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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 143, de 28/06/2022
cve: DSCG-14-CM-143 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2022 XIV LEGISLATURA Núm. 143

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTOS CERDÁN LEÓN

Sesión núm. 15

celebrada el martes,

28 de junio de 2022

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Inclusión en el orden del día:


Elección de vacantes en la Mesa de la Comisión:


- Elección de la Vicepresidencia Segunda de la Comisión. (Número de expediente 041/000041) ... (Página3)


Debate y votación de las propuestas de resolución:


Bloque I:


- Informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000133 y número de expediente del Senado
771/000132) ... (Página4)


- Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000090 y número de
expediente del Senado 771/000090) ... (Página4)


- Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000091 y número
de expediente del Senado 771/000091) ... (Página5)



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- Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de Castilla-La Mancha. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000095 y número de
expediente del Senado 771/000101) ... (Página5)


Bloque II:


- Informe de fiscalización del grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles estatales en el ejercicio 2018. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 251/000083 y número de expediente del Senado 771/000085) ... (Página6)


- Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000126 y número de expediente del Senado 771/000127) ... (Página7)


Comparecencia de la señora presidenta del Tribunal de Cuentas (Chicano Jávega), para informar sobre:


Bloque-I:


- Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2020. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 250/000008 y número de expediente del Senado 770/000004) ... (Página8)


Bloque-II:


- Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000001 y número de expediente
del Senado 771/000002) ... (Página17)


- Informe de fiscalización de los principales ingresos percibidos y gestionados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, ejercicio 2018. (Número de expediente 251/000097 y número de expediente del Senado 771/000093)
... (Página17)


- Informe de fiscalización sobre las actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los
Presupuestos Generales del Estado, ejercicio 2017. (Número de expediente 251/000062 y número de expediente del Senado 771/000062) ... (Página17)


- Informe de fiscalización sobre las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras con especial referencia a la gestión de la construcción de la residencia de mayores 'La Minería', ejercicios 2006 a 2017. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000051 y número de expediente del Senado 771/000051) ... (Página17)


- Informe de fiscalización del análisis de impacto normativo en los ministerios del área político-administrativa del Estado. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000098 y número de expediente del Senado 771/000094) ...
(Página17)


- Informe de fiscalización del Programa 113M 'Registros vinculados con la fe pública', ejercicio 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000081 y número de expediente del Senado 771/000084) ... href='#(Página17)'>(Página17)


- Informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000086 y número de expediente del Senado 771/000086) ... href='#(Página17)'>(Página17)



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Bloque-III:


- Informe de fiscalización de las tasas y precios públicos de los ayuntamientos de municipios de población superior a 500 000 habitantes, ejercicio 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000103 y número de expediente
del Senado 771/000102) ... (Página33)


- Informe de fiscalización del coste para CRTVE de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la aplicación del Real Decreto-ley 4/2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000069 y número de
expediente del Senado 771/000075) ... (Página33)


- Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000108 y número de expediente del Senado 771/000109) ... (Página33)


- Informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio, ejercicios 2016 y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000115 y número de expediente del Senado
771/000115) ... (Página33)


Comparecencia de la señora presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (Araújo Chamorro), para presentar los informes anuales de actuaciones de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de
la Contratación correspondientes a los años 2020 y 2021. Por acuerdo de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 212/002263 y número de expediente del Senado 713/001128)
... (Página41)


Se abre la sesión a las diez de la mañana.


INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA:


- ELECCIÓN DE VACANTES EN LA MESA DE LA COMISIÓN:


- ELECCIÓN DE LA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA DE LA COMISIÓN. (Número de expediente 041/000041).


El señor PRESIDENTE: Buenos días. Se abre la sesión.


Damos comienzo a la sesión de la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas. Antes de pasar al primer punto del orden del día, les comunico que con fecha 9 de junio ha causado baja como miembro de la Comisión la señora Alía
Aguado, quien ocupaba el cargo de vicepresidenta segunda. En la reunión previa que hemos tenido de Mesa y Portavoces se ha acordado someter a la Comisión la alteración del orden del día para proceder a la elección de la Vicepresidencia segunda,
como primer punto del orden del día. ¿Se aprueba por asentimiento? (Asentimiento).


Asimismo, se ha acordado someter a la Comisión que la elección se haga por asentimiento de los miembros de la Comisión y no mediante votación secreta por papeletas. ¿Se aprueba por asentimiento, con el conocimiento de que Esquerra no
participa en la votación? (Asentimiento).


En consecuencia, se somete a la Comisión la propuesta que se ha hecho llegar a la Mesa de la elección don Vidal Galicia Jaramillo, como vicepresidente segundo de la Comisión. ¿Se aprueba por asentimiento? (Asentimiento).


Bienvenido y enhorabuena, vicepresidente. (Aplausos). Le pido que ocupe su sitio en la Mesa. (Así lo hace el nuevo miembro de la Mesa).



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DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


BLOQUE I:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD DE LOS ALCORES PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, EJERCICIOS 2017 A 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000133 y número de expediente del Senado
771/000132).


El señor PRESIDENTE: A continuación, vamos a proceder a votar las propuestas de resolución. Bloque I, votación correspondiente al informe de fiscalización de la mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos,
ejercicios 2017 a 2019. Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. Votamos la número 16.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 15; en contra, 17; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos a votar el resto, desde la 1 a la 15 y desde la 17 a la 26.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazada.


Pasamos a votar la resolución del Grupo Parlamentario Socialista, la número 27.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la resolución del Grupo Parlamentario VOX, la número 28.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 3; en contra, 30.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos el resto, de la 29 a la 49.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PROMOCIÓN Y GESTIÓN DE LA VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA EN LOS AYUNTAMIENTOS DE MURCIA, CARTAGENA Y LORCA, EJERCICIO 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000090 y número de
expediente del Senado 771/000090).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación correspondiente al informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los Ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca. Propuestas de resolución presentadas
por el Grupo Parlamentario Popular, de la número 1 a la 5.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la resolución del Grupo Parlamentario Socialista, la número 6.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario VOX, de la número 7 a la 18.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE INMUEBLES EN LOS QUE NO SE DESARROLLA NINGUNA ACTIVIDAD Y DE OBRAS PÚBLICAS PARALIZADAS EN LAS ENTIDADES LOCALES DE LA REGIÓN DE MURCIA. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000091 y número
de expediente del Senado 771/000091).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia. Resoluciones presentadas
por el Grupo Parlamentario Popular, de la número 1 a la 8.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la resolución del Grupo Parlamentario Socialista, la número 9.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Grupo Parlamentario VOX; resoluciones de la 10 a la 17.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE INMUEBLES EN LOS QUE NO SE DESARROLLA NINGUNA ACTIVIDAD Y DE OBRAS PÚBLICAS PARALIZADAS EN LAS ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000095 y número de
expediente del Senado 771/000101).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de Castilla-La Mancha. Propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, de la número 1 a la 8.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Socialista número 9.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resoluciones del Grupo Parlamentario VOX. De la número 10 a la 17.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



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BLOQUE II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL GRADO DE IMPLEMENTACIÓN DE LOS MODELOS DE PREVENCIÓN DE DELITOS Y DE COMPORTAMIENTOS CONTRARIOS A LA ÉTICA EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES ESTATALES EN EL EJERCICIO 2018. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 251/000083 y número de expediente del Senado 771/000085).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al bloque II. Votación correspondiente al informe de fiscalización de grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles
estatales en el ejercicio 2018. Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, votación de la número 1.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 17; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Empate. (Pausa).


Después de ponderar los votos, queda aprobada por 274 a favor y 271 en contra.


Pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos la resolución número 2.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la resolución número 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la resolución número 4.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 30; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la resolución número 10.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 30; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos el resto. De la 5 a la 9, la 11 y la 12.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 33; a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la resolución del Grupo Parlamentario VOX, la número 13.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 3; en contra, 17; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



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- INFORME DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA DE LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL DESARROLLO DE LA CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN, EJERCICIOS 2017 A 2019. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000126 y número de expediente del Senado 771/000127).


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación correspondiente al informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019. Pasamos a votar las propuestas de resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. Las votamos de una en una. Pasamos a votar la número 1.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Pasamos a votar la número 2.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 34.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Pasamos a votar la número 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 17; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Es el mismo resultado que antes. Por lo tanto, queda aprobada.


Pasamos a votar la número 4.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 14; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos a votar la número 5.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 6.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 7.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos la número 8.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 9.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 11.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 13.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 31; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Votamos el resto, de la 10 a la 12.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 34.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario VOX. De la número 14 a la 16.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 34; a favor, 16; en contra, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Hemos terminado las votaciones. Suspendemos dos minutos para esperar a que se incorpore la señora presidenta. (Pausa).


COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (CHICANO JÁVEGA), PARA INFORMAR SOBRE:


BLOQUE-I:


- DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2020. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 250/000008 y número de expediente del Senado 770/000004).


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión. Damos la bienvenida a la señora presidenta del Tribunal de Cuentas, que comparece para informar en relación con los siguientes extremos que figuran en el punto segundo del orden del día y que
están repartidos en tres bloques. Pasamos al Bloque I. Declaración sobre la cuenta general del Estado del ejercicio 2020. Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Buenos días.


Voy a intentar hacer unas presentaciones lo más ligeras posible, porque es una comparecencia muy larga y, si intentamos verlo todo, se alargará demasiado y sé que después tienen otro compromiso con otra persona. Si alguno de los temas que
les interesan no se tratan en la exposición como a ustedes les parece los incorporaremos a la hora del debate.


Empiezo con la declaración de la cuenta general de 2020, que fue acordada por el Pleno en su reunión del 26 de mayo de 2022. (Apoya su intervención en una presentación digital). La cuenta ha sido, como siempre, formada por la Intervención
General y el Gobierno acordó su remisión al tribunal el 2 de noviembre de 2021. Quiere decirse que el Tribunal, respecto a la elaboración de la cuenta, ha cumplido estrictamente con el tiempo. Nos queda pendiente que se acelere un poco el trámite
previo, el trámite de remitirnos la cuenta, para poder ir un poquito más ligeros.


Presentaré los principales contenidos de una cuenta general, que está marcada por la incidencia de la COVID, y después el contenido de la declaración que realiza el Tribunal de Cuentas. El punto de partida



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debe situarse en que el año 2020, al igual que 2019, fue un año en el que también estuvo prorrogado el presupuesto, aunque el hecho que verdaderamente marca la declaración del 2020 es que está afectada de lleno por el impacto de la COVID-19.
La financiación de las necesidades derivadas de la emergencia sanitaria hizo necesaria la suspensión de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública en un primer momento para los ejercicios 2020 y 2021. El impacto en el gasto público
de la pandemia se aprecia tanto en los ingresos como en los gastos. Las obligaciones reconocidas netas aumentaron en casi 70 millones de euros respecto a 2019 y se situaron en torno a los 489 millones de euros; ese tema lo verán reflejado en uno
de los párrafos de énfasis en la declaración. Desde el punto de vista agregado, el saldo de operaciones no financieras, que ya era negativo en 2019, se incrementó casi en 84 000 millones de euros y la necesidad de financiación de las operaciones no
financieras se situó en torno a 104 000 millones de euros. La práctica totalidad de este resultado se debe al saldo de las operaciones corrientes. La contrapartida a esta situación observada en las operaciones corrientes es el crecimiento de los
pasivos financieros en 87 000 millones de euros. En uno de los gráficos anteriores han podido ver un aumento de los derechos reconocidos netos en 64 000 millones de euros, aunque es una cifra que requiere alguna explicación, porque la crisis
sanitaria tuvo su impacto en los ingresos corrientes del Estado y tuvo que ser compensada, como es lógico, con un incremento de la deuda; de hecho, las cuentas consolidadas ponen de manifiesto la caída de la recaudación neta por impuestos directos
y cotizaciones sociales en más de 18 000 millones de euros, un 9 %, y por impuestos indirectos en casi 13 000 millones de euros, un 28 %.


En cuanto a los gastos y al impacto de la COVID-19 en ellos, de acuerdo con la información aportada en la declaración, el total de obligaciones reconocidas por la Administración General del Estado y que están motivadas por la necesidad de
hacer frente a la crisis de la COVID ha ascendido, al menos, a 68 000 millones de euros. Es una estimación conservadora, porque no se ha podido comprobar que estos sean todos los gastos que se han comprometido relacionados con la pandemia. De este
importe cabe destacar un total de 39 000 millones, que corresponden a transferencias corrientes y préstamos, a Seguridad Social, SEPE, etcétera. Por último, 16 000 millones corresponden a transferencias corrientes a las comunidades autónomas y 10
000 millones a la aportación patrimonial para la creación del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas. Respecto a ese fondo, a 31 de diciembre de 2020 o, mejor, a 31 de diciembre de 2021 se habían abonado 1000 millones de euros.
Tengo que decirles que, como en casi todas las situaciones en las que se produce, el reflejo no nos explica el contenido total de la situación. Actualmente, se está fiscalizando este fondo por el Tribunal en una fiscalización concreta e
independiente.


La atención a estas necesidades se instrumentó a través de modificaciones presupuestarias, cuyo importe neto fue de 67 700 millones de euros. Son cuatro políticas las que concentran el 77 % de las modificaciones: transferencias a otras
administraciones públicas, desempleo, pensiones y otras prestaciones económicas.


El impacto del COVID en el gasto en desempleo fue de 28 700 millones de euros, lo que significó duplicar el gasto realizado en 2019; de este gasto adicional, más de 19 200 millones de euros fueron para sufragar los costes de los ERTE. Este
importe se distribuye en 13 600 millones en prestaciones y aproximadamente 5600 en exoneraciones a empresas.


Como ya se ha señalado, el reequilibrio de las cuentas públicas en un año de más gasto y menos ingreso fue por la vía del incremento de la deuda. El saldo de la deuda pública a 31 de diciembre de 2020 alcanzó la cifra de 1,184 billones de
euros. La deuda creció en 116 000 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2019. Es evidente que en 2020 se quebró la tendencia a desacelerar el crecimiento de la deuda que se había iniciado en ejercicios anteriores. A 31 de diciembre de
2020, del total de la deuda pública corresponden 1,176 billones a la Administración General del Estado, lo que supuso un aumento, en relación con el ejercicio 2019, del 10,7 %. Los instrumentos a través de los que se ha materializado el
endeudamiento son obligaciones y bonos -aproximadamente un 93 %- y endeudamiento con entidades de crédito, entre las que destaca el MEDE, el Mecanismo Europeo de Estabilidad financiera, por importe de 23 700 millones de euros que fueron destinados
en 2020 a reestructuración bancaria y al Instrumento Europeo de Apoyo Temporal para atenuar riesgos de desempleo en una emergencia, al que se acudió en 2020 por importe de 10 100 millones de euros.


Hablar de endeudamiento significa hablar de su coste. En este gráfico se presenta la deuda y la evolución del cociente entre gastos financieros y deuda. Este cociente no es el tipo de interés, porque en el capítulo de gastos financieros se
incluyen los intereses propiamente dichos y, además, otros gastos financieros que no son intereses. No obstante, la evolución del cociente proporciona una idea clara de cómo la política de bajos tipos de interés del Banco Central Europeo ha
repercutido positivamente en los



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gastos financieros. En efecto, en 2020, a pesar del intenso crecimiento de la deuda, los gastos financieros se han reducido en más de 1000 millones de euros, lo que significa una reducción de los gastos financieros del 3,6 % con respecto a
2019. Esos datos proporcionan un primer indicador de sensibilidad de la evolución de los gastos financieros a la política del Banco Central Europeo respecto a los tipos de interés.


En cuanto a la evolución del patrimonio neto de la Seguridad Social -que también aparecerá reflejado, como habrán visto, en un párrafo de énfasis de la propia declaración-, al cierre del ejercicio 2020 el balance de la deuda de la Seguridad
Social recoge por cuarto año consecutivo patrimonio neto negativo; en ese ejercicio es de 68 000 millones de euros. La solución adoptada para la cobertura de la insuficiencia de los recursos sigue siendo otorgar préstamos por el Estado a la
Tesorería General de la Seguridad Social, que en 2020 ascienden ya a 30 000 millones. El endeudamiento de la Seguridad Social frente al Estado a 31 de diciembre de 2020 es de 85 000 millones, un 7,6 % del PIB. La declaración de la cuenta general
reitera la advertencia realizada por el tribunal, tanto en declaraciones anteriores como en fiscalizaciones específicas. Como ya hemos dicho en esta sala alguna que otra vez, los problemas de estabilidad financiera de la Seguridad Social no se
resuelven acudiendo a préstamos del propio Estado para compensar la insuficiencia de los ingresos ordinarios para sufragar los gastos ordinarios. La Seguridad Social, en este año 2020 ha recibido transferencias corrientes estatales por valor de 21
000 millones de euros.


Hasta aquí las principales cifras contenidas en la Cuenta General del Estado elaborada por la IGAE. En cuanto a su fiabilidad, el examen y la comprobación de esta cuenta general realizados por el Tribunal permiten concluir que la Cuenta
General del Estado representa fielmente la situación económica, patrimonial y presupuestaria del sector público estatal, aunque continúan existiendo algunos aspectos en los que sería mejorable, especialmente en la imputación temporal de las
operaciones al ejercicio que corresponden, en la valoración de los deterioros y provisiones y en la falta de valoración de determinados bienes. Estos ámbitos de mejora están directamente relacionados con las salvedades y las deficiencias que se
recogen en la declaración de la cuenta general por parte del tribunal.


La primera de estas salvedades se refiere a la rendición de cuentas. Ya manifestaron su interés en la remisión de declaraciones de cuentas con ocasión de la presentación de la anterior declaración de 2019, por lo que vuelvo sobre el tema y
les hago la misma manifestación de que en la declaración de la cuenta general se informa de la situación en el momento en que la cuenta general fue cerrada por la IGAE para ser rendida. La cuenta general integra las cuentas de las entidades del
sector público estatal: sector público administrativo estatal, sector público empresarial estatal y fundaciones del sector público estatal. En 2020, el servicio público estatal estaba integrado por 441 entidades. De las 441 entidades, no fueron
integradas las cuentas de 57, 7 de ellas porque no estaban aprobadas, 3 porque no tuvieron actividad y 46, igual que en casos anteriores, eran consorcios asociados a la UNED y, como les he dicho antes, estamos realizando una fiscalización en el
tribunal en relación con la UNED y sus centros asociados precisamente del ejercicio 2020. Además de las entidades del sector público estatal propiamente dicho, se integran otros entes que forman parte del perímetro de consolidación de la cuenta
general y en los que el sector público tiene diferentes grados de participación. Se trata de entidades controladas directa o indirectamente por la Administración General del Estado, pero que no forman parte del sector público estatal, y estas
entidades suponen un total de 242.


Que todas las cuentas no estén integradas podría tener su incidencia en la representatividad de la cuenta general, pero no es el caso porque, como ya les he comentado otras veces, una parte de las cuentas no integradas se presentaron con
posterioridad a la fecha de cierre de datos para la elaboración de la cuenta general, lo que impidió la consolidación. De hecho, una de las cuestiones que se constata en la declaración es que el número global de cuentas no rendidas disminuye, pero
se ha incrementado el número de cuentas presentadas fuera de plazo y acaso con plazos más dilatados respecto a las fechas en que tenían que haberse hecho. Por eso, no solamente es interesante analizar la rendición de un determinado año, sino
ampliar el foco para comprobar si los entes que no rinden cuentas son reincidentes y, en consecuencia, si se ha normalizado o no la situación de no rendición. El análisis que hemos realizado para los ejercicios 2019 y 2020 pone de manifiesto que
seis entidades no han rendido cuentas en los dos ejercicios; de estas, tres son entidades sin actividad, una de ellas no rinde cuentas desde 1998 y otras no iniciaron nunca sus actividades.


El retraso en la rendición de las cuentas no solo puede afectar a las magnitudes consolidadas, sino que también es un indicador de deficiencias de gestión. El retraso medio en la presentación de las cuentas en 2020 fue de 94 días, en 2019,
de 81. Al analizar las entidades que presentaron las cuentas de 2018, 2019 y 2020 se constató que 27 entidades han presentado sus cuentas sistemáticamente con retraso y algunas de ellas han incurrido en un retraso superior a los noventa días en los
tres años.



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La segunda de las salvedades se refiere, como ya he indicado, a la incorrecta imputación al ejercicio tanto de derechos como de obligaciones. Esta situación tiene incidencia en el resultado presupuestario, que está sobrevalorado en 2000
millones de euros. Esta incidencia afecta fundamentalmente a las operaciones corrientes, cuyo resultado negativo sería un 1,9 % superior al recogido en la cuenta general. La declaración también recoge cuestiones que no afectan a la opinión sobre
la fiabilidad contable de los estados financieros, pero que consideramos relevante destacar. Como punto de partida hay que señalar que, igual que se hizo en 2019, el presupuesto inicial -por ser el de 2018- no tiene previsiones en el capítulo 9 de
ingresos que, como saben, recoge el endeudamiento. También hemos apreciado que determinado inmovilizado no se ha contabilizado o que hay deficiencias en la valoración del deterioro del valor de algunas deudas. Seguimos indicando nuestra posición
respecto al tratamiento contable del Fondo de Reserva y nuestra consideración de que el Fondo de Contingencias Profesionales está infravalorado. También señalamos ausencia de información en lo que se refiere a la liquidación de beneficios fiscales
o a la ausencia de una memoria de balance y de resultados y del informe de gestión que prevé la Ley General Presupuestaria.


En todo caso y como ya he señalado, los resultados analizados nos permiten concluir que la cuenta sí representa fielmente la situación económica patrimonial y la presupuestaria del sector público estatal. Continúan algunos aspectos que
siguen siendo mejorables, fundamentalmente los dos que he señalado: la imputación temporal de las operaciones al ejercicio al que correspondan y la valoración de deterioros y provisiones y en la falta de valoración de determinados bienes.
Constatamos que la IGAE sigue mejorando el contenido de la cuenta, que hace esfuerzos por consolidar y por conciliar los saldos, por mejorar y actualizar los inventarios e, incluso, aumentar el perímetro de consolidación.


Finalmente, como es habitual, la declaración recoge algunas recomendaciones. Las primeras se dirigen al Gobierno para que mejore el contenido de la memoria y siga avanzando en el cumplimiento de las resoluciones de los Plenos del Congreso y
Senado que siguen vigentes. Seguimos recomendando cambios normativos que permitan reducir los plazos de rendición de cuentas -que es a lo que me refería al principio- para aproximar más el momento de aprobación de esta declaración al del cierre del
ejercicio. Realmente, nosotros nos hemos esforzado al máximo siendo un pleno nuevo y se ha hecho un esfuerzo importante para que, con los medios disponibles, en los seis meses fijados en la ley haya estado la declaración terminada.


Terminamos, como casi todas las presentaciones de la declaración general, reiterando la necesidad de resolver el endeudamiento estructural en la Seguridad Social.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora presidenta.


A continuación, para fijar posiciones y formular cuantas preguntas estimen, tiene la palabra por cinco minutos, por el Grupo Parlamentario Vasco, la señora Etxano.


La señora ETXANO VARELA: Gracias, presidente.


Gracias, presidenta, por sus explicaciones de la Cuenta General del Estado del año 2020. Unas cuentas que -también lo ha destacado usted-, como no podría ser de otra manera, tienen el efecto de las medidas adoptadas para mitigar las
consecuencias de la pandemia de la COVID sobre unas cuentas que -también lo ha recordado- son la liquidación de un presupuesto prorrogado por segunda vez, una prórroga de los presupuestos de 2018. Una gestión de un presupuesto en una situación tan
inédita como era dar respuesta a algo tan desconocido como una pandemia con la que no contábamos y para la que no había manual de utilización. No había forma de saber cuáles tendrían que ser las respuestas.


En cuanto a los plazos de presentación -lo ha dicho-, coincido con el tribunal en su recomendación, en su propuesta 2, en cuanto a la necesidad de tomar las medidas necesarias para que esta Cuenta General del Estado no se aleje en exceso del
ejercicio que estamos analizando. A quienes conocemos algo la gestión de las entidades locales nos sorprende la flexibilidad con los tiempos para la elaboración de la Cuenta General de la Administración General del Estado frente a la exigencia de
presentación de las liquidaciones presupuestarias a las entidades locales, que lo hacen durante el primer trimestre y la administración durante el primer semestre. Desde luego, entendemos que esos tiempos se acercan muchísimo más a una rendición de
cuentas transparente. Asimismo, otros portavoces ya hemos trasladado que se dedica mucho tiempo al debate y a la discusión sobre el presupuesto general del Estado, pero muy poco a la liquidación de los presupuestos. Tampoco hay una forma de
acceder a los mismos en el mismo formato en el que se aprueban los presupuestos, lo cual nos daría una idea mucho más fácil de entender no solo el presupuesto, que es una previsión, sino cómo se han gastado realmente esos presupuestos.



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En la cuenta que presentan se repiten los errores -no voy a ahondar en ellos- de anteriores informes, los relativos a la falta de integración de entidades, que nos lo acaba de explicar también, salvedades sobre la suficiencia de provisiones
de deudas en el caso de la Sareb o la insuficiente provisión de los avales de la COVID, la preocupación del tribunal sobre el patrimonio neto de la Seguridad Social, que lo podemos ver gráficamente en los análisis y en los anexos, como podemos ver
también la preocupación sobre la deuda que nos acaba de detallar.


Finalizo. No voy a entrar al detalle de las partidas yendo partida por partida, lo dejo para cuando nos corresponda hacer comparecencias con miembros del Gobierno, pero sí quería finalizar agradeciendo al tribunal y a los equipos de trabajo
que realizan este informe y trasladarles que entendemos que ha mejorado en cuanto a su estructura, la comprensión y los datos que aporta, mejora que facilita nuestra labor parlamentaria de control al Gobierno.


Nada más y muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, tiene la palabra la señora Maestro.


La señora MAESTRO MOLINER: Muchas gracias, presidente.


Muchas gracias, presidenta, por su explicación. En primer lugar, quiero recurrir a una de las cuestiones que prácticamente en todas las sesiones manifiesto, y es respecto a la propia operatividad de los informes. Si bien es cierto que
aportan muchísima información, entiendo que muchas agradeceríamos que, de algún modo, tuvieran una parte más de gestión o de la propia operatividad que profundamente contable, como entendemos que reflejan. No obstante, quiero agradecer el hecho de
que se puedan exponer las distintas presentaciones y, muy particularmente en la misma línea en la que ha ahondado el propio tribunal, con cuestiones como poder hacer algunas campañas como la que ocupa al 40 aniversario del tribunal, que sí que se ha
promocionado la actividad que se está haciendo en la página web y en algunos puntos más. Este tipo de cuestiones son para celebrar porque se abre un poco más esa información a la participación ciudadana, y eso solo puede ser positivo. Entonces, de
ahí también mi felicitación en este avance que, en mi opinión, abre, clarifica y permite la transparencia del propio Tribunal de Cuentas.


Dicho lo cual, y centrándonos en lo que es propiamente el tema que nos ocupa de la Cuenta General del Estado de 2020, entiendo que a nadie le pueden sorprender los valores y las cifras que se dan, porque hasta el propio tribunal ha llegado a
calificarla directamente como la cuenta del año de la pandemia. Efectivamente, en esa situación nos encontrábamos con unos presupuestos prorrogados, una vez más, que obligan a que este tipo de incidencias, que se puedan remarcar en su mayoría,
puedan venir justificadas por estas cuestiones. Sigue apareciendo de manera reiterada -como siempre y ya se ha dicho- el tema de que tal vez sería necesaria una modificación normativa en relación con los plazos de rendición de cuentas u otras
cuestiones como la no presentación que, de manera sistemática, nos vamos a encontrar y que, por supuesto, secundamos todas las recomendaciones que haga el tribunal al respecto.


Me parece especialmente relevante el hecho de que tengamos presente que la cuenta que estamos tratando -concretamente esta de 2020- está muy particularmente influenciada por todos los movimientos económicos que ha provocado la pandemia. En
este sentido, resulta evidente que esta situación ha provocado déficits presupuestarios y el incremento de la deuda pública, lo que entendemos que es precisamente la gran diferencia respecto a otras grandes crisis a las que se ha podido enfrentar el
Estado español, ya que en este caso, si bien es cierto que la propia pandemia agudiza las debilidades estructurales y las vulnerabilidades propias de nuestra economía, sí se ha producido una apuesta por parte de este Gobierno de coalición orientada
a paliar todos estos efectos negativos sobre el tejido productivo y a minimizar lo máximo posible su impacto social. De ahí tenemos no solo los planes de choque o el escudo social, sino también medidas extraordinarias -ya sea de apoyo a la
liquidez, de adaptación de jornadas, de protección de solvencia y un largo etcétera- que, efectivamente, tienen un elevado coste y que necesariamente tienen que repercutir.


Una vez más, por cuarto año consecutivo, me toca hacer aquí una de las reflexiones que es la más llamativa y también sobre la que más preocupación parece trasladar en este caso el Tribunal de Cuentas, y es una vez más la situación en la que
se encuentra el balance de la Seguridad Social. Efectivamente, recoge ese patrimonio neto negativo, pero una vez más también tenemos que insistir en que la concesión de préstamos del Estado a la Seguridad Social vuelve a suponer una ficción
contable. Esta especie de préstamos con un tipo de interés cero y que se prorrogan de manera indefinida no son ni mucho menos la solución que necesita la Seguridad Social; en absoluto. De hecho, la aportación de estos recursos debería hacerse
directamente



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mediante transferencias a partir de los Presupuestos Generales del Estado. Tampoco debe permitirse que de manera sistemática se pueda entender en cada uno de estos informes o que se pueda difundir -como pueden hacer algunos grupos,
principalmente de la derecha- que aparezca la Seguridad Social en quiebra técnica, porque la realidad es que eso acaba perjudicando a todo este sistema público de Seguridad Social que algunos utilizarán para tratar de justificar sus privatizaciones,
como en tantas ocasiones ha ocurrido. Nos encontramos con infinidad de recomendaciones, incluso dentro del propio Pacto de Toledo, que criminalizan, por decirlo de algún modo, esta situación. Por ello, le pido su valoración particular sobre este
tema. ¿Entiende usted que podemos seguir en esta dinámica de hacer esta ficción contable mediante unos préstamos con un tipo de interés cero, prorrogados de manera indefinida a la Seguridad Social? ¿Vamos a mantener esta situación de una manera
constante? ¿Qué recomendación nos podría hacer usted?


Sin más, le agradezco tanto a usted como a todo su equipo la preparación de estos informes y el desarrollo de la exposición.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra el señor Sáez.


El señor SÁEZ ALONSO-MUÑUMER: Gracias, señor presidente.


Gracias a la señora presidenta del Tribunal de Cuentas por su presencia y por su exposición. Lo primero, como siempre, es felicitarla por estos informes, que son consecuencia del gran trabajo realizado por todos los profesionales del
Tribunal de Cuentas. Una Cuenta General del Estado que presenta las siguientes cifras. Un patrimonio neto negativo de 579 412 millones de euros, lo que supone un empeoramiento de 138 033 millones de euros respecto a 2019; un empeoramiento que, si
se compara con las cifras de 2010, asciende a 383 683 millones de euros; un empeoramiento que se refleja año tras año como consecuencia de un gasto público desmesurado y sin control; un empeoramiento que supone una señal negativa de alerta para
los inversores; un empeoramiento de una situación ya de por sí mala, que debería preocupar a todos los españoles con un mínimo de sentido común. El problema es que no vemos que exista conciencia de lo que supone, que exista voluntad ni ganas de
llevar a cabo una gestión eficiente de las cuentas públicas ni que exista voluntad de reducir el gasto político ni de eliminar duplicidades. Segundo, un importe de un pasivo no corriente que asciende a 1 073 091 millones de euros, 103 245 millones
de euros más que en 2019, de los que 1 039 661 millones de euros corresponden a deudas a largo plazo. Una deuda que, a la vista de las pérdidas previstas para los próximos ejercicios, se continuará incrementando y cargando sobre las generaciones
futuras. Tercero, un empeoramiento del fondo de maniobra, que pasa de un importe negativo de 62 049 millones de euros en 2019 a 93 037 millones de euros en 2020. Cuarto, una pérdida atribuible a la sociedad dominante de 137 761 millones de euros,
pérdida que, de acuerdo con el informe, se explica de la forma siguiente: un importe de 97 000 millones de euros aproximadamente por obligaciones reconocidas en la Administración General del Estado y por costes asociados a las ayudas de naturaleza
sociolaboral, lo que quiere decir que existen otros 40 923 millones de euros, aproximadamente, que se explican por la ineficiencia del Gobierno en la gestión de las cuentas públicas. Creo que este Gobierno debería informar a este Parlamento y a
todos los españoles acerca del importe del gasto incurrido para paliar los efectos del COVID, que se ha convertido en estructural. Quinto, los intereses generados por el endeudamiento de la Administración General del Estado del ejercicio 2020 han
supuesto unos gastos de 21 765 millones de euros.


Vamos al informe. Es curioso que, mientras crecen las pérdidas acumuladas del sector público, el número de sociedades del sector estatal permanece invariable, 441 entidades. Un sector público al que hay que sumar las entidades del sector
público autonómico, local y provincial. Varios puntos nos llaman la atención en este informe. Aumenta el número de salvedades, 33 frente a 30 en el 2019, que se agrupan en 24 puntos, 15 puntos en el año 2019. Algunas son salvedades múltiples,
como la primera que menciona de que existen 57 entidades -54 en 2019- que no se han integrado en las Cuentas Generales del Estado. Se mantiene la falta de rendición al Tribunal de Cuentas de las cuentas individuales de algunas entidades. Continúa
la presentación ante el Tribunal de Cuentas de las cuentas anuales individuales fuera del plazo legal establecido. La Administración General del Estado sigue careciendo de inventarios completos de los bienes que integra el inmovilizado material y
continúan sin conciliarse partidas intragrupo procedentes de los créditos concedidos por la Administración General del Estado.


Sexto, un importe reflejado en el estado de liquidación del presupuesto de gastos de obligaciones reconocidas, correspondientes a la deuda pública, por un importe de 110 705 millones de euros, lo que supone la segunda partida más elevada
tras las pensiones. Como en el ejercicio anterior, se menciona en un párrafo



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de énfasis que la Seguridad Social recoge por cuarto año consecutivo un patrimonio neto negativo, que en 2020 asciende a 68 049 millones de euros, y que tiene como origen las operaciones de gestión ordinaria, pero no se incluye en ningún
párrafo de énfasis el patrimonio neto negativo de la Cuenta General del Estado, que asciende a 579 412 millones de euros. Comentó en la presentación que es urgente reducir el endeudamiento estructural de la Seguridad Social. En opinión del Grupo
Parlamentario VOX, lo que es urgente es reducir el endeudamiento estructural del Estado, ya que en nada soluciona pasar los déficits de unas administraciones a otras. Recuerdo también a la portavoz de Unidas Podemos que fue el Partido Socialista
Obrero Español quien congeló las pensiones en 2011 a más de seis millones de pensionistas.


Para terminar, me gustaría conocer el grado de satisfacción de la presidenta sobre el seguimiento de las conclusiones de informes anteriores, el cumplimiento de las resoluciones y la sostenibilidad de las cuentas públicas ante el déficit
estructural de las mismas y ante una subida de los tipos de interés.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Paniagua.


El señor PANIAGUA NÚÑEZ: Muchas gracias, presidente. Buenos días, señorías.


Bienvenida de nuevo, presidenta. Enhorabuena por la cuenta general y el resto de los informes y traslade, como siempre, nuestras felicitaciones a toda la plantilla y a los consejeros del tribunal de parte de nuestro grupo parlamentario.


Un año especialmente diferente. En 2020 nos asoló una pandemia y eso tuvo consecuencias en prácticamente todas nuestras actividades y en toda nuestra vida y, por tanto, también en la labor de las administraciones públicas. Como bien ha
dicho la presidenta, otro año más en que el Gobierno del señor Sánchez no fue capaz de aprobar unos presupuestos y el resultado son casi 70 000 millones de incremento de gasto, 30 000 millones de reducción de ingresos, unos 70 000 millones de
incremento de déficit por el COVID, más unos 46 000 millones de déficit estructural actual con este Gobierno. En total, unos 116 000 millones de incremento de deuda. Más deuda y más riesgo para el futuro de España. Por eso es tan importante la
gestión de los próximos años para nuestro país.


En cuanto a las principales salvedades, seguimos con el problema de las entidades del sector público estatal que no se han integrado en la cuenta general, y les felicito por el análisis detallado y comparativo de las entidades y por el
informe que están realizando de la UNED, a ver si conseguimos que por fin cumpla. La sobrevaloración del presupuesto pasa de 117 a 2008 millones de euros. Se mantiene la carencia de inventarios completos de la Administración General del Estado, de
las entidades del sistema de la Seguridad Social y de la Tesorería General; se mantiene la falta de registro de algunos inmovilizados no financieros; se rebaja el importe de los créditos concedidos por la Administración General, que no se han
eliminado en el proceso de consolidación, y se mantienen errores respecto a los deudores y sus correcciones valorativas -muchos errores en este caso-. También hay discrepancias por la falta de consolidación entre el SEPE y la Tesorería General y
muchos errores en las provisiones: ICO COVID, devolución de impuestos, deuda avalada por el Estado a la Sareb y la provisión por la sentencia 513, 2021. En acreedores por operaciones devengadas hay errores de todo tipo: prestaciones no imputadas
cuando en años anteriores sí se hacía y sobrevaloración de la cuenta. Seguimos con errores de consolidación entre la Tesorería General de la Seguridad Social y las mutuas y, en cuanto al Fondo Nacional de Eficiencia Energética de 2019, no podemos
siquiera saber si está bien o no.


Se han incorporado unas nuevas salvedades. Adicionalmente, la falta de consolidación de las cotizaciones sociales a cargo de las entidades del sistema de la Seguridad Social y otras entidades del sector público estatal, en su condición de
entes empleadores, así como de las cotizaciones sociales por contingencias comunes a cargo de las mutuas.


Hay que destacar de nuevo el párrafo de énfasis sobre el balance de la Seguridad Social, que recoge por cuarto año consecutivo un patrimonio neto negativo de 68 049 millones. La solución adoptada para la cobertura de los gastos ordinarios
ante la insuficiencia de los recursos sigue siendo otorgar préstamos por el Estado a la Tesorería General, que en 2020 ascendieron a 30 330 millones; el endeudamiento ya es de 85 350 millones, es decir, un 7,61 % del producto interior bruto en el
año 2020. La Seguridad Social también en ese año recibió transferencias corrientes estatales por 21 336,5 millones. Especialmente preocupante es la que pide que se adopten urgentemente las medidas necesarias para resolver la situación financiera
del endeudamiento estructural del sistema de la Seguridad Social frente al Estado; a pesar de los acuerdos en el Pacto de Toledo, en el año 2020 seguían sin resolverse. Por cierto, la portavoz



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de Podemos le ha planteado unas preguntas que el Gobierno en el que participan debe responder, un despropósito bastante habitual, por cierto. No mejora la cuenta general con respecto a las anteriores y se mantienen las propuestas a las
Cortes Generales, y seguramente las Cortes Generales mantendrán las propuestas para los próximos años.


Como les decía al principio, es un año extraordinariamente atípico que no permite una comparación con ninguna situación parecida. Estoy seguro de que se podría haber hecho mucho mejor, pero también quiero recalcar que muchos funcionarios
han hecho esfuerzos extraordinarios por cumplir con los objetivos en ese año y nosotros nos quedamos con eso.


Muchísimas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Marra.


La señora MARRA DOMÍNGUEZ: Gracias, presidente.


Quisiera que mis primeras palabras fuesen para felicitar a la presidenta y a todo el personal del Tribunal de Cuentas por la calidad del informe, por el trabajo exhaustivo que hacen en la fiscalización, examen y comprobación de la cuenta
general del Estado para 2020, que afecta a más de 440 entidades del sector público estatal, lo cual indica ya un grado de dificultad enorme y, en especial, por las circunstancias difíciles en las que se ha realizado este trabajo.


No podemos olvidarnos de que el año 2020 ha sido el año de la pandemia y de que esto ha condicionado el desarrollo de este trabajo, lo que hay que tener en cuenta a la hora de abordar la cuenta general. Con todo, he de destacar que, en
aproximadamente dos años de legislatura, estamos dando trámite a la cuarta cuenta general del ejercicio y que hace unos pocos meses se presentó la declaración de la cuenta general del año 2019. Las diversas actuaciones y medidas técnicas que el
Tribunal de Cuentas ha implementado en estos últimos años han permitido reducir paulatinamente el grado de aprobación (¿) de estas declaraciones, y esto, señorías, sin lugar a dudas es bueno, si bien, como señala la propia presidenta, hay que seguir
dando pasos con la regulación actual de los plazos para la elaboración y rendición de la cuenta general del Estado, para que la aprobación de esta declaración sobre dicha cuenta se pueda llevar a cabo dentro del ejercicio siguiente al que
corresponde.


Señorías, esta es la cuenta general del Estado del año de la pandemia, algo que ha sido nombrado ya por todos los grupos. La pandemia del COVID-19 ha obligado al Gobierno a adoptar una serie de medidas extraordinarias y ha condicionado
significativamente la actividad del conjunto del sector público estatal. Solo en el año 2020, por poner una cifra, el coste de estas medidas extraordinarias ha alcanzado los 96 838 millones de euros. Por tanto, frente a la peor crisis sanitaria a
la que nos hemos enfrentado, en esta cuenta general se evidencia que el Gobierno ha desplegado el mayor escudo social conocido hasta el momento. Medidas como los ERTE, los créditos ICO, las exoneraciones a empresas, las prestaciones extraordinarias
a autónomos o las medidas de carácter social han sido el sostén de miles de familias, de miles de empresas y de miles de autónomos. Se ha protegido mediante ERTE a los trabajadores; se ha ayudado a las empresas con préstamos ICO y se ha ayudado a
los autónomos; se ha subido el salario mínimo interprofesional a 1000 euros; se ha aprobado la reforma laboral; se ha bajado la tasa de desempleo; se ha protegido el poder adquisitivo de las pensiones y se ha creado el ingreso mínimo vital.
Hoy, de hecho, tenemos los mejores datos de paro desde 2008: un 13,5 % frente al 15,1 % de 2018. En España hoy hay más de 20 millones de personas trabajando, el paro ha bajado a niveles de 2008 y la mitad de los contratos que se firman en España
son indefinidos. Por lo tanto, frente a los recortes y las precarizaciones de Gobiernos anteriores del Partido Popular, este Gobierno ha respondido protegiendo a las familias, protegiendo a las empresas, protegiendo a la economía en su conjunto,
con el mayor escudo social de la historia de nuestro país y, en especial, protegiendo a los más vulnerables, a los que más lo necesitan. Este Gobierno lo sigue haciendo con la aprobación del plan de respuesta económica a la crisis provocada por la
guerra de Ucrania y su prórroga hasta el 31 de diciembre. (Aplausos).


Respecto a las importantes dificultades del sistema de Seguridad Social, se recoge por cuarto año consecutivo un patrimonio neto negativo y esto no es nuevo, señorías. Si bien cabe destacar que frente a estas dificultades se han puesto en
pie medidas que permiten empezar a atajar este déficit, teniendo en cuenta las indicaciones que el propio Tribunal de Cuentas hace, en el sentido de que esta debe ser una solución que tenemos que adoptar en el ámbito del Pacto de Toledo como se ha
hecho tradicionalmente: con consenso, con unanimidad y con acuerdos como la actualización de las pensiones con el IPC o la eliminación del factor de sostenibilidad. Ese, señorías, debe ser el camino a seguir.



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Por último, respecto a las salvedades que se recogen, cabe destacar, como pone de manifiesto el tribunal, que son prácticamente las mismas que en la cuenta general del Estado de ejercicios precedentes. Sin embargo, también aparecen aspectos
susceptibles de mejora que se notan si se hace una lectura pormenorizada de las salvedades, así como del seguimiento de las recomendaciones y las conclusiones que el propio Tribunal de Cuentas hace. Me quedo con la conclusión final, como bien
señaló la presidenta, y es que esta cuenta general presenta fielmente -y digo bien, presenta fielmente- en todos sus aspectos significativos la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios de patrimonio neto, los flujos de efectivo,
los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que han de integrarse en ella. Por lo tanto, se ha mejorado significativamente esta declaración de cuenta general del año 2020.


Finalizo con una pregunta, presidenta: ¿cómo valora el Tribunal de Cuentas la evolución de las mejoras técnicas en las cuentas generales del Estado durante los últimos años?


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Marra.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas para responder.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Muchísimas gracias a todos los portavoces. En primer término, quiero hacer mención a lo que la señora Etxano, del PNV, ha expresado con respecto a la estructura de los presupuestos y a la estructura de la cuenta para que sea un reflejo una
de la otra y haya una mejor comprensión, y no solamente por eso, tengo que decirle que estamos justo en este período de aplicar nuevas fórmulas a nuestros sistemas de trabajo. De hecho, aunque en alguna ocasión ya lo he dicho, pero nunca en esta
Comisión Mixta, me parece que es bueno que ustedes, que son los principales receptores de nuestro trabajo y los que principalmente usan nuestro trabajo para el control del Gobierno, conozcan que hemos modificado el sistema de nuestro trabajo en el
sentido de salirnos de los compartimentos estancos de los departamentos ministeriales. O sea, ahora no tenemos distribuido el trabajo entre los consejeros por el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Trabajo, etcétera, sino por políticas
públicas porque creemos que el resultado que les podemos ofrecer no solamente a ustedes, sino a la ciudadanía en general, es mucho más acorde con las demandas que todos ustedes pueden tener. Esto ha supuesto una cierta estructura en la casa, pero
en estos siete meses hemos iniciado este nuevo camino que espero que sirva para todos los informes, sobre todo para los resultados, y también para la cuenta.


Con respecto a la cuenta, ya le digo que justo estamos trabajando en un formato de cuenta -tendremos que ponernos en contacto con la Intervención, por supuesto- para ofrecer los resultados en consonancia con los presupuestos. Estamos
completamente de acuerdo, todas las cosas necesitan un poquito más de tiempo y todos sabemos qué resultado queremos, pero en medio hay todo un trayecto que hay que organizar, poner en marcha y trabajarlo mucho, y en eso estamos.


Sus intervenciones realmente han puesto de manifiesto, a mi criterio, algo obvio y es que los presupuestos son un orden de prioridades, de ingresos y de gastos que cada partido o que cada sensibilidad política tiene. No voy a debatir ni voy
a discutir ni voy a entrar en ello, pero realmente donde más ideología hay es en la cuenta general. Entonces, me imagino que lo que es bueno para unos, es malo para otros. De lo que se trata es de que el dinero que aprueba la Cámara para
satisfacer las necesidades del país se gaste en lo que el presupuesto dice que se debe gastar, porque está aprobado por las Cámaras. Ese es el trabajo del Tribunal de Cuentas y en otra cosa no debemos ni podemos entrar. Creo que ustedes son
conscientes de que esto es así y debe de ser así, y estaría mal si hiciéramos otra cosa.


Con respecto al tema de la Seguridad Social -lo hemos dicho en muchísimos informes, mi antecesora lo ha dicho en alguna ocasión y yo ya también lo he dicho en dos o tres ocasiones-, no es que nos preocupe por trágico o por tremendista, sino
porque creemos que no es una información real de la situación, y lo que hemos propuesto en muchas ocasiones es que el sistema de préstamos se modifique y pase a ser un sistema que no permita un endeudamiento ficticio. Los endeudamientos son
generales, es decir, o se ha endeudado uno o se ha endeudado el otro. Si le haces un préstamo y lo contabilizas tú, te endeudas tú; si le haces un préstamo y lo contabiliza el Estado, el endeudado es el Estado en definitiva. Me gustaría que al
tema de la Seguridad Social, que es muy sensible y muy proclive a lograr un acuerdo, por lo menos en todos esos temas más formales de contabilidad, de financiación, etcétera, en el seno del órgano que ustedes tienen previsto y que ustedes mismos
crearon le dieran una solución. Las soluciones nunca son las ideales, pero seguramente vamos avanzando y se va mejorando. Con respecto a las mejoras, pasa lo mismo que cuando ustedes me preguntan si estoy satisfecha con el cumplimiento de las
recomendaciones y les diré que, en la medida en que lo estén ustedes -que hacen el control-, estoy satisfecha con las recomendaciones. Algunas se cumplen a ritmo bueno y otras se cumplen



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a ritmo lento, pero, en cualquier caso, nunca con la intensidad con la que nosotros pensamos que se deberían cumplir las recomendaciones, estas y todas. Es cierto que hay un porcentaje de cumplimiento que nos permite pensar que nuestro
trabajo tiene alguna repercusión en la mejora de muchos de los temas que tratamos aquí, tanto de elaboración de cuentas como de gestión en las administraciones públicas.


¿Cómo valoro las mejoras técnicas? Por supuesto que para nosotros son muy importantes las mejoras técnicas, porque son un trabajo muy complicado y un trabajo que tenemos que hacer, además, en consonancia con los criterios de la Intervención
General del Estado. Es cierto que mantenemos una relación fluida con la Intervención General del Estado, que vamos avanzando en ella y que además las nuevas tecnologías nos permiten hacerlo con cierta celeridad en algunos temas. De hecho, habrán
observado que, por ejemplo, cada vez son menos las propias fiscalizaciones financieras porque realmente son datos a los que se puede acceder -o a parte de ellos- desde cualquier terminal que ustedes tengan. Ahora estamos más enfocados a las
visiones generales de la gestión y del gasto y de los ingresos de las políticas públicas en general. Así que cada mejora técnica que se produce para nosotros es una posibilidad de hacer un avance en ofrecerles mayores garantías en la fiabilidad de
nuestro trabajo y contribuir a que la gestión pública vaya mejorando, que al final es el objetivo del tribunal y supongo que también el de ustedes.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


BLOQUE-II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE LOS INGRESOS DERIVADOS DE LAS INVERSIONES INMOBILIARIAS DE SEPIDES, EJERCICIOS 2016 Y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000001 y número de expediente
del Senado 771/000002).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PRINCIPALES INGRESOS PERCIBIDOS Y GESTIONADOS POR LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS, EJERCICIO 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000097 y número de
expediente del Senado 771/000093).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LAS ACTUACIONES DESARROLLADAS POR LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN MATERIA DE COOPERACIÓN ECONÓMICA CON LAS CONFESIONES RELIGIOSAS A TRAVÉS DE LOS PROGRAMAS DE INGRESOS Y GASTOS CONTENIDOS EN LOS
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, EJERCICIO 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000062 y número de expediente del Senado 771/000062).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LAS AYUDAS A LA REACTIVACIÓN DE LAS COMARCAS MINERAS CON ESPECIAL REFERENCIA A LA GESTIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA RESIDENCIA DE MAYORES 'LA MINERÍA', EJERCICIOS 2006 A 2017. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000051 y número de expediente del Senado 771/000051).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO EN LOS MINISTERIOS DEL ÁREA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL ESTADO. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000098 y número de expediente del Senado 771/000094).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PROGRAMA 113M 'REGISTROS VINCULADOS CON LA FE PÚBLICA', EJERCICIO 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000081 y número de expediente del Senado 771/000084).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA OFICINA DE RECUPERACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVOS (ORGA), EJERCICIOS 2016 Y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000086 y número de expediente del Senado 771/000086).


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al bloque II: informe de fiscalización de los procedimientos de gestión de los ingresos derivados de las inversiones inmobiliarias de SEPIDES, ejercicios 2016 y 2017; informe de fiscalización
de los principales ingresos percibidos y gestionados por



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la Agencia Española de Medicamento y Productos Sanitarios, ejercicio 2018; informe de fiscalización sobre las actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones
religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los Presupuestos Generales del Estado, ejercicio 2017; informe de fiscalización sobre las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras, con especial referencia a la gestión
de la construcción de la residencia de mayores La Minería, ejercicios 2006 a 2017; informe de fiscalización del análisis de impacto normativo en los ministerios del área político-administrativa del Estado; informe de fiscalización del Programa
113M, Registros vinculados con la fe pública, ejercicio 2017 e informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, ORGA, ejercicios 2016 y 2017. Por acuerdo de la Mesa y portavoces, de 15 de septiembre de 2020, se entienden
subsumidas las iniciativas 251/1 y 251/51 de la solicitud de comparecencia con números de expediente 212/401 y 212/376 respectivamente, del Grupo Parlamentario VOX, que tienen el mismo objeto.


A continuación, para dar las explicaciones de los numerosos informes, tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Intentaré ir lo más rápido posible, pero son muchos informes. No repito los nombres de todos los informes porque son larguísimos y porque ustedes tienen el orden del día. Empezamos con SEPIDES. Esta fiscalización se realizó a iniciativa
del tribunal y ha tenido como objetivos comprobar el cumplimiento de los requisitos legales de la contratación formalizada en relación con el patrimonio inmobiliario de SEPIDES, la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales Desarrollo
Empresarial, en el ámbito de los ejercicios 2017 y 2016, y la adecuación de esa contratación a todos los procedimientos y principios de eficacia, eficiencia y economía.


En cuanto a los resultados principales de la fiscalización en relación con la normativa aplicable y con las normas internas, SEPIDES ha mantenido vigentes diversas instituciones internas para regular la formalización de las operaciones
inmobiliarias, aunque ha carecido de normas internas para las operaciones de arrendamiento durante un periodo de tiempo, que ha sido desde julio de 2016 hasta diciembre de 2017. En esta fiscalización se ha comprobado que SEPIDES ha aplicado
correctamente, con carácter general, sus normas internas a las operaciones de enajenación de activos inmobiliarios.


En lo relativo a la composición del patrimonio inmobiliario, el valor conjunto de las inversiones, a 31 de diciembre de 2017, ascendía a 202 millones de euros, 171 millones correspondían al valor de inversiones inmobiliarias y algo más de 31
millones al de existencias. SEPIDES carece de un inventario único, detallado y completo de los bienes de su titularidad, aunque nos consta por la fiscalización que estaba en proceso de realización. En lo relativo a la planificación y ejecución de
las inversiones en el patrimonio, el total de las inversiones presupuestadas en estos dos ejercicios ascendía a 16,8 millones de euros, habiéndose ejecutado 7,2 millones, el 43 % de lo presupuestado.


En relación con las operaciones de arrendamiento, la principal actividad inmobiliaria de SEPIDES, y la que más ingresos le genera, es el arrendamiento de edificios de oficinas, disponiendo en sus propiedades de un total 67 000 metros
cuadrados, de los que, a 31 de diciembre de 2017, tenía arrendados unos 60 000 metros cuadrados, lo que le supuso un total de casi 12 millones de euros de ingresos en 2017, que es un 80 % aproximadamente de los ingresos que tiene la sociedad. Los
trabajos del informe han constatado que SEPIDES ha estado compitiendo con empresas privadas en el mercado de arrendamiento, teniendo en cuenta que en 2011 SEPIDES absorbió otra entidad instrumental cuya actividad era facilitar oficinas precisamente
para sedes que fueran del grupo SEPI.


En relación con los seis contratos de arrendamientos de oficinas formalizados durante estos ejercicios, se destaca que la mayoría han sido formalizados con clientes aportados por intermediarios externos, lo que ha ocasionado un pago de
comisiones de intermediación de 72 143 euros. En cuanto al análisis de la gestión de las 127 viviendas de libre disposición que no están sujetas a ningún tipo de protección social y que eran propiedad de SEPIDES -96 arrendadas y 31 disponibles-, el
problema es la falta de información y control sobre la situación real y la tenencia de dichos bienes, así como los escasos bienes que generan, que son poco más de 30 000 euros, frente a los recursos que requiere la gestión de este patrimonio.


En cuanto a la enajenación de activos inmobiliarios, el importe global ascendió a 5 millones de euros, habiendo generado un beneficio contable de 2,3 millones de euros. En referencia a la gestión comercial,



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se ponen de manifiesto los problemas de coordinación entre los distintos departamentos, ya que no hay ningún procedimiento escrito ni políticas comerciales activas.


En cuanto al cumplimiento de los temas que transversalmente analizamos siempre referidos a transparencia, igualdad, etcétera, se ha verificado la publicación de la cartera inmobiliaria, aunque las publicaciones que hace SEPIDES no están
debidamente actualizadas. Se hacen una serie de recomendaciones dirigidas a la necesidad de disponer, a la mayor brevedad posible, de un inventario único; analizar la situación de las viviendas que son de su titularidad; adoptar medidas para irse
desprendiendo de ellas o por enajenación o por algún tipo de convenio para su cesión a alguna entidad pública local o autonómica que tenga la competencia encomendada; realizar políticas activas de promoción de los bienes comercializados, y
establecer normas internas de comunicación y de coordinación entre las unidades que intervienen en las operaciones de comercialización que SEPIDES realiza.


Paso al siguiente informe, si les parece, que es el referido a los ingresos percibidos por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Esta fiscalización también fue realizada a iniciativa del propio tribunal. Constatamos
que la agencia presentaba unos superávits presupuestarios recurrentemente y se aconsejaba comprobar la cuantificación de la tasa en relación con el coste del servicio o de la actividad que incluye el hecho imponible.


El ámbito subjetivo lo constituye la Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios y el objetivo, los ingresos gestionados por la agencia, fundamentalmente la tasa por prestación de servicios y realización de actividades de la
Administración General del Estado en materia de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal. Esta fiscalización está referida a 2018.


Respecto a los principales resultados en cuanto a rendición de cuentas, la agencia ha cumplido. Sobre el análisis de la normativa, el informe señala que la configuración de la tasa presenta deficiencias como falta de adecuación de algunos
servicios o actividades reguladas en la normativa a la realidad actual de la agencia o a la utilización para su fijación de costes que son antiguos para precisamente la fijación de la cuantía. La creación sí que se ajusta a la normativa reguladora,
aunque tiene algunas debilidades en la justificación de la memoria económica de la cuantía de los epígrafes. Ya saben que los epígrafes de esa tasa fueron aprobados en 2003, incorporando derecho comunitario al derecho español. El importe recaudado
por la tasa no excede del coste real de la actividad, aunque hay márgenes de cobertura de ingresos y gastos muy dispares y depende de los epígrafes de la propia tasa. También hemos observado algunos incumplimientos normativos como la falta de
utilización de la vía ejecutiva para la recaudación de los impagos, aunque algunos procedimientos de recaudación se habían iniciado durante la fiscalización.


Con relación a la opinión financiera, el informe presenta una opinión favorable con salvedades, entendiendo que los importes registrados en las cuentas de 2018 representan la imagen fiel de los derechos reconocidos y de los ingresos
producidos en el ejercicio y la situación financiera a fin del ejercicio, excepto los referidos a uno de los epígrafes de la tasa.


En cuanto a los procedimientos de gestión y de control interno, el informe describe algunas deficiencias que afectan a la propia gestión del tributo, entre ellas, la relativa a la recaudación de la tasa de los epígrafes de cobro periódico,
en el que no hay un sistema de alerta al sujeto pasivo sobre la obligación de efectuar el pago y no se sigue el procedimiento de autoliquidaciones -eso forma parte de las recomendaciones- y produce impagos que no sé si son advertidos, pero, por lo
menos, no son reclamados después por la agencia. También se incluyen deficiencias que afectan de forma general a todos los departamentos intervinientes como falta de actualización de los manuales de procedimiento, inexistencia de controles
automatizados que garanticen que las solicitudes se presentan en plazo o existencia de casos en que no resulte posible la conformación automática de la solicitud con el justificante de pago, con lo que se hace manualmente y eso tiene consecuencias
negativas, por supuesto, en materia de periodificación contable. Entre las recomendaciones, se recomienda al Ministerio de Sanidad que determine el tipo de organismo público, que ha de ser la agencia del medicamento, para ajustarse a las
características de acuerdo con la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y a la propia agencia que inste la modificación reguladora de la tasa para que se adecuen los hechos imponibles y sus cuantías a la cesión actual, que presente los ingresos
por tasas de forma desagregada por grupos de la tasa y que calcule con mayor precisión los costes soportados por estos órganos, de forma que la estimación se ajuste más a la fiabilidad de los consumos efectivos. También se recomienda que se
establezcan sistemas de alerta al sujeto pasivo, que es lo que antes les he comentado, en el caso de los epígrafes de tasas de pago periódico. Se considera que la Intervención General del Estado debe estudiar la posibilidad de introducir alguna
modificación en el Plan General de Contabilidad relativa al tratamiento contable de las



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transferencias al Estado para que el registro no suponga un aumento de gastos en la cuenta del resultado económico patrimonial.


Pasamos al siguiente informe sobre actuaciones desarrolladas por la Administración General del Estado en materia de cooperación económica con las confesiones religiosas a través de los programas de ingresos y gastos contenidos en los
Presupuestos Generales del Estado. El informe de fiscalización es una actuación programada por iniciativa del propio tribunal, como ustedes recordarán, porque parte de su historia estuvo en la propia Comisión Mixta, y se incluyó en el programa de
fiscalizaciones correspondientes a 2018.


El ámbito subjetivo ha estado constituido por los órganos y organismos de la Administración General del Estado que intervienen en la cooperación económica de las confesiones religiosas. Ninguna de las confesiones religiosas ha sido objeto
de fiscalización ni de ningún tipo de actuación, por mucho que hayan leído en los periódicos. El ámbito objetivo ha incluido la asignación tributaria a la Iglesia católica y los beneficios fiscales y subvenciones recibidas por las confesiones
religiosas. Los objetivos han sido comprobar el cálculo, el pago y la contabilización de la asignación tributaria de la Iglesia; las actividades de seguimiento y de control llevadas a cabo por la Administración General respecto de la memoria
justificativa presentada por la Iglesia católica; la verificación de las exenciones tributarias y de los beneficios fiscales, y la comprobación de que la concesión, la gestión y la justificación de las subvenciones concedidas a las confesiones
minoritarias se ajustan a la normativa que les es de aplicación.


Con respecto al primero de los aspectos, que es el cálculo, el pago y la contabilización de la asignación tributaria a la Iglesia católica, comienzo diciéndoles que está establecida, como saben, en el Acuerdo entre el Estado español y la
Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, que la Ley General de Presupuestos para 1988 implementa el sistema de asignación tributaria y que en la Ley de Presupuestos para el 2007 se establece un porcentaje de asignación tributaria
del 0,7 %. Este último porcentaje de asignación responde a una modificación del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 1979, que se instrumentó jurídicamente a través de un canje de notas en 2006.


Los pagos realizados a la Iglesia católica en 2017 por la asignación tributaria ascendieron aproximadamente a 265 000 millones y comprendieron tanto la liquidación provisional y definitiva del ejercicio 2015 como los pagos a cuenta -saben
que se hacen de un ejercicio a otro pagos a cuenta- de 2017.


La Administración General del Estado realiza las actividades de seguimiento y control a través de una memoria justificativa que la Iglesia católica presenta sobre la asignación tributaria. La presentación anual de la Iglesia está prevista
en el protocolo adicional del 79 y en el canje de notas de 2006, en el que se establece el carácter justificativo de dicha memoria. La Iglesia ha presentado con regularidad la memoria ante el Ministerio de Justicia desde el año 1980. No hay
regulación de plazos, no hay forma de presentación ni hay normas sobre el contenido que haya de tener la memoria. La memoria la elabora la Iglesia católica atendiendo a sus criterios y es una memoria de actividades más que una memoria
justificativa. En todo caso, el Ministerio de Justicia nunca ha puesto de manifiesto ninguna incidencia respecto de las memorias presentadas.


El acuerdo del 79 recoge el compromiso del Estado de colaborar en el adecuado sostenimiento de la Iglesia, al tiempo que la Iglesia declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades. No
hay acuerdo ni convenio ni ningún tipo de instrumento jurídico que establezca las necesidades de la Iglesia, a cuyo sostenimiento el Estado se compromete a colaborar, lo que impide determinar con precisión la existencia de insuficiencias o de
excesos en la financiación.


Las memorias que hemos estudiado presentadas por la Iglesia referidas a los ejercicios 2016 y 2017 presentan unas rúbricas denominadas superávit de 100, de 19,3 y de 15,9 millones de euros respectivamente, que se han venido destinando a la
dotación de un fondo y a la aportación de fondos propios a una sociedad mercantil. Hay que señalar que no hay ninguna regulación acerca del tratamiento de eventuales desajustes ni déficits ni superávits entre el importe de la asignación tributaria
y las necesidades de financiación de la Iglesia. El canje de notas del 2006 entre la Santa Sede y el Estado, que es el que hemos dicho que establece la naturaleza justificativa de la memoria, permite comprobar que la ausencia de criterios acerca de
su contenido hace que la información resulte insuficiente para que el Estado pueda analizar tanto el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo como de la normativa comunitaria, y -vuelvo a repetir- sin que haya habido ninguna
reclamación por parte de ningún órgano de la Administración en ningún caso sobre el contenido ni sobre nada de la memoria. En particular, esta debilidad en la regulación del contenido sería suficiente para no poder comprobar la



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utilización de los fondos respecto a lo dispuesto en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre ayudas al Estado, teniendo en cuenta los requisitos que establece una sentencia, que se ha examinado con mucho rigor
en el tribunal, de 27 de junio de 2017, asunto C/74/16, que aborda un asunto derivado de los acuerdos económicos entre la Santa Sede y el Estado y su aplicación. Ya les he dicho que parte de lo que denominan superávit y de fondos propios los
aportan a los fondos propios de una sociedad mercantil.


En cuanto al tema de exenciones tributarias y beneficios fiscales recibidos, aunque el régimen fiscal aplicable a las diferentes confesiones religiosas está regulado en los acuerdos bilaterales suscritos con el Estado y ratificado en
acuerdos con rango de ley, en la actualidad, el régimen aplicable a todas ellas en general es la Ley de Mecenazgo de 2002 y el reglamento que la desarrolla. Esa normativa se aplica no solamente a las entidades estrictamente religiosas, sino también
a sus asociaciones, fundaciones, etcétera.


Las entidades que se acogen a este régimen especial de la Ley de Mecenazgo están obligadas a presentar, además del impuesto de sociedades, una memoria económica con el contenido legalmente establecido acerca de sus ingresos, gastos y su
despido. Del total de las 27 073 entidades categorizadas según el criterio de la Agencia Tributaria, salvo el País Vasco y Navarra, solo 2200 están obligadas a presentar la declaración del impuesto de sociedades. No obstante, la agencia no tiene
constancia de los casos en los que el Ministerio de Hacienda autoriza a entidades menores -la confesión religiosa después muchas entidades menores- a ser incluidas en las declaraciones de las entidades eclesiásticas de ámbito superior. En la base
de datos de la agencia no fue posible comprobar la presentación de la declaración del impuesto sobre sociedades de 47 diócesis de un total de 70. Y respecto a las memorias, solamente se presentaron 149 memorias económicas. Tampoco hubo respuesta
ni actuación posterior de la Agencia Tributaria respecto de las que no presentaron ni declaración ni memoria. Tampoco las memorias aquí tienen un formato estandarizado y hay casos con deficiencias formales en su presentación.


Partiendo de las liquidaciones del impuesto sobre sociedades correspondiente a 2016, que son las que se presentan en 2017, la agencia estimó que los beneficios otorgados en 2017 por el impuesto sobre sociedades a las confesiones religiosas
era de 118 millones de euros. No obstante, es evidente que es una estimación que puede ser muy inferior al importe real de los beneficios, porque el número de entidades que presentaron la declaración fue inferior a las que, conforme establece la
propia Agencia Tributaria, estaban obligadas. Y después, con relación a los resultados de las subvenciones concedidas a las confesiones minoritarias, nos tenemos que referir a la Fundación Pluralismo y Convivencia, que es la que gestiona estas
subvenciones. Las ayudas concedidas por la Fundación Pluralismo y Convivencia a las confesiones minoritarias ascendieron a 900 000 euros. Al final del periodo no se había establecido ningún plan estratégico de subvenciones que concede esta
fundación y la gestión de las subvenciones también ha presentado deficiencias que están relacionadas con la aplicación informática, con la falta de argumentación del juicio técnico de evaluación de los proyectos que presentan y con la falta de
motivación de la resolución de la concesión de las ayudas. Es evidente que la fundación no tiene instrumentos de control que le permitan comprobar que el importe de las subvenciones puede ser de una cuantía o de otra, tanto aisladamente como en
concurrencia unas con otras. A 31 de diciembre de 2017 había 76 comunidades religiosas, que no confesiones, que mantenían deudas por subvenciones que debían ser reintegradas por un importe de cerca de 100 000 euros. Lo que sí que se ha constatado
es que estas entidades religiosas no contaban con recursos económicos y materiales para su gestión y justificación.


El informe propone una serie de recomendaciones; unas dirigidas al Gobierno, en las que se le recomienda considerar la oportunidad de impulsar la aplicación del mecanismo para resolución de dudas o conflictos previsto en el canje de notas
de 2006, con el fin de regularizar la memoria justificativa de ha de presentar la Iglesia católica en cuanto a plazos, forma de presentación, nivel de detalle que debe proporcionar, delimitación de los tipos de necesidades que pueden ser atendidos
con la financiación, tratamiento que debe darse a los déficits o a los superávits; en definitiva, la información que permita al Estado comprobar si el destino último de los recursos procedentes de la asignación es compatible con el cumplimiento de
las exigencias del derecho de la Unión Europea.


A la Agencia Tributaria se le recomienda que mejore los datos de las entidades calificadas como confesiones religiosas para conseguir depurar los censos como se hace con otros obligados tributarios; también, que modifique el modelo del
impuesto sobre sociedades para que se mejore la información disponible, y al Ministerio de Justicia, analizar la modificación de la regulación jurídica de las subvenciones de la Fundación Pluralismo y Convivencia para reconducirla por la vía de los
procedimientos excepcionales



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de concesión directa. Parece que por los resultados, incluso por la cantidad, no tiene mucho sentido mantener la distribución de estas subvenciones por el sistema que se está utilizando.


Paso a otro informe. No sé si voy demasiado deprisa. Voy al informe relacionado fundamentalmente con las ayudas a la reactivación de las comarcas mineras. Esta fiscalización ha sido realizada a instancia de las Cortes mediante dos
resoluciones de esta Comisión mixta. El ámbito subjetivo está constituido por el organismo autónomo Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, así como por los beneficiarios de las
subvenciones. En el periodo fiscalizado, que es de 2006 a 2017, las comarcas mineras del carbón comprendían áreas geográficas ubicadas en Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia y el Principado de Asturias. El
ámbito objetivo son las ayudas previstas en los planes de las minerías del carbón destinadas a promover el desarrollo alternativo y la reactivación económica de las comarcas mineras del carbón. Estos planes van desde 1998 hasta 2018, en periodos de
seis o siete años. En concreto, se han articulado a través de subvenciones de concesión directa para proyectos de infraestructuras, subvenciones concedidas para proyectos empresariales generadores de empleo y actuaciones efectuadas por el Instituto
para la liquidación y absorción de la Fundación para el desarrollo de la formación en las zonas mineras. Los resultados han sido: en lo relativo a la rendición de cuentas, el instituto, en general, ha presentado la mayor parte de sus cuentas,
aunque ha habido retrasos en los años 2006, 2014, 2016 y 2017. Asimismo, destaca la existencia de dos limitaciones por falta de colaboración en la remisión de la documentación de un ayuntamiento, que es Peñarroya-Pueblonuevo, y de una fundación,
que es la tecnológica y formativa de alimentación.


Como conclusiones generales se destaca que las dos líneas de subvenciones, las de promoción de la reactivación de las comarcas, destinada a financiar estructuras y proyectos generadores de empleo, no se incardinaron en ningún plan
estratégico de subvenciones, pese a que ha reconocido obligaciones por importe de 1786 millones de euros. El Instituto para la Reestructuración de la Minería careció de medios técnicos y humanos suficientes para gestionar estas subvenciones. Sobre
la línea de subvenciones de infraestructuras, el informe concluye que el marco regulador ha sido ambiguo y escasamente riguroso, lo que ha generado muchas deficiencias que afectaron a la planificación y ejecución de las actuaciones y al diseño de
procedimientos y al control interno. En concreto, entre las deficiencias más importantes tenemos: la selección de infraestructuras a subvencionar, pues destaca la falta de participación del instituto y la secretaría de Estado competente en los
foros donde se hacían las propuestas y las actuaciones a financiar, o la falta de exámenes de viabilidad de las actuaciones. La deficiente configuración de los procedimientos de reintegro ha ocasionado dilaciones en la tramitación, que a veces han
supuesto caducidad de muchos procedimientos de reintegro.


En lo relativo a la subvención concedida al Montepío de la Minería para la construcción de la residencia de mayores La Minería, se recogen muchas deficiencias y muy significativas que afectan a su tramitación y a su ejecución. Entre otros,
destaca la falta de estudios técnicos que justificaran la oportunidad o la necesidad de la subvención; la práctica totalidad de la subcontratación de la actividad objeto de la subvención; también se apreció la existencia de varios incumplimientos
urbanísticos, como la falta de titularidad de los terrenos, carencia de licencia de obras o carencia de calificación del terreno; también la realización de trabajos en la obra, una vez que se ha emitido la certificación del final de obra. El
trabajo de auditoría incluye un análisis comparativo de los costes de construcción por residente y por metro cuadrado, señalando que, en comparación con obras similares, los costes fueron superiores en un 31 % y en un 61 %, respectivamente.


Sobre las líneas de subvención de concurrencia competitiva para proyectos empresariales generadores de empleo, se incluyen incidencias o disfunciones en las actuaciones de algunas entidades colaboradoras en algunas comunidades autónomas.
Por ejemplo, Galicia y Castilla-La Mancha actuaron sin vínculo jurídico; ha existido falta de coordinación entre el instituto y las entidades colaboradoras, lo que ha afectado al seguimiento y al cumplimiento de las condiciones; a la vista de la
reducción de solicitudes que se observa desde el año 2014, se encuentra que esta fiscalización abarca desde el año 2006, y del elevado número de desistimientos el informe concluye que estas subvenciones no están desplegando su potencial, al menos
plenamente.


Sobre la liquidación, que era uno de los objetivos previstos para el desarrollo de la formación de las zonas mineras, no ha desarrollado actuaciones de seguimiento y reclamación de derechos. En cuanto al grado de consecución de objetivos de
las ayudas para la reactivación económica de las comarcas mineras, hay que destacar la existencia de algunas infraestructuras que nunca se pusieron en uso y una reducida



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ocupación de las inversiones realizadas en polígonos industriales. Nunca hubo para los programas presupuestarios ni para los planes del carbón objetivos e indicadores para el seguimiento y la valoración. Asimismo, realizado un análisis
demográfico y estadístico, industrial y empresarial del Principado de Asturias, León y Teruel, se puede concluir que no se aprecia una evidencia sustancial de que los recursos aplicados hayan tenido un impacto en la mitigación de la disminución de
la población de esas regiones.


En cuanto a las recomendaciones, se han hecho algunas dirigidas al Ministerio de Transición Ecológica, como desarrollar el Plan del Carbón para el periodo 2019 a 2027, incluyendo indicadores. También se incluyen recomendaciones relativas a
las subvenciones en infraestructuras implantando sistemas de seguimiento, evaluación, etcétera, y se incluyen varias sugerencias relativas a las bases reguladoras de las sublíneas de proyectos empresariales, por ejemplo, racionalizar los contenidos
de los planes, suprimir los trámites del informe de elegibilidad o precisar los regímenes de subcontratación. Para el Instituto de Reestructuración de la Minería se propone promover un plan de actuaciones de comprobación del cumplimiento de los
requisitos de las actuaciones que financie el instituto, mejorar la coordinación con las entidades fiscalizadoras y, en relación con la liquidación de la fundación, impulsar su seguimiento y la reclamación de derechos a favor del instituto.


El siguiente informe es el relativo al análisis del impacto normativo de los ministerios del área político-administrativa del Estado. Sé que ha sido una dificultad para ustedes, el hacer referencia a los títulos, algo que no se expresa, y
en casi todos los plenos hemos debatido si poner los nombres de los ministerios o no. Perdonen si hay alguna ausencia, porque seguramente alguno se me va a escapar. Es una fiscalización relativa a los años 2017 y 2018 y es la relativa a la
evaluación normativa que se hizo en los ministerios de Presidencia, Interior, Exteriores, Justicia, Educación y Defensa. Esta es una iniciativa que surge del propio tribunal, y lo que pretendíamos era verificar el cumplimiento de la normativa
aplicable a las actuaciones administrativas encuadradas en el ámbito de lo que se llama evaluación ex ante del impacto económico presupuestario, que debe venir reflejado en las memorias y análisis de impacto normativo, que tiene como finalidad
garantizar que la elaboración y la aprobación de un proyecto cuenta con la información necesaria para estimar el impacto que la norma supondrá para sus destinatarios y agentes. Todo esto de las disposiciones en los ministerios que les he dicho se
refiere a los años 2017 y 2018. Por el papel que tiene en ese tema, se ha estudiado en particular la Oficina de Coordinación y Calidad, que dependía del antiguo Ministerio de la Presidencia y Relaciones con las Cortes.


En relación con los expedientes examinados, ninguno de los expedientes normativos que hemos visto, que son cuarenta, contiene acto formal de incoación del expediente. Este acto no está legalmente establecido, lo único que sucede es que
impide tener certeza suficiente sobre el momento de iniciación de los expedientes, lo que tiene especial relevancia a la hora de determinar la normativa aplicable al contenido de la memoria.


Sobre las memorias, el informe destaca que, a la fecha de finalización de los trabajos, sin que nos conste que se haya hecho hasta ahora, el ministerio todavía no había adaptado la guía metodológica para la elaboración de estas memorias.
Además, hay un gran número de casos en los que el análisis y alternativa que se exige en la memoria se ha presentado deficientemente.


Con relación a los principios de buena regulación, que son necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, se ha detectado que más del 25 % de los expedientes presentan deficiencia, o porque no se
incluye mención a estos principios, o porque la justificación de la adecuación de la norma es insuficiente. Se han observado deficiencias en el análisis presupuestario que afecta al 30 % de los expedientes, o bien porque el análisis es parcial, o
bien porque omite una cuantificación del impacto presupuestario. Lo que sí incluyen todos los expedientes es un análisis del impacto económico, un análisis en materia de cargas administrativas en la propia Administración y un análisis relativo a
cuestiones de igualdad de género. En más de la mitad de los expedientes se observan deficiencias en cuanto a la descripción de los trámites o consultas realizadas, o porque se omite la mención a determinadas consultas, o porque no se incorporan a
las memorias, o porque el contenido de la memoria no se adecua con el proyecto precisamente porque ha pasado más tiempo en la elaboración de la norma desde que se emitió la memoria y se ha modificado.


En lo concerniente a la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, que se puso en funcionamiento en el año 2018, es cierto que ha supuesto un importante impulso en esta evaluación ex ante de los proyectos normativos. Sus recomendaciones y
sus observaciones han contribuido a mejorar la técnica legislativa y la calidad de las memorias del análisis. No obstante, es una unidad no suficientemente



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dotada, con lo cual los informes se retrasan con bastante frecuencia y tiene pendientes de emitir alrededor de ochenta y cuatro informes en la fecha en que terminamos el informe.


En cuanto al plan normativo, que es un documento que recoge las iniciativas legislativas o reglamentarias que los distintos departamentos prevén elevar cada año al Consejo de Ministros, el informe destaca que desde el año 2017 el Gobierno
solo había aprobado el correspondiente al año 2018. Hemos comprobado con posterioridad que, por las circunstancias políticas y por la pandemia, en 2019 y 2020 no tuvo este plan anual normativo y sí que está aprobado en enero de 2022 el plan anual
normativo para este año.


En cuanto a las recomendaciones, se sugiere al Gobierno que adapte la guía metodológica al Decreto de 2017 y que adopte medidas para que incluya en un acto formal la incoación de procedimiento y también que se impulse y se dote a la oficina
si se pretende una eficacia mayor que la que tiene hasta ahora. A los ministerios proponentes de las iniciativas legislativas y reglamentarias, que intensifiquen la labor de actualización de las memorias y que incidan en el análisis, que es lo que
más se echa en falta, de eventuales soluciones alternativas a lo propuesto en la normativa que pretenden aprobar. Finalmente, hay una recomendación dirigida a la Oficina de Coordinación para que mejore el sistema de seguimiento de las observaciones
que hace a las propias memorias que analiza.


Voy con el penúltimo de este bloque, que es el relacionado con la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, ORGA, también en los ejercicios 2016 y 2017, y se realiza a iniciativa del tribunal. Como todos ustedes saben, las funciones
principales de esta oficina son la localización y recuperación de efectos, bienes, instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas; su conservación, administración y realización, y también debe resolver sobre la adjudicación del uso
de los efectos embargados cautelarmente y sobre las medidas de conservación que deben ser adoptadas. Entre las principales conclusiones destaca: ausencia de criterios de reparto de costes para los casos de ventas, tasaciones o destrucciones de
bienes en diversos procedimientos judiciales; la falta de determinación de la periodicidad con que se ha de realizar la liquidación al Tesoro de los importes que generen los expedientes con resolución judicial firme, y la ausencia de un módulo de
contabilidad que permita realizar un seguimiento de los gastos, ingresos y valores generados en la gestión de estos bienes.


En relación con el saldo de la cuenta de depósitos y consignaciones, en esta cuenta es donde se recogen los cargos y los abonos generados por la gestión y la realización de los efectos judiciales encomendados por las autoridades judiciales,
principalmente es el dinero que es decomisado en los procesos judiciales. El informe indica que a 31 de diciembre de 2017 ascendía a algo más de 18 millones de euros y a 30 de junio de 2019, es decir, seis meses después, a algo más de 30 millones
de euros. Además, el saldo de los intereses devengados a 30 de septiembre de 2019 ascendía a 875 000 euros.


Aunque la normativa establece que los intereses que se abonaran por el saldo lo fueran por cada procedimiento judicial individualmente, la entidad bancaria ha ingresado trimestralmente el importe de los intereses por el saldo medio global en
la cuenta en un apunte único, sin distinción de los importes que corresponderían a cada uno de los saldos de cada procedimiento. Todo esto ha originado que los intereses no hayan formado parte del remanente de cada procedimiento judicial y no hayan
sido objeto ni de reparto ni de ingreso en el Tesoro hasta el ejercicio 2020, lo que ha propiciado una gran acumulación de intereses generados. Desde el punto de vista de eficiencia del uso de recursos públicos, es una situación a modificar.


Con respecto a los procedimientos aprobados para el reparto de los fondos obtenidos de los bienes incautados, se ponen de manifiesto deficiencias en las que se destacan: ausencia de unos criterios de evaluación y valoración para la
selección de las propuestas a financiar; la falta de delimitación de unos objetivos cuantificables e indicadores de impacto en los proyectos presentados, sobre los que hay que decidir sobre su financiación, y la ausencia de unos requisitos de
sostenibilidad del proyecto. Con respecto a los costes de funcionamiento y gestión de este oficina incurridos en los ejercicios 2016 a 2018, ante la ausencia de una contabilidad analítica, la existencia de gastos no cuantificados por al menos 1 700
000 euros. No hay estudios previos que sustenten la estimación del porcentaje de cobertura de gastos de funcionamiento en un 5 %. Ya saben que esta oficina inicialmente se financia con el 5 % de los recursos que obtiene, pero no hay ningún estudio
que correlacione los ingresos con el 5 %. Solamente el Plan Nacional de Drogas es el que ha comunicado al órgano judicial el importe de los gastos de funcionamiento de la parte que le corresponde. Y en relación con el sistema de autofinanciación
que se determina en la normativa reguladora de la ORGA, se ha constatado, además, que ese 5 % resulta insuficiente para la sostenibilidad de un sistema de autofinanciación.



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Se ha utilizado con mucha frecuencia la figura de las encomiendas de gestión sin que aparezca justificado suficientemente la elección y la procedencia de esa figura. Respecto de los análisis de eficacia, eficiencia y economía, el informe
pone de manifiesto que la ORGA no ha efectuado un uso adecuado de los instrumentos previstos para realizar un seguimiento y un control de la aplicación de los principios de buena gestión.


El informe finaliza con cinco recomendaciones para subsanar las deficiencias que se ponen de manifiesto a lo largo de todo el informe. Entre las recomendaciones está que se debería concretar en los manuales de procedimientos aspectos de la
gestión tales como el plazo que dicte entre resolución firme y la liquidación a realizar al Tesoro, para evitar lo que hemos dicho antes, la acumulación de intereses, o que la ORGA cuente con su propio programa presupuestario, puesto que la
financiación prevista no se está efectuando correctamente y parece que además no financia suficientemente la ORGA.


Lo último de este bloque son los registros vinculados con la fe pública, un programa, el 113.M, del Ministerio de Justicia. Este informe también lo fue a iniciativa del tribunal, y la finalidad básica de este programa 113.M, que son los
registros vinculados con fe pública, es estudiar, proponer y aplicar la política del Ministerio de Justicia en relación con las cuestiones inherentes a la fe pública notarial y las de naturaleza registral en las materias de Registro Civil, Registro
de la Propiedad, Registro de Bienes Muebles y Mercantiles, Registro de Actos de Última Voluntad, Registro de Contratos de Cobertura de Fallecimiento. El programa comprende también la planificación y organización de los registros civiles y la
tramitación de los expedientes de petición de nacionalidad y de cambio de nombres y apellidos. El ámbito subjetivo ha sido esta propia Dirección General de Registros y Notariado, que es el órgano encargado de la ejecución de este programa. El
ámbito objetivo ha comprendido la gestión de dos de las principales competencias de la Dirección General de Registros, como son la tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia y el proceso de reforma del Registro Civil. El ámbito
temporal ha sido 2017, en lo referido a la fiscalización de la regularidad de la gestión presupuestaria. Para la eficacia y eficiencia se han analizado desde los años 2010 al 2018. Las principales conclusiones del informe son que, en relación con
la liquidación del presupuesto del programa, que son 30 millones y medio de euros, se reconocieron obligaciones por importe de 27, lo que representa un porcentaje de ejecución del 90 %. El mayor gasto está en personal, en inversiones reales. En
materia de recursos humanos, el informe hace referencia a varios colectivos de notarios y registradores, que realizan determinadas funciones en la dirección general, sin percibir retribuciones con cargo al programa. Y respecto a la gestión de los
gastos corrientes, se destaca la insuficiencia de los créditos previstos para la adquisición de material para los registros civiles, así como el presupuesto destinado al pago de costas judiciales.


En relación con uno de los aspectos fundamentales, que es la gestión de las solicitudes de nacionalidad por residencia, el informe destaca que, a 31 de diciembre de 2018, había en la Dirección General de Registros un total de 355 548
expedientes de resolución pendientes. El 31 % de ellos correspondía a expedientes de procedimiento antiguo -esto es aplicable a las solicitudes hechas con anterioridad al 15 de octubre de 2015- y el 69 % al nuevo procedimiento desde esa fecha. En
el año 2012, el Ministerio de Justicia elaboró un plan intensivo para la puesta al día, cuya parte fundamental fue el encargo al Colegio de Registradores de la Propiedad, mediante encomiendas de gestión, de la tramitación de las solicitudes de
nacionalidad. Entre 2012 y 2019 se suscribieron cinco encomiendas de gestión, que afectaban en conjunto a un millón de expedientes. Tras la firma de estas encomiendas, la tramitación de la mayor parte de los expedientes del procedimiento antiguo,
el anterior al 2015, se realizaba por el Colegio de Registradores y la gestión de los expedientes del nuevo se hacía en la Dirección General de los Registros y del Notariado. La primera encomienda no tuvo coste para el ministerio y las otras cuatro
supusieron un coste de 9 millones y medio. Respecto al control interno sobre la gestión de estos expedientes, se ha comprobado que la Dirección General de Registros carece de un registro completo y fiable de las solicitudes de nacionalidad que le
corresponde gestionar. Y, respecto a la eficacia de la gestión de los expedientes, se analiza sobre los expedientes registrados entre 2010 y 2018 el cumplimiento de los objetivos de resolución en plazo y de puesta al día. En cuanto a la resolución
en plazo, el porcentaje de los expedientes de procedimiento antiguo resueltos fue del 29 % y, en cuanto a los del procedimiento nuevo, el escasísimo porcentaje de resueltos a finales de 2018 llevó a concluir que cuando finalmente se resolvieran los
expedientes pendientes, prácticamente el 100 % lo habrían sido fuera de plazo.



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En relación con el otro tema fundamental de la puesta al día de la tramitación de las solicitudes de nacionalidad, se destaca que para los expedientes de procedimiento antiguo la eficacia más alta correspondía a 2013, cuando las resoluciones
duplicaron las solicitudes, que coincidió con la tramitación por el Colegio Oficial de Registradores, aunque hubo algunas situaciones diferentes hasta entonces, como el incremento considerable de las propuestas denegatorias y de los recursos de
reposición interpuestos. En cuanto a la eficacia de los expedientes de procedimiento nuevo, fue prácticamente nula, quedando sin resolver al final del período 2018 el 99,5 % de las solicitudes presentadas. El pendiente acumulado al final de cada
ejercicio había bajado un 26 % sobre 2010 y, a finales del 2018, superior a un 10 % respecto al inicio del período. En cuanto a los recursos presentados contra resoluciones denegatorias, se indica que de los 3281 presentados, el 81 % correspondía a
denegaciones por silencio. La estimación de los recursos contenciosos conlleva, en numerosos casos, la condena en costas a la Administración, habiéndose abonado en 2017 por ese concepto 661 000 euros. Respecto a una nueva tasa que se estableció
para las solicitudes de nacionalidad por importe de 100 euros, y que no existía en el procedimiento anterior, el incumplimiento del principio de equivalencia es evidente y además de los ingresos percibidos por tal concepto se deduce que no han
repercutido en la mejora de la gestión de los expedientes a los que corresponde.


En cuanto al análisis del proceso de reforma del Registro Civil, que venía siendo algo sin terminar sucesivamente y que se iba reiterando, tenemos que decir que hoy -no a la fecha de terminación del informe, pero hoy- está puesto en
funcionamiento el nuevo modelo organizativo y de funcionamiento. Las principales recomendaciones están dirigidas al Ministerio de Justicia para la elaboración y aprobación de un plan definitivo para la puesta al día de la gestión de los expedientes
de nacionalidad por residencia.


Aquí termino, porque la otra era que se le diera impulso a la reforma del Registro, pero esa ya está hecha, está terminada.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora presidenta.


A continuación, por tiempo de cinco minutos, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, la señora Maestro.


La señora MAESTRO MOLINER: Muchas gracias, presidente.


Muchas gracias, presidenta, porque, desde luego, estos temas más áridos es difícil sintetizarlos tanto y esa parte entiendo que todas sus señorías, al menos en lo que a mí respecta, se lo agradecen.


En este sentido, me centraré únicamente en el informe relativo a todo lo que son las confesiones religiosas, y muy particularmente por el agravio comparativo, escandaloso, que entiendo que supone no solo respecto al resto de informes, sino
respecto al resto de requisitos de fiscalizaciones. Por supuesto, no es ningún secreto que por parte de nuestro grupo, con un posicionamiento profundamente laicista, la primera apuesta sería romper con esos acuerdos con la Santa Sede, pero yendo a
un posicionamiento actual y una valoración que tenemos, sí que resulta profundamente escandaloso todo el tema que se ha comentado respecto a los remanentes y al superávit. Resulta escandaloso que no exista una regulación específica respecto al
destino del superávit, que no exista información suficiente, pero muy particularmente el destino que se puede hacer del mismo, como ya ha comentado, respecto a algunas reservas del propio Tribunal de Cuentas y, en este sentido, únicamente, le
preguntaría qué opinión le merece que, pese a estas reservas o advertencias del Tribunal de Cuentas, la Iglesia católica siga registrando superávit y destinando parte a financiar una empresa privada de comunicación. Todo ello, considerando que se
trata de recursos públicos, que se trata de impuestos pagados por absolutamente toda la ciudadanía, y con esta situación sí que entiendo necesario que pueda trasladarme su opinión.


Únicamente, para terminar, también quiero referenciar que algunas de sus señorías tratan de interpelar algunos de sus pronunciamientos que se hayan podido hacer. Yo no invocaré el Reglamento, en absoluto, pero sí que les rogaría, al menos,
que trataran de ocultar lo poco que se cree en la división de poderes, para que el resto podamos seguir trabajando en el ámbito parlamentario y legislativo que nos corresponde.


Sin más, le agradezco muchísimo todo su trabajo y toda su explicación.


Gracias.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra el señor Aizcorbe.


El señor AIZCORBE TORRA: Muchas gracias, señor presidente.


Muchísimas gracias, señora presidenta, una vez más, por su asistencia a esta comparecencia.


Alguien decía que no tenía miedo a las dificultades, sino a la capacidad de elegir y a ver si tenía la capacidad de elegir bien, eso ya es distinto, pero con la intervención de mi compañera que me ha precedido, ya he elegido. He elegido,
efectivamente, sobre el tercero de los informes, alguna de las cuestiones que se han comentado. Sirva, como muy bien ha aclarado, y espero que no sea en concepto de non petita, que el informe del Tribunal de Cuentas que nos ocupa, este, tiene como
objetivo la fiscalización de las actuaciones realizadas por la Administración General del Estado. Por tanto, se trata de un informe de fiscalización del Estado y no de la Iglesia, como muy bien ha manifestado.


Por otro lado, quiero hacer una serie de manifestaciones y preguntas o evidencias notorias, como notoria creo que ha sido la disposición y disponibilidad de diálogo por parte de la Iglesia católica española para mejorar los sistemas de
comunicación con la sociedad, siempre en el marco de lo previsto en el artículo 6 del Acuerdo sobre asuntos económicos con la Santa Sede; y en esa relación con la Santa Sede el Gobierno español proceder de común acuerdo con la resolución de las
dudas y dificultades que puedan existir sobre la actividad de la Iglesia o la interpretación o aplicación de cualquier cláusula del presente acuerdo con la Santa Sede, todavía en vigor. La Conferencia Episcopal, como también ha manifestado usted,
ha presentado anualmente, desde 1980, la memoria justificativa prevista en dichos acuerdos entre la Iglesia y el Estado, y yo quisiera preguntarle si tiene usted conocimiento de si, en algún momento, no se ha atendido a todas o a alguna de las
peticiones de aclaración que se le haya hecho a la Iglesia durante estos cuarenta y dos años. Efectivamente, desde la entrada en vigor del nuevo sistema de la asignación tributaria, en el año 2007, la Iglesia católica adoptó el formato de memoria a
los requerimientos verbales acordados con el Estado, poniendo de manifiesto la labor que realiza en favor de la sociedad. Incluso dicha memoria se somete a un proceso de verificación por una auditora internacional, se presenta públicamente y su
resumen está a disposición de todos en el Portal de Transparencia de la Conferencia Episcopal. La pregunta sería si tiene constancia de si se ha realizado en estos años alguna petición adicional de información por parte de los distintos Gobiernos,
por parte del Estado de España, de dicha memoria. Es evidente que la Iglesia española, que son 70 diócesis y 24 000 parroquias, es la única Conferencia Episcopal en el mundo, según tengo noticias, que informa de todo el dinero que recibe, incluso
consolida todas las cuentas que recibe por un concepto o por otro concepto, pero el alcance de la recomendación 7.2 que aparece en el informe sugiere alguna duda en la línea que se ha manifestado, y es que se propone la posibilidad de poder ver la
delimitación de los tipos de necesidades de la Iglesia con la asignación que reciben, el tratamiento que debe darse a los eventuales superávits o déficits que resulten de la correspondiente liquidación.


Es evidente que el dinero asignado por los contribuyentes en el impuesto sobre la renta, en el IRPF, es destinado, según lo previsto en el acuerdo, al sostenimiento de la Iglesia y al cumplimiento de sus fines; esto es, al mantenimiento del
culto, sostenimiento del clero, ejercicio del apostolado y de la caridad y, en este contexto, corresponde única y exclusivamente a la Iglesia decidir el destino concreto de sus recursos, siempre respetando, por supuesto, los fines indicados y
atendiendo al principio de libertad religiosa. Es lo único que nos ha puesto en sobre aviso, porque la presidenta ha aclarado muy bien al principio que era una fiscalización no de la Iglesia, sino de la parte del Estado, y que, viendo la actual
memoria de las actividades de la Iglesia, además, entendemos que explicar lo recibido y el reparto concreto realiza un repaso continuamente a los principales campos de actuación, esto es, el celebrativo, el pastoral, el misionero, el educativo, el
cultural, asistencial, con una importante aportación de la sociedad, cifrada en decenas de miles de millones de euros, insistimos, en beneficio de la sociedad. Sobre los otros informes, también habría muchas cosas que decidir. Asombra, quizá, la
falta de control de algunos de los inmuebles, que no los tengamos catalogados y que no resolvamos algunos de los contratos, no para perjuicio o beneficio de nadie, sino para aclaración de todo el mundo. Y, sobre la fiscalización del análisis de
impacto normativo de los ministerios, es interesantísimo y habría mucho que hablar, entre otras cosas, si se hace impacto sobre unas cosas y otras no, sobre la base de una de las recomendaciones, concretamente la recomendación segunda, que se
recomienda al Gobierno que revise la normativa relativa al análisis de



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impacto sobre la familia, la infancia y la adolescencia, a fin de si ese análisis debe ser incluido en las memorias desarrolladas. Son tantos informes que no da tiempo a más.


Muchísimas gracias, de nuevo. Reitero la felicitación por el gran trabajo desarrollado al Tribunal de Cuentas y gracias a su presidenta. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Fernández.


La señora FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Muchas gracias, señor presidente, también, por el aire acondicionado, que nos mata, desde luego.


Vamos a tratar de hacer una intervención sistemática, lo cual no es un reto fácil, porque la amalgama de informes que se nos someten a consideración, siete en su totalidad, sin presentar ningún denominador común, créame si le digo que hace
francamente ingrata la labor y la misión que nuestro grupo parlamentario creemos que debemos realizar en el seno de la Comisión Mixta del Tribunal de Cuentas. Por tanto, no podemos por menos que hacer una selección, seguramente injusta y no
acertada, porque todos los informes, señora presidenta, presentan para nosotros interés, pero hay algunos que presentan un interés, desde el punto de vista de fiscalización, mayor que otros.


Quería hacer alguna referencia muy breve a la fiscalización de confesiones religiosas, donde, efectivamente, la fiscalización, y creo que se ha puesto de manifiesto, se hace al Gobierno. La memoria que, desde nuestro punto de vista,
presenta la Iglesia católica para justificar todos aquellos ingresos consecuencia del Concordato firmado en enero de 1979, nos parece que justifica sobrada y adecuadamente, con un gran alarde de transparencia en los últimos tiempos, todas aquellas
misiones que desde el punto de vista de la Iglesia constituyen sus fines.


Señora presidenta, vamos a poner nuestro especial acento en la fiscalización de los fondos mineros y, especialmente, del denominado geriátrico de Felechosa en Asturias. ¿Y por qué vamos a poner el acento en esta cuestión? Básicamente, por
varias razones. En primer término, porque el Grupo Parlamentario Popular creemos que estamos sobradamente legitimados para realizar afirmaciones y observaciones en la fiscalización de fondos mineros, que fue justamente un Gobierno del Partido
Popular quien impulsó. Los denominados fondos mineros nacieron con la necesidad de dar alternativa a aquellas comarcas mineras en el conjunto de España deprimidas, consecuencia de los cierres, y para dar alternativas de empleo diferentes a la
extracción minera. Desgraciadamente, y tengo que decirlo, se demuestra que lo que se dice muchas veces de que, cuando hay dinero, hay siempre soluciones, no es verdad. Aquí se pone de manifiesto que los fondos mineros tuvieron una amplísima
dotación presupuestaria y que el impacto en la creación de empleo no ha resultado, desde luego, desde nuestro punto de vista, todo lo que sería necesario, más en ocasiones como en la construcción del geriátrico de Felechosa, sobre el que le voy a
formular algunas preguntas, señora presidenta, y voy a tratar de demostrar que se ha vulnerado la ley. Se ha vulnerado la ley en varias ocasiones. Se ha vulnerado la ley porque empezaron los trabajos de construcción y de diseño del geriátrico
cuando estaba imposibilitado por el real decreto regulador, porque el real decreto regulador se modificó con posterioridad al inicio de los trabajos, y eso es una vulneración flagrante de la legislación en la materia, porque se hizo la construcción
sin tener licencia, porque se hizo la construcción en terreno agropecuario, exigiéndose un plan parcial que no se realizó y no se tramitó hasta año y pico después de realizados los trabajos, porque los servicios técnicos del Ayuntamiento de Aller
instaron a la paralización de los trabajos y fueron desoídos, porque el estudio de mercado que se hizo, y hay uno muy cerca -aquí, creo, que hay alguno de sus señorías que es asturiano-, costó, a la vez que se estaba realizando la construcción del
de Felechosa, 5 millones de euros, y este se pretendió que costase 30 millones de euros; porque, a la sazón, el Montepío de la Minería, que tiene un origen muy loable y muy limpio, demostró, en esta ocasión, que no estuvo a la altura de las
consecuencias. ¿Y por qué se hicieron estos trabajos? ¿Por qué se hicieron sin tener amparo de la legislación vigente? Es algo que alguien nos tendrá que contestar. Desde luego, nosotros no tenemos la respuesta a por qué se iniciaron unos
trabajos vulnerando la legislación vigente. ¿Por qué se hizo un cien por cien de subcontratación por parte de una empresa que constituyó el Montepío de la Minería? Tampoco tenemos ninguna respuesta -el cien por cien de subcontratación, el cien por
cien-. Esto es lo que queremos que nos aclare, lo más sucintamente posible, la presidenta del Tribunal de Cuentas, después de los magníficos trabajos que se hicieron, desde nuestro punto de vista, por parte del Tribunal de Cuentas, donde se pone de
manifiesto que no tenían la titularidad de los terrenos, que se hizo sin licencia, que se hizo al margen



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de la legalidad vigente, que los estudios de mercado demuestran que se hicieron construcciones similares y cercanas por 5 millones de euros y que esto intentaron que sobrepasasen los 30 millones de euros; queremos saber en la actualidad qué
procedimientos de reintegro están en marcha por parte del Tribunal de Cuentas -voy a tratar de concluir, señor presidente, pero le pediría también unos minutos de generosidad-. En la actualidad desconocemos los procedimientos por reintegro que
están en marcha, solicitando que determinadas cantidades que se han utilizado indebidamente y que se han imputado indebidamente, duplicidad de facturas..., queremos saber, por el prestigio, desde luego, no solamente de los fondos mineros, sino por
el que merece el propio Tribunal de Cuentas, en qué situación se encuentran en la actualidad esos procedimientos de reintegro tan necesarios. El informe que hace el Tribunal de Cuentas -y voy concluyendo, señor presidente- es demoledor -es
demoledor- cuando se hace el estudio de mercado, porque se cuantifica en más de un 1 700 000 euros por encima -por encima-, conforme a los estudios de mercado que realiza el propio Tribunal de Cuentas. Claro, a la sazón, hubo una regularización
fiscal, la del señor don José Ángel Fernández Villa, líder del sindicato minero en Asturias. Las casualidades, en el tiempo, hay algunos que dicen que no existen, yo simplemente las pongo de manifiesto -simplemente las pongo de manifiesto-.
Realmente, esa regularización fiscal, que el Partido Socialista muchas veces dice que se puso en marcha por el señor Montoro -curiosamente, dicen, para los amigos del Partido Popular-, no, no, no, el señor don José Ángel Fernández Villa se acogió a
una regularización fiscal porque tenía más dinero del que podía justificar, y para evitar el delito fiscal hizo esta regularización. Por tanto, en relación con todas esas cuestiones, señorías, que en Asturias han supuesto un auténtico escándalo,
que ahora mismo están en un procedimiento penal, el denominado caso Hulla, desde luego no solamente por haber formado parte de un órgano de control externo, sino también por la relación que tengo siempre, en mi condición de parlamentaria, con la
Comisión Mixta del Tribunal de Cuentas, pediría a la presidenta que acotase las respuestas referidas a este escándalo de construcción del geriátrico de Felechosa.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Fernández.


Este presidente ha sido generoso en tres minutos. Y quiero recordarle que el orden del día no lo fija la presidenta del Tribunal de Cuentas, no es ella quien fija el orden del día; ni yo tengo el control del aire acondicionado desde aquí.


Tiene la palabra el señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Gracias, presidente.


Gracias, presidenta del tribunal, y agradezco también a todos los empleados y empleadas públicas del Tribunal de Cuentas su gran trabajo.


Voy a hacer un previo para decirle a la portavoz del Grupo Popular que no sé cómo se le ocurre sacar pecho cuando habla de los recursos en los planes mineros, cuando hemos tenido a un ministro, el señor Soria, que ha sido lo más incompetente
y lo peor para todas las comarcas mineras y su desarrollo. Y, si no, que se lo expliquen a la multitud de ayuntamientos con convenios firmados, teóricamente para ser ejecutados, con inversiones ya realizadas, que suspendió radicalmente el señor
Soria y que están en procedimientos judiciales, dándole la razón a estos ayuntamientos. No pueden ustedes sacar pecho porque, desde luego, la gestión más nefasta de los fondos mineros ha sido del Partido Popular y del ministro Soria. ¡No sé cómo
se le ocurre a usted!


Otro expediente que viene, que tiene la atención de la gran mayoría de los portavoces, es en relación con algo que creo que no han entendido bien: el objeto de esta fiscalización de confesiones religiosas es atender a lo que dice el
artículo 16.3 de la Constitución española, que nos dice que los poderes públicos cooperarán con las distintas confesiones religiosas. Este informe de fiscalización es sobre de qué forma coopera un poder público, que es la Administración del Estado,
con las confesiones religiosas; y este es el objeto de este expediente. Tengo que decir que este expediente de fiscalización es un hito histórico en este país, y que nos costó muchísimo trabajo, señorías -los que son viejos ya en el Congreso lo
saben perfectamente-, nos costó muchísimo trabajo. Le costó al mismo Tribunal de Cuentas, hubo propuestas de 2016 rechazadas por miembros del propio Tribunal de Cuentas. En esta Comisión mixta el Grupo Socialista también trajo que, evidentemente,
se fiscalizase la cooperación con confesiones religiosas, porque no puede haber ni un céntimo de recursos públicos que no sea objeto del principio universal de fiscalización del propio Tribunal de Cuentas. Por tanto, nos costó mucho trabajo, lo
hemos conseguido y ha sido a voluntad del propio tribunal, que lo incluyó en el plan de 2018, con datos de 2016 y 2017. Por



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tanto, felicito al Tribunal de Cuentas y espero que continúe fiscalizando este objeto, porque son recursos públicos.


Una de las principales líneas de fiscalización es la asignación tributaria, y la asignación tributaria la tiene solamente la Iglesia católica. Tampoco han entendido ustedes algunas de las cosas que han dicho: es el acuerdo, y no el
concordato, el concordato es de 1958 -leamos y entendamos-; hay un acuerdo de financiación de 1979 que es, justamente, el que asigna unos recursos tributarios a la Iglesia, y tengo que decirlo, con carácter transitorio para garantizar su
suficiencia financiera, porque veníamos de la etapa negra, donde había una confesión única y estatal que era la Iglesia católica, entramos con la democracia a un país laico, donde no hay ninguna confesión estatal. Por tanto, obedece la asignación
tributaria, el 0,7 que se incorpora con el canje de datos de 2006, y la Iglesia es la única beneficiaria del 0,7. ¿Cuáles son los resultados que establece el propio informe de fiscalización? En los últimos cinco años fiscalizados, 2013-2017, la
Iglesia católica recibe 1274 millones de euros, una media de 255 millones al año, y ha ido en aumento, porque en los últimos datos de 2020 asciende ya a 298 millones de euros, la famosa equis en el impuesto sobre la renta.


¿Cuáles son los gastos? Lo dice el propio Tribunal de Cuentas, extraído de la memoria que publica la Iglesia: 200 millones aproximadamente en gastos de las diócesis, 16 millones para la Seguridad Social de los clérigos, 6 millones para
Cáritas Diocesana, 4 millones de euros para reparación y rehabilitación de templos y 2 millones de euros para los salarios de los señores obispos. Esos son los gastos. A mí no me preocupan los gastos, porque no hay una limitación, no está
establecido en el acuerdo de 1979 a qué gastos va, simplemente es a garantizar el funcionamiento de la Iglesia católica, a mí me preocupa la cuenta de restar a los ingresos los gastos, y la cuenta de restar significa que en 2016 hay un superávit de
19 millones, que en 2017 hay un superávit de 16 millones y que en 2020 hay un superávit de 32 millones. Eso ya me preocupa más. Yo no sé si eso es posible. La pregunta que hago al Tribunal de Cuentas es si es posible que una asignación
tributaria, para garantizar la suficiencia de la Iglesia católica, pueda tener superávit. Me preocupa, de ahí la pregunta.


Pero es que me preocupa otra cuestión, y es qué hace con ese superávit la Iglesia católica, pues los datos están bien, están en el informe del Tribunal de Cuentas. La mitad de prácticamente todo el superávit acumulado de la Iglesia
católica, los remanentes de la Iglesia católica - aporto datos de cinco años, hasta 2020- son 84 millones de euros. Pues bien, la mitad, prácticamente 36 millones, se los ha llevado TRECE TV, una sociedad mercantil. Yo le hago la siguiente
pregunta a la señora presidenta del Tribunal de Cuentas. ¿Esto cumple con la normativa europea de ayudas públicas a empresas y a sociedades mercantiles? Me gustaría saber su opinión. El resto, que es la otra mitad, aproximadamente 44 millones de
euros, va a un fondo de reserva. El Estado tiene suficientes necesidades como para que la Iglesia constituya un fondo de reserva con el dinero de la asignación del 0,7 %. Estoy seguro de que a ninguno de ustedes le parece bien. A ninguno de
ustedes. Tendremos que hacer algún cambio, porque eso es impropio. La Iglesia no puede tener superávit y el Estado tener un déficit permanente.


Segunda cuestión, los beneficios fiscales. Hace solamente mención a un impuesto, al impuesto de sociedades, y, además, el propio informe del Tribunal de Cuentas dice que ni la mitad de los que tenían que haber presentado el informe el
impuesto de sociedades lo han presentado, es decir, de setenta diócesis hay cuarenta y siete que no lo presentan. ¿Eso qué significa? Que la Agencia Tributaria tendrá que actuar, evidentemente. Si tiene una obligación por la Ley de Mecenazgo, es
impropio que no presenten la declaración del impuesto de sociedades. Y habla de los beneficios fiscales que tienen las que lo han presentado: 118 millones de euros. Todos sabemos que los beneficios fiscales, principalmente de la Iglesia, pero
también del resto de confesiones, no se corresponden con esa cuantía. Todos sabemos que las bonificaciones y los beneficios fiscales, principalmente de la Iglesia católica, vienen del IBI, del IAE...


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: ..., del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados -concluyo-, del IVA, del impuesto sobre sociedades. Le traslado mi inquietud a la propia presidenta: ¿no podría hacerse una
valoración global de cuáles son los beneficios fiscales en todas las administraciones públicas y en todos los tributos de las distintas administraciones públicas para cuantificar



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con precisión esos beneficios fiscales? Porque pueden ser no de cientos de millones, sino de miles de millones.


Agradezco la labor del propio tribunal. Creo que este es un primer paso para ir avanzando en aras de la transparencia de las cuentas públicas.


Gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Hurtado.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, señores portavoces.


Voy a comenzar por el informe que ha suscitado más interés, que es el informe de las obligaciones de la Administración General del Estado con respecto a la financiación de la Iglesia. Lo cierto es que no tendría que ser para nada un motivo
de debate que el Tribunal de Cuentas quiera y deba conocer el dinero público que se utiliza para cualquiera de los fines. Ese es el objetivo de esta y de todas las fiscalizaciones. He dicho al principio, y lo repito, que la Iglesia, por ser un
organismo privado, no está sujeto a la fiscalización del Tribunal de Cuentas y, por tanto, no entramos en ninguno de los otros sistemas de allegar recursos que tiene la Iglesia, solamente en los recursos que son públicos, tanto por ingresos como por
gastos. Esa es la razón de que hiciéramos esta fiscalización, y nunca entendí por qué había dificultad para abordarla. Una vez hecha, lo que se pone de manifiesto, y habiendo enfocado hacia donde nosotros podemos enfocar, a las administraciones
públicas, lo cierto es que hay una cantidad de dinero que anualmente se asigna, por mor del impuesto de la renta, a la Iglesia católica y que el Estado ahí tiene ahí unas obligaciones, además por mor de los acuerdos que ha suscrito con la Santa
Sede. El acuerdo con la Iglesia compromete al Estado a ayudar a esta a financiar sus necesidades. Y para poder evaluar el grado de cumplimiento del Estado debemos saber cuáles son esas necesidades. Eso parece que es bastante claro. ¿Qué es lo
que sucede? ¿Qué es lo que hemos visto al abordar esta fiscalización? Pues que no se ha producido nunca ninguna acción por parte de las administraciones públicas con respecto a la asignación tributaria que se pone en manos de la Iglesia católica.
La Iglesia católica hace su memoria y pone, porque no tiene por qué pensar que sí o que no -sí tiene, pero es igual-, todos los datos, y nosotros los obtenemos de las memorias, que son públicas. Nosotros a la Iglesia no le hemos pedido ni un solo
documento -repito: ni un solo documento-. Toda la información la hemos extraído de los documentos que son públicos, de las memorias de la Conferencia Episcopal, y, además, una vez que los ha remitido a la Administración general. ¿Qué es lo que se
dice por el tribunal? Si nosotros queremos cumplir fielmente el acuerdo con la Santa Sede, debemos saber qué necesidades financiamos; además, como he dicho al principio, si financiamos alguno de los conceptos que ustedes han expuesto, si con la
financiación del 0,7 hay suficiente o no hay suficiente, porque a lo mejor no hay suficiente, pero resulta que las memorias de la Iglesia hablan de superávit, cosa que no está prevista en algo que va a cubrir necesidades y que exige un cumplimiento
por parte de la Iglesia de ir atendiendo a sus necesidades con los fondos que llegan por otras vías.


Dicho eso, nosotros de la Iglesia no tenemos nada más que decir, solo que han hecho lo que se les ha permitido hacer, así de claro. A la Iglesia jamás se le ha pedido un dato, jamás se ha pedido un dato de una memoria. Por eso, en nuestras
recomendaciones lo que decíamos es: hagan ustedes un acuerdo conjunto, puesto que parece que hay disponibilidad, y definan cuáles son las necesidades, qué entra en las memorias y qué cosas no entran en las memorias. Porque, claro, ¿la memoria está
referida a la asignación tributaria? Si está referida a la asignación tributaria, a nosotros nos suscita un problema serio de compatibilidad con la comisión de competitividad de la Unión Europea el que parte de esa asignación tributaria la dedique
a sufragar las deudas de una empresa. Y lo pone la Iglesia, porque a la Iglesia no le parece mal, le parece bien, si no, no lo pondría, pero alguien debería decirle que el superávit no puede ser utilizado para eso y ese alguien tiene que ser quien
controla las memorias, y ese alguien es del Ministerio de Justicia, y los acuerdos que hace la Santa Sede, con la representación ahora, supongo, de Presidencia del Gobierno.


En definitiva, nosotros solamente decimos que la Iglesia desde el año ochenta hace sus memorias y que lo pone, no sé si todo o parte, pero hace un reflejo de los gastos y de los ingresos. Les voy a decir una cosa: si algún medio privado
hubiera recurrido esa aportación a una empresa pública, seguramente tendríamos algún pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. Eso, por ejemplo nosotros, no lo podríamos recurrir y ustedes supongo que tampoco, tendría
que ser alguien que se sintiera



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dañado en su propia competencia, porque hay una ayuda del Estado que se otorga a un medio en general. Todas nuestras observaciones, todas nuestras recomendaciones, van dirigidas a la Administración General del Estado, y es precisamente
porque nosotros no hemos podido preguntar qué pagan con esto. Nadie les ha preguntado nunca: ¿con esto ustedes qué pagan?, ¿pagan las diócesis, el gasto de las diócesis, el gasto de personal, los mantenimientos...? No lo sabemos. ¿Por qué?
Porque en ningún sitio se ha determinado que esto sea así. ¿Qué es lo que decimos? Pues que pongan en un papel cuáles son las necesidades a cubrir. ¿Que no les llega para cubrir las necesidades y que el Gobierno está obligado a dar recursos para
que ustedes cumplan con sus funciones? Bueno, pues hablemos del defecto, pero vamos a organizarlo. Ese es dinero público que, hoy por hoy, no está controlado. Yo le diré que no hemos llegado, que no hemos podido llegar. Alguien de ustedes ha
dicho que está todo consolidado. Por datos que nosotros tenemos incluso en las memorias, les diré que difícilmente, y también les diré que hay diócesis, como decía uno de mis colaboradores, que funcionan igual de bien que un departamento de
contabilidad de una multinacional, por lo bien que llevan los gastos. O sea, que esto es como en todas las cosas, lo único que pasa es que no tenemos sistemas de control. Por tanto, lo único que pedimos son sistemas de control, como hacemos con
cualquier dinero público, que establezcan sistemas de control, y ya está. Mientras que la ley sea la que es, tiene que ser así; cuando la ley no sea así, ya hablaremos, pero mientras que la ley sea así, lo que tenemos que hacer es organizar el
tráfico de personajes de cara al dinero público. Y digo dinero público porque es dinero que se detrae de los ingresos del Estado -eso también fue un motivo de discusión-, por eso tenemos la obligación de procurar mejorar la gestión de este dinero
público, como todos lo intentamos, y en todos encontramos muchas deficiencias. Para eso está aquí el Tribunal de Cuentas, para poner esas deficiencias encima de un papel e intentar que se mejoren las gestiones.


Esta ha sido nuestra intención con ese informe, y esto ha sido lo que hemos recomendado. Nada a la Iglesia católica, porque no la hemos fiscalizado, todo al Ministerio de Justicia y al Gobierno. Quiero que esto les quede claro y, primero,
a la Iglesia católica, porque se sintió en algún momento fiscalizada. Yo le dije a la persona que se sintió fiscalizada que yo no le pedí ni medio papel y que si se enteraba por una carta de lo que se está haciendo era para que no viera en el
periódico que el Estado no está controlando o que está controlando y que no supiera nada. Yo les comunico que estamos haciendo una fiscalización de la que pueden verse afectados. Pero ni una sola comunicación hemos tenido con la Conferencia
Episcopal a esos efectos, o sea, que estén tranquilos, porque no nos hemos salido ni un ápice de las atribuciones que le corresponden al Tribunal de Cuentas.


Yo no sé si queda algún tema más que tratar en relación con esto. Efectivamente, los temas de ingresos también nos interesan, lo único que pasa es que había habido una previa fiscalización sobre beneficios fiscales y entonces se entendió
que parte correspondía con el contenido de este informe y no se incluyó en el mismo. Hemos de volver a hacer una mucho más horizontal, y no solamente de la Iglesia, sino de beneficios fiscales de todos los organismos sometidos, por ejemplo, a la
Ley de Mecenazgo. A lo mejor tienen que estar, a lo mejor está muy bien y a lo mejor tienen ustedes que pensar si eso hay que modificarlo o no. Nosotros lo único que haremos será ponerlo encima de la mesa a través de un informe.


Con respecto a SEPIDES, efectivamente, el informe es bastante malo, incluso hay actuaciones previas pedidas por la Fiscalía. Les digo, como el otro día, que no hago más hincapié, porque algunas se archivan y, por tanto, no es lógico que
públicamente se ponga de manifiesto, si después se archivan. Y con esto voy a contestar a la señora Fernández. Le diré que hay diecinueve expedientes iniciados con respecto al informe de la minería. Un par de ellas creo que están archivadas y el
resto está en trámite. Y, después, hay tres peticiones de responsabilidad penal por parte del fiscal del tribunal. Lo que ya no sabemos es a lo que llegue después cada actuación.


Creo que no me he dejado ninguna pregunta y, por tanto, podemos pasar a otro bloque más. Por cierto, hablando de los bloques, es verdad que los bloques no los trae la presidenta, simplemente responde. Es muy difícil encontrar un bloque
homogéneo. Es decir, si hacemos once o doce fiscalizaciones, encontrar bloques homogéneos es muy difícil. Pero, vamos, les insto a que cojan todo lo pendiente y busquen bloques homogéneos a los miembros de la Mesa. Nosotros venimos con el encargo
de la Cámara de hablar de lo que nos piden, y eso intentamos hacer.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.



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BLOQUE-III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LOS AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE POBLACIÓN SUPERIOR A 500 000 HABITANTES, EJERCICIO 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000103 y número de expediente
del Senado 771/000102).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL COSTE PARA CRTVE DE LAS MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL ADOPTADAS A CONSECUENCIA DE LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 4/2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000069 y número de
expediente del Senado 771/000075).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE INDEMNIZACIONES RECIBIDAS POR CESE DE ALTOS CARGOS Y DEL RÉGIMEN RETRIBUTIVO DE ALTOS DIRECTIVOS DE DETERMINADAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL, EJERCICIO 2019.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000108 y número de expediente del Senado 771/000109).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS DE LAS EMPRESAS ESTATALES NO FINANCIERAS DEL GRUPO PATRIMONIO, EJERCICIOS 2016 Y 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000115 y número de expediente del Senado
771/000115).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al bloque III. Informe de fiscalización de las tasas y precios públicos de los ayuntamientos de municipios de población superior a 500 000 habitantes, ejercicio 2017. Informe de fiscalización del coste para
CRTVE de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la aplicación del Real Decreto Ley 4/2018. Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y el
régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicio 2019. Informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio, ejercicios 2016 y
2017.


Tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Comencemos con las tasas de los ayuntamientos con población superior a 500 000 habitantes. Son seis ayuntamientos los que hemos fiscalizado, Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza y Málaga, y adicionalmente las tasas y precios
públicos que se gestionaban por entidades supramunicipales se han incluido también en este ámbito, así como el área metropolitana de Barcelona, la Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos de Valencia y la Mancomunidad de los Alcores,
que ya la vimos en una fiscalización anterior. El ámbito objetivo lo han constituido la figura de las tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local por empresas explotadoras de suministros y servicios de
telefonía móvil, las tasas y precios públicos por los servicios de gestión de residuos sólidos urbanos y las tasas relacionadas con la movilidad urbana.


Lo más importante en la fiscalización ha sido comprobar el cumplimiento del principio de equivalencia en la exigencia de las tasas y que los precios cubran, como mínimo, el coste efectivo de los servicios que determine su exacción;
verificar el registro contable y presupuestario; evaluar los sistemas de información y los procedimientos de gestión, y la gestión recaudatoria. Las principales conclusiones las hemos estructurado en subapartados, porque se corresponden bastante
en todos los ayuntamientos objeto de análisis. Hay una primera limitación, que está motivada por la ausencia de una contabilidad analítica de todas las entidades fiscalizadas, salvo del Ayuntamiento de Barcelona, lo que nos ha impedido determinar
el coste efectivo de los servicios que dan lugar a la exacción de tasas para poder verificar el cumplimiento del principio de equivalencia. En todo caso, al no tener este dato, se han estudiado los análisis sobre los informes técnico-económicos o
financieros elaborados para su establecimiento. Las diferencias que hay en cada uno de los costes que se han estudiado entre las distintas fuentes que se han analizado han impedido acreditar que las tasas cumplían con el principio de equivalencia.


En cuanto al cumplimiento de la normativa en el establecimiento y la gestión de las tasas, hay que decir que todos los plenos correspondientes aprobaron las ordenanzas de las tasas y de los precios públicos y que en las ordenanzas fiscales
de la tasa por estacionamiento de vehículos del Ayuntamiento



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de Valencia y la de retirada de vehículos por la vía pública del Ayuntamiento de Zaragoza no se regulaba el devengo, que es elemento esencial del tributo, ni tampoco el régimen de ingreso, mientras que en las tasas de recogida y tratamiento
de residuos sólidos de Málaga lo que no se regulaba era el periodo impositivo. Antes de la aprobación, los órganos especializados para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas deben emitir, en el caso de imposición de tasas, sus
dictámenes sobre los proyectos de ordenanzas fiscales. En el Ayuntamiento de Madrid, con la ley de capitalidad, dejó de ser obligatorio y en el Ayuntamiento de Zaragoza no está constituida la junta municipal de reclamaciones.


En cuanto al registro contable y presupuestario, en Sevilla y Zaragoza los ingresos procedentes de la tasa por estacionamiento se contabilizan indebidamente como concesiones administrativas, en el capítulo del presupuesto destinado a
concesiones, no como ingresos tributarios. El de Málaga no contabilizaba ni imputaba en su presupuesto los ingresos correspondientes a las tasas por estacionamiento y retirada de vehículos de la vía pública. El registro contable lo hacía la
Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios, que está participada, fundamentalmente, por el ayuntamiento, pero esto supone que los recursos de derecho público de carácter tributario no se imputan al presupuesto de la corporación.


En cuanto a los sistemas de gestión y recaudación en relación con las empresas de telefonía móvil, la litigiosidad que tuvo esta imposición de tasas llevó al Ayuntamiento de Sevilla a que las suprimiera en 2014. Únicamente el Ayuntamiento
de Madrid liquidó un importe, que supone un 0,28 % de dicha tasa. El resto de ayuntamientos no emitieron liquidaciones relativas a esa tasa.


En relación con la gestión de residuos sólidos y urbanos, que se seguían por el padrón, en los municipios de Barcelona, Valencia, Sevilla y Zaragoza se recaudaban a través del recibo del agua, y en Valencia la gestión del cobro incluso se
llevaba a cabo por la empresa suministradora de agua, de capital privado, mayoritariamente, cuyas funciones excedían en la práctica a las propias de colaboración de la recaudación. En los ayuntamientos de Sevilla, Zaragoza y Málaga, la recaudación
de la tasa por estacionamiento de vehículos se efectuaba, precisamente, por la empresa adjudicataria del servicio, sin que quede constancia en el informe, por lo que no se ha podido acreditar que se llevara a cabo un control sobre las actuaciones
recaudatorias que realizaban las empresas que las gestionaban.


Y en cuanto a la tasa por la retirada de vehículos de la vía pública, el Ayuntamiento de Madrid presentaba un saldo de derechos pendientes de cobro por importe de 82 millones de euros y los únicos ayuntamientos que liquidaban la tasa de
retirada de vehículos en el caso de su abandono en los depósitos municipales eran Madrid y Barcelona, aunque son de difícil recaudación. En el Ayuntamiento de Zaragoza se informaba de que esta tasa no era exigible y en el de Málaga no se efectuaba
ningún control sobre los derechos de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública, considerándolos como ingresos propios de la empresa municipal. Todas las recomendaciones que se han efectuado con respecto a la gestión de estas tasas están
dirigidas a los responsables de las entidades fiscalizadas, en las que figura la realización de un seguimiento sistemático del coste efectivo de los servicios que determinan la exigencia de las tasas mediante la implantación de un sistema de
contabilidad analítica.


Paso al siguiente informe. Fiscalización del coste para Radiotelevisión Española de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la aplicación del Decreto Ley 4/2018, por el que se concreta el régimen jurídico aplicable a
la designación del Consejo de Administración de la Corporación Radiotelevisión Española y su presidente. Esta fiscalización ha sido a iniciativa de las Cortes, manifestada a través de la resolución de octubre de 2018 de esa propia Comisión mixta.
Ha tenido como objeto genérico el análisis de las decisiones adoptadas por la administradora única en materia de ceses, nombramientos, organización, creación y amortización de puestos en el colectivo integrante del personal directivo de la
Corporación RTVE. El ámbito subjetivo lo constituye la propia corporación y el ámbito objetivo la implantación de los nuevos equipos directivos de cada una de las áreas de la corporación, así como indemnizaciones derivadas del proceso, situación de
personal destituido o incompatibilidades derivadas de procesos de ajuste de plantillas. El ámbito temporal se ha extendido desde el 30 de julio de 2018 hasta diciembre de 2019. La entidad ha rendido sus cuentas. En líneas generales, la entidad ha
cumplido con la legalidad, con la normativa, en cuanto a los temas que estamos tratando. En relación con el nombramiento de la administradora provisional única, las retribuciones y el contrato están ajustados a lo previsto en la normativa, sin que
el nombramiento, comparado con la figura del presidente anterior, supusiera ningún coste para la entidad.


Respecto al estatuto jurídico del personal directivo, todos los cargos tienen el carácter de confianza y son de libre designación, sin que en su selección se haya llevado a cabo un proceso con publicidad que permitiera la libre concurrencia
de los candidatos. Así, no consta la existencia de norma interna que defina



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el perfil de estos puestos. Tampoco consta en la normativa interna la aplicación de principios de buena gestión, como mérito, capacidad o idoneidad. Sobre la composición de la plantilla, a 31 de diciembre de 2019, fecha de terminación del
análisis, el personal directivo de la corporación estaba integrado por 170 puestos, 167 efectivos y 3 vacantes; eran 7 altos directivos, 96 directores y 67 subdirectores. En lo relativo a los ceses y nombramientos, la corporación acordó el cese de
53 efectivos; en concreto, las 8 personas que ocupaban los puestos de alta dirección y 45 de los directivos distintos a los de alta dirección.


Los costes asociados a ceses, nombramientos y otras decisiones se pueden resumir de la siguiente manera. En cuanto a los ceses, el tanto alzado de los costes del personal de alta dirección ha ascendido a unos 68 000 euros, unos por falta de
preaviso, otros por indemnizaciones y alguno por complemento transitorio, y los nombramientos no han tenido incidencia en los costes de la entidad en relación con los que les antecedieron. Los costes asociados a los ceses en el personal directivo
distinto del de alta dirección han sido 316 000 euros; el coste de los ceses de personal directivo contratado a consecuencia de acciones judiciales se ha elevado a 124 000 euros, y el coste asociado a los nombramientos del personal directivo
distinto de alta dirección se ha incrementado en 14 000 euros. Todas estas cifras abarcan todo el periodo fiscalizado, no están referidas al último año. Las decisiones adoptadas para la implantación de los cuadros directivos no infringieron los
compromisos que estaban previstos en el plan de saneamiento aprobado para televisión en 2006 ni en el expediente de regulación de empleo previsto para 2007.


Las recomendaciones están dirigidas a la Corporación Radiotelevisión Española y consisten en definir con suficiente detalle las funciones y el cometido asociado a cada uno de los puestos de trabajo del personal directivo, justificar y
modificar las decisiones que supongan cambios en la estructura organizativa de la entidad y canalizar los ceses del personal directivo que supongan la extinción de la relación laboral a través de la figura del despido por causas objetivas. También
sería conveniente que se definiera la cualificación requerida para el desempeño de cada uno de los puestos de personal directivo y se recomienda que en los procesos de selección de personal directivo se apliquen los principios de buena gestión, como
mérito, capacidad e idoneidad, libre concurrencia y publicidad.


Paso al siguiente informe, que es el relativo al cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por ceses de altos cargos. Este informe corresponde al ejercicio de 2019 y se aprobó en marzo de 2021. Se ha comprobado
el cumplimiento de la normativa aplicable a los contratos de alta dirección y al reconocimiento y pago de prestaciones compensatorias que se abonaron como consecuencia del cese de altos cargos en doce entidades, que son la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la de valores, la de seguridad nuclear, la de compensación de seguros, el ICEX, el Instituto Cervantes, el ICO, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, la Red.es
y Banco de España. La fiscalización se ha extendido también al cumplimiento de la normativa aplicable de las funciones que tiene atribuidas la Oficina de Conflicto de Intereses para asegurar el régimen de incompatibilidades de estos cargos.


Los objetivos han sido comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable a los contratos de alta dirección, al reconocimiento de las prestaciones compensatorias o indemnizatorias y a las funciones de la OCI. Se ha comprobado también el
cumplimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización que se hizo en esta misma materia, referido al periodo 2012-2014, y la resolución de la Comisión Mixta, de 16 de noviembre de 2017. Los resultados en el informe están
estructurados por entidades y las conclusiones se han agrupado por materias.


Entre las conclusiones, en relación con los puestos directivos vinculados profesionalmente mediante contratos de alta dirección, en primer lugar cabe destacar que en todas las entidades fiscalizadas en las que hay directivos vinculados a las
mismas con contrato de alta dirección existe una debilidad en sus procedimientos de control interno, que consiste en que no se han elaborado instrucciones específicas relativas al proceso de tramitación de los contratos de alta dirección. Por otra
parte, no consta que se hayan adoptado medidas para garantizar el cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia en la designación de personal directivo de la Comisión de Valores, de la Comisión de la Competencia, del ICO, del Museo
Reina Sofía y de Red.es. En todas las entidades se han respetado los límites establecidos por la normativa para las retribuciones básicas y complementarias, salvo en el Instituto Cervantes y en el Museo Reina Sofía, porque se ha establecido una
retribución básica inferior a la mínima establecida por la orden que regula su importe. Salvo en Red.es, no hay existencia de una memoria justificativa sobre el complemento de los puestos de alta dirección. Al ser homogénea y muy elevada la
valoración del cumplimiento de los objetivos de todos los directivos, ya que esa valoración del cumplimiento es a los



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efectos de determinar los importes de los complementos variables, se llega fácilmente a la conclusión de que esa fijación carece de rigor porque son todas parecidas y las organizaciones no tienen nada que ver y además es contradictoria con
la propia finalidad de la naturaleza de los complementos variables.


En la Comisión Nacional de la Competencia figuraba en el periodo fiscalizado un contrato de alta dirección con el titular de la dirección de inspección, liquidaciones y compensaciones, un puesto que no estaba ni en su ley de creación ni en
su estatuto ni en su reglamento de régimen interno. El contrato fue firmado por la extinguida Comisión Nacional de la Energía y en la actualidad todavía no se ha modificado ni suscrito uno nuevo al respecto. La Ley reguladora del Museo Reina Sofía
preceptúa que el director del museo sea nombrado y separado por real decreto acordado en Consejo de Ministros. Sin embargo, la relación jurídica del museo con el actual director procede de la suscripción en 2008 de un contrato laboral de alta
dirección, que ha sido objeto de sucesivas prórrogas. En relación con las indemnizaciones de altos cargos, en 2019 solo se produjeron dos casos de extinción de la relación contractual que hayan generado el derecho a indemnización, los casos de dos
directivos del Instituto Cervantes asignados a centros en el exterior. Por su parte, en relación con la compensación económica mensual que pueden percibir los altos cargos tras su cese -el artículo 6 de la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del
alto cargo, establece que percibirán una compensación económica mensual durante un periodo máximo de dos años desde el cese cuando la normativa respectiva de la entidad reconozca tal derecho-, se ha abonado en la Comisión Nacional de la Competencia
por importe de 180 000 euros y en el Banco de España por 568 000 euros.


En cuanto a la OCI, la Oficina de Conflictos de Intereses, no tiene elaborado un manual de procedimiento. El sistema informático no permite identificar a la persona que graba los datos en los registros ni a la que supervisa dicha actuación,
lo que genera riesgo sobre la seguridad de la información. No dispone tampoco de procedimientos de control, por lo que no se han detectado algunas deficiencias en la condición de altos cargos de las entidades fiscalizadas. Se destaca que en
veintidós de los cuarenta y nueve nombramientos de altos cargos realizados entre 2017 y 2019 no consta que se haya producido la pertinente notificación del nombramiento a la OCI, a la Oficina de Conflictos, incumpliendo lo dispuesto en la normativa.
Tampoco consta que de los treinta y nueve ceses producidos en esa fecha se hayan presentado la declaración de actividades que vayan a iniciar tras el cese. Asimismo, los últimos informes remitidos por esta oficina al Gobierno en cumplimiento de la
obligación que establece el artículo 22 de la ley de altos cargos sobre el cumplimiento de las obligaciones de declarar, así como de las infracciones cometidas en materia de incompatibilidades presentan deficiencias e insuficiencias de información,
por lo que no cumplen adecuadamente la finalidad que tienen establecida.


En relación con el seguimiento de las recomendaciones del Tribunal y de la propia Comisión Mixta, debe señalarse que se consideran cumplidas o cumplidas en su parte más esencial aproximadamente la mitad de ellas. El informe finaliza con
dieciséis recomendaciones para subsanar las deficiencias observadas en el mismo dirigidas a las entidades fiscalizadas, otras cuatro a la Oficina de Intereses y tres al Gobierno. A las entidades fiscalizadas las recomiendan las mejoras del control
interno y el rigor en la fijación de objetivos, y en su evaluación a la Oficina de Conflicto de Intereses la intensificación en la verificación del cumplimiento por parte de las entidades de la obligación de comunicar los datos referentes a los
altos cargos, así como al Gobierno resolver la situación de los puestos de dirección de inspección y del director del Reina Sofía, y se reitera la recomendación de que desarrolle un régimen específico para los directores de los centros del exterior
del Instituto Cervantes.


Señores portavoces, la última corresponde al informe de fiscalización del área de recursos humanos de las empresas estatales no financieras del Grupo Patrimonio del ejercicio 2016 y 2017. El ámbito subjetivo incluye dieciséis empresas
estatales, exceptuadas las sociedades de crédito y seguros que integran el Grupo Patrimonio. En los ejercicios 2016 y 2017 estas dieciséis sociedades -las tienen referenciadas, por supuesto, en el informe- contaron con una plantilla total de cerca
de 6000 empleados y un gasto anual en recursos humanos de unos 210 millones de euros, que incluyen retribuciones al personal, cotizaciones, gastos sociales y dietas por asistencia a consejos de administración. El objetivo de esta fiscalización ha
sido verificar que se han cumplido las disposiciones legales y reglamentarias a las que está sometida el área de recursos humanos y su correcto reflejo contable.


Las principales conclusiones respecto a la legislación social y laboral son que, en lo que se refiere al número de miembros de los consejos y las retribuciones, en términos generales las sociedades respetaron lo establecido en la normativa
aplicable, regulada por una orden de 2012. En los ejercicios fiscalizados, las dietas de asistencia devengadas por los miembros de los consejos de administración de las sociedades ascendieron a 1 645 000 euros y 1 668 000 euros respectivamente, y
esos importes respetaron las cuantías



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máximas anuales establecidas. Las dietas han sido diferentes de unos consejos a otros, y las sociedades están obligadas a remitir semestralmente el resumen de ausencias y asistencias de los consejeros a las reuniones celebradas durante el
periodo precedente y solamente SEIPSA ha cumplido con esta obligación. En el análisis de los contratos de alta dirección que regula el decreto de 2012, con carácter general la adaptación de los contratos de alta dirección se encuentra sin
formalizar, lo que ha dado lugar a procedimientos contenciosos, con resultado adverso en la mayoría de los casos para las sociedades. Además, los contratos de personal directivo no estaban adaptados a las condiciones particulares de cada directivo,
sino que contenían las estipulaciones generales del modelo de contrato que aprueba el ministerio. Las sociedades cuentan con normativa interna para regular el régimen de compensación de gastos en concepto de dietas, desplazamientos y otros análogos
y se ajustan a lo previsto por regla general. En cuanto a la gestión de recursos humanos, debe señalarse que el gasto medio por empleado en cargas y gastos sociales se situó en cada uno de los años en unos 55 690 euros y 53 940 euros
respectivamente, mientras que el salario medio por empleado del conjunto de las sociedades ascendió a 36 500 euros y 37 000 euros. Las sociedades, como verán, si tienen la paciencia de mirarse las dieciséis, son de muy diversa índole, con muy
diverso tipo de personal, y por eso las retribuciones medias aparecen bajas.


En segundo lugar, las sociedades no habían elaborado informes de control interno del área de recursos humanos, no tenían procedimientos de gestión integral de recursos humanos, salvo seis, y han existido discrepancias entre los datos
suministrados por las diferentes fuentes, lo que supone que hay muchas deficiencias en la gestión del control de información. Casi ninguna de las sociedades tenía un plan estratégico, ni catálogo, ni relación de puestos de trabajo. La fusión de
algunas de las entidades no ha ido seguida de políticas organizativas para la adaptación de los recursos humanos a las necesidades. La asistencia mediante representación a las reuniones de los consejos es elevada y los estatutos de las sociedades,
excepto en Paradores, no establecen limitaciones en el número máximo de representaciones que puede ostentar cada consejero ni tampoco para delegar voto en los consejeros con poderes ejecutivos. El nombramiento y cese de los máximos responsables no
requiere ninguna motivación, lo que provoca muchísima movilidad en los principales puestos organizativos. Lo que sí que se ha observado es que en este periodo es muy frecuente la incorporación a las plantillas con carácter indefinido procedente de
contrataciones temporales previas.


Las recomendaciones están dirigidas a la Dirección General de Patrimonio, en general, y a las sociedades. Por ejemplo, se les recomienda adoptar criterios de actuación normalizados que deban aplicar en los procesos selectivos, adoptar
medidas estatutarias para evitar la concentración de delegaciones de voto, o incluir una modificación justificativa en las motivaciones y en los ceses de los nuevos directivos. En este tema, se apreció la existencia de indicios de responsabilidad
tributaria en una de las sociedades por el tratamiento dado a uno de los tickets habitualmente utilizados por ese tipo de sociedades.


Yo creo que con esto he terminado.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, presidenta.


A continuación, para fijar posición y formular las preguntas que estimen, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario VOX, el señor Sáez.


El señor SÁEZ ALONSO-MUÑUMER: Gracias de nuevo, señor presidente.


Señora presidenta, muchas gracias por la presentación de estos cuatro informes. Primero, sobre tasas y precios públicos de ayuntamientos, se revisa el ejercicio 2017, luego está, por tanto, un poco desactualizado. No obstante, es
importante destacar la limitación al alcance, pues dice que no se han podido evaluar dos temas: primero, que el cumplimiento del principio de equivalencia en la exigencia de tasas, consistente en que los ingresos procedentes de las mismas no
excedan del coste del servicio o actividad que constituya su hecho imponible, y segundo, que los precios públicos cubran como mínimo el referido coste, debido a la ausencia de una contabilidad analítica en las entidades fiscalizadas, excepción hecha
del Ayuntamiento de Barcelona. Ambas limitaciones nos parecen bastante graves y realizaremos un seguimiento de las mismas en los próximos informes. Además, es más importante a raíz de la Sentencia 98/2019 del Tribunal Supremo, donde se establecía
que los principios de capacidad económica y de equivalencia pueden operar como criterios moduladores de la cuantía de las tasas.


Segundo. En relación con el informe sobre el coste de medidas de gestión de personal en la Corporación de Radiotelevisión Española, desde luego, la corporación nos preocupa mucho, pero sobre



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todo su situación financiera. Hablamos de unas pérdidas de 29,6 millones de euros en el año 2019, en un periodo en el que se recibieron 925 millones de euros de subvenciones, y hablamos de un patrimonio neto inferior a la cifra de capital
social. Y en este contexto de pérdidas y de 925 millones de euros de subvenciones nos encontramos con 170 cargos directivos, 167 al descontar las vacantes, que se desglosan en 7 altos directivos, 96 directores y 67 subdirectores. Nos encontramos
con que todos los cargos directivos tienen carácter de confianza y que son de libre designación; nos encontramos con que no consta la existencia de norma interna donde se defina de forma expresa el perfil de los mismos, con indicación de la
formación, experiencia y demás cualidades profesionales que deban reunir; y nos encontramos con que no consta la existencia de documento interno alguno en el que se identifiquen las funciones o responsabilidades asignadas a cada uno de los puestos
directivos.


Tercero. En cuanto al informe sobre indemnizaciones de altos cargos, nos parece básica la recomendación de su informe para implantar los procedimientos que garantizasen y documentasen la designación del personal directivo, y el cumplimiento
pleno de los principios de publicidad, concurrencia, mérito, capacidad e idoneidad. Nos preocupa que esto no se cumpla en entidades como la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, la CNMV, el ICO, o Red.es. Es importante reivindicar
con firmeza la importancia de la meritocracia y del esfuerzo, principios que deberían ser básicos en la designación del personal directivo de las empresas públicas, pero parece que para una parte del Gobierno el esfuerzo es un mito y que ambos
términos, esfuerzo y meritocracia, tan solo suponen fatiga estructural y epidemias de ansiedad.


Cuarto. Con relación al informe sobre la fiscalización del área de recursos humanos en empresas del Grupo Patrimonio, volvemos a notar su poca actualidad, ya que se refiere a los años 2016 y 2017. Hablamos de dieciséis sociedades
mercantiles de titularidad estatal, con una plantilla media de 5844 empleados. He de destacar que de los 5844 empleados, 3966 corresponden a la sociedad Paradores de Turismo de España; una sociedad que incrementó un 12,6 % el gasto en sueldos y
dietas del personal de alta dirección en 2020, un ejercicio que cerró con unas pérdidas de casi 63,9 millones de euros debido al hundimiento de los ingresos provocados por la COVID-19. Es una sociedad en la que, según el informe, la contratación
temporal se realiza acudiendo a unas bolsas de trabajo no documentadas, en las que cada parador incluye las personas que contrata cuando las necesita y donde existen diversos conceptos retributivos no regulados por convenio que son discrecionales.


Otros temas relevantes puestos de manifiesto en el informe, y que nos preocupan, son la existencia de duplicidades. Se menciona que los procesos de fusión de las sociedades del Grupo Patrimonio no han ido acompañados de políticas
organizativas para adecuar los recursos humanos a las necesidades, lo que ha generado solapamientos o duplicidades de funciones, términos estos que nosotros llevamos denunciando en casi todas las comparecencias: duplicidades, solapamientos y falta
de eficiencia. Y, por otro lado, también está la indefinición. Se menciona en el informe que las estipulaciones de los contratos formalizados con personal directivo no especifican el contenido de las funciones asignadas y el alcance de su
responsabilidad.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Suárez.


El señor SUÁREZ LAMATA: Muchas gracias, señor presidente.


Gracias, señora presidenta, por la exposición de estos cuatro informes. En la anterior Comisión dejó a mi juicio algunas notas un poco curiosas. Hubo un informe donde se analizaban distintas comunidades autónomas y el Partido Socialista se
centró exclusivamente en lo que afectaba a las deficiencias de la gestión del Partido Popular. Yo podría hacer exactamente lo mismo hoy con el informe de tasas, centrarme en Zaragoza o en Sevilla pero, realmente -lo ha dicho la presidenta y créame
que es preocupante-, la ausencia de contabilidad analítica en ayuntamientos de gran calado, como son los que se citan en el informe, al final nos lleva a tener que reflexionar profundamente cómo se calculan las tasas, cómo se calculan los precios
públicos, si se cumple o no la ley y cuáles son las medidas que se deben o deberían adoptar al respecto.


A partir de ahí, y como la Comisión ha discurrido por algunas cuestiones que, créame, han sido sorprendentes que no interesantes, voy a hacer alguna reflexión. La portavoz de Podemos ha felicitado a la señora presidenta por la ampliación o
la modificación de la exposición de los informes -algo así ha dicho-, y porque se estaba abriendo el tribunal a raíz de la celebración de los cuarenta años de la Ley



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Orgánica del Tribunal de Cuentas. No sé, señora presidenta, y se lo digo con todo el respeto del mundo, si tiene mucho sentido estar mirando permanentemente hacia atrás, sobre todo para denostar determinadas cuestiones. Qué duda cabe de
que en el anterior mandato se hicieron cosas bien y también, lógicamente, cosas mal. Lo dejo ahí.


Pero a continuación la portavoz del PSOE le alababa la calidad de los informes actuales. Le digo esto fundamentalmente porque ustedes mañana van a cambiarlas, o llevarán al pleno del Tribunal de Cuentas el cambio de la estructura y la
confección de los informes. El artículo 136 de la Constitución dice que el Tribunal de Cuentas depende de estas Cortes Generales. No voy a entrar a analizar si es una dependencia orgánica o funcional, porque hay gustos para todo. Creo en la
independencia del Tribunal de Cuentas, pero me sorprende que ese cambio se haga al margen de esta Comisión, que es la receptora de los informes y, por lo tanto, algo tendrá que decir sobre si son o no razonables los informes que plantea el tribunal,
más allá de que consideremos y respetemos -insisto- su independencia.


Es lo mismo que la cuestión de los resúmenes, que aquí se ha debatido mucho. Pues, mire, me preocupa y mucho ese resumen de los informes. Si van a ser como las notas informativas que está emitiendo el tribunal, sobre todo me refiero a la
última, el informe de INGESA, créame que me preocupan bastante esos resúmenes, porque evidentemente uno puede coger o dejar de coger lo que le interese.


Ha hecho usted mención a un cambio importante que ha habido en el Tribunal de Cuentas en cuanto a la estructura. No pensaba sacar este tema -lo ha sacado usted-, pero me pregunto si es acorde o no con la Ley Orgánica del Tribunal de
Cuentas, que claramente hace una referencia a los ministerios. Por lo tanto, usted ha planteado un cambio que no es una cuestión baladí, porque ahí de repente, desde mi punto de vista, hay un control de un área concreta sobre todo lo que se hace,
cosa que hasta ahora no había sucedido.


Para finalizar, hay una cuestión que ha comentado el señor Hurtado, que se ha ido, respecto al informe de la Iglesia. Decía el señor Hurtado que no nos enterábamos de nada. Él confunde la memoria de la Iglesia justificativa con una
justificación de lo que él entiende como una subvención, cuando los ingresos que recibe la Iglesia son una minoración de ingresos. Por lo tanto, ni tienen la consideración de subvención, ni son además un ingreso público. Esto es importante. He
visto en este debate que sobrevolaba el informe provisional cuando se cambió de arriba abajo. Pero, claro, cuando se filtran informes, al final, muchas veces -que es lo que pasó con aquel informe- lo que se hace es mucho daño, como se hizo
-insisto- con aquel informe. Al final, ¿se fiscalizó la actividad de la Iglesia? Sí, hasta tal extremo que se les da traslado, aunque se dice en el documento que lo que se les manda que no son alegaciones, que sencillamente lo hacen para que lo
conozcan. Se fiscalizaron los superávits y los déficits, cuando realmente de lo que trataba aquella fiscalización era de si el Estado había o no había cumplido con la transferencia de los recursos. Porque, claro, aquí se habla mucho de los
superávit de la Iglesia en determinadas años, pero no se habla de los años de la crisis económica dura, en la que tenía déficits importantes porque Cáritas atendió a muchísimas personas que no atendía la Administración del Estado.


Por tanto, créame, señora presidenta, que se avanzará o no se avanzará en ese informe de la Iglesia, pero la Iglesia no es una entidad que pertenezca al sector público. No son ingresos públicos, en el presupuesto de gastos no está. Tiene
una consideración muy especial porque en su día así se determinó. Se ha dicho aquí que la Iglesia católica no puede pertenecer a una sociedad mercantil, cuando la Ley 49/2002 dice que cualquier entidad sin fin de lucro podrá pertenecer o podrá
participar en sociedades mercantiles, y entendiendo, además, que la televisión la utilizan para difundir mensajes, algo propio de la actividad. Créanme que lo que he oído aquí me ha puesto los pelos de punta, porque veo claramente que hay una
obsesión con una determinada entidad religiosa.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias.


A continuación, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Escudero.


El señor ESCUDERO ORTEGA: Muchas gracias, señor presidente.


Presidenta, perdone, porque pensaba que habíamos venido a hablar de los informes del Tribunal de Cuentas, y no a hablar de nuestro libro, pero parece ser que algunos no lo han entendido. Entre otras cosas, los ciudadanos podrían asistir
atónitos a cómo la propia Administración tarda en solucionar de una forma ágil, transparente y legal el acceso de los altos cargos a esta Administración, o a la hora de corregir la serie de deficiencias e insuficiencias que posibiliten el correcto
cumplimiento, por parte de los organismos que hacen del uso de estas contrataciones de estos altos cargos, para establecer la forma de



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llevar a cabo tanto el acceso como el cese de las actividades laborales de dichos contratados en la Administración.


No voy a entrar de forma individualizada en la operatividad de cada organismo fiscalizado, porque ya lo hace de una forma exhaustiva y correcta el propio informe del tribunal, pero en todos ellos se puede advertir que, a la hora de ejecutar
el proceso de tramitación y liquidación de los contratos de alta dirección que garanticen la designación de dicho personal, se lleva a cabo respetando los principios básicos de publicidad, concurrencia, mérito, capacidad e idoneidad, y que sus
retribuciones, entre las que incluyo las indemnizaciones por cese, se establezcan dentro de los propios contratos y dentro de los términos legales. Es paradójico que la propia Oficina de Conflictos de Intereses no tenga los medios normativos para
velar por el cumplimiento de estas entidades contratantes de la obligación de comunicar los nombramientos y los ceses de los altos cargos. Precisamente es esta Oficina de Conflictos de Intereses la que debe tener toda la información, tanto a priori
de las necesidades de dichos puestos a cubrir como de sus funciones laborales, como también cuando se producen esos ceses y sus correspondientes indemnizaciones. Esta oficina no puede ser ninguneada en todo este proceso sino, muy al contrario, debe
de velar por que en todo momento haya una correcta utilización de este recurso laboral.


Respecto al informe de la Corporación Radiotelevisión Española, esta corporación no puede demorar una correcta definición con el suficiente detalle de las funciones, el cometido y retribuciones a cada puesto considerado como de personal
directivo, pues está en el origen de los costes asociados soportados, tanto en los nombramientos como los ceses.


Permítame, señorías, hacer una última referencia al capítulo del informe de fiscalización de los ayuntamientos, y lo hago en calidad de exalcalde de un pequeño municipio. Les tengo que decir al respecto que la normativa es bastante clara a
la hora de establecer las nuevas tasas, así como la reforma y la actualización de las existentes. Por lo tanto, no puede ser nada más que una cuestión de desidia o de la propia incapacidad en la gestión de estos ayuntamientos porque tienen a su
disposición recursos humanos y económicos suficientes para establecer unas correctas, transparentes y legales ordenanzas municipales que regulen los servicios prestados y, al mismo tiempo, se recojan las ordenanzas fiscales a la hora de establecer
el precio que se aplica en la prestación de estos servicios, a través de sus correspondientes informes económicos, y que al mismo tiempo establezca las prerrogativas de pago a las que todos los ciudadanos tienen derechos y obligaciones. Estas
administraciones locales deben tener los mecanismos necesarios para hacer posible el pago de esas tasas y precios públicos, estableciendo los expedientes, tanto sancionadores como de pago obligado. Es una obligación de respeto y de justicia fiscal
para con todos aquellos contribuyentes que pagan de forma correcta en tiempo y forma sus obligaciones para con la Hacienda local.


No quiero terminar, señor presidente, sin dejar de recordar que somos conscientes de los pasos en la dirección correcta por parte de los organismos fiscalizados en los últimos tiempos, de lo que nos alegramos, pues dice mucho y para bien del
trabajo de este tribunal con sus recomendaciones, como asimismo de esta Comisión, con la elevación de sus propuestas de resolución.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta de Tribunal de Cuentas para dar respuesta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Simplemente quiero darles las gracias a todos por sus aportaciones. Efectivamente, este bloque último ha puesto de manifiesto la capacidad de mejora que tienen casi todos los aspectos de la gestión y, como he dicho en otra ocasión, para eso
estamos, para procurarlo y para que ustedes hagan uso de nuestros informes en la medida que quieran para hacer su control del Gobierno.


Como no puede ser de otra manera, me voy a referir al señor Suárez. Es evidente que no le tocaba la Iglesia, pero no podía usted dejar de hablar de ella. Yo le voy a contestar una cosa por una razón. Usted ha hecho uso de una información
que dice tener, de un informe que no salió por una filtración y que después salió otro absolutamente diferente. Ya le digo yo a usted que no es así. Salió en la prensa: Hemos aprobado un informe y hemos doblado la mano del ponente. Le digo a
usted que esto no es así. El informe ha pasado por todo tipo de observaciones y se han admitido como con cualquier otro informe.


Por otra parte, yo creo que, en ningún momento, me he referido al anterior mandato, y muchísimo menos con falta de respeto. Si a los señores diputados y senadores les parece que deben hacer un elogio de cualquier tipo al tribunal, díganselo
a ellos. Yo se lo agradezco mucho y no por mí, se lo aseguro, sino



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por todo el personal que trabaja en la casa. Todo el trabajo que yo traigo aquí es producto del trabajo de todos los funcionarios de la casa. Por tanto, yo personalmente ni siquiera me doy por aludida. Desde luego, no seré yo la que haga
nunca -nunca- ninguna mención en el mal sentido de ningún tiempo anterior. Me puede parecer mejor o me puede parecer peor, pero nunca he hecho aquí, ni lo haré, ningún juicio de ninguna actuación anterior.


Si lo que se aprecia es que hay un cambio, yo me alegro mucho porque, efectivamente, estamos trabajando en avances técnicos que no tenemos por qué consultar, porque entran dentro de las funciones de dirección del tribunal, que mejoran el
trabajo, o eso pensamos. Si después no resultase así, igual que hacemos unos cambios lo podemos volver a hacer de otra manera. Lo que le aseguro es que ningún departamento de las administraciones públicas queda sin fiscalizar. Lo que hay es una
distribución del trabajo interno de los consejeros diferente que yo he querido poner en su conocimiento, pero no hay nada que debamos fiscalizar que quede fuera de la nueva organización ni hemos incluido en la nueva distribución nada que no debamos
fiscalizar. Hemos hecho una distribución distinta que nos corresponde a nosotros hacerla en esos términos. Nos tenemos que dar un tiempo para ver cómo funciona o deja de funcionar. Lo hemos hecho intentando adaptarnos a nuevos tiempos, a nuevas
demandas tanto ustedes como la sociedad. En cuanto estemos trabajando una temporada veremos si, efectivamente, eso ha repercutido para bien o ha repercutido para mal, en cuyo caso, lo volveríamos a modificar porque si hay una cosa que tenemos clara
es que ninguna de nuestras decisiones es la absoluta verdad. Todo lo que decidimos lo hacemos en aras de intentar un funcionamiento más profesional, más técnico y más excelente del tribunal. Por eso les agradezco muchísimo a todos los diputados
que nos dan las gracias, porque ya les digo que allí hay 650 personas que trabajan con muchísima profesionalidad, con muchísima ilusión. Yo jamás me daré por aludida ni por lo bueno ni por lo malo; tengo esa ventaja, que no me doy aludida por lo
bueno pero tampoco por lo malo.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


Tras la presentación de estos informes, vamos a despedir a la señora presidenta del Tribunal de Cuentas. Suspendemos por dos minutos la sesión y recibimos a la señora presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la
Contratación. (Pausa).


COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN (ARAÚJO CHAMORRO), PARA PRESENTAR LOS INFORMES ANUALES DE ACTUACIONES DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE
LA CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTES A LOS AÑOS 2020 Y 2021. POR ACUERDO DE LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 212/002263 y número de expediente del Senado 713/001128).


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión.


Damos la bienvenida a la señora presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación que comparece para presentar los informes anuales de actuaciones de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de
la Contratación correspondientes a los años 2020 y 2021 que figura en el punto tercero del orden del día. Por lo tanto, tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN (Araújo Chamorro): Muchísimas gracias a todos y muy buenos días.


Tengo que comenzar manifestándoles que para nosotros es una satisfacción comparecer ante esta Comisión a fin de dar cuenta de lo que ha constituido nuestra actividad en estos dos últimos años, dando así cumplimiento a lo que requiere el
segundo párrafo del artículo 332.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Es una satisfacción porque dar cuenta de la actividad siempre lo es, pero, además, singularmente, porque es la primera vez -como les contaré a
continuación, es aún un órgano relativamente joven- que tenemos la ocasión de comparecer ante esta Comisión.


La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, OIReScon, nació de la trasposición de las directivas comunitarias dedicadas a la contratación. En concreto, el artículo 83 de la Directiva 2014/24 señala: 'Con objeto
de garantizar una aplicación correcta y eficaz, los Estados miembros velarán por que al menos las funciones establecidas en el presente artículo sean ejercidas por



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una o varias autoridades, organismos o estructuras. Comunicarán a la Comisión todas las autoridades, organismos o estructuras competentes para ejercer dichas funciones. Los Estados miembros velarán por que la aplicación de las normas de
contratación pública sea supervisada'.


La ley de contratos dibuja, a partir de aquí, un esquema de gobernanza que ya queda definido en sus líneas generales en la propia exposición de motivos, en el propio preámbulo de la ley. Establece un esquema de gobernanza que se apoya en
tres órganos: la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, que es el órgano consultivo por excelencia; el Comité de Cooperación en Materia de Contratación Pública, concebido como órgano de coordinación, y la Oficina Independiente de
Regulación y Supervisión de la Contratación como órgano de supervisión. A partir de ahí, es el artículo 332 de la ley el que se dedica a regular básicamente esta oficina. En él se nos define como un órgano colegiado que nace con la finalidad de
velar por la correcta aplicación de la legislación y, en particular, de promover la concurrencia y combatir las ilegalidades en relación con la contratación pública. Estamos, por tanto, ante un órgano que, como les decía antes, es relativamente
joven aún y que ha comenzado su andadura hace también relativamente poco tiempo. La primera presidenta fue nombrada en junio de 2018 y el órgano colegiado como tal se constituyó en diciembre de ese mismo año con el nombramiento de los cuatro
vocales que, junto a la presidenta, componen el órgano colegiado.


Con posterioridad, este órgano ha sufrido algunos cambios. En primer lugar, se produjo la renuncia de esta primera presidenta en junio del año 2020 y, después, también la de dos vocales, en febrero de 2019 y en septiembre de 2021. En la
actualidad, las cuatro vocalías que componen la oficina están desempeñadas por don Francisco Javier García Ruiz, vocal de la división de evaluación de los contratos de concesión; don Francisco Cano Molina, vocal de la división de regulación y
ordenación de la contratación; doña Amada de Juan Quirós, vocal de la división de supervisión de la contratación y relaciones institucionales, y doña Olga Escribano Gómez, vocal de la división de asuntos generales, además de yo misma, que me
incorporé al puesto de presidenta, tras ser nombrada por acuerdo del Consejo de Ministros, el 3 de noviembre de 2020. Casi todos los vocales me acompañan hoy aquí y quiero aprovechar también para agradecerles el trabajo que han desarrollado en este
tiempo y su dedicación en unas circunstancias que no siempre han sido sencillas.


Como les decía, en el órgano colegiado, se han producido cambios significativos. No es fácil iniciar un camino y mucho menos cuando se dan las circunstancias que todos hemos vivido en estos últimos años y me refiero básicamente a los
problemas que ha creado en todos los ámbitos la pandemia del COVID-19, que ha dificultado el desarrollo del trabajo de forma ordinaria. Eso ha sido un desafío. Los vocales han estado a la altura de las circunstancias, pero también lo ha hecho el
conjunto del personal de la oficina que ha sabido dar lo mejor de sí mismo. Me apetecía reconocer esto en sede parlamentaria.


Entrando ya en el objeto de la comparecencia, como les he comentado, la ley de contratos creó la OIReScon con una serie de funciones que se contienen básicamente en el apartado 6 del artículo 332: coordinar la supervisión en materia de
contratación del conjunto del sector público; velar por la correcta aplicación de la legislación a efectos de detectar incumplimientos específicos o problemas sistémicos; velar por el respeto a los principios de publicidad y concurrencia;
promover la concurrencia en la contratación pública y el seguimiento de buenas prácticas, y verificar que se apliquen buenas prácticas de transparencia, en particular las que se refieren a los conflictos de interés, así como detectar
irregularidades.


Estas funciones pasan después a concretarse en una serie de obligaciones en los siguientes apartados, en concreto, en la obligación de elaborar tres tipos de informes: un informe anual sobre actuaciones, que se debe remitir a las Cortes y
al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con el artículo 332.4; un informe de supervisión, de acuerdo con el artículo 332.8, que se integra en el informe nacional de gobernanza que se remite a la Comisión Europea cada tres años, y un informe anual de
supervisión que recoge las conclusiones derivadas de toda la actividad de supervisión realizada por las administraciones competentes en los términos que establece el apartado 9 del mismo artículo 332.


Lo que hoy nos convoca a esta Comisión es la presentación del primero de estos informes, los informes anuales sobre actuaciones. Con fechas 9 de marzo de 2021 y 8 de marzo de 2022, el pleno de la oficina aprobó los informes anuales sobre
actuaciones correspondientes a los años 2020 y 2021, respectivamente. Ambos fueron remitidos a las Cortes Generales y al Tribunal de Cuentas, constituyendo un medio de rendir cuentas de nuestra propia actividad. Dado que no se produjo convocatoria
para la presentación del informe correspondiente al año 2020, hoy acumulamos la presentación de ambos, el de 2020 y el de 2021, a fin de dar cumplimiento al segundo párrafo del artículo 332.4 de la ley, que ya he mencionado de manera reiterada.



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Entendemos que la presentación va a resultar más clara si nos atenemos al esquema que se ha propuesto en estos mismos informes, ya que es muy similar en ambos casos. Para cada apartado dividiré el contenido exponiendo lo desarrollado en
2020 y en 2021. Hablaré, en primer lugar, de los recursos con los que ha contado la oficina a lo largo de los años 2020 y 2021; continuaré con las acciones desarrolladas en materia de buen gobierno y transparencia en cada uno de los dos años;
resumiré la actividad de cada una de las principales áreas de trabajo de la oficina en estos dos ejercicios, deteniéndome de manera singular, y por su interés, en el trabajo de supervisión, y concluiré con lo avanzado en este periodo, en estos dos
últimos años, en relación con otra oficina que está integrada en la OIReScon, y que es la Oficina Nacional de Evaluación, la ONE. A lo largo de la exposición, aludiré en algunas ocasiones al Plan estratégico 2020-2024, que se aprobó en 2019, dando
cuenta de en qué medida las actividades desarrolladas han guardado relación y han permitido dar por cumplidos algunos de los objetivos que en él se enuncian.


Comienzo, por tanto, hablando de los recursos con los que ha contado la oficina. Evidentemente, en una organización lo más importante son los recursos humanos. El tema de la dotación de personal guarda relación, además, con uno de los
objetivos del Plan estratégico 2020-2024, que es un objetivo transversal de puesta en marcha de la oficina. Como ya he señalado, la oficina, en tanto órgano colegiado, se compone de un presidente y cuatro vocales, pero además cuenta con una
dotación de recursos humanos incorporada en la correspondiente relación de puestos de trabajo.


Las principales cuestiones en materia de personal durante el ejercicio 2020 fueron las siguientes. Como ya he dicho, el 30 de junio de 2020 se produjo el cese por motivo de renuncia de la presidenta, teniendo lugar el nombramiento de una
nueva presidenta tras la convocatoria pública correspondiente. En lo que respecta al conjunto del personal adscrito, en enero del año 2020 la oficina contaba, además de con la presidenta y los cuatro vocales, con dos consejeros técnicos, un jefe de
servicio, un jefe de negociado, dos funcionarios de nivel 16 y un jefe de sección de nuevo ingreso, un total de doce puestos de trabajo cubiertos. En diciembre del mismo año, la oficina mantenía el total de doce puestos de trabajo de los treinta y
nueve con los que estaba dotada la relación de puestos, pero se habían producido algunas sustituciones en este personal incorporándose, por un lado, una jefa de servicio procedente del concurso específico que convocó la Subsecretaría de Hacienda en
enero de 2020, y también una subjefa de sección de nuevo ingreso procedente del cuerpo técnico de auditoría y contabilidad. Estas dos incorporaciones permitieron compensar alguna salida de personal y mantener estable al menos en número la
plantilla. En relación con el año 2021, podemos decir que avanzamos de manera significativa en el proceso de provisión de puestos de trabajo. En todo caso, hay que comenzar señalando que, por una parte, se produjo la sustitución de una de las
vocales de la oficina por renuncia de la anterior, circunstancia que tuvo lugar en octubre de 2021. La incorporación de la nueva vocal, tras el proceso de convocatoria pública, se produjo en diciembre de ese año. Por otra parte, la plantilla se ha
incrementado a lo largo del año con la incorporación de siete funcionarios que han obtenido plaza mediante concursos de provisión de puestos de trabajo, mediante la incorporación de funcionarios de nuevo ingreso y mediante la cobertura a través de
nombramiento provisional. En conclusión, a 31 de diciembre de 2021, la oficina contaba con dos consejeros técnicos, cinco jefes de servicio, tres jefes de sección, dos subjefes de sección y dos secretarias, además de la presidenta y los vocales.
Por tanto, el número de puestos ocupados, a 31 de diciembre, era de diecinueve. Como se deduce, en 2021 no nos limitamos a consolidar el número de efectivos, sino que reforzamos de una manera relativamente importante la plantilla, y esta es la
dirección en la que continuamos trabajando en el año 2022. Así, a día de hoy somos ya veintidós funcionarios y contamos además con un funcionario en prácticas.


Más allá de las cifras, quisiera hacer un par de consideraciones para que ustedes puedan valorar mejor las actuaciones que hemos desarrollado en materia de recursos humanos. Considerando las funciones que nos atribuye el artículo 332 de la
ley de contratos, necesitamos contar con personal que tenga una cualificación especial y específica. Esto complica a veces la cobertura de los puestos, que no se desarrolla con la rapidez que sería deseable. No obstante, entendemos que esta es la
dirección en la que tenemos que seguir avanzando, porque eso es lo que nos permitirá afrontar los nuevos retos con solidez y responder a las exigencias que nos impone la nueva ley de contratos. Junto a esto, en línea con la exigencia de
especialización que acabo de señalar, nuestra política de personal procura favorecer la promoción y el desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos que integran nuestra relación de puestos de trabajo, con el fin de aprovechar la
experiencia que han ido adquiriendo y con la finalidad también de retener su talento, garantizando la estabilidad de la oficina y el proyecto de futuro de la misma.



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En este sentido, quiero subrayar que durante 2021 ya fue posible la promoción de dos funcionarios, que en 2022 hemos promocionado a otras dos personas y que estamos ahora mismo en tramitación de otras tres promociones. En conclusión,
comenzamos el año 2020 con doce funcionarios y a día de hoy somos ya veintitrés. Nuestra política de personal pasa por buscar perfiles cualificados en atención a nuestras competencias, pero, sobre todo, por ser capaces de retener el talento de los
que ya prestan servicio en la oficina. Queremos seguir creciendo, pero sobre la base sólida que supone apuntalar al personal que actualmente presta servicio y que cuenta ya con una apreciable experiencia, con conocimiento y, si me permiten, tiene
un compromiso con la oficina.


En otro orden de cuestiones, el Plan estratégico 2020-2024 incluye, dentro del objetivo estratégico de puesta en marcha de la oficina, una medida dedicada a promover actuaciones de conciliación e igualdad de género, de acuerdo con el Plan
para la Igualdad de Género de la Administración General del Estado, de ahí que los informes de actuaciones dediquen un apartado a analizar esta cuestión. Las directrices en esta materia vienen marcadas por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y por el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. En materia de empleo, y de acuerdo con las
directrices del Gobierno, el nombramiento tanto de altos cargos como de directivos de libre designación, niveles 30 y 29 de la Administración, debe atender al principio de presencia equilibrada, entendiendo por tal que el número de personas de cada
género no supere el 60 % y no sea inferior al 40 %. Esta norma se cumple en el caso de nuestra oficina, ya que, de los cinco niveles 30 que existen, el 60 % son mujeres y el 40 % hombres. En cuanto a la estructura de la plantilla, a 31 de
diciembre los hombres representaban el 46,15 %, mientras que las mujeres ascendían al 53,85 %. A finales de 2021, los hombres representaban el 42,11 %, mientras que las mujeres ascendían al 57,89 %. En lo que se refiere a la presencia en órganos
colegiados, el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, que acabo de citar, establece que la AGE y sus organismos públicos vinculados o dependientes de ella designarán a sus representantes en órganos colegiados, comités de personas expertas o comités
consultivos de acuerdo con el principio de presencia equilibrada. En el caso de la oficina son dos los órganos colegiados que forman parte de su estructura, la propia OIReScon, pero también la Oficina Nacional de Evaluación, la ONE. Esta última,
si bien se constituyó formalmente en 2021, aún no ha arrancado, por tanto, daremos cuenta de su composición en el informe anual de actuaciones del año próximo. En el caso de la OIReScon, el órgano colegiado está formado por la presidenta y cuatro
vocales, de los cuales dos son mujeres y dos son hombres y, por tanto, damos cumplimiento al criterio de presencia equilibrada que acabo de enunciar.


En cuanto a la concesión de permisos y beneficios de protección, con el fin de proteger la maternidad y paternidad y facilitar la conciliación, en coherencia con la política aplicada por el propio Ministerio de Hacienda y Función Pública en
materia de igualdad y conciliación, tratamos de promover que los funcionarios puedan compaginar el trabajo con sus responsabilidades familiares, favoreciendo la implantación de todas las medidas de conciliación que están incluidas en la normativa
vigente. Con esta filosofía se aplican, entre otras, medidas de flexibilidad horaria, de reducción de jornada, permisos para los casos previstos legalmente y, además, establecemos la posibilidad de acogerse a la prestación de servicios en modalidad
mixta, presencial o de teletrabajo. Sobre esta última medida, hay que señalar que para nuestra oficina fue particularmente relevante en el año 2020, con ocasión de la crisis sanitaria causada por el COVID-19, para proteger la salud de los empleados
y para dar continuidad a la actividad de servicio público y que hemos continuado promoviendo su implantación dentro del marco legalmente previsto, pues en nuestro caso ha demostrado su eficacia para facilitar la conciliación, pero, además, ha
garantizado altas cotas de productividad en el desempeño.


Una vez expuesta la situación en materia de recursos humanos, paso a los medios materiales, que también constituyen uno de los objetivos que define el Plan estratégico 2020-2024. Este objetivo apunta a dotar y configurar la oficina con
medios y herramientas informáticas para hacer una tramitación y gestión cien por cien electrónicas. En concreto, para el ejercicio de las funciones que nos atribuye el apartado 6 del artículo 332 de la ley de contratos, entendemos que resulta
imprescindible supervisar y analizar información de distintas fuentes de datos, destacando la plataforma de contratación del sector público, así como las autonómicas, pero a ello hay que sumar la necesidad de estructurar información y documentación
que recabamos de otras entidades, organismos e instituciones con competencias de control o que se relacionan con el ámbito de la contratación pública. Por eso, este ha sido y sigue siendo un punto de máximo interés para nosotros, en el que estamos
trabajando con el fin de dotarnos de las herramientas más adecuadas. En el año 2020 preparamos el desarrollo de un sistema de información para la extracción



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y tratamiento de datos procedentes de las fuentes que acabo de enunciar y, como resultado de ese trabajo de preparación, en el año 2021 adjudicamos, y se ejecutó, un contrato para desarrollar una herramienta de extracción, transformación y
carga de datos, así como un modelo de datos al que acabo de hacer referencia. Con la implementación de este desarrollo se ha conseguido dotar a la oficina de un instrumento clave para el ejercicio de las funciones que tenemos encomendadas.
Adicionalmente, adquirimos licencias para ampliar las funcionalidades de la aplicación utilizada para el análisis y explotación de los datos abiertos de la plataforma de contratación del sector público. Del mismo modo, también en 2021 adquirimos
dos ordenadores personales de altas prestaciones necesarios para dotar a la herramienta de un sistema de procesado de datos en tiempos razonables. También adquirimos licencias de uso en la nube de una aplicación de análisis y explotación de datos y
formamos a cinco miembros de la oficina en la utilización de la misma. Finalmente, un capítulo aparte merecería la implantación de una plataforma de administración electrónica para la recepción y tratamiento de las solicitudes del informe
preceptivo de la Oficina Nacional de Evaluación, que se regula en el artículo 333 de la ley de contratos, y a lo que me referiré al final de esta exposición. El resto de recursos necesarios para el desarrollo ordinario de las funciones de la
oficina es cubierto por la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, órgano a través del cual nos adscribimos al Ministerio de Hacienda y Función Pública a efectos puramente organizativos y presupuestarios.


En cuanto a la transparencia y buen gobierno, dada nuestra naturaleza, entendemos que debemos mantener un compromiso permanente con la transparencia, autoimponiéndonos el máximo nivel de exigencia en este ámbito. A fin de favorecer esta
transparencia a través de una amplia difusión de la actividad que desarrollamos, desde el mes de mayo de 2020 la oficina ofrece la posibilidad de suscribirse a un servicio de notificación de novedades, con la finalidad de que los interesados puedan
recibir aviso de todas las publicaciones que hacemos en materia de contratación en nuestra web. En este sentido, conviene indicar que durante 2020 se procedió a hacer públicos en el espacio web todos los informes, las guías y los documentos que
elaboró la oficina durante dicho ejercicio. En esta misma línea, las importantes mejoras que se produjeron en la página web de la OIReScon, y también en la de la Oficina Nacional de Evaluación durante el ejercicio 2021, son una cuestión a subrayar.
En concreto, se creó un canal nuevo para la oficina dentro del portal del Ministerio de Hacienda y Función Pública que permite que esta aparezca en el mapa web. Además, también en ese año hicimos público en nuestra web todos los informes, las guías
y los documentos que elaboramos. Adicionalmente, en 2021 todos estos documentos publicados pasaron a ser accesibles, alineándonos con las exigencias de la disposición adicional 18 de la ley de contratos, que señala que la determinación de los
medios de comunicación admisibles, el diseño de los elementos instrumentales y la implantación de los trámites procedimentales deberán realizarse teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal. Del mismo modo, a finales del año 2021
pusimos en marcha la web de la Oficina Nacional de Evaluación. Todas estas modificaciones han supuesto una mejora en la transparencia y en el acceso a la información que elaboramos y que publicamos. Con esta misma intención de favorecer la
transparencia y participación, en el plan estratégico se incluía un objetivo encaminado a establecer un canal de participación ciudadana, gobernanza y gobierno abierto que ayudase en la detección de patologías y problemas sistémicos, así como en la
recepción de sugerencias o propuestas en materia de contratación pública. Por eso, se puso en marcha el buzón de la OIReScon, configurado como una vía de comunicación abierta al ciudadano. Esto se hizo ya en el año 2019. En 2020 no se recibieron
muchas comunicaciones y estas se centraron mayoritariamente en la denuncia de actuaciones supuestamente irregulares. La experiencia de estos ejercicios de funcionamiento, el 2019 y el 2020, nos ha demostrado que la vía de entrada de comunicaciones
no se limita al buzón que acabo de enunciar, sino que hay sugerencias, denuncias o peticiones de información que nos llegan a través de nuestro correo corporativo o a través del propio registro electrónico de comunicaciones. En consecuencia, y
respecto al ejercicio 2021, optamos por totalizar las comunicaciones recibidas por cualquiera de estas tres vías y de ahí extraer las correspondientes conclusiones. En total recibimos 56 comunicaciones, 27 a través del correo corporativo, 21 a
través del buzón y 8 mediante el registro GEISER. En cuanto al motivo de las comunicaciones recibidas, nuevamente el porcentaje más relevante se refiere a denuncias relacionadas con la contratación, que fueron 22, señalando presuntas
irregularidades o supuestas malas prácticas. Las consultas ascendieron a 20 y el resto fueron peticiones y comunicaciones. Los particulares constituyen más del 67 % de los que comunican alguna de estas cuestiones a la oficina frente a
administraciones y otras entidades públicas que representan poco más del 32 %.


Entro ya en la exposición de lo que constituyó la actividad de la oficina durante los años 2020 y 2021, procurando ordenarla por áreas. La primera sería el área de regulación, ya que una de las competencias



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de la oficina para la ejecución de sus funciones guarda relación con la actividad de regulación, y a ella se dedica un eje del ya citado Plan estratégico 2020-2024. Esto se realiza mediante actividad propia, así como también mediante la
participación en la Comisión Permanente de la Junta Consultiva. En cuanto a la actividad propia, a la actividad de análisis y aplicación regulatoria, en el ejercicio 2020 procuramos, de manera obvia, tener en cuenta la situación de emergencia
sanitaria, cuyo impacto adquirió niveles desconocidos en múltiples sectores, también en el ámbito de la contratación pública. En atención a esto, desde la oficina se desarrollaron dos iniciativas. La primera fue la elaboración y publicación de un
documento, al que llamamos Impacto en la contratación pública de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma como consecuencia del COVID-19. La finalidad del documento fue compilar y sistematizar toda la normativa en materia de
contratación pública que se generó durante el primer estado de alarma, así como intentar clarificar sus implicaciones con el objetivo de configurarse como una herramienta útil tanto para los órganos de contratación como para los propios contratistas
y operadores económicos. Consecuencia del escenario cambiante que se produjo desde el punto de vista jurídico, derivado de la necesidad de adaptarse a la realidad evolutiva de la situación sanitaria, tuvimos que realizar hasta trece versiones de
esta guía, actualizando sucesivamente el documento. A partir de la versión de 26 de mayo, se incluyó en el documento un epígrafe específico relativo a la reactivación de la contratación pública y en versiones posteriores se incorporaron referencias
a la tramitación de los procedimientos de contratación en ámbito autonómico tras el levantamiento de la suspensión de plazos administrativos.


La segunda de las iniciativas de 2020 fue la elaboración y publicación de la Guía para la reactivación de la contratación pública, tras el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos, de 11 de junio de 2020. Tras el
levantamiento de esta suspensión de plazos, se consideró oportuno publicar una guía operativa que ayudase a la reactivación de la contratación pública. La publicamos, como decía, el 11 de junio de 2020, pretendiendo apoyar a los órganos de
contratación, ofreciéndoles recursos y opciones disponibles en el marco vigente y minimizando o intentando minimizar las dudas que las circunstancias existentes en ese momento pudiera provocar. En el año 2021, en este ámbito se abordaron nuevas
actuaciones también guiadas por el hilo de la actualidad. Por eso, la primera fue la elaboración y publicación de un documento de análisis de la sentencia 68/2021, de 18 de marzo, del Tribunal Constitucional. Esta sentencia procede a resolver el
recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno de Aragón planteó tras la entrada en vigor de la ley de contratos. Dada la importancia de esta sentencia en cuanto a la interpretación que realiza de la ley, con declaraciones de inconstitucionalidad
de determinadas disposiciones y aclaraciones sobre el carácter básico o dictaminando el respeto al marco competencial en otros casos, se consideró preciso elaborar este análisis pormenorizado de cara a facilitar su comprensión y, por tanto, también
la adecuada aplicación de la normativa. En 2021 elaboramos y publicamos la Guía básica del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia. Tras la presentación del citado plan y la aprobación y entrada en vigor del Real Decreto ley 36/2020, de
30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración y para la ejecución del plan, desde la oficina se entendió oportuna la elaboración de una guía básica y didáctica dada la complejidad de las medidas
adoptadas, así como la proliferación de las correspondientes normas de las distintas comunidades autónomas. En consecuencia, con fecha 30 de abril de 2021, publicamos una primera versión de este documento, que durante ese año fue objeto de cuatro
actualizaciones: en mayo, en junio, en julio y en septiembre. El interés del documento hace que mantengamos las actualizaciones del mismo durante 2022, habiéndose producido la última con fecha 15 de junio.


Junto a todo lo expuesto, la OIReScon canaliza su función regulatoria también de una manera indirecta, como he señalado con anterioridad, mediante la participación en la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, en virtud de lo
que dispone el artículo 328.2 de la ley de contratos. A este órgano colegiado -a la junta consultiva- la ley le atribuye funciones interpretativas de la norma, y por ello es destacable la presencia de nuestra oficina en dicho órgano. Por un lado,
porque nos ayuda a detectar áreas que pueden constituir objeto de inseguridad jurídica para los órganos de contratación y, por otro, porque nos permite estar cerca del planteamiento de observaciones o propuestas a informes y documentos que propone
la junta a su comisión permanente con carácter previo a su aprobación. En todo caso, sí que quiero señalar que la oficina actúa en la comisión permanente de la junta consultiva con voz, pero sin voto, a fin de salvaguardar nuestra independencia.
Durante el año 2020, se celebraron nueve sesiones ordinarias de la comisión permanente de la Junta, en las que se analizaron 56 informes y se tramitaron 137 expedientes de prohibición para contratar. Durante 2021, se celebraron diez sesiones de



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la comisión permanente de la Junta, en las que se analizaron un total de 141 propuestas, entre las que se encuentran 46 informes y 85 expedientes de prohibición para contratar. Todo esto en lo que se refiere a la regulación.


Como segunda área de actividad, hablaré ahora de la actividad de supervisión. A las funciones de supervisión de la contratación pública también dedicamos un eje y un objetivo estratégico singular, dentro de lo que es nuestro Plan 2020-2024.
Por supuesto, durante los años 2020 y 2021 hemos dado cumplimiento a las exigencias legales en la materia, habiéndose elaborado, presentado y publicado tanto los dos informes anuales de supervisión que requiere el artículo 332. 9 de la ley como el
informe trienal, que se presentó en el año 2021 y que requiere también el artículo 332, en su apartado octavo. Pero, junto a ellos, hemos elaborado informes especiales sobre aspectos concretos de la contratación que se juzgaron de singular interés
en ambos ejercicios. Comenzaré comentando los informes anuales de supervisión 2020 y 2021, que siguen un esquema similar. Sin ánimo de extenderme en exceso, sí les querría comentar el panorama general que dibujan ambos informes, las actuaciones
que hemos desarrollado y lo que consideramos que es más interesante: el mapa con las zonas de riesgo en la contratación, que vamos perfilando con la experiencia que acumulamos ya después de más de tres años de supervisión.


El contenido de los informes de supervisión, de acuerdo con la ley, gira en torno a tres bloques de cuestiones. Un primer bloque es una relación de los principales incumplimientos detectados por los órganos de control a través de la
actividad de análisis de los tribunales de recursos contractuales y de los órganos de control, tanto internos como externos. El segundo bloque es información sobre fuentes más frecuentes de aplicación incorrecta de la legislación o de inseguridad
jurídica, que construimos a partir de lo comunicado por los órganos consultivos, por los órganos encargados de la transparencia y buen gobierno, así como mediante acciones de supervisión directa propias. Y el tercer bloque es información sobre
prevención, detección y notificación adecuada de casos de fraude, corrupción, conflictos de intereses y otras irregularidades en materia de contratación, así como problemas de colusión detectados. Para ello, utilizamos como fuente la actividad de
las agencias antifraude y de los órganos de defensa de la competencia. Los informes anuales de supervisión deben ser remitidos a la Comisión Europea a través de la Junta Consultiva. De ellos se da publicidad en la Plataforma de contratación del
sector público y, como les he comentado antes, a través de la web de la propia oficina.


La metodología que empleamos para elaborarlos se basa, en primer lugar y de manera muy importante, en la consulta directa, en el tratamiento y análisis de los datos abiertos de la Plataforma de contratación del sector público y de las
plataformas de contratación autonómica. Como ya hemos comentado, para ello hemos tenido que desarrollar una herramienta específica que nos permita explotar de manera adecuada esta información. También, utilizamos formularios de solicitud de
información, lo que a su vez nos genera la necesidad de consolidar los datos obtenidos. Igualmente, consultamos páginas web de organismos y entidades o memorias de actividad y, finalmente, recibimos los informes de órganos de control, a los que se
refiere el apartado 11 del artículo 332 de la ley.


Comenzando por el informe de supervisión del año 2020, quiero señalarles que fue aprobado por el pleno de la oficina el día 17 de diciembre de ese año, de 2020, y se apoya en el análisis de la contratación pública del ejercicio
inmediatamente anterior; esto es, 2019. En dicho ejercicio, excluyendo la contratación menor, de la que sigue sin haber datos agregados y no es posible por ello hacer un análisis sistematizado, se produjeron 129 594 licitaciones, por un importe
que superó los 72 527 millones de euros. En términos de licitación, más del 50 % de la contratación de todo el sector público correspondió a entidades locales, aunque en términos económicos el más relevante es el sector público estatal en este año,
teniendo un peso porcentual del 43,7 %. El 77,65 % de la contratación del sector público se gestionó de acuerdo con el procedimiento abierto o abierto simplificado. El tiempo de tramitación medio del procedimiento abierto alcanzó los 123 días,
mientras que el procedimiento simplificado tuvo una tramitación media de 85 días. En términos de concurrencia, en el procedimiento abierto la media de licitadores llegó a los 4,30, siendo en el sector público autonómico donde se alcanzó una mayor
concurrencia de media en este mismo procedimiento abierto, 5,22 licitadores. La media del conjunto de procedimientos y de administraciones es de 3,81. En cuanto a la reducción del coste económico obtenido con el importe con el que finalmente se
adjudicaron las licitaciones son los procedimientos abierto y abierto simplificado los que obtienen una mayor baja, con un 14,13 y 15,69 % de promedio respectivamente. Teniendo en cuenta que la baja media de los negociados sin publicidad se situó
en un 3,39 %, es fácil concluir que la mayor concurrencia afecta, sin duda, al precio final del contrato.



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En el informe anual de supervisión de 2021, que fue aprobado por el pleno de la oficina el día 22 de diciembre de dicho año y en el que se analizó la contratación pública del año 2020, se alcanzaron las siguientes conclusiones. En primer
lugar, se produjeron 132 327 licitaciones por un importe de 63 948 millones de euros. En términos de licitación, este año el 44,67 % de expedientes de contratación se tramitaron por el sector público local. En términos económicos, en este año fue
el sector público autonómico quien obtuvo mayor peso porcentual, algo más del 37,5 %. El 66,64 % de la contratación se gestionó de acuerdo al procedimiento abierto o abierto simplificado. El tiempo medio del procedimiento abierto ascendió hasta
los 163,17 días. En el simplificado, la tramitación media se situó en 104,82 días. En términos de concurrencia, de nuevo el procedimiento abierto alcanzó una media de licitadores de 4,83. También de nuevo el sector público autonómico alcanzó una
mayor concurrencia de media en este procedimiento abierto, 6,03 licitadores. La media de todos los procedimientos se situó en 3,99. En cuanto a la reducción del coste económico obtenido con el importe con el que finalmente se adjudicó, el que
obtuvo una mayor baja fue el procedimiento de diálogo competitivo, con más del 20 %. En los procedimientos abierto y abierto simplificado, las bajas son de un 14,70 y de un 16,44, respectivamente, como promedio.


Comparando las cifras del ejercicio 2021 con las del ejercicio 2020, se puede apreciar la incidencia de las excepcionales condiciones que vivimos todos durante el año 2020, que afectaron, como no podía ser de otro modo, también al ámbito de
la contratación pública. Si han observado sus señorías, el número de licitaciones permaneció prácticamente estancado, apenas creció un 2 % entre 2019 y 2020, cuando entre 2018 y 2019 la evolución había sido de un incremento de un 28 %. En cuanto
al volumen licitado, se registró un acusado descenso del 10 %. De manera ilustrativa, en la oficina quisimos comprobar el número de expedientes en los que se incluía el término COVID en el objeto, alcanzando la cifra de 6538, un 5 % del total del
número de expedientes de contratación que se tramitaron en el año 2020. En términos de cifras de licitación, estos expedientes que incluían en su objeto el término COVID se situaron en casi 5000 millones de euros, 4939, un 7,7 % del total, en todos
los casos excluyendo la contratación menor.


Pero, como les avanzaba, el resultado más interesante del trabajo que desarrollamos en materia de supervisión por la oficina a través de estos informes anuales es el que nos ofrece la mirada global que damos sobre la actividad que
desarrollan todos los órganos relacionados con la contratación, así como el resultado de nuestras de nuestras actuaciones de supervisión directa, porque es a partir de ahí cuando somos capaces de definir un mapa en el que apuntamos dónde se
concentran los riesgos en materia de contratación. Así, en la fase de preparación del contrato de la actividad de supervisión, que realizamos desde la propia oficina en esta fase, deducimos un incumplimiento importante en materia de publicidad de
la programación de la actividad contractual, así como un escaso uso, y a menudo no correcto, de las consultas preliminares de mercado. Los órganos de control, tanto externos como internos, así como los tribunales de recursos contractuales,
coinciden en señalar como cuestiones críticas en esta fase de preparación del contrato la justificación y definición de los criterios de adjudicación, la fundamentación y el método de cálculo usado para los presupuestos base de licitación y valor
estimado del contrato y la justificación del procedimiento de adjudicación empleado. El Tribunal de Cuentas y el resto de órganos de control externo identifican esta fase preparatoria como aquella en la que se concentra el grueso de
irregularidades. En la fase de licitación y adjudicación del contrato los riesgos se concentran, en primer lugar, en la motivación de la adjudicación y las exclusiones del procedimiento de contratación, señalado como una de las causas en las que es
más frecuente la estimación del recurso contractual y también como un punto crítico por las agencias antifraude y órganos de transparencia. También es mejorable la publicidad en las plataformas de contratación, según nos indican las resoluciones de
los consejos de Transparencia. No obstante, se debe dejar constancia de que en materia de publicidad se ha producido un importante avance en el conjunto de plataformas, tanto la del Estado como las de las comunidades autónomas. En cuanto a la fase
de ejecución del contrato, tanto de la actividad de los órganos consultivos como mediante las actividades de supervisión directa que desarrolla la oficina en esta fase, coincidimos en señalar que los puntos críticos son, en primer lugar, la falta de
información con carácter general de la fase de ejecución y liquidación del contrato, la confusión entre las figuras de modificación y prórroga del contrato, y la falta de información sobre el pago y recepción de la prestación y, de manera muy
relevante, sobre la subcontratación.


Paso ya a comentar muy brevemente el informe trienal de supervisión de la contratación pública en España, que es otro de los tipos de informe a los que la ley nos obliga a dar respuesta. La elaboración de este informe en concreto está
recogida en el apartado 4 del artículo 328 de la ley. En dicho artículo se



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establece que el informe que cada tres años debe remitir la Junta Consultiva de Contratación Pública a la Comisión Europea debe integrar la información contenida en el informe de supervisión a que se refiere el apartado 8 del artículo 332.
En cumplimiento del mismo, en el año 2021, desde la ORIeScon remitimos el citado informe, que se incluyó en el informe trienal que envió la junta consultiva y que incorporaba conclusiones relativas a los ejercicios 2019 y 2020. El contenido es muy
similar al de los correspondientes informes anuales de supervisión, con la salvedad de que se circunscribe a los contratos sujetos a regulación armonizada.


Además de todo esto, el artículo 332. 7 en sus letras b) y c) reconoce a la oficina la capacidad para realizar encuestas e investigaciones, en el marco de nuestras competencias, trasladándose los resultados de las mismas a los
correspondientes informes. Atendiendo a esto, y de acuerdo con las circunstancias concretas que afectan a cada ejercicio, cada año la oficina define áreas a las que quiere dedicar una especial atención, elaborando informes especiales de
supervisión. Así, en enero del año 2020 se decidieron una serie de actuaciones de supervisión muy relacionadas con lo que tuvo lugar con posterioridad, que fue la declaración del estado de alarma, y que tienen que ver con la utilización de la
tramitación de emergencia en dichas circunstancias. La utilización de la tramitación de emergencia, al amparo del artículo 16 del Real Decreto Ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes para responder al impacto económico
del COVID 19, constituyó el fundamento para abordar una supervisión especial de los contratos tramitados por emergencia, en concreto para verificar el cumplimiento de los requisitos marcados por el principio de publicidad como un principio
vertebrador de la ley. El objeto de dicho informe se circunscribió a contratos adjudicados por trámite de emergencia por cualquier entidad del sector público mientras durara el estado de alarma y cuyo objeto estuviera vinculado con las actuaciones
directamente relacionadas con la crisis sanitaria. La evolución de la contratación implicó la necesidad de realizar varias versiones. De este informe se realizaron un total de ocho versiones, cerrándose con la versión de 23 de junio de 2020,
coincidiendo con el fin del primer estado de alarma. La extrema urgencia de la que trae causa la utilización de la tramitación de emergencia determina que no sea exigible la licitación del contrato y, por tanto, la publicidad ordinaria inherente a
esta. De esta forma, la publicidad de los procedimientos de urgencia que regula el artículo 120 de la ley de contratos se limita a la obligación de dar cuenta de los acuerdos de tramitación de emergencia al Consejo de Ministros o a los Consejos de
Gobierno de las comunidades autónomas, de conformidad con la normativa autonómica que corresponda. No obstante, ni el artículo 151 ni el 154 de la ley excluyen de la obligación de publicar en el perfil del contratante regulado en el artículo 63
tanto la adjudicación como la formalización de los contratos que se hayan tramitado por esta vía de emergencia. Bajo estas premisas, el informe supervisa el cumplimiento de la obligación formal de dar cuenta al Consejo de Ministros o Consejos de
Gobierno autonómicos del cumplimiento del requisito de publicidad, de las resoluciones de adjudicación y de los anuncios de formalización de los contratos adjudicados por trámite de emergencia, supervisando los datos publicados en las distintas
plataformas de contratación del conjunto del sector público.


En 2020, de la supervisión realizada se pudieron extraer las siguientes conclusiones. En cuanto al procedimiento elegido para publicar, se utilizaron una pluralidad de opciones por los órganos de contratación, destacando el negociado sin
publicidad como el utilizado con más frecuencia, el 53,47 % de los contratos. Se identificó que una parte de los contratos tramitados por emergencia vinculada a la causa COVID publicados en las plataformas de contratación autonómica no constaban
entre los contratos publicados por la Plataforma de contratación del sector público en sus datos abiertos. Se identificaron publicaciones con anomalías o con confusión de conceptos, lo que no permitió identificar de forma adecuada la publicación
individualizada de cada contrato. En último lugar, partiendo del cumplimiento en términos generales de la obligación de dar cuenta a los distintos Consejos de Gobierno por parte de las distintas Administraciones públicas de los datos comparativos
derivados del número de tomas de razón de dichos contratos y el número de anuncios de contratación de emergencia publicados, se pudiera deducir que algunas Administraciones o bien no estaban cumpliendo adecuadamente o bien existían retrasos en las
mismas.


Dado el interés de esta actuación, en el año 2021 volvimos a programar una supervisión especial de los contratos tramitados por vía de emergencia, extendiéndose en este caso a 2018, 2019 y todo el ejercicio 2020. Además de alcanzar
conclusiones muy similares a las que acabo de enunciar y que no reiteraré, se alcanzaron las siguientes. En cuanto a la causa y justificación de estos contratos, en los que afectan a los años 2018 y 2019 no siempre se ha podido deducir o comprobar
claramente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 120 de la ley de contratos. En los que sí se ha



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podido supervisar, la gran mayoría se han tramitado así al aludirse a una situación de grave peligro, el 65,62 %, mientras que el 15,19 % ha obedecido a acontecimientos catastróficos. En cuanto al tipo de contrato y procedimiento, destaco
de nuevo la falta de uniformidad en las plataformas, de tal modo que mientras algunas identifican un tipo de procedimiento diferenciado para las emergencias, otras incluyen la emergencia como un tipo de tramitación. Entre los contratos tramitados
por vía de emergencia en 2018 y 2019, destaca la utilización de los contratos de obras, más del 40 %. El escenario cambia si nos fijamos en los contratos tramitados por vía de emergencia en el año 2020, en el que dominan los contratos de
suministros, el 72 %. En cuanto a los procedimientos de adjudicación utilizados, llaman la atención, en la medida en que en la tramitación con carácter de emergencia se caracteriza precisamente por una ausencia de licitación y por la adjudicación
directa, algunas de las opciones elegidas, tales como el procedimiento abierto, contratos basados en acuerdos marco o procedimientos abiertos simplificados. También, en cuanto al objeto y duración de los contratos tramitados por vía de emergencia,
se detectaron algunos supuestos en que o bien el objeto o bien la duración del contrato no parecía encajar con la concurrencia de alguna de las circunstancias que se describen en el artículo 120 de la ley de contratos. En este informe de 2021
optábamos por recomendar valorar la opción de la tramitación con carácter de urgencia en lugar de emergencia, conforme al artículo 119 de la ley de contratos, o incluso por adjudicar mediante la utilización del procedimiento negociado por razón de
imperiosa urgencia, dándose las circunstancias recogidas en el artículo 168 b) de la misma ley, puesto que ambas opciones, especialmente esta última, pueden proporcionar la agilidad necesaria en la tramitación sin que se vean mermados los principios
de publicidad, transparencia y concurrencia, y además incorporando todo el resto de garantías procedimentales y controles, como es el sometimiento al recurso especial en materia de contratación que consagra la ley.


Entro ya a comentar el tema de las relaciones institucionales, otra área de actividad que está recogida como un objetivo transversal dentro del plan 2020-2024. En este contexto, y en ejecución de la medida destinada a establecer canales de
comunicación, colaboración y cooperación con instituciones, entidades y agentes relevantes en el ámbito de la contratación pública, durante 2020 y 2021 se han desarrollado distintas actuaciones. En el año 2020 hemos participado en eventos,
jornadas, actos, congresos y seminarios vinculados con la contratación pública, dada la especialización de la oficina en la materia y siempre dentro del marco de incompatibilidades inherente al cargo. Algunos de estos eventos se han centrado en la
situación de la crisis sanitaria que provocó el COVID y sus derivaciones en materia contractual. Se ofrecieron catorce ponencias en el marco de cursos de formación, módulos profesionales o másteres y jornadas especializadas en foros profesionales.
Asistimos a la reunión de trabajo del pleno del Comité de Cooperación en Materia de Contratación Pública, que tuvo lugar en octubre de 2020, y también participamos en los dos encuentros que celebró la Red de Oficinas y Agencias Antifraude, red de la
que la oficina forma parte. Adicionalmente, participamos en una reunión de trabajo para la trasposición de la directiva de protección del denunciante en el Ministerio de Justicia y en la Comisión de seguimiento del Plan Reincorpora-t 2019-2021,
organizada por la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.


En el año 2021 realizamos dos comparecencias parlamentarias. La primera en el Parlamento vasco, con ocasión de la tramitación de la propuesta de ley de modificación de la Ley 1/1988, de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas,
y la segunda en este Congreso de los Diputados, en el marco de la Comisión para la Auditoría de la Calidad Democrática, la Lucha contra la Corrupción y las Reformas Institucionales y Legales. Además, se impartieron once ponencias en cursos de
formación, módulos profesionales o másteres y jornadas especializadas en la materia en foros profesionales. Participamos también en el marco de la red de oficinas antifraude en tres encuentros, y participamos en nueve reuniones de las diferentes
secciones que componen el Comité de Cooperación en Materia de Contratación Pública. Además del ejercicio de la función propia de regulación, durante 2020 y 2021 informamos adicionalmente anteproyectos y propuestas normativas que nos remitieron a la
oficina. En concreto, en 2020 se informaron diez propuestas normativas y en 2021 se informaron nueve anteproyectos y propuestas normativas.


En otro orden de cuestiones, si bien los informes anuales de actividad sobre los que ha versado esta comparecencia se refieren a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, no puedo dejar de comentar un epígrafe
que venimos incorporando como anexo a dichos documentos y que guarda relación con la Oficina Nacional de Evaluación, que es otro órgano colegiado integrado en OIReScon y que tiene como función analizar la sostenibilidad financiera de los contratos
de concesión incluidos en su ámbito de aplicación. La ONE no nació con la actual ley de contratos, puesto que ya fue



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creada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la introducción de una disposición adicional trigésimo sexta al entonces vigente texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Hoy la
ONE está regulada en el artículo 333 de la ley de contratos, pero también en la orden de la ministra de Hacienda y Función Pública 1381/2021, de 9 de diciembre, que regula su organización y funcionamiento. La ONE se ha puesto en marcha, por tanto,
a 31 de diciembre de 2021, que es la fecha en la que entró en vigor la orden a la que acabo de aludir. No obstante, tanto durante 2020 como durante 2021 desarrollamos actividades preparatorias que han permitido la efectiva puesta en marcha de esta
oficina. Durante 2020 y buena parte de 2021 participamos en el proyecto de asistencia técnica denominado Guía para las decisiones estratégicas sobre la colaboración público-privada, promovida en el marco del Programa de apoyo a las reformas
estructurales de la Comisión Europea bajo el paraguas de la DG Reform. Uno de los objetivos fundamentales de este proyecto era desarrollar las capacidades requeridas por la Oficina Nacional de Evaluación en España proveyéndoles de una guía y
documentación relevante para que fueran capaces de otorgar un dictamen sobre propuestas de participación público-privada. El proyecto finalizó en el mes de septiembre de 2021.


En esta misma línea, desde el año 2020 hemos venido desarrollando diversas reuniones con el Centro Europeo Experto en Colaboración Público-Privada (EPEC) del Banco Europeo de Inversiones, con la finalidad de definir requisitos y dimensión
necesaria para abordar con las mayores garantías las funciones que debe desarrollar la ONE. A lo largo de 2021, con nuestra incorporación además como miembro de dicho centro, esta colaboración se ha ido configurando a través de distintas reuniones
con expertos de EPEC que han tenido como objetivo aclarar y consensuar los puntos en los que la colaboración se ha centrado. En concreto y a corto plazo, en proporcionar a la ONE una plataforma conceptual robusta sobre principios, como es el
análisis coste-beneficio o el de valor por dinero, en la evaluación de proyectos de inversión, en el análisis de los límites de rentabilidad de los proyectos para los entes privados o en las transferencias de riesgo en los proyectos de colaboración.
Durante 2021, se finalizó el proceso de tramitación del proyecto de orden ministerial por la que se regula la organización y funcionamiento de la ONE que requería el propio artículo 333 de la ley. Tras una tramitación participativa y prolija, la
orden se publicó en el BOE el día 11 de diciembre, entrando en vigor -como ya he señalado- el 31 de diciembre de dicho año. También durante 2021 se ha trabajado para la dotación de medios personales y materiales de la oficina. En cuanto a recursos
humanos, a lo largo de 2021 se mejoró la dotación del personal de la división responsable de la ONE con un equipo de cuatro funcionarios. De manera paralela, se tramitó una modificación de la relación de puestos de trabajo para procurar recursos
particularmente cualificados para este ámbito. El pasado 24 de febrero, la comisión ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones aprobó la creación de otros seis puestos de trabajo. Además, para llevar a cabo el ejercicio de las
funciones recogidas en el artículo 333 se han puesto en funcionamiento dos instrumentos informáticos a los que he aludido con anterioridad. El primero es la página web de la oficina, que permite el acceso a la sede electrónica a fin de poder
realizar la solicitud de los informes preceptivos, pero además una plataforma de Administración electrónica en modalidad software as a service que permite el tratamiento integrado de las solicitudes de informe de una manera eficaz y eficiente. Por
su relevancia -y a pesar de que se ha producido después de finalizar el año 2021-, me van a permitir que reseñe que la sesión que se celebró el 19 de enero de 2022 constituyó efectivamente el pleno de la Oficina Nacional de Evaluación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 333 de la ley. A día de hoy, ya se han celebrado ocho plenos en los que se han aprobado ocho informes, que están disponibles en la web de la oficina.


Concluyo ya señalando que, a pesar del relativo poco tiempo de funcionamiento, desde esta oficina se ha logrado desplegar una notable actividad. Como no podía ser de otro modo, se ha dado cumplimiento a las obligaciones legales, pero
adicionalmente se ha adoptado una actitud proactiva, intentando centrarnos en las demandas que ha marcado la actualidad. Por eso, buena parte de esta actividad adicional ha guardado relación con las excepcionales circunstancias en las que hemos
vivido durante este tiempo como consecuencia del COVID-19 y que han afectado también a la contratación pública. Por ello, hemos procurado desplegar actuaciones de apoyo, como la elaboración de las guías de orientación ante la paralización, la
posterior reactivación o la puesta en marcha del Plan de recuperación, a las que he aludido a lo largo de esta intervención, pero no hemos olvidado nuestro compromiso con el análisis, que forma parte de nuestra razón de ser. Por eso, hemos optado
por completar nuestra supervisión habitual con actuaciones especiales, como son los informes especiales de emergencias, de los que también he hablado.



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Por otra parte, aunque nuestra actividad afecta a un ámbito de competencias -la contratación pública- en el que intervienen muchos y muy prestigiosos actores ya consolidados, hemos procurado aportar una nueva perspectiva que acredite nuestra
utilidad, de acuerdo con las demandas y expectativas de la Comisión Europea y de la propia sociedad. En este sentido, quiero subrayar que somos el único órgano que asume competencias en materia de supervisión. Para ello, además de nuestra
actividad de supervisión directa, extraemos de forma agregada las conclusiones más relevantes del trabajo que realizan los diferentes órganos de control, consultivos, tribunales de lucha contra el fraude... Con ello conseguimos una mirada global
que no se detiene en un expediente concreto o en la actuación de un órgano de contratación determinado o en un supuesto particular, sino que ofrecemos una perspectiva que entendemos que es lo suficientemente amplia como para deducir puntos débiles o
problemas sistémicos de nuestro esquema de contratación. Es lo que he intentado resumir a la hora de presentarles a ustedes el mapa de riesgos que hemos extraído de nuestros informes anuales de supervisión.


No crean que con esto que acabo de expresar nos conformamos, no es así. Somos muy conscientes de lo mucho que queda por hacer. Para ello, afirmamos que queremos seguir trabajando muy atentos a las necesidades del momento y a las
orientaciones que puedan redundar en una mayor eficacia y eficiencia de la contratación pública. Por eso, en este año, en 2022, hemos abordado, por ejemplo, el análisis de la contratación estratégica mediante un informe especial que ya está
publicado en nuestra web, y hemos programado una nueva actuación relacionada con la contratación de emergencia, que tendremos lista antes de final de año. Continuaremos también intentando ser útiles para los directamente implicados en el
procedimiento de contratación y para todos aquellos que quieren tener una visión global sobre el sistema de contratación pública en nuestro país. Para ello, hemos comenzado a difundir de manera ordenada y sistemática toda la información sobre
contratación que está disponible en la red y en distintos foros y estamos valorando la publicación de nuevas guías de apoyo. Además, nos quedan muchos proyectos y retos de futuro para dar un salto de calidad en nuestra tarea. Si me permiten,
singularizaría dos de ellos. El primero es la dotación necesaria de unas normas propias de organización y funcionamiento y, el segundo, la preceptiva aprobación de la estrategia nacional de contratación pública.


Finalmente -y situándonos lejos de la autocomplacencia-, quisiera concluir compartiendo con ustedes nuestro compromiso con el más alto nivel de autoexigencia. Por supuesto, continuaremos rindiendo cuentas y siendo transparentes, como
demanda la normativa que nos es de aplicación, pero adicionalmente queremos dar un paso más, para lo que nos impondremos un código ético propio que ya está muy avanzado en su elaboración y que queremos que sea expresamente suscrito por todo el
personal de la oficina. En la economía global la contratación pública supone un porcentaje significativo del producto interior bruto, se cifra -según diferentes entidades- entre el 13 el 30 %. De ello se deduce su relevancia a nivel institucional
y social. Todos los que de uno u otro modo participan en este sector deben acreditar un plus en materia de valores éticos e integridad. Desde nuestra oficina consideramos además que aquellos que nos dedicamos a supervisar lo que otros hacen
debemos ser particularmente exigentes con nosotros mismos. A ese deseo de ejemplaridad obedece la elaboración y aprobación de este código ético del que espero que podamos dar cuenta al presentar el informe de actuaciones del próximo año.


Muchísimas gracias por su atención y quedo a su disposición.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora presidenta. Como sabéis, tenemos Pleno y a las tres menos cinco tenemos que suspender la Comisión. Hay cuatro intervinientes y nos quedan diez minutos, por lo tanto, os doy dos minutos a cada uno.
Tiene palabra el señor Bel.


El señor BEL ACCENSI: Señor presidente, no sé qué decirle, de verdad. Organícenlo de otra forma, usted, la Mesa y quien lo tenga que organizar. ¡Que venga aquí la presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la
Contratación, por primera vez, siendo un tema tan fundamental, tan importante, y que tengamos dos minutos para preguntarle y ella no tenga ningún minuto para respondernos! Yo no sé si aplazaría ya la Comisión y la haría en otro momento. No sé de
quién es la culpa. Yo tenía muchísimas cosas que plantearle y ya no sé qué decirle.


Me quedará un minuto. Le quería preguntar sobre la subcontratación de los informes anuales de supervisión. Nos preocupa muchísimo la subcontratación, el incumplimiento que se está realizando, entre otros, del apartado 2.º del artículo 217.
Ustedes lo ponen de manifiesto, dedican casi quince páginas de su informe a analizar esta situación y constatan una situación, por ejemplo, que en el año 2020, en el 97 % de los contratos mayores de 5 millones de euros no se informa si la
subcontratación está permitida. Con



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lo cual, que la Administración vigile y controle que el contratista pague a los subcontratistas en tiempo y forma no se puede cumplir ni se puede constatar si se cumple o no se cumple.


Más allá de que ya me he leído sus recomendaciones, no me atrevo a preguntarle qué harían ustedes ni su opinión porque no van a tener tiempo de contestarnos, pero en todo caso me reservo ya un día para visitarles. Y, en todo caso,
presidente, la próxima vez que comparezca la presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación que lo haga exclusivamente ella, para que no tengamos que celebrar una comisión prácticamente de cinco horas.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Bel.


Si me permiten, vamos a suspender la sesión. Pediría que en septiembre, a la vuelta, podamos contar con la presencia de la presidenta, para que podamos hacerle las preguntas en las que estén interesados y que las pueda responder. Ahora no
va a tener tiempo de responder y no tenéis tiempo de realizar las preguntas; llevamos ya cinco horas aquí, es cierto. Yo propongo, si los portavoces lo veis bien, buscar una fecha con la señora presidenta para septiembre y lo ponemos en marcha.
(Asentimiento). Disculpen y gracias.


Se levanta la sesión.


Eran las dos y cincuenta minutos de la tarde.