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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 316, de 16/03/2021
cve: DSCD-14-CO-316 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2021 XIV LEGISLATURA Núm. 316

JUSTICIA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª ISAURA LEAL FERNÁNDEZ

Sesión núm. 18

celebrada el martes,

16 de marzo de 2021



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de las ponencias designadas para informar sobre:


- Proyecto de ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. (Número de expediente 121/000027) ... (Página2)


- Proposición de ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 122/000079) ... (Página2)


- Proposición de ley orgánica complementaria de la Ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial. Presentada por la Comisión de
Justicia. (Número de expediente 122/000131) ... (Página2)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. (Número de expediente 121/000027) ... (Página2)


- Proposición de ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de expediente 122/000079) ... (Página13)



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Emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proposición de ley orgánica complementaria de la Ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial. Presentada por la Comisión de
Justicia. (Número de expediente 122/000131) ... (Página2)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia. (Votación) ... (Página21)


Emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia. (Votación) ... (Página25)


Se abre la sesión a las diez y cinco minutos de la mañana.


RATIFICACIÓN DE LAS PONENCIAS DESIGNADAS PARA INFORMAR SOBRE:


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REFORMA LA LEGISLACIÓN CIVIL Y PROCESAL PARA EL APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA. (Número de expediente 121/000027).


- PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 20/2011, DE 21 DE JULIO, DEL REGISTRO CIVIL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 122/000079).


- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 20/2011, DE 21 DE JULIO, DEL REGISTRO CIVIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JUNIO, DEL PODER JUDICIAL. PRESENTADA POR LA COMISIÓN DE
JUSTICIA. (Número de expediente 122/000131).


La señora PRESIDENTA: Se abre la sesión.


Buenos días, señorías. Vamos a iniciar la sesión de la Comisión de Justicia correspondiente al orden del día por el que fue convocada. Por el buen desarrollo de la Comisión, les adelanto que es intención de esta Presidencia no someter a
votación ninguno de los proyectos de ley que vamos a tratar y debatir antes de las doce de la mañana. Es decir, no procederemos a votaciones antes de las doce de la mañana.


En primer lugar, procederemos a la ratificación de las ponencias designadas para informar las siguientes iniciativas legislativas: proyecto de ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con
discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica; proposición de ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del registro civil, y proposición de ley orgánica complementaria de la ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21
de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial. ¿Se acuerda así por la Comisión? (Asentimiento).


Entiendo que son ratificadas por asentimiento. Muchas gracias, señorías.


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REFORMA LA LEGISLACIÓN CIVIL Y PROCESAL PARA EL APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA. (Número de expediente 121/000027).


La señora PRESIDENTA: Vamos a iniciar el debate y la intervención por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios, en relación con el primero de los proyectos de ley objeto de tramitación por esta Comisión. En primer lugar,
proyecto de ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.


En principio, la Mesa acordó que el tiempo de intervención por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios sería de siete minutos, pero, dado el volumen de la reforma, y a petición de algunos de los portavoces de los grupos
parlamentarios, la Mesa ha considerado que este tiempo, en este caso y para



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este proyecto de ley, podría llegar a alcanzar por parte de los portavoces, les ruego, un máximo de diez minutos.


Voy a proceder antes de iniciar el turno de intervención de los portavoces a leerles la nota que me trasladan los letrados de la Comisión en relación con el informe de discapacidad: 'Se informa a los miembros de esta Comisión de que el
texto final del informe de la ponencia del proyecto de ley, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, respecto del repartido tiene algunos cambios
exclusivamente en la parte del informe, y no del anexo o texto consolidado, relativos en su mayor parte precisamente a la aceptación de las enmiendas coherentes con la supresión de la prodigalidad en el Código Civil en los términos en que fueron
hablados, comentados y acordados por los miembros de la ponencia'. Gracias, señorías.


En el turno de defensa de enmiendas utilizaremos el procedimiento habitual dentro de esta Comisión de Justicia. El turno será de menor a mayor y lo harán, en primer lugar, los grupos parlamentarios enmendantes. De este modo, al primero que
le correspondería su turno de intervención es al Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y tiene la palabra el señor Legarda.


El señor LEGARDA URIARTE: Muchas gracias, presidenta.


Antes de la defensa de enmiendas, quisiera retirar algunas otras que todavía tenía pendientes y las voy a ir citando. Retiraría la enmienda 16, para sumarme a la transacción al artículo 137. Retiraría las enmiendas 18 y 33, para sumarme a
la transacción ya realizada al artículo 250. Retiraría la enmienda 19, para sumarme a la transacción al artículo 253. Retiraría la enmienda 22, para sumarme a la transacción al artículo 259. Retiraría la enmienda 23, para sumarme a la transacción
al artículo 258, que ya tenía una transacción con el 21, pero añadiría también la enmienda 23. Retiraría la enmienda 32, para sumarme a la transacción al artículo 295. Retiraría la enmienda 33, que ya he citado, para sumarme a la transacción al
artículo 250. Retiraría la enmienda 34, para sumarme a la transacción al artículo 665 del Código Civil. Retiraría la enmienda 43, para sumarme a la transacción al artículo 1263 del Código Civil. Retiraría la enmienda 48, que ya estaba
transaccionada con el artículo 1314. Retiraría la enmienda 49, para sumarme a la transacción a la disposición adicional cuarta del Código Civil. Retiraría la enmienda 55 para sumarme a la transacción al artículo 222 bis.5 de la Ley Hipotecaria.
Retiraría la enmienda 62, para sumarme a la transacción al artículo 7 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Retiraría la enmienda 69, para sumarme a la transacción al artículo 7 de la Ley de Patrimonios Protegidos, y por último, retiraría la
enmienda 83, que la retiraría sin más.


Por tanto, me quedarían vivas y mantendría las enmiendas 1 y 2 a la exposición de motivos. Veo aquí una nota reciente, que tiene una modificación del apartado cuarto, pero creo que no es en los términos que, yo al menos, había entendido o
con la claridad que yo había entendido que debía estar reflejado respecto al libro único informatizado de registradores, mientras tanto el Registro Civil no estuviera plenamente operativo en su dimensión digital o informática, y creo que aquí no
está suficientemente recogido. Por tanto, mantendría las enmiendas 1 y 2 a la exposición de motivos y la enmienda 28 al artículo 275. Ya comenté en ponencia que la exclusión de las personas jurídicas como curadores cuando tengan ánimo de lucro no
me parece que esté justificado. Se les permite a las personas físicas con ánimo de lucro, pero no a las jurídicas. Parece que las personas jurídicas solo pueden serlo a título benéfico y yo creo que en el momento actual puede haber patrimonios muy
importantes que requieran de personas jurídicas con ánimo de lucro que los administren. Asimismo, mantendría las enmiendas 30, 42 y 76, todas relativas al beneficio ex lege de inventario para las personas con discapacidad.


También mantendría la enmienda 36 al artículo 697.2 del Código Civil. Se refiere al otorgamiento de testamento con la asistencia de testigos cuando el notario otorgante lo considere por las circunstancias de la persona que va a otorgar
testamento. Ahí hemos presentado una enmienda, que entendemos que es garantista para las personas cuya capacidad debe completarse.


Asimismo, mantendría la enmienda 39, que es la sustitución ejemplar. Ya lo comenté en ponencia. Consideramos que es una cautela que no debiera desaparecer del ordenamiento jurídico porque no supone ninguna limitación a la persona para que
otorgue testamento en cualquier momento.


Asimismo -voy acabando, presidenta-, mantendría la enmienda 82 a la disposición final segunda. La competencia estatal respecto a los títulos competenciales no recoge exactamente lo que dice la Constitución en los apartados 6 y 8 del
artículo 149.1, al no incorporar las cláusulas sin perjuicio.


También mantendría las enmiendas 77 y 78, que son nuevas disposiciones adicionales. Solicitamos que el ministerio elabore un informe sobre la posible unificación de las funciones públicas de notarios y



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registradores en una realidad que ya no solo es analógica, sino también digital. Digamos que hay zonas tangentes y de confusión en la actividad pública de estos funcionarios por arancel.


Y, finalmente, mantendría las enmiendas 82 y 84, que se refieren al estudio de la posibilidad de prolongación de servicios de registradores y notarios hasta los 70 años -voluntariamente a partir de los 65-, al igual que tienen otros
funcionarios del Estado.


Muchas gracias, presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Legarda.


A continuación le corresponde el turno de palabra al Grupo Parlamentario Ciudadanos. Tiene su turno, señora Giménez.


La señora GIMÉNEZ GIMÉNEZ: Gracias, presidenta.


Señorías, en principio, quiero continuar destacando la voluntad de transacción que ha habido durante el trabajo y el desarrollo que se ha hecho en esta ponencia. De hecho, quería destacar que hemos llegado a grandes transacciones para
garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad a la hora de comparecer ante notario y mejorar las medidas de acompañamiento para las personas con discapacidad visual a la hora de hacer testamento. Igualmente, se restringe la
aplicación de la regla por la cual el pago de hecho a una persona incapacitada para administrar sus bienes será válido, en cuanto se hubiese convertido en su utilidad. A partir de ahora solo se aplicará a aquellas personas con discapacidad que
tuviesen medidas de apoyo para recibir pagos y haya existido mala fe por parte del deudor o de la persona que realice el pago. Asimismo, quiero destacar la facultad de anular el contrato, que caducará a los cuatro años. Este tiempo empezará en el
supuesto de error, de dolo o de falsedad de la causa desde la consumación del contrato o cuando la acción se refiera a contratos elevados celebrados por personas con discapacidad, prescindiendo de las medidas de apoyo previstas, tal y como hemos ido
modificando en los trabajos de ponencia, cuando fueran precisas desde la celebración del contrato.


Queremos destacar que, junto a ello, hemos trabajado y transado que, cuando la nulidad proceda de la minoría de edad, el contratante menor no estará obligado a restituir sino en cuanto se enriqueció con la prestación recibida. Esta regla
también será aplicable cuando la nulidad proceda de haber prescindido de las medidas de apoyo establecidas cuando fueran precisas e, igualmente, siempre que el contratante con derecho a la restitución haya actuado de mala fe. Si el depósito ha sido
hecho por un menor, el depositante solo tendrá opción para reivindicar la cosa depositada mientras exista en poder del depositario o bien que este le abone la cantidad en caso de que se hubiese enriquecido con la cosa o con el precio. Esta regla
también resultará de las transacciones realizadas de aplicación cuando el depósito haya sido hecho por una persona con discapacidad que haya prescindido igualmente de las medidas de apoyo establecidas y el depositante haya actuado de mala fe.


Las reglas de la administración del patrimonio protegido son otro de los aspectos en los que hemos estado trabajando. Excepto en el supuesto de que el constituyente del patrimonio protegido sea el propio beneficiario del mismo, su
administración, según las reglas que hemos concretado, queda sujeta a lo establecido en el documento público de constitución o aportación, pudiendo establecerse los apoyos o salvaguardas que se consideren convenientes.


Finalmente, hemos transado la cuestión en el proceso para la adopción judicial de medidas de apoyo a una persona con discapacidad, que puede promover la propia persona interesada, su cónyuge no separado de hecho o legalmente o quien se
encuentre en una situación de hecho asimilable, su descendiente, ascendiente o hermano. Creemos que son relevantes estas y otras de las transacciones a las que hemos llegado durante todos los trabajos y que se reflejan en el informe de la ponencia.


Quiero indicar igualmente que vamos a retirar la enmienda 110, porque hemos llegado a un acuerdo de transacción que se nos ha presentado. Por parte del Grupo Parlamentario Ciudadanos, vamos a mantener las siguientes enmiendas: 102, 130,
138, 148, 149 y 150. Estas son las enmiendas que nosotros seguimos manteniendo. Por último, queremos destacar el talante de buena acción y de acuerdo que hemos tenido durante todo el trabajo.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Giménez.


Por el Grupo Parlamentario Plural, le corresponde el turno de palabra el señor Boadella.


El señor BOADELLA ESTEVE: Muchas gracias, señora presidenta.



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Yo también quería empezar poniendo en valor el trabajo que ha hecho la ponencia a lo largo de todo este proyecto con grandes transacciones que recogen el espíritu de las enmiendas presentadas. De hecho, nuestro grupo tenía la prioridad de
adaptar la legislación al mandato de la convención y preservar en todo caso el derecho civil propio. Sobre la base de estos dos parámetros, la Convención de protección a las personas con discapacidad y la salvaguarda del derecho civil propio, es
como hemos trabajado este proyecto de ley y sus enmiendas y todo el trabajo que se ha realizado en ponencia.


A alguien le podrá parecer que se podía ir a más. Es cierto porque seguramente todo proyecto de ley puede ir a más, pero, si se prioriza el consenso y estos dos elementos que he señalado como prioritarios, no tengo ninguna duda de que esta
es sin duda la semilla que va dar frutos futuros para este vuelco de la legislación en el ámbito de la discapacidad, tanto desde el punto de vista sustantivo como desde el punto de vista procesal. Por tanto, todo el desarrollo de las medidas de
apoyo, la apertura de la puerta a este nuevo enfoque en el ámbito de la discapacidad y la implicación de las entidades a la hora de poder informar de las medidas de apoyo generan un resultado suficientemente satisfactorio como para finalizar estos
trabajos.


En este sentido, a efectos de recopilación de las enmiendas, por nuestra parte no hay problemas para que se voten conjuntamente. Las enmiendas que se mantendrán en el listado del guion de votación son las siguientes: 288, 289, 294, 295,
299, 300, 301, 306, 307, 308, 309, 313, 314, 316 y 322.


Gracias, presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Boadella.


Por el Grupo Parlamentario Republicano, le corresponde el turno de palabra a la señora Telechea.


La señora TELECHEA I LOZANO: Gracias, presidenta.


En primer lugar, quisiera agradecer, como han hecho los grupos que me han precedido en el uso de la palabra, el buen trabajo que se ha desarrollado en esta ponencia y, especialmente, quisiera dar las gracias al compañero Miguel Ángel, que ha
tenido la voluntad de llegar a ese acuerdo. Ha sido difícil llegar a ese consenso -a todos nos ha dado muchos dolores de cabeza-, pero finalmente ha sido posible. La verdad es que se ha trabajado mucho y muy bien para intentar llegar a esos
acuerdos. Es cierto que hemos retirado muchas de las enmiendas que se han transaccionado, pero no habíamos comunicado la retirada de las enmiendas de prodigalidad y las habíamos dejado pendientes porque no sabíamos si finalmente se iba a excluir
del informe. Como al inicio de esta Comisión hemos visto que sí, que desaparece toda referencia a la prodigalidad, procederíamos en este acto a retirar las enmiendas 449, 450, 451, 452 y 472, que son las referentes a la prodigalidad, además de las
retiradas anteriormente, como ya habíamos manifestado.


Por otro lado, mantenemos algunas enmiendas vivas, sobre todo en relación con la exposición de motivos, y algunas concretas sobre los poderes preventivos, dado que en Cataluña ya tenemos nuestra comisión de codificación y estamos legislando
ampliamente en ese sentido. Nosotras vamos un pelín más allá. Tal como decía mi compañero Genís, siempre se puede ir un paso más allá. En Cataluña vamos un paso por delante y, por eso, nosotras mantenemos estas enmiendas vivas, que son pocas,
para poder defenderlas y acabar de negociarlas en el Senado.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Telechea.


Por el Grupo Parlamentario de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, le corresponde el turno de palabra a la señora Saavedra.


La señora SAAVEDRA MUÑOZ: Gràcies, presidenta. Bon dia.


En Unidas Podemos consideramos que la aprobación de esta ley supondrá un cambio muy sustancial para la autonomía de las personas con discapacidad. Forma parte de un cambio de paradigma imparable, ya que las personas en toda su diversidad
son portadoras de todos los derechos y deben actuar en todo lo posible de acuerdo con sus deseos, creencias, intereses y valores. La autonomía es poder tomar decisiones en todos los ámbitos de la vida. Se está avanzando mucho en aspectos que
tienen que ver con la accesibilidad a los espacios, a los entornos sociales, a las actividades. Aún queda mucho por hacer, pero tenemos un firme compromiso con este objetivo. Estamos trabajando por una sociedad realmente inclusiva, que respete los
derechos de todas y cada una de las personas que la forman.



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En este sentido, era imprescindible cambiar la manera en que las personas con diversidad funcional, especialmente si tienen una discapacidad grave, ejercen su capacidad de obrar en la vida civil y administrativa, así como su autonomía para
tomar decisiones en el ámbito de las relaciones jurídicas con personas e instituciones. Con esta ley pasamos de una protección basada en que otras personas asumían la representación de la persona concernida, es decir, sustituían su voluntad, a la
idea de que es la persona con discapacidad la que puede tomar sus decisiones, con la ayuda de todos los apoyos necesarios para comprender las situaciones, valorar alternativas y adoptar una vía de actuación que responda lo máximo posible a su
voluntad. Así pues, ninguna persona podrá ser incapacitada porque todas tienen en cierta medida capacidades, si tienen ayudas para ejercerlas. Es un cambio que responde a demandas de las propias personas con diversidad funcional, y que se plasmó
en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a las que hoy respondemos con esta norma.


En el ámbito jurídico supone un cambio muy importante, y algún experto ha comentado que es una ruptura con la tradición del Derecho Romano para entrar en un camino con algunas incertidumbres. Esta ley, como todas, es perfectible, pero en
todo caso consideramos que las entidades de las personas con discapacidad, los juristas que trabajan en la defensa de sus derechos, los académicos que estudian las leyes y sus consecuencias, estarán especialmente atentos al desarrollo, aplicación y
consecuencias, y con toda seguridad propondrán en el futuro, si es el caso, modificaciones a esta norma que estamos en trámite de aprobar para que la legislación responda de manera cada vez más ajustada a las necesidades de las personas y a la
realidad de una sociedad a la que aspiramos, con derechos para todos y todas.


Consideramos muy importante y queremos poner en valor el amplio consenso político que se ha evidenciado en la tramitación de este proyecto de ley. Es una prueba de su necesidad y de que socialmente ya se consideraban superadas protecciones
que, aunque bienintencionadas, coartaban la libertad y la capacidad de acción de buena parte de la ciudadanía, que ha trabajado para que estas limitaciones desaparezcan. Creemos que esta ley amplía los derechos de ciudadanía de una buena parte de
la sociedad, y por tanto bienvenida sea.


Nuestro grupo ha presentado a la Mesa un escrito con la retirada de las enmiendas. Y queremos valorar el trabajo y la voluntad de consenso del resto de los grupos en esta ponencia, y especialmente el trabajo del compañero del PSOE, Miguel
Ángel.


Gracias


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Saavedra.


A continuación, por el Grupo Parlamentario VOX le corresponde la palabra a su portavoz, el señor Sánchez García.


El señor SÁNCHEZ GARCÍA: Con la venia.


Confirmo, por si no está debidamente formalizado, que ya por correo electrónico comunicamos que desistíamos de las siguientes enmiendas: al artículo segundo número 22 las relativas a los artículos 258, 260, 269 y 291 del Código Civil; al
artículo segundo número 38 la relativa al artículo 782 del Código Civil, y al artículo segundo número 49 la relativa al ordinal primero del artículo 1291 del Código Civil.


Dicho esto, nuestro grupo quiere poner de manifiesto que tiene perfecto conocimiento y conciencia, como el proyecto recuerda, de que se trata de una iniciativa legislativa en ejecución de la Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, firmado en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, de la que es parte España. Siendo así, sin embargo creemos que acaso el legislador no se ha mostrado en una línea que consideramos que podría haber sido una línea de
interpretación de esta convención, más allá de un criterio que pudiéramos calificar no de simple, sino de simplista, y que aboca este texto a contradicciones de difícil superación.


La Convención de Nueva York, en su artículo 12, proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica, en igualdad de condiciones con las demás, en todos los aspectos de la vida, y obliga en consecuencia a los Estados parte a
adoptar las medidas legislativas y de otra naturaleza para proporcionar a esas personas con discapacidad acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. Esto es lo que dice expressis verbis el precepto. En este
texto, como en el conjunto de la convención, se ordena la igualdad, la dignidad y la autonomía individual de las personas con discapacidad, incluida su libertad de tomar decisiones propias en lo que concierne a su vida civil. Esta cuestión de la
autonomía, exaltada no solo en este texto, sino en otros muchos -y no solamente en textos jurídicos, sino en una corriente de pensamiento que comienza en la segunda mitad del siglo XX-, es una exaltación de la autonomía que en definitiva niega la
existencia de cualquier heteronomía respecto



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del hombre. El hombre es libérrimo por sí mismo y por lo tanto su autonomía prevalece sobre cualquier otra consideración, y por ende sobre cualquier otra consideración de orden superior a la propia voluntad del hombre, que se manifiesta con
esa libertad absoluta. Autonomía versus heteronomía; es lo que Castoriadis, connotado ideólogo marxista, consideró la aportación principal del pensamiento contemporáneo propio de la modernidad, por algunos llamada después posmodernidad, pero que a
estos efectos es exactamente igual. Nosotros no podemos compartir esta visión de la existencia, y no podemos compartirla porque pensamos que hay consideraciones de orden superior que no dependen necesariamente de una creencia fideísta -aunque para
quienes profesan la fe sí es así-, pero que, en todo caso, limitan esa autonomía exaltada como algo absoluto, y que en definitiva supone lo que se ha llamado también la filosofía del derecho a la libertad negativa, es decir, la libertad ante todo y
para oponerse a todo. Creemos que hay un aliento de esta concepción en la Convención de Nueva York, pero no creemos, por el contrario, que sea un aliento suficientemente marcado como para no poder interpretar la Convención de Nueva York en términos
distintos de los que lo ha hecho este proyecto de ley. Ese mismo artículo 12 que citaba hace unos instantes añade que en todas las medidas relativas al ejercicio de la capacidad se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los
abusos. Y cuando menciona esas salvaguardias dice que 'asegurarán que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no haya conflicto de intereses ni influencia
indebida, que sean proporcionales y adaptadas a la circunstancia de la persona [...]'. Luego insistiré sobre esta idea de proporción y adaptación a las circunstancias de la persona al efecto de haber procurado una interpretación distinta de la que
ha hecho el legislador o la que ha hecho el Gobierno al remitir este texto al Congreso en materia de discapacidad.


El proyecto, con carácter general, no da cuenta debida de una tradicional distinción que ordinariamente se concibe como la de capacidad jurídica y capacidad de obrar que, como ya se ha dicho aquí, es una aportación propia del Derecho Romano
y que se ha mostrado proficua en tantos siglos de aplicación en los derechos de los Estados occidentales. Pero creo que la distinción es más que bimembre o trimembre, porque la distinción es -como se ha dicho por la filosofía jurídica- entre la
personalidad, en los términos por lo demás propios hoy de los artículos 29 y 30 del Código Civil -que se adquiere por el nacimiento-, la capacidad jurídica, como la aptitud de la persona para ser titular de derechos subjetivos y deberes jurídicos, y
la capacidad de obrar, como la aptitud para el ejercicio de tales derechos y el cumplimiento de tales deberes, que no es sino correlación de la clásica distinción entre derecho y el ejercicio del derecho. Es la personalidad lo que confiere la
dignidad a la persona, no es su capacidad jurídica ni su capacidad de obrar, porque la personalidad es el presupuesto natural de la capacidad jurídica y de la de obrar. Por lo tanto, la dignidad de la persona con discapacidad no sufre porque vea
limitada su capacidad jurídica cuando esa capacidad jurídica es limitada de un modo proporcionado y atento a las circunstancias de la persona caracterizada por esa discapacidad. Sería lesivo de su dignidad que se le negase la condición de persona;
cosa que nosotros consideramos que nuestras leyes hasta ahora no hacían, como no hacen, creo, las leyes de ningún Estado occidental. No consideramos, por lo tanto, que la convención exija necesariamente la abolición de esta triple distinción, como
el proyecto hace. Si la personalidad es lo propio de la condición de persona y, en tal sentido, es absoluta, las capacidades jurídicas y de obrar son siempre relativas. Son siempre relativas también para aquellos que no sufren discapacidad, y se
articulan siempre también como una gradación que responde, en definitiva, a circunstancias modificativas. La capacidad siempre se ordena en grados para todos, para los que tienen discapacidad y para los que no la tienen; para los menores de edad y
para los mayores de edad, para todos. Por lo tanto, esto, que es una evidencia que resulta de nuestras leyes, en este proyecto queda desdibujado hasta el punto de desaparecer; cosa que no podemos justificar desde un punto de vista propio de la
racionalidad jurídica en este caso.


En tales circunstancias modificativas se encuentran, claro es, las discapacidades, que pueden ser de muy diversa naturaleza -física o mental-; que pueden tener un alcance de irreversibilidad o ser reversibles; que pueden tener un alcance
distinto material en lo que es la propia discapacidad, con independencia de su duración en el tiempo, etcétera. El apoyo que pueda requerir una persona con discapacidad física puede ser solo de movilidad o de accesibilidad; la discapacidad
psíquica puede caracterizarse por una afectación desde leve hasta máxima del discernimiento. Esta diversidad es, por principio, ignorada por el proyecto. Un defecto total de voluntad del sujeto con discapacidad no necesitará simplemente de apoyo,
sino de sustitución por la de un representante. El proyecto finalmente, aunque no lo declare, reconoce tal cosa implícitamente cuando permite, en definitiva, la curatela representativa en



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ciertos casos, y aunque diga que está prohibido para todos los actos es evidente que, si la falta de capacidad volitiva, sobre la base de un defecto de entendimiento o por sí misma en la esfera de la volición, hace que el sujeto no pueda
discernir aquello que debe hacer y cómo debe organizarse en la vida civil, tendrá que haber una representación para todos los actos de la vida civil.


Creemos por lo tanto que, con arreglo a las ideas que consideramos clave -de inteligencia, de proporcionalidad y adaptación a las circunstancias de la persona- y que la convención proclama en su artículo 12, como ya hemos visto, se podrían
haber interpretado las exigencias de cumplimiento de dicho texto internacional en términos distintos de los que el proyecto hace. El proyecto no adopta esta orientación, sino que se adentra por derroteros que se caracterizan por desconocer ciertas
realidades de hecho, como las ya descritas -en supuestos en los que la incapacidad al efecto de realizar actos en la vida civil es total, máxima o de la mayor severidad-, y opta por una interpretación a ultranza de la convención que quiere excluir
además el superior interés de la propia persona con discapacidad, que cede ante sus deseos y preferencias; deseos y preferencias que para muchas personas con discapacidad no deben ser en nuestra opinión determinantes de decisiones para cuya
adopción no disfrutan tales personas del necesario discernimiento.


Por una parte, cabe advertir que la convención ordena la protección y promoción de las personas con discapacidad -véase el artículo 4.1.c)- y, por otra, el comité de expertos de Naciones Unidas que la interpreta insiste en esta preterición
del interés superior de la persona con discapacidad ante lo que sean sus deseos, sus preferencias, su voluntad, y la necesidad incluso de interpretar de forma retrospectiva lo que hubiera podido ser en el pasado, al efecto de proyectarlo hacia el
futuro en las decisiones por adoptar.


La señora PRESIDENTA: Su tiempo ha terminado, señor Sánchez García.


El señor SÁNCHEZ GARCÍA: Si me da un instante. En definitiva, creemos que este proyecto no puede merecer nuestro apoyo en la medida en que no regula debidamente una realidad como es la discapacidad con arreglo a un criterio de racionalidad
jurídica quintaesenciado en muchos siglos de regulación, en los que ha habido una reflexión muy detenida y que ha resultado en ciertas instituciones que hoy desaparecen. Nosotros no podemos estar conformes.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Sánchez García.


Por el Grupo Parlamentario Popular, corresponde la palabra a su portavoz, la señora Moro.


La señora MORO ALMARAZ: Señora presidenta, muchas gracias.


Señorías, buenos días. Hoy superamos una etapa importante en la tramitación de una esencial reforma en derecho privado que ve más cerca su aprobación, largo tiempo esperada y reclamada por las personas con discapacidad. Este proyecto
modifica siete de las principales normas de derecho privado, adecuándolas a la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada en 2008 por España. El principio fundamental que informa esta reforma es que todas las personas
tienen plena capacidad jurídica y por ello pueden ejercitarla. Un proyecto que con el impulso de Cermi, que se ha implicado en todo su proceso de elaboración, fue encargado por el Gobierno del Partido Popular a la Comisión General de Codificación y
que el actual Gobierno ha presentado al Congreso. El Grupo Popular ha trabajado en mejorar el proyecto a través de ochenta y cuatro enmiendas y de su participación en las transacciones, que han servido de instrumento para articular un amplio
consenso. Y lo hemos hecho escuchando a todos para ajustarlo aún más a los principios de la Convención de Nueva York, atendiendo a la problemática práctica que nos han trasladado asociaciones y entidades, juristas y otros profesionales.


Para mi grupo era esencial reforzar la coherencia de los siete textos legales en este cambio de paradigma que busca contribuir a hacer realidad la plena integración de las personas con discapacidad, sin discriminación y, en este caso, con un
paso más al reconocer su plena capacidad jurídica. Son normas que regulan actuaciones imprescindibles a lo largo de la vida de las personas: nacimiento, filiación, matrimonio, divorcio, relaciones de familia, contratación, sucesiones. Como se ha
dicho con razón por la profesora García Rubio, esta ley no es una opción con la que podamos estar más o menos de acuerdo, es simplemente una cuestión de derechos humanos.


La convención adoptó una visión social de discapacidad desde el pleno respeto a los derechos humanos de las personas, lo que exige el pleno reconocimiento de la dignidad inherente a la persona y a su autonomía individual, incluida la
libertad para tomar las propias decisiones. Desde que se ratificara por España, ninguna de las reformas ya aprobadas se ha hecho con el objetivo de abordar la problemática



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compleja del artículo 12, calificado como el corazón que da vida a toda la convención. Quienes hemos tenido el honor y la responsabilidad de representar a los grupos políticos en la ponencia de esta ley -al menos para mí lo ha sido hacerlo
en nombre del Grupo Popular- hemos contribuido a cumplimentar una tarea pendiente por demasiado tiempo, impulsados y acompañados en todo momento por los propios interesados.


Es esta una reforma en materia de derecho privado, por lo que los principios e instrumentos son los propios del derecho civil, el derecho de las personas, siendo la capacidad jurídica el concepto central de la misma. Es por ello que, aun
siendo una reforma civil, trasciende a todo el ordenamiento jurídico. Con esta ley desaparece de nuestro ordenamiento la incapacitación judicial. En los sistemas jurídicos modernos se ha negado a muchas personas con discapacidad la capacidad de
obrar, al entender que la protección debida a estas personas implicaba la necesidad de que su capacidad de obrar fuera transferida a otra persona que actuaría en sustitución de ella en su mejor interés. Al comité sobre los derechos de las personas
con discapacidad le preocupa que los códigos civiles de los Estados parte permitan privar de capacidad jurídica por motivos de discapacidad, y mantengan regímenes de sustitución en la adopción de decisiones. Y ello se ha recogido en este proyecto
de ley y sobre él hemos trabajado para conseguir que se haga de manera efectiva. Por tanto, no estamos -y quiero remarcarlo con intensidad- ante un cambio terminológico, de mero maquillaje, pero estamos convencidos de que el trabajo no concluye en
el Parlamento; aún queda mucho por hacer para que estos principios sean comprendidos, asimilados e informen no solo las normas, sino la aplicación de las mismas. Era, en todo caso, imprescindible la intervención del legislador, a pesar del
encomiable esfuerzo de jueces y tribunales en muy meritorias resoluciones.


Nuestro derecho privado acoge con esta ley el concepto de personas con discapacidad de la convención, amplio y flexible, que está muy distante y en absoluto sustituye al concepto de incapacitado judicialmente. Las personas con discapacidad
han de recibir el mismo trato que todas las demás, y se elimina la idea de sustitución de su voluntad por la actuación de representantes legales. La nueva normativa regula las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de estas
personas, acogiendo la idea, que resalta la observación general del ya mencionado comité, de la necesidad de medidas de salvaguarda que sean adecuadas y efectivas, y estén basadas en la voluntad de la persona y no en su mejor interés. Son medidas
destinadas a asegurar el respeto de los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona. El modelo del interés superior o del mejor interés de la persona con discapacidad no está en el artículo 12.4 de la convención, y debe ser sustituido
por el de mejor interpretación posible de su voluntad y sus preferencias. No puede ser utilizado, por tanto, como medida de salvaguarda. El proyecto ha acogido esta tesis del trabajo en las enmiendas de mi grupo, y las transaccionales alcanzadas
han perseguido dejarlo claro en los textos y mantenerlo con la mayor coherencia. Las medidas de apoyo podrán establecerse o acordarse voluntariamente o podrán solicitarse al juez, siendo las primeras preferentes, idea que hemos reforzado en el
texto como se nos había reclamado. Solo excepcionalmente el designado como apoyo podrá actuar como representante legal, y lo hará cuando judicialmente se determine la curatela con ese alcance como medida de apoyo. Ello sucederá en los casos en que
sea muy difícil que la persona pueda expresar su voluntad o no pueda en ningún caso hacerlo.


Las enmiendas del Partido Popular que han sido integradas en este sentido prácticamente en su totalidad han tenido como objetivo principal que se tuviera en cuenta ese cambio de paradigma y, en particular, que se materializasen entre otros
los siguientes principios. Uno, las medidas de apoyo son un derecho de la persona con discapacidad, no una obligación.


Dos, siempre que sea posible y así se desee será la persona la que decida voluntariamente las medidas de apoyo que necesita en ese momento o para cuando no pueda expresar su voluntad, deseos y preferencias. No tiene por qué acudirse
necesariamente a la autoridad judicial.


Tres, que se integre y no se expulse del mercado a las personas con discapacidad. Ello haría imposible la necesaria integración social que nos compromete a todos. Por eso hemos insistido en dejar claro que la discapacidad no puede ser
causa de nulidad contractual. Hemos defendido que debía incorporarse en nuestro código, para alcanzar el mejor equilibrio, el principio de la ventaja injusta respecto a situaciones de vulnerabilidad, en este caso, la discapacidad, como ya se recoge
en el derecho comparado. No ha sido posible alcanzar un consenso pleno en ello, pero sí una aproximación que permite, por el momento, dejar clara la adopción de los principios explicados. La mera discapacidad o la actuación de las personas con
discapacidad, sin los apoyos, no puede ser determinante por sí sola de anulabilidad del contrato o negocio,



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porque -insistimos- las medidas de apoyo son un derecho de la persona, no una obligación, y el apoyo no puede sustituir su voluntad, salvo en casos excepcionales.


Cuatro. Hemos perseguido también que no se estigmatice a la persona con discapacidad con una publicidad inadecuada de acuerdos y resoluciones que tengan lugar respecto a las mismas en registros públicos, y que cada uno siga cumpliendo con
su función esencial.


Cinco. En este nuevo contexto hemos entendido que no puede mantenerse la prodigalidad, tal y como se regula en el derecho vigente. Por eso hemos propuesto su supresión, contemplando la correspondiente transitoriedad. Las situaciones de
hecho a las que se refiere la normativa vigente deben encontrar apoyo en el nuevo marco legal.


Seis. Se han reforzado en el texto todos aquellos preceptos que vienen a garantizar la accesibilidad en todos los trámites y procedimientos, la necesidad de un tratamiento personalizado en cada caso. Hemos buscado, a través de
transacciones, un tratamiento claro, garantista y sin profusión de referencias dispersas por el texto, pero la reforma obliga a un cambio en el desarrollo de todos los trámites y procedimientos. No cabe el automatismo ni ignorar a la persona con
discapacidad en la actuación de los letrados de la Administración de Justicia, del notario o de la autoridad judicial. Todos deben implicarse en que la persona comprenda la trascendencia de las actuaciones para su vida y que pueda expresar su
voluntad al respecto. Seguramente no habrá dos casos iguales, por lo que se exige un proceso personalizado en la toma de decisiones sobre las medidas de apoyo que se aprueben. Para ello deberán contar también con el auxilio y asesoramiento de los
especialistas y entidades. Indudablemente, necesitamos cambiar de mentalidad, no solo de procedimientos, y esto no lo puede hacer una ley. Es preciso mucha pedagogía y, además, dedicar los medios necesarios, aunque, sin lo primero, esto último
puede resultar inútil. También hemos tenido muy presente que España es un Estado plurilegislativo en materia civil. Por esa razón, esta ponencia se ha esforzado en su reconocimiento, para hacer factible la integración de otras normas civiles y su
aplicación en los planos procesales o procedimentales de competencia exclusiva del Estado.


Esta reforma, señorías, va a requerir el esfuerzo de todos para entenderla y ponerla en práctica. El cambio de paradigma que conlleva deja atrás un bienintencionado modelo paternalista, y este, en cambio, se sustenta en la defensa en
igualdad de los derechos humanos de las personas, sean cuales sean sus capacidades. Los trabajos de ponencia se han realizado buscando el máximo consenso en una materia tan sensible como esta, que, en algún momento de la vida, puede afectarnos a
todos, con un gran respeto a los trabajos previos y a los compromisos asumidos en el sector de la capacidad.


Quiero agradecer a todos los que han contribuido con un mensaje, una llamada o una propuesta; a mi compañero de ponencia, Miguel Jerez, al Grupo Parlamentario Popular, por haberme permitido trabajar en este tema; a los miembros de la
ponencia, por el espíritu que ha existido para alcanzar consensos; a las letradas y al letrado de la Comisión, por su profesionalidad y apoyo; a la presidenta, por hacer sencilla la tarea; al equipo del Ministerio de Justicia, por escuchar y ser
receptivo, y en particular a Miguel Ángel González Caballero, que ha hecho muy fácil el debate y la búsqueda de posiciones comunes. (Aplausos). Si me permiten, señorías, creo que un trabajo como el que se ha seguido en esta ponencia nos reconcilia
en tiempos tan convulsos con la política, porque hemos contribuido a hacer buena política, la que busca soluciones para mejorar la vida de las personas. Gracias al Cermi y a todas las asociaciones, entidades y responsables del sector de la
discapacidad, que hoy también nos acompañan siguiendo de cerca este debate; que sepan que, en todo momento, para mi grupo y para quien les habla el principio fundamental que dirimía cada decisión ha sido la defensa de la igualdad de las personas
con discapacidad. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Gracias a usted, señora Moro, a usted y a lo que representa. Muchas gracias.


Por último, por parte de los grupos enmendantes le corresponde el cierre de estas intervenciones al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, el señor Caballero.


El señor GONZÁLEZ CABALLERO: Muchas gracias, señora presidenta.


En primer lugar, por parte de mi grupo nos gustaría saludar a las representantes de las entidades que hoy nos acompañan en este debate de Comisión, a Cermi, ONCE, Plena inclusión, Aspace, Fedace, Autismo España y Salud Mental España.


Con la aprobación del proyecto de ley para la reforma de la legislación civil y procesal en el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, nuestro país da un paso de gigante en los derechos de este colectivo, con la
incorporación a nuestro ordenamiento del artículo 12 del Convenio



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de Nueva York del año 2006. Con este proyecto, enviado por el Gobierno de Pedro Sánchez en julio de este año, pero ampliamente trabajado en el tiempo desde los primeros inicios de estudio por parte de la Comisión de Codificación, a la que
agradecemos su trabajo, no hacemos un simple cambio terminológico, quitando figuras peyorativas como la de incapacitado, no solo trasponemos un mandato de Naciones Unidas, no solo trasponemos una cuestión de derechos humanos, lo cual ya de por sí
sería relevante. Con este proyecto de ley, señorías, lo que hacemos es cristalizar en ley la idea del respeto a la voluntad de las personas con discapacidad. Con este proyecto ampliamos y reconocemos los derechos a millones de compatriotas con
discapacidad en cuestiones tan importantes como el acceso efectivo a la justicia, realizar un contrato o aceptar una herencia en una notaría en verdaderas condiciones de accesibilidad; un avance en derechos, señorías, que supone un gran paso en el
camino a la igualdad para las personas con discapacidad, un gran paso del que el Gobierno de Pedro Sánchez y este Grupo Parlamentario Socialista somos defensores. Estamos en una verdadera era de la consolidación de los derechos de la discapacidad.
En dos años y medio este Parlamento ha reconocido el derecho al voto de las personas con discapacidad, hemos prohibido las esterilizaciones forzosas a las mujeres con discapacidad, y hoy en esta Comisión alcanzamos un nuevo hito, damos un nuevo paso
para la plena igualdad en el ejercicio de la capacidad jurídica de este colectivo. Desde el Grupo Parlamentario Socialista enviamos un mensaje claro a toda la sociedad civil organizada, a todas las personas con discapacidad, de que seguiremos dando
pasos de la mano junto a ellos, junto a otros grupos políticos, como hemos conseguido en esta Comisión.


La idea central de este proyecto de ley que modifica siete artículos -desde la Ley del Notariado hasta el Código Civil, aspectos procedimentales de la Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Jurisdicción Voluntaria, Ley Hipotecaria, Ley de
Patrimonio Protegido, en definitiva, gran parte del ordenamiento jurídico civil-, la idea central que buscamos, que perseguimos en este proyecto es el respeto a la conformación de la voluntad, de los deseos, de las preferencias de las personas con
discapacidad mediante un nuevo sistema de apoyos, que será el vehículo para manifestar esta voluntad.


Discrepamos con VOX en una cuestión que es elemental, y es que esta idea central que el ordenamiento jurídico español reconoce y aplica y que va a aplicar en el futuro, con este acuerdo en Comisión, no se aleja del resto del ordenamiento,
del resto de regulaciones que existen en los países europeos, que van en la línea de la eliminación de figuras coercitivas a la voluntad como en estos momentos tiene nuestro ordenamiento, como la tutela, la patria potestad prorrogada, y tiende al
desarrollo de esas medidas voluntarias, pero también la existencia importantísima de las medidas judiciales de apoyo, como la guarda de hecho, que tiene una regulación más pormenorizada, la curatela, que es la esencia de estas medidas judiciales
preferentemente por la vía asistencial, y el defensor judicial.


Es importante destacar el trabajo de los grupos parlamentarios, en el que previsiblemente se da un importante acuerdo mayoritario. En este trabajo de ponencia hemos presentado por parte del Grupo Parlamentario Socialista más de cincuenta
enmiendas transaccionales, que aglutinaban una parte relevante de las quinientas una enmiendas presentadas por parte de los grupos parlamentarios. Fruto de esta idea de consenso, de trabajo, de deliberación, de acuerdo en pro de los derechos de las
personas con discapacidad, podemos decir que la mayoría de los grupos que hemos trabajado en esta línea hemos dejado vivas menos de una cuarta parte de todas las enmiendas para su debate. Con este acuerdo el texto de ponencia se ha enriquecido
mejorando la regulación de las medidas voluntarias, respetando los derechos forales propios para su efectiva aplicación, eliminando la institución de la prodigalidad y haciéndonos eco de la representación del sector de la discapacidad en cuestiones
tan relevantes como la accesibilidad. Con este proyecto de ley se reconoce el derecho a conocer y, sobre todo, a ejercer esa voluntad en todos los aspectos de la vida y en todos los aspectos de la Administración de Justicia.


Agradezco el trabajo de todos los ponentes, en especial de los ponentes de Ciudadanos, la señora Giménez, también del señor Boadella y de la señora Telechea, de Esquerra Republicana, del señor Legarda, y quiero, asimismo, mostrar
particularmente mi agradecimiento a la señora Moro, del Grupo Parlamentario Popular, porque su grupo junto con el mío, fruto de ese debate y deliberación que hemos mantenido en este tiempo de trabajo parlamentario, hemos llegado a una incorporación
plena de nuestras enmiendas en el dictamen, lo que representa un buen ejemplo de política útil y, sobre todo, un buen ejemplo porque se contienen en el espíritu de este dictamen las ideas principales que plasmamos en nuestras enmiendas.



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Recojo lo dicho por la señora Telechea, y por parte de este grupo parlamentario la capacidad de diálogo no solo no se agota en este Congreso, sino que intentaremos todavía mejorar y enriquecer el texto en el Senado.


En esta última sesión queremos trasladar una serie de enmiendas transaccionales y observaciones técnicas que ya tienen sus señorías. El texto transaccional lo que intenta es adaptar en la exposición de motivos todo lo acordado y trabajado
en este tiempo en ponencia, principalmente cambios de carácter terminológico, y haciendo una modificación del carácter registral que va a tener este proyecto de ley que ha ido evolucionando respecto de ese trabajo y que declara como pieza central de
las resoluciones de la personalidad al Registro Civil. También planteamos una transacción al artículo 268 del Código Civil, que ya ha mencionado la señora Giménez, de Ciudadanos, aplicando una modificación a la revisión de las medidas judiciales.
Y una última transaccional al artículo 756 en relación con el 761 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a las enmiendas propuestas por PDeCAT, Esquerra Republicana y Partido Popular, donde vemos un mejor encuadre en la motivación para acudir en el
contencioso a las medidas judiciales de apoyo; además de unas observaciones técnicas que van plenamente dirigidas a la transitoriedad de esa figura que va a desaparecer producto de este debate, que es la institución de la prodigalidad.


Agradezco a los letrados y letradas de esta Comisión su paciencia, rigor y trabajo en esta ponencia. También mi agradecimiento a la presidenta de la Comisión, doña Isaura Leal, por la excelente conducción de los debates, al igual que a los
asesores del Ministerio de Justicia, Javier Truchero y María Siol por la capacidad de atención, diálogo y voluntad de sacar este proyecto de ley adelante y también a la dirección de esta Comisión del Grupo Parlamentario Socialista y a los tres
ponentes del Grupo Parlamentario Socialista, en cuyo nombre hablo, porque es un honor defender este proyecto de ley. Pero queremos hacer un especial agradecimiento a la sociedad civil organizada, a las familias, a los operadores jurídicos y a los
tribunales y juzgados que van a aplicar este nuevo derecho para las personas con discapacidad. Desde este grupo parlamentario seguiremos atentamente su desarrollo.


Señorías, probablemente lo aprobado en esta Comisión es un gran ejemplo de política útil en estos tiempos líquidos que vivimos, un ejemplo de que los grupos políticos con distintas sensibilidades y distintas ideologías podemos llegar a un
acuerdo de amplio alcance cuando tenemos un objetivo común y claro: avanzar en los derechos humanos, avanzar en los derechos de las personas con discapacidad. Con la previsible aprobación de este proyecto de ley por amplia mayoría lanzamos un
mensaje de la buena política, de esta política en la que podemos avanzar y garantizar nuevos derechos, como el de que todos y todas seamos iguales a la hora de ejercer la capacidad jurídica, abandonando este paternalismo que ha dejado a muchas
personas en la estacada. Por tanto, estamos ante una buena lección de política útil esta mañana y nos podemos dar la enhorabuena junto a los colectivos que han impulsado esta reforma.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor González Caballero.


Ruego tanto a la señora Moro como al señor González Caballero que comuniquen las enmiendas retiradas. (El señor Sánchez García pide la palabra).


El señor SÁNCHEZ GARCÍA: Con la venia, señora presidente. Yo quisiera consumir un turno por la alusión que ha hecho el portavoz socialista. Será, lo prometo, un minuto. ¿Lo tengo?


La señora PRESIDENTA: Treinta segundos, si es posible.


El señor SÁNCHEZ GARCÍA: Gracias, señora presidente.


Yo quisiera preguntar al portavoz socialista, si los deseos y preferencias de las personas con discapacidad han de ser el criterio rector de sus actos en la vida civil, ¿por qué no es así también para los menores de edad? ¿Por qué se
mantiene la tutela para los menores no emancipados sujetos a patria potestad o desamparados? ¿Y en la patria potestad los padres, cuando la ejercen sobre los menores, deben también atender como criterio rector de los actos de estos los deseos y
preferencias de los menores? (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Para finalizar el turno de intervención de los portavoces, tiene la palabra el señor Iñarritu.



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El señor IÑARRITU GARCÍA: Muchas gracias, señora presidenta.


Intervengo brevemente para decir que apoyaremos el texto, y quería agradecer al señor portavoz del Grupo Socialista, Miguel Ángel, su disposición a la hora de informar y a la hora de intentar llegar a acuerdos.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Iñarritu.


Me han solicitado la palabra la señora Moro y el señor González Caballero. Yo les rogaría no reabrir debates que ya hemos realizado, y he sido testigo de ellos, en la ponencia. Les rogaría a ambos, si es posible, señora Moro y señor
González Caballero, no reabrir el debate en estos momentos. Señora Moro, ¿su turno es para comunicar la retirada de enmiendas?


La señora MORO ALMARAZ: Sí, muchas gracias, presidenta.


Simplemente habían quedado vivas las enmiendas 356, 357, 358, 439 y 440 de la exposición de motivos, que consideramos integradas en la transacción que se nos ha presentado y, por tanto, las retiramos en este momento.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Moro.


Señor González Caballero, ¿es también para comunicar su intención?


El señor GONZÁLEZ CABALLERO: Y para una breve alusión sin ánimo de reabrir el debate.


La señora PRESIDENTA: Le ruego no lo haga.


El señor GONZÁLEZ CABALLERO: No lo hago. Retiro la enmienda número 151, afirmando que el Grupo VOX se tendría que plantear por qué se queda solo en este proyecto de ley. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor González Caballero.


Señorías, vamos a disponer de cinco minutos de receso antes de iniciar la segunda parte de la sesión correspondiente a la tramitación de los proyectos de ley relativos al Registro Civil. Ruego a las señoras y señores portavoces que utilicen
también este tiempo para comunicar a la Mesa la solicitud de enmiendas de las que desean su votación por separado, porque, si no es así, en principio y como criterio general, las votaremos por bloques correspondientes a cada uno de los grupos
parlamentarios. En cinco minutos reiniciamos la sesión.


Gracias. (Pausa).


- PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 20/2011, DE 21 DE JULIO, DEL REGISTRO CIVIL. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de expediente 122/000079).


La señora PRESIDENTA: Iniciamos la segunda parte de la sesión, al haber sobrepasado ampliamente los cinco minutos. Señorías, como todos ustedes conocen, por acuerdo de la Mesa y portavoces de los grupos parlamentarios de la Comisión el
debate de las dos iniciativas relativas a la reforma del Registro Civil se desarrollará de forma acumulada. El turno de intervención de los grupos parlamentarios se realizará una vez más, conforme al criterio de esta Comisión, de menor a mayor
representación parlamentaria y el tiempo de duración previsto para cada uno de los portavoces será de siete minutos en un único turno.


Iniciamos, por tanto, el turno de intervenciones con el portavoz del Grupo Parlamentario Bildu, el señor Iñarritu.


El señor IÑARRITU GARCÍA: Muchas gracias, señora presidenta.


Como es práctica habitual, querría comenzar agradeciendo a la señora Andrea Fernández su disposición a la hora de negociar. Debido a esa negociación llevada a buen puerto, hemos decidido retirar varias de las enmiendas presentadas
inicialmente y de igual forma otras que están incluidas o asumidas en el informe de la ponencia y que voy a mencionar a modo de confirmación, aunque creo que el e-mail que hemos enviado ha llegado bien.



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Serían las enmiendas números 5, 9, 10, 11, 15, 19, 21, 22, 26, 27, 28, 30, 31 y 33. Las enmiendas que hemos mantenido vivas las podríamos diferenciar en varios bloques de diversos asuntos, pero, antes de entrar a explicarlas de manera
somera, me gustaría decir que creemos que esta ley es un avance relevante con respecto a los intentos de reforma anteriores. Se da un salto importante en lo relativo a la cercanía y a la proximidad en referencia al partido judicial, pero en algunos
aspectos es insuficiente desde nuestro punto de vista. De igual forma, se da un impulso a la práctica registral en lo relativo al uso de lenguas oficiales; sin embargo, se deja sin dar un impulso al bilingüismo real que, como saben ustedes, existe
en varios de los territorios del Estado. Por ello, ya avanzo que no entendemos, por ejemplo, que no se hayan aceptado las propuestas que hacíamos en las enmiendas 12 y 20, teniendo en cuenta que con los programas informáticos actuales esto no sería
de ningún modo un problema. Igualmente, vemos que se tiene especial cuidado con las comunidades autónomas, pero, desde nuestro punto de vista, se hace una división sin sentido a día de hoy entre las comunidades que tienen reconocida en sus
estatutos de autonomía la competencia ejecutiva y las que no aunque dispongan de transferencia de medios materiales y personales. Sobre nuestras enmiendas en las que se pedía esa igualdad al ministerio y a las comunidades autónomas vemos que por el
momento no hay posibilidad de acuerdo. En algunos aspectos vemos un punto de vista un poco jacobino o centralista, lo que no debería darse en un Estado que se tiene por uno de los más descentralizados, como vemos en muchas ocasiones. En este
sentido, vemos que se hace referencia a un órgano de dirección administrativa única y de directrices de obligado cumplimiento, cuando sería más lógico abogar por una descentralización que permitiera a las propias comunidades autónomas decidir el
número de oficinas y la forma de organizarlas en cada autonomía. Echamos de menos esa posibilidad y, si se quiere imponer una tutela efectiva dando la potestad final al Ministerio de Justicia para aprobar o no lo solicitado por las comunidades
autónomas, no vamos por muy buen camino.


Entrando de manera breve en las enmiendas que hemos mantenido, hay un bloque inicial de enmiendas, las números 3, 4, 7 y 8, que buscan una competencia plena, desde nuestro punto de vista, y crear en el País Vasco un ente propio similar a la
Dirección General del Registro Civil, aunque ya vemos que no van a ser aceptadas. En cuanto a las enmiendas 12 y 20, ya decíamos que no vemos comprensible su no aceptación teniendo en cuenta que sí se han aceptado otras sobre la base del fomento
del uso de lenguas oficiales. La número 12 es muy sencilla y bastaría simplemente con aplicar un programa informático para rellenar los campos de manera bilingüe. La enmienda número 20 insta a atender las certificaciones bilingües de forma
general. Sobre la enmienda 6 podríamos llegar a un acuerdo si se tuviera en cuenta la propuesta que hacíamos de incluir la posibilidad de agrupar oficinas bajo un mismo encargado. Otras enmiendas, como las números 13, 14 y 16, creemos que son
mejoras técnicas y añaden lo dispuesto en al artículo 200 del actual reglamento. En la 18 proponemos eliminar los privilegios de una confesión religiosa, poner todas al mismo nivel y defender el modelo único de inscripción ante el Registro Civil.
Respecto a la enmienda 23, si se hubiera mantenido la posibilidad de agrupación de oficinas bajo un mismo encargado, como también ha defendido algún otro grupo parlamentario, la habríamos retirado. Seguimos manteniendo la enmienda 24, porque no
creemos lógico el nombramiento mediante procedimientos de libre designación. Asimismo, destacamos la importancia de que los encargados tiendan a la dedicación exclusiva, como se propone en el punto segundo. Asimismo, no se debería olvidar la
transferencia de los letrados de la Administración de Justicia, que ya toca. En la enmienda 25 pedimos que se pueda solicitar la nacionalidad en los registros y se les facilite esta forma de hacerlo a los menores de catorce años cuyos
representantes legales sean los progenitores. En esta enmienda planteamos una mejora técnica, porque creemos que se puede actualizar la digitalización de las inscripciones y complementando el registro individual no tendría sentido mantener vigentes
estos libros. En la enmienda 32 planteamos la importancia de mantener los libros bajo custodia de las comunidades autónomas con competencia en la materia ya que son un tesoro de la historia reciente y de la evolución demográfica y sociológica de
cada territorio.


Acabo, señora presidenta. Esperamos que en el Senado se puedan hacer avances mayores en aras del diálogo.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Iñarritu.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, le corresponde la palabra al señor Legarda.



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El señor LEGARDA URIARTE: Muchas gracias, presidenta, y muy brevemente.


En ponencia, y también durante la toma en consideración en el Pleno, manifesté nuestra discrepancia con la proposición y, en la ponencia, con las transacciones que nos ofrecían. No obstante, manifesté que, inicialmente, estábamos de acuerdo
con la transacción que se nos había ofertado en las enmiendas números 37 y en la 42, la última que presentamos, y que dejábamos pendientes la 38, la 39, la 40 y la 41. A la vista de las nuevas transacciones que nos han ofertado a lo largo de esta
semana, principalmente en el día de ayer, aunque no nos satisface plenamente el texto que se nos ofrece, valoramos el esfuerzo que se ha hecho. En este sentido, aunque no estamos plenamente satisfechos con el tratamiento a nuestras enmiendas
-lógicamente, nadie puede aspirar a que todas sus pretensiones sean recogidas al cien por cien-, quiero manifestar que el texto, tal y como ha quedado, es razonable, dada la dificultad que presentaba. Teóricamente parecía fácil la
administrativización de los registros civiles, pero, a la hora de la verdad, la enhebración que se ha producido desde la creación del Registro Civil ha hecho muy difícil esa total escisión.


En definitiva, el texto que ahora tenemos es, como todo, relativamente perfecto o relativamente imperfecto. Por tanto, retiramos todas nuestras enmiendas, porque estamos relativamente satisfechos con el texto que ahora mismo tenemos entre
manos.


Muchas gracias, presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Legarda.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tomará la palabra el señor Bal.


El señor BAL FRANCÉS: Buenos días a todos.


En primer lugar, como han hecho otros portavoces, quiero darnos la enhorabuena por este clima de consenso, de buen entendimiento y de acercamiento de posturas que hemos tenido entre diversos grupos parlamentarios. También entiendo que es
razonable que nos felicitemos por el clima general que existe en esta Comisión, gracias a la Mesa y, en particular, a la presidenta. Quiero, en ese sentido, poner de manifiesto la voluntad negociadora que ha tenido el ministerio, que ha tenido el
Grupo Socialista, y señalar que nosotros planteamos unas pocas enmiendas inicialmente, todas relacionadas con las quejas, los anhelos y los deseos del sector -básicamente de los letrados de Administración de Justicia, aunque también del personal al
servicio de los registros civiles-, que poco a poco -no de una forma completa, como es propio de cualquier negociación, siempre hay que saber ceder hasta cierto punto- han ido siendo asumidas en este texto.


Destaco la relevancia de este texto, porque a veces, en el día a día, se nos olvida que llevamos diez años de prórrogas de la Ley del Registro Civil; es decir, todos hemos sido conscientes de nuestra responsabilidad para tratar de resolver
de manera definitiva un problema que quedaba siempre sin resolver, creado en un momento determinado por una Administración Socialista, pero dejado sin resolver también por las administraciones del Partido Popular, con la técnica de seguir
prorrogando la entrada en vigor de la propia ley.


Instamos al Gobierno de España y al Ministerio de Justicia a que, por favor, se den prisa y doten de recursos la creación de la aplicación informática y su implantación una vez que esta ley entre en vigor. Si no ponemos dinero, si no
ponemos recursos, si no ponemos esfuerzos en la implementación, desarrollo y ejecución de esa aplicación informática, nos vamos a encontrar con que la Ley del Registro Civil va a seguir siendo prorrogada de facto de forma indefinida, porque la
aplicación está en el núcleo más importante del desarrollo verdadero y de los efectos de esta ley que tanta falta nos hace.


Quiero decir que, como consecuencia precisamente de esa actitud negociadora, se han ido incorporando al texto la mayor parte de nuestras enmiendas y que, por lo tanto, hemos renunciado a todas ellas. No mantenemos ninguna viva y votaremos a
favor del texto definitivo de esta ley.


Respecto de esta enmienda transaccional que nos han puesto justo ahora mismo encima de la mesa, quiero señalar que hasta hace dos segundos he estado hablando por Whatsapp con Javier Truchero, a quien por otra parte felicito precisamente por
esta voluntad negociadora para incorporar algo que a nosotros nos interesaba muchísimo y que hemos reclamado en estas negociaciones, que consiste esencialmente en que en la disposición transitoria octava se incluya el concepto de retribuciones. El
concepto de retribuciones formaba parte de nuestra enmienda 105, en el último de los párrafos, y fue vetada inicialmente por parte del Gobierno, pero ahora se incorporará por lo menos una mención genérica a que las retribuciones deberán adecuarse a
la realización de las funciones desarrolladas. Otros grupos, por supuesto, también se han fijado en esto; no quiero que parezca que quiero tener la exclusividad o



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ponerme medallitas -eso que es tan típico de la política-, pero estamos muy satisfechos con la introducción de esta cuestión.


También quiero referirme, en esta última transaccional, a esta obligación de transparencia y de información -que no es mérito de Ciudadanos- que supone que el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, informe periódicamente a las Cortes
sobre el proceso de implantación del nuevo modelo de Registro Civil por lo que acabo de decir, porque no solamente es muy importante aprobar esta ley, sino además que se ejecute en la práctica mediante el desarrollo de la aplicación informática y su
ejecución.


Hasta aquí todo lo bueno, pero en cualquier negociación siempre hay cosas buenas y malas. En el sector, los letrados de la Administración de Justicia, los antiguos secretarios judiciales -como les seguimos llamando los que somos veteranos
en este sector de la justicia- todavía tienen sus quejas, algunas de las cuales, sinceramente, me parecen razonables e incluso compartidas por otros grupos parlamentarios de esta Comisión. La primera -lo expuso en la anterior sesión de esta
Comisión el representante de VOX- es el tema de la libre designación del encargado de los registros civiles exclusivos. Forma parte de la enmienda 70 de VOX y formaba parte de la enmienda 105 de Ciudadanos que se cubrieran los puestos de trabajo de
encargado del Registro Civil, sea o no exclusivo, a través del régimen ordinario de provisión. Esto me parece una cuestión relevante y razonable, porque si todas las enmiendas que hemos planteado -incluso en la reforma separada de la Ley Orgánica
del Poder Judicial- van por la línea de decir que si el letrado de Administración de Justicia sirve en un registro civil o sirve en la Administración de Justicia su régimen jurídico va a ser el mismo, pero resulta que aquí, en el Registro Civil,
cuando se trate de un registro civil exclusivo, establecemos una singularidad que, en mi opinión, no tiene justificación.


Ya me he referido al tema de la retribución justa y adecuada. Me siento satisfecho con esta última enmienda transaccional que, como he dicho, nos ofrece el Ministerio de Justicia, pero nos encontramos también con otra necesidad planteada
por el sector, que fue objeto de veto por parte del Gobierno por poder suponer incremento de gasto público, que creo que el ministerio tendrá que abordar en el futuro y coger el toro por los cuernos, que es la cuestión de las plantillas suficientes,
de las relaciones de puestos de trabajo suficientes en los registros civiles. Aquí estamos con el problema de siempre en el Ministerio de Justicia y en el servicio de Justicia, siempre la hermana pobre de la Administración, porque si no ponemos
dinero, si no ampliamos las RPT, si no ampliamos las plantillas, si no dotamos de una retribución suficiente, podremos diseñar un castillo precioso, pero estará vacío, no habrá personas dentro y, por lo tanto, no funcionarán los servicios. Es una
demanda que reclama el sector afectado directamente por este servicio público, por el trabajo en estas unidades y, por tanto, insto al Ministerio de Justicia a que no se olvide de estas dos cuestiones: primero, una retribución adecuada para hacer
los puestos atractivos y, segundo, un correcto dimensionamiento de las plantillas que deben atender precisamente las oficinas de los registros civiles.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Bal.


Por el Grupo Parlamentario Plural, le corresponde el turno de palabra al señor Boadella.


El señor BOADELLA ESTEVE: Muchas gracias, señora presidenta.


Muy brevemente. Las enmiendas presentadas forman parte de las enmiendas de un compañero de grupo, de la 76 a la 78, por lo que pido que se mantengan vivas para su votación. No aportaré nada más.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Boadella.


Le correspondería al turno a la señora Telechea. ¿Quiere hacer uso de su turno de palabra?


La señora TELECHEA I LOZANO: Sí, gracias, presidenta.


Simplemente deseo especificar que las enmiendas de nuestro grupo no se han retirado, sino que las mantenemos vivas y que las damos por defendidas.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: De acuerdo, señora Telechea. Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, tiene la palabra la señora Velarde.



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La señora VELARDE GÓMEZ: Gracias, presidenta.


En primer lugar, hemos retirado las enmiendas 47 y 56, como hemos hecho saber a la Mesa. Llegadas a estas alturas, hemos logrado un consenso y hemos transaccionado el resto de nuestras enmiendas.


A nuestro grupo le parece fundamental lo conseguido en relación con el marco de colaboración entre las distintas administraciones públicas de este servicio público, así como que las comunidades autónomas participen de cómo se va a ejecutar
esa prestación del servicio. También nos parece importante la consolidación del Registro Civil dentro de la Administración de Justicia, contando con el personal de la Administración, porque una de las cosas que más nos preocupaba era que se vieran
garantizados sus derechos laborales y que no supusiese ningún perjuicio, y así lo hemos trasladado y así lo hemos conseguido.


Destacamos también la colaboración de los Juzgados de paz, que eran importantes para nosotras en esta materia, que tendrán una consideración de oficinas colaboradoras del Registro Civil. Asimismo, hemos llegado a acuerdos sobre que existan
oficinas generales del Registro Civil en todos los partidos judiciales; que las comunidades autónomas con competencias en materia de Administración de Justicia las sigan teniendo sobre las oficinas del Registro Civil; sobre la dotación de la firma
electrónica al personal del Registro Civil que se determine reglamentariamente para la firma de asientos, y algo muy importante también, sobre la implantación progresiva de un nuevo programa para la gestión del Registro Civil de forma que sea
enteramente electrónica.


Eso es lo que destacamos. Queremos dar las gracias desde nuestro grupo al resto de grupos parlamentarios y a la presidenta también por su disposición siempre y por el trabajo que se está haciendo en esta Comisión, que supone una voluntad de
llegar a amplios consensos. Por lo tanto, nuestro grupo votará a favor del texto de la ley.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Velarde.


Por el Grupo Parlamentario VOX, tomará la palabra su portavoz, el señor Ruiz Navarro.


El señor RUIZ NAVARRO: Muchas gracias.


Nos sumamos también desde nuestro grupo al reconocimiento a su labor, señora presidente, por su gran actuación y su ánimo de concordia siempre con los ponentes en esta Comisión.


Queremos comentar que, efectivamente, mantenemos vivas nuestras enmiendas. Hemos pedido que se voten por separado tres de ellas, la 67, la 70 y la 73. La 70 hace referencia al régimen de provisión de plazas de letrados de Justicia.
Invitamos a los grupos de izquierda, que tanto se llenan la boca siempre de hablar de los derechos de los trabajadores, a que demuestren aquí que efectivamente están a favor de defender los derechos de los funcionarios, que son los letrados de
Justicia, para que puedan ocupar su plaza como cualquier otro funcionario y no por un sistema político de libre designación. Tienen aquí la oportunidad, por tanto, de demostrar que predican con la verdad.


Con este modelo de Registro Civil, el Grupo Parlamentario VOX no está satisfecho. No estamos de acuerdo porque entendemos que la ley de 2011, con la propuesta que nos traen aquí realmente no mejora, sino que empeora el texto que está en
vigor actualmente. ¿Con quiénes han pactado los grupos proponentes, Socialista y Unidas Podemos fundamentalmente, esta proposición de ley para la reforma de la Ley del Registro Civil? Básicamente con grupos parlamentarios que no quieren a España
y, por tanto, que no quieren el bien para un servicio público español y para los españoles en general. A ellos les gusta la propuesta. No hay mejor ejemplo de que, efectivamente, vamos por mal camino.


Les hemos dicho durante la ponencia varias cosas en las que no nos han querido escuchar y vamos a repetírselas aquí. Yerran ustedes en la naturaleza que atribuyen a la oficina del Registro Civil, que nace en la ley de 2011. Les hemos dicho
siempre que esta oficina de Registro Civil nueva no forma parte de la Administración de Justicia y debido a ello se inventan una definición esperpéntica de la nueva oficina del Registro Civil, cuando es una oficina gubernativa dependiente del
Ministerio de Justicia e incardinada en él. No hay duda de ello, pero no hay más ciego que el que no quiere ver.


Diseñan ustedes una implantación territorial de las oficinas del Registro Civil sin ningún tipo de planificación racional. Actúan solo por intereses partidistas, para quedar bien con sus alcaldes y con sus sindicatos; no les importa la
eficiencia del sistema ni el coste que han de pagar todos los españoles, aunque es cierto que aquí tienen ustedes también el apoyo del Partido Popular y de Ciudadanos, seguramente por los mismos motivos. Insisten ustedes en fraccionar el gobierno y
la gestión del Registro Civil con las autonomías, cuando es un servicio público dependiente del Gobierno de España y, por ello,



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no tiene ninguna lógica, como tampoco la tendría que las gerencias del Ministerio de Justicia fueran servidas por funcionarios nombrados por las comunidades autónomas. Crean ustedes un entramado complicado y absurdo, y podemos ver la luz
que hay al final del túnel, que es una luz roja que avisa del proceso de transferencia de los registros civiles a las comunidades autónomas. Ustedes al final apostarán por tener diecisiete modelos de Registro Civil en España.


Además, siguen ustedes maltratando al Cuerpo de Letrados de Justicia al establecer la libre designación como forma de provisión de plazas de encargado, que no es justo ni beneficia al funcionamiento del servicio público. Ya les hemos
advertido de que en las oficinas del Registro Civil pequeñas podría ocurrir, si mantienen este criterio de libre designación, que quedasen desiertas en los concursos de traslado. Y encima dejan ustedes meter mano a las comunidades autónomas en la
designación de los encargados de las oficinas del Registro Civil. Y yo les pregunto: ¿Qué pasa entonces con las funciones que corresponden a los secretarios de gobierno y a los coordinadores provinciales? ¿Se las pasan ustedes por el forro? ¿No
les importa nada destruir la jerarquía del Cuerpo de Letrados de Justicia, que es un cuerpo único de carácter nacional? ¿Tienen ustedes previsto también proponer en alguna disposición normativa que a los directores generales del Ministerio de
Justicia o a los subdirectores generales los propongan las comunidades autónomas? ¿Aquí no aplicamos el principio de cogobernanza?


Mantienen ustedes arbitrariamente a algunos jueces al frente de determinadas oficinas del Registro Civil donde no ejercen función jurisdiccional alguna. Los jueces, señorías, están para cumplir con la altísima función constitucional de
juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, y todo lo que no sea realizar esta labor es desaprovechar recursos del Poder Judicial. ¿Pero no se suponía que estábamos hablando aquí de desjudicializar el Registro Civil? Entonces, ¿a qué responde este modelo?
No cabe en la lógica constitucional que un integrante del Poder Judicial pase a servir en una plaza de funcionario bajo las órdenes directas del Poder Ejecutivo. Esto es la muerte de la separación de poderes. Por cierto, mantienen ustedes algunos
jueces -también discriminándoles entre ellos, por supuesto- en algunas oficinas del Registro Civil, y les pregunto: ¿piensan ustedes pagar lo mismo a quienes ocupen iguales puestos y hagan el mismo trabajo? Y me refiero a los letrados de Justicia.
Nos han presentado aquí una transaccional en el día de hoy en la que se expone que los encargados del Registro Civil pertenecientes al cuerpo de Letrados de Justicia serán retribuidos en función de lo que establecen las relaciones de puestos de
trabajo. Pero esto no es nada, es decir, esto no significa nada y no añade nada a la posibilidad de que haya discriminaciones salariales entre encargados del Registro Civil.


Por último, como bien ha comentado el portavoz de Ciudadanos, hablando de las aplicaciones informáticas, lo conveniente hubiese sido que ustedes hubieran señalado aquí un plazo máximo para que el Gobierno pudiera implantar las nuevas
aplicaciones en el Registro Civil. Sin perjuicio de que indican ustedes que se someterá a control periódico de las Cortes cómo funciona el sistema y cómo se va implantando el nuevo proceso, si no es así existe el riesgo de que se aplace sine die la
posibilidad de que en el Registro Civil pueda implantarse de forma definitiva y moderna.


En definitiva, no podemos compartir esta visión de un Registro Civil fraccionado en diecisiete modelos autonómicos, que es a donde nos llevan, porque el Registro Civil es y debe ser único, como lo es la nación a la que sirve. No compartimos
tampoco el caos organizativo que proponen ni la inseguridad jurídica bajo control político a que someten al encargado del Registro Civil.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ruiz Navarro.


Le corresponde el turno de intervención al portavoz del Grupo Parlamentario Popular, el señor Merino Martínez.


El señor MERINO MARTÍNEZ: Muchas gracias, presidenta. Buenos días.


Quiero comenzar como el resto de los portavoces agradeciendo la voluntad de consenso y de negociación que ha habido por parte del grupo proponente, así como por parte del ministerio, en este caso con el Grupo Parlamentario Popular. Y esto
es muy importante por varios motivos. Este año 2021, como saben ustedes, se cumplen 150 años de la creación del Registro Civil, con implantación en toda España, un hito que muestra la compleja y extraordinaria herramienta que lleva dando fe,
publicidad registral y seguridad jurídica a todos los hechos relativos al estado civil de las personas. Fue ya en 2011 cuando comenzó una profunda reforma del Registro Civil, cuya ley databa, como saben, de 1957. La institución registral debía
acomodarse a la nueva realidad social, política y tecnológica fruto de la España moderna y constitucional. En este sentido, en esta profunda revisión me gustaría destacar también la proposición



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de ley que mi grupo, el Grupo Popular, en 2018 y también en 2019, presentó con el objetivo de completar su entrada en vigor.


En el mes de septiembre del año pasado, señorías, en la toma de consideración de la proposición de ley presentada por el Grupo Socialista votamos a favor con el objetivo -y así lo establecimos- de enriquecer el texto a través de las
enmiendas en ponencia. Tres objetivos nos marcamos. El primero de ellos era mantener el Registro Civil como un servicio público, gratuito y moderno. Entendemos que esta reforma que hoy se debate para su aprobación preserva la naturaleza del
Registro Civil como un servicio público y gratuito y, en cuanto a la progresiva incorporación de los datos digitalizados, ya desde la fase de enmienda a los Presupuestos Generales del Estado -este grupo sí que hizo enmiendas a los Presupuestos
Generales del Estado- nuestro grupo ha venido reclamando la necesidad de incorporar más recursos económicos para facilitar y agilizar el servicio efectivo de las aplicaciones informáticas necesarias para ofrecer un servicio -como decía- público,
gratuito y moderno.


El segundo objetivo era el mantenimiento y desarrollo del Registro Civil como un servicio público, gratuito y moderno en el territorio, sobre todo en los núcleos de población más despoblados; hablo, señorías, del ámbito municipal, tal y
como establecíamos en la proposición de ley del Grupo Popular de 5 de diciembre de 2019 a la que antes me refería. En la ya conocida estructura del Registro Civil -con la oficina central, oficinas generales y consulares-, en nuestra opinión,
adquieren un papel fundamental en la reforma que hoy debatimos las oficinas colaboradoras del Registro Civil y los puntos de acceso a ayuntamientos. El Grupo Popular ha realizado todos los esfuerzos posibles para que el grupo proponente entendiese
y fuese sensible con la realidad de nuestro territorio, una línea roja que para nosotros era infranqueable y, sinceramente, creo que lo hemos conseguido. Hoy es un día importante, y gracias a las enmiendas, tanto propuestas como transaccionadas, y
su posterior -como digo- consenso con el ministerio, desde el Grupo Parlamentario Popular hoy podemos decir que garantizamos que el Registro Civil siga implantado en todo el territorio nacional y, en especial, en el ámbito municipal, con sus
funciones también reguladas en esta reforma tal y como pedíamos. Recibir de forma presencial y electrónica solicitudes, declaraciones o formularios propios del Registro Civil; informar a los ciudadanos de los procedimientos de Registro Civil;
expedir certificados de los asientos registrales o cualesquiera otras funciones que determine la Dirección General de Seguridad Jurídica y fe pública es fundamental en nuestros pueblos. Quien no conozca nuestros pueblos, no conoce nuestro país.


La tercera condición era el personal encargado del Registro Civil. Los letrados de la Administración de Justicia dan garantía al cumplimiento de los principios de legalidad, oficialidad, publicidad y exactitud que cualquier ciudadano exige
de su inscripción registral y que exige la propia ley. Es una figura que exigía reconocimiento a la labor que van a tener que sumar a la ya jurisdiccional que tienen y, por lo tanto, era razonable revisar su retribución, su protección y su
valoración. La enmienda transaccional que conocíamos en estos últimos minutos nos hace ser optimistas en este tercer punto que les comentaba.


En definitiva, estamos satisfechos por la voluntad de acuerdo y consenso en la ponencia, con la aceptación de la mayoría de las enmiendas que hemos propuesto. Excepto la 93, que mantendremos, el resto las vamos a retirar, porque -como digo-
se han ido incorporando de forma transaccional al texto del que hoy hablamos.


Quiero de nuevo expresar mi agradecimiento especialmente al grupo proponente, pero también al equipo del Partido Popular, que conforma la Comisión de Justicia, en especial a nuestro portavoz, Luis Santamaría, y a Carlos Rojas, que sin duda
han sido también principales actores para que este texto llegue a buen puerto.


Muchísimas gracias. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias a usted, señor Merino.


Para finalizar el turno de portavoces de los grupos parlamentarios, tomará la palabra la señora Fernández Benéitez, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista.


La señora FERNÁNDEZ BENÉITEZ: Muchas gracias, presidenta.


Señorías, creo que hoy tenemos un cometido de mucha trascendencia. No les descubro nada si les digo que hoy estamos ante una ley de largo recorrido. Ha costado mucho tiempo -años, diría- alcanzar un acuerdo sólido sobre qué modelo de
Registro Civil queremos, y esto no es baladí. Me van a permitir recordar en esta Comisión, porque creo que la ocasión lo merece, que el registro, en todas sus modalidades, es la base de las democracias liberales en Europa. Una de las consecuencias
de la Revolución Francesa fue, en el marco de los cambios de esquemas de poder, la creación de los registros



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de personas, propiedades y bienes. Quizás encontremos aquí uno de los pilares de algo tan básico como la seguridad jurídica. Sin duda, registrar de forma pública es una de las herramientas más importantes con las que cuenta nuestro
ordenamiento jurídico para materializarse. Esto supone hablar de una parte fundamental en la arquitectura de nuestro Estado de derecho.


Creo que los antecedentes que les acabo de exponer dan buena cuenta de la importancia que tiene lo que estamos haciendo hoy aquí. Hablamos de una ley importante, cardinal de nuestro ordenamiento jurídico. Por eso y porque creo que todas
ustedes han sabido reconocer esta importancia, quiero darles las gracias. Miren, en la toma en consideración de esta ley en el Pleno del Congreso les pedí que encontráramos posiciones comunes, y creo que, en gran medida, lo hemos hecho. Quiero
mostrar el agradecimiento de mi grupo parlamentario a esta Comisión, al equipo de letrados, a la presidenta y, por supuesto, a mis compañeros, porque todos hemos trabajado con seriedad y con rigor, todos hemos sabido ceder en nuestras posturas y
creo que todos hemos sabido escuchar. Me van a permitir la siguiente expresión coloquial, pero, según está el patio, podemos congratularnos, pese a algunos comentarios ciertamente estridentes de algunas intervenciones que hemos escuchado hoy aquí.


Más allá de las lógicas discrepancias, estarán de acuerdo conmigo en que esta ley supone un texto cabal, que da soluciones a los problemas que teníamos enquistados y que encara correctamente un futuro que será cada vez más digital. Sin
embargo, esto último no pone en riesgo la persistencia de la atención en los pequeños municipios. Sobra decir que representamos un partido político municipalista, cuyo compromiso con lo local está por encima de todo. Esta ley está marcada por
nuestra impronta localista, como les digo.


Miren, hoy hablamos aquí de una de las reformas pendientes para la justicia. Este texto aspira a trazar un modelo que perdure en el tiempo. Como ya les decía, se trata de un modelo de Registro Civil moderno, justo, equitativo, previsor y
organizado. Señorías, hablamos de que hemos alcanzado una norma que garantiza un servicio público muy importante, próximo a la ciudadanía, con la gestión desjudicializada y con apoyo de los cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia.
Esta ley mejora aspectos técnicos y organizativos y apuesta por una implantación basada en la interoperatividad entre oficinas, garantiza la accesibilidad electrónica, y todo ello para que la ciudadanía no se vea obligada a peregrinar en la búsqueda
de la oficina competente para tramitar su solicitud. En fin, creo que ustedes ya conocen estos aspectos de los que les hablo, pero, no obstante, es importante remarcarlos por el éxito que suponen.


Creo que la ley resultante de todo el trabajo que hemos realizado se enraíza perfectamente en el Plan de Justicia 2030, que el ministro nos presentó el pasado febrero en esta Comisión, lo cual nos parece una excelente noticia. Además,
señorías, es necesario destacar que, cuando hablamos de la necesidad perentoria de sacar adelante esta ley, hablamos no solo de su vertiente organizativa y de gestión, sino también de la vacatio legis que está a punto de vencer. Es, por lo tanto,
un ejercicio de responsabilidad que nos pongamos de acuerdo y pongamos a andar este texto.


A modo de corolario, es importante señalar que -como saben- esta ley tiene una parte de carácter ordinario sobre la que votaremos hoy una serie de medidas transaccionales de las que todos ustedes ya disponen. En relación con el texto que
hemos ido trabajando, las enmiendas 1 a 7, como bien han podido comprobar, hablan de la exposición de motivos; después, las enmiendas 8 a 12 recogen una serie de textos que buscan puntos en común para algunas propuestas convergentes comunes a los
grupos, finalmente, la 13 y la 14 hacen referencia al título competencial. También añado que -como han indicado algunos de ustedes- se han sumado dos cambios al paquete de transaccionales: uno que hace referencia a la disposición transitoria
cuarta, que añade un texto en materia de transparencia, y otro en la disposición transitoria octava, que hace referencia a la retribución de los letrados de la Administración de Justicia.


Dicho todo esto, paso a enunciar las enmiendas que retiraremos: por un lado, la 54, la 55 y la 57, en la medida en que han sido transaccionadas, y por otro lado, la 43, la 44, la 46, la 48, la 49, la 50, la 52, la 58, la 59, la 60, la 61 y
la 64.


Señorías, quiero terminar mi intervención remarcando dos cosas. Esta ley será fundamental para la España rural, que no vaciada. Los que conocemos la España interior sabemos que el Registro Civil es mucho más que una oficina; representa el
acceso justo a un servicio público que es básico. Creo que estamos de acuerdo en que debemos adaptar las nuevas realidades, pero esto no puede ser nunca en detrimento de la cohesión y de la igualdad. Garantizar servicios, incluso por encima de la
rentabilidad, es defender a las personas más vulnerables, y ahí estaremos siempre las socialistas.



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Por último -y para mi este punto es especialmente emocionante-, quiero poner en valor la enmienda del Grupo Parlamentario Socialista que agiliza el proceso de cambio de apellidos en el caso de los hijos y las hijas víctimas de violencia de
género. Mientras ayer para algunos medios eran noticia las pamemas reaccionarias de VOX, que son enmiendas de la ultraderecha sin ningún tipo de efecto ni recorrido, el Grupo Parlamentario Socialista apuesta por la justicia, por la igualdad y por
la protección de quienes más lo necesitan. Esta ley tendrá también la mirada feminista de las socialistas. En definitiva, creemos en la política seria y responsable y así tratamos de demostrarlo.


Por mi parte, nada más. Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias a usted, señora Fernández Benéitez.


Con el fin de ordenar las votaciones, haremos con receso de cinco minutos. Ruego a todos los miembros de la Comisión de Justicia que se incorporen en ese tiempo a la sala. En cinco minutos votamos.


Gracias. (Pausa).


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME APROBADO POR LA PONENCIA. (VOTACIÓN).


La señora PRESIDENTA: Señorías, vamos a proceder a las diferentes votaciones en relación con las dos iniciativas legislativas. El modo de votación será a mano alzada, conforme al acuerdo adoptado por la Mesa de la Comisión. En primer
lugar, procederemos a las votaciones correspondientes al proyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Iniciaremos las votaciones con
las enmiendas que mantienen vivas los diferentes grupos parlamentarios. En primer lugar, votaremos las correspondientes al Grupo Parlamentario Vasco, que ha solicitado votación separada de algunas de sus enmiendas.


Votamos las enmiendas 1 y 2, del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; votos en contra, 26; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas las enmiendas 1 y 2 del Grupo Parlamentario Vasco.


Enmienda número 28, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; votos en contra, 26; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada la enmienda 28 del Grupo Vasco.


Enmiendas 30, 42 y 76, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; votos en contra, 26; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazas las enmiendas 30, 42 y 76, del Grupo Vasco.


Enmienda número 36, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; votos en contra, 26; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada la enmienda número 36, del Grupo Vasco.


Enmienda 39, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; votos en contra, 26; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada la enmienda 39, del Grupo Vasco.


Enmiendas 77 y 78, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; votos en contra, 26; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas las enmiendas 77 y 78, del Grupo Vasco.



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Enmiendas 80 y 84, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; votos en contra, 26; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazas las enmiendas 80 y 84, del Grupo Vasco.


Por último, enmienda 82, del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; votos en contra, 26; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada la enmienda 82, del Grupo Vasco.


Procedemos a la votación de las enmiendas que mantiene vivas el Grupo Parlamentario Ciudadanos. Hacemos una votación en bloque.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 1; en contra, 26; abstenciones, 9.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas las enmiendas que mantenía vivas en el Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Procedemos a la votación en bloque de las enmiendas que mantiene vivas el Grupo Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 3; en contra, 26; abstenciones, 7.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas las enmiendas que mantenía vivas el Grupo Plural.


Vamos a votar a continuación las enmiendas que mantiene vivas el Grupo Parlamentario Republicano, y lo haremos en bloque.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 3; en contra, 26; abstenciones, 7.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas las enmiendas que mantenía vivas el Grupo Parlamentario Republicano.


A continuación procedemos a la votación de las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario VOX.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 5; en contra, 30; abstenciones, 1.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas las enmiendas que mantenía vivas el Grupo Parlamentario VOX.


A continuación pasamos a la votación de las enmiendas transaccionales y de corrección técnica. Enmienda número 1, que corresponde a la enmienda técnica de modificación del artículo dos, apartado cincuenta y dos, correspondiente al artículo
1302 del Código Civil.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la primera de las enmiendas de carácter técnico.


Segunda enmienda técnica, que corresponde a la modificación de la disposición transitoria primera.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la segunda enmienda técnica.


Procedemos a continuación a la votación que corresponde a la tercera de las enmiendas técnicas, correspondiente a la modificación de la disposición transitoria segunda.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la tercera enmienda técnica.


Votamos la cuarta de las enmiendas técnicas, transaccional a la enmienda número 201, que corresponde a los grupos parlamentarios Socialista y Unidas Podemos, referida a la modificación de la disposición transitoria cuarta.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.



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La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la cuarta enmienda técnica.


A continuación procedemos a la votación de la quinta enmienda técnica, que corresponde a la modificación de la disposición derogatoria única.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la quinta enmienda técnica.


Vamos a proceder a continuación a votar la enmienda transaccional que corresponde a la exposición de motivos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 30; en contra, 1; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la enmienda transnacional correspondiente a la exposición de motivos.


A continuación votamos la enmienda transaccional correspondiente a la enmienda 110, del Grupo Parlamentario Ciudadanos, referida al artículo 2 del Código Civil, modificación del artículo dos, apartado veintidós, artículo 268 del Código
Civil.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Enmienda transaccional a las enmiendas 336 del PDeCAT, 422 del Grupo Popular y 453 del Grupo Republicano, al artículo 4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, modificación del apartado doce del artículo cuatro, por la que se reforma el artículo
756 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Enmienda transaccional a las enmiendas 138 de Ciudadanos, 340 de PDeCAT, 426 del Grupo Popular y 547 del Grupo Republicano, modificación del artículo cuatro, apartado diecisiete, por la que se reforma el artículo 761 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Procedemos a la votación del texto del informe, con las enmiendas transaccionales y de corrección técnica aprobadas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado, con competencia legislativa plena, el proyecto de ley, que se remitirá al Senado. (Aplausos).


A continuación y por el mismo sistema, procederemos a las votaciones correspondientes a la proposición de ley por la que se modifica la Ley del Registro Civil. Comenzamos por las votaciones en bloque de las enmiendas que mantiene vivas el
Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 33.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.


Las enmiendas que mantenía vivas el Grupo Parlamentario Vasco (EAJPNV) han sido retiradas. También quedaron retiradas todas las enmiendas que mantenía el Grupo Parlamentario Ciudadanos. ¿Es así, señora Giménez?


La señora GIMÉNEZ GIMÉNEZ: Sí, es así, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Giménez.


Procedemos entonces a la votación en bloque de las enmiendas que mantiene el Grupo Parlamentario Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 8; en contra, 28.



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La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.


Procedemos a la votación en bloque de las enmiendas que mantiene el Grupo Parlamentario Republicano.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 33.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.


A continuación vamos a proceder a las votaciones de las enmiendas del Grupo Parlamentario VOX, de las que ha solicitado votación separada de algunas; iremos enumerándolas, señor Ruiz Navarro. En primer lugar, votaremos la enmienda número
67.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 31.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.


Enmienda número 70, del Grupo Parlamentario VOX.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 30.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.


Votamos la enmienda número 73, del Grupo Parlamentario VOX.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 31.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.


Procedemos a votar el resto de las enmiendas que mantiene vivas el Grupo Parlamentario VOX en bloque.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 31.


La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.


A continuación vamos a proceder a la votación de las enmiendas transaccionales. Vamos a proceder a una votación inicial, de las que corresponden a las enmiendas 1 a 7, a la exposición de motivos.


El señor SANTAMARÍA RUIZ: Señora presidenta, hemos pedido votación separada de la transaccional 7.


La señora PRESIDENTA: De acuerdo, entonces votaremos inicialmente de la 1 a la 6, señor Santamaría, y después votaremos por separado la enmienda número 7. Por tanto, primera de las votaciones de las enmiendas transaccionales
correspondientes al Registro Civil, de la 1 a la 6, a la exposición de motivos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; en contra, 5; abstenciones, 3.


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.


Procedemos a votar la enmienda número 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; abstenciones, 18.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


A continuación, procedemos a la votación de la enmienda de corrección de errores correspondiente al apartado 2 del artículo 21.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Votamos la enmienda número 9, que corresponde a la enmienda transaccional a la enmienda número 54, de los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, y a la enmienda número 38, del Grupo
Parlamentario Vasco, por la que se modifica el apartado 17, antes 4, que modifica la disposición adicional primera.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; en contra, 5.



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La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Enmienda transaccional número 10, que corresponde a la enmienda número 55, de los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común; a la número 84, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, y a las números 40 y 41, del Grupo Parlamentario Vasco, por la que se modifica el apartado 18, que modifica la disposición adicional segunda.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Votamos a continuación la enmienda transaccional número 11 por la que se modifica el apartado 19, que modifica a su vez la disposición adicional 5.ª


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 28; abstenciones, 8.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Votamos a continuación la enmienda transaccional número 12, de corrección de errores y a la enmienda número 86, del Grupo Popular en el Congreso, con la redacción que ha sido repartida durante la sesión, que añade un último párrafo.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 28; abstenciones, 8.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional número 13, de adecuación a la redacción definitiva de la ley. Se añade un nuevo apartado, que sería el 32, que modifica la disposición final octava.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 28; en contra, 3; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional número 14, de adecuación a la redacción definitiva de la ley. Modifica la disposición final primera.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 28; en contra, 2; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional que se corresponde con la modificación del apartado 25, por el que se modifica la disposición transitoria octava.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 28; abstenciones, 8.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Ya hemos votado la enmienda transaccional que correspondía a la corrección de errores y a la enmienda número 86 del Grupo Popular en el Congreso, que era relativa a la modificación del apartado 23, por el que se modifica la disposición
transitoria cuarta.


Procedemos a la votación del texto del informe con las enmiendas transaccionales y de corrección técnica aprobadas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; en contra, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada con competencia legislativa plena la proposición, que será remitida al Senado. Muchas gracias, señorías. (Aplausos).


EMITIR DICTAMEN A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA. (VOTACIÓN).


La señora PRESIDENTA: Nos resta proceder a la votación de la parte orgánica, como ustedes recordarán. Vamos a votar la proposición de ley orgánica complementaria de la ley por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro
Civil, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En primer lugar, vamos a proceder a las votaciones de las enmiendas transaccionales y de corrección técnica. La primera enmienda transaccional corresponde a la adecuación al texto de la
iniciativa, que modifica la exposición de motivos.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Segunda enmienda, que corresponde también a la corrección de errores y modifica apartado Tres del artículo primero, por el que se modifica el artículo 520.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada la enmienda de corrección de errores.


Procedemos a la votación global del texto del informe con las enmiendas transaccionales y de corrección técnica aprobadas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; en contra, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Queda dictaminada la proposición de ley orgánica complementaria de la ley por la que se modifica la Ley del Registro Civil.


Señorías, permítanme antes de finalizar esta sesión, en nombre de todos los miembros de la Comisión de Justicia, agradecer la labor entregada de las letradas y el letrado de esta Comisión. Agradezco también a todos los ponentes que han
participado en ambas ponencias su trabajo y dedicación. Y, por último, quisiera agradecer a todos los grupos parlamentarios su alta voluntad para alcanzar acuerdos y consensos, que sin duda redundarán en beneficio de todos.


Si alguno de ustedes desea tomar la palabra antes de finalizar la sesión, puede hacerlo.


El señor SANTIAGO ROMERO: Yo quería darle las gracias a la presidenta, que ha hecho esto posible de forma encomiable. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Se levanta la sesión.


Era la una de la tarde.