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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 115, de 01/04/2024
cve: BOCG-15-D-115 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


1 de abril de 2024


Núm. 115



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


042/000011 Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades.


Aprobación por el Pleno ... (Página3)


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


Creación de Comisiones, Subcomisiones y Ponencias


152/000004 Creación de la Comisión de Investigación sobre los hechos, responsabilidades y enseñanzas en torno a los procesos de contratación para la adquisición de material sanitario por parte de las Administraciones públicas durante la
crisis pandémica ocasionada por la COVID-19 ... (Página11)


154/000002 Creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Sanidad, para mejorar la protección, la promoción y la atención integral de la salud mental ... (Página14)


Solicitud de creación de Comisiones, Subcomisiones y Ponencias


156/000005 Solicitud de creación de una Comisión de Investigación sobre los hechos, responsabilidades y enseñanzas en torno a los procesos de contratación para la adquisición de material sanitario por parte de las Administraciones públicas
durante la crisis pandémica ocasionada por la COVID-19 ... (Página11)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000105 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de
protección social.


Enmiendas ... (Página15)


Aprobación ... (Página21)



Página 2





162/000147 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre una Estrategia Nacional frente a la soledad no deseada.


Enmiendas ... (Página22)


Aprobación con modificaciones ... (Página24)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000025 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para que explique el impacto de las políticas del Gobierno sobre la fortaleza del
Estado y la convivencia constitucional ... (Página25)


172/000026 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario VOX, al Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno para garantizar el acceso de los españoles en situación de necesidad a
las ayudas sociales ... (Página26)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000016 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas ... (Página26)


Aprobación con modificaciones ... (Página36)


173/000017 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre las medidas que va a adoptar el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para no verse afectado por
la responsabilidad de su Ministro en la gestión y control de la compra de material sanitario durante la pandemia derivada de la COVID-19 que está siendo investigada por la Fiscalía Europea.


Texto de la moción, enmienda formulada y rechazo por el Pleno de la Cámara ... (Página38)


173/000018 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre las medidas que el Ministerio de Hacienda aplicará para perseguir el fraude y luchar contra la corrupción.


Texto de la moción y rechazo por el Pleno de la Cámara ... (Página41)


Otros textos


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


044/000015 Memoria-Informe del Observatorio de la Vida Militar correspondiente al año 2022, de conformidad con el artículo 54.4 y el apartado 2 de la disposición final undécima de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes
de los miembros de las Fuerzas Armadas.


Dictamen de la Comisión ... (Página44)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


042/000011


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 21 de marzo de 2024, aprobó el Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades con el texto que se inserta a continuación.


Se ordena la publicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


La Comisión del Estatuto de los Diputados, en su sesión del día de la fecha, bajo la presidencia del Excmo. Sr. D. Manuel Cobo Vega (GP) y con la asistencia de los Excmos. Sres. Diputados D.ª Maribel García López (GS), D. José María
Sánchez García (GVOX), D. Txema Guijarro García (GSUMAR), D.ª Marta Madrenas i Mir (GJxCAT), D. Joseba Andoni Agirretxea Urresti [GV (EAJ-PNV)] y D.ª Cristina Valido García (GMx), vistas las declaraciones de actividades que pueden constituir causa
de incompatibilidad y de otras actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, formuladas por los Excmos. Sres. Diputados que más adelante se mencionan, ha acordado por unanimidad elevar al Pleno de la Cámara el siguiente


DICTAMEN


Primero.


La Comisión ha tomado en consideración para emitir su Dictamen las previsiones de la LOREG y los criterios fijados en anteriores dictámenes y ratificados por el Pleno de la Cámara en los siguientes términos:


a) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.1.b) de la Constitución, la Comisión ha venido declarando compatible la condición de Diputado con la de miembro del Gobierno, así como de los cargos de la Administración General del Estado
que ostentan los miembros del Gobierno en su condición de tales. Igualmente, la Comisión, siguiendo el criterio ya sentado en anteriores Legislaturas y aceptado por el Pleno de la Cámara, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.1.b) de la
Constitución en relación con lo dispuesto por los artículos 6.1. f) y 155.1 de la LOREG, ha declarado compatible la condición de Diputado con la de Secretario de Estado.


b) En relación con el desempeño de cargos representativos locales la Comisión, siguiendo el criterio ya sentado en anteriores Legislaturas y aceptado por el Pleno de la Cámara, entiende que los cargos locales no son incompatibles con el de
Diputado (no se encuentran comprendidos en los artículos 155 a 159 de la LOREG), siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1 de la LOREG. Por esta razón,
así como la previsión del artículo 158.1, no se podrán desempeñar los cargos locales en régimen de dedicación absoluta, ni percibir retribución, sino únicamente dietas por asistencia a las reuniones de los órganos de la Corporación. Igualmente es
criterio reiterado de la Comisión que deben comprenderse incluidos en el desempeño de las funciones representativas locales, la participación en otros entes locales como mancomunidades y consorcios, en los organismos públicos locales y en otros
entes públicos, en su condición de representantes locales, sin que tal posibilidad pueda comprender la pertenencia a empresas con



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participación pública, mayoritaria, directa o indirecta, cualquiera que sea su forma, prohibida por los artículos 155.2.e) y 156.1 de la LOREG. En este último caso, la Comisión ha admitido la pertenencia de los cargos locales a la Junta
General de dichas empresas cuando sus estatutos así lo prevén expresamente, pero nunca a los Consejos de Administración, requiriendo en su caso, bien la modificación estatutaria, o la delegación de dicho cargo en otro representante local.


c) El desempeño de la función pública (salvedad hecha de las funciones docentes extraordinarias a que se refiere el artículo 157.4 de la LOREG y del desempeño de cargos representativos locales), resulta incompatible con la condición
parlamentaria (artículo 157.1). Por eso se hace constar que el funcionario pasa a la situación de servicios especiales y tiene incompatibilidad de retribuciones, sin perjuicio de la percepción de los correspondientes complementos por antigüedad.
La situación equivalente en el ámbito privado (trabajo por cuenta ajena a tiempo completo) determina la excedencia con reserva a puesto de trabajo en los términos previstos por la normativa que resulte de aplicación.


d) En relación con la actividad de impartición de cursos e intervención en actividades docentes en centros universitarios, es criterio de la Comisión, aceptado por el Pleno de la Cámara, que se trata de actividades compatibles cuando son
actividades docentes o de investigación, a tiempo parcial, de carácter extraordinario, que no afecten a la dirección y control de los servicios, pudiendo percibir por tales actividades las indemnizaciones reglamentarias establecidas, en los términos
del artículo 157.4 de la LOREG. En particular, entiende la Comisión que la realización de dicha actividad como compatible puede llevarse a cabo en calidad de profesor asociado y percibiendo la correspondiente indemnización reglamentaria, a cuyo
respecto, la condición de profesor asociado a tiempo parcial es una de las formas de prestación de los servicios docentes extraordinarios, declarados compatibles con el cargo de Diputado por el artículo 157.4 de la LOREG, con la posibilidad legal de
percibir en dicha condición las indemnizaciones reglamentarias establecidas al respecto.


e) En relación con el cargo de Consejero General de la Caja de Ahorros, vino entendiendo la Comisión, de acuerdo con el criterio reiteradamente fijado por la misma y aceptado por el Pleno de la Cámara, que no se trataba de cargo comprendido
como incompatible en los artículos 155.2.e) (miembro del Consejo de Administración de Caja de Ahorros de fundación pública) y 156.1 (miembros de órganos colegiados de dirección o Consejos de Administración de organismos , entes públicos, o empresas
con participación pública mayoritaria), ambos de la LOREG, sino actividad susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, con la limitación de no poder realizar en su ejercicio actividades comprendidas en el artículo 159.2 y
de no poder invocar o hacer uso de la condición de parlamentario para el ejercicio de dicha actividad y siempre que el ejercicio de las mismas no suponga menoscabo de la dedicación absoluta a la actividad parlamentaria establecida en el artículo
157.1.


El Real Decreto Ley 11/2010 de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, dispuso (artículo 1.tres), que el ejercicio del cargo de miembro de los órganos de gobierno de una Caja de
Ahorros (entendiendo por tales la Asamblea General, el Consejo de Administración y la Comisión de Control sería incompatible con el de todo cargo político electo. A tal efecto la Disposición Transitoria Sexta de dicha norma dispuso que 'Los
miembros de los órganos de gobierno que deban cesar en el ejercicio de su cargo como consecuencia de lo dispuesto en el Apartado tres, del artículo 3 de este Real Decreto Ley lo harán cuando concluya el mandato que ostenten a la entrada en vigor del
presente Real Decreto Ley y, en todo caso, antes de transcurridos tres años desde dicha entrada en vigor, sin que en ningún caso sea posible su renovación'. Cumplido ya ese plazo, la pertenencia a dichos órganos de gobierno de las Cajas de Ahorro,
resulta hoy ya, en todo caso, incompatible con la condición de Diputado.


f) En relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios, es criterio constante de la Comisión, aceptado por el Pleno de la Cámara, su consideración de actividad compatible con la condición de Diputado,
dada la relación íntima entre el desempeño de unas y otras funciones.



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g) En relación con la actividad de producción y creación literaria, científica, artística o técnica, así como las publicaciones derivadas de ellas, es criterio de la Comisión que se trata de una actividad compatible, conforme al artículo
159.3.b) de la LOREG, siempre que mediante la misma no se desempeñe, por sí o mediante sustitución, cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, salario, arancel,
honorarios o cualquier otra forma de retribución, y que no se incurra en ninguno de los supuestos de actividades privadas declaradas expresamente como incompatibles en el artículo 159.2 de la LOREG.


h) En relación con las actividades de conferenciante, de participación en coloquios, mesas redondas y tertulias en medios de comunicación, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que se trata de una
actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en actividades comprendidas en
el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la actividad, tal como
dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


i) En relación con la pertenencia a asociaciones de utilidad pública o de fundaciones privadas, dado que esa forma jurídica no permite entender comprendidas a dichas entidades en la noción de compañías o empresas que se dediquen a contratar
con el sector público a que se refiere el artículo 159.2 b) de la LOREG, es criterio de la Comisión que se trata de actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3 c) de la LOREG. Por ello la Comisión podrá otorgar
autorización para el ejercicio de la actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en actividades comprendidas en el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal,
autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer
menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


j) En relación con el ejercicio libre y por cuenta propia de actividades profesionales (abogados, economistas, médicos, farmaceúticos, veterinarios, etc.), es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara que se
trata de actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3 c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la citada actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en las
comprendidas en el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la
actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la
LOREG.


k) En relación con la pertenencia a cargos representativos en Corporaciones de derecho público de defensa de intereses profesionales, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que no resulta incompatible con
la condición de Diputado, siempre que en el ejercicio de dicho cargo no se incurra en las actividades prohibidas por el artículo 159.2 a) de la LOREG, no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1 de la LOREG y que, en las actividades que se realicen en el desempeño del cargo, no se ejerzan funciones públicas, sino únicamente de representación y defensa de los intereses de los colegiados y de la profesión, de naturaleza
privada.


l) En relación con la pertenencia a órganos de representación y dirección de empresas privadas, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que se trata de actividades privadas susceptibles de autorización
conforme al



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artículo 159.3 c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la citada actividad, siempre que no se incurra en ninguna de las actividades prohibidas expresamente en el artículo 159.2 de la LOREG,
especialmente las de contratar con el sector público estatal, autonómico o local, no se invoque o haga uso de la condición parlamentaria para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en
ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


m) En relación con la pertenencia a Comisiones Mixtas designadas por las Comunidades Autónomas (Comisiones Bilaterales y Comisiones Mixtas de Transferencias), tiene reiteradamente declarado la Comisión, siguiendo el criterio fijado por la
Junta Electoral Central en cuanto a la elegibilidad de quienes los ostentan, que no se trata de cargos públicos en el sentido del artículo 154.2 de la LOREG, por lo que no están comprendidos en la causa de incompatibilidad prevista en el artículo
155.1, ni tampoco en el 157.2 y 3, de modo que, si el Sr. Diputado no percibe remuneración del sector público, no está incurso en incompatibilidad por razón de la mencionada actividad.


n) El cargo de miembro del Consejo de Administración de Ente Público de Radio Televisión de una Comunidad Autónoma, cuando es designado por la Asamblea Parlamentaria y no percibe retribución sino únicamente dietas por asistencia a las
sesiones, se considera compatible conforme a lo previsto en el artículo 156 .1 de la LOREG.


ñ) La percepción de ayudas públicas, en sus diferentes formas, vinculadas a la tenencia o explotación de fincas de uso agrario, es considerada compatible con la condición de Diputado en la medida de que se trata de ayudas regladas, que se
otorgan a través de un procedimiento objetivo y cuya recepción no guarda relación alguna con la actividad política de los parlamentarios. Se trata, además, del ejercicio de la administración del patrimonio personal reconocida en el artículo 159.3
a) de la LOREG.


o) La percepción de ayudas por maternidad o paternidad, en sus diferentes formas, es considerada compatible con la condición de Diputado en la medida de que se trata de ayudas regladas, que se otorgan a través de un procedimiento objetivo y
cuya recepción no guarda relación alguna con la actividad política de los parlamentarios.


p) La percepción de ayudas, en sus diferentes formas, vinculadas a la situación de dependencia, viudedad o que traen causa por haber sido víctima del terrorismo son consideradas compatibles con la condición de Diputado en la medida de que se
trata de ayudas regladas, que se otorgan a través de un procedimiento objetivo y cuya recepción no guarda relación alguna con la actividad política de los parlamentarios.


Segundo.


La Comisión, atendiendo a los criterios anteriormente expuestos, acuerda declarar la compatibilidad de actividades, o tomar conocimiento de las declaraciones, sin que sea necesario realizar ningún otro pronunciamiento, de los Excmos/as.
Sres. y Sras. Diputados/as que se detallan:


Dña. Sonia Guerra López (expte. núm. 004/019/2).


- Actualización de material. Actividad compatible conforme al art. 159.3. b) de la LOREG.


- Curso puntual relativo a la autoría de publicación sobre políticas sociales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan José Aizcorbe Torra (expte. núm. 004/052/2).


- Cese en la gerencia del partido político VOX el 31 de diciembre de 2023. La Comisión toma conocimiento.



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D. Emilio Sáez Cruz (expte. núm. 004/136/2).


- Baja como Concejal del Ayuntamiento de Albacete con fecha 19 de diciembre de 2023. La Comisión toma conocimiento.


D. Josep Maria Cervera Pinart (expte. núm. 004/239/2).


- Cese de Alcalde del Ayuntamiento del Port de la Selva (Girona) el 19 de enero de 2024. La Comisión toma conocimiento.


D. Asier Antona Gómez (expte. núm. 004/266/3).


- Renuncia a la condición de miembro del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife. La Comisión toma conocimiento.


D. Manuel Cobo Vega (expte. núm. 004/322/2).


- Representante de la Comunidad de Bienes: Hermanos Cobo Vega C.B., sin remuneración. Constituida con sus tres hermanas para el arrendamiento de inmueble heredado de su madre, y del que son copropietarios los cuatro hermanos por partes
iguales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina (expte. núm. 004/323/2).


- Cese del cargo de Vicepresidente del partido político VOX, desde el 6 de febrero de 2024. La Comisión toma conocimiento.


D. Ignasi Conesa Coma (expte. núm. 004/352/2).


- Nombramiento de Funcionario de carrera del Ayuntamiento de Barcelona, Técnico Superior en Gestión subgrupo A1, desde el 22 de enero de 2024 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Jesús Mayoral Pérez (expte. núm. 004/366/0).


- Alcalde de Casarrubios del Monte (Toledo), sin remuneración desde el 18 de diciembre de 2023. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Vocal de la ejecutiva provincial del PSOE de Toledo, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


Dña. Emilia Almodóvar Sánchez (expte. núm. 004/367/0).


- Funcionario interino de la Junta de Extremadura, Grupo A2, titulado grado medio Trabajo Social, en situación de servicios especiales, percibiendo el correspondiente complemento por antigüedad. La Comisión toma conocimiento.


Dña. María Torres Tejada (expte. núm. 004/368/0).


- Primera Teniente de Alcalde en el Ayuntamiento de Bailén (Jaén) y concejal de Urbanismo, personal, formación, empleo y comunicación, sin dedicación exclusiva desde junio de 2023, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo
indemnización por asistencia a órganos de la Corporación. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.



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- Secretaria General del Partido Popular de Bailén, sin retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Portavoz Adjunta en el Partido Popular de Jaén. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Miembro del Comité de Dirección del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Josep Paré Aregall (expte. núm. 004/369/0) (expte. núm. 004/369/1).


- Alcalde de Centelles (Barcelona), renunciando a prestación económica desde el 8 de enero de 2024, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo indemnización por asistencia a órganos de la Corporación. Actividad compatible, conforme al
art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Patrono Fundació Osona Formació i Desenvolupament, sin remuneración. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en
su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Presidente de la Residencia Sant Gabriel de Centelles (Barcelona) sin percibir prestación económica. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al art.
157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Junta General (Pleno del Ayuntamiento) empresas mercantiles Ajuntament de Centelles, renunciando a prestación económica desde el 8 de enero de 2024. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la
Comisión. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Representante de entidades y asociaciones municipales como alcalde, sin percibir prestación económica. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al art.
157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Renuncia como consejero de administración Consorci LocalRet con efectos del día 12 de marzo de 2024. La Comisión toma conocimiento.


- Nombramiento congelado a la 'Borsa Interins Secretaris/Interventors' de Catalunya. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario de organización PSC OSONA (FED. XIII), sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Excedencia forzosa Urbaser S.A. con fecha 8 de enero de 2024. La Comisión toma conocimiento.


- Instalación de autoconsumo solar de una potencia de 5KW. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


Dña. Rocío Aguirre Gil de Biedma (expte. núm. 004/370/0).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no se requiere dictamen de la Comisión.



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Dña. Marta Gracia Blanco (expte. núm. 004/371/0) (expte. núm. 004/371/1).


- Concejala en el Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina (Zaragoza), sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo indemnización por asistencia a órganos de la Corporación. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG,
siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Pensión de viudedad del INSS. Percepción compatible con el art. 158.2 de la LOREG, según criterio reiterado de la Comisión desde su dictamen de 11 de noviembre de 1993.


- Miembro del Comité Federal del PSOE, sin retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Secretaria General de la Agrupación Local del PSOE de la Almunia de Doña Godina, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Cese de empleada de Tragsatec (Grupo Tragsa, puesto de trabajo técnico jurídico) el 15 de enero de 2024. La Comisión toma conocimiento.


D. José Enrique Núñez Guijarro (expte. núm. 004/372/0) (expte. núm. 004/372/1)(expte. núm. 004/372/2).


- Diputado en la Asamblea de Madrid con renuncia a tal condición de fecha 29 de enero 2024. La Comisión toma conocimiento.


- Funcionario de la Universidad Complutense de Madrid, desde el 29 de enero de 2024 en situación de servicios especiales, percibiendo el correspondiente complemento por antigüedad. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario Ejecutivo de Acción electoral del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Vocal del Comité ejecutivo nacional del PP, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- A partir del mes de julio de 2024, designación como Vocal del Consejo Social de la Universidad Complutense de Madrid por la Asamblea de Madrid (es un órgano de participación de la Sociedad en la Universidad, cuyo fin es conseguir la mayor
calidad de sus enseñanzas), dietas por asistencia. Tratándose de entidades públicas asimilables a asociaciones de utilidad pública, se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


Dña. Edurne Uriarte Bengoechea (expte. núm. 004/373/0).


- Catedrática de Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos, desde el 29 de enero de 2024 en situación de servicios especiales, percibiendo el correspondiente complemento por antigüedad. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria de área de Formación del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Columnista en El Debate. Actividad compatible conforme al art. 159.3. b) de la LOREG.


- Escritora, con recepción de derechos de autor. Actividad compatible conforme al art. 159.3. b) de la LOREG.


- Conferenciante. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las



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actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


Dña. Candela López Tagliafico (expte. núm. 004/374/0).


- Diputada y Vicepresidenta Tercera en la Diputación Provincial de Barcelona, percibiendo retribución como Vicepresidenta Tercera. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Concejal en el Ayuntamiento de Castelldefels (Barcelona), sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo indemnización por asistencia a órganos de la Corporación. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en
su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Portavoz Grupo Municipal Movem en Comú Podem. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Coordinadora de Catalunya en Común, sin retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Manuel Lago Peñas (expte. núm. 004/375/0).


- Cese del cargo de Asesor del Gabinete del Ministerio de Trabajo y Economía Social y Vicepresidencia Segunda el día 5 de febrero de 2024. La Comisión toma conocimiento.


- Tesorero de SUMAR, sin retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


Dña. Olvido De la Rosa Baena (expte. núm. 004/376/0).


- Vicesecretaria General de la Agrupación Local del PSOE en Cúllar Vega (Granada), sin retribución ni dietas. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Directora del Centro Residencial de Mayores Fundación el Balcón de Zubía, hasta el 19 de febrero de 2024, en la empresa 'Fundación El Balcón de Zubía' cuyo objeto social es la atención integral a personas mayores en situación de
dependencia. La relación con la administración pública es propiamente administrativa de una residencia con el 85 por ciento de plazas concertadas con la Junta de Andalucía. La Comisión toma conocimiento.


Dña. Patricia Otero Rodríguez (expte. núm. 004/377/0).


- Renuncia al cargo de diputada del Parlamento de Galicia con efectos del 11 de marzo de 2024. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria de Pesca de la Comisión Ejecutiva Nacional del PSdeG, sin retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2024.-El Presidente de la Comisión, Manuel Cobo Vega.-El Secretario de la Comisión, José María Sánchez García.



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COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


Creación de Comisiones, Subcomisiones y Ponencias


152/000004 y 156/000005


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado la creación de la Comisión de Investigación sobre los hechos, responsabilidades y enseñanzas en torno a los procesos de contratación para la adquisición de
material sanitario por parte de las Administraciones públicas durante la crisis pandémica ocasionada por la COVID-19 (núm. expte. 152/000004) en los siguientes términos:


'Objeto


1. Establecer los hechos, responsabilidades y enseñanzas sobre las condiciones en las que se llevaron a cabo los procesos de contratación para la adquisición de material sanitario por parte del conjunto de la Administración General del
Estado y sus distintos organismos. Se investigará también la actuación de otras Administraciones públicas en los términos previstos en el apartado siguiente.


2. Estudiar y valorar posibles modificaciones de la legislación estatal en materia de contratación pública para evitar que aparezcan irregularidades en el futuro. A tal efecto, se investigarán los procedimientos de contratación llevados a
cabo en las diferentes Administraciones públicas.


Composición


La Comisión estará formada por tres representantes de cada grupo parlamentario de más de cien diputados, dos representantes de cada grupo con un número superior a ocho e inferior a cien, y un representante de cada uno de los grupos
restantes.


Los grupos podrán designar suplentes.


Sistema de decisión


Los acuerdos se realizarán con el criterio de voto ponderado, establecido en el artículo 52.3 del Reglamento.


Plan de trabajo


La Comisión desarrollará su actividad conforme a un plan de trabajo aprobado por la misma, y en cumplimiento de los procedimientos reglamentarios. La Comisión aprobará una relación de comparecientes, a petición de los grupos parlamentarios.


A petición de los grupos también, la Comisión aprobará una relación de documentación a solicitar de las Administraciones, entidades y expertos que se requieran desde el momento de la constitución de la Comisión, que podrá ir ampliándose, a
la vista del desarrollo de las sesiones.


Duración


La duración de los trabajos de esta Comisión será de cuatro meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados.


En ese plazo, la Comisión elevará al Pleno, para su aprobación, el dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos particulares que los grupos parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en
el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las acciones que sean procedentes'.



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Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo, se ordena la publicación de la solicitud de D. Patxi López Álvarez y otros 72 diputados, de creación de una Comisión de Investigación sobre los hechos, responsabilidades y enseñanzas en torno a los procesos de contratación para la
adquisición de material sanitario por parte de las Administraciones públicas durante la crisis pandémica ocasionada por la COVID-19 (núm. expte. 156/000005).


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Las Diputadas y Diputados cuyas firmas se acompañan en número suficiente, todos ellos pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de la Cámara,
solicitan la creación de una Comisión de Investigación sobre los hechos, responsabilidades y enseñanzas en torno a los procesos de contratación para la adquisición de material sanitario por parte de las Administraciones públicas durante la crisis
pandémica ocasionada por la COVID-19.


Exposición de motivos


La pandemia de la COVID-19 dio lugar a partir del año 2020 a la crisis sanitaria más importante y dramática del último siglo en el mundo. Nuestro país, por desgracia, no fue ajeno a la tragedia.


El conjunto de las administraciones públicas en España, como en el resto de Europa y en los demás continentes, se vio sorprendida por la dimensión extraordinaria de la crisis.


Los recursos de los que disponían en aquel momento los servicios públicos de sanidad, de protección civil y de servicios sociales, se evidenciaron como dramáticamente insuficientes e inadecuados para responder a la crisis.


Las administraciones públicas se vieron desbordadas ante la exigencia perentoria de todo tipo de material de protección, de análisis y de tratamiento, para los miles de profesionales y afectados que necesitaban de la atención de los
diferentes servicios.


En pocos días, la demanda se multiplicó en términos exponenciales para materiales como mascarillas de protección, guantes, equipos de protección individual, soluciones hidroalcohólicas, esterilizadores, respiradores... ante unos proveedores
limitados.


La demanda era enorme y la oferta no daba respuesta con la suficiente dimensión y celeridad. De pronto, todas las administraciones en todos los países buscaban frenéticamente proveedores para aquellos productos vitales.


La Administración Central del Estado, las administraciones autonómicas, los Ayuntamientos, los propios hospitales... todas las instancias públicas buscaban en el mercado los equipos que precisaban para proteger a profesionales, pacientes, y
a la ciudadanía en general.


Se pusieron en práctica mecanismos excepcionales de contratación pública rápida, que atemperan algunos controles a fin de acelerar procedimientos y contar cuanto antes con los recursos y servicios necesarios. A menos controles, menos
garantías y más riesgos.


Junto a la gran mayoría de servidores públicos y ciudadanía en general que durante aquellos meses dramáticos actuaron con generosidad y honestidad, también aparecieron oportunistas, aprovechados y delincuentes.


Aprovechando la urgente necesidad con que actuaban las administraciones, algunas personas especularon con los precios y cargaron al erario público comisiones abusivas,



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entre otras irregularidades. Durante los últimos años se ha tenido conocimiento público de hechos de esta naturaleza en relación con varias administraciones públicas de distinto nivel.


Resulta intolerable siempre cualquier irregularidad o delito en la contratación pública. Pero resulta especialmente reprochable el aprovechamiento para lucro personal de aquel drama de la pandemia que se llevó por delante la vida de tantos
hombres y mujeres.


En consecuencia, es imprescindible que el Congreso de los Diputados constituya una Comisión de Investigación que aclare hechos, circunstancias y responsabilidades en torno a las circunstancias en las que se llevó a cabo la adquisición de
material sanitario durante la pandemia de la COVID-19 en la Administración Pública.


Objeto


1. Establecer los hechos, responsabilidades y enseñanzas sobre las condiciones en las que se llevaron a cabo los procesos de contratación para la adquisición de material sanitario por parte del conjunto de la Administración General del
Estado y sus distintos organismos. Se investigará también la actuación de otras Administraciones públicas en los términos previstos en el apartado siguiente.


2. Estudiar y valorar posibles modificaciones de la legislación estatal en materia de contratación pública para evitar que aparezcan irregularidades en el futuro. A tal efecto, se investigarán los procedimientos de contratación llevados a
cabo en las diferentes Administraciones públicas.


Composición


La Comisión estará formada por tres representantes de cada grupo parlamentario de más de cien diputados, dos representantes de cada grupo con un número superior a ocho e inferior a cien, y un representante de cada uno de los grupos
restantes.


Los grupos podrán designar suplentes.


Sistema de decisión


Los acuerdos se realizarán con el criterio de voto ponderado, establecido en el artículo 52.3 del Reglamento.


Plan de Trabajo


La Comisión desarrollará su actividad conforme a un Plan de Trabajo aprobado por la misma, y en cumplimiento de los procedimientos reglamentarios. La Comisión aprobará una relación de comparecientes, a petición de los grupos parlamentarios.


A petición de los grupos también, la Comisión aprobará una relación de documentación a solicitar de las Administraciones, entidades y expertos que se requieran desde el momento de la constitución de la Comisión, que podrá ir ampliándose, a
la vista del desarrollo de las sesiones.


Duración


La duración de los trabajos de esta Comisión será de cuatro meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados.


En ese plazo, la Comisión elevará al Pleno, para su aprobación, el dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos particulares que los grupos parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en
el artículo 76.1 de la



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Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las acciones que sean procedentes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de febrero de 2024.-Olvido de la Rosa Baena, Víctor Camino Miñana, Zaida Cantera de Castro, Pedro Casares Hontañon, María Carmen Castilla Álvarez, Blanca Cercas Mena, Santos Cerdán León, Ana Cobo
Carmona, Noelia Cobo Pérez, Ignasi Conesa Coma, María Dolores Corujo Berriel, Rafaela Crespín Rubio, Gabriel Cruz Santana, Raúl Díaz Marín, Luc André Diouf Dioh, Antidio Fagúndez Campo, María Luisa Faneca López, Andrea Fernández Benéitez, María
Luisa García Gurrutxaga, Maribel García López, Roberto García Morís, Elisa Garrido Jiménez, José Ramón Gómez Besteiro, Mercedes González Fernández, Juan Antonio González Gracia, Sonia Guerra López, María Guijarro Ceballos, Lídia Guinart Moreno,
Sergio Gutiérrez Prieto, Víctor Gutiérrez Santiago, Milena Herrera García, Isabel Iniesta Egido, Hana Jalloul Muro, Juan Carlos Jerez Antequera, Marc Lamuà Estañol, Adriana Lastra Fernández, Isaura Leal Fernández, Teresa Llorens Carbonell, Ignacio
López Cano, Cristina López Zamora, Juan Antonio Lorenzo Cazorla, José Losada Fernández, Francisco Lucas Ayala, Adriana Maldonado López, Amador Marqués Atés, Andreu Martín Martínez, Margarita Martín Rodríguez, Carmen Martínez Ramírez, Joaquín
Martínez Salmerón, María Luz Martínez Seijo, Sergio Carlos Matos Castro, Alberto Mayoral de Lamo, Jesús Mayoral Pérez, Valle Mellado Sierra, Pepe Mercadal Baquero, Montse Mínguez García, José Miñones Conde, María Jesús Montero Cuadrado, Álvaro
Morales Álvarez, María Isabel Moreno Fernández, Cristina Narbona Ruiz, Begoña Nasarre Oliva, Esther Peña Camarero, María Mercè Perea i Conillas, María Isabel Pérez Ortiz, Inés Plaza García, María Araceli Poblador Pacheco, Modesto Pose Mesura, Óscar
Puente Santiago, Artemi Rallo Lombarte, Arnau Ramírez Carner, María de las Nieves Ramírez Moreno, César Joaquín Ramos Esteban, Gonzalo Redondo Cárdenas, David Regades Fernández y Luis Alfonso Rey de las Heras, Diputados.-Patxi López Álvarez,
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


154/000002


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el punto segundo.1 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, la creación, en
el seno de la Comisión de Sanidad, de la Subcomisión para mejorar la protección, la promoción y la atención integral de la salud mental, en los términos de la calificación de la Mesa de la Cámara, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados',
serie D, núm. 102, de 8 de marzo de 2024.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000105


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados',
serie D, núm. 77, de 2 de febrero de 2024.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto y, en su representación, su portavoz adjunta D.ª Ione Belarra Urteaga, presenta la siguiente Enmienda de Sustitución a la PNL 162/000105.


Se sustituye el texto de la PNL por:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, en el plazo de seis meses, y previa audiencia y colaboración con los colectivos y personas afectadas, aprobar un Real Decreto para integrar con carácter voluntario en el sistema público de
la Seguridad Social a los profesionales de la abogacía y procura que están adscritos o lo hubiesen estado en las mutualidades alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Las modificaciones operadas deberán incluir, entre otros
extremos, el traslado de los fondos depositados en las mutualidades por aportaciones ordinarias y extraordinarias realizadas como régimen alternativo al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, los rendimientos obtenidos por las mismas y fondos
propios de las mutualidades y el patrimonio de la propia mutualidad, así como participaciones en las sociedades constituidas por las mutualidades que proporcionalmente correspondan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y el cómputo de las
aportaciones realizadas y los años cotizados en el sistema alternativo y la incorporación e integración de los mutualistas alternativos actuales o que lo hubieran sido en el pasado en el sistema público de pensiones. Deberán garantizarse en todo
caso unas coberturas y pensiones equiparables a las que correspondería de haber cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los años en que se cotizó a las referidas mutualidades como régimen alternativo, que se tendrán en
cuenta para integrar periodos de carencia tanto en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como en Régimen General de Seguridad Social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2024.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de Cristina Valido García, diputada de Coalición Canaria, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes
enmiendas a la Proposición no de Ley sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social, del Grupo Parlamentario Popular.


Enmienda


De modificación.


Del punto 1.


Texto propuesto:


'1) Creación de un Real Decreto Ley que permita la posibilidad, voluntaria y temporal, de trasladar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos las cantidades cotizadas en la Mutualidad profesional, a todos los mutualistas de la Abogacía y
Procura sin excepción, alternativos y complementarios durante el tiempo que fueron alternativos, activos y pasivos, computándose a los efectos en el devengo de pensiones y prestaciones futuras, jubilación incluida con el reconocimiento de sus años
cotizados en las mutualidades y el paso de sus fondos a la TGSS. Respecto al grupo de mutualistas pasivos, que se les reconozca el derecho a la pensión que les correspondería en el RETA, solicitando una tramitación urgente para este grupo de
afectado, pues los mismos necesitan de una protección más urgente.


La creación de este Real Decreto Ley deberá ser fruto del consenso y colaboración entre el Gobierno y los afectados representados por sus asociaciones y plataformas creadas al efecto y que han nacido al amparo de esta problemática de índole
social que afecta a tantas personas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Debe incluirse a todos los mutualistas, tanto los que continúan en las Mutuas como alternativos como los que han decidido, en vista del fracaso rotundo del sistema entrar en el RETA y convertirse en complementarios. Deben contemplarse todas
las situaciones y sobre todo partir de la base de que un año de Mutualidad cotizado debe traducirse en un año de cotización a la Seguridad Social.


Enmienda


De modificación.


Al punto 2.


Texto propuesto:


'2. El trasvase de fondos RETA no tendrá repercusión fiscal.'


Justificación.


Mejora técnica.



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Enmienda


De modificación.


Del punto 3.


Texto propuesto:


'Se garantizarán las coberturas y prestaciones de seguridad social que correspondan como si se hubiese cotizado durante todo el periodo de permanencia de los abogados y procuradores sus mutualidades respectivas. Los periodos satisfechos
estando integrados en las mutualidades alternativas integrarán periodos de carencia y cotización, y por tanto surtirán plenos efectos para causar las prestaciones previstas tanto en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como en el Régimen de
Seguridad Social.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2024.-Cristina Valido García, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
enmiendas a la Proposición no de Ley del GPP sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social relativa.


Enmienda


Se propone la modificación del punto 1 que quedaría redactado como sigue:


'1. Aprobar dentro del actual período de sesiones un R.D.L. en el que se regule el derecho de opción de las personas mutualistas, activas, pasivas o actualmente integradas en el RETA, de la abogacía y de la procuraduría para que sus
aportaciones a las mutualidades profesionales, realizadas como alternativas al sistema público, así como la totalidad de sus derechos económicos en estas entidades, puedan ser transferidas a las Seguridad Social. Se computarán para el eventual
reconocimiento de prestaciones del sistema público la totalidad de las cantidades que deben ser objeto de transferencia a este y se considerarán como períodos cotizados los períodos de alta efectiva en las mutualidades, como sistema alternativo al
público.'


Enmienda


Se propone la modificación del punto 2 que quedaría redactado como sigue:


'2. Proceder a la reforma del tratamiento fiscal de las cotizaciones realizadas a las mutualidades profesionales, como alternativos al sistema público, evitando la equiparación con un plan de pensiones complementario.'



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Enmienda


Se propone la modificación del punto 3 que quedaría redactado como sigue:


'3. Mejorar las condiciones de la jubilación parcial de los profesionales de la abogacía y de la procuraduría.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2024.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


Á Mesa do Congreso


O Grupo Parlamentar Mixto, a instancia do deputado do Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, ao abeiro do disposto no artigo 193 e seguintes do vixente Regulamento da Cámara, presenta as seguintes Emendas á Proposición non
de Lei do GPP sobre a adopción de medidas para garantir unhas condición de xubilación digna de avogados e procuradores adscritos ás súas mutualidades de protección social.


Emenda


Proponse a modificación do punto 1 que quedaría redactado como segue:


'1. Aprobar dentro do actual período de sesións un R.D.L. no que se regule o dereito de opción das persoas mutualistas, activas, pasivas ou actualmente integradas no RETA, da avogacía e da procuradoría para que as súas achegas ás
mutualidades profesionais, realizadas como alternativas ao sistema público, así como a totalidade dos seus dereitos económicos nestas entidades, podan ser transferidas á Seguridade Social. Computarase para o eventual recoñecemento de prestacións do
sistema público a totalidade das cantidades que deben ser obxecto de transferencia a este e consideraranse como períodos cotizados os períodos de alta efectiva nas mutualidades, como sistema alternativo ao público'.


Emenda


Proponse a modificación do punto 2 que quedaría redactado como segue:


'2. Proceder á reforma do tratamento fiscal das cotizacións realizadas ás mutualidades profesionais, como alternativos ao sistema público, evitando a equiparación cun plan de pensións complementario'.


Emenda


Proponse a modificación do punto 3 que quedaría redactado como segue:


'3. Mellorar as condicións da xubilación parcial dos profesionais da avogacía e procuradoría'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de marzo de 2024.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adxunto del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu y Jon Iñarritu García, Diputado del mismo Grupo Parlamentario, al amparo del vigente Reglamento, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción de medidas para garantizar unas



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condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Permitir la posibilidad, voluntaria y temporal, de trasladar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) las cantidades cotizadas en las Mutualidades profesionales, computándose a los efectos en el devengo de pensiones y
prestaciones futuras, jubilaciones incluidas; en todo caso, previa ponderación de las cantidades ingresadas y de los períodos cotizados a los efectos de antigüedad, de manera que se garantice la sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Respecto al grupo de mutualistas pasivos, aplicar complementos en sus pensiones hasta alcanzar el importe de pensión mínima.


2. Impulsar la equiparación en el tratamiento fiscal de las aportaciones realizadas en las mutualidades como sistema alternativo al RETA, con el tratamiento de las cotizaciones realizadas al sistema de Seguridad Social.


3. Mejorar las condiciones de la jubilación parcial de las y los profesionales de la abogacía y la procura.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Jon Iñarritu García, Diputado.-Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción de medidas para
garantizar unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social.


Enmienda


De modificación.


El texto propositivo de la Proposición no de Ley queda redactado como sigue:


'El Congreso insta al Gobierno a realizar las actuaciones y modificaciones necesarias, en relación con las y los profesionales de la abogacía y la procuraduría que tienen contratado con las Mutualidades de la Abogacía y de la Procuraduría el
sistema de protección social alternativo al RETA o que lo han tenido, para:


1. Permitir la posibilidad voluntaria de trasladar al RETA las cantidades cotizadas a la Mutualidad profesional, computándose a los efectos en el devengo de pensiones y prestaciones futuras, jubilación incluida, en todo caso previa
ponderación de las cantidades ingresadas y de los períodos cotizados y respeto de los mutualistas pasivos aplicar complementos a mínimos de sus pensiones hasta alcanzar el importe de la pensión mínima.


2. Evitar la equiparación fiscal de las cotizaciones/aportaciones realizadas a las Mutualidades en el sistema alternativo al RETA, con un plan de pensiones/ahorro complementario.


3. Mejorar las condiciones de la jubilación parcial de los profesionales de la abogacía y la procuraduría.'



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Motivación.


Se propone esta redacción, más garantista a la hora de contribuir a lograr unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Enrique Fernando Santiago Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (G. P. VOX), al amparo de lo dispuesto en el Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de
jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social, incluida en el punto núm. 3 del orden del día correspondiente a la sesión núm. 31 del Pleno del Congreso de los Diputados que se celebrará el martes 19
de marzo de 2024.


Enmienda


De modificación.


Se propone la modificación de la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que quedará redactada de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a lo siguiente:


1. Realizar las actuaciones y modificaciones necesarias en relación con los profesionales de la abogacía y la procura que tienen contratado, o que lo han tenido, con la Mutualidad de la Abogacía, Altermutua o la Mutualidad de Procuradores,
el sistema de protección social alternativo al RETA, para:


A) Permitir la posibilidad, voluntaria y temporal, de trasladar al RETA las cantidades cotizadas en las mutualidades profesionales, computándose a los efectos en el devengo de pensiones y prestaciones futuras, jubilaciones incluida; en todo
caso, previa ponderación de las cantidades ingresadas y los periodos cotizados. Respecto al grupo de mutualistas pasivos, aplicar complementos a mínimos de sus pensiones hasta alcanzar el importe de pensión mínima.


B) Evitar la equiparación fiscal de las cotizaciones/aportaciones realizadas en las mutualidades al sistema alternativo al RETA, con un plan de pensiones/ahorro complementario.


C) Mejorar las condiciones de jubilación parcial de los profesionales de la abogacía y la procura'.


Justificación.


La iniciativa objeto de esta enmienda acierta al señalar el problema social de las reducidas prestaciones de jubilación que reciben muchos abogados y procuradores de sus mutualidades profesionales. Pero, con ser loable su propósito de que
se estudien soluciones para esta cuestión, incluso con la constitución de una comisión para tal fin, se considera más conveniente la propuesta de medidas más específicas que alivien la situación dramática de tantos profesionales de la abogacía y de
la procura que en algunos casos se ven ante la imposibilidad económica de jubilarse.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de jubilación digna de abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso insta al Gobierno a que, en el ámbito de protección de las mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:


- Adopte las medidas necesarias para mejorar las prestaciones de los mutualistas, procediendo a las reformas legales necesarias,


- Impulse medidas específicas respecto a determinados colectivos, tales como los mutualistas anteriores a 1996 en situación actual de vulnerabilidad, mediante la posibilidad de optar por la conversión del capital acumulado en períodos
cotizados con la base mínima en el RETA y que dicho capital sea transferido a la Tesorería General de la Seguridad Social'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Patxi López Álvarez, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la adopción de medidas para garantizar unas condiciones de jubilación digna de
abogados y procuradores adscritos a sus mutualidades de protección social, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 77, de 2 de febrero de 2024, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las siguientes actuaciones, teniendo siempre en cuenta la defensa de los intereses de todos los actores implicados, así como del propio Sistema nacional de la Seguridad Social:


1. Constituir lo antes posible una Comisión integrada por la representación de las Mutualidades de la Abogacía y la Procura, del Ministerio competente en materia de Seguridad Social, de los Consejos de la Abogacía y la Procura y de las
asociaciones y plataformas de los profesionales afectados para que analice en profundidad las distintas situaciones que concurren en los mutualistas de ambas entidades. En particular, la viabilidad, oportunidad y condiciones para que los llamados
mutualistas alternativos puedan trasladar al RETA las cantidades cotizadas en las respectivas mutualidades profesionales, computando a efectos de devengo de pensiones y prestaciones futuras, jubilación incluida, previa ponderación de las cantidades
ingresadas y de los periodos cotizados. Dicha Comisión formulará las propuestas normativas más adecuadas y ponderadas para garantizar unas condiciones de jubilación dignas a abogados y procuradores, teniendo presente el interés económico y
financiero de todos los mutualistas, el trato equitativo con el resto de autónomos y trabajadores y la sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social.



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2. Estudiar y, en su caso, regular un tratamiento fiscal adecuado y no discriminatorio en la recuperación del ahorro aportado por los mutualistas alternativos.


3. Analizar una posible mejora de las condiciones de la jubilación parcial de los profesionales de la abogacía y la procura.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


162/000147


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre una Estrategia Nacional frente a la soledad no deseada, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 102, de 8 de marzo de 2024.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre una Estrategia Nacional frente a la
soledad no deseada, que se debatirá como punto cuarto del orden de día en la sesión n.º 31 del Pleno del Congreso de los Diputados del día 19 de marzo de 2024.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en coordinación con las administraciones competentes Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, a:


1. Impulsar políticas para abordar la soledad no deseada a través de una Estrategia Nacional que coordine acciones y promueva el reconocimiento de este problema social, con perspectiva de género y desde un enfoque interseccional y
multidisciplinar. En concreto, tales políticas habrán de incluir, como mínimo, lo siguiente:


a. En materia de personas mayores, la promoción de la cultura de su cuidado y respeto y, en particular, el impulso de la finalización y puesta en marcha de la Estrategia Nacional contra la soledad no deseada de las personas mayores.


b. En materia de familia, la creación de un sólido sistema de apoyo a la familia que agrupe medidas institucionales, tributarias, sociales, laborales, bioéticas y de concienciación social, que sitúe a esta en el centro de las políticas
públicas e incorpore también la perspectiva de familia en las políticas públicas y en la elaboración de las normas procedentes de la iniciativa del Gobierno.


c. En materia de natalidad, la puesta en marcha de ayudas directas progresivas por número de hijos, de facilidades en el acceso a una vivienda y a los suministros



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básicos y bonificaciones y de deducciones e incentivos fiscales a quienes tienen hijos y en función del número de estos.


2. Profundizar en la cuantificación y conocimiento de las personas en soledad crónica, para poder diseñar acciones concretas, así como en la implicación de los profesionales del ámbito social y de toda la sociedad para generar vínculos
solidarios y comunitarios que promuevan una sociedad que ponga la persona en el centro inclusiva y cuidadora de todas las políticas.


3. Promover un apoyo eficaz de los poderes públicos a la familia, principal lugar de los grupos de apoyo mutuo y las iniciativas comunitarias para la prevención de la soledad no deseada.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre una
Estrategia Nacional frente a la soledad no deseada.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y las organizaciones de Tercer Sector, en el ámbito de sus competencias, a:


1. Impulsar políticas para abordar la soledad no deseada a través de una Estrategia Nacional que coordine acciones y promueva el reconocimiento de este problema social, con perspectiva de género, teniendo en cuenta el ámbito rural y desde
un enfoque interseccional y multidisciplinar, que será aprobada en el plazo máximo de nueve meses.


2. Profundizar en los factores de riesgo, la cuantificación y conocimiento de las personas en soledad crónica a través de un mapa/registro, poder diseñar acciones concretas, así como en la implicación de los profesionales del ámbito social,
sanitario y de toda la sociedad para generar vínculos solidarios y comunitarios que promuevan una sociedad inclusiva y cuidadora y en la que las personas mayores tengan una participación activa.


3. Promover soluciones individualizadas y basadas en respuestas comunitarias para la prevención de la soledad no deseada y que permitan crear una red de atención para las personas mayores.


4. Desarrollar campañas de sensibilización en la sociedad sobre la soledad no deseada, su conocimiento y la comprensión de sus consecuencias con el objetivo de fomentar la corresponsabilidad social para que los ciudadanos asuman un rol
activo y participativo.'



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5. Ampliar los servicios de salud mental y apoyo psicológico para las personas que están solas sin desearlo'.


Justificación.


Teniendo los municipios la competencia propia en evaluación e información de situaciones de necesidad y otras que les han sido delegadas en materia de servicios sociales y atención a las personas mayores, se hace imprescindible contar con su
participación y coordinar con ellos, a través de la FEMP, las acciones que se vayan a poner en marcha mediante esta estrategia. De la misma manera, es razonable contar con las entidades especializadas del Tercer Sector Social a la hora de realizar
esta Estrategia, ya que podrían aportar su experiencia en esta materia.


Teniendo en cuenta que la soledad no deseada se agrava en el medio rural, donde,en la mayoría de los casos se convive menos diariamente con la familia más estrecha, a lo que se añade la dificultad de acceso a los recursos de atención social,
se considera necesario prestar especial atención a este ámbito.


También se considera pertinente establecer un marco temporal para la elaboración y aprobación de esta estrategia y por ello se propone un plazo para ello.


Para que esta estrategia pueda tener éxito es necesario realizar un estudio completo de la soledad y el aislamiento social que incluya las causas y las consecuencias, pero también se debe proceder a la cuantificación y la localización de las
personas que los sufre. En estos casos, son los profesionales sanitarios, especialmente los de atención primaria, los que primero pueden detectar situaciones de aislamiento social y de soledad no deseada.


Será imprescindible contar con las personas mayores en la construcción de una sociedad más justa y que tengan autonomía para tomar sus propias decisiones, a través de una participación activa en ella.


Si atendemos a la Ponencia de estudio sobre el envejecimiento en España, constituida en el seno de la Comisión de Derechos Sociales del Senado, la recomendación 2.1 precisa la necesidad de que las soluciones que se planteen en la estrategia
sean individualizadas y basadas en respuestas comunitarias. Por otra parte, es imprescindible que las acciones que se planteen también vayan encaminadas a crear una red de atención para las personas mayores, ya que en la mayoría de los casos no
cuentan con ninguna otra red en la que apoyarse.


Si hoy en día la salud mental debe ser eje primordial en todas las políticas públicas,esta estrategia debe tener en cuenta que la soledad no deseada produce en quienes la viven una angustia permanente, ansiedad, tristeza e incluso depresión.
Por este motivo, se deben poner a disposición más recursos destinados a la salud mental de este colectivo de personas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Miguel Tellado Filgueira, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre una Estrategia Nacional frente a la soledad no deseada, publicada
en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 102, de 8 de marzo de 2024, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, y contando con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y las organizaciones del Tercer Sector,
a:



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1. Impulsar políticas para abordar la soledad no deseada a través de una Estrategia Nacional que coordine acciones y promueva el reconocimiento de este problema social, con perspectiva de género, teniendo en cuenta el ámbito rural y desde
un enfoque interseccional y multidisciplinar.


2. Profundizar en los factores de riesgo, la cuantificación y conocimiento de las personas en solead crónica para poder diseñar acciones concretas, así como en la implicación de los profesionales del ámbito social, sanitario y de toda la
sociedad para generar vínculos solidarios y comunitarios que promuevan una sociedad inclusiva y cuidadora.


3. Promover soluciones individualizadas y basadas en respuestas comunitarias, como los grupos de apoyo mutuo para la prevención de la soledad no deseada.


4. Desarrollar campañas de sensibilización en la sociedad sobre soledad no deseada, su conocimiento y la comprensión de sus consecuencias con el objetivo de fomentar la corresponsabilidad social para que la ciudadanía asuma un rol activo y
participativo.


5. Ampliar los servicios de salud mental y apoyo psicológico para las personas que están solas sin desearlo'.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000025


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para que explique el
impacto de las políticas del Gobierno sobre la fortaleza del Estado y la convivencia constitucional, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente interpelación urgente al ministro de Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes para que explique el impacto de las políticas del Gobierno sobre la fortaleza del Estado y la convivencia constitucional.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2024.-Miguel Tellado Filgueira, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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172/000026


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario VOX, al Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno para
garantizar el acceso de los españoles en situación de necesidad a las ayudas sociales, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula interpelación urgente al ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sobre las
medidas que va a adoptar el Gobierno para garantizar el acceso de los españoles en situación de necesidad a las ayudas sociales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2024.-María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000016


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Republicano,
sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Pilar Vallugera i Balañà, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente moción consecuencia de interpelación
urgente sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para su debate en Pleno.



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Exposición de motivos


Desde el mes de septiembre de 2023 se han publicado distintas noticias sobre múltiples negligencias cometidas por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) en cuanto a la prevención y los mecanismos de protección frente al
acoso sexual. El desencadenante fue la desaparición de una trabajadora a bordo del buque oceanográfico García del Cid, noticia que ha resultado ser la punta del iceberg de un cúmulo de casos de acoso sexual, cometidos en el seno de la institución,
que el CSIC no ha sabido prevenir y que, cuando ha tenido conocimiento de los hechos, no ha resuelto de manera eficiente, ignorando en numerosas ocasiones las denuncias y negándose a tramitarlas, no desplegando ninguna medida cautelar y faltando a
la obligatoriedad de prestar atención y acompañamiento a las víctimas.


Desde septiembre hasta la fecha de la presente iniciativa, se han destapado más de una veintena de casos que han permitido hacer un diagnóstico preciso de la problemática expuesta. Por una parte, se puede afirmar que existe una cultura de
base machista y arcaica en cuanto a la percepción de la violencia sexual y contra las mujeres. Es decir, el enfoque de la institución pasa por la asunción de que las agresiones sexuales pueden tener lugar debido a las características del entorno
laboral, especialmente en los buques, y se apuesta por dictar precauciones a las trabajadoras para evitar o no exponerse a sufrir posibles agresiones.


Un claro ejemplo de esta cultura subyacente es el comunicado que se remitió con motivo del 25N a las trabajadoras del CSIC por parte de la Comisión Delegada de Igualdad y la Comisión de Mujeres y Ciencia, en el cual, lejos de referirse a la
compañera desaparecida en un buque apenas dos meses antes o acciones dirigidas a los hombres, se adjuntaron una serie de recomendaciones para evitar agresiones sexuales, como la recomendación de evitar la desnudez, bajo una introducción que incluía
expresiones tan desacertadas como las siguientes: 'Existen diferentes percepciones sobre las conductas que tienen que considerarse acoso sexual en algunos contextos o condiciones de trabajo peculiares', 'En determinadas condiciones de trabajo puede
incrementarse el riesgo que se produzcan conductas contrarias a la igualdad y dignidad de las personas' o 'Precisamente a causa de algunas de estas circunstancias, puede ocurrir que las víctimas tengan que soportar tales conductas inapropiadas o
tengan que retrasar la interposición de denuncias'.


Lejos de ser este el único comunicado en entredicho cabe destacar que, tras las dos agresiones sexuales cometidas por un prestigioso investigador del CSIC a una estudiante, se remitió a las 14.000 personas que forman parte de la plantilla un
correo electrónico con recomendaciones para efectuar entrevistas, entre las cuales se recomendaba que las entrevistas no duraran más de 45 minutos, se realizaran con la puerta abierta y que hubiera más de dos personas en los despachos.


Sin embargo, esta cultura no únicamente perpetúa unas dinámicas patriarcales que ponen en riesgo la integridad física y emocional de las trabajadoras en el entorno laboral, sino que, además, impacta en los protocolos y mecanismos
establecidos precisamente para evitar el acoso sexual por razón de sexo y para acompañar y reparar a las víctimas en caso de padecer una agresión.


El primer reto al que se enfrentan las víctimas es interponer una denuncia y conseguir que ésta sea recibida por la Comisión frente al Acoso, órgano que debe evaluar y decidir si se admite la denuncia a trámite. En la actualidad, se sabe
que entre 2019 y 2023 se formalizaron 12 denuncias, de las cuales únicamente fueron admitidas a trámite siete. Una de estas inadmisiones a trámite fue justificada debido a que la denuncia no estaba cumplimentada en el formulario concreto que indica
el protocolo, pese a que el protocolo contempla en sus apartados que cualquier denuncia, incluso las verbales, serán atendidas. En otros casos, simplemente no se ha obtenido respuesta por parte de la Comisión, aunque el protocolo en vigencia
establece que debe pronunciarse en un plazo máximo de diez días desde la formalización de la denuncia.



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Sin embargo, este no es el único punto débil del proceso porque una vez dicha Comisión acepta a trámite la denuncia, esta llega a la Asesoría Confidencial, un organismo donde una única persona formada en violencia contra la mujer se
entrevista con la denunciante e inicia una investigación. Es aquí donde se evidencia la falta de preparación de la administración, ya que dicha Asesoría no está formada por personal del propio CSIC, sino que es un servicio externo, ya que
actualmente no se dispone de personal formado en la materia.


Otra gran dificultad es la inacción, por falta de competencias o por falta de voluntad, cuando las agresiones se cometen por parte de trabajadores de empresas externas que trabajan en colaboración con el CSIC. Esto se traduce en una falta
de establecimiento de medidas de protección y de atención para la víctima y en la falta de expedientes disciplinarios para los agresores, es decir, de impunidad. Hay numerosos casos que evidencian esta última negligencia, por ejemplo, un capitán
que únicamente fue amonestado por parte de su empresa cuando el CSIC solicitó que se le diera 'un toque de atención', después de que un grupo de científicas interpusiera una denuncia, que nunca fue respondida de forma oficial por parte de la
Comisión frente al Acoso, por acosarlas sexualmente a bordo en reiteradas ocasiones. No únicamente su denuncia fue ignorada, sino que el CSIC no interpuso ninguna medida y las denunciantes volvieron a coincidir con el agresor en un buque, donde
además fueron recibidas en un ambiente de hostilidad y hostigamiento por parte de la tripulación.


Además de todo lo expuesto, existe un error sistémico que está cometiendo el Ministerio de Ciencia desde hace años, y es la interpretación de que cuando finaliza el proceso penal, también finaliza la vía administrativa. Esto provoca que,
por una parte, no se apliquen las medidas de atención y prevención a las víctimas una vez finaliza la vía penal y, por otra parte, evita la aplicación de sanciones para los agresores.


Es importante entender que, efectivamente, cuando se abre el proceso penal, el proceso administrativo se detiene hasta que el primero finaliza. Ahora bien, en muchas ocasiones finaliza porque la víctima no se reitera frente a Fiscalía y
decide no denunciar (por miedo a represalias y a que todavía estos sucesos se consideran 'una mancha' en la carrera profesional). Por lo tanto, el proceso penal finaliza sin un juicio que dictamine si ha habido agresión y sin una sentencia. Es
aquí cuando debería reactivarse y continuar el proceso administrativo, cosa que no ocurre porque el Ministerio, a su vez, también cierra el caso y, en consecuencia, finaliza el proceso.


Un claro ejemplo de la peligrosidad de esta manera de proceder es el caso de la trabajadora desaparecida en el buque García del Cid el pasado septiembre. El proceso administrativo interno debido a la denuncia por agresión sexual que ella
interpuso se finalizó cuando llegó a un acuerdo en los juzgados con su presunto agresor. Hasta día de hoy, el abogado de ella defiende que dicho acuerdo fue algo inusual y firmado en circunstancias desconocidas.


Después de reincorporarse en el trabajo, ella solicitó en numerosas ocasiones que la cambiaran de buque y, ante la negativa del CSIC, solicitó por escrito a través de su letrado conocer si existían medidas de protección a su disposición.
Estos escritos, enviados poco antes de su desaparición, nunca fueron contestados por parte de sus responsables. Hasta día de hoy, cuando se interpela por esta negligencia cometida con la trabajadora, el CSIC se ampara a que el caso se había
archivado judicialmente. Con todo, la vía administrativa no debería haber finalizado.


Por último, cabe destacar que la realidad de los Institutos de los Comités de Igualdad del CSIC es muy distinta a la que se narra de puertas hacia fuera. No en pocas ocasiones dicha administración ha hecho alarde de los 60 comités de los
124 Institutos del CSIC, elogiando su trabajo en materia de sensibilización, detección y acompañamiento de los casos de acoso. Sin embargo, la realidad del día a día de los comités es precaria y carece del suficiente apoyo institucional.


Esto es, carecen de voz propia y de autonomía. Sus decisiones siempre tienen que validarse por la Dirección o la Junta del Instituto del que forman parte. De manera que no pueden tomar decisiones con efectos directos sobre terceros ni
vinculantes



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institucionalmente. Asimismo, su constitución es voluntaria y, en consecuencia, las personas que participan lo hacen de manera altruista. Es decir, no se destinan horas de la jornada laboral para realizar el trabajo de los Comités y éstos
dependen completamente del tiempo libre de sus miembros, quiénes tampoco gozan de retribuciones adicionales.


Por todo ello se presenta la siguiente,


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Revisar y actualizar de manera urgente el vigente Protocolo de prevención e intervención frente el acoso sexual y por razón de sexo en el CSIC.


2. Establecer sanciones administrativas para los responsables, en caso de incumplimiento de los plazos de respuesta y atención a las denuncias contemplados.


3. Establecer mecanismos reales de acompañamiento a las denunciantes de acoso y agresión sexual y establecer sanciones administrativas para los responsables de acompañar y atender a las víctimas, en caso de no hacerlo.


4. Habilitar nuevas medidas de protección y prevención, como la movilidad de barco, en caso de que se haya iniciado un proceso administrativo o penal por agresión o acoso sexual.


5. Establecer, según convenio, la obligatoriedad para las empresas externas que trabajan con el CSIC de incorporar y cumplir las medidas de igualdad y los protocolos de actuación y prevención frente al acoso sexual por razón de género que
tiene el CSIC.


6. Promover que las empresas, buques y cualquier otro tipo de actor con convenio propio que trabaje en colaboración con el CSIC, incorpore la movilidad del lugar de trabajo en sus tratados como mecanismo de protección a denunciantes de
acoso y agresión sexual.


7. Promover que las empresas, buques y cualquier otro tipo de actor con convenio propio que trabaje en colaboración con el CSIC, implemente formación obligatoria en igualdad de género y en prevención de acoso y agresión sexual.


8. Revisar los criterios actuales a la hora de establecer las sanciones a los agresores sexuales para que las amonestaciones y sanciones sean proporcionales a las agresiones.


9. Revertir el solapamiento actual de la vía judicial a la vía administrativa, garantizando realmente el agotamiento de esta última.


10. Dotar a todos los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del suficiente personal formado en materia de género y actuación frente el acoso sexual por razón de género para revertir situaciones actuales
como la externalización de la Asesoría Confidencial, cuyo objetivo es realizar una investigación administrativa contra el agresor.


11. Establecer la obligatoriedad a los Institutos del CSIC de constituir un Comité de Igualdad por cada uno de ellos.


12. Dotar a los Comités de Igualdad de los Institutos del CSIC de autonomía y capacidad de ejecución de decisiones vinculantes.


13. Establecer un crédito mínimo de 15 horas mensuales retribuidas para cada uno de los miembros de los Comités de Igualdad de los Institutos del CSIC.


14. Realizar una encuesta anónima interna para las trabajadoras de todos los organismos pertenecientes del CSIC, cuyo contenido deberá estar pactado con los Comités de Igualdad, en relación con el entorno laboral y las situaciones de acoso
sexual por razón de género.


15. Presentar un informe en el Congreso de los Diputados, en el plazo de seis meses desde la aprobación de la presente moción, donde se especifiquen los resultados de la encuesta, los cambios realizados en el protocolo, así como los fallos
que se hayan detectado en éste y las medidas establecidas para corregirlos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2024.-Pilar Vallugera Balañà, Diputada.-Teresa Jordà i Roura, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Republicano.



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A la Mesa del Congrés dels Diputats


El Grup Parlamentari Republicano, a instàncies de la diputada Pilar Vallugera i Balañà, a l'empara del que disposa l'article 184 i següents del Reglament de la Cambra, presenta la següent Moció com a conseqüència d'interpel·lació urgent
sobre la rendició de comptes per les negligències comeses contra treballadores i treballadors dels òrgans pertanyents al Ministeri de Ciència, Innovació i Universitats per al seu debat en Ple.


Exposició de motius


Des del mes de setembre de 2023 s'han publicat diferents notícies sobre múltiples negligències comeses pel Consell Superior d'Investigacions Científiques (CSIC) quant a la prevenció i els mecanismes de protecció enfront de l'assetjament
sexual. El desencadenant va ser la desaparició d'una treballadora a bord del vaixell oceanogràfic García del Cid, notícia que ha resultat ser la punta de l'iceberg d'un cúmul de casos d'assetjament sexual, comesos en el si de la institució, que el
CSIC no ha sabut prevenir i que, quan ha tingut coneixement dels fets, no ha resolt de manera eficient, ignorant en nombroses ocasions les denúncies i negant-se a tramitar-les, no desplegant cap mesura cautelar i faltant a l'obligatorietat de parar
esment i acompanyament a les víctimes.


Des de setembre fins a la data de la present iniciativa, s'han destapat més d'una vintena de casos que han permès fer un diagnòstic precís de la problemàtica exposada. D'una banda, es pot afirmar que existeix una cultura de base masclista i
arcaica pel que fa a la percepció de la violència sexual i contra les dones. És a dir, l'enfocament de la institució passa per l'assumpció que les agressions sexuals poden tenir lloc a causa de les característiques de l'entorn laboral, especialment
en els vaixells, i s'aposta per dictar precaucions a les treballadores per a evitar o no exposar-se a sofrir possibles agressions.


Un clar exemple d'aquesta cultura subjacent és el comunicat que es va remetre amb motiu del 25N a les treballadores del CSIC per part de la Comissió Delegada d'Igualtat i la Comissió de Dones i Ciència, en el qual, lluny de referir-se a la
companya desapareguda en un vaixell a penes dos mesos abans o accions dirigides als homes, es van adjuntar una sèrie de recomanacions per a evitar agressions sexuals, com la recomanació d'evitar la nuesa, sota una introducció que incloïa expressions
tan desencertades com les següents: 'Existeixen diferents percepcions sobre les conductes que han de considerar-se assetjament sexual en alguns contextos o condicions de treball peculiars', 'En determinades condicions de treball pot incrementar-se
el risc que es produeixin conductes contràries a la igualtat i dignitat de les persones' o 'Precisament a causa d'algunes d'aquestes circumstàncies, pot ocórrer que les víctimes hagin de suportar tals conductes inapropiades o hagin de retardar la
interposició de denúncies'.


Lluny de ser aquest l'únic comunicat en dubte cal destacar que, després de les dues agressions sexuals comeses per un prestigiós investigador del CSIC a una estudiant, es va remetre a les 14.000 persones que formen part de la plantilla un
correu electrònic amb recomanacions per a efectuar entrevistes, entre les quals es recomanava que les entrevistes no duressin més de 45 minuts, es realitzessin amb la porta oberta i que hi hagués més de dues persones en els despatxos.


No obstant això, aquesta cultura no únicament perpetua unes dinàmiques patriarcals que posen en risc la integritat física i emocional de les treballadores a l'entorn laboral, sinó que, a més, impacta en els protocols i mecanismes establerts
precisament per evitar l'assetjament sexual per raó de sexe i per acompanyar i reparar a les víctimes en cas de patir una agressió.


El primer repte que enfronten les víctimes és interposar una denúncia i aconseguir que aquesta sigui rebuda per la Comissió enfront de l'Assetjament, òrgan que ha d'avaluar i decidir si s'admet la denúncia a tràmit. En l'actualitat, se sap
que entre 2019 i 2023 es van formalitzar 12 denúncies, de les quals únicament van ser admeses a tràmit set. Una d'aquestes inadmissions a tràmit va ser justificada pel fet que la denúncia no estava emplenada en el formulari concret que indica el
protocol, malgrat que el protocol contempla



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en els seus apartats que qualsevol denúncia, fins i tot les verbals, seran ateses. En altres casos, simplement no s'ha obtingut resposta per part de la Comissió, encara que el protocol en vigència estableix que ha de pronunciar-se en un
termini màxim de deu dies des de la formalització de la denúncia.


No obstant això, aquest no és l'únic punt feble del procés perquè una vegada aquesta Comissió accepta a tràmit la denúncia, aquesta arriba a l'Assessoria Confidencial, un organisme on una única persona formada en violència contra la dona
s'entrevista amb la denunciant i inicia una investigació. És aquí on s'evidencia la falta de preparació de l'administració, ja que aquesta Assessoria no està formada per personal del propi CSIC, sinó que és un servei extern, ja que actualment no es
disposa de personal format en la matèria.


Una altra gran dificultat és la inacció, per falta de competències o per falta de voluntat, quan les agressions es cometen per part de treballadors d'empreses externes que treballen en col·laboració amb el CSIC. Això es tradueix en una
falta d'establiment de mesures de protecció i d'atenció per a la víctima i en la falta d'expedients disciplinaris per als agressors, és a dir, d'impunitat. Hi ha nombrosos casos que evidencien aquesta última negligència, per exemple, un capità que
únicament va ser amonestat per part de la seva empresa quan el CSIC va sol·licitar que se li donés 'un toc d'atenció', després que un grup de científiques interposés una denúncia, que mai va ser resposta de manera oficial per part de la Comissió
enfront de l'Assetjament, per assetjar-les sexualment a bord en reiterades ocasions. No únicament la seva denúncia va ser ignorada, sinó que el CSIC no va interposar cap mesura i les denunciants van tornar a coincidir amb l'agressor en un vaixell,
on a més van ser rebudes en un ambient d'hostilitat i fustigació per part de la tripulació.


A més de tot l'exposat, existeix un error sistèmic que està cometent el Ministeri de Ciència des de fa anys, i és la interpretació que quan finalitza el procés penal, també finalitza la via administrativa. Això provoca que, d'una banda, no
s'apliquin les mesures d'atenció i prevenció a les víctimes una vegada finalitza la via penal i, d'altra banda, evita l'aplicació de sancions per als agressors.


És important entendre que, efectivament, quan s'obre el procés penal, el procés administratiu es deté fins que el primer finalitza. Ara bé, en moltes ocasions finalitza perquè la víctima no es reitera enfront de Fiscalia i decideix no
denunciar (per por de represàlies i al fet que encara aquests successos es consideren 'una taca' en la carrera professional). Per tant, el procés penal finalitza sense un judici que dictamini si hi ha hagut agressió i sense una sentència. És aquí
quan hauria de reactivar-se i continuar el procés administratiu, cosa que no ocorre perquè el Ministeri, al seu torn, també tanca el cas i, en conseqüència, finalitza el procés.


Un clar exemple de la perillositat d'aquesta manera de procedir és el cas de la treballadora desapareguda en el vaixell García del Cid el setembre passat. El procés administratiu intern a causa de la denúncia per agressió sexual que ella va
interposar es va finalitzar quan va arribar a un acord en els jutjats amb el seu presumpte agressor. Fins a dia d'avui, l'advocat d'ella defensa que aquest acord va ser una cosa inusual i signat en circumstàncies desconegudes.


Després de reincorporar-se en el treball, ella va sol·licitar en nombroses ocasions que la canviessin de vaixell i, davant la negativa del CSIC, va sol·licitar per escrit a través del seu lletrat conèixer si existien mesures de protecció a
la seva disposició. Aquests escrits, enviats poc abans de la seva desaparició, mai van ser contestats per part dels seus responsables. Fins a dia d'avui, quan s'interpel·la per aquesta negligència comesa amb la treballadora, el CSIC s'empara en el
fet que el cas s'havia arxivat judicialment. Amb tot, la via administrativa no hauria d'haver finalitzat.


Finalment, cal destacar que la realitat dels Instituts dels Comitès d'Igualtat del CSIC és molt diferent a la que es narra de portes cap a fora. No en poques ocasions aquesta administració ha presumit dels 60 comitès dels 124 Instituts del
CSIC, elogiant el seu treball en matèria de sensibilització, detecció i acompanyament dels casos d'assetjament. No obstant això, la realitat del dia a dia dels comitès és precària i manca del suficient suport institucional.



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Això és, estan mancats de veu pròpia i d'autonomia. Les seves decisions sempre han de validar-se per la Direcció o la Junta de l'Institut del qual formen part. De manera que, no poden prendre decisions amb efectes directes sobre tercers ni
vinculants institucionalment. Així mateix, la seva constitució és voluntària i, en conseqüència, les persones que participen ho fan de manera altruista. És a dir, no es destinen hores de la jornada laboral per a fer el treball dels Comitès i
aquests depenen completament del temps lliure dels seus membres, els qui tampoc gaudeixen de retribucions addicionals.


Per tot això es presenta la següent,


Moció


'1. Revisar i actualitzar de manera urgent el vigent Protocol de prevenció i intervenció front l'assetjament sexual i per raó de sexe en el CSIC.


2. Establir sancions administratives per als responsables, en cas d'incompliment dels terminis de resposta i atenció a les denúncies contemplats.


3. Establir mecanismes reals d'acompanyament a les denunciants d'assetjament i agressió sexual i establir sancions administratives per als responsables d'acompanyar i atendre les víctimes, en cas de no fer-ho.


4. Habilitar noves mesures de protecció i prevenció, com la mobilitat de vaixell, en cas que s'hagi iniciat un procés administratiu o penal per agressió o assetjament sexual.


5. Establir, segons conveni, l'obligatorietat per a les empreses externes que treballen amb el CSIC d'incorporar i complir les mesures d'igualtat i els protocols d'actuació i prevenció enfront de l'assetjament sexual per raó de gènere que
té el CSIC.


6. Promoure que les empreses, vaixells i qualsevol altre tipus d'actor amb conveni propi que treballi en col·laboració amb el CSIC, incorpori la mobilitat del lloc de treball en els seus tractats com a mecanisme de protecció a denunciants
d'assetjament i agressió sexual.


7. Promoure que les empreses, vaixells i qualsevol altre tipus d'actor amb conveni propi que treballi en col·laboració amb el CSIC, implementi formació obligatòria en igualtat de gènere i en prevenció d'assetjament i agressió sexual.


8. Revisar els criteris actuals a l'hora d'establir les sancions als agressors sexuals perquè les amonestacions i sancions siguin proporcionals a les agressions.


9. Revertir el solapament actual de la via judicial a la via administrativa, garantint realment l'esgotament d'aquesta última.


10. Dotar a tots els òrgans pertanyents al Ministeri de Ciència, Innovació i Universitats del suficient personal format en matèria de gènere i actuació front l'assetjament sexual per raó de gènere per a revertir situacions actuals com
l'externalització de l'Assessoria Confidencial, l'objectiu de la qual és realitzar una recerca administrativa contra l'agressor.


11. Establir l'obligatorietat als Instituts del CSIC de constituir un Comitè d'Igualtat per cadascun d'ells.


12. Dotar als Comitès d'Igualtat dels Instituts del CSIC d'autonomia i capacitat d'execució de decisions vinculants.


13. Establir un crèdit mínim de 15 hores mensuals retribuïdes per a cadascun dels membres dels Comitès d'Igualtat dels Instituts del CSIC.


14. Realitzar una enquesta anònima interna per a les treballadores de tots els organismes pertanyents del CSIC, el contingut del qual haurà d'estar pactat amb els Comitès d'Igualtat, en relació amb l'entorn laboral i les situacions
d'assetjament sexual per raó de gènere.


15. Presentar un informe en el Congrés dels Diputats, en el termini de sis mesos des de l'aprovació de la present moció, on s'especifiquin els resultats de l'enquesta, els canvis realitzats en el protocol, així com les fallades que s'hagin
detectat en aquest i les mesures establertes per a corregir-los.


Palau del Congrés dels Diputats, 14 de març de 2024.-Pilar Vallugera Balañà, Diputada.-Teresa Jordà i Roura, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Republicano.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar al amparo de lo dispuesto en los artículos 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente del
Grupo Parlamentario Republicano sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para su debate en Pleno.


Enmienda


Se propone sustituir la redacción del punto 5 del petitum ('Establecer; según convenio, la obligatoriedad para las empresas externas que trabajan con el CSIC de incorporar y cumplir las medidas de igualdad y protocolos de actuación y
prevención frente al acoso sexual por razón de género que tiene el CSIC') por el siguiente:


'5. Las empresas externas que trabajan el CSIC deberán informar a este anualmente de la planificación y el cumplimiento de las medidas de igualdad previstas, en su caso, en el correspondiente Plan de Igualdad, así como las referidas en los
Protocolos de actuación y prevención frente al acoso sexual o por razón de género. Además, deberán notificar inmediatamente cualquier activación del protocolo frente al acoso sexual o por razón de sexo que involucre, directa o indirectamente, a
personal del CSIC y mantener informado al CSIC del desarrollo de todas las actuaciones. El CSIC, en el marco de la Coordinación de las Actividades Empresariales, pondrá en conocimiento de la empresa con las que subcontrate personal el protocolo del
CSIC y su activación de manera inmediata.'


Motivación.


De conformidad con lo previsto en la normativa española, todas las empresas deben contar con un protocolo de acoso con independencia del número de personas que integran su plantilla, pero la obligación de tener un plan de igualdad afecta, en
principio, a las empresas con 50 o más personas contratadas. En concordancia con lo anterior, los planes de igualdad serán elaborados en cada empresa o grupo de empresas de acuerdo con las reglas de representación y negociación fijadas en el
artículo 5 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
partiendo de un diagnóstico que debe circunscribirse a la propia empresa y cuyos requisitos están estrictamente regulados en el artículo 7 de de dicho reglamento.


Así, tanto los Planes de Igualdad como los Protocolos de acoso, conforme a la normativa vigente constituyen, por tanto, obligaciones empresariales que deben estar documentadas por referencia a un ámbito concreto, la empresa, y cuyo contenido
debe responder a su propia realidad en materia de igualdad.


Enmienda


Se propone añadir el siguiente punto:


'16. Revisar y actualizar de manera urgente el vigente Protocolo de prevención e intervención frente el acoso sexual y por razón de sexo en el CSIC, de modo que este incorpore, entre otras cuestiones:


a) Eliminar el proceso de 'admisión a trámite'.


b) Activación automática del protocolo de acoso ante la existencia de indicios de los que sean conscientes los mandos intermedios o personas con funciones directivas.



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c) Eliminar de los Criterios Generales Aplicables al Procedimiento de Investigación (punto 7, página 10) el punto 'I. Denuncias falsas e infundadas', que introduce una información irrelevante y prejuiciosa -el poder disciplinario de la
empresa no precisa ser refrendado en el contenido de un protocolo de acoso-.'


Motivación.


El acoso es una conducta pluriofensiva, tanto desde el punto de vista del ordenamiento jurídico en su conjunto como dentro de cada una de sus ramas.


En el ámbito laboral, el acoso -incluido el acoso sexual y por razón de sexo- ofende, en tal sentido, tanto a los derechos en la relación laboral en sentido estricto (artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores) como a la prevención de los
riesgos laborales.


Así, la obligación de la empresa en relación con la prevención, la sensibilización y, sobre todo, la adopción de medidas en caso de actualización del riesgo de acoso deriva directamente del artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,
de Prevención de Riesgos Laborales, conforme al cual el derecho de las personas trabajadoras a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo supone la existencia de un correlativo deber de protección de la empresa y las
Administraciones públicas de protección de estas frente a los riesgos laborales respecto del personal a su servicio.


En consecuencia, el cumplimiento de las normas en materia de prevención del acoso exige que la empresa adopte una posición proactiva frente a este riesgo. No resulta suficiente la actuación en exclusiva en caso de denuncia ni existe norma
alguna en la que pueda ampararse la inadmisión a trámite de las denuncias presentadas sin el desarrollo del correspondiente procedimiento de investigación. Por ende, el Protocolo de Acoso no podrá entenderse acorde con la normativa vigente ni con
el Convenio 190 de la OIT, sobre acoso y violencia en el trabajo, si descansa en exclusiva en una perspectiva reactiva o que prime las garantías del presunto acosador frente a las de la víctima.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Verónica Martínez Barbero, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Republicano, sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revisar y actualizar de manera urgente el vigente Protocolo de prevención e intervención frente el acoso sexual y por razón de sexo en el CSIC.


2. Establecer sanciones administrativas para los responsables, en caso de incumplimiento de los plazos de respuesta y atención a las denuncias contemplados.


3. Establecer mecanismos reales de acompañamiento a las denunciantes de acoso y agresión sexual y establecer sanciones administrativas para los responsables de acompañar y atender a las víctimas, en caso de no hacerlo.



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4. Habilitar nuevas medidas de protección y prevención, como la movilidad de barco, en caso de que se haya iniciado un proceso administrativo o penal por agresión o acoso sexual.


5. Establecer, según convenio, la obligatoriedad para las empresas externas que trabajan con el CSIC de incorporar y cumplir las medidas de igualdad y los protocolos de actuación y prevención frente al acoso sexual por razón de género que
tiene el CSIC.


6. Promover que las empresas, buques y cualquier otro tipo de actor con convenio propio que trabaje en colaboración con el CSIC, incorpore la movilidad del lugar de trabajo en sus tratados como mecanismo de protección a denunciantes de
acoso y agresión sexual.


7. Promover que las empresas, buques y cualquier otro tipo de actor con convenio propio que trabaje en colaboración con el CSIC, implemente formación obligatoria en igualdad de género y en prevención de acoso y agresión sexual.


8. Revisar los criterios actuales a la hora de establecer las sanciones a los agresores sexuales para que las amonestaciones y sanciones sean proporcionales a las agresiones.


9. Revertir el solapamiento actual de la vía judicial a la vía administrativa, garantizando realmente el agotamiento de esta última.


10. Dotar a todos los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del suficiente personal formado en materia de género y actuación frente el acoso sexual por razón de género para revertir situaciones actuales
como la externalización de la Asesoría Confidencial, cuyo objetivo es realizar una investigación administrativa contra el agresor.


11. Fomentar, por parte del CSIC, la constitución de un Comité de Igualdad en cada uno de sus Institutos a través de acciones como el Plan MaX hasta conseguir que el 100 % de Institutos cuente con un comité de igualdad. Hasta la
consecución de este objetivo, las responsabilidades de estos comités en los Institutos que carezcan de ellos serán gestionadas desde la organización central del CSIC.


12. Realizar, en colaboración con el Observatorio Mujeres, Ciencia e Innovación y con el apoyo de la Unidad de Mujeres y Ciencia, informes anuales de seguimiento de los protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo del Ministerio,
de sus Organismos Públicos de Investigación y de sus entidades dependientes. Entre los datos recogidos se incluirá información recogida de las unidades y comisiones de igualdad y también las directamente del personal de los centros.


13. Adaptar, a través de la Unidad de Igualdad y de la Unidad de Mujeres y Ciencia del Ministerio, su protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo al nuevo protocolo de la Administración General del Estado y apoyar a sus Organismos
Públicos de Investigación y entidades dependientes en la adaptación de sus respectivos protocolos, para que puedan ser aprobados en un plazo no superior a 6 meses. Al finalizar este proceso se presentará, antes de finalizar el año 2024, un informe
al Congreso de los Diputados con las mejoras introducidas en los nuevos protocolos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Patxi López Álvarez, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Republicano, sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.



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Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Impulsar la revisión y actualización exhaustiva del Protocolo de Prevención e Intervención frente al acoso sexual y por razón de sexo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) así como en el resto de los Organismos
Públicos de Investigación dependientes de la Administración General del Estado en el plazo máximo de cuatro meses. Así como establecer un plan de formación continua en materia de igualdad y violencia de género a todo el personal Organismos Públicos
de Investigación, también, en un el plazo máximo de cuatro meses.


- Incluir mecanismos efectivos para la detección temprana de casos de acoso sexual y por razón de género, así como una respuesta institucional rápida y eficaz ante dichas situaciones, asegurando la protección y el apoyo a las víctimas y sus
entornos desde el momento de la denuncia.


- El protocolo revisado debe enfocarse en salvaguardar el bienestar de la víctima y las personas de su entorno afectadas durante el proceso de tramitación de la denuncia, a través de un marco garantista para las personas denunciantes,
asegurando que el procedimiento sea justo, transparente y libre de cualquier forma de discriminación o revictimización.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Miguel Tellado Filgueira, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Republicano, sobre la rendición de cuentas por las negligencias cometidas
contra trabajadoras y trabajadores de los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, ha acordado lo siguiente, entendiendo que la previsión contenida en el inciso final del punto decimotercero se haría, en todo
caso, por el procedimiento reglamentario pertinente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revisar y actualizar de manera urgente el vigente Protocolo de prevención e intervención frente al acoso sexual y por razón de sexo en el CSIC.


2. Establecer sanciones administrativas para los responsables, en caso de incumplimiento de los plazos de respuesta y atención a las denuncias contemplados.


3. Establecer mecanismos reales de acompañamiento a las denunciantes de acoso y agresión sexual y establecer sanciones administrativas para los responsables de acompañar y atender a las víctimas, en caso de no hacerlo.


4. Habilitar nuevas medidas de protección y prevención, como la movilidad de barco, en caso de que se haya iniciado un proceso administrativo o penal por agresión o acoso sexual.


5. Las empresas externas que trabajan el CSIC deberán informar a este anualmente de la planificación y el cumplimiento de las medidas de igualdad previstas, en su caso, en el correspondiente Plan de Igualdad y en los Protocolos de actuación
y prevención frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo. Además, deberán notificar inmediatamente



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cualquier activación del protocolo frente al acoso sexual o por razón de sexo que involucre, directa o indirectamente, a personal del CSIC y mantener informado al CSIC del desarrollo de todas las actuaciones. El CSIC, en el marco de la
Coordinación de las Actividades Empresariales, pondrá en conocimiento de la empresa con la que se subcontrate personal, el protocolo del CISC y su activación de manera inmediata.


6. Promover que las empesas, buques y cualquier otro tipo de actor con convenio propio que trabaje en colaboración con el CSIC, incorpore la movilidad del lugar de trabajo en sus tratados como mecanismo de protección a denunciantes de acoso
y agresión sexual.


7. Promover que las empresas, buques y cualquier otro tipo de actor con convenio propio que trabaje en colaboración con el CSIC, implemente formación obligatoria en igualdad de género y en prevención de acoso y agresión sexual.


8. Revisar los criterios actuales a la hora de establecer las sanciones a los agresores sexuales para que las amonestaciones y sanciones sean proporcionales a las agresiones.


9. Revertir el solapamiento actual de la vía judicial a la vía administrativa, garantizando realmente el agotamiento de esta última.


10. Dotar a todos los órganos pertenecientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del suficiente personal formado en materia de género y actuación frente el acoso sexual y acoso por razón de sexo para revertir situaciones
actuales como la externalización de la Asesoría Confidencial, cuyo objetivo es realizar una investigación administrativa contra el agresor.


11. Promover, por parte del CSIC, la constitución de un Comité de Igualdad en cada uno de sus institutos. Ello se fomentará mediante el reconocimiento, en el marco de la Productividad de Cumplimiento de Objetivos del CSIC, como un mérito
de los institutos y centros el disponer de un Comité de Igualdad activo, hasta conseguir que el 100% de institutos cuente con un comité de igualdad. Hasta la consecución de este objetivo, las responsabilidades de estos comités en los institutos que
carezcan de ellos serán gestionadas desde la organización central del CSIC.


12. Realizar, en colaboración con el Observatorio Mujeres, Ciencia e Innovación y con el apoyo de la Unidad de Mujeres y Ciencia, informes anuales de seguimiento de los protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo del Ministerio,
de sus Organismos Públicos de Investigación y de sus entidades dependientes. Este informe incluirá los datos recogidos a través de un cuestionario anónimo y voluntario a los trabajadores y las trabajadoras, así como información recogida de las
unidades y comisiones de igualdad.


13. Adaptar, a través de la Unidad de Igualdad y de la Unidad de Mujeres y Ciencia del Ministerio, su protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo al nuevo protocolo de la Administración General del Estado y apoyar a sus Organismos
Públicos de Investigación y entidades dependientes en la adaptación de sus respectivos protocolos, para que puedan ser aprobados en un plazo no superior a 6 meses. Al finalizar este proceso se presentará, antes de finalizar el año 2024, un informe
al Congreso de los Diputados con las mejoras introducidas en los nuevos protocolos.


14. Garantizar que las horas dedicadas de los miembros de los comités de igualdad de los institutos del CSIC se integren dentro del horario laboral y que esta dedicación sea considerada en la evaluación anual de la Productividad por el
Cumplimiento de Objetivos de los institutos del CSIC.


15. Revisar y actualizar de manera urgente el vigente Protocolo de prevención e intervención frente el acoso sexual y por razón de sexo en el CSIC, de modo que este incorpore, entre otras cuestiones:


a. Eliminar el proceso de 'admisión a trámite'.


b. Activación automática del protocolo de acoso ante la existencia de indicios de los que sean conscientes los mandos intermedios o personas con funciones directivas.


c. Eliminar de los Criterios Generales aplicables al procedimiento de investigación (punto 7, página 10) el punto 'I. Denuncias falsas e infundadas', que introduce una información irrelevante y prejuiciosa -el poder disciplinario de la
empresa no precisa ser refrendado en el contenido de un protocolo de acoso-.'



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Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


173/000017


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre las medidas que va a adoptar el Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática para no verse afectado por la responsabilidad de su Ministro en la gestión y control de la compra de material sanitario durante la pandemia derivada de la COVID-19 que está siendo investigada por la Fiscalía
Europea, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se inserta la enmienda formulada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente moción, consecuencia de interpelación urgente, sobre las
medidas que va a adoptar para que su Ministerio no se vea afectado por su responsabilidad en la gestión y control de la compra de material sanitario durante la pandemia derivada de la COVID-19 que está siendo investigada por la Fiscalía Europea.


Exposición de motivos


El pasado 21 de febrero, en una operación dirigida por el Juzgado Central de Instrucción N.º 2 de la Audiencia Nacional, la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil detenía a una veintena de personas, entre ellas, a un exasesor del
exministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Gobierno de España, José Luis Ábalos, por un caso de presunta corrupción relacionado con la compra de material sanitario durante la pandemia de COVID-19.


La denominada Operación Delorme tiene su epicentro en el presunto cobro de comisiones como contraprestación a las adjudicaciones de suministro de mascarillas durante los peores meses de la pandemia. Estos cobros se produjeron en contratos
de material sanitario que iban destinados a los Ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana e Interior respectivamente, así como a las Comunidades Autónomas de Islas Baleares y Canarias, Administraciones todas ellas gobernadas por el PSOE.
Hasta el momento, y según las estimaciones de los investigadores, el montante global de los contratos adjudicados superaría la cantidad de los 50 millones de euros.


Las noticias que han trascendido sobre la responsabilidad del actual ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, a la sazón, expresidente del Gobierno de Canarias, D Ángel Víctor Torres, están generando gran preocupación y, por
ende, una situación insostenible por lo que respecta al ámbito de su gestión al frente del Ministerio.


Según la investigación, durante su mandato como presidente del Ejecutivo canario se pagaron 22,9 millones de euros entre 2020 y 2021 por material sanitario que nunca se habría llegado a entregar al completo, circunstancia por la cual la
Fiscalía territorial de Canarias ya se ha querellado contra diferentes empresarios.



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Además, en 2020, el Servicio Canario de Salud (SCS) otorgó a la empresa 'Soluciones de Gestión y Apoyo a la Empresa SL' un contrato para el abastecimiento de mascarillas cifrado en 12,5 millones de euros, parcialmente financiado con fondos
europeos destinados al desarrollo regional (FEDER), lo cual ha conducido a que la Fiscalía Europea, de forma paralela al procedimiento penal que se está instruyendo en la Audiencia Nacional, inicie por su parte una investigación para aclarar los
hechos y dirimir responsabilidades, estando ya abiertas dos causas.


Desde los órganos competentes del Gobierno de Canarias se obvió la más elemental comprobación básica debida y se accedió a adjudicar contratos de naturaleza pública por importes millonarios a empresas insolventes de compraventa de vehículos,
a las cuales además se otorgó varias oportunidades pese a la entrega de material defectuoso.


El hoy ministro de Política Territorial y Memoria Democrática -que llegó a ser alertado por la Audiencia de Cuentas de Canarias-, era además el Secretario General y máximo responsable orgánico del PSOE en Canarias, e impidió la creación de
una Comisión de Investigación al respecto en el Parlamento canario.


La inexistencia de explicaciones convincentes y la falta de transparencia, junto a la opacidad y las nulas intenciones de rendir cuentas; el nombramiento como director de su Gabinete a uno de los implicados en la trama; su más que evidente
responsabilidad política como máxima autoridad del Gobierno de Canarias y, por último, su implicación directa a través del envío de mensajes a los cabecillas de la trama, hacen injustificable su permanencia en el Gobierno de la Nación.


Por todo ello,


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. Asumir responsabilidades políticas por parte del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, así como del resto de altos cargos implicados en este presunto caso de corrupción, con el fin de evitar que sus respectivas
posiciones puedan afectar y perjudicar a la gestión y la reputación de este Departamento Ministerial y el conjunto de las instituciones.


Segundo. Asegurar que cualquier investigación impulsada por parte de instancias pertenecientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y judiciales de manera necesaria u oportuna, sea llevada a cabo de manera independiente, sin
interferencias ni presiones políticas de ninguna clase y contando con la máxima colaboración de todas las Administraciones Públicas afectadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2024.-Miguel Tellado Filgueira, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
enmiendas a la moción consecuencia de interpelación urgente del GPP sobre las medidas que va a adoptar para que su Ministerio no se vea afectado por su responsabilidad en la gestión y control de la compra de material sanitario durante la pandemia
derivada de la COVID-19 que está siendo investigada por la Fiscalía Europea.



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Enmienda


Se propone la modificación del punto 1 que quedaría redactado como sigue:


'Primero. Que se investiguen en profundidad todos los contratos relacionados con la compra de máscaras y de material sanitario durante la pandemia, empezando por aquellos sobre los que hay denuncias por cobro de comisiones, indicios de
irregularidad o que fueron objeto de cuestionamiento por no ajustarse a la normativa (etiquetas o homologaciones falsas, incumplimiento de las normas establecidas...).'


Enmienda


Se propone la modificación del punto 2 que quedaría redactado como sigue:


'Segundo. Que reclame de todos los cargos públicos y personas de cualquier Administración Pública implicadas en estos procedimientos cuando se constate una actuación ilegal, irregular o cuestionable que asuman todas las responsabilidades
políticas a que hubiera lugar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


Á Mesa do Congreso


O Grupo Parlamentar Mixto, a instancia do deputado do Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, ao abeiro do disposto no artigo 193 e seguintes do vixente Regulamento da Cámara, presenta as seguintes emendas á moción
consecuencia de interpelación urxente do GPP sobre as medidas que vai adoptar para que o seu Ministerio non se vexa afectado pola súa responsabilidade na xestión e control da compra de material sanitario durante a pandemia derivada da COVID-19 que
está sendo investigada pola Fiscalía Europea.


Emenda


Proponse a modificación do punto 1 que quedaría redactado como segue:


'Primeiro. Que se investiguen en profundidade todos os contratos relacionados coa compra de máscaras e de material sanitario durante a pandemia, comezando por aqueles sobre os que hai denuncias por cobro de comisións, indicios de
irregularidade ou que foron obxecto de cuestionamento por non se axustaren á normativa (etiquetas ou homologacións falsas, incumprimento das normas estabelecidas...).'


Emenda


Proponse a modificación do punto 2 que quedaría redactado como segue:


'Segundo. Que reclame de todos os cargos públicos e persoas de calquera Administración Pública implicadas nestes procedementos cando se constate unha actuación ilegal, irregular ou cuestionábel a que asuman todas as responsabilidades
políticas a que houber lugar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adxunto do Grupo Parlamentario Mixto.



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173/000018


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre las medidas que el Ministerio de Hacienda aplicará para perseguir el fraude y luchar
contra la corrupción, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente moción consecuencia de interpelación urgente sobre las medidas que el Ministerio de Hacienda
aplicará para perseguir el fraude y luchar contra la corrupción.


Exposición de motivos


Primero. En los últimos 40 años no han sido infrecuentes los casos de corrupción en España.


En los últimos 40 años han sido relativamente frecuentes los casos de corrupción ligados a los distintos gobiernos de España:


El caso GAL: los gobiernos del Partido Socialista presididos por Felipe González organizaron y sufragaron con fondos públicos un grupo paramilitar cuyo objetivo debía ser el asesinato de personas vinculadas a la banda terrorista ETA. Este
grupo paramilitar actuaba al margen de la legalidad y sin respetar ningún principio básico de la justicia. Se abrió la correspondiente investigación que concluyó con detenciones y condenas de cargos intermedios y altos del Partido Socialista que
habían colaborado en la organización de la trama criminal. Además de los asesinatos cometidos, también se produjo el robo de dinero público para el enriquecimiento de algunos de los miembros de la trama. Nunca se pudo acreditar quién había sido el
responsable intelectual de la organización. Durante la investigación se le bautizó como Señor X.


El caso Roldán: un director de la Guardia Civil, nombrado por el Partido Socialista Obrero Español y ligado a él robó fondos públicos del instituto armado. En concreto el robó se vinculó a los fondos destinados a la caja de solidaridad
para los huérfanos del Cuerpo. Los fondos robados no fueron restituidos.


El caso ERE: sucesivos gobiernos de Andalucía, todos ellos del Partido Socialista Obrero Español, organizaron una trama para robar fondos públicos y construir una red clientelar que mantuviese a su partido en el poder. Se abrió un proceso
judicial que concluyó con la condena, entre otros, de dos ex presidentes del Gobierno de Andalucía, del Partido Socialista. Sin embargo, tras sucesivas vicisitudes procedimentales, ninguno de ellos ha cumplido su condena de privación de libertad.
El proceso judicial considera acreditado que se robaron 680 millones. No han sido restituidos.


El caso Isofotón: ésta era una empresa que en un momento dado nombra como directora general a dña. Teresa Ribera Rodríguez, que había sido secretaria de Estado de cambio climático y que habría de ser ministra de Transición Ecológica. En
relación con ese nombramiento la empresa recibe cuantiosas subvenciones desde el gobierno de Andalucía, del Partido Socialista Obrero Español. Transcurridos los plazos para la devolución de esas ayudas o la jura de cuentas correspondientes una
importante fracción del importe percibido no puede se justificado. En el caso se vieron involucradas María Jesús Montero, consejera del Gobierno de Andalucía, y otros cargos del Partido Socialista. El proceso judicial sufrió



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una serie de defectos formales que conllevaron su archivo sin que llegasen a depurarse responsabilidades penales. El importe malversado no ha sido restituido.


Los Gobiernos del Partido Popular también se han visto envueltos en casos de corrupción. Tampoco, en algunos de esos casos, se ha logrado averiguar quiénes fueron los responsables intelectuales ni se ha logrado recuperar todo el importe
malversado.


Segundo. La corrupción está de nuevo en la actualidad política.


El actual Gobierno, mayoritariamente socialista, de nuevo se ve involucrado en un tremendo caso de corrupción.


Un asesor del Ministerio de Transportes durante el mandato de José Luis Abalo, en plena pandemia se lucró a través de comisiones, del tráfico de influencias y en definitiva, del robo de millones de euros con los contratos de emergencia 1
para la adquisición de equipos de protección individual.


A partir de ese momento miembros del Gobierno 2 presuntamente comenzaron una escalada de operaciones de compra de mascarillas con la excusa de salvar vidas, mientras que éstas nunca llegarían a nadie por ser defectuosas o deficientes.
Existen muchos agentes externos que estarían implicados en estos sucesos, pero en lo que no hay ninguna duda es en el papel del Gobierno como actor principal de los supuestos casos de corrupción. Esta afirmación se desprende de lo siguiente:


1. Secretaria de Estado de Seguridad, Ministerio de Interior:


Informe del Tribunal de Cuentas N.º 1.481. 'En el contrato n.º 1 de suministro de material de protección para el personal de la Secretaría de Estado de Seguridad tramitado por el Ministerio del Interior, de 20/04/2020 se concedieron
5.040.000 euros a justificar. El importe contratado ascendió a 3.479.355,00 pero en el expediente solamente figura un reintegro 142.167 euros por lo que ha quedado sin justificar el reintegro o aplicación de la cantidad de 1.418.478 euros'. 'No ha
existido la suficiente diligencia en documentar este aspecto. En 77 de las 100 contrataciones no se ha indicado la persona responsable del contrato en el expediente' 3. Etc.


2. Puertos del Estado, organismo dependiente del entonces Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA): recientemente ha sido cesado su secretario General por los contratos adjudicados, concretamente por el investigado por
la Oficina Nacional de Investigación Tributaria 4.


Informe del Tribunal de Cuentas N.º 1.489. 'En la declaración se precisaba que la contratación se limitaba a lo estrictamente necesario para dar cumplimiento a las recomendaciones sanitarias, todo ello con la finalidad última de garantizar
el flujo de mercancías en el ámbito del transporte y con ello evitar el desabastecimiento de artículos de primera necesidad. En la declaración se determinó la adquisición de 8.000.000 de mascarillas y un presupuesto máximo de 20.000.000 euros'. 5


3. Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (en adelante, 'SASEMAR'), adscrita al entonces MITMA:


Sobre la adquisición de mascarillas de SASEMAR a la empresa, investigada por la Fiscalía Anticorrupción, Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas S.L., el Gobierno


1 Artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.


2 Y de administraciones regionales, concretamente de la actual presidente del Congreso de los Diputados, Francesca Lluc Armengol Socías,
https://gaceta.es/espana/armengol-tambien-cambio-los-contratos-de-las-mascarillas-del-caso-koldo-para-pagar-con-fondos-ue-aunque-sabia-que-eran-defectuosas-20240228-1035/ y del actual ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel
Víctor Torres Pérez. https://www.canarias7.es/politica/tribunal-cuentas-investiga-20220525001300-nt.html


3 https://www.tcu.es/repositorio/73496282-e725-490b-93d9-d9ef7f67511e/I1481.pdf


4 Destituido el secretario general de Puertos del Estado tras mentir a los investigadores sobre los contactos con la 'trama Koldo'. 5 de marzo del año 2024. Diario El
Mundo.https://www.elmundo.es/espana/2024/03/05/65e710c4e9cf4a152f8b45b0.html


5 https://www.tcu.es/repositorio/3f24d147-4c63-4f15-a4de-29eb332655ca/I1488.pdf



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respondió a una pregunta de este Grupo Parlamentario que 'varias partidas de mascarillas KN95 recibidas por SASEMAR, se detectaron defectos en una única partida, que constaba de 7.600 unidades' 6.


4. Administrador de Infraestructuras del Estado (ADIF), adscrita al entonces MITMA:


Según respuesta del Gobierno a este Grupo Parlamentario el 17 de junio de 2020, 'el MITMA ha encomendado a ADIF la adquisición de 5.000.000 de mascarillas FFP2 por un presupuesto estimado de 12.500.000 euros (IVA no incluido). El suministro
ha sido encargado a la empresa Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas S.L.U'. 7


5. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, Ministerio de Sanidad:


Según el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas N.º 1.473, el INGESA llegó a celebrar el 4 de abril del año 2020 un contrato de 11.713.367,02 euros para la compra de 2,5 millones de mascarillas a un precio unitario de 4,69 euros
(IVA excluido), superior a lo estipulado en el Acuerdo Marco 2020/ 070. Cinco días antes, se realizó otra compra de mascarillas con precio unitario de 1,74 euros cuya cuantía ascendió a 2.923 euros. 8


Lo que se ha denominado periodísticamente el caso 'Koldo' es la punta del iceberg de lo que debería denominarse caso 'PSOE'. Esta afirmación está sustentada a diario por todos los medios de comunicación que son la fuente pública de las
investigaciones y denuncias que se están llevando a cabo por parte de la Fiscalía Anticorrupción. Pero también por noticias de años anteriores, denuncias de particulares 9, y por parte de los servicios jurídicos de VOX 10.


Recientemente se han incluso elevado sospechas sobre el posible uso de información privilegiada que María Jesús Montero Cuadrado podría haber llevado a cabo. Supuestamente habría utilizado información del ministerio de Hacienda para tratar
de perjudicar a la oposición política al desvelar datos confidenciales de una inspección en curso.


La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) del Ministerio de Hacienda emitió el 22 de febrero del año 2022 la Guía de aplicación de medidas antifraude en la ejecución del plan de recuperación, transformación y resiliencia
11 del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, que no ha servido tampoco para detectar todas las irregularidades que están siendo afloradas 12, en parte, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.


A todo ello se le añaden los escándalos de tráfico de influencias que están surgiendo a cuenta las operaciones de asistencia financiera por parte del Fondos de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas creado a través del artículo 2 del
Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, cuya


6 https://www.congreso.es/entradap/l14p/e8/e_0082288_n_000.pdf


7 https://www.congreso.es/entradap/l14p/e3/e_0039648_n_000.pdf


8 Página 53. https://www.tcu.es/repositorio/23eed211-dd33-46d4-8131-70e682996159/I1473.pdf


9 Amplían la denuncia contra el exministro Ábalos sobre licitaciones de 53,6 millones de material Covid-19. 27 de septiembre del año 2022. Diario el Cierre
Digital.https://elcierredigital.com/investigacion/19594898/amplian-denuncia-contra-exministro-abalos-licitaciones-millonarias-material-covid.html


10 Los 'responsables' de las compras sanitarias en la pandemia declaran tras la querella de Vox. 7 de abril del año 2022. Diario Vozpopuli. https://www.vozpopuli.com/espana/vox-contratos-pandemia.html Vox asegura que Sanidad sabía que se
estaban comprando mascarillas 'a una sociedad que no tenía solvencia'. 6 de marzo del año 2024. Diario La Vanguardia.?


https://www.lavanguardia.com/nacional/20240306/9538814/vox-asegura-sanidad-sabia-estaban-comprando-mascarillas-sociedad-tenia-solvencia-agenciaslv20240306.html#:~:text=La%20vicesecretaria%20nacional%20jur%C3%ADdica%20de,que%20ha%20desviado%20
presupuestos %20p%C3%BAblicos%E2%80%9D.


11 https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Documents/20220224%20Gu%C3%ADa%20Medidas%20Antifraude.pdf


12 https://www.elconfidencial.com/espana/2024-03-04/fiscalia-europea-investigacion-contratos-canarias-baleares_3842493/



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máxima responsable es la ministra de Hacienda 13. Cabe destacar que el Gobierno no ha respondido a decenas de preguntas y solicitudes de información de diputados de este Grupo Parlamentario en estos años acogiéndose al artículo 2.17 del
Real Decreto-ley 25/2020 14. Según fuentes periodísticas, la ministra de Hacienda habría conocido los informes que hoy están saliendo a la luz sin que diera ningún tipo de instrucción sobre sus conclusiones 15.


En definitiva, el Gobierno de España debe adoptar medidas realmente tajantes para poner fin a la corrupción política que parece campar a sus anchas.


En virtud de cuanto se ha expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las siguientes medidas para recuperar y fortalecer la credibilidad de las administraciones públicas en aras de proteger a los españoles de más subidas de impuestos ante el derroche y
la corrupción presente:


1. Promover el cese de la ministra de Hacienda, como máxima responsable de la contratación del Estado, por dejación de funciones en el control de los contratos públicos, con el resultado de millones de euros perdidos en comisiones y
suministros defectuosos que no han servido para proteger a los españoles.


2. Realizar, en coordinación de la IGAE con la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación (DGRCC) una auditoria de todos los contratos de emergencia celebrados durante los Estados de Alarma. En este sentido,
toda la información recabada por la IGAE y la DGRCC será remitida al Tribunal de Cuentas para un informe de fiscalización.


3. Realizar una revisión de la efectividad de la contratación centralizada como instrumento de ahorro para el erario, de tal forma que se consiga una mejora de la eficiencia para la racionalización del sector público y la reducción de la
presión fiscal que sufren los españoles.


4. Promover la derogación del artículo 2.17 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo y que ha servido como el escudo del Gobierno para no dar cuenta de ninguna
información relativa al FASEE.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2024.-María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


OTROS TEXTOS


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


044/000015


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del Dictamen emitido por la Comisión de Defensa el día 19 de marzo de 2024, en relación con
el Informe


13 https://gaceta.es/espana/el-rescate-de-616-millones-a-air-europa-orquestado-por-abalos-implica-a-montero-calvino-y-ribera-20240229-1052/


14 Respuesta del Gobierno con número de entrada en el registro 131520 (https://www.congreso.es/entradap/l14p/e13/e_0131520_n_000.pdf) a la pregunta con número de expediente 184/050916
(https://www.congreso.es/entradap/l14p/e12/e_0124608_n_000.pdf)


15 https://www.libremercado.com/2024-03-07/montero-accedio-a-un-informe-de-la-aeat-de-julio-de-2022-que-detallaba-operaciones-de-la-trama-del-psoe-con-globalia-7104956/



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del Observatorio de la Vida Militar correspondiente al año 2022, de conformidad con el artículo 54.4 y el apartado 2 de la disposición final undécima de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las
Fuerzas Armadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de marzo de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


La Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 54.4 y en el apartado 2 de la disposición final undécima de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de
las Fuerzas Armadas, emite, con respecto al Informe del Observatorio de la Vida Militar correspondiente al año 2022, el siguiente


DICTAMEN


El pasado día 29 de febrero de 2024 se celebró en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados la Comparecencia del presidente del Observatorio de la Vida Militar para presentar el Informe de dicho Observatorio correspondiente al año
2022.


De acuerdo con lo contemplado en el artículo 54.4 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, corresponde al Observatorio de la Vida Militar elaborar anualmente una memoria que
recogerá su actividad a lo largo del ejercicio correspondiente, el estado de la condición de militar en lo relativo a los asuntos de su competencia y las recomendaciones pertinentes para su mejora, que será presentada ante las Comisiones de Defensa
del Congreso de los Diputados y del Senado. Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en la disposición final undécima, apartado 2, de la citada norma, el Observatorio presentará el Informe Anual correspondiente ante la Comisión de Defensa del
Congreso de las Diputados, que emitirá un dictamen sobre su contenido, pudiéndose, en su caso, incluir en el mismo recomendaciones.


Por todo lo anterior, se emite por parte de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados este Dictamen y las siguientes recomendaciones, a la vista de las propuestas de resolución presentadas por los grupos parlamentarios, sobre el
Informe del Observatorio de la Vida Militar (OVM) correspondiente al año 2022:


1. Atendiendo a las peculiaridades de la profesión militar, continuar estudiando, evaluando y adaptándose a las necesidades actuales y reales de conciliación de nuestras Fuerzas Armadas, prestando especial atención a aquéllas parejas en la
que ambos integrantes son militares.


2. Resaltar la importancia de continuar desarrollando las previsiones del artículo 44 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, sobre los medios proporcionados a las
asociaciones profesionales de las Fuerzas Armadas para el adecuado desarrollo de sus cometidos, así como continuar prestando el apoyo administrativo al OVM para el desarrollo de sus funciones.


3. Continuar con la labor de impulso de la mejora, mantenimiento y modernización de las instalaciones y servicios de las infraestructuras que lleva a cabo el Ministerio de Defensa (MINISDEF).


4. Lograr que los informes anuales puedan ser elaborados, presentados y discutidos por las Comisiones de Defensa del Congreso de los Diputados y del Senado durante el año subsiguiente a su realización.


5. Proporcionar información detallada sobre el porcentaje de plazas reservadas a militares en comparación con el total de plazas ofertadas por entidades locales, organismos públicos y el Ministerio de Defensa, similar a la ya realizada para
las plazas asignadas en la Guardia Civil, la Policía Nacional y la Vigilancia Aduanera. También, detallar el grado de participación de cada Gobierno Autonómico en los procedimientos de Evaluación y Acreditación de Competencias en especialidades
vinculadas a la experiencia profesional.



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6. Obtener información sobre el número de contratos que efectivamente se han formalizado a través de la plataforma SAPROMIL


7. Realizar una evaluación sobre el número de plazas que anualmente podrían cubrirse con militares de tropa y marinería de carácter permanente dentro de las distintas Unidades Militares.


8. Analizar la cuantía media unitaria, la evolución de las becas de apoyo para la realización de estudios por parte del personal de tropa y marinería.


9. Analizar la existencia de unidades con puestos de difícil cobertura debido a problemas de movilidad, o de conciliación (para el propio militar o su familia), así como aquellos destinos geográficamente menos atractivos para el traslado de
los militares y sus familias.


10. Analizar la dedicación del personal asignado a las Oficinas de Apoyo al Personal (OFAP) y conocer si este personal se dedica exclusivamente a las tareas propias de la OFAP, o si, por el contrario, las unidades militares requieren de
este personal para desempeñar funciones adicionales que no están relacionadas directamente con el apoyo al personal.


11. Incluir por parte de Observatorio de la Vida Militar proyecciones de futuro sobre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), aprovechando los datos disponibles.


12. Recopilar información detallada sobre la situación actual de los Alojamientos Logísticos Militares (ALM) y las Residencias Logísticas Militares (RLM), de cada una de sus infraestructuras y sobre aspectos críticos como el mantenimiento,
la habitabilidad, la seguridad y la adecuación de las instalaciones, para satisfacer las necesidades del personal militar y de sus familias.


13. Analizar una eventual ampliación de la plantilla de efectivos de las Fuerzas Armadas ante las nuevas funciones asumidas, tanto en el ámbito ultraterrestre -con la creación del Ejército del Aire y del Espacio- como en el ciberespacio o
ante la ampliación de los presupuestos conducentes a la adquisición de nuevos sistemas de armas, que hace necesario incrementar el número de efectivos destinados a la gestión de esta adquisición, por no mencionar el nuevo espacio geoestratégico en
el que, sin lugar a duda, nos encontramos como consecuencia de la invasión de Ucrania por la Federación de Rusia.


14. Estudiar las renuncias durante los procesos de formación en las Fuerzas Armadas proporcionando así una comprensión más profunda de las razones que conducen al abandono, permitiendo identificar patrones o problemas recurrentes,
considerando diversas variables, como la fase del proceso en la que se producen las renuncias, las características demográficas de quienes renuncian y las razones específicas proporcionadas, ya sean relacionadas con desafíos personales, expectativas
no cumplidas o insatisfacción con aspectos del proceso de selección o formación.


15. Analizar la problemática de las renuncias durante los procesos de ascenso dentro de las Fuerzas Armadas. Las razones detrás de estas decisiones, que pueden variar desde la movilidad geográfica hasta cambios en los criterios de
evaluación para el ascenso, sugieren la necesidad de un estudio detallado para comprender mejor los factores subyacentes.


16. Considerar de forma detallada las retribuciones en las Fuerzas Armadas, especialmente teniendo en cuenta que una parte del personal militar tiene un nivel de ingresos bajo. Esto tiene un impacto directo sobre la moral y el ánimo del
personal, factores críticos para el mantenimiento de una fuerza efectiva y comprometida.


17. Analizar la eficacia y el alcance de los cursos de formación para el empleo destinados a los Militares de Tropa y Marinería, merecen una evaluación detenida. El hecho de que apenas poco más del 4 % del total de tropa y marinería haya
participado en estos cursos durante el último año remarca una potencial área de mejora. Este porcentaje es particularmente significativo si se considera que se refiere exclusivamente a aquellos que han completado al menos un curso.


18. Incrementar la plantilla del OVM, en número de componentes y en su grado de especialización, para que pueda continuar prestando apoyo administrativo al OVM y poder atender las crecientes demandas de informes monográficos que le son
pedidos y las



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nuevas funciones establecidas en diversas normas jurídicas con rango de ley. Si tal incremento de plantilla lo precisara, adaptar a dichas necesidades la sede del OVM o facilitar otra que resulte adecuada. La Comisión de Defensa del
Congreso de los Diputados considera necesario visitar la sede del Observatorio.


19. Llevar a cabo una adecuación y mejora del salario de los miembros de las Fuerzas Armadas atendiendo a las propuestas de incremento de retribuciones que se han formulado desde distintos ámbitos y asociaciones en los últimos años.


20. Acometer una equiparación retributiva de los militares, así como sus complementos, guardias y servicios, teniendo en cuenta la permanente disponibilidad, penosidad y peligrosidad de sus cometidos, con el resto de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.


21. Abordar un aumento de los recursos económicos dirigidos a la construcción de nuevas infraestructuras para las Fuerzas Armadas, así como la realización de un mantenimiento y modernización adecuados de las instalaciones existentes,
estableciendo una planificación presupuestaria y temporal de los mismos.


22. Incrementar el número de personal en servicio activo en las Fuerzas Armadas para tratar de recuperar el nivel de efectivos del año 2010. Analizar la forma de acometer esta eventual ampliación de plantilla de los efectivos y limitando
su temporalidad.


23. Tomar las medidas necesarias para facilitar que la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas no genere mayores perjuicios o situaciones no deseadas de las que cabría esperar de estos desplazamientos sobre el personal
militar y sus familias, mejorando las políticas de apoyo a la movilidad geográfica en las Fuerzas Armadas.


24. Potenciar de forma decidida las medidas de conciliación para el conjunto de los miembros de las Fuerzas Armadas, para lo que es necesario el incremento de efectivos, tratando de que la conciliación de las necesidades del servicio con
las familiares no perjudique la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas.


25. Establecer los convenios y acuerdos pertinentes que posibiliten la formación y ascensos del personal de tropa y marinería, así como su reinserción laboral una vez superados los 45 años.


26. Aumentar el número de personal en servicio activo, volviendo -como mínimo- a los efectivos que totalizaban las Fuerzas Armadas en el año 2010. Dicho aumento de efectivos debe producirse, especialmente, en la Escala de Tropa y
Marinería, que acumula una disminución del 10 % entre el año 2010 y el 2023.


27. Reducir la temporalidad en la Escala de Tropa y Marinería. Entre el año 2019 y el 2023, el personal de esta escala con compromiso de larga duración se ha reducido un 12 %, mientras que aquellos militares con compromiso inicial han
pasado de representar en la citada escala el 19,9 % en 2019, al 33,46 % en el año 2023.


28. Aumentar considerablemente el número de Reservistas Voluntarios (RV). Entre el año 2011 y el 2023 la entidad de la fuerza de RV se ha reducido en un 45 %, pasando de 5.496 reservistas a 3.031.


29. Aumentar las activaciones de los RV. Atendiendo a los datos del propio OVM, apenas el 39 % de éstos fueron activados en el año 2021.


30. Mejorar las políticas de apoyo a la movilidad geográfica del personal de las Fuerzas Armadas y sus familias.


31. Disponer de conciertos con centros docentes de forma que se asegure la enseñanza en español para los hijos de los militares; el propio OVM señala la necesidad de que se valore 'el establecimiento de excepciones vehiculares
lingüísticas'.


32. Incrementar los recursos económicos dirigidos a la construcción de nuevas infraestructuras relacionadas con las condiciones de vida en las unidades, buques y acuartelamientos, fundamentalmente alojamientos y residencias logísticas, así
como al adecuado mantenimiento y modernización de las instalaciones y servicios de las infraestructuras ya existentes.


33. Modificar el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, para atender a las especiales características de disponibilidad permanente y movilidad geográfica de carácter temporal de los miembros de las
Fuerzas



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Armadas (cursos, maniobras, ejercicios), incrementándose las cuantías por alojamiento y manutención. En especial, para el personal de tropa y marinería comprendido en el grupo 3 del anexo II de dicho texto reglamentario, y, en todo caso,
cuando se trata de comisiones de servicio formando unidad. Así mismo, deberían revisarse las cuantías asignadas al grupo 2 que, en el ámbito de las Fuerzas Armadas, están comprendidos los empleos de sargento a coronel.


34. Adecuar el salario de los miembros de las Fuerzas Armadas.


Elaborar un nuevo apartado en el próximo informe del OVM sobre el estado de las retribuciones que perciben los militares de todas las Escalas. En dicho apartado deberá incluirse las posibles áreas de mejora que se detecten.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de marzo de 2024.-El Presidente de la Comisión, Alberto Fabra Part.-El Secretario de la Comisión, Sergio Carlos Matos Castro.