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Notas de prensa
El Congreso aprueba la proposición de ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad y la remite al Senado
La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en su sesión extraordinaria de este jueves ha aprobado con competencia legislativa plena la Proposición de Ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas, con 20 votos a favor, 3 en contra y 14 abstenciones.
El texto remitido al Senado se corresponde con el informe de la ponencia, al que se han incluido la enmienda número 25 del Grupo Junts per Catalunya, que modifica el artículo 5 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, relativo a las personas con discapacidad demandantes de servicios de empleo; y una enmienda transaccional sobre exenciones tributarias para las ayudas a personas afectadas por VIH o talidomida.
Régimen sancionador y de subvenciones
De acuerdo con la exposición de motivos, la Constitución Española, tras la modificación de su artículo 49 en el año 2024 se alineó, “con los principios y valores de la convención internacional de derechos humanos de las personas con discapacidad”, lo que “se logra por el desempeño de un empleo decente y significativo que proporcione rentas suficientes para llevar una vida digna y participativa”. Además, se expone que “la actual configuración de las sanciones en esta materia resulta insuficiente”, por lo que se hace necesaria una nueva legislación.
El primer artículo del texto reforma la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. De esta manera pasa de considerarse infracción grave a muy grave “el incumplimiento en materia de integración laboral de personas con discapacidad de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, o de la aplicación de sus medidas alternativas”.
Por su parte, el artículo dos modifica el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que regula los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de subvenciones. De esta manera, se impide percibir subvenciones a aquellos que, tal y como recoge el artículo uno, cometan una infracción muy grave por infringir la reserva de puestos laborales para personas con discapacidad.
Además, la ley también cuenta con tres disposiciones adicionales. La primera regula las campañas informativas que deberán llevar a cabo las administraciones públicas sobre inclusión laboral de personas con discapacidad. La segunda recoge las campañas de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se deberán realizar en los próximos tres años para “verificar el cumplimiento de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad”. Finalmente, la tercera obliga al Gobierno a elaborar en el plazo de tres años un informe de evaluación del impacto de las medidas.
Asimismo, se ha incluido a través de una enmienda transaccional, una nueva disposición final para que queden exentas de impuestos las ayudas a las personas afectadas por el VIH y por la talidomida.
Tramitación parlamentaria
La iniciativa, del Grupo Socialista, fue tomada en consideración el 9 de septiembre de 2025. Al no haberse presentado enmiendas a la totalidad, se procedió al debate del texto y las enmiendas al articulado en ponencia y comisión. Este último órgano ha aprobado el texto hoy con competencia legislativa plena, por lo que se remite al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.