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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 43, de 08/02/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 Núm. 43 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 42
celebrada el martes, 8 de febrero de 1994
Página
ORDEN DEL DIA:



Toma en consideración de Proposiciones de Ley:



--Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, reguladora
de la publicidad procedente del sector público. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número 20.1, de 30
de julio de 1993 (número de expediente 122/000011) (Página 2001)
--Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, reguladora de la cláusula de
conciencia de los periodistas reconocida en el artículo
20.1.d) de la Constitución Española. (Orgánica). «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número 24.1, de 14
de septiembre de 1993 (número de expediente 122/000014)
(Página 2011)



Proposiciones no de Ley:



--Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la
exención de Impuestos sobre Patrimonio y sobre Sucesiones y
Donaciones para las explotaciones agrarias cuyo valor
catastral no supere los 50 millones de pesetas. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie D, número 20, de 25 de
octubre de 1993 (número de expediente 162/000034) (Página 2019)



Página 1998




--Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, sobre programación y publicidad en
televisión destinada al público infantil. «Boletín Oficial de
las Cortes Generales», Serie D, número 13, de 4 de octubre de
1993 (número de expediente 162/000030) (Página 2038)



Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes:



--Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la colocación
de escuchas telefónicas. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie D, número 41, de 5 de enero de 1994 (número
de expediente 173/000018) (Página 2038)



(Continúa el orden del día en el «Diario de Sesiones» número
44, de 9 de febrero de 1994.)



SUMARIO



Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.




Toma en consideración de proposiciones de ley (Página 2001)



Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso reguladora de
la publicidad procedente del sector público (Página 2001)



En nombre del Grupo Popular defiende la proposición de ley el
señor Ramallo García. Señala que hace ya más de dos años el
Grupo Popular acordó promover un conjunto de iniciativas
parlamentarias con el fin de fortalecer la vigencia del
principio de legalidad, restringir los excesivos márgenes de
discrecionalidad de determinados poderes, restablecer
criterios de control del gasto y, en general, introducir
principios de absoluta transparencia en la gestión pública y
de sometimiento, en todo caso, de decisiones de singular
relevancia al control parlamentario. En sintonía con ese
acuerdo, el 6 de febrero de 1992 el Grupo Popular presentó
nueve proposiciones de ley, en un intento de control y
regeneración de la vida pública en nuestra patria. En ese
paquete legislativo figuraba una proposición de ley para
regular la publicidad procedente del sector público, cuya toma
en consideración defendió en esta misma tribuna el 22 de
septiembre de 1992. Dicha proposición fue rechazada por el
Grupo Socialista, al igual que las restantes, por el simple
hecho de presentarlas el Grupo Popular.

Vuelven hoy a someter a la consideración de la Cámara la misma
proposición de ley, con las modificaciones que el debate
anterior les ha sugerido, en un momento en que, por desgracia,
nadie se atreve en España a negar la existencia de corrupción.

La proposición, como su título indica, se ocupa de regular la
publicidad procedente del sector público, así como de poner
coto a la publicidad institucional en período electoral, en
beneficio siempre del gobernante de turno, con evidente
derroche del dinero público y con infracción notable de la
igualdad de las fuerzas políticas que comparecen en los
procesos electorales.

Expone que para que una democracia no quede en algo formal es
necesaria la existencia de pluralismo informativo, y de ahí la
necesidad de leyes que arbitren las medidas oportunas para
hacer imposible la influencia desde el poder público en la
vida económica de los medios informativos. Es de sobra
conocido que la publicidad es el pilar fundamental en la
financiación de los medios de comunicación y de ahí que este
caudal publicitario público no deba ser usado, de forma
discriminatoria, para proporcionar votos a medios afines al
poder y negarlos a los que resulten molestos.

Menciona la existencia de algunas sentencias que se han
pronunciado sobre el tema y concluye exponiendo a la Cámara
los rasgos fundamentales del texto articulado de la
proposición de ley.

En turno en contra de la proposición de ley interviene, en
nombre del Grupo Socialista, el señor Sanz Díaz, justificando
dicha oposición en que, en lo esencial, la cuestión planteada
ya está regulada y viene aplicándose sin dificultad por los
tribunales cuando se han producido irregularidades y, en
segundo lugar, por las deficiencias técnicas que contiene la
proposición y que harían inviable su aplicación. Reconoce, por
otro lado, que la figura del contrato de publicidad no encaja
plenamente en los que regula la Ley de Contratos del Estado,
que próximamente va a remitirse por el Gobierno a la Cámara,
pero aún así cree que es en ese contexto más amplio, y no
mediante una ley específica,



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donde deben contemplarse los principios de publicidad, libre
concurrencia, no discriminación y carácter objetivo de los
criterios aplicables a la adjudicación que pretende el Grupo
Popular y con los que, obviamente, el Grupo Socialista está de
acuerdo.

En definitiva, considera que esta proposición de ley no
resuelve satisfactoriamente la cuestión que aborda, ni es una
ley específica la que deba regular la publicidad de carácter
público, siendo el marco adecuado la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, cuya aprobación final quedó
paralizada por la disolución de las Cámaras, pero cuya nueva
presentación con carácter inmediato, por parte del Gobierno,
anuncia en este momento a la Cámara, anticipando que en ella
se recogerán algunas mejoras debatidas en este mismo Congreso
en la legislatura anterior.

Agrega que por el camino de la descalificación no se resuelven
los problemas, sobre los que el señor Ramallo ha pasado de
puntillas, resaltando finalmente los que considera puntos
débiles de la proposición del Grupo Popular.

Replica el señor Ramallo García, duplicando el señor Sanz
Díaz. Para fijación de posiciones intervienen la señora Rahola
i Martínez, del Grupo Mixto; los señores Mardones Sevilla, del
Grupo de Coalición Canaria; López de Lerma i López, del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), y López Garrido, del Grupo
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Sometida a votación, se rechaza la proposición del Grupo
Popular por 136 votos a favor, 175 en contra y una abstención.




Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, reguladora de la cláusula de conciencia de los
periodistas reconocida en el artículo 20.1.d) de la
Constitución Española. (Orgánica.) (Página 2011)



En representación del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya defiende la proposición de ley el señor López
Garrido, manifestando que la Constitución española reconoce en
el artículo 20.1.d) el derecho a la cláusula de conciencia de
los periodistas, pero no desarrolla su contenido sino que se
remite a una ley que, transcurridos más de 15 años desde la
aprobación de la Constitución, todavía no existe. Creen que es
el momento de que esa ley exista y de ahí que su Grupo
Parlamentario haya presentado esta proposición de ley, que
viene a completar una laguna importante en el desarro-llo
constitucional que no se puede ni se debe mantener por más
tiempo.

Agrega que en la proposición de ley, tras una definición de lo
que hay que entender por periodista, se establece el contenido
de la cláusula de conciencia, que no es entendida en la
proosición de ley como un derecho arbitrario o caprichoso del
periodista, sino que hay que completarla con conceptos
fundamentales, como son el concepto de la autorregulación, por
un lado, y el concepto de la información objetiva, por otro.

Termina señalando que no pretenden una ley contra las empresas
sino una ley a favor de las empresas de comunicación, a favor
de los trabajadores de la comunicación, a favor de la libre
expresión y comunicación, del derecho a informar verazmente y
a ser informado. A este fin piden el apoyo de los demás Grupos
de la Cámara. Para fijación de posiciones hacen uso de la
palabra los señores González Lizondo, del Grupo Mixto; Olarte
Cullen, del Grupo de Coalición Canaria; Camp i Batalla, del
Grupo Catalán (Convergència i Unió); Muñoz-Alonso Ledo, del
Grupo Popular, y Mohedano Fuertes, del Grupo Socialista.

Sometida a votación, se aprueba la proposición de ley debatida
por 319 votos a favor y una abstención.




Proposiciones no de ley (Página 2019)



Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la
exención de Impuestos sobre patrimonio y sobre Sucesiones y
Donaciones para las explotaciones agrarias cuyo valor
catastral no supere los 50 millones de pesetas (Página 2019)



Defiende la proposición no de ley, en nombre del Grupo
Popular, el señor Lloréns Torres. Expone que su Grupo ha
traído a la Cámara varias veces la propuesta que hoy les ocupa
y que, varias veces también, el Grupo Socialista, con su
mayoría absoluta, la ha rechazado. Sin embargo, desde la
última vez que fue rechazada esta propuesta, en mayo de 1992,
han sucedido varias cosas, entre ellas la celebración de unas
elecciones generales en las que los socialistas incorporaron,
por fin, a su programa electoral la propuesta que hoy debaten.

Recuerda que precisamente en la campaña electoral el Diputado
socialista por Lleida, señor Pau, aseguró que si ellos ganaban
las elecciones el impuesto que nos ocupa sería suprimido,
esperando que la influencia de este Diputado, Presidente de la
Comisión de Agricultura, sea decisiva para la toma en
consideración de esta proposición. Se trata, además, de algo



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que los propios socialistas apoyaron en el Parlamento de
Cataluña, por lo que espera que en este momento se pronuncien
de idéntica forma a como lo hicieron en Barcelona.

Añade el señor Lloréns que, junto a las razones anteriormente
expuestas para esperar el apoyo socialista a la proposición no
de ley, está el hecho de que el Partido Socialista se halla en
deuda con el sector agrario, al igual que con otros muchísimos
sectores, aunque más que con ninguno con el agrario, cuya
situación ha empeorado desde que fuera rechazada por última
vez esta propuesta.

Alude también a las circunstancias de la integración del
sector agrario en el mercado europeo, único sector en nuestro
país que no ha crecido desde la integración y en el que hoy en
día la renta media de las personas ocupadas en la agricultura
es menos de la mitad de la renta media de cualquier otra
persona, ocupada en cualquier otro sector, todo lo cual
justifica la urgente y necesaria aprobación de la proposición
no de ley, achacando al Gobierno socialista haber colocado al
sector agrario español en la peor de las situaciones posibles.

Expone, finalmente, el contenido de las medidas fiscales con
las que pretenden fomentar la continuidad de las explotaciones
agrarias y favorecer el rejuvenecimiento de nuestra población
agraria, habida cuenta de que en la actualidad considera que
se penaliza la continuidad de estas explotaciones, por el
elevado coste del impuesto y por las características
peculiares de las explotaciones sobre las que se aplica.

En defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo de
Coalición Canaria interviene el señor Mardones Sevilla.

En turno de fijación de posiciones hacen uso de la palabra los
señores Gatzagaetxebarría Bastida, del Grupo Vasco (PNV); la
señora Rivadulla Gracia, del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, y el señor López Martín de la Vega,
del Grupo Socialista.

Sometida a votación, se rechaza la proposición no de ley del
Grupo Popular por 144 votos a favor, 162 en contra y 13
abstenciones.




Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, sobre programación y publicidad en televisión
destinada al público infantil (Página 2028)



Defiende la proposición no de ley, en representación del Grupo
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, el señor Alcaraz
Masats, manifestando que el tema que plantean es de alarma
social, habiéndose encendido muchas luces rojas que deberían
llevar a este Congreso a tomar medidas, superando la
hipocresía e irresponsabilidad, cuando no complicidad directa,
con los que están convirtiendo la televisión incluso la
pública, en la gran corruptora. A la vista de la situación
actual, apelan a los medios de comunicación en general, tanto
públicos como privados, así como a los profesionales de las
televisiones y demás medios de comunicación a intervenir sobre
el particular, al igual que ocurre en Norteamérica y diversos
países de Europa, además de la adopción de otras medidas que
constan en la proposición.

En defensa de las enmiendas presentadas intervienen las
señoras Fernández Sanz, del Grupo Socialista, y Mato Adrover,
del Grupo Popular.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Albistur
Marín, del Grupo Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo Coalición
Canaria, y Recoder i Miralles, del Grupo Catalán (Convergència
i Unió).

Sometida a votación la proposición de ley debatida, fue
rechazada por 155 votos a favor, 162 en contra y dos
abstenciones.




Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes (Página 2038)



Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la
colocación de escuchas telefónicas (Página 2038)



Defiende la moción, en nombre del Grupo Popular, el señor Baón
Ramírez, manifestando que con todo el sentido de la prudencia,
pero al mismo tiempo con la mayor determinación en defensa de
los derechos y libertades fundamentales, procede a exponer a
la Cámara la moción resultante de la interpelación al Gobierno
que sobre escuchas telefónicas ilegales planteó su Grupo
Parlamentario a mediados de diciembre último. En los dos meses
transcurridos desde el debate anterior y el motivo de
escándalo que lo propició, lejos de apaciguarse el mismo se ha
avivado y, con el paso del tiempo, no tiene visos de apagarse.

Es una historia que, al amparo de la razón de Estado de alguna
supuesta y suprema causa, ha emergido a la luz como un mal
ejemplo a imitar, y todo ello creando una conciencia de
impunidad en cuanto a la vulneración de derechos vinculados a
la intimidad, como el de la comunicación telefónica, dando
valor al perverso principio de que el fin justifica los medios
y, en definitiva, creando la sensación de que el Estado
difícilmente puede proporcionar seguridad



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a los ciudadanos si no es capaz de asegurarse a sí mismo.

Agrega que el sumario sobre el espionaje telefónico, que un
semanario de información general ha publicado parcialmente,
revela tal compendio de hechos y declaraciones, cuyo contenido
refuerza la implicación del CESID, que se ven obligados a
pedir responsabilidades políticas.

En cuanto al contenido de la moción, expone que en la misma se
ofrecen soluciones, a través de diversas medidas encaminadas a
contrarrestar o atajar el ambiente de impunidad que reina y a
desarticular a los grupos que ya vienen operando en esta
actividad ilegal.

En defensa de las enmiendas presentadas a la moción
intervienen los señores Romero Ruiz, del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya; Redondo Terreros, del Grupo
Socialista, y Carrera i Comes, del Grupo Catalán (Convergència
i Unió).

Para fijación de posiciones hacen uso de la palabra los
señores Mur Bernad, del Grupo Mixto, y Mardones Sevilla, del
Grupo de Coalición Canaria. Sometida a votación la moción del
Grupo Popular, es rechazado el punto primero de la misma,
aprobándose los apartados segundo y tercero.

Se suspende la sesión a las nueve y treinta y cinco minutos de
la noche.




Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.




TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY:



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, REGULADORA
DE LA PUBLICIDAD PROCEDENTE DEL SECTOR PUBLICO (Número de
expediente 122/000011)



El señor PRESIDENTE: Comienza la sesión.

Punto primero del orden del día: Toma en consideración de
proposiciones de ley. Proposición del Grupo Popular,
reguladora de la publicidad procedente del sector público.

En nombre del Grupo proponente tiene la palabra el señor
Ramallo.




El señor RAMALLO GARCIA: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, hace más de dos años, concretamente el 27 de enero
del año 1992, el Partido Popular acordó promover un conjunto
de iniciativas parlamentarias con el objeto de fortalecer la
vigencia del principio de legalidad, de restringir los
excesivos márgenes de discrecionalidad de determinados
poderes, de
restablecer criterios de control del gasto, relajados en los
años de gobierno socialista, y, en general, de introducir
principios de absoluta transparencia en la gestión pública y
de sometimiento en todo caso de decisiones de singular
relevancia al control parlamentario.

En sintonía con el acuerdo a que hemos hecho referencia, el 6
de febrero de 1992 el Grupo Popular presentó ante la Mesa del
Congreso nueve proposiciones de ley que suponían un intento de
control de la arbitrariedad de la gestión pública, dada la
dimensión que ésta y su secuela de corrupción habían alcanzado
en España. Se trataba, en definitiva, de medidas legales para
regenerar la vida pública en nuestra patria. En el paquete
legislativo aludido figuraba una proposición de ley para
regular la publicidad procedente del sector público, cuya toma
en consideración tuve el honor de defender el 22 de septiembre
de 1992 desde esta misma tribuna. La suerte de dicha
proposición fue la misma que tuvieron el resto de las
proposiciones presentadas por mi Grupo Parlamentario el 6 de
febrero de 1992. Se rechazó su toma en consideración con la
sola oposición del Grupo
socialista, oposición basada en la razón de la sinrazón de no
admitir una sola propuesta del Grupo Popular, no teniendo en
cuenta su oportunidad o inoportunidad al rechazarla, sino sólo
la procedencia del grupo parlamentario que la presentaba. Se
trataba también, con la oposición socialista a la toma en
consideración de esta proposición de ley, de que la
Administración pública siga siendo el amparo de conductas
denunciables, como hoy hacemos desde aquí.

Señorías, volvemos a someter a la consideración de la Cámara
la misma proposición de ley, con las modificaciones que su
anterior debate nos ha sugerido. Hoy es un debate superado en
España el de si existe o no existe corrupción. Ya nadie, por
desgracia, se atreve a negarlo ni a cuestionarlo, y ahí está
el hecho de que el Presidente del Gobierno, señor González,
hubo de disolver las Cámaras el pasado año porque no podía
afrontar la celebración del debate del estado de la nación con
el escándalo de Filesa en su momento álgido, y el país,
señorías, está lleno de filesas, cada día una y una más.

La proposición de ley que defiendo se ocupa, como su título
pone de manifiesto, de regular la publicidad procedente del
sector público. Trata dicha proposición de ley de regular una
actividad pública que afecta, por un lado, a la financiación
de los medios que informan, y en cierta manera forman, a la
opinión pública... (Rumores.)



Página 2002




El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Ramallo. (Pausa.)
Cuando quiera.




El señor RAMALLO GARCIA: Gracias, señor Presidente.

Y, por otro lado, trata de poner coto a la publicidad
institucional en período electoral, en beneficio siempre del
gobernante de turno, con evidente derroche de dinero público y
con infracción notoria de la igualdad de las fuerzas políticas
que comparecen en los procesos electorales. Para que una
democracia no quede en algo formal, sólo en su nombre, es
necesaria la existencia de pluralismo informativo, base de una
oposición plural; de ahí que, como decíamos hace dos años
aquí, las leyes deban arbitrar las medidas que hagan imposible
la influencia desde el poder público en la vida económica de
los medios informativos, ayudando a los amigos del poder y
haciendo entrar en crisis a los que no son aduladores del
poder de turno. Es de sobra conocido, señorías, que la
publicidad es el pilar fundamental en la financiación de los
medios de comunicación, y de la misma forma sabemos el
porcentaje importante que
corresponde en el mercado publicitario a la publicidad emanada
y financiada por administraciones públicas, empresas y
entidades controladas por el sector público, y, evidentemente,
este caudal publicitario puede ser usado de forma
discriminatoria para proporcionar fondos a los medios afines
al poder y negarlos a los que resultan molestos.

No se trata, señorías, de peligros potenciales para la
democracia; por desgracia, como tuvimos ocasión de denunciar
en esta tribuna, en los últimos años ha habido actuaciones
concretas de administraciones públicas o de entidades que de
ellas
dependen, con mayoría socialista, que han castigado a los
medios críticos con el Gobierno o con la entidad anunciante.

Recordemos la actuación de la Junta de Andalucía y del
Ayuntamiento de Sevilla negando publicidad al diario «ABC», de
Andalucía, como represalia por ser crítico dicho medio con
aquellas
instituciones. Y no somos nosotros solos, sino que fueron los
tribunales de justicia los que reconocieron el derecho de los
medios de comunicación a no ser discriminados por la
Administración en la adjudicación de la publicidad. En esa
línea, la sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo de
8 de julio de 1987 contiene afirmaciones, en sus fundamentos
de derecho, que entendemos necesario recordar hoy aquí. Así,
la sentencia, entre otras afirmaciones, hace la siguiente: La
conducta de las administraciones autonómicas y locales al
eliminar a «ABC» de la campaña institucional del «metro» de
Sevilla carece de fundamento racional, produciendo una
diferencia de trato con los otros dos periódicos que adquiere
la categoría jurídica de discriminación en cuanto aparece
desprovista de base objetiva y resulta de hecho conculcado el
artículo 14 de la Constitución. En otro párrafo de la
sentencia se afirma: No es posible poner en duda que exista
una desigualdad de hecho, ya que la campaña de prensa se
desarrolla en los restantes periódicos de Sevilla
prescindiendo de «ABC», y cómo esa desigualdad de hecho tiene
relevancia jurídica, habida cuenta, no obstante, la falta de
concreta regulación legal que existe del principio del que
deriva la necesidad de igualdad de trato, en cuanto que el
artículo 53.1 de la Constitución, directamente aplicable,
determina que los derechos y libertades reconocidos en el
capítulo segundo vinculan a todos los poderes públicos,
proscribiendo por su parte el capítulo primero, artículo 14,
de dicho cuerpo legal, toda discriminación en razón, entre
otros varios supuestos, de opinión o de cualquier otra
circunstancia o condición personal o social. Pues bien,
señorías, a pesar de las sentencias a que nos hemos referido,
la administración socialista de la Junta de Andalucía volvió a
discriminar al mismo medio informativo, y fueron necesarias
otras dos sentencias condenatorias del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía a fin de restablecer la legalidad y
luchar contra la corrupción política, que no otra cosa es usar
dinero público para mal informar a la opinión pública y torcer
la información haciendo, a nuestro juicio, olvido de lo que
debe ser una conducta democrática, que es dar igualdad de
oportunidades y sobre todo que los ciudadanos sean informados
con verdad.

Por tanto, señorías, nosotros hemos de recordar hoy también
aquí la marginación del diario «El Mundo» por parte de Renfe,
o la conducta de la anterior Ministra de Asuntos Sociales que,
iluminada, como siempre, por el sectarismo, castigó a unos
medios y premió a otros, dando a unos publicidad y a otros
negándosela sin base objetiva alguna, eso sí, culpando de sus
culpas a las empresas de publicidad y no a quien las había
mandado hacer así, que era la propia Ministra, señora
Fernández.

La publicidad institucional, por su contenido, también ha sido
utilizada para apoyar al Gobierno y al Partido Socialista y
para atacar a la oposición. Es bueno recordar cómo en una
conocida y multitudinaria campaña de Telefónica en la revista
«Time», multimillonaria campaña que costó al bolsillo de los
españoles, a través de las tarifas de Telefónica, alrededor de
mil millones de pesetas, se decía, entre otras cosas, la
siguiente: El Gobierno de Felipe González carece de oposición
nacional efectiva. Seguramente, señorías, tiene mucho que ver
la salud de la oposición en España con el funcionamiento de
Telefónica. Evidentemente lo que sí tiene que ver con la salud
del presidente de Telefónica es adular al Gobierno, ayudarle a
que siga siendo Gobierno para que ese presidente siga siendo
el presidente de Telefónica, importando, iba a decir «un
pimiento», y lo digo, cómo vaya la Compañía Telefónica, cómo
vayan las cuentas
públicas, porque lo que interesa, de cualquier forma, es
utilizar los fondos públicos para deteriorar



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a la oposición y hacer imposible la alternancia en el poder.

No soy capaz de vencer la tentación de recordar a SS.SS. --ya
sé que molesto a algunos, pero cuando las cosas son molestas
lo que hay que hacer es no hacerlas y así no lo oirán--, lo
que se decía en la misma revista por el antaño comunista,
luego Ministro de Cultura y hogaño Diputado en los bancos del
Partido Socialista. Decía el señor Solé Tura: Necesitamos una
oposición política mejor. ¡Claro!, lo que se le olvida añadir
al señor Solé Tura es que se hace un uso no acorde con un
talante democrático para poder seguir en el poder.

Evidentemente él cambió de sitio para estar en el poder;
cuando estaba en el Partido Comunista
denunciaba lo mismo que nosotros denunciamos. Luego se hizo
acomodaticio y, naturalmente, usó la campaña de Telefónica
para decir que en España no había oposición. (Rumores.)
Señorías, los contratos de publicidad se adjudican muchas
veces a dedo y en muchas ocasiones a sociedades controladas
por personas cercanas al Partido Socialista. Lean la respuesta
que dio el Gobierno al Diputado señor Muñoz Alonso y
encontrarán en ella un mosaico de sociedades de publicidad
controladas por personas con hondas raíces socialistas e
incluso algunas de familiares con parlamentarios o ex
parlamentarios socialistas. La práctica de la teoría del palo
y la zanahoria la han elevado ustedes, señores del Gobierno, a
la categoría de general y ha sido ejercida por las distintas
administraciones que de ustedes dependen dando o quitando la
publicidad y las suscripciones a diarios o revistas sin tener
en cuenta el interés objetivo de la ciudadanía; así ocurre en
mi tierra, Extremadura, donde el Presidente de la Comunidad,
señor Rodríguez Ibarra --guerrista él--, retiró las
suscripciones al periódico «Hoy» hasta que ese diario
suponemos que se sometió a la disciplina social guerrista que
impera en el partido de ustedes en Extremadura.

Es conveniente que en el futuro no se pueda alegar, como hacía
la sentencia del Tribunal Supremo, la excusa de un vacío
normativo como soporte de estos atentados a la convivencia
democrática, y es por ello por lo que sometemos a su
consideración la presente proposición de ley que contiene una
regulación posible e indudablemente mejorable en Comisión,
pero que se nutre de los criterios esenciales a que debe
someterse la publicidad que se paga --y hay que remarcarlo--
con dinero público, atajando prácticas viciosas que se dan en
el acontecer diario.

En el artículo 1 de la proposición de ley se define la
publicidad de forma coherente con lo establecido en la vigente
Ley General de Publicidad. El artículo 2 se ocupa de fijar los
criterios con que los contratos de publicidad, de difusión y
de creación publicitaria han de ser adjudicados, estableciendo
la necesidad de que dichos criterios se objetiven y de que sea
garantizada la concurrencia, evitando la arbitrariedad, la
discriminación y la desigualdad, que, como ha quedado
demostrado a lo largo de mi intervención, son, por desgracia,
el pan nuestro de cada día. Este artículo 2 introduce una
adición al texto primitivo que presentamos en la anterior
legislatura al mencionar la
legislación reguladora de los contratos de las
administraciones públicas, legislación que, después de más de
10 años con mayoría absoluta del Gobierno socialista, sigue
sin ser aprobada. En el artículo 3 se concreta el principio de
no discriminación respecto a los contratos de difusión
publicitaria, artículo que también ha sido modificado con
respecto a la primitiva proposición de ley que presentamos en
su día para ajustarlo a las justas críticas que en su
tramitación parlamentaria se nos hicieron. El artículo 4
preceptúa que las adjudicaciones de campañas publicitarias que
se hagan por terceros, ajenos a la Administración pero por
encargo de ésta y con dinero de ella, se sometan a los
principios establecidos en el artículo 3; para entendernos, se
trata de que en un futuro no se puedan dar explicaciones tan
«rupestres» y tan fuera de lugar como las de la señora
Fernández cuando decía que ella no era culpable sino que lo
eran las empresas de publicidad que contrataban con la
Administración. En el artículo 5 se sanciona la violación de
las normas contenidas en la proposición de ley que hoy
defiendo como prácticas restrictivas de la competencia. Por
último, en el artículo 6 se hace frente al uso en campañas
electorales de la publicidad del sector público como medio de
captación de votos a favor de quien gobierne en cada momento.

En este artículo 6 se ha introducido un apartado 3 (nuevo), en
el que se excepciona lo dispuesto en el mismo para publicidad
que indudablemente no se puede cortar ni en período electoral
por ser de interés público. En este artículo hemos recogido
críticas que entendimos que eran justas, y por tanto se han
incorporado, de otros grupos parlamentarios. En la
disposición final se le da a esta norma la consideración de
legislación básica, al amparo de lo preceptuado en el artículo
149.1.18 de la Constitución española, es decir, para que sea
aplicado a todas las administraciones públicas, incluidas
naturalmente la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de
Sevilla. Señorías, una vez celebradas las últimas elecciones
legislativas en junio, el Partido Socialista y el Gobierno han
bombardeado a la opinión pública con su mensaje del «impulso
democrático». Sin embargo, ésta, como tantas otras
iniciativas, ni es nueva ni ha sido concebida de forma
original en el Partido que soporta al Gobierno. Como he dicho
antes, a principios de 1992, el Grupo Popular presentó en el
registro de esta Cámara un conjunto de medidas tendentes a
fortalecer, a Regenerar, con mayúscula, la democracia, que
entendemos se regenera desde la propia democracia y desde el
debate en las Cámaras. Pero en el Partido Popular --quiero
remarcarlo-- hemos preferido utilizar



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el término regeneración, en vez del vocablo impulso, que es el
que utiliza el Gobierno y su Partido, y ello porque existe una
notable diferencia entre lo que es impulsar y lo que es
regenerar. Voy terminando, señor Presidente. Según el
Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española,
impulsar significa empujar para producir movimiento. Por su
parte, regenerar es dar nuevo ser a una cosa que degeneró,
restablecerla o mejorarla, y yo afirmo hoy aquí que la
democracia española, en donde ustedes la han puesto, no está
para impulsarla; está para regenerarla, para restablecerla o
mejorarla, y eso es lo que con proposiciones de ley como ésta
podemos hacer. Pensamos que impulsar algo que está mal no es
bueno. Nosotros les invitamos a regenerar algo que degeneró,
como es el uso de fondos públicos con fines
partidistas.

Tengan la seguridad de que si hoy esta proposición de ley
merece la aprobación por parte de SS.SS., habremos dado un
paso
importante en el aprecio de la ciudadanía que en tan bajo
concepto nos tiene a los políticos. Por el contrario, si una
vez más el Grupo Socialista se opone a regenerar la vida
pública con cualquier excusa como es la de que vayan a mandar
una futura ley de contratos del Estado o de las
administraciones públicas, o con el cuento diario que ustedes
se inventen, hemos de decirles que si tenemos la crítica del
pueblo, estaremos cosechando del vivir de espaldas a la
realidad y no de reconocer que la corrupción es algo con lo
que convivimos en España y que ni el Gobierno, ni el Partido
que lo apoya, ni sus aliados están por la labor de terminar
con ella. Es momento de dejarse de palabras y hacer realidad
que la democracia no sólo tiene nombre sino que tiene fondo y
que lo que está ocurriendo aquí es algo que se parece muy poco
a lo que el constituyente del año 78 quiso.

Muchas gracias, señorías. (Varios señores Diputados del Grupo
Popular: ¡Muy bien! Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ramallo.

Para consumir un turno en contra, tiene la palabra el señor
Sanz.




El señor SANZ DIAZ: Gracias, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Popular presenta una proposición de ley
con la que plantea regular la publicidad procedente del sector
público. En nombre del Grupo Socialista, me voy a oponer a la
toma en consideración por dos tipos de razones: porque en lo
esencial ya está regulado y viene aplicándose sin dificultad
por los tribunales cuando se han producido irregularidades en
su aplicación y porque las deficiencias técnicas que presenta,
especialmente en lo que se refiere al artículo 3, harían
inviable su aplicación; también, por la igualdad de trato que
pretende que se aplique a las entidades de derecho público y
sociedades estatales con relación a las administraciones
públicas y sus organismos autónomos. Sin embargo, admitimos
que la figura del contrato de publicidad no encaja plenamente
en los que regula la Ley de Contratos del Estado y que por lo
tanto debe precisarse en la nueva ley de contratos de las
administraciones públicas, que próximamente va a remitir el
Gobierno a esta Cámara, esta cuestión. Pero es en este
contexto más amplio y no mediante una ley específica como
deben contemplarse los principios de
publicidad, libre concurrencia, no discriminación y carácter
objetivo de los criterios aplicables a la adjudicación que
pretende el Grupo Popular, con los que nosotros, obviamente,
estamos de acuerdo.

En cuanto a la distinción entre las normas aplicables a las
administraciones públicas y organismos autónomos, por un lado,
y las entidades de derecho público y sociedades estatales,
generalmente dedicadas a ofrecer en el mercado bienes y
servicios y sometidas con carácter general al régimen jurídico
privado, aun siendo evidentes sus diferencias, estamos también
dispuestos a realizar una aproximación en sus principios en la
medida en que ello sea compatible con este distinto régimen
jurídico y con las condiciones de competencia del mercado en
que desarrollan su actividad. Por ello, consideramos que ni
esta proposición de ley resuelve satisfactoriamente las
cuestiones que aborda ni es una ley específica la que debe
regular la publicidad de carácter público, siendo el marco
apropiado la ley de contratos de las administraciones
públicas, que, a pesar de lo que diga el señor Ramallo de que
es una ley eterna, ya tuvimos ocasión de debatirla en esta
Cámara, incluso de aprobarla en el Congreso de los Diputados,
y sólo la disolución de las Cortes hizo que decayese durante
su trámite en el Senado, y que ahora va a remitirse por el
Gobierno, con carácter inmediato --anuncio: acaso en la
próxima semana o en todo caso con carácter muy inmediato--, y
que mejora en diversos aspectos la que debatimos en esta
propia Cámara en la pasada legislatura. Esta ley, la ley a la
que me estoy refiriendo de contratos de las administraciones
públicas, forma parte del impulso democrático al que el señor
Ramallo pretende llamar de otra manera y que el Gobierno, de
acuerdo con las fuerzas políticas, quiere llevar a cabo en
este tramo de legislatura. Nuestro Grupo es el primer
interesado en que la regulación que finalmente salga de las
Cámaras sea objetiva y transparente, al mismo tiempo que
eficaz.

¿Cuáles son, a nuestro juicio, los problemas que plantea la
proposición del Grupo Popular? Dejo aparte las consideraciones
sobre supuesta utilización abusiva de la publicidad
institucional como forma de discriminación en los medios,
según su afinidad o no con el poder político. Estos alegatos y
la referencia continua a expresiones como corrupción y otras
similares forman parte del arsenal dialéctico del Partido
Popular, aplicable a cualesquiera cuestiones, y que busca dar
una imagen deformada del Gobierno socialista. Los tribunales



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de justicia han demostrado que con nuestra legislación vigente
es posible atajar cualquier abuso que pudiera darse, y en el
ejemplo que él ha puesto así ha ocurrido, aunque, por cierto,
no en relación con el artículo 20, que es el que él propugna y
el que figura en la proposición de ley del Grupo Popular, sino
con relación al artículo 14 de la Constitución. Y es propósito
firme del Gobierno y de las administraciones gestionadas por
los socialistas el actuar con objetividad e imparcialidad.

Por otro lado, señor Ramallo, España es una realidad plural en
cuanto a la distribución del poder político, y el Partido
Popular lo ejerce en comunidades autónomas, diputaciones y
ayuntamientos cuyo comportamiento deberían examinar con todo
cuidado sus portavoces en esta Cámara. Allí donde los
socialistas estamos en la oposición sufrimos o somos testigos
de comportamientos arbitrarios del Partido Popular. Sirva como
ejemplo el que en las últimas elecciones municipales y
autonómicas la Junta Electoral tuvo que proceder a ordenar la
inmediata suspensión de propaganda de la Junta de Castilla y
León referida a las actuaciones de la misma en los últimos
cuatro años, campaña pagada con fondos públicos de los
castellano-leoneses, y también a eliminar de su campaña
institucional, la de la Junta de Castilla y León, expresiones
como «centro», «centrarse» y derivados, por
coincidencia de mensajes con la propaganda que utilizan
diversas candidaturas, o sea, la suya, señor Ramallo.

Quiero aclarar también, en relación con la cuestión que ha
planteado respecto a la sentencia relativa a la Junta de
Andalucía y al Ayuntamiento de Sevilla que aquellas
actuaciones quedaron perfectamente clarificadas y que el
ordenamiento jurídico, según la sentencia, permite obtener,
porque ya tiene mecanismos para ello, reparación o
restauración del orden constitucional perturbado, como señala
el fundamento de derecho, noveno, de dicha sentencia; que los
derechos de Prensa Española fueron resueltos y que la
sentencia aportada como posible antecedente no invoca en
absoluto el artículo 20 de la
Constitución, sino el 14 de este cuerpo legal.

Pero, señor Ramallo, el seguir a S.S. por el camino de las
descalificaciones no conduce a resolver, y mucho menos a
tratar con rigor, la cuestión que estamos debatiendo y que
usted ha tocado someramente, sucintamente, de puntillas. Me
centraré, pues, en lo que considero son los puntos débiles de
su
proposición de ley.

En primer lugar, ya en la exposición de motivos hay un
desenfoque de la cuestión al vincular esta proposición de ley
con el artículo 20 de la Constitución, es decir, con el
derecho a la información.

En nuestro Derecho positivo existe una sustancial diferencia
entre el derecho a la información y a la libertad de expresión
y la actividad publicitaria dirigida a la promoción de bienes
y servicios o de comportamientos y actitudes. En segundo
lugar, también en la exposición de motivos parece deducirse
que el objetivo fundamental de la publicidad
institucional fuera la financiación de los medios de
comunicación social, por lo que el bien a proteger por la
norma pudiera deducirse que es dicha financiación, sin que, al
parecer, tenga excesiva importancia para S.S. el que se
consiga o no el fin fundamental de la publicidad, cual es
comunicar un determinado mensaje a un determinado grupo social
y hacerlo de la forma más adecuada y al menor costo para la
Administración.

En tercer lugar, hay que tener en cuenta que los principios de
publicidad y libre concurrencia en materia de contratación
publicitaria ya se encuentran garantizados por la vigente Ley
de Contratos del Estado y su desarrollo normativo, que resulta
plenamente aplicablea la celebración por aquélla de todo tipo
de contratos. Además, la pretensión de establecer por vía
reglamentaria unos criterios objetivos, a los que quedaría
sujeta la adjudicación, tendría como consecuencia una rigidez
que perturbaría la mecánica a la que se ajusta la creación y
distribución publicitaria. Más coherente con la flexibilidad
que requiere este tipo de actuaciones resulta el mecanismo
arbitrado en nuestra legislación, en cuanto que los
correspondientes pliegos de cláusulas técnicas y
administrativas garantizan la igualdad y no discriminación, al
tiempo que la adecuación de dichos criterios a los requisitos
que en cada campaña
publicitaria resulte aconsejable establecer. No obstante, como
he dicho anteriormente, estamos dispuestos a perfeccionar lo
que sea preciso en la nueva ley que próximamente debatiremos
en esta Cámara.

El punto más débil de la proposición de ley es el artículo
3.º, especialmente en su número 1, por el carácteruniversal
que pretende dar a la contratación publicitaria, que, al
impedir excluir a ningún medio, aunque hace referencias de
modulación, obligaría a abarcar a todos, lo que en campañas de
ámbito nacional sería económicamente insostenible y
absolutamente desproporcionado, o fuente de una litigiosidad
interminable. Desde la óptica impuesta por el artículo 3.º,
una campaña nacional de información debería ser repartida
entre todos los medios de comunicación social, lo que
supondría, de hecho, una subvención generalizada a los medios
por la vía de la inserción de la publicidad institucional; y
dado que las campañas
institucionales en su mayoría se dirigen a grupos de público
objetivo muy amplios, cuando no al conjunto de la sociedad, la
aplicación del artículo 3.1 significaría repartir entre las
1.650 revistas, 150 diarios, otros 50 periódicos, las radios y
las televisiones y el conjunto de otros soportes
publicitarios, lo que en la práctica haría inviables las
campañas de publicidad. En cuanto al artículo 2.º, sobre la
adjudicación de los contratos de publicidad, quiero aclararle
que es necesario especificar que, como regla general, las
campañas



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ya se adjudican globalmente a agencias o a centrales de compra
de medios de acuerdo con las prescripciones establecidas en
nuestra legislación, siendo la planificación de la difusión de
las campañas en los medios responsabilidad de las agencias o
centrales adjudicatarias, a las que se indican los criterios
objetivos de público y ámbito territorial, a los que
lógicamente deben ajustarse la difusión de la campaña, según
el tipo de soporte seleccionado.

De acuerdo con lo anterior, lo que hace la Administración es
aprobar los planes de medios presentados y confeccionados por
dichas empresas, que suelen basarse, igual que para la
publicidad no institucional, en criterios de eficacia y
rentabilidad para obtener el mayor número de impactos al menor
coste, y en la idoneidad o adecuación de cada soporte con el
objeto de la publicidad, ya que el contenido de ésta no puede
considerarse aisladamente del que enmarca su publicación.

Por último, en esta proposición de ley se pretende someter a
las sociedades estatales exactamente a las mismas normas, y
hay que valorar las consecuencias desfavorables que puede
suponer el endurecimiento del régimen jurídico de los
contratos de estas sociedades, hoy sometidas al derecho
privado, no ya sólo por la desventaja en la que podría
situárselas en relación a los sujetos privados, no sometidos a
condicionante alguno, sino porque las limitaciones impuestas
podrían implicar la existencia de un coste indirecto,
difícilmente evaluable, derivado de la mayor rigidez y
complejidad y del carácter menos ágil de los procedimientos
aplicables en materia de contratación publicitaria.

Por todas estas razones, consideramos que su proposición de
ley no responde a los objetivos que se plantean, no resuelve
técnicamente los propósitos que pretende y que debe hacerse, y
muy próximamente, en el ámbito más amplio de la ley de
contratos de las administraciones públicas; pero admitimos la
conveniencia de perfeccionar nuestra legislación en esta
materia,
introduciendo algunas especificidades propias de la publicidad
institucional en la ley de contratos de las administraciones
públicas y aproximar el régimen de éstas, en lo que sea
posible y aconsejable, a lo que se refiere a los entes
estatales
sometidos al derecho privado. En ese debate estaremos en la
mejor disposición para colaborar con los demás Grupos de la
Cámara en el perfeccionamiento de nuestra legislación.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sanz.

Tiene la palabra el señor Ramallo.




El señor RAMALLO GARCIA: Señor Presidente, señorías, he
escuchado con atención al señor Sanz Díaz para ver si aportaba
algún argumento nuevo a los que hace dos años dio el señor
Perales para rebatir la toma en consideración de esta
proposición de ley. Y tengo que decir que ninguno, que incluso
usted, no sé por qué, me adjudica las cosas que dije, que no
he dicho, y que el señor Perales me adjudicó.

Yo no he aludido al artículo 20 de la Constitución, aunque
indudablemente en la sentencia de referencia se ha podido
decir que se violenta lo que es el derecho de todos a dar y a
recibir una información veraz, porque no otra cosa se hace
cuando se está comprando la voluntad de los medios
informativos con un fondo de reptiles como el que ustedes
utilizan, que es la discriminación en el uso de las campañas
institucionales. Y le voy a recordar algo, señor Diputado.

Periódicos que han desaparecido ya, como «El Sol» y «El
Independiente», iluminaron a la señora ex ministra de Asuntos
Sociales para darle más publicidad hasta a «El Mundo». Buena
vista tuvo. Si lo que quería era comunicar con la
ciudadanía, eligió unos periódicos que no leía nadie; eso sí,
esos periódicos ponían lo que la señora Ministra quería.

Comprendo que a la señora Ministra no le resultaba agradable
estar leyendo «ABC» y la cuestación de los españoles para las
víctimas del terrorismo, cuando ella daba ese dinero a
asociaciones impresentables. Eso no le gustaba.

(Aplausos.--Rumores y protestas.)
Eso es, señorías, conculcar la libertad de recibir información
veraz. Pero el principio de igualdad claro que se conculca,
¿cómo no se va a conculcar? Lo dice la sentencia. (Nuevos
rumores y protestas.)
Señorías, no se enfaden, que sé que ustedes están nerviosos
por la que tienen encima, pero no se enfaden que les va a
venir más. Ustedes siempre, y se lo voy a decir con letra
popular, dicen lo mismo; siempre dicen: eso es mejorable, eso
es perfeccionable, voy a mandar, vamos a hacer... ¡Llevan
ustedes mucho tiempo! Hasta ahora lo único que han hecho ha
sido utilizar el dinero público, o poco más, en beneficio de
su partido, en beneficio de que el gran ausente siga sin
aparecer aquí y siga en la Moncloa cuidando bonsais o por la
finca mirando los agujeros de las piedras para su nueva
residencia de dentro de unos meses. (Rumores.)
Señorías, alusiones a la corrupción. ¿Usted sale a la calle?
¿Usted habla con los ciudadanos? ¿A usted no le dicen que hoy
en España los políticos estamos «pringados» y que todo es
corrupción en España? ¿Dónde vive usted? Le voy a refrescar la
memoria... (Rumores y protestas.) En el año 1980...




El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Ramallo. ¡Silencio,
señorías!
Puede continuar, señor Ramallo.




El señor RAMALLO GARCIA: En el año 1980 se presentó una
querella criminal firmada por el entonces líder de la
oposición, luego Presidente del Gobierno, contra el Director
General de
Televisión. La democracia



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entonces estaba muy cerquita de la Constitución; se aprobó el
año 1978. Entonces a ustedes les importaba muy poco la
credibilidad de nuestro sistema fuera y aquí se decía que olía
a podrido en Prado del Rey, que la corrupción campaba por sus
respetos en Prado de Rey, que campaba por sus respetos en la
Administración y que era hora de acabar con la corrupción en
la Administración. Se habló de auditorías de infarto. Se habló
de que iban a levantar las alfombras --por cierto, vayan
ustedes poniéndolas, porque algunas parece que faltan, para
cuando se vayan--. Se habló de todo eso y usted dice ahora que
nosotros de la
corrupción hacemos bandera. ¡Si estamos tragando y
transigiendo en hablar de impulsar y no de regenerar, cuando
lo que hay que regenerar es a ustedes, que son los que han
traído lo que está ocurriendo y se niegan a que ocurra otra
cosa! Dice usted --no lo sé-- que hay gobiernos distintos que
hacen esas cosas. ¡Evidentemente! Por eso queremos que haya
una legislación básica al amparo del artículo 149, y que esta
legislación se aplique en Galicia, en Baleares, en todas las
comunidades. Queremos que sea en todas. Lo que no pedirá usted
es que nuestras comunidades no se anuncien como ustedes se
anuncian. La diferencia es que al señor Fraga lo llevaron a la
Junta Electoral por un programa que era «Galicia, un país para
invertir y un país para vivir», la Junta Electoral Central les
dio la razón y la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo
se la quitó a ustedes. Esa es la diferencia.

Señorías, yo lo que creo es que cuando se trata de dinero
público hay que tener control público. No me hable aquí de que
no se puede aplicar a empresas privadas la normativa de las
empresas públicas porque van mal, porque entonces que no usen
dinero público. Esta petición la hizo el señor Caso aquí y
recordaba --en una pregunta que contestaba el señor Zapatero,
que ya anunció cuando era Ministro que no habría esta ley--
que el señor Obiols, Secretario General de su partido en
Cataluña, entonces y ahora, planteaba un pacto contra la
corrupción --no lo dice Luis Ramallo, lo decía el señor
Obiols-- basado en la necesidad de elaborar una ley de
publicidad institucional. Señor Sanz, lo decía el señor
Obiols. Ya sé que ahora no está de moda, pero era el
Secretario General. Lo decía el señor Obiols y, por otro lado,
si sigue usted buscando, encontraremos más y más citas en
relación a eso.




El señor PRESIDENTE: Señor Ramallo, le ruego concluya.




El señor RAMALLO GARCIA: Termino en un momento, señor
Presidente. La verdad es que espero que se produzca la misma
votación de entonces. Los Grupos son similares. ¡Sigan ustedes
con su terquedad! Sigan sin dar lugar a que se tomen en
consideración proposiciones de ley que el pueblo está pidiendo
que se tramiten. Enmiéndenlas. Ustedes no tienen enmiendas,
luego no tienen remedio. Me dirijo a los otros Grupos de la
Cámara.

Entre todos tenemos que regenerar la vida pública. Recuerdo
que hubo la abstención de un Grupo y que los demás apoyaron
esa proposición de ley. Si hoy se repite la misma votación,
señor Sanz, ustedes la van a perder. Quiero recordar --no doy
datos, pero no me remito a uno-- que en Vitruvio 30, sociedad
que le será grata a alguna de SS.SS. o a alguna que se fue, la
Consejera Delegada era doña Montserrat Dexeus Mallol y que
esta empresa tuvo grandes contratos con la Administración.

Pregunten ustedes quién era.

Alguno de su Grupo se lo podrá contar. A lo mejor no está
presente, pero estuvo.

Señorías, quiero terminar con una afirmación. Todo esto es una
espada de Damocles destinada a amedentrar y, en su caso, a
silenciar a los medios más incómodos y críticos del periodismo
con el poder.

Permítanme que les haga alguna reflexión. Decía el profesor
Giménez Fernández --del cual el señor Presidente del Gobierno
decía que era discípulo, pero sus clases se le han olvidado--
que las cosas públicas públicamente han de ser tratadas,
porque si no corren el riesgo de que se conviertan en
clandestinas. Yo hoy pido luz, taquígrafos y leyes correctas
para luchar, aunque sea en esta parcela, contra la corrupción,
porque soy de los que afirmo que en España hay corrupción,
señorías. (Algunos señores Diputados: ¡Muy bien!--Aplausos en
los bancos del Grupo Popular.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ramallo.

Tiene la palabra el señor Sanz.




El señor SANZ DIAZ: Señor Ramallo, su ascenso a la
Vicepresidencia no le ha hecho cambiar de modos y bajar la
voz. Le oíamos todos perfectamente.

Plantea que en relación a la proposición que hicieron ustedes
en la Legislatura pasada no ha habido argumentos nuevos. Lo
que le digo es que hay en este momento una actitud, que en
aquel momento no se indicó, de que estamos en condiciones de
modificar algunos aspectos de la legislación, y que en ese
sentido estamos abiertos en la próxima discusión que tengamos
en esta Cámara.

Me dice usted, y eso es lo que me ha parecido sorprendente,
que me contesta porque yo no he aludido al artículo 20. Es que
en el artículo 20 es en el que fundamentan, por escrito, su
proposición de ley, sólo y expresamente en el artículo 20. Por
tanto, no es que yo me haya leído la referencia que le hizo el
señor Perales, o lo que hizo usted en la legislatura pasada,
sino que usted expresamente lo ha ocultado, naturalmente, al
subir a esta tribuna porque sabía que el artículo 20 no era
procedente citarlo; por eso no lo ha citado. Pero



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ustedes lo han puesto en los fundamentos de la proposición de
ley.

En tercer lugar, quiero indicarle que sí estamos abiertos.

Porque usted nos dice que siempre decimos lo mismo, que vamos
a traer otra legislación. De la Ley de Contratos del Estado no
me puede usted decir eso, porque yo estoy en esa Comisión y
sus compañeros saben perfectamente que durante la legislatura
pasada se discutió con toda amplitud, recogiendo muchos de los
puntos de vista que plantearon los distintos Grupos
parlamentarios, aunque
naturalmente, no es la ley que ustedes querían, pero
evidentemente se discutió y con mucha amplitud. Por tanto, ese
compromiso de entonces del Gobierno se cumplió, y no pudo
culminar su tramitación por una circunstancia ajena a la
decisión de estas Cámaras, que fue la disolución de las
Cortes. Le indico y le anuncio que, con carácter inminente, va
a entrar en esta Cámara la nueva ley de contratos de las
administraciones
públicas, que es el marco adecuado.

Por último, señorías, usted me habla de corrupción. Nos habla
siempre de corrupción. Nos habla del nivel en que la opinión
pública nos coloca a los políticos, en buena parte por las
actitudes que personas como usted vienen teniendo en esta
Cámara y fuera de ella.

Usted me hace una pregunta y yo voy a responder. Usted me hace
una pregunta y me dice: parece que usted no se entera de nada.

¿Dónde vive usted? Pues yo vivo en Burgos, y en Burgos, estos
días, el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia que
condenaba a su alcalde por prevaricación (Aplausos en los
bancos del Grupo Socialista.) a doce años de inhabilitación, y
esa sentencia que acaba ahora de confirmarse a su alcalde y a
algunos de sus concejales es la primera sentencia por
corrupción que se produce y se confirma en este país.

(Protestas en los bancos del Grupo Popular.--Aplausos en los
bancos del Grupo Socialista.)



El señor PRESIDENTE: Silencio, señorías. (Rumores, protestas y
aplausos.)
¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra la señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Señor Presidente, sólo para fijar
la posición.

Nosotros entendemos que es un tema muy importante, que hay
ciertamente una auténtica alegría en la política de la
publicidad institucional y que en pleno impulso democrático no
se pueden permitir los abusos que se producen desde el poder.

Por tanto, creemos que es absolutamente necesario regularlo y
por ello votaremos a favor de la toma en consideración.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Rahola.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, a pesar
de los argumentos, vamos a apoyar esta proposición por parte
de Coalición Canaria y con una lectura eminentemente política
y no administrativa. Es una pena que después de haber abierto
unas expectativas de que los diferentes Grupos parlamentarios
nos impliquemos de una manera democrática en el debate del
impulso correspondiente, se pierda una ocasión concreta de
hablar de un tema que entendemos debe ir encuadernado
precisamente en el libro político del impulso democrático,
como es el regular la
publicidad procedente del sector público.

Nosotros, más que basarnos en un artículo concreto de la
Constitución --estamos de acuerdo con el portavoz socialista
en que no era el caso invocar el artículo 20--, pensamos que
sí hay que invocar artículos de la Constitución y espíritu que
la impregna cuando habla de principios de libertad, de
equidad, principios de igualdad informativa que consagra el
texto
constitucional, y que ese derecho, real, tiene que serlo así y
no meramente formal.

Hablar de la regulación de la publicidad procedente del sector
público es, hoy día, hablar de un tema político, no
administrativo. Por tanto, no debe tratar de llevarse como un
puro tema tal a la ley de contratos de las administraciones
públicas. ¿Por qué? Porque posiblemente esta proposición de
ley, de ser aceptada a trámite parlamentario, la hubiéramos
perfeccionado, política y democráticamente, con una serie de
enmiendas y, al mismo tiempo que garantizara ante la
ciudadanía un testimonio de que de verdad queremos impulso
democrático, se hubieran perfeccionado o complementado
cuestiones que no cubre, porque no las cubría el texto que
habíamos debatido en la legislatura pasada en esta Cámara, la
ley de contratos de las administraciones públicas. ¿Por qué?
Porque la Administración del Estado, las comunidades autónomas
y los ayuntamientos no
solamente envían a los medios de comunicación, a la prensa
escrita normalmente, comunicados que son objeto de contrato
administrativo, sino que son inserciones de adjudicación
directa y se adaptan a la tarifa que tiene el propio medio de
comunicación, pero que son discrecionales. Y son
discrecionales porque la Ley de Contratos del Estado es un
terreno contractual que no rige en las inserciones de anuncios
administrativos en los diferentes medios informativos. Por esa
razón y por dar entrada al principio de discrecionalidad, es
ese principio de la
discrecionalidad el que tiene que estar garantizado
democráticamente.

A esta proposición de ley --vuelvo a decir también-- podrían
presentarse enmiendas que contemplaran, por un lado, como
traen aquí sus artículos 2 y 3, no solamente los contratos en
sentido estricto, aplicables y regulables por la Ley de
Contratos del Estado o de las administraciones, sino también
la segunda variante de las adjudicaciones directas
discrecionales, que es donde



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está la mayoría del uso. Porque incluso los ejemplos que ha
puesto aquí el portavoz del Grupo Popular, con determinados
medios informativos, no se ha hecho al amparo de la Ley de
Contratos del Estado vigente, sino en razón del principio de
«discrecionalidad» --entre comillas-- política, y eso es lo
que nosotros deberíamos garantizar con una ley específica.

También estoy de acuerdo en que el artículo 6 de esta
proposición de ley no debería estar ni aquí ni en la Ley de
Contratos del Estado, sino en la Ley General Electoral, porque
regula ya una publicidad en mecanismos electorales y en época
electoral. Pero para eso está el trámite de enmiendas y aquí
hubiéramos tenido esa ocasión de profundizar, por esta vía, en
el impulso
democrático. No me valen, por tanto, los argumentos de remitir
esto ni a la ley de contratos de las administraciones públicas
ni a otra pura cuestión administrativa. Esto es política pura,
porque hay intencionalidad política cuando se hace uso del
principio, no controlable si no hay norma legal, de la
discrecionalidad.

Cuando en el artículo 2.2 se apunta por parte del proponente
que «Mediante norma reglamentaria el Gobierno determinará el
procedimiento a que ha de someterse la adjudicación de tales
contratos...», yo hubiera dejado tramitar este asunto
parlamentariamente, en Ponencia y Comisión, para aquí haber
hecho la labor complementaria de que en este reglamento se
introdujeran unos principios éticos y de comportamiento
puramente político, que hubieran enriquecido este debate, que
estamos en trámite a veces de denunciar, sobre el impulso
democrático.

Por estas razones, señorías, nosotros creemos que es una
oportunidad disponer de esta proposición de ley como terreno
abonado para que cada uno demuestre los distintos talantes
democráticos con que quiere interpretar ese denominado impulso
democrático. Y cuando decimos esto, nosotros también nos
estamos refiriendo a que los puntos débiles que se puedan
encontrar en la misma son subsanables vía enmiendas y que, por
supuesto, no se puede confundir aquí que una empresa
contratista, que recibe un encargo de la Administración
Pública de hacer una carretera o una publicidad, es
equiparable a una empresa periodística. Una empresa
periodística es una empresa de opinión, y respecto a las
opiniones, tiene que estar aquí plenamente garantizado que
desde ninguna Administración Pública haya ni un fraude de ley
ni una desviación de poder; porque lo que más frecuentemente
se está dando es, precisamente por esta vía típica de la
discrecionalidad, la desviación de poder.

Por estas razones políticas de fondo, porque no compartimos la
forma en que se pueden haber hecho determinados juicios por
uno y otro oradores en esta proposición de ley, nosotros la
vamos a votar favorablemente.

Nada más y muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, señoras y
señores Diputados, deseo exponer las razones por las que el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) va a
oponerse a la toma en consideración de la proposición de ley
que nos ocupa. Se puede estar de acuerdo con la finalidad de
esta propuesta legislativa a partir de la exposición de
motivos que la acompaña; posiblemente, en desacuerdo frontal
con el planteamiento político de fondo que ha hecho el señor
Ramallo en su exposición. Pero repito que se puede estar de
acuerdo con la finalidad de la propuesta, a tenor de lo que
dice la exposición de motivos, si lo que se quiere es evitar
el uso pernicioso de la publicidad procedente del sector
público y tratar de preservar el pluralismo y, por tanto, la
libertad, de los medios de comunicación social. Sin embargo,
nuestro Grupo Parlamentario no puede estar de acuerdo con la
forma concreta mediante la que se articula un texto cuya
pretensión final no es otra --como aquí se ha expuesto y como
es lógico, por otra parte, en una proposición de ley-- que la
de convertirse en ley. En primer lugar, porque se trata de una
proposición de ley que conceptualmente reitera algo que ya
está en la Ley de Contratos del Estado, y que nada de lo
contemplado en la iniciativa parlamentaria del Grupo Popular
deja de tratarse allí donde debe tratarse, es decir, en la
norma legal que regula la contratación de obras y servicios
privados por parte de la Administración Pública. ¿O es que,
señorías, el principio de igualdad y de no discriminación, al
cual hace referencia este texto y que pretende ser regulado a
través de su artículo 2, no está ampliamente recogido en la
vigente Ley de Contratos del Estado? Nosotros creemos que sí,
que estos dos principios son los que inspiran la vigente norma
y, por tanto, desde esta
perspectiva, no vemos la necesidad de ir hacia la promulgación
de una norma, reiterativa y repetitiva de otra que ya está en
vigor. El principio de ahorro legislativo se impone cuando lo
pretendidamente nuevo nada nuevo aporta.

En segundo lugar, el texto objeto de debate en esta tarde en
nada empece la vigente Ley General de Publicidad en cuanto a
contratos de publicidad, difusión y creación publicitaria. A
pesar de que nada nuevo aporta, de que nada empece, de que en
nada rectifica, corrige o mejora, tres de los seis artículos
se refieren a esto, para, en el fondo, descansar precisamente
en el texto literal de la citada ley, sin aportar nada que
merezca --repito-- una rectificación o una mejora de la
literalidad de la normativa que viene regulando la publicidad
desde 1988.




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En tercer lugar, esta proposición de ley --y a ello ha hecho
referencia el señor Mardones en su intervención-- hace una
incursión --quizás sería mejor decir una excursión-- en la Ley
Orgánica del Régimen General Electoral, del todo improcedente
a nuestro juicio, no sólo porque afecta genéricamente a casi
todo lo que hace referencia a las disposiciones sobre campaña
electoral, sino porque la indeterminación de los pretendidos
preceptos sólo confusión jurídica puede traer y conflicto
político acarrear.

Si lo que se pretende es hacer una regulación de la publicidad
del sector público en tiempos electorales, propóngase --lo ha
dicho el señor Mardones-- una reforma de la LORE, atendiendo
al carácter orgánico de muchos de sus artículos y al carácter
ordinario de otros, susceptibles éstos de ser alterados por
leyes autonómicas de acuerdo con la disposición adicional
primera. Nuestro Grupo Parlamentario, señorías, no cree
acertado romper la congruencia, a esos efectos, de la Ley
Electoral vigente mediante un artículo, el 6.º de esta
proposición de ley, que desordena más que ordena la publicidad
en tiempos electorales. Finalmente, señor Presidente, nuestra
oposición a la toma en consideración de esta proposición de
ley del Grupo Parlamentario Popular se debe también a que el
texto que se nos propone es globalmente contrario al Título
VIII de la Constitución, en concreto la distribución
competencial referida al Estado y a las Comunidades Autónomas,
y opuesto, por supuesto, al desarrollo por ley orgánica de
derechos fundamentales que esta iniciativa pretende articular
por la vía ordinaria. La verdad es que nos sorprende --quizás
ya no tanto-- que, cuando tanta lealtad constitucional exigen
algunos día sí y día también a través de declaraciones a los
medios de comunicación, tan poco rigor constitucional se
utilice en la redacción de textos cuya
pretensión es ni más ni menos que ver luz a través del
«Boletín Oficial del Estado» para que todos los españoles se
atengan a ellos.

En definitiva, señor Presidente, estando en buena parte de
acuerdo con el principio rector de la exposición de motivos de
esta iniciativa --que no, repito, con la exposición que de la
misma se ha hecho desde esta tribuna--, encontramos en ella
una articulación desacertada que no lleva a resolver de manera
satisfactoria el principio que pretende ser su explicación
última. Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López de Lerma.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, nuestro Grupo no va
a apoyar esta proposición presentada por el Grupo Popular por
razones de contenido y también por razones de oportunidad que
muy brevemente voy a pasar a exponer. En primer lugar, da la
impresión de que los objetivos de esta proposición van
muchomás allá de lo que son su contenido y su instrumentación
técnica concretos. Se puede estar de acuerdo con la intención
objetiva de esa proposición --algo diferente, debo decir, es
lo que pudiera desprenderse de la intervención oral del señor
Ramallo--, pero lo cierto es que hay una serie de problemas en
su contenido que nos hace imposible aceptar esta proposición.

Se trata, en primer lugar, de una regulación para entes de muy
diferente naturaleza, que mezcla sin suficiente distinción y
precisión en el artículo 1.º Además, es excesivamente genérico
en cuanto a los objetivos y, sin embargo, en los artículos 3.º
y 4.º no aparecen instrumentos técnicos concretos,
procedimientos concretos, que varíen los existentes en este
momento, simplemente se queda en los objetivos y principios,
algo ideológicos, pero no en
procedimientos concretos.

En los artículos 2.º y 5.º, además, hay una remisión que hace
que la ley sea una norma en blanco, de alguna manera --se
remite al Reglamento en el artículo 2.º o a la Ley de la
Competencia en el artículo 5.º--, con lo cual parece un poco
inútil la regulación legislativa.

En cuanto a la remisión electoral, suscribo algunas de las
apreciaciones que ha señalado el representante de Convergència
i Unió en cuanto a que no es procedente que en este texto
aparezca esa regulación, aunque nos parece que su contenido,
desde el punto de vista estricto de lo que dice, es de lo más
aceptable de esta proposición. Pero además esta proposición
escoge una técnica que nos parece errónea: la técnica de hacer
una ley especial sin hacer ninguna alusión a la Ley de
Contratos del Estado --no aparece la mención en toda la
proposición--, que sería elemental hacerla, ya que más bien
tendría que ir con una normativa modificadora de la Ley de
Contratos del Estado. Por último, no nos parece oportuna esta
proposición en este momento. Está a punto de llegar a la
Cámara el proyecto de ley de contratos del Estado, que es el
lugar donde genuinamente deben estar este tipo de cosas.

Nuestro Grupo va a intentar introducir en este proyecto
algunos de los principios que aparecen aquí expresados a
traves de enmiendas. Yo creo que ese es el lugar donde deben
suscitarse, regularse y resolverse estas cuestiones que
aparecen en esta proposición. Muchas gracias, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López Garrido.

Vamos a proceder a la votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 136; en contra, 175; abstenciones,
una.




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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la toma en consideración.




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-
INICIATIVA PER CATALUNYA, REGULADORA DE LA CLAUSULA DE
CONCIENCIA DE LOS PERIODISTAS RECONOCIDA EN EL ARTICULO
20.1.d) DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA (ORGANICA) (Número de
expediente 122/000014)



El señor PRESIDENTE: Proposición, del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, reguladora de la cláusula de
conciencia de los periodistas reconocida en el artículo
20.1.d) de la Constitución española. En nombre del Grupo
proponente, tiene la palabra el señor López Garrido. (El señor
Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, nuestro Grupo parlamentario va a defender la
proposición de ley orgánica reguladora de la cláusula de
conciencia de los periodistas reconocida en el artículo
20.1.d) de la Constitución española.

La Constitución española señala en el artículo 20.1.d),
insertado dentro del derecho a la libertad de expresión, a la
libertad de información y comunicación veraz, el derecho a la
cláusula de conciencia de los periodistas, pero no desarrolla
su contenido, sino que se remite a una ley que, tras más de
quince años de Constitución, no existe todavía y creemos que
es el momento de que exista. Por eso, el Grupo parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya ha presentado esta
proposición de ley, que viene a completar una laguna
importante en el desarrollo constitucional que no se puede ni
se debe mantener por más tiempo.

La cláusula de conciencia de los periodistas, que es una
cláusula pensada no frente a actuaciones ilegales, pero sí
frente a actuaciones que pueden ser abusivas o contrarias a la
ética del periodismo, parte de la base de la libertad de
conciencia, de la libertad ideológica expresada en nuestra
Constitución, de la libertad intelectual de entender la
información no como una mera mercancía, sino como un elemento
de comunicación social que lleva en su seno la búsqueda de la
verdad, la búsqueda de la
presentación de la comunicación como la verdad, es decir, de
la comunicación veraz. De ahí que surgiese la cláusula de
conciencia primero en el Derecho francés. Como se sabe, la Ley
francesa de 1935 señala que un periodista puede rescindir su
contrato si hay un cambio ideológico significativo en la línea
editorial del periódico. Posteriormente ha habido una
evolución de la empresa periodística, una evolución que nos
permite pensar en que hay que ampliar la cláusula de
conciencia que se entendía en el momento en que surge la Ley
francesa en el sentido de una
universalización de la información, una evolución tecnológica
muy acentuada, una mercantilización de la información, una
profunda interrelación entre publicidad y los medios de
comunicación, una concentración de estos medios y unos cambios
laborales --también hay que decirlo-- con una importante
precarización del empleo en los medios de comunicación,
contratos temporales, etcétera. Todo esto obliga a cambiar el
sentido de la cláusula de conciencia, a ampliar su contenido y
a pensar que esa cláusula debe ampliarse y aplicarse también
en aquellos casos en que el periodista se vea obligado por la
empresa periodística a realizar una información o a suscribir
contenidos que él considera contrarios a la ética del
periodismo. De ahí que esto deba defenderse en cuanto que el
periodista se constituye no como un mero trabajador más de la
industria de la información, sino como un agente social de
ella, un agente social de la información que traslada un
interés social en que esa información sea veraz y un elemento
de pluralismo y de presentación de la opinión pública libre.

No sólo la
ampliación de la cláusula de conciencia se manifiesta
legislativamente, sino que también aparece en los códigos
deontológicos, en los estatutos de redacción. Todo eso es el
contexto en el que se sitúa la proposición de ley presentada
por el Grupo parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya respecto del derecho a la cláusula de conciencia. En
esta proposición de ley, tras una definición de lo que hay que
entender por periodista, es decir, profesional que, como
trabajo principal y retribuido, se dedica a obtener y elaborar
información para difundirla o comunicarla públicamente por
cualquier medio de comunicación, se establece el contenido de
esta cláusula de conciencia que, señalamos, se puede dividir
en cuatro fundamentales puntos. El primero de ellos, cuando se
produce un cambio notable en la orientación informativa del
medio de comunicación; el segundo, cuando se produzcan
modificaciones de las comisiones de trabajo que supongan un
perjuicio grave para su integridad profesional y deontológica.

En los dos casos, el periodista podría rescindir el contrato
de trabajo, entendiéndose que sería equivalente a un despido
improcedente. En tercer lugar, el periodista puede negarse
motivadamente a participar en la elaboración de informaciones
contrarias a la orientación
informativa e ideológica del periódico o a los principios
éticos del periodismo sin que pueda suponer sanción o
perjuicio. Por último, el respeto al contenido y a la forma de
la información elaborada. En caso de que se produjera
alteración, la información sólo podrá difundirse con el
nombre, seudónimo o signo de identificación del informador si,
previamente, éste otorga su consentimiento.

La cláusula de conciencia no es entendida en nuestra
proposición de ley como un derecho arbitrario, caprichoso



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del periodista, algo que se pudiese desarrollar al margen del
contexto en que se sitúa la actividad informativa, sino que
hay que completarla con dos conceptos fundamentales, a nuestro
juicio: el concepto de la autorregulación, por un lado, y el
concepto de la información objetiva, de la objetivación de la
cláusula de conciencia, por otro. Es decir, esta ley --en la
que esperamos que pudiera convertirse la proposición de ley en
un futuro-- tiene que situarse, complementarse y ayudarse de
una imprescindible autorregulación en el seno de la profesión
periodística y de los medios de comunicación.

En nuestra proposición de ley señalamos, como el centro de lo
que desencadena la apelación de la cláusula de conciencia, la
ética del periodismo. Lo que sea ética del periodismo, un
concepto en principio indeterminado, debe tener un complemento
en la
autorregulación, tanto a través de la negociación colectiva --
donde se ha manifestado en alguna ocasión-- como a través de
los códigos deontológicos que han ido, afortunadamente,
proliferando en los medios de comunicación. Hay que citar a
este respecto el carácter de pionero que tuvo el Colegio de
Periodistas de Cataluña al elaborar su código deontológico, y
también saludar la aprobación recientemente, por la Asamblea
General de la Federación de Asociaciones de la Prensa de
España, de un código deontológico de la profesión
periodística, en el que, se dice en su apartado 8 c), que para
garantizar la
necesaria independencia del desempeño de su profesión el
periodista deberá reclamar, para sí y para quienes trabajen a
sus órdenes, el deber y el derecho a invocar la cláusula de
conciencia cuando el medio del que dependa pretenda una
actitud moral que lesione su dignidad profesional o modifique
sustantivamente la línea editorial.

Por tanto, el código deontológico es un parámetro de la ética,
de la aplicación de la profesión periodística, y debe servir
para ello. Pero poca fuerza podría tener si una de las partes,
la empresa periodística (que no ha adoptado, hay que decirlo,
ningún texto equiparable a éstos que se han adoptado en el
seno de la profesión periodística), pudiera vulnerarlo.

Solamente se han aceptado en ciertos casos algunos estatutos
de redacción, pero no un código deontológico. En la
proposición de ley la cláusula de conciencia viene a intentar
soslayar esta situación, es decir, a hacer de la cláusula de
conciencia no un derecho absoluto, pero sí un derecho que,
complementado con la autorregulación, permita establecer unos
límites y dé una seguridad a todos, sin perjuicio de que las
partes de la empresa periodística, de la empresa de
comunicación la complete. Junto a la autorregulación
hablábamos también de la objetivación, que pretende superar,
incluso, el propio esquema de la ley. La cláusula de
conciencia no puede entenderse, como decíamos anteriormente,
como una discrepancia caprichosa, una discrepancia
subjetivista con una determinada orientación del medio de
comunicación, sino una discrepancia trascendente que tenga que
ver con la ética del periodismo. De ahí que sea necesario e
importante el que se complemente con la acción de los
estatutos de redacción, los comités profesionales o los
comités de redacción, por no citar el caso algo más marginal y
menos conocido, no existente en nuestro país, de los consejos
de prensa. Por eso en la fase previa hay un hipotético litigio
en relación con la cláusula de conciencia y debería plantearse
por el periodista la apelación a esa autorregulación a través
de comités de redacción o comités profesionales, puesto que
eso, en caso de litigio ante el juez, sería un elemento a
valorar profundamente para el caso de que se produjese ese
litigio, porque, al fin y al cabo, la cláusula de conciencia,
con independencia de esta objetivación, es siempre un derecho
individual.

En definitiva, señorías, la proposición de ley pretende
cumplir una serie de objetivos políticos, pretende completar
el
desarrollo constitucional de una libertad, la libertad de
apelar a la cláusula de conciencia integrada en la libertad de
información --la cláusula de conciencia se considera como un
elemento fundamental de progreso en la libertad de expresión y
de comunicación veraz--, la no consideración de la información
como una mera mercancía, como un elemento esencial de un
Estado democrático en la comunicación de la información libre
y veraz. No es un derecho puramente negativo de abstención del
Estado, sino un derecho de prestación; por eso tiene un
sentido positivo esta proposición de ley; es el desarrollo de
un derecho
fundamental que obliga a darle, por tanto, a la cláusula de
conciencia un contenido amplio, un contenido que se expresa
horizontalmente, que es la expresión de una evolución de los
derechos fundamentales, que no son sólo derechos frente al
poder, sino derechos en relación con particulares. La
ampliación horizontal de los derechos fundamentales es un
elemento de seguridad jurídica en la labor del periodista, que
es mucho más que un agente social de la información, y,
además, supone una mejora --consideramos-- en la calidad del
producto informativo final, ya que la adecuación a la ética
periodística sin duda supone una mejora en el producto
periodístico, una mejora en la calidad final del producto
informativo. Acentúa también procesos de funcionamiento más
democráticos en las empresas de los medios de comunicación y,
en definitiva, protege a ese agente social que es el
periodista a que realice una información como bien
protegible último de lo que aparece en nuestro artículo 20 de
nuestra Constitución.

A estos objetivos va dirigida esta proposición de ley, que
regula brevemente, pero de una forma precisa --respetando el
contenido esencial del artículo 20.1 d) de la Constitución--,
la cláusula de conciencia de forma que se consolide como
patrimonio
deontológico de los periodistas y que pueda actuar contra una
hipotética



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arbitrariedad en el seno de las empresas de comunicación. No
es una ley contra las empresas; es una ley a favor de las
empresas de comunicación, a favor de los trabajadores de la
comunicación, a favor de la libre expresión y comunicación
libre, del derecho a informar verazmente y de ser informado.

Por eso pedimos a los grupos parlamentarios el apoyoa esta
proposición de ley
presentada por el Grupo parlamentario
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
López Garrido. ¿Turno en contra? (Pausa.) ¿Grupos que deseen
fijar su posición? (Pausa.) Por el Grupo Mixto, tiene la
palabra el señor González Lizondo.




El señor GONZALEZ LIZONDO: Gracias, señor Presidente.

Muy rápidamente quiero indicar, en un principio, desde Unión
Valenciana, que vamos a votar a favor de la toma en
consideración de esta proposición de ley. Está claro que el
derecho se tiene que mantener, además, un derecho que está,
prácticamente, santificado por la Constitución, por lo que la
regulación de este derecho es uno de los pilares de una
sociedad libre y
democrática.

Entendemos que con esta proposición de ley orgánica los
periodistas tienen derecho a rescindir, según instituye la
Constitución, las relaciones cuando lo consideren oportuno.

Por lo tanto, anunciamos el voto a favor de la toma en
consideración de esta proposición de ley.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González Lizondo. Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la
palabra el señor Olarte.




El señor OLARTE CULLEN: Señor Presidente, señorías, Coalición
Canaria va a apoyar con su voto la toma en consideración de la
proposición de ley que acaba de ser defendida aquí por el
señor López Garrido, desde la perspectiva de que estamos ante
la necesidad de desarrollar, de dar cuerpo normativo a un
mandato establecido en la Constitución española y, al igual
que ocurre con otros mandatos, que todavía se encuentran
huérfanos de la apoyatura legal correspondiente es preciso
subsanar esa omisión que se ha mantenido a lo largo de tanto
tiempo. Con el mismo rigor con que la preocupación
constitucional aboga por la defensa del derecho a la vida, a
la libertad ideológica o de culto, al honor, a la intimidad
personal o familiar, a la propia imagen, de reunión, de
asociación, exactamente igual que protege y tutela el
ejercicio de tales derechos por el carácter de fundamentales,
ocurre con el derecho a comunicar o recibir libremente
información veraz por un medio de difusión. La Constitución
establece de manera imperativa que la ley regulará el derecho
al secreto profesional y a la cláusula de conciencia. Hoy nos
encontramos aquí ante este segundo supuesto, y percatados
todos de la importancia que tiene el ejercicio de la profesión
periodística en un Estado democrático de Derecho, como es el
nuestro, donde la libertad de expresión es absolutamente
imprescindible, tenemos que cumplir al máximo el mandato
constitucional, sin dejar lagunas que no pueden continuar y
tienen que colmarse. A ello irá encaminada la actividad que
esta Cámara desplegará a raíz de la feliz iniciativa de
Izquierda Unida.

Aún quedan por desarrollar una serie de cuestiones, como las
relativas a los colegios profesionales, la ley del Jurado, la
del derecho de huelga y la del secreto profesional, que a buen
seguro vendrán en próximas sesiones, pero hoy nos encontramos
ante la defensa de la cláusula de conciencia como una cláusula
o
estipulación tácita inserta en cualquier contrato de
prestación de servicio periodístico, en cuya virtud se
establece a favor de una de las partes, del periodista,
precisamente por la misión importantísima que en el seno de
los conceptos democráticos realiza, el resolver el contrato en
el supuesto de que,
trabajando para una empresa que no sea pública --porque en las
públicas la Constitución ya establece el pluralismo y la
posibilidad de acceso a tales medios por parte de los grupos
sociales o políticos--, se produzca una mutación notable, en
lo que puede ser, en el caso de la prensa, su línea editorial
o, en definitiva, una mutación de los planteamientos
ideológicos existentes en el momento en que el periodista
comenzó a prestar servicio en tal empresa. De ahí precisamente
que, para dar contenido material a la cláusula de conciencia,
se requiera desarrollar esta iniciativa, a la cual nosotros
prestamos nuestro apoyo, no sólo desde el criterio de
Coalición Canaria de apoyar y posibilitar que se dé luz verde
a todas las iniciativas que sean simplemente razonables, sino
mucho más a aquellas, como ésta, que sean absolutamente
imprescindibles. Nosotros
consideramos que así como existe el derecho a recibir una
información veraz, existe la obligación de transmitirla sin
que se produzcan en ningún caso quebraderos que puedan afectar
a la personalidad misma de quien tiene que realizar esa
importante misión, por razones de honor, de su reputación o,
simplemente, de sus intereses morales, cuando cambia la línea
fundamental del medio en el que presta sus servicios. Otra
cosa es que podamos estar de acuerdo con una serie de
consideraciones puntuales que se establecen en la exposición
de motivos o incluso en el articulado de esta proposición.




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Cuando en la exposición de motivos, «in fine», se dice que de
esta forma se pretende proteger al periodista de eventuales
decisiones unilaterales de la empresa que subrepticiamente
puedan esconder una represalia ideológica e incluso política,
no creemos, lógicamente, que la represalia pueda producir una
mutación importante en lo que sea la línea editorial incluso
de un medio de comunicación; creemos que esto es algo que no
sólo se da sino que es incluso baladí para la importancia del
tema en su concepción más amplia.

Acaso tengamos que meditar profundamenta si por todas estas
consideraciones no es preciso dotar al periodista de un
estatuto del cual ha estado huérfano hasta el presente. Quizá
aquí no sea el momento más adecuado para ello, si bien tampoco
se puede soslayar de manera absoluta la definición de lo que
sea la condición del periodista.

Cuando analizamos el artículo segundo en cuanto al derecho que
se deriva de esa cláusula de conciencia que se encuentra
implícita en todo contrato que el periodista realiza con su
empresa, hay algún supuesto, como es el supuesto del ejercicio
de la clásula de conciencia mediante la resolución pura, la
rescisión de la relación jurídica con la empresa editora
cuando el medio de comunicación manifieste un cambio notable
en la orientación informativa o línea ideológica. Hay otro
supuesto de carácter mixto en el cual se incluyen ingredientes
de contenido técnico-jurídico-laboral más que el netamente
político al que nos estamos refiriendo, como son las
modificaciones en las
condiciones de trabajo que suponga un perjuicio grave para su
integridad profesional y deontológica, lo cual, en definitiva,
puede estar dentro del concepto de la famosa novación
unilateral, si bien aquí hay un ingrediente político de gran
importancia, obviamente.

Hay otros casos, que son mucho más difíciles de contemplar y,
por supuesto, de aceptar en la literalidad que se contiene en
la proposición, como es el inmerso en el punto 3 a propósito
de la negación a participar en la elaboración de informaciones
contrarias a la orientación informativa o línea ideológica del
medio de comunicación, o a los principios éticos del
periodismo, sin que ello pueda suponer sanción o perjuicio,
cuestión que es absolutamente respetable, que es defendible,
que se debe
defender, pero creemos que hay que matizar. Obviamente, para
estas matizaciones se encuentra la tramitación ulterior. Lo
que hoy es importante destacar aquí es que Coalición Canaria
está de acuerdo con esta iniciativa, y que no sólo está de
acuerdo sino que la aplaude y por ello se suma
entusiásticamente a la
necesidad de completar ese vacío que por falta de regulación
de la legalidad subsiguiente a la Constitución existía desde
hace tanto tiempo y que nosotros, esta Cámara, estamos
obviamente en la obligación de colmar.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Olarte. Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Camp i Batalla.




El señor CAMP I BATALLA: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, este es un tema que tiene
antecedentes parlamentarios muy numerosos y con escasos
resultados legislativos pues por ello estamos debatiendo otra
vez la conveniencia de establecer una norma reguladora del
derecho fundamental recogido en el artículo 20.1.d) de la
Constitución. Existe, eso sí, un antecedente claro, diáfano y
exitoso a nivel parlamentario, cual fue la incorporación en el
texto
constitucional del derecho de los periodistas e informadores a
la cláusula de conciencia mediante una enmienda que presentó,
en su momento, el Grupo de Minoría Catalana y que defendió don
Miguel Roca. No les extrañará a ustedes que haga mención a
esta referencia ya que gracias a ella podemos estar hoy
hablando de la conveniencia de desarrollar un derecho
constitucional. Es por ello que la introducción que supuso
este derecho en la Constitución representó una innovación
importante en cuanto al reconocimiento efectivo de este
derecho, que suponía un
perfeccionamiento del Estado de derecho en tanto en cuanto
reforzaba la libertad de expresión mediante una pieza clave
para el derecho a la información como es la cláusula de
conciencia. No ha de sorprender, pues, que las diversas
iniciativas
legislativas se hayan sucedido hasta el momento actual, lo que
sorprende realmente es que hasta el día de hoy no se haya
desarrollado normativamente este derecho constitucional. La
falta de normativa reguladora no ha sido obstáculo para la
exigencia del cumplimiento de tal derecho ya que la propia
Constitución ampara de forma directa su ejercicio en aras del
respeto a la libertad de expresión y el derecho a la
información, y así lo ha recogido la jurisprudencia del
Tribunal
Constitucional, pero es evidente la necesidad o conveniencia
de la regulación que aquí se postula pues conviene que no se
produzcan limitaciones directas o indirectas de tal derecho
por falta de regulación.

Quiero hacer constar las reiteradas peticiones de las
entidades asociativas de periodistas que han manifestado la
conveniencia de legislar sobre la materia, siendo el Colegio
de Periodistas de Cataluña y anteriormente la Asociación de
Prensa de Barcelona los que marcaron el inicio de estas
peticiones. Se trata, en definitiva, de una forma de concebir
la libertad de expresión y, al mismo tiempo, es un elemento
constitutivo del derecho a la información en tanto que
pretende evitar la mediatización o la privación del ejercicio
de la libertad informativa en el seno del medio de
comunicación a través de la dirección o la propiedad del
mismo. La cláusula de conciencia significa, pues, la



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resolución unilateral del contrato de trabajo que une al
periodista con la empresa editora, acompañado eso sí de la
indemnización correspondiente, pero rompiendo con ello el
principio general de autonomía de las partes puesto que se
impone un principio superior, que es la fuerza normativa
directa de la Constitución. Hemos de tener presente que el
elemento causal de la cláusula se fundamenta en la conciencia
y la dignidad profesional que obliga al periodista a asumir de
modo permanente los deberes de objetividad y veracidad como
elementos que deben presidir su trabjao cotidiano; por ello
creo que es bueno que se plantee la necesidad de existencia de
unos principios básicos de conducta profesional, es decir, de
unos principios deontológicos como normas autorreguladoras de
la profesión periodística que ha de surgir de las propias
entidades profesionales de la
información.

Con todos estos antecedentes, la introducción del tema en la
Constitución por parte de nuestro grupo y el voto favorable
que ya dimos en el año 1989 ante una iniciativa idéntica a la
que hoy se plantea, no ha de sorprender, por consiguiente, que
anuncie nuestro voto favorable a la toma en consideración de
esta proposición de ley, con la esperanza, esta vez sí, de que
las voluntades políticas formales, tantas veces expresadas por
todos aquí, se conviertan en voluntades políticas reales y se
regule de una vez este mandato constitucional del artículo
20.1.d) de la Constitución.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Camp.

Por el Grupo Popular, el señor Muñoz-Alonso tiene la palabra.




El señor MUÑOZ-ALONSO LEDO: Señor Presidente, señorías, éste
es un debate que se repite. Si repasamos el «Diario de
Sesiones» de esta Cámara vemos que no menos de cuatro o seis
veces se ha debatido aquí este problema de la cláusula de
conciencia, así como la institución paralela del secreto
profesional de los periodistas, iniciativa que siempre ha
fracasado, aunque nosotros hemos estado a favor de ella,
porque ha chocado con la mayoría socialista que no ha estimado
oportuno aprobar esa regulación. Si nos limitamos
exclusivamente a la última legislatura, hace justo cuatro
años, casi día por día, a finales de febrero de 1990, se
debatía aquí una iniciativa del mismo grupo que la presenta
hoy, que nosotros apoyamos, pero no que no tuvo suerte y no
salió adelante, y eso que el entonces Ministro, señor
Zapatero, sólo unos días antes había prometido que el Gobierno
enviaría a esta Cámara un proyecto de regulación de la
cláusula de conciencia. Nunca llegó.

Por nuestra parte, en mayo de 1991, en una moción consecuencia
de interpelación urgente, nosotros pedíamos la regulación de
la cláusula de conciencia, así como del secreto profesional de
los periodistas; y en esta legislatura hemos presentado una
proposición no de ley en este mismo sentido.

En los últimos meses se han producido algunos datos nuevos en
el ámbito normativo y deontológico que convenía tener
presentes, alguno ha sido ya aludido aquí. La Asamblea
Parlamentaria del Consejo de Europa, el 1.º de julio del año
pasado, aprobó la resolución 1003, relativa a la ética del
periodismo, uno de cuyos puntos, exactamente el punto 13, se
refiere a la cláusula de conciencia. Dice así: El respeto
legítimo de la orientación ideológica de los editores o
propietarios... (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor
Muñoz-Alonso.

Señorías, guarden silencio y ocupen sus escaños, por favor.

Cuando quiera, señor Muñoz-Alonso.




El señor MUÑOZ-ALONSO LEDO: Gracias, señor Presidente.

El punto 13 --como digo-- señala que el respeto legítimo de la
orientación ideológica de los editores o de los propietarios
está limitado por las exigencias incuestionables de la
veracidad de las informaciones y de la rectitud moral de las
opiniones. Se trata --dice ese punto-- de algo esencial si
hemos de respetar el derecho fundamental de los ciudadanos a
la información. Es una visión de la cláusula de conciencia
mucho más amplia de lo que ha sido habitual, de la que podemos
llamar visión clásica porque incluye ya una serie de aspectos
sobre la veracidad de las informaciones y, en suma, sobre un
aspecto deontológico en sentido amplio, que creo es muy válido
y estimo que debe ser tenido en cuenta.

Por otra parte, como ha dicho también aquí el Diputado López
Garrido, el código deontológico de la profesión periodística,
aprobado por la Federación de las Asociaciones de la Prensa de
España el pasado mes de noviembre, hace sólo unos pocos meses,
en su apartado 8.d) habla del derecho a invocar la cláusula de
conciencia cuando el medio del que dependa pretenda una
actitud moral que lesione su dignidad profesional o modifique
sustantivamente la línea editorial.

Hemos pasado por tanto en la visión de la cláusula de
conciencia, de esa visión tradicional, que casi se limitaba a
un plano que podíamos decir plano laboral, a un aspecto mucho
más amplio que tiene en cuenta factores de índole
deontológica. Pero, por otra parte, en nuestra sociedad, en
España, se han producido en los últimos tiempos una serie de
hechos que también piden y exigen una regulación en este
sentido. Me refiero, en suma, a una serie de casos que han
ocurrido en el mundo periodístico, en el sector de la
comunicación,



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en el sentido de que se han producido cambios sustanciales en
la estructura de las empresas, entradas de capital que han
alterado esa estructura o que han alterado incluso su línea
ideológica y cambios que se han producido en una doble
dirección: por una parte, ha entrado capital procedente de
otras empresas de comunicación, con lo cual se plantea un
problema que también tiene mucho que ver con lo que aquí
estamos aludiendo, que es la posibilidad de concentración en
el mundo informativo, con el peligro patente que eso supone,
para el pluralismo, o en otras ocasiones se han producido esas
intervenciones por parte de empresas ajenas al sector de la
comunicación con lo cual se plantea el problema, el riesgo
serio de la posible supeditación del interés informativo a
finalidades ajenas.

En nuestro país tenemos en estos últimos meses ejemplos muy
abundantes de situaciones de este tipo tanto en empresas
periodísticas, como en empresas de radio o de televisión, y en
todos estos casos ha habido profesionales a los que podemos
considerar víctimas de estas maniobras o de estos cambios
empresariales. No cabe duda que ante una situación de ese tipo
sería bueno que tuviéramos reguladas y bien fijadas una serie
de normas en cuanto a la cláusula de conciencia.

Entendemos que son tres los argumentos fundamentales que piden
esta necesidad de regulación. De los dos primeros se ha
hablado ya mucho de ellos. La necesidad de cumplir un mandato
constitucional, es el primero. En segundo lugar, la necesidad
de garantizar la seguridad jurídica que en este campo no
existe puesto que tenemos la norma constitucional, pero
después no hay una regulación precisa. En tercer lugar, lo que
acabo de aludir, la respuesta a una situación cambiante que se
está produciendo en el sector de la comunicación.

Quiero decir también una palabra en torno al caso de los
medios públicos. En los medios públicos es de aplicación la
cláusula de conciencia y nos encontramos con que en los medios
públicos españoles, que constituyen por sí solos un sector
amplísimo, tanto medios del Estado como de las comunidades
autónomas como los de otras administraciones, se producen
frecuentes
desconocimientos de su línea editorial que, en el caso de los
medios audiovisuales públicos, viene clarísimamente fijada en
los seis apartados del artículo 4.º del vigente Estatuto de la
radio y la televisión. Me refiero muy rápidamente a los tres
que me parecen más significativos: el apartado a), que habla
de la objetividad, veracidad e imparcialidad de las
informaciones; el apartado b), la separación entre
informaciones y opiniones, y el apartado c), el respeto al
pluralismo político, religioso, social, cultural y
lingüístico. Esto en la línea editorial de los medios públicos
muy frecuentemente vemos que eso se desconoce en nuestro país
y los periodistas que trabajan en los medios públicos también
tienen derecho a esgrimir la cláusula de conciencia en estas
circunstancias. Cualquier periodista empleado de un medio
público que compruebe o padezca la patente violación de esa
línea podría esgrimir la cláusula de conciencia, pero no para
autodespedirse, sino para requerir por vía judicial a la
dirección del medio para que actúe de acuerdo con los
principios a los que por ley está obligado. Este es un aspecto
básico de la necesaria remodelación de nuestro paisaje
audiovisual que habrá que tener presente en su momento.

Vayamos a la proposición de ley que presenta Izquierda Unida.

Hemos de anticipar que estamos globalmente de acuerdo, porque
creemos que debe ser regulada estainstitución, pero creemos
también que puede mejorarse, y lo haremos presentando las
oportunas enmiendas.

Muy rápidamente me referiré a algunas de las discrepancias que
tenemos con el texto que se presenta. En primer lugar, la
definición de periodista. Creemos que se trata de una
definición imprecisa, vaga, demasiado amplia; no incluye, por
ejemplo, la importantísima figura del colaborador, que en un
medio
informativo es hoy una figura esencial, y creo habría que
tener presentes las tendencias que hoy día existen en los
medios profesionales, que dan una visión mucho menos
encorsetada de lo que es el periodista de la que figura en
esta proposición en su artículo primero.

Cuando se habla en la proposición de la modificación notable
de la línea informativa, nosotros pensamos que eso del cambio
notable en la orientación informativa también es demasiado
vago. Entendemos que habría que utilizar alguna expresión más
categórica, por lo menos cambio sustancial. Un cambio notable
¿qué es? Después hay dos apartados, el que hace referencia a
las condiciones de trabajo y el que hace referencia a los
hipotéticos derechos de autor del periodista, que suscitan,
evidentemente, muchas dudas. El de la modificación de las
condiciones de trabajo, en unas empresas tan cambiantes, tan
sometidas a renovaciones tecnológicas y donde las nuevas
tendencias de los multimedia, etcétera, han introducido una
nueva situación, la modificación de las condiciones de trabajo
debe ser regulada de una manera muy precisa. Nosotros creemos
que en esto hay que remitirse a la legislación laboral, al
«ius variandi», etcétera, que aquí está previsto.

Por lo que hace a los posibles derechos de autor del
periodista --número 4 de la proposición--, nosotros creemos
que es un supuesto que debe encajarse en la Ley de Propiedad
Intelectual y, en todo caso, debería aclarar más porque si no
podemos encontrarnos con situaciones de regulación confusa,
incluso de contradicción entre unas normas y otras.

Insistimos, por tanto, en que estamos globalmente de acuerdo
con esta proposición de ley que vamos a apoyar. Creemos que la
cláusula de conciencia no es en absoluto un privilegio
profesional de los periodistas, sino un elemento más, como el
propio secreto profesional, del derecho a recibir información,
una garantía de la



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libre circulación de informaciones que, a su vez, es necesaria
para la adecuada formación de la opinión pública, que es el
fundamento de la democracia. Es una institución en la que se
percibe muy claramente ese triángulo informativo empresas-
profesionales-público a través del cual se puede ver lo que
significa la información en una sociedad democrática.

En todo caso, vamos a votar a favor, aunque, como decimos, se
podrá mejorar en su caso.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Muñoz-Alonso.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Mohedano tiene
la palabra.




El señor MOHEDANO FUERTES: Señor Presidente, señorías, es
cierto que esta tarde tenemos, de nuevo, una oportunidad de
decidir si se desarrolla legislativamente o no el artículo 20
de la
Constitución, relativo al derecho a la información de una
parte integrante de ese derecho que es la cláusula de
conciencia. Lo que no es así es que todas las proposiciones
que han venido a esta Cámara hayan sido rechazadas o hayan
tenido en contra el voto socialista. Comprueben el «Diario de
Sesiones» de 9 de mayo de 1989, en el que verán que, con
motivo de la discusión de la proposición que presentó el grupo
correspondiente, ésta fue respaldada y aprobada por el Grupo
Socialista. Lo que pasa es que no todas las proposiciones que
han venido a esta Cámara han sido iguales, no han sido
propuestas por el mismo grupo, no han tenido el mismo
contenido, ni se han presentado en todas separadamente la
cláusula de conciencia y el secreto profesional, y las
posiciones, también por razón de oportunidad, han variado en
cada momento.

Además, el Grupo Socialista, junto con el Grupo Catalán, es el
autor, al elaborar nuestra Constitución, de este derecho a la
cláusula de conciencia. No sólo el Grupo Catalán, también el
Grupo Socialista, fueron los únicos que presentaron un voto
particular en la Ponencia constitucional; no fue sólo vía
enmienda sino vía voto particular en la Ponencia
constitucional, que no recogía este derecho a la cláusula de
conciencia de los periodistas. Posteriormente, hubo sendas
enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán y por
el Grupo Socialista y una enmienda de la ya tristemente
desaparecida doña Pilar Bravo, a la que, además, quiero rendir
homenaje no sólo por ser antigua compañera diputada sino por
sus años de lucha a favor de la democracia. Esas fueron las
enmiendas que se plantearon en la Constitución, y ésos son los
antecedentes concretos.

La situación varió en relación con un momento determinado. Han
pasado quince años y habría razones que aconsejarían la toma
en consideración de la proposición de ley y, quizá, otras
razones que nos harían dudar o que nos aconsejarían en un
sentido contrario. Indudablemente, hay una razón esencial que
nos aconsejaría tomar en consideración la proposición: es un
mandato constitucional. Efectivamente, el artículo 20 de la
Constitución es un precepto que tiene fuerza normativa y
aplicación directa y, por tanto, exigibilidad inmediata ante
los tribunales, aunque no se desarrolle legislativamente, pero
habrá que pensar con sinceridad cuando nos subimos a la
tribuna y cuando vamos a votar por qué se ha producido esta
dilación.

Yo creo que esta dilación se ha producido en parte porque,
evidentemente, el desacuerdo sobre la necesidad, conveniencia
o no de regular, de desarrollar este precepto constitucional
existe y ha existido. Hay posturas en desacuerdo con este
desarrollo legislativo que se han visto plasmadas en trabajos,
en artículos recientes junto a las propuestas a favor, a los
estatutos que se han redactado y a los proyectos que nos han
entregado del campo de la empresa periodística y de los
propios periodistas, de los editorialistas, en los que también
se ha puesto de manifiesto su postura en contra de dicho
desarrollo legislativo. ¿Por qué? Muy sencillo, porque el
desarrollo de este precepto constitucional tiene un impacto en
el sector al que va destinado, y ese impacto hay que
analizarlo y hay que tenerlo en consideración.

Nuestro grupo pensaba que cuando maduraran las circunstancias,
cuando se fueran desarrollando los procesos de autorregulación
en este campo profesional, los estatutos de redactores, los
consejos de redacción, todo ello permitiría que madurara el
desarrollo legislativo de este precepto, pero, en definitiva,
este mandato constitucional es una de las razones que
aconsejan manifestar una postura a favor de que se tome en
consideración. Esta postura favorable vendría avalada por otro
motivo cuál es el derecho a comunicar o a recibir libremente
información y a su reforzamiento. Repito, reforzar este
derecho y reforzar el derecho a la información que se
configura como un derecho independiente de la libertad de
expresión y que ha ido
adquiriendo esa especificidad, pero, además, proteger el
derecho a la información desde una perspectiva muy concreta:
con la cláusula de conciencia no estamos protegiendo el
derecho a la información frente al Estado o frente a terceros;
lo estamos defendiendo en interés del propio periodista y
frente al titular de la empresa periodística. En definitiva,
se trata del derecho a la libertad de información dentro de la
propia empresa
periodística. Así lo dejó clarísimo --me voy a ahorrar su
cita, pero está en el «Diario de Sesiones»-- y somos
coherentes con esa posición que mantuvo nuestro ponente en la
Comisión
Constitucional, el señor Zapatero, en la que, hablando de la
nueva dimensión de la protección del derecho a la información,
se planteaba el derecho a la libertad interna dentro de los
medios de comunicación



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a la vista de los procesos, de los que ya se habló, de
innovación tecnológica y de concentración y oligopolización de
las empresas periodísticas. Es cierto que quien básicamente
tiene la titularidad del derecho a informar es la propiedad
del medio informativo, pero esa propiedad tiene unas
facultades que se moderan a través de la propia incorporación
de los periodistas a la configuración de la línea de ese medio
de comunicación. Por tanto, una segunda razón, que también
abunda en esto, es que se refuerza la libertad de expresión,
en concreto el derecho a la información, en su vertiente
dentro de los medios de comunicación social.

Pero también tiene sus inconvenientes. Desde mi punto de vista
tiene un inconveniente importante, y es que creo que lo que es
la mecánica de la cláusula de conciencia no supone un avance
sustantivo en la protección de los periodistas, porque, en
definitiva, ¿en qué concluye este mecanismo? Este mecanismo
concluye en el derecho a irse a casa, en el derecho a no
expresarse a cambio de una indemnización, o en el derecho, si
quieren ustedes, al autodespido remunerado. Esto hace que se
refleje un poco la mercantilización que en estos momentos hay,
por lo que se refiere al derecho a la información, y que en
países como Francia (que no digo que sea el pionero, pero que
desde una perspectiva no constitucional, sino sindical, es
originario en la construcción de la cláusula de conciencia)
esta cláusula de conciencia está puesta en cuestión por su
desfase y por su insuficiencia y que, además, en un momento en
el que el desempleo en los medios de comunicación es muy
importante, creo que impide hablar de un avance serio en lo
que se refiere al mecanismo que es la cláusula de conciencia.

Por tanto, al menos hablaremos de cambiar la retórica que es
propia de las grandes proclamaciones de la libertad y
sustituirla por un lenguaje más realista, menos épico y en
gran medida, por tanto, mucho más efectivo.

El segundo inconveniente es porque estamos regulando --y ahí
coincidiríamos, en parte, con el ponente del Grupo Popular--
la parte instrumental de este derecho, el mecanismo de la
rescisión del contrato mediante indemnización, pero no dejamos
por el camino la sustancia de lo que es este derecho a la
información; nos dejamos por el camino la concentración
oligopolística de los grandes medios de comunicación, la
transparencia accionarial, quién entra y quién sale de los
medios de comunicación, su dependencia de la publicidad, las
deudas de estos medios de comunicación, el estatuto de la
redacción, el estatuto y la posición del director en las
publicaciones, que sin comprometer la facultad de la propiedad
para dirigir y orientar
informativamente el periódico incorpora también a los
profesionales a la configuración de esa línea de los medios de
comunicación. Es lo que se intentó en Francia con Maurois, en
el año 1984, y es lo que existe en Italia mediante el garante
de la comunicación y una ley que, aunque el Parlamento
italiano no suele ser ejemplo para este tipo de legislaciones,
en este caso creo que sí lo es, pues tiene una legislación muy
concreta y un delegado parlamentario que es el garante de la
constitución. Por tanto, si se aprueba esta proposición de ley
también habremos de esperar a la autorregulación, habremos de
esperar a otros desarrollos legislativos donde el delicado
equilibrio entre los derechos de los propietarios de la
empresa y los derechos de los periodistas se configuren.

Existe un tercer inconveniente, el último, que ya es propio de
la proposición de ley que se nos presenta y que, por tanto, no
impediría este motivo que el Partido Socialista votara en
contra, porque tendría arreglo en el trámite parlamentario.

Estamos ante una proposición de ley que es reproducción
íntegra del texto de la proposición del año 1988 y adolece,
como adolecía aquel texto, de insuficiencia jurídica y de un
deficiente grado de
elaboración. No habla, por ejemplo, de los plazos; ¿cuál es el
plazo después de que se haya cambiado la tendencia informativa
de un periódico para que uno de sus trabajadores o periodistas
pueda ejercer la resolución del contrato? Está transida de
conceptos jurídicos de difícil determinación, y todos juntos,
como tendencia informativa, cambio ideológico, principios
éticos, sin referencia a ningún código deontológico, hacen que
exija perfeccionamiento y mejora.

En cualquier caso también, y voy acabando, señor Presidente,
tendremos que buscar alguna fórmula que dé también una
garantía positiva, en la línea que ha dicho el proponente, el
representante del Grupo de Izquierda Unida: una garantía más
positiva que no sólo sea las rescisión del contrato, sino
también esa negativa a firmar una información que ha sido
amputada, mutilada o que ha sido cambiada faltando a la
verdad, pero de la que el periodista ha informado a través de
su medio de
comunicación.

Además, el derecho a la cláusula de conciencia no puede ser
pabellón de conveniencia para transportar cualquier tipo de
mercancía, para poner en peligro otros derechos que también se
recogen y se protegen en el artículo 20 de la Constitución, o
para introducir cuestiones que son propias del derecho
laboral. El apartado 2.º del artículo dos se recoge
prácticamente de la ley francesa de 1935 y del artículo 760
del Código del Trabajo francés, pero ése es un origen sindical
diferente del origen constitucional que tiene en nuestra
legislación la cláusula de conciencia, y no es propio --en
esto también estamos de acuerdo con el interviniente del Grupo
Popular-- que eso entre en el contenido del artículo 20 de la
Constitución.

La protección de la conciencia es la «causa iuris» de la
cláusula de la conciencia; no el honor ni la imagen, sino la
conciencia y la dignidad profesional. Por otro



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lado, no estamos ante supuestos de abusos del empresario, sino
de cambio de tendencia del medio de comunicación por cambio de
propiedad o ideológico. Efectivamente, esto sí que afecta a
los medios de comunicación públicos, pero no en la medida en
que afecta a los medios de comunicación privados; porque los
medios de comunicación públicos, por propia definición, no
tienen tendencia. En Alemania, como sabe el señor Muñoz-
Alonso, se llama empresas de tendencia a los medios de
comunicación. Por propia definición, los medios de
comunicación públicos son neutrales. Una cosa es que se
aprecie que lo sean o no lo sean, o que lo sean en un momento
determinado, pero por su propia naturaleza no tienen
tendencia. Por tanto, el cambio de propiedad (que en este caso
no sería cambio de propiedad, sino que en su consejo de
administración hubiera mayoría o minoría de una tendencia o de
otra, o que en un momento determinado puedan perder algo de su
neutralidad) no significa cambio de tendencia. Eso no quiere
decir que no les afecte --les afectará-- pero lo hará de una
manera totalmente diferente a la de los medios de comunicación
privados, porque a los medios de comunicación privados lo que
les define es su tendencia liberal, conservadora, de centro,
mientras que los medios de comunicación públicos, por
definición propia, son neutrales y deben serlo. Y si no lo son
en un momento determinado, no sé qué mecanismo de control es
mejor, si la rescisión por parte de uno de sus trabajadores de
su contrato o el control político de este Parlamento a través
de la Comisión de Control de Radiotelevisión.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Mohedano, vaya
terminando.




El señor MOHEDANO FUERTES: Sí, señor Presidente.

En definitiva, señorías, quizás haya llegado el momento de que
esta especie de Godot constitucional, que todo el mundo espera
pero que nadie sabe con exactitud qué es de lo que se trata,
sea ya aprobado. Esa va a ser la posición que mantenga el
Grupo Socialista esta tarde, porque a pesar de los
inconvenientes que plantea, a pesar de su contenido pobre en
alguna medida como protección del derecho a la información, a
pesar de que regulando lo instrumental estamos dejando
orillado a veces lo sustantivo, lo que es evidente es que con
la proposición de ley y con las modificaciones que
introduciremos, con este reconocimiento constitucional de la
cláusula de conciencia, estamos reformando los mecanismos de
una opinión pública libre en España.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Finalizado el debate
de la proposición de ley de Izquierda Unida, vamos a pasar a
su votación. (El señor Presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación para la toma en consideración de
la proposición de ley del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, reguladora de la cláusula de
conciencia de los periodistas, reconocida en el artículo
20.1.d) de la Constitución Española.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 319; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la toma en consideración.




--PROPOSICIONES NO DE LEY:



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, SOBRE LA
EXENCION DE IMPUESTOS SOBRE PATRIMONIO Y SOBRE SUCESIONES Y
DONACIONES PARA LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS CUYO VALOR
CATASTRAL NO SUPERE LOS 50 MILLONES DE PESETAS



El señor PRESIDENTE: Punto II del orden del día: Proposiciones
no de ley. Proposición del Grupo Popular sobre la exención de
Impuestos sobre Patrimonio y sobre Sucesiones y Donaciones
para las explotaciones agrarias cuyo valor catastral no supere
los 50 millones de pesetas.

En nombre del Grupo proponente, tiene la palabra el señor
Lloréns. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señorías, ocupen sus
escaños, por favor. (Pausa.) Cuando quiera puede hacer uso de
la palabra.




El señor LLORENS TORRES: Gracias, señor Presidente.

Señorías, tengo el honor de subir a esta tribuna, por primera
vez en esta legislatura, para defender, en representación y en
nombre del Grupo Popular, una propuesta cuya aprobación
esperan como agua de mayo nuestros agricultores. (El señor
Vicepresidente, López de Lerma i López, ocupa la Presidencia.)
Varias veces, nuestro Grupo ha traído a esta Cámara la
propuesta que hoy nos ocupa y, varias veces, el Grupo de la
mayoría absoluta la ha rechazado en esta misma Cámara.

Dicen que la esterilidad en los esfuerzos conduce a la
melancolía. No es que nuestro Grupo ahora tenga una vocación
masoquista. Es que, desde que ustedes rechazaron por última
vez esta propuesta que hoy aquí defendemos, han pasado varias
cosas. La última vez que ustedes la rechazaron fue en mayo de
1992 y, desde entonces, ha habido unas elecciones generales;
unas elecciones



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generales en las que ustedes, por primera vez,
incorporaron, por fin, a su programa electoral la propuesta
que hoy aquí debatimos.

Yo tuve ocasión de compartir la celebración de esta
coincidencia con el Diputado socialista por Lleida, señor Pau,
y tuve la ocasión de oír con claridad que aseguraba que si los
socialistas ganaban las elecciones, cosa que por desgracia ha
ocurrido, iban a suprimir este impuesto. Por suerte, el señor
Pau vuelve a ser Diputado y yo espero que su influencia, que
es notoria porque es Presidente de la Comisión de Agricultura
del Congreso de los Diputados, va a ser decisiva para la toma
en consideración de esta propuesta. Pero es que desde que
ustedes, señores de la mayoría absoluta, rechazaron esta
propuesta, yo mismo tuve la ocasión de defenderla en el
Parlamento de Catalunya, junto con otros cuarenta y tres
puntos que constituían una moción, que fue aprobada y apoyada
por todos los grupos con representación parlamentaria en el
Parlament de Catalunya. Fue apoyada por el Partit dels
Socialistes, por Convergència, por Esquerra
Republicana, por Iniciativa per Catalunya y por el Grupo
Popular. Yo ya sé que es mucho pedir pedirles coherencia a los
socialistas. Yo ya sé que es mucho pedir, aunque sea por pocos
meses, que digan lo mismo en el tiempo y que digan lo mismo en
el espacio, es decir, en Barcelona que aquí, en la oposición
que cuando tienen responsabilidades de gobierno, en campaña
electoral que cuando no lo están. Pero alguna vez tiene que
ser, y el hecho de que una parte de la propuesta, justamente
la que se refiere a la exención del Impuesto sobre el
Patrimonio, haya sido aprobada, como luego comentaré, en
diciembre de 1993, nos hace concebir fundadas esperanzas.

Hay otros hechos singulares que también han ocurrido desde
entonces. Más que nunca, el Partido Socialista está en deuda
con el sector agrario. Está en deuda con muchísimos sectores,
pero más que con nadie con el sector agrario, porque la
situación ha empeorado desde que ustedes rechazaron por última
vez esta propuesta.

Es cierto que la situación de los agricultores comunitarios es
grave como consecuencia de la reforma de una política agraria
que obliga a reducir los excedentes, que obliga a sacrificios
porque hay que disminuir los precios de intervención, porque
hay que penalizar las producciones. Es cierto también que la
firma del Acuerdo del GATT penaliza a todos los agricultores
comunitarios, porque la agricultura comunitaria es una
agricultura
subvencionada y los acuerdos del GATT suponen una apuesta por
el libre intercambio. Pero no es menos cierto que otros
gobiernos, los gobiernos de otros países de la Comunidad, han
sabido aprovechar los proyectos cofinanciados, aportando esos
gobiernos la mitad de los fondos necesarios para disponer de
los programas de medidas de acompañamiento de la PAC, para que
sus agricultores puedan compensarse de la grave pérdida de
rentas que supone la reforma de la PAC. Así, los agricultores
franceses disponen de programas de reforestación, de
jubilaciones anticipadas, de programas de agricultura
ecológica y medioambiental, es decir, de alternativas a las
actuales producciones excedentarias. Pero no es menos cierto
que el Gobierno socialista no ha sabido aprovechar estas
compensaciones que otros gobiernos han puesto a disposición de
sus agricultores, por la sencilla razón de que no ha aportado
la mitad de los fondos necesarios. Y como en el caso del GATT,
es sencillamente sorprendente la pasividad del Gobierno
socialista español, que contrasta con la viva y eficaz defensa
de los sectores menos competitivos, que han hecho en el
acuerdo del GATT el Gobierno francés, el Gobierno portugués y
el Gobierno griego.

Es también notorio y conocido que en la agricultura
continental, aquella agricultura en la que nuestros socios y
competidores son más competitivos, en la agricultura de
productos cárnicos, lácteos y cerealísticos, se ha conseguido
organización común de mercados, que permite disponer de
precios de intervención y la disposición de preferencia
comunitaria. Sin embargo, respecto a la agricultura
mediterránea, aquella agricultura en la que nosotros somos más
competitivos, la agricultura de las frutas y hortalizas, de
los frutos secos, del vino y del arroz, como no se ha
negociado una organización común de mercados, el Gobierno
socialista la deja a la ferocidad competitiva de los países
terceros no comunitarios, deja sin protección alguna a este
sector de la agricultura española que es el más competitivo.

Además de que no se ha conseguido dinero de fuera; además de
una pésima integración de nuestro sector agrario en el Mercado
Común, es decir, de una entrega, desde la política interior se
ha estado machacando a nuestro sector agrario. Hoy en día el
sector agrario tiene una deuda que casi iguala a la producción
final anual de nuestro sector agrario español. Hoy en día
nuestros agricultores pagan unos préstamos muchos más caros y
mucho menos competitivos que nuestros competidores, los
agricultores comunitarios. La última novedad fiscal es que
nuestros agricultores van a pagar por módulos, es decir, van a
pagar más. Por tanto, no son de extrañar todos los índices.

Desde que España ingresó en el Mercado Común, mientras el
sector industria ha crecido un 22 por ciento, el sector de la
construcción ha subido un 57 por ciento y el sector servicios
ha aumentado un 30 por ciento. El único sector que no ha
subido, cuyo crecimiento económico ha sido cero, es el
agrario. Hoy en día la renta media de una persona ocupada en
la agricultura es menos de la mitad de la renta media de
cualquier otra persona ocupada en cualquier otro sector. Hoy,
aquí, en España, la renta agraria es la que más ha caído entre
cualquiera de los países de la Comunidad: un 9,7 por ciento. Y
por encima de todo, dos índices absolutamente sobrecogedores



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que justifican la urgente, posible y necesaria propuesta, a
cuya aprobación nos sometemos en esta sesión: el índice de la
población agraria española es el más envejecido de toda la
Comunidad Económica Europea. El agricultor español, de media,
tiene más de 58 años y sólo 500.000 agricultores, de un millón
y medio que se dedican a la actividad agraria, tienen menos de
35 años. Y en dos años, en 1992 y 1993, se han perdido 200.000
puestos de trabajo en la ocupación agraria, lo que representa
el 25 por ciento del total de los puestos que se han perdido
en la actividad económica española. Por tanto, ustedes,
señores de la mayoría socialista, han colocado al sector
agrario español en la peor de las situaciones posibles, y por
eso, hoy, aquí,
planteamos una medida que tiene una doble finalidad.

La propuesta que hoy traemos aquí contiene tres tipos de
medidas fiscales, limitadas a patrimonios que no superen los
50 millones de pesetas, con el objetivo de la continuidad de
las
explotaciones agrarias, que, como se ha dicho antes, están en
grave peligro. De las tres medidas fiscales con las que
nosotros pretendemos fomentar la continuidad de la explotación
agraria y rejuvenecer nuestra población agraria, la primera,
la que se refiere a la exención del Impuesto sobre el
Patrimonio, la vamos a retirar, porque el 28 de diciembre de
1993, hace poco más de un mes, en esta Cámara se aprobó la Ley
de Medidas Fiscales y de Reforma Jurídica de la Función
Pública y de la Protección al Desempleo, que en su artículo
3.º declara exentos del Impuesto sobre el Patrimonio aquellos
bienes y derechos de las personas físicas necesarios para
ejercer el desarrollo de una actividad empresarial. Nosotros
entendemos que el desarrollo de la
actividad de una explotación agraria queda comprendido en ese
artículo 3.º que se aprobó aquí en diciembre de 1993 y, por
tanto, consideramos ocioso discutirlo en esta Cámara. La
justificación de que lo presentamos hoy es que nuestra
proposición se presentó en octubre de 1993, poco antes de que
ustedes aprobaran esta disposición.

Pero las otras dos medidas fiscales que trae esta proposición
a la Cámara están vivas y relacionadas con el mismo fin con el
que ustedes aprobaron la exención del Impuesto sobre el
Patrimonio. Por tanto, las mantenemos, y además tenemos la
confianza de que serán apoyadas, porque la finalidad es la
misma. La finalidad que nosotros perseguimos en la más
importante, que es la exención del Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones para explotaciones que no superen los 50 millones
de pesetas, es la misma que la que les inspiró a ustedes la
aprobación de la exención del Impuesto sobre el Patrimonio
para menos de 50 millones de pesetas. Por
consiguiente, sería absolutamente contradictorio que ustedes
aprobaran una y no la otra, cuando la finalidad es la misma. Y
sería también absolutamente contradictorio que si ustedes son
capaces de rectificar, en diciembre de 1993, sobre las
actitudes que en esta misma Cámara habían tomado otras veces
y, por tanto, de acertar aceptando la mitad de nuestra
propuesta, sería contradictorio, digo, que no aceptaran la
otra mitad, que es precisamente la más importante de las que
traemos a esta Cámara, la exención del Impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones.

Nosotros pensamos --y está reconocido por todos...




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Señor
Lloréns, vaya terminando, por favor.




El señor LLORENS TORRES: Nosotros pensamos que es la que
verdaderamente está penalizando la continuidad de la
explotación agraria, de la actividad agraria, por el elevado
coste de este Impuesto y por las características peculiares de
las
explotaciones sobre las que se aplica, que no tienen liquidez
suficiente porque los valores materializados están en activos
productivos, es decir, en tierras, edificaciones y maquinaria
y, por tanto, en el momento en que tiene que pagarse este
Impuesto, se obliga al sucesor a que se quede sin herramienta
de trabajo, a que tenga que comprar de nuevo la finca o a que
tenga que endeudarse de por vida o vender --y ése es el
peligro mayor-- una parte de ese patrimonio que nosotros
queremos proteger con la exención del Impuesto sobre
Sucesiones. Por eso pensamos que es absolutamente decisiva
esta cuestión. Finalmente, estimamos que en otros países,
atendiendo a esta circunstancia, la exención del Impuesto de
transmisiones
sucesorias es una realidad o tiene importantes bonificaciones.

En determinadas partes del territorio de España, como en el
País Vasco y en Navarra, de padres a hijos, es decir, en la
primera transmisión intergeneracional, no se paga este
Impuesto e incluso hay bonificaciones muy importantes de
abuelos a nietos y en otros grados de consanguinidad.

Por todo eso, les traemos hoy aquí esta propuesta. Al
solicitarles el voto favorable les pedimos a todos ustedes,
señores de la mayoría, que tengan en cuenta que crear un
puesto de trabajo en otra actividad, cuando tan alegremente se
pierden en la actividad agraria, va a costar mucho más dinero;
que tengan en cuenta que hay que actuar inmediatamente para
recuperar a esa población joven que está abandonando en masa
las explotaciones agrarias, porque los núcleos urbanos tienen
mucho más atractivo y porque la rentabilidad de las
explotaciones y las expectativas del futuro de la agricultura
les colocan cada día en peores condiciones, por todas estas
circunstancias la aprobación de este impuesto es más necesaria
que nunca.

Nuestra propuesta contiene un tercer apartado...




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Señor
Lloréns, le reitero que vaya terminando. Ha consumido más del
50 por ciento del tiempo reglamentariamente previsto. Por
tanto, vaya finalizando, por favor.




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El señor LLORENS TORRES: El tercer apartado lo tienen a su
disposición SS.SS., se refiere a la exención del Impuesto del
pago de las transimisiones patrimoniales y actos jurídicos
documentados en las permutas voluntarias o forzosas que
supongan un aumento de la concentración de tierras y la
desaparición de las servidumbres de paso.

Espero que no nos digan lo de siempre. Otras veces han
justificado su negativa a esta propuesta argumentando que
siempre decimos lo mismo. Nosotros, y los agricultores en
especial, esperamos que alguna vez sean ustedes, señores de la
mayoría absoluta, capaces de decir lo mismo en Cataluña y
aquí, en la oposición y en las responsabilidades de Gobierno.

Espero que no nos digan lo que respondió el señor Sainz Aja en
el último debate parlamentario: que plantear una
discriminación de este impuesto a la hora de pagar el Impuesto
de transmisiones sucesorias, rompe los criterios de
objetividad y de universalidad. De eso
precisamente nos quejábamos los representantes del sector
agrario, los que estamos trabajando, luchando y defendiendo
sus problemas de la falta de objetividad y de la
discriminación que supone la situación del sector agrario. Yo
creo, señores de la mayoría absoluta, que ustedes tienen hoy
aquí... (La señora De Palacio Valle-Lersundi: ¡No es
absoluta!) Perdón, de la mayoría compartida. Espero que los
votos de los diputados de Convergència esta vez serán
utilizados decisivamente en beneficio de los agricultores
catalanes (¡ya lo veremos!), aunque tengo mis dudas. Espero de
todos ustedes que les quiten la razón a ésos que pronostican
que la agricultura no tiene futuro, porque hay muchos que
creemos que no habrá futuro sin agricultura, sin esos agentes
no sólo productores, sino protectores del medio natural (La
señora De Palacio Valle-Lersundi: Eso es verdad), sin este
equilibrio indispensable y absolutamente necesario de la
población.

Muchas gracias, señoras y señores Diputados. Gracias, señor
Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Gracias,
señor Lloréns. A esta proposición no de ley del Grupo
Parlamentario Popular tiene presentadas tres enmiendas el
Grupo Parlamentario de Coalición Canaria. Para su defensa,
tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, el
Grupo parlamentario de Coalición Canaria había presentado tres
enmiendas y después de escuchar la intervención del señor
portavoz del Grupo Popular, en la que ha informado que
retiraba el punto primero, el referente, precisamente, al
Impuesto sobre Patrimonio, nosotros, consecuentemente,
retiramos la primera enmienda. Y paso a defender las dos
siguientes.

En primer lugar, la dirigida al punto número dos, en el
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Su justificación es la
misma que la de la anterior, retirada: está referida,
fundamentalmente, a dejar claro en el texto de la proposición
no de ley que, cuando se habla de valor catastral, se debe
decir valor catastral conjunto. ¿A qué llamamos valor
catastral conjunto? En la estructura agraria española,
lamentablemente caracterizada por el minifundio y la
atomización, a veces se da la valoración catastral sobre cada
predio, parcela o explotación ganadera. Esto es lo que
queremos evitar.

Y vamos a apoyar favorablemente con nuestro voto esta
proposición no de ley, porque la consideramos oportuna y
pertinente, porque compartimos prácticamente la totalidad de
los fundamentos y argumentos de su exposición de motivos y
porque la creemos positiva para la dinámica que se pretende
hacer de concentración, eficacia y rentabilidad en el agro
español. No queremos tampoco que la picaresca habitual pueda
producir un fraude de ley y hacer ese desvío. Por tanto,
proponemos que, cuando en el catastro se esté hablando de
valor catastral de la explotación, se esté entendiendo que si
este empresario, este agricultor, este ganadero, está
considerando dentro del valor patrimonial catastral las
pequeñas fincas que constituyen todo el conjunto de la
explotación, sea la suma de los valores catastrales de todas y
cada una de ellas lo que entre hasta el límite de los
cincuenta millones de pesetas.

La tercera enmienda, segunda en este caso por la retirada de
la primera, está referida también a este punto dos, cuando ya
entramos plenamente en lo que la Ley actual viene a contemplar
como obligaciones fiscales impositivas en los actos de
donaciones o equiparables en el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones. Como el texto del proyecto habla, en primer lugar,
del cónyuge del titular de la explotación e inmediatamente
dice «o algunos de sus herederos», nosotros hemos querido
entender que en el espíritu del proponente está que esos
herederos tampoco vayan a ser posibles en fraude de ley y que,
por tanto, sean los herederos forzosos.

Lo entendemos así porque se está hablando del cónyuge de la
explotación. Y afortunadamente --y nosotros compartimos esto y
lo mantenemos en nuestra enmienda-- se dice que quienes
continúen explotando directamente esa unidad productiva
agraria en un plazo o período no inferior a cinco años sean
precisamente esos herederos forzosos, para evitar subterfugios
de ley, tal como que si no hay cónyuge, en caso de ser el
explotador primero, el agricultor, en ese caso, viudo, viuda,
soltero o unipersonal, si no hay herederos en primera
instancia, sean los forzosos que señale la Ley y, que, en caso
de que teste a favor de terceros, que no sean los forzosos que
señale la Ley, esto quede plenamente garantizado para que no
se desvirtúe. Porque, precisamente, al apoyar nosotros sin
ninguna enmienda el punto



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3.º de esta proposición no de ley, en lo que afecta al
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados en las permutas de fincas rústicas, nuestra
experiencia profesional --como la tiene el portavoz del Grupo
Popular proponente--, basada en lo que ha sido un servicio
tradicional del antiguo Instituto de Reforma y Desarrollo
Agrario (el antiguo Instituto, antes de haberse hecho las
transferencias a determinadas comunidades autónomas, de haber
sido heredado por éstas, que heredó, a su vez, una línea
política imprescindible en la estructura del agro español,
como fue el antiguo Servicio de Concentración Parcelaria), nos
encontrábamos con que, al tratar de fomentar, por una vía
educativa, pedagógica, los efectos de la concentración
parcelaria, para dar un sentido de unidad, de capacidad
productiva y competitiva al grave problema que antes he
denunciado del minifuncio del campo español, ahora, con esta
proposición no de ley hay un incentivo más en la supresión de
este Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en razón de las
permutas de fincas, y que, al ligar yo el número 2 con el
número 3, sea razón de abundamiento que se distinga aquí que
tienen que ser los herederos forzosos, para evitar cualquier
otra desviación del asunto, y que si el que va a hacerse cargo
de la explotación no es heredero forzoso, lo sea por la vía de
la donación, por las vías habituales en el Derecho de
propiedad en las transmisiones de fincas.

Por estas razones, nosotros pedimos al Grupo proponente la
aceptación de estas dos enmiendas, pues nosotros vamos a
apoyar con nuestro voto la proposición no de ley por su
oportunidad y conveniencia.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Gracias,
señor Mardones. ¿Grupos que desean fijar su posición respecto
de esta proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular?
(Pausa.) Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la
palabra el señor Gaztagaetxebarría Bastida.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

Brevemente, voy a fijar la posición de mi Grupo y a indicar
que vamos a votar favorablemente la proposición no de ley del
Grupo Popular, a pesar de que, estando de acuerdo con las
líneas generales de la exposición de motivos, diferimos
puntualmente en lo que atañe al examen que hacen del valor
catastral en relación al valor real de mercado. Para nosotros
no es lo más exacto, en la medida en que las actualizaciones
de valores catastrales que se están produciendo --y no
revisiones, como en su día inició el Gobierno, tanto del
patrimonio inmobiliario urbano como del rústico-- no suponen
verdaderamente un incremento considerable de dicho valor
catastral. La última actualización ha supuesto un 3,5 por
ciento, aprobado en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 1994.

Dicho esto, y analizando la parte resolutiva de la proposición
no de ley, estamos de acuerdo en que, como indicaba el
portavoz del Grupo Popular, el punto 1.º decae en la medida en
que existe una aprobación por parte de esta Cámara de una
iniciativa legislativa presentada por el Gobierno de manera
que quedaban exentos del Impuesto del Patrimonio aquellas
propiedades
afectadas al ejercicio de una actividad empresarial. Así está
conceptuada la agricultura, si interpretamos armónicamente la
Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el
Reglamento que la desarrolla. Por tanto, no procede examinar
tal cuestión con mayor profundidad.

En cuanto al punto 2.º del Grupo Popular, quiero indicar --
como lo ha hecho también el portavoz del Grupo Socialista--,
que, en los territorios históricos del País Vasco y de
Navarra, las Juntas Generales, organismos competentes, han
aprobado diversas disposiciones relativas al Impuesto sobre
Sociedades y
Donaciones, en las cuales existe, incluso, una exención más
general, más profunda que la que aquí plantea el Grupo
Popular. Por tanto, nuestro Grupo Parlamentario tiene que
apoyar esta iniciativa en coherencia con los planteamientos
que venimos postulando en el País Vasco.

Para terminar, señor Presidente, el punto 3.º supone una
medida complementaria que añade una modificación puntual a la
exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados en lo relativo a las concentraciones
parcelarias, tanto las voluntarias como las forzosas, sujetas
a autorización administrativa. Aquí no se habla de ello. Nos
parece que la idea puede ser positiva y, sin perjuicio de que
el Gobierno, en su día, presente una disposición de carácter
general que, además de regular el aspecto fiscal, ordene y
discipline la modernización y las estructuras de nuestra
agricultura, nosotros vamos a apoyar la proposición no de ley
del Grupo parlamentario Popular. Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Muchas
gracias. Por el Grupo parlamentario Mixto, tiene la palabra el
señor González Lizondo.




El señor GONZALEZ LIZONDO: Gracias, señor Presidente.

En nombre de Unión Valenciana, adscrita al Grupo Mixto, tomo
la palabra en el debate de esta proposición presentada por el
Partido Popular en la que se ha retirado el punto 1.º, lo cual
nos parece oportuno, porque, como ha dicho, estaba ya
prácticamente discutido y aclarado en pasadas intervenciones.




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Me gustaría dar lectura a un escrito publicado el 2 de
noviembre de 1993 en el que se dice que en el plazo de tres
meses el Gobierno elaborará un proyecto de ley de reforma del
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que recogerá
modificaciones relativas al carácter confiscatorio del
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con el objeto de
mantener y garantizar la
viabilidad de la propiedad, explotación o negocio, una vez
producida la transmisión; en concreto, los herederos de
pequeñas y medianas empresas, explotaciones agrarias de
carácter familiar, etcétera, estarán exentos del Impuesto de
Sucesiones siempre que se mantenga la explotación de dicho
negocio o actividad.

He querido leer esto porque he oído que el portavoz del
Partido Popular pedía coherencia. Este tema se presentó en
esta Cámara, en el Pleno, y el Partido Popular no la apoyó.

Seguramente es que la coherencia sólo vale en determinados
momentos. Y como nosotros sí que somos coherentes, presentamos
esto, lo apoyamos y hoy también lo vamos a apoyar aquí.

Naturalmente, no tomaremos en cuenta la cantidad de veces que
esto está sucediendo y nos gustaría que nos diéramos cuenta de
que no sólo el Grupo
mayoritario de la oposición es el que piensa bien; a veces los
demás también lo hacen y a veces también presentamos reformas
o modificaciones y luego nos vemos sorprendidos, a los tres
meses, con la presentación de las mismas modificaciones.

Como he dicho, efectivamente vamos a apoyar esta proposición.

Votaremos que sí y no quiero hacer perder más tiempo a SS.SS.;
con la coherencia que de verdad nos caracteriza, votaremos a
favor.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Gracias,
señor González Lizondo.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene
la palabra el señor Vidal.




El señor VIDAL Y SARDO: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, me complace hacer uso de la palabra presidiendo la
sesión don José López de Lerma, Vicepresidente del Congreso,
en representación de Convergència i Unió, con quien tengo el
honor de compartir, además, la circunscripción electoral de
Girona. El Grupo parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
no cree que en esta Cámara haya ninguna discrepancia respecto
a que el sector agropecuario está inmerso en una grave crisis
de cuya
persistencia se deriva una caída de las rentas, un progresivo
abandono de la actividad agraria por muchos profesionales del
sector y la falta de estímulos y de atractivos para la
incorporación de jóvenes agricultores a las actividades
agropecuarias. Estas dos consecuencias tienen su origen en
múltiples causas y, entre ellas, citaré el reducido tamaño de
muchas explotaciones y las dificultades en la continuidad de
las explotaciones agrarias en caso de producirse la sucesión
por herencia. Por lo tanto, hay que afrontar ambas causas,
favoreciendo los procesos de concentración de las fincas,
reduciendo el número de las pequeñas explotaciones,
regularizando sus superficies para aumentar su rentabilidad y
también
eliminando o disminuyendo los costes de las transmisiones y
sucesiones, siempre que se garantice la continuidad de las
explotaciones agrarias. Debatimos hoy una proposición no de
ley del Grupo Popular sobre la exención del Impuesto sobre el
Patrimonio y sobre las
sucesiones y donaciones de las explotaciones agrarias cuyos
valores no superen los 50 millones de pesetas, cuya filosofía
compartimos, pero de cuyo contenido discrepamos. Esta
iniciativa, que coincide con el análisis que acabo de hacer,
es, sin embargo, reiteración de otra presentada hace un par de
años por el mismo Grupo parlamentario.

Desde entonces se ha modificado en parte el marco jurídico de
la figura impositiva del Impuesto sobre el Patrimonio.

Efectivamente, la propuesta del Partido Popular de exención
del Impuesto sobre el Patrimionio para explotaciones agrarias
ya está vigente en el presente ejercicio de 1994 y no sólo
para valores inferiores a los 50 millones de pesetas, como
propone el Partido Popular, sino que ya están exentos todos
los patrimonios
necesarios para el desarrollo de cualquier actividad
empresarial productiva, mediante la introducción de esta
exención en el apartado 8.1 del artículo 4 de la Ley 19/1991,
del Impuesto sobre el Patrimonio, modificación pactada entre
el Grupo Socialista y Convergència i Unió con el apoyo de
otros grupos. Respecto al Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones ocurre algo parecido. Así pues, la recién aprobada
Ley de Medidas Fiscales modifica el artículo 39 de la Ley
29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el
sentido de aplazar el pago del impuesto durante cinco años sin
intereses y posterior pago mediante siete
semestres más con intereses sólo a partir del inicio del
fraccionamiento. Ya sé que esta medida puede resultar
insuficiente, pero ya está vigente para 1994, y lo está en
espera de la aprobación definitiva de una ley de sucesiones y
transmisiones específica para fincas y explotaciones agrarias
que favorezcan los necesarios procesos de concentración de
fincas y que elimine o abarate los costes de las
transmisiones, siempre que se garantice la continuidad de
dichas explotaciones. Al no existir ningún proyecto de ley que
persista en estos objetivos, nuestro Grupo presentó el 29 de
julio, recién iniciada la legislatura, una proposición de ley
articulada, pendiente de trámite en el Parlamento, denominada
de establecimiento de incentivos fiscales a la ampliación y
continuidad de las
explotaciones familiares agrarias, que pretende el fomento de
la concentración parcelaria, concediendo exenciones a las
transmisiones mediante permutas voluntarias y a la eliminación



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de servidumbres. También se proponen exenciones porcentuales
en las transmisiones realizadas mediante compra-ventas de
explotaciones agrarias y exenciones casi totales en las
sucesiones «mortis causa» y en las donaciones «inter vivos»
cuyos sujetos pasivos se dediquen o vayan a dedicarse a la
agricultura y a la ganadería. Pensamos que ésta es una
proposición de ley muy completa, en la que invito a participar
a los grupos parlamentarios, para que la mejoren si lo creen
necesario, porque la esencia de su contenido sí que puede ser
compartido por la mayoría. Compartiendo el diagnóstico de las
causas de la crisis de la agricultura, podemos compartir
también las soluciones globales, más que las parciales que hoy
nos propone el Grupo Popular. Por tanto, votaremos en contra
de la iniciativa del Grupo Popular, esperando no ser acusados,
como en otras ocasiones, de falta de sensibilidad por la
agricultura; otra cosa es hacia algunas de sus propuestas, que
estimamos manifiestamente mejorables o mejoradas, incluso
superadas, como es el caso de esta proposición no de ley. Al
votar en contra de la proposición no de ley, lo haremos
también en contra de las enmiendas presentadas. Nuestra
preocupación por el sector, señorías, pienso que está muy
demostrada. Seguiremos apoyando y proponiendo medidas que
avancen en la dirección correcta de defensa del progreso del
sector agrario y que supongan medidas generales, no parciales
o de reiteración de otras ya acordadas. Nada más.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Gracias,
señor Vidal. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra la señora
Rivadulla.




La señora RIVADULLA GRACIA: Señor Presidente, señorías,
nuestro Grupo Parlamentario comparte la opinión de otros
portavoces de grupo en el sentido de que, efectivamente, los
distintos
gobiernos socialistas son deudores del campo español. El
sector agrario se ha podido ver todavía más discriminado con
las medidas que se han aprobado en los presupuestos de 1994,
que han
supuesto, otra vez, recortes para el sector agrario y han
privado a los agricultores de una serie de beneficios que, de
forma indiscriminada, han favorecido a las pequeñas y medianas
empresas.

Nuestro Grupo, a pesar de que entiende las razones y comparte
la necesidad de cambiar el sistema fiscal que afecta al sector
agrario, a pesar de que entendemos la perentoriedad expresada
por el Grupo Popular que dice que estas medidas tendrían que
ser tomadas y llevadas a cabo en el plazo de un mes, se va a
abstener, y lo va a hacer porque el Grupo Popular en esta
proposición no hila fino, cae en el mismo pecado que los
distintos gobiernos socialistas, porque está proponiendo
medidas de exención fiscal de forma indiscriminada. Aquí no se
delimita el tipo de explotación, solamente se delimitan por el
importe del valor catastral de 50 millones de pesetas, pero
estos 50 millones de pesetas y esta explotación familiar la
puede tener un señor absentista que viva en Madrid y tenga una
explotación familiar en Cáceres. Si aprobásemos esta ley, este
señor quedaría exento al serle de aplicación la misma.

Entendemos que se procede indiscriminadamente (las medidas van
en este sentido). El Grupo Popular incurre en el mismo pecado
que los distintos gobiernos socialistas: la indiscriminación.

La segunda razón que mueve a nuestro Grupo a la abstención es
porque no queremos más chapuzas y esto va para los
representantes del Grupo Popular y para los representantes del
Grupo Socialista. No queremos más chapuzas porque entendemos
que estas medidas de exención fiscal, otras medidas que harían
referencia a la
Seguridad Social y las que se refieren también al Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, todas ellas, deben ser
contempladas con urgencia y deben venir a esta Cámara. Pero
debo recordar a SS.SS. que el Gobierno socialista tiene un
proyecto de ley de modernización de las explotaciones
agrarias. Es un proyecto de ley que se comprometió a traer a
esta Cámara en el año 1992 y nuestra responsabilidad como
oposición en este momento nos lleva a urgir que el Partido
Socialista, el Gobierno, traiga aquí esta ley. (El señor
Ramírez González hace gestos de
extrañeza.) Sí, señor Ramírez, que traiga aquí esta ley,
porque para asignar el tipo de ayudas que queramos al sector
agrario, deberemos delimitar el modelo de explotación que
queremos; deberemos señalar con claridad a quién consideramos
agricultor a título principal; deberemos señalar con claridad
cuáles son las explotaciones familiares agrarias y cuáles son
aquellas
explotaciones llevadas a cabo por personas y jurídicas que
deban ser objeto del apoyo mayoritario de los fondos públicos.

Por esto es por lo que nosotros entendemos que ya basta de
chapuzas. Que se traiga aquí, y que se traiga de manera
urgente, el proyecto de ley de modernización. Y vamos a entrar
a discutir en el arco parlamentario, pero también a consensuar
con las organizaciones profesionales agrarias, qué tipo de
explotación necesita el campo español, qué tipo de ayudas
necesita y a ver si conseguimos invertir, de una vez por
todas, la relación de que el 20 por ciento de las
explotaciones se llevan el 80 por ciento de las subvenciones,
sean de tipo nacional o comunitario. Aprovechamos nuestra
intervención en relación con esta
proposición no de ley para instar al Gobierno que traiga esta
ley, que sea consecuente y comience a aplicar desde ya estos
criterios para que las ayudas, las subvenciones,



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las exenciones vayan a la explotación familiar agraria, que es
la que da vida al mundo rural. Y cuando hablo de esto me
refiero a la cuota lechera, a los decretos de reforestación y
a tantos otros decretos que, de forma indiscriminada, se
reparten las ayudas, bien sea un señor absentista que jamás se
ha acercado a los campos o sea un señor que con su familia
está trabajando en la explotación agraria. Por ello, reitero
que mi Grupo Parlamentario, Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, se va a abstener en la votación de esta proposición
no de ley del Grupo Popular. Y urgimos al Gobierno para que
presente a esta Cámara, a la mayor brevedad, el proyecto de
ley de modernización.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Gracias,
señora Rivadulla. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene
la palabra el señor López Martín de la Vega.




El señor LOPEZ MARTIN DE LA VEGA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, voy a fijar la posición de mi Grupo en torno a una
proposición no de ley, la relativa a la exención de impuestos
sobre Patrimonio y sobre Sucesiones y Donaciones para las
explotaciones agrarias, cuyo valor catastral no supere los 50
millones de pesetas, con cuyos fundamentos podríamos estar de
acuerdo. Es más, las preocupaciones que se señalan en los
fundamentos son nuestras preocupaciones, así como también las
de los grupos de esta Cámara que me han precedido en el uso de
la palabra. La necesidad de incrementar la rentabilidad y la
competitividad de las explotaciones agrarias, fomentando su
aumento en tamaño, y la posibilidad de rejuvenecimiento del
sector en base a esa mayor rentabilidad son objetivos por los
que todos trabajamos. Ocurre, sin embargo, que consideramos,
al igual que han hecho otros grupos de la Cámara,
inclusoalgunos de los que van a votar a favor, que las medidas
concretas que en esta proposición se contemplan no son las
adecuadas para lograr esos objetivos. Como consecuencia de
ello, y aun compartiendo la preocupación general y los
objetivos que dicen perseguir, vamos a votar negativamente las
medidas propuestas y, por tanto, la proposición no de ley que
las contiene. Voy a explicar por qué y lo voy a intentar hacer
en dos sentidos. Los objetivos que la proposición no de ley
pretende no pueden lograrse mediante las únicas medidas que
ustedes han incluido en la proposición no de ley; son precisas
otras disposiciones, programas y ayudas que protejan la
explotación familiar y a los agricultores jóvenes. Para la
pura exención fiscal, ustedes mismos, los proponentes, han
reconocido que ya existe una normativa en vigor que puede
atender esos objetivos. La Ley 49/1981, del Estatuto de la
Explotación Agraria y de los
Agricultores Jóvenes, dispone una reducción del 50 por ciento
de la base imponible en casos de transmisión de explotaciones
en su integridad a favor de un colaborador de la misma,
reducción que se refiere no sólo al Impuesto sobre Sucesiones
y Donaciones sino también al Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales. Además de ello, está el Real Decreto 477/1993,
cuya explicación voy a ahorrar a SS.SS., por el que se
establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese
anticipado de la actividad agraria, cuyo objetivo es el
rejuvenecimiento del sector.

Estoy diciendo que aquellos objetivos que podríamos compartir
toda la Cámara son unos objetivos que no pueden lograrse por
la mera exención fiscal en las medidas que esta proposición
contempla. Es necesaria una reforma integral --lo decía algún
otro portavoz de los grupos que han intervenido-- de la
legislación vigente que tenga un mayor calado y eficacia. En
ese sentido, existe ya un anteproyecto de ley elaborado por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre
modernización de explotaciones agrarias, que, contemplando
también medidas de beneficios fiscales, pone en juego, además,
diversos instrumentos jurídicos y de apoyo financiero. Definir
y favorecer la constitución de explotaciones económicamente
viables a las que se prestará un apoyo jurídico prioritario,
fomentar la transmisión integral de tales explotaciones
facilitando el acceso de los jóvenes a su titularidad,
facilitar el acceso prioritario al crédito a quienes pretenden
modernizar sus explotaciones, evitar el fraccionamiento de las
fincas, así como promover el asociacionismo agrario son
medidas que,
contempladas en el anteproyecto del Ministerio, atenderían
mejor los objetivos que dice perseguir la proposición no de
ley que nos ocupa.

Así pues, que las medidas propuestas en la proposición no de
ley no cumplan, por parciales, los objetivos que dicen
perseguir (conseguir la ampliación y la rentabilidad de las
explotaciones agrarias) sería un primer motivo para votar
negativamente dicha proposición. Reiteramos, por tanto, como
ya han hecho otros grupos, incluso algunos que han anunciado
su voto favorable, que estas medidas no son adecuadas y que el
problema no puede ser abordado en torno a las propuestas que
la proposición no de ley hace.

Aun abordando el problema desde el mero ámbito fiscal, la
discusión no puede articularse en torno a unas propuestas que
no recogen sino aspectos muy particulares y fragmentarios del
asunto, y, además, desde ese ámbito meramente fiscal, sería
conveniente hacer una serie de consideraciones. Aquí les voy a
hacer una confesión. Cuando he estado preparando la
intervención en torno a esta proposición no de ley he querido
ser
extremadamente cuidadoso en no abrir un artificial turno en
contra porque yo estuviera contradiciendo argumentos que el
proponente del Grupo Popular hubiera hecho. He sido tan
cuidadoso que he tenido el cuidado,



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si me permiten la reiteración, de ni siquiera contradecir
argumentos que son puramente objetivos, como el que la renta
agraria haya crecido en su diferencia en torno a la renta
nacional, habida cuenta de los diez puntos que ha aumentado
desde 1982 hasta 1992. No he querido contradecir ni siquiera
esos argumentos objetivos, mejor dicho, esos datos objetivos,
que no son argumentos, pero sí me van a permitir en este punto
decirles que lo que mi compañero Sainz Aja dijo en mayo de
1992 (y quiero tener aquí un recuerdo muy especial y lamentar
su desaparición) es plenamente válido en este momento,
primero, porque él no se refirió al impuesto que el proponente
del Grupo Popular citó que se había referido; él se refería
exclusivamente al Impuesto sobre el Patrimonio y no al otro
impuesto. Eran tan ciertas y eran tan atendibles las
argumentaciones que desde esta tribuna mi
compañero Sainz Aja hizo un mayo de 1992 que el Grupo
Proponente de la proposición no de ley ha retirado el primer
punto de la misma. Lo que él decía, lo que yo traigo aquí
porque me sigue pareciendo válido es que la Ley 19/1991 es
verdad que apoyaba un sistema de valoración catastral en el
que, sirviendo de base sistemática y permanente para la
imposición estática sobre la riqueza, tuviera una información
actualizada que la transmisión de bienes genera. Y él decía, y
ustedes saben, que esa revisión catastral, proyectada por el
Centro de Gestión Catastral, no se había llevado a cabo, y por
tanto el diferencial entre el valor de mercado y el valor
catastral de los bienes sigue siendo bastante amplio, mucho
más en los bienes rústicos, en los que, además, por tener
mayores dificultades, por ser menos frecuente su transmisión,
no se puede recurrir ni siquiera a que el criterio de
valoración del precio de la contraprestación o del valor de
adquisición que se aplica en el impuesto tenga un carácter que
no sea meramente residual. Solamente aquí quiero contradecir
su argumento, en memoria de mi compañero, y lo que dijo lo
mantengo yo porque me parece absolutamente válido. Hay otras
razones nuevas que no voy a dar porque, a pesar de tenerlas
preparadas, el proponente del Grupo Popular las ha admitido,
tanto que ha retirado el primer punto de su proposición no de
ley --me estoy refiriendo el proyecto de ley de medidas
fiscales y de reforma del régimen de la función pública y de
la protección por desempleo--. Efectivamente, nosotros creemos
que la exención que prevé para los bienes y derechos de las
personas físicas necesarios para el desarrollo de una
actividad empresarial puede ser de aplicación a la explotación
agraria de la que estamos tratando. Y, efectivamente, estamos
de acuedo y contemplamos con satisfacción cómo retiran el
primer punto. Y, contemplando con satisfacción cómo retiran el
primer punto de la proposición no de ley, yo me permitiría
invitarles a que retiraran el segundo, por una razón, y me
reitero en mi intención primera de no contradecir ningún
argumento sino simplemente de explicar el porqué del voto
negativo de nuestro Grupo. Atender el segundo punto de la
proposición no de ley, señorías,
significaría romper con el criteiro de la Ley 29/1987, de 18
de diciembre, en el sentido riguroso de no admitir beneficios
fiscales de carácter objetivo por razón de la naturaleza de
los bienes o derechos adquiridos. Este criterio riguroso de no
admisión de estas exenciones con carácter objetivo llevó a la
eliminación de todas las exenciones de ese carácter que
estaban contempladas en el texto refundido de 1967 y, sin
embargo, dejó una que está en la disposición final primera. En
la disposición final primera los beneficios que para la
explotación familiar agraria regula la Ley 49/1981, que he
citado antes, siguen manteniéndose en la Ley 29/1987, por lo
que el segundo punto de su proposición, en este sentido, en
este aspecto, en el objetivo que pretende buscar, también es
innecesario, y veríamos con doble satisfacción también su
retirada; satisfacción que se triplicaría teniendo en cuenta
que en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados, en el artículo 48.1, b) 6, el texto
refundido de la ley dispone precisamente la exención del
impuesto de aquellas permutas de fincas rústicas que tengan
como finalidad la concentración de parcelas y la
eliminación de servidumbres de paso, que, como les digo, ya
está recogida en el texto refundido de la ley. Por tanto, ya
existe en este texto que les cito una medida que va a cubrir
el objetivo que ustedes pretenden con su proposición no de
ley.

Por tanto, señorías, resumiendo, aun estando de acuerdo con
los fundamentos de su proposición no de ley; entendiendo que
es un acierto por su parte la retirada del primer punto;
considerando que el segundo punto puede ser retirado también,
porque ya está contenido en la ley correspondiente, la del
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones; teniendo en cuenta que
el texto
refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ya recoge su
punto tercero y atendiendo sobre todo a que esa fundamentación
y esos objetivos, que compartimos, no pueden ser abordados
desde las medidas que el Grupo Popular propone, nosotros nos
reiteramos en nuestro voto negativo. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Gracias,
señor López Martín de la Vega.

A los solos efectos de aceptación o denegación en su caso por
el Grupo proponente de las enmiendas presentadas por el Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Lloréns.




El señor LLORENS TORRES: Gracias, señor Presidente.




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Señoras y señores Diputados, quisiera aprovechar la ocasión
que me brinda S.S. para agradecer la colaboración.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Señor
Lloréns, la ocasión que le brindo es reglamentaria. Es a los
solos efectos de manifestar su acuerdo o desacuerdo con las
enmiendas presentadas y mantenidas por Coalición Cannaria. A
estos efectos, tiene la palabra, no a otros.




El señor LLORENS TORRES: Es que a pesar de que se ha dicho que
no ha habido un turno en contra --y me atengo también al
Reglamento--, ha habido lo que se dice un turno en contra de
la intervención...




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Seño
Lloréns, esta Presidencia ha estado muy atenta al debate y
citarle no es replicarle. Por lo tanto, señor Lloréns, tiene
la palabra a esos solos efectos que marca el artículo 195 de
nuestro Reglamento.




El señor LLORENS TORRES: Entonces anuncio a esta Cámara que
aceptamos las enmiendas presentadas por Coalición Canaria.

Creemos que enriquecen el texto de la proposición no de ley
aquí presentado hoy; además, lo que abunda no daña y, por lo
tanto, consideramos que pueden incorporarse perfectamente, y
así lo asumimos, al texto de nuestra moción.

Por lo demás, debo constatar aquí que a veces los votos
decisivos se emplean para votar en contra de los intereses de
los payeses catalanes, así como que se han aducido una serie
de argumentos, y escritos están. Se dice que se niega la menor
para justificar la oposición a la mayor. Yo tengo un...




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Señor
Lloréns, le reitero, por tercera vez, lo que marca el artículo
195 del Reglamento. Usted ya ha manifestado su acuerdo con las
enmiendas. Por favor, retírese del estrado.




El señor LLORENS TORRES: Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (López de Lerma i López): Vamos a
proceder a la votación de esta proposición no de ley del Grupo
Parlamentario Popular. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley del Grupo
Parlamentario Popular, sobre la exención de impuestos sobre
Patrimonio y sobre Sucesiones y Donaciones para las
explotaciones agrarias cuyo valor catastral no supere los 50
millones de pesetas, que se somete a votación en los términos
resultantes del debate, es decir, los apartados segundo y
tercero, con las enmiendas del Grupo de Coalición Canaria
aceptadas por el Grupo proponente de la proposición no de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 319; a favor, 144; en contra, 162; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda rechazada la
proposición no de ley.




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-
INICIATIVA PER CATALUNYA, SOBRE PROGRAMACION Y PUBLICIDAD EN
TELEVISION DESTINADA AL PUBLICO INFANTIL (Número de expediente
162/000030)



El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley presentada por el
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unia-Iniciativa per
Catalunya, sobre programación y publicidad en televisión
destinada al público infantil. En nombre del Grupo proponente,
tiene la palabra el señor Alcaraz. (Rumores.)



El señor ALCARAZ MASATS: Con su venia, señor Presidente...




El señor PRESIDENTE: Un momento, por favor, señor Alcaraz.

Señorías, ruego ocupen sus escaños y guarden silencio.

(Pausa.)



El señor ALCARAZ MASATS: Señor Presidente, una vez que los
señores Diputados han ocupado sus escaños y guardado
silencio... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Alcaraz.

Señorías, les ruego que guarden silencio. (Pausa.)
Puede comenzar cuando quiera.




El señor ALCARAZ MASATS: Gracias, señor Presidente.

Pensamos que resulta evidente, no sólo para el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, que la situación en
este tema es de alarma real, ya que no sólo la programación
sino también la publicidad, el contexto general de lo que
emiten las cadenas de televisión, tanto públicas como
privadas, muchas veces está teniendo una indudable influencia,
una relación causa-efecto (porque, además, se basa mucho en la
dialéctica de la repetición) sobre los niños y los jóvenes.

Nos parece que se han encendido muchas luces rojas de alarma y
se están produciendo en esta etapa, últimamente pero también
en el período inmediatamente anterior, pronunciamientos no
solamente serios sino, a veces,



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convulsos. Desde el propio Papa, que acaba de decir que hay
que apagar los televisores en función de la violencia
(Rumores.) que destilan, hasta, por ejemplo, --que tampoco es
sospechosa de izquierdista--, la Fiscal General de los Estados
Unidos, que acaba de decir al Senado --hace unos tres meses--
que las cadenas de televisión tienen un año para mejorar, para
acondicionar su programación y evitar, fundamentalmente, las
escenas de
violencia, ya que si no, finalizado ese plazo, intervendrá el
Estado; incluso utiliza la expresión «una seria intrusión del
Estado en este tema». Yo no creo que nadie pueda acusar a esta
señora de intervencionismo, de estatalismo, etcétera. Son
pronunciamientos que van a veces desde una defensa abstracta
de la moral y de la paz, como en el caso de Su Santidad, a una
crítica a la dinámica sucia de los hábitos ya absolutamente
insostenibles del mercado libre, del mercado absolutamente
libre, de la radiodifusión televisiva, fundamentalmente en el
tema de películas y publicidad. A pesar de cómo se produzca el
pronunciamiento, todos condenan la violencia y, señorías --es
muy importante--, todos intentan una estrategia de prevención,
dada la indudable influencia de la televisión.

Creo que en este Congreso, tan inquieto para otras cosas y
para la atracción del pasillo, habría que empezar a tomar
medidas, superando la gran hipocresía que nos está impregnando
en estos momentos. Hipocresía, irresponsabilidad, cuando no
complicidad directa con los que están convirtiendo a la
televisión, incluso a la pública, en la gran corruptora.

Hipocresía paralizante en el Gobierno que, por ejemplo, tarda
tres años en trasponer la Directiva de Televisión sin
Fronteras que tenía como plazo de trasposición, aunque se
escribió y aprobó en 1989, abril de 1991, y cuando la
transcribe no recoge de manera rigurosa lo que ya es una
propuesta de mínimos, que es la Directiva europea y la rebaja
todavía más, pensamos que después de una negociación con las
televisiones privadas. Hipocresía paralizante en el Ministerio
de Educación, que llega a un acuerdo de código deontológico,
código ético de mínimos, fofo, en absoluto vinculante,
absolutamente discrecional con respecto a su aplicación, pero
que al final, según las asociaciones de padres y
telespectadores, tampoco se aplica, y la única medida que toma
el Ministerio de Educación a última hora es hacer una encuesta
a ver lo que piensa la gente acerca de este tema. ¡Tiene tela
marinera! Hipocresía paralizante en el Fiscal General del
Estado, que sigue durmiendo una larga siesta cuando está en su
cometido perseguir la
violencia, se produzca donde se produzca, y prevenir la
violencia y otro tipo de atentados a la igualdad, etcétera, se
produzcan donde se produzcan. Hipocresía paralizante y
complicidad en los órganos directivos de las televisiones, que
sólo piensan en captar audiencia para captar su publicidad,
para tener más dinero y que han descubierto, aunque Freud ya
lo sabía, que lo que más vende es la violencia, el sufrimiento
humano, el morbo, la sexualidad, etcétera. Hipocresía también
en el Senado que ha aprobado una Comisión que no funciona al
ritmo adecuado y que posiblemente llegue a las mismas
resoluciones que aquí ya hemos aprobado y que no conducen
absolutamente a nada, que no conducen a ninguna medida
operativa, que no conducen a ninguna
intervención real de los poderes públicos en un asunto de la
máxima urgencia.

Los propios acuerdos de esta Cámara, señorías, son muy
limitados, están mal orientados. No se puede decir que hay que
limitar el horario en que producen las emisiones o apagar el
televisor --tampoco estoy de acuerdo con eso en el sentido
general--, como aquel que dice que hay que huir de un crimen
en el momento en que se produce y que ésa es la solución:
salir del teatrode
operaciones. No. Hay que cambiar ese teatro de operaciones y
las propuestas que se han hecho en esta Cámara son
absolutamente ridículas hasta este momento. Nosotros hoy
planteamos dos apelaciones solemnes, generales, de una parte a
los medios de comunicación en general tanto públicos como
privados, pero, ¡ojo!, no hay medios privados; hay servicios
públicos que se realizan en concesión privada, que es otro
problema, y que por lo tanto están también sujetos a toda esta
problemática y a la posibilidad de que el Estado intervenga en
esta situación. Nos dirigimos a los profesionales de la
televisión pública, que se tiene que convertir en líder de
esta situación, y naturalmente a todas las televisiones y
medios de comunicación privados. Pero planteamos también,
señorías --y éste es el tuétano de la cuestión-- dos medidas
mínimas. Ni siquiera pedimos aquí todavía la comparecencia del
Fiscal General del Estado. La hemos solicitado hoy en
iniciativa aparte. Son dos medidas que permiten ya empezar a
intervenir sin hipocresía, de manera directa, sistemática, y
que no se pueden parecer, no se parecen, a ningún tipo de
censura previa y que están al margen de cualquier
consideración de ese tipo, muy por debajo de las que se
plantean en Norteamérica, en Alemania, en Francia, en la Unión
Europea, muy por debajo de las que se plantearían en una
trasposición adecuada de la Directiva Televisión sin
Fronteras. Sería, por ejemplo, primero: constituir en el seno
del Consejo de Administración o del Grupo RTVE una comisión de
evaluación participativa, como ese consejo que se ha creado
para el tema del medio ambiente, el Consejo Asesor de Medio
Ambiente, con padres de alumnos, pedagogos, asociaciones de
telespectadores,
representantes de la Administración, por supuesto. Porque cada
vez que se nos dice que un programa es violento, ¿quién lo
señala? ¿El señor García Candau que es juez y parte o el resto
de los directores generales que también son juez y parte y que
hasta ahora no han hecho ningún caso de los acuerdos adoptados
y que no han cumplido ni siquiera ese bamboleante y flexible
código



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deontológico aprobado también con la firma del Ministerio de
Educación? Por lo tanto, comisión de evaluación,
participativa, socialmente penetrada, como ésta del Consejo
Asesor de Medio Ambiente, y también --¡qué cosa más simple!--
un informe anual --anual, ven SS.SS. qué poco apretamos-- que
se rinda ante este Parlamento de cómo han ido los trabajos de
esa comisión de evaluación, qué resistencia han encontrado a
la hora de interponer obstáculos a la emisión de sexismo,
violencia, machismo, crímenes, etcétera. Estamos viendo 40.000
crímenes al año, 10.000 violaciones. Se están transmitiendo
cien horas a la semana de dibujos animados. Y dirán ustedes:
dibujos animados, ¡qué inocentes! No, no. Dibujos animados que
tienen dos orígenes: o el imperio Disney, que no se
corresponde con esta cultura y mete constantemente una
inyección de competitividad, de
frustración, o los dibujos japoneses, que en la vida hemos
visto nada más violento por estos pagos que los dibujos
japoneses, y la influencia está clara: saben ustedes que hace
poco un
muchacho, disfrazado de guerrero ninja, pegó flechazos en
Granada y no mató a una pareja de novios de milagro, por un
milímetro. Por tanto, son influencias funestas, directamente
comprobables y con respecto a las cuales no se hace nada
porque el mercado de la publicidad es sagrado. Y que nadie nos
acuse de
intervencionismo. Vamos más acá de la directiva de Televisión
sin Fronteras, vamos más acá de la Fiscal General de los
Estados Unidos, vamos más acá de todo eso, pero lo mismo que
en la Constitución, la nuestra, que consagra el Estado social
y democrático de Derecho, se dice que hay que intervenir
cuando, por mor del mercado libre, se produce un
desequilibrio, para compensar eso, en este caso también hay
que intervenir, porque es un bien público que la influencia
que se siga transmitiendo a niños y jóvenes no sea la que
actualmente se transmite. Sepan ustedes, además, que la
programación infantily juvenil es la más barata. Un programa
de una duración aproximada de media hora, cuesta 150.000
pesetas. Mientras, por ejemplo, el sexólogo Ozores puede
cobrar 30 millones por un programa de media hora, un programa
infantil cuesta 150.000 pesetas, y naturalmente ocupa cien
horas a la semana, contando las cinco cadenas estatales, más
una, por poner un ejemplo, de las autonómicas. Desde ese punto
de vista, van a una gran audiencia, con un coste bajo, pase lo
que pase, para, a partir de ahí, lanzar la publicidad a un
mercado que exige y que demanda mucho, el de los niños, y a un
mercado muy amplio, del 42 por ciento de la población, que son
los jóvenes.

Señorías, la Fiscal General de los Estados Unidos (poco
sospechosa de izquierdista, ¿verdad?), ha llegado a decir ante
el Senado (dando un año de plazo, y, si no, que habrá una
intrusión fuerte del Estado norteamericano, puesto que ningún
director está cumpliendo ninguna recomendación ética) que hay
una clara vinculación entre violencia en la televisión y el
comportamiento agresivo: clara vinculación. ¿En qué se apoya
la Fiscal General de los Estados Unidos? En dos estudios
profundos, sistemáticos, largamente elaborados. El primero:
tras más de una década de investigación, el Instituto Nacional
de Salud Mental concluyó que la gran mayoría de los estudios
vinculan violencia televisiva con agresiones en la realidad.

Están aumentando las agresiones en la realidad, no disminuye
la violencia en
televisión; luego hay una relación de causa-efecto. Segundo
punto en el que se apoya la señora Fiscal General de los
Estados Unidos: la revisión de la Asociación Norteamericana de
Psiquiatría, que ha sido terminante en sus conclusiones: las
investigaciones acumuladas demuestran a las claras una
correlación entre la visión de la violencia y el
comportamiento agresivo. Estamos siendo cómplices de eso.




El señor PRESIDENTE: Señor Alcaraz, le ruego concluya.




El señor ALCARAZ MASATS: Termino, señor Presidente.

Pero luego, cuando uno protesta se le dice en los pasillos: es
que si quitamos publicidad, habrá que aumentar la subvención a
la televisión pública. De acuerdo. Si quitamos violencia, si
quitamos discriminaciones de todo tipo, de acuerdo. Pero
podemos desfavorecer gravemente a la televisión privada.

Luego, ¿qué prima aquí: el mercado libre de la publicidad y la
captación de audiencia, sea como sea, o prima el bien general
de transmitir de manera educadora, porque la televisión es
moduladora social y cultural de un Estado social y democrático
de Derecho? Señor Presidente, si aquí seguimos con las
palabras, haciendo
simplemente llamamientos, somos unos hipócritas, estamos
siendo cómplices de una situación. Pasemos a los hechos.

Nosotros hemos pedido ya hoy la comparecencia del Fiscal
General. No vamos a aceptar la trasposición que se ha hecho de
la directiva
Televisión sin Fronteras, porque es cínica. Un solo ejemplo,
para que vean la dialéctica contradictoria y cínica de esta
trasposición. Dice en el punto primero: No se transmitirán
escenas de violencia. Punto segundo: Si se transmiten, será a
partir de las diez de la noche. Punto tercero: Si se
transmiten antes de las diez de la noche, habrá que señalarlas
con un sonido. Es decir, que se transmiten a todas horas y es
una trasposición cínica, intragable en estos aspectos, que
nosotros, desde luego, en ese sentido, vamos a contradecir
seriamente en esta Cámara. Pasemos a los hechos. Creemos la
comisión de evaluación...




El señor PRESIDENTE: Señor Alcaraz, le ruego concluya.




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El señor ALCARAZ MASATS: Termino, señor Presidente, en un
minuto. Creemos también el informe anual; es lo menos que se
despacha. Aceptémoslo así; si no, seguiremos con una retórica
que está perjudicando seriamente la situación social y que ya
ha sido denunciada por mucha gente.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Alcaraz.

Se han presentado a esta proposición no de ley enmiendas del
Grupo Socialista y del Grupo Popular.

Para la defensa de las enmiendas del Grupo Socialista, tiene
la palabra la señora Fernández.




La señora FERNANDEZ SANZ: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, el portavoz de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya en esta proposición no de ley ha empezado sus
palabras hablando de la sensibilidad existente en
personalidades de otros países. Yo creo que no es necesario
irse a personalidades de otros países, señor Diputado, porque
en este país, en esta Cámara, por el conjunto de los grupos
políticos, en esta misma legislatura, por iniciativa del
Partido Popular, con enmiendas importantes de Convergència i
Unió y de Coalición Canaria, se ha hablado de este tema. Y,
desde luego, nuestros gobernantes en diferentes niveles de
administraciones, nuestro Poder Judicial, lo refleja
constantemente. Podríamos acordarnos de circulares emanadas
por la Fiscalía General en torno a políticas de
infancia. Señoría, desde luego aquí hay preocupación, hay
sensibilidad y hay actuaciones en torno a este tema.

El Grupo Socialista ha presentado una serie de enmiendas a la
proposición no de ley que el Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya nos plantea en este Cámara, sobre la
programación y la publicidad en televisión destinada a la
infancia y a la juventud. Tres son enmiendas de sustitución o
de adición y otras tres lo son de supresión. Nosotros le
planteamos que su Grupo tome en consideración estas seis
enmiendas nuestras, en su conjunto, para nosotros poder votar
así su proposición no de ley. ¿Cuál es la dirección de estas
seis enmiendas? Insisto, tres de sustitución o adición y tres
de supresión. En primer lugar, proponemos que cada vez que se
habla, en cada una de los
apartados, del Grupo de Radiotelevisión Española, se hable
también del conjunto de las televisiones, las televisiones de
titularidad pública y las televisiones de titularidad privada,
porque, señorías, la audiencia infantil y juvenil reparte su
tiempo de ocio en el conjunto de las televisiones. Por lo
tanto, la vigilancia de los objetivos que plantea su
proposición no de ley acerca de evitar mensajes de violencia,
de sexismo, de discriminación y acerca de proteger los
derechos de la infancia, esos objetivos --insisto-- de su
proposición no de ley son exigibles no sólo a la televisión
pública sino también a las televisiones privadas. Y, si cabe,
señoría, le diré que más a las privadas que a las públicas
porque, al menos, esta Cámara, los grupos parlamentarios
conocemos, por las comparecencias del Director General de
Radiotelevisión y del Director de Televisión, que en la
televisión pública se han levantado series y programas
infantiles y juveniles por el hecho de descubrirse una
preocupación, una duda o una queja de los ciudadanos ante la
llamada de atención, ante la preocupación de que hubiera algo
negativo para la audiencia a la que se dirigía. Incluso
conocemos, por la reciente comparecencia del señor Colom, en
diciembre de 1993, en la Comisión de Control de
Radiotelevisión, que en Televisión Española se ha creado un
pequeño comité que visiona la programación que se emite en
horario infantil, para que no se produzca la emisión de
ninguna serie o de ningún programa que plantee dudas a los
profesionales y a los expertos de televisión.

Uno de los hilos de la presentación de su proposición no de
ley es: Se necesitan estructuras en las que participen quienes
reciben la información, porque no viene a cuento que sea el
director de la televisión. Yo creo que usted coincidirá
conmigo, señor Diputado, en que, por lo menos, cuando hablamos
de las grandes políticas finalistas (la política educativa, la
política sanitaria, las políticas de bienestar) siempre
decimos que para hacerlo bien tenemos que ir al fondo, a las
causas de los problemas y no poner parches a las
manifestaciones de estos problemas. Sería bueno trabajar,
potenciar y valorar esta comisión interna de los
profesionales, de los que hacen los productos en la televisión
pública --y ojalá existiera también en las televisiones
privadas--, porque supondría ir a las causas de los problemas
y, por tanto, en el futuro, evitar que se produzcan y que se
compren programas que puedan hacer daño a la infancia o a la
juventud.

Señoría, por lo que respecta a las tres enmiendas que tienen
que ver con incorporar a las televisiones privadas junto con
la pública, no debemos de olvidar que la televisión pública ha
aprobado, y va a empezar a aplicar, un documento con criterios
sobre la programación y contenidos en televisión pública, que
será un código ético interno de la televisión pública, el
marco de referencia para los profesionales que elaboran los
espacios televisivos. Por tanto, con lo anterior, señoría, le
estoy hablando de la enmienda a los puntos 2 y 3, que se
refiere a incorporar las televisiones privadas.

En el punto 3 también queremos, señoría, que tomen en
consideración la sustitución de la frase «que se introduzcan
factores de ansiedad o frustración», que es difícilmente
medible, por «que favorezcan los factores de ansiedad o
frustración», que creo es un tema menor.

La segunda línea de valoración, que tiene que ver con la
supresión que le planteamos del último párrafo del punto 3 de
su proposición no de ley, así como del punto



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4 y del punto 5, tiene que ver con lo que ya está haciendo el
Gobierno con las televisiones. Señoría, no puede olvidar que
el Ministerio de Educación y Ciencia ha firmado con todas las
televisiones del país un convenio sobre el principio de
autorregulación; un convenio que, además, han firmado los
consejeros o consejeras de Educación de las seis comunidades
autónomas que tienen a la vez televisiones públicas en el
ámbito de su nacionalidad o de su región. En este convenio se
comprometen todos, y de forma especial las televisiones, a
favorecer los valores de respeto a la persona, los valores de
tolerancia, solidaridad, paz y democracia. Se comprometen
también a favorecer la educación y el enriquecimiento y
desarrollo personal del niño y el joven, y se comprometen a
evitar la difusión de imágenes y mensajes susceptibles de
vulnerar los valores de protección a la infancia y a la
juventud y, de forma especial, cita los mismos que usted
menciona en su proposición no de ley.

Este convenio se dota de una comisión de seguimiento o
vigilancia. Señoría, ¿por qué crear, en esta proposición no de
ley y en esta Cámara, otra comisión de seguimiento o
vigilancia? ¿Por qué multiplicar las iniciativas que se van
creando, y algunas recientemente? Le oigo a usted decir que
porque esto no funciona. ¿Es que la comisión en la que
participan las
administraciones de educación, en la que participan las
televisiones nacionales y las televisiones autonómicas, no
funciona según usted --su vigencia es desde el año 1993; su
primera reunión de seguimiento fue en septiembre de 1993--, y
la que usted propone sí iba a funcionar? Se ha dedicado a
decir que todo lo que se crea en otros ámbitos, incluso en la
otra Cámara, el Senado, no funciona. Yo creo que no, señoría.

Yo creo que los grupos políticos de esta Cámara tienen que dar
tiempo a la comisión que existe en el Senado y, desde luego,
en este caso me parece más importante, al compromiso mutuo y
la responsabilidad de las televisiones con las
administraciones de educación. Quisiera recordarle, para que
vea la importancia y el valor de esa comisión, que, a la vez
que el Ministerio de Educación se compromete a impulsar
estudios teóricos y prácticos sobre la programación televisiva
y su efecto en la población infantil y juvenil, se tiene que
ocupar de desarrollar una campaña entre profesores, alumnos y
padres para promocionar el potencial educativo de las
televisiones y sus aspectos positivos, e incluso para reforzar
la capacidad crítica de los alumnos cara a saber traducir,
administrar e incorporar perfectamente los mensajes de estos
temas de los que estamos hablando, las producciones
televisivas, y a la vez el Ministerio de Educación se
compromete a producir un programa que facilitará al conjunto
de las cadenas de televisión para su posible emisión.

Esta comisión se ha reunido una vez, en septiembre; existe ya
un acta de esa comisión, y en ella las televisiones, con el
Ministerio de Educación, estudiaron las quejas que habían
llegado del conjunto de los telespectadores e hicieron una
reflexión acerca de que, partiendo de que las televisiones --
sobre todo, insisto, las privadas-- habían hecho ya un
desembolso, un gasto, en una serie de programaciones, de
productos, y decían que los iban a seguir emitiendo, el
conjunto de las televisiones
valoraban la necesidad de cuidar mucho en el futuro la
adquisición y la producción que hicieran de espacios para los
jóvenes y para los niños. En el fondo, le estoy diciendo que
la argumentación para pedirle la supresión del apartado cuarto
de su proposición no de ley es que ya tenemos unas actas, que
se hacen con la participación del conjunto de las
televisiones; que no necesitamos tener una vez al año, sino
cuantas veces se reúnan, y que las podemos obtener de la
televisión pública, en nuestra Comisión de Control de
Radiotelevisión, o porque se las solicitemos al Ministerio de
Educación y Ciencia cada vez que los Grupos de esta Cámara lo
consideremos importante. Después, y para terminar, S.S. ha
hablado de la directiva --hay un error-- 89/522 de la
Comunidad Económica Europea. Yo quisiera recordarle, señoría,
que si le parece que es mejorable el
borrador que presenta el Gobierno y que ya tenemos todos los
Grupos, tenemos tiempo en esta Cámara, en Comisión y en Pleno,
para tratar el proyecto. Hay un capítulo IV dedicado a la
protección de los menores; hay unos artículos 16 y 17 que, si
consideramos que debemos mejorarlos, podemos hacerlo, sin
duda, y si creemos que el apartado que se refiere a publicidad
no recoge perfectamente lo que dice la directiva, su momento
es cuando tratemos ese proyecto de ley en esta Cámara.

Insisto, señoría, no debemos olvidarnos, a la hora de otros
argumentos, e incluso de otras enmiendas que vengan de otros
Grupos, que el 30 de noviembre en esta Cámara, a propuesta del
Partido Popular, se aprobó por una inmensa mayoría una
proposición no de ley que incorporó a la vez, insisto,
importantes enmiendas de
Convergencia i Unió y de Coalición Canaria, y que habla de
garantizar la protección de la juventud y la infancia en
películas y en series y es complementaria.

Terminaría sólo con una cita, porque, mientras estábamos esta
tarde en el Parlamento, yo me he traído algunas de las
publicaciones que tienen que ver con este tema. Como usted ha
mostrado también bastantes textos externos al país, les diré
que hay una revista que tiene una valoración importante por
los profesionales en estas materias, que es «Infancia y
sociedad», de la Dirección General de Protección Jurídica del
Menor, que tiene un número dedicado a la publicidad para
la infancia y a las televisiones y programas infantiles. Ahí
tenemos suficientes valoraciones y análisis que afectan a la
realidad sociológica de este país, sin necesidad de traer a
cuento estudios de lo que sucede en otros países.




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El señor PRESIDENTE: Señora Fernández, le ruego concluya.




La señora FERNANDEZ SANZ: Termino con una frase, señor
Presidente, y muchas gracias por su benevolencia.

Un catedrático de la Universidad Complutense de nuestro país,
que ha sido asesor de una televisión pública, en concreto en
Canal + y de Telemadrid, la televisión pública autonómica de
Madrid, termina uno de sus trabajos diciendo: Lo cierto es que
contra lo que divisaban los agoreros más pesimistas, los niños
y jóvenes de hoy no sólo parecen normales, sino que, en
ocasiones, tienen mayor formación y aptitud ante la vida que
sus antecesores. Estamos hablando de esos niños que nos
preocupaban, que eran los niños electrónicos, los niños que
habían dejado su ocio de la calle por el ocio de la
televisión.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Fernández.

Para defender las enmiendas del Grupo Popular y fijar su
posición, tiene la palabra la señora Mato.




La señora MATO ADROVER: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, subo a esta tribuna para defender las enmiendas que
el Grupo Popular presenta a la proposición no de ley de
Izquierda Unida y también, cómo no, para fijar nuestra
posición sobre la misma.

Permítanme que, en primer lugar, les recuerde que el día 30 de
noviembre de 1993, hace ya dos meses, se aprobaba en esta
misma Cámara, a iniciativa de nuestro Grupo, una proposición
no de ley encaminada, como ésta que debatimos hoy, a proteger
a la infancia ante los contenidos de la programación de las
distintas
televisiones.

Esta iniciativa recogía la preocupación que la sociedad
española demuestra en torno a este importante asunto, ya que
todos sabemos que el 96 por ciento de los niños en edad
escolar ven diariamente la televisión, y una inadecuada
programación puede tener efectos muy negativos en la formación
de los mismos. Pretendíamos entonces hacer una reflexión sobre
la responsabilidad de esta Cámara, del Gobierno y de los
medios de comunicación ante este hecho. En esa ocasión
prácticamente todos los grupos de la Cámara votaron a favor de
que se introdujesen determinadas correcciones en nuestro
ordenamiento jurídico para hacer efectiva la
protección del menor, ya que al parecer los acuerdos entre el
Gobierno y las televisiones no logran los efectos deseados.

Esa iniciativa garantizaba en todo momento la libertad de
comunicación y la libertad de expresión, pero cuidando, eso
sí, que no atentara contra el derecho de protección que
reconoce la Constitución a la infancia y a la juventud.

Señorías, a pesar de que, como he dicho, en el mes de
noviembre ya se aprobó una proposición relativa a la
programación destinada al público infantil, les anuncio que
siempre que llegue a esta Cámara, aunque sea reiterativa en
sus planteamientos, como ocurre en esta ocasión, alguna
propuesta que signifique volver a hablar de protección de los
derechos de la infancia y de la juventud, tenemos claro que
nuestro voto será positivo.

Por otra parte, creo que éste es un buen momento para
solicitar al Gobierno que informe a los miembros de esta
Cámara del balance que hace, tanto del acuerdo que en su
momento se suscribió, a propuesta del Ministerio de Educación
y Ciencia con las distintas cadenas para la autolimitación de
las televisiones, en cuanto a emisión de programas que
implicase su contenido: violencia gratuita hacia las personas,
mensajes atentatorios para la dignidad de las mismas,
desprecio, consumo de productos
perniciosos para la salud y utilización de lenguaje
innecesariamente indecente. Asimismo, me gustaría que el
Gobierno nos informara acerca de los cambios legislativos que
propone y de las medidas que está adoptando en cumplimiento de
la
resolución aprobada por la mayoría de esta Cámara para
garantizar la protección de la juventud y de la infancia.

Mucho me temo, señorías, que tanto si hacemos balance de ese
acuerdo, como si nos informan de las medidas adoptadas o más
bien diría de las medidas no adoptadas, para cumplir las
decisiones que en nombre de los ciudadanos se aprobaron en
este Parlamento, tendremos una prueba más de la debilidad del
Gobierno, del permanente incumplimiento de los acuerdos que
promueve y de la falta de respeto hacia las decisiones de la
mayoría.

Señoras y señores Diputados, a menudo se nos acusa de que
nuestro partido plantea exigencias distintas en el caso de los
medios de comunicación públicos y en el caso de los medios de
comunicación privados. Reconozco que nuestra actitud tiene que
ser distinta cuando se habla de medios de titularidad pública,
protegidos y apoyados por el Estado y del que, además, somos
accionistas todos los españoles, que cuando se habla de medios
de titularidad privada. Es indudable que las televisiones
públicas y privadas tienen actualmente unos planteamientos
eminentemente comerciales, puesto que el dato de audiencia,
como todos sabemos, resulta capital para poder contratar
espacios publicitarios en las mejores condiciones del mercado.

Resulta evidente que ese afán comercial en ningún caso puede
perjudicar los derechos de los menores, pero más evidente
resulta todavía que una televisión pública, que en 1994 va a
recibir más de 57.000 millones de los españoles, no puede
tratar de conseguir 91.000 millones de pesetas más de
publicidad a costa de la deformación de nuestros niños.




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Decía con razón la senadora socialista señora Camps al
defender en el Senado la creación de la Comisión de Encuesta y
Estudios sobre la incidencia de los contenidos de las
televisiones, que la televisión pública es una televisión que
por definición debería ser para todos. Debería ser una
televisión que asumiera la responsabilidad de ofrecer una
programación más escogida y de mayor calidad. Añadía, además,
que no se entendía que el Estado, una de cuyas principales
misiones es gestionar la educación, no utilizase ese medio
para tal fin. Sin embargo, señorías, lo que todavía se
entiende menos es que el Gobierno conceda créditos
extraordinarios de miles de millones de pesetas a una
televisión que no sólo no es de todos, sino que además ni
siquiera respeta los derechos de uno de los sectores que
necesita más protección: los niños y los jóvenes. En cualquier
caso, nuestro Grupo, a la hora de preservar valores
indiscutibles de la sociedad --y todos coincidimos en que la
protección a la infancia lo es-- no hace distinciones y
plantea las mismas exigencias para los medios públicos que
para los medios privados.

No obstante, llegados a este punto, sí me gustaría advertir
una cosa. Creo que sería negativo que todos emprendiéramos
ahora una carrera para demostrar quién es más imaginativo a la
hora de presentar iniciativas, en este caso iniciativas con
respecto a la protección a la infancia.

La juventud y la infancia están protegidas en el artículo 20
de la Constitución Española; en el artículo 4.º de la Ley del
Estatuto de Radiodifusión y Televisión; en el artículo 5.º de
la Ley de Tercer Canal; en el artículo 3.º de la Ley de la
Televisión Privada, y, en definitiva, en todas las leyes y
normas internacionales que afectan al mundo de lo audiovisual,
incluida la Declaración Universal de los Derechos del Niño.

Por cierto, nosotros también lo hemos introducido en la
proposición de ley de televisión por cable que hemos
presentado hace pocos días en esta Cámara.

Sin embargo, señorías, es el Gobierno el que tiene que
responder de la falta de aplicación de las leyes. Es el
Gobierno el que tiene que explicar qué hacer ante el
incumplimiento reiterado de las mismas y, sobre todo, es el
Gobierno el que tiene que justificar por qué no cumple las
resoluciones de esta Cámara. Señoras y señores Diputados, en
estos momentos ya existe en el Senado una comisión específica,
creada el día 14 de noviembre, que aborda muchos de los
aspectos a los que se refiere esta proposición no de ley. Esto
demuestra la preocupación compartida que hay entre el Congreso
y el Senado por esta materia. Por ello quizá sea éste el
momento de plantear la posibilidad de solicitar la creación de
una comisión mixta Congreso-Senado que aborde todas estas
cuestiones. Creemos que éste sería el mejor vehículo para
armonizar el esfuerzo de estas dos Cámaras, que a veces no
tiene todo su fruto porque falta la necesaria coordinación. La
importancia de este asunto es tal que pensamos que esa
comisión no debería dedicarse exclusivamente a analizar e
investigar, sino también a hacer el seguimiento del
cumplimiento normativo y del grado de sensibilidad de las
televisiones hacia esta materia. Por supuesto, también de la
actuación del Gobierno a este respecto.

Por todas estas razones, y en congruencia con lo dicho en esta
exposición, estamos seguros de que si el Gobierno hubiese
cumplido el texto de la proposición que se aprobó en esta
Cámara el día 30 de noviembre, como hemos dicho, hubiera sido
innecesaria la presentación por parte de Izquierda Unida de
esta iniciativa. Por ello nuestras dos primeras enmiendas van
encaminadas fundamentalmente a reiterar dicha proposición. A
estos efectos, nuestra enmienda número 2 solicita del Gobierno
que remita un informe relativo a las medidas que ha adoptado o
piensa adoptar, tanto en el ámbito legislativo como en otros
campos, para garantizar la protección de la juventud y de la
infancia en cumplimiento de la resolución aprobada el día 30
de noviembre.

La tercera de nuestras enmiendas se refiere al punto tres de
la proposición y pretende, en primer lugar, eliminar la
referencia que, junto a la violencia y al sexismo, se hace a
factores de ansiedad o frustración. Nuestro Grupo cree que no
es serio solicitar que en el contenido de la programación no
se
introduzcan factores de ansiedad o de frustración, porque,
señores de Izquierda-Unida, ¿podría alguien decirme quién es
capaz de objetivar lo que son factores de ansiedad y de
frustración? ¿Puede usted decirme qué casos producen factores
de ansiedad o frustran a las personas? Por este motivo les
pedimos que retiren la alusión a esos factores.

En ese mismo punto, pedimos la supresión de lo relativo a la
constitución de una comisión de evaluación, tanto porque ya se
creó una en el Senado el 14 de noviembre como por el anuncio,
que he realizado en nombre de nuestro Grupo, acerca del
estudio de la posible creación de una comisión mixta Congreso-
Senado sobre esta materia.

Pedimos, asimismo, la supresión del apartado 4.º de la
proposición por varios motivos. En primer lugar, porque existe
en esta Cámara una Comisión de Control de Radiotelevisión
Española, que se reúne una vez al mes, en la cual se puede
hacer un seguimiento de la programación. En segundo lugar,
nuestro Grupo considera que solicitar un informe anual es
insuficiente. En todo caso, se debería pedir un informe
trimestral y, además, fijarse comparecencias periódicas.

Por último, relativo al punto 5.º de la proposición, creemos
que es imprescindible que se haga referencia a los medios de
comunicación de titularidad pública, y no sólo a los privados.

Si me lo permiten, quiero decirles también que no parece que
la función de esta Cámara sea hacer recordatorios.




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Más bien habría que instar al Gobierno a seguir el
cumplimiento de las leyes, a cumplir los acuerdos vinculantes
de esta Cámara. Por esa razón, solicitamos que, en vez de
recordar las obligaciones, se inste al cumplimiento de las
mismas. Señorías --con esto termino--, estoy segura que algún
Diputado de los que acaban de intervenir en esta Cámara no
habría hecho la misma intervención si la iniciativa procediera
del PP. De hecho, hay un acontecimiento que avala mi
afirmación. Ante una propuesta de similares características --
a la que me he referido durante toda esta intervención-- el
grupo proponente mantuvo la abstención. En espera de que todos
comprendamos que hay verdades que son verdades,
independientemente de quien las esgrima, nosotros vamos a
votar que sí a pesar de que no se aprueben todas las enmiendas
que hemos presentado. Vamos a votar que sí porque no se trata
de imitar a aquellos que tienen estrategias preconcebidas y
que ponen su actuación y su voto al servicio de intereses
partidistas. Se trata de apoyar el buen fin que persigue
cualquier grupo parlamentario, por mucha distancia ideológica
que nos separe. (Aplausos en los bancos del Grupo Popular.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Mato.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Muchas gracias, señor Presidente. Voy
a hablar, en este caso, en representación de la Coalición EA-
EE y del Grupo de Unión Valenciana, conformados e integrados
en el Grupo Mixto.

Ambos grupos valoramos positivamente la presentación de esta
proposición por considerar que es un tema que afecta, en gran
medida, a la sociedad. Quisiera, sobre todo, destacar la
oportunidad de esta proposición no de ley porque supone
insistir en un tema ya planteado en este Congreso y en la
Comisión de Control de Radiotelevisión Española, pero que no
ha tenido la debida atención por los medios radiofónicos y
televisivos, tanto públicos como privados. Una dura lucha por
la audiencia y el dominio de la competencia ha llevado al
predominio de la
zafiedad, y quiero subrayar la palabra, sobre la difusión
cultural, el entretenimiento imaginativo e innovador e,
incluso, la información. Puede alguno opinar que no es
progresista denunciar que los ciudadanos responsables, padres
de familia o no, están hartos de sentarse ante un medio y
escuchar seis tacos gruesos por segundo, y recibir dosis de
violencia sin sentido, sin tener, además, la posibilidad de
elegir. No me importa que no se considere progresista, pero,
desde la libertad que da esta tribuna, debo denunciar que sea
precisamente la televisión financiada con recursos de los
ciudadanos quien contribuya, ejemplarmente, a una estrategia
que conlleva desinformación, en particular a la juventud, y
propicia un estilo de vida que no dignifica a la persona
humana.

La representante del Partido Socialista ha hecho referencia a
convenios del Ministerio de Educación con las comunidades
autónomas --dentro de un marco que considero teórico-- que,
por desgracia, en el día a día no se cumplen, porque estamos
atravesando una etapa televisiva caracterizada por la falta de
sensibilidad ante el espectador, que no hace distinción de
edades a la hora de ofrecer un programa televisivo. Una
televisión que podría y debería tener como objetivo principal,
sobre todo a la hora de la audiencia de niños y jóvenes, la
impartición de programas educativos y culturales, objetivo que
no se cumple actualmente en ningún canal de televisión.

Por ello daremos nuestro apoyo a la proposición no de ley,
aunque nos hubiera gustado que se incluyera una referencia a
todo programa que dé motivo a la discriminación por motivos
--insisto-- de raza, sexo, religión o posesión económica. Nada
más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Albistur.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Con la venia, señor Presidente. Por
parte de Coalición Canaria, comienzo haciendo la afirmación de
nuestro voto de apoyo, y, por tanto, positivo, a esta
proposición no de ley que nos trae el Grupo parlamentario
federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. En la misma línea
actuamos cuando en el pasado mes de noviembre el Grupo Popular
presentaba su proposición no de ley, que apoyamos, aceptando
la enmienda que nosotros presentamos, y esta línea de
principios de fondo --porque las dos intervenciones que han
tenido lugar, tanto la de la portavoz del Grupo Popular como
la de la portavoz del Grupo Socialista-- está dentro de
nuestra misma sintonía y compartimos su planteamiento.

Esta propuesta que nos trae hoy aquí el Grupo proponente tiene
que decir para nosotros algo fundamental, que es esta
concordancia de principios de defensa, de un principio ético
para la juventud y para la infancia a través de lo que se dice
por las cadenas de televisión. Ahora bien, dicho esto --porque
estamos de acuerdo en la parte troncal del fondo de esta
proposición--, lo que mantenemos a efectos críticos y lógicos
de discrepancia sería en el cómo se va a alcanzar esto. Y en
ese cómo nosotros veríamos con agrado, si es la anuencia del
Grupo proponente, la aceptación de enmiendas que han sido
presentadas por el Grupo Socialista y el Grupo Popular que
conducen perfectamente a esto, prácticamente, diría, a una
poda de lo accesorio,



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pero, a veces, no tan accesorio en determinadas cuestiones,
para dejar el tronco de lo que queremos, que es precisamente
esa protección. Estoy de acuerdo plenamente en que ese
principio hay que defenderlo, pero no solamente debe ser
exigible a los medios públicos, al Ente público de
Radiotelevisión, sino a todas las cadenas privadas. Porque el
objeto que aquí se proteje
jurídicamente es total y absoluto, sea cual sea la titularidad
jurídica del medio por el que se hace llegar, como aquí
acertadamente se ha dicho.

Estoy de acuerdo plenamente en que hay cuestiones en las que
deberíamos ser muy cautos, en una sociedad cuya Constitución
garantiza no solamente los derechos de la infancia, sino que
garantiza como bien protegible superior la defensa de las
libertades. Aquí tenemos que ser exquisitos en el tema.

Parafraseando las palabras del anterior Presidente del Consejo
General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, diría que
hay que seguir defendiendo no solamente las libertades, sino
el gusto por la libertad. Le digo esto, señor Alcaraz, porque
nuestra posición final de apoyo a este tema, cuando aquí se
nos propone constituir una comisión de evaluación, nos llena
el cuerpo la reticencia; de aquí a pasar a una comisión de
censura estamos a un paso. Y esa protección de las libertades
que señala nuestra Constitución es verdaderamente fundamental.

Dejemos a las distintas cadenas de Televisión y a los medios
sociales que ellos se autorregulen, que creen, ante una
presión de esta Cámara política, de opinión pública, que ellos
se autorregulen creando sus comités éticos, del estilo de
hacer las emisiones correspondientes. Estamos viendo cómo
distintas cadenas se autorregulan con sus propios códigos
éticos de conducta que tienen que emitir para evitar lo que se
ha denominado «televisión basura» o estas cuestiones que
atentan, fundamentalmente, a principios y están reflejados en
la Carta de Derechos del Niño. En eso, por tanto, estamos
plenamente de acuerdo.

En segundo lugar, las cuestiones que son competencia de la
Comisión de Control de esta Cámara precisamente, la
Radiotelevisión pública, sigamos ejerciéndolas. En lo que sí
estoy de acuerdo de lo que se ha dicho aquí es en excitar la
sensibilidad, tan dormida, del Fiscal General del Estado. Aquí
no tenemos que recordarle a nadie que se cumpla la
Constitución o los principios legales, que, como bien ha
señalado la portavoz del Grupo Popular, están ahí escritos;
ahora, entre los órganos para velar por su observancia están
fundamentalmente la Fiscalía General del Estado, y en esto sí
le doy la razón para extremar su celo.

Por todas estas razones, señorías, vamos a apoyar el fondo y,
por tanto, esta proposición no de ley, sea cual sea su suerte,
para que se mantenga esta línea, esta posición ante este grave
problema cada vez más acuciante y que sean fundamentalmente
todos los medios, públicos y privados, los implicados en estos
principios de resoluciones que aquí estamos apoyando. Pedimos,
porque creo que harían una poda beneficiosa al fondo, la
aceptación de las enmiendas que han presentado los Grupos
Socialistas y Popular. Nada más. Muchas gracias, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor Presidente, señorías, a
través de la proposición no de ley del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, vuelve hoy a la
Cámara el debate sobre la protección de la infancia y la
juventud ante la
televisión y, en general, ante los distintos medios de
comunicación social. No es un debate nuevo, porque, como ya se
ha recordado por anteriores intervinientes, el 30 de noviembre
pasado la Cámara aprobó una proposición no de ley, a
iniciativa del Grupo Popular, que incorporó una serie de
enmiendas del Grupo de Coalición Canaria y del Grupo
Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), instando al Gobierno a proponer los
cambios legislativos precisos para que todas las cadenas
televisivas, tanto públicas como privadas, adopten
determinadas precauciones en su programación, garantizando la
protección de la juventud y de la infancia frente a la
proliferación de películas y series con planteamientos que
atentan contra la dignidad de la persona. Es la última vez que
dicho debate va a tener lugar, porque pronto vamos a tratar el
proyecto de ley de trasposición de la Directiva Comunitaria de
Televisión sin Fronteras, que regula algunos de los aspectos
que preocupan al grupo proponente de hoy,
preocupaban al grupo proponente del 30 de noviembre y
preocupan, creo yo, a la totalidad de la Cámara.

La posición del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) quedó claramente expuesta en dicho debate, reciente aún,
en el que, además de manifestar nuestra preocupación por la
falta de respeto de las distintas cadenas de televisión hacia
la exigencia de no emitir programas no recomendados para
menores antes de las 22 horas, propugnamos, mediante la
correspondiente enmienda, que dicha exigencia no se limitara a
las televisiones públicas, sino que se extendiera igualmente a
las televisiones privadas, lo que, como he dicho
anteriormente, se incorporó al texto aprobado. De otra forma,
creemos que la proposición no de ley hubiera quedado coja.

También es bueno recordar que antes de la aprobación por la
Cámara de dicha proposición no de ley se aprobó un documento
sobre protección de la infancia en televisión, documento
acordado entre el Ministerio de Educación, las consejerías de
las comunidades autónomas



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con competencias en materia de educación y los responsables de
todas las televisiones públicas y privadas. Dicho documento
apelaba a la autorregulación, lo que requería de una actitud
decidida y sincera por parte de los propios medios, que en
algunos casos se ha respetado y en otros debemos reconocer
que, lamentablemente, no ha sido así.

La aplicación del documento ha sido a menudo objeto de debate
en la Comisión de Control parlamentario de Radiotelevisión
Española, y si bien es cierto que desde algunos sectores
sociales se ha denunciado que algunas veces se incumple dicho
acuerdo de autorregulación, también lo es que los mismos no se
han dirigido fundamentalmente hacia las televisiones públicas.

Entrando de lleno en el contenido de la proposición no de ley
que hoy nos plantea el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, queremos señalar que su punto
1 nos parece acertado, puesto que entendemos que no está de
más hacer un nuevo llamamiento a los medios de comunicación
para que extremen su celo en el tratamiento de las
informaciones que se relacionan con la infancia y la juventud.

Y lo mismo puedo decir del punto 2, aunque me parece que pocas
novedades aporta con respecto a la proposición no de ley de
finales de noviembre que estamos citando reiteradamente.

Además, mantiene una división en la exigencia, según se trate
de cadenas públicas o privadas, exigencia que a nuestro Grupo
no le parece acertada (más adelante volveré sobre ello).

En cuanto al punto 3, pienso que, de un lado, supone reiterar
lo que Radiotelevisión Española ya aceptó al firmar el
convenio de autorregulación, reiteración que, como en el punto
anterior, poco aporta al contenido de la proposición no de ley
citada. De todas formas, nuestro Grupo, hasta ahí, podría
votar a favor. Ahora bien, de nuevo me pregunto por qué
delimitar el mandato a las televisiones públicas, como se
señala en este punto 3 de la proposición no de ley. Pienso que
es limitar, pienso que no debemos conformarnos con ello y que
deberíamos extenderlo a las televisiones privadas, que también
tienen, me parece, público infantil y juvenil al que hay que
proteger. En cuanto a la propuesta, incluida en este propio
punto 3, de creación de una comisión de evaluación, creemos
que existiendo una Comisión de Control Parlamentario de
Radiotelevisión Española en la Cámara, de la que tanto el
señor Alcaraz como el Diputado que les habla forman parte, y
existiendo, además, una Comisión especial creada al efecto en
el Senado, la verdad es que no consideramos
necesaria la creación de la misma. Creo que lo que debemos
hacer todos los grupos parlamentarios y todos los Diputados, a
los cuales nuestros grupos han asignado la responsabilidad de
cuidarnos de los temas de televisión, es hacer que dichas
comisiones funcionen correctamente, porque posibilidades hay.

En cuanto al punto 4, por lo que se refiere a esta propuesta
que se realiza de atribuir una nueva competencia al Consejo de
Administración de Radiotelevisión Española, nosotros pensamos
que sería más conveniente trasladar la propuesta a los
trabajos sobre la reformadel Estatuto de la Radio y de la
Televisión y
considerarla a fondo; me parece lo suficientemente importante
como para que la aprobemos hoy en un debate donde viene como
una propuesta más. No haberla debatido a fondo me parece lo
suficientemente importante como para que la traslademos al
debate de la reforma del Estatuto de la Radio y la Televisión.

En cualquier caso, con el Estatuto actual o con el estatuto
que se apruebe después de la reforma, si continúa en la línea
del actual, creemos que sería más eficaz trasladar esta
competencia al Director General, en vez de al Consejo.

En cuanto al punto 5 de la proposición no de ley, de nuevo
parece deducirse que se aplican dos raseros distintos para la
televisión pública y la privada a la hora de reclamar la
protección de la infancia en todos sus ámbitos, por lo que,
como decía al tratar el punto 3, nos parecería más correcto
incluir en dicho punto el mandato a las televisiones privadas
en forma de necesidad y no como mero recordatorio, como parece
deducirse del punto 5. No entiendo por qué, últimamente,
cuando tratamos en este Pleno aspectos que afectan, en este
caso, a la protección de la juventud y de la infancia en
televisión, tenemos esa obsesión de dividir entre televisiones
públicas y privadas. Como decía antes, señor Alcaraz, ¿es que
las televisiones privadas no tienen público infantil y
juvenil? ¿Es que no los hemos de proteger? ¿Es que, como
Parlamento, nos hemos de limitar a dar instrucciones, a dar
mandatos al Gobierno para que introduzca modificaciones
legislativas que afecten simplemente a la televisión pública?
Yo creo que no; creo, sinceramente, que no.

En todo caso, estamos a la espera de la aceptación de
enmiendas que se puedan producir por parte del Grupo
proponente porque entendemos que la iniciativa, que es una
iniciativa importante y muy bien intencionada que nuestro
Grupo Parlamentario comparte en su objetivo y en su fondo,
debe ser bastante mejorada y matizada en algunos aspectos para
que pueda contar con el voto favorable de nuestro Grupo
Parlamentario.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Recoder.

Por el Grupo proponente, tiene la palabra el señor Alcaraz, a
los solos efectos de expresar la aceptación o rechazo de las
enmiendas.




El señor ALCARAZ MASATS: Señor Presidente, con la máxima
brevedad, aunque teniendo en cuenta que éste es un debate
confuso que acaba de empezar y que desde luego nosotros vamos
a mantener a lo largo de



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esta legislatura, dure lo que dure: tres meses, según el
Partido Popular, o tres años, según el Partido Socialista
Obrero Español. Con respecto a las enmiendas del Partido
Socialista, primera coincidencia, no presentan enmiendas al
punto 1 de nuestra proposición no de ley. Segunda
coincidencia, aceptamos la enmienda de adición al punto 2
(medios de comunicación social, televisiones públicas y
privadas). Le recuerdo al señor portavoz del Grupo Catalán
(Convergència i Unió) que todo el punto 5 está dedicado a las
privadas, pero, en fin, lo que abunda no daña; por tanto
aceptamos la enmienda de adición al punto 2. En el punto 3
aceptamos el 80 por ciento de las enmiendas del Partido
Socialista Obrero Español: incluir las televisiones de
titularidad privada --lo que abunda no daña--, así como
cambiar la expresión «introduzcan factores de ansiedad» por
«favorezcan factores de ansiedad»; sin embargo, no estaríamos
de acuerdo en suprimir lo que es clave: la creación de una
comisión de
evaluación. Efectivamente, no tiene nada que ver con la
Comisión del Senado ni con la Comisión de Control de
Radiotelevisión Española y no se puede plantear para las
privadas; es una comisión de evaluación en el grupo
Radiotelevisión Española, porque es el único derecho que
tenemos desde aquí: dirigir ese grupo y plantear aquí una
comisión de evaluación. Una comisión de evaluación no de este
Parlamento que, por ejemplo...




El señor PRESIDENTE: Señor Alcaraz, le ruego se limite a
expresar la aceptación o rechazo de las enmiendas, no a
utilizar un turno de réplica a los enmendantes.




El señor ALCARAZ MASATS: Sí, señor Presidente.

Mantenemos, por tanto, algo que no redunda con respecto a
aprobaciones anteriores. También creemos que es necesario,
como mínimo, un informe anual, pero aceptaríamos que fuese
trimestral, mejor, aunque nosotros, por prudencia, esperando
que esta proposición se aprobara por unanimidad, pedíamos un
informe anual de un consejo de administración. No existe
ningún tipo de exageración ahí.

No entendemos por qué se nos pide la supresión del punto 5
donde pedimos que se aplique la Directiva Televisión sin
Fronteras, la Constitución y la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, no entendemos por qué se pide esa supresión.

Sí lo entendemos leyendo la transposición que se ha hecho de
la directiva, puesto que no se transpone la Directiva 80/552
tal y como lo aprobó Europa.

Enmiendas del Grupo Popular. La enmienda al punto 1 es igual a
lo que nosotros proponemos, pero, bien, de acuerdo. ¿Por qué
no aceptamos la enmienda al punto 2, que es lo que aprobó esta
Cámara? Porque reproduce el proyecto de ley que se acaba de
introducir aquí y que reduce gravemente la Directiva
Televisión sin Fronteras que establece que se transmita a
partir de las 10 de la noche y, si no se hace a partir de esa
hora, que se ponga un indicador de que ese programa es
«gravament». Por tanto, no es posible aceptarla. Nosotros
aceptamos la directiva europea, no lo que aprobó esta Cámara
que lo votamos en contra o nos abstuvimos. Por lo tanto, ésa
es la explicación. Así de claro. Enmienda al punto 3. Quita la
comisión de evaluación, aunque parece ser que podría
aceptarla; no lo he entendido bien. En todo caso, nosotros
mantenemos la comisión de evaluación, porque en el punto
anterior dice en uno de sus apartados que sea evitada en la
franja horaria de referencia la publicidad que pueda afectar;
que sea evitada, ¿quién lo evita? ¿Yo o Candau? Una comisión
de evaluación, como mínimo.

Enmienda al punto 4, de supresión. Un informe cada tres meses.

De acuerdo. Y, después, enmienda al punto 5, prácticamente
igual. Termino, señor Presidente, aunque les advierto que
tienen ustedes una contradicción seria. Si ustedes admiten la
directiva que yo meto en el punto 5, lo que han metido
aprobado por esta Cámara es contradictorio, porque reduce la
directiva europea. Hay una contradicción en sus posiciones.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Alcaraz.

Vamos a proceder a la votación.

Señora Mato, a efectos de poder precisar el contenido de la
votación, la enmienda al punto 4 de la proposición propone la
justificación de los términos del debate. Ha parecido
entenderse que S.S. estaría dispuesta a aceptar el punto 4 de
la proposición si en lugar de ser un informa anual fuese un
informe trimestral. ¿Es así? (Asentimiento.) Gracias.

Vamos a someter a votación la proposición no de ley del Grupo
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya en los términos
resultantes de la aceptación de las enmiendas al punto
segundo, aparte del punto tercero, del Grupo Socialista, no
las restantes del Grupo Socialista, y las enmiendas a los
puntos primero, cuarto y quinto, del Grupo Popular. Comienza
la votación. (Pausa).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultdo: votos
emitidos, 319; a favor, 155: en contra, 162; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la proposición no de ley.

MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES:



--MOCION CONSECUENCIA DE INTERPELACION URGENTE DEL GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, RELATIVA A LA COLOCACION



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DE ESCUCHAS TELEFONICAS (Número de expediente 173/000018)



El señor PRESIDENTE: Punto tercero de orden del día: mociones
consecuencia de interpelaciones urgentes.

Moción del Grupo Popular, consecuencia de interpelación
urgente, relativa a la colocación de escuchas telefónicas.

En nombre del Grupo proponente, tiene la palabra el señor
Baón. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.)



El señor BAON RAMIREZ: Señor Presidente, señorías, con todo el
sentido de la prudencia, pero al mismo tiempo, con la mayor
determinación en defensa de los derechos y libertades
fundamentales, procedo a exponer a la Cámara la moción
resultante de la interpelación al Gobierno que, sobre escuchas
telefonicas ilegales, planteó mi grupo a mediados de diciembre
último. Han transcurrido casi dos meses desde la interpelación
que formulara mi compañero el señor Alvarez Cascos y el motivo
de escándalo que la propició, caso Godó o la trama de las
escuchas ilegales o la red de Barcelona del CESID, que de
todas estas formas se
denomina, lejos de apaciguarse, se ha avivado y con el paso
del tiempo no tiene visos de apagarse. Es una historia de
lobos y corderos que, al amparo de la razón de Estado de
alguna supuesta y suprema causa, ha rebasado la oscuridad de
las cloacas, emergiendo a la luz, a la sociedad, como un mal
ejemplo para imitar. Y todo ello creando una conciencia de
impunidad en cuanto a la vulneración de derechos vinculados a
la intimidad, como el de la comunicación telefónica, dando
valor al perverso principio del fin justifica los medios y, en
definitiva, creando esa sensación, esa verídica impresión de
que el Estado difícilmente puede proporcionar seguridad a los
ciudadanos si no es capaz de asegurarse a sí mismo. El nivel
de enfrentamiento entre servicios de información estatales, en
este caso entre el CESID y la Policía, ha alcanzado tales
cotas, es tan abierto, se refleja tan paladinamente en los
medios de comunicación que los ciudadanos empiezan a
plantearse, con no pequeño asombro, la pregunta de qué está
pasando aquí. De suerte, que en esta guerra sucia los
servicios de inteligencia son, más bien, servicios a la
estupidez y a la torpeza. Por lo pronto, señorías, el sumario
sobre el espionaje telefónico --que un semanario de
información general ha revelado parcialmente-- revela tal
compendio de hechos y declaraciones cuyo contenido refuerzan
la implicación del CESID, que nos veremos obligados a pedir
responsabilidades políticas. ¿Qué hacen en manos de ex agentes
del CESID documentos
clasificados como secretos, los cuales engrosan el sumario?
¿Cómo justifica el Vicepresidente del Gobierno, don Narcís
Serra, las declaraciones al Juez de don Javier Godó? ¿Quién
puede entender que se utilice el aparato del Estado para
influir, condicionar o impedir conductas mercantiles
perfectamente lícitas ante el sector de los medios de
comunicación? ¿Cómo se expone al ridículo el Ministro de
Defensa afirmando en esta Cámara que el CESID no ha recibido
información procedente de la mencionada red de espionaje y
extorsión? Ahora empiezo a entender el poder que ostenta el
señor
Vicepresidente del Gobierno, y yo creo que es el poder que le
proporcionan los informes confidenciales, sustantivos o de
cotilleo, y que, al socaire de hurgar en el ámbito de lo
privado, del secreto de lo íntimo, vulneran de lleno la
legislación constitucional y positiva, todo ello en medio de
un cortejo de despropósitos y desprestigios bochornosos que
manchan al Gobierno de la nación en una especie de «Watergate»
a la española, con la doble diferencia de que ni España es los
Estados Unidos, ni, por supuesto, el señor Serra es el señor
Hoover. Desde el enfoque constructivo que proporciona la
moción
subsiguiente a una interpelación, mi grupo ofrece soluciones
que pasan por acometer lo antes posible la definición del
marco legal de la organización y funciones del Centro Superior
de Información de la Defensa, para lo cual, mediante una
proposición no de ley que se debatirá próximamente,
propugnamos la creación de una Ponencia en el seno de la
Comisión correspondiente para que estudie la finalidad, para
que replantee las funciones de ese servicio de inteligencia
que yo me atrevo a llamar servicio de la chapuza sin ningún
ambage, y ello porque es conveniente situar a ese centro en su
ámbito, en el ámbito estricto de la defensa nacional y no de
intereses espurios inconciliables con el ordenamiento
jurídico.

Hace un decenio, señorías, que mi grupo parlamentario viene
denunciando la práctica expansiva de los pinchazos telefónicos
al margen de la autoridad judicial. Reiteradamente, asimismo,
el Grupo Socialista oponía a estas iniciativas razones
inconsistentes y, entre ellas, la de que este tipo de
agresiones a la libertad y a la seguridad eran meramente
episódicas. A nuestra instancia, en 1984, se introdujo al fin
en el Código Penal la tipificación de la escucha ilegal y se
hizo en los artículos 192 bis y 497 bis, llenando el vacío que
al respecto existía en el vetusto Código Penal ya que
asimilaba, también en ese sentido, la intromisión, no
solamente la revelación del secreto postal sino también el
telefónico y telegráfico. Desde la constitucionalización de la
libertad y secreto de las comunicaciones, consagrada en el
artículo 18.3 de nuestra suprema norma, importaba castigar las
conductas de los derechos personalísimos consumadas con la
utilización de instrumentos y artificios técnicos de escucha,
transmisión y grabación



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ción de sonido y de imagen. Aun reconociendo el antedicho paso
adelante que supuso esa reforma, es lo cierto, señorías, que
resulta barato delinquir pinchando teléfonos, y ello porque la
pena de multa es de 100.000 a 500.000 pesetas y si se divulga
lo grabado, es el tipo cualificado, la pena de privación de
libertad se lleva a su grado máximo de arresto y con multa de
hasta dos millones de pesetas. Digo que es barato delinquir a
juzgar porque en la trama de escuchas de Barcelona el llamado
Miguel Ruiz El Lobo intentó cobrar cifras millonarias a
personas grabadas en un claro intento de extorsión, y eso
según figura en el sumario que ha abierto y que está
instruyendo el Juzgado 32 de la ciudad condal. En el paquete
de medidas de nuestra moción, en su punto tercero precisamente
instamos al Gobierno a que proceda al endurecimiento de las
penas utilizando el precedente del Código Penal «non nato» y
que decayó precisamente por la disolución de las Cámaras, en
abril hará un año. Precisamente en ese Código se tipifica en
su nueva dimensión, con todas las consideraciones técnicas que
ofrece la nueva tecnología para inmiscuirse en la vida privada
y se elevaban las penas sensiblemente
estableciéndolas en prisión de seis meses a dos años y,
asimismo, en su correlativo de multas.

Por lo que respecta a otras reformas legislativas, quiero
mencionar que en el orden de la sanción administrativa se ha
modificado también la Ley de Ordenación de las
Telecomunicaciones y todo ello, sin duda --y mi grupo lo
apoyó--, no sin reconocer que respondía a una ocasión de
oportunidad, que se produjo cuando fue interferido al
Vicesecretario, don José María Benegas, en su coche y en las
que motejaba precisamente a don Felipe González llamándole
Dios.

Mi grupo, señorías, entiende que el artículo 18.3 de la
Constitución, cuando dice: «Se garantiza el secreto de las
comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y
telefónicas, salvo resolución judicial», proclama un derecho
fundamental no únicamente en sentido formal y abstracto, sino
que al tiempo impone a los poderes públicos la activa
obligación de garantizarlos. Al cumplimiento de esa exigencia
se encamina, pues, el conjunto de medidas políticas que
solicitamos al Gobierno en esta moción, en orden a
contrarrestar o a atajar ese ambiente de impunidad que reina
y, asimismo, desarticular a los grupos que ya vienen operando
en esta actividad ilegal. Desde que por iniciativa de Mirabeau
se constitucionalizó en la
Constitución francesa revolucionaria el secreto postal, todas
nuestras constituciones han recogido ese secreto y, a su vez,
han asimilado las nuevas comunicaciones interpersonales en
garantía del secreto de la comunicación personal, de la
privacidad. Tamaña sensibilidad, señorías, de preservar la
intimidad, el secreto de lo privado, ha cobrado mayor énfasis,
tal vez, porque los peligros que la acechan son mucho mayores
a juzgar por la tecnología. De ahí que hoy tanto el derecho
sajón como el derecho latino constituyan una nueva frontera,
una nueva clase de derechos que apoyan todos los Estados
modernos, precisamente para no sofocar todavía mucho más al
individuo, para que cada vez no se aliene más. Evidentemente
el impulso positivo que hemos de exigir a los poderes públicos
para llenar de contenido real un derecho de estas
características no consiste en que nos regale el Estado un
secráfono a cada uno, en absoluto; no consiste en eso, pero sí
en establecer un conjunto de medidas de orden público de
carácter preventivo y represivo que constituyan el soporte
material para disuadir, entorpecer, descubrir y castigar a los
pinchadores de teléfonos. Eso sí, el Estado en todas sus
dimensiones y por medio de todos sus organismos debe dar
ejemplo, debe aplicarse el «lege patere quam feciste» y no
aplicar lo más ancho del embudo para él y lo más estrecho para
los demás. Se dirá por alguno de ustedes, como ya lo dijo el
Ministerio de Obras Públicas aquí al interpelante de mi grupo,
que era una forma de magnificar el problema. No es cierto, ni
mucho menos; es sencillamente admitir la realidad de que en
nuestra vida diaria, hablando entre nosotros, incluso con
ustedes, tenemos que hablar en clave, buscar el contacto
directo y así, evidentemente, va prosperando ese grado de
impunidad que nos impide comunicarnos con libertad. De ahí,
señorías, que mi grupo inste al Gobierno a que traiga a la
Cámara, en el plazo de un mes, un plan de actuaciones urgentes
que comprenda la creación, en el seno de la Dirección General
de la Policía, de grupos especializados en materia de
telecomunicaciones adscritos a cada Jefatura Superior,
dotándolos de medios técnicos de detección de los artificios
de escucha y de grabación; el desarrollo de un programa de
servicios de prevención de escuchas telefónicas ilegales
destinado a proteger las comunicaciones de ciertos abonados
susceptibles de protección preferente y, asimismo, sobre quien
exista fundadas sospechas de que está en peligro de esa
intromisión y la presentación ante la Comisión de Justicia e
Interior del Congreso de informes
semestrales que den cuenta de las actuaciones llevadas a cabo
y los medios empleados para la aplicación de este plan al que,
en síntesis, me acabo de referir.

La moción que sometemos a la consideración de SS.SS. se
completa, por lo demás, con una petición adicional al Gobierno
a fin de que en el término de dos meses, o si se quiere en un
plazo mayor, se regulen los procedimientos de fabricación, de
importación, de comercialización y uso de los instrumentos e
ingenios técnicos que tengan como finalidad esa intromisión en
la vida privada. No se trata con esta propuesta de restringir
este mercado, sino de intervenirlo, al igual que el mercado de
armas, para saber quién compra esos productos y con qué
finalidad se compran. Tal suerte de



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limitaciones están planteadas, por cierto, en el grupo de
trabajo de la Comunidad Europea que está estudiando este
problema. A lo largo de estos años, señorías, nuestro sistema
de seguridad se empobrece paulatinamente y para comprobarlo
sólo basta ver los periódicos cada mañana. En verdad, créanme
que en este propósito, en este asunto, en ese debate, no nos
mueve lanzar más barro, más suciedad, más basura a la cara del
Gobierno; en absoluto. Basura todos los días sale en los
periódicos y no es ése nuestro propósito, como no es
arrebatarles cuanto antes el poder; en absoluto. Nos anima
únicamente el vivo deseo de fortalecer la sociedad de manera
que el individuo pueda desenvolverse entre sus derechos
fundamentales con independencia y normalidad, sin sentirse
vigilado ni constreñido en el ejercicio de su libertad por
manos ocultas y tramas mafiosas oscuras como la puesta en
descubierto en Barcelona. Se habla de trama ciertamente,
porque es una forma de destacar lo oculto y desconocido, pero
más parece la trapacería o el enredo de una opereta en la que
todos sabemos quién es el virtuoso que toca el piano. Por
cierto, hoy no veremos al Vicepresidente del Gobierno ocupando
su escaño en el banco azul, pero sí tendremos oportunidad de
verlo tocar el piano, en el «Anillo de los nibelungos», en un
canal de
televisión.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): A la moción del Grupo
parlamentario Popular han presentado enmiendas los grupos
parlamentarios de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
Socialista y el Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Para la defensa de la enmienda del Grupo de Izquierda Unida,
el señor Romero tiene la palabra.




El señor ROMERO RUIZ: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, es éste un debate en el que coincide el tiempo real
con el tiempo político. Es un debate que celebramos en esta
Cámara cuando hay abiertas diligencias por los tribunales de
justicia en un hecho gravísimo que se ha producido en
Barcelona, cuando hay preocupación en la sociedad española y,
por tanto, es un debate de gran oportunidad política. No
siempre coinciden los debates del Parlamento con los problemas
reales que la sociedad en ese momento está debatiendo y sobre
los que se está
pronunciando. Por tanto, el primer punto que nosotros queremos
resaltar es su importante oportunidad en el tiempo político a
la hora de abordar este tema tan grave de las escuchas
ilegales que violan la Constitución Española y hacen que se
obtenga
información de manera criminal alterando el Estado de Derecho
y consiguiendo para algunos fines información que la
Constitución mantiene como privada, íntima y reservada al
derecho de los ciudadanos, de las organizaciones y de las
entidades.

Nosotros asistimos al debate de la interpelación, dimos
nuestra opinión y ahora hemos presentado una enmienda a la
moción del Grupo Parlamentario Popular, que yo paso a defender
a
continuación. Hemos leído también otras enmiendas de otros
grupos parlamentarios.

Sería bueno que la Cámara actuara positivamente en la tarde de
hoy y diera un mensaje a la sociedad española de que se van a
tomar medidas para garantizar que no se actúa con impunidad en
el Estado de Derecho, en España, aplicando escuchas ilegales.

En primer lugar, en nombre de Izquierda Unida, quiero volver a
felicitar a la Policía y al Ministerio de Interior, que han
actuado correctamente en este caso de Barcelona y que han
actuado en un tiempo también corto, investigando y poniendo a
disposición de los tribunales de justicia a esta trama de
escuchas ilegales de Barcelona, que es lo más grave, lo más
importante. Se han producido otros hechos en etapas anteriores
de nuestra vida democrática; se han denunciado en la prensa,
pero quizá éste sea el hecho más importante que se ha
producido como violación de un derecho constitucional en este
momento reciente de España. Se ha actuado bien por parte del
Ministerio del Interior y por parte de la policía judicial. Se
ha detectado a los responsables de las escuchas ilegales. Aún
hay un apartado que está sin esclarecer, y hay comparecencias
pedidas en el Congreso para que se rinda cuenta de la actitud
del Gobierno y, en concreto, del
Vicepresidente del Gobierno, que tiene que coordinar las
actividades del Cesid, que son actividades integrales,
variadas, en determinados campos, incluido el campo de la
economía y de la tecnología, donde se pone de manifiesto que,
seis meses antes de pedir la baja y el pase a la reserva, el
coronel Rodríguez González, estando al frente del área de
tecnología y economía del Cesid, estaba ya montando la trama y
dirigiéndola junto a «El Lobo» y al guardia civil Manuel María
Sánchez, y también con algunas conexiones con dirigentes de
carácter ultra de grupos privados de seguridad. Hay una
investigación abierta; todos los datos que hay en nuestro
poder se han puesto en manos del Juzgado de Barcelona que
entiende de este tema, pero a nivel político no se ha dado
cuenta aquí todavía por el responsable político, que es el
señor Narcís Serra, de lo que ha sucedido en el Cesid con este
tema.

La moción propone una serie de puntos, y al disponer de poco
tiempo, para no repetir nuestro discurso y nuestra posición
sobre el asunto, iríamos al contenido concreto de lo que
nosotros queremos proponer. Se plantea que la policía tenga
grupos especiales para actuar en este tema y para preocuparse
de él; lo han hecho en Barcelona con eficacia, se pueden
perfeccionar los trabajos en otras unidades, etcétera. Se
plantea que el Código Penal endurezca las penas para que no
sea casi gratis practicar escuchas ilegales que, además,
jurídicamente,



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tienen la dificultad, como se ha demostrado por los tribunales
de justicia, de no poder ser utilizadas como pruebas para
otros delitos, por el método que se obtienen, que es un método
sin mandato judicial. Se condena el hecho, pero la información
obtenida no tiene validez en los tribunales de justicia. Por
tanto, es muy importante que estos hechos, con los problemas
que entrañan, se aclaren y se pide (lo piden las enmiendas de
otros grupos y nosotros votaremos a favor de ese punto) que el
Código Penal recoja un incremento de las penas y de las
sanciones para las escuchas ilegales.

Pero nadie habla de la responsabilidad de la Compañía
Telefónica. Nadie habla de la responsabilidad que tiene la
representación del Gobierno en la Compañía Telefónica Nacional
de España, que debe proponer (y ese es el texto de nuestra
enmienda de adición) que se creen en la misma Compañía
Telefónica unidades obligadas de trabajo que realicen
inspecciones periódicas para garantizar la privacidad de las
comunicaciones, el respeto a los derechos constitucionales de
los usuarios, evitando y detectando las posibles violaciones
de línea que, como compañía, contrata con los ciudadanos, con
empresas, con entidades y con organismos de nuestro país. Se
trata de que la Compañía Telefónica no esconda la cabeza bajo
el ala, como el avestruz, y se persone como parte afectada. Es
una compañía que presta servicios en un país democrático, con
una Constitución en vigor, que contrata unas líneas, y ese
contrato tiene que garantizar que esas líneas no van a ser
violadas; si lo son, son violadas perjudicando los derechos
constitucionales y agradiendo los del usuario, y también los
de la Compañía, que las tiene en alquiler, en arriendo, en un
contrato que firma con el usuario, sea empresa, sea una
persona individual, un partido político o un sindicato.

Por eso hay que reclamar que la Compañía Telefónica Nacional
de España tome medidas serias para garantizar, cuando se
establece el contrato, que sus líneas no van a ser violadas
por escuchas ilegales. Antiguamente, entraba la policía en las
dependencias de Telefónica (a veces se disfrazaba con ropa de
trabajo de los empleados de Telefónica, otras veces no),
hacían las conexiones y no rendía cuentas ante ningún
organismo. Cuando se estableció el mandato judicial para las
escuchas, tenía que tener
autorización, tenía que estar presente un operario de
Telefónica para hacer las conexiones (para temas de tráfico de
drogas, para temas delictivos) y el mandato judicial
establecía la
temporalidad de la intervención telefónica. Ahora se trata de
que, sin mandato judicial, la Compañía Telefónica no pueda
tolerar que en sus dependencias entren personas ajenas pero,
además, que en la red del tendido de Telefónica en la calle,
en la vía pública, en los itinerarios de unas ciudades a
otras, debe haber una vigilancia de carácter periódico,
aleatorio, con objeto de impedir que se violen esas líneas que
siguen siendo propiedad de Telefónica.

Por eso Telefónica no puede escurrir el bulto; tiene también
que tomar medidas para garantizar la privacidad de las
comunicaciones telefónicas en España. Por tanto, las medidas
que aquí se plantean, que son cuatro propuestas en realidad,
señor Presidente --y con ello termino--, son las siguientes:
La primera, que la Policía se especialice más en la vigilancia
de la red telefónica, para cumplir con el objetivo de que no
sean violadas las líneas telefónicas ni colocadas escuchas sin
mandato judicial,
agrediendo, por tanto, de manera gravísima los derechos
constitucionales de la gente. La segunda, que se dote de
medios electrónicos y modernos, de acuerdo con las directivas
europeas, a los mecanismos del Estado para que garanticen que
no se intervengan las líneas telefónicas. La tercera, que se
aumenten las penas en el Código Penal a los que practiquen
este tipo de delitos. Y la medida que nosotros proponemos, que
faltaba en todas las enmiendas, es la responsabilidad propia
de la Compañía Telefónica Nacional. Como el tema de la red de
escuchas de Barcelona está todavía en marcha, hay peticiones
de
comparecencia, hay un gran responsable político que es el
Vicepresidente del Gobierno, Narcís Serra (yo creo que no le
ha servido de mucho escuchar tantas cosas porque en Barcelona
no le ha ido bien ni en el Congreso de su propio Partido), y
cuando entremos en temas de fondo y veamos las
responsabilidades que hay ahí, se pedirán como corresponde a
fuerzas serias de la
democracia española.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para la defensa de la
enmienda presentada por el Grupo Socialista, tiene la palabra
el señor Redondo.




El señor REDONDO TERREROS: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, me gustaría en esta intervención hacer una
separación entre un caso concreto, que es el de las escuchas
telefónicas de Barcelona, y la moción del Partido Popular, que
hace referencia a la colocación ilegal de escuchas
telefónicas. Es imposible. El mismo proponente del Partido
Popular, el señor Rogelio Baón, ha hecho, en la primera parte
de su intervención, una reflexión sobre las escuchas
telefónicas, en contradicción casi con la presentación de su
moción, en la que hace referencia a la presentación de una
iniciativa legislativa para crear, en el seno de la Comisión
de Defensa del Congreso de los Diputados, una ponencia
especial para analizar el papel a desempeñar por dichos
servicios, iniciativa que, al estar ya presentada, no se
reitera en la presentación de la moción. En cualquier caso, él
si ha hecho referencia, y exhaustiva, al caso de las escuchas
telefónicas y en un sentido bien distinto --creo yo-- al del
representante de Izquierda



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Unida. El señor Baón ha hablado de las cloacas, y si hemos
estado cerca en algún momento, en este debate, de las cloacas,
de posiciones intolerables, de posiciones impresentables me
parece a mí, ha sido cuando el señor Rogelio Baón ha hecho
referencia al Vicepresidente del Gobierno, a informes
confidenciales y a informes que se basan en cotilleos.

Pero éste no era el objetivo de mi intervención. Yo quería
hacer una intervención que no estuviera exclusivamente
relacionada con un caso concreto. Me parece que el Partido
Popular ha establecido una moción que tiene mucha enjundia que
no se puede debatir, y no se debiera relacionar sólo un acto
concreto, como lo hicieron, por cierto, en otras ocasiones
anteriores...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Redondo, el
turno que está consumiendo S.S. es para la presentación y
defensa de la enmienda. Eso, lógicamente, va en un contexto,
pero
fundamentalmente ha de ser centrado en ello.




El señor REDONDO TERREROS: De acuerdo, señor Presidente.

Nosotros hemos presentado, en esta ocasión, una enmienda a la
totalidad de la moción del Partido Popular, y lo hemos hecho
para que quedara perfectamente claro cuál era nuestra
posición, la posición de los socialistas, ante el delito de
colocación ilegal de escuchas telefónicas. Se trata,
indudablemente, de unos hechos que suponen un nuevo tipo de
acción criminal, unos delitos cuyo sustrato fáctico evoluciona
a lomos de posibilidades tecnológicas hasta ayer
insospechadas, y lo comentaba también el señor representante
del Partido Popular. Piénsese por un momento, señorías, que
cuando la propia Constitución Española del 1978, tan moderna
precisamente en estos aspectos, garantizaba el secreto de las
comunicaciones, con especial énfasis en las postales,
telegráficas y telefónicas, y acotaba el uso de la informática
en garantía del honor y de la intimidad de los españoles, era
razonablemente imposible prever el desarrollo, casi podríamos
decir explosivo, que desde esas fechas han tenido las
telecomunicaciones y la informática, sobre todo en lo
referente a la generalización y simplificación de su uso y al
abaratamiento de los equipos.

Frente a esta contestación, debemos evitar, ciertamente, una
postura claudicante --por eso, los socialistas hemos hecho una
propuesta alternativa--; una postura claudicante e inerme, que
resultaría, al mismo tiempo, retrógrada, de renuncia a la
defensa del derecho de la persona como fin último del Estado,
so riesgo --entre otros-- de que, paradójicamente, al tiempo
que las nuevas tecnologías nos permiten disponer de mayores
posibilidades de comunicación, el descrédito y la desconfianza
sobre las mismas y sobre las condiciones de su utilización
pudieran cundir entre los ciudadanos, convirtiendo en estéril
el avance técnico. Todos los avances técnicos tienen, pues,
posibilidad de un uso
alternativo, para bien y para mal: los explosivos, la
medicina, los isótopos nucleares, la informática y --¡cómo
no!-- también las telecomunicaciones. Pero reconocido este
extremo, señorías, hay que denunciar del mismo modo la actitud
alarmista que de la moción del Partido Popular se desprende;
innecesaria o
interesadamente alarmista del Grupo Popular, a nuestro juicio.

Baste recordar en esta ocasión el tono de apocalíptico
dramatismo con el que el señor Alvarez-Cascos hablaba, el
pasado 15 de diciembre, de inequívocos signos de alarma, de
vivir con el miedo, de brechas en nuestro sistema de
garantías. Situemos, por favor, señorías, la cuestión en sus
justos términos. Nos
encontramos ante un delito nuevo, o mejor, si se quiere, ante
una forma nueva de comisión de un delito general ya conocido:
la violación de la intimidad de las comunicaciones con o sin
posterior utilización ilegítima de la información así
obtenida. Se trata, sin duda, de un hecho grave,
intrínsecamente
considerado, por cuanto afecta, como bien jurídico digno de
protección, a algo tan vital como es un derecho fundamental
así reconocido en nuestra Carta Magna: el secreto de las
comunicaciones. Se trata, asimismo, de un hecho llamativo,
pero, afortunadamente, poco frecuente, lo que no empece --como
digo--la gravedad de cualquiera, de todos y cada uno de los
casos que pudieran darse, pero que tampoco justifica la
tonante
perentoriedad y la psicosis colectiva.

No debemos olvidar que, aun comprendiendo que como
representantes políticos tenemos que ver las cosas del color
de nuestro propio cristal, estos hechos no son los que
pudieran atormentar hoy a la sociedad española. Ni las
estadísticas judiciales o
policiales, ni los informes del Defensor del Pueblo, del
ministerio fiscal, ni las últimas encuestas de opinión en
torno a estas cuestiones que se suelen ir presentando en los
medios de comunicación, justificarían abonar este clima de
inseguridad ciudadana creada por la proliferación de escuchas
telefónicas que reclama su estandarte la moción del Partido
Popular. Sin embargo, no quisiera que esta crítica al
oportunismo y a la demagogia del Partido Popular por la moción
presentada pudiera ser interpretada como una complacencia o
rendición ante los hechos. Un solo caso justificaría el debate
en esta ocasión. Pero, señorías, ¿de qué se trata realmente?
Es necesario --dice-- tomar urgentes medidas para evitar la
impunidad. ¿Le consta al Grupo Popular la
existencia de delitos no perseguidos? Si tal fuera el
planteamiento de la moción, habría que colegir que el sistema
penal español no adolece de la correspondiente tipificación de
los hechos, sino que se trata, en este caso, de una falta de
suficiente acción por parte de la Policía y/o de la Justicia.

¿Se trata, efectivamente, de esto?



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En este caso, la actuación más correcta hubiera sido otra. ¿O,
tal vez, se quería referir la moción a hechos que hoy no son
delitos, pero que el Grupo Popular considera que debieran
serlo? Tampoco se plantea este extremo. ¿O querrá, simple y
sencillamente, donde pone «impunidad», ver insuficiente o
escasa? Esa parece ser, en efecto, a tenor de lo solicitado en
el punto 3; pero no estamos hablando entonces de impunidad --y
así lo recogemos nosotros en nuestra moción alternativa--,
sino de valoración de la concordancia entre el delito y la
pena. Aquí, señor representante del Partido Popular, creo yo
que no hay licencia para escuchar. El funcionamiento de la
Administración, para bien o para mal, es menos interesante que
las novelas de espías. ¿Quiere ello decir que es imposible la
actuación irregular de la Administración? Naturalmente que no.

Pero si S.S. estima que nos encontramos ante semejante caso,
su deber es denunciarlo y esperar a la sentencia de los
tribunales correspondientes.

Por estos motivos --y por muchos otros--, los socialistas
hemos determinado presentar una moción alternativa, para que
quede claro --como decía-- que estamos también, como los
primeros, preocupados por este delito o por las amenazas que
sufre este derecho.

En segundo lugar, se señala en la moción el desarrollo de un
programa mínimo de prevención, o, de otro modo, de seguridad
pasiva. Nada tendríamos que objetar si no fuera porque el
mínimo, y más que mínimo, se está haciendo ya; les aseguro que
se viene haciendo así. La Telefónica, en virtud del contrato
regulador de la concesión para la prestación, tiene la
obligación de asegurar el secreto de las comunicaciones y de
velar por la adecuada protección de los datos que deben tratar
con motivo de la prestación de los servicios concedidos.

Quiero decir que la Compañía Telefónica --y en esto se basa
parte de nuestra posición alternativa--, desde febrero de
1989, ha establecido las
características técnicas y de seguridad que deben reunir las
denominadas redes telefónicas de interiores de edificios, para
orientar a los constructores o promotores en la realización de
preinstalaciones en condiciones adecuadas para el momento de
la construcción de dichos edificios. La Compañía ha adoptado
una serie de medidas concretas de protección en el exterior de
los edificios también: instalación de tapas con cierre de
seguridad en las cámaras del registro, instalación de alarmas
centralizadas en las cámaras del registro, e instalación de
cajas terminales o de distribución de nuevos diseños que
presentarán un acceso más difícil al personal ajeno a la
Compañía Telefónica.

Un segundo paquete de actuaciones que la Telefónica viene
realizando se refiere al control y vigilancia de las centrales
telefónicas y sus accesos, lo que ha supuesto un notable
aumento en las inversiones. Varios de los programas del área
de seguridad forman parte, de modo directo, del plan integral
de protección de las telecomunicaciones, ya que tienden a
evitar la intrusión o el acceso de personas no autorizadas a
las centrales. Además de las medidas de protección y de
control de vigilancia que Telefónica realiza, hay que señalar,
en tercer lugar, el control sistemático o el control propuesto
por los abonados. Con esto quiero decir, en nombre de mi
Grupo, que, reconociendo que se puede perfeccionar la
actividad que ha desarrollado Telefónica en este sentido, no
se puede desechar la actividad que ha venido realizando
durante estos últimos años a fuerza de mucha y muy importante
inversión, créame usted. Además, teníamos que dejar claro en
nuestra moción que hay cosas bastante chocantes. Resulta que
la pretensión de que el universo a proteger no sea el de la
generalidad de los usuarios del sistema de comunicación en
España, sino unos indeterminados abonados susceptibles u otros
solicitantes por sospecha fundada, nos parece intolerable.

Todos los españoles, si son abonados, son abonados
susceptibles, y todo el que tenga fundadas sospechas de que
contra él o un tercero se comete un delito, debe dirigirse a
la comisaría más próxima y no a las oficinas de Telefónica.

La tercera cuestión planteada en el primer apartado de la
moción resulta ciertamente la más oscura. ¿Cómo puede
establecerse esa coordinación entre la Dirección General de la
Policía Nacional y los servicios técnicos de la Compañía
Telefonica si el
control y la vigilancia de la red corresponden a la Compañía
estatal en cumplimiento de su propio contrato? ¿Cuál es el
resto de líneas sobre el que realiza tareas rutinarias de
control? ¿Qué se intenta plantear que no haya sido ya resuelto
por la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones? Siendo más
crudos en la interpretación de la propuesta, nos podríamos
hacer alguna pregunta como la siguiente: ¿El PP permitiría que
la Policía tuviese acceso sin ningún control a la estructura
complejísima de la Compañía Telefónica? ¿Quién les
controlaría? ¿Sería razonable que el secreto de las
comunicaciones dependiera de la Policía y no de la propia
Compañía? ¿No sucedería que en amplios sectores de la sociedad
pudiera interpretarse razonablemente que, si bien el objetivo
parece el de potenciar la prevención de las intervenciones
ilícitas, en realidad se abrían puertas para todo lo
contrario? Estoy intentando demostrar que también técnicamente
la moción del Partido Popular, que ha dado pie a este debate,
era una moción extraordinariamente mejorable, que es lo que
hemos intentado los socialistas con nuestra propuesta
alternativa. Se propone regular el procedimiento de
fabricación, importación, comercialización y uso de
instrumentos técnicos cuya finalidad sea... Y proponen dos: la
intercepción de escuchas --es decir, pillar al que escucha--



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y la intromisión en la vida privada. Comenzando por el final,
forzosamente habrá que señalar que la moción se queda corta.

Nosotros propondríamos lisa y llanamente no la regulación,
sino la prohibición de la fabricación, importación,
comercialización y uso de instrumentros técnicos cuya
finalidad sea la intromisión en la vida privada. La cuestión
es realmente otra. El problema no son los instrumentos, sino
sus usos. El delincuente en estos casos lo que generalmente
hace es adjudicar un destino, una finalidad delictiva, a unos
equipos puramente instrumentales.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Redondo, vaya
terminando, por favor.




El señor REDONDO TERREROS: Voy terminando.

También hacemos referencia a la Unión Europea en nuestra
proposición. Son motivos suficientes, como decía, para
oponernos, en este caso a la moción del Partido Popular y, sin
embargo, establecer una alternativa por nuestra parte.

En relación con el último punto que hace referencia al
incremento de las penas, creemos sinceramente que no lo
podemos aceptar porque la discusión más sensata y más
razonable, la discusión serena que necesitan estos delitos, se
tiene que hacer en el nuevo Código Penal que tenemos que
discutir en esta legislatura. Todos estos han sido los motivos
que nos han llevado a los socialistas a presentar una
proposición alternativa que defina claramente nuestra voluntad
de oponernos a la defensa de los que están delinquiendo con la
colocación ilegal de escuchas
telefónicas. En otras ocasiones no lo hemos hecho así,
justificándolo en la oportunidad, ahora queríamos dejar
terminantemente clara cuál es nuestra posición.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para la defensa de la
enmienda presentada por el Grupo Catalán (Convergència i
Unió), tiene la palabra el señor Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, quiero decirle, señor Baón, que
no voy a entrar a valorar, en absoluto, sus claras alusiones
al Cesid y sus posibles implicaciones en hechos irregulares ya
que ya hubo una comparecencia en este sentido. Ustedes mismos
en la introducción de la moción hacen referencia a una nueva
iniciativa que seguirá su curso. Los tres puntos en concreto
de la moción de referencia no plantean nada a este respecto.

Así pues, me voy a ceñir al propio contenido de la moción.

En la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular
relativa a la colocación de escuchas telefónicas, argumentaba
entonces que era una iniciativa de gran actualidad, que las
escuchas telefónicas estaban produciendo también una gran
intranquilidad, así como una justificada alarma social, sobre
todo por el carácter fundamental del derecho violado y la
indefensión que ello comporta. Añadía también entonces que
estábamos de acuerdo con los objetivos de fondo y que
quedábamos a la espera de su plasmación en la moción
correspondiente que ahora estamos debatiendo. Continuamos
creyendo, primero, que es una iniciativa justificada, que el
incremento de escuchas ilegales requiere una respuesta por
parte de los poderes públicos con competencia en esta materia
y, segundo, continuamos
compartiendo los objetivos de fondo, aunque no los puntos que
contempla la moción, en especial el primero y sus cuatro
apartados. Ello hace, señoras y señores Diputados, que el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presente un
texto alternativo que más adelante ofreceré a la consideración
de la Cámara y, en especial, al Grupo Parlamentario Popular.

El problema, a mi entender, radica, no sólo en este caso sino
a todos, en que si no se concretan las propuestas y se
detallan al máximo, puede dar la sensación de que se está
debatiendo
simplemente una afirmación de buenas intenciones. Si por el
contrario, se pormenoriza al máximo, es no sólo más difícil
llegar a acuerdos, sino mucho más fácil de discrepar en
algunos de sus puntos. A nuestro entender, y en su conjunto,
ésta es una moción aceptable, pero no en su detalle y, en
especial, repito, en su punto primero. Se habla en el mismo de
la organización, dentro de la Dirección General de la Policía,
de grupos
especializados en materia de telecomunicaciones, donde se
debería incluir también a la Guardia Civil y policías
autonómicas en el marco de sus competencias.

Se habla de coordinación con Telefónica, cuando hay que tener
en cuenta que la evolución tecnológica ha abierto nuevos
campos, que Telefónica ya no controla totalmente toda esta
cuestión, tenemos compañías de mensáfonos, teléfonos,
portátiles, etcétera. Hay que tener presente también que
intervienen otras entidades diferentes a Telefónica, tanto vía
cable como vía radio, y, por tanto, nos encontramos con la
dificultad del control vía radio, ya que la comunicación se
produce a la atmósfera. En su conjunto, nos parece que por
ahora --repito, por ahora-- una prevención absoluta es
técnicamente imposible y que, además, sería necesario que el
sector de la comunicación interviniera de una manera general y
globalizada.

Todo ello comporta, a nuestro entender, que las medidas
propuestas por el Grupo Popular tampoco garantizan plenamente
una comprobación preventiva y eficaz y que lo serían, si
acaso, sólo --repito, sólo--para las comunicaciones vía cable
telefónico. Por tanto, respecto al punto primero, de acuerdo
con el objetivo final, pero no con las medidas y propuestas
concretas. Mucho



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más asumibles son sin duda los puntos segundo y tercero,
aunque con algunas matizaciones, que ya remarcaré cuando
defienda nuestro texto alternativo.

En base, pues, a los argumentos que he intentado razonar,
expongo a continuación el sentido del mencionado texto
alternativo al del Grupo Parlamentario Popular.

Contiene nuestro texto un primer punto mucho más genérico, es
decir, sin concretar las actuaciones urgentes y en el que, eso
sí, se deja constancia de la importancia del derecho a la
intimidad de las personas, a la garantía de las libertades
personales, y en donde se insta al Gobierno a intensificar
todas las actuaciones tendentes a evitar y prevenir estas
conductas delictivas. Un segundo punto en este texto
alternativo va prácticamente en el mismo sentido que el del
Grupo proponente, añadiendo que sea de acuerdo y en
cumplimiento con las
directrices europeas, que entiendo era el sentido de la moción
propuesta por el Grupo Parlamentario Popular.

Para terminar, un tercer punto en el que se está de acuerdo
también es en que se eleven las penas actualmente vigentes,
pero pidiendo que se incluya en el proyecto de ley orgánica
del Código Penal, que sin duda se va a remitir próximamente a
esta Cámara. En su conjunto, éste sería el sentido de nuestra
propuesta y éste es el planteamiento que hacemos a la Cámara
y, en especial, al Grupo Popular, proponente de esta moción.

He seguido atentamente la explicación y defensa de los
distintos textos que ha habido por parte de los Grupos de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya y Socialista, y quedo
a la espera de la decisión final del Grupo proponente, ya que
esta decisión marcará el sentido de nuestro voto en esta
moción que estamos debatiendo. Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Carrera. ¿Grupos que no hayan participado en el debate y que
quieran fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Mur.




El señor MUR BERNAD: Con brevedad, puesto que no quiero
alargar esta sesión nocturna y tengo que compartir el tiempo
con mi compañera de Grupo, intervengo para fijar la posición
en esta moción consecuencia natural de la interpelación que
tuvo lugar en esta Cámara, en un asunto que evidentemente es
de rabiosa actualidad y de una gran importancia a tenor de las
enmiendas que se han presentado a esta moción.

Empiezo diciendo que vamos a apoyar la moción y, en la medida
en que el proponente acepte enmiendas que no devalúen el
espíritu de la misma, estaremos todavía más conformes, puesto
que, sin estar de acuerdo en los detalles, lo importante es
poner de manifiesto que algunas medidas hay que tomar ante un
tema tan serio y grave.

Señorías, se ha creado un clima de inseguridad. Los españoles
nos sentimos generalmente espiados. Evidentemente, todos
aquellos que tienen algún tipo de responsabilidad política,
comercial, económica, están en esa órbita, dadas las noticias
tan alarmantes que todos los días nos proporcionan los medios
de comunicación. Hay que recordar que la intimidad y el
secreto de las
conversaciones es un derecho constitucional básico, señorías,
y es un derecho que esta Cámara no puede obviar ni puede
minimizar intentando quitar importancia a lo que está
ocurriendo en este país, que, además, creo que está atacando a
las esencias mismas del Estado democrático, del Estado de
Derecho. Cuando los servicios del Estado, en lugar de
protegernos, son todos los días titulares de los medios de
comunicación, están en el punto de mira, no solamente de la
opinión pública, sino, incluso, de los tribunales de justicia,
realmente algo grave está pasando en este país. Hay que
decirles a los ciudadanos que hay que tener confianza en los
servicios básicos que nos presta el Estado de Derecho y que no
solamente no deben espiarnos, sino que deben protegernos
contra la intromisión en la intimidad y en las conversaciones
telefónicas. De ahí que crea que hace falta tomar medidas, las
que la moción propone u otras que sirvan para la misma
finalidad. Desde luego, hace falta un mayor control sobre la
Telefónica, monopolio que todavía sigue teniendo una gran
importancia en la cuestión que se está tratando. El sistema,
en este momento, es muy vulnerable. Los avances tecnológicos
hacen demasiado fácil la posibilidad de intervenir en las
conversaciones telefónicas.

Señorías, está en juego en estos momentos algo muy importante:
la credibilidad de los servicios básicos del Estado. Hay que
controlar, cómo no, la fabricación, el comercio y la difusión
de los instrumentos necesarios para las escuchas, porque no
hay ninguna justificación para que se comercialicen
libremente. No es neutro disponer de estos aparatos para poder
entrometerse en las conversaciones de los ciudadanos. Por lo
tanto, nadie, salvo con autorización judicial, puede defender
la tenencia o el comercio de este tipo de aparatos. Hay que
elevar también las penas, porque resulta demasiado barato ser
en estos momentos objeto de cualquier procedimiento penal por
haber cometido el delito de las escuchas telefónicas.

En conclusión, señorías, nosotros vamos a apoyar esta moción
tan oportuna y, desde luego, deberíamos llamar la atención al
conjunto de la Cámara para que se tomara conciencia de la
gravedad de los hechos que ponen de manifiesto esta moción.

Nada más. Muchas gracias.




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El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tiene la palabra la
señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Gracias, señor Presidente.

Brevemente, sólo voy a fijar la posición de Esquerra
Republicana favorable a la moción del PP y las enmiendas que
no la devalúen, especialmente cuando hoy en Esquerra
Republicana estamos intentando controlar la indignación por
las informaciones que publica la revista «Tribuna» esta
semana. Según «Tribuna», que recoge parte del sumario del caso
Godó, el propio General Manglano, del Cesid, ordenó en 1992 la
infiltración de miembros de este organismo en Esquerra
Republicana. Ordenó, pues, controlar, vigilar, y quién sabe si
no manipular, un partido democrático plenamente legitimado por
las urnas e inserido en lo que llamamos un Estado de Derecho.

Estas informaciones, así como todo el sumario, son de una
gravedad extrema y nos han obligado a pedir hoy mismo la
comparecencia del General Manglano en la Comisión de Interior.

Si las informaciones son exactas, estamos delante del peor
estilo de la política de cloacas, unas cloacas que no se sabe
qué intereses defienden pero que, es evidente, no defienden el
Estado de Derecho. El Estado de Derecho no se defiende con la
violación de la intimidad, con los lobos pagados a sueldo, con
la infiltración en los partidos políticos.

Sí a la moción del PP, sí como autodefensa, sí para poder
defendernos de las cloacas y de sus protagonistas y para
defender, contra todo, el sentido de libertad que conlleva el
compromiso democrático. Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por el Grupo de
Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

El Grupo de Coalición Canaria va a votar favorablemente esta
moción del Grupo Popular. Hago míos, para obviar una serie de
argumentos y no repetirlos, los que ha dado el señor Mur, del
Grupo Mixto, que suscribo plenamente.

Señorías, estamos ante un problema muy grave y no cabe aquí
eludir responsabilidades de gobierno haciendo referencia a
cuestiones puramente técnicas sobre los aparatos que se
emplean, sobre unidades administrativas, como la Dirección
General de Telecomunicaciones o incluso la Compañía
Telefónica. Nosotros creemos que el Gobierno tiene actualmente
instrumentos legales para poder cortar estas acciones, pero
también tiene poder para, de una manera ejemplarizante y como
escarmiento de cualquier intento de entrar en esta
conculcación de un derecho
constitucional, que esto no pueda repetirse y que los
ciudadanos tengan la garantía de que las libertades
individuales y lo que se consagra del Título I de nuestra
Constitución, no solamente en relación con el derecho de la
intimidad, en lo que se señala en el artículo 18 de la
Constitución sobre la inviolabilidad de las comunicaciones,
sino sencillamente sobre los responsables de los servicios
oficiales que, denigrando hasta los cuerpos a los que
pertenecen, que conculcando toda la legislación, que
conculcando principios de conducta ética, se están también
viendo favorecidos por una especie de indolencia, por algo muy
grave, porque la autoridad gubernamental no solamente puede
exigir responsabilidades por la comisión de actos, sino
también por lo que se llama la responsabilidad de omisión, la
omisión en no utilizar los vigentes instrumentos jurídicos,
porque no haría falta tocar los artículos 192 bis y el 497 bis
del vigente Código Penal sino aplicarlos para que la
ejemplaridad por vía judicial pudiera ser cortadura de
cualquier intento de conculcar estas libertades.

Como hice en mi intervención anterior, recurro a unas palabras
pronunciadas por el ilustre jurista don Federico Carlos Sainz
de Robles, anterior Presidente del Tribunal Supremo y del
Consejo General del Poder Judicial: Aquí está ocurriendo un
fenómeno grave donde, junto a no tener una conciencia de
defensa de las libertades, se está produciendo un embotamiento
del gusto por la defensa de esas libertades.

Con todo el radicalismo que pueda llevar una moción a la que
se han presentado enmiendas que podrían ser incorporadas, que
no excluyen ninguna pero que la enriquecen, incluso con la
prudencia y cautela jurídica con que las ha formulado el Grupo
Catalán (Convergència i Unió) y que compartimos vamos a dar
nuestro apoyo a la citada moción por la gravedad de los hechos
que se
denuncian, que se contemplan y que nos han movido a este voto
y a este debate. Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Mardones. Exclusivamente a los efectos de manifestar la
aceptación o rechazo de las enmiendas defendidas a la moción
del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Baón.




El señor BAON RAMIREZ: Gracias, señor Presidente.

Voy a ceñirme ciertamente a las enmiendas presentadas. En
primer lugar, respecto a la de Izquierda Unida, pese a
reconocerle bondades a su propuesta porque viene a redundar en
un mayor control para el descubrimiento y persecución de los
que pinchan teléfonos, de los que proceden a las escuchas
ilegales, debo rechazarla en méritos procesales para la
propuesta que al final haré a la Presidencia.

Al representante del PSOE, señor Redondo Terreros, debo
decirle que no ha hecho una defensa de su enmienda,



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sino al final. Lo que ha hecho ha sido un turno de réplica, un
turno en contra. En ese sentido, sobre todo por las cosas que
le he oído decir al querer disociar y separar la conducta
política del señor Vicepresidente del Gobierno con el
escándalo del...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Baón, le dije
que el turno de palabra era a los efectos de aceptar o
rechazar las enmiendas y nada más. Para otra cosa, no tiene la
palabra.




El señor BAON RAMIREZ: Señor Presidente le ruego que acepte...

Tan sólo le voy a recordar una anécdota. Al viejo Disraeli, al
ex Premier británico, un diputado de su bancada le preguntó:
Señor Disraeli, ¿me permite intervenir en este importante
debate? A lo que él contestó: «Es mucho más importante que la
Cámara se pregunte por qué no ha intervenido».

Rechazo de plano su texto alternativo porque más bien parece
una carta de amor, al decir, como dice: instar al esfuerzo y
celo de la inspección de la Dirección General de
Telecomunicaciones para... Esto me parece una broma, no de mal
gusto, pero sí inoportuna dada la hora en la que estamos. Con
respecto a las enmiendas de Convergència i Unió, debo
reconocer que algunos de sus puntos son muy razonables, pero
también en aras de esa propuesta procesal que voy a hacer a
continuación, debo rechazarlas no sin manifestar que mejoran
técnicamente una de nuestras propuestas. Así lo reconozco. Por
lo demás, sólo quiero dar las gracias al Grupo Mixto y al
Grupo de Coalición Canaria y decirle al señor Presidente --
esto no invalida que pida votación separada de los distintos
tres puntos que constituyen la moción-- que yo haría una
autoenmienda, una enmienda «in voce», por mero afán de
perfeccionamiento técnico. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): No cabe esa
posibilidad. Hay aceptación de otras enmiendas o transaccional
con alguna de las enmiendas; no cabe otra figura.




El señor BAON RAMIREZ: Retiro entonces esa mejora técnica que
quería hacer, precisamente a instancias del Grupo Socialista.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Entonces sería como
una transaccional con el Grupo Socialista.




El señor BAON RAMIREZ: Enmienda «in voce» o transaccional,
como guste la Presidencia.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Si la plantea como
transaccional, puede hacer la propuesta, señor Baón.




El señor BAON RAMIREZ: Se refiere al punto segundo, al final.

Se trata de, después del punto, «in fine», añadir: «... en el
ámbito de la legislación comunitaria». Nada más.

Concluyo, señor Presidente, pidiendo votación separada de
todos y cada uno de los puntos que constituyen la moción.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tomo bien nota. La
enmienda sería al final del punto segundo, donde dice: «... en
el plazo de dos meses». Se trataría de añadir: «... en el
ámbito de la legislación comunitaria.» ¿Se acepta esta
transacción por parte del Grupo Socialista? (Asentimiento.) Se
acepta.

Finalizado el debate, vamos a pasar a la votación. (El señor
Presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación relativa a la moción del Grupo
Popular.

Votación del punto 1.º de la moción del Grupo Popular.

Comienza la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos: 295; a favor, 124; en contra, 157; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Apartado 2.º, con la corrección a este apartado introducida
por el propio Grupo proponente.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos: 293; a favor, 292; en contra, uno.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el apartado 2.º Apartado
3.º de la moción.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efecutada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 293; a favor, 287; en contra, uno; abstenciones,
cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

El Pleno se reanudará mañana a las cuatro de la tarde.

Se suspende la sesión.




Eran las nueve y treinta y cinco minutos de la noche.