Ruta de navegación
Notas de prensa
El Congreso toma en consideración la reforma de la ley electoral para regular la elección de un senador por Formentera
El Pleno del Congreso ha tomado en consideración este martes, por 313 votos a favor, 33 en contra y 1 abstención, la Proposición de Ley Orgánica para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General. La iniciativa, del Grupo Socialista y que comienza ahora su tramitación parlamentaria, tiene por objeto regular la elección de un senador por Formentera, tras la reciente aprobación de la reforma constitucional del artículo 69.3.
En su artículo único, propone modificar el artículo 161.2 de la Ley Electoral para incluir a Formentera en la lista de islas que se consideran circunscripciones insulares para las elecciones al Senado, y el artículo 165.2 para determinar que le corresponde elegir un senador.
En su exposición de motivos, la proposición afirma que con ello se garantiza la plena efectividad de la reciente reforma del artículo 69.3 de la Constitución. La reforma constitucional fue propuesta por el parlamento de Illes Balears y fue tramitada en lectura única en el Congreso y en el Senado. El texto, que ha sido sancionado por el el jefe del Estado en el día de hoy, 19 de mayo, está listo para su publicación en el BOE y su entrada en vigor. La elección del senador o senadora por Formentera se hará efectiva a partir de las próximas elecciones generales.
Tramitación parlamentaria
Al haber superado el debate de toma en consideración, la proposición de ley se remitirá a la Comisión Constitucional y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado, como fija el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso.
En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Una vez celebrado el debate, y si dichas enmiendas son rechazadas, la iniciativa continuará su tramitación en ponencia, comisión y Pleno, donde por su carácter orgánico se exige mayoría absoluta en una votación final de conjunto, previa a su remisión al Senado.