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BOCG. Senado, apartado I, núm. 404-2714, de 25/09/2014
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I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS


PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


Proyecto de Ley de aprobación de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia (procedente del Real
Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio).


(621/000088)


(Cong. Diputados, Serie A, núm. 103



Núm. exp. 121/000104)


La Presidencia del Senado, en ejercicio de la delegación
conferida por la Mesa de la Cámara en su reunión del día 17 de abril de
2012, al amparo del artículo 36.1.c) del Reglamento del Senado y de
conformidad con la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha
acordado, en relación con Proyecto de Ley de aprobación de medidas
urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia
(procedente del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio), no admitir a
trámite las siguientes enmiendas por considerar que las mismas se
refieren a materias que carecen de manera evidente y manifiesta de
conexión con el objeto del Proyecto de Ley que se tramita:


— Las enmiendas números 100, de los Senadores
Iglesias Fernández y Mariscal Cifuentes, del Grupo Parlamentario Mixto, y
328, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, por las que
se modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el
Valor Añadido para aplicar un IVA reducido en el consumo doméstico de gas
y electricidad, ya que ni la materia afectada ni la normativa del citado
impuesto son objeto de regulación en el Proyecto de Ley.


— Las enmiendas números 159, del Grupo Parlamentario
Socialista, y 435, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya, por las que se modifica el Texto Refundido de la Ley del
Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004,
de 5 de marzo, ya que ni la materia afectada ni la normativa del citado
impuesto son objeto de regulación en el Proyecto de Ley.


— Las enmiendas números 161, del Grupo Parlamentario
Socialista, y 437, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya, por las que se modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre,
del Impuesto sobre el Valor Añadido, para aplicar un IVA reducido en lo
que se refiere al acceso a la cultura y al sector cultural, ya que la
normativa del citado impuesto no es objeto de regulación en el Proyecto
de Ley.


— La enmiendas números 511, del Grupo Parlamentario
Catalán en el Senado Convergència i Unió; 160, del Grupo Parlamentario
Socialista; y 436, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya, por las que se modifica el Texto Refundido de la Ley del
Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004,
de 5 de marzo, en relación con la aplicación de incentivos fiscales a las
inversiones en producciones cinematográficas, ya que la normativa del
citado impuesto no es objeto de regulación en el Proyecto de Ley.









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— La enmienda número 521, del Grupo Parlamentario
Catalán en el Senado Convergència i Unió, que introduce una nueva
Disposición Adicional en relación con los consorcios en I+D+I, materia
esta que no aparece regulada en ninguna de las disposiciones del
Proyecto.


Palacio del Senado, 23 de septiembre de 2014.—P.D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.