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Notas de prensa

La Comisión de Igualdad ha dictaminado la Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

27/04/2022
La Comisión de Igualdad, reunida este miércoles 27 de abril, ha aprobado con 21 votos a favor y 14 en contra la Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación. El texto acordado incluye el informe de la ponencia, así como un conjunto de enmiendas transaccionales y de enmiendas parciales que han contado con el visto bueno de la comisión.

Una de las enmiendas transaccionales aprobadas trata sobre materia que debe ser regulada por ley orgánica. Por ello, la comisión en vez de aprobar el texto con competencia legislativa plena, como estaba previsto, ha aprobado el dictamen, que será ahora elevado a la Mesa del Congreso para que se tome las decisiones procedimentales oportunas como consecuencia de este cambio.

En la sesión de hoy, los diputados miembros de la comisión han ratificado el informe de la ponencia y ha debatido las enmiendas transaccionales y las de los grupos parlamentarios no incorporadas previamente en la fase de ponencia.

En concreto, hoy se han aprobado cuatro enmiendas transaccionales, una de adición de carácter orgánico. Además, se ha votado a favor de las enmiendas 226, 227, 237 y 256 del Grupo Ciudadanos. Del Grupo Republicano se han aprobado las enmiendas 157, 158, 161,164,176, 159 y 199, del Grupo Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común se han aprobado las enmiendas 14, 21, 32, 43, 49, 64, 67 y 80, y, finalmente, del Grupo Socialista la enmienda 135.

Esta proposición de ley, presentada por el Grupo Socialista, fue tomada en consideración en la sesión plenaria del pasado 16 de febrero de 2021, y tiene por objeto establecer un marco legal "adecuado" para prevenir y eliminar todas las formas de discriminación, así como impulsar la aplicación transversal de la igualdad de trato en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Para ello, la ley busca el desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución para regular los derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, establecer principios de actuación de los poderes públicos y prever medidas destinadas a prevenir, eliminar, y corregir toda forma de discriminación, directa o indirecta.

La proposición de ley comienza estableciendo unas definiciones "acordes con los avances doctrinales y jurisprudenciales en la materia", como es el caso de la discriminación múltiple e interseccional, el acoso discriminatorio o las medidas de acción positiva. 

Por otra parte, en el capítulo II del primer Título se regula el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, cultural y social en lo que se incluyen el empleo, la educación, la atención sanitaria, los servicios sociales,  el acceso a la oferta al público de bienes y servicios, la seguridad ciudadana y la vivienda, así como los medios de comunicación, la inteligencia artificial y el deporte y la cultura.

Esta norma también tiene como objetivo establecer medidas de protección frente a la discriminación mediante la aplicación de métodos o instrumentos para su detección, la adopción de medidas preventivas y de sensibilización  Entre algunas de las medidas se especifican la indemnización de daños materiales y morales o que las fiscalías provinciales promuevan las actuaciones penales dirigidas a la investigación y persecución de comportamientos discriminatorios. 

Además, el texto contempla la creación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, como organismo independiente encargada de proteger y promover la igualdad de trato y no discriminación de las personas en los ámbitos competencia del Estado previstos en esta Ley, tanto en el sector público como en el privado.

La proposición de ley también recoge el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de trato y no discriminación que se clasificaran como leves, graves o muy graves para lo que se tendrán en cuenta diferentes criterios como la intencionalidad, la repercusión o la reincidencia, entre otros.

Además, si la infracción se comete por funcionario público en el ejercicio de su cargo, la sanción se aplicará en su grado máximo. Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con multas de hasta 500.000 euros y la recaudación obtenida será destinada a la sensibilización para la igualdad de trato.

El texto también incluye los preceptos dedicados a la información, atención integral y apoyo a las víctimas de discriminación e intolerancia, incluyendo el asesoramiento y la asistencia, en especial la sanitaria, y las medidas sociales tendentes a facilitar su recuperación integral y atendiendo específicamente los casos en los que se hayan empleado las redes sociales o las nuevas tecnologías para realizar las agresiones.

Por último, el texto recoge además varias disposiciones finales que señalan las modificaciones legales necesarias para trasladar las previsiones de la ley al ordenamiento jurídico vigente y para adecuar la normativa nacional a la jurisprudencia comunitaria sobre materias relacionadas con la igualdad de trato.

Tramitación parlamentaria

La Proposición de Ley del Grupo Socialista fue tomada en consideración el pasado 16 de febrero de 2021. Posteriormente se abrió el plazo de presentación de enmiendas, y al no haberse registrado ninguna de las calificadas como de totalidad, se procedió a su examen por la ponencia y comisión, donde se ha dictaminado la proposición de ley. 

Una vez la Mesa de la Cámara tome las decisiones oportunas sobre la tramitación parlamentaria por la inclusión de la enmienda transaccional sobre materia orgánica, la iniciativa seguirá su tramitación parlamentaria, en su caso en Pleno, y posteriormente será remitida al Senado.