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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 38, de 10/12/2020
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2020 XIV LEGISLATURA Núm. 38

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTOS CERDÁN LEÓN

Sesión núm. 5

celebrada el jueves,

10 de diciembre de 2020

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia de la señora presidenta del Tribunal de Cuentas (De la Fuente y de la Calle), para informar sobre los siguientes extremos:


Bloque I:


- Informe global del sector público autonómico, ejercicio 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000085 y número de expediente del Senado 771/000083) ... (Página3)


Bloque II:


- Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000067 y número de expediente del Senado 771/000065) ... href='#(Página14)'>(Página14)


- Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a Cortes Generales de 28 de abril de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000065 y número de expediente del Senado 771/000066) ... href='#(Página14)'>(Página14)


Bloque III:


- Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones al Parlamento de La Rioja de 26 de mayo de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000072 y número de expediente del Senado 771/000072) ... href='#(Página28)'>(Página28)



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- Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a la Asamblea Regional de Murcia de 26 de mayo de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000073 y número de expediente del Senado 771/000071) ... href='#(Página28)'>(Página28)


- Informe de fiscalización de las contabilidades de las Elecciones a la Asamblea de Extremadura de 26 de mayo de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000074 y número de expediente del Senado 771/000070) ... href='#(Página28)'>(Página28)


- Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones al Parlamento de Cantabria de 26 de mayo de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000075 y número de expediente del Senado 771/000069) ... href='#(Página28)'>(Página28)


- Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha de 26 de mayo de 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000076 y número de expediente del Senado 771/000068) ...
(Página28)


Debate y votación de las propuestas de resolución:


Bloque-I:


- Informe de fiscalización del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, ejercicios 2016 y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000002 y número de expediente del Senado 771/000001) ... href='#(Página36)'>(Página36)


- Informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos, ejercicios 2016 y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000027 y número de expediente del Senado 771/000027) ... href='#(Página36)'>(Página36)


Bloque-II:


- Informe de fiscalización del Instituto del Patrimonio Cultural de España, ejercicio 2016. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000017 y número de expediente del Senado 771/000017) ... href='#(Página38)'>(Página38)


- Informe de fiscalización del Museo Nacional del Prado, ejercicio 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000052 y número de expediente del Senado 771/000052) ... (Página38)


Bloque-III:


- Informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de Investigaciones Sociológicas, ejercicio 2016. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000026 y número de expediente del Senado 771/000026) ... href='#(Página40)'>(Página40)


- Informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con financiación afectada en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), ejercicios 2016 y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000036 y número
de expediente del Senado 771/000033) ... (Página40)


- Informe de fiscalización de la actividad económico-financiera de MERCASA, ejercicios 2017 y 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000057 y número de expediente del Senado 771/000054) ... href='#(Página40)'>(Página40)



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Se abre la sesión a las diez de la mañana.


COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (DE LA FUENTE Y DE LA CALLE), PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


BLOQUE I:


- INFORME GLOBAL DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO, EJERCICIO 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000085 y número de expediente del Senado 771/000083).


El señor PRESIDENTE: Buenos días. Como son las diez, vamos a dar comienzo a la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas.


Lo primero que vamos a hacer es darle la bienvenida a la presidenta, y agradecer nuevamente la explicación de los informes. Como saben, hoy tenemos tres bloques para ver. Vamos a comenzar con el bloque I, que es el informe global del
sector público autonómico, ejercicio 2017.


Sin más, damos la palabra a la señora presidenta. Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, tengo el gusto de comparecer nuevamente ante ustedes para presentarles una serie de informes del Tribunal de Cuentas. El primero de ellos, el incluido en el bloque I, efectivamente, es la presentación del informe global del sector
público autonómico correspondiente al ejercicio 2017. Este informe tiene como objetivo mostrar los resultados y ofrecer una valoración técnica conjunta respecto de la rendición de cuentas, la ejecución presupuestaria, la situación patrimonial y la
gestión autonómica en diversas áreas. Además, incluye los resultados de la fiscalización en las participaciones de los fondos de compensación interterritorial para las comunidades y ciudades autónomas que los reciben. Se trata de un informe global
que recoge con un enfoque homogéneo los resultados más relevantes de los informes realizados por los órganos de control externo de las comunidades autónomas, los OCEX, y el propio Tribunal de Cuentas, respecto de las comunidades autónomas que no
tienen OCEX.


Durante el ejercicio 2017 el sector público autonómico estuvo constituido por 1159 entidades, 21 menos que el año anterior. Como saben, en 2015 y en 2016 también se produjo una reducción de las entidades que integran el sector público
autonómico. El porcentaje de cuentas rendidas en plazo asciende al 83,5 %, siendo el de las rendidas fuera de plazo el 7,8 %, y el 8,7 % el porcentaje de las cuentas no rendidas. Estos porcentajes suponen una mejora respecto a los de los
ejercicios anteriores.


Los principales retrasos e incumplimientos en la rendición de las cuentas, como viene siendo habitual, se presentan en los consorcios, fundaciones, empresas y entes públicos sujetos al Plan General de Contabilidad, y la mayoría de estas
entidades que no han rendido cuentas corresponden a las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Galicia y Comunidad de Madrid. Se mantiene la desigualdad normativa respecto de los plazos para la rendición de las cuentas al tribunal y a los
OCEX, así como la tendencia a modificar esta para postergar aún más los plazos de rendición en las legislaciones autonómicas. En el informe de fiscalización se reitera la necesidad de adoptar medidas tendentes a la homogeneización de plazos de
rendición y a su aproximación temporal al plazo de gestión.


Respecto a la información contractual, se indica en el informe que el número de contratos recibidos en el tribunal y en los OCEX, excluidos los contratos menores, disminuyó ligeramente respecto del ejercicio 2016, si bien su importe conjunto
fue algo superior. Las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña y Madrid son las que celebraron un mayor número de contratos, lo que a su vez conlleva un mayor importe total de adjudicación. Las incidencias observadas en la contratación son
sustancialmente similares a las de ejercicios anteriores en las fases de preparación, adjudicación y ejecución de los contratos.


Entrando en el análisis de las cuentas de la Administración General del Estado, los organismos autónomos y los entes públicos, el informe expone, en cuanto a la liquidación presupuestaria, y al igual que en ejercicios anteriores, que existen
diferencias entre los créditos y las previsiones finales debido a que algunas comunidades no registraron en el presupuesto de ingresos la financiación de las modificaciones del presupuesto de gastos, por lo que no se mantiene el equilibrio
presupuestario.


Para el conjunto de las administraciones públicas autonómicas, las modificaciones presupuestarias han supuesto un 6,9 % de incremento de los créditos iniciales, porcentaje similar al de 2016, destacando en especial las de la Comunidad
Valenciana y las ciudades de Ceuta y Melilla, con porcentajes



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del 9,2 %, 15 % y 17,5 % respectivamente. Con carácter general, los presupuestos por programas de las comunidades autónomas no especifican suficientemente los indicadores que permitieran el seguimiento de los objetivos programados. Además,
la mayor parte de las comunidades tienen pendientes de reconocer obligaciones de gastos realizados en ejercicios anteriores por falta de consignación presupuestaria, lo que afecta fundamentalmente al gasto sanitario, como ocurría también en
ejercicios anteriores. El resultado presupuestario en su conjunto es negativo en 5924 millones de euros, lo que, aun siendo negativo, supone una mejora del 41,8 % respecto del resultado, también negativo, del ejercicio anterior, manteniéndose
asimismo la tendencia observada en el ejercicio previo. El saldo presupuestario es positivo en 6737 millones de euros, un 22,1 % superior al del ejercicio 2016, como consecuencia de la variación neta de pasivos financieros.


Respecto de la financiación, los recursos percibidos según la Ley 22/2009, reguladora del sistema de financiación de las comunidades autónomas, supone para el conjunto de las comunidades autónomas el 70 % del total de la financiación. Los
recursos propios representan el 24 % del total, frente al 26 % en 2016 y el 30 % en 2015, y los otros recursos percibidos representan el 7 % del total, un punto más que en 2016, y proceden fundamentalmente de los fondos de la Unión Europea en un 55
%, y de subvenciones y convenios en un 42 %. Los fondos de compensación interterritorial representan el 4 % del total, como en el anterior ejercicio.


Respecto a la situación patrimonial, el informe expone que todavía son doce las comunidades autónomas que no han adaptado sus planes de contabilidad al Plan General de Contabilidad pública de 2010, que se configura como el marco contable de
todas las Administraciones públicas. Con carácter general, no se dispone de inventarios de bienes y derechos completos y debidamente valorados; no hay concordancia en algunos casos entre los datos contables y los del inventario; tampoco se han
implantado, con carácter general, subsistemas de gestión de inventarios, que permitan una correcta contabilización y las correcciones valorativas. Además, en gran parte de las comunidades autónomas la representatividad de la cuenta del resultado
económico patrimonial se encuentra condicionada por salvedades y limitaciones.


El remanente de Tesorería agregado fue negativo por importe de 282 millones de euros, lo que supone una mejoría frente al de ejercicios anteriores, en que también fue negativo, pero por mayor cuantía. En 2017 tuvieron remanentes positivos
las comunidades autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Galicia, País Vasco, Región de Murcia y las ciudades de Ceuta y Melilla. Las memorias de las cuentas generales de las comunidades autónomas con carácter
general se presentaron incompletas y su información no era suficiente para ampliar y completar la contenida en los estados financieros y, como ocurría en ejercicios anteriores, en algunas su estructura no se adaptaba a los respectivos planes de
contabilidad.


En cuanto a la participación en los fondos de compensación interterritorial, el informe señala que su cuantía global, que ascendió a 432 millones de euros, fue igual a la dotación de ejercicios precedentes. En el caso de las universidades
públicas, el elevado importe de las modificaciones presupuestarias, que supusieron un incremento del 26 % sobre los créditos iniciales aprobados evidencia la necesidad de que estas elaboren con rigor sus presupuestos, incluyendo en los mismos toda
su actividad docente e investigadora. Con incrementos superiores al 30 % destacaban las universidades de Cataluña y Andalucía. Tanto el saldo como el resultado presupuestario de las universidades en su conjunto fueron positivos. Veinticuatro
universidades en 2017 no contaban con contabilidad financiera o patrimonial al no haber adaptado sus planes de contabilidad autonómicos al plan de 2010.


En el sector empresarial autonómico, integrado por 422 entes empresariales, los resultados de explotación eran negativos en 2017 por un total de 2045 millones de euros, frente a los resultados de explotación negativos en 2016, de 1547
millones de euros. La financiación del sector público empresarial sigue procediendo en un importante porcentaje de las subvenciones de explotación y capital que perciben de la comunidad autónoma y de otras administraciones, y de los ingresos
realizados por su trabajo, en su mayoría por encargo de otras administraciones.


Como ya se señalaba en ejercicios anteriores, en algunas comunidades autónomas se observa la tendencia a sustituir la financiación mediante subvenciones por ampliaciones de capital, por autorizaciones de endeudamiento avaladas por la
Administración respectiva o por el otorgamiento de préstamos, operaciones que no tienen impacto en el déficit, puesto que tienen la consideración de operación financiera, pero que sí podrían tener una repercusión futura en las cuentas públicas.


Respecto a las fundaciones y consorcios, el informe aprecia un ligero incremento de su número: cinco fundaciones y diecinueve consorcios más de 2016 a 2017. En el caso de las fundaciones, los resultados



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de explotación eran negativos antes de subvenciones en todos los sectores fundacionales, si bien en ocho comunidades pasan a ser positivos después de aplicar las subvenciones. Los consorcios se financian fundamentalmente mediante
transferencias y subvenciones aportadas por las respectivas administraciones autonómicas y con las inversiones y gastos corrientes en bienes y servicios que estas destinan a los mismos. Se insiste en la necesidad de completar y delimitar con
precisión el registro de los consorcios autonómicos.


El gasto sanitario público del sector autonómico supuso 63 540 millones de euros en el ejercicio 2017, el 92,6 % de todo el Sistema Nacional de Salud, con un aumento del 3 % respecto del año anterior, representando dicho gasto el 5 % del PIB
nacional. El gasto sanitario per cápita por término medio fue de 1370 euros por habitante. El gasto en retribución de asalariados en el sector sanitario representó el 45,1 % del gasto consolidado del sector, y los gastos de enfermería el 16,8 %.
Vuelve a constatarse en el sector sanitario la limitación del presupuesto, ya que se siguen sin dotar créditos iniciales suficientes para dar cobertura a las obligaciones del ejercicio y con niveles de ejecución de gasto que exceden las
consignaciones presupuestarias.


Respecto del objetivo de estabilidad presupuestaria que se fijó en un déficit para todas las comunidades equivalente al 0,6 % del PIB, se cumplió, si bien la situación difiere para cada comunidad, presentando las comunidades de Aragón,
Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Región de Murcia y Comunidad Valenciana cifras de déficit superiores al objetivo fijado. Las ciudades autónomas cumplieron el objetivo de equilibrio presupuestario fijado para este tipo de entidad.
En lo que se refiere a la regla de gasto, solo la cumplieron las comunidades de Canarias, Cantabria, Extremadura, Islas Baleares y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Respecto del objetivo de deuda pública, la ratio deuda agregada de las
comunidades autónomas a 31 de diciembre 2017 ascendía al 24,8 % del PIB, lo que implica el cumplimiento de dicho objetivo. Igualmente cumplen este objetivo las dos ciudades autónomas.


El saldo de endeudamiento de las administraciones generales sufrió una variación anual del 5 %, hasta llegar a alcanzar 266 781 millones de euros a 31 de diciembre de 2017. En las comunidades y ciudades autónomas que fiscaliza directamente
el Tribunal de Cuentas, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Región de Murcia, La Rioja y la Comunidad Autónoma de Galicia, se ha analizado el cumplimiento de la legislación en materia de igualdad efectiva entre hombres y mujeres y sobre
transparencia. Las referidas comunidades autónomas han desarrollado normativa en materia de igualdad y, además, las mismas y las ciudades autónomas -que también fiscaliza, como saben, el Tribunal de Cuentas- elaboraron planes de igualdad de
oportunidades que recogen la evaluación del mismo con objetivos, calendario, seguimiento del plan y evaluación.


Con excepción del País Vasco, cuya norma se encuentra en tramitación, todas las comunidades autónomas han dictado su propia normativa también en materia de transparencia, en desarrollo de la Ley 19/2013.


Con esto, presidente, doy por presentado el informe.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


A continuación, pasamos a dar la palabra, por tiempo de cinco minutos, los portavoces. En este caso comenzaríamos con el Grupo Parlamentario Plural, Grupo Nacionalista en el Senado Junts Per-Cat, Coalición Canaria y Partido Nacionalista
Canario. Tiene la palabra el señor Bel.


El señor BEL ACCENSI: Me abruma tanta representación. En todo caso, muchísimas gracias a la presidenta por su exposición. Es un informe que, de alguna forma, transmite que en algunos aspectos hay cierta mejora respecto a ejercicios
anteriores. En todo caso, voy a resaltar algunas cuestiones que me parecen relevantes.


En cuanto al incumplimiento de la rendición de cuentas, yo creo que aquí hay mucho margen de mejora. La verdad es que, de todos los incumplimientos de rendición de cuentas, la Comunidad de Madrid acumula prácticamente el 50 % de todos
ellos. Es muy significativa la situación que presenta la Comunidad de Madrid en relación con las empresas y entes públicos, ya que de los treinta y dos incumplimientos totales en el conjunto del Estado español acumula veintinueve. En todo caso,
sabe la presidenta que, a nosotros, la homogenización de los plazos no nos parece en sí misma una solución. En todo caso, será responsabilidad de cada una de las comunidades autónomas actuar en este ámbito.


Nos parecen muy interesantes las reflexiones que se hacen que, de hecho, en muchas ocasiones son coincidentes con otros ejercicios en relación con el gasto sanitario. Más allá de que se puedan extraer conclusiones, se vuelve a determinar
claramente que, como se refleja en el informe, hay una insuficiencia



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estructural en los créditos iniciales; esto es reiterativo, y no se corrige no por falta de voluntad de algunos de los gestores de las comunidades autónomas, sino porque hay una infrafinanciación de todos los servicios sanitarios, del
sistema de financiación que, en todo caso, deberá corregirse. Pero sí que es verdad que es un dato muy relevante que se deberá corregir, y que cualquier comparativa de gasto sanitario entre comunidades autónomas lo más ajustado es realizarla sobre
el gasto liquidado, no sobre el gasto presupuestado, porque entonces nos da situaciones que seguramente no concuerdan con la realidad.


En relación con las conclusiones y la estabilidad presupuestaria, es verdad que el subsector comunidades autónomas volvió a cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria, pero también lo es que esto genera una tensión y una situación
de desigualdad entre las cuales autónomas importante. Cataluña ha cumplido, pero Cataluña ha cumplido con muchísimo sacrificio y con muchísimos ajustes de sus gastos. Nosotros insistimos, no de cara al Tribunal de Cuentas, que no es el órgano
competente, obviamente, en la necesidad de establecer diferentes objetivos de déficit diferenciados por comunidades autónomas y no idéntico en cada una de las comunidades autónomas, porque la situación de partida era y es diferente. Estos
objetivos, que para muchas comunidades autónomas son absolutamente inalcanzables hacen que se plantee una situación en la que, ya de entrada, como saben que no van a cumplir, tampoco harán ningún esfuerzo. Esto genera una desigualdad entre
comunidades autónomas.


En todo caso, esperemos que algunas de las conclusiones y las recomendaciones del informe, como las que posiblemente serán aprobadas por esta Comisión, se vayan incorporando ejercicio tras ejercicio, de forma un poco más acelerada de la que
hemos visto hasta este momento.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Bel.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos tiene la palabra la señora Ponce.


La señora PONCE GALLARDO: Sí. Muchas gracias, presidente.


En primer lugar, quiero agradecer de nuevo la comparecencia de la presidenta. Queríamos destacar los siguientes aspectos de los informes que estamos debatiendo que nos han llamado bastante la atención y nos han preocupado.


En primer lugar, quiero destacar que las deficiencias denunciadas por el tribunal se siguen repitiendo año tras año. De nuevo volvemos a hablar aquí, igual que lo hicimos en el informe también del sector público autonómico del ejercicio
2016, de la falta de rendición de cuentas por parte de determinadas entidades del sector público autonómico. Es cierto que, como bien nos ha explicado la presidenta, ha aumentado el porcentaje de las cuentas rendidas en el plazo frente al de las
cuentas rendidas fuera de plazo o las no rendidas, particularmente estas últimas, que son un 83,5 % respecto al año anterior, que eran un 77 %, lo cual significa que se camina en la buena dirección, pero entendemos que no se puede permitir que aún
quede casi un 9 % de entidades públicas que no rinden cuentas, absolutamente ninguna. Es un hecho extraordinariamente grave y creemos que hay que darle solución.


También se pone de manifiesto que la mayoría de las comunidades autónomas siguen elaborando sus estados financieros con arreglo al antiguo Plan General de Contabilidad y que no lo han adaptado al aprobado en 2010. Tan solo cinco comunidades
autónomas han adaptado estos planes de contabilidad al nuevo plan, lo cual es un hecho francamente incomprensible, pues significa, ni más ni menos, que las autonomías que no han realizado esta adaptación presentan sus cuentas públicas en un marco
contable incorrecto, que no es el aprobado para todas las administraciones públicas, por lo que esta situación debería también poder revertirse con carácter inmediato.


Al igual que tuvimos ocasión también de comentar en el informe de 2016, las deficiencias contables denunciadas entonces se siguen manteniendo en el informe de 2017. También falta aquí la implantación de sistemas de gestión de inventarios
que permitan una correcta contabilización, y también las correcciones valorativas, las amortizaciones, como sucedía en la contabilidad estatal. Las memorias de las cuentas generales de las comunidades autónomas se presentaron incompletas, y su
información no era suficiente, y en algunas su estructura no se adaptaba a los correspondientes planes de contabilidad. Según dice el Tribunal de Cuentas en su informe, existe la tendencia de no disponer de una contabilidad adecuada y un mínimo de
seguimiento de los gastos con financiación que permita conocer las desviaciones, y este hecho también nos parece bastante grave.


Por otra parte, una de las cosas que más nos ha llamado la atención y que queremos destacar es que en el sector empresarial autonómico, y esto también lo referimos en el informe de 2016, los resultados de explotación serían negativos antes
de subvenciones; es decir, existe todavía una gran dependencia de las



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subvenciones del sector empresarial autonómico. Incluso en algunas comunidades autónomas se completa la financiación por subvenciones por autorizaciones de endeudamiento avaladas por las propias administraciones autonómicas y que al
vencimiento deberán ser abonadas por estas mismas en el caso de que las empresas impaguen. Quisiéramos conocer la opinión de la presidenta sobre este hecho y el riesgo que se puede correr a futuro si continuamos con esta tendencia.


En materia de contratación, al igual que pasa en todos los ejercicios, no está tampoco suficientemente justificada la necesidad de celebrar el contrato, lo que nos preocupa mucho, y vemos además que es algo recurrente, y también quisiéramos
conocer la valoración que hace la presidenta al respecto. Además, en algunos expedientes faltan los informes y estudios económicos necesarios para garantizar que el precio del contrato fuera el adecuado precio de mercado.


Existen también deficiencias en los criterios de adjudicación que debieran ser tenidos en cuenta para elegir al contratista, deficiencias respecto a las actuaciones de control del cumplimiento de contratos, así como ausencia de justificación
pertinente sobre la necesidad de los contratos para los fines del servicio público correspondiente. Todo esto nos parece especialmente grave en unas instituciones en las que debe primar la transparencia en el uso del dinero público, y más teniendo
en cuenta que es una deficiencia puesta ya de manifiesto por el tribunal de manera recurrente en todos estos años anteriores que hemos estado también analizando.


Por último, creemos relevante poner de manifiesto la necesidad de que se lleve a cabo una reforma, que creemos que ya es urgente, del sistema de financiación de las comunidades autónomas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Ponce.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común-Izquierda Confederal, el señor Uriarte tiene la palabra.


El señor URIARTE TORREALDAY: Gracias, señor presidente.Señora presidenta, simplemente quiero darle de nuevo la bienvenida y agradecerle su presencia. Si hacemos una visión general, vemos que la situación en el año 2017 no supone un cambio
profundo, como bien han dicho personas que me han precedido en el uso de la palabra, pues básicamente sigue habiendo el mismo tipo de incumplimientos y de desviaciones, pero se van corrigiendo en cierta medida, aunque la fotografía macro es más o
menos similar, con una cierta evolución en positivo.


También consideramos que es positivo que se hayan examinado no solo las desviaciones y los problemas puramente contables y presupuestarios, sino también cuestiones relativas a la transparencia y a la igualdad, y que se haya constatado en
cuáles de las comunidades autónomas se han implementado tanto planes de transparencia y de igualdad como normas en la materia.


Sin embargo, reconociendo el valor y la importancia de estas cuestiones, consideramos que también sería positivo que se profundizara más, como hemos expuesto en otros casos, y no nos quedáramos únicamente en cuáles son las desviaciones
contables o los problemas contables, sino que intentáramos analizar también un poquito más a fondo cuál es el resultado de la implementación, es decir, no solo cómo están diseñado estos planes, cuáles son las previsiones presupuestarias y en qué
medida se cumplen o no, sino también cuál es el efecto real que producen en su implementación. Es decir, no solo seguir la planificación, sino también la implementación real de esas materias. Sé que esto es mucho más difícil, sería un trabajo
mucho más ambicioso y, además, un trabajo mucho más peligroso, en la medida en que una institución independiente tendría que entrar a hacer valoraciones que ya tendrían unas consecuencias un poco más políticas. Pero en la medida en que siempre
intentamos plantear cuestiones, nos gustaría pedirle al tribunal un poquito más de ambición, aunque sea un poco más arriesgado hacerlo, y que en el futuro en este tipo de análisis se pudieran ofrecer datos más concretos de en qué medida se intuye,
sin llegar a hacer un análisis excesivamente concreto, que algunas de esas desviaciones, o algunos de esos problemas contables pueden estar vinculados con problemas más de fondo, o estén haciendo aparecer cuestiones de más trascendencia, de más
calado político, o que puedan darnos un pequeño mapa de por dónde se sitúan los niveles de corrupción o de ineficiencias en el Estado autonómico.


En esa misma línea, también creo que sería bueno que hicieran aunque sea una mínima aproximación a cuestiones que están en el debate político, que de alguna forma se pueden derivar de ese análisis contable y de la implementación de esas
contabilidades, como hasta qué punto consideran que se garantiza un principio de suficiencia económica, de suficiencia presupuestaria en el funcionamiento de las comunidades autónomas, sabiendo lo difícil que es esto, por supuesto, pero simplemente
algún tipo de



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línea de aproximación que nos permitiera hacer un mapeo más político de las consecuencias que tienen este tipo de cuestiones.


También en la medida en que hay algunos partidos, o al menos algún partido de los aquí presentes, que plantean la cuestión de la presunta ineficiencia económica del Estado autonómico como una especie de enmienda a la totalidad, también
quisiéramos que se expresara el análisis contable que se realiza de estos estudios del que pudiera derivar algún tipo de consecuencia de más calado político, siempre, por supuesto, respetando la absoluta independencia de la institución. Si nos
diera algún tipo de línea maestra sobre la eficiencia del modelo autonómico, no solo sobre las pequeñas desviaciones puntuales que pueda haber en materia presupuestaria, nuestro grupo se lo agradecería muchísimo de cara al futuro. Termino aquí.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Uriarte.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Vox tiene la palabra la señora Cañizares.


La señora CAÑIZARES PACHECO: Gracias, presidente.


Buenos días, señora presidenta. Muchísimas gracias por su comparecencia. Quiero felicitarle, como siempre, por su magnífico trabajo, a usted y a todo su equipo.


El pasado 13 de octubre compareció usted aquí para dar cumplida cuenta del informe de fiscalización del sector público autonómico relativo al ejercicio 2016, y en dicho informe, que fue fechado en julio 2019, encontramos ochenta y siete
conclusiones, en las que se ponían de manifiesto cuestiones como, por ejemplo, la falta de transparencia, falta de criterio en la adjudicación de contratos públicos y, sobre todo, falta de responsabilidad en el cumplimiento de la Ley de Estabilidad
Presupuestaria.


Hoy, en las conclusiones del informe relativo a 2017, vemos que el sector público autonómico, un año después, avanza -poco, pero algo avanza- en la mejora de su gestión, pero reinciden asuntos que consideramos tan relevantes como, por
ejemplo, falta de diligencia en los expedientes de contratación seguidos por los trámites de urgencia, así como la dudosa adopción de criterios en la adjudicación de contratos a tener en cuenta para elegir, por ejemplo, al contratista principal.


Este grupo parlamentario insta ya a las entidades fiscalizadas respecto del informe anterior con nuestras propuestas de resolución, por ejemplo, al cumplimiento de inclusión de una memoria demostrativa del nivel de cumplimiento de las metas
fijadas en los planes económicos, que también aparecen en las conclusiones de este informe, al cumplimiento del plazo de presentación de cuentas, adaptación de sus planes de contabilidad, así como la elaboración de unos presupuestos coherentes y la
consiguiente ejecución responsable en el caso de las universidades.


Hemos de señalar que además de los incumplimientos que quedaron plasmados en su informe del ejercicio anterior, en este encontramos otros nuevos, y que entendemos que, de alguna manera, vienen a poner de manifiesto la falta de diligencia del
gestor público, tales como, por ejemplo, la deficiente preparación para la tramitación de expedientes contractuales, que han generado retrasos en adjudicaciones, con el perjuicio económico que estos hechos pueden conllevar para las empresas
adjudicatarias. También la falta de justificación a la hora de recurrir a procedimientos negociados, o incluso utilización de fórmulas confusas en la valoración de criterio económico para los precios de las ofertas.


Tras constatar la ingente cantidad de deficiencias en la gestión, entendemos que se hace totalmente necesario que el tribunal continúe incluyendo en sus planes de fiscalización para años posteriores al sector público autonómico, de manera
que podamos hacer un seguimiento de esas conclusiones obtenidas y comprobar que estos informes al menos contribuyen a la mejora en la gestión de estas entidades, y que, en caso contrario, desde esta Cámara se puedan adoptar las medidas necesarias en
el ámbito legislativo conducentes a establecer obligaciones cuyo incumplimiento sería objeto de sanción. En este sentido, para el sector público estatal ya, por ejemplo, la Ley General Presupuestaria en su artículo 69 deja claro que los sujetos que
integran el sector público estatal adecuarán su gestión económico-financiera al cumplimiento de la eficacia en la consecución de los objetivos fijados y de la eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos en un marco de objetividad
y transparencia en su actividad administrativa.


A pesar de ello, la exigencia de responsabilidades como incentivo para lograr una gestión pública más eficaz y eficiente no parece haber logrado su objetivo, al menos en gran parte y de forma satisfactoria. Ante los resultados de los
informes de fiscalización, entendemos de todo punto necesario un control de esta gestión, y que todo gestor público debe ser sometido a un juicio sobre los resultados obtenidos y por la eficiencia lograda en la consecución de objetivos. No
obstante, existen muchas lagunas en el vigente sistema general de responsabilidades de las autoridades y del personal de servicio de las administraciones



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públicas, no siendo eficaz a la hora de exigir responsabilidad derivada de las decisiones, por ejemplo, de gasto adoptadas en perjuicio de los principios rectores de la gestión económica y patrimonial, economía, eficacia, eficiencia y
calidad, y, por tanto, también el de proporcionalidad. Por ello se hace imprescindible establecer un nuevo marco regulador capaz de dar solución a estos problemas planteados y que explícitamente prevea la supuesta responsabilidad respecto de
aquellas decisiones que incumplen o ignoran el principio de racionalidad en el uso de los recursos públicos.


A pesar de que existen posibles avances en esta materia, en lo referente al ámbito de la responsabilidad patrimonial, y ante la dificultad probatoria de la culpa en el supuesto de decisiones, por ejemplo, de gastos que no respeten el
principio de racionalidad que actualmente existe bajo la normativa vigente, convendría establecer un tipo más objetivo que se basase en la relación causa-efecto entre las decisiones adoptadas y el perjuicio que se pueda ocasionar a la Hacienda
Pública.


Termino. Por tanto, los agentes implicados en la gestión debemos analizar estos procesos tratando de mejorarlos y de establecer y concretar los mecanismos necesarios para exigir la responsabilidad que se pudiera derivar de una inadecuada o
inapropiada forma de gestionar los recursos públicos.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Cañizares.


A continuación, tiene la palabra, por el Partido Popular, el señor Suárez.


El señor SUÁREZ LAMATA: Muchas gracias, señor presidente.


Bienvenida, señora presidenta, y gracias por las explicaciones sobre un informe que, evidentemente, es extenso, complejo y difícil de resumir.


Le hago una primera consideración. Hay un informe de las entidades públicas que corresponde al sector autonómico, otro a entidades locales y, desde mi grupo parlamentario, consideramos que, a lo mejor, sería necesario hacer uno
correspondiente a la Administración del Estado, fundamentalmente porque la cuenta general no alcanza la profundidad que tienen este tipo de informes y así tendríamos una visión conjunta o global mucho más interesante.


Es difícil resumir este informe y hay muchas cuestiones, pero oyendo al señor Bel, cambio mi discurso -el que pensaba hacer- y como este informe da para mucho, bienvenido sea en un momento en el que en esta última tramitación del presupuesto
saltaba la cuestión de Madrid y la armonización fiscal, porque este informe pone de relieve la cantidad de falsedades que hemos tenido que oír en estos días.


Del informe se deduce algo obvio, pero que lo voy a recordar, porque me da la sensación de que muchas de sus señorías no se acuerdan de la capacidad de autogobierno de las comunidades autónomas que figura en los artículos de la Constitución,
que eso hace que unas incrementen sus impuestos -y me refiero a Cataluña-, ya que el señor Bel se ha referido a Madrid, con dieciocho impuestos autonómicos, y eso hace que los ciudadanos tengan que vivir de una determinada manera, y otras, como
Madrid, donde hay muchos menos impuestos y los ciudadanos viven de otra manera, evidentemente, y la creación de empleo se gestiona de otra.


La segunda cuestión que se deduce del informe es que la Ley 2020/2009, que financia el sistema general de las comunidades autónomas, evidencia que un 70 % de los ingresos son los que perciben las comunidades autónomas de ese tipo. Cuando
uno analiza los cuadros del 10 al 13, creo recordar, hay cifras demoledoras. Andalucía, con 8,5 millones de habitantes, recibe 21 200 millones; Cataluña, con 7,4 millones de habitantes, recibe casi 1000 millones más, 22 900; y Madrid, con 6,5
millones, recibe 15 650 millones. Es decir, Madrid recibe un 30 % menos de ingresos, cuando la correlación entre la población de Cataluña y la de Madrid no es un diferencial, ni mucho menos, del 30 %.


Si uno va al cuadro 11, que es mucho más interesante, donde se desglosa cómo se perciben esas cantidades, vemos cómo en concepto de IRPF Cataluña percibe 9100 millones y Madrid 9900 millones. Es decir, Madrid, con un millón menos de
contribuyentes, percibe más dinero. Esto supone que, en Cataluña, con los tipos impositivos y con los tramos autonómicos más altos, algo pasa, y pasa que se desmonta el discurso que hemos tenido que escuchar en estos presupuestos durante muchos
días. Es decir, la subida de tipos impositivos no implica una mayor recaudación. Esto es algo que la izquierda nunca ha entendido, la famosa curva de Laffer, pero, en cualquier caso, en Madrid funciona, es evidente, y las cifras no engañan. Si
nos vamos al IVA, que es un elemento determinante de generación de riqueza, vemos cómo Cataluña ingresa 6700 millones y Madrid 6100 millones. Prácticamente, con un millón menos de consumidores hay el mismo ingreso. Al final de toda esta historia,
el diferencial entre lo que ingresa Cataluña y lo que ingresa Madrid son 6400 millones. ¿Dónde está el problema? En el fondo de suficiencia



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global. ¿Qué es lo que aportan a la solidaridad de las comunidades autónomas? Cataluña ingresa 230 millones, frente a Madrid, que ingresa 4630 millones. Les quiero recordar a sus señorías que el PIB es más alto, 231 000 -si no me falla la
memoria- de Cataluña, por 239 000 de Madrid. Lo miren ustedes por donde lo miren, Madrid es veinte veces más solidario que Cataluña, veinte veces más solidario que Cataluña a la aportación de la financiación del sistema autonómico. Lo cual, al
final, me lleva a la reflexión de que lo que no hay es dumping fiscal, sino lo que hay es un odio visceral hacia un sistema de gestión que representa un Gobierno del Partido Popular, y que ha generado en quince años que una comunidad autónoma sea
mucho más próspera que otras.


Yo, sencillamente, señora presidenta, acabo agradeciéndole este informe que ha venido en una situación muy oportuna y que desmonta la única política que tiene este Gobierno de hacer, que es la mentira.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Suárez.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Fernández Leiceaga.


El señor FERNÁNDEZ LEICEAGA: Buenos días.


Yo voy a darle también la bienvenida calurosa a la presidenta y a los informes, y, la verdad, voy a hablar, en principio, del informe, no de otras cuestiones que no aparecen recogidas ni reflejadas de la forma en que se dice en él. No es un
informe sobre el sistema de financiación autonómica y sus diferencias regionales, no se trata de eso. En realidad, es muy parecido en sus conclusiones y en su desarrollo al que hemos discutido aquí hace dos meses, y en ese sentido podría repetir la
intervención, pero voy a centrarme en algunas cuestiones más específicas, destacando yo creo que dos conclusiones relevantes.


La primera, como consecuencia de la mejora del ciclo, de la mejora de la actividad económica en el ejercicio 2017, eso se refleja en los resultados presupuestarios y en el cumplimiento de los objetivos en materia de estabilidad financiera
también de las comunidades autónomas. Yo creo que esta es una buena noticia. Las comunidades son capaces de aprovechar el ciclo para mejorar su posición y para situarse mejor hacia el futuro.


La segunda conclusión es que se repiten buena parte de los errores, de las deficiencias, de los problemas que se detectaban ya en el ejercicio 2016, que tienen una gran persistencia y que, por tanto, nos obligan a una reflexión sobre ellos.
Mi primera idea en relación con esto coincide con lo que han dicho el señor Bel y otros portavoces, me preocupa el porcentaje de cuentas rendidas fuera de plazo y, sobre todo, las no rendidas.


En cuanto al plazo, creo que, más allá de colocar plazos perentorios y taxativos a las comunidades, seguramente lo más oportuno será hacer un ejercicio de recorte del tiempo entre el cierre del ejercicio y la rendición de cuentas, que
vincule a todas, armonizando, de alguna forma, su proceso de rendición de cuentas, pero sin necesidad de obligar a plazos concretos. Pero hay muchas cuentas no rendidas y, como ha dicho el señor Bel, esto afecta, sobre todo, a consorcios,
fundaciones y otros entes, que tienen un sesgo regional muy marcado. En primer lugar, Madrid, y después otras comunidades. Yo creo que aquí se ha hablado muchas veces de que las comunidades huyen del derecho administrativo y, en general, el sector
público huye del derecho administrativo de esta manera. Si además vemos que no rinden cuentas, tenemos un problema de transparencia, tenemos un problema de responsabilidad y, por tanto, aquí habría que hacer un esfuerzo especial.


Las memorias están incompletas, ya se ha dicho, faltan indicadores de los programas, la contabilidad y el seguimiento de los gastos con financiación afectada no se hace en la forma debida, hay un déficit en la gestión del inmovilizado, las
comunidades no están perfectamente adaptadas al Plan General de Contabilidad aprobado, etcétera. Son cuestiones que se repiten y que nos preocupan.


Es cierto que lo más importante tiene que ver con la sanidad, yo creo. La insuficiente presupuestación exigiría una reflexión más a fondo para saber cuáles son las causas. Se ha aludido a un problema posible, que es la insuficiente
financiación de las comunidades autónomas en relación con este tema, pero también es cierto que aquí influyen otros factores, como es la existencia de múltiples decisores de gasto que toman decisiones, digamos, sobre partidas del gasto sanitario de
forma independiente, sin que exista un control previo que límite esto, porque son circunstancias sanitarias. Por tanto, yo creo que aquí sería necesario hacer un ejercicio más profundo de explicación, sobre una base, por otra parte, muy halagüeña,
que es: gastamos solo el 5 % del producto interior bruto y tenemos una sanidad anémica, pero una sanidad muy buena en términos comparados. Por tanto, tampoco debemos ser demasiado catastrofistas.



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Yo creo que es necesario seguir con las fiscalizaciones de regularidad, pero seguramente sería más importante, en algunos aspectos clave, hacer fiscalizaciones operativas centradas en problemas específicos que nos permitieran avanzar en
cogobernanza con los OCEX y con las comunidades autónomas para resolver los problemas.


Permítanme un minuto para referirme a la cuestión suscitada por el portavoz del Grupo Popular. La curva de Laffer no ha funcionado en ningún sitio y tampoco funciona en España. Lo que ocurre es que, cuando se utiliza el desplazamiento de
bases fiscales simplemente con un cambio de domicilio fiscal, se acaba generando un problema en el resto del territorio. Esto es lo que está detrás de este debate de armonización, es lo que está detrás. Aunque yo creo que el debate más importante
de todos no es este, es sobre la equidad del sistema de financiación, y esto merecería un debate específico, y seguramente las conclusiones irían en un sentido muy diferente.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández Leiceaga.


A continuación, para responder a los portavoces de los grupos parlamentarios tiene la palabra la señora presidenta.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Muy bien. Muchas gracias, señor presidente.


Quisiera empezar por una cuestión que han planteado prácticamente todos ustedes, que es la relativa a la rendición de cuentas. Como verán, en nuestros informes, lo primero a lo que se hace referencia es a la rendición de cuentas. Entre
otras cosas, porque nuestras normas de fiscalización establecen que así lo hagamos.


En el caso del sector público autonómico, como verán, se va produciendo una mejora de la rendición en 2015, el 73 %; en 2016, el 77 y en 2017, el 83,5 %. Los grandes problemas de rendición, como ustedes mismos han señalado, están
fundamentalmente en el sector público empresarial fundacional y en los consorcios, y están centrados en comunidades como Madrid, Galicia, Andalucía y Aragón fundamentalmente. Comprenderán que para nosotros es una gran preocupación la rendición de
cuentas. En primer lugar, porque es una obligación legal, pero lo que no es menos importante es porque es una obligación de transparencia. El gestor tiene que rendir cuentas de su gestión y tiene que asumir las responsabilidades por ella. Además,
la falta de rendición impide fiscalizar y el control es un elemento esencial para el mantenimiento de un Estado democrático, porque los ciudadanos pagan sus impuestos y requieren gestiones adecuadas que respondan precisamente a unos impuestos
abonados para el sostenimiento de los servicios públicos.


En consecuencia, por eso nosotros no solamente recogemos la rendición de cuentas en todos los informes, ya les digo, como consecuencia de la aplicación de nuestras propias normas de fiscalización, sino que hacemos actuaciones concretas
dirigidas a la rendición, por ejemplo, en el ámbito local hacemos actuaciones periódicas dirigidas a la rendición, desarrollamos fiscalizaciones, precisamente, utilizando como criterio la falta de rendición de cuentas, para que las entidades
públicas sepan que no rendir cuentas no significa que no se fiscalice. Precisamente, para fiscalizar necesitamos que se rindan cuentas.


El señor Bel planteaba que ellos no son partidarios de la homogeneización de los plazos de rendición, que esto no es una solución, pero yo querría darles unos datos de lo que nos encontramos en el ámbito autonómico, en cuanto a plazos de
rendición. Tenemos unos plazos de rendición que van desde el 30 de junio, en las comunidades autónomas de Aragón, Canarias y Comunidad Valenciana; 1 de julio, Comunidad Foral de Navarra; 31 de julio, Cataluña, Islas Baleares, Comunidad de Madrid
y Región de Murcia; 30 de septiembre, Andalucía y Galicia; 31 de octubre, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja y Principado de Asturias; y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se rigen, como saben, por el
texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, con lo cual el plazo de rendición es el 15 de octubre. Entonces nos encontramos ante unas cuentas que se rinden entre junio y octubre. El 30 de octubre se rinden las últimas cuentas. Los OCEX y el
Tribunal de Cuentas tenemos que hacer, respectivamente, nuestros informes de fiscalización del sector público autonómico y luego, a este plazo, tenemos que unirle el que corresponde a la elaboración del informe global. Ustedes nos recriminan a
veces que este informe llega tarde. Dense cuenta la acumulación de plazos. O sea, no es un tema de retrasos, es un tema de acumulación de tiempos. Tenemos una rendición hasta octubre, tenemos unos informes de fiscalización del Tribunal de Cuentas
y de los OCEX, que el último ha llegado al Tribunal de Cuentas para la elaboración de este informe en marzo del año 2020.



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El Tribunal de Cuentas ha llevado a cabo los cinco informes de las comunidades autónomas, más los dos informes de las ciudades autónomas, más el de contratación de todo el sector público autonómico, en un año. En consecuencia, creo que es
un buen plazo. Pero el informe de fiscalización del sector público global lo podemos aprobar el 29 de octubre del 2020.


En consecuencia, efectivamente, no nos pidan que no recomendemos una tendencia a la homogenización de plazos, lo que no significa una identidad de plazos, sino una tendencia a la homogeneización de plazos y a la anticipación de los plazos de
rendición, si lo que queremos -ustedes y nosotros- es que los resultados de los informes de fiscalización puedan aplicarse a los siguientes periodos de programación. Esto es fundamental, y por eso el Tribunal de Cuentas está haciendo mociones para
instar a la reducción de los plazos de rendición, anticipación de la rendición, de modo que el control se pueda llevar a cabo de forma más rápida y más cercana, sobre todo a la gestión, para que de verdad resulte útil, y me lo han oído muchas veces.
Lo importante es que nosotros contribuyamos a la mejora de la gestión, y solo así lo podremos hacer.


Nos encontramos con falta de homogenización en las distintas comunidades autónomas en cuanto al régimen contable, en cuanto a la normativa aplicable en la gestión económico-financiera y en cuanto al formato de la cuenta, lo cual resulta
fundamental a la hora de hacer unos controles homogéneos del sector público autonómico. Si tenemos un formato de cuenta distinto en cada comunidad autónoma, resulta difícil homogenizar luego la exposición de los resultados. También, como les digo,
hay plazos distintos de rendición de la cuenta y formas distintas de rendición de la cuenta. Es por ello por lo que el Tribunal de Cuentas aboga, insisto, no por una identificación, sino por una tendencia a la homogeneización de la rendición de
cuentas y de los sistemas contables, fundamentalmente, que se ajusten, lógicamente, al Plan General de Contabilidad Pública de 2010, que, como he dicho, es el marco contable para todas las administraciones públicas.


Sin duda, un formato de cuenta homogéneo ayudaría muchísimo a poder tener una información comparable respecto de todas las comunidades autónomas, como ha ocurrido, por ejemplo, en el sector público local. En un determinado momento se optó
por un sistema de un formato homogéneo de la cuenta general de las entidades locales, por un procedimiento homogéneo de rendición, incluso por la utilización de una única herramienta para la rendición de las cuentas, como saben, la plataforma de
rendición de cuentas de las entidades locales, que favorece en gran medida el control. En consecuencia, no nos pidan que no solicitemos una anticipación, una homogenización de los plazos de rendición, y luego traigamos este informe con mayor
antelación, porque creo que los plazos a los que se está ajustando el Tribunal de Cuentas son bastante satisfactorios.


Por otra parte, planteaban ustedes también un problema en relación con el gasto sanitario, el señor Bel señalaba que el gasto sanitario, la situación de falta de coordinación entre los créditos iniciales y las obligaciones que deben
satisfacerse durante el ejercicio no es responsabilidad de los gestores, sino que es responsabilidad de quienes presupuestan. La referencia que hacemos nosotros aquí no es que no se satisfagan los gastos sanitarios, sino que en los presupuestos no
se dotan créditos suficientes para atender las obligaciones derivadas del gasto sanitario durante el ejercicio y ello da lugar a una serie de dificultades que generan, entre otras cosas, por una parte, grandes modificaciones presupuestarias, como
decía anteriormente, pero, por otra parte también, generan deuda hacia futuro. En consecuencia, la deuda, como saben, es un factor distorsionador de la gestión. Por otra parte, se realizan gastos sin la necesaria cobertura financiera, y ello
conlleva a la no contabilización de un importante monto económico.


El paulatino incremento que ello conlleva, de consignación de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, y en la medida en que falta la contabilización en el ejercicio corriente y pasa a ejercicios futuros, se produce también una
morosidad de pago de los acreedores. En consecuencia, se trata de una cuestión presupuestaria. Cada comunidad autónoma es responsable de ajustar sus presupuestos a las obligaciones económicas, sobre todo cuando sistemática y estructuralmente se
está observando que no se dotan créditos iniciales suficientes para sobrevenir a las obligaciones. Insisto: lo que se recoge en el informe del Tribunal de Cuentas no es que no se atiendan las obligaciones sanitarias, sino el déficit estructural
recogido en el presupuesto, que se produce en el presupuesto, por no recogerse créditos iniciales suficientes para atender esas obligaciones.


La señora Ponce también insistía en el tema de la rendición de cuentas, con lo cual, no voy a volver sobre la cuestión, porque creo que está suficientemente tratada. También señalaba la gran dependencia de las subvenciones del sector
público empresarial y me pedía una opinión sobre esta cuestión. Yo, lógicamente, no les voy a dar mi opinión, porque lo que vengo a darles es la opinión del tribunal, y creo



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que es clara. En el informe se recoge la tendencia a sustituir la financiación mediante subvenciones por ampliaciones de capital, por autorizaciones de endeudamiento avaladas por la Administración respectiva y por el otorgamiento de
préstamos, que, como dice el propio informe, son operaciones que no tienen impacto en el déficit. Sin embargo, sí que pueden tener una repercusión futura en las cuentas públicas, porque en la medida en que no se puedan atender esos préstamos o haya
que hacer frente a los avales como consecuencia de las asistencias realizadas por la Administración, efectivamente, puede tener unos efectos relevantes en las cuentas públicas futuras.


También varios de ustedes hacían referencia a la contratación: la señora Ponce y la señora Cañizares. Realmente la contratación es una de las áreas identificadas como de riesgo, igual que las subvenciones e igual que las transferencias,
pero siempre insistimos en la contratación. No solamente se recoge información sobre la contratación, y luego iré a lo que me planteaba el señor Uriarte sobre la naturaleza de este informe. Es muy importante saber lo que significa este informe y
lo que pueden esperar ustedes de este informe. Bueno, en relación con la contratación, quería comentarles que en este informe solamente se recoge una información que supone la exposición de los resultados incluidos en el informe del sector público
autonómico de cada uno de los OCEX o del Tribunal de Cuentas, respecto a las comunidades autónomas sin OCEX, pero hay un informe específico sobre contratación de las comunidades autónomas que se elabora anualmente. La contratación también es objeto
de fiscalización permanente respecto a las entidades locales y respecto del sector público estatal. Consecuentemente, la contratación es una preocupación permanente también para todos nosotros.


El señor Uriarte -y con eso quisiera hacer referencia a lo que es este informe del sector público local y a lo que se puede esperar de este informe del sector público local- señalaba que en este informe global debíamos ser un poco más
ambiciosos, un poco más arriesgados -decía él-, y hacer referencia no solamente a resultados globales, sino a entrar a analizar cuestiones de la gestión de las entidades autonómicas. En relación con este asunto yo quisiera hacer referencia a una
cuestión clave. Este informe del sector público autonómico lo que pretende es dar una visión global del sector público autonómico y, a través de criterios homogéneos, exponer los resultados principales que se recogen en los informes de
fiscalización del sector público autonómico concreto que elabora cada OCEX o que elabora el Tribunal de Cuentas respecto de las cinco comunidades autónomas que no tienen OCEX y de las dos ciudades autónomas.


En consecuencia, los contenidos fundamentales recogidos en este informe son los relativos a la rendición de cuentas, a la ejecución presupuestaria, a la situación patrimonial, pero también se recogen datos generales en relación con las
principales áreas de gestión, concretamente al endeudamiento, avales, operaciones de crédito, gasto sanitario, contratación pública, estabilidad presupuestaria, eficiencia, economía, igualdad y transparencia.


En consecuencia, es importante que tengan ustedes en consideración cuál es la naturaleza de este informe. Este informe ha de complementarse necesariamente con los informes que elaboran los OCEX de las comunidades autónomas y el Tribunal de
Cuentas, los específicos respecto de cada comunidad autónoma, que contienen muchísima más información, y, además de ser específica y centrada, recogen también las conclusiones concretas para esa comunidad autónoma y las recomendaciones.


Habrán observado ustedes que el informe el sector público autonómico global no tiene recomendaciones, porque las recomendaciones se encuentran en cada una de las comunidades autónomas. No se puede recomendar a las comunidades autónomas
siempre lo mismo y a todas lo mismo, porque entonces dirían ustedes: ¿y para qué se hace un informe de cada una de las comunidades autónomas, si el informe global ya recomienda lo que tienen que hacer todas?


En este sentido, quisiera hacerle referencia a que el objeto del informe del sector público global es el que aquí se recoge. Este informe tiene que complementarse con los informes específicos de cada uno de los OCEX de las respectivas
comunidades autónomas o del Tribunal de Cuentas respecto de las comunidades autónomas sin OCEX y de las ciudades autónomas. Por otra parte, es fundamental que este informe ha de complementarse con los informes específicos y especiales que realiza
el Tribunal de Cuentas y que realizan los OCEX respecto de las diferentes áreas de gestión. En este punto quiero recordar que en la anterior comparecencia traía fundamentalmente informes en los que se hacía fiscalización de gestión operativa, y,
además, les decía -recuerden que les decía- y está en el Diario de Sesiones: 'Luego no me digan que el Tribunal de Cuentas no hace fiscalizaciones operativas, porque hoy todas las fiscalizaciones que les traemos son operativas.'


Por tanto, el informe del sector público autonómico global no es el lugar para hacer fiscalizaciones operativas. No obstante, sí que se recogen datos globales homogéneos que parten de los resultados de



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fiscalización obtenidos en cada uno de los informes del sector público autonómico elaborado por los OCEX y elaborados por el Tribunal de Cuentas respecto de las cinco comunidades autónomas sin OCEX.


Respecto del gasto sanitario que planteaba el señor Fernández, efectivamente, me remito a lo ya planteado, que se trata de una cuestión de insuficiencia financiera, no de insuficiencia de cobertura de las obligaciones derivadas del gasto
sanitario, e insisto en que se trata de una decisión autonómica el establecer los ámbitos a los que dedica, fundamentalmente, los créditos de los que dispone.


Yo creo que con esto he dado respuesta prácticamente a todas las cuestiones que ustedes han planteado.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


Damos por finalizado el bloque I.


BLOQUE II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO DE 26 DE MAYO DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000067 y número de expediente del Senado 771/000065).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES A CORTES GENERALES DE 28 DE ABRIL DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000065 y número de expediente del Senado 771/000066).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate correspondiente al bloque II, que contiene los informes de fiscalización de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo del 26 de mayo de 2019 y el informe de fiscalización de las
contabilidades de las elecciones a Cortes Generales del 28 de abril del 2019.


Por acuerdo de la Mesa y de los portavoces del 15 de septiembre del 2020, se entienden subsumidas respectivamente en estas comparecencias la número 212/000366 y 212/000372, del Grupo Parlamentario VOX, que tienen el mismo objeto.


A continuación, en cuanto esté preparada la señora presidenta, tiene la palabra.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Muchas gracias, señor presidente.


En los bloques II y III de esta comparecencia se van a presentar informes relativos a la fiscalización de las contabilidades electorales a distintos procesos de elecciones y, si me permiten, en el primero de los informes que les voy a
presentar, que es el relativo a las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo, haré unas menciones más detalladas a ciertas cuestiones que luego entenderé repetidas respecto del resto de los procesos electorales, con el fin de que la
exposición no sea excesivamente repetitiva.


El primero de los informes de este bloque II es el relativo al informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019. Esta fiscalización se lleva a cabo por mandato legal, en concreto
por mandato del artículo 134 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, y se refiere a las contabilidades de los ingresos y gastos electorales presentadas por las formaciones políticas como consecuencia de su participación en el referido
proceso electoral convocado por Real Decreto 206/2019, de 1 de abril.


La fiscalización se ha extendido a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que dispone el artículo 133.1 de la Loreg, esto es, a los que han alcanzado los requisitos exigidos para recibir subvenciones estatales o han
solicitado adelantos con cargo a las mismas. Han sido ocho las formaciones políticas fiscalizadas. Los resultados del informe comprenden el examen de la regularidad de las contabilidades electorales, la declaración del importe de los gastos
regulares justificados en relación con cada formación política y la determinación de la cuantía de los gastos a considerar, a efectos de verificación del cumplimiento de los límites de gastos electorales previstos en el artículo 227.2 de la Loreg.


El artículo 227.1 de este texto legal establece que el Estado subvencionará los gastos originados por las actividades electorales en función de los escaños obtenidos en el Parlamento Europeo y de los votos obtenidos por cada candidatura, uno
de cuyos miembros al menos hubiera obtenido escaño de diputado. Las cuantías para el cálculo de la subvención fijada para este proceso electoral por la Orden del Ministerio de Hacienda 394/2019, de 3 de abril, son las mismas que establece el
referido precepto de la Loreg. Ascienden a 32 508,74 euros por escaño y a 1,08 euros por cada uno de los votos conseguidos por las candidaturas, siempre que uno de sus miembros al menos hubiera obtenido escaño de diputado.



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Asimismo, de conformidad con el artículo 227.3 de la LOREG, el Estado subvenciona los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores, en al menos una comunidad autónoma, de sobres y papeletas electorales o de
propaganda y publicidad electoral, es decir, los gastos de mailing. El artículo 6 de la citada Orden 394/2019, dictada en el marco del artículo 227.4 de la Loreg, establece unos importes del 0,15, 0,11, 0,029 y 0,019 euros, siempre que la
candidatura hubiera obtenido al menos un diputado y como mínimo el 15 %, el 6 %, el 3 % y el 1 %, respectivamente, de los votos válidos emitidos.


Para dar cumplimiento al mandato contemplado en el artículo 134.2 de la Loreg, los objetivos generales de la fiscalización han sido analizar el cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos electorales, así como de las
disposiciones de general aplicación, y examinar la regularidad de la contabilidad electoral presentada por cada una de las formaciones políticas obligadas a ello por reunir alguno de los requisitos establecidos en la normativa y que anteriormente
les he mencionado. Para ello se han llevado a cabo comprobaciones de carácter formal sobre la contabilidad y documentación remitida, sobre los recursos de la campaña electoral en relación con los gastos electorales, sobre los límites de gasto, así
como sobre el cumplimiento por terceros de las obligaciones previstas en el artículo 133 de la Loreg, en concreto, por las entidades financieras que hayan concedido créditos a las formaciones políticas y por los proveedores que hayan facturado a las
formaciones políticas gastos superiores a 10 000 euros. También se han realizado operaciones en relación con la tesorería de campaña.


Además, el artículo 134.2 de la Loreg requiere realizar un pronunciamiento sobre si procede proponer la no adjudicación o la reducción de la subvención estatal a la formación política, si hubiera lugar a ello. Conforme se dispone en la
instrucción relativa a la fiscalización de las contabilidades de las elecciones locales, autonómicas y europeas, de 26 de mayo de 2019, aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 28 de marzo de 2019, procede realizar propuesta de no
adjudicación de subvenciones para las formaciones políticas que no hubieran presentado ante el Tribunal de Cuentas una contabilidad detallada y documentada en sus respectivos ingresos y gastos electorales. Por su parte, la propuesta de reducción de
las subvenciones, según la instrucción del tribunal, debe fundamentarse en alguna de las siguientes condiciones: la superación de los límites legalmente establecidos sobre las aportaciones privadas, la falta de justificación suficiente de la
procedencia de los fondos utilizados en la campaña electoral o la realización de gastos no autorizados por la normativa electoral vigente, en concreto, los que afectan a la contratación de espacios de publicidad electoral en las emisoras de
televisión privada, artículo 60 de la Loreg, en las emisoras de radiodifusión sonora de titularidad municipal, conforme a la Ley Orgánica 10/1991, y en las emisiones de televisión local por ondas terrestres, conforme a la Ley Orgánica 14/1995. Los
resultados de la fiscalización se exponen individualizadamente por cada una de las formaciones políticas en este informe.


En cuanto a las conclusiones de la fiscalización, se señala, por lo que se refiere a la presentación de las contabilidades electorales, que las ocho formaciones políticas obligadas a presentar la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas
lo han llevado a cabo, haciéndolo a través de la sede electrónica de la institución, recibiéndose dicha contabilidad y la documentación correspondiente en el registro telemático del tribunal. La remisión de las contabilidades electorales se ha
efectuado por todas las formaciones, excepto una, en el plazo establecido en el artículo 133.1 de la Loreg.


Por lo que se refiere a la regularidad de ingresos y gastos electorales, el informe recoge que las formaciones políticas han declarado recursos por un total de 24 399 854 euros. Atendiendo a su naturaleza, el 1 % procedía de aportaciones
privadas, el 33 % de operaciones de endeudamiento, el 36 % de adelantos de subvenciones y el 30 % de aportaciones de los partidos. Asimismo, de conformidad con el artículo 134.3 de la Loreg, el Tribunal de Cuentas ha formulado, para cada una de las
formaciones políticas, la correspondiente declaración del importe de gastos regulares justificados a efectos del abono de subvenciones. El importe total de gastos declarados justificados ha ascendido a 26 112 793 euros, de los que el 49 %
corresponden a operaciones electorales ordinarias, y el 51 % a envío de propaganda electoral.


Como deficiencia respecto del cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe recoge que gastos por importe de 399 000 euros no tienen naturaleza electoral al no corresponderse con los conceptos
comprendidos en el artículo 130 de la Loreg. Casi 10 000 euros son gastos realizados fuera del plazo establecido en el citado artículo 130 de la Loreg, que, como saben, va desde la convocatoria de las elecciones hasta la proclamación de electos, y
algo más de 27 000 euros se refieren a gastos no permitidos por el artículo 53 de la Loreg. Casi 20 000 euros se corresponden con gastos con justificación insuficiente. Estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados por
subvenciones electorales, aun cuando los gastos no permitidos y los gastos con



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justificaciones suficientes sí que se han tenido en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento del límite de gastos del proceso. Asimismo, se han identificado gastos electorales de cuyo pago no se tiene constancia en una formación
política por casi 15 000 euros, lo cual se ha comunicado al Ministerio del Interior a efectos de que haga la comprobación correspondiente del pago en el momento en que corresponda el abono de la subvención.


En cuanto al cumplimiento de los límites de gastos electorales, el informe señala, considerando la información recogida en las contabilidades electorales presentadas, que ninguna formación política ha superado el límite máximo de gastos
específico para este proceso electoral europeo que se regula el en el artículo 227.2 de la Loreg, ni los límites establecidos en los artículos 55 y 58 de la Loreg, que, como saben, son los relativos a los gastos de publicidad exterior y de
publicidad en prensa y radio. A efectos de la comprobación de estos dos límites, las formaciones, como saben, han de presentarlos separadamente de los gastos electorales ordinarios. Cuando en la misma fecha tienen lugar varios procesos
electorales, como ocurre con las elecciones europeas, que coinciden con elecciones locales y con varios procesos electorales autonómicos, el cálculo de la cuantía del límite máximo de gasto se realiza conforme dispone el artículo 131.2 de la Loreg,
imputándose gastos comunes a los distintos procesos electorales. Será en el informe correspondiente a las elecciones locales en el que se agrupará el gasto conjunto declarado por los diferentes procesos electorales a fin de contrastarlo con el
límite conjunto calculado en concurrencia, formulándose en el informe de las elecciones locales los supuestos en que dichos límites en concurrencia hayan resultado sobrepasados.


Por lo que respecta al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la Ley electoral, se indica en el informe respecto de las operaciones de tesorería que todas las formaciones políticas han abierto una cuenta bancaria específica para
las elecciones, comunicada posteriormente a la Junta Electoral, según establece el artículo 124 de la Loreg. No obstante, en algunas formaciones políticas se han detectado fondos no ingresados en las cuentas electorales por un importe conjunto de
casi 56 000 euros, así como gastos electorales no abonados a través de cuentas electorales por importe conjunto de otros casi 56 000 euros, lo que incumple lo dispuesto en el artículo 125.1 de la Loreg, que establece que todos los fondos destinados
a sufragar gastos electorales deben integrarse en las cuentas electorales, y los gastos deben pagarse con cargo también a las cuentas electorales, si bien en todos los casos dichos gastos figuran declarados en las contabilidades presentadas.


Por otra parte, cinco formaciones políticas han realizado pagos por un importe acumulado de más de 1 457 000 euros, con posterioridad a los noventa días siguientes al de la votación, incumpliendo lo previsto en el artículo 125.3 de la Loreg.
El informe señala la existencia de deudas pendientes de pago con proveedores o acreedores una vez superado el límite temporal para disponer de los saldos de las cuentas corrientes electorales a que se refiere el artículo 125.3 de la Loreg, aspecto
que ha afectado a dos formaciones por un importe acumulado de 1 446 000 euros. En relación con la obligación de los proveedores de remitir al Tribunal de Cuentas información detallada de la facturación efectuada a las formaciones políticas por
importes superiores a 10 000 euros, conforme a lo establecido en el artículo 133.5 de la Loreg, se concluye que treinta y dos empresas no han cumplido con dicha obligación, resultando un saldo no informado de casi 2 253 000 euros.


Por lo que se refiere a las propuestas en relación con las subvenciones electorales, el informe señala que todas las formaciones políticas obligadas a ello han presentado su contabilidad electoral, por lo que no procede hacer propuesta
alguna de no adjudicación de las subvenciones electorales. Sin embargo, se formula en relación con una formación política que ha recibido aportaciones privadas no identificadas con los requisitos establecidos en el artículo 126.1 de la Loreg, una
propuesta de reducción de la subvención electoral a percibir por la misma.


El segundo informe incluido en este bloque II es el informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a Cortes Generales de 28 de abril de 2019, realizado igualmente por mandato legal, en concreto por el artículo 134 de la
Loreg, y se refiere a las contabilidades de los ingresos y gastos electorales presentadas por las formaciones políticas como consecuencia de su participación en el referido proceso electoral convocado por Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo. Se ha
extendido la fiscalización a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que dispone el artículo 133.1 de la Loreg, esto es, a los que han alcanzado los requisitos exigidos para percibir subvenciones o los que han solicitado anticipos con
cargo a las mismas. Han sido dieciocho las formaciones políticas fiscalizadas en este proceso.


Los resultados del informe comprenden el examen de la regularidad de las contabilidades electorales, la declaración del importe de los gastos regulados justificados por cada formación política y la



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determinación de los gastos a considerar a efectos de verificar el cumplimiento del límite de gastos electorales previstos en este caso en el artículo 175.2 de la Loreg. Dicho artículo 175 establece en su número 1 que el Estado
subvencionará los gastos originados por las actividades electorales en función de los escaños obtenidos en el Congreso de los Diputados o en el Senado y de los votos obtenidos por cada candidatura en el Congreso, uno de cuyos miembros al menos
hubiera obtenido escaño de diputado, y de los votos obtenidos por cada candidato que hubiera conseguido escaño de senador. Las cuantías para el cálculo de la subvención fijada para este proceso electoral por la Orden 268/2019, del Ministerio de
Hacienda, son las mismas que establece el referido precepto de la Loreg. Tales cantidades ascienden a 21 167,64 euros por escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado, 0,81 euros por cada uno de los votos conseguidos por cada
candidatura al Congreso, por supuesto, siempre que uno de sus miembros haya obtenido escaño de diputado, y 0,32 euros por cada uno de los votos recibidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de senador.


Asimismo, de conformidad con el artículo 175.3 de la Loreg, el Estado subvenciona los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda o publicidad electoral, es
decir, los gastos de mailing, siempre que la candidatura hubiera conseguido el número de diputados o senadores o de votos preciso para constituir grupo parlamentario en una u otra Cámara. La obtención de grupo parlamentario en ambas Cámaras no dará
derecho a percibir la subvención más que una sola vez. El artículo 3. a) de la citada Orden 268/2019, dictada en el marco del artículo 175.4 de la Loreg, estableció una cuantía por este concepto de 0,21 euros por elector en cada una de las
circunscripciones en las que se haya presentado lista al Congreso de los Diputados y al Senado.


Los objetivos generales de esta fiscalización han sido: analizar el cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos electorales, así como las demás disposiciones de general aplicación, y examinar la regularidad de las
contabilidades electorales presentadas por las formaciones políticas. Para ello se han llevado a cabo comprobaciones de carácter material sobre la contabilidad y documentación remitida, sobre los recursos de campaña electoral en relación con los
gastos electorales, los límites de gasto, el cumplimiento de las obligaciones por terceros establecidas en el artículo 133 de la Loreg, y respecto de la tesorería de campaña. Además, el artículo 134.2 de la Loreg requiere realizar un
pronunciamiento sobre si procede proponer la no adjudicación o la reducción de la subvención electoral a las formaciones políticas. Los supuestos establecidos en la instrucción del pleno del Tribunal de Cuentas relativa a la fiscalización de las
contabilidades referentes a estas elecciones a Cortes Generales para realizar propuestas, o bien de no adjudicación o bien de reducción de las subvenciones, son exactamente los mismos que he mencionado anteriormente respecto de las elecciones
europeas que, a su vez, son los mismos establecidos para las elecciones autonómicas y para las elecciones locales. Los resultados de la fiscalización se exponen individualizadamente en el informe por cada formación política.


Como conclusiones de la fiscalización, hay que señalar que, en cuanto a la presentación de las contabilidades electorales, el informe pone de manifiesto que, de conformidad con lo contemplado en el artículo 133 de la Loreg, las dieciocho
formaciones políticas obligadas a presentar la contabilidad al Tribunal de Cuentas han cumplido con esta obligación, haciéndolo a través de la sede electrónica de la institución. La remisión de las contabilidades electorales se ha efectuado por
todas las formaciones políticas en plazo.


Por lo que se refiere a la regularidad de los ingresos y gastos electorales, el informe recoge que las formaciones han declarado recursos por 58 898 839 euros. Atendiendo a su naturaleza, el 1 % procede de operaciones privadas, el 40 % de
endeudamiento bancario, el 21 % de adelantos de subvenciones y el 39 % de aportaciones de los partidos. De conformidad con el artículo 134.3 de la Loreg, el Tribunal de Cuentas ha formulado para cada una de las formaciones políticas la
correspondiente declaración del importe de gastos regulares justificados, que ha ascendido a un total de 60 049 438 euros, y de los que el 58 % corresponde a operaciones electorales ordinarias, y el 42 % al envío de propaganda electoral.


Como deficiencia respecto al cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe recoge que gastos por importe de casi 702 000 euros no tienen naturaleza electoral al no corresponder con los conceptos
comprendidos en el artículo 130 de la Loreg; algo más de 22 000 euros son gastos realizados fuera del plazo establecido en este mismo artículo; 72 000 euros son gastos no permitidos por el artículo 53 de la Loreg; y algo más de 153 000 euros se
corresponden con gastos con justificación insuficiente. Estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales, aun cuando los gastos de los dos últimos tipos se han computado a efectos de



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verificar el cumplimiento del límite máximo de gastos del proceso. Asimismo, se han identificado gastos electorales en una formación política de cuyo pago no se tiene constancia por algo más de 104 000 euros, y ello se ha comunicado
igualmente al Ministerio del Interior a efectos de que lo tenga en cuenta en el momento del abono de las subvenciones electorales.


En cuanto al cumplimiento de los límites de gastos electorales, el informe señala, considerando la información recogida en las contabilidades electorales presentadas, que ninguna formación política ha superado el límite máximo de gastos
específico de este proceso electoral que se regula en el artículo 175.2 de la Loreg, como señalé anteriormente, ni los límites establecidos en los artículos 55 y 58, es decir, gastos de publicidad exterior y gastos de publicidad en prensa y radio.


En la misma fecha de las elecciones generales se celebraron las elecciones a las Cortes Valencianas que se han fiscalizado por la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana, y cuyos resultados se han tenido en cuenta para calcular, en
los casos en los que procedía, la cuantía del límite máximo de gastos en concurrencia, conforme al artículo 131.2 de la Loreg, y verificar el cumplimiento de dicho límite de gasto.


Por lo que se refiere al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la Ley electoral, se expone en el informe, respecto de las operaciones de tesorería, que todas las formaciones políticas han abierto una cuenta bancaria específica
para las elecciones, que fue comunicada posteriormente a la Junta Electoral, según se contempla en el artículo 124 de la Loreg. No obstante, en algunas formaciones políticas se han detectado fondos no ingresados en las cuentas electorales por
importe conjunto de algo más de 1 119 000 euros, así como gastos electorales no abonados a través de las cuentas electorales por un importe conjunto de más de 1 123 000 euros, lo que incumple lo dispuesto en el artículo 125.1 de la Loreg, si bien en
todos los casos dichos gastos figuraban declarados en las contabilidades presentadas. Seis formaciones políticas han realizado pagos por un importe acumulado de 242 452 euros con posterioridad a los noventa días siguientes a la votación,
incumpliendo lo establecido en el artículo 125.3 de la Loreg. El informe señala la existencia de deudas pendientes de pago con proveedores o acreedores una vez superado el límite temporal para disponer de los saldos de las cuentas corrientes
electorales a que se refiere el artículo 123 de la Loreg, aspecto que ha afectado a tres formaciones políticas por un importe acumulado de 1 384 000 euros.


En relación con la obligación de los proveedores de remitir al Tribunal de Cuentas información sobre la facturación a formaciones políticas por importes superiores a 10 000 euros, conforme al artículo 133.5 de la Loreg, se concluye que
cuarenta y nueve empresas no han cumplido con esta obligación, resultando un saldo muy informado de 2 902 323 euros.


En cuanto a las propuestas en relación con las subvenciones electorales, el informe indica que no procede efectuar propuestas de no adjudicación. Sin embargo, se ha formulado una propuesta de reducción de subvención electoral a percibir por
una formación política, por haber recibido aportaciones privadas no suficientemente identificadas con los requisitos establecidos en el artículo 126.1 de la Loreg.


En ambos informes, tanto en el de las elecciones al Parlamento Europeo como en las elecciones generales, se contienen las mismas recomendaciones que consideramos aplicables, como les digo, a ambos procesos, y que se dirigen, por una parte,
al Gobierno, por otra parte, a las formaciones políticas y, por otra parte, a la Junta Electoral, con la finalidad de tratar de promover la mejora de la gestión en estos procesos electorales.


Muchas gracias, señor presidente. Quedo a disposición de sus señorías.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


A continuación, para fijar posición y formular las preguntas que sus señorías estimen oportunas o convenientes, tiene la palabra, por cinco minutos, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, la señora Ponce Gallardo.


La señora PONCE GALLARDO: Muchas gracias, señor presidente.


Señora presidenta, lo primero que queremos poner de manifiesto es que el tribunal reconoce en su informe de fiscalización correspondiente a las elecciones a Cortes Generales de abril de 2019 que sus recomendaciones coinciden en su mayor
parte con las ya recogidas en informes de fiscalización de anteriores procesos electorales, sin que las mismas hayan sido tenidas en cuenta por el Gobierno ni se hayan aprobado tampoco las iniciativas oportunas tendentes a su implantación.


De hecho, el tribunal lleva casi veinte años -que nos parece una barbaridad- advirtiendo del elevado e ineficaz coste del mailing directo de propaganda electoral, así como de sobres y papeletas, y en



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Ciudadanos no podemos estar más de acuerdo con el tribunal en este sentido. En Ciudadanos siempre hemos pedido al menos un mailing electoral conjunto de todos los partidos con el fin de ahorrar dinero al contribuyente y evitar un gasto
público tan elevado como innecesario, pero, lamentablemente, nunca hemos tenido el apoyo de otras fuerzas políticas en este objetivo. Creemos que la centralización de la distribución de papeletas y publicidad electoral en un envío único y conjunto
de todos los partidos sería crucial, mejoraría la información disponible para los electores y supondría un ahorro de costes de distribución importante. Sería también una garantía para la concurrencia efectiva de las opciones políticas que
participan en cada proceso electoral.


Queremos apuntar también que compartimos las recomendaciones hechas por el tribunal en otros muchos aspectos, como la necesidad de adecuar los límites en gastos de publicidad a los nuevos soportes de publicidad habidos en las nuevas
tecnologías, y, asimismo, en Ciudadanos siempre hemos defendido la austeridad en gastos electorales y, desde luego, una reducción drástica de los mismos en casos de repetición electoral, como lleva sucediendo en las últimas convocatorias.


He sido muy breve porque, como informaba antes, tengo que ir a otra Comisión ahora, por lo cual me despido, no sin antes desearles, por si no nos volvemos a ver, unas felices Navidades, aunque sabemos que van a ser algo atípicas.


Muchísimas gracias de nuevo por su presencia hoy aquí.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Ponce.


A continuación, por el Grupo Parlamentario VOX tiene la palabra el señor Sáez.


El señor SÁEZ ALONSO-MUÑUMER: Gracias, señor presidente.


Gracias, señora presidenta, por su comparecencia y, desde luego, por los informes, que son, como siempre, bastante completos y documentados. Me gustaría empezar por las elecciones del 28 de abril. Como se refleja en el informe, cada una de
las formaciones políticas ha declarado gastos regulares justificados que han ascendido a un importe de 60 millones de euros, de los cuales 34,8 corresponden a operaciones electorales ordinarias y 25,1 millones al envío de propaganda electoral. Son
costes que, evidentemente, pagamos todos los españoles. Si analizamos los costes por escaño, contando diputados más senadores, podemos distinguir tres grandes grupos. Más de 200 000 euros por escaño, sumando diputados y senadores: Compromís, 382
000 euros por escaño; Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario, 285 000 euros por escaño. Más de 100 000: Ciudadanos, 199 000,9 euros por escaño; Partido Regionalista de Cantabria, 199 542; Unidas Podemos, 152 058 euros por escaño;
Euskal Herria Bildu, 136 644; Partido Popular, 131 798; Junts per Catalunya, 114 918. Menos de 100 000 euros por escaño: encontramos a VOX, Navarra Suma, PSOE, PNV o Esquerra Republicana.


Elecciones europeas. Cada una de las formaciones políticas ha declarado el importe por gastos regulares justificados que han ascendido a un importe de 26 millones de euros, de los que 12,8 corresponden a operaciones electorales ordinarias y
13,2 al envío de propaganda electoral. Veamos el coste por escaño. Ahora Repúblicas: tres escaños, 571 639 euros por escaño; Ciudadanos, siete escaños, 780 502 euros por escaño; Coalición por una Europa Solidaria, 1 114 808 euros por escaño;
Lliures per Europa, Junts, 544 688 euros por escaño; Partido Popular, 318 970 euros por escaño; Partido Socialista Obrero Español, 442 861 euros por escaño; Unidas Podemos, 595 611 euros por escaño; VOX, 157 220 euros por escaño. Es el partido
que menos ha gastado por escaño en la campaña electoral en las elecciones europeas. No me parece de recibo que se paguen cantidades desorbitadas por escaño, como las pagadas a Coalición por una Europa solidaria, más de un millón de euros por
escaño, como las pagadas a Ciudadanos, 760 000 euros por escaño.


Temas que llaman la atención. Pagos por la cuenta electoral, 1,3 millones de euros en Ciudadanos, con posterioridad a los noventa días y también 31 675 euros en Lliures per Europa. Estamos hablando de que pedimos a las administraciones
públicas el pago a treinta días, pero se tarda más de noventa días en pagar a los proveedores. No me parece de recibo.


Deuda con proveedores. Ciudadanos mantiene 969 000 euros, y Lliures per Europa, 477 000 euros. Creo que mantener estas deudas pendientes de pago con proveedores es trasladar ineficiencias a los proveedores, quienes no deben sufrir las
consecuencias de unos gastos electorales desorbitados o de un presupuesto alejado de la prudencia.


Recomendaciones al Gobierno. Me gustaría detenerme en dos. La primera, la procedencia de valorar que la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre la Financiación de los Partidos Políticos previera que las donaciones privadas que se
realizaron en el periodo comprendido entre la convocatoria de las elecciones



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y la finalización de la campaña electoral se entendieran efectuadas para financiar el proceso electoral; y la segunda, respecto a la moción de 2001, que lo ha comentado la compañera de Ciudadanos, relativa a la modificación de la normativa
sobre financiación y fiscalización de los partidos políticos, acerca de evaluar la eficiencia material y económica de los envíos directos y personales a los electores de sobres y papeletas o de propaganda electoral. Me parece que la razón para ello
no debe ser que su disponibilidad es que está en las mesas, sino por el coste que supone: 13 millones en las elecciones europeas y 25 millones en las elecciones de 28 de abril. No obstante, me parece bastante más importante proceder a evaluar si
es oportuno seguir manteniendo el reembolso de gastos ordinarios incurridos en el proceso electoral, que han ascendido a 13 millones en las elecciones europeas y a 35 millones en las elecciones del 28 de abril.


Podemos evaluar si tan solo existen o deben ser reembolsables los gastos derivados de publicidad exterior, artículo 55 de la Loreg, y la publicidad en prensa y radio, artículo 58 de la Loreg, y no el resto de los gastos ordinarios. Gastos
ordinarios que no olvidemos que incluyen gastos financieros. En VOX creemos que un partido en el que prime una gestión responsable y prudente debe evitar financiarse vía endeudamiento. Por ello no figurarán nunca formando parte de los recursos
declarados operaciones de endeudamiento y, por tanto, tampoco incluiremos como gastos reembolsables los gastos financieros.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sáez.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Marcos.


La señora MARCOS DOMÍNGUEZ: Muchas gracias, señor presidente y señorías.


Gracias por su exposición, señora presidenta del Tribunal de Cuentas. El pasado octubre, cuando usted compareció para explicar los informes de fiscalización de los procesos electorales entre 2015 y 2017, le trasladé lo sorprendente que
resultaba que estuviéramos analizando elecciones de hace cinco años, cuando gracias al Tribunal de Cuentas los tribunales de justicia estaban ya investigando irregularidades potencialmente penales de las elecciones del año pasado. Pues bien, el
informe del proceso electoral que están investigando los tribunales de justicia, el de abril de 2019, es uno de los que hoy analizamos. Sabemos desde septiembre, y gracias al trabajo de los medios de comunicación, que el fiscal del Tribunal de
Cuentas encontró indicios sugerentes de responsabilidad penal en la actuación electoral de Unidas Podemos, uno de los dos partidos que forman la coalición del Gobierno de la nación. Como la Fiscalía del Tribunal de Cuentas carece de competencias
para iniciar cualquier investigación de naturaleza penal, pero sí tiene atribuciones en el ámbito de la fiscalización y del enjuiciamiento contable, lo que hicieron ustedes fue trasladar a la Audef esos indicios racionales de la perpetuación de un
hecho delictivo, aunque usted hoy no nos lo ha contado. ¿Cuáles fueron? Los que acreditan que Unidas Podemos pudo haber cometido fraude electoral y falsedad en documento mercantil, gracias a una empresa creada ad hoc con el objetivo real de
financiar al partido desde la cuenta electoral para las elecciones del 28 de abril. Usted, señora presidenta, ya se habrá percatado de que estoy citando la literalidad del informe del fiscal del Tribunal de Cuentas, así como de una nota de la
Fiscalía General del Estado, y no lo estoy haciendo porque esos documentos hayan llegado al Parlamento, no lo han hecho. Tampoco ha mencionado nada de estos graves sucesos la presidenta hoy en su exposición. Puedo hacerlo solo porque la opinión
pública tuvo la oportunidad de conocerlos gracias a los medios de comunicación.


Bien es cierto, y eso se lo reconozco, que no son necesarias arduas pesquisas para encontrar en el informe que hoy analizamos las partidas y las cuantías que han saltado a la investigación penal como potencialmente delictivas. En el
capítulo que corresponde a Unidas Podemos están reflejados los 425 000 euros de gastos irregulares y su desglose en 290 700 euros de gastos de naturaleza no electoral y en los 133 100 euros de gastos no justificados, así como los 1200 euros de
gastos prohibidos expresamente por la ley. También, sin mencionar que estamos ante indicios racionales de la perpetuación de un hecho delictivo, se relatan las presuntas irregularidades que ha localizado el Tribunal de Cuentas en la actuación del
segundo partido de la coalición que gobierna España.


En ningún momento el informe menciona a la empresa Neurona Comunidad, clave de esas presuntas ilegalidades. Ahora bien, una nota a pie de página, con una retórica críptica, pero traducible, detalla el sorprendente baile de fechas con ese
proveedor innombrado, menciona su inscripción en el Registro Mercantil el 19 de marzo, con un objeto social que poco tiene que ver con los servicios que supuestamente ofrecía a Podemos. El servicio a Podemos se factura el 5 de abril, pero sin
contrato, porque el contrato, sorprendentemente, se firma después de las elecciones, el 6 de mayo. ¿Qué servicio era ese, que se ofrecía sin contrato? Presuntamente vídeos y diseños publicitarios, pero no ha quedado suficientemente



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acreditada su efectiva elaboración por parte del proveedor, dice el informe. En definitiva, el presunto delito de fraude electoral y falsedad de documento mercantil que investigan los tribunales de justicia se resume en la posibilidad
cierta de que esos pagos cercanos al medio millón de euros fueran a cambio de nada. Es una causa muy concreta, nada prospectiva, y Podemos lo sabe.


Les recuerdo, señorías del PSOE y de Podemos, que ustedes vetaron en septiembre, en la Mesa del Congreso, la petición de mi grupo, junto a Ciudadanos y VOX, para crear una comisión de investigación que dilucide estas graves irregularidades.
Ese veto califica por sí mismo el nulo compromiso con la transparencia y democracia de la coalición gobernante. Aún pueden rectificar. Ahora pedimos a la Mesa de esta Comisión que no vete la petición de comparecencia del tesorero de Podemos para
explicar estas cuentas.


Señora presidenta del Tribunal de Cuentas, en los informes mencionan los ingresos por crowdfunding de Podemos y del PSOE. ¿Los han fiscalizado? ¿Han cruzado esos datos?


Permítame una reflexión final: si hay alguna otra presunta ilegalidad penal en la actuación de Podemos o de otro partido que el Tribunal de Cuentas haya detectado en los informes que hoy analizamos, parece humanamente imposible...


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señora Marcos.


La señora MARCOS DOMÍNGUEZ: Estoy acabando, señor presidente.


... localizarla, por atenta y minuciosa que sea la lectura de los textos, y menos aún de la atenta escucha de su intervención. No se lo digo, créame, como crítica a la importante tarea que realiza el Tribunal de Cuentas. Sí quiero que
conste en el Diario de Sesiones, como asunto a reflexionar por todos, si queremos cumplir mínimamente con el deber de transparencia hacia los ciudadanos que nos han elegido.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Marcos.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Ramón Utrabo.


La señora RAMÓN UTRABO: Muchas gracias, presidente.


En primer lugar, quiero darle las gracias a la presidenta por su exhaustiva presentación del informe que atañe a las elecciones europeas y a las generales. Me gustaría quedarme con algunas de las cosas que ha señalado más relevantes que
creo que, en aras del funcionamiento democrático de nuestro sistema, es de destacar que todas las formaciones políticas, como usted ha dicho, obligadas a presentar la contabilidad lo han hecho en tiempo y forma, excepto una, que lo hizo fuera de
plazo en las elecciones al Parlamento Europeo.


Creo que también es importante destacar que ninguna formación política ha superado el límite máximo de gasto. Esto es importante, porque significa que no se han producido infracciones por la superación de los límites y que no se abrirá
procedimiento sancionador en el Tribunal de Cuentas a ninguna formación política.


Con respecto a las empresas que no han cumplido con la obligación de remitir información detallada, son un total de 32, y quisiera señalar que casi el 90 % corresponde a empresas que han contratado con las formaciones políticas del Partido
Popular y de VOX. Pero es verdad que quiero también resaltar que no toda la responsabilidad de que estas empresas no hayan acreditado esa documentación compete a las propias formaciones políticas.


Me gustaría también indicar, porque aquí estamos para ser fiel reflejo de ese informe del Tribunal de Cuentas, que aquí ha habido una formación política como la de VOX, que acaba de hacer mención al tema del endeudamiento, y yo quiero
recordarle que, concretamente en la página 64 del informe, aparece que su formación política tiene un endeudamiento de 400 000 euros, tan legítimo como el resto de las formaciones políticas, pero no podemos decir lo contrario de lo que recoge el
informe del Tribunal de Cuentas.


Me gustaría centrarme en algunas de las recomendaciones que el propio Tribunal de Cuentas señala en su informe. Con respecto al mailing, es cierto que habría que analizar la situación, teniendo en cuenta la realidad en la que estamos
viviendo actualmente. Debemos tener en cuenta las nuevas tecnologías, pero también es cierto que tenemos que ser conscientes de la manifestación que hacen los propios electores en las encuestas elaboradas por el Centro de Investigaciones
Sociológicas, sobre los procesos electorales. Es cierto que más del 44 % de esos electores manifiestan que llevan el voto desde su propio domicilio. Esta es una realidad que afecta sobre todo a nuestro ámbito rural y a las personas de una edad más
avanzada. Hay que conjugar esos intereses de adaptarnos a la realidad actual de las nuevas



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tecnologías, pero también a la realidad de muchos ciudadanos de nuestro país. Hay que tener en cuenta los costes electorales, pero también los costes en el propio funcionamiento de nuestro sistema democrático. Intentamos hacer un estudio
sobre esa situación para reducir los costes y también los efectos negativos sobre el medio ambiente.


Compartimos también lo que dice el propio tribunal en cuanto a la necesidad de especificar en mayor medida las categorías de los gastos electorales que vienen establecidos en el artículo 130 de la Loreg. Es cierto que también la legislación
debe de adecuarse a los tiempos actuales y también a los cambios de hábitos de las formaciones políticas, tanto en cuanto a su propio sistema de financiación como también a la propia organización de las campañas electorales.


Me gustaría también hacer una mención específica a los términos que en muchas ocasiones se utilizan por el propio Tribunal de Cuentas en sus informes, que pueden dar en ocasiones una imagen inexacta de la realidad de los partidos políticos.
Porque cuando se habla de gastos irregulares, a veces estamos mezclando cuestiones que son de orden técnico sin atisbo de irregularidad, y en otras ocasiones estamos hablando de ciertos incumplimientos, como usted mismo ha mencionado cuando ha dicho
que estamos hablando de gastos irregulares, porque no se han justificado lo suficiente, se han pagado fuera de plazo o a veces se trata simplemente de considerar esos gastos que no son electorales, pero es también una concepción del propio Tribunal
de Cuentas, en la que en muchas ocasiones discrepan los partidos políticos, y así lo hacen mediante sus alegaciones. Por eso consideramos, he dicho al principio de mi intervención, que es importante que se especifiquen y se detallen esos gastos que
se pueden concebir como gastos electorales. Lo que quiero decir es que a veces hablamos de gastos irregulares haciendo una connotación peyorativa hacia las formaciones políticas, cuando a veces lo que estamos es hablando de una concepción diferente
de lo que debe de considerarse como gasto electoral o no gasto electoral. En definitiva, creo que no tiene mucho sentido hablar en esa terminología, cuando de lo que estamos hablando es de un propio criterio.


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señora Ramón.


La señora RAMÓN UTRABO: Por último, también quiero hacer una mención a las propias formaciones políticas y creo que debemos de ser receptivos a sus peticiones en cuanto a la presentación de alegaciones o a los tiempos que se les conceden
para presentar esas alegaciones.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Ramón.


Me ha pedido la palabra el señor Uriarte, porque cuando le tocó intervenir estaba fuera, en el servicio, y el presidente le va a conceder los cinco minutos que le pertenecían.


El señor BAS CORUGEIRA: Perdón, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Es potestad del presidente poder darle la palabra. Me la ha pedido porque ha tenido que salir un momento. Ha coincidido, porque además faltaba también el señor Bel, que tenía que intervenir antes que él, y el
presidente considera que, en aras a que pueda participar y darnos su opinión, es de recibo escuchar a cuantas más opciones políticas puedan hablar, mejor.


El señor URIARTE TORREALDAY: En primer lugar, quiero pedir disculpas, porque está de baja nuestra portavoz y no puede cumplir sus responsabilidades.


Intervengo muy brevemente para hacer un par de consideraciones. Parte del debate que hemos tenido creo que es un debate relativamente desenfocado en la medida en la que creo que algunas de las opiniones que se han vertido no están en el
contexto en el que debían de estar sobre el tipo de Constitución en el que estamos. Estamos en un Estado social y democrático de derecho, esto no es un Estado liberal. Los partidos políticos, de acuerdo con el artículo 5 de la Constitución, son
instituciones básicas del Estado, y, por tanto, la financiación pública es un elemento fundamental. Simplemente digo esto por intentar contextualizar, en la medida en que alguna de las apreciaciones no ha sido, en mi opinión, suficientemente
consciente de esto, de lo que son los partidos políticos en España, que no es comparable con lo que un partido político es en otros países extranjeros.


En segundo lugar, también en la medida en que algunas de esas manifestaciones afectaron a un partido político en concreto sobre las menciones que se han hecho, simplemente quiero decir que no voy a entrar en cuestiones que están sub iúdice,
pero sí que es bueno que se investigue y sí que es bueno que se sepa.



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Yo personalmente me alegro mucho de que exista la presión mediática fortísima sobre una determinada fuerza y de que se lleve a la máxima investigación, porque eso me da tranquilidad a mí, personalmente, en la medida en que hasta los 54 años
de edad me mantuve al margen del sistema de partidos y de la política activa, básicamente porque no me gustaba la forma en la que se financiaban los partidos.


Siento que es lógico que el Partido Popular, en la medida en que tiene tantos dirigentes encarcelados por esta cuestión, entiendo que es razonable que quiera expandir, digamos, la onda expansiva. Para mí, el hecho de que a Podemos se le
hayan abierto, creo que ya son trece procedimientos judiciales -ya no llevo la cuenta- para luego archivarlos, para mí es una satisfacción. Me plantea un problema, digamos, a largo plazo, y es que, si se siguen abriendo y cerrando procesos
judiciales, al final puede pasar un poco lo de cuando éramos niños, que decían: ¡que viene el lobo, que viene el lobo!, y el día que cometamos alguna pequeña infracción, que resulte ser verdad que ya nadie se lo crea. Este es el riesgo que podría
haber con esta cuestión.


Simplemente voy a advertir estas dos cosas. Creo que la segunda es un poco accidental, pero la primera creo que es importante, porque realmente no todas las intervenciones, como sucede generalmente, entienden el marco constitucional en el
que nos encontramos, y tienden a pensar, por alguna cuestión cultural o formativa, que estamos viviendo en un Estado liberal y no en un Estado social y democrático de derecho, en el cual los partidos políticos, al igual que los sindicatos, son
instituciones básicas del Estado.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Uriarte.


Yo no entiendo el nerviosismo con el que se expresan los señores diputados. Todos han expresado lo que han creído conveniente y esta Presidencia no ha tomado en consideración ni le ha rectificado a nadie sus palabras. Además entiendo que,
como faltaba antes en su turno, darle la oportunidad de expresarse es democrático y transparente, pero, como también este presidente entiende que puede ser debido a que su respuesta ha sido a parte de la intervención de la señora diputada del
Partido Popular, le concedo al Partido Popular un minuto por si quiere intervenir.


El señor PANIAGUA NÚÑEZ: Sí. Gracias, presidente.


Intervengo brevemente. Lo que no puede ser es que se cambien los turnos de intervención de los grupos. La intervención del portavoz del Grupo Confederal no ha sido para preguntar a la presidenta del tribunal o sobre su informe, sino
simplemente para responder a los comentarios que habían hecho otros grupos que habían intervenido con posterioridad al turno de él si hubiera estado aquí en ese momento, y no me parece lógico que se utilice para eso.


Si usted, presidente, puede dar el turno, tiene la potestad para darlo, debería controlar que no se haga de una manera torticera, porque a mí me ha parecido que ha sido de una manera torticera. Ha entrado después para poder pedir el turno y
poder contestar al resto de los grupos. (El señor Bas Corugeira: ¡Sí!).


No veo al señor Uriarte -creo que es- que esté tan contento, después de sus manifestaciones, con la investigación de su partido, aunque él lo dice, pero visto cómo ha respondido ante nosotros, que simplemente hemos trasladado una información
que es pública, que está en el Tribunal de Cuentas y que está en los juzgados, y que eso sea una crítica por parte suya atacando a nuestro partido.


No tiene nada que ver lo que haya pasado en nuestro partido para que queramos que se investiguen todas las situaciones irregulares de su partido. No veo cuál es el problema y por eso no entiendo esa calificación que ha hecho usted de
nuestro partido.


Muchísimas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Yo quiero aclarar que aquí no se ha cambiado el turno a nadie, sino que no estaba en su momento cuando tenía que intervenir, y este presidente le ha concedido. De todas formas, aquí ha habido intervenciones que no han hablado del informe, y
desde la Presidencia ni ningún otro diputado ha tomado en consideración ni ha dicho que se atengan al informe del que estamos hablando, y pueden ver la anterior intervención de su propio grupo.


Muchas gracias.


A continuación, intervendrá la señora presidenta para dar respuesta a las preguntas de los portavoces.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Muy bien. Muchas gracias, señor presidente.


En relación con las cuestiones que han planteado, quisiera hacer una intervención específica sobre las que me han parecido que dirigían alguna pregunta o alguna cuestión hacia el Tribunal de Cuentas.



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En primer lugar, en relación con la intervención del señor Sáez y con el análisis comparativo que ha hecho de las subvenciones electorales por gastos electorales ordinarios o por mailing percibidas por las distintas formaciones políticas,
simplemente le quiero recordar que las cuantías de las subvenciones vienen determinadas por unos índices: por escaño y por voto recibido en el Parlamento Europeo o en el Congreso o en el Senado, según el proceso electoral al que se refiera. Estas
cuantías vienen determinadas por la propia ley, aun cuando pueden actualizarse por orden ministerial. Como les he referido, en ambos procesos electorales, la orden ministerial se ha circunscrito a lo que establece la propia Loreg. En consecuencia,
es la propia Loreg la que establece estos índices sobre los que se calculan las subvenciones. Todo depende de los resultados obtenidos, de los diputados obtenidos y de los votos obtenidos, dará lugar al cálculo de la correspondiente subvención con
aplicación de estos índices.


En relación con la intervención de la señora Marcos, quisiera precisar lo siguiente. Como sabe, el procedimiento de fiscalización que lleva a cabo el Tribunal de Cuentas viene determinado por una serie de fases. Se realizan los trabajos de
campo, se elabora el anteproyecto de informe, se somete al trámite de alegaciones por parte de las correspondientes, en este caso, formaciones políticas, los fiscalizados, y luego se remite a observaciones de los miembros del Pleno. Entre los
miembros del Pleno se remiten a observaciones del ministerio fiscal todos los informes de fiscalización y, en concreto, los informes de fiscalización relativos a los procesos electorales, y al fiscal, además de ser miembro del Pleno, le corresponde
una función como miembro de la Fiscalía, y es en el ejercicio de esa función en la que demanda o solicita que se expidan testimonios en el caso de que observase que, de los resultados de la fiscalización -insisto: de los resultados de la
fiscalización- existiesen responsabilidades, bien contables, en cuyo caso se remite a la sección de enjuiciamiento del tribunal, bien penales o de otra naturaleza. También, si existen responsabilidades de naturaleza tributaria, solicita que se
oficie a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esa es la función del fiscal en el Tribunal de Cuentas y desarrolla su función exclusivamente sobre lo que se recoge en el informe de fiscalización. Por tanto, los hechos sobre los que se
ha fundamentado el fiscal para hacer la correspondiente solicitud de responsabilidad penal resultan del informe de fiscalización. Por tanto, sí que se recoge en el informe de fiscalización toda la información sobre la que el fiscal haya realizado
su petición. Concretamente, en la página 62 del informe de fiscalización de las elecciones generales, vienen bastante ampliamente recogidas las circunstancias que motivan los hechos a los que usted se refiere, tanto la parte de un gasto que se
considera no justificado, cuanto la parte de otro gasto que se considera que no tiene naturaleza electoral, al no ajustarse al artículo 130 de la Loreg. Estos se recogen en el cuadro en el que se incluyen los resultados de la fiscalización. Se
recogen esos datos y se recogen las explicaciones de por qué no se consideran gastos electorales o por qué no se consideran gastos justificados en los pies de página.


Debo recordar que los informes de fiscalización -y lo he repetido al presentar el informe- sobre procesos electorales tienen por objeto verificar el cumplimiento de la normativa relativa a ingresos y gastos electorales o de cualquier otra
normativa y también la regularidad de las contabilidades electorales presentadas por las formaciones políticas, y esos son los resultados que se plasman en el informe de fiscalización. Como les digo, las responsabilidades de cualquier naturaleza
que se deriven del contenido del informe de fiscalización corresponde formularlas al ministerio fiscal, como fue el caso. Es decir, la formulación de las responsabilidades o de las declaraciones que entendió el fiscal, insisto, resultan directa y
exclusivamente del informe de fiscalización.


Por otra parte, también quisiera precisarle que la Fiscalía no mandó las actuaciones a la Audef, sino que las mandó a la Fiscalía competente por razón de la materia. Ese es el cauce natural de exigencia de responsabilidades penales que se
deriven de este procedimiento fiscalizador o de cualquier otro, porque hay distintos procedimientos de fiscalización de los que el ministerio fiscal entiende que se derivan responsabilidades penales y el cauce de comunicación es siempre a través de
la Fiscalía competente por razón de la materia.


El Tribunal de Cuentas no es competente para dilucidar responsabilidades penales. En consecuencia, no puede dilucidar aquellas que de tal naturaleza eleve el ministerio fiscal. Sí es competente para dilucidar responsabilidades contables.
En consecuencia, es lo que hace en su sección de enjuiciamiento.


Por otra parte, también quisiera comentarle, ya que me preguntaba si fiscalizamos los microcréditos, que por supuesto que fiscalizamos los microcréditos, como sabe, y en esto quiero hacer una diferencia, porque en algunas ocasiones se
refería a los microcréditos y en otras ocasiones se refería al crowdfunding. El crowdfunding es una figura que, primero, ya tiene muchos antecedentes en las fiestas populares que organizaban algunas formaciones políticas o en las loterías o en los
sorteos que se celebran y, de hecho,



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ya tiene su regulación en la propia normativa de partidos políticos. Sin embargo, los microcréditos son figuras relativamente nuevas y que no disponen de normativa reguladora en la legislación de partidos políticos. Concretamente, no
tienen naturaleza de donación, porque han de reintegrarse. Pero, por otra parte, los únicos créditos que regula la normativa de partidos políticos son los concedidos por entidades bancarias. En este caso se trata de créditos de particulares.


La ley orgánica de financiación de partidos políticos, respecto de los créditos bancarios, dice que ha de formalizarse la prohibición de la condonación total o parcial de los mismos, la prohibición de establecer intereses por debajo de los
de mercado, la posibilidad de modificar las condiciones del préstamo siempre que no supongan una reducción por debajo del mercado de los intereses y, además, la obligación de notificar al Tribunal de Cuentas y al Banco de España, respectivamente, en
el caso de que se cancelen garantías reales. Luego, la normativa de financiación de partidos políticos contiene una serie de prescripciones a las que ha de sujetarse cualquier ingreso o cualquier gasto, y sobre todo este complejo normativo es sobre
el que nosotros hacemos la fiscalización de los microcréditos. Concretamente, se dice que todos los recursos para sufragar gastos electorales han de integrarse en cuentas electorales y todos los pagos han de hacerse desde cuentas electorales.


También se dice que, quienes aporten fondos a las cuentas electorales, harán constar en el acto de imposición: el nombre, el domicilio y el DNI. Además, según el artículo 126.3, en las imposiciones que se hagan por los partidos ha de
hacerse constar la procedencia de los fondos que se depositan. En ocasiones los microcréditos no se solicitan por las coaliciones que se presentan a las elecciones, sino por alguno de los partidos coaligados, y se aportan precisamente como
contribución del partido. También se dice en estas disposiciones generales que ninguna persona puede aportar más de 10 000 euros en las cuentas abiertas por una misma formación política para recaudar fondos en las elecciones convocadas. También lo
tenemos en cuenta a la hora de fiscalizar los microcréditos. Toda esta normativa realmente es insuficiente para regular la naturaleza específica de los microcréditos y es precisamente por eso por lo que las recomendaciones del Tribunal de Cuentas
van en la dirección de que se regulen en mayor medida.


La fiscalización de los microcréditos, además, se realiza en dos momentos distintos. Por una parte, cuando se fiscaliza la contabilidad electoral. En el momento de fiscalizar la contabilidad electoral se comprueba si los aportantes están
correctamente identificados con arreglo al artículo 126.1 de la Loreg, si los importes de los créditos por persona no exceden del máximo previsto en la normativa electoral por aportaciones del partido, es decir, si no exceden de los 10 000 euros, si
las operaciones se han formalizado debidamente, y, además, si en los respectivos contratos se han estipulado las condiciones esenciales del mismo, el tipo de interés aplicable y el plazo de vencimiento. Hay que tener en cuenta que no son créditos
bancarios, por tanto, se aplican por analogía todas esas normas. Pero no existe una norma específica para los créditos procedentes de particulares. Para hacer todas estas comprobaciones en las instrucciones que aprueba el Tribunal de Cuentas con
motivo de cada uno de los procesos electorales, se hace constar que se solicitarán las pólizas de crédito o los contratos de las operaciones de préstamos formalizados por particulares, es decir, los microcréditos utilizados para la financiación de
la campaña electoral, y, además, ha de aportarse un listado de la identificación completa de los aportantes. Todo esto ha de fiscalizarse, y se fiscaliza en el control de los procesos electorales. Pero, como le digo, no es el único momento en que
se fiscalizan los microcréditos. Esta fiscalización se completa en el momento de la fiscalización ordinaria de las cuentas del ejercicio correspondiente de los partidos políticos. Como sabe, la contabilidad electoral se incorpora a la contabilidad
ordinaria, de manera que al fiscalizar la contabilidad ordinaria del partido político correspondiente al ejercicio, lo que se verifica respecto de los microcréditos es si se ha reintegrado el microcrédito, porque el microcrédito normalmente se
reintegra con cargo a las subvenciones percibidas, no se reintegra en el propio proceso electoral, sino que se reintegra con cargo a la fiscalización a las subvenciones percibidas, y, además, si se han cumplido los requisitos que, o bien en la
póliza, o bien en el contrato correspondiente del microcrédito, se recogen respecto de estos tipos de créditos o aportaciones de particulares. Por tanto, esta es la fiscalización que ha de hacerse y que se hace de los microcréditos. Por supuesto,
seguimos avanzando en la fiscalización, porque, ante figuras nuevas, lógicamente, se debe ir depurando tanto la gestión como la fiscalización, y nosotros también estamos en esa tarea. A partir de ahora, en los informes de fiscalización de las
contabilidades ordinarias se incluirá un anexo en el que se harán comparativas sobre los microcréditos concertados por las formaciones políticas y sus condiciones, exactamente igual que hemos hecho con el endeudamiento.


Insisto en que lo que resulta evidente es que no tenemos normativa suficiente para ir más allá en la fiscalización de los microcréditos, y de ahí la recomendación que le digo que hacemos tanto en los



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informes de las elecciones europeas como de las elecciones generales como de las elecciones autonómicas. Es una recomendación que venimos haciendo ya desde 2016, desde que surgen estas fórmulas de financiación. En concreto, lo que se dice
es: regúlese esta figura, que carece de regulación, e inclúyase en esa regulación al menos la cuantía máxima por prestamista, y que esta no exceda del límite máximo establecido para las aportaciones privadas en la normativa; que sean ingresados
los microcréditos en cuentas bancarias electorales, que no se den en efectivo, precisamente para que haya mayor transparencia y mayor control de los microcréditos; que el plazo de devolución no exceda de un año natural desde la fecha de las
elecciones y, además, habrá de preverse que, igual que ocurre con la condonación de créditos, se evite también, se prohíba, la condonación de las deudas contraídas por los prestamistas que no sean entidades de crédito. Por tanto, en respuesta a su
pregunta, efectivamente, el Tribunal de Cuentas fiscaliza los microcréditos, los fiscaliza, como le digo, en las contabilidades electorales y en las contabilidades ordinarias, y lo que solicita del Gobierno es que inste la correspondiente iniciativa
legislativa, si la considera oportuna, ante el Parlamento, que se regule de alguna manera esta figura, que tiene sus características propias.


Por otra parte, la señora Ramón planteaba que quería focalizar su contribución al debate en esta Comisión desde la perspectiva más positiva, es decir, quedándose con la parte buena del informe, y citaba concretamente que ninguna de las
formaciones políticas había excedido el límite de gasto. Yo, simplemente -perdone, no es por ser agorera- le quiero recordar que existe un límite de gasto en concurrencia. En consecuencia, lo que dicen estos informes, cada uno en la parte que le
corresponde, es que no se han excedido los límites de gasto correspondientes a las elecciones concretas, pero será en el informe de las elecciones locales -que, por cierto, ya se están mandando alegaciones- en el que se determinará si existen
supuestos de exceso de límite de gasto en concurrencia. Simplemente quería hacer esta precisión.


Hacía referencia a dos recomendaciones. Respecto de la recomendación relativa al mailing, solo quiero comentarle que es una recomendación que el Tribunal de Cuentas viene realizando desde la moción de octubre de 2001, o sea, desde hace
veinte años prácticamente, y en ella no se pone en cuestión la realización de gastos de mailing, sino que lo que se dice es que se hagan como se realizan en la actualidad. El Tribunal de Cuentas quiere llamar la atención sobre que las nuevas
tecnologías y las nuevas fórmulas de comunicación están ahí, y a lo mejor permiten otras formas de publicidad o de envío de documentación o de información des sobres o papeletas, o propaganda electoral a través de otros procedimientos. Esta
recomendación del tribunal se hace desde la perspectiva, como dice la propia recomendación, de la eficiencia material y económica. Comprendemos perfectamente que existen otra serie de circunstancias, que no es lo mismo el medio urbano que el medio
rural y que no son lo mismo las personas más jóvenes que las personas más mayores, menos acostumbradas a las nuevas tecnologías. Por supuesto, es una recomendación que hacemos desde la perspectiva de la eficiencia y, a lo mejor, que pudiera abrir
el planteamiento de unas comunicaciones selectivamente distintas, que se analizaran los destinatarios, y que quizá pudiera pensarse en otra forma de envío. Por supuesto, en ningún caso, como les digo, estamos poniendo en cuestión el envío de sobres
o papeletas o de publicidad a terceros. Además, la fórmula que nosotros planteamos es que pudiera pensarse en un procedimiento con todas las garantías, es decir, que favoreciera la transparencia, la disponibilidad de toda esa información, pero que
permitiera reducir el gasto de fondos públicos dedicados precisamente a su financiación.


También hacía usted referencia a los gastos electorales, y aquí también hacemos nosotros una recomendación en relación con esta cuestión. El artículo 130 de la Loreg, en el que se recoge muy sucintamente, y a veces un poco crípticamente,
qué son los gastos electorales, resulta muy insuficiente para determinar cuáles sean. Saben que vienen definidos, por una parte, por el ámbito temporal, es decir, aquellos que se realicen desde la convocatoria de las elecciones hasta la
proclamación de electos; pero, por otra parte, vienen definidos también por el objeto. Hay que conjugar ambos, porque los partidos políticos en las alegaciones utilizan uno o utilizan otro. Pero, si se dan cuenta, en el artículo 130 existen una
serie de gastos que es imposible que se realicen, por ejemplo, entre la celebración de las elecciones y la proclamación de los electos, como, por ejemplo, la confección de sobres y papeletas electorales; la propaganda y publicidad directa dirigida
a promover el voto; el alquiler de los locales, donde específicamente, entre las pocas cosas que dice el artículo 130, dice que es para actos de campaña electoral, y ustedes, en sus alegaciones, con frecuencia señalan que por qué no se admiten en
la noche electoral. Pues porque el artículo 130 dice que son actos de campaña electoral. Pero es que, además, en la instrucción que elabora el Tribunal de Cuentas, que se les envía a ustedes, se publica en el 'Boletín Oficial del Estado' y se
recoge en la página web del tribunal, con ocasión de la celebración de cada uno



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de los procesos electorales, ya se viene definiendo una doctrina, precisamente para aclararles qué gastos -procedentes de la experiencia- tienen o no naturaleza electoral. Por ejemplo, en esas instrucciones se dice: Los gastos de
restauración no tienen naturaleza electoral. Los gastos derivados de la rendición de cuentas electorales sobre intención de voto en periodo electoral no tienen naturaleza electoral. Los gastos de formación de los candidatos no tienen naturaleza
electoral. Entonces, si ustedes lo declaran como electoral no será porque la instrucción no diga específicamente que no sean electorales.


Pero es que, además, de la lectura de los informes -que, como les vengo diciendo muchas veces, los informes lo que pretenden con sus recomendaciones y sus contenidos es contribuir a la mejora de la gestión-, en estos electorales
concretamente, si leen atentamente cada una de las notas a pie de página que se recogen en los mismos, ¿qué se dice? ¿Por qué se entiende que un gasto no es electoral a su alegación -a la alegación de los respectivos partidos- de que sí que es
electoral? En cumplimiento del tratamiento de las alegaciones -por lo que me han preguntado ustedes varias veces- tenemos que decir por qué no entendemos que sea electoral.


Por ejemplo, en esos pies de página figura que, por ejemplo, el hotel de la noche electoral no se considera gasto electoral; que la consultoría política estratégica es un acto preparatorio y, por tanto, no es un acto electoral; que el
asesoramiento jurídico y estratégico y el seguimiento de las redes sociales, igualmente se considera un acto preparatorio y no electoral; que el material de oficina tampoco, salvo que específicamente se acredite que se ha adquirido para las
elecciones, no es un gasto electoral; que las diversiones infantiles y las actuaciones musicales no se consideran gastos necesarios para el desarrollo de los actos electorales, y, por tanto, no se consideran actos electorales; que, por ejemplo, en
cuanto a los gastos de mailing, los gastos de buzoneo no se pueden considerar como envíos directos y personales de propaganda, porque los gastos de buzoneo son envíos indiscriminados en cada uno de los buzones, por tanto, no se pueden considerar
como gastos de mailing a efectos de subvenciones.


Precisamente, nuestra recomendación va dirigida a que ese artículo 130 se depure, se mejore y se concrete, porque realmente no ayuda demasiado a definir las categorías en él incluidas, y quizás, tanto las instrucciones del Tribunal de
Cuentas cuanto los resultados de la fiscalización, pueda ayudarles en la tarea de definir en mayor medida modificar ese artículo 130, y precisar en mayor medida lo que sean los gastos electorales.


Respecto de los gastos irregulares también planteaba usted, señora Ramón, una cuestión. Aquí quisiera aclarar que el Tribunal de Cuentas utiliza la calificación de gastos irregulares por contraposición a la de gastos regulares justificados.
Es decir, el artículo 127.1 de la Loreg establece que el Tribunal de Cuentas tiene que declarar los gastos regulares justificados a efectos del pago de la subvención. Precisamente se recoge en el capítulo del pago de subvenciones. En consecuencia,
los gastos irregulares son aquellos gastos declarados en las contabilidades que, por no atender a restricciones legales en materia de gastos electorales, no se pueden subvencionar. Los gastos irregulares se relacionan con los gastos no
subvencionables, frente a los regulares que sí que son subvencionables.


Dentro de la categoría de los gastos irregulares, efectivamente, como usted ha señalado, están los gastos con justificación insuficiente, los gastos no justificados, los gastos que no tienen naturaleza electoral por el objeto, es decir,
aquellos que no se entienden comprendidos en el artículo 130 de la Loreg, pero tampoco por el plazo; es decir, aquellos gastos que se han realizado bien antes o bien después de ese período entre la convocatoria de las elecciones y la proclamación
de electos. Además, también se consideran irregulares los gastos prohibidos expresamente por la ley. Pero ha de tener usted en cuenta que, de estas cuatro categorías, los gastos sin justificación o con justificación insuficiente y los gastos
prohibidos sí que se computan a efectos del límite de gastos; no son subvencionables, pero sí que se computan a efectos del límite de gasto. Por tanto, por eso lo que quiero aclarar es que los gastos irregulares, en la terminología utilizada por
el informe del tribunal, significan lo contrario o se establecen por contraposición a gastos regulares, gastos que, por estar debidamente justificados y ajustarse al artículo 130, son subvencionables. Como le digo, es una de las funciones que tiene
nuestro informe de fiscalización, precisamente para que luego el Ministerio del Interior pueda abonar las correspondientes subvenciones.


Creo que he procurado dar respuesta a las cuestiones que han planteado.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.



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BLOQUE III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE LA RIOJA DE 26 DE MAYO DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000072 y número de expediente del Senado 771/000072).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES A LA ASAMBLEA REGIONAL DE MURCIA DE 26 DE MAYO DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000073 y número de expediente del Senado 771/000071).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES A LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA DE 26 DE MAYO DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000074 y número de expediente del Senado 771/000070).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CANTABRIA DE 26 DE MAYO DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000075 y número de expediente del Senado 771/000069).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES A LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA DE 26 DE MAYO DE 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000076 y número de expediente del Senado 771/000068).


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al debate correspondiente al bloque III, que es el informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones al Parlamento de La Rioja del 26 de mayo del 2019, informe de fiscalización de
las contabilidades de las elecciones a la Asamblea Regional de Murcia del 26 de mayo del 2019, informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a la Asamblea de Extremadura del 26 de mayo del 2019, informe de fiscalización de las
contabilidades de las elecciones al Parlamento de Cantabria del 26 de mayo del 2019, e informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha de 26 de mayo de 2019.


A continuación, tiene la palabra, para dar las explicaciones de los informes, la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Muchas gracias.


En este bloque tenemos cinco informes, pero no se asusten, porque les voy a hacer una única presentación, como es natural. Como les digo, voy a presentar conjuntamente estos informes de fiscalización, realizados igualmente por mandato legal
en cumplimiento del artículo 134 de la Loreg, referidos a las contabilidades de los ingresos y gastos electorales presentados por las formaciones políticas como consecuencia de su participación en las elecciones del Parlamento de La Rioja, de la
Asamblea Regional de Murcia, de la Asamblea de Extremadura, del Parlamento de Cantabria y de las Cortes de Castilla-La Mancha, celebradas el 26 de mayo de 2020. Dichos procesos electorales fueron convocados por los respectivos decretos de los
presidentes de cada una de las comunidades autónomas. Corresponde al Tribunal de Cuentas fiscalizar las contabilidades electorales en los procesos autonómicos, en las comunidades autónomas que no cuentan con órganos de control externo propio de las
comunidades autónomas, realizando la fiscalización de las comunidades autónomas que disponen de OCEX, estos órganos autonómicos.


Estas cinco fiscalizaciones se extienden a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que han cumplido los requisitos exigidos para recibir subvenciones, o que han solicitado adelantos con cargo a las mismas. Los resultados de
cada informe comprenden el examen de la regularidad de las contabilidades electorales, la declaración del importe de los gastos regulares justificados por cada formación política, según dispone el artículo 134.3 de la Loreg, y la determinación de
las cuantías de gastos a considerar a efectos de verificar el cumplimiento de los límites de gastos electorales previstos en el artículo 227.2 de la Loreg.


Los requisitos para percibir las subvenciones electorales vienen establecidos en las respectivas leyes autonómicas de elecciones a sus órganos de representación regional, y las cantidades actualizadas de subvención por escaño y por voto
obtenido se establecen en las órdenes autonómicas dictadas al efecto. Asimismo, en el caso de La Rioja, Murcia y Castilla-La Mancha, se prevé subvencionar los gastos



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electorales producidos por envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales, y de propaganda y publicidad electoral, es decir, los gastos de mailing en las respectivas cuantías.


Para dar cumplimiento al mandato contemplado en el artículo 134.2 de la Loreg, los objetivos generales de la fiscalización han sido: analizar el cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos, así como de cualesquiera otras
disposiciones de aplicación general, y examinar la regularidad de la contabilidad electoral presentada por cada una de las formaciones políticas. Para ello se han llevado a cabo comprobaciones de carácter formal sobre la contabilidad y
documentación remitida, sobre los recursos de la campaña electoral en relación con los gastos electorales, sobre los límites de gastos, así como sobre el cumplimiento por terceros de las obligaciones previstas en el artículo 133 de la Loreg, y
respecto de la tesorería de campaña.


Ha de tenerse en cuenta que la fiscalización de las contabilidades de las elecciones de los órganos de representación regional se ha visto afectada por la celebración en las mismas fechas -como ya les he comentado antes, al presentarles el
informe del Parlamento Europeo- de elecciones al Parlamento Europeo, elecciones locales en todo el territorio nacional y elecciones en asambleas legislativas de doce comunidades autónomas, entre ellas las cinco que son objeto de esta presentación,
lo que ha condicionado la determinación de la cuantía del límite máximo de gastos en concurrencia de una misma formación en más de uno de los procesos electorales, y el análisis de su cumplimiento y la imputación de los gastos comunes a diversos
procesos electorales.


En el caso de concurrencia de candidaturas, los gastos electorales declarados en los procesos electorales autonómicos, a efectos de comprobar la observancia de los límites de gasto a nivel conjunto, se han obtenido de los informes emitidos
por los correspondientes órganos de control externo de las comunidades autónomas y del informe elaborado por el Tribunal de Cuentas en relación con las elecciones al Parlamento Europeo, y su cumplimiento, como les anticipaba anteriormente, tendrá
lugar en el informe correspondiente a las elecciones locales celebradas en la misma fecha.


Además, el artículo 134.2 de la Loreg requiere realizar un pronunciamiento sobre si procede proponer la no adjudicación o la reducción de la subvención estatal a las formaciones políticas. Los supuestos establecidos en la instrucción del
Pleno del tribunal, relativa a la fiscalización de las contabilidades referentes a las elecciones a Cortes Generales de 28 de abril de 2019, aprobada el 28 de marzo de 2019, para realizar propuestas de no adjudicación o de reducción de la
subvención, son los mismos que se han expuesto para el proceso electoral de las elecciones europeas.


Los resultados de la fiscalización se exponen individualizadamente en cada formación política y en cada uno de los informes de fiscalización que en este momento se presentan. Los cinco informes ponen de manifiesto que todas las formaciones
políticas obligadas a presentar la contabilidad electoral al Tribunal de Cuentas han cumplido con dicha obligación, haciéndolo con arreglo a lo dispuesto en la respectiva normativa autonómica, a través de la sede electrónica del tribunal. La
remisión de las contabilidades electorales se ha efectuado en el plazo establecido en el artículo 133.1 de la Loreg.


Asimismo, y en lo que respecta al cumplimiento de los gastos electorales, considerando la información recogida en las contabilidades electorales presentadas, de los informes resulta que ninguna formación política ha superado el límite máximo
de gastos específico previsto para estas elecciones autonómicas, ni los límites establecidos en los artículos 55 y 58 de la Loreg, relativos a publicidad exterior y a publicidad en prensa y radio, respectivamente. En todo caso, la observancia de
los límites en concurrencia, como se ha expuesto, se examinará en el informe correspondiente a las elecciones locales de mayo de 2019.


En cuanto a las conclusiones específicas de la fiscalización, que paso ahora a exponerles, en concreto, en cuanto a las elecciones al Parlamento de La Rioja, en el que se han fiscalizado cuatro formaciones políticas, en lo que se refiere a
la regularidad de ingresos y gastos electorales, el informe recoge que las formaciones políticas han declarado recursos por un total de 400 412 euros. Atendiendo a su naturaleza, el 12 % proceden de operaciones de microcréditos, el 33 % de
adelantos de subvenciones electorales, el 55 % de aportaciones de los partidos. De conformidad con el artículo 134.3 de la Loreg, el Tribunal de Cuentas ha formulado para cada una de las formaciones políticas la declaración del importe de los
gastos regulares justificados por operaciones ordinarias, que ha ascendido a un total de 266 500 euros, el 67 % del gasto justificado total. El gasto justificado por la realización de la actividad de envío de propaganda electoral, es decir, el
gasto de mailing, ha sido de 132 909 euros, por tanto, el 33 % del gasto justificado total.


Como deficiencias respecto al cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe observa que gastos por importe de 871 euros no tienen naturaleza electoral, al no



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corresponder a ninguno de los conceptos comprendidos en el artículo 130 de la Loreg, y estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de financiación por subvenciones electorales.


En cuanto al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la Ley electoral, se expone en el informe, respecto de las operaciones de tesorería, que todas las formaciones políticas han abierto una cuenta bancaria específica para las
elecciones, comunicada posteriormente a la Junta Electoral, según contempla el artículo 124 de la Loreg. Todos los proveedores han cumplido con la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas información detallada de la facturación efectuada a las
formaciones políticas por importes superiores a 10 000 euros.


Por lo que se refiere a las elecciones a la Asamblea Regional de Murcia, de la que se han fiscalizado cinco formaciones políticas, en lo referente a la regularidad de los ingresos y gastos electorales, el informe señala que las formaciones
políticas han declarado recursos por un total de 1 449 344 euros. Atendiendo a su naturaleza, el 1 % procede de operaciones de microcréditos; el 32 % a adelantos de subvenciones electorales, y el 67 % a aportaciones de los partidos. De
conformidad con el artículo 134.3 de la Loreg, el tribunal ha formulado, para cada una de las formaciones políticas, la declaración del importe de gastos regulares justificados por operaciones ordinarias, que ha ascendido a un total de 646 648
euros, el 45 % del total de gastos justificados. El gasto justificado por envío de propaganda electoral ha representado el 55 % del total de los gastos justificados.


Como deficiencias respecto del cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe observa, en este caso, gastos por importe de 14 305 euros que no tienen naturaleza electoral. Estos gastos no han sido
admitidos como susceptibles de ser financiados con cargo a subvenciones electorales.


Por lo que se refiere al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la Ley electoral, se expone que todas las formaciones políticas han abierto una cuenta bancaria específica para las elecciones, comunicada posteriormente a la Junta
Electoral. Una formación política ha realizado pagos por un importe acumulado de 303 990 euros con posterioridad a los noventa días siguientes al de la votación, incumpliendo con ello lo establecido en el artículo 125.3 de la Loreg.


Todos los proveedores han cumplido la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas información detallada de la facturación efectuada por las formaciones políticas por importes superiores a 10 000 euros.


En cuanto a las elecciones a la Asamblea de Extremadura, han sido cuatro las formaciones políticas que han presentado cuentas de la contabilidad porque estaban obligadas a ello conforme a la normativa, cuatro formaciones políticas
fiscalizadas. En lo referente a la regularidad de los ingresos y gastos electorales de las elecciones a la Asamblea de Extremadura, el informe señala que las formaciones políticas han declarado recursos por un total de 840 296 euros. Atendiendo a
su naturaleza, 282 450 euros, es decir, el 34 %, proceden de adelantos de subvenciones electorales, y el 66 % restante de aportaciones de los partidos.


El Tribunal de Cuentas ha formulado la correspondiente declaración de importe de gastos electorales regulares justificados, a efectos del pago de la procedente subvención, y han ascendido en este caso a un total de 837 627 euros. Como
deficiencias respecto del cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe observa que gastos por importe de 2057 euros no tienen naturaleza electoral. Estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de
ser financiados por subvenciones electorales.


En cuanto al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la ley electoral, todas las formaciones políticas han abierto una cuenta bancaria específica para las elecciones, comunicada posteriormente a la Junta Electoral.


En relación con la obligación de los proveedores de remitir al Tribunal de Cuentas información detallada sobre la facturación efectuada por las formaciones políticas por importe superior a los 10 000 euros, se concluye que cuatro empresas no
han cumplido con esta obligación, resultando un saldo total no informado de 71 165 euros.


En las elecciones al Parlamento de Cantabria han sido cinco las formaciones políticas que han presentado la contabilidad y que han sido fiscalizadas, y en lo referente a la regularidad de los ingresos y gastos electorales a estas elecciones
del Parlamento de Cantabria, el informe señala que las formaciones políticas han declarado recursos por un total de 545 797 euros, de los que el 38 %, por razón de su naturaleza, proceden del endeudamiento bancario y microcréditos; el 28 % de
adelantos de subvenciones, y el 34 % de aportaciones del partido.



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El Tribunal de Cuentas ha formulado también para cada una de las formaciones políticas la correspondiente declaración del importe de gastos electorales regulares justificados, que ha ascendido a un total de 546 342 euros. Como deficiencias
respecto al cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe observa que gastos por importe de 360 euros no tienen naturaleza electoral. Estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados
con subvenciones electorales.


En cuanto al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la ley electoral, ha de indicarse que todas las formaciones políticas han abierto cuenta bancaria específica para las elecciones, comunicada posteriormente a la Junta Electoral,
y que todos los proveedores han cumplido con su obligación de remitir al Tribunal de Cuentas información sobre la facturación efectuada por las formaciones políticas por importes superiores a 10 000 euros.


En cuanto a las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha, han sido tres las formaciones políticas que han presentado la contabilidad por estar incluidas dentro de la obligación establecida a tal efecto por la normativa, y han sido tres,
por tanto, las formaciones políticas que han sido fiscalizadas. En lo referente a la regularidad de los ingresos y gastos electorales, el informe señala que las formaciones políticas han declarado recursos por un total de 1 210 655 euros.
Atendiendo a su naturaleza, 35 564 euros, es decir, el 25 %, proceden de endeudamiento bancario y microcréditos, el 33 % de adelantos de subvenciones electorales, y el 42 % de aportaciones de los partidos. El Tribunal de Cuentas ha formulado, para
cada una de las formaciones políticas, la correspondiente declaración del importe de los gastos regulares justificados por operaciones ordinarias, que ha ascendido a 869 512 euros, el 72 % del total de los gastos justificados, correspondiendo el 28
% del total de los gastos justificados a los gastos de mailing.


Como deficiencias respecto del cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el informe observa gastos por importe de 10 168 euros que no tienen naturaleza electoral, y 1338 euros que se refieren a gastos no
permitidos por el artículo 53 de la Loreg. Estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales.


En cuanto al cumplimiento de otras obligaciones contempladas en la Ley electoral, quiero señalar que todas las formaciones políticas han abierto la cuenta electoral específica comunicada posteriormente a la Junta Electoral. Tres empresas no
han cumplido con la obligación de los proveedores de remitir al Tribunal de Cuentas información sobre la facturación a las formaciones políticas por importe superior a 10 000 euros, resultando un saldo global no informado de 56 958 euros.


Una vez expuestos todos los resultados individualizados como resultado común a los cinco procesos electorales fiscalizados, y en lo atinente a las propuestas relativas a las subvenciones electorales, ha de indicarse -el informe indica- que
no procede hacer propuesta alguna de no adjudicación o de reducción de las subvenciones electorales que les corresponda percibir conforme a la legislación vigente.


También en este caso los cinco informes contienen recomendaciones que son muy similares, adaptadas, lógicamente, en cada caso al respectivo proceso electoral autonómico, a las recogidas en el informe de las elecciones al Parlamento Europeo y
de las elecciones generales. Lo que ocurre es que, en esta ocasión, también se incluyen no solamente recomendaciones al Gobierno de la nación para instar la iniciativa legislativa a la Junta Electoral y a las propias formaciones políticas, sino que
también se incluyen recomendaciones al Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, a los efectos oportunos.


Con esto doy por presentados estos cinco informes, y quedo a su disposición.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


A continuación, para fijar posición y formular las preguntas que consideren oportunas tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario VOX, el señor Aizcorbe Torra.


El señor AIZCORBE TORRA: Muchas gracias, señor presidente.


Muchísimas gracias, señora presidenta, por estar de nuevo aquí, con nosotros, y de forma tan amable. Este informe es un poco el preludio del anterior o continuación del anterior, variando cifras, con lo cual poco más se puede añadir a lo
dicho anteriormente.


Quisiera señalar tres cuestiones en relación con la filosofía en general de lo que trasciende aquí, sobre todo -no está el señor Uriarte, que me gustaría que estuviese, con el cual tengo siempre disputas dentro de la cortesía parlamentaria-
en relación con el coste de los partidos políticos y la partidocracia. Es indudable que en muchas de las recomendaciones que aparecen en el Tribunal de Cuentas se habla de esto, se habla de la eficiencia, de la eficacia y del posible ahorro para
los contribuyentes que pudiesen significar el cambiar algunas cuestiones en la dinámica de los costes electorales. Es que, efectivamente,



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pasamos de un régimen de libertades, donde los partidos políticos tienen gran importancia en virtud del artículo 6 de la Constitución, a un régimen cuasi partitocrático, y esperemos que ese régimen partitocrático no se convierta, por mor de
lo que desearían algunos -insisto, me gustaría que estuviese el señor Uriarte aquí-, en un régimen de partido único. Pero nosotros somos partidarios de evitar o de rechazar la máxima ayuda a los partidos políticos. Entendemos, aun es más, que
deberían vivir por su cuenta y riesgo a través de sus militantes, sus simpatizantes, sus electores y de todos aquellos que quisieran contribuir a ellos, ahorrando así a las arcas del Estado de una situación muy concreta. Lo cierto es que el propio
sistema a uno le aboca a cumplir con los requisitos de las leyes, de la Loreg, de la Ley de Financiación de Partidos Políticos, y entrar en esa rueda. Así pues, primera reflexión: coste de la partitocracia, coste de los partidos políticos.


En segundo lugar, en relación con lo que decía la portavoz del Grupo Socialista -que comparto- sobre la cuestión de los envíos de los correos donde se introducen las papeletas hay que ver por qué se llegó a eso en su primigenia intención.
Se dice por el Tribunal de Cuentas que hay otras fórmulas posibles, pero también se dice: Oiga, es que, ¿por qué se envían papeletas, si concretamente -se dice- ya están garantizadas en las mesas electorales? No es la alternativa, que ya lo ha
dicho también, y lo ha especificado y lo ha explicado muy bien, no es que está garantizado en las mesas electorales. Posiblemente no en todas las mesas electorales de toda la nación está garantizada la libertad y la tranquilidad para poder coger
esas papeletas, con lo cual, muchas personas reciben en su domicilio las papeletas y van con mayor tranquilidad a votar y a ejercer sus propios derechos. Ahí comparto con la señora portavoz de Grupo Socialista, ya que antes había comentado las
cuestiones en relación con este tema.


Por último, también hablando de libertad y pluralidad, cuando se habla de la posibilidad de cambiar métodos de publicidad en la prensa y radio de titularidad privada. En la prensa, posiblemente sí, pero en la radio, al final -en la
televisión no está previsto- caemos en aquello de las concesiones públicas que tienen las radios, con lo cual, de alguna forma, sigues dependiendo de las zonas del Estado o de la nación donde uno se encuentra, y de la titularidad de la concesión,
quién y por quién se ha realizado.


Para finalizar, comparto con usted la necesidad de buscar especificar mejor todo aquello comprendido en el artículo 130 de la Loreg. O sea, el que todos los partidos tengamos claro cuáles son los gastos subvencionables y, aun es más, en
analogía a lo que sucede cuando se da traslado o se transmite la gestión de alguna competencia a las comunidades autónomas, aquí también nos encontramos que, en aquellos lugares donde el Tribunal de Cuentas no accede, en aquellas comunidades, si
tienen sus propios elementos o cuerpos, sí que hay diferencias de criterio sobre la articulación o los gastos que aparecen en el artículo 130 de la Loreg.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Aizcorbe.


Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Ledesma Martín.


El señor LEDESMA MARTÍN: Muchas gracias, presidente.


Quiero felicitar una vez más a la presidenta del Tribunal de Cuentas y le pido, además, que de estas felicitaciones les dé traslado al resto del tribunal por el trabajo que realizan. Pero, en este caso, pese también al mal ambiente del
punto anterior, porque hay que ser totalmente transparentes y aceptar lo que viene, y yo creo que todos los demócratas tenemos que luchar por eso. Pero en este caso también nos tenemos que felicitar todos por el resultado de esta labor
fiscalizadora, porque el contenido de los informes -de los cinco informes- pone de manifiesto la buena salud de la que gozan, en términos contables, las elecciones autonómicas celebradas en esas cinco comunidades autónomas en el año 2019. Lo que se
espera de un proceso electoral es que las elecciones sean limpias, libres y competitivas. Eso está garantizado en nuestra Constitución y en el resto de legislación y, sobre todo, entendemos que, por la labor fiscalizadora del Tribunal de Cuentas,
que garantiza el cumplimiento del ordenamiento jurídico. En el Estado de derecho, los poderes no son ilimitados, y las elecciones suponen el momento en que los ciudadanos exigen responsabilidades políticas a sus gobernantes. Por ello es
fundamental que exista competitividad, como rasgo esencial de las elecciones, y la igualdad y concurrencia de los partidos políticos a unas elecciones para evitar el fraude electoral. La buena noticia es que, en estos informes de estos cinco
procesos electorales, como he expresado, el resultado sea muy positivo. En estos informes, en términos globales, se refleja que las cuentas son correctas y prácticamente carentes de irregularidades, sin perjuicio de pequeñas deficiencias o
discrepancias que se recogen en los informes.



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Pero donde hay que poner énfasis es en la corrección de las cuentas, tanto desde el punto de vista formal o de procedimiento como desde el punto de vista material o de fondo. Todas las formaciones políticas han cumplido la obligación de
presentar ante el Tribunal de Cuentas la contabilidad de sus respectivos ingresos y gastos electorales. No procede la formulación de propuesta, como bien ha expresado la presidenta, alguna de no adjudicación a las subvenciones electorales, y
ninguna formación política ha incurrido en los supuestos que fundamentarían la formulación de propuestas de reducción en relación con las subvenciones electorales que les corresponde percibir conforme a la legislación vigente.


Ninguna formación política, además, ha superado el límite de gastos electorales, que en estos tiempos yo creo que está muy bien visto por los ciudadanos. Por ello, la principal conclusión es la ausencia de irregularidades y existen, en
algunos casos, algunas deficiencias que deberían de ser tenidas en cuenta para los próximos comicios, pero que no modifican para nada la conclusión final a la que ha llegado el Tribunal de Cuentas del balance positivo que se desprende de los
informes.


Por tanto, no se puede poner en duda la limpieza y transparencia de estas elecciones. Pese a que algunos, cuando están en la oposición, se dediquen a cuestionar las posibles irregularidades de otros grupos frente a la suya, después se ve
que los defensores de la transparencia y el juego limpio no lo son tanto. Por ello, los que defendemos este régimen democrático que nos hemos dado desde la Constitución de 1978 lo que tenemos que hacer es luchar contra los que vienen a derrocar el
régimen y consolidar nuestra democracia a través de la defensa de nuestra Constitución.


Como las conclusiones, en términos generales, son satisfactorias, lo que tiene relevancia son las recomendaciones que hace el Tribunal de Cuentas de mejorar en el futuro esta materia. Recomendaciones dirigidas al Gobierno de la nación, a
las comunidades autónomas, a las formaciones políticas y a la Junta Electoral Central, que las asumimos, y esperamos que, en el futuro, de forma progresiva, se vayan adoptando. Está claro que tenemos que ir a un sistema electoral más austero, pero
sin demagogia. Es necesario facilitar a todos los ciudadanos el acceso a la información a través de la propaganda electoral, eso está claro, y el envío directo y personal de sobres y papeletas todavía, aún hoy día, es totalmente necesario, como
incluso ha reconocido la propia presidenta.


Me gustaría terminar expresando que la democracia sigue siendo la alternativa de organización política y social que equilibra las libertades individuales y el desarrollo colectivo, promueve la coexistencia pacífica y efectiva del mercado y
Estado, y favorece el respeto a la voluntad de las mayorías y a la reivindicación de los intereses legítimos de las minorías. La democracia se caracteriza, por tanto, porque el cambio siempre es posible.


Con respecto, ya para finalizar, a las recomendaciones, quiero expresar que compartimos totalmente lo del envío directo y personal de los sobres, como he expresado, y también que yo creo que es fundamental la imputación de las subvenciones
de gastos electorales por el envío directo y personal del sobre o propaganda electoral de aplicación directa a las elecciones autonómicas. También lo hemos asumido y, por tanto, haremos la correspondiente resolución al respecto, para que sea
apoyada por el resto de las formaciones políticas.


Por último, las donaciones privadas que se realicen en el período, para nosotros es fundamental, comprendido entre la convocatoria de las elecciones a la finalización de la campaña electoral, para el juego limpio se deberían entender
dirigidas a financiar dicha campaña y, por tanto, se someten a los requisitos de la propia Loreg.


Muchas gracias, presidenta, por su exposición, una vez más. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ledesma.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cerqueiro González.


El señor CERQUEIRO GONZÁLEZ: Gracias, presidente.


Perdone si incido nuevamente en temas que hemos tocado, pero, aunque sea el último en intervenir, quiero seguir tocando esos temas. Quiero agradecer, presidenta, su trabajo y el de su equipo por este informe tan preciso que, en líneas
generales, ha resultado altamente satisfactorio por la falta de incidencias graves reseñables y por el buen cumplimiento de todos los partidos de la normativa en materia electoral.


Nosotros creemos, presidente, que debemos tomar los informes en el sentido en que son formulados, que es en el terreno económico-financiero, y bajo criterios de eficiencia y economía. Por ello debemos tomarlos con el rigor y la seriedad
debida, pero, en todo momento, mejorar nuestro sistema democrático, que es un sistema democrático, no una partitocracia, y hay plena libertad, plena libertad. Nosotros queremos abundar, como ya hicimos en los informes de 2015, y vistas las
incidencias en el 2019, en la



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necesidad de exigir una mayor colaboración por parte de los proveedores. Los escándalos de financiación ilegal que se están juzgando en este país van muy unidos a la opacidad de los servicios prestados por los proveedores, que superan con
creces las facturas emitidas. Consideramos que solo el control de las facturas del proveedor que colabora con un partido político y que está ocultando la aportación dineraria o el servicio prestado no es suficiente para su fiscalización; a los
hechos judiciales nos remitimos. ¿No estamos incidiendo, presidenta, demasiado en las facturas y dejamos fuera de control los servicios prestados? ¿Qué mecanismos pueden existir para un mayor control de esos servicios? ¿Es quizá necesario
concretar en ley una mayor exigencia a los proveedores a la hora de facilitar información de sus actividades en campaña electoral? Quizás sea necesario abrir el debate y estudiar que en la Ley Orgánica 8/2007 se concrete una mayor exigencia al
proveedor a la hora de facilitar información de sus actividades en la campaña electoral.


En otro orden de cosas, quiero volver a entrar en el tema de la eficiencia material y quiero, además, desde el punto de vista de quien se ha presentado a elecciones locales, y que se ha presentado en el mundo rural, porque una cosa es la
realidad que vemos desde aquí y otra cosa es la realidad práctica. Comparto totalmente lo que comentó mi compañera Elvira Ramón.


En cuanto a los envíos directos y personales de los electores de sobres y papeletas de propaganda electoral, tal y como se realizan en la actualidad, por considerar que su disponibilidad está en las mesas electorales, estamos totalmente de
acuerdo con buscar la mayor racionalidad en esta materia. Pero también somos conscientes de que existen otras variables políticas y culturales, como usted dijo, presidenta, que todos los grupos debemos examinar para garantizar la plena libertad del
ciudadano a la hora de votar.


Una gran mayoría de ciudadanos, como dijo mi compañera, y más específicamente en el ámbito rural, por la razón que sea: cultura, educación, costumbre, no por falta de libertad, que aquí hay libertad total, pero sí a veces la gente quiere
guardar sus ideas políticas, su intimidad, pero no por falta de libertad. Quieren llevar el voto preparado desde su casa, y eso está claro. Nosotros creemos que esa decisión personal hay que respetarla, ya que incide en el fondo de los derechos y
de la igualdad de oportunidades.


En cuanto a que se debe mandar el mailing solo a los que estén censados, es debatible. Incide directamente en los derechos de información de los ciudadanos. Siempre es positivo que aquellos que no pueden votar, por las circunstancias que
sean, tengan información directamente de los partidos políticos, y que no se queden fuera del sistema, y menos en los tiempos que nos está tocando vivir. Es positivo que participen en los debates que se producen a lo largo de la campaña, porque el
ambiente electoral también es importante. Que haya ambiente electoral y de libertad también es importante. En el ámbito de la eficiencia económica, presidenta, no hay duda de que se ahorran costes si no se mandan. Pero, ¿la eficiencia
democrática? Es un debate, como ya dije, que se debe abrir en la comisión pertinente, y buscar equilibrios entre la eficiencia económica y la política.


Desde el Grupo Parlamentario Socialista consideramos que debemos seguir en la senda de una mayor definición de los gastos que son o pueden ser susceptibles de financiación. Así, consideramos acertada la posible reforma de la Ley Orgánica
8/2007 para buscar una mayor transparencia de las donaciones privadas, de forma que se vea claramente el origen y qué persona las está realizando. Compartimos el criterio de hacer una regulación detallada de los microcréditos con arreglo al régimen
general de financiación, tal como se hizo con el crowdfunding; la necesidad de que queden acreditados todos los elementos de las aportaciones; la identificación del donante y que sea persona física. Son fórmulas que sí merecen la especial
atención, y es necesario subsanar el vacío legal.


Estoy totalmente de acuerdo con sus recomendaciones de establecer cuantía máxima por prestamista que no exceda el límite máximo previsto en la normativa electoral para las aportaciones privadas, que sean ingresadas en las cuentas bancarias
electorales, estableciendo plazo de devolución, y previendo que la renuncia a la devolución por parte del prestamista ha de constar por escrito. Todas estas medidas permitirán mayor transparencia y también mayor seguridad jurídica para aquellos a
los que les toque administrar los partidos políticos, que no es cosa fácil.


Dicho todo esto -y termino, presidente-, tanto el acierto en la fiscalización como el cumplimiento de los partidos políticos en las cinco elecciones autonómicas fortalecen nuestras instituciones y nuestra democracia.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cerqueiro.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta, para responder a las preguntas de sus señorías.



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La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Muchas gracias.


Trataré de dar respuesta y hacer algunas consideraciones sobre las cuestiones que han planteado en relación con estos cinco informes. Algunas ya las he contestado o las he tratado en el anterior bloque de informes. En consecuencia, me
remito a lo dicho en ello. Por tanto, quiero centrarme en cuatro o cinco grandes aspectos que han señalado ustedes.


En primer lugar, el señor Aizcorbe planteaba -y el señor Sáez también lo planteaba anteriormente- el coste de los partidos políticos, y esta es una cuestión relativa al sistema de financiación de partidos políticos. El sistema de
financiación de partidos políticos es una decisión de naturaleza política, no es una decisión de naturaleza técnica, que es la que podría aportarles el Tribunal de Cuentas. A estos efectos, hay que tener en cuenta el artículo 6 de la Constitución
española que establece, además, precisamente en los primeros artículos de la Constitución, a los partidos políticos como garantes del pluralismo político, con lo cual eso también determina el por qué deben de tener una especial atención por parte
del sistema público y de los fondos públicos. En cualquier caso, como les digo, corresponde al Tribunal de Cuentas examinar la contabilidad ordinaria y la contabilidad electoral de los partidos políticos y, a la luz de los resultados obtenidos de
esa fiscalización, ofrecer los resultados y realizar las correspondientes recomendaciones. Este es el terreno en el que nosotros les podemos aportar información para que ustedes, el Legislativo y el Gobierno, al instar posibles modificaciones
legislativas o instar posibles modificaciones del sistema de financiación de partidos, como cualquier otro modelo de financiación, el sistema autonómico o cualquier otro modelo de financiación, que, como les digo, es una decisión política, nosotros
lo único que les podemos aportar son los resultados del sistema actual y hacer recomendaciones que harían que el sistema actual pudiera ser más eficiente o más eficaz o ajustarse más a los principios que han de garantizarse en la gestión.


En este sentido, simplemente quiero traer a su atención algunas de las recomendaciones que han ido, además, citando ustedes a lo largo de sus exposiciones, tales como la relativa a los gastos de mailing, sobre la que ya me pronuncié
anteriormente, y que quisiera hacer otra aclaración a continuación, la de vincular el límite máximo de gastos electorales al número de electores y no al de habitantes, en la medida en que se trata de procesos electorales y que los partidos políticos
también tienen financiación para su funcionamiento ordinario. Por otra parte, por ejemplo, adecuar la publicidad exterior y de prensa y radio privadas a los nuevos soportes de publicidad y a las nuevas tecnologías. Entendemos que, con estas
recomendaciones, a la vez que exponemos los resultados, podemos orientar los criterios que ustedes, partidos políticos, apliquen a la hora de gestionar los procesos electorales o su propia gestión ordinaria. En consecuencia, ya les digo que las
consideraciones que aquí han hecho van más referidas a ustedes mismos y al Gobierno, como promotor de iniciativas legislativas, que al propio Tribunal de Cuentas.


En cualquier caso, lo que sí que quiero comentarles es que, precisamente ahora mismo, estamos en el proceso de elaboración del programa de fiscalizaciones para el ejercicio 2021 y que tenemos previsto incluir una moción en materia de
financiación, de gestión y de control de los partidos políticos, por supuesto, desde la perspectiva del control del Tribunal de Cuentas, de la competencia que le corresponde al Tribunal de Cuentas, igual que se hizo en 2021, transcurridos veinte
años y con la experiencia adquirida en la fiscalización de partidos políticos, tenemos intención de hacer esta moción que, esperamos, pueda resultar útil tanto para la gestión de los partidos políticos como para orientar, en su caso, las posibles
modificaciones legislativas que tuvieran a bien realizarse.


Respecto del envío de las papeletas, de los gastos de mailing, ya anteriormente hice las reflexiones correspondientes. Como también les comentaba, es una recomendación que va dirigida fundamentalmente a mejorar la eficiencia y la economía
de los procesos electorales. No tiene por objeto, en absoluto, recomendar que no se envíen las papeletas ni los sobres ni la publicidad electoral, sino a que se realice -insisto en esto- en las condiciones actuales. Queremos llamar su atención,
precisamente, sobre el hecho de que las nuevas tecnologías aportan soluciones que podrían devenir en la mejora de la eficiencia o en la mejora de la economía en la gestión de este punto. Pero en ningún momento hemos pretendido recomendar la
eliminación de este tipo de gastos. Es más, si sugerimos el establecimiento de un posible sistema alternativo, lo primero que señalamos en las recomendaciones -y ustedes lo ven- es que ofrezca las mayores garantías, y que ofrezca la mayor garantía
significa todo eso que ustedes han ido diciendo que es importante a la hora de valorar el mantenimiento, de una manera o de otra, de los gastos de mailing.


Por otra parte, concretamente, el señor Ledesma señalaba la importancia de que las donaciones realizadas durante el proceso electoral se consideren donaciones electorales, de manera que su tratamiento sea el propio de las donaciones
electorales. Esto nosotros lo consideramos muy relevante en la medida en que devendría en mayores garantías y en mayor transparencia a la hora de hacer las donaciones.



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El señor Cerqueiro hablaba de la conveniencia de establecer un mecanismo, no solamente de seguimiento de la facturación de los proveedores, sino para vigilar o verificar los servicios prestados junto con las facturas. Esto, claro, trae a
debate una cuestión distinta que realmente no afecta al ámbito competencial actual del Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas lo que hace es verificar las contabilidades presentadas, y lo que usted plantea sería hacer un seguimiento de los
procesos electorales. Si, por ejemplo, tenemos una factura por banderolas, esto requeriría que el Tribunal de Cuentas debería estar en cada una de las entidades donde se celebran los procesos electorales, verificando que, efectivamente, el número
de tiras de banderolas es el que se corresponde con la factura. Es decir, esto es un sistema bastante complejo y, desde luego, para el que en este momento ni contamos con competencia ni contamos con medios, y, además, como sabe, es la Junta
Electoral a quien corresponde el seguimiento del proceso electoral durante la celebración del mismo y durante la celebración de la campaña electoral.


En consecuencia, estos eran los puntos que quería resaltar, remitiéndome, en cuanto al resto de las cuestiones que han planteado y que ya habían sido respondidas en el bloque anterior, a lo dicho en su momento.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, presidenta, una vez más, por todas las explicaciones de estos informes. Como ya nos ha presentado todos los bloques, los tres bloques que teníamos, pues nos despedimos de la presidenta, agradeciéndole
todo su trabajo y el de su equipo, y suspendemos cinco minutos, para reanudar luego la votación.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Si me permite.


El señor PRESIDENTE: Un momento. Perdonad un momentito.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (De la Fuente y de la Calle): Si me permite, señor presidente, quisiera agradecerles profundamente los comentarios tan positivos que hacen del trabajo del Tribunal de Cuentas que, desde luego,
transmito a mis colegas en cada reunión del pleno.


Como les decía, en la última ocasión es extraordinariamente alentador trabajar y que el trabajo se aprecie y además sirva para mejorar la gestión de las entidades públicas o de las formaciones políticas. Quiero agradecerles la acogida,
tanto personal como de los trabajos del tribunal, y desearles que estas Navidades -porque ya no nos volveremos a ver hasta después de las Navidades- sean lo mejor posible. Van a ser unas Navidades raras, por la dificultad de comunicación y
seguramente muy tristes por la ausencia de presencias y por las circunstancias en las que vivimos. Pero, en fin, esperemos que, con las vacunas y los tratamientos, la luz aparezca al final del túnel.


Muchísimas gracias. (Pausa).


El señor PRESIDENTE: Les recuerdo cómo es el sistema de votaciones. El 1 es presencial, que hay que pulsarlo siempre; el 2 es voto afirmativo; el 3 es negativo, y el 4 es abstención. ¿Vale? (Asentimiento).


Muy bien. Quiero darles las gracias a los técnicos también.


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


BLOQUE-I:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO, EJERCICIOS 2016 Y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000002 y número de expediente del Senado 771/000001).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS, EJERCICIOS 2016 Y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000027 y número de expediente del Senado 771/000027).


El señor PRESIDENTE: Comenzamos las votaciones con el bloque I, correspondiente al informe de fiscalización del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, ejercicio 2016, y tenemos las propuestas de resolución presentadas. Comenzamos con
las del Grupo Popular, las números 1, 2 y 3.


Comienza la votación. (Rumores).



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Parece que a varias de sus señorías no les ha funcionado el sistema. Vamos a probar otra vez. Vamos a repetir. Vamos a comenzar otra vez. ¿Vale?


Propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Popular de la 1 a la 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 15; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a votar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario VOX, números 4 a la 7.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 35; votos a favor, 15; en contra, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a votar las del Grupo Parlamentario Ciudadanos, que van en dos bloques. Primero votamos la número 9 y la número 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 35; votos a favor, 3; en contra, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos a votar el resto, de la 8 a la 16, menos la 9 y la 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 35; votos a favor, 15; en contra, 18; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista de la 17 a la 19.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 35; votos a favor, 33; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos, a continuación, a la votación correspondiente al informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos del ejercicio 2016 y 2017. Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular en dos
bloques, números 1 a la 5.


Primero votamos la número 2 y la número 3. (Rumores).


Son dos bloques. El primer bloque, la número 2 y la número 3. ¿Está así bien el reparto? (Rumores). No, las números 2 y 3 del Grupo Popular. Las de Vox son del 6 al 15. (Rumores).


Estamos en el Informe de Fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos. Pasamos a votar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Popular, números 2 y 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 15; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Permítanme. No dan igual las votaciones. He interrumpido la votación, lo he dicho bien claro, y hemos aclarado el orden de votación. Si no lo han escuchado, yo estoy escuchando interrumpir continuamente la votación. Por favor, guarden
silencio cuando votemos.


Pasamos a votar el resto de las resoluciones del Grupo Popular de la 1 a la 5.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar, a continuación, las resoluciones del Grupo Parlamentario VOX. Comenzamos la resolución número 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; en contra, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


A continuación, votamos el resto de las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario VOX.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 16; en contra, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


A continuación, votamos las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Ciudadanos en dos bloques. El primer bloque está compuesto por las números 17, 18 y 21.


Comienza la votación.


Interrumpo la votación, perdonad. Son dos bloques lo que había propuesto para votación, lo que tenemos en Mesa, que son las propuestas de resolución 17, 18 y 21 y, por otro lado, el resto. Es lo que teníamos aquí, 16, 17 y 20. (Rumores).


Reanudamos. Vamos a votar las propuestas del Grupo Parlamentario Ciudadanos, números 16, 17 y 20.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


A continuación, votamos el resto de las resoluciones del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 15; en contra, 16; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


A continuación, pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista, números 13 a la 26.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


BLOQUE-II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL DE ESPAÑA, EJERCICIO 2016. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000017 y número de expediente del Senado 771/000017).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL MUSEO NACIONAL DEL PRADO, EJERCICIO 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000052 y número de expediente del Senado 771/000052).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación del bloque II, votación correspondiente al informe de fiscalización del Instituto del Patrimonio Cultural de España, ejercicio 2016.


Las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular son dos. Las votaremos de forma independientemente. Votamos primero la número 1.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; en contra, 2.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


A continuación, votamos la propuesta de resolución número 2.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 13; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, votamos las propuestas del Grupo Parlamentario VOX, que van en dos bloques. El primer bloque, las números 7, 8 y 9.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; en contra, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar el resto de las resoluciones del Grupo Parlamentario VOX.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 14; en contra, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


A continuación, pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista, números 12 a 14.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; votos a favor, 31; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a la votación correspondiente al informe de fiscalización del Museo Nacional del Prado, ejercicio 2018. Comenzamos con las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. Votaremos en dos bloques. En
primer lugar, votamos la número 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 29; en contra, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Pasamos a votar el resto de las resoluciones del Grupo Parlamentario Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


A continuación, pasamos a votar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario VOX, números 4 a la 14.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 31; votos a favor, 29; en contra, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


A continuación, pasamos a votar las propuestas del Grupo Parlamentario Ciudadanos, que van en dos bloques. Votamos primero la propuesta de resolución número 17.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 12; en contra, 20; abstenciones, 2.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, pasamos a votar el resto de las propuestas de resolución de Ciudadanos, que van de la 15 a la 20.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


A continuación, pasamos a votar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Socialista. Van en dos bloques. Primero votamos la número 22.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 31; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


A continuación, pasamos a votar el resto de las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; votos a favor, 31; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


BLOQUE-III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS, EJERCICIO 2016. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000026 y número de expediente del Senado 771/000026).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LOS GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA EN EL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS (CSIC), EJERCICIOS 2016 Y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000036 y número
de expediente del Senado 771/000033).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DE MERCASA, EJERCICIOS 2017 Y 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000057 y número de expediente del Senado 771/000054).


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al bloque III. Votación correspondiente al informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de Investigaciones Sociológicas, ejercicio 2016.


Pasamos a votar las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, números 1 a la 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


A continuación, pasamos a votar las propuestas del Grupo Parlamentario VOX. Van en tres bloques. Votamos primero la número 10.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 20; en contra, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


A continuación, votamos la propuesta de resolución número 6.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; votos a favor, 15; en contra, 18.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, votamos el resto de las propuestas del Grupo Parlamentario VOX.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 31; en contra, 2; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos a continuación las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, las números 11 y 12.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 34.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista, números 13 a la 16.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 34.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos, a continuación, a la votación correspondiente al informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con financiación afectada en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, ejercicios 2016 y 2017.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular números 1 a la 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar las del Grupo Parlamentario VOX, números 4 a 9.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; votos a favor, 31; en contra, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar la propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Ciudadanos número 10.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


A continuación, votamos las propuestas del Grupo Parlamentario Socialista números 11 a 14.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos ya al último bloque, votación correspondiente al informe de fiscalización de la actividad económico-financiera de Mercasa, ejercicios 2017 y 2018. Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular números 1 a
3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario VOX, números 4 a 8.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; en contra, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


A continuación, la propuesta de resolución número 9 del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos ahora las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, números 10 a 13.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; votos a favor, 32; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Sin más asuntos que tratar ni más que votar, se levanta la sesión.


Era la una y treinta minutos de la tarde.