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Notas de prensa
El Congreso aprueba la proposición de reforma constitucional para que Formentera elija un senador y la envía al Senado
El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves en lectura única la Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio. El texto, que ha sido aprobado por 312 votos a favor, 33 en contra y 5 abstenciones, ha alcanzado la mayoría de tres quintos necesaria, por lo que continúa su tramitación parlamentaria en el Senado, donde también se exigirá la misma mayoría.
El texto remitido a la Cámara Alta es iniciativa del parlamento autonómico de Illes Balears y modifica la redacción del artículo 69.3 de la Constitución, que hasta ahora preveía que en las elecciones generales la agrupación de las islas de Ibiza-Formentera eligiera un senador, para que cada isla pueda constituir una circunscripción propia a efectos de la elección de senadores.
Según su exposición de motivos, la reforma responde a que “la isla de Formentera ha consolidado definitivamente una identidad formenterense en todos los ámbitos que ya no se puede vincular o subsumir dentro de la ibicenca como en épocas pasadas” y busca “culminar su plenitud política y el reconocimiento de su singularidad con la obtención de una representación directa en el Senado”.
La nueva redacción del artículo 69.3 quedaría como sigue: “En las provincias insulares, cada isla con cabildo o consejo constituirá una circunscripción a efectos de elección de senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores —Gran Canaria, Mallorca y Tenerife— y uno a cada una de las siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma”.
La disposición adicional única señala que “la eficacia de la creación de la circunscripción electoral al Senado por la isla de Formentera quedará demorada hasta las inmediatas elecciones al Senado, una vez haya entrado en vigor esta reforma de la Constitución española”.
En relación con las enmiendas presentadas a la reforma constitucional, el Pleno ha aprobado la enmienda del Grupo Popular, que sustituye en la redacción del artóculo el topónimo Eivissa por el de Ibiza; y ha rechazado las cuatro enmiendas del Grupo VOX, que planteban la supresión de todo el texto de la reforma.
Tramitación parlamentaria
La Cámara Baja aprobó la tramitación de la proposición en lectura única, conforme al artículo 150 del Reglamento del Congreso. Al tratarse de una reforma de la Constitución requiere una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras, según establece el artículo 167 de la Constitución. Tras la aprobación del Pleno del Congreso, ahora continúa su tramitación parlamentaria en el Senado.
La proposición de reforma constitucional del Parlamento balear fue tomada en consideración en la sesión plenaria del 10 de febrero de 2026. Al haberse solicitado su tramitación directa y en lectura única, se incluyó dicha solicitud en el Pleno del 18 de marzo. Una vez aprobada dicha solicitud, la tramitación de la reforma se reduce a un único debate en Pleno, que se ha celebrado hoy, en el que se han visto el texto y las enmiendas presentadas.
Al tratarse de una reforma parcial de la Constitución que no afecta a los contenidos especialmente protegidos, se aplica lo establecido en el artículo 167, que establece que debe aprobarse por una mayoría de tres quintos de los Plenos de ambas Cámaras.
La Constitución ha sido reformada en tres ocasiones. En 1992 se reformó el artículo 13 para permitir que los ciudadanos de países de la Unión Europea pudiera ser candidatos en las elecciones locales donde residieran. En 2011 se modificó el artículo 135 relativo a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Y en 2024 se reformó el artículo 49, relativo a los derechos de las personas con discapacidad.