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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 277, de 21/05/2021
cve: BOCG-14-D-277 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de mayo de 2021


Núm. 277



ÍNDICE


Página


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página4)


Declaración de intereses económicos ... (Página15)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000370 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la regulación de los riders. Retirada ... (Página18)


162/000672 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la adhesión del Gobierno en las acciones dirigidas a declarar el Día de Sant Jordi como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en el marco de la
UNESCO ... (Página18)


162/000673 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a adoptar todas las medidas necesarias a fin de garantizar la presencia y el mantenimiento de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la Comunidad
Foral de Navarra y en la Comunidad Autónoma de Galicia ... (Página19)


162/000674 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impedir que se establezca un sistema de pago para todas las carreteras de alta capacidad de nuestro país ... (Página24)


162/000675 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al fomento de las infraestructuras de nuevas tecnologías basadas en el hidrógeno a través de los puertos españoles ... (Página26)


162/000676 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para garantizar el acceso a la vivienda de las personas jóvenes ... (Página33)


162/000677 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impulsar el turismo conocido como MICE ... (Página34)


162/000678 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la revisión y evaluación de los objetivos pretendidos por la Cooperación Internacional al Desarrollo española ... (Página37)



Página 2





162/000679 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impulsar el turismo taurino ... (Página42)


162/000680 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso del turismo activo ... (Página48)


162/000681 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la unificación en un solo Ministerio de las competencias relativas a la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las políticas más relevantes para
el crecimiento económico nacional ... (Página53)


162/000682 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la instauración de un régimen sancionador del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ... (Página63)


162/000683 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la exclusión del uso del denominado lenguaje inclusivo en todos los documentos oficiales emanados de la Administración General del Estado y de los
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la misma ... (Página66)


162/000684 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, por la que se insta al Gobierno a que cese en el proceso de transferencia de las competencias en materia de tráfico a la Comunidad Foral de Navarra y a la
Policía Foral, manteniendo las mismas en manos de la Guardia Civil ... (Página71)


162/000685 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, por la que se insta al Gobierno a mantener en la Guardia Civil las competencias de tráfico, sin proceder a su transferencia a la Comunidad Autónoma de Galicia
en caso de que ésta lo solicitara ... (Página72)


162/000686 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la mejora de los procedimientos de declaración de tutela administrativa de menores en situación de desamparo ... (Página72)


162/000688 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la mejora del funcionamiento del mercado de Operadores de productos petrolíferos al por mayor de cara a reducir el fraude y permitir la libre competencia
... (Página78)


162/000690 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre el Estatuto del Artista ... (Página82)


162/000691 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la naturaleza política de la Agenda 2030, al cese de la misma como eje transversal de la acción del Gobierno y al examen de sus consecuencias económicas
... (Página83)


162/000692 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a priorizar la reindustrialización de España ... (Página86)


162/000693 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la realización de una auditoría de la gestión e idoneidad del actual Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas al frente de
dicho organismo ... (Página102)


162/000694 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la extensión al entorno virtual de las prestaciones de la Atención Primaria ... (Página105)


162/000695 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la devolución del IVA pendiente del año 2017 a las ciudades españolas con tributos cedidos ... (Página107)



Página 3





162/000696 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la liquidación de las Comunidades Autónomas en 2022 y 2023 respecto a las entregas a cuenta de 2020 y 2021 ... href='#(Página109)'>(Página109)


162/000697 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a no subir impuestos a las familias de rentas medias y bajas ... (Página110)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


COMUNIDADES AUTÓNOMAS


093/000010 Convenio de cooperación entre la Comunidad Autónoma de Canarias y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la gestión compartida del proyecto de compra pública de innovación denominado ISOHCE, historia clínica
interoperable y multirregional ... (Página112)


093/000011 Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, Gogora, en
materia de memoria, paz, convivencia y derechos humanos ... (Página119)



Página 4





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las siguientes declaraciones de bienes y rentas presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


ÁLVAREZ I GARCÍA, Gerard (GR) (núm. expte. 005/000384/0000)0 ... (Página5)


ROJAS GARCÍA, Carlos (GP) (núm. expte. 005/000232/0001)1... (Página10)


0 Declaración inicial.


1 Modificación de la declaración.


2 Declaración final.



Página 5





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Página 6





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Página 14





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Página 15





De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del Código de Conducta de las Cortes Generales, aprobado por Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 1 de octubre de 2020, se ordena la publicación en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales de las siguientes declaraciones de intereses económicos presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


Página


ÁLVAREZ I GARCÍA, Gerard (GR) (núm. expte. 007/000355/0000)1 ... (Página16)


1 Declaración inicial.


2 Modificación de la declaración de intereses económicos.



Página 16





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Página 17





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Página 18





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000370


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Retirada de su Proposición no de Ley relativa a la regulación de los riders.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 138, de 14 de septiembre de 2020.


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000672


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la adhesión del Gobierno en las acciones dirigidas a declarar el Día
de Sant Jordi como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en el marco de la UNESCO, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Nacida en Cataluña, la festividad de Sant Jordi es cada vez más valorada por los ciudadanos del resto de España. Se ha conseguido extender una celebración cultural vinculada no sólo a los libros, sino también al acto de regalarlos.


El 1995, la UNESCO proclamó día mundial del libro y del derecho de autor el 23 de abril. La fecha coincide con los decesos de Miguel de Cervantes, William Shakespeare y el Inca Garcilaso de la Vega.



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Sin embargo, en la página de la UNESCO sobre la conmemoración de este día se explica que su origen se encuentra en Cataluña, donde es tradición regalar una rosa y un libro el 23 de abril, día de Sant Jordi.


Desde Ciudadanos consideramos que la festividad de Sant Jordi posee un valor en sí misma. El ritual del regalo de la rosa y el libro se transmite de generación en generación y lo viven tanto los más pequeños como los mayores. Es un día en
el que las escuelas, casales y centros cívicos celebran juegos florales y concursos literarios. Los centros educativos explican cada año la leyenda del dragón de Sant Jordi, y se anima a los más pequeños a leer y a escribir. Es, pues, una fiesta
que involucra a toda una sociedad alrededor de los libros y las rosas, que uno regala a las personas que quiere. Las calles se llenan de libros y de flores. Es difícil imaginar un acto festivo más civilizado y más hermoso.


Por estas razones consideramos que la festividad de Sant Jordi debería ser reconocida por los valores universales que representa en un contexto internacional.


El pasado 13 de enero de 2017, la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados aprobó una Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos instando al Gobierno de España a dar apoyo a las iniciativas que la festividad de Sant
Jordi como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en el marco de la UNESCO. Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, no se ha producido ningún avance en esta materia.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a realizar con carácter inmediato las gestiones necesarias para que la festividad de Sant Jordi sea declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en el marco de la UNESCO.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de mayo de 2021.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000673


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Santiago Abascal Conde, D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro y D. José María
Sánchez García, en sus respectivas condiciones de Presidente, Portavoz, Portavoces Adjuntos y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a adoptar todas las medidas necesarias a fin de garantizar la presencia y el mantenimiento de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la Comunidad Foral de Navarra y en la
Comunidad Autónoma de Galicia, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Guardia Civil y Control de los Caminos.


1. Es secular la relación existente entre la Guardia Civil y el control del tráfico y carreteras, otrora caminos o caminos reales. Tal es así que, de acuerdo con lo indicado en uno de los precedentes de la creación del Instituto Armado es
una carta dirigida por Manuel de Mazarredo, Ministro de la Guerra a José Justiniani Ramírez de Arellano, Ministro de Gobernación, en diciembre de 1843, en la que afirmaba que 'Siendo continua la diseminación en que se encuentra la mayor parte de las
tropas de Infantería, Caballería y Milicias, a causa de la persecución de ladrones y malhechores de todas especies a que están constantemente destinadas e innumerables partidas y destacamentos [...] se hace preciso tratar de remediarlo, lo cual
pudiera hacerse por medio de una fuerza pública que bajo la dependencia inmediata del Ministerio de la Gobernación del digno cargo de V.E. y con la denominación que fuese más adecuada, se organizase convenientemente, relevase a las tropas de aquel
servicio y se encargase de él en todos los pueblos, caminos y demás puntos de la superficie de la península.'.


2. Tras la creación del Instituto Armado, por el Real Decreto de 28 de marzo de 1844, fueron promulgadas normas de desarrollo de la Guardia Civil, entre ellas, la Real Orden de 20 de diciembre de 1845, conocida



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como 'la cartilla', que contenía aspectos competenciales básicos de la Guardia Civil, en relación con la protección de los caminos reales. Su artículo primero disponía expresamente que 'El Guardia Civil, cuando se halle destinado al
servicio de los caminos reales, los recorrerá frecuentemente, y con mucha detención, reconociendo á derecha, é izquierda de ellos los parages que ofrezcan facilidad de ocultar alguna gente'.


3. Después de la referida normativa, se sucedieron Leyes y Decretos relativos a la circulación, transporte y control de carreteras, entre los que se pueden destacar el Decreto de 22 de febrero de 1929, que aprobaba la creación del Cuerpo de
Vigilantes de Caminos en el Ministerio de Obras Públicas, con misiones sobre la circulación transporte y Policía de Carreteras. Posteriormente, en 1934 se promulgó el primer Código de Circulación que contenía todo lo referido al tráfico rodado. La
Ley de 8 de marzo de 1941, por la que se reorganizaban los servicios de Policía, que integró la Guardia Civil en los Servicios de Vigilancia y Seguridad del Estado, creando la Policía Armada y de Tráfico, y, que suprimía el Cuerpo de Vigilantes de
Caminos y la Ley 47/1959, de 30 de julio, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico en el territorio nacional que creó la Agrupación de tráfico de la Guardia Civil, a través de la Orden General n.º 32 de 26 de agosto de 1959 1.


4. En definitiva, se puede observar cómo, desde momentos muy iniciales, el cuerpo de la Guardia Civil ha estado relacionado con el control de los caminos y vías.


Segundo. Agrupación de tráfico de la guardia civil en la actualidad.


5. De acuerdo con el artículo 4.5, referente a la Dirección General de la Guardia Civil, del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior ('R.D. 734/2020') se
establece que el Mando de Operaciones 'es el responsable de planificar, impulsar y coordinar los servicios operativos de las Unidades de la Guardia Civil, de acuerdo con las directrices emanadas de la persona titular de la Dirección General de la
Guardia Civil, a través de la Dirección Adjunta Operativa, asumiendo para ello cuantos cometidos le atribuye la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo [...]Igualmente dirigirá, impulsará y coordinará la seguridad ciudadana en su demarcación y, por su
carácter transversal, las funciones que se realicen para la custodia de las vías de comunicación terrestre y la vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.'. De este modo, del Mando de Operaciones depende: 'La
Jefatura de la Agrupación de Tráfico, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde, como es la unidad especializada en tráfico, seguridad vial y transporte, organizar y gestionar todo lo
relativo al ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa vigente' (artículo 4.5 R.D. 734/2020).


6. Por otro lado, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ('R.D.L. 6/2015'), recoge expresamente en su
artículo 6.2 que 'Para el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior en materia de regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico, así como para la denuncia de las infracciones a las normas contenidas en esta ley,
y para las labores de protección y auxilio en las vías públicas o de uso público, actuará, en los términos que reglamentariamente se determine, la Guardia Civil, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a estos efectos depende específicamente del
organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico'.


7. En el artículo 12.1.B. c de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ('L.O. 2/1986'), se establece que será ejercida por la Guardia Civil 'La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías
públicas interurbanas'. Del mismo modo, en el artículo 1 de la Orden Ministerial de 5 de abril de 2001, que modifica la de 16 de abril de 1980, sobre relaciones de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil con la Dirección General de Tráfico se
establece que 'La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, que ejercerá las funciones de vigilancia, regulación, auxilio y control de tráfico que le atribuye la normativa vigente, contenida en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, constituye, a efectos funcionales, una unidad especial dentro del Cuerpo de la Guardia Civil'.


8. A estos efectos, el artículo primero de la Orden INT/574/2003, de 13 de marzo, por la que se regula la especialidad de tráfico en la Guardia Civil 2, dispone que 'La Especialidad de Tráfico capacita


1 Agrupación de tráfico de la Guardia Civil-Seguridad Vial; https: / / www.guardiacivil.es/ es/ institucional/ Conocenos/ especialidades/Seguridad Vial/in dex.html#:-:text-Mediante%20Decreto % 20de % 2022% 20de,Transporte % 20y % 20Polic
% C3 % AD a % 20de %20Carreteras


2 Orden Ministerial que dejará de tener vigor el 10 de junio de 2021, como así lo establece la Disposición Derogatoria única de la Orden PCM/509/ 2020, de 3 de junio.



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profesionalmente a los Guardias Civiles para ejercer de modo específico en las Unidades de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil las competencias que la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, otorga en
materia de vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas al Cuerpo de la Guardia Civil.'.


9. De este modo, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil tiene la siguientes funciones para el cumplimiento de su misión:


- La vigilancia, regulación, auxilio y control del tráfico y del transporte, así como garantizar la seguridad de la circulación en las vías interurbanas.


- Protección y auxilio a los usuarios de las vías públicas.


- Vigilancia y disciplina del tráfico, tránsito y transporte en vías interurbanas y travesías, así como la denuncia de las infracciones a las normas de circulación.


- Investigación e instrucción de las diligencias por accidentes de tráfico.


- Vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre transportes por carretera 3.


10. En definitiva, el marco normativo señalado expresa hasta qué punto el control del tráfico se atribuye al Instituto Armado.


Tercero. Competencia en materia de tráfico.


11. Sobre la competencia exclusiva del Estado en las materias mencionadas en el artículo 149.1 de la Constitución ('CE'), el número vigesimoprimero incluye el 'tráfico y circulación de vehículos a motor'. Esta competencia exclusiva se
encuentra desarrollada en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Este Real Decreto Legislativo atribuye al
Ministerio del Interior en su artículo 5.i) 'La vigilancia y disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y en travesías cuando no exista policía local, así como la denuncia y sanción de las infracciones a las normas de circulación y de
seguridad en dichas vías.'.


12. Las materias recogidas en el artículo 149.1 CE son, en principio, de competencia exclusiva del Estado, sin que éstas puedan atribuirse a las Comunidades Autónomas, a menos que se utilice la técnica de las Leyes Orgánicas de
transferencia y delegación previstas en el art. 150.2 CE 4, sin perjuicio de lo establecido en el Disposición Adicional Primera de la CE.


Cuarto. Comunidades autónomas con competencia sobre tráfico.


13. En la actualidad existen tres Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en materia de tráfico:


1. País Vasco; El Real Decreto 3256/1982, de 15 de octubre, sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación del Estado sobre tráfico y circulación de vehículos, señala
en su Exposición de Motivos que 'como consecuencia de lo dispuesto en el artículo diecisiete del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, cuyo desarrollo se inició a través del Real Decreto 2903/1982, de 22
de diciembre, y del reconocimiento expreso del Estado a unos antecedentes históricos debidamente actualizados, corresponde a la Comunidad Autónoma del País Vasco las funciones que en el acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición
transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco se citan, de ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico y circulación de vehículos.' 5.


2. Cataluña; conforme al artículo 150.2 CE, se aprobó la Ley Orgánica 6/1997, de 15 de diciembre, de Transferencia de Competencias Ejecutivas en Materia de Tráfico y Circulación de Vehículos a Motor a la Comunidad Autónoma de Cataluña
('L.O. 6/1997'). Esta Ley Orgánica transfirió 'las facultades de


3 Seguridad Vial-Guardia Civil; https: / www.g-uardiacivil.es/ es/ institucional/ Conocenos/ especialidades/ Seguridad Vial/in dex.html#:-:text=Mediante % 20Decreto % 20de% 2022% 20de,Transporte% 20y% 20Polic %C3 % AD a % 20de %
20Carreteras


4 Ruano, B. T. D. J. V. (2003). VILA Congreso de los Diputados: Constitución española [Internet]. GARRIDO MAYOL, V. Sinopsis del artículo 149 de la Constitución. Constitución Española comentada, 227.


5 Se indica error material en el tenor literal de la Exposición de Motivos respecto del Real Decreto 2903/1982, de 22 de diciembre; Se refiere al Real Decreto 2903/1980, de 22 de diciembre, regulador de Miñones y Miqueletes de las
Diputaciones Forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya (BOE-A-1981-812).



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ejecución de la legislación del Estado en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial' (artículo 1 L.O. 6/1997), a excepción de las que en la L.O. mencionada se indican.


3. Navarra; de acuerdo con la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra ('L.O. 13/1982'), a esta Comunidad Autónoma le corresponde la competencia exclusiva 'en las materias a las
que se refieren los apartados anteriores, así como todo lo relativo al tráfico y circulación, Navarra conservará íntegramente las facultades y competencias que actualmente ostenta.' (Artículo 49.3).


En relación con la Policía Foral de Navarra, en el artículo 51.2 de la L.O. 13/1982 se establece que 'Navarra podrá ampliar los fines y servicios de la Policía Foral, en el marco de lo establecido en la correspondiente Ley Orgánica', que es
la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra ('L.F. 23/2018').


Por la Disposición adicional novena de la L.F. 23/2018, 'En caso de que se ejecute lo establecido en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, relativo a la asunción de nuevas competencias en materia
policial por parte de la Comunidad Foral de Navarra, se podrán habilitar, dentro del marco del órgano bilateral competente y en los términos que disponga la administración competente, los mecanismos necesarios para permitir la integración de
funcionarios del Estado que presten ese servicio en la actualidad'.


En este sentido, y hasta día de hoy, la vigilancia en las carreteras se comparte entre la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y la Policía Foral de Navarra, y la autoridad sancionadora es la Jefatura Provincial de Tráfico 6.


Quinto. Transferencias de tráfico durante la XIV legislatura.


14. Es voluntad del Gobierno de coalición la transferencia plena de competencias en materia de tráfico a la Comunidad Foral de Navarra. Esta transferencia tendrá lugar 'en el plazo de seis meses (...), con el mismo contenido y extensión
que las realizadas en su momento a la Comunidad Autónoma Vasca 7'. Este hecho supone asimilar a la Policía Foral de Navarra a la Ertzaintza en el País Vasco o a los Mossos de Escuadra en Cataluña 8.


15. Sobre este punto, el Gobierno de la Nación junto con el Ejecutivo navarro esperan materializar el traspaso de plenas competencias de tráfico en el segundo semestre del presente año 9. Este acuerdo de transferencia ha provocado
múltiples denuncias por parte de las asociaciones de guardia civiles, así como concentraciones multitudinarias en apoyo a los agentes tráfico de la Guardia Civil destinados en territorio navarro. El secretario general de la asociación Justicia
Guardia Civil ('JUCIL) denunció públicamente el uso con fines meramente políticos y partidistas que el Gobierno de la nación estaba haciendo de la Institución Armada en la Comunidad Foral de Navarra. Concretamente denunció que el pacto entre el
Gobierno y sus socios de investidura por el que se transfiere las competencias de tráfico era una 'medida altamente injusta y que no se hace con ningún argumento ni policial ni de organización. Simplemente un argumento político'.


16. A este respecto, y a mayor abundamiento, cabe apuntar también la transferencia de competencias en materia de sanidad penitenciaria, algo que según el Secretario General de Instituciones Penitenciarias en sesión de la Comisión de
Interior el pasado 22 de abril apuntó que 'se va a conseguir en el mes de mayo la transferencia a la Comunidad Autónoma de Navarra (...) Hemos entablado también conversaciones con intercambio de datos con la Comunidad de Islas Baleares y con la
Comunidad Valenciana. Yo confío en que este primer paso que se va a dar el mes que viene con Navarra pueda servir de estímulo para que el resto de las comunidades autónomas consigan también la transferencia'. Una aseveración que ya hace pensar en
un Estado desposeído de gran parte de sus competencias por pura politización del programa del presente Gobierno.


17. En cuanto a Galicia, tras una tentativa frustrada en febrero del 2019, el pasado martes 27 de abril se aprobó la toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica del Parlamento de Galicia de


6 FERNANDEZ S. David Régimen jurídico del Tráfico y la Circulación - DGT http:/ /www.dgt.es/la-dgt


7 La Policía navarra y la Guardia Civil compartirán Tráfico al menos hasta 2024; El Independiente; https: / / www.elindependiente.com/ espana/ 2021/ 02/ 26/ la-policia-navarra-y-la-gtiardia-civil-compartiran-trafico-al-menos-hasta-2024 /


8 Se ha conocido por algunos medios de comunicación que El Gobierno de Navarra ha recibido por parte del Gobierno de España la documentación técnica para materializar la competencia de tráfico y seguridad vial. https:/ / www.navarra.es/
es/ noticias/ 2021/ 03/ 11/ el-gobierno-de-navarra-avanza-en-las-transferencias-de-las-competencias-de-trafico-y-seguridad-vial-y-en-la-de-sanidad-penitenciaria


9 La Guardia Civil saldrá de las carreteras de Navarra a finales de 2021; El Mundo; https:/ / www.elmundo.es / espana/ 2021/ 04/ 20/ 607efe3efdddffc02e8b45a7.html



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transferencias complementarias a Galicia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial 10, presentada por el Gupo Parlamentario Bloque Nacionalista Gallego (BNG), con abstención del PP , que será presentada ante el
Congreso de los Diputados para su aprobación con arreglo al artículo 150.2 CE.


18. Esta Proposición de Ley Orgánica citada en su artículo 1 señala expresamente que 'Se trasladan a la Comunidad Autónoma de Galicia las facultades de ejecución de la legislación estatal sobre tráfico, circulación de vehículos y seguridad
vial, excepto los siguientes:


a) La facultad de emitir, revisar e intercambiar permisos y licencias para conducir vehículos de motor y ciclomotores, así como su cancelación, intervención y revocación.


b) El registro y expedición de permisos o licencias de tráfico, así como su nulidad, intervención y revocación y, en consecuencia, una autorización de transferencias, duplicados y cancelaciones de vehículos de motor y ciclomotores y más la
expedición de permisos temporales'; con tenor muy semejante al de la Ley Orgánica de transferencia competencial a Cataluña referida anteriormente.


19. Con la Proposición de Ley Orgánica aprobada del Parlamento de Galicia prosigue la escalada descentralizadora auspiciada por el actual Gobierno nacional y la progresiva reducción de la presencia de la Guardia Civil en el territorio
nacional.


20. Se confirma la voluntad de desaparición de los Agentes de la Benemérita en favor de una policía autonómica 11, que en este caso aún no ha sido dotada de efectivos propios 12.


21. Esta posible transferencia de competencias ha sido igualmente criticada desde diversas asociaciones de la Guardia Civil; en el caso de JUCIL apuntan que 'preocupan los problemas que se deriven de esta posible cesión de las competencias
de tráfico que supondría un ataque directo a la Constitución Española, en concreto al artículo 149.1, que atribuye como competencia exclusiva del Estado el salvaguardar el interés suprarregional o nacional.', añadiendo que 'la cesión de competencias
de tráfico y de seguridad vial de la Guardia Civil a la policía autonómica seguiría disminuyendo la influencia del Estado en la comunidad, lo que podría llevar a Galicia a tomar el camino que ya tomaron otras regiones con derivas independentistas'.
En el mismo sentido se ha manifestado la Asociación Pro Guardia Civil ('APROG'), afirmando que 'el control del tráfico, además de lo que supone, es una herramienta muy buena de la seguridad nacional. Los delincuentes, narcotráficos, terroristas, se
desplazan por carretera' 13.


22. En conclusión, vemos como desde el actual Gobierno la histórica relación entre el control de la circulación y el tráfico y la Guardia Civil busca ser disminuida hasta el punto que el Instituto Armado desaparezca en, cada vez más, parte
de nuestro territorio. Este hecho supone una total desprotección de los Agentes que llevan décadas desarrollando las funciones de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil tanto en Navarra como en Galicia, algo que no parece preocupar de modo
alguno al presente Ejecutivo.


23. Desde nuestro Grupo Parlamentario siempre estaremos al lado de los Agentes de la Guardia Civil, del mismo modo que ellos han estado y siguen estado protegiendo y asegurando los derechos de todos los ciudadanos de nuestro país.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias a fin de garantizar la presencia y el mantenimiento de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la Comunidad Foral de Navarra y en la Comunidad
Autónoma de Galicia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2021.- Santiago Abascal Conde, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro y José María Sánchez García, Diputados.-Iván Espinosa de los Monteros de Simón,
Macarena Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


10 BOPG n.° 21, do 24.09.2020.


11 V.gr. Ley 8/ 2007, de 13 de junio, de Policía de Galicia.


12 En la Proposición de Ley Orgánica gallega su Disposición Transitoria establece que 'Durante el tiempo necesario para que la Policía de Galicia complete el despliegue de sus efectivos en aquellas zonas donde no esté había entrado en vigor,
la Guardia Civil seguirá ejerciendo sus funciones de vigilancia de carreteras interurbanas bajo los auspicios de los órganos competentes de la Administración del Estado, que también continuará procesando y resolviendo el expedientes de sanción
correspondientes.'.


13 Sectores de la Guardia Civil se oponen a la transferencia de Tráfico a Galicia; ABC; https: / / www.abc.es/ espana/ galicia/ abci-sectores-guardia-civil-oponen-transferencia-trafico¬alicia-202105021044 noticia.html



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias, D. Juan
Carlos Segura Just, D. Pedro Requejo Novoa, D. Julio Utrilla Cano, D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Víctor Manuel Sánchez del Real en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley dirigida a impedir que se establezca un sistema de pago para
todas las carreteras de alta capacidad de nuestro país, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Plan de recuperación, transformación y resiliencia: nuevo mecanismo de pago para las carreteras de alta capacidad.


1. El 13 de abril de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española que fue finalmente enviado a Bruselas para su evaluación el 30 de abril 14.


2. Este plan, entre otras cuestiones, recoge la necesidad de establecer un mecanismo de pago por el uso de carreteras de alta capacidad (autovías y autopistas), al tiempo que asume ante la Comisión Europea el compromiso de implantar este
sistema:


'Asimismo, se revisará la financiación de las vías de alta capacidad y se establecerá un sistema de ingresos que garantice los fondos necesarios para la conservación de la red viaria estatal' (pág. 87).


'La Estrategia de movilidad sostenible y la Ley de Movilidad y Financiación del Transporte. (sic) el desarrollo de un mecanismo de pago por uso de las carreteras de alta intensidad y la culminación de los corredores ferroviarios pendientes
(Mediterráneo, Atlántico, conexión con Portugal, conexión del puerto de Algeciras), el desarrollo de nodos de transporte intermodal, la modernización y sostenibilidad de las infraestructuras, suponen un factor clave para la cohesión territorial de
un país grande y complejo como es España' (pág. 134).


'Finalmente, es preciso desarrollar un sistema de pago por uso de la red de vías de alta capacidad que permita cubrir los costes de mantenimiento e integrar las externalidades negativas del transporte por carretera como sucede en el resto de
infraestructuras' (pág. 127).


3. La implantación de este sistema de pago sería llevada a cabo a partir del año 2024, previéndose su extensión a todas las carreteras de gran capacidad de España, tanto nacionales como regionales, y aplicándose para todos los usuarios sin
distinción (particulares y profesionales).


4. Según el Ejecutivo, esto sería consecuencia de los altos costes de mantenimiento de carreteras que tiene que sufragar el Estado con motivo de la supresión progresiva de peajes. De hecho, actualmente existiría un déficit acumulado en la
conservación de carreteras de casi 8.000 millones de euros 15.


5. Todo parece indicar que esta decisión será materializada a través de la futura Ley de Movilidad Sostenible, para la que la fase de consulta pública finalizó el pasado 15 de noviembre de 2020. En su anteproyecto ya se reflejaba como uno
de los problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma [...] La necesidad de garantizar adecuados mecanismos de financiación para la conservación y mantenimiento del stock de infraestructuras con el que está dotado nuestro país.


Segundo. Decisión unilateral del ejecutivo.


6. Ante esta decisión del Gobierno han mostrado su disconformidad desde distintos sectores, y todos han coincidido en la falta de diálogo a la hora de adoptar una medida de esta índole. Entre otros, la


14 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/presidencia/Paginas/2021/3 00421-plan recuperacion.aspx [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].


15 https:/ /www.eleconomista.es/ infraestructuras/noticias / 11153350/ 04/ 21/ El-debate-del-pago-por-uso-para-financiar-autopistas.html [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].



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Confederación Española de Transporte de Mercancías ha advertido que esta decisión de imponer peajes en todas las carreteras de alta capacidad españolas puede suponer un perjuicio a las exportaciones españolas, al reducir su competitividad.
Así, afirmaban que 'El transporte por carretera ya contribuye a las arcas del Estado con más de 11.000 millones de euros anuales procedentes del pago del impuesto especial de hidrocarburos. La implantación de nuevos peajes tendría efectos negativos
inmediatos en la competitividad de toda la economía española, encareciendo el precio de nuestros productos, dificultando su exportación como consecuencia de nuestra situación periférica y lastrando la producción y el consumo' 16.


7. Desde la Organización Empresarial de Logística y Transporte de España se ha manifestado que no se puede imponer pagar dos veces por lo mismo, primero con impuestos y después con peajes, al tiempo que aseveraban que 'aumentar la
recaudación a base de propuestas como esta, que supondrá un importante coste para los profesionales del transporte, es tremendamente inoportuno [...] En una época de crisis como la que atravesamos, lo único que conseguirá el Gobierno será frenar la
competitividad y el crecimiento económico del sector' 17.


8. Asociaciones del sector en comunidades autónomas en las que el transporte por carreteras también tiene un gran impacto económico han mostrado su malestar ante esta propuesta. Por ejemplo, la Asociación de Empresarios del Transporte de
Asturias señalaba que no solo no se había tenido en cuenta por el Gobierno las propuestas realizadas por ellos durante la pandemia, sino que ahora se pretende implantar un sistema de pago en todas las carreteras cuando '11.000 millones en fiscalidad
a las arcas del estado, nos parece suficiente para el mantenimiento del estado de las vías que, por cierto, últimamente es alarmante' 18.


9. Aunque, como se adelantaba, no solo sería el sector del transporte el que se verá afectado por esta medida, sino que también los particulares se verán perjudicados. Así, el Real Automóvil Club de España ha afirmado que implantar este
sistema de pago 'volvería a cargar de problemas las espaldas y bolsillos de los conductores y, sobre todo, los pondría en serio peligro al obligar a muchos de ellos a buscar vías alternativas y mucho más peligrosas' 19.


10. Igualmente, se ha empezado a calcular las implicaciones que puede tener establecer nuevos mecanismos de pago en carreteras de alta intensidad. Por ejemplo, el tramo Madrid-Valencia se calcula que podría alcanzar los 14 euros 20, y en
Zamora se estima que los 75 kilómetros que separan Zamora de Benavente por la A-66 tendrían un precio de 6,75 euros. En el caso del viaje a Salamanca, por la misma vía, el importe a pagar ascendería a 5,94 euros; y para llegar hasta Valladolid
habría que abonar 8,37 euros 21. La consecuencia ha sido que se haya iniciado una recogida de firmas virtual contra el peaje en las autovías de Zamora, que ha pasado de 15.000 a 35.000 apoyos en solo unas horas 22.


11. En conclusión, debido al significativo esfuerzo fiscal que hacen los españoles los impuestos que ya se abonan en nuestro país, a la pésima situación económica que está viviendo el sector del transporte y particulares como consecuencia
de la pandemia por la COVID-19 y las implicaciones que puede traer esta medida para la seguridad vial, el Gobierno debe retirar la propuesta de implantar un sistema de pago general en todas las carreteras de alta capacidad españolas.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a retirar la propuesta realizada ante la Comisión Europea de creación de un sistema de pago en todas las carreteras de alta capacidad españolas y, en


16 https://www.transportealdia.es/cetrn-alerta-nuevos-peajes-uso-autovias-afectara-competitividad-sector-transporte/[fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].


17 https://www.transporte3.com/noticia/16562/1a-implantacion-de-peajes-supondra-el-cierre¬de-muchas-empresas-de-transporte [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].


18 https://www.lavozdeasturias. es / noticia/ asturias / 2021/ 04/ 20/ transporte-rebela-ante-peajes-ministr o-sector-importa-pito / 00031618936453461345588.htm [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].


19 https: / / www. toptruck.es / noticia/ puede-ser-un-peligro-para-la-seguridad-vial-el-pago-por¬uso-de-autopistas-y-autovias [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].


20 https: / / www.marca.com/ coches-y-motos / industria / 2021 / 05/ 05/ 6092eb7f46163fe3a18b460d.html


21 https: / / www.laopiniondezamora.es/ zamora-ciudad/ 2021/ 04/ 28/ zamora-salamanca-seis¬euros-viaje-49818517.html [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].


22 https: / / www.laopiniondezamora.es/zamora-ciudad/ 2021/ 05/ 05/ conductores-claman-peaje-autovias-zamora-51312145.html [fecha de consulta: 6 de mayo de 2021].



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todo caso, a abstenerse de implantar un mecanismo de ingresos de esta índole en futuras normas jurídicas'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Patricia Rueda Perelló, Francisco José Alcaraz Martos, Patricia de las Heras Fernández, José María Figaredo Álvarez-Sala, Cristina Alicia Esteban Calonje, Rubén Darío Vega Arias,
Juan Carlos Segura Just, Pedro Requejo Novoa, Julio Utrilla Cano, Luis Gestoso de Miguel, Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez y Víctor Manuel Sánchez del Real, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


162/000675


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Mireia Borrás Pabón, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén
Darío Vega Arias, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y don Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al fomento de las infraestructuras de nuevas tecnologías basadas en el hidrógeno a través de los puertos españoles, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Previo.


1. El hidrógeno como combustible en todas sus modalidades se ha constituido como una pieza clave para conseguir cumplir con las mejoras prácticas ambientales y con las exigencias en esta materia de la Unión Europea. El mercado del
hidrógeno tiene una alta probabilidad de cambiar radicalmente en los próximos años, puesto que este vector energético se está situando como la opción más viable para descarbonizar la economía.


2. Según las estimaciones de la consultora IHS Markit, la cartera de proyectos de fábricas de hidrógeno verde a desarrollar superará en el año 2030 los 23.000 MW de capacidad, 280 veces superior a la actual, cifrada en 82 MW 23. Asimismo,
según el informe '2050: The Hydrogen Possibility' de la empresa Wood Mackenzie, el hidrógeno verde desempeñará un rol importante en el mix energético. Así, se detalla que para 2050 el hidrógeno bajo en carbono constituirá el 7% de la demanda
mundial de energía final y que la demanda de hidrógeno bajo en carbono se incrementará en 2050 a 211 Mt desde prácticamente cero en la actualidad 24.


3. Son numerosos los proyectos iniciados a lo largo del mundo vinculados con la utilización de este vector energético. La carrera entre los distintos países para situarse como referentes en esta materia ha comenzado.


4. Es vital comprender que España no puede quedarse atrás, sino que debe crear un ecosistema favorable a la investigación y uso de esta tecnología, fomentando economías de escala y usando sus ventajas competitivas. El objetivo no debe ser
otro que convertirse cuanto antes en uno de los líderes mundiales en la producción de hidrógeno renovable. Para ello, uno de los caminos que se propone y que se desarrolla en esta Proposición no de Ley es la implantación de las tecnologías de
hidrógeno en el sector marítimo, en los puertos y en los buques, tanto para su almacenamiento y distribución como para su utilización como combustible.


Primero. El hidrógeno.


5. El hidrógeno es el elemento químico más ligero que existe, siendo estable en forma de molécula diatómica (H2). En condiciones normales de presión y temperatura se encuentra en estado gaseoso y es incoloro, inodoro e insípido. Es el
elemento más abundante de la Tierra, constituyendo el 75% de la


23 https:/ / www.energias-renovables.com/ hidrogeno / la-industria-del-hidrogeno-va-a-necesitar-20201204/ pagpos/ 2/


24 https: / / www.woodmac.com/ our-expertise/ focos / transition/ 2050-the-hydrogen-possibility/ #:-:text=By % 202050 %2C % 20low % 2Dcarbon% 20hydrogen,uses % 20of % 20fossil% 2D based % 20hydrogen.



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materia del Universo, si bien combinado con otros elementos como el oxígeno (con el que forma moléculas de agua -H2O-) o el carbono, con el que conforma compuestos orgánicos. En consecuencia, no es un combustible que pueda obtenerse
directamente de la naturaleza, sino que es un vector energético y se tiene que extraer y producir 25.


6. El hidrógeno puede producirse a través de diferentes métodos. A continuación se destacan los principales:


- Reformado de hidrocarburos: el proceso más empleado es el reformado con vapor de gas natural y consiste en un proceso termoquímico que exige altas temperaturas. En una primera fase, al calentar el gas se obtiene una mezcla de hidrógeno y
monóxido de carbono. En la segunda reacción, el monóxido de carbono se combina con vapor, produciendo dióxido de carbono e hidrógeno.


- Electrólisis del agua: es un proceso electroquímico donde se disocia la molécula del agua en sus dos componentes, hidrógeno y oxígeno. Existen diversos sistemas, siendo la electrólisis alcalina el sistema más empleado, en tanto que se
pueden llegar a alcanzar eficiencias del 80%.


- Gasificación del carbón: consiste en transformar el carbón sólido en un combustible gaseoso a través de un proceso de oxidación parcial del que se obtiene, principalmente, CO2 y H2.


- Termólisis: mediante la descomposición de agua por procesos térmicos.


- Producción bioquímica: a través de procesos biológicos a partir de enzimas presentes en algunos microorganismos.


- Fotocatálisis y fotoelectrólisis: consiste en la disociación del agua mediante radiación solar utilizando fotocatalizadores químicos 26.


7. Los tipos de hidrógeno pueden ser clasificados en función de su forma de obtención y la huella de carbono que cada uno genera:


- Hidrógeno gris, también denominado negro o marrón: se extrae de combustibles no renovables, como el petróleo o el carbón. Cada tonelada de producción y obtención de hidrógeno emite entre 10 y 19 kg de CO2. Por tanto, es el tipo de
hidrógeno que genera una mayor huella de carbono.


- Hidrógeno azul: tiene su origen en el gas natural. Si se evita que se libere dióxido de carbono a la superficie se contribuye a la protección del medio ambiente, pero se incurre en muy elevados costes económicos.


- Hidrógeno verde: se produce vía electrólisis del agua utilizando fuentes renovables y limpias. No genera emisiones.


8. Actualmente, un 96% de la producción se realiza con combustibles fósiles (de este porcentaje, el 50% con gas natural y el 50% con petróleo y carbón). No obstante, el hidrógeno verde está ganando posiciones en su utilización como
alternativa energética. Ello es debido tanto a su nula huella de carbono como a las siguientes ventajas:


- Existe una amplia disponibilidad de este recurso natural.


- Se puede emplear como combustible de forma directa y como vector energético para almacenamiento de energía.


- No es tóxico.


- A diferencia de otras energías, puede almacenarse tanto en estado líquido como gaseoso y distribuirse a través de gasoductos.


- Extensa autonomía tras el repostaje. Similar al combustible tradicional.


9. Entre sus desventajas se encuentra el elevado coste de producción. En este sentido, actualmente ni el hidrógeno renovable ni el hidrógeno a partir de combustibles fósiles con bajas emisiones de carbono son competitivos en términos de
costes en comparación con el hidrógeno a partir de combustibles fósiles. Como se indica desde la Comisión Europea:


'Los costes estimados del hidrógeno a partir de combustibles fósiles, que dependen mucho de los precios del gas natural, y sin tener en cuenta el coste de las emisiones de CO2, se sitúan en torno a 1,5 EUR/kg para la UE. Los costes
estimados del hidrógeno a partir de combustibles fósiles con captura


25 https://www.cnh2.es/el-hidrogeno/ [fecha de consulta: 3 de febrero de 2021]


26 https:/ /www.ariema.com/produccion-de-h2 [fecha de consulta: 3 de febrero de 2021].



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y almacenamiento de carbono son de unos 2 EUR/kg, y los del hidrógeno renovable de entre 2,5 y 5,5 EUR/kg. Hoy en día, se necesitarían precios de entre 55 y 90 EUR por tonelada de CO2 para que el hidrógeno a partir de combustibles fósiles
con captura de carbono fuera competitivo con respecto al hidrógeno a partir de combustibles fósiles' 27.


10. Sin embargo, estos costes están descendiendo de forma rápida gracias a las economías de escala y a la curva de aprendizaje. La Comisión Europea informa de que en los últimos años los costes de los electrolizadores han bajado un 60%,
con previsión de reducirse a la mitad en 2030 28. Ello haría competitivo al hidrógeno verde con respecto al producido a partir de gas natural y con captura de CO2.


Segundo. La promoción del hidrógeno como alternativa energética en el contexto de la Unión Europea.


11. La Comisión Europea presentó el 11 de diciembre de 2019 el Pacto Verde Europeo (European Green Deal) 29 (el 'Pacto') como 'una nueva estrategia de crecimiento destinada a transformar la UE en una sociedad equitativa y próspera, con una
economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que no habrá emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y el crecimiento económico estará disociado del uso de los recursos'. Asimismo, se explicita su carácter
de 'parte integrante de esta estrategia de la Comisión para aplicar la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas'.


12. El Pacto tiene como objetivo que la Unión Europea ('UE') consiga la neutralidad climática en el año 2050. Para ello, fija unos objetivos intermedios de reducción en 2030 del 55% con respecto a los niveles del año 1990, de las emisiones
netas de gases de efecto invernadero (GEI). Entre estos gases se encuentran el dióxido de carbono (CO2), el metano (CH4), el óxido nitroso (N2O) o los compuestos halogenados, entre otros 30.


13. El Pacto Verde recoge como objetivo 'impulsar el despliegue de tecnologías e infraestructuras innovadoras, como las redes inteligentes, las redes de hidrógeno, la captura, el almacenamiento y el uso de carbono, y el almacenamiento de
energía, al tiempo que se facilita la integración sectorial' (punto 2.1.2 in fine), citándose expresamente al hidrógeno limpio como 'área prioritaria' (punto 2.1.3).


14. En el marco del Pacto, la Comisión Europea presentó el 8 de julio de 2020 la comunicación 'Una estrategia del hidrógeno para una Europa climáticamente neutra (EU Hydrogen Strategy)' (la 'Estrategia'). En esta se reconoce que el
hidrógeno 'es objeto de una atención renovada y rápidamente creciente en Europa y en todo el mundo', se destaca su importancia para la descarbonización de la economía y se plantea una estrategia de implantación gradual. En esta estrategia se
establecen tres fases de desarrollo de la economía del hidrógeno 31:


- La primera (2020-2024), cuyo objetivo es descarbonizar la producción de hidrógeno existente para usos actuales, como el sector químico, y comenzar a utilizarla para nuevas aplicaciones.


- La segunda fase (2025-2030) tiene por finalidad 'que el hidrógeno renovable pase a ser gradualmente competitivo con respecto a otras formas de producción de hidrógeno, pero se necesitarán políticas específicas de demanda para que la
demanda industrial incluya gradualmente nuevas aplicaciones, incluida la fabricación de acero, los camiones, el ferrocarril y algunas aplicaciones de transporte marítimo, y otros modos de transporte' .


- La tercera fase (2030-2050) busca alcanzar la madurez en las tecnologías de hidrógeno y desplegarlas a gran escala, llegando a sectores de más difícil descarbonización en los que otras alternativas no serían viables o cuyos costes serían
demasiado altos.


15. Por tanto, se fija como fundamental para el desarrollo de esta tecnología el establecimiento de una red de infraestructuras de hidrógeno y su implantación en el sector del transporte.


16. Por otro lado, en el Pacto Verde Europeo se informa de que entre 1990 y 2018 se redujeron las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de los miembros de la UE en un 23%, con un crecimiento económico del 61%. Así, la propia
Comisión Europea destaca que esta implementación de las tecnologías


27 https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ganda 20 1257 [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


28 Idem


29 https:/ / eur-lex.europa.eu/ legal-content/ ES/ TXT/ ?uri=CELEX%3A52019DC0640


30 Ibid., pág. 5.


31 https:/ /ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/qanda 20 1257 [fecha de consulta: 19 de enero de 2021] y https://www.miteco.gob.es/ images/ es/ hojarutadelhidrogeno tcm30- 513830.pdf [fecha de consulta: 19 de enero de 2021],
págs. 7 y 8.



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de hidrógeno es un motor para el crecimiento económico y la creación de empleo y estima que las cadenas de valor de hidrógeno podrían generar hasta un millón de puestos de trabajo, directos e indirectos 32.


17. Por su parte, en materia de financiación el Pacto indica también que se utilizarán los recursos del programa Horizonte Europa a fin de apoyar las actividades de investigación e innovación que sean necesarias, reflejando la importancia
de estos esfuerzos en materia de transporte en relación con las baterías o el hidrógeno limpio, entre otros 33.


18. Adicionalmente al programa Horizonte Europa, existen o se encuentran en proceso de negociación o de implantación otros mecanismos financieros dirigidos a apoyar los proyectos de hidrógeno renovable, algunos de los cuales son:


- Innovation Fund: destinado a proyectos de tecnologías innovadoras bajas en carbono.


- InvestEU.


- Fondo de Transición Justa (FTJ).


- Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE).


- Next Generation EU: los recursos extraordinarios del Instrumento Europeo de Recuperación apoyarán proyectos relacionados con el hidrógeno renovable, en tanto que sus objetivos citan la 'transición ecológica' y la inversión en cadenas de
valor 34 y que aportan financiación adicional a fondos ya existentes como el referido FTJ.


Tercero. El hidrógeno en el marco nacional.


19. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) aprobó en octubre de 2020 la Hoja de Ruta del Hidrógeno (la 'Hoja de Ruta') 35, con el fin de identificar las oportunidades con respecto a este tipo de energía y
los objetivos a alcanzar, así como las medidas necesarias para conseguirlo.


20. De acuerdo con la Hoja de Ruta, en España se consumen anualmente 500.000 toneladas de hidrógeno, que se usan en un 70% como materia prima en refinerías, en un 25% en fabricantes de productos químicos y el 5% restante en diferentes
sectores como el metalúrgico 36.


21. La importancia de la implantación del hidrógeno como vector energético no solo afecta a la industria, sino que también juega un papel fundamental en el sector del transporte. Así, en lo relativo a movilidad, se prevé para 2030 una
flota de al menos 150 autobuses de pila de combustible de hidrógeno renovable, un parque de al menos 5.000 vehículos ligeros y pesados de pila de combustible de hidrógeno y dos líneas de trenes comerciales de media y larga distancia propulsadas con
hidrógeno renovable 37.


22. En concreto, en lo que a la aplicación del hidrógeno renovable en el transporte marítimo se refiere, se afirma que no abarca 'solo la utilización de pilas de combustible en embarcaciones, sino también en la maquinaria empleada en los
puertos y terminales de carga'. Para su implantación, en la Hoja de Ruta se proponen las siguientes medidas (págs. 31 y 32):


- 'Medida 20: Crear reglas que clarifiquen y simplifiquen el proceso de homologación y/o certificación de buques con pilas de combustible y cámaras de combustión de hidrógeno para uso marítimo, y unificar las mismas con las normativas
europeas en la materia.


- Medida 21: Determinar medidas para el desarrollo de una infraestructura nacional portuaria de repostaje de hidrógeno. Una de ellas, será incluir su financiación dentro de los futuros Planes MOVES, o similares.


- Medida 22: Establecer acciones para promover y fomentar el uso de nuevas tecnologías cero emisiones en las costas y puertos nacionales. Un posible instrumento es el establecimiento -por parte de las Autoridades Portuarias del Sistema
Portuario de titularidad estatal- de requisitos ambientales en los pliegos reguladores de servicios y títulos de concesiones o autorizaciones para las naves, flota de vehículos, maquinaria y equipos que operan en el dominio público portuario.


- Medida 23: Destinar ayudas de la SGIPYME al sector naval para el impulso de la utilización de la tecnología del hidrógeno en la construcción de buques en nuestro país, en proyectos de I+D+i con la


32 https:// ec.europa.eu/commission/ presscorner/ detall/es/ qanda 20 1257


33 El Pacto Verde Europeo, pág. 21.


34 Hoja de Ruta del Hidrógeno, págs. 49 a 53.


35 https:/ /www.miteco.gob.es/images/es/hojarutadelhidrogeno tcm30-513830.pdf, págs. 8 y 9.


36 Hoja de Ruta del Hidrógeno, pág.11.


37 Ibíd., pág.43.



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participación de los astilleros. En España ha participado en la construcción de buques diseñados para el uso del hidrógeno como combustible en Astilleros Gondan (Asturias) para el armador noruego Østensjo Rederi' .


23. Asimismo, se fija como objetivo para el ario 2030 (pág. 45) la 'introducción de maquinaria de handling que utilice pilas de combustible de hidrógeno renovable y de puntos de suministro en los cinco primeros puertos y aeropuertos en
volumen de mercancías y pasajeros respectivamente'.


Cuarto. Implantación de las tecnologías de hidrógeno en los puertos y el transporte marítimo.


24. En el contexto expuesto anteriormente, los puertos españoles y el transporte marítimo juegan un papel fundamental como importantes elementos de cambio para el establecimiento de infraestructuras basadas en el hidrógeno.


25. En esta línea, la Organización Marítima Internacional (OMI) estableció en 2018 la Estrategia Inicial que busca reducir las emisiones de CO2 debidas al transporte marítimo en un 40% para 2030 comparado con los niveles de 2008, el 70%
para 2050 y disminuir las emisiones de GEI en, al menos, un 50% para 2050 38.


26. Así, en el ámbito internacional, ya hay países que han puesto en marcha distintas iniciativas en sus puertos, entre los que destacan los siguientes:


- Países Bajos. La Autoridad Portuaria de Rotterdam ha acordado una iniciativa por la que se construirá una planta de hidrógeno en el puerto y se desarrollarán camiones de hidrógeno, lo que le permitirá producir, importar, emplear y
transferir este gas a través de una tubería que se conectará a la red nacional 39. Este proyecto ha supuesto que el puerto de Rotterdam se convierta en el primer puerto miembro del Consejo del Hidrógeno 40.


- Australia. El país austral pretende erigirse en referente mundial en el establecimiento de una industria de liberación de hidrógeno y ya habría suscritos acuerdos de exportación con Japón, Corea del Sur, Singapur e, incluso, Alemania 41.
De ahí, que la empresa Global Energy Ventures vea a Australia como líder mundial en el establecimiento de una industria de hidrógeno y haya iniciado el desarrollo de un barco de hidrógeno comprimido capaz de transportar 2.000 toneladas de este
elemento desde los centros de hidrógeno verde en el norte del país 42.


- Dinamarca y Noruega. Estos países nórdicos desarrollan un proyecto conjunto para poner en funcionamiento un ferry movido por hidrógeno verde con capacidad para transportar aproximadamente 400 vehículos 43.


- Arabia Saudí. Este país, uno de los mayores productores mundiales de petróleo, quiere convertirse en un referente en la exportación de hidrógeno verde mediante la inversión de 5.000 millones de dólares en una instalación que permitiría
generar hidrógeno a partir de energía solar 44.


- Alemania. En el Puerto de Hamburgo ha desplegado un remolcador propulsado gracias a una pila de combustible y batería de hidrógeno 45.


38 https://www.imo.org/ es/ MediaCentre/ HotTopics/ Paginas/ Reducing-greenhouse-gas-emissions-from-ships.aspx [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


39 http://innovacion.portsdebalears.com/ proyecto/ el-hidrogeno-en-el-puerto-de-rotterdam-es¬ya-una-realidad/ [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


40 https: / / ibemar.net/ el-puerto-de-rotterdam-es-el-primer-puerto-en-convertirse-en-miembro¬del-consejo-del-hidrogeno/ [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


41 https://portalportuario.c1/ global-energy-ventures-presenta-barco-de-hidrogeno-c omprimid o-para-transportar-energia-limpia/ [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


42 https://elperio dic o delaenergia.com / gev-des arrollara-un-barco-de-hidrogeno-comprimido-para-exportar-el-h2-verde-de-australia-a-los-mercados-asiaticos/ [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


43 https://www.xataka.com/vehiculos/ dinamarca-noruega-quieren-que-ferry-hidrogeno-sus-capitales-seria-mayor-mundo [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


44 https://magnet. xataka .com / en-diez-minutos / arabia-saudi-tiene-claro-cual-petroleo-futuro-hidrogeno-tambien-quiere-dominarlo [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


45 https://innovacion. apba. es / hidrogeno-el-combustible-de-la-europa-s ostenible-llega-a-los-puertos/ [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]



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27. En España, existen tímidos intentos de desarrollo de instalaciones de hidrógeno en puertos. Han de destacarse los siguientes:


- Valencia. Se trata de una iniciativa piloto para que el hidrógeno 'sostenible' se incorpore a las operaciones logísticas portuarias. Esta iniciativa ha sido financiada por la Fuel Cells and Hydrogen Joint Undertaking (FCHJU) y en ella
participan la Autoridad Portuaria de Valencia, la Fundación Valenciaport, el Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de Hidrógeno y Pilas de Combustible (CNH2) 46 y empresas privadas 47. La idea inicial es testear tres pilotos 48:


(i) Una reach stacker de carga/descarga y transporte de contenedores, alimentada con hidrógeno;


(ii) una cabeza tractora de terminal para operaciones ro-ro, propulsada por pilas de hidrógeno; y


(iii) una estación móvil de suministro de hidrógeno que proporcionará el combustible necesario para garantizar los ciclos de trabajo continuos de los equipos antes mencionados y que en la fase inicial del proyecto trabajará en las terminales
de Grimaldi (Valencia Terminal Europa) y de MSC del Puerto de Valencia.


- Palma de Mallorca. El proyecto Green Hysland, en el puerto, tiene como objetivo la producción industrial de hidrógeno renovable en esta isla para, entre otros fines, la generación de energía eléctrica en este puerto 49.


- Tenerife. El proyecto OPS MASTERPLAN, de Puertos del Estado, ha desarrollado una colaboración con el proyecto EverywH2ere a fin de implementar, en colaboración con la Autoridad Portuaria de Tenerife, un piloto de suministro eléctrico a
buques atracados mediante energía renovable generada a partir de hidrógeno 50.


28. A pesar de estas iniciativas, aún existen puertos tan estratégicos como el de Algeciras (el de mayor tráfico de toneladas en el 2019 en España) en los que no se ha progresado en el desarrollo de tecnologías basadas en hidrógeno.


29. La creación de grandes infraestructuras para el transporte de hidrógeno y el importante papel de los puertos en su distribución también se ha visto reflejado en el proyecto 'European Hydrogen Backbone' elaborado en julio de 2020 por
once empresas gasistas pertenecientes a países de la Unión Europea. En este informe se proponía la creación de una infraestructura para el transporte de hidrógeno de aproximadamente 23.000 kilómetros, a través de gasoductos, a lo largo de Europa.
En esta tendrían un papel clave ciudades con puertos importantes como Barcelona, Valencia, Bilbao, La Coruña, Huelva o Gijón 51.


[**********página con cuadro**********]


Ilustración 1. Infraestructura de hidrógeno en España planteada en el informe 'European Hydrogen Backbone'.


46 El Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de Hidrógeno y Pilas de Combustible (CNH2) es un centro de investigación de ámbito nacional, orientado a impulsar la investigación científica y tecnológica de las tecnologías del
hidrógeno y pilas de combustible, estando al servicio de toda la comunidad científica, tecnológica e industrial. Fue creado en 2007 como un Consorcio Público entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, con una participación del 50% cada uno. Su sede se encuentra en Puertollano (Ciudad Real).


47 Hoja de Ruta del Hidrógeno, págs. 21, 22 y 55.


48 https://www.cnh2.es/ 2019/ 02/ 06/ el-proyecto-h2ports-arranca-en-valencia/ [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021]


49 Ibíd., pág. 57.


50 http:/ / www.puertos.es/ es-es/Paginas/Noticias/ OPSTenerife17092020.aspx [fecha de consulta: 3 de marzo de 2021].


51 'European Hydrogen Backbone', pág. 8.



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30. Por los motivos expuestos, el despliegue a gran escala de infraestructuras y tecnologías basadas en el hidrógeno es clave para alcanzar los objetivos de descarbonización sin mermar nuestros tejidos productivos y sin perjudicar a
nuestros ciudadanos.


31. La prioridad estratégica debe consistir en desarrollar el hidrógeno renovable producido utilizando principalmente energía eólica y solar. En cambio, a corto y medio plazo se deben explorar otras formas de hidrógeno para reducir con
celeridad las emisiones y apoyar el desarrollo de un mercado viable.


32. En definitiva, España debe ser competitiva en todos y cada uno de los sectores industriales y productivos. Se debe incidir en la importancia de desarrollar las cadenas de valor de la economía del hidrógeno para reindustrializar el
país, situarlo como un referente en el ámbito tecnológico y en la generación de energía renovable, al tiempo que se reduce la dependencia energética del exterior y se genera empleo. En definitiva, la función del Gobierno debe ser crear un
ecosistema favorable para el fomento de proyectos que contribuyan a posicionar a España como el hub del hidrógeno en el sur de Europa.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer un plan coordinado de desarrollo y potenciación de las nuevas tecnologías basadas en el uso del hidrógeno en el sector marítimo y portuario español y, a tal efecto, a adoptar
medidas con los siguientes objetivos:


- Promover e impulsar la adecuación y modernización de los puertos nacionales para la implantación en ellos de infraestructuras de hidrógeno, a fin de crear una economía de hidrógeno para su producción, uso, transferencia y potencial
exportación.


- Apostar de manera activa por la implantación del hidrógeno en las operaciones portuarias y en la maquinaria desplegada en los puertos, utilizando decididamente las fuentes de financiación puestas a disposición de nuestro país por la Unión
Europea y, en particular, los fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU).


- Fomentar el diálogo y coordinación entre los agentes implicados en la implantación de las tecnologías de hidrógeno en los puertos (como son Puertos del Estado, Autoridades Portuarias, empresas privadas o asociaciones del sector del
transporte, entre otros) para establecer un marco adecuado y eficiente de colaboración público-privada en esta materia y de coordinación de proyectos conjuntos en todo el territorio nacional.


- Promover negociaciones y fomentar alianzas con los sectores públicos y privados de países vecinos y terceros tanto con la finalidad de realizar proyectos comunes de impulso de las tecnologías de hidrógeno sostenible como al objeto de
alcanzar acuerdos comerciales en relación con potenciales exportaciones de energía basada en esta tecnología.


- Promover el incremento de los medios técnicos y personales de las Administraciones Públicas para la búsqueda, evaluación y, en su caso, ejecución de inversiones públicas en proyectos de construcción y desarrollo de nuevos buques que
utilicen el hidrógeno como combustible, de maquinaria de handling que utilice pilas de combustible de hidrógeno renovable y de puntos de suministro en los cinco primeros puertos en volumen de mercancías y pasajeros respectivamente.


- Diseñar y ejecutar un marco legal para el establecimiento de planes de formación intensivos en tecnología del hidrógeno aplicada a la materia portuaria para asentar este modelo como un motor económico de futuro en España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Patricia Rueda Perelló, Patricia de las Heras Fernández, Mireia Borrás Pabón, Cristina Alicia Esteban Calonje, José María Figaredo Álvarez-Sala,
Rubén Darío Vega Arias, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y Tomás Fernández Ríos, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas parar garantizar el acceso a la vivienda de las personas
jóvenes, para su debate ante el Pleno.


Exposición de motivos


El pasado mes de abril el Banco de España publicó un estudio sobre la Crisis del COVID-19 y su impacto sobre las condiciones económicas de las generaciones jóvenes. Según las conclusiones del informe, las personas jóvenes de nuestro país se
enfrentan a diferentes problemas derivados de la crisis provocada por la COVID-19 en materia educativa, en lo relativo a sus condiciones laborales y al impacto económico que tendrá la transición medioambiental.


En lo que respecta al acceso de los jóvenes a una vivienda, el estudio destaca que la proporción de personas que poseen una vivienda residencial a los 30 años ha disminuido para aquellos ciudadanos que nacieron a partir del año 1980. En
concreto, el 7 % de los nacidos en 1988 poseía su vivienda principal a los 29 años; entre los nacidos en 1976, ese porcentaje era del 26 %.


Entre las causas de esta problemática se encuentra la precariedad laboral que afecta a este colectivo y el endurecimiento en la concesión de créditos hipotecarios tras la crisis financiera que se inició en el año 2008. La conjunción de
ambos fenómenos ha provocado, según los datos del mencionado informe, que entre los años 2014 y 2017, el porcentaje de hogares con un cabeza de familia menor de 35 años que vivían en alquiler subiera en más de 12 puntos, hasta alcanzar el 43 %. A
su vez, los precios de alquiler en los últimos años han absorbido un elevado porcentaje de los ingresos de las personas en este grupo de edad.


La crisis provocada por la COVID-19 tendrá consecuencias económicas que dificultaran aún más el acceso a la vivienda debido a la destrucción de empleo juvenil que hemos experimentado y a la reducción de los salarios de las personas ocupadas
de menor edad. Según los últimos datos de los que disponemos, España es líder de la Unión Europea en desempleo juvenil con un 37,7 %. Asimismo, según el estudio Perdidos en la recesión: el empleo y los ingresos de los jóvenes en España, un
'trabajador que entrase en el mercado laboral al final de la Gran Recesión en 2013 tendría un salario diario un 7,2 % inferior al de uno similar que entrase en 2007'.


El contexto económico y social obliga al Gobierno de la Nación, en colaboración con las comunidades autónomas, a reorientar las políticas públicas de vivienda impulsadas hasta la fecha a través del Plan Estatal de Vivienda. En particular,
se presenta como prioritario impulsar políticas públicas dirigidas a aumentar el número de viviendas públicas de alquiler, priorizando la construcción de este tipo inmuebles frente aquellos destinados a la venta, y desarrollando mecanismos de
colaboración público-privada que doten a los arrendadores de garantías de cobro, entre otros beneficios, a cambio de alquileres asequibles para aquellos ciudadanos que encuentran mayores dificultades para acceder a una vivienda.


En la actualidad, el actual Plan Estatal de Vivienda no presenta medidas ambiciosas en este sentido. La disposición contemplada en el programa de Ayuda a los jóvenes se articula a través de transferencias económica a inquilinos con ingresos
reducidos menores de 35 años. La evidencia publicada hasta la fecha afirma que este tipo de políticas acaba provocando un incremento de los precios, por lo que los arrendatarios no se acaban beneficiando a la práctica de las ayudas directas.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Impulsar las siguientes medidas en el marco de la elaboración del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025:


a) Instar a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) a realizar una evaluación de los programas de acceso a la vivienda en régimen de alquiler protegido, como, por ejemplo, el



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Programa de Vivienda Vacía, Bizigune, que tiene como objetivo la captación de pisos desocupados para su puesta en el mercado a través del alquiler protegido.


b) Incluir dentro del programa de fomento del parque de vivienda de alquiler del próximo Plan Estatal de Vivienda los recursos presupuestarios necesarios para que las Comunidades Autónomas impulsen un programa de puesta a disposición de
pisos desocupados en el mercado de alquiler protegido, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación prevista en el apartado anterior.


c) Impulsar, en el marco del Plan Estatal de Vivienda, un programa para que las comunidades autónomas impulsen servicios de intermediación para facilitar la incorporación de viviendas vacías al mercado del arrendamiento a un precio asequible
para las personas arrendatarias, tomando como referencia el Programa de Intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre ASAP.


d) Acordar, en el seno de la Conferencia Sectorial de Vivienda, que un mínimo del 60% de los inmuebles que se inscriban en los programas de captación de pisos desocupados y de intermediación para facilitar el acceso a la vivienda se ponga a
disposición de personas menores de 35 años.


e) Crear un Programa para la Ampliación del Parque Público de Vivienda en Régimen de Alquiler, en colaboración con las Comunidades Autónomas, que tenga como finalidad aumentar el número de viviendas en régimen de protección oficial a través
de la adquisición o concesión del uso de viviendas privadas, principalmente en zonas con precios tensionados o con una elevada incidencia de situaciones de vulnerabilidad en el acceso a la vivienda.


2. Reformular el incentivo previsto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para facilitar el acceso al alquiler a colectivos vulnerables, teniendo en cuenta las características específicas en las áreas metropolitanas.


3. Impulsar una reforma del Real Decreto Legislativo 7/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación para fijar que el 100% de las viviendas que se construyan durante los próximos 30 años y estén sujetas
a régimen de protección pública se destinen a alquiler protegido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Juan Ignacio López-Bas Valero y Sara Giménez Giménez, Diputados.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta
y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al am¬paro de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a impulsar el turismo
conocido como MICE, para que se debata en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Turismo MICE.


1. Como es ampliamente conocido, y con independencia de los efectos que pueda haber tenido la situación de pandemia por la COVID-19, España es un país líder a nivel mundial en el sector turístico. Así, por ejemplo, el 'Spain Convention
Bureau' sitúa a España como la segunda marca turística más reconocida del mundo y como el tercer país del mundo que más turistas recibe al año 52.


2. En España, el propio Gobierno afirma que el turismo, al igual que fue clave para la recuperación de la economía española después de la crisis de 2008, volverá a serlo tras los efectos de la crisis sanitaria por la COVID-19 53. Por
tanto, es evidente la necesidad de procurar y fomentar un turismo de calidad, en general, y de prestar especial atención a los subsectores del turismo.


52 http://scb.es/por-que-espana/espana-lider-en-turismo/ [fecha de consulta: 23 de noviembre de 20201


53 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 (en lo sucesivo, 'PGE 2021'). Presupuesto por programas y memoria de objetivos. Tomo X. Industria, Comercio y Turismo (Sección 20). Descripción general de los objetivos del
sector (pág. 77)



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3. Dentro de este sector encontramos un nicho de turismo muy especializado, que se encontraba en auge antes de la situación de crisis actual: el turismo de reuniones o de negocios, conocido como turismo MICE por sus siglas en inglés
('Meetings, Incentives, Conventions and Exhibitions/Events') (en lo sucesivo, 'actividades MICE' o 'Turismo MICE').


4. Se denomina Turismo MICE a aquél resultado de viajes motivados por la realización de actividades como son la asistencia a reuniones de negocio, congresos, convenciones, viajes de incentivo y cualquier otro evento organizado por motivos
profesionales.


5. El Turismo MICE es una fuente de beneficios para nuestro país, entre otros, se pueden destacar los siguientes:


(i) No solo beneficia directamente a empresarios turísticos, sino que también repercute favorablemente en otros sectores como transportes, hostelería, comercios o actividades de ocio. En general, tiene un gran impacto a nivel económico, de
empleo e inversiones en el lugar de acogida.


(ii) Promueve la imagen de la ciudad o del lugar en el que se celebra el evento, lo que en muchos casos implica que estos turistas vuelvan al mismo lugar, pero ya como un viaje de placer.


(iii) Mitiga la estacionalidad que caracteriza al sector turístico, lo que le da una mayor estabilidad a esta industria vital para nuestro país.


(iv) Se estima que el turista de negocios, con una menor duración de la estancia gasta más que el turista convencional, reportando unos beneficios nada desdeñables.


(v) Por último, pero no menos importante, un aspecto más olvidado por sus efectos menos inmediatos: este tipo de turismo genera beneficios en el ámbito profesional, la transferencia de conocimientos, la generación de inversiones, la
creación y la conservación de empleo, la adquisición de talentos, el progreso técnico y todas las demás esferas que constituyen la razón misma de la existencia de estos actos 54.


6. El estudio de análisis a nivel mundial, elaborado por 'Events Industry Council' en colaboración con Oxford Economics en el año 2018, cifraba en 10.889 millones de euros el impacto del sector en el PIB español, lo que sitúa a nuestro país
en la duodécima posición de la lista de 50 países con mayor impacto en la organización de eventos.


7. Por todo lo anterior, se considera que este sector podría ser clave para la reactivación del turismo nacional. Así, en el primer Foro Franco Español organizado por la Cámara Franco-Española e Ifema, celebrado el pasado 6 de noviembre,
se destacaron las oportunidades que brindan las ferias y los congresos como aceleradores del turismo de negocio y, por tanto, de la economía en los países que acogen estos eventos.


Segundo. Plan de actuación en España.


A) Turismo MICE en las diferentes Comunidades Autónomas y entidades locales de España.


8. Pese al claro liderazgo de España en el sector turístico en general, no ocurre lo mismo con el Turismo MICE. En este caso, somos el cuarto país por detrás de Estados Unidos, Alemania y Francia en cuanto a número de celebración de este
tipo de actividades según la clasificación de la Asociación Internacional de Con-gresos y Convenciones (por sus siglas en inglés 'International Congress and Convention Association', en lo sucesivo, la 'ICCA') de 2019 55, con un total de 578 eventos
celebrados.


9. La ICCA, también en su informe de 2019 sobre el posicionamiento de países y ciudades en cuanto a destinos para la celebración de actividades MICE, situaba a Madrid y a Barcelona en tercera y cuarta posición, respectivamente. Y, no es
hasta el puesto 48 que encontramos otra ciudad española, Valencia.


10. Estos datos reflejan la necesidad que tiene España (i) de continuar fomentando esta actividad en ciudades con el gran potencial de Barcelona y Madrid y (ii) de incrementar la presencia en este segmento turístico en otras regiones.


11. La celebración de eventos en localidades que no son las grandes ciudades es una oportunidad para evitar la despoblación, reactivar economías locales, incentivar la inversión o favorecer la inclusión de colectivos vulnerables en lugares
donde es más difícil la reactivación económica y social.


12. La importancia de fomentar esta actividad en municipios y provincias ha sido reflejada en los PGE 2021, concretamente en la memoria del programa 432A 'Coordinación y promoción del turismo'


54 Aspecto destacado por la Organización Mundial de Turismo en su informe global sobre la industria de reuniones de 2014.


55 ICCA Stadistics Report: 'Country and City Ranking - Public Abstract 2019'.



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(Sección 20) (págs. 305 y 306). No obstante, solo de dedica una partida de 25 miles de euros a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para el Proyecto 'Spain Convention Bureau' (aplicación presupuestaria
20.04.432A.78605).


B) Ausencia de datos fiables respecto al turismo MICE.


13. Es destacable que todos los datos que se poseen de este segmento son imprecisos por dos motivos esenciales: no hay una evaluación oficial y los datos que ofrece la ICCA son derivados de la información enviada por asociaciones
vinculadas y que, por tanto, no tienen en cuenta otros eventos ajenos a ellas.


14. De hecho, es revelador que se afirme en los PGE 2021 que '(e)spaña se sitúa en tercera posición en el ranking de la Asociación Internacional de Congresos y Convenciones-ICCA 2019 (International Congress and Convention Association) con
595 eventos internacionales' 56. Como se evidencia, son datos que no se corresponden con el informe del ICCA analizado previamente, el mismo al que aquí se está haciendo referencia.


15. Esto no hace más que confirmar la necesidad de un organismo oficial que evalúe este sector, como puede ser el Instituto Nacional de Estadística.


C) Turismo MICE en la situación de pandemia por la COVID-19: imagen de España.


16. La situación de pandemia ha supuesto la cancelación de numerosos eventos, teniendo gran repercusión la del World Mobile Congress de Barcelona. Otros muchos eventos han sido pospuestos o suspendidos sine die. Esta situación, que
obviamente ha supuesto un gran perjuicio para el Turismo, ha afectado negativamente a la imagen de España.


17. El objetivo debe ser impulsar el sector y trabajar juntos para atraer la celebración de eventos en España. Para ello, se debe potenciar nuestra imagen como destino mundial del turismo de toda índole a través de mecanismos de
colaboración público-privada y de cooperación entre administraciones públicas.


18. Una buena oportunidad de impulso es favorecer que las administraciones celebren eventos, respetando los protocolos de seguridad sanitaria y mostrando el nivel que tiene España respecto del resto de países.


19. Asimismo, es necesario garantizar la seguridad ante la situación de pandemia por la COVID-19 en la celebración de estos eventos, y remover los obstáculos y restricciones establecidos por diversos países para los viajes a España y entre
zonas del país, dando imagen de seguridad y confianza.


20. Una de las medidas más urgentes, en línea con las recomendaciones europeas 57, debe ser la remoción del resuelvo cuarto, párrafo 3.º, incluido en la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública,
relativo a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.


21. Conforme al referido resuelvo, se exige como única Prueba Diagnóstica de Infección Activa válida para entrar en España la prueba RT-PCR, excluyéndose así otras pruebas diagnósticas tales como pruebas antigénicas rápidas, que han sido
empleadas con éxito en nuestra nación, de manera que en algunas regiones son el 50% de las pruebas diagnósticas.


22. Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar el turismo de negocios conocido como Turismo MICE y, a tal efecto, a llevar a cabo las siguientes medidas:


1. Promover la aprobación de medidas fiscales favorables al llamado turismo MICE.


2. Promover la colaboración público-privada para la celebración de activida-des propias del Turismo MICE.


56 Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2021. Presupuesto por programas y memoria de objetivos. Tomo X. Industria, Comercio y Turismo (Sección 20). Descripción general de los objetivos del sector (pág. 77)


57 Recomendaciones de la Comisión Europea de 18 de noviembre 2020 sobre el uso de pruebas rápidas de antígeno para el diagnóstico de la infección por SARS-CoV-2.



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3. Promover la celebración de eventos MICE por las administraciones públicas con el fin de promocionar una imagen de confianza en España, siempre aplicando los protocolos sanitarios establecidos a tal efecto.


4. Crear campañas de publicidad y ampliar las existentes que ofrezcan una imagen de España atractiva para la celebración de eventos MICE. Se deberá incidir en la variedad de la oferta, adaptabilidad, comunicaciones, infraestructuras,
sostenibilidad y amplitud de servicios relacionados.


5. Propiciar, a través de Turespaña, la redacción de ofertas informativas adaptadas en colaboración con las administraciones locales competentes, buscando impulsar la promoción de las ciudades en todo el territorio español.


6. Promover la realización, a través del INE, de estudios periódicos sobre este tipo de turismo, con el fin de analizar adecuadamente el sector y de adoptar las medidas necesarias para su impulso.


7. Llevar a cabo todas las acciones necesarias para ejecutar, en el marco de la Directiva 2006/112/CE del Consejo de 28 de noviembre de 2006 relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, con el fin de aplicar un tipo
reducido del 4% al IVA turístico, a los servicios de hostelería, al sector del ocio nocturno, al sector MICE y a la entrada a los espectáculos culturales.


8. Modificar la limitación de entrada a España a todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo, recogida en el resuelvo cuarto (párrafo 3.º) de la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública,
relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, de forma que, para entrar en España se consideren como válida no sólo las pruebas PCR, sino las pruebas diagnósticas rápidas de antígenos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y María de la Cabeza Ruiz Solás, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


162/000678


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Víctor Manuel Sánchez del Real, D.ª María Reyes Romero Vilches, don Alberto Asarta Cuevas y D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la revisión y evaluación de los objetivos
pretendidos por la Cooperación Internacional al Desarrollo española, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Desde la puesta en marcha de la Cooperación Internacional al Desarrollo entre los años 50 y 60 de la mano de todo el sistema institucional internacional de posguerra, las cuestiones relativas a la gestión, la implementación y la
eficacia de las ayudas, programas y asistencia técnica en los países en desarrollo ha venido siendo fruto de importantes debates.


Existen dos grandes corrientes en torno a la cuestión de la Cooperación Internacional al Desarrollo ('CID'): la optimista y la pesimista.


- La primera de ellas defiende que, independientemente de las causas de la pobreza, la Cooperación Internacional al Desarrollo es la mejor solución, es el empujón que necesitan las sociedades en cuestión para salir de las trampas de la
pobreza. Para los defensores de esta visión, lo fundamental es aumentar la ayuda, porque esta solucionará los problemas que mantienen pobre al concreto país y este podrá más adelante desarrollarse por sí mismo. Es claro que la responsabilidad para
esta tesis recae en los países desarrollados que, junto con las organizaciones internacionales, son responsables de proporcionar la ayuda necesaria.


- Una visión muy diferente considera que la CID no solo no está ayudando a resolver los problemas que mantienen en la pobreza a los países en desarrollo, sino que además está siendo perjudicial para el mismo desarrollo que pretende. Los
defensores de esta postura señalan que la mayor parte de la CID no es gratis, ya que se da en forma de préstamos a bajo interés que hay que devolver. Además, dicha cooperación tampoco se reparte y se implementa bien: llega demasiado rápido y no se
sostiene en el



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tiempo, o no se coordina bien debido a la idiosincrasia burocrática de las ONG y de los gobiernos receptores. En consecuencia, la cooperación genera una cadena de incentivos perversos que lastraría todo el desarrollo, al introducir a los
Estados beneficiarios en un círculo vicioso: las facilidades para obtenerla disuadirían a sus gobiernos de buscar otras fuentes de ingresos derivadas de un tejido productivo y de la recaudación de impuestos. Además, se construye la estructura
económica de un país en torno al 'complejo de la ayuda', un entramado de intereses en torno a las organizaciones encargadas de esta tarea.


Las líneas de pensamiento críticas con la CID (o con la forma de gestionarla o desarrollarla) van desde las corrientes de pensamiento marxista (que ven en esta una nueva forma de imperialismo económico y abogan por la necesidad de
desconectar a estos países de la economía capitalista) hasta otras de carácter eminentemente liberal, que identifican al Estado y al 'complejo de la ayuda' como los elementos clave que lastran el desarrollo, y abogan por una inversión para la mejora
de los sistemas políticos a fin de establecer sociedades democráticas donde se garanticen las libertades políticas y económicas, que estos pensadores identifican como las claves del desarrollo económico.


Segundo. Frente a estas posturas, una tercera corriente, alejada en buena medida de las asunciones ideológicas que permean las anteriores, considera que 'la mayoría de los expertos de los países ricos mantienen posturas respecto a las
cuestiones relativas a la ayuda al desarrollo o a la pobreza que tienden a estar teñidas por su forma específica de entender el mundo' 58 y que tales formas de ver el mundo no bastan a la hora de proceder. Según esta visión 'la forma más clara de
responder a este tipo de preguntas consiste en imitar los ensayos que se utilizan en medicina para evaluar la efectividad de los nuevos medicamentos' 59, ya que así se parte desde una aproximación más positivista y empirista que cree que la mejor
forma de proceder no es reflexionar sobre las grandes cuestiones, sino estudiar de forma práctica, empírica y cercana las mejores formas de ayudar.


Así, esta teoría manifiesta que 'lo mejor que se puede hacer es comprender en profundidad los problemas específicos que afligen a los pobres e intentar identificar las vías más efectivas para intervenir. No cabe duda de que en algunos casos
lo mejor será no hacer nada, pero esa no puede ser la norma general, como tampoco lo es que gastar dinero siempre funcione. La mejor opción para que algún día se acabe la pobreza se encontrará en el corpus de conocimiento que va creciendo con cada
respuesta específica y en el saber que acompaña a esas respuestas' 60.


Tercero. Debemos analizar las cuestiones relativas a la eficacia, la eficiencia, el control, la fiscalización, la evaluación y las buenas prácticas en materia de CID presentes actualmente en el ordenamiento jurídico del Reino de España.
Por ello, este Expositivo revisará la normativa existente en esta materia.


En primer lugar, cabe destacar la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo ('LCID'), que es la principal norma del sector. En particular, esta ley regula la creación de Planes Directores cuatrienales para
la planificación de la política de cooperación española. Así, a tenor del artículo 8 LCID, este instrumento:


'(...) contendrá las líneas generales y directrices básicas de la política española de cooperación internacional para el desarrollo, señalando los objetivos y prioridades, así como los recursos presupuestarios indicativos que orientarán la
actuación de la cooperación española durante ese período, incorporando los documentos de estrategia relativos a cada sector de la cooperación, zona geográfica y países que sean objeto preferente de la cooperación.'


La LCID, sin embargo, no hace mención detallada a la evaluación y fiscalización de la política pública de cooperación ni de sus proyectos concretos. Así, en el ámbito interno del Gobierno, el artículo 19.4 LCID únicamente dispone lo
siguiente:


'4. La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica evaluará la política de cooperación para el desarrollo, los programas y proyectos financiados con fondos del Estado en curso de ejecución y los finalizados,
desde su concepción y definición hasta sus resultados. La


58 BANERJEE, ABHIJIT V. y DUELO, Esther. (2012) 'Repensar la pobreza: un giro radical en la lucha contra la desigualdad global'. Madrid: Taurus, D.L. p 26.


59 Ibidem, p 25.


60 Ibidem, p 34.



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evaluación tendrá en cuenta la pertinencia de los objetivos y su grado de consecución, así como la eficiencia y eficacia alcanzadas, el impacto logrado y la viabilidad comprobada en los programas y proyectos ya finalizados'.


Por su parte, el artículo 22.3 LCID encomienda al Consejo de Cooperación al Desarrollo la competencia para conocer los resultados de dicha evaluación.


Asimismo, el artículo 15 LCID establece la competencia compartida del Gobierno y del Congreso de los Diputados para el diseño de la política española de cooperación, en los siguientes términos:


'Artículo 15. El Congreso de los Diputados.


1. A las Cortes Generales corresponde establecer cada cuatro años, en la forma y modo que se determine y a propuesta e iniciativa del Gobierno, las líneas generales y directrices básicas de la política española de cooperación internacional
para el desarrollo. A tal efecto, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales, con anterioridad a su aprobación, la propuesta del Plan Director plurianual al que se refiere el artículo 8 para su debate y dictamen.


2. Las Cortes Generales debatirán anualmente, en la forma y modo que se determine y a propuesta e iniciativa del Gobierno, la política española de cooperación internacional para el desarrollo e informarán la Comunicación Anual referente a
la ejecución del Plan Director y el Informe Anual de evaluación, de acuerdo con lo dispuesto en los Reglamentos de las Cámaras.


3. Se constituirá una Comisión Parlamentaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo en el Congreso de los Diputados y en el Senado, de conformidad con lo que dispongan los Reglamentos de las Cámaras. Esta Comisión será informada
por el Gobierno del nivel de ejecución y grado de cumplimiento de los programas, proyectos y acciones comprendidos en el Plan Director y recibirá cuenta de la evaluación de la cooperación, así como de los resultados del ejercicio precedente.'


En segundo lugar, el artículo 25 LCID crea la actual Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo ('AECID'), cuyo Estatuto se regula en el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre ('RD AECID'). Así, el artículo 7.d) RD
AECID manifiesta como uno de los principios básicos de su actuación administrativa el de 'calidad y mejora continua, entendido como el compromiso sistemático con la autoevaluación y la utilización de modelos de excelencia que permitan establecer
áreas de mejora y prestar sus servicios de forma innovadora'. Además, el artículo 46 RD AECID establece los mecanismos de control que deberán aplicarse sobre dicha Agencia.


En tercer lugar, el Real Decreto 794/ 2010, de 16 de junio regula la forma en la que deberá instrumentalizarse la justificación las subvenciones y ayudas en el ámbito de la Cooperación Internacional. Así, el artículo 35.3 dispone lo
siguiente:


'3. En todo caso, la justificación de las subvenciones o ayudas estará integrada por:


a) Una memoria técnica, que especificará con el máximo detalle los objetivos alcanzados, los resultados obtenidos y las actividades realizadas, sobre los que aportará datos relevantes y fuentes de verificación objetivas, se establecerán
loscriterios para la evaluación tanto de los procesos de ejecución como del cumplimiento de los objetivos establecidos.


b) La justificación económica, que comprenderá la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la intervención que se subvenciona, en los términos previstos en este real decreto y en las normas de desarrollo que se dicten
en cada caso' 61.


En cuarto lugar, la Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo, dispone en su artículo 15 las bases para el seguimiento de las
actividades subvencionadas, a saber:


'Artículo 15. Seguimiento de las actividades subvencionadas.


1. Las ONGD adjudicatarias de convenios estarán obligadas a presentar a la Unidad gestora, a través del Departamento de ONGD, en los plazos y según el formato que, a tal efecto, dispongan las


61 https:/ / www.boe.es/ buscar / doc.php?id=B0E-A-2010-10102



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normas de procedimiento, justificación y control de la AECID, y que estará disponible en su Sede Electrónica www.aecid.gob.es:


a) Un informe anual de seguimiento que contendrá la información técnica y económica relevante del período informado.


b) Un documento de planificación con la previsión inicial para el período siguiente.


2. Las ONGD adjudicatarias de proyectos, con plazos de ejecución, incluidas prórrogas, superiores a 18 meses, estarán obligadas a presentar a la Unidad gestora, a través del Departamento de ONGD, un informe anual de seguimiento con la
información técnica y económica relevante del período informado. Dicho informe se presentará en los plazos y según el formato que, a tal efecto, dispongan las normas de procedimiento, justificación y control de la AECID y que estará disponible a
través de su Sede Electrónica www.aecid.gob.es.' 62


En este sentido se expresan a su vez el Real Decreto 597/ 2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, el Real Decreto 1460/ 2009, de 28 de septiembre, sobre organización y
funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, y el V Plan Director de la Cooperación Española 2018-2021.


Cuarto. Tras analizar los artículos expuestos, podemos concluir que en el desarrollo normativo de la cooperación española existe una clara preocupación por la evaluación de las diversas actuaciones de esta. No obstante, tras analizar este
compendio legal también podemos comprobar, por un lado, que no existe una única normativa relativa a dicha evaluación, y por otro, que las disposiciones a este respecto en las diversas normas que rigen la cooperación no guardan coherencia entre sí,
con las consecuentes dificultades y complicaciones que se pueden generar. Además, existe un problema de fondo en la filosofía subyacente a la forma de evaluar, que no es sensible al paradigma práctico desarrollado en el Expositivo Segundo.


Así, uno de los problemas existentes en torno a la cooperación española es la excesiva rigidez de los criterios con base en los cuales se deben acometer las evaluaciones de las distintas actuaciones de dicha cooperación. Así, por ejemplo,
el artículo 7 LCID desarrolla una serie de prioridades para la Cooperación Internacional al Desarrollo:


'Artículo 7. Prioridades sectoriales.


La política española de cooperación internacional para el desarrollo, en su objetivo de luchar contra la pobreza en todas sus manifestaciones, se orientará especialmente a las siguientes prioridades sectoriales:


a) Servicios sociales básicos, con especial incidencia en salud, saneamiento, educación, obtención de la seguridad alimentaria y formación de recursos humanos.


b) Dotación, mejora o ampliación de infraestructuras. Desarrollo de la base productiva y fomento del sector privado.


c) Protección y respeto de los derechos humanos, igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, participación e integración social de la mujer y defensa de los grupos de población más
vulnerables (menores, con especial atención a la erradicación de la explotación laboral infantil, refugiados, desplazados, retornados, indígenas, minorías).


d) Fortalecimiento de las estructuras democráticas y de la sociedad civil y apoyo a las instituciones, especialmente las más próximas al ciudadano.


e) Protección y mejora de la calidad del medio ambiente, conservación racional y utilización renovable y sostenible de la biodiversidad.


f) Cultura, con especial incidencia en la defensa de los aspectos que definan la identidad cultural dirigida al desarrollo endógeno y los que favorezcan la promoción cultural y el libre acceso a equipamientos y servicios culturales de todos
los sectores de la población potencialmente beneficiaria.


g) Desarrollo de la investigación científica y tecnológica y su aplicación a los proyectos de cooperación para el desarrollo.'


62 https: / /www.boe.es/buscar/doc.php?id=B0E-A-2011-17049



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Más claro resulta el artículo 4 RD AECID al enumerar una serie de fines en el mismo sentido:


'Artículo 4. Fines.


La Agencia, como órgano para el fomento, gestión y ejecución de las políticas públicas de cooperación para el desarrollo está especialmente facultada para perseguir los siguientes fines, sin perjuicio de las competencias y actividades
desarrolladas en estas áreas por otros órganos ministeriales y, en su caso, en estrecha coordinación con los mismos:


1. Contribuir a la reducción de la pobreza en los países en desarrollo.


2. Impulsar el desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo, potenciando las propias capacidades de los países socios.


3. Contribuir a la paz, la libertad y la seguridad humana, promoviendo el respeto a los derechos humanos y el desarrollo de los sistemas democráticos.


4. Promover la cohesión social a través del fomento y el impulso de las políticas públicas relacionadas con el buen gobierno en los países en desarrollo.


5. Contribuir al logro de los propósitos de la Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del Milenio aprobados en la Cumbre del Milenio de Naciones Unidas en 2000 y de igual modo, contribuir al logro de objetivos que se acuerden
en futuras Cumbres de Desarrollo de Naciones Unidas asumidos por el Gobierno Español.


6. Potenciar la igualdad de género en los países en desarrollo, a través de actuaciones sectoriales y transversales en los programas y proyectos de cooperación y la promoción de políticas de igualdad.


7. Contribuir a la mejora de la calidad medioambiental en los países en desarrollo a través de actuaciones sectoriales y transversales en los programas y proyectos de cooperación y la promoción de políticas medioambientales.


8. Potenciar la acción humanitaria, abarcando tanto la prevención como la atención en situaciones de emergencia y reconstrucción.


9. Sensibilizar y educar para el desarrollo, tanto en España como en los países socios.


10. Impulsar el papel de la cultura y el conocimiento en el desarrollo, prestando especial atención al fomento del respeto a la diversidad cultural.'


Por otro lado, el V Plan Director establece de manera aún más concreta los objetivos de la Cooperación Internacional al Desarrollo española, al alinear dicha cooperación con la Agenda 2030. Así, en su introducción expone:


'Coincide con la aplicación de la Agenda 2030 como nuevo compromiso y estrategia internacional para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (OD S), por lo que se persigue contribuir a su cumplimiento desde la política española de
cooperación internacional para el desarrollo' y asume 'la progresiva implantación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y otros hitos internacionales, como el Acuerdo de París sobre cambio climático.'


No obstante todo lo anterior, al definir los objetivos de la cooperación española antes de realizar un estudio de las necesidades reales y las áreas de actuación más adecuadas en cada caso, lo que se logra únicamente es definir unos
objetivos ideológicos ajenos y previos a cualquier aplicación efectiva.


Lo anterior tiene una consecuencia directa: esta forma de trabajar, este enfoque, no dará nunca, ni ha dado jamás, los resultados esperados. Ello se evidencia de los resultados de casi 70 años de CID en el ámbito internacional, que no ha
logrado resolver muchos de los problemas que se propuso eliminar.


Los sucesivos planes (a los que ahora se adicionan otros objetivos internacionales como la Agenda 2030, y antes de ella los Objetivos de Desarrollo del Milenio y otros) se han venido sucediendo uno tras otro, sin alcanzar nunca sus propios
objetivos, y mucho menos los que guían legalmente los objetivos de cooperación. Sin embargo, al contrario de lo que pudiera pensarse, estos fracasos no han fomentado la autocrítica y el replanteamiento de la forma de abordar cada cuestión concreta,
sino que han conducido a planes aún más ambiciosos y escasamente realistas, cada vez más deformados por la ideología.


Por tanto, si de verdad se aspira a solventar los problemas mundiales y locales a través de la cooperación, debe plantearse una auténtica revisión de la filosofía práctica detrás de cada actuación y de cada euro desembolsado. De no ser así,
seguiremos contribuyendo a perpetuar de forma crónica los problemas que se pretenden resolver, por mucha buena voluntad que se tenga. Solo una evaluación



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coherente, eficiente, eficaz y consistente a largo plazo, que de verdad impacte en la orientación de los recursos destinados a solventar cada problema, permitirá que la cooperación española obtenga resultados y mejore la vida y garantice
oportunidades al mayor número de personas.


Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a:


1. Implementar un sistema de evaluación completa de la Cooperación Internacional al Desarrollo española que incorpore una filosofía práctica y empírica que analice de forma objetiva los resultados obtenidos.


En particular, que este sistema de evaluación sea externo al entorno de la Cooperación Internacional al Desarrollo, además de ser transparente y ágil, de forma que se eliminen los conflictos de interés y se garantice la imparcialidad en el
análisis y la independencia de los resultados.


2. Proponer qué entidad existente dentro de las actuales competencias y recursos de la Administración del Estado ha de ser la encargada de dicho proyecto de evaluación, sin coste adicional alguno.


3. Establecer que cualquier futura subvención, préstamo o fondo a desembolsar en concepto de Cooperación Internacional al Desarrollo deba anticipar un objetivo o una serie de objetivos concretos perfectamente identificados, de forma que se
analice y estudie la mejor forma de lograrlo y se demuestre a posteriori la ratio de efectividad y el factor multiplicador que han supuesto el coste y recursos empleados.


4. Regular un sistema de comparación y ranking de programas, comunicado de forma pública anualmente, para que se conozca por los ciudadanos españoles los verdaderos resultados de todos los programas de cooperación sostenidos con fondos
públicos.


5. Garantizar que los resultados de ese sistema de evaluación sirvan para que, a futuro, aquellos situados en el percentil más bajo de los proyectos evaluados no puedan repetirse en cuanto a actores o tipo de proyectos, salvo justificación
explicita por causas de fuerza mayor para no haber alcanzado sus objetivos.


6. Suprimir de los objetivos de la Cooperación Internacional al Desarrollo española aquellos con un marcado componente ideológico, de tal forma que se dejen de priorizar los que no contribuyan directamente al desarrollo económico y
produzcan una mejora tangible de los niveles de vida de las poblaciones, comunidades o países receptores de dicha cooperación.


7. Realizar una revisión holística de la normativa sobre evaluación de la Cooperación Internacional al Desarrollo, de tal forma que se establezca un sistema coherente y uniforme en todos los casos y que ayude a simplificar y mejorar estos
procesos'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2021.-Víctor Manuel Sánchez del Real, María Reyes Romero Vilches, Alberto Asarta Cuevas y Cristina Alicia Esteban Calonje, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.


162/000679


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán,D.ª Patricia Rueda Perelló, D. Ricardo Chamorro Delmo, D. José Ramírez del Río, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás,
en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición
no de Ley dirigida a impulsar el turismo taurino, para que se debata en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Historia del mundo taurino y su integración en la cultura española.


1. Las fiestas populares, en sus más diversas manifestaciones, son reflejo de la civilización y la herencia histórica y cultural y, además, se constituyen como recursos turísticos del país. En España, el



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mundo del toro, la tauromaquia y todo lo que engloba se han posicionado como elementos fundamentales de nuestra tradición.


2. La interacción del hombre con el toro bravo dio como resultado la celebración de festejos, encontrando los precedentes más directos en España en las fiestas celebradas en Ávila en 1080 63, aunque existen evidencias de la celebración de
espectáculos relacionados con el toro bravo ya en la Hispania romana.


3. En el siglo XVI se produjo cierta oposición a estas celebraciones con motivo de la Bula 'De Salutis gregis dominici' 64, de San Pío V de 1.567 (suavizada por Gregorio XIII, su sucesor). E, igualmente, a lo largo de la historia se han
producido muchos intentos de prohibir estos festejos, pero no dieron sus frutos debido al apoyo popular a estos eventos 65.


4. De esta manera, la fiesta de los toros fue evolucionando durante la segunda mitad del siglo XVIII con figuras como Joaquín Rodríguez (Costillares), José Delgado (Pepe Hillo) o Pedro Romero. Posteriormente, surgiría la conocida como Edad
de Oro del toreo, protagonizada por José Gómez (El Gallo o Gallito) y Juan Belmonte en la década de 1910. Con la muerte de El Gallo en 1920 66 se daría paso a la Edad de Plata del Toreo, con Ignacio Sánchez Mejías, Domingo Ortega o Francisco Vega
de los Reyes (Gitanillo de Triana).


5. Asimismo, muchas corrientes artísticas se han inspirado en los toros y todo lo que rodea a la fiesta. La corriente del Romanticismo supo ver lo trágico de la Fiesta y lo incorporó a sus expresiones artísticas. Las generaciones del 98,
del 14 y del 27 tienen numerosísimas obras relacionadas con el mundo del toro. Algunos ejemplos de artistas que se han visto muy influidos serían Beniliure, Alberti, Ortega y Gasset, Lorca, Próspero Merimée, Picasso, Goya, Bergamín o Hemingway.


6. En palabras de Federico García Lorca, 'el toreo es probablemente la riqueza poética y vital de España, increíblemente desaprovechada por los escritores y artistas, debido principalmente a una falsa educación pedagógica que nos han dado y
que hemos sido los hombres de mi generación los primeros en rechazar. Creo que los toros es la fiesta más culta que hay en el mundo'. Eso mismo influyó en filósofos como Ortega y Gasset 67, Tierno Galván 68 o en la obra tardía de Eugenio D'Ors 69.


7. En los últimos años, la oposición hacia esta tradición ha procedido del sector de la izquierda. No obstante, intentos de prohibir los espectáculos taurinos como el ocurrido en Cataluña en el año 2010 fueron tumbados por el Tribunal
Constitucional con su sentencia n° 177/2016 de 20 de octubre de 2016 70. Aunque en ese espacio temporal se produjeron efectos negativos para el sector, como fue el cierre de la Monumental.


8. En cualquier caso, no existen ideologías en lo taurino, sino que todas las corrientes de pensamiento político se han visto atraídas. Es más, se trata de una manifestación democrática, exenta de clases y construcciones artificiales.


9. En definitiva, y consecuencia de todo lo anterior, dentro de la cultura española el mundo del toro ocupa un lugar central. El arte de la tauromaquia, con sus diversas manifestaciones, así como otros espectáculos taurinos, son un
atractivo turístico de primer orden, tanto a nivel nacional como internacional. En 2015, según el Barómetro Imagen de España, diciembre 2014 - enero 2015 (5a Oleada) publicado por el Real Instituto Elcano 71, la fiesta de los toros se situaba como
uno de los elementos que más se identifican de forma espontánea con la marca España, por encima del sol.


Segundo. Aportaciones del sector taurino a España.


10. Una cuestión innegable en relación con el sector taurino es que éste reporta grandes beneficios para España, tanto a su economía y a su sociedad, como a su espacio medioambiental.


63 https:/ /www.tribunaavila.com/blogs/ curiosidades-y-anecdotas-de-la-historia/posts/ el-inicio-de-la-lidia-de-los-toros


64 https://www.eroj.org/paginas/piov.htm


65 https://www.taurologia.com/articuloimpriminasp?idarticulo=1161&accion=


66 https:/ / www.elimparcial.es/ noticia/ 213105/ opinion/joselito:-un-siglo-de-conmocion.html


67 https:/ / elpais. com/ diario/ 2007/ 05/ 29/ cultura/ 1180389611_850215.html


68 'Los Toros, acontecimiento nacional', de Enrique Tierno Galván, Editorial Turner, Madrid 1988.


69 'El vivir de Goya', de Eugenio D'Ors, Editorial Planeta, Barcelona, 1980.


70 https:/ /www.boe.es/ diario boe/txt.php?id=B0E-A-2016-11124. Esta sentencia declara nulo el art. 1 de la Ley del Parlamento de Cataluña 28/2010, de 3 de agosto, que prohibía la celebración de espectáculos taurinos en esa comunidad
autónoma.


71 httpr/ / www.realinstitutoelcano.org/ wps/ portal/ rielcano_es/encuesta?WCM_GLO BAL_CONTEXT=/ elcano/ elcano_es/ observatoriomarcaespana/ estudios/ resultados/ barometro-imagen-espana-5



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11. En primer lugar, la celebración de espectáculos taurinos tiene un impacto económico importantísimo. Según fuentes del sector, esta tradición cultural genera una actividad económica de 4.000 millones de euros 72. Además, conforme al
estudio realizado por la Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos ('ANOET') de 2019, los espectáculos taurinos habrían recaudado 139 millones de euros de IVA y generaron casi 200.000 empleos 73.


12. Por otro lado, son muchos los que se dedican y viven de este mundo. De acuerdo con datos del propio Ministerio de Cultura y Deporte, reflejados en su Anuario de Estadísticas Culturales de 2020, el número total de profesionales taurinos
inscritos en su Registro General fue de 9.993. Estos profesionales se dividen entre matadores, rejoneadores, novilleros, banderilleros, mozos de espada, picadores o toreros cómicos 74.


13. Asimismo, según el referido anuario, el número de empresas ganaderas de reses de lidia inscritas en 2019 fue de 1.339, y el número de escuelas taurinas inscritas en el Registro fue de 62 75.


14. En cuanto a su repercusión económica en algunas comunidades autónomas, hemos de mencionar el caso de Madrid. Se estima que en la Feria de San Isidro de Madrid, este espectáculo movió unos 72,8 millones de euros, de los que 24,5 fue el
impacto que tuvo en la restauración y 16,5 millones en la hostelería. También, dentro de la comunidad madrileña, hay 64 fincas ganaderas que generan 13.000 toros y vacas y, a su vez, suponen 12.000 puestos de trabajo 76.


15. De igual forma, en la Comunidad Valenciana, los espectáculos taurinos generaron 148,8 millones de euros en 2018 (el 0,08% de su PIB), de los que 54,8 se originaron en la hostelería y 15 millones en transporte. Respecto al empleo, se
calcula que suponen el 0,16% de la ocupación total de la región 77.


16. En Andalucía, se estima que el movimiento económico que genera el sector taurino es de un 0,2% del PIB andaluz, que tiene un impacto económico indirecto de más de 40 millones de euros al ario, y que cuenta con más de 3.000 personas que
se vinculan de forma directa a los festejos taurinos 78.


17. En segundo lugar, este tipo de espectáculos ha tenido una gran repercusión en el desarrollo de la flora y fauna española. El toro bravo recibe un especial cuidado para el que se usan métodos tradicionales unidos a la experiencia de los
propios ganaderos, así como las más modernas técnicas veterinarias.


18. Además, los toros son criados en dehesas, espacios naturales que se mantienen en su estado primitivo, sin otra intervención humana más allá de las propias instalaciones ganaderas, motivo por el que son consideradas por la Unión Europea
como Sistemas de Alto Valor Natural (AVN). La crianza del toro ocupa cerca de una séptima parte de la superficie de dehesa ibérica y ejerce un efecto beneficioso para su conservación. Asimismo, rejuvenece las partes bajas al evitar la invasión del
matorral, previene la erosión del suelo y la desertización gracias al pastoreo equilibrado que permite el aprovechamiento óptimo de los recursos naturales 79. A lo anterior, habría que sumar el cuidado de otras especies, tanto las relacionadas con
los toros (por ejemplo, el caballo), como aquellas salvajes que conviven en las dehesas, muchas de ellas protegidas, quienes encuentran un refugio en estos espacios libres de la amenaza humana.


19. Por último, en cuanto a su impacto social, existe un gran interés de los ciudadanos en los espectáculos taurinos. Este interés queda confirmado por el propio Ministerio de Cultura y Deporte en su Estadística de Asuntos Taurinos
2015-2019 80. Así, en 2019 se celebraron 1.425 festejos taurinos (349 corridas de toros, 146 corridas de rejones, 222 novilladas con picadores, 198 festivales, y 117 festejos mixtos). A ello se sumarían los 16.915 festejos populares celebrados en
2019 en los que estuvieron


72 https:/ / www.lainformacion.com/ economia-negocios-y-finanzas/ la-tauromaquia-y-los-to¬ros-en-los-programas-de-los-partidos / 6497398 /


73 https://www.mundotoro.com/ noticia/ mentiras-tauromaquia-estudio-el-dia-rio/ 1555458#: -: text=Los %20toros%20tuvieron%2Oun%20impacto,al-canza%20e1%201%2C5%20%25


74 Ministerio de Cultura y deporte: 'Anuario de Estadísticas Culturales 2020. Principales resultados', pág. 43.


75 Idem.


76 https://www.libremercado.com/ 2019-05-28/ un-mes-de-toros-en-madrid-san-isidro-mueve-600000-espectadores-y-73-millones-de-euros-1276639101/


77 https://www.lasprovincias.es/comunitat/facultad-economia-atribuye-20191003003457-ntvo.html?ref=https:%2F%2Fes.wildpedia.org%2F


78 https://elcorreoweb.es/toros/juanma-moreno-destaca-el-impacto-del-sector-taurino-en-la-economia-de-andalucia-AA6673673


79 Unión de Criadores de Toros de Lidia: 'Toro bravo. Guardián de la Biodiversidad. Exposición Parla-mento Europeo del 5 al 8 de noviembre de 2019', pág. 14.


80 http://www.culturaydeporte.gob.es / dam/jcr:f10d0075-7206-4290-a1d4-4bfa2c2f1c6f / estadistica-de-asuntos-taurinos-2015-2019.pdf [Consultado el 25 de marzo de 2021]



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presentes actividades del mundo del toro. De hecho, según esta misma estadística, un 8% de la población asistió a alguno de estos festejos durante la temporada 2018-19.


20. Entre los asistentes a estos festejos, siguiendo lo publicado por el Ministerio de Educación y Cultura, se puede apreciar un interés muy alto en otros eventos culturales: el 45,8% de los asistentes visitaron un museo frente al 40,5%
del resto de la población. Lo mismo se puede predicar de la tasa de lectura: un 70,3% frente al 65,8%. También es superior la asistencia a teatros, cines y espectáculos musicales de la población que asiste a eventos taurinos en comparación con el
resto de la población.


21. Por último, se debe subrayar que las ganaderías de toro bravo contribuyen a aumentar la población rural agraria en zonas deprimidas, a través del desarrollo de trabajo directo e indirecto para la ganadería y la mejora de salarios 81.


22. Todo lo expuesto son datos que han ido manteniéndose durante años, y fueron los que llevaron a que la tauromaquia fuera reconocida como Patrimonio Cultural español 82.


23. Pese a lo anterior, el Gobierno español ha descuidado constantemente a este sector, como por ejemplo con la ínfima subvención concedida en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 en comparación con las otorgadas a otros eventos
culturales. Simplemente se contempla la aplicación presupuestaria 24.05.333B.48511 'Transferencias Corrientes', que contiene una partida dirigida 'A la Fundación del Toro de Lidia para la compilación del conjunto de conocimientos y actividades
artísticas, creativas y productivas que integran la Tauromaquia como patrimonio cultural y su difusión en el entorno digital' por importe de 35.000,00 €.


Tercero. Situación del sector taurino como consecuencia de la pandemia por la COVID-19.


24. El sector taurino se ha visto terriblemente afectado por la irrupción del virus chino, así como por las medidas y restricciones impuestas por el Gobierno. Durante 2020, justo al comienzo de la primavera, que es cuando empieza la
temporada taurina, se decretó el confinamiento de la población y la mayor parte de los festejos programados para ese año se vieron suspendidos.


25. La aparición del virus de Wuhan, la crisis provocada como consecuencia del mismo, la nefasta gestión del Gobierno de esta situación y las políticas públicas contrarias a esta fiesta, han sumido al sector taurino en una gravísima
situación que amenaza con su desaparición.


26. Durante 2020, en España se redujeron los espectáculos taurinos un 89% respecto al año anterior. Previamente a la declaración del primer estado de alarma, se habían celebrado 13 espectáculos y, una vez finalizado, desde julio hasta
noviembre de 2020, se celebraron 75 espectáculos taurinos. Si se compara esta cifra con los 793 de 2019, se da una idea de la crisis que vive el sector 83.


27. Además, estos espectáculos consistieron en corridas de toros, novilladas picadas y festejos de rejones, quedando excluidos otros tipos de festejos taurinos como recortes, encierros y demás. Esta reducción de la celebración de corridas
ha supuesto la pérdida de más de 15.000 contratos a profesionales de la tauromaquia, sin contar todo el empleo que genera el mundo de los toros y que también se ha perdido 84.


28. Por indicar un ejemplo específico, según un informe de la Plataforma Toro Bravo Andaluz 85, el sector ganadero andaluz ha sufrido unas pérdidas de 31,11 millones de euros, por las que no se ha recibido ninguna ayuda pública.


29. En general, el sector turístico es uno de los sectores más afectados debido, entre otras cuestiones, a las restricciones impuestas. Así, según la última Estadística de Movimientos Turísticos en Fronteras (FRONTUR) referida a enero de
2021 86, España recibió un 89,5% menos de turistas internacionales. En la misma línea, la Encuesta de gasto turístico (EGATUR) 87 del mismo periodo muestra que el gasto de turistas extranjeros ha caído un 90,52%. Y, respecto a los últimos datos
disponibles de la


81 Unión de Criadores de Toros de Lidia: 'Toro bravo. Guardián de la Biodiversidad. Exposición Parlamento Europeo del 5 al 8 de noviembre de 2019', pág. 12.


82 La Len 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural.


83 https://www.elmundo.es/cultura/toros/2020/12/01/5fc62flefdddffb60e8b4622.html


84 Ídem.


85 Plataforma Toro Bravo Andaluz: 'El toro bravo andaluz. La Covid 19 pone en grave peligro la genética y la actividad económica del campo bravo', febrero 2021.


86 https://www.ine.es/ dyngs/ INEbase/ es/ operacion.htm?c=Estadistica C&cid=1254736176996&menu=ultiDatos&idp=1254735576863


87 https:/ /www.ine.es/ dyngs/ INEbase/ es/ operacion.htm?c=Estadistica C&cid=1254736177002&menu=ultiDatos&idp=1254735576863



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Encuesta de turismo de residentes (ETR/Familitur) 88, referentes al tercer trimestre de 2020, el turismo interior también disminuyó un 24,5% 89. Todos estos datos han tenido una evidente repercusión directa en el mundo taurino.


Cuarto. Potencial turístico del mundo del toro.


30. Como se comenzaba indicando, las fiestas populares se acaban configurando como recursos turísticos de un país. En lo que al mundo taurino se refiere, por todo lo que aporta y todo lo que lo forma, puede ofrecer una oferta turística
desde diferentes ámbitos: turismo antes del festejo (cría y preparación del toro, las dehesas, etc.), durante el festejo (tipos de festejos, artesanía, la liturgia, la plaza, etc.) y después del festejo (la gastronomía).


31. Ante el desolador panorama que vive el turismo, es necesario ofrecer nuevos productos turísticos y mejorar los existentes, incidiendo en la diversificación. Además, tratándose de una industria tractora, el apoyo a este sector traerá
beneficios a numerosos sectores conectados.


32. Para empezar, se puede potenciar el turismo rural con las visitas a las dehesas y ganaderías. De hecho, en las propias ganaderías se produce una tradición única en la selección de los animales que engendrarán el futuro toro para lidia.
El toro bravo español es el fruto de una selección genética con siglos de historia a la que se van sumando los últimos avances de la ciencia para mejorar los encastes y proporcionar un animal único en el mundo.


33. Según explican en su página web la Unión de Criadores de Toros de Lidia 'el turismo de ganaderías o también denominado taurismo consiste en una visita a una ganadería en donde se muestra cómo vive el toro de lidia en su hábitat natural,
las instalaciones necesarias para su manejo y el ecosistema donde se desarrolla su crianza' y 'añadir el 'taurismo', como atractivo turístico, supone una fuente de ingresos para las ganaderías, al tiempo que permite una dinamización de la economía
del medio rural en aquellas zonas más deprimidas' 90.


34. De esta forma, las explotaciones ganaderas del toro bravo tienen un carácter especial y tradicional que lo hace ideal para ser mostrado. Asimismo, dado que estos espacios se encuentran en zonas escasamente pobladas, puede suponer un
impulso a contrarrestar la despoblación que sufre España.


35. En cuanto al festejo en sí mismo, habrá que poner en valor y promocionar no solamente la conocida corrida de toro, sino el resto de festejos, como son: el rejoneo, las novilladas con picadores, los festivales, festejos mixtos, corridas
mixtas con rejones, becerradas, novilladas sin picadores y el toreo cómico.


36. Igualmente, dentro del propio festejo, hay que darle especial importancia a la artesanía y gastronomía que rodea al mundo del toro.


37. En cuanto a la artesanía, por su valor en este mundo y también por su gran dependencia del turismo, debe protegerse. Partiendo de que la artesanía está vinculada al patrimonio cultural y a las tradiciones como es el mundo taurino, si
no se procura el adecuado mantenimiento y fomento de la tauromaquia no va a poder protegerse a los artesanos que viven del mismo sector, como son los sastres taurinos en peligro de extinción, los últimos de purísima y oro, o los fabricantes de
estoques, banderillas, capotes, muletas y otra gran variedad de elementos que intervienen en la fiesta.


38. Otro aspecto importante es la relación que tiene esta fiesta con la gastronomía. La industria cárnica derivada de las fiestas con espectáculos taurinos ha dado lugar a productos de altísima calidad y a platos típicos como, por ejemplo,
el rabo de toro que, tal y como se conoce actualmente, procede del siglo XVII y es un plato que nace con las corridas de toros.


39. Igualmente, la propia fiesta en sí tiene muchos conocimientos que ofrecer: historia, el porqué de la fiesta, de los trajes, la liturgia de los toros, los encierros, los recortes, etc. Tampoco hay que olvidar que los festejos 'menores'
son uno de los principales atractivos turísticos que presentan las fiestas de muchos pueblos de España, como los Bous al Carrer, los encierros de Cuéllar o los concursos de recortes, capeas, tentaderos, etc.


88 https:/ /www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica C&cid=1254736176990&menu=ultiDatos&idp=1254735576863


89 https://www.elespanol.com/ invertia/em_presas / turismo/ 20200607/ tiendas-souvenir-lan-zan-sosesperamos-no-acabar-sepe/495700881 0.html [fecha de consulta: 24 de marzo de 2021]


90 https://torosbravos.es/sostenibilidad/turismo/



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40. Sumado lo expuesto, el patrimonio arquitectónico relacionado con la tauromaquia es excepcional y es otro atractivo turístico a potenciar. Las plazas de toros son uno de los edificios más representativos de la arquitectura de los
pueblos y ciudades de España. Muchos de ellos, además, tienen sus propios museos taurinos, como el de la Plaza Monumental de Las Ventas de Madrid. Otros cosos presentan una arquitectura única, como por ejemplo las plazas de la Real Maestranza de
Caballería de Ronda o de Sevilla. Por esto mismo, debe evitarse la adopción de medidas como las de Cataluña, que trajeron consigo el cierre de la Monumental de Barcelona o la transformación de la plaza de las Arenas en un centro comercial.


41. La tauromaquia es patrimonio histórico y cultural que forma parte de nuestra identidad, se encuentra arraigada a nuestras tradiciones y cultura centenaria y refuerza la marca España. Igualmente, la tauromaquia está amparada por la
propia Constitución española, en sus artículos 20, 27, 44.1, 46 o 149.2 y especialmente protegida por la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural y la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la
salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial. Por tanto, debe ser impulsada desde el Gobierno como un verdadero atractivo turístico.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar el turismo taurino y, a tal efecto, adoptar las siguientes medidas:


1. Incluir al mundo del toro, la tauromaquia y los festejos taurinos en la promoción turística de España a través de las campañas y planes que lleve a cabo TURESPAÑA.


2. Promover la elaboración de los convenios oportunos con las administraciones competentes y con el sector privado para el fomento del turismo relacionado con el sector taurino y, más concretamente, para lo siguiente:


- La promoción de las dehesas de ganado bravo como destino turístico activo, dando a conocer las características propias del toro de lidia, las técnicas ganaderas y el ecosistema donde se desarrolla su crianza.


- El impulso de la celebración de festejos taurinos de cualquier índole en todos los pueblos de España como producto turístico que muestre las tradiciones populares.


- La promoción de la gastronomía derivada del toro de lidia.


- La creación de rutas turísticas que muestren la riqueza del patrimonio arquitectónico relacionado con la tauromaquia, como visitas a cosos, museos taurinos, etc.


3. Promover programas turísticos culturales sobre la tauromaquia y todo lo que engloba, con el fin de dar a conocer qué significa y su alcance como parte integrante de nuestra cultura.


4. Promover la adopción de medidas dirigidas a proteger e impulsar la artesanía producida en el sector taurino. Entre otras, el diseño de campañas que protejan e impulsen productos típicos y artesanales relacionados con este sector.


5. Garantizar el cumplimiento por parte de las administraciones públicas en todo el territorio nacional de la obligación de preservación del patrimonio cultural común. En concreto, y de conformidad con la Ley 18/2013 de 12 de noviembre,
para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural, a garantizar la conservación y promover el enriquecimiento de la tauromaquia como institución que pertenece al patrimonio cultural español'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2021.-Patricia Rueda Perelló, Ricardo Chamorro Delmo, José Ramírez del Río, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y María de la Cabeza
Ruiz Solás, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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162/000680


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, D.ª Mireia Borrás Pabón, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y de Diputados, todos ellos del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa al impulso del turismo activo para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. La importancia del turismo.


1. Durante el año 2019 España fue el segundo país receptor de turistas del mundo, solo por detrás de Francia. También fue segundo por gasto de turistas, tras Estados Unidos. Ello trajo consigo que el peso del turismo en nuestra economía
fuera del 12,4% del PIB, alcanzando los 154.487 millones de euros en 2019 según la Cuenta Satélite del Turismo de España (CSTE).


2. Asimismo, el Estudio de posicionamiento de España como destino turístico 91 se concluye que, para el total de los mercados emisores, España se erige como el destino al que más turistas viajaron en el período 2017-2019.


3. Sin embargo, la irrupción del coronavirus y las ineficaces políticas aplicadas por el Gobierno de España han sumido al país en una grave crisis, de la que ningún sector ha salido indemne. El turismo ha salido perjudicado en todo el
mundo, pero en España ha sido golpeado con una dureza especial y escasamente protegido. Así, según la estadística FRONTUR 92 de noviembre de 2020, durante los primeros 11 meses del año pasado nos visitaron 18,3 millones de turistas, un 76,9% menos
que el año anterior.


4. De igual forma, la estadística EGATUR 93 del mismo periodo publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) refleja una reducción del gasto por turista de un 78,1% respecto del año anterior:


[**********página con cuadro**********]


91 Estudio de posicionamiento de España como destino turístico. Real Instituto Elcano y Turespaña. Informe general de resultados. Diciembre de 2020:
http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano_es/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/el-cano_es/zonas_es/imagen+de+espana/estudio-posicionamiento-de-espana-como-destino-turistico


92 Instituto Nacional de Estadística. Nota de prensa de 5 de enero de 2021. Estadística de Movimientos Turísticos en Fronteras, datos provisionales de noviembre de 2020 [fecha de consulta : 25 de enero de 2021]


93 https://www.ine.es/daco/daco42/egatur/ egatur1120.pdf [Consultado el 25/01/2021]



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5. Hay que destacar que, según expone Turespaña 94, 'en diciembre de 2020 los trabajadores afiliados a la Seguridad Social en turismo decrecieron un 13,7% interanualmente (327.325 afiliados menos). (... ) El empleo en turismo representa en
este mes el 10,9% del total de afiliados en la economía nacional'.


Segundo. Modelo turístico en España. Turismo activo.


6. El tradicional reclamo turístico de España, el conocido como turismo de 'sol y playa', está sujeto a factores como la estacionalidad, que han posibilitado en las últimas décadas el surgimiento de nuevos segmentos turísticos.


7. Con carácter previo a la epidemia ya se encontraba en auge un prototipo de turista que reclamaba más actividades deportivas y recreativas al aire libre. Este tipo de demanda se justifica principalmente en una mayor búsqueda de espacios
abiertos y no contaminados, por lo que no es difícil deducir que la emergencia de salud pública y el cambio de hábitos que ha supuesto haya provocado un repunte de este subsector turístico.


8. De hecho, de acuerdo con el citado Estudio de posicionamiento de España como destino turístico 95, en España se producen muchas situaciones de masificación, con mayor incidencia en los tradicionales destinos de sol y playa así como en
las grandes ciudades, principalmente Madrid y Barcelona.


9. Así, se hace necesario ampliar y adaptar la oferta turística hacia nuevos destinos y segmentos que respondan a las nuevas necesidades y reclamos, de forma que no se pierda competitividad en la oferta respecto a nuestros competidores.
Con este motivo, el nuevo tipo de turismo, conocido como turismo activo, pretende englobar un gran número de actividades cuyo denominador común es el contacto con la naturaleza y el aire libre.


A. Turismo deportivo o el deporte como turismo.


10. El deporte unido al turismo está ganando importancia en los últimos años en España. Según los datos que aporta el Anuario de Estadísticas Deportivas de 2019 (último disponible) que publica el Ministerio de Cultura y Deporte 96,
utilizando las encuestas del INE ETR/FAMILITUR y EGATUR, los viajes motivados por el deporte representan el 4,1% del total de desplazamientos realizados en 2018 por residentes y un 2% de no residentes. Estos viajes supusieron un gasto de 1.027,1
millones de euros de residentes y de 1.414,2 millones de no residentes.


11. Entre las actividades que destacan dentro del turismo deportivo se encuentran, como ejemplos principales, el senderismo, la escalada, ciclismo, los descensos de ríos y barrancos, los deportes multiaventura, el buceo o la observación de
la naturaleza.


12. Uno de los sectores dentro del turismo deportivo es el del golf. Se trata de un turismo de altísima calidad que tiene un gran impacto en nuestra economía. Según el informe El Golf como catalizador de la actividad económica en España
97, presentado en 2020, 1.195.000 turistas extranjeros vienen a España para la práctica de este deporte, generando un impacto en nuestra economía de 12.769 millones de euros entre efectos directos e indirectos. A su vez, generan un empleo de
121.393 puestos de trabajo anuales, de los que el 95,5% son contratos indefinidos y una cifra similar a tiempo completo.


13. A todo lo anterior se suma que los turistas demandantes de esta actividad realizan grandes inversiones en España (por ejemplo, el valor de sus viviendas supone unos 42.000 millones de euros de inversión), con lo que ello implica en la
economía española. Asimismo, debe subrayarse que la conservación en la mayoría de los campos es respetuosa con el medio ambiente y sostenible pues, entre otras cuestiones, mantienen sus zonas verdes con agua reciclada.


14. También podrían mencionarse dentro de esta categoría los deportes invernales, como el esquí. Se trata de un sector muy consolidado a nivel nacional y con muchísimo potencial internacional. Sin


94 https://www.tourspain.es/es-es/ConocimientoTuristico/AfiliacionSS/notaAfiliacionALaSS1220.pdf [Fecha de consulta: 25 de enero de 2021]


95 Op. Cit., págs. 47 y ss.


96 https://www.culturaydeporte.gob.es/dam/jcr:4263f731-1990-43cd-8809-7eff8e7dd27e/graficos-anuario-de-estadisticas-de portivas-2019.pdf [Fecha de consulta: 25 de enero de 2021]


97 El golf como catalizador de la actividad económica en España. Federación Española de Golf y Asociación Española de Campos de Golf.
http://www.rfegolf.es/ArtculosDocumento/COMIT%C3%89%20RFEG/RFEG%202020/Estudio%20impacto%20econ%C3%B3mico%20golf%20en%20Espa%C3%B1a%202020/INFORME%20GOLF%20IE%20-%20AECG%20-%20RFEG%20-%20DEF.pdf [Fecha de consulta: 25 de enero de 2021]



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embargo, su principal problema es el de la estacionalidad, ya que depende de la nieve y de su calidad. El turismo activo permite convertir las estaciones de esquí en lugares donde practicar otros deportes en otros momentos del año como
senderismo o escalada.


B. Viajes de fin de semana fuera de las grandes ciudades.


15. Son muchas las pequeñas ciudades y poblaciones españolas con una oferta turística muy significativa, tanto a nivel histórico como cultural o paisajístico. Y son en estos destinos en los que se realizan los conocidos como 'CityBreaks' o
viajes de corta duración a núcleos urbanos. Esta modalidad turística, que se puede practicar durante todo el año, destaca por conseguir reducir la estacionalidad.


16. Ahora bien, en España existen una amplia variedad de ciudades y poblaciones con buenas comunicaciones, infraestructuras y una amplia oferta turística que, sin embargo, necesitan de una buena canalización de la oferta turística para
adquirir relevancia. Por ejemplo, se puede promocionar este turismo a través de la creación de rutas gastronómicas, enológicas o históricas, así como mediante la promoción de actividades culturales o granjas-escuela.


C. Turismo religioso o espiritual.


17. Dentro de este tipo de turismo encontramos actividades como el Camino de Santiago y otras peregrinaciones menos conocidas, así como otros viajes efectuados por motivos religiosos, como ocurre con la Semana Santa, con otros actos
extraordinarios de hermandades y cofradías o con romerías populares. Esta modalidad de turismo activo conjuga las creencias de los turistas con otras actividades complementarias como el senderismo, el ciclismo o distintas actividades culturales e,
indudablemente, gastronómicas.


18. Todos estos tipos de turismo activo generan unos beneficios indudables. Por un lado, sirven para desestacionalizar y desmasificar el turismo tradicional, ya que amplían la variedad de la oferta y su adaptación a la demanda.


19. Por otro lado, son un instrumento para evitar la despoblación de muchos lugares y la pérdida de su acervo cultural, y son al tiempo un atractivo para la inversión y democratización de las oportunidades del mundo rural, incluso para la
renovación y mejora de infraestructuras. De igual forma, suponen beneficios a los turistas por ser un turismo que se realiza en el medio natural, más ecológico y sostenible.


20. En este sentido, debe atenderse a la definición de Ecoturismo definido en la Declaración de Ecoturismo de Daimiel (2016): 'El ecoturismo es el viaje a un área natural para conocerla, interpretarla, disfrutarla y recorrerla, al tiempo
que se aprecia y contribuye de forma práctica a su conservación, sin generar impactos sobre el medio y repercutiendo positivamente en la población local' 98.


21. Asimismo, cabe destacar que el turismo activo, integrado principalmente por empresas familiares, es un gran generador de riqueza y empleo ya que, según datos facilitados por la Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo ('
ANETA'), existen aproximadamente 4.000 empresas de turismo activo en España con una facturación que se acerca a los 300 millones de euros 99.


22. Es importante subrayar también que, desde el punto de vista económico, no ofrece beneficios únicamente a los integrantes directos del sector, sino que también se ven beneficiadas otras áreas de forma indirecta, como transportes,
hostelería o comercios.


23. Y, por último, se trata de un sector muy especializado y preocupado por su profesionalización y por elevar su calidad y competitividad. Es por ello precisamente que se creó el Club de Producto de Turismo Activo que 'tiene como objetivo
principal diferenciar a aquellas empresas de turismo activo españolas que cumplen los mejores estándares en la prestación del servicio de turismo activo o de aventura' 100.


Tercero. Plan de impulso del turismo activo.


24. El turismo se enfrenta a graves dificultadas en estos momentos, y se precisan soluciones de ayuda urgentes. El principal problema de la falta de visitantes es la falta de liquidez de las empresas que integran el sector. Sin embargo,
también se lucha por mantener la competitividad en los niveles previos a


98 Declaración de ecoturismo de Daimiel (Noviembre, 2016) - SoyEcoturista.com [fecha de consulta: 1 de febrero de 2021]


99 https://www.hosteltur.com/comunidad/nota/021531 el-turismo-activo-alternativa-sostenible-para-viajar-en-europa.html [fecha de consulta: 26 de enero 2021].


100 http://www.xn--turismoactivoespaa-30b.com/ [fecha de consulta: 26 de enero 2021].



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la presente crisis, de forma que, cuando comience la recuperación, esta magnitud no solo se haya mantenido sino mejorado.


a) Compensaciones.


25. Como se indicaba, el principal problema que vive el sector turístico actualmente es el de la insolvencia inminente, problema que solo puede ser solucionado mediante indemnizaciones que compensen las pérdidas sufridas como consecuencia
de la epidemia y de las restricciones impuestas por el Gobierno. Así, en los países de la Unión Europea se están otorgando ayudas directas a empresas y autónomos en función de la facturación para el mismo periodo en el año anterior o para la
satisfacción de gastos fijos de las empresas. Todo enfocado como inversiones a futuro en el tejido empresarial del país.


b) Impuesto sobre el valor añadido.


26. De igual forma, la fiscalidad relativa al IVA es otro punto importante en el trabajo de apoyo al turismo. Muchas de estas actividades que engloban el turismo activo tienen un tipo de IVA del 21%. De ahí, que desde el sector se reclame
una bajada del IVA en equiparación al resto del sector turístico. De hecho, desde el sector se afirma que solo así podrán recuperar parte de su rentabilidad, recordando al mismo tiempo que otros países como Gran Bretaña ya habrían bajado el IVA
hasta el 5% 101.


27. Por ejemplo, actividades como el golf, que traen consigo una elevada inversión extranjera en nuestro país, se han visto gravemente perjudicadas desde la re- forma de este impuesto por el anterior Gobierno 102. Los campos de golf se
vieron obligados a aplicar el tipo general del impuesto, mientras que hasta ese momento se aplicaba el tipo turístico. Ello encarece los precios para los usuarios y favorece el crecimiento de nuestros competidores (Portugal, Marruecos o Turquía),
con un régimen impositivo más favorable.


c) Impuesto de Actividades Económicas.


28. Otra reivindicación desde el sector es la creación de un epígrafe específico en el sistema tributario español que represente al turismo activo ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) mediante el Impuesto de
Actividades Económicas ('IAE') y, por tanto, con su correspondiente correlación con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas ('CNAE').


29. Así, el presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo ('ANETA'), D. Óscar Santos afirmaba que 'prácticamente todas las comunidades autónomas han hecho un esfuerzo por articular un Decreto de Turismo Activo con su
correspondiente registro y codificación oficial, pero desde el Gobierno Central no han armonizado la clasificación' 103.


30. Las empresas del turismo activo se han visto obligadas a incluirse en categorías de IAE y CNAE tales como formación, alojamiento, deporte, cultura, etc. En concreto, desde ANETA se informa que los principales CNAE en los que se
incluyen las empresas de turismo activo serían los siguientes:


7721. Alquiler de artículos deportivos y de ocio.


7734. Alquiler de medios de navegación.


8551. Educación deportiva y recreativa.


9311. Gestión de instalaciones deportivas.


9319. Otras actividades deportivas.


9321. Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.


9329. Otras actividades recreativas y de entretenimiento.


31. Pues bien, existen dos razones fundamentales por las que se reclama una clasificación específica de CNAE desde el sector.


32. En primer lugar, una que trae causa en el control estadístico. Efectivamente, conforme al artículo cuarto del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de


101 https://tecnohotelnews.com/2020/12/14/ empresas-turismo-deportivo-iva/ y https://www.preferente.coro/noticias-turismo-destinos/gran-bretana-da-oxigeno-al-turismo­-y-baja-el-iva-del-20-al-5-por-ciento-301779.html [fecha de consulta: 1
de febrero de 2021].


102 Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.


103 ANETA pide al Gobierno reconocer la existencia del Turismo Activo - ANETA [fecha de consulta: 26 de enero de 2021].



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Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) el INE tiene encomendado garantizar la difusión de los CNAE, pero además realiza numerosas estadísticas vinculadas con esta clasificación. Por tanto, si no existe una correcta atribución de los
códigos es prácticamente imposible conocer que influencia y afluencia tiene realmente este subsector turístico en determinados territorios.


33. En segundo lugar, aparece otra razón a raíz de la crisis sanitaria y la normativa dictada por el Gobierno en orden a ayudar al sector turístico. Por ejemplo, cuando se adoptaron las primeras resoluciones relacionadas con el
otorgamiento de las líneas de avales a través del ICO se incluía como anexo una tabla en las que aparecían los códigos CNAE a los que pertenecían las empresas especialmente afectadas que podrían acceder a esas ayudas. Como se apuntaba, en la
mayoría de los casos, la clasificación adoptada por las empresas de turismo activo no está vinculada con el sector del turismo. Por tanto, las empresas de turismo activo quedaron fuera de ese listado e, inicialmente, no pudieron optar a estas
medidas de soporte al sector.


d) Otras cuestiones: seguridad sanitaria, formación, digitalización y promoción del turismo.


34. En otro orden de cosas, según el citado informe Estudio de posicionamiento de España como destino turístico, nuestro país también debe conseguir un grado de seguridad sanitaria que genere confianza en el turista para, una vez
normalizada la situación, acudir a España. Es por ello que se hace imprescindible seguir trabajando en el establecimiento de protocolos y prácticas seguras, así como en adaptar permanentemente los existentes a las nuevas circunstancias.


35. Debe incidirse asimismo en la formación y digitalización del turismo. Gran parte de la oferta de turismo activo está gestionada por PYMES en las que la formación y la digitalización es un elemento indispensable, sobre todo la que
corresponde al ámbito rural.


36. A pesar de que algunas de estas políticas se han puesto en marcha por anteriores Gobiernos, con planes de digitalización y formación, es necesario potenciarlos. Sin embargo, de nada sirven estos planes si no se conserva el tejido
turístico existente. El capital humano ya formado no se puede perder ante la falta de ayudas que compensen las restricciones impuestas por las diferentes administraciones que han paralizado el turismo. Conservar el tejido turístico y las personas
que en este sector trabajan es fundamental.


37. Todas estas medidas deben complementarse con la necesaria promoción del turismo activo. En este sentido, Turespaña debe ser la responsable de trabajar sobre ello en el plan que se realice para el próximo periodo.


38. Por todo lo expuesto, es necesario utilizar el turismo activo como una de los instrumentos existentes para mantener y crear empleo, generar riqueza, acabar con el abandono del mundo rural, apostar por el mantenimiento del ecosistema,
divulgar nuestro patrimonio y mantener el liderazgo de España como una de las mayores potencias en el turismo, al ofrecer modelos de experiencias que atienden a las más diversas motivaciones del turista y a las necesidades de este tipo de turismo.


En atención a lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas para impulsar el turismo activo:


1. Establecer un plan nacional de compensaciones para empresas del sector que se hayan visto afectadas por las restricciones impuestas por el Gobierno a consecuencia de la pandemia.


2. Promover la creación de un epígrafe específico en el sistema tributario español que represente a las nuevas modalidades de turismo (como es el turismo activo) ante la Hacienda pública mediante el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
y, por tanto, con su correspondiente correlación con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Ello, a través de la modificación de las siguientes normas, de acuerdo con sus correspondientes procesos de modificación:


- Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, por la que se crea un nuevo grupo en la Agrupación 96. Servicios recreativos y
culturales.



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- Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), por la que se incluyan nuevos grupos de CNAE en la división 93. Actividades deportivas, recreativas y de
entretenimiento y en la división 85. Otra educación.


3. Promover, en el marco de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, la modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido, con el fin de aplicar un tipo reducido de IVA a todos a todos los subsectores turísticos, como son el turismo deportivo y el turismo activo.


4. Incluir en el Plan que en su momento diseñe Turespaña para el 2021-2023 todas las modalidades de turismo, así como las siguientes cuestiones:


a) La creación de planes específicos para el turismo activo.


b) Potenciación del turismo deportivo.


c) Favorecimiento de la desestacionalización del turismo buscando la diversificación de la oferta en periodos fuera de la temporada alta y la reconversión de destinos.


d) Impulso del turismo urbano y rural, a través de la promoción de su cultura, naturaleza, gastronomía, enología y de su sector MICE.


e) Profundizar en los aspectos digitales que permitan poner en contacto la oferta y la demanda y la adaptación de las necesidades del emisor como de los destinos.


5. Impulsar convenios de colaboración entre el Gobierno, administraciones y clubes de producto que mejoren la calidad de los servicios turísticos y su competitividad, implicando la colaboración público-privada en la potenciación de
segmentos turísticos en auge.


6. Adaptar las guías de seguridad frente al coronavirus ante los nuevos escenarios y crear nuevas guías teniendo presentes las concretas realidades de cada sector turístico y sus modalidades para, de esta manera, reforzar la imagen de
España como destino turístico seguro.


7. Impulsar la digitalización para las nuevas modalidades de turismo, incidiendo en aquellas que se desarrollen en núcleos rurales.


8. Promover y reforzar la formación de los profesionales y trabajadores que integran el sector turístico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, María de la Cabeza Ruiz Solás y Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


162/000681


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. José María Sánchez García, D. Pablo Juan Calvo Liste y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta
y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la unificación en un solo Ministerio de las competencias
relativas a la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las políticas más relevantes para el crecimiento económico nacional, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. El diseño orgánico y personal del Gobierno es una competencia exclusiva del Presidente.


La Constitución Española de 1978 ('CE') establece en su artículo 97 que:


'El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.'



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Asimismo, el segundo inciso del artículo 98 atribuye al presidente del Gobierno la potestad de dirigir 'la acción del Gobierno y coordina[r] las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad
directa de éstos en su gestión'. Por su parte, el artículo 100 CE dispone que 'los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente'.


En desarrollo de estos preceptos, el artículo 2.2.j), la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno ('LG') contempla la facultad del jefe del Ejecutivo para:


'Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado. Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.'


De la lectura conjunta de los preceptos anteriores resulta que el nombramiento y separación de 'los demás miembros del Gobierno' (vicepresidentes, en su caso, y ministros, ex artículo 1.2 LG) es una decisión discrecional del presidente, que
se formaliza a través del Real Decreto que firma el Rey con el refrendo de aquel. La formación del Gobierno en su conjunto queda, de esta manera, desvinculada de la confianza parlamentaria que, por el contrario, sí se exige al presidente y a su
programa político para poder gobernar.


Así, compete al presidente del Gobierno de la Nación la determinación y configuración del Ejecutivo y de sus distintos departamentos ministeriales, además de los 'órganos superiores de la Administración General del Estado, directamente
responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica de un Departamento o de la Presidencia del Gobierno', que son los Secretarios de Estado.


Y ello con absoluta libertad, a salvo de las cortapisas legales que imponen el artículo 11 LG para acceder al cargo 104 y el artículo 14 LG en relación con el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno 105, así como las
contenidas en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.


Segundo. La estructura del actual Gobierno es excesiva y cuenta con un duplicado exento de escrutinio: el Gabinete de la Presidencia.


Como se anticipó, el diseño del Gobierno se corresponde con las prioridades del programa político que ha obtenido la confianza de los votantes y del Congreso de los Diputados, y atiende a la agenda y acción políticas que este pretende llevar
a cabo.


A estos efectos, el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (el 'RD 2/2020') señala en su brevísima exposición de motivos que este tiene por objeto:


'( ... ) impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado, [para lo
cual] se considera necesario reformar la vigente estructura ministerial.'


Sin embargo, es llamativo que el Gobierno presidido por el señor Sánchez Pérez-Castejón considere necesaria para su 'eficacia' y 'eficiencia' la existencia de una estructura elefantiásica compuesta por un total de 22 ministerios y 4
vicepresidencias, con sus correspondientes secretarías de Estado, secretarías generales y secretarías generales técnicas, direcciones y subdirecciones generales, gabinetes y asesores (que superan el millar).


A todos estos efectivos, ya de por sí demasiado numerosos, ha de sumarse el Gabinete de la Presidencia del Gobierno, dirigido por don Iván Redondo Bacaicoa, que se concibe normativamente como un 'órgano de asistencia política y técnica del
Presidente del Gobierno', de acuerdo con el artículo 2.1 in principio del Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.


104 'Ser español mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme y reunir el resto de requisitos de idoneidad previstos en
la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado'.


105 '1.Los miembros del Gobierno 110 podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. 2.Será
de aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el régimen de incompatibilidad es de los altos cargos de la Administración General del Estado.'



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Excediendo su configuración normativa, este órgano actúa como un Consejo de Ministros en la sombra, pero no se somete a escrutinio público ni parlamentario alguno y su director y director adjunto no están sujetos a responsabilidad política.
Se estima que este 'Gobierno paralelo' cuenta con unos 700 trabajadores en nómina, entre personal eventual y funcionario, agrupados en los siguientes órganos (artículo 3.2 Real Decreto 136/2020):


'a) La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.


b) La Dirección adjunta del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.


c) La Secretaría General de Asuntos Económicos y G20, cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.


d) El Departamento de Seguridad Nacional, cuyo titular tendrá el rango de Director General.


e) El Departamento de Asuntos Exteriores, cuyo titular tendrá el rango de Director General.


f) El Departamento de Unión Europea, cuyo titular tendrá el rango de Director General.


g) La Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo, cuyo titular tendrá el rango de Director General.'


Asimismo, en las elecciones regionales de Cataluña se evidenció que el Gabinete de la Presidencia no está al servicio del Gobierno y de todos los españoles, sino del Partido Socialista Obrero Español ('PSOE') y su líder. En este sentido, el
candidato de este partido a la presidencia autonómica, don Salvador Illa Roca, agradeció al director y al director adjunto del Gabinete de la Presidencia su trabajo antes y durante la campaña electoral 106. Los españoles financian, así, un costoso
instrumento que trabaja para el partido gobernante. Todo ello, en un contexto de severa emergencia económica y social como la que se vive desde marzo de 2020.


Tercero. En la Administración General del Estado existen varios ministerios, órganos y entidades con competencias económicas, lo que obedece a una división artificial y perjudicial.


Es conocido que el acuerdo entre el PSOE y Unidas Podemos para acceder al Gobierno de la Nación supuso que se creasen un número excesivo de departamentos ministeriales, con el objeto de satisfacer las cuotas de poder de los distintos socios
de la coalición. Varios de estos ministerios tienen carácter económico.


a) El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Uno de los 22 ministerios referidos es el de Asuntos Económicos y Transformación Digital ('MINECO'), presidido por doña Nadia María Calviño Santamaría. Esta es, a su vez, vicepresidenta segunda del Gobierno, desde la salida del Gobierno de
don Pablo Manuel Iglesias Turrión 107.


El artículo 16 RD 2/2020 refiere el objeto de este departamento, así como la denominación de los órganos superiores que lo componen:


'1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, las telecomunicaciones y la sociedad
de la información.


2. Asimismo corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para la transformación digital y el desarrollo y fomento de la inteligencia artificial.


3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:


a) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.


b) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.


c) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales'.


106 https://www.elmundo.es/espana/2021/02/17/602d5aebfc6c8300148b4691.html


107 https://www.boe.es/diario boe/ txt.php?id=BOE-A-2021-5045



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En el siguiente escalón, el artículo 15 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (el 'RD 139/2020') hace referencia a la estructura orgánica básica
del MINECO:


'1. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:


A) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.


2.º La Dirección General de Política Económica.


3.º La Dirección General de Análisis Macroeconómico.


4.º La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.


B) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Secretaría General de Administración Digital, con rango de Subsecretaría.


2.º La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.


C) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de la que depende la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.


D) La Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la que depende la Secretaría General Técnica (...)'.


Por último, el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (el 'RD 403/2020') completa la pléyade de normas reglamentarias en
materia organizativa del MINECO. Su artículo 1.1 señala:


'El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta, coordinación y ejecución de la política del Gobierno en materia económica, de apoyo a la
empresa y de reformas para la mejora del crecimiento potencial y de la necesaria interlocución en estos asuntos con la Unión Europea y otros Organismos Económicos y Financieros Internacionales; así como de la política de telecomunicaciones y para
la transformación digital, en particular impulsando la digitalización de las Administraciones Públicas. Igualmente le corresponde el establecimiento de las disposiciones y directrices necesarias para su funcionamiento, así como el resto de
competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.'


b) El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


Al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ('MINCOTUR'), dirigido por doña María Reyes Maroto Illera, corresponde, de acuerdo con el artículo 10 RD 2/ 2020, JI la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de industria,
comercio y turismo'. El artículo 9 RD 139/ 2020 detalla lo siguiente:


'1. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:


A) La Secretaría de Estado de Comercio, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.


2.º La Dirección General de Política Comercial.


B) La Secretaría de Estado de Turismo.


C) La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.


D) La Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo de la que depende la Secretaría General Técnica (...).'



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La última de las normas organizativas de este departamento es el Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, cuyo artículo 1.1 dispone:


'El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de industria, comercio y turismo que abarca, entre otros
aspectos, el desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa, la promoción y defensa de la propiedad industrial, la política comercial de internacionalización y de inversiones y transacciones exteriores, así como la política de turismo y el
resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.'


c) El Ministerio de Hacienda: la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales y la Secretaría General de Fondos Europeos.


El Ministerio de Hacienda es, conforme al artículo 1.1 del Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda ('RD 689/2020'), el 'departamento de la Administración
General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos y de empresas públicas (. ..). Igualmente es competencia de este Ministerio la aplicación y gestión de
los sistemas de financiación autonómica y local y la provisión de información sobre la actividad económico-financiera de las distintas administraciones públicas, así como la estrategia, coordinación y normativa en materia de contratación pública'.


Este departamento es, así, el encargado de la administración de los ingresos y gastos del Estado en sentido amplio y, por ello, tiene encomendadas las labores de recaudación, gestión y control de los ingresos y gastos del Estado a través de
los instrumentos de fiscalización que le han sido legalmente conferidos. Es posible afirmar, así, que este Ministerio es la 'dirección contable' de la Administración General del Estado. Por el contrario, el MINECO debe desarrollar las funciones
inherentes a la política económica y financiera. En términos similares a los anteriormente utilizados, es la 'dirección financiera' del Estado, a la que se encomienda la generación de las condiciones necesarias para la creación de riqueza, la
inversión por parte del Estado y la construcción de las bases necesarias para el crecimiento económico.


Tres elementos de este departamento son particularmente relevantes en el ámbito de la política económica del Gobierno .


1. La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.


De acuerdo con su propia página web, 'la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) es un instrumento estratégico en la aplicación de la política diseñada por el Gobierno para el sector público empresarial. Su misión es
rentabilizar las participaciones empresariales y orientar todas las actuaciones atendiendo al interés público. De esta forma, la gestión de SEPI debe aunar la rentabilidad económica y la rentabilidad social'.


SEPI tiene la naturaleza jurídica de entidad pública empresarial ('EPE') y fue establecida por la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de determinadas entidades de derecho público, asumiendo las funciones del Instituto Nacional de
Industria (INI).


Esta EPE se encuentra adscrita al Ministerio de Hacienda, bajo la dependencia orgánica de la ministra, doña María Jesús Montero Cuadrado. Sin embargo, es llamativo que el artículo 10 de la citada Ley 5/1996 dispuso la adscripción de SEPI
'al Ministerio de Industria y Energía, el cual ejercerá el control de eficacia sobre su actividad', algo indudablemente más apropiado al carácter y la misión de la entidad. De hecho, es llamativo que el instrumento estatal dirigido a rentabilizar y
maximizar las participaciones empresariales del Estado sea atribuido al departamento que ha de controlar el gasto y el cumplimiento del presupuesto, y no al Ministerio de Industria o al de Economía. Ello es, sin duda, una buena muestra de la escasa
mentalidad innovadora y empresarial de quienes se han alternado en los Gobiernos de la Nación.


SEPI es la matriz de un grupo de sociedades formado por 15 empresas participadas de forma directa y mayoritaria por el Estado. Estas constituyen propiamente el Grupo SEPI y reúnen una plantilla final de 80.000 personas. Entre ellas se
encuentran Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, Navantia, SA, SME o Mercados Centrales de Abastecimiento, SA, SME.



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Asimismo, SEPI posee el 100% de la Corporación RTVE, dispone de una fundación pública tutelada y ostenta participaciones directas minoritarias en nueve empresas (entre otras, Enagás, SA, Ebro Foods, SA o Red Eléctrica Corporación, SA) e
indirectas en más de 100 sociedades.


En consecuencia, SEPI es uno de los mayores grupos empresariales de España. Es claro que una correcta gestión de esta entidad, enfocada en la inversión y en la maximización del beneficio empresarial, con un dividendo social a la altura,
sería extremadamente beneficiosa para España y para sus ciudadanos.


2. La Secretaría General de Fondos Europeos.


Por su parte, el Real Decreto 1182/2020, de 29 de diciembre creó en el seno del Ministerio de Hacienda la Secretaría General de Fondos Europeos ('SGFE').


La instauración de este órgano directivo, con rango de Subsecretaría, trae causa de las medidas adoptadas 'como consecuencia de la crisis económica provocada por la COVID-19, (...) muy relevantes y en un corto espacio temporal que exigen
cambios organizativos profundos. Entre estas medidas destaca la decisión adoptada por el Consejo Europeo el pasado 21 de julio de 2020, en la que acordó un paquete de medidas económicas de gran alcance que abarcan el futuro marco financiero
plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación ('Next Generation EU'). Con cargo a dicho instrumento el Reino de España será destinatario de importantes recursos económicos en forma de
préstamos y transferencias que requieren cambios organizativos inmediatos que permitan una gestión eficiente en tiempo y forma de dichos fondos' .


La creación de la SGFE tiene como objetivo 'que la persona titular de la misma cuente con el rango jerárquico adecuado para llevar a cabo una mejor interlocución con las Instituciones europeas y pueda coordinar adecuadamente las actuaciones
que en esta materia se implementen con el resto de departamentos ministeriales'.


En consecuencia, el artículo segundo dos ibídem atribuye a esta Secretaría General 'la dirección, el impulso y la coordinación de las competencias atribuidas al Departamento en relación con la definición de la posición española en las
negociaciones para la aprobación y revisión de los sucesivos Marcos Financieros Plurianuales de la Unión Europea, (...) el diseño, planificación, coordinación y seguimiento de las actuaciones relativas a los fondos europeos y a su financiación y las
relaciones presupuestarias con la Unión Europea, la Política de Cohesión y la política económica regional, la política de incentivos regionales, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia'.


A tal efecto, el precepto le otorga, 'en particular' y entre otras, las siguientes competencias:


'a) La coordinación, a través del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de las acciones financiadas en el Marco Financiero Plurianual y las correspondientes al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con el fin de
garantizar la coherencia entre las mismas.


b) En relación con la Comisión Europea, la responsabilidad general de los planes de recuperación y resiliencia, actuando como punto de contacto de la Comisión Europea, coordinador.


c) La actuación como autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia ante las instituciones europeas, en los términos que se establezcan en la normativa europea, desarrollando a tal efecto las competencias que legal y
reglamentariamente tenga establecidas.


d) La coordinación con los ministerios, organismos públicos, comunidades autónomas y entidades locales y resto de entidades nacionales y comunitarias implicadas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


e) La supervisión de los progresos en relación con los hitos y objetivos del Plan.


f) Las funciones correspondientes al Estado miembro en relación con el cuadro integral de mandos de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. (...)


h) La dirección del Comité Técnico del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, coordinando sus trabajos. (...)'


Lo anterior se dicta en el marco del artículo 20 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia ('RDL 36/2020') desarrolla la



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calificación de la SGFE como 'autoridad responsable' del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a efectos de la normativa europea en la materia. Asimismo, le atribuye las siguientes funciones:


'a) En relación con la Comisión Europea, la responsabilidad general de los planes de recuperación y resiliencia, actuando como punto de contacto de la Comisión Europea (' coordinador').


b) Asegurar la coordinación con los ministerios, organismos públicos, comunidades autónomas y entidad es locales y resto de entidades nacionales y comunitarias implicadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


c) La supervisión de los progresos en relación con los hitos y objetivos del Plan.


d) La presentación de los informes previstos en la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de las solicitudes de pago de la contribución financiera y, cuando proceda, del tramo de préstamo previsto en la misma.
Todo ello, sobre la base del resultado de los controles realizados, en los términos y condiciones que prevea dicha normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.


e) La dirección del Comité Técnico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, coordinando sus trabajos.


f) Las funciones de secretaría técnica de la Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.'


Dependiendo orgánicamente de la SGFE se encuentran las direcciones generales de Fondos Europeos (DGFE) y del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DGPMR).


El RDL 36/2020 justifica en diversas ocasiones cómo la programación, presupuestación, gestión, ejecución, control y evaluación de los fondos y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) son cuestiones de
política económica estrictamente, y no de otro campo:


- El Preámbulo señala que 'la movilización de un volumen tan importante de recursos abre una oportunidad extraordinaria para nuestro país, comparable a los procesos de transformación económica producidos a raíz de la incorporación a las
Comunidades Europeas'.


- También da cuenta de que 'la rápida absorción de este volumen de recursos acelerará la recuperación del nivel de empleo y actividad económica' y que ello 'resultará clave para la transformación del modelo económico español'.


- Se regulan como figuras clave y con vocación de permanencia los denominados Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).


- El recorte de controles y fiscalización que lleva a cabo el RDL 36/2020 se ampara en la necesidad de 'acelera[r] la recuperación económica tras la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-COV-2 y logra[r] que la economía nacional entre
de nuevo en una senda de crecimiento.'


De lo anterior deriva que las actuaciones y proyectos financiables en el marco de los 140.000 millones de euros que corresponderán a España por mor del referido Instrumento Europeo de Recuperación deberían ser gestionados no por el
Ministerio de Hacienda, sino por el MINECO 108.


3. La Subdirección General de Empresas 11 Participaciones Estatales.


Por último, dentro del Ministerio de Hacienda, el artículo 15.2.e) RD 689/2020 se refiere a la Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales ('SGEPE'), que encuadra en la Dirección General de Patrimonio del Estado. A esta le
atribuye la competencia del apartado 1.e) ibidem, a saber, 'la gestión, tramitación e informe sobre los asuntos relacionados con las acciones y participaciones


108 5En ese sentido, y como se señaló anteriormente, el artículo 16.1 RD 2/2020 dispone que'corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y
de reformas para la mejora de la competitividad, las telecomunicaciones y la sociedad de la información', mientras que el artículo 1 RD 403/2020 establece que este'es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta,
coordinación y ejecución de la política del Gobierno en materia económica, de apoyo a la empresa y de reformas para l,a m e jora del crecimiento potencial y de la necesaria interlocución en estos asuntos con la Unión Europea y otros Organismos
Económicos y Financieros Internacionales ; así como de la política de telecomunicaciones y para la transformación digital, en particular impulsando la digitalización de las Administraciones Públicas' . Por último, el apartado 2 dispone que'en el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital recae In presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, órgano colegiado del Gobierno encargado de garantizar la plena coordinación y coherencia de las políticas de
los distintos departamentos ministeriales con los criterios de la política económica'.



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representativas del capital del Estado en empresas mercantiles y la actividad comercial e industrial del sector público' 109.


Bajo la SGEPE se encuentra el llamado 'Grupo Patrimonio', que 'integra principalmente un grupo heterogéneo de empresas públicas encuadradas en sectores no industriales, que operan como instrumentos flexibles en la ejecución de políticas
públicas singulares , o como herramientas al servicio de las políticas de los Departamentos a los que estén funcionalmente adscritas' 110. Entre ellas se encuentran Paradores de Turismo de España, SA, SME, Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del
Estado, SA, SME, Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, Compañía de Seguros y Reaseguros, SME (CESCE), Sociedad Estatal de Acción Cultural, SA (SEACSA), Empresa Nacional de Innovación, SA (ENISA) o una participación en Empresa
de Transformación Agraria, SA (TRAGSA).


Grupo Patrimonio es, junto con SEPI, el otro pilar sobre el que se asienta el sector público empresarial del Estado. Se trata de compañías 'no industriales', de dispar facturación, capitalización y relevancia, pero que también deben ser
regidas por criterios de generación de riqueza y maximización de la inversión, así como contribuir al cumplimiento de los objetivos en materia de política económico. Este enfoque solo se lo puede otorgar un liderazgo ministerial con competencias en
esta materia, y no en otras de control y fiscalización del gasto.


d) Otros ministerios con competencias en materia económica.


Muy relevante a estos efectos es también el Ministerio de Trabajo y Economía Social, cuya titular es doña Yolanda Díaz Pérez y que se encarga de 'la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo, economía social y
responsabilidad social de las empresas'. Para ello cuenta con la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, de la que dependen la Dirección General de Trabajo y la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la
Responsabilidad Social de las Empresas, así como con la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, de la que depende la Secretaría General Técnica.


Adicionalmente, la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2013-2020 señaló que 'la generación y el uso del conocimiento científico y técnico y de la innovación [deben ser] las palancas del futuro desarrollo social y
económico del país'. En consecuencia, entre los departamentos de contenido económico ha de mencionarse también al Ministerio de Ciencia e Innovación, a cargo de don Pedro Duque Duque.


Este 'es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la investigación
científica' (artículo 1 del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación) y cuenta con la Secretaría General de Investigación, de la que depende la Dirección
General de Planificación de la Investigación, con la Secretaría General de Innovación y con la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, de la que depende la Secretaría General Técnica.


Paralelamente, debe recordarse que el MINECO se encarga, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del 'impulso a la digitalización de la sociedad y economía ( ... ). A tal fin, le corresponden las
funciones de fomento y regulación de los servicios digitales y de la economía y sociedad digitales, la interlocución con los sectores profesionales, industriales y académicos [y] el impulso de la digitalización del sector público' (artículo 8 RD
403/2020).


Cuarto. La dispersión de las competencias en materia económica ralentiza el funcionamiento de la Administración General del Estado, eleva el gasto de forma innecesaria y entorpece la acción política del Gobierno.


Como se puede observar del análisis del Expositivo anterior, existen un gran número de órganos que realizan funciones que se solapan, superponen y, en muchos casos, estorban. Se aumenta así el gasto político e improductivo de una forma
inasumible, se profundiza en la descoordinación entre distintos departamentos y liderazgos, y se abandona el cumplimiento de objetivos de interés social.


109 El propio tenor del precepto es ilustrativo de la concepción de gestión de la actividad comercial e industrial del Estado, que no se enfoca en modo alguno a la inversión o a la obtención de rendimientos económicos.


110 7https://www.hacienda.gob.es/es-es/areas%20tematicas/patrimonio%20del%20estado/Sociedades%20del% 20Grupo%20Patrimonio/Paginas/default.aspx



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El MINECO, el MINCOTUR y los restantes departamentos mencionados se ocupan de una misma parcela de la realidad social: la economía española. Es indiscutible que la industria, el comercio y el turismo son sectores de un enorme peso y
relevancia en la generación de actividad económica en nuestro país. Es claro que las políticas de empleo que adopte el Gobierno deben ir de la mano de las medidas de política económica. Es también evidente que la ciencia y la innovación han de
sentar las bases del crecimiento económico futuro. Por su parte, la SEPI tiene un enorme potencial para conseguir réditos económicos para el Estado y ser un modelo de gestión y eficacia, y la SGFE es clave para la correcta absorción de unos fondos
con evidente carga de política económica. No se comprende el motivo de la separación del liderazgo de estas materias en tantos órganos diferentes ni del consecuente desperdicio de sinergias, solapamiento de competencias e ineficiencias.


Por lo anterior, la presente iniciativa aboga por una fusión en un único Ministerio de contenido económico de las competencias relativas a Economía, Industria, Comercio, Turismo, Empleo, Investigación e Innovación, SEPI y SGFE. Las razones
para ello son diversas.


- En primer lugar, esa unificación ya ha estado vigente en el pasado. Así, las normas organizativas de distintos Ministerios han reconocido la íntima unión de estas materias y han ubicado su dirección en un solo Ministerio. Así, el
artículo 1.1 del Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía señaló que 'el Ministerio de Economía es el Departamento de In Administración General del Estado
encargado de la propuesta y ejecución de las medidas generales de la política económica del Gobierno, y en especial, de las relativas a la política comercial, turística, de la pequeña y mediana empresa, energética y minera, así como las que en
materia de energía y telecomunicaciones le atribuye el ordenamiento vigente'.


Años después, el Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad señaló como competencia de este 'la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, de política
comercial y de apoyo a la empresa (...)', según su artículo 1.1.


En lo que se refiere a SEPI, no fue hasta el año 2000 cuando se dispuso su adscripción al Ministerio de Hacienda, ex Real Decreto 1330/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.


En segundo lugar, y derivado de lo anterior, ello contribuiría a unificar bajo un mismo mando la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las políticas más relevantes para el crecimiento económico de la Nación a corto, medio y largo
plazo. El liderazgo único en la persona titular del MINECO y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos debería tener como metas (i) evaluar, simplificar y reducir la actual estructura expuesta, rebajando el gasto político
ineficiente; (ii) asumir la implementación de una verdadera política económica integral en el ámbito nacional y de carácter estructural; y (iii) coadyuvar, en estrecha colaboración con el sector privado, a la consecución de un modelo productivo
adecuado y a la formación de un ecosistema favorable a la actividad económica y empresarial.


En tercer lugar, supondría el adelgazamiento orgánico y la consecución de sinergias en la Administración. La estructura creada por los Reales Decretos mencionados y sus concordantes implica que el Gobierno que abogaba por 'un mejor uso de
los recursos públicos' y que mejoraría 'la eficiencia del gasto público'(Acuerdo de coalición PSOE-Podemos) es el que dedica el mayor importe a ministros y a altos cargos de la historia de la democracia española. Teniendo en cuenta que en este
momento el Estado tiene menos competencias de las que ha ostentado nunca, no parece que ello se corresponda con necesidades operativas.


Tampoco es moralmente ético vista la gravísima situación económica por la que España se dispone a atravesar. En consecuencia, urge que el Ejecutivo simplifique su entramado político-administrativo mediante la eliminación de ministerios
creados de manera artificial y por razones únicamente partidistas.


Como se ha señalado, la multiplicación excesiva de órganos eleva el gasto político improductivo de forma innecesaria, ralentiza el buen funcionamiento de la Administración General del Estado y entorpece, por su inoperatividad, la acción
pública en pro de los ciudadanos.


Por último, esta fusión favorecería la correlativa reducción de cargas normativas y burocráticas y de ineficiencias tanto de los ciudadanos y empresas en su relación con la Administración como de los propios



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órganos administrativos entre sí. Por ejemplo, la patente dispersión de las competencias en materia económica no es especialmente diligente con los principios de buena regulación plasmados en el artículo 129.6 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que declara que 'en aplicación del principio de eficiencia, la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos'.


Es conocido que uno de los problemas fundamentales para el crecimiento económico y el desarrollo empresarial radica en la calidad de las instituciones que producen el marco normativo y regulatorio en el que deben desenvolverse los distintos
agentes económicos: a mayor calidad institucional, mayor y mejor crecimiento 111.


Quinto. La fusión de ministerios, entidades públicas y órganos es indispensable para coordinar adecuadamente la política económica del Gobierno y para recortar el gasto superfluo e improductivo.


El artículo 31.2 de la Constitución Española señala que 'el gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía'.


En los momentos de necesidad económica para la Nación, los gobernantes tienen la obligación ética y moral de impulsar políticas que disminuyan la carga que para los ciudadanos supone la existencia de superestructuras de Gobierno, de vigilar
que el gasto público se programa y ejecuta con criterios de eficiencia y economía y que este no se supedita a una agenda ideológica, al reparto de prebendas o a la devolución de favores.


Las instituciones públicas están para 'servir con objetividad los intereses generales' (artículo 103.1 de la Constitución), para favorecer la mejor calidad posible en la vida de los ciudadanos y, lógicamente, para promover las condiciones
para la creación de riqueza por los españoles. Nunca para obstaculizarla, para torpedearla ni para someterla a exacción. La eliminación del gasto político superfluo e improductivo debe ser una prioridad. A tal efecto, deben buscarse las sinergias
y la máxima eficacia posible con una menguante cantidad de recursos debido al deterioro de la actividad económica por causa de las restricciones impuestas por los poderes públicos, que se han revelado inadecuadas, pero aun así se mantienen y
endurecen.


Por ello, la gestión adecuada de las arcas públicas ha de traducirse en una Administración General del Estado eficiente y ágil en su organización, funcionamiento y trámites. La existencia de ministerios, entidades públicas empresariales u
otros órganos por razones meramente políticas choca frontalmente con esos principios de racionalización del presupuesto y eficiencia administrativa en sus actuaciones y debe ser eliminada.


Se considera necesario, por las razones expuestas, concentrar bajo un solo liderazgo y en un único Ministerio todos los departamentos del Gobierno que poseen competencias en materia económica, industrial y empresarial. Este habría de tener
el máximo rango político y ostentar la Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Asimismo, poseería la 'auctoritas' suficiente para ejecutar la transformación pendiente de la economía española, que necesita comenzar
por sostener una concepción de lo público que invierta, genere riqueza y administre recta y sabiamente las posesiones del Estado.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones normativas que sean necesarias para unificar en un solo Ministerio las competencias relativas a la definición, propuesta,


111 8En este sentido, el estudio Instituciones y Economía de la Fundación Ramón Areces, dirigido por el profesor don Carlos SEBASTIÁN, señala cuatro pilares que evidencian cómo la calidad de las instituciones económicas es una causa
fundamental del crecimiento económico en el largo plazo. 1.Las normas que regulan la actividad de los agentes económicos, su calidad, si obstaculizan o incentivan la actividad empresarial, profesional y laboral. 2.La seguridad jurídica, en tanto
que la garantía del cumplimiento de las leyes y de los contratos necesita una Administración de Justicia eficaz e independiente. 3.La eficacia y transparencia de las Administraciones públicas. 4.Los valores sociales, que contribuyen a la
persistencia o no de las instituciones.



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ejecución y evaluación de las políticas públicas más relevantes para el crecimiento económico de la Nación a corto, medio y largo plazo y, en particular, las que actualmente se residencian en los siguientes ministerios, entidades públicas y
órganos de la Administración General del Estado:


- El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


- El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


- Dentro del Ministerio de Hacienda:


• La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, adscrita a este departamento a través de su persona titular.


• La Secretaría General de Fondos Europeos.


• La Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales.


- El Ministerio de Trabajo y Economía Social.


- El Ministerio de Ciencia e Innovación.


Este Ministerio tendrá rango de Vicepresidencia del Gobierno y su titular asumirá la Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Pablo Juan Calvo Liste, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Eduardo Luis Ruiz Navarro, José María Sánchez García y José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. Juan Carlos Segura Just, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la instauración de un régimen sancionador del Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. El consejo de transparencia y buen gobierno.


El Título III de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno crea y regula el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno es un órgano
independiente al que se le otorgaron competencias de promoción de la cultura de transparencia en la actividad de la Administración Pública, de control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de
acceso a la información pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno (artículos 33 y 34). Se constituye, por lo tanto, en un órgano de supervisión y control para garantizar la correcta aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno es un organismo público independiente, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno controlará el cumplimiento por la
Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en este capítulo (apartado 1). El apartado segundo señala que 'en ejercicio de la competencia prevista en el apartado anterior, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, de acuerdo
con el procedimiento que se preven reglamentariamente , podrá dictar resoluciones en las que se establezcan las medidas que sea necesario adoptar para el cese del incumplimiento y el inicio de las actuaciones disciplinarias que procedan.'


De ello se desprende que las resoluciones son la traslación jurídica de la función de control que debe y tiene que ejercer el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno .



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El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, para la consecución de los fines señalados supra, tiene encomendadas las siguientes funciones (artículo 38.1 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno):


'a) Adoptar recomendaciones para el mayor cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley.


b) Asesorar en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


c) Informar preceptivamente los proyectos normativos de carácter estatal que desarrollen esta Ley o que estén relacionados con su objeto.


d) Evaluar el grado de aplicación de esta Ley. Para ello, elaborará anualmente una memoria en la que se incluirá información sobre el cumplimiento de las obligaciones previstas y que será presentada ante las Cortes Generales.


e) Promover la elaboración de borradores de recomendaciones y de directrices y normas de desarrollo de buenas prácticas en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


f) Promover actividades de formación y sensibilización para un mejor conocimiento de las materias reguladas por esta Ley.


g) Colaborar , en las materias que le son propias, con órganos de naturaleza análoga.


h) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o reglamentario.'


Segundo. El procedimiento para las reclamaciones ante el consejo de transparencia y buen gobierno.


Encontrando justificación en el 'máximo respeto' de las competencias autonómicas, según señala el Preámbulo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, 'se prevé que el Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno sólo tendrá competencias en aquellas Comunidades Autónomas con las que haya firmado Convenio al efecto, quedando, en otro caso, en manos del órgano autonómico que haya sido designado las competencias que a nivel estatal
asume el Consejo'.


Por su parte, el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, regula el procedimiento para las reclamaciones ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, señalando
lo siguiente:


'1. Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.


2. La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.


3. La tramitación de la reclamación se ajustará a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [actual Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas].


Cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros se otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia n las personas que pudieran resultar
afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga.


4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.


5. Las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se publicarán, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran, por medios electrónicos y en los términos en que se establezca reglamentariamente, una vez
se hayan notificado a los interesados.


El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno comunicará al Defensor del Pueblo las resoluciones que dicte en aplicación de este artículo.


6. La competencia para conocer de dichas reclamaciones corresponderá al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, salvo en aquellos supuestos en que las Comunidades Autónomas atribuyan dicha competencia a un órgano especifico, de acuerdo
con lo establecido en la disposición adicional cuarta de esta Ley.'



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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno controlará el cumplimiento por la
Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en este capítulo (apartado 1). El apartado segundo señala que 'en ejercicio de la competencia prevista en el apartado anterior, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, de acuerdo
con el procedimiento que se prevea reglamentariamente, podrá dictar resoluciones en las que se establezcan las medidas que sea necesario adoptar para el cese del incumplimiento y el inicio de las actuaciones disciplinarias que procedan'.


Pero esas resoluciones, dictadas en pro de la transparencia en la actividad de la Administración Pública, de control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de acceso a la información
pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno, no siempre son atendidas debidamente. Y, lo que es peor, en ocasiones ni tan siquiera se atienden.


Tercero. La falta de cumplimiento de las resoluciones del consejo de transparencia y buen gobierno hace necesario la instauración de un régimen sancionador.


El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno realiza un seguimiento de sus resoluciones, tanto de la Administración General del Estado como de las Administraciones Territoriales que hayan suscrito un convenio con la Administración General del
Estado para la asunción de las competencias de resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Este seguimiento permite analizar el estado y
el cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Los datos de seguimiento de las resoluciones estimatorias del Consejo dictadas en las reclamaciones formuladas en materia de derecho de acceso a información pública
frente a Administraciones, órganos, organismos y entidades responsables de la información solicitada por la ciudadanía, permiten observar un claro declive en el porcentaje de cumplimiento de las mismas.


Así, en el año 2015, las resoluciones fueron cumplidas en un 92,6% por la Administración General del Estado. Sin embargo, en el año 2020, el porcentaje se redujo a un 81,1%.


En el mismo sentido, el cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno por las Administraciones Territoriales también ha mermado considerablemente. Así, en el año 2016, fueron cumplidas un 92,2% de las
resoluciones. Por su parte, en el año 2020, el porcentaje bajo a un escaso 67%.


De los datos se desprende que, en los últimos cinco años, la Administración General del Estado y las Administraciones Territoriales han empeorado considerablemente en lo que al cumplimiento de las resoluciones impugnadas se refiere. En el
mismo sentido, se han incrementado aquellas resoluciones sobre las que no consta cumplimiento y sobre las que han sido recurridas en vía contencioso-administrativa. Ello es doblemente grave si se tiene en consideración que el número de resoluciones
dictadas también se ha incrementado exponencialmente.


En relación con la atención de las Administraciones e instituciones públicas a los requerimientos y recomendaciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y de los Comisionados, lo cierto es que pese al compromiso adquirido por los
gobiernos, tanto estatal como autonómicos,pasada la efervescencia de la entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, su implicación ha ido perdiendo peso en estos últimos
años. En el mismo sentido, los Consejos y Comisionados de Transparencia se han resentido, al haberse multiplicado la demanda de los ciudadanos de su amparo por la vulneración de su derecho a saber, sin que reciban de las Administraciones Públicas
la oportuna dotación de medios para satisfacerla.


De lo anterior, se podría concluir de manera objetiva, que la transparencia de las administraciones públicas es cada día más opaca o, lo que lo mismo, menos trasparente.


En tal sentido, es 'vox populi' las reclamaciones exigiendo una regulación legal de los incumplimientos de las resoluciones de los Consejos y Comisionados.


Deviene pues, imperativo, incorporar un régimen sancionador basado en la figura legal de las multas coercitivas y las sanciones disciplinarias, para así mejorar el acatamiento de las resoluciones y recomendaciones del Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno.


Esa regulación de las infracciones y sanciones en materia de transparencia y participación, debe completarse haciendo distinción entre los responsables de las infracciones, aun a título de simple inobservancia, de las sanciones aplicables a
los altos cargos o asimilados y al personal sometido a régimen disciplinario.



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En lo relativo al procedimiento, de un lado, la incoación e instrucción del procedimiento debería encomendarse al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Por otro, la resolución del expediente sancionador y, en su caso, la imposición de
la correspondiente sanción, según la normativa que fuere aplicable, habría de ser competencia del organismo responsable.


Finalmente, sería conveniente que las sanciones que sean impuestas se hicieren públicas en el Portal de Transparencia, incluyéndose, igualmente, en las memorias anuales del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.


Esta regulación ha probado ser muy efectiva en aquellas Comunidades Autónomas cuya normativa aplicable al efecto contempla un régimen sancionador. Así, por ejemplo, la Ley 10/2019, de 10 de abril , de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid. Ello ha conllevado un mayor grado de cumplimiento en las resoluciones de sus respectivos Consejos de Transparencia, favoreciendo así el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, instaurando un régimen sancionador que otorgue la potestad al Consejo de
Transparencia para imponer, a quienes resulten de aplicación las disposiciones de esta Ley -ex arts. 2 y 3-, las sanciones que correspondan por los incumplimientos de las obligaciones contempladas en la misma.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Juan Carlos Segura Just y Pablo Juan Calvo Liste, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. Juan Carlos Segura Just, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. José María Figaredo Álvarez-Sala y D.ª Rocío de Meer Méndez, en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la exclusión del uso del
denominado lenguaje inclusivo en todos los documentos oficiales emanados de la Administración General del Estado y de los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la misma, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. El lenguaje inclusivo.


El lenguaje inclusivo supone la inobservancia de las normas y reglas ortográficas y gramaticales en el uso del lenguaje, 'evitando el empleo de ciertas expresiones o palabras que podrían considerarse que excluyen a grupos particulares de
personas, especialmente palabras específicas de género, como 'hombre', 'humanidad' y pronombres masculinos, cuyo uso podría considerarse excluyente' 112. Este uso suele revelarse artificioso, expresado comúnmente con desdoblamientos que incluyan a
ambos sexos al margen de situaciones de ambigüedad o justificadas por razón de énfasis, llegando a generar un uso manifiestamente tautológico e incluso cacofónico del lenguaje.


La Real Academia de la Lengua Española (en adelante, 'RAE'), institución cultural dedicada a la regularización lingüística entre el mundo hispanoblante 113, interpreta el término lenguaje inclusivo desde dos posibles prismas. Por una parte,
como un uso del lenguaje donde se incluya de forma expresa a la población femenina, rechazando el ya omnicomprensivo género masculino cuando se quiere hacer referencia tanto a hombres como mujeres. La RAE señala expresamente 'que se en tiende a
veces por


112 https://www.collinsdictionary.com/dictionary/english/inclusive-language


113 https://www.rae.es/



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lenguaje inclusivo aquel en el que las referencias expresas a las mujeres se llevan a cabo únicamente a través de palabras de género femenino, como sucede en los grupos nominales coordinados con sustantivos de uno y otro género. Desde este
punto de vista, sería inclusiva la expresión los españoles y las españolas, y no lo sería, en cambio, la expresión los españoles, aun cuando el contexto dejara suficientemente claro que abarca también la referencia a las mujeres españolas. También
se considera 'inclusiva', en esta misma interpretación del término, la estrategia de emplear sustantivos colectivos de persona, sean femeninos (la población española), sean masculinos (el pueblo español), así como la de usar términos nominales que
abarquen en su designación a los dos sexos (como en toda persona española, en lugar de todo español)' 114.


Por otra parte, la institución contempla una segunda interpretación, la tradicional y comúnmente aceptada por los hispanohablantes: el uso del masculino genérico para referirse a todos, tanto hombres como mujeres, cuando el contexto indica
incontestablemente eso. Así la ilustre academia señala lo siguiente:


'En la segunda interpretación, la expresión lenguaje inclusivo se aplica también a los términos en masculino que incluyen claramente en su referencia a hombres y mujeres cuando el contexto deja suficientemente claro que ello es así de
acuerdo con la conciencia lingüística de los hispanohablantes y con la estructura gramatical y léxica 6 de las lenguas románicas. Es lo que sucede, por ejemplo, en expresiones como el nivel de vida de los españoles o Todos los españoles son iguales
ante la ley' 115.


Así puede sostenerse la idea de que el lenguaje inclusivo nació para superar presuntas barreras discriminatorias para las mujeres. No obstante, como se verá más adelante, la construcción del lenguaje inclusivo atiende a razones que esconden
un cierto desconocimiento de las reglas de la lengua española.


Segundo. El informe de la real academia española sobre el lenguaje inclusivo.


El pasado 10 de julio de 2018, los medios de comunicación se hicieron eco de una solicitud a la RAE de la por entonces vicepresidenta del Gobierno y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, la señora Calvo Poyata.
La Vicepresidenta encargó a la academia un estudio sobre 'la adecuación de la Constitución española a un lenguaje inclusivo, correcto y verdadero a la realidad de una democracia que transita entre hombres y mujeres' 116.


La RAE presentó el informe el pasado 20 de enero de 2020. En un prolijo texto de más de 150 páginas repasó la polémica suscitada a raíz del uso del lenguaje inclusivo.


En términos generales y a la luz de los argumentos expuestos, la RAE parece decantarse por la evolución natural de la lengua española sin necesidad de recurrir a imposiciones ni recomendaciones con base en razones ideológicas. Así, sobre el
denostado uso del masculino genérico por parte de ciertos sectores de la clase política alega su necesidad conceptual, señalando lo siguiente:


'Un tratamiento equilibrado del problema pasa por reconocer al masculino genérico el gran servicio que aporta a la organización semántica de los contenidos. Anularlo en el uso implicaría borrar una casilla de enorme utilidad en el sistema
de la lengua. Hacerlo desaparecer sería una empresa difícil y casi imposible, pues el género es un arquetipo conceptual, lógico, necesario en todas las estructuras mentales. La causa de tal condena, su relación directa con el androcentrismo
cultural, no es cierta' 117.


De igual modo, invoca el principio de economía lingüística, expresándose en los siguientes términos:


'A la velocidad de la luz circulan por Internet textos como algunos capítulos de la Constitución bolivariana de Venezuela o circulares de algunas asociaciones escolares. La aplicación rígida de las duplicidades llevaría a extremos que
harían extraña una sola frase y, mucho más, un discurso. Basta comparar estas secuencias:


- Asistieron todos los vecinos afectados. Asistieron todos los vecinos y todas las vecinas afectados o afectadas.


114 https://www.rae.es/sites/ default/files/Informe lenguaje inclusivo.pdf


115 Ibid.


116 https://www.lavanguardia.com/politica/20180710/45813756416/gobierno-rae-informe-adecuar-constitucion-lenguaje-inclusivo.html


117 https:/ / www.rae.es/ sites / default/files/informe 190320.pdf



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- Los profesores premiados están convocados. Los profesores y las profesoras premiados y premiadas están convocados y convocadas.


(...) Por el contrario, un uso no controlado por la prudencia estilística aboca a discursos artificiales, indigestos y negativos para la causa que persiguen' 118.


Por último, cabe destacar lo que refiere en su apartado 'Ni condenar ni exigir':


Negar que el masculino genérico incluye en su significado y en su referencia a ambos sexos es chocar contra una evidencia secular, constatada por una abrumadora presencia en los corpus textuales. Vetar su uso es criminalizar una estructura
gramatical inocua que ha representado todo un hallazgo de las lenguas romances y que ha venido funcionando como expresión aséptica durante siglos en su aplicación a personas y a animales. (...) Pero eliminar por decreto el masculino genérico e
imponer su sustitución obligatoria por dobletes es una empresa de 'despotismo cultural' (en su sentido dieciochesco) y seguramente abocada a la frustración.'


Por tanto, la RAE se opone a la imposición arbitraria del lenguaje inclusivo dirigida desde instancias alejadas del hablante común cuyas motivaciones son de tipo, más bien, ideológico: grupos de presión, instituciones públicas, partidos
políticos, organizaciones de la sociedad civil, etc. Transformar los usos y costumbres lingüísticos habituales de los hispanohablantes, asentados tras centurias de crecimiento, desarrollo y consolidación natural del idioma, está fuera de los fines
de la RAE:


'Entre las tareas de la Academia relativas al buen uso del español está la de recomendar y desestimar opciones existentes en virtud de su prestigio o su desprestigio entre los hablantes escolarizados.


Tercero. La propuesta francesa contra el lenguaje inclusivo.


El pasado 23 de febrero de 2021, integrantes del grupo parlamentario La République en Marche, formación política socialdemócrata liderada por el actual presidente de la República francesa, D. Emmanuel Macron, y algunos diputados de otras
fuerzas políticas registraron en la cámara baja un proyecto de ley para la 'prohibición del uso del lenguaje escrito inclusivo por las personas físicas o jurídicas responsables de una misión de servicio público' (en adelante, 'el proyecto de ley n.º
3922') 119.


El texto legislativo proclama la oposición de estos diputados, así como el de una significativa parte de la población francesa a la que representan, hacia el lenguaje inclusivo como un medio más para alcanzar una presunta igualdad jurídica
entre hombres y mujeres . Además, rechaza su imposición por esconder 'una decisión personal y militante' por parte de sus promotores, modificando para tal fin la ortografía y gramática del francés. De esta forma, señala el proyecto de Ley,'(...)
los activistas del denominado lenguaje ' inclusivo' han estado utilizando todos los medios para imponer a la sociedad su visión muy personal y para nada de la mayoría' sobre la lengua francesa. Asimismo, los firmantes e integrantes del partido
político socialdemocrata de D. Emmanuel Macron advierten del ataque directo a algunos de los fines y funciones de la lengua francesa, como son la cohesión nacional y social y la proyección de la cultura francesa en el mundo. Así, señalan que 'La
lengua nacional es un factor de integración, pertenencia e influencia de la cultura francesa'.


Los proponentes también aducen argumentos de autoridad: la Academia francesa, homóloga francesa de la RAE, advirtió el pasado 26 de octubre de 2017 de la ilegibilidad del lenguaje inclusivo y la consecuente lógica complejidad para
utilizarlo de modo habitual en el día a día. Igualmente, declaró el riesgo de obtener por resultado una especie de lengua 'deconstruida', es decir, un sistema de reglas ortográficas y gramaticales carente de firmeza y solidez, fruto de una
subversión por motivos ideológicos. Para esta alta autoridad, de triunfar el lenguaje inclusivo peligraría el futuro de la lengua francesa, la francophonie y la herencia cultural de las generaciones futuras, incluso la posición geopolítica del
francés en las relaciones internacionales. En su declaración oficial, la Academia Francesa señalaba expresamente lo siguiente:


'(...) la Academia Francesa lanza unánimemente una advertencia solemne. La multiplicación de marcas ortográficas y sintácticas que induce (el lenguaje inclusivo) da como resultado un lenguaje


118 Ibid.


119 'interdiction de l'usage de l'écriture inclusive pour les personnes morales en charge d'une mission de service public'. https:/ / www.assernblee-na tionale.fr/ dyn/15/ textes/115b3922 proposition-loi



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desunido, dispar en su expresión, creando una confusión que raya en la ilegibilidad. Es difícil ver cuál es el objetivo y cómo se pueden superar los obstáculos prácticos de la expresión escrita, la lectura, visual o en voz alta, y la
pronunciación. Esto incrementaría la tarea de los educadores. El lenguaje inclusivo complicaría aún más a los lectores (...) En esta ocasión, menos como guardián de la norma que como garante del futuro (la Academia francesa) lanza un grito de
alarma: ante esta aberración 'inclusiva', la lengua francesa se encuentra ahora en peligro de muerte (...) Ya es difícil adquirir un idioma, ¿qué pasará si el uso le agrega formas segundas y alteradas? ¿Cómo pueden las generaciones futuras crecer
en intimidad con nuestra herencia escrita? En cuanto a las promesas de la Francofonía, serán destruidas si la lengua francesa se lo impide por este redoblamiento de la complejidad, en beneficio de otras lenguas que la aprovecharán para imponerse en
el planeta.' 120


Asimismo, cabe destacar que el ministro de Educación Nacional, D. Jean-Michel Blanquer, expresó su rechazó a la idea de introducir el lenguaje inclusivo en los libros de texto de los estudiantes franceses 121. En el mismo sentido, pocos
días después, el por entonces primer ministro francés, D. Edouard Phillipe, aprobó una normativa interna relativa a erradicar el lenguaje inclusivo de los textos oficiales publicados en el 'Journal officiel de la République franr;aise' 122 . Por
último, los parlamentarios recalcan las palabras de la ministra de Cultura, Dña. Roselyn Bachelot, que calificó el lenguaje inclusivo como 'un planteamiento elitista' 123.


Por último, los miembros de La République en Marche hicieron referencia a la preocupación de los expertos en dislexia, dispraxia y disfasia por las problemas añadidos generados por esta clase de lenguaje. Asimismo, los discapacitados pueden
verse especialmente afectados, especialmente quienes sufren ceguera.


Esta suma de complejidades crea obstáculos para la amplia mayoría de francoparlantes '(... ) ya que marca una ruptura entre el lenguaje hablado y escrito', amén de las razones arriba mencionadas.


Por lo tanto, quienes secundan el proyecto de Ley pretenden prohibir en cualquier clase de documento y comunicación emanada de la Administración Pública francesa la utilización del denominado lenguaje inclusivo por parte de las
Administraciones públicas y el personal a su servicio. Concretamente, recoge el proyecto de ley n 3922 el siguiente artículo 124:


'En los documentos administrativos, el uso de la denominada escritura inclusiva, que designa prácticas editoriales y tipografías destinadas a reemplazar el uso del masculino, cuando se usa en sentido genérico, una grafía que enfatiza la
existencia de una forma femenina está prohibida. Este artículo es de aplicación a los documentos elaborados por las administraciones mencionadas en el artículo 1.º de L.100-3 y por los organismos y personas encargadas de una misión de servicio
público industrial y comercial, para documentos elaborados en virtud de esta misión'.


Cuarto. El lenguaje inclusivo entorpece el funcionamiento de la Administración General del Estado.


Estas complicaciones derivadas del uso del lenguaje inclusivo pueden verse con frecuencia en los medios de comunicación, en los parlamentos, en las empresas y en los centros docentes, por citar algunos lugares. Desafortunadamente, cada vez
es más habitual escuchar a políticos, periodistas, empresarios, profesores y otras personalidades, con mayor o menor presencia pública, utilizarlo con lógica dificultad dada su extravagancia poco práctica. Ya sea por motivos ideológicos, por
sumarse a las modas o, simplemente, por desconocimiento de las consecuencias de su utilización, el lenguaje inclusivo avanza en España, curiosamente, entre las clases dirigentes pero no entre los españoles de a pie.


Sirva de ejemplo una rueda de prensa protagonizada por Dña. María Isabel Celaá Diéguez. El pasado 8 de marzo de 2019, la señora Celaá Diéguez, por entonces ministra portavoz del Gobierno, utilizó el lenguaje inclusivo para felicitar el Día
Internacional de las Mujeres. El resultado fue algo accidentado: 'Me permito recordarles que hoy es el Día Internacional de las Mujeres. Así que celebramos juntas, y juntos también, este día importante para nosotras, importante para lo que
significa la igualdad, la lucha por la


120 Traducción de: http://www.academie-francaise.fr/ actualites/ declaration-de-lacademie-francaise-sur-lecriture-dite-inclusive


121 10https://etudiant.lefigaro.fr/ article/blanquer-ne-veut-pas-d-ecriture-inclusive-a-1-ecole842810de-b25f-lle7-9alf-Olce1820c202/


122 https://www.lemonde.fr/politique/article/2017/11/21/le-premier-ministre-edouard-philippe-decide-de-bannir-1-ecriture-inclusive-des-textes-officiels 5218122 823448.html


123 12https://www.lepoint.fr/societe/roselyne-bachelot-s-en-prend-a-l-ecriture-inclusive-une-demarche-elitiste-07-09-2020-2390571 23.php


124 'interdiction de l'usage de l'écriture inclusive pour les personnes morales en charge d'une mission de service public'. https://www.assemblee-nationale.fr/dyn/15/textes/115b3922 proposition-loi



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igualdad, que sostenemos conjuntamente. Así que espero que ustedes pasen, ustedes, vosotros y vosotras, ustedes, ellos y ellas , un buen día en el avance de los derechos de igualdad' 125.


En la hemeroteca política española también resonó con fuerza los deslices lingüísticos de la ex ministra de Igualdad, Dña. Bibiana Aído Almagro, con su 'miembros y miembras' 126, así como el más reciente' Fuerzas y Cuerpas de Seguridad del
Estado' 127 de la señora Montero Gil, actualmente ministra de Igualdad del Gobierno presidido por D. Pedro Sánchez Pérez-Castejón.


Estas manifestaciones son prueba suficiente del torpe lenguaje inclusivo. No es práctico, pues, trasladarlo a los documentos, comunicaciones y escritos de la Administración Pública, en general, y la Administración General del Estado, en
concreto.


Los perjuicios superan con creces a los beneficios, tal y como se ha visto en las razones expuestas por los diputados franceses en la proposición de Ley citada. Además, es preciso recordar las máximas por las que debe guiarse nuestra
Administración Pública plasmados en el artículo 103.1 nuestra Carta Magna, según el cual 'la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho'.


A la vista de los hechos y ejemplos meritados, no parece que el lenguaje inclusivo coincida con los principios de actuación de la Administración Pública. Más bien, lejos de ser un instrumento eficaz al servicio de los ciudadanos, representa
un fenómeno obstructivo a favor de tendencias de cariz ideológico que estorba, molesta e incómoda la fluidez de la interlocución, escrita o verbal, entre emisor y receptor.


La Administración Pública debe actuar con objetividad los intereses generales y al bien común de los españoles. El lenguaje inclusivo nace con propósitos exclusivamente partidistas ajenos al sentir mayoritario de los ciudadanos y a sus usos
y costumbres como hispanohablantes. En definitiva, y como bien señala la Propuesta de Ley.


Quinto. Conclusión.


Eludir el valor genérico del masculino gramatical supone un retroceso en el uso correcto de la lengua española. El lenguaje inclusivo es un fenómeno lingüístico deliberado por instancias ajenas al uso diario del español por parte de los
hispanohablantes. Como se ha visto, obedece a fines de tipo ideológico. No responde a los usos y costumbres habituales de los mismos, sino que pretende imponer de forma forzosa y arbitraria unos hábitos ortográficos y gramaticales alternativos.


Por ende, la extensión del uso del lenguaje inclusivo a la Administración Pública presta un nulo servicio a sus fines. No supondría un reconocimiento de la evolución de los usos de lengua española, sino un ejercicio de coerción
administrativa al imponer a los administrados una forma de comunicación decidida por un colectivo de forma consciente. Una propuesta, por tanto, con escaso empuje popular. A todo ello se añade el evidente coste para las arcas públicas, tanto
económica como laboralmente, acudir a un estilo que prescinde del principio de economía del lenguaje y utiliza innecesariamente desdoblamientos. En suma, una inobservancia del respeto a los principios consagrados en la Constitución Española en su
artículo 103.1 y desarrollados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como el principio de 'servicio efectivo a los ciudadanos' y de 'simplicidad, claridad y proximidad'.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la exclusión del uso del denominado lenguaje inclusivo en todos los documentos oficiales emanados de la Administración General del Estado y de los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes de la misma.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Juan Carlos Segura Just, Pablo Juan Calvo Liste y Rocío de Meer Méndez,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


125 Transcripción obtenida de aquí: http s :// www.youtube.com / watch?v=ffC fUPOq3pE


126 https://elpais.com/politica/2018/02/09/actualidad/1518199760789488.html


127 https://www.abc.es/cultura/abci-fuerzos-y-cuerpas-irene-montero-cuando-lenguaje-inclusivo-forzoso-juega-mala-pasada-201904051209noticia.html



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley por la que se solicita al Gobierno que cese en
el proceso de transferencia de las competencias en materia de tráfico a la comunidad autónoma de Navarra y a la Policía Foral, manteniendo las mismas en manos de la Guardia Civil, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Gobierno de España transferirá la competencia en materia de tráfico a la comunidad autónoma de Navarra antes de que finalice el presente año, lo que supondrá el traspaso de las funciones que hasta ahora desempeñaba la Guardia Civil, a la
Policía Foral Navarra.


Este movimiento, que responde al acuerdo entre el PSOE y el PNV y EHBildu como pago al apoyo a la investidura de Pedro Sánchez como Presidente del Gobierno y de María Chivite como Presidenta de Navarra, no busca una mejora del servicio de
tráfico que se ofrece a los ciudadanos, sino la paulatina desaparición de la Guardia Civil de la Comunidad Foral. Se suma, además, a las últimas acciones llevadas a cabo por el Ejecutivo central encaminadas a potenciar el autogobierno de Navarra y
País Vasco y obtener apoyos políticos de partidos nacionalistas y separatistas, como el traspaso de la competencia en materia de sanidad penitenciaria a la comunidad foral, el traspaso de la competencia de prisiones en la comunidad autónoma vasca, o
el indigno acercamiento indiscriminado de presos etarras a prisiones próximas al País Vasco.


Los acuerdos llevados a cabo por el Gobierno central con partidos nacionalistas, como los mencionados, no solo atentan contra la igualdad y, muchas veces, la dignidad, de todos los españoles, sino que responden mayoritariamente a maniobras
políticas en beneficio de sus propios intereses partidistas. Además, reciben el rechazo unánime de los principales afectados, como agentes de la Policía Nacional, Guardia Civil o Funcionarios de Prisiones. Así, a los agentes de la Agrupación de
Tráfico de Navarra, y a sus familias, se les está generando una enorme situación de incertidumbre e indefensión, al no conocer el momento ni las condiciones en que tendrán que abandonar sus trabajos, sus lugares de residencia y sus hogares.


Por otro lado, como acostumbra a hacer este Gobierno, la opacidad de este proceso mantiene al conjunto de la ciudadanía, y a sus principales afectados, en el desconocimiento más absoluto sobre sus principales características y consecuencias.
No conocemos si la cesión competencial será exclusiva o compartida; si la Policía Foral Navarra cuenta con los recursos necesarios para hacerse cargo de estas competencias de manera íntegra en apenas unos meses; cuáles serán las condiciones de la
denominada 'pasarela' para los agentes de la Guardia Civil que pasen a la Policía Foral; cuál será la situación de los agentes trasladados fuera del territorio navarro; qué estadísticas se manejan sobre el número de agentes que querrán cambiar de
Cuerpo y el número de agentes que se mantendrán en la Benemérita y, en este caso, si éstos podrán quedarse ejerciendo sus funciones en la comunidad navarra; qué coste tendrá toda esta operación y por quién será asumida, y un largo etcétera.


Este proceder, en suma, no es sino otra muestra más del poco respeto y, muchas veces, desprecio, con el que el Presidente del Gobierno y su Ministro del Interior, tratan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de lo que pueden darse
incontables ejemplos que han desembocado en la petición reiterada de este grupo parlamentario, y otros, de reprobación, cese y petición de dimisión del Ministro Grande-Marlaska.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a cesar en el proceso de transferencia a la comunidad autónoma de Navarra y la Policía Foral, de las competencias en materia de tráfico, manteniendo las mismas en manos de la Guardia Civil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a mantener en la
Guardia Civil las competencias de tráfico, sin proceder a su transferencia a la comunidad autónoma de Galicia en caso de que ésta lo solicitara, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Recientemente hemos conocido que el Parlamento de Galicia ha tomado en consideración una iniciativa, impulsada por el partido nacionalista gallego, por la que se solicita al Gobierno de España el traspaso de las competencias en materia de
tráfico para dicha comunidad autónoma.


No es descartable que este acuerdo parlamentario, que diez años atrás se topó con la frontal oposición del partido socialista, entre otros, hoy sí termine prosperando, visto el historial de concesiones a partidos separatistas y nacionalistas
hechas por el actual Presidente del Gobierno, en pago de favores parlamentarios en defensa de sus intereses meramente partidistas. Así, por ejemplo, esta misma semana se ha cerrado el traspaso de las competencias de tráfico a Navarra, o de
prisiones al País Vasco, previo acercamiento indiscriminado de los presos etarras.


Estos movimientos, siempre impulsados por los partidos que pretenden negar la pertenencia de sus territorios a España, rara vez buscan mejorar los servicios prestados a los ciudadanos, sino la paulatina desaparición de todo lo que en sus
comunidades autónomas refleje la presencia del Estado, como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre otros. Los acuerdos llevados a cabo por el Gobierno central con partidos nacionalistas, como los mencionados, no solo atentan contra la
igualdad y, muchas veces, la dignidad, de todos los españoles, sino que responden mayoritariamente a maniobras políticas en beneficio de sus propios intereses. Además, reciben el rechazo unánime de los principales afectados, como ocurre
generalmente con los agentes de la Policía Nacional, la Guardia Civil o los Funcionarios de Prisiones.


En el caso concreto de Galicia sucede, además, que para que el Gobierno central autorizase una potencial transferencia de esta competencia a dicho territorio, primeramente éste debería desarrollar un cuerpo policial propio, una 'policía
gallega' que ejerciera tal competencia y de la que hoy no dispone, lo que convierte esta petición no solo en arbitraria y desigual para con el resto de ciudadanos por lo ya apuntado, sino en un completo despropósito.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mantener en manos de la Guardia Civil las competencias en materia de tráfico, no procediendo a su transferencia a la comunidad autónoma de Galicia en caso de que ésta lo solicitara.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2021.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000686


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª María Teresa López Álvarez, D. Pablo Juan Calvo Liste, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás y D.ª Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del
Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de los procedimientos de declaración de tutela administrativa
de menores en situación de desamparo, para su discusión en Pleno.



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Exposición de motivos


Primero. Protección pública de la familia y de los menores.


El artículo 39 de la Constitución Española ('CE') tiene una doble vertiente: por un lado, obliga a los poderes públicos a proteger la institución familiar; por otro, compele a los padres a prestar la debida asistencia a sus hijos:


'1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.


2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la
paternidad.


3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.


4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.'


El párrafo cuarto enuncia la protección de que deben ser objeto los menores de edad. Este derecho no solo goza de un efectivo reconocimiento en los ordenamientos nacional e internacional, sino que además ha cobrado tal entidad que se ha
erigido en principio rector del Derecho de Familia -el interés superior del menor-.


Segundo. Regulación jurídica de la situación de desamparo.


1. Patria potestad ordinaria, prorrogada y rehabilitada, tutela ordinaria y tutela administrativa.


El artículo 154 del Código Civil ('CC') dispone que 'los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de los progenitores'. La patria potestad es un derecho y, al mismo tiempo, un deber de los padres, que deben ejercerla 'siempre en
interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental' (ibid.).


Existen dos subtipos específicos de patria potestad -prorrogada y rehabilitada-, que ostentan los progenitores sobre sus hijos mayores de edad que tengan modificada su capacidad de obrar. Así lo dispone el artículo 171 CC, que diferencia
entre ambas figuras:


'La patria potestad sobre los hijos que hubieran sido incapacitados quedará prorrogada, por ministerio de la Ley, al llegar aquéllos a la mayor edad. Si el hijo mayor de edad soltero que viviere en compañía de sus padres o de cualquiera de
ellos fuere incapacitado se rehabilitará la patria potestad, que será ejercida por quien correspondiere si el hijo fuera menor de edad.'


Cuando concurra en ambos progenitores una incapacidad para ejercer debidamente la patria potestad, así como en los supuestos de ausencia de aquellos, entra en juego la figura legal de la tutela ordinaria ejercida por terceras personas
(normalmente, parientes de los menores), regulada en los artículos 222 y siguientes del CC.


Si dicha tutela de terceros también se demuestra insuficiente o si su atribución siquiera puede tener lugar, será la Administración la que deba hacerse cargo de la tutela de los menores, en virtud de lo dispuesto en los artículos 172 CC y 10
y siguientes de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor ('LOPJM').


2. Desamparo del menor.


La Administración ha de intervenir para garantizar la protección de los menores cuando concurra una situación de desamparo, definida en el artículo 18.2 LOPJM:


'De acuerdo con lo establecido en el artículo 172 y siguientes del Código Civil, se considerará situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección
establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.



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La situación de pobreza de los progenitores, tutores o guardadores no podrá ser tenida en cuenta para la valoración de la situación de desamparo. Asimismo, en ningún caso se separará a un menor de sus progenitores en razón de una
discapacidad del menor, de ambos progenitores o de uno de ellos.'


Dada la amplitud de la definición, el mismo artículo proporciona una serie de indicadores que, de producirse en un grado elevado, permitirán concluir que dicho desamparo se está produciendo. Son los siguientes:


- Abandono físico del menor.


- Transcurso del plazo de guarda voluntaria.


- Riesgo para la vida, salud e integridad física, mental o moral del menor, así como para el adecuado desarrollo de su personalidad.


- Incumplimiento o el imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de guarda como consecuencia del grave deterioro del entorno o de las condiciones de vida familiares.


- Inducción a la mendicidad, delincuencia o prostitución, o cualquier otra explotación del menor.


- Ausencia de escolarización o falta de asistencia reiterada y no justificada adecuadamente al centro educativo.


- Y, en síntesis, cualquier otra situación gravemente perjudicial para el menor que traiga causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de la patria potestad, la tutela o la guarda, cuyas consecuencias no puedan ser
evitadas mientras permanezca en su entorno de convivencia.


3. Situación de riesgo para el menor.


La situación de desamparo de los menores suele ir precedida de otra regulada en el artículo 17 LOPJM, denominada situación de riesgo:


'Se considerará situación de riesgo aquella en la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos, el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su bienestar
o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentarían su declaración de situación de desamparo y la asunción de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la administración
pública competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptación que le afectan y evitar su desamparo y exclusión social, sin tener que ser separado de su entorno familiar.'


En estos casos, la intervención de la Administración Pública debe dirigirse a evitar que empeore el perjuicio que aqueja al menor y prevenir así que su situación se convierta en un desamparo efectivo.


Aun estando en situación de riesgo, el menor permanecerá en su entorno familiar, por lo que se respetarán la patria potestad y la custodia de quien hasta el momento las estuviera detentando.


4. Intervención subsidiaria de las Administraciones Públicas.


Si el riesgo para el menor aumenta y la Administración competente constata que aquel se encuentra en situación de desamparo está obligada, en virtud del artículo 18 LOPJM al que ya hemos hecho alusión, a asumir su tutela, 'adoptando las
oportunas medidas de protección y poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal y, en su caso, del Juez que acordó la tutela ordinaria'. Es la llamada tutela administrativa o por ministerio de la ley (ex lege) 128.


Es menester hacer hincapié en la subsidiariedad de la intervención administrativa en estos casos porque, salvo contadas excepciones, el medio idóneo para el desarrollo integral del menor es su propia familia biológica o adoptiva (la nuclear
o, en su defecto, la extensa). Así lo han reconocido la doctrina y la jurisprudencia y, en el ámbito extrajurídico, numerosas asociaciones dedicadas a preservar el interés de los menores.


En virtud del principio de subsidiariedad, las medidas administrativas de protección de los menores no están encaminadas a que la Administración ejerza, de manera indefinida, la tutela de estos. Al contrario, lo que la ley prima en la
guarda o tutela administrativa es la transitoriedad 129, puesto que esta situación implica la separación de los menores respecto de sus familias.


128 Regulada también en el artículo 222.4.° del Código Civil.


129 Articulos 17 y 18 LOPJM.



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Las normas en materia de tutela administrativa están guiadas en todo momento por varios criterios 130:


- Garantizar en todo caso el interés del menor.


- Procurar la reversión de tal modo que, si cambian las circunstancias en la familia de origen, el menor pueda reincorporarse a ella.


- Mantener unidos, en lo posible, a los hermanos de una misma familia 131.


En este mismo sentido, en un monográfico dedicado a la cuestión del interés del menor, puntualiza el Defensor del Pueblo:


'Los niños no han de ser separados de sus padres contra la voluntad de estos y somete la decisión de separarlos -considerándola un mal menor- a una triple exigencia: que resulte necesaria para el superior interés del niño, que el proceso
esté regulado legalmente y que quepa, en todo caso, revisión judicial de las decisiones que se adopten.' 132


Tercero. Procedimiento legal para la declaración de desamparo.


El artículo 172 CC establece lo siguiente:


'Cuando la Entidad Pública a la que, en el respectivo territorio, esté encomendada la protección de los menores constate que un menor se encuentra en situación de desamparo, tiene por ministerio de la ley la tutela del mismo y deberá adoptar
las medidas de protección necesarias para su guarda, poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal y, en su caso, del Juez que acordó la tutela ordinaria.'


El alcance de la intervención de la Administración variará en función de si el menor se encuentra expuesto a una situación de riesgo o de desamparo.


En caso de que se detecte que el menor está en situación de riesgo, los servicios sociales deberán aplicar los oportunos planes de intervención familiar, a fin de que se corrijan los problemas existentes.


Si su actuación no llega a buen fin o ni siquiera pudiera ponerse por obra y la situación del menor deviniera en desamparo, la Administración debería entonces tomar medidas de protección más drásticas, entre las cuales se incluye el hacerse
cargo de su tutela ex lege, cuyo ejercicio será encomendado al servicio de protección de menores o a una familia de acogida.


Según consta en el Boletín de datos estadísticos de medidas de protección a la infancia editado por el Ministerio de Derechos sociales y Agenda 2030 133, el número de menores atendidos por el sistema de protección a la infancia en 2018 fue
de 49.985. De ellos, en 31.237 casos se declaró la tutela de la Administración.


130 Sobre el particular , véanse los arts. 172.4, 172.5 y 173.3 del Código Civil, 2, 9, 10, 11, 14, 21, 24, D. A.3.ª y D. F. 20.ª de la LOPJM, 3.1 de la Convención de los Derechos del Niño y 8.14 de la Carta Europea de los Derechos del
Niño.


131 Vid. VV.AA., Protección Jurídica del Menor, Colex, Madrid, 2014, pp . 134-135 .


132 Defensor del Pueblo, Estudio sobre la escucha y el interés superior del menor. Revisión judicial de medidas de protección y procesos de familia, Madrid, mayo 2014, pp. 24-25. El Defensor hace referencia al artículo 9 de la Convención
sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1989 por Naciones Unidas y suscrita por España el 31 de diciembre de 1990.


133 6https:// observatoriodelainfancia.vpsocial.gob .es/ productos/pdf /Boletín Proteccion 21 Accesible.pdf, pág. 22.



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Cuarto. Problemas derivados del actual procedimiento de cuidado de los menores en desamparo.


El régimen de asunción de la tutela de los menores por parte de la Administración presenta varios puntos débiles, que son objeto de una dura crítica social:


- Falta de concreción normativa. Las medidas descritas, poco detalladas y concretas, suelen carecer de requisitos administrativos y de garantías de los derechos de los progenitores. Prueba de ello es que ni siquiera se exige legalmente una
declaración formal del estado de desamparo de un menor para que la Administración retire la patria potestad a sus padres. En este sentido, aunque el régimen regulatorio opte por primar la celeridad, en atención a la situación de los menores, ello
no puede tener lugar en detrimento de la seguridad jurídica y de los derechos de sus progenitores.


- Diferencia de regulación entre las diferentes comunidades. Las decisiones concretas que se adopten dependerán, además, de la regulación de cada comunidad autónoma, toda vez que, en materia de protección del menor, tienen atribuidas las
competencias (ex. artículo 148.1.20.ª CE).


- Tendencia a no respetar el principio de transitoriedad. Los medios de comunicación se hacen eco con frecuencia de las dramáticas consecuencias que provoca el actual régimen de tutela administrativa de los menores 134. Un dato
estremecedor es que 'solo el 9,2 % de los niños y adolescentes tutelados que salieron de los centros de menores en 2018 en España lo hicieron para volver con sus familias' 135


134 Uno de los más mediáticos ha sido el de Laura Allongo. Ella y su pareja trajeron de Nigeria al sobrino de él, menor de edad, gravemente enfermo. Cuando solicitaron ayuda a los servicios sociales para llevarle a la guardería, en lugar
de ayudarles a que formalizar su adopción, les retiraron su custodia y lo dieron en adopción a otra familia . Laura lleva varios años intentando recuperarlo, en una pugna con la Administración que parece no tener fin. La pareja aduce que los
criterios seguidos por la Administración durante este proceso han sido, cuando menos, oscuros, lo cual no hace sino aumentar su sensación de indefensión. En junio de 2018, un buen número de personas que atraviesan circunstancias análogas se
manifestó en Madrid, para pedir que se les devolviese la patria potestad de sus hijos retirada de forma injusta. En otra ocasión varias madres hicieron huelga de hambre ante la Fiscalía General del Estado por esta misma razón. Incluso se han
creado varias asociaciones específicamente dirigidas a unir a las personas desesperadas por la pérdida de sus hijos o tutelados a manos de la Administración.


135 8https://www.lavanguardia.com/vida/20200118/472943055004/solo-el-9-de-los-menores-tutelados-en-centros-vuelven-con-sus-familias.htrnl



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Diversas asociaciones 136 que agrupan a padres de hijos sometidos a tutela de la Administración han denunciado, al hilo de lo expuesto, diversas irregularidades y déficits que concurren en el proceso. Así, afirman entre otras cosas:


- Que la declaración de desamparo es un trámite meramente administrativo. Y que, dadas sus gravísimas consecuencias, debiera ser un Juez quien lo acordase, con las debidas garantías procesales, incluida la de ser asesorado por un Letrado.


- Que los criterios para considerar la existencia del desamparo son etéreos, inconcretos y manipulables a voluntad de la Administración, lo que genera una gran indefensión a las familias.


- Que la cualificación de los miembros de los servicios sociales no está garantizada, e incluso en ocasiones ni siquiera se firman los informes consignando el número de colegiado del profesional interviniente.


- Que los expedientes de los servicios sociales son secretos hasta que se decreta el desamparo, por lo que las familias no pueden tener acceso a ellos ni conocer de primera mano cuáles son los problemas que se les imputan, ni la forma de
remediarlos para mantener a sus hijos con ellos. Y, cuando por fin les permiten el acceso, en caso de considerar que no reflejasen la realidad o adoleciesen de cualquier otro vicio, no se les da la oportunidad de impugnarlos ante instancia alguna.


- Que a los padres no se les permite grabar las entrevistas que mantienen con los profesionales que instruyen el expediente de riesgo o de desamparo, ni tampoco que estas tengan lugar en presencia de Letrado. Ello hace, de Jacto, que
cualquier ulterior reclamación adolezca de falta de pruebas.


- Que se aparta a los menores de sus familias con excesiva facilidad, en lugar de dedicar más tiempo y recursos por parte de los servicios sociales al trabajo conjunto con los menores en el seno de sus familias de origen.


- Y que, por el contrario, los trámites para recuperar su patria potestad son titánicos, lo que muestra que no se respeta el criterio de la temporalidad de la intervención administrativa ni se procura la restitución de los menores a sus
familias. De hecho, los planes de trabajo que los servicios sociales realizan y entregan a las familias para poder, en teoría, recuperar a los menores, son con frecuencia tan inalcanzables que hacen imposible a dichas familias la consecución de tal
objetivo.


- Que las visitas con los menores, una vez la Administración asume su tutela, son muy escasas y se realizan bajo vigilancia, por lo que el contacto de los menores con sus padres o tutores es cada vez menos frecuente y espontáneo hasta,
finalmente, llegar incluso a desaparecer en aquellos los vínculos de afecto.


- Que los centros de acogida, públicos en su mayoría, perciben por cada menor a su cargo grandes cantidades de dinero (unos 4.000 euros mensuales de media), provenientes tanto de las arcas del estado español como de los fondos de la Unión
Europea. Por lo cual es posible que exista un interés espurio por su parte en el incremento del número de menores tutelados a su cargo.


- Que en los centros de acogida es frecuente la carencia de afecto y cercanía para con los menores, lo que redunda en un perjuicio para su correcto desarrollo psicológico y emocional.


- Que, incluso en los casos en que los padres o tutores consiguen hacerse nuevamente con la tutela de sus hijos, después de años de lucha (y, normalmente, después de pasar además por el Juzgado), la relación con ellos está tan deteriorada
que es imposible recuperarla del todo. Ello pone de relieve la inefectividad y profunda injusticia del sistema.


De las referidas críticas se infiere que existe una grave falta de claridad para con las familias en relación con el proceso de declaración de desamparo de sus hijos y consecuente asunción de la tutela por parte de las administraciones
competentes. Ello redunda, como no podía ser de otro modo, en una vulneración de los derechos de los menores y de sus progenitores.


Quinto. Conclusión.


Este Grupo Parlamentario considera que el Estado debe reafirmarse en su deber constitucional de protección a las familias y, en especial, a los menores. Y ello comporta, entre otras cosas y por cuanto aquí nos ocupa, una revisión de la
regulación atinente a la tutela administrativa de los menores en desamparo de manera que, sin dejar de estar orientada al interés superior del menor, revista además las suficientes garantías jurídicas para las familias involucradas en estos
dolorosos procesos.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


136 Entre ellas: Asociación para la Defensa del Menor, Aldeas Infantiles SOS, Save the Chíldren, Stop Impunidad Maltrato Infantil, Asociación para la Defensa de los Derechos de los Niños y las Niñas y Real Ríghts far Chíldren Stop
Desamparament.



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en virtud de las competencias que le confiere la Constitución Española en los artículos 149.1.1.ª y 149.1.8.ª, a cumplir con la obligación que los poderes públicos tienen de proteger a las
familias y de garantizar el interés superior del menor, concretamente por cuanto se refiere a los procesos de tutela administrativa de los menores, en los términos siguientes:


1. Definir de manera más específica y objetiva cuándo ha de considerarse que el menor está en situación de riesgo y de desamparo.


2. Concretar los hitos en que la tutela administrativa puede revertirse para que el menor retorne con su familia de origen, y regular con detalle el desarrollo de dicho procedimiento.


3. Promover que los planes psicosociales de intervención se desarrollen primaria y principalmente en el entorno familiar de los menores.


4. Promover el respeto de los principios de interés superior del menor y subsidiariedad y transitoriedad de la intervención administrativa.


5. Promover que las familias puedan seguir teniendo una relación fluida con sus hijos mientras permanezcan bajo tutela administrativa, para salvaguardar la relación entre ellos.


6. Promover que los profesionales que intervienen en los procesos ostenten la mejor cualificación posible.


7. Favorecer la independencia de los centros de acogida de menores, con el fin de evitar que las declaraciones de tutela administrativa puedan verse influidas por intereses económicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2021.-María Teresa López Álvarez, Pablo Juan Calvo Liste, Rocío de Meer Méndez, María de la Cabeza Ruiz Solás y Georgina Trías Gil, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.


162/000688


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer, D. Rubén Silvano Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta, en
sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a la mejora del funcionamiento del mercado de Operadores de productos petrolíferos al por mayor de cara a reducir el fraude y permitir la libre competencia, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Sector de gran importancia para la economía nacional.


1. El refino y la distribución de productos derivados del petróleo es un sector industrial fundamental para España, que proporciona energía para uso directo (combustible, calefacción,) e indirecto (producción de energía eléctrica) y es la
materia prima base para diferentes procesos productivos, teniendo un claro efecto tractor sobre la inversión y el empleo 137.


El sector en cifras


- 2,2% del VAB de la industria manufacturera.


- 535 de la participación en la energía final total española.


- 15.147 millones de euros en exportaciones.


- 39.000 millones de euros de cifra de negocios.


- 19.800 millones de euros pagados en impuestos.


- 200.000 empleos estables y de calidad en España.


Fuente: AOP. Memoria 2019


137 Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP)



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Segundo. Sector sujeto a numerosas figuras impositivas.


2. La actividad, suministro y distribución de productos petrolíferos, desarrollada por los Operadores al por mayor y Distribuidores de Productos Petrolíferos, está afectada por diferentes legislaciones industriales y fiscales que gravan el
coste del producto desde la salida de los depósitos fiscales. Entre las principales medidas legislativas que afectan a este sector nos encontramos las siguientes:


- Mantenimiento del número de días de Existencias Mínimas de Seguridad: regulados por el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de
abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos. Este Real Decreto tiene su origen, como señala su exposición de motivos, en el hecho de que 'el Estado debe velar por la seguridad y continuidad del
abastecimiento de hidrocarburos, sobre la base de las competencias contenidas en la Constitución relativas a la planificación en materia energética, circunstancia que justifica la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de
productos petrolíferos y de gas natural, así como las exigencias de una adecuada diversificación de los suministros de gas'.


- Aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética: regulado por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, y, posteriormente, por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia, que 'estableció un sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética en virtud del cual se asigna a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por
mayor, y a los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor, en adelante sujetos obligados del sistema de obligaciones, una cuota anual de ahorro energético denominada obligación de ahorro 138', fijando en un primer momento el periodo de
duración de este sistema nacional de obligaciones hasta el año 2020 139. Para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones anuales de ahorro energético, los sujetos obligados debían realizar una contribución financiera anual al Fondo Nacional
de Eficiencia Energética ('FNEE'), a ingresar en cuatro pagos iguales a lo largo del año, no más tarde del 31 de marzo, del 30 de junio, del 30 de septiembre y del 31 de diciembre, por el importe resultante de multiplicar su obligación de ahorro
anual por la equivalencia financiera correspondiente 140.


- Posteriormente el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, modifica el cálculo de las obligaciones y extiende las aportaciones al FNEE
hasta 2030. La nueva redacción señala expresamente que 'El periodo de duración del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética comprenderá desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas
urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, hasta el 31 de diciembre de 2030' (artículo 69.3 de la Ley 18/2014).


- Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IIEE) tipo estatal: la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 procedió a integrar el tipo impositivo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos en el tipo
estatal especial, al objeto de garantizar la unidad de mercado en el ámbito de los combustibles y carburantes y cumplir con lo dispuesto en la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen
comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad. En 2020, la recaudación de este impuesto alcanzó 10.326 millones de euros, un 15,8% menos que lo recaudado en el 2019, motivado principalmente por las restricciones a la
movilidad decretadas por la pandemia de la Covid-19.


- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).


- Certificados de biocarburantes.


- Obligaciones de financiación de los costes de las RECORE (generación de electricidad a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos) mediante las aportaciones al Proyecto de Fondo Nacional para la
sostenibilidad del Sistema Eléctrico (FNSSE). Aunque de momento es solo un proyecto, la obligación asignada a los productos petrolíferos supone el 43,7% de las aportaciones al Fondo que alcanzarían los 2.082M€/ año en 2025, lo que, si no se regula
adecuadamente, puede convertirse en un nuevo e importante foco de fraude .


138 Artículo 69 Ley 18/2014.


139


140 Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico



Página 80





Tercero. Diferentes cambios normativos han facilitado las prácticas fraudulentas de algunas empresas.


3. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de Hidrocarburos, culmina el proceso de liberalización del sector iniciado en 1992. Los principales aspectos contemplados por la Ley en cuanto a liberalización del sector petrolero son:


- La creación de la Comisión Nacional de Energía (CNE), como ente regulador del funcionamiento de los sistemas energéticos en España. Entre otras funciones debe velar por la competencia efectiva en el sector energético y por la objetividad
y transparencia de su funcionamiento, en beneficio de todos operadores y consumidores del sector. Esta labor de supervisión del mercado y la competencia efectiva fue asumido por la Comisión nacional de los Mercados y la Competencia de acuerdo con
la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.


- La simple Autorización Administrativa previa para la mayoría de las actividades por la que se liberalizan definitivamente las actividades de refino, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de productos petrolíferos,
suprimiéndose las preexistentes autorizaciones por la mera autorización administrativa previa de instalaciones afectas a las actividades de operaciones al por mayor.


- Libertad de acceso de terceros a la red logística de productos petrolíferos por la que se establece que los titulares de instalaciones fijas de almacenamiento y transporte de productos petrolíferos deben permitir el acceso de terceros a su
red.


- Liberalización de los Precios de productos petrolíferos a excepción del GLP envasado y canalizado.


4. La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, eliminó la necesidad de contar con una autorización administrativa
para el ejercicio de Operador al por mayor de productos petrolíferos y se sustituyó por una declaración responsable, lo que posibilitó la entrada de numerosos operadores y, dada la falta de control del organismo competente -el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico-, se ha incrementado el riesgo de fraude.


5. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, estableció que los
distribuidores podían suministrar a otros distribuidores al por menor, productos petrolíferos previa inscripción en el registro de impuestos especiales 141, sin que esto fuera una práctica habitual hasta 2015. Desde entonces ante la proliferación
de oportunidades de fraude (incremento de contenido en biocarburantes, aportaciones al FNEE) se ha incrementado el número de distribuidores (que se constituyen como SL o SLU, con un capital mínimo de 3.000€), dando 'legitimidad' a una práctica donde
distribuidores al por menor actúan en realidad como Operadores Mayoristas, vendiendo a distribuidores de venta directa o Estaciones de Servicio. Estas empresas, con unos requisitos administrativos menores que los de los operadores, son capaces de
crearse y desaparecer en cortos plazos de tiempo, y actuando en casi todas las ocasiones como paraguas, un mismo operador petrolífero sobre varios distribuidores. Siendo, por ejemplo, uno de los focos fundamentales del fraude del IVA (el más
cuantioso en la actualidad de los fraudes observados) y otros muy relevantes como la obligación de introducir biocombustibles en los carburantes con destino al transporte.


6. El esquema del fraude, centrado en el IVA, consiste en adquirir legalmente carburantes en un Depósito Fiscal (mayorista de hidrocarburos), en régimen suspensivo del pago del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) 142 y sin soportar
IVA, para su venta posterior a estaciones de servicio (gasolineras) con repercusión de IVA, y liquidación del IEH. Sin embargo, las empresas implicadas no


141 Artículo 43.1 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos: 'La actividad de distribución al por menor de productos petrolíferos comprenderá al menos una de las actividades siguientes: a) El suministro de
combustibles y carburantes a vehículos en instalaciones habilitadas al efecto. b) El suministro a instalaciones fijas para consumo en la propia instalación. c) El suministro de queroseno con destino a la aviación. d) El suministro de combustibles
a embarcaciones. e) Cualquier otro suministro que tenga por finalidad el consumo de estos productos. Siempre y mando realicen alguna de las actividades anteriores los distribuidores podrán suministrar a otros distribuidores al por menor de
productos petrolíferos. En este caso deberán inscribirse previamente en el registro de los impuestos especiales, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 18 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Im­puestos Especiales, y a su
normativa de desarrollo'.


142 Señala la Exposición de Motivos de la Ley 38/ 1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que 'la existencia de es te régimen suspensivo evita la aparición de costes financieros como consecuencia del des fase temporal entre la
realización del hecho imponible y el momento en que se produce la puesta a consume'.



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ingresan en Hacienda el IVA que habían repercutido y cobrado a las gasolineras 143 sin previamente haber soportado coste alguno por este impuesto, pues la compra la han realizado exenta del mismo. La figura de distribuidorrevendedor, a la
que el operador y otros revendedores le venden, encadenando ventas entre revendedores, dificulta enormemente la trazabilidad del producto e identificar el punto de la cadena en el que se pueda producir fraude de IVA.


Desde 2013, han sido varias las intervenciones de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil destinadas a desarticular organizaciones criminales dedicadas principalmente a defraudar en el pago del IVA. Las 8 organizaciones
desarticuladas desde el año 2013 han supuesto un fraude de 510 millones de euros.


Por último, conviene destacar que en el actual Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas
contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego , se prevé la extensión del supuesto de responsabilidad
subsidiaria del pago de la deuda tributaria del IVA a los titulares de los depósitos distintos de los aduaneros correspondiente a la salida o abandono de los bienes estos depósitos, a los bienes objeto de Impuestos Especiales, para evitar que los
beneficios del régimen se utilicen de forma fraudulenta para realizar compras exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido al amparo del régimen, con devengo del Impuesto a la salida pero sin ingreso del mismo ante la Hacienda Pública (punto VII de
la Exposición de Motivos).


Cuarto. Este tipo de fraude genera distorsiones en la competencia.


7. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es el organismo que vela por 'el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas'. Dentro del mercado objeto de la presente
Proposición no de Ley, dicha Comisión realiza, entre otras, las siguientes actuaciones:


a) Informes periódicos de la evolución de los precios de venta al público de los carburantes en las estaciones de servicio.


b) Supervisa la actividad logística de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) en España.


c) En cumplimiento del artículo 42 de la Ley de Hidrocarburos, publica y mantiene actualizado el listado de operadores al por mayor de productos petrolíferos que han comunicado al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico el
inicio de su actividad 144.


8. Las compañías que cometen este tipo de fraude pueden ofrecer descuentos frente a las compañías que cumplen las diferentes normativas, distorsionándose de este modo la libre competencia.


9. Del mismo modo, la falta de control de los Organismos Competentes ha generado incumplimientos normativos, entre los que cabe destacar los siguientes:


a) Falta de mantenimiento de Existencias Mínimas de Seguridad: ya que muchas compañías no reportan la debida información a la Corporación de reservas estratégicas (CORES) o al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(MITECO).


b) Falta de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética: dada que ésta se basa en previsiones de ventas, y son fácilmente manipulables a la baja, las aportaciones al Fondo son menores de lo previsto. Además, teniendo en cuenta
que durante los dos primeros años las compañías no están obligadas a aportar cantidad alguna al Fondo, las defraudadoras, pueden ejercer presión desleal en los precios, al sumarse al fraude del IVA la no aportación al Fondo.


c) Fraude en la incorporación de biocarburantes, no presentando los certificados de biocarburantes correspondientes con sus ventas, lo que ocasiona la obligación de la realización de un pago compensatorio que rara vez se produce.


Por lo tanto, se hace necesario establecer las medidas que permitan eliminar el fraude existente tanto en el pago del IVA (adicionales a las ya previstas en el proyecto de Ley anteriormente citado), como en la incorporación de biocarburantes
y el pago de las aportaciones a diferentes Fondos, y asegurar la libre competencia para que todos los operadores accedan al mercado en igualdad de condiciones.


143 7Agencia Tributaria.


144 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).



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En atención a lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las siguientes medidas para mejorar el funcionamiento del mercado de Operadores de productos petrolíferos al por mayor, de cara a reducir el fraude y permitir la libre competencia:


a) Establecer un Sistema de Avales y Garantías para cubrir el incumplimiento de las obligaciones del operador al por mayor: esta garantía sería un desincentivo al fraude y un elemento que aseguraría el cumplimiento de las diferentes
obligaciones establecidas en la normativa aplicable. El importe de esta garantía se establecería de manera creciente en función del volumen vendido, señalándose un máximo.


b) Para una sociedad de nueva constitución, deberá asegurarse el cumplimento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 197/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector de
hidrocarburos dispuesto en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes 145. En relación con los recursos propios, deberán estar íntegramente desembolsados, mediante aportaciones dinerarias al tiempo de la comunicación,
como recoge la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.


c) Reportar diariamente las Existencias Mínimas de Seguridad: valiéndose para ello de las nuevas tecnologías para el envío de información a CORES relativa a salidas y stock, pudiéndose de esta manera controlar eficazmente nuestras reservas
y sancionando de manera inmediata a aquellos operadores que no remitan dicha información de manera continuada.


d) Reducir los plazos para la acreditación y el pago de las obligaciones de incorporación de biocarburantes y las aportaciones al FNEE, o que, en su defecto o de manera complementaria, sujetos obligados vayan realizando mensualmente entregas
a cuenta que se regularizarán una vez terminado el ejercicio y contrastadas las ventas que generan la obligación.


e) Promover que se incremente la escasa actividad inspectora y de control del Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico, en relación con la obligación de los operadores petrolíferos de cumplir con lo establecido en el
Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes.


f) Reducir los plazos de tramitación de expedientes sancionadores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Rodrigo Jiménez Revuelta, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán
e Iván Espinosa de los Monteros de Simón, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


162/000690


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en los arts. 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el Estatuto del Artista, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La cultura, por medio de sus diferentes manifestaciones artísticas, es un pilar básico de toda sociedad y uno de los motores de su desarrollo. No obstante, el mundo artístico y cultural es un sector heterogéneo compuesto por multitud de
actores que comparten una serie de rasgos comunes como son la precariedad laboral, la intermitencia o las particularidades fiscales. En este sentido, la normativa legal existente, y en más de una ocasión la ausencia de la misma, se ha demostrado a
todas luces insuficiente o poco


145 Artículo 10. El cumplimiento de sus instalaciones de las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias. Para acreditar que sus instalaciones cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, los sujetos que realicen
o vayan a realizar la actividad de operador al por mayor deberán estar en posesión de las autorizaciones de las instalaciones otorgadas por los órganos administrativos competentes por razón de los territorios donde se ubiquen las instalaciones,
indicando la idoneidad de las mismas para el desarrollo de las actividades a realizar y el cumplimiento de las disposiciones y normas técnicas de seguridad vigentes en la materia o, en su caso, actas de puesta en marcha dictadas por los órganos
territoriales competentes.



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adecuada para hacer frente a los distintos problemas que afectan a este sector, situación que se ha agravado con la pandemia y la subsiguiente crisis económica.


En este sentido, la aprobación de un Estatuto del Artista, largamente reclamado por el sector, ha sido objeto de atención por parte de la Cámara desde hace varias legislaturas. Así, en la sesión plenaria del 2 de febrero del año 2017, el
Congreso de los Diputados acordó la creación, en el seno de la Comisión de Cultura, de una Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista.


Tras la constitución de dicha Subcomisión, se inició un extenso trabajo en el que se contó con la colaboración de distintos actores, colectivos y organizaciones del mundo de la cultura, los cuales expusieron su situación singular en materia
de fiscalidad, normativa laboral, la transición profesional, o la intermitencia que caracteriza a muchas y muchos trabajadores de este sector, y la necesidad de que todo ello pudiera quedar englobado en el denominado Estatuto del Artista.


Finalmente, con fecha de 20 de junio de 2018, la Subcomisión emitió un informe en el que, además de sintetizar el trabajo realizado durante esos meses, contemplaba también una serie de propuestas y recomendaciones para intentar solventar los
distintos problemas que fueron detectados. Estas medidas se centraron en cuestiones de fiscalidad, protección laboral y Seguridad Social, y la compatibilidad de la percepción de prestaciones públicas con ingresos por derechos de propiedad
intelectual y por actividades creativas.


Desde entonces, la situación política ha sufrido grandes cambios no sólo a nivel político, también en el plano sanitario. La crisis derivada de la COVID-19 ha afectado especialmente a sectores como el cultural, ha agravado los problemas que
ya padecía y, además, originado otros nuevos. En poco tiempo el sector cultural y una gran parte de sus integrantes se vio privado, como tantos otros, de su medio de vida y de sus principales fuentes de ingresos. Cancelaciones de espectáculos y
actuaciones, cierre de locales y salas o suspensiones de eventos han sido la tónica dominante desde entonces.


Ya en febrero de 2020, el ministro Rodríguez Uribes, al exponer las líneas básicas de las políticas de su Ministerio en la Comisión de Cultura, incidía en la urgencia de iniciar los trámites para aprobar el Estatuto del Artista. En sus
sucesivas comparecencias en la citada Comisión, este grupo parlamentario ha insistido al titular de Cultura en la cuestión, reclamándole hechos concretos y no meras declaraciones. El Grupo Vasco considera no solo necesario sino también urgente
presentar y aprobar una iniciativa que aborde los problemas del sector a largo plazo, más allá de normas y medidas puntuales con un alcance más limitado.


Proposición no de Ley


'Por todo ello, se insta al Gobierno a aprobar y presentar antes de tres meses el Estatuto del Artista que recoja las recomendaciones y propuestas planteadas por esta Cámara en junio de 2018 con el objetivo de solucionar los problemas que
vienen afectando al sector cultural.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2021.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


162/000691


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª María Magdalena Nevado del Campo, D. Ángel López Maraver, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. Francisco José Contreras Peláez y D.ª Rocío De Meer Méndez, en su condición de Diputados del Grupo Parlamentario VOX
(GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la naturaleza política de la Agenda 2030, al cese de la misma como eje transversal de la acción
del Gobierno y al examen de sus consecuencias económicas, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Los objetivos de desarrollo sostenible


Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante, 'ODS') son 17 objetivos concretados en 169 metas, aprobados mediante Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas el 25 de septiembre



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de 2015, bajo el título 'Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible'. En esta Agenda vienen a converger los contenidos emanados de las cumbres sobre medio ambiente y desarrollo sostenible, al mismo tiempo que
se retoman los Objetivos de Desarrollo del Milenio (naturalmente, no alcanzados) 146.


La resolución se elaboró en el marco de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, cuya reunión plenaria contó con la presencia e intervención de Su Majestad el Rey Felipe VI. En su discurso, S. M. el Rey reconocía
que:


'Es esencial conseguir un desarrollo con equidad, el disfrute, real y efectivo, de derechos y la igualdad de oportunidades para todos. Para ello es necesario generar oportunidades, tanto en la educación (...) como en la creación de puestos
de trabajo, especialmente de empleo juvenil, ámbito en el que España es particularmente sensible.'


Asimismo, hizo referencia a la Carta Encíclica Laudato Si', del papa Francisco 147, y a fray Francisco de Vitoria como 'uno de los fundadores del Derecho Internacional' 148.


Segundo. La no obligatoriedad de los ODS y su incorporación a nuestro ordenamiento jurídico.


Las resoluciones emanadas de la Asamblea General no son vinculantes para los Estados Miembros, sino que tienen naturaleza de recomendaciones políticas y, por tanto, no constituyen un acto jurídico obligatorio. Esta es la regla general de su
actuación, en concordancia con el respeto a la soberanía de las naciones 149, exceptuada por la existencia de amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión 150. Lo contrario no se ajustaría a la Carta de Naciones Unidas, y
supondría reconocer que la Asamblea General es una suerte de 'legislativo mundial' 151.


146 CASANOVAS, O. y RODRIGO, A.J., Casos y textos de Derecho Internacional Público, Ternos, Madrid, 2016, p. 841..


147 El 24 de mayo de 2015 Su Santidad publicaba la Carta Encíclica Laudato Si', sobre el cuidado de la casa común. En ella, tal y como recordaba Felipe VI, abogaba por un 'proyecto común'. Cinco años más tarde publicaba su encíclica
Fratteli Tutti, donde alertaba: 'Hay un modelo de globalización que 'conscientemente apunta a la uniformidad unidintensional y busca eliminar todas las diferencias y tradiciones en una búsqueda superficial de la unidad. [....] Si una globalización
pretende igualar a todos, como si fuera una esfera, esa globalización destruye la riqueza y la particularidad de cada persona y de cada pueblo'. Ese falso sueño universalista termina quitando al mundo su variado colorido, su belleza y en definitiva
su humanidad'. De igual modo, frente a la apertura como valor per se, desprovista de consideraciones más profundas, advierte: 'La solución no es una apertura que renuncia al propio tesoro. Así como no hay diálogo con el otro sin identidad
personal, del mismo modo no hay apertura entre pueblos sino desde el amor a la tierra, al pueblo, a los propios rasgos culturales. No me encuentro con el otro si no poseo un sustrato donde estoy firme y arraigado, porque desde allí puedo acoger el
don del otro y ofrecerle algo verdadero. Sólo es posible acoger al diferente y percibir su aporte original si estoy afianzado en mi pueblo con su cultura. Cada uno ama y cuida con especial responsabilidad su tierra y se preocupa por su país, así
como cada uno debe amar y cuidar su casa para que no se venga abajo, porque no lo harán los vecinos. También el bien del universo requiere que cada uno proteja y ame su propia tierra. De lo contrario, las consecuencias del desastre de un país
terminarán afectando a todo el planeta. Esto se fundamenta en el sentido positivo que tiene el derecho de propiedad: cuido y cultivo algo que poseo, de manera que pueda ser un aporte al bien de todos'.


148 La idea de que todos formamos parte de una comunidad global regida por el derecho y orientada al bien común -señalaba Felipe VI- fue avanzada por algunas de las mejores mentes españolas en los inicios de la Modernidad, entre ellas la del
Padre Francisco de Vitoria, uno de los fundadores del Derecho Internacional'. En la primera mitad del siglo XVI, el dominico sentaba las bases del ius gentium o derecho internacional en obras como De potestate civili o De indis, y lo hacía tomando
el derecho natural como fundamento de las relaciones jurídicas entre las naciones. Hay quienes han visto en los derechos humanos una modernización del derecho natural. Sin embargo, unos 'derechos humanos' desligados de la persona humana como
centro de los mismos degeneran en un concepto vaporoso y sin soporte real. Así, son recurrentemente invocados para dispensar 'derechos individuales' o como coartada para la negación práctica de derechos (v.gr., la vida, por vía de los denominados
'derechos sexuales y reproductivos'). Álvaro d'Ors puntualiza el error al que nos referimos: 'el derecho natural no consiste en 'derechos subjetivos' sino en 'deberes' ['deberes naturales de la persona', se entiende]'. D'ORS, A., Derecho y
sentido Común: siete lecciones de derecho natural como límite del derecho positivo, Civitas, Madrid, 1995, p. 17.


149 'Todo Estado tiene el derecho inalienable a elegir su sistema político, económico, social y cultural, sin injerencia en ninguna forma por parte de ningún otro Estado' (Resolución 2131 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Declaración sobre la inadmisibilidad de la intervención en los asuntos internos de los Estados y protección de su independencia y soberanía).


150 Así, la Carta de Naciones Unidas establece: 'La Asamblea General podrá discutir cualesquier asuntos o cuestiones dentro de los límites de esta Carta o que se refieran a los poderes y funciones de cualquiera de los órganos creados por
esta Carta, y salvo lo dispuesto en el Artículo 12 podrá hacer recomendaciones sobre tales asuntos o cuestiones a los Miembros de las Naciones Unidas' (artículo 10). El capítulo VII de la Carta se ocupa de la Acción en caso de amenazas a Ia paz,
quebrantamientos de Ia paz o actos de agresión.


151 Pastor Ruidruejo, J .A., Curso de Derecho Internacional Público y Organizaciones Internacionales, Ternos, Madrid, 2016, p. 156



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La Agenda 2030 se enmarca en la denominada soft law, que 'no tiene de todos modos la virtualidad de crear por sí solo normas positivas, y por tanto obligatorias, de Derecho Internacional 152. Por ende, la cuestión en torno a su ausencia
absoluta de efectos es, cuando menos, una cuestión de debate y, por tanto, presentarla como un nuevo contrato social es un auténtico disparate ideológico sin soporte jurídico alguno.


Por tanto, solo aquellos objetivos incorporados a nuestro ordenamiento jurídico tienen, como tal, carácter jurídico obligatorio. Sin ir más lejos, en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (la conocida como Ley Celaá) el 'desarrollo sostenible' se menciona en más de una veintena de ocasiones. En su Exposición de motivos encontrarnos incorporada la meta 4.7 del cuarto objetivo de los ODS 153:


'La educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial ha de incardinarse en los planes y programas educativos de la totalidad de la enseñanza obligatoria, incorporando los conocimientos, capacidades, valores y actitudes que
necesitan todas las personas para vivir una vida fructífera, adoptar decisiones fundamentadas y asumir un papel activo -tanto en el ámbito local como mundial-a la hora de afrontar y resolver los problemas comunes a todos los ciudadanos del mundo.
La educación para el desarrollo sostenible y para la ciudadanía mundial incluye la educación para la paz y los derechos humanos, la comprensión internacional y la educación intercultural, así como la educación para la transición ecológica, sin
descuidar la acción local, imprescindibles para abordar la emergencia climática, de modo que el alumnado conozca qué consecuencias tienen nuestras acciones diarias en el planeta y generar, por consiguiente, empatía hacia su entorno natural y
social.'


Este es un ejemplo de cómo lo que se enuncia bajo un rótulo atractivo -'Educación de calidad'- se concreta en una serie de términos vagos y vaporosos ('ciudadanía mundial', 'educación intercultural', etc.): ideología que, por decisión del
Gobierno adquiere su eficacia normativa a nivel estatal.


Precisamente, la transformación de las personas en individuos globales, desarraigados, nómadas, guarda una íntima relación con la evolución del consenso establecido en Occidente tras la Segunda Guerra Mundial, en cuya deriva palabras como
familia, hogar o patria han ido, poco a poco, convirtiéndose en obstáculos para la 'sociedad abierta'. Es en este punto donde han venido a confluir la plutocracia y la izquierda 154.


La realidad social discurre por una senda, pero la oligarquía emplea todos sus recursos para plegar el mundo a sus pretensiones de transformación mediante el pensamiento único, azuzando pasiones igualitarias, como una expresión de lo que
Tocqueville describía como 'tiranía de la mayoría'. Qué mejor modo de hacerlo que tomando como referencia metas de escenarios utópicos con apariencia de bien común, que en la práctica se vienen concretando como un ejercicio neto de 'biopolítica'
(Foucault) y de sostenimiento de redes clientelares.


En este sentido, la dramática pandemia que asola España es un caldo de cultivo para el ejercicio o la aceleración de nuevas formas de totalitarismo (v.gr., la propuesta de 'El Gran Reseteo' del Foro Económico Mundial). Esta retórica
impregna, entre otros el 'Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030' 155 y el 'Informe de Progreso 2020' 156.


Cuarto. Conclusiones.


El Grupo Parlamentario VOX aboga por el rechazo a la incorporación de la Agenda 2030 y los ODS a nuestro ordenamiento jurídico, ya que los mismos constituyen una coartada para doblegar la soberanía de la nación, su riqueza y diversidad, toda
vez que podemos advertir cómo en su despliegue la Agenda 2030 y sus ODS operan por nivelación, de forma casi idolátrica, sin aceptar disenso alguno. No obstante, el pin


152 Ibídem, p. 160.


153 https:/ / www.agenda2030.gob.es/ objetivos/ objetivo4.htrn


154 Sólo así se explica la coincidencia de que el nuevo secretario de Estado para la Agenda 2030 sea, precisamente, el secretario del Partido Comunista de España, D. Enrique Fernando Santiago Romero (el cual, como él mismo confesó, tomaría
el Palacio de la Zarzuela y haría con el Rey lo mismo que Lenin hizo con el zar Nicolás II 'si se dieran las condiciones'. A partir del minuto 30:42 D. Enrique Santiago profesa su admiración por Lenin y expresa abiertamente su deseo de replicar su
revolución en España: https:/ /www.youtube.com/watch?v=BHhLm-8TKic


155 http://www.exteriores.gob.es/ portal/ es/ saladeprensa/ multimedia/ publicaciones/ documents/plan%20de%20accion%20para%20la%20implementacion%20de%20la%20agenda%202030.pdf


156 https:/ / www.agenda2030.gob.es/ recursos/ docs/ Informe_de_Progreso_2020_Reconstruir_lo _Comun_.pdf



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con el logo de la Agenda 2030, tan extendido entre las élites, no encuentra su reflejo en la realidad social, ya que se ha elaborado a pesar de las personas, de forma impuesta, verticalmente, lo que evidencia su falta de aceptación social.


Desde el Grupo Parlamentario VOX instamos al Gobierno a que abandone la ideología y las pretensiones de transformación social globalista como fundamento de sus políticas y dedique sus esfuerzos a combatir los problemas reales que afectan a
los españoles. Entre otros, una deuda pública que alcanza cotas nunca vistas (120% del PIB), unas cifras de paro que superan los 4.000.000 millones (cifra maquillada por los ERTE), un acuciante invierno demográfico y un tejido social devastado.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer y difundir en los comunicados oficiales y en toda campaña de comunicación o publicidad institucionales que se lleven a cabo en la materia, que la Agenda 2030 y sus ODS tienen naturaleza de recomendación política y no de norma
jurídica.


2. Renunciar a la Agenda 2030 y los ODS como 'eje transversal de toda la acción del Gobierno', toda vez que, bajo apariencia de bien, sirven a intereses globalistas, en detrimento de la soberanía nacional y del bien común.


3. Elaborar un informe acerca de las repercusiones económicas de la aplicación de las normas derivadas de la Agenda 2030 en el ordenamiento jurídico español, cuyo contenido integre, como mínimo, sus consecuencias en los indicadores de la
economía española y la economía de las familias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2021.-María Magdalena Nevado del Campo, Ángel López Maraver, Patricia Rueda Perelló, Francisco José Contreras Peláez y Rocio de Meer Méndez, Diputados.-Macarena Olona Choclán Portavoz del
Grupo Parlamentario VOX.


162/000692


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para priorizar la reindustrialización
de España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. Planteamiento general.


La industria es un sector estratégico para la creación de empleo de calidad y generar crecimiento económico sostenible por su capacidad para mejorar la competitividad de la economía, su alta inversión en investigación, desarrollo e
innovación y su gran capacidad exportadora, contribuyendo de manera significativa a la sostenibilidad fiscal de los servicios sociales del sector público.


La crisis derivada de la pandemia de COVID-19 ha puesto y sigue poniendo a prueba nuestro tejido industrial, que puede y debe actuar como motor en el proceso de recuperación de la economía española. La experiencia del último año nos ha
mostrado a toda Europa la importancia de consolidar e incrementar la cadena de valor industrial dentro de nuestro territorio. La Comisión Europea ya visualizó el reto de la reindustrialización de Europa en 2014, como quedó expuesto en su estrategia
'Una política industrial integrada para la era de la globalización', en la que establecía como objetivo que la industria representara el 20% del PIB europeo en 2020.


Sin embargo, este último año de crisis pandémica, ha vuelto a poner en serias dificultades a la industria, lejos de alcanzar el objetivo europeo mencionado. Pero no sólo la actual crisis pone en riesgo nuestro tejido industrial. Desde la
década de los años ochenta, la industria española ha venido perdiendo peso por distintas razones, con periodos de cierta recuperación, pero sin que haya sido capaz de conseguir una auténtica reindustrialización hacia el objetivo marcado por la UE
del 20% del PIB. En el año 2009, bajo el Gobierno del Presidente Rodríguez Zapatero, la contribución del sector industrial (incluida la



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energía) al PIB español descendió hasta un 14,4%, marcando su mínimo histórico, En 2013, ya bajo la Presidencia de Mariano Rajoy, la contribución de la industria al PIB de España fue del 15,9%, superando ya el 16% en el primer semestre de
2018, aunque muy por debajo del 18,8% alcanzado en el año 2000, también con un Gobierno del Partido Popular presidido por el Presidente Aznar. La serie histórica evidencia que el mayor deterioro se produce bajo gobiernos de signo socialista, algo
que probablemente no puede reputarse casual y si causal, quizás como consecuencia de aquella célebre frase del entonces Ministro socialista, Carlos Solchaga, de que 'la mejor política industrial es la que no existe'.


Pero sin entrar en el detalle de las causas que en cada periodo de nuestra historia reciente han contribuido al declive del peso industrial en nuestro PIB, hoy ya nadie discute que es necesaria una política industrial y que el acierto o
desacierto en el diseño y ejecución de esa política industrial marcará el futuro de las próximas generaciones de españoles, porque el mundo experimenta hoy una 'ebullición de factores' con grandes dosis de incertidumbre y cambios de paradigma, una
aparición de tecnologías y nuevos modelos de producción, aprovisionamiento y comercialización con una gran capacidad disruptiva. A ello se añade la oportunidad histórica de los fondos europeos del Programa Next Generation UE, que nos brindan la
ventaja de poder contar con los recursos financieros necesarios para acometer las necesarias transformaciones y modernización de nuestro tejido industrial.


Segundo. Políticas y marcos requlatorios para generar confianza que atraiga inversión productiva hacia políticas industriales bien articuladas.


Para comenzar a construir dicha reindustrialización, es imprescindible generar un clima de confianza y estabilidad que atraiga inversión y talento y garantice seguridad jurídica y regulatoria y una trayectoria previsible para los próximos
años.


Ese clima de confianza, exige una política económica que sea creíble, que alcance un equilibrio macroeconómico y fiscal que actúe como estímulo a la inversión y la financiación y, con ello, al fortalecimiento y desarrollo de una industria
sólida, competitiva y de proyección internacional.


Pero, además de la política económica marco, debe desarrollarse una Estrategia Industrial específica, que considere las particularidades de cada sector industrial en España, sus retos y oportunidades, un diagnóstico de situación que articule
un plan de acción, a corto, medio y largo plazo, con líneas estratégicas troncales y una batería de propuestas de actuación, concretas y bien delimitadas, sometidas a evaluación y corrección en un proceso de mejora continua.


Esta Estrategia Industrial y los Planes, Agendas y Hojas de Ruta sectoriales deberán desarrollarse con carácter interministerial, transversal a muchos Ministerios y organizaciones públicas, y recogerá actuaciones tanto del actual Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo así como de otros Departamentos Ministeriales, como el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, el Ministerio de Economía y Transformación Digital, el de Ciencia y Tecnología, entre otros Ministerios y
entidades públicas, orientadas a facilitar un entorno empresarial favorable al desarrollo de nuestro tejido industrial.


Tanto los fenómenos dísruptivos como consecuencia de la crisis de 2008, de la lucha contra el cambio climático y de las transformaciones tecnológicas, ya eran claramente visibles en el primer gobierno del Presidente Aznar que puso en marcha
reformas estructurales de nuestra economía y un programa de reindustrialización que, atrajo inversión a nuestro país y modernizó, relanzó y encajó nuestras industrias en los mercados globales en distintos sectores.


Después de casi ocho años de gobierno del PSOE y una vez que llegó de nuevo el Partido Popular al Gobierno, se aprobó en julio de 2014 la 'Agenda para el Fortalecimiento del Sector Industrial en España' que establecía diez líneas de
actuación estratégicas en tres ámbitos de actuación (nacional, internacional y transversal).


Paralelamente, el Gobierno del Partido Popular trabajó con los agentes económicos y sociales y formuló una Propuesta de Pacto por la Industria en junio de 2018, que quedó truncado en su implementación con la moción de censura al Gobierno.


También se articularon una serie de planes y agendas sectoriales de los sectores industriales estratégicos, trabajados con plena participación de los sectores afectados, que fueron públicamente presentados a lo largo de 2018 y,
posteriormente, ya con el nuevo Gobierno socialista, en 2019. Las agendas sectoriales aprobadas entonces abarcan la industria eólica, la industria aeronáutica, la industria química y refino, la industria espacial, la industria cementera, la
industria naval, la industria papelera y la industria de automoción.



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Tercero. Balance de la gestión industrial gubernamental. Diagnóstico de situación general y reformas pendientes.


Sin embargo, con el Presidente Sánchez, el Gobierno, en febrero de 2019, es decir, hace más de dos años, aprobó un nuevo documento 'Las Directrices Generales de la Nueva Política Industrial Española 2030' y, tras más de un año con la crisis
de 2020 azotando nuestro tejido productivo, no ha desarrollado ni una sola política e iniciativa de adaptación y actualización de nuestra Estrategia industrial y de las Agendas sectoriales a la nueva situación generada con la pandemia de COVID-19.
La única excepción es el Plan de Automoción de junio de 2020, que no se está cumpliendo en ninguno de sus lineamientos estratégicos principales y que sigue sumiendo al sector espectaculares retrocesos de ventas en el mercado nacional, como luego
veremos. Desde que el Sr Sánchez preside el Gobierno de España, va a hacer pronto ya tres años, a día de hoy, se han perdido 4.401 empresas industriales.


Este Gobierno debe hacerse responsable de su gestión una vez transcurridos casi tres años desde que el Presidente Sánchez se encaramó a la Presidencia tras una moción de censura apoyada por los partidos políticos más radicales del hemiciclo
y una vez escogidos sus socios de gobierno y aliados de la actual legislatura, se ve que son los mismo los que pactan clandestinamente (PSOE y Podemos pactando con Bildu) la derogación íntegra de la reforma laboral que creó más de 3 millones de
empleos y que salvó la industria del automóvil desde 2012 hasta hoy; el socio exvicepresidente segundo, el señor Iglesias, poniendo en duda la propiedad privada y amenazando con confiscaciones y nacionalizaciones; la vicepresidenta cuarta, señora
Ribera, anunciando la muerte adelantada del diésel, lo que, sin duda, dio inicio a la crisis del sector del automóvil en nuestro país; la actual Vicepresidenta Cuarta y ministra de Trabajo, la señora Díaz, demonizando al empresario por el hecho de
serlo; y, por último, el Presidente Sánchez, acabando con la independencia de los organismos reguladores colocando al frente de la CNMC a una señora que hasta entonces trabajaba en el gabinete del señor Sánchez.


De esa forma, es muy difícil generar el marco de confianza que nuestra industria necesita para su recuperación y transformación. Los datos están a la vista. La producción industrial cayó un -9,1% en 2020 y en enero de 2021 la producción
industrial seguía cayendo un -2,1%. Nuestras exportaciones, que fueron el motor en la anterior crisis, cayeron un -10.0% en 2020 y siguieron cayendo un -11.4% en enero de 2021. El Indicador de Confianza Empresarial tras caer el -14,0% en 2020, cae
un - 6,6% en enero, un -9,6% en febrero y -5,7% en marzo de 2021. En España, una de cada cuatro personas que quiere trabajar no puede hacerlo, situación en la que se encuentran casi 6 millones de personas y tenemos hoy la mayor destrucción de
empleo de los países europeos, que nos ha dejado con las mayores tasas de paro en Europa, tanto general como por colectivos (jóvenes y mujeres).


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Pero ya mucho antes, en el comienzo de la pandemia, el primer gran error del Gobierno fue infravalorar el alcance de la crisis; mientras el Gobernador del Banco de España alertaba que 'la crisis del coronavirus está causando una
perturbación sin precedentes en la economía, que puede causar un deterioro muy acusado a corto plazo', la vicepresidenta económica afirmaba que el impacto del coronavirus en España sería 'poco significativo y transitorio' retrasando la adopción de
las primeras medidas que, además, no



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sirvieron para estabilizar la economía (recordemos por ejemplo la línea de 200 M€ para apoyar al sector turístico que ya hablaba de pérdidas de decenas de miles de millones).


Porque siendo cierto que la crisis económica es global, no es menos cierto que eso no implica que haya afectado con la misma intensidad a todos los países. Aunque el Gobierno no es culpable de la pandemia sí que es responsable de la grave
crisis económica y social que estamos viviendo a raíz de ella y como consecuencia de sus erróneas políticas para hacerle frente. En España estamos peor porque nuestro Gobierno lo está haciendo peor.


La propia Vicepresidenta Económica Calviño reconocía que 'la deuda la pagarán nuestros hijos y nuestros nietos'. Desde que llegó Sánchez a la Moncloa, cada español debe 3.150 € más. Hemos pasado de una crisis de liquidez a una crisis de
solvencia; estos desequilibrios incrementan el riesgo de pasar a una crisis financiera y de deuda que sería demoledora para nuestro país.


Una cosa es que estén suspendidas las reglas fiscales por la pandemia y otra que el descontrol de las cuentas públicas vuelva a poner en riesgo el Estado del Bienestar, como ya sucedió con Rodríguez Zapatero. Es imprescindible un Plan de
Reequilibrio Fiscal, como ya señaló el Gobernador del Banco de España al advertir que 'una vez que se recuperen las reglas fiscales en Europa, será necesaria una década de ajustes para poder reconducir tanto el déficit como la deuda pública'. El
PSOE vuelve a condenar a los españoles a recortes y ajustes duros por sus diagnósticos y políticas equivocadas.


El Grupo Parlamentario Popular ya advirtió que los Presupuestos Generales del Estado eran irreales, papel mojado, basados en cálculos que no podían cumplirse. Pocos meses después, todos los organismos nacionales e internacionales están
revisando a la baja las previsiones de crecimiento y al alza las de tasa de paro, déficit y deuda que el Gobierno proyectaba para España.


El Gobierno, que ha rebajado su previsión de crecimiento del 9,8% al 6,5%, destaca que seremos el país que más va a crecer; y es verdad que la Comisión Europea prevé que sea así, pero no es menos cierto que crecemos más porque somos los que
más hemos decrecido y en la recuperación seguimos siendo los últimos dentro de los países de la OCDE.


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Prueba de ello es que no vamos a recuperar los niveles previos de PIB hasta 2023, mientras que Francia, Alemania o la media de la zona euro lo harán un año antes, en 2022, el año que viene.


Fue un Gobierno socialista el que llevó a España al borde de la quiebra y fue un Gobierno del Partido Popular el que nos sacó de ella: nuestras políticas permitieron crear 138.000 pymes, que 190.000 autónomos abrieran negocios y que se
recuperaran 2.765.000 empleos. Con los datos que arrojan la experiencia, si este Gobierno dejara de practicar el sectarismo ideológico, deberían estar desarrollándose ya muchas de las propuestas del Grupo Parlamentario Popular para reactivar
nuestro tejido productivo y no renunciamos a insistir en esta Proposición no de Ley en el diseño y despliegue de un Plan de Choque para la Reindustrialización Nacional.


En ese sentido, las medidas relacionadas con el marco energético y el precio de la electricidad en España siguen lastrando las posibilidades de atraer inversión productiva. El desarrollo regulatorio de las dos últimas décadas, en línea con
las Directivas de liberalización de la UE, se produjo con Gobiernos del



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PP y del PSOE. Pero lo que si es 'patrimonio' exclusivo del Presidente socialista Rodríguez Zapatero es el déficit tarifario del sector eléctrico después de sus casi ocho años de gobierno.


En el gráfico puede observarse cómo durante el Gobierno del Presidente Rodríguez Zapatero se disparó el déficit tarifario, fruto de reformas regulatorias atolondradas e irreflexivas, hasta alcanzar la cifra récord de 24.000 millones de euros
de déficit de tarifa acumulado que 'heredó' el Gobierno del Presidente Rajoy.


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Desde el año 2012 con Gobierno ya del Partido Popular a 2018, cuando prosperó la moción de censura, el déficit se había reducido en más de 6000 millones de euros, quedando en algo más de 18.000 millones de euros. Ese es el modelo energético
del Partido Popular, el que no genera déficit y permite un funcionamiento eficiente y seguro del sistema.


Lo que también es patrimonio exclusivo de este Gobierno del Presidente Sánchez en materia energética es el precio de la electricidad más caro para los consumidores electrointensivos y para la industria básica, hasta un 100% más caro, que sus
competidores alemanes, italianos o franceses. Al retraso injustificado de más de dos años en la aprobación del Estatuto de Consumidor Electrointensivo, para equipararlos a las medidas de apoyo que se otorgan en Alemania, Francia o Italia, se ha
añadido la insuficiencia de su contenido, según han denunciado la industria, Gobiernos de Comunidades Autónomas y los agentes sociales, una vez aprobado por Real Decreto, de 15 de diciembre pasado.


Además de todo lo anterior, el Gobierno ha puesto en marcha la tramitación de un Anteproyecto de Ley de Fondo para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional que en su diseño actual va a sobrecargar fiscalmente el consumo de
combustibles fósiles, con un significativo impacto en la industria. La propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ya ha llamado la atención sobre este particular en su Informe sobre dicho Anteproyecto de Ley. Algunas
estimaciones calculan un incremento del 8% de la factura energética a 3.500 industrias españolas como consecuencia del actual diseño del Fondo.


El Comité de Expertos para la reforma del sector energético en su Informe de Marzo de 2018, recomendaba distintas opciones y, entre ellas, trasladar los costes hundidos de la transformación a los Presupuestos Generales del Estado. Debe
tenerse en cuenta además que el sector eléctrico no compite internacionalmente, mientras que el sector de hidrocarburos y la industria si están sometidos a esa competencia internacional, por lo que es necesaria un mayor análisis y escenarios de
sensibilidad sobre la mejor forma de distribuir la carga fiscal inherente a la vocación transformadora hacia la descarbonización de manera coherente en tiempo y forma para que nuestra industria sea parte de la solución.


Finalmente, está el Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética desde Junio del año pasado, aprobado en una sola sesión sin apenas debate de las más de 700 enmiendas presentadas, en sesión de la Comisión de Transición
Ecológica y Reto Demográfico en el mes de abril de 2021. La abstención final del Grupo Parlamentario Popular es la expresión de la contradicción de los términos de



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dicho proyecto de Ley con los compromisos asumidos por los grupos parlamentarios que apoyan al Gobierno, cuando se aprobó impulsar un Pacto por la Industria en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo para. Ni Pacto, ni por la
Industria, sino pacto contra la industria.


También debe resaltarse, por su importancia como ha sido puesto de relieve en recientes comparecencias en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo, el efecto demoledor para nuestro tejido productivo de la alta morosidad que se
experimenta en España en comparación con nuestros vecinos europeos. En un año 2020 marcado por la crisis del COVID-19 y por la relajación de la disciplina fiscal para hacer frente a sus consecuencias económicas, -que se ha traducido en un
espectacular incremento de la deuda pública española-, sin embargo, la situación de morosidad en el pago a empresas, PYMES y autónomos sigue empeorando. En el último Informe de Comportamientos de Pagos 2020 elaborado por la Plataforma
Multisectorial contra la Morosidad, se muestran datos preocupantes en un contexto tan excepcional como el que viven nuestro tejido productivo:


- El Plazo medio de pago en el sector privado es de 77 días, con un incremento del 5%, (4 días) frente a los 73 de 2019.


- El Plazo medio de pago en el sector público es también de 77 días, pero con un incremento mayor (incremento de 7 días, un 10%) frente a los 70 días de 2019.


Según la Plataforma, medio millón de empresas están en riesgo de quiebra principalmente por el retraso en los pagos. El mismo Informe señala que, según las empresas encuestadas, si cobraran todas sus facturas en plazo, el 11% reducirían su
necesidad de financiación en más de un 40%, y el 24% de los encuestados la rebajarían entre un 20% y un 40%. Por otro lado, la ratio de morosidad (porcentaje de impagos respecto al total de facturación), se cifró en el 5,4%, lo que significó un
aumento de un 74% respecto a 2019.


Además, las empresas españolas sufren esta situación con mayor intensidad que las europeas. Según la información aportada en el informe de la Comisión Europea de junio 2018, 'Business-to-business transactions: a comparative analysis of
legal measures vs. soft-law instruments for improving payment behaviour', los plazos de pago en España son los más largos de la UE.


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Toda la situación expuesta no puede ser desconocida a la hora de abordar la estrategia para la consolidación y recuperación de la cadena de valor industrial, constituida en su inmensa mayoría por PYMES.



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En el corto plazo, hay que poner en marcha un Plan de Rescate a la Economía Productiva -en coordinación con las diferentes administraciones públicas, los agentes sociales y el resto de las fuerzas políticas. También a corto plazo debe
aprobarse un Plan de Reequilibrio Fiscal.


En el largo plazo son imprescindibles reformas estructurales, que nos permitan aumentar la competitividad de las empresas, reducir trabas burocráticas, abaratar los costes energéticos y apostar por las personas apoyándonos en:


- La educación y la formación: hay que retirar la actual reforma educativa e iniciar un Pacto de Estado por la Educación que, desde el máximo consenso, nos sitúe en la vanguardia de las nuevas tecnologías y permita a nuestros estudiantes
competir en un mundo globalizado, digital y tecnológico.


- La digitalización: la transformación digital hacia la España 5.0 nos permitirá aprovechar las oportunidades que ofrecen tanto la globalización como las nuevas tecnologías para aumentar nuestra competitividad y situarnos al frente del
desarrollo económico y social.


- La descarbonización, que sea fruto de la creciente electrificación de nuestro sector energético con energías limpias, pero de manera compatible con otros combustibles renovables y sin emisiones, que facilite la transformación de nuestra
industria y su contribución a la recuperación y a la sostenibilidad de nuestro progreso.


Pero, empecinado en el error, este Gobierno sigue apuntando sus reformas en la dirección contraria; derogación de la reforma laboral que permitió entonces crear millones de empleos; a subidas adicionales de impuestos; subida de la base
máxima de cotización a la Seguridad Social (que no deja de ser un impuesto adicional al empleo más cualificado); pagos por el uso de vías de alta capacidad; nuevamente el impuesto al diésel y la gran aportación, la creación de un comité de
'expertos' para la reforma fiscal con el encargo de subir la recaudación tributaria en 80.000 millones de euros. Caso omiso a los expertos: 'Cualquier subida de impuestos solo se debería implementar una vez que la recuperación esté firmemente en
marcha, y posiblemente necesite ir acompañada de medidas compensatorias focalizadas y limitadas en el tiempo para los hogares más vulnerables'. (OCDE, en su informe sobre España).


El objetivo tiene que ser otro, distinto al interés partidista y personal del Sr Sánchez. El objetivo tiene que ser llevar a cabo transformaciones y reformas estructurales dirigidas hacia la descarbonización de nuestra economía, generando
progreso, empleo y nuevo tejido productivo. Pero no haciendo 'tabla rasa' de la industria preexistente. La Unión Europea en su Estrategia de política industrial de 10 de marzo de 2020 establecía la necesidad de evaluar con detalle las
oportunidades y los retos que se presentan a los ecosistemas industriales.


Cuarto. Las singularidades de cada sector industrial y su evolución en la postpandemia.


En definitiva, falta una política industrial proactiva y adaptada a la situación generada con la crisis de la pandemia y a los cambios en las cadenas de valor globales, las agendas sectoriales están sin actualizar y revisar con arreglo a la
situación excepcional que experimentan los distintos sectores industriales, la política fiscal y macroeconómica transcurre en la dirección contraria a la que necesita nuestra industria para atraer inversión, talento y relocalización industrial en
nuestro país, las reformas son 'ideológicas' en lo laboral, en las políticas climáticas, en presión fiscal, en materia energética, en libre competencia y unidad de mercado, y constituyen nuevas barreras y obstáculos para la modernización y progreso
de nuestra industria nacional. Con este contexto que nos dibuja la incompetencia del Presidente Sánchez, de su obediente y sectaria Ministra Reyes Maroto y de su gobierno de multicoalición, apoyado desde dentro y desde fuera por formaciones
políticas extremistas y desestabilizadoras, no es de extrañar el alto índice de letalidad en nuestra industria.


Los cierres y despidos colectivos que afectan a grupos industriales en España se anuncian cada semana. Al menos 16 grandes empresas industriales, como Airbus, Bosch , CIE Automotive , Gestamp , Siemens Gamesa, Nissan, Abengoa , Alcoa,
Celsa, Duro Felguera , Acciona Facility Services , ITP Aero , Airnnova, Tubacex, Continental, TE Connectivity, U-Shin. Jobelsa, Fleineken, Coca-Cola, Italco, entre otros, han anunciado recortes de plantilla que afectarían a más de 5.000
trabajadores. Solo los casos más mediáticos suponen la extinción o peligro de desaparición de más de 22.000 empleos en España.


La pandemia de COVID-19 y la incompetencia y falta de peso político demostrados por la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, ha llevado a nuestra industria a experimentar dificultades adicionales a los problemas que ya se habían
detectado en algunos sectores históricamente. Señalábamos anteriormente



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como el INE diagnosticó la caída del Índice de Producción Industrial en más de un 9% en el 2020, la mayor caída desde hace 11 años. Pero no es menos cierto que esa afectación no es homogénea y ofrece claros indicios de que también surgen
nuevos retos y nuevas oportunidades si se desarrollan las políticas industriales adecuadas.


La industria de automoción cerró el año 2020 con una caída de ventas del 35% y comenzó el nuevo año con una caída del 52% en el mes de enero. En febrero, el descenso fue de más del 37%. Y la comparación respecto de 2020 refleja un
crecimiento del 128% en el mes de marzo y, por ese efecto, una aparente caída del 15% en el acumulado del primer trimestre. Sin embargo, estos datos pueden confundir y llevar a una conclusión de una senda de recuperación que en realidad es
inexistente, porque la comparación de marzo con el año pasado se hace respecto de los días en los que los concesionarios estuvieron cerrados en 2020, por la declaración de estado de alarma y el confinamiento. Si para un mejor análisis, se procede a
la comparación de marzo de 2021 con el mismo mes del último marzo 'normal', esto es, marzo de 2019, revela que una caída real en el mes del 29%, por lo que la recuperación está lejos de llegar al sector de la automoción en España. Con una caída
acumulada en el primer trimestre de 2021 superior al 40%, no se detecta ningún signo a corto plazo. De nuevo las políticas equivocadas, con el Impuesto de Matriculación que subió de facto en enero y el plan RENOVE que se canceló para el ejercicio
2021, quedando sin ejecutar más del 70% de todo el presupuesto disponible, empuja al sector a un empeoramiento de sus previsiones; se esperan que las matriculaciones de 2021 se queden en las 925.000 unidades, un 26% menos que en 2019.


Especialmente intenso ha sido el impacto en el mercado de la distribución y talleres. Es necesario un modelo integrado de apoyo a toda la cadena de valor del sector de automoción, con liderazgo que corresponde de forma insustituible al
Ministerio de Industria. Pese a que es el único sector que ha actualizado su Agenda sectorial con un nuevo Plan firmado en Junio con el Gobierno, las dotaciones y desarrollos concretos del Plan siguen sin cumplirse y sin llegar de manera suficiente
y proporcional a las necesidades.


Si atendemos a la situación de la industria del refino ha pasado el año de la pandemia con caídas de márgenes del 80% e incluso con márgenes negativos. La industria de refino española es una de las más eficientes del mundo; han tenido que
hacer de la necesidad, virtud. Y sus componentes y productos son esenciales para la economía verde; no podemos renunciar al plástico y sus derivados, ni a la gasolina o el diésel de la noche a la mañana. Máxime cuando el esfuerzo inversor y de
reducción de emisiones ha sido especialmente intenso en este sector, como en el de la industria de automoción. El sector necesita certidumbre y estabilidad regulatoria para poder realizar inversiones mil millonarias hacia el objetivo de emisiones
netas cero. La industria del refino no es el problema, sino parte de la solución.


En relación con la industria cementera ha caído 'solo' un 10% pero con la particularidad de que no ha habido ninguna recuperación, ya que las exportaciones se han derrumbado. Existen planes de inversión y de descarbonización importantes,
pero su ambición y escala será directamente proporcional al compromiso de los poderes públicos y la seguridad jurídica.


La industria básica sigue sin resolver su problema principal que es el alto precio de la energía, comparativamente muy elevado respecto al de sus competidores y que no encuentra la solución definitiva en el Estatuto de Consumidores
Electrointensivos aprobado el pasado mes de diciembre, tras más de dos años de espera, y que probablemente se habrá de completar o reformar y extender también a consumidores gasintensivos. Este pasado año se ha ejemplificado en ALCOA los problemas
de la industria básica en España. Se podrían poner muchos ejemplos similares, de menor tamaño, que pasan desapercibidos para la opinión pública. Es también un sector muy dependiente de la evolución de la construcción y de la automoción, por lo que
esperan a su recuperación para la reactivación del propio sector. Es otro sector 'demonizado' desde algunos ámbitos, cuando la realidad es que, sin aluminio, acero o cobre, no es posible la economía verde basada en molinos eólicos, placas
fotovoltaicas o vehículos eléctricos.


Es una buena señal representativa de la fortaleza y saber hacer de nuestra industria la singularidad en 2020 representada por la industria del papel y la industria farmacéutica, que han sabido sostener su cadena productiva en difíciles
condiciones de confinamiento, garantizando el suministro de productos básicos e incrementando su negocio durante el pasado año. Así, aunque la industria del papel ha caído globalmente un 3%, hay claras asimetrías entre sus sectores, ya que algunos
han crecido (embalajes, limpieza) y otros se han derrumbado, como la comunicación gráfica. Se apuesta por el mantenimiento de



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los planes de inversión en el sector, de transformación hacia la descarbonización, la economía circular y otros, con mucha expectativa sobre cuestiones energéticas y de reestructuración tecnológica.


La industria química en la que menos retrocede en 2020, con una disminución del 2% del conjunto del sector, manteniendo la producción global y creciendo el empleo en un 2,9%, pero debe tenerse en cuenta en el efecto general del sector
químico el crecimiento del 30% que ha experimentado la industria farmacéutica y de productos de limpieza.


La industria aeronáutica, la industria textil, la industria azulejera, muchos otros sectores industriales están experimentado caídas de dos dígitos y anuncios de cierres y despidos.


Esos resultados, en general preocupantes de nuestra industria en 2020 como lo demuestra la caída del Índice de Producción Industrial a niveles de hace 11 años, no son ninguna sorpresa y continúa la tendencia en 2021. Como ya se señalaba en
nuestra Ponencia del Grupo Parlamentario Popular en la denominada Comisión para la Reconstrucción, en junio del pasado año 2020, la industria debe ser prioritaria en el Plan de Recuperación y no limitarse a aceptar pasivamente los impactos negativos
que se derivan para ella de las políticas de otros Ministerios. Como hemos señalado, está ya aprobado el Proyecto de Ley de Cambio Climático, del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico. Y del mismo Ministerio, se encuentran en fase
de tramitación el Anteproyecto de Fondo para la Sostenibilidad y del Sistema Eléctrico Nacional, el proyecto de Ley de Residuos y el de Economía Circular. La Estrategia Digital España 2025 del Ministerio de Asuntos económicos y de Transformación
Digital, también tiene a su cargo desarrollos transversales que impactan en la Industria, como los programas relativos a la Industria 4.0. De la misma forma, los Ministerios de Ciencia e Innovación y el Ministerio de Educación, deben trabajar en
los desarrollos de investigación, innovación, centros tecnológicos y el fortalecimiento de las capacitaciones y el ecosistema universidad-empresa-clusters- administraciones, contando con importantes partidas presupuestarias asignadas en los
Presupuestos Generales del estado de 2021.


Si a ello se añaden las ayudas europeas procedentes del programa Next Generation UE, la conclusión no puede ser otra que la industria española necesita más que nunca una auténtica política industrial que sea capaz de encajar todas las piezas
del complejo mosaico de actuaciones ministeriales que afectan muy intensamente a la industria y aprovechar todo el potencial transformador de los fondos comprometidos por la UE.


Quinto. La oportunidad para la reindustrialización con las ayudas europeas y sus condicionantes.


Como es bien sabido, el pasado 21 de julio de 2020, en respuesta a esta situación excepcional de la pandemia, se alcanzó un histórico acuerdo en el Consejo Europeo sobre un nuevo Fondo de Recuperación, ratificado este mes de febrero por el
Parlamento Europeo, que permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes en los próximos años; más de 140.000 millones de euros. Sólo para el ejercicio 2021, los Presupuestos Generales del Estado contemplan una dotación de
24.128 millones de euros del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia y 2.436 millones del programa React EU.


La primera reflexión es que los fondos europeos conllevan una obligación -habrá que devolverlos en el futuro- y una responsabilidad -invertirlos correctamente en proyectos que generen riqueza y empleo y eviten una carga futura-, que exigiría
una coordinación (por no decir consenso) con el resto de AAPP (tanto CCAA como EELL), con la sociedad civil y con todas las fuerzas políticas, una gestión profesionalizada, y un control ágil, pero estricto de los mismos.


Así intentó facilitarlo este Grupo Parlamentario Popular con la propuesta de una Autoridad Independiente para la Recuperación Económica, que permitiera que la gestión se hiciera de forma profesional e independiente, como se ha hecho en otros
países europeos: Olivier Blanchard en Francia, premio nobel de economía en 2014; Vittorio Colao en Italia, exconsejero mundial de Vodafone; el Consejo de Expertos para la Evaluación del Desarrollo Macroeconómico en Alemania, el llamado grupo de
los 5 sabios que asesora de forma independiente a los gobiernos alemanes desde hace 60 años[...]


La segunda reflexión es, ¿qué condicionalidad hay asociada a la percepción de estos fondos? En la enésima presentación del Plan de Recuperación hemos conocido 212 reformas e inversiones (en realidad, unas y otras se mezclan) que no se
concretan. Todo son Estrategias, Agendas, Planes o Nuevas Leyes de los que sólo se conoce el nombre, pero no el contenido ni el detalle. Imposible estar de acuerdo o en contra de algo que no se conoce.


¿Cuánto de esos planes, reformas e inversiones se van a traducir en proyectos que consoliden industria o que generen nueva industria nacional? Se dan cifras pero no se explica de donde salen y da la impresión de que una misma partida de los
PGE se combina para ser incluida en distintas 'medidas',



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amplificando artificialmente el presupuesto disponible. Hay que recordar que los recursos que se asignar en los Presupuestos Generales de 2021 al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo no se aprecia prioridad alguna por su parte hacia
este Ministerio estratégico para salir de la crisis; recibe 1.798 millones de los 26.634 millones de los fondos europeos que asignan a este ejercicio: el 6.7% de esos fondos, cuando la suma de peso en el PIB de Industria, Comercio y Turismo,
alcanza sobradamente el 40% y son sectores especialmente golpeados por esta crisis. Y de ellos. 1300 los consumen las transferencias para el sector del turismo, claramente insuficiente para el sector, y que deja al mismo tiempo al resto de
políticas del Ministerio 'ahogadas' y sin prácticamente sin presupuesto disponible procedentes de estos fondos europeos.


Y entre tanta generalidad que 'maquilla' la escasez presupuestaria para la política industrial, se diluyen las reformas estructurales y transversales que nuestra industria y nuestro tejido productivo necesita y que realmente van a exigir en
Bruselas: reforma del mercado laboral, simplificación normativa y mayor unidad de mercado, reforma educativa y de la formación, medidas para volver al equilibrio presupuestario o reforma de las pensiones y de los mecanismos contributivos, que
penalizan hoy la creación de empleo[...]


En la presentación del pasado 7 de octubre del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el Gobierno señalaba diez políticas clave. De ellas, sólo una, la número 5, se enfoca en la Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España Nación Emprendedora, que incluye un componente sobre 'Política Industrial España 2030' y ésta a su vez contiene el Programa de Impulso de proyectos tractores de Competitividad
y Sostenibilidad Industrial.


Sexto. Los provectos tractores (PERTES) y su proyección industrial.


La categorización de los proyectos como 'proyectos tractores' se introduce en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, -ratificado por el Congreso y tramitado en la actualidad como Proyecto de Ley-, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).


Sin embargo, existen muchas dudas e incertidumbres sobre cómo se procederá a la evaluación de los proyectos, los criterios reglados para la decisión, la participación de los agentes económicos y sociales y de las CCAA y la supervisión del
proceso por parte del Parlamento, a fin de que no se dilapiden los recursos en proyectos dispersos y sin real capacidad tractora y transformadora.


Las dudas se acrecientan cuando consta que, -sin saber aún cual será la redacción final como Ley de dicha normativa reguladora-, diferentes Ministerios, y entre ellos el Ministerio de Industria, han comenzado los procesos denominados de
Manifestación de Interés (MDI), con el objetivo, según el Gobierno, de identificar áreas de interés dentro del Programa de Impulso de proyectos tractores de Competitividad y Sostenibilidad Industrial, que permitan identificar posibles grandes
proyectos y sus condicionantes, para impulsar aquellos proyectos estratégicos de máximo impacto mediante futuras convocatorias del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que faciliten el desarrollo de dichos proyectos estratégicos para la
transición industrial. Incluso el Presidente del Gobierno se permitió anunciar públicamente hace semanas que el primer PERTE es un consorcio público-privado con SEAT e Iberdrola en relación con la cadena de valor del vehículo eléctrico y las
fábricas de baterías. Sin que se haya publicado aún convocatoria ni licitación alguna y mientras la asociación gremial ANFAC declaraba en sede parlamentaria que no sabían nada.


Y, por otro lado, aunque lo cierto es que los proyectos presentados en dichas MDI no generan ningún derecho al acceso a la potencial financiación que pueda convocarse por la Administración para el apoyo de proyectos tractores, ni ninguna
obligación a la Administración, no deja de existir un riesgo de que las convocatorias oficiales de ayudas se 'adapten' a los proyectos analizados en los MDI, con riesgo de la más eficiente concurrencia y competencia, cuando la normativa, los
criterios reglados, las dotaciones presupuestarias disponibles y, en definitiva, las políticas estratégicas, están aún sin definir. En definitiva, en lugar de adaptar la política industrial a los proyectos presentados a iniciativa de parte, en
situación de incertidumbre regulatoria y en plazos muy breves, sería deseable que los proyectos se articulen en torno a una política industrial de país claramente y previamente definida para, al menos, todo el periodo plurianual 2021-2026 de
ejecución de los fondos comunitarios, en torno a un Pacto de Estado por la Industria que otorgue estabilidad y certidumbre a dicha política industrial.



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Se han presentado a las distintas declaraciones de interés puestas en marcha por varios Ministerios, más de 4.000 proyectos industriales, por importe de más de 30.000 millones de euros. Debemos dar preferencia industrial al Plan de
Recuperación, que ninguno se quede sin ejecutar. Es preocupante que desde el Ministerio de Industria ya se avance públicamente que de los 30.000 millones solicitados para proyectos industriales, sólo se seleccionarán proyectos por importe de algo
más de 2.000 millones, apenas un 7% de lo solicitado y del conjunto de los fondos europeos para 2021.


Séptimo. El necesario giro en la buena dirección para la reindustrialización; no partimos de cero.


Toda buena política consiste en definir prioridades y anticipar situaciones para potenciar las oportunidades y mitigar los riesgos. Y en la industria, esa buena política es imprescindible y determinante para consolidar e impulsar nuestro
tejido industrial en el actual contexto de crisis, pero también de oportunidad histórica y, probablemente, irrepetible. No es una buena solución actuar sólo reactivamente a la situación, atendiendo sólo los proyectos cuyos promotores tienen la
capacidad y el legítimo interés de catalogarlos como prioritarios y estratégicos para su propio desarrollo de negocio. No es un buen diseño de política industrial que los Presupuestos Generales del Estado para 2021 apenas dediquen 300 millones de
fondos europeos en el Ministerio de Industria y, sin embargo, se destinen 5.000 millones en el IDEA para transición energética o casi 7.000 millones para el Ministerio de Transición ecológica, para proyectos que acabarán impulsando las industrias de
terceros países con productos y servicios traídos del exterior.


Porque, pese a todos los mecanismos, programas y fondos comunitarios que se prometen desde el Gobierno, lo cierto es que siguen siendo constantes los anuncios de cierres de plantas industriales, de ofertas de adquisición de industrias
españolas a iniciativa de inversores extranjeros y de petición de ayudas públicas al Fondo de nueva creación gestionado por SEPI; todo ello, y la reciente normativa que instaura la autorización del Gobierno para las operaciones de adquisición de
participaciones empresariales, otorga un nuevo protagonismo al sector público y a las políticas gubernamentales orientadas a fortalecer nuestro tejido productivo. Escándalos como el de la ayuda de 53 millones de euros a la compañía aérea PLUS ULTRA
no contribuyen a generar confianza en el uso e inversión adecuada de dichos fondos y en los mecanismos establecidos para su asignación y supervisión.


En esa tarea, la Estrategia para la Industria es un marco de referencia de actuaciones a corto, medio y largo plazo que debe actualizarse para incorporar las lecciones aprendidas con la nueva situación creada con la pandemia de COVID-19.
Esa actualización debe ser fruto de la reflexión conjunta entre autoridades y agentes económicos y sociales, pero las actuaciones urgentes e inmediatas a muy corto plazo exige la identificación de los criterios fundamentales para que nuestra
industria no se quede atrás. Es necesario, -como venimos reiterando en esta PNL-, que el Ministerio de Industria desarrolle eficazmente los planes sectoriales actualizados a la excepcional situación de la pandemia. El Plan de automoción de junio
de 2020 debe desarrollarse con dotaciones presupuestarias suficientes y proyectos concretos. En ese sentido, es una buena noticia la aprobación en sesión de 16 de diciembre pasado, de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular sobre
el impulso a la cadena industrial del vehículo eléctrico y alternativo, con el apoyo de todos los grupos de la Cámara, que marca una buena hoja de ruta sobre cómo se puede seguir apoyando a nuestra industria con la indicación de directrices
concretas.


Cómo también constituye un ejemplo de responsabilidad la enmienda transaccional suscrita por Grupo Socialista, GPP y Cs en relación con la Proposición no de Ley 161/000776 sobre un Pacto por la Industria, también aprobada en la Comisión de
Industria, Comercio y Turismo en su sesión de 13 de octubre de 2020, y que incorpora los ejes principales del Pacto por la Industria que dejó formulado el Gobierno de Mariano Rajoy hace ya casi tres años, días antes de la moción de censura. En esa
propuesta transaccional de Grupo Socialista, Grupo Parlamentario Popular y Grupo Ciudadanos, aprobada en Comisión, el Congreso insta al Gobierno a desarrollar un Pacto por la Industria y una serie de medidas que, lamentablemente, medio año después y
pese a la urgencia de la situación sigue sin aprobarse; sigue sin llegar una nueva Ley de la Industria; no existe una adecuada gobernanza que permita hablar de una auténtica política industrial de Gobierno o de país; algunos de los Ministerios
que tienen la capacidad de orientar los fondos europeos hacia programas y proyectos concretos, parecen considerar la industria de automoción española como el 'enemigo a batir'; y las nuevas cargas tributarias sobre el componente energético de
hidrocarburos que alimenta en gran medida a nuestra industria, amenaza su sostenibilidad y competitividad, incumpliendo por tanto, lo mandatado por el Congreso al Gobierno en la referida Resolución. Este es uno de los puntos principales que
justifica esta Proposición no de Ley, porque, como



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se verá más adelante, no se pretenden poner en cuestión los objetivos climáticos ni los retos de descarbonización de la economía española. La cuestión no es el qué, sino el cómo.


Y hay que cambiar radicalmente el enfoque de los fondos europeos para priorizar su inversión en tejido industrial. La coherencia y eficacia de esa Política industrial de Estado tiene que ponerse a prueba en la selección, coordinación,
ejecución y supervisión de los proyectos tractores que puedan formar parte de esa primera fase de impulso de la reindustrialización en España.


Al Plan de Recuperación con los fondos europeos se les está dando un enfoque excesivamente transversal desde los Ministerios que atienden a las principales políticas consideradas prioritarias por la propia UE, pero falta trasladar y combinar
ese enfoque con un desarrollo vertical bien planificado y muy enfocado a la consolidación y generación de tejido industrial en España, que supere la dispersión en proyectos desconectados entre sí o limitados a un solo ejercicio presupuestario.


Los proyectos deben de tener como objetivo generar empleo y transformar la economía a un coste razonable desde un punto de vista de la eficiencia. Para ello se requiere una estrategia bien planificada, pero también un análisis del impacto
en el tejido industrial de las distintas iniciativas legislativas en marcha en relación con las políticas climáticas y ambientales o la política fiscal, para el máximo aprovechamiento de dichos los fondos. Deseos y voluntarismo político y
realidades industriales y económicas pueden no coincidir. Para que un proyecto sea innovador y transformado, lo primero que hay que conseguir es que sea rentable, implementable y sostenible; no sólo se trata de incorporar nuevos sistemas de
energía o de digitalización, es una oportunidad de mejorar la regulación, atraer inversión privada y desarrollar ecosistemas industriales interconectados.


Es urgente articular una buena Estrategia Industrial con esos 4.000 proyectos presentados como Manifestaciones de Interés y desarrollar un Plan que incorpore inversión privada, con modificación del Reglamento para co-financiamiento por
categorías, por ejemplo. Francia ya ha adjudicado 16 proyectos con importe medio de 16 millones con un 23% de subvención. El Gobierno debe negociar con Bruselas la modificación de las categorías para que el 20% pueda ser un mínimo, un suelo, pero
no un máximo de co-financiamiento. Hay que ser ambiciosos, dada la situación excepcional. Esas modificaciones deben ir orientadas a priorizar la industria nacional para alcanzar el objetivo europeo del 20% del PIB. Cada país puede solicitar a la
Comisión que se exonere el Reglamento con propuestas individualizadas de ayuda por proyecto, justificando la petición de mayores coeficientes de co-financiamiento para evitar la deslocalización industrial hacia países con mejores sistemas de ayudas
de apoyo a la industria. En este punto es necesario recordar que el Congreso insta al Gobierno a apoyar a la industria '...con los mismos instrumentos y en la misma cuantía que lo hacen otros países europeos...'.


Por otro lado, la gobernanza de la Estrategia, el Plan y la Política industrial debe articularse más eficientemente que hasta ahora. Debe tener en cuenta la plurianualidad de las ayudas europeas, el ámbito temporal de los créditos
considerando su continuidad en los próximos años para planificar el desarrollo de cada proyecto por fases; los proyectos industriales requieren una planificación de medio y largo plazo, una maduración que no puede improvisarse. Si no se tiene en
cuenta esta particularidad, los fondos corren el riesgo de acabar destinados en proyectos tradicionales, antiguos o en meros 'Planes E' de compras de equipos, con muy poca capacidad tractora para modernizar y reindustrializar nuestra economía. El
elemento tiempo es determinante para ser ágiles, pero también inteligentes y realistas; se necesita tiempo para ir madurando la transformación, modular los plazos. Un efecto transformador en el corto plazo en la industria, es imposible.


Adicionalmente, también es importante para una adecuada co-gobernanza establecer mecanismos realistas de corresponsabilidad; en los proyectos muy grandes, con vocación tractora de cientos de millones, en el que entran muchos socios de
varios sectores (por ejemplo, irrigación, con 200 o 250 socios), los mecanismos de responsabilidad de los socios deben establecer modelos en las que pueda individualizarse la responsabilidad de cada socio, porque en caso contrario, nadie firmará un
Consorcio con responsabilidades solidarias multimillonarias con 200 socios que no conoce. Esta cuestión cobra aún más importancia a la hora de incorporar al ecosistema de Pymes a los grandes proyectos tractores, así como al rol que corresponderá al
Gobierno y a las participaciones públicas empresariales en la conformación y gobernanza de dichos consorcios, porque la inversión privada es incompatible con una gestión burocratizada de los proyectos empresariales industriales.


El acierto en esa Estrategia, en el Plan de ejecución en la primera fase de corto plazo y en su gobernanza, supone que España se juegue en los próximos tres años ganar o perder entre 15 o 20 años de desarrollo industrial.



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En definitiva, esta Proposición no de Ley quiere visibilizar el esfuerzo que realiza nuestra industria y el apoyo que desde las administraciones públicas todos debemos estar comprometidos a ofrecerles, con un Pacto de Estado, que desarrolle
a corto plazo los ejes citados, con partidas presupuestarias procedentes no sólo del Ministerio de Industria, sino también de las políticas transversales de digitalización, de innovación, de transformación energética, de economía circular, de otros
ministerios, y con mecanismos de gobernanza que permitan una gestión eficiente y transparente de la asignación y supervisión de las ayudas procedentes de la UE. En ese sentido, el Grupo Parlamentario Popular seguirá apoyando las negociaciones que
sean necesarias con sus socios del Partido Popular Europeo para que las decisiones de la UE consideren los intereses y necesidades de la industria española. Los objetivos climáticos no están en cuestión, pero sí el cómo alcanzarlos de manera
eficiente en términos de productividad, progreso y empleo, ya que el Gobierno, bajo el impulso de las políticas del Ministerio de Transición Ecológica, no está atendiendo a lo aprobado en este Congreso como parte de un Pacto por la Industria.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Elaborar un 'Plan extraordinario para reindustrializar España ESPAÑA REINDUS 2020-2050', que integre, armonice y continúe los ejes estratégicos de la 'Agenda para el fortalecimiento del sector industrial en España' de julio de 2014, el
'Pacto por la Industria' ofrecido junio de 2018, y las Directrices Generales de la nueva política industrial española 2030' de febrero de 2019, actualizado a las nuevas y excepcionales circunstancias y considerar la implicación de todos los
Ministerios, bajo el liderazgo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


El Plan Extraordinario ESPAÑA REINDUS. 2020-2050 contendrá cinco grandes áreas estratégicas de actuación y dos decálogos para las transformaciones transversales prioritarias.


Áreas Estratégicas de Actuación y Ejes Principales de Desarrollo


1. Medidas de carácter sectorial mediante un pacto nacional por la industria, consensuado entre las principales fuerzas políticas, comunidades autónomas y agentes económicos y sociales, que incluya:


1.1. La constitución en el plazo de un mes, en el seno de la Comisión de Industria, Comercio y Turismo, de una Mesa para el Pacto de Estado por la Industria, que vele por el cumplimiento y desarrollo del Pacto de Estado acordado en la
Cámara.


1.2 El desarrollo y culminación de los trabajos necesarios para, en el plazo máximo de tres meses, proceder a la aprobación de una nueva Ley de Industria que incorpore los cambios estructurales en los mercados globales, las nuevas tendencias
de los fenómenos disruptivos y las crecientes posibilidades tecnológicas con el objetivo de consolidar un tejido industrial sostenible, moderno, competitivo y generador de empleo de calidad.


1.3 Una Estrategia Industrial Actualizada 2020-2030 que actualice y adapte a la situación creada con la pandemia de COVID-19 los planes vigentes, las agendas sectoriales y se enfoque en las oportunidades de transformación generadas con el
programa de fondos europeos NEXT GENERATION UE.


1.4 Un Protocolo para la Descarbonización de la Industria para la reforma del marco regulatorio del sector energético español, con enfoque global y sistémico, que garantice su sostenibilidad técnica y económica de manera equitativa y
mediante una transición justa, gradual e inteligente.


1.5 Una Agenda para la Industria 5.0 que incorpore sistémicamente innovación, tecnologías disruptivas, digitalización y formación singularizada para las nuevas necesidades y requerimientos laborales de nuestro tejido industrial.


2. Medidas de carácter macroeconómico, que mejoren el entorno marco de confianza, seguridad jurídica y previsibilidad regulatoria para atraer inversión al tejido productivo y al empleo industrial, que considere como ejes principales de
actuación los siguientes:


2.1 Rebaja de la presión fiscal a emprendedores, autónomos, familias y empresas, a fin de incrementar la actividad y ensanchar la base imponible para mantener el gasto social necesario en nuestro Estado del Bienestar, incentivar el consumo y
atraer inversión y relocalización de empresas del exterior.



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2.2 Cumplimiento de la obligación legal de elaboración por el Gobierno de un Plan de Reequilibrio presupuestario a medio plazo, como medida necesaria que debe acompañar a la suspensión de las reglas fiscales, a fin de generar credibilidad en
los inversores, agentes y mercados financieros.


2.3 Simplificación burocrática con el objetivo de modernizar la Administración pública y hacerla más eficiente, facilitar trámites y licencias, incentivar el emprendimiento empresarial y permitir mayores economías de escala reduciendo la
heterogeneidad administrativa de escala subestatal.


2.4 Priorizar la formación y los mecanismos de flexiseguridad vinculados al mantenimiento de los modelos que permiten la flexibilidad suficiente para evitar despidos (ERTEs, teletrabajo...), el perfeccionamiento de las capacidades del
empleado para su rápida contratación, y el impulso del emprendimiento (tarifa plan autónomos, mejora ley de segunda oportunidad, agilidad constitución microempresas...), mediante esquemas de colaboración público - privada y reforma del ecosistema
formativo Universidad-Empresa- Administración.


2.5 Favorecer la competitividad mediante una regulación más sencilla e inteligente, con el compromiso de reducir dos normas reguladoras por cada nueva normativa reguladora que se apruebe, y mejorando la profesionalización, independencia y
modernización de los organismos reguladores.


3. Medidas de carácter estratégico vinculadas al potencial transformador de los programas de financiación habilitados por la ue mediante el mecanismo Next Generation UE y otros, con visión holística de la creciente convergencia de los
sectores industriales, energéticos y digitales y atendiendo entre otros, a los siguientes ejes:


3.1 Declarar de interés nacional y prioritarios los proyectos de naturaleza industrial postulados para la asignación de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de forma que se asignen a ellos al menos el 30% de la
cantidad total de dichos fondos europeos, considerando proyectos que puedan abarcar todo el periodo plurianual.


3.2 Inversión con criterios de costo/eficiencia de los recursos procedentes del Fondo Europeo para la Recuperación y la Resiliencia, que pueda generar riqueza y empleo que permita devolverlo en un futuro sin incrementar la carga de la deuda
a las generaciones futuras.


3.3 La priorización hacia proyectos industriales de los fondos europeos de transformación, que pongan especial atención en mecanismos que faciliten la participación de las PYMES y el emprendimiento español en la cadena de valor.


3.4 Cambio radical en los procesos de análisis y selección, estableciendo mecanismos que garanticen la transparencia y la concurrencia competitiva para su asignación a los proyectos y la adecuada transición justa en los territorios mientras
estén vigentes los fondos europeos, así como la incorporación de mejoras en el marco normativo que faciliten:


i Mecanismos eficientes de asignación de responsabilidad entre los partícipes de cada Consorcio.


ii La efectiva incorporación a los proyectos por parte de las Pymes, atendiendo a sus peculiaridades.


iii Los haremos adecuados de co-financiamiento para la mayor atracción de inversión privada que complemente los fondos comunitarios asignados a los proyectos


3.5 Creación de una Autoridad Independiente para la Recuperación Económica que; a) garantice una ejecución ágil, eficaz y eficiente de los fondos europeos; b) evite que se conviertan en un nuevo Plan de gasto improductivo que dilapide el
dinero sin generar riqueza ni empleo; c) salvaguarde el interés general, estableciendo todos los controles que eviten un uso discrecional y partidista de los mismos.


4. Medidas de carácter paliativo, constituidas fundamentalmente por dos Planes de Choque complementarios y adicionales a las medidas ya vigentes; el Plan de Rescate a la Economía Productiva y el Plan de Reequilibrio Fiscal.


4.1 El Plan de Rescate a la Economía Productiva -en coordinación con las diferentes administraciones públicas, los agentes sociales y el resto de las fuerzas políticas- tendrá como objetivo:


4.1.1 Apoyar a todos los autónomos y pymes que tienen negocios viables pero que se encuentran en situación de riesgo de insolvencia por una situación que se está alargando en el tiempo mucho más de lo inicialmente previsto.


4.1.2 Incluir todos los territorios de nuestro país sin el filtro partidista del gobierno.



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4.1.3 Permitir frenar la destrucción de nuestro tejido productivo y, por tanto, del empleo.


4.1.4 Recuperar la competitividad de nuestras empresas y la credibilidad de nuestro país.


4.1.5 Volver al círculo virtuoso del crecimiento económico y la creación de empleo que ya nos permitió salir de la anterior crisis financiera.


4.2 Este Plan de Rescate a la Economía Productiva debe incluir, entre otras medidas:


4.2.1 Un fondo de apoyo financiero y capitalización de empresas, dirigido tanto a empresas viables que necesitan capital para subsistir hasta que la recuperación económica sea posible como a startups que puedan contribuir al crecimiento y la
creación de empleo en sectores innovadores.


4.2.2 Ayudas directas que sustituya el mecanismo de los avales y del endeudamiento, para evitar que donde el tejido productivo tenía un problema de liquidez, se transforme en un problema de solvencia que, si no se ataja, puede provocar un
efecto dominó que acabaría en una crisis financiera y de deuda.


4.2.3 Un Programa de Choque de apoyo Fiscal, con exenciones a los autónomos y pymes que no pueden desarrollar su actividad con normalidad, que retrase la entrada en vigor de los nuevos impuestos hasta que se adopten de forma coordinada en
Europa para no perjudicar la competitividad de nuestras empresas (tal y como ha pedido Bruselas), y que incluya bajadas selectivas y temporales de impuestos que permitan reactivar sectores estratégicos de nuestra economía.


4.3 El Plan de Reequilíbrio fiscal se orientará, entre otras medidas, a:


4.3.1 Reducir el gasto público superfluo e ineficiente y liberar los recursos suficientes para adoptar todas las medidas anteriores, estimado por la AIReF entre 22.000 y 32.000 millones de euros.


4.3.2 Comprometer una senda de reducción del déficit público que permita recuperar la credibilidad de nuestro país, y atraer inversión y talento extranjeros,


4.3.3 Frenar la deuda que amenaza la sostenibilidad de nuestras cuentas públicas y supone un riesgo cierto de crisis financiera y de deuda que volvería a poner en riesgo nuestro estado del bienestar.


5. Medidas de gobernanza y coordinación de todas las medidas, estrategias y programas descritos en los apartados precedentes mediante la creación, en el seno del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de una Agencia Nacional para el
Desarrollo Industrial, sin incremento de gasto público, abierto a la participación de los agentes económicos y sociales, como mecanismo de gobernanza participativo, que:


5.1 Reorganice los organismos y departamentos gubernamentales con competencias para desarrollar las medidas descritas en los apartados anteriores.


5.2 Combine políticas transversales con política verticales y sectoriales, generando ecosistemas industriales o clusters multidisciplinares y con participación de empresa-centros tecnológicos-universidad-administraciones públicas.


5.3 Defina una Estrategia Industrial Integral NextGeneration 2030, actualizada, con medidas a corto, medio y largo plazo.


5.4 Coordine las actuaciones de la SEPI, en la ejecución del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas y de otros programas de otros Ministerios con incidencia en el tejido industrial,


5.5 Coordine y facilite las políticas industriales de las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, y su proyección en las políticas comunitarias, a fin de conseguir economías de escala y la máxima eficiencia en la proyección
exterior en los mercados internacionales.


Decálogo para la estrategia integral actualizada para la reindustralización


La Estrategia Integral Actualizada contendrá los desarrollos necesarios para:


1 Fomentar la demanda de bienes y servicios industriales con efecto multiplicador en la economía, como la automoción y la movilidad sostenible, la rehabilitación y construcción de edificios energéticamente eficientes o el desarrollo de
infraestructuras que favorezcan la descarbonización y la conservación ambiental ('infraestructuras verdes').


2. Mejorar la competitividad de los factores productivos clave, tales como la formación y empleabilidad, el suministro energético estable, competitivo y sostenible, la mejora de las infraestructuras y el sistema



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loqístico y de transporte, la protección de la propiedad industrial y de los activos intangibles, la inversión en bienes de equipo, o el acceso al financiamiento.


3 Reforzar la estabilidad y uniformidad del marco regulatorio español, mejorando la regulación para la unidad de mercado, la seguridad jurídica y la simplificación administrativa y favoreciendo una más equilibrada distribución territorial
del tejido industrial.


4 Potenciar la eficiencia y la orientación al mercado y a los retos de la sociedad de la l+D+i, con especial atención a las tecnologías disruptivas como la inteligencia artificial, la biotecnología y los nuevos materiales.


5 Favorecer un mayor tamaño de la PYME industrial, no sólo con crecimiento orgánico sino mediante mecanismos de alianzas y economía colaborativa, su mejor encaje en la cadena de valor de la gran empresa española y su profesionalización, con
programas de 'voluntariado social' para el emprendimiento y el acompañamiento experto en las fases iniciales del emprendimiento o start ups.


6 Facilitar el acceso a la financiación, tanto bancada como no bancada, a las empresas y proyectos industriales, incrementando el peso de la financiación no convencional en las empresas industriales y las posibilidades del mecenazgo en
actividades de emprendimiento industrial.


7 Acelerar a digitalización de la industria española y la extensión de las redes de alta capacidad y de 5G, con un programa específico de Agenda Digital para cada sector industrial diferenciado y atendiendo a sus peculiaridades sectoriales y
de tamaño.


8 Apoyar la internacionalización y diversificación de nuestra industria, las alianzas estratégicas, la economía colaborativa e intensificar la diplomacia económica en el exterior.


9 Actualizar las Agendas sectoriales vigentes de los sectores industriales, para su adaptación a la crisis generada por la pandemia de Covid-19 y elaboración de las nuevas agendas sectoriales aún no aprobadas.


10 Enfocar la política industrial con un mecanismo de gobernanza y una combinación de medidas de ámbito nacional, internacional y transversal, que supere el reducido ámbito del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


Decálogo para protocolo de la energía para la descarbonización del sector industrial español


En el plazo máximo de tres meses, el Gobierno remitirá al Congreso para su debate y aprobación, un Protocolo de la Energía para la Descarbonización del sector industrial español, que contenga el Decálogo de medidas para apoyar la transición
energética de la industria española con arreglo a lo siguiente:


1. Desarrollo urgente de normativa que rebaje la factura eléctrica y de gas para garantizar la competitividad de la industria española, con normativa específica para consumidores hiperintensivos y gasintensivos, cogeneración de alta
eficiencia, e impulso del hidrógeno verde y combustibles sintéticos y alternativos limpios.


2 Diseño de una Estrategia Nacional para una Industria Sostenible 2030, que desarrolle la marca certificada 'Industria Española Sostenible' y sea foco de las políticas para una descarbonización que resulte compatible con un relanzamiento de
nuestro tejido industrial y del empleo de calidad, incorporando como principios rectores de una buena política industrial para la descarbonización:


- El principio de neutralidad tecnológica y libre competencia.


- El principio de cómputo de emisiones netas.


- El principio de huella de carbono de la vida del producto.


- El principio de máximo aprovechamiento de los recursos naturales autóctonos.


- El principio de integralidad de la fiscalidad verde bajo el criterio de que 'quien contamina, paga y el que descontamina, recibe'.


3 Elaboración de un Plan Nacional de Fomento de Tecnologías Limpias con perspectivas de futuro y Tecnologías Disruptivas para la descarbonización, con la participación pública y privada, y con la participación de las Comunidades Autónomas,
que aproveche el potencial industrial de España y sus ventajas competitivas en esas tecnologías emergentes.


4 Elaboración de un Programa Nacional para una Economía Circular en la Industria, con medidas y planes de acción sectorial, alineados con los objetivos climáticos acordados por el Acuerdo de París, las



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líneas de actuación del Green New Deal y la Estrategia Nacional de Economía Circular, para disminuir la producción de residuos industriales y maximizar la valorización de su reutilización y reciclaje.


5 Desarrollo de una Estrategia Digital específica para la Descarbonización de la Industria, que potencie la industria digital y que tenga como objeto desarrollar las previsiones de la Estrategia Digital España 2025 referidas al cambio
climático y contribuya a la digitalización específica y propia de cada sector industrial para su adaptación y descarbonización.


6 Elaboración de un Plan Nacional de 'Construcción Verde', que potencie la industria de la construcción y el empleo, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras al menos en cinco ámbitos (el impulso de las infraestructuras
relacionadas con la Agenda ODS 2030, como las vinculadas con la gestión del agua; infraestructuras para la descarbonización del transporte mediante la movilidad sostenible, las conexiones intermodales, los nodos logísticos y la mejora de la red
ferroviaria de mercancías; las infraestructuras para la prevención de los efectos del cambio climático por fenómenos extremos; infraestructuras para la extensión de la red de energías renovables, de las infraestructuras para la economía circular y
del urbanismo inclusivo y sostenible; infraestructuras de telecomunicaciones y redes ultrarrápidas.)


7 Definición de una Estrategia Española para la Industria Básica y las Materias Primas Minerales Sostenibles 2020-2030, que atienda a la necesidad de contar en España con los componentes industriales esenciales para el desarrollo de la
economía verde, a fin de que sea un aliado estratégico en la cadena de valor con otros ecosistemas industriales en la lucha contra el cambio climático y de la descarbonización de la economía y facilite el mantenimiento de la actividad industrial y
la cohesión territorial en la España vacía, mediante mecanismos de economía circular e industria de proximidad.


8 Puesta en marcha de un Plan de Impulso a la industria de localización rural, agroalimentaria y de proximidad para luchar contra el fenómeno de la España despoblada y robustecer el desarrollo regional, y con ello, los servidos ambientales y
la gestión de los recursos naturales que brinda el mundo rural, generando arraigo y empleo de calidad.


9 Promoción e Impulso de los clusters industriales y plataformas colaborativas intersectoriales e interdisciplinares, que aprovechen el actual tejido industrial y las ventajas competitivas de nuestros recursos autóctonos en sector de
automoción, naval y aeronáutico, energías renovables y recursos minerales, infraestructuras eléctricas, gasistas y digitales, para avanzar en la transformación del transporte que permita aprovechar las nuevas oportunidades industriales.


10 Plan Urgente para la relocalización y arraigo industrial en España de nuevas cadenas de valor, nuevos modos de producción, nuevos productos y servicios, talento profesional y nuevos modelos de negocio, en tecnologías y productos que hacen
converger distintos sectores como el de la automoción, la energía y las telecomunicaciones en proyectos como el de vehículo eléctrico y conectado o soluciones de movilidad basadas en hidrógeno verde y gases renovables, entre otros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Tristana María Moraleja Gómez y Guillermo Mariscal Anaya, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la realización de una
auditoría de la gestión e idoneidad del actual Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas al frente de dicho organismo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Hace apenas tres años, comparecía ante esta Cámara el anterior presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas y todos los grupos parlamentarios, unánimemente, coincidían en reconocer la labor de dicho organismo. Se le calificaba de
faro de la investigación en España, envidia de los investigadores de los países de nuestro entorno y se felicitaba a su entonces dirección por su independencia, neutralidad y competencia profesional.



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Al CIS de hace tres años se le conocía por su acreditado prestigio nacional e internacional, por su labor científica para conocer a la sociedad española, por sus bases históricas de datos imprescindibles para los investigadores, por la
seriedad y el acierto de sus encuestas y por la profesionalidad de sus trabajos. No se le conocía por su presidente.


Lamentablemente, esa situación se ha revertido por completo. Desde que en junio de 2018 el Gobierno de Pedro Sánchez tuviera el enorme desacierto de colocar a José Félix Tezanos, -miembro de la ejecutiva del PSOE, presidente de la Fundación
Sistema del PSOE y presidente del Consejo de Redacción de la revista Temas del PSOE-, al frente del Centro de Investigaciones Sociológicas, el organismo ha perdido toda la credibilidad y el prestigio atesorado durante décadas de trabajo impecable
por parte de numerosos profesionales y ha dejado de ser un referente por su independencia, objetividad y base científica de sus estudios y sondeos, para ser conocido entre los españoles por sus estrepitosos fracasos en sus predicciones demoscópicas,
sus obscenas manipulaciones y por las bochornosas e intolerables declaraciones públicas de su presidente, insultando a los ciudadanos que ejercen su derecho al voto por partidos políticos que no coinciden con su propia ideología de izquierda.


El Grupo Popular siempre ha mantenido que determinadas instituciones y organismos públicos, como el CIS, deben mantenerse ajenos a la controversia política para cumplir sus funciones con la independencia, neutralidad y el rigor que les son
propias, ya que su objetivo principal consiste en contribuir al conocimiento científico de la sociedad española, de forma aséptica, sin distorsiones o manipulaciones que perviertan los resultados de sus análisis. Y esos objetivos con los que ha
venido trabajando el organismo durante años y que le ha comportado un altísimo prestigio en todos los órdenes, lo ha dilapidado sin rubor el señor Tezanos, un activista político sectario que ha puesto al Centro al servicio de una ideología y de un
partido político, el suyo propio, el Partido Socialista Obrero Español.


El resumen de estos tres años de su gestión es un relato de despropósitos, manipulaciones, cuestionamiento, polémicas, irregularidades y hasta ridículo nacional. Basten algunos ejemplos:


Apenas cinco meses después de su nombramiento, el señor Tezanos protagonizó su primera polémica al decidir, de manera personalísima y sin ninguna base académica o científica, cambiar el método de estimación de resultados de las encuestas
electorales, únicamente para favorecer en las mismas de una manera obscena al Gobierno socialista. Expertos en sociología electoral, medios de comunicación, académicos, todos coincidieron en lo erróneo del cambio, la ruptura de la serie histórica y
el sesgo ideológico hacia la izquierda que tal método comportaba y que invalidaba la eficacia de los resultados por el desacierto en sus predicciones.


Durante la vigencia del estado de alarma como consecuencia de la pandemia, con una sociedad española angustiada e irritada por la nefasta gestión del Gobierno social-comunista de la crisis sanitaria, social y económica, el señor Tezanos,
lejos de ofrecer un estudio científico serio de lo que realmente opinaba la sociedad española, con España confinada, publicó un barómetro en el mes de abril de 2020 con una tendenciosidad hacia la gestión del Gobierno que rayaba con la indecencia.


Un barómetro con un cuestionario de preguntas sesgadas, que buscaban predeterminar respuestas a gusto del Gobierno, pretendiendo identificar verdad con verdad oficial; con respuestas tendenciosas que incorporan críticas a la oposición o el
despropósito de plantear en una pregunta como una disyuntiva incompatible la lucha contra los bulos en la crisis sanitaria y la libertad de información, como si no se pudiera estar a la vez en contra de los bulos y la información falsa y en favor de
la libertad de opinión y de información. Nuevamente un cuestionario a la carta del Gobierno con preguntas dirigidas, con inclinación ideológica de izquierdas en los encuestados y al dictado servil de la estrategia y la propaganda del Gobierno.


Y es que la actuación al frente del CIS del señor Tezanos es un rosario de escándalos, polémicas e ineficacia, que ha llegado al límite con motivo de las elecciones en la Comunidad de Madrid el pasado 4 de mayo, que dieron una victoria
aplastante del Partido Popular y constataron una derrota histórica del partido del señor Tezanos, el PSOE, y de su socio del Gobierno, Unidas Podemos.


El CIS realizó en esta ocasión tres sondeos, nada menos, todos con el sesgo a la izquierda en la muestra y la habitual manipulación. Llegó a dar 10 escaños más para el PSOE y 10 menos para el PP sobre los resultados obtenidos, lo que
evidenció de forma palmaria el más que evidente sectarismo de las encuestas cocinadas por el señor Tezanos.


Frente a los sondeos del resto de empresas demoscópicas, en su 'sondeo flash', algo inédito en el trabajo habitual del CIS, dado a conocer el 22 de abril, en medio de la campaña electoral, el socialista



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Tezanos mostraba un cierto equilibrio entre los bloques de izquierda y de centro derecha, e incluso daba más posibilidades a un gobierno madrileño de PSOE, Más Madrid y Unidas Podemos, que del Partido Popular, algo que los resultados
electorales apenas unos días después, se encargaron de desmentir. Obviamente, el único fin de este sondeo era intentar movilizar el voto de izquierda ante el previsible y efectivo éxito del centro derecha. Es más, la candidatura de Isabel Díaz
Ayuso aseguró 65 escaños, incluso por encima de la suma de PSOE (24), Unidas Podemos (10) y Más Madrid (24).


Las principales empresas demoscópicas colocaban al PP por encima de la izquierda en intención de voto, con la excepción del CIS. El desajuste se explica por una intencionada sobrerrepresentación de votantes del PSOE en la muestra, en lugar
de buscar unos porcentajes ideológicos que realmente se correspondan con el universo sociológico a estudiar, aun con los necesarios coeficientes correctivos y el evidente objetivo de la encuesta: servir a las estrategias electorales del partido del
señor Tezanos, el PSOE.


Pero es que, además del fracaso en sus predicciones del 4-M, el prestigio del CIS ha quedado aún más dañado porque a pesar de que la Junta Electoral Central le reprochó que incumplía la ley electoral, el Centro de investigaciones
Sociológicas continuó encuestando en los días en que la ley prohíbe publicar sondeos, incluso durante la jornada de reflexión.


Y simultáneamente, el señor Tezanos despotricaba en un artículo en su revista Temas, de la Fundación socialista Sistema, insultando a la candidata del PP y triunfadora a su pesar, Isabel Díaz Ayuso, y a los votantes del PP, a los que llamó
'tabernarios'. El panfleto en cuestión se publicó el 1 de mayo, apenas tres días antes de las elecciones y tras conocer la denuncia del PP ante la Junta Electoral Central por seguir encuestando en una búsqueda desesperada de votantes indecisos para
la izquierda.


'El prestigio del CIS, tocado: críticas generalizadas, más errores y sesgo a la izquierda. Las acusaciones del sector contra su presidente, José Félix Tezanos, son casi unánimes y los datos constatan que sus estimaciones suelen favorecer
un bando político y se desvían más del resultado. Expresidentes de la entidad y una decena de expertos alertan del daño a la institución', de esta forma titulaba el 9 de mayo un diario de tirada nacional un extenso artículo en el que tras preguntar
a catorce expertos de referencia concluye que es evidente el daño a la reputación de la institución causado por el señor Tezanos desde su llegada al mismo.


El diario realiza un exhaustivo análisis de los trabajos del CIS constatando dos hechos expuestos ya en este escrito: sus pronósticos se han equivocado más de lo normal y siempre lo han hecho con un sesgo a la izquierda. 'Desde que Tezanos
lo preside, las estimaciones del organismo han sobrevalorado siempre el voto de la izquierda, en cada una de sus primeras 22 elecciones analizadas. De media, sus estimaciones de voto para la suma de PSOE, Podemos y el resto de fuerzas de izquierda
nacional ha sido 4,7 puntos mejor que la realidad'. 'La llegada de Tezanos también coincide con mayores errores. La comparación de su acierto con el promedio de sondeos deja pocas dudas: el CIS se ha desviado el doble'.


El artículo referido es uno más de la unánime opinión de los principales medios de comunicación nacionales, crítica que ha traspasado nuestras fronteras, como expresaba enfáticamente , por ejemplo, el 4 de mayo, en su cuenta oficial en la
red social Twitter, Michael Reid, editor y columnista para España del prestigioso The Economist: 'España: el único que debería dimitir esta noche es José Félix Tezanos, jefe del CIS, el encuestador oficial, que ha hecho sondeos partidistas a
expensas de los contribuyentes. Su encuesta de finales de abril fue la única que tuvo a la izquierda ganando. Es un escándalo'.


Esto viene a abundar nuestra exigencia para reclamar la urgente e ineludible necesidad de apartar al sectario e incompetente señor Tezanos de la dirección del prestigioso instituto demoscópico, no sin antes exigirle las responsabilidades
políticas, administrativas, contables y de todo tipo por el irreparable daño causado al Centro de Investigaciones Sociológicas para recuperar el crédito y el prestigio perdido y devolver a sus profesionales el reconocimiento que tras muchos años de
trabajo impecable se les ha querido arrebatar por culpa de un indigno dirigente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ordenar la realización de una auditoría por parte de expertos internacionales que analicen y evalúen la gestión al frente del Centro de Investigaciones Sociológicas de su actual Presidente,
José Félix Tezanos, su capacitación técnica para cumplir la finalidad de llevar a cabo el estudio científico de la sociedad española, así como su idoneidad dada su activa



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militancia política socialista, para cumplir las funciones del mismo de acuerdo con los principios de objetividad y neutralidad en su actuación y de respeto a los derechos de los ciudadanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000694


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la extensión al entorno virtual de las prestaciones de la Atención Primaria,
para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Organización Mundial de la Salud define la atención primaria de salud como 'la asistencia sanitaria esencial accesible a todos los individuos y familias de la comunidad, a través de medios aceptables para ellos, con su plena participación
y a un costo asequible para la comunidad y el país'.


Así fue concebido y desarrollado el modelo de Atención Primaria en Salud (APS) en España.


Entendido como la base para prestar una atención sanitaria integral, continua, accesible y de alta calidad, ideada como eje vertebrador y puerta de entrada de los y las pacientes al sistema sanitario público, constituido como una herramienta
muy útil para ganar en equidad y cohesión en nuestro país, tanto social como territorialmente.


La crisis sanitaria derivada de la COVID-19, ha venido a reforzar la necesidad de actualización e impulso de la APS, que había sufrido especialmente, no en todos los territorios por igual, el impacto de las políticas de austeridad
desarrolladas por gobiernos anteriores en el marco de la crisis económico-financiera.


Según la Estadística de Gasto Sanitario Público, en el año 2019 el gasto en atención primaria de salud en el sector de las Comunidades Autónomas, fue de media sólo el 14,2% del gasto consolidado del sector.


En esta marco, junto a las reclamaciones y demandas legítimas de la ciudadanía y de los profesionales al respecto, se aprobó en abril de 2019, en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el Marco Estratégico para la
Atención Primaria y Comunitaria, como resultado de un proceso de reflexión entre las Comunidades Autónomas, las sociedades profesionales y las asociaciones de pacientes y usuarios, bajo el liderazgo del Ministerio de Sanidad.


Su objetivo era acordar las principales medidas estructurales necesarias para dar impulso a la modernización de la APS, que permita una respuesta adecuada a los nuevos retos asistenciales, derivados del actual contexto sociodemográfico,
epidemiológico y de evolución tecnológica.


Una de las líneas estratégicas recogidas en este documento, consiste en potenciar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs), para desarrollar la innovación y visibilizar la inteligencia sanitaria en la atención
primaria.


De manera que:


1) Se mejore la Historia Digital.


2) Se garantice el acceso seguro de todos y todas las profesionales sanitarias/os a la Historia Digital del SNS.


3) Se garantice la interoperabilidad de los sistemas y de los registros sanitarios para facilitar el acceso seguro a la información por las y los profesionales de todos los ámbitos de atención.


4) Se dé impulso al uso de tecnologías que permitan el registro de datos en el domicilio del paciente y su volcado a la Historia Digital.


5) Se dé impulso a las consultas telemáticas de ágil resolución, con identificación segura de la/el usuaria/o, que permitan la integración de la solicitud de consulta y respuesta en la Historia Digital.


6) Se extiendan las modalidades de interconsulta no presencial con imagen asociada y acceso a pruebas complementarias adecuadas e indicadas.


7) Y se incorpore la teleatención en la APS.



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La importancia de contar con un sistema sanitario digitalizado y accesible telemáticamente, se ha hecho más evidente durante la crisis sanitaria de la COVID-19, especialmente en la atención primaria.


El 85% de la actividad asistencial, controles médicos, de enfermería y asistencia administrativa, se han resuelto por teléfono y telemáticamente durante los meses más duros de la pandemia, lo que ha posibilitado el seguimiento de los y las
pacientes, evitando contagios.


Pero no solo han sido casos de COVID19 los atendidos, la APS ha seguido haciendo frente a las enfermedades prevalentes en nuestro medio, a los cuidados de los crónicos y a la patología que aparece nueva, también mediante el uso de la
telemedicina y la consulta no presencial.


Además, el impulso del uso de la telemedicina ofrece importantes ventajas, tanto para mejorar la atención de los y las pacientes en sus domicilios, especialmente con enfermedades crónicas o de avanzada edad, así como para facilitar que las
personas que viven en zonas rurales y en la España con menor densidad de población, puedan acceder a los servicios sanitarios y evitar desplazamientos innecesarios.


Por todo ello, y ante el necesario desarrollo e implementación urgente por parte de las Comunidades Autónomas del Marco Estratégico de la Atención Primaria y Comunitaria, los presupuestos generales del Estado cuentan con una dotación de
1.088,86 millones de euros, en el marco del instrumento REACT-EU.


La transformación tecnológica del Sistema Nacional de Salud, es una prioridad del Gobierno de España, como recoge el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía española, con el objetivo de renovar y ampliar las
capacidades del Sistema Nacional de Salud (SNS), para rediseñar el SNS y hacerlo más fuerte frente a futuros retos sanitarios.


El Ministerio de Sanidad tiene entre sus competencias promover la calidad y la cohesión dentro de todo el Sistema Nacional de Salud, así como garantizar una cartera común de servicios básicos dentro del mismo, incluida la atención primaria.


Concretamente, el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, regula en su Anexo II la cartera de servicios comunes de atención primaria. Esta comprende
'las actividades de promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria, el mantenimiento y la recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social'.


El Grupo Socialista considera necesario elaborar un plan que armonice el desarrollo de las líneas recogidas en el Marco Estratégico de la Atención Primaria y Comunitaria en lo que a las tecnologías de la información se refiere, que permita
consolidar y formalizar las experiencias en torno al uso de la telemedicina durante la pandemia, y que permita la ampliación al ámbito virtual de la prestaciones de la atención primaria, con el objetivo de mejorar la accesibilidad de los y las
pacientes a los profesionales sanitarios de atención primaria, así como facilitar a éstos su trabajo, siempre desde el respeto a la humanización en la atención a los y las pacientes.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a elaborar un Plan de extensión al entorno virtual de las prestaciones de Atención Primaria, que recoja y armonice lo acordado en el Marco Estratégico de la Atención Primaria y Comunitaria,
prestando especial atención a las necesidades de la zonas rurales y de la España con menor densidad de población'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2021.-Ana Prieto Nieto, Julio Navalpotro Gómez, Marisol Sánchez Jodar, Carmen Andrés Añón, José Ramón Ortega Domínguez, Josefa Andrés Barea, Laura Berja Vega, María Luisa Carcedo Roces,
Sandra Guaita Esteruelas, Elvira Ramón Utrabo, Daniel Vicente Viondi y Agustín Zamarrón Moreno, Diputados.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la devolución del IVA pendiente
del año 2017 a las ciudades españolas con tributos cedidos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El sistema para el Suministro Inmediato de Información (SII), implantado en el año 2017, consiste básicamente en el suministro electrónico de los registros de facturación integrantes en los Libros registros de IVA, de forma que la
comunicación entre la Administración y el contribuyente se produce de forma inmediata y a tiempo real.


Este sistema supuso importantes beneficios tanto para los contribuyentes como para la propia Administración Tributaria. Para los primeros permitió:


- Reducir sus obligaciones formales, suprimiendo la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390, así como la elaboración de los Libros Registros.


- Recibir directamente la información fiscal, simplificando la declaración y evitando errores que suponían, a la postre, nuevas cargas tributarias.


- Disminuir la burocracia ya que muchos requerimientos, anteriores a la implantación del Sistema, tenían por objeto solicitar facturas o datos de las mismas para comprobar operaciones.


- Ampliar en 10 días el plazo para la presentación de autoliquidaciones periódicas.


- Agilizar las devoluciones de IVA a los contribuyentes acogidos, que no presentan incidencias.


Para la Administración Tributaria permitió una mejor comunicación con el contribuyente, bidireccional, automatizada e instantánea, una mejor asistencia de servicio público al contribuyente, y una definitiva mejora y eficiencia en el control
tributario y en la lucha contra el fraude fiscal.


El balance de la entrada en vigor del SII fue muy positivo: los ingresos por IVA de grandes empresas aumentaron el año siguiente un 4,8 %, por encima del crecimiento nominal de la economía, y los ingresos en la lucha contra el fraude fiscal
alcanzaron los 15.000 M€.


Pero su implantación tuvo un efecto negativo derivado del cambio en el cómputo del IVA de 2017 que afecta no sólo a las CCAA, sino también a los municipios que son capitales de provincia o de Comunidad Autónoma, o aquellos que tienen más de
75.000 habitantes, puesto que éstos también participan de la cesión -entre un 1 % y un 3 %- de algunas figuras tributarias entre las que se encuentra el IVA (además de IRPF y de los impuestos especiales sobre alcoholes, hidrocarburos y labores del
tabaco).


En el informe mensual de recaudación de la AEAT, correspondiente al mes de diciembre de 2017, se explica este efecto: 'la entrada en vigor de esta nueva forma de gestión vino acompañada de un retraso en la fecha límite de presentación de
las declaraciones (del 20 al 30 del mes posterior al mes de devengo). La consecuencia fue que las declaraciones de un mes cualquiera que anteriormente se contabilizaban en el mes siguiente pasaron en su mayor parte a contabilizarse dos meses más
tarde y, por lo tanto, en el conjunto del año solo se contabilizaron, para las empresas acogidas al nuevo sistema, once meses de ingresos (el mes de noviembre que antes se recaudaba dentro del año ha pasado a registrarse en enero del año
siguiente).' En este informe de recaudación mensual se cuantifica el efecto en 4.150 millones de euros; de los cuales, se calcula que 752 millones de euros corresponden a las Entidades Locales.


Una vez comprobado este efecto, el GPP registró en octubre de 2018 una Proposición de Ley para corregir el efecto de la implantación del Sistema de Información Inmediata (SII) en la gestión del IVA. Una Proposición de Ley que fue debatida y
aprobada su toma en consideración por amplia mayoría (Sí: 171 No: 89 Abstenciones: 81) en diciembre de ese año, aunque no llegó a tramitarse por la finalización abrupta de la legislatura.


Ante las continuas peticiones tanto desde el Grupo Parlamentario Popular, como de las CCAA y los municipios con tributos cedidos, incluyendo algunos gobernados por el partido socialista, la sorprendente respuesta de la Ministra de Hacienda
fue declarar que no iba a devolver nada porque 'ese dinero ya no existe', culpando a los partidos que tumbaron los fallidos presupuestos de 2019 de impedir un ajuste que



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realmente no requería la aprobación de esos presupuestos, tal y como ponía de relieve la solución jurídica aportada por el Partido Popular en la proposición de ley antes señalada.


Desde entonces, hemos exigido al Gobierno en repetidas ocasiones que adoptase las medidas necesarias para devolver ese importe, que afecta tanto a las CCAA como a los EELL. La última fue en una enmienda a los Presupuestos Generales del
Estado que el Gobierno directamente vetó, por lo que no hubo ni siquiera posibilidad de debatirla y votarla.


El fallo recientemente conocido de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo nos da la razón, al estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Castilla y León por las repercusiones en la liquidación del IVA del ejercicio
de 2017 y condenar a la Administración General del Estado a abonar a la Administración autonómica demandante la compensación correspondiente, cuyo importe definitivo se fijará en ejecución de sentencia.


Esta sentencia muestra que la reclamación las los municipios que, por ser capitales de provincia o de comunidad autónoma, o tener más de 75.000 habitantes es legítima y justa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a devolver a las Entidades Locales que, por sus características, participan de la cesión de tributos del Estado el importe que quedó pendiente en la liquidación del IVA de 2017, de acuerdo con
la doctrina expuesta en la reciente sentencia de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo respecto a dichas liquidaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira, Antonio González Terol, Mario Garcés Sanagustín y Eloy Suárez Lamata, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la liquidación de las CCAA en
2022 y 2023 respecto a las entregas a cuenta de 2020 y 2021, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La excepcionalidad de la crisis sanitaria y económica ha impactado de forma directa tanto en las comunidades autónomas como en los entes locales, que han visto reducidos sus ingresos al tiempo que han aumentado sus gastos para poder hacer
frente a las consecuencias sanitarias, económicas y sociales de la pandemia. No olvidemos que las Comunidades Autónomas (CCAA), entre otras, tienen transferidas las competencias en sanidad, en educación y en la mayoría de los servicios sociales.
Además, ha sido este nivel de administración pública la que ha adoptado diferentes medidas (tanto fiscales como ayudas directas) para apoyar a autónomos y pymes e intentar mantener el empleo.


La Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, LOFCA, regula los recursos financieros de estas administraciones públicas, que son los tributos cedidos, la transferencia del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales
y el Fondo de Suficiencia Global.


El más importante de ellos, los tributos cedidos, conforman lo que se denomina en la propia Ley como 'capacidad tributaria de las Comunidades Autónomas', y que se nutre de los siguientes recursos tributarios:


- La recaudación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de los Tributos sobre el Juego y Tasas afectas a los servicios transferidos.


- La recaudación del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.



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- La Tarifa autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que asciende al 50 % de los residentes en la Comunidad Autónoma.


- La cesión del 50 % de la recaudación líquida por Impuesto sobre el Valor Añadido.


- La cesión del 58 % de la recaudación líquida por los Impuestos Especiales de Fabricación sobre la Cerveza, sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, sobre Productos Intermedios, sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, sobre Hidrocarburos y sobre
las Labores del Tabaco.


- La cesión del 100 % de la recaudación líquida por el Impuesto sobre la Electricidad.


Cada año, y coincidiendo normalmente con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, el ejecutivo central hace una estimación de ingresos tributarios y transfiere a las CCAA unas entregas a cuenta de esos ingresos estimados. Dos
años después, cuando se conoce la liquidación definitiva, se realiza una compensación a favor de las CCAA (si las entregas a cuenta que recibieron dos años antes fueron menores que los ingresos tributarios reales) o a favor de la Administración
General del Estado (si las entregas a cuenta que recibieron dos años antes las CCAA fueron mayores que los ingresos tributarios reales).


La solución adoptada por el ejecutivo central en 2020, incrementando las entregas a cuenta un 1,6 % a pesar de que se sabía que, como consecuencia de la pandemia, se produciría una fuerte caída de los ingresos tributarios, va a generar un
problema en 2022 cuando deba realizarse la liquidación definitiva y las CCAA tengan que devolver a la Administración Central del Estado una cantidad que, como veremos, supera los 6.000 millones de euros. Y esto mismo se va a repetir en 2023, cuando
se tenga que liquidar la recaudación definitiva de 2021, puesto que tampoco se van a cumplir las sesgadas estimaciones de ingresos que se incluyeron en los Presupuestos Generales del Estado del año en curso.


Analizando la recaudación real en 2020 de las figuras tributarias que conforman la capacidad tributaria de las CCAA podemos calcular el tamaño del agujero que se les ha creado en 2022:


- La recaudación por IRPF, que ha subido un 1,2 %, es la única que no tiene un impacto significativo respecto a lo previsto en las entregas a cuenta;


- La recaudación por IVA ha caído un -11,5 % pasando de 71.538 M€ en 2019 a 63.337; el impacto en la liquidación de 2022 es de -4.673 M€ para las CCAA;


- La recaudación por Impuestos Especiales ha caído un -12,1 %, pasando de 21.380 M€ a 18.790 M€, lo que tiene un impacto en la liquidación de -1.466 M€ para las CCAA.


Teniendo en cuenta que en 2022 aún no se habrán recuperado los niveles de actividad previos a la pandemia y que el Gobierno ha incumplido su compromiso de reformar el sistema de financiación autonómica, ninguna Comunidad Autónoma va a poder
hacer frente a esta deuda que el Gobierno le ha generado de forma consciente, probablemente para poder chantajearlas en la tramitación de los próximos Presupuestos Generales del Estado tal y como hizo en 2019 con los 2.500 M€ que les debía por la
implantación del SII y que, las CCAA han perdido de forma definitiva, por no acceder al chantaje de apoyar los PGE de ese año.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aprobar los mecanismos que sean necesarios para impedir que se produzca el desajuste económico-financiero resultante del saldo negativo que se generará en 2022 y 2023, cuando se calcule la liquidación definitiva y se compare con las
entregas a cuenta recibidas en 2020 y 2021.


2. Dar los pasos necesarios para reformar el sistema de financiación autonómica para garantizar una financiación justa, suficiente, equitativa y solidaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira, Mario Garcés Sanagustín y Eloy Suárez Lamata, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para no subir impuestos a las familias
de rentas medias y bajas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


A pesar de haber presentado, hasta en 9 ocasiones, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el Presidente del Gobierno se olvidó de contarnos a todos los españoles las subidas de impuestos que tienen previstas para
seguir manteniendo el Gobierno más numeroso, con más asesores y más costoso que hemos tenido nunca en España.


Disperso a lo largo de sus 343 páginas descubrimos por ejemplo que, si eres un autónomo que trabaja como comercial, tendrás que pagar más cotizaciones a la Seguridad Social, tendrás que pagar por circular con tu vehículo por las carreteras
del estado y que te va a costar más dinero llenar el depósito de esos vehículos si utilizan diésel como combustible.


Pero no son las únicas subidas de impuestos que vas a sufrir. El objetivo expresamente recogido en el componente 28 (Adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI) es 'acercar los niveles de tributación de España a la media
de los países de nuestro entorno', lo que según la propia Ministra de Hacienda nos da un margen para subir impuestos entre 7 y 8 puntos de PIB, 80.000 millones de euros, lo que no deja de ser sorprendente teniendo en cuenta que la recaudación
tributaria en España en 2020 fue de 194.051 millones de euros.


Dentro de las subidas que se anticipan, posiblemente la más injusta socialmente sea la recogida en la página 341 que dice literalmente: 'Por otro lado, se incluye la paulatina desaparición de la reducción por tributación conjunta mediante
el establecimiento de un régimen transitorio, debido a que genera un desincentivo a la participación laboral del segundo perceptor de renta (principalmente mujeres).'


Recordemos que la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (Ley del
IRPF) establece, en su artículo 82.4, una reducción en la base imponible para los contribuyentes que opten por tributar de manera conjunta por las rentas de la unidad familiar. El objetivo de este beneficio fiscal es adecuar el impuesto a la
composición de rentas dentro del hogar y el fomento de la familia.


Los contribuyentes que elijan este modelo de tributación tienen derecho a reducir su base imponible en una determinada cantidad, que varía según el tipo de unidad familiar, de esta forma:


- En caso de matrimonio, se tiene en cuenta la unidad familiar integrada por los cónyuges no separados legalmente y, en su caso, los hijos menores de edad que convivan con ellos, y los mayores de edad incapacitados sujetos a patria potestad
prorrogada o rehabilitada, pudiendo aplicar una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales.


- En ausencia de matrimonio o en caso de separación legal, se tiene como unidad familiar la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro, ya sean menores o mayores incapacitados, pudiendo aplicar una
reducción en la base imponible de 2.150 euros anuales.


Según las estadísticas de la Agencia Tributaria, el 17,8 % de las declaraciones del IRPF presentadas en 2019 fueron declaraciones conjuntas; es decir, hay 3.678.133 familias que se verían afectadas por esta medida. El perfil de estas
familias, según la AIReF, 'corresponde en mayor medida a contribuyentes de mediana y avanzada edad. En particular, los mayores de 55 suponen un 48 % del total de beneficiarios y absorben el 51 % del coste total.'


La reducción por declaración conjunta en IRPF deja en el bolsillo de las familias integradas en su mayoría por pensionistas, familias cercanas a la edad de jubilación, o familias en las que sólo uno de los cónyuges tiene la opción de
trabajar, así como padres o madres separados que viven con los hijos que tienen a su cargo, un total de 2.393 millones de euros.


Por poner solo un par de ejemplos para ver la injusticia social de la propuesta socialista recogida en el Plan de Recuperación: un matrimonio jubilado que vive con una pensión de 18.000 euros al año, es decir,



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una pensión de 1.285 euros brutos al mes tendría que pagar 1.034 euros al año si se elimina la reducción por tributación conjunta. En otras palabras, sería lo mismo que bajarle la pensión un 6, 7 %, 86 euros al mes.


Lo mismo sucedería con una familia formada por un matrimonio que tiene un hijo con discapacidad y en la que sólo entra un sueldo bruto al año de 22.000 euros, aproximadamente 1.500 euros netos al mes. Si eliminan la reducción por
tributación conjunta esta familia sufrirá una subida de impuestos de 1.498 euros al año, sus ingresos se reducirán un 8,8 %, 125 euros menos al mes.


Aunque la casuística es muy grande, el ahorro de estas familias está en torno a 1.100 euros al año de media, lo que no parece justificación para que uno de los cónyuges decida no trabajar, invalidando la excusa de que esta modalidad es un
'desincentivo a la participación laboral del segundo perceptor de renta (principalmente a mujeres)'. Teniendo más de 5,5 millones de personas que, queriendo trabajar no puede hacerlo, resulta ofensivo decir que un miembro de una familia no trabaja
porque quiere beneficiarse de un ahorro fiscal de 1.100 euros al año


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Retirar la propuesta de suprimir la reducción por tributación conjunta que, en España, beneficia a 3,6 millones de familias, mayoritariamente de rentas medias y bajas, jubilados y familias monoparentales.


- Enviar a Bruselas una comunicación oficial con la rectificación de esta medida que tendrá que publicarse en un plazo no superior a 30 días desde la aprobación de esta iniciativa.


- Compensar el coste del mantenimiento de esta reducción con la disminución de gasto improductivo, comenzando con la reducción de vicepresidencias, ministerios y asesores del Gobierno más numeroso y caro de la democracia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira, Eloy Suárez Lamata y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS


E INSTITUCIONES


COMUNIDADES AUTÓNOMAS


093/000010


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(93) Convenios entre Comunidades Autónomas.


Autor: Senado.


Convenio de cooperación entre la Comunidad Autónoma de Canarias y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la gestión compartida del proyecto de compra pública de innovación denominado ISOHCE, historia clínica interoperable y
multirregional.


Acuerdo:


Trasladar a la Comisión Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166.1 del Reglamento de la Cámara, así como comunicar al Senado y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



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En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONVENIO DE COOPERACIÓN, ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA GESTIÓN COMPARTIDA DEL PROYECTO DE COMPRA PÚBLICA DE INNOVACIÓN DENOMINADO 'ISO HCE HISTORIA CLÍNICA INTEROPERABLE Y MULTIREGIONAL
(ISOHCE)'


Que suscriben, en Toledo y Santa Cruz de Tenerife, a 4 de diciembre de 2020,


De una parte, don Ángel Víctor Torres Pérez, con nombramiento por Real Decreto 446/2019, de 15 de julio, por el que se nombra Presidente de Canarias (BOE n.º 169, 16 de julio 2019).


De otra, don Emiliano García-Page Sánchez con nombramiento por Real Decreto 418/2019, de 4 de julio, por el que se nombra Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (BOE n.º 160, 5 de julio 2019).


Ambos, en el ejercicio de las competencias que les son propias, manifiestan y acuerdan suscribir el presente Convenio de Cooperación de forma colaborativa y ,solidariamente para la ejecución del Proyecto de Compra Pública de Innovación,
denominado 'Iso HCE Historia Clínica lnteroperable y Multirregíonal (ISOHCE)', en el marco de la 21 Convocatoria del Programa FID Salud, auspiciado por los Ministerios de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (MSCBC) y de Ciencia, Innovación y
Universidades (MICIU), haciendo a tal fin, y en primer lugar, las siguientes


MANIFESTACIONES


I. La Comunidad Autónoma de Canarias ha asumido en su Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias) competencias de ejecución en materia de sanidad interior, que incluyen, en
todo caso, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población, así como la ordenación y
la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos, incluyendo la sanidad ambiental y la vigilancia epidemiológica (art. 141.2).


El ejercicio de dichas competencias se atribuye al Servicio Canario de Salud, mediante Ley 11/1994, de 26 julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (art. 50.3).


II. La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por la Ley Orgánica 3/1997, de 3 de julio (de reforma estatutaria} tiene atribuidas las competencias para la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo con lo
previsto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, correspondiendo su ejecución a la Consejería de Sanidad y al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, organismo autónomo adscrito a dicha Consejería.


III. La compra pública de innovación, es una actuación administrativa de fomento de la innovación, orientada a potenciar el desarrollo de soluciones innovadoras, a través del instrumento de la contratación pública.


El fomento de la innovación, empleando como instrumento la compra pública de innovación (en adelante CPI), además de la promoción que se realice en el marco de los contratos públicos, contribuye a que las Administraciones autonómicas, a
través de sus procesos de licitación pública, transformen y diversifiquen sus economías regionales basándolas en el conocimiento. Además, al incorporar bienes o servicios innovadores, se mejoran los servicios públicos al encontrar nuevas y mejores
maneras de gestión, así como nuevos productos y servicios dando una respuesta más eficiente a las necesidades de los ciudadanos.


El sector salud es, en este sentido, muy propicio para la implantación de una estrategia de CPI dado el importante margen de tecnificación e innovación en los procesos sanitarios y el gran número de usuarios sobre los cuales pueden testarse
los resultados de las investigaciones, pudiendo convertirse posteriormente en un ahorro significativo de tos costes de atención.


IV. Las Administraciones Públicas se rigen en sus relaciones por los principios de colaboración y cooperación, para conseguir una actuación eficaz y eficiente de sus competencias de acuerdo con lo



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dispuesto en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema nacional de salud, así como en la Ley 14/1966, de 25 de abril, General de Sanidad.


Además de estos criterios generales de colaboración y cooperación interadministrativa, hay que tener en cuenta las competencias del Ministerio de Ciencia e Innovación establecidas en el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, par el que se
desarrolla su estructura orgánica, relativas al impulso de la compra pública de innovación a través de la Secretaría General de Innovación, así como a la gestión de fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). del Programa Operativo
FEDER Plurirregional de España (POPE) 2014-2020, a través de la Dirección General de Planificación de la Investigación.


Para canalizar la participación y colaboración ente las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla La Mancha en la gestión y desarrollo del proyecto de compra pública de innovación, 'lso HCE Historia Clínica lnteroperable y
Multirregional (ISOHCE)', es preciso suscribir un Convenio de Cooperación, de los previstos en el artículo 193 del Estatuto de Autonomía de Canarias, y aprobado por Ley Orgánica 1/2018 y en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto.


V. De acuerdo con lo expuesto, ambas Comunidades Autónomas estando interesadas en participar de forma colaborativa y solidaria en el proyecto de compra pública de innovación 'lso HCE Historia Clínica lnteroperable y Multiregíonal (ISOHCE)',
en el marco de la 21 Convocatoria del Programa FID Salud, del año 2016, auspiciado por tos Ministerios de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (MSCBC) y de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU), y con objeto de llevar a cabo la ejecución de la
Resolución del Ministerio de Ciencia. Innovación y Universidades de fecha 4 de agosto de 2019, suscriben el presente en base a las siguientes


CLÁUSULAS


Primera. Objeto del Convenio.


El objeto del presente Convenio de Cooperación entre la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Servicio Canario de Salud y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a través del SESCAM, es el desarrollo compartido del proyecto de
compra pública innovadora, denominado 'lso HCE Historia Clínica lnteroperable y Multiregional (ISOHCE), en el marco de la 2.º Convocatoria del Programa FID Salud, del año 2016, auspiciado por los Ministerios de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
(MSCBC) y de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU). Dicho programa se engloba dentro de la Actuación 004: Línea Fomento de la Innovación desde la Demanda (RD) y de la Compra Pública Innovadora (CPI) del Programa Operativo FEDER
Plurirregional de España (POPE) 2014-2020, enmarcándose en el Eje prioritario 01, dentro de la Prioridad de inversión 1b: 'El fomento de la inversión empresarial en l+i, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de
investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo y el sector de fa enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo.


El SESCAM asumirá el liderazgo del Proyecto y comparte con la Comunidad Autónoma de Canarias la responsabilidades administrativa, científica y financiera del desarrollo de la 'Consulta al Mercado', la licitación de la CPI, y el compromiso de
funcionamiento de la Oficina técnica de Proyecto, integrada por las dos Suboficinas, correspondientes a cada parte del Proyecto.


Por medio de las necesarias actividades administrativas y la consecuente contratación, tramitada por el procedimiento de Diálogo Competitivo, el objeto del convenio se ejecutará con los servicios de consultoría, desarrollo, integración,
formación, soporte, certificación en normativa vigente y la adquisición de licencias para la plataforma de HCE basada en estándares, que permita:


- Disponer de un extractor y conversar de datos en formato nativo a datos según arquetipos. Este elemento tecnológico permitirá desarrollar un proceso de conversión de datos entre diferentes estándares de normalización de datos como sería
las normas ISO 13606 referentes a tratamiento de información sanitaria, o Hl7-FHlR y OpenEHR.


- Disponer de un motor de normalización, agregación y consolidación de datos de salud en un repositorio que trabaje bajo el estándar 150-130606.


- Realizar la definición, diseño y adaptación de arquetipos con información normalizada necesarios para representar la información clínica de las funcionalidades contenidas en el escenario de demostración.



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- Crear un Marketplace de microservicios para su consumo desde la capa de presentación. Aportando la capacidad de extender la plataforma desarrollando nuevas aplicaciones a través de APls con especificaciones abiertas (ISO, OpenEHR, como
SMART on FHIR).


- Integrar la información masiva de información en plataforma Bigdata.


- Posibilidad de disponer de plataforma modular, abierta y basada en tecnologías y estándares reconocidos, implementada bajo un modelo operativo que permita el desarrollo ágil (SCRUM) y colaborativo soportado por DevOps.


- Conseguir una HCE unificada y normalizada de alto rendimiento que procesa información bajo el estándar ISO13606 y arquetipos, que inter-opere con estándares como FHIR, perfiles IHE o COA.


- Proponer un sistema de ayuda a la Toma de Decisión Clínica, con la implantación de un sistema de ayuda en la toma de decisión de última generación basado en inteligencia artificial, funcionando sobre la base de una potente integración de
datos y tecnologías para reconocer patrones y regularidades en los datos.


- Las actuaciones que comprende el objeto del contrato se desarrollarán en la siguiente fase:


• Etapa de consulta al mercado.


• Etapa de preparación del contrato, de elaboración de los pliegos para la compra pública.


• Etapa de licitación y adjudicación.


• Etapa de construcción de la plataforma y desarrollo de las soluciones.


• Etapa de despliegue del proyecto.


Segunda. Obligaciones de las partes.


1. En relación al procedimiento de compra pública de innovación objeto del convenio, ambas Instituciones definirán conjuntamente la naturaleza, las funcionalidades u objetivos concretos a conseguir, los resultados entregables y medibles;
responsabilizándose de su concreción, adjudicación, seguimiento, valoración y costes , conforme a lo establecido en el artículo 31.3, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/203/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.


2. La participación de cada Comunidad Autónoma en el proyecto de compra pública de innovación objeto del convenio es la siguiente:


Sin perjuicio de una mayor aproximación de detalles y matices, tras la celebración de la consulta al mercado; la definición y desglose de funcionalidades de ISOHCE, es la siguiente:


A) La Comunidad de Castilla-La Mancha asumirá dos grupos de actividades: un paquete de trabajo tecnológico para el desarrollo de la plataforma tecnológica, módulos de configuración y escritorio profesional; y otro paquete de trabajo para
el desarrollo de soluciones clínicas de utilidad a los dos Servicios Regionales de Salud. Se prevé que el primer paquete de trabajo se complete en las anualidades de 2020 y 2021, y el segundo en las anualidades 2022-2023.


B) La Comunidad de Canarias también asumirá otros dos grupos de actividades: un paquete de trabajo tecnológico para el desarrollo de un extractor y el modelo de información clínica basado en arquetipos ISO 13606; y otro paquete de trabajo
para desarrollo de otras soluciones clínicas de utilidad a los dos Servicios Regionales de Salud. Se prevé que el primer paquete de trabajo se complete en las anualidades de 2020 y 2021, y el segundo en las anualidades 2022-2023.


Se publicará un único Pliego de Licitación que se tramitará por el SESCAM y que contendrá los paquetes de trabajo, entregables o hitos a realizar por parte del contratista. El Comité Operativo definirá los hitos que formarán parte de este
pliego, así como los diseños tecnológicos y funcionales de cada uno de los hitos.


3. Corresponderá a cada Comunidad Autónoma, en relación con los hitos de su competencia, la definición de las especificaciones técnicas y funcionales, la evaluación de los resultados entregables o hitos a presentar por el Adjudicatario, la
conformidad de los resultados, el coste de ellos y su abono directo al Adjudicatario. Asimismo, corresponderá a cada Comunidad Autónoma, la supervisión y elaboración de los informes cuatrimestrales, la gestión de incidencias y la acreditación
documental de cada hito. No obstante, para la mejor coordinación y trabajo en equipo, cuando se requieran expertos, al menos el 40 % serán propuestos por la CCAA distinta de la responsable de dicha tarea.



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Tercera. Coordinación lnterinstitucional.


1. Con el objeto de lograr la coordinación interinstitucional del proyecto en todas las fases, desde su definición, consulta al mercado, licitación y seguimiento se constituirá una Comisión de Seguimiento y Coordinación, para garantizar la
correcta ejecución del convenio, que realizará el seguimiento de las actuaciones y conocerá de las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las cláusulas del mismo.


Al tratarse de un Proyecto sujeto a plazos y cofinanciado, anualmente la Comisión revisará todos los indicadores FEDER y todos los incluidos en los Anexos del Convenio firmado con el MCINN; de modo que si determinase, que su desviación es
incompatible con la conclusión del Proyecto, planteará su finalización y rescisión; para evitar que crezca el volumen del perjuicio por incumplimiento de objetivos.


2. La Comisión de Seguimiento y Coordinación estará integrada por seis miembros. Tres personas designadas por el Servicio Canario de Salud y otras tres personas designadas por la Consejería de sanidad de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
Se reunirá al menos, con carácter anual y preceptivamente, antes del envío a las autoridades estatales del Informe Final, para su ratificación.


La Presidencia de la Comisión será ejercida durante los años 2020 y 2021 por un representante de la Comunidad de Castilla-La Mancha y por un representante de la Comunidad Autónoma de Canarias los años 2022 y 2023.


La Secretaría de la Comisión será ejercida por un representante del SESCAM.


Todos los miembros de la Comisión podrán delegar el ejercicio de su cargo.


3. A las sesiones de trabajo de la Comisión se podrán incorporar expertos de forma permanente, designados por cada parte, atendiendo en su número a la proporcionalidad de la cuantía financiera comprometida; y podrán ser invitados a
informar en las reuniones otros técnicos propuestos en función de la materia específica a tratar.


La Comisión de Seguimiento y Coordinación podrá crear, en su caso, los Grupos de Trabajo, que estime oportunos para atender aspectos específicos.


4. Como apoyo a la Comisión de Seguimiento y Coordinación, se constituirá un Comité Operativo, en el que, de forma planificada, a lo largo del proyecto, se deberán llevar a cabo revisiones que aseguren que el mismo se está realizando de
acuerdo con la planificación establecida. Serán, además, tareas del Comité las siguientes:


- Definir los hitos que formarán parte del procedimiento de licitación.


- Aprobar el Plan y la Metodología de Trabajo de cada uno de los hitos.


- Aprobar los diseños tecnológicos y funcionales que forman parte de cada uno de tos hitos.


- Aprobar el calendario de implantación.


- Controlar la ejecución del proyecto.


5. En las sesiones del Comité Operativo participarán los coordinadores técnico y funcional designado por cada Comunidad Autónoma Se podrá invitar a otros técnicos del SCS, SESCAM y/o empresa contratista si se considera necesario.


Cuarta. Condiciones económicas.


1. El proyecto 'lso HCE Historia Clínica Interoperable y Multiregional (ISOHCE)' tiene un presupuesto asignado total de 5.382.500 €, a desarrollar en las anualidades 2020-2023.


La Comunidad Autónoma de Canarias participa en el proyecto con un presupuesto de 3.000.000 € y podrá recibir fondos FEDER Plurirregionales del 85 % (tramitación vía Ministerio de Ciencia e lnnovación). o sea 2.550.000 €.


La Comunidad de Castilla-La Mancha participa en el proyecto con un presupuesto de 2.382.500 €, de los que podrá recibir fondos FEDER Plurirregionales (tramitación vía Ministerio de Ciencia e lnnovación). del 80 % de su participación, en
concreto 1.906.000 €.


Ambas, complementariamente, tienen previsto invertir otras cuantías durante las posteriores fases de despliegue y validación, no incluidas en este Convenio.


De acuerdo con lo anterior, el convenio conlleva asociados los siguientes gastos e ingresos:



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Para el Servicio Canario de Salud:


Gastos:


Importe;Subconcepto;Anualidad


0 €;Abono por Licitación.;2020


0 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2020


1.395.000 €;Abono por Licitación.;2021


105.000 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2021


120.000 €;Abono por Licitación.;2022


105.000 €;por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2022


1.275.000;Abono por Licitación.;2023


0 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2023


Ingresos:


Importe;Subconcepto;Anualidad


2.550.000 €;Reembolso Fondos FEDER.;2020


Para el Servicio de Salud de la Comunidad de Castilla-La Manchar. Gastos:


Importe;Subconcepto;Anualidad


278.250 €;Abono por Licitación.;2020


66.250 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2020


931.250;Abono por Licitación.;2021


95.250 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2021


953.000 €;Abono por Licitación.;2022


47.250 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2022


0 €;Abono por Licitación.;2023


11.250 €;Abono por Oficina de Proyecto y actuaciones de apoyo.;2023


Ingresos:


Importe;Subconcepto;Anualidad


1.906.000 €;Reembolso Fondos FEDER.;2020


El presupuesto total de ambos Servicios Sanitario se muestra en la siguiente tabla:


;SESCAM;SCS;Total


CPI.;2.162.500;2.790.000;4.952.500


Pres. Licitaciones.;2.012.500;2.790.000;4.802.500



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;SESCAM;SCS;Total


Act. Complementarias.;150.000;0;150.000


Publicidad.;0;0;


Actuaciones de Apoyo.;220.000;210.000;430.000


Personal Nueva Contratación y exclusividad.;55.000;50.400;105.400


Asistencia técnica/convenios.;39.000;0;39.000


Equipamiento.;45.000;59.600;104.600


Adaptación de infraestructura.;22.000;0;22.000


Gastos de publicidad.;14.000;100.000;114.000


Otros Gastos elegibles.;45.000;;45.000


Total Fase I.;2.382.500;3.000.000;5.382.500


2. Las condiciones económicas que el licitador ofrezca/pacte, en la fase de despliegue del proyecto objeto del convenio -es decir, para las actualizaciones, extensiones o ampliación de funcionalidades de la historia clínica y aplicaciones
anexas-, serán las mismas para ambas Comunidades Autónomas, sin privilegio ni discriminación para ninguna de ellas.


3. Al tratarse de software no existe una vinculación directa con su ubicación física, refiriéndose a ambos servicios sanitarios, su población, geografía y recursos.


Quinta. Vigencia del Convenio.


El presente Convenio tendrá una duración máxima de cuatro años, desde la fecha de su entrada en vigor.


Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes y con carácter previo a su finalización por períodos semestrales o anuales.


También, por acuerdo de ambas partes, podrán introducirse mejoras o modificaciones que faciliten su operatividad, sin alterar sus preceptos básicos.


Sexta. Causas de resolución del convenio.


Además de la extinción de convenio por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, serán causas de resolución del convenio las siguientes:


a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.


b) El acuerdo expreso y escrito de las partes.


c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las partes, lo que se comunicará por aquella que la invoque a la otra de manera fehaciente para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones y compromisos
que se consideran incumplidos.


Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución por
esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados, atendiendo a la naturaleza y gravedad del incumplimiento y respetando el principio de proporcionalidad.


d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.


e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.


Los efectos de la resolución serán los previstos en los apartados 1 y 3 del artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.



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Séptima. Responsabilidad solidaria.


Las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha y Canarias responderán, solidariamente, por los fondos FEDER recibidos, frente al Ministerio de Ciencia e Innovación, en caso de resolución total o parcial del Convenio, conforme a lo
determinado en el artículo 40.2 de la Ley General de Subvenciones.


Octava. Naturaleza y Régimen Jurídico del Convenio de Cooperación.


El presente Convenio de Cooperación tiene naturaleza administrativa, encontrándose excluido del ámbito de aplicación de la legislación de contratos del sector Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.1, de la Ley 912017, de
Contratos del Sector Público.


A tal efecto el artículo 193 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Canarias establece que: 1. 'La Comunidad Autónoma de Canarias podrá celebrar convenios con otras comunidades autónomas para la gestión y prestación de
servicios propios correspondientes a materias de su exclusiva competencia. Estos acuerdos deberán ser probados por el Parlamento de Canarias, si tienen una afectación legislativa. En los demás casos, el Gobierno de Canarias deberá informar al
Parlamento de la subscripción en el paro de un mes desde la firma. Todos los convenios deberán ser comunicados a las Cortes Generales, y entrarán en vigor a los treinta días de esta comunicación, salvo que estas acuerden, en dicho plazo, que, por
su contenido, el convenio debe seguir el trámite previsto en el apartado 2 de este artículo, como acuerdo de cooperación'. Y 2. 'La Comunidad Autónoma de Canarias podrá establecer acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas, en los
términos previstos del artículo 145.2 de la Constitución.


Por su parte, el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha establece que 'La Junta de Comunidades podrá celebrar convenios con otras Comunidades Autónomas para la gestión y prestación de servicios
propios de la exclusiva competencia de las mismas. La celebración de los citados convenios, antes de su entrada en vigor, deberá ser comunicada a las Cortes Generales. Si las Cortes Generales o alguna de las Cámaras, manifiestan reparos en el
plazo de treinta días a partir de la recepción de la comunicación, el convenio deberá seguir el trámite previsto en el párrafo siguiente. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen manifestado reparos, el convenio entrará en vigor.


Dada la naturaleza administrativa del convenio las cuestiones litigiosas que se pudieran suscitar en la aplicación del mismo serán resueltas por la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.


Novena. Eficacia del Convenio de Cooperación.


La eficacia del presente Convenio de Cooperación. y una vez que éste haya sido firmado válidamente, quedará sometido a la condición (íuris) suspensiva de que las Cortes Generales no manifiesten reparos en el plazo de 30 días desde la
recepción de la comunicación del Convenio.


No obstante lo anterior, su eficacia material se hará coincidir con la firma del Convenio que ambas partes suscribirán conjuntamente con el Ministerio de Ciencia e Innovación, para el desarrollo y financiación del Proyecto 'Iso HCE Historia
Clínica lnteroperable y Multirregional (ISOHCE)' que lo justifica.


Y para que conste a los efectos que se citan y especialmente para su incorporación como Anexo al Convenio a suscribir con el Ministerio de Ciencia e Innovación para la obtención de la financiación de los fondos FEDER de este proyecto, se
firma por ambas partes el presente Convenio, a 4 de diciembre de 2020.


093/000011


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(93) Convenios entre Comunidades Autónomas.


Autor: Comunidad Autónoma del País Vasco-Gobierno.



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Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, Gogora, en materia de
memoria, paz, convivencia y derechos humanos.


Acuerdo:


Trasladar a la Comisión Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166.1 del Reglamento de la Cámara, así como comunicar al Senado y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, poniéndolo en conocimiento de la
Presidencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Parlamento de la citada Comunidad Autónoma.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y EL INSTITUTO DE LA MEMORIA, LA CONVIVENCIA Y LOS DERECHOS HUMANOS, GOGORA, EN MATERIA DE
MEMORIA, PAZ, CONVIVENCIA Y DERECHOS HUMANOS.


En Pamplona, a ...... de ............ 2021


REUNIDOS


De una parte, doña Beatriz Artolazabal Albeniz, la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco.


De otra parte, Miren Aintzane Ezenarro Egurbide, Directora del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos-Gogora.


Y de otra parte, doña Ana Olio Hualde, Consejera del Departamento de Relaciones Ciudadanas del Gobierno de Navarra.


Las tres partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Comunidades Autónomas reconociéndose poderes y facultades suficientes para este acto, a cuyo efecto


EXPONEN


Que la colaboración entre administraciones se encuentra implícita en la propia esencia de la forma de organización territorial del Estado, establecida en la Constitución y, por ello, las relaciones interautonómicas de colaboración y
cooperación se encuentran dentro del marco constitucional del estado de las autonomías, concretamente en el artículo 22.2 del Estatuto de Autonomía de Euskadi y en el artículo 70.2 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen
Foral de Navarra.


Que la Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma de Euskadi mantienen una especial relación que se caracteriza por una afinidad histórica, cultural, lingüística, turística y sociocultural, y comparten una larga tradición de
colaboración que les ha llevado a participar conjuntamente en la creación y desarrollo de instituciones de carácter cultural y lingüístico, así como a suscribir acuerdos sectoriales en diversas áreas.


Que en el Protocolo General de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Euskadi y la Comunidad Foral de Navarra, firmado el 10 de mayo de 2016, se establece en su Cláusula Tercera-G el ámbito de actuación denominado: Paz, Convivencia y
Derechos Humanos. Ambos Gobiernos convienen en la necesidad de propiciar vínculos para colaborar, desde el mutuo acuerdo, en promover programas y acciones que generen las condiciones necesarias para consolidar la paz y la convivencia en nuestras
sociedades. Esta colaboración se desarrollará en los siguientes ámbitos: el respeto y la promoción de la dignidad de la persona y de los Derechos Humanos; el rechazo y la deslegitimación de la violencia como medio de defensa de cualquier idea o
proyecto; la defensa del derecho a la verdad, la justicia y la reparación de todas las víctimas; el papel de la memoria crítica en la construcción de la convivencia, así



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como de la clarificación de todas las vulneraciones de derechos humanos producidas en nuestras Comunidades; la promoción de una cultura de paz y de los valores de respeto, democracia y convivencia.


Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y como desarrollo del referido Protocolo General de Colaboración, se considera necesaria la suscripción de este convenio con arreglo a las siguientes


CLÁUSULAS


Primera. Objeto.


El objeto de este convenio es determinar la colaboración entre la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos del Departamento de Relaciones Ciudadanas del Gobierno de Navarra, la Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y
Diversidad del Gobierno Vasco en los ámbitos de memoria, atención a las víctimas, convivencia y derechos humanos.


Segunda. Competencia.


El Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en su artículo 19 establece que corresponde a la Viceconsejería de Derechos Humanos,
Memoria y Cooperación, diseñar y promover la continuidad, desarrollo y ampliación de las políticas de solidaridad, reconocimiento y atención a todas las víctimas, así como colaborar e interactuar con entidades, asociaciones e instituciones en el
desarrollo de los mismos fines.


La Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, en su artículo 4.2 sobre las funciones del mismo establece, que será función de particular atención para el instituto la
colaboración en el desarrollo de sus funciones entre las instituciones públicas y las entidades de naturaleza privada y asociaciones con interés en sus funciones, garantizando el cauce de máxima relación con la sociedad. De la misma manera el
artículo 4.3.f) establece entre las funciones del Instituto, la integración, promoviendo el trabajo conjunto y comunicación entre las instituciones y entidades públicas y privadas que tengan finalidades similares o complementarias con las del
instituto, suscribiendo los protocolos y convenios de cooperación y colaboración necesarios a fin de crear una red de infraestructuras de la memoria y convivencia en la que se integren los centros de cualquier naturaleza que coincidan con los
objetivos del instituto.


Por su parte el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la administración de la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 11 establece
el ámbito competencial del Departamento de Relaciones Ciudadanas. En este artículo entre diversas funciones se le atribuyen al Departamento de Relaciones Ciudadanas, ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra en las materias relativas, entre otras, a las políticas de paz, convivencia y derechos humanos, así como, el Instituto Navarro de la Memoria, y los lugares de memoria.


Tercera. Colaboración en el ámbito de la memoria.


La colaboración se llevará a cabo principalmente a través del Instituto Navarro de la Memoria de la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos del Gobierno de Navarra y el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos
Humanos -GOGORA- de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en las siguientes acciones y programas:


- Intercambio de información sobre víctimas de la represión franquista, a través del banco de ADN y de los respectivos centros de documentación.


- Colaborar en las tareas de recopilación y preservación de la memoria, a través de proyectos de investigación conjuntos.


- Impulsar proyectos de divulgación de la memoria, programando exposiciones.


- Poner en marcha cauces de colaboración en el marco educativo, dando a conocer proyectos como Escuelas con Memoria que favorezcan intercambios escolares y proyectos de trasmisión intergeneracional de la memoria.


- Compartir el fondo audiovisual de las víctimas del terrorismo y la violencia, siempre que las propias víctimas lo autoricen.


- Cualquier nuevo proyecto e iniciativa que resulte de interés mutuo en este ámbito.



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Cuarta. Colaboración en el ámbito de la atención a las víctimas.


La colaboración se llevará a cabo principalmente a través de la Oficina de Atención a Víctimas del Servicio de Convivencia y Derechos Humanos de la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos del Gobierno de Navarra y la
Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad del Gobierno Vasco, en las siguientes acciones y programas:


- Servicios de atención integral a las víctimas.


- Medidas indemnizatorias y prestaciones.


- Programas de participación de las víctimas en Centros Educativos.


- Actividades y eventos de sensibilización social sobre los derechos de las víctimas.


- Trabajo con las asociaciones y fundaciones que trabajan por los derechos de las víctimas.


- Cualquier nuevo proyecto e iniciativa que resulte de interés mutuo.


- Cualesquiera otras acciones y programas que, de similar naturaleza, puedan desarrollarse en un futuro.


Quinta. Colaboración en el ámbito de la Convivencia y los Derechos Humanos.


La colaboración se llevará a cabo principalmente a través del Servicio de Convivencia y Derechos Humanos de la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos del Gobierno de Navarra y La Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y
Diversidad del Gobierno Vasco, en las siguientes acciones y programas:


- Planes de Convivencia.


- Agenda global de Derechos Humanos.


- Programas educativos.


- Promoción de iniciativas por la convivencia junto a las entidades locales.


- Programa de actuaciones con asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.


- Investigaciones sobre vulneraciones de Derechos Humanos.


- Gestión pública de la diversidad.


- Sensibilización en materia de Cultura de Paz y Derechos Humanos.


- Programas de prevención de la radicalización y de los discursos de odio.


- Cualquier nuevo proyecto e iniciativa que resulte de interés mutuo.


- Cualesquiera otras acciones y programas que, de similar naturaleza, puedan desarrollarse en un futuro.


Sexta. Comisión de Desarrollo y Seguimiento.


En el plazo máximo de tres meses desde la formalización del presente convenio, se constituirá una Comisión de Desarrollo y Seguimiento, con la finalidad de dar cumplimiento a este Convenio. Esta Comisión se encargará del intercambio de
información y de la elaboración de informes de evaluación y de valoración pertinentes. Se reunirá de forma ordinaria una vez al año y de forma extraordinaria cuando así lo estime la propia Comisión.


Séptima. Incumplimientos.


La Comisión de Desarrollo y Seguimiento será la encargada de establecer las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente convenio. En todo caso, el incumplimiento de lo acordado facultará a la otra parte para la denuncia del
convenio a efecto de su extinción.


Octava. Financiación.


Este Convenio no recoge, de forma expresa, contenido económico alguno para las partes firmantes. Los proyectos, programas y acciones de colaboración que pudiesen derivar de su ejecución, serán financiados con los recursos propios que aporte
cada entidad firmante las cuales soportarán, respectivamente, siempre que exista autorización de crédito adecuado y se aprueben mediante el instrumento jurídico que corresponda.



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Novena. Derecho aplicable.


Las decisiones concertadas que se adopten en el desarrollo del presente Convenio serán puestas en práctica por cada una de las partes en sus respectivos ámbitos territoriales de conformidad con su derecho interno.


Todo intercambio de información que se produzca en aplicación del presente Convenio, se realizará con respeto a los principios y criterios que en materia de protección de datos de carácter personal que se recogen en el Reglamento 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el derecho interno correspondiente al ámbito territorial de los firmantes.


Los asuntos relativos a la interpretación del presente Convenio serán solventados por unanimidad.


Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, dada la naturaleza administrativa del presente Convenio.


Décima. Plazo de vigencia y eficacia.


Este Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años. Las Comunidades Autónomas firmantes de este Convenio se comprometen a llevar a cabo la tramitación que proceda para su eficacia conforme a
sus estatutos de autonomía y normas propias de organización y funcionamiento.


Undécima. Prórroga, extinción y modificación del Convenio.


En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en la cláusula anterior, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.


El Convenio se extinguirá por el transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo, por común acuerdo entre las partes o por denuncia expresa de una de las partes, en cuyo caso dejará de estar en vigor
seis meses después de la fecha en que sea comunicada fehacientemente la denuncia a la otra parte.


Cualquiera de las partes podrá promover la revisión de alguno de los términos del Convenio. Las modificaciones deberán incorporarse al Convenio y ser suscritas por las partes.


Duodécima. Salvaguarda de las competencias autonómicas.


El presente Convenio de Colaboración se firma sin perjuicio de la salvaguarda de las competencias que cada una de las Comunidades Autónomas que lo firman ostenta en materia de Paz, Convivencia y Derechos Humanos.


En prueba de conformidad, firman el presente Convenio de Colaboración, por triplicado, en bilingüe, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.