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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XV LEGISLATURA
Serie D: GENERAL
6 de mayo de 2026
Núm. 525
ÍNDICE
Control de la acción del Gobierno
PROPOSICIONES NO DE LEY
Comisión Constitucional
161/003363
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, en defensa del Monumento a las Víctimas del Crucero «Baleares» ... (Página6)
Comisión de Asuntos Exteriores
161/003349
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, relativa a la represión, las detenciones arbitrarias y el uso de la pena de muerte en Irán en el contexto de la guerra ... (Página8)
161/003353
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Junts per Catalunya, para impulsar el respeto a las nacionalidades minoritarias de la República Popular China ... (Página9)
Comisión de Hacienda y Función Pública
161/003376
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para impulsar la incorporación de la inteligencia artificial en la Administración pública y la transformación de los servicios públicos en España ... href='#(Página12)'>(Página12)
Comisión de Interior
161/003359
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a garantizar la expulsión de los extranjeros que cometan delitos ... (Página14)
161/003361
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, para reforzar los medios del Mando de Fronteras y Policía Marítima de la Guardia Civil ... (Página17)
161/003375
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, relativa a las actuaciones ante supuestos de personas desaparecidas y fallecidas en itinerarios migratorios ... (Página19)
Comisión de Transportes y Movilidad Sostenible
161/003355
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, para la mejora acústica del aeropuerto Alacant-Elx Miguel Hernández ... (Página21)
161/003370
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la paralización de la ampliación del aeropuerto de Valencia-Manises y la adopción de medidas urgentes de protección de la salud, el clima y la biodiversidad ...
(Página23)
Comisión de Industria y Turismo
161/003356
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, de modificación de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, para garantizar el derecho al descanso dominical y al disfrute de la vida familiar ... href='#(Página25)'>(Página25)
Comisión de Derechos Sociales y Consumo
161/003350
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para reforzar las actuaciones de control, inspección y vigilancia sobre la venta de gafas graduadas, de lectura premontadas/pregraduadas y lentes de contacto fuera de
establecimientos sanitarios ... (Página28)
Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación
161/003365
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impacto que tendrá la entrada en vigor del acuerdo de libre comercio con Mercosur para el sector agrario andaluz ... (Página29)
161/003368
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, por la puesta en valor de la Senda del Poeta ... (Página32)
161/003373
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al incumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en materia de alimentación y lucha contra la pobreza en España ... href='#(Página33)'>(Página33)
Comisión de Política Territorial
161/003364
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre defensa de las leyes de concordia impulsadas en diferentes regiones ... (Página35)
Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico
161/003351
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, relativa a la necesidad de realizar un Estudio de Impacto Ambiental integrado del conjunto del proyecto de la Línea de Muy Alta Tensión Escatrón-La Secuita,
entre Aragón y Cataluña, y de sus infraestructuras asociadas ... (Página39)
161/003366
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para el fomento e impulso de un consumo online sostenible ... (Página41)
161/003371
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para impulsar el papel de la mujer rural en el medio rural ... (Página42)
161/003372
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para impulsar la truficultura como motor económico y social de zonas despobladas ... (Página44)
Comisión de Vivienda y Agenda Urbana
161/003346
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, para poner límite a la acumulación especulativa de la vivienda y garantizar su función social ... (Página46)
Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital
161/003352
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, de modificación de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, para garantizar el derecho al descanso dominical y al disfrute de la vida familiar ... href='#(Página51)'>(Página51)
Comisión de Sanidad
161/003362
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, para la defensa de nuestra soberanía sanitaria y el fortalecimiento de la industria nacional de tecnología médica y farmacéutica ... (Página54)
Comisión de Igualdad
161/003354
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre el reconocimiento de la violencia institucional como forma de violencia machista ... (Página56)
161/003369
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, para reforzar los derechos de las mujeres y garantizar una atención respetuosa y de calidad en el embarazo, parto y posparto ... href='#(Página60)'>(Página60)
Comisión de Juventud e Infancia
161/003348
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la creación de una Hucha Hogar Joven como instrumento de apoyo al ahorro finalista para la adquisición de vivienda habitual ... href='#(Página62)'>(Página62)
Comisión sobre Seguridad Vial
161/003343
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la transparencia en la utilización y reinversión de los ingresos derivados de sanciones de tráfico ... (Página64)
Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad
161/003347
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para habilitar asientos contiguos para acompañantes de personas con discapacidad usuarios de las plazas H, en todos los trenes de Renfe ... href='#(Página66)'>(Página66)
161/003374
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la aprobación del Reglamento de Accesibilidad Cognitiva ... (Página68)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
Comisión de Defensa
181/001760
Pregunta formulada por los Diputados Carlos Rojas García (GP) y Conde Bajén Agustín (GP), sobre actuaciones que está llevando a cabo el Gobierno para mejorar la situación de los acuartelamientos y el resto de infraestructuras de las Fuerzas
Armadas, ante su deterioro y la falta de inversiones y mantenimiento ... (Página69)
181/001761
Pregunta formulada por los Diputados Carlos Rojas García (GP) y Conde Bajén, Agustín (GP), sobre opinión acerca de si el Gobierno está siendo transparente en la ejecución de los Programas Especiales de Modernización ... href='#(Página70)'>(Página70)
181/001762
Pregunta formulada por los Diputados Carlos Rojas García (GP) y Conde Bajén, Agustín (GP), sobre preocupación del Ministerio de Defensa por la judicialización de la ejecución de los Programas Especiales de Modernización ... href='#(Página70)'>(Página70)
181/001763
Pregunta formulada por los Diputados Carlos Rojas García (GP) y Conde Bajén, Agustín (GP), sobre motivo por el que no se ha enviado al Parlamento la decisión de movilizar la fragata Méndez Núñez (F-104) a zona de operaciones, conforme se
establece en la Ley de la Defensa Nacional ... (Página70)
181/001764
Pregunta formulada por los Diputados Carlos Rojas García (GP) y Conde Bajén, Agustín (GP), sobre acciones que se están llevando a cabo para la equiparación salarial de las Fuerzas Armadas españolas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado ... (Página70)
181/001765
Pregunta formulada por los Diputados Carlos Rojas García (GP) y Conde Bajén, Agustín (GP), sobre conocimiento por Ministerio de Defensa del tratamiento de asuntos del ámbito de la defensa durante la última visita del Presidente del Gobierno
a China ... (Página70)
Comisión de Interior
181/001759
Pregunta formulada por las Diputadas Ana Belén Vázquez Blanco (GP) y Acedo Reyes, Sofía (GP), sobre interés que tiene el Gobierno en promover la regularización de personas extranjeras que se encuentran en prisión por la presunta comisión de
delitos ... (Página71)
Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
181/001758
Pregunta formulada por el Diputado Carmelo Barrio Baroja (GP), sobre razón de la escalada discriminatoria en relación con la población saharaui en las políticas y actitudes de diferentes ministerios y autoridades del Gobierno de España ...
(Página71)
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
184/036864
Autor: Santiago Romero, Enrique Fernando
Actividades en territorio español, y en particular desde Madrid, de la empresa Black Cube o de cualquier sociedad vinculada a la misma que pudieran afectar a la seguridad nacional, a los derechos fundamentales o a la integridad de procesos
democráticos en España o en otros Estados miembros de la Unión Europea y previsiones acerca de impulsar, en el ámbito de la Unión Europea, medidas de control o sanción frente a empresas de estas características ... href='#(Página71)'>(Página71)
184/037513
Autor: Estrems Fayos, Etna
Salvador i Duch, Jordi
Previsiones acerca de habilitar un procedimiento excepcional o una numeración específica que permita el alta en la Seguridad Social exclusivamente para la realización de prácticas académicas no remuneradas para los jóvenes que cursan
formación profesional y se encuentran en situación irregular, así como de permitir que el acceso a las prácticas obligatorias para la obtención de títulos oficiales conlleve automáticamente una autorización de residencia ... href='#(Página73)'>(Página73)
184/037518
Autor: Álvaro Vidal, Francesc-Marc
Retirada e incautación por parte de la policía de esteladas a los aficionados del FC Barcelona durante un partido en el estadio Metropolitano de Madrid ... (Página75)
184/037814
Autor: Lorente Anaya, Macarena
Reynal Reillo, Esperanza
Noriega Gómez, Javier
Pascual Rocamora, Sandra
Cavacasillas Rodríguez, Antonio
Quintana Carballo, Rosa
Clemente Muñoz, Raquel
Gallardo Barrena, Pedro Ignacio
Sánchez Ojeda, Carlos Alberto
Velasco Morillo, Elvira
Pérez Recuerda, Isabel Gema
Folch Blanc, Javier José
Franco González, Silvia
Barrio Baroja, Carmelo
Razones concretas e informes que han justificado que el Gobierno haya optado por el procedimiento de concesión directa para otorgar subvenciones por importe cercano a 13 millones de euros a proyectos en el departamento del Petén (Guatemala)
... (Página78)
184/037967
Autor: Folch Blanc, Javier José
Gallardo Barrena, Pedro Ignacio
Quintana Carballo, Rosa
Cuesta Rodríguez, María
Melgarejo Moreno, Joaquín
Cantalapiedra Álvarez, María de las Mercedes
García Félix, Manuel
Macías Gata, Alfonso Carlos
Marcos Ortega, Milagros
Martínez Gómez, Antonio
Merino Martínez, Javier
Ramajo Prada, Óscar
Requena Ruiz, Juan Diego
Sayas López, Sergio
Molina León, Ainhoa
Anuncio del Gobierno de valorar la idoneidad de aproximadamente 17.000 fincas rústicas propiedad de la Administración General del Estado para la actividad agraria y disposición de un inventario público de dichas fincas que permita conocer su
distribución geográfica, así como su calificación como agraria, forestal o improductiva ... (Página79)
CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO
PROPOSICIONES NO DE LEY
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión,
disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
Comisión Constitucional
161/003363
A la Mesa del Congreso de los Diputados
María José Rodríguez de Millán Parro, Lourdes Méndez Monasterio, Carlos Flores Juberías, Ignacio Gil Lázaro y Jorge Campos Asensi, en sus respectivas condiciones de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo
dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley en defensa del Monumento a las Víctimas del Crucero «Baleares», para su discusión en la Comisión Constitucional.
Exposición de motivos
I. Un monumento patrimonio de todos los españoles.
El pasado día 26 de marzo, el Gobierno de España anunció la inclusión del Monumento a las Víctimas del crucero «Baleares» en el Catálogo de Símbolos y Elementos contrarios a la Memoria Democrática. La decisión ha sido tomada mediante
resolución de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Según informa el propio Gobierno, se ha dado trasladado al Ayuntamiento de Palma de Mallorca para que proceda al
derribo de este elemento arquitectónico1.
El monumento homenajea a los casi ochocientos oficiales y marineros que perecieron como consecuencia del hundimiento de este buque de la Armada nacional por ataque de la escuadra del bando frentepopulista en la Batalla del Cabo de Palos en
marzo de 1938; monumento cuya construcción fue sufragada mediante suscripción popular.
Esta obra, además, ha de ser considerada como de interés arquitectónico y patrimonial. A este respecto, conviene recordar que la Constitución Española dispone en su artículo 46 que «Los poderes públicos garantizarán la conservación y
promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran (...).» El contenido de este artículo está configurado como un mandato a las autoridades públicas que procede
directamente de la norma suprema
1 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/politica-territorial-memoria-democratica/paginas/2026/260326-monumento-victimas-crucero-baleares.aspx
del ordenamiento jurídico y que, por tanto, ha de gozar del máximo respeto en el proceder de la Administración.
Además, el ayuntamiento de Palma de Mallorca ha acordado la modificación del Plan General de Ordenación Urbana para incluir el monumento en el Catálogo de Protección de Edificios y Elementos de Interés Histórico, Artístico, Arquitectónico y
Etnológico de la capital balear.
II. Sentencias judiciales.
Conviene asimismo señalar que el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dictó Sentencia sobre este particular el 26 de junio de 2021.
Esta decisión judicial obligó al Consejo Insular de Mallorca a declarar el monumento como Bien Catalogado del Patrimonio de la isla. El Tribunal desestimó los recursos del propio Consejo Insular, del Ayuntamiento de Palma y de la Asociación
Memoria de Mallorca, dando la razón a la Plataforma «Salvem Sa Feixina». Dicha plataforma está integrada por asociaciones de defensa del patrimonio y organizaciones vecinales como ARCA (Associació per a la Revitalización deis Centres Antics) o la
Assocació de Veins y Amics de Santa Catalina2.
El pronunciamiento judicial ya señaló que el monolito no vulneraba la conocida como Ley de Memoria Histórica de 2007 (sin entrar aquí en el inadmisible sectarismo de dicha norma), en tanto fue desprovisto de la simbología original en 2010,
que forma parte del patrimonio urbano e histórico y que su ubicación y valor justifican su conservación3. El Gobierno ignora ahora de forma deliberada esta sentencia con su decisión, poniendo de manifiesto con su conducta que se considera por
encima de la ley.
III. Memoria democrática: sectarismo y exclusión.
Mediante su pretensión de derribar este monumento, el Gobierno afrenta y desprecia públicamente la memoria de 788 víctimas mortales de la Guerra Civil. La razón es sencilla: para el Ejecutivo, estas víctimas no son dignas de ninguna clase
de homenaje ni de recuerdo por el solo hecho de pertenecer al bando equivocado desde su particular y sectario punto de vista.
No hay que olvidar el fin último de las denominadas «políticas de memoria democrática»: imponer una verdad histórica oficial como fundamento de una ideología oficial, que es la que profesan los partidos que integran el bloque de la
izquierda y el separatismo. La implantación de una memoria oficial de Estado implica aceptar el carácter democrático de socialistas, comunistas, anarquistas y separatistas, lo cual justificaría su superioridad moral en la actualidad. En
definitiva, es una operación para establecer una hegemonía política y cultural en todos los niveles de la sociedad y del Estado. Por ello, el intento de destruir en la vía pública, con sectarismo y barbarie, los recuerdos que estorben esa
pretensión totalitaria deben ser respondidos con la más enérgica firmeza.
Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Dejar sin efecto su decisión de incluir el Monumento a las Víctimas del Crucero «Baleares» del Catálogo de Símbolos y Elementos contrarios a la Memoria Democrática, y cesar en su acoso y hostilidad contra dicho conjunto monumental.
2 https://www.amigosdelaalcazaba.org/el-patrimonio-vence-a-la-ideologia/
3 https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/epi/public/content/file/original/2021/0528/16/lea-aqui-la-sentencia-que-ordena-mantener-el-monolito-de-sa-feixina-de-palma-8ebd04b.pdf
2. Cesar en cualquier tipo de iniciativa que suponga eliminar o retirar símbolos y elementos de la historia de España por razones de sectarismo ideológico, como son las que animan las políticas de «memoria histórica» y «memoria
democrática».
3. Impulsar las modificaciones legislativas que determinen la total derogación de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Lourdes Méndez Monasterio, Carlos Flores Juberías, Ignacio Gil Lázaro y Jorge Campos Asensi, Diputados.María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.
Comisión de Asuntos Exteriores
161/003349
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley relativa a la represión las detenciones arbitrarias y el uso de la pena de
muerte en Irán en el contexto de la guerra, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.
Exposición de motivos
Desde el inicio de la guerra de Estados Unidos e Israel contra Irán, el 28 de febrero de 2026, el régimen iraní ha utilizado el contexto bélico como cobertura para intensificar de forma drástica la represión interna. En pocas semanas, más
de un millar de personas han sido detenidas bajo acusaciones de espionaje, sabotaje o disidencia, en una campaña dirigida fundamentalmente contra quienes mantienen vínculos con la oposición en el exterior o son señalados como colaboradores de
Estados Unidos o Israel.
La magnitud y el patrón de estas detenciones revelan una estrategia deliberada de control social bajo condiciones de guerra. Las autoridades iraníes han detenido a más de 170 personas acusadas de colaborar con potencias extranjeras, entre
ellas 50 por transmitir información sobre infraestructuras clave y 123 por supuestamente planear actos de sabotaje. A estas cifras se suman 446 arrestos por publicar en redes sociales imágenes o vídeos de los ataques militares, tipificados como
delito de perturbación del orden público.
Las condiciones de detención se han deteriorado de forma extrema. Se han suspendido las visitas familiares y el contacto con el exterior, se deniega sistemáticamente atención médica y se han reducido drásticamente los suministros básicos.
A ello se añade la militarización de los centros penitenciarios, con órdenes preautorizadas de uso de la fuerza contra cualquier protesta interna, y un aumento significativo de las desapariciones forzadas, con traslados a instalaciones secretas
gestionadas por la Guardia Revolucionaria.
Los presos enfrentan además un riesgo físico inmediato derivado de la propia guerra: varias prisiones, entre ellas la de Evin, han sido alcanzadas por proyectiles o se encuentran en las proximidades de objetivos militares, de forma que la
agresión militar de Estados Unidos e Israel añade una capa adicional de peligro mortal sobre la población reclusa. En paralelo, el ritmo de ejecuciones ha alcanzado niveles sin precedentes. Según el reporte de la Asociación de Activistas por los
Derechos Humanos en Irán, 2.488 personas han sido ejecutadas en el último año, entre ellas 63 mujeres y 2 menores. Desde el inicio del conflicto la tendencia se ha agudizado con al menos nueve presos políticos ejecutados en pocos días, todos por
cargos de naturaleza política o de seguridad del Estado, sin que se haya registrado durante ese periodo ninguna ejecución
por delitos comunes. Este patrón, junto con el traslado a régimen de aislamiento de al menos seis reclusos en la prisión de Qezl-Hesar, medida que en la práctica judicial iraní suele preceder a una ejecución inminente, apunta a un uso
deliberado de la pena de muerte como instrumento de represión política ál amparo de la guerra.
Por lo expuesto, se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso insta al Gobierno a:
1. Instar al gobierno iraní a aplicar una moratoria inmediata en la aplicación de la pena de muerte mientras no existan garantías jurídicas y procesales reconocidas internacionalmente y en especial por el Consejo de Derechos Humanos de
Naciones Unidas.
2. Demandar la liberación inmediata de todas las personas detenidas por el ejercicio de derechos fundamentales reconocidos por el derecho internacional, incluyendo la libertad de expresión y el acceso a la información, así como el cese de
las detenciones arbitrarias vinculadas al contexto bélico.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2026.Agustín Santos Maraver, Diputado.Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
161/003353
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Junts per Catalunya, a instancias de la diputada Marta Madrenas i Mir, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Asuntos
Exteriores, una Proposición no de Ley para impulsar el respeto a las nacionalidades minoritarias de la República Popular China.
Exposición de motivos
La aprobación por parte de la Asamblea Popular Nacional de la República Popular China (RPC), el 12 de marzo de 2026, de la Ley de Promoción de la Unidad Étnica se inscribe en un contexto político e institucional marcado por políticas cada
vez más intensas de homogeneización y asimilación cultural, religiosa y lingüística dentro de la RPC. Lejos de ser una iniciativa neutral en materia de cohesión social, esta nueva ley se percibe como la consolidación jurídica de unas dinámicas que,
durante décadas, han parecido tener como objetivo la eliminación de las identidades diversas en favor de una única identidad china basada en la mayoría han. La aprobación de la Ley de Promoción de la Unidad Étnica ha suscitado una profunda
preocupación a nivel internacional, tal y como ha señalado Volker Türk, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Durante décadas, diversos gobiernos, organizaciones internacionales y grupos de derechos humanos han formulado graves acusaciones contra el Gobierno chino en relación con el trato que dispensa a las 55 minorías nacionales reconocidas por la
propia China, como los tibetanos, los uigures y los mongoles. En el caso de los dos primeros, estas acusaciones van más allá y hablan de genocidio cultural e incluso de genocidio en un sentido más amplio. Estas acusaciones se basan en informes que
documentan políticas de detención masiva, vigilancia intensiva, restricciones a la libertad religiosa y la erosión sistemática de las identidades culturales y lingüísticas de las minorías nacionales.
En el caso del Tíbet, resulta especialmente preocupante la creciente expansión del sistema de internados educativos para menores tibetanos, ya que cada año miles de estudiantes reciben su educación lejos de sus familias. En estos centros,
la enseñanza se imparte mayoritariamente, cuando no exclusivamente, en chino mandarín, lo que reduce drásticamente el uso de la lengua tibetana tanto en el ámbito educativo como en la vida cotidiana. Este modelo no solo limita la transmisión
intergeneracional de la lengua materna, sino que también debilita los lazos culturales, sociales y familiares que sustentan la identidad colectiva tibetana. Por otra parte, en el caso de Xinjiang, se ha documentado ampliamente la existencia de
centros de reeducación en los que se ha internado arbitrariamente a cientos de miles de uigures contra su voluntad.
En definitiva, la aplicación de la Ley de Promoción de la Unidad Étnica de la República Popular China contraviene las obligaciones derivadas del Derecho internacional, incluidos los principios establecidos en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos relativos a la protección de las minorías, la prohibición de la discriminación y el respeto de la diversidad cultural.
La historia ha demostrado en repetidas ocasiones que imponer una identidad única a sociedades diversas no conduce a una verdadera unidad, sino a la marginación, a la pérdida del patrimonio cultural y, en última instancia, al conflicto. La
riqueza de un Estado pluralista reside en su capacidad para proteger y fomentar la diversidad, no para reprimirla.
Proposición no de Ley
«Dadas las excelentes relaciones que mantienen el Gobierno de la RPC y el Gobierno de España, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:
1. Poner de manifiesto su preocupación por la aprobación de la Ley de Promoción de la Unidad Étnica de la República Popular China, que incentiva la asimilación forzosa de sus minorías nacionales y la supresión de identidades culturales
distintas de la china.
2. Poner de manifiesto que la aplicación de esta ley viola el Derecho internacional en materia de derechos humanos, y en particular en lo que se refiere a la protección de la libertad cultural, lingüística y religiosa de las minorías
nacionales, así como al derecho de los pueblos a preservar su identidad.
3. Poner de manifiesto que las minorías nacionales tienen derecho a recibir educación en su lengua materna, a practicar su propia religión y a disfrutar de su cultura y tradiciones sin injerencias por parte del Estado.
4. Expresar su rechazo al sistema educativo de internados de la RPC para las minorías nacionales, especialmente en el caso de los niños tibetanos, ya que contribuye a la desconexión de las nuevas generaciones respecto a su lengua materna y
de su entorno cultural.
5. Trasladar el contenido de esta Proposición no de Ley a las autoridades de la RPC a través del embajador de la RPC en España.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Marta Madrenas i Mir, Diputada.Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Junts per Catalunya.
A la Mesa del Congrés dels Diputats
El Grup Parlamentari Junts per Catalunya, a instancies de la diputada Marta Madrenas i Mir, a lempara del que estableix larticle 193 i s del Reglament de la Cambra presenta, per al seu debat a la Comissió dAssumptes Exteriors, una
Proposició no de llei per impulsar el respecte a les nacionalitats minoritàries de la República Popular de la Xina.
Exposició de Motius
Laprovació per part de la Assemblea Popular Nacional de la República Popular de la Xina (RPX) el passat 12 de març de 2026 de la Llei de Promoció de la Unitat Ètnica sinscriu en un context polític i institucional de permanent
intensificació de les polítiques dhomogeneïtzació i assimilació cultural, religiosa i lingüística dins de la RPX. Lluny de constituir una iniciativa neutral de cohesió social, aquesta nova llei es percep com la consolidació jurídica de dinàmiques
que, des de fa dècades semblen cercar leliminació de les diverses identitats en benefici duna identitat única xinesa basada en la majoria han. Laprovació de la Llei de la Promoció de la Unitat Ètnica ha provocat una profunda preocupació a escala
internacional, expressada fins i tot per Volker Türk, lAlt Comissionat de Drets Humans de Nacions Unides.
Fa dècades que diversos governs, organismes internacionals i organitzacions de defensa dels drets humans han formulat greus acusacions al Govern xinès en relació amb el tracte que dispensen a les 55 minories nacionals reconegudes per la
mateixa Xina, com ara els tibetans, els uigurs i els mongols. En el cas dels dos primers, aquestes denúncies van més enllà i parlen de genocidi cultural i, fins i tot, de genocidi en el sentit més ampli. Aquestes acusacions es basen en informes
que documenten polítiques de detencions massives, vigilància intensiva, restriccions a la llibertat religiosa i erosió sistemàtica de les identitats culturals i lingüístiques de les minories nacionals.
En el cas del Tibet, preocupa especialment la creixent implantació del sistema dinternat educatiu per a menors tibetans, on milers destudiants són escolaritzats cada any lluny de les seves famílies. En aquests centres, lensenyament
simparteix majoritàriament quan no exclusivament en xinès mandarí, reduint dràsticament lús de la llengua tibetana en làmbit educatiu i quotidià. Aquest model no només limita la transmissió entre generacions de la llengua materna, sinó que
també debilita els vincles culturals, socials i familiars que sostenen la identitat col·lectiva tibetana. Daltra banda, en el cas del Xinjiang, sha documentat abastament lexistència de centres de reeducació on centenars de milers duigurs han
estat internats arbitràriament i contra la seva voluntat.
En definitiva, la posada en pràctica de la Llei de Promoció de la Unitat Ètnica de la República Popular de la Xina contravé obligacions derivades del dret internacional, incloent els principis establerts en la Declaració Universal dels Drets
Humans, el Pacte Internacional de Drets Civils i Polítics i altres instruments relatius a la protecció de les minories, la prohibició de la discriminació i el respecte a la diversitat cultural.
La història ha demostrat reiteradament que la imposició duna identitat única sobre societats diverses no condueix a una veritable unitat, sinó a la marginació, la pèrdua de patrimoni cultural i, en última instància, al conflicte. La
riquesa dun Estat plural rau en la seva capacitat de protegir i fomentar la diversitat, no pas de suprimir-la.
Proposició no de Llei
«Donades les excel·lents relacions que mantenen el Govern de la RPX i el Govern dEspanya, el Congrés dels Diputats insta el Govern espanyol a:
1. Posar de manifest la seva preocupació per laprovació de la Llei de Promoció de la Unitat Ètnica de la República Popular de la Xina que incentiva lassimilació forçada de les seves minories nacionals i la supressió didentitats culturals
diferents a la xinesa.
2. Posar manifest que laplicació daquesta llei vulnera el dret internacional en referència a drets humans, i en particular pel que fa a la protecció de la llibertat cultural, lingüística i religiosa de les minories nacionals, i el dret
dels pobles a preservar la seva identitat.
3. Posar de manifest que les minories nacionals tenen el dret a rebre leducació en la seva llengua materna, practicar la seva pròpia religió i gaudir de la seva cultura i tradicions sense ingerències de lEstat.
4. Expressar el seu rebuig al sistema educatiu dinternat de la RPX adreçat a minories nacionals, en especial en el cas dels infants tibetans, atès que contribueix a la desconnexió de les noves generacions respecte de la seva llengua
materna i el seu entorn cultural.
5. Traslladar el contingut daquesta Proposició no de Llei davant les autoritats de la RPX mitjançant lambaixador de la RPX a Espanya.»
Congrés dels Diputats, 21 dabril de 2026.Marta Madrenas i Mir, Diputada.Míriam Nogueras i Camero, Portaveu del Grup Parlamentari Junts per Catalunya.
Comisión de Hacienda y Función Pública
161/003376
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la incorporación de la
Inteligencia Artificial en la Administración Pública y la transformación de los servicios públicos en España, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.
Exposición de motivos
La Administración Pública española se enfrenta en la actualidad a un proceso de transformación estructural sin precedentes, impulsado por el avance acelerado de las tecnologías digitales y, de manera muy particular, por el desarrollo de la
inteligencia artificial (IA). Nos encontramos ante un cambio de paradigma que afecta no solo a los instrumentos de gestión, sino a la propia concepción del Derecho Administrativo y de la relación entre los ciudadanos y los poderes públicos.
Tal y como subraya la literatura científica más reciente, la sociedad actual, hiperconectada, informada y exigente, demanda una Administración más ágil, más eficiente y capaz de ofrecer respuestas en tiempo real, superando los esquemas
tradicionales de funcionamiento burocrático. La inteligencia artificial, basada en el uso intensivo de datos y algoritmos, constituye una herramienta clave para avanzar hacia ese modelo de «Administración inteligente», encaminada al objetivo de
mejorar la prestación de servicios públicos, optimizar la toma de decisiones y reforzar la calidad de las políticas públicas.
Sin embargo, esta transformación no está siendo liderada de forma decidida por el actual Gobierno de España. Pese a los anuncios reiterados sobre digitalización y modernización administrativa, lo cierto es que persisten graves déficits
estructurales: fragmentación de sistemas, falta de interoperabilidad real, carencia de una estrategia integral de datos y ausencia de una gobernanza efectiva de la inteligencia artificial en el sector público.
Esta situación resulta especialmente preocupante si se tiene en cuenta que, a nivel internacional, se está produciendo una aceleración normativa y estratégica en torno a la inteligencia artificial. La entrada en vigor del Reglamento europeo
de Inteligencia Artificial en 2024, así como las iniciativas impulsadas por organismos como la OCDE, la UNESCO o el G7, evidencian que la gobernanza de la IA se ha convertido en un eje central de la acción pública contemporánea. Frente a este
contexto, España no puede permitirse una posición reactiva o meramente declarativa.
Además, el desarrollo de la inteligencia artificial en la Administración Pública no puede abordarse únicamente desde una perspectiva tecnológica. Como pone de relieve la Carta Iberoamericana de Inteligencia Artificial en la Administración
Pública, la
implantación de estos sistemas debe sustentarse en principios irrenunciables del Estado de Derecho, como la transparencia, la rendición de cuentas, la trazabilidad y la explicabilidad de los algoritmos. No hay inteligencia artificial
legítima sin garantías democráticas.
En este sentido, resulta especialmente preocupante la falta de mecanismos efectivos de control y supervisión del uso de algoritmos en el sector público español. La opacidad en la toma de decisiones automatizadas, el riesgo de sesgos
discriminatorios y la posible afectación a derechos fundamentales exigen una respuesta normativa y organizativa inmediata, basada en la auditabilidad y la responsabilidad pública.
Asimismo, la incorporación de la inteligencia artificial debe ir acompañada de un refuerzo de las capacidades institucionales. La experiencia comparada demuestra que los países que están liderando esta transformación han apostado por
estrategias nacionales integrales, que combinan gobernanza, desarrollo de talento, infraestructuras de datos y colaboración público-privada. España, sin embargo, sigue careciendo de una hoja de ruta clara, coherente y evaluable en este ámbito.
Por otro lado, la inteligencia artificial ofrece una oportunidad estratégica para redefinir la prestación de los servicios públicos, avanzando hacia modelos más personalizados, proactivos y centrados en el ciudadano. La automatización
inteligente de procedimientos, el uso de sistemas predictivos y la integración de datos pueden permitir una Administración más eficiente, con la consiguiente reducción de cargas administrativas y mejoras en la calidad del servicio.
No obstante, esta transformación requiere liderazgo político, planificación estratégica y una clara orientación a resultados, elementos que brillan por su ausencia en la acción del actual Ejecutivo, que ha optado por una política de anuncios
fragmentados y sin una implementación real.
En definitiva, España se encuentra ante una encrucijada: o intenta liderar la transición hacia una Administración Pública inteligente, basada en la inteligencia artificial y en los principios del buen gobierno, o corre el riesgo de quedar
rezagada en un contexto internacional cada vez más competitivo y exigente.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Aprobar, en el plazo máximo de un año, una Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial en la Administración Pública, que establezca objetivos concretos, indicadores de seguimiento y mecanismos de evaluación.
2. Impulsar la incorporación de sistemas de inteligencia artificial en la prestación de servicios públicos, priorizando ámbitos de alto impacto como la sanidad, los servicios sociales, la justicia, la gestión tributaria y la atención
ciudadana, garantizando siempre la supervisión humana.
3. Garantizar los principios de transparencia, trazabilidad, explicabilidad y rendición de cuentas en el uso de la inteligencia artificial, con el objetivo de que los ciudadanos puedan conocer, comprender y, en su caso, impugnar las
resoluciones correspondientes.
4. Desarrollar una política nacional de datos públicos interoperables y de calidad, como base para el despliegue efectivo de la inteligencia artificial en la Administración, a través del refuerzo de los sistemas de interoperabilidad y
compartición de información entre Administraciones.
5. Impulsar la capacitación y formación especializada en inteligencia artificial del personal al servicio de las Administraciones Públicas, incorporando competencias digitales avanzadas en los procesos de selección y promoción profesional.
6. Fomentar la colaboración público-privada y con el ámbito académico, con el fin de acelerar la innovación en inteligencia artificial aplicada al sector público, garantizando la protección del interés general y la soberanía tecnológica de
nuestro país.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Ángel Ibáñez Hernando, María Isabel Prieto Serrano, Llanos de Luna Tobarra, Pedro Muñoz Abrines, Álvaro Pérez López, José Vicente Marí Bosó, Pedro Puy Fraga, José Enrique Núñez
Guijarro, Carmelo Barrio Baroja, María Pilar Alía Aguado, Félix de las Cuevas Cortés, Santi Rodríguez Sierra, Alfonso Carlos Macías Gata, Juan Luis Pedreño Molina y Mario Cortés Carballo, Diputados.Ester Muñoz de la Iglesia, Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.
Comisión del Interior
161/003359
A la Mesa del Congreso de los Diputados
María José Rodríguez de Millán Parro, Ignacio Gil Lázaro, Francisco José Alcaraz Martos y David García Gomis, en su respectiva condición de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos
193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a garantizar la expulsión de los extranjeros que cometan delitos, para su discusión en la Comisión de Interior.
Exposición de motivos
España es un país que se vuelve más inseguro cada año. Los balances de criminalidad reflejan un aumento, entre otros, de un 76 % en los delitos de homicidio en grado de tentativa, y un 286 % en las agresiones sexuales con penetración entre
2018 y 20251. Los aumentos agudos de la criminalidad y la inseguridad ciudadana en los últimos años están íntimamente relacionados con la inmigración masiva y el efecto llamada que se han visto acelerados con el gobierno de Pedro Sánchez. Esto es
fácilmente comprobable en las estadísticas publicadas por el Consejo General del Poder Judicial. Así, en 2024 se impusieron sobre los extranjeros un 30,93 % de las penas de prisión pese a representar en ese momento un 14,06 % de la población. Esta
sobrerrepresentación de más del doble en el cómputo general llega a niveles mayores en el caso de los delitos graves, en los que los extranjeros ya constituyeron una mayoría con un 55,23 %, y en colectivos concretos. Por ejemplo, los extranjeros
africanos representaban en 2024 menos de un 3 % de la población, pero fueron responsables de casi un 13 % de las condenas, mientras que los nacionales de países americanos, alrededor de un 5 % de la población, acumularon el 23 % de las condenas
graves, superiores a 5 años2. Las estadísticas contabilizan como españoles a los casi tres millones de extranjeros residentes nacionalizados,, con lo que la envergadura de este fenómeno es, con toda seguridad, mayor.
Una solución evidente para paliar la creciente criminalidad y evitar que una parte sustancial de la población residente extranjera haga del delito su forma de vida es la expulsión de los inmigrantes responsables de conductas delictivas.
Tanto la derogada Ley de Extranjería de 1985 como la actual prevén la expulsión de los extranjeros condenados, dentro o fuera de España, por delitos con penas de prisión superiores a un
1 https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances
2 https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Estadistica-Judicial/Estadistica-por-temas/Datos-penales--civiles-y-laborales/Delitos-y-condenas/Condenados--explotacion-estadistica-del-Registro-Central-de-Penados-/
año. Por otro lado, en su redacción previa a la actual, el Código Penal establecía en su artículo 89 que los inmigrantes ilegales condenados a menos de 6 años de cárcel debían ser expulsados del territorio nacional. Pese a una regulación
aparentemente suficiente para garantizar que delincuentes extranjeros no pudiesen mantenerse en España después de ser condenados, lo cierto es que las penas de expulsión han sido extremadamente bajas desde que se recogen estadísticas en comparación
con las decenas de miles de penas de prisión impuestas a extranjeros cada año.
Asumiendo que un 50 % de penas entre los 0 y los 2 años superan al año (el Poder Judicial no ofrece desglose), los años previos a 2015 se venía imponiendo la expulsión de entre un 10 y un 14 % de los delincuentes extranjeros condenados a más
de un año de prisión. La reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015 empeoró drásticamente estos datos, con un desplome de 1.867 expulsiones «judiciales» en 2014 a 709 en 2016, apenas un 5 % de las condenas
proyectadas superiores al año. La tendencia se ha mantenido con el gobierno del Partido Socialista pese al incremento generalizado de la delincuencia extranjera: en 2024 se contabilizaron 1.338 condenas de expulsión sobre 22.977 casos proyectados
en los que los delincuentes extranjeros habrían sido susceptibles de ser expulsados, menos de un 6 %.
La mencionada reforma del 2015, aprobada gracias a la mayoría absoluta del Partido Popular, venía a establecer que los jueces pudiesen sustituir directamente la pena de prisión a un extranjero por la expulsión, suponiendo que esta superase
el año. Este cambio mejoraría, aparentemente, la situación previa, en la que la expulsión de los extranjeros quedaba condicionada en la mayoría de los casos a la incoación de un expediente por parte de las autoridades políticas de las Delegaciones
y Subdelegaciones del Gobierno, cuya dejación crónica de funciones a este respecto es conocida, intencionada y atribuible a una voluntad política de aumentar todo lo posible la población extranjera en España, sin importar las consecuencias. No
obstante, no fue así. La redacción actual del artículo 89 del Código Penal supedita la expulsión de los delincuentes extranjeros a un concepto jurídico indeterminado como es el «arraigo», sin importar la gravedad del delito ni establecer parámetros
objetivos. Ello mejora considerablemente, además, la situación de los delincuentes ilegales respecto a la versión anterior, y explica la bajada, en su momento, y la continuación de cifras de expulsiones menores al 6 %.
El efecto pernicioso de estas disposiciones sobre la seguridad y el bienestar de los españoles es más que evidente. En agosto de 2025, los extranjeros representaban un 33,2 % de la población reclusa en España3. Tomando como referencia los
datos del anuario estadístico del Ministerio del interior de 20244 los costes medios por recluso en los presupuestos de instituciones penitenciarias de las administraciones que ostentan la competencia y la proporción de extranjeros en cada una de
ellas, la manutención de criminales extranjeros en nuestras cárceles habría ascendido a un gasto de casi 750 millones de euros en 2025:
AGE
Cataluña
País Vasco
Total de presos (2024)
48.947
8.592
1.687
Gasto en instituciones penitenciarias (2025)
1.503.000.000,00
534.000.000,00
88.000.000,00
Número de presos extranjeros (2024)
14.336
4.453
550
3 https://gaceta.es/espana/las-carceles-espanolas-registran-un-record-historico-de-extranjeros-en-plena-oleada-delictiva-20251115-1117/
4 https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/ultimo-anuario-estadistico/Anuario-Estadistico-2024_web.pdf
Proporción de presos extranjeros (2024)
29,29 %
51,83 %
32,60 %
Gasto proporcional aproximado en presos extranjeros
440.211.003,74
276.757.681,56
28.689.982,22
Gasto aproximado total en extranjeros recluidos en instituciones penitenciarias españolas en 2025:745.658.667,52
A la evidente indignidad de tener que sufragar los gastos generados por extranjeros sin derecho a permanecer en España sin que sus países de origen asuman responsabilidad alguna, se suma el riesgo adicional para los españoles generado por
decenas de miles de delincuentes ya condenados (más del 90 %) que siguen deambulando por España al término de sus condenas, libres para reincidir. La cifra real de expulsiones es, con toda seguridad, incluso menor, debido a que estas se suspenden
si se considera que no se pueden llevar a efecto, de acuerdo con el artículo 89.8 del Código Penal.
Ante la realidad de la criminalidad creciente en España y su vinculación evidente con la inmigración masiva, es necesario que la legislación penal y de extranjería y la acción del Gobierno se orienten exclusivamente a garantizar la
protección de la integridad física, las libertades y los derechos de los españoles. Las políticas migratorias de este gobierno y los anteriores han causado que se haya vuelto común que los responsables de algunos de los delitos más abyectos que se
cometen en España tengan órdenes de expulsión pendientes de ejecución. Los políticos que les han traído y les han permitido quedarse contra la ley son cómplices y responsables de cada asesinato, cada agresión sexual, cada paliza y cada robo que se
podrían haber evitado. España no es una ONG, ni un reformatorio, ni una agencia de la ONU. Absorber de manera indefinida a criminales provenientes de todo el mundo es insostenible, inmoral y contrario a los fines propios del Estado.
Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las siguientes medidas:
1. Reformar el artículo 89 del Código Penal para asegurar que cualquier extranjero condenado a pena de prisión o varias penas menores sea expulsado del territorio nacional.
2. Cumplir la legislación penal y de extranjería. En este sentido, ejecutar todas las órdenes de expulsión pendientes para garantizar la seguridad de los españoles, la integridad de las fronteras y la aplicación íntegra del ordenamiento
jurídico.
3. Incrementar el periodo de prescripción del régimen sancionador de la Ley de Extranjería para asegurar que las infracciones no queden impunes.
4. Publicar, a través del Ministerio del Interior, el país de origen de los infractores en los balances de criminalidad, a fin de garantizar la transparencia y que los españoles puedan conocer las consecuencias reales de la inmigración
masiva.
5. Reforzar el marco jurídico de cooperación internacional en materia de ejecución de sentencias penales, a fin de que las personas condenadas que sean nacionales de otros Estados cumplan las penas impuestas por los tribunales españoles en
sus países de origen, promoviendo y suscribiendo los tratados y convenios internacionales que resulten necesarios al efecto.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Ignacio Gil Lázaro, Francisco José Alcaraz Martos y David García Gomis, Diputados.María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.
161/003361
A la Mesa del Congreso de los Diputados
María José Rodríguez de Millán Parro, Blanca Armario González, Francisco José Alcaraz Martos, Ignacio Gil Lázaro y David García Gomis, en sus respectivas condiciones de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de
lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para reforzar los medios del Mando de Fronteras y Policía Marítima de la Guardia Civil, para su discusión en la Comisión de
Interior.
Exposición de motivos
España vive un contexto marcado por el incremento del narcotráfico y de la inmigración ilegal. Así, según la Memoria de la Fiscalía General del Estado 2025, las diligencias previas de la Fiscalía Especial Antidroga han aumentado un 32,16 %
respecto a 2023, mientras que en las fiscalías territoriales el incremento ha sido del 23,3 %1 En este sentido, la citada memoria también señala explícitamente la insuficiencia de medios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ya que en 3
abordajes en alta mar han tenido que participar buques de la Armada «cuya intervención fue solicitada y autorizada previamente por la Fiscalía Antidroga tras la comprobación de la falta de medios adecuados por parte de las otras autoridades
intervinientes»2. En este proceso de incremento del narcotráfico, el desmantelamiento de OCON Sur ha sido uno de los principales factores que han provocado dicho aumento desde la llegada del Gobierno en 2018. De hecho, en la Memoria 2022 de la
Fiscalía General del Estado se afirmó el perjuicio que supuso la desaparición de dicho grupo operativo3.
Asimismo, según el Informe de Inmigración Irregular 2024 del Ministerio del Interior4,durante ese año arribaron a España 63.970 inmigrantes ilegales por vía marítima y terrestre, 46.843 de ellos llegados a Canarias por vía marítima. Esta
cifra, una de las más elevadas de la serie histórica, pone de manifiesto la falta de eficacia del Gobierno en materia inmigratoria. Teniendo en cuenta la evolución de las cifras de llegada de inmigrantes ilegales a las costas españolas, se observa
una tendencia claramente al alza. En 2015 se registraron 16.292 llegadas; en 2016, 14.558; y en 2017, 27.834. Sin embargo, en 2018, coincidiendo con la llegada del actual Gobierno, las cifras se dispararon hasta alcanzar las 64.298 personas.
Desde entonces, la inmigración ilegal se ha mantenido en niveles extraordinariamente elevados.
El Mando de Fronteras y Policía Marítima («MAFRONT») fue creado en 2020 por vía del derogado Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura básica del Ministerio del Interior derogado por el Real Decreto
207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
Según el Real Decreto en vigor, del mando dependen dos jefaturas. Por un lado, la Jefatura Fiscal y de Fronteras, «a la que corresponde organizar y gestionar el resguardo fiscal del Estado, evitar y perseguir el contrabando, el fraude y los
tráficos ilícitos en el ámbito de las funciones encomendadas a la Guardia Civil, así como la custodia, control y vigilancia de las costas, fronteras, puertos, aeropuertos y los espacios marítimos en los
1 Memoria de la Fiscalía General del Estado 2025.p.513. Disponible [en línea]: https://www.fiscal.es/documents/13333297/13754949/MEMORIA2025-Antidroga.pdf/2ddf30ea-4ed6-0590-29c7-bb124ad90225?version=1.0&t=1760173727647&download=true
2 Ibidem.
3 Memoria de la Fiscalía General del Estado 2022. p. 563. Disponible [en línea]: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2023/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/MEMFIS23.pdf
4 Informe Inmigración Irregular 2024, Ministerio del Interior. Disponible [en línea]:
https://www.interior.gob.es/opencms/export/sites/default/.galleries/galeria-de-prensa/documentos-y-multimedia/balances-e-informes/2024/02_informe_quincenal_acumulado_01-01_al_31-01-2024.pdf
que España ejerce soberanía y, en este último ámbito, el control de la inmigración irregular» y, por otro lado, la Jefatura de Policía Marítima, encargada «de la dirección y coordinación de las actividades operativas de la Agencia Europea de
la Guardia de Fronteras y Costas. Además, esta Jefatura contribuye, en el ámbito de sus competencias, al Centro Nacional de Coordinación (NCC) de España en EUROSUR».
Los sindicatos y asociaciones profesionales llevan años alertando de la falta de medios en el ámbito marítimo. En Andalucía, especialmente en Algeciras, se han denunciado condiciones inseguras, con patrulleras en mal estado y turnos de
hasta 12 horas5. Se ha advertido, además, de la ausencia de uniformes y equipos de protección adecuados, obligando a los agentes a reutilizar material sin flotabilidad ni sistemas de localización6. Cabe destacar que, el pasado 4 de junio de 2025,
fue aprobada una moción del Grupo Parlamentario VOX en el Pleno del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María una zona especialmente afectada por el narcotráfico y el «petaqueo», instando al Ministerio del Interior a no suprimir ninguna unidad de
la Guardia Civil, en especial la Unidad Fiscal y de Fronteras7.
En cuanto a la inmigración ilegal, también se han denunciado la falta de recursos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en zonas como Ceuta, a pesar de las presiones inmigratorias que se sufren en dicha zona8. En relación con los
medios, el Informe de Fiscalización Operativa de la planificación y gestión de inversiones y equipamientos del Ministerio del Interior, correspondiente a los ejercicios 2021, 2022 y 2023, ha revelado que, a comienzos de 2025, el 47 % de las
patrulleras del Servicio Marítimo de la Guardia Civil destinadas al río Guadalquivir y al Estrecho de Gibraltar operaban más allá de su periodo de vida útil. Asimismo, el informe señala que el 83 % de las embarcaciones ha superado ya su vida útil9.
Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente
Proposición no de ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las siguientes medidas:
1. Aumentar las plantillas de las Unidades de la Guardia Civil encuadradas dentro del Mando de Fronteras y Policía Marítima, al objeto de que éstas puedan cumplir las misiones que tienen encomendadas.
2. Dotar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, en especial, a las Unidades encuadradas dentro del Mando de Fronteras y Policía Marítima, de los medios materiales, humanos y económicos necesarios que garanticen la seguridad y
permitan el ejercicio efectivo de sus funciones.
3. Dotar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado del respaldo institucional necesario para garantizar el principio de autoridad y el uso de los medios necesarios para poder cumplir con su misión.
4. Considerar las profesiones de Guardia Civil y Policía Nacional como profesiones de riesgo.
5. Adoptar urgentemente las medidas necesarias para declarar el Campo de Gibraltar como Zona de Especial Singularidad. Asimismo, se insta al Gobierno a estudiar la declaración como Zona de Especial Singularidad de aquellas otras zonas de
España
5 https://jucil.es/jucil-denuncia-riesgos-y-precariedad-en-el-servicio-maritimo-de-la-guardia-civil-en-andalucia/
6 https://jucil.es/jucil-denuncia-falta-equipamiento-basico-servicio-maritimo-guardia-civil/
7 https://transparencia.elpuertodesantamaria.es/uploads/2025/rs_95-ple_acta_ACTA_PLENO_06062025.pdf
8 https://www.infobae.com/espana/2025/08/10/el-despliegue-de-la-guardia-civil-ante-el-aumento-de-la-llegada-de-menores-migrantes-a-nado-colaboracion-con-marruecos-y-demanda-de-falta-de-medios/
9 https://www.lavozdigital.es/provincia/tribunal-cuentas-saca-verguenzas-interior-lucha-narco-20251229125457-ntv.html
en las que concurran circunstancias similares provocadas por la inmigración ilegal, el narcotráfico o la delincuencia.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Blanca Armario González, Francisco José Alcaraz Martos, Ignacio Gil Lázaro y David García Gomis, Diputados.María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario
VOX.
161/003375
A la Mesa del Congreso
El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso, la presente Proposición no de ley relativa a las actuaciones ante supuestos de personas
desaparecidas y fallecidas en itinerarios migratorios, para su debate v aprobación en Comisión de Interior.
Exposición de motivos
La movilidad humana constituye un fenómeno estructural y permanente de la realidad contemporánea, íntimamente ligado a desigualdades globales, conflictos armados, crisis climáticas, persecuciones políticas y vulneraciones sistemáticas de
derechos humanos. En el marco de la Unión Europea, la gestión de los flujos migratorios y de los procedimientos de asilo se ha convertido en uno de los ejes centrales de la acción política y normativa, tanto a nivel comunitario como estatal.
Cada año miles de personas migrantes y solicitantes de protección internacional desaparecen sin que se conozca su paradero. Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), entre 2014 y 2024 más de 73.000 personas habrían
fallecido o desaparecido en rutas migratorias internacionales, entre ellas cerca de 4.000 menores. Estas cifras no reflejan la totalidad del fenómeno, pues en muchos casos las desapariciones no quedan documentadas y, por tanto, permanecen
invisibilizadas.
Las rutas hacia España constituyen uno de los principales escenarios de desaparición y muerte de personas migrantes en rutas hacia Europa, especialmente por vía marítima. Según la organización Caminando Fronteras, en 2024 murieron o
desaparecieron al menos 10.457 personas intentando llegar por mar, principalmente en la ruta atlántica hacia Canarias, considerada una de las más mortíferas. Por su parte, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía documenta al menos 16.898
fallecimientos o desapariciones desde 1988, mientras que los datos del proyecto Misslng Migrants de la OIM confirman la persistencia del fenómeno.
Las tragedias se producen, entre otros factores, por el uso de embarcaciones precarias, la peligrosidad de las travesías y las deficiencias en los sistemas de búsqueda, salvamento y registro de personas desaparecidas.
El ordenamiento jurídico español no contempla específicamente las desapariciones de personas en itinerarios migratorios. El procedimiento de denuncia es el mismo para personas nacionales y extranjeras y puede realizarse ante las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado o ante la autoridad judicial.
Sin embargo, en el caso de las personas migrantes existen dificultades específicas. Cuando la persona denunciante se encuentra regularmente en España, en principio no debería encontrar obstáculos para la tramitación de la denuncia. No
obstante, cuando reside en situación administrativa irregular y acude a una comisaría de la Policía Nacional o a un puesto de la Guardia Civil, puede enfrentarse al riesgo de incoación de un procedimiento sancionador por estancia irregular, lo que
provoca que no se presenten denuncias en muchos casos.
Asimismo, cuando los familiares de la persona desaparecida residen en otros países de la Unión Europea pueden presentar la denuncia ante las autoridades competentes, si bien con diversas limitaciones operativas. Finalmente, cuando los
familiares de la persona desaparecida se encuentran en el país de origen, carecen en la práctica de mecanismos efectivos para iniciar la denuncia ante las autoridades españolas.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación reconoce que actualmente no existe un procedimiento específico para asistir a personas extranjeras cuyos familiares hayan desaparecido en España o en rutas migratorias hacia
territorio español. Tampoco existe un canal específico en las oficinas consulares españolas que permita iniciar procedimientos de búsqueda o realizar la toma de muestras genéticas con fines de identificación, al no estar esta función contemplada
entre las atribuciones consulares previstas en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.
La Estrategia de Acción Exterior 2025-2028 consolida la protección y promoción de los derechos humanos como uno de los elementos definitorios de la acción exterior española y establece la necesidad de reforzar la diplomacia humanitaria.
En esta línea, la Estrategia Española de Diplomacia Humanitaria 2023-2026, en su eje 14, dedicado a las personas migrantes en situación de vulnerabilidad, recoge el compromiso de apoyar iniciativas internacionales dirigidas a la localización
de personas desaparecidas en contextos migratorios.
No obstante, hasta el momento no se han adoptado medidas específicas para la implementación de este objetivo.
Por otra parte, en relación con los procesos de identificación de personas fallecidas no identificadas, incluidos los análisis de ADN, no existen procedimientos legales específicos para el caso de personas migrantes. Existe un acuerdo de
colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Cruz Roja Española en materia de identificación humanitaria de cadáveres; sin embargo, las actuaciones contempladas en dicho protocolo solo pueden desarrollarse en territorio español.
Existen, por tanto, oportunidades de mejora en la atención y en los procedimientos de denuncia y búsqueda de personas desaparecidas en contextos migratorios. Entre ellas cabe destacar la posible creación de un organismo de naturaleza civil
que actúe como ventanilla única de atención a familiares; el establecimiento de mecanismos de cooperación con países de origen, tránsito y destino; la habilitación de canales de denuncia y toma de muestras biológicas en las oficinas consulares
españolas; la aprobación de un protocolo común para los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses; la adecuación del marco normativo relativo a la declaración de ausencia y fallecimiento al contexto transnacional de las migraciones; y la
garantía de que la denuncia de desapariciones por parte de familiares en situación administrativa irregular no conlleve la imposición de sanciones administrativas.
Avanzar en estos aspectos permitiría visibilizar la situación de las personas migrantes desaparecidas y garantizar que la gestión de estas situaciones se encuentre plenamente alineada con los valores democráticos y con el Estado de derecho.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar presenta la siguiente:
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Impulsar el desarrollo de un marco normativo y de actuación específico respecto a las personas extranjeras desaparecidas o fallecidas en itinerarios migratorios hacia España, que garantice procedimientos adecuados para la denuncia,
búsqueda e identificación de cadáveres, así como el acompañamiento a sus familiares y allegados.
2. Promover mecanismos accesibles de atención, información y apoyo a familiares, tanto en territorio español como en delegaciones diplomáticas españolas en el exterior, reforzando la coordinación entre administraciones públicas y la
colaboración con organizaciones de la sociedad civil, instituciones de otros países y organismos internacionales.
3. Avanzar en la mejora de los procedimientos de localización, registro e identificación de personas fallecidas o desaparecidas en contextos migratorios, reforzando la cooperación internacional y las garantías necesarias para que los
familiares puedan participar en los procesos de denuncia y búsqueda sin riesgo de sanciones administrativas.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Viviane Ogou i Corbi, Lander Martínez Hierro y Fèlix Alonso Cantorné, Diputados.Enrique Fernando Santiago Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
Comisión de Transportes y Movilidad Sostenible
161/003355
A la Mesa del Congreso
El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso, la presente Proposición no de Ley para la mejora acústica del Aeropuerto Alacant-Elx Miguel
Hernández, para su debate en la Comisión de Transportes y Movilidad Sostenible.
Exposición de motivos
Las molestias por ruido que provoca el Aeropuerto de Alacant-Elx Miguel Hernández son motivo de quejas vecinales desde hace años, ya que la ciudadanía que reside en el entorno ve su día a día muy perturbado por el gran ruido que generan las
aeronaves tanto en el despegue como en el aterrizaje.
El aumento del número de vuelos que se ha producido en este aeropuerto es bastante importante. Dentro del ranking de aeropuertos por pasajeros, se sitúa en el quinto lugar de un total de 51 aeropuertos en todo el Estado.
Es decir, es uno de los principales aeropuertos de España, y esto se evidencia en los 20 millones de pasajeros que tuvo en 2025, un incremento del 8,5 % respecto al año 2024 y que es también uno de los mayores aumentos entre la totalidad de
los aeropuertos.
Esto se traduce en un total de 126.081 operaciones de vuelo en 2025, una subida del 8,4 % respecto a 2024. Una cantidad que hace que el aeropuerto tenga incluso vuelos durante las 24 horas del día para poder absorber la demanda, con una
mayor concentración én épocas como el verano.
Las previsiones tanto para 2026 como para los años siguientes son de un incremento importante en pasajeros y, por tanto, de número de operaciones.
El Parlamento Europeo y la Comisión Europea aprobaron la Decisión (UE) 2022/591 con la que debe regirse la política medioambiental de los Estados de la Unión hasta 2030. En ella se define como objetivo reducir un 30 % la población que sufre
molestias crónicas por el ruido del transporte y requiere a todos los niveles administrativos públicos poner en marcha el Plan de Acción para la Contaminación Cero, estableciendo medidas y acciones encaminadas a la consecución del objetivo de
contaminación cero por contaminación acústica.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha puesto en marcha el Plan de Acción Contra el Ruido del Aeropuerto Alacant-Elx Miguel Hernández Fase IV, que comenzó a desarrollarse y aplicarse en el año 2024 y estará vigente hasta el
año 2028. Pero hay que destacar que las mediciones están desfasadas porque se realizaron en 2021, cuando la cifra de vuelos era mucho menor que la actual, como consecuencia de la COVID-19.
Aun así, este plan establece un Mapa Estratégico del Ruido donde se delimitan las zonas de conflicto, que son áreas que indican dónde se superan los valores límite y sobre las cuales habrá que ejecutar las medidas protectoras o correctoras.
Para el seguimiento de estas zonas, el aeropuerto tiene establecido un Sistema de Monitorización de Ruidos y Sendas de Vuelo, que detecta, mide y hace un seguimiento y control detallado de las trayectorias de las aeronaves, además de los
niveles acústicos generados en el entorno. Ese control se realiza con 5 terminales que se encuentran emplazadas dentro de las zonas de conflicto (Bonavista, Parque Empresarial, Torrellano, El Altet y Urbanova).
Las zonas colindantes y también afectadas por los ruidos, como denuncian los vecinos y vecinas, no cuentan con terminales de medición y, por tanto, no hay datos para determinar si hacen falta acciones protectoras que eviten molestias a los
habitantes de esas zonas.
Hay que recordar que, en el caso de Elx, tanto Bonavista como Torrellano o El Altet solo están parcialmente dentro de las zonas de conflicto en las cuales el Ministerio actúa con medidas protectoras; buena parte tanto de la urbanización
como de las pedanías quedan fuera de la aplicación de las medidas protectoras, principalmente la insonorización de las viviendas.
Además, hay otras zonas residenciales también fuera de las zonas de conflicto, como Buenos Aires, Montesol o Altamira, que se ven afectadas por los vuelos de dispersión fuera de las trayectorias tradicionales.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha explicado que la segunda pista para el aeropuerto está descartada a medio plazo y que su previsión no sería hasta el año 2037. Pero hay que alertar desde ya de las consecuencias que su
construcción tendría tanto en contaminación acústica como en peligro para zonas ambientales de gran valor ecológico que están situadas en el área de expansión del aeropuerto.
Las presiones que desde determinados círculos empresariales y desde partidos políticos como el PP se hacen para una inmediata construcción de esta segunda pista evidencian los riesgos que existen contra el bienestar de las personas que viven
en el entorno del aeropuerto y de las sendas aéreas, además de la afectación irreparable a parajes naturales que son únicos por su riqueza vegetal y animal. Además, hay que tener en cuenta que otros aeropuertos europeos reciben un volumen superior
de vuelos con solo una pista porque realizan una gestión más eficiente de las operaciones, de modo que ni desde el punto de vista técnico estaría justificada esta expansión.
El Plan de Acción Contra el Ruido del Aeropuerto, aunque señala posibles soluciones al ruido e impulsa cambios en las flotas de las compañías para modernizar las aeronaves a modelos menos ruidosos, junto a mejoras en las trayectorias, se
queda muy corto frente a una realidad en la que las afectaciones de las operaciones aeroportuarias son continuas las 24 horas.
Se deben ampliar las zonas de conflicto para que incluyan todas las zonas que verdaderamente sufren los ruidos y se pueda intervenir por parte del Estado en la implantación de medidas correctoras y protectoras que mejoren la calidad de vida
de todas las personas ahora afectadas.
Los ayuntamientos de Elx y Alacant forman parte de la comisión de seguimiento ambiental del aeropuerto de Alacant-Elx, espacios donde los dos gobiernos locales deben reivindicar estas nuevas medidas y el cumplimiento de las ya establecidas.
Al mismo tiempo, el impacto del aeropuerto en la contaminación ambiental y sobre la movilidad del entorno hace necesario que el Ministerio, junto al Ayuntamiento de Elx, de manera ágil, desarrolle acciones para reducir este impacto.
Por todo ello, se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«Se insta al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a:
1. Ampliar la huella acústica del aeropuerto Alacant-Elx Miguel Hernández para poder garantizar medidas públicas que mitiguen los ruidos en los núcleos urbanos afectados, mediante un proceso de participación pública.
2. Redactar un Reglamento de Ruido Aeroportuario, tal como propone el Plan de Acción contra el Ruido del aeropuerto Alacant-Elx, que garantice el cumplimiento de las medidas de minimización del ruido en los entornos aeroportuarios.
3. Rediseñar las trayectorias de salida para minimizar el sobrevuelo de zonas más densamente pobladas, tal como propone el Plan de Acción contra el Ruido del aeropuerto Alacant-Elx.
4. Hacer públicos los informes globales de seguimiento del Plan de Acción contra el Ruido del aeropuerto Alacant-Elx y a dar información pública de la comisión de seguimiento ambiental del aeropuerto de Alacant-Elx.
5. No crear la segunda pista del aeropuerto Alacant-Elx como consecuencia del aumento de ruido que provocaría para los vecinos y vecinas el incremento del tráfico aéreo.
6. Desarrollar, junto al Ayuntamiento de Elche, una barrera vegetal alrededor del aeropuerto Alacant-Elx para reducir el ruido y el efecto de la contaminación ambiental.
7. Desarrollar, junto al Ayuntamiento de Elx, diferentes accesos ciclopeatonales al aeropuerto Alacant-Elx que conecten con los núcleos de Torrellano y El Altet, con el fin de promover la movilidad sostenible entre las trabajadoras y
trabajadores del aeródromo procedentes de estas pedanías, además de asegurarles abonos de transporte público o aparcamiento gratuito a las personas trabajadoras del aeropuerto.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Alberto Ibáñez Mezquita, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
161/003370
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Mixto, y en su representación, su portavoz Ione Belarra Urteaga, diputada de Podemos, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta
la siguiente Proposición no de Ley relativa a la paralización de la ampliación del Aeropuerto de Valencia-Manises y la adopción de medidas urgentes de protección de la salud, el clima y la biodiversidad, para su debate y aprobación en la Comisión de
Transportes y Movilidad Sostenible.
Exposición de motivos
La base jurídica de esta iniciativa se asienta en el artículo 45 de la Constitución española, que reconoce el derecho a un medio ambiente adecuado y la obligación de los poderes públicos de velar por la utilización racional de los recursos
naturales. Asimismo, el Tratado de la Unión Europea (TUE), en su artículo 3, y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en su artículo 11 y Título XX, exigen que la protección del medio ambiente y la salud de las personas se
integren en todas las políticas de la Unión para fomentar el desarrollo sostenible.
1. Emergencia Climática y Emisiones de CO2. La aviación es uno de los sectores más lesivos para el clima. El proyecto de ampliación del Aeropuerto de Valencia-Manises supondría un aumento de los niveles de CO2 en el aire, agudizando las
consecuencias del efecto invernadero y provocando problemas respiratorios en la población de los municipios afectados, en conjunto más de 200.000 personas. Esta ampliación de la instalación aeroportuaria es contraria al Acuerdo Verde Europeo, que
apuesta por el control del transporte aéreo y no por el incremento del tráfico y promueve un transporte sostenible y limpio, además de promover el incremento de actividades que van en dirección opuesta a los objetivos de descarbonización
jurídicamente vinculantes de la UE.
Los más recientes informes del Panel Intergubernamental de Expertos de Naciones Unidas sobre Cambio Climático inciden en el aumento de la temperatura global del planeta, los cambios climáticos que se están acelerando y reiteran cada vez con
mayor rotundidad que es la acción del hombre y, en particular, las emisiones de CO2, la causa fundamental del proceso. Pasan los años y, pese a los compromisos internacionales adquiridos, los datos, lejos de mejorar, empeoran.
En estos momentos, las emisiones ligadas al transporte ya superan a sectores tradicionalmente más contaminantes como son los vinculados a la producción industrial. En España, el sector del transporte ya es el principal emisor de Gases de
Efecto Invernadero (GEI) superando el 30 % del total y, dentro de él, las emisiones provenientes de la aviación están en una tendencia creciente que ya lleva a superar los consumos de queroseno previos a la pandemia de COVID. Las mejoras en los
consumos por pasajero no logran compensar el aumento del tráfico que crece año a año. Frenar este constante incremento en el tráfico y tender a su reducción es condición indispensable para rebajar los niveles de emisiones.
2. Protección de la Biodiversidad y el Entorno Local. La actividad aeroportuaria conlleva una degradación de los ecosistemas locales y un empeoramiento de la calidad del aire. Los informes técnicos señalan que las ampliaciones de
infraestructuras de este tipo tienen impactos ambientales adversos que no pueden ser ignorados, requiriendo estrategias que incluyan la creación de zonas verdes como barreras naturales frente a la contaminación.
3. Impacto Crítico en la Salud Pública. La exposición prolongada al ruido aeroportuario causa alteraciones del sueño, insomnio, enfermedades cardiovasculares y estrés crónico. Además, afecta negativamente al rendimiento cognitivo y la
concentración de la población infantil en los centros educativos de las zonas de afección.
4. Incumplimiento de la Normativa Europea. El proyecto de ampliación del Aeropuerto de Manises contraviene, como ya se ha mencionado, globalmente, el Acuerdo Verde Europeo y, en concreto, es una iniciativa contraria al Plan de Acción hacia
Cero Contaminación que pretende reducir en un 30 % el número de personas crónicamente molestadas por el ruido del transporte.
El actual proyecto de ampliación, que según las previsiones puede llegar a incrementar en un 50 % los vuelos en el Aeropuerto de Manises, es contrario a la Directiva 2002/49/CE, sobre Evaluación y Gestión del Ruido Ambiental; a la
2011/92/UE, sobre Evaluación de Impacto Ambiental; a la 2001/42/CE sobre integración del impacto acústico en planes y programas, y al Reglamento (UE) 598/2014 sobre restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos.
5. Expediente en marcha. La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra España por no haber comunicado en tiempo y forma los mapas estratégicos de ruido, ni haber implementado planes de acción adecuados. Se trata de
un procedimiento que se inició en 2016, que se ha ido demorando en el tiempo, hasta el punto de que la Defensora del Pueblo Europea ha calificado el proceso como un ejemplo de «mala administración» y ha instado a su resolución. Asimismo, el
Ministerio ha reconocido que el actual Mapa de Ruido y Plan de Acción vigente para el Aeropuerto de Manises utiliza datos de 2021, un escenario condicionado por la pandemia COVID que no refleja el récord de tráfico de 2025 y por tanto, ofrece unos
datos muy alejados de la
realidad actual y todavía más de las previsiones que se contemplan en el supuesto de llevar adelante el proyecto de ampliación.
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
Descartar definitivamente el proyecto de ampliación de la capacidad operativa o de las infraestructuras del Aeropuerto de Valencia-Manises por su incompatibilidad con el Acuerdo Verde Europeo y la protección de la salud pública.
Establecer el cierre nocturno operativo del aeropuerto de 23:00 a 07:00 horas, garantizando el derecho al descanso y la salud de los vecinos, siguiendo el estándar de aeropuertos como Bilbao, Sevilla o Heathrow.
Realizar estudios epidemiológicos específicos sobre la población afectada para determinar el alcance real de la contaminación acústica y atmosférica en la salud de la ciudadanía.
Actualizar la huella acústica con los datos reales de tráfico de 2025 en adelante, asimilando los límites de decibelios a los de la Ley Valenciana, que prioriza la salud de las personas.
Obligar a que todas las pruebas de motor y actividades ruidosas se realicen exclusivamente dentro de hangares insonorizados con tecnología avanzada para minimizar el impacto en las zonas urbanas.
Realizar un estudio de impacto ambiental integral que evalúe la degradación de los ecosistemas locales y la calidad del aire, estableciendo medidas de compensación mediante la creación de barreras naturales y zonas verdes.
Estudiar la viabilidad del traslado de la infraestructura a una ubicación donde la población no esté expuesta a estos graves riesgos medioambientales y de salud.
Impulsar el ferrocarril como alternativa prioritaria, restringiendo los vuelos de corta distancia cuando exista una conexión ferroviaria eficiente de menos de seis horas.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Ione Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
Comisión de Industria y Turismo
161/003356
A la Mesa del Congreso
El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la
Comisión de Industria y Turismo, de modificación de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, para garantizar el derecho al descanso dominical y al disfrute de la vida familiar.
Exposición de motivos
Hace más de un siglo que se conquistó el derecho al descanso dominical en España. Concretamente, el 3 de marzo de 1904 fue aprobada la Ley del descanso dominical, estableciendo la prohibición de trabajar los domingos con contadas y
justificadas excepciones.
En países como Alemania, la protección del descanso en domingos y festivos alcanza la condición de garantía constitucional, y en Suiza, incluso ciudades de gran perfil internacional como Ginebra quedan prácticamente paralizadas cada domingo,
con casi todos los comercios cerrados, debido a su legislación.
Recientemente, la Sentencia 1643/2025 del Tribunal Supremo, de 4 de abril, sienta un precedente para proteger la vida personal y el derecho al descanso, y es que
contempla que pasar de librar el fin de semana a trabajar esos días por mandato de la empresa altera de forma tan profunda la organización personal y vital de los trabajadores y trabajadoras que se considera una modificación sustancial de
condiciones de trabajo, imponiéndose que no se trabajen los fines de semana, aunque dicha posibilidad estuviera contemplada contractualmente.
Por otra parte, en Austria, la Corte Constitucional confirmó ya en 2012 que la prohibición de apertura de los comercios en domingos y festivos es coherente con la Constitución austríaca, reconociéndose que los objetivos generales del cierre
son la protección de los intereses de los consumidores, los objetivos del régimen de competencia y la función socio-política.
Todo lo anterior evidencia lo entrelazados que quedan los derechos al descanso y a una vida personal y las regulaciones laborales y de horarios de apertura de negocios, especialmente en países con un gran protagonismo del sector terciario y
del comercio como es el caso de España, donde ocupa alrededor de un 75 % del PIB. En Europa, según los datos ofrecimos por Eurostat (2023), las personas trabajadoras de servicios y ventas trabajan los fines de semana en un 48,9 %. Esta realidad
refleja que la lógica de la economía 24/7, que percibe las pausas como ineficiencias, necesita no solo ser frenada, sino también revertida. Esta tensión se ha evidenciado en la reciente marcha convocada por CGT con el apoyo de Intersindical
Valenciana, LAB y SB, bajo el lema «El Corte Inglés ya no es lo que era», donde se han denunciado jornadas abusivas y semanas de trabajo de 56 horas, horarios complicados que impiden la conciliación familiar y reclaman una compensación por trabajar
los domingos.
Es por lo anteriormente expuesto que la garantía del derecho al descanso en domingos y festivos no se puede limitar simplemente a una cuestión laboral, sino que encuentra su expresión más decisiva en la regulación de los horarios
comerciales. Es precisamente esta normativa la que define el marco esencial de la actividad económica y la que asegura que el legítimo derecho de los trabajadores y trabajadoras a un tiempo de reposo prevalezca frente a las presiones desmedidas de
un mercado que, sin límites, amenaza con erosionar la dignidad y el equilibrio social.
Asimismo, el modelo de la precariedad laboral y vital, el vaciado de la vida social de los barrios en favor de una ilusión de igualdad y consumismo se ha encarnado especialmente en la existencia de centros comerciales. La extraordinaria
persistencia de estos centros en España, en comparación con su declive en otros países europeos, solo puede entenderse a la luz de las desigualdades sociales estructurales del país.
Los centros comerciales absorben funciones que antes cumplían espacios públicos en barrios afectados por gentrificación y pérdida del comercio tradicional. Al ubicarse en periferias urbanas con servicios públicos deficientes, también actúan
como sustitutos parciales de equipamientos públicos, aunque generando empleo precario y reforzando la dependencia del consumo. De este modo, los centros comerciales no solo conviven con la desigualdad: la administran, la suavizan y la reproducen,
convirtiéndose en un elemento estructural de un modelo económico basado en la vulnerabilidad y el ocio accesible. Así, permitir sus aperturas en días festivos no solo hace que favorecer el vaciado de los barrios y la vida en común, sustituyéndolo
por un ocio consumista y trabajos precarios.
Precisamente, con el ánimo de reconducir estas dinámicas y buscando avanzar en tiempo para la vida personal y familiar, pero también para el descanso, consideramos que tras un siglo de tensiones, el Congreso debe realizar un avance
significativo en la garantía al derecho al descanso dominical proponiendo una reforma de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
Por todo ello, se presenta la siguiente
Proposición no de ley
Se insta al Gobierno a modificar la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, en el siguiente sentido:
1. Modificar el artículo 4 de la Ley 1/2004, apartados 1 y 2, por el siguiente texto:
«1. El número máximo de domingos y festivos en los que los comercios podrán desarrollar su actividad no podrá superar los 8 días, del total anual de domingos y festivos establecidos. Para el caso de los establecimientos en zonas de gran
afluencia turística, el anterior número de apertura en domingos y festivos no podrá incrementarse en más de un 50 %.
2. Las Comunidades Autónomas podrán modificar dicho número reduciéndolo en orden a garantizar un mayor tiempo de descanso.»
2. Modificar el artículo 5 de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, apartado 4, por el siguiente texto:
«4. A los efectos de lo establecido en el apartado 1, las Comunidades Autónomas, a propuesta de los Ayuntamientos correspondientes, determinarán las zonas de gran afluencia turística para su respectivo ámbito territorial. Se considerarán
zonas de gran afluencia turística, aquellas áreas coincidentes con la totalidad del municipio o parte del mismo en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Existencia de una concentración suficiente, cuantitativa o cualitativamente, de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos.
b) Que acojan un bien declarado Patrimonio de la Humanidad o bien inmueble de interés cultural integrado en el patrimonio histórico artístico.
c) Celebración de grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional.
d) Proximidad a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia significativa de visitantes.
e) Cuando concurran circunstancias especiales que así lo justifiquen.
En los supuestos en los que concurran las circunstancias enumeradas, la propuesta de declaración de zona de gran afluencia turística formulada por el Ayuntamiento interesado deberá contener en todo caso justificación de sus condiciones,
teniendo en cuenta especialmente la necesidad de garantizar el derecho al descanso dominical y el disfrute a la vida familiar en su compatibilidad con la existencia de intereses turísticos y económicos de la zona. En consecuencia, tanto si la
propuesta es para su declaración en todo el municipio durante todo el año como limitada temporal o territorialmente, la propuesta debe acreditar la necesidad de sus circunstancias. En caso de que la Comunidad Autónoma no considere justificada la
propuesta, esta quedará rechazada.
Si en el plazo que determine su legislación autonómica o, en su defecto, en el plazo de seis meses, la Comunidad Autónoma competente no resolviera la solicitud del Ayuntamiento interesado, se entenderá rechazada como zona de gran afluencia
turística la propuesta por dicho Ayuntamiento.
En el caso de que dejaran de concurrir las circunstancias que motivaron la declaración de zona de gran afluencia turística, el Ayuntamiento deberá justificar la pérdida de las condiciones habilitantes. La Comunidad Autónoma competente, en
el plazo anteriormente señalado, deberá resolver; y, en caso de no hacerlo, se entenderá aceptada la propuesta municipal.»
3. Modificar parte del artículo 5 de la Ley 1/2004, apartado 5, sustituyendo el segundo párrafo por el texto siguiente:
«En el plazo de seis meses a partir de la publicación de estos datos, todo Ayuntamiento estará obligado a realizar una propuesta a la Comunidad Autónoma competente sobre la zona de gran afluencia turística del municipio en el que concurran
las circunstancias señaladas en el párrafo anterior. Para el caso de que los datos justificasen la pérdida del régimen aplicable a las zonas de gran afluencia turística, el Ayuntamiento estará obligado a proponer su eliminación, mantenimiento o
adaptación de acuerdo con los criterios de esta ley.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Alberto Ibáñez Mezquita, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
Comisión de Derechos Sociales y Consumo
161/003350
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para reforzar las actuaciones de control, inspección y vigilancia sobre la venta de
gafas graduadas, de lectura premontadas/pregraduadas y lentes de contacto fuera de establecimientos sanitarios, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Consumo.
Exposición de motivos
La venta de gafas graduadas que requieren adaptación individualizada (gafas «a medida») solo puede realizarse en establecimientos que cuenten con el equipamiento necesario y con un profesional cualificado. En cambio, las gafas de lectura
premontadas o pregraduadas, al comercializarse con graduaciones estándar y no requerir esa adaptación individual, pueden venderse fuera de establecimientos sanitarios, siempre que cumplan los requisitos generales como producto sanitario y se
respeten las condiciones de almacenamiento y conservación. En paralelo, la venta por internet de gafas graduadas que sí requieren adaptación individualizada está permitida en España, pero sujeta a una diferenciación esencial entre la primera
adquisición y las compras posteriores de reposición.
En el caso de las gafas graduadas que requieren adaptación individualizada, la primera entrega exige esa adaptación al usuario, lo que implica la intervención de un profesional óptico-optometrista y la expedición desde un establecimiento
autorizado. Esta adaptación es necesaria para ajustar las lentes a las características específicas del usuario, conforme al artículo 27 del Real Decreto 1591/2009 y la doctrina consolidada del Tribunal Supremo.
Una vez realizada la adaptación individualizada en la primera adquisición, las compras posteriores de gafas graduadas idénticas (mismo modelo y graduación) no requieren una nueva adaptación individualizada. En estos casos, la venta por
internet está permitida sin necesidad de intervención presencial del óptico, siempre que se trate de una réplica exacta de la primera adaptación y se acredite la graduación preexistente. El TJUE ha declarado que la normativa nacional que prohíbe la
venta de lentes de contacto (y por analogía, de gafas graduadas) por internet, salvo en establecimientos físicos, es contraria a la Directiva 2000/31/CE sobre comercio electrónico, siempre que no se trate de la primera adaptación.
La venta por correspondencia y por procedimientos telemáticos de gafas graduadas y lentes de contacto que requieran adaptación individualizada, conforme al artículo 24.5
del RD 192/2023 y el artículo 3.5 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, está prohibida y constituye una infracción grave conforme al artículo 112.2.b.14 del Texto Refundido de
la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios. Las autoridades sanitarias pueden iniciar procedimientos sancionadores, que incluyen la imposición de multas y otras medidas administrativas.
Por su parte, las gafas de lectura premontadas o pregraduadas son productos ópticos destinados a la corrección visual, pero se diferencian de las gafas graduadas confeccionadas a medida en que se comercializan con graduaciones estándar y no
requieren adaptación individualizada. La regulación exige que estos productos cumplan con las normas de seguridad y calidad aplicables, pero no impone la intervención de un óptico-optometrista ni la venta exclusiva en establecimientos sanitarios.
Atendiendo a las recomendaciones del ámbito profesional de la salud visual (ópticos-optometristas) y a criterios de prevención y protección de las personas consumidoras, es necesario reforzar el control de las condiciones de comercialización
de las gafas de lectura premontadas/pregraduadas, de manera que, cuando su venta se realice en establecimientos no sanitarios, se garantice que los productos cumplen con los requisitos que exige la normativa vigente y se mantienen en condiciones que
aseguren la integridad, seguridad y prestaciones previstas por el fabricante, evitando cualquier deterioro que pueda afectar a la salud o seguridad de los usuarios.
Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:
Proposición no de ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas y las autoridades europeas, a reforzar las actuaciones de control, inspección y vigilancia sobre la venta de gafas graduadas, de lectura
premontadas/pregraduadas y lentes de contacto por internet, y fuera de los establecimientos sanitarios.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Carmen Andrés Añón y Noelia Cobo Pérez, Diputadas.Maribel García López y Montse Mínguez García, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.
Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación
161/003365
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
Autor: Grupo Parlamentario VOX
Proposición no de Ley relativa al impacto que tendrá la entrada en vigor del acuerdo de libre comercio con Mercosur para el sector agrario andaluz.
Acuerdo:
Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contemplada en el punto 6 procedería llevarla a cabo, en todo caso, por el procedimiento constitucional pertinente, admitirla a trámite como
Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y
publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
María José Rodríguez de Millán Parro, Carlos Hernández Quero, Ricardo Chamorro Delmo, Rocío de Meer Méndez, Jacobo González-Robatto Perote, Patricia Rueda Perelló, María de los Reyes Romero Vilches, Blanca Armario González, José Ramírez del
Río, Tomás Fernández Ríos y Francisco José Alcaraz Martos, en sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al impacto que tendrá la entrada en vigor del acuerdo de libre comercio con Mercosur para el sector agrario andaluz, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Exposición de motivos
El próximo 1 de mayo entrará en vigor el acuerdo de libre comercio suscrito por la Unión Europea y el Mercosur tras la decisión de la Comisión Europea, gobernada por socialistas y populares, de activar su aplicación provisional1. Así, pese
a que el Parlamento Europeo aprobó una resolución para que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea abriera un procedimiento de revisión jurídica de la validez, el alcance competencial y el procedimiento de aprobación del tratado, su aplicación
provisional garantizará la eliminación de los aranceles sobre determinados productos2.
En consecuencia, algunos sectores económicos de nuestro país se verán muy perjudicados por la entrada en vigor del acuerdo y, en concreto, el sector primario andaluz será uno de los que se verá más gravemente afectado tras la llegada masiva
y libre de aranceles de productos agroalimentarios sometidos a requisitos fitosanitarios, ambientales y laborales mucho más laxos que los que soportan los productores europeos. Con ello, se generará una competencia desleal que provocará una
importante pérdida de rentabilidad en el sector primario andaluz y tendrá un grandísimo impacto negativo para el tejido productivo y social en Andalucía3.
Algunos de los sectores que se verán más gravemente dañados por la entrada en vigor de este acuerdo serán el arrocero, el avícola y el apícola; tres sectores fundamentales para el campo andaluz. De hecho, los datos de 2024 reflejan que la
balanza comercial agraria entre España y los países que conforman el Mercosur es claramente deficitaria para el arroz, la miel y la carne de ave de nuestro país. En el caso del arroz, las importaciones superaron a las exportaciones en 133.850
toneladas. Por su parte, la producción de carne aviar de nuestro país soporta un déficit comercial 28.018
1 https://spain.representation.ec.europa.eu/noticias-eventos/noticias-0/el-acuerdo-ue-mercosur-seaplicara-provisionalmente-partir-del-1-de-mayo-de-2026-2026-03-23_es
2 https://www.europarl.europa.eu/news/es/press-room/20260116IPR32450/ue-mercosur-el-pe-pide-dictamen-juridico-sobre-compatibilidad-con-los-tratados
3 https://www.bancocooperativo.es/es/cooperativismo/agricultores-ganaderos-dicen-no-acuerdo-ue-mercosur
toneladas anuales con los países del Mercosur; y el sector apícola padeció en 2024 un déficit de 6.152 toneladas con los países que forman parte del Mercosur4.
A ello habría que sumar que la aplicación provisional del acuerdo de libre comercio suscrito por la Unión Europea y el Mercosur permitirá la importación de un contingente de 60.000 toneladas de arroz libre de aranceles5; cantidad que
afectará con mayor relevancia a Andalucía, región española que más arroz produce6. Por su parte, los productores de carne aviar tendrán que hacer frente a la entrada de hasta 180.000 toneladas de carne anual en la UE libre de cargas7; afectando a
Andalucía, región produce cerca del 24 % de la carne de ave que se produce en España8. Además, este acuerdo prevé la importación de un contingente libré de aranceles de hasta 45.000 toneladas de miel en cinco años9, producto que se elaboró en un
19,4 % durante el 2024 en Andalucía10.
En cualquier caso, los graves perjuicios que para el campo andaluz traería consigo la aprobación definitiva de este acuerdo aún podrían evitarse con voluntad política. En concreto, «el Acuerdo de Asociación entrará plenamente en vigor una
vez que todos los Estados miembros de la UE y las partes del Mercosur hayan completado su ratificación»11. Por tanto, urge que el Gobierno de España adopte una oposición frontal al acuerdo de libre comercio, que supondrá la ruina de miles de
explotaciones agrarias y provocará un daño sin precedentes al modo de vida del sector rural. En este sentido, cabe destacar que Andalucía genera alrededor del 30 % del Valor Añadido Bruto del sector agrario en España, es la región con mayor renta
agraria y el mayor número de ocupados en el sector, y cuenta con más de 3,5 millones de hectáreas de superficie de cultivo12.
Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las siguientes medidas:
1. Rechazar expresamente la aplicación provisional del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Mercosur por ser contrario al interés de los productores españoles, y por poner en riesgo la supervivencia del sector primario, el medio
rural de Andalucía y sus formas tradicionales de vida.
2. Elaborar un informe sobre el impacto económico y social del citado acuerdo para el sector primario español y, muy especialmente, para el sector primario andaluz.
3. No ratificar la aplicación definitiva del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Mercosur en el seno del Consejo de la Unión Europea.
4 https://agroautentico.com/2024/12/los-sectores-afectados-por-mercosur-citricos-arroz-frutas-y-ganaderia/
5 https://valenciaplaza.com/valenciaplaza/comunitat-valenciana1/el-pacto-de-mercorsur-en-la-comunitat-golpe-al-arroz-y-la-naranja-y-riesgo-de-importaciones-con-sustancias-prohibidas
6 https://www.mapa.gob.es/es/prensa/ultimas-noticias/detalle_noticias/la-producci-n-de-arroz-se-recupera-tras-dos-a-os-se-sequ-a-y-se-sit-a-un-69---por-encima-de-la-anterior-campa-a/db245d88-1f77-4a52-b590-68f24770e07d
7 https://www.swissinfo.ch/spa/el-posible-impacto-del-acuerdo-ue-mercosur-en-la-agricultura-europea/89944352
8 https://www.mapa.gob.es/dam/mapa/contenido/ganaderia/temas/produccion-y-mercados-ganaderos/sectores-ganaderos-2/avicultura-de-carne/informacion-del-sector/indicadores-economicos/indicadoreseconomicosaviculturadecarne2023.pdf
9 https://www.20minutos.es/lainformacion/economia-y-finanzas/miel-espanola-agria-acuerdo-mercosur-sector-teme-fraude-dumping-5666278/
10 https://www.mapa.gob.es/dam/mapa/contenido/ganaderia/temas/produccion-y-mercados-ganaderos/sectores-ganaderos-2/apicultura/informacion-del-sector/indicadores-economicos/indicadores-2024-final_rev.pdf
11 https://www.consilium.europa.eu/en/press/press-releases/2026/01/09/eu-mercosur-council-greenlights-signature-of-the-comprehensive-partnership-and-trade-agreement/
12 https://www.unicajabanco.com/es/sala-de-comunicacion/buscador-noticias/2025/12/publicado-el-informe--el-sector-agrario-y-la-industria-alimentar
4. Denunciar ante las instituciones comunitarias la opacidad con la que la Comisión Europea ha llevado a cabo la negociación y tramitación de un acuerdo firmado de espaldas a las naciones europeas, al Parlamento Europeo y a las
organizaciones agrarias.
5. Impulsar en las instancias europeas la recuperación y aplicación de los principios de preferencia comunitaria y reciprocidad como principios jurídicos de alcance general a todos los acuerdos comerciales que contravengan los intereses del
sector primario español, con el fin de garantizar la soberanía alimentaria de nuestro país.
6. Promover que sea sometido a referéndum consultivo, en los términos del artículo 92 de la Constitución, por su indudable trascendencia para nuestro sector primario, así como para el interés nacional, el rechazo del Acuerdo de Asociación
entre la Unión Europea y Mercosur, con la finalidad de defender y proteger de manera efectiva al sector primario español y, especialmente, al sector primario andaluz.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Ricardo Chamorro Delmo, Rocío de Meer Méndez, Jacobo González-Robatto Perote, Patricia Rueda Perelló, María de los Reyes Romero Vilches, Blanca Armario González, José Ramírez del
Río, Tomás Fernández Ríos y Francisco José Alcaraz Martos, Diputados.María José Rodríguez de Millán Parro y Carlos Hernández Quero, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.
161/003368
A la Mesa del Congreso
El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley por la puesta en valor de la Senda del
Poeta, para su debate en Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación del Congreso.
Exposición de motivos
La Senda del Poeta es un proyecto cultural, educativo y agroambiental que recorre los paisajes de la huerta de Orihuela y zonas colindantes, mostrando la estrecha relación entre agricultura, territorio y memoria colectiva. Esta iniciativa
no solo honra la obra de Miguel Hernández, sino que también reivindica la centralidad de la huerta y la vida campesina en la construcción cultural y social de nuestra región.
Recientemente, la Generalitat Valenciana retiró de manera arbitraria la subvención del proyecto, generando un ataque claro contra la memoria histórica y el legado de Miguel Hernández, comprometido con la República, la democracia y la
justicia social. Esta decisión constituye un acto de persecución ideológica y censura cultural, que pretende invisibilizar la lucha por los derechos y libertades que Hernández defendió con su vida y obra.
Ante esta agresión, el Ministerio de Cultura ha asumido la subvención, demostrando que el Estado debe ser un garante de la cultura, la memoria histórica y los derechos colectivos, frente a intereses políticos locales que buscan silenciar la
memoria de quienes lucharon por la democracia y los derechos del pueblo.
La Senda del Poeta, además de ser un recurso cultural y educativo, es un instrumento de revalorización de la huerta y la agricultura como patrimonio vivo, promoviendo la sostenibilidad rural, el turismo responsable y la dignificación del
trabajo campesino, históricamente olvidado y menospreciado. Es un acto de justicia social reconocer que la huerta, como espacio de trabajo, resistencia y identidad, forma parte de la memoria histórica y cultural de Orihuela y del conjunto de la
provincia.
Es urgente que el Congreso de los Diputados respalde el proyecto, reafirme su compromiso con la memoria republicana, la cultura popular y la agricultura sostenible, y condene cualquier intento de censura o persecución ideológica que busque
invisibilizar la memoria de Miguel Hernández y la labor educativa y social de la Senda del Poeta.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Plurinacional de SUMAR presenta la
Proposición no de Ley
«El Congreso insta al Gobierno a:
1. Manifestar el apoyo firme del Congreso de los Diputados a la Senda del Poeta, reconociendo su valor cultural, educativo, agrícola y de memoria histórica y democrática.
2. Instar al Gobierno de España a seguir poniendo en valor la Senda del Poeta, garantizando su estabilidad económica, continuidad de actividades y promoción pública, asegurando que el legado de Miguel Hernández y la huerta sean reconocidos
como patrimonio colectivo.
3. Reforzar la vinculación del proyecto con la huerta y la agricultura, asegurando que la promoción y el desarrollo de la Senda incluyan explícitamente la dignificacióndel trabajo en el campo, la sostenibilidad rural y la valorización del
territorio.
4. Condenar cualquier intento de persecución ideológica, censura o invisibilización de la memoria histórica, recordando el compromiso de Miguel Hernández con la II República, la democracia y los derechos del pueblo.
5. Fomentar la cooperación activa entre administraciones y organizaciones sociales, garantizando que el proyecto sea sostenible, participativo y promueva los derechos culturales y territoriales de la población.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Alberto Ibáñez Mezquita y Nahuel González López, Diputados.Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
161/003373
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
Proposición no de Ley relativa al incumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en materia de alimentación y lucha contra la pobreza en España.
Acuerdo:
Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contemplada en el punto 4 procedería llevarla a cabo, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como
Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al incumplimiento de los
objetivos de desarrollo sostenible en materia de alimentación y lucha contra la pobreza en España, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Exposición de motivos
La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), asumidos por España como compromiso internacional, establecen metas claras en materia de erradicación de la pobreza (ODS 1), hambre cero y acceso a una alimentación adecuada (ODS
2), reducción de las desigualdades (ODS 10).
No obstante, el informe de Cáritas publicado a finales de 2025 pone de manifiesto una realidad social que evidencia un grave incumplimiento de estos objetivos en nuestro país, especialmente en lo relativo al acceso a una alimentación
suficiente, saludable y digna para millones de personas.
Según dicho informe, la pobreza se cronifica, 9,4 millones de personas, aproximadamente el 17-18 % de la población española se encuentra en situación de exclusión social; 4.3 millones de personas se encuentran en situación de exclusión
severa, y uno de cada tres son niños; el 41 % de las familias con hijos enfrenta dificultades para acceder a un hogar digno. Todo ello ha conllevado un crecimiento desmesurado de inseguridad alimentaria, afectando de forma directa a familias con
menores, personas mayores y trabajadores pobres. Esta situación supone un fracaso del ODS 2 (Hambre Cero) y demuestra que las políticas públicas actuales no están garantizando el derecho básico a la alimentación.
Nos encontramos en una situación que representa un tsunami de pérdida de capacidad económica para las familias españolas, con una cesta de la compra que se ha incrementado en más de un 39 % en los últimos años, una presión fiscal demoledora
desde 2018, con 97 subidas de impuestos/cotizaciones. Según FUNCAS, el 90 % de las familias españolas ha perdido poder adquisitivo.
Resulta especialmente preocupante que esta realidad se produzca en un país como España, potencia agroalimentaria europea, con un sector primario y una industria alimentaria capaces de garantizar el suministro de alimentos de calidad, pero
que no están siendo adecuadamente integrados en una estrategia eficaz contra la pobreza y la exclusión social. Resulta pues muy preocupante que no estemos garantizando la soberanía alimentaria básica a nuestra población.
El Partido Popular considera que la alimentación debe situarse en el centro de las políticas sociales y económicas, no como un elemento accesorio, sino como pilar esencial de la dignidad humana, la cohesión social y la sostenibilidad.
Asimismo, entiende que la Agenda 2030 no puede utilizarse como un instrumento ideológico o propagandístico, mientras se ignoran los datos reales que alertan de un empeoramiento de la situación alimentaria de miles de hogares.
La Agenda 2030 debe entenderse como un mecanismo de compromisos reales que permitan conseguir unas sociedades más justas, amigables y saludables, y España no puedes seguir retrocediendo en sus cuotas de calidad de vida y bienestar social.
La alimentación no es una opción, no puede convertirse en un lujo, y no puede estar
condicionando el desarrollo y viabilidad de millones de familias que deben restringir la cantidad y calidad de sus alimentos.
Por todo ello, resulta imprescindible reorientar las políticas públicas en materia de alimentación, reforzar la colaboración con el sector agroalimentario y con las entidades sociales, y exigir al Gobierno una rendición de cuentas real sobre
el cumplimiento de los ODS relacionados con la alimentación y la lucha contra la pobreza.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Situar la alimentación como uno de los ejes centrales de la Estrategia Nacional de la Agenda 2030, garantizando que las políticas sociales incorporen medidas efectivas para asegurar el acceso a alimentos suficientes, seguros y saludables
para toda la población.
2. Impulsar una estrategia nacional de seguridad alimentaria, en base a los postulados de la Estrategia Nacional de la Alimentación, que aproveche el potencial del sector primario y de la industria agroalimentaria española, fomentando
circuitos cortos, donación de excedentes y colaboración público-privada.
3. Reforzar los programas de apoyo alimentario, en coordinación con comunidades autónomas, entidades del Tercer Sector y organizaciones sociales, asegurando su eficacia, transparencia y orientación a resultados.
4. Presentar ante el Congreso, en el plazo máximo de seis meses, un informe específico sobre la situación de la inseguridad alimentaria en España, que incluya indicadores claros, datos territoriales y evaluación de las políticas actuales.
5. Apoyar al sector agroalimentario como aliado estratégico en el cumplimiento de los ODS, reconociendo su papel clave en la seguridad alimentaria, el empleo, la cohesión territorial y la sostenibilidad económica y social.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Javier José Folch Blanc, Pedro Ignacio Gallardo Barrena, Rosa Quintana Carballo, María del Socorro Cuesta Rodríguez, Joaquín Melgarejo Moreno, Ainhoa Molina León, María de las
Mercedes Cantalapiedra Álvarez, Milagros Marcos Ortega, Sergio Sayas López, Alfonso Carlos Macías Gata, Juan Diego Requena Ruiz, Javier Merino Martínez, Manuel García Félix, Óscar Ramajo Prada y Antonio Martínez Gómez, Diputados.Ester Muñoz de la
Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Comisión de Política Territorial
161/003364
A la Mesa del Congreso de los Diputados
María José Rodríguez de Millán Parro, Jorge Campos Asensi, Emilio Jesús del Valle Rodríguez y Carina Mejías Sánchez, en sus respectivas condiciones de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los
artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley sobre defensa de las leyes de concordia impulsadas en diferentes regiones, para su discusión en la Comisión de Política Territorial.
Exposición de motivos
Primero. «Memoria democrática»: La imposición totalitaria de una versión oficial de la historia.
La izquierda y sus aliados tienen una agenda ideológica cuya característica fundamental es servir a sus objetivos de desintegración social. En dicha agenda tienen gran protagonismo las políticas de la llamada «Memoria Democrática», en las
que el uso malévolo de la Historia se pone al servicio de esa misma agenda. El propósito de las políticas de la llamada «Memoria Democrática» es plural: dividir a los españoles, implantar una visión única de lo que vivieron quienes nos precedieron
y, además, expulsar del consenso de la Historia impuesta a aquel que no comulgue con ella para así certificar su muerte civil. Puede señalarse, por añadidura, un objetivo principal: imponer una concepción ideológica de la Historia de España como
política oficial del Estado, hasta el punto de que esa concepción deba ser asumida por todos los niveles de la sociedad y de los poderes públicos. Este objetivo es claramente totalitario.
En efecto, la versión de la Historia que se quiere imponer se proyecta sobre todos los ámbitos, desde la educación de los españoles al hecho religioso o a la vida cultural, e impacta de lleno en principios constitucionales básicos y derechos
fundamentales, como el libre desarrollo de la persona, la libertad religiosa e ideológica, la libertad de expresión y de información, la libertad de cátedra, la libertad artística y el principio de neutralidad ideológica de la educación pública.
La «Memoria Democrática» no es un fenómeno exclusivamente español, sino que es uno de los principales instrumentos que utiliza la izquierda del siglo XXI para demoler el edificio de la civilización occidental. Si en otros países estas
políticas han pretendido revisar el hecho colonial o la trayectoria de determinados grupos en conflictos del pasado, en España las políticas de memoria han puesto su foco en la revisión de la historia nacional desde la Segunda República hasta la
Transición política, con especial énfasis en la Guerra Civil y en los años posteriores a 1975.
La finalidad es clara, ya que se quiere imponer, incluso por ley, una interpretación de la Guerra Civil en la que un bando es identificado con libertad, legalidad y democracia, y el otro bando es asociado a la insurrección, la opresión y el
terror masivo. El recuerdo de ese primer bando es al cual quieren vincularse la izquierda y el separatismo de nuestros días, con el propósito de dotarse de una legitimidad que les proporcione una clara hegemonía política y cultural en la España de
hoy. De modo simultáneo, se pretende la erradicación de la memoria del otro bando, a cuyos combatientes y víctimas se ha querido relegar al olvido, cuando no al repudio.
Esta pretensión es absolutamente inaceptable. La defensa de España exige la protección de su Historia, de toda ella, sin que pueda admitirse que un interés partidista intente erradicar el recuerdo de décadas de nuestro pasado.
Por supuesto, la utilización de esa visión falsa de la Historia para implantar una política estatal de memoria identificada con uno de esos bandos debe ser objeto de la más enérgica repulsa. El indicado propósito de la izquierda y el
separatismo de colonizar las instituciones públicas convirtiendo su ideología en doctrina oficial del Estado primero, y de imponerlo por ley a toda la sociedad después, debe ser combatido con toda firmeza. De ahí la imperiosa necesidad de derogar
las leyes de la «Memoria Democrática».
Segundo. Las leyes regionales «de concordia» y la respuesta del Gobierno de la Nación.
La Ley 1/2024, de 15 de febrero, de derogación de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón es una reacción a la imposición, que sufrían los aragoneses, de un relato partidista, que pretendía crear una historia
oficial, vulnerando así las libertades públicas reconocidas en la CE. Como se menciona en el preámbulo de la citada Ley, «La memoria es algo subjetivo y personal». Por tanto, queda patente que la intención del legislador es derogar, y en ningún
caso construir una supuesta verdad alternativa. Y es que, como recoge el preámbulo, «Cualquier hecho histórico debe ser materia de estudio, investigación e interpretación, y las Administraciones deben garantizar a los ciudadanos los medios y el
libre acceso a las
fuentes para que, con plena libertad, se analice el pasado histórico sin recibir consigna, censura o condicionamiento alguno».
Del mismo modo, han constituido una reacción inexcusable la Ley 5/2024, de 26 de julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana, la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de Derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria
Histórica y Democrática de Cantabria, en cuyo preámbulo se advierte que esta Ley de Memoria era un «ataque a la convivencia y a las libertades democráticas», la Ley 4/2025, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura y la Ley 1/2026, de 24 de
marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las llles Balears. El impulso de normas como estas, que eliminan la legislación ideológica de la izquierda, no habría sido posible sin la actividad
en las instituciones regionales de una fuerza como VOX, que está comprometida con el combate por la preservación de los fundamentos de la civilización que esa misma izquierda quiere erosionar.
Frente a lo anterior, la respuesta del Gobierno de Pedro Sánchez ha sido doble. En primer lugar, de una manera calculadamente sobreactuada, ha manifestado una indignación desmedida. Sin ningún tipo de base jurídica ni moral, el Gobierno y
las fuerzas que lo apoyan pretenden crear una apariencia de identificación entre sus políticas sectarias de memoria, de una parte, y de otra, la protección de las víctimas y la defensa de la democracia y de los derechos humanos. Como ya se ha
indicado más arriba, tales manifestaciones carecen de cualquier valor real, y esa falsa indignación responde al enfado de quien ve cómo su abusiva agenda legislativa ideológica ha encontrado quien le hace frente.
En segundo lugar, el Gobierno ha querido aprovechar una cierta «internacionalización» de la causa, haciéndose para ello eco de la opinión de tres relatores de parte, que los medios de comunicación que sostienen al Ejecutivo no dudaron en
hacer pasar como postura oficial de la Organización de las Naciones Unidas. En esta cuestión es necesario hacer dos matizaciones. La primera es que ese interés de organismos internacionales y supranacionales por aspectos de la Historia de España
en el siglo XX no es espontáneo ni está relacionada con ninguna defensa de los derechos humanos, sino que ha sido provocado a su vez por dos factores: el hecho de que, como ya se ha apuntado, la izquierda en todo el mundo use las políticas de
memoria como una punta de lanza de su programa, también a nivel global; y las maniobras que desde hace años han estado efectuando socialistas, comunistas y separatistas en el seno de esos organismos con la finalidad de que asuman sus postulados en
esta materia.
La segunda matización debe referirse a la autoridad moral que pueda tener la ONU para enjuiciar hechos pasados de la historia de España. La ONU tuvo como uno de sus Estados fundadores a la Unión Soviética, responsable de millones de muertes
por asesinatos y por hambrunas provocadas; esto último puede también decirse de la China comunista, que es uno de los miembros permanentes y con derecho a veto del Consejo de Seguridad de la Organización. La ONU tiene asimismo como miembros a
Estados cuyos sistemas políticos son totalitarios, teocráticos o neosultanísticos (si no directamente sultanísticos), y que en todo caso son poco compatibles con principios como la dignidad humana o el Estado de Derecho. En definitiva, la autoridad
moral de la ONU para esta intromisión en los asuntos internos de España es absolutamente nula.
El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, no ha vacilado en declarar falsamente que «España es tras Camboya el segundo país con más desaparecidos en fosas comunes»1, afirmación desmentida por las propias
terminales mediáticas cercanas al Ejecutivo2. El propio Gobierno ha venido a confirmar la falsedad de esas declaraciones, al negarse de forma descarada a responder a preguntas parlamentarias sobre el particular3.
1 https://x.com/ElHuffPost/status/1775117645018210406
2 https://www.newtral.es/espana-desaparecidos-fosas/20240403/
3 https://app.congreso.es/contestaciones/viewPDF?numeroRegistro=24552&codigoTipoExpediente=184&numeroExpediente=10187&documentoOriginal=false
Lo que sí es cierto es que el Gobierno ha presentado recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, que han acabado suspendiendo la aplicación de las leyes aprobadas en Aragón, Cantabria y Valencia. Por otra parte, es
necesario advertir la alarmante politización de este Tribunal, donde las fuerzas que apoyan al Gobierno han conseguido instaurar la famosa mayoría favorable de 7 a 5 magistrados, entre cuyos miembros se encuentra, entre otros, un exministro de
Justicia del anterior Gobierno socialista de Sánchez. De ahí que decisiones como los recursos de inconstitucionalidad de las mencionadas leyes, o la que ha avalado la constitucionalidad de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la
normalización institucional, política y social en Cataluña, tengan un resultado ya pronosticado por todos.
Tercero. La doble vara de medir del Gobierno.
Con ocasión de estas propuestas legislativas que discrepan de su línea en materia de «Memoria», el Gobierno de España, en un acto de hipocresía sin parangón, acusa a los gobiernos de estas regiones de «vulnerar el derecho internacional y los
derechos humanos». Como ya se ha indicado, ha respondido con enorme hostilidad verbal ante el ejercicio de la potestad legislativa legalmente atribuida a las regiones que pretenden desarrollar iniciativas legislativas encaminadas a garantizar la
concordia entre españoles y en contra de la utilización partidista de la Historia.
Esta hostilidad contrasta de modo espectacular con la tibieza demostrada por el Gobierno ante otras regiones de España donde el orden constitucional, la legalidad vigente, los derechos y los intereses generales de los españoles son
permanentemente agredidos. En Cataluña, por ejemplo, las leyes se incumplen a diario, con la desvergonzada complicidad del Gobierno de España. Entre dichos incumplimientos, sobresalen los constantes actos de ultraje contra los símbolos nacionales,
en especial a la Bandera Nacional, a cargo de las autoridades regionales catalanas y en flagrante vulneración de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas.
En esa misma región y en otras, las autoridades incumplen de forma declarada y contumaz las sentencias de los tribunales sobre libertad lingüística y derecho a utilizar el español, vulnerando el derecho de los españoles a estudiar en la
lengua oficial e incumpliendo su deber de garantizar el uso y el conocimiento de la lengua común en su territorio; ante ello la actitud del Gobierno de la Nación ha sido de pasividad cómplice.
El actual Gobierno de España, junto con sus socios comunistas y separatistas, ha embarcado a nuestro país en un proceso en que se dan la mano el ataque a la unidad nacional, el asalto a las instituciones, la sumisión a las agendas
globalistas y, en definitiva, una permanente agresión al modo de vida de los españoles y a la unidad y a la soberanía de España como cimientos de la convivencia.
En este contexto de degradación institucional y de erosión del orden constitucional, sin duda la citada Ley Orgánica relativa a la amnistía ha constituido el ataque más visible, pero no ha sido el único. Y quizá no sea siquiera el más
grave. El control del Tribunal Constitucional pretende asegurar que la imposición de la agenda ideológica ño pueda revisarse. Sin duda se persigue que, de modo equivalente, las leyes de memoria estatal y regionales queden «constitucionalizadas»,
de modo que la legislación impulsada por la izquierda y el separatismo se vuelva intocable para los partidos de la oposición cuando consigan formar una mayoría alternativa. Lo cierto es que esta idea es incompatible con un sistema constitucional
pluralista, y tiene una clara connotación de cambio de régimen.
Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente
Proposición no de Ley
https://app.congreso.es/contestaciones/viewPDF?numeroRegistro=38702&codigoTipoExpediente=184&numeroExpediente=10187&documentoOriginal=false
«El Congreso de los Diputados:
1. Insta al Gobierno a acordar el desistimiento de los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley 1/2024, de 15 de febrero, de derogación de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón, la Ley 5/2024, de 26 de
julio, de Concordia de la Comunitat Valenciana y la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de Derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria, así como a cesar en su intolerable hostilidad contra
las iniciativas legislativas que, con toda legitimidad democrática y parlamentaria, se elaboren en distintas regiones con la finalidad de revisar la legislación sectaria existente en materia de «Memoria Democrática».
2. Exige al Ejecutivo que detenga su asalto a las instituciones del Estado, ejecutado sistemáticamente desde la llegada de Pedro Sánchez Pérez-Castejón a la Presidencia del Gobierno, y que se manifiesta en la instrumentalización ideológica
y partidista de esas instituciones.
3. Reprueba la actuación del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez, por el sectarismo de su gestión como responsable gubernamental en materia de Memoria Democrática, que es paralelo a su cómplice
indiferencia como ministro en materia de Política Territorial hacia las manifestaciones de deslealtad hacia la Patria común por parte de distintas entidades regionales controladas por fuerzas separatistas.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Jorge Campos Asensi, Emilio Jesús del Valle Rodríguez y Carina Mejías Sánchez, Diputados.María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.
Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico
161/003351
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de ley relativa a la necesidad de realizar un Estudio de Impacto
Ambiental integrado del conjunto del proyecto de la Línea de Muy Alta Tensión Escatrón-La Secuita, entre Aragón y Catalunya, y de sus infraestructuras asociadas, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Exposición de motivos
El proyecto de Línea de Muy Alta Tensión (MAT) Escatrón-Els Aubals-La Secuita, con una longitud aproximada de 181 kilómetros y una capacidad de evacuación estimada en 3.000 MW, que pretende transportar energía generada en Aragón hacia el
polo petroquímico de Tarragona, coincidiendo con la previsión del cierre de los reactores nucleares de Ascó I, Ascó II y Vandellós II, supone una grave afección territorial, ambiental, social y paisajística para Aragón, particularmente para los
municipios de Escatrón, Sástago, Chiprana, Caspe, Maella, Mazaleón, Calaceite, Samper de Calanda y Castelnou, lo que ha generado una profunda preocupación social e institucional, al tratarse de un territorio de alto valor agrícola, ambiental,
paisajístico y patrimonial, cuya sostenibilidad constituye uno de los pilares fundamentales de su desarrollo presente y futuro. Además, atraviesa hasta cinco comarcas de la provincia de Tarragona y 28 municipios estarán afectados directamente, así
como unos 1300 propietarios de fincas por expropiaciones, servidumbres, proximidad de las torres a las viviendas y las mases,
afección por los campos electromagnéticos, así como la depreciación y hasta abandono de las tierras agrícolas atravesadas con amenaza de ruina económica para sus propietarios y empresarios de explotaciones agrícolas y ganaderas.
Desde el punto de vista técnico y funcional, se trata de una única infraestructura, que el promotor y las administraciones han decidido dividir artificialmente en siete expedientes administrativos distintos, lo que impide realizar una
evaluación ambiental completa, coherente y ajustada a la realidad, tal como exige la ley. Esta fragmentación se decide a pesar de que el proyecto se presenta en todos los documentos oficiales incluido el propio Estudio de Impacto Ambiental (EsIA)
como un «eje» unitario, está recogido como una actuación única en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte 2021-2026 y técnicamente es evidente que sus partes son interdependientes, y a pesar de que el Tribunal Supremo y el TJUE han establecido
como doctrina firme que no se puede dividir artificialmente un proyecto para evitar una evaluación ambiental completa, y a pesar de que el proyecto afecta a espacios de la Red Natura 2000 y la Directiva Hábitats exige una evaluación integrada cuando
existe riesgo para estos espacios.
La implantación de esta infraestructura supondría la instalación de numerosas torres de gran envergadura (de hasta 55 metros) y líneas aéreas que afectarían directamente a fincas agrícolas, montes públicos y espacios de especial sensibilidad
ambiental. El territorio afectado alberga ecosistemas esteparios, áreas de alto valor para la avifauna y enclaves patrimoniales que forman parte de nuestra identidad histórica, elementos todos ellos que podrían verse gravemente alterados por el
impacto visual, territorial y ecológico de esta línea. La zona de Caspe y Chiprana, además, se encuentra en un entorno vinculado al Mar de Aragón y a zonas de especial protección para aves (ZEPA), donde la colisión y electrocución de avifauna
constituye un riesgo real asociado a este tipo de infraestructuras.
La experiencia acumulada en otros territorios evidencia que las líneas de muy alta tensión generan fragmentación del hábitat, alteraciones paisajísticas irreversibles y afecciones directas a actividades económicas como la agricultura, la
ganadería y el turismo rural.
A ello se suma la preocupación por la acumulación de proyectos energéticos en el territorio aragonés, que en muchos casos se tramitan de manera fragmentada, impidiendo una evaluación global de sus efectos sinérgicos y acumulativos. La
planificación energética debe responder a criterios de equilibrio territorial, justicia distributiva y sostenibilidad ambiental, evitando que determinadas zonas rurales soporten de forma desproporcionada las infraestructuras de transporte eléctrico
sin obtener un retorno claro en desarrollo local.
Consideramos que la transición energética es necesaria y urgente, pero debe realizarse con criterios de racionalidad territorial, proximidad entre generación y consumo y cuya magnitud sea sometida a un Estudio de Impacto Ambiental integral
que analice el conjunto del proyecto y sus ramificaciones, evaluando alternativas de trazado, soterramiento parcial y medidas correctoras suficientes. La proliferación desordenada de macroparques eólicos y fotovoltaicos, junto con sus
infraestructuras de evacuación subestaciones y líneas de Muy Alta Tensión, está generando una sobreocupación de comarcas enteras, afectando a la biodiversidad, a los paisajes agrarios, a zonas de alto valor ecológico y a espacios incluidos en la
Red Natura 2000 y ZEPA. Además, este modelo de implantación energética carece de una planificación pública integral que garantice equilibrio territorial, participación ciudadana y retorno socioeconómico local.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados manifiesta su rechazo al proyecto de la Línea de Muy Alta Tensión Escatrón-La Secuita, en los términos actualmente tramitados, y considera
que su tramitación fragmentada en siete expedientes administrativos distintos impide una evaluación ambiental completa y coherente; por ello, insta al Gobierno a:
1. realizar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental integrado del conjunto del proyecto y de sus infraestructuras asociadas, incorporando los efectos acumulativos y sinérgicos;
2. incluir en el Estudio de Impacto Ambiental integrado un análisis comparado de alternativas reales, incorporando al menos la alternativa cero, alternativas de trazado y microtrazado, soterramiento parcial en tramos críticos, y
alternativas de sistema (optimización de la red existente, almacenamiento y gestión de la demanda), motivando expresamente la opción finalmente seleccionada en términos de proporcionalidad y minimización de impactos; y
3. reforzar las garantías de participación pública y transparencia, facilitando información cartográfica operativa y accesible, y establecer mecanismos de seguimiento y gobernanza con los municipios afectados y otros agentes del territorio,
antes de cualquier decisión irreversible, con el objetivo de evitar o minimizar las afecciones ambientales, territoriales, paisajísticas y socioeconómicas.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Eloi Badia Casas, Fèlix Alonso Cantorné y Laura Vergara Román, Diputados.Aina Vidal Sáez, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
161/003366
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el fomento e impulso de un consumo online sostenible, para su debate en la
Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Exposición de motivos
El comercio electrónico se ha consolidado como uno de los motores de transformación de la economía contemporánea, con un crecimiento medio interanual del 13 % en España durante el último año, con una facturación record de 95.000 millones de
euros, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Este canal ha ampliado el acceso a bienes y servicios, favoreciendo la competitividad y la innovación empresarial, al tiempo que ha generado nuevas oportunidades para la
internacionalización de las pymes.
Con todo, su expansión plantea retos ineludibles en materia de sostenibilidad ambiental, cohesión social y equilibrio territorial. Diferentes instituciones europeas indican la responsabilidad del transporte pesado en las emisiones de gases
de efecto invernadero del transporte por carretera en la UE, según PierNext en 2024. A ello se añade el uso intensivo de embalajes en ocasiones sobredimensionados que incrementa la generación de residuos, así como el impacto derivado de las
devoluciones, que en el comercio electrónico alcanzan tasas superiores al 20 % de los pedidos, según BarclayCard. Estudios recientes cifran en un 4 % las emisiones globales de CO2 vinculadas a devoluciones de compras en línea, lo que exige medidas
urgentes de optimización logística y economía circular.
El auge de plataformas internacionales de gran escala ha intensificado la competencia y acelerado los patrones de consumo digital. En España, el mercado de comercio electrónico superó los 95.000 millones de euros en 2024, con más de 30
millones de consumidores en línea. Este crecimiento, aunque positivo en términos de
dinamismo económico, plantea desafíos para el comercio de proximidad, que desempeña un papel esencial en la vertebración de barrios, ciudades y municipios, en la generación de empleo estable y en la preservación de la vida comunitaria. La
concentración de la oferta en grandes operadores transnacionales puede derivar en una pérdida de diversidad comercial y en una mayor dependencia de cadenas logísticas globales con elevada huella ambiental.
En el plano normativo, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece objetivos claros de reducción de residuos y de fomento de la reutilización, que deben integrarse de forma efectiva
en el comercio digital. Asimismo, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030 y la Estrategia Española de Economía Circular «España Circular 2030» fijan metas de reducción de emisiones y de optimización de recursos que resultan
plenamente aplicables a la logística y distribución de bienes adquiridos en línea.
La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular los ODS 11 (Ciudades y comunidades sostenibles), 12 (Producción y consumo responsables) y 13 (Acción por el clima), instan a integrar la sostenibilidad en todos los
eslabones de la cadena de valor. Ello implica promover modelos de compra en línea que incentiven la reducción de emisiones, optimicen el uso de embalajes, fomenten la logística de bajas emisiones y favorezcan la capacitación del comercio local para
competir en entornos digitales de forma responsable.
En consecuencia, resulta imprescindible orientar el desarrollo del comercio electrónico hacia un modelo que conjugue competitividad, innovación y sostenibilidad, asegurando que la digitalización del consumo contribuya de manera efectiva a la
cohesión social, a la protección del medio ambiente y al fortalecimiento del tejido económico local.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Promover un modelo de comercio electrónico sostenible, reduciendo emisiones y optimizando embalajes.
2. Apoyar al comercio local en su adaptación digital mediante formación y ayudas específicas.
3. Impulsar campañas de sensibilización ciudadana sobre consumo en línea responsable.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Daniel Senderos Oraá e Isabel María Pérez Ortiz, Diputados.Javier Alfonso Cendón y Montse Mínguez García, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.
161/003371
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar el papel de la mujer
rural en el medio rural, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Exposición de motivos
Según los datos del INE (2023), en la España rural viven unos 3,69 millones de mujeres, y en la Unión Europea representan cerca del 30 % de la población rural activa,
una cifra que refleja su relevancia económica, social y cultural. No obstante, las mujeres rurales se encuentran a diario con grandes dificultades en términos de materialización y acceso a oportunidades laborales, conectividad, acceso a
servicios públicos y de cuidados y una enorme crisis de relevo generacional. Concretamente, los datos de Eurostat (2024) revelan que sólo el 4,9 % de las mujeres rurales son menores de 35 años. Una clara señal de que nuestros municipios no sólo se
están enfrentando a un déficit estructural, sino a una masculinización de los núcleos rurales que, además, se agrava con una brecha de género en empleo cada vez mayor. Los datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (2024) evidencian
que una de cada cuatro mujeres trabaja sin contrato o sin cotización; sólo el 27 % de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) llegan a ellas; el empleo femenino en el sector agrario ha caído más de un 20 %; y apenas el 25 % de las personas
ocupadas en el campo son mujeres.
De hecho, pese a que el nivel de formación entre las mujeres rurales es superior al de los hombres, el informe de Closingap sobre la brecha de género en el medio rural (2022) reconoce que somos el quinto país europeo con el porcentaje de
actividad rural femenina más baja; el tercero con la tasa de empleo rural femenino más baja; y, el segundo con mayor paro femenino rural.
El futuro del medio rural pasa por la creación de más oportunidades y facilidades de acceso laboral para las mujeres. Porque, no sólo trabajan como agricultoras o ganaderas, sino que también impulsan la agroindustria, los cuidados, el
turismo sostenible y el emprendimiento. Sin embargo, el 18 % de las nuevas empresas creadas en zonas rurales tienen liderazgo femenino, no por falta de talento ni capacitación, sino por falta de financiación, formación digital y, en definitiva, por
falta de estrategias que revitalicen a la mujer rural. Cerrar la brecha de género es una necesidad para la supervivencia del ecosistema rural de nuestro país. El citado estudio de Closingap pronostica que un aprovechamiento pleno del talento
femenino rural podría aportar más de 170 millones de euros anuales al PIB.
La conmemoración del Día internacional de la Mujer el 8 de marzo así como el Día Internacional de la Mujer Rural cada 15 de octubre nos recuerda que las mujeres aún tienen un camino largo que recorrer para alcanzar la igualdad real de
oportunidades en el medio rural. Es el momento de que la conciliación, el acceso al empleo y el desarrollo integral de la mujer rural dejen de ser una utopía y se conviertan en una realidad con la que revitalizar nuestros municipios y romper con la
brecha de género.
Por tanto, nuestros pueblos requieren la puesta en marcha de políticas útiles que permitan revitalizar el papel de la mujer en el desarrollo sostenible del ecosistema rural, garantizando la igualdad real de oportunidades, ofreciendo un marco
adecuado de conciliación y contribuyendo para fijar población y garantizar el relevo generacional. La singularidad de los núcleos rurales exige una atención específica de las necesidades de las mujeres, un refuerzo de sus condiciones culturales,
educativas, de ocio, de acceso a las nuevas tecnologías, servicios e infraestructuras, y una apuesta decidida por su presencia y participación en la toma de decisiones.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Implementar políticas rurales que retengan el talento femenino en nuestro medio rural, modernicen los tejidos productivos y hagan más competitiva la economía de nuestros pueblos.
2. Desarrollar un Plan de Revitalización de la Mujer Rural que garantice la igualdad de oportunidades de las mujeres en coordinación con las Administraciones Públicas competentes.
3. Promover el emprendimiento femenino para potenciar la creación de nuevos empleos, reforzar su formación y facilitar el acceso de la conectividad y de las tecnologías a las zonas rurales.
4. Impulsar la reducción de la brecha en materia de empleo y emprendimiento en el medio rural con medidas que favorezcan la financiación de los proyectos impulsados por mujeres, tal y como se prevé en la Estrategia Nacional de Impulso del
Trabajo Autónomo 2022-2027 (ENDITA) o en el programa para el apoyo de las mujeres en el ámbito rural y urbano del PRTR.
5. Facilitar la conciliación de la vida personal y laboral de las familias que elijan vivir en el mundo rural, facilitando el cuidado de niños y mayores en aquellos municipios con menos población, implantando la gratuidad total de la
educación infantil de O a 3 años, y creando espacios de conciliación para niños y mayores, donde no haya escuelas infantiles o centros de día.
6. Apoyar el papel de la mujer para frenar la despoblación reforzando su liderazgo y visibilidad, y fomentar actuaciones que promuevan el relevo generacional, la retención y atracción de mujeres al medio rural.
7. Reforzar las infraestructuras de comunicación, la conectividad digital y la prestación de los servicios básicos para fijar población y mejorar las oportunidades en el mundo rural.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Raquel Clemente Muñoz, Carmen Fúnez de Gregorio, Jaime Miguel de los Santos González, Ana Isabel Alós López, Joaquín Melgarejo Moreno, Miguel Ángel Quintanilla Navarro, Esther
Llamazares Domingo, Juan Diego Requena Ruiz, César Sánchez Pérez, Tomás Cabezón Casas, Javier José Folch Blanc, Rosa Quintana Carballo, Maribel Sánchez Torregrosa, Pedro Ignacio Gallardo Barrena, José Alberto Herreno Bono, Guillermo Mariscal Anaya,
Bella Verano Domínguez, Patricia Rodríguez Calleja y Sofía Acedo Reyes, Diputados.Ester Muñoz de la Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
161/003372
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la truficultura como motor económico y
social de zonas despobladas, para su debate en Comisión de Transición Ecológica y reto Demográfico.
Exposición de motivos
En España podemos encontrar varias especies trufa: la propiamente conocida como trufa negra (Tuber melanosporum), la trufa de otoño o trufa de Borgoña (Tuber uncinatum) o la trufa de verano (Tuber Aestivum) y la trufa manchega (Tuber
brumale), A todas estas especies se les conoce como trufa negra por su color exterior, pero su valor gastronómico y económico no es el mismo porque no todas tienen las mismas propiedades organolépticas, siendo la Tuber melanosporum la más apreciada
en las cocinas.
A grandes rasgos, la trufa negra requiere suelos calcáreos con capacidad de drenaje, una altitud entre los 700 y 1400 metros sobre el nivel del mar, en ambientes continental-mediterráneo con un clima de inviernos muy fríos y veranos
calientes y secos. Crece de forma simbiótica con las raíces de determinados árboles, como encinas, robles o quejigos. En ocasiones diferentes especies comparten distribución geográfica, con diferentes rangos de altitud.
Estas condiciones edáficas y bioclimáticas que permiten el crecimiento de la trufa negra se encuentran principalmente en el noreste de la Península Ibérica, destacando las provincias de Teruel, Huesca, Soria, Lérida, Guadalajara o Castellón
y otras con potencial en el que se ha implantado el cultivo. Resulta destacable que las regiones
productoras y con potencial trufero coincidan con las áreas con mayores problemas de despoblación de España.
La trufa hasta finales de los años ochenta era hongo silvestre que crecía de manera natural, esencialmente, en los montes del sistema ibérico. Sin embargo, distintos factores provocaron una disminución drástica de los rendimientos
naturales. Por este motivo se investigó como conseguir convertirlo en un cultivo y tras su consecución se empezaron a desarrollar las plantaciones de árboles Tuber melanosporum convirtiéndose en un cultivo rentable donde no lo eran otro tipo de
producciones.
La truficultura requiere, además de unas condiciones agroclimáticas optimas, un conocimiento, una planificación a largo plazo y una estructura social y económica que garantice la viabilidad de los proyectos; especialmente en innovación,
comercialización, trazabilidad y promoción. Los plantones de árboles deben ser adecuadamente inoculados y el inicio de la producción tarda entre 8 y 10 años. Su desarrollo subterráneo impide el control de todas las variables de fructificación, la
recolección se realiza mediante perros adiestrados específicamente para tal fin.
Las asociaciones de productores y entidades sectoriales desempeñan un papel esencial en la estructuración del sector, como interlocutores con las distintas administraciones, impartir formaciones y promocionar un producto apreciado en la alta
cocina, pero desconocido en la cultura gastronómica nacional.
La implantación de la truficultura no ha sido un trabajo rápido ni fácil. La iniciativa privada de algunos pioneros y el impulso de las ayudas públicas, a finales de los años 80 del pasado siglo, fue fundamental para el impulso de la
truficultura en zonas como Teruel que se ha convertido en un referente mundial. En la actualidad, la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Trufa negra de Teruel», que obtuvo la protección nacional transitoria en España a finales de 2024, será
próximamente aprobada oficialmente la Comisión Europea y supondrá un hito histórico para uno de los productos más emblemáticos del territorio. De esta forma España se va consolidando como principal productor mundial de la trufa y muchos consideran
Teruel como la capital mundial de la trufa negra.
En el ámbito ambiental, las plantaciones truferas configuran masas forestales de elevado valor ecológico, favoreciendo la lucha contra la erosión, la mejora de la calidad del suelo y la captura de carbono. Su naturaleza agroforestal las
posiciona como una herramienta clave dentro de las políticas climáticas, al integrarse eficazmente en programas de reforestación productiva, economía circular y gestión sostenible de los recursos naturales.
Además, este tipo de cultivo permite recuperar tierras agrícolas abandonadas, diversificar la economía local y generar empleo directo e indirecto en actividades asociadas como viveros especializados, servicios agrícolas, transformación,
comercialización, investigación, turismo gastronómico y formación. Además, favorece el arraigo de la población y el mantenimiento de servicios básicos en el medio rural.
Desde una perspectiva socioeconómica, la trufa negra representa un recurso estratégico de alto valor añadido, capaz de dinamizar economías y ser un verdadero motor de desarrollo. Un ejemplo de ello es el municipio de Sarrión, en la
provincia de Teruel. Allí la actividad ha contribuido a frenar la despoblación y a impulsar un proceso de rejuvenecimiento demográfico.
Este ejemplo demuestra que la truficultura permite recuperar tierras agrícolas abandonadas, diversificar la economía local y generar empleo directo e indirecto en actividades asociadas como viveros especializados, servicios agrícolas,
transformación, comercialización, turismo gastronómico y formación, contribuyendo así a conformar un entorno económico variado que podría reforzar el tejido social de los territorios rurales. De hecho, el papel multifuncional de la agricultura y de
las actividades conexas ha sido también reconocido por informes y evaluaciones recientes de la Comisión Europea, que han subrayado la importancia de este tipo de actividades como un eje dinamizador del medio rural.
En este sentido, el reconocimiento y promoción de esta actividad podría facilitar la permanencia de población activa, la mejora prestacional de los servicios básicos y consolidar el atractivo de los municipios rurales como espacios de
residencia, emprendimiento y desarrollo.
Por tanto, las posibilidades que proporciona la truficultura se alinean plenamente con los objetivos de las políticas de lucha contra la despoblación, y actúa a su vez como motor económico y de revitalización, fijación de población y
garantía de igualdad de oportunidades en medio rural, especialmente en regiones con limitaciones naturales o escasas alternativas productivas.
El sector de la trufa nos hace ver que todavía existen zonas con potencial donde es posible generar riqueza, empleo y cohesión social, al tiempo que contribuye a la sostenibilidad ambiental y a la preservación del patrimonio cultural.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reconocer la relevancia del sector de la truficultura dentro de las políticas de desarrollo rural, promoviendo su integración en los planes de lucha contra la despoblación, en los programas
de apoyo a la agricultura y en las iniciativas de innovación rural, Asimismo, se propone consolidar y reforzar las producciones en aquellos territorios donde ya se están desarrollando proyectos truferos, así como impulsar nuevas zonas con potencial
productivo. Todo ello con el objetivo de diversificar la economía rural, generar empleo y favorecer el arraigo de la población, al tiempo que se aprovechan sus beneficios ambientales como herramienta eficaz en las políticas de lucha contra la
desertificación.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Raquel Clemente Muñoz, Carmen Fúnez de Gregorio, Ana Isabel Alós López, Joaquín Melgarejo Moreno, Miguel Ángel Quintanilla Navarro, Esther Llamazares Domingo, Juan Diego Requena
Ruiz, César Sánchez Pérez, Tomás Cabezón Casas, Javier José Folch Blanc, Rosa Quintana Carballo, Maribel Sánchez Torregrosa, Pedro Ignacio Gallardo Barrena, José Alberto Herreno Bono, Guillermo Mariscal Anaya y Bella Verano Domínguez,
Diputados.Ester Muñoz de la Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Comisión de Vivienda y Agenda Urbana
161/003346
A la Mesa del Congreso
El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la diputada Àgueda Micó i Micó de Compromís, y de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta esta Proposición no de Ley para poner límite a la acumulación
especulativa de la vivienda y garantizar su función social, para su debate en la Comisión de Vivienda y Agenda Urbana.
Exposición de motivos
El derecho a la vivienda se ha convertido en una de las principales líneas de fractura social en el conjunto del Estado y, de manera especialmente acusada, en el País Valencià. Lo que durante décadas se consideró un pilar del Estado de
bienestar se ha transformado progresivamente en un factor de exclusión, precariedad y desigualdad.
En los últimos años, el acceso a una vivienda digna ha dejado de ser una expectativa real para una parte creciente de la población: la juventud ve retrasada o directamente impedida su emancipación, las familias destinan porcentajes cada vez
más elevados de sus ingresos al pago del alquiler y amplios sectores sociales se ven abocados a situaciones de inseguridad residencial.
Este escenario no es fruto de una dinámica coyuntural, sino de transformaciones estructurales del mercado de vivienda. El mercado del alquiler encadena una década de
subidas sostenidas sin ningún periodo de contención, con incrementos que, en muchas zonas urbanas, se han producido de forma intensa y desigual hasta el punto de dispararse calle a calle y suponer un incremento de más del doble respecto de
la subida de los salarios. Esta evolución ha consolidado un modelo en el que el precio del alquiler se desvincula progresivamente de la capacidad adquisitiva de la población.
En el País Valencià, estas dinámicas se han visto agravadas por factores como la presión turística, la expansión de la vivienda de uso turístico, la compra de activos residenciales por parte de fondos de inversión y la progresiva
financiarización de la vivienda. Todo ello ha contribuido a procesos de expulsión de la población residente, sustitución social y pérdida de cohesión comunitaria en barrios y municipios enteros.
En este contexto, la concentración de la propiedad inmobiliaria ha adquirido un papel central. La acumulación de viviendas en pocas manos no solo limita la oferta efectiva de alquiler asequible, sino que también incrementa la capacidad de
influencia sobre los precios y las condiciones del mercado. Sin embargo, la respuesta normativa a esta realidad continúa siendo insuficiente.
La Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda supuso un primer paso en el reconocimiento de estas problemáticas, introduciendo la figura del «gran tenedor». Sin embargo, la definición adoptada más de diez viviendas, o cinco en zonas
tensionadas responde a una concepción restrictiva que deja fuera una parte significativa de las dinámicas de acumulación que impactan de forma directa en el mercado.
Esta limitación normativa contrasta con la percepción social mayoritaria. Tres de cada cuatro personas en el Estado español consideran necesario aumentar la presión fiscal sobre aquellos propietarios que acumulan dos o más viviendas. Este
dato no solo refleja una demanda de mayor intervención pública, sino también una concepción social de lo que constituye una acumulación excesiva mucho más exigente que la recogida en la legislación vigente.
Esta desconexión entre la realidad social, dinámicas de mercado y marco normativo limita la eficacia de las políticas públicas. Mantener umbrales elevados para la consideración de «gran tenedor» implica reducir el alcance de medidas clave
como la regulación de precios, las obligaciones de alquiler asequible o las políticas fiscales redistributivas.
Resulta imprescindible avanzar hacia un modelo de vivienda que recupere su función social, garantice el acceso efectivo a un derecho básico y corrija las dinámicas especulativas que han dominado el mercado en las últimas décadas. Esto pasa
necesariamente por adaptar las categorías jurídicas existentes como la de «gran tenedor» a la realidad actual, pero también por desplegar instrumentos concretos, operativos y territorialmente sensibles.
Solo mediante una intervención pública decidida, basada en datos y alineada con la demanda social mayoritaria, será posible revertir la actual crisis de acceso a la vivienda y garantizar que esta deje de ser un factor de exclusión para
convertirse, de nuevo, en un derecho efectivo.
Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso acuerda instar al Gobierno del Estado a adoptar las siguientes medidas:
1. Modificar la definición de «gran tenedor» previsto en la normativa estatal en materia de vivienda, mediante la reforma de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda y su normativa de desarrollo, estableciendo:
Un umbral general de cinco inmuebles urbanos de uso residencial por titular.
Un umbral reducido de tres inmuebles en zonas declaradas de mercado residencial tensionado o con elevada presión turística.
La inclusión expresa tanto de personas físicas como jurídicas, así como de grupos empresariales, mediante mecanismos de agregación patrimonial que evitan la fragmentación artificial de la titularidad.
2. Impulsar la creación de un recargo fiscal estatal de carácter progresivo sobre la titularidad de viviendas adicionales a partir del segundo inmueble residencial, en el marco de las competencias estatales en materia tributaria, que:
Establezca tramos progresivos en función del número de inmuebles.
Se coordine con tributos existentes, especialmente el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y otras figuras autonómicas y locales, para evitar duplicidades y garantizar la coherencia del sistema.
Tenga en cuenta el uso efectivo del inmueble (vivienda habitual, alquiler asequible, vivienda vacía o uso turístico).
3. Establecer obligaciones específicas para los grandes tenedores en materia de función social de la vivienda, mediante:
La reserva obligatoria de un porcentaje mínimo del 30 % de su parque residencial a alquiler asequible en zonas tensionadas.
La vinculación de estos contratos a los índices de referencia de precios del alquiler establecidos por la Administración.
La posibilidad de articular estas obligaciones mediante convenios con administraciones públicas.
4. Crear un Registro Estatal de Grandes Tenedores de Vivienda, de carácter obligatorio, interoperable con los registros autonómicos y locales, que incluya:
El número total de inmuebles residenciales por titularidad o unidad económica.
Su localización geográfica y clasificación urbanística.
El uso efectivo de cada inmueble (alquiler, vivienda vacía, uso turístico u otros).
El régimen económico aplicado (precios de alquiler, situación contractual).
5. Desarrollar un régimen fiscal específico para la vivienda vacía en manos de grandes tenedores, que contemple:
La aplicación de recargos progresivos y acumulativos en el tiempo sobre inmuebles desocupados de manera injustificada.
La definición homogénea de vivienda vacía a nivel estatal.
Mecanismos de inspección, control y régimen sancionador efectivos.
6. Reforzar los instrumentos de intervención pública en operaciones de concentración inmobiliaria, especialmente en zonas tensionadas, mediante:
La ampliación y aplicación preferente de los derechos de tanteo y retracto en favor de las administraciones públicas.
El establecimiento de mecanismos de autorización administrativa previa en operaciones de adquisición masiva de viviendas por parte de grandes tenedores o fondos de inversión.
La posibilidad de establecer limitaciones específicas en ámbitos de especial vulnerabilidad residencial.
7. Desplegar un sistema estatal de indicadores de precios del alquiler con alto nivel de desagregación territorial (barrio o sección censal), que:
Se actualice periódicamente con datos reales de contratos.
Permita identificar incrementos anómalos o dinámicas especulativas.
Active, si es necesario, mecanismos automáticos de contención o intervención en zonas tensionadas.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Àgueda Micó Micó, Diputada.Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.
A la Mesa del Congrés
El Grup Parlamentari Mixt, a instància de la diputada Àgueda Micó i Micó, de Compromís, i de conformitat amb els articles 193 i següents del Reglament de la Cambra, presenta aquesta Proposició no de Llei per a posar límit a lacumulació
especulativa dhabitatge i garantir la seua funció social per al seu debat en la Comissió de Vivenda i Agenda Urbana.
Exposició de motius
El dret a lhabitatge sha convertit en una de les principals línies de fractura social al conjunt de lEstat i, de manera especialment acusada, al País Valencià. El que durant dècades es va considerar un pilar de lestat del benestar sha
transformat progressivament en un factor dexclusió, precarietat i desigualtat.
En els últims anys, laccés a un habitatge digne ha deixat de ser una expectativa real per una part creixent de la població: la joventut veu retardada o directament impedida la seua emancipació, les famílies destinen percentatges cada
vegada més elevats dels seus ingressos al pagament del lloguer i amplis sectors socials es veuen abocats a situacions dinseguretat residencial.
Aquest escenari no és fruit duna dinàmica conjuntural, sinó de transformacions estructurals del mercat de lhabitatge. El mercat del lloguer encadena una dècada de pujades sostingudes sense cap període de contenció, amb increments que, en
moltes zones urbanes, shan produït de manera intensa i desigual fins al punt de disparar-se carrer a carrer i suposar un increment de més del doble respecte del que han pujat els salaris. Aquesta evolució ha consolidat un model en què el preu del
lloguer es desvincula progressivament de la capacitat adquisitiva de la població.
Al País Valencià, aquestes dinàmiques shan vist agreujades per factors específics com la pressió turística, lexpansió de lhabitatge dús turístic, la compra dactius residencials per part de fons dinversió i la progressiva
financiarització de lhabitatge. Tot això ha contribuït a processos dexpulsió de la població resident, substitució social i pèrdua de cohesió comunitària en barris i municipis sencers.
En aquest context, la concentració de la propietat immobiliària ha adquirit un paper central. Lacumulació dhabitatges en poques mans no només limita loferta efectiva de lloguer assequible, sinó que també incrementa la capacitat
dinfluència sobre els preus i les condicions del mercat. No obstant això, la resposta normativa a aquesta realitat continua sent insuficient.
La Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda va suposar un primer pas en el reconeixement daquestes problemàtiques, introduint la figura del «gran tenidor». Tanmateix, la definició adoptada més de deu habitatges, o cinc en zones
tensionades respon a una concepció restrictiva que deixa fora una part significativa de les dinàmiques dacumulació que impacten de manera directa en el mercat.
Aquesta limitació normativa, contrasta amb la percepció social majoritària. Tres de cada quatre persones a lEstat espanyol consideren que cal augmentar la pressió fiscal sobre aquells propietaris que acumulen dos o més habitatges. Aquesta
dada no només reflecteix una demanda de major intervenció pública, sinó també una concepció social del que constitueix una acumulació excessiva molt més exigent que la recollida en la legislació vigent.
Aquesta desconnexió entre realitat social, dinàmiques de mercat i marc normatiu limita leficàcia de les polítiques públiques. Mantindre llindars elevats per a la consideració de «gran tenidor» implica reduir labast de mesures clau com la
regulació de preus, les obligacions de lloguer assequible o les polítiques fiscals redistributives.
Resulta imprescindible avançar cap a un model dhabitatge que recupere la seua funció social, garantisca laccés efectiu a un dret bàsic i corregisca les dinàmiques especulatives que han dominat el mercat en les darreres dècades. Això passa
necessàriament per adaptar els categories jurídiques existents com la de «gran tenidor» a la realitat actual, però també per desplegar instruments concrets, operatius i territorialment sensibles.
Només mitjançant una intervenció pública decidida, basada en dades i alineada amb la demanda social majoritària, serà possible revertir lactual crisi daccés a lhabitatge i garantir que aquest deixe de ser un factor dexclusió per a
convertir-se, de nou, en un dre efectiu.
Per tot lexposat anteriorment, presente la següent
Proposició no de Llei
«El Congrés acorda instar al Govern de lEstat a adoptar les següents mesures:
1. Modificar la definició de gran tenidor prevista en la normativa estatal en matèria dhabitatge, mitjançant la reforma de la Llei 12/2023 pel Dret a la Vivenda i la seua normativa derivada, establint:
Un llindar general de cinc immobles urbans dús residencial per titular.
Un llindar reduït de tres immobles en zones declarades de mercat residencial tensionat o amb elevada pressió turística.
La inclusió expressa tant de persones físiques com jurídiques, així com de grups empresarials, mitjançant mecanismes dagregació patrimonial que eviten la fragmentació artificial de la titularitat.
2. Impulsar la creació dun recàrrec fiscal estatal de caràcter progressiu sobre la titularitat dhabitatges addicionals a partir del segon immoble residencial, en el marc de les competències estatals en matèria tributària, que:
Establisca trams progressius en funció del nombre dimmobles.
Es coordine amb tributs existents, especialment lImpost sobre Béns Immobles (IBI) i altres figures autonòmiques i locals, per a evitar duplicitats i garantir la coherència del sistema.
Tinga en compte lús efectiu de limmoble (habitatge habitual, lloguer assequible, habitatge buit o ús turístic).
3. Establir obligacions específiques per als grans tenidors en matèria de funció social de lhabitatge, mitjançant:
La reserva obligatòria dun percentatge mínim del 30 % del seu parc residencial a lloguer assequible en zones tensionades.
La vinculació daquests contractes als índexs de referència de preus del lloguer establerts per lAdministració.
La possibilitat darticular aquestes obligacions mitjançant convenis amb administracions públiques.
4. Crear un Registre Estatal de Grans Tenidors dHabitatge, de caràcter obligatori, interoperable amb els registres autonòmics i locals, que incloga:
El nombre total dimmobles residencials per titular o unitat econòmica.
La seua localització geogràfica i classificació urbanística.
Lús efectiu de cada immoble (lloguer, habitatge buit, ús turístic o altres).
El règim econòmic aplicat (preus de lloguer, situació contractual).
5. Desenvolupar un règim fiscal específic per a lhabitatge buit en mans de grans tenidors, que contemple:
Laplicació de recàrrecs progressius i acumulatius en el temps sobre immobles desocupats de manera injustificada.
La definició homogènia dhabitatge buit a nivell estatal.
Mecanismes dinspecció, control i règim sancionador efectius.
6. Reforçar els instruments dintervenció pública en operacions de concentració immobiliària, especialment en zones tensionades, mitjançant:
Lampliació i aplicació preferent dels drets de tanteig i retracte a favor de les administracions públiques.
Lestabliment de mecanismes dautorització administrativa prèvia en operacions dadquisició massiva dhabitatges per part de grans tenidors o fons dinversió.
La possibilitat destablir limitacions específiques en àmbits despecial vulnerabilitat residencial.
7. Desplegar un sistema estatal dindicadors de preus de lloguer amb alt nivell de desagregació territorial (barri o secció censal), que:
Sactualitze periòdicament amb dades reals de contractes.
Permeta identificar increments anòmals o dinàmiques especulatives.
Active, si escau, mecanismes automàtics de contenció o intervenció en zones tensionades.»
Congrés, 21 dabril de 2026.Àgueda Micó Micó, Diputada.Néstor Rego Candamil, Portaveu adjunt Grup Parlamentari Mixt.
Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital
161/003352
A la Mesa del Congreso
El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley, para su debate y aprobación en la
Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital, de modificación de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, para garantizar el derecho al descanso dominical y al disfrute de la vida familiar.
Exposición de motivos
Hace más de un siglo que se conquistó el derecho al descanso dominical en España. Concretamente, el 3 de marzo de 1904 fue aprobada la Ley del descanso dominical, estableciendo la prohibición de trabajar los domingos con contadas y
justificadas excepciones.
En países como Alemania, la protección del descanso en domingos y festivos alcanza la condición de garantía constitucional, y en Suiza, incluso ciudades de gran perfil internacional como Ginebra quedan prácticamente paralizadas cada domingo,
con casi todos los comercios cerrados, debido a su legislación.
Recientemente, la Sentencia 1643/2025 del Tribunal Supremo, de 4 de abril, sienta un precedente para proteger la vida personal y el derecho al descanso, y es que
contempla que pasar de librar el fin de semana a trabajar esos días por mandato de la empresa altera de forma tan profunda la organización personal y vital de los trabajadores y trabajadoras que se considera una modificación sustancial de
condiciones de trabajo, imponiéndose que no se trabajen los fines de semana, aunque dicha posibilidad estuviera contemplada contractualmente.
Por otra parte, en Austria, la Corte Constitucional confirmó ya en 2012 que la prohibición de apertura de los comercios en domingos y festivos es coherente con la Constitución austriaca, reconociéndose que los objetivos generales del cierre
son la protección de los intereses de los consumidores, los objetivos del régimen de competencia y la función socio-política.
Todo lo anterior evidencia lo entrelazados que quedan los derechos al descanso y a una vida personal y las regulaciones laborales y de horarios de apertura de negocios, especialmente en países con un gran protagonismo del sector terciario y
del comercio como es el caso de España, donde ocupa alrededor de un 75 % del PIB. En Europa, según los datos ofrecimos por Eurostat (2023), las personas trabajadoras de servicios y ventas trabajan los fines de semana en un 48,9 %. Esta realidad
refleja que la lógica de la economía 24/7, que percibe las pausas como ineficiencias, necesita no solo ser frenada, sino también revertida. Esta tensión se ha evidenciado en la reciente marcha convocada por CGT con el apoyo de Intersindical
Valenciana, LAB y SB, bajo el lema Corte Inglés ya no es lo que era», donde se han denunciado jornadas abusivas y semanas de trabajo de 56 horas, horarios complicados que impiden la conciliación familiar y reclaman una compensación por trabajar los
domingos.
Es por lo anteriormente expuesto que la garantía del derecho al descanso en domingos y festivos no se puede limitar simplemente a una cuestión laboral, sino que encuentra su expresión más decisiva en la regulación de los horarios
comerciales. Es precisamente esta normativa la que define el marco esencial de la actividad económica y la que asegura que el legítimo derecho de los trabajadores y trabajadoras a un tiempo de reposo prevalezca frente a las presiones desmedidas de
un mercado que, sin límites, amenaza con erosionar la dignidad y el equilibrio social.
Asimismo, el modelo de la precariedad laboral y vital, el vaciado de la vida social de los barrios en favor de una ilusión de igualdad y consumismo se ha encarnado especialmente en la existencia de centros comerciales. La extraordinaria
persistencia de estos centros en España, en comparación con su declive en otros países europeos, solo puede entenderse a la luz de las desigualdades sociales estructurales del país.
Los centros comerciales absorben funciones que antes cumplían espacios públicos en barrios afectados por gentrificación y pérdida del comercio tradicional. Al ubicarse en periferias urbanas con servicios públicos deficientes, también actúan
como sustitutos parciales de equipamientos públicos, aunque generando empleo precario y reforzando la dependencia del consumo. De este modo, los centros comerciales no solo conviven con la desigualdad: la administran, la suavizan y la reproducen,
convirtiéndose en un elemento estructural de un modelo económico basado en la vulnerabilidad y el ocio accesible. Así, permitir sus aperturas en días festivos no solo hace que favorecer el vaciado de los barrios y la vida en común, sustituyéndolo
por un ocio consumista y trabajos precarios.
Precisamente, con el ánimo de reconducir estas dinámicas y buscando avanzar en tiempo para la vida personal y familiar, pero también para el descanso, consideramos que tras un siglo de tensiones, el Congreso debe realizar un avance
significativo en la garantía al derecho al descanso dominical proponiendo una reforma de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
Por todo ello, se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«Se insta al Gobierno a modificar la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, en el siguiente sentido:
1. Modificar el artículo 4 de la Ley 1/2004, apartados 1 y 2, por el siguiente texto:
1. El número máximo de domingos y festivos en los que los comercios podrán desarrollar su actividad no podrá superar los 8 días, del total anual de domingos y festivos establecidos. Para el caso de los establecimientos en zonas de gran
afluencia turística, el anterior número de apertura en domingos y festivos no podrá incrementarse en más de un 50 %.
2. Las Comunidades Autónomas podrán modificar dicho número reduciéndolo en orden a garantizar un mayor tiempo de descanso.
2. Modificar el artículo 5 de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, apartado 4, por el siguiente texto:
4. A los efectos de lo establecido en el apartado 1, las Comunidades Autónomas, a propuesta de los Ayuntamientos correspondientes, determinarán las zonas de gran afluencia turística para su respectivo ámbito territorial. Se considerarán
zonas de gran afluencia turística, aquellas áreas coincidentes con la totalidad del municipio o parte del mismo en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Existencia de una concentración suficiente, cuantitativa o cualitativamente, de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos.
b) Que acojan un bien declarado Patrimonio de la Humanidad o bien inmueble de interés cultural integrado en el patrimonio histórico artístico.
c) Celebración de grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional.
d) Proximidad a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia significativa de visitantes.
e) Cuando concurran circunstancias especiales que así lo justifiquen.
En los supuestos en los que concurran las circunstancias enumeradas, la propuesta de declaración de zona de gran afluencia turística formulada por el Ayuntamiento interesado deberá contener en todo caso justificación de sus condiciones,
teniendo en cuenta especialmente la necesidad de garantizar el derecho al descanso dominical y el disfrute a la vida familiar en su compatibilidad con la existencia de intereses turísticos y económicos de la zona. En consecuencia, tanto si la
propuesta es para su declaración en todo el municipio durante todo el año como limitada temporal o territorialmente, la propuesta debe acreditar la necesidad de sus circunstancias. En caso de que la Comunidad Autónoma no considere justificada la
propuesta, esta quedará rechazada.
Si en el plazo que determine su legislación autonómica o, en su defecto, en el plazo de seis meses, la Comunidad Autónoma competente no resolviera la solicitud del Ayuntamiento interesado, se entenderá rechazada como zona de gran afluencia
turística la propuesta por dicho Ayuntamiento.
En el caso de que dejaran de concurrir las circunstancias que motivaron la declaración de zona de gran afluencia turística, el Ayuntamiento deberá justificar la pérdida de las condiciones habilitantes. La Comunidad Autónoma competente, en
el plazo anteriormente señalado, deberá resolver; y, en caso de no hacerlo, se entenderá aceptada la propuesta municipal.
3. Modificar parte del artículo 5 de la Ley 1/2004, apartado 5, sustituyendo el segundo párrafo por el texto siguiente:
En el plazo de seis meses a partir de la publicación de estos datos, todo Ayuntamiento estará obligado a realizar una propuesta a la Comunidad Autónoma competente sobre la zona de gran afluencia turística del municipio en el que concurran
las circunstancias señaladas en el párrafo anterior. Para el caso de que los datos justificasen la pérdida del régimen aplicable a las zonas de gran afluencia turística, el Ayuntamiento estará obligado a proponer su eliminación, mantenimiento o
adaptación de acuerdo con los criterios de esta ley.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2026.Alberto Ibáñez Mezquita, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.
Comisión de Sanidad
161/003362
A la Mesa del Congreso de los Diputados
María José Rodríguez de Millán Parro, David García Gomis, Tomás Fernández Ríos y Rocío de Meer Méndez, en su condición respectiva de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la defensa de nuestra soberanía sanitaria y el fortalecimiento de la industria nacional de tecnología médica y farmacéutica, para su discusión en la Comisión de
Sanidad.
Exposición de motivos
La industria tecnológica y sanitaria es un sector de esencial importancia para la economía nacional, la estabilidad laboral, el bienestar de los españoles y la autonomía estratégica de España. Sin una industria sólida en este ámbito, España
corre el riesgo de quedar rezagada en términos de competitividad, así como desprotegida frente a fenómenos extraordinarios como la reciente pandemia. Igualmente, menguará nuestra capacidad de respuesta ante otras amenazas cuya probabilidad es
mayor: por ejemplo, el desabastecimiento y problemas de suministro de medicamentos esenciales como consecuencia, entre otras razones, de la deslocalización de la producción fuera de nuestras fronteras1.
España ya destaca en este ámbito científico-industrial: somos líderes europeos en investigación clínica de medicamentos. Según el Registro Español de Estudios Clínicos, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)
autorizó en 2024 un total de 930 estudios, colocándose como la agencia europea que más ensayos clínicos ha aprobado2.
Por lo tanto, aprovechar esta ventaja es una oportunidad única3. Para la economía española, atraer inversiones hacia el sector industrial sanitario es una gran ocasión para transformar las fuentes de generación de nuestra actividad
económica. Además, no ha de obviarse que este ámbito está compuesto en su mayoría de iniciativas empresariales
1 https://prnoticias.com/2025/12/01/medicamentos-esenciales-en-riesgo-espana-sigue-sufriendo-desabastecimientos/
2 https://www.aemps.gob.es/informa/espana-lider-europeo-en-investigacion-clinica-de-medicamentos/#
3 A fecha de 2025, según datos de Farmaindustria, en España ya hay más de 180 plantas de producción de fármacos que generan más de 23.000 millones de euros de valor añadido considerando los efectos directos, indirectos e inducidos y
suponiendo el 1,9 % del PIB nacional. En términos de empleo, generan hasta 242.000 empleos directos e indirectos en España: https://www.farmaindustria.es/web/wp-content/uploads/sites/2/2025/10/FI.LGO_Nacional-ESP_V10.pdf
e inversoras relacionadas con la Investigación y Desarrollo (I+D). España aún está lejos de sus vecinos europeos en materia de inversión directa en I+D respecto a su PIB (1,5 %4 frente al 3,57 %5 que destina Suecia, el primer país europeo).
Además, favorecer un clima óptimo para el inversor público-privado en este sector vendría acompañado de numerosos beneficios. Entre ellos, el más evidente es la creación de puestos de trabajo. Igualmente, permitiría animar a generar esta
clase de empleos en lugares de España donde la depresión económico-laboral es de grandes proporciones, la cual suele coincidir con una falta de población joven que emigra a zonas más prósperas en busca de oportunidades. Así, una estrategia nacional
de atracción inversora en el sector de la tecnología sanitaria podría contribuir a aminorar el impacto del invierno demográfico en las provincias más despobladas.
Mención aparte merece el notable impacto positivo que tendría apostar por este sector en términos de autonomía estratégica sanitaria en un sector tan clave como el biotecnológico y de los medicamentos. Durante la pandemia se observó con
estupor hasta qué punto España dependía de las importaciones de material biosanitario por carecer de una industria nacional robusta y puntera.
En definitiva, nada mejor que la innovación para contribuir al crecimiento de España en este aspecto, junto a la creación de prosperidad socioeconómica, y convertir a nuestra Nación en un lugar de referencia industrial en el ámbito de la
tecnología sanitaria y de los medicamentos.
Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Reforzar la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), acabando con trámites burocráticos excesivos y el caos normativo autonómico.
2. Garantizar la autonomía estratégica sanitaria de España mediante la creación de una reserva nacional de medicamentos y productos sanitarios esenciales para escenarios extraordinarios.
3. Fortalecer la industria nacional de tecnología sanitaria y de medicamentos, así como profundizar en la capacidad de investigación de fármacos o tratamientos sanitarios.
4. Favorecer la colaboración público-privada, agilizando para ello la burocracia administrativa asociada y promoviendo medidas para atraer industria en el sector de la tecnología sanitaria y de los medicamentos.
5. Desarrollar un verdadero Plan de retención y de retorno del talento español, que genere efectos permanentes en el entorno investigador, tanto en las universidades como en centros de I+D+i, así como en los sectores productivos
innovadores, para que este capital humano sea generador de riqueza y prosperidad para el conjunto de la Nación.
6. Reducir al mínimo las trabas burocráticas relacionadas con la certificación de Proyectos de I+D+i por parte del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
7. Establecer un mecanismo de deducciones por actividades de I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades amplio y duradero que contribuya a generar inversión de carácter estructural.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.David García Gomis, Tomás Fernández Ríos y Rocío de Meer Méndez, Diputados.María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.
4 https://www.ine.es/dyngs/Prensa/IMASD2024.htm
5 https://datos.gob.es/es/catalogo/a16003011-gasto-en-id-interna-pib-por-pais1
Comisión de Igualdad
161/003354
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la diputada Pilar Vallugera i Balañà, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el
reconocimiento de la violencia institucional como forma de violencia machista, para su debate en la Comisión de Igualdad.
Exposición de motivos
La violencia machista es una de las manifestaciones más graves de la desigualdad estructural entre mujeres y hombres y una violación sistemática de los derechos humanos. Lejos de ser un fenómeno aislado o limitado al ámbito privado, se
trata de una realidad compleja que impregna todos los ámbitos de la vida social e institucional. En este sentido, en las últimas décadas se ha ido reconociendo cada vez más que las instituciones públicas no son neutrales y que también pueden
convertirse en espacios donde se reproduce y perpetúa esta violencia.
Es en este contexto donde se ha conceptualizado la violencia institucional como una forma específica de violencia machista, que se produce cuando las autoridades públicas, por acción u omisión, no actúan con la debida diligencia y dan lugar
a situaciones de desprotección, revictimización o discriminación. No se trata solo de casos puntuales de mal funcionamiento, sino de dinámicas estructurales que reflejan prejuicios de género persistentes en el funcionamiento de las autoridades
públicas.
El Convenio de Estambul establece que los Estados están obligados a garantizar que sus instituciones no contribuyan a la violencia contra las mujeres y que actúen con la debida diligencia. Es decir, deben adoptar las medidas legislativas y
de cualquier otro tipo que sean necesarias para actuar con la agilidad y la eficacia requeridas, y velar por que las autoridades, el personal, los agentes, los organismos públicos y demás actores que actúen en nombre de las autoridades públicas se
comporten de conformidad con esta obligación, con miras a prevenir, investigar, perseguir, sancionar y reparar adecuadamente los actos de violencia de género, así como a proteger a sus víctimas. Este mandato ha sido reiteradamente reafirmado por la
jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado al Estado español en varias ocasiones por fallos en la protección efectiva a las víctimas.
Así, en una sentencia reciente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por no haber llevado a cabo una investigación efectiva sobre la presunta agresión sexual a dos mujeres, en la que se perdieron o se gestionaron de forma
inadecuada pruebas fundamentales mientras se encontraban bajo custodia policial. Este caso pone de manifiesto cómo la falta de diligencia institucional no solo obstaculiza el acceso a la justicia, sino que puede incluso vulnerar los derechos
fundamentales reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
A nivel nacional, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, sobre las medidas de protección integral contra la violencia de género, supuso un avance fundamental en el reconocimiento y la lucha contra la violencia machista; sin embargo, no
incorpora explícitamente el concepto de violencia institucional ni aplica plenamente el principio de diligencia debida en los términos exigidos por las normas internacionales. Otras leyes estatales, como la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre,
sobre la garantía integral de la libertad sexual, o la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, contienen instrumentos relevantes para la protección de los derechos y el funcionamiento del sistema judicial, pero no abordan de manera
integral las disfunciones estructurales de los poderes públicos que pueden dar lugar a situaciones de violencia institucional. Por el contrario, en el ámbito catalán, la Ley 5/2008, de 24 de abril, del
derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, reconoce expresamente esta forma de violencia, lo que pone de manifiesto un retraso en el marco normativo estatal en lo que respecta a su conceptualización y su tratamiento
específico.
La realidad demuestra que esta violencia se manifiesta a diario. Esto es perfectamente visible cuando una mujer denuncia una agresión y se encuentra con procedimientos judiciales que cuestionan su relato, minimizan el riesgo o deniegan
medidas de protección. En este contexto, varios testigos han señalado prácticas habituales en los juzgados especializados que podrían constituir situaciones de revictimización y desprotección.
Un caso especialmente paradigmático es el de la jueza Francisca Verdejo, contra la que se acumulan denuncias de mujeres, profesionales y organizaciones feministas que apuntan a un patrón de conducta que podría haber generado desamparo y
desconfianza en el sistema judicial. Los testimonios de las víctimas que afirman no haber sido escuchadas o haber sufrido situaciones de revictimización reflejan cómo ciertas prácticas institucionales pueden convertirse en una extensión de la
violencia que pretenden combatir.
Esta violencia también se manifiesta en las primeras etapas del contacto con las instituciones. Hay mujeres que afirman que, cuando presentan una denuncia, se les cuestionan sus decisiones vitales o se enfrentan a actitudes que restan
importancia a los hechos, lo que tiene un efecto disuasorio. En otras ocasiones, la falta de coordinación entre la policía, el sistema judicial y el sanitario hace que tengan que repetir su relato en múltiples ocasiones, lo que supone un impacto
emocional acumulativo que puede llevarlas a abandonar el proceso.
En el ámbito sanitario, la invisibilización de la violencia se produce cuando los síntomas se tratan de forma aislada, sin abordar su origen. En los servicios sociales, esto se manifiesta a través de trámites burocráticos que no tienen en
cuenta la realidad de la violencia y que pueden convertirse en obstáculos para acceder a ellos. Además, en el caso de los hijos e hijas de las víctimas, esta violencia se hace especialmente patente cuando no se les escucha o cuando las resoluciones
judiciales les obligan a mantener el contacto con el agresor, lo que da lugar a situaciones de profunda impotencia.
La recopilación de estos casos y situaciones no debe interpretarse como una suma de errores individuales, sino como la manifestación de un problema estructural. Cuando las instituciones fallan repetidamente en su función protectora, no solo
se violan los derechos de las mujeres, sino que se genera desconfianza, se desincentiva la denuncia y se refuerza la impunidad.
Por todas estas razones, es fundamental avanzar hacia un reconocimiento explícito de la violencia institucional como una forma de violencia machista a nivel estatal, así como poner en marcha mecanismos eficaces para prevenirla,
identificarla, sancionarla y repararla. Solo así se puede garantizar que las autoridades públicas cumplan con su obligación fundamental de proteger los derechos de las mujeres y garantizarles una vida libre de violencia.
Por todo esto, se presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:
1. Impulsar la reforma de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, para incorporar expresamente la violencia institucional como un ámbito en el que puede manifestarse la violencia machista en sus disposiciones e integrarse el principio
de diligencia debida de conformidad con el artículo 5 del Convenio de Estambul, actualizando así el marco normativo nacional para cumplir con las obligaciones internacionales y superando las limitaciones del modelo actual.
2. Garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones de formación especializada y continua en materia de perspectiva de género y violencia sexual, tal y como se establece en el título III de la Ley Orgánica 10/2022.
3. Impulsar la modificación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para incorporar la violencia institucional a su marco conceptual y de actuación, reforzar las obligaciones de las autoridades públicas en materia de prevención y
reparación cuando se manifieste la violencia machista en este ámbito, y establecer instrumentos específicos para evaluar el impacto de las actuaciones públicas en la garantía de los derechos de las mujeres.
4. Regular las responsabilidades de la administración general del Estado derivadas de la revictimización y las violencias institucionales, teniendo en cuenta el conocimiento previo, la gravedad de los hechos y el impacto en los derechos
fundamentales de las mujeres.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Pilar Vallugera i Balañà, Diputada.Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.
A la Mesa del Congrés dels Diputats
El Grup Parlamentari Republicà, a instàncies de la Diputada Pilar Vallugera i Balañà, a lempara del que sestableix en larticle 193 i següents, del vigent Reglament de la Cambra, presenta la següent Proposició no de Llei sobre el
reconeixement de la violència institucional com a forma de violència masclista per al seu debat en la Comissió dIgualtat.
Exposició de motius
La violència masclista constitueix una de les expressions més greus de desigualtat estructural entre dones i homes i una vulneració sistemàtica dels drets humans. Lluny de ser un fenomen aïllat o circumscrit a làmbit privat, es tracta
duna realitat complexa que travessa totes les esferes de la vida social i institucional. En aquest sentit, en les darreres dècades sha consolidat el reconeixement que les institucions públiques no són neutrals i que poden esdevenir també espais
on es reprodueix i es perpetua aquesta violència.
És en aquest marc que sha conceptualitzat la violència institucional com un àmbit específic de la violència masclista, que es produeix quan les administracions públiques, per acció o per omissió, no actuen amb la diligència deguda i generen
situacions de desprotecció, revictimització o discriminació. No es tracta únicament de disfuncions puntuals, sinó de dinàmiques estructurals que reflecteixen biaixos de gènere persistents en el funcionament dels poders públics.
El Conveni dIstanbul estableix que els estats tenen lobligació de garantir que les seves institucions no contribueixin a la violència contra les dones i que actuïn amb la diligència deguda. És a dir, han dadoptar les mesures legislatives
i de qualsevol altre tipus necessàries per actuar amb lagilitat i leficiència requerides, i assegurar-se que les autoritats, el personal, els agents, les entitats públiques i la resta dactors que actuen en nom dels poders públics es comportin
dacord amb aquesta obligació, amb vista a prevenir, investigar, perseguir, sancionar i reparar adequadament els actes de violència masclista, així com a protegir-ne les víctimes. Aquest mandat ha estat reiteradament reforçat per la jurisprudència
del Tribunal Europeu de Drets Humans, que ha condemnat lEstat espanyol en diverses ocasions per fallades en la protecció efectiva de les víctimes.
Així, en una sentència recent, el Tribunal Europeu de Drets Humans va condemnar Espanya per no haver dut a terme una investigació eficaç en un cas de presumpta agressió sexual a dues dones, en què es van perdre o gestionar de manera
inadequada proves clau sota custòdia policial. Aquest cas evidencia com la manca de diligència
institucional no només dificulta laccés a la justícia, sinó que pot arribar a vulnerar drets fonamentals reconeguts en el Conveni Europeu de Drets Humans.
En làmbit estatal, la Llei orgànica 1/2004, de 28 de desembre, de mesures de protecció integral contra la violència de gènere, va representar un avenç fonamental en el reconeixement i labordatge de la violència masclista, però no incorpora
de manera explícita el concepte de violència institucional ni desplega plenament el principi de diligència deguda en els termes exigits pels estàndards internacionals. Altres normes estatals, com la Llei orgànica 10/2022, de 6 de setembre, de
garantia integral de la llibertat sexual, o la Llei orgànica 6/1985, d1 de juliol, del Poder Judicial, contenen instruments rellevants en matèria de protecció de drets i funcionament del sistema judicial, però no aborden de manera integral les
disfuncions estructurals dels poders públics que poden derivar en situacions de violència institucional. En canvi, en làmbit català, la Llei 5/2008, de 24 dabril, del dret de les dones a eradicar la violència masclista sí que reconeix
expressament aquesta forma de violència, fet que evidencia un desfasament en el marc normatiu estatal pel que fa a la seva conceptualització i abordatge específic.
La realitat mostra que aquesta violència es manifesta de manera quotidiana. Es fa visible quan una dona denuncia una agressió i es troba amb procediments judicials que qüestionen el seu relat, minimitzen el risc o deneguen mesures de
protecció. En aquest context, diversos testimonis han posat de manifest pràctiques sostingudes en jutjats especialitzats que podrien constituir situacions de revictimització i desprotecció.
Un cas especialment paradigmàtic és el de la jutgessa Francisca Verdejo, sobre la qual shan acumulat denúncies de dones, professionals i entitats feministes que apunten a un patró dactuació que podria haver generat desprotecció i
desconfiança en el sistema judicial. Els relats de víctimes que afirmen no haver estat escoltades o haver estat exposades a situacions de revictimització reflecteixen com determinades pràctiques institucionals poden esdevenir una extensió de la
violència que es pretén combatre.
Aquesta violència també es manifesta en fases inicials del contacte amb les institucions. Hi ha dones que relaten com, en presentar una denúncia, són qüestionades sobre les seves decisions vitals o es troben amb actituds que minimitzen els
fets, generant un efecte dissuasiu. En altres ocasions, la manca de coordinació entre els sistemes policial, judicial o sanitari fa que hagin de repetir el seu relat en múltiples instàncies, amb un impacte emocional acumulatiu que pot conduir a
labandonament del procés.
En làmbit sanitari, la invisibilització de la violència es produeix quan els símptomes són tractats de manera aïllada, sense abordar-ne lorigen. En els serveis socials, es manifesta a través de circuits burocràtics que no tenen en compte
la realitat de la violència i que poden esdevenir barreres daccés. I, en el cas dels fills i filles de les víctimes, aquesta violència es fa especialment evident quan no són escoltats o quan les decisions judicials els obliguen a mantenir el
contacte amb lagressor, generant situacions de desemparament profund.
El conjunt daquests casos i situacions no es pot interpretar com una suma derrors individuals, sinó com la manifestació dun problema estructural. Quan les institucions fallen de manera reiterada en la seva funció protectora, no només es
vulneren els drets de les dones, sinó que es genera desconfiança, es desincentiva la denúncia i es reforça la impunitat.
Per tot això, es fa imprescindible avançar cap a un reconeixement explícit de la violència institucional com a forma de violència masclista en làmbit estatal, així com desplegar mecanismes efectius per prevenir-la, identificar-la,
sancionar-la i reparar-la. Només així es podrà garantir que els poders públics compleixin amb la seva obligació fonamental de protegir els drets de les dones i assegurar una vida lliure de violències.
Per tot això es presenta la següent
Proposició no de Llei
«El Congrés dels Diputats insta al govern espanyol a:
1. Impulsar la reforma de la Llei Orgànica 1/2004, de 28 de desembre, per incorporar de manera expressa la violència institucional com un àmbit on es pot manifestar la violència masclista dins del seu articulat i integrar el principi de
diligència deguda dacord amb larticle 5 del Conveni dIstanbul, actualitzant així el marc normatiu estatal a les obligacions internacionals i superant les limitacions del model actual.
2. Garantir el compliment efectiu de les obligacions de formació especialitzada i contínua en perspectiva de gènere i violències sexuals previstes en el títol III de la Llei Orgànica 10/2022.
3. Impulsar la modificació de la Llei Orgànica 3/2007, de 22 de març, per incorporar la violència institucional dins del seu marc conceptual i dactuació, reforçar les obligacions dels poders públics en matèria de prevenció i reparació quan
es manifestin violències masclistes en aquest àmbit i establir instruments específics davaluació de limpacte de les actuacions públiques en la garantia dels drets de les dones.
4. Regular les responsabilitats de ladministració general de lEstat derivades de la revictimització i les violències institucionals, atenent el coneixement previ, la intensitat de lactuació i limpacte en els drets fonamentals de les
dones.»
Congrés dels Diputats, 21 dabril de 2026.Pilar Vallugera i Balañà, Diputada.Gabriel Rufián Romero, Portaveu del Grup Parlamentari Republicà.
161/003369
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley para su debate en la Comisión de Igualdad, para reforzar los derechos de
las mujeres y garantizar una atención respetuosa y de calidad en el embarazo, parto y posparto.
Exposición de motivos
La atención a la salud sexual y reproductiva constituye un ámbito esencial del derecho a la salud y de los derechos fundamentales de las mujeres, reconocido tanto en el ordenamiento jurídico español como en los principales instrumentos
internacionales de derechos humanos. En este marco, la garantía de una atención sanitaria basada en la evidencia científica, el respeto a la autonomía de las pacientes y la perspectiva de género se configura como una obligación ineludible de los
poderes públicos.
En los últimos años, organismos internacionales han llamado la atención sobre la existencia de prácticas que vulneran los derechos de las mujeres durante el embarazo, el parto y el posparto. Diversos pronunciamientos de Naciones Unidas han
señalado que la denominada «violencia obstétrica» puede constituir una forma específica de violencia de género cuando concurren factores de discriminación y fallos estructurales en los sistemas sanitarios, instando a los Estados a adoptar medidas de
prevención, investigación y reparación. En el caso de España, resoluciones internacionales han evidenciado deficiencias en la protección efectiva de derechos como el consentimiento informado, la integridad física y la dignidad de las mujeres en
determinados procesos asistenciales.
Si bien el sistema sanitario español ha experimentado avances significativos como la Estrategia de Atención al Parto Normal impulsada en 2007 y evaluada posteriormente
con mejoras en prácticas clínicas, persisten importantes déficits estructurales y territoriales. Entre ellos destacan la ausencia de una definición institucional clara y compartida de violencia obstétrica, la falta de sistemas homogéneos
de recogida de datos e indicadores (como tasas de cesáreas, inducciones o partos instrumentales), y la inexistencia de estudios públicos rigurosos que permitan dimensionar adecuadamente el problema.
A ello se suman algunas carencias como por ejemplo, cuando diferentes agentes profesionales coinciden en señalar déficits en la formación especialmente en habilidades comunicativas y enfoque centrado en la paciente, insuficiencia de
recursos humanos y falta de estandarización de protocolos asistenciales en el conjunto del Estado. Estas limitaciones impartan directamente en la calidad de la atención y en la capacidad de garantizar una relación clínica basada en el
consentimiento informado y la toma de decisiones compartida.
Asimismo, se identifican prácticas clínicas y organizativas que requieren revisión desde el prisma de los derechos de las mujeres y la evidencia científica. Entre ellas, el uso excesivo o no justificado de intervenciones como inducciones,
episiotomías o determinadas maniobras invasivas; la limitación del acompañamiento durante el parto incluidas cesáreas; la falta de continuidad asistencial en el posparto; o la insuficiente atención a la salud mental perinatal y al duelo
gestacional y perinatal, frecuentemente invisibilizado en el sistema sanitario. También se identifican obstáculos o complicaciones asistenciales para las mujeres con discapacidad.
Especial atención merece la situación del duelo perinatal, donde persisten vacíos normativos y desigualdades en el reconocimiento de derechos laborales y sociales, así como importantes déficits en la atención sanitaria y emocional a las
familias. La regulación actual presenta inconsistencias en función de la semana de gestación y no garantiza una respuesta homogénea ni adecuada a la realidad de estas pérdidas, generando situaciones de desprotección.
Por otro lado, el modelo asistencial continúa excesivamente medicalizado en determinadas fases del ciclo vital de las mujeres, al tiempo que otras áreas como la educación sexual, la anticoncepción, la menopausia o el acompañamiento
emocional presentan déficits de atención y enfoque preventivo.
Precisamente, la menopausia es otra etapa del ciclo vital de las mujeres que necesita una atención específica. No se trata de una enfermedad, sino de un proceso natural que, sin embargo, ha estado durante años poco visible y poco atendido.
Muchas mujeres no cuentan con información clara y accesible, y en ocasiones se da una respuesta excesivamente medicalizada, mientras que en otros casos falta acompañamiento y atención adecuada. Todo ello pone de manifiesto la necesidad de reforzar
las políticas públicas en este ámbito. Es necesario avanzar hacia un modelo que garantice información de calidad, acompañamiento durante esta etapa y una atención adaptada a las necesidades de cada mujer, teniendo en cuenta además las desigualdades
sociales que pueden influir en cómo se vive la menopausia..
Finalmente, distintos colectivos profesionales y sociales han puesto de manifiesto la necesidad de reforzar el papel de las matronas, ampliar sus competencias y garantizar su presencia a lo largo de todo el proceso asistencial, incluyendo
embarazo, parto, posparto y salud comunitaria. La evidencia internacional muestra que modelos centrados en la continuidad de cuidados y en la atención liderada por matronas mejoran los resultados en salud, reducen intervenciones innecesarias y
aumentan la satisfacción de las mujeres.
En este contexto, resulta necesario impulsar desde las instituciones una. revisión del modelo de atención a la salud sexual y reproductiva de las mujeres, con el objetivo de garantizar el pleno respeto a sus derechos, mejorar la calidad
asistencial y avanzar hacia un sistema más equitativo, humanizado y basado en la evidencia.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Impulsar, en el seno del Sistema Nacional de Salud, un proceso de análisis y consenso técnico sobre la calidad de la atención en el embarazo, parto y posparto, incorporando el enfoque de derechos humanos, la perspectiva de género y el
respeto al consentimiento informado.
2. Desarrollar y mejorar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, los sistemas de información sanitaria, promoviendo la recogida homogénea de indicadores sobre la atención obstétrica (incluyendo, entre otros, cesáreas, inducciones o
partos instrumentales), con el objetivo de reforzar la evaluación y la mejora continua del sistema e identificar prácticas que puedan ocasionar daños físicos o psicológicos en las mujeres
3. Actualizar la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva y la Estrategia de Atención al Parto Normal, adaptándolas a la evidencia científica más reciente y favoreciendo la definición de criterios comunes que refuercen la equidad
territorial, incorporando de manera específica la atención a la menopausia y el climaterio desde un enfoque integral y no patologizante.
4. Reforzar la formación de los profesionales sanitarios, promoviendo la actualización de los programas formativos en aspectos clínicos, habilidades comunicativas, consentimiento informado y atención centrada en la mujer, conjuntamente con
las administraciones sanitarias competentes.
5. Avanzar en la mejora de las condiciones de atención durante el embarazo, parto y posparto, promoviendo ratios suficientes de profesionales especialmente matronas que permitan una atención personalizada y de calidad, así como la
continuidad asistencial entre niveles.
6. Promover, en coordinación con las administraciones sanitarias competentes, la revisión y actualización de protocolos clínicos, de acuerdo con la evidencia científica, fomentando la adecuación de las intervenciones y el respeto a las
decisiones informadas de las mujeres, así como el acompañamiento durante él proceso asistencial.
7. Desarrollar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, una estrategia específica de atención al duelo gestacional y perinatal, que incluya la mejora de la atención sanitaria y psicológica, la revisión de los permisos laborales
asociados y la garantía de un tratamiento digno y respetuoso en todos los centros sanitarios.
8. Ampliar y fortalecer el papel de las matronas en el sistema sanitario, garantizando su presencia en todas las fases del proceso (embarazo, parto, posparto y atención comunitaria), así como el desarrollo de sus competencias conforme a las
recomendaciones internacionales.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Esther Gil de Reboleño Lastortres, Júlia Boada Danés, Engracia Rivera Arias y Alda Recas Martín, Diputados.Verónica Martínez Barbero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional
SUMAR.
Comisión de Juventud e Infancia
161/003348
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a ia creación de una Hucha
Hogar
Joven como instrumento de apoyo al ahorro finalista para la adquisición de vivienda habitual, para su debate en la Comisión de Juventud e Infancia.
Exposición de motivos
España atraviesa hoy una crisis de vivienda de una gravedad inusitada, especialmente para los jóvenes. La vivienda se ha convertido en la principal preocupación ciudadana, tal como confirma el último Barómetro del CIS de junio de 2025,
donde el 32,5 % de los encuestados sitúa el problema del acceso y el precio de la vivienda por encima incluso del desempleo o la inflación. Esta alarma social se ve respaldada por los indicadores objetivos del mercado inmobiliario, que muestran una
escalada de precios sin precedentes.
Según datos de Fotocasa, en mayo de 2025 el precio medio de la vivienda de segunda mano alcanzó los 2.635 euros por metro cuadrado, lo que representa un incremento interanual del 14,8 %, el más elevado de toda su serie histórica. Idealista
confirma esta tendencia, con un aumento del 12,8 % y máximos históricos en múltiples capitales de provincia. Estos datos revelan que el mercado inmobiliario español ha superado incluso los picos registrados durante los años de la burbuja,
consolidando una situación de auténtico bloqueo para gran parte de la ciudadanía.
Esta presión económica impacta con especial dureza en los jóvenes, cuyas trayectorias vitales y profesionales se ven condicionadas por la imposibilidad de acceder a una vivienda. El esfuerzo económico que deben realizar supera con creces
los umbrales recomendados por los organismos internacionales. Según el Consejo de la Juventud de España, los jóvenes emancipados destinan de media más del 40 % de sus ingresos al pago del alquiler o la hipoteca. Además, casi un tercio necesita
apoyo familiar para cubrir los gastos y un 87 % comparte piso como estrategia para reducir costes. Esta situación no solo evidencia una sobrecarga financiera insostenible, sino que limita seriamente su capacidad de ahorro, autonomía y desarrollo
vital.
En consecuencia, la tasa de emancipación juvenil en España ha caído a mínimos históricos. Solo el 14,8 % de los menores de 30 años vive de forma independiente, el peor dato desde 2006. La edad media de emancipación supera los 30 años,
cuando en países como Alemania, Francia u Holanda esta se sitúa entre los 24 y 27 años.
Este retraso estructural condiciona toda una generación y revela un fallo persistente en las políticas públicas de acceso a la vivienda.
Ante esta situación, no bastan soluciones paliativas. Se requieren instrumentos eficaces y sostenibles que refuercen las oportunidades de acceso a la vivienda desde una lógica de corresponsabilidad, esfuerzo y apoyo institucional. En este
contexto, la «Hucha Hogar Joven» representa una propuesta innovadora que combina incentivos fiscales y respaldo estatal. Esta herramienta permitiría a jóvenes menores de 40 años realizar aportaciones de hasta 2.000 euros anuales, con un límite
acumulado de 40.000 euros, beneficiándose de una deducción del 20 % en el IRPF, lo que equivale a un incentivo fiscal potencial de 8.000 euros. A ello se suma el compromiso del Estado de avalar un importe igual al ahorro acumulado, duplicando así
la capacidad de acceso al crédito y a la vivienda.
La medida retoma el espíritu de iniciativas del pasado como la Cuenta Ahorro Vivienda, que en su momento supuso un instrumento eficaz para fomentar el ahorro finalista y facilitar la emancipación. La experiencia demuestra que los incentivos
fiscales bien diseñados, acompañados de un compromiso estatal firme, pueden tener un impacto decisivo sobre el bienestar juvenil y el dinamismo del mercado residencial.
Por todo ello, esta iniciativa se plantea con el objetivo de instar al Gobierno a implementar la Hucha Hogar Joven como parte de una política integral de vivienda, moderna, eficaz y comprometida con el futuro de nuestros jóvenes.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Crear una Hucha Hogar Joven para menores de 40 años que permita realizar aportaciones anuales de hasta 2.000 euros, con un límite acumulado de 40.000 euros, y una deducción del 20 % en el IRPF.
2. Establecer un aval estatal equivalente al ahorro acumulado en la hucha para facilitar el acceso a la financiación de la vivienda habitual.
3. Eximir de tributación los rendimientos generados por la hucha siempre que su destino sea la adquisición de vivienda habitual.
4. Incorporar esta medida dentro de las políticas estatales de vivienda dirigidas a jóvenes.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Juan Andrés Bayón Rolo, Cristina Abades Martínez, Miguel Ángel Sastre Uyá, Violante Tomás Olivares, Ana Isabel Alós López, Óscar Clavell López, Beatriz Álvarez Fanjul, Evarist Aznar
Teruel, Beatriz Jiménez Linuesa, Ainhoa Molina León, Pablo Pérez Coronado, Isabel Gema Pérez Recuerda, Ana Belén Vázquez Blanco y Bella Verano Domínguez, Diputados.Ester Muñoz de la Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Comisión sobre Seguridad Vial
161/003343
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(161) Proposición no de Ley en Comisión.
Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
Proposición no de Ley relativa a la transparencia en la utilización y reinversión de los ingresos derivados de sanciones de tráfico.
Acuerdo:
Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contemplada en el punto 1 procedería llevarla a cabo, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como
Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión sobre Seguridad Vial. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando
este acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la transparencia en la
utilización y reinversión de los ingresos derivados de sanciones de tráfico, para su debate en la Comisión sobre Seguridad Vial.
Exposición de motivos
La política de seguridad vial en España debe sustentarse sobre un principio esencial: la protección de la vida y la integridad de los ciudadanos, por encima de cualquier otra consideración.
En este sentido, la normativa vigente establece con claridad el carácter finalista de la recaudación obtenida por sanciones de tráfico. En concreto, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone en su disposición adicional cuarta que:
«los ingresos procedentes de las sanciones económicas deberán destinarse a la financiación de actuaciones y servicios en materia de seguridad vial, prevención de accidentes y ayuda a las víctimas»
Sin embargo, en los últimos meses se ha producido un incremento muy significativo en la recaudación por multas de tráfico en España, alcanzando cifras récord. Diversos medios de comunicación han puesto de manifiesto que la Dirección General
de Tráfico ha superado ampliamente los 600 millones de euros anuales en ingresos por sanciones, consolidando una tendencia al alza en los últimos ejercicios.
Este incremento de la recaudación por sanciones se produce, además, en un contexto de aumento general de la presión fiscal sobre los ciudadanos. En los últimos años, España ha alcanzado niveles de presión fiscal en máximos históricos,
situándose en torno al 36-37 % del PIB, por encima de la media de las economías avanzadas y con un crecimiento superior al experimentado en el conjunto de países de la OCDE.
Este incremento en la recaudación coincide, además, con un contexto en el que los datos de siniestralidad vial no muestran una reducción proporcional, lo que plantea interrogantes legítimos sobre la eficacia real de las políticas
sancionadoras como instrumento prioritario de mejora de la seguridad vial.
A esta realidad se suma un elemento especialmente preocupante. A pesar del incremento sostenido en la recaudación por sanciones de tráfico, distintos informes sectoriales alertan del deterioro progresivo de la red viaria en España. Según
datos de la Asociación Española de la Carretera, el déficit acumulado en conservación alcanza ya los 13.500 millones de euros, con más de la mitad de las carreteras presentando deficiencias graves o muy graves y cerca de 34.000 kilómetros que
requieren actuaciones urgentes.
Asimismo, se estima que serían necesarios en torno a 5.000 millones de euros anuales para garantizar un adecuado mantenimiento de la red, muy por encima de los niveles de inversión actuales, lo que evidencia una brecha creciente entre las
necesidades reales de conservación y los recursos efectivamente destinados a tal fin.
Esta situación resulta especialmente preocupante desde la perspectiva de la seguridad vial, en la medida en que el estado del firme, la señalización y la adecuada conservación de las infraestructuras constituyen factores determinantes en la
prevención de accidentes. La insuficiencia de inversión en este ámbito contrasta con el incremento sostenido de la recaudación por sanciones, lo que pone de relieve la necesidad de garantizar una trazabilidad clara y verificable del destino de los
ingresos obtenidos por multas de tráfico.
En este sentido, hay una percepción creciente entre los ciudadanos de que el sistema sancionador está derivando hacia una finalidad predominantemente recaudatoria, en detrimento de su función preventiva y disuasoria.
Por ello, resulta imprescindible reforzar los mecanismos de transparencia en el uso de los recursos obtenidos a través de las sanciones. No basta con que la ley establezca su destino; es necesario que el Gobierno rinda cuentas de forma
clara, periódica y detallada sobre la aplicación efectiva de dichos fondos.
El Congreso de los Diputados, como órgano de control del Gobierno, y en particular la Comisión de Seguridad Vial, debe disponer de información precisa y sistematizada sobre el destino anual de la recaudación procedente de multas de tráfico:
campañas de prevención, mejora de infraestructuras, dotación de medios, atención a víctimas u otras actuaciones vinculadas a la seguridad vial. La transparencia en este ámbito no solo refuerza el control parlamentario, sino que contribuye a
fortalecer la credibilidad de las políticas públicas y a garantizar que el sistema sancionador cumple su finalidad esencial: la protección de la vida y la integridad de los ciudadanos.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Remitir anualmente al Congreso de los Diputados, para su conocimiento y debate en la Comisión sobre Seguridad Vial, un informe detallado sobre el destino de la recaudación obtenida por sanciones en materia de tráfico.
Dicho informe deberá incluir, además del importe total recaudado en el ejercicio anterior, el desglose de las actuaciones financiadas con dichos ingresos, la identificación de los programas concretos en materia de seguridad vial y
conservación de infraestructuras, así como los indicadores necesarios para evaluar la eficacia de dichas actuaciones.
2. Garantizar que la aplicación de estos recursos se ajusta plenamente al carácter finalista establecido en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto Legislativo 6/2015.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2026.Bella Verano Domínguez, María Elisa Vedrina Conesa, Juan Antonio Rojas Manrique, Raúl Cuevas Larrosa, Tristana María Moraleja Gómez, Cristina Abades Martínez, Alma Alfonso
Silvestre, Mario Cortés Carballo, José Alberto Herrero Bono, Ángel Ibáñez Hernando, Juan Luis Pedreño Molina, Daniel Pérez Osma, Óscar Ramajo Prada y Juan Diego Requena Ruiz, Diputados.Ester Muñoz de la Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.
Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad
161/003347
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para habilitar asientos contiguos para
acompañantes de personas con discapacidad usuarios de las plazas H, en todos los trenes de Renfe, para su debate en la Comisión de Políticas Integrales de la Discapacidad.
Exposición de motivos
La accesibilidad en el transporte público no puede entenderse como un añadido opcional ni como una cuestión sujeta a la disponibilidad de determinados servicios; debe ser un principio estructural que garantice que todas las personas,
independientemente de sus capacidades, puedan desplazarse en condiciones de seguridad, dignidad e igualdad. En este contexto, la configuración de las plazas H para personas con discapacidad en los trenes plantea una carencia importante: la
ausencia de asientos contiguos destinados a acompañantes.
Muchas personas con movilidad reducida, especialmente aquellas que utilizan silla de ruedas, no pueden viajar de forma completamente autónoma. Requieren apoyo para tareas cotidianas durante el trayecto, como acomodarse correctamente,
gestionar pertenencias, responder ante necesidades básicas o actuar en caso de emergencia. La presencia cercana de un acompañante no es, por tanto, un elemento accesorio, sino una condición necesaria para garantizar un viaje seguro. Separar
físicamente a la persona con discapacidad de quien le asiste supone introducir un riesgo innecesario y evitable.
Además de la dimensión práctica, existe una cuestión de dignidad personal. Viajar acompañado forma parte de la normalidad para cualquier pasajero: familias, parejas o amigos pueden sentarse juntos sin que ello suponga un problema. Sin
embargo, cuando se trata de personas con discapacidad, esta posibilidad se ve restringida por una planificación deficiente. Esta diferencia de trato genera una desigualdad evidente, ya que obliga a estas personas a aceptar condiciones de viaje
inferiores a las del resto.
La falta de asientos para acompañantes junto a las plazas H también refleja un enfoque insuficiente de la accesibilidad. No basta con habilitar un espacio físico para una silla de ruedas; es necesario comprender el contexto completo de las
necesidades de la persona. La accesibilidad real implica diseñar pensando en la experiencia integral del usuario, incluyendo su derecho a recibir asistencia directa y continua. De lo contrario, se cae en una adaptación superficial que no resuelve
los problemas de fondo.
Por otro lado, este tipo de situaciones pone de relieve una falta de homogeneidad en los servicios ferroviarios. No todos los trenes cuentan con las mismas condiciones, lo que introduce un componente de incertidumbre inaceptable. El acceso
a un servicio básico como el transporte no debería depender del modelo de tren asignado ni de factores aleatorios. La accesibilidad debe estar garantizada de forma sistemática en toda la red, sin excepciones.
Desde una perspectiva legal y social, garantizar estas condiciones no es una concesión, sino una obligación. Los derechos de las personas con discapacidad están reconocidos en múltiples normativas nacionales e internacionales que exigen
eliminar barreras y promover la igualdad de oportunidades. Negar la posibilidad de viajar junto a un acompañante cuando es necesario supone, en la práctica, limitar ese derecho.
En definitiva, incorporar asientos contiguos para acompañantes en las plazas H de los trenes no es una mejora secundaria, sino una medida imprescindible. Supone avanzar hacia un modelo de transporte verdaderamente inclusivo, en el que todas
las personas puedan viajar en condiciones equitativas. Asegurar la cercanía entre la persona con discapacidad y su acompañante es garantizar su seguridad, respetar su dignidad y reconocer plenamente su derecho a la movilidad.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a habilitar asientos para acompañantes de personas con discapacidad usuarias de sillas de ruedas, contiguos a las plazas H, en todos los trenes de RENFE.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Ana Isabel Alós López, María Mercedes Fernández González, Agustín Parra Gallego, María Sandra Moneo Díez, Antonio Martínez Gómez, Bartolomé Madrid Olmo, Esther Llamazares
Domingo, Isabel Gema Pérez Recuerda, Javier Noriega Gómez, María del Socorro Cuesta Rodríguez, Miguel Ángel Paniagua Núñez, Silverio Argüelles García, Pedro Samuel Martín García, María Lourdes Ramírez Martín y Violante Tomás Olivares,
Diputados.Ester Muñoz de la Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
161/003374
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la aprobación del
Reglamento de Accesibilidad Cognitiva, para su debate en Comisión de Políticas Integrales de la Discapacidad.
Exposición de motivos
La modificación de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada en el año 2022, reconocía la accesibilidad cognitiva como un elemento esencial para el ejercicio efectivo de los derechos
fundamentales de las personas con discapacidad. Esta reforma legislativa fue impulsada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que venía reclamando un marco jurídico claro y específico que garantice la
comprensión del entorno, la información y los servicios públicos.
La accesibilidad cognitiva se incorporó así de forma expresa al ordenamiento jurídico español, junto a otras dimensiones ya consolidadas de la accesibilidad universal, como la física o la sensorial, reconociendo que comprender el entorno es
una condición previa para poder participar en igualdad de condiciones en la vida social, económica, cultural y política. No obstante, la propia ley estableció que este reconocimiento debía concretarse mediante el desarrollo reglamentario
correspondiente.
En este sentido, la reforma incluyó un mandato expreso al Poder Ejecutivo para que, en el plazo máximo de tres años, contados desde el 1 de abril de 2022, aprobara el Reglamento de condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. Dicho
reglamento debía detallar los requisitos técnicos, criterios comunes y obligaciones concretas que permitirían hacer efectiva esta nueva dimensión de la accesibilidad en todo el territorio nacional, garantizando seguridad jurídica y homogeneidad en
su aplicación.
Sin embargo, transcurrido el plazo legal que expiró el 1 de abril de 2025 el reglamento no ha sido aprobado, lo que supone un incumplimiento del mandato legal por parte del Gobierno. Esta inactividad normativa tiene consecuencias directas y
negativas para las personas con discapacidad, especialmente para aquellas con dificultades de comprensión y comunicación, como las personas con discapacidad intelectual, trastornos del espectro del autismo, daño cerebral adquirido, problemas de
salud mental o personas mayores con deterioro cognitivo.
La ausencia de este desarrollo reglamentario impide que la accesibilidad cognitiva se implemente de forma sistemática y obligatoria, dejando su aplicación a iniciativas aisladas o voluntarias. Esto limita el ejercicio pleno de derechos
fundamentales, como el acceso a la información, la educación, la justicia, la sanidad, el transporte o la participación ciudadana, y perpetúa situaciones de exclusión y discriminación estructural.
Las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva están orientadas a garantizar que los entornos, productos y servicios sean comprensibles, previsibles y utilizables por todas las personas. Abarcan ámbitos tan diversos como el entorno
físico, el transporte, la información y la comunicación, incluidos los sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), así como otros servicios e instalaciones de uso o disposición pública, tanto en zonas urbanas como rurales.
Entre sus medidas se incluyen el uso de
lenguaje claro, lectura fácil, señalización comprensible, apoyos visuales, organización coherente de espacios y procesos, y adaptación de los canales de comunicación.
En definitiva, la falta de aprobación del reglamento de accesibilidad cognitiva no es solo una cuestión técnica o administrativa, sino un problema de garantía efectiva de derechos humanos, que compromete el principio de igualdad y la plena
inclusión social de miles de personas. La adopción urgente de esta norma reglamentaria resulta imprescindible para dar cumplimiento a la ley, a los compromisos internacionales asumidos por España, en particular la Convención de la ONU sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad, y para avanzar hacia una sociedad verdaderamente accesible e inclusiva.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar, de manera urgente, el Reglamento de condiciones básicas de accesibilidad cognitiva previsto en la modificación de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social, aprobada en el año 2022.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de abril de 2026.Ana Isabel Alós López, María Mercedes Fernández González, Agustín Parra Gallego, María Sandra Moneo Díez, Antonio Martínez Gómez, Bartolomé Madrid Olmo, Esther Llamazares Domingo,
Isabel Gema Pérez Recuerda, Javier Noriega Gómez, María del Socorro Cuesta Rodríguez, Miguel Ángel Paniagua Núñez, Silverio Argüelles García, Pedro Samuel Martín García, María Lourdes Ramírez Martín y Violante Tomás Olivares, Diputados.Ester Muñoz
de la Iglesia, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
Comisión de Defensa
181/001760
Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Qué está haciendo el Gobierno para mejorar la situación de los acuartelamientos y el resto de infraestructuras de las Fuerzas Armadas, ante su deterioro y la falta de inversiones y mantenimiento?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Diputados.
181/001761
Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Cree que el Gobierno está siendo transparente en la ejecución de los Programas Especiales de Modernización?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Diputados.
181/001762
Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Le preocupa al Ministerio de Defensa la judicialización de la ejecución de los Programas Especiales de Modernización?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Diputados.
181/001763
Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Por qué no ha enviado al Parlamento la decisión de movilizar la fragata Méndez Núñez (F-104) a zona de operaciones, conforme se establece en la Ley de Defensa Nacional?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Diputados.
181/001764
Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Qué está haciendo el Gobierno para la equiparación salarial de las Fuerzas Armadas españolas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Diputados.
181/001765
Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Conoce el Ministerio de Defensa si durante la visita última visita del Presidente del Gobierno a China han sido tratados asuntos del ámbito de la defensa?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Carlos Rojas García y Agustín Conde Bajén, Diputados.
Comisión de Interior
181/001759
Ana Belén Vázquez Blanco, Sofía Acedo Reyes, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Qué interés tiene el Gobierno en promover la regularización de personas extranjeras que se encuentran en prisión por la presunta comisión de delitos?
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Ana Belén Vázquez Blanco y Sofía Acedo Reyes, Diputadas.
Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
181/001758
Carmelo Barrio Baroja, Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
¿Cuál es la razón de la escalada discriminatoria en relación con la población saharaui en las políticas y actitudes de diferentes ministerios y autoridades del Gobierno de España?
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2026.Carmelo Barrio Baroja, Diputado.
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
184/036864
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Santiago Romero, Enrique Fernando (GSUMAR)
Actividades en territorio español, y en particular desde Madrid, de la empresa Black Cube o de cualquier sociedad vinculada a la misma que pudieran afectar a la seguridad nacional, a los derechos fundamentales o a la integridad de procesos
democráticos en España o en otros Estados miembros de la Unión Europea y previsiones acerca de impulsar, en el ámbito de la Unión Europea, medidas de control o sanción frente a empresas de estas características.
Acuerdo:
Admitir a trámite en los términos de la reformulación presentada, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr.
Diputado autor de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso, los miembros de la Cámara que suscriben formulan las siguientes preguntas al Gobierno para su respuesta por escrito.
Black Cube es una empresa privada israelí de inteligencia e investigación encubierta creada a comienzos de la década de 2010 por antiguos miembros de los aparatos de inteligencia israelíes y hoy presentada por sí misma como una firma
especializada en operaciones de obtención de pruebas e información estratégica. Sin embargo, su trayectoria pública la ha situado repetidamente en el centro de graves controversias por su participación en campañas de espionaje, infiltración,
manipulación y descrédito contra activistas, periodistas, organizaciones civiles y actores políticos en distintos países.
Diversas informaciones periodísticas recientes, junto con la carta remitida por el primer ministro de Eslovenia a la presidenta de la Comisión Europea, han situado en el centro del debate europeo la actuación de dicha empresa israelí, a la
que se atribuyen presuntas operaciones de vigilancia mercenaria, manipulación informativa y difamación con impacto en procesos democráticos dentro de la Unión Europea. Esa misma documentación oficial sostiene que tales prácticas podrían constituir
una amenaza híbrida contra los valores, procedimientos e instituciones democráticas europeas.
Esta empresa, cuenta con únicamente cuatro sedes en todo el mundo, de las cuales, una de ellas, su sede de la Unión Europea, está en Madrid. El resto se sitúan en Singapur, Londres y Tel Aviv. Ello coloca a la madrileña en su única oficina
identificada en la Unión Europea. La existencia de una estructura operativa de esta empresa en España convierte el asunto en una cuestión de soberanía democrática y de interés público para el Estado español, que no puede permanecer ajeno a la
posible utilización de su territorio como plataforma logística, societaria o de cobertura para actividades opacas de injerencia política.
España ha reconocido el Estado de Palestina y ha defendido públicamente esa decisión en nombre de la justicia, la paz y el derecho internacional. Precisamente por ello, nuestro país debe extremar la vigilancia frente a cualquier operación
opaca, intimidatoria o desestabilizadora vinculada a estructuras privadas de inteligencia relacionadas con Israel, más aún cuando tales dinámicas pueden afectar a la soberanía democrática europea y al clima político de solidaridad con el pueblo
palestino.
En un contexto de devastación de Gaza, de creciente señalamiento a la sociedad civil solidaria con Palestina y de preocupación europea por la injerencia extranjera, resulta imprescindible que España tenga una posición firme y clara en la
defensa del derecho internacional, pero, además, de la propia soberanía democrática española.
¿Tiene conocimiento el Gobierno de actividades en territorio español, y en particular desde Madrid, de la empresa Black Cube o de cualquier sociedad vinculada a la misma que pudieran afectar a la seguridad nacional, a los derechos
fundamentales o a la integridad de procesos democráticos en España o en otros Estados miembros de la Unión Europea?
¿Piensa el Gobierno promover o reclamar una investigación administrativa o de cooperación judicial sobre las actividades desarrolladas en España por dicha empresa, así como sobre su adecuación a la normativa española en materia de seguridad,
protección de datos y defensa del orden constitucional?
¿Va a impulsar el Gobierno, en el ámbito de la Unión Europea, medidas de control, o sanción frente a empresas privadas extranjeras de inteligencia o desinformación que participen en operaciones de injerencia política, campañas de difamación
o ataques híbridos contra Estados miembros?
¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno para proteger en España a periodistas, activistas, organizaciones de derechos humanos y colectivos de solidaridad con Palestina frente a posibles operaciones de vigilancia, infiltración, hostigamiento
o campañas de intoxicación promovidas por actores privados vinculados a intereses estatales extranjeros?
¿Considera el Gobierno compatible con la defensa de la soberanía democrática, del derecho internacional y de una política exterior coherente con el reconocimiento del Estado de Palestina que una empresa de estas características opere desde
Madrid sin un escrutinio público y político reforzado?
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Enrique Fernando Santiago Romero, Diputado.
184/037513
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Salvador i Duch, Jordi (GR)
Estrems Fayos, Etna (GR)
Previsiones acerca de habilitar un procedimiento excepcional o una numeración específica que permita el alta en la Seguridad Social exclusivamente para la realización de prácticas académicas no remuneradas para los jóvenes que cursan
formación profesional y se encuentran en situación irregular, así como de permitir que el acceso a las prácticas obligatorias para la obtención de títulos oficiales conlleve automáticamente una autorización de residencia.
Acuerdo:
Admitir a trámite en los términos de la reformulación presentada, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los
Sres. Diputados autores de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Los diputados Jordi Salvador i Duch y Etna Estrems Fayos del Grupo Parlamentario Republicano, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan al Gobierno español las siguientes preguntas,
solicitando su respuesta por escrito.
Según informaciones recientes publicadas en los medios de comunicación, los jóvenes extranjeros en situación administrativa irregular que cursan formación profesional (FP) se enfrentan a grandes obstáculos a la hora de realizar las prácticas
obligatorias en empresas. Aunque la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece que estas prácticas son obligatorias para obtener el título, el requisito de disponer de un número de NIE
vinculado al alta en la Seguridad Social impide a muchos estudiantes completar su itinerario formativo.
Esta situación genera una paradoja administrativa: el sistema educativo permite a estos jóvenes acceder a la formación, pero los sistemas de la Seguridad Social y de extranjería les impiden dar el paso definitivo para obtener el título.
Según datos del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya, solo en Cataluña se contabilizan decenas de casos en los que las empresas rechazan a candidatos por temor a sanciones o por la imposibilidad de incorporarlos legalmente al
sistema de cotización sin NIE. Aunque se está trabajando en resoluciones de ámbito autonómico para ofrecer seguros privados de responsabilidad civil, la solución definitiva requiere una coordinación estructural con el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y el Ministerio del Interior.
Por todo lo expuesto, se formulan las siguientes preguntas para su respuesta por escrito:
1. ¿Qué coordinación existe actualmente entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para garantizar que el requisito de alta en la Seguridad Social no se
convierta en un obstáculo infranqueable para los estudiantes de formación profesional sin NIE?
2. ¿Tiene previsto el Gobierno habilitar un procedimiento excepcional o una numeración específica que permita el alta en la Seguridad Social exclusivamente para la realización de prácticas académicas no remuneradas para los jóvenes en
situación irregular?
3. ¿Considera el Gobierno que el actual sistema de Seguridad Social dificulta el acceso de estos jóvenes a la formación y a una titulación oficial, de acuerdo con el espíritu de la Ley de Formación Profesional?
4. ¿Qué medidas de seguridad jurídica tiene previsto ofrecer el Gobierno a las empresas para que puedan acoger a estos estudiantes en prácticas sin temor a incurrir en sanciones en virtud de la Ley de Extranjería?
5. ¿Está dispuesto el Gobierno a modificar el Reglamento de Extranjería para que el acceso a las prácticas obligatorias para la obtención de títulos oficiales conlleve automáticamente una autorización de residencia o de formación que
regularice la situación del estudiante durante el período académico?
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Jordi Salvador i Duch y Etna Estrems Fayos, Diputados.
A la Mesa del Congrés dels Diputats
Els Diputats Jordi Salvador i Duch i Etna Estrems Fayos del Grup Parlamentari Republicà, a l'empara del que es disposa en l'article 185 i següents del Reglament de la Cambra, formula al Govern espanyol les següents preguntes, sol·licitant la
seva resposta per escrit.
Segons recents informacions publicades als mitjans de comunicació, els joves estrangers en situació administrativa irregular que cursen estudis de formació professional (FP) senfronten a grans obstacles per a realitzar les pràctiques
obligatòries en empreses. Malgrat que la Llei Orgànica 3/2022, de 31 de març, dordenació i integració de la Formació Professional estableix la obligatorietat daquestes pràctiques per obtenir el títol, lexigència dun número de NIE vinculat a
lalta a la Seguretat Social impedeix que molts estudiants puguin completar el seu itinerari formatiu.
Aquesta situació genera una paradoxa administrativa: el sistema educatiu permet laccés daquests joves a la formació, però el sistema de Seguretat Social i dEstrangeria els bloqueja el pas final per titular-se. Segons dades del
Departament dEducació de la Generalitat de Catalunya, només a Catalunya es comptabilitzen desenes de casos on les empreses rebutgen candidats per por a sancions o per la impossibilitat dincorporar-los legalment al sistema de cotització sense NIE.
Tot i que sestà treballant en resolucions dàmbit autonòmic per oferir assegurances privades de responsabilitat civil, la solució definitiva requereix una coordinació estructural amb el Ministeri de Treball i Seguretat Social i el Ministeri de
lInterior.
Per tot lexposat, es formulen les següents preguntes per a ser respostes per escrit:
1. Quina coordinació existeix actualment entre el Ministeri dEducació, Formació Professional i Esports i el Ministeri dInclusió, Seguretat Social i Migracions per garantir que el requisit dalta a la Seguretat Social no esdevingui una
barrera infranquejable per als estudiants de formació professional sense NIE?
2. Té previst el Gobierno habilitar un procediment excepcional o una numeració específica que permeti lalta a la Seguretat Social exclusivament per a la realització de pràctiques acadèmiques no remunerades per a joves en situació
irregular?
3. Considera el Gobierno que lactual sistema de Seguretat Social dificulta laccés daquests joves a la formació i a una titulació oficial, dacord amb lesperit de la Llei de Formació Professional?
4. Quines mesures de seguretat jurídica pensa oferir el Gobierno a les empreses per tal que puguin acollir aquests estudiants en pràctiques sense por a incórrer en sancions derivades de la Llei dEstrangeria?
5. Està disposat el Gobierno a modificar el reglament destrangeria per tal que laccés a pràctiques obligatòries de titulacions oficials comporti automàticament una autorització de residència o de formació que regularitzi la situació de
lestudiant durant el període lectiu?
Congrés dels Diputats, a 22 abril de 2026.Jordi Salvador i Duch y Etna Estrems Fayos, Diputats.
184/037518
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Álvaro Vidal, Francesc-Marc (GR)
Retirada e incautación por parte de la policía de esteladas a los aficionados del FC Barcelona durante un partido en el estadio Metropolitano de Madrid.
Acuerdo:
Admitir a trámite en los términos de la reformulación presentada, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr.
Diputado autor de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
El diputado Francesc-Marc Álvaro i Vidal del Grupo Parlamentario Republicano, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al Gobierno español las siguientes preguntas y solicita su respuesta
por escrito.
Recientemente ha salido a la luz información sobre la incautación por parte de la policía de esteladas a aficionados del FC Barcelona durante un partido en el Estadio Metropolitano de Madrid. Según estos informes, varios asistentes se
vieron obligados a retirar o entregar este símbolo sin que se produjeran incidentes que pusieran en peligro la seguridad o el orden público.
Este tipo de acciones no pueden analizarse de forma aislada, sino que forman parte de un contexto más amplio en el que se han producido repetidamente episodios de discriminación y hostilidad hacia la lengua, la cultura y los símbolos
nacionales de Cataluña en diversos ámbitos del Estado español. La catalanofobia no es un fenómeno anecdótico, sino una realidad persistente que también se manifiesta en espacios que deberían ser de convivencia y respeto, como los eventos
deportivos.
La estelada, como símbolo político y medio de expresión democrática, ha sido reconocida en repetidas ocasiones en el ámbito de la libertad de expresión, y su exhibición forma parte del derecho a expresar pacíficamente ideas y posiciones
políticas. Su retirada por parte de las fuerzas de seguridad, sin una justificación clara y proporcionada, podría constituir una violación de los derechos fundamentales reconocidos tanto en la Constitución española como en las normas europeas de
derechos humanos.
A este respecto, hay que tener en cuenta que los derechos fundamentales no pueden restringirse arbitrariamente ni someterse a interpretaciones restrictivas cuando se trata de la expresión de identidades nacionales o de posiciones políticas
democráticas. Cualquier medida en este ámbito debe estar estrictamente justificada por motivos de seguridad y debe superar un riguroso examen de proporcionalidad.
Además, este tipo de intervenciones pueden contribuir a crear un clima de desconfianza y una percepción de discriminación entre la ciudadanía catalana, especialmente cuando afectan a expresiones simbólicas vinculadas a su identidad nacional.
Lejos de fomentar la convivencia, estas acciones pueden profundizar la fractura y la vulneración de derechos.
Por todas estas razones, y con la intención de defender los derechos civiles, políticos y nacionales de los ciudadanos de Cataluña, así como de esclarecer los hechos y exigir responsabilidades a los culpables cuando proceda.
Por todo lo expuesto se plantean las siguientes preguntas al Gobierno Español:
1. ¿Qué motivos concretos justificaron la retirada de esteladas del estadio Metropolitano a los aficionados del FC Barcelona durante el partido, y sobre qué base jurídica se ordenó esta medida?
2. ¿Se ha iniciado alguna investigación interna o se ha abierto algún expediente para determinar si la actuación policial fue desproporcionada o discriminatoria? ¿En caso afirmativo, cuál es su estado?
3. ¿Existen instrucciones o protocolos específicos que limiten la presencia de símbolos políticos, como la estelada, en los eventos deportivos? Si es así, ¿cómo se justifican en relación con los derechos fundamentales?
4. ¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno para prevenir los episodios de catalanofobia y garantizar que, en futuros acontecimientos, se respete plenamente el derecho de la ciudadanía catalana a expresarse libremente?
Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de abril de 2026.Francesc-Marc Álvaro Vidal, Diputado.
A la Mesa del Congrés dels Diputats
El Diputat Francesc-Marc Álvaro i Vidal del Grup Parlamentari Republicà, a l'empara del que es disposa en l'article 185 i següents del Reglament de la Cambra, formula al Govern espanyol les següents preguntes, sol·licitant la seva resposta
per escrit.
Recentment shan conegut informacions relatives a la retirada destelades a aficionats del Futbol Club Barcelona per part de la policia en el marc dun partit disputat a lestadi Metropolitano de Madrid. Segons aquestes informacions,
diversos assistents haurien estat obligats a retirar o lliurar aquest símbol sense que es produïssin incidents que comprometessin la seguretat o lordre públic.
Aquest tipus dactuacions no es poden analitzar de manera aïllada, sinó que sinscriuen en un context més ampli en què, reiteradament, shan produït episodis de discriminació i hostilitat cap a la llengua, la cultura i els símbols nacionals
de Catalunya en diferents àmbits de lEstat espanyol. La catalanofòbia no és un fenomen anecdòtic, sinó una realitat persistent que es manifesta també en espais que haurien de ser de convivència i respecte, com són els esdeveniments esportius.
Lestelada, com a símbol polític i dexpressió democràtica, ha estat reiteradament reconeguda dins de làmbit de la llibertat dexpressió, i la seva exhibició forma part del dret a manifestar idees i posicionaments polítics de manera
pacífica. La seva retirada per part de les forces de seguretat, sense una justificació clara i proporcional, pot suposar una vulneració dels drets fonamentals reconeguts tant a la Constitució espanyola com als estàndards europeus de drets humans.
En aquest sentit, cal recordar que els drets fonamentals no poden ser limitats de manera arbitrària ni subjectes a interpretacions restrictives quan es tracta de lexpressió didentitats nacionals o posicionaments polítics democràtics.
Qualsevol actuació en aquest àmbit ha destar estrictament justificada per motius de seguretat i ha de superar un judici de proporcionalitat rigorós.
A més, aquest tipus dintervencions poden contribuir a generar un clima de desconfiança i percepció de discriminació per part de la ciutadania catalana, especialment quan afecten expressions simbòliques vinculades a la seva identitat
nacional. Lluny de fomentar la convivència, aquestes actuacions poden aprofundir en la fractura i en la vulneració de drets.
Per tot això, i amb la voluntat de defensar els drets civils, polítics i nacionals de la ciutadania de Catalunya, així com desclarir els fets i depurar responsabilitats si escau,
Per tot lexposat es plantegen les següents preguntes al Govern espanyol:
1. Quins motius concrets van justificar la retirada destelades a aficionats del Futbol Club Barcelona durant el partit disputat a lestadi Metropolitano, i sota quina base jurídica es va ordenar aquesta actuació?
2. Sha obert alguna investigació interna o expedient per determinar si lactuació policial va ser desproporcionada o discriminatòria? En cas afirmatiu, quin és el seu estat?
3. Existeixen instruccions o protocols específics que limitin la presència de símbols polítics com lestelada en esdeveniments esportius? Si és així, com es justifiquen en relació amb els drets fonamentals?
4. Quines mesures pensa adoptar el Govern per evitar episodis de catalanofòbia i garantir que en futurs esdeveniments es respecti plenament el dret de la ciutadania catalana a expressar-se lliurement?
Congrés dels Diputats, a 22 d´abril de 2026.Francesc-Marc Álvaro Vidal, Diputat.
184/037814
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Lorente Anaya, Macarena (GP)
Reynal Reillo, Esperanza (GP)
Noriega Gómez, Javier (GP)
Pascual Rocamora, Sandra (GP)
Cavacasillas Rodríguez, Antonio (GP)
Quintana Carballo, Rosa (GP)
Clemente Muñoz, Raquel (GP)
Gallardo Barrena, Pedro Ignacio (GP)
Sánchez Ojeda, Carlos Alberto (GP)
Velasco Morillo, Elvira (GP)
Pérez Recuerda, Isabel Gema (GP)
Folch Blanc, Javier José (GP)
Franco González, Silvia (GP)
Barrio Baroja, Carmelo (GP)
Razones concretas e informes que han justificado que el Gobierno haya optado por el procedimiento de concesión directa para otorgar subvenciones por importe cercano a 13 millones de euros a proyectos en el departamento del Petén (Guatemala).
Acuerdo:
1. En cuanto a la solicitud de copia incluida en el segundo guion de la iniciativa, admitir a trámite como solicitud de informe a los efectos del artículo 7 del Reglamento de la Cámara y 109 de la Constitución, en la medida en que obre en
poder de la Administración pública correspondiente, y trasladar a dicha Administración (nuevo número de expediente 186/001672).
2. En cuanto al resto, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
3. Comunicar este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Macarena Lorente Anaya, Esperanza Reynal Reillo, Javier Noriega Gómez, Sandra Pascual Rocamora, Antonio Cavacasillas Rodríguez, Rosa Quintana Carballo, Raquel Clemente Muñoz, Pedro Gallardo Barrena, Carlos Sánchez Ojeda, Elvira Velasco
Morillo, Gema Pérez Recuerda, Javier Folch Blanc, Silvia Franco González y Carmelo Barrio Baroja, Diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes, del Reglamento de la
Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean obtener respuesta por escrito.
La Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece que el procedimiento de concesión directa tiene carácter excepcional y debe estar debidamente motivado por razones de interés público, social, económico o humanitario.
¿Qué razones concretas han justificado que el Gobierno haya optado por el procedimiento de concesión directa para otorgar subvenciones por importe cercano a 13 millones de euros a proyectos en el departamento del Petén (Guatemala)?
¿Existen informes técnicos y jurídicos que acrediten la concurrencia de dichas circunstancias excepcionales? [ ]
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2026.Macarena Lorente Anaya, Esperanza Reynal Reillo, Javier Noriega Gómez, Sandra Pascual Rocamora, Antonio Cavacasillas Rodríguez, Rosa Quintana Carballo, Raquel Clemente Muñoz, Pedro
Ignacio Gallardo Barrena, Carlos Alberto Sánchez Ojeda, Elvira Velasco Morillo, Isabel Gema Pérez Recuerda, Javier José Folch Blanc, Silvia Franco González y Carmelo Barrio Baroja, Diputados.
184/037967
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.
(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
Autor: Folch Blanc, Javier José (GP)
Gallardo Barrena, Pedro Ignacio (GP)
Quintana Carballo, Rosa (GP)
Cuesta Rodríguez, María (GP)
Melgarejo Moreno, Joaquín (GP)
Cantalapiedra Álvarez, María de las Mercedes (GP)
García Félix, Manuel (GP)
Macías Gata, Alfonso Carlos (GP)
Marcos Ortega, Milagros (GP)
Martínez Gómez, Antonio (GP)
Merino Martínez, Javier (GP)
Ramajo Prada, Óscar (GP)
Requena Ruiz, Juan Diego (GP)
Sayas López, Sergio (GP)
Molina León, Ainhoa (GP)
Anuncio del Gobierno de valorar la idoneidad de aproximadamente 17.000 fincas rústicas propiedad de la Administración General del Estado para la actividad agraria y disposición de un inventario público de dichas fincas que permita conocer su
distribución geográfica, así como su calificación como agraria, forestal o improductiva.
Acuerdo:
1. En cuanto a la solicitud de copia incluida en el segundo guion de la iniciativa, admitir a trámite como solicitud de informe a los efectos del artículo 7 del Reglamento de la Cámara y 109 de la Constitución, en la medida en que obre en
poder de la Administración pública correspondiente, y trasladar a dicha Administración (nuevo número de expediente 186/001673).
2. En cuanto al resto, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
3. Comunicar este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2026.P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Javier José Folch Blanc, Pedro Gallardo Barrena, Rosa Quintana Carballo, María Cuesta Rodríguez, Joaquín Melgarejo Moreno, María de las Mercedes Cantalapiedra Álvarez, Manuel García Félix, Alfonso Carlos Macías Gata, Milagros Marcos Ortega,
Antonio Martínez Gómez, Javier Merino Martínez, Óscar Ramajo Prada, Juan Diego Requena Ruiz, Sergio Sayas López y Ainhoa Molina León, Diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 y siguientes, del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean obtener respuesta por escrito.
El 14/01/2026 el Gobierno anunció el valorar la idoneidad de aproximadamente 17.000 fincas rústicas propiedad de la Administración General del Estado para la actividad agraria.
¿Se dispone a estas fechas de un inventario público de estas fincas rústicas que permita conocer la distribución geográfica de estas fincas, así como su calificación como agraria, forestal o improductivas?
[ ].
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de abril de 2026.Javier José Folch Blanc, Pedro Ignacio Gallardo Barrena, Rosa Quintana Carballo, María Cuesta Rodríguez, Joaquín Melgarejo Moreno, María de las Mercedes Cantalapiedra Álvarez,
Manuel García Félix, Alfonso Carlos Macías Gata, Milagros Marcos Ortega, Antonio Martínez Gómez, Javier Merino Martínez, Óscar Ramajo Prada, Juan Diego Requena Ruiz, Sergio Sayas López y Ainhoa Molina León, Diputados.