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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 281, de 14/05/2015
cve: DSCD-10-PL-281 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 281

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO

Sesión plenaria núm. 264

celebrada el jueves,

14 de mayo de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Enmiendas del Senado:


- Proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre). 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 117-1, de 2 de octubre de 2014. (Número de expediente 121/000117)
... (Página6)


- Proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 121-1, de 31 de octubre de 2014. (Número de expediente 121/000121) ... (Página14)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales:


- Acuerdo entre el Reino de España y la República de Uzbekistán sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, hecho en Madrid el 5 de noviembre de 2013. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 388, de 27 de marzo de 2015.
(Número de expediente 110/000163) ... (Página20)


- Protocolo entre el Reino de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Ottawa el 23
de noviembre de 1976, hecho en Madrid el 18 de noviembre de 2014. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 389, de 27 de marzo de 2015. (Número de expediente 110/000164) ... (Página20)


- Protocolo del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea,
hecho en Bruselas el 25 de junio de 2014. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 390, de 27 de marzo de 2015. (Número de expediente 110/000165) ... (Página20)



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- Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Angola sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Madrid el 3 de febrero de 2014. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número
391, de 27 de marzo de 2015. (Número de expediente 110/000166) ... (Página20)


- Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno del Reino de Marruecos relativo al transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías y su Protocolo de aplicación, hecho en Rabat el 3 de octubre de 2012. 'BOCG.
Cortes Generales', serie A, número 394, de 10 de abril de 2015. (Número de expediente 110/000167) ... (Página20)


Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas:


- Proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 134-1, de 6 de marzo de 2015. (Número de expediente 121/000134) ... href='#(Página25)'>(Página25)


- Proyecto de ley por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el
Exterior. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 135-1, de 13 de marzo de 2015. (Número de expediente 121/000135) ... (Página39)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página47)


Convalidación o derogación de reales decretos-leyes. (Votación) ... (Página47)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página48)


Avocación por el Pleno ... (Página48)


Avocación por el Pleno ... (Página48)


Enmiendas del Senado. (Votación) ... (Página49)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. (Votación) ... (Página49)


Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página50)


SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.


La Presidencia anuncia que las votaciones no se realizarán antes de la una y media de la tarde.


Enmiendas del Senado ... (Página6)


Proyecto de Ley de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre) ... (Página6)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Anchuelo Crego, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Coscubiela Conesa, del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Sánchez i



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Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Caldera Sánchez-Capitán, del Grupo Parlamentario Socialista, y la señora López González, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial ... (Página14)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Agirretxea Urresti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Lleonart Crespo, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; las señoras De las Heras Ladera, del Grupo
Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Surroca i Comas, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Ros Martínez, del Grupo Parlamentario Socialista, así como el señor Ruano Gómez, del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales ... (Página20)


Acuerdo entre el Reino de España y la República de Uzbekistán sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, hecho en Madrid el 5 de noviembre de 2013 ... (Página20)


Protocolo entre el Reino de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de
noviembre de 1976, hecho en Madrid el 18 de noviembre de 2014 ... (Página20)


Protocolo del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea,
hecho en Bruselas el 25 de junio de 2014 ... (Página20)


Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Angola sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Madrid el 3 de febrero de 2014 ... (Página20)


Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno del Reino de Marruecos relativo al transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías y su Protocolo de aplicación, hecho en Rabat el 3 de octubre de 2012 ... href='#(Página20)'>(Página20)


Para fijar su posición sobre determinados convenios intervienen los señores Nuet Pujals, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Xuclà i Costa, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Sáez Jubero,
del Grupo Parlamentario Socialista, y Beneyto Pérez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas ... (Página25)


Proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ... (Página25)


En defensa de las enmiendas que se mantienen vivas para su defensa en Pleno intervienen el señor Baldoví Roda y la señora Fernández Davila, del Grupo Parlamentario Mixto; los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV);
Martínez Gorriarán, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Coscubiela Conesa, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, y Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); la señora
Aguilar Rivero, del Grupo Parlamentario Socialista, y el señor Castillo Calvín, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


La Presidencia informa de que se encuentra presente en el hemiciclo el señor Mohamed Al Mour, presidente del Consejo Nacional Federal del Estado de Emiratos Árabes Unidos, acompañado de una representación de la Cámara de los Emiratos Árabes
Unidos.


Proyecto de Ley por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el
Exterior ... (Página39)


En defensa de las enmiendas que se mantienen vivas para su defensa en Pleno intervienen los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Martínez Gorriarán, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, y Jané
i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); así como las señoras Rodríguez Ramos, del Grupo Parlamentario Socialista, y Bonilla Domínguez, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página47)


Sometida a votación la enmienda transaccional con la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural a la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre
la interpretación, desarrollo y aplicación que de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa está haciendo el Gobierno, se rechaza por 128 votos a favor, 179 en contra y 4 abstenciones.


Convalidación o derogación de reales decretos-leyes. (Votación) ... (Página47)


Sometida a votación la convalidación del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional,
se aprueba por 192 votos a favor más 2 votos telemáticos, 194; 1 en contra y 113 abstenciones.


Sometida a votación su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, se rechaza por 43 votos a favor, 179 en contra más 2 votos telemáticos, 181, y 88 abstenciones.


Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página48)


Sometidas a votación conjunta las enmiendas al proyecto de ley del tercer sector de acción social, son rechazadas por 37 votos a favor, 183 en contra más 2 votos telemáticos, 185, y 91 abstenciones.



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Avocación por el Pleno ... (Página48)


Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de ley del tercer sector de acción social, se rechaza por 133 votos a favor y 178 en contra más 2 votos telemáticos, 180.


Proyecto de ley de voluntariado ... (Página48)


Sometidas a votación conjunta las enmiendas al proyecto de ley de voluntariado, se rechazan por 36 votos a favor, 182 en contra más 2 votos telemáticos, 184, y 92 abstenciones.


Avocación por el Pleno ... (Página48)


Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de ley de voluntariado, se rechaza por 131 votos a favor, 178 en contra más 2 votos telemáticos, 180, y 1 abstención.


Enmiendas del Senado. (Votación) ... (Página49)


Sometidas a votación conjunta las enmiendas del Senado al proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre), se aprueban por 180 votos a favor y 129 abstenciones.


Sometidas a votación conjunta las enmiendas del Senado al proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, son aprobadas por 188 votos a favor, 20 en contra y 97 abstenciones.


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. (Votación) ... (Página49)


Sometido a votación el Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno del Reino de Marruecos relativo al transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías y su Protocolo de aplicación, hecho en Rabat el 3 de
octubre de 2012, se aprueba por 290 votos a favor, 3 en contra y 14 abstenciones.


Sometidos a votación conjunta el resto de convenios que figuran en el orden del día, son aprobados por asentimiento.


Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página50)


Sometidas a votación las enmiendas al proyecto de ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, son rechazadas todas excepto la enmienda transaccional a la enmienda número 249, del Grupo
Parlamentario Socialista.


Sometido a votación el dictamen de la comisión, con la corrección técnica distribuida, se aprueba por 178 votos a favor, 132 en contra y 1 abstención.


Votación de conjunto ... (Página53)



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Sometida a votación de conjunto, por tener la iniciativa carácter de ley orgánica, se aprueba por 178 votos a favor más 2 votos telemáticos, 180; 131 en contra y 2 abstenciones.


Sometidas a votación las enmiendas al proyecto de ley por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente
del Ministerio de Justicia en el Exterior, son rechazadas todas.


Sometido a votación el dictamen de la comisión, se aprueba por 296 votos a favor y 10 en contra.


Se levanta la sesión a las dos de la tarde.


Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.


ENMIENDAS DEL SENADO:


- PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 11/2014, DE 5 DE SEPTIEMBRE). (Número de expediente 121/000117).


El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.


Señorías, como hoy se votan algunos proyectos de ley orgánica, adelanto que la votación no será antes de la una y media, pero yo espero que se acerque mucho a esa hora; no antes de la una y media.


Enmiendas aprobadas por el Senado al proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal. Vamos a comenzar con UPyD, con el señor Anchuelo, pero tiene enmiendas el Grupo Vasco, PNV, y cuando llegue el señor Azpiazu intervendrá. (El
señor Olabarría Muñoz pide la palabra).


Tiene la palabra por el Grupo Vasco, PNV, el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señor presidente.


Con mucha brevedad, quiero decir que no percibimos en las enmiendas del Senado las correcciones que nosotros hemos indicado en relación con este importante proyecto de ley, particularmente en lo atinente al sistema de transmisión de una
empresa a un nuevo empresario, donde los elementos de subrogación previstos en el derecho del trabajo se consignan adecuadamente, pero no la posibilidad que indica en moderna jurisprudencia el Tribunal Supremo en relación con la materia, transmisión
de las deudas, incluso de la deuda pública, mediante el troceamiento de la misma o incluso la no transmisión de la integridad de la deuda viva, a efectos de garantizar la posibilidad de que el nuevo empresario, el empresario subrogado o el
empresario al que se le transmite, pueda convertir, reflotar una empresa que no fue viable, que tuvo problemas de competitividad en su día, en una empresa desde esta perspectiva viable.


Miren, no hemos atendido una interpretación espiritualista de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en esta materia y se ha perdido una gran oportunidad, por lo que lamentamos que ni en esta Cámara ni en el Senado, señor presidente, se
hayan podido incorporar no ya reformas particularmente innovadoras, sino reformas que ya están consignadas para la jurisprudencia de los tribunales.


Por lo tanto, esta es una oportunidad fallida.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Anchuelo.


El señor ANCHUELO CREGO: Gracias, señor presidente.


Mi grupo acogió favorablemente, en su momento, el Real Decreto 11/2014, del que proviene este proyecto de ley. Como señalamos allí, nuestro país padece una crisis de sobreendeudamiento, y hay numerosas empresas viables, que tienen un modelo
de negocio viable y que, sin embargo, se han visto abocadas a la desaparición por defectos que había en nuestra legislación. El procedimiento normal ha sido que hayan ido al concurso de acreedores, y en un 94 % de los casos esos concursos de
acreedores han terminado en la liquidación de la empresa, en el cese de la actividad y la pérdida de puestos de trabajo, frente a otra alternativa que habría tenido mucho más sentido en la mayoría de los casos, que era



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la restructuración de la deuda. Por eso, el Real Decreto 4/2014 introdujo algunas reformas en la fase preconcursal para abordar este problema, y el Real Decreto 11, del que proviene este proyecto de ley, extendió esas reformas a la fase
concursal, permitiendo procedimientos que facilitan la restructuración y refinanciación de la deuda, para impedir que un pequeño número de acreedores pueda bloquear esos acuerdos o facilitando la transmisión íntegra de la empresa, o si no íntegra,
al menos, de unidades productivas completas.


No obstante, este apoyo al Real Decreto 11 se ha visto matizado a lo largo de la tramitación del proyecto de ley, porque creemos que al tramitarse el real decreto como proyecto de ley se ha perdido una oportunidad importante de introducir
mejoras en él. Algunas las hemos propuesto en las enmiendas de Unión Progreso y Democracia. Por ejemplo, nosotros éramos partidarios de flexibilizar considerablemente la regulación de los acuerdos extrajudiciales. Querríamos unos acuerdos
extrajudiciales más rápidos, menos costosos y con menor limitación a las quitas y esperas que pueden acordarse en ellos. Este es un aspecto importante de la cuestión, los acuerdos extrajudiciales. Tampoco nos gusta que las sociedades de tasación
vayan a tener el monopolio o la exclusiva en la valoración de la garantía de los inmuebles, porque hay otros profesionales -por ejemplo, los arquitectos- que han venido trabajando como peritos en procedimientos judiciales y realizando estas tareas,
que ahora se van a dejar exclusivamente en manos de las sociedades de tasación; algo que, por cierto, no sucede en otros países europeos. Tampoco compartimos que sea el auditor del deudor quien vaya a certificar la suficiencia del pasivo en los
acuerdos de refinanciación, porque es el auditor del deudor y, por lo tanto, puede haber un claro conflicto de intereses en que él desarrolle esta tarea.


Todas estas enmiendas han sido rechazadas en bloque en Comisión impidiendo realizar esas mejoras que, desde el punto de vista de mi grupo, necesitaba esta legislación. Pero ese no es el problema principal. El problema principal tiene que
ver con que una vez más se ha desaprovechado la oportunidad de hacer algo que es urgente, que es introducir un verdadero procedimiento de segunda oportunidad en nuestro país. Esta es una cuestión que quiero recordar que se abordó por primera vez
entre estos muros con una proposición de ley de Unión Progreso y Democracia. Fue nuestro grupo en la primera proposición de ley que pudo presentar a esta legislatura quien trajo esta cuestión a la Cámara. -Fue concretamente el 13 de marzo de 2012
cuando se debatió en el Pleno-. Ahí señalábamos que las personas físicas tenían derecho a que se abordasen sus problemas con la misma lógica que las empresas. Por cierto, muchas empresas o pymes no tienen forma societaria, son personas físicas.
De las tres millones de pymes que hay en nuestro país, un millón y medio -la mitad- son trabajadores autónomos. Lo mismo sucede con las familias, ya que esa crisis de sobreendeudamiento no solo es de las empresas, hay muchas familias endeudadas
como consecuencia de la burbuja inmobiliaria que estaban sujetas a una legislación draconiana. Lo que proponíamos, por cierto, no era algo revolucionario. Ya el Fondo Monetario Internacional y la Unión Europea señalaban en sus informes y
recomendaciones la necesidad de tener algo así.


Resulta lamentable, por tanto, que se hayan desperdiciado siete años, llevamos siete años de crisis, para abordar esta cuestión. Son muchos los miles de autónomos, son muchas las decenas de miles de familias que se han visto
irremediablemente ya perjudicadas por este retraso. Resulta también lamentable que, cuando por fin se aborda en otro real decreto, al que me referiré, se haya hecho de forma insuficiente porque lo que allí se ha diseñado no es un verdadero
procedimiento de segunda oportunidad. -De hecho, ya el ministro de Economía se ofrece a realizar correcciones para intentar paliar esa cuestión-. Por ejemplo, en él no se incluyen créditos muy importantes como los créditos públicos -Hacienda,
Seguridad Social- que en el caso de pymes y trabajadores autónomos son una parte fundamental del problema.


No puedo dejar de señalar el caos legislativo, el caos en el procedimiento legislativo con que se ha abordado esta cuestión a lo largo de la legislatura. Son ya innumerables las reformas concursales que han pasado por esta Cámara. Hoy
llega una más y, tengo que señalar que este proyecto de ley que proviene del Real decreto-ley 11/2014, se solapa con otro proyecto de ley que se está tramitando en paralelo que es el que proviene del Real decreto-ley 1/2015, que también aborda estas
cuestiones; real decreto que, por cierto, ya está en vigor. En consecuencia, el debate queda realmente adulterado. En Comisión estábamos debatiendo sobre una ley que ya había sido posteriormente modificada por un real decreto, que se está
tramitando en paralelo abordando cuestiones interrelacionadas. Algunas de las enmiendas del Senado reflejan esta cuestión: hay dos de ellas que ajustan la redacción del texto al Real Decreto-ley 1/2015. Además, en medio de esta tramitación el
ministro de Economía ya anuncia la



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posibilidad de cambios importantes. Habría sido mucho mejor abordar la reforma concursal como un todo, de forma integral y desde hace muchos años, como mínimo al inicio de esta legislatura, si no a mediados de la legislatura anterior.


Por eso, nuestro voto que fue inicialmente favorable al real decreto se transformó en una abstención en el debate en Comisión. Las enmiendas del Senado no alteran nada sustancial; ni alteran sustancialmente el texto del proyecto de ley ni
alteran los términos del debate ni alteran por tanto nuestra posición global sobre este proyecto de ley, que sigue siendo la abstención. Hay algunos elementos favorables que he señalado al inicio de mi intervención, pero también hay lagunas
importantes por las enmiendas que no se han aceptado o por las carencias a las que me he referido en mi intervención.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Anchuelo.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Gracias, señor presidente.


Señorías, todos ustedes son conscientes de que asistimos a un capítulo que puede pasar a la historia jurídica legislativa de este país como una de las experiencias más graves de deterioro del principio de seguridad jurídica, pero por si a
alguien se le hubiera pasado desapercibido quiero dejarlo bien claro. Hoy nos llega del Senado otra reforma de la Ley Concursal del año 2003. -Nada de particular, las leyes están para mejorarse-. Sin embargo, no podemos obviar que hoy esta Cámara
va a votar el cuarto texto legal diferenciado, distinto, en un año -el cuarto: dos decretos-leyes y sus sucesivas leyes derivadas de la tramitación de esos decretos-leyes- y, además, la sexta reforma de la Ley Concursal en esta legislatura. Como
ya se ha dicho, el lunes creo que termina el plazo de tramitación de las enmiendas de la que es ya la séptima reforma, y parece que el Gobierno tiene en marcha una posible octava para abordar situaciones generadas, como la del Banco de Madrid.
Señorías, no sé cómo lo ven ustedes, pero yo lo veo insostenible desde el punto de vista de la seguridad jurídica. Aquí a alguien se le llena la boca, especialmente al Gobierno, de decir que este país crece mucho porque se da seguridad a los
inversores. ¿De verdad creen que se da seguridad a alguien cuando en una legislatura se modifica siete y ocho veces un mismo texto legal, pero no en aspectos distintos, sino en muchos casos incidiendo en las mismas cuestiones?


Primero fue el Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo, que terminó siendo la Ley 11/2014, modificada sustancialmente con relación al texto inicial. En aquella reforma legislativa el argumento era garantizar y promover los acuerdos
preconcursales para garantizar que se pudiera dar continuidad a las empresas. Muy buen argumento, si no fuera porque ya entonces una de las consecuencias de aquel decreto-ley fue debilitar en extremo el carácter privilegiado, preferente, del
crédito de los trabajadores durante el periodo de tres meses en que se sustancian esos procesos preconcursales. En aquel momento, el Grupo Popular, a través de su portavoz, don Vicente Martínez-Pujalte, se comprometió con la Cámara y con las
organizaciones sindicales a resolver ese tema. Pues bien, aún estamos esperando esa solución, que no solo no se ha producido sino que después nos llega un nuevo decreto-ley del que se desprende este proyecto de ley que hoy estamos discutiendo, que
no solo no resuelve el problema de los créditos preferentes de los trabajadores en la fase preconcursal, sino que los agrava ampliando el deterioro de esa situación de preferencia, de privilegio, que existía antes de ese furor reformista de la
legislación concursal. Sinceramente, ¿de verdad alguien se cree que esta es una manera sostenible de legislar?, ¿de verdad alguien se cree que esto puede ayudar al país a funcionar? Yo creo que no y tengo la obligación de dejar constancia de
ello.


En su momento ya dijimos que compartimos el supuesto objetivo de estas reformas, que dicen ser el de facilitar la continuidad de las empresas globalmente en cuanto a unidades productivas, facilitando también el mantenimiento de los puestos
de trabajo. Muy bien, pero el problema no es el objetivo, el problema son los medios a través de los cuales se consigue este objetivo. Insisto en que en este proyecto de ley que hoy vamos a aprobar se deteriora de manera importante el carácter de
preferente, de privilegiado, de los créditos de los trabajadores. Pero eso no es casualidad, porque hemos tenido algunas enmiendas de tramitación que afortunadamente no se han aprobado durante todo este proceso, que ponen de manifiesto que detrás
hay algo muy importante: la clara voluntad de intereses económicos representados por grandes despachos mercantilistas de este país para acabar con el carácter preferente y privilegiado de los créditos laborales y los créditos públicos. La hay, y
así se ha expresado, porque se considera que entonces los intereses de las empresas que representan están en inferioridad de condiciones. Por favor, pensemos, o mejor, piensen -algunos ya lo hemos pensado- lo que puede suponer antes de hacer esa
barbaridad.



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La justificación del carácter preferente de esos créditos existe no solo por el contenido laboral y público de las deudas. Porque no nos olvidemos de que si los trabajadores no ejecutan y Hacienda o la Seguridad Social no ejecutan, cuando
pueden hacerlo, es porque tienen la garantía de que después no van a tener que verse enzarzados en un proceso de distribución entre todos los acreedores de lo que quede del proceso concursal. Si a esas personas y a esos intereses públicos se les
dice que no van a tener ese privilegio, ese carácter preferente, lo normal es que en cuanto puedan ejecuten porque, si no, se van a quedar sin puestos de trabajo y además sin las deudas que tienen acreditadas. Quiero volver a insistir en ese
aspecto que nos parece muy trascendente.


De todas maneras, quiero destacar que en el Grupo Parlamentario Popular deberían aclararse y poner orden porque están un poco espasmódicos, desde el punto de vista legislativo. Cuando discutíamos el texto del decreto-ley que da lugar a este
proyecto de ley, muchos grupos les propusimos que lo aprovecharan para abordar la ley de segunda oportunidad y nos dijeron: Nanai de la China, y unas semanas o meses después vienen y lo proponen ustedes con una versión limitada y cicatera. Esta
Cámara debería servir para algo. Nosotros escuchamos permanentemente gritos al diálogo -perdón, llamadas al diálogo-, aunque a veces parecen gritos opacos, cerrados, porque la verdad es que después de esa llamada no hay absolutamente nada. Desde
ese punto de vista -insisto- se está cometiendo alguna barbaridad en términos de seguridad jurídica.


Quiero destacar además algo especialmente grave. Con el texto que hoy se aprueba sitúan ustedes los derechos de las entidades financieras reguladas y supervisadas frente al proceso concursal y, en el proceso concursal y de reparto de los
derechos, han hecho ustedes una ampliación de los derechos de esas entidades financieras reguladas y supervisadas a todas aquellas entidades que prestan dinero, pero que no están en esa condición de supervisadas; en definitiva, fondos de diferente
naturaleza, que el señor De Guindos se ha empeñado en convertir en una banca en la sombra. De esa manera, están ustedes incentivando la función de los fondos buitres, con una cosa que espero que no suceda, porque si sucede en los próximos años un
fiasco con los depositarios de recursos en esos fondos buitres concedidos a interés más elevado, y que también tienen más riesgos en su condición de concesión de créditos, espero no escuchar a nadie decir -como los he escuchado ahora en relación con
la burbuja inmobiliaria-: 'nadie dijo nada; eso era imprevisible'. No es cierto, algunos lo estamos diciendo ahora de manera reiterada. Se están sentando las bases de otro problema importante. Es oportuno destacarlo hoy.


Además, fíjense ustedes bien: reconocen a esas entidades financieras no supervisadas el derecho a compensar automáticamente y sin autorización del deudor una deuda vencida con garantía financiera -insisto- sin conocimiento del deudor. O
sea, que uno se puede levantar un día sin ser consciente de que se ha quedado sin una propiedad y sin un patrimonio porque una entidad -que además no está supervisada, no es una entidad financiera regular- ha procedido a esa compensación automática.
Entenderán que en esas condiciones nuestra posición, que fue negativa ya a la convalidación de este decreto-ley, se mantenga en ese sentido.


En relación con las enmiendas que plantea el Senado nos vamos a abstener, no porque estemos de acuerdo con el asunto, sino porque ¿qué enmiendas son? Las enmiendas lógicas. Alguien se ha dado cuenta de que íbamos a aprobar un texto que ya
había sido modificado por otro decreto-ley que esta Cámara ha convalidado, y al Partido Popular no le ha quedado más remedio que coger el texto aprobado en el último decreto-ley y convertirlo en enmienda para que no cometamos todos el ridículo de
aprobar un texto que ya no existe, que ha sido modificado. Ahí sí que no tengo argumentos; han hecho ustedes una función entrañable de depuración técnica del texto. (Un señor diputado pronuncia palabras que no se perciben). Sí, sí, pero apagan
ustedes un incendio con una especie de regadera, aunque el incendio lo hayan provocado con gasoil. Mejor no provoquen el incendio y así no tendrán que apagarlo con regadera.


Lo único que les puedo decir ya es que vamos a continuar manteniendo nuestros propósitos de arreglar este entuerto en la tramitación del proyecto de ley procedente del Decreto-ley 1/2015, que en estos momentos se está tramitando.


Muchas gracias. Y espero, por favor, que pare su furor legislativo, por el bien de la seguridad jurídica de este país. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Coscubiela.


Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.


El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señor presidente.



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Señoras y señores diputados, cuando entró en la Cámara este proyecto de ley concursal, que procedía de la convalidación de un real decreto, el Grupo Parlamentario de Convergencia i Unió lo acogió con una gran satisfacción porque entendíamos
que existían muchas posibilidades de que a través de su tramitación como proyecto de ley se convirtiese en un mecanismo útil para la consolidación del tejido empresarial de empresas que estaban en dificultades y que pudiesen subsistir y mantener sus
puestos de trabajo. También entendíamos que era una buena herramienta para el mantenimiento de los puestos actuales de trabajo, así como para la continuidad de esas mismas empresas en dificultades. En definitiva, entendíamos que este era un buen
instrumento después de la importante crisis que ha sacudido la economía industrial de este país. En este sentido, dijimos que teníamos reservas pero que confiábamos en la tramitación parlamentaria para poder modernizar nuestra legislación y para
que al mismo tiempo esta modernización fuera efectiva para la consolidación de los puestos de trabajo y el mantenimiento del tejido productivo.


Han acabado las tramitaciones en el Congreso y en el Senado y nuestra valoración es de una gran decepción política, señorías, porque la tramitación no ha cumplido con la necesidad de modernización que solicitábamos. También nos hemos
sentido, aparte de decepcionados, engañados políticamente y -si me permiten la expresión, ya que estamos hablando de mantenimiento de puestos de trabajo- traicionados, porque nosotros pusimos una serie de condiciones para votar favorablemente su
toma en consideración y, sin embargo, no se han tenido en cuenta las cuestiones que entendíamos relevantes y que podían ser objeto de negociación para plantear esta modernización de nuestra jurisprudencia. Por eso la decepción ha sido total. Por
lo tanto, nos sentimos decepcionados, engañados y traicionados políticamente porque, como más adelante mencionaré, no han visto la luz algunas cuestiones que para nosotros son muy importantes.


Esta va a ser una legislación que en vez de ir a favor de la generación de empleo va a estar en contra del mantenimiento de los puestos de trabajo de determinadas empresas que están en dificultades económicas y en proceso concursal, y
también va a ir en contra del mantenimiento de su actividad industrial. Nosotros hicimos una serie de planteamientos para el caso de que una compañía estuviera en proceso concursal y antes de entrar en fase de liquidación. Hoy hay experiencias
importantes en comunidades industriales, como es el caso de Cataluña al que me voy a referir. Es evidente que cuando una empresa entra en liquidación y son troceados todos sus activos para ser adquiridos por otras entidades económicas esto comporta
-la liquidación, el troceo y la venta de sus activos empresariales- automáticamente la pérdida inmediata de los puestos de trabajo y el cierre de esta compañía industrial, con lo cual no se puede plantear el mantenimiento del tejido industrial
actual. Al mismo tiempo planteábamos que todas aquellas empresas que estuvieran en concurso pudieran ser objeto de transmisión de la actividad empresarial antes de ir a la liquidación sin que ello comportara que en esta transmisión pudieran
subsumirse las deudas de la Seguridad Social. Este era el punto clave: que hubiera transmisión de los puestos de trabajo y de los activos pero que las deudas de la Seguridad Social que en aquellos momentos tuviera la compañía no fueran
transmitidas al nuevo comprador. Esta situación permitiría que muchísimos puestos de trabajo y muchísimas empresas tuvieran continuidad.


Hemos intentado negociar con el Ministerio de Economía y es cierto que siempre nos han contestado que, siempre que el Ministerio de Trabajo dijera que sí, el Ministerio de Economía daría viabilidad a la enmienda que presentaba Convergència i
Unió. El Ministerio de Trabajo, por las circunstancias que fueran, no dio el visto bueno a este planteamiento moderno y objetivo -cuidado, planteamiento del Partido Popular, señorías-, pero hoy hay jurisprudencia que va en la dirección de
modernizar la legislación actual y que va a permitir y está permitiendo en algunos casos que esta transmisión no comporte la asunción de las deudas de la Seguridad Social. Esto es así, señorías, con lo cual nos encontramos que la justicia en este
caso es muchísimo más rápida y más moderna que los legisladores. La enmienda no ha prosperado y eso significará que muchos centros de trabajo importantes, muchas compañías del tejido industrial se van a ver abocadas a la liquidación, al troceo y
venta de sus activos empresariales por separado, con la consiguiente destrucción de los puestos de trabajo, la imposibilidad de continuidad de la compañía y, lo que es más grave, señorías, las deudas de la Seguridad Social no las van a cobrar, van a
ser unas deudas eternamente morosas.


Lamentamos esta falta de visión política, esta falta de visión empresarial, este no querer ver la realidad empresarial y la economía real. Pienso sinceramente que en muchísimos casos valdría la pena que algunos ministros, algunos
secretarios generales o algunos cargos importantes de los diferentes ministerios pisaran la calle, vieran la realidad y no estuvieron encerrados en sus despachos tranquilamente, planteando teorías sobre estas liquidaciones que se traducirán
probablemente en que finalmente los impuestos de la



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Seguridad Social se van a cobrar, cuando realmente no será así. El papel lo aguanta absolutamente todo, pero existe una falta de visión de la economía real, una falta de percepción de cuáles son los problemas reales y, al mismo tiempo, un
desconocimiento sobre cuál es la realidad actual, porque la justicia en muchísimos casos ya está dando la razón a las enmiendas que ha presentado Convergència i Unió y, por qué no decirlo, otras formaciones políticas que están en la misma línea.


Vamos a ver si en este proyecto de ley de segunda oportunidad que está en trámite no nos encontramos con la misma situación, que nos engañen políticamente y terminemos sintiéndonos decepcionados. Si un empresario cuya compañía se ha visto
abocada por circunstancias económicas al concurso de acreedores no encuentra los recursos suficientes, no podría seguir adelante con su nuevo proyecto empresarial si esta legislación no le da opción a ser el continuador o el comprador de esta
empresa en situación concursal. Está muy bien plantear la segunda oportunidad, venderla y decir mediáticamente que va a existir esta segunda oportunidad, pero en la legislación que estamos aprobando en estos momentos no cabe esta posibilidad. Por
tanto, señores del Partido Popular, les agradecería que en lo que queda de legislatura y en el tiempo que resta de trámite de este importante proyecto ley de segunda oportunidad, en el que muchos grupos hemos depositado muchísimas esperanzas, ganen
tiempo saliendo a la calle, viendo casos y hablando con personas que están en esta situación para que podamos dar sensación de modernidad y seamos los legisladores los que nos pongamos por delante de la Administración de Justicia, que, por cierto,
hoy está dando ejemplos significativos a los que muchísimos de nosotros nos tendríamos que referir.


Muchísimas gracias, señor presidente, señoras y señores diputados.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Sánchez i Llibre.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Caldera.


El señor CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN: Muchas gracias, señor presidente.


Hablamos de una legislación esencial para el desarrollo económico y social de nuestro país. Tiene una importancia enorme, enorme, en la evolución de la actividad económica y del empleo, de ahí la sucesión de reformas que se han producido en
los últimos años. Por eso quiero plantear en nombre de mi grupo, señor presidente, que lo primero es instar al Gobierno a redactar un texto refundido de todas estas reformas legislativas para dar seguridad jurídica a los operadores.


Sobre las enmiendas del Senado, he de decir que ni quitan ni ponen, ni añaden ni restan y, por tanto, como realmente son de orden técnico, mi grupo parlamentario se va abstener. Ahora bien, eso no significa que el texto sea de índole menor;
muy al contrario, el texto es absolutamente esencial, no carece de importancia y por eso me gustaría señalar con claridad nuestros planteamientos.


El señor Anchuelo decía que esta crisis que hemos padecido es una crisis de sobreendeudamiento. Sí, pero habría que aclarar que ha sido una crisis de sobreendeudamiento privado, que no público. Conviene para el análisis de la situación y
de la realidad. Ciertamente la situación de España empeoró en el año 2008 con la crisis financiera internacional al verse afectada por algunas condiciones endógenas como el sobreendeudamiento de nuestras empresas y de nuestras familias, que no de
nuestro sector público. Sin embargo, hoy está ocurriendo lo contrario, si se da usted cuenta, señor Anchuelo: es el sector privado el que está haciendo un esfuerzo enorme de desendeudamiento y es el sector público el que se está endeudando cada
vez más. Es decir, las tornas han cambiado. Por eso en ese proceso de desendeudamiento hay que ayudar con la normativa para intentar salvar el mayor número posible de empresas y de puestos de trabajo. He de decir en nombre de mi grupo que ha
mejorado la legislación, sin ninguna duda, aunque no suficientemente. En nuestra opinión, no suficientemente. Habría que haber actuado antes con más intensidad y con más flexibilidad para garantizar la salvación de cientos de miles de puestos de
trabajo que se han perdido y que probablemente se hubieran podido mantener si hubiera habido unas reformas más prontas, más rápidas, más integrales y más flexibles. En todo caso, estas reformas de la Ley Concursal tienen elementos positivos aunque,
en nuestra opinión, como le decía, no suficientes.


También me gustaría hacer una defensa de nuestro sistema de Seguridad Social. Creo que tenemos un buen sistema de Seguridad Social, creo que nuestro sistema funciona adecuadamente, tiene bastante flexibilidad, y lo digo por haber sido
responsable de esa cartera, y quiero recordar que nuestro sistema de Seguridad Social ayuda con la refinanciación de las deudas, con la negociación de las mismas, con el sistema de aplazamientos y ha ayudado de forma extraordinaria al mantenimiento
del empleo. Cierto es -lo hablaba ahora con mi compañero el señor De la Rocha- que probablemente en los procedimientos extrajudiciales, en los procedimientos previos a la entrada en la fase de concurso, debería haber -y el



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texto no lo recoge- más flexibilidad para que tanto la Seguridad Social como la Hacienda pública pudieran entrar en el proceso negociador. Creo que ahí sí podríamos, señor Sánchez i Llibre y señores del Grupo Parlamentario Popular, hacer un
esfuerzo para que estos tuvieran capacidad negociadora y pudieran actuar incluso valorando los elementos en riesgo en cuestión y pudiendo participar de forma flexible en el tratamiento de la deuda que se tiene con estos organismo, deuda que, como se
conoce, es privilegiada. Ese es un punto que en el texto siguiente se podría corregir y que permitiría, en nuestra opinión, mejorar, y mucho, la situación de nuestras empresas y particularmente de las pequeñas. Hay que recordar que la parte
esencial de la deuda de nuestras pymes y micropymes es con organismos públicos, con Hacienda y con Seguridad Social. Por tanto, es crédito privilegiado. Si se pudiera proceder a una negociación razonable en fases tempranas, participando incluso en
la posibilidad de reducir esa deuda para salvar el máximo posible de empleos, esto podría dar lugar a una mejora sustancial del mantenimiento de las perspectivas del empleo.


Como les decía, todo el orden regulatorio para la reducción de las deudas y del mantenimiento de la actividad económica ha mejorado, pero no es suficiente. Nosotros nos fijamos en cuatro puntos esenciales donde se puede ver que todavía hay
defectos en el mecanismo regulatorio. No podemos todavía hablar de una verdadera segunda oportunidad para el deudor honesto; es decir, para el deudor de buena fe, para el deudor que no ha cometido dolo alguno, para aquellas personas que se han
visto en esta situación debido a la crisis económica cuya actividad ha seguido los cauces ordinarios del cumplimiento de la norma, pero, normalmente por falta de pago de otros proveedores, se han encontrado en una situación crítica y han perdido no
solo su negocio, sino en muchas ocasiones la totalidad de su patrimonio. Por tanto, aún no hay un procedimiento específico para micropymes y para personas físicas en situación de insolvencia y sobreendeudamiento personal y familiar que pueda hacer
viable la continuidad de su actividad; norma que existe, por cierto, en la inmensa mayoría de los países europeos. El mejor ejemplo de que esto es así es que el último real decreto vigente, que permite alguna remisión del pasivo y se aproxima a lo
que puede ser un procedimiento de segunda oportunidad, está siendo muy poco utilizado. Según los datos que tenemos, prácticamente no hay acogimiento al mismo de ningún tipo. ¿Por qué tenemos estos problemas? Primero, porque no hay un
procedimiento específico dirigido a pymes y a personas físicas. Porque el procedimiento hoy planteado es rigorista, lento, largo, costoso y aboca en muchas ocasiones a una situación personal que acaba en la plena liquidación y en la ruina absoluta
de la persona concursada y no ofrece garantía al particular en la protección de sus derechos. Por tanto, deberíamos hacer un esfuerzo para conseguir la existencia de un procedimiento ad hoc, un procedimiento específico mucho más sencillo y ágil
para que pudieran acogerse al mecanismo de segunda oportunidad el mayor número posible de empresas en nuestro país.


El segundo problema es el umbral del pasivo satisfecho que se exige a quienes quieran acogerse a la segunda oportunidad. Es bastante exigente y elevado y va a ser un obstáculo formidable para la posibilidad de que empresas -especialmente
las pequeñas- y autónomos puedan acogerse al mismo. Por otra parte, no hay una garantía de pervivencia y mantenimiento de la persona afectada en su vivienda habitual. Es esencial que hagamos un esfuerzo en esta materia -nos referimos a la vivienda
de carácter habitual- porque, de lo contrario, además de los enormes costes sociales que esto supone, aumentarán también los costes económicos para nuestro país.


El tercer problema es que no hay un marco de reestructuración eficiente de la situación de las pymes viables con dificultades financieras a las cuales se puede y se debe ofrecer una segunda oportunidad con el fin de fomentar el espíritu
empresarial, la inversión y el empleo. No hay un mecanismo adecuado todavía de liquidación controlada que debe durar un plazo máximo de tiempo -para nosotros debe ser de tres años-, tal y como prevén las recomendaciones de la Comisión Europea.
Tampoco se concede papel suficiente al juez para que pueda ordenar la remisión de todas las deudas aunque no se hubieran alcanzado -como decía antes- los umbrales de satisfacción previstos. Por ejemplo, en Alemania se establece un sistema similar
que da libertad al juez para poder tomar esta decisión.


Quedan aún dos puntos más. Quien se acoja a este procedimiento llamado de segunda oportunidad resulta que tiene la espada de Damocles -parece que el ministro indicó que el Grupo Parlamentario Popular estaría dispuesto a reconsiderarlo- de
que durante los cinco años posteriores -nosotros pedimos que el procedimiento dure tres-, si esa persona viene a mejor fortuna bien por ingresos ordinarios de su actividad económica o por hechos excepcionales, se pueda reabrir el procedimiento
contra el mismo para intentar por parte del acreedor obtener la satisfacción total de la deuda previa. Esto es de una inseguridad tremenda, esto va a dar gravísimos problemas a quienes se quieran acoger a este sistema y,



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por tanto, no es un mecanismo eficiente ni es un mecanismo razonable. Deberíamos eliminarlo, reducir el periodo a tres años y establecer que, una vez instaurada la remisión de deuda, obviamente no hay mecanismos posibles para poder reabrir
ese procedimiento.


Por último, tenemos el problema del registro, en el cual las personas que se acojan a este procedimiento se verán señaladas para toda su vida como morosos o como deudores y, en la inmensa mayor parte de las ocasiones, de buena fe, es decir,
no imputables a una conducta inadecuada. Por tanto, se cambian o se eliminan estos elementos, o difícilmente podremos tener un mecanismo regulatorio adecuado para salvar la actividad económica, para salvar el patrimonio duramente ganado por
nuestros conciudadanos y para mejorar la actividad económica del país.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Caldera.


Por el Grupo Popular, tiene la palabra doña Rocío López.


La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: Gracias, señor presidente.


Señorías, esfuerzo, compromiso y responsabilidad; esfuerzo por impulsar proyectos al servicio de las familias, al servicio de las empresas y al servicio de España; compromiso por crecer y crear empleo, y responsabilidad en la construcción
de una economía que integre a todos. Esfuerzo, compromiso y responsabilidad de la sociedad española respaldada por el Gobierno de España.


Señorías, hoy, con la aprobación definitiva de la ley de medidas urgentes en materia concursal, damos un nuevo paso al frente en ese camino emprendido por el Gobierno de Mariano Rajoy para reducir el excesivo endeudamiento de las familias y
de las empresas en un entorno difícil en el que había que ser especialmente cuidadosos para no lastrar el crecimiento. Este Gobierno no se ha relajado. Primero, se aprobó la Ley de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial en la
fase preconcursal; nos pusimos de acuerdo y hubo un alto consenso de las distintas fuerzas políticas, seguramente conscientes de la importancia que tiene garantizar la supervivencia de empresas viables económicamente y, por tanto, consolidar el
crecimiento y el empleo, objetivo principal del Gobierno popular. Ahora la ley concursal, que extiende la regulación definida en la fase previa del concurso y define un marco eficiente y moderno en el ámbito concursal con tres apuestas
fundamentales: una apuesta generosa, una apuesta realista y una apuesta respetuosa. Una apuesta generosa porque garantiza la continuidad de empresas que son económicamente viables pero que se han visto perjudicadas por el excesivo endeudamiento;
una apuesta realista porque acomoda el privilegio jurídico a la realidad económica subyacente, y una apuesta respetuosa con la naturaleza jurídica de las garantías reales. Una ley que ya incluyó enmiendas transacciones de todos los grupos de esta
Cámara y que regresa del Senado habiendo sido incorporadas cuatro enmiendas técnicas que mejoran el texto final. Pero no debemos ser complacientes; si bien es cierto que la recuperación de la economía española no solo se ha consolidado, sino que
además coge fuerza de forma progresiva creciendo por encima de la eurozona, hemos de seguir afrontando retos. Otra ley importante que estamos tramitando es la de la segunda oportunidad, que viene a completar lo legislado anteriormente y llega en el
momento más oportuno. ¿Qué beneficios conlleva esta ley? Que en el futuro muchísimas personas no se vean sometidas al ostracismo cuando pasen dificultades económicas y que las empresas viables puedan continuar su actividad. Estas medidas se
extienden a los autónomos y familias que, por razones sobrevenidas, se han visto inmersos en un sobreendeudamiento y han perdido todo su patrimonio. Por primera vez, señorías, las familias podrán acogerse a medidas de reestructuración de deudas que
hasta ahora solo existían para las empresas. El Gobierno apoya la cultura emprendedora y responde a una demanda social. Eso sí, a diferencia de lo que afirman otros grupos parlamentarios, no se tratará de abandonar la cultura de pago, sino que se
hará dentro de un marco legal de garantías tanto para los deudores como para los acreedores.


Concluyo. Estamos ante una ley de máxima importancia que ha impulsado el ministro Luis de Guindos. En nombre del Grupo Parlamentario Popular, agradezco la disposición y las aportaciones de todos en la tramitación. Junto con el señor
Martínez-Pujalte y la señora Marcos, agradecemos a todos los ponentes de los distintos grupos su disponibilidad para alcanzar los máximos consensos, así como el trabajo riguroso de la letrada de la Comisión de Economía. Ahora hemos de seguir
trabajando, señorías, para completar el trabajo realizado hasta ahora, que es esencial, porque se trata de medidas que van a fortalecer la actividad emprendedora, que van a seguir reduciendo el endeudamiento de empresas y familias, que de hecho ya
se ha reducido en lo que llevamos de legislatura en 425.000 millones, y que van a tener un impacto directo tanto en el crecimiento económico como sobre el empleo. Son un conjunto de



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leyes que, cuando tengamos perspectiva y analicemos su impacto y eficacia en los próximos años, nos harán a todos sentirnos orgullosos. Señorías, siéntanse orgullosos, primero, porque es algo que nos estaban demandando los españoles y,
segundo, porque es fruto del trabajo y esfuerzo de todos los grupos de esta Cámara. Por eso, señorías, solicito que reconsideren su posición y sea apoyado con su voto favorable. Esfuerzo, compromiso, responsabilidad por impulsar reformas al
servicio de las familias, de las empresas y para seguir construyendo España.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora López González.


- PROYECTO DE LEY PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL. (Número de expediente 121/000121).


El señor PRESIDENTE: Vamos ahora con las enmiendas aprobadas por el Senado al proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. En primer lugar, por el Grupo Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Agirretxea.


El señor AGIRRETXEA URRESTI: Gracias, señor presidente.


Muy brevemente, porque creo que lo que traía este proyecto de ley ya se dijo en su momento, tanto cuando se debatieron aquí las enmiendas a la totalidad como cuando después se aprobó la ley en Comisión. Las incorporaciones que se han hecho
en el Senado, todas ellas, evidentemente, del Partido Popular, no han hecho más que añadir más argumentos a lo que ya decíamos; es decir, el proyecto de ley sigue teniendo las mismas carencias que tenía al principio. Nosotros ya dijimos que esta
era una ley hipercentralizadora, con unos objetivos muy concretos por parte del Gobierno. Por tanto, no podemos apoyar este proyecto de ley, ni entonces ni ahora.


Hay una cuestión clara en este proyecto de ley, que tiene una mentalidad muy política, y con las inclusiones que se han hecho en el Senado sigue estando latente este objetivo que tenía el Gobierno. Con esta ley, la Administración General
del Estado se reserva competencias plenas para declarar la protección y adoptar las medidas de salvaguarda que correspondan a los bienes que superen el ámbito territorial de una comunidad autónoma. Esto es una amalgama de conceptos y supuestos poco
determinables y son tanto como una carta en blanco a la Administración General del Estado, en lugar de articular un modelo que garantice la coordinación entre las comunidades autónomas para la preservación del patrimonio cultural inmaterial. Esto
es así. Por tanto, todas las enmiendas que mi grupo y otros grupos presentamos, que recordaban constantemente que esto era una materia transferida y que es competencia de las comunidades autónomas, no fueron aceptadas por Partido Popular. Ninguna.
¿Con esto qué tenemos que entender? Que el Partido Popular no quiere que estas materias sean competencia de las comunidades autónomas, aunque lo sean. Tendrá que aclararlo, porque la explicación que dan, de que es una cuestión dual en la cual el
Estado también tiene competencias, tiene competencias en esta materia pero hay sentencias del Tribunal Constitucional que dicen hasta dónde llegan. Por lo tanto, ¿para qué era necesaria esta ley? ¿Acaso tiene miedo el Partido Popular de que, tal
cual está ahora, ciertos elementos de la cultura no van a quedar protegidos si están en manos de las comunidades autónomas? ¿Puede decir el Partido Popular que haya habido algún caso en el que haya tenido que intervenir el Estado porque si no un
elemento corría el riesgo de desaparecer, porque las comunidades autónomas no lo cuidaran como deberían? Hay ciertos elementos como la tauromaquia que nos hacen pensar que quizás el Partido Popular no quiere que estén en manos de las comunidades
autónomas, porque puede que algunas comunidades autónomas legislen de una manera que el Gobierno central y el Partido Popular no quieren que legislen, y para que eso no ocurra, como decíamos en aquel debate de totalidad de esta ley, no es que
invadan competencias, sino que asumen competencias que no tienen y eso ya es el remate.


No me voy a alargar en exceso. Las enmiendas que se han incorporado en el Senado no aportan nada nuevo a este proyecto de ley, nos parece innecesario, no es que estemos en contra de él, nos parece innecesario, porque los bienes culturales
inmateriales ya están protegidos por las comunidades autónomas, y así lo dice el bloque constitucional y los estatutos de autonomía. Por tanto, no es necesario que el Estado intervenga donde no debe intervenir. Por ello no vamos a votar a favor de
las enmiendas que se han introducido.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Agirretxea.



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Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Lleonart.


El señor LLEONART CRESPO: Muchas gracias, señor presidente.


Quince enmiendas en total, diez sobre corrección de errores ortográficos, dos sobre errores gramaticales y tres introducciones completamente inocuas -una de las correcciones gramaticales ha sido cambiar mayúsculas por minúsculas: Real
Decreto-Ley por real decreto-ley-; 266 senadores, con un salario medio base anual, siendo de Madrid y sin contar con las pagas extras, de 37.518,6 euros. Estamos ante el departamento de corrección ortográfica y gramatical más caro del mundo.
(Rumores).


Nosotros, desde Grupo Parlamentario de UPyD, estuvimos de acuerdo en su día con el proyecto de ley para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial. Con su paso por el Senado asistimos a un proceso inocuo, caro y que dilata los
procedimientos en exceso sin añadir valor alguno. Obviamente, después del trabajazo del Senado, no podemos estar en contra de enmiendas de tantísimo calado.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Lleonart.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra la señora De las Heras.


La señora DE LAS HERAS LADERA: Gracias, presidente.


Señorías, ahora que vuelve del Senado esta ley para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial después de una tramitación a toda prisa y sin posibilidad de acuerdo, podemos decir sin temor a equivocarnos que esta ley es un capricho
del Partido Popular, es una provocación y una imposición para los que creemos que una sociedad avanzada no puede mantener, ni mucho menos proteger, invocando la tradición o la cultura, el maltrato, el ensañamiento y la muerte de animales por placer
o divertimento. Este es el objetivo principal de esta ley, no lo podemos olvidar, y para ello el Partido Popular no ha dudado a la hora de convertir en un verdadero engendro una ley que debería haber servido para armonizar, para ayudar a la
cohesión y la coordinación entre los grupos, las comunidades portadoras, las organizaciones y asociaciones ciudadanas, como los verdaderos protagonistas recreadores y mantenedores de las manifestaciones culturales inmateriales en el conjunto del
Estado.


Ya lo dijimos en nuestra enmienda a la totalidad y lo vuelvo a repetir, que si tenía sentido una ley como esta, era precisamente para que sirviera de malla protectora portadora de recursos y fortalezas de nuestro patrimonio inmaterial y no
para crear, como han hecho ustedes, una soga con la que amordazar, imponer y expropiar a las comunidades portadoras de la capacidad que constitucionalmente tienen para proteger su acervo cultural y ponerlo además al servicio de los caprichos e
intereses de unos pocos, empeñados en mantener tradiciones en algunos territorios, desechadas por su crueldad contra los animales, como es el toreo. Tanto es así que por el camino no se han parado a analizar los daños irreparables en la propia
naturaleza del patrimonio cultural inmaterial que esta ley va a producir al despreciar la labor imprescindible que exige el mantenimiento de un bien tan sensible, que se caracteriza por ser intangible y necesita para seguir existiendo del consenso
de los y con los portadores de la tradición y un consistente y constante trabajo de colaboración entre las administraciones públicas implicadas. Pero lejos de esto, señorías, una vez más, ustedes, señores del Partido Popular, no dudan en invadir
competencias que tienen en exclusiva las comunidades autónomas, arrogándose para ustedes, ustedes solos, desde el Gobierno, la capacidad para declarar la protección y adoptar medidas de salvaguarda sobre una concreta manifestación representativa del
patrimonio cultural inmaterial que definirán cuando a ustedes les convenga y utilizando el artículo 12 que no han tocado ni modificado ni aquí ni en el Senado, y ya que se meten en el jardín irracional de este despropósito, aprovechan para reforzar
los intereses economicistas y centralistas que obsesionan a este Gobierno, aun a costa de desvirtuar el espíritu y la esencia que motivó la propia Convención de Naciones Unidas en 2003 para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial, que
además ustedes de manera perversa utilizan como pretexto para hacer esta ley.


El texto que ahora viene del Senado no mejora sustancialmente este desastre, no lo han podido mejorar los 266 senadores del Senado, porque ha dependido del Grupo del Partido Popular y del letrado que ha hecho el informe técnico. Corrige
algo básico como es el reconocimiento de la toponimia como bien cultural inmaterial de acuerdo a los compromisos internacionales adquiridos por nuestro país a través de la IX Conferencia de Naciones Unidas sobre la normalización de los nombres
geográficos, modificando el apartado 3 del preámbulo de la ley y consecuentemente el apartado a) del artículo 2 del título I sobre concepto de patrimonio cultural inmaterial. Son enmiendas que en esta dirección ya presentamos aquí todos los grupos
y que han tenido que ir al Senado, luego se han tenido que renegociar y finalmente ha



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salido una transacción que afortunadamente las mejora y votaremos a favor. Por lo demás, creemos que se ha perdido la oportunidad de elaborar una ley básica sobre el patrimonio cultural inmaterial que atendiera la Convención de Naciones
Unidas y permitiera mejorar las deficiencias constatadas en cuanto a los diferentes desarrollos legislativos de las comunidades autónomas, y, sin embargo, repetimos, se ha perdido la oportunidad que nos hubiera permitido una ley armonizadora y no
invasora que ayudara a la cohesión y la coordinación con el único fin de proteger y mantener los bienes intangibles existentes en nuestro país.


Señorías del Partido Popular, su irresponsabilidad y su cerrazón lo han hecho imposible. Ahora, desde La Izquierda Plural, solo esperamos que las comunidades autónomas que se han procurado un avance en cuanto a la eliminación de tradiciones
que suponen un maltrato a los animales y a la naturaleza -como la Comunidad Autónoma de Cataluña al suprimir las corridas de toros- sean respaldadas por la Unesco, porque así creemos que va a ser, y dejen en papel mojado esta ley que hoy van a sacar
adelante otra vez, como siempre, como en toda esta legislatura -ya les queda poco-, utilizando el rodillo de su mayoría absolutista. También esperamos que la Unesco deje sin ningún efecto su Ley 18/2013 para la regulación de la tauromaquia por los
mismos motivos.


Gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora De las Heras.


Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre. (Pausa). No, perdón, la señora Surroca.


La señora SURROCA I COMAS: Gracias, señor presidente.


Es evidente que el señor Sánchez i Llibre puede con todo, pero en esta ocasión voy a sustituirle yo. Vamos a la cuestión que nos ocupa.


Señorías, hoy estamos en el trámite final de este proyecto de ley de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial, otra ley con el sello del ministro Wert, otra ley que no se escapa de la polémica. Si ayer la protagonista era la lengua
catalana, hoy lo es el patrimonio cultural y, por la puerta de atrás, el protagonista en esta ocasión son los toros, nuevamente hablamos de los toros. Si en este ámbito hasta ahora no había polémica, a partir de ahora la polémica está servida. Hoy
-como decía- llegamos al trámite final de esta ley, una ley recentralizadora que invade competencias de la Generalitat y del resto de las comunidades autónomas y que responde a criterios intervencionistas. ¿Era necesaria esta ley? No. ¿Era una
prioridad? Tampoco. ¿Qué persigue? Pues, aparentemente, proteger nuestro patrimonio cultural inmaterial y dar respuesta al cambio sustancial que, efectivamente, representó la Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de la
Unesco, firmada y ratificada por el Estado español. ¿Es real esa justificación? No, señorías. Esta ley es un artificio, una ocurrencia más, en concreto del ministerio de señor Wert y en todo caso del Gobierno del Partido Popular, que va a
provocar importantes conflictos competenciales con las comunidades autónomas.


Las prioridades de nuestro patrimonio cultural no son precisamente las que recoge este proyecto que hoy llega del Senado, que trata de un sector muy específico del patrimonio cultural. Estamos hablando únicamente del patrimonio inmaterial.
¿Esta, señorías, es la prioridad, la urgente prioridad del patrimonio cultural en este país? Ante las importantes dificultades financieras de muchas de las administraciones públicas, una de las prioridades de nuestro patrimonio -en este caso estoy
hablando del patrimonio material- es cómo financiar su conservación. Todos ustedes lo saben, señorías. Todos ustedes, que además tienen muchas responsabilidades de ámbito territorial, seguro que reciben peticiones de muchos de nuestros
ayuntamientos que están preocupados en estos momentos por cómo conservar la riqueza de este patrimonio cultural que tenemos, cuya conservación no saben cómo pueden llegar a financiar, señorías. En cambio, el ministerio, en lugar de dedicar sus
esfuerzos a atender las verdaderas urgencias de nuestro patrimonio cultural, como sería la de cómo financiar la conservación de nuestro rico patrimonio cultural material, se dedica a otras cuestiones con unas voluntades o con unas intencionalidades
que no tienen nada de urgentes ni de prioritarias. En este caso, me estoy refiriendo a la cuestión de los toros, a la tauromaquia.


En otro orden de cosas, ¿no sería importante o urgente rebajar el IVA cultural? Cuantas veces lo habremos dicho desde esta tribuna, cuantas veces lo habremos dicho en la Comisión de Cultura, por ejemplo. Estas sí que son prioridades reales
de nuestra cultura. ¿No era también importante, en lugar de dedicar esfuerzos a este proyecto singular que únicamente -insisto- se refiere al patrimonio cultural inmaterial, que hiciéramos una revisión más genérica y global y dedicáramos esfuerzos
a hacer una nueva



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ley de patrimonio cultural, en la que también se incluyera el patrimonio cultural inmaterial? Esta era una cuestión importante a la que deberíamos dedicar esfuerzo. (La señora vicepresidenta, Villalobos Talero, ocupa la Presidencia).


En definitiva, señorías, estamos aquí en el tramite final de un proyecto de ley que no era en ningún momento una prioridad ni una urgencia y que responde a otros criterios distintos a los que recoge su exposición de motivos. Asimismo -es
muy importante que lo destaquemos y así lo hemos dicho en otras ocasiones- se aparta del espíritu de la Convención de la Unesco que se aprobó en 2003. Ahí se hablaba y se insistía en la necesidad de preservar la pluralidad del patrimonio cultural,
nada más lejos de lo que está haciendo este proyecto de ley que hoy vamos a aprobar.


Nuestro grupo parlamentario presentó una enmienda a la totalidad a este proyecto de ley y lo hizo básicamente por una cuestión, porque hay una clara invasión de competencias por parte del Estado. ¿En qué fundamenta el Estado su competencia
para impulsar este proyecto? Pues bien, lo hace sobre la base de las materias 1.ª, 3.ª, 28.ª y 30.ª del artículo 149.1 de la Constitución española y también del apartado 2 del mismo artículo, pero realmente el Estado no tiene las competencias que
alega para legislar con el alcance planteado. Hay una clara extralimitación competencial. ¿Por qué? Porque de acuerdo con la Constitución española y los estatutos, en este caso el Estatuto de Autonomía de Cataluña, así como con la doctrina del
Tribunal Constitucional, el Estado no se puede atribuir una competencia concurrencial plena en materia de cultura, porque eso dejaría sin contenido las competencias específicas reconocidas en la Constitución española y en los estatutos de autonomía.
Es decir, el Estado no puede ostentar una competencia autónoma en materia de cultura. Lo que tiene el Estado es una competencia legislativa en materia de cultura de carácter subsidiario, señorías. Esto es lo que nosotros alegamos en la enmienda a
la totalidad que defendimos hace ya semanas en esta Cámara. Además, esto lo hicimos basándonos en la reiterada doctrina del Tribunal Constitucional, por ejemplo, por citar unas cuantas sentencias, en la sentencia 17/1991, la sentencia 49/1984 o,
por último, la sentencia 109/1996. En definitiva, señorías, este proyecto de ley responde a una clara extralimitación competencial del Estado en esta cuestión.


Entro ya en otras cuestiones más específicas. Con relación al concepto de patrimonio cultural inmaterial, se opta por una clasificación excesivamente genérica, que no se corresponde con la relación incorporada en el Plan nacional de
salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de 2011. Por otra parte, en cuanto a los principios generales de actuaciones de salvaguarda, entendemos necesario incorporar en ese artículo una clara y expresa salvedad en la posible declaración de un
bien como manifestación inmaterial de la cultura cuando se constate que su ejercicio o práctica conlleva, por ejemplo, un trato lesivo a los animales. En este apartado nuestro grupo parlamentario formuló reiteradas enmiendas, ninguna de las cuales
ha sido incorporada en el texto.


En relación con la protección de los bienes materiales asociados que están recogidos en el artículo 4, ahí no se determinan los efectos prácticos de la protección de un bien como manifestación inmaterial de la cultura. No se definen con
claridad ni con precisión las medidas concretas de protección que, a partir de su declaración como tal, pasan a tener. Por otra parte, en el artículo 11 se recogen todas las competencias que van a corresponder al Estado en este ámbito. Entendemos
que nuevamente aquí hay una clarísima vulneración de competencias de las comunidades autónomas.


Por lo que se refiere a la declaración de manifestación inmaterial de la cultura, en el artículo 12 del proyecto, hay varios aspectos que nuestro grupo parlamentario había destacado y transformado en enmiendas, ninguna de las cuales fue
incorporada a lo largo de la tramitación parlamentaria. Otra vez en el precepto se produce una clara vulneración de competencias y además nos preocupa el hecho de que no prevé la posibilidad de que una comunidad autónoma a la que sea ajena la
manifestación que pretende ser protegida como patrimonio cultural inmaterial pueda excepcionar en su ámbito territorial la extensión de dicha protección. Esa es una cuestión importante que nuestro grupo parlamentario defendió a lo largo de la
tramitación parlamentaria y que en ningún momento fue atendida por el grupo mayoritario.


Como conclusión, nuestro grupo parlamentario rechaza con rotundidad este texto que hoy llega a su fase final de la tramitación parlamentaria, porque se produce una clara vulneración de competencias, vulneración que no ha sido subsanada a lo
largo de su tramitación. En el Senado se han incorporado poquísimas enmiendas, la mayoría de las cuales son correcciones de carácter técnico. Por tanto, como no se ha producido el cambio importante que nuestro grupo parlamentario necesitaba para
dar su voto favorable al proyecto, adelantamos que no vamos a votar a favor de ninguna de las enmiendas incorporadas al texto en el Senado, porque entendemos que es un proyecto que no era necesario y que además vulnera clarísimamente competencias de
las comunidades autónomas.



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Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Surroca.


Por el Grupo Socialista, señora Ros.


La señora ROS MARTÍNEZ: Gracias, señora presidenta.


Señorías, hoy ponemos punto y final al trámite de una ley que solo tendrá el apoyo del Partido Popular. Están solos, tienen a todos en contra. Yo en su caso me lo haría mirar. Esta ley no es lo que merece y necesita nuestro rico y diverso
patrimonio cultural, material e inmaterial. Esta ley es otro flaco favor del Partido Popular y del Gobierno a nuestra cultura. Las leyes se mantienen y se refuerzan cuanto mayor es el acuerdo y el consenso. El patrimonio es un valor y un derecho
fundamental de convivencia y cohesión y debe entenderse desde el respeto y la salvaguardia de la diversidad, de la importancia que tiene en todas sus manifestaciones. Durante el trámite de esta ley el Grupo Socialista ha actuado con generosidad en
busca de ese consenso, del acuerdo. Hemos querido mirar al futuro, pero enfrente no hemos encontrado ninguna respuesta. Esperábamos que en el Senado se atendieran unas cuestiones que para nosotros eran muy importantes: la enmienda número 48, de
modificación al artículo 12, apartado 4, letra c), y la enmienda número 49 a la disposición final quinta. Con esas enmiendas aclararíamos dos dudas que hemos visto durante el debate: una, el debate competencial entre la legislación de las
comunidades autónomas y lo que debe y se compromete a hacer el Gobierno central, y, dos, que se produzca la participación de las comunidades autónomas y del Congreso de los Diputados. Las únicas enmiendas que han aceptado ustedes han sido las que
mejoran la redacción, pero ninguna de las relevantes que suponen un giro en el objetivo de esta ley. En la Comisión de Cultura del Congreso fuimos ilusos al pensar que todavía faltaba el Senado, pero, visto lo visto, nada de nada: de las siete
enmiendas presentadas, ninguna ha prosperado.


Esta es una ley que no hacía falta porque fragmenta la Ley del Patrimonio Histórico Español de 1985 y se trata de una fragmentación innecesaria e inútil que provoca la dispersión normativa de una materia que costó muchas décadas regular con
principios unitarios. No resulta aceptable la justificación de la ley que hace el Grupo Popular, basada en la finalidad de adaptar el ordenamiento español a un tratado internacional de la Convención de la Unesco de 2003. No es válida porque, como
se ha manifestado en los debates del Congreso y del Senado y como muy bien reconoce el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ya había un trabajo hecho. En 2006, con un Gobierno socialista, España ya ratificó esa Convención de la Unesco de
2003 para salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial y desde entonces se empezó a trabajar en un sistema que en octubre de 2011, con otro Gobierno socialista, se materializó en el Plan nacional de patrimonio cultural inmaterial, un plan ni
discutido ni atacado por nadie, porque no iba en contra de nadie, sino a favor de la cultura como valor y como derecho. Ese trabajo culmina, repito, en 2011 con la elaboración de un documento. Se había hecho mucho trabajo desde el Gobierno y desde
las comunidades autónomas y ya se habían aplicado diferentes elementos que la Unesco acordó. Por tanto, había mucho camino recorrido, muchas cuestiones realizadas que no se pueden ni se deben obviar, como también en ese mismo sentido mucho trabajo
hecho y mucho avanzado por casi todas las comunidades autónomas, que en su marco de competencias ya han legislado sobre esa cuestión. Ya había un trabajo realizado y todo nos aconsejaba elaborar una ley integral. También el informe del Consejo de
Estado es favorable a esta decisión y dice textualmente: Sería óptimo y razonable no proceder a elaborar una nueva ley específica para el patrimonio inmaterial y sí reforzar la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, para así convertirla en
una ley integral sobre el conjunto de todos los elementos constitutivos de nuestra riqueza patrimonial. El Grupo Socialista coincide plenamente con ese planteamiento.


Señorías, este proyecto de ley hubiera merecido más diálogo en materia territorial, una legislación integradora. El debate sobre el papel de las administraciones en la salvaguardia del patrimonio cultural debería ya estar superado desde el
respeto competencial y la cooperación institucional. En lo relativo al patrimonio y a la cultura, entendemos que la mejor distinción de cada uno de los hechos culturales, materiales o inmateriales, es reconocerlos en su lugar, reconocerlos por la
gente que los lleva a cabo y que sea un orgullo y un motivo de cercanía entre la ciudadanía. Ni la cultura ni el patrimonio son elementos para recentralizar ni para segregar. Su salvaguardia no debe ser excluyente ni debe imponerse. El patrimonio
cultural es reflejo de la diversidad, pero de una diversidad abierta, por tanto, no la ataquen. Esa diversidad es una oportunidad. No podemos entender ni admitir que se imponga por ley la generalización en todos los territorios de una
representación cultural concreta, argumentando y forzando su armonización absurda en toda España.



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¿Por qué el Gobierno legisla para enredar y enfrentar, en esta y otras materias, en lugar de legislar para solucionar? Señorías, esta ley provoca dudas en el ámbito competencial y certifica la obsesión del Partido Popular por la
tauromaquia. Ustedes crean problemas donde no los hay. Donde hay armonía y consenso, el Partido Popular siembra discordia y enfrentamiento. Y, miren, si tanto interés tiene el Partido Popular en apoyar la cultura y en dinamizarla, empiecen por
rebajar el IVA cultural que subieron al 21 %. Esta medida fue un golpe durísimo para la industria cultural, ha sido y es su asfixia y su ruina. Y que el ministro Wert -ausente una vez más- no devalúe más el mundo de las artes, que lo prestigie
rebajando el IVA cultural y que aporte los recursos económicos necesarios al sector.


El Grupo Socialista ha afrontado el debate de esta ley con actitud de entendimiento. Votamos no en el Pleno, presentamos una enmienda a la totalidad y en las comisiones del Congreso y del Senado nos hemos abstenido. El patrimonio cultural
inmaterial es integrador, representativo y debe reconocerse como tal por las comunidades, grupos o individuos que lo crean, mantienen y transmiten.


En definitiva, señorías, vamos a abstenernos, porque para los socialistas la salvaguardia del patrimonio cultural material e inmaterial es un asunto de Estado. Para nosotros no es un asunto partidista ni electoralista.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Ros.


Por el Grupo Popular, señor Ruano.


El señor RUANO GÓMEZ: Gracias, señora presidenta.


Señorías, hoy hablamos del sentir, del palpitar, del vivir cultural de los pueblos de España, porque esta primera e histórica ley del patrimonio cultural inmaterial permitirá a nuestro país que el ayer venga hasta el hoy y el hoy de los
pueblos de España llegue también al mañana. Señorías, hoy en el Congreso de los Diputados votaremos un proyecto de ley que ya ha pasado por el Senado y que permitirá la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, el patrimonio que es de todos,
el patrimonio cultural que se ha transmitido día a día, generación tras generación y que recoge en su diversidad todas las voces y un solo amor: el amor por la cultura española encarnada en los hombres y mujeres de nuestro país.


Señorías, hoy podríamos recordar a Salvador Espriu, cuando escribía en catalán: Diversos son los hombres y diversas las hablas; o a Álvaro Cunqueiro, cuando recitaba en gallego: Yo quisiera tener todas las voces; o rememorar al vasco
Blas de Otero decir: Si he perdido la voz en la maleza, me queda la palabra. Porque hoy estamos convocados para salvaguardar la voz cultural de las gentes de España con las palabras de esta ley, una ley que se hace por todo lo que nos une, por lo
mucho que nos distingue y por situarnos como uno de los países que más rico y variado patrimonio cultural posee en el mundo; un patrimonio cultural que ha seguido ampliándose también en su concepción a lo largo del último siglo, un concepto de
patrimonio cultural que se ha incrementado desde la tradicional tipología de patrimonio histórico, artístico o monumental para sumar nuevos elementos que integran ya una nueva noción de cultura. Y, así, del tradicional patrimonio cultural,
entendido como bienes cosa o bienes materiales, hemos pasado a añadir los bienes actividad, más conocidos actualmente como bienes culturales inmateriales, y todo ello sin perjuicio de que en todos los bienes culturales, tanto en su modalidad de
bienes materiales como en su modalidad de bienes de carácter inmaterial, haya un importante componente simbólico intangible en el que la imbricación material e inmaterial es profunda e inseparable. Este carácter de bien actividad es conocido como
un patrimonio cultural dinámico y compartido, que conlleva fórmulas y técnicas jurídicas claramente diferenciadas, porque, mientras que en la protección del patrimonio histórico, artístico o monumental prima la conservación, en el caso de los bies
culturales inmateriales destaca una acción de salvaguardia de las prácticas y de las comunidades portadoras, algo que se realiza a través de la transmisión intra e intergeneracional y a este hecho singular es al que atiende específicamente la
presente ley.


Por todo ello, señorías, hoy quiero pedirles el voto favorable para la que es la primera ley de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de nuestro país. Agradezco a los ponentes de la misma, los diputados Agirretxea, López Vilaboa,
Meijón y Tardà, a las diputadas Carreño, De las Heras, Ros Martínez y Surroca el intenso trabajo realizado, así como al letrado de la Comisión, don Vicente Moret, su comprensión y su apoyo constante.


Permítanme concluir reafirmando lo que ya saben sus señorías: Esta es una ley de todos y para todos; una ley que tendrá muchas voces, porque recogerá y protegerá manifestaciones representativas del patrimonio cultural que se expresan en
todas y cada una de las lenguas de España, que se expresan en



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las múltiples fiestas que compartimos, en los variados platos que saboreamos y en los alegres bailes que danzamos. Son muchas voces pero un solo amor: el amor por la cultura española.


Gracias, señora presidenta. Gracias, señorías, por su atención y por su apoyo. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Ruano.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES:


- ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE UZBEKISTÁN SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA, HECHO EN MADRID EL 5 DE NOVIEMBRE DE 2013. (Número de expediente 110/000163).


- PROTOCOLO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y CANADÁ QUE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE ESPAÑA Y CANADÁ PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO, FIRMADO EN OTTAWA EL 23
DE NOVIEMBRE DE 1976, HECHO EN MADRID EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2014. (Número de expediente 110/000164).


- PROTOCOLO DEL ACUERDO DE ESTABILIZACIÓN Y ASOCIACIÓN ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA DE SERBIA, POR OTRA, PARA TENER EN CUENTA LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE CROACIA A LA UNIÓN EUROPEA,
HECHO EN BRUSELAS EL 25 DE JUNIO DE 2014. (Número de expediente 110/000165).


- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE ANGOLA SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS EN PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, HECHO EN MADRID EL 3 FEBRERO 2014. (Número de expediente 110/000166).


- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA DE VIAJEROS Y MERCANCÍAS Y SU PROTOCOLO DE APLICACIÓN, HECHO EN RABAT EL 3 DE OCTUBRE DE 2012. (Número
de expediente 110/000167).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Seguimos con el orden del día y pasamos a los puntos relativos a los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. Por parte de los grupos que han mostrado su
voluntad de intervenir, en primer lugar, tiene la palabra el señor Nuet, en representación del Grupo de La Izquierda Plural.


El señor NUET PUJALS: Gracias, señora presidenta.


Nuestro grupo va a votar favorablemente cuatro de los convenios y se va a abstener en el quinto, que es el convenio entre el Reino de España y el de Marruecos para regular el transporte de viajes y mercancías. Lo va a hacer básicamente por
tres razones. La primera es que estamos convencidos de que los tratados y los convenios internacionales deben ser un instrumento de intervención política en las relaciones internacionales. La segunda es que Marruecos administra el transporte
internacional por carretera de viajeros y mercancías de un territorio ocupado, exactamente el Sáhara Occidental, donde ustedes saben que no hay libre circulación de viajeros ni de mercancías; los que han viajado por allí saben perfectamente que se
aplican disposiciones especiales del Reino de Marruecos y controles por parte del ejército y de la policía. Por tanto, hoy estamos cometiendo un sinsentido: firmar con el Reino de Marruecos un convenio internacional que da unas garantías que
Marruecos no aplica al territorio ocupado del Sáhara Occidental. Todos sabemos que este territorio ocupado lo es. No hay ningún organismo internacional que haya reconocido la soberanía del Reino de Marruecos sobre el Sáhara; ni la Unión Africana
ni Naciones Unidas ni ningún Estado del mundo reconoce la soberanía de Marruecos sobre de el Sáhara Occidental. En el marco de los convenios debería haber una apuesta por que los tratados comerciales que firmemos con Israel tengan unas cláusulas
garantistas, por ejemplo, con los territorios desocupados de Palestina por parte del Estado de Israel y los tratados que firmemos con Marruecos señalen la anomalía de la ocupación de Marruecos sobre el Sáhara Occidental. Por eso nos vamos a
abstener, no porque técnicamente el convenio esté mal redactado, evidentemente, sino porque -repito- cuando firmamos convenios internacionales no hacemos un paréntesis respecto a los compromisos internacionales que tiene España



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en temas de derechos humanos y otro tipo de convenios internacionales. Parece que con algunos Estados sí lo hacemos, concretamente con el Reino de Marruecos, aplicando una normalidad que no existe. Por tanto, nuestro grupo parlamentario no
va a votar a favor este convenio, repito, y se va a abstener.


Si Gran Bretaña firma un convenio internacional con la Unión Europea, España mira perfectamente cuál es la situación de Gibraltar e interviene en ese convenio internacional porque no acepta la soberanía británica sobre ese territorio.
Nosotros tenemos que actuar igual en el caso de Marruecos y por tanto este tema debería estar incorporado al convenio. Como en el convenio no está fijada una salvedad que debería estar, no podemos votar a favor del mismo, aunque sí votaremos a
favor del resto.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Muchas gracias, señor Nuet.


Por el Grupo de Convergència i Unió, señor Xuclà.


El señor XUCLÀ I COSTA: Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, voy a hacer referencia, en nombre del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, a dos tratados internacionales, anunciando el voto favorable a todos ellos. Uno de los tratados que vamos a someter a consideración y a votación
esta mañana es el tratado internacional por el que se facilita el transporte de viajeros y mercancías entre España y Marruecos; transporte de viajeros, mercancías y también transporte triangular. Es un convenio que facilita el transporte entre
estos dos países, lo que también quiere decir entre la frontera norte y la frontera sur del Mediterráneo. Esto supone una ampliación de las facilidades para la libre circulación, supone una ampliación del ámbito comercial de la ribera norte del
Mediterráneo hacia un ámbito de proyección natural como es Marruecos y supone, señorías, un recordatorio para todos nosotros de la existencia de un eje de comunicación, de prosperidad y de actividad económica, que es el eje mediterráneo. Con la
firma de este convenio, de este tratado internacional, señorías, se permite el transporte entre Marruecos y España, lo que en la práctica supone alimentar, reforzar y apoyar el flujo de mercancías y viajeros y el transporte triangular especialmente
-esto lo dicen las estadísticas, la realidad y los datos- entre Algeciras y Perpiñán, Francia y el resto de Europa. De hecho, el eje mediterráneo es un eje de transporte de prosperidad, de mercancías y viajeros, que básicamente se desarrolla para
conectar el Mediterráneo con Róterdam y con los puertos holandeses. Señorías, esta es una buena noticia y por eso vamos apoyar ese tratado internacional. Esto no supone que no tengamos sensibilidad por un hecho objetivo, que es que el Sáhara es un
territorio en proceso de descolonización. Esta es una realidad, señorías, precisamente desde el día que se publicó en el Boletín Oficial del Estado que España reconocía el territorio español como un territorio en proceso de descolonización, que
fue, señor Nuet, señorías, el día 20 de noviembre del año 1975, un día en el que seguramente el sottogoverno y el Governo del Antiguo Régimen no estaban muy finos a la hora de proceder a la legítima descolonización y reconocer el derecho a la libre
determinación del pueblo saharaui. Siempre hemos debatido y hemos intentado incorporar el respeto a los derechos humanos del pueblo saharaui al mandato de Naciones Unidas, al mandato de la Minurso, porque, con todo el respeto, son el mandato del
Consejo de Seguridad y el mandato de la Asamblea Nacional los que pueden permitir una observación de los derechos humanos y no un tratado sobre libre circulación de mercancías entre España y Marruecos. Por tanto, somos sensibles a lo que ha
apuntado el portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra, pero hacemos una separación clara entre aquello que estamos discutiendo y otras consideraciones de carácter ejemplar.


Señorías, me gustaría hacer una consideración sobre otro convenio que hoy vamos a votar, un convenio referido a las relaciones entre España y Serbia, en aquello que han cambiado a partir de la incorporación de Croacia a la Unión Europea. No
es la primera vez en esta semana que estamos viendo en Comisión y en Pleno que la condición de miembro de pleno derecho de la Unión Europea de Croacia, desde los primeros meses del año 2014, está repercutiendo positivamente en el levantamiento de
barreras arancelarias de otros países balcánicos que eran países fraternos dentro de la antigua Yugoslavia. Hace dos semanas vimos cómo la entrada de Croacia en la Unión Europea facilitaba el levantamiento de aranceles de Macedonia hacia Croacia
-es decir, una puerta de entrada de productos hacia la Unión Europea- y esta semana estamos viendo lo mismo incluso con Serbia, un país que en el desenlace final de la desgraciada guerra de Yugoslavia sufrió sanciones por parte de la comunidad
internacional. Pues bien, de aquellas sanciones y de la limitación del flujo comercial y de movilidad de Serbia se ha pasado a que, a partir de la incorporación de Croacia a la Unión Europea, tangencialmente Serbia tenga la posibilidad de
incrementar su flujo comercial con la Unión Europea a través de Croacia. Eso es una constatación de



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que han pasado los años. Las heridas del pasado existen y la guerra de Yugoslavia, junto con la actual en Ucrania, son las dos guerras más brutales después de la II Guerra Mundial, pero esto es un ejemplo claro de que la Unión Europea es un
instrumento poderoso, aunque imperfecto, para la integración y la convivencia pacífica de los ciudadanos y la libre circulación.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Xuclà.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Sáez.


El señor SÁEZ JUBERO: Señora presidenta, señorías, quiero anunciar el voto favorable de nuestro grupo parlamentario a los convenios que hoy sometemos a votación -como es habitual- con países con los cuales mantenemos relaciones
diplomáticas. Por tanto, no cuestionamos ninguno de los textos de los convenios que se someten a votación.


En primer lugar, quiero destacar positivamente la aprobación del acuerdo de estabilización y asociación entre los Estados miembros de la Unión Europea y la República de Serbia. Para nuestro grupo parlamentario todo impulso a la futura
adhesión de la República de Serbia a la Unión Europea es positivo. Cabe recordar que cuando España tuvo la Presidencia de la Unión Europea, el impulso a la posible adhesión de la República de Serbia a la Unión Europea fue máximo, con apertura de
muchos capítulos y, por tanto, saludamos este paso más, que significa una mayor proximidad de Serbia a nuestra comunidad europea.


También quisiera agradecer al señor Nuet la oportunidad que nos da en estos convenios internacionales para debatir sobre algunas cuestiones de política exterior. Hoy sometemos a votación un convenio con Marruecos, un convenio importante
desde el punto de vista económico, porque va a facilitar el transporte por carretera, tanto de viajeros como de mercancías, entre Marruecos y España. Entendemos que es un convenio importante para la actividad económica y ello ha llevado al señor
Nuet a introducir el debate sobre el Sáhara Occidental. No queremos rehusar ese debate y, por tanto, vamos a hacer algunas aportaciones en este trámite parlamentario. Nuestro grupo parlamentario ha venido denunciando ante el Gobierno del Partido
Popular la alarmante desaparición de la cooperación bilateral con los refugiados saharauis. La caída en los Presupuestos Generales del Estado de la cooperación al desarrollo hasta más allá del 80 % de su dotación ha significado que la cooperación
que manteníamos con el Sáhara ha disminuido mucho y entendemos que esto está dificultando nuestra interlocución en el área. Para nuestro grupo parlamentario, la presencia de España en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas -ya lo hemos
repetido- debería llevar como bandera el respeto a los derechos humanos. Precisamente hace escasas fechas hemos sufrido una decepción en relación con el Sáhara, porque -como ustedes conocen- se ha renovado el mandato de Minurso sin competencia en
materia de derechos humanos ni en relación con los campamentos de refugiados en Tinduf. Es cierto que en el Consejo de Seguridad tiene que haber unanimidad en la votación, pero esperábamos que España, con su presencia en este Consejo de Seguridad,
hubiera podido influir para modificar ese mandato de Minurso y que los derechos humanos fueran incorporados a él o para que, alternativamente, se hubiera ampliado la delegación que tiene el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos
Humanos para que pudiera ejercer un papel expreso de vigilancia en relación con los derechos humanos.


Nos gustaría que este periodo de España en el Consejo de Seguridad implicara alguna iniciativa política en relación con el Sáhara, donde por supuesto España tiene responsabilidades. Nos mantenemos cómodos en esa posición de Naciones Unidas
que reclama para el Sáhara Occidental una solución justa, duradera y mutuamente aceptable en el marco de Naciones Unidas, pero hay que dar otros pasos para encontrar una solución satisfactoria. Asimismo, con relación al Sáhara, nuestro grupo
parlamentario valora que España -ya ha habido denuncias de algún otro país y del propio Frente Polisario- esté rompiendo en cierto modo su neutralidad en el Sáhara y mantenga una postura incluso más intransigente que Francia en este tema a pesar de
nuestra historia. Entendemos que España tiene que cambiar su posición política en relación con el Sáhara Occidental España.


Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Sáez.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Beneyto.



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El señor BENEYTO PÉREZ: Muchas gracias, señora presidenta.


Se presentan hoy a la Cámara cinco convenios para su ratificación: el protocolo al acuerdo de estabilización y asociación entre la Unión Europea y Serbia para tener en cuenta la adhesión de Croacia a la Unión Europea, el protocolo que
modifica el convenio de doble imposición entre España y Canadá, un acuerdo de cooperación en materia de lucha contra la delincuencia con Uzbekistán, un acuerdo de supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos que pone en ejercicio un
reglamento de la Unión Europea de marzo de 2001 en relación con Angola y el convenio de transporte internacional por carreteras de viajeros y mercancías con Marruecos, que quizás es el que ha suscitado mayor interés por parte de diferentes grupos.


Independientemente del convenio de Marruecos, al que me referiré con mayor detalle, es interesante señalar los otros cuatro convenios. El que hace referencia al acuerdo de estabilización y asociación entre la Unión Europea y Serbia da un
paso más adelante en la integración de los Balcanes occidentales y de los países de la antigua Yugoslavia como consecuencia de la adhesión de Croacia. Hay que tener en cuenta que en estos momentos todos los países de la antigua Yugoslavia se
encuentran en su proceso de integración y este es un apoyo más que España da a este proceso.


Quiero señalar en particular el acuerdo con Canadá. Las relaciones con Canadá han experimentado en los últimos años un incremento importante, tanto desde el punto de vista comercial como de inversiones, en ambos sentidos. Quiero señalar
aquí la labor que está desarrollando la embajada de Canadá en los últimos años en este sentido. Sin ninguna duda Canadá era uno de los países en los existía un retroceso tanto en materia comercial como de inversiones y en los se está recuperando
gran parte de ese retraso. Hay que tener en cuenta que Canadá tiene una de las diez mayores economías del planeta y que en estos momentos, a través de la negociación y conclusión del acuerdo de la Unión Europea con Canadá, se abren enormes
posibilidades de nuevas relaciones comerciales y de inversión. Este protocolo, que modifica el convenio de doble imposición, supone, dentro de su modestia, un paso adelante en la intensificación y facilidad de las relaciones empresariales entre
ambos países. También en el terreno cultural se han realizado pasos importantes en los últimos tiempos. Canadá es un país en donde la diplomacia española ha puesto enormes intereses y hay un avance sustancial en esta materia.


El acuerdo sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia con Uzbekistán también facilita nuestra diplomacia en Asia Central, en los países 'estanes'. Con el desarrollo que están teniendo y desde una doble perspectiva
geoestratégica, en algunos casos de acercamiento hacia Rusia, como el caso de Kazajistán, y en los otros casos de progresivo acercamiento al mundo occidental, es muy importante que tanto desde la Unión Europea como desde el Consejo Europa y los
países europeos exista un apoyo a los procesos, en algunos casos lentos, en algunos casos con un paso adelante y dos atrás, que están teniendo algunos de estos países en su proceso de democratización.


Angola ha experimentado en los últimos años, gracias a las inversiones chinas, un desarrollo económico importante y supone también para las empresas y la diplomacia españolas un nuevo horizonte de cooperación y de intensificación de
relaciones comerciales y económicas. La supresión recíproca de visados, de pasaportes diplomáticos, pertenece a este esfuerzo por intensificar también las relaciones.


Quiero detenerme ahora, como anunciaba, con más detalle en el convenio sobre transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías con Marruecos. Evidentemente, la relación con Marruecos es mucho más amplia y más importante
estratégicamente de lo que supone un convenio, pero un convenio es un paso más, sobre todo en un área de tanta relevancia como es el transporte por carretera de viajeros y mercancías, que básicamente está regulado. Existe una determinación precisa
sobre los servicios regulares y discrecionales, con una autorización previa para el transporte de viajeros, basado en un acuerdo multilateral Interbús. Hay un sistema de control y de sanciones en el caso de que se violen estas regulaciones y hay un
sistema de contingentes y también de autorizaciones para el transporte de mercancías, en donde existen algunas áreas liberalizadas, como son el transporte postal o las mudanzas. Este sistema crea un marco regulado que precisa de una ejecución más
estricta. El convenio en este sentido va a ser un apoyo para que la regulación encuentre una aplicación real en la práctica. De esta manera, a través del convenio se adecuará la normativa al protocolo de armonización de prácticas en la materia de
2008, firmado por Bélgica, España, Francia y Marruecos. Pero sin duda lo interesante aquí es tener la oportunidad en estos momentos para hablar sobre la relación con Marruecos. Ha sido citado el punto más relevante en los últimos tiempos, que ha
sido la renovación de la Resolución 2218 del Consejo de Seguridad, por la que se renueva el mandato de Minurso. Hay que señalar que el Gobierno español apoyó en todo momento la posibilidad de que se extendiera el control de los derechos humanos al
conjunto



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del territorio del Sáhara Occidental. Este texto se aprobó por unanimidad, sobre la base del texto presentado por el Grupo de Amigos del Sáhara Occidental, y únicamente para esa obtener esa unanimidad, el Gobierno, aunque sigue manteniendo
su posición, optó por facilitar que se llegara a un texto de consenso. Hay que tener en cuenta que a principios de este año, en particular hasta el mes de enero de 2015, se produjeron tensiones importantes entre Marruecos y Naciones Unidas. En un
momento dado existió incluso la posibilidad de que se pudiera no renovar el mandato del enviado personal, y únicamente gracias a una conversación telefónica entre el rey y el secretario general de Naciones Unidas esta cuestión se desbloqueó.
Afortunadamente, se ha mantenido el mandato de Minurso, no solo en su texto inicial, sino que se ha ampliado de una manera significativa, como ahora voy a señalar.


Se ha enfatizado el aspecto de mantenimiento del alto el fuego y el mantenimiento de la representación tangible del compromiso de la comunidad internacional de alcanzar una solución para el conflicto. La resolución del Consejo de Seguridad
de Naciones Unidas enfatiza de una manera muy particular la garantía de la seguridad y circulación sin trabas del personal de Naciones Unidas. Ese texto da, por unanimidad, un apoyo pleno al secretario general, al enviado personal y representante
especial, de manera que se ha solucionado el problema diplomático que se planteó hasta inicios de este año. Como novedad, se hace un llamamiento a los Estados miembros para que sigan realizando contribuciones voluntarias y apoyando los programas
alimentarios en el Sáhara Occidental. Para el Gobierno español la mejora de la situación de los refugiados es una prioridad y, por supuesto, se realizan todas las actividades e iniciativas diplomáticas necesarias para que también en materia de
derechos humanos, como está ocurriendo, Marruecos vaya ampliando el margen de control de lo que ocurre en el territorio del Sáhara Occidental, margen de control desde el punto de vista de su plena adecuación al Comité de Derechos Humanos que creó
Marruecos hace ya algún tiempo.


Está claro que la hoja de ruta está marcad. Se trata de avanzar en el proceso político para que Marruecos y el Frente Polisario puedan acordar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación
del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a Naciones Unidas. Esta es la posición oficial clara y nítida del Gobierno español y así ha sido reiterada en numerosas ocasiones. Sin embargo, el Gobierno seguirá apoyando la
introducción de mecanismos de control del respeto de los derechos humanos en el mandato de Minurso, y lo hará a través, también, de su presencia en el Consejo de Seguridad. No debemos olvidar que el grado de cooperación con Marruecos a lo largo de
los últimos años es, afortunadamente, de una mayor intensidad y de un mayor entendimiento de lo que habíamos conseguido hasta ahora, tanto en los terrenos de cooperación en asuntos de interior y policial -inmigración irregular, lucha contra el
terrorismo, lucha contra el narcotráfico, formación policial y centros de cooperación policial conjunta- como en materia de defensa, ya que es el único país con el que tenemos un programa de actividades conjuntas y, sobre todo, se han dado grandes
pasos en materia comercial. Llegamos en el año 2013 a ser el primer suministrador y en 2014 fuimos el número dos, detrás de Francia, pero seguimos siendo junto a ese país los dos primeros importadores y exportadores, respectivamente. Las
inversiones han experimentado un mayor crecimiento, aunque todavía tenemos ahí un gran déficit que rellenar. Pero, sobre todo, está el conocimiento de las dos sociedades ...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Beneyto, tiene usted que terminar.


El señor BENEYTO PÉREZ: ... y la presencia de un número mayor de turistas en Marruecos hace prever que, efectivamente, ese conocimiento de ambas sociedades va a ir intensificándose pero todavía hace falta un gran esfuerzo en materia
cultural y, sobre todo, una mayor empatía y un mayor conocimiento de lo que significa cada una de las dos sociedades.


En relación con su política exterior, Marruecos está negociando un acuerdo de libre cambio, profundo y ampliado con la Unión Europea y un partenariado de movilidad que, por supuesto, el Gobierno español apoyará con las medidas oportunas.


En definitiva, estos acuerdos, y en particular el convenio con Marruecos, lo que hacen es dar nuevos pasos en esta diplomacia del Gobierno español, amplia, profunda, geopolítica en su amplitud y que tiene en cuenta también los intereses de
los ciudadanos y de las empresas como prioritarios en todo momento.


Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Beneyto.



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DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. (Número de expediente 121/000134).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pasamos al punto relativo a los dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas y, en concreto, al proyecto de ley por el que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial. Para defender las enmiendas mantenidas, en primer lugar, por el Grupo Mixto, señor Baldoví.


El señor BALDOVÍ RODA: Muchas gracias, señora presidenta.


Una exposición de motivos cargada de loables intenciones, incluidas correcciones parciales a los desmanes sufridos en la justicia bajo el Gobierno del Partido Popular, cuya marcha atrás es insuficiente pero al menos mejor que nada, como ha
sido el caso de las injustas y abusivas tasas judiciales derogadas para las personas físicas, no para las personas jurídicas, como es el caso de esta ley que hoy debatimos, el problema es cuando se pasa de la lectura de la exposición de motivos al
análisis del articulado, pero eso no ocurre solo con esta ley. Hablar de buenas intenciones para después adoptar medidas para impedir el acceso a la justicia es un ejemplo más de hipocresía, y prueba de ello fueron sus recortes al presupuesto de
justicia en los años 2013 y 201: se redujo el número de jueces sustitutos, lo que está provocando que algunos jueces estén ya emplazando juicios para enero y febrero del año que viene. Así, buena parte de los juzgados en España sufren de
sobrecarga, casi la mitad superior al 150.


Según el informe de inspección del Consejo General del Poder Judicial presentado a finales de 2014, en mi tierra hay una saturación del 54 % en los 73 juzgados de primera instancia y la situación es aún mas grave si tenemos en cuenta que son
esos mismos juzgados los que han de juzgar los múltiples casos de corrupción que hay en la Comunidad Valenciana: 10 diputados imputados por corrupción o los 3 presidentes de las 3 diputaciones valencianas vinculados a tramas corruptas, uno de
ellos, Carlos Fabra, en prisión. Es imprescindible incrementar los medios materiales y personales destinados a la Administración de Justicia. El último escándalo que hemos visto allí en el País Valenciano es el nombramiento de un político del
Partido Popular amigo de Camps -el que lo afilió a Alianza Popular, para presidir la Audiencia Provincial de Valencia-. ¿Es razonable que quien afilió a Camps a Alianza Popular vaya a juzgar la trama Gürtel en su rama valenciana, aunque ahora diga
que ya no era amigo, pero que antes era muy, muy amigo? En cuanto a la jurisdicción militar era un buen momento para abordar la necesidad de extraer de dicha jurisdicción los casos de denuncia por acoso sexual.


Otra de las demandas sociales pendientes, el uso de la lengua oficial en el sistema judicial, es que no existen medidas para hacer efectivo el derecho de la gente a dirigirse y que se tramite su proceso en la lengua oficial de su territorio,
en nuestro caso en valenciano. Se trata de una vulneración flagrante e histórica de un derecho legal y constitucional, pero ya vimos esta semana cuáles eran sus intenciones y su predisposición a arreglar esto, nula. Sobre los consejos de justicia
de las comunidades autónomas, como el recogido en el Estatuto valenciano, no se dice nada, como si no existieran, y esta era la ocasión para aclarar su contenido y para aclarar el reparto de funciones.


No se aborda tampoco ningún mecanismo de participación de la sociedad ni en la elección de jueces ni en el control ciudadano. Se mantiene un sistema de acceso a la carrera judicial, preconstitucional, viejo, memorístico y anticuado, que
nada tiene que ver con los valores exigibles a los jueces. Tampoco se dice nada de reducir el número de aforados, y eso que el presidente Rajoy lo apuntó en su momento. Tampoco estaría de más que se zanjara, de una vez por todas, la privatización
del Registro Civil renunciando a ella, como pide prácticamente todo el mundo y todas las opciones políticas. Y puestos a dejar desmanes, no hubiera estado de más recuperar la justicia universal o, al menos, lo que quedó de ella en el anterior
Gobierno. Entendemos que es una oportunidad perdida y, por lo tanto, no la vamos apoyar.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Muchas gracias, señor Baldoví.


Por el mismo grupo, señora Fernández.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señora presidenta.


Señora presidenta, permítame aprovechar este turno de defensa de las enmiendas del Bloque Nacionalista Galego para dar por defendidas todas las enmiendas presentadas a este proyecto de ley por el Grupo Mixto.



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Señorías, empezamos defendiendo nuestras enmiendas números 13 y 31, relacionadas con la necesidad del conocimiento de las lenguas propias de las diferentes naciones y comunidades autónomas que conforman el Estado, por parte de absolutamente
todo el cuerpo destinado a las labores de la Administración de Justicia, desde jueces a fiscales, secretarios judiciales, etcétera. No podemos seguir admitiendo, señorías, que el desconocimiento de la lengua sea la disculpa para que muchos de estos
profesionales no actúen ante los ciudadanos o en defensa de los derechos de los ciudadanos en la lengua propia cuando, además, los propios ciudadanos solicitan que se les atienda. Por lo tanto, presentamos estas enmiendas porque no se puede seguir
vulnerando un derecho reconocido, además legalmente, como es en el caso de Galicia, por la Ley de Normalización Lingüística del año 1988. Como dije recientemente en esta Cámara, después de treinta años de celebrarse la primera sentencia en nuestro
idioma, a día de hoy no son más del 5 % aquellas sentencias que son dictadas en la lengua propia de nuestro país, Galicia. Por eso, señorías, nos parece importante lo que presentamos en nuestras enmiendas 13 y 31, que además recogen el derecho y la
obligación de conocer, en el caso de aquellas comunidades que tengan derecho civil o foral propio, estas realidades para actuar correctamente en esas comunidades.


La enmienda número 14 está relacionada con la necesidad de aprovechar este proyecto de ley para dejar garantizado que los registros civiles continúen en el ámbito de la Administración de Justicia, que no va a haber absolutamente ninguna
intención por parte del Gobierno para su privatización y que, por lo tanto, será el cuerpo de letrados quien tenga la competencia para que se mantenga la gratuidad de este servicio a todas y todos los ciudadanos. Nos parece oportuno presentar esta
enmienda porque, aunque el Gobierno en estos momentos haya dicho alguna cuestión en relación con que va a desistir de la idea de esa privatización, queremos que eso se plasme por ley, y de ahí las enmiendas que presentamos.


Las enmiendas 12 y 6, señorías, están relacionadas con competencias de las comunidades autónomas y están destinadas a evitar las designaciones discrecionales por parte del Ministerio de Justicia, así como a regular y acometer el traspaso de
competencias a las comunidades autónomas sobre el personal del cuerpo de letrados, por ser auxiliar de las labores jurisdiccionales.


Damos por defendido el otro grupo de enmiendas, aproximadamente unas veintiuna, porque la mayoría son de aspecto técnico y están relacionadas con cuestiones de organización y funciones de la Administración de Justicia, así como de las
relaciones laborales de funcionarios y funcionarias. Ponemos como ejemplo la enmienda referida a la reposición de puestos de trabajo, que en este momento está siendo paralizada por el Gobierno, o la que propone evitar la pérdida de derechos
laborales y sociales, tal y como se plantea en el último párrafo del apartado 5 del artículo 504.


Señorías, defendidas nuestras enmiendas, desde el Bloque Nacionalista Galego tenemos que volver a criticar la actitud del Grupo Popular, en relación con la tramitación de los proyectos de ley en la Cámara en toda la legislatura y, en
concreto, con todas aquellas leyes que están relacionadas con el Ministerio de Justicia. Ha habido falta de diálogo, no se ha intentado llegar a ningún consenso con los grupos políticos y, en definitiva, solo se han aceptado como enmiendas a
incorporar a los textos del Gobierno aquellas presentadas por el Grupo Popular, salvo alguna excepción anecdótica que se le pueda reconocer a algún grupo parlamentario.


Señora presidenta -y finalizo-, queremos manifestar también que lamentamos que no se haya querido por parte del Gobierno aprovechar este proyecto de ley para resolver esas necesidades que tenemos en territorios como Galicia, en relación con
la falta de juzgados y también de personal de la judicatura, porque está significando un retraso en la actuación judicial y en la resolución de los asuntos que son necesarios llevar a cabo en la Administración de Justicia en Galicia. Además, no es
algo que diga el Bloque Nacionalista Galego, ni ninguna cuestión particular, sino que se recoge en informes del Consejo General del Poder Judicial donde se reconoce incluso que en Galicia se necesitarían 15 juzgados más. Por eso, lamentamos que no
se aprovechara esta ley para que desde el punto de vista...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señora Fernández.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: ... de los juzgados se pudiera buscar alguna solución a una situación de claro deterioro.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Fernández.


Por el Grupo Vasco, PNV, señor Olabarría.



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El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Gracias, señora presidenta.


Nos encontramos con una reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 1985, ley que merita seguramente una reforma más profunda y de mayor dimensión. No obstante, su parcialidad o su carácter limitado no carecen de
disfunciones que nosotros vamos a intentar corregir a través de una serie de enmiendas que son numerosas, señora presidenta. Por mor de la brevedad, voy a intentar agruparlas por bloques sistemáticos.


Ya nos encontramos con un primer problema en la exposición de motivos, con relación a los llamados plenos jurisdiccionales, que son los llamados a resolver las controversias entre secciones de un mismo órgano judicial. La exposición de
motivos se equivoca en la denominación de estos órganos, deben ser plenos jurisdiccionales, y no plenos no jurisdiccionales, como se establece en la misma. Es una enmienda de carácter técnico, pero que no nos parece que carezca de relevancia.


Con relación al artículo 5 bis, señora presidenta, la legitimación para interponer recursos de revisión ante el Tribunal Supremo tiene que obedecer a dos razones. En primer lugar, que los efectos negativos e irreversibles para los
justiciables o ciudadanos no puedan cesar, salvo que este recurso de revisión especial o extraordinario pueda ser interpuesto por estos ciudadanos en el caso de acreditar la no cesación de los efectos negativos o perversos y, en segundo lugar, en el
caso de contravención de los requerimientos -esta es una enmienda particularmente relevante en nuestra opinión- del Convenio de Derechos Humanos, lo que ya legitima automáticamente para interponer este recurso especial de revisión o, en su caso, de
la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, jurisprudencia además que tiene que irradiar a otros supuestos similares. Acuérdense de lo que ocurrió con el caso de Inés del Río contra el Reino de España, en virtud de la declaración
adoptada por la propia Sala general del Tribunal Supremo con fecha 12 de noviembre de 2012. No basta con que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos provoque el efecto de legitimación para interponer recurso de revisión, sino que
estos recursos de revisión pueden ser utilizados en otros supuestos con identidad material, o a los que les afecte una identidad material, que legitima automáticamente a otras personas para interponer también este recurso de revisión.


Para especializar juzgados, el Consejo General del Poder Judicial, en nuestra opinión, señora presidenta, debe recabar el informe preceptivo del Ministerio de Justicia, pero también el informe preceptivo de las comunidades autónomas con
competencia en materia de justicia, que es una de las deficiencias que apreciamos de forma recurrente en este proyecto de ley. Las competencias en materia de medios materiales y personales, las cláusulas subrogatorias que en los estatutos de
autonomía prevén competencias para las comunidades autónomas se obvian y son objeto de palmaria ignorancia. Este es uno de los elementos en el que requerimos al portavoz del Grupo Popular, señor Castillo -dada su vocación autonomista-, para que
tenga en consideración esta importante atrofia en un proyecto de ley que está llamado a ser la única reforma en esta legislatura de una ley tan importante como la que regula el estatuto orgánico de jueces y magistrados, sus competencias y sus
funciones, el estatuto del personal parcialmente al servicio de la justicia, así como ciertos elementos de legitimación procesal.


Asimismo, nos parece que la previsión respecto a la posibilidad de que los magistrados menores de setenta y cinco años no jubilados o no considerados eméritos puedan ser magistrados suplentes constituye una verdadera atrofia jurídico-formal.
Si es magistrado una persona con menos de setenta y cinco años, no puede ser magistrado suplente. Es una contradicción en sus propios términos: o se es magistrado, o se es magistrado suplente. Aunque los dos lo sean, el uno lo es cuando es objeto
de nombramiento a tiempo parcial y el otro lo es en virtud de la ostentación de la condición de magistrado, obtenida por los procedimientos regulados en el ordenamiento jurídico. Tampoco nos parece bien que en una situación de empleo y en una
situación de disfuncionalidad de la Administración de Justicia por falta de medios, pero también por un cierto envejecimiento de la carrera judicial, se pueda establecer la prolongación de la carrera de los magistrados con la condición de
magistrados eméritos hasta los setenta y cinco años. Yo sé que esto va a suceder en el futuro, seguramente no solo con los magistrados sino con todo el mundo si las reformas de las pensiones continúan por la línea que vamos conociendo, y que
ninguno nos podremos jubilar hasta los setenta y cinco años, pero no adelantemos acontecimientos ni creemos este peligroso precedente con relación a los magistrados cuando sean objeto de nombramiento como magistrados eméritos.


En materia de tratamiento de datos sujetos a los correspondientes ficheros de la Agencia Española de Protección de Datos, intentamos incorporar o añadir a dicha agencia como competente en la llevanza y el control de estos ficheros las
correspondientes agencias de protección de datos existentes en las



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comunidades autónomas que las tengan. Esto se hace en virtud de una legitimidad para pedir que dimana de un reglamento del Consejo General del Poder Judicial, el reglamento 1/2015, de 15 de septiembre. El Consejo General del Poder
Judicial, a través de su potestad reglamentaria lo ha establecido así. No seamos menos que el propio Consejo General del Poder Judicial al regular esta importante ley orgánica en materia de llevanza de los ficheros.


Con relación a los letrados de la Administración de Justicia, una figura que se identifica mejor y a la que se otorgan importantes competencias, fundamentalmente de dirección de la oficina judicial, nos parece también una atrofia jurídica y
que se corresponde a simbolismos arcaicos cuya configuración como cuerpo nacional debe ser objeto de superación. Pero no solo le pedimos, señor Castillo, que el estatuto de estos letrados al servicio de la Administración de Justicia sea regulado
por aquellas comunidades autónomas que tengan competencia en materia de medios personales o materiales al servicio de la justicia, en virtud de lo proclamado en los requerimientos de la conocida sentencia del Tribunal Constitucional 56/1990 -es
personal al servicio de la justicia o al servicio del servicio de la justicia-, sino que, asimismo, su estatuto, su régimen jurídico, sus condiciones laborales y su formación deberían ser objeto de determinación por las comunidades autónomas con
esta competencia, en virtud de dicha sentencia. También hay requerimientos que hacen referencia a otros cuerpos que tienen en este momento el carácter de cuerpo nacional de forma absolutamente incomprensible para nuestro grupo parlamentario; nos
estamos refiriendo al cuerpo de médicos forenses, de facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de gestión personal y administrativa y a todos los demás que tienen este carácter.


Señor Castillo, ustedes invocan permanentemente la competencia del Estado prevista en el artículo 145.1 de la Constitución y la posibilidad de que sea la Administración de Justicia la que ejecute lo juzgado, a través también de la previsión
del artículo 117, pero se olvidan con demasiada frecuencia y con cierta relativización de los preceptos constitucionales establecidos por el artículo 122, que prevé, en cohonestación con la sentencia que le he citado antes del Tribunal
Constitucional, la posibilidad de una regulación autonómica de una vinculación a la estructura territorial del Estado -y este Estado ya es un Estado compuesto, al cual el Poder Judicial es más refractario que ningún otro poder del Estado- y la
posibilidad de que estos cuerpos no sean nacionales en virtud de los requerimientos que forman parte del propio texto constitucional y de la jurisprudencia constitucional, que usted conoce seguramente incluso mejor que yo, aunque por razones de
militancia política a veces tenga que realizar ciertos oscurecimientos parciales de sus amplios conocimientos en esta materia.


En relación con nombramientos de los letrados de la Administración de Justicia para puestos radicados en el ámbito territorial de una comunidad autónoma con competencias asumidas, se asignará el criterio que establezcan en su propia
normativa estas comunidades autónomas para este nombramiento. Al fin y al cabo estamos hablando de letrados a los que se les atribuye la competencia de dirección de la oficina judicial. Y hay otras competencias que nosotros pretendemos que se les
incorpore a estos letrados, las competencias en materia de jurisdicción voluntaria, salvo la resolución de este tipo de pleitos y la tramitación de los procedimientos monitorios. Es una forma de aligerar la carga de trabajo de los jueces y
magistrados y atribuírselo a los letrados. Nos parece mucho más pertinente, señor Castillo, que tengan esta competencia los letrados de la Administración de Justicia, previsión que se establece en la próxima ley de enjuiciamiento criminal -que
estamos debatiendo ya-, en donde se atribuye al ministerio fiscal, cuya dependencia orgánica es del Gobierno, la posibilidad de resolver determinados pleitos por decreto de dicho ministerio. Esto nos parece algo verdaderamente inadecuado desde la
perspectiva de la separación de poderes. Sin embargo, aquí tenemos esta figura, los letrados de la Administración de Justicia, que podrían cumplir la dirección de la oficina judicial, podría atribuírseles estas competencias bajo dependencia
autonómica, en virtud de los criterios que antes le he comentado.


En relación con la Comisión Nacional de Estadística Judicial, debe estar integrada por el Ministerio de Justicia y por las comunidades autónomas con competencias en materia de justicia -esta es una competencia exclusiva de la comunidad
autónoma de Euskadi- o que posean las cláusulas subrogatorias en materia de justicia, a las que nos estamos refiriendo de forma recurrente.


En relación al artículo 470 de nuevo nos encontramos con la configuración de todos los cuerpos al servicio de la justicia como cuerpos nacionales. Esto de los cuerpos nacionales, señor Castillo, es un verdadero arcaísmo, tiene una dimensión
solamente simbólica que pudo tener sentido o pudo ser objeto de presiones en estos cuerpos en el año 1985, cuando bajo la hégira de Juan Alberto Belloch se aprobó esta benemérita ley, la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pero en los tiempos que
corren y si ustedes quieren ser honestos con los requerimientos constitucionales en relación a ajustar la Administración de



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Justicia a las exigencias de un Estado territorialmente compuesto y no unitario, hay que empezar a trabajar y a repensar cuál debe ser el carácter de estos cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. Pero sin ir más allá -yo
tendría reivindicaciones mucho más poderosas desde una perspectiva del acervo ideológico que representa mi grupo-, me bastaría con que cumplieran los requerimientos de la sentencia 56/1990, del Tribunal Constitucional. Fíjense hasta qué punto
estamos, mediante una transmutación extraña, convirtiéndonos en constitucionalistas ante una especie de presión de su grupo parlamentario que hace que incluso la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional les llega a parecer quizás
demasiado atrevida y expansiva en materia de configuración territorial del Estado. Por lo menos sigan al Tribunal Constitucional y su jurisprudencia, por lo menos en esto, y no sean más jacobinos que el propio Tribunal Constitucional, que bastante
lo es ya, por cierto.


En materia de especialización y de creación de institutos de medicina forense o de medicina legal, la instancia para su creación debe ser objeto de autorización del Ministerio de Justicia pero también de las comunidades autónomas con
competencia en esta materia y los médicos forenses tampoco deben tener las características de un cuerpo nacional. De hecho, los médicos forenses son un cuerpo nacional desde una perspectiva puramente formal porque desde una perspectiva material
hace tiempo que no lo son; desde una perspectiva material hace tiempo que su dependencia es absoluta e íntegra de las administraciones autónomas con cláusulas subrogatorias que les conceden competencia en esta materia.


Ya voy acabando, señora presidenta. En materia de formación inicial y continua se establece un criterio de coordinación homogeneizadora de las estrategias o planes de formación de jueces, magistrados y otros miembros de la Administración de
Justicia. No creemos que exista titulo competencial legítimo por parte del Estado para homogeneizar absolutamente la formación sino que deben establecerse mecanismos de coordinación. Ustedes presentaron el otro día en relación a la CORA y a la
Opera una propuesta indicando que sería pertinente crear plataformas de coordinación. Estas ya existen. Las plataformas de coordinación para laminar más las competencias autonómicas no nos parecen pertinentes, pero la coordinación sería suficiente
para la formación profesional en un cuerpo que, en definitiva, aunque consigamos algún día que deje de ser cuerpo nacional, va a ser único, va a ser por una Administración de Justicia de carácter unitario. No hace falta homogeneizar absolutamente
la formación porque hay elementos de identidad en las distintas naciones de un Estado plurinacional como el español, como es el derecho foral, el derecho civil propio, o la lengua, que requieren estructuras formativas sustancialmente diferentes en
algunos casos; en el caso de Cataluña hay un Código Civil propio, en el caso de Aragón hay un Código Civil propio, y en el caso de Euskadi también, e igualmente existen lenguas cooficiales en estos ámbitos.


Ya termino, señora presidenta. En materia de las funciones o competencias que corresponden al Consejo General del Poder Judicial queremos fortalecer las del pleno.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Sí, señor Olabarría. Finalice.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Acabo ya. La última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial disminuyó las competencias del pleno, fortaleciendo las de la comisión permanente. Queremos que se invierta esta posición de la anterior ley,
fortaleciendo y recuperando para el pleno todas las funciones que históricamente le han correspondido, y dejando a la comisión permanente las cuestiones que por su urgencia, por su perentoriedad o por ser de gestión inmediata y rutinaria le han
correspondido siempre, pero no incrementando sus miembros, sino manteniéndolos.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Con esto acabo ya, señora presidenta. Aquí está el debate de siempre, el debate recurrente que el señor Jané, otros y yo hemos defendido con más voluntad que acierto, no porque no lo hayamos hecho bien el señor
Jané y yo, sino porque el desacierto dimana sencillamente de la imposición de una mayoría absoluta, que es la mayoría del Partido Popular. Los consejos autonómicos del Poder Judicial son un requerimiento de diversos estatutos de autonomía. Son
absolutamente necesarios...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Esta es mi última palabra, mi última oración.



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La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pues dígala. La última.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Son absolutamente necesarios para garantizar la eficiencia de la Administración de Justicia, y volvemos a reiterar este pedimento.


Gracias, señora presidenta, por su amabilidad.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Muchas más palabras. Gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, señor Martínez Gorriarán.


El señor MARTÍNEZ GORRIARÁN: Gracias, señora presidenta.


Mi grupo ya solicitó la devolución al Gobierno de este nuevo proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, porque aunque se han presentado varias todas adolecen del mismo defecto: a nosotros nos parece que le falta ambición
política. Más allá de las cuestiones técnicas, que sin duda son de gran importancia para ordenar el mundo de la magistratura, hay una cuestión de fondo que es la que creemos que no se aborda, y es que las deficiencias de la justicia, del sistema de
justicia español son de las principales de nuestro sistema democrático. Por tanto no comprendemos que no se quiera abordar esa deficiencia profunda del sistema democrático español, que es como digo una justicia falta de independencia, falta de
medios, y que además cada día es percibida con mayor razón como una justicia desigual para los ciudadanos, y quizá la razón de que no se quiera abordar esa importante reforma es precisamente esta: las consecuencias de una justicia tan deficiente
son que en España las posibilidades de impunidad para la corrupción, y las posibilidades de tener un trato preferente o no, favorecedor o no por parte de la Administración de Justicia tiene mucho que ver con esta manera de estructurarla y
concebirla.


Nos sigue pareciendo que la principal deficiencia que tiene el sistema de justicia es su falta de independencia; nos sigue pareciendo que el reparto del Consejo General del Poder Judicial es un escándalo democrático; nos sigue pareciendo
que es increíble que los partidos políticos crean que deben tutelar al Poder Judicial, porque eso hace imposible una separación efectiva de los poderes del Estado, y la justicia no es solo una Administración, que también lo es, es sobre todo y en
primer lugar un poder básico del Estado; y si un poder básico del Estado como la justicia no es independiente, y no tiene garantías de independencia suficientes no es capaz de cumplir con su principal función, que es precisamente esa, la de
controlar los posibles excesos del Ejecutivo y del Legislativo. Eso explica muchísimas cosas que nos ocurren en este país desdichado; que no es desdichado porque sí, por una casualidad de la naturaleza o una maldición de la historia; es
desdichado porque cuando se hizo la Constitución -que además luego fue empeorada en la reforma que atañía a la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial- se renunció a un sistema efectivo y sólido de separación de poderes, de
contrapesos efectivos institucionales, para lo cual la independencia de la justicia es fundamental.


Mi grupo va a seguir dando la batalla todo el tiempo que sea necesario, aunque sea en solitario -bueno, en solitario ha sido siempre-, en contra del reparto del Consejo General del Poder Judicial y a favor de una efectiva independencia de
este poder básico del Estado. No vamos a apoyar ninguna reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial o una ley concomitante que no tenga este objetivo entre sus prioridades. En segundo lugar y consecuencia de lo anterior: el problema de la falta
de dotaciones materiales de los juzgados en España y de la planta judicial. Es verdaderamente escandaloso cómo se aceptan como si fueran normales esos espectáculos de juzgados donde se caen los expedientes de las estanterías dobladas bajo su peso,
donde los lavabos se utilizan como archivos, donde algunos tienen condiciones de una cutrez verdaderamente tercermundista -con perdón del tercer mundo, que en algunas cosas incluso nos da lecciones a este respecto-, y donde además la plantilla
judicial insuficiente hace que los procesos se alarguen eternamente, y lleva a eso que antes decía: a espectáculos escandalosos, desmoralizadores de la vida pública, como la prolongación eterna de pleitos, como la impunidad en la práctica de muchos
casos de corrupción o sobre todo de mala gestión de los haberes públicos, debido a que muchas causas simplemente acaban prescribiendo; o las dos velocidades que existen en función de quién sea el imputado. En España hay imputados VIP, así de
claro, imputados que son tratados de manera distinta que los ciudadanos normales, imputados que reciben el privilegio de que pertenecen al poder político y por lo tanto perciben un trato preferente distinto. Lo acabamos de ver otra vez con los
imputados a los que se les ha retirado la imputación en el caso de las tarjetas black de Caja Madrid. No estamos de acuerdo con que esto no sea el objetivo prioritario de una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tiene que garantizar la
igualdad en el trato a los ciudadanos, y no puede ser -como está ocurriendo en la



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práctica- que las deficiencias materiales de los juzgados y del sistema judicial de la Administración de Justicia redunden en una falta del control político que hace falta, y sobre todo de la igualdad de tutela judicial y de la igualdad de
respuesta y de responsabilidad ante el incumplimiento de las leyes que se dan en España.


Añadamos más cosas que tampoco se van a resolver con esta reforma, y que por eso mismo hacen imposible nuestro apoyo. ¿Qué es lo que ocurre todavía con las tasas pendientes que introdujo el señor Gallardón, y que se han ido reduciendo poco
a poco? Siguen existiendo tasas judiciales para las pymes; además las pymes son la columna vertebral -hay que repetirlo porque se olvida muy a menudo- de la economía de este país, y también uno de los sectores que más ha sufrido durante la crisis;
pues resulta que las pymes siguen teniendo que pagar tasas que son disuasorias para la defensa de sus legítimos intereses, porque le puede acabar ocurriendo a una pyme cualquiera que, por pretender cobrar o llevar a un deudor ante un tribunal, acabe
pagando más de lo que efectivamente va a recuperar en su demanda.


Antes me he referido también al problema de los aforamientos. Exactamente igual: los aforamientos son la causa, el origen y la consagración institucional -como decía- de que haya dos tipos de imputados o de imputables en este país. Aquí
tampoco se aborda para nada. Ya sabemos que dice el Gobierno que tiene un plan -plan que desconocemos-, que dicen que es de regeneración democrática. La cuestión de fondo está en que todo esto debería verse dentro del conjunto de una reforma del
Poder Judicial para que sea un poder independiente, como digo, del Estado.


Acabo ya. Otras cuestiones que nos siguen pareciendo preocupantes: por ejemplo el maltrato al turno de oficio en muchas comunidades autónomas, debido a unas tarifas ridículas que muestran un desprecio poco democrático por un servicio tan
importante como es la garantía de defensa para cualquier ciudadano que se pueda ver implicado en un conflicto que acabe en un juzgado. Asimismo seguimos viendo que se dan palos de ciego y sobre todo lo peor: una actitud conservadora ilegítima,
conservadora en este caso de la dependencia del Poder Judicial, de su mala dotación de medios, de una sobrecarga de trabajo que le impide cumplir con su función, y que hace que sea una de las administraciones peor valoradas -con razón- de las que
existen en España, provocando entre los ciudadanos un sentimiento absolutamente justificado de indefensión y de desigualdad.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Martínez Gorriarán.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, otra vez nos encontramos ante una reforma legal importante, en este caso del Consejo General del Poder Judicial, que reúne los tres requisitos que parece debe reunir cualquier reforma que presente el Gobierno durante esta
legislatura: es una reforma parcial, es una reforma por entregas, y es una reforma que en algunos aspectos parece estar hecha a la carta de determinados intereses corporativos. Por supuesto ese pastel tiene una guinda que es la guinda de la
vulneración constitucional en aquello que afecta a los derechos de las comunidades autónomas, en este caso concreto al derecho de los ciudadanos a ser atendidos en su lengua propia, los derechos que están reconocidos en los estatutos de autonomía de
muchas comunidades autónomas.


Lo primero que queremos decir en este trámite de análisis del dictamen de la Comisión de Justicia es que se confirma desgraciadamente lo que ya dijimos en su momento: que el verdadero objetivo de esta reforma es volver a darle otra vuelta
de tuerca a los intentos del control del Poder Judicial, y eso no es cualquier cosa, porque el hecho de qUE el Ejecutivo a través del Legislativo pretenda controlar el Poder Judicial en definitiva es erosionar una de las bases de cualquier sistema
democrático, que es la división de poderes. Es especialmente grave. Y ese intento de control del Poder Judicial se hace en esta ley de manera especialmente ostentosa. Voy a poner dos ejemplos. Primero, incrementando los poderes del presidente
del Tribunal Supremo, tanto en el Consejo General del Poder Judicial como en el control del gabinete técnico, hasta niveles de minuciosidad y de detalle que sorprende deban estar en un proyecto de ley orgánica. También en otro aspecto que espero
que no haya pasado desapercibido a sus señorías, que es el intento de controlar determinadas salas importantes para la justicia de este país, especialmente en el ámbito del Tribunal Supremo, a partir de una nueva regulación de la condición de
magistrados eméritos, que ahora se pretende hacer a través de un proceso de concesión discrecional y de renovación anual de esta condición. Señorías, podríamos discutir aquí si tiene sentido o no mantener la condición de magistrados eméritos, pero
lo que no parece que pueda ser aceptable es que, una vez reconocida esa condición, lo



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que se haga sea establecer un mecanismo que permite no solo al Consejo del Poder Judicial, sino especialmente al Ejecutivo, a través del control presupuestario, determinar cómo y de qué manera se mantiene esa condición. Es una reforma que
de verdad parece estar hecha a la carta de un intento de sacarse de encima a algunos magistrados que parece que son incómodos para algún poder económico de este país. Seguro que no son los únicos los magistrados de la sala social del Tribunal
Supremo, que parece que a juicio de algunos no se someten al designio de los intereses económicos de las grandes corporaciones y de sus representantes, los grandes despachos mercantilistas de este país, tan incómodos que han provocado una ofensiva
mediática brutal a través de alguna prensa económica. Supongo que no se les escapará a ustedes un detalle de ayer, un medio de comunicación de cierta incidencia económica publica sobre este tema una información, un editorial de un artículo de
alguien tan relevante como don Federico Durán, en la que se permite calificar a estos magistrados como jueces de asalto -casi nada la terminología que se utiliza-, a los que se imputa -a esos jueces y a otros- no someterse a la interpretación que
esos poderes económicos quisieran que fuera la única posible de la reforma laboral. Señorías, quiero llamar la atención sobre el riesgo que supone que esta Cámara termine siendo rehén de los grandes despachos de abogados de este país, que actúan
como lobby sin que esté regulada ni reconocida esa función. Parece que los Garrigues, los Cuatrecasas, los Sagardoy, los McKenzie y los Federico Durán no se contentan con redactarle la reforma laboral o las reformas concursales a este Gobierno, no
se contentan con colocar en el Gobierno a brazos ejecutores directamente vinculados a ellos, y no se contentan con colocar de presidente del Tribunal Constitucional a uno de los suyos y principal ideólogo de la reforma. No contentos con todo eso
quieren además el control total de los jueces. Es decir, quieren que los jueces cuando analizan e interpretan la ley lo hagan a su designio, a su voluntad, y a su interés. Les parece que están molestos con sentencias como las de Coca Cola, con
sentencias sobre los expedientes de regulación de empleo o las referidas a la negociación colectiva, y han lanzado una ofensiva tan vergonzosa como descarada. Hasta aquí eso podía pasar desapercibido, forma parte del interés de cada cual, pero el
problema es que esta Cámara está a punto de aprobar una norma que pone en manos del Poder Ejecutivo la posibilidad de hacer ese control. Por tanto quiero llamar la atención y pido al Partido Popular que recapacite sobre ese extremo.


En relación con el Consejo General del Poder Judicial déjenme que les diga que no contentos ustedes con la reforma Gallardón de mayor concentración de competencias y poderes en la comisión permanente del consejo, en un claro fraude de ley a
la Constitución, que recibió por cierto el rechazo de nuestro grupo y de toda la Cámara, a excepción del Grupo Popular, ahora ustedes otorgan todo tipo de competencias al presidente del Tribunal Supremo, incluso en el nombramiento de los
coordinadores de sala, con lo cual -fíjense ustedes bien- establecen una relación jerárquica dentro del propio Tribunal Supremo en relación con el presidente y los coordinadores de sala que es impropia de la propia función jurisdiccional. El
resultado es una concentración de competencias, insisto, un fraude de ley.


Por cierto que nos gustaría que alguien nos explicara por parte del Grupo Popular qué significa la desaparición del género femenino en la descripción del cargo de presidenta de la Comisión de Igualdad, que ahora pasa a llamarse presidente de
la Comisión de Igualdad. Sinceramente espero una explicación, porque de lo contrario me entran dudas. No sé qué es más grave en este redactado, si la misoginia que desprende o la estupidez que demuestra en sí mismo.


Señorías del Grupo Parlamentario Popular, en relación con los letrados de la Administración de Justicia el Gobierno se inventa una supuesta reivindicación de los secretarios judiciales para un cambio de nombre. Los secretarios judiciales lo
que están pidiendo desde hace mucho tiempo son dos cosas. La primera es que se arbitre una reforma en profundidad del Consejo General del Poder Judicial que les otorgue capacidades y funciones y potencie su figura, para así poder desarrollar de
manera correcta la función de director o directora de la oficina judicial. Y, en segundo lugar, piden que se les den recursos para ello, y esto no es una reivindicación corporativa, porque de plasmarse de una vez por todas en alguna reforma del
Poder Judicial, permitiría dignificar la calidad del servicio público de la justicia -que buena falta hace-, reforzando la condición del director de la oficina judicial y de los secretarios. En cambio ustedes van y les cambian el nombre, y dicen
que es una reivindicación histórica del colectivo.


La normalización de la justicia militar, que según ustedes era un objetivo de este proyecto de ley, no la vemos por ningún lado; al contrario, se mantienen elementos de excepcionalidad sin ninguna justificación, y lo más importante es que
se mantiene la existencia de la jurisdicción militar. Permítanme que les diga que es una broma de mal gusto que el Gobierno -un Gobierno que se presenta a sí mismo como el reformador del mundo mundial, porque ha reformado absolutamente todo si se
les escucha a ellos- nos



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diga que durante esta legislatura no ha tenido la oportunidad aún de proceder de verdad a una reforma de la jurisdicción militar -reforma que debe suponer su desaparición y el mantenimiento como especialidad, pero no como jurisdicción propia
de la justicia militar-, y que se compromete a hacerlo en el plazo de dos años. Esto es una broma de mal gusto, señorías.


En relación con otro aspecto que nos parece también importante, y que es la ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pierden ustedes la oportunidad de regular de manera efectiva la aplicación de estas sentencias.
No puede ser que después de que estas sentencias en más de una ocasión le hayan sacado los colores al Estado español ustedes establezcan una regulación que solo permite la ejecución de esas sentencias al que ha sido afectado por esa vulneración, y
no a terceros, al menos al ministerio fiscal o a otras partes. Es inconcebible también el tratamiento que da -es decir, el que una vez más no da- la reforma del Poder Judicial a algunas reivindicaciones de justicia como normalizar el uso de las
lenguas cooficiales en los juzgados y tribunales de las comunidades autónomas. Insisto en que continúan ustedes negando derechos fundamentales, porque el derecho a la tutela judicial efectiva es el derecho a ser tratado, atendido y juzgado en la
lengua cooficial de la comunidad autónoma, que en muchos casos es la lengua propia, y vulnerando al mismo tiempo los estatutos de autonomía, que por cierto fueron aprobados por estas Cortes Generales.


En definitiva, señorías, nuestro grupo va a mantener nuestro voto en contra. Vamos a votar a favor de una buena parte de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Mixto, el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) con alguna excepción, el Grupo Parlamentario Socialista, y aunque con más diferencias respecto a las del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Esperemos que al menos esta sea la última
reforma del Consejo General del Poder Judicial, porque ustedes cosa que tocan, cosa que empeoran.


Gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Coscubiela.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señora presidenta, señoras y señores diputados, una ocasión perdida. Es una reforma parcial que no da respuesta ni tan siquiera a normas aprobadas por estas Cortes Generales, como son los estatutos de autonomía de
nueva generación, en los que hay previsiones concretas de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que están pendientes desde el año 2006. En esta ocasión, en lugar de cumplir aquello que diversos ministros de Justicia habían anunciado, nos
desviamos una vez más y realizamos una reforma que para Convergència i Unió representa una ocasión perdida, y lo lamentamos profundamente. Para reparar esa iniciativa legislativa que no da respuesta a aquello que, desde comunidades autónomas como
Cataluña, venimos reclamando desde hace años el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió ha presentado más de ochenta enmiendas a este proyecto de ley, algunas de ellas técnicas, pero con significación jurídica importante. Quiero recordar
-lo decía ahora el señor Coscubiela- que nosotros también lamentamos que no se aproveche esta reforma para dar mayor eficacia a las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y para dar mayor eficacia a esas resoluciones es
imprescindible la exigencia de que para interponer recurso de revisión ante el Tribunal Supremo deba haber una resolución específica sobre el caso, y ello comporta que sea de imposible cumplimiento si por identidad con supuestos resueltos no se
admite la demanda. Por tanto, ¿qué pedimos? Que se pueda también sustentar esa revisión en fundamentos iguales o que resuelvan sobre una demanda esencialmente igual, aunque -repito- no sea esa identidad, que va a limitar muchísimo esos recursos de
revisión. Estamos hablando nada más y nada menos que del cumplimento de resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por tanto nuestra enmienda número 136 -igual que lo han dicho el señor Olabarría y el señor Coscubiela- va en esa
dirección.


Después hemos presentado un número elevado de enmiendas -que no voy a detallar- dirigidas a competencias que se atribuyen al Gobierno del Estado, y que deben tenerlas los Gobiernos de aquellas comunidades autónomas que han asumido
competencias en el ámbito de la Administración de Justicia. Es nada más y nada menos lo que el señor Olabarría ha especificado en su discurso: cumplir la llamada cláusula subrogatoria. Para resumir este conjunto de enmiendas únicamente les voy a
leer un artículo vigente del Estatuto de Autonomía de Cataluña, el artículo 109, que dice lo siguiente: la Generalitat ejerce, además de las competencias expresamente atribuidas por el presente Estatuto, todas las funciones y facultades que la Ley
Orgánica del Poder Judicial reconoce al Gobierno del Estado con relación a la Administración de Justicia en Cataluña. Esta cláusula subrogatoria no se cumple; en el ámbito de la



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demarcación judicial, en el ámbito del informe sobre si son necesarios o no nuevos juzgados de violencia contra la mujer, en el ámbito de la provisión de medios materiales y de gestionar los archivos judiciales no se cumplen estas
previsiones, y por tanto hay todo un conjunto de enmiendas dirigidas a dar este cumplimiento efectivo.


Señora presidenta, señorías, quiero referirme ahora a un aspecto importante, trascendente, que es también una asignatura pendiente, y que no estamos cumpliendo; me refiero a lo relativo a los consejos de justicia de las comunidades
autónomas. Hay previsiones legales que alguien puede considerar que son previsiones fantasmas, porque en determinadas leyes nos referimos a unos órganos, consejos de justicia de las comunidades autónomas, que después no tienen desarrollo
legislativo alguno. Por tanto pedimos ya que se constituyan esos consejos de justicia de las comunidades autónomas; lo pedimos en nuestra enmienda número 146. Yo quiero recordar que están en el Estatuto de Cataluña, pero que también están en el
Estatuto de Andalucía, artículo 144; en el de Aragón, artículo 64; en el de Castilla y León, artículo 42; en el de Extremadura, artículo 52; en el de las Islas Baleares, artículo 96; en el de Valencia, artículo 33; y no se cumplen. Los
consejos de justicia de las comunidades autónomas están también en el Estatuto orgánico del ministerio fiscal, en su artículo 11 y en su artículo 36. Hace alusión a que se remitirá la memoria al consejo de justicia, y ese consejo no existe; o a
que antes de nombrar al fiscal superior se remitirá la propuesta al consejo superior de justicia de la comunidad autónoma, que no existe; o el propio Estatuto Básico del Empleado Público entiende que el empleado público quedará en situación de
servicios especiales cuando pase a integrarse en el consejo de justicia de una comunidad autónoma que repito que no existe. Órganos fantasmas, órganos prometidos por diversos Gobiernos, regulados en diversas leyes aprobadas por estas Cortes
Generales, y pedimos que se constituyan en el marco de la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y cumpliendo el carácter que esa jurisprudencia acotó para los mismos.


Otro conjunto de enmiendas van referidas a los letrados de la Administración de Justicia, antes llamados secretarios judiciales. Hemos pedido -y lo decía también el señor Olabarría- su traspaso a las comunidades autónomas, pero mientras ese
traspaso no llega pedimos la intervención de las comunidades autónomas en un conjunto de actuaciones sobre esos cuerpos. Denunciamos hoy aquí los cambios que el Grupo Popular ha realizado, a través de enmiendas a los artículos 466 o 464, sobre la
duración que puede tener el mandato de los secretarios coordinadores provinciales o de los secretarios de gobierno. Me comentaba la señora Surroca que existe inquietud, que compartimos, sobre esa acotación a diez años de ese plazo máximo, cuando
antes ese plazo máximo no estaba acotado a diez años. Además se les dice: no vas a estar más de diez años como secretario coordinador provincial o secretario de gobierno de una comunidad autónoma, pero en cambio sí que podrás estarlo después en
otra provincia o en otra comunidad autónoma. No tiene ningún sentido, por lo que pedimos una rectificación, y si no, tal y como comentaba con la señora Surroca, lo haremos en el Senado.


Hay también una serie de enmiendas relativas a las competencias que las comunidades Autónomas deben tener sobre el personal y los medios materiales. Se trata, señora presidenta, de cumplir estrictamente con los artículos 103, medios
personales, y 104, medios materiales, del Estatuto de Cataluña No podemos regular en unos estatutos unas competencias, y cuando nos toca implementarlas a través de la Ley Orgánica del Poder Judicial olvidarnos de ellas. Esto también es no cumplir
la Constitución, porque los estatutos forman parte del bloque de la constitucionalidad. Por tanto reclamamos su cumplimiento. Entre ese conjunto de más de ochenta enmiendas está la número 206, que se refiere a las competencias de los procuradores.
Hay que adaptar esas nuevas competencias que van a tener a través de la Ley de Enjuiciamiento Civil a la Ley Orgánica del Poder Judicial, hacer la previsión normativa necesaria.


Me quiero referir para terminar a las competencias del Consejo General del Poder Judicial, a la nueva configuración del Consejo General del Poder Judicial, para el que nuevamente va a haber una modificación a través de este proyecto de ley.
A nosotros nos gustaría, como decía el señor Olabarría, reforzar la posición del pleno. Nos gustaría garantizar la rotación. Nos gustaría reforzar las mayorías exigidas para determinados acuerdos. Nos gustaría que al frente de la Presidencia de
la Comisión de Igualdad siguiera estando una mujer. Nos gustaría aclarar los supuestos en que se alude a una mayoría y no se dice de qué tipo. Nos gustaría reforzar el Consejo General del Poder Judicial en su conjunto, en su pleno, y darle las
facultades que la Constitución otorga a ese organismo. Por tanto pedimos una rectificación a través de un conjunto de enmiendas que tuve la oportunidad de defender en el Pleno.


Termino. Hay numerosas enmiendas sobre un debate que ya mantuvimos el martes pasado: el del conocimiento de la lengua y del derecho propio de aquellas comunidades autónomas que tienen lengua



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oficial propia y derecho propio. Pedimos que ese conocimiento sea un requisito, de acuerdo con lo que también dice el Estatuto de Autonomía de Cataluña, y no nos casaremos de decir -y repito que tuvimos un debate monográfico el pasado
martes- que es necesaria esa reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de conocimiento de la lengua y de conocimiento del derecho propio; es necesario. Si me lo permiten lo podríamos hacer con cláusulas transitorias, con gradualismo
y especialmente dirigido a aquellos que pretenden quedarse en esa comunidad autónoma con derecho y lengua oficial propia. Podríamos buscar matices, podríamos buscar transacciones, podríamos abrir el diálogo. El ministro de Justicia me comentó un
día que estaban dispuestos a hablar de ello, pues tendríamos una gran ocasión de hacerlo a través del conjunto de enmiendas que sobre el conocimiento de la lengua y del derecho propio ha presentado en este trámite Convergència i Unió.


Muchas gracias, señorías, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Por el Grupo Socialista, señora Aguilar.


La señora AGUILAR RIVERO: Gracias, señora presidenta.


Señorías, lo cierto y verdad es que la prisa no es buena consejera y estamos, señorías del Grupo Popular, ante un proyecto de ley que, como el resto de proyectos de ley que llegan a la Cámara -ya es habitual- se tramita con toda celeridad y
no se da una oportunidad cierta al diálogo, al acuerdo o al consenso. Una vez más nos encontramos también con que el Grupo Parlamentario Popular enmienda sustancialmente el proyecto de ley de su Gobierno, trayendo al debate del Parlamento un
proyecto de ley sustancialmente diferente al que el Gobierno en su momento presentó. Las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista tienen como objetivo dotar de coherencia y fortaleza al proyecto, introducir sentido común -del que carece en
estos momentos- y garantizar, sobre todo, que sirva al interés general.


Como ya señalamos en el debate de totalidad, señorías, ustedes pretenden colar por la puerta de atrás algunos de los peores aspectos del proyecto de ley de demarcación y planta judicial del señor Gallardón. Con ello, desde el punto de vista
del Grupo Parlamentario Socialista, vulneran dos principios constitucionales: uno, el principio de tutela judicial efectiva; dos, y de forma muy especial, el que establece el derecho al juez predeterminado por la ley. De ahí que propongamos la
supresión de los apartados del 24 al 26 del artículo único del texto que debatimos. Ello, señorías, entre otras razones, porque no corresponde al Gobierno, a través de reales decretos, ni al Consejo General del Poder Judicial ni a la sala de
gobierno de los tribunales acordar las normas de reparto de los asuntos basándose en criterios particulares y no por los establecidos en un texto legal, tal y como preconiza nuestra Carta Magna, nuestra Constitución. No solo lo que ustedes
pretenden va en dirección contraria al texto constitucional, sino que va a contribuir a aminorar la calidad de respuesta de determinados juzgados, como los de Violencia sobre la Mujer. Nada van a mejorar, señorías, y mucho van a empeorar. Estamos
ante otra oportunidad más perdida para haber hecho un proyecto de ley como necesita el ámbito del Poder Judicial.


Respecto a los secretarios judiciales, mucho se ha dicho ya por parte del resto de grupos parlamentarios, pero permítanme dos cuestiones. Por un lado, parece que el Gobierno se siente satisfecho solo con el cambio de nombre, con denominar a
partir de ahora a los secretarios judiciales como letrados de la Administración de Justicia, y no han querido entrar en profundidad en relación con su trabajo y sus funciones. Por otro lado, mi grupo parlamentario tiene que manifestar, señorías del
Grupo Parlamentario Popular, que no podemos de ninguna de las maneras aceptar el ERE encubierto para los secretarios judiciales que ustedes han introducido en la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es la misma formulación que
introdujeron para jueces y fiscales, y eso significó que 700 jueces fueran despedidos y 300 fiscales perdieran su puesto de trabajo; fue un ERE de 1.000 puestos de trabajo, y ahora quieren hacerlo con los secretarios judiciales. Por eso no podemos
admitirlo ni aceptarlo.


Respecto al Consejo General del Poder Judicial, nosotros enmendamos los apartados 85 a 87 y he de manifestarles, señorías, que el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso no comparte el modelo de Consejo General del Poder Judicial que el
Partido Popular, que el Gobierno del Partido Popular aprobó en la Ley Orgánica 4/2013, hasta tal punto no lo compartimos que lo tenemos recurrido. Ahora ustedes enmiendan su propia ley, dos años más tarde, e incrementan en dos miembros la Comisión
permanente del Consejo General del Poder Judicial, decisión que no han explicado ni en la exposición de motivos ni en el trámite de la ley ni han motivado ni han razonado. Tampoco digan, como dijeron en Comisión, que se debe a un informe del
Consejo General del Poder Judicial porque no es así. Segunda cuestión en relación con las comisiones permanentes del consejo: el 52 % de la carrera judicial, señorías del Partido



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Popular, esta formado por mujeres; hay cuatro comisiones permanentes del consejo, pero tres la presiden hombres y solo una está presidida por una mujer, la Comisión de igualdad; y además está presidida por ley. Ahora ustedes modifican la
ley para que dicha comisión del consejo no tenga que presidirla una mujer y, curiosamente, la Comisión de igualdad es la única de las cuatro paritaria en su composición. Les tengo que preguntar e interpelar, señorías del Grupo Parlamentario
Popular, ¿por qué ustedes consideran que la paridad solo hay que incorporarla a la Comisión de igualdad y no a las otras tres comisiones que están presididas por hombres? No hay razón ni explicación. Ustedes no puedan dar una razón ni una
explicación para ello, lo único que pueden decir y manifestar y aceptar, sobre todo, es que el Partido Popular ni cree en las políticas de igualdad ni tiene políticas de igualdad. ¿Qué razón hay para que no sean paritarias las cuatro comisiones del
Consejo General del Poder Judicial? Por favor, convénzannos, explíquennoslo. No tienen explicación, estamos seguros de ello. Si creen de verdad en la paridad, impleméntenla en las cuatro comisiones del consejo general.


En relación con el nombramiento de los magistrados eméritos, donde incluyen a los del Tribunal Supremo, ustedes cambian la situación actual consolidada por la jurisprudencia y establecen un mecanismo que parece más bien un examen cada año a
cada magistrado o magistrada emérito para que aquellos que discrepan o no se portan bien no puedan continuar. Parece que los discrepantes no tienen lugar y se ha buscado un mecanismo para sacarlos de esa situación, yendo en dirección contraria a lo
que estaba consolidado por la jurisprudencia. Y, por último, en relación con el Consejo General del Poder Judicial, quiero decir que el Gabinete técnico del Tribunal Supremo lo reconvierten en un gabinete de la Presidencia, y sea quien fuere y en
el momento que fuere el presidente o la presidenta del Tribunal Supremo o del Consejo General del Poder Judicial, esto puede derivar en un órgano de control de sala, y no nos parece que sea conveniente, ni mucho menos, todo lo contrario.


Con la enmienda de modificación del apartado 20 del artículo 85.6.º, el Grupo Parlamentario Popular nos ha ofrecido una enmienda transaccional que creemos manifiestamente insuficiente porque no incorpora algo que nos parece clave al Grupo
Parlamentario Socialista: que los juzgados de lo Mercantil, dada su especialización en materia de concursos, son los que deben entender de los procesos concursales de personas naturales aunque no sean empresarias. Por eso hemos propuesto la
reforma y esperamos que de aquí al Senado el Grupo Parlamentario Popular complemente la transaccional que nos ha hecho, ya que solamente contempla una parte de nuestra enmienda y deja atrás un elemento substancial.


En cuanto a los médicos forenses, hemos de decir que hasta ellos ha llegado su afán privatizador, planteando que los médicos forenses puedan realizar informes y dictámenes a solicitud de particulares. Lo cierto y verdad es que la figura del
médico forense se creó para asistencia técnica a juzgados, tribunales, fiscalía y oficinas del Registro Civil en las materias de su disciplina profesional, y no entendemos por qué ahora de pronto los médicos forenses tienen que emitir informes a
solicitud de particulares. ¿Para qué y por qué van a trabajar los médicos forenses para la defensa de intereses particulares o privados, o para un indeterminado interés general que relacionan en la ley que no tiene ningún sentido? ¿Nos quieren
decir por qué quieren privatizar la función pública que realizan los médicos forenses? ¿Están mirando ustedes el interés de las grandes compañías aseguradoras o a quién están mirando con esta medida que plantean tan oscura y tan opaca? Pónganle
transparencia y claridad y explíquenla si no tienen nada que ocultar.


Por último, señora presidenta, concluyo con dos cuestiones. En primer lugar, mi grupo parlamentario ha presentado una disposición adicional al apartado 13 bis del artículo 23, y apartados 4, 5 y 6 del artículo único para devolver a los
juzgados y tribunales españoles lo que nunca debieron quitarles, la competencia en materia de jurisdicción universal. Es una cuestión, señorías del Grupo Parlamentario Popular de coherencia; es una cuestión de principio; es una cuestión de país,
de la marca España, como a ustedes les gusta decir. Las recientes exoneraciones de responsabilidades penales han sido un episodio claramente bochornoso para el prestigio y la reputación de nuestros tribunales que, sin duda, no se lo merecen. No
sigan dando este trato a nuestros tribunales. Por favor, recuperen lo que nunca debieron quitarle.


Termino, señora presidenta. Mi grupo parlamentario había presentado una disposición adicional, la 262, planteando la necesidad de una vacatio legi de dos años para la entrada en vigor de la Ley de 2011 en relación con el Registro Civil. Lo
cierto y verdad es que después del diálogo que hemos mantenido, el Grupo Parlamentario Popular ha planteado la posibilidad de un acuerdo de todos los grupos parlamentarios de la Cámara para derogar, definitivamente, aquello que a todos nos
inquietaba del Registro Civil y que significaba la privatización del mismo. Como quiera que recoge aquello que el Grupo Parlamentario Socialista ha venido defendiendo en esta Cámara y en todos los ámbitos e instancias, y también recoge lo que han
defendido en la calle los funcionarios públicos y los sindicatos, vamos a retirar esta enmienda



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porque es un buen momento, toda vez que hemos sido capaces no solo de llegar a un acuerdo, sino de poner punto y final a una situación no deseada, como era la privatización del Registro Civil. Hemos conseguido que el Registro Civil sea
público, gratuito y que esté al servicio de la ciudadanía, por lo que creo que debemos felicitarnos todas y todos, y así lo hace también el Grupo Parlamentario Socialista.


Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Aguilar.


Por el Grupo Popular, señor Castillo.


El señor CASTILLO CALVÍN: Con la venia, señora presidenta.


Señorías, termina ahora el trámite en el Congreso de este proyecto de ley, y haciendo balance podemos concluir que el proyecto que hoy vamos a votar ha mejorado sustancialmente con su tramitación parlamentaria. En primer lugar, quiero
destacar que la oposición ya dejó clara su postura en el debate a la totalidad; una postura mantenida y reiterada ahora por sus portavoces. Esto ha sido así porque algunas de sus enmiendas parciales han pretendido mantener la regulación actual
insistiendo en su enmienda a la totalidad, y con otras han querido modificar el modelo de consejo regulado por la Ley Orgánica 4/2013, un modelo que responde a la decisión de las Cortes Generales, cuya voluntad se respeta en el texto que debatimos.
Tampoco han faltado propuestas con las que han pretendido incorporar cuestiones diferentes al objeto de este proyecto de ley, o que son totalmente contrarias al espíritu que ha inspirado esta reforma o que abordaban asuntos que no requerían
previsión en ley orgánica, pues su regulación es propia de disposiciones de rango inferior o que deben terminarse en vía reglamentaria. A pesar de ello, de las 297 enmiendas al articulado presentadas se han incorporado durante la tramitación
parlamentaria sesenta enmiendas, de las cuales veinticinco fueron presentadas por los grupos de la oposición. Así que sin detenerme a enumerar todas las mejoras, sí quiero señalar que las mismas vienen referidas a cuestiones muy diversas y
relevantes que afectan a los institutos de medicina legal y ciencias forenses, a las nuevas funciones y régimen sancionador de los letrados de la Administración de Justicia, a la ampliación de las competencias de los secretarios de gobierno, a las
atribuciones de los secretarios coordinadores, así como a las normas de reparto y a su régimen transitorio, entre otras muchas.


Hoy presentamos al Pleno enmiendas transaccionales a dos enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, que espero cuenten con su conformidad. La primera plantea una transacción a la enmienda 249 en materia de cupo para personas con
discapacidad, a fin de que para funcionarios de la Administración de Justicia se incremente el cupo del 5 % al 7 %, del cual el 2 % será para personas con discapacidad intelectual. Con la segunda ofrecemos una transacción a la enmienda 227 para que
los juzgados de lo Mercantil puedan conocer de las acciones colectivas relativas a condiciones generales de la contratación y a la protección de consumidores y usuarios.


Quiero referirme ahora, como ha hecho también referencia la portavoz del Grupo Socialista, a la enmienda presentada por el Grupo Socialista a la disposición derogatoria única que plantea la vacatio legis en relación con el Registro Civil
para que se demore la entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil hasta el año 2017. La señora Aguilar ha anunciado que van a retirar su enmienda y nos congratulamos por ello. Nos parece oportuno -así hará el Grupo Parlamentario Popular,
entiendo que de acuerdo con otros grupos de esta Cámara- presentar una enmienda al proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que actualmente estamos tramitando, y cuyo
plazo de enmiendas al articulado vence hoy, ampliando el plazo de entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil hasta el 30 de junio de 2017.


Señorías, como he dicho son buenas y sustanciales mejoras que junto a las observaciones técnicas formuladas por las letradas de la Comisión, a quienes quiero hacer llegar mi reconocimiento por su magnífico trabajo, nos han permitido avanzar
y perfeccionar en el proyecto de ley que hoy debatimos. Un proyecto de ley largamente esperado, que permitirá afrontar con medidas realistas y razonables la modernización y transformación de nuestra justicia, modificando aquellos hábitos procesales
y organizativos que lastran su eficiencia.


Dicho esto, que era lo primero que quería hacer en mi intervención, quería referirme ahora a alguna de las enmiendas defendidas en esta mañana por los grupos de la oposición. Comenzaré con las referidas a la regulación del Consejo General
del Poder Judicial, pues algunos grupos han expuesto en sus enmiendas críticas dirigidas principalmente a la composición de la Comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial y a la presidencia de la Comisión de igualdad. Por lo que se
refiere a la composición de la Comisión permanente me gustaría recordar, en primer lugar, que tal opción fue puesta



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en valor por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural que instó al Gobierno en proposición no de ley, registrada el 25 de mayo de 2012, a una reestructuración de los órganos de gobierno del Consejo General del Poder Judicial que permita
reducir el número de vocales liberados a la Comisión permanente reducida, de forma tal que el resto compatibilice su cargo de vocal con el desempeño de su profesión. El proyecto de ley propone ahora que se eleve el número de miembros de la Comisión
permanente, que pasará de cinco a siete vocales. La justificación, tras la experiencia de casi un año de funcionamiento del nuevo consejo, la encontramos en el propio Consejo General del Poder Judicial; concretamente en su informe de 27 de junio
de 2014 al anteproyecto de reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial. Dice este informe lo siguiente: '...podría resultar oportuno que dicha comisión estuviera compuesta por el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder
Judicial, que la presidirá, y por otros siete vocales: cuatro de los nombrados por el turno judicial y tres de los designados por el turno de juristas de reconocida competencia.' Y así se ha hecho.


En cuanto a la modificación de la Comisión de igualdad, critican la eliminación de la previsión, de conformidad con la cual esta comisión debería estar presidida por una mujer. Pues bien, este cambio obedece igualmente a una recomendación
contenida en el informe del Consejo General del Poder Judicial, de 27 de junio de 2014 a la que antes me he referido, y que señala -le cito la página, la 510- que resulta más adecuado que fuese presidida por el vocal designado entre ellos, y ello
por cuanto no parece apropiado que se imponga que la presidencia recaiga sobre una mujer, introduciéndose así una diferenciación por sexo ex lege en la Comisión de Igualdad. Sin embargo, en cuanto a la política de igualdad del Gobierno, el Grupo
Parlamentario Socialista, que formula la enmienda, silencia cualquier referencia a todas las medidas que se incluyen en el proyecto de ley en aras de potenciar la lucha contra la violencia de género. No olvidemos, señorías, que potenciar y mejorar
la eficacia de la lucha contra la violencia de género es uno de los principales objetivos de esta reforma.


Como saben, la Ley Orgánica del Poder Judicial estableció los juzgados de Violencia contra la Mujer como órganos especializados a fin de que conociesen de estos asuntos con carácter exclusivo y excluyente. Sin embargo, pese a la regulación
inicial, en aquellos lugares donde no se ha creado un juzgado de esta naturaleza los asuntos de violencia doméstica son atribuidos a juzgados de Primera Instancia e Instrucción o a juzgados de Instrucción, no existiendo por tanto una efectiva
especialización de estos juzgados. Por ello, con esta reforma se potencia la posibilidad de extender la jurisdicción de los juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más partidos judiciales, asegurando de esta manera la especialización que se
pretendía en este ámbito. Conviene recordar que una de las medidas para mejorar la respuesta frente a la violencia de género recogida en el Plan nacional de sensibilización y prevención de la violencia de género es, precisamente, la de establecer
medidas que permitan la unión de partidos judiciales en esta materia. Igualmente, la Comisión de Igualdad del Congreso aprobó por unanimidad el informe de la subcomisión para el estudio del funcionamiento de la Ley Orgánica 1/2004, elaborado tras
meses de trabajo y fruto de la reflexión y aportaciones de todas las personas que, desde sus diversas responsabilidades, habían comparecido. Una de las conclusiones a las que llegó esta subcomisión es la importancia de dotar a los citados juzgados
de personal cualificado con preparación y especialización adecuadas. Asimismo, el Foro Mujeres en Igualdad y el Observatorio Estatal contra la Violencia de Género coinciden en la valoración positiva de los juzgados exclusivos, constatando que
funcionan más rápida y eficazmente que los compatibles.


En opinión de los grupos parlamentarios Convergència i Unió y Vasco, con este proyecto de ley se pierde una nueva ocasión para descentralizar el gobierno del Poder Judicial a través de la creación de los consejos de justicia de las
comunidades autónomas. Creo importante aclarar, en primer lugar, que estos no pueden ser órganos de gobierno del Poder Judicial; en segundo lugar, que su único margen constitucional es con relación a las competencias asumibles por la comunidad
autónoma en relación con la Administración de Justicia y, por último, que su eventual regulación es una opción legislativa, no una obligación, tal y como se desprende de la sentencia 31/2010, de 28 de junio. Para el Gobierno y para el Grupo
Parlamentario Popular lo que resulta más coherente es que el Poder Judicial, único e integrado por jueces y magistrados que forman un cuerpo único -artículo 122.1 de la Constitución-, sea gobernado por un órgano constitucional también único.


Respecto a que el conocimiento de las lenguas propias de las comunidades sea un requisito y no únicamente un mérito, no quiero reabrir debates que ya hemos tenido en esta Cámara, concretamente en el debate a la totalidad del pasado martes.
Me limitaré a señalar en este punto que la actual regulación de la Ley Orgánica del Poder Judicial respecto al conocimiento de las lenguas cooficiales y del derecho foral,



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a la hora de acceder a los puestos de la Administración de Justicia y de proveer puestos en su seno, se acomoda a lo previsto y prescrito en la Constitución así como en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Entendemos, pues, que en
esta materia la previsión como mérito a valorar es suficiente, ya que otorgará ventaja al candidato que tenga esos conocimientos y, sin embargo, no discrimina a quien no los posea. Nos recuerda igualmente el señor Olabarría una vieja aspiración
nacionalista, que es la dependencia de los letrados de la Administración de Justicia como personal de las comunidades autónomas, sin perjuicio de sus derechos y de su adscripción como cuerpo. A este respecto, creo importante recordar que el Pacto
para la reforma de la justicia de 2001 establece que los secretarios judiciales constituirán un cuerpo único nacional de funcionarios técnicos superiores dependiente del Ministerio de Justicia, dado el carácter único del poder en el que prestan sus
servicios. Dicho pacto ha informado todas las reformas legislativas desde la aprobación de la Ley Orgánica 19/2003, por tanto, el mantenimiento del carácter nacional y su dependencia del Ministerio de Justicia se considera un aspecto esencial que
ha contribuido a la homogenización de las actuaciones judiciales, lo que redunda en la mayor eficacia y eficiencia de la Administración de Justicia.


No tengo tiempo para más. Otros temas que hoy se han tratado ya fueron debatidos suficientemente en el debate de totalidad y en Comisión, y a ello me remito. En todo caso, no quisiera terminar sin referirme a las críticas vertidas acerca
de la pretendida privatización de los médicos forenses. Lo cierto es que, lejos de que desarrollen pericias privadas, de lo que se trata es de que puedan prestar servicios cuando la Administración así lo establezca, con el fin de participar en
aquellos procesos de mediación y solución extrajudicial de conflictos que reglamentariamente se determinen por considerarse mecanismos aptos para reducir la litigiosidad y hacer factible una más pronta solución de los conflictos. Lo que resulta muy
difícil de entender es que por un lado algunos obtengan la bondad de que los funcionarios públicos colaboren en actividades de mediación y solución extrajudicial de conflictos al servicio de la ciudadanía y que, por otro, al mismo tiempo, quienes
así piensan acusen a esta reforma de privatizadora.


Termino, señora presidenta, hoy hemos debatido y nos tocará votar un proyecto que sin duda permitirá ofrecer una adecuada respuesta a la demanda general de un funcionamiento más eficiente de la Administración de Justicia con el fin de que
los ciudadanos reciban un servicio más moderno, ágil y racional. (El señor presidente ocupa la Presidencia). Así que mientras algún grupo piensa cuál debe ser su proyecto, nosotros seguiremos con el nuestro.


Gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Castillo.


Antes de entrar en el debate del último proyecto de ley, quiero decirles que nos acompaña en la tribuna el excelentísimo señor Mohamed Al Mour, presidente del Consejo Nacional Federal del Estado de Emiratos Árabes Unidos, al que acompaña una
representación muy importante de esa Cámara de los Emiratos Árabes Unidos. Le damos la bienvenida y le agradecemos calurosamente su presencia aquí. (Aplausos).


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULA EL ESTATUTO DEL MIEMBRO NACIONAL DE ESPAÑA EN EUROJUST, LOS CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN, LAS REDES JUDICIALES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y EL PERSONAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA EN EL
EXTERIOR. (Número de expediente 121/000135).


El señor PRESIDENTE: Dictamen relativo al proyecto de ley por el que se regulan el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal
dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior. Para defender las enmiendas formuladas tiene la palabra, en primer lugar, por el Grupo Vasco (EAJ-PNV) el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señor presidente.


Es un proyecto de ley importante por el que se acomete la actualización y configuración de Eurojust, que no nace hoy, nace de las previsiones contenidas en el artículo 85 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en su versión
consolidada; de la decisión marco -su embrión- 2002/187, y de la decisión marco que la actualiza, la 2009/426. Señor presidente, la carencia que nosotros observamos y pretendemos corregir, a través de tres enmiendas de relevancia que hemos
presentado a este proyecto de ley, consiste en la desconsideración de que en el ámbito del Estado español no solo existe una policía o unos cuerpos de policía de ámbito estatal sino que existen policías autonómicas de carácter integral,



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que en su ámbito ostentan las mismas competencias que corresponden a la policía de ámbito estatal. Nos estamos refiriendo en concreto a la Ertzaintza y a los Mossos d´Esquadra.


La Ertzaintza está configurada por las previsiones del artículo 17 del Estatuto de Autonomía de Gernika, cuya dimensión es la actualización de los derechos históricos que están constitucionalizados por la disposición adicional única de la
Constitución. Consiste en la actualización de la foralidad vasca en este ámbito, en el ámbito policial, mediante la conversión de los antiguos cuerpos de miqueletes y miñones en un cuerpo nuevo denominado Ertzaintza y que tiene competencias plenas
en materia de seguridad ciudadana, ostenta competencias plenas en materia de Policía judicial y competencias plenas en materia de protección civil, es decir, competencias policiales integrales. Lo mismo ocurre con los Mossos d'Esquadra, señor
presidente. Son competencias -están constitucionalizadas- que ostentan esta legitimación de la disposición adicional primera de la Constitución y de la disposición adicional única del Estatuto de Autonomía de Gernika. Su existencia es incluso
anterior a la existencia de la Guardia Civil, fundada por el segundo duque de Ahumada el 13 de mayo del año 1844. Desde esa perspectiva, la conexión entre Eurojust y Europol, que no solo conecta o armoniza la función de jueces en el seno europeo
sino también la de fiscales y policías, debe incorporar también la presencia de todas las policías que tienen funciones policiales de carácter integral, como digo, en el ámbito del Estado español. Ya el artículo 18 del proyecto de ley, señor
presidente, establece que, cuando se considere necesario en función de la materia a tratar, el coordinador nacional de Eurojust podrá convocar a la unidad nacional de Europol. Fíjese hasta qué punto es específica y materialmente clara la conexión
entre Eurojust y Europol. En Europol tampoco están la Ertzaintza ni los Mossos d'Esquadra, y lo hemos denunciado en numerosas ocasiones. En Europol deben estar la Ertzaintza y los Mossos d'Esquadra como policías integrales y, por lo tanto, nuestra
enmienda al artículo 18 consiste en lo siguiente: la unidad nacional de Europol podrá reclamar la existencia de representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las policías autonómicas, así como de la Dirección Adjunta de
Vigilancia Aduanera.


En otro ámbito, señor presidente, la enmienda de nuestro grupo parlamentario al artículo 5 hace referencia a las competencias del miembro nacional de Eurojust y en concreto a la que se corresponde con la obligación de remitir al Ministerio
de Justicia, al presidente del Consejo General del Poder Judicial y al fiscal general del Estado un informe anual de las actividades desarrolladas por Eurojust, tanto de naturaleza judicial como las atinentes al ministerio fiscal o como las
atinentes a las policías, a todas, señor presidente, estableciendo que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Justicia, enviará copia del mismo al Congreso de los Diputados -nosotros recibimos una copia de los informes anuales de Eurojust-, al
Senado, y pretendemos la incorporación también de las cámaras legislativas de las comunidades autónomas en tanto en cuanto también hay Poder Judicial en las comunidades autónomas, residente en las comunidades autónomas, aunque no sea de las
comunidades autónomas, pero cuando menos sí existen en dos comunidades autónomas policías con competencias integrales en materia policial cuya dependencia orgánica sí corresponde a estas comunidades autónomas y sus respectivos Gobiernos.


La segunda enmienda ya la hemos indicado: la necesidad de que, en función de la materia, el coordinador nacional de Eurojust pueda convocar al representante de la unidad nacional de Europol y esta a su vez dirigirse a las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado como a las policías integrales autonómicas existentes en el Estado español. Y ya la tercera y última, señor presidente, hace referencia a que, cuando la materia lo requiera, el Ministerio de Justicia podrá dirigirse al
Ministerio del Interior al objeto de que proponga el nombramiento de puntos de contacto -importante previsión- pertenecientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, según la incorporación que pretendemos, policías autonómicas de carácter
integral existentes en el Estado español. Todas estas podrán dirigirse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria también, pero tendríamos que indicar también: y de administraciones tributarias, puesto que en el Estado español no existe una
única Administración tributaria sino varias, en virtud de las previsiones de la Ley de Concierto Económico para la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Convenio Económico para Navarra. En definitiva, se pretende ajustar también el funcionamiento
de Eurojust a la existencia de policías integrales en el seno del Estado español, policías que ostentan competencias plenas en materia policial, en materia de seguridad, en materia de Policía judicial, en materia de protección civil, cuando en estas
comunidades autónomas las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no solo no son plenas, señor presidente, sino que son tasadas. En Euskadi y en la Comunidad Autónoma de Cataluña las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
solo pueden realizar aquellas funciones que específicamente les reconoce el Estatuto de Autonomía correspondiente, funciones relativas a la expedición de determinados documentos oficiales, funciones



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relativas a extranjería, fronteras y actividades policiales de carácter supraautonómico. Solo estas corresponden a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, todas las demás corresponden a las policías autonómicas de carácter integral.
Y esto no es contradictorio ni con el artículo 85 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en su versión consolidada ni con las decisiones marco 2009/425 o 2002/189; no solo no es contradictorio, sino que es manifiestamente compatible en
tanto en cuanto estas normas comunitarias hacen referencia a la participación de todas las policías europeas con competencias en materia de seguridad ciudadana, de Policía judicial, incluso de protección civil.


Se trata de corregir la atrofia democrática, la atrofia jurídica consistente en excluir a policías integrales con competencias planes de órganos de coordinación europeos. El portavoz de mi grupo, Aitor Esteban, le ha preguntado en más de
una ocasión al presidente del Gobierno por las razones que justifican esta previsión y la respuesta del presidente no ha podido resultar más decepcionante, más desalentadora y más compleja de interpretar: el presidente del Gobierno ha comentado que
ya están ellos, que ya está el Estado representando a la totalidad de las policías en los órganos comunitarios de representación o de actuación tanto de coordinación judicial como de coordinación policial, tanto en Europol como en Eurojust. No
basta con que esté el Estado, tienen que estar todas las policías que tienen competencias integrales, todas las policías de carácter integral, porque si no lo que vamos a lograr, señor presidente, es que estos órganos de coordinación comunitaria
tanto en materia judicial como en materia policial adolezcan y sufran las disfuncionalidades dimanantes de que cuerpos policiales con competencias plenas en determinados ámbitos del territorio europeo -ya no me refiero siquiera al territorio
español, del territorio europeo- no puedan aportar y proporcionar los datos necesarios para una correcta coordinación policial ante los retos que la seguridad pública, retos cada vez más transnacionales, exigen en la actualidad. Desde esa
perspectiva, mientras no lo corrijamos -y es una buena oportunidad atender y, en su caso, aceptar las enmiendas que nosotros proponemos-, no habrá una respuesta ni jurisdiccional ni judicial a los retos de las nuevas formas de criminalidad ni una
respuesta efectiva policial a los retos de la nueva criminalidad, que cada vez son más trasnacionales, cada vez deben ser atendidos más desde una perspectiva europea, tal como estamos reivindicando para otros fenómenos como el de la extranjería, y
que en tanto en cuanto se minusvaloran o se menosprecian los requerimientos del ordenamiento jurídico en cuanto a las policías existentes y sus competencias, no vamos a tener elementos de agilidad o elementos de eficiencia suficientes para cumplir
con los requerimientos de las normas o del derecho comunitario en materia de coordinación. La materia de coordinación es fundamental y se resiente en tanto en cuanto todos los que deben ser coordinados no están presentes en estos órganos y todos
los que tienen posibilidad y legitimidad para aportar información no están presentes en estos órganos. Atiendan, por favor, a estos requerimientos de mi grupo parlamentario, no es la primera que los planteamos, atiéndanlos, porque si no la mera
previsión en el bloque de constitucionalidad de que en el Estado español no solo hay Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sino que también hay policías autonómicas de naturaleza integral se va a quedar poco menos que en letra muerta, va a
carecer de sentido práctico, de sentido funcional.


Estas son las enmiendas, esta es la justificación de las enmiendas que hemos presentado y esperamos, a base de reiterar , señor presidente, que se muevan las conciencias en el sentido de la responsabilidad de que quienes queremos -y tenemos
la impresión de que lo debería querer también el Grupo del Partido Popular- que los órganos comunitarios de actuación en relación con fenomenologías criminales nuevas sean de carácter supranacional, sean de carácter europeo y estén allí todos los
que puedan aportar algo, los que queremos esto lo hagamos, y para hacerlo, como le digo, señor presidente, es una buena oportunidad aceptar estas tres enmiendas que presenta mi grupo parlamentario.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Martínez Gorriarán.


El señor MARTÍNEZ GORRIARÁN: Gracias, señor presidente.


Mi grupo va a apoyar el dictamen de la Comisión, consideramos que es una ley interesante y que mejoró durante su paso por Comisión. Presentamos cuatro enmiendas, fue aceptada una, han quedado tres vivas que tienen que ver con mejoras en la
transparencia y de la comparecencia del miembro nacional de España en Eurojust, y esperamos que durante su tramitación puedan aceptarse. Por lo demás, como digo, nos parece un texto correcto y apoyaremos el dictamen.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Martínez Gorriarán.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señoras y señores diputados, Convergència i Unió votará a favor de este proyecto de ley. Tuvimos ya ocasión de hacerlo así en el trámite en Comisión, donde se aprobó por unanimidad, y ello es
congruente con lo que el propio proyecto de ley pretende. Es una pretensión loable adaptarnos a las decisiones del Consejo Europeo sobre Eurojust, recordando que lo que se pretende es reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia y
reforzar también el intercambio de información y la cooperación sobre delitos de terrorismo. De ahí, señor presidente, que en Convergència i Unió hagamos nuestras todas las enmiendas que el señor Olabarría ha defendido hace unos minutos en nombre
del Grupo Vasco, PNV. Convergència i Unió también hará suyas todas y cada una de esas enmiendas en el Senado, porque en ese fortalecimiento que el proyecto de ley pretende para ser más eficaces en la lucha contra las formas graves de delincuencia
incorporando al ordenamiento jurídico español los nuevos requisitos de las decisiones de la Unión Europea y fortaleciendo de manera clara el estatuto de Eurojust, tenemos forzosamente que incorporar aquí, como decía el señor Olabarría, la vertiente
de seguridad que representan los cuerpos policiales autonómicos que tienen el País Vasco y Cataluña y que deben participar activamente en todo lo que significa ese intercambio de información.


El señor Guillaumes, portavoz de nuestro grupo en la Comisión de Interior, ha defendido de manera reiterada en cada proyecto de ley y en distintos debates la necesaria consideración de las policías autonómicas a la hora de formar parte de
esas bases de datos policiales, que no es otra cosa que integrarlas en el cumplimiento de una misión compartida entre todos, que es ser más eficaces en la lucha contra la delincuencia. Para ello debemos compartir bases de datos y debemos dar a las
policías autonómicas esa necesaria intervención en las leyes que aprobamos en esta Cámara. Por tanto, gracias, señor Olabarría, por esa defensa que hacemos nuestra y que también incorporaremos porque encaja plenamente en la finalidad que este
proyecto de ley plantea.


No voy a repasar todas las enmiendas presentadas por Convergència i Unió, pero sí querría incidir en alguna de ellas que entendemos que debería ser tratada significativamente en el Pleno de la Cámara y votada por todos los grupos
parlamentarios. Me refiero a una nueva configuración que hace el proyecto de ley, de acuerdo también con la decisión europea, al nombramiento obligatorio de un asistente al miembro nacional suplente, y se dice -fíjense ustedes, señorías- que tendrá
su lugar de trabajo en Eurojust o en Madrid. Esto se dice en la ley. Les pido con todo respeto el voto favorable a todos los diputados de esta Cámara, la mayoría de los cuales lo son de circunscripciones distintas a la de Madrid, y sabiendo de
antemano que ese miembro suplente casi seguro va a tener su sede en Madrid. La ley dice que obligatoriamente tiene que tener su sede en Eurojust o en Madrid, y nosotros añadimos: o en cualquier otra ciudad del territorio español. Esta enmienda,
la número 9, deberían votarla afirmativamente todas sus señorías, porque si no es que por ley se oficializa un centralismo de ubicación administrativa de un nuevo cargo, y esto para Convergència i Unió es inaceptable. Y no solo lo es para
Convergència i Unió, grupo en el que la procedencia de todos sus diputados es de las circunscripciones catalanas, sino que lo es para cualquiera de ustedes que representan a cualquier circunscripción y que por ley les van a decir que solo en Madrid
puede tener su ubicación ese nuevo miembro suplente. Repito que seguramente por lógica y por su relación con la Fiscalía General del Estado, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo estará en Madrid, pero entendemos que no debería admitirse que
se diga que tiene que ser así por ley. Estamos a tiempo de rectificar y deberíamos rectificar. Por tanto, apelo a cada una de sus señorías cuando hoy voten las enmiendas de Convergència i Unió para que pidan votación separada al menos de la
enmienda número 9, que permite que esté en Madrid, evidentemente, porque propone que tendrá su sede en Eurojust o en cualquier otra ciudad del territorio español. Entendemos que esto es lo adecuado. Si la Oficina Española de Patentes y Marcas
tiene sede en Alicante, ¿por qué todo tiene que pasar necesariamente por Madrid y obligar por ley a que esté en la ciudad que acoge la capitalidad? En un Estado compuesto debería abrirse siempre la posibilidad a que estos cargos sean ubicados en
otras ciudades y pedimos, por lógica, que se vote favorablemente esta enmienda número 9.


Termino ya, señor presidente. Hay otras enmiendas -por ejemplo, la 13 y la 14- que recogen lo que nos pide el Consejo de Estado en la línea del informe del Consejo Fiscal. Ambos han criticado con contundencia el cambio de modelo por el que
se elimina el papel que venía realizando la Fiscalía General del Estado en el tema de las comunicaciones, las solicitudes, la recepción y las trasmisiones de información. Entendemos que esa eliminación no es útil, porque la Fiscalía General del
Estado debe tener un papel en



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este proyecto de ley. De ahí que con nuestras enmiendas 13, 14 y otras muchas pretendamos recoger el papel que respecto a las posibilidades de coordinación e intermediación en este ámbito debe y puede tener la Fiscalía General del Estado.
No entendemos, como no lo entiende el Consejo Fiscal y como ha advertido el propio Consejo de Estado, que se haya rectificado en este caso en una línea poco coherente y desde Convergència i Unió pedimos aquí también la aprobación de estas enmiendas.


Señor presidente, señorías, muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jané.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Rodríguez Ramos.


La señora RODRÍGUEZ RAMOS: Presidente, muchas gracias.


Señorías, el proyecto de ley que debatimos hoy establece las normas necesarias para implementar la Decisión 2009/426 del Consejo de Justicia e Interior, de 16 de diciembre de 2008. Esta decisión refuerza Eurojust y modifica, por lo tanto,
la Decisión de 2002, que creó este órgano de la Unión Europea con personalidad jurídica propia con el objetivo de fomentar y mejorar la coordinación entre las autoridades judiciales de los Estados miembros para poder luchar contra las formas más
graves de delincuencia. Este proyecto de ley también aprovecha la adaptación de la Decisión marco 948/2009 en relación con la prevención y resolución de conflictos en el ejercicio de la jurisdicción en procesos penales. Entendemos sinceramente que
es oportuno porque es el marco más adecuado para incorporar el contenido de esta última decisión.


Señorías, sobre la base de la experiencia de trabajo de Eurojust, la decisión de 2009 a la que me acabo de referir implementa lo que se ha obtenido, lo que se ha visto a lo largo de la experiencia de estos años e intenta mejorar la
competencia de este organismo. Para ello se pretende un acercamiento y una homologación de los estatutos de los miembros nacionales en Eurojust. En este sentido, se amplía el número de personas que van a trabajar en Eurojust creando la delegación
nacional ante este organismo. Esta delegación nacional estará compuesta por el miembro nacional enviado en comisión de servicios por el Estado nacional, de conformidad con su ordenamiento jurídico, que regula también la forma de nombramiento por
parte del Estado español; además se regula su mandato, cuatro años, se establece que la sede de trabajo habitual será la de Eurojust, pero asimismo este miembro nacional estará trabajando y será asistido por un suplente y por un asistente, que
podrá tener en su lugar de trabajo en Eurojust o, indudablemente, donde se establezca.


Aparte de esta ampliación de nuestros representantes, del representante nacional y de la creación de esta delegación nacional, se establece un sistema nacional de coordinación de Eurojust. Con la creación de este sistema nacional -se ha
dicho aquí por otros intervinientes- se intenta mejorar de forma clara la transmisión de información y comunicación de los miembros nacionales ante Eurojust con el resto de las autoridades nacionales. En este sistema nacional se regula también la
coordinación de los responsables nacionales de Eurojust para asuntos de terrorismo y de la red judicial europea, así como de todos los representantes nacionales de las redes de equipos conjuntos para la investigación de crímenes de guerra, de
recuperación de archivos y de delitos contra la corrupción. Quisiera señalar aquí que nos parece acertado, por eso apoyamos las enmiendas que se han defendido en esta tribuna y que intentan mejorar el sistema de información. Se establece la
obligación de que cualquiera de los miembros, tanto el representante nacional como el suplente o el asistente, pueda relacionarse con cualquier autoridad nacional y se establece además un plazo para que se pueda responder, un plazo de diez días o de
un mes desde que se den los requerimientos que dan lugar a una obligación de prestar información, colaborar y dar asistencia a las autoridades nacionales.


También es muy importante -se ha hecho referencia a ello por parte del señor Olabarría- la creación de la cédula de coordinación de emergencia. Esto supone que esta cédula de coordinación va a estar disponible durante las veinticuatro horas
y los siete días de la semana, y será obligación de los Estados nacionales que sus representantes en esta cédula estén operativos en todo momento. Quiero señalar también que en la Decisión 2009 de conflicto de jurisdicciones se amplían las
funciones del Colegio de Eurojust para actuar ante las denegaciones reiteradas y las dificultades que se puedan presentar por los Estados en materia de ejecución de sentencias. Por último, nos parece muy importante la posibilidad de que Eurojust se
comunique también con terceros Estados no miembros de la Unión Europea o con instituciones tan importantes en la lucha contra la delincuencia organizada y graves formas de delincuencia, como Europol, OLAF o Frontex, así como la posibilidad de que
Eurojust pueda nombrar magistrados de



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enlace en terceros países, que van a tener las mismas funciones que los magistrados asignados por Eurojust en países de la Unión Europea.


Mi grupo parlamentario va a votar a favor de este proyecto de ley. Hemos estado trabajando en la Comisión de Justicia presentando algunas enmiendas que mejoran la calidad jurídica del texto, y por eso quiero agradecer a la ponente del Grupo
Popular la posibilidad que nos ha dado de presentar algunas enmiendas transaccionales para mejorar el texto. Pero mantenemos las enmiendas 19 y 20, que explico de manera breve. Tienen un objetivo claro. La importancia de Eurojust y la importancia
del miembro nacional y ahora de la delegación nacional son vitales para España y para los países miembros, y por eso nos parece que el Congreso de los Diputados debe tener un papel clave y mucho más relevante en la designación del miembro nacional.
En este sentido, hemos presentado dos enmiendas que espero que hoy sean atendidas en el plenario. La primera plantea que, una vez propuesta la persona que cumpla los requisitos para ser nombrada miembro nacional ante Eurojust, exista una previa
comparecencia en el Congreso de los Diputados antes de su nombramiento. Propuesta por el Gobierno, previa comparecencia en la Comisión que corresponda del Congreso de los Diputados. Además, la enmienda 20 plantea algo importante, por ello debe ser
aceptada y tenida en cuenta para el resto de nombramientos de esta naturaleza. Propone que, si hay un rechazo mayoritario -no estamos hablando de que sea aprobada la propuesta por tres quintos sino de que sea rechazada por tres quintos de la
Comisión del Congreso-, el Gobierno retire esa propuesta y presente una nueva de otra persona que, cumpliendo los requisitos establecidos en el texto, cuente con un mayor asenso, consentimiento y acuerdo del Congreso de los Diputados. Creemos que
nuestra enmienda 20 debería ser atendida: propuesta por el Gobierno, previa comparecencia en la Comisión del Congreso de los Diputados que corresponda, y, de tener un rechazo de tres quintos por esa Comisión, el Gobierno debería retirar la
propuesta y proceder de nuevo al procedimiento de nombramiento.


En todo caso, señorías, mi grupo parlamentario votará a favor de este proyecto de ley, porque la adaptación de las dos decisiones a las que se refiere es correcta y porque, fruto de la tramitación parlamentaria en la Comisión de Justicia,
hoy el proyecto que traemos aquí ha sido mejorado.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rodríguez Ramos.


Turno ahora de fijación de posiciones. Tiene en primer lugar la palabra, por el Grupo de La Izquierda Plural, el señor Coscubiela, que renuncia. Muchas gracias. Por el Grupo Popular, la señora Bonilla.


La señora BONILLA DOMÍNGUEZ: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, en nombre del Grupo Parlamentario Popular intervengo para exponer el posicionamiento de mi grupo en cuanto a la ley que estamos debatiendo en la mañana de hoy, por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en
Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior. Eurojust, como sus señorías muy bien saben, se creó por Decisión 2002/187 con el
objetivo de reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia. La Ley 16/2006, de 26 de mayo, que regula actualmente el estatuto del miembro nacional de Eurojust y las relaciones de este órgano con la Unión Europea, incorporó al
ordenamiento jurídico español la Decisión de 2002 creando el marco jurídico adecuado. Posteriormente, esta decisión -como ya se ha dicho en la mañana de hoy- fue objeto de modificación en 2008 mediante la Decisión 2009/426, por la que se refuerza
Eurojust con la intención de profundizar en la operatividad y aproximar en la medida de lo posible el estatus de los distintos miembros nacionales para garantizar un mínimo común denominador en lo que a sus poderes y competencias se refiere.


¿Cuáles son los objetivos de esta ley, señorías? Como muy bien se ha dicho aquí básicamente son cuatro. En primer lugar, trasponer la norma europea citada al ordenamiento jurídico español, incorporando las novedades que afectan a Eurojust
y sus relaciones con las autoridades nacionales competentes. En segundo lugar, la ley incorpora al ordenamiento jurídico español las previsiones contenidas en la Decisión marco 2009/948 sobre la prevención y resolución de conflictos, de ejercicio
de jurisdicción en los procesos penales, regulando un sistema de consultas y decisión entre las autoridades competentes de los países afectados por el eventual conflicto de jurisdicción. En tercer lugar, se aprovecha esta nueva ley para regular
todo el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior, una regulación hasta ahora dispersa o inexistente y fundamental para la eficacia del objetivo. Señorías, la ley contiene una habilitación expresa al desarrollo reglamentario
para determinar de manera concreta el régimen jurídico que debe aplicarse a dicho personal en el exterior. En cuarto lugar, esta norma se aprovecha para adaptar al



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ordenamiento español las previsiones de la Decisión 2008/976 sobre la red judicial europea, con el fin de establecer una regulación más completa de las redes internacionales de cooperación. La ley que debatimos sigue, en lo esencial, el
modelo que ya estableció la Ley de 2006 y que ha permitido a día de hoy que la labor y la imagen de la delegación española en Eurojust sean eficaces y muy positivas.


Entre las novedades que introduce la norma con respecto a la actual Ley 16/2006, hemos de reseñar de manera significativa lo siguiente. En primer lugar, sobre la composición de la delegación española en Eurojust, obligatoriamente estará
compuesta como mínimo por un miembro nacional, un miembro nacional suplente y un asistente. Quiero recordar que actualmente la oficina nacional está compuesta por el miembro nacional y por un suplente. Por tanto, es necesario, dada la
obligatoriedad de contar con un tercer miembro, crear esta nueva plaza de asistente. Asimismo la nueva norma fija la sede del miembro nacional y del miembro nacional suplente en La Haya, si bien permite decidir que el asistente resida bien en La
Haya, bien en Madrid.


Aquí, señorías, quiero hacer una referencia a la enmienda del Grupo Parlamentario Catalán, que propone que, cuando el asistente tenga su lugar de trabajo en España, no sea en Madrid sino en cualquier ciudad del territorio nacional. No
parece en principio adecuada esta previsión, por cuanto que, teniendo en cuenta que el asistente deja de prestar de manera automática sus servicios en su puesto de origen, sea juzgado o fiscalía, y pasa a desempeñar sus funciones con carácter
exclusivo, pierde sentido el argumento -y lo digo con los debidos respetos- de que pueda seguir prestando sus servicios en su propio destino, repito, debe cesar inmediatamente. Además, señorías, no es una cuestión de territorio sino de operatividad
y de eficacia. Lo normal es que si va a actuar y a trabajar en colaboración con las autoridades nacionales y con la oficina Eurojust en La Haya, lo normal, repito, y operativo es que tenga su sede en Madrid, en el Consejo General del Poder
Judicial, en la Fiscalía General del Estado o en el Ministerio de Justicia, repito, señorías, por cuestiones de operatividad.


Finalmente, también dentro de este apartado, la nueva ley reforma la profesionalidad del miembro nacional y del miembro nacional suplente, por cuanto se eleva de diez a quince años el requisito de años exigidos de experiencia, y además se
exige como novedad que tenga conocimientos de cooperación judicial internacional y dominio del inglés. Se ha optado por exigir obviamente los mismos requisitos al miembro nacional y a su suplente, dado que este está facultado para suplir al miembro
nacional. Por lo que respecta al asistente, se le exigen diez años de experiencia.


En segundo lugar, me voy a referir al estatuto del personal de la delegación española. Se mantiene, señorías, la dependencia orgánica del miembro nacional y de los demás miembros de la delegación española respecto del Ministerio de
Justicia, por cuanto que, como cargo representativo de los intereses de España, se entiende que orgánicamente debe depender del Gobierno del mismo. Se mantiene igualmente, señorías, que el miembro nacional será nombrado por real decreto del Consejo
de Ministros a propuesta del ministro de Justicia, al igual que el miembro nacional suplente y que el asistente, quedando todos ellos en situación de servicios especiales.


Aquí quiero hacer también referencia al contenido de varias de las enmiendas presentadas por distintos grupos, en las que proponen la participación del Congreso y del Senado a la hora del nombramiento del miembro nacional. Señorías, no se
comparte este criterio porque la ley ya define de manera taxativa, de manera muy clara, cuáles son los requisitos que se deben exigir a los candidatos para ser nombrados y además la ley establece la necesidad de un informe preceptivo del Consejo
General del Poder Judicial o de la Fiscalía General del Estado, en función de donde proceda la persona. Es por tanto en ese informe donde se hace una valoración sobre la adecuación y la idoneidad del candidato. Señorías, repito, entendemos que no
es necesario el requisito que se pedía en las enmiendas reseñadas.


En cuanto a la duración del mandato, por imperativo de la norma comunitaria, la duración del nombramiento pasa de tres a cuatro años, por lo que tanto el miembro nacional como su adjunto y asistente serán nombrados por un periodo de cuatro
años renovable por otro de igual duración. Respecto a las causas del cese, también la decisión introduce un cambio: el cese del miembro nacional debe ser motivado, por lo que la ley establece que el ministro de Justicia debe comunicar al consejo
los motivos del cese del miembro nacional. La ley extiende esta obligación de motivar el cese al suplente y al asistente.


En tercer lugar y continuando en la línea del contenido, me refiero al sistema de coordinación nacional. Se crea un sistema nacional de coordinación con Eurojust, en el que están representadas todas las instituciones, Fiscalía, Poder
Judicial y Ministerio de Justicia, que garantice que toda la información que deba ponerse en conocimiento de Eurojust por afectar a cuestiones de su competencia sea trasladada a la delegación española de Eurojust de la manera más ágil y más eficaz.
Esto, señorías, es esencial,



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porque la idea última del sistema de coordinación es establecer de una manera clara un cauce de comunicación con Eurojust, habida cuenta de la pluralidad de autoridades nacionales que transmiten información a Eurojust. Se mantiene el cauce
de transmisión a través del fiscal general del Estado, sin perjuicio de mantener la posibilidad de que cada autoridad judicial pueda comunicarse directamente con el miembro nacional. El Ministerio de Justicia en el sistema de coordinación nacional,
además de ser una parte del mismo, facilita los medios necesarios para garantizar el funcionamiento del sistema y le corresponde el nombramiento de sus distintos integrantes. De entre todos los integrantes del sistema de coordinación nacional -y
esta figura es clave, señorías-, se nombrará un coordinador nacional como responsable último del funcionamiento del sistema nacional. En definitiva, este coordinador nacional es el enlace entre la Oficina española de Eurojust en La Haya y el
sistema nacional de coordinación en Madrid. Es el interlocutor entre ambos y el encargado de que las relaciones y la información fluyan adecuadamente.


Señorías, quiero hacer referencia a las enmiendas efectuadas por el señor Olabarría y quiero aprovechar para manifestarle nuestra satisfacción por verle plenamente integrado en sus funciones. Señoría, en relación con las dos enmiendas que
ha presentado el Grupo Parlamentario Vaco, PNV, y que también han hecho suyas algunos portavoces en cuanto a las policías autonómicas, quiero recordarle al señor Olabarría que la Constitución española atribuye la representación internacional al
Estado. También quiero recordar una ley que conocen muy bien, la Ley orgánica 2/1986 sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que establece la distribución material de las competencias entre las diferentes fuerzas y cuerpos de
seguridad. A partir de ahí, señoría, las labores de coordinación se realizan -como muy bien sabe- desde la Secretaría de Estado de Seguridad y a través de las juntas de seguridad con las comunidades autónomas que disponen de policía propia regulada
en sus respectivos estatutos. Por tanto, señoría, no compartimos su posición ni la de los portavoces que la han avalado, pero sí me va a permitir que le diga, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, que no podemos permitir que diga que esto es
una manera de exclusión o que se minusvalora, porque desde aquí, señoría, hay un respeto absoluto hacia todas estas policías autonómicas que desarrollan con rigor, eficacia y lealtad su función en sus respectivas comunidades.


Señorías, continuando con el contenido, quiero hablar de los poderes del miembro nacional. Una de las finalidades de la Decisión de 2009 es profundizar en la operatividad de Eurojust y aproximar en la medida de lo posible el estatus de los
distintos miembros nacionales para garantizar un mínimo común denominador en lo que a sus poderes y competencia se refiere. En esa línea y recogiendo el mandato de la norma comunitaria, la ley distingue entre las competencias que pueden ejercer los
miembros nacionales por sí mismos de aquellas que serán ejercidas por las autoridades nacionales, si bien a propuesta del miembro nacional por tener naturaleza jurisdiccional.


También me tengo que referir de manera muy breve, señorías, a los conflictos de jurisdicción. La norma europea que regula los conflictos de jurisdicción -como muy bien saben- está pendiente de trasposición al derecho español, por lo que se
incorpora en la presente ley. Se regula también un sistema de consultas previas y de decisión en los casos en que pudiera existir la posibilidad de que se estuviera llevando una investigación paralela en varios Estados miembros. Se regula el
procedimiento por el que dicha circunstancia deba ser puesta en conocimiento de la autoridad de otro país que pudiera estar conociendo de los mismos hechos, así como -y esto es muy importante- de la decisión que finalmente se adopte.


Señorías, finalmente, quiero hablar también del personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior. Saben que es una regulación que hasta la fecha era o muy dispersa o inexistente y es clave y fundamental para el objetivo que
perseguimos todos. La ley habilita al Gobierno para crear o suprimir, mediante real decreto, plazas de magistrados de enlace, consejeros de cooperación jurídica, consejeros de justicia o cualesquiera otros que se consideren necesarios. Sus
nombramientos y ceses se realizarán por el ministro de Justicia, oído el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. La vigente Ley de 2006 solo contiene esa posibilidad para los magistrados de enlace. No obstante, dada la diversidad de
puestos, la nueva ley da cobertura legal al nombramiento de figuras distintas, consejeros de cooperación jurídica, consejeros de justicia u otros. También, finalmente, mediante el real decreto se establecerá el régimen jurídico aplicable a todo el
personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior. Señorías, estas son las líneas generales en esencia de la ley que estamos debatiendo y a cuya votación vamos a proceder.


Quiero finalizar agradeciendo la labor de todos, en primer lugar, la labor de los servicios jurídicos de las señoras letradas, que desde luego con sus aportaciones y reformas técnicas han mejorado de manera importante el proyecto. Por
supuesto, quiero agradecer a mis dos compañeros ponentes en la ley, el señor



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Pérez Aras y la señora Martínez Ferro, el trabajo que han realizado en colaboración con todos los portavoces de los grupos. Quiero agradecer de una manera muy especial a todos los portavoces de los grupos su esfuerzo, su trabajo y también
su compromiso con algo que es muy importante para todos. A lo largo de todo el trámite legislativo en el Congreso hemos analizado en ponencia, en Comisión y hoy aquí en el Pleno con detalle todas las enmiendas y las ideas que han sido presentadas
para mejorar este proyecto. Fueron admitidas una enmienda en Comisión y cuatro transaccionales y del resto que no han sido admitidas también hemos aprendido todos y mejorado con su debate. Por tanto, creo que todos podemos estar absolutamente
satisfechos del resultado de hoy. Cuando comenzamos el debate de esta ley estábamos todos convencidos de la necesidad legal de trasponer la normativa europea. Estamos convencidos y lo estábamos en su día de la necesidad de regular las redes de
cooperación judicial internacional, de la necesidad de regular y mejorar los conflictos de jurisdicción, así como de la necesidad de regular las condiciones del personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior. A lo largo de la
tramitación hemos estado conformes en lo esencial, aunque es verdad que ha habido puntos que no hemos compartido. Desde el respeto y las discrepancias, honestamente creo que hemos mejorado este proyecto. En definitiva, de lo que se trata es de
mejorar los mecanismos para la seguridad y para combatir la delincuencia y todos los asuntos judidiciales o jurídicos que puedan afectar a la seguridad de los ciudadanos. Por tanto, con el objetivo cumplido, con la sensación del deber cumplido,
quiero agradecerles el esfuerzo y felicitarlos a todos.


Muchas gracias. (Un señor diputado: ¡Muy bien!-Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Bonilla.


De acuerdo con lo anunciado al comienzo de la sesión, a la una y media procederemos a votar. (Pausa).


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES. (VOTACIÓN):


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO VASCO (EAJ-PNV), SOBRE LA INTERPRETACIÓN, DESARROLLO Y APLICACIÓN QUE DE LA LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA ESTÁ HACIENDO EL GOBIERNO. (Número de expediente
173/000212).


El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a las votaciones. Comenzamos con la moción del Grupo Vasco, PNV, sobre la interpretación, desarrollo y aplicación que de la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa, está haciendo el Gobierno. Hay una enmienda transaccional con la enmienda presentada por La Izquierda Plural, y ese texto, que conocen sus señorías, es el que vamos a votar.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 128; en contra, 179; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES. (VOTACIÓN):


- REAL DECRETO-LEY 5/2015, DE 30 DE ABRIL, DE MEDIDAS URGENTES EN RELACIÓN CON LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DE LAS COMPETICIONES DE FÚTBOL PROFESIONAL. (Número de expediente 130/000069).


El señor PRESIDENTE: Convalidación o derogación del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de la competición de fútbol
profesional. Hay dos votos emitidos temáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306 más 2 votos telemáticos, 308; a favor, 192 más 2 votos telemáticos, 194; en contra, 1; abstenciones, 113.



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El señor PRESIDENTE: Queda convalidado.


Votamos ahora la tramitación como proyecto de ley por procedimiento de urgencia de este real decreto-ley. Hay dos votos emitidos temáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310 más 2 votos telemáticos, 312; a favor, 43; en contra, 179 más 2 votos telemáticos, 181; abstenciones, 88.


El señor PRESIDENTE: No se tramitará como proyecto de ley.


DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL. (Número de expediente 121/000140).


El señor PRESIDENTE: Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de devolución al proyecto de ley del tercer sector de acción social, presentadas por La Izquierda Plural, Grupo Vasco (PNV), Catalán y Mixto, señor Tardà. Hay dos votos
emitidos temáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311 más 2 telemáticos, 313; a favor, 37; en contra, 183 más 2 telemáticos, 185; abstenciones, 91.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


AVOCACIÓN POR EL PLENO:


El señor PRESIDENTE: Solicitud de avocación por el Pleno de la Cámara de la deliberación y votación final de este proyecto de ley. Hay dos votos emitidos temáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311 más 2 votos telemáticos, 313; a favor, 133; en contra, 178 más 2 votos telemáticos, 180.


El señor PRESIDENTE: No se tramitará como proyecto de ley.


- PROYECTO DE LEY DE VOLUNTARIADO. (Número de expediente 121/000141).


El señor PRESIDENTE: Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de devolución al proyecto de ley de voluntariado, que han sido presentadas por el Grupo de La izquierda Plural, el Grupo Vasco (PNV), señor Tardà y el Grupo Catalán de
Convergència i Unió. Hay dos votos emitidos temáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310 más 2 votos telemáticos, 312; a favor, 36; en contra, 182 más 2 votos telemáticos, 184; abstenciones, 92.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


AVOCACIÓN POR EL PLENO:


El señor PRESIDENTE: Solicitud de avocación por el Pleno de la Cámara de la deliberación y votación de este proyecto de ley. Hay dos votos emitidos temáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310 más 2 votos telemáticos, 312; a favor, 131; en contra, 178 más 2 votos telemáticos, 180; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: No será avocado a Pleno, sino que se tramitará en Comisión.



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ENMIENDAS DEL SENADO. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 11/2014, DE 5 DE SEPTIEMBRE). (Número de expediente 121/000117).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado. Proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal. Votación conjunta de las enmiendas del Senado.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor 180; abstenciones, 129.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- PROYECTO DE LEY PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL. (Número de expediente 121/000121).


El señor PRESIDENTE: Proyecto de Ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. Votamos conjuntamente todas las enmiendas del Senado.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 188; en contra, 20; abstenciones, 97.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES. (VOTACIÓN):


- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA DE VIAJEROS Y MERCANCÍAS Y SU PROTOCOLO DE APLICACIÓN, HECHO EN RABAT EL 3 DE OCTUBRE DE 2012. (Número
de expediente 110/000167).


El señor PRESIDENTE: Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. Vamos a votar, en primer lugar, el acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno del Reino de Marruecos relativo al
transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías y su protocolo de aplicación, hecho en Rabat el 3 de octubre de 2012.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 290; en contra, 3; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


- ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE UZBEKISTÁN SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA, HECHO EN MADRID EL 5 DE NOVIEMBRE DE 2013. (Número de expediente 110/000163).


- PROTOCOLO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y CANADÁ QUE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE ESPAÑA Y CANADÁ PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO, FIRMADO EN OTTAWA EL 23
DE NOVIEMBRE DE 1976, HECHO EN MADRID EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2014. (Número de expediente 110/000164).


- PROTOCOLO DEL ACUERDO DE ESTABILIZACIÓN Y ASOCIACIÓN ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA DE SERBIA, POR OTRA, PARA TENER EN CUENTA LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE CROACIA A LA UNIÓN EUROPEA,
HECHO EN BRUSELAS EL 25 DE JUNIO DE 2014. (Número de expediente 110/000165).



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- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE ANGOLA SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS EN PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, HECHO EN MADRID EL 3 DE FEBRERO DE 2014. (Número de expediente 110/000166).


El señor PRESIDENTE: Los otros cuatro acuerdos serían sometidos a votación conjuntamente. ¿Pueden ser aprobados por asentimiento? (Asentimiento).


Quedan aprobados.


DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. (Número de expediente 121/000134).


El señor PRESIDENTE: Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas. En primer lugar, proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Empezamos con las enmiendas del Grupo Mixto, de la señora Fernández Davila. Enmiendas 8, 9, 11, 14, 23 y 29.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 113; en contra, 178; abstenciones, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 10, 12 y 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 36; en contra, 176; abstenciones, 98.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de la señora Fernández Davila.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 36; en contra, 269; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del señor Tardà. En primer lugar, enmiendas 64 y 65.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 126; en contra, 177; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del señor Tardà.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 38; en contra, 176; abstenciones, 94.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (PNV). En primer lugar, enmiendas 33, 36, 45, 47 a 50, 56 y 60.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 127; en contra, 177; abstenciones, 5.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 37 y 59.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 37; en contra, 180; abstenciones, 94.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (PNV).


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 36; en contra, 269; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. En primer lugar, enmiendas 128, 129 y 131.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 12; en contra, 197; abstenciones, 97.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 133 a 135.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 4; en contra, 300; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 12; en contra, 289; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. Enmiendas 67, 79 a 84, 87, 90, 97 a 104, 107, 114, 115 y 123 a 127.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 18; en contra, 184; abstenciones, 105.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 70, 72 a 74, 78, 92, 106 y 116.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 18; en contra, 272; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 304; a favor, 109; en contra, 178; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



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Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, enmiendas 144, 151, 155, 173, 192 y 209 a 212.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 124; en contra, 181; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 146, 154, 199, 208, 213, 214, 218 y 221.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 31; en contra, 182; abstenciones, 93.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 152.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 19; en contra, 179; abstenciones, 109.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 169.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 23; en contra, 273; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas de CiU.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 31; en contra, 273; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. En primer lugar las enmiendas 224 y 256.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 122; en contra, 177; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda transaccional a la enmienda 249.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 300; en contra, 1; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 104; en contra, 178; abstenciones, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Vamos a votar ahora el dictamen teniendo en cuenta la corrección técnica distribuida.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 178; en contra, 132; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


VOTACIÓN DE CONJUNTO:


El señor PRESIDENTE: Pasamos ahora a la votación de conjunto del proyecto de ley orgánica precisamente por tener ese carácter. Hay dos votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311 más 2 votos telemáticos, 313; a favor, 178 más 2 votos telemáticos, 180; en contra, 131; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULA EL ESTATUTO DEL MIEMBRO NACIONAL DE ESPAÑA EN EUROJUST, LOS CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN, LAS REDES JUDICIALES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y EL PERSONAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA EN EL
EXTERIOR. (Número de expediente 121/000135).


El señor PRESIDENTE: Proyecto de ley por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del ministerio de
justicia en el exterior.


Votamos en primer lugar las enmiendas del Grupo Vasco (PNV) en bloque.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 132; en contra, 176; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de UPyD. En primer lugar, enmienda número 4.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 27; en contra, 267; abstenciones, 11.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas de UPyD.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 118; en contra, 177; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo Catalán de Convergència i Unió.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 127; en contra, 177; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque también de las enmiendas presentadas por el Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a favor, 129; en contra, 175; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación del dictamen.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 296; en contra, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Se levanta la sesión.


Eran las dos de la tarde.