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Notas de prensa

El Congreso elige a los vocales del Consejo General del Poder Judicial

26/11/2013

El Pleno del Congreso de los Diputados ha elegido hoy a los vocales y suplentes del Consejo General del Poder Judicial, que recibieron el apoyo de tres quintos de la Cámara, mayoría cualificada prevista por la Constitución y la Ley Orgánica 4/2013 de Reforma del Consejo General del Poder Judicial.

Los candidatos por el turno de juristas que comparecieron el pasado viernes, día 22 de noviembre ante la Comisión Consultiva de Nombramientos, son Nuria Díaz Abad, que recibió 311 votos;  Álvaro Cuesta Martínez fue elegido con 305;  María Concepción Sáez Rodríguez, con 311; y Enrique Lucas Murillo de la Cueva, con 312.

Por lo que respecta a los suplentes, también del turno de juristas, María Pilar Jiménez Bados recibió 310 votos; Silvia Barona Vilar, 287; y Luis Martín Contreras, con 248.

Por el mismo procedimiento se ha designado a los seis vocales correspondientes al turno judicial, así como los tres suplentes de este turno.

Los candidatos que han obtenido la mayoría cualificada necesaria son Rafael Fernández Valverde, con 301; Carmen Llombart Pérez, 302; Juan Martínez Moya, 302; Francisco Gerardo Martínez Tristán, 303; Clara Martínez de Careaga García, 298; y Rafael Mozo Muelas, 300. En cuanto a los suplentes se trata de José Carlos Orga Larrés, que recibió 305 votos; Pedro Castellano Rausell, 275; y Luz García Paredes, 240.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial serán designados por las Cortes Generales del modo establecido en la Constitución y en la presente Ley Orgánica. Cada una de las Cámaras elegirá, por mayoría de tres quintos de sus miembros, a diez vocales, cuatro entre juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio en su profesión y seis correspondientes al turno judicial, conforme a lo previsto en el Capítulo II del presente Título.

Podrán ser elegidos por el turno de juristas aquellos Jueces o Magistrados que no se encuentren en servicio activo en la carrera judicial y que cuenten con más de quince años de experiencia profesional, teniendo en cuenta para ello tanto la antigüedad en la carrera judicial como los años de experiencia en otras profesiones jurídicas.

Las Cámaras designarán, asimismo, tres suplentes para cada uno de los turnos por los que se puede acceder a la designación como vocal, fijándose el orden por el que deba procederse en caso de sustitución. En ningún caso podrá recaer la designación de Vocales del Consejo General del Poder Judicial en Vocales del Consejo saliente.