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Notas de prensa

La reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares para eliminar los aforamientos supera el debate de totalidad y continúa su tramitación parlamentaria

13/04/2021

La propuesta de Reforma de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, para la supresión del aforamiento de los Diputados y las Diputadas del Parlamento de las Illes Balears y de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, presentada por la Asamblea de esta comunidad autónoma, ha superado el debate de totalidad con 338 votos a favor y 6 abstenciones por lo que continuará su tramitación parlamentaria en Ponencia, Comisión y Pleno.

La iniciativa, defendida ante el Pleno por una delegación del parlamento autonómico integrada por Juli Dalmau, Juan Manuel Lafuente y Pep Castells, reforma el estatuto autonómico para suprimir el aforamiento de los diputados autonómicos y miembros del Ejecutivo balear. Así, el texto propone que sea la jurisdicción ordinaria la que decida sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio en lugar de ser juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears. No obstante, fuera del ámbito territorial de la comunidad autónoma, la responsabilidad les será exigible en los mismos términos ante la Sala Penal del Tribunal Supremo.

El Parlamento balear subraya en la exposición de motivos de esta proposición de ley que el aforamiento es percibido "como un privilegio que distorsiona el principio superior de igualdad de todos los ciudadanos ante la Justicia". Por lo tanto, "se considera que ni los diputados, ni el presidente, ni los miembros del Gobierno de la comunidad autónoma deben continuar ajenos a la jurisdicción ordinaria en todos aquellos asuntos que los impliquen en un procedimiento judicial de cualquier ámbito jurisdiccional, tanto penal como civil. Todo ello de acuerdo con el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears".

Tras obtener el respaldo de la Cámara, la propuesta de reforma estatutaria continuará su tramitación parlamentaria como Ley Orgánica, con la apertura del plazo de enmiendas que serán estudiadas en ponencia. El informe que elabore la ponencia se remitirá a la Comisión Constitucional, que debatirá y votará las enmiendas para emitir un dictamen que se elevará al Pleno.

Si obtiene la mayoría absoluta de votos de la Cámara, será remitida para su deliberación al Senado, que puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas.  En ambos casos deberá volver al Pleno del Congreso, que podrá levantar el veto o decidir si mantiene o revoca los cambios incorporados por la Cámara Alta.