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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 210, de 06/02/2026
cve: BOCG-15-CG-A-210 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCIÓN CORTES GENERALES


XV LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


6 de febrero de 2026


Núm. 210



ÍNDICE


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000100 (CD)


771/000098 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del proceso de integración del Instituto Español de Oceanografía y del Instituto Nacional
de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, así como dicho informe ... (Página3)


251/000123 (CD)


771/000121 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las ayudas en concepto de acción social concedidas por los ayuntamientos de municipios
de más de 100.000 habitantes, ejercicio 2021, así como dicho informe ... (Página4)


251/000124 (CD)


771/000122 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones gestionadas por el Instituto de Salud Carlos III, especialmente las
relacionadas con el COVID-19, ejercicios 2020 y 2021, así como dicho informe ... (Página7)


251/000125 (CD)


771/000123 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional de España, ejercicios 2021 y 2022, así como dicho informe ... href='#(Página11)'>(Página11)


251/000129 (CD)


771/000127 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control implantados por la Fundación Biodiversidad,
F.S.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 y 2022, así como dicho informe ... (Página13)


251/000134 (CD)


771/000133 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los ayuntamientos de comunidades
autónomas sin órgano de control externo propio, así como dicho informe ... (Página15)



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251/000142 (CD)


771/000140 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control implantados por la entidad pública empresarial
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, situación a 31 de diciembre de 2022, así como dicho informe ... (Página16)


251/000149 (CD)


771/000147 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones
convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023, así como dicho
informe ... (Página18)


251/000150 (CD)


771/000148 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales beneficiarias de las subvenciones
convocadas en 2021 destinadas al fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como dicho informe ... (Página21)



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000100 (CD)


771/000098 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización del proceso de integración del Instituto
Español de Oceanografía y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2022. En dicha resolución figura el
enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE INTEGRACIÓN DEL INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA Y DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA EN EL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, DESDE EL 1 DE ABRIL DE 2021 HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2022 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del proceso de integración del Instituto
Español de Oceanografía y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2022:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización del proceso de integración del Instituto Español de Oceanografía y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización del proceso de integración del Instituto Español de Oceanografía y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, desde el 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.


3. Instar al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a:


- Establecer los procedimientos que sean necesarios para la elaboración de un plan de integración del Instituto Español de Oceanografía y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el Consejo Superior de
Investigaciones Científicas que identifique sinergias y ahorro de costes.


4. Instar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas a:


- Poner en marcha la formulación, aprobación e implementación de un plan de acción inmediato para culminar el proceso de integración en un plazo determinado, con



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instrumentos de cogobernanza que ayuden a confluir las culturas de gestión de las entidades integradas, velar por el seguimiento del buen fin del proceso y facilitar la obtención de las sinergias científicas pretendidas.


5. Instar a la Secretaría General de Investigación y al Consejo Superior de Investigaciones Científicas a:


- Impulsar la definición de los elementos que van a ser necesarios para abordar la evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos de la operación de integración, así como del establecimiento de los sistemas precisos para recopilar,
cuantificar y analizar la información necesaria de los actores que deban participar en ella.


6. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Volver a fiscalizar en el plazo más breve posible si la integración ha culminado y lo ha hecho de la forma más eficaz y eficiente, incluso en materia de personal.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


VER_INFORME


251/000123 (CD)


771/000121 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las ayudas en concepto de acción social
concedidas por los ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes, ejercicio 2021. En dicha resolución figura el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS AYUDAS EN CONCEPTO DE ACCIÓN SOCIAL CONCEDIDAS POR LOS AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE MÁS DE 100.000
HABITANTES, EJERCICIO 2021 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las ayudas en concepto de acción
social concedidas por los ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes, ejercicio 2021:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de las ayudas en concepto de acción social concedidas por los ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes, ejercicio 2021.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de las ayudas en concepto de acción social concedidas por los ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes, ejercicio 2021, tomando nota de las deficiencias señaladas por el
Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.



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3. Instar al Gobierno a:


- Definir, en posteriores convocatorias, indicadores clave de eficiencia, eficacia, calidad e impacto social que permitan conocer, de manera objetiva, el impacto generado por las ayudas concedidas.


- Incluir, en las convocatorias de ayudas, una cuantía adicional y suficiente para dotar de recursos a los ayuntamientos para gestionar adecuadamente las ayudas, fiscalizando que dichos fondos se dediquen, exclusivamente, a la finalidad
establecida en la convocatoria.


- Diseñar, crear y poner a disposición de los ayuntamientos beneficiarios, desde el Ministerio competente, las herramientas informáticas necesarias para la gestión de las ayudas, ajustadas a cada convocatoria.


- Realizar las actuaciones pertinentes para estudiar e implantar, en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las modificaciones que se consideren necesarias para ajustar los procedimientos de contratación a las
distintas realidades que presenta el conjunto de ayuntamientos españoles.


- Establecer una comisión mixta, con la Federación Española de Municipios y Provincias, para analizar y revisar el contenido de cada convocatoria y adaptarlas a la realidad municipal.


- Definir, en cada convocatoria, los criterios básicos de valoración de las ayudas que deban aplicar los ayuntamientos beneficiarios junto a los requisitos básicos de concesión de las ayudas.


- Definir herramientas limitativas y de control de las subvenciones nominativas concedidas con cargo a las ayudas y establecer criterios específicos para la limitación del uso de este procedimiento.


- Considerar el perjuicio que la no aprobación de los Presupuestos Generales del Estado genera en los recursos de las entidades locales y presentar a las Cortes Generales el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2026,
actualizando las cuantías destinadas a la financiación de la Administración local.


- Establecer, en las convocatorias, criterios adecuados y suficientemente explícitos, para determinar cuándo se puede acudir a la concesión directa de las ayudas y cuando debe emplearse, obligatoriamente, el procedimiento de concurrencia
competitiva.


- Diseñar y poner a disposición de los ayuntamientos un manual tipo para el cumplimiento de requisitos de cada convocatoria, el procedimiento de gestión y la justificación de las ayudas.


- Establecer, en cada convocatoria, criterios e indicadores que verifiquen que las subvenciones otorgadas se emplean en la finalidad para la que fueron concedidas y que determinen el alcance de los objetivos planteados.


- Establecer los requisitos mínimos de publicidad de las ayudas que deban alcanzarse para su correcta justificación.


- Revisar el régimen sancionador previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa de las ayudas convocadas para incorporar graduación proporcional de infracciones, evitando la penalización excesiva de
errores formales no dolosos.


4. Instar a los ayuntamientos de municipios de más de 100.000 habitantes a:


- Establecer mecanismos de planificación y gestión de su actividad de subvenciones mediante la aprobación de los planes estratégicos de subvenciones, que contengan previsiones para un periodo de tres años, a fin de que dispongan de un ámbito
temporal suficiente para alcanzar sus objetivos y que permitan efectuar un adecuado seguimiento de estos.


- Adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo el seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones, mediante indicadores cuantitativos y cualitativos, al objeto de verificar si se alcanzan los objetivos inicialmente marcados para
los recursos invertidos, de manera que, en caso contrario, algunas líneas de subvenciones puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficientes y eficaces o, en su caso, eliminadas.



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- Reforzar el control de las subvenciones mediante el ejercicio del control financiero, de forma que se logre un control adecuado, efectivo y eficiente que permita detectar las deficiencias, así como las posibles áreas de mejora en la
actividad de subvenciones de los ayuntamientos.


- Promover que las aplicaciones informáticas de las que dispongan para la tramitación de las subvenciones y ayudas permitan su seguimiento integral, abarcando el inicio de los expedientes, la concesión y verificación de la justificación de
las subvenciones y, en su caso, los correspondientes procedimientos de reintegros y sancionadores. Todo ello con el fin de poder contar con una información completa para llevar a cabo su adecuada gestión y control.


- Precisar suficientemente en las bases reguladoras y en las convocatorias de subvenciones los requisitos previos que han de cumplir los solicitantes para alcanzar la condición de beneficiarios, así como incluir criterios de valoración
adecuadamente definidos para eliminar los posibles ámbitos de discrecionalidad de que gozan las comisiones de valoración, reforzando así la seguridad jurídica.


- Dictar instrucciones para que, en la tramitación de las subvenciones, las actas de las comisiones de valoración incluyan una evaluación precisa de las solicitudes recibidas, así como una justificación más detallada de las puntuaciones
otorgadas y de los importes ofertados de las subvenciones propuestas, de modo que quede clara la relación entre ayudas solicitadas, admitidas, denegadas y subvenciones finalmente propuestas.


- Adoptar las medidas necesarias para que el procedimiento de concurrencia competitiva constituya el procedimiento ordinario de concesión de las subvenciones y acudir a la concesión directa en aquellos casos en los que existan motivos para
su empleo, dejando constancia en los expedientes de las razones que lo justifican, así como aquellas que dificultan su convocatoria pública.


- Elaborar un manual interno de procedimiento que establezca las actuaciones que las unidades municipales han de llevar a cabo para efectuar un adecuado control, así como para realizar el seguimiento y la supervisión de las actividades
realizadas al respecto.


- Realizar comprobaciones dirigidas a verificar que las subvenciones otorgadas se emplearon en los fines para los que fueron concedidas y el logro de los objetivos perseguidos, dictando al efecto las instrucciones pertinentes para su
realización.


- Incluir en las líneas estratégicas de los planes estratégicos de subvenciones revisiones relativas a la eliminación de la desigualdad efectiva entre hombres y mujeres, en los ámbitos en los que identifique dicha circunstancia, así como
concretar dichas previsiones en las regulaciones de las subvenciones que se concedan.


- Adoptar las medidas necesarias para procurar la máxima publicidad de las distintas fases de la tramitación de las subvenciones, de forma que garanticen el pleno acceso y participación de todos los posibles interesados.


5. Instar a los Ayuntamientos de Badajoz y Albacete a:


- Establecer mecanismos de planificación y gestión de su actividad subvencional mediante la aprobación de planes estratégicos de subvenciones con previsiones a tres años, para disponer de un ámbito temporal suficiente que permita alcanzar
sus objetivos y realizar un seguimiento adecuado.


6. Instar a los Ayuntamientos de Logroño y Santander a:


- Promover la implantación de aplicaciones informáticas para la tramitación de subvenciones y ayudas que permitan un seguimiento integral desde el inicio del expediente hasta la justificación y, en su caso, los procedimientos de reintegro y
sanción, con el fin de contar con información completa para su gestión y control.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000124 (CD)


771/000122 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las subvenciones gestionadas por el
Instituto de Salud Carlos III, especialmente las relacionadas con el COVID-19, ejercicios 2020 y 2021. En dicha resolución figura el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS SUBVENCIONES GESTIONADAS POR EL INSTITUTO DE SALUD CARLOS III, ESPECIALMENTE LAS RELACIONADAS CON EL
COVID-19, EJERCICIOS 2020 Y 2021 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las subvenciones gestionadas por el
Instituto de Salud Carlos III, especialmente las relacionadas con el COVID-19, ejercicios 2020 y 2021:


ACUERDA


1. Asumir el contenido, conclusiones y recomendaciones comprendidas en el Informe de fiscalización de las subvenciones gestionadas por el Instituto de Salud Carlos III, especialmente las relacionadas con el COVID-19, ejercicios 2020 y 2021,
aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 28 de octubre de 2024, sin perjuicio y a salvo de las objeciones parciales que se formulan a continuación.


2. Mostar su acuerdo con el Informe de fiscalización de las subvenciones gestionadas por el Instituto de Salud Carlos III, especialmente las relacionadas con el COVID-19, ejercicios 2020 y 2021, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas
en su sesión del día 28 de octubre de 2024, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.


3. Instar al Gobierno a:


- Adoptar la metodología presupuestaria del Presupuesto en Base Cero con el objetivo de proporcionar mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, ofrecer mayor información en la toma de decisiones y colaborar en la consecución del
objetivo de reducción del déficit público.


- Tomar las medidas que sean necesarias para que el Instituto de Salud Carlos III defina los parámetros y metas a alcanzar para hacer sus objetivos cuantificables y medibles, así como el diseño de indicadores que posibiliten la medición del
cumplimiento de los objetivos, ya sea sobre los mismos, o asociados a las medidas en las que éstos se desglosan.


4. Instar al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a:


- Que el Instituto de Salud Carlos III documente y proporcione información sobre la evaluación y selección de proyectos, así como explicar las razones que motivaron las decisiones tomadas.


- Supervisar y exigir el cumplimiento de los requerimientos y recomendaciones dirigidos al Instituto de Salud Carlos III, a consecuencia del Informe de fiscalización y de las propuestas de resolución referidas a la subvención COVID-19 que se
aprueben en la sesión correspondiente de la Comisión, a propuesta de los grupos parlamentarios.



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5. Instar al Instituto de Salud Carlos III a:


- Atender las recomendaciones y sugerencias que hace el Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización.


- Poner en conocimiento de la Intervención General de la Administración del Estado las posibles deficiencias de la información que figura en la Base de Datos Nacional de Subvenciones respecto a las facturas subvencionadas, tales como el CIF,
el importe, el proveedor, la descripción del servicio o producto adquirido, lo que impide consultar estos registros posteriormente y comparar las facturas electrónicas a justificar con las presentadas en otras subvenciones, con objeto de determinar
si alguna factura electrónica hubiera sido utilizada en más de una ocasión.


- Establecer sistemas para actualizar el estado de los proyectos de la Aplicación para el seguimiento y gestión de las ayudas concedidas por el Instituto de Salud Carlos III (AESEG), de modo que refleje con precisión el estado real de los
proyectos.


- Definir los parámetros y metas a alcanzar, para hacer sus objetivos cuantificables y medibles, así como a diseñar indicadores que posibiliten la medición del cumplimiento de los objetivos, ya sea sobre estos, o asociados a las medidas en
las que se desglosan.


- Elaborar un código de conducta y buenas prácticas que contenga disposiciones aplicables a las actuaciones relacionadas con la concesión y gestión de subvenciones, así como implementar un órgano específico encargado de analizar posibles
incumplimientos y proponer, en su caso, acciones correctoras o sanciones.


- Tomar las medidas necesarias para asegurar la trazabilidad en la determinación de los importes financiados. Para ello, es precioso requerir a los evaluadores del Comité Técnico de Evaluación y a la Comisión de Selección que establezcan
criterios objetivos, como la distribución del presupuesto en función de la puntuación obtenida; y documentar los criterios, cálculos y deliberaciones durante el procedimiento de evaluación que conduzcan a la fijación de los importes a conceder, de
manera que se garantice que exista una evidencia documentada de las decisiones tomadas y los fundamentos en los que se basan.


- Incluir, en las resoluciones provisionales y en las resoluciones de concesión, todos los aspectos contemplados como contenido mínimo en la convocatoria. Además, en aras de una mayor transparencia, incluir la puntuación de los proyectos
financiados, especificando este requisito de manera explícita en la convocatoria.


- Considerar el aumento del tiempo inicial de ejecución de los proyectos de esta línea para acercarse a su duración promedio histórica y su autorización únicamente en casos excepcionales. De esa manera, el procedimiento sería más eficiente
y adecuado a la realidad, reduciendo la carga de trabajo, tanto a los beneficiarios, como a la Subdirección encargada de su tramitación.


- Considerar la posibilidad de rediseñar o eliminar el procedimiento de la primera justificación anual, dado que supone una carga administrativa adicional para los beneficiarios y un incremento de tareas para la unidad de seguimiento del
Instituto de Salud Carlos III, y optar, únicamente, por un trámite de justificación final en aquellas ayudas en que sea factible. Para el resto de las subvenciones gestionadas se le insta a que se valore la posibilidad de que las convocatorias y
las resoluciones de concesión especifiquen un porcentaje de gasto que deba justificarse en cada anualidad. De este modo, la primera justificación anual se constituirá en un control eficiente y se repartiría la carga administrativa entre las
distintas anualidades.


- Introducir en las aplicaciones informáticas sistemas de control de plazos en todas las fases, particularmente en la fase de justificación. Esto permitiría que las aplicaciones emitieran avisos cuando dichos plazos vayan a expirar, lo que
ayudaría a evitar retrasos en el control y revisión de la justificación económica, garantizando que no quede ningún expediente pendiente de cierre económico.


- Establecer los controles necesarios, preferiblemente automáticos, a través de la Aplicación para el seguimiento y gestión de las ayudas concedidas por el Instituto de Salud Carlos III (AESEG) para que, una vez transcurrido el plazo
concedido por



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el Instituto de Salud Carlos III, se inicie la solicitud de los fondos no utilizados, los gastos rechazados y los intereses de demora, así como el cumplimiento del procedimiento establecido y comunicado.


- Automatizar, en la medida de lo posible, el cálculo de intereses en la Aplicación para el seguimiento y gestión de las ayudas concedidas por el Instituto de Salud Carlos III (AESEG), de manera que las fechas se completen de forma
automática, en lugar de manualmente, siguiendo el criterio establecido en el manual de procedimiento. Esta automatización no solo reduciría los errores humanos, sino que también optimizaría el proceso.


- Establecer controles automáticos que excluyan de manera directa a aquellas personas expertas que participan como investigadores en proyectos que están siendo evaluados en la misma convocatoria.


- Considerar la posibilidad de suprimir o reducir el trámite de la presentación y revisión de la memoria científica anual, con el objetivo de disminuir la carga administrativa para el beneficiario y aliviar la carga de trabajo del personal
del Instituto de Salud Carlos III. Asimismo, incluir en las convocatorias de la Acción Estratégica en Salud que, para ser beneficiario, se requiera haber obtenido una calificación mínima de cinco en la evaluación de las memorias científicas finales
de años anteriores, o se tengan en cuenta los resultados anteriores de las calificaciones científicas finales de los proyectos en la evaluación de los proyectos.


- Reforzar y ajustar la plantilla a la carga de trabajo y a las necesidades reales del Instituto, así como revisar y, si es posible, modificar y simplificar los procedimientos establecidos para la tramitación de subvenciones, con el objeto
de adaptarlos a una gestión más eficiente, basada en un enfoque orientado a la gestión de riesgos, la simplificación administrativa, el análisis de cargas de trabajo, los controles automáticos y el establecimiento de un sistema de indicadores.


- Convocar reuniones extraordinarias del Consejo Rector en circunstancias especiales, como la crisis COVID-19, para que este órgano pueda ayudar a la coordinación y gestión de la actuación del Instituto de Salud Carlos III en este tipo de
escenarios.


- Detallar en sus Bases Reguladoras, en futuras ocasiones y circunstancias similares, los requisitos de la subvención que no afecten directamente a la agilidad de su tramitación ni ejecución o, en su defecto, especificar en la convocatoria
los requisitos y las exclusiones para obtener la condición de beneficiario, el procedimiento de reintegro o el régimen de infracciones y sanciones.


- Documentar y proporcionar información sobre la evaluación y selección de proyectos, así como explicar las razones que motivaron las decisiones tomadas, para reforzar las garantías de transparencia y seguridad jurídica.


- Mejorar su portal de transparencia para facilitar el acceso directo a la información e implementar métodos alternativos de acceso para personas con discapacidad, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño inclusivo.


- Adoptar medidas para fomentar la financiación de proyectos de investigación con investigadoras principales mujeres, incorporando criterios de género para reducir su infrarrepresentación en las convocatorias que financia.


- Dar cumplimiento a las recomendaciones números 1 a 14 de las incorporadas al Informe de fiscalización, relativas a la Planificación Estratégica.


6. Instar al Instituto de Salud Carlos III, en lo relativo a la subvención COVID-19, a:


- Aportar al Tribunal de Cuentas las actas o, en su defecto, cualquier documentación obrante en su poder relativa a las reuniones previas a la convocatoria de la subvención para la financiación de proyectos de investigación sobre el
COVID-19, al objeto de diseñar y definir los términos de dicha convocatoria. En su defecto, informar al Tribunal de Cuentas acerca de los partícipes en esa fase de diseño y definición y su nivel de participación y decisión; en concreto, deberá
informar acerca del partícipe que intervino en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Ministerio de Sanidad.



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- Aportar al Tribunal de Cuentas el procedimiento y criterios de evaluación de los proyectos presentados que fueron entregados y tenidos en cuenta por los evaluadores (propios o externos) que participaron en la fase de evaluación de los
proyectos.


- Aportar al Tribunal de Cuentas las actas de las reuniones del Comité Técnico Evaluador COVID-19 en las que se aprobaron y seleccionaron cuatro proyectos directamente, sin evaluación previa (pág. 63 del Informe de fiscalización). En
cualquier caso, informar acerca de 1) la identidad de los beneficiarios, 2) el importe de cada uno de los proyectos, 3) el fin científico del proyecto y 4) los motivos por los cuales fueron excepcionados de la fase común de evaluación.


- Aportar al Tribunal de Cuentas, en relación con los otros tres proyectos seleccionados sin haber superado la fase previa de selección (pág. 63 del Informe de fiscalización), las actas de las reuniones del Comité Técnico Evaluador COVID-19
en las que se aprobaron y seleccionaron y en cualquier caso informar acerca de 1) la identidad de los beneficiarios, 2) el importe de cada uno de los proyectos, 3) el fin científico del proyecto, 4) los motivos por los cuales fueron excepcionados de
la fase común de evaluación y 5) el medio a través del cual se informó al Comité Técnico Evaluador COVID-19 de su selección y el remitente de dicha decisión.


- Aportar al Tribunal de Cuentas una relación completa de los proyectos seleccionados por el Comité Técnico Evaluador COVID-19 cuya financiación fue aprobada a pesar de que el evaluador los calificase como no financiables (pág. 64 del
Informe de fiscalización). En relación con ellos, aportar al Tribunal de Cuentas las actas de las reuniones del Comité Técnico Evaluador COVID-19 en las que se aprobaron y seleccionaron e indicar para cada uno 1) la identidad de los beneficiarios,
2) el importe de cada uno de los proyectos, 3) el fin científico del proyecto, 4) los motivos por los cuales fueron financiados, no obstante, la propuesta contraria del evaluador y 5) la condición interna o externa del evaluador de cada proyecto.


- Aportar al Tribunal de Cuentas una relación de los proyectos no seleccionados que no cuentan con informe de evaluación, con expresa mención del motivo por el cual no se sometieron a dicha fase.


- Informar al Tribunal de Cuentas de los cinco proyectos cuya financiación fue mayor a la solicitada (pág. 66 del Informe de fiscalización), indicando para cada uno de ellos 1) la identidad de los beneficiarios, 2) el fin científico del
proyecto y 3) los motivos por los cuales fueron financiados por encima de la solicitud de cada beneficiario, con especial referencia a los expedientes COV20/00401 y COV20/00565.


- Informar al Tribunal de Cuentas acerca de los motivos por los cuales se incumplió inicialmente la Resolución de la directora del Instituto de Salud Carlos III de 14 de abril de 2020, por la que se creó el Registro Instituto de Salud Carlos
III-COVID-19 para agrupar la información recogida en cada uno de los estudios financiados con Fondo COVID-19.


- Informar al Tribunal de Cuentas acerca de los motivos por los cuales no se llegó a constituir el Comité Científico del Registro Instituto de Salud Carlos III-COVID-19.


- Aportar al Tribunal de Cuentas toda la documentación obrante en poder del Instituto de Salud Carlos III relativa al expediente COV/20/01314, para la creación de un Registro COVID-19 unificado a nivel nacional, con especial diligencia en el
deber de remisión en cuanto a los referentes a la fase de ejecución.


- Relacionar al Tribunal de Cuentas los proyectos subvencionados cuyos datos han sido incorporados al Registro COVID-19 a fecha de recepción del requerimiento.


- Informar al Tribunal de Cuentas acerca del modo en que se procedió al seguimiento científico de los proyectos y órganos que asumieron esta función, en ausencia de actas de reunión al respecto.


- Informar al Tribunal de Cuentas acerca del estado de cierre científico de los proyectos subvencionados.


- Dar cumplimiento a las recomendaciones incorporadas al presente Informe, vinculadas con la subvención COVID-19.



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7. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Incorporar a su programación la elaboración de un Informe de Seguimiento de las Recomendaciones correspondientes al epígrafe III.4 del presente Informe, referido a la subvención para la financiación de proyectos de investigación sobre el
COVID-19, con especial incidencia en las recomendaciones y requerimientos que resulten incorporados a raíz de las propuestas de resolución referidas a dicha subvención.


- Recabar la documentación que sea requerida al Instituto de Salud Carlos III a raíz de las propuestas de resolución referidas a aquella subvención que se aprueben en la sesión correspondiente de la Comisión, al objeto de elaborar el Informe
de Seguimiento mencionado en la propuesta anterior.


- Aplicar criterios más rigurosos e intensivos en la función de análisis de la eficacia, eficiencia y regularidad normativa y contable de la subvención para la financiación de proyectos de investigación sobre el COVID-19, a la vista de la
documentación que sea aportada a raíz de las propuestas de resolución referidas a aquella subvención.


- Indicar qué normas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrían haber sido aplicadas en la subvención para la financiación de proyectos de investigación sobre el COVID-19, sin que dicha aplicación hubiese ido en
perjuicio de la necesaria celeridad del proceso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000125 (CD)


771/000123 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional de España,
ejercicios 2021 y 2022. En dicha resolución figura el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE ESPAÑA, EJERCICIOS 2021 Y 2022 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional de España,
ejercicios 2021 y 2022:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional de España, ejercicios 2021 y 2022.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de la Biblioteca Nacional de España, ejercicios 2021 y 2022, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.



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3. Instar al Ministerio de Cultura a:


- Agilizar los procedimientos de provisión de plazas derivadas de las ofertas de empleo público, fomentando la cobertura en tiempo de las necesidades advertidas.


- Analizar las necesidades y carencias de sus organismos, en particular de la Biblioteca Nacional de España, y la aplicación, cuando sea oportuno, de medidas tendentes a compartir la organización y gestión de servicios comunes, tal como
dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.


- Agilizar los procedimientos de provisión de plazas, fomentando la cobertura en tiempo de las necesidades advertidas.


4. Instar al Ministerio de Cultura y a la Biblioteca Nacional de España a:


- Culminar el modelo de producción de los procesos y servicios básicos del organismo, potenciando la línea que se estableció en el Plan de Viabilidad de 2015.


5. Instar a la Biblioteca Nacional de España a:


- Adoptar las medidas necesarias para garantizar el plazo de rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas sin retrasos y con los informes de auditoría que le acompañan con una opinión favorable.


- Adoptar la metodología presupuestaria del Presupuesto en Base Cero con el objetivo de proporcionar mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, ofrecer mayor información en la toma de decisiones y ejecutar sus programas de gasto
debidamente.


- Mejorar el proceso de planificación y los documentos en que se plasma su actividad, conforme al contenido previsto para los mismos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en su normativa específica, así
como establecer que la aprobación de los documentos de planificación se realice por el órgano competente.


- Elaborar de forma urgente un inventario en lo referente a libros y otros documentos bibliográficos, audiovisuales y de otra naturaleza, sobre el que realizar las pruebas oportunas y poder expresar una opinión sobre si esta representa la
realidad patrimonial de la Biblioteca Nacional de España.


- Planificar las actuaciones preparatorias de los expedientes de contratación de una forma metódica y organizada, que permitiera concluir la tramitación y adjudicación de los contratos con la debida antelación, evitando situaciones de
contratación irregular o tener que acudir a procedimientos de adjudicación de carácter extraordinario, incrementando así la eficacia de los recursos públicos y su uso transparente.


- Acometer mejoras en los procedimientos de control de la ejecución de los contratos, de manera que sean realmente efectivos.


- Mejorar y formalizar los procedimientos internos con los que cuenta, dotándose de aquellos de los que aún carece.


- Seguir mejorando las instalaciones y aprovechar las auditorías energéticas para identificar las oportunidades de ahorro y las principales actuaciones a implantar en cada edificio y designar un responsable energético.


- Introducir las modificaciones que estime oportunas en los planes estratégicos vigentes para dotarlos así de los instrumentos necesarios para una mejor evaluación.


- Simplificar y aumentar la utilidad de los actuales indicadores para la toma de decisiones, con el objetivo de mejorar la eficiencia en las actuaciones.


- Valorar el modelo de producción de los procesos y servicios básicos del organismo, potenciando, en su caso, la línea que se estableció en el Plan de Viabilidad de 2015.


- Priorizar la coordinación con las Oficinas de Depósito Legal de la automatización de los flujos de información recibidos de estas.


- Evitar la utilización de instrumentos que excepcionan la publicidad y la concurrencia, como es la tramitación de emergencia, acudiendo prioritariamente a otros mecanismos menos restrictivos (como son la vía de urgencia o el procedimiento
negociado sin



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publicidad), que pueden proporcionar la agilidad necesaria en la tramitación sin que se vean mermados los principios referidos, así como el resto de garantías procedimentales y controles (como el sometimiento al recurso especial en materia
de contratación) que consagra la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000129 (CD)


771/000127 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control
implantados por la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 y 2022. En dicha resolución figura el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y CONTROL IMPLANTADOS POR LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., PARA LA
EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, EJERCICIOS 2021 Y 2022 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y
control implantados por la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 y 2022:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control implantados por la Fundación Biodiversidad F.S.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, ejercicios 2021 y 2022.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control implantados por la Fundación Biodiversidad F.S.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 y
2022, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.


3. Instar al Gobierno a:


- Informar de los datos reales de ejecución de los Fondos correspondientes al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del período 2021 a 2026, en concreto conocer lo ejecutado en el período 2021 a 2024 y avance de 2025.



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- Informar de la previsión de ejecución de los fondos para 2026.


- Agilizar la ejecución de los fondos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026, evitando así, la devolución de los mismos, por falta de una buena gestión.


4. Instar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a:


- Que la Fundación Biodiversidad aplique las medidas incluidas en su Plan de Medidas Antifraude a la totalidad de su actividad.


- Que la Fundación Biodiversidad adecue el contenido de la Guía para la prevención, detección y gestión de posibles casos de conflicto de interés a lo establecido en el artículo 4 de la Orden HFP 55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y ajuste el procedimiento establecido con los controles verdaderamente realizados.


- Ampliar los recursos humanos especializados de la Fundación Biodiversidad destinados a la Unidad informática y sistemas, en aras de lograr un mayor control interno y sobre sus actividades, viabilizando una separación de funciones.


5. Instar a la Fundación Biodiversidad a:


- Plantear la conveniencia de la aplicación de las medidas incluidas en el Plan de Medidas Antifraude a toda su actividad, en consonancia con la Política de Buen Gobierno, Prevención y Responsabilidad, que se aplica a la totalidad de la
actividad de la Fundación.


- Analizar la posibilidad de dotarse de una unidad o comité de auditoría interna que abarque la totalidad de las actividades de la Fundación, sin perjuicio de que mantenga la ya existente Unidad de Verificación para las actividades
cofinanciadas con fondos europeos del Fondo Social Europeo y del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.


- Actualizar el módulo de contabilidad, CONTANET, de forma que se realice de forma automática el registro de la contabilidad en el programa Contawin mediante la exportación manual de los datos generados en Fundanet, evitando así el proceso
manual de exportación de datos y la existencia de dos herramientas paralelas.


- Utilizar la herramienta Fundanet, de manera que, en los proyectos de presupuesto plurianual, como los Planes de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se produzca el traspaso de los remanentes de forma automatizada, para poder obtener
información actualizada del presupuesto disponible, sin recurrir a un proceso manual que pueda llevar a errores.


- Realizar las funciones correspondientes para que Fundanet sea una herramienta que pueda estar operativa a todos los niveles, en el seguimiento, control y en la ejecución de sus actuaciones, gestión presupuestaria, de contratación, gestión
integral de las convocatorias y gestión de subvenciones recibidas, personal, tesorería.


- Adecuar el contenido de la Guía para la prevención, detección y gestión de posibles casos de conflicto de interés a lo establecido en el artículo 4 de la Orden HFP 55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y ajustar el procedimiento establecido con los controles verdaderamente realizados.


- Llevar a cabo planes de especialización de su personal para realizar sus funciones sin necesidad de ampliar plantillas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000134 (CD)


771/000133 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los
ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio. En dicha resolución figura el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA COVID-19 SOBRE LOS INGRESOS DE LOS AYUNTAMIENTOS DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS SIN ÓRGANO DE
CONTROL EXTERNO PROPIO EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los
ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio:


ACUERDA


1. Asumir el contenido, conclusiones y recomendaciones comprendidas en el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, aprobado
por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 28 de noviembre de 2024, sin perjuicio y a salvo de las objeciones parciales que sean aprobadas de entre las que se formulan a continuación.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su
sesión del día 28 de noviembre de 2024, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas que limitan y afectan a su representatividad.


3. Instar a los ayuntamientos comprendidos en el ámbito subjetivo del informe a:


- Adoptar las medidas necesarias para garantizar que la información comunicada al Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de las obligaciones de suministro de información periódica previstas en la Orden HAP/2105/2021, de 1 de octubre, por la
que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se elabore con rigor y aplicando criterios homogéneos, de manera que se
mejore la calidad de los datos comunicados.


- Garantizar que las medidas discrecionales relativas a los ingresos se adopten sobre la base de estudios o informes que prevean, en la medida de lo posible, los efectos que estas pueden tener, así como que se evalúen su oportunidad y
eficacia de las mismas para lograr los objetivos perseguidos.


- Dar cumplimiento a las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización, a la vista de la información incorporada al mismo, así como a sus conclusiones.


- Atender las recomendaciones y sugerencias que hace el Tribunal de Cuentas en su informe.



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4. Instar al Ayuntamiento de Santander a:


- Revisar los acuerdos en vigor con la entidad que presta el servicio de suministro de agua y alcantarillado, estableciendo en ellos un régimen de retribución que no implique la cesión de los ingresos por las tasas derivadas de la prestación
de dichos servicios. Tal recomendación ya figuraba recogida en el Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria en ayuntamientos de municipios con población superior a 100.000 habitantes de las comunidades autónomas sin órgano de control
externo propio: Ayuntamiento de Santander, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de diciembre de 2015, sin haberse procedido a su cumplimiento.


5. Instar al Ayuntamiento de Toledo a:


- Adoptar las medidas necesarias para que la información contable relativa a los ingresos procedentes de las tasas por retirada de vehículos, estacionamiento regulado y servicio de saneamiento domiciliario sean gestionadas a través de la
aplicación informática de gestión y recaudación de los ingresos con la que cuenta, y se remita de manera automatizada al sistema de información contable del Ayuntamiento, junto con la información relativa al resto de ingresos.


6. Instar al Ayuntamiento de Molina de Segura a:


- Adaptar sus sistemas de información contable de manera que se contabilicen los ingresos, con carácter general, conforme al principio contable de devengo, con las excepciones que procedan con arreglo a la normativa contable aplicable.


7. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Dar traslado del presente Informe de fiscalización a la Federación Española de Municipios y Provincias, a efectos de conocimiento y toma en consideración de cara al ejercicio de sus funciones, así como a las Federaciones Regionales de
Castilla-La Mancha, Cantabria, Murcia, Extremadura y La Rioja, con el mismo objeto.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000142 (CD)


771/000140 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control
implantados por la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, situación a 31 de diciembre de 2022. En dicha resolución figura
el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.



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RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y CONTROL IMPLANTADOS POR LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL INSTITUTO PARA LA
DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA, M.P., PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, SITUACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 2022 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y
control implantados por la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, situación a 31 de diciembre de 2022:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control implantados por la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P.,
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, situación a 31 de diciembre de 2022.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control implantados por la entidad pública empresarial Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, situación a 31 de diciembre de 2022, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.


3. Instar al Gobierno a:


- Que el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía se base en criterios técnicos, económicos y de seguridad energética.


4. Instar a los órganos legislativos competentes a:


- Establecer un procedimiento para la reclamación de información sobre solicitudes y resoluciones de ayudas que no sean enviadas en tiempo y forma por los entes autonómicos, en el que se determine la forma y el momento de realizarse dicha
reclamación, a los efectos de que el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía pueda determinar con exactitud la ejecución de las diferentes líneas de ayuda gestionadas por los entes territoriales.


5. Instar a las comunidades autónomas a:


- Establecer un procedimiento para obtener, dentro del plazo más breve posible, el importe de los costes indirectos incurridos y el de las inversiones directas realizadas por cada uno de los entes autonómicos, a los efectos de poder
controlar si se están sobrepasando los límites establecidos.


6. Instar al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía a:


- Adoptar la metodología presupuestaria del Presupuesto en Base Cero, con el objetivo de proporcionar mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos; ofrecer mayor información en la toma de decisiones; y ejecutar sus programas de
gasto debidamente.


- Establecer un procedimiento que permita obtener de las comunidades y ciudades autónomas el importe de los costes indirectos en el plazo más cercano posible al momento en que hayan incurrido en ellos.


- Establecer un procedimiento para la obtención y utilización de la información existente en Egoveris, al objeto de verificar en tiempo real si se está superando el valor destinado a las inversiones directas.



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- Determinar en sus procedimientos, en relación con el control y seguimiento del principio de gestión DNSH (Do Not Significant Harm), todas las tareas concretas del control a realizar e identificar las unidades responsables y la manera de
acreditar las actuaciones de comprobación realizadas.


- Que su Plan de Medidas Antifraude recoja las fuentes de información para evaluar los riesgos, así como los canales de comunicación entre los gestores y los órganos encargados de la evaluación.


- Actualizar su código ético y de conducta incorporando las modificaciones requeridas por los cambios experimentados en el entorno, dado el tiempo transcurrido desde la aprobación del anterior en 2014 y los cambios organizativos y de volumen
de operaciones producidos en estos 10 años.


- Explicar con detalle por qué el nivel de ejecución de las ayudas gestionadas directamente por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía es bajo.


- Rebajar los tiempos de tratamiento y resolución de los expedientes, pues actualmente supera los 6 meses preceptivos.


- Planificar a nivel operativo e integral las actuaciones para la ejecución de las líneas de ayuda, de manera que se estimen con precisión los recursos personales y materiales necesarios para la ejecución, evaluación, seguimiento y
reprogramación, para el cumplimiento de los objetivos establecidos y la distribución de estos recursos entre las distintas unidades organizativas (departamentos técnicos, de control y pagos).


- Determinar con exactitud la ejecución de las diferentes líneas de ayuda, gestionadas por los entes territoriales y, para ello, establecer un procedimiento para la reclamación de la información sobre solicitudes y resoluciones de ayudas,
que no fue enviada puntualmente por los entes autonómicos, en el que se determine la forma y el momento de realizarse dicha reclamación.


- Dar cuenta de los expedientes retrasados que obran en su poder y de las fórmulas para sacar adelante el trabajo, así como explicar las licitaciones abiertas para contratación de las empresas que lo pueden llevar a cabo, informando del
grado de cumplimiento.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000149 (CD)


771/000147 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los
ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023. En dicha resolución figura el enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.



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RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS POR LOS AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS
CORRESPONDIENTES A 2021 DESTINADAS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES DE LAS ENTIDADES LOCALES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, EJERCICIOS 2021 A 2023 EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE
DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los
ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación
digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones convocadas correspondientes a 2021 destinadas a la transformación digital y modernización de las
administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ejercicios 2021 a 2023, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su
representatividad.


3. Instar al Gobierno a:


- Llevar a cabo las medidas que sean necesarias para aumentar el apoyo técnico a las entidades locales, así como simplificar los procedimientos de gestión, ejecución, seguimiento y justificación de los proyectos financiados con cargo al Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia a los que se enfrentan las entidades locales.


- Estudiar e incluir criterios para la asignación individual de las ayudas que completen y mejoren el uso exclusivo del criterio poblacional.


- Diferenciar, en cada convocatoria, cuantías específicas para aquellas líneas estratégicas consideradas como prioritarias, asegurando la realización preferente de esas actuaciones y admitiendo, al tiempo, que las restantes cuantías puedan
destinarse también a esas finalidades prioritarias si las entidades beneficiarias lo consideran necesario o conveniente.


- Ampliar, desde la convocatoria inicial, los plazos de ejecución de los proyectos, evitando la necesidad de solicitud de prórrogas por los beneficiarios.


- Establecer líneas de ayudas específicas para aquellos ayuntamientos que no dispongan de planificación estratégica en materia de tecnologías de la información y la comunicación.


- Definir un manual para la solicitud y gestión de las ayudas que resuelva las cuestiones necesarias relativas a la definición, presupuestación o programación temporal de las actuaciones, con la finalidad de evitar necesidades de
modificación del contenido y ampliaciones en los periodos de ejecución y la consecuente supresión de proyectos.


- Establecer plazos de ejecución lo suficientemente amplios como para permitir la ejecución de los proyectos subvencionados.


- Destinar los recursos de las ayudas que, por renuncias o reintegros, no hayan sido abonadas a los beneficiarios, a financiar proyectos alternativos, en el ámbito de la



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modernización y digitalización de las entidades locales, que permitan el correcto aprovechamiento de los fondos y el adecuado cumplimiento de los objetivos.


- Introducir un Fondo de Estabilización Financiera Municipal, destinado a anticipar recursos para la cofinanciación de proyectos europeos y crear un mecanismo de prefinanciación estatal para anticipar el 100% del coste subvencionable en
aquellas actuaciones que supongan un importante esfuerzo económico y de tesorería para las entidades beneficiarias.


- Diseñar programas de formación continua en materias de digitalización administrativa, control financiero y ejecución de proyectos.


4. Instar a los ayuntamientos objeto de la fiscalización a:


- Atender las recomendaciones y sugerencias que hace el Tribunal de Cuentas en su informe.


5. Instar a las entidades locales beneficiarias (entidades ejecutoras) a:


- Adoptar el máximo rigor en la selección de los proyectos para garantizar su adecuada realización, teniendo en cuenta su complejidad técnica y las necesidades derivadas de su inclusión en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.


- Asignar los recursos necesarios que permitan la realización de los proyectos conforme a las condiciones previstas en la solicitud de la subvención, además de un adecuado seguimiento de su ejecución, el cual permita detectar y corregir
desviaciones y, en su caso, proceder a solicitar las autorizaciones de las modificaciones oportunas sobre los proyectos aprobados.


- Reforzar los sistemas de seguimiento y control de los proyectos, así como la comunicación con el órgano instructor para asegurar el cumplimiento, durante la ejecución de los proyectos, de las condiciones establecidas en su concesión y
evitar (en la medida de lo posible) situaciones que acaben produciendo la pérdida total o parcial de la financiación procedente de la subvención y costes adicionales a la entidad.


6. Instar a los ayuntamientos que no dispongan de estrategia en materia de digitalización a:


- Elaborar y aprobar una planificación estratégica de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, alineada con la Agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas, que permita un diseño
adecuado de los proyectos y definición de los apoyos. Asimismo, esta planificación estratégica deberá ser coherente con los recursos disponibles y permitir su ejecución dentro de los plazos previstos. Y, en el caso de los municipios con población
inferior a 20.000 habitantes, instar a las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, cabildos, consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales a ejercer su función como las entidades beneficiarias y ejecutoras de
los proyectos de digitalización, de conformidad con la normativa reguladora de los fondos europeos, a fin de garantizar la necesaria asistencia técnica y económica y la coherencia en la ejecución de las actuaciones en los plazos previstos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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251/000150 (CD)


771/000148 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las
entidades locales beneficiarias de las subvenciones convocadas en 2021 destinadas al fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicha resolución figura el
enlace que permite acceder al informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2026.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Fernando Galindo Elola-Olaso.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS POR LAS ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS EN 2021
DESTINADAS AL FORTALECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN ZONAS TURÍSTICAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2025


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las
entidades locales beneficiarias de las subvenciones convocadas en 2021 destinadas al fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:


ACUERDA


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales beneficiarias de las subvenciones convocadas en 2021, destinadas al fortalecimiento de la
actividad comercial en zonas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales beneficiarias de las subvenciones convocadas en 2021, destinadas al fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.


3. Instar al Gobierno a:


- Ampliar, en próximas convocatorias, el plazo de ejecución de las ayudas, evitando, con ello, las solicitudes sucesivas de ampliaciones de plazo.


- Ampliar el plazo de solicitud de las ayudas, de forma que se permita a las entidades solicitantes realizar los estudios previos necesarios para ajustar el presupuesto o las actuaciones a realizar.


- Adaptar las condiciones y requisitos de las convocatorias a las necesidades municipales y a su disponibilidad de recursos, evitando o minimizando la renuncia de los ayuntamientos a los proyectos subvencionados.


- Simplificar la documentación periódica de seguimiento de justificación de los proyectos, evitando la desviación de recursos municipales a la tramitación de esos informes y demorando la realización efectiva de los proyectos subvencionados.



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- Establecer sistemas de indicadores de seguimiento que no impliquen la desviación de recursos para las entidades locales, facilitando el seguimiento continuado de la gestión de los proyectos sin que la remisión de información genere demoras
en la ejecución de las acciones subvencionadas.


- Facilitar líneas de ayuda específicas para facilitar a las entidades beneficiarias la disponibilidad de los recursos necesarios para la gestión de los proyectos, sin tener que habilitar recursos propios para ello.


- Integrar el control financiero local en una plataforma única, de ámbito nacional, interoperable con los organismos gestores de las ayudas y por el Tribunal de Cuentas y la Intervención General de la Administración del Estado.


- Llevar a cabo las medidas que sean necesarias para aumentar el apoyo técnico a las entidades locales, así como simplificar los procedimientos de gestión, ejecución, seguimiento y justificación de los proyectos financiados con cargo al Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia a los que se enfrentan las entidades locales.


4. Instar a las entidades locales a:


- Adoptar el máximo rigor en la selección de los proyectos, así como disponer de los medios y recursos adecuados para garantizar una adecuada realización de estos, teniendo en cuenta su complejidad técnica y las necesidades derivadas de la
tramitación de las actuaciones que se incardinan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


- Reforzar los sistemas de seguimiento y control de los proyectos para asegurar el cumplimiento, durante su ejecución, de las condiciones establecidas en su concesión y evitar, así (en la medida de lo posible), situaciones que acaben
produciendo la pérdida total o parcial de la financiación procedente de la subvención, además de costes adicionales a la entidad.


- Asignar los recursos necesarios que habiliten la realización de los proyectos conforme a las condiciones previstas en la solicitud de la subvención, así como un adecuado seguimiento de su ejecución, que permita detectar y corregir
desviaciones a lo largo de la implementación de los proyectos subvencionados y, en su caso, proceder a solicitar las autorizaciones de las modificaciones que sean precisas sobre los proyectos aprobados.


- Adoptar las medidas necesarias para garantizar la tramitación y el seguimiento contable de los proyectos subvencionados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme a las especificidades para este tipo de
actuaciones.


- Establecer procedimientos que permitan la revisión periódica de los planes de medidas antifraude y su adaptación a las circunstancias acaecidas con posterioridad a su aprobación, dotándose de los medios adecuados para poder realizar estos
procesos internamente, modificando aquellos planes de medidas antifraude que no establecen procedimientos que faciliten su seguimiento y revisión.


5. Instar a los ayuntamientos objeto de la fiscalización a:


- Atender las recomendaciones y sugerencias que hace el Tribunal de Cuentas en su informe.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de diciembre de 2025.-El Presidente, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero, Salvador de Foronda Vaquero.


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