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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 173, de 04/11/2020
cve: BOCG-14-D-173 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


4 de noviembre de 2020


Núm. 173



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


PLENO


059/000016 Calendario de sesiones plenarias para el período septiembre-diciembre de 2020. Modificación... (Página8)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo


161/001587 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa al establecimiento de coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación de los trabajadores del sector de conductores profesionales... href='#(Página9)'>(Página9)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001575 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar acciones diplomáticas en el seno de la Unión Europea en defensa de las exportaciones españolas tras la salida del Reino Unido
de la Unión Europea y las negociaciones sobre las relaciones futuras... (Página10)


Comisión de Justicia


161/001592 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la defensa de la Justicia frente a los ataques autoritarios del Gobierno de España... (Página11)


Comisión de Defensa


161/001457 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa al cambio de nombre del salón de actos de la Escuela de Técnicas Aeronáuticas (ESTAER) del Ejército
del Aire. Retirada... (Página14)


161/001555 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al mantenimiento de las necesidades acuciantes del Ejército del Aire... (Página14)


161/001603 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la potenciación de la Sanidad Militar... (Página17)



Página 2





Comisión de Hacienda


161/001554 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la modificación de las retenciones a cuenta e ingresos a cuenta en el marco del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre
Sociedades... (Página20)


161/001601 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la modificación de la calificación fiscal de 'Carried Interest'... (Página26)


Comisión de Interior


161/001565 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, por la que se insta al Gobierno a la creación de una nueva Comisaría de Distrito en el centro de Jerez de la Frontera... (Página31)


161/001591 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la demolición y construcción de una nueva Comisaría de Distrito de Moratalaz en Madrid... (Página32)


161/001600 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al reacondicionamiento de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana en Madrid... (Página36)


161/001602 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la rehabilitación del Complejo Policial de la Casa de Campo en Madrid... (Página39)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/001553 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la reapertura del tramo ferroviario entre Guadix-Baza-Almanzora-Lorca... (Página42)


161/001557 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan de mantenimiento y conservación de las carreteras... (Página46)


161/001574 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la mejora de la línea de ferrocarril Xativa-Alcoy y su conexión con la ciudad de Valencia... (Página51)


161/001598 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso y mejora de las condiciones del tramo ferroviario entre Algeciras y Bobadilla... (Página53)


161/001599 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso y mejora de las conexiones ferroviarias con el puerto de Alicante... (Página58)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/001563 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para flexibilizar la gestión del registro horario de la jornada laboral en las empresas y garantizar la protección e integridad de sus datos...
(Página61)


161/001566 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a las consecuencias del incumplimiento del compromiso de salvaguarda del empleo... (Página62)


161/001596 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, de medidas urgentes para la creación de un Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE) en el puerto de Arguineguín de Las Palmas de Gran Canaria... href='#(Página64)'>(Página64)



Página 3





Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001577 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la necesidad de actualizar y mejorar la Estrategia Española sobre Discapacidad... (Página66)


161/001579 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre reapertura y funcionamiento ordinario del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Lardero-La Rioja (CRMF) como centro
educativo público y gratuito... (Página67)


161/001580 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la necesidad de actualizar y mejorar la Estrategia Española en Trastorno del Espectro del Autismo... (Página69)


161/001584 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a impulsar el Plan Nacional de Alzheimer y otras demencias 2019-2023... (Página71)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/001559 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la defensa de la producción agraria española... (Página72)


161/001571 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre reforzar el papel de las mujeres en el sector de la pesca... (Página75)


161/001588 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre la representatividad de las organizaciones agrarias... (Página76)


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/001576 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a la preparación y negociación con las organizaciones sindicales más representativas en el sector público, de un
III Acuerdo para la mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo (2021-2023)... (Página78)


161/001597 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al cumplimiento por la Administración General del Estado de los acuerdos y resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno... href='#(Página79)'>(Página79)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/001568 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre cesión de los terrenos sin uso del Observatorio Meteorológico del Agra do Orzán (A Coruña)... (Página81)


161/001586 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la reforma de la normativa que regula la rehabilitación de los espacios afectados por actividades mineras... (Página82)


161/001607 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre actuaciones para la recuperación y protección del río Guadiana... (Página84)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/001556 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la ampliación de las funciones de la División Oficina del Dato, dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial... href='#(Página87)'>(Página87)



Página 4





Comisión de Sanidad y Consumo


161/001552 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover la homologación de las mascarillas transparentes... (Página90)


161/001560 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la excesiva proliferación y mejora del control de acceso de menores en salones de juego
presenciales... (Página92)


161/001562 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a mejorar y garantizar la igualdad en la prevención y la atención del cáncer de mama en toda España... (Página93)


161/001567 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para su consideración en lo relativo a la protección de la atención primaria sanitaria en España, especialmente en el contexto de la
recuperación de la crisis de la COVID-19... (Página94)


161/001569 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la supervisión de la formación que recibe el personal MIR... (Página96)


161/001589 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a la atención de salud bucodental universal... (Página97)


161/001590 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre el tratamiento de la Fibromialgia en España... (Página98)


161/001595 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al control sobre la capacidad de filtración de las distintas mascarillas existentes en el mercado... (Página103)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/001573 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la defensa de la Constitución y de los poderes e instituciones del Estado en las universidades públicas y de los derechos fundamentales
de los miembros de la comunidad universitaria... (Página108)


161/001581 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo y fomento de la Innovación abierta en el tejido empresarial español... (Página110)


161/001582 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a dirigir fondos no utilizados en convocatorias del Ministerio de Universidades a un Plan de apoyo para que las
universidades atiendan necesidades sobrevenidas de sus estudiantes o sufraguen medidas de accesibilidad para estudiantes con discapacidad... (Página111)


161/001585 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la necesidad de poner en marcha un Observatorio de Empleo de Doctores... (Página112)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/001605 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre apoyo, promoción y transversalización del enfoque de diversidad sexual en la Cooperación Internacional al Desarrollo... href='#(Página114)'>(Página114)



Página 5





161/001606 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre liderazgo de España en la respuesta multilateral para la reestructuración de la deuda de países empobrecidos... (Página117)


Comisión de Igualdad


161/001604 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre apoyo, promoción y transversalización del enfoque de diversidad sexual en la Cooperación Internacional al Desarrollo... href='#(Página119)'>(Página119)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001578 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al diseño y la puesta en marcha del 'III Plan Nacional de Infancia y Adolescencia'... (Página122)


161/001583 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a la aprobación en el plazo de seis meses del II Plan Integral de Apoyo a la Familia... href='#(Página123)'>(Página123)


161/001594 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al síndrome de alienación parental... (Página124)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/001564 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a elaborar un nuevo Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial para el periodo 2021-2030, con especial atención a los usuarios vulnerables... href='#(Página127)'>(Página127)


161/001609 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre realizar las modificaciones normativas requeridas para introducir la exigencia de elementos reflectantes en los conductores de los vehículos de
movilidad personal cuando circulen por la noche y en otras condiciones de reducida visibilidad... (Página130)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/000512 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Zurita Expósito (GP), sobre razón por la que AENA se niega a la realización de test de COVID-19 en los aeropuertos canarios imposibilitando la realización de corredores seguros con
nuestros principales países emisores de turistas en nuestra temporada alta... (Página131)


181/000513 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Zurita Expósito (GP), sobre balance de las medidas de ayuda a la vivienda puestas en marcha por el Gobierno en los Reales Decretos-leyes 8/2020 y 11/2020 y sus modificaciones, a
raíz de la crisis sanitaria, social y económica ocasionada por el COVID-19... (Página132)


181/000514 Pregunta formulada por la Diputada doña Paloma Gázquez Collado (GP), sobre actuaciones previstas ante la disminución del número de usuarios en el transporte público... (Página132)


181/000515 Pregunta formulada por la Diputada doña María Muñoz Vidal (GCs), sobre textos o normativas aplicables que va a impulsar el Gobierno para incentivar la colaboración público-privada en la construcción y mantenimiento de
infraestructuras... (Página132)


181/000576 Pregunta formulada por la Diputada doña Cristina Alicia Esteban Calonje (GVOX), sobre previsiones acerca de limitar los precios del alquiler... (Página133)



Página 6





181/000577 Pregunta formulada por la Diputada doña Patricia De las Heras Fernández (GVOX), sobre medidas previstas para mejorar la cuota modal del transporte ferroviario de mercancías... (Página133)


181/000583 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre valoración del estado del asfalto de la carretera N-435 desde Fregenal de la Sierra hasta las variantes de Beas y Trigueros... href='#(Página133)'>(Página133)


181/000584 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre actuaciones previstas con respecto al estado del asfalto de la carretera N-435 desde Fregenal de la Sierra hasta las variantes de Beas y Triguero... href='#(Página134)'>(Página134)


181/000585 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre opinión del Gobierno acerca de la suficiencia de frecuencias semanales desde el aeropuerto de Badajoz al de Madrid... href='#(Página134)'>(Página134)


181/000586 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre demanda antes del estado de alarma de vuelos semanales entre el aeropuerto de Badajoz y el de Madrid... (Página134)


181/000587 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre opinión del Gobierno acerca de si está castigando a los extremeños con la decisión de mantener solo tres frecuencias desde el aeropuerto de Badajoz al
de Madrid... (Página135)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/000572 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre previsiones acerca de aplicar a corto plazo una reducción del IVA a las actividades turísticas... (Página135)


Comisión de Cultura y Deporte


181/000567 Pregunta formulada por el Diputado don Juan Luis Soto Burillo (GS), Antón Cacho, Javier (GS), sobre cursos impartidos online por la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, así como número de alumnos que han
participado en los mismos en los años 2019/2020... (Página135)


181/000568 Pregunta formulada por el Diputado don Juan Luis Soto Burillo (GS), Antón Cacho, Javier (GS), sobre forma en la que gestiona la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte su trabajo y sus servicios a los deportistas
durante la pandemia de COVID-19... (Página136)


181/000569 Pregunta formulada por el Diputado don Juan Luis Soto Burillo (GS), Antón Cacho, Javier (GS), sobre novedades en el nuevo Código Mundial Antidopaje 2021 y normas internacionales que lo complementan, así como aportación de la
Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte en el proceso de redacción de dichos documentos... (Página136)


181/000570 Pregunta formulada por el Diputado don Juan Luis Soto Burillo (GS), Antón Cacho, Javier (GS), sobre forma en la que se está llevando a cabo el proceso de impulso a la adaptación de la legislación española antidopaje a las
modificaciones del Código Mundial Antidopaje 2021 y las normas internacionales que lo complementan... (Página136)


181/000578 Pregunta formulada por el Diputado don Eduardo Carazo Hermoso (GP), sobre previsiones acerca de suprimir los instrumentos musicales históricos realejo y virginal del listado de la colección del futuro Museo de las Colecciones
Reales, permitiendo que puedan seguir siendo contemplados en su emplazamiento original en el Real Monasterio de Santa Clara de Tordesillas... (Página137)



Página 7





181/000579 Pregunta formulada por la Diputada doña María Soledad Cruz-Guzmán García (GP), sobre criterios e informes que avalan la acción de informar favorablemente la autorización de licencia de una nueva entidad de gestión, SEDA, por el
Ministerio de Cultura y Deporte... (Página137)


181/000580 Pregunta formulada por la Diputada doña María Soledad Cruz-Guzmán García (GP), sobre acciones y presupuesto que destinará el Ministerio de Cultura y Deporte para conmemorar el décimo aniversario de la inclusión del Flamenco como
Patrimonio Inmaterial de la Humanidad... (Página137)


181/000581 Pregunta formulada por la Diputada doña María Soledad Cruz-Guzmán García (GP), sobre equipo de expertos y motivaciones para el homenaje de Filmoteca Nacional en menos de seis meses a la República... href='#(Página138)'>(Página138)


181/000582 Pregunta formulada por la Diputada doña María Soledad Cruz-Guzmán García (GP), sobre plazos e hitos planificados para la implantación del Estatuto del Artista aprobado por la Comisión de Cultura e impulsado por el Ministro de
Cultura José Guirao... (Página138)


181/000588 Pregunta formulada por el Diputado don Marc Lamuà Estañol (GS), sobre proyectos de difusión internacional de nuestro Patrimonio Cultural que tiene previsto desarrollar en los próximos años el Ministerio de Cultura y Deporte, en
colaboración con instituciones europeas, con la Comisión y/o con países de la Unión Europea... (Página138)


181/000589 Pregunta formulada por el Diputado don Marc Lamuà Estañol (GS), sobre medidas adoptadas para asegurar un desarrollo legal del mercado digital de contenidos culturales y creativos, así como planes para abordar la protección de la
biodiversidad, el incremento de la desigualdad, el reto demográfico y el desarrollo sostenible, entre otros... (Página139)


181/000590 Pregunta formulada por el Diputado don Marc Lamuà Estañol (GS), sobre proyectos puestos en marcha para favorecer la cohesión, conocimiento e investigación entre los sectores profesionales de museos, a nivel de todo el territorio
español... (Página139)


181/000591 Pregunta formulada por el Diputado don Marc Lamuà Estañol (GS), sobre impacto del desarrollo de plataformas digitales como DOMUS, Sistema integrado de Documentación y Gestión Museográfica, en la sociedad española... href='#(Página139)'>(Página139)


181/000592 Pregunta formulada por el Diputado don Marc Lamuà Estañol (GS), sobre acciones y programas llevados a cabo durante la pandemia para fomentar la lectura, así como objetivos de la Mesa del libro y medidas adoptadas para apoyar la
demanda del sector del libro que se apoya fuertemente en la exportación e internacionalización... (Página140)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión... (Página140)



Página 8





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


PLENO


059/000016


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de la fecha, oída la Junta de Portavoces, ha acordado modificar el calendario de sesiones plenarias para el período septiembre-diciembre de 2020, en los términos del Anexo que se adjunta.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO DE SESIONES PLENARIAS SEPTIEMBRE-DICIEMBRE 2020


II PERIODO DE SESIONES


Semana;Con/Sin Pleno;Observaciones


Del 1 al 3 de septiembre;Sin Pleno;


Del 8 al 10 de septiembre;Con Pleno;


Del 15 al 17 de septiembre;Con Pleno;


Del 22 al 24 de septiembre;Con Pleno;


Del 29 de septiembre al 1 de octubre;Con Pleno;


Del 6 al 8 de octubre;Sin Pleno;


Del 13 al 15 de octubre;Con Pleno;Festivo el día 12 de octubre


Del 20 al 22 de octubre;Con Pleno;


Del 27 al 29 de octubre;Con Pleno;


Del 3 al 5 de noviembre;Sin Pleno;Festivo el día 2 de noviembre


Del 10 al 12 de noviembre;Con Pleno;Festivo el día 9 de noviembre


Debate Totalidad P.L. Presupuestos


Del 17 al 19 de noviembre;Con Pleno;


Del 24 al 26 de noviembre;Sin Pleno;Debate en Comisión P.L. Presupuestos


Del 30 de noviembre al 3 de diciembre;Con Pleno;Debate en Pleno Dictamen P.L. Presupuestos


Del 9 al 10 de diciembre;Sin Pleno;Festivos los días 7 y 8 de diciembre


Del 15 al 17 de diciembre;Con Pleno;


Del 22 al 24 de diciembre;Sin Pleno;Festivos los días 24 y 25 de diciembre


Del 29 al 31 de diciembre;Sin Pleno;Festivo el día 31 de diciembre



Página 9





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo


161/001587


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al
establecimiento de coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación de los trabajadores del sector de conductores profesionales para su debate en la Comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo.


Exposición de motivos


Los profesionales del transporte son un colectivo de riesgo como reconoce la propia Organización Internacional del Trabajo debido a la peligrosidad de su actividad. El reciente empeoramiento de sus condiciones laborales fruto de las
consecuencias que se siguen arrastrando de la anterior crisis económica junto a un aumento de la edad media del colectivo han provocado un incremento de los índices de siniestralidad y morbilidad.


Cabe destacar además la correlación entre edad y peligrosidad de la actividad dentro de este sector. Y es que la tasa de incidencia de accidentes de trabajo en los mayores de 55 años, es tres veces superior al resto de sectores con respecto
al mismo rango de edad.


Pese a ello no ha sido todavía considerada como uno de los sectores profesionales objeto de aplicación de los coeficientes de reducción de la edad de jubilación por parte del Gobierno de España, aun habiendo sido recomendado por la Unión
Europea, sindicatos, universidades o la Seguridad Social.


Dicho régimen de reducción de la edad de jubilación viene regulado por el Real Decreto 1698/2011, que prevé la posibilidad de establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación para aquellas actividades profesionales cuyos
trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa, insalubre o causa de elevados índices de mortalidad.


Desde las asociaciones y colectivos del transporte profesional se ha avisado reiteradamente del hecho que la edad constituye un factor determinante en la pérdida o disminución de determinadas capacidades motoras, sensoriales y cognitivas
necesarias para una conducción segura.


El pasado diciembre de 2018 el pleno del Senado aprobaba, con los votos del partido socialista, una moción del grupo republicano referente a mejoras para los profesionales del transporte por carretera. Dicha moción instaba entre otras 'al
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social a que reconozca que en la actividad desarrollada por los conductores del transporte por carretera concurren las circunstancias exigidas legalmente en el Real Decreto 1698/2011, para rebajar la
edad ordinaria de jubilación, siendo que esta reducción ha de efectuarse mediante coeficientes aplicables al tiempo de trabajo efectivamente realizado en la citada actividad profesional, que haga posible en cada caso, cumpliendo los demás requisitos
legales, el percibo de la pensión de jubilación con anterioridad al cumplimiento de la edad exigida con carácter general para el resto de los trabajadores'.



Página 10





Han pasado casi dos años y el Gobierno sigue sin atender a las reclamaciones de los distintos sindicatos y agentes del sector.


Así mismo en el año 2014 los trabajadores de ferrocarril del metro de Barcelona acordaron con el Gobierno del Estado, en aquel entonces presidido por el Partido Popular, la 'aplicación de la normativa prevista en el Régimen Especial de
Trabajadores Ferroviarios por Real Decreto 863/1990, de 6 de julio y Real Decreto 2621/1986 de 24 de diciembre para los grupos y escalas previstos en los mismos y que se desempeñen en las actividades del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona y se
puedan lucrar del beneficio de la reducción en la edad mínima de jubilación por razón de trabajos excepcionalmente penosos o peligrosos.'


Los incumplimientos reiterados de los compromisos del estado con el colectivo de profesionales del transporte suponen una clara vulnerabilización y precarización de un sector al que pertenecen decenas de miles de trabajadores.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a tomar las medidas necesarias e impulsar las reformas legislativas oportunas, desde los ministerios de Trabajo y Economía Social así como Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
para el establecimiento de coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación de los trabajadores del sector de conductores profesionales con el fin de reducir los altos índices de siniestralidad y mortalidad que padece el sector y
dignificar sus condiciones de vida y laborales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001575


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a impulsar acciones
diplomáticas en el seno de la Unión Europea en defensa de las exportaciones españolas tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea y las negociaciones sobre las relaciones futuras, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El próximo 31 de diciembre de 2020 finalizan las negociaciones entre la UE y el Reino Unido sobre las relaciones futuras, en base a lo anunciado por ambas partes en la Declaración Política Revisada que se publicó el 17 octubre de 2019.


Para España, uno de los aspectos más importantes de la negociación sobre la relación futura es el comercial. Según datos del ICEX, España exportó bienes al Reino Unido en 2019 por valor de 16.526 millones de libras (17.998 millones de
euros), convirtiéndose en el octavo país proveedor del Reino Unido a nivel global, y el sexto a nivel europeo, una vez excluidos China y los Estados Unidos de América. Esta cifra representa alrededor del 7 % del total de ventas españolas al
exterior. Por su parte, Reino Unido ocupa el noveno puesto entre los países exportadores a España, con un total de 10.296 millones de libras (11.209 millones de euros) en el mismo período.


Al mismo tiempo, España ha sido, hasta la llegada de la crisis del COVID, el principal destino de los turistas británicos. En 2019, año en el que España batió su récord histórico, al alcanzar 83,7 millones de visitantes, Reino Unido lideró
tanto la estadística de países emisores (18 millones de turistas) como la del gasto acumulado (17.986 millones de euros), con el consiguiente impacto positivo en el sector del comercio interior.



Página 11





El impacto de la pandemia de la COVID-19 sobre el comercio exterior con Reino Unido empezó a sentirse con fuerza durante los meses de abril y mayo y, si bien las cifras, tanto de exportación como importación, del comercio español con Reino
Unido muestran una desaceleración en la caída durante las últimas fechas, resulta imprescindible un impulso diplomático y político con la finalidad de mejorar los datos y obtener unas condiciones comerciales que no resulten perjudiciales para los
intereses españoles en el nuevo contexto en el que Reino Unido se encuentra fuera del ámbito de la Unión Europea.


En este sentido, el desafío al que se enfrenta nuestro país es doble: por una parte, lograr la recuperación de los volúmenes comerciales anteriores a la pandemia y, por otra, impulsar políticas contra la imposición de barreras arancelarias
y no arancelarias que perjudiquen a la exportación española con la finalidad de mantener el ritmo de exportaciones previo al Brexit.


El Banco de España ha alertado en su informe 'Empresas españolas que exportan bienes al Reino Unido: rasgos estilizados y evolución creciente, por comunidades autónomas' de los efectos que un acuerdo comercial con barreras arancelarias
podría tener para la economía española en general y para ciertos sectores predominantes en algunas comunidades autónomas de nuestro país, en especial, el sector agroalimentario o el de la automoción, entre otros.


En este contexto, la prioridad de España debe ser el establecimiento de un acuerdo de libre comercio sin aranceles ni cuotas para ningún producto.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar las acciones diplomáticas necesarias en el seno de la Unión Europea para mantener unas condiciones aduaneras y comerciales favorables a las exportaciones españolas en Reino Unido.


2. Establecer mecanismos de cooperación a través de la Unión Europea para defender la necesidad de una política de aranceles cero.


3. Cooperar con la Administración de Reino Unido con la finalidad de mejorar las posibilidades de las empresas españolas en dicho territorio y facilitar el establecimiento de unas relaciones comerciales de libre mercado a partir del próximo
1 de enero de 2021.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Belén Hoyo Juliá, María Valentina Martínez Ferro y Marta González Vázquez, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Justicia


161/001592


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de defensa de la Justicia frente a los ataques autoritarios del
Gobierno de España, para su debate ante la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


A los efectos de garantizar la independencia del poder judicial, la Constitución Española dispuso en su artículo 122 la creación de un órgano de autogobierno, el Consejo General del Poder Judicial, que estaría formado por el presidente del
Tribunal Supremo y veinte vocales: doce entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales y ocho entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.


Respecto del sistema de elección de dichos vocales, el artículo 122 de la Constitución previó que, de los ocho juristas, cuatro fueran elegidos por el Congreso y cuatro por el Senado y, en cambio, nada se estableció en la Constitución sobre
el sistema de nombramiento de los doce jueces vocales. La voluntad



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del constituyente era manifiestamente clara: el Poder Judicial y, por tanto, también su órgano de gobierno deben ser independientes. Así, para preservar este principio en relación con la composición de este último órgano la primera Ley
Orgánica del Poder Judicial, aprobada en el año 1980, estableció que los vocales del Consejo General de procedencia judicial serían elegidos por todos los jueces y magistrados en servicio activo mediante voto personal, igual, directo y secreto, tal
y como fue recogido en la Ley Orgánica 1/1980, de 10 de enero, del Consejo General del Poder Judicial.


Sin embargo, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, aunque respetando la literalidad del texto constitucional, se optó por una forma de elección de los vocales que menoscababa la mayor garantía
de su independencia. El citado artículo 112 de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial establecía un nuevo sistema para la elección de los doce vocales de procedencia judicial, consistente en que seis serían nombrados por el Congreso y seis por el
senado. De este modo, desde la entrada en vigor de la citada ley en 1985, de los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial, la mitad son nombrados el Congreso y la otra mitad por el Senado, siempre por una mayoría de, al menos, tres
quintos. Es preciso no olvidar que el Consejo General del Poder Judicial no es sino el máximo órgano de gobierno de los jueces, por lo que este sistema socavaba gravemente el principio de la división de poderes del Estado.


El Tribunal Constitucional se pronunció sobre este nuevo sistema en su sentencia 108/1986, de 29 de julio, advirtiendo sobre las consecuencias perniciosas que podrían derivarse de su aplicación: 'Se corre el riesgo de frustrar la finalidad
señalada de la norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en este, atiendan solo a la división de fuerzas existente en su
propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaria de estos. La lógica del estado de partidos empuja hacia actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al
margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el poder judicial'. Más allá, el máximo intérprete de la Constitución llegó a aconsejar la reforma del sistema de los doce vocales del Consejo General del Poder
Judicial. Concretamente, señalaba: 'La existencia y aun la probabilidad de ese riesgo, creado por un precepto que hace posible, aunque no necesaria, una actuación contraria al espíritu de la norma constitucional, parece aconsejar su sustitución'.


Más de treinta y cinco años han transcurrido desde que se aprobara el régimen, todavía vigente, de elección de los doce vocales, y otro tanto de lo mismo desde que el Tribunal Constitucional invitara a las Cámaras legislativas a su reforma.
Y, sin embargo, nada se ha avanzado a este respecto. Antes al contrario.


La Ley Orgánica 2/2001, de 28 de junio, sobre composición del Consejo General del Poder Judicial, introdujo una serie de modificaciones en esta materia, pero manteniendo la fórmula de nombramiento de todos los vocales por las Cortes, solo
introduciendo algunos matices. Las Cortes Generales seleccionarían a ocho de los veinte miembros del CGPJ de entre 'abogados y juristas de reconocido prestigio'. Los doce restantes serían también elegidos por las Cortes, entre treinta y seis
candidatos propuestos por la Judicatura a través de dos vías: las asociaciones judiciales y los jueces no afiliados.


Durante la X Legislatura, se aprobó una nueva reforma en esta materia por medio de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial. Conforme a este nuevo sistema de nombramiento de vocales, el
actualmente vigente, se mantiene el nombramiento de todos los vocales por las Cortes (diez por el Congreso y diez por el Senado), con la necesaria mayoría de tres quintos. De esa manera, sigue bastando que un partido cuente con una mayoría de tres
quintos en las Cámaras para elegir a todos los miembros del Consejo General del Poder Judicial o, no alcanzando dicha mayoría, sigue bastando con la negociación de la composición del Consejo entre dos o más partidos para lograr un objetivo
ciertamente similar.


Más tarde, durante la XII Legislatura y a través de la Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se aprobó la última reforma realizada a este respecto. Aunque los
grupos parlamentarios en el Congreso y en el Senado negociaron y votaron unas enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Ciudadanos que proponían la reforma de sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial a fin de
establecer legislativamente que estos fuesen elegidos por los propios jueces, para así garantizar de manera efectiva la independencia de la Justicia, la reforma no logró incorporarse al Boletín Oficial del Estado a causa de los votos en contra del
Partido Socialista y Unidas Podemos.



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Esta negativa, inconcebible desde el punto de vista democrático, ha tornado aún más grave cuando con fecha 13 de octubre de 2020 esos dos mismos partidos presentaron en el Registro del Congreso de los Diputados una proposición de ley de
reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, al objeto de rebajar las mayorías exigidas para el nombramiento de los vocales del Consejo General del poder Judicial por parte de las Cámaras: en vez de la mayoría de tres
quintos ahora exigible, se opta por una simple mayoría absoluta.


El propósito de esta propuesta legislativa es claro: no importando la debilidad del Gobierno de turno, garantizar que la agrupación de votos en torno una mayoría absoluta permita abarcar ampliamente los tres poderes del Estado: el
Legislativo; mediante la mayoría en las Cortes Generales; el Ejecutivo, mediante la investidura del presidente de Gobierno; y el Judicial, mediante la selección de la cúpula del órgano de gobierno de los jueces y magistrados. El objetivo,
deleznable en su fondo y en las formas, es el propio de un gobierno autoritario que aspira a demoler la democracia y los cimientos del Estado de Derecho. Cabe asimismo mencionar, en efecto, que la tramitación de esta iniciativa, en realidad
procedente del Gobierno, se ha realizado en fraude, en tanto que este no se presta siquiera a respetar los procedimientos legislativos que resultan exigibles al mismo para la aprobación de proyectos de ley.


La reforma legislativa propuesta por los grupos parlamentarios Socialista y de Unidas Podemos recuerda sin duda, tal y como han publicado diversos medios de comunicación, a los intentos de controlar a los jueces por medios inconstitucionales
por parte del Gobierno de Polonia. A este respecto, la Unión Europea se ha opuesto de manera indubitada a la reforma operada por el ejecutivo polaco en numerosas ocasiones, por considerarlo contrario a los principios democráticos inspiradores de la
Unión. En particular, e igual que había hecho la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado en dos ocasiones las reformas pretendidas por el Partido Ley y Justicia (PiS) al efecto de controlar a los jueces del país.


Por ello, ni puede ni debe admitirse que la iniciativa en cuestión, pendiente de tramitarse en el Congreso y el Senado, logre su aprobación. Hoy, todos los que decidan que los políticos deben seguir eligiendo a los jueces serán culpables de
la deslegitimación de la Justicia en el futuro, de que siga existiendo una sombra de sospecha sobre la imparcialidad de los jueces y, lo que es peor, serán cómplices del debilitamiento de la democracia española en manos de una coalición de Gobierno
que, con un descaro desconcertante y un desprecio absoluto por la Constitución, el pluralismo político, la democracia y el Estado de Derecho, está decidida a destrozar cuarenta años de convivencia pacífica al fin único de mantenerse en el poder.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Insta al Gobierno de España a respetar la democracia, el Estado de Derecho y los principios fundamentales de la Unión Europea.


2. Insta al Gobierno de España a respetar los procedimientos democráticos exigidos por el ordenamiento jurídico respecto de la tramitación de Proyectos de Ley.


3. Se compromete, en línea con lo anterior, a no tramitar la proposición de ley orgánica de reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentada de manera conjunta por el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Confederal
de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común con fecha 13 de octubre de 2020.


4. Se compromete, en línea con lo anterior y a fin de garantizar la independencia efectiva de la Justicia, a aprobar una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establezca que los doce vocales de procedencia judicial del Consejo
General del Poder Judicial sean elegidos directamente todos los jueces y magistrados, mediante un sistema de elección que asegure la representatividad de toda la carrera judicial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Comisión de Defensa


161/001457


Mediante escrito de fecha de 6 de octubre de 2020 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común la Proposición no de Ley relativa al cambio de nombre del salón de actos de la Escuela de
Técnicas Aeronáuticas (ESTAER) del Ejército del Aire, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 159, de 14 de octubre de 2020.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/001555


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y D. Víctor González Coello De Portugal en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al mantenimiento de las
necesidades acuciantes del Ejército del Aire, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Las Fuerzas Armadas españolas llevan sufriendo durante los últimos 13 años un continuo recorte en sus presupuestos, que está teniendo unas nefastas consecuencias.


La principal misión del Ejército del Aire (EA) es asegurar la vigilancia y control del espacio aéreo de soberanía nacional de manera permanente, las 24 horas del día, los 365 días del año, tal y como reza la Estrategia de Seguridad
Aeroespacial aprobada en 2019. Pero la situación operativa que vive el EA a principios del 2020 pone en grave riesgo el cumplimiento de esa misión. Lo demuestra la reducción muy significativa de horas de vuelo realizadas anualmente, en comparación
con años previos a la crisis del 2008, el sostenimiento de los sistemas de armas con una capacidad de generar horas de vuelo muy baja y la reducción de un 18 % de personal desde el 2011. Fuentes militares señalan como fecha de colapso operativo el
año 2023 si no se emprenden acciones de mejora que establezcan las condiciones para que el EA pueda seguir cumpliendo con sus misiones en los exigentes escenarios geoestratégicos de los próximos años.


Concurren en el caso del EA la necesidad de continuar o finalizar la implantación de sistemas de armas y de programas ya en curso, junto con la imprescindible reposición de capacidades perdidas y el inicio de la sustitución y adquisición de
otras con vistas a un horizonte 2030.


Segundo. En primer lugar, nuestras Fuerzas Armadas están perdiendo una serie de capacidades cruciales que tienen como resultado una ventana de oportunidad para los enemigos de España. Concretamente, el Ejército del Aire ha sido uno de los
que ha sufrido con más intensidad este periodo de continuos 'tijeretazos'. El Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire (JEMA), General Javier Salto Martínez-Avial, realizó una serie de declaraciones en el marco de su entrevista para la Revista
Española de Defensa 1.


En dicha entrevista, el JEMA mostró su preocupación por la pérdida de capacidades que se ha producido, destacando que 'llueve sobre mojado', confiando en modificar esta situación, para lo que es necesario 'revertir la tendencia de los
últimos años en lo que a presupuestos y personal se refiere'.


Para evitar que la situación financiera afectase -todavía más- a la operatividad de las fuerzas del Ejército del Aire, el JEMA destacó lo imperativo que es 'asignar más personal y más presupuesto para que el Ejército del Aire pueda cumplir
su misión'.


1 Revista Española de Defensa, n.º 375, septiembre de 2020.



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La situación del EA la resume perfectamente el General Salto de la siguiente forma:


'Llevamos ya varios años tratando de ajustarnos a una situación financiera francamente complicada. Hemos hecho un gran esfuerzo para que la gestión de los recursos que recibimos -que en los últimos años no han parado de reducirse- se
realice atendiendo siempre a criterios de austeridad y eficiencia, lo que nos ha llevado a dar de baja algunas flotas, con la consiguiente pérdida de capacidades' 2.


Cabe destacar, siguiendo las palabras del JEMA, que 'los beneficios de esta inversión compensan con creces en este área el importante esfuerzo económico que requieren los recursos aeroespaciales'.


A este respecto, es importante resaltar el informe Perspectiva de la Industria de Defensa, publicado en el 2019 por el Ministerio de Defensa. Actualmente, la industria de defensa nacional representa una facturación anual superior a los
6.000 millones de euros, lo que supone más del 4 % del Producto Interior Bruto de la industria manufacturera española. En torno al 10 % de la cifra de negocio de esta base industrial se ha dedicado a innovación, con una productividad de casi
115.000 euros anuales por empleado. Se estima que esta actividad supone un impulso económico por el que se generan 2,5 euros por cada euro invertido 3.


Dentro del sector de la Industria de Defensa, el subsector de mayor peso es el aeronáutico. Este aporta el 70 % de todas las ventas en defensa -19.814 millones en el último lustro-, y más del 45 % de los empleos directos de todo el sector.


[**********página con cuadro**********]


Distribución sectorial del empleo directo de la Industria de Defensa española. Perspectiva de la Industria de Defensa. Ministerio de Defensa. 2019


Tercero. Resumida la situación general del Ejército del Aire, y el impacto positivo que supone una mayor inversión en el sector, el siguiente paso es concretar las necesidades más acuciantes del EA.


En primer lugar, la creciente importancia del dominio aeroespacial, junto a la emergencia de nuevos escenarios -como el ciberespacio-, hacen imprescindible la aportación del poder aeroespacial. Por tanto, la modernización y actualización de
los materiales que manejan los componentes del Ejército del Aire es fundamental.


Esta renovación constante del material, debe ir acompañada de un proceso de aprendizaje continuo, que permita a nuestros aviadores mantener un nivel de preparación y desempeño óptimos.


2 Ibíd. p. 18.


3 Perspectiva de la Industria de Defensa. Ministerio de Defensa. 2019. Disponible en línea: https://www.defensa.gob.es/Galerias/dgamdocs/Perspectiva-de-la-Industria-de-Defensa.pdf



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La primera piedra de toque en este sentido es el programa de sustitución de los actuales aviones-entrenadores. En su entrevista, el JEMA apuntó lo siguiente:


'Se está en el proceso de sustitución de los C-101. Para ello se han adquirido aviones PC-21 Pilatus como parte de un programa para implementar un nuevo Sistema Integrado de Entrenamiento (Integrated Training System, ITS)... El programa se
encuentra en fase muy avanzada, si bien sus plazos se han visto afectados por la pandemia, lo que podría implicar que no podamos comenzar con este nuevo concepto en el curso 2021-2022 como teníamos planeado inicialmente.'


Estas declaraciones conducen a pensar que seguramente se retrase la implementación de los aviones PC-21 Pilatus, con el perjuicio que ello supone. En poco más de un año se han producido un alto número de accidentes, y entre estos, dos
acaecieron en los ya veteranísimos C-101.


En esta misma línea, y para anticiparnos a la situación descrita ut supra, este año se debe tomar la decisión de sustituir los F-5 de la Escuela de Reactores, sita en la base aérea de Talavera la Real. Tal y como afirma el JEMA, 'si bien
todavía faltan años para la entrada en servicio de los nuevos aviones [los F-5 causarán baja en 2028] la decisión hay que tomarla en los próximos meses. Para ello, el Ejército del Aire apoya el desarrollo de un nuevo entrenador avanzado por parte
de la industria nacional [...]'


Cuarto. Otra de las capacidades que necesita un impulso es la modernización del Sistema de Mando y Control del Ejército del Aire. El mismo JEMA la define como 'urgente' y que 'no puede demorarse más'. Y entrando en detalles, el General
Salto concluye: 'Es de primera necesidad la modernización de los Grupos de Mando y Control de Zaragoza, Gando y Torrejón, así como la sustitución de parte de los radares de los Escuadrones de Vigilancia Aérea por su incompatibilidad con la
tecnología 5G'.


Otro de los puntos críticos del Ejército del Aire que ha subrayado el JEMA es su capacidad aérea expedicionaria. Pese a la propia naturaleza del EA, lo cierto es que 'en la actualidad nuestra capacidad de despliegue se encuentra con algunas
limitaciones importantes debido a la pérdida de recursos a causa de las restricciones que se llevan produciendo desde 2008. La más relevante es la falta de una capacidad de aerotransporte y de reabastecimiento estratégicos. El Ejército del Aire
necesita urgentemente aviones multipropósito de aerotransporte y reabastecimiento (Multi-Role Transport Tanker, MRTT)'.


Quinto. En último lugar, pero no menos importante, es la cuestión de personal. Es en este tema, donde la situación es todavía más desoladora si cabe. El General Salto ha aseverado lo siguiente:


'El Ejército del Aire se ha visto reducido aproximadamente en 6.000 personas en los últimos doce años [...] Es importante significar la desproporción existente en el porcentaje de militares en el Ejército del Aire con respecto al conjunto de
las Fuerzas Armadas, que no alcanza siquiera el 18 por 100, cuando en otros países de nuestro entorno, con capacidades y dimensiones comparables a las nuestras, la proporción de personal de una fuerza aeroespacial se sitúa alrededor del 25 por 100.
Estos datos implican que con los 120.000 efectivos de las Fuerzas Armadas, el Ejército del Aire necesitaría tener alrededor de 8.000 personas más, cifra que coincide con nuestras necesidades reales.'


Ante la dramática situación que sufren nuestras Fuerzas Armadas, y en concreto el Ejército del Aire, el Grupo Parlamentario VOX no cesará en su empeño en cuanto a la acuciante necesidad de invertir cualesquiera recursos resulten necesarios
en nuestra Defensa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. No retrasar la implementación del Sistema Integrado de Entrenamiento (ITS, por sus siglas en inglés).


2. Elaborar un programa tecnológico aeronáutico al objeto de desarrollar un nuevo entrenador avanzado.



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3. Iniciar la modernización del sistema de Mando y Control del Ejército del Aire. Concretamente, este proceso tendrá como objetivos prioritarios las siguientes unidades:


- Grupo de Mando y Control de Zaragoza.


- Grupo de Mando y Control de Torrejón.


- Grupo de Mando y Control de Gando.


4. Sustitución de los radares de los Escuadrones de Vigilancia Aérea por otros que sean compatibles con la tecnología 5G.


5. Aumentar el personal perteneciente al Ejército del Aire hasta que se alcance los 14.000 militares.


6. Adquirir 6 aviones multipropósito de aerotransporte y reabastecimiento (Multi-Role Transport Tanker, MRTT).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Alberto Asarta Cuevas, Víctor Gonzalez Coello de Portugal, Manuel Mestre Barea, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001603


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Manuel Mestre Barea, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y D. Víctor Gonzalez Coello de Portugal, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la potenciación de la
Sanidad Militar, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. La Ley 39/2007, de la Carrera Militar, señala las competencias específicas de la Sanidad Militar. Concretamente, su Disposición adicional quinta, establece que:


'1. Corresponde a la Sanidad Militar, con independencia de los derechos derivados de la protección social de los militares:


a) Prestar la asistencia sanitaria a los contingentes militares españoles destacados en misiones internacionales, formando parte de fuerzas expedicionarias, de dotaciones de buques y su personal embarcado o participando en ejercicios
tácticos. También le corresponde prestar la atención sanitaria que se desarrolle en el ámbito logístico-operativo o en el del destino.


b) Determinar la existencia de las condiciones psicofísicas precisas para el ingreso en los centros docentes militares de formación y para la pérdida de la condición de alumno, con arreglo a lo establecido en el artículo 56.5 y en el
artículo 71.2, así como dictaminar sobre la insuficiencia temporal o definitiva de dichas condiciones a los fines de baja temporal en el servicio o de limitación para ocupar determinados destinos, pase a retiro por inutilidad permanente para el
servicio o resolución del compromiso, según corresponda. No obstante, en el caso de que la baja temporal se prevea inferior a un mes, el órgano competente para acordarla podrá omitir el dictamen de la Sanidad Militar si existe informe del
facultativo que corresponda en el ámbito de la protección social.


c) Determinar el grado inicial de incapacidad, así como su agravación, y la existencia de lesiones permanentes no invalidantes, respecto a la prestación de inutilidad para el servicio del régimen especial de la Seguridad Social de las
Fuerzas Armadas.



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2. A los efectos de dictaminar sobre la insuficiencia temporal o definitiva de condiciones psicofísicas, según lo previsto en el apartado 1.b), el Ministerio de Defensa podrá establecer convenios de colaboración de la Sanidad Militar.'


La previsión y el abastecimiento, fundamentales en cualquier organización humana, se tornan críticas para los militares. En la mayoría de ocasiones, nuestras Fuerzas Armadas (FAS) no gozan de cadenas logísticas estables que les brinden
apoyo y, por ende, deben adaptarse rápidamente a cualquier circunstancia. Ejemplo de ello es la resiliencia que han tenido para amoldarse a casi 15 años de falta de financiación y recortes.


El Coronel Médico Antonio Sánchez Mayorgas 4, destaca que 'tal como determina el Plan de Acción del Ministerio de Defensa para la Sanidad Militar, el planeamiento adecuado debe asegurar los recursos de personal, estudiar nuestro entorno y
finalmente establecer y desarrollar las capacidades que se precisan de nosotros en el apoyo sanitario a la fuerza... el principal reto que se nos plantea en este momento, el mantenimiento de una plantilla eficiente en calidad y cantidad. Pero
independientemente de ello hay capacidades sanitarias que son irrenunciables para la SM y así como el Ejército del Aire no puede conformarse con realizar únicamente vuelos de transporte o la Armada renunciar al arma de submarinos, el CMS [Cuerpo
Militar de Sanidad] nunca podrá renunciar a la cobertura sanitaria de la fuerza en calidad inferior a la ofertada a la población civil en territorio nacional 5.'


La gran disminución de instalaciones militares para Sanidad, por entrega al Sistema Nacional de Salud o por abandono de las mismas, ha originado escasez de medios, personal e instalaciones.


Segundo. Las Fuerzas Armadas han priorizado el esfuerzo en el apoyo sanitario a las unidades que están desplegadas cumpliendo misión fuera de nuestras fronteras.


Por su parte, El Ejército de Tierra cuenta con La Brigada de Sanidad del Ejército de Tierra que tiene capacidad para desplegar dos hospitales de campaña; a esta Brigada pertenecen las agrupaciones de Sanidad 1 y 3, ubicadas en Pozuelo de
Alarcón (Madrid) y Zaragoza, respectivamente y que, además, pueden desplegar una estación de descontaminación de agresivos nucleares, biológicos o químicos (NBQ) que trabaja, bien de manera independiente o integrada en el hospital de campaña.


Cada una de estas Agrupaciones puede montar un hospital de segundo nivel o Role 2, que tendría capacidad para 50 camas. Están pensados para actuar en operaciones en el exterior y en ellos se pueden realizar intervenciones quirúrgicas para
control de daños y estabilización de heridos; estos hospitales podrían montarse en 24 horas y estar a pleno rendimiento en tres días.


Ambos Role 2 vienen del desmantelamiento en febrero de 2019 del único hospital de campaña de máximo nivel (Role 3) que tenía España; esta moderna instalación sanitaria desplegable, compuesta por módulos hechos con contenedores, estaba lista
para atender a una población de 25.000 personas en situaciones de conflicto y catástrofes. El problema de este Role 3 era su coste en mantenimiento en tiempos de paz, no solo de los materiales sino también de médicos y sanitarios.


Para comprender un poco mejor lo que significan los ROLE, explicaremos brevemente de qué capacidades disponen cada uno de ellos y en qué nivel despliegan:


- ROLE 1: Consiste en un Puesto de Socorro que presta asistencia sanitaria de vanguardia, realizando una evacuación primaria y despliega en el nivel Batallón.


- ROLE 2: Puede realizar los cometidos del ROLE 1 y, además, realiza recepción de bajas, estabilización y tratamiento inicial, laboratorio, radiología, cirugía salvadora de urgencia, cuidados intensivos operatorios, reposición de sangre,
limitada capacidad de hospitalización, abastecimiento y mantenimiento de recursos, clasificación y, finalmente, puesta en estado de evacuación. Despliega en el nivel Brigada.


- ROLE 3: Puede realizar los cometidos del ROLE 2 y, además, cirugía general y especializada (neuro, quemados, vascular y maxilofacial), cuidados médicos y de enfermería, capacidad para mantener heridos hospitalizados, laboratorio y
radiología de alta tecnología y capacidad de desdoblamiento avanzado. Es lo que se denomina Hospital de Campaña y dispone para cumplir su misión con quirófano, UCIs y unidad de hospitalización. Despliega en el nivel División.


La Armada dispone de buques con capacidad quirúrgica, tanto ROLE 2 como ROLE 3.


4 Que ha desempeñado el cargo de Director de la Escuela Militar de Sanidad.


5 SÁNCHEZ MAYORGAS, Antonio: 'La Enseñanza en Sanidad Militar. Una visión actual y de futuro'. Scielo, Sanid. Mil. vol. 73 no. 2 Madrid abr./jun. 2017. Disponible [en línea]:
http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1887-85712017000200082



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El Ejército del Aire dispone, además, de aeronaves que pueden ser medicalizadas y son de vital importancia para evacuaciones urgentes.


- ROLE 4: Se trata de un hospital con todos los servicios en Territorio nacional o aliado. Es el hospital de referencia para las operaciones en el exterior y al que se evacuan los heridos y enfermos que se evacuan desde el ROLE 3. En
España, nuestro ROLE 4 es el Hospital General de la Defensa Gómez Ulla en Madrid.


Tercero. En la actualidad y por lo mencionado anteriormente, no existe en la Sanidad Militar personal facultativo suficiente para activar simultáneamente todos esos servicios de campaña, pero aún en el caso de que ello fuese posible, sería
insuficiente para apoyar el despliegue de la Fuerza en caso de un conflicto armado de cierta envergadura. Este es el problema que debemos denunciar y con respecto al que han de proponerse medidas concretas que puedan resolverlo.


La Operación Balmis ha puesto de manifiesto la utilidad de las Fuerzas Armadas complementando a la red sanitaria militar, aportando medios y personal sanitario a hospitales militares y civiles, prestando asistencia médica de forma puntual en
residencias con carencia de dicho personal y reforzando las capacidades de transporte vital básico y avanzado.


Además, se ha contribuido con instalaciones de apoyo sanitario como centros de triaje, zona anexa de hospitalización, capacidades sanitarias embarcadas en Ceuta y Melilla o la integración de la Unidad Médica Aérea de Apoyo al Despliegue en
IFEMA, aportando una capacidad de camas de UVI esencial en esta crisis. Incluso se ha dado alojamiento en dependencias de las FAS a personal sanitario para su descanso.


Y estas actuaciones, centradas en el apoyo sanitario y logístico, se realizaron en todo el territorio Nacional.


La Sanidad Militar Española está formada por 6 especialidades: medicina, enfermería, psicología, farmacia, odontología y veterinaria.


La Sra. Robles, Ministra de Defensa, ha declarado recientemente que 'el virus ha puesto de relieve que hay una falta de personal que se ha suplido con el esfuerzo y la entrega de las Fuerzas Armadas'.


En el mes de junio la Ministra reconoció esa carencia apuntando que 'teníamos una Sanidad Militar más preparada para misiones, pero no tan preparada para una pandemia como la que hemos sufrido'. Y añadió que 'es algo que tenemos que ir
planificando y teniendo en cuenta'.


En Sanidad se necesitan equipos multidisciplinares, pero fundamentalmente médicos. El Ministerio de Defensa realiza convocatorias anuales para cubrir plazas de las 6 especialidades de la Sanidad Militar. La convocatoria de este año 2020 ha
puesto de manifiesto una realidad, no hay interés por parte de los graduados en medicina en formar parte de la Sanidad Militar. Se ofertaron 40 plazas para médicos con y sin especialidad y solo se han cubierto 18, mientras que en el resto de
especialidades se han cubierto todas y aún han sobrado candidatos, quedando estos últimos en una especie de 'bolsa de trabajo' a la espera de cubrir posibles bajas.


En el caso de la convocatoria de 2020, a las 22 plazas no cubiertas durante la convocatoria de este año 2020 para médicos militares hay que sumar una más, consecuencia de la baja a petición propia (esto suele ocurrir) de un aspirante
propuesto como alumno para la especialidad fundamental de medicina. En definitiva, 23 plazas sin cubrir mientras 15 psicólogos, 18 farmacéuticos, 11 veterinarios y 4 odontólogos se han quedado sin plaza con la oposición aprobada.


Así pues, ante la falta de médicos y la escasez y dispersión de los materiales propios para la Sanidad Militar, nos encontramos con la necesidad y la obligación de potenciar la Sanidad Militar en aras de prestar un servicio de calidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Dotar a las Fuerzas Armadas de los recursos de material y financieros suficientes para constituir, al menos, una instalación de campaña Role 3 y dos instalaciones Role 2, una de ellas con capacidad para ser embarcada, además de cubrir
adecuadamente los servicios de sanidad de campaña de buques y unidades.



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2. Reforzar los servicios asistenciales de los dos Hospitales Militares existentes en la actualidad, recuperando el Hospital de San Carlos, cedido actualmente al SAS, y promoviendo la coordinación en la actuación de estos tres centros con
los servicios sanitarios de las CC.AA. correspondientes.


3. Diseñar campañas al objeto de promocionar el ingreso en las Fuerzas Armadas, especialmente, en el Cuerpo Militar de Sanidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Alberto Asarta Cuevas, Víctor Gonzalez Coello de Portugal, Manuel Mestre Barea, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda


161/001554


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés Cañizares Pacheco, D. Víctor Guido González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso de Muñumer, D. Rubén Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación de las
retenciones a cuenta e ingresos a cuenta en el marco del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. En el marco del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre la Renta de no Residentes, el concepto 'retención a cuenta' se define como 'Cantidades que se detraen al contribuyente por el pagador de determinadas
rentas, por estar así establecido en la ley, para ingresarlas en la Administración tributaria como 'anticipo' de la cuota del Impuesto que el contribuyente ha de pagar (Fuente AEAT)'.


Están sometidas a retención las rentas de trabajo y de otras actividades económicas, rendimientos de capital mobiliario rendimientos de capital inmobiliario y determinadas ganancias patrimoniales.


Del mismo modo en el en el marco del Impuesto sobre Sociedades (IS) existe el concepto de 'ingreso a cuenta' que consiste en pagos fraccionados adelantados previos a la declaración anual del IS. Del mismo modo, las empresas están sometidas
a retenciones a cuenta principalmente en las rentas de capital mobiliario, rentas procedentes del arrendamiento o subarriendo de inmuebles urbanos, rentas obtenidas por las transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones representativas del
capital o patrimonio de instituciones de inversión colectiva, etc [...]


Segundo. El principal objetivo de las retenciones a cuenta del IRPF, Renta de no Residentes y determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas, es que el monto total de las retenciones practicadas se aproxime al
resultado final de la declaración anual de Renta.


El plazo para realizar la Declaración anual se establece en Orden del Ministerio de Hacienda, debido a que tanto la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes
de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, como el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el
Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, no indican los plazos de presentación de los plazos de declaración. Para el ejercicio 2019 la Orden HAC/253/2020, de 3 de marzo, determinó el lugar, forma y plazos de presentación. Normalmente, este
plazo se extiende desde el 1 de abril al 30 de junio, es decir 6 meses después de finalizado el periodo donde se han generado las rentas objeto de retención.


Cuando el contribuyente presenta la declaración anual del IRPF no debe abonar la totalidad del mismo ya que durante el ejercicio anterior le han sido detraídas de sus nóminas, ganancias de capital mobiliario



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etc, las citadas cantidades a cuenta ingresadas a Hacienda por parte de la empresa empleadora, entidades financieras, arrendatarios, clientes y demás pagadores de rentas del contribuyente. Este sistema, implantado en 1978, implica que
además de las obligaciones del contribuyente, existen obligaciones para el retenedor que paga las rentas al contribuyente, consistentes en retener las cantidades establecidas y su posterior ingreso en Hacienda.


Retenciones a cuenta practicadas en el marco del IRPF durante el año 2019


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Fuente: Ministerio de Hacienda


Durante el ejercicio 2019, las retenciones a cuenta de las rentas y salarios generados sumaron un importe total de 84.970 MM €, cantidad que los contribuyentes debieron descontar de las obligaciones fiscales resultantes de la declaración del
IRPF, cuyo plazo de presentación concluyó en junio de 2020.


Tercero. Ingresos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.


El Impuesto sobre Sociedades grava la renta de las sociedades y demás entidades residentes en todo el territorio español. (Fuente: AEAT). Grava los beneficios que obtienen las empresas durante un ejercicio fiscal y está regulado por la
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y Real Decreto 634/2015, de 10 de julio.


El IS cuenta con la figura de los ingresos a cuenta. Se trata de un ingreso que debe hacer la empresa a favor de Hacienda, a través del Modelo 202 de pago fraccionado del impuesto sobre sociedades, durante los meses de abril, octubre y
diciembre. Estos pagos fraccionados pueden realizarse bien aplicando un porcentaje sobre la cuota íntegra del Modelo 200 del ejercicio anterior, o bien sobre los beneficios producidos en el año en curso, opción esta última obligatoria para grandes
empresas y optativa para el resto. El problema es que los plazos para poder acogerse a esta opción son muy ajustados, debiéndose presentar a través del Modelo 36 la intención de acogerse a esta modalidad de pago fraccionado.


En un ejercicio como el actual, inmersos en una grave crisis económica, en la que los resultados empresariales están sufriendo importantísimas reducciones, las empresas que tengan que hacer frente a ingresos a cuenta con base en los
resultados del ejercicio anterior sufren un doble impacto negativo:


- Las empresas ven reducida su liquidez por el pago de unos impuestos sobre unos beneficios que no se corresponden con el ejercicio presente.



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Índice de cifra de negocios empresarial (variación anual. Base 2015)


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Fuente: INE


- Cuando liquiden el Impuesto sobre Sociedades del año 2020, en julio de 2021, muchas de ellas tendrán derecho a una devolución, por ser mayores los ingresos a cuenta que el resultado final del Modelo 200. Legalmente, las devoluciones
pueden retrasarse meses, ya que según lo expuesto en el artículo 23 del Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, el plazo de resolución es de 6 meses, hecho que puede suponer falta de
tesorería en las empresas.


Evolución de los Ingresos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades


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Fuente: Ministerio de Hacienda


El total de los ingresos a cuenta alcanzó en el año 2019 un monto total de 22.331 MM €.


El importe total de las retenciones a cuenta en el marco del Impuesto sobre Sociedades alcanzó en el año 2019 los 3.318 MM €.



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Evolución las retenciones a cuenta en el marco del Impuesto sobre Sociedades


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Fuente: Ministerio de Hacienda


Cuarto. La pandemia COVID-19 ha tenido unos drásticos efectos tanto sobre la salud de la población, con más 861.000 infectados y 50.000 muertes, como sobre el tejido empresarial de nuestro país.


Las medidas de confinamiento y de cierre de fronteras han dado lugar a un menor consumo por parte de las familias, lo cual repercute directamente en la actividad del comercio. El confinamiento ha supuesto un duro golpe para el comercio
minorista, excepto, como es lógico, el de alimentación, el cual experimentó un notable aumento al inicio del confinamiento a consecuencia de la acumulación de alimentos por parte de la población.


Evolución de cifra de negocio del sector minorista


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Fuente: INE


Este menor consumo interior y la limitación a las exportaciones ha sido devastador para la actividad de las empresas. El mes de abril, el primero donde la población estuvo confinada en su totalidad, representó una brutal caída de la
actividad de la industria española, la cual representa el 16 % del PIB



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nacional. Especialmente grave fue la caída de la producción de 'bienes de equipo', sector con un marcado carácter exportador en nuestra economía.


Índice de Producción Industrial. (Base 2015)


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Fuente: INE


Del mismo modo el cierre de fronteras ha sido devastador para el motor económico de nuestro país: el turismo. Supuso, durante abril y mayo, la ausencia de turistas internaciones. La apertura de fronteras no ha cumplido las expectativas de
recuperación del turismo fundamentalmente por las recomendaciones de países de no viajar a España. En julio, los turistas extranjeros gastaron un total de 2,450 MM €, un 79 % menos que en el mismo mes de 2019.


Evolución interanual de principales magnitudes del sector hotelero


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Fuente: INE


El claro reflejo de la gravedad de la situación es el drástico aumento de la tasa de paro, amortiguado parcialmente por el mecanismo de los ERTE,s (alrededor de 800.000 trabajadores), que impide incrementos superiores del número de parados.


Recientemente, el Gobierno ha empeorado su previsión de caída del PIB, estableciéndolo en un -11,2 % en el año 2020, lo que pronostica un incremento de número de parados, una reducción de la actividad empresarial y tensiones en las cuentas
públicas.


Quinto. En este escenario será fundamental que tanto las familias como las empresas puedan optimizar el uso de sus recursos financieros de cara a poder afrontar situaciones de desempleo, ERTE,s, necesidad de inversiones, etc [...]Eliminar o
reducir las retenciones a cuenta en el IRPF y los ingresos a cuenta, en el caso del Impuesto sobre Sociedades, ayudaría a incrementar la liquidez de familias, empresas y autónomos.



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Estas medidas reducirían los costes de gestión asociados a la Administración Tributaria y a los contribuyentes ya que disminuirían notablemente los 'actos' de presentación de declaraciones.


Asimismo, debido a los medios tecnológicos existentes y al intercambio de información entre la Administración Tributaria y los diferentes pagadores de rentas, estas medidas no afectan a los mecanismos de control de los ingresos a los que
tiene derecho la Administración Tributaria (salvo tal vez para el caso de determinadas rentas a no residentes, donde la retención es liberatoria, es decir, igual a la tarifa del impuesto).


Estas medidas contribuirían a crear un régimen tributario más justo, ya que hay un importante número de contribuyentes exentos de pagar el IRPF que, sin embargo, sufren retenciones y presentan la declaración con el simple fin de
recuperarlas. Algunos contribuyentes, y este fenómeno se producen solo en rentas muy bajas, no presentan la declaración y pierden las mismas, lo cual supone un pago indebido del impuesto.


Sexto. De cara a eliminar el incremento del déficit público originado por estas medidas, al no disponer el Estado de estos recursos durante el periodo que media entre el ingreso de la retención o pago a cuenta y la declaración del
correspondiente impuesto, se contemplaría la alternativa de emitir deuda a corto plazo ya que, en el actual escenario de tipos de interés negativos en las emisiones de corto plazo, se generarían ingresos para el Estado. En el actual escenario de
tipos negativos, financiar las cuentas públicas con las retenciones y los ingresos a cuenta carece de sentido además de privar de liquidez a ciudadanos y empresas.


Tipos efectivos de interés de las nuevas emisiones de letras


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Fuente: Tesoro Público


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


a) Eliminar o reducir las retenciones a cuenta de la Agencia Tributaria, de manera transitoria para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, reguladas por el Artículo 99 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio realizando el pago (en caso de Declaración a pagar) en el momento de presentación de la Declaración
anual de IRPF (Modelo 100) desde abril hasta el 30 junio del año siguiente al ejercicio en el cual se han generado las rentas objeto del impuesto.


b) Eliminar o reducir los ingresos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de manera transitoria para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, reguladas en el artículo 128 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. En el
marco de este Impuesto, eliminar o reducir las retenciones a cuenta.



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c) Permitir al Tesoro Público la emisión de deuda a corto plazo de cara a financiar el déficit que estas medidas provocarían.


d) Plantear el adelanto de presentación del Modelo 100 y del Modelo 200 tres meses respecto al plazo actual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-Inés Cañizares Pacheco, Víctor Guido González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso de Muñumer, Rubén Manso Olivar y Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés Cañizares Pacheco, D. Víctor Guido González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso de Muñumer, D. Rubén Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación de la
calificación fiscal de 'Carried Interest', para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. La creación de empresas, la iniciativa privada, se presenta como uno de los motores económicos de cualquier país por su influencia directa en la creación de empleo y generación de riqueza.


Fomentar el espíritu emprendedor es fundamental en una economía como la española, donde más de un 95,5 % de las empresas tienen menos de 10 empleados.


De los 3,3 millones de empresas españolas, un 35 % tiene menos de 4 años de existencia y un 21 % menos de un año, lo cual refleja la alta 'rotación' del tejido empresarial español.


Número total de empresas y porcentaje en función de los años de vida


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Fuente: INE


Si analizamos el Índice TEA (Porcentaje de la población adulta con intención de emprender e involucrada en negocios en fase inicial), se observa cómo tras el máximo pre-crisis 2008-2012, el Índice ha iniciado una tendencia ascendente, que
deberá ser contrastada en el año 2020, marcado por la profunda crisis sanitaria y económica originada por la pandemia COVID-19.



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Evolución el Índice TEA


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Fuente: Global Entrepreneur ship monitor. Informe Gem España 2019-2020


No obstante, la sociedad y las A.A.P.P tienen un largo camino que recorrer en cuanto a potenciar el emprendimiento. Si analizamos el resto de zonas geográficas mundiales y de clasificación por nivel de renta, se observa como España cuenta
con margen de mejora en cuanto a este Índice.


Índice TEA por regiones y zonas según el nivel de ingresos


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Fuente: Global Entrepreneur ship monitor. Informe Gem España 2019-2020


Las causas de este bajo nivel de emprendimiento hay que encontrarlas en la aversión al riesgo y el miedo al fracaso de la sociedad española, así como otras cuestiones relativas a la burocracia existente para abrir un negocio, la falta de
enfoque empresarial de los estudios universitarios o la ausencia de un marco fiscal favorable a las inversiones.


En el Índice Doing Business, elaborado por el Banco Mundial, España ocupa el puesto 30, de un total de 1290 países. Esté Índice integra datos sobre facilidad de apertura de un negocio, obtención de crédito, protección de los inversores,
cumplimiento de contratos etc... siendo los permisos de apertura de un negocio, registro de propiedades y acceso al crédito, los factores más desfavorables para hacer negocios en España.



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Comparativa: Índice Doing Business 2019


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Fuente: Banco Mundial


Segundo. Una de los modos de emprendimiento, con especial interés por parte de la sociedad por la asociación con modelos empresariales de éxito (Silicon Valley) es el de las start ups. Por start up se entiende 'una empresa de nueva
creación que presenta unas grandes posibilidades de crecimiento y, en ocasiones, un modelo de negocio escalable. (Fuente: elblogsalmon)'.


Para que una empresa pueda ser considerada una start up deben confluir una serie de factores:


- Hacer un uso intensivo de las tecnologías de la información.


- Tratar de negocios escalables.


- Se trata de modelos de negocio innovadores, con un fuerte componente de 'redes sociales'.


- Usan modelos de comercialización sencillos basados en internet.


- Con un objetivo de rápido crecimiento.


Los motivos para crear una start up en España son muy variados pero destaca la proyección internacional de las mismas y el objetivo de crear empleo.



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Objetivo inicial para crear la empresa %


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Fuente: Observatorio DayOne de Startups en Iberia. CaixaBank-IESE


Las start ups, al tener un claro carácter tecnológico, crean empleo de alto valor añadido y tienen un efecto tractor sobre los planes formativos, al tener los centros educativos que atender las demandas de este sector empresarial.


Tercero. La búsqueda de financiación es uno de los principales retos de un emprendedor al montar una start up. Actualmente existen diferentes fuentes de financiación, algunas de ellas, como el crowdfunding, nacidas al calor de estos
negocios.


Inversión total en las start up por fuente (€. 2019)


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Fuente: Observatorio Startups España. Bankinter


De todas ellas el Venture Capital es la principal de ellas abarcando el 62 % de las inversiones.


El Venture Capital (VC) es un capital por el que las Sociedades de Capital Riesgo entran en empresas debido a que el objeto de sus inversiones son negocios donde existe una elevada incertidumbre en el éxito del mismo. Los negocios objeto de
inversión de los VC están relacionados preferentemente con el sector tecnológico.


Un total de 431 start ups españolas recibieron financiación del Venture Capital nacional e internacional en el año 2019, en sectores preferentemente dedicados a Tecnologías de la información y Comunicación (TIC) y Digital. Estos dos
sectores concentraron el 73 % de la inversión de Venture capital (Fuente: Ascri).



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Se trata de inversiones a medio o largo plazo en el capital de empresas no cotizadas con el objetivo final de obtener rentabilidad vía plusvalía, cuando se venda dicha participación empresarial. Del mismo modo, el VC entra en la gestión de
la start up, aportando su experiencia en gestión empresarial.


Pasado un plazo máximo de 5 años, el VC inicia el proceso de salida de la compañía, que se puede hacer por varias vías que abarcan desde la salida a bolsa, venta a los fundadores de la compañía o venta a otra compañía.


Cuarto. La prevista próxima salida del Reino Unido de la Unión Europea, ha supuesto una oportunidad para muchas ciudades europeas, que se han ofrecido como futura sede de las entidades financieras y fondos de capital riesgo que se están
marchando de la City, en favor de otras ubicaciones, con el fin de permanecer en un entorno jurídicamente más estable dentro del mercado único.


Para ello, varios países de la Unión Europea han aprobado medidas fiscales y mercantiles específicas destinadas a que sus centros financieros sean escogidos como nuevo domicilio por estas entidades financieras y fondos de capital riesgo, y
es ahí donde entra en juego uno de los factores fundamentales que decantarán la decisión en favor de una ciudad u otra: la tributación de los administradores de fondos de capital riesgo.


En este sentido, y en contraposición a las reformas llevadas a cabo en otros países de la Unión Europea, el Gobierno Español no ha hecho ninguna reforma significativa, por lo que ha tenido hasta ahora un éxito muy limitado en la atracción de
estas entidades y fondos de capital Riesgo. Por el contrario, las Haciendas forales vascas, empezando por Guipúzcoa, han comenzado a aprobar normativas que mejoran sustancialmente la tributación de los administradores de las mismas, consiguiendo
así, ser un foco de atracción para estos comparativamente muy superior al resto de posibles ubicaciones dentro de España.


Quinto. La regulación de las Sociedades de Capital Riesgo (y por lo tanto de las VC) se produce a través de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de
tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, todo ello en el marco de la Directiva 2011/61/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativa.


Por otro lado, la fiscalidad de las Sociedades de Capital Riesgo se recoge en el artículo 50 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, donde se establece un régimen tributario especial para este tipo de entidades.


En este punto sobre fiscalidad, es interesante especificar la figura del 'Carried Interest', el cual no está definido en nuestro ordenamiento jurídico, pero la Dirección General de Tributos lo define como sigue: 'la contraprestación
obtenida por la entidad gestora como consecuencia de la actividad desarrollada por esta y sin que parezca estar vinculada a quienes son los socios de la misma'. Se puede asimilar a la prima que recibe el profesional gestor del fondo al finalizar la
vida del fondo de capital riesgo.


Esta prima recibe el tratamiento fiscal de rendimientos de trabajo (tipo máximo del 45 % a partir de una base de 60.000 €).


Esta cuestión ha suscitado no pocas opiniones contrarias que propugnaban que fuera considerado como rendimiento de capital, y por lo tanto le fuera aplicado un tipo máximo del 23 %. La propia Dirección General de Tributos (DGT) ha informado
sobre consultas realizadas al respecto. La Resolución No Vinculante 1688-03 de 22 de octubre de 2003 indicaba lo siguiente: 'La participación en beneficios del fondo de capital-riesgo obtenida por personas físicas por su condición de miembros del
equipo gestor tendrá para estos la consideración de rendimientos de trabajo o, en su caso, de su actividad económica, [...] sin que proceda calificarlos como rendimientos de capital mobiliario'.


Países de nuestro entorno, como Francia y Alemania han rebajado la fiscalidad del 'Carried Interest' con el objetivo de atraer a este tipo de profesionales, de alto valor añadido para el tejido económico del país.


- Francia: desde el año 2009 se establece que para residentes y titulares de fondos de capital privado el retorno adicional de la inversión tributará como rendimiento de capital.



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- Alemania: se establece una exención el 40 % del retorno adicional de la inversión tributando la parte no exenta a través de una tarifa progresiva.


Desde el 1 de enero del 2020, en territorio español, las Diputaciones Forales Vascas y la Comunidad Autónoma de Navarra aprobaron una rebaja impositiva del 'Carried Interest'. Concretamente las medidas tomadas han sido:


- Guipúzcoa: calificar el 'Carried Interest' como rendimiento de capital, tributando, cumpliendo determinados requisitos, a un tipo progresivo de entre el 20 % y el 25 %.


- Vizcaya y Álava: en Álava desde el 2020 y en Vizcaya desde el 2019 tributa como un rendimiento del trabajo al cual le resulta de aplicación el porcentaje de integración del 50 %. Este porcentaje de integración del 50 % puede aplicarse
sobre la suma total del rendimiento, sin límite cuantitativo (Fuente: Ascri).


- Navarra: desde el 1 de enero de 2020, el 'Carry Interest' se califica como rendimiento de capital.


El objetivo principal de estas medidas fiscales es atraer fondos y gestores, máxime cuando la aplicación del Brexit provocará la salida de Reino Unido de numerosos profesionales del sector.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las modificaciones legislativas necesarias en el la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como a la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas, de cara a considerar el llamado 'Carried Interest' como rentas de capital mobiliario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2020.-Inés Cañizares Pacheco, Víctor Guido González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso de Muñumer, Rubén Manso Olivar y Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Interior


161/001565


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. Agustín Rosety Fernández de Castro y D. Carlos José Zambrano García-Raez, en su
condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para
instar al Gobierno a la creación de una nueva Comisaría de Distrito en el centro de Jerez de la Frontera, para su posterior debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Jerez de la Frontera es un municipio de la provincia de Cádiz con una población de 212.749 habitantes en 2019, la 26.ª más grande de España y la más poblada de la Provincia de Cádiz, cuyo término municipal ocupa una extensión de 1.188,14
km2, que se extienden sobre el Valle del Guadalquivir. Es la 9.ª área metropolitana de España, por encima de 34 de las 52 capitales de provincia, dividiéndose en siete distritos.


A pesar de la extensión y número de habitantes, y a diferencia de otras ciudades de Andalucía, Jerez solo cuenta con una Comisaría local, antiguamente ubicada en el centro histórico de la ciudad, en la Plaza del Arroyo, y que ha sido
trasladada en fechas recientes a unas instalaciones creadas para acoger la nueva Comisaría Local de Policía Nacional.



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Este nuevo enclave dispone de una superficie de 1.532 metros cuadrados, y está situado en lo que fue el centro penitenciario La Asunción, sito en la barriada con el mismo nombre, a las afueras de la ciudad.


Sin embargo, tras la marcha de la Comisaría de Policía Nacional del centro de la ciudad se ha producido una oleada de robos en comercios, que ha sido reiteradamente denunciada por sus vecinos y comerciantes, existiendo una clara relación con
el traslado de la Comisaría de Policía Nacional a la barriada de la Asunción, habiendo dejado al centro de la ciudad sin presencia policial, que garantice el orden público y la seguridad ciudadana, provocando el traslado de muchos de esos negocios y
de vecinos, viéndose acosados por la inseguridad que están viviendo.


El 23 de julio de 2019, tanto el Gobierno local de la ciudad de Jerez, como el Gobierno central, se comprometieron a dotar el centro de la ciudad de una oficina conjunta de Policía Nacional y Local, para atender a vecinos y turistas, cuya
ubicación sería en calle Larga. Sin embargo, dicho compromiso, a día de hoy, ha sido incumplido, pues la propuesta ha quedado fuera de las previsiones de creación de nuevas comisarías por parte del Gobierno, continuando cerrado el edificio en el
que se ubicaba la antigua Comisaría.


Por ello es necesario que el centro de Jerez, como principal núcleo turístico y comercial y, por ende, de actividad económica, no pueda ser privado de la presencia fija de la Policía Nacional, como actualmente ocurre, urgiendo la instalación
de una Comisaría de Distrito, al igual que en otras ciudades de Andalucía como Córdoba, Sevilla o Málaga, que garantice y aumente la seguridad ciudadana, gravemente menoscabada por el incremento exponencial de robos que se está produciendo en
comercios y personas, a raíz de la ausencia de las Fuerzas de Seguridad del Estado.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a crear una Comisaría de Distrito Centro en Jerez de la Frontera (Cádiz), dotándola de los medios humanos y materiales permanentes y necesarios para el desarrollo de las funciones
de la Policía Nacional en el Centro de la localidad, incluyendo en los próximos Presupuestos Generales del Estado las partidas presupuestarias necesarias para ello.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2020.-Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro, Agustín Rosety Fernández de Castro y Carlos José Zambrano
García-Raez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001591


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D.ª Mireia Borrás Pabón, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Juan Luis Steegman
Olmedillas y D.ª Carla Toscano de Balbín, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la demolición y construcción de una nueva Comisaría de Distrito de Moratalaz en Madrid, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Según datos extraídos de la página de la Dirección General de la Policía, nuestra Policía Nacional cuenta con 243 comisarías (provinciales, locales y de distrito) con una edad media que se aproxima a los 45 años.


En concreto, el 28 % de las dependencias policiales tienen más de 50 años. A mayor detalle, hay 21 que tienen más de 75 años de antigüedad, de las que 11 entraron en funcionamiento cuando reinaba el bisabuelo del actual Rey de España:
Morón (1920), La Laguna (1925), Palencia (1930), Igualada (1905) y



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Ferrol (1930), entre otras. El 44 % tiene entre 25 y 50 años, como las de A Coruña, Álava, Asturias, Barcelona, Cuenca, Girona Jaén, Lugo, Santa Cruz de Tenerife, Soria, Teruel, Valencia, Vizcaya y Zamora, y en torno al 27 % tiene menos de
25 años.


El informe elaborado por parte del Sindicato Unificado de Policía, sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, establece que las instalaciones en las que los policías
desarrollan su trabajo tienen suma importancia, pues es allí donde muchos de ellos pasan su jornada laboral (Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano, Seguridad, Salas del 091-CIMACC, Brigadas operativas, etc.), y es allí donde reciben a muchos
ciudadanos que acuden a realizar trámites documentales, por lo que el edificio donde trabajan los policías y su situación, habitabilidad, espacio, climatización, seguridad o accesibilidad tiene una importancia vital.


La antigüedad y la situación caduca, insegura e insalubre, en muchos casos, de los edificios y dependencias en los que nuestros agentes pasan la mayor parte de sus vidas, es altamente nociva, perjudicial y dañina para su salud, e insanas y
precarias las condiciones en las que prestan sus servicios.


Segundo. El departamento de Inspección y Servicios del Ministerio del Interior viene poniendo de manifiesto en los últimos tiempos el deterioro que sufren las instalaciones por la antigüedad de las mismas, y la insuficiencia de inversiones,
de forma que, por parte del Ministerio del Interior, con su inacción ante la dramática situación que viven las instalaciones y agentes de la Policía Nacional en el desempeño de sus funciones, está incumpliendo el mandato recogido en el artículo 40
de nuestra Constitución, pues han de ser los poderes públicos quienes 'velarán por la seguridad e higiene en el trabajo', así como lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen las normas de
prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, el cual dispone que 'la Administración del Estado adoptará las medidas necesarias orientadas a garantizar la seguridad y salud de los funcionarios
del Cuerpo Nacional de Policía en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades profesionales, dentro de las peculiaridades que comporta la función policial'.


La protección que se tiene que garantizar a todos los Agentes de la Policía Nacional, pasa indudablemente por las infraestructuras en las que desarrollan mayoritariamente su labor, como son las Comisarías. El buen estado de las mismas o su
reubicación si es necesario, dependería del Ministerio del Interior.


Tercero. La Dirección General de la Policía elaboró el 'Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023' ('Plan Director'), actualmente en vigor, que contempla un análisis de todas las edificaciones de Policía Nacional y las
inversiones necesarias para mantenerlas en un estado de uso adecuado, tanto para los funcionarios que desarrollan sus cometidos en ellas como para los ciudadanos que acuden a ellas. La financiación de esas actuaciones procede de los créditos
asignados a la propia Dirección General de la Policía en los Presupuestos Generales del Estado que, tal y como denuncian los sindicatos son claramente insuficientes para acometer el Plan. Dicho Plan Director condensa en un solo soporte la situación
actualizada de los edificios de la Dirección General de la Policía, clasificando el estado de los inmuebles en cuatro niveles: bueno, regular, malo o muy malo, considerando la CEP que esa cuádruple clasificación es más que optimista y que la
realidad es que algunas de las instalaciones calificadas como regulares están mucho peor aún.


Además, el Consejo de Ministros de 18 de enero de 2019 aprobó el 'Plan de Infraestructuras para la Seguridad del Estado 2019-2025' que, en el ámbito de la Policía Nacional, contempla 49 actuaciones por un importe de 275 millones de euros.
Este documento no sustituye a las capacidades presupuestarias de inversión de la Dirección General de la Policía en nuevas dependencias.


Según recoge el propio Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023, de la Dirección General de la Policía, actualmente hay muchas comisarías de la provincia de Madrid que se encuentran en pésimas condiciones. Así, en una
cuádruple clasificación son las siguientes:


Estado Muy Malo: Comisaría Distrito Moratalaz, Comisaría de Distrito Centro.


Estado Malo: Dependencias policiales calle Tacona, Complejo policial Casa de Campo, Comisaría Distrito Retiro, Comisaría Distrito Salamanca, Comisaría Distrito Villa de Vallecas, Comisaría Distrito Carabanchel.


Estado Regular: Jefatura Superior de Policía de Madrid, BPEF en calle Los Madrazo, BPEF en calle Luisa Fernanda, Dependencias policiales en Ginzo de Limia, Comisaría Distrito San Blas, Comisaría Distrito Puente de Vallecas, Comisaría
Distrito Ciudad Lineal, Oficina Documentación calle Luna, Oficina



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Documentación Arganzuela, Comisaría Distrito Chamberí, Comisaría Distrito Usera, Dependencias policiales Avenida General Perón, Comisaría Local de Fuenlabrada, Comisaría Local de Leganés, Dependencias policiales en Polígono Industrial
Móstoles, Comisaría Local de Parla, Comisaría Local de Pozuelo de Alarcón, Comisaría Local de Torrejón de Ardoz.


Cuarto. Los principales sindicatos en el Cuerpo Nacional de Policía, como la Confederación Española de Policía ('CEP'), el Sindicato Unificado de Policía ('SUP'), entre otros, han denunciado el mal estado de las infraestructuras policiales
de múltiples comisarías de Madrid, exhibiendo fotografías en las redes sociales que demuestran el mal estado de dichos lugares de trabajo, donde tienen que pasar muchas horas de servicio.


Así, el Informe sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, elaborado por el Sindicato Unificado de Policía, pone de manifiesto cómo la plantilla policial de Madrid ciudad es,
por su localización estratégica, la que dispone de un mayor número de instalaciones y dependencias policiales, tanto propias como compartidas con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, encontrándose en su territorio, desde el propio Ministerio del
Interior, hasta las diferentes Divisiones, Comisarías Generales o la Jefatura Superior de Policía con mayor carga de todo el país, debiendo dar lugar, dicha situación, a un mayor mantenimiento y cuidado de las instalaciones por parte de la Dirección
General de la Policía.


Denuncia dicho Informe que uno de los más graves problemas que se encuentran los agentes en todas las dependencias en las que desarrollan sus funciones es la climatización de las mismas, mucho calor en verano y mucho frío en invierno, lo
cual contraviene el Real Decreto 486/1997, de condiciones mínimas de Seguridad en lugares de trabajo.


Quinto. Uno de los casos más alarmantes es el de la Comisaría de Distrito de Moratalaz, la cual sufrió un derrumbamiento en agosto de 2018 por las pésimas condiciones en que se encontraba el edificio, situación denunciada por parte de los
sindicatos mayoritarios como el Sindicato Unificado de Policía y la Confederación Española de Policía, entre otros, instando al Ministerio del Interior y a la Dirección General de la Policía a acabar con la constante puesta en riesgo de la salud de
los policías. Desde 2012, estos sindicatos vienen solicitando a la Administración del Estado que inspeccione todos los edificios antiguos y concretamente el de Moratalaz, que supera ya más de 60 años de antigüedad.


En su Informe sobre deficiencias en inmuebles de las plantillas de la Dirección General de la Policía, el Sindicato Unificado de Policía denuncia que esta Comisaría de Distrito no cuenta con unas mínimas garantías de seguridad, pues cuenta
únicamente con una barrera de material endeble que en ningún caso permitiría detener un empotramiento por parte de un vehículo, considerando necesaria la instalación de otro tipo de barreras, como son los pivotes hidráulicos de seguridad para la
restricción de acceso, los cuales permiten detener empotramientos de vehículos de grandes dimensiones, como los utilizados en los últimos atentados yihadistas, así como las instalaciones de zonas de control de acceso automático para trabajadores
policiales y personal laboral, que no requiera la atención del personal de seguridad.


Esta Comisaría se encuentra a la espera de ser derruida y construida nuevamente, observando una excesiva junta de dilatación a lo largo de todo el edificio, que pudiera provenir de unas aguas subterráneas que pasan por debajo del mismo.



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[**********página con cuadro**********]


Foto de las instalaciones de la Comisaría de Moratalaz


Tal y como ponen de manifiesto las múltiples denuncias realizadas por la mayor parte de los sindicatos policiales a lo largo de los años, no es un hecho aislado, el precario y deficiente estado en el que se encuentran un gran número de
Comisarías a lo largo de toda nuestra geografía y, especialmente, la Comisaría de distrito de Moratalaz, en la provincia de Madrid, por lo que es fundamental que se acometa una reforma integral de la misma de manera urgente.


Sexto. Visto el reiterado abandono al que se somete a nuestra Policía Nacional sin que el Gobierno adopte las medidas necesarias, ya no solo para proteger su integridad y salud física personal sino su seguridad laboral, desde este Grupo
Parlamentario continuaremos exigiendo las condiciones mínimas indispensables para el correcto ejercicio de tan importantes funciones que desempeñan nuestros agentes.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Tomar, con carácter urgente, las medidas necesarias para ejecutar las obras de demolición y construcción de una nueva Comisaría de Distrito de Moratalaz, con el objetivo de garantizar la seguridad y la salubridad en dichas dependencias
policiales, tanto de los agentes que en ellas desempeñan su jornada laboral como de los usuarios que acudan a las mismas.


2. Dotar a la nueva Comisaría de los medios humanos y materiales permanentes y necesarios para el desarrollo de las funciones de la Policía Nacional en el Distrito de Moratalaz, incluyendo en los próximos Presupuestos Generales del Estado
las partidas presupuestarias necesarias para ello.


3. Dar efectivo, inmediato y total cumplimiento al Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023 de la Dirección General de la Policía.



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4. Dar debido cumplimiento al mandato constitucional de garantizar la seguridad laboral de los Agentes de la Policía Nacional en todas las instalaciones en las que desempeñan sus funciones radicadas en la Comunidad de Madrid.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro, Mireia Borrás Pabón, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan Luis
Steegman Olmedillas y Carla Toscano de Balbín, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001600


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D.ª Mireia Borrás Pabón, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Juan Luis Steegman
Olmedillas y D.ª Carla Toscano de Balbín, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reacondicionamiento de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana en Madrid, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Según datos extraídos de la página de la Dirección General de la Policía, nuestra Policía Nacional cuenta con 243 comisarías (provinciales, locales y de distrito) con una edad media que se aproxima a los 45 años.


En concreto, el 28 % de las dependencias policiales tienen más de 50 años. A mayor detalle, hay 21 que tienen más de 75 años de antigüedad, de las que 11 entraron en funcionamiento cuando reinaba el bisabuelo del actual Rey de España:
Morón (1920), La Laguna (1925), Palencia (1930), Igualada (1905) y Ferrol (1930), entre otras. El 44 % tiene entre 25 y 50 años, como las de A Coruña, Álava, Asturias, Barcelona, Cuenca, Girona Jaén, Lugo, Santa Cruz de Tenerife, Soria, Teruel,
Valencia, Vizcaya y Zamora, y en torno al 27 % tiene menos de 25 años.


El informe elaborado por parte del Sindicato Unificado de Policía, sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, establece que las instalaciones en las que los policías
desarrollan su trabajo tienen suma importancia, pues es allí donde muchos de ellos pasan su jornada laboral (Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano, Seguridad, Salas del 091-CIMACC, Brigadas operativas, etc.), y es allí donde reciben a muchos
ciudadanos que acuden a realizar trámites documentales, por lo que el edificio donde trabajan los policías y su situación, habitabilidad, espacio, climatización, seguridad o accesibilidad tiene una importancia vital.


La antigüedad y la situación caduca, insegura e insalubre, en muchos casos, de los edificios y dependencias en los que nuestros agentes pasan la mayor parte de sus vidas, es altamente nociva, perjudicial y dañina para su salud, e insanas y
precarias las condiciones en las que prestan sus servicios.


Segundo. El departamento de Inspección y Servicios del Ministerio del Interior viene poniendo de manifiesto en los últimos tiempos el deterioro que sufren las instalaciones por la antigüedad de las mismas, y la insuficiencia de inversiones,
de forma que, por parte del Ministerio del Interior, con su inacción ante la dramática situación que viven las instalaciones y agentes de la Policía Nacional en el desempeño de sus funciones, está incumpliendo el mandato recogido en el artículo 40
de nuestra Constitución, pues han de ser los poderes públicos quienes 'velarán por la seguridad e higiene en el trabajo', así como lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen las normas de
prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo



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Nacional de Policía, el cual dispone que 'la Administración del Estado adoptará las medidas necesarias orientadas a garantizar la seguridad y salud de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en todos los aspectos relacionados con el
desarrollo de las actividades profesionales, dentro de las peculiaridades que comporta la función policial'.


La protección que se tiene que garantizar a todos los Agentes de la Policía Nacional, pasa indudablemente por las infraestructuras en las que desarrollan mayoritariamente su labor, como son las Comisarías. El buen estado de las mismas o su
reubicación si es necesario, dependería del Ministerio del Interior.


Tercero. La Dirección General de la Policía elaboró el 'Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023' ('Plan Director'), actualmente en vigor, que contempla un análisis de todas las edificaciones de Policía Nacional y las
inversiones necesarias para mantenerlas en un estado de uso adecuado, tanto para los funcionarios que desarrollan sus cometidos en ellas como para los ciudadanos que acuden a ellas. La financiación de esas actuaciones procede de los créditos
asignados a la propia Dirección General de la Policía en los Presupuestos Generales del Estado que, tal y como denuncian los sindicatos son claramente insuficientes para acometer el Plan. Dicho Plan Director condensa en un solo soporte la situación
actualizada de los edificios de la Dirección General de la Policía, clasificando el estado de los inmuebles en cuatro niveles: bueno, regular, malo o muy malo, considerando la CEP que esa cuádruple clasificación es más que optimista y que la
realidad es que algunas de las instalaciones calificadas como regulares están mucho peor aún.


Además, el Consejo de Ministros de 18 de enero de 2019 aprobó el 'Plan de Infraestructuras para la Seguridad del Estado 2019-2025' que, en el ámbito de la Policía Nacional, contempla 49 actuaciones por un importe de 275 millones de euros.
Este documento no sustituye a las capacidades presupuestarias de inversión de la Dirección General de la Policía en nuevas dependencias.


Según recoge el propio Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023, de la Dirección General de la Policía, actualmente hay muchas comisarías de la provincia de Madrid que se encuentran en pésimas condiciones. Así, en una
cuádruple clasificación son las siguientes:


Estado Muy Malo: Comisaría Distrito Moratalaz, Comisaría de Distrito Centro.


Estado Malo: Dependencias policiales calle Tacona, Complejo policial Casa de Campo, Comisaría Distrito Retiro, Comisaría Distrito Salamanca, Comisaría Distrito Villa de Vallecas, Comisaría Distrito Carabanchel.


Estado Regular: Jefatura Superior de Policía de Madrid, BPEF en calle Los Madrazo, BPEF en calle Luisa Fernanda, Dependencias policiales en Ginzo de Limia, Comisaría Distrito San Blas, Comisaría Distrito Puente de Vallecas, Comisaría
Distrito Ciudad Lineal, Oficina Documentación calle Luna, Oficina Documentación Arganzuela, Comisaría Distrito Chamberí, Comisaría Distrito Usera, Dependencias policiales Avenida General Perón, Comisaría Local de Fuenlabrada, Comisaría Local de
Leganés, Dependencias policiales en Polígono Industrial Móstoles, Comisaría Local de Parla, Comisaría Local de Pozuelo de Alarcón, Comisaría Local de Torrejón de Ardoz.


Cuarto. Los principales sindicatos en el Cuerpo Nacional de Policía, como la Confederación Española de Policía ('CEP'), el Sindicato Unificado de Policía ('SUP'), entre otros, han denunciado el mal estado de las infraestructuras policiales
de múltiples comisarías de Madrid, exhibiendo fotografías en las redes sociales que demuestran el mal estado de dichos lugares de trabajo, donde tienen que pasar muchas horas de servicio.


Así, el Informe sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, elaborado por el Sindicato Unificado de Policía, pone de manifiesto cómo la plantilla policial de Madrid ciudad es,
por su localización estratégica, la que dispone de un mayor número de instalaciones y dependencias policiales, tanto propias como compartidas con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, encontrándose en su territorio, desde el propio Ministerio del
Interior, hasta las diferentes Divisiones, Comisarías Generales o la Jefatura Superior de Policía con mayor carga de todo el país, debiendo dar lugar, dicha situación, a un mayor mantenimiento y cuidado de las instalaciones por parte de la Dirección
General de la Policía.


Denuncia dicho Informe que uno de los más graves problemas que se encuentran los agentes en todas las dependencias en las que desarrollan sus funciones es la climatización de las mismas, mucho



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calor en verano y mucho frío en invierno, lo cual contraviene el Real Decreto 486/1997, de condiciones mínimas de Seguridad en lugares de trabajo.


Quinto. Prueba de lo expuesto es la situación en la que se encuentra la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, sita en la calle de Francos Rodríguez, 104 de Madrid. Tiene una antigüedad de más de 60 años, siendo propiedad del Estado
desde su creación y habiendo quedado sus instalaciones obsoletas.


En el año 1966, se denunció ante el Ayuntamiento de Madrid la necesidad de dar debido cumplimiento a las Ordenanzas Municipales, como la aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de noviembre de 2011, sobre la Conservación, Rehabilitación y
Estado Ruinoso de las Edificaciones. El artículo 6 establece que 'los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro,
realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo'. El artículo 16 también determina que 'estarán sujetos a inspección técnica los
edificios y construcciones que cuenten con una antigüedad superior a treinta años desde la fecha de la terminación de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total'. Ateniéndonos al estado visual del edificio,
no parece que cumpla las condiciones mínimas exigidas, no teniéndose constancia por parte del Sindicato Unificado de Policía, tal y como menciona en su informe, que se haya sometido a ninguna inspección técnica por parte del personal facultativo
competente.


Además dicha Comisaría General de Seguridad Ciudadana, no cuenta con unas instalaciones con unas mínimas garantías de seguridad, según denuncia el referido Informe del Sindicato Unificado de Policía. Cuenta únicamente con una barrera de
material endeble que en ninguno de los casos permitiría detener un empotramiento por parte de un vehículo, considerando necesario la instalación de otro tipo de barreras, como son los pivotes hidráulicos de seguridad para restricción de acceso, los
cuales permiten detener empotramientos de vehículos de grandes dimensiones, como los utilizados en los atentados yihadistas, así como la instalación de zonas de control de acceso automáticos para trabajadores policiales y personal laboral, que no
requiera de la atención del personal de seguridad.


Sexto. Visto el reiterado abandono al que se somete a nuestra Policía Nacional sin que el Gobierno adopte las medidas necesarias, ya no solo para proteger su integridad y salud física personal sino su seguridad laboral, desde este Grupo
Parlamentario continuaremos exigiendo las condiciones mínimas indispensables para el correcto ejercicio de tan importantes funciones que desempeñan nuestros agentes.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Tomar, con carácter urgente, las medidas necesarias para ejecutar las obras de reacondicionamiento, rehabilitación y reformas que sean necesarias en la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, con el objetivo de garantizar la seguridad
y la salubridad en dichas dependencias policiales.


2. Dotar a dicha Comisaría General de Seguridad Ciudadana de suficientes medios humanos y materiales permanentes y necesarios para el desarrollo de las funciones de la Policía Nacional que en dicha Comisaría se llevan a cabo.


3. Dar efectivo, inmediato y total cumplimiento al Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023 de la Dirección General de la Policía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro, Mireia Borrás Pabón, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan Luis
Steegman Olmedillas y Carla Toscano de Balbín, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D.ª Mireia Borrás Pabón, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Juan Luis Steegman
Olmedillas y D.ª Carla Toscano de Balbín, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la rehabilitación del Complejo Policial de Casa de Campo en Madrid, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Según datos extraídos de la página de la Dirección General de la Policía, nuestra Policía Nacional cuenta con 243 comisarías (provinciales, locales y de distrito) con una edad media que se aproxima a los 45 años.


En concreto, el 28 % de las dependencias policiales tienen más de 50 años. A mayor detalle, hay 21 que tienen más de 75 años de antigüedad, de las que 11 entraron en funcionamiento cuando reinaba el bisabuelo del actual Rey de España:
Morón (1920), La Laguna (1925), Palencia (1930), Igualada (1905) y Ferrol (1930), entre otras. El 44 % tiene entre 25 y 50 años, como las de A Coruña, Álava, Asturias, Barcelona, Cuenca, Girona Jaén, Lugo, Santa Cruz de Tenerife, Soria, Teruel,
Valencia, Vizcaya y Zamora, y en torno al 27 % tiene menos de 25 años.


El informe elaborado por parte del Sindicato Unificado de Policía, sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, establece que las instalaciones en las que los policías
desarrollan su trabajo tienen suma importancia, pues es allí donde muchos de ellos pasan su jornada laboral (Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano, Seguridad, Salas del 091-CIMACC, Brigadas operativas, etc.), y es allí donde reciben a muchos
ciudadanos que acuden a realizar trámites documentales, por lo que el edificio donde trabajan los policías y su situación, habitabilidad, espacio, climatización, seguridad o accesibilidad tiene una importancia vital.


La antigüedad y la situación caduca, insegura e insalubre, en muchos casos, de los edificios y dependencias en los que nuestros agentes pasan la mayor parte de sus vidas, es altamente nociva, perjudicial y dañina para su salud, e insanas y
precarias las condiciones en las que prestan sus servicios.


Segundo. El departamento de Inspección y Servicios del Ministerio del Interior viene poniendo de manifiesto en los últimos tiempos el deterioro que sufren las instalaciones por la antigüedad de las mismas, y la insuficiencia de inversiones,
de forma que, por parte del Ministerio del Interior, con su inacción ante la dramática situación que viven las instalaciones y agentes de la Policía Nacional en el desempeño de sus funciones, está incumpliendo el mandato recogido en el artículo 40
de nuestra Constitución, pues han de ser los poderes públicos quienes 'velarán por la seguridad e higiene en el trabajo', así como lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen las normas de
prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, el cual dispone que 'la Administración del Estado adoptará las medidas necesarias orientadas a garantizar la seguridad y salud de los funcionarios
del Cuerpo Nacional de Policía en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades profesionales, dentro de las peculiaridades que comporta la función policial'.


La protección que se tiene que garantizar a todos los Agentes de la Policía Nacional, pasa indudablemente por las infraestructuras en las que desarrollan mayoritariamente su labor, como son las Comisarías. El buen estado de las mismas o su
reubicación si es necesario, dependería del Ministerio del Interior.


Tercero. La Dirección General de la Policía elaboró el 'Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023' ('Plan Director'), actualmente en vigor, que contempla un análisis de todas las edificaciones de Policía Nacional y las
inversiones necesarias para mantenerlas en un estado de uso adecuado, tanto para los funcionarios que desarrollan sus cometidos en ellas como para los ciudadanos que acuden a ellas. La financiación de esas actuaciones procede de los créditos
asignados a la propia Dirección General de la Policía en los Presupuestos Generales del Estado que, tal y como denuncian los



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sindicatos son claramente insuficientes para acometer el Plan. Dicho Plan Director condensa en un solo soporte la situación actualizada de los edificios de la Dirección General de la Policía, clasificando el estado de los inmuebles en
cuatro niveles: bueno, regular, malo o muy malo, considerando la CEP que esa cuádruple clasificación es más que optimista y que la realidad es que algunas de las instalaciones calificadas como regulares están mucho peor aún.


Además, el Consejo de Ministros de 18 de enero de 2019 aprobó el 'Plan de Infraestructuras para la Seguridad del Estado 2019-2025' que, en el ámbito de la Policía Nacional, contempla 49 actuaciones por un importe de 275 millones de euros.
Este documento no sustituye a las capacidades presupuestarias de inversión de la Dirección General de la Policía en nuevas dependencias.


Según recoge el propio Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023, de la Dirección General de la Policía, actualmente hay muchas comisarías de la provincia de Madrid que se encuentran en pésimas condiciones. Así, en una
cuádruple clasificación son las siguientes:


Estado Muy Malo: Comisaría Distrito Moratalaz, Comisaría de Distrito Centro.


Estado Malo: Dependencias policiales calle Tacona, Complejo policial Casa de Campo, Comisaría Distrito Retiro, Comisaría Distrito Salamanca, Comisaría Distrito Villa de Vallecas, Comisaría Distrito Carabanchel.


Estado Regular: Jefatura Superior de Policía de Madrid, BPEF en calle Los Madrazo, BPEF en calle Luisa Fernanda, Dependencias policiales en Ginzo de Limia, Comisaría Distrito San Blas, Comisaría Distrito Puente de Vallecas, Comisaría
Distrito Ciudad Lineal, Oficina Documentación calle Luna, Oficina Documentación Arganzuela, Comisaría Distrito Chamberí, Comisaría Distrito Usera, Dependencias policiales Avenida General Perón, Comisaría Local de Fuenlabrada, Comisaría Local de
Leganés, Dependencias policiales en Polígono Industrial Móstoles, Comisaría Local de Parla, Comisaría Local de Pozuelo de Alarcón, Comisaría Local de Torrejón de Ardoz.


Cuarto. Los principales sindicatos en el Cuerpo Nacional de Policía, como la Confederación Española de Policía ('CEP'), el Sindicato Unificado de Policía ('SUP'), entre otros, han denunciado el mal estado de las infraestructuras policiales
de múltiples comisarías de Madrid, exhibiendo fotografías en las redes sociales que demuestran el mal estado de dichos lugares de trabajo, donde tienen que pasar muchas horas de servicio.


Así, el Informe sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, elaborado por el Sindicato Unificado de Policía, pone de manifiesto cómo la plantilla policial de Madrid ciudad es,
por su localización estratégica, la que dispone de un mayor número de instalaciones y dependencias policiales, tanto propias como compartidas con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, encontrándose en su territorio, desde el propio Ministerio del
Interior, hasta las diferentes Divisiones, Comisarías Generales o la Jefatura Superior de Policía con mayor carga de todo el país, debiendo dar lugar, dicha situación, a un mayor mantenimiento y cuidado de las instalaciones por parte de la Dirección
General de la Policía.


Denuncia dicho Informe que uno de los más graves problemas que se encuentran los agentes en todas las dependencias en las que desarrollan sus funciones es la climatización de las mismas, mucho calor en verano y mucho frío en invierno, lo
cual contraviene el Real Decreto 486/1997, de condiciones mínimas de Seguridad en lugares de trabajo.


Quinto. Ejemplo de lo expuesto es la situación en la que encuentra el Centro Policial de la Casa de Campo. En él se ubican las Unidades Especiales de Caballería y Guías Caninos, así como la Unidad Especializada de Prevención y Reacción,
poniendo de manifiesto el Informe del Sindicato Unificado de Policía tres tipos de atención que se requieren en dichas instalaciones, como son:


a) Prevención de riesgos laborales: La totalidad de los barracones presentan un estado lamentable, por lo es preciso realizar una reforma integral. Los inodoros están atascados, lo que provoca un intenso olor, hay plagas de ratas y
hormigas en los servicios, cristales rotos, marcos de puertas desprendidos y los suelos levantados, los fluorescentes están sin apantallar, viejos, con los cables colgando y desprotegidos.



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[**********página con cuadro**********]


Instalaciones del Centro Policial de la Casa de Campo


b) Plan Integral de Seguridad: El complejo de seguridad es excesivamente antiguo. Las garitas no disponen de cámaras de vigilancia ni circuito cerrado de televisión. El hecho de no disponer de cámaras de televisión provoca una situación
de inseguridad debido a la imposibilidad de cubrir todos los puntos vulnerables por los agentes. Ante la falta de personal, que pueda cubrir todos los puestos, y dentro del



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ámbito de visión de los policías, el alto volumen de puntos vulnerables en el perímetro de seguridad, falta de cámaras que permitan registrar las incidencias y accesos no autorizados así como lanzamiento de objetos, y no disponer de un
equipo informático que permita identificar al personal no policial que accede a las instalaciones, y que pudiese tener requerimientos judiciales, es necesario realizar un plan integral de seguridad en este complejo policial.


c) El complejo también tiene graves problemas de aparcamiento. Los funcionarios no disponen de espacio suficiente para aparcar y utilizan una explanada que en muchas ocasiones se embarra, con el riesgo de no poder retirar el vehículo.


Sexto. Todos y cada uno de los estados ruinosos y carentes de salubridad, seguridad e higiene que existen en este complejo policial, han sido denunciados en reiteradas ocasiones por los sindicatos, sin obtener ni siquiera respuesta por
parte de la Dirección General de Policía y agravándose la situación día a día. Por ese motivo, es de suma importancia y urgencia actuar lo más rápidamente posible para solventar tan degradante y precaria situación de estas instalaciones donde los
Agentes del Cuerpo Nacional de Policía desarrollan su trabajo y, por ende, donde pasan la mayor parte de su tiempo, garantizándoles las condiciones mínimas de salubridad e higiene para desempeñar sus funciones.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Tomar, con carácter urgente, las medidas necesarias para ejecutar las obras de reacondicionamiento, rehabilitación y reformas que sean necesarias en el Complejo Policial de la Casa de Campo, con el objetivo de garantizar la seguridad y
la salubridad en dichas dependencias policiales.


2. Dar efectivo, inmediato y total cumplimiento al Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023 de la Dirección General de la Policía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro, Mireia Borrás Pabón, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan Luis
Steegman Olmedillas y Carla Toscano de Balbín, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/001553


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, D. Luis Gestoso De Miguel, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D. Joaquín Robles López, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia De Las Heras Fernández,
D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la reapertura del tramo ferroviario entre Guadix-Baza-Almanzora-Lorca para su
discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. La crisis sanitaria, social y económica que sufre España actualmente como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19 y de la gestión por parte del Gobierno, ha afectado gravemente a



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diferentes sectores de la sociedad, pero una vez más las provincias y municipios más afectados son aquellos pertenecientes a la denominada España vaciada. Es de vital importancia que, para que los ciudadanos de las zonas rurales y más
despobladas puedan tener oportunidades en estos municipios, se debe conservar y mejorar las infraestructuras relacionadas con los transportes.


En este sentido, el mantenimiento, conservación y mejora de las carreteras en estos municipios, así como el mantenimiento y mejora de las infraestructuras ferroviarias, ofrecen a los ciudadanos, especialmente los más jóvenes, la posibilidad
de quedarse, en condiciones adecuadas y dignas, en sus lugares de residencia.


Segundo. El ramal ferroviario que discurre entre Guadix-Baza-Almanzora-Lorca es un caso claro de abandono y dejadez por parte de la Administración. El 1 de enero de 1985 se cerró el tráfico ferroviario entre el municipio de Guadix
(Granada) y el de Lorca (Murcia), aislando hasta la fecha a las comarcas de la zona y dejándolas sin una conexión ferroviaria digna.


Determinadas asociaciones vinculadas con el ferrocarril en la zona, cifran la pérdida de población en un 25 % desde que se eliminó este tramo ferroviario. Lo que es una evidencia es la pérdida de población de las comarcas de la zona, sin ir
más lejos el municipio granadino de Guadix tenía, en el año 2019, una población de 18.422 habitantes frente a los 20.395 de 2009, es decir, que en 10 años ha disminuido cerca de un 10 %, según las 'Cifras oficiales de población resultantes de la
revisión del Padrón municipal' del Instituto Nacional de Estadística (INE).


Tercero. La apertura de este tramo ferroviario afecta a dos Comunidades Autónomas diferentes (Andalucía y Murcia), a tres provincias distintas (Granada, Almería y Murcia) y hasta 11 municipios. El abandono al que han sido sometidos durante
décadas los ciudadanos afectados no se circunscribe únicamente a un determinado municipio o comarca, ni siquiera a una única provincia sino que son varias provincias y Comunidades Autónomas las agraviadas. Esta apertura no solo serviría para
reactivar el tránsito de viajeros en la zona, impulsar estas comarcas y municipios, y luchar contra el desempleo y la falta de oportunidades, sino que también ayudaría a impulsar las economías de las provincias de Murcia, Granada y Almería que en
total suman más de 3 millones de habitantes.


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Ilustración. Trazado histórico de la antigua línea ferroviaria Almendricos Guadix.


Fuente: Elaboración de Ineco en su 'Estudio de Viabilidad del Corredor Ferroviario Lorca-Granada'.


Cuarto. En 2017 la empresa Ineco, dependiente del Ministerio de Fomento, actualmente el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, realizó el 'Estudio de Viabilidad del Corredor Ferroviario Lorca-Granada'. En este estudio se
analizaban diferentes alternativas de trazado, así como los costes, inversiones y el impacto económico y viabilidad del proyecto.


Este informe llega a la conclusión de que la alternativa a la que se refiere como 'base' es viable desde el punto de vista ambiental y técnico y su realización implicaría una disminución de distancia en relación con los itinerarios
ferroviarios entre Andalucía y lo que denomina la fachada mediterránea,



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reduciendo tiempos de transporte y costes. A pesar de que el informe también señala desventajas, es evidente que la realización de esta infraestructura es tan viable a efectos económicos como necesaria.


Esta alternativa base incluye tramos de Alta Velocidad (220 km/h) en los tramos más favorables, como son los comprendidos entre Guadix y Baza y entre Huércal-Overa y Almendricos (Lorca), con tramos de ferrocarril convencional (120-160 km/h)
en determinados tramos con características geométricas más desfavorables.


Por otra parte, el Corredor del Mediterráneo incluye determinadas actuaciones en tramos ferroviarios de Almería, Granada y Murcia que van a servir para potenciar el transporte de viajeros y mercancías en estas provincias. Actualmente y de
acuerdo con las informaciones que proporciona el Gobierno, entre Murcia y Almería están en ejecución todos los tramos previstos del Corredor del Mediterráneo excepto Totana-Totana, integración del ferrocarril en Lorca y Lorca-Pulpí. Por otro lado,
entre Almería y Granada se está realizando un estudio sobre el que se determinarán las actuaciones a ejecutar para finalizar dicho tramo. La reapertura del tramo serviría para mejorar el Corredor del Mediterráneo ya que se complementarían entre sí.


Por último, el Plan de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 2012-2024 (PITVI), realizado por el Ministerio de Fomento, contempla la conexión ferroviaria entre Lorca y Granada encuadrándola en las obras previstas en la red ferroviaria de
Alta Velocidad, aunque sin concretar nada.


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Ilustración: Red ferroviaria de Alta Velocidad planificada en el PITVI 2012-2024.


Fuente: PITVI 2012-2024. Ministerio de Fomento.


Quinto. En el Anexo de inversiones reales y programación plurianual de los Presupuestos Generales del Estado de 2018 (PGE 2018), y también en la prórroga de estos para 2019, se encuentra contemplada una partida presupuestaria con un coste
total que asciende a 600.000 €, denominado 'LORCA-BAZA-GUADIX (ESTUDIOS)'. Aunque está contemplada esta partida, hasta la fecha no se ha iniciado la ejecución de esta, por lo que se encuentra paralizada la reapertura. Asimismo, la dotación de esta
partida es insuficiente, de acuerdo con diversas asociaciones de defensa del ferrocarril que reflejan los estudios realizados por técnicos de la Universidad de Granada.



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Fuente: Anexo de inversiones reales y programación plurianual. Presupuestos Generales del Estado. Ejercicio presupuestario 2018.


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Fuente: Anexo de inversiones reales y programación plurianual. Presupuestos Generales del Estado. Ejercicio presupuestario 2019



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Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas para priorizar la reapertura del ramal ferroviario entre Guadix-Baza-Almanzora-Lorca:


- Ejecución de un Estudio Informativo urgente para la reapertura del tramo ferroviario comprendido entre Guadix-Baza-Almanzora-Lorca, en la línea Murcia-Granada.


- Inclusión de una partida presupuestaria adecuada y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado 2021 (PGE 2021) para financiar el estudio Informativo recogido en el punto anterior.


- Fomentar e impulsar la ejecución del Corredor Mediterráneo en los tramos comprendidos entre Murcia, Almería y Granada a fin de mejorar la infraestructura ferroviaria en los municipios de la zona e integrar en el Corredor Mediterráneo
determinados tramos ferroviarios del ramal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia De Las Heras Fernández, Tomás Fernández Ríos, Cristina Alicia Esteban Calonje, Rubén Darío Vega Arias, Rocío de
Meer Méndez, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Luis Gestoso De Miguel, Lourdes Méndez Monasterio y Joaquín Robles López, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias y D. Tomás Fernández Ríos, en sus condiciones de
Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la adopción de un Plan de mantenimiento y conservación de las carreteras, para su discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. La situación sanitaria, social y económica que actualmente sufre España como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19 y de la gestión por parte del Gobierno, es completamente insostenible. A este respecto, el sector de la
construcción y, en concreto, la infraestructura cobra un papel esencial para ser un motor que sirva para dinamizar la economía y para crear puestos de trabajo.


En este sentido, no solo es importante a nivel económico y social la creación de nueva infraestructura, también es fundamental el mantenimiento y conservación de la ya existente. La importancia del mantenimiento de la infraestructura ya
construida radica, en primer lugar, en la sociedad, no deja de ser un servicio social, ya que el hecho de tener infraestructuras de transporte en condiciones óptimas mejora la calidad de vida de los ciudadanos y mejora la seguridad vial. Por otra
parte, además de crear puestos de trabajo y mejorar la economía, la inversión en conservación y mantenimiento de las infraestructuras de transporte supone un ahorro en el largo plazo, ya que si se conservan y mantienen adecuadamente estas
infraestructuras esenciales desde el punto de vista estratégico y de movilidad, no sería necesario realizar grandes inversiones de reforma en el futuro.


Segundo. La inversión que realiza España en conservación y mantenimiento de las carreteras, es muy inferior en comparación con los países de nuestro entorno. Según un informe de la Asociación de Empresas de Conservación y Explotación de
Infraestructuras (ACEX), titulado 'Conservación de carreteras en España. Comparativa con Alemania, Francia, Italia y Reino Unido', que analiza los modelos y prácticas de conservación y explotación de carreteras en estos cinco países, España está en
el vagón de cola en inversión en conservación de la red de carreteras.



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Analizando los datos, se observa que no solo es que en España el presupuesto de conservación sea muy inferior al 2 % del valor del patrimonio que aconseja el Banco Mundial, sino que la inversión en conservación de carreteras, expresada en
euros por kilómetro de carretera, es prácticamente la mitad que Italia, y menos de la mitad que Francia y Alemania. Así, en 2017 España invirtió una media de 22.489 €/km equivalentes, frente a los 41.537 €/km de Italia, los 45.318 €/km de Francia o
los 49.229 e/km de Alemania. Y, por supuesto, muy lejos queda Reino Unido, que invierte 108.141 €/km equivalentes en conservación y mantenimiento de carreteras.


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Fuente: Elaboración de la Asociación de Empresas de Conservación y Explotación de Infraestructuras (ACEX).


Tercero. El marco regulatorio de la Red de Carreteras del Estado lo constituyen la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras y el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras,
que sigue vigente en aquellos aspectos que no contradigan a la Ley 37/2015.


En este contexto se definen las competencias de cada Administración. Así, por un lado, las vías que forman parte de la Red de Carreteras del Estado (RCE) son aquellas que dan servicio al tráfico de largo recorrido, unen núcleos importantes
de población y también proporcionan servicio al tráfico que se dirige a los principales enclaves de conexión entre España y los países fronterizos, centros de logística... Por otro lado, a las Administraciones autonómicas y locales les corresponde
encargarse de la distribución del tráfico desde la red de largo recorrido hasta diferentes enclaves de sus territorios, de acuerdo con las normas de las autonomías.


En competencias de carreteras también la Constitución Española, en su artículo 148, apartado 5, recoge que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en 'los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en
el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable'.


Esta diferenciación en el ámbito de las competencias es importante a la hora de establecer criterios de inversión. La conservación de la Red de Carreteras del Estado (RCE) depende de la Dirección General de Carreteras que pertenece al
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y, por tanto, es competencia del Gobierno.


Así, en el artículo 4.g del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se expone que corresponde a la Dirección General de Carreteras
'la completa conservación de las carreteras del Estado y la gestión de la calidad del servicio público viario en ellas, a través de las actividades de ayuda a la vialidad, la vialidad invernal y de las actividades de mantenimiento básico, así como
la programación y control de las actuaciones de conservación y vigilancia de la vía'.


La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) de 30 de julio de 1987 establece la organización y funcionamiento del Sistema de transporte terrestre en España, especialmente del



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transporte por carretera. La conservación y mantenimiento de las carreteras cuya competencia pertenece a Comunidades Autónomas, Diputaciones o Cabildos depende de estas Administraciones y no del Gobierno. Pero el Gobierno no puede eludir
responsabilidades, puesto que sí puede promover esta conservación y mantenimiento y proveer a estas administraciones de los recursos necesarios para llevarlo a cabo.


Cuarto. Relacionado con el punto anterior, se enmarcan los datos del último Anuario Estadístico, el de 2018, que publica el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. En este anuario se recoge que la longitud de la red nacional
de carreteras es de 165.624 km, de los que 26.403 (15,9 %) están a cargo del Estado, 71.313 (43,1 %) a cargo de las Comunidades Autónomas y 67.908 (41 %) a cargo de las Diputaciones y Cabildos.


En cuanto al tipo de vía, de los 17.228 km de vías de gran capacidad, el 69,8 % son competencia del Estado frente al 23,3 % de las Comunidades Autónomas y el 6,9 % de las Diputaciones y Cabildos; y en cuanto a los 148.396 km de carreteras
convencionales, el 9,7 % son competencia del Estado, el 45,3 % de las Comunidades Autónomas y el 45 % restante de las Diputaciones y Cabildos.


Por último, es interesante reflejar, en relación con la distribución de las vías de gran capacidad, que de los 17.228 km de vías de gran capacidad totales mencionados anteriormente, el 17,2 % son autopistas de peaje, el 73,3 % autovías y el
9,5 % restante son carreteras multicarril.


Como se observa analizando estos datos, en relación con las vías de gran capacidad, la gran mayoría, casi el 70 %, son competencia del Estado y, en relación con las carreteras convencionales, más del 90 % son competencia de las Comunidades
Autónomas, Diputaciones o Cabildos. Estos datos relacionados con el tipo de vía y las competencias son importantes a la hora de establecer un marco normativo armonizado y unificado, así como para determinar las fórmulas de financiación en función
de si pertenecen a la Red de Carreteras del Estado o son de competencia territorial.


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Ilustración. Distribución porcentual de la red de carreteras según competencias. Fuente: Anuario Estadístico 2018 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Quinto. La Asociación Española de la Carretera (AEC) publicó en julio un informe acerca de las 'Necesidades de inversión en Conservación 2019-2020', en el que se auditaba el estado de las carreteras españolas. Las conclusiones a las que
llega el informe son demoledoras: confirma el abandono de las carreteras españolas; indica que uno de cada diez kilómetros de carretera se encuentra en un estado muy deficiente; y refleja que el estado actual del pavimento es el peor de los
últimos 20 años.


El informe analiza tanto el estado de las carreteras que pertenecen a la Red de Carreteras del Estado como la situación de aquellas carreteras que son competencia de las Comunidades Autónomas y Diputaciones. De acuerdo con este estudio, el
10 % de las carreteras presenta graves deterioros en más del 50 % de la superficie del pavimento, desde roderas hasta deformaciones, desintegraciones o agrietamientos gruesos.


Este análisis contiene dos datos muy significativos. El primero indica que en 2001 las carreteras gozaban de buena salud, pero que 18 años después el estado de las carreteras se ha deteriorado hasta



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acercarse al muy deficiente. El segundo dato significativo es que entre el año 2009 y el 2019 el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha reducido en un 76 % los recursos que se destinan a la seguridad vial y conservación de
carreteras del Estado.


Sexto. El informe valora de forma muy concreta la inversión que requiere este déficit en las infraestructuras terrestres y las valora en 7.463 millones de euros; 2.376 de estos millones irían destinados a la red gestionada por el Estado y
5.087 millones a la que gestionan los gobiernos forales y autonómicos.


Asimismo, el déficit acumulado entre 2017 y 2019 se incrementó en un 7,5 % en la Red de Carreteras del Estado, y un 5 % en las redes de las Comunidades Autónomas y Diputaciones Forales. El coste de este déficit se cifra en 1.200 millones de
euros de gasto extra anual como consecuencia del consumo extra de combustible (cifrado entre el 3 % y el 5 % del total) por el mal estado de las carreteras. También, algunas asociaciones del sector de los vehículos cifran en 300 millones de euros
el coste extra debido al mantenimiento del parque vehicular.


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Fuente: Asociación Española de la Carretera


Séptimo. El estudio destaca también el mal estado del pavimento de las carreteras españolas, muy cerca del muy deficiente, obteniendo la nota más baja desde hace 20 años. El déficit del pavimento asciende al 94 % del total, lo que
supondría una inversión aproximada de 7.000 millones de euros en las carreteras españolas, de los que más de 2.200 irían destinados a las carreteras competencia del Estado.


EVOLUCIÓN DEL ESTADO DE LOS FIRMES


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Ilustración: Gráfica comparativa del estado de las carreteras entre 2001 y 2019.


Fuente: Informe de la Asociación Española de la Carretera.


Se destacan asimismo en el referido Informe los siguientes aspectos:


- Hay 374.000 seriales verticales de código que hay que renovar (104.000 en carreteras del Estado), de las que el 72 % tiene el reflectante caducado.


- Existen 38.500 km de carretera cuyas marcas viales se deben volver a pintar (el 88,3 % en carreteras autonómicas y de las Diputaciones Forales.


- Las barreras metálicas de seguridad se mantienen desde 2017 y el balizamiento experimenta un empeoramiento.



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Ilustración: Necesidades de inversión de acuerdo a la Asociación Española de la Carretera.


Octavo. El Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (2012-2024), expone lo siguiente: 'se racionalizarán las inversiones en las infraestructuras viarias en función de las necesidades reales de la sociedad española, poniendo el
énfasis del esfuerzo inversor en la conservación y mantenimiento del patrimonio vial existente y en el refuerzo y mejora de la seguridad vial. Al objeto de responder de forma efectiva a estas necesidades, se diseñará un nuevo modelo para la
conservación y explotación de la Red de Carreteras de Interés General del Estado'. Igualmente, se manifiesta que hay 160 sectores de conservación en la Red de Carreteras del Estado y que, aunque se tratarán de reducir, esta circunstancia hace
ineficaz el sistema.


Por otra parte, el Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC) presentado en 2017 y que preveía una inversión de 5.000 millones de euros mediante una colaboración público-privada, está paralizado. Se evidencia de nuevo que España
carece de un plan específico y eficiente para la conservación y el mantenimiento de las carreteras.


Noveno. El Estado de las carreteras influye de forma considerable en otros factores. La seguridad vial es un elemento fundamental que hay que tener en cuenta al realizar inversiones en conservación. Un buen mantenimiento y conservación de
estas, va a reducir tanto el número de accidentes como de muertos. No se debe olvidar que según los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), en el año 2019 hubo en España 1.755 fallecidos en accidentes de tráfico, 104.077 accidentes de
tráfico con víctimas, 139.379 heridos, 8.605 de los cuales tuvieron que ser hospitalizados. La estrategia 'Sistema Seguro' quiere reducir a la mitad los fallecidos en accidentes de tráfico para el año 2030, por lo que una buena medida sería mejorar
la conservación de las carreteras e invertir en ello.


Por otro lado, las infraestructuras viarias españolas son un patrimonio valorado en aproximadamente 215.000 millones de euros, por lo que si no se invierte en su conservación este patrimonio se devalúa y deteriora. Igualmente, el informe de
la Asociación Española de la Carretera, expuesto con anterioridad, recoge también que, en los últimos 10 años, la falta de conservación de las carreteras ha producido la emisión de por lo menos 25 millones de toneladas más de CO2 a la atmósfera.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas para la mejora de las infraestructuras viarias:


1. Adopción de un Plan específico de mantenimiento y conservación de las carreteras españolas para mejorar su estado deficitario actual, en el que se incluyan los siguientes aspectos:


a) Estudio exhaustivo de la red viaria para cuantificar con exactitud el actual déficit en inversión a fin de revertir el estado deficitario actual.



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b) Búsqueda de vías de financiación, en el marco del artículo 19 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, a través de recursos que provengan de las siguientes vías:


b.1) Los Presupuestos Generales del Estado.


b.2) Los Fondos Europeos, especialmente los relacionados con las ayudas a la recuperación tras la crisis de la COVID-19.


b.3) Asignación de fondos de mantenimiento en función de un porcentaje respecto al valor total del activo.


b.4) Otras vías de financiación alternativas que sean viables.


c) Promover la participación y colaboración de la iniciativa privada en este plan de conservación en el marco del artículo 9.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.


d) Adjudicación estable de materiales, recursos humanos y gestión para un correcto mantenimiento y conservación de las carreteras.


e) Implantación de una metodología sistemática, basado en guías de buenas prácticas y normativa técnica, así como una coordinación y unificación de prácticas a nivel nacional a la hora de tomar decisiones relacionadas con la conservación y
el mantenimiento.


f) Establecimiento de mejoras concretas en la infraestructura de las carreteras, las cuáles implicarían las siguientes acciones:


f.1) Mejora del estado del pavimento cuya situación actual es la peor de los últimos 20 años.


f.2) Renovación de las señales de tráfico que se encuentran en mal estado, especialmente aquellas que tienen el reflectante caducado.


f.3) Repintar las marcas viales a fin de mejorar la seguridad vial.


f.4) Mejora en el balizamiento.


g) Realizar un seguimiento de las operaciones de conservación y mantenimiento realizadas a fin de conocer la calidad del servicio prestado al usuario.


h) Apostar por la investigación e innovación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Tomás Fernández Ríos, Cristina Alicia Esteban Calonje y Rubén Darío Vega Arias,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la mejora de la línea de
ferrocarril Xàtiva-Alcoy y su conexión con la ciudad de Valencia, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La comarca de 'La Vall d'Albaida' está situada al sur de la provincia de Valencia, y alberga a una población superior a 87.000 de habitantes, repartidos en 34 municipios. La única infraestructura ferroviaria con que cuenta para acceder a la
capital valenciana es la línea Xàtiva-Alcoy.


Se trata de una línea ferroviaria de vía única que depende de RENFE en lo que a prestación de servicios se refiere, y de ADIF como responsable de las infraestructuras, careciendo de medidas de seguridad a lo largo de su recorrido. Además,
desde el punto de vista de la explotación, existen limitaciones temporales de velocidad por patologías de infraestructura y vía, ya que se trata de una línea con material antiguo (traviesas de madera y carril embridado). Por ello en agosto de 2017
se actuó por emergencia suprimiendo 11 de ellas por importe de 5,5 millones de euros, lo que permitió reducir el tiempo de viaje entre Xàtiva y Alcoi en 8 minutos, y en el Plan de Cercanías de la Comunidad Valenciana se programó



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una inversión 12 millones de euros para la renovación y rehabilitación de vía y estructuras y de 10 millones de euros para las instalaciones de seguridad en diversos tramos entre Xàtiva y Alcoy. Un Plan de modernización de las Cercanías de
la Comunidad Valenciana que presentó el Ministro de Fomento Íñigo de la Serna en diciembre de 2017 con una inversión prevista de 1.436 millones de euros hasta 2025 y que ha sido abandonado por el actual Gobierno.


En 2010 fueron más de 150.000 los usuarios de esta línea, tanto por motivos laborales como académicos, que enlazando con la línea C2 a través de la población de Xàtiva, consiguen llegar a Valencia. Y empleamos la palabra 'consiguen' ya que
tan solo en el año 2019 RENFE anuló 7000 trenes de esta última línea (21 diarios), y todo esto sin ponerlo en conocimiento de los usuarios.


El servicio que se ofrece entre Valencia y Alcoy consta tan solo de dos trenes de ida y dos de vuelta diarios. El usuario que desee ir a la Capital, tal solo puede hacerlo a las 6:12 horas, o en horario vespertino, a las 14:34. El regreso
desde Valencia podrá ser a las 11:50 horas, o bien a las 17:07. A la vista de estos horarios, queda claro que el usuario que pretenda salir de la Comarca para realizar su jornada, bien sea laboral, o bien académica, lo va a tener muy complicado si
pretende regresar al final del día. Igualmente, si el trabajo o las clases son vespertinas, el usuario estará obligado a permanecer todo el día fuera de casa. Por tanto, muchos usuarios se ven obligados a recorrer largas distancias con sus
vehículos particulares antes de poder subirse al tren (en la línea C2, que por otro lado sufre grandes retrasos y anulación de trenes).


Otra realidad con la que se encuentra el residente en Alcoy, municipio que pertenece a la comarca de 'l'Alcoia', situada ya en la provincia de Alicante, es que por vía ferroviaria tan solo puede desplazarse a la capital de la provincia de
Valencia, pero no a su propia capital de provincia, Alicante.


Ante esta tesitura, nos parece justo considerar que la línea de tren Xàtiva-Alcoy, y más aún el servicio ferroviario entre Valencia y Alcoy, no cumple el papel que le corresponde como vertebradora del territorio. Y en la situación actual
poco o nada va a contribuir al desarrollo laboral, económico y social de las 'comarcas centrales' de la Comunidad Valenciana, siendo de escasa o nula utilidad pública.


Además de todo lo expuesto, no podemos olvidar que España se está enfrentando, entre otros, a un acuciante problema de despoblación de las áreas rurales, lo que se ha dado en llamar 'la España vaciada'. Una de las posibles, y más
importantes, soluciones a esta huida desde los municipios a las grandes capitales se basa en implementar la disponibilidad de servicios en el mundo rural, y que uno de los servicios fundamentales, si no el más importante, es el desarrollo de las
comunicaciones. En resumen, el ciudadano debe disponer de medios de transporte económicos, rápidos, seguros, fiables y el tren debe convertirse, sin duda, por su sostenibilidad, agilidad, rapidez, comodidad, en el medio de comunicación público del
futuro.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. La Reestructuración de los horarios existentes, y acomodación de los mismos a las necesidades de los usuarios, de manera que se adecuen a los horarios laborales y/o lectivos.


Segundo. Que se produzca respeto de los horarios establecidos y que actualmente no se están cumpliendo.


Tercero. Duplicar como mínimo, la frecuencia de los trenes, y adecuar sus horarios, de manera que sea posible, rápido y cómodo, y como no, posible la compatibilización de la vida en los municipios de esta comarca, la Vall d'Albaida, con el
desarrollo de actividades laborales y/o lectivas de manera diaria, evitándose así, la necesaria utilización de medios de transporte particulares, con el consiguiente descenso de las emisiones de gases de la combustión de dichos vehículos.


Cuarto. Realizar todas las mejoras necesarias para garantizar la accesibilidad para todos aquellos usuarios que presenten cualquier tipo de discapacidad.


Quinto. Llevar a cabo todas las inversiones necesarias de carácter ordinario y extraordinario sobre la línea para garantizar el mantenimiento del servicio ferroviario.'


Palacio del Congreso de los Diputado, 22 de octubre de 2020.-Vicente Betoret Coll y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Carlos José Zambrano García-Raez, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. Rubén Manso Olivar, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José
María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al impulso y mejora de las condiciones del tramo ferroviario entre Algeciras y Bobadilla, para su discusión en la Comisión de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. La crisis sanitaria, social y económica que está padeciendo España debido al impacto de la COVID-19 y de la gestión por parte del Gobierno, ha afectado gravemente a diferentes sectores de la sociedad. Sin embargo, nuevamente las
provincias y municipios que más están sufriendo las consecuencias son aquellos pertenecientes a la comúnmente llamada España vaciada. Es fundamental realizar un mantenimiento y una mejora de las infraestructuras relacionadas con el transporte, para
que los ciudadanos de las zonas rurales y más despobladas puedan tener oportunidades laborales y de desarrollo en sus lugares de origen si así lo desean.


El mantenimiento y conservación de las carreteras en estas zonas, así como la mejora de las infraestructuras ferroviarias, ofrecen a los ciudadanos, especialmente a los jóvenes, la posibilidad de seguir desarrollando su vida en estos lugares
de origen. En muchas ocasiones, la despoblación de los municipios rurales se debe a una dejadez de funciones por parte de diferentes administraciones a lo largo del tiempo, que menoscaban la calidad de vida de los habitantes de esos municipios,
haciendo cada vez más difícil su habitabilidad.


Segundo. La ciudad y municipio de Algeciras, perteneciente a la Comarca de Gibraltar (provincia de Cádiz), tiene una importancia geográfica, estratégica y económica fundamental, no solo para Cádiz o Andalucía, sino también para el conjunto
de España.


En cuanto al número de habitantes, el municipio de Algeciras es el segundo más poblado de la provincia de Cádiz tras Jerez de la Frontera. Según las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón municipal publicadas
por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2019 la población de Algeciras era de 121.957 personas.


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Tercero. El Puerto de Algeciras es un puerto fundamental para la economía de España, tanto en tráfico de pasajeros como, especialmente, en el tránsito de mercancías. Según datos de Puertos del Estado, ente perteneciente al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en 2019 el número de pasajeros que tuvo el puerto de Algeciras fue de 6.102.657, destacando especialmente en el tráfico de pasajeros con el Norte de África en la 'Operación Paso del Estrecho'.


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Asimismo, según las estadísticas de Puertos del Estado, en 2019 se produjo en el Puerto de Algeciras un tráfico portuario de 109.415.051 toneladas, siendo el puerto de España que tuvo mayor tráfico de toneladas. De esta forma, el Puerto de
Algeciras fue protagonista, según las declaraciones del Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, de acciones comerciales con países de 4 continentes diferentes, con un tráfico con el Norte de África de 370.000 unidades,
convirtiéndolo así en uno de los puertos más importantes del Mar Mediterráneo y de Europa.



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Estas cifras, tanto referidas al tráfico de pasajeros como al tráfico portuario de toneladas, llevan a la misma conclusión: la importancia de que Algeciras esté bien conectada no es solo una cuestión de vital importancia para Cádiz y
Andalucía, sino que es una cuestión de Estado.


Cuarto. El Reglamento (UE) 913/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de septiembre de 2010 'sobre una red ferroviaria europea para un transporte de mercancías competitivo', recogido en el Diario Oficial de la Unión Europea del 20
de octubre de 2010, estableció la instauración de diferentes corredores de mercancías europeos a fin de incrementar la competitividad y el peso del ferrocarril.


Estos corredores europeos de mercancías constituirán la base de lo siguiente:


- Las Redes Transeuropeas de Transporte recogidas en el Reglamento (UE) 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, 11 sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la Red Transeuropea de
Transporte', publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 20 de diciembre de 2013.


- El Mecanismo 'Conectar Europa', establecido en el Reglamento (UE) 1316/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea también el 20 de diciembre de 2013.


Dos importantes corredores ferroviarios europeos transcurren por España, son el Corredor Atlántico y el Corredor Mediterráneo. En ambos corredores, Algeciras tiene un papel protagonista como eje de la comunicación española y europea.



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Con respecto al Corredor Atlántico, uno de los tramos fundamentales es el que transcurre entre Algeciras y Bobadilla (Málaga), tal y como se recoge en la presentación de las actuaciones de Adif, (Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias, perteneciente al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), de 20 de febrero de 2019, que contempla que en estos 176,2 km se van a invertir 460 millones de euros (IVA incluido) para una serie de actuaciones como la
electrificación, la modernización de la señalización o la renovación de ciertas estructuras existentes.


En relación con el Corredor Mediterráneo, que pretende conectar Europa desde Algeciras hasta Záhony (Hungría). El plan de implementación de la Unión Europea (Mediterranean RFC Implementation Plan TT 2020/2021) contempla diferentes
actuaciones como la electrificación del tramo comprendido entre Algeciras y Bobadilla y cuya fecha prevista de finalización es diciembre de 2020.



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También se recogen en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024 (PITVI 2012-2024), del entonces llamado Ministerio de Fomento, las actuaciones relativas al Corredor del Mediterráneo entre Algeciras y Antequera.


Igualmente, existe un proyecto por parte de Adif para la electrificación del tramo comprendido entre Ronda y Bobadilla, el cual se ha retrasado, ya que debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, en vez de la tramitación
simplificada. No se explica por qué esta electrificación se contempla solo para ese tramo y no se extiende al comprendido entre Algeciras y Bobadilla.


Quinto. La pertenencia del Puerto de Algeciras a la Red Básica de la Red Transeuropea de Transporte (TEN-T), vuelve a indicar la importancia de esta infraestructura. La conexión ferroviaria con la industria de la Bahía de Algeciras y con
los terminales portuarios debería ser una prioridad para el Estado, con el fin de mejorar las malas cifras que España tiene con respecto al transporte ferroviario de mercancías. En muchos casos, estas bajas cifras de transporte ferroviario de
mercancías se deben a la falta de conexiones con los puertos o con el mal estado de esas conexiones.


Según el último informe anual de 2019 del Observatorio del Transporte y la Logística en España (OTLE 2019), referido al año 2018, la cuota modal del transporte ferroviario de mercancías en el ámbito nacional en 2018 fue de únicamente el 1,64
% . En cuanto a la cuota modal del transporte nacional de mercancías referidas a los modos terrestres, en España el transporte ferroviario supone el 5 % del total de las mercancías que se mueven por carretera, muy lejos del 16 % de la media de la
Unión Europea de los 28 o del 17 % de Alemania, 13 % de Italia, 10 % de Francia o 9 % del Reino Unido.


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Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas para priorizar el impulso y mejora del tramo ferroviario comprendido entre Algeciras y Bobadilla:


- Fomentar e impulsar la ejecución del Corredor Mediterráneo y del Corredor Atlántico en el tramo comprendido entre Algeciras y Bobadilla, a fin de mejorar la infraestructura ferroviaria en los municipios de la zona.


- Promover la electrificación urgente del tramo ferroviario comprendido entre los municipios de Algeciras y Bobadilla.


- Promover la renovación de la flota de trenes que prestan servicio en el tramo comprendido entre Algeciras y Bobadilla.


- Llevar a cabo de forma urgente en dicho tramo la modernización de la señalización, la seguridad, la mejora del trazado para el tráfico de mercancías y la supresión de los pasos a nivel.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Tomás Fernández Ríos, Cristina Alicia Esteban Calonje, Rubén Darío Vega Arias, Agustín
Rosety Fernández de Castro, Carlos José Zambrano García-Raez, Rubén Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001599


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Manuel Mestre Barea, D. Eduardo Ruiz Navarro, D. José María Sánchez García, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo
Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al impulso y mejora de las conexiones ferroviarias con el Puerto de Alicante, para su discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. La crisis sanitaria, social y económica que está padeciendo España debido al impacto de la COVID-19 y de la gestión por parte del Gobierno, ha afectado gravemente a diferentes sectores de la sociedad. Uno de los más afectados es
el sector de los transportes; si bien, es cierto que el impacto de las restricciones de movilidad, confinamientos y estados de alarma impuestos por el Gobierno, han afectado de forma especial al transporte de pasajeros, el transporte de mercancías
también ha sufrido las consecuencias de todo lo acaecido.


Como se ha podido observar durante el estado de alarma, el suministro de mercancías es básico para la sociedad. Por ello, cualquier acción eficaz para el desarrollo e impulso de las conexiones que sirva para mejorar las capacidades del
transporte de mercancías, deberían ser consideradas como cuestiones esenciales para el Gobierno.


Segundo. El Puerto de Alicante pertenece a la Red Global de la Red Transeuropea de Transporte (TEN-T), lo que demuestra la importancia de esta infraestructura. La conexión ferroviaria con los puertos españoles para aumentar la cuota modal
del transporte ferroviario de mercancías, hacer más competitivo el transporte de las mismas y mejorar su eficiencia y reducir las emisiones contaminantes debería ser una cuestión de Estado.


Según el último informe anual de 2019 del Observatorio del Transporte y la Logística en España (OTLE 2019), referido al año 2018, la cuota modal del transporte ferroviario de mercancías en el ámbito nacional en 2018 fue de únicamente el 1,64
%. En cuanto a la cuota modal del transporte nacional



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de mercancías referidas a los modos terrestres, en España el transporte ferroviario supone el 5 % del total de las mercancías que se mueven por carretera, muy lejos del 16 % de la media de la Unión Europea de los 28 o del 17 % de Alemania,
13 % de Italia, 10 % de Francia o 9 % del Reino Unido.


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Tercero. En el año 2019, según datos de Puertos del Estado, ente dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Puerto de Alicante tuvo un tráfico portuario de 2.919.012 toneladas y un tráfico de pasajeros total de
206.457.


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El Puerto de Alicante, como la gran mayoría de los puertos españoles, tiene un grave problema, ya que está pésimamente conectado con el ferrocarril, lo que disminuye su capacidad económica. Algunas empresas estiman que se producen unos
sobrecostes que rondan los 12 millones de euros anuales debido a la mala conexión ferroviaria del puerto.


De acuerdo con las informaciones que ha hecho públicas Puertos del Estado, en el Plan de Empresa 2020-2024, consensuado con la Autoridad Portuaria de Alicante, está prevista la inversión público-privada de 140 millones de euros, de los que
118 millones son de iniciativa privada y los 22 restantes de inversión pública para acometer diferentes actuaciones de mejora en el puerto. Lamentablemente, no se ha establecido un acuerdo en firme para la construcción de un apartadero para trenes
de 750 metros.


En el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024 (PITVI 2012-2024), del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se recogen las actuaciones relativas al ancho UIC para el Corredor del Mediterráneo entre
Barcelona-Alicante-Murcia-Cartagena, y también actuaciones relativas a los accesos al puerto Alicante.


Cuarto. El Reglamento (UE) 913/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de septiembre de 2010 'sobre una red ferroviaria europea para un transporte de mercancías competitivo', publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del 20
de octubre de 2010, estableció la implantación de diferentes corredores de mercancías europeos a fin de aumentar la competitividad y el peso del ferrocarril. Estos corredores europeos de mercancías constituirán la base de lo siguiente:


- Las Redes Transeuropeas de Transporte recogidas en el Reglamento (UE) 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, 'sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la Red Transeuropea de
Transporte', publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 20 de diciembre de 2013.


- El Mecanismo 'Conectar Europa', recogido en el Reglamento (UE) 1316/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea también el 20 de diciembre de 2013.


La conexión ferroviaria de Alicante está incluida en el Corredor del Mediterráneo. En el plan de implementación de la Unión Europea del Corredor Mediterráneo (Mediterranean RFC Implernentation Plan 2020/2021), se establecen diferentes
actuaciones, como la electrificación de ciertos tramos en la provincia de Alicante (La Encina-Alicante o Alicante-Puerto de Alicante-San Isidro).


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Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas para mejorar las conexiones ferroviarias con el Puerto de Alicante:


- Fomentar e impulsar la ejecución del Corredor Mediterráneo en los tramos que discurren en la provincia de Alicante, especialmente los que tienen previsto las conexiones con el puerto, para mejorar la infraestructura ferroviaria en las
localidades de la zona.



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- Promover la electrificación de las conexiones ferroviarias con el Puerto de Alicante para mejorar la conectividad del puerto e impulsar el transporte ferroviario de mercancías.


- Promover la construcción de un apartadero para trenes de 750 metros de longitud en la línea Alicante-La Encina, así como otros que fueran necesarios, a fin de facilitar la mejora de la conectividad entre el Puerto de Alicante y el
transporte ferroviario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Tomás Fernández Ríos, Cristina Alicia Esteban Calonje, Rubén Darío Vega Arias, Manuel
Mestre Barea, Eduardo Luis Ruiz Navarro, José María Sánchez García, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Trabajo, Industria, Seguridad Social y Migraciones


161/001563


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas para flexibilizar la gestión del registro horario de la
jornada laboral en las empresas y garantizar la protección e integridad de sus datos, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


La aprobación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, reguló la obligación de las empresas de registrar la jornada de trabajo,
incluido el horario de inicio y de finalización de la misma, de todos sus empleados. Una obligación que con anterioridad solo estaba prevista por nuestro ordenamiento laboral para el registro de las horas extraordinarias que realizasen los
trabajadores, así como para la totalidad de la jornada de los trabajadores a tiempo parcial.


En particular, la redacción del nuevo artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores establece que 'la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de
trabajo de cada persona trabajadora'. La organización y documentación de este registro de jornada será objeto de desarrollo 'mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los
representantes legales de los trabajadores en la empresa'. Asimismo, la empresa deberá conservar estos registros 'durante cuatro años' y permanecer 'a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social'.


Sin embargo, aunque este registro de jornada ya era práctica habitual en muchas grandes empresas, en particular en el sector industrial, su implantación por parte de medianas y pequeñas empresas ha resultado más compleja. Prueba es que seis
meses después de su entrada en vigor, la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social constataba que más de la mitad de las empresas inspeccionadas no cumplían correctamente con las obligaciones relativas al registro de jornada y en el 21 % estos
incumplimientos eran constitutivos de infracción. Entre las principales dificultades señaladas por las empresas, especialmente las pymes, se encuentran las relacionadas con la falta de previsión sobre su gestión, organización y llevanza en los
convenios colectivos sectoriales, que son los que cubren a la mayoría de pequeñas empresas, así como los costes que suponen tanto las labores técnicas para la implementación de estos sistemas como los que requiere su gestión y las cargas
administrativas que conlleva.


Además, en un contexto de creciente preocupación por la protección de datos, se ha señalado también las carencias de seguridad que presentan los sistemas de registro de la jornada implantados por muchas empresas. De este modo, porque en la
mayoría de los casos este registro se sigue realizando de forma análoga y en soporte papel, que además de ser más ineficiente y generar mayores costes de archivo, no solo impide que esta información se puede copiar y transmitir de manera ágil, sino
que además no



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garantiza la integridad de los datos sobre la jornada que son objeto de registro. En ese sentido, cada vez existen mayores coincidencias respecto a la necesidad de que estos sistemas de registro se lleven a cabo en soportes electrónicos,
idealmente gestionados por un tercero de confianza ajeno tanto a la empresa como a los trabajadores, que garantice el acceso de las partes y también de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social a su contenido, y que permita poner a disposición
de las administraciones estos datos, una vez confirmados, para su posterior tratamiento.


Por otra parte, tampoco puede ignorarse el impacto que la pandemia de COVID-19 está teniendo en la economía, forzando transformaciones tan elocuentes como la protagonizada por el protagonismo del trabajo a distancia, anteriormente anecdótico
en nuestro país. Estas nuevas realidades, sean transitorias o estructurales, al tiempo que han interrumpido el proceso de implantación del registro horario que se venía desarrollando, plantean a su vez nuevos retos, como los de asegurar a cabo este
registro respecto a los trabajadores que realizan su trabajo desde su domicilio con respeto a sus derechos a la intimidad y a la desconexión.


Teniendo todo ello presente, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a aprobar a la mayor brevedad el reglamento de desarrollo del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que regula la obligación de registro de jornada de trabajo en las
empresas, al objeto de precisar sus términos y facilitar su cumplimiento, especialmente por parte de autónomos y pymes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2020.-María Muñoz Vidal, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001566


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan José Aizcorbe Torra, D.ª María Teresa López Álvarez, D.ª Mireia Borrás Pabón, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, y D.ª Rocío de Meer Méndez, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX
(GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a las consecuencias del incumplimiento del compromiso de salvaguarda del empleo, para su debate en
la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Primero. España está viviendo uno de los momentos más duros de su historia reciente debido a la epidemia del SARS-CoV2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario. A día 20 de
octubre, y según cifras oficiales, la crisis sanitaria producida por el COVID-19 ha causado la muerte a casi 34.000 personas y se han contagiado más de 974.000 desde el inicio de la pandemia en España.


Debido a la crisis sanitaria originada por el coronavirus en España, el pasado 14 de marzo de 2020, el Gobierno aprobó el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19.


Desde el momento en que se ha declarado el estado de alarma y ante el parón de la actividad empresarial, son muchas las empresas que se han acogido a Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor; otras,
minoritarias, lo han hecho por causas objetivas.


Segundo. El Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es un procedimiento colectivo por el que se comunica la suspensión, con carácter temporal, de los contratos de trabajo, o la reducción de jornada de los mismos, con el fin de
que la empresa pueda ajustar los costes laborales de sus trabajadores. La regulación de este tipo de procedimiento se prevé en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y desarrollado
reglamentariamente



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mediante el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.


A raíz de la declaración del estado de alarma, el Gobierno de España ha ido aprobando diversas disposiciones legales, algunas de las cuales afectan a las normas reguladoras de este procedimiento, estableciendo determinadas especialidades.


En este sentido, el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (en adelante, 'Real Decreto-ley 8/2020'), dispone que 'las medidas adoptadas en
materia de suspensión temporal de contratos y reducción temporal de la jornada (ERTEs) persiguen evitar que una situación coyuntural como la actual tenga un impacto negativo de carácter estructural sobre el empleo'.


En este punto es de destacar la Disposición adicional sexta ('DA 6.ª'), que regula un compromiso de mantenimiento del empleo durante un período de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad aplicable a todas aquellas empresas
que hubiesen tramitado ERTE a la plantilla de trabajadores. En su redacción original la Disposición adicional sexta referida disponía que 'Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el presente real decreto-ley estarán sujetas al
compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad'.


La interpretación de la disposición adicional sexta ha sido y sigue siendo muy controvertida. La redacción de la disposición adicional sexta está planteando muchas dudas en su aplicación. En particular, ¿cuál debe considerarse el dies a
quo del plazo de seis meses de compromiso de mantenimiento del empleo? ¿cuál es el alcance de las consecuencias del incumplimiento de este compromiso? Por este y otros motivos, algunas de las disposiciones normativas dictadas posteriormente han
modificado, en parte, la Disposición Adicional en cuestión. Concretamente, el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.


Sin embargo, pese a ello, todavía quedan, a juicio de los expertos, algunas dudas sin resolver y que son de suma importancia, a tenor de las consecuencias prácticas que pueden derivarse para las empresas.


Una de estas dudas de interpretación se produce respecto al dies a quo -día inicial del cómputo de estos seis meses-. Según el tenor literal del vigente precepto, será el de 'la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la
reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla'.


Sin embargo, esta redacción no permite discernir si, en caso de reincorporar parte de la plantilla de trabajadores, el cómputo se reanuda respecto de los trabajadores reincorporados o respecto del total de la plantilla.


Guiándose por un criterio de interpretación prudente, actualmente los empresarios están aplicando el plazo de los seis meses únicamente a los trabajadores reincorporados, pero no para aquellos trabajadores que continúan en ERTE, respecto de
los que el plazo de seis meses se iniciará una vez se reincorporen a su puesto de trabajo.


En cualquier caso, esta es una interpretación generalizada que está llevándose a cabo por parte de los empresarios, pero no se sustenta en ningún criterio o posición oficial de organismo o instituto público. Por ello, es preciso que los
organismos públicos competentes efectúen una aclaración normativa, a fin de dotar de certidumbre y de seguridad jurídica a los empresarios y, por extensión, a los trabajadores.


Tercero. Por otro lado, la segunda de las dudas interpretativas tiene lugar con ocasión del apartado quinto de la disposición adicional sexta, que regula las consecuencias del incumplimiento del compromiso de mantenimiento del empleo. Este
apartado dispone que 'Las empresas que incumplan este compromiso deberán reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas, con el recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido en
las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social, previas actuaciones al efecto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que acredite el incumplimiento y determine las cantidades a reintegrar'.


De acuerdo con este precepto, si una empresa incumple el compromiso de mantenimiento del empleo dentro del plazo de los seis meses siguientes a la fecha de reanudación de la actividad, deberá reintegrar el importe total de las cotizaciones
de las que hubiese sido exonerada como consecuencia de haber tramitado un ERTE, así como los recargos e intereses de demora correspondientes. Sin embargo, la redacción del precepto no resuelve -quién sabe si intencionadamente- si las cotizaciones,
recargos e intereses de demora que deben reintegrarse son las de todos los trabajadores cuyo contrato de trabajo hubiese sido objeto de un ERTE o únicamente las relativas a aquellos contratos de trabajo que se extingan durante los seis meses
posteriores a la reanudación de la actividad.



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Es decir, en tales supuestos ¿la empresa deberá devolver las cotizaciones, recargos e intereses de demora correspondientes a todos los contratos de trabajo que se han suspendido como consecuencia de un ERTE por causa de fuerza mayor? O, por
el contrario, ¿el reintegro de las cotizaciones, recargos e intereses solo comprenderá el de aquellos contratos de trabajo que se extingan dentro del plazo de los seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad?


La disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020 no resuelve estas cuestiones que, a todas luces, afectan sustancialmente a la toma de decisiones empresariales.


Tampoco se han resuelto en las múltiples disposiciones normativas que se han ido aprobando posteriormente, pese a que muchas de estas disposiciones contienen medidas relativas al empleo. Es más, el artículo 5 del Real Decreto-ley 30/2020,
de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, señala que 'Las empresas que, conforme a lo previsto en esta norma, reciban exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, quedarán comprometidas, en base a la aplicación de dichas
medidas excepcionales, a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo, cuyo contenido, requisitos y cómputo se efectuará en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo'. Es
decir que el Gobierno de España no solo no resuelve las dudas que plantea la cláusula de salvaguardia del empleo de la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, sino que, frente a nuevas medidas, se remite al mismo, ahondando y
agravando la situación de inseguridad jurídica e incertidumbre.


Cuarto. Hace unos meses que el Grupo Parlamentario VOX viene denunciando la situación de caos legislativo provocada por la ingente cantidad de normas que se han ido aprobando por el Gobierno de España desde marzo de este año 2020, y que han
contribuido a la incertidumbre en el sector empresarial español.


Pese a todo ello, han transcurrido más de seis meses y el Gobierno de España no ha resuelto el problema. Es necesario dotar de certidumbre y seguridad a las empresas, que deben conocer de antemano las consecuencias de sus decisiones. En
las circunstancias actuales este marco debe cuidarse al extremo y esto pasa, en este momento, por regular detalladamente el alcance de las consecuencias del compromiso de mantenimiento del empleo a que se refiere la disposición adicional sexta del
Real Decreto-ley 8/2020, eliminando la duda interpretativa de la norma. Esta exigencia no es sino la aplicación práctica y consecuencia del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE). Lo contrario equivaldría dotar de gran discrecionalidad a
la Inspección de Trabajo para resolver a posteriori cuáles son las consecuencias del incumplimiento del compromiso mantenimiento del empleo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la aprobación de una norma con rango legal que determine con claridad lo siguiente: (i) el dies a quo del cómputo del plazo de 6 meses de la cláusula de compromiso de salvaguarda
del empleo prevista en la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, y (ii) el alcance exacto de las consecuencias del
incumplimiento de este compromiso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2020.-Juan José Aizcorbe Torra, María Teresa López Álvarez, María de la Cabeza Ruiz Solás, Mireia Borrás Pabón y Rocío de Meer Méndez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del
Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª Teresa López Álvarez, D.ª María Ruiz Solás, D. Rubén Darío Vega Arias, D. Alberto Rodríguez Almeida y D. Juan José Aizcorbe Torra, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley de Medidas Urgentes para la creación de un



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Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE) en el puerto de Arguineguín de Las Palmas de Gran Canaria, para su discusión en la Comisión de Trabajo, Inclusión Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Primero. El archipiélago canario está sufriendo una de las mayores oleadas de inmigración ilegal de los últimos años. Las cifras de llegadas durante estos últimos meses son altamente preocupantes y los incrementos alcanzan números que
hacía años que no se veían en sus costas. A fecha de la presente iniciativa, la situación se ha convertido en algo insostenible para las Islas Canarias, un total de 8.102 inmigrantes ilegales han desembarcado en sus costas en 2020, según fuentes
del Ministerio del Interior 6. Esta diferencia desmesurada de 7.000 personas más con respecto a la cifra del año 2019 7, provoca que la labor de control y seguridad ejercida por nuestras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ('FCSE') se
convierta en una ardua y sofocante tarea, sin la debida provisión urgente y extraordinaria de suficientes medios personales y materiales para el desarrollo de este cometido.


En la misma línea del anterior párrafo es menester que se recuerde que Canarias ha recibido más inmigrantes ilegales en este momento que en todo el territorio nacional en los años 2011, 2012, 2013, 2014 o 2015, algo extremadamente
preocupante que pone en jaque la integridad fronteriza de nuestro país.


El sindicato policial JUPOL manifestó su plena disconformidad con la situación infrahumana que están sufriendo en el muelle de Arguineguín de Las Palmas de Gran Canaria, tanto las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de
sus funciones como los propios inmigrantes ilegales que allí se encuentran. El sindicato afirma en este sentido que 'distan mucho de ser unas condiciones dignas, teniendo que pasar los migrantes y los policías muchas horas bajo el sol o en carpas
sin climatización y durmiendo en el suelo 8'.


Segundo. Esta grave crisis de inmigración ilegal que sufre Canarias pone de manifiesto el incumplimiento, por parte del Gobierno, de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en
España y su integración social. Concretamente, el artículo 2 bis de la citada Ley señala lo siguiente: 'Corresponde al Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 149.1.2.ª de la Constitución 9, la definición, planificación, regulación
y desarrollo de la política de inmigración, sin perjuicio de las competencias que puedan ser asumidas por las Comunidades Autónomas y por las Entidades Locales'.


Tercero. La invasión de inmigración ilegal que sufre España y, en concreto, el archipiélago canario, como ya se expone en el primer apartado, ha demostrado nuestras carencias en la materia y sobre todo, la falta de previsión en el
desarrollo e implantación de nuevas instituciones dedicadas, en exclusiva, a este fin. El ingente número de inmigrantes que, día tras día, ilícitamente desembarca en nuestras costas implica que de urgencia adoptemos cualesquiera medidas que
resulten necesarias para tratar de paliar el desgobierno existente y el evidente abandono institucional que tanto nuestras FCSE como nuestros connacionales canarios están sufriendo.


Los Centros de Atención Temporal de Extranjeros ('CATE') son la primera línea de recepción de inmigrantes ilegales cuando desembarcan en territorio nacional. Por ello, es fundamental y necesario la creación de nuevos CATE, como es el caso
del puerto de Arguineguín en Las Palmas de Gran Canaria, con el fin de dar cobertura a nuestras FCSE en el ejercicio de sus funciones. El Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio
del Interior, en su artículo 3, punto 3, letra d, señala expresamente que corresponde 'a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros; la prevención, persecución
e investigación de las redes de inmigración ilegal; y, en general, el régimen policial de extranjería, refugio y asilo e inmigración'.


Cuarto. En estricta relación con el anterior párrafo, la creación e implantación de los nuevos CATE debe ir acorde con lo dispuesto en la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los
Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía. Así, en su artículo 9, punto 3, la citada orden desarrolla, igualmente, las funciones de la Comisaría


6 Inmigración irregular 2020. Datos acumulados del 1 enero al 15 octubre.


7 El incremento de llegadas con respecto al año anterior es del 688.1%.


8 https://www.canarias7.es/canarias/jupol-pide-instalacion-20200910205605-nt.html


9 Art. 149.1.2.ª, 'El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo'.



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General de Extranjería y Fronteras, señalando que 'realiza las funciones de gestión, coordinación y control, relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional, y el régimen de fronteras, así como la
coordinación, en los Puestos Fronterizos, de aquellas otras que la legislación vigente atribuye al Cuerpo Nacional de Policía, funcionando como Oficina Central Nacional a este respecto'.


Quinto. La posición que ocupa el Reino de España, siendo frontera sur de la Unión Europea con el Continente Africano, inevitablemente favorece que nos hayamos convertido en uno de los principales países destino de flujos migratorios
ilegales. No podemos obviar la realidad que sufre España y por tanto, debemos actuar de inmediato.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a crear un Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE) en el puerto de Arguineguín en Las Palmas de Gran Canaria, dotándolo de los medios personales y materiales necesarios,
incluyendo en los próximos Presupuestos Generales del Estado las partidas presupuestarias necesarias para ello.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Rocío de Meer Méndez, María Teresa López Álvarez, María de la Cabeza Ruiz Solás, Rubén Darío Vega Arias, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y Juan José Aizcorbe Torra,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001577


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de actualizar y
mejorar la Estrategia Española sobre Discapacidad, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU 2006), ha sido uno de los hechos, probablemente el más significativo, de los que ha realizado la sociedad en favor de las personas con discapacidad.


La Convención supuso un 'cambio paradigmático' de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad.


Esta Convención, que supuso reafirmar que todas las personas, con todos los tipos de discapacidad, deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, hacerla realidad mediante las actuaciones y coordinación de todas
las Administraciones implicadas junto a la sociedad civil organizada.


En el Partido Popular somos plenamente conscientes del significado e implicaciones de esta Convención, de tal forma que en 2013 el Gobierno del Partido Popular aprobó el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que sigue la Convención Internacional, incluye un título dedicado a garantizar los derechos de las personas con discapacidad como
ciudadanos, un reconocimiento expreso de la libertad en la toma de decisiones y todas las definiciones de discriminación, incluidas, por primera vez, las discriminaciones por asociación y acoso.


El compromiso del Partido Popular con los casi 4 millones personas con discapacidad (el 10 % de la población), nos tiene que mover a todos y especialmente al Gobierno de España a adoptar importantes medidas que tengan como denominador común
dos objetivos principales: potenciar la inserción y el



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desarrollo laboral de las personas con discapacidad y reforzar su protección en el ejercicio de sus derechos básicos.


La Estrategia Española sobre Discapacidad 2012-2020 ha establecido en nuestro país un marco referente y una directriz a largo plazo de las políticas públicas españolas en materia de discapacidad. Sus objetivos están orientados a la
intervención en los ámbitos primordiales de actuación identificados por la Comisión Europea en la Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020, ámbitos elegidos por su contribución potencial para alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa
2020 y lo previsto en la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Esta Estrategia se ha desarrollado a través de dos Planes de Acción, el último abarca el periodo 2014- 2020, y los principios que lo inspiran están recogidos en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión
Social.


Actualmente, y próximos a que fine su periodo vigencia, no existe actualización o puesta en marcha de herramientas alternativas por parte del Gobierno de España a este respecto, máxime ante el momento histórico de crisis que están sufriendo
los ciudadanos y especialmente las personas con discapacidad, más expuestas que nunca a la incertidumbre laboral y sanitaria, sin olvidar el menoscabo en sus derechos y calidad de vida.


Por este motivo, el Partido Popular considera imprescindible su actualización con el objetivo de mejorar significativamente la calidad de vida de las personas con discapacidad y de sus familias en España.


Igualmente, esta nueva Estrategia debe ir acompañada de Planes de Acción dotados presupuestariamente, que permitan el desarrollo y cumplimiento de sus fines y actuaciones, y que, en ningún caso, esta financiación sea menor a la prevista en
la etapa anterior.


Una nueva Estrategia, en el marco de un sistema de responsabilidad pública, que garantice la igualdad de oportunidades en clave de derechos, de empoderamiento para el desarrollo de sus proyectos de vida y de apoyos orientados a la calidad de
vida y a la participación comunitaria.


La Estrategia Española sobre Discapacidad debe garantizar una actuación transversal y coordinada que conecte todos los departamentos ministeriales, siempre con la valiosa colaboración del Tercer Sector.


Una Estrategia que se configure desde una perspectiva integral y se dirigirá a todas las más de 3,9 millones de personas con discapacidad de España, a sus familias, cuidadores y sociedad en general.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a actualizar la Estrategia Española sobre Discapacidad, acordada con las Comunidades Autónomas y con el Tercer Sector; que tenga en cuenta la perspectiva de integralidad que rige la Convención
de los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Que, esta Estrategia se acompañe de su preceptivo Plan de Acción, abordando todos los ámbitos y espacios de interés de las personas con discapacidad, y a su vez potencie la inserción laboral de las mismas y refuerce su protección en el
ejercicio de sus derechos básicos.


Este sentido, debe contemplar medidas específicas dirigidas a las propias personas con discapacidad de España, a sus familias y cuidadores y al conjunto de la sociedad.


Que, la nueva Estrategia y Plan de Acción conlleven dotación presupuestaria suficiente para desarrollar las acciones y propuestas contenidas en ambos instrumentos de actuación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Margarita Prohens Rigo, María del Carmen González Guinda y Alicia García Rodríguez, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reapertura y funcionamiento
ordinario del Centro de Recuperación de Personas con



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Discapacidad Física de Lardero-La Rioja (CRMF) como centro educativo público y gratuito, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Lardero (CRMF) situado en la Comunidad Autónoma de La Rioja es un centro educativo público y gratuito dependiente del IMSERSO, y por tanto, adscrito al Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 del Gobierno de España. Entre sus funciones, se encuentran las de ofrecer a las personas con discapacidad física y/o sensorial en edad laboral, todas aquellas medidas que hagan posible su recuperación personal y profesional
que les facilite la obtención de un puesto de trabajo. Se trata de un Centro de carácter nacional, por lo que pueden acudir personas con discapacidad que procedan de cualquier punto de España.


Entre sus fines y objetivos, el CRMF de Lardero-La Rioja elabora programas de recuperación y orientación personal física y profesional a través de la formación, rehabilitación médico/funcional y psicosocial, prácticas en empresas,
orientación para el empleo y servicios de residencia, manutención y tratamientos.


El CRMF de Lardero-La Rioja está configurado en tres unidades: la Formación, la Consultoría y el Empleo. En el área de Formación, se imparten cursos para la cualificación de los usuarios con el carácter de Títulos Oficiales y certificados
por el IMSERSO, desde la ESO hasta formación en idiomas con el Certificado de Cambridge. En el área de Consultoría y Empleo, se prestan servicios como la orientación laboral, la formación práctica y el acompañamiento, apoyo y seguimiento del
trabajador con discapacidad en el puesto de trabajo.


Pero desde el mes de diciembre de 2019, tal y cómo ha denunciado no solo el Partido Popular, sino también las organizaciones sindicales con representación en el centro, se han producido graves irregulares en la gestión, perdiendo no solo
servicios y funciones esenciales expuestos en anteriores párrafos, sino también en el número de usuarios que se ha visto drásticamente reducido, y todas las personas con discapacidad que acudían al Centro, se han marchado a sus domicilios con sus
familias.


En concreto, desde hace meses, los servicios de Formación, Empleo y Pedadogía se han dejado de ofrecer como consecuencia de la finalización de los correspondientes contratos con las empresas privadas prestadoras de los servicios citados, y
diez meses después, se desconoce el por qué de la paralización de los procesos de contratación pública para desarrollar correctamente los fines y servicios del CRMF de Lardero-La Rioja, careciendo en estos momentos, de contratos de formación,
manutención o los contratos del mantenimiento de las instalaciones del centro.


Fue con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, y en concreto, desde el 21 de marzo de 2020 y hasta el 8 de mayo cuando el Gobierno de España adoptó la decisión de poner a disposición el CRMF
Lardero-La Rioja como Centro Intermedio de Convalecencia para 64 pacientes contagiados por la COVID-19 y que ya habían recibido el alta clínica por la enfermedad y necesitaban guardar la cuarentena alejados de sus domicilios.


De nuevo, y durante la desescalada de la Fase 1, el IMSERSO puso nuevamente a disposición de la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja, el CRMF Lardero-La Rioja como residencia temporal para las personas asintomáticas en COVID-19 que
no pudieran mantener el distanciamiento social en sus propios domicilios.


Por tercera ocasión, el 9 de septiembre, el CRMF de Lardero fue la instalación escogida por el Gobierno de La Rioja para derivar personas que debían guardar cuarentena por haber dado positivo en COVID-19 o haber estado en contacto estrecho
con estas. En concreto, fueron 66 trabajadores temporeros aislados procedentes del Polideportivo de la Universidad de La Rioja, lugar puesto en marcha por la Delegación del Gobierno de España en La Rioja, junto al Gobierno de La Rioja y el
Ayuntamiento de Logroño para la ubicación de estos trabajadores ante la campaña de la recogida de la uva del 2020.


En definitiva, desde enero 2020, en el Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física (CRMF) de Lardero, las personas con discapacidad han dejado de acudir al centro al no recibir la formación, orientación y manutención
imprescindible para su funcionamiento ordinario permaneciendo en sus domicilios.


Por otro lado, los trabajadores tampoco acuden al Centro desde la instrucción de abandonarlo tras la llegada de los temporeros, sin tener ninguna información certera de cuándo podrán volver a sus puestos de trabajo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España, a través del IMSERSO, a que:


1. Adjudicar los contratos pendientes del CRMF de Lardero para su completo y ordinario funcionamiento tras 10 meses de la finalización de los mismos, en concreto, los contratos que tienen que ver con la formación, orientación y manutención
de los usuarios.


2. Dictar las resoluciones e instrucciones para que el personal del centro, puedan retomar sus funciones laborales y volver a su centro de trabajo.


3. Realizar las labores de desinfección necesarias para la protección de la COVID-19 tras haberse convertido desde la declaración del estado de alarma, en un centro para pacientes contagiados por Coronavirus.


4. Volver a ofrecer los servicios de formación, rehabilitación y manutención necesarios para que los usuarios puedan volver con garantías al CRMF de Lardero, tal y como ocurría hasta diciembre de 2019.


5. Realizar campañas de sensibilización de los beneficios del CRMF de Lardero con el objetivo de promocionar y dar mayor visibilidad y conseguir la máxima ocupación de ciudadanos con discapacidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Javier Merino Martínez, Margarita Prohens Rigo, Alicia García Rodríguez, María del Carmen González Guinda, María Teresa Angulo Romero, Diego Movellán Lombilla, Carmen Navarro
Lacoba, José Ortiz Galván, Miguel Ángel Paniagua Núñez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de actualizar y
mejorar la Estrategia Española en Trastorno del Espectro del Autismo, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


En los últimos cuarenta años la prevalencia del Trastorno del Espectro del Autismo (En adelante, TEA) se ha incrementado significativamente, situándose en la actualidad en 1 caso por cada 100 nacimientos (Autismo Europa, 2012), lo que
cifraría en más de 450.000 el número de personas con TEA en España.


La especificidad y heterogeneidad de las situaciones y necesidades que presentan las personas con TEA llevaron a que el 18 de noviembre de 2014, con el respaldo unánime de todos los Grupos parlamentarios, se aprobase la Proposición no de Ley
por la que se instaba al Gobierno a estudiar, en el ámbito de sus competencias, la elaboración y desarrollo de una Estrategia Nacional de Autismo, lo que culminó en noviembre de 2015 con la aprobación de dicha Estrategia.


El objetivo fundamental de esta iniciativa era contemplar Protocolos de atención en diversos ámbitos: sanidad, cultura, educación, empleo, etc., para personas con Trastornos del Espectro del Autismo y contribuir a promover la igualdad de
oportunidades y el ejercicio efectivo de los derechos de cada persona con TEA en todo el territorio español.


Esta Estrategia ha carecido de implementación en nuestro sistema público puesto que, nunca se llegó a dotar de un Plan de Acción y además con el paso de los años, la población afectada ha continuado creciendo, llegando en edades infantiles a
una cifra superior a la de menores con cáncer, VIH y diabetes infantil juntos y solo comparable a los datos de prevalencia del Alzheimer, con la importante diferencia de que el autismo es un trastorno que acompaña a la persona desde su nacimiento.


Actualmente, en España el desarrollo de servicios especializados es limitado y territorialmente disperso, existiendo importantes desigualdades en la cobertura pública y privada entre las diferentes Comunidades Autónomas. Apenas existen
unidades especializadas en los distintos sectores de los servicios públicos (educación, sanidad, servicios sociales...), o están sobrepasadas por la demanda



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existente. Además, su distribución entre las diferentes Comunidades es muy irregular, lo que ha producido que, en determinados casos, existan escasos recursos especializados a los que dirigirse y que el conocimiento y la concienciación
social sobre los TEA (incluyendo a los distintos sectores profesionales) sea extremadamente limitada.


Asimismo, el nivel de desarrollo y especialización de los servicios es muy desigual también en función del territorio en el que se encuentren, debido en gran medida a las enormes diferencias en los niveles de financiación que unas y otras
Comunidades Autónomas destinan a este tipo de servicios.


Estas circunstancias, agravadas aún más por la vulnerabilidad de este sector ante la crisis sanitaria, social y económica que ha supuesto para España la pandemia ocasionada por el COVID-19 hace imprescindible la necesidad de actuaciones
inmediatas e integrales por parte de los poderes políticos para actualizar y adecuar a las necesidades actuales la referida Estrategia, en colaboración con los representantes del colectivo y para dotarla definitivamente de un Plan de acción y un
presupuesto suficiente para el cumplimiento de sus fines.


El TEA, por sus propias características definitorias, conlleva un factor de alto riesgo en la exclusión social de las personas que lo presentan. Teniendo en cuenta que el TEA afecta de manera fundamental a la esencia social de la persona, y
que por esta razón entraña un desafío especial a la hora de participar de manera activa en la sociedad, es una obligación de todos reconocer que las personas con TEA pueden y deben ejercer y defender sus derechos activamente, proporcionándose para
ello los mecanismos, recursos y apoyos necesarios que favorezcan su acceso y participación social y fomenten su autonomía personal.


En este contexto, es necesario también destacar otra figura que supuso de nuevo, un gran logro sobre los servicios y la calidad de vida que la Administración Central proporcionó a este colectivo: el Centro de Referencia Estatal en Trastorno
del Espectro del Autismo, ubicado en la provincia de León, cuya puesta en marcha aprobó, también el Partido Popular, en 2018. Sin embargo, de nuevo, los cambios de prioridades en el panorama político salpicaron de forma injusta a los más
vulnerables, y este Centro de referencia para la investigación, formación, atención y apoyo a las personas con TEA, un proyecto pionero en Europa, con dotación para la investigación médica, sociosanitaria, y biomédica, terminó convirtiéndose en una
residencia para personas mayores de titularidad pública, sin que además este proyecto haya encontrado sustituto o se haya dispuesto en una nueva ubicación.


La creación de este Centro se enmarcaba, así pues, dentro de los objetivos de la mencionada 'Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo', aprobada por el Gobierno en 2015 y que constituía un marco de referencia en la
definición de acciones estatales, autonómicas y locales para la garantía de la igualdad de oportunidades y el disfrute efectivo de los derechos de las personas con TEA y sus familias. Dentro de sus 15 líneas estratégicas, el Centro de Referencia
Estatal en Autismo se relaciona directamente con tres de ellas: la investigación, la formación de profesionales y la intervención integral y especializada.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a actualizar y mejorar la Estrategia Española en Trastorno del Espectro del Autismo y a acompañarla de un Plan de Acción actualizado y con la dotación económica necesaria para el cumplimiento
de sus fines, adaptando su contenido a las necesidades actuales en el contexto de la Pandemia provocada por la COVID-19.


Asimismo, se elaborará un estudio sobre la creación de un Centro de Referencia Estatal para personas con Trastorno del Espectro de Autismo que enmiende la perdida que ha supuesto la desvinculación de dichos fines del Centro de Referencia
Estatal de León.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Carmen González Guinda y Margarita Prohens Rigo, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar el Plan Nacional de
Alzheimer y otras demencias 2019-2023, para su debate en Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La atención integral de las consecuencias del Alzheimer debe ser uno de los principales objetivos de las Administraciones Públicas, como así lo han indicado organizaciones como la Confederación Española de Asociaciones de Familiares de
Personas con Alzheimer y otras demencias (CEAFA) que ha señalado que se 'requiere la integración sociosanitaria para que los y las pacientes de Alzheimer reciban los cuidados adaptados necesarios en tiempo y forma. Y para que las personas
cuidadoras no se encuentren con un sistema lleno de obstáculos a la hora de reclamar los cuidados para su familiar y para ellas mismas'.


La crisis del COVID-19 ha servido también para acentuar la necesidad de conectar los cuidados con la atención sanitaria. Por ello, el Partido Popular considera que hay que avanzar hacia la integración sociosanitaria como pilar para afrontar
las necesidades sociales y sanitarias de las personas con Alzheimer, de tal modo que garantice la continuidad del servicio prestado a través de la coordinación entre las Administraciones sanitarias y sociales.


El objetivo es que tenga capacidad de dar respuesta rápida a las necesidades de las personas, con el protagonismo necesario de la innovación social y tecnológica que garantice una mejor coordinación de las atenciones simultáneas o, en su
caso, de las atenciones sucesivas desde los dos ámbitos.


En este sentido, CEAFA manifiesta su preocupación ante una posible 'discriminación por edadismo' indicando que 'si el edadismo es una etiqueta estigmatizan de la persona, la demencia y el Alzheimer amplían el estigma a todo el círculo
familiar'.


La edad es la causa principal del Alzheimer, que afecta al 7 % de las personas de más de 65 años y al 50 % de las que tienen más de 85 años. Eso significa que hay alrededor de 1.200.000 personas en nuestro país, a las que debemos añadir a
las personas cuidadoras como afectadas directas también ellas por las consecuencias de la enfermedad. Según CEAFA, en España 'son 5.000.000 de personas afectadas por Alzheimer'.


Por ello, las Administraciones Públicas deben impulsar medidas dirigidas a garantizar el bienestar, dignidad y calidad de vida de los enfermos de Alzheimer. Máxime en momentos como el actual, en el que la crisis de la COVID-19 ha afectado
con mayor virulencia a los mayores y, entre ellos, a los más vulnerables, los dependientes, sus familias y cuidadores.


El Plan Nacional de Alzheimer 2019-2023, fue aprobado por los Consejos Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y por el Consejo lnterterritorial del Sistema Nacional de Salud. Plan que
es necesario impulsar y poner en marcha con la mayor urgencia posible, dado que, hasta este momento, el Gobierno actual no lo ha efectuado.


Desde el Partido Popular consideramos, alineados con la Confederación Española de Asociaciones de Familiares de Personas con Alzheimer y otras Demencias (CEAFA), que el Plan Nacional de Alzheimer complementa la Ley de la Dependencia,
pudiendo dar respuesta a aquellas cuestiones a las que esta no llega, y satisfaciendo las necesidades a más de 4,8 millones de personas especialmente afectadas por la crisis sanitaria, social, económica y sobre las que además se ha cebado de manera,
especialmente virulenta, la pandemia de la COVID-19.


Como consecuencia de todo ello, el Gobierno debiera realizar un estudio y valoración del mismo, para que, a la hora de ponerlo en funcionamiento se haga actualizado y atendiendo a las necesidades reales y concretas de las personas que
padecen Alzheimer, sus cuidadores y familias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apoyar decididamente el Plan Integral (Nacional) de Alzheimer y otras Demencias 2019-2023 contemplando tanto la actualización de su contenido y alcance, como impulsando su puesta en marcha con carácter inmediato.


2. Incorporar en el Plan Integral todas las medidas y acciones necesarias para mitigar las consecuencias sanitarias, sociales y económicas derivadas de la COVID-19.


3. Articular una línea específica en los Presupuestos Generales del Estado que venga a garantizar su correcta financiación en este y en ejercicios posteriores, contando con la dotación presupuestaria suficiente en cantidad y calidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Margarita Prohens Rigo y Alicia García Rodríguez, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/001559


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo, D.ª Magdalena Nevado del Campo, D. Rubén Darío Vega Arias, D. Manuel Mariscal Zabala, D. Ángel López Maraver y D. Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición No de Ley relativa a la defensa de la
producción Agraria Española, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Primero. Tras el brote del SARS-CoV-2 (COVID-19), originado en la provincia de Wuhan (República Popular China), el mundo está viviendo una época de incertidumbre y recesión económica, marcada principalmente por los intentos de los gobiernos
de frenar la expansión de la enfermedad y evitar el colapso de los sistemas sanitarios nacionales. Las decisiones que cada país ha impuesto a sus ciudadanos han afectado en mayor o menor medida a todos los sectores económicos, entre los cuales
también se encuentra el sector agrario.


Uno de los aspectos más importantes del sector agrario es la capacidad de transportar los productos desde las zonas de producción hasta las zonas de venta y consumo. En este sentido, la exportación de ciertos productos a otros países se ha
visto seriamente afectadas. Alimentos como el vino o el aceite (que ya de por sí están sufriendo un impacto negativo debido a los aranceles impuesto por EE.UU) están notando una disminución de las exportaciones hacia zonas como Asia, uno de los
continentes más afectados por el virus.


A nivel europeo, la disminución de la demanda por motivo de la pandemia en mercados como el inglés o el alemán, importantes receptores de productos hortofrutícolas españoles, han reducido notablemente las exportaciones del sector, afectando
de forma significativa el mantenimiento de la producción nacional.


Segundo. En 2019, la renta agraria española, el valor generado por la actividad de la producción agraria en nuestro país, experimentó un descenso del 8,6 %, respecto del año anterior. Según las últimas estimaciones, en 2018, el sector
hortofrutícola representó el 55 % de la producción vegetal con diecisiete mil setecientos veintitrés millones de euros.


Al mismo tiempo que descendía la producción española, la importación de frutas y hortalizas de países terceros extracomunitarios creció un 18 % solo entre los meses de enero y septiembre. El principal país proveedor fue Marruecos, con 507
millones de euros (un 15 % más que en 2018), siendo España uno de los principales mercados de destino de las exportaciones marroquíes, a pesar incluso de que el cultivo



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y los calendarios de producción coinciden entre los dos países. A día de hoy, los productos marroquíes se han consolidado en el mercado español y representan el 36 % del total comprado a países no comunitarios, y el 25 % del total de la
importación española: solo en frutas y hortalizas, España importó más de cuatrocientas treinta mil (430.000) toneladas de frutas y hortalizas marroquíes.


Además, esta tendencia de dependencia de los productos marroquíes también se está consolidando a nivel europeo. Por ejemplo, la importación en la Unión Europea de tomate de Marruecos ha crecido un 26 % en los últimos cinco años, con más de
cuatrocientas ochenta y un mil setecientas seis (481.706) toneladas, mientras que la exportación española de tomate retrocedió un 20 %.


Tercero. Al mismo tiempo que crece esta dependencia europea de productos agroalimentarios extracomunitarios, se da una circunstancia paradójica. La situación actual de la estructura de la cadena agroalimentaria en la Unión Europa 10
permite tener alimentos y productos de calidad, saludables y con numerosos controles sanitarios y de trazabilidad. Por estos motivos, la Unión Europea decidió prohibir una serie de pesticidas, al tener efectos perjudiciales tanto para el ecosistema
(contaminación de aguas o la alteración de las poblaciones de insectos polinizadores, cié aves y peces) como para la salud de las personas (aumentar el riesgo de padecer enfermedades como el párkinson o el cáncer y afectar los sistemas endocrino y
reproductivo del ser humano).


No obstante, en 2018, la Unión Europea vendió más de ochenta y un mil seiscientas (81.600) toneladas de algunos pesticidas prohibidos en territorio comunitario a ochenta y cinco países de América, África y Asia.


Los principales países receptores de estos pesticidas son Estados Unidos, Brasil, Colombia y Ecuador en América; Sudáfrica y Marruecos en África; y la India e Indonesia en Asia. El objetivo de estos países es luchar contra las plagas, las
malas hierbas, los insectos y los microorganismos que ponen en riesgo el monocultivo, pese a que algunas sean claramente nocivas para la salud. Sin embargo, su uso en la producción agroalimentaria tiene un efecto rebote en el consumidor europeo,
dado que los alimentos tratados con estos pesticidas son exportados a la Unión Europea, por lo que la prohibición comunitaria no funciona.


De esta forma, se da una contradicción en la Unión Europea y un comportamiento injusto, ya que se abren las fronteras a productos agrarios de terceros países que compiten de manera desleal porque utilizan sustancias activas que han sido
prohibidas a los agricultores europeos. En definitiva, las políticas agrarias de la Unión Europea requieren un cambio de rumbo.


Cuarto. Hasta su salida, el Reino Unido lideraba la exportación de estas sustancias químicas nocivas con más de treinta y dos mil (32.000) toneladas, seguido por Alemania (ocho mil toneladas) y Francia (siete mil toneladas y media). Así
pues, se da un comportamiento inadmisible en la Unión Europea, dado que esos mismos países son los que lideran la prohibición de todo tipo de sustancias fitosanitarias y pesticidas y, al mismo tiempo, los producen, los exportan y originan que
importemos o consumamos alimentos tratados con ellos, como ocurrió con el plaguicida DDT (Dicloro difenil tricloroetanó).


Además, algunos países europeos como Francia, ya se han comprometido a prohibir la exportación de plaguicidas no permitidos en la Unión Europea.


Quinto. Por ello mismo, es urgente modificar la legislación europea a fin de incorporar el principio de reciprocidad y prohibir la importación de alimentos que hayan sido tratados con sustancias fitosanitarias y pesticidas prohibidos en
territorio comunitario.


En relación con dicho principio de reciprocidad, la importación en la Unión Europea de los productos de países terceros extracomunitarios viene amparada por unos instrumentos jurídicos conocidos como 'Tratados de Libre Comercio
Internacional' y en los que se afirma que, mediante el establecimiento entre sí de una unión aduanera, los Estados miembros se proponen contribuir, conforme el interés común, al desarrollo armonioso del comercio en el que se les exijan los mismos
requisitos a ambas partes.


No obstante, a pesar de la lógica, nos encontramos con que la mayor parte de los Tratados que firma la Unión Europea se están firmando con países que perjudican a la agricultura mediterránea, ya que son países eminentemente agrícolas y
especialmente citrícolas, con monedas devaluadas (Marruecos, Egipto,


10 Reglamento (CE) n.º 1272/2008 de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.º
1907/2006.-Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la
Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas.-Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo (CFP) aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (10-09-1998).



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Sudáfrica...), con salarios mínimos interprofesionales muy bajos y con mano de obra que en numerosas ocasiones roza la esclavitud.


En este sentido, encontramos acuerdos como la Unión para el Mediterráneo (2008), que genera una zona de libre comercio entre la Unión Europea y otros países de Mediterráneo; el Proyecto Toshka en Egipto o el Plan Verde en Marruecos para
transformar enormes extensiones de desierto en regadíos; los Acuerdos de Adhesión entre la Unión Europea y otros países en materia de librecambio comercial con países como Turquía, Sudáfrica, Namibia o Lesoto, grandes competidores agroalimentarios
y hortofrutícolas con España; o el Acuerdo MERCOSUR con Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay.


Así pues, se debe incorporar de nuevo también el principio de preferencia comunitaria en la legislación de la Unión Europea, ya que los productos agroalimentarios europeos gozan de los más estrictos requisitos fitosanitarios y laborales, y
son de mejor calidad. Además, incrementar los controles de los productos que entran en suelo comunitario para evitar fraudes legales respecto al origen en el etiquetado, control de plagas y terminar con la competencia desleal de terceros países.


El Gobierno también debe reforzar los Puestos de Inspección Fronterizos (PIF), para intentar proteger a los productores españoles, extremando los controles y las inspecciones fitosanitarias de productos de terceros países que
fundamentalmente tienen su entrada en nuestro país por los diferentes Puertos del Estado. Se debe extremar la vigilancia del volumen de las importaciones y denunciar ante la Unión Europea aquellos casos en los que se superen las cantidades
acordadas y aquellos países, como los Países Bajos, que suelen ser muy flexibles con los productos importados en la Unión Europea.


Sexto. Por último, debemos tener presente que este sector se enfrenta a tres problemas adicionales, como son Rusia, EEUU y Reino Unido. El primero impulso en 2014 un embargo (veto ruso) en respuesta a las sanciones de la Unión Europea por
el conflicto ucraniano. El segundo ha establecido aranceles a determinados productos agroalimentarios españoles en respuesta a las subvenciones encubiertas a la industria aeronáutica europea (caso Airbus). El tercero supone un problema como
consecuencia de su salida de la Unión. Es por tanto necesario que se adopten medidas que ayuden a revertir esta situación.


Nuestra soberanía alimentaria no puede estar en manos de otros países. Los poderes públicos no pueden hacer una dejación de funciones, sino que deben adoptar las medidas que sean necesarias para proteger el producto agroalimentario y
hortofrutícola español y europeo (que es de gran calidad y respetuoso con el medioambiente) y defender a nuestros agricultores que han demostrado ser un pilar esencial digno de mayor reconocimiento.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Impulsar en el seno de la Unión Europea un cambio de la normativa comunitaria para prohibir la entrada e importación de productos agroalimentarios que hayan sido tratados con pesticidas prohibidos en territorio comunitario.


Para ello se deberá exigir a la Unión Europea la aplicación de unos protocolos de control sanitario en frontera que garanticen que el producto importado está libre de patógenos y plagas, al mismo tiempo que se establezca el principio de
reciprocidad y no se permitan residuos de principios activos prohibidos en la Unión Europea.


2. Denunciar ante los Organismos Competentes de la Unión Europea aquellos casos en que las importaciones no respeten la normativa española y europea en cuanto a las cantidades acordadas y el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios.


3. Terminar con la competencia desleal de terceros países a través de mecanismos de control de las importaciones extracomunitarias con la restauración de los certificados de importación, cupos, control de tasas arancelarias, aranceles
compensatorios lógicos que igualen los costes de producción y revisión de los precios mínimos de entrada de producto extracomunitario, a fin de garantizar la preferencia comunitaria y la soberanía alimentaria.


4. Aumentar la dotación de personal y material de los Puestos de Inspección Fronterizos en los Puertos del Estado, principalmente, en aquellos puntos que habitualmente reciben importaciones agropecuarias de terceros países.


5. Vigilar el volumen de las importancias agrícolas sujetas a contingentes y precios de entrada.



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6. Establecer, entre otros, un mecanismo de información actualizada y continua con las administraciones y los agentes sociales de los contingentes de importación de productos agrícolas establecidos en los acuerdos entre la Unión Europea y
terceros países y que hayan entrado en la Unión Europea en los últimos años.


7. Seguimiento independiente del impacto en el mercado de las importaciones de países terceros para la aplicación, en tiempo, de la salvaguardia prevista en los Tratados que se deberá solicitar con tiempo suficiente a la producción de
daños.


8. Exigir en las instancias europeas la recuperación y aplicación del principio de preferencia comunitaria como principio jurídico de alcance general y absoluto en todos aquellos acuerdos comerciales que nos afecten. La Unión Europea debe
aplicar las defensas comerciales apropiadas que defiendan su agricultura, de modo que los precios en el campo tengan una rentabilidad digna, estableciendo a los países extracomunitarios cupos de volumen que eviten la sobreoferta, aranceles
compensatorios lógicos que igualen costes de producción y ventanas que respeten las campañas agrícolas europeas.


9. Incrementar los controles sobre las importaciones para evitar que se comercialicen como 'origen España' productos que, aunque se envasen en nuestro país, no son de origen español. Además, garantizar el correcto etiquetado del origen y
variedad del producto.


10. Promover, en el seno de la Unión Europea, una nueva política arancelaria y comercial con Estados Unidos y Rusia que tenga como fin principal evitar los perjuicios que sufren nuestros exportadores para acceder a los mercados
internacionales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Magdalena Nevado del Campo, Rubén Darío Arias, Manuel Mariscal Zabala, Ángel López Maraver, Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001571


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre reforzar el papel de las mujeres en el sector de la pesca, para su debate en
la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El principio de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación por el que se rigen los fondos estructurales y de inversión europeos, tal y como se recoge en el artículo 7 del Reglamento N.º 1303/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas a determinados fondos comunitarios , entre ellos el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) 2014-2020 contempla el apoyo a actuaciones que
integran la perspectiva de género en todo el proceso de desarrollo de los programas y, siguiendo estas directrices, el Programa Operativo español contribuye a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.


Durante estos años se ha venido desarrollando diferentes actuaciones para la igualdad de oportunidades en el ámbito de la pesca y la acuicultura, y de cuyo seguimiento es responsable la Red Española de Mujeres en el Sector Pesquero (REMSP),
constituida hace 10 años por el ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y que incluye entre sus cometidos participar en el Comité de Seguimiento del FEMP.


La Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, incorpora el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el sector.


El Plan para la Igualdad de Género en el Sector Pesquero y Acuícola 2015-2020. Recoge una estrategia de base con la que se proporciona una guía de trabajo dirigida a los agentes sectoriales y sociales implicados en la implementación de la
igualdad en el sector. Actualmente se encuentra en fase de evaluación.


Visibilizar a las Mujeres del Sector a través de congresos, encuentros y jornadas técnicas, tanto en el ámbito nacional (6o Congreso de la REMSP. Gijón 2019) como internacional (I Conferencia Internacional



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de Mujeres de la Pesca. Santiago de Compostela 2018) donde se reconoce el destacado papel que tiene la mujer en los territorios donde se desarrolla la actividad pesquera y acuícola, estando presentes en todos los segmentos productivos,
desde la actividad extractiva a la industria, pasando por la acuicultura, la gestión administrativa, la diversificación o los procesos de l+D+i.


Los reconocimientos a las mujeres de la actividad pesquera que afrontan con iniciativas novedosas acciones en el sector, a través de la publicación de una recopilación de las mismas en la publicación 'Buenas prácticas emprendedoras
promovidas por mujeres del sector y en materia de igualdad'.


La labor realizada en pro del asociacionismo, reflejada, entre otras acciones, con la aprobación de la inclusión de la Asociación Nacional de Mujeres de la Pesca (ANMUPESCA) en el Comité de seguimiento del FEMP, en calidad de interlocutor
social para el seguimiento y evaluación de la integración del principio de igualdad de género.


Los análisis continuos de profundidad sobre la situación socio laboral y problemáticas de los distintos grupos de profesionales de mujeres de la actividad pesquera y acuícola (rederas, mariscadoras, neskatillas y empacadoras, trabajadores de
la acuicultura y de las trabajadoras de las industrias de la transformación de los productos frescos y congelados...)


Ante la situación producida por la COVID-19 en el Sector de la Pesca y la acuicultura, y reconociendo el especial protagonismo que tienen las mujeres en los medios de vida de las comunidades pesqueras.


Siendo consciente de que en los últimos años se han producido importantes avances en el papel desarrollado por la mujer en el sector de la pesca y acuicultura, así como la mejora de su visibilidad; sin embargo todavía se advierten
desequilibrios en el reconocimiento de su actividad y la importancia de las funciones que realizan en este sentido. Por eso el Grupo Parlamentario Socialista instamos al Gobierno a reforzar el papel de la mujer en el Sector Pesquero en el Programa
Operativo de los nuevos fondos europeos FEMPA (2021-2027)


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mantener e impulsar acciones tendentes a reforzar el papel de las mujeres en el sector de la pesca y la acuicultura, en el Programa Operativo del nuevo fondo europeo FEMPA (2021-2027).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2020.-María Luisa Faneca López, Daniel Senderos Oraá, Javier Cergueiro González, Indalecio Gutiérrez Salinas, Ariagona González Pérez, Lázaro Azorín Salar, Herminio Rufino Sancho
Iñíguez, Mariano Sánchez Escobar, Montse Mínguez García, José Luis Aceves Galindo, Luis Carlos Sahuquillo García, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez, Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo
Parlamentario Socialista.


161/001588


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Francesc Xavier Eritja Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
representatividad de las organizaciones agrarias para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El 10 de julio de 2014 el 'Boletín Oficial del Estado' publica la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el
Consejo Agrario, con fecha de entrada en vigor a los 20 días de su publicación.



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Transcurridos más de 6 años de la entrada en vigor de la Ley, no se han desplegado los preceptos reglamentarios previstos en dicha ley para la celebración de las elecciones de las organizaciones profesionales agrarias para su
representatividad en el sí del Consejo agrario.


En abril de 2017 el Defensor del Pueblo ya emitió un 'Recordatorio de Deberes Legales', en el que recordaba la obligación de convocar una nueva consulta para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias de acuerdo con lo
previsto en la Ley 12/2014, de 9 de julio.


El incumplimiento de la ley de representatividad supone la prolongación sine die del órgano de representatividad anterior, el Comité Asesor Agrario, formado por las consideradas como 'organizaciones más representativas' que ejercen la
función de representantes del sector en la interlocución con el Gobierno del estado pese a no someterse a ningún proceso electoral donde puedan ser refrendadas desde hace más de una década.


El no desarrollo por parte del Gobierno del reglamento impide que otras organizaciones agrarias puedan alcanzar el reconocimiento de 'más representativas' por la vía de las urnas y en consecuencia formar parte Consejo Asesor Agrario, así
como en el resto de órganos consultivos para cuya participación se requiere dicho reconocimiento.


Con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 12/2014, de 9 de julio, se han llevado a cabo procesos electorales en distintas Comunidades Autónomas, Cataluña (2016), Extremadura (2017), Castilla y León (2018) y Madrid (2019), cuyos
censos suman un 29,4 % del censo nacional de profesionales agrarios, lo que constituye un porcentaje relevante del total. En dichos procesos electorales han concurrido cuatro organizaciones profesionales agrarias a través de sus entidades
territoriales, con los siguientes resultados: ASAJA 35,55 %; Unión de Uniones, 33,30 %; COAG, 16,24 % y UPA, 14,91 %.


Se desprende de ello, por lo tanto, que el escenario real de representatividad en el sector difiere de la reconocida en aplicación de la Disposición transitoria única de la Ley; puesto que, basándonos en dicha disposición transitoria se
mantiene la condición de 'más representativas' en equidad (33-33-33) a tres organizaciones, ASAJA, UPA y COAG, mientras queda fuera del marco institucional de interlocución Unión de Uniones, que es la segunda en número de votos.


Ello genera una representatividad institucional absolutamente distorsionada y representa una evidente falta de legitimidad de los órganos de representación para emprender debates y negociaciones sobre cuestiones tales como la Reforma de la
PAC, la revisión de la Ley de la Cadena Alimentaria y otros asuntos, igualmente trascendentes, aunque de carácter coyuntural, como la legislación extraordinaria en relación con la lucha contra la epidemia del COVID-19.


El actual Gobierno, a través del titular de la cartera de Agricultura, Pesca y Alimentación, se ha expresado en diferentes ocasiones, a favor de abrir un espacio de reflexión al objeto de establecer un sistema consensuado de determinación
barajando tanto el desarrollo reglamentario de la vigente Ley, como su posible modificación o incluso su derogación. Considerando lo anterior, resulta incomprensible, abrir un espacio de negociación sobre un posible nuevo sistema para la
determinación de la representatividad agraria, sin contar con todas las partes implicadas en plano de igualdad.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Desarrollar, en un plazo no superior a 3 meses, el reglamento previsto en la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias,
mediante el cual celebrar en un plazo no superior a 6 meses la preceptiva consulta para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias en el sí del Consejo Agrario.


2. Crear una mesa de interlocución con las cuatro organizaciones agrarias con mayor representación en los últimos procesos electorales celebrados en las Comunidades Autónomas desde la publicación de la Ley 12/2014 de 9 de julio, para
acordar el nuevo modelo de representatividad agraria y garantizar la proporcionalidad de las mismas en virtud del respaldo electoral de cada organización en las elecciones agrarias.



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3. Integrar, hasta que no se produzca un acuerdo entre las organizaciones agrarias y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a la organización agraria Unión de Uniones en el Comité Asesor Agrario junto al resto de organizaciones
consideradas 'más representativas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/001576


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que el Gobierno de España proceda
a la preparación y negociación con las organizaciones sindicales más representativas en el sector público, de un III Acuerdo para la mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo (2021-2023), para su debate en la Comisión de Política
Territorial y Función Pública.


Exposición de motivos


El Acuerdo de 29 de marzo de 2017, para la mejora del empleo público, y el II Acuerdo para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo de 9 de marzo de 2018, firmados ambos por el Gobierno de España del Partido Popular con las
organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF, constituyen hitos fundamentales en el reciente desarrollo de la función pública de nuestra nación, tanto en lo que se refiere a la forma, al tratarse de Acuerdos ampliamente negociados y pactados, como en
lo que concierne a su contenido : oferta de empleo público para el ejercicio 2017 y medidas en materia de reducción de empleo temporal en el caso del Acuerdo de 2017; y en el caso del II Acuerdo, los incrementos retributivos para el personal al
servicio del sector público para el 2018, 2019 y 2020; los fondos adicionales de los mismos ejercicios; la oferta de empleo público y la tasa de reposición para el 2018; los procesos de estabilización de empleo público; medidas en materia de
jornadas de trabajo y de conciliación; en materia de incapacidad temporal; y medidas en materia de condiciones de trabajo y de seguimiento de los acuerdos.


Las principales organizaciones sindicales en el ámbito de la función pública han expresado la necesidad ya de un III Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo, y el Partido Popular comparte plenamente la necesidad
de tal acuerdo para continuar con la acertada política de negociación y de planificación con perspectivas de medio y largo plazo que cristalizó en los mencionados Acuerdos en la etapa anterior del Gobierno del Partido Popular.


En este sentido se debe abordar con carácter inmediato la negociación de un III Acuerdo en interés de nuestra Administración y de sus empleados, resultando un tanto sorprendente la falta de pulso que refleja la acción gubernamental en esta
materia si se considera la importancia que tiene para nuestro sector público y la relevancia de los actores sociales implicados en la negociación.


El III Acuerdo que se propone debería tener al menos el mismo ámbito trianual que el II Acuerdo comprendiendo los años 2021,2022 y 2023.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a preparar y a negociarlo con las organizaciones más representativas en el sector público, un III Acuerdo para la Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo (2021-2023) que tenga el
contenido mínimo siguiente:


1. Supresión de las tasas de reposición a partir de 2021, considerando que su perpetuación en el largo plazo envejece sustancialmente la edad media de los empleados y produce un impacto altamente negativo en la planificación de los recursos
humanos.



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2. Mantenimiento del compromiso de control estricto de la temporalidad con el límite del 8 % establecido en los Acuerdos anteriores entendidos en los mismos términos.


3. Establecer medidas en materia de jornada de trabajo, conciliación e incapacidad temporal que consoliden los avances del Acuerdo de 2018 y continuación de impulso de los planes de igualdad.


4. El ámbito del Acuerdo debe ampliarse para incluir la negociación de los criterios básicos y estructurales de una política de formación en el sector público que incluya los avances técnicos y científicos de aplicación más relevante,
estableciendo la obligación de diseñar y poner en práctica recorridos o circuitos formativos básicos y complementarios para ser ofrecidos a los empleados en función de sus especialidades, como instrumento esencial de su formación permanente, así
como el establecimiento de criterios básicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Llanos de Luna Tobarra y, Carlos Rojas García, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001597


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D. Juan José Aizcorbe Torra, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. Carlos José Zambrano García-Ráez y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición No de Ley relativa al
cumplimiento por la Administración General del Estado de los acuerdos y resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, para su discusión en la Comisión de Política Territorial y Función Pública.


Exposición de motivos


Primero. El Título III de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno ('Ley 19/2013') creó y regula el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ('CTBG'). Es un órgano independiente
al que se le otorgaron competencias de promoción de la cultura de transparencia en la actividad de la Administración Pública, de control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de acceso a la
información pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno. Se crea, por lo tanto, un órgano de supervisión y control para garantizar la correcta aplicación de la Ley 19/2013.


El CTBG es un organismo público independiente, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar pública y privada.


Segundo. El CTBG realiza un seguimiento de sus resoluciones, tanto de las que afectan a la Administración General del Estado como a las Administraciones Territoriales con convenio con el Consejo. Este seguimiento permite analizar el estado
y el cumplimiento de las resoluciones del CTBG. A continuación, se muestran dos tablas que recogen los datos de seguimiento de las resoluciones estimatorias del Consejo dictadas en las reclamaciones formuladas en materia de derecho de acceso a
información pública frente a Administraciones, órganos, organismos y entidades responsables de la información solicitada por la ciudadanía.



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[**********página con cuadro**********]


De estas tablas se desprende que, en los últimos cinco años, la Administración General del Estado ('AGE') y las Administraciones Territoriales han empeorado considerablemente en lo que al cumplimiento de las resoluciones impugnadas se
refiere. En el mismo sentido, se han incrementado aquellas resoluciones sobre las que no consta cumplimiento y las que han sido recurridas en vía contencioso- administrativa. Ello es doblemente grave si se tiene en consideración que el número de
resoluciones dictadas también se ha incrementado exponencialmente.


Del análisis, se podría concluir de manera objetiva, que la transparencia de las administraciones públicas es cada día más opaca, o menos trasparente, si se quiere.


Tercero. 'El 87,9 % de las resoluciones dictadas en 2015 -131- por el CTBG fueron cumplidas por la administración central. Era el primer año en funcionamiento de este organismo, que también ha incrementado progresivamente el número de
resoluciones, que actualmente son más del doble que las emitidas entonces.



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Paralelamente al incremento de resoluciones, su cumplimiento ha ido descendiendo a partir de ese 87,9 % del año 2015: 82,5 % en 2016 (de un total de 212 resoluciones); 83,9 % en 2017 (229); 82,1 % en 2018 (288); 70,7 % en 2019 (290);
hasta llegar al 66 % de los 64 dictámenes emitidos este año por el Consejo de Transparencia. 11'


Semejante 'fenómeno' también se ha producido en relación a las Administraciones Territoriales. Así, el 'grado de cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia ha pasado del 92,2 % de 2016, cuando se formularon 119 órdenes a
las autonomías, hasta el 52,2 % de las 48 realizadas en lo que va de este año. 2'


Cuarto. En definitiva, como indica la Declaración de la Red de Consejos y Comisionados de Transparencia, de 1 de octubre de 2020 123:


[...] no ha mejorado tampoco el grado de atención prestado por las Administraciones e instituciones públicas a los requerimientos y recomendaciones de mejora expresados por los Consejos y Comisionados reiteradamente en sus acuerdos y
resoluciones ni el nivel de cumplimiento de sus resoluciones, contestadas, incluso, en el ámbito judicial por algunas de las organizaciones o instituciones llamadas a ejecutarlas.


En este estado de cosas, la Red de Consejos y Comisionados de Transparencia del Estado se ve obligada a reiterar, en esta Declaración el contenido de sus precedentes Declaraciones de Cádiz y de Málaga.


Así, en primer lugar, es necesario poner de manifiesto la necesidad de que la política de transparencia y acceso a la información se configure como un objetivo prioritario e irrenunciable de la acción de todos los Gobiernos, Administraciones
y Poderes del Estado.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para que la Administración General del Estado dé cumplimiento a los acuerdos y resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que la afectan.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Eduardo Luis Ruiz Navarro, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan José Aizcorbe Torra, José María Figaredo Álvarez-Sala, Pablo Juan Calvo Liste, Carlos José Zambrano García-Ráez
Diputados.-Macarena Olona Choclán, portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/001568


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego, Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para la cesión de los terrenos sin uso del Observatorio Meteorológico del Agrá do Orzán (A Coruña), para su debate en Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Como consecuencia de la automatización llevada a cabo en el Observatorio meteorológico de A Coruña, ya no es necesario para el desarrollo de sus funciones el uso de los terrenos situados en los alrededores del mismo ni de las instalaciones
allí existentes. Por el contrario, solo deben mantenerse en


11 y 2https://www.vozpopuli.com/espana/transparencia-administraciones-gobierno-autonomias_0_1401460200.html


12 3https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/comunicacion/actualidadynoticias/hemeroteca/2020/Segundo-semestre/ 20201002.html#.X5FILtUzbct



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la zona algunos de los aparatos de medición que siguen en funcionamiento y para ello solo es necesario mantener un pequeño espacio protegido.


Curiosamente, estos terrenos sin uso están ahora cerrados al acceso de vecinos y vecinas desde el inicio de la pandemia, cuando antes si estaban abiertos al vecindario que podía utilizarlos como zona de esparcimiento. Con esta decisión se
niega, de forma incomprensible, el disfrute de una zona verde que antes era accesible.


Los terrenos del Observatorio se ubican en el barrio del Agrá do Orzán, uno de los más populosos y densamente urbanizados de la ciudad, y que ha padecido desde sus orígenes las consecuencias de un urbanismo salvaje y depredador, y debido al
cual sigue sufriendo una gran carencia de zonas verdes y espacios públicos en la actualidad.


Conseguir que se pueda materializar el proyecto de un área verde en el barrio utilizando los terrenos sin uso del Observatorio, el denominado Parque da Agrá, es una actuación largamente demandada por los vecinos y vecinas, pues vendría a
paliar la total carencia de zonas verdes y de uso público en el barrio.


Para ello es imprescindible que el Gobierno del Estado realice las gestiones necesarias para que se cedan o permuten los terrenos ahora sin uso del Observatorio Meteorológico y que estos sean calificados como zonas verdes.


Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta por el BNG la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las gestiones necesarias para que se cedan o permuten los terrenos ahora sin uso del Observatorio Meteorológico, adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto
Demográfico, al Concello de A Coruña, con la finalidad de convertirlos en un parque público, el denominado Parque da Agrá.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/001586


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la reforma de la normativa que regula la rehabilitación de los espacios afectados por actividades mineras para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


La normativa estatal actual, de forma totalmente incomprensible, permite que para la regeneración de espacios degradados por la actividad minera, sea esta realizada en el interior o en forma de cantera a cielo abierto, se recurra al relleno
de los huecos con vertidos, es decir, convertirlas en vertederos soterrados, igualmente o más peligrosos desde el punto de vista de la contaminación medioambiental.


Esta paradoja se ha podido apreciar en casos como el de la cantera de Casalonga, en el Concello de Teo (A Coruña), en cuyo expediente se presentaron dos proyectos para su 'regeneración', ambos relacionados directa o indirectamente con la
gestión de residuos, uno para el tratamiento de residuos de naturaleza orgánica y producción de biogás y compost, y otro para la restauración ambiental del hueco de la cantera con residuos inertes de construcción. Esto deja en evidencia las
debilidades de una normativa que en la práctica es poco garantista y permite que su aplicación e interpretación interesada acabe contraviniendo el espíritu y coherencia con la que esas normas fueron redactadas. De forma que, mediante mecanismos
subrepticios se burlan las disposiciones de restauración medioambiental de canteras y explotaciones mineras para acabar convirtiéndose en grandes vertederos encubiertos de distintos materiales y naturaleza contaminante.



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El ejemplo de la cantera de Casalonga es paradigmático, y deja a la vista los puntos débiles de la normativa actual, que permite que se pueda acometer en ese espacio la creación de un gran vertedero encubierto, y vinculado a la creación de
una planta industrial, incluso fuera de las previsiones de la normativa urbanística, para producir compost y/o tecnosuelo que podrían acabar como material a añadir en el relleno del hueco de la cantera, dentro de una teórica restauración ambiental.


Haciendo un repaso a la normativa que ampara este tipo de prácticas oscuras y poco transparentes, vemos que las responsables durante los últimos diez años, de la creación de vertederos de residuos disfrazados de falsas restauraciones
ambientales son dos Reales Decretos. El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición y el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de
las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.


En primer lugar, el Real Decreto 105/2008, establece en su artículo 13 que la utilización de residuos inertes procedentes de actividades de construcción o demolición en la restauración de un espacio ambientalmente degradado, en obras de
acondicionamiento o relleno, podrá ser considerada una operación de valorización, y no una operación de eliminación de residuos en vertedero, cuando cumplan una serie de requisitos, entre ellos:


a) Que el órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma así lo declare antes del inicio de las operaciones de gestión de los residuos.


b) Que la operación se realice por un gestor de residuos sometido a autorización administrativa de valorización de residuos [...]


c) Que el resultado de la operación sea la sustitución de recursos naturales que, en caso contrario, deberían haberse empleado para cumplir el fin buscado con la obra de restauración, acondicionamiento o relleno.


Este mismo artículo, recoge en su apartado tercero que las Administraciones Públicas deberán fomentar la utilización de materiales y residuos inertes procedentes de actividades de construcción o demolición en la restauración de espacios
ambientalmente degradados, obras de acondicionamiento o relleno cuando se cumpla lo establecido en el apartado uno antes citado. En particular, se promoverán los acuerdos voluntarios entre los responsables de la correcta gestión de los residuos y
los responsables de los espacios ambientalmente degradados, o con los titulares de obras de acondicionamiento o relleno.


Por su parte el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, que regula la gestión de los residuos de industrias extractivas y la rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, establece en su artículo 13 'las medidas previstas para
la rehabilitación del espacio natural afectado por la investigación y explotación de recursos minerales', y establece que el remodelado del terreno se podrá efectuar mediante relleno con residuos mineros propios de la explotación o residuos ajenos
al hueco de explotación creado, estableciendo para ese caso que:


d) Cuando la entidad explotadora haga el relleno con residuos de procedencia no minera del hueco de explotación, ya sea en superficie o por laboreo de interior, registrará y certificará, sin perjuicio de la normativa vigente de residuos y,
en particular, la correspondiente a la eliminación mediante depósito en vertedero, que les será de aplicación, el origen y naturaleza de estos residuos, anotándose en el Libro de Registro definido en el artículo 32, que estará a disposición de la
autoridad competente.


Ambos Reales Decretos son producto de la transposición hecha por el Estado español de la Directiva 1999/31/CE, relativa al vertido de residuos, y de la Directiva 2006/21/CE, sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas, y que
permiten bajo unas condiciones muy concretas que puedan utilizarse en las operaciones de relleno de canteras residuos, pero siempre dependiendo de si la intervención supone una valorización o la eliminación de tales residuos. Esta misma
interpretación, que considera esta una forma de relleno excepcional y siempre que se den esos requisitos, ha sido recogida en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 28 de julio de 2016, en el asunto C-147/15, respecto del
régimen de autorización al que debe estar sujeta la actividad de relleno de una cantera clausurada en Italia, y en la que se hace especial hincapié en si la operación supone una valorización o si sirve para la eliminación de residuos en vertedero.


En este sentido, el BNG considera que estos Reales Decretos, normas de carácter reglamentario, debieran desarrollar con más detalle las operaciones susceptibles de realizarse para la regeneración de espacios mineros, y evitar que se utilicen
en la práctica como vertederos encubiertos que tienen un alto



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riesgo de contaminación de los terrenos limítrofes y del nivel freático de aguas. Por lo tanto, el Real Decreto 105/2008, y concretamente su artículo 13, debe dotarse de una redacción más clara y garantista, que no deje lugar a la
interpretación y que no permita el desarrollo de proyectos de 'recuperación' que acaben como vertederos. Es imprescindible así mismo, reforzar los criterios de control y gestión de las operaciones de valorización contenidas en el Real Decreto
975/2009.


Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta por el BNG la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a la inmediata modificación del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y del el Real
Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, en lo referente a las intervenciones de restauración de espacios degradados
con residuos valorizados, de modo que su aplicación sexa más garantista y se evite así que estas operaciones se acaben convirtiendo en vertederos encubiertos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/001607


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista de conformidad con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre actuaciones para la recuperación y protección del Río
Guadiana, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El río Guadiana recorre aproximadamente 852 kilómetros entre España y Portugal, es el cuarto río más largo de la península, su cuenca baña 67.733 km2, de los cuales el 82 % corresponden a España y el restante 18 % a Portugal. Nace en
Castilla-La Mancha, pasa por Extremadura, concretamente por la provincia de Badajoz y desemboca en Huelva como frontera natural con Portugal.


En las riberas del Guadiana existe una vegetación acuática y emergente, además de vegetación rupícola y especies arbóreas, todas ellas dependientes en mayor o menor medida de la humedad del suelo filtrada principalmente desde el río y desde
fuentes subterráneas.


A lo largo de los años se ha aprovechado el caudal del Guadiana para su uso a favor del desarrollo agrícola y social. A su paso por la provincia de Badajoz el río Guadiana ha dado nombre a la denominación de origen 'Ribera del Guadiana',
que da cobertura a la producción vitivinícola de varias comarcas extremeñas, entre otras Tierra de Barros.


Por otro lado, merece mención especial el Azud del río Guadiana, ubicado en la ciudad de Badajoz, que en 2004 fue declarado Zona de Especial Protección para las Aves. Con una extensión de 17 kilómetros esta presa o azud inunda 400 hectáreas
ideales para la observación de aves en su entorno natural.


En 2004, se constata por primera vez en el término municipal de Medellín la presencia de una especie invasora llamada jacinto de agua y comúnmente conocida como camalote.


El jacinto de agua es un gran invasor de agua dulce. Esta planta causa problemas más serios y amplios que ninguna otra maleza acuática flotante. Su alta intensidad de crecimiento y reproducción, su habilidad competitiva con relación a
otras plantas acuáticas flotantes, el movimiento de la planta por el viento y las corrientes de agua la hacen de fácil propagación, a lo que también contribuye la acción humana como consecuencia de la atracción que despiertan sus flores. Además,
las corrientes de agua suelen fragmentar la mata inicial de Jacinto, originando pequeñas manchas que con las corrientes son desplazadas a otros puntos del sistema acuático o bien pueden ser depositados en las orillas (Tabita y Woods, 1962, Ruiz
Téllez, 2006).



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Causa problemas graves al interferir sobre el uso del agua, provocando su obstrucción para la navegación y la pesca, para la circulación del agua en canales de riego, y degradando la calidad del agua para uso doméstico. También es
responsable de cambios drásticos en las comunidades de plantas y animales provocando la muerte de gran cantidad de peces.


La plaga en el río se fue extendiendo de manera alarmante a lo largo de los años, estas especies invasoras se nutren de los nitratos presentes en el agua, de Medellín a Mérida y desde ahí hasta el término municipal de Badajoz hasta llegar
peligrosamente a los límites del embalse de Alqueva, considerado el mayor embalse de Europa Occidental, motor turístico esencial de la zona, así como generador de energía y una de las mayores reservas hídricas de la península ibérica.


En el verano de 2018 la invasión por camalote se expandía a lo largo de 187 kilómetros en el tramo medio del río, encontrándose a las puertas de entrada de este embalse en la frontera con Portugal.


Ante la gravedad de la situación y a la vista de los estudios participados por la Universidad de Extremadura y la estrategia definida por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en septiembre de 2018 se elabora el 'Plan de choque para la
erradicación del camalote', en colaboración con la Junta de Extremadura y la propia Universidad y coordinados por la Delegación de Gobierno.


Ante la situación de excepcionalidad y la imposibilidad de atajar el problema exclusivamente con los medios de que dispone la CHG, se consideró fundamental la intervención de la Unidad Militar de Emergencias (UME), aprovechando los meses de
otoño e invierno, cuando la planta no prolifera con tanta facilidad.


El esfuerzo llevado a cabo a partir del Plan de Choque y desarrollado por la Administración del Estado mediante la aplicación de los medios dispuestos por la Confederación Hidrográfica del Guadiana y la citada Unidad Militar de Emergencias
ha supuesto la retirada de 645.000 toneladas de camalote del río Guadiana.


Es importante indicar que, en total, la inversión realizada por la CHG y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, desde octubre de 2018 hasta la fecha, ha sido de aproximadamente 11 millones de euros (sin contar con
los gastos del Ministerio de Defensa), con lo que se ha conseguido la pre-erradicación de aproximadamente 170 kilómetros de longitud de río, el mantenimiento y la vigilancia de las zonas limpiadas, quedando pendiente la contención del tramo
comprendido entre el puente de La Zarza y aguas arriba de Mérida, que supone aproximadamente 17 kilómetros y que todavía presenta grandes manchas de camalote.


A la vista de los resultados obtenidos, la elaboración del Plan de choque y su desarrollo, los trabajos llevados a cabo por la Confederación y el Ejército y las labores de coordinación e impulso realizadas por el Gobierno de la Nación
constituyen un referente que debe ser tenido en cuenta de cara a actuaciones futuras en las que, no obstante, debe perseguirse la implicación del resto de Administraciones con competencias sobre la materia y, entre ellas, el propio Ayuntamiento de
Badajoz.


El río Guadiana a su paso por la provincia de Badajoz se enfrenta a otra planta invasora denominada nenúfar mejicano que invade intensamente su cauce a su paso por la ciudad de Badajoz y sus alrededores.


Esta planta invasora hace igualmente peligrar el ecosistema de flora y fauna del río Guadiana, mermando e incluso, en algunos tramos, no permitiendo que en su cauce se puedan realizar actividades acuáticas, deportivas y turísticas, lo que
supone un serio problema para la sostenibilidad medioambiental y el desarrollo social y económico para todas las poblaciones de la provincia de Badajoz por las que discurre y, especialmente, para la capital de la provincia.


La importancia de este problema ha motivado que la lucha contra especies invasoras quede contemplada dentro del vigente Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadiana 2016-2021. También cabe destacar que las competencias sobre el río son
compartidas, por un lado, le corresponde a la Administración General del Estado, a través de las Confederaciones Hidrográficas, el control de especies exóticas invasoras presentes en aguas continentales intercomunitarias que puedan poner en peligro
el cumplimiento de los objetivos medioambientales establecidos en la Directiva Marco del Agua (riesgo de no alcanzar el buen estado cualitativo y cuantitativo de las masas de agua). Además, tiene competencias en la conservación y protección del
agua como recurso, velando por su disponibilidad y mantenimiento para el desarrollo de los distintos usos que la sociedad precisa (abastecimiento, riego, producción hidroeléctrica, etc.).


La Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Medio Ambiente, tiene asimismo competencias sobre la conservación de la biodiversidad silvestre y de la naturaleza de Extremadura. La Comunidad Autónoma tiene competencia
exclusiva en medio ambiente y, por tanto, en todas las especies exóticas invasoras, siendo una competencia horizontal.



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Y, por otro lado, conforme a los últimos pronunciamientos jurisprudenciales, el Tribunal Supremo fija que corresponde a los Ayuntamientos las actuaciones de mantenimiento y conservación de los cauces públicos que discurran por zonas urbanas,
como administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.


Si bien la mayor parte de las actuaciones necesarias para recuperar y proteger el cauce del río Guadiana a su paso por la provincia de Badajoz han sido hasta ahora acometidas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana con el apoyo de la
Unidad Militar de Emergencia, existe un amplísimo marco competencial y la concurrencia de competencias estatales, autonómicas y locales, así como una gran dimensión ambiental y económica del problema y la necesidad de dar una respuesta integral y
coordinada de todas las administraciones y actores socioeconómicos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar con la ejecución de las actuaciones de competencia estatal previstas por la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre dicho río a su paso por la provincia de Badajoz, para el control y posible erradicación de todas las
especies exóticas invasoras existentes a lo largo de todo su curso.


2. Impulsar, a través de la Confederación Hidrográfica del Guadiana y de los órganos de coordinación interadministrativa existentes en materia de conservación de la biodiversidad y lucha contra las especies exóticas invasoras, los
mecanismos de colaboración necesarios para que todas las administraciones estatales, autonómicas y locales con competencias en el río, trabajen coordinadamente y aúnen sus esfuerzos para erradicar las especies invasoras presentes en el Guadiana,
mejoren la calidad de sus aguas y conserven el río en las mejores condiciones posibles.


3. En concreto, impulsar, en coordinación con las administraciones autonómicas y locales y los agentes económicos y sociales, las medidas encaminadas al control y posible erradicación de las especies exóticas invasoras presentes en:


- El tramo comprendido entre el puente de La Zarza y aguas arriba de Mérida, que supone aproximadamente 20 kilómetros y que todavía presenta grandes manchas de camalote (Eichhornia crassipes).


- El tramo a su paso por la ciudad de Badajoz, con presencia masiva de nenúfar mejicano o Lirio amarillo (Nymphaea mexicana), buscando la solución más adecuada y eficaz para el control de esta especie invasora, minimizando la posibilidad de
posteriores rebrotes.


4. Impulsar y coordinar la implicación de todas las Administraciones Públicas en la protección de las aguas, proponiendo a la administración competente en materia de ordenación del territorio, agricultura y prevención de la contaminación
por nitratos, las medidas adicionales necesarias para recuperar la calidad del agua. Especialmente se requerirá al Ayuntamiento de Badajoz el ejercicio de las competencias que le son propias sobre el tramo del río Guadiana a su paso por citada
localidad.


5. Impulsar estudios y proyectos, en colaboración con los distintos actores socioeconómicos de la zona, destinados a la recuperación y protección del río Guadiana a su paso por la provincia de Badajoz.


6. Impulsar convenios de colaboración entre todas las administraciones públicas para la acometida de todas estas actuaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2020.-María Isabel García López, Eva Patricia Bueno Campanario, Valentín García Gómez, Mariano Sánchez Escobar, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces
del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/001556


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés Cañizares Pacheco, D. Víctor Guido González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso de Muñumer, D. Rubén Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GP VOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición No de Ley relativa a la ampliación de las funciones
de la División Oficina del Dato, dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia, Artificial, para que se debata en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Primero. En el Programa 'España Digital 25', impulsado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en julio de 2020, se establecen entre otros objetivos:


[...]


5. Impulsar la digitalización de las Administraciones Públicas (meta 2025: 50 % de los servicios públicos disponibles en app móvil).


[...]


9. Favorecer el tránsito hacia una economía del dato, garantizando la seguridad y privacidad y aprovechando las oportunidades que ofrece la Inteligencia Artificial (meta 2025: 25 % de empresas que usan IA y Big Data).


La economía del Dato puede definirse como 'el conjunto de iniciativas, actividades y/o proyectos cuyo modelo de negocio se basa en la exploración y explotación de las estructuras de bases de datos existentes (tradicionales y procedentes de
nuevas fuentes) para identificar oportunidades de generación de productos y servicios (Fuente: Fundación Telefónica).


A través de la Orden ETD/803/2020, de 31 de julio, el Gobierno ha creado la División Oficina del Dato, dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y cuya constitución se planteaba en el Programa 'España
Digital 25'.


A esta oficina se le han atribuido inicialmente las siguientes funciones:


a) El diseño de las estrategias y marcos de referencia en materia de gestión de datos, la creación de espacios compartidos de datos entre empresas, ciudadanos y Administraciones Públicas.


b) El diseño de las políticas de Gobernanza y estándares en la gestión y análisis de datos que deben regir en la Administración General del Estado.


c) El desarrollo de un Centro de Competencia de analítica avanzada de datos.


d) La formación y desarrollo de mecanismos de transferencia de conocimiento a los distintos Ministerios y Administraciones Públicas.


e) La coordinación técnica de las iniciativas en materia de datos de los distintos departamentos ministeriales y Administraciones Públicas en el marco de las estrategias y programas de la Unión Europea.


Segundo. El 'Dato' se ha convertido en un activo estratégico para cualquier organización empresarial y ente público. Su análisis permite a las empresas mejorar las ganancias y brinda la oportunidad de ingresar a nuevos mercados y poner en
riesgo a los actores tradicionales, y a las Administraciones Públicas mejorar la atención a los ciudadanos ya que, mediante el análisis de los mismos, es posible establecer políticas sociales y presupuestarías más acordes con las necesidades de la
ciudadanía.


El término Big Data hace referencia a conjuntos de datos o combinaciones de conjuntos de datos cuyo volumen, variabilidad y velocidad de crecimiento dificultan su extracción, gestión, procesamiento o análisis mediante tecnologías y
herramientas convencionales.



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Tecnologías como cloud computing, Hadoop, inteligencia artificial, machine learning, permiten a las empresas procesar cantidades ingentes de datos en tiempo e integrar datos externos con sus datos internos.


En España, la normativa que regula la obtención, almacenamiento y gestión del dato es Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la cual transpone al Derecho interno
español el Reglamento General de Protección de Datos.


Tercero. Las Administraciones Públicas en España aún tienen un largo recorrido para integrar de manera definitiva el Big Data en sus procesos, comenzando por programas de transferencia de datos entre diferentes Administraciones, retención e
incorporación de talento digital y establecimiento de una organización efectiva de gobierno del dato.


Dentro del Programa 'España Digital 25' se plantean una serie de programas en los que el Big Data tiene un papel destacado:


- Se impulsará la evolución y mejora de los servicios públicos digitales a prestar por parte de las Administraciones Públicas como son la provisión de información, la orientación 'Open Data', el análisis de datos consolidados, o la
automatización de procesos, siempre con un especial foco en la protección de datos.


- Digitalización de los servicios de Empleo (SEPE): mediante la aplicación de sistemas basados en tecnologías de big data y gestión del conocimiento, se abordarán soluciones para mejorar los servicios en la orientación para el empleo.


- Estadísticas Inteligentes Fiables: se fomentará e impulsará el uso de fuentes de datos masivos (Big Data) para la elaboración y mejora de las estadísticas para fines estatales, buscando la creación de sinergias con el sector privado.


Cuarto. El uso de tecnologías Big Data se encuentra todavía en fase embrionaria en España. Únicamente un 11 % de las empresas (con más de 10 empleados), emplean tecnologías Big Data, frente a un 8 % que las empleaban en el año 2016.


Si nos centramos en la 'Gran Empresa' (más de 250 empleados), se observa como un 30 % usan tecnología Big Data.


Si comparamos la situación de España con la del resto de los países de nuestro entorno vemos una situación similar a la media Europea (España 11 % vs UE 28 12 %).


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El escaso empleo de las tecnologías Big Data por parte de las empresas, especialmente de las PYME, puede reducir su competitividad al ralentizarse la toma de decisiones, elemento clave en un mercado global.



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La necesidad de inversiones, la escasez de talento digital y la falta de estructuras organizativas adecuadas explican este hecho.


Según el 'Informe Minsait sobre madurez digital en España 2019', un 54 % de las empresas españolas no dispone de programas definidos para evolucionar hacia el modelo del dato, y 'solo un 56 % de las compañías españolas cuenta con una visión
clara de las oportunidades en torno al dato'.


El Informe apunta que 'la dirección apoya la maduración de la aplicación del dato y la analítica en el 65 % de las compañías, pero solo un 23 % de las empresas españolas reconocen tener un gobierno del dato sólido que asegure una calidad
aceptable del mismo y solo el 17 % ha implantado políticas de control, mantenimiento y mejora continua de los algoritmos'.


Especialmente alarmante es el hecho de las escasas competencias digitales de los profesionales en España, lo cual dificulta la adopción de nuevas tecnologías.


El Informe detalla que 'solo un 17 % de empresas reconoce contar con suficientes perfiles especialistas del dato y la analítica y solo un 28 % reconoce una cultura de calidad del dato en su empresa'.


En 2019, el 47 % de las grandes empresas españolas y el 11 % de las pymes demandaron estos servicios para poder acometer sus procesos de transformación digital. (Fuente : Fundación VASS).


Los candidatos por puesto de trabajo ofertado en el sector digital se han reducido en el último año, lo que incrementa la empleabilidad en este sector.


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Quinto. El valor de los datos, bien generados internamente, bien por su adquisición o cesión, es enorme, y constituirán uno de los principales activos de la nueva economía digital. Los beneficios que pueden obtenerse a través del procesado
de los datos son cada vez mayores. Jugarán un papel clave en el diseño de nuevos productos y servicios, con características mejor adaptadas a la demanda de los mercados, y permitirán una comercialización más eficiente y enfocada a los segmentos del
mercado más adecuados.


Por lo tanto, implantar una cultura empresarial que tenga el análisis y gestión del dato como una de sus líneas estratégicas, especialmente en las PYME,s, requiere una actuación coordinada sobre varios ejes:


- Fomentar las inversiones en tecnología de cara a extraer, almacenar, gestionar y procesar los datos empresariales con el objetivo de mejorar la competitividad de las empresas españolas.


- Incrementar la disponibilidad de profesionales del sector tecnológico.


- Facilitar la explotación de los 'Open Data', simplificando el acceso a los mismos, preferentemente en 'real time'.



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Crear y coordinar una mesa interministerial con los Ministerios de Educación y Formación Profesional, Ministerio de Universidades y Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de cara a identificar necesidades de perfiles profesionales
tecnológicos de las empresas españolas, implementando planes de estudios que permitan cubrir el gap existente entre oferta y demanda de profesionales del sector.


2. Establecer líneas de ayuda, en forma de crédito, que permitan a las empresas, especialmente PYME,s, adoptar una estrategia del dato.


3. Promover la creación de los mecanismos necesarios para establecer un 'Open Data' que permita tanto a empresas como a administraciones públicas incorporar los datos a los procesos de toma de decisiones.


4. Establecer una línea de colaboración entre la División Oficina del Dato y el Instituto Nacional de Estadística (INE), dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa (SEEAE), de cara a incorporar el flujo de datos
provenientes del INE, identificando nuevas fuentes de datos que permitan ampliar el catálogo de los mismos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-Inés María Cañizares Pacheco, Víctor Guido González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso Muñumer, Rubén Manso Olivar, Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Sanidad y Consumo


161/001552


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío De Meer Mendez,D.ª Lourdes Méndez Monasterio y D.Juan Luis Steegmann Olmedillas en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo
establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a promover la homologación de las mascarillas transparentes, para su discusión en la Comisión de
Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. La invisibilidad de las discapacidades auditivas provoca que resulten, en ocasiones, ignoradas por la sociedad española. No debemos pasar por alto que su particular y diferente modo de relación lingüística es la principal
dificultad a la que se enfrentan las personas sordas y, en este sentido, es fundamental añadir que la limitación o reducción de las posibilidades de comunicación apareja una evidente pérdida de información, siendo esta necesaria para el desarrollo
óptimo de la vida cotidiana y resultando esencial en aras a evitar la marginación social del individuo.


La situación que atraviesan las personas con problemas auditivos con respecto a su desarrollo comunicativo -siendo un colectivo de más de 1.064.000 personas 13-, no puede dar lugar, en estos momentos, a un mayor aislamiento y a una
agravación de la dificultad de comunicación, debido a las medidas de seguridad e higiene impuestas para la gestión de la pandemia de la COVID-19 que asóla nuestro país.


Para las personas con problemas auditivos, al no recibir la información de forma correcta por el canal auditivo, la lectura labial o labiofacial es vital para descifrar el mensaje con mayor facilidad y éxito. Es una herramienta
irremplazable utilizada por aquellas personas con sordera y que permite desentrañar el


13 Instituto Nacional de Estadística. Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia. 13 de noviembre de 2008.



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mensaje oral que un normo-oyente les transmite, mediante la apreciación de los diferentes gestos faciales y bucales del interlocutor, permitiendo así su participación plena en el desarrollo de la conversación.


Segundo. Las mascarillas, de uso obligatorio para toda la población desde el mes de mayo de 2020, suponen un claro inconveniente en nuestra forma habitual y común de expresión. Al ocultar la mitad inferior de nuestro rostro, representan un
desmesurado obstáculo para la plena inclusión social de aquellas personas que padecen hipoacusia -en cualquiera de sus grados- o cófosis.


A tal efecto, las nuevas mascarillas transparentes, con ventana cognitiva, que han salido al mercado, aún no validadas como producto sanitario, pero sí posiblemente en el marco de la protección higiénico-sanitaria, resultan un recurso
extremadamente útil para salvar la barrera comunicativa existente y el aislamiento social que sufren las personas con discapacidad auditiva de algún tipo, facilitando la comunicación verbal y no verbal, y permitiendo la expresión facial.


La protección efectiva de las mascarillas transparentes, en cuanto a prevención de contagio y propagación del virus, debe ser exigible mediante su debida homologación, la cual garantice estándares de calidad óptimos y que supondría, además,
un beneficio social para otros colectivos vulnerables -como las personas con trastorno de espectro autista-, favorecería la labor educativa de nuestro profesorado, y facilitaría el ejercicio de las funciones de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad,
así como la telemedicina actualmente implantada durante esta crisis sanitaria, entre otros.


Realizadas con nuevos materiales, obtenidos a partir de biomasa, los modernos materiales transparentes (no plásticos) desarrollados por la Universidad Politécnica de Lausana resultan ser un tipo de polímero a partir del cual crearon una
membrana en el que las fibras están unidas dejando espacios de 100 nanómetros (igual que en las mascarillas quirúrgicas), lo que permite pasar el aire y a su vez filtrar los virus y armonizada -dónde se recogen tres categorías de mascarillas (FFP1,
FFP2 y FFP3, basada en grados de eficacia y filtrabilidad) y sus respectivos requisitos- y al Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 20167 relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga
la Directiva 89/686/CEE del Consejo, para en consonancia con estos, proceder a homologar tan necesario y socialmente justo producto.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover la homologación de las mascarillas transparentes, de acuerdo con los procedimientos pertinentes, con el fin de facilitar la comunicación y evitar tanto el aislamiento como la posible marginación social que sufren aquellos
colectivos con problemas de audición o sordera, incluyéndolas en la Guía de mascarillas autorizadas.


2. Llevar a cabo cualesquiera medidas y/o acciones que resulten necesarias para ejecutar, en el marco de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, la
modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con el fin de aplicar un tipo superreducido del 4 % del nacional.


3. Promover la financiación total de las mascarillas transparentes para los familiares de primer y segundo grado, por consanguinidad y afinidad, de aquellas personas que acrediten padecer alguna deficiencia auditiva, así como a quienes se
les haya reconocido previamente, por tal motivo, un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, mientras su uso sea obligatorio y, en todo caso, hasta la finalización de la crisis sanitaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-Rocío de Meer Méndez, Lourdes Méndez Monasterio, Juan Luis Steegman Olmedillas, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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161/001560


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de
Sanidad y Consumo relativa a la excesiva proliferación y mejora del control de acceso de menores en salones de juego presenciales.


Exposición de motivos


Es conocida la proliferación del juego de azar y apuestas en nuestra sociedad a través de salas y medios presenciales, especialmente en barrios de familias trabajadoras.


Según la Dirección General de Ordenación del Juego, en 2018 había en nuestro país 4.082 salones de juego y salas de apuestas. Las cantidades jugadas en apuestas en salas de juego presencial en nuestro país han ido desde los 696,4 millones
de euros en 2014 a los 1888,2 millones en 2018.


Esta expansión, también en su versión online, ha despertado una creciente preocupación ante la normalización de las apuestas como forma de ocio y socialización de jóvenes y menores de edad. El juego puede conducir a comportamientos
patológicos que abunden en el endeudamiento de personas con trastornos del juego, afectando seriamente a varios campos de sus vidas y especialmente a sus familias. La Organización Mundial de la Salud define la ludopatía como 'un trastorno
caracterizado por la presencia de frecuentes y reiterados episodios de participación en juego de apuestas, los cuales dominan la vida del/la enfermo/a en perjuicio de sus valores y obligaciones sociales, laborales, materiales y familiares'.


El acuerdo de Gobierno de coalición progresista entre el PSOE y Unidas Podemos señala la determinación de desarrollar mecanismos para la protección ante los efectos indeseados del juego de azar en la población general y, en especial, en la
más vulnerable. Son numerosas las noticias relacionadas con la presencia de jóvenes menores en el interior de salas de apuestas; como ejemplo, en otoño de 2019 fueron identificados 28 menores en una operación policial contra las salas de juego en
España, y 184 personas sin la debida identificación, según informaba el diario Público el 7 de octubre de 2019. Según un comunicado hecho público en mayo de 2019 por la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid, en la Comunidad de
Madrid los locales de apuestas crecieron un 304 % en cuatro años, sobre todo en los tres distritos con la renta más baja de la capital: Puente de Vallecas, Usera v Villaverde.


El número de salones de juego y apuestas en España en 2018 era de 4082, según la Dirección General de Ordenación del Juego, una cifra que ha seguido creciendo concentrada en las zonas más desfavorecidas de todo el país.


La Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) denunciaba en enero de 2020 que casi el 20 % de los jóvenes españoles de 14 años han apostado dinero alguna vez presencialmente en un salón de juego, aunque el acceso a estos espacios esté
prohibido a los menores de edad. En concreto, según datos de la Encuesta sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES), el 18,6 % de los adolescentes de 14 años han entrado alguna vez para apostar en los 3.507 locales de juego
que existían en España en 2019.


Tenemos la responsabilidad de impulsar escenarios coordinados entre todos los ámbitos competenciales y actores sociales, económicos y políticos, para solucionar la proliferación excesiva de locales de apuestas, especialmente en las cercanías
de centros de estudio, escolares y juveniles. También urge mejorar y unificar los controles de acceso a estas salas. El objetivo es revertir y prevenir los problemas generados a nuestras generaciones jóvenes por el juego presencial, a través del
máximo consenso y las herramientas reguladoras que garanticen la protección de menores y personas vulnerables ante los efectos nocivos del juego.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Estudiar, junto a las Comunidades Autónomas y las Administraciones Locales, las posibles debilidades y carencias de los actuales controles de acceso en los locales de juegos, así como la proliferación desordenada de estos
establecimientos en barrios y pueblos.



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2. Desarrollar, junto a las Comunidades Autónomas y las Administraciones Locales, mecanismos de mejora y refuerzo del control de acceso en casas de apuestas para impedir que accedan menores y jugadores inscritos en alguno de los registros
de autoprohibidos.


3. Articular los mecanismos correspondientes para que, a través del acuerdo con las Comunidades Autónomas y las Administraciones Locales, se coordine los mecanismos necesarios para abordar la implantación descontrolada y el crecimiento
desmedido de salones de apuestas en ciudades y pueblos de España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para mejorar y garantizar la igualdad en la prevención y la atención del
cáncer de mama en toda España, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Cada 19 de octubre se celebra el Día Internacional del Cáncer de Mama, una fecha que busca sensibilizar y concienciar a las personas de todo el mundo sobre el necesario compromiso de toda la sociedad para hacer frente a esta enfermedad y
sobre la importancia que tienen las acciones regulares de prevención de esta enfermedad, tanto autoexámenes de mamas como revisiones médicas, que permitan detectar lo antes posible cualquier signo o anomalía.


Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cáncer de mama representa el 16 % de todos los cánceres en pacientes femeninos, una cifra que parece ir aumentando en los últimos años. Actualmente, se estima que 1 de cada 8
mujeres en todo el mundo tendrá cáncer de mama en algún momento de su vida. En España, el cáncer de mama se mantuvo en 2019 en el segundo lugar de incidencia en España, con 33.307 nuevos casos. En 2020 se prevé que se diagnostiquen en torno a
33.000 casos, aunque esta cifra finalmente podría ser superior debido a la posible menor detección temprana del cáncer de mama a causa, entre otros motivos, de la presión que sobre el sistema sanitario está ejerciendo la pandemia de COVID-19.


Un dato esperanzador respecto al cáncer de mama es que es una enfermedad tratable y que presenta altas tasas de recuperación, sobre todo cuando se detecta en fases tempranas. En 2019, la tasa de supervivencia a cinco años era del 90 %. En
pocas palabras, la práctica totalidad de las mujeres que son tratadas con cáncer de mama logran curarse, razón por lo que la prevención y la revisión periódica, tanto propia como por facultativos, resulta esencial.


Con esta finalidad, la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud contempla el cribado de cáncer de mama periódico cada dos años a mujeres de más de 50 años, aunque algunas Comunidades Autónomas realizan este tipo de pruebas
a partir de los 45 años.


Desde Ciudadanos estamos comprometidos con la lucha contra el cáncer de mamá y apostamos por reforzar los medios para la detección precoz, con el objetivo de maximizar las probabilidades de éxito del tratamiento y de recuperación, así como
por prestar un apoyo decidido a todas las mujeres que han logrado superar esta enfermedad en su recuperación.


Teniendo todo ello presente, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a redoblar esfuerzos en la lucha contra el cáncer de mama y en la atención a todas las mujeres que lo padecen y a las que han logrado superarlo y a que, en consecuencia, impulse, para
su acuerdo en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, entre otras, las siguientes medidas:


1. Impulsar un Plan Estratégico de Prevención del Cáncer de Mama dentro de la Estrategia en Cáncer del Sistema Nacional de Salud, que articule los programas y disponga los recursos necesarios



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para mejorar la prevención, detección y respuesta ante el cáncer de mama, así como la atención durante el tratamiento a las mujeres que lo padezcan y sus familias y el apoyo a las que logren superarlo durante su recuperación.


2. Garantizar, mediante su incorporación en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud, la realización de cribados periódicos de cáncer de mama a todas las mujeres, cada dos años a partir de los 45 años, y anualmente a
partir de los 55 años, en todos los servicios públicos de salud, con el fin de mejorar la prevención y garantizar la igualdad de condiciones en su acceso en los servicios públicos de salud de toda España.


3. Promover campañas de sensibilización y concienciación sobre el cáncer de mama, las posibilidades de tratarlo y la mejoría en las oportunidades de éxito que confiere una detección precoz, así como de formación entre la población femenina
sobre la realización correcta de autoexámenes de mama y la detección de cualquier signo o anomalía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2020.-Guillermo Díaz Gómez, Sara Giménez Giménez, Diputados.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001567


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para su consideración en lo relativo a la protección de la atención
primaria sanitaria en España, especialmente en el contexto de la recuperación de la crisis de la COVID-19, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Los servicios sanitarios públicos en España están determinados por tres principios básicos: igualdad, equidad y universalidad.


Estos principios encuentran su reflejo del siguiente articulado:


i) Artículo 14 de la Constitución Española. 'Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social'.


ii) Artículo 43 de la Constitución Española: 'Se reconoce el derecho a la protección de la salud'.


iii) Artículo 3.2 de la Ley 14/1986, General de Sanidad. 'La asistencia sanitaria pública se extenderá a toda la población española. El acceso a las prestaciones sanitarias se realizará en condiciones de igualdad efectiva.'


El desarrollo del modelo de atención sanitaria debe huir de asimetrías o desigualdades. Ahondando en estos conceptos, debemos tener en cuenta el particular contexto en el que nos encontramos actualmente: la crisis sanitaria que ha
ocasionado la COVID-19. Sin duda, la llegada de esta enfermedad exige que los criterios de igualdad y universalidad sean especialmente observados; así como que este factor sea tenido en cuenta en relación con los recursos destinados a la sanidad
pública para la superación de la crisis.


En este sentido, la atención primaria supone la punta de lanza de la sanidad pública en las áreas de España con mayor dispersión y envejecimiento de la población, especialmente en las zonas rurales más deshabitadas. Dadas las
características de esta población es fundamental que, en la situación actual, se ponga el foco en proteger y reforzar la atención primaria.


Según datos del Ministerio de Sanidad, el porcentaje de gasto sanitario en atención primaria en España se situaba en el 14,4 % en el año 2009 y disminuyó hasta el 13,5 % en 2017. En el año 2018, en el sector Comunidades Autónomas, el gasto
en atención primaria de salud se cifró en 9.176 millones de euros, lo que representa el 13,9 % del gasto consolidado del sector. En esta línea, el crecimiento anual en este ámbito siempre es inferior al de los hospitales en los años de mayor
bonanza económica. Aunque ciertamente se aprecia una recuperación en cifras, la inversión parece seguir siendo menor a la de otros



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años, e insuficiente en términos generales, especialmente si atendemos a las múltiples reivindicaciones sindicales y provenientes de organizaciones de toda índole en este sentido. A ello hay que añadir la nueva situación sanitaria a la que
nos enfrentamos: la crisis de la COVID-19, que por razones obvias requiere y requerirá de mayores esfuerzos en materia sanitaria y en lo relativo a la vigilancia y detección de los contagios.


Además, es preciso añadir que la financiación de la atención primaria entre comunidades autónomas es muy diferente, y no parece responder a criterios relacionados con la dispersión poblacional, el envejecimiento o el acceso a centros
sanitarios. Sin entrar a valorar las especificidades de cada territorio, estos datos deben ser observados en clave de igualdad, equidad y universalidad.


En abril de 2019, se aprobó en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria, como resultado de un proceso de reflexión entre las Comunidades Autónomas, las sociedades
profesionales y las asociaciones de pacientes y usuarios, bajo el liderazgo del Ministerio de Sanidad. Este documento establecía un horizonte temporal (2020/2021) para desarrollar las medidas estructurales necesarias que permitirán dar respuesta a
los nuevos retos asistenciales derivados del actual contexto sociodemográfico, epidemiológico y de evolución tecnológica.


El Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria, es un punto de partida muy importante basado, además, en el amplio consenso que existe en torno a estos extremos, y es en esa línea en la que debe seguir trabajándose en este
momento, destacamos: 'En el caso de la APS, los buenos resultados se obtendrán si se apuesta globalmente por una financiación adecuada y equilibrada con sus funciones, y por una oferta de servicios personales, de elevada calidad intrínseca,
autorregulados por normas profesionales, ajustados a las características de la población atendida y con participación de la ciudadanía (evolucionar hacia un modelo de colaboración en la gobernanza local en salud)'.


En definitiva, la falta de impulso que la atención primaria viene sufriendo en los últimos años, sumada a la realidad actual, puede tener efectos en la salida de la crisis sanitaria que vivimos, y puede producir una recuperación en dos
velocidades con consecuencias para la salud pública. Por ello, es fundamental que desde los poderes públicos se apueste, a todos los niveles, por la atención primaria.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar, en el seno del Consejo Interterritorial del SNS, la implementación del Marco Estratégico de Atención Primaria y Comunitaria en todas las Comunidades Autónomas, con el objetivo de mejorar la capacidad de atención y resolución de
la atención primaria. Para ello, se debe reforzar la Oficina Ejecutiva encargada de la coordinación del desarrollo del marco estratégico y de los trabajos de los comités técnico e institucional.


2. Destinar a la Atención Primaria y Comunitaria los recursos materiales y humanos necesarios para la implantación del Marco Estratégico, teniendo en cuenta las aportaciones del Fondo acordado por el Gobierno de España y las previsiones del
Fondo de Reconstrucción de la Comisión Europea para el refuerzo de la Sanidad.


3. Reforzar la salud comunitaria para el eficaz control de los nuevos brotes de la pandemia y la contención de la expansión del virus SARS CoV-2.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2020.-Andrea Fernández Beneitez, Ana Prieto Nieto, Marisol Sánchez Jodar, Carmen Andrés Añon, José Ramón Ortega Domínguez, Josefa Andrés Barea, Laura Berja Vega, María Luisa Carcedo
Roces, Sandra Guaita Esteruelas, Elvira Ramón Utrabo, Daniel Vicente Viondi, Agustín Zamarrón Moreno, Diputados.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/001569


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley para su debate en la Comisión de
Sanidad y Consumo relativa a la supervisión de la formación que recibe el personal MIR.


Exposición de motivos


En los últimos años se han detectado numerosas deficiencias en las condiciones de trabajo y los procesos de formación que afectan al personal MIR (médicas y médicos internos residentes), situación que ha provocado el descontento de este
colectivo hasta desembocar el pasado verano en la convocatoria de huelgas en diversas Comunidades Autónomas.


En la Comunidad Autónoma de Madrid, donde la huelga se ha prolongado un mes, el personal MIR reclamaba condiciones tan esenciales como un descanso de doce horas después de una jornada de trabajo de veinticuatro horas ininterrumpidas. Este
derecho está contemplado en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, que por primera vez, y de manera sistemática y
pormenorizada, reguló los aspectos laborales de la necesaria relación que vincula a las/os especialistas en formación con los centros en los que se implementan los programas formativos.


También el personal MIR ha solicitado una adecuada supervisión de su práctica clínica.


Esta desprotección se ha incrementado paulatinamente a medida que decrecían las auditorías de las Unidades Docentes, hasta llegar a su total desaparición bajo la gestión de la ministra del Partido Popular, Dolors Montserrat. Todo ello
redunda en una pérdida importante de calidad del sistema sanitario público.


Cabe recordar que el artículo 15 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria
especializada, entre otros aspectos del sistema de formación especializada, dispone que el 'sistema formativo implicará la asunción progresiva de responsabilidades en la especialidad que se esté cursando y un nivel decreciente de supervisión, a
medida que se avanza en la adquisición de las competencias previstas en el programa formativo, hasta alcanzar el grado de responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la profesión sanitaria de especialista'.


El inicio de este proceso tuvo lugar con la aprobación del Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista, que contemplaba, entre otras
cuestiones, la acreditación de las Unidades Docentes y la realización de auditorías en los diferentes Centros acreditados para conocer y evaluar el funcionamiento de los programas formativos. Durante los años 90 y hasta 2003, se hicieron entre 15 y
53 auditorías de hospitales y un número similar de auditorías a servicios específicos acreditados.


En la actualidad, la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en su artículo 26.2, atribuye al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la coordinación de las auditorías de los centros y
unidades acreditados para evaluar, en el marco del Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud y del Plan Anual de Auditorías Docentes, el funcionamiento y la calidad del sistema formativo. En torno al año 2006 se constató un impulso del
Ministerio de Sanidad a este cometido al ampliar el número de equipos de auditores/as.


Sin duda, la ausencia de estas auditorías en los últimos años merma la calidad de las prestaciones que ofrece el sistema sanitario y contribuye a desproteger al personal MIR.


Por todo ello Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las actuaciones necesarias para retomar la actividad de control de calidad de la formación que recibe el personal MIR, en particular mediante la realización de auditorías a las
Unidades Docentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2020.-Rosa María Medel Pérez, Diputada .-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/001589


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Francesc Xavier Eritja Ciuró y de la Diputada Pilar Vallugera i Balañá, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente Proposición no de Ley para una atención de salud bucodental universal para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


El Parlamento de Cataluña aprobó el pasado mes de setiembre de 2020 una proposición de ley para la atención pública de la salud bucodental. Cataluña emprende de este modo el camino para lograr una política activa e integral de prevención de
las enfermedades bucodentales y de promoción y atención de la salud bucodental para toda la población desde los servicios públicos.


La ley parte de la base que la salud bucodental es una parte integral y esencial de la salud, puesto que afecta directamente la calidad de vida de las personas, tanto por su relación con funciones fisiológicas de gran importancia como por su
impacto psicosocial.


La ley regulará todas las actividades relacionadas con la salud bucodental en el ámbito territorial de Cataluña para prevenir enfermedades y proteger y promover la salud oral de la población y garantizar la seguridad y calidad de la atención
dental, así como dará un nuevo impulso, reorganizará y promoverá el acceso equitativo, tanto territorial como social, a los servicios de atención bucodental de provisión pública del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña
(SISCAT).


Algunos de los principios que la inspiran son considerar la salud bucodental como parte integral de la salud de las personas, la progresividad en el logro de una atención de la salud bucodental universal, equitativa y gratuita, y garantizar
la calidad y la seguridad de la atención bucodental, tanto en el ámbito público como en el privado.


En su despliegue efectivo, la ley plantea la creación del Programa de atención dental de Cataluña, que, entre otros, quiere ampliar progresivamente la cartera pública de servicios de atención bucodental, empezando por las prestaciones más
esenciales y haciendo destinatarias en primer lugar las personas vulnerables que por su situación no pueden acceder a una correcta atención bucodental.


Además, el programa incluirá, con cargo a fondo públicos, por medio del Servei Catalá de la Salud, los servicios incluidos en la cartera de servicios comunes, como mínimo en los ámbitos siguientes: las revisiones periódicas para prevenir y
diagnosticar las enfermedades dentales y promover la salud dental; el seguimiento de los casos cuando los profesionales lo aconsejen para asegurar la evolución clínica correcta de la salud dental; el tratamiento de los procesos odontológicos
agudos; y los procedimientos preventivos, diagnósticos y terapéuticos en el marco de las enfermedades de la dentición temporal con repercusión severa en la permanente.


La consejera de Salud, Alba Vergés, ponía en valor que con esta ley la población de Cataluña amplia derechos en materia de salud. Se trata de una ley pionera en el Estado español.


Cataluña ha hecho el trabajo, pese a la compleja situación de pandemia y pese a la acuciante infrafinanciación crónica del sistema de salud de Cataluña por parte del Gobierno español.



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El Gobierno del Estado en su acuerdo de coalición ya recogía el compromiso de extender la salud bucodental a la cartera pública de servicios:


'2.2.2 Introduciremos progresivamente la Atención a la Salud Bucodental de la población en cartera de servicios del SNS. Se elaborará un plan de Salud Bucodental que establezca las prestaciones a cargo del SNS.'


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Elaborar, en virtud del compromiso del acuerdo de coalición del Gobierno, un plan de Salud Bucodental que establezca las prestaciones a cargo del SNS.


2. Transferir a la Generalitat de Catalunya los recursos financieros suficientes para el desarrollo de la atención Bucodental en la cartera de servicios comunes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Pilar Vallugera Balañà, Diputados.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


161/001590


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Magdalena Nevado del Campo, D.ª Rocío de Meer Méndez, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Antonio Salvá Verd, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao y D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida, en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición No
de Ley sobre el tratamiento de la Fibromialgia en España, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Antecedentes


Tal como ya recogía la Sociedad Española de Reumatología, tras el I Simposio de Dolor en Reumatología, en el Documento de Consenso alcanzado sobre la fibromialgia del año 2006 14, en los últimos años, la fibromialgia (en adelante, FM) ha ido
ganando cada vez una mayor importancia hasta convertirse en la actualidad en un problema de salud pública de primer orden. Varias razones pueden explicar esta situación:


- La prevalencia de la FM en la población general adulta.


- El insuficiente conocimiento de las causas y los mecanismos que la producen.


- La ausencia de tratamiento curativo.


- La insatisfacción de los pacientes y los profesionales en el abordaje actual de esta patología.


Al ser los reumatólogos los médicos que tratan las afecciones médicas del aparato locomotor, son ellos los que atienden con mayor asiduidad a pacientes con FM debido al dolor osteomuscular generalizado que presentan. Y es la misma Sociedad
Española de Reumatología (SER), quien pretende transmitir el conocimiento actual sobre el origen de esta enfermedad y sus mecanismos patogénicos; estableciendo las principales directrices sobre la forma de llegar al diagnóstico de esta patología y
explicando las diversas modalidades terapéuticas que se han descrito, basándose en la mejor evidencia científica


14 Documento de consenso de la Sociedad Española de Reumatología sobre la fibromialgiaj. Riveraa, C. Alegreb, F.J. Ballinac, J. Carbonelld, L. Carmonae, B. Castelf, A. Colladog, J.J. Esteveh, F.G. Martínezi, J. Torneroj, M.A. Vallejoky
J. Vidal



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disponible. Los debates científicos que se plantean sobre la FM no deben ser un obstáculo para la correcta asistencia sanitaria de estos pacientes.


Primero. Definición.


Siguiendo la definición otorgada por esta Sociedad científica, se considera la FM como '[...] una enfermedad de etiología desconocida que se caracteriza por dolor crónico generalizado que el paciente localiza en el aparato locomotor.'


Resulta ser la causa más común de dolor osteomuscular generalizado, si bien, además del dolor, tiene otros síntomas asociados que con frecuencia van asociados: fatiga intensa o crónica, alteraciones del sueño, y en menor medida, parestesias
en extremidades, depresión, colon irritable, ansiedad, rigidez articular o artropatía, cefaleas crónicas y sensación de tumefacción en manos. Los pacientes con FM presentan con frecuencia una hipersensibilidad al dolor.


Ya en el año 1992, la Organización Mundial de la Salud* reconoció la FM como una enfermedad diferenciada y quedó clasificada entre los reumatismos de partes blandas. No obstante, el conocimiento científico reciente indica que la FM rebasa
las fronteras de los reumatismos de partes blandas y requiere un abordaje multidisciplinario más amplio y complejo 15.


Segundo. Epidemiología.


La FM, es más frecuente en España de lo que imaginamos, con una prevalencia en mayores de 20 años, del 2,4 %, según el estudio EPISER 16. En números absolutos, y según datos de la SER, 'esto supone unos 700.000 pacientes afectados por la FM
en nuestro país y por sexos, la prevalencia entre los varones se estima en un 0,2 %, frente a un 4,2 % en las mujeres, lo que supone una relación mujer: varón de 21:1. Cuando afecta a la población infantil y juvenil, la mayor prevalencia en el
sexo femenino no es tan acusada.


Para entender estos datos tenemos que diferenciar por grupos de edad, y así podemos observar que la FM está presente, en cada uno de los grupos etarios, con una preponderancia máxima entre los 40 y los 49 años, lo que representa el 4,9 %.
Por encima de los 80 años de edad, resulta relativamente inusual.


Siguiendo los datos de la Sociedad de Reumatología se puede advertir que'[...] en una unidad de reumatología, se calcula que entre el 10 y el 20 % de los pacientes visitados padecen FM, mientras que en servicios no especializados la padecen
entre el 2,1 y el 5,7 %. En el estudio EPIDOR 17 sobre una muestra aleatoria de pacientes que acuden a consultas de reumatología en España, el 12,2 % de los pacientes vistos cumplen criterios de FM. Es interesante señalar que el estudio EPISER
demostró además que la FM es más frecuente entre los 40 y los 59 años, y en el entorno rural'.


Conviene destacar que las personas con criterios de FM sufren trastornos en sus funciones cotidianas con el consiguiente detrimento de su calidad de vida.


Tercero. Diagnóstico.


Es importante señalar que el diagnóstico es exclusivamente clínico, basado en la presencia de dolor osteomuscular crónico y generalizado junto con los otros síntomas clínicos.


Según los criterios de clasificación de la ACR (American College of Rheumatology) establecidos en el año 1990 18, 'la FM se define por una historia de dolor generalizado de más de 3 meses de duración que, deforma continua, se localiza en
ambos lados del cuerpo, por encima y por debajo de la cintura, y dolor en el esqueleto axial, raquis cervical o tórax anterior'.


Estos criterios de la ACR han servido para definir mejor esta enfermedad, así como para detectar a los afectados por esta patología, si bien conviene subrayar que, además del dolor osteomuscular crónico y generalizado, se deben valorar todos
los distintos síntomas que acompañan a la enfermedad


15 Ibid.


16 A f Mas 1, L Carmona, M Valverde, B Ribas, EPISER Study Group. Prevalence and impact offibromyalgia onfunction and quality oflife in individuáis from the general population: resultsfrom a nationwide study in Spain. Clin Exp Rheumatol
Jul-Aug 2008; 26(4):519-26.


17 Fundación Grünenthal, Sociedad Española de Reumatología. Estudio EPIDOR: estudio epidemiológico del dolor en España. Madrid: Edi- pharma; 2003.


18 Wolfe F, Smythe HA, Yunus MB, Bennett RM, Bombardier C, Gol- denberg DE, et al. The American College of Rheumatology 1990 críteriafor the classification offibromyalgia. Arthritis Rheum. 1990; 33:160-72.



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(manifestaciones neurológicas, neurocognitivas, psicológicas, del sistema neurovegetativo, endocrinas, etc.) y que resultan muy valiosos a la hora de identificar al enfermo con FM, y que el conocimiento del resto de las manifestaciones
clínicas presentes en cada uno de los pacientes permite confeccionar un programa individual de tratamiento.


Hay que señalar que, actualmente, no existe ninguna prueba específica para el diagnóstico de esta enfermedad en relación a los análisis de laboratorio y a las exploraciones complementarias y, por tanto, estas últimas van dirigidas
fundamentalmente a descartar la posible existencia de otros cuadros clínicos con síntomas análogos o estudiar la manifestación de situaciones de comorbilidad que intervengan en los mismos.


Cuarto. Estrategias de atención sanitaria al paciente con FM.


Como en la mayor parte de las enfermedades crónicas que requieren un seguimiento continuado a lo largo del proceso, y pueden afectar a aspectos físicos, psíquicos y sociales, la atención a personas con FM corresponde, inicial y
principalmente, a Atención Primaria (AP). El diagnóstico, el diagnóstico diferencial y el tratamiento deberían iniciarse en el primer escalón asistencial, con el fin de garantizar una atención integral a estos pacientes, al igual que orientarlo y
realizar un seguimiento evolutivo.


Basándose en las diferentes necesidades que puedan ir surgiendo a lo largo del proceso, las variadas manifestaciones clínicas, las dificultades diagnósticas o la falta de respuesta al tratamiento pueden hacer conveniente solicitar la
consulta o intervención de otras especialidades (sobre todo reumatología, psiquiatría, psicología, rehabilitación, medicina interna o unidades del dolor), manteniendo siempre la vinculación con la AP. Es por lo que resulta fundamental valorar que,
en algunos pacientes, se hace necesaria la intervención de otros especialistas para acertar en el diagnóstico y así controlar convenientemente el cuadro clínico. El médico especialista deberá entonces, hacer una valoración y asumir la parte del
tratamiento que le corresponda y que, por su naturaleza o complejidad, solo él puede realizar.


Por lo tanto, esto implica que, tanto el médico de AP como el especialista estén coordinados y dominen la problemática de esta enfermedad y sepan cuáles son los aspectos que cada uno de ellos puede solventar. Como hemos visto la FM se
manifiesta fundamentalmente con dolor generalizado en el aparato locomotor, por lo que, con mucha frecuencia, es el reumatólogo el especialista en distinguir los síntomas de la FM de los de otras enfermedades reumáticas e indicar cuál es el
planteamiento adecuado en cada uno de los pacientes.


No obstante, y dado que la precisión diagnóstica del médico de atención primaria puede resultar muy baja, los resultados de estudios prospectivos muestran la necesidad de que alguien con entrenamiento para el diagnóstico de enfermedades
reumáticas crónicas confirme el diagnóstico.


Solo merced a la coordinación referida se dará cumplimiento a la atención integral y continuada al paciente que consagra el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema
Nacional de Salud.


Quinto. Evaluación y tratamiento.


Para evaluar el impacto de la FM en el paciente, debemos tener en consideración todos los aspectos de esta enfermedad. Si bien no existe unanimidad a la hora de establecer cuáles son los criterios concretos que deben incluirse, la mayor
parte de los estudios establecen una o varias escalas de dolor, uno o varios cuestionarios de medida de la salud y la cuantificación de la hiperalgesia. En determinadas situaciones interesa además evaluar de forma independiente la capacidad
funcional y las alteraciones psicológicas, y en otras ocasiones, realizar una valoración objetiva de determinadas funciones físicas 19.


Las pruebas psicofísicas de pacientes con FM han mostrado alteración del procesamiento sensitivo del dolor aferente y alteración de las vías descendentes que controlan la inhibición de estímulos nocivos, lo que produce hiperalgesia y
alodinia. La resonancia magnética funcional y otras pruebas de imagen demuestran con claridad la activación de las regiones cerebrales que se ven involucradas en la experiencia del dolor en respuesta a diversos estímulos que han sido inocuos en los
individuos sin FM que han participado en los estudios 20.


El objetivo que se persigue en el tratamiento psicológico de la FM está centrado en controlar los aspectos que agravan el cuadro clínico de los pacientes con FM, como son los aspectos emocionales de


19 Documento de consenso de la Sociedad Española de Reumatología sobre la fibromialgia, J. Riveraa, C. Alegreb, F.J. Ballinac, J. Carbonelld, L. Carmonae, B. Castelf, A. Colladog, J.J. Esteveh, F.G. Martínez, J. Torneroj, M.A.
VallejokyJ. Vidal


20 Ibid.



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ansiedad y depresión, cognitivos, conductuales y sociales. El tratamiento cognitivo conductual ha demostrado ser la intervención psicológica con la base más sólida para el tratamiento de la ansiedad y la depresión, el dolor crónico, el
dolor inflamatorio y la FM.


La percepción del dolor en los pacientes con FM depende de diversos factores emocionales y cognitivos, como catastrofismo y percepciones de control.


Como vemos, por tanto, la FM tiene repercusiones muy importantes en las actividades cotidianas del paciente y su calidad de la vida en términos de salud. Sin embargo, los médicos y demás profesionistas de la salud pueden regular tanto los
síntomas como sus consecuencias. Para mejorar el desenlace de la FM es fundamental establecer una relación de confianza con los pacientes, con el objetivo de comprender los factores involucrados, aplicar una estrategia terapéutica y elegir los
tratamientos farmacológico y no farmacológico correspondientes.


La falta de entendimiento en la relación médico-paciente puede llegar a incrementar las emociones negativas y dificulta la adecuada atención de los diferentes problemas de salud que conlleva la fibromialgia. Empeora la enfermedad y su
pronóstico e incrementa la depresión y la marginación familiar, laboral y social.


En definitiva, resulta prioritario centrar la atención en la práctica de una medicina que base la relación médico-paciente en el entendimiento, para que se produzca un cambio en el modelo de atención a las personas que sufren fibromialgia y
en la importancia del diagnóstico precoz. Ha quedado demostrado que un diagnóstico precoz disminuye el uso de recursos, de pruebas diagnósticas, y de costes sanitarios globales, además, de una mejoría de la calidad de vida.


Sexto. Prevalencia de la FM en mujeres y su valoración incapacitante.


A día de hoy no existen evidencias de diferencias biológicas y fisiológicas entre mujeres y hombres que expliquen la desproporcionada prevalencia de la FM en las mujeres, por lo que es necesario atender a las condiciones vitales diferentes
entre mujeres y hombres y que pueden influir en la aparición y desarrollo.


Una vez que queda patente que la FM predomina más entre las mujeres, aunque la enfermedad también puede afectar a los hombres, hace falta investigar la causa de esta predominancia en mujeres, y las estimaciones con respecto a la proporción
hombres versus mujeres, pues hasta ahora las cifras en los estudios existentes varían ampliamente. Existen estudios que manifiestan un comportamiento diferencial entre mujeres y hombres en el sistema nociceptivo, órgano diana afectado en esta
enfermedad, observándose que dicho sistema es más discriminativo y con mayor capacidad de ser sensibilizado en las mujeres que en los hombres.


Por otra parte, aunque todavía no está clara la relación entre sexos -factores de riesgo construidos socialmente y no biológicos- y el desarrollo de la FM, unas cargas sociales diferenciadas podrían implicar también un impacto vital
diferente. Conviene destacar que la FM es una enfermedad de sensibilización central, es decir, no siempre se define de forma científica, a veces su deficiente valoración deja entrever las carencias administrativas y como consecuencia las
judiciales, cuando se trata de apreciar su naturaleza incapacitante.


Séptimo. Carencias regulatorias de la FM.


i. Ausencia de normativa sobre diagnóstico de la FM y prestaciones de la Seguridad Social aparejadas a la misma.


Conviene insistir en que el mayor problema con el que se encuentran los afectados por esta patología es la dificultad de probar el alcance de la enfermedad y, por ende, la incidencia en su capacidad laboral.


Hasta los mismos Tribunales constatan la dificultad de acreditación del grado de afectación de las limitaciones funcionales características de esta patología 21, hecho del que se infiere la necesidad inminente de encontrar nuevas formas
probatorias.


21 A título de ejemplo mencionamos la sentencia 6/2008 del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sección Primera (rec. 1049/2007), de 10 de enero, que afirma que 'la definición de la enfermedad es meramente sintomática, y por ello no
resulta fácil su valoración médica y la determinación de su repercusión funcional, de ahí que, por lo general, no baste con la existencia de un diagnóstico de fibromialgia para el reconocimiento de una incapacidad permanente, sino que lo
determinante es la repercusión funcional en cada caso concreto ya que puede oscilar entre resultar irrelevante y carecer de trascendencia funcional a, por el contrario, imposibilitar a quien la padece para realizar cualquier actividad por liviana
que esta sea, de tal manera que solamente se la considera como enfermedad incapacitante en los casos más graves'.



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La valoración se dificulta aún más por el hecho de que la FM aparece en comorbilidad con otras patologías (como ya hemos expuesto, la FM sin otros síntomas asociados solo aparece en un porcentaje muy bajo de los casos). Es necesario que
cada uno de los médicos especialistas encargados de la atención clínica del paciente elabore su propio informe clínico, pero siempre en coordinación con aquellos otros que también se han encargado de su asistencia. Como hemos mencionado, son
fundamentalmente psiquiatras, psicólogos y reumatólogos, siendo este último el profesional más idóneo para ejercer dicha coordinación, al considerarse la especialidad principal de esta enfermedad.


A diferencia de la historia clínica, la exploración física (como segunda parte de la valoración) no siempre se considera de todo punto necesaria en la bibliografía médica, tal vez porque llama la atención el buen estado general de este tipo
de pacientes. No obstante, se puede establecer que es la determinación de los llamados puntos neurálgicos típicos de la FM (puntos gatillo o tender points) lo que constituye actualmente el medio de prueba más aceptado y efectivo para la
demostración de la existencia de una determinada incapacidad.


Para solventar el problema de prueba y valoración al que nos hemos referido, es fundamental avanzar en la investigación sobre este síndrome, y establecer nuevos criterios de evaluación que faciliten la labor de discriminar correctamente los
supuestos que generan algún grado de incapacidad y los que no. Esto ocasionaría una mayor seguridad en los evaluadores, sobre todo en los Equipos de Valoración de Incapacidades. Y así se evitaría, en la mayoría de los casos, un procedimiento
judicial largo y costoso, que ocasiona un mayor perjuicio si cabe en la salud de los demandantes, que se ven sometidos, a lo largo del mismo, al estrés que supone la controversia generada en la práctica de la prueba, las dudas sobre la veracidad de
la enfermedad y la incertidumbre del resultado.


La Exposición de motivos de la Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social ('Ley 24/1997') podría ser la solución al problema de valoración planteado, ya que aboga por el 'establecimiento
de una mayor seguridad jurídica en la determinación de las pensiones de invalidez. A tal fin, se prevé la elaboración de una lista de enfermedades, y de su valoración a los efectos de la reducción en la capacidad de trabajo y, correlativamente, de
la presumible pérdida de la capacidad de ganancia, que será aprobada por el Gobierno, previo informe del Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social'. Sin embargo, la FM no está incluida a día de hoy en ningún listado de
enfermedades.


La regulación básica al respecto en materia de incapacidad, por ende, es la contenida en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social ('LGSS').


ii. Ausencia normativa en materia de prevención de riesgos laborales en la FM.


Por otro lado, al entrar en conexión la salud de los trabajadores y las relaciones laborales, no podemos olvidarnos de la carencia regulatoria que, en materia de prevención de los riesgos laborales, puede sufrir el trabajador afectado por la
enfermedad al que le haya sido denegada la solicitud de Incapacidad Permanente.


El primer problema que se plantea es que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1º.3 de la Orden de 15 de abril de 1969 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones por invalidez en el Régimen General
de la Seguridad Social, finalizados los seis meses de invalidez provisional, los afectados por FM no pueden beneficiarse de una invalidez de mayor alcance por falta de prueba de su enfermedad. Ante esta circunstancia, al trabajador que padece FM no
le quedará otra opción que la incorporación al trabajo, aun no estando en condiciones de poder realizarlo con el mínimo necesario de profesionalidad y productividad.


Un segundo problema es que, según los artículos 22 y el 25 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, recae en el empresario la obligación de garantizar la protección de los trabajadores atendiendo a sus
'propias características personales o estado biológico conocido' y a la 'situación de discapacidad física, psíquica o sensorial'. Difícilmente podrá aquel cumplir con tal obligación si, como ocurre en el caso de la FM, no se dispone en muchos casos
siquiera de un diagnóstico preciso de la enfermedad y de su alcance, y menos aún de un certificado de discapacidad.


Esta situación obliga al que la padece, a tener que recurrir a los tribunales para que le sea declarada la incapacidad laboral. En diversas sentencias la FM está reconocida como enfermedad incapacitante, lo que evidencia la necesidad de que
se proceda a su reconocimiento oficial como tal.



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En resumen, en nuestro país nos encontramos con que no existe una norma específica que se pueda aplicar a la FM, que la defina y que regule sus consecuencias. Sólo existen regulaciones aplicables por analogía, aunque parciales e
incompletas. En otras palabras, nos hallamos ante una laguna normativa, ya que se aplica a los casos individuales, de manera tendencial, una infravaloración de la fibromialgia como enfermedad causante de discapacidad. En primer lugar, porque la
ausencia de regulación específica impide valorar adecuadamente su entidad discapacitante. Y, en segundo lugar, porque ese vacío de valoración no se cubre totalmente con reglas generales o tablas de valoración pensadas para otras enfermedades.


Todo esto conlleva unas consecuencias negativas en la salud del afectado, ya no solo a nivel físico -de su propio dolor- sino también en su dificultad y esfuerzo en tener que demostrar un término tan difícil de valorar como es el dolor, en
detrimento inclusive de su salud mental.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


-Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en desarrollo de las competencias que la Constitución Española le reconoce en el artículo 149.1.16.ª, a lo siguiente:


1. Promover la formación, en coordinación con las diversas Administraciones Públicas, del profesional médico de Atención Primaria en el diagnóstico y tratamiento de la fibromialgia.


2. Promover la formación sobre la realidad y necesidades de las personas afectadas por fibromialgia.


3. Promover e impulsar cuantas acciones y reformas normativas sean necesarias para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social proceda al reconocimiento de esta enfermedad y a su incorporación en las valoraciones para la obtención de
la discapacidad (mínimo del 33 %), de ayudas y dependencia.


4. Examinar las consecuencias impeditivas derivadas de esta enfermedad respecto al trabajo y, en consecuencia, promover las actuaciones pertinentes para su reconocimiento normativo como causa de incapacidad.


5. Fomentar la investigación de esta enfermedad, destinando partidas presupuestarias a la búsqueda de su origen o causas, herramientas de detección clínicas, pruebas diagnósticas, tratamientos y cura.


6. Llevar a cabo campañas de concienciación ciudadana en relación con la fibromialgia, con el fin de que se superen los prejuicios relacionados con dicha enfermedad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Magdalena Nevado del Campo, Rocío de Meer Méndez, Juan Luis Steegmann Olmedillas, Antonio Salva Verd, Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Andrés Alberto Rodríguez Almeida,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001595


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao, D. Antonio Salvá Verd, D.ª Georgina Trías Gil y D.ª Andrés Alberto Rodríguez Almeida, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición No de Ley relativa al control sobre la capacidad de
filtración de las distintas mascarillas existentes en el mercado, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.



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Exposición de motivos


Antecedentes.


Durante los meses de la primera oleada de la pandemia de COVID-19, se tomaron en nuestro país diversas medidas para hacer frente a la grave y excepcional situación sanitaria, con el objetivo de proteger la salud de la ciudadanía, contener la
progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.


Entre ellas, destaca la recomendación relativa al uso de mascarillas que, en un principio, se dirigía exclusivamente a aquellas personas que presentaran síntomas (tos, fiebre o disnea) o tuvieran infección confirmada por coronavirus, a sus
contactos cercanos y a profesionales sanitarios y otros grupos de riesgo. Posteriormente, con el cambio de criterio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y a la luz de las evidencias sobre la transmisión de la enfermedad, una vez finalizado
el estado de alarma y sus prórrogas, el uso obligatorio de las mascarillas se ha extendido a la población general.


Cabe recordar que para el uso correcto y eficaz de la mascarilla es necesario seguir las pautas establecidas por los fabricantes. Asimismo, el uso de mascarillas es una medida más de prevención de la transmisión del virus y que no sustituye
a las demás, por lo que su recomendación debe ir asociada a garantizar unas buenas prácticas que avalen el cumplimiento de las demás medidas higiénicas y sanitarias recomendadas.


Primero. Marco regulador del uso de mascarillas.


El uso de mascarillas en España está actualmente regulado por el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que
recoge las medidas adoptadas por la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El citado Real Decreto señala,
en su artículo 6, que 'las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas [...] en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que
no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros'.


No obstante, esta recomendación debe ir acompañada del resto de medidas de prevención generales previamente citadas, y su aplicación es de especial interés en grupos vulnerables para la COVID-19 como personas mayores, personas con patologías
crónicas (también sus cuidadores) y embarazadas.


Segundo. Tipología de mascarillas.


Tal y como describe el 'Informe Técnico sobre Utilización de mascarillas COVID-19' 22 del Consejo General de Colegios Farmacéuticos (V14.07.2020), existen tres tipos de mascarillas con base en su capacidad para filtrar el aire inspirado o
espirado y, por tanto, con fundamento en su capacidad para proteger al usuario de la mascarilla y/o al resto de la población del contagio, en caso de una infección de transmisión aérea:


1. Mascarillas quirúrgicas: Son mascarillas de uso médico-sanitario, utilizadas por profesionales sanitarios en cirugía y otros procedimientos con el objetivo de proteger al paciente de posibles agentes infecciosos presentes en la cavidad
nasal o bucal del usuario de la mascarilla. Estas mascarillas quirúrgicas pueden estar previstas también para que los pacientes y otras personas las lleven puestas con el objetivo de reducir el riesgo de propagación de infecciones, particularmente
en caso de situaciones pandémicas como la COVID-19. Ejercen básicamente de barrera para evitar la emisión de gotículas respiratorias al estornudar o toser.


Con base en su Eficacia de Filtración Bacteriana (BFE), se dividen en:


- Mascarillas quirúrgicas de Tipo I (BFE > 95 %)


- Mascarillas quirúrgicas de Tipo II (BFE > 98 %).


22 https://www.portalfarma.com/Profesionales/campanaspf/Asesoramiento-salud-publiea/infeccion-coronavirus-2019-nCoV/Documents/mascarillas-corona virus.pdf



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- Existe un tercer tipo, denominado IIR, para aquellas mascarillas de tipo II que además son resistentes a las salpicaduras de sangre y otros fluidos biológicos del paciente que pudieran estar contaminadas por microorganismos.


Estas mascarillas, por tanto, pueden prevenir la transmisión del agente infeccioso desde una persona infectada a otras personas sanas, pero su eficacia a la hora de prevenir el contagio al usuario de la misma, parece más limitada, y cuenta
con una menor evidencia científica al respecto.


Están autorizadas como productos sanitarios, sobre la base de lo establecido en el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios, y por la normativa europea de calidad Documento UNE-EN
14683:2019+AC, que especifica la construcción, diseño, requisitos de funcionamiento y métodos de ensayo de mascarillas quirúrgicas previstas para limitar la transmisión de agentes infecciosos desde el personal hasta los pacientes durante
procedimientos quirúrgicos o en otros entornos médicos con requisitos similares.


2. Mascarillas filtrantes (también llamadas autofiltrantes): Contienen un filtro de micropartículas gracias al cual pueden proteger al usuario de la mascarilla frente a la inhalación de contaminantes ambientales -en partículas o aerosoles-
tales como agentes patógenos, agentes químicos, antibióticos, citostáticos, etc. No protegen frente a gases o vapores, si bien existen máscaras con filtros específicos para esos casos.


Estas mascarillas están consideradas Equipos de Protección Individual (EPI), de los regulados por el Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y se
rigen bajo la normativa europea Documento UNE-EN 149:2001+A1.


Las mascarillas EPI, por lo tanto, tienen como finalidad filtrar el aire inhalado evitando la entrada de partículas contaminantes en nuestro organismo. Según su eficacia de filtración pueden ser de tres tipos: FFP1, FFP2, y FFP3. Por su
parte, aquellas con filtros contra partículas se dividen en Pl, P2 y P3.


En base a su rendimiento, se clasifican en:


- FFP1 (filtro de partículas tipo Pl): tienen una eficacia de filtración mínima del 78 % y un porcentaje de fuga hacia el interior máximo del 22 %. Suelen emplearse frente a partículas de material inerte, y no se recomiendan para uso
médico.


- FFP2 (filtro de partículas tipo P2): tienen una eficacia de filtración mínima del 92 % y un porcentaje de fuga hacia el interior máximo del 8 %. Se utilizan frente a aerosoles de baja o moderada toxicidad.


- FFP3 (filtro de partículas tipo P3): tienen una eficacia de filtración mínima del 98 % y un porcentaje de fuga hacia el interior máximo del 2 %. Se utilizan frente a aerosoles de alta toxicidad.


3. Mascarillas higiénicas o de barrera: Son las que, generalmente, están compuestas de una o varias capas de material textil. El objetivo de su empleo en la pandemia COVID-19 es intentar reducir el riesgo de transmisión del virus desde la
boca y la nariz del usuario no enfermo o asintomático, como medida complementaria a otras medidas preventivas aprobadas por las autoridades sanitarias.


Si bien no se dispone aún de evidencias suficientes para extraer conclusiones sólidas, parece que este tipo de mascarillas tiene una eficacia moderada o limitada en la prevención del contagio por el usuario de la misma, y, en cualquier caso,
depende del material del que esté fabricada. Por la combinación de protección, comodidad y posibilidad de reutilización, estas mascarillas parecen resultar las más adecuadas para un uso generalizado en la comunidad por personas asintomáticas sanas.


Existen dos tipos de mascarillas higiénicas:


- No reutilizables. Estas mascarillas se rigen por la Especificación UNE 0064-1:2020 (mascarilla no reutilizable para adultos) y la Especificación UNE 0064-2:2020 (mascarilla no reutilizable para niños).


- Reutilizables: Estas mascarillas se rigen por la Especificación UNE 0065:2020 (mascarillas reutilizables para adultos y niños). En el caso de las mascarillas higiénicas reutilizables, el lavado y secado de la mascarilla debe ser acorde
a las recomendaciones del fabricante. Después de cada lavado hacer una inspección visual por si se detecta algún daño. Las mascarillas higiénicas objeto de estas especificaciones, no deben considerarse un producto sanitario (PS) en el sentido de
la Directiva 93/42 CE o del Reglamento UE/2017/745, ni un equipo de protección individual (EPI) en el sentido del Reglamento UE/2016/425.


Las mascarillas higiénicas reutilizables deberán cumplir con las normas incluidas en la Especificación UNE 0065:2020, según la cual estas deberán poder aguantar al menos 5 ciclos de lavado y secado



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manteniendo sus prestaciones. Tras este proceso, el fabricante debe poder garantizar que la mascarilla higiénica reutilizable cumple con los criterios especificados.


Tercero. Situación actual de la homologación y utilización de diferentes los diversos tipos de mascarillas comercializados.


Siguiendo con las consideraciones que arroja el 'Informe Técnico sobre Utilización de mascarillas COVID-19' del Consejo General de Colegios Farmacéuticos (V14.07.2020), y debido a la evidencia cada vez mayor de que las personas asintomáticas
o con síntomas leves podrían contribuir a la transmisión de la COVID-19, las mascarillas podrían considerarse como un medio de control complementario a otras medidas llevadas a cabo para reducir la transmisión de la COVID-19.


A) Según información publicada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 23, las mascarillas de tela 'caseras' pueden estar fabricadas de muy diferentes materiales y los ensayos e investigación clínica sobre su eficacia es
limitada. La evidencia disponible muestra que las mascarillas de tela comunes protegerían menos que las mascarillas quirúrgicas e incluso podrían aumentar el riesgo de infección si no se hiciera un uso adecuado, como consecuencia de la humedad que
pueden conservar, la difusión de líquidos y la retención del virus.


No se consideran pues una protección eficaz frente a virus respiratorios y, en el ámbito laboral, no se debería promover su utilización. No cumplen la normativa de EPI ni de producto sanitario. En el caso de su uso particular por los
ciudadanos, diferente al ámbito laboral, es importante insistir en que esta medida no debe implicar una relajación en las medidas básicas de prevención recomendadas (por ejemplo: distanciamiento social, higiene de manos y no tocarse la cara).
Estas recomendaciones se basan en el conocimiento disponible actualmente y pueden evolucionar en función de la evolución del conocimiento científico y de la propia pandemia de COVID-19.


B) Respecto a las mascarillas EPI que estén a la venta a través de los canales de distribución al consumidor -entendido como toda persona física o jurídica de la cadena de suministro, distinta del fabricante o el importador, que los
comercializa-, deberán ser conformes con el Reglamento (UE) 2016/425, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo, cuyas
obligaciones se recogen en el artículo 11.


Por tanto, antes de comercializar un EPI, dichos distribuidores se asegurarán de que lleve el marcado CE-Conformidad Europea (con origen en la Directiva 93/68/CEE) y vaya acompañado de la documentación necesaria y de las instrucciones e
información especificadas en el anexo II, punto 1.4, redactadas al menos en castellano, y asegurarse de que el fabricante y el importador hayan respetado, respectivamente, los requisitos establecidos en el mencionado Reglamento.


La Resolución de 23 de abril de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, referente a los equipos de protección individual en el contexto de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con base en la
situación excepcional generada por el contexto epidemiológico de la COVID-19, estableció determinados supuestos para la aceptación de la comercialización de otros EPI sin el marcado CE y sin haber completado los procedimientos de evaluación de la
conformidad reglamentarios.


Debe tenerse en cuenta, por tanto, que podrán comercializarse en canales de distribución accesibles a los consumidores, solo y exclusivamente EPI conforme al Reglamento (UE) 2016/425, y si no llevaran marcado CE, deben disponer de
autorización temporal emitida por una autoridad de vigilancia del mercado con objeto de garantizar un nivel adecuado de salud y seguridad de conformidad con los requisitos esenciales establecidos en el Reglamento (UE) 2016/425, aunque los
procedimientos de evaluación no se hayan efectuado completamente según las normas armonizadas. Por lo tanto, el comercializador de estas mascarillas EPI sin marcado CE, deberá asegurar al consumidor que el proveedor, importador o fabricante cuenta
con la autorización temporal de la autoridad de vigilancia del mercado.


En resumen, la información mínima que deben llevar dichas mascarillas para ser puestas a disposición de los consumidores. Asimismo, si la venta es a través de Internet, esta información también debe mostrarse en la página web.


23 https://www.insst.es/documents/94886/693030/Comparativa+especificaciones+t%C3%A9cnicas+Mascarillas+%2820.03.20%29/a 48446b9-cfd6-4456-9303-8d75d85a02dd)



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C) En relación con las mascarillas higiénicas, es decir, toda aquella mascarilla que no es un producto sanitario en el sentido de la Directiva 93/42 o del Reglamento UE/2017/745, ni un equipo de protección individual, en el sentido del
Reglamento UE/2016/425, solo deberán comercializarse aquellas que sean conformes con la legislación que les resulta de aplicación, esto es, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, como son:


- Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a los consumidores y usuarios;


- Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos;


- En caso de ser un producto textil, el Reglamento (UE) n.º 1007/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2011, relativo a las denominaciones de las fibras textiles y al etiquetado y marcado de la composición en
fibras de los productos textiles, así como el Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, ya mencionado; y


- Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.


D) En cumplimiento de dicha legislación, seguidamente se insiste en la información mínima que deben llevar dichas mascarillas para ser puestas a disposición de los consumidores.


Las mascarillas que se están utilizando hoy como medio de protección ante el coronavirus, procedentes en su gran mayoría de China, vienen acompañadas por un certificado de homologación entregado por la empresa fabricante. Esos certificados,
emitidos por una entidad del país de origen, muestran criterios de eficacia diferentes, por lo que es necesario verificar el material mediante este tipo de ensayos', explica el Responsable de la Unidad de Seguridad de Partículas del centro
tecnológico ITENE, de Paterna (Valencia). Para garantizar que cumplen esos requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos para los EPIs, comercializados en la Unión Europea y fijados en el marco del Reglamento 2016/425 Reglamento EP, estos
han de superar las pruebas y exámenes definidos en los estándares marcadas por los organismos de normalización.


En el caso de las medias máscaras filtrantes -que son las más utilizadas hoy en día para hacer frente al coronavirus- esos estándares se rigen por la norma UNE-EN 149:2001, aplicable en toda la Unión Europea. Dicha norma establece que los
ensayos de equipos de protección respiratoria deben realizarse con agentes de ensayo con un diámetro medio de 0,6 mieras (600 nanómetros), que es muy superior al tamaño del virus.


Según el estudio denominado 'Emisión y exposición a SARS-CoV-2 y opciones de filtración', del Instituto de Diagnóstico Ambiental y Estudios del Agua (IDAEA), CSIC, y publicado como Informe v3, el 15 abril de 2020, 'Es necesario realizar un
ensayo a varios tamaños de partícula o, en su defecto, a 300 nm, para asegurar que la filtración es adecuada y puede proteger a la persona que la lleva (...). Dado que el SARS-CoV-2 está presente en el rango de tamaños desde cientos de nanómetros
hasta cientos de micrómetros, es sumamente importante que se determine la capacidad de filtración en el rango completo de tamaños, o en su defecto, en el tamaño más desfavorable, que es el de 300 nm aquí propuesto'.


Ante la posible incapacidad de fabricación de suficiente material homologado, y de realización de los ensayos normalizados a material alternativo, los investigadores del IDAEA-CSIC han desarrollado un sistema para determinar la capacidad de
filtración de materiales que puede servir en la actual situación de crisis sanitaria.


El sistema se basa en la generación de aerosoles, selección de las partículas de 300 nm, y determinación de la concentración de partículas antes y después de pasar por el material a testar. Concluyen que:


1. Existe carga vírica en todos los tamaños de partícula, tanto gotas (>5 µm) como aerosoles (<5 µm).


2. Las partículas finas (<5 µm) pueden permanecer en el aire durante varias horas.


3. El virus puede permanecer activo durante más de tres horas cuando está en el aire.


Estos investigadores han desarrollado y puesto a punto un sistema que, aunque no está homologado, sirve para determinar la capacidad de filtración de materiales que puedan ser candidatos para la



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fabricación de mascarillas o medias máscaras filtrantes. El sistema determina la capacidad de filtración a 300 nm. Tiene la opción de hacerlo también a otros tamaños como 100 nm y 500 nm.


En el marco de la crisis sanitaria generada por la COVID-19, este sistema puede ser útil para realizar pruebas de filtración de mascarillas de todo tipo. Y resulta especialmente relevante para las mascarillas autofiltrantes, ya que, como
afirma el Centro Nacional de Medios de Protección, 'Para cada producto debe valorarse la documentación aportada, cumplimiento total o parcial con la especificación técnica referenciada y necesidad de realizar algún ensayo o verificación específica
en función de ello, con el fin de garantizar el cumplimiento con los RESS.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover que se analicen, mediante las correspondientes inspecciones o medidas de comprobación oportunas por parte de los Ministerios de Sanidad y de Consumo, y en coordinación con las Comunidades Autónomas, si se han realizado test de
filtración y/o respirabilidad (Presión diferencial/Pa/cm2) en todas las mascarillas que existen actualmente en el mercado, de acuerdo con las especificaciones del Centro Nacional de medios de protección, tanto para las comercializadas como las
artesanales. Y todo ello, teniendo en consideración que la eficacia de los dispositivos de protección depende de tres factores: (i) la eficiencia de filtración del material; (ii) el ajuste del dispositivo al rostro; (iii) y el objetivo de la
filtración, ya sea filtrar la emisión de partículas de una persona enferma, o filtrar partículas del aire ambiente inhalado por una persona sana.


2. Encomendar al Instituto IDAEA-CSIC la realización de tests de filtrabilidad de los diferentes tipos de mascarillas comercializadas en el mercado, en colaboración con el Centro Nacional de Medios de Protección, redactando un Informe con
el fin de publicar los resultados obtenidos.


3. Diseñar y llevar a cabo una campaña de información y divulgación a la población sobre el buen uso y durabilidad de las mascarillas, según su tipología y filtrabilidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Antonio Salva Verd, Georgina Trías Gil, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/001573


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la defensa de la
Constitución y de los poderes e instituciones del Estado en las universidades públicas y de los derechos fundamentales de los miembros de la comunidad universitaria, para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


El Grupo Popular viene reclamando la defensa y la exigencia de la neutralidad institucional de las universidades públicas españolas a través de diferentes iniciativas parlamentarias.


Los últimos acontecimientos han puesto de manifiesto que la falta de respeto al principio de neutralidad institucional por representantes de universidades catalanas se agrava, tanto en sus manifiestos o declaraciones contra las instituciones
y poderes del estado, como en el trato dado y consentido en sus campus a aquellos miembros de la comunidad universitaria que no comparten o no quieren desarrollar sus tareas académicas al dictado de los planteamientos independentistas.



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Aquellos que están obligados a garantizar el respeto de la Constitución, del ordenamiento jurídico español y, por ello, de los derechos fundamentales de profesores, estudiantes y personal de administración y servicios, invitan con sus
declaraciones a promover una posición contraria al Poder judicial, al Jefe del Estado, y a quienes no comparten las deas independentistas el acoso, la exclusión, discriminación e incluso la agresión de quienes no piensan igual.


A los manifiestos de universidades catalanas contrarios a las conmemoraciones de la Constitución o de la fiesta nacional, se une hoy la exclusión de los representantes de las asociaciones S´ha Acabat o de Universitaris per la Convivència en
las reuniones de trabajo que mantuvo el Ministro de Universidades en la Universidad de Barcelona, y las declaraciones del Rector de la Universidad Pompeu Fabra y de la Universidad de Barcelona sobre el Poder judicial después de hacerse pública la
Sentencia del Tribunal Supremo confirmando la inhabilitación de Joaquim Torra y que supone, como bien ha defendido la Asociación S'ha Acabat, una desviación de los principios de objetividad e imparcialidad que deben guiar el comportamiento de las
Administraciones públicas, según el artículo 103 de la CE.


Esta misma semana conocíamos la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso administrativo n.° 3 de Barcelona en la que se declara nula y sin efecto la actuación administrativa llevada a cabo el 21 de octubre de 2019 al emitir un manifiesto
conjunto las universidades catalanas 'de rechazo de las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la política' por vulnerar el derecho a la libertad ideológica, de expresión y de educación. También se hacía público el
pronunciamiento del Defensor del Pueblo, en respuesta a la queja presentada por la Profesora Chantal Molí, miembro de la Asociación 'Universitaris per la Convivencia', en el que se manifiesta que las universidades 'están integradas por personas con
amplia diversidad ideológica, por lo que sus órganos de gobierno deben respetar esa diversidad cuando ejercen sus funciones, sin asumir o presentar como propia de la institución una determinada posición ideológica. Porto demás, las universidades
públicas, como las demás instituciones que ostentan este carácter, deben respetar el principio de neutralidad ideológica que es exigiendóle a todas ellas en una sociedad plural y democrática'. Lo que ha trasladado a las universidades consultadas en
el expediente abierto por la queja y a las Cortes Generales.


A pesar de ello, se suceden incalificables manifestaciones de Rectores de universidades catalanas y del propio Ministro de Universidades en su comparecencia en el Senado el día 8 de octubre.


En la primera comparecencia del Ministro de Universidades en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades del Congreso, en febrero del presente año, le exigimos impulsar una Universidad de valores, que respetara los derechos
fundamentales de sus integrantes, que se velara por garantizar el respeto a las distintas posiciones ideológicas, y que promoviera la convivencia sin exclusiones en las distintas comunidades universitarias.


No es admisible confundir a la opinión pública alegando la libertad de expresión de administraciones públicas o sus representantes y cargos públicos, que han de mantener la neutralidad institucional debida en sus manifestaciones,
instrucciones y actuaciones, que deben respetar la libertad de expresión y el resto de derechos fundamentales de los administrados, incluidos los de los universitarios, y no atacar al Estado de Derecho, descalificar la actuación de otros poderes del
Estado y tratar de confundir, cuando no intimidar, al resto de las instituciones nacionales e internacionales comprometiendo el prestigio de la Universidad española.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Condenar las declaraciones del Ministro de Universidades contrarias a la Constitución y a los poderes e instituciones del Estado, en particular al Jefe del Estado y al Poder Judicial, y cesar al Ministro ante cualquier pronunciamiento
por el que cuestione el orden constitucional o suponga una falta de respeto al resto de las instituciones del Estado.


2 . Hacer respetar por los responsables universitarios, en particular los Rectores de las Universidades catalanas y sus equipos de gobierno, como garantes que son del cumplimiento de la Constitución española y del resto del Ordenamiento
jurídico, los derechos fundamentales de sus integrantes y las distintas posiciones ideológicas, promoverla convivencia sin exclusiones en las distintas comunidades universitarias e impedir actos discriminatorios en la actividad académica contra
estudiantes y profesores no



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independentistas y contra los que defienden su derecho a utilizar el castellano como lengua española oficial del Estado.


3. Que el Ministerio de Universidades promueva junto a la CRUE una Universidad de valores, espacio de debate sereno, plural, de respeto a la diversidad y convivencia. Y, a este efecto, la constitución de un grupo de trabajo para coordinar
acciones y protocolos que contribuyan a mejorar la convivencia, el respeto a los derechos fundamentales de los universitarios y a los poderes e instituciones del Estado en los campus universitarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-María Jesús Moro Almaraz, María Sandra Moneo Díez, Elena Castillo López, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001581


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el desarrollo y fomento de la
Innovación abierta en el tejido empresarial español para su debate en la Comisión Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Se denomina Innovación Abierta al modelo empresarial innovador basado en la colaboración con personas, empresas o entidades externas a la propia empresa. Supone el fin del secretismo empresarial que acompaña a la l+D+i empresarial, creando
profesionales y organizaciones dispuestas a compartir la información entre sí en beneficio de todos mediante el sistema llamado crowdsourcing.


Crowdsourcing (del inglés crowd -multitud- y outsourcing -recursos externos-), término acuñado por Jeff Howe en el año 2006, puede traducirse al español como la colaboración abierta de una empresa que permite la externalización de tareas
-que antes llevaban a cabo los propios empleados- mediante una convocatoria abierta a un grupo indeterminado de personas. Esto permite contar con los mejores para realizar dichas tareas, es decir captar ideas y talento, y resolver problemas
empresariales complejos. El término se ha hecho popular, no solo en el ámbito empresarial, sino también entre autores y periodistas para impulsar la colaboración en masa de proyectos ciudadanos a través de las redes sociales y las nuevas
tecnologías.


Pero la innovación Abierta da un paso más aplicando el Crowdsourcing al desarrollo de proyectos empresariales de l+D+i. El desarrollo de la tecnología, las plataformas virtuales y las redes sociales hace posible que sea más fácil que nunca
conectar y trabajar con personas externas; permite abrir la empresa a importantes conocimientos e ideas; y facilita la creación de comunidades de innovación donde grandes audiencias y diversos colectivos comparten y crean ideas de negocio.


La Innovación Abierta es la contraposición al modelo empresarial tradicional vertical, que consiste en desarrollar productos y servicios dentro de la propia empresa y distribuirlos a través de sus canales.


La Innovación Abierta permite a las empresas expandirse en busca de ideas innovadoras que supongan un avance en el sistema de producción; implica que las empresas deben ser, al mismo tiempo, vendedores y compradores de propiedad
intelectual, es decir de patentes.


En estos momentos de crisis económica provocada por la pandemia del COVID-19, más que nunca, debemos recurrir a ideas innovadoras de gestión que funcionen, como ya lo hacen la mayoría de las grandes empresas europeas y americanas,
incrementando sus esfuerzos para impulsar la Innovación Abierta y la comunidades de innovación que permitan integrar recursos de la empresa con otros provenientes del exterior del mismo sector.


No obstante, la Innovación Abierta choca con la brecha digital. Mientras algunas empresas están generando negocio con esta metodología, la mayoría se está quedando atrás ya que en España todavía queda mucho camino por recorrer. En el campo
de la Inteligencia Artificial, por ejemplo, solo el 10 % de las empresas españolas la utilizan.



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Así pues, el Gobierno debe fomentar la Innovación y la Innovación Abierta en la empresa española, a través de campañas divulgativas y eliminando definitivamente la brecha digital.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las medidas necesarias para:


1. Incentivar la conectividad entre personas, instituciones y organismos que desarrollen proyectos de l+D+i.


2. Realizar convocatorias de ayudas a empresas que pongan en marcha comunidades de colaboración en l+D+i (ideas y talento).


3. Acelerar el proceso de implantación de la red 5G en todo el territorio español rural y urbano.


4. Publicitar y promocionar los proyectos de Innovación Abierta que han tenido éxito en España.


5. Evitarla fuga de talentos en l+D+i empresarial.


6. Fomentar la coordinación de proyectos de l+D+i públicos y privados.


7. Incentivar la Innovación Abierta de proyectos farmacéuticos dirigidos a controlarla pandemia del COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Pedro Navarro López y María Sandra Moneo Díez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001582


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para dirigir fondos no utilizados en
convocatorias del Ministerio de universidades a un Plan de apoyo para que las universidades atiendan necesidades sobrevenidas de sus estudiantes o sufraguen medidas de accesibilidad para estudiantes con discapacidad, para su debate en la Comisión de
Ciencia, innovación y universidades.


Exposición de motivos


Según los últimos datos auditados del SEPIE, este organismo recibió cerca de 39 millones de euros en subvenciones durante el año 2018 dirigidas a financiar las estancias ERASMUS + de alumnos españoles en universidades extranjeras. Número de
alumnos que en estos últimos años está en torno a 40.000. Todos ellos reciben cantidades mensuales diversas en función del país de destino, complementadas en los casos de alumnos de entornos desfavorecidos, tal como establece la convocatoria.


A falta de tener nuevos datos, consideramos que dicha cantidad fue utilizada, de manera íntegra, en su momento como aportaciones complementarias dirigidas a los estudiantes españoles que iniciaron su experiencia Erasmus +.


A la vista de las informaciones que aparecen en distintos medios de comunicación, que emanan de las propias universidades españolas, todo parece indicar que durante este año no se van a poder utilizar en su totalidad. Esto es debido a que
hay muchos estudiantes que se han dado de baja o renunciado, especialmente en el primer cuatrimestre, al programa ERASMUS +. Dicha disminución se estima que puede llegar a más del 35% del total de alumnos que habitualmente accedían a dicho
programa.


Es por todo ello que el Ministerio de Universidades debería optar, con carácter inmediato, y antes de que sean reintegrados al Ministerio de Hacienda, por dirigir dichos fondos excedentarios hacia otras necesidades existentes de los
estudiantes universitarios, tanto económicas, toda vez que nos encontramos en un momento de aguda crisis provocada por la pandemia de la COVID-19 que determina situaciones sobrevenidas de graves consecuencias en la continuidad de los estudios o
precariedad en la formación, como de accesibilidad a estudiantes con discapacidad por las exigencias de los protocolos sanitarios.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a dirigir con carácter inmediato, dada la actual situación de crisis, todos aquellos fondos que no sean utilizados en las distintas convocatorias realizadas por el Ministerio de Universidades,
-o en su caso organismos dependientes del mismo-, entre ellos los del programa ERASMUS +, a establecer un plan de apoyo a las Universidades para atender las contingencias por causas sobrevenidas que están experimentando los estudiantes con mayores
necesidades y que dificultan seriamente su continuidad en los estudios universitarios o para que sufraguen nuevas medidas de accesibilidad para estudiantes con discapacidad, imprescindibles ante los protocolos COVID para el seguimiento de sus
estudios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-María Jesús Moro Almaraz, María Sandra Moneo Díez y Elena Castillo López, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001585


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de poner en marcha
un Observatorio de Empleo de Doctores para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


El doctorado es el máximo grado académico y debiera, en consecuencia, llevar aparejados los efectos propios de quien ha recibido una amplia y especializada formación superior y de quien ha desarrollado aptitudes investigadoras propias para
acceder a las plazas de docente universitario o investigador en el sistema de ciencia en España. Pero fuera de ese ámbito, la valoración práctica no se corresponde con el esfuerzo en tiempo y recursos públicos invertidos, desperdiciando un capital
humano importante para canalizar su inserción en el ámbito de la empresa y para servir de instrumento eficaz para incrementar la transferencia del conocimiento puntero o innovador a otros sectores que no sea el académico. Los doctores
universitarios son un pilar fundamental de nuestro país y un indicativo de calidad de la investigación que se lleva a cabo en nuestras universidades.


En los últimos tiempos hemos podido comprobar, de forma muy clara, como la investigación, la innovación y el desarrollo son pilares fundamentales para nuestro país, tanto para afrontar y salir de la crisis sanitaria, económica y social que
se ha derivado como consecuencia de la pandemia del COVID-19, como para afrontar el futuro con una industria especializada fuerte y sólida.


Es frecuente que el debate político se establezca en términos de porcentaje de PIB dedicado a l+D+i. Sin embargo, no se entra a valorar los recursos que España recibe como fruto de esa inversión.


Un indicador de resultados de este gasto se debería establecer en términos de porcentaje de paro sectorial. El sector a analizar es el de los doctores universitarios, un colectivo que en un porcentaje muy pequeño trabaja en la empresa.


Existen multitud de estudios que analizan la situación laboral de los titulados universitarios, pero, en el caso de los doctores, esto no se analiza específicamente, siendo la causa más probable el que no se dispone de bases de datos
completas y actualizadas que permitan extraer información de utilidad del mercado laboral de los doctores y otras características de interés del doctorando.


España no logra derribar el muro que separa la universidad española de la empresa. Estamos en los primeros puestos del ranking de la OCDE por porcentaje de alumnos que optan a estudios universitarios,



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pero, estamos muy lejos de la media de la OCDE en cuanto al número de doctores titulados que se acercan a la empresa.


Hablamos de transferencia del conocimiento y de las 16.000 solicitudes que ha tenido que evaluar la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad por este concepto en el año 2019, pero, la realidad es que estos dos mundos se siguen dando la
espalda. España no apuesta por la participación de los doctores en el sector privado. Lejos de ser un valor añadido para los grupos de trabajo, son un coste añadido para las empresas.


España tiene en torno a un 16 % de graduados doctores trabajando en el sector privado, en contraposición del 30 % de media de los miembros de la OCDE y, a mucha distancia de los países líderes en innovación como Estados Unidos, Corea o Japón
donde la proporción de investigadores empleados en el sector privado supera el 75 %.


Lo que un joven máster necesita para tomar una decisión fundamentada en relación a doctorarse y seguir carrera universitaria o investigadora, dentro o fuera de la universidad, es no solo conocer el porcentaje de colocación, o de paro, de ese
sector, sino que el grado de doctor sea valorado y se convierta en parámetro real de oportunidades para un mejor empleo. Ese tipo de información rara vez se proporciona adecuadamente; está siempre poco o mal estudiado, probablemente porque no se
considera relevante, dada la pobre repercusión en la empleabilidad de los doctores fuera de la carrera universitaria o investigadora en el sector público.


El objetivo a lograr con la inversión en l+D+i a este respecto, a nuestro parecer, es conseguir una situación de paro estructural, es decir, una tasa de paro suficientemente baja que le asegure al doctor que, en caso de perder la
financiación de su contrato actual, pueda encontrar otra colocación en el sector, en poco tiempo con muy alta probabilidad por atribuir el doctorado un significativo y diferenciador valor añadido a su curriculum vitae.


Desde el Grupo Popular consideramos que es clave para el futuro de nuestro país una mayor colaboración universidad y empresa, como garantía de futuro y de progreso.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Apostar firmemente por la investigación de nuestro país y por los doctores de la universidad española, impulsando y fortaleciendo los estudios de doctorado de calidad y con mayor impacto en los retos de nuestra sociedad y mediante la
intensificación de la colaboración y la transferencia del conocimiento entre la universidad y la empresa.


2. Crear un Observatorio de Empleo de Doctores en España en el que se analice la empleabilidad de los doctores de nuestro país, las acciones que deben ejecutarse para mejorar la valoración del grado con el fin de mejorar su acceso a puestos
y sectores cualificados, los diversos yacimientos de empleo en los que pueden contribuir a alcanzar mejores resultados productivos, así como los retornos que recibimos como fruto de la inversión en I+D+i y la mejor forma de reinvertirlos.


3. Poner en marcha un plan, con cronograma y medidas económicas y/o fiscales, que permita acercara los doctores titulados a la empresa, colocándonos en índices similares a la media de miembros de la OCDE.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Elena Castillo López y María Sandra Moneo Díez, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/001605


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Apoyo, Promoción y Transversalización del Enfoque de Diversidad Sexual en la
Cooperación Internacional al Desarrollo, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional al Desarrollo.


Exposición de motivos


El informe 'Homofobia de Estado' editado por la Asociación Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA) afirma que aún hoy día existen 72 Estados en el mundo que criminalizan las relaciones afectivas o sexuales entre
personas adultas del mismo sexo, persiguiendo a muchos de ellos de igual modo y en la práctica también a las personas por su identidad sexual. De los mismos, 10 países penalizan estas relaciones con la pena de muerte.


Las personas LGTBI y todas aquellas personas que sufren discriminación por su orientación e/o identidad sexual, ven así gravemente afectados sus derechos humanos a la vida, a la integridad personal, a la dignidad humana, a la igualdad ante
la ley y a la no discriminación, al acceso a la justicia, a la educación, a la salud, a la cultura y al trabajo, a la vivienda y a la libertad de circulación; al tiempo que continúan sufriendo impunes crímenes de odio, tortura, tratos crueles,
inhumanos o degradantes, agresiones físicas y verbales, rechazo social, hostigamiento policial y falta de reconocimiento y protección legal aunado en el impacto de la aplicación de leyes discriminatorias.


Por lo pronto, una multiplicidad de estudios han venido denunciado la dimensión de estas vulneraciones, tales como el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): 'Violencia contra las personas LGTBI', refleja cómo
durante un periodo de quince meses, entre enero de 2013 y marzo de 2014, se cometieron al menos 770 actos de violencia contra personas LGTBI, incluyendo 594 asesinatos en la región. Asimismo, un estudio posterior de Amnistía Internacional afirma
que entre 2008 y 2019 fueron reportados 3314 asesinatos contra personas trans en 74 países del mundo.


Frente a ello, cabría señalar que organismos de las Naciones Unidas instaron en 2015 a los Estados a tomar medidas urgentes para poner fin a la persecución, exclusión y estigmatización contra adultos, adolescentes, niñas y niños que se
enfrentan a situaciones de violencia y discriminación por su orientación sexual y/o identidad sexual. Así pues, subrayan que no respetar los derechos humanos de las personas LGTBI y no protegerlas de la violencia y de leyes discriminatorias 'supone
una grave violación de las normas internacionales en materia de derechos humanos y tiene un impacto significativo sobre la sociedad, fomentando una mayor vulnerabilidad a las enfermedades, a la exclusión social y económica, a la presión sobre las
familias y comunidades, y también un impacto negativo sobre el crecimiento económico, el trabajo decente y el progreso para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de cara al futuro'.


En efecto, los ODS 10 y 16 establecen como metas, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, etnia, origen, o condición, eliminar las políticas y prácticas
discriminatorias y, en definitiva, promover y aplicar leyes y políticas inclusivas a favor del desarrollo sostenible. Por ello, y en aras a cumplir con la promesa de la Agenda 2030 de no dejar a nadie atrás, la lucha contra la discriminación por
razón de orientación e identidad sexual es una prioridad de la política exterior española que, en consecuencia, orienta de manera decidida también la política de cooperación internacional.


Así pues, el V Plan Director de la Cooperación Española (CE) sostiene que, mediante un enfoque basado en derechos humanos, la CE promoverá el empoderamiento de todas las personas para el ejercicio pleno de sus derechos, la participación
política, la rendición de cuentas y velará por la no discriminación por razón de género, de orientación sexual y de identidad de sexual. Del mismo modo, la Estrategia de Acción Humanitaria de la Cooperación Española 2019-2026 incorpora la
orientación y la



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identidad sexual a su enfoque de género, edad y diversidad y, al mismo tiempo, el III Plan África aprobado en marzo de 2019, asume la prioridad marcada en la Estrategia de Acción Exterior de lucha contra la discriminación por razón de
orientación sexual y de identidad sexual.


En este último sentido, África es el continente donde las violaciones a los derechos humanos de las personas LGTBI tienen una mayor incidencia. De los 55 países de la Unión Africana, 32 criminalizan la homosexualidad, siendo el continente
donde se concentran la mayoría de los 72 Estados del mundo que institucionalizan estas violaciones de derechos humanos. La persecución incluye desde multas pecuniarias a prisión o, en determinados países, la pena de muerte. Con todo ello, se han
producido recientemente persecuciones y detenciones a personas LGTBI por parte de las autoridades, amparadas por un sistema de normas discriminatorias en ocasiones heredadas de la época colonial.


Por su parte, y por la relevancia histórica que para la cooperación al desarrollo española tiene América Latina, urge destacar la necesidad de proteger a las personas LGTBI en esta región, siendo en la misma donde se han documentado
situaciones de mayor violencia hacia las personas que sufren discriminación por razón de su identidad sexual. Estos ciclos de violencia 'se entremezclan con altos niveles de discriminación y estigmatización, resultando en una falta de acceso a sus
derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales' (OC24/17 resolución de la CIDH).Asimismo, y financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), el 'Estudio sobre la situación del
colectivo LGTBI con necesidades de protección Internacional en Centroaméríca' constata que la violencia y la discriminación contra las personas LGTBI determina de manera decisiva las condiciones de su desplazamiento, el acceso a los sistemas de
protección internacional y la integración en el país de destino.


En suma, y tomando como referencia el Enfoque basado en Derechos Humanos y el de Interseccionalidad, es posible afirmar que ningún proceso de desarrollo tiene el mismo impacto si en su seno se dan situaciones de discriminación por
orientación e identidad sexual. Así pues, desde la Cooperación Internacional no es posible ignorar esta realidad si lo que se pretende es alcanzar un desarrollo humano sostenible inclusivo, equitativo, con justicia social y que reconozca la
diversidad como un bien público global.


Por todo ello, hace tres años la Fundación Triángulo y la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional al Desarrollo (AEXCID), promovieron la Declaración de Mérida sobre el compromiso de las instituciones públicas en materia de Derechos
Humanos de las personas LGTBI en el mundo a fin de impulsar, en el marco de coherencia de políticas y mediante el blindaje presupuestario, tanto la promoción de las políticas públicas de derechos humanos de las personas LGTBI como la
transversalización del enfoque de género y de diversidad sexual en la totalidad de herramientas e instrumentos de cooperación internacional. Con la firma de la AECID el 28 de junio de 2019, la Cooperación española se compromete igualmente a que su
trabajo asuma el enfoque de diversidad sexual, además de realizar acciones positivas y destinar recursos a programas y proyectos que tengan como fin la promoción de la inclusión de las personas LGTBI dentro de un desarrollo sostenible compartido que
no deje a nadie atrás.


Con todo, transversalizar el Enfoque de Diversidad Sexual en la totalidad de procesos de Cooperación Internacional, con objeto de garantizar que sus proyectos impacten de forma equitativa en los procesos de transformación social y generando
contextos y espacios libres de discriminación donde el propio personal contratado y la población beneficiaría de la intervención realizan sus actividades, resulta una responsabilidad tanto para las administraciones públicas como para la sociedad
civil organizada.


Llegado este punto, si bien progresivamente las organizaciones sociales y organismos e instituciones públicas muestran su preocupación por la situación de la Diversidad Sexual en el mundo, un estudio realizado por Fundación Triángulo
analizando los últimos diez años de la cooperación al desarrollo en España señala que tan solo la AEXCID cuenta con una trayectoria estable y de largo recorrido en considerar esta línea de trabajo entre sus prioridades y compromisos de trabajo. De
este modo, y más allá del reciente compromiso de la AECID con la Declaración de Mérida o de actuaciones como las de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Gipuzkoa, el Ayuntamiento de Sevilla en el ámbito municipal o las Agencias de Cooperación
Andaluza o Balear a nivel autonómico, el resto de intervenciones en la materia han venido figurando como algo puntual y residual.


En definitiva, las y los socialistas queremos situar la política de cooperación como parte imprescindible e intrínseca del corazón de la acción exterior del Gobierno de España, desde esa visión igualitaria y



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comprometida con los derechos de las personas LGTBI que es marca España y nos hace sentirnos orgullosas y orgullosos como país.


Parafraseando al Presidente José Luis Rodríguez Zapatero en aquel discurso de 2005 que acompañaría a la aprobación del Matrimonio Igualitario, con esta Proposición No de Ley pretendemos que las sociedades puedan hacerse mejores a sí mismas y
que puedan ensanchar las fronteras de la tolerancia y hacer retroceder el espacio de la humillación y la infelicidad. Así, para muchas y muchos, llega aquel día que evocó Kavafis hace un siglo: 'más tarde decía en la sociedad más perfecta/ algún
otro, hecho como yo, ciertamente surgirá y actuará libremente'.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar, en el marco de la Ayuda Oficial al Desarrollo, proyectos dirigidos a erradicar la violencia, discriminación y todas aquellas vulneraciones de derechos humanos por razón de orientación e identidad sexual, y a promover el
empoderamiento de la población LGTBI y de aquellas personas cuya orientación e/o identidad sexual sufra de exclusión, violencia o discriminación en los diferentes países del mundo y priorizando aquellos territorios con peor situación para la
población objetivo.


2. Blindar e incorporar la transversalización del Enfoque de Diversidad Sexual tanto en la actualización de la normativa reguladora de la Cooperación Española, como en su arquitectura institucional y futuro Plan Director, Estrategias,
Protocolos y Códigos tales como el Código de Financiación Responsable del FONPRODE.


3. Promover la definición de indicadores y criterios que permitan valorar e incorporar el Enfoque de Diversidad Sexual a los planes, programas y convocatorias de la Cooperación Española, e instar a su incorporación y aplicación al resto de
administraciones y agentes de cooperación al desarrollo.


4. Promover la elaboración de un programa regional de Diversidad Sexual para Centroamérica, el Caribe y Sudamérica, mediante una estrategia coordinada y participada por las organizaciones sociales con trayectoria y trabajo continuado en la
región.


5. Impulsar la elaboración de una Estrategia de Incidencia política, derechos humanos y cooperación al desarrollo sobre Diversidad Sexual para el continente africano, en diálogo con las organizaciones estatales e internacionales con
trayectoria y trabajo continuado en la zona en esta materia.


6. Promover la inclusión del Enfoque de Diversidad Sexual en los marcos normativos y planes de acción de las Agencias públicas de Cooperación Internacional para el Desarrollo, tanto a nivel autonómico como local o departamento competente, e
instara la firma por parte de estas de la Declaración de Mérida sobre el compromiso de las instituciones públicas en materia de Derechos Humanos de las personas LGTBI en el mundo.


7. Intensificar la incidencia política internacional en materia de derechos humanos de las personas LGTBI en los diferentes foros en los que se participa como país, haciendo especial énfasis en el trabajo del Core Group LGTBI de Naciones
Unidas, la Agenda de la Equal Rights Coalition y de la propia Unión Europea.


8. Liderar una hoja de ruta global para impulsar el reconocimiento de la diversidad sexual como bien público global y, en sintonía, combatir y erradicar cualquier tipo de discriminación y violencia que sufran las personas LGTBI y, muy
especialmente, las sufridas por las mujeres LTB, dada la situación de vulnerabilidad que presentan en diferentes regiones del mundo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-María Guijarro Ceballos, Javier Cerqueiro González, José Losada Fernández, Esther Padilla Ruiz, Julio del Valle de Íscar, Laura Berja Vega, Diputados.-Ana Belén Fernández Casero,
Susana Ros Martínez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Liderazgo de España en la respuesta multilateral para la reestructuración de
la deuda de países empobrecidos, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


Desde la crisis financiera mundial de 2008, la deuda pública externa de muchos países empobrecidos ha venido aumentando en vistas a cerrar la brecha ahorro-inversión de los mismos. Con todo, el alza del endeudamiento se ha visto impulsado
por un largo período en el que los tipos de interés internacionales han sido inusualmente bajos y la liquidez mundial ha aumentado sin precedentes, merced a la flexibilización cuantitativa. Así pues, los países empobrecidos, incluidos los países
menos adelantados (PMA), han tenido más acceso a la financiación comercial y han visto aumentar el crédito de acreedores oficiales que no son miembros del Club de París.


En este contexto, la contracción de la actividad económica que ha ocasionado la COVID-19 en todo el mundo está teniendo funestas consecuencias, entre otras, sobre la sostenibilidad de la deuda incluso en los denominados 'países seguros'.
Por lo pronto, contratos jurídicamente vinculantes, con sus diversos plazos de vencimiento, acreedores, tipos de interés y estructuras financieras que podrían haberse cumplido con facilidad, generan ahora gran preocupación en tanto que los Estado
deben hacer frente a la necesidad de combatir el virus y gestionar la situación de emergencia sanitaria que afecta a los mismos. A su vez, esta situación no afecta en exclusiva a los países de bajos ingresos, sino que se extrapola a países de
ingresos medianos que albergan el 75 % de la población mundial y el 62 % de los y las pobres del mundo, hallándose en una situación de gran vulnerabilidad para con una crisis de deuda, de pérdida de acceso a los mercados y a las salidas de capital.
En definitiva, es preciso ser conscientes de que existe, en este momento, un riesgo real de perder décadas de progreso en la lucha contra la pobreza y contra las desigualdades.


Si bien muchos países se enfrentan a crisis de liquidez, la realidad es, dada la profundidad de la crisis, que los problemas de solvencia afloran. En este sentido, las estimaciones iniciales indican que el continente africano podría haber
entrado en su primera recesión en los últimos 25 años, mientras que América Latina y el Caribe se enfrentan a la peor recesión de su historia. Es por ello que, al tiempo que hacemos todo lo posible por superar la emergencia sanitaria, el alivio de
la deuda debe ser un capítulo importante que acompañe a la Estrategia de la Cooperación Española de Respuesta a la Crisis de la COVID-19 impulsada por el Gobierno de España.


Por lo pronto, parece evidente que el tratamiento de la deuda no debe basarse únicamente en el nivel de ingresos, sino que debe partir, asimismo, de la vulnerabilidad de los países. En este último sentido, merece una mención considerable la
fragilidad de los sistemas de salud de los países empobrecidos que, unida al sobreendeudamiento de sus Estados y las debilidades estructurales que padecen sus instituciones, vaticinan un riesgo de colapso elevado de los servicios y una limitación
severa de la capacidad de gestión que vendrá a perpetuar y expandir la crisis en el tiempo. Tal es así que el grado de avance de la Agenda 2030 por parte de los Gobiernos de países empobrecidos dependerá de una respuesta decidida y concertada de
sus Gobiernos, de los actores privados, de la sociedad civil organizada y de la comunidad internacional en torno al tratamiento y canje de la deuda, a fin de poder dar cumplimiento al conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible que exigen no
dejar a nadie atrás. En otras palabras, parece posible asumir que la respuesta a la crisis de la COVID-19 será coordinada a nivel internacional, articulando una respuesta inclusiva más allá de nuestras fronteras y con la mirada puesta en la
reestructuración de la deuda, o no será efectiva ni eficiente. Esta pandemia nos vuelve a demostrar, en suma, lo imprescindible de las interdependencias y las interconexiones globales.


Con todo, y pese a que el G20 acordó la iniciativa de suspensión de deuda (DSSI) para con los países de ingresos bajos, estableciendo un paso sin precedentes de coordinación entre acreedores tradicionales y emergentes y contemplando la
suspensión y aplazamiento de las deudas bilaterales pagaderas entre mayo de 2020 y junio de 2021, aún hoy no existe ningún abordaje para países de renta medida que se enfrentan a situaciones de suma gravedad. Así que, urge construir procesos
políticos inclusivos que



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debatan estas necesidades a partir de la horizontalidad, la transparencia y la rendición de cuentas, como cuestiones que han de ser tenidas siempre en cuenta, con la mirada puesta en adaptar las políticas de cooperación a la realidad y
reflexionar con certeza sobre los contratos sociales necesarios en sociedades con desigualdades estructurales en todos los ámbitos de la gobernanza democrática.


En síntesis, nos encontramos en un momento de buscar soluciones globales que pasen por asegurar opciones para aliviar la carga de la deuda de los países empobrecidos y promover mecanismos de financiación en forma de donaciones o créditos
altamente concesionales en los organismos internacionales. Es el momento de que nuestro país lidere en la Unión Europea y en el conjunto de Organismos Internacionales, una respuesta multilateral para con la reestructuración de la deuda que sea
veladora de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y que garantice una salida justa e inclusiva a la crisis de la COVID-19.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Asegurar la posición del Gobierno de España en las negociaciones internacionales de tratamiento de la deuda vinculadas a la crisis de la COVID-19 en la siguiente línea:


a) Extensión en el tiempo de la iniciativa de DSSI, al menos hasta final de 2021.


b) Promover la participación de los acreedores privados en la iniciativa, en términos comparables a los de los Gobiernos.


c) Participación activa en el diseño del nuevo 'Marco Común' para el tratamiento de la deuda de todos los acreedores, asegurando que en el menú de opciones de este Marco se incluyan las reducciones y cancelaciones de deuda y que cuente con
mecanismos que permita abordar de manera rápida y eficaz reestructuraciones ordenadas, con un reparto justo de la carga del alivio de deuda entre todos los acreedores, incluyendo a los privados, en términos comparables a los de los Gobiernos de una
manera más enérgica y contundente que en anteriores comunicaciones de eg (G20, Club de Paris etc..)


d) Participación en diálogos destinados a asegurar una valoración exhaustiva por parte de los Bancos de Desarrollo sobre su capacidad para aportar flujos financieros netos positivos mediante su colaboración en las medidas de alivio de la
deuda.


2. Poner en marcha una estrategia de canje de deuda que incluya los siguientes componentes:


a) Reorientar los recursos de operaciones de canje existentes a la lucha contra los efectos de la COVID-19, especialmente en materias de salud y educación, y en compromisos medibles de derechos humanos, transformación productiva sostenible e
igualdad de género.


b) Liderar en la Unión Europea medidas concretas de canje de deuda por inversiones en sostenibilidad y salud pública para aquellos países más afectados por la crisis de la COVID-19 y con problemas de sostenibilidad en su endeudamiento.


c) Explorar en el corto plazo, junto con los países de América Latina, opciones de tratamiento y canje de deuda que les permitan enfrentarse con mejores posibilidades a la fase de recuperación de la actual crisis.


3. Impulsar el uso más flexible y amplio que resulte posible de los mecanismos de financiación de que dispone el FMI, apoyando de manera especial a los países empobrecidos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2020.-María Guijarro Ceballos, Javier Cerqueiro González, José Losada Fernández, Esther Padilla Ruiz, Diputados.-Ana Belén Fernández Casero y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del
Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Igualdad


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Apoyo, Promoción y Transversalización del Enfoque de Diversidad Sexual en la
Cooperación Internacional al Desarrollo, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


El informe 'Homofobia de Estado' editado por la Asociación Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA) afirma que aún hoy día existen 72 Estados en el mundo que criminalizan las relaciones afectivas o sexuales entre
personas adultas del mismo sexo, persiguiendo a muchos de ellos de igual modo y en la práctica también a las personas por su identidad sexual. De los mismos, 10 países penalizan estas relaciones con la pena de muerte.


Las personas LGTBI y todas aquellas personas que sufren discriminación por su orientación e/o identidad sexual, ven así gravemente afectados sus derechos humanos a la vida, a la integridad personal, a la dignidad humana, a la igualdad ante
la ley y a la no discriminación, al acceso a la justicia, a la educación, a la salud, a la cultura y al trabajo, a la vivienda y a la libertad de circulación; al tiempo que continúan sufriendo impunes crímenes de odio, tortura, tratos crueles,
inhumanos o degradantes, agresiones físicas y verbales, rechazo social, hostigamiento policial y falta de reconocimiento y protección legal aunado en el impacto de la aplicación de leyes discriminatorias.


Por lo pronto, una multiplicidad de estudios han venido denunciado la dimensión de estas vulneraciones, tales como el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): 'Violencia contra las personas LGTBI', refleja cómo
durante un periodo de quince meses, entre enero de 2013 y marzo de 2014, se cometieron al menos 770 actos de violencia contra personas LGTBI, incluyendo 594 asesinatos en la región. Asimismo, un estudio posterior de Amnistía Internacional afirma
que entre 2008 y 2019 fueron reportados 3314 asesinatos contra personas trans en 74 países del mundo.


Frente a ello, cabría señalar que organismos de las Naciones Unidas instaron en 2015 a los Estados a tomar medidas urgentes para poner fin a la persecución, exclusión y estigmatización contra adultos, adolescentes, niñas y niños que se
enfrentan a situaciones de violencia y discriminación por su orientación sexual y/o identidad sexual. Así pues, subrayan que no respetar los derechos humanos de las personas LGTBI y no protegerlas de la violencia y de leyes discriminatorias 'supone
una grave violación de las normas internacionales en materia de derechos humanos y tiene un impacto significativo sobre la sociedad, fomentando una mayor vulnerabilidad a las enfermedades, a la exclusión social y económica, a la presión sobre las
familias y comunidades, y también un impacto negativo sobre el crecimiento económico, el trabajo decente y el progreso para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de cara al futuro'.


En efecto, los ODS 10 y 16 establecen como metas, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, etnia, origen, o condición, eliminar las políticas y prácticas
discriminatorias y, en definitiva, promover y aplicar leyes y políticas inclusivas a favor del desarrollo sostenible. Por ello, y en aras a cumplir con la promesa de la Agenda 2030 de no dejar a nadie atrás, la lucha contra la discriminación por
razón de orientación e identidad sexual es una prioridad de la política exterior española que, en consecuencia, orienta de manera decidida también la política de cooperación internacional.


Así pues, el V Plan Director de la Cooperación Española (CE) sostiene que, mediante un enfoque basado en derechos humanos, la CE promoverá el empoderamiento de todas las personas para el ejercicio pleno de sus derechos, la participación
política, la rendición de cuentas y velará por la no discriminación por razón de género, de orientación sexual y de identidad de sexual. Del mismo modo, la



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Estrategia de Acción Humanitaria de la Cooperación Española 2019-2026 incorpora la orientación y la identidad sexual a su enfoque de género, edad y diversidad y, al mismo tiempo, el III Plan África aprobado en marzo de 2019, asume la
prioridad marcada en la Estrategia de Acción Exterior de lucha contra la discriminación por razón de orientación sexual y de identidad sexual.


En este último sentido, África es el continente donde las violaciones a los derechos humanos de las personas LGTBI tienen una mayor incidencia. De los 55 países de la Unión Africana, 32 criminalizan la homosexualidad, siendo el continente
donde se concentran la mayoría de los 72 Estados del mundo que institucionalizan estas violaciones de derechos humanos. La persecución incluye desde multas pecuniarias a prisión o, en determinados países, la pena de muerte. Con todo ello, se han
producido recientemente persecuciones y detenciones a personas LGTBI por parte de las autoridades, amparadas por un sistema de normas discriminatorias en ocasiones heredadas de la época colonial.


Por su parte, y por la relevancia histórica que para la cooperación al desarrollo española tiene América Latina, urge destacar la necesidad de proteger a las personas LGTBI en esta región, siendo en la misma donde se han documentado
situaciones de mayor violencia hacia las personas que sufren discriminación por razón de su identidad sexual. Estos ciclos de violencia 'se entremezclan con altos niveles de discriminación y estigmatización, resultando en una falta de acceso a sus
derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales' (OC24/17 resolución de la CIDH).Asimismo, y financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), el 'Estudio sobre la situación del
colectivo LGTBI con necesidades de protección Internacional en Centroamérica' constata que la violencia y la discriminación contra las personas LGTBI determina de manera decisiva las condiciones de su desplazamiento, el acceso a los sistemas de
protección internacional y la integración en el país de destino.


En suma, y tomando como referencia el Enfoque basado en Derechos Humanos y el de Interseccionalidad, es posible afirmar que ningún proceso de desarrollo tiene el mismo impacto si en su seno se dan situaciones de discriminación por
orientación e identidad sexual. Así pues, desde la Cooperación Internacional no es posible ignorar esta realidad si lo que se pretende es alcanzar un desarrollo humano sostenible inclusivo, equitativo, con justicia social y que reconozca la
diversidad como un bien público global.


Por todo ello, hace tres años la Fundación Triángulo y la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional al Desarrollo (AEXCID), promovieron la Declaración de Mérida sobre el compromiso de las instituciones públicas en materia de Derechos
Humanos de las personas LGTBI en el mundo a fin de impulsar, en el marco de coherencia de políticas y mediante el blindaje presupuestario, tanto la promoción de las políticas públicas de derechos humanos de las personas LGTBI como la
transversalización del enfoque de género y de diversidad sexual en la totalidad de herramientas e instrumentos de cooperación internacional. Con la firma de la AECID el 28 de junio de 2019, la Cooperación española se compromete igualmente a que su
trabajo asuma el enfoque de diversidad sexual, además de realizar acciones positivas y destinar recursos a programas y proyectos que tengan como fin la promoción de la inclusión de las personas LGTBI dentro de un desarrollo sostenible compartido que
no deje a nadie atrás.


Con todo, transversalizar el Enfoque de Diversidad Sexual en la totalidad de procesos de Cooperación Internacional, con objeto de garantizar que sus proyectos impacten de forma equitativa en los procesos de transformación social y generando
contextos y espacios libres de discriminación donde el propio personal contratado y la población beneficiaría de la intervención realizan sus actividades, resulta una responsabilidad tanto para las administraciones públicas como para la sociedad
civil organizada.


Llegado este punto, si bien progresivamente las organizaciones sociales y organismos e instituciones públicas muestran su preocupación por la situación de la Diversidad Sexual en el mundo, un estudio realizado por Fundación Triángulo
analizando los últimos diez años de la cooperación al desarrollo en España señala que tan solo la AEXCID cuenta con una trayectoria estable y de largo recorrido en considerar esta línea de trabajo entre sus prioridades y compromisos de trabajo. De
este modo, y más allá del reciente compromiso de la AECID con la Declaración de Mérida o de actuaciones como las de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Gipuzkoa, el Ayuntamiento de Sevilla en el ámbito municipal o las Agencias de Cooperación
Andaluza o Balear a nivel autonómico, el resto de intervenciones en la materia han venido figurando como algo puntual y residual.


En definitiva, las y los socialistas queremos situar la política de cooperación como parte imprescindible e intrínseca del corazón de la acción exterior del Gobierno de España, desde esa visión igualitaria y



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comprometida con los derechos de las personas LGTBI que es marca España y nos hace sentirnos orgullosas y orgullosos como país.


Parafraseando al Presidente José Luis Rodríguez Zapatero en aquel discurso de 2005 que acompañaría a la aprobación del Matrimonio Igualitario, con esta Proposición No de Ley pretendemos que las sociedades puedan hacerse mejores a sí mismas y
que puedan ensanchar las fronteras de la tolerancia y hacer retroceder el espacio de la humillación y la Infelicidad. Así, para muchas y muchos, llega aquel día que evocó Kavafis hace un siglo: 'más tarde decía en la sociedad más perfecta/ algún
otro, hecho como yo, ciertamente surgirá y actuará libremente'.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar, en el marco de la Ayuda Oficial al Desarrollo, proyectos dirigidos a erradicar la violencia, discriminación y todas aquellas vulneraciones de derechos humanos por razón de orientación e identidad sexual, y a promover el
empoderamiento de la población LGTBI y de aquellas personas cuya orientación e/o identidad sexual sufra de exclusión, violencia o discriminación en los diferentes países del mundo y priorizando aquellos territorios con peor situación para la
población objetivo.


2. Blindar e incorporar la transversalización del Enfoque de Diversidad Sexual tanto en la actualización de la normativa reguladora de la Cooperación Española, como en su arquitectura institucional y futuro Plan Director, Estrategias,
Protocolos y Códigos tales como el Código de Financiación Responsable del FONPRODE.


3. Promover la definición de indicadores y criterios que permitan valorar e incorporar el Enfoque de Diversidad Sexual a los planes, programas y convocatorias de la Cooperación Española, e instar a su incorporación y aplicación al resto de
administraciones y agentes de cooperación al desarrollo.


4. Promover la elaboración de un programa regional de Diversidad Sexual para Centroamérica, el Caribe y Sudamérica, mediante una estrategia coordinada y participada por las organizaciones sociales con trayectoria y trabajo continuado en la
región.


5. Impulsar la elaboración de una Estrategia de Incidencia política, derechos humanos y cooperación al desarrollo sobre Diversidad Sexual para el continente africano, en diálogo con las organizaciones estatales e internacionales con
trayectoria y trabajo continuado en la zona en esta materia.


6. Promover la inclusión del Enfoque de Diversidad Sexual en los marcos normativos y planes de acción de las Agencias públicas de Cooperación Internacional para el Desarrollo, tanto a nivel autonómico como local o departamento competente, e
instara la firma por parte de estas de la Declaración de Mérida sobre el compromiso de las instituciones públicas en materia de Derechos Humanos de las personas LGTBI en el mundo.


7. Intensificar la incidencia política internacional en materia de derechos humanos de las personas LGTBI en los diferentes foros en los que se participa como país, haciendo especial énfasis en el trabajo del Core Group LGTBI de Naciones
Unidas, la Agenda de la Equal Rights Coalition y de la propia Unión Europea.


8. Liderar una hoja de ruta global para impulsar el reconocimiento de la diversidad sexual como bien público global y, en sintonía, combatir y erradicar cualquier tipo de discriminación y violencia que sufran las personas LGTBI y, muy
especialmente, las sufridas por las mujeres LTB, dada la situación de vulnerabilidad que presentan en diferentes regiones del mundo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-María Guijarro Ceballos, Javier Cerqueiro González, José Losada Fernández, Esther Padilla Ruiz, Julio del Valle de Íscar y Laura Berja Vega, Diputados.-Susana Ros Martínez, Ana
Belén Fernández Casero y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001578


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al diseño y la puesta en
marcha del 'III Plan Nacional de Infancia y Adolescencia', para su debate en Comisión de Derechos de la Infancia y la Adolescencia.


Exposición de motivos


La promoción y defensa del bienestar, la calidad de vida, la igualdad de oportunidades y el pleno desarrollo de capacidades durante la infancia y la adolescencia es un ámbito prioritario para las Administraciones españolas, fundamentalmente
en el marco de los Servicios Sociales, desde hace bastantes años.


Así, sobre la base del artículo 12 de la Constitución de 1978, de los artículos 1 y 4 de la mencionada 'Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño', y de lo establecido en normas como la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de
enero, de Protección Jurídica del menos, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil; la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores y su Reglamento de desarrollo (Real
Decreto 1774/2004); la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra
la violencia de género, y la Ley Orgánica 3/2005, de 8 de julio, de modificación, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial, para perseguir extraterritorialmente la práctica de la mutilación genital femenina, el Plan 2006-2009 dio
prioridad a variables como la equidad interterritorial.


Así mismo desde el trabajo conjunto de la Administración General del Estado, las Administraciones autonómicas, los Entes locales y otros actores implicados en los derechos de la infancia y la adolescencia (por ejemplo: organizaciones no
gubernamentales especializadas, expertos universitarios...), se puso en marcha la elaboración del 'II Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia', que fue aprobado por acuerdo de Consejo de Ministros el 5 de abril de 2013 para ser llevado
en práctica hasta el año 2016.


El Plan 2013-2016 fue vertebrado sobre ocho ejes (apoyo a las familias, medios y tecnologías de la información, protección e inclusión social, prevención y rehabilitación ante conflictos sociales, educación de calidad, salud integral,
participación infantil y entornos adecuados) y nutrido con 125 medidas cuya definición se acompañó con indicadores de cumplimiento, mecanismos de coordinación y control para medir su eficacia, y una estimación del presupuesto requerido para su hacer
posible su ejecución efectiva.


Con todo, el enfoque innovador de la segunda versión del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia fue determinado principalmente por tener en cuenta no solo los derechos de los niños, sino también los deberes y las
responsabilidades de los menores de edad.


Tras la evaluación intermedia del segundo plan realizada en noviembre de 2015, el Observatorio de la Infancia publicó la evaluación final en julio de 2017, en la que se planteó literalmente que 'ha mejorado la estructura de la atención al
bienestar de la infancia y adolescencia en todo el territorio nacional por el hecho de establecer planteamientos y objetivos comunes entre todos los organismos implicados'.


A partir de todo ello, y teniendo en cuenta la carencia de avances tangibles en la promoción, la garantía y la defensa de los derechos ligados a la infancia y la adolescencia en España desde el cambio de Gobierno acontecido en junio de 2018,
se considera imprescindible la elaboración y puesta en funcionamiento del III Plan de Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diseñar y poner en marcha el 'III Plan Nacional de Infancia y Adolescencia', cooperando para ello con las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias y el movimiento asociativo en el marco de la estrategia de
erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia.



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2. Impulsar como objetivo prioritario la garantía, la promoción y la defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia de una forma global, transversal e integral.


3. Incorporar programas específicos de actuación con medidas en los ámbitos familiar, educativo, sanitario, de los servicios sociales, de las nuevas tecnologías, del deporte y el ocio y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


4. Priorizar las medidas y recursos destinados a los niños, niñas y adolescentes en situación de especial vulnerabilidad, así como a los grupos específicos de alto riesgo, en el ámbito de la prevención.


5. Contar con la participación infantil y juvenil, así como la implicación de las personas menores de edad en los propios procesos de sensibilización y detección.


6. Garantizar la conciliación familiar y laboral en los casos de familias de especial vulnerabilidad que facilite a los progenitores participar en formación, capacitación orientado al empleo.


7. Realizar campañas de sensibilización dirigidas tanto a las personas adultas como en las menores de edad orientadas al conocimiento de los principios y disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.


8. Concienciar a la sociedad de todas las barreras que sitúan a los niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad social y riesgo de sufrir violencia, así como las dirigidas a reducir o eliminar dichas barreras.


9. Garantizar formación continua y especializada a los profesionales que intervienen habitualmente con niños, niñas y adolescentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Alicia García Rodríguez, María de la O Redondo Calvillo y Margarita Prohens Rigo, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


161/001583


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que el Gobierno apruebe en el
plazo de seis meses el II Plan Integral de Apoyo a la Familia, para su debate en la Comisión de Derechos de la Infancia y la Adolescencia.


Exposición de motivos


El Plan Integral de Apoyo a la Familia 2015-2017, aprobado por el gobierno de Mariano Rajoy, surgió del compromiso de articular una política integral de apoyo económico y social a las familias, entendidas desde su diversidad desde el
reconocimiento del valor primordial de la misma como unidad básica de articulación social, escuela de valores, lugar privilegiado para la transmisión del patrimonio cultural, agente de cohesión e integración social, factor clave de la solidaridad
intergeneracional, y espacio vital para el desarrollo y bienestar de sus miembros, a la que los poderes públicos deben apoyar para que pueda asumir plenamente sus responsabilidades.


Este Plan incluía, entre sus objetivos y líneas estratégicas, la mejora de la protección social y económica de las familias, especialmente las que tienen menores de edad a cargo; la conciliación y la corresponsabilidad de la vida familiar y
laboral; el apoyo a la maternidad y un entorno favorable a la vida familiar; la parentalidad positiva; el apoyo a familias con necesidades especiales; entre ellas, familias numerosas, monoparentales, familias con personas con discapacidad, o
aquellas que tienen en su seno enfermos graves, mayores, madres reclusas o ex reclusas con menores, etc.


Terminado el periodo de vigencia de dicho Plan Integral de Apoyo a la Familia y conseguidos los objetivos del mismo que ha supuesto un importante avance en la mejora del bienestar y la calidad de vida de las familias españolas, urge elaborar
otro Plan para apoyar a las familias españolas, máxime cuando la crisis económica derivada de la crisis sanitaria del COVID-19 comportará consecuencias económicas muy severas para cientos de miles de familias, cuyos progenitores perderán su empleo y
quedarán en una situación de gran vulnerabilidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar en un plazo de seis meses, el II Plan Integral de Apoyo a la Familia que contemple, de manera especial, a aquellas familias más vulnerables; familias numerosas, monoparentales, con
personas con discapacidad o mayores a su cargo y aquellas familias con uno o los dos progenitores desempleados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Ana Belén Vázquez Blanco, María de la O Redondo Calvillo y Margarita Prohens Rigo, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


161/001594


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Carla Toscano de Balbín, D.ª María Teresa López Álvarez, D. Pablo Juan Calvo Liste, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás y D.ª Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de
Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al síndrome de alienación parental, para
su discusión en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


Primero. Definición del Síndrome de Alienación Parental.


1. La Real Academia Española ('RAE') define la alienación como 'estado mental caracterizado por una pérdida del sentimiento de la propia identidad' 24.


2. Este término propio de la psiquiatría fue utilizado en la década de los 80 para acuñar la expresión síndrome de alienación parental (en adelante, 'SAP'): tipo específico de desorden que surge en los hijos de padres separados o
divorciados como consecuencia de los procesos judiciales de guarda y custodia 25.


3. Desde una perspectiva clínica, el SAP se describe como el conjunto de síntomas que se producen en los hijos cuando un progenitor (denominado 'alienador') manipula su conciencia con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos
con el otro progenitor (el 'alienado') 26. El efecto que se logra es que los menores se alienan, pierden su identidad, en tanto que son cuestionadas sus propias relaciones paternofiliales.


4. Su manifestación primaria es la campaña de denigración que los propios menores llevan a cabo, en complicidad con el progenitor alienador, contra el progenitor alienado 27.


5. El SAP produce además en los menores una serie de manifestaciones secundarias concretas y palpables, algunas de ellas psíquicas o emocionales (trastornos de conducta, ansiedad, miedo, etc.), y otras físicas (trastornos del sueño, de la
alimentación...) 28.


Segundo. Fundamentos científicos y jurisprudenciales del SAP.


6. Si bien es cierto que el SAP ha sido durante años un concepto controvertido, también lo es que en la actualidad cuenta con un respaldo doctrinal y jurisprudencial considerable y en constante crecimiento.


24 https://dle.rae.es/alienaci%C3%B3n#0ozm586


25 VV.AA., 'El síndrome de alienación parental: una forma de maltrato infantil', Cuadernos de Medicina Forense, N.º 12, Vol. 43-44, Enero-Abril 2006, p. 119. Acceso en línea: http://scielo.isciii.es/pdf/cmf/n43-44/09.pdf


26 AGUILAR, J. M., Síndrome de Alienación Parental. Hijos manipulados por un cónyuge para odiar al otro, Editorial Almuzara, Córdoba, 2004.


27 VV. AA., 'La lógica del Síndrome de Alienación Parental de Gardner (SAP): 'terapia de la amenaza'', Revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría, 2008, vol. XXVIII, n.º 102, p. 285. Acceso en línea:
http://scielo.isciii.es/pdf/neuropsiq/v28n2/v28n2a04.pdf


28 VV. AA., 'El síndrome de alienación parental: una forma de maltrato infantil', Cuadernos de Medicina Forense, N.º 12, Vol. 43-44, Enero-Abril 2006, p. 124. Acceso en línea: http://scielo.isciii.es/pdf/cmf/n43-44/09.pdf



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7. En el campo de la doctrina científica médica:


a) El SAP ya ha sido incluido por la Organización Mundial de la Salud ('OMS') en la undécima edición de la Clasificación internacional de enfermedades ('CIE-11'), bajo la denominación QE52.0 - 'problemas de la relación cuidador-niño'. Lo
define como 'insatisfacción sustancial y sostenida dentro de una relación entre el cuidador y el niño asociada con una perturbación significativa en el funcionamiento' 29.


b) Además, la Real Academia Nacional de Medicina, adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación, ha incorporado a su Diccionario el SAP como forma de maltrato infantil en su vertiente psíquica o emocional 30.


8. Por cuanto respecta al ámbito jurisprudencial, numerosas resoluciones judiciales reconocen ya, de forma implícita o explícita, la existencia de la alienación parental. Incluso, en algunos casos, constatan su concurrencia en los asuntos
enjuiciados. Cabe mencionar en este sentido:


a) El Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1.ª, de 9 de julio de 2013 (rec. 2995/2012);


b) la STS Sala de lo Civil, Sección 1.ª, 162/2016, de 16 de marzo (rec. 590/2015);


c) El Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1.ª, de 19/4/2017 (rec. 3367/2016); y


d) la STS Sala de lo Civil, Sección la, 519/2017, de 22 de septiembre (rec. 2831/2016).


e) Y, en el panorama internacional, la STEDH de 11 enero 2011, Sección 4.ª (caso Bordeianu v. Moldavia) y la STEDH de 2 noviembre 2010, Sección 2.ª (caso Piazzi v. Italia).


Tercero. Falta de regulación legal del SAP y problemas que comporta.


9. El ordenamiento jurídico español no cuenta con una regulación específica del SAP, en sede civil ni penal, que defina la conducta y las consecuencias jurídicas aparejadas a la misma.


10. Tal ausencia normativa comporta dos graves consecuencias:


a) La alienación de los menores entraña un riesgo objetivo, si no se detecta y corrige a tiempo, que es la degeneración efectiva e irreversible de los vínculos paternofiliales. El hecho de que el SAP no esté regulado ni penalizado redunda
en claro perjuicio del interés superior del menor, principio rector de los procesos de Derecho de familia 31.


b) Por la referida falta de definición, las resoluciones judiciales -v. gr., las mencionadas en el Expositivo segundo- solo pueden limitarse a constatar en los menores una sintomatología propia del SAP para, posteriormente, tener en cuenta
ese dato entre tantos otros que condicionan el otorgamiento de la guarda y custodia. Tal metodología casuística ocasiona que los pronunciamientos judiciales lleven a cabo interpretaciones dispares de hechos análogos. Y genera, además, una gran
inseguridad jurídica de los progenitores alienados, que se une al sufrimiento de verse emocionalmente apartados de sus hijos por la acción de sus ex parejas.


11. Si la alienación es de tal entidad -y concurre además la suficiente carga probatoria- que pueda constituir un delito de maltrato psíquico del artículo 153 del Código Penal, el progenitor alienado podrá instar el oportuno proceso penal
para su enjuiciamiento. Fuera de este caso, los progenitores alienados carecen de mecanismos específicos para resolver la difícil situación a la que se ven expuestos tanto ellos como sus hijos. En otras palabras, el SAP no tiene per se
consecuencias jurídicas en un proceso civil de custodia, y ello resulta inaceptable teniendo en cuenta la gravedad de las secuelas que provoca.


12. La referida ausencia de regulación legal es, con todo, deliberada. Prueba de ello es que la Medida 129 del Pacto de Estado contra la violencia de género de 2019 contiene la siguiente directriz:


'Evitar que el denominado Síndrome de Alienación Paren tal pueda ser tomando en consideración por los órganos judiciales, fomentando el conocimiento entre los operadores jurídicos del significado de dicha


29 https://icd.who.int/browse11/I-m/es#/http%3a%2f%2fid.who.int%2ficd%2fentity%2f547677013


30 https://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=maltrato%20infantil


31 Este principio rector que, al mismo tiempo, es criterio hermenéutico en los procesos de Derecho de familia y norma de procedimiento, tiene su respaldo jurídico en normas internacionales -artículo 3.1 de la Convención sobre los Derechos
del Niño, Observación General n.º 14, de 29 de mayo de 2013, del Comité de los Derechos del Niño- y nacionales -artículo 39.4 de la Constitución Española y 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor-.



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expresión. El SAP carece de base científica y está excluida de los catálogos de enfermedades científicamente reconocidas.'


Sin embargo, y como ya ha quedado expuesto, dicha afirmación no es cierta a día de hoy, ni a nivel científico (médico y psicológico) ni jurisprudencial.


Cuarto. Propuesta de regulación del GPVOX.


13. El GPVOX propone las siguientes medidas respecto del SAP, entendido como manipulación que los progenitores ejercen contra sus hijos dirigida a posicionarles contra su otro progenitor:


a) Su inclusión en la legislación procesal, a fin de que pueda ser tenido en cuenta en los procesos de custodia.


b) La investigación de dicha figura, de su incidencia en los procesos judiciales y de sus consecuencias sobre los menores y sobre las enteras familias donde acontece.


14. Ello permitirá:


a) Conocer, desincentivar y detectar este tipo de conductas de manipulación de los menores, tan perniciosas para su bienestar integral.


b) Proporcionar una mayor seguridad jurídica en aplicación del mandato contenido en el artículo 9.3 de la Constitución Española, toda vez que una regulación jurídica del SAP permitirá una mayor uniformidad de criterio en las resoluciones
judiciales.


c) Que los procesos judiciales de familia 32 cuenten con una medida añadida de protección de los menores que sufren situaciones de alienación por parte de sus progenitores.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en desarrollo de las competencias que en materia de legislación civil y procesal atribuye la Constitución Española al Estado [artículo 149.1.6.a)], a lo siguiente:


1. Incorporar la alienación parental a la normativa reguladora de los procesos judiciales donde se ventilan cuestiones alusivas a la patria potestad, guarda y custodia de menores, con el fin de proteger a los menores que están siendo
víctimas de la alienación, permitiendo que se adopten las medidas y regímenes que más les preserven de la misma, y penalizando al mismo tiempo a los progenitores que la ocasionan.


2. Dedicar los medios humanos y económicos necesarios para la investigación de la alienación parental, desde una perspectiva pluridisciplinar, a saber:


a) Médica y psicológica, para comprender mejor la génesis de esta conducta, su sintomatología y sus secuelas en los menores y en las familias.


b) Jurídica, para valorar el peso que la alienación parental puede tener en los procesos judiciales donde se ventilan cuestiones relativas a la custodia de hijos menores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de octubre de 2020.-Carla Toscano de Balbín, María Teresa López Álvarez, Pablo Juan Calvo Liste, Rocío de Meer Méndez, María de la Cabeza Ruiz Solás y Georgina Trías Gil, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


32 Tanto si los conocen los Juzgados Civiles o de Familia como si los asuntos se enjuician en los de Violencia sobre la mujer. Recordemos que, a causa de la vis atractiva de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que tiene su fundamento
legal en los artículos 49 bis.dos de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 87 ter.dos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Juzgados de violencia sobre la mujer conocerán también los asuntos de Derecho de familia en los que concurran sospechas
fundadas de comisión de actos de violencia de género.



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Comisión de sobre Seguridad Vial


161/001564


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Julio Utrilla Cano, D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Víctor Manuel Sánchez del Real, en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley
relativa a elaborar un nuevo Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial para el periodo 2021-2030, con especial atención a los usuarios vulnerables, para que se debata en la Comisión de Seguridad Vial.


Exposición de motivos


Primero. La misión de la Dirección General de Tráfico (en adelante, 'DGT') es satisfacer las necesidades ciudadanas mediante el cumplimiento de sus tres objetivos primordiales y permanentes: disminuir el número de víctimas y de accidentes
de tráfico, garantizar la movilidad a través de una adecuada gestión del tráfico y proveer la gestión de todos los trámites asociados a la gestión de la circulación 33.


Para cumplir con su misión, la DGT tiene la obligación de impulsar políticas a nivel nacional y adaptar las políticas internacionales a las que España se haya adherido, como pueden ser las establecidas en la Unión Europea o, incluso, en las
Naciones Unidas.


Actualmente, tiene su ámbito de competencias marcado por el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.


Dentro de las políticas que lleva a cabo la DGT, la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 es el marco de referencia general. Esta estrategia viene inspirada, a su vez, por las líneas sobre seguridad vial establecidas por la Comisión
Europea y se enmarca en el plan llamado 'Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020', proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 64/255, de 1 de marzo de 2010, y que establece las siguientes líneas de
actuación: gestión de seguridad vial, tráfico y movilidad, seguridad en vehículos, usuarios de las vías y reacción tras los accidentes.


Segundo. Como remarca la DGT, dentro de la seguridad vial, una de las prioridades más importantes es la protección de los usuarios más vulnerables (niños, mayores, peatones y ciclistas) 34.


A estos grupos vulnerables es necesario añadir a los usuarios de motocicletas y ciclomotores. Los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal ('VMP') quedarían incluidos también al estar comprendidos en las anteriores categorías, aunque
sería conveniente hacer una mención expresa para su adecuación a las actuales circunstancias, lo que hace necesaria la creación de un nueva Estrategia de Seguridad Vial 2021-30, que recoja y desarrolle esta nueva realidad.


Con ocasión de la presentación de una nueva señal de tráfico para señalar los tramos con mayor número de accidentes de moto el pasado 30 de septiembre, el Ministro del Interior, Sr. Grande-Marlaska Gómez, manifestó que 'las personas
vulnerables en carretera son los motoristas, los peatones y los ciclistas'. En esta línea cabe incluir a los motoristas como usuarios vulnerables en carretera, mientras que en vías urbanas serían los expuestos anteriormente.


Tercero. Atendiendo a la Estrategia de Seguridad Vial 2011-20, las actuaciones establecidas para cumplir los objetivos respecto de cada grupo de usuarios vulnerables son las siguientes:


1. Niños:


- Proporcionar entornos y trayectos escolares seguros.


- Mejorar la utilización eficiente de los sistemas de retención infantil.


- Impulsar la seguridad vial en el curriculum escolar.


33 http://www.dgt.es/es/Ia-dgt/objetivos-y-competencias/


34 Ibid. DGT.



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2. Mayores:


- Mejorar el seguimiento de las capacidades de los mayores para la conducción.


- Proporcionar espacios seguros de movilidad para mayores.


- Mejorar el conocimiento sobre la accidentalidad de los mayores y su movilidad.


3. Jóvenes:


- Mejorar la capacitación y actitudes de los conductores jóvenes.


- Realizar intervenciones activas en el entorno de ocio nocturno.


4. Peatones:


- Promover el desplazamiento a pie como forma de movilidad económica y saludable.


- Proporcionar espacios seguros de movilidad para peatones.


- Mejorar el conocimiento sobre la accidentalidad de los peatones y su movilidad.


5. Ciclistas:


- Promover el uso de la bicicleta como modo de desplazamiento eficiente.


- Mejorar la capacitación y actitudes de los ciclistas y resto de usuarios.


- Proporcionar espacios seguros de movilidad para bicicletas.


- Mejorar el conocimiento de los ciclistas.


6. Motoristas:


- Conseguir comportamientos más seguros de los motoristas.


- Incrementar la seguridad de las carreteras para los motoristas.


- Mejorar el conocimiento sobre la accidentalidad de los motoristas y su movilidad.


Todas estas actuaciones se complementan con otras enfocadas a las propias infraestructuras o a la ordenación del tráfico, tanto en vías urbanas como interurbanas, con el objetivo de bajar la siniestralidad de forma significativa.


Cuarto. Los ratios de accidentes y víctimas han disminuido significativamente pero sin llegar a los objetivos marcados en los propios indicadores del citado plan estratégico 2011-20, que son:


1. Bajar de la tasa de 37 fallecidos por millón de habitantes.


2. Reducción del número de heridos graves en un 35 %.


3. Cero niños fallecidos sin sistema de retención infantil.


4. 25 % menos de conductores de 18 a 24 años fallecidos y heridos graves en fin de semana.


5. 10 % menos de conductores fallecidos mayores de 64 años.


6. 30 % de reducción de fallecidos por atropello.


7. 1.000.000 de ciclistas más sin que se incremente su tasa de mortalidad.


8. Cero fallecidos en turismos en zona urbana.


9. 20 % menos de fallecidos y heridos graves usuarios de motocicletas.


10. 30 % menos de fallecidos por salida de la vía en carretera convencional.


11. 30 % menos de fallecidos en accidente 'in itinere'.


12. Bajar del 1 % los positivos de alcoholemia en los controles preventivos aleatorios.


13. Reducir un 50 % el porcentaje de vehículos ligeros que superan el límite de velocidad en más de 20 km/h.


Así, según publicó la propia DGT en una nota de prensa en agosto del presente año, los datos de 2019, en relación a los de 2018, muestran un incremento de los fallecidos entre los usuarios vulnerables hasta representar el 53 % de los muertos
en accidente; cifra que la misma DGT reconoce es la primera vez que superan el 50 %. Entre las víctimas, uno de cada cuatro es un motorista. Pero es especialmente significativo que, si bien el número de víctimas mortales ha disminuido en general,
en vías urbanas ha ascendido un 6 %, siendo el 82 % de los mismos usuarios vulnerables y, dentro de este colectivo, el 70 % son mayores de 65 años.



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Si bien la tasa de mortalidad en España (37 fallecidos por millón de habitantes) es significativamente más baja que en el resto de Europa, que tiene una media de 51, hay que prestar atención al resto de víctimas que quedan heridas de diversa
gravedad y con diferentes secuelas que se prolongan en el tiempo.


Según el Anexo Estadístico de 2019 -hay que tener en cuenta que no son datos consolidados y que estos se publicarán en el anuario estadístico-, el número de heridos que requirieron hospitalización en 2019 fue de 8.605 personas, y de 130.744
las que no se hospitalizaron. Estas cifras son muy semejantes a las que se presentan en los cinco años anteriores, por lo que no se puede hablar de éxito.


Quinto. En cuanto a las medidas ya expuestas en el Plan Estratégico 2011-20, hay que decir que son las adecuadas, pero necesitan ampliarse con nuevas medidas en vista de lo modesto de los resultados, así como adaptarse a la nueva realidad
en movilidad, como son los Vehículos de Movilidad Personal, anteriormente referidos.


Una de las iniciativas que mejor acogida ha tenido en el mundo es la relativa a los planes Visión Cero. En 1997, Suecia estableció el plan Visión Cero, por el que no se pueden marcar objetivos de reducción de accidentes que sean mayor que
cero. Con ello se remarca la necesidad de que los planes de seguridad vial tiene que tener la ambición de cero víctimas; objetivo que se debe marcar en un periodo de tiempo determinado. Ese plan ha tenido gran repercusión en nuestro entorno,
llegando a fijar la Unión Europea el objetivo de cero víctimas mortales en 2050.


En ese sentido se hace necesario que la nueva Estrategia de Seguridad Vial para los próximos diez años establezca las bases necesarias para lograr los objetivos marcados por la Unión Europea.


Así, una de las medidas que más se reclaman por los ciudadanos es el aumento de la presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en las vías de circulación, concretamente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil o de las
policías municipales o autonómicas con competencias.


Otra medida no menos importante es la necesaria inversión en infraestructuras. Mantenimiento del firme, nuevos trazados y peraltes así como la conservación de las señales son medidas fundamentales que necesitan de una mayor atención e
inversión públicas. Estas medidas deben ir de la mano de la revisión del estado de las señales, su ubicación o el aumento de indicaciones de puntos negros o tramos de concentración de accidentes.


Pero todas estas medidas no serían suficientes si no van acompañadas de la importantísima labor de educación vial y la concienciación.


Se hace necesario la educación vial desde los primeros años escolares, y que esta educación vial sea recordada y actualizada durante toda la vida de los usuarios, con independencia de la posesión de licencias de conducción. En ese sentido,
ante el aumento de los accidentes en vías urbanas, no hay que olvidar concienciar a peatones y formar a otros usuarios de vías que no requieren de un examen para la utilización de las mismas.


La concienciación sería así un importante pilar en el que debe apoyarse la seguridad vial.


Por último, ninguna política de seguridad vial puede prosperar sin la necesaria colaboración entre administraciones con competencias en la materia y la intervención del sector privado y los particulares, lo que está en íntima relación con lo
anterior.


Desde la DGT se deben propiciar acuerdos entre las administraciones para establecer campañas, ampliar los convenios existentes y prestarse colaboración en esta materia tan importante. Por otro lado, el papel del sector privado es
fundamental en todos los sentidos, destacando el que realizan las autoescuelas en la seguridad vial a muchos niveles. Este colectivo se ve especialmente afectado por la actual crisis, estando en peligro de desaparición ante la dificultad de la
celebración de exámenes, entre otras cuestiones.


Además, hay que destacar el rol que llevan a cabo los voluntarios, muchos de ellos víctimas de accidentes de tráfico que muestran su experiencia para concienciar a los usuarios.


En conclusión, en necesario elaborar un nuevo Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial para el periodo 2021-2030, que recoja una serie de medidas tendentes a reducir a cero el número de víctimas de accidentes de tráfico, con especial
atención a los usuarios vulnerables, cumpliendo así con el objetivo Visión Cero fijado por la Unión Europea 35.


35 Marco de la política de la Unión Europea en materia de seguridad vial para 2021-2030.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno elaborar un nuevo Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial para el periodo 2021-2030, que contengan las siguientes medidas tendentes a reducir a cero el número de víctimas de accidentes de
tráfico, con especial atención a los usuarios vulnerables:


1. Incrementar el número de efectivos destinados a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, dotándoles de mayores y mejores medios materiales para el ejercicio de sus funciones.


2. Promover políticas entre las administraciones locales y autonómicas con el fin de incrementar la presencia de policías locales y autonómicas en las vías de su competencia.


3. Ampliar la formación en seguridad vial en todos los niveles, desde centros docentes hasta centros formativos específicos. Se deberán incluir nociones básicas de primeros auxilios con el ánimo de reducir la mortalidad en accidentes de
tráfico.


4. Promover entre las administraciones públicas competentes una mayor seguridad de las infraestructuras viarias, mediante un mantenimiento adecuado, mejorando las señales de circulación y ampliando los avisos y advertencias en tramos
especialmente peligrosos, con alta concentración de accidentes, teniendo en cuenta los usuarios más vulnerables en su identificación y como destinatarios de las señales.


5. En relación a lo anterior, ampliación de los planes para instalar medidas de protección en guardarraíles con el fin de proteger a motoristas y otros usuarios afectados.


6. Incluir, de forma expresa, a los motoristas y Vehículos de Movilidad Personal entre los usuarios más vulnerables con el fin de darles una protección más adecuada.


7. Reforzar y ampliar las campañas de sensibilización y concienciación en materia de seguridad vial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Patricia Rueda Perelló, Francisco José Alcaraz Martos, Julio Utrilla Cano, Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez, Luis Gestoso de Miguel y Víctor Manuel Sánchez del Real,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/001609


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre el Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no
de Ley sobre realizar las modificaciones normativas requeridas para introducir la exigencia de elementos reflectantes en los conductores de los vehículos de movilidad personal cuando circulen por la noche y en otras condiciones de reducida
visibilidad, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial.


Exposición de motivos


Los vehículos de movilidad personal se han convertido en un medio alternativo y sostenible de desplazamiento para los ciudadanos en las zonas urbanas. Su progresiva inserción en la circulación viaria exige establecer las medidas necesarias
para su protección frente a los riesgos a los que están expuestos por su vulnerabilidad, de forma que se pueda facilitar sus desplazamientos garantizando su seguridad.


A los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por tanto, no se detraerán puntos al conductor cuando esté claro que el tipo de vehículo que conduce es un VMP.


El balance de seguridad vial 2019 de la Dirección General de Tráfico muestra que los usuarios vulnerables supusieron el 82 % de las personas fallecidas en ciudad. En este contexto, es preciso tener en cuenta que los atropellos tienen
consecuencias muy graves, estando frecuentemente motivados por la falta de percepción del conductor al no advertir la presencia de los usuarios que circulan en vehículos de



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pequeñas dimensiones como los vehículos de movilidad personal, riesgo que se incrementa por la noche o en condiciones meteorológicas como la lluvia en las que se disminuye la visibilidad.


La Dirección General de Tráfico publicó una instrucción transitoria en la que establece una serie de criterios clarificadores dirigidos a los usuarios de estos vehículos, ayuntamientos y agentes de la autoridad, hasta que se publique la
normativa correspondiente que va en la misma línea que los trabajos que está llevando a cabo la Unión Europea. En dicha instrucción se señala que el Reglamento General de Circulación ya considera conducción negligente y por tanto punible cuando la
conducción nocturna se realice sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en
peligro.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las modificaciones normativas requeridas para introducir la exigencia de elementos reflectantes en los conductores de los vehículos de movilidad personal cuando circulen por la noche
y en otras condiciones de reducida visibilidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-José Carlos Duran Peralta, Maribel García López y Adolfo Pérez Abellás, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario
Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/000512


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputada doña Ana María Zurita Expósito.


Texto:


¿Cual es la razón por la que AENA se niega a la realización de test de COVID-19, en los aeropuertos canarios imposibilitando la realización de corredores seguros con nuestros principales países emisores de turistas en nuestra temporada alta?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Ana María Zurita Expósito, Diputada.



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181/000513


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputada doña Ana María Zurita Expósito.


Texto:


¿Qué balance hace de las medidas de ayuda a la Vivienda puestas en marcha por el Gobierno en los RDL 8/2020 y 11/2020 y sus modificaciones, a raíz de la crisis sanitaria, social y económica ocasionada por el COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Ana María Zurita Expósito, Diputada.


181/000514


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputada doña Paloma Gázquez Collado.


Texto:


¿Qué actuaciones piensa llevar a cabo el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ante la disminución del número de usuarios en el transporte público?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Paloma Gázquez Collado, Diputada.


181/000515


Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputada doña María Muñoz Vidal.


Dirigida al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, don José Luis Ábalos Meco.


Texto:


¿Cuáles son los textos o normativas aplicables va a impulsar el Gobierno para incentivar la colaboración público-privada en la construcción y mantenimiento de infraestructuras?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-María Muñoz Vidal, Diputada.



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181/000576


Grupo Parlamentario VOX (GPVOX).


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputada doña Cristina Alicia Esteban Calonje.


Dirigida al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, don José Luis Ábalos Meco.


Texto:


¿Tiene previsto el Gobierno limitar los precios del alquiler, tal y como ha hecho el gobierno regional de Cataluña?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.- Cristina Alicia Esteban Calonje, Diputada.


181/000577


Grupo Parlamentario VOX (GPVOX).


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputada doña Patricia de las Heras Fernández.


Dirigida al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, don José Luis Ábalos Meco.


Texto:


¿Qué medidas tiene previstas llevar a cabo el Gobierno para mejorar la cuota modal del transporte ferroviario de mercancías?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Patricia de las Heras Fernández, Diputada.


181/000583


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya.


Texto:


¿Cómo valora el Gobierno el estado del asfalto de la N435 desde Fregenal de la Sierra hasta las variantes de Beas y Trigueros?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Víctor Valentín Píriz Maya, Diputado.



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181/000584


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya.


Texto:


¿Piensa el Ministerio hacer algo con respecto al estado del asfalto de la N435 desde Fregenal de la Sierra hasta las variantes de Beas y Triguero o tendrá que llegar un Gobierno del Partido Popular como con las variantes citadas para que se
ejecuten obras de mejora en esta carretera?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Víctor Valentín Píriz Maya, Diputado.


181/000585


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya.


Texto:


¿Considera el Gobierno de España que tres frecuencias semanales desde el Aeropuerto de Badajoz al de Madrid es suficiente?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Víctor Valentín Píriz Maya, Diputado.


181/000586


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya.


Texto:


¿Cuál era la demanda antes del estado de alarma de vuelos semanales entre el Aeropuerto de Badajoz y el de Madrid?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Víctor Valentín Píriz Maya, Diputado.



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181/000587


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya.


Texto:


¿Considera el Gobierno que está castigando a los Extremeños con la decisión de mantener solo tres frecuencias desde el Aeropuerto de Badajoz al de Madrid?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2020.-Víctor Valentín Píriz Maya, Diputado.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/000572


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Diputado don Agustín Almodóbar Barceló.


Texto:


¿Tiene previsto el Gobierno de España aplicar a corto plazo una reducción del IVA a las actividades turísticas, tal y como viene reclamando el sector desde hace meses?


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2020.-Agustín Almodóbar Barceló, Diputado.


Comisión de Cultura y Deporte


181/000567


Grupo Parlamentario Socialista.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Cultura y Deporte.


Diputados Don Juan Luis Soto Burillo y don Javier Antón Cacho.


Texto:


La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte dispone de un aula virtual desde 2016 para la realización de cursos online.


¿Qué cursos se han impartido y cuántos alumnos y alumnas han participado en los mismos en los años 2019/2020?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Juan Luis Soto Burillo y Javier Antón Cacho, Diputados.



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181/000568


Grupo Parlamentario Socialista.


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Cultura y Deporte.


Diputados don Juan Luis Soto Burillo y don Javier Antón Cacho.


Texto:


¿Cómo ha estado y está gestionando la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte su trabajo y sus servicios a los y las deportistas durante la pandemia de COVID-19, tanto en el ámbito de la Protección de la Salud en el Deporte,
como en el de la Lucha contra el Dopaje?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2020.-Juan Luis Soto Burillo y Javier Antón Cacho, Diputados.


181/000569



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