Breadcrumb

Press releases

El Congreso acuerda comenzar a tramitar la modificación de la Ley sobre propiedad horizontal

26/05/2026

El Pleno del Congreso ha tomado en consideración este martes, 26 de mayo, la Proposición de Ley de modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal con 306 votos a favor, 33 en contra y 10 abstenciones. De este modo, la iniciativa del Grupo Popular inicia ahora su tramitación parlamentaria.

Esta proposición de ley busca avanzar en la digitalización y actualización de las normativas sobre propiedad horizontal. Tal y como se refleja en su exposición de motivos, tras la finalización del estado de alarma como consecuencia de la pandemia del COVID-19, se establecieron “una serie de medidas extraordinarias aplicables a las juntas de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal” relativas a la “posibilidad de adoptar acuerdos de manera telemática”.

En este aspecto, la iniciativa del Grupo Popular resalta que la propia Unión Europea “ha establecido entre sus prioridades la digitalización de la sociedad” en la que “es necesario facilitar la celebración de juntas de propietarios y la adopción de acuerdos por todos los medios posibles”. De este modo, la proposición de ley busca modificar la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal para establecer la asistencia a juntas por videoconferencia (si se ha aprobado previamente en junta de propietarios o incluido en sus estatutos) y “avanzar en el avanzar en el desarrollo del Libro de Actas Digital para comunidades de propietarios”.

Esta proposición de ley cuenta con un artículo único que modifica los artículos 9.1 apartado h; 15.1; y 19.1 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, por los que incorpora el correo electrónico como medio válido de notificación y la posibilidad de asistencia a la Junta de propietarios por videoconferencia y que el libro de actas pueda realizarse en soporte electrónico.

Tramitación parlamentaria 

Al haber superado el debate de toma en consideración, la proposición de ley se remitirá a la comisión competente y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado, como fija el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso

En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Una vez celebrado, y si dichas enmiendas son rechazadas, la iniciativa continuará su tramitación en ponencia, comisión y Pleno, previa a su remisión al Senado.