, porque esta innecesaria modificación que nos sirvió para encontrar esta base de consenso en el proyecto de ley del Gobierno nos sirve ahora para esta modificación que presentan ambos
grupos proponentes. Es innecesario modificar la ley vigente. Por este motivo ejerceremos en concordancia y congruencia nuestra libertad de voto en la línea en que lo hicimos la anterior ocasión. Por tanto, y siguiendo con la misma argumentación,
con relación a las enmiendas a la totalidad que nos presentan el Grupo Socialista y el grupo del BNG, que entendemos que no modifican esencialmente o no pretenden la modificación de la ley en vigor, también votaremos en consecuencia, pues esta
modificación es innecesaria.


Señorías, una vez explicada la posición de los diputados y las diputadas de Convergència Democràtica de Catalunya, quiero hablarles como mujer de lo que espero que resulte del trámite parlamentario de mejora de esta ley. Como mujer, espero
que siga permitiendo ejercer mis derechos y libertades en plenitud y en libertad, desde mi propia ética o moral, sin que nadie pueda imponerme ninguna otra ética o moral que se pretenda superior o mejor a la mía. Me gustaría también que saliese una
ley y un texto que permitiesen mejorar la prevención, que permitiesen abundar en la educación, que permitiesen el mejor acompañamiento de las jóvenes que no quieren seguir adelante con su embarazo, con recursos clínicos, con recursos psicológicos, y
que al final sigan permitiendo reducir el número de abortos que se practican como consecuencia de embarazos no deseados. Como mujer es a lo que aspiro de la tramitación de esta ley. Espero que seamos capaces de conseguir un consenso y que nadie
pueda imponer una moral por encima de las otras.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Ciuró.


Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora González Vázquez.


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Gracias, presidente.


Señorías, vemos hoy en la Cámara las cuatro enmiendas a la totalidad presentadas por diferentes grupos a la proposición de ley orgánica que presentó el Grupo Parlamentario Popular para devolver a los progenitores o tutores la capacidad de
asesorar a sus hijas adolescentes de dieciséis y diecisiete años sobre si seguir adelante con su embarazo o interrumpirlo, una cuestión que ya discutimos el pasado mes de abril cuando se tramitó la toma en consideración de esta proposición. En su
momento, ya pusimos de manifiesto que se trata de un compromiso del Gobierno y del Partido Popular con la sociedad española, en completo desacuerdo con la decisión tomada por el Gobierno del presidente Rodríguez Zapatero en 2010 de permitir a las
menores tomar esa decisión sin el consentimiento o incluso sin el conocimiento de sus familias, que en un momento como ese consideramos que deben estar a su lado para cumplir con el mandato constitucional de velar por ellas, educarlas y cuidarlas.
No solo era el Grupo Parlamentario Popular y una parte muy importante de la sociedad los que se preocuparon por la deriva que este tema fundamental arrastraba en la mano del Gobierno socialista, sino que, según una encuesta publicada por el diario
El País en junio de 2009, un 56 % de los votantes del PSOE se oponía a que las jóvenes de dieciséis y diecisiete años pudiesen abortar solas, sin el acompañamiento de sus progenitores o tutores.


Explicamos también en su día cuáles son las razones por las que planteamos la supresión de la anomalía jurídica que supone esta situación. En primer lugar, porque la Ley Orgánica 2/2010, la ley Zapatero, parte del principio de que son
mayoría las hijas que tienen una mala relación con sus progenitores, algo que, evidentemente, puede ocurrir en algunos casos, afortunadamente muy pocos, pero que nos negamos a pensar que se trate de la regla general a la que esta ley debe y quiere
aportar soluciones.



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A causa de esa supuesta mala relación, se asume también que las adolescentes no pedirán consejo a sus familiares sobre qué deben hacer en el caso de un embarazo, y se presupone, una vez más, que acudirán a un canal clandestino para abortar,
por lo que, para evitar que supuestamente la ley deje de cumplirse, se modifica. Es decir, como dijimos en su momento, se hace de la excepción la generalidad.


Ahondando un poco más en esta reflexión, el tipo de relación entre progenitores e hijas adolescentes que deja traslucir la legislación en vigor no corresponde afortunadamente con el habitual en la sociedad española. El padre, la madre o el
tutor son, para la Ley Orgánica 2/2010, la ley del Gobierno socialista, un problema; una interferencia en la voluntad de esa menor que, de nuevo, el legislador presupone empeñada en interrumpir su embarazo. En cambio, no asume como regla general y
mayoritaria la relación fluida, la relación cariñosa que, por norma general, tienen las hijas con sus progenitores en España.


La Ley Orgánica 2/2010, que incide una y otra vez en la necesidad de formación y de información, especialmente entre la gente más joven, sin embargo, permite privar a las adolescentes del asesoramiento y consejo de las personas que
habitualmente están más próximas a ellas, el de sus progenitores, retirando a estos, además, la posibilidad de ejercer la patria potestad que constitucionalmente les corresponde, pues tienen el derecho y el deber -no lo olvidemos- de educar a sus
hijos e hijas, velar por ellos y procurarles formación y sustento. En esta tarea, en un momento tan importante en la vida de sus hijas, la ley de 2010 sustituye teórica y legalmente la función de los progenitores por la función del Estado.


Resulta también arbitrario el porqué de la elección solo de las menores de dieciséis y diecisiete años obviando, por ejemplo, que podría haber menores de quince años que se encuentren en la misma situación de hipotético conflicto con sus
progenitores. Es evidente que aquí lo que la ley pretende es equiparar el aborto con cualquier otra operación quirúrgica, algo absolutamente inaceptable. Para una persona madura, a los dieciséis años es posible calibrar el alcance de una operación
o de un tratamiento médico, pero asumir que es capaz de valorar las consecuencias de un aborto implica atribuirle una madurez que no se tiene habitualmente a esa edad.


Señorías, solo España, junto con la República Checa, en la totalidad de la Unión Europea, permite el aborto de menores sin el consentimiento de sus progenitores o tutores... (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señora diputada.


Por favor, ruego silencio para escuchar a la señora González Vázquez. Continúe.


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Gracias, presidente.


Decía que solo España, junto con la República Checa, en la totalidad de la Unión Europea, permite el aborto de menores sin el consentimiento de sus progenitores o tutores. En Francia, por ejemplo, las menores deben ir acompañadas de su
madre, su padre o de un adulto de su confianza, pero no pueden acudir solas ni tomar una decisión de tal importancia sin el apoyo de una persona adulta de su entorno.


Finalmente, señorías del Grupo Parlamentario Socialista, Esquerra Republicana, Compromís, Bloque Nacionalista Galego, La Izquierda Plural, y el resto de grupos que no apoyan esta proposición de ley, si ustedes mismos han utilizado en su
argumentación, una y otra vez, el hecho de que la mayoría de las adolescentes de dieciséis y diecisiete años abortan con el conocimiento de sus progenitores que las acompañan durante el proceso -dato que conocemos por la información proporcionada
por las clínicas donde se realiza la interrupción del embarazo y que ustedes mismos, en sus intervenciones, hace un momento han evaluado en un 0,4 % de los abortos realizados en menores de dieciséis y diecisiete años-, ¿por qué no quieren ustedes
que se legisle en función de esa realidad, es decir, del 99,3 % restante de las menores? (Rumores.-Aplausos).


¿Por qué no asumen que se confundieron cuando consideraron que la mayoría de esas adolescentes abortarían a espaldas de sus padres o madres? ¿Por qué no permiten que aquellos casos excepcionales, que ustedes mismos reconocen como
excepcionales, se rijan por las excepciones que nuestro Código Civil establece y contempla? Deberían ustedes reflexionar sobre la lógica de esa premisa, cuyo punto de partida ustedes mismos aceptan, utilizan y enarbolan una y otra vez en el debate
sobre este tema. (La señora Álvarez Álvarez pronuncia palabras que no se perciben).


El señor PRESIDENTE: Señora Álvarez, le ruego silencio.


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Para terminar, voy a hablar sobre las enmiendas a la totalidad que se han presentado. En concreto, se han presentado cuatro: Esquerra Republicana, el Bloque Nacionalista Galego, La Izquierda Plural y el Grupo
Parlamentario Socialista, cada una de ellas distintas. Pero si algo



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llama la atención es el énfasis que se hace, tanto desde La Izquierda Plural como desde Esquerra Republicana de Cataluña en incluir -y esto es especialmente importante- en el artículo 1 la expresión -y cito textualmente-: El derecho de la
mujer a la interrupción voluntaria del embarazo. Esta inclusión específica es la prueba evidente de que hasta ahora en nuestra legislación ese derecho no existe. Es más, la Ley Orgánica 2/2010 fue extremadamente cuidadosa a la hora de referirse a
este punto, sin mencionarlo nunca explícitamente e incorporó expresiones como -y cito- la garantía del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo -una referencia que ha mencionado el portavoz del Partido Nacionalista Vasco-, la capacidad de la
interrupción del embarazo, la decisión de la mujer sobre la intervención, pero, en ningún momento, se articula como un derecho de la mujer, posiblemente para evitar entrar en conflicto con la doctrina del Tribunal Constitucional. Señorías, el
aborto en nuestro sistema sería un derecho de las mujeres en el caso de que prosperasen las enmiendas de Esquerra Republicana y de La Izquierda Plural, que no es el caso. Por tanto, el aborto no es en nuestro sistema jurídico un derecho de las
mujeres.


Me voy a centrar en los aspectos concretos de dos de las enmiendas a la totalidad con texto alternativo. En primer lugar, la enmienda de Esquerra Republicana a la que podemos calificar de absoluto disparate, estableciendo, por ejemplo, un
plazo de veintidós semanas para la interrupción voluntaria del embarazo, eliminando los preceptivos informes médicos, suprimiendo los plazos en los casos de riesgo para la vida de la madre o anomalía grave en el feto, eliminando los comités clínicos
y denominando a todo ello -y cito textualmente-: mejora de derechos de la ley. Quisiera recordarles, señorías, que en Noruega, Suecia u Holanda, por poner solo tres ejemplos de países con legislación que ustedes suelen traer a colación como
modelo, a partir de la semana decimoctava, el aborto solo puede realizarse en caso de grave peligro para la salud de la madre o del feto. Asimismo, esta enmienda a la totalidad establece la obligatoriedad de incluir en todas las etapas del sistema
educativo -entiendo, señorías de Esquerra, que también estaría incluida, por tanto, la educación infantil de cero a tres años o la de tres a cinco años- una formación en salud sexual afectiva y reproductiva, que incluya el conocimiento al derecho
del aborto. Creo que obvia cualquier referencia a lo que este mandato implica, pero querría recordarles que el criterio del tribunal... (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señora González.


Por favor, la señora González Vázquez está terminando. Escúchenla.


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Querría recordarles que el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, después de su sentencia Kjeldsen, Madsen y Pedersen contra Dinamarca de 7 de diciembre de 1976, establece claras directrices en cuanto
a los contenidos que se pueden incluir en la educación en esta materia y su necesaria objetividad, con un límite implícito en cuanto a la edad a la que se puede establecer como obligatoria, una edad en la que el alumnado pueda diferenciar entre
formación e información. De lo contrario, la transmisión de información, sin que el alumnado tenga capacidad para enjuiciarla de modo responsable, puede ser formación en una determinada visión del mundo, algo que el tribunal considera inaceptable.


Quisiera también dedicar un minuto solo a la enmienda a la totalidad del Grupo Socialista, por la perplejidad que provoca su lectura. Parecería que el Grupo Socialista que ha defendido con ahínco la totalidad de la Ley del Aborto
actualmente en vigor -su ley- debería sostenerla con fuerza y siendo coherente con esa defensa reintegrarla en sus términos, como ha hecho el Bloque Nacionalista Galego, o al menos enmendar los dos artículos de la proposición de ley del grupo
mayoritario. Pues bien, no es así. El Grupo Socialista presenta una exposición de motivos en la que achaca al grupo parlamentario una incoherencia inexistente al haber enmendado en dos leyes distintas el artículo 9.4 de la Ley básica reguladora de
la autonomía del paciente...


El señor PRESIDENTE: Señora diputada, tiene que terminar.


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Termino, ya.


Quiero decirles que no hay ninguna incoherencia en esa cuestión y que se enmienda de dos maneras diferentes y lo único que habrá será una modificación de la numeración. Deben saber también, señorías, que resulta sorprendente que en el
articulado de su enmienda a la totalidad mediante texto alternativo y artículo único no hagan ustedes referencia al texto de su ley, sino tan solo a la modificación de la Ley 41/2002. Se trata de una verdadera chapuza jurídica incomprensible y
confusa, en la que no queda claro si ustedes desean volver al texto original actualmente en vigor, o retirar el artículo 13.



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Termino, presidente. Ni las leyes ni las normas, como sabemos bien, tienen carácter absoluto. Su valor reside en su mayor o menor utilidad social, en su aceptación, en su capacidad de responder a las demandas de una mayoría de la
ciudadanía y en la satisfacción de esta. La reforma que proponemos viene ya legitimada por el convencimiento que reside en esa mayoría de personas,... (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Tiene que terminar, señora diputada; no puede seguir. (Rumores).


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Termino ya. (Rumores).


... padres y madres que consideran que es necesaria, y queremos defenderla y realizarla mediante nuestros argumentos simples, sinceros y honestos, sin entrar a hablar de otros temas, como ha hecho, por ejemplo, el señor Baldoví. Lo que nos
trae hoy aquí es la proposición de ley y no otros temas u otros comportamientos, pues de eso tendríamos mucho que hablar a la luz del lamentable espectáculo que está dando, por ejemplo, el partido del señor Baldoví en la Comunidad Valenciana.
(Rumores).


El señor PRESIDENTE: Señora González Vázquez, no podemos hablar de más; tiene que terminar.


La señora GONZÁLEZ VÁZQUEZ: Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Señorías, está con nosotros en la tribuna de autoridades el comisario europeo de Agricultura y Desarrollo Rural, don Phil Hogan, que por segunda vez viene a España para entrevistarse y para hablar con nuestros diputados de la Comisión de
Agricultura. Le damos la bienvenida y le deseamos una feliz estancia. Muchas gracias. (Aplausos).


Votamos en dos minutos. (Pausa).


Quiero advertirles que hay bastantes votaciones. Se ha reducido a diez segundos la votación y yo diré simplemente aprobadas o rechazadas las enmiendas.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES. (VOTACIÓN):


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IU, ICV-EUiA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL, SOBRE LA POSICIÓN DEL GOBIERNO EN RELACIÓN AL DRAMA HUMANITARIO QUE SE ESTÁ PRODUCIENDO EN EL MEDITERRÁNEO, LAS PROPUESTAS DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE POLÍTICA DE
ASILO Y LA RESPUESTA DEL GOBIERNO A DICHAS PROPUESTAS. (Número de expediente 173/000217).


El señor PRESIDENTE: Comenzamos las votaciones.


Moción de La Izquierda Plural, sobre la posición del Gobierno con relación al drama humanitario que se está produciendo en el Mediterráneo, las propuestas de la Unión Europea en materia de política de asilo y la respuesta del Gobierno a
dichas propuestas.


La votación la hacemos separada por puntos. Indico a los portavoces que se fijen porque es un poco confusa. En primer lugar, votación de los puntos 1 a 4 en materia de asilo.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 134; en contra, 179.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazados.


Votación de los puntos 1 a 4 en materia de política migratoria.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 134; en contra, 178; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazados.


Votación de los puntos 1 y 2 en materia de derechos civiles y políticos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 21; en contra, 274; abstenciones 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazados.



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- DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA, SOBRE LAS MEDIDAS QUE PIENSA LLEVAR A CABO EL GOBIERNO PARA RENOVAR Y ACTUALIZAR EL ACUERDO SOBRE UN CÓDIGO DE CONDUCTA EN RELACIÓN CON EL 'TRANSFUGUISMO'. (Número de expediente
173/000218).


El señor PRESIDENTE: Moción de Unión Progreso y Democracia sobre las medidas que piensa llevar a cabo el Gobierno para renovar y actualizar el acuerdo sobre un código de conducta en relación con el transfuguismo. Hay una enmienda del Grupo
Parlamentario Socialista que ha sido incorporada. En esas condiciones procedemos a votar.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 111; en contra, 177; abstenciones, 20.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS. (VOTACIÓN):


- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXCELENTÍSIMOS SEÑORES DIPUTADOS. (Número de expediente 042/000048).


El señor PRESIDENTE: Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaración de actividades de excelentísimos señores diputados. Hay una votación separada del dictamen. En primer lugar, votación del dictamen referido a don
Agustín Conde Bajén.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 176; en contra, 116; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Votación del resto del dictamen de la Comisión del Estatuto.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 295; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


ENMIENDAS DEL SENADO. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY EN MATERIA DE CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LOS SEFARDÍES ORIGINARIOS DE ESPAÑA QUE JUSTIFIQUEN TAL CONDICIÓN Y SU ESPECIAL VINCULACIÓN CON ESPAÑA, POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO CIVIL Y POR LA
QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA. (Número de expediente 121/000099).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado. Proyecto de ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica
el artículo 23 del Código Civil y por la que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Votación de las enmiendas. En primer lugar, enmiendas al título, al preámbulo, a la disposición final cuarta y
a la disposición final sexta.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 292; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas al apartado 5 del artículo 1 en lo relativo al párrafo final.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 191; en contra, 24; abstenciones, 95.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Resto de enmiendas al apartado 5 del artículo 1.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 180; en contra, 124; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas a la disposición adicional segunda en lo relativo a la rúbrica.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 198; en contra, 105; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas a la disposición adicional segunda en lo relativo al apartado 1.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 183; en contra, 121; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas a la disposición adicional segunda en lo relativo al apartado 2.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 183; en contra, 124; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas a la disposición adicional cuarta y a la disposición transitoria única.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 308; en contra, 1; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Resto de enmiendas al proyecto de ley.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 298; en contra, 11.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946 Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CATASTRO INMOBILIARIO, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO. (Número de expediente
121/000100).


El señor PRESIDENTE: Proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 marzo.


En primer lugar, votación de las enmiendas al preámbulo.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 201; en contra, 2, abstenciones, 107.



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas al artículo primero.seis.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 297; en contra, 1; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas al artículo primero.nueve.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 201; en contra, 97; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- PROYECTO DE LEY DE RECUPERACIÓN Y RESOLUCIÓN DE ENTIDADES DE CRÉDITO Y EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSIÓN. (Número de expediente 121/000136).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. Vamos a votar en bloque todas las enmiendas.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 197; en contra, 1; abstenciones, 115.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL CÓDIGO PENAL MILITAR. (Número de expediente 121/000107).


El señor PRESIDENTE: Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. Empezamos con el proyecto de ley orgánica del Código Penal Militar.


En primer lugar, enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, señor Tardà. Enmiendas 118 y 121.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 31; en contra, 272; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del señor Tardà.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 35; en contra, 169; abstenciones, 101.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Vasco PNV.


En primer lugar, enmienda 109.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 35; en contra, 271; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 115.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 128; en contra, 180; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 35; en contra, 178; abstenciones, 94.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de Unión Progreso y Democracia. Enmiendas números 39, 41, 42, 52, 53, 54, 56, 57, 66 y 70.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 128; en contra, 179; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 45.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 32; en contra, 274.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 33; en contra, 178; abstenciones, 97.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de La Izquierda Plural. Enmiendas 4, 13 y 22.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 33; en contra, 273; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 18, 20, 21, 29 y 33.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 129; en contra, 180.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 35; en contra, 180; abstenciones, 93.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Catalán de Convergencia i Unió. Enmienda 82.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 35; en contra, 273; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 87, 89, 98 y 102.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 129; en contra, 180; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 35; en contra, 179; abstenciones, 92.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 127; en contra, 180; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación del dictamen de la Comisión. En primer lugar, votación del dictamen en lo relativo a la exposición motivos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 189; en contra, 11; abstenciones, 111.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Votación del dictamen en lo relativo al artículo 1.5.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 183; en contra, 125; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Votación del resto del dictamen, con la corrección técnica que ha sido distribuida.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 275; en contra, 17; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


VOTACIÓN DE CONJUNTO:


El señor PRESIDENTE: Vamos a realizar la votación de conjunto del proyecto de ley orgánica del Código Penal Militar. Ha sido emitido un voto telemático.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310, más un voto telemático, 311; a favor, 180 más un voto telemático, 181; en contra, 18; abstenciones, 112.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el proyecto de ley


- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA LA AGILIZACIÓN DE LA JUSTICIA PENAL Y EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES. (Número de expediente 121/000138).


El señor PRESIDENTE: Siguiendo con los dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas, votamos el proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de
las garantías procesales.



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En primer lugar, votación de las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (PNV). En primer lugar, la enmienda 25.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 124; en contra, 179; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del PNV.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 32; en contra, 176; abstenciones, 100.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 52 del Grupo de Unión Progreso y Democracia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 18; en contra, 180; abstenciones, 112.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas de La Izquierda Plural. En primer lugar, las enmiendas 5 y 6.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 14; en contra, 184; abstenciones, 111.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 7 y 12.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 29; en contra, 180; abstenciones, 101.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 10.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 112; en contra, 179; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 13 a 16 y 23.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 124; en contra, 178; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 17 y 20.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 15; en contra, 275; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de La Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 29; en contra, 274; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, enmiendas 27, 29 y 35.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 30; en contra, 180; abstenciones, 99.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 28, 31 y 32.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 114; en contra, 180; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 30.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 30; en contra, 273; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 36.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 21; en contra, 276; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 37.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 127; en contra, 179; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo Socialista. En primer lugar, enmiendas 39, 41 y 42.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 111; en contra, 180; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 129; en contra, 178.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 61.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 185; en contra, 105; abstenciones, 18.



Página 97





El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votación del dictamen de la Comisión.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 314; a favor, 179; en contra, 116; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES Y LA REGULACIÓN DE LAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA. (Número de expediente 121/000139).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas al proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.


En primer lugar, enmienda del señor Urbina del Grupo Mixto. Votación en bloque de sus enmiendas.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 315; a favor, 17; en contra, 280; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco, PNV. Enmienda 39.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 125; en contra, 186.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del PNV.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 31; en contra, 267; abstenciones, 11.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de Unión Progreso y Democracia. En primer lugar, enmienda 94.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 5; en contra, 184; abstenciones, 120.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 95.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 5; en contra, 180; abstenciones, 123.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 96.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 5; en contra, 273; abstenciones, 31.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 97 y 102.


Comienza la votación. (Pausa).



Página 98





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 102; en contra, 179; abstenciones, 27.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda transaccional a la enmienda 98.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 294; en contra, 3; abstenciones, 11.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 99.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 6; en contra, 180; abstenciones, 123.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 100.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 119; en contra, 180; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 101.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 5; en contra, 179; abstenciones, 124.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas de La Izquierda Plural. Enmiendas 8, 13 a 16, 20, 22, 24 a 26, 28, 30, 32 y 35.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 29; en contra, 274; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 19, 23 y 29.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 129; en contra, 179; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de La Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 27; en contra, 178; abstenciones, 102.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, enmiendas 49, 51, 54, 59, 60, 69 y 70.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 124; en contra, 180; abstenciones, 5.



Página 99





El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 50 y 57.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 24; en contra, 182; abstenciones, 103.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 56 y 63.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 114; en contra, 177; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 55, 62, 65 y 67.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 34; en contra, 181; abstenciones, 93.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 58.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 36; en contra, 269; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 61 y 66.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 24; en contra, 272; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Socialista. Enmiendas 71 a 73, 76 a 79 y 84.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 114; en contra, 179; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 88.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 128; en contra, 180; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 129; en contra, 180.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación del dictamen de la Comisión.


Comienza la votación. (Pausa).



Página 100





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 315; a favor, 176; en contra, 118; abstenciones, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


VOTACIÓN DE CONJUNTO.


El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto por tratarse de un proyecto de ley orgánica, la de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Hay un voto emitido telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 315 más 1 voto telemático, 316; a favor, 182 más 1 voto telemático, 183; en contra, 112; abstenciones, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN. (Número de expediente 121/000143).


El señor PRESIDENTE: Vamos a votar ahora la enmienda a la totalidad de devolución, al proyecto de ley de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y que ha
presentado el Grupo de La Izquierda Plural. Hay un voto emitido telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310 más 1 voto telemático, 311; a favor, 11; en contra, 298 más 1 voto telemático, 299; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda a la totalidad.


- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN DE LAS MENORES Y MUJERES CON CAPACIDAD MODIFICADA JUDICIALMENTE EN LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. (Número de expediente 122/000195).


El señor PRESIDENTE: Proposición de ley orgánica para reforzar la protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente en la interrupción voluntaria del embarazo. Hay cuatro enmiendas a la totalidad de texto
alternativo, que votaremos sucesivamente, y en cada una de ellas se ha emitido un voto telemático.


Enmienda con texto alternativo presentada por la señora Fernández Davila, del Grupo Mixto.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 315 más 1 voto telemático, 316; a favor, 120; en contra, 185 más 1 voto telemático, 186; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda a la totalidad con texto alternativo a este mismo proyecto de ley presentada por el señor Tardà.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 315 más 1 voto telemático, 316; a favor, 16; en contra, 190 más 1 voto telemático, 191; abstenciones, 109.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda a la totalidad de texto alternativo a este proyecto de ley presentada por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).



Página 101





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313 más un voto telemático, 314; a favor, 16; en contra, 189 más un voto telemático, 190; abstenciones, 108.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda a la totalidad con texto alternativo a este mismo proyecto de ley presentada por el Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 314 más 1 voto telemático, 315; a favor, 120; en contra, 184 más 1 voto telemático, 185; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Se levanta la sesión.


Eran las seis y cinco minutos de la tarde.