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Notas de prensa

La reforma del Código Penal para penalizar el acoso en las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo continúa su tramitación parlamentaria tras el rechazo de los textos alternativos presentados

11/11/2021

- Los grupos parlamentarios Popular y Vox presentaron sendas enmiendas a la totalidad que proponían textos alternativos a la proposición del ley del grupo Socialista.

La Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso en las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo continuará su tramitación parlamentaria, al quedar rechazadas las dos enmiendas a la totalidad presentadas por los grupos Popular y Vox. Los textos alternativos de ambos grupos no contaron con el aval del Pleno por 142 votos a favor, 205 en contra y 1 abstención, en el caso de la enmienda del Grupo Parlamentario Popular, y por 53 votos a favor y 295 en contra, en el caso de la enmienda del Grupo Parlamentario Vox.  

El objeto de la reforma del Código Penal, iniciativa del Grupo Socialista, es añadir un nuevo artículo, el 172 quater, por el que se castigue con "pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad" a todo aquel que "hostigue o coarte la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones en las proximidades de lugares habilitados para interrumpir embarazos, causando un menoscabo en la libertad o intimidad de esta".

Asimismo, el nuevo artículo determina que "atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años".

Por último, esta modificación establece también que "las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso".

El grupo proponente afirma en la exposición de motivos que "el acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente los embarazos es una constante" desde la despenalización del aborto en tres supuestos en 1985. Y argumenta que esta reforma busca "garantizar una zona de seguridad alrededor de los centros sanitarios" de forma que "quede garantizada la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral, y de este modo "garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres".

Enmiendas a la totalidad

A esta proposición de reforma del Código Penal se registraron dos enmiendas a la totalidad de texto alternativo. En la suya, el grupo Popular sostenía que se trata de una iniciativa "innecesaria", "basada en unos principios y guiada por un espíritu de confrontación", y por ello, plantean un texto alternativo "basado en la normativa actualmente en vigor".

Por su parte, el grupo Vox expone en su enmienda a la totalidad que la iniciativa "vulnera la Constitución Española y violenta, al menos, tres de los derechos fundamentales que esta enuncia, esenciales para la materialización democrática de los valores superiores del ordenamiento jurídico: el derecho de reunión, la libertad de expresión y la libertad ideológica". Por ello, propone en su texto alternativo la supresión del apartado segundo y del segundo párrafo del apartado tercero del artículo 172 del Código Penal en su redacción vigente, "manteniéndose el resto de la regulación del tipo penal del delito de coacciones, en su tipología ordinaria y leve".

Tramitación parlamentaria

El trámite parlamentario de esta iniciativa comenzó el pasado 21 de septiembre de 2021, tras superar el debate de toma en consideración, por 199 votos a favor, 144 en contra y 2 abstenciones.

Concluido el debate de totalidad y una vez haya finalizado el plazo de presentación de enmiendas, según los artículos 113, 114 y 116 del Reglamento del Congreso, la Comisión de Justicia nombrará en su seno una ponencia que, a la vista del texto y de las enmiendas al articulado presentadas, redactará un informe en el plazo de quince días.

Posteriormente, este informe, junto a las enmiendas que, en su caso, se incorporen tras su debate en comisión, conformará el dictamen que será elevado al Pleno, donde por su carácter orgánico deberá obtener una mayoría absoluta en una votación final de conjunto. En dicho caso, será remitido al Senado, donde continuará su tramitación parlamentaria.