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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 343, de 14/10/2021
cve: BOCG-14-D-343 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


14 de octubre de 2021


Núm. 343



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/003215 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover la modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, con el fin de que
se agraven las sanciones administrativas en caso de incumplimiento por parte de los sujetos obligados previstas en dicha ley, y que se refuerce e intensifique, a su vez, el control de las inversiones en España procedentes de países con regímenes
corruptos que socavan el Estado de Derecho, como Venezuela, Cuba o Nicaragua, entre otros ... (Página9)


161/003245 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la celebración del 12 de octubre en las embajadas de España en Iberoamérica ... (Página14)


161/003261 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la revisión y actualización de los planes de evacuación de la Embajada y otras legaciones diplomáticas del Reino de España en la República de Malí ... href='#(Página15)'>(Página15)


161/003269 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a impulsar el proceso de diálogo y negociación sobre Venezuela, protegiendo el bienestar del pueblo
venezolano y su soberanía ... (Página22)


161/003271 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Republicano y Plural, en apoyo y solidaridad con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa del medioambiente y de las instituciones
democráticas ... (Página23)


Comisión de Justicia


161/003217 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la agravación de las penas de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad ... (Página28)


Comisión de Defensa


161/003219 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a conmemorar el 450 aniversario de la Batalla de Lepanto ... (Página35)


161/003224 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impulsar la cultura de seguridad y defensa en la sociedad española ... (Página39)



Página 2





161/003232 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al apoyo a los trabajadores de la empresa Louis Berger Aircraft Services Inc (LBAS) concesionaria de las gestiones aeroportuarias en la
Base de Rota ... (Página43)


161/003265 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a homenajear la figura de don Hernán Cortés de Monroy y Pizarro Altamirano, así como a conmemorar el 500 aniversario de la entrada en México-Tenochtitlán
... (Página44)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/003216 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a rebajar el impuesto sobre el valor añadido de las pelucas destinadas a pacientes en tratamiento de quimio y/o radioterapia ... href='#(Página48)'>(Página48)


161/003225 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a encomendar a la Secretaría de Estado de Función Pública la realización de un informe para la identificación de los principales tipos de ineficiencias y
duplicidades interadministrativas existentes en el ámbito competencial de cada Departamento ministerial ... (Página51)


161/003233 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a garantizar e impulsar el modelo de éxito de la MUFACE ... (Página54)


161/003244 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación ... (Página56)


161/003246 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la extensión del régimen fiscal aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a
aquellos profesionales que vayan a realizar en España una actividad económica significativa, un proyecto empresarial de interés para nuestro país, o una actividad emprendedora de carácter innovador ... (Página58)


161/003247 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la aprobación de una deducción fiscal temporal en el Impuesto sobre Sociedades, por la contratación con carácter indefinido de personas que estuvieran
cobrando la prestación por desempleo ... (Página59)


Comisión de Interior


161/003218 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la permanencia de la Jefatura Superior de Policía de Vía Layetana ... (Página60)


161/003228 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre la reconversión de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona en un centro memorial y documental de la represión franquista en Cataluña ... href='#(Página61)'>(Página61)


161/003259 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas para luchar contra la inmigración ilegal en el Mediterráneo ... (Página63)


161/003262 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a los Centros de Atención Temporal de Extranjeros como respuesta a la oleada de inmigración ilegal ... (Página68)



Página 3





Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/003222 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a mantener el servicio de ferrocarril de Cercanías Murcia-Águilas de forma simultánea a la ejecución de las obras de la Alta Velocidad
... (Página75)


161/003248 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre el fin de la concesión de la AP-9 por haberse declarado ilegales sus prórrogas ... (Página76)


161/003268 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la bonificación del peaje del Huerna y su potencial supresión ... href='#(Página77)'>(Página77)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/003260 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al cese de la obligatoriedad del uso de las mascarillas en centros educativos como medida de protección frente al SARS-CoV-2 en menores de doce años ... href='#(Página79)'>(Página79)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/003252 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la realización de un estudio de las dificultades de inclusión de la población exreclusa en España ... (Página83)


161/003253 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a impulsar el multilingüismo en los procedimientos administrativos que afecten a personas de origen extranjero ... href='#(Página84)'>(Página84)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/003220 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la adjudicación y formalización urgente de la contratación de los servicios para la organización, gestión y ejecución del Programa de
Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante la temporada 2021/2022, así como del Programa de Termalismo para el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2021 ... href='#(Página86)'>(Página86)


161/003226 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a priorizar la reindustrialización de España ... (Página88)


161/003227 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre el cierre de Vestas en Viveiro ... (Página101)


161/003234 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre combatir la desigualdad entre mujeres y hombres en el sector turístico ... (Página103)


161/003241 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre la defensa de los intereses de la industria de torres de acero para aerogeneradores ... (Página104)


161/003272 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a dar una solución urgente a la crisis de Alu Ibérica ... (Página105)



Página 4





Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/003221 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la adjudicación y formalización urgente de la contratación de los servicios para la organización, gestión y ejecución del Programa de
Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante la temporada 2021/2022, así como del Programa de Termalismo para el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2021 ... href='#(Página106)'>(Página106)


161/003223 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al estudio de las necesidades de las familias con hijos a cargo con discapacidad intelectual ... (Página109)


161/003229 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a proceder al pago directo de las ayudas en concepto de Bono Social Térmico ... (Página111)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/003236 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el estatus de conservación de las poblaciones de lobo (Canis lupus) en España y compatibilidad con la actividad ganadera ... href='#(Página114)'>(Página114)


161/003238 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre un Plan Estratégico Nacional de laboratorios de sanidad de la producción primaria ... (Página116)


161/003239 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la transformación digital del sector agrario y ganadero ... (Página116)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/003231 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la recuperación urgente del calado en la gola de Marchamalo, sita en La Manga del Mar Menor ... (Página118)


161/003237 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la recuperación ecológica y medioambiental de las Lagunas de Villafranca de los Caballeros en la provincia de Toledo ... href='#(Página119)'>(Página119)


161/003242 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la creación de un proyecto piloto para la adaptación de centros escolares al cambio climático ... (Página121)


161/003263 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la protección de la propiedad colectiva propia de las comunidades de montes vecinales en mancomún ... (Página122)


Comisión de Cultura y Deporte


161/003230 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la cesión de la titularidad de la Torre de Campanitx o d'en Valls, de Santa Eulària des Riu (Ibiza) ... href='#(Página123)'>(Página123)


161/003266 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a solicitar al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos el adecentamiento y señalización del sepulcro de don Hernán Cortés de Monroy y Pizarro Altamirano
... (Página124)



Página 5





Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/003235 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el impulso al Plan Nacional de Tecnologías del Lenguaje y el desarrollo de recursos en la iniciativa de Lengua Española e Inteligencia Artificial (LEIA)
que fomenten el buen uso correcto del español en el universo de la inteligencia artificial ... (Página129)


161/003240 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre actualización del cuadro macroeconómico para los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 ... href='#(Página130)'>(Página130)


161/003243 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a excluir de las ayudas financiadas con fondos Next Generation EU a aquellas empresas que incumplan los plazos legales de pago con sus proveedores ...
(Página131)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/003267 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre mejora de la formación y el reconocimiento académicos y profesional de los Técnicos Especialistas en Radiodiagnóstico y Técnicos Especialistas en
Medicina Nuclear ... (Página132)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/003249 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la ampliación de la cobertura de riesgos a cooperantes víctimas en conflictos bélicos ... (Página135)


Comisión de Igualdad


161/003270 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la aprobación de un nuevo Plan para la Promoción de las Mujeres del Medio Rural ... (Página136)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/003254 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas de reducción del peso de las mochilas escolares ... (Página138)


161/003255 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el uso de filtros en las redes sociales ... (Página139)


161/003256 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la promoción de la salud visual en niñas, niños y adolescentes ... (Página140)


Comisión de Política Territorial


161/003250 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre brecha digital como causa de exclusión social de los mayores ... (Página141)



Página 6





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Asuntos Exteriores


181/001365 Pregunta formulada por los Diputados don Iván Espinosa de los Monteros de Simón (GVOX), Olona Choclán, Macarena (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX), Sánchez del Real, Víctor Manuel
(GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX), Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús (GVOX), sobre petición de explicaciones a las autoridades del Reino Unido por el acoso que ha sufrido una patrullera del Servicio Marítimo de la Guardia Civil por
parte de la Royal Navy ... (Página142)


181/001366 Pregunta formulada por los Diputados don Iván Espinosa de los Monteros de Simón (GVOX), Olona Choclán, Macarena (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX), Sánchez del Real, Víctor Manuel
(GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX), Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús (GVOX), sobre confirmación acerca de si el Presidente del Gobierno fue quien autorizó la entrada clandestina del líder del Frente Polisario, Brahim Gali, en España
el pasado mes de abril ... (Página143)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/001362 Pregunta formulada por los Diputados don Rubén Silvano Manso Olivar (GVOX), Rueda Perelló, Patricia (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María
(GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX), Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre motivo por el que no se ha restablecido el total de las frecuencias de los trenes con origen o destino en la provincia de Burgos que se suspendieron por motivos de la
epidemia de la COVID-19 ... (Página143)


181/001363 Pregunta formulada por las Diputadas doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX),
Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre impacto económico que supone para el sector del transporte ferroviario no haber recuperado completamente las frecuencias y conexiones en las distintas provincias españolas tras la pandemia por la COVID-19...
(Página144)


181/001377 Pregunta formulada por la Diputada doña Rosa María Romero Sánchez (GP), sobre previsiones del Gobierno después de que la Dirección General de Carreteras publicara el 19 de julio de 2021, una resolución por la que se modifica la
orden del estudio informativo de la A-43 Ciudad Real-Extremadura-Comunitat Valenciana, donde propone la adecuación de la N-430 en vez de construir alguna de las opciones (opción Norte, opción Sur) de dicha autovía ... href='#(Página144)'>(Página144)


181/001385 Pregunta formulada por el Diputado don Guillermo Antonio Meijón Couselo (GS), sobre actuaciones que tiene previsto realizar el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana relativas al Proyecto que figura en los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 bajo el epígrafe Remodelación del enlace de Pontevedra Norte (nudo de bomberos)... (Página144)


181/001386 Pregunta formulada por la Diputada doña Susana Ros Martínez (GS), sobre aplicación de la perspectiva de género en el ámbito del transporte y la movilidad ... (Página145)


181/001387 Pregunta formulada por el Diputado don Pedro Casares Hontañón (GS), sobre avances que se han producido en Cantabria en las actuaciones de infraestructuras dependientes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por
parte del Gobierno ... (Página145)



Página 7





181/001388 Pregunta formulada por el Diputado don Daniel Vicente Viondi (GS), sobre actuaciones y mejoras que están previstas realizarse en el aeropuerto de Adolfo Suárez-Madrid Barajas ... (Página145)


181/001389 Pregunta formulada por el Diputado don Javier Alfonso Cendón (GS), sobre previsiones acerca de incrementar las bonificaciones en la autopista del Huerna AP-66 ... (Página145)


181/001390 Pregunta formulada por el Diputado don Joan Ruiz i Carbonell (GS), sobre objetivos y contenidos previstos para el estudio de la posibilidad de llevar a cabo un corredor para el tráfico de mercancías por el interior de la provincia
de Tarragona ... (Página146)


181/001391 Pregunta formulada por el Diputado don Miguel Ángel González Caballero (GS), sobre renuncia del Gobierno a ejecutar la autovía A-43 en las provincias de Badajoz y Ciudad Real ... (Página146)


181/001392 Pregunta formulada por la Diputada doña María Tamara Raya Rodríguez (GS), sobre actuaciones que se han desarrollado y se están desarrollando por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana como consecuencia de
la erupción volcánica en la isla de La Palma ... (Página146)


181/001393 Pregunta formulada por la Diputada doña Eva Bravo Barco (GS), sobre objetivos que se pretenden conseguir con las inversiones del programa de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Reconstrucción, Transformación y
Resiliencia ... (Página147)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/001378 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre órgano del Gobierno encargado de las iniciativas de gestión de la fuerza de la Marca España desde el punto de vista turístico ... href='#(Página147)'>(Página147)


181/001379 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre existencia de alguna estrategia global coherente trazada para la mejora de la promoción turística de la marca-país y en su caso, órganos encargados de
marcar las directrices de su coordinación y seguimiento ... (Página147)


181/001380 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre órgano del Gobierno encargado de apoyar y coordinar las acciones conjuntas de colaboración público-privada en el ámbito turístico en el exterior ... href='#(Página148)'>(Página148)


181/001381 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre órgano del Gobierno encargado de promover y coordinar la mejora del posicionamiento de la Marca España ante nuestros mercados emisores de turistas
consolidados, así como de incrementar su notoriedad ante aquellos emergentes ... (Página148)


181/001382 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre existencia de algún plan estratégico de posicionamiento de la Marca Turística España, así como de su seguimiento y coordinación ... href='#(Página148)'>(Página148)


181/001383 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre órgano del Gobierno que se ocupa de gestionar y poner en valor al turismo español como activo clave y polo de atracción de inversiones extranjeras ...
(Página149)


181/001384 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Almodóbar Barceló (GP), sobre existencia de algún órgano del Gobierno a través del cual se canalice de manera adecuada y específica la internacionalización de la empresa turística
española ... (Página149)



Página 8





Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/001364 Pregunta formulada por el Diputado don Joaquín María García Díez (GP), sobre valoración del acuerdo del Parlamento Europeo que aprueba en el Reglamento de la Reserva de Ajuste al Brexit para la pesca una cuantía que representa el
0,6 % de un total de 600 millones, cuando la flota pesquera española es la más grande de la Unión Europea ... (Página149)


181/001394 Pregunta formulada por el Diputado don Joaquín María García Díez (GP), sobre medidas que contempla el Gobierno, ante la posible anulación del acuerdo pesquero entre la Unión Europea y Marruecos, para paliar los daños que puedan
producirse a los 93 barcos pesqueros españoles que faenan en esas aguas ... (Página150)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión ... (Página150)


184/063794 Autor: Nogueras i Camero, Míriam


Opinión del Gobierno acerca de si la actuación de los poderes Ejecutivo y Judicial del Estado se adecua al informe del PACE Consejo de Europa de 22 de junio, que manifiesta que los políticos catalanes exiliados no deben ser perseguidos ...
(Página152)


184/063799 Autor: Nogueras i Camero, Míriam


Envío por la Fiscalía al Juez Llarena de un escrito recordándole la resolución del TGUE y la primacía del Derecho de la Unión Europea, así como previsiones acerca de comunicar la necesidad de advertir a las autoridades italianas que la
euroorden está suspendida ... (Página152)



Página 9





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y, considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/003215


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de Los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Víctor Sánchez del Real y D. Emilio Jesús del Valle
Rodríguez, en sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a promover la modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, con el fin de que se agraven las sanciones administrativas en caso de
incumplimiento por parte de los sujetos obligados previstas en dicha ley, y que se refuerce e intensifique, a su vez, el control de las inversiones en España procedentes de países con regímenes corruptos que socavan el Estado de Derecho, como
Venezuela, Cuba o Nicaragua, entre otros, para su discusión en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. Según hemos tenido conocimiento a través de informaciones publicadas en prensa 1, la Audiencia Nacional ha intervenido recientemente los bienes que tenía en España el exviceministro de Energía del régimen venezolano, Nervis
Villalobos, así como de otros dos jerarcas chavistas.


En particular, el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional identificó y bloqueó en Madrid una decena de inmuebles abonados con las comisiones millonarias pagadas por la empresa de ingeniería española Duro Felguera a
media decena de jerarcas y altos cargos chavistas 2. Así, 'El juez Ismael Moreno ha acordado la prohibición de venta de las viviendas de lujo, aparcamientos, oficinas y productos financieros sufragados durante los últimos años con los fondos que
destinó la compañía asturiana al presunto pago de 'comisiones delictivas' a ex altos cargos del Gobierno de Venezuela por importe de al menos 14 millones de euros. Asimismo, cita a todos los implicados para que declaren ante la Audiencia Nacional'.
Todo parece indicar que el motivo de los pagos efectuados por Duro Felguera, según la Fiscalía Anticorrupción, era el de conseguir la adjudicación de la construcción de una central eléctrica de 1.500 millones en Venezuela, cuyo proyecto recibió la
denominación de Termocentro. Se trataba de una central térmica clave para abastecer de suministro a Caracas y a sus alrededores 3.


Entre los receptores de estos supuestos sobornos, además de a Nervis Villalobos, la Fiscalía Anticorrupción señala a Luis Carlos de León y Javier Alvarado, que tal y como subraya la Policía Judicial,


1 https://www.elmundo.es/espana/2021/09/17/6144ce6afdddff41a38b45cd.html


2 Ibidem.


3 Ibidem.



Página 10





ostentaban 'puestos dentro de las empresas públicas dependientes del proyecto Termocentro, concretamente en la empresa pública Electricidad de Caracas (EDC), incardinada en el Ministerio de Energía'. No en vano, Alvarado llegó a ocupar el
puesto de viceminisfro de Energía. Al parecer, ambos 'culminaron el cobro de comisiones que blanquearon en nuestro país a través de la inversión en inmuebles y vehículos de alta gama', toda vez que 'favorecieron los intereses de la firma española
en la adjudicación millonaria'. En particular, según estas mismas fuentes, 'De León percibió 3,8 millones de dólares procedentes de la sociedad de Villalobos. En el caso de Javier Ochoa Alvarado y de su esposa Mariela Consuelo Pardi de Alvarado,
'blanquearon' las comisiones de Duro Felguera a través de inmuebles adquiridos en España por su sociedad Estrijol y por la panameña Lairholt Finance Limited. Lo hicieron a través de una cuenta en la Banca Privada de Andorra (BPA), con la que
movieron al menos tres millones de dólares'. Así, en el caso del matrimonio Alvarado, el juez ha procedido a bloquear una vivienda en el número cuatro de la madrileña calle Nebulosas, así como plazas de garaje y trasteros en el mismo edificio. En
el edificio contiguo, en el número dos de la misma calle, otra jerarca chavista adquirió otra vivienda con garaje y trasteros que también ha sido intervenida 4.


Asimismo, la Audiencia Nacional ha encontrado un importante patrimonio inmobiliario adquirido en España con cargo al dinero de Duro Felguera por parte de Luis Carlos de León y de su mujer, Andreina Gámez Rodríguez, 'colaboradora de su
marido, no solo en el disfrute de los beneficios de las comisiones cobradas de forma fraudulenta sino en la participación en la creación de sociedades, contratos y en la recepción de transferencias para introducir los beneficios económicos en España
y otros países'.


Según estas fuentes, ambos 'invirtieron el dinero no solo en la compra de inmuebles sino también en la compra de valores y otros títulos, así como mediante la ampliación de capital en la constitución de diferentes sociedades'. Así, por
citar algunos ejemplos, Gámez llevó a cabo una ampliación de capital de tres millones de euros en su sociedad Sansobino 1977, S.L. Lo hizo mediante la aportación de un inmueble adquirido en Madrid mediante transferencias ordenadas desde cuentas
suyas en la BPA vinculadas a su vez a una sociedad panameña, Ribston Investments. De manera paralela, el matrimonio creó una SICAV bautizada como Ibermilenium, S.A., con la que controlaban 4,5 millones de euros. Pero también adquirieron en 2014 un
chalé de cuatro millones de euros en La Moraleja. Tanto este inmueble, ubicado en la calle Vereda de los Álamos, como un dúplex en el número 4 de la calle Tahona de Madrid con varias plazas de garaje, han sido bloqueados por el juez de la Audiencia
Nacional. Asimismo, ha hecho lo propio con todos los productos financieros y cuentas bancarias del matrimonio 5.


De hecho, según la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional, 'una vez orquestada la primera fase para el cobro de comisiones, justificado a través del contrato entre la firma española y la venezolana, se debía
crear una estructura legal que fundamentara el cobro de las mismas entre los actores intervinientes. Ello se hizo desde una compleja y opaca operativa de transferencias bancarias a través de la creación de estructuras societarias con el apoyo,
entre otros, de la BPA'.


Por su parte, resulta necesario traer a la palestra que la misma Duro Felguera que está siendo acusada por la Audiencia Nacional en este momento por presuntos delitos de corrupción, ha sido una de las empresas recientemente rescatadas por el
Gobierno que preside Pedro Sánchez. En este caso, tras la inyección de 120 millones de euros públicos al considerarla estratégica para la economía española. En concreto, a Duro Felguera se le ha concedido, por parte de la Sociedad Estatal de
Participaciones Industriales (SEPI), un préstamo participativo de 70 millones, otro ordinario de 20 millones, así como la entrada en su capital o un préstamo ordinario de 30 millones 6.


En virtud de lo expuesto anteriormente, parece obvio que los altos cargos y jerarcas chavistas utilizaron -o utilizan- nuestro país para blanquear, entre otros, el dinero que recibieron fraudulentamente por parte de la empresa de ingeniería
española. Además, llama poderosamente la atención que dichos mandatarios venezolanos hayan podido adquirir los bienes descritos con anterioridad sin que hayan saltado todas las alarmas por parte de los organismos encargados de controlar los flujos
de inversiones hacia nuestro país.


Segundo. En este sentido, la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que tiene por objeto la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de
actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención del


4 Ibidem.


5 Ibidem.


6 https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/11093993/03/21/El-Gobierno-aprueba-el-rescate-de-Duro-Felguera-por-120-millones.html



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blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, considera blanqueo de capitales las siguientes actividades:


a) La conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que dichos bienes proceden de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva, con el propósito de ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes o de
ayudar a personas que estén implicadas a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos.


b) La ocultación o el encubrimiento de la naturaleza, el origen, la localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes, a sabiendas de que dichos bienes proceden de una actividad delictiva o de
la participación en una actividad delictiva.


c) La adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el momento de la recepción de los mismos, de que proceden de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva.


d) La participación en alguna de las actividades mencionadas en las letras anteriores la asociación para cometer este tipo de actos, las tentativas de perpetrarlas y el hecho de ayudar, instigar o aconsejar a alguien para realizarlas o
facilitar su ejecución.


Existirá blanqueo de capitales aun cuando las conductas descritas en las letras precedentes sean realizadas por la persona o personas que cometieron la actividad delictiva que haya generado los bienes.'


Asimismo, dicha ley manifiesta que 'se entenderá por bienes procedentes de una actividad delictiva todo tipo de activos cuya adquisición o posesión tenga su origen en un delito, tanto materiales como inmateriales, muebles o inmuebles,
tangibles o intangibles, así como los documentos o instrumentos jurídicos con independencia de su forma, incluidas la electrónica o la digital, que acrediten la propiedad de dichos activos o un derecho sobre los mismos, con inclusión de la cuota
defraudada en el caso de los delitos contra la Hacienda Pública. Se considerará que hay blanqueo de capitales aun cuando las actividades que hayan generado los bienes se hubieran desarrollado en el territorio de otro Estado.


Por su parte, cabe destacar que el artículo 2 de la Ley 10/2010 establece que todo lo dispuesto en dicha ley será de aplicación a unos sujetos que califica como de 'sujetos obligados', los cuales serán, como detallaremos más adelante, los
obligados a reportar a la entidad competente cualquier actividad que consideren sospechosa de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo (artículo 18 Ley 10/2010). En particular, tendrán la consideración de sujetos obligados los
siguientes actores:


a) Las entidades de crédito.


b) Las entidades aseguradoras autorizadas para operar en el ramo de vida u otros seguros relacionados con inversiones y los corredores de seguros cuando actúen en relación con seguros de vida u otros servicios relacionados con inversiones,
con las excepciones que se establezcan reglamentariamente.


c) Las empresas de servicios de inversión.


d) Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y las sociedades de inversión cuya gestión no esté encomendada a una sociedad gestora.


e) Las entidades gestoras de fondos de pensiones.


f) Las sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo y las sociedades de capital riesgo cuya gestión no esté encomendada a una sociedad gestora.


g) Las sociedades de garantía recíproca.


h) Las entidades de dinero electrónico, las entidades de pago y las personas físicas y jurídicas a las que se refieren los artículos 14 y 15 del Real Decreto Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en
materia financiera.


i) Las personas que ejerzan profesionalmente actividades de cambio de moneda.


j) Los servicios postales respecto de las actividades de giro o transferencia.


k) Las personas dedicadas profesionalmente a la intermediación en la concesión de préstamos o créditos, así como aquellas que, sin haber obtenido la autorización como establecimientos financieros de crédito, desarrollen profesionalmente
alguna actividad prevista en el artículo 6.1 de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, o desarrollen actividades de concesión de préstamos previstas en la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de
crédito inmobiliario, así como las personas dedicadas profesionalmente a la intermediación en la concesión de préstamos o créditos.


l) Los promotores inmobiliarios y quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia, comisión o intermediación en la compraventa de bienes inmuebles o en arrendamientos de bienes inmuebles que



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impliquen una transacción por una renta total anual igual o superior a 120.000 euros o una renta mensual igual o superior a 10.000 euros.


m) Los auditores de cuentas, contables externos, asesores fiscales y cualquier otra persona que se comprometa a prestar de manera directa o a través de otras personas relacionadas, ayuda material, asistencia o asesoramiento en cuestiones
fiscales como actividad empresarial o profesional principal.


n) Los notarios y los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.


ñ) Los abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles o entidades comerciales,
la gestión de fondos, valores u otros activos, la apertura o gestión de cuentas corrientes, cuentas de ahorros o cuentas de valores, la organización de las aportaciones necesarias para la creación, el funcionamiento o la gestión de empresas o la
creación, el funcionamiento o la gestión de fideicomisos ('trusts'), sociedades o estructuras análogas, o cuando actúen por cuenta de clientes en cualquier operación financiera o inmobiliaria.


o) Las personas que con carácter profesional y con arreglo a la normativa específica que en cada caso sea aplicable presten los siguientes servicios por cuenta de terceros: constituir sociedades u otras personas jurídicas; ejercer
funciones de dirección o de secretarios no consejeros de consejo de administración o de asesoría externa de una sociedad, socio de una asociación o funciones similares en relación con otras personas jurídicas o disponer que otra persona ejerza
dichas funciones; facilitar un domicilio social o una dirección comercial, postal, administrativa y otros servicios afines a una sociedad, una asociación o cualquier otro instrumento o persona jurídicos; ejercer funciones de fiduciario en un
fideicomiso (trust) o instrumento jurídico similar o disponer que otra persona ejerza dichas funciones; o ejercer funciones de accionista por cuenta de otra persona, exceptuando las sociedades que coticen en un mercado regulado de la Unión Europea
y que estén sujetas a requisitos de información acordes con el Derecho de la Unión o a normas internacionales equivalentes que garanticen la adecuada transparencia de la información sobre la propiedad, o disponer que otra persona ejerza dichas
funciones.


p) Los casinos de juego.


q) Las personas que comercien profesionalmente con joyas, piedras o metales preciosos.


r) Las personas que comercien profesionalmente con objetos de arte o antigüedades o actúen como intermediarios en el comercio de objetos de arte o antigüedades, y las personas que almacenen o comercien con objetos de arte o antigüedades o
actúen como intermediarios en el comercio de objetos de arte o antigüedades cuando lo lleven a cabo en puertos francos.


s) Las personas que ejerzan profesionalmente las actividades a que se refiere el artículo 1 de la Ley 43/2007, de 13 de diciembre, de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de restitución del precio.


t) Las personas que ejerzan actividades de depósito, custodia o transporte profesional de fondos o medios de pago.


u) Las personas responsables de la gestión, explotación y comercialización de loterías u otros juegos de azar presenciales o por medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos. En el caso de loterías, apuestas mutuas
deportivo-benéficas, concursos, bingos y máquinas recreativas tipo 'B' únicamente respecto de las operaciones de pago de premios.


v) Las personas físicas que realicen movimientos de medios de pago, en los términos establecidos en el artículo 34.


w) Las personas que comercien profesionalmente con bienes, en los términos establecidos en el artículo 38.


x) Las fundaciones y asociaciones, en los términos establecidos en el artículo 39.


y) Los gestores de sistemas de pago y de compensación y liquidación de valores y productos financieros derivados, así como los gestores de tarjetas de crédito o débito emitidas por otras entidades, en los términos establecidos en el artículo
40.


z) Los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos.


Por tanto, los sujetos obligados, en atención al artículo 17 de la citada ley, 'examinarán con especial atención cualquier hecho u operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar relacionado con el blanqueo de
capitales o la financiación del terrorismo, reseñando por escrito los resultados del examen. En particular, los sujetos obligados examinarán con especial atención toda



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operación o pauta de comportamiento compleja, inusual o sin un propósito económico o lícito aparente, o que presente indicios de simulación o fraude.


Tercero. El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) es la Unidad de Inteligencia Financiera de España -dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital-, única en todo el territorio nacional, a la cual deberán reportar los sujetos obligados cualquier indicio de actividad que pudiese constituir blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. El Sepblac es, asimismo, Autoridad
Supervisora en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.


Las nuevas formas de criminalidad económica y la creciente complejidad y sofisticación de los esquemas de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo motivaron la creación del Sepblac en 1993 como organismo estatal especializado
en la generación, tratamiento y diseminación de inteligencia financiera 7.


Por tanto, si hay indicios o existe la certeza de que se ha incurrido en un blanqueo de capitales o en financiación del terrorismo, el Sepblac es el encargado de analizar la información existente y elaborar los correspondientes informes de
inteligencia financiera. Así lo establece el artículo 18 de la Ley 10/2010, cuando manifiesta que 'Los sujetos obligados comunicarán, por iniciativa propia, al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones
Monetarias (en adelante, el Servicio Ejecutivo de la Comisión) cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto al que, tras el examen especial a que se refiere el artículo precedente, exista indicio o certeza de que está relacionado
con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. En particular, se consideran operaciones por indicio y se comunicarán al Servicio Ejecutivo de la Comisión los casos que, tras el examen especial, el sujeto obligado conozca, sospeche o
tenga motivos razonables para sospechar que tengan relación con el blanqueo de capitales, o con sus delitos precedentes o con la financiación del terrorismo, incluyendo aquellos casos que muestren una falta de correspondencia ostensible con la
naturaleza, volumen de actividad o antecedentes operativos de los clientes, siempre que en el examen especial no se aprecie justificación económica, profesional o de negocio para la realización de las operaciones.' Desempeña, además, funciones de
análisis estratégico para identificar patrones, tendencias y tipologías en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.


Así, el Sepblac se asegura de que los sujetos obligados -artículo 2 Ley 10/2010-, cumplan con sus deberes de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, y ejerce sus funciones supervisoras según los criterios de
riesgo RBA. Para determinar el riesgo supervisor, el Sepblac echa mano de sus análisis operativos y estratégicos. Aplica además las Directrices de las Autoridades Europeas de Supervisión.


Asimismo, el Sepblac gestiona el FTF, instrumento de investigación financiera con más de 130 millones de cuentas y depósitos registradas a día de hoy. Su finalidad es exclusivamente la de prevenir e impedir el blanqueo de capitales y la
financiación del terrorismo. Por tanto, será necesario un informe preceptivo del Sepblac a la hora de obtener una serie de autorizaciones. Por ejemplo, para crear nuevas entidades financieras, adquirir o incrementar participaciones significativas
o hacer modificaciones estructurales. Los informes no buscan sino reducir el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y asegurar que las entidades financieras autorizadas para operar en España disponen de los procedimientos
adecuados de control interno.


El Sepblac es también la unidad responsable de la supervisión e inspección del cumplimiento de las sanciones financieras establecidas por reglamentos comunitarios o por acuerdos del Consejo de Ministros. Todo para dar cumplimiento a las
resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y a las contramedidas financieras que vaya adoptando el Consejo de Ministros respecto de terceros países.


Cuarto. Teniendo en cuenta que existe una entidad u organismo estatal especializado y dedicado exclusivamente a investigar, analizar y reportar las actividades constitutivas de blanqueo de capitales, como es el Sepblac, este Grupo
Parlamentario no entiende cómo es posible que los jerarcas y altos cargos chavistas hayan podido blanquear el dinero recibido por, entre otros, la empresa Duro Felguera mediante la adquisición de determinados bienes inmuebles, muebles y demás
activos financieros en nuestro país.


A decir verdad, no sabemos si la falta de investigación de estos fondos procedentes de actividades delictivas se debe a una falta de reporte por parte de los sujetos obligados que, como hemos visto en


7 https://www.sepblac.es/es/sobre-el-sepblac/



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expositivos anteriores, son los encargados de comunicar al Sepblac cualquier indicio de blanqueo de capitales por parte de los clientes con los que operan -como debería ser el caso, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 10/2010, de
cualquier entidad, agente, asesor, notario, registrador o demás profesionales que hubieran tratado con los altos cargos chavistas para la adquisición en España de los bienes inmuebles, muebles y demás activos financieros que han sido intervenidos
por la Audiencia Nacional-, o del propio Sepblac, el cual debía de haber hecho sonar todas las alarmas al tener noticia de que determinados altos cargos de un régimen manifiestamente corrupto y el cual ha sido sancionado y condenado por parte de la
Comunidad Internacional y la Unión Europea pretendían adquirir bienes o activos en nuestro país.


En este sentido, resulta perentorio destacar que la Ley 10/2010 califica el incumplimiento de la obligación de reporte por parte de los sujetos obligados en infracciones muy graves, graves y leves en función del grado de incumplimiento que
se haya dado (art. 51, 52 y 53). Asimismo, esta ley también prevé, en sus artículos 56, 57 y 58, las sanciones administrativas que corresponderán dependiendo de la gravedad de la infracción. Así pues, en caso de que fueran los sujetos obligados a
reportar al Sepblac los que hubieran fallado en su obligación de comunicar a esta entidad cualquier indicio de blanqueo de capitales al operar con sus clientes chavistas, sería de aplicación lo dispuesto en estos artículos como medida punitiva para
sancionar este tipo de comportamientos. No obstante, creemos que estas medidas sancionadoras deberían ser reforzadas al objeto de evitar que esta situación volviera a repetirse en el futuro.


En cualquier caso, no podemos permitir que el dinero procedente de regímenes manifiestamente corruptos, que socavan sistemáticamente el Estado de derecho y los derechos y libertades de sus ciudadanos, sean blanqueados en nuestro país, pues
lo contrario reflejaría una debilidad por parte del Estado español y una pérdida de respeto por parte de nuestros países vecinos y aliados, los cuales mirarían con desconfianza a España por permitir el blanqueo de capitales indiscriminado dentro de
sus fronteras sin que las autoridades competentes -como el Sepblac- sobre la materia en cuestión se hubieran manifestado o actuado para evitar esta situación.


Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a promover la modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, con el fin de que se agraven las
sanciones administrativas previstas en dicha ley en caso de incumplimiento de obligaciones por parte de los sujetos obligados, y que se refuerce e intensifique, a su vez, el control de las inversiones en España procedentes de países con regímenes
corruptos que socavan el Estado de derecho, como Venezuela, Cuba o Nicaragua, entre otros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Agustín Rosety Fernández de Castro, Emilio Jesús del Valle Rodríguez y Víctor Manuel Sánchez del Real,
Diputados.-Iván Espinosa de los Monteros de Simón y Macarena Olona Choclán, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/003245


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la celebración del 12 de octubre
en las Embajadas de España en Iberoamérica, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.


Exposición de motivos


El 12 de octubre es el día de nuestra fiesta nacional. Es un día que recuerda uno de los acontecimientos por los que España es una de las naciones imprescindibles en la historia universal. El 12 de octubre



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de 1492 se produjo el encuentro de dos mundos, un hecho fruto del espíritu emprendedor de una monarquía y de un país con una profunda vocación exterior. El 12 de octubre fue la continuación de una trayectoria que se puso en marcha con la
consolidación de la unidad nacional y que tuvo en la gramática de Nebrija otro de los elementos de relevancia.


A partir de ese momento, en una gesta en la que participaron españoles de toda condición, España se transplantó a América. América nunca fue colonia, el Nuevo Mundo fue una extensión de nuestra nación a las que dimos nuestra lengua, nuestra
cultura y nuestra religión. También nuestras Leyes. Las Leyes de Indias reflejaron una concepción de los hombres y mujeres que igualaban a todos los habitantes de esas tierras y protegían a los más débiles, especialmente a los indígenas. Ninguna
obra humana es perfecta, pero los españoles tenemos el legítimo derecho a sentirnos orgullosos de qué hicimos durante esos tres siglos.


La Constitución de 1812 fue la carta fundadora de las libertades a ambos lados del Atlantico.


La independencia de esas tierras fue el punto de partida de nuevas naciones con las que España quiso siempre tener una relación fraternal, de igual a igual. De hecho, muchos de ellos denominan a nuestra nación la madre patria.


Hoy, los populismos que en América amenazan las libertades quieren romper el vínculo histórico y cultural con España. Por esta razón, es más urgente que nunca el apoyo y el respaldo a todos los que defienden las libertades en América
Latina.


Desde hace más de un siglo España celebra el 12 de octubre su fiesta nacional. Entre los acontecimientos que se organizan, nuestras embajadas invitan a la comunidad española en esos países, también a las personalidades relevantes de esas
naciones. Este hecho es una oportunidad para mostrar los valores y principios de la sociedad española. Por esta razón, las embajadas de España en América Latina deben abrirse a todos los demócratas, muy especialmente en países como Cuba,
Venezuela, Nicaragua, Bolivia o Perú donde los demócratas están siendo perseguidos o amenazados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a invitar el 12 de octubre a la recepción que organizan las embajadas de España en Iberoamérica a todos los representantes de la sociedad civil y de la política que defienden la causa de la
libertad y la democracia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003261


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Víctor Sánchez del Real y D. Emilio Jesús del Valle
Rodríguez, en sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a la revisión y actualización de los planes de evacuación de la embajada y otras legaciones diplomáticas del Reino de España en la República de Malí, para su discusión en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. Desde el inicio de la presente legislatura, nuestro Grupo Parlamentario se ha estado interesando por la seguridad de las embajadas y demás legaciones diplomáticas españolas en distintos lugares del mundo.



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En este sentido, cabe destacar que a raíz de nuestra pregunta escrita al Gobierno, con número de registro 131714 y fechada el 7 de junio de 2021, en la que nos interesábamos por la posibilidad del cierre de la embajada del Reino de España
ante la ya extinta República Islámica de Afganistán, así como por la existencia de planes de evacuación de esta, recibimos la siguiente respuesta con número de registro 141153, a fecha 7 de julio:


'No está previsto el cierre de la Embajada española en Afganistán. Como todas las embajadas de España, la Embajada en Kabul dispone de un Plan de Emergencia y Concentración, actualizado periódicamente, orientado a facilitar eventuales
operaciones de evacuación de ciudadanos españoles en el país.


Su contenido es reservado por motivos de seguridad.'


Algo más tarde, el 7 de julio, y ante el deterioro de la situación, volvíamos a preguntar por la misma cuestión al Gobierno en la pregunta escrita con número de registro 141424.


Si bien es cierto que era difícil prever un deterioro tan rápido de la situación militar en el país, el escenario final de toma del poder por los talibanes no podía descartarse en absoluto atendiendo al desarrollo de los combates y los
avances talibán en la primavera e inicios del verano. Por ese motivo, sorprende la falta de previsión del Gobierno en lo que concierne a la planificación de las distintas contingencias que podían darse, especialmente la necesidad de evacuar a
nuestro personal y a los colaboradores afganos en un corto período de tiempo.


Así, el 13 de agosto, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se decidía por fin a iniciar la evacuación, tal y como manifiesta en su Nota de Prensa número 174, de la que reproducimos a continuación el siguiente
extracto:


'Somos conscientes de la necesidad de amparar, en coordinación con el resto de Estados Miembros de la Unión Europea y de la OTAN, a aquellos afganos y sus familias que han trabajado codo con codo con nosotros'. Este Ministerio, en contacto
con el Ministerio de Defensa, de Interior e Inclusión y de Seguridad Social y Migraciones, está trabajando para coordinar el traslado de los ciudadanos afganos que han colaborado con las misiones militares y proyectos de cooperación de España en
Afganistán. 'No se va a dejar a nadie atrás, concluye el Ministro 8.'


Aun así, no sería hasta el día 17 que el primero de los aviones A-400 del Ejército del Aire español despegaría con rumbo a Afganistán, cinco días después de la caída de las principales localidades donde residían los afganos que colaboraron
con España, cuatro días después de que se decidiese la evacuación del personal de la embajada y dos días después de la caída de la ciudad en poder de los talibanes y la evacuación desde la embajada al aeropuerto de Kabul. Así pues, vemos cómo este
caso ha demostrado particularmente la falta de previsión y realismo de los planes existentes.


Sin perjuicio de lo anterior, no ha sido el caso de Afganistán el único de esta naturaleza, aunque desde luego sí el de mayor entidad e importancia. Así, el día 25 de junio de 2021, fue asesinada la cooperante española María Hernández en la
región de Tigray, en Etiopía 9. Esta ciudadana española trabajaba en la ONG 'Médicos Sin Fronteras' y fue asesinada junto a dos compañeros de otras nacionalidades. Actualmente, se desconocen las circunstancias y los detalles de su asesinato, así
como su autoría, aunque el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación anunció que se encontraba investigando los hechos en conjunción con las autoridades etíopes.


En particular, desde el estallido del conflicto en la región etíope de Tigray, este Grupo Parlamentario se interesó por el asunto, especialmente por la seguridad de los ciudadanos españoles así como de nuestras legaciones diplomáticas.
Sobre estas cuestiones presentamos sendas preguntas con números de registro 82063 y 73231, que recibieron respuestas con número de registro 90487 y 79813, respectivamente, y cuyos extractos más significativos en relación con este asunto reproducimos
a continuación:


'La práctica totalidad de los ciudadanos españoles no se encuentra en la capital de Tigray, sino en otras localidades y ningún ciudadano español manifestó interés por sumarse a alguna de las tres operaciones de relocalización organizadas por
Naciones Unidas en noviembre 10.'


8 http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/SalaDePrensa/NotasDePrensa/Paginas/2021_NOTAS_P/20210813_NOTA174.aspx


9 https://www.larazon.es/sociedad/20210625/xruuqeqz5fbkvknf4jvviftlwm.html


10 https://www.congreso.es/entradap/l14p/e7/e_0079813_n_000.pdf



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[...]


Las Recomendaciones de Viaje publicadas en la página web del Ministerio en relación con los dos países recogen las medidas generales en materia de seguridad que se actualizan regularmente. En el caso de Etiopía, a pesar de las dificultades
producidas por los cortes en las comunicaciones y en el acceso a determinadas zonas, se ha podido identificar y contactar a los españoles en ellas y apoyar a aquellos que manifestaron su deseo de salir.


El Gobierno, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación lleva a cabo cada año, o cuando las circunstancias lo aconsejan, una evaluación de la amenaza en cada representación española en el exterior con el fin
de valorar el nivel de riesgo y amenazas existente a los efectos de establecer las oportunas medidas de seguridad, tanto de las legaciones diplomáticas como del personal que trabaja en las mismas. En este sentido, se considera que la seguridad de
las sedes de la Embajada de España en Etiopía y Sudán están debidamente aseguradas.


La situación de seguridad en estos momentos no aconseja la activación de medidas extremas como la repatriación o evacuación de los ciudadanos españoles que se encuentren en Etiopía o Sudán ni del personal diplomático español en estos países
11.'


A la luz de lo anterior, estamos en posición de afirmar que las valoraciones de riesgo del Gobierno para estos dos casos (i.e. Afganistán y Etiopía) no fueron correctas, lo que nos lleva a pensar que el resto de valoraciones de riesgo en
otros países del mundo pueden no ser acertadas. No obstante, esta circunstancia debe cambiar si queremos mantener la seguridad de nuestros ciudadanos, nuestro Servicio de Acción Exterior y nuestros intereses nacionales en el extranjero.


Segundo. El actual contexto internacional es cada vez más competitivo e inseguro, y la estabilidad de muchos países se encuentra en serio deterioro. De hecho, si el mundo de las pasadas décadas podía parecer que tendía hacia unas
relaciones internacionales más pacíficas, y la estabilidad y prosperidad de las distintas naciones crecía, este ya no es el escenario actual.


Por lo pronto, el auge de la República Popular de China como competidor de los Estados Unidos y de Occidente representa una seria tendencia hacia un mundo más competitivo. Así lo reconoce la vigente Estrategia de Acción Exterior 2021-2024
12 cuando manifiesta lo siguiente:


'La rivalidad chino-americana, el fenómeno central que viene marcando las relaciones internacionales (...) también se ha acelerado de manera inusitada en los últimos años, como consecuencia del giro en la política exterior de los EE.UU. y
la conversión definitiva de China en un actor con una influencia política y económica global.'


A esta circunstancia, podríamos sumar la creciente asertividad de viejas potencias como la Federación Rusa, o el surgimiento de toda una serie de potencias regionales en creciente competencia, no siempre pacífica, como Turquía, Irán, Arabia
Saudita, India, etc. Así, estos hechos están cambiando el orden internacional -o statu quo-, situación que también reconoce la Estrategia de Acción Exterior en los siguientes términos:


'La crisis del orden político e institucional que observamos a nivel interno de los Estados también alcanza al plano internacional, generando una mayor inestabilidad a nivel global. Se pone en duda el funcionamiento de no pocas
instituciones internacionales y se aprovechan sus debilidades para beneficio de los intereses de algunas grandes potencias. Este fenómeno se magnífica ante la transición de un orden unipolar a otro multipolar, incluso apolar, cada vez más volátil y
fragmentado. Asistimos a un endurecimiento de las relaciones internacionales y al regreso de la política de poder (...) El resultado es una atmosfera internacional menos cooperativa y más agresiva, en la que prima la apuesta por el unilateralismo y
la coerción.'


Al mismo tiempo, cualquier tipo de conflictos internos amenazan la estabilidad y seguridad de multitud de países. En este sentido, destaca especialmente el crecimiento y auge del islamismo radical, que en buena cantidad de países ha tomado
la forma del enfrentamiento armado abierto y obtenido notables éxitos, el último de ellos en Afganistán.


11 https://www.congreso.es/entradap/l14p/e9/e_0090487_n_000.pdf


12 http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/SalaDePrensa/ElMinisterioInforma/Documents/ESTRATEGIA?%20ACCION?%20EXTERIOR?%20ESP.pdf



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En concreto, estos grupos son especialmente amenazantes para la seguridad de los ciudadanos y legaciones diplomáticas de Estados terceros, en tanto en cuanto no respetan las distintas convenciones internacionales, habiendo atacado edificios
diplomáticos con anterioridad 13, y destacándose también por el uso del terrorismo como método de ataque, especialmente contra objetivos civiles y económicos. Además, su fuerte convicción radical dificulta cualquier clase de negociación o acuerdo.


Ya en 1996, el politólogo norteamericano Samuel Huntington, en su libro 'El choque de civilizaciones y la reconfiguración del orden mundial' 14, desarrollaba sobre este tema una influyente tesis acerca del futuro desarrollo de la Política
Internacional:


'Mi hipótesis es que la fuente fundamental de conflicto en este nuevo mundo no será principalmente ideológica o económica. Las grandes divisiones entre la humanidad y la fuente dominante de conflicto serán culturales.'


Si bien esta hipótesis ha sido ampliamente cuestionada desde diversas perspectivas, no es posible negar la validez, en parte, del análisis de Huntington ante la proliferación de conflictos de esta clase, tanto internos (por ejemplo Myanmar,
Siria, República Centroafricana o Malí), como internacionales (Ucrania, Nagorno-Karabaj). Independientemente de que la cultura se convierta en este siglo en la brecha fundamental de las relaciones internacionales, su creciente influencia en los
conflictos mundiales es incuestionable.


Al mismo tiempo, otros factores como la corrupción, las crisis económicas, la estabilidad alimentaria, la lucha por los recursos o las catástrofes naturales pueden provocar o acentuar conflictos en buena parte del mundo. Situaciones como la
que vivimos en Afganistán durante el verano de 2021 podrían volver a darse de forma cada vez más frecuente en el futuro. En definitiva, debemos estar preparados para poder reaccionar a tiempo y continuar cumpliendo nuestros objetivos
internacionales a la vez que garantizamos la seguridad de nuestros nacionales y nuestra representación nacional en el exterior.


Tercero. La República de Malí es un país situado entre el Magreb y el África subsahariana, en una zona dónde se producen distintos choques culturales y que se ve afectada por diversas problemáticas. Así, la Estrategia de Acción Exterior 15
española señala sobre el África Subsaharaiana que 'es una enorme región en la vecindad inmediata de España que está experimentando grandes transformaciones (...) El fracaso o éxito de África tendrá un impacto directo en el futuro de Europa y de
España', y en concreto sobre el Magreb manifiesta que es un 'escenario privilegiado de las tensiones y cambios en el orden mundial', así como que 'La seguridad y la estabilidad de España está afectada por la seguridad y estabilidad en el
Mediterráneo y, más concretamente, en el Magreb'.


Por su parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Oficina de Información Diplomática, elabora una serie de Fichas de País dónde se describen las distintas características específicas de cada país,
y en dónde se da una cierta importancia a la situación política y los conflictos que afectan al mismo. En este sentido, la actual Ficha País sobre la República de Malí del ministerio expone lo siguiente:


'La inestabilidad persiste en el país desde 2012, donde existen principalmente dos escenarios. Por un lado, un escenario en el norte del país, marcado por las repetidas revoluciones tuaregs que, desde los años 60 y con postulados en
ocasiones favorables a la secesión, reclaman una mayor representación del norte de Mali en las instituciones, una mayor presencia del Estado y la prestación de servicios sociales de base para las poblaciones. La conflictividad del norte se
trasladó, a partir del 2015, hacia el centro del país, que constituye el segundo de los escenarios indicados. En el centro y este de Mali, el terrorismo yihadista de JNIM y del Estado islámico y los enfrentamientos intercomunitarios entre las
etnias peulh y dogon, con sus propias milicias de autodefensa, marcan el día a día de las regiones afectadas.'


A su vez, el Instituto Español de Estudios Estratégicos, Think Tank perteneciente al Ministerio de Defensa, ha publicado numerosos análisis acerca de la situación en Malí. Así, por ejemplo, en el


13 España sufrió uno de estos ataques en su Embajada en Afganistán en el ario 2015. https://elpais.com/internacional/2015/12/11/actualidad/1449845892_464466.html


14 Huntington, Samuel P. (1997) 'El choque de civilizaciones: y la reconfiguración del orden mundial'. Paidós Ibérica, Barcelona.


15 htttp://www.exteriores.gob.es/Portal/es/SalaDePrensa/ElMinisterioInforma/Documents/ESTRATEGIA?%20ACCION?%20EXTERIOR?%20ESP.pdf



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documento titulado 'Mali, epicentro del terrorismo yihadista en el Sahel' 16 se expresaba en sus conclusiones lo siguiente:


'La propagación yihadista en Mali es un hecho y se explica dada la escasa presencia del Estado en su territorio y las frustraciones acumuladas por siglos de conflictos étnicos y sociales pues, alejadas del núcleo de poder político estatal y
olvidadas por las políticas económicas de sus gobernantes, ya no cabe ninguna duda del extraordinario y favorable terreno que suponen para el yihadismo las regiones del norte y el centro de Mali.'


Otro de estos documentos, titulado 'Mali, un nuevo golpe de Estado: entre ausencia de soberanía nacional y competencias por el poder', analizaba los últimos acontecimientos de la actualidad política en el país, exponiendo lo siguiente:


'Los militares tomaban las calles de Bamako protagonizando el cuarto golpe de Estado en la historia del país. Así, bajo el pretexto de liberar al pueblo de la corrupción de sus gobernantes, comienza un nuevo capítulo en el cual el panorama
político, económico y social es muy similar al que posibilitó el desarrollo de la insurgencia en 2012. Dicha situación dejará al descubierto una compleja telaraña de crisis endógena que el país no consigue superar, así como la continua incapacidad
estatal por garantizar la seguridad a lo largo de todo el territorio nacional.'


Por último, las recientes noticias que vienen del país son bastante preocupantes pues, ante la decisión de Francia de reestructurar y reducir sus fuerzas militares en el país, el Gobierno maliense ha afirmado no ser capaz de hacer frente a
la situación del país sin ayuda extranjera 17 y, según distintas informaciones, se encuentra planteando la contratación de mercenarios de la compañía rusa Wagner 18.


En definitiva, como vemos, los distintos documentos oficiales de interés en esta materia, así como distintos documentos elaborados por expertos, coinciden en el análisis de la situación de este país. No obstante, cabe destacar que España
colabora con Malí en la resolución de todas estas cuestiones, primero a través de la misión militar de la EUTM Malí y la EUCAP Sahel Mali por parte de la Policía Nacional y la Guardia Civil y, en segundo lugar, a través de los distintos programas de
Cooperación dirigidos por la AECID.


Sin embargo, debemos ser realistas y conscientes de que la situación del país podría degenerar en cualquier momento -visto el clima de inestabilidad política y social que atraviesa el mismo. La caída en unos pocos meses de la República
Islámica de Afganistán al retirarse las fuerzas internacionales ha reforzado la moral de los grupos yihadistas en todo el mundo ante el éxito que ha supuesto para su causa. Malí es uno de esos escenarios internacionales en que algo similar a lo
sucedido en Afganistán podría suceder, y aunque debemos trabajar para evitarlo por todos los medios a nuestro alcance, debemos ser previsores y en aras de evitar daño a nuestros ciudadanos, tener previstas hasta las peores contingencias.


Cuarto. La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado 19, desarrolla en su artículo 42 las funciones de las Misiones Diplomáticas de la siguiente manera:


'1. Las Misiones Diplomáticas Permanentes representan con este carácter a España ante uno o varios Estados con los que tiene establecidas relaciones diplomáticas. Cuando una Misión represente a España ante varios Estados lo hará en régimen
de acreditación múltiple y con residencia en uno de ellos.


[...]


3. Las Misiones Diplomáticas y Representaciones Permanentes ejercerán todas las funciones que les atribuye la normativa vigente, el Derecho Internacional general y los tratados internacionales de los que España es parte y la normativa
aplicable a la Unión Europea o la organización internacional ante la que la Representación se encuentre acreditada.


4. En especial, corresponde a las Misiones Diplomáticas Permanentes:


a) Representar a España ante el Estado receptor.


16 https://www.ieee.es/Galerias/fichero/docs_opinion/2020/DIEEE013_2020JOSEXP_Mali.pdf


17 https://www.europapress.es/internacional/noticia-mali-avisa-inestabilidad-sahel-acusa-francia-abandonarles-lucha-contra-terrorismo-20210926015625.html


18 https://www.dw.com/es/gobierno-de-mali-busca-contratar-fuerzas-rusas-para-su-seguridad/a-59311563


19 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-3248&p=20180612&tn=1#tiii



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b) Proteger en el Estado receptor los intereses de España y los de sus nacionales dentro de los límites permitidos por el derecho internacional. En aquellos Estados donde no existan Oficinas Consulares, o existan en ciudades diferentes de
donde radica la Misión Diplomática, las funciones consulares serán ejercidas por esta, a través de su sección consular.


c) Negociar con el Gobierno del Estado receptor.


d) Informarse de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor y trasladar dicha información al Gobierno español.


e) Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones con el Estado receptor en todos los ámbitos de la Acción Exterior.


f) Cooperar con las instancias de representación exterior de la Unión Europea en la identificación, defensa y promoción de los intereses y objetivos de su Acción Exterior.'


Por su parte, el Convenio sobre Relaciones Diplomáticas, firmado en Viena el día 18 de abril de 1961 20 y que regula las Relaciones Diplomáticas entre los distintos países, al tratar de la seguridad de las misiones y el personal diplomático,
dispone en su artículo 22 lo siguiente:


'1. Los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión.


2. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad.


3. Los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución.'


Y, a su vez, sobre este mismo tema, en el artículo 29 dispone:


'La persona del agente diplomático es inviolable. No puede ser objeto de ninguna forma de detención o arresto. El Estado receptor le tratará con el debido respeto y adoptará todas las medidas adecuadas para impedir cualquier atentado
contra su persona, su libertad o su dignidad.'


Establece pues dicho convenio la inviolabilidad de los archivos y documentos (artículo 24), la de la residencia particular del agente diplomático (artículo 30), la libre circulación (artículo 26), la libertad de comunicaciones oficiales
(artículo 27), así como otra serie de ventajas, beneficios y privilegios de este personal.


Al mismo tiempo contempla, en su artículo 44, la salida del personal diplomático y demás personal sujeto a protección en caso de conflicto armado: 'El Estado receptor deberá, aún en caso de conflicto armado, dar facilidades para que las
personas que gozan de privilegios e inmunidades y no sean nacionales del Estado receptor, así como los miembros de sus familias, sea cual fuere su nacionalidad, puedan salir de su territorio lo más pronto posible. En especial, deberá poner a su
disposición, si fuere necesario, los medios de transporte indispensables para tales personas y sus bienes'. Asimismo, en su artículo 45, dispone la obligación de respetar y proteger aun en caso de conflicto armado entre países los locales de la
misión:


'En caso de ruptura de las relaciones diplomáticas entre dos Estados, o si se pone término a una misión de modo definitivo o temporal:


a) el Estado receptor estará obligado a respetar y a proteger, aún en caso de conflicto armado, los locales de la misión así como sus bienes y archivos; b) el Estado acreditante podrá confiar la custodia de los locales de la misión, así
como de sus bienes y archivos, a un tercer Estado aceptable para el Estado receptor; c) el Estado acreditan te podrá confiar la protección de sus intereses y de los intereses de sus nacionales a un tercer Estado aceptable para el Estado receptor.'


Sin embargo, como ha quedado de sobra demostrado a raíz de los recientes acontecimientos, hoy en día muchos Estados no se encuentran en disposición de cumplir o hacer cumplir estas y otras disposiciones en su territorio ante las graves
amenazas que se presentan dentro de sus propias fronteras. Asimismo, muchos grupos insurgentes o terroristas con posibilidades de amenazar a los ciudadanos o a las


20 https://www.boe.es/boe/dias/1968/01/24/pdfs/A01031-01036.pdf



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instalaciones diplomáticas de terceros Estados -incluido España- no respetan en absoluto las anteriores disposiciones de Derecho internacional.


Quinto. La ya citada Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en su artículo 2, determina los principios y objetivos de la Política Exterior española, entre los que destacamos:


'i) La seguridad y bienestar de España y sus ciudadanos;


j) La asistencia y protección a sus ciudadanos, así como la protección de los intereses económicos de España en el exterior.'


Asimismo, dispone en su artículo 8 lo siguiente:


'1. Las Fuerzas Armadas son un pilar básico en la Acción Exterior del Estado, garantizan la seguridad y la defensa de España y promueven un entorno internacional de paz y seguridad.'


Y desarrollando este papel en su artículo 15 en los siguientes términos:


'1. La actuación de las Fuerzas Armadas en el ámbito internacional se enmarcará en el conjunto de la Acción Exterior del Estado, como elemento esencial para garantizar la seguridad y defensa de España y para contribuir a la proyección
internacional de España y al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.


2. La Acción Exterior del Estado en materia de defensa se regirá conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional y su normativa de desarrollo.'


Por su parte, en su artículo 40, dicha ley establece la creación de un grupo específico para tratar emergencias y crisis que impliquen a ciudadanos españoles en el extranjero:


'1. Para garantizar la asistencia y protección debida a los ciudadanos españoles en el exterior, el Consejo de Política Exterior constituirá en su seno un grupo de emergencia consular, presidido por el Ministro de Asuntos Exteriores y de
Cooperación, cuando se produzca una situación de crisis bélica, de seguridad, desastre natural, de emergencia sanitaria o alimentaria o de cualquier otra índole, que requiera la coordinación de distintos órganos y organismos de la Administración
General del Estado.


Dicho grupo se constituirá cuando la situación que afecte a los españoles en el exterior no esté siendo objeto de estudio o gestión por cualquier otro grupo o comisión con competencias específicas en la materia. Se integrará en dicho grupo
un representante de la Secretaría de Estado de Comunicación.


2. El grupo elevará las recomendaciones oportunas al Presidente del Gobierno sobre las medidas y actuaciones que considere necesarias o convenientes para prestar la asistencia y protección a los españoles afectados.'


Teniendo todo ello en cuenta, la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional 21, dispone en su artículo 15 las distintas misiones que deben llevar a cabo nuestras Fuerzas Armadas, entre las que destacamos las siguientes:


'4. Las Fuerzas Armadas pueden, asimismo, llevar a cabo misiones de evacuación de los residentes españoles en el extranjero, cuando circunstancias de inestabilidad en un país pongan en grave riesgo su vida o sus intereses.'


Sexto. La planificación resulta absolutamente necesaria a la hora de abordar cualquier tipo de operación. Al general Dwight D. Eisenhower, quien fuera Comandante Supremo Aliado en Europa, Jefe del Estado Mayor del Ejército y más tarde 34.º
Presidente de los Estados Unidos, se le atribuye la siguiente frase sobre este particular:


'Al prepararme para la batalla, siempre he descubierto que los planes son inservibles, pero la planificación es indispensable.'


El militar norteamericano dejaba así constancia de la dificultad de prever todos los posibles escenarios y contingencias en una situación de combate, reconociendo al mismo tiempo la importancia del trabajo


21 https://www.boe.es/buscar/pdf/2005/BOE-A-2005-18933-consolidado.pdf



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previo de planificación a la hora de prepararse para solventar cualquiera de estas situaciones de la manera más ventajosa para los intereses propios.


Así, teniendo en cuenta (i) los fallos en la evaluación de riesgos internacionales que ya se han dado por parte del Gobierno español; (ji) la creciente inestabilidad que se vive en muchas regiones del globo con la consiguiente merma en las
condiciones de seguridad de nuestros conciudadanos y legaciones diplomáticas en el exterior (e.g. la República de Malí); (iii) que nuestro ordenamiento jurídico otorga el marco normativo para la realización de operaciones de evacuación en el
extranjero -en conjunción del Servicio de Acción Exterior y las Fuerzas Armadas-; y (iv) la importancia de la planificación en toda operación, resulta absolutamente perentorio revisar con precisión la evaluación de los riesgos y amenazas
internacionales, de tal manera que se actualicen los planes de Emergencia y Concentración, así como los de Evacuación, de todas las embajadas y demás legaciones diplomáticas de España en el exterior.


Por todo ello, y al amparo de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Revisar los procedimientos de evaluación de riesgos y amenazas que sufre la República de Malí con el fin de asegurar un diagnóstico más certero de las situaciones de seguridad que puedan afectar a las fuerzas militares, los ciudadanos y
las legaciones diplomáticas españolas presentes en el país.


2. Con base en la anterior evaluación, actualizar, mejorar y ensayar los Planes de Emergencia y Concentración, así como los de Evacuación, de las fuerzas militares, los ciudadanos y legaciones diplomáticas españolas presentes en la
República de Malí.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2021.-Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Agustín Rosety Fernández de Castro, Emilio Jesús del Valle Rodríguez y Víctor Manuel Sánchez del Real,
Diputados.-Macarena Olona Choclán e Iván Espinosa de los Monteros de Simón, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/003269


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar el proceso de
diálogo y negociación sobre Venezuela, protegiendo el bienestar del pueblo venezolano y su soberanía, para su debate y votación en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El pasado 13 de agosto se instaló la Mesa del Proceso de Diálogo y Negociación sobre Venezuela. Se suscribió el Memorando de Entendimiento en la ciudad de México, entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y la Plataforma
Unitaria de Venezuela, que agrupa a partidos políticos de oposición, para iniciar formalmente un proceso de negociación política, contando con la mediación de Noruega y el acompañamiento de Rusia y Países Bajos. En el Memorándum las partes disponen
'llegar a un acuerdo, a través de una negociación intensa, integral, incremental y pacífica, para establecer reglas claras de convivencia política y social con respeto absoluto a la Constitución nacional'.


El 6 de septiembre, en la segunda ronda de conversaciones, se avanzó en la hoja de ruta del diálogo, con la suscripción de dos acuerdos titulados: 'Acuerdo para la Ratificación de la Soberanía de Venezuela sobre la Guayana Esequiba' y
'Acuerdo Parcial para la Protección Social del Pueblo Venezolano'. El Gobierno y la Plataforma Unitaria acordaron, entre otras cuestiones, 'establecer mecanismos de restauración y consecución de los recursos para atender las necesidades sociales de
la población, con especial énfasis en los efectos de la pandemia por COVID-19, incluyendo aquellos provenientes de organismos multilaterales a los que tenga derecho la República'.



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Asimismo, este Proceso de Diálogo y Negociación sobre Venezuela, que sigue su desarrollo en México, forma parte de la necesaria distensión política para la búsqueda de soluciones entre venezolanos, al igual que las elecciones regionales y
municipales que tendrán lugar el 21 de noviembre, que contarán con la participación de la mayoría de las fuerzas políticas del país, y que serán observadas, entre otros, por una Misión de Observación Electoral (MOE), de la Unión Europea.


El clima político logrado para afianzar este proceso de Diálogo, Negociación y Distensión ha sido posible por la voluntad clara de paz del pueblo venezolano, y por la mediación fraternal de los gobiernos de México y Noruega.


Por todo ello el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Apoyar e impulsar los acuerdos alcanzados entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y la Plataforma Unitaria de Venezuela, que enfatizan la necesidad de poner el bienestar del pueblo venezolano en el centro de atención,
dando prioridad al abordaje de las medidas de protección social al pueblo venezolano.


2. Poner en valor en el marco del multilateralismo, la Mesa del Proceso de Diálogo y Negociación sobre Venezuela y a animar al Gobierno y a la Plataforma Unitaria a continuar el proceso emprendido, como vía de entendimiento para defender la
soberanía del pueblo venezolano desde la diversidad sociopolítica del país.


3. Respaldar los esfuerzos realizados por los Gobiernos de México, Noruega, Países Bajos y Rusia, con el objetivo de facilitar este proceso negociador, reiterando su compromiso con una solución política, dirigida por los propios
venezolanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Lucía Muñoz Dalda y Gerardo Pisarello Prados, Diputados.-Txema Guijarro García y Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoces del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú
Podem-Galicia en Común.


161/003271


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición no de Ley en apoyo y solidaridad con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la
protección y defensa del medioambiente y de las instituciones democráticas, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


'Tenemos que deshacernos de esta alma de esclavista. Cualquier proyecto político que quiera cambiar este escenario tendrá que pensar en valorar la vida y necesariamente entrar en conflicto con personas que devalúan la vida.- Silvio Almeida,
filósofo y jurista brasileño.'


1.000 días de pobreza, muerte, hambre, pérdida de derechos e inflación.


Debido a los graves acontecimientos que se han venido repitiendo en la República Federativa de Brasil especialmente durante los últimos 1.000 días, el período de gobierno del actual presidente de extrema derecha, Jair Bolsonaro, la crisis
del modelo neoliberal ha dado lugar a cifras asombrosas: 14,7 millones de personas en riesgo de pobreza extrema; 14,4 millones de personas desempleadas; 19,1 millones de personas hambrientas; y 595.000 muertes por COVID-19 (datos de 29 de
septiembre de 2021). A estas cifras debe sumarse una cesta básica que subió el 34 % en los últimos doce meses, lo que conlleva que el 41 % de la población brasileña se encuentre en situación de hambre o de inseguridad alimentaria. Es importante
resaltar que el actual ministro brasileño de Economía, Paulo Guedes, fue funcionario de la dictadura chilena de Pinochet, a quien expresa habitualmente su admiración por el supuesto 'milagro



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económico', un modelo de desarrollo mantenido por la transición chilena y la posterior democracia que sitúa a Chile entre los países más desiguales del planeta.


En Brasil se ha producido una enorme crisis en muchos ámbitos desde que empezó el gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro, y es una constante la reivindicación de derechos y la demanda de justicia y equidad, especialmente de los
sectores más desposeídos y discriminados de la población y también de organismos de defensa de los derechos humanos. En ese sentido, Amnistía Internacional Brasil, desde el 1 de enero de 2019 hasta hoy, ha hecho treinta y dos campañas, acciones
urgentes y reactivas, producidas por situaciones en las que el gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro tomó acciones que provocaron la pérdida de derechos del pueblo brasileño, y fueron recogidas en el documento '1.000 días sin derechos -
violaciones del gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro'. Entre las situaciones catalogadas se encuentran la gestión de la pandemia; las amenazas a la libertad de expresión y la reducción del espacio cívico (por ataques a la prensa); los
discursos anti-derechos humanos en la ONU; la negación de los derechos de los pueblos indígenas y otras comunidades tradicionales y las violaciones de derechos humanos en la Amazonía; la política de seguridad pública, que ha provocado un mayor
acceso a las armas; y, en general, las amenazas al estado de derecho. La ONG advierte, además, que los brasileños y las brasileñas actualmente están perdiendo la vida o sufriendo bajo la piel de la mala gestión y omisión que ha golpeado al país en
los últimos 1.000 días, desde que empezó el gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro.


Pedidos de impeachment y denuncias por genocidio y crimen contra la humanidad.


Durante estos 1.000 días, 138 peticiones de impeachment fueron enviadas al presidente del Congreso de Diputados, firmadas por más de 1.550 personas y más de 550 organizaciones brasileñas.


Los profesionales de la Salud denunciaron al presidente de extrema derecha Jair Bolsonaro por genocidio y crimen contra la humanidad ante La Haya. De hecho, una coalición de 60 entidades pide la condena del presidente de Brasil por su
manejo de la pandemia, exponiendo que el presidente ignoró las pautas del Ministerio de Salud para frenar la epidemia de la COVID-19 e implantó políticas de exclusión contra los pueblos indígenas.


El presidente brasileño Jair Bolsonaro, comparó a las comunidades indígenas que viven en tierras protegidas con los animales de los zoológicos. Nada más tomar posesión, dio un gran paso para socavar los derechos de los pueblos ancestrales
brasileños y aprobó un decreto que asigna la responsabilidad de certificar la protección de los territorios indígenas al Ministerio de Agricultura, que tradicionalmente ha defendido los intereses de las industrias que quieren un mayor acceso a esas
tierras. Anteriormente el proceso estaba a cargo de la Fundación Nacional del Indio (FUNAI), el organismo que se encarga de proteger los derechos y el bienestar de las comunidades indígenas.


La Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB) pidió a la Corte Penal Internacional (CPI) que investigue al presidente de extrema derecha de Jair Bolsonaro por su política anti-indígena, a la que califican como genocidio y
ecocidio. La denuncia está basada en relatos de líderes y organizaciones indígenas, documentos oficiales, investigaciones académicas e informes técnicos que, según la APIB, 'muestran el planeamiento y la ejecución de una política anti-indígena
explícita, sistemática e intencional encabezada por Bolsonaro' desde que llegó al poder en enero de 2019 y, en especial, durante el período de la pandemia. Los indígenas brasileños denuncian que la presencia de mineros y madereros ilegales en las
reservas son uno de los principales factores de contagio del coronavirus en las comunidades: el coronavirus ha dejado 1.166 muertos y más de 57.000 contagiados entre los casi 900.000 indígenas que viven en Brasil.


La política anti-medioambiental.


El ministro de Medio Ambiente del gobierno de Jair Bolsonaro fue destituido por un caso de contrabando ilegal de madera de la Amazonia.


Bajo el mandato de Jair Bolsonaro, la deforestación en la selva amazónica es, de lejos, la mayor del mundo, llegando hasta el nivel más alto en más de una década. La destrucción, que ha sido impulsada por los madereros que despejan la
tierra para el pastoreo de ganado y para las operaciones mineras ilegales, provocó la indignación mundial en 2019, cuando enormes incendios forestales hicieron estragos durante semanas. Recordamos las tristes imágenes que hizo la NASA de la selva.
Y es que un 40 % de



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la Amazonia está en riesgo de convertirse en una sabana, hay récord de deforestación en una década y, en el último año la deforestación en la selva se igualó, en tamaño, al Líbano, creciendo en un 9,5 %.


La agroindustria, que siempre ha sido una fuerza en Brasil, adquirió todavía más poder económico y político, porque ahora representa casi una cuarta parte del PIB del país, y la región de la Amazonia alberga granjas de soja, minas de oro,
hierro y haciendas, que poseen más de 50 millones de cabezas de ganado. Según los expertos, dichas industrias encontraron un aliado en el presidente Jair Bolsonaro, quien, antes de postularse a la presidencia, era un diputado de extrema derecha a
favor de las empresas del agronegocio. 'Eso confirma que en la Amazonía no hay ley', dijo sobre los datos Carlos Nobre, climatólogo de la Universidad de Sáo Paulo. 'Los delincuentes del medioambiente se sienten cada vez más empoderados'. Advirtió
que tal vez la Amazonía pronto rebase un punto crítico y empiece a autodestruirse. 'La eficacia en la aplicación de la ley ha llegado a su nivel más bajo en una década', dijo. 'Es una advertencia preocupante para el futuro'.


Pueblos indígenas, quilombolas y comunidades campesinas.


La deliberada falta de compra y distribución de vacunas ha contribuido a ampliar las desigualdades sociales en Brasil, y la falta de acción del gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro en la pandemia ha perjudicado a comunidades
rurales, quilombolas e indígenas.


Durante la pandemia han muerto más personas negras e indígenas que otros grupos de la población brasileña porque no han recibido la atención a la que legalmente tienen derecho. Varias organizaciones de la sociedad civil, representantes de
indígenas y quilombolas y algunos partidos se manifestaron ante la Corte Suprema, a través de dos acciones, para reivindicar y denunciar que el gobierno federal ha fracasado y no ha logrado combatir la enfermedad en aldeas y quilombos. Solicitaron
al Supremo Tribunal que obligara al Ejecutivo de Bolsonaro a cumplir con sus mandatos constitucionales en cuanto a la salud de estos grupos.


Las poblaciones quilombolas, descendientes de esclavos que huyeron de la servidumbre, la violencia y la muerte, históricamente han sido discriminadas y sufren el peso del racismo estructural, institucional y ambiental vigente en Brasil. El
resultado de este proceso se refleja en las peores condiciones de salud, saneamiento, educación e infraestructura presentes en más de 5.500 comunidades auto declaradas, repartidas por todo el territorio brasileño. En el caso del COVID-19, la
mortalidad entre quilombolas puede ser hasta cuatro veces mayor que en la población general, según datos recopilados por la Coordinación Nacional de Coordinación de Comunidades Rurales Quilombolas Negras (CONAQ), que denunció al Estado brasileño
ante el Tribunal Supremo a través de ADPF 742/2020 por la falta de vacuna para la población quilombola, y el proceso solo fue juzgado en febrero de 2021, a favor de la denuncia. Se presentó el plan de emergencia del gobierno de extrema derecha de
Jair Bolsonaro, pero no se adoptaron medidas concretas. Amnistía Internacional Brasil se unió a CONAQ para garantizar el acceso a la vacunación, como parte de la campaña 'Nossas Vidas lmportam'. Y Amnistía Internacional ha incluido estas
violaciones en el informe anual 'El estado de los derechos humanos en el mundo 2020/2021', dando repercusión internacional a esta terrible violación de derechos. La demanda se justifica en gran medida por la situación sociosanitaria en la que se
encuentran los quilombos y debe formar parte de cualquier plan de gobierno que respete los principios constitucionales y humanitarios.


Brasil es uno de los países con mayores disparidades sociales del mundo, lo que, sumado a la falta de planificación por parte del gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro para enfrentar la pandemia, se convierte en un 'cóctel' perfecto
para que el desarrollo de la actual crisis de salud aumente las inequidades étnico-raciales y económicas existentes. La sociedad brasileña intenta movilizarse para que este crimen no suceda.


Aumento exponencial de grupos supremacistas blancos.


'El peligro de estos movimientos avivados por el odio crece día tras día. Hay que llamarlos por su nombre: Los movimientos supremacistas blancos y los movimientos neonazis son algo más que una amenaza terrorista nacional. Se están
convirtiendo en una amenaza transnacionaf, aseguró en febrero de este año el secretario general de la ONU, Antonio Guterres, quien también denunció que ese peligro incluye hasta quienes ocupan puestos de responsabilidad, desde donde espolean estos
grupos de un modo que hasta hace poco se consideraba inimaginable.



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Brasil vive una enorme escalada del número de grupos neonazis: del año 2015 al año 2021 han pasado de 75 a 530, según el monitoreo realizado por la antropóloga Adriana Días, que lleva veinte años investigando las actividades de esos grupos
en Brasil. También vive un aumento exponencial de denuncias de discursos de odio y violencias, que exaltan esa ideología de extrema derecha, con el consecuente aumento de investigaciones policiales del crimen de apología del Nazismo. Según la
'Central de Denuncias de Crímenes Cibernéticos' de la plataforma Safernet Brasil, se contabilizó un aumento del 600 % de denuncias de contenido de apología del Nazismo en los medios digitales, pasando de 1.282 denuncias en 2015 a 9.004 en 2020, y
teniendo que eliminar un gran número de páginas con contenido relacionado con las ideas de Adolf Hitler, llegando a un total de 1.659 URL anuladas.


Según la antropóloga Días, experta e investigadora sobre los grupos nazis en Brasil, la presencia del neonazismo en el país ha crecido mucho y ha ganado visibilidad a raíz del discurso y de las acciones del actual presidente de extrema
derecha de Jair Bolsonaro. De hecho, ella encontró una carta en la que Bolsonaro agradecía el apoyo a los partidarios radicales neonazis, publicada por la web neonazi Econac: 'Todo el retorno que recibo de los anuncios se convierte en un estímulo
para mi trabajo. Sois la razón de la existencia de mi mandato.'. Descubierta por la antropóloga Adriana Dias, de la Universidad de Campinas (Unicamp) en medio de su material de investigación, la carta, así como un banner con una foto de Bolsonaro,
fueron publicados en tres sitios web en diciembre de 2004. La foto tenía un enlace que conducía a la página web que tenía en ese momento el entonces diputado federal Bolsonaro. Adriana Dias lleva 20 años estudiando a los grupos neonazis en Brasil
y dispone miles de impresiones de los sitios web para denunciar el hecho. Su objetivo permanente de estudio es obtener evidencia de actividad delictiva, que más allá de constituir un hecho muy grave, refuerza los vínculos históricos del mandatario
brasileño con esa ideología y también refuerza la afirmación de que la base del bolsonarismo es neonazi.


Guiños del Gobierno a la base neonazi.


Cada día hay más evidencia del coqueteo, pasado y presente, del presidente Jair Bolsonaro con el nazismo y de sus fuertes lazos con una ideología totalitaria y mortal.


El ministro de Defensa de Brasil, se estrenó con elogios y celebración al golpe militar de 1964, la dictadura brasileña; el ex secretario nacional de Cultura, Roberto Alvim, emuló en video institucional a Joseph Goebbels, el ministro de
Propaganda del régimen de Adolf Hitler; en el Senado, el asesor de Bolsonaro, Filipe Martins, hizo el gesto de organizaciones supremacistas blancas como el Ku Klux Klan; Bolsonaro se reunió con la diputada del partido de extrema derecha alemana
(AfD), nieta de un ministro de Adolf Hitler, investigada por difundir ideas neonazis. Todas estas acciones son guiños a esta base: a Bolsonaro le gusta jugar con el nazismo, posar para fotos junto a un imitador de Hitler, por ejemplo, y mantener
un discurso ambiguo sobre el tema, alabando el desempeño estratégico del dictador en la Segunda Guerra Mundial. Incluso dijo en 2019 que el pensamiento de Hitler era de izquierdas y terminó siendo negado, incluso por el Yad Vashem: World Holocaust
Center, de Jerusalén.


Bolsonaro se considera a sí mismo un nacionalsocialista, demuestra desprecio por la democracia, el estado de derecho y el propio sistema parlamentario, y coquetea frecuentemente con el cierre de los poderes de la República y la instauración
de una dictadura. Sus hijos y sus seguidores más cercanos ensalzan las alianzas y alineaciones con el partido alemán de extrema derecha, que defiende los ideales nazis. De hecho, en 2018, David Duke, exlíder del Ku Klux Klan, dijo en una
entrevista sobre Bolsonaro: 'Él suena como nosotros'.


El negocio de la muerte: el 'kit Covid'.


El gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro promovió una campaña a nivel nacional para promover el llamado 'tratamiento temprano' contra el COVID-19 con diversos medicamentos, entre ellos la Cloroquina, hidroxicloroquina, Ivermectina,
Azitromicina, Nitazoxanida, Ozonioterapia, Tamiflu, aun habiendo recibido la advertencia de que no existen medicamentos que eviten el desarrollo de infecciones o enfermedades por parte de las principales autoridades de salud y medicina en el mundo y
en Brasil, incluyendo la OMS (Organización Mundial de la Salud), el CDC estadounidense (Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades), la Agencia Europea de Medicamentos, SBI (Sociedad Brasileña de Infectología) y Anvisa Brasil (Agencia
Nacional de Vigilancia Sanitaria).


La Organización Mundial de la Salud (OMS) concluyó que la hidroxicloroquina no funciona contra la COVID-19 y advirtió que su uso puede causar efectos adversos. El medicamento se sometió a una revisión por parte de un grupo de expertos y
pacientes y recibió una 'fuerte recomendación' contra su



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uso para combatir el coronavirus. El grupo de 32 panelistas de la OMS calificó la ineficacia del fármaco para tratar la COVID-19 como de 'alta certeza'. Además, sugirieron que 'los patrocinadores e investigadores deberían reconsiderar el
inicio o la continuación de estos experimentos'. El documento fue publicado por la revista científica 'The BJM'.


Sin embargo, en Brasil sigue circulando la falsa idea de que existe algún tipo de tratamiento para las etapas iniciales del COVID-19, el llamado 'kit covid', que se considera un tratamiento temprano o inmediato y que es defendido por el
presidente cada día en primera persona, por políticos afines al gobierno de extrema derecha y por algunas autoridades médicas. Además de ser ineficaces, algunos de los medicamentos incluidos en el llamado kit COVID-19 también pueden causar efectos
secundarios graves en los pacientes e incluso matarlos. En marzo de 2021, por ejemplo, la prensa reportó casos de personas en Sáo Paulo que murieron de hepatitis causada por la ingestión de ivermectina.


Es más, en junio de 2020 el Ministerio de Sanidad brasileño amplió el protocolo de pautas para el uso de Cloroquina, incluida la recomendación para casos leves y moderados de COVID-19. El cambio fue una demanda expresa de Bolsonaro al
entonces ministro interino de Sanidad, el General Eduardo Pazuello, nada más asumir el cargo. En enero de 2021, la carpeta incluso probó una aplicación que recomendaba un tratamiento temprano, que salió de circulación poco después ante las enormes
críticas de los expertos. Sin embargo, en todo el país, hay informes de ayuntamientos y departamentos de salud que proporcionan 'kits covid'. 'Algunos alcaldes distribuyeron una bolsa con el 'kit covid'. Las personas más crédulas pensaban que
tomándola nunca les daría covid y tardarían mucho en buscar ayuda cuando se enfermaran', dijo Carlos Carvalho, director de la División de Neumología del Instituto del Corazón del Hospital das Clínicas, en Sáo Paulo, a la BBC.


La Justicia Federal brasileña prohibió al gobierno de extrema derecha de Jair Bolsonaro promover el 'kit covid' y ordenó al gobierno que dejara de realizar campañas para promover medicamentos ineficaces. La decisión también estableció que
los influenciadores digitales contratados para anunciar el 'tratamiento temprano' se retractaran. De hecho, ya hay personas presas por difundir la 'eficacia' del 'tratamiento temprano' del 'Kit Covid'.


La comisión parlamentaria de investigación.


El día 14 de abril del 2021 el Senado brasileño creó una Comisión Parlamentaria de Investigación (CPI) de las acciones y omisiones del Gobierno Federal en el enfrentamiento de la pandemia COVID-19 en Brasil y, en particular, en el
agravamiento de la crisis sanitaria en el Amazonas con la ausencia de oxígeno para los pacientes hospitalizados. Desde entonces, el pueblo brasileño asiste atónito, diariamente, a las respuestas de los testigos e investigados por la CPI, y a todo
lo que va desenmarañando sobre la gestión pública de la pandemia. Un ejemplo de ello es que la CPI ve vínculos entre la Prevent Senior (mutua privada para personas mayores de edad) y el grupo que asesoró al Ejecutivo en la difusión de medicamentos
de probada ineficacia contra el virus con los Consejos de Medicina Federal y Regional, según la abogada de los facultativos, que denuncia supuestas irregularidades en la red hospitalaria.


El presidente de la Comisión de Investigación del Senado ordenó la prisión del exdirector de Logística del Ministerio de Sanidad del gobierno de Bolsonaro, Roberto Ferreira Dias, acusado de haber mentido en su testimonio sobre la gestión de
la compra de las vacunas. Según la página web, la CPI de la Pandemia aprobó solicitudes de información y violaciones de confidencialidad relacionadas con la compra de 20 millones de dosis de la vacuna india Covaxin, a un precio cuatro veces
superior al del inmunizante de AstraZeneca. También hay indicios de que el contrato, suscrito por el monto de R$1,6 mil millones con la intermediación de la empresa Necessidade Medicamentos, se habría suscrito a un precio un 1.000 % superior al
previsto inicialmente. El relator de la CPI calificó de 'datos muy graves' las investigaciones que ya se han realizado sobre la compra de Covaxin. Aparte de eso, el Gobierno de Bolsonaro está acusado de pedir un soborno para cerrar el contrato
para la compra de vacunas de Astrazeneca.


Según la investigación del Senado brasileño, el contrato para la compra de las vacunas se firmó antes de contar con el aval del órgano regulador brasileño (ANVISA). Además, varios documentos extraídos del Ministerio de Exteriores de Brasil
confirmarían que se adquirieron a un precio once veces superior al estipulado por el fabricante, si bien el Ministerio de Sanidad niega tales informaciones. La CPI afirma que la negociación no se dio con el fabricante (Bharat Biotech) sino a través
de un intermediario, Precisa, una farmacéutica privada vinculada a otra empresa que está siendo investigada por fraude.


Por todo ello se presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados apoya y se solidariza con el pueblo brasileño en su lucha por la vida, la protección y defensa del medioambiente y las instituciones democráticas e insta al Gobierno español a:


1. Trasladar, en sus relaciones diplomáticas bilaterales y multilaterales, la preocupación por la incesante violencia e inestabilidad política en Brasil, fruto de la enorme desigualdad económica y social imperante.


2. Condenar el uso de la fuerza contra la ciudadanía, con atención especial a los pueblos indígenas, quilombolas, población afrodescendiente, colectivo LGTBI+, Pueblo Gitano, mujeres, infancia y juventud, y manifestarse en defensa de los
derechos fundamentales del pueblo brasileño frente a una situación de una injusticia social intolerable. En definitiva, que ponga fin a las graves violaciones a los derechos humanos.


3. Reconocer y solidarizarse con los trabajos realizados por el Senado brasileño en su Comisión Parlamentaria de Investigación (CPI) de las acciones y omisiones del Gobierno Federal en el enfrentamiento de la pandemia COVID-19 en Brasil y,
en particular, en el agravamiento de la crisis sanitaria en el Amazonas con la ausencia de oxígeno para los pacientes hospitalizados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Gerardo Pisarello Prados y Lucía Muñoz Dalda, Diputados.-María Carvalho Dantas, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.-Joan Baldoví Roda y
Sergi Miquel i Valentí, Diputados.-Néstor Rego Candamil e Íñigo Errejón Galván, Portavoces del Grupo Parlamentario Plural.-Albert Botran Pahissa, Diputado.


Comisión de Justicia


161/003217


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. José María Sánchez García, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D. Carlos José Zambrano García-Raez, D. Francisco José Alcaraz Martos, D.
Luis Gestoso De Miguel y D. Ignacio Gil Lázaro, en sus respectivas condiciones de Portavoces Adjuntos y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan
la siguiente Proposición no de Ley relativa a la agravación de las penas de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad, para su discusión en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


Primero. El principio de autoridad y la garantía del buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas como bienes jurídicos protegidos en los delitos contra el orden público.


Los delitos de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos y de resistencia y desobediencia se regulan en el capítulo II del título XXII del Libro II de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
('CP'). Estos delitos están ubicados sistemáticamente dentro de los 'Delitos contra el orden público', siendo el orden público el bien jurídico protegido y que, en palabras de Muñoz Conde, es un concepto que viene referido a 'la tranquilidad o paz
en las manifestaciones colectivas de la vida ciudadana, componente distintivo de los delitos que el título abarca 22'. Además, respecto al orden público, también hay quien ha defendido la protección del principio de autoridad, si bien, en este
último caso, el Tribunal Supremo ha matizado que 'el bien jurídico protegido [...] radica en la necesidad que toda sociedad organizada tiene de proteger la actuación de los agentes públicos, para que éstos puedan cumplir sus funciones de garantes
del orden y de la seguridad' 23. En este sentido, añade el Alto


22 MUÑOZ CONDE, F, Derecho penal. Parte Especial, Tirant lo Blanch, 2010, capítulo XXXVIII páginas 783 y ss.


23 STS 950/2000, de 4 de junio.



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Tribunal que 'hoy en día el bien jurídico protegido, más que el tradicional principio de autoridad, lo constituye la garantía del buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas, siendo el ánimo o propósito específico de la ofensa
exigible en ambos tipos penales' 24.


Así pues, el principio de autoridad se configura como un instrumento al servicio del eficaz funcionamiento de las funciones públicas, para que los actores que actúan bajo dicha condición garanticen los principios y valores democráticos y el
normal funcionamiento de los poderes públicos.


El artículo 24 del CP define el concepto penal de autoridad en los siguientes términos: 'A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza
jurisdicción propia'. En este sentido, el agente de la autoridad es aquel que ejecuta órdenes de la autoridad o actúa en representación de la misma, siempre que exista un vínculo legal entre el agente y el Estado al que representa.


El artículo 7 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ('LOFCSE') establece que 'en el ejercicio de sus funciones, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán a todos los efectos legales el
carácter de agentes de la autoridad' y, según dispone el artículo 10, 'el Ministro del Interior ejerce la administración general de la seguridad ciudadana y el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado'. En definitiva, los
integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ('FCS') se configuran como agentes de la autoridad que actúan en representación del Estado 25, bajo la dirección del órgano superior encargado de la administración general de la seguridad ciudadana,
el Ministerio del Interior. Por tanto, como instrumentos destinados a asegurar el eficaz funcionamiento de los servicios y funciones públicas, los agentes tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la
seguridad ciudadana mediante el desempeño de las funciones que le han sido encomendadas.


Los integrantes de las FCS están expuestos al riesgo de sufrir determinadas intromisiones en el ejercicio de sus funciones bajo la condición de agentes de la autoridad -delitos de atentado, desobediencia y resistencia 26-. Este riesgo al
que se exponen los agentes merece una protección adecuada y eficaz en el ordenamiento jurídico, fundada principalmente en dos razones: garantizar el mantenimiento del orden público y de la seguridad ciudadana; y proteger la propia vida e
integridad física de los integrantes de las FCS.


Segundo. La regulación vigente del delito de atentado tras la reforma de 2015.


Tal y como reza su propia Exposición de Motivos, la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (Ley Orgánica 1/2015), introdujo en el CP 'una nueva definición del
atentado que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente, pero en la que no se equipara el empleo de violencia sobre el agente con la acción de resistencia meramente
pasiva, que continúa sancionándose con la pena correspondiente a los supuestos de desobediencia grave. Los supuestos de desobediencia leve dejan de estar sancionados penalmente y serán corregidos administrativamente'.


Tras la reforma de 2015 el delito de atentado a la autoridad está regulado en los artículos 550 y siguientes del CP. El tipo básico se establece en el apartado 1, que señala expresamente que 'Son reos de atentado los que agredieren o, con
intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas'. La pena para el tipo
básico de atentado a la autoridad se determina en el apartado 2 del mismo artículo: 'Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de
seis meses a tres años en los demás casos'. Sin embargo cabe destacar, que antes de la reforma de 2015 se preveía para este delito la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de
prisión de uno a tres años en los demás casos.


24 SSTS 361/2002, de 4 de marzo; 108/2015, de 10 de noviembre; 534/2016 de 17 de junio; 156/2018, de 4 de abril; 655/2020, de 3 de diciembre, entre otras.


25 Artículo 1 de la LOFCSE.


26 Como señala Vives Antón: 'Los poderes públicos no tienen una dignidad en el mismo sentido que la poseen las personas individuales; pero si, en cuanto poderes legítimos, merecen y precisan el respeto de los ciudadanos (...) esa dignidad
de los poderes públicos, entendida funcionalmente, es un requisito imprescindible de su buen funcionamiento. Desde esta perspectiva, el contenido de lo injusto de los atentados se hallaría representado por la lesión de esa dignidad funcional. En
definitiva, aparecerían como delitos contra el buen funcionamiento de los poderes públicos'.



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El artículo 551 del CP prevé un subtipo agravado del delito de atentado, en el que se impondrán las penas superiores en grado del artículo 550 en el caso de cometerse el atentado en cuatro supuestos concretos:


'1.º Haciendo uso de armas u otros objetos peligrosos.


2.º Cuando el acto de violencia ejecutado resulte potencialmente peligroso para la vida de las personas o pueda causar lesiones graves. En particular, están incluidos los supuestos de lanzamiento de objetos contundentes o líquidos
inflamables, el incendio y la utilización de explosivos.


3.º Acometiendo a la autoridad, a su agente o al funcionario público haciendo uso de un vehículo de motor.


4.º Cuando los hechos se lleven a cabo con ocasión de un motín, plante o incidente colectivo en el interior de un centro penitenciario.'


En el artículo 556 del CP se regula el denominado delito de resistencia o desobediencia, castigando con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses a 'los que, sin estar comprendidos en el artículo 550,
resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones [...]'. De esta forma, el citado artículo es residual del 550, de manera que construye el tipo penal de resistencia o desobediencia por exclusión
de que se trate de un delito de atentado. Antes de la reforma de 2015, la pena prevista para esta misma conducta delictiva era la de prisión de seis meses a un año.


Por último, el artículo 556.2 del CP castiga con la pena de multa de uno a tres meses a 'los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones'. Es el caso de las resistencias a los policías y
agentes no lo suficientemente graves como para constituir el tipo penal del artículo 550 o 556 del CP, que constituían anteriormente supuestos de desobediencia leve, dejan de estar sancionados penalmente y serán corregidos administrativamente 27,
rebajando, así su categoría.


En síntesis, en la reforma de 2015, en lo que respecta al delito de atentado, desobediencia y resistencia a la autoridad, se puede apreciar una rebaja de la generalidad de las penas. Tal y como afirma Carretero Sánchez, 'No comprendo la
rebaja de la generalidad de las penas para estos delitos, que eran proporcionadas y adecuadas, salvo por complejos de autoritarismo, ni la despenalización de conductas como la resistencia y desobediencia leves a los agentes de la autoridad e
insultos a los mismos, que han pasado a ser infracciones administrativas, rebajando su categoría, e impidiendo el control y tutela judicial inmediata y convirtiendo a las autoridades administrativas en jueces y parte, por mucho que sus resoluciones
puedan ser recurridas ante la jurisdicción contencioso-administrativa 28'.


En definitiva, la reforma de 2015, que se caracteriza por atenuar las penas para este tipo de delitos, ha provocado a lo largo de estos años situaciones de verdadera injusticia material ante delincuentes que no tienen ninguna consideración
ni respeto por los agentes de la autoridad que ejercen sus funciones en representación del Estado. Esto ha provocado, a su vez, que, en la práctica, ante un hecho constitutivo de delito de atentado -normalmente acompañado de un delito de lesiones
(artículos 147 y ss. del CP)-, como puede ser acometer a un agente de la autoridad propinándole golpes, patadas, puñetazos o lanzándole objetos de toda índole, se aplique una pena mínima de prisión (normalmente la pena mínima de 6 meses de prisión)
o incluso se reduzca la misma a una mera sanción pecuniaria (pena de multa de uno a tres meses). Esto se debe, además, a que normalmente las lesiones causadas no requieren tratamiento médico o quirúrgico, no siendo de aplicación el tipo básico del
delito de lesiones, esto es el artículo 147.1 CP 29.


En definitiva, este tipo de delitos llevan consigo una acción que implica una agresión, intimidación grave o violencia o una oposición grave a la autoridad, acción que no solo pone en riesgo la vida y la integridad física de los agentes,
sino que también resulta ser una obstaculización al mantenimiento del orden público y al buen funcionamiento de los poderes públicos. Pues bien, en la práctica, esta grave conducta de desprecio de los agentes y del buen funcionamiento de los
poderes públicos, se castiga insuficientemente


27 Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 1/2015.


28 El delito de atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad y sus agentes tras la reforma del Código Penal Adolfo Carretero Sánchez. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción núm. 47 de Madrid. Doctor en Derecho. Diario La Ley,
núm. 8669, Sección Tribuna, 21 de Diciembre de 2015, Ref. D-482, LA LEY.


29 Ejemplo de lo descrito es el caso que se expone en la siguiente noticia de un medio de comunicación: https://www.Ine.es/gijon/2021/05/11/acepta-seis-meses-carcel-agredir-51678507.html



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con una pena de prisión inferior a un año (art. 550.2, segundo inciso) -que si no existen antecedentes ni se llega a ingresar en prisión- y una mera multa por el delito leve de lesiones (art. 147.2).


Tercero. Incremento de los delitos contra el orden público. En particular, el aumento de los delitos de atentado.


El último Anuario Estadístico del Ministerio de Interior de 2019 30, que reúne los datos sobre la actividad delictiva conocida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, pone de manifiesto un aumento de los delitos contra el orden público
respecto a los anteriores años. Concretamente, en el año 2019 se han conocido por las FCS un total de 21.877 delitos contra el orden público, frente a los 20.121 en 2018, 19.591 en 2017 y 18.867 en 2016. Así pues, en el año 2019 se ha producido un
incremento del 15,95 % con respecto a los datos de 2016.


Dentro de los delitos contra el orden público, el Instituto Nacional de Estadística ('INE') especifica los datos relativos a los delitos de atentado contra la autoridad, y de la resistencia y desobediencia 31. Según los últimos datos, este
tipo de delitos ha aumentado 9,12 %, en relación con los últimos 6 años 32.


Si bien es cierto que, desde marzo de 2020, se ha producido un descenso con carácter general en la gran mayoría de los tipos penales, ello se debe a las circunstancias derivadas de la entrada en vigor de los Reales Decretos 463/2020, de 14
de marzo y 926/2020, de 25 de octubre por los que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, así como por el resto de las medidas adoptadas por las administraciones públicas para
hacer frente a la situación sanitaria, especialmente los confinamientos domiciliarios.


No obstante, la crisis generada por la COVID-19 y las medidas que se han adoptado por parte de los poderes públicos para combatirla han supuesto una mayor exposición de los agentes de la autoridad, ya que han sido ellos los encargados, en
representación de aquellos, de controlar el cumplimiento de las mismas e imponer sanciones en caso de incumplimiento. Como consecuencia de esa mayor exposición, nuestras FCS han sido testigos y víctimas del aumento, en los últimos meses, de este
tipo de alteraciones del orden público.


Varios sindicatos y asociaciones de policía han denunciado, en repetidas ocasiones, que desde que se decretó el estado de alarma se han incrementado las agresiones a agentes de las FCS 33.


Especialmente acuciante es el caso de Cataluña 34, así se refleja en el informe elaborado por el Departamento de Interior de la Policía de Cataluña, denominado Balance de seguridad y actividad policial de 2020 35. Dicho informe analiza la
evolución de los hechos penales conocidos por la Policía de Cataluña en el año 2020. En él se determina que delitos de atentado, desobediencia y resistencia contra la autoridad 36 han experimentado un crecimiento del 44,51 %, respecto al año 2019
37.


Son numerosos los ejemplos de agresiones a agentes de las FCS que se están produciendo en nuestro país en los últimos años y que han tenido una notable repercusión mediática. Cabe destacar los desórdenes públicos que se cometieron en
octubre de 2019, con ocasión del juicio a los líderes separatistas de Cataluña y de la posterior sentencia condenatoria por el golpe de Estado, en el que en sólo una semana resultaron heridos más de 288 agentes de los distintos cuerpos policiales.
A esta cifra hay que sumar, además, los diferentes atentados que se fueron produciendo contra nuestras FCE en diferentes partes de la Comunidad Autónoma de Cataluña hasta noviembre del año 2019.


30 Anuario Estadístico del Ministerio del Interior de 2019. Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado. Octubre de 2020:
http://www.interior.gob.es/documents/642317/1204854/Anuario+Estad?%C3?%ADstico+del+Ministerio+del+Interior+2019/81537fe0-6aef-437a-8aac-81f1bf83af1a


31 Instituto Nacional de Estadística. Condenas por delitos de atentado contra la autoridad y de la resistencia y desobediencia: https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=25997


32 En el año 2019 se han impuesto 12.966 condenas por dichos delitos, frente a las 13.198 en 2018, 12.919 en 2017, 12.768 en 2016 y 11.882 en 2015.


33 El portavoz del Sindicato Unificado de Policía (SUP) afirmó que 'desde el pasado 14 de marzo de 2020, que nos tocó a todos los españoles confinarnos, hubo un incremento de agresiones al Cuerpo, provocado por el cansancio global de la
situación pandémica y por otra parte de la sociedad que odia la policía'.


34 https://elpais.com/espana/catalunya/2021-01-19/la-pandemia-dispara-un-45-los-delitos-de-atentado-contra-la-policia.html


35 Balance de seguridad y actividad policial de 2020, Policía de Catalunya. Mossos de Esquadra. Generalidad de Cataluña. Departamento de Interior:
https://mossos.gencat.cat/web/content/home/01_els_mossos_desquadra/indicadors_i_qualitat/estadistica/Evolucio_fets_penals_ocorreguts_policia_catalunya_2020_acc.pdf


36 'Atemptat, resisténcia i desobediéncia agents de l'autoritat'.


37 En el año 2020 se han conocido 4.571 delitos de este tipo frente a los 3.163 del año precedente.



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Otros ejemplos fueron los actos de violencia callejera que se produjeron en muchas provincias españolas en febrero del presente año, como protesta ante la detención del rapero conocido como Pablo Hasél, por los delitos de enaltecimiento del
terrorismo e injurias contra la Corona y las instituciones del Estado. Especial gravedad tuvieron los disturbios y actos violentos contra los agentes de las FCS en ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia, Granada o Pamplona, que se saldaron con
más de un centenar de policías heridos -algunos de ellos trasladados a centros hospitalarios por las agresiones sufridas-, centenares de detenidos y grandes deterioros en el mobiliario urbano y en los comercios.


Otro hecho destacable fueron los incidentes provocados en el municipio madrileño de Vallecas, protagonizados por integrantes de grupos radicales de izquierda en el acto de inicio de campaña electoral del partido político VOX, y que se
saldaron con un balance de más de 35 heridos, 21 de ellos agentes del Cuerpo Nacional de Policía.


En las crisis migratorias en diferentes puntos de la geografía española también se han producido numerosas agresiones a agentes de las FCS.


Cuarto. Degradación del principio de autoridad y necesidad de una nueva regulación.


La reforma del delito de atentado llevada a cabo por la Ley Orgánica 1/2015, caracterizada por una rebaja general de las penas, ha provocado que exista una menor protección del bien jurídico protegido, lo que ha dado lugar a una menor
prevención en la comisión de dichos delitos. Todo ello se ha traducido en un incremento constante y progresivo de los delitos de atentado, tal y como se ha analizado ut supra. Este hecho pone de manifiesto un aumento en la degradación del
principio de autoridad, principio que guía la actuación de los todos agentes de las autoridad y que garantiza el buen funcionamiento de los poderes públicos.


La Asociación Unificada de Guardias Civiles ('AUGC') y el Sindicato Unificado de Policía ('SUP') han denunciado este hecho de la siguiente forma: 'Tanto AUGC como el SUP somos receptores a diario de casos reales que reflejan cómo se ha
degradado el principio de autoridad y cómo esta situación incide en la prestación del servicio, afecta al derecho a la vida, a la integridad física y moral y a la salud de miles de hombres y mujeres de los dos Cuerpos'.


Así pues, AUGC y SUP enviaron, en un escrito conjunto, una solicitud al Ministerio del Interior el pasado 2 de julio reivindicando lo siguiente 38:


'Las dos organizaciones entendemos que es preciso acometer una reforma legislativa que permita adecuar los tipos penales ya existentes, recogidos en el artículo 550 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ofreciendo
así una respuesta más adecuada a este tipo de ilícitos penales, siguiendo el modelo de otros países de nuestro entorno europeo.


Deben, por tanto, materializarse iniciativas de política criminal que contribuyan a restablecer el respeto al principio de autoridad y a quienes lo encarnan. Por ello, le instamos a que, junto con el Ministerio de Justicia, inicie los
trámites legales necesarios para una modificación de la penalidad que se aplica a los tipos penales que velan por la protección de estos bienes jurídicos, que debe ser elevada y agravada. Creemos firmemente que este paso es imprescindible y que
debe darse con rapidez. Solo de esta manera, se recuperará la autoridad, pilar fundamental de la acción policial en un país democrático.'


En este contexto, es preciso y urgente realizar una tarea de concienciación social sobre la auténtica figura de los agentes de la autoridad, verdaderos instrumentos del Estado al servicio de los ciudadanos, y que tienen como misión proteger
el libre ejercicio de los derechos y libertades de todos, así como garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las funciones que le han sido encomendadas (art. 11 LOFCSE). Para ello es imprescindible aumentar las penas impuestas a
este tipo de delitos, lo que va a conllevar una mayor salvaguardia del bien jurídico protegido, una mayor prevención general de este tipo de delitos y, por ende, un mayor respeto al principio de autoridad de los agentes.


Quinto. Derecho comparado en el delito de atentado a la autoridad.


La regulación del delito de atentado, desobediencia y resistencia a la autoridad en otros países europeos resulta mucha más severa que la española en lo que respecta a las penas. Es el claro ejemplo de Francia, Italia y Alemania.


38 https://confilegal.com/20210727-interior-remitira-a-justicia-la-peticion-de-la-augc-y-el-sup-de-aumentar-las-penas-por-delito-de-atentado-a-agente-de-la-autoridad/



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a) Francia.


En el caso de Francia, el Código Penal francés utiliza el término rebellion, que es análogo al de atentado en España. El art. 433-6 del Código Penal francés dispone que 'constituye rebelión el hecho de oponer resistencia violenta a una
persona depositaria de la autoridad pública o encargada de una misión de servicio público, que actúe en el ejercicio de sus funciones, para la ejecución de las leyes, las órdenes de la autoridad pública, las resoluciones o los mandatos judiciales'
39. Actualmente, tras la reforma operada por la Ley 2017-258, de 28 de febrero, la pena prevista para este delito es de 2 años y multa de 30.000 euros (art. 433-7). En caso de que el delito se corneta en grupo la pena es de prisión de tres años y
multa de 45.000 euros. En el caso de que emplear armas en la comisión del delito de atentado la pena es de 5 años de prisión y multa de 75.000 euros y en el mismo supuesto de hecho concurriendo el elemento de grupo la pena de prisión será 10 años y
multa de 150.000 euros.


El tipo penal análogo al delito de desobediencia o resistencia a la autoridad en España -el tipo residual del artículo 556- en el país galo se denomina desacato 40. Este tipo está previsto en el art. 433-5 del Código Penal francés y se
castiga con la pena de prisión de un año y multa de 15.000 euros si se trata de autoridad y si se comete concurriendo el elemento de grupo la pena será de prisión de dos años y multa de 30.000 euros.


De esta forma, la regulación francesa prevé unas penas más elevadas que nuestro Código Penal, lo que proporciona una mayor protección del bien jurídico protegido -el normal funcionamiento de los servicios y funciones públicas- y una mayor
solidez del principio de autoridad. Todo ello se traduce en un mayor respeto a los agentes de la autoridad y una mayor prevención general de estos hechos delictivos.


Además, tras los sucesos ocurridos en Francia y los últimos fallecimientos de dos agentes en mayo del presente año, el Gobierno francés anunció una reforma Legislativa encaminada a agravar, aún más, las penas por agresiones a los agentes de
policía y gendarmes 41.


b) Italia.


En el caso de Italia, las penas por este tipo de delitos también están más agravadas. Dentro de los delitos de particulares contra la Administración Pública, el Código italiano 42 distingue entre dos tipos delictivos: la violencia o
amenazas a un funcionario público (artículo 336) y la resistencia al funcionario público (artículo 337), entendiendo que los agentes de la autoridad quedan dentro de este ámbito. Así pues, el Código Penal italiano castiga en el artículo 336 con la
pena prisión de seis meses a cinco años al que 'utilice la violencia o amenazas a un funcionario público o un encargado de un servicio público, para obligarlo a realizar un acto contrario a sus deberes, u omitir un acto del cargo o servicio'. Este
delito es el análogo al delito de atentado en el ordenamiento jurídico español, cuya pena en nuestro CP solamente llega al límite de cuatro años de prisión.


Por su parte, el artículo 337 del Código Penal italiano castiga con la pena privativa de libertad de seis meses a cinco años al 'que utilice la violencia o amenazas para oponerse a un funcionario público o un responsable de un servicio
público, en el desempeño de un acto de cargo o servicio, o quien, previa solicitud, preste asistencia'. Este tipo penal italiano se puede equiparar al tipo residual del delito de desobediencia o resistencia a la autoridad del Código Penal español
tipificado en el artículo 556, que se castiga con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, una pena mucho menor.


c) Alemania.


En el caso de Alemania los tipos análogos a los delitos de atentado, resistencia y desobediencia en el ordenamiento jurídico español se encuentran recogidos en las secciones 113 y 114 del Código Penal


39 Traducción del art. 433-6 del Código Penal francés actualizado a 26 de agosto de 2021: https://www.legifrance.gouv.fr/codes/id/LEGITEXT000006070719/


40 Traducción del artículo 433.5 del Código Penal francés: 'las palabras, gestos o amenazas, los escritos o imágenes de cualquier clase que no se hayan hecho públicos o el envío de objetos cualesquiera dirigidos contra una persona encargada
de una misión de servicio público, en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de su misión, y susceptibles de atentar contra su dignidad o contra el respeto debido a la función de la que está investida'.


41 https://www.europapress.es/internacional/noticia-gobierno-frances-anuncia-endurecimiento-penas-agresion-policias-20210510233852.html


42 Código Penal italiano actualizado. 'Codice penale 2021. Altalex': https://www.altalex.com/documents/news/2014/10/14/dei-delitti-contro-la-pubblica-amministrazione



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Alemán 43, bajo los epígrafes 'resistencia a los agentes del orden' y 'asalto a agentes del orden', respectivamente. Tras la última modificación legislativa alemana en esta materia, mediante la Ley de 23 de mayo de 2017, en la sección 113
se impone la pena de prisión de hasta 3 años o multa a 'cualquiera que utilice la violencia o las amenazas para resistir a un oficial o soldado de la Bundeszvehr [Fuerzas Armadas] que esté llamado a hacer cumplir leyes, ordenanzas, sentencias,
órdenes judiciales u órdenes, al realizar tal acto oficial' 44. Este tipo penal alemán se puede equiparar al tipo residual del delito de desobediencia o resistencia a la autoridad del artículo 556 del CP, que se castiga con la pena de prisión de
tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, una pena también mucho menor. El mismo precepto del Código Penal alemán -sección 113- prevé un tipo agravado en tres supuestos, siendo uno de ellos la comisión del delito con armas.


Por su parte, la sección 114 del Código Penal alemán castiga con la pena de prisión 3 meses a cinco años a 'cualquiera que agreda físicamente a un funcionario público o soldado de la Bundeszvehr que esté llamado a hacer cumplir leyes,
ordenanzas, sentencias, órdenes judiciales u órdenes durante un acto oficial'. Este sería el tipo análogo al delito de atentado en el ordenamiento jurídico español, cuya pena en España solamente llega al límite máximo de cuatro años de prisión.


Sexto. Conclusión. Necesaria reforma de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad.


Ante la ya mencionada degradación del principio de autoridad de los agentes en los últimos años y el aumento considerable de este tipo de delitos, así como las reivindicaciones de ciertos sectores, es imprescindible y urgente que se adopten
las reformas legislativas oportunas encaminadas a la agravación de las penas impuestas por la comisión de este tipo de hechos delictivos.


La reforma legislativa de los citados delitos se debe acometer para la consecución de los siguientes fines:


i. Conseguir un efectivo refuerzo y una suficiente consolidación del principio de autoridad del que gozan los agentes que velan por el buen funcionamiento de los poderes públicos.


ii. Generar una mayor prevención en la comisión de este tipo de delitos, y así conseguir una reducción notable en la comisión de los mismos y dar un cumplimiento efectivo a la función preventiva del Derecho Penal.


iii. Proteger la vida y la integridad física de los agentes de la autoridad y recuperar el respeto y la dignidad que se merecen las FCS, como representantes del Estado, e instrumentos que tienen como misión proteger el libre ejercicio de
los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las funciones que le han sido encomendadas.


iv. Dotar de una mayor actuación al Derecho Penal y asegurar la efectiva proporcionalidad en la aplicación de las penas.


En definitiva, es necesaria una mayor actuación del derecho penal frente a quienes, con desprecio a los agentes de la autoridad que actúan en representación del Estado con el fin de asegurar el normal funcionamiento de los servicios
públicos, hacen de los delitos de atentado, resistencia y desobediencia una práctica habitual, y que en la mayoría de los casos queda o bien impune o bien con una insuficiente intervención del Ius Puniendi del Estado.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a promover la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para agravar las penas relativas a los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a
la autoridad de los artículos 550 y 556, en aras de dotar de una


43 Código Penal Alemán: http://www.gesetze-im-internet.de/stgb/


44 https://www.gesetze-im-internet.de/stgb/_114.html



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mayor protección jurídica a los agentes de la autoridad, reducir el número de este tipo de delitos y dar una respuesta proporcional a estos hechos delictivos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-José María Sánchez García, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Patricia de las Heras Fernández, Carlos José Zambrano García-Raez, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel e
Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-Macarena Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Defensa


161/003219


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea y D. Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a conmemorar el 450 aniversario de
la Batalla de Lepanto, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Existen diversas corrientes que tratan de analizar, dentro de la Historia, si esta se encuentra determinada por grandes fuerzas de fondo que de una forma u otra inciden en ella, como puede ser la Escuela de los Annales o el propio
Materialismo Histórico marxista. Sin embargo, a pesar de la importancia que muchas de estas aproximaciones a la Historia hayan podido tener, es muy difícil negar la importancia que han tenido determinados hechos concretos en la Historia.


La fuerza de la contingencia, la casualidad y la suerte, pero también la fortaleza, determinación y voluntad de los hombres han cambiado en muchas ocasiones lo que parecía el destino inamovible de determinados acontecimientos históricos. Y
entre estos destacan sin duda las batallas. Así, estos enfrentamientos suelen ser inmejorables escenarios que a lo largo de los tiempos han enseriado que la Historia no está escrita. Por ello, es fundamental conocer y comprender esta clase de
sucesos.


Teniendo esto presente, hemos de introducir el contexto de una de esas batallas que cambiaron el curso de la Historia, que no es otra que el largo conflicto entre occidente y, más concretamente, la cristiandad, frente al islam. Así, el
conocido y respetado politólogo norteamericano Samuel P. Huntington se expresó sobre este tema de la siguiente manera:


'Algunos occidentales han afirmado que Occidente no tiene problemas con el islam, sino sólo con los extremistas islamistas violentos. Mil cuatrocientos años de historia demuestran lo contrario. Las relaciones entre el islam y el
cristianismo, tanto ortodoxo como occidental, han sido con frecuencia tempestuosas. Cada uno de ellos ha sido el Otro del otro. Durante casi mil años, desde el primer desembarco moro en España [711] hasta el segundo asedio turco de Viena [1683],
Europa estuvo bajo la amenaza constante del islam. El islam es la única civilización que ha puesto en peligro la supervivencia de Occidente, y lo ha hecho al menos dos veces (la arremetida árabe contra la península Ibérica y Francia, hasta la
derrota de Poitiers en 732; la amenaza turca entre los siglos XIV y XVII) 45.'


Para entender bien este conflicto ancestral, hay que comenzar recordando que, para el año 1453 46, los turcos otomanos habían lograron tomar Constantinopla, ciudad que se les había resistido durante casi mil años de luchas entre el Imperio
Bizantino y el islam. En los siguientes años, el Imperio Otomano se expandiría por todo Oriente Medio y África, conquistando Siria, Palestina y Egipto para 1520, además de lograr el vasallaje de Argelia. En los años siguientes, las fuerzas
otomanas continuarían su avance por Asia y Europa. Así, Solimán el Magnífico iniciaría su avance, tomando Belgrado en 1521, desalojando


45 Huntington, Samuel P. (1997) 'El Choque de las Civilizaciones y la reconfiguración del Orden Mundial'. Paidós, Barcelona.


46 Fecha considerada, junto a 1492, como el fin de la Edad Media y comienzo del Renacimiento y la Edad Moderna.



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a los caballeros hospitalarios de Rodas en 1522 y enfrentándose a los húngaros en 1526 en la Batalla de Mohács. En este enfrentamiento, los otomanos matarían al rey Luis II de Hungría y se harían con la última línea de defensa de occidente
frente a ellos, poniendo bajo amenaza el Sacro Imperio Romano Germánico e Italia.


En este momento, el emperador Carlos V, I de España, tuvo que tomar el relevo en la defensa de la cristiandad frente al avance otomano. En concreto, este avance se dio desde dos frentes; a través de la llanura húngara, amenazando Viena,
que fue sitiada en 1529 aunque la ciudad resistió gracias a los arcabuceros españoles y los lansquenetes alemanes enviados por el emperador en su auxilio; y a través del Mediterráneo, tomando las islas del Egeo a los caballeros hospitalarios y a la
República de Venecia y aliándose con los piratas berberiscos que atacaban las costas españolas e italianas.


En este escenario sería dónde los turcos tendrían uno de sus primeros reveses: los Caballeros de la Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén que, desalojados de Rodas por los otomanos, habían obtenido Malta del
emperador Carlos V. Desde esta isla se aseguraron de impedir el dominio total del Mediterráneo de los otomanos. Así, los otomanos enviaron una gran flota en 1565 con la intención de tomar la isla y acabar con los caballeros. Sin embargo, estos
resistieron en una de las defensas más heroicas que se recuerden e hicieron pagar caro cada metro que los turcos avanzaron hasta que las fuerzas de apoyo españolas lograron socorrer a la isla.


Los otomanos habían sufrido una severa derrota, aunque, sin embargo, no se daban por vencidos, y bajo el reinado del nuevo Sultán Selim II se dispusieron a entablar una nueva campaña naval con la intención de tomar la isla de Chipre de las
manos de la Serenísima República de Venecia. La amenaza del asalto musulmán contra Europa continuaba con fuerza, amenazando con acabar con la identidad cristiana-occidental.


Esta rica ciudad-estado italiana había creado todo un imperio en el Mar Adriático y el Mediterráneo Oriental, aprovechando la decadencia de los Estados cruzados de Tierra Santa y del Imperio Bizantino. Así, Venecia se había ido haciendo con
importantes posiciones como Creta, las Islas Jónicas, Corfú, Negroponte y la propia Chipre, si bien había ido perdiendo algunas de estas islas frente a los otomanos en las décadas anteriores. A pesar de esto, también comerciaba y mantenía
relaciones diplomáticas con el Imperio Otomano.


Es por ello por lo que, cuando hacia finales de 1569 se fueron produciendo los diversos preparativos para armar la flota otomana, los venecianos supusieron que Chipre podía ser el objetivo de esta y se dispusieron a armar su propia flota.
Esta eventualidad se confirmaría a comienzos de 1570 y estallaría la Guerra entre la Sublime Puerta y la Serenísima República, solicitando esta última ayuda al resto de la cristiandad.


Ante esta petición, y por mediación de Su Santidad el Papa Pío V, se organizó una alianza que sería conocida como la Liga Santa y que aunaría a los esfuerzos venecianos el apoyo de España, los Estados Pontificios, la Orden de Malta, la
República de Génova y el Ducado de Saboya. Por aquellos días 'El rey de España, Felipe II, en su calidad de principal defensor de la cristiandad, se consideraba en guerra perpetua contra el imperio otomano, con el que nunca había querido mantener
relaciones diplomáticas' 47.


Así pues, Felipe II decide a acudir en socorro de Venecia a pesar de las graves diferencias que existían entre España y la Serenísima, puesto que durante todo el año anterior los rumores apuntaban a que la flota turca se iba a dirigir contra
las costas españolas en socorro de los rebeldes moriscos de las Alpujarras, contra lo cual Venecia no hubiera acudido en apoyo de España.


Las fuerzas de la Liga se reunieron en principio en Creta con la intención de socorrer Chipre, sin embargo, se abandonó este plan ante el mal estado de las distintas fuerzas navales reunidas en Candía. Esto reavivó las diferencias entre
España y Venecia que, sin embargo, se resolverían para la campaña del año siguiente por mediación del Papa. Así, se acordaron las aportaciones de cada país a la flota, los gastos de la misma (3/6 sufragados por España 2/6 por Venecia y 1/6 por los
Estados Pontificios) y el mando supremo de la Liga, que sería ocupado por Don Juan de Austria.


Don Juan era hermanastro del Rey Felipe II y había dirigido ya antes importantes fuerzas navales, así como la campaña contra los rebeldes moriscos en las Alpujarras granadinas. Don Juan se hizo acompañar


47 Barbero, Alessandro (2010) 'Lepanto. La Batalla de los Tres Imperios' Ediciones Pasado y Presente, Barcelona.



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de otros importantes marinos españoles o al servicio de España como Juan Andrea Doria, Alejandro Farnesio, Luis de Requesens y Álvaro de Bazán, sobre el que Lope de Vega escribiría lo siguiente:


'El fiero turco en Lepanto,


en la Tercera el francés,


y en todo mar el inglés,


tuvieron de verme espanto.


Rey servido y patria honrada


dirán mejor quién he sido


por la cruz de mi apellido


y con la cruz de mi espada.'


Por la parte veneciana se encontraban Agostino Barberigo y Sebastiano Vernier. Las decisiones se tomaban en concilio, aunque Don Juan era el mando supremo. Los distintos miembros de la Liga aportaron un total de 227 galeras, 6 galeazas y
otras embarcaciones menores, donde embarcaban 91.000 hombres entre soldados, marineros y geleotes, que se fueron reuniendo en Sicilia y para el 15 de septiembre se encontraban listos para partir. Por distintos informes se tenía conocimiento de la
presencia de la flota otomana en el Golfo de Lepanto, con lo que la flota partió hacia allí buscando batalla, recalando antes en Coda para abastecerse.


Segundo. La flota otomana que aguardaba en el Golfo de Lepanto a la escuadra cristiana estaba mandada por Alí Bajá, Mehmed Siroco y Uluj Alí, los mejores marinos musulmanes de su época y la componían 210 galeras y 87 galeotas, tripuladas
por una fuerza de 90.000 hombres.


Por su parte, la flota cristiana se encontraba dividida en 4 cuerpos; el primero, que formó a estribor lo mandaba Juan Andrea Doria y se componía de 54 galeras; el segundo, en el centro el propio Don Juan de Austria con 64 galeras; a
babor el tercer cuerpo con de Agustino Barbarigo con 53 galeras; y finalmente el cuarto, o la reserva, mandadas por Don Álvaro de Bazán que disponía de 30 galeras; las 6 galeazas venecianas irían por delante de las formaciones de galeras. Así,
con esta formación en cruz penetró el 7 de octubre de 1571 la escuadra cristiana en el Golfo de Lepanto y retó a la armada turca a salir de la protección de la costa y sus fuertes y entablar combate, invitación que sería aceptada, desplegándose la
flota otomana.


Los otomanos dividieron su flota en tres cuerpos de forma similar a los cristianos, formando en media luna con la intención de rodear a la flota. Cuando se produjo el choque de fuerzas, las galeazas venecianas fuertemente armadas y con
infantes de marina españoles embarcados, desorganizaron la formación otomana, generando caos, lo que dio una notable ventaja a las galeras cristianas.


Los tres cuerpos de vanguardia de cada bando chocaron entre sí, tratando las alas otomanas de rodear a la formación cristiana; por el ala izquierda Barbarigo logró impedir esta eventualidad apoyándose en la costa; sin embargo, en el ala
derecha, más expuesta a mar abierto, las fuerzas turcas parecían en disposición de lograr rodear a las galeras de la Liga, a pesar de la fiera resistencia a ultranza de las galeras de Malta que luchaban en aquel lado y resistieron hasta el último
hombre.


Mientras tanto, en el centro de la batalla las galeras capitanas de ambas flotas, la Real y la Sultana, se embistieron y sobre ellas combatieron las fuerzas de los tercios españoles y los jenízaros otomanos, tratando de dilucidar cuál era la
mejor fuerza de la época. De un lado, los soldados de los tercios eran hombres libres que servían voluntariamente a su país y su rey, y cuya hidalguía, concepto del honor y disciplina, hacía de ellos soldados implacables que en aquel momento
llevaban casi 100 años sin sufrir una derrota en batalla campal. Por el otro, las fuerzas de jenízaros eran esclavas del Sultán otomano, fruto de un impuesto en forma de carne humana a las sometidas poblaciones cristianas de los Balcanes, que
debían entregar a sus hijos para el servicio del Sultán. Estas fuerzas eran fanáticas, implacables y muy bien formadas.


Es en este momento dónde se dio el que pudo ser el momento clave de la batalla, puesta toda la responsabilidad sobre un solo hombre, Don Álvaro de Bazán. Al mando de la reserva, puesto que podría parecer secundario, su actuación al frente
de la misma sería clave, la decisión de dónde enviar esta fuerza podría decidir el destino de todo el combate como así sería. Don Álvaro tomó la decisión correcta y acudió en auxilio del ala derecha de Juan Andrea Doria que estaba siendo rodeada,
salvando así a la flota cristiana del posible desastre. Don Juan de Austria había obrado de forma muy inteligente al colocar en este puesto vital al veterano marino español, que seguramente decidió buena parte de la suerte de la batalla de esta
forma.



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Finalmente, y con la posibilidad de verse rodeados abortada por Álvaro de Bazán, las fuerzas cristianas se fueron imponiendo a las otomanas lentamente en un enorme y sangriento combate en el que las fuerzas de los tercios españoles,
embarcadas tanto en buques españoles como venecianos, se fueron imponiendo a los jenízaros. Hemos de considerar que la disciplina y equipo de la fiel infantería española era superior, además la flota cristiana contaba con más artillería, arcabuces
y armas de fuego en general.


Así, se impondría la fuerza de la Liga, muriendo en la batalla alrededor de 30.000 turcos frente a 7.000 hispano-italianos, capturando 5.000 prisioneros y liberando a 12.000 esclavos cristianos sometidos al remo. Además, se capturarían 170
galeras y 20 galeotas, de las que se pudo salvar 130. Un joven Miguel de Cervantes, embarcado en la Marquesa, describiría más tarde aquella ocasión en El Quijote como 'la más alta ocasión que vieron los siglos pasados, los presentes, ni esperan ver
los venideros'.


Tercero. Las repercusiones de este notable combate han resultado ser muy discutidas, especialmente desde la historiografía más reciente. Por un lado, es cierto que la alianza que representaba la Liga Santa se descompuso poco tiempo después
y no cumplió algunos de sus objetivos más importantes, especialmente el socorro de Chipre, que caería en manos otomanas hasta su cesión a los británicos en el siglo XIX. Además, el Imperio Otomano logró rehacer su flota unos pocos años después y
mantener el dominio sobre el Mediterráneo Oriental en las siguientes décadas. Sin embargo, 'Desde un primer momento, los cristianos se dieron cuenta de que habían obtenido una victoria sin precedente. No había prácticamente una galera que no
remolcara otra enemiga' 48.


Las pérdidas materiales y humanas para el Imperio Otomano habían sido notables y el botín para la parte cristiana formidable. Desde aquel momento, las fuerzas navales turcas no volverían a lanzar acciones ofensivas de importancia en la
parte occidental del Mediterráneo, pasando a una estrategia defensiva y local centrada en afianzar su dominio de la parte oriental de este mar. Aún arrebatarían a los venecianos algunas otras posesiones como Creta en el futuro, pero su avance se
detuvo por el flanco naval. Para muchos, 'la importancia histórica de Lepanto reside principalmente en su enorme impacto emotivo y propagandístico. La noticia de la victoria fue recibida en las capitales católicas con un entusiasmo sin precedente'
49.


Esta nunca es una cuestión baladí, ya que la moral es una cuestión fundamental en todo conflicto, y las fuerzas cristianas estaban muy necesitadas de una contundente victoria tras las constantes debacles en los Balcanes o las victorias in
extremis en Viena y Malta. Esta victoria naval demostró que las fuerzas turcas no eran invencibles y comenzó el lento pero constante proceso de retroceso otomano.


Aunque estos lanzarían un último asalto contra Europa a finales del siglo XVII, las fuerzas cristianas ya no tendrían el mismo pavor a los turcos: Lepanto había demostrado que se les podía derrotar en la ofensiva. La identidad cristiana y
occidental se encontraba a salvo.


Cuarto. Sin embargo, a día de hoy, y pese a su enorme contribución a la historia militar y naval, en general, y a la grandeza de España, en particular, así como su papel en la preservación de Occidente y de la Cristiandad tal y como los
conocemos, la Batalla de Lepanto no es suficientemente reconocida ni en España ni en Europa. Esto no es lo habitual en la mayoría de los países del mundo, que reconocen en este tipo de acontecimientos una parte fundamental de su historia e
identidad nacional. Así, por ejemplo, se conmemoran batallas como Waterloo 50, Gettysburg 51, Mohacs 52 o la propia caída de Constantinopla 53.


No obstante lo anterior, cabe señalar que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que 'El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que
la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro
de este fin'.


Por su parte, conviene destacar que el Instituto de Historia y Cultura Militar, dentro de sus cometidos y misiones, tiene la atribución de 'Difundir la cultura histórico militar de nuestro Ejército, dentro y fuera de él 54'.


48 Barbero, Alessandro (2010) 'Lepanto. La Batalla de los Tres Imperios' Ediciones Pasado y Presente, Barcelona.


49 Barbero, Alessandro (2010) 'Lepanto. La Batalla de los Tres Imperios' Ediciones Pasado y Presente, Barcelona.


50 https://blog.oup.com/2015/06/remember-battle-waterloo/


51 https://www.thetravel.com/what-to-see-at-gettysburg-battlefield/


52 https://www.irishtimes.com/news/world/europe/bloody-history-and-anti-mushm-stance-colour-hungary-turkey-links-1.3654721


53 https://www.apollo-magazine.com/hagia-sophia-capture-constantinople-29-may/


54 https://eiercito.defensa.gob.es/unidades/Madrid/ihycm/Organización/organizacion.html



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Teniendo en cuenta lo anterior, se considera absolutamente necesario que las instituciones competentes fomenten, divulguen, promuevan y enaltezcan figuras y hechos importantes de la historia patria, ya que un pueblo que no conoce su historia
está condenado a desaparecer.


Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover, a través de las instituciones del Estado, la divulgación y promoción de la historia de la Batalla de Lepanto, por su importante contribución a la historia militar y naval del mundo, en general, y a la grandeza de España y
supervivencia de occidente.


2. En concreto, llevar a cabo todas las acciones que sean necesarias al objeto de conmemorar, con todos los honores que tan alta ocasión merece, el 450 aniversario de la Batalla de Lepanto y la victoria cristiana sobre el islam como hecho
histórico de particular trascendencia para la Historia de occidente en general, y de la Armada Española, en particular.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003224


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Víctor González Coello de Portugal y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas
condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a impulsar la cultura de
seguridad y defensa en la sociedad española, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Antecedentes normativos.


La Constitución Española de 1978 ('CE') regula en su artículo 8 el papel de nuestras Fuerzas Armadas ('FFAA') en la salvaguarda de nuestra Patria y de nuestro Estado social y democrático de Derecho:


'1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.'


Asimismo, conviene recordar el frecuentemente olvidado artículo 30.1 de nuestra Carta Magna en lo que se refiere a la obligación constitucional de los españoles de defender a España:


'Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.'


Ambos preceptos constitucionales encuentran su regulación y desarrollo en varias normas de nuestro ordenamiento jurídico. La principal de ellas es la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional ('LODN') cuyo objeto de
regulación es, amén de las bases de la organización militar, '(...) la defensa nacional (...)', tal y como queda establecido en el primer artículo de la norma orgánica.



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Asimismo, conviene mencionar la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional ('Ley de Seguridad Nacional'), que junto con la norma ut supra conforman la columna vertebral de la seguridad y defensa de nuestra Nación.


Así, se hace necesario un mayor conocimiento y concienciación de la importancia de las FFAA y su excelente e inconmensurable labor en diversos ámbitos, de entre los que cabría destacar: (i) la defensa de la soberanía e independencia de
España, (li) las misiones internacionales en las que participa, (iii) la reducción de riesgos y solución de diversas eventualidades (incendios, nevadas, inundaciones, pandemias, repatriaciones, etc.), y (iv) como vehículo preeminente de los símbolos
nacionales dada la posición de la milicia como pieza fundamental en la historia de España sin la cual no se entenderían innumerables efemérides y acontecimientos.


Segundo. La cultura de defensa.


El artículo 2 de la LODN define la finalidad de la denominada 'política de defensa' como '(...) la protección del conjunto de la sociedad española, de su Constitución, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se
consagran, del Estado social y democrático de derecho, del pleno ejercicio de los derechos y libertades, y de la garantía, independencia e integridad territorial de España. Asimismo, tiene por objetivo contribuir a la preservación de la paz y
seguridad internacionales, en el marco de los compromisos contraídos por el Reino de España'.


Asimismo, la ley supra y, en concreto, su artículo 31, establece el concepto de 'cultura de defensa'. Así:


'El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas
Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin.'


Igualmente, resulta de interés citar el concepto de 'cultura de seguridad nacional' incluido en la Ley de Seguridad Nacional por razones de evidente vinculación con la cultura de defensa. Así, el artículo 5 de la citada norma contempla lo
siguiente:


'1. El Gobierno promoverá una cultura de Seguridad Nacional que favorezca la implicación activa de la sociedad en su preservación y garantía, como requisito indispensable para el disfrute de la libertad, la justicia, el bienestar, el
progreso y los derechos de los ciudadanos.


2. A los efectos del número anterior, el Gobierno pondrá en marcha acciones y planes que tengan por objeto aumentar el conocimiento y la sensibilización de la sociedad acerca de los requerimientos de la Seguridad Nacional, de los riesgos y
amenazas susceptibles de comprometerla, del esfuerzo de los actores y organismos implicados en su salvaguarda y la corresponsabilidad de todos en las medidas de anticipación, prevención, análisis, reacción, resistencia y recuperación respecto a
dichos riesgos y amenazas.'


Por tanto, de la lectura de ambos preceptos legales se deduce la necesaria implicación de todos los órdenes de la sociedad civil en conocer y concienciarse sobre la defensa y seguridad de España.


Al descender un peldaño en la pirámide normativa encontramos el desarrollo de ambas leyes en otros tantos documentos oficiales, donde la cultura de defensa continúa destacando como una más de las manifestaciones de nuestra defensa nacional.
En concreto, pueden citarse, todas ellas en vigor, la Directiva de Defensa Nacional (2020) 55, la Directiva de Política de Defensa (2020) 56, la Estrategia de Seguridad Nacional (2017) 57, el Plan Director de Cultura de Defensa (2002) y el más
reciente Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional (2021) 58, previsto en el artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional 59.


55 Letra m) y n.º 6): https://www.defensa.gob.es/Galerias/defensadocs/directiva-defensa-nacional-2020.pdf


56 Objetivo 1: https://www.defensa.gob.es/Galenas/defensadocs/directiva-politica-Defensa-2020.pdf


57 Páginas 83, 85 y 125: https://www.defensa.gob.es/Galerias/defensadocs/Estrategia_Seguriad_Nacional_2017.pdf


58 https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9631


59 Artículo 5: '1. El Gobierno promoverá una cultura de Seguridad Nacional que favorezca la implicación activa de la sociedad en su preservación y garantía, como requisito indispensable para el disfrute de la libertad, la justicia, el
bienestar, el progreso y los derechos de los ciudadanos. 2.A los efectos del número anterior, el Gobierno pondrá en marcha acciones y planes que tengan por objeto aumentar el conocimiento y la sensibilización de la sociedad acerca de los
requerimientos de la Seguridad Nacional, de los riesgos y amenazas susceptibles de comprometerla, del esfuerzo de los actores y organismos implicados en su salvaguarda y la corresponsabilidad de todos en las medidas de anticipación, prevención,
análisis, reacción, resistencia y recuperación respecto a dichos riesgos y amenazas'.



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Todas ellas recalcan en sus articulados la necesidad de fomentar una meta común para todos los españoles: una cultura de defensa y seguridad nacional en la sociedad civil para que los españoles se impliquen de forma activa en el
conocimiento, preservación, defensa e impulso de los intereses nacionales de España.


Tercero. El Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional.


El último texto oficial sobre la cuestión, el Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional, aprobado el pasado 25 de mayo de 2021, es uno de los mejores y más recientes ejemplos de la importancia de la cultura de defensa y seguridad
nacional. En el texto se recalcan las carencias de la población española en su percepción de la defensa y seguridad como fenómenos que les afectan directamente:


'(...) mientras que hay un convencimiento colectivo y general sobre la necesidad de contar con seguridad sanitaria, económica o alimentaria, no es tan evidente cuando se trata de proyectar la necesidad de la Defensa como componente esencial
de la seguridad y sustento principal de la integridad y soberanía de España.'


El hecho de que ya ningún actor de nuestra comunidad sea sujeto pasivo en materias de defensa y seguridad queda meridianamente claro en el apartado 4 del texto. Así, a pesar de que España cuenta con unos servicios de seguridad y defensa de
alto nivel (FFAA, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Centro Nacional de Inteligencia y demás departamentos directa o indirectamente involucrados en la defensa y seguridad de nuestro país), la dificultad y variedad de nuestros riesgos y
desafíos como consecuencia del entorno VUCA en el que nos movemos (Volatilidad, Incertidumbre, Complejidad y Ambigüedad, por sus siglas en inglés) hace evidente la necesidad de formar a nuestra sociedad en estas materias:


'En España, la ciudadanía, las distintas organizaciones y asociaciones de la sociedad, el sector empresarial público y privado, y las instituciones y organismos públicos del Estado se encuentran razonablemente protegidos. No obstante, y de
forma inevitable, también están expuestos a desafíos, riesgos y amenazas que pueden perturbar nuestra tranquilidad social que, en muchos casos, derivan de la interconexión y globalización en un mundo cada vez más complejo y, en gran medida, más
convulso e impredecible.


Ante esta constatación, lograr una sociedad más sensibilizada, más fuerte y más resiliente ante cualquier adversidad requiere favorecer la concienciación sobre todos los esfuerzos que requiere la garantía de la Seguridad Nacional.'


De esta manera, tal y como queda establecido en el apartado 7, las 'comunidades de referencia' en las que promover y fomentar esta cultura de seguridad y defensa nacionales abarcan todos los ámbitos de nuestra sociedad:


'Las iniciativas y actividades destinadas a promover y fomentar una cultura de Seguridad Nacional deben atender y comprometer -como emisores y receptores de la cultura de Seguridad Nacional- a la ciudadanía y a las siguientes comunidades de
referencia, que podrán ampliarse en el futuro y también segmentarse para focalizar de forma más eficaz las actividades y los mensajes:


- Cortes Generales.


- Administraciones Públicas e instituciones centrales, autonómicas y locales.


- Administración de Justicia.


- Partidos Políticos.


- Comunidades educativas.


- Organizaciones de la Sociedad Civil.


- Sectores empresarial y sindical.


- Asociaciones profesionales, de investigación y culturales.


- Medios y plataformas de comunicación.


- Comunidades digitales'.



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Las acciones concretas a implantar en estas comunidades de referencia vienen reflejadas en el apartado 8 del Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional. Las medidas a tomar se centran en cuatro líneas de acción: formación, comunicación
pública y divulgación, relevancia en el exterior y participación.


La panoplia de medios concretos para poner en práctica este Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional contemplados en el apartado 9 muestra la gran cantidad de iniciativas posibles en esta área de trabajo.


Por todo ello, dado el mejorable estado actual de la cultura de defensa y seguridad de nuestros compatriotas, conviene acelerar e impulsar en todos los ámbitos de la sociedad, bajo el liderazgo del Ministerio de Defensa y con la colaboración
del resto de niveles de las Administraciones públicas, la culturización de la sociedad española en materia de defensa y seguridad.


Cuarto. La necesidad de difundir la cultura de defensa en la sociedad española.


La necesidad de impulsar y profundizar en la cultura de defensa y seguridad en la sociedad española responde a una realidad social: los españoles, especialmente las nuevas generaciones, salvo por tradición o inquietud familiar por el mundo
militar, carecen de un contacto directo con las FFAA y el resto de cuerpos encargados de la seguridad de nuestro país.


En este sentido, como señala D. Pedro Bernal Gutiérrez, quien fuera Director del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, '[E]en la práctica, esa vinculación ha sido reducida por diversas razones, entre ellas, el papel de las FAS
en épocas anteriores, la escasa percepción de amenazas por parte de la ciudadanía o la carencia de una acción institucional para reforzarla' 60.


De hecho, en el marco del Seminario de Cultura y Conciencia Estratégica de Defensa celebrado en El Barco de Ávila (Ávila) los pasados 8 y 9 de septiembre de 2021, el teniente general Francisco de Paula Bisbal remarcó esta imperiosa necesidad
de total actualidad:


'Es necesario mejorar la cultura de seguridad y defensa en la sociedad (...) El concepto de cultura y conciencia de la defensa nacional hay que incluirlo en el de defensa nacional (...) [los españoles] 'no son conscientes de los riesgos y
amenazas (...) la falta de percepción clara de amenaza es el principal déficit de nuestra sociedad' 61.


Los españoles, como se ha expuesto en el expositivo primero, tienen el derecho y deber de defender a España. La cultura de seguridad y defensa juega aquí un papel esencial. Por ello, resulta fundamental extender a todos los niveles de la
sociedad la concienciación sobre el rol fundamental desempeñado por nuestras FFAA, la participación activa de la ciudadanía en la defensa y seguridad de España y el conocimiento de su historia y cultura militares. Igualmente, estas actuaciones
pueden servir para reforzar los lazos comunes de nuestros compatriotas en torno a España y sus FFAA.


Como se ha visto en el expositivo supra, los eventos y oportunidades de difusión de la cultura de seguridad y defensa en la sociedad española son muchos y de muy variada índole: concursos y premios, conferencias y charlas formativas
abiertas al público, visitas a museos e instalaciones militares, recreaciones históricas, jornadas de puertas abiertas de unidades militares, actos militares como el izado de bandera, el relevo de guardia o desfiles, simulacro de operaciones,
conciertos didácticos de música militar, participación de material y personal de las FFAA en películas, series y documentales, cofinanciación de proyectos audiovisuales sobre episodios y personajes insignes de nuestra historia militar.


Asimismo, estas actividades pueden coadyuvar a fomentar virtudes características de nuestras FFAA de gran valor para la vida personal y profesional de los españoles: compañerismo, sentido del deber, ejemplaridad, excelencia profesional,
orden, espíritu de servicio y entrega gratuita a los demás, valentía y amor y sentido de pertenencia a España, entre otras muchas.


Todos ellos son principios especialmente valorados por la sociedad española como evidencia el hecho de que las FFAA sean una de las instituciones más aplaudidas de nuestro país y, concretamente, una cuya imagen ha quedado más reforzada
durante la pandemia del coronavirus como demostró el CIS 62. Ello a pesar de sufrir carencias de material fruto de un presupuesto insuficiente y de no contar con una cultura de defensa especialmente implantada en todos los niveles de nuestra
sociedad.


60 Bernal Gutiérrez, P. La cultura de seguridad y defensa en España. Sus orígenes y evolución. Cuadernos de estrategia, ISSN 1697-6924, N.º 155, 2011, págs. 23-64.


61 https://www.larazon.es/castilla-y-leon/20210908/am5by72uwbe2vg5y767o4bwnou.html


62 http://www.cis.es/cis/export/sites/default/-Archivos/Marginales/3280_3299/3298/es3298mar.pdf.



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Por lo tanto, el motivo de multiplicar los esfuerzos en materia de cultura de defensa en la sociedad española es doble: difundir la importancia de la implicación de los españoles de toda condición en la defensa y la seguridad nacionales, en
la protección y preservación de nuestra sociedad y en nuestros intereses nacionales, así como dar a conocer los principios éticos de nuestras FFAA por su gran impacto positivo en la vida cotidiana de los españoles.


Quinto. Conclusión.


La labor de nuestras FFAA en la defensa nacional de nuestro país es una realidad, en ocasiones, desconocida por la mayoría de los españoles. Fruto de ese desconocimiento nace, con frecuencia, un desapego y una infravaloración de la función
de nuestros ejércitos en nuestra comunidad y su impacto en nuestra cotidianeidad.


Para acrecentar el sentimiento de agradecimiento y reconocimiento hacia el trabajo de nuestras FFAA es necesario incrementar la difusión de la cultura de defensa y seguridad entre los españoles. Los españoles deben ser conscientes de que
las FFAA representan uno de los instrumentos más importantes en la defensa de nuestra soberanía e independencia, de nuestra integridad territorial y de nuestro ordenamiento constitucional. Los medios para llevar a cabo este fin son múltiples y
variados, como ha quedado esbozado, con lo que hará más fácil dar con la ocasión para aproximar a los españoles a las FFAA.


Igualmente, este acercamiento a las FF.AA. puede ser una oportunidad para generar lazos y afectos hacia España, así como ocasión de abrazar principios de nuestros militares muy útiles y positivos para su vida personal y profesional.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la cultura de defensa y seguridad en todos los órdenes de la sociedad española mediante la puesta en marcha de, entre otras posibles, las siguientes medidas:


1. Actualizar el Plan Director de Cultura de Defensa (en vigor desde 2002) y sus respectivos planes derivados por temáticas: Plan de Comunicación Social, Plan de Colaboración con el Sistema Educativo, Plan Sociedad-Fuerzas Armadas, Plan de
Colaboración de las Administraciones Públicas, Plan de Acción Cultural y Plan de Investigación.


2. Dotar de financiación al Plan Integral de Seguridad Nacional en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, con una partida presupuestaria permanente y suficiente para lograr los objetivos en materia de cultura de defensa y
seguridad nacionales fijados en el texto.


3. Impulsar la suscripción de convenios y otros instrumentos de colaboración entre el Ministerio de Defensa y centros educativos y de formación profesional, universidades, colegios mayores, asociaciones del tercer sector y organizaciones
cívicas, amén de otras entidades, para la difusión de la cultura de defensa en la sociedad civil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Alberto Asarta Cuevas, Manuel Mestre Barea, Luis Gestoso de Miguel, Víctor González Coello de Portugal y Agustín Rosety Fernández de Castro,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003232


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al apoyo a los trabajadores
de la empresa Louis Berger Aircraft Services lnc (LBAS) concesionaria de las gestiones aeroportuarias en la Base de Rota, para su debate en la Comisión de Defensa.



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Exposición de motivos


En la ciudad de Rota (Cádiz) se está viviendo desde hace casi cinco años un conflicto laboral entre la empresa Louis Berger Aircrafl Services lnc, concesionaria de las gestiones aeroportuarias en la Base Naval de Rota y su plantilla de
trabajadores.


Dicho conflicto tuvo su origen con motivo de la negociación del nuevo convenio colectivo. Efectivamente, la empresa puso sobre la mesa de negociación una propuesta en virtud de la cual cualquier negociación pasaba necesariamente por el
despido de quince trabajadores y una reducción de más del 25 % del salario de la plantilla o bien, en el caso de que por parte de los trabajadores no se aceptase la reducción salarial, por el despido de cuarenta y cinco trabajadores.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que haga uso de los mecanismos oportunos para conseguir el mantenimiento de la plantilla y condiciones laborales de los trabajadores de la empresa Louis Berger Aircrafl Services lnc.,
concesionaria de las gestiones aeroportuarias en la Base Naval de Rota.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2021.-Fernando Adolfo Gutiérrez Díaz de Otazu y María José García-Pelayo Jurado, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003265


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Dña. Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea y D. Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a homenajear la figura de don
Hernán Cortés de Monroy y Pizarro Altamirano, así como a conmemorar el 500 aniversario de la entrada en MéxicoTenochtitlán, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Don Hernán Cortés de Momoy y Pizarra Altamirano nació en Medellín, Extremadura, en 1485 en el seno de una familia de hidalgos menores. Nada hacía sospechar en aquellos momentos que aquel niño fuera a protagonizar una de las
mayores gestas que vieran los tiempos, cuando, pocos años más tarde, Colón abría las puertas de todo un nuevo mundo y comenzaba así uno de los procesos históricos más importantes, lo que Ramiro de Maeztu llamaría 'hacer la unidad física del mundo' y
que hoy conocemos de modo más común como la Hispanidad.


Así, en la juventud de Cortés comenzaron a desarrollarse las primeras expediciones y asentamientos en América, y el joven hidalgo marcharía a aquellas nuevas tierras con la intención de hacer fama y fortuna, tal y como tantos jóvenes
españoles de aquellos tiempos hicieron por los cuatro rincones del globo.


Asentado inicialmente en la Isla de La Española, desde allí partiría junto a Diego Velázquez de Cuéllar a la conquista de Cuba y sería alcalde de la ciudad de Santiago, fundada en esta isla.


Unos años después, en 1518, el Gobernador de la Isla, Diego Velázquez de Cuéllar, elegiría a Cortés para liderar la tercera expedición que partiría de la isla en dirección a tierra firme, tras las de Francisco Hernández de Córdoba y Juan de
Grijalva. Partiría de la isla en noviembre de aquel año al frente de 11 naves, con 518 infantes, 16 jinetes, 13 arcabuceros, 32 ballesteros, 110 marineros y unos 200 auxiliares de tropa, así como 10 cañones de bronce y cuatro falconetes.
Comenzaría así la gran epopeya que sería la conquista de México y la fundación de la Nueva España.


Cortés y sus hombres, entre los que se encontraban grandes capitanes que brillarían en esta y otras empresas y gestas tales como Pedro de Alvarado, Juan de Escalante o Francisco de Montejo, por citar unos pocos, se encaminaron por las costas
de la actual península del Yucatán dónde rescatarían al



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náufrago español Gerónimo de Aguilar, que conocía la lengua maya e hizo de intérprete a Cortés. Más adelante, librarían su primera batalla en Centla, que conduciría a la toma de Potonchán, dónde le hicieron a Cortés ofrenda de víveres,
joyas, tejidos, y un grupo de veinte esclavas, que fueron aceptadas y cambiados sus nombres al ser bautizadas, y entre las que se encontraría una que sería bautizada como Marina y conocida como la Malinche. Esta mujer sería vital en la Conquista,
al conocer las lenguas de los mayas y los mexicas, así como sus costumbres e idiosincrasia, colaborando ampliamente con Cortés.


Por aquellas tierras Cortés tuvo conocimiento de la existencia de un poderoso imperio al oeste que los indígenas llamaban México, decidiendo dirigirse hacia allí. Desembarcaría más tarde cerca de una ciudad de la tribu de los totonacas y
fundaría la ciudad de la Villa Rica de la Vera Cruz, actualmente conocida como Veracruz. Aquí entablaría contacto con emisarios de los aztecas y formalizaría una alianza con los totonacas. En este momento se produjo otra cuestión fundamental,
puesto que Cortés se proclamaría Capitán General de aquellas tierras tras pedírselo sus hombres, rompiendo la cadena de mando con Cuba y pasando a depender directamente del Rey. Esto fue necesario, ya que las órdenes de Cortés no permitían poblar y
asentarse, sino tan solo explorar y regresar a Cuba. En este momento tomó otra importante decisión, la de quemar, o más bien dar el través o inutilizar sus naves, evitando así que nadie se echase atrás en su resolución.


Es entonces cuando la expedición española, ahora auxiliada por 1300 indios totonacas, se internaría en el interior del continente con un objetivo claro: Tenochtitlan, la capital azteca. En el camino se toparían con la Confederación de
Tlaxcala, el gran antagonista del Imperio Azteca. En un principio, los tlaxcaltecas recibieron hostilmente a los españoles, pero tras ser derrotados en varias ocasiones decidieron formalizar la paz y establecer una alianza frente a su común
enemigo. Prosiguiendo el camino, y antes de llegar a Tenochtitlan, Cortés entró en la ciudad de Cholula, la segunda en tamaño del Imperio Azteca, y allí se enfrentó a los guerreros de esta ciudad que intentaban capturar a los españoles para
sacrificarlos. Tras derrotar a esta ciudad, proseguiría la marcha acompañado de sus aliados totonacas y tlaxcaltecas, entrando en Tenochtitlan el 8 de noviembre de 1519 y produciéndose el encuentro entre Cortés y el Emperador Moctezuma II.


El tamaño y magnificencia de esta ciudad, construida sobre el lago Texcoco y conectada a tierra por tres calzadas, sorprendió a las fuerzas de Cortés, que no habían visto nada igual en Europa. El tamaño de los templos, así como de la plaza
mayor, del doble del tamaño que la de Salamanca, dejó impresionados a los europeos de la expedición. En cuanto a la población, si bien no es posible saber la cifra de habitantes con seguridad, los expertos calculan que pudo estar entre los 100.000
y los 400.000 habitantes y, en cualquier caso, una población mucho mayor que la de cualquier ciudad europea de principios del siglo XVI.


Moctezuma recibió a Cortés con los brazos abiertos, creyendo que los españoles eran enviados del dios Quetzalcóatl y los alojó en el Templo-Palacio de su padre Axayácatl. Sin embargo, en aquellos días las tensiones entre buena parte de la
nobleza y los sacerdotes mexicas con los españoles desencadenó un ataque de estos a los españoles de Veracruz, que se saldó con la muerte de varios españoles.


En este contexto, Cortés tuvo noticias de la llegada a las costas de Veracruz de una flota de 18 naves españoles enviada desde Cuba por el Gobernador Diego Velázquez de Cuéllar, y mandada por Pánfilo de Narváez con orden de apresarlo por
haber desobedecido sus órdenes. Así, Cortés parte con una fuerza para responder y deja a Pedro de Al varado al mando de la exigua guarnición española en Tenochtitlan. Cortés logra sorprender de noche a las fuerzas de la expedición de Narváez,
capturando a la mayoría de sus hombres sin apenas bajas, y convenciéndolos para que se le unieran y así reforzar considerablemente sus fuerzas.


A la vuelta de Cortés, la situación en la ciudad era insostenible para los españoles habida cuenta de los incidentes y enfrentamientos contra los aztecas. Cortés encargaría al hermano de Moctezuma, Cuitláhuac, aliviar la situación, pero
este se rebeló y se unió a Cuauhtémoc, uno de los caciques contrarios a los españoles. Ante esta situación, una masa de aztecas se dirigió a la residencia de Moctezuma, y al salir este a calmar los ánimos, fue herido de muerte por una piedra
lanzada por alguien de su propio pueblo. Los españoles, sitiados y sin otra salida, decidieron retirarse en la noche del 30 de junio al 1 de julio de 1520 en la que sería conocida como la Noche Triste. En esta, los guerreros aztecas persiguieron a
los españoles y sus aliados en su retirada, matando y capturando a muchos de ellos, que serían posteriormente sacrificados cruelmente en sus templos.


Cortés se retiró durante varios días, hasta que en Otumba logró reorganizar sus fuerzas y batirse con las fuerzas mexicas. En dicha batalla, Cortés disponía de una exigua fuerza de unos 600 españoles y alrededor de 1000 aliados tlaxcaltecas
que se enfrentarían a alrededor de 20000 guerreros aztecas en



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una de las batallas con mayor desproporción numérica de todos los tiempos. Las fuerzas españolas formaron en cuadro y resistieron durante varias horas los asaltos de los mexicas hasta que Cortés decidió cargar con su pequeña fuerza de
caballería y perros de guerra contra el puesto de mando azteca. La carga, entre invocaciones a Santiago, rompió las líneas aztecas, llegando los españoles a abatir al cacique Matlatzincatzin y capturar el estandarte real mexica, poniendo en fuga al
ejército azteca. Bernal Díaz del Castillo, en su 'Historia verdadera de la conquista de la Nueva España', se refirió así a esta batalla:


'Todos dimos muchas gracias a Dios que escapamos de tan gran multitud de gente, porque no se había visto ni hallado en todas las Indias, en batalla que se haya dado tan gran número de guerreros juntos, porque allí estaba la flor de México y
de Tezcuco y todos los pueblos que están alrededor de la laguna, y otros muchos sus comarcanos, y los de Otumba, Tepetezcuco y Saltocán, ya con pensamiento de que aquella vez no quedara roso ni velloso de nosotros 63.'


Esta victoria permitió a Cortés regresar a Tlaxcala para reabastecerse, recibir refuerzos y volver más tarde para poner sitio a la ciudad de Tenochtitlan. Cortés lograría negociar con diversas ciudades colindantes como Texcoco, Chalco,
Tlamanalco y Huaxtepec, logrando su alianza contra sus amos aztecas. Para este asedio, que comenzaría el 30 de mayo de 1521, se construyeron varios bergantines para controlar el lago Texcoco y se cortaron las calzadas y acueductos que suministraban
agua a la ciudad. Tras varios meses de asedio y asaltos extremadamente cruentos dónde los prisioneros españoles e indios eran sacrificados y comidos, el día 13 de agosto la resistencia azteca se quebró y Cortés entraba en la ciudad y capturaba a
Cuauhtémoc, el último emperador mexica. Se culminaba así la parte más importante de la conquista de México.


Durante el resto de su vida, Cortés conduciría diversas expediciones y conquistas por el resto de los territorios de la Nueva España, hasta conformar el que sería el mayor Virreinato de la América hispana. Sin embargo, a pesar de recibir
importantes recompensas por sus servicios, como el título de Marqués del Valle de Oaxaca, ser nombrado caballero de la Orden de Santiago y un escudo de armas que incluía un 'águila negra de dos cabezas en campo blanco que son las armas de nuestro
imperio' 64, así como otros diversos símbolos que hacían referencia a sus hazañas, nunca le fue dado el título y cargo de Virrey de las tierras que había conquistado. Hernán Cortés moriría en la Península Ibérica el 2 de diciembre de 1547 en
Castilleja de la Cuesta, pero sería recordado por siempre en los altares de la Historia como el protagonista de una de las mayores gestas militares de todos los tiempos.


Segundo. En este año se cumple el quinto centenario de la entrada en Tenochtitlán, y para comprender la trascendencia histórica de los hechos y vida de Hernán Cortés, así como las consecuencias de su victoria en la capital azteca, sirva
como comienzo un extracto del preámbulo de la 'Historia verdadera de la conquista de la Nueva España', de Bernal Díaz del Castillo, que vivió en primera persona aquellos días:


'y porque cosas tan heroicas como adelante diré no se olviden, ni más las aniquilen y claramente se conozcan ser verdaderas, y porque se reprueben y den por ningunos los libros que sobre esta materia han escrito, porque van muy viciosos y
escuras de la verdad, y porque haya fama memorable de nuestras conquistas. Pues hay historias de hechos hazañosos que ha habido en el mundo, justa cosa es que estas nuestras tan ilustres se pongan entre las muy nombradas que han acaescido, pues a
tan excesivos riesgos de muerte y heridas y mil cuentos de miserias posimos y aventuramos nuestras vidas, ansí por la mar descubriendo tierras que jamás se había tenido noticia dellas, y de día y de noche batallando con multitud de belicosos
guerreros, y tan apartados de Castilla; sin tener socorro ni ayuda ninguna, salvo la gran misericordia de Dios Nuestro Señor, que es el socorro verdadero, que fue servido que ganásemos la Nueva España y la muy nombrada y gran cibdad de
Tenuztitlán-México 65.'


Así pues, la conquista de México traería por delante la creación de una nueva sociedad que, sumada al resto de dominios de la Monarquía hispánica, crearían la gran obra de España en el mundo, que no es otra que la Hispanidad. De hecho,
Ramiro de Maeztu se refería así a esta obra: 'Saturados de lecturas extranjeras, volvemos a mirar con ojos nuevos la obra de la Hispanidad y apenas conseguimos abarcar


63 Historia verdadera de la conquista de la Nueva España, Bernal Díaz del Castillo. https://www.rae.es/sites/default/files/Aparato de_variantes_Historia_verdadera_de_la_conquista_de_la_Nueva_Espana.pdf


64 https://web.archive.org/web/20111005051158/http://www.heraldicamesoamericana.com.mx/heraldica.htm#primerosescodos


65 Historia verdadera de la conquista de la Nueva España, Bernal Díaz del Castillo. https://www.rae.es/sites/default/files/Aparato_de_variantes_Historia_verdadera_de_la_conquista_de_la_Nueva Espana.pdf



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su grandeza (...) la Hispanidad creó la Historia Universal, y no hay obra en el mundo, fuera del Cristianismo, comparable a la suya 66.'


Así, frente a las manipulaciones de la Leyenda Negra, el Barón Alexander Von Humboldt, que visitó los territorios españoles en América a inicios del siglo XIX, pudo dar testimonio acerca del legado que 300 años de soberanía española habían
dejado en aquel territorio en su 'Ensayo Político sobre la Nueva España':


'Entre las colonias sujetas al Rey de España, Mégico ocupa actualmente el primer lugar, así por sus riquezas territoriales como por lo favorable de su posición para el comercio entre Europa y Asia (...) ninguna ciudad del nuevo continente,
presenta establecimientos científicos tan grandes y sólidos como los que hay en la capital de Mégico 67.'


De esta forma, el actual México es directamente heredero de la conquista y evangelización españolas, y de la fundación de la Nueva España, obra fundamentalmente de Hernán Cortés. Así, no podemos dejar de recordar a este gran personaje y los
hechos históricos de los que fue protagonista, pues son parte sustancial de nuestra historia como nación y la vez de la nación mexicana, además de origen e inicio de la obra de la Hispanidad. Obra que nos incumbe mantener viva dados los lazos
históricos, culturales y espirituales de España con todos los pueblos hispanos del mundo.


Tercero. Sin embargo, a día de hoy, y pese a su enorme contribución a la historia militar, en general, y a la grandeza de España, en particular, la figura de Hernán Cortés no es suficientemente reconocida en España con el prestigio y los
honores que tal héroe merece.


No obstante lo anterior, cabe señalar que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que 'El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que
la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro
de este fin'.


Por su parte, conviene destacar que el Instituto de Historia y Cultura Militar, dentro de sus cometidos y misiones, tiene la atribución de 'Difundir la cultura histórico militar de nuestro Ejército, dentro y fuera de él 68'.


Teniendo en cuenta lo anterior, se antoja absolutamente necesario que las instituciones competentes fomenten, divulguen, promuevan y enaltezcan figuras y hechos importantes de la historia patria, ya que un pueblo que no conoce su historia
está condenado a desaparecer. Por tanto, ante la necesidad de que el legado de don Hernán Cortés sea conmemorado y exaltado con los honores que tal héroe merece, qué ocasión podría ser mejor si no es aprovechando que el 13 de agosto de 2021 se
cumplió el quinto centenario de la caída de Tenochtitlán y la fundación del Virreinato de la Nueva España.


Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover, a través de las instituciones del Estado, la divulgación y promoción de la figura de D. Hernán Cortés de Monroy y Pizarra Altamirano, por su importante contribución a la historia militar del mundo, en general, y a la grandeza
de España, en particular.


2. En concreto, promover, con todos los honores que tan alta ocasión merece, la conmemoración del 500 aniversario de la entrada de Cortés en la ciudad de México-Tenochtitlan como punto culminante de la Conquista de México'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


66 https://www.filosofia.org/hem/193/acc/e01008.htm


67 http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm ?id =0000000308


68 https://eiercito.defensa.gob.es/unidades/Madrid/ihycm/Organización/organizacion.html



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Comisión de Hacienda y Función Pública


161/003216


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer, D. Rubén Silvano Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta, en
sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GP VOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a rebajar el Impuesto sobre el Valor Añadido de las pelucas destinadas a pacientes en tratamiento de quimio y/o radioterapia, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


Primero. El cáncer, una enfermedad que nos afecta a todos.


1. El cáncer se define como 'un término genérico que designa un amplio grupo de enfermedades que pueden afectar a cualquier parte del organismo; también se habla de 'tumores malignos' o 'neoplasias malignas'. Una característica
definitoria del cáncer es la multiplicación rápida de células anormales que se extienden más allá de sus límites habituales y pueden invadir partes adyacentes del cuerpo o propagarse a otros órganos, un proceso que se denomina 'metástasis 69'.


2. Los hábitos alimentarios, sedentarismo, tabaquismo, exposición a sustancias químicas y a rayos UV y el envejecimiento de la población explican el incremento de los casos de cáncer en los últimos años. Según la Sociedad Española de
Oncología Médica, en España un 49,1 % de los hombres y un 31,8 % de las mujeres sufrirá algún tipo de cáncer en su vida. Desde el año 2017 al 2020 los casos diagnosticados se han incrementado un 6 % hasta alcanzar en el año 2020 un total de 281.478
casos.


Evolución de los casos diagnosticados por cáncer en función del sexo


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Asociación Española Contra el cáncer (AECC)


3. Se trata de una enfermedad que afecta más a hombres ( un 58 % de los nuevos casos se diagnostican en hombres) que a mujeres y a las edades más avanzadas ( un 74 % de los nuevos casos se diagnostican en pacientes de más de 60 años 70).


4. El tumor colorrectal es el de mayor incidencia, con un 13,8 % de los nuevos diagnósticos, seguido del de mama con un 12 %.


69 Organización Mundial de la Salud (OMS).


70 Asociación Española Contra el Cáncer (AECC).



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Distribución de los tumores diagnosticados en función del tipo (2020)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Asociación Española Contra el Cáncer (AECC)


5. Se trata de una enfermedad que afecta más a hombres (un 58 % de los nuevos casos se diagnostican en hombres) que a mujeres y a las edades más avanzadas (un 74 % de los nuevos casos se diagnostican en pacientes de más de 60 años 71).


6. Se puede afirmar que el cáncer es una enfermedad que nos afecta a todos, bien por ser diagnosticados directamente o porque algún familiar sufre la enfermedad y requiere de nuestra atención, cuidados y afecto.


Segundo. El efecto de la pandemia covid en la diagnosis y el tratamiento del cáncer.


7. La pandemia COVID-19 ha tenido un drástico efecto tanto en la diagnosis de la enfermedad como en el tratamiento e impacto emocional de los enfermos.8. Durante la primera ola de la pandemia, la cual se prolongó hasta mayo del 2020, 'se
produjo un retraso del 20 % de nuevos casos no diagnosticados en toda España, lo cual supuso una menor detección de personas con cáncer, así como un inicio de tratamiento en un estadio más avanzado de la enfermedad 72'. Asimismo, la pandemia
originó retrasos en las cirugías y en quimioterapia. El riesgo de contagio por COVID-19 obligó a realizar consultas on-line y curas a domicilio.


9. A lo anterior se une el impacto emocional sufrido por los enfermos de cáncer. El Estudio 'Evolución del impacto emocional en personas con cáncer durante la pandemia' realizado a partir de una encuesta online (a 2.179 personas
diagnosticadas de cáncer y a familiares de los pacientes) ha concluido, entre otras cuestiones, lo siguiente:


a) El 40,8 % de las personas diagnosticadas de cáncer muestran sintomatología ansiosa o depresiva de carácter clínico durante la segunda ola de la pandemia (más de seis puntos por encima del ratio al inicio de la pandemia).


b) El 40 % de los pacientes están sintiendo una situación de soledad no deseada muy significativa 73.


10. Este último punto es de vital importancia ya que el diagnóstico y tratamiento del cáncer genera en el paciente, y en sus familiares, un notable sufrimiento psicológico que supone un factor de riesgo de trastornos psicopatológicos,
llegando a más de 30 % de pacientes que precisan atención psicológica especializada 74, teniendo especial incidencia la depresión ( un 10 % de los enfermos 75).


71 Asociación Española Contra el Cáncer.


72 Sociedad Andaluza de Oncología Médica (SAOM).


73 Evolución del impacto emocional en personas con cáncer durante la pandemia (AECC).


74 Hernández M, Cruzado, J. A. (2013) La atención psicológica a pacientes con cáncer: de la evaluación al tratamiento. Clínica y Salud.


75 Smith, H. R. (2015). Depression in cáncer patients.



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11. Por lo tanto, además del tratamiento quirúrgico y farmacológico es fundamental el bienestar psicológico del paciente de cara a afrontar con las máximas garantías la enfermedad, reduciendo el estrés y la ansiedad que el diagnóstico pueda
originar.


Tercero. La importancia de la estética en los pacientes con cáncer.


12. Entre los efectos secundarios derivados de los tratamientos contra el cáncer basados en quimioterapia y radioterapia (en este caso solo en las áreas objeto del tratamiento) se encuentra la pérdida del cabello. Este hecho se produce
porque estos tratamientos atacan a las células de crecimiento rápido que conforman el cáncer pero que también constituyen los folículos pilosos. La pérdida de cabello sucede de 1 a 3 semanas desde el inicio de tratamiento.


13. La pérdida de cabello puede acarrear afecciones a nivel personal, emocional, familiar y laboral por lo que 'minimizar el cambio del paciente para que este se reconozca a sí mismo, en mantener su autoestima respecto a su cambio físico y
en evitar el rechazo y compasión social respecto a la enfermedad 76' es una de las primeras medidas a tomar.


14. Las pelucas son una alternativa eficaz para hacer frente a la pérdida temporal de cabello originada por los tratamientos contra el cáncer, ya que, al estar disponibles en pelo natural, recrean el propio cabello del paciente minimizando
el impacto psicológico de la pérdida del mismo.


Cuarto. El tratamiento fiscal de las pelucas para pacientes con cáncer.


15. Las pelucas de pelo natural alcanzan precios superiores a los 1.000 euros y actualmente se les grava con un Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), regulado por el artículo 90.uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del 21 % lo cual
encarece aún más el precio de compra por parte de particulares. Afortunadamente existen diversas iniciativas como el 'Banco de Pelucas' de la AECC que facilitan pelucas a los pacientes sin necesidad de hacer desembolsos por las mismas. Asimismo,
diferentes empresas ofrecen descuentos a los pacientes a la hora de adquirirlas.


16. Como se ha comentado con anterioridad, las pelucas son un elemento fundamental para asegurar el bienestar psicológico de los pacientes sometidos a quimioterapia o radioterapia, por lo que es necesario que la sociedad muestre su máximo
apoyo a pacientes y el Gobierno implemente las medidas necesarias para reducir el impacto económico del tratamiento.


Quinto. Propuesta del GP VOX: reducción del tipo impositivo del IVA a las pelucas destinadas a los pacientes en tratamiento contra el cáncer.


17. El artículo 91, 'Tipos impositivos reducidos' de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del impuesto sobre el valor añadido, establece en su punto 1 apartado 6.ª, que estarán gravados con un tipo del 10 %:


a) Los productos farmacéuticos comprendidos en el capítulo 30 'Productos farmacéuticos' de la Nomenclatura Combinada, susceptibles de uso directo por el consumidor final, distintos de los incluidos en el número 5.º de este apartado uno.1 y
de aquellos a los que les resulte de aplicación el tipo impositivo establecido en el número 3.º del apartado dos.1 de este artículo.


[...]


c) Los equipos médicos, aparatos y demás instrumental, relacionados en el apartado octavo del anexo de esta Ley, que por sus características objetivas, estén diseñados para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de
personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, sin perjuicio de lo previsto en el apartado dos.1 de este artículo.


18. Con un IVA del 10 % se encuentran incluidos:


a) Prótesis, ortesis, ortoprótesis e implantes quirúrgicos.


b) Aparatos y demás instrumentales destinados a la reducción de lesiones o malformaciones internas, como suspensorios y prendas de compresión para varices.


c) Los equipos médicos, aparatos y demás instrumental, destinados a compensar un defecto o una incapacidad, que estén diseñados para uso personal y exclusivo de personas con deficiencia visual y auditiva.


76 Asociación Española de estética reparadora integral (AEERI).



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19 Las pelucas para pacientes en quimioterapia o radioterapia ejercen una función de prótesis, al sustituir el cabello perdido, reduciendo el efecto de las lesiones producidas por el tratamiento ( en forma de destrucción de células de
crecimiento rápido como lo folículos pilosos).


20 Por lo tanto, las pelucas podrían estar sujetas al IVA del 10 %, minorando el coste de estas a los pacientes.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo todas las acciones necesarias para ejecutar, en el marco de la Directiva 2006/ 112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el
valor añadido, la modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con el fin de aplicar un tipo reducido del 10 % de IVA a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de pelucas destinadas a
aliviar los efectos derivados de tratamientos de quimioterapia y radioterapia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Rodrigo Jiménez Revuelta, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona
Choclán e Iván Espinosa de los Monteros de Simón, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/003225


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario VOX.


Proposición no de Ley relativa a encomendar a la Secretaría de Estado de Función Pública la realización de un informe para la identificación de los principales tipos de ineficiencias y duplicidades interadministrativas existentes en el
ámbito competencial de cada Departamento ministerial.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contenida en el punto 2 procedería realizarla, en todo caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición no
de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Hacienda y Función Pública. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este
acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Macarena Olona Choclán, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. Juan Carlos Segura Just, D. Pablo Juan Calvo Liste y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al



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amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a encomendar a la Secretaría de Estado de Función Pública la realización de un informe para la
identificación de los principales tipos de ineficiencias y duplicidades interadministrativas existentes en el ámbito competencial de cada Departamento ministerial, para su discusión en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


Primero. Antecedentes.


La Gran Recesión de 2008 y la crisis del euro, en los primeros años de la pasada década, pusieron en evidencia los peligros que para los Estados y, sobre todo, para los ciudadanos implican la falta de disciplina financiera y, en particular,
el aumento descontrolado del gasto público no productivo. Las terribles consecuencias de la crisis económica, que se manifestó con crudeza en forma de crisis de deuda soberana, evidenciaron la necesidad de que los Gobiernos adoptasen medidas de
contención fiscal presente y futura para contrarrestar los efectos de la depresión económica e impedir que una situación semejante pudiese repetirse.


En la Unión Europea, la respuesta se arbitró a través de, entre otros medios, el llamado 'Pacto Fiscal Europeo' y el Mecanismo Europeo de Estabilidad. Por su parte, en España el paso inicial se dio a través de la reforma del artículo 135 de
la Constitución, de 27 de septiembre de 2011, para asegurar el principio de estabilidad presupuestaria, y la subsiguiente Ley Orgánica 2/ 2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


En este marco, la necesidad imperativa de reducir el gasto público no productivo condujo a la adopción en nuestro país de distintas medidas de racionalización de las Administraciones Públicas, reduciendo su tamaño:


- El Consejo de Ministros de 26 de octubre de 2012 77 aprobó el Acuerdo por el que se creaba la Comisión de Reforma de las Administraciones Públicas ('CORA'), que se justificaba en que 'España necesita una Administración Pública austera y
eficiente que sea un valor competitivo para nuestro país. Es necesario, en consecuencia, racionalizar estructuras, procedimientos y recursos'. Como consecuencia de los estudios e informes desarrollados por la CORA, se adoptaron medidas cuyo
importe en el conjunto fue ciertamente limitado.


- El Gobierno, en su reunión de 12 de julio de 2013, aprobó también las políticas y programas públicos que serían objeto de evaluación por la entonces existente Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los
Servicios ('AEVAL') a través de su Plan de Trabajo de 2013 78.


En este se contemplaba la elaboración de un 'Manual de racionalización y eliminación de duplicidades', estudio que también formaba parte del conjunto de medidas contempladas en el Informe de la citada CORA, y cuyo objetivo era la
'identificación de los principales tipos de ineficiencias y duplicidades interadministrativas existentes en el ámbito competencial de cada departamento ministerial'. El Manual pretendía facilitar las herramientas necesarias para atajar las
disfunciones existentes en el ámbito competencial de cada Ministerio, ya fuera dentro de la propia Administración General del Estado o de una Comunidad Autónoma, así como entre aquella y las administraciones de las propias Comunidades Autónomas. La
intención era que sirviese como documento guía para que los distintos ministerios pudieran realizar revisiones anuales, al efecto de identificar posibles disfunciones o duplicidades en la forma de ejercicio de sus competencias.


- Asimismo, en el ámbito local se aprobó la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que tenía por fin garantizar el equilibrio presupuestario y la sostenibilidad financiera de estas
entidades mediante la delimitación de su campo competencial. Se pretendía progresar en el principio 'una Administración una competencia', tratando 'de evitar los problemas de solapamientos competenciales entre Administraciones hasta ahora
existentes'.


Se defiende por el Gobierno anterior que estas medidas contribuyeron a paliar los efectos de la crisis económica de 2008 y a hacer más sostenible la economía nacional. Sin embargo, es indudable que sus resultados fueron muy inferiores a los
esperados y, en particular, a las promesas de racionalización y eliminación de la Administración y del gasto no productivo que España necesitaba.


77 https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2012/refc20121026.aspx#Administraciones.


78 https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2013/refc20130712.aspx#Programas.



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Segundo. La necesaria racionalización de la Administración.


La situación de insostenibilidad expuesta en el epígrafe anterior ha empeorado drásticamente por la reciente coyuntura provocada por la COVID-19. La crisis económica originada por las medidas restrictivas impuestas por los distintos poderes
territoriales se ha solapado con el problema de inviabilidad estructural y de tamaño desmesurado del sector público en España, acentuado por el Estado autonómico. Racionalizar las Administraciones es una necesidad acuciante que ha de acometerse con
la mayor brevedad; sin embargo, el enfoque seguido por los distintos Gobiernos y, particularmente, por el actual hace justamente lo contrario.


Así, el Gobierno de España formado por el Partido Socialista Obrero Español y por Unidas Podemos es, junto con el de Suecia, el segundo Gabinete por tamaño, tras el italiano. En este sentido, se compone, además de la Presidencia, de tres
Vicepresidencias y de veintidós Ministerios. Así, el último informe semestral de la Oficina de Conflictos de Intereses 79, adscrita a la Secretaría de Estado de Función Pública, da cuenta de que el número de altos cargos asciende a 740,


'entre los que se incluyen ministros, secretarios de estado, embajadores, personal de confianza o directivos de empresas de carácter público. Unos números que, a fecha de 30 de junio de 2021, disparan la estructura organizativa
gubernamental situándola como la mayor en los ocho años en los que se han presentado este tipo de informes de control 80.'


Según la misma información, solo para el pago de estos altos cargos se destinan de los Presupuestos Generales del Estado 40 millones de euros, de acuerdo con los últimos datos de la Intervención General de la Administración General del
Estado (IGAE).


La conclusión de todo lo anterior es clara: la eliminación del gasto superfluo y de las duplicidades administrativas ha de ser un objetivo primordial del Gobierno de la Nación, que ha de establecer una serie de principios comunes y de
criterios objetivos para proceder a su profunda reestructuración.


Para poder determinar qué actividades se desarrollan de forma duplicada, ineficiente o ineficaz, se ha de llevar a cabo un estudio comprensivo de todos y cada uno de los departamentos ministeriales y de sus organismos dependientes o
vinculados, que sirva como herramienta para así identificar 'los principales tipos de ineficiencias y duplicidades interadministrativas existentes'.


Con la finalidad de dar cumplimiento al mandato constitucional impuesto a la administración pública, cual es el servicio con objetividad a los intereses generales y la actuación de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía,
descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho (art. 103.1 CE), la reducción y racionalización debe ser resultado de un proceso exhaustivo que garantice que tal mejora de la eficiencia no se haga,
en ningún caso, en perjuicio de esos intereses generales.


Tercero. Las instancias que deben intervenir en un proyecto para la necesaria reforma.


Dos son las instituciones que deben intervenir en un proceso de esta naturaleza. Por un lado, en el seno de la Administración General del Estado, el departamento encargado es el actual Ministerio de Hacienda y Función Pública, cuya
estructura orgánica se regula por el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto.


Dentro de este deben señalarse tres órganos:


- La Secretaría de Estado de Función Pública: de acuerdo con el artículo 14 del mentado Real Decreto, a esta corresponden:


'g) El impulso de propuestas de reforma de la Administración Pública, teniendo en cuenta, en particular, las iniciativas que propongan los órganos, entidades, organismos, organizaciones sectoriales y cualesquiera otras asociaciones o
entidades públicas o privadas'; y


'h) la racionalización y modernización de las estructuras organizativas de la Administración General del Estado y de sus procedimientos, así como la inspección de servicios de dicha administración y los organismos públicos vinculados o
dependientes de ella.'


79 Informe en relación con el grado de cumplimiento de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, publicado en el BOE según Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la
Secretaría de Estado de Función Pública ('Boletín Oficial del Estado', 213, de 6 de septiembre de 2021,107913 a 107914).


80 https://www.larazon.es/espana/20210918/qsszbpnt55da7d4enlfupsfqoe.html.



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- Asimismo, el mismo precepto contempla el Instituto para la Evaluación de Políticas Públicas ('IEPP'), que fue constituido tras la disolución de la mencionada AEVAL en 2017 81 y que está adscrito a la Secretaría de Estado de Función
Pública, con nivel orgánico de Subdirección General, dentro del Ministerio de Hacienda y Función Pública. A este organismo compete, en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos 82, '[...] el apoyo instrumental
necesario para realizar los análisis que requieran los procesos de modernización o planificación que se impulsen desde la Secretaría de Estado de Función Pública'.


- Por último, y en su respectivo ámbito competencial, el artículo 10.k) ibidem atribuye a la Dirección General de Costes de Personal, dependiente de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, 'el estudio de las estructuras orgánicas
del Sector Público Estatal, desde el punto de vista de la eficiencia de los costes de personal'.


De todo lo anterior, puede concluirse lo siguiente:


- En primer lugar, que corresponde a la Secretaría de Estado de Función Pública el impulso de proponer la reforma de la Administración Pública y la racionalización y modernización de las estructuras organizativas de la Administración General
del Estado y de sus procedimientos.


- En segundo lugar, que el IEPP proporcionará a la meritada Secretaría de Estado el 'apoyo instrumental' necesario para realizar los análisis que requieran los procesos de modernización o planificación impulsados por esta.


- En tercer lugar, que sería conveniente consultar a la Dirección General de Costes de Personal en lo que respecta a la eficiencia de dichos costes en las estructuras orgánicas del sector público estatal.


Todo ello debería conllevar la puesta en marcha de un proceso necesario de racionalización y reducción de la Administración General del Estado y, por extensión, de otras Administraciones territoriales, proceso que debe afrontarse con la
máxima urgencia.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Encomendar a la Secretaría de Estado de Función Pública la realización de un informe para la identificación de los principales tipos de ineficiencias y duplicidades interadministrativas existentes en el ámbito competencial de cada
departamento ministerial, de conformidad con la función que este órgano directivo tiene encomendada por el artículo 14.6 del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, contando para ello con el 'apoyo instrumental' del Instituto para la Evaluación de
Políticas Públicas y consultando, en su caso, a la Dirección General de Costes de Personal en el ámbito de sus competencias, con la actividad de coordinación que sea precisa por parte del Ministerio y en cooperación con los distintos departamentos
ministeriales.


2. Remitir tal informe a la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso de los Diputados, para su conocimiento y debate.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Emilio Jesús del Valle Rodríguez, José María Figaredo Álvarez-Sala, Pablo Juan Calvo Liste, Eduardo Luis Ruiz Navarro y Juan Carlos Segura Just, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003233


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a garantizar e
impulsar el modelo de éxito de la MUFACE, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


81 Por medio del Real Decreto 769/2017, de 28 de julio.


82 Artículo 14.6 ap. e) del citado Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto.



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Exposición de motivos


La primera ministra de esta legislatura de Política Territorial y Función Pública, doña Carolina Darías, en su comparecencia en esta Cámara el 27 de febrero de 2020, dijo respecto al Mutualismo Administrativo que presta la asistencia
sanitaria a los funcionarios y sus familiares lo siguiente:


'Quiero comentarles que es objeto de actuación de este Ministerio la modernización de la MUFACE y en este sentido les anuncio que vamos a continuar el desarrollo del actual Plan Estratégico MUFACE y vamos a comenzar a elaborar un nuevo plan
estratégico que abarque el periodo 2020-2023. En este nuevo plan la mutualidad apuesta por un nuevo enfoque innovador, incorporando la digitalización en la prestación del servicio y reforzando el protagonismo de las direcciones provinciales como
punto de encuentro con el mutualista.'


Con posterioridad, el segundo ministro de esta legislatura de Política Territorial y Función Pública, don Miquel Iceta, apostó asimismo por el modelo del mutualismo administrativo. Durante su fugaz etapa en el Ministerio, se estuvo
trabajando en un nuevo concierto con las compañías aseguradoras para un periodo de tres años, contemplándose también un incremento de las primas para compensar los costes 'extra' que habían asumido las citadas compañías por la asistencia sanitaria
dispensada durante la COVID.


Los socios del Gobierno de Unidas Podemos han abogado siempre por suprimir el Mutualismo Administrativo, una pretensión en la que insisten de forma reiterada y que han plasmado recientemente en diversas iniciativas.


Asimismo la Fundación Alternativa, próxima al PSOE, comparte con Podemos las intenciones de eliminación de la MUFACE y del resto de Mutualidades (ISFAS y MUGEJU). Circunstancias que han reavivado la inquietud y temor en el colectivo de
beneficiarios de la asistencia sanitaria.


El Mutualismo Administrativo ha convivido con el Sistema Público de Salud desde su nacimiento con el fin de dar la cobertura de un régimen de la Seguridad Social a los funcionarios y a sus familiares.


Hay que recordar que el mutualismo administrativo forma parte del Sistema Nacional de Salud, en los términos de la disposición adicional cuarta de la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, por lo que la cobertura
sanitaria que reciben los funcionarios es enteramente pública, por más que la provisión pueda ser pública o privada, precisamente a elección de ellos.


Creemos que no se debería sembrar la duda, como hacen los socios del Gobierno de Podemos, sobre un modelo de éxito que viene funcionando desde hace más de 40 años y que de algún modo es patrimonio de los funcionarios mutualistas.


Tampoco nos parece adecuado que el propio Gobierno, a través de la ministra Montero, replique con tibieza o matice que el modelo no está en juego 'al menos en esta legislatura ', porque esta actitud genera intranquilidad entre el colectivo
de funcionarios, muchos de ellos pensionistas, que ven en juego su asistencia sanitaria tal como la han venido recibiendo hasta ahora.


Al Estado le cuesta menos un paciente de MUFACE que un paciente atendido en la sanidad pública. El Estado paga unos 883 euros de media al año por un mutualista, y por el del sistema público abona una media de 1224 euros, una diferencia de
341 euros, lo que se traduce en un ahorro para las arcas públicas de 682 millones de euros anuales. Por tanto, la inversión que se hace a través del modelo mutualista es más eficiente, en términos económicos.


La MUFACE presta la asistencia sanitaria a 1.473.641 personas, el ISFAS a 592106 y MUGEJU 91714 beneficiarios.


Traspasar a los más de 2 millones de beneficiarios del mutualismo supondría un colapso de la sanidad pública y un aumento muy considerable de las ya cargadas listas de espera.


El sistema del mutualismo reduce en gran medida la presión asistencial en el sistema público y garantiza su viabilidad.


Dado el escenario complejo e incierto como consecuencia de la pandemia a nivel mundial y la trágica experiencia vivida en nuestro país, no parece que el momento, ni las condiciones sean las más idóneas para sobrecargar aún más el sistema
público de salud.


Además la desaparición de la MUFACE (y de la MUGEJU e ISFAS) implicaría la desaparición de las clínicas y de los centros sanitarios no públicos en provincias cuya fundamental actividad está focalizada en la atención y asistencia a los
empleados públicos. Esto supondría, además del colapso asistencial público indicado anteriormente, la desaparición de unos 39.000 puestos de trabajo.



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La eliminación del Mutualismo Administrativo repercutiría también en todas las actividades relacionadas con la asistencia sanitaria y hospitalaria (ambulancias, aparatología diagnóstica y rehabilitadora, material sanitario, prótesis,
productos farmacéuticos, material informático, etc.).


En mi Grupo Parlamentario entendemos que se ha de seguir apostando por el Mutualismo por todo lo expuesto, por la eficiencia económica, por la creación de puestos de trabajo, directos e indirectos, por la satisfacción de la prestaciones
recibidas por más de 2 millones de beneficiarios, y porque garantizan la viabilidad del Sistema Público de Salud, que en la actualidad no podría absorber a un colectivo tan numeroso de funcionarios activos, pensionistas y familiares de unos y otros.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar, impulsar y modernizar el actual Mutualismo Administrativo y continuar con el desarrollo del Plan Estratégico de MUFACE.


2. Proceder con celeridad a la firma del concierto con las compañías aseguradoras que prestan la asistencia sanitaria.


3. Cumplir los compromisos adquiridos en esta Cámara, recogidos anteriormente, por los exministros responsables de Función Pública, doña Carolina Darias y don Miguel Iceta.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Llanos de Luna Tobarra, Diputada.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003244


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre los compromisos asumidos en el
Plan de Recuperación, para su debate en Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Resulta sorprendente que, habiendo presentado el Plan de Recuperación y Resiliencia hasta en nueve ocasiones entre el 7 de octubre de 2020 y el 14 de abril de 2021, el Presidente del Gobierno se olvidara siempre de hablar de un punto tan
importante como es la condicionalidad asociada a los fondos europeos.


Repasadas esas presentaciones (en Valencia, Navarra, La Rioja, Cantabria, Aragón, Extremadura y en Madrid en varias ocasiones) pareciera que los fondos europeos son un dinero gratuito que Europa le ha dado a Sánchez para que lo reparta, sin
ningún tipo de control, a su antojo. Y nada más lejano de la realidad.


Recordemos que la Unión Europea, con el Partido Popular Europeo a la cabeza, ha estado a la altura del desafío histórico que teníamos, aprobando la mayor dotación de recursos públicos de su historia, con un criterio de reparto objetivo,
pactado entre todos los países, y priorizando el principio de solidaridad para garantizar que Europa salga de esta crisis sanitaria, económica y social más cohesionada.


De esos fondos, le corresponden a nuestro país 140.000 M€, de los que aproximadamente la mitad son en forma de ayudas directas y la otra mitad en forma de préstamos, lo que supone una oportunidad única para reactivar la recuperación en
nuestro país, y reestructurar y modernizar los sectores productivos más dañados por la crisis.


Pero, como decíamos, este no es un dinero que recibimos a cambio de nada. Todo lo contrario, lo vamos a devolver directa e indirectamente. Los 70.000 M€ que recibimos en forma de préstamo hay que devolverlos en los próximos años como
cualquier préstamo. Pero los 69.500 M€ que recibimos en forma de ayudas directas también habrá que devolverlos de forma indirecta en los próximos años: ya que se van a financiar con deuda europea que se amortizará con las aportaciones que hagamos
en el futuro todos los Estados miembros.



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Por eso es tan importante invertirlos (no gastarlos) en proyectos que permitan mejorar la competitividad y productividad de nuestras empresas, que permitan generar riqueza y empleo de forma que se puedan devolver sin coste para esas
generaciones futuras.


Pero, además, estos fondos tienen otra 'letra pequeña' adicional, tal y como recoge la propia nota oficial del pasado 16 de junio cuando la Comisión Europea dio el visto bueno al Plan de Recuperación español: 'La Comisión autorizará nuevos
desembolsos en función del cumplimiento satisfactorio de los hitos y objetivos indicados en la Decisión de Ejecución del Consejo, reflejando los avances en la ejecución de las inversiones y las reformas'.


Ese día entendimos lo que el Presidente no contaba:


- Aunque pretendía recibir la totalidad de los fondos no reembolsables entre 2021 y 2023 -coincidiendo con su legislatura- Bruselas le ha impuesto un calendario para todo el período 2021-2026. Se reajustan los desembolsos -por ejemplo, se
rebajan en 8.000 M€ los fondos de 2021- y se reservan 15.500 millones para los últimos 3 años.


- Para ir liberando las cantidades previstas cada año es necesario acreditar el cumplimiento de una serie de hitos o compromisos en la fecha ya comprometida. En total, al final de 2026 tendremos que haber cumplido 415 reformas ya cerradas
por el Gobierno de España con Bruselas.


En el anexo de estos 415 hitos hemos visto que el coste de algunas de estas medidas recae sobre las familias y las clases medias, lo que puede llevar a un trasvase de rentas en el sentido contrario al deseable: de los autónomos y familias a
las grandes empresas. De hecho, el Gobierno ha mentido sistemáticamente cuando le hemos preguntado por eso: el pago por el uso de las carreteras era una reflexión, la supresión de la tributación conjunta una errata, no se iban a subir impuestos a
las familias...


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aclarar por escrito y de forma inmediata si ha mentido a Bruselas o a todos los españoles en relación con los siguientes puntos recogidos en el anexo asociado al Plan de Recuperación y
Resiliencia:


- C1.R2: 'La creación de un mecanismo de pago por el uso de las carreteras del Estado, que comenzará a funcionar a partir de 2024'.


- C28.R2: 'la supresión de la reducción por tributación conjunta' que actualmente beneficia a 3,6 millones de familias de renta media baja; familias integradas en su mayoría por pensionistas, familias cercanas a la edad de jubilación,
familias en las que solo uno de los cónyuges tiene la opción de trabajar, y padres o madres separados que viven con los hijos que tienen a su cargo. Familias a las que se les quiere bajar sus ingresos una media de 1.100 euros al año.


- C28.R3: 'concreción de la armonización de la tributación patrimonial'; subida de patrimonio y sucesiones y donaciones.


- C28.R4: 'revisión de las bonificaciones de los hidrocarburos utilizados como carburante', esto es, subida de los impuestos al diésel.


- C30.R3: 'Reforma del sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos', subida de las cotizaciones a los autónomos.


- C30.R6: 'incremento gradual de la base de cotización máxima del sistema', subida de la cotización máxima que pagan tanto empresas como trabajadores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la extensión del régimen fiscal aplicable a los
trabajadores desplazados a territorio español, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a aquellos profesionales que vayan a realizar en España una actividad económica significativa, un proyecto empresarial de interés para nuestro
país, o una actividad emprendedora de carácter innovador, para su posterior debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


La actividad emprendedora es uno de los mecanismos más útiles para el desarrollo de una economía dinámica y competitiva, y más en tiempos de crisis como el actual. En tiempos de crisis en los que tantos negocios se están viendo abocados al
cierre, es más importante que nunca mantener y atraer a emprendedores para que cuenten con un impulso adicional para poner en práctica sus ideas, crear riqueza, puestos de trabajo y futuro.


Teniendo en cuenta la importancia de la actividad emprendedora para la economía, máxime en estos momentos, parece necesario tomar medidas que permitan estimular la inversión en las compañías de nueva creación y atraer talento.


En este contexto, se hace necesario contar con todo el talento emprendedor extranjero que podamos atraer hacia nuestro país, así como aportar facilidades de retorno a los compatriotas que tuvieron que emigrar buscando un futuro mejor que el
que este país les ofrecía en un momento determinado.


Así, la presente iniciativa tiene por finalidad extender el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a todas aquellas personas que se
desplacen a nuestro país con la intención de llevar a cabo en él una actividad económica cualificada, la puesta en marcha de un negocio de interés general para nuestro país, o la realización de una inversión de capital significativa para la creación
de un proyecto empresarial con el objeto, entre otros, de crear puestos de trabajo.


Se pretende en suma, fomentar la atracción a España de talento, emprendimiento y capacidad de desarrollo de proyectos empresariales que ya se inició con la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su
internacionalización, que regula un régimen favorable para la concesión de permisos de residencia a los colectivos emprendedores, pero que no se ha visto avalada por un régimen fiscal beneficioso en la misma línea.


Con la aprobación de una medida de estas características se terminaría, además, con la desventaja competitiva que la falta de regulación de este régimen especial para las actividades económicas y el emprendimiento supone para nuestro país en
relación con los países de nuestro entorno.


Es por ello, que el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar la modificación del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que regula el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a
territorio español, con el fin de incluir en el mismo a los profesionales que se desplacen a nuestro país con el fin de realizar en él una actividad económica cualificada o una inversión significativa de capital materializada en un proyecto
empresarial que vaya a desarrollarse en España, así como para iniciar o desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador y con especial interés económico para España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la aprobación de una deducción fiscal temporal en
el Impuesto sobre Sociedades, por la contratación con carácter indefinido de personas que estuvieran cobrando la prestación por desempleo, para su posterior debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


La crisis económica y social provocada por el coronavirus ha venido a enfatizar, aún más, los graves problemas de los que adolece nuestro mercado de trabajo. La tasa de paro se situó, el pasado mes de julio, en casi el 15 %, superando un
insoportable 35 % entre las personas menores de 25 años. Por otro lado, si bien es cierto que julio cerró con un número de asalariados similar al del mismo mes del ejercicio 2019, no es menos cierto que se está intensificando el deterioro en la
calidad del empleo y se está acelerando el crecimiento del paro de larga duración.


Así, en estas nuevas ocupaciones, las contrataciones temporales duplican las indefinidas y más del 75 % de las nuevas contrataciones son parciales ante la imposibilidad de encontrar puestos a jornada completa. Los registros de la Encuesta
de Población Activa (EPA) son claros: casi 5 millones de personas lleva menos de los dos años que marca el umbral del contrato fijo, en su actual puesto de trabajo, algo que pone de manifiesto el altísimo grado de rotación en el mercado laboral
español con la firma de contratos de trabajo mayoritariamente temporales.


Al margen del drama que supone para miles de familias la situación de desempleo y empleo precario, las consecuencias de las deficiencias de nuestro mercado laboral se extienden también a los datos macroeconómicos y de recaudación tributaria.
Así, el IRPF es, junto con el IVA, la principal fuente de recaudación tributaria en España, lo que nos convierte en un país con una enorme dependencia de los impuestos originados en el trabajo asalariado para el sostenimiento del gasto público.
Esto supone un grandísimo problema en un país caracterizado por su elevado nivel de desempleo, la precariedad de su contratación laboral y el bajo nivel de sus sueldos medios y del sueldo más habitual, que no llega a los 18.000 euros brutos al año.


España tiene unos tipos impositivos por IRPF que ya se sitúan entre los más altos de la Unión Europea. Sin embargo, es cierto que la presión fiscal en nuestro país está alejada de la de los principales países de nuestro entorno. A nuestro
juicio, para incrementar la recaudación tributaria por este impuesto, la solución no debe pasar por un incremento de tipos impositivos, sino por dinamizar el mercado laboral, generar empleo e incrementar sueldos.


Todo este contexto pone de manifiesto la inaplazable necesidad de poner en marcha medidas que impulsen la actividad económica, la creación de puestos de trabajo de calidad y la activación de políticas de empleo e incentivos fiscales que
coadyuven a este objetivo.


Es por ello que mediante esta iniciativa parlamentaria venimos a proponer la regulación, si quiera con carácter temporal hasta que el ciclo económico cambie y el nivel de desempleo se estabilice en un ratio asumible, de una deducción fiscal
en el Impuesto sobre Sociedades para que las empresas consigan incentivos a la contratación de personal con carácter indefinido, tal y como ya se ha hecho en otras situaciones de crisis.


Así, efectivamente, los incentivos fiscales a la contratación son frecuentemente utilizados en las épocas de crisis con el fin de dar un impulso al empleo. El primer precedente en democracia se sitúa en la Ley 50/1977, de 14 de noviembre,
sobre medidas urgentes de reforma fiscal, que otorgaba ya una deducción de hasta el 20 % del sueldo satisfecho por cada nuevo trabajador contratado con carácter fijo que estuviera en situación previa de desempleo, y siempre que en cómputo anual se
hubiera incrementado la plantilla. Por otro lado, hasta hace pocos años existía en nuestro ordenamiento una deducción fiscal en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades para la creación de empleo; en concreto, para la contratación de trabajadores
por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, que se encontraran cobrando la prestación por desempleo. Sin embargo, este tipo de contrato fue derogado por el actual gobierno al poco de llegar al poder y, con ello, la deducción fiscal que el
mismo llevaba aparejada, quedando hoy vigente únicamente la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.



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Por todo ello, y con el fin de dar un impulso decidido al empleo durante la actual situación de crisis, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, una deducción fiscal que fomente la contratación indefinida de personas que estuvieran cobrando la prestación por desempleo, equivalente al
coste del subsidio ahorrado por el Estado. Esta deducción podría establecerse con carácter únicamente temporal ligado al ciclo económico, hasta que el nivel de desempleo global se sitúe en un máximo del 8 %.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Interior


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para garantizar la permanencia de la Jefatura
Superior de Policía de Vía Layetana, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Para el independentismo catalán, todo símbolo de la presencia del Estado en Cataluña es incómodo por cuanto representa un obstáculo en su hoja de ruta unilateral.


Como consecuencia de ello, se ha venido desarrollando una ya larga campaña de acoso y hostigamiento a los funcionarios del Estado destinados en Cataluña, singularmente dirigida tanto contra policías nacionales y guardias civiles, como contra
Jueces, Magistrados y Fiscales que, en los momentos más duros de la deriva secesionista, constituyeron un auténtico dique contención en defensa de los valores constitucionales y de la convivencia democrática gravemente amenazados.


Pero si hay un símbolo que encarna en el imaginario colectivo la presencia del Estado en Cataluña y, por eso mismo, se ha convertido en el blanco recurrente de ataques por parte de radicales independentistas, ese es, sin lugar a dudas, la
Jefatura Superior de la Policía Nacional de la Vía Layetana de Barcelona.


En fechas muy recientes, los agentes allí destinados sufrieron, de nuevo, el enésimo acto de intolerable acoso con el pretexto de la celebración de la Diada el pasado sábado 11 de septiembre, cuando grupos de radicales separatistas
protagonizaron graves incidentes. Al término de la manifestación independentista, por cierto, con menguante participación respecto de anteriores años, se produjeron lanzamientos de diversos objetos, pintura, botes de humo y vallas contra los
efectivos de los Mossos que custodiaban el edificio. Estos lamentables incidentes se saldaron con nueve agentes heridos leves y dos personas detenidas, una de ellas por desórdenes públicos y la otra por atentado contra la autoridad.


La salida de los agentes de la policía nacional de esta emblemática sede es un objetivo perseguido por el independentismo, y que se interpretaría como victoria frente al Estado, constituiría para las fuerzas constitucionalistas un acto
vergonzoso de cesión y repliegue del Estado que vendría a añadirse a otras cesiones intolerables como fueron la concesión de los indultos.


Tratándose de un asunto de la competencia exclusiva del Estado, sería intolerable que una reclamación de esta naturaleza, con toda la carga simbólica que conlleva, formase parte de la agenda de 'Mesa de la vergüenza', cuyo contenido se hurta
al conocimiento público.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a defender y mantener la presencia del Estado en Cataluña y, especialmente, a no trasladar la Jefatura Superior de Policía de Vía Layetana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2021.-Inés Arrimadas García, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/003228


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado don Gabriel Rufián Romero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
reconversión de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona en un centro memorial y documental de la represión franquista en Catalunya, para su debate en la Comisión Interior.


Exposición de motivos


La Sexta Brigada, conocida como Brigada de Información Social (BIS) o Brigada Político-Social (BPS), fue creada por el régimen franquista como organismo policial encargado de la represión de los que defendían las ideas democráticas.
Diversos grupos especializados actuaban contra el ejercicio de las libertades políticas y nacionales; contra los derechos civiles de expresión, asociación y manifestación.


El franquismo llevó a cabo la represión política a través de la Brigada Político Social -con sede en la Jefatura Superior de Policía de Barcelona- desde pocos días después de la ocupación de las tropas golpistas de Barcelona el 26 de enero
de 1939 y hasta la llegada de la actual democracia y las libertades. La tortura como método habitual fue practicada durante treinta y ocho años a centenares de personas por agentes del régimen. Entre muchos otros hay que destacar la represión que
ejercieron personajes como Eduardo Quintela, Pedro Polo o los hermanos Antonio Juan y Vicente Creix.


Las formas más crueles de lesión del habeas corpus formaban parte de su método de trabajo. Testimonios angustiosos como los de Jordi Carbonell, Tomasa Cuevas, Gregorio López Raimundo, Miguel Núñez, Ángel Rozas o Jordi Pujol, por citar
nombres conocidos y de los cuales queda constancia bibliográfica, solo son una muestra de estos siniestros episodios


La Brigada Social envió a la prisión y al patíbulo ciudadanos y ciudadanas inocentes en puridad jurídica. Las pruebas que condujeron a las últimas ejecuciones franquistas en Catalunya, fueron fabricadas en las dependencias de la Jefatura.
El 2 de marzo de 1974, Salvador Puig Antich. El 27 de septiembre de 1975, Juan Paredes, 'Txiki'. Los agentes que tomaron parte en la primera operación fueron propuestos para una condecoración.


Pero el alcance de la acción de la Brigada Social fue transversal a la sociedad. El mundo del trabajo, de la universidad, del movimiento vecinal, fueron especialmente castigados, al igual que militantes de partidos de todas les tendencias,
organizaciones sindicales y estudiantiles, organismos culturales y artísticos, movimientos de base de la Iglesia, entidades deportivas, universo asociativo... La detención de 113 miembros de la Assemblea de Catalunya, el 28 de octubre de 1973,
muestra la medida desproporcionada de esta actividad indiscriminada.


Por todo ello la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona es uno de los mayores símbolos de la represión física de las libertades y los luchadores por la libertad. Hasta el punto que estos han llegado a asociar el nombre de la
calle con la represión más cruel.


Así, en un momento histórico como el presente donde se intenta rescatar la memoria histórica de la oscuridad y silencio que impuso el franquismo y una transición no rupturista, es obligado recuperar la memoria del horror, de los horrores,
que tuvieron lugar en la sede de la Brigada Político Social de Barcelona, en la Vía Laietana.


Por su valor histórico y simbólico que va más allá de cualquier funcionalidad actual -susceptible de ser desarrollada en otro sitio-, la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona es un lugar idóneo para su reconversión en un
centro memorial, de documentación y archivo de la represión franquista en Catalunya, en el cual se puedan visitar los calabozos y despachos donde era practicada la tortura y se puedan ver reproducidos los nombres de las miles de personas detenidas y
los policías que practicaron



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aquella represión, con indicación de testimonios filmados de personas que fueron maltratadas (torturadas) en aquel recinto. En definitiva, sería museizar el espacio como un memorial a los perseguidos por el franquismo en su lucha por las
libertades, reuniendo en él los archivos de la represión con miles de fichas e informes policiales.


Esta reconversión estaría encaminada a dar cumplimiento a la obligación ética de recuperar la memoria histórica de la lucha por la democracia y las libertades como gesto de rehabilitación de las víctimas y como lección cívica para las nuevas
generaciones. Es más, por su ubicación en una de las calles más céntricas de Barcelona, el museo servirá para difundir a los visitantes de la ciudad un período histórico de la ciudad que marcó su existencia y la del país durante su Historia más
reciente.


La reconversión de estos centros es una medida de gran valor pedagógico, paralela a la que se realiza en otros países europeos que también padecieron regímenes de corte fascista. De hecho, en la propia Barcelona existe el precedente de la
reconversión del Castell de Montjuic: asociado con la represión a la población barcelonesa primero y museo militar después, el gobierno español aprobó la cesión al Ajuntament de Barcelona para albergar el Centro por la Paz con la finalidad de
difundir la cultura de los derechos humanos y del diálogo en la resolución de los conflictos.


Asimismo, el Estatut de Catalunya determina en su artículo 54 que la Generalitat y los demás poderes públicos deben velar por el conocimiento y mantenimiento de la memoria histórica de Catalunya, como patrimonio colectivo que rinda
testimonio de la resistencia y la lucha por los derechos y las libertades democráticas. En este sentido, han sido muchas las iniciativas emprendidas por la Generalitat de Catalunya en pos de la recuperación de la Memoria Histórica gracias a la
creación del Memorial Democratic. Una Institución pública que tiene por misión recuperación, conmemoración y fomento de la memoria democrática en Catalunya (1931-1980), en concreto la Segunda República, la Generalitat republicana, la Guerra Civil y
los víctimas por Motivos ideológicos, de conciencia, religiosos o sociales, así como la Represión personas y Colectivos por parte de la dictadura franquista -incluyendo la lengua y la cultura catalanas-, el exilio y la deportación.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reconvertir la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona, situada en la Via Laietana 43 de Barcelona, en un museo-centro memorial, documental y archivístico de la represión franquista en Catalunya, con una exposición
permanente de la represión, causas, protagonistas y consecuencias durante toda la dictadura de Franco, así como de la lucha por las libertades democráticas. Dicho centro deberá reproducir el funcionamiento de la mencionada Jefatura durante aquellos
años en los cuales la tortura y la represión en sus dependencias constituían su principal actividad.


2. Traspasar, en un plazo no superior a seis meses, a la Generalitat de Catalunya la parte del archivo histórico de la Jefatura, correspondiente a la VI Brigada Regional de Información Social, que todavía permanezca en Catalunya, ya sea en
las dependencias del mencionado organismo o en otras, como las de la Subdelegación del gobierno estatal (antiguo Gobierno Civil).


3. Ceder, en un plazo no superior a seis meses, a la Generalitat de Catalunya, en el soporte que se estime conveniente por parte de expertos museísticos, copia de la documentación incoada en la Jefatura de 1939 a 1977 por dicha Brigada y
que esté en otras dependencias, como el Archivo Histórico de la Policía o el Archivo Histórico Nacional. Esta documentación constará de fichas, atestados, declaraciones, órdenes, reglamento interno, correspondencia y material que se considere de
interés memorialístico.


4. Transferir a la Generalitat de Catalunya la gestión del museo-centro memorial, documental y archivístico de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona de Via Laietana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2021.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro, D.ª María Teresa López Álvarez, D. Juan José Aizcorbe Torra, D.ª María Teresa López
Álvarez y D.ª Rocío de Meer Méndez, en sus respectivas condiciones de Portavoces Adjuntos y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas para luchar contra la inmigración ilegal en el Mediterráneo, para su debate en la Comisión Interior.


Exposición de motivos


Primero. La regulación actual del delito de tráfico ilegal de personas.


La regulación penal del fenómeno del tráfico ilegal de personas lo encontramos, actualmente, en el título XV bis de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (Código Penal), bajo la rúbrica de los 'Delitos contra los
derechos de los ciudadanos extranjeros'. Este nuevo artículo tiene su origen en la Disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificado
posteriormente por la Ley Orgánica 11/2003 de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros (Ley Orgánica 11/2003).


Esta nueva tipificación tenía como principal objetivo dar una respuesta común a nivel europeo a la lucha contra la trata de seres humanos y la inmigración ilegal, como así lo señalaba expresamente la exposición de motivos de la Ley Orgánica
11/2003 83. Posteriormente, con la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (Ley Orgánica 5/2010), se redefinieron las conductas constitutivas de inmigración ilegal
-vagamente definidas, pues prescinde de los términos de tráfico ilegal o inmigración clandestina 84-, diferenciándose del delito de trata de seres humanos, tipificado en el nuevo artículo 177 bis. Por último, se hizo necesario revisar la regulación
de los delitos de inmigración ilegal para adaptarlos a las exigencias de la normativa europea 85, concretamente la Directiva 2002/90/CE, de 28 de noviembre de 2002, destinada a definir la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia de
irregulares y la Decisión Marco 2002/946/JAI 86. Esta reforma es la que se llevó a cabo por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (Ley Orgánica 1/2015).


Actualmente, el delito de inmigración ilegal del artículo 318 bis señala, en su apartado primero, lo siguiente:


'1. El que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea a entrar en territorio español o a transitar a través del mismo de un modo que vulnere la legislación sobre entrada o tránsito de
extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a un año.


Los hechos no serán punibles cuando el objetivo perseguido por el autor fuere únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate.


Si los hechos se hubieran cometido con ánimo de lucro se impondrá la pena en su mitad superior.'


83 'La modificación de los artículos 318 y 318 bis del Código Penal (y la necesaria adaptación técnica a los mismos del 188) tienen como finalidad combatir el tráfico ilegal de personas, que impide la integración de los extranjeros en el
país de destino. [...] La prioridad de esta acción se recordó en el Consejo Europeo de Tampere, y se ha concretado en las recientes iniciativas del Consejo para establecer un marco penal común de ámbito europeo relativo a la lucha contra la trata
de seres humanos y ala lucha contra la inmigración clandestina. [...] El nuevo texto contiene un importante aumento de la penalidad al respecto, estableciendo que el tráfico ilegal de personas -con independencia de que sean o no trabajadores- será
castigado con prisión de cuatro a ocho años. Con ello, los umbrales de penas resultantes satisfacen plenamente los objetivos de armonización que se contienen en la Decisión marco del Consejo de la Unión Europea destinada a reforzar el marco penal
para la represión de la ayuda a la entrada, a la circulación y ala estancia irregulares'.


84 La anterior redacción del Código Penal, sin embargo, era mucho más clara, recogiendo expresamente diferentes acciones delictivas implícitas en el delito de tráfico ilegal de personas. La antigua redacción señalaba expresamente lo
siguiente: 'El que, directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, o con destino a otro país de la Unión Europea, será castigado con la
pena de cuatro a ocho años de prisión'.


85 Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 1/2015.


86 Decisión Marco del Consejo de 28 de noviembre de 2002 destinada a reforzar el marco penal para la represión de la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia irregulares.



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Estamos, por tanto, ante un delito de mera actividad. Es decir, el delito de inmigración ilegal se consuma a través de la realización de actividades de captación, transporte, intermediación o cualquier otra que suponga ayuda o
favorecimiento de la inmigración clandestina, independientemente del resultado conseguido. Así lo señala expresamente la Circular 5/2011, de 2 de noviembre, sobre criterios para la unidad de actuación especializada del ministerio fiscal en materia
de extranjería e inmigración, modificada por la Ley Orgánica 1/2015:


'Los actos de favorecimiento del tráfico ilegal o de la inmigración clandestina, necesariamente referidos a terceras personas, serían imposibles de catalogar minuciosamente, toda vez que según el medio comisivo utilizado para llevar a cabo
la entrada ilícita del afectado puede incluir una multiplicidad de acciones concurrentes constitutivas de captación, transporte, intermediación o cualquier otra que suponga promoción o favorecimiento de la inmigración clandestina o el tráfico ilegal
(SSTS 1059/2005, 561/2007, 582/2007, 605/2007, 746/2007, 36/2008, 122/2008, 152/2008, 399/2009) o cualquier otra de las características de las enunciadas (STS 545/2006). Es decir, habría que referir este comportamiento punible al hecho mismo del
transporte, su organización, su realización o incluso la posterior acogida en España en connivencia con quienes participaron o prepararon el viaje correspondiente (SSTS 2205/2002, 739/2003, 1294/2006); los que facilitan la documentación para
encubrir la finalidad ilícita de la entrada (STS 1087/2006); a la financiación de la operación, la actuación como intermediario, transportista, piloto de embarcación, o la facilitación de ésta, etc. (STS 1330/2002).'


En definitiva, como señala la sentencia del Tribunal Supremo 178/2016, de 4 de marzo, 'en el bien jurídico protegido en este delito (delito de inmigración ilegal) confluyen dos tipos de intereses, como destaca la doctrina científica y la
jurisprudencia: el interés general del Estado de controlar los flujos migratorios, evitando que estos movimientos sean aprovechados por grupos mafiosos de criminalidad organizada, y por otro lado el interés mediato de proteger la libertad, la
seguridad, la dignidad y los derechos laborales de los emigrantes'.


Segundo. La ineficaz e insuficiente respuesta ante el fenómeno de la inmigración ilegal.


No obstante lo expuesto anteriormente, las últimas modificaciones legales llevadas a cabo tanto por la Unión Europea como por los Estados miembros están siendo insuficientes para acabar con el fenómeno del tráfico ilegal de personas,
produciéndose, incluso, el efecto contrario.


En los últimos años estamos siendo testigos de una autentica invasión migratoria, a través de las llegadas masivas, tanto por vía marítima como por vía terrestre, de inmigrantes ilegales desde las costas africanas a los territorios de
Italia, España y Grecia, principalmente. Además, la llegada de estas personas se produce en condiciones precarias, carentes de cualquier medida de seguridad e higiene y, en la mayoría de los casos, como consecuencia de la acción organizada de
mafias dedicadas al tráfico de seres humanos.


Concretamente, en el año 2020 arribaron ilegalmente a España por vía marítima 40.106 personas, un 53,3 % más que en el año 2019 (26.103). Del mismo modo, en el año 2020 llegaron ilegalmente a España 2.124 embarcaciones, un 74,5 % más que en
el año 2019 (1.217). Es llamativa la grave situación de las Islas Canarias, donde la llegada de inmigrantes ilegales por vía marítima aumentó, comparados con el año pasado, en un 756, 8 %, incrementándose el número de embarcaciones ilegales
llegadas a las costas canarias en un 477,5 % 87.


A nivel europeo, cabe destacar el informe especial elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo, en agosto de 2020, sobre 'El apoyo de Frontex [Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas] a la gestión de las fronteras exteriores'
88. El citado organismo europeo señaló que 'en general, el apoyo de Frontex a los Estados miembros o los países asociados a Schengen en la lucha contra la inmigración ilegal y la delincuencia transfronteriza no es suficientemente eficaz', y añadió
que 'Frontex no había cumplido de forma plena su mandato de 2016', destacando 'varios riesgos relacionados con el mandato confiado a Frontex en 2019'. Finalmente, el citado Tribunal Europeo concluyó formulando las siguientes recomendaciones 89 a
Frontex y a la Comisión:


- 'mejorar el sistema de intercambio de información y el mapa europeo de situación;


87 Inmigración Irregular 2020. Datos acumulados del 1 enero al 31 diciembre. Ministerio del Interior. Gobierno de España.
http://www.interior.gob.es/documents/10180/11389243/Informe+Quincenal+sobre+Inmigraci?%C3?%B3n+Irregular+Datos+acumulados+desde+el+1+de+enero+al+31+de+diciembre+de+2020.pdf/e5553964-675a-40d7-9361-5dbf4dfd3524.


88 https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/SR21_08/SR_Frontex_ES.pdf.


89 Ibidem 7.



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- actualizar y aplicar el modelo integrado común de análisis de riesgos y garantizar el acceso a otras fuentes de información;


- desarrollar el potencial de la evaluación de la vulnerabilidad;


- mejorar la respuesta operativa de Frontex;


- afrontar los retos que plantea el nuevo mandato de Frontex'.


Cabe recordar que esta agencia europea se creó en 2004 para ayudar a los Estados miembros de la UE y a los países asociados a Schengen a proteger las fronteras exteriores del espacio de libre circulación de la UE 90 y dar respuesta a los
desafíos migratorios y a los posibles retos y amenazas futuras 91. Sin embargo, como subraya el Tribunal de Cuentas Europeo, Frontex no está cumpliendo con sus objetivos, siendo ineficaz en su lucha contra la inmigración ilegal.


Tercero. El 'modus operandi' de algunas ONG.


La falta de respuesta de los Estados ante la situación descrita y la descoordinación de una política firme en materia de inmigración por parte, no solo del Gobierno español, sino también de la Unión Europea, como hemos visto, ha ocasionado,
entre otros factores, la aparición de ONG dedicadas al rescate y salvamento de vidas en el mar. Estas acciones que, en sí mismas, son loables y dignas de todo reconocimiento y consideración, han terminado por ser controvertidas y objeto de
investigaciones por parte de los principales Estados europeos afectados 92. Y es que el método empleado por las ONG para realizar el rescate consiste en atender las 'llamadas' que realizan las organizaciones criminales dedicadas al tráfico de
personas humanas en las que 'informan' de las embarcaciones que saldrán de costas africanas. Realizado el 'anuncio', las embarcaciones de las ONG parten del puerto de amarre y se aproximan al lugar en el que se producirá el rescate, -generalmente,
el denominado triángulo de las mafias libias, que es el espacio geográfico situado entre la costa libia, Sicilia y Grecia- para posteriormente volver al puerto de origen, favoreciendo la inmigración clandestina o el tráfico ilegal de personas,
actuando como auténticos medios de transporte.


Así, a título de ejemplo, se trae a colación esta publicación de la ONG Open Arms del pasado 23 de agosto en la red social Twitter en la que se avisa de la salida del buque Astral:


[**********página con cuadro**********]


90 https://frontex.europa.eu/es/sobre-nosotros/-que-es-frontex-/.


91 Artículo 1 del Reglamento (UE) 2019/1896 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de noviembre de 2019 sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1052/2013 y (UE) 2016/1624.


92 https://www.elperiodico.com/es/internacional/20200915/malta-niega-al-open-arms-el-desembarco-de-278-refugiados-8113557. https://elpais.com/politica/2019/08/08/actualidad/1565274157_632582.html.
https://www.huffingtonpost.es/entry/italia-bloquea-a-cinco-barcos-de-rescate-de-migrantes-en-el-mediterraneo_es_60c7202ee4b0daf882b963ce.



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De esta manera, la ONG publicitaba una nueva incursión al Mediterráneo Central, que, lógicamente, podían conocer las mafias dedicadas al tráfico de personas humanas.


En ese sentido, el 'modus operandi' de algunas ONG no ha estado exento de polémica por diversos motivos. En primer lugar, se ha censurado que la actividad de las ONG podría incitar a las mafias dedicadas al tráfico de personas humanas a
continuar con su 'negocio'. Por ejemplo, si las mafias dedicadas al tráfico de personas saben que en determinado lugar del Mar Mediterráneo habrá una embarcación de una ONG que 'rescatará' a las personas, estas no cesarán en su actividad delictiva.
En cualquier caso, es seguro que no van a hacerlo si, además, se publicita el inicio del viaje.


De hecho, algunos cargos públicos de estados miembros de la UE ya han denunciado este procedimiento. Concretamente, el exprimer ministro de Malta, Joseph Muscat, declaró el 14 de enero de 2019 que era 'inaceptable que los barcos de rescate
de las ONG anuncien su posición fuera de las aguas de Libia, es una acción que incita a los traficantes a enviar a los inmigrantes al mar'. En parecidos términos, el exministro del Interior francés, Christophe Castaner, declaró en una rueda de
prensa, en el año 2019, lo siguiente: 'Hemos observado que algunos barcos de ONG estaban en contacto telefónico directo con traficantes que facilitaban la salida de los inmigrantes desde las costas de Libia. Las ONG han sido cómplices de los
traficantes'.


Incluso algún diario digital llegó a publicar un video en el que se observaba cómo una ONG española era visitada en plena mar por la milicia Zawiya, también conocida como Al-Bija, facilitadora del negocio de los traficantes en Libia 93.


De confirmarse tales acusaciones, el Gobierno de España debería actuar y tomar medidas. Por este motivo, y con carácter inmediato, constituye una obligación ineludible de los poderes públicos dilucidar hasta qué punto las ONG pudieran estar
coadyuvando a la consecución de los objetivos de las organizaciones criminales dedicadas al tráfico de personas humanas, incurriendo en un delito de inmigración ilegal, tipificado en el artículo 318 bis del Código Penal.


Cuarto. Precedentes a nivel europeo y obligación del gobierno español de investigar la actividad de algunas ONG.


A nivel europeo, la Agencia Europea de Guardia de Fronteras y Costas ya ha iniciado una investigación oficial al objeto de determinar si algunas ONG han colaborado y colaboran de manera activa con las redes de tráfico ilegal de seres humanos
94.


Igualmente, la República Italiana está investigando, desde el año 2016, las presuntas vinculaciones entre algunas ONG y las mafias dedicadas al tráfico de personas en Europa 95.


El último precedente lo conocíamos en marzo del presente año. La fiscalía de Ragusa, cuidad del sur de Italia, inició diligencias preliminares con el fin de investigar si una ONG (Mediterránea Saving Humans) recibió dinero por acoger en su
barco Mare Jonio a 27 inmigrantes salvados previamente en el mar mediterráneo por un petrolero danés y, posteriormente, desembarcados en el puerto siciliano de Pozzallo. Según algunos medios de comunicación, la investigación de la fiscalía italiana
quiere 'dilucidar si el dueño del petrolero pagó una ingente suma de dinero a la ONG para que se hiciera cargo de los rescatados, lo que implicaría un acuerdo de naturaleza comercial 96'.


Siguiendo estos antecedentes, el Gobierno Español tiene la obligación de promover las oportunas diligencias o investigaciones a fin de que se inicien las pertinentes acciones judiciales para clarificar si algunas ONG, que actúan en el
mediterráneo, están implicadas directa o indirectamente en el tráfico ilegal de personas, incurriendo en un posible delito de inmigración ilegal del artículo 318 bis, anteriormente expuesto.


93 https://www.ilprimatonazionale.it/primo-piano/ecco-come-la-ong-spagnola-proactiva-open-arms-collabora-con-i-trafficanti-libici-video-86216/.


94 https://www.elespanol.com/espana/20210617/frontex-investiga-varias-ong-colaboran-trafico-inmigrantes/589442667_0.html?utm_term=Autofeed&utm_campaign=Echobox&utm_medium=Social&utm_source=Twitter#Echobox=1623904167


95 https://www.alertadigital.com/2017708/10/investiga-la-relacion-entre-ong-dedicadas-al-rescate-de-inmigrantes-en-alta-mar-y-las-mafias-dedicadas-al-trafico-de-personas/.
https://www.europapress.es/internacional/noticia-fiscal-italia-investiga-trabajadores-ong-favorecer-inmigracion-ilegal-20170510185716.html.


96 https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoria-mediterr?%C3?%E2?%80?%89?%A1neo_la-fiscal?%C3?%E2?%80?%89?%ADa-italiana-investiga-si-una-ong-cobr?%C3?%B3-por-transbordar-inmigrantes/46409966.
https://www.20minutos.es/noticia/4604464/O/la-fiscalia-italiana-investiga-si-la-ong-mediterranea-saving-humans-cobro-por-transbordar-inmigrantes/?autoref=true.



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En ese sentido, y de conformidad con el artículo 8 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), el Gobierno de España 'podrá interesar del Fiscal General del Estado que
promueva ante los Tribunales las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público'.


En este caso, está en juego la defensa del interés general del Estado de controlar los flujos migratorios, evitando que estos movimientos sean aprovechados por grupos mafiosos de criminalidad organizada.


Además, debemos señalar que el Gobierno de la nación tiene a su disposición la Comisaría General de Extranjería y Fronteras para luchar contra los grupos criminales dedicados al tráfico ilegal de personas. Este órgano, adscrito a la
Dirección General de la Policía Nacional y dependiente del Ministerio de Interior, tiene como función principal, como señala el artículo 3 del Real Decreto 743/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio del Interior, 'el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros; la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal, y, en general, el régimen policial de extranjería, refugio y
asilo e inmigración'.


Quinto. Incumplimiento de medidas sanitarias e higiene.


Con independencia de las posibles derivaciones penales que, en su caso, pudiesen dilucidarse en la actuación de las ONG, estas organizaciones también han sido objeto de polémica por posibles incumplimientos de los requisitos de seguridad e
higiene.


Y es que la mayoría de las embarcaciones empleadas por las ONG no fueron inicialmente ideadas para el rescate y el salvamento marítimo, motivo por el cual en anteriores ocasiones ya ha sido objeto de inspecciones para verificar el
cumplimiento de las condiciones de seguridad e higiene pertinentes 97.


Es preciso apuntar que entre las ONG que se dedican a rescatar personas en el Mar Mediterráneo hay algunas de nacionalidad española y, del mismo modo, hay embarcaciones con pabellón español, que son aquellos debidamente inscritos en el
Registro de Buques y Embarcaciones Navieras. Estos buques, en materia de seguridad e higiene, están sujetos a los requisitos recogidos tanto en el Real Decreto Legislativo 2/2001, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Ley de Puertos del Estado) como en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (Ley de Navegación Marítima).


En relación con esta materia, el artículo 98 de la Ley de Navegación Marítima señala que 'el control técnico de los requisitos de seguridad y de los exigibles para prevenir la contaminación se realizará por los órganos competentes de la
Administración Marítima, mediante los planes y programas de inspección y control que reglamentariamente se establezcan'. Asimismo, esta ley reconoce, en su artículo 100, la potestad de la Administración Marítima de paralizar el buque que incumpla
la normativa de seguridad y contaminación o no se encuentre en condiciones de navegabilidad, suspendiéndolo en la prestación de sus servicios o en la realización de sus navegaciones hasta que el armador haya subsanado los defectos. Todo ello, sin
perjuicio de las posibles sanciones administrativas que pudieran imponerse por el órgano competente en el ámbito de la Marina Mercante y en el portuario estatal por infracción leve, grave o muy grave 98.


Por tanto, a tenor de las informaciones publicadas en diversos medios de comunicación y de las acciones realizadas por otros gobiernos de países de la UE, el Gobierno de España también debería incrementar las acciones pertinentes para hacer
cumplir todas las medidas y requisitos de seguridad exigidas por la normativa de derecho marítimo, acorde con el tipo de embarcación utilizadas para llevar a cabo el salvamento marítimo, tal como se ha hecho en anteriores ocasiones 99.


Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dar traslado a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 8 del EOMF, con el fin de que inicie las pertinentes diligencias de investigación para determinar si algunas ONGs que actúan


97 https://www.eldiario.es/desalambre/fomento-open-arms-migrantes-internacionales_1_1752033.html. https://www.castelloninformacion.com/las-4-ongs-de-salvamento-en-burriana-incumplen-la-seguridad-y-anti-covid/.


98 Titulo V de la Ley de Puertos del Estado.


99 https://cronicaglobal.elespanol.com/vida/gobierno-bloquea-open-arms-puerto-barcelona_213858_102.html. https://es.euronews.com/2019/01/14/el-ministerio-de-fomento-espanol-bloquea-al-open-arms-en-el-puerto-de-barcelona.



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en el mediterráneo están implicadas directa o indirectamente en el tráfico ilegal de personas, incurriendo en un posible delito de inmigración ilegal del artículo 318 bis, en orden a la defensa del interés general del Estado de controlar los
flujos migratorios, evitando que estos movimientos sean aprovechados por grupos mafiosos de criminalidad organizada.


2. Llevar a cabo, a través de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, dependiente del Ministerio de Interior, una investigación oficial con el fin de inquirir si existen vínculos entre las ONGs dedicadas al rescate de personas en
el Mediterráneo con los grupos mafiosos de criminalidad organizada dedicadas al tráfico de personas, constitutivas de inmigración ilegal.


3. Promover las inspecciones administrativas pertinentes con el objeto de hacer cumplir todas las medidas y requisitos de seguridad exigidos por la normativa de derecho marítimo, acorde con el tipo de embarcación, y en caso de
incumplimiento iniciar los oportunos expedientes administrativos a fin de adoptar las sanciones administrativas correspondientes.


4. Promover la modificación del artículo 318 bis de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, agravando las penas previstas en el mismo para este hecho delictivo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-María Teresa López Álvarez, Rocío de Meer Méndez, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro y Juan José Aizcorbe Torra, Diputados.-Macarena
Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/003262


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, en su condición de Portavoces Adjuntos y D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro y D.ª Rocío de Meer Méndez, en su condición de
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a los Centros de Atención
Temporal de Extranjeros como respuesta a la oleada de inmigración ilegal, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Origen y naturaleza jurídica de los centros destinados a la custodia y acogida de los inmigrantes ilegales.


Desde hace bastantes años se está produciendo un incremento exponencial de la inmigración ilegal en varios países europeos como Italia, Grecia y, de manera significativa, en España. Ante la llegada de inmigrantes ilegales, se instauraron en
España diferentes dispositivos y centros para la gestión de las situaciones generadas por esta inmigración ilegal masiva que está padeciendo España. Es el caso de los denominados Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) y de los Centros de
Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI).


Los CIE aparecen por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico en el artículo 26 de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, que fue objeto de desarrollo reglamentario. Tras la
reforma operada por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, los aspectos más trascendentes del funcionamiento de estos centros se regulan en los artículos 62 bis a 62 sexies de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades
de los extranjeros en España y su integración social (LO 4/2000') y el Reglamento que lo desarrolla mediante Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de
internamiento de extranjeros.


Mediante esta regulación, los CIE se configuran como establecimientos públicos de carácter no penitenciario, dependientes del Ministerio del Interior, destinados a la custodia preventiva y cautelar de extranjeros para garantizar su
expulsión, devolución o regreso por las causas y en los términos previstos en la legislación de extranjería, y de los extranjeros que, habiéndoseles sustituido la pena privativa de libertad por la medida de expulsión, el juez o tribunal competente
así lo acuerde en aplicación de lo



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dispuesto por el artículo 89.6 del Código Penal 100. Un extranjero solo ingresa en un CIE por resolución judicial, por un máximo de 60 días, tras haberse incoado expediente sancionador por la comisión de las infracciones previstas en los
supuestos previstos en el artículo 62 de la LO 4/2000, quedando el extranjero a disposición de la autoridad judicial. Los CIE se crean por orden del Ministro del Interior y su gestión corresponde a la Dirección General de la Policía.


Por su parte, la regulación de los centros de migraciones -en los que se incardinan los CETI- se encuentra en los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (R.D.
557/2011). Los CETI de Ceuta y Melilla son establecimientos de la Administración Pública, concebidos como dispositivos de primera acogida provisional y destinados a dar servicios y prestaciones sociales básicas al colectivo de inmigrantes y
solicitantes de asilo que llegan a alguna de las Ciudades con Estatuto de Autonomía, en tanto se realizan los trámites de identificación y chequeo médico previos a cualquier decisión sobre el recurso más adecuado en función de su situación
administrativa en España 101. De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, los CETI dependen de la
Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, incardinada y dependiente, a su vez, de la Secretaría de Estado de Migraciones.


Así pues, a diferencia de los CIE, que son establecimientos públicos no penitenciarios dependientes del Ministerio del Interior destinados a la custodia preventiva y cautelar de extranjeros cuyo internamiento ha sido adoptado por decisión
judicial para garantizar su expulsión, devolución o regreso o en sustitución de la pena privativa de libertad, los CETI de Ceuta y Melilla se incardinan en el seno de los centros de migraciones dependientes del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones y se configuran como centros de acogida, atención y derivación para la población extranjera en las Ciudades Autónomas, ex artículo 264 del R.D. 557/2011.


Segundo. Modelo español de control de la inmigración.


El modelo español de control de fronteras se ha caracterizado por lo que López-Sala ha denominado 'reacción dinámica' 102, consistente en la modificación de las medidas de control fronterizo en función del cambio de estrategias de entrada y
de las rutas. La creación de la Autoridad de Coordinación de las actuaciones para hacer frente a la inmigración ilegal (ACIE o Mando Único Operativo) y del Centro de Coordinación 103 halla su justificación en el contexto de este nuevo modelo de
gestión de las llegadas marítimas. La ACIE y, por ende, el Centro de Coordinación, se incardinan dentro del cuerpo de la Guardia Civil y, tal y como dispone el Acuerdo citado ut supra, toma decisiones y coordina los principales departamentos y
organismos afectados en lo relativo a llegadas marítimas que, principalmente, son los siguientes: representantes de las Fuerzas Armadas, FRONTEX, Centro Nacional de Inteligencia, Guardia Civil, Policía Nacional, Departamento Adjunto de Vigilancia
Aduanera, Capitanías Marítimas, SASEMAR y Cruz Roja (punto tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, publicado mediante Orden PCI/842/2018).


Analizando el modelo español de control de la inmigración, para el internamiento de un extranjero en un CIE es necesario que se cumplan una serie de condiciones y garantías jurídicas, entre otras, que existan plazas disponibles en el centro,
que sea autorizado por resolución judicial, previa vista donde interviene el Ministerio Fiscal y la defensa letrada. Estos requisitos para materializar el internamiento dilatan en el tiempo el mismo en caso de que proceda. Estas circunstancias
impiden que los CIE sean eficaces como mecanismos de gestión de urgencia de los inmigrantes recién llegados.


En los últimos años se puede observar lo que una parte de la doctrina denomina un 'giro gerencial' en el sistema de deportación de extranjeros, en gran medida motivado por la reducción de recursos y


100 Ministerio del Interior. Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE): http://www.interior.gob.es/documents/10180/1703283/REGLAMENTO_CIE.pdf/ff3f967a-a71e-4622-8f14-220043b27a04.


101 Ministerio de Trabajo y Economía Social: https://www.mites.gob.es/es/Guia/texto/guia_15/contenidos/guia_15_37_3.htm.


102 A. LÓPEZ SALA, 'Política migratoria e inmigración irregular a través de embarcaciones: el caso del archipiélago canario'. Anuario CIDOB de la inmigración, núm. 0, 2007, pp. 226-244.


103 Orden PCI/842/2018, de 3 de agosto, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, por el que se dispone la creación de la Autoridad de Coordinación de las actuaciones para hacer frente a la inmigración
irregular en la zona del Estrecho de Gibraltar, mar de Alborán y aguas adyacentes y se establecen normas para su actuación.



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efectivos 104. En el mismo sentido se pronuncia otra parte la doctrina, que defiende que un modelo de repatriación orientado a la eficiencia y centrado en impulsar las deportaciones 'exprés' comporta la progresiva irrelevancia de los CIE,
así como que estos centros se están convirtiendo en una institución sustancialmente ineficiente 105.


La crisis de inmigración ilegal que sufre España, traducida en un notable incremento de la llegada de inmigrantes, ha puesto de manifiesto nuestras carencias en la materia y, sobre todo, la falta de previsión en el desarrollo e implantación
de nuevas instituciones dedicadas, en exclusiva, a este fin. Por ello, ante la ineficiencia y cada vez más decadente utilidad de los CIE, es preciso recurrir a otros centros que, ante una situación de crisis migratoria como la que se ha producido
en Ceuta y en Canarias, sean efectivos y eficaces a la hora de recibir a los inmigrantes recién llegados en aras a proceder a una rápida identificación y gestión de su situación, según el caso.


Tercero. Naturaleza jurídica y fundamento de los centros de atención temporal de extranjeros.


Ante el incremento de la inmigración ilegal, a partir de 2017 el Gobierno comenzó a utilizar unos dispositivos rudimentarios con la finalidad de contener a los inmigrantes recién llegados por vía marítima. Inicialmente, estos centros fueron
levantados por la Unidad Militar de Emergencias, denominándose Centros de Primera Asistencia y Detención, ubicándose en Cartagena, Almería, Motril, Málaga, Algeciras y Tarifa, tal y como se refleja en los informes anuales de 2017 y 2018 de
prevención del Defensor del Pueblo 106.


Los centros referidos supra pasaron a denominarse en la actualidad Centros de Atención Temporal de Extranjeros (CATE). A diferencia de los CIE o de los CETI de Ceuta y Melilla, los CATE no poseen una regulación legal expresa. No se
encuadran dentro de los CIE, ni son mencionados en la LO 4/2000, porque son centros con fines sustancialmente diferentes. Tampoco el RD 557/2011 -que en el artículo 264 incluye a los CETI como centros de migraciones dependientes del Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones- se refiere expresamente a los CATE. En este sentido, actualmente no existe regulación legal ad hoc de los CATEs.


Para determinar la naturaleza jurídica de los CATEs es preciso atender a diferentes fuentes, como por ejemplo la Resolución de 23 de julio de 2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que estableció que los CATEs son 'instalaciones
concebidas para realizar las primeras actuaciones en un tiempo máximo de estancia de 72 horas mientras se tramitan las diligencias iniciales de identificación y comprobación de antecedentes para después ser derivados a CIE o a disposición de las
ONG' 107.


En el mismo sentido se pronunció el Gobierno en una respuesta en sede parlamentaria: 'Centros de Atención Temporal de Extranjeros, cuya misión es proporcionar alojamiento a los migrantes llegados a costas durante las primeras 72 horas, al
objeto de proceder a su identificación y, en su caso, iniciar los trámites de expulsión' 108.


En cuanto a su dependencia orgánica, los CATEs se configuran como extensiones de las comisarías, dependiendo del Ministerio del Interior. Así lo confirma el Defensor del Pueblo en su Informe Anual de 2019 del Mecanismo Nacional de
Prevención: 'A efectos prácticos [los CATE] son considerados 'extensiones' de las comisarías de la Policía Nacional de la que dependen, por lo que su estancia en ellas está afectada por el límite de setenta y dos horas, rigiéndose por la regulación
de las comisarías' 109. Del mismo modo se pronuncia el propio Ejecutivo en otra respuesta en sede parlamentaria: 'los CATE tienen dependencia orgánica de la plantilla policial donde se hallan localizados, por lo que la naturaleza jurídica de
dichos centros es la misma que la dependencia policial a la que se encuentran adscritos' 110.


104 'Los Centros de Atención Temporal de Extranjeros como nuevo modelo de control migratorio: situación actual, (des) regulación jurídica y mecanismos de control de derechos y garantías'. Iker barbero. Profesor de la Universidad del País
Vasco. Derechos y Libertades núm. 45, Epoca II, junio 2021. Pág. 279.


105 'Transformaciones de la penalidad migratoria en el contexto de la crisis económica: el giro gerencial del dispositivo de deportación'. Cristina Fernández Bessa y José ángel Brandariz García. Revista para el análisis del derecho
InDret. 4/2016. Pág. 15.


106 1 Informe Anual 2017 Defensor del Pueblo. Mecanismo Nacional de Prevención: https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2020/10/Informe_2017_MNP_accesible.pdf.


107 Resolución de 23 de julio de 2018 de la Secretaría de Estado de Seguridad: https://www.elconfidencialdigital.com/media/elconfidencialdigital/files/2018/07/27/RESOLUCION-SES.pdf


108 Respuesta del Gobierno a pregunta parlamentaria con número de registro general 61080 y fecha 2 de octubre de 2020: https://intranet.congreso.es/entradap/I14p/e6/e_0061080_n_000.pdf.


109 https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2020/06/Informe_2019_MNP-1.pdf.


110 Respuesta del Gobierno en sede parlamentaria (184/481), de 21 de julio de 2019.



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En cuanto a la justificación normativa de la creación de estos órganos administrativos es preciso acudir al Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2019 111, que establece que es el Mando Único quien determina 'los puertos de
desembarco de los inmigrantes irregulares y posibilita una asistencia integral a través de los Centros de Atención Temporal de Extranjeros (CATE). [...] Para ello, se ha procedido al acondicionamiento de los CATE del puerto de la Bahía de Algeciras
(San Roque) y se está tramitando la adaptación de los existentes en los puertos de Motril, Málaga y Almería'.


En definitiva, aunando estas fuentes, podemos definir los CATE como aquellos centros dependientes del Ministerio del Interior que se constituyen en la primera línea de recepción de inmigrantes cuando desembarcan en territorio nacional, y
cuyo fin es albergar a los inmigrantes en las primeras 72 horas para realizar las primeras actuaciones de identificación y comprobación.


Cuarto. Centros de atención temporal de extranjeros en España.


Según la información de la que se dispone en la actualidad existen en España CATEs en los siguientes lugares: San Roque (Cádiz), Málaga, Motril (Granada) y Almería. A los ya indicados hay que incluir los habilitados en el archipiélago
canario como consecuencia de la crisis migratoria a finales de 2020. Estos son los referidos a continuación: Arguineguín, Barranco Seco (Gran Canaria), El Hierro, Puerto del Rosario (Fuerteventura) y Adeje (Tenerife). De este modo, algunos CATES
del archipiélago habían sido inicialmente campamentos temporales de recepción y fueron habilitados por la Dirección General de la Policía como campamentos semipermanentes. En el caso de Barranco Seco, en respuesta parlamentaria con número de
registro general 98858, el Gobierno indicó que el 'coste total estimado es de 3.960.000 euros, y con fecha de finalización prevista para el segundo semestre del presente ejercicio'.


Estos son los centros que el Gobierno ha empleado en algún momento como CATEs, según la información de la que se dispone, teniendo en cuenta que algunos de los centros mencionados han estado inhabilitados durante algún tiempo en diversas
ocasiones, y no se conoce con exactitud si están todos habilitados o cerrados.


A este respecto, el Defensor del Pueblo, en un informe sobre la migración en Canarias, apuntó que, en visitas realizadas a las instalaciones supra, no se estaban dando las condiciones idóneas de un CATE 112.


La situación vivida en Canarias a finales del año pasado ha puesto de manifiesto que la existencia de CATEs puede suponer una rápida solución a la presión migratoria que sufre nuestro país.


Quinto. El incremento de la inmigración ilegal en España y el efecto llamada.


España está sufriendo una de las mayores crisis de inmigración ilegal de los últimos años. Las cifras de llegadas durante estos últimos meses son muy preocupantes. Según el Informe Quincenal del Ministerio del Interior, el total de
inmigrantes llegados a España por vía marítima y terrestre en 2020 fue de 41.861 personas, lo que supone un 29 % más que en el año 2019 (32.449) 113.


Especialmente grave es el caso de la inmigración por vía marítima. En el año 2020 arribaron ilegalmente a España por esa vía 40.106 personas, un 53,3 % más que en el año 2019 (26.103). Del mismo modo, en el año 2020 llegaron ilegalmente a
España 2.124 embarcaciones, un 74,5 % más que en el año 2019 (1.217) 114.


También es grave el caso de las Islas Canarias. Un total de 8.102 inmigrantes ilegales han desembarcado en sus costas en 2020, según fuentes del Ministerio del Interior 115. Lo anterior supone una diferencia de 7.000 personas más con
respecto a la cifra del año 2019 116. En este contexto, es preciso


111 Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2019, por el que se adoptan medidas adicionales para reforzar las capacidades operativas y garantizar la adaptación permanente de la Autoridad de Coordinación de las actuaciones para
hacer frente a la inmigración irregular en la zona del Estrecho de Gibraltar, mar de Alborán y aguas adyacentes, para el cumplimiento de las funciones que le fueron encomendadas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018. 'BOE'
núm. 37, de 12 de febrero de 2019, páginas 12951 a 12955. https://www.boe.es/eli/es/o/2019/02/11/pci121.


112 La migración en Canarias. El Defensor del Pueblo. Disponible en: https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2021/03/INFORME_Canarias.pdf. [Última visita: 07/09/2021].


113 Informe Quincenal de 2020 sobre Inmigración Irregular del Ministerio del Interior. Datos acumulados del 1 de enero al 31 de diciembre:
http://www.interior.gob.es/documents/10180/11389243/Informe+Ouincenal+sobre+Inmigraci?%C3?%B3n+Irregular+-+Datos+acumulados+desde+el+1+de+enero+al+31+de+diciembre+de+2020.pdf/e5553964-675a-40d7-9361-5dbf4dfd3524


114 Ibidem.


115 Inmigración irregular 2020. Datos acumulados del 1 enero al 15 octubre.


116 El incremento de llegadas con respecto al año anterior es del 688.1 %..



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destacar que el archipiélago canario ha recibido más inmigrantes ilegales en este momento que en todo el territorio nacional en los años 2011, 2012, 2013, 2014 o 2015.


La avalancha migratoria que se vivió en Ceuta los días 17 y 18 de mayo no tiene precedente alguno en España. Según los datos del Ministerio del Interior, el total de inmigrantes que han llegado a Ceuta por vía terrestre en el periodo
comprendido entre el 1 de enero y el 26 de agosto de 2021 es de 492, un 174,9 % más que en el año 2020 (179).


Igual de pésimos son los datos de inmigración de Ceuta por vía marítima. En el mismo periodo han llegado 687 inmigrantes, que supone un incremento del 352 % respecto del año anterior (152). 117 Dichos datos aportados por el Ministerio del
Interior ya ponían de manifiesto el exponencial aumento de la inmigración ilegal proveniente del continente africano que accede a España a través de nuestra ciudad autónoma de Ceuta.


En definitiva, haciendo referencia a los datos de inmigración a nivel nacional, como se ha apuntado anteriormente, en 2020 se produjo un incremento de la inmigración ilegal en un 29 %, sin tener en cuenta, al no disponer de ellos, los datos
relativos a la invasión migratoria acaecida en Ceuta los días 17 y 18 de mayo, cifrados en algunos medios de comunicación en la entrada de 10.000 inmigrantes ilegales marroquíes. Pues bien, aún mayor es el aumento que está experimentando España en
el presente año, 2021. Según el Informe Quincenal del Ministerio del Interior, el total de inmigrantes que han llegado a España por vía marítima y terrestre en lo que llevamos de 2021 es de 20.491 personas, que resulta ser un 49,7 % más que el
mismo periodo del año anterior (13.692) 118.


La existencia de un evidente efecto llamada se justifica en sí mismo mediante un análisis básico de la evolución anual comparada en el mismo periodo temporal.


Sexto. La necesidad de dar una respuesta efectiva a las situaciones de incremento de la inmigración ilegal mediante los cates es solicitada desde distintos sectores.


Acudiendo al derecho europeo, el artículo 78.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) dispone que 'Si uno o varios Estados miembros se enfrentan a una situación de emergencia caracterizada por la afluencia repentina de
nacionales de terceros países, el Consejo podrá adoptar, a propuesta de la Comisión, medidas provisionales en beneficio de los Estados miembros afectados. El Consejo se pronunciará previa consulta al Parlamento Europeo'. A este respecto, la
Comisión Europea en una comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico social europeo y al Comité de las Regiones, 'Una Agenda Europea de Migración', disponía lo siguiente: 'la Comisión implantará un nuevo enfoque de 'puntos
críticos', en los que la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (OEAA), Frontex y Europol trabajarán sobre el terreno con los Estados miembros situados en primera línea para proceder rápidamente a la identificación, el registro y la toma de huellas
dactilares de los migrantes.' 119. Lo anterior se traduce en que la Comisión da la posibilidad de que se adopten medidas destinadas a afrontar la alta presión migratoria recibida en un Estado miembro.


Es más que evidente que España reúne todas las características propias para ser considerada un 'punto crítico' en relación con la inmigración, máxime en el 2021. Por su parte, la Unión Europea ha indicado que durante el 2021 ha aumentado
más de un 40 % el cruce ilegal de fronteras en la ruta del Mediterráneo occidental 120.


Debido a las constantes situaciones de crisis migratorias en España, es preciso que desde el Gobierno se dé una respuesta al incremento de la inmigración mediante la habilitación de los CATEs existentes y, con carácter excepcional, a través
de la creación de los que sean necesarios según las circunstancias concurrentes de cada situación concreta.


Los sindicatos de Policía y las asociaciones de la Guardia Civil han puesto de manifiesto en muchas ocasiones la necesidad de habilitar los CATEs para dar respuesta a las entradas masivas de inmigrantes


117 Informe quincenal sobre Inmigración Irregular del Ministerio del Interior. Datos acumulados del 1 de enero al 29 de agosto de 2021:
http://www.interior.gob.es/documents/10180/12745481/16_informe_quincenal_acumulado_01-01_al_29-08-2021.pdf/9650bc01-a11f-4c90-ab49-81f9ac0b91d4.


118 Ibidem.


119 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Una Agenda Europea de Migración. Bruselas, 13.5.2015. COM (2015) 240 final. Disponible:
https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52015DC0240&from=HU [Última visita: 07/09/2021],


120 Donde se incluye la ruta atlántica desde África hasta las Islas Canarias. Disponible en: https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/promoting-our-european-way-life/statistics-migration-europe_es [Última visita:
07/09/2021].



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que se han sucedido durante estos meses. La Asociación Unificada de Guardias Civiles ('AUGC') denunció el pasado mes de mayo la necesidad de utilizar el CATE de Almería, afirmando que los inmigrantes permanecieron a 'más de treinta grados y
sin apenas sombra, dentro de vehículos mamparas, furgonetas y un autobús de presos sin aire acondicionado'. AUGC también denunció las 'lamentables condiciones' en las que trabajan los agentes del cuerpo de la Guardia Civil en este tipo de
situaciones, 'teniendo además que soportar la falta de medidas y de medios para hacer frente a la pandemia, no solo recibiendo escaso material, sino siendo este, además, deficiente'. Por ello, AUGC reclamó medidas y protocolos 'claros' que permitan
dar respuesta a la 'avalancha de llegadas de migrantes' 121.


Por su parte, desde el sindicato Confederación Española de Policía ('CEP') llevan tiempo denunciando las condiciones en las que se encuentran los agentes y, entre otras medidas, reclaman la implantación de un CATE en Cartagena. El SUP
entiende necesaria esta petición ante la avalancha de llegadas y el evidente riesgo al que se exponen los agentes que tienen contacto con los inmigrantes 122.


A estas denuncias también se suma el Sindicato Unificado de Policía ('SUP'), que a través de su portavoz criticó en el pasado mes de mayo que el CATE de Motril (Granada) seguía sin estar operativo en un momento en que podía darse un aumento
de la presión migratoria. Asimismo, denunció las malas condiciones del CATE que sigue en funcionamiento en la provincia y criticó el retraso en la puesta en marcha de nuevas instalaciones para este tipo de situaciones de aumento de la inmigración
ilegal 123.


La necesidad de dar respuesta a estas constantes y masivas llegadas de inmigrantes ilegales con los CATEs en nuestro territorio viene siendo reclamada también desde otros sectores. En el caso de Málaga, desde la Asociación Málaga Acoge ya
apuntaban -en vista del exponencial aumento de la inmigración durante el 2018- hace cerca de tres años, lo siguiente: 'Esta situación no pilla de sorpresa a nadie. El año pasado duplicamos las cifras del anterior y el anterior ya habían sido
cifras de llegadas altas. Es previsible que la gente va a seguir viniendo y que vamos a necesitar un centro de atención a las personas.' 124.


El actual Ejecutivo ha expuesto su intención de desarrollar futuras instalaciones de este tipo de centros. Entre otras, en respuesta parlamentaria con número de Registro General 67203, el Gobierno indicó que 'está previsto, a medio plazo,
la instalación de un Centro de Acogida Temporal de Extranjeros (CATE) de mayores dimensiones en Las Palmas Gran Canaria, para acoger un elevado número de inmigrantes llegados irregularmente por vía marítima'. En el mismo sentido, el Ejecutivo
apuntaba en otra respuesta parlamentaria con núm. de Registro General 59871 que 'se está valorando la posibilidad de establecer nuevos centros'.


De igual forma, se traen a colación las declaraciones manifestadas por el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de la Nación, don José Luis Escrivá Belmonte: 'Tenemos el reto de reforzar el sistema de acogida
dotándolo de muchas más plazas propias que nos den capacidad de respuesta y flexibilidad ante determinadas situaciones de emergencia' 125.


El Defensor del Pueblo en el Informe relativo a la situación migratoria de Canarias, y, tras realizar diversas visitas a los CATES instalados en el archipiélago, apuntaba que se dan las siguientes circunstancias:


'- Inadecuación de las infraestructuras para la recepción en costas (CATES) y escasez de personal capacitado para la identificación de personas vulnerables, que agilice el traslado inmediato a las instalaciones adecuadas, e


- insuficiencias estructurales en la gestión y aplicación de los procedimientos aplicables a los ciudadanos extranjeros que, por distintos motivos, se encuentran en España 126.'


121 https://www.cope.es/actualidad/espana/noticias/augc-denuncia-que-migrantes-estuvieron-varias-horas-vehiculos-sin-aire-20210510_1281888. [Última visita 09/09/2021]


122 https://okdiario.com/espana/marlaska-expone-policias-covid-envia-agcntcs-sm-proteccion-campamentos-pateras-5946785. [última visita 09/09/2021]


123 https://www.granadadigital.es/sup-lamenta-cate-no-disponible-posible-aumento-inmigracion/. [Última visita 09/ 09/2021].


124 'La creación de un centro de atención para extranjeros es primordial'. La Opinión de Málaga. Disponible en: https://www.laopiniondemalaga.es/malaga/2018/11/04/creacion-centro-atencion-extranjeros-primordial-27902471.html. [Última
visita: 07/09/2021].


125 El Gobierno aumentará en 6.300 el número de plazas propias de acogida a migrantes hasta 2023; EuropaPress. Disponible en:
https://www.europapress.es/sociedad/noticia-gobierno-aumentara-6300-numero-plazas-propias-acogida-migrantes-2023-20210511172527.html. [última visita: 07/09/2021],


126 Defensor del Pueblo. La migración en Canarias. Disponible en: https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2021/03/INFORME_Canarias.pdf. [Última visita: 07/09/2021],



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Por todo lo expuesto, es urgente la puesta a disposición y habilitación de los CATEs existentes, dotándolos de los medios materiales y personales necesarios reclamados por nuestras FCSE, que les permitan llevar a cabo las funciones de
recepción, identificación y primera asistencia a los inmigrantes ilegales que arriban a nuestras costas, en unas condiciones de seguridad y sanidad adecuadas y, con carácter excepcional, la creación de los mismos, ante una necesidad emergente, en
aquellos puntos de nuestra geografía donde la presión migratoria es insostenible, tal y como demandan nuestras FCSE.


Séptimo. Conclusión. El ejecutivo debe dar respuesta al incremento de la inmigración ilegal.


Así pues, es el Ejecutivo el que tiene la responsabilidad que dar respuesta a esta crisis migratoria. En ese sentido, es importante crear nuevos centros con carácter excepcional y en función de la situación de la crisis migratoria. Dicha
obligación se deriva del artículo 2 bis de la LO 4/2000 que dispone lo siguiente: 'Corresponde al Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 149.1.2.ª de la Constitución, la definición, planificación, regulación y desarrollo de la
política de inmigración, sin perjuicio de las competencias que puedan ser asumidas por las Comunidades Autónomas y por las Entidades Locales'.


El Real Decreto 127 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, en su artículo 3.3.d), señala expresamente que corresponde '[...] ala Comisaría General de Extranjería y
Fronteras, el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros; la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal; y, en general, el régimen policial de extranjería, refugio y asilo e
inmigración'.


De igual forma, la habilitación y puesta a disposición de CATEs debe ir acorde con lo dispuesto en la Orden INT/28/2013 128, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos
de la Dirección General de la Policía. Así, en su art. 9.3, la citada orden desarrolla, igualmente, las funciones de la Comisaría General de Extranjería y


Fronteras, señalando que 'realiza las funciones de gestión, coordinación y control, relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional, y el régimen de fronteras, así como la coordinación, en los Puestos
Fronterizos, de aquellas otras que la legislación vigente atribuye al Cuerpo Nacional de Policía, funcionando como Oficina Central Nacional a este respecto'.


Atendiendo a todo lo expuesto, y ante el exponencial incremento de la inmigración ilegal en nuestro país, es preciso dar una respuesta efectiva a través de la regulación, habilitación y, con carácter excepcional, la creación de nuevos CATEs,
si las circunstancias particulares lo requieren, de acuerdo con los siguientes fines: (i) Dar una respuesta efectiva al fenómeno de llegada masiva de inmigrantes ilegales que está sufriendo últimamente de manera constante España; (ii) salvaguardar
la seguridad ciudadana y el orden público en los supuestos de crisis migratorias; (iii) garantizar la integridad física, sanidad, seguridad y dignidad de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se encargan de gestionar y
coordinar estos fenómenos de inmigración ilegal, dotándoles de los medios materiales y personales adecuados a las funciones que llevan a cabo; (iv) asegurar las condiciones mínimas de salubridad de los inmigrantes ilegales recién llegados; (v)
garantizar un procedimiento adecuado de recepción de inmigrantes.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a adoptar urgentemente las medidas necesarias para dar respuesta a los escenarios de llegada masiva de inmigrantes ilegales mediante la regulación, habilitación y, con carácter
excepcional, la creación de Centros de Atención Temporal de Extranjeros. Concretamente, se adoptarán las siguientes medidas:


i. Promover la regulación de la naturaleza, objeto y funcionamiento de los CATEs como verdaderos centros dependientes del Ministerio del Interior, que constituyan la primera línea de recepción de inmigrantes llegados a territorio nacional.


ii. Llevar a cabo la rehabilitación de los CATEs ya existentes.


iii. Con carácter excepcional, proceder a la creación de CATEs exclusivamente en las ubicaciones geográficas donde la presión migratoria es insostenible, en atención a las demandas de nuestras FCSE,


127 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-9138.


128 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-662.



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y siempre que los centros ya existentes no permitan garantizar las condiciones mínimas de sanidad y seguridad de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de los inmigrantes.'


Palacio de Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro y Rocío de Meer Méndez, Diputados.-Macarena Olona Choclán y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina,
Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/003222


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para mantener el servicio de
ferrocarril de Cercanías Murcia-Águilas de forma simultánea a la ejecución de las obras de la Alta Velocidad, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La Región de Murcia cuenta con una infraestructura ferroviaria deficiente, sin un sólo kilómetro electrificado, mostrando una imagen de obsolescencia.


Aunque el AVE ya debería haber llegado a Murcia por una vía provisional mientras se ejecutaba el soterramiento tal y como el Partido Popular diseñó, los cambios en el proyecto han implicado un incremento de costes y los retrasos en la
llegada del AVE se acumulan en contra de los murcianos y del crecimiento económico de la Región de Murcia.


El pasado mes de mayo conocimos a través de los medios de comunicación que Renfe plantea la suspensión temporal de los cercanías Murcia-Águilas como consecuencia de las obras de soterramiento en la fase pendiente Estación del
Carmen-Barriomar y Nonduermas.


La línea C-2 de Cercanías es la extensión de la Línea C-1, y une las estaciones de Murcia El Carmen y Águilas, dando servicio a los municipios de Murcia, Alcantarilla, Librilla, Alhama de Murcia, Totana, Lorca, Puerto Lumbreras, Pulpí y
Águilas.


Esta línea mueve a 1,2 millones de pasajeros al año, que se trasladarán a la carretera si se elimina el servicio de trenes durante los tres años que se prevé que durarán las obras, lo que implicará mayor contaminación ambiental y un aumento
de la siniestralidad en las carreteras.


El aumento del uso del vehículo privado va en contra de los principios de movilidad sostenible y de la Agenda Urbana al ser un factor que quiebra la reducción de emisiones y la mejora en calidad del aire. Asimismo, esta actuación, va en
dirección contraria a las directrices del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que marca como objetivo a los municipios españoles la instauración de un modelo de movilidad sostenible.


Los servicios ferroviarios de Cercanías de competencia de la Administración General del Estado son considerados de interés general 'por razones de eficiencia medioambiental, social y económica frente a otros modos de transporte terrestre',
tal como estableció el Acuerdo de Consejo de Ministros que regula las obligaciones de servicio público de los servicios de transporte ferroviario de viajeros que presta Renfe-Operadora en la Red Ferroviaria de Interés General.


Los servicios de Cercanías constituyen, como modo de transporte ferroviario de alta capacidad, el elemento básico y vertebrador del transporte metropolitano en torno a los principales núcleos urbanos.


La prestación y desarrollo de los servicios de Cercanías resultan fundamentales para atender las necesidades de movilidad en las principales áreas metropolitanas, facilitar las comunicaciones entre los distintos municipios de dichas áreas,
potenciar las actividades económicas y las relaciones sociales, de acuerdo con criterios de movilidad sostenible.


Los beneficios sociales derivados de la utilización de los servicios ferroviarios de Cercanías vienen determinados por los ahorros en los costes externos, que benefician a la sociedad en su conjunto, debido a que los viajeros utilizan el
ferrocarril de Cercanías en lugar de otros modos de transporte alternativos que utilizarían en caso de no tener a su disposición los servicios de Cercanías.



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El reparto modal alternativo utilizado por los viajeros, según los propios estudios de Renfe, cuando no se usa el cercanías, es mayoritariamente el vehículo privado, no siendo el autobús una alternativa para los viajeros.


El incremento de la huella de carbono, la ineficiencia energética, la mayor contaminación ambiental, en definitiva los impactos ambientales unido a la mayor congestión en las carreteras y accidentes de circulación hacen absolutamente
rechazable la previsión de suspensión de las Cercanías.


Además, la paralización del servicio de cercanías pone en riesgo los fondos europeos 'Next Generation', a los que opta nuestra Región, y que están destinados a la modernización y mejora de red ferroviaria y servicio de cercanías.


Si se materializa esta actuación tan injusta, habrá consecuencias importantes para los trabajadores como la reducción de las cargas de trabajo debido a la disminución de maquinistas, interventores, personal comercial y de talleres, además de
la afección a los comercios del entorno de las distintas estaciones.


CC.OO. y los propios Comités de Empresa de Rente y Adif califican esta interrupción del servicio como un 'mazazo tremendo' y una 'catástrofe' para los viajeros y empleados por las razones citadas, solicitando la compatibilidad entre las
obras y la prestación de los servicios actuales de Cercanías.


Se trata de una polémica que se une a las demandas de los viajeros de los últimos años que denuncian constantes averías en el material rodante, retrasos motivados por las obras del soterramiento y otras instalaciones. Estas redes cuentan
con material rodante muy antiguo, algunos con más de treinta años de antigüedad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que mantenga en funcionamiento el servicio de ferrocarril de Cercanías existente entre Murcia y Águilas de forma simultánea a la ejecución de las obras de la Alta Velocidad y evitar así
perjudicar a miles de pasajeros que utilizan este servicio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Teodoro García Egea, Isabel María Borrego Cortés y Juan Luis Pedreño Molina, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


161/003248


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) don Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre el fin de la concesión de la AP-9 por haberse declarado ilegales sus prórrogas por la Comisión Europea, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La Comisión Europea ha comunicado al Gobierno del Estado español que considera ilegales las distintas prórrogas sobre la concesión de la AP-9 a la empresa Audasa, pues han supuesto de forma directa y sin competencia, el alargamiento del
cobro de peajes hasta el 2048. Al no dar la oportunidad de recibir ofertas de otros competidores se ha impedido conseguir las condiciones más ventajosas tanto para las personas usuarias como para los recursos públicos.


Cabe recordar que la concesión y los peajes deberían haber terminado en 2012, sin embargo, distintos gobiernos, primero el de UCD, luego el PSOE y, finalmente, el PP prorrogaron esa concesión por un total de 75 años, garantizando
unilateralmente 36 años más de negocio, altamente lucrativo, a Audasa y que recaía sobre una infraestructura sobradamente amortizada. Así, la Comisión considera que atendiendo al derecho de la UE 'la prórroga de un contrato de concesión equivale a
una nueva concesión', es decir, tendría que haberse convocado un nuevo concurso público para cada una de las veces en que el Gobierno concedió una nueva prórroga debido a mejoras o ampliaciones de la extensión de la vía.



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Es evidente que con esta resolución se define un camino claro a seguir, pues si las prórrogas de la concesión fueron ilegales, debe ponérsele fin, es necesario acabar con las ampliaciones y recuperar la gestión pública de la autopista.


Tras constatarse que la concesión no cumple con la legalidad, la única vía posible proceder a ponerle fin de forma inmediata. Debe recordarse que la mayor parte de las autopistas puestas en funcionamiento en la misma época que la AP-9 ya
están libres de peaje o próximas a su caducidad, sin embargo, en el caso de Galiza, gracias al regalo de esas distintas prórrogas en beneficio de la concesionaria, los gallegos y gallegas han tenido que soportar unos peajes desorbitados que se
preveía mantener hasta 2048. Así, a comienzos de año, Galiza se convertía en el territorio del Estado con más kilómetros de autopistas de pago, al tiempo que se levantaban las barreras y las cabinas de cobro de más de 500 km en Cataluña y Aragón
que pasaban a ser completamente gratuitas.


Es, por lo tanto, imprescindible, según marca la propia Comisión Europea, terminar con la concesión y permitir que la AP-9, una vía esencial para la vertebración de la comunicación y el transporte en Galiza, sea, por fin, pública y libre de
peajes.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Dar cumplimiento a la resolución de la Comisión Europea que considera que las prórrogas de la concesión de la AP-9 son ilegales y, en consecuencia, declarar el fin inmediato de la concesión y la eliminación de los peajes.


2. Articular un mecanismo fácil y accesible para que las personas usuarias puedan reclamar una reparación o indemnización por los peajes pagados desde el 2012 sobre una concesión declarada ilegal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/003268


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y el Grupo Parlamentario Socialista, presentan, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, la presente Proposición no de Ley, relativa a la bonificación del Peaje del Huerna y su potencial supresión, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La AP-66, o autopista del Huerna o Güerna, es la vía que une Asturies y León en un tramo de peaje de 78 kilómetros. Su construcción se inició en 1975 y se abrió parcialmente en agosto de 1983, siendo finalizada en su totalidad en 1997 con
la apertura del segundo túnel de El Negrón.


La concesión para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje entre Campomanes (Asturies) y León se otorgó a la sociedad Autopista Concesionaria Astur-Leonesa, SA, (Aucalsa) por Decreto 2417/1975, de 22 de agosto,
por un plazo de cuarenta y seis años contados a partir del 17 de octubre de 1975, día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Así, desde la apertura al tráfico de la AP-66, Aucalsa poseía la concesión administrativa para su explotación
hasta el año 2021.


En enero de 1984, ante las dificultades económicas de la empresa concesionaria, el Estado se hizo con su propiedad a través de la Empresa Nacional de Autopistas (ENA), dependiente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
(SEPI). Es bajo titularidad pública, y por tanto mediante inversión estatal, cuando se lleva a cabo la mayor parte de las obras necesarias para la finalización de la infraestructura, incluyendo la apertura de los tramos entre El Negrón y La
Magdalena y el desdoblamiento de toda la calzada.



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Mediante el Real Decreto 392/2000, de 17 de marzo, el Gobierno de José María Aznar modificó varios términos de la concesión, entre ellos la duración, cuyo final se estableció el 17 de octubre de 2050: 29 años más sobre el plazo inicialmente
aprobado. En la exposición de motivos del Real Decreto únicamente se hace referencia a la necesidad de 'normalizar ahora el sistema de peajes existente [...], estableciendo, para ello, como valores contractuales de los mismos, aquellos que
actualmente se están aplicando, también de cuantía netamente inferior a los respectivos valores de los peajes base de la concesión', no existiendo aparentemente una alusión al interés público que justificase la modificación del contrato de concesión
ni justificación económica de la misma.


Una vez prorrogado el peaje, el Gobierno consumó la privatización de Aucalsa y las demás concesionarias de explotación de autopistas en el año 2003, mediante la venta de la ENA a un consorcio de empresas liderado por el Grupo Sacyr
Vallehermoso, en la actualidad bajo la denominación Itinere Infraestructuras, SA.


El peaje del Huerna se puede catalogar como una excepcionalidad. Debido a la prórroga establecida en el Real Decreto 392/2000, la AP-66 tendrá un tiempo total estimado de 75 años de concesión, lo que la convierte en una de las concesiones
más largas de la Península.


Mientras desde 2017 se ha consumado la finalización de hasta ocho concesiones de autopistas, las y los usuarios de la AP-66 se encuentran aún con tres décadas por delante para seguir pagando un peaje que se sitúa actualmente como el segundo
más caro de España por kilómetro recorrido. Además, se da la circunstancia de que la única autopista que resulta aún más cara, la AP-6 entre Villalba y Adanero, forma parte también de la ruta que comunica Asturias y Madrid.


Cabe tener en cuenta que el Huerna es la única opción existente para la comunicación de vía rápida por carretera entre Asturias y la meseta, de modo que estos peajes representan una importante desventaja competitiva para las empresas y
transportistas de Asturies.


Los usuarios y usuarias de la AP-66 han pagado 756 millones de euros en peajes desde su apertura, en agosto de 1983, hasta el 31 de diciembre de 2016, según un informe del Ministerio de Fomento. La AP-66 tiene una bonificación del IBI del
95 %, por lo que no deja casi ningún ingreso por este concepto por los municipios que pasa.


Es de justicia trabajar por la supresión de este peaje mediante la anulación de una prórroga que supone una losa económica para Asturias y que sigue sin haber sido justificada en su fondo ni en su forma, más de veinte años después de su
aprobación.


Entretanto, es prioritario avanzar hacia modelos de financiación que no supongan cargas que generen desequilibrios territoriales. Y en tanto se plantea un modelo común, es preciso trabajar para rebajar la carga que las autopistas de la red
de carretera del estado suponen actualmente para los ciudadanos de esos territorios, a través de la implantación de bonificaciones de peaje, como solución más inmediata para proporcionar a los y las usuarias de la A-66 un alivio económico que llevan
largo tiempo reclamando.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Estudiar la inclusión de nuevas bonificaciones de peaje en los próximos Presupuestos Generales del Estado, adicionales a las ya existentes en la autopista AP-66, que ayuden a paliar los desequilibrios territoriales del modelo de
tarificación de la red de carreteras y de las que puedan beneficiarse todas las personas que hacen uso de esta vía.


- Establecer nuevas fórmulas para el mantenimiento de las vías rápidas que contemplen la eliminación de los peajes y su sustitución por un modelo más equitativo desde una perspectiva social, ambiental y territorial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-María Luisa Carcedo Roces, Roberto García Moris, Adriana Lastra Fernández, Andrea Fernández Benéitez y Javier Alfonso Cendón, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafaela Crespín
Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.-Rafael Mayoral Perales, Diputado.-Sofía Fernández Castañon, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



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Comisión de Educación y Formación Profesional


161/003260


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Georgina Trías Gil, D. Joaquín Robles López, D. José Ramírez del Río, D.ª Reyes Romero Vilches, D.ª Teresa López Álvarez, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario
VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al cese de la obligatoriedad del uso de las mascarillas en centros educativos como medida de
protección frente al SARS-CoV-2 en menores de doce años, para su discusión en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


Primero. Medidas no farmacológicas de protección en un contexto de mejora de la situación sanitaria.


El uso de la mascarilla constituye una de las medidas no farmacológicas de protección fomentadas por el Ministerio de Sanidad en el contexto de la lucha contra el SARS-CoV-2, junto a otras tales como el aumento de la distancia física
interpersonal o la ventilación de los espacios cerrados 129.


El vigente régimen jurídico del uso de la mascarilla y del resto de medidas de protección está contenido en el Real Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio, por el que se modifican la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de
prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de
transportes y vivienda (Real Decreto 13/2021).


El Real Decreto 13/2021 ha atenuado la obligatoriedad de este tipo de medidas en atención a la mejor situación epidemiológica actual de la población española. En este sentido, el Preámbulo del Real Decreto 13/2021 afirma:


'La evolución de la epidemia de COVID-19 y las coberturas de vacunación que se están alcanzando a lo largo del primer semestre de 2021 en España permiten plantear el inicio de una reducción progresiva de algunas de las medidas de control de
la transmisión.'


Y, en referencia concreta al uso de la mascarilla, expone:


'Una de las medidas que han tenido un mayor impacto en el control de la transmisión, permitiendo a su vez un cierto grado de interacción social, ha sido la obligatoriedad del uso de mascarillas que establece el artículo 6 de la Ley 2/2021,
de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.


Debe atenderse, además de a la evolución de la epidemia de COVID-19 en los diferentes territorios del país, a las coberturas crecientes que se están alcanzando con el programa de vacunación, en particular de los grupos más vulnerables: a 23
de junio de 2021, el 100 % y el 96,4 % de los mayores de 80 y 70 años respectivamente con pauta completa, y el 93,2 % y el 86,3 % de los mayores de 60 y 50 años respectivamente con una dosis; además, el 50 % de toda la población ya ha recibido, al
menos, una dosis de la vacuna. En este contexto, se puede plantear la pertinencia de rebajar la obligatoriedad del uso de mascarillas en determinados ambientes y escenarios al igual que están haciendo otros países con situaciones similares de
nuestro entorno.'


Efectivamente, los datos de fallecidos, contagiados y vacunados en España confirman que la situación de nuestro país en relación con el SARS-CoV-2 es notablemente mejor que la que había cuando se promulgó la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de
medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Así se infiere de la lectura de los siguientes gráficos:


129 Cfr. Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, 'Efectividad de las medidas preventivas para el control de la transmisión', 25 de marzo de 2021, acceso en línea:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/Documento_MEDIDAS.pdf.



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Fuente: JHU CSSE COVID-19 Data y Our World in Data


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Fuente: JHU CSSE COVID-19 Data y Our World in Data


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Fuente: Ministerio de Sanidad.


En consecuencia, es coherente afirmar que, para un mejor ajuste a la realidad actual, es necesario reducir las restricciones impuestas, de modo que solo permanezcan vigentes las indispensables para garantizar la salud pública. Lo contrario
supondría una merma de los derechos de la población, de los cuales ya ha abusado el Gobierno en grandísima medida a través de los dos estados de alarma, uno de los cuales ha sido declarado inconstitucional.


Segundo. El uso de la mascarilla en menores de edad. Derecho comparado


La normativa en vigor dispone que, en España, es obligatorio el uso de mascarillas a partir de los seis años de edad, en los siguientes casos (ex artículo primero Real Decreto 13/2021):


'a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.


b) En cualquier espacio al aire libre en el que, por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.



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c) En los medios de transporte [...].


d) En los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si están sentados cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes'.


La legislación estatal ordena, por tanto, que en todos los centros escolares continúe siendo imperativo el uso de la mascarilla por parte de los alumnos mayores de seis anos.


Las comunidades autónomas, por su parte, y en virtud de las competencia en materia de Sanidad e Higiene que hubieran asumido en sus respectivos Estatutos de autonomía (merced al artículo 148.1.21.ª de la Constitución española, CE), han
dictado a su vez diversas normas 130, en las que disponen cuál ha de ser el régimen del uso de la mascarilla por parte de menores de edad en los centros escolares y demás espacios cerrados.


Expuesto el régimen aplicable, que es una conjunción entre normativa estatal y normativas autonómicas, lo que aquí se propone es que el uso de mascarilla por los menores de 12 años sea voluntario en los centros educativos de todo el
territorio español, y obedezca únicamente a la decisión de sus padres.


El fundamento que se aduce para tal modificación del régimen jurídico del uso de las mascarillas por parte de menores de doce años es múltiple:


- En primer término, reiteramos el argumento expuesto supra, relativo a la mejora de la situación epidemiológica, que faculta a una reducción progresiva de las medidas de protección, entre las que se encuentra el uso de mascarillas. En este
sentido, resulta pertinente traer a colación la STS 1569/2020, de 20 de noviembre, Sala de lo Contencioso-Administrativo, cuyo fundamento jurídico noveno, sensu contrario 131 y dado el cambio en el 'estado de propagación del virus', posibilita la
modificación normativa propuesta.


- En segundo lugar, y en referencia específica a los centros escolares, se ha constatado que la incidencia de contagios de SARS-Cov-2 en ellos es muy inferior a la que se temía al inicio de la pandemia 132, por lo que resulta proporcionado
que la merma de las restricciones acontezca en dichos centros, y no en otros entornos en los cuales la vatio de contagios es mayor 133.


- En tercer lugar, también se ha acreditado que una ventilación suficiente es un método de protección contra el virus igual o más útil que la mascarilla, cuando se trata de espacios cerrados en los que las personas permanecen largos ratos,
como son las aulas de los centros escolares 134. Es coherente, por tanto, en un contexto de reducción de las restricciones sanitarias como el que nos ocupa, que sea la mascarilla (más molesta y onerosa) la que pase a considerarse voluntaria, y se
mantengan en cambio las medidas obligatorias de ventilación (más eficaz y gratuita).


130 A título de ejemplo, citamos la Orden 112/2021, de 4 de febrero, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.


131 Señala el referido Fundamento jurídico noveno que 'se reputa legítima la disposición ordenando el uso de mascarilla en razón de que, en el actual estado de conocimiento de propagación del virus COVID-19, es necesaria y proporcionada para
alcanzar el fin de interés general de protección de la salud, al constituir una medida que puede contener la progresión de la pandemia'.


132 VV. AA., 'Mantener abiertos los colegios no parece aumentar la incidencia de COVID-19 en niños', Evidencias en Pediatría, 2021, Vol. 17, N.° 8. Acceso en línea:
https://evidenciasenpediatria.es/files/41-13932-RUTA/8_AVC?%20colegios?%20Suecia?%20y?%20Finlandia_Def.pdf. Ver también V. AA., 'Analysis and prediction od COVID-19 for EU-EFTA-UK and other countries', Proyecto de la Comisión Europea, 2020. Acceso
en línea: https://upcommons.upc.edu/bitstream/handle/2117/329751/20201002_Report_136.pdf?sequence=1?%20&isAllowed=y


133 Asociación Española de Pediatría, 'COVID-19 en Pediatría: valoración crítica de la evidencia', 31 de marzo de 2021, pp. 151 y 152. Acceso en línea:
https://www.aeped.es/sites/default/files/documentos/covid-19_en_pediatria_valoracion_critica_de_la_evidencia_rev_ext.pdf.


134 El Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, 'Efectividad de las medidas preventivas para el control de la transmisión', 25 de marzo de 2021, en la p. 6, afirma:?'Hay suficiente evidencia para afirmar que el aire
recirculado en ausencia de filtros en una estancia en la que se encuentre una persona con infección activa por SARS-CoV-2 sin mascarilla, el tiempo suficiente, constituye un riesgo para otras personas presentes independientemente de la distancia a
la que se encuentren (20-22). Para reducir el riesgo de transmisión de patógenos mediante aerosoles en ambientes interiores es efectivo mejorar la ventilación. Se entiende por ventilación la renovación de aire interior con aire exterior. Para
comprobar la renovación de aire en un lugar determinado se utiliza la tasa de ventilación del aire por hora (ACH, por sus siglas en inglés, de Air Changes per Hour). Para una misma tasa de emisión de partículas, el incremento del caudal de
ventilación reduce la concentración de partículas en el aire por el efecto de dilución, y, por tanto, la probabilidad de riesgo de infección. La ventilación puede ser por medios naturales mediante apertura de puertas y ventanas, forzada (mecánica)
o una combinación de los dos sistemas (p.j., una entrada de aire por ventilación natural y una salida mediante extracción forzada).'



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- En cuarto lugar, nunca ha existido un consenso científico acerca de la conveniencia del uso de la mascarilla por parte de niños pequeños 135. No solo porque parece que son transmisores del virus a más bajos niveles 136, sino también por
la dificultad que entraña el uso correcto de la mascarilla a escasas edades 137, por su potencial perjuicio sobre su proceso de aprendizaje 138, por ulteriores consecuencias de carácter psicológico que puede provocar 139 y, en fin, por la escasa
necesidad de mascarillas cuando se garantizan otras medidas de prevención 140. Si finalmente se optó porque fueran destinatarios de la norma que imponía su obligatoriedad, fue porque se priorizó el evitar el riesgo de infección sobre las antedichas
razones 141. Disminuido ahora tal riesgo, cabe enervar la obligatoriedad.


Por todas las razones aducidas, resulta conveniente que sean los padres de los menores de doce años quienes, como titulares de la patria potestad, decidan si sus hijos portarán o no la mascarilla en los centros escolares y demás espacios
cerrados en que se apliquen otras medidas de prevención, tales como la ventilación o el distanciamiento, y ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.3 CE.


Varios países de nuestro entorno 142 han acometido ya reformas legislativas similares, bien eliminando el uso obligatorio de la mascarilla para la población en general, bien manteniéndolo únicamente para los mayores de edad.


En conclusión, en virtud de lo expuesto es necesario modificar con urgencia la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con
el fin de actualizar la normativa relativa al uso de mascarillas como medida de protección frente al SARS-CoV-2, de manera que en adelante no sea obligatorio para los menores de doce años, adaptándose a la mejor situación epidemiológica actual de la
población española. Todo ello, de conformidad con el artículo 149.1.16.ª de la Constitución española, que atribuye al Estado la competencia en materia de sanidad exterior, bases y coordinación general de la sanidad y legislación sobre productos
farmacéuticos. Y siguiendo esta necesaria actualización normativa, se hace necesario adaptar con carácter urgente, en coordinación con las diferentes administraciones autonómicas sanitarias y educativas, las Medidas de Prevención, Higiene y
Promoción de la Salud frente a COVID-19 para


135 'La mayor parte de la evidencia respecto a la efectividad de las mascarillas proviene de estudios con adultos. No se han encontrado estudios con población exclusivamente infantil y, en los escasos estudios en los que participan niños,
lo hacen en estudios sobre contagios intrafamiliares, bien como fuente de contagio o como contacto', afirma la Asociación Española de Pediatría, en 'COVID-19 en Pediatría: valoración crítica de la evidencia', 31 de marzo de 2021, p. 135.


136 El estudio del Hospital Valí d'Hebron titulado 'papel de los niños y las niñas en la transmisión intrafamiliar del SARS-CoV-2', citado en
https://www.agenciasinc.es/Noticias/La-transmision-de-la-covid-19-de-ninos-a-adultos-con-los-que-conviven-es-baja, concluye entre otras cosas que 'los resultados confirman que los niños y las niñas han sufrido la enfermedad con cuadros
inespecíficos y poco graves y que son menos transmisores del SARS-CoV-2 que los adultos en el entorno familiar, un ámbito de mucha proximidad y donde es difícil mantener las medidas de seguridad'. Ver también Asociación Española de Pediatría, en
'Actualización de la Asociación Española de Pediatría sobre el uso de las mascarillas en niños durante la pandemia COVID-19', Madrid, 5 de octubre de 2020: 'Los niños pueden transmitir a otros niños o a adultos la infección por SARS-CoV-2, aunque
su eficiencia como transmisores todavía no esté clara'. Acceso en línea: https://www.aeped.es/sites/default/files/actualizacion_aep_uso_mascarillas_en_ninzos._10.x.2020.pdf.


137 La OMS afirmaba ya el 1 de diciembre de 2020 que, 'en lo que respecta a los niños de 6 a 11 años de edad se deberá adoptar un enfoque basado en los riesgos, a fin de determinar la necesidad de utilizar mascarillas; los factores que se
tendrán en cuenta en el marco de ese enfoque incluyen la intensidad de la transmisión del SARS-CoV-2, la capacidad del niño para utilizar la mascarilla de forma correcta y la disponibilidad de supervisión adecuada de un adulto, el entorno
sociocultural local y las circunstancias específicas, por ejemplo, hogares con familiares de edad avanzada o escuelas'. Acceso en línea:
https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/337833/WHO-2019-nCov-IPC_Masks-2020.5-spa.pdf?sequence=l&isAllowed=y.


138 Así lo reconocía la propia Asociación Española de Pediatría, en 'Actualización de la Asociación Española de Pediatría sobre el uso de las mascarillas en niños durante la pandemia COVID-19', Madrid, 5 de octubre de 2020, al afirmar: 'Es
cierto que el uso prolongado de mascarillas puede conllevar ciertas dificultades en el proceso de aprendizaje, pero estos potenciales problemas son considerados menores en comparación al riesgo de infección y enfermedad secundarios al virus'.


139 'Bakhit et al. 26 han publicado una RS sobre los efectos adversos relacionados con el uso de las mascarillas. Esta revisión incluye ECAs y estudios no aleatorizados en un intento de sintetizar toda la información respecto al tema.
Además de las molestias relacionadas con su uso (Tabla 5.1.5), se citan problemas psicológicos (miedo, estigma, soledad) y problemas de comunicación. Los autores consideran también que los efectos adversos percibidos pueden ser causa de un mal uso
de la mascarilla y disminuir la efectividad de su uso, especialmente en los niños pequeños'. Cita extraída de Asociación Española de Pediatría, en 'COVID-19 en Pediatría: valoración crítica de la evidencia', 31 de marzo de 2021, p. 140.


140 A este respecto, la Asociación Española de Pediatría, en Op. Cit., a la pregunta '¿ deben los niños usar mascarillas?', responde: 'NO, si se mantiene la distancia de seguridad, y no hay posibilidad de contacto con superficies
contaminadas'. Tal sería el supuesto de un aula escolar con las mesas separadas.


141 Op. Cit.


142 Hungría, entre otros, https://wiki.unece.org/display/CTRBSBC/Hungary..



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Centros Educativos en el curso 2021-2022, con el fin de que los menores de doce años no tengan la obligación de utilizar mascarillas en su asistencia diaria en los centros educativos.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Promover, con carácter urgente, la modificación de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el fin de modificar la
normativa relativa al uso de mascarillas como medida de protección frente al SARS-CoV-2, de manera que en adelante no sea obligatorio para los menores de doce años.


2. Promover, en coordinación con las diferentes administraciones autonómicas sanitarias y educativas, la actualización con carácter urgente de las Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud frente a COVID-19 para Centros
Educativos en el curso 2021-2022, con el fin de que los menores de doce años y mayores de doce años en espacios exteriores no tengan la obligación de utilizar mascarillas en su asistencia diaria en los centros educativos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2021.-Georgina Trías Gil, Joaquín Robles López, José Ramírez del Río, María de los Reyes Romero Vilches y Teresa López Álvarez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/003252


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la realización de un estudio de las dificultades de inclusión de la población
ex reclusa en España, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Cuando hablamos de inclusión, rápidamente pensamos en aquellas personas o colectivos que están menos integrados en la norma social, que tienen más dificultades para ejercer sus derechos, que disfrutan menos plenamente de sus libertades o que
viven en un entorno poco accesible. Así, cruzamos una esfera -social, laboral, formativa, sanitaria, deportiva, financiera, digital- con un grupo determinado de personas -con capacidades diversas, migrantes, racializadas, con problemas de salud
mental, de zonas vaciadas- y obtenemos un objeto para impactar desde las políticas públicas.


Todos estos colectivos se encuentran en la sociedad, pertenecen a ella, por eso podemos detectar sus dificultades, escuchar sus reivindicaciones. Sin embargo, cuando hablamos de la población reclusa en España, hemos de entender que es un
conjunto poblacional que está al margen, transitando muchos años de su vida por un micro-universo que es muy distinto a nuestra forma de organización y convivencia y al que se han adaptado como forma de supervivencia. Un espacio que no está mediado
por las relaciones libres, donde la vida está planificada desde la punición, el control, el orden y el sometimiento.


Afortunadamente, gracias a los programas impulsados por la SG de Instituciones Penitenciarias en colaboración con entidades sociales, la vida en prisión está repleta de opciones formativas y de tiempo libre, talleres, deportes y actividades
diversas con las que paliar la sucesión monótona de los días. Sin embargo, la inmensa mayoría de actividades que realizan se centran en tratar de que la estancia sea lo menos nihilista y destructiva posible, es decir, se ocupan del aquí y del
ahora.


Poco se incide en el abordaje de la preparación a la libertad, de la recuperación de un estatus de ciudadano que volverá a deambular por un entorno que le es ajeno, que vuelve a una familia con una dinámica que no conoce, que probablemente
haya perdido a los amigos de antes.



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Aunque se dé por hecho que el momento de la libertad es el más ansiado por todas las personas que han estado recluidas en un centro penitenciario cumpliendo una condena, que lo es, también supone un acontecimiento que se vive con gran
nerviosismo e inseguridad, miedo a lo desconocido, a un mundo que ha avanzado a un ritmo que no es el mismo que el de la cárcel y sobre el que se desconocen las claves temporales y contextuales. Además, en muchos casos la libertad no es algo
progresivo; hay quien accede al tercer grado o la libertad condicional, pudiendo adaptarse poco a poco, pero otros muchos internos pasan directamente de la reclusión total a la calle, con el impacto brutal que ese cambio supone.


Es necesario un entrenamiento en habilidades personales y sociales basadas en el libre albedrío y en la responsabilidad individual, pues durante muchos años estas personas se han movido bajo un paradigma de disciplina y de obediencia, sin
apenas actos volitivos.


El reencuentro con la familia es un momento muy complicado, implica volver a una cotidianeidad de la que no se ha sido parte por mucho tiempo y que no se puede vislumbrar a través de los encuentros esporádicos en los centros penitenciarios;
las visitas no impactan en el día a día del preso y sus familiares, pero la vuelta a la convivencia es algo muy distinto. Retomar los antiguos roles -padre, hijo, pareja, amigo, ciudadano- es un proceso complejo que requiere de acompañamiento.


Además, según las organizaciones expertas en este ámbito, a las dificultades con que se encuentran a la salida (problemas en el acceso y cobro del subsidio de excarcelación, inexistencia de circuitos específicos a nivel sociolaboral,
documentación caducada, huella digital imborrable, desfase tecnológico en actividades cotidianas, por reseñar algunas de las más habituales), hay que añadir el fuerte rechazo social, mermando todavía más sus opciones de inserción y soportando un
estigma casi de por vida.


Se impone la necesidad de conocer exhaustivamente la realidad que viven estas personas y de recopilar aquellas iniciativas -si las hay-encaminadas a la preparación a su libertad. El principal valor de la Justicia es que sea educativa y
restaurativa, por lo que los centros penitenciarios no pueden ser sino el espacio idóneo para trabajar en clave de reinserción. Optar por el escarnio y el señalamiento permanente, después de que la sanción ha sido impuesta y cumplida, no es propio
de sociedades democráticas que buscan el pleno desarrollo de todos sus ciudadanos.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España, en colaboración con las comunidades autónomas con competencias en la materia y las entidades representativas de la intervención en el medio penitenciario, a elaborar un estudio,
desde una perspectiva transversal, sobre las causas que dificultan la inclusión en todos los ámbitos de la población ex reclusa, así como recopile buenas prácticas desarrolladas y experiencias de éxito en este sentido, incorporando específicamente y
siempre que sea posible variables de clase, género, discapacidad y salud mental.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2021.-Carmen Baños Ruiz, Diputada.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003253


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición
no de Ley para impulsar el multilingüismo en los procedimientos administrativos que afecten a personas de origen extranjero, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


La declaración del Estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y sus posteriores modificaciones para la gestión de la crisis sanitaria debido a la COVID-19, supuso un gran



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impacto en el funcionamiento de la Administración Pública. En el caso concreto de la Secretaría de Estado de Migraciones, se aprobaron una serie de instrucciones relacionadas con la suspensión, prórrogas, flexibilización de plazos
administrativos como las Instrucciones DGM 6/2020 sobre los procedimientos iniciados relativos a arraigos sociales en el contexto del COVID, las Instrucciones DGM 5/2020 sobre la renovación de las autorizaciones de residencia y/o trabajo en el
contexto de la COVID-19, o las Instrucciones DGM 4/2020 sobre la flexibilización del requisito de medios suficientes en la tramitación de autorizaciones de residencia por reagrupación familiar, entre otras.


Asimismo, el impacto de la pandemia ha significado un aumento exponencial en el uso de las plataformas, aplicaciones, dispositivos y demás herramientas digitales. Este aumento del uso de la tecnología ha impactado en nuestras sociedades
transformando de manera global y transversal nuestras relaciones económicas, profesionales, políticas y sociales tanto en el ámbito público como en el ámbito privado.


Si bien la revolución digital en la que nos encontramos se caracteriza por un sinfín de oportunidades, los retos y obstáculos que presenta exige a los poderes públicos asumir un rol protagonista en la configuración e implementación de la
denominada sociedad de la información.


El Gobierno de España, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, asume el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas como el eje vertebrador de una Administración pública modernizada y con capacidad de
ofrecer servicios a la ciudadanía mediante los principios de eficacia y eficiencia, de acuerdo con el artículo 103.1 de la Constitución Española. Dentro del Plan de digitalización cabe destacar tanto la Medida 2. Eje 1, cuyo objetivo es la mejora
del modelo de atención de las usuarias y usuarios con la Administración, como la Medida 13. Eje 2 referida a la transformación digital en materia de Inclusión, Seguridad social y Migraciones, con el objetivo de mejorar su usabilidad, utilidad,
calidad y accesibilidad.


La puesta en marcha desde comienzos de este año 2021 de la plataforma Mercurio, plataforma que permite la realización de los trámites administrativos relacionados con el sistema de autorizaciones de extranjería -desde nuevas autorizaciones
hasta renovaciones de las mismas- supone la agilización de trámites, siendo un paso más en las previsiones del Plan de digitalización. Asimismo, cabe tener en consideración que la Plataforma Mercurio afecta a un sector de nuestra población que
asciende a más de cinco millones (datos del Instituto Nacional de Estadística-INE, a fecha de enero de 2020. Población residente extranjera) y que, por tanto, facilita y garantiza que toda la ciudadanía acceda con las mismas condiciones de
igualdad, sin negar que, igualmente, se deben seguir haciendo esfuerzos para la reducción de la brecha digital para evitar desigualdades, económicas, sociales y culturales y, de esta manera, poder garantizar que todas y todos logremos acceder a
todos los servicios en igualdad de oportunidades.


Por ello, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España, en coherencia con el derecho de la ciudadanía a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a que dentro del Plan de Modernización de las Administraciones
Públicas se estudien acciones y medidas encaminadas a:


1. Realizar campañas informativas en las diferentes lenguas que utiliza la población inmigrante en España, a fin de dar a conocer la posibilidad de realizar los trámites relacionados con extranjería por vía telemática a través del Programa
Mercurio.


2. Fomentar el impulso y ampliación del multilingüismo de la Plataforma de Traducción Automática, haciendo especial énfasis en el francés -por ser una de las lenguas oficiales de la Unión Europea utilizada como segunda lengua por un gran
número de personas residentes extranjeras en España en los trámites relacionados con extranjería.


3. Implementar, desde una perspectiva de género y en la línea de las actuaciones previstas en el Plan Nacional de Competencias Digitales, acciones de formación que contribuyan a reducir la brecha digital.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2021.-Luc André Diouf Dioh, María Luisa Vilches Ruiz, Esther Peña Camarero, Raquel Pedraja Sáinz, Carmen Baños Ruiz, María Dolores Narváez Bandera, María Inmaculada Oria López, María
Mercé Perea Conillas, Elvira Ramón Utrabo, María Tamara Raya Rodríguez y Mariano Sánchez Escobar, Diputados.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/003220


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adjudicación y
formalización urgente de la contratación de los servicios para la organización, gestión y ejecución del Programa de Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante la temporada 2021-2022, así
como del Programa de Termalismo para el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2021, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Como resultado de la suspensión inicial y posterior cancelación del Programa de Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas y de Termalismo en 2020, más de 300 establecimientos hoteleros de
nuestro país, sector de agencias de viajes, restaurantes y cafeterías, empresas de transporte, locales de ocio nocturno y resto de oferta turística complementaria, que vinculaban de manera directa o indirecta a 90.000 puestos de trabajo, se vieron
enormemente paralizados ante la imposibilidad de prestar servicio a una demanda que solía comprender más de 900.000 viajes y alrededor de 8,5 millones de pernoctaciones con una concentración geográfica a nivel turístico muy dependiente de estos
circuitos. En efecto, se estima que el impacto económico directo de estos Programas se cifraba en torno a la cantidad de 300 millones de euros de manera directa y 600 indirectamente dada su enorme capilaridad.


Por esta misma razón, el Grupo Parlamentario Popular viene emplazando sin éxito al Gobierno desde septiembre de 2020 a la articulación de medidas orientadas al impulso y apoyo de la recuperación de la actividad turística de los destinos que
en condiciones normales reciben flujos del Imserso, a fin de paliar y compensar la pérdida de facturación por el tejido productivo turístico durante un espacio de tiempo tan prolongado.


Resulta imprescindible poner de manifiesto que a pesar de que distintos miembros del Gobierno, -como ha ocurrido con el caso de la titular del Departamento de Industria, Comercio y Turismo o los responsables de Derechos Sociales y Agenda
2030- han venido trasladando de manera reiterada a la opinión pública y a los operadores interesados desde el pasado mes de febrero hasta hace escasas semanas, su convencimiento de que la reanudación del Programa de Turismo Social sería una realidad
incluso desde septiembre del presente año, sin embargo el pistoletazo de salida a un proceso de licitación en sí mismo complejo y que ataña en esta ocasión la distribución de más de 800.000 plazas, no tuvo lugar hasta la primera semana de julio.


A partir de ese momento, la situación podría resumirse en que a día de hoy no se ha producido todavía la adjudicación de esta licitación, a la espera de la resolución de cuestiones administrativas de distinta índole y por consiguiente, tanto
licitadores como intermediarios y destinos desconocen cuándo podrán estar en disposición exacta de dar comienzo a la comercialización y prestación de sus servicios para esta temporada. Al propio tiempo, por el contrario otros operadores turísticos
privados han comenzado ya a comercializar a través de la red de agencias de viajes españolas su propia programación senior para la misma temporada 2021/2022, anticipándose de esta manera al programa oficial correspondiente al del Imserso.


A la falta de una planificación más eficiente y acompañada de mayor celeridad por parte del Gobierno, no podemos obviar aquí añadir la insatisfacción generalizada de los agentes turísticos decepcionados con las condiciones económicas de
contratación impuestas por parte del Ejecutivo socialcomunista, por cuanto según el criterio de los mismos, resulta imposible cumplir los parámetros exigidos a los proveedores y cubrir de manera razonable los costes de producción de los servicios y
actividades (precio de 23 euros/20,90 euros IVA excluido, para una plaza de alojamiento en hotel preferentemente de cuatro estrellas, con desayuno, almuerzo, cena, wifi gratis, animación y todos los servicios hoteleros) y sin que se hayan atendido
mínimamente por tanto las reclamaciones de un sector de por sí diezmado ante los efectos de una crisis sanitaria de proporciones inéditas.



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De otro lado, el BOE de fecha 31 de agosto publicaba la Resolución de 18 de agosto, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo, cuyo
desarrollo de la primera parte de la nueva temporada aparece previsto efectuarse entre el mes de octubre y el mes de diciembre del presente 2021. Sin embargo, a lo largo de las últimas semanas la Asociación Nacional de Balnearios (ANBAL) viene
alertando y denunciando que a día de hoy tan sólo existe constancia de que se hayan formalizado alrededor de 20 expedientes de los 77 contratos de servicios de reserva y ocupación de plazas, lo cual compromete seriamente la fecha prevista del
próximo 1 de octubre para la puesta en marcha efectiva de dicho Programa, y con ello por consiguiente, además del perjuicio que se ocasionaría a sus consumidores y a una mínima planificación de la gestión operativa de estos negocios termales,
desembocaría en un retraso del inicio de la recuperación de muchas comarcas enteras de la España interior para las cuales este Programa constituye un propulsor económico vital del cual depende el mantenimiento de 12.000 puestos de trabajo vinculados
de una u otra manera a alrededor de un centenar de balnearios. Por este motivo, ANBAL acordó remitir una comunicación al Director General del Imserso para que antes del 22 de septiembre informase de si finalmente a partir del día 1 de octubre
comenzará el Programa, bajo reserva del ejercicio de las posibles acciones legales que les pudiese corresponder. Ante la falta de respuesta a la misma, representantes de ANBAL denuncian que ello provocará que un 40 % de los establecimientos
termales se vean abocados al cierre de sus instalaciones hasta el comienzo del Programa, tras haber hecho un importante esfuerzo económico para mejorarlas.


Por todo lo anteriormente expuesto, tras la pérdida irreparable de actividad como consecuencia de la suspensión y cancelación de los Programas descritos desde la pasada temporada, unido a un considerable recorte en el número de plazas
ofertadas en las nuevas convocatorias de ambos, sin olvidar tampoco su escasa dotación presupuestaria, a fin de minimizar los daños y el impacto socioeconómico que el retraso en el reinicio de ambos Programas del Imserso puede seguir ocasionando
sobre la plena normalización de actividad en nuestras regiones turísticas, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción urgente de las siguientes medidas:


- Proceder a la mayor urgencia por parte de la entidad adjudicadora (Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales) a la adjudicación de los tres lotes (Turismo en Zonas de Costa Peninsular, Zonas de Costa Insular y de
Interior y procedencia Europea) de la licitación 'Organización, gestión y ejecución del Programa de Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas', publicado en la Plataforma de Contratación del
Sector Público el pasado 4 de julio de 2021; así como en paralelo, completar la tramitación de la adjudicación y formalización de la contratación negociada sin publicidad de servicios de reserva y ocupación de plazas con la totalidad de los
establecimientos adscritos al Programa de Termalismo para el último trimestre de 2021, haciendo uso para ello de todos los mecanismos, recursos y herramientas extraordinarios a disposición del Gobierno y que garanticen el comienzo del plazo de
ejecución desde la fecha inicial de 1 de octubre de 2021.


- Maximizar y garantizar en todo caso la adecuada protección y seguridad de las personas mayores beneficiarias y usuarias de esta temporada 2021-2022, junto con la de los trabajadores de nuestras zonas turísticas, mediante un estricto
desarrollo y cumplimiento de todos los protocolos.


- Contemplar y establecer la dotación de fórmulas compensatorias de naturaleza económica y de mantenimiento de empleo mediante contratos de obras o servicios, dirigidas hacia aquellos destinos con mayor cuota de afluencia de circuitos
Imserso, para el supuesto de acumularse mayores retrasos en el calendario del arranque efectivo de los dos Programas para esta temporada.


- Activar de manera inmediata el funcionamiento de una mesa de trabajo de la que formen parte los Ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030 e Industria, Comercio y Turismo, junto con una representación suficiente de todos los operadores
de la cadena de valor turística española, al objeto de anticiparse y abordar conjuntamente los aspectos de mejora y actualización de los Programas IMSERSO, así como efectivamente rediseñar unas condiciones sostenibles y competitivas para la
siguiente convocatoria de los mismos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Agustín Almodóbar Barceló e Isabel María Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para priorizar la reindustrialización
de España, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. Planteamiento general.


La industria es un sector estratégico que genera hoy el 13 % del PIB y el 12 % del empleo de forma directa, si bien sus efectos indirectos e inducidos alcanzan, respectivamente, el 43 % de la riqueza y el 30 % del empleo. Los puestos de
trabajo son, en la industria, de alta calidad en términos de salario, estabilidad y formación (con ratios que superan en los tres casos al resto de las actividades de nuestra economía), y su contribución a las cuentas públicas en términos de
cotizaciones, IRPF derivado, IVA, impuestos especiales y otras figuras tributarias, es proporcionalmente superior a la de otros sectores y esencial para garantizar la sostenibilidad fiscal de los servicios sociales del sector público.


La industria es también responsable del 92 % de las exportaciones de mercancías y de más del 50 % de la inversión privada en investigación, innovación y desarrollo tecnológico, área fundamental no sólo para impulsar la competitividad, sino
también para facilitar el desarrollo de productos y tecnologías que garanticen la sostenibilidad y la lucha eficaz contra el cambio climático.


La crisis derivada de la pandemia de COVID-19 ha puesto y sigue poniendo a prueba nuestro tejido industrial, que puede y debe actuar como motor en el proceso de recuperación de la economía española. La experiencia del último año nos ha
mostrado a toda Europa la importancia de consolidar e incrementar la cadena de valor industrial dentro de nuestro territorio. La Comisión Europea ya visualizó el reto de la reindustrialización de Europa en 2014, como quedó expuesto en su estrategia
'Una política industrial integrada para la era de la globalización', en la que establecía como objetivo que la industria representara el 20 % del PIB europeo en 2020.


Sin embargo, este último año de crisis pandémica, ha vuelto a poner en serias dificultades a la industria, lejos de alcanzar el objetivo europeo mencionado. Pero no solo la actual crisis pone en riesgo nuestro tejido industrial. Desde la
década de los años ochenta, la industria española ha venido perdiendo peso por distintas razones, con periodos de cierta recuperación, pero sin que haya sido capaz de conseguir una auténtica reindustrialización hacia el objetivo marcado por la UE
del 20 % del PIB.


Pero sin entrar en el detalle de las causas que en cada periodo de nuestra historia reciente han contribuido al declive del peso industrial en nuestro PIB, hoy ya nadie discute que es necesaria una política industrial y que el acierto o
desacierto en el diseño y ejecución de esa política industrial marcará el futuro de las próximas generaciones de españoles, porque el mundo experimenta hoy una 'ebullición de factores' con grandes dosis de incertidumbre y cambios de paradigma, una
aparición de tecnologías y nuevos modelos de producción, aprovisionamiento y comercialización con una gran capacidad disruptiva. A ello se añade la oportunidad histórica de los fondos europeos del Programa Next Generation UE, que nos brindan la
ventaja de poder contar con los recursos financieros necesarios para acometer las necesarias transformaciones y modernización de nuestro tejido industrial.


Segundo. Políticas y marcos regulatorios para generar confianza que atraiga inversión productiva hacia políticas industriales bien articuladas.


Para comenzar a construir dicha reindustrialización, es imprescindible generar un clima de confianza y estabilidad que atraiga inversión y talento y garantice seguridad jurídica y regulatoria y una trayectoria previsible para los próximos
años.


Ese clima de confianza, exige una política económica eficaz, que garantice el equilibrio macroeconómico y fiscal, que actúe como estímulo a la inversión y la financiación y, con ello, que contribuya al fortalecimiento y desarrollo de una
industria sólida, sostenible, innovadora, competitiva y de proyección internacional.



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Pero, además de la política económica marco, debe desarrollarse una Estrategia Industrial específica que considere las particularidades de cada sector industrial en España, sus retos y oportunidades, un diagnóstico de situación que articule
un plan de acción, a corto, medio y largo plazo, con líneas estratégicas troncales y una batería de propuestas de actuación, concretas y bien delimitadas, sometidas a evaluación y corrección en un proceso de mejora continua.


Esta Estrategia Industrial y los Planes, Agendas y Hojas de Ruta sectoriales deberán desarrollarse con carácter interministerial, transversal a muchos Ministerios y organizaciones públicas, y recogerá actuaciones tanto del actual Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo así como de otros Departamentos Ministeriales, como el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, el Ministerio de Economía y Transformación Digital, el de Ciencia y Tecnología, entre otros Ministerios y
entidades públicas, orientadas a facilitar un entorno empresarial favorable al desarrollo de nuestro tejido industrial.


Desde finales de los años noventa, en los que se asumieron a escala europea las directrices de un desarrollo plenamente sostenible con objetivos cada vez más ambiciosos para alcanzar una economía descarbonizada y circular, los diferentes
gobiernos han planteado sucesivas agendas y estrategias industriales con el objetivo de que nuestra economía productiva alcanzara los nuevos retos manteniendo su competitividad. En este contexto, fenómenos disruptivos como la crisis financiera de
2008 -y más recientemente la pandemia mundial-, o el desarrollo de tecnologías avanzadas en la lucha contra el cambio climático, la eficiencia energética o la digitalización, han provocado una actualización más o menos continua y de menor o mayor
calado, de los posicionamientos estratégicos respecto a la industria.


Así en la última década, se aprobó en julio de 2014 la 'Agenda para el Fortalecimiento del Sector Industrial en España' que establecía diez líneas de actuación estratégicas en tres ámbitos de actuación (nacional, internacional y
transversal), tras la cual se articularon una serie de planes y agendas sectoriales de los sectores productivos estratégicos, elaborados con plena participación de los sectores afectados, y que fueron públicamente presentados a lo largo de 2018 y
2019. Las agendas sectoriales aprobadas hasta el momento abarcan la industria eólica, la industria aeronáutica, la industria química y del refino, la industria espacial, la industria cementera, la industria naval, la industria papelera y la
industria de automoción. También en 2018 se impulsó el Marco Estratégico de la España Industrial 2030 y, en 2019, las Directrices Generales de la Nueva Política Industrial Española 2030.


Tercero. Diagnóstico de situación general y reformas pendientes.


La evolución de la industria manufactura en España presenta, desde la crisis desde 2008, una evolución negativa pese al periodo de recuperación experimentado entre 2014 y 2019. Así, su contribución a la economía se ha reducido en términos
de valor añadido bruto, índices de producción, cifra de negocios y número de empresas, siendo especialmente relevante la caída del empleo. Así, en 2019, apenas se superaron los 2 millones de puestos de trabajo (2.030.000), frente a los 2,6 millones
registrados en 2008 (2.629.500), lo que ha incidido no solo en la pérdida de la calidad del empleo a nivel global, sino en los propios ingresos del estado, con una reducción de los ingresos por cotizaciones del 17 %.


Independientemente de las crisis globales de 2008 y 2020, que sin duda han sido dos factores determinantes en el registro de este comportamiento, los costes energéticos -y particularmente de la electricidad- se han configurado como el talón
de Aquiles de nuestra economía industrial, esencialmente por la sucesiva introducción de costes regulados ajenos al transporte y distribución, y a la disminución progresiva de sistemas de compensación que sí operan en las principales economías de
nuestro entorno competitivo.


En el último barómetro comparativo de precios eléctricos finales para la industria electrointensiva (correspondientes al 24 de mayo de 2021), muestran que los precios del mercado mayorista son una 36 % y un 8 % superiores a los franceses y
alemanes, y que los costes regulados en España son 18 veces más elevados que los franceses y 5 veces que los alemanes. Todo ello unido a nuestro menor sistema de compensaciones, arroja un diferencial en el precio final difícilmente sostenible y
justificable: las empresas intensivas pagan en España un 114 % más y un 57 % que sus homólogas en el país vecino y Alemania.



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A esta situación se añade el Anteproyecto de Ley de Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico que, con su diseño actual, podría incorporar un sobrecoste superior a los 2.600 millones € a los consumidores industriales,
afectando especialmente a las industrias consumidoras de gas y a aquellos sectores con consumos intermedios y elevados de electricidad. La propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ya ha llamado la atención sobre este
particular en su Informe sobre dicho Anteproyecto de Ley. Algunas estimaciones calculan un incremento del 8 % de la factura energética a 3.500 industrias españolas como consecuencia del actual diseño del Fondo.


El Comité de Expertos para la reforma del sector energético en su Informe de marzo de 2018, recomendaba distintas opciones y, entre ellas, trasladar los costes hundidos de la transformación a los Presupuestos Generales del Estado. Debe
tenerse en cuenta además que el sector eléctrico no compite internacionalmente, mientras que el sector de hidrocarburos y la industria si están sometidos a esa competencia internacional, por lo que es necesaria un mayor análisis y escenarios de
sensibilidad sobre la mejor forma de distribuir la carga fiscal inherente a la vocación transformadora hacia la descarbonización de manera coherente en tiempo y forma para que nuestra industria sea parte de la solución.


Finalmente, está el Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética desde junio del año pasado, aprobado en una sola sesión sin apenas debate de las más de 700 enmiendas presentadas, en sesión de la Comisión de Transición
Ecológica y Reto Demográfico en el mes de abril de 2021. La abstención final del Grupo Parlamentario Popular es la expresión de la contradicción de los términos de dicho proyecto de Ley con los compromisos asumidos por los grupos parlamentarios que
apoyan al Gobierno, cuando se aprobó impulsar un Pacto por la Industria en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


También debe resaltarse, por su importancia como ha sido puesto de relieve en recientes comparecencias en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo, el efecto demoledor para nuestro tejido productivo de la alta morosidad que se
experimenta en España en comparación con nuestros vecinos europeos. En un año 2020 marcado por la crisis del COVID-19 y por la relajación de la disciplina fiscal para hacer frente a sus consecuencias económicas, -que se ha traducido en un
espectacular incremento de la deuda pública española-, sin embargo, la situación de morosidad en el pago a empresas, PYMES y autónomos sigue empeorando. En el último Informe de Comportamientos de Pagos 2020 elaborado por



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la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, se muestran datos preocupantes en un contexto tan excepcional como el que viven nuestro tejido productivo:


- El Plazo medio de pago en el sector privado es de 77 días, con un incremento del 5 %, (4 días) frente a los 73 de 2019.


- El Plazo medio de pago en el sector público es también de 77 días, pero con un incremento mayor (incremento de 7 días, un 10 %) frente a los 70 días de 2019.


Según la Plataforma, medio millón de empresas están en riesgo de quiebra principalmente por el retraso en los pagos. El mismo Informe señala que, según las empresas encuestadas, si cobraran todas sus facturas en plazo, el 11 % reducirían su
necesidad de financiación en más de un 40 %, y el 24 % de los encuestados la rebajarían entre un 20 % y un 40 %. Por otro lado, la ratio de morosidad (porcentaje de impagos respecto al total de facturación), se cifró en el 5,4 %, lo que significó
un aumento de un 74 % respecto a 2019.


Además, las empresas españolas sufren esta situación con mayor intensidad que las europeas. Según la información aportada en el informe de la Comisión Europea de junio 2018, 'Business-to-business transactions: a comparative analysis of
legal measures vs. soft-law instruments for improving payment behaviour', los plazos de pago en España son los más largos de la UE.


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Toda la situación expuesta no puede ser desconocida a la hora de abordar la estrategia para la consolidación y recuperación de la cadena de valor industrial, constituida en su inmensa mayoría por PYMES.


En el corto plazo, hay que poner en marcha un Plan de Rescate a la Economía Productiva en coordinación con las diferentes administraciones públicas, los agentes sociales y el resto de las fuerzas políticas. También a corto plazo, debe
aprobarse un Plan de Reequilibrio Fiscal.


En el largo plazo son imprescindibles reformas estructurales, que nos permitan aumentar la competitividad de las empresas, reducir trabas burocráticas, abaratar los costes energéticos y apostar por las personas apoyándonos en:


- La educación y la formación: hay que retirar la actual reforma educativa e iniciar un Pacto de Estado por la Educación que, desde el máximo consenso, nos sitúe en la vanguardia de las nuevas tecnologías y permita a nuestros estudiantes
competir en un mundo globalizado, digital y tecnológico.



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- La digitalización: la transformación digital hacia la España 5.0 nos permitirá aprovechar las oportunidades que ofrecen tanto la globalización como las nuevas tecnologías para aumentar nuestra competitividad y situarnos al frente del
desarrollo económico y social.


- La descarbonización, que sea fruto de la creciente electrificación de nuestro sector energético con energías limpias, pero de manera compatible con otros combustibles renovables y sin emisiones, que facilite la transformación de nuestra
industria y su contribución a la recuperación y a la sostenibilidad de nuestro progreso.


Sin embargo, iniciativas expresadas por el Gobierno en torno a la derogación de la reforma laboral; subidas adicionales de impuestos; subida de la base máxima de cotización a la Seguridad Social; pagos por el uso de vías de alta
capacidad; nuevamente el impuesto al diésel y la creación de un comité de expertos para la reforma fiscal con el encargo de elevar la recaudación tributaria en 80.000 millones de euros, pueden suponer un freno extremo para bordar la recuperación
económica e industrial que precisa España. Tal y como expresa el Informe de la OCDE respecto a España: 'Cualquier subida de impuestos solo se debería implementar una vez que la recuperación esté firmemente en marcha, y posiblemente necesite ir
acompañada de medidas compensatorias focalizadas y limitadas en el tiempo para los hogares más vulnerables'.


El objetivo tiene que ser otro. El objetivo tiene que ser llevar a cabo transformaciones y reformas estructurales dirigidas hacia la descarbonización de nuestra economía, generando progreso, empleo y nuevo tejido productivo. Pero no
haciendo 'tabla rasa' de la industria pre-existente. La Unión Europea en su Estrategia de política industrial de 10 de marzo de 2020, recientemente actualizada, establecía la necesidad de evaluar con detalle las oportunidades y los retos que se
presentan a los ecosistemas industriales.


Cuarto. Las singularidades de cada sector industrial y su evolución en la post-pandemia.


En definitiva, se precisa una política industrial proactiva y adaptada a la situación generada con la crisis de la pandemia y a los cambios en las cadenas de valor globales, en la que deben actualizarse las agendas sectoriales con arreglo a
la situación excepcional que experimentan los distintos sectores industriales. Las políticas energéticas y de descarbonización deben orientarse simultáneamente a lucha contra el cambio climático y a mejorar la competitividad de nuestra industria, y
no a alcanzar una a costa de la otra, porque de lo contrario pondremos en riesgo a nuestras empresas y los objetivos de atracción de talento y relocalización industrial en nuestro país.


Los cierres y despidos colectivos que afectan a grupos industriales en España se anuncian cada semana. Al menos 16 grandes empresas industriales, como Airbus, Bosch, CIE Automotive, Gestamp, Siemens Gamesa, Nissan, Abengoa, Alcoa, Celsa,
Duro Felguera, Acciona Facility Services, ITP Aero, Airnnova, Tubacex, Continental, TE Connectivity, U-Shin. Jobelsa, Heineken, Coca-Cola, Italco, entre otros, han anunciado recortes de plantilla que afectarían a más de 5.000 trabajadores. Solo
los casos más mediáticos suponen la extinción o peligro de desaparición de más de 22.000 empleos en España.


La pandemia de COVID-19 ha llevado a nuestra industria a experimentar dificultades adicionales a los problemas que ya se habían detectado en algunos sectores históricamente. El INE diagnosticó la caída del Índice de Producción Industrial en
más de un 9 % en el 2020, la mayor caída desde hace 11 años, pero no es menos cierto que esa afectación no es homogénea y ofrece claros indicios de que también surgen nuevos retos y nuevas oportunidades si se desarrollan las políticas industriales
adecuadas.


Ante este contexto, y como ya se señalaba en nuestra Ponencia del Grupo Parlamentario Popular en la denominada Comisión para la Reconstrucción, en junio del pasado año 2020, la industria debe ser prioritaria en el Plan de Recuperación y no
limitarse a aceptar los impactos negativos que se derivan para ella de las políticas de otros Ministerios. Como hemos señalado, está ya aprobada la Ley de Cambio Climático, del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico. Y del mismo
Ministerio, se encuentran en fase de tramitación el Anteproyecto de Ley para la creación del Fondo Nacional para la Sostenibilidad y del Sistema Eléctrico Nacional, el proyecto de Ley de Residuos y el de Economía Circular. La Estrategia Digital
España 2025 del Ministerio de Asuntos económicos y de Transformación Digital, también tiene a su cargo desarrollos transversales que impactan en la Industria, como los programas relativos a la Industria 4.0. De la misma forma, los Ministerios de
Ciencia e Innovación y el Ministerio de Educación, deben trabajar en los desarrollos de investigación, innovación, centros tecnológicos y el fortalecimiento de las capacitaciones y el ecosistema universidad-empresa-clústers-



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administraciones, contando con importantes partidas presupuestarias asignadas en los Presupuestos Generales del Estado de 2021.


Si a ello se añaden las ayudas europeas procedentes del programa Next Generation UE, la conclusión no puede ser otra que la industria española necesita más que nunca una auténtica política industrial que sea capaz de encajar todas las piezas
del complejo mosaico de actuaciones ministeriales que afectan muy intensamente a la industria y aprovechar todo el potencial transformador de los fondos comprometidos por la UE.


Quinto. La oportunidad para la reindustrialización con las ayudas europeas y sus condicionantes.


Como es bien sabido, el pasado 21 de julio de 2020, en respuesta a esta situación excepcional de la pandemia, se alcanzó un histórico acuerdo en el Consejo Europeo sobre un nuevo Fondo de Recuperación, ratificado este mes de febrero por el
Parlamento Europeo, que permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes en los próximos años; más de 140.000 millones de euros. Sólo para el ejercicio 2021, los Presupuestos Generales del Estado contemplan una dotación de
24.128 millones de euros del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia y 2.436 millones del programa React EU.


La primera reflexión es que los fondos europeos conllevan una obligación -habrá que devolverlos en el futuro- y una responsabilidad -invertirlos correctamente en proyectos que generen riqueza y empleo y eviten una carga futura-, que exigiría
una coordinación (por no decir consenso) con el resto de AAPP (tanto CC.AA. como EE.LL.), con la sociedad civil y con todas las fuerzas políticas, una gestión profesionalizada, y un control ágil, pero estricto de los mismos.


Así intentó facilitarlo este Grupo Parlamentario Popular con la propuesta de una Autoridad Independiente para la Recuperación Económica, que permitiera que la gestión se hiciera de forma profesional e independiente, como se ha hecho en otros
países europeos: Olivier Blanchard en Francia, premio nobel de economía en 2014; Vittorio Colao en Italia, ex Consejero mundial de Vodafone; el Consejo de Expertos para la Evaluación del Desarrollo Macroeconómico en Alemania, el llamado grupo de
los 5 sabios que asesora de forma independiente a los gobiernos alemanes desde hace 60 años.


La segunda reflexión es, ¿qué condicionalidad hay asociada a la percepción de estos fondos? En la enésima presentación del Plan de Recuperación hemos conocido 212 reformas e inversiones (en realidad, unas y otras se mezclan) que no se
concretan. Todo son Estrategias, Agendas, Planes o Nuevas Leyes de los que solo se conoce el nombre, pero no el contenido ni el detalle. Imposible estar de acuerdo o en contra de algo que no se conoce.


¿Cuánto de esos planes, reformas e inversiones se van a traducir en proyectos que consoliden industria o que generen nueva industria nacional? Se dan cifras pero no se explica de donde salen ni cómo se van a ejecutar, y da la impresión de
que una misma partida de los PGE se combina para ser incluida en distintas 'medidas', amplificando artificialmente el presupuesto disponible. Hay que recordar que los recursos que se asignar en los Presupuestos Generales de 2021 al Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo no se aprecia prioridad alguna por su parte hacia este Ministerio estratégico para salir de la crisis; recibe 1.798 millones de los 26.634 millones de los fondos europeos que asignan a este ejercicio; el 6.7 % de esos
fondos, cuando la suma de peso en el PIB de Industria, Comercio y Turismo, alcanza sobradamente el 40 % y son sectores especialmente golpeados por esta crisis. Y de ellos, 1.300 los consumen las transferencias para el sector del turismo, claramente
insuficiente para el sector, y que deja al mismo tiempo al resto de políticas del Ministerio 'ahogadas' y sin prácticamente sin presupuesto disponible procedentes de estos fondos europeos.


Y entre tanta generalidad que 'maquilla' la escasez presupuestaria para la política industrial, se diluyen las reformas estructurales y transversales que nuestra industria y nuestro tejido productivo necesita y que realmente van a exigir en
Bruselas: reforma del mercado laboral, simplificación normativa y mayor unidad de mercado, reforma educativa y de la formación, medidas para volver al equilibrio presupuestario o reforma de las pensiones y de los mecanismos contributivos, que
penalizan hoy la creación de empleo...


En la presentación del pasado 7 de octubre del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el Gobierno señalaba diez políticas clave. De ellas, solo una, la número 5, se enfoca en la Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España Nación Emprendedora, que incluye un componente sobre 'Política Industrial España 2030' y esta a su vez contiene el Programa de Impulso de proyectos tractores de Competitividad
y Sostenibilidad Industrial.



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Sexto. Los proyectos tractores (PERTES) y su proyección industrial.


La categorización de los proyectos como 'proyectos tractores' se introduce en el Real Decreto Ley 3612020, de 30 de Diciembre, -ratificado por el Congreso y tramitado en la actualidad como Proyecto de Ley-, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).


Sin embargo, existen muchas dudas e incertidumbres sobre cómo se procederá a la evaluación de los proyectos, los criterios reglados para la decisión, la participación de los agentes económicos y sociales y de las CCAA y la supervisión del
proceso por parte del Parlamento, a fin de que no se dilapiden los recursos en proyectos dispersos y sin real capacidad tractora y transformadora.


Las dudas se acrecientan cuando consta que, -sin saber aún cual será la redacción final como Ley de dicha normativa reguladora-, diferentes Ministerios, y entre ellos el Ministerio de Industria, han comenzado los procesos denominados de
Manifestación de Interés (MDI), con el objetivo de identificar áreas de interés dentro del Programa de Impulso de proyectos tractores de Competitividad y Sostenibilidad Industrial, que permitan identificar posibles grandes proyectos y sus
condicionantes, para impulsar aquellos proyectos estratégicos de máximo impacto mediante futuras convocatorias del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que faciliten el desarrollo de dichos proyectos estratégicos para la transición
industrial.


Y, por otro lado, aunque lo cierto es que los proyectos presentados en dichas MDI no generan ningún derecho al acceso a la potencial financiación que pueda convocarse por la Administración para el apoyo de proyectos tractores, ni ninguna
obligación a la Administración, no deja de existir un riesgo de que las convocatorias oficiales de ayudas se 'adapten' a los proyectos analizados en los MDI, con riesgo de la más eficiente concurrencia y competencia, cuando la normativa, los
criterios reglados, las dotaciones presupuestarias disponibles y, en definitiva, las políticas estratégicas, están aún sin definir. En definitiva, en lugar de adaptar la política industrial a los proyectos presentados a iniciativa de parte, en
situación de incertidumbre regulatoria y en plazos muy breves, sería deseable que los proyectos se articulen en torno a una política industrial de país claramente y previamente definida para, al menos, todo el periodo plurianual 2021-2026 de
ejecución de los fondos comunitarios, en torno a un Pacto de Estado por la Industria que otorgue estabilidad y certidumbre a dicha política industrial.


Se han presentado a las distintas declaraciones de interés puestas en marcha por varios Ministerios, más de 4.000 proyectos industriales. Tan solo los 462 proyectos presentados en el Ministerio de Industria y que cumplían con los requisitos
de la convocatoria, totalizaban una previsión de inversión de 143.000 millones de euros, cribados posteriormente hasta 139 proyectos con una inversión de 30.000 millones. Debemos dar preferencia industrial al Plan de Recuperación, y que ninguno se
quede sin ejecutar. Por eso es preocupante que el Ministerio de Industria solo disponga de 2.000 millones, apenas un 7 % de lo solicitado, del conjunto de los fondos europeos para 2021.


Séptimo. El necesario giro en la buena dirección para la reindustrialización; no partimos de cero.


Toda buena política consiste en definir prioridades y anticipar situaciones para potenciar las oportunidades y mitigar los riesgos. Y en la industria, esa buena política es imprescindible y determinante para consolidar e impulsar nuestro
tejido industrial en el actual contexto de crisis, pero también de oportunidad histórica y, probablemente, irrepetible. No es una buena solución actuar solo reactivamente a la situación, atendiendo solo los proyectos cuyos promotores tienen la
capacidad y el legítimo interés de catalogarlos como prioritarios y estratégicos para su propio desarrollo de negocio.


No parece tampoco equilibrado que los Presupuestos Generales del Estado para 2021 apenas dediquen 300 millones de fondos europeos en el ámbito del Ministerio de Industria y, sin embargo, se destinen 5.000 millones al IDAE o casi 7.000
millones para el Ministerio de Transición Ecológica, para proyectos que pueden acabar impulsando las industrias de terceros países con productos y servicios traídos del exterior.


En esa tarea, la Estrategia para la Industria es un marco de referencia de actuaciones a corto, medio y largo plazo que debe actualizarse para incorporar las lecciones aprendidas con la nueva situación creada con la pandemia de COVID-19.
Esa actualización debe ser fruto de la reflexión conjunta entre autoridades y agentes económicos y sociales, pero las actuaciones urgentes e inmediatas a muy corto plazo exige la identificación de los criterios fundamentales para que nuestra
industria no se quede atrás.



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Es necesario, -como venimos reiterando en esta PNL-, que el Ministerio de Industria desarrolle eficazmente los planes sectoriales actualizados a la excepcional situación de la pandemia. El Plan de automoción de junio de 2020 debe
desarrollarse con dotaciones presupuestarias suficientes y proyectos concretos. En ese sentido, es una buena noticia la aprobación en sesión de 16 de diciembre pasado, de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular sobre el impulso a
la cadena industrial del vehículo eléctrico y alternativo, con el apoyo de todos los grupos de la Cámara, que marca una buena hoja de ruta sobre cómo se puede seguir apoyando a nuestra industria con la indicación de directrices concretas.


Cómo también constituye un ejemplo de responsabilidad la enmienda transaccional suscrita por Grupo Socialista, GPP y Cs en relación con la Proposición no de Ley 161/000776 sobre un Pacto por la Industria, también aprobada en la Comisión de
Industria, Comercio y Turismo en su sesión de 13 de octubre de 2020, y que incorpora los ejes principales del Pacto por la Industria que dejó formulado el Gobierno de Mariano Rajoy hace ya casi tres años, días antes de la moción de censura. En esa
propuesta transaccional de Grupo Socialista, Grupo Parlamentario Popular y Grupo Ciudadanos, aprobada en Comisión, el Congreso insta al Gobierno a desarrollar un Pacto por la Industria y una serie de medidas que, lamentablemente y pese a la urgencia
de la situación, siguen sin impulsarse, incluyendo la nueva Ley de Industria.


Especialmente relevante es que no existe una adecuada gobernanza que permita hablar de una auténtica política industrial de Gobierno o de país; algunos de los Ministerios que tienen la capacidad de orientar los fondos europeos hacia
programas y proyectos concretos, parecen considerar la industria como el 'enemigo a batir'; y las nuevas cargas tributarias sobre el componente energético de hidrocarburos que alimenta en gran medida a nuestra industria, amenaza su sostenibilidad y
competitividad, incumpliendo por tanto, lo mandatado por el Congreso al Gobierno en la referida Resolución. Este es uno de los puntos principales que justifica esta Proposición no de Ley, porque, como se verá más adelante, no se pretenden poner en
cuestión los objetivos climáticos ni los retos de descarbonización de la economía española. La cuestión no es el qué, sino el cómo.


Y hay que cambiar radicalmente el enfoque de los fondos europeos para priorizar su inversión en tejido industrial. La coherencia y eficacia de esa Política industrial de Estado tiene que ponerse a prueba en la selección, coordinación,
ejecución y supervisión de los proyectos tractores que puedan formar parte de esa primera fase de impulso de la reindustrialización en España.


Al Plan de Recuperación con los fondos europeos se les está dando un enfoque excesivamente transversal desde los Ministerios que atienden a las principales políticas consideradas prioritarias por la propia UE, pero falta trasladar y combinar
ese enfoque con un desarrollo vertical bien planificado y muy enfocado a la consolidación y generación de tejido industrial en España, que supere la dispersión en proyectos desconectados entre sí o limitados a un solo ejercicio presupuestario.


Los proyectos deben de tener como objetivo generar riqueza y empleo a largo plazo y transformar la economía a un coste razonable desde un punto de vista de la eficiencia. Para ello se requiere una estrategia bien planificada, pero también
un análisis del impacto en el tejido industrial de las distintas iniciativas legislativas en marcha en relación con las políticas climáticas y ambientales o la política fiscal, para el máximo aprovechamiento de dichos los fondos. Deseos y
voluntarismo político y realidades industriales y económicas pueden no coincidir. Para que un proyecto sea innovador y transformador, lo primero que hay que conseguir es que sea rentable, implementable y sostenible; no sólo se trata de incorporar
nuevos sistemas de energía o de digitalización, es una oportunidad de mejorar la regulación, atraer inversión privada y desarrollar ecosistemas industriales interconectados.


Es urgente articular una buena Estrategia Industrial con esos 4.000 proyectos presentados como Manifestaciones de Interés y desarrollar un Plan que incorpore inversión privada, con modificación del Reglamento para cofinanciamiento por
categorías, por ejemplo. Francia ya ha adjudicado 16 proyectos con importe medio de 16 millones con un 23 % de subvención. El Gobierno debe negociar con Bruselas la modificación de las categorías para que el 20 % pueda ser un mínimo, un suelo,
pero no un máximo de cofinanciamiento. Hay que ser ambiciosos, dada la situación excepcional. Esas modificaciones deben ir orientadas a priorizar la industria nacional para alcanzar el objetivo europeo del 20 % del PIB. Cada país puede solicitar
a la Comisión que se exonere el Reglamento con propuestas individualizadas de ayuda por proyecto, justificando la petición de mayores coeficientes de cofinanciamiento para evitar la deslocalización industrial hacia países con mejores sistemas de
ayudas de apoyo a la industria. En este punto es



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necesario recordar que el Congreso insta al Gobierno a apoyar a la industria '...con los mismos instrumentos y en la misma cuantía que lo hacen otros países europeos...'.


Por otro lado, la gobernanza de la Estrategia, el Plan y la Política industrial debe articularse más eficientemente que hasta ahora. Debe tener en cuenta la plurianualidad de las ayudas europeas, el ámbito temporal de los créditos
considerando su continuidad en los próximos años para planificar el desarrollo de cada proyecto por fases; los proyectos industriales requieren una planificación de medio y largo plazo, una maduración que no puede improvisarse. Si no se tiene en
cuenta esta particularidad, los fondos corren el riesgo de acabar destinados en proyectos tradicionales, antiguos o en meros 'Planes E' de compras de equipos o actuaciones puntuales, con muy poca capacidad tractora para modernizar y reindustrializar
nuestra economía. El elemento tiempo es determinante para ser ágiles, pero también inteligentes y realistas; se necesita tiempo para ir madurando la transformación, modular los plazos. Un efecto transformador en el corto plazo en la industria, es
imposible.


Adicionalmente, también es importante para una adecuada cogobernanza establecer mecanismos realistas de corresponsabilidad; en los proyectos muy grandes, con vocación tractora de cientos de millones, en el que entran muchos socios de varios
sectores (por ejemplo, irrigación, con 200 o 250 socios), los mecanismos de responsabilidad de los socios deben establecer modelos en las que pueda individualizarse la responsabilidad de cada socio, porque en caso contrario, nadie firmará un
Consorcio con responsabilidades solidarias multimillonarias con 200 socios que no conoce. Esta cuestión cobra aún más importancia a la hora de incorporar al ecosistema de Pymes a los grandes proyectos tractores, así como al rol que corresponderá al
Gobierno y a las participaciones públicas empresariales en la conformación y gobernanza de dichos consorcios, porque la inversión privada es incompatible con una gestión burocratizada de los proyectos empresariales industriales.


El acierto en esa Estrategia, en el Plan de ejecución en la primera fase de corto plazo y en su gobernanza, supone que España se juegue en los próximos tres años ganar o perder entre 15 o 20 años de desarrollo industrial.


En definitiva, esta Proposición no de Ley quiere visibilizar el esfuerzo que realiza nuestra industria y el apoyo que desde las administraciones públicas todos debemos estar comprometidos a ofrecerles, con un Pacto de Estado, que desarrolle
a corto plazo los ejes citados, con partidas presupuestarias procedentes no solo del Ministerio de Industria, sino también de las políticas transversales de digitalización, de innovación, de transformación energética, de economía circular, de otros
ministerios, y con mecanismos de gobernanza que permitan una gestión eficiente y transparente de la asignación y supervisión de las ayudas procedentes de la UE. En ese sentido, el GPP seguirá apoyando las negociaciones que sean necesarias con sus
socios del Partido Popular Europeo para que las decisiones de la UE consideren los intereses y necesidades de la industria española. Los objetivos climáticos no están en cuestión, pero sí el cómo alcanzarlos de manera eficiente en términos de
productividad, progreso y empleo, ya que el Gobierno, bajo el impulso de las políticas del Ministerio de Transición Ecológica, no está atendiendo a lo aprobado en este Congreso como parte de un Pacto por la Industria.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


Para instar al Gobierno a elaborar un 'Plan Extraordinario para Reindustrializar España. España Reindus 2020-2050', que integre, armonice y continúe los ejes estratégicos de la 'Agenda para el fortalecimiento del sector industrial en
España' de julio de 2014, el 'Pacto por la Industria' ofrecido junio de 2018, y las Directrices Generales de la nueva política industrial española 2030' de febrero de 2019, actualizado a las nuevas y excepcionales circunstancias y considerar la
implicación de todos los Ministerios, bajo el liderazgo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


El Plan Extraordinario España Reindus. 2020-2050 contendrá cuatro grandes áreas de actuación y, al menos, dos protocolos para las transformaciones transversales prioritarias.



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Cuatro áreas de actuación y ejes principales de desarrollo.


1. Medidas de Carácter Estratégico, que deben desarrollar un Pacto Nacional por la Industria, consensuado entre las principales fuerzas políticas, Comunidades Autónomas y agentes económicos y sociales, que incluirá varios elementos clave:


1.1 La constitución en el plazo de un mes, en el seno de la Comisión de Industria, Comercio y Turismo, de una Mesa para el Pacto de Estado por la Industria, que vele por el cumplimiento y desarrollo del Pacto de Estado acordado en la Cámara.


1.2 La elaboración de una Estrategia Industrial Actualizada Para la Reindustrialización 2020-2030, que actualice y adapte a la situación creada con la pandemia de COVID-19 los planes vigentes, las agendas sectoriales y se enfoque en las
oportunidades de transformación generadas con el programa de fondos europeos Next Generation UE.


1.3 El desarrollo y culminación de los trabajos necesarios para, en el plazo máximo de tres meses, proceder a la aprobación de una nueva Ley de Industria que incorpore los cambios estructurales en los mercados globales, las nuevas tendencias
de los fenómenos disruptivos y las crecientes posibilidades tecnológicas con el objetivo de consolidar un tejido industrial sostenible, moderno, competitivo y generador de empleo de calidad.


1.4 Un Protocolo para la Descarbonización de la Industria para la reforma del marco regulatorio del sector energético español, con enfoque global y sistémico, que garantice su sostenibilidad técnica y económica de manera equitativa y
mediante una transición justa, gradual, coste eficiente e inteligente.


1.5 Una Agenda para la Industria 5.0 que incorpore sistémicamente innovación, tecnologías disruptivas, digitalización y formación singularizada para las nuevas necesidades y requerimientos laborales de nuestro tejido industrial.


2. Medidas de Carácter Macroeconómico, cuyo objeto es mejorar el entorno en el que funciona la industria creando un marco de confianza, seguridad jurídica y previsibilidad regulatoria para atraer inversion al tejido productivo y al empleo
industrial. Sus ejes fundamentales de actuación serán los siguientes:


2.1 Rebaja de la presión fiscal a emprendedores, autónomos, familias y empresas, a fin de incrementar la actividad y ensanchar la base imponible para mantener el gasto social necesario en nuestro Estado del Bienestar, incentivar el consumo y
atraer inversión y relocalización de empresas del exterior.


2.2 Cumplimiento de la obligación legal de elaboración por el Gobierno de un Plan de Reequilibrio presupuestario a medio plazo, como medida necesaria que debe acompañar a la suspensión de las reglas fiscales, a fin de generar credibilidad en
los inversores, agentes y mercados financieros.


2.3 Plan nacional de Simplificación burocrática con el objetivo de modernizar la Administración pública y hacerla más eficiente, facilitar trámites y licencias, incentivar el emprendimiento empresarial y permitir mayores economías de escala
reduciendo la heterogeneidad administrativa de escala subestatal.


2.4 Priorizar la formación y los mecanismos de flexiseguridad vinculados al mantenimiento de los modelos que permiten la flexibilidad suficiente para evitar despidos (ERTEs, teletrabajo...), el perfeccionamiento de las capacidades del
empleado para su rápida contratación, y el impulso del emprendimiento (tarifa plan autónomos, mejora ley de segunda oportunidad, agilidad constitución microempresas...), mediante esquemas de colaboración público-privada y reforma del ecosistema
formativo Universidad-Empresa-Administración.


2.5 Favorecer la competitividad mediante una regulación más sencilla e inteligente, y mejorando la profesionalización, independencia y modernización de los organismos reguladores.


3. Medidas de Carácter Coyuntural, con un doble objetivo:


3.1 En primer lugar, garantizar que se maximiza el potencial transformador de los programas de financiación habilitados por la UE mediante el mecanismo Next Generation UE y otros, con visión holística de la creciente convergencia de los
sectores industriales, energéticos y digitales y atendiendo entre otros, a los siguientes ejes:


3.1.1 Declarar de interés nacional y prioritarios los proyectos de naturaleza industrial postulados para la asignación de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de forma que se asignen



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a ellos al menos el 30 % de la cantidad total de dichos fondos europeos, considerando proyectos que puedan abarcar todo el periodo plurianual.


3.1.2 Inversión con criterios de costo/eficiencia de los recursos procedentes del Fondo Europeo para la Recuperación y la Resiliencia, que pueda generar riqueza y empleo que permita devolverlo en un futuro sin incrementar la carga de la
deuda a las generaciones futuras.


3.1.3 La priorización hacia proyectos industriales de los fondos europeos de transformación, que pongan especial atención en mecanismos que faciliten la participación de las PYMES y el emprendimiento español en la cadena de valor.


3.1.4 Cambio radical en los procesos de análisis y selección, estableciendo mecanismos que garanticen la transparencia y la concurrencia competitiva para su asignación a los proyectos y la adecuada transición justa en los territorios
mientras estén vigentes los fondos europeos, minimizando los riesgos jurídicos ante la revisión de las instituciones europeas, así como la incorporación de mejoras en el marco normativo que faciliten:


i. Mecanismos eficientes de asignación de responsabilidad entre los partícipes de cada Consorcio.


ii. La efectiva incorporación a los proyectos por parte de las Pymes, atendiendo a sus peculiaridades.


iii. Los baremos adecuados de co-financiamiento para la mayor atracción de inversión privada que complemente los fondos comunitarios asignados a los proyectos


3.1.5 Creación de una Autoridad Independiente para la Recuperación Económica que; a) garantice una ejecución ágil, eficaz y eficiente de los fondos europeos; b) evite que se conviertan en un nuevo Plan de gasto improductivo que dilapide el
dinero sin generar riqueza ni empleo; c) salvaguarde el interés general, estableciendo todos los controles que eviten un uso discrecional y partidista de los mismos.


3.2 En segundo lugar, un conjunto de medidas de carácter paliativo, con el objetivo de recuperar lo antes posible la actividad económica tras la pandemia. Estarán constituidas fundamentalmente por dos Planes de Choque complementarios y
adicionales a las medidas ya vigentes: el Plan de Rescate a la Economía Productiva y el Plan de Reequilibrio Fiscal.


3.2.1 El Plan de Rescate a la Economía Productiva -en coordinación con las diferentes administraciones públicas, los agentes sociales y el resto de las fuerzas políticas- tendrá como objetivo:


- Apoyar a todos los autónomos y pymes que tienen negocios viables pero que se encuentran en situación de riesgo de insolvencia por una situación que se está alargando en el tiempo mucho más de lo inicialmente previsto.


- Incluir todos los territorios de nuestro país en igualdad de condiciones.


- Permitir frenar la destrucción de nuestro tejido productivo y, por tanto, del empleo.


- Recuperar la competitividad de nuestras empresas y la credibilidad de nuestro país.


- Volver al círculo virtuoso del crecimiento económico y la creación de empleo que ya nos permitió salir de la anterior crisis financiera.


Este Plan de Rescate a la Economía Productiva debe incluir, entre otros:


- Un fondo de apoyo financiero y capitalización de empresas, dirigido tanto a empresas viables que necesitan capital para subsistir hasta que la recuperación económica sea posible como a start ups que puedan contribuir al crecimiento y la
creación de empleo en sectores innovadores.


- Ayudas directas que sustituya el mecanismo de los avales y del endeudamiento, para evitar que donde el tejido productivo tenía un problema de liquidez, se transforme en un problema de solvencia que, si no se ataja, puede provocar un efecto
dominó que acabaría en una crisis financiera y de deuda.


- Un Programa de Choque de Apoyo Fiscal, con exenciones a los autónomos y pymes que no pueden desarrollar su actividad con normalidad, que retrase la entrada en vigor de los nuevos impuestos hasta que se adopten de forma coordinada en Europa
para no perjudicar la competitividad de nuestras empresas (tal y como ha pedido Bruselas), y que incluya bajadas selectivas y temporales de impuestos que permitan reactivar sectores estratégicos de nuestra economía.



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3.2.2 El Plan de Reequilibrio Fiscal se orientará, entre otras medidas, a:


- Reducir el gasto público superfluo e ineficiente y liberar los recursos suficientes para adoptar todas las medidas anteriores, estimado por la AIReF entre 22.000 y 32.000 millones de euros.


- Comprometer una senda de reducción del déficit público que permita recuperar la credibilidad de nuestro país, y atraer inversión y talento.


- Frenar la deuda que amenaza la sostenibilidad de nuestras cuentas públicas y supone un riesgo cierto de crisis financiera y de deuda que volvería a poner en riesgo nuestro estado del bienestar.


4. Finalmente, un conjunto de medidas de gobernanza y coordinación de todas las acciones descritas en los apartados precedentes mediante la creación, en el seno del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de una Agencia Nacional para
el Desarrollo Industrial, sin incremento de gasto público, abierto a la participación de los agentes económicos y sociales, como mecanismo de gobernanza participativo, que:


4.1 Reorganice los organismos y departamentos gubernamentales con competencias para desarrollar las medidas descritas en los apartados anteriores.


4.2 Combine políticas transversales con política verticales y sectoriales, generando ecosistemas industriales o clústers multidisciplinares y con participación de empresa-centros tecnológicos-universidad-administraciones públicas.


4.3 Coordine las actuaciones de la SEPI, en la ejecución del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas y de otros programas de otros Ministerios con incidencia en el tejido industrial,


4.4 Coordine y facilite las políticas industriales de las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, y su proyección en las políticas comunitarias, a fin de conseguir economías de escala y la máxima eficiencia en la proyección
exterior en los mercados internacionales.


Dos propuestas y protocolos concretos.


Con independencia de aprobar la puesta en marcha de esta nueva política industrial, diseñada en los bloques de alto nivel mencionados hasta ahora, la extrema importancia de acometer este nuevo proyecto-país justifica también que en esta
decisión se adelante ya el contenido de algunos acuerdos clave. En concreto, el Congreso apoya dotar de un contenido mínimo a la Estructura Industrial Actualizada 2020-2030 y al Protocolo para la Descarbonización de la Industria Española, que se
detallan a continuación.


1. Decálogo para la Estrategia Industrial Actualizada para la Reindustralización 2020-2030. La Estrategia Integral Actualizada contendrá los desarrollos necesarios para:


1) Fomentar la demanda de bienes y servicios industriales con efecto multiplicador en la economía, como la automoción y la movilidad sostenible, la rehabilitación y construcción de edificios energéticamente eficientes o el desarrollo de
infraestructuras que favorezcan la descarbonización y la conservación ambiental ('infraestructuras verdes').


2) Mejorar la competitividad de los factores productivos clave, tales como la formación y empleabilidad, el suministro energético estable, competitivo y sostenible, la mejora de las infraestructuras y el sistema logístico y de transporte, la
protección de la propiedad industrial y de los activos intangibles, la inversión en bienes de equipo, o el acceso al financiamiento.


3) Reforzar la estabilidad y uniformidad del marco regulatorio español, mejorando la regulación para la unidad de mercado, la seguridad jurídica y la simplificación administrativa y favoreciendo una más equilibrada distribución territorial
del tejido industrial, de acuerdo con el espíritu y la letra del marco regulatorio europeo.


4) Potenciar la eficiencia y la orientación al mercado y a los retos de la sociedad de la I+D+i, con especial atención a las tecnologías disruptivas como la inteligencia artificial, la biotecnología y los nuevos materiales.


5) Favorecer un mayor tamaño de la PYME industrial, no solo con crecimiento orgánico sino mediante mecanismos de alianzas y economía colaborativa, su mejor encaje en la cadena de valor de la gran empresa española y su profesionalización, con
programas de 'voluntariado social' para el emprendimiento y el acompañamiento experto en las fases iniciales del emprendimiento o start ups.



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6) Facilitar el acceso a la financiación, tanto bancaria como no bancaria, a las empresas y proyectos industriales, incrementando el peso de la financiación no convencional en las empresas industriales y las posibilidades del mecenazgo en
actividades de emprendimiento industrial.


7) Acelerar a digitalización de la industria española y la extensión de las redes de alta capacidad y de 5G, con un programa específico de Agenda Digital para cada sector industrial diferenciado y atendiendo a sus peculiaridades sectoriales
y de tamaño.


8) Apoyar la internacionalización y diversificación de nuestra industria, las alianzas estratégicas, la economía colaborativa e intensificar la diplomacia económica en el exterior.


9) Actualizar las Agendas sectoriales vigentes de los sectores industriales, para su adaptación a la crisis generada por la pandemia de COVID-19 y elaboración de las nuevas agendas sectoriales aún no aprobadas.


Enfocar la política industrial con un mecanismo de gobernanza y una combinación de medidas de ámbito nacional, internacional y transversal, que supere el reducido ámbito del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


2. Protocolo para la Descarbonización del Sector Industrial Español. En el plazo máximo de tres meses, el Gobierno remitirá al Congreso para su debate y aprobación, un Protocolo para la Descarbonización del sector industrial español, que
contenga al menos el siguiente Decálogo de medidas para apoyar la descarbonización de la industria española con las siguientes medidas:


1) Desarrollo urgente de normativa que rebaje con carácter general la factura eléctrica y de gas para garantizar la competitividad de toda la industria española, incluyendo también normativa específica para consumidores hiperintensivos y
gasintensivos, co-generación de alta eficiencia, e impulso del hidrógeno verde y combustibles sintéticos y alternativos limpios.


2) Diseño de una Estrategia Nacional para una Industria Sostenible 2030, que desarrolle la marca certificada 'Industria Española Sostenible' y sea foco de las políticas para una descarbonización que resulte compatible con un relanzamiento de
nuestro tejido industrial y del empleo de calidad, incorporando como principios rectores de una buena política industrial para la descarbonización:


- El principio de neutralidad tecnológica y libre competencia.


- El principio de cómputo de emisiones netas.


- El principio de huella de carbono de la vida del producto.


- El principio de máximo aprovechamiento de los recursos naturales autóctonos.


- El principio de equilibrio de las condiciones de competencia frente a otros países.


- El principio de integralidad de la fiscalidad verde bajo el criterio de que 'quien contamina, paga y el que descontamina, recibe'.


3) Elaboración de un Plan Nacional de Fomento de Tecnologías Limpias con perspectivas de futuro y Tecnologías Disruptivas para la descarbonización, con la participación pública y privada, y con la participación de las Comunidades Autónomas,
que aproveche el potencial industrial de España y sus ventajas competitivas en esas tecnologías emergentes.


4) Elaboración de un Programa Nacional para una Economía Circular en la Industria, con medidas y planes de acción sectorial, alineados con los objetivos climáticos acordados por el Acuerdo de París, las líneas de actuación del Green New Deal
y la Estrategia Nacional de Economía Circular, para disminuir la producción de residuos industriales y maximizar la reutilización, el reciclaje y la valorización. Para ello será fundamental una definición lo más inclusiva posible de las diferentes
tecnologías que fomentan la circularidad, como el reciclado químico, y especialmente de la consideración de fin de residuo.


La economía circular puede, entre otros aspectos, ser un gran catalizador de la movilidad sostenible: aspectos como la creación de un hub español de combustibles cero emisiones netas basados en la economía circular, pueden generar muchos
miles de puestos de trabajo, inversión en tecnología y optimizar las infraestructuras existentes mientras complementariamente el sector de la automoción español desarrolla sus capacidades de producción de vehículos eléctricos en la medida en que los
ciudadanos los demanden.


5) Desarrollo de una Estrategia Digital específica para la Descarbonización de la Industria, que potencie la industria digital y que tenga como objeto desarrollar las previsiones de la Estrategia Digital



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España 2025 referidas al cambio climático y contribuya a la digitalización específica y propia de cada sector industrial para su adaptación y descarbonización.


6) Elaboración de un Plan Nacional de 'Construcción Verde', que potencie la industria de la construcción y el empleo, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras al menos en cinco ámbitos (el impulso de las infraestructuras
relacionadas con la Agenda ODS 2030, como las vinculadas con la gestión del agua; infraestructuras para la descarbonización del transporte mediante la movilidad sostenible, las conexiones intermodales, los nodos logísticos y la mejora de la red
ferroviaria de mercancías; las infraestructuras para la prevención de los efectos del cambio climático por fenómenos extremos; infraestructuras para la extensión de la red de energías renovables, de las infraestructuras para la economía circular y
del urbanismo inclusivo y sostenible; infraestructuras de telecomunicaciones y redes ultrarrápidas).


7) Definición de una Estrategia Española para la Industria Básica y las Materias Primas Minerales Sostenibles 2020-2030, que atienda a la necesidad de contar en España con los componentes industriales esenciales para el desarrollo de la
economía verde, a fin de que sea un aliado estratégico en la cadena de valor con otros ecosistemas industriales en la lucha contra el cambio climático y de la descarbonización de la economía y facilite el mantenimiento de la actividad industrial y
la cohesión territorial en la España vacía, mediante mecanismos de economía circular e industria de proximidad.


8) Puesta en marcha de un Plan de Impulso a la industria de localización rural, agroalimentaria y de proximidad para luchar contra el fenómeno de la España despoblada y robustecer el desarrollo regional, y con ello, los servicios ambientales
y la gestión de los recursos naturales que brinda el mundo rural, generando arraigo y empleo de calidad.


9) Promoción e Impulso de los clústers industriales y plataformas colaborativas intersectoriales e interdisciplinares, que aprovechen el actual tejido industrial y las ventajas competitivas de nuestros recursos autóctonos en sector de
automoción, naval y aeronáutico, energías renovables y recursos minerales, infraestructuras eléctricas, gasistas y digitales, para avanzar en la transformación del transporte que permita aprovechar las nuevas oportunidades industriales, apoyándose
en tecnologías maduras e infraestructuras ya operativas.


10) Plan Urgente para la relocalización y arraigo industrial en España de nuevas cadenas de valor, nuevos modos de producción, nuevos productos y servicios, talento profesional y nuevos modelos de negocio, en tecnologías y productos que
hacen converger distintos sectores como el de la automoción, la energía y las telecomunicaciones en proyectos como el de vehículo eléctrico y conectado o soluciones de movilidad basadas en hidrógeno verde y gases renovables, entre otros.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Tristana María Moraleja Gómez y Guillermo Mariscal Anaya, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre el cierre de Vestas en Viveiro, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La multinacional danesa Vestas acaba de hacer pública su intención de cerrar su fábrica de componentes para aerogeneradores eólicos situada en Chavín, en el concello de Viveiro. El cierre supondrá la pérdida de los 115 empleos directos de
la factoría, pero supone además, un nuevo mazazo a toda la economía de la comarca en A Mariña.


La empresa, que recibió en su día ayudas públicas por instalarse en la zona, ahora decide abandonar esta ubicación mientras invierte en países como Portugal, donde impulsa un nuevo centro de I+D+i cerca de la ciudad de Porto. Parece así
repetirse lo ocurrido en la planta de Gamesa en As Somozas, dedicada



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a la construcción de palas para aerogeneradores, que cerró a principios de este 2021 para instalarse también en Portugal.


La planta de Vestas es competitiva y genera beneficios a la compañía, pero a pesar de ello, para ahorrar costes, derivan fuera la producción y deslocalizan la actividad. Es intolerable que empresas como esta reciban subvenciones y ayudas
para facilitar su instalación pero que a cambio no adquieran compromiso alguno y puedan trasladar libremente su actividad sin estar obligados, ni tan siquiera, a presentar justificación económica o de producción para ello. En todo caso, el fomento
de la implantación de nuevas industrias y la ampliación y desarrollo de las existentes con cargo a fondos públicos debe condicionarse siempre al mantenimiento de la actividad por cierto tiempo y al desarrollo de planes en el entorno en que se
ubiquen, que más allá de la creación de puestos de trabajo, garanticen el retorno social de la riqueza.


Con el anuncio de cierre de Vestas, que ya en los últimos años había reducido su plantilla, sigue agrandándose el mapa del desempleo en A Mariña donde el proceso de desmantelamiento industrial avanza a pasos agigantados. Esta situación se
aceleró en la última década, estimándose en total la pérdida de unos 1000 empleos directos en empresas referentes de la comarca como Ecar, Muebles Hermida, Sargadelos, Gres Burela, Construccións Mon y otras muchas, sin olvidar la grave situación que
atraviesa la factoría de Alcoa en San Cibrao.


La situación actual desempleo y desindustrialización en A Mariña es producto de la falta de políticas adecuadas tanto desde la Xunta de Galiza como desde el Gobierno del Estado, para fomentar y potenciar el desarrollo industrial.


El caso de Vestas, al igual que el de Siemens Gamesa, resultan especialmente sorprendentes por tratarse de industrias especializadas en la construcción de componentes o piezas de aerogeneradores destinados a la producción de energía eólica.
Así, mientras se habla de transición energética y del impulso a la industria verde, se sigue reservando a Galiza únicamente el papel de territorio productor de energía. Es decir, se promueve la abusiva instalación de parques eólicos sin el control
y la planificación adecuada, debiendo, en consecuencia, soportar los costes medioambientales y sociales que suponen. Se mantienen las explotaciones privadas de las concesiones hidroeléctricas para beneficio de las grandes compañías energéticas y en
perjuicio de unas cuencas hidrográficas sobrexplotadas. Sin embargo, ninguna de estas industrias genera empleo estable ni beneficios en el territorio en el que se implantan, se limitan a expoliar los recursos naturales. Es por ello necesario que
desde el Gobierno, en uso de sus competencias en el ámbito de la transición energética y en colaboración activa con el Goberno galego, se promueva la implantación, desarrollo y mantenimiento de aquellas industrias que, relacionadas con la transición
energética, permitan la creación de puestos de trabajo y generen beneficios económicos para todo el tejido empresarial.


Debe recordarse además que el cierre anunciado por Vestas se ve posibilitado en gran medida por las distintas reformas laborales que sirvieron, entre otras cosas, para limitar la capacidad de negociación de los trabajadores y trabajadoras en
los despidos colectivos al suprimir el permiso previo de la autoridad laboral competente. Las direcciones de las empresas pueden, ahora, decidir unilateralmente si realizan o no un despido colectivo, solo tienen que cumplir con las formalidades
legales exigidas y aportar una memoria justificativa y explicativa de las causas.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Mediar y realizar las negociaciones y/o gestiones necesarias para evitar el cierre de la planta de Vestas en Viveiro y la pérdida de los 115 puestos de trabajo que dependen de forma directa de la misma.


2. Introducir en las bases que diseñe el Gobierno para la recepción de ayudas, subvenciones, concesiones o contratos públicos el deber de cumplir condiciones y requisitos vinculados al retorno social, como la reinversión de parte de los
beneficios en proyectos de desarrollo económico y social en el territorio en que se implantan.


3. Fomentar una verdadera transición energética justa que potencie y favorezca la industrialización e investigación relacionada con este ámbito que genere puestos de trabajo directos y permita la creación de una red de empresas auxiliares
que mejore el tejido industrial.



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4. Derogar las reformas laborales acometidas desde el 2010 hasta la actualidad recuperando la legislación anterior a las mismas, más favorable y respetuosa con los derechos de las personas trabajaras, mientras no se aprueba una nueva
legislación laboral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre combatir la desigualdad entre mujeres y hombres en el sector turístico, para
su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La actividad turística en España constituye una fuente de crecimiento económico generadora de ingresos y empleos. En abril de 2021, más de dos millones de personas se encontraban empleadas en el sector turístico, lo que representa un 11 %
del total de afiliación a la Seguridad Social. Esta se encontraba especialmente concentrada en los sectores de la Hostelería, Agencias de viajes y Servicios de comidas y bebidas. La cadena de valor de la actividad turística es, por tanto, gran
generadora de riqueza para nuestro país. No obstante, debemos afrontar retos que nos consoliden como una sociedad igualitaria y equitativa, como es la feminización de la pobreza en el sector.


Según la Organización Mundial del Turismo (OMT), a escala mundial, un 54 % de las personas que trabajan en el sector son mujeres. Este dato se encuentra en línea con los que muestra la Estadística estructural de empresas de 2018, donde la
tasa de participación femenina en personal remunerado para el sector de alojamientos es del 55,1 %, en Servicios de comidas y bebidas del 54,2 % y en Actividades de agencias del viaje del 70,6 %. Las mujeres suelen concentrarse en trabajos poco
cualificados y peor pagados, por lo que el acceso a la protección social es menor y las sitúa en el estatus laboral más precario del sector. La aparición de la COVID-19 y su consiguiente crisis económica han puesto de manifiesto una realidad donde
las mujeres se han visto muy afectadas, y donde se hace necesaria construir políticas públicas por parte de las administraciones.


El último dato disponible de la Encuesta Anual de Estructura Salarial del Instituto Nacional de Estadística (INE) indica que, en el sector de la Hostelería, los ingresos medios anuales de los hombres, en 2018, se situó en 16.271,82 euros,
frente a los 12.808,88 euros de las mujeres. Es decir, las mujeres del sector ganan un 21,2 % menos que sus compañeros varones. Además, según datos de Eurostat, para el año 2020 las mujeres ocupan en mayor medida los puestos de trabajo con
contratos a tiempo parcial, donde representan el 65 % de los puestos con esta modalidad. Ello repercute negativamente además sobre su formación al restarle incentivos para ello.


El sector debe progresar hacia la eliminación de la desigualdad laboral entre mujeres y hombres en el empleo turístico puesto que, en la actualidad, la organización de los puestos de trabajo no se corresponde con lo que ha de ser una
sociedad igualitaria. Un turismo responsable ha de tener presente el enfoque de género, que combata la desigualdad de las mujeres en el ámbito del turismo y debe estar presente en las políticas públicas que se lleven a cabo en el medio y largo
plazo. Todo ello, en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas.


Ampliar la participación de las mujeres, hacer efectiva la igualdad de oportunidades en todos los niveles decisorios, así como aprobar políticas en el sector que permitan promover la igualdad efectiva han de ser prioridades para permitir el
acceso al empleo en igualdad de oportunidades y poder combatir la segregación, la precariedad laboral, las diferencias salariales y la baja presencia de las mujeres en puestos directivos y consejos de administración de las empresas del sector.



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Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar políticas públicas que aborden la desigualad entre mujeres y hombres en las actividades económicas del sector turístico e impulsen su acceso y promoción al mismo en condiciones de igualdad.


2. Incentivar la comunicación y recogida de datos desagregados por sexo en la actividad turística para permitir la evaluación de las implicaciones para mujeres y hombres del sector.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 septiembre de 2021.-Adolfo Pérez Abellás, Alejandro Soler Mur, Ana María Botella Gómez, María Luisa Faneca López, Juan Bernardo Fuentes Curbelo, Sandra Guaita Esteruelas, Patxi López Álvarez,
Cristina López Zamora, María Ángeles Marra Domínguez, César Joaquín Ramos Esteban, Germán Renau Martínez, María del Pilar Rodríguez Gómez y Juan Francisco Serrano Martínez, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del
Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Joan Capdevila i Esteve, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la defensa de
los intereses de la industria de torres de acero para aerogeneradores, para su debate en instancia en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La situación climática actual, los nuevos marcos establecidos y los objetivos de sostenibilidad marcados nos llevan a afrontar el día a día como un reto constante. Desde el Acuerdo de París, pasando por las diferentes directivas europeas
(como el Green Package), hasta el PNIEC presentado por el Gobierno del Estado Español; marcan la senda de un horizonte sostenible y energéticamente renovable. Así mismo, la economía circular, la minimización en la utilización de recursos básicos
(eficiencia) y sostenibilidad, nos obliga a mirar más allá de los meros objetivos.


La búsqueda continua de nuevas tecnologías y fuentes de generación renovable y la búsqueda de nuevos materiales más eficientes y respetuosos con el medio ambiente, hace que sea necesario entender que la tecnología renovable puede avanzar y
dar un paso más para este compromiso común de la consecución de los objetivos marcados en materia de emisiones.


Es por esto que resulta alarmante la falta de implicación y reacción, por parte del gobierno del Estado Español, en las diferentes medidas que se están tomando a nivel internacional y que afectan directamente a la industria renovable.
Industria que contribuiría directamente a la reducción de las emisiones y por ende, a la consecución de los objetivos marcados.


La industria de la fabricación de torres de acero para aerogeneradores en el estado Español supone el 50 % de las ventas de torres de toda la Unión Europea. A su vez, es una industria que fija población en territorios, conduce a la creación
de más de 3.000 puestos de empleo y contribuye en la consecución de los objetivos marcados en cuanto a un nuevo modelo energético.


En los últimos años, debido a las diferentes decisiones tomadas a nivel internacional y a la competencia desleal (dumping), la industria se ha visto gravemente afectada. El cierre de una planta de producción en Navarra es el claro ejemplo
de las consecuencias que pueden afectar al resto de plantas de producción situadas en el Estado, si no se toman medidas.


EE.UU. ha impuesto unos aranceles a la importación de torres producidas en España, de más de un 70 %, lo cual hace del todo inviable la venta a dicho país; por otro lado, en estos momentos hay una investigación abierta en el seno de la
Unión Europea, por la Comisión de Competencia, que está evaluando la posible imposición de aranceles a las torres de acero de importación China. En la actualidad, la realidad



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del mercado evidencia un caso claro de 'dumping' proveniente de las importaciones de estas torres desde China, llegando a haber ventas hasta un 60 % por debajo de su precio de producción. Esto no solo afecta al mercado industrial y a los
puestos de trabajo, sino que además influye directamente en el número de emisiones que tendrán los futuros parques de EERR que se desarrollen.


El pasado 17 de agosto, la Secretaría de Estado de Energía publicó una 'Resolución' (se encuentra en periodo de consultas) amparada en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se establecía los preceptos para la convocatoria de
la próxima subasta energética. En dicha orden se incluye la necesidad de adjuntar un documento sobre sostenibilidad y emisiones de cada una de las instalaciones.


Por todo lo expuesto, atendiendo al riesgo que está sufriendo la industria de torres de acero a nivel europeo, se considera necesario promover políticas públicas, en coordinación con las administraciones competentes, que protejan a esta
industria del dumping y las tensiones geopolíticas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Republicano presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Defender los intereses de la industria de torres de acero para aerogeneradores en el marco europeo, realizando todas las gestiones pertinentes que eviten la competencia desleal con la fabricación local.


2. Instar a la Unión Europea a realizar un análisis, que involucre a todos los actores territoriales competentes, sobre la competencia desleal y las tasas arancelarias de las exportaciones e importaciones relacionadas con la industria de la
fabricación de torres de acero para aerogeneradores y, en base a él, presionar internacionalmente para proteger la industria y evitar competencia desleal y abusos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-Joan Capdevila i Esteve, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) don Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para dar una solución urgente a la crisis de Alu Ibérica, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La ciudad de A Coruña sigue inmersa en un acelerado proceso de desindustrialización en el que destaca de forma especial la grave crisis que sufre la planta de Alu Ibérica, cuyo personal, sometido a todo tipo de tensiones, está viviendo una
difícil situación laboral y personal.


Ante este conflicto el Goberno galego asiste como simple observador, lavándose las manos y renunciando a ejercer sus competencias en materia de industria, conducta que el BNG ha denunciado ya públicamente, tanto socialmente como ante las
instituciones en las que está presente, como el Parlamento de Galiza, y seguirá haciéndolo, reclamando una actuación decidida que evite el cierre de la planta. Sin embargo, esta inhibición en sus funciones por parte de la Xunta de Galiza, no puede
servir de excusa al Gobierno del Estado para eludir también sus responsabilidades en este asunto. Debe recordarse que Alu Ibérica fue vendida bajo la supervisión del Ministerio de Industria, que dio su visto bueno a la operación y al comprador
indicando que así se garantizaba su viabilidad y futuro, debe por ello evitar que el fallo en esa venta suponga la desaparición de la planta.


El Gobierno debe intervenir de forma decida para evitar el dramático final que amenaza con hacerse realidad, pues en caso contrario el comportamiento empresarial delictuoso y la tolerancia gubernativa lograrán que se consume el cierre
definitivo de la fábrica y la pérdida de 300 empleos industriales en la comarca de A Coruña.



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La relación de incumplimientos empresariales es larga de reproducir y la cronología de hechos es ya conocida sin que las distintas autoridades públicas implicadas puedan ahora borrarse de las negociaciones y acuerdos, pues su presencia fue
determinante en aquel momento para lograr la conformidad de la parte social.


En el momento actual, el administrador judicial acaba de solicitar ante la Audiencia Provincial el preconcurso, así como la autorización para negocias un ERTE para todo el cuadro de personal.


Resulta evidente que, una vez iniciados estos trámites, el desenlace final puede acelerarse, sin que pueda permitirse que las administraciones públicas que dieron su visto bueno a la venta como solución de futuro quieran ahora desentenderse,
calificándola como una mera operación mercantil entre dos empresas privadas.


Es imprescindible una voluntad e intervención decidida por parte de los gobiernos español y galgo para salvar la fábrica, asumir el conflicto como propio para ejercer un liderazgo proactivo en la búsqueda de socios industriales y el diseño
de un plan industrial que permitan mantener la planta en funcionamiento en el futuro.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Promover un foro estable de entendimiento que facilite el traslado de información entre los Gobiernos estatal y galego, los administradores actuales y futuros de la fábrica y los representantes del personal.


2. Promover activamente un Plan industrial para Alu Ibérica que debe estar terminado y a disposición de las partes interesada en el momento más oportuno desde el punto de vista jurídico.


3. Contar en ese Plan industrial con la participación del Gobierno del Estado y de la Xunta de Galiza, pudiendo valorarse que esa participación sea temporal, mientras el proyecto se consolida y gana estabilidad.


4. Además de esa participación pública, el Plan deberá lograr la participación de socios industriales solventes y profesionales, así como con un proveedor de energía que garantice un precio estable y competitivo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/003221


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adjudicación y
formalización urgente de la contratación de los servicios para la organización, gestión y ejecución del Programa de Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante la temporada 2021-2022, así
como del Programa de Termalismo para el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2021, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Como resultado de la suspensión inicial y posterior cancelación del Programa de Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas y de Termalismo en 2020, más de 300 establecimientos hoteleros de
nuestro país, sector de agencias de viajes, restaurantes y cafeterías, empresas de transporte, locales de ocio nocturno y resto de oferta turística complementaria,



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que vinculaban de manera directa o indirecta a 90.000 puestos de trabajo, se vieron enormemente paralizados ante la imposibilidad de prestar servicio a una demanda que solía comprender más de 900.000 viajes y alrededor de 8,5 millones de
pernoctaciones con una concentración geográfica a nivel turístico muy dependiente de estos circuitos. En efecto, se estima que el impacto económico directo de estos Programas se cifraba en torno a la cantidad de 300 millones de euros de manera
directa y 600 indirectamente dada su enorme capilaridad.


En otro orden de cosas, resulta obligado apuntar aquí que después de un año y medio de pandemia, debe constituir una prioridad indiscutible atender y satisfacer la necesidad de ocio y disfrute de la oferta turística del segmento de nuestros
mayores una vez completado su proceso de vacunación, ya que se ha tratado desgraciadamente del colectivo de consumidores turísticos más vulnerables y castigados en el curso de la crisis COVID-19. Además, no podemos perder de vista el enorme
beneficio que comporta para las personas mayores la actividad de viajar y las experiencias de interés turístico, en cuanto que las mismas son actividades a favor de la promoción de la autonomía personal y contribuye a la prevención de situaciones de
dependencia. Contribuye de forma muy importante a mejorar su calidad de vida y a prevenir las situaciones de dependencia, al favorecer su enriquecimiento cultural, el ocio creativo e inclusivo y su sociabilización mediante las relaciones con otras
personas de su misma o similar generación. A todo lo anterior, cabría añadir que el 65 % de los pensionistas que suelen participar en estos programas cuenta con una pensión inferior a los 1.050 euros/mes.


Por todo este conjunto de razones, el Grupo Parlamentario Popular viene emplazando sin éxito al Gobierno desde septiembre de 2020 a la articulación de medidas orientadas al impulso y apoyo de la recuperación de la actividad turística de los
destinos que en condiciones normales reciben flujos del IMSERSO, a fin de paliar y compensar la pérdida de facturación por el tejido productivo turístico durante un espacio de tiempo tan prolongado, además de proporcionar lógicamente a este segmento
significativo de la población española aquellas políticas de servicios turísticos, de ocio y tiempo libre, de tanta utilidad para su calidad de vida.


Resulta imprescindible poner de manifiesto que a pesar de que distintos miembros del Gobierno, -como ha ocurrido con el caso de la titular del Departamento de Industria, Comercio y Turismo o los responsables de Derechos Sociales y Agenda
2030- han venido trasladando de manera reiterada a la opinión pública y a los operadores interesados desde el pasado mes de febrero hasta hace escasas semanas, su convencimiento de que la reanudación del Programa de Turismo Social sería una realidad
incluso desde septiembre del presente año, sin embargo el pistoletazo de salida a un proceso de licitación en sí mismo complejo y que ataña en esta ocasión la distribución de más de 800.000 plazas, no tuvo lugar hasta la primera semana de julio. A
partir de ese momento, la situación podría resumirse en que a día de hoy no se ha producido todavía la adjudicación de esta licitación, a la espera de la resolución de cuestiones administrativas de distinta índole y por consiguiente, tanto
licitadores como intermediarios y destinos desconocen cuándo podrán estar en disposición exacta de dar comienzo a la comercialización y prestación de sus servicios para esta temporada. Al propio tiempo, por el contrario otros operadores turísticos
privados han comenzado ya a comercializar a través de la red de agencias de viajes españolas su propia programación senior para la misma temporada 2021/2022, anticipándose de esta manera al programa oficial correspondiente al del Imserso.


A la falta de una planificación más eficiente y acompañada de mayor celeridad por parte del Gobierno, no podemos obviar aquí añadir la insatisfacción generalizada de los agentes turísticos decepcionados con las condiciones económicas de
contratación impuestas por parte del Ejecutivo socialcomunista, por cuanto según el criterio de los mismos, resulta imposible cumplir los parámetros exigidos a los proveedores y cubrir de manera razonable los costes de producción de los servicios y
actividades (precio de 23 euros/20,90 euros IVA excluido, para una plaza de alojamiento en hotel preferentemente de 4 estrellas, con desayuno, almuerzo, cena, wifi gratis, animación y todos los servicios hoteleros) y sin que se hayan atendido
mínimamente por tanto las reclamaciones de un sector de por sí diezmado ante los efectos de una crisis sanitaria de proporciones inéditas.


De otro lado, el BOE de fecha 31 de agosto publicaba la Resolución de 18 de agosto, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo, cuyo
desarrollo de la primera parte de la nueva temporada aparece previsto efectuarse entre el mes de octubre y el mes de diciembre del presente 2021. Sin embargo, a lo largo de las últimas semanas la Asociación Nacional de Balnearios (ANBAL) viene
alertando y denunciando que a día de hoy tan solo existe constancia de que se hayan formalizado alrededor de veinte expedientes de



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los 77 contratos de servicios de reserva y ocupación de plazas, lo cual compromete seriamente la fecha prevista del próximo 1 de octubre para la puesta en marcha efectiva de dicho Programa, y con ello por consiguiente, además del perjuicio
que se ocasionaría a sus consumidores y a una mínima planificación de la gestión operativa de estos negocios termales, desembocaría en un retraso del inicio de la recuperación de muchas comarcas enteras de la España interior para las cuales este
Programa constituye un propulsor económico vital del cual depende el mantenimiento de 12.000 puestos de trabajo vinculados de una u otra manera a alrededor de un centenar de balnearios. Por este motivo, ANBAL acordó remitir una comunicación al
Director General del Imserso para que antes del 22 de septiembre informase de si finalmente a partir del día 1 de octubre comenzará el Programa, bajo reserva del ejercicio de las posibles acciones legales que les pudiese corresponder. Ante la falta
de respuesta a la misma, representantes de ANBAL denuncian que ello provocará que un 40 % de los establecimientos termales se vean abocados al cierre de sus instalaciones hasta el comienzo del Programa, tras haber hecho un importante esfuerzo
económico para mejorarlas.


Por todo lo anteriormente expuesto, tras la pérdida irreparable de actividad como consecuencia de la suspensión y cancelación de los Programas descritos desde la pasada temporada, unido a un considerable recorte en el número de plazas
ofertadas en las nuevas convocatorias de ambos, sin olvidar tampoco su escasa dotación presupuestaria, a fin de minimizar los daños y el impacto socioeconómico que el retraso en el reinicio de ambos Programas del Imserso puede seguir ocasionando
sobre la plena normalización de actividad en nuestras regiones turísticas, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción urgente de las siguientes medidas:


- Proceder a la mayor urgencia por parte de la entidad adjudicadora (Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales) a la adjudicación de los tres lotes (Turismo en Zonas de Costa Peninsular, Zonas de Costa Insular y de
Interior y procedencia Europea) de la licitación 'Organización, gestión y ejecución del Programa de Turismo Social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas', publicado en la Plataforma de Contratación del
Sector Público el pasado 4 de julio de 2021; así como en paralelo, completar la tramitación de la adjudicación y formalización de la contratación negociada sin publicidad de servicios de reserva y ocupación de plazas con la totalidad de los
establecimientos adscritos al Programa de Termalismo para el último trimestre de 2021, haciendo uso para ello de todos los mecanismos, recursos y herramientas extraordinarios a disposición del Gobierno y que garanticen el comienzo del plazo de
ejecución desde la fecha inicial de 1 de octubre de 2021.


- Maximizar y garantizar en todo caso la adecuada protección y seguridad de las personas mayores beneficiarias y usuarias de esta temporada 2021-2022, junto con la de los trabajadores de nuestras zonas turísticas, mediante un estricto
desarrollo y cumplimiento de todos los protocolos.


- Contemplar y establecer la dotación de fórmulas compensatorias de naturaleza económica y de mantenimiento de empleo mediante contratos de obras o servicios, dirigidas hacia aquellos destinos con mayor cuota de afluencia de circuitos
Imserso, para el supuesto de acumularse mayores retrasos en el calendario del arranque efectivo de los dos Programas para esta temporada.


- Activar de manera inmediata el funcionamiento de una mesa de trabajo de la que formen parte los Ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030 e Industria, Comercio y Turismo, junto con una representación suficiente de todos los operadores
de la cadena de valor turística española, al objeto de anticiparse y abordar conjuntamente los aspectos de mejora y actualización de los Programas IMSERSO, así como efectivamente rediseñar unas condiciones sostenibles y competitivas para la
siguiente convocatoria de los mismos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Alicia García Rodríguez, Agustín Almodóbar Barceló, Margarita Prohens Rigo e Isabel María Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.



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La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario VOX.


Proposición no de Ley relativa al estudio de las necesidades de las familias con hijos a cargo con discapacidad intelectual.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contenida en el punto 2 procedería realizarla, en todo caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición no
de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío De Meer Méndez, D.ª María de los Reyes Romero Vilches, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D.ª Lourdes Méndez Monasterio y D.ª Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al estudio de las necesidades de las familias con hijos a
cargo con discapacidad intelectual, para su discusión en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Primero. La centralidad de la familia en la vida social.


El artículo 16.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea de la ONU el 10 de diciembre de 1948 dice literalmente que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la
protección de la sociedad y del Estado. Más allá de discusiones filosóficas, sociológicas, o políticas sobre su concepto o definición, necesariamente reduccionistas e innecesarias, la familia es una institución social fundamental, basada en el
afecto y la comunidad de vida, donde el ser humano crece, se desarrolla, aprende virtudes, hábitos, costumbres así como su primera y fundamental socialización.


Así, la Constitución Española reconoce como principio rector de la política social y económica 'la protección social, económica y jurídica de la familia' (artículo 49). El Estado, en consecuencia, ha de estar al servicio de la misma, con
escrupuloso respeto al principio de subsidiariedad.


De entre las familias, merecen una especial atención aquellas en cuyo seno se encuentran personas con discapacidad intelectual. En efecto, el papel insustituible de la familia en la vida social adquiere en estos casos un carácter, si cabe,
aún más determinante. Si, como venimos sosteniendo, la familia goza de un carácter central en la vida social, aquellas que tienen a cargo hijos con discapacidad intelectual -en su diversidad de grados- merecen un especial apoyo no solo por parte
del Estado sino de toda la comunidad política.



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Según la Base estatal de datos de personas con valoración del grado de discapacidad (2019) 143, en España hay un total de 282.412 personas con discapacidad intelectual reconocida igual o superior al 33 %, lo que representa un 8,7 % de la
población con discapacidad.


Segundo. El sobreesfuerzo de las familias que tienen a su cargo hijos con discapacidad intelectual.


A la natural entrega y esfuerzo que implica la crianza de los hijos, se une un sobreesfuerzo por razón de sus circunstancias particulares.


Según relata el informe sobre 'El sobreesfuerzo económico que la discapacidad intelectual o de desarrollo ocasiona en la familia en España 2014', elaborado por la Conferencia Plena Inclusión España (anteriormente conocida como FEAPS), este
sobreesfuerzo económico, 'sin considerar los costes de oportunidad para las familias, se sitúa de media para el conjunto de las personas con DI [Discapacidad Intelectual] en 25.148€ anuales' 144.


Prosigue el informe señalando que 'Las diferencias en el sobreesfuerzo económico entre Grados son más evidentes en las personas de Grado III que viven en su domicilio, con 50.424€, frente a aquellas que viven en una residencia que suponen un
sobreesfuerzo de 10.921€. Estas diferencias ponen en riesgo el modelo de atención en la comunidad y en el seno de la familia que, a pesar de ser más económico para las administraciones, está penalizado frente al modelo de atención residencial' 145.


Asimismo, entre otras cuestiones, concluye que 'el agravio económico para las familias con una persona con DI tiene un efecto acumulativo año a año, que acaba incidiendo a corto plazo en la pérdida de capacidad adquisitiva y, a medio plazo,
en la descapitalización de las familias. A largo plazo también afecta seriamente la posibilidad de que los familiares puedan percibir pensiones contributivas, al tener que renunciar a trabajar o a hacerlo solo a tiempo parcial' 146.


Entre los resultados del informe se concluye que 'en ningún caso las medidas compensatorias son suficientes para absorber los costes y el sobresfuerzo que genera la discapacidad en la persona y en la familia' 147.


Pese a los interesantes -y preocupantes- datos que recoge el mencionado informe, lo cierto es que se trata de un documento emanado de una entidad privada, cuyo contenido, además, precisa de una actualización. Dada la enorme relevancia de la
cuestión, este Grupo Parlamentario entiende que se encuentra más que justificada la necesidad de que el Gobierno asuma la tarea de elaborar un estudio oficial acerca de la misma.


Tercero. Conclusión. La necesidad de conocer la realidad de las familias con hijos con discapacidad intelectual a cargo.


En coherencia con todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX insta al Gobierno a elaborar de manera oficial un informe acerca de las familias españolas que tengan hijos a cargo con discapacidad intelectual. El objeto de la propuesta no es
otro que conocer las circunstancias y necesidades de dichas familias, en especial, las relacionadas con su tamaño, composición y renta, de cara a cuantificar desde el Estado, precisamente, el sobreesfuerzo al que nos venimos refiriendo, y así poder
llevar a cabo políticas sociales sobre la base de un conocimiento más preciso de la realidad de estas familias.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un estudio oficial sobre las familias españolas con hijos con discapacidad intelectual a cargo que integre, como mínimo, datos y estadísticas sobre:


- Composición de la familia.


- Nivel de renta de la familia.


143 https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/bdepcd_2019.pdf


144 https://www.plenainclusion.org/wp-content/uploads/2021/03/informe_ejecutivo_sobreesfuerzo_feaps_final_feb15.pdf


145 Ídem.


146 Ídem.


147 Ídem.



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- Porcentaje de discapacidad reconocida.


- Grado de dependencia reconocida, en su caso.


- Gastos relacionados con la discapacidad intelectual de los hijos.


- Relación de las distintas medidas compensatorias recibidas por el conjunto de la unidad familiar.


2. El Informe habrá de remitirse a la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de Discapacidad en el plazo de tiempo más breve posible para su estudio y debate.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputadas.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/003229


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para proceder al pago directo de las
ayudas en concepto de Bono Social Térmico, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El Bono Social Térmico, es una prestación económica de concesión directa destinada a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables y está regulado en el artículo 5 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes
para la transición energética y la protección de los consumidores.


La ayuda a conceder tiene como finalidad compensar los gastos necesarios para garantizar el suministro de energía para uso térmico, destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cual sea la fuente
utilizada. Además de complementar la ayuda percibida en concepto de Bono Social Eléctrico creado por un Gobierno del Partido Popular. (Se benefician de oficio todos los consumidores que estén acogidos al Bono Social de la Electricidad a 31 de
diciembre del año anterior. Sin realizar ninguna solicitud).


La partida prevista para el abono de este Bono Social térmico es a cargo de los Presupuestos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (artículo 7 del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, que determina que el
Bono Social Térmico se financiará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado), sin perjuicio de que el pago de las ayudas estuvieran encomendadas a las Comunidades Autónomas, una vez que las comercializadoras de referencia de la electricidad
le habían facilitado a la Dirección General de Política Energética y Minas dependiente del Ministerio, un listado de sus clientes con la determinación del importe de la ayuda del Bono Social Térmico de cada uno de los beneficiarios.


La cuantía a percibir se calculaba en función del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática a la que pertenezca la vivienda. Las cuantías oscilaban entre 25 y 123,94 euros, siendo compatible con cualquier otro tipo de
ayudas que se otorguen para la misma finalidad (la ya aludida anteriormente del Bono Social Eléctrico).


Esta medida fue aprobada en octubre de 2018 mediante el Real Decreto Ley 15/2018 haciéndose efectiva por primera vez en 2020 para ayudar a las personas que sufren pobreza energética, personas que tenían derecho a 31 de diciembre de 2019.


En julio del año 2020, el Ministerio de Transición Ecológica aprobó la Resolución por la que se autorizaba la transferencia a las Comunidades Autónomas en concepto de Bono Social Térmico de 90.000.000 euros, contemplados en los Presupuestos
Generales del Estado y destinados al pago las de ayudas directas, sin que se transfiriese ninguna cantidad en concepto de tramitación de estas ayudas.


Así, por ejemplo, la Comunidad Autónoma de Madrid recibió el 30 de julio de 2020 una transferencia de 11.905.136,06 euros en concepto de Bono Social Térmico 2020 y simultáneamente el Ministerio remitió a esta Comunidad el listado con los
datos de los 139.545 beneficiarios al objeto de que se procediera a su pago directamente, pago que fue efectivamente realizado por la Comunidad.



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Posteriormente, el Gobierno Vasco planteó recurso de inconstitucionalidad de carácter competencial por vulneración de la competencia exclusiva que el artículo 10.12° de su Estatuto de Autonomía le atribuye en materia de asistencia social;
declarando la Sentencia del Tribunal Constitucional n.º 134/2020, de 23 de septiembre, la inconstitucionalidad de determinados artículos del Real Decreto Ley 15/ 2018 basándose en que se infringen las competencias exclusivas de las Comunidad
Autónoma en materia de asistencia social. Sin embargo, por seguridad jurídica y para evitar lesión de derechos de terceros 'salva' los efectos jurídicos y económicos de toda la gestión centralizada de las ayudas del bono térmico desarrollada por el
Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico en relación con el ejercicio 2019, para lo que era habilitado por la Disposición Adicional Novena que es declarada inconstitucional.


Por tanto, la gestión de las ayudas debió quedar corregida en los propios actos de gestión de las ayudas por parte de las Comunidades Autónomas en los aspectos declarados inconstitucionales a partir de la fecha de publicación de la Sentencia
para las ayudas gestionadas durante el 2020 y en las que correspondan al presente ejercicio 2021.


El Alto Tribunal llega a señalar lo siguiente:


'...Precisamente las diferencias en la configuración de este bono social térmico son las que hacen que su encuadramiento competencial sea diferente de aquel que, de acuerdo con nuestra doctrina (por todas, STC 54/2018, de 24 de mayo, FJ 3)
es aplicable al bono social eléctrico, en cuanto integrante del bloque normativo relativo al establecimiento de las condiciones de acceso y suspensión del suministro de energía eléctrica y cuyo coste, conforme establece el artículo 45.4 de la Ley
24/2013, será asumido por las matrices de los grupos de sociedades que desarrollen la actividad de comercialización de energía eléctrica, o por las propias sociedades que así lo hagan si no forman parte de ningún grupo societario. A diferencia del
anterior, con el bono social térmico se articula un programa de ayudas de carácter asistencial con cargo al presupuesto estatal que nada tiene que ver con los derechos y las obligaciones derivados de las relaciones entre los consumidores o usuarios
y las empresas suministradoras de energía, ni tampoco con las consecuencias derivadas de los impagos del suministro eléctrico o de gas.


La vinculación a la asistencia social de las ayudas objeto del presente proceso se ve confirmada por el hecho de que, aun configuradas como 'destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía
destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina', lo cierto es que no hay mecanismo alguno en la norma para asegurar que los fondos otorgados se destinan por sus perceptores a la finalidad prevista, lo que acentúa todavía más el carácter
asistencial de esta ayuda, en cuanto destinada a determinados beneficiarios en situación de vulnerabilidad.' (Fundamento Jurídico 4) (La negrilla y subrayados son nuestros).


En definitiva, la articulación de las ayudas del bono social eléctrico creado durante el último Gobierno del Partido Popular es plenamente constitucional, pero el creado por el actual Gobierno respecto al bono social térmico no lo es. Y no
lo es porque como declara el TC:


'Una vez encuadrado el régimen de las subvenciones objeto de conflicto en el supuesto a) del fundamento jurídico 8 de la STC 13/1992, debe recordarse la doctrina de este tribunal que, a partir de la STC 178/2011, de 8 de noviembre, FJ 7, con
ocasión de un conflicto referido a subvenciones relativas al área de la asistencia social, y, por consiguiente, incluido en el primer supuesto del fundamento jurídico 8 de la STC 13/1992, ha declarado que 'consideraremos incluida en la esfera de la
competencia estatal la regulación de los aspectos centrales del régimen subvencional -objeto y finalidad de las ayudas, modalidad técnica de las mismas, beneficiarios y requisitos esenciales de acceso- mientras que situaremos dentro de la
competencia autonómica lo atinente a su gestión, esto es, la tramitación, resolución y pago de las subvenciones, así como la regulación del procedimiento correspondiente a todos estos aspectos, ya que es doctrina reiterada de este tribunal que 'las
normas procedimentales ratione materiae deben ser dictadas por las comunidades autónomas competentes en el correspondiente sector material, respetando las reglas del procedimiento administrativo común (por todas, STC 98/2001, de 5 de abril, FJ 8,
con cita de la STC 227/1998, de 26 de noviembre, FJ 32)' (STC 188/2001, de 20 de septiembre) (STC 87/2016, de 28 de abril, FJ 6, citando la STC 36/2012, de 15 de marzo, FJ 8).' (Fundamento Jurídico 5). (La negrilla y subrayados son nuestros)



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Por ello, el Tribunal señala que:


'...Al Estado compete calcular la distribución territorial del presupuesto disponible en el ejercicio y transferirlos a las comunidades autónomas competentes para su pago, conforme al artículo 9 y anexo I, para lo cual le es suficiente la
información relativa al número de beneficiarios pertenecientes a cada zona climática y grado de vulnerabilidad, sin que le resulte necesario para la realización de dichas tareas establecer esta obligación de remisión de información de modo tan
detallado y centralizar su remisión en un órgano estatal (...) El escrito de interposición del recurso sostiene que esta disposición adicional centraliza, sin fundamento para ello, todos los aspectos relativos a la gestión y pago de las ayudas para
el año 2019. Para el abogado del Estado la gestión centralizada tenía por objeto asegurar la disponibilidad de los fondos por parte de los beneficiarios, atendiendo a la fecha en la que se aprobó el Real Decreto-ley 15/2018. Esta impugnación debe
ser estimada. Puesto que la comunidad autónoma ostenta una competencia exclusiva sobre asistencia social y el Estado no ha invocado título competencial suficiente, genérico o específico, sobre la misma, nos encontramos, como ya hemos señalado
antes, en el primer supuesto recogido en el fundamento jurídico 8 a) de la STC 13/1992. Supuesto que excluye la posibilidad de gestión centralizada, pues esta solo es posible que tenga lugar cuando el Estado haya invocado y ostente algún título
competencial.' (La negrilla es nuestra).


Sin embargo, en este año 2021, las Comunidades Autónomas no han recibido la transferencia de cantidad alguna para el pago de estas ayudas, ni el listado de beneficiarios a 31 de diciembre de 2020.


El Gobierno tampoco ha establecido el mecanismo necesario para que las Comunidades Autónomas puedan disponer de los datos de los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a fecha de 31 de diciembre 2020, que serán a los que corresponderá
percibir el Bono Social Térmico en 2021.


Es evidente que si las Administraciones Autonómicas no disponen de los datos actualizados de los beneficiarios e importes que les corresponden, no podrán gestionar las ayudas; por lo que resulta imprescindible que, por parte del Gobierno,
se regule el procedimiento de acceso a dichos datos que están en posesión de las comercializadoras.


Igualmente, las Comunidades desconocen la fecha prevista de las transferencias de fondos para poder proceder a generar crédito con el que realizar el pago a los beneficiarios.


En los Presupuestos Generales del Estado aprobados para el año 2021 se contemplaba en la partida 23.03.425A.450 el importe de 105.000.000 de euros con destino al Bono Social Térmico.


Con fecha 2 de junio de 2021, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 391/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por valor de 2,5 millones de euros a las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto
de Autonomía, para colaborar en la financiación de la tramitación de las ayudas derivadas de la tramitación bono social térmico correspondiente al ejercicio 2020, con cargo al presupuesto del año 2021. Sin que a fecha de hoy, se haya realizado el
pago de dicha transferencia.


Como es evidente, si las Comunidades Autónomas no reciben fondos para el pago del bono social térmico, ni para su gestión, no podrán hacer frente a su tramitación por carecer de presupuesto para ello; sin que por otra parte el Ministerio
haya dado respuesta a las peticiones de información trasladadas.


Estas transferencias deberán recibirse asimismo a la mayor brevedad posible, pues de lo contrario las Comunidades Autónomas carecerán de tiempo para gestionar su pago, lo que finalmente irá en perjuicio de los ciudadanos que tienen derecho a
ellas y que no olvidemos que son ciudadanos vulnerables.


A estos efectos, resulta esencial la consideración que viene manifestada expresamente en el Preámbulo del Real Decreto 391/2021, de 1 de junio por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Comunidades Autónomas, cuando
dice:


'De acuerdo al artículo 7 del citado real decreto-ley, el Bono Social Térmico se financia con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, pero la gestión y el pago del mismo, de acuerdo a lo establecido por el artículo 10.2 del Real
Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, se realizará por las administraciones territoriales autonómicas, correspondiendo al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico transferir a las administraciones autonómicas los fondos
correspondientes al total de beneficiarios de cada administración, correspondiéndole a estas el cálculo de las ayudas en base a los criterios definidos en el citado real decreto-ley, así como los procesos inherentes a su gestión y pago.'



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Por tanto, el Gobierno, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico debe cumplir con su obligación lo antes posible, dado que las personas vulnerables no pueden esperar más; si además tenemos en cuenta que el
precio de la luz está desbocado, que el precio medio diario de la electricidad en el mercado mayorista está alcanzando récord histórico etc.


Máxime cuando la tasa de riesgo de pobreza y/o exclusión social AROPE (At Risk Of Poverty or social Exclusion) se situó en el 26,4 % de la población residente en España (frente al 25,3 % registrado el año anterior) y al 20,9 % en la
Comunidad de Madrid, y afectó a 12.495.000 personas, y el porcentaje de población en situación de carencia material severa subió del 4,7 % al 7 % y afectó a 3,3 millones de personas.


En 2020 se han incrementado en un 42 % el número de personas apoyadas por Cruz Roja que han recibido kits de ahorro energético de esta organización con respecto al año anterior.


Al menos 1.293.836 hogares que, según el último 'Boletín de indicadores eléctricos' elaborado por la CNMC, están en situación de pobreza energética en España esperan que se tomen medidas estructurales, ambiciosas, que no decaigan al cabo de
unos meses.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer con carácter de urgencia el mecanismo para que las Comunidades Autónomas puedan acceder a los datos de los beneficiarios del Bono social eléctrico a fecha de 31 del diciembre 2020.


2. Realizar de manera inmediata y efectiva la transferencia de fondos a las Comunidades Autónomas para el pago directo de las ayudas en concepto de Bono Social Térmico de 2020 con cargo a los PGE de 2021


3. Abonar, de manera inmediata a las Comunidades Autónomas las cantidades destinadas a la tramitación de las ayudas del ejercicio 2020, que fueron concedidas por Real Decreto 921/2021.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Alicia García Rodríguez, Juan Diego Requena Ruiz, Margarita Prohens Rigo y Ana María Pastor Julián, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/003236


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el estatus de conservación de
las poblaciones de lobo (Canis lupus) en España y compatibilidad con la actividad ganadera, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó, el pasado martes 21 de septiembre, la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, que modifica el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) para incluir en el mismo a
todas las poblaciones de lobo de España.


El Gobierno daba continuidad a un proceso caracterizado por la falta de consenso y diálogo con las comunidad autónomas que concentran la mayor población de lobo de España y sectores afectados, que se caracterizó por la decisión adoptada en
la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y de la Biodiversidad del pasado 4 de febrero de 2021, en la que se aprobaba la propuesta por mayoría simple, con el voto en contra de todas las regiones con poblaciones de lobo al norte del Duero, y la
necesidad de una segunda votación para romper el empate, lo que manifestaba lo ajustado de la decisión.


En repetidas ocasiones el Gobierno se ha amparado en que la iniciativa fue aprobada por la Comisión Estatal, cuando realmente es el propio Gobierno el único responsable de esta decisión política.



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También es necesario recordar que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico iniciaba la Consulta pública previa sobre el 'Proyecto de Orden ministerial por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de
febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas' con gran celeridad, para hacer efectiva la declaración.


Pero el proceso de tramitación se enrareció aún más, cuando el Consejo de Estado ponía de manifiesto que los argumentos aportados por el Ministerio no eran suficientes para respaldar la orden ministerial, devolvía el expediente y solicitaba
información adicional. El Ministerio trasladó la solicitud a las comunidades autónomas sin dar un plazo razonable para dar una respuesta acorde a la importancia de la decisión.


A pesar del atropello del proceso, el Gobierno aprobó y publicó la Orden TED/980/2021 por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del LESPRE, incluyendo en él al lobo.


Esta publicación ha sido mal acogida por los ganaderos y sus organizaciones representativas, que rechazan esta medida, que consideran en contra de los intereses de la ganadería y del medio rural.


El lobo causa graves daños al ganado y, muy especialmente en aquellas explotaciones que practican la ganadería extensiva. En el año 2020, solo en Castilla y León, las organizaciones agroganaderas registraron 4.500 ataques de lobos que
ocasionaron la muerte a 6.000 cabezas de ganado, sin contar los animales heridos y/o desaparecidos, ni los abortos consecuencia del estrés que producen los ataques.


Todavía queda pendiente la aprobación de la Estrategia de conservación y gestión del lobo (Canis lupus) en España, pero ya se ha aprobado una modificación legislativa y se ha prometido aumentar las cantidades para compensar el incremento de
daños de ataques de lobos a los ganaderos, reconociendo que estos sucederán.


Se hace necesario volver a insistir en que este tipo de medidas deben buscar un equilibrio entre la conservación del lobo y la preservación de la actividad ganadera en las regiones afectadas, dado que esta última es el motor de crecimiento
económico y de fijación de población de un elevado número de municipios rurales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Anular con carácter inmediato la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre que modifica el estatus legal de las poblaciones de lobo en el territorio nacional, renunciando a la modificación del Listado de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial que afecta a la citada especie, habida cuenta que los datos existentes sobre dinámica de poblaciones, área de distribución y hábitat disponible, no avalan dicha decisión.


2. Poner en valor la ganadería extensiva y su contribución a la conservación de la biodiversidad en todas las medidas que adopte el Gobierno en el futuro.


3. Iniciar con carácter inmediato un diálogo serio con los representantes del sector agrario y las Comunidades Autónomas afectadas.


4. Considerar el control cinegético como una herramienta necesaria para la gestión eficaz de la fauna salvaje y la conservación de la biodiversidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Milagros Marcos Ortega, Marta González Vázquez, Tristana María Moraleja Gómez, María Valentina Martínez Ferro, Ana Belén Vázquez Blanco, Celso Luis Delgado Arce, Jaime de Olano
Vela, Joaquín García Díez, Javier Bas Corugeira, Diego Gago Bugarín, Juan Constenla Carbón, Paloma Gázquez Collado, José Ángel Alonso Pérez, Beatriz Álvarez Fanjul, José Antonio Bermúdez de Castro Fernández, Tomás Cabezón Casas, Eduardo Carazo
Hermoso, Elena Castillo López, Javier Merino Martínez, Mario Garcés Sanagustín, Alicia García Rodríguez, María del Carmen González Guinda, José Alberto Herrero Bono, Jaime Miguel Mateu Istúriz, María Sandra Moneo Díez, María Jesús Moro Almaraz,
Diego Movellán Lombilla, Pedro Navarro López, Miguel Ángel Paniagua Núñez, Jesús Postigo Quintana, Eloy Suárez Lamata y Elvira Velasco Morillo, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/003238


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre un Plan Estratégico Nacional de Laboratorios de Sanidad de la Producción
Primaria, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Durante la pandemia de la COVID-19 los y las profesionales del sector primario han demostrado ser un pilar fundamental en el mantenimiento del suministro alimentario de toda la población española. Sin duda, la entrega y compromiso del
sector ha exhibido la importancia productiva del campo y la significación de su trabajo.


Mientras las fábricas paraban y los comercios echaban el cierre, obligados por las circunstancias, las instalaciones agropecuarias, intensivas y extensivas, familiares o de grandes dimensiones, continuaban con su trabajo, reinventándose en
ocasiones y viéndose ampliadas en número con el desembarco de muchas personas emprendedoras, deseosas de iniciar nuevas etapas laborales y vitales.


En esta tesitura, las administraciones públicas, con mayor y mejor esfuerzo al realizado hasta la fecha, deben volcarse para afianzar y respaldar la producción agropecuaria, que nos garantiza la supervivencia ante situaciones de crisis como
la vivida.


En esta línea, la sanidad vegetal constituye uno de los pilares fundamentales de la producción agrícola, pues supone la defensa de los cultivos contra los daños producidos por las plagas y enfermedades que amenazan la calidad y la seguridad
de nuestros alimentos. La protección vegetal de los cultivos implica actuaciones en la detección de las plagas, el diagnóstico de enfermedades vegetales, su seguimiento, control y erradicación, aplicando las medidas permitidas en la normativa
básica y de coordinación.


La consecución de este objetivo se armoniza con otras actuaciones de control en la utilización de abonos, la educación y formación al agricultor en el uso de buenas prácticas agrarias y la divulgación y publicación de aspectos fitosanitarios
de interés para la agricultura de la región.


Por otra parte, han demostrado su eficacia y efectividad los laboratorios autonómicos de Sanidad Animal, orientados a satisfacer las necesidades del sector ganadero en sus territorios. En su seno se realizan labores de diagnóstico de
enfermedades para la mejora de la salud de la cabaña ganadera, entre otras actuaciones.


Dicho todo lo cual, y en aras de una mayor coordinación y mejora de resultados en la relación y prestación de servicios al sector primario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), el Grupo Parlamentario Socialista plantea
para su debate la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que diseñe e implemente un Plan Estratégico Nacional de Laboratorios de Sanidad de la Producción Primaria, que incluya la creación de un laboratorio nacional especifico destinado a la Sanidad
vegetal, reforzar las capacidades de los laboratorios de sanidad animal y, de manera general, mejorar la coordinación de los laboratorios para optimizar recursos y transferir conocimientos y buenas prácticas que mejoren su labor.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 septiembre de 2021.-Manuel González Ramos, José Luis Aceves Galindo, Lázaro Azorín Salar, Javier Cerqueiro González, María Luisa Faneca López, Ariagona González Pérez, Indalecio Gutiérrez Salinas,
Montserrat Mínguez García, Mariano Sánchez Escobar, Herminio Rufino Sancho Íñiguez, Daniel Senderos Oraá, Juan Francisco Serrano Martínez y Juan Luis Soto Burillo, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo
Parlamentario Socialista.



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161/003239


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a la Mesa para, al amparo del artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la
transformación digital del sector agrario y ganadero, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Desde la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés) estiman que para el 2050 será necesario alimentar a 2.000 millones más de personas.


Esa cantidad seguirá en aumento. Pero la superficie cultivable se mantendrá constante, en el mejor de los casos, aunque según proyecciones menos optimistas, disminuirá a fin de cubrir otras necesidades, que difieren de los objetivos
agrícolas.


La perspectiva de crecimiento de la población mundial, el uso insostenible de los recursos y el cambio climático exigen optimizar al máximo la producción de alimentos. El cambio tecnológico para afrontar estos retos ha dado lugar a lo que
se denomina agricultura 5.0 Agricultura inteligente o smart agro son también otros términos que se emplean para definir la revolución tecnológica del sector agrario y ganadero


La tecnología será una de las claves que permitirá a la agricultura y a la ganadería del futuro responder a las exigencias de producir alimentos en cantidad y calidad necesarios para alimentar al mundo.


En España, la agricultura y la ganadería es un sector estratégico no solo por su contribución económica, sino también por su valor desde el punto de vista social, territorial y medioambiental. Nuestro país tiene una 'situación privilegiada'
en materia agrícola y ganadera, con capacidad para satisfacer las necesidades alimentarias de su población y una 'exitosa posición' en los mercados internacionales. A ello se unen los altos estándares de calidad y seguridad que le confiere la
normativa europea. En el lado contrario, presenta debilidades evidentes como su atomización, el escaso poder para atraer trabajadores jóvenes y formados o su escasa inversión en innovación, que impide hacer frente a la lucha contra las plagas o
desarrollar nuevas variedades para adaptar la producción a las nuevas condiciones climáticas y a la vez mejorar la productividad.


El sector agrario y ganadero español necesita seguir ganando competitividad y modernizarse con el uso de las nuevas herramientas tecnológicas, con el fin de conseguir la transformación digital del sector y el crecimiento sostenible de las
empresas.


Actualmente, la digitalización de la agricultura está en auge, se ha incrementado la búsqueda de soluciones innovadoras que ayuden a rentabilizar las cosechas y a tener más control sobre las producciones agrícolas. Aprovechando la
revolución digital que estamos viviendo, tenemos una gran oportunidad de introducir estas nuevas tecnologías en el sector agrario y ganadero.


La Agricultura y la Ganadería Inteligente permite que con menos recursos y un uso más inteligente de los mismos; la producción de alimentos pueda llegar a incrementarse incluso en más de un 70 % (según investigaciones recientes de entidades
como Beecham Research). En ese sentido, la agricultura inteligente aporta un gran número de beneficios. Entre ellos, podemos destacar algunos como: Mayor rentabilidad, control total de todas las tareas relacionadas con el cultivo, mejora la
calidad de vida de las personas, automatización, sostenibilidad y medioambiente, para tener en cuenta el impacto que puede suponer para el medio ambiente y buscar reducirlo, contribuyendo a crear procesos de producción más sostenibles y eficientes.


En los últimos años, la agricultura y la ganadería inteligente se ha convertido en una tendencia al alza gracias a los avances que supone y a las múltiples ventajas que aporta a los agricultores y ganaderos; por su alta digitalización y su
inclusión de lo que se conoce como agricultura y ganadería de precisión. Dos aspectos que van estrechamente relacionados con el término agricultura inteligente.


La agricultura basada en datos, con la ayuda de soluciones robóticas que incorporan inteligencia artificial, sienta las bases para la agricultura sostenible del futuro, para que los productores puedan optimizar sus decisiones para ahorrar
dinero mientras se protege el medio ambiente y se transforma la producción de alimentos para igualar sosteniblemente el crecimiento demográfico.


La innovación del sector agrario y ganadero debe contar con el apoyo de universidades e instituciones públicas-privadas, como centros de conocimiento y del saber.



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El esfuerzo transformador de la agricultura y ganadería inteligente, a través de la digitalización de la actividad agraria y ganadera, es un factor clave para el sector. La digitalización impregna todas las actividades económicas y
sociales, y el sector agrario y ganadero no es una excepción. El futuro del sector agrario y ganadero será digital o no será.


Este es el camino que conduce al futuro en el sector, apostando por la transformación digital. Las empresas y explotaciones agrarias tienen que adaptarse a las exigencias del mercado y de las administraciones para así conseguir un sector
sostenible. Esto se conseguirá dando protagonismo al agricultor y al ganadero en este proceso de transformación, con la finalidad de mejorar la rentabilidad, reduciendo los costes e incrementando la productividad en cantidad y en calidad,
permitiendo además mejorar la calidad de vida de nuestros agricultores y ganaderos.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a seguir firmemente apoyando, con todas las posibilidades que le permita en la situación actual del país, la transformación digital del sector agrario y ganadero. Eliminando o reduciendo las
brechas y las barreras técnicas, legislativas, económicas y formativas existentes en la actualidad, contribuyendo así al liderazgo de un sector rural sostenible económica, social y medioambientalmente; y al poblamiento activo del medio rural
haciéndolo un lugar más atractivo, vivo, dinámico y diversificado, generador de riqueza y de empleo de calidad, con especial atención a jóvenes y mujeres.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 septiembre de 2021.-Manuel González Ramos, José Luis Aceves Galindo, Lázaro Azorín Salar, Javier Cerqueiro González, María Luisa Faneca López, Ariagona González Pérez, Indalecio Gutiérrez Salinas,
Montserrat Mínguez García, Mariano Sánchez Escobar, Herminio Rufino Sancho Íñiguez, Daniel Senderos Oraá, Juan Francisco Serrano Martínez y Juan Luis Soto Burillo, Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo
Parlamentario Socialista.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/003231


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para llevar a cabo la recuperación
urgente del calado en la gola de Marchamalo, sita en La Manga del Mar Menor, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El último informe elaborado por el Comité Científico del Mar Menor revela que la situación de este ecosistema marino es crítica y que hay importantes bolsas de agua anóxica en la cubeta sur del mismo. Está gravísima situación exige que se
lleven a cabo medidas y actuaciones de carácter urgente e imprescindible, pues por desgracia la coyuntura medioambiental no admite más demoras.


En concreto, y según las conclusiones del Comité Científico, la situación del Mar Menor es al momento presente extremadamente crítica, advirtiendo de que se están formando nuevas bolsas de anoxia en las aguas de su cubeta sur. Confirman los
expertos que nos encontramos ante una situación similar a la del último episodio de anoxia sufrido el pasado mes de agosto, razón por la que los científicos afirman que, o se actúa de inmediato y se oxigena la zona sur del Mar Menor, o los daños que
se pueden producir serán irreversibles, habida cuenta que estas bolsas de agua sin oxígeno destruirán todo resto de vida a su paso y no tienen capacidad de desaparecer por sí solas.


A tal fin, la comunidad científica reitera lo mismo que aconsejó en agosto, esto es, recuperar el calado de la gola de Marchamalo, que comunica el Mar Menor y el mar Mediterráneo, la cual se ha venido colmatando de arenas y sedimentos en los
últimos años, coyuntura que está impidiendo el habitual



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intercambio de aguas entre los dos mares y, con ello, que se oxigene la cubeta sur. Se trata, por tanto, de facilitar una reapertura al Mediterráneo, de forma gradual y controlada, para que se produzca esa imprescindible oxigenación,
actuación que podría ser reversible en cualquier momento una vez salvada la situación crítica que ahora mismo se padece.


Hace ya más de un mes que la vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, visitó el Mar Menor, y a pesar la gravedad de la situación, el Gobierno de la Nación no ha tomado aún ni una sola decisión o acordado ni una
sola actuación en relación al mismo. Y todo ello a pesar de que fue la propia Ministra, en su comparecencia en el Congreso de los Diputados del pasado 30 de agosto, la que aseguró que la situación de la laguna era tan dramática, y las consecuencias
sociales y económicas tan graves, que era su obligación no contemporizar y ponerse trabajar sin perder un minuto más. Pues bien, a pesar de esas palabras, todavía seguimos esperando a que haga algo, y la única y triste realidad es que mientras
tanto el Mar Menor agoniza, está en tiempo de descuento y ya no admite más esperas.


En contraposición, desde el Ejecutivo autonómico se viene pidiendo de continuo al Gobierno central que actúe, o si no quiere, al menos que le permitan actuar en su lugar al gobierno regional, pues se sabe perfectamente lo que hay que hacer y
las medidas que hay que aplicar, que no son otras que las que el Comité Científico ya ha indicado. Sin embargo, toda petición cae de continuo en saco roto ante un ministerio que hace oídos sordos al clamor de toda una Región que le implora que
intervenga en el uso de sus competencias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que proceda, de forma urgente e inmediata, a llevar a cabo la recuperación gradual y controlada del calado en la Gola de Marchamalo, sita en La Manga del Mar Menor, al objeto de evitar los
gravísimos daños en el ecosistema marino del Mar Menor que van a provocar las bolsas de agua anóxica que se han generado en el mismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 septiembre de 2021.-Teodoro García Egea, Isabel María Borrego Cortés y Juan Luis Pedreñoa Molina, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003237


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la recuperación ecológica y
medioambiental de las Lagunas de Villafranca de los Caballeros en la provincia de Toledo, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El complejo lagunar de Villafranca de los Caballeros es uno de los espacios medioambientales más importantes de Toledo, Castilla-La Mancha y España.


Las lagunas de Villafranca de los Caballeros son un espacio natural de primer orden, protegido como Reserva Natural, forma parte de la Red Natura 2000, es refugio de fauna y están incluidas en la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda.


Las lagunas de Villafranca son un tesoro natural y ecológico, que tienen además un gran valor económico, cultural, científico y recreativo. Un espacio natural único, que necesita la implicación de todas las administraciones, para abordar y
elaborar un plan integral de recuperación que evite el desastre medioambiental, ecológico y también económico y social que está suponiendo la lamentable situación de desecación de los últimos años. Una situación insostenible a la que tenemos que
poner fin y aportar soluciones.



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Las lagunas de Villafranca, tanto la grande como la chica, son un espectáculo y un don de la naturaleza, donde el hábitat terrestre y el acuático, hacen que las lagunas sean uno de los principales recursos y destinos del turismo interior de
Castilla-La Mancha. Aves surcando sus cielos y aves acuáticas.


Rapaces esteparias amenazadas, así como el pato colorado, el porrón moñudo o el ánade real. Praderas subacuáticas, que parecen praderas flotantes. Aves buceadoras como zampullín chico, el cullinegro, porrón común o facha común.


Estas lagunas son paso migratorio, entre otras especies para la malvasía cabeciblanca o las grullas, y un espectáculo natural donde se pueden contemplar rapaces como el aguilucho lagunero, el halcón peregrino o las avutardas, gaviotas o
cernícalo primilla. Existen especies incluidas en el catálogo de especies amenazadas, de ahí su gran importancia (Decreto 33/1998 de 5 de mayo).


Este refugio de fauna, según el Decreto 158/1998, de 13 de diciembre, junto con una flora autóctona de carrizales, espadañales, taray, tejón y cientos de especies, hace único el ecosistema de las lagunas de Villafranca de los Caballeros.


A las aguas también se le atribuyen propiedades medicinales y curativas, que alivian los dolores reumáticos y artríticos.


Esta es una breve exposición de la importancia ecológica que representan las lagunas de Villafranca de los Caballeros. La lamentable situación de estos últimos años ha provocado, que todo el pueblo y asociaciones y movimientos vecinales de
toda la zona estén reivindicando un plan de gestión para este ecosistema que permitan tener otra vez unas lagunas con vida.


Esto últimos años, la superficie encharcada se ha ido reduciendo, hasta ser prácticamente residuales y desecándose totalmente. Lo que ha supuesto un desastre ecológico, al desaparecer la cubierta vegetal que constituye un excepcional
hábitat para toda la fauna ligada al medio acuático.


Se requieren medidas estructurales. Hay una necesidad urgente e inaplazable de actuación para evitar la degradación absoluta y que su situación sea irreversible.


Desde el Partido Popular consideramos que la recuperación medioambiental de las Lagunas de Villafranca de los Caballeros es importante y urgente para evitar graves consecuencias al ecosistema, y debe ser un asunto de interés general, por
encima de ideologías, que exige la coordinación de todas las administraciones competentes poniendo en práctica proyectos y estrategias para un objetivo común de salvar este ecosistema.


Debemos entre todos salvar las Lagunas de Villafranca de los Caballeros, devolverles el esplendor y verlas llenas de vida otra vez, salvándolas del desastre medioambiental que las amenaza.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados en relación con las actuaciones que necesitan las lagunas de Villafranca de los Caballeros para evitar un desastre medioambiental, y ecológico y logar su recuperación, insta al Gobierno a:


1. Llevar a cabo por las administraciones competentes, principalmente el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, la Confederación Hidrográfica del Guadiana y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las actuaciones
necesarias para la recuperación y la restauración hídrico-forestal de las Lagunas de Villafranca de los Caballeros.


2. Destinar fondos Nex Generation para la financiación de actuaciones para la recuperación y protección ecológica y medioambiental de las Lagunas de Villafranca de los Caballeros.


3. Revisar, actualizar y aumentar la concesión de 40 litros/segundo, de caudal aportados al humedal, adaptándola a las necesidades y que se realice con criterios científicos, técnicos y ecológicos.


4. Que se establezca un plan de gestión propio para Las lagunas de Villafranca de los Caballeros, Reserva de la Biosfera, en el que se impliquen todas las administraciones, preservando de esta forma la biodiversidad de estos humedales.


5. Establecer bonificaciones fiscales para empresas, familias, entidades y organismos que inviertan en la rehabilitación, la recuperación ambiental y económica de las Lagunas de Villafranca de los Caballeros.


6. Impulsar y que se lleven a cabo por parte de las administraciones competentes las obras y actuaciones para la depuración, desagüe y saneamiento, de acuerdo con criterios de sostenibilidad medioambiental en el entorno lagunar.



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7. A que las administraciones competentes lleven a cabo el adecentamiento, limpieza, mantenimiento integral y forestación, de acuerdo con criterios medioambientales y ecológicos para el respeto y el fortalecimiento de todo el entorno
lagunar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 septiembre de 2021.-Vicente Tirado Ochoa, Carmen Riolobos Regadera, Cesar Sánchez Pérez, Guillermo Mariscal Anaya, Paloma Gázquez Collado, Juan Diego Requena Ruiz, Alberto Herrero Bono, Diego Gago
Bugarin, José Ángel Alonso Pérez, Carmen Navarro Lacoba y Tomás Cabezón Casas, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Más País-Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la creación de un proyecto piloto para la adaptación de
centros escolares al cambio climático.


Exposición de motivos


Las consecuencias del cambio climático han dejado de ser una posibilidad futura para convertirse en una realidad: temperaturas extremas, inundaciones o riadas son solo algunas de las señales de que estamos alcanzando un punto de no retorno.


Las ciudades son las principales fuentes de emisiones de CO2 a la atmósfera y, al mismo tiempo, son uno de los entornos más golpeado por las consecuencias de la emergencia climática. Un buen ejemplo de estos efectos son las islas de calor
urbanas, un fenómeno por el que la temperatura del aire en el centro de las ciudades es notablemente más alto que en los entornos periurbanos. Un estudio de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) resaltaba en 2019 que las diferencias entre los
barrios que estaban dentro y fuera de la isla de calor podrían alcanzar hasta 8 ºC.


Por otra parte, la contaminación atmosférica causada por las emisiones de los vehículos de combustión suponen también un grave impacto a la salud de las personas que viven en los núcleos urbanos, especialmente a los niños y niñas, que ven
afectados su salud y su desarrollo.


Los estudiantes de nuestro país pasan más de 750 horas al año en sus centros educativos, por lo que, teniendo en cuenta todo lo anterior, resulta fundamental que dichos centros sean lugares especialmente protegidos frente a las consecuencias
de Cambio Climático. Con las adecuadas mejoras podrían, incluso, constituir una barrera activa contra dichas consecuencias: con instalaciones para ser autosuficientes energéticamente, con mejoras en materia de eficiencia energética, con la
creación de patios y entornos naturalizados, reduciendo el tráfico en las calles en los que se ubican, etc.


Con la llegada de los Fondos de Recuperación Europeos se abre la posibilidad de realizar esa transformaciones en los centros educativos para mejorar no sólo los entornos sino la calidad educativa de los mismos, puesto que estas reformas
pueden servir para desarrollar programas de educación ambiental en los propios centros, que contarían con experiencias propias sobre temas tan importantes como la eficiencia energética, el impacto positivo de la naturaleza en los entornos urbanos o
el beneficio de transitar por espacios libres de humos.


Por todo ello, Mas País-Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


- A poner en marcha, en coordinación con las Comunidades Autónomas y entidades locales, un proyecto piloto de Centros Educativos frente al Cambio Climático, en el que los centros que así lo requieran puedan acceder a financiación para
implantar mejoras en materia de eficiencia energética, renaturalización de patios y entornos escolares seguros.



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- A realizar un estudio de los resultados obtenidos en dicho proyecto, con el fin de crear un Libro Blanco sobre la adecuación de los centros educativos a las consecuencias del Cambio Climático.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


161/003263


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la protección de la propiedad colectiva propia de las comunidades de montes vecinales en man común, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


La Organización Gallega de Comunidades de Montes Vecinales en Man Común (ORGACCMM), ha trasladado al BNG su profunda preocupación por la situación que se está generando ante las actuaciones llevadas a cabo desde las Gerencias Territoriales
del Catastro que atentan directamente a los intereses de las comunidades de montes.


Así, las oficinas territoriales o gerencias están remitiendo comunidades a los órganos directivos de las comunidades de montes informando de que los terrenos propiedad de la comunidad, tierras de monte vecinal en mancomún, situadas dentro de
la demarcación marítimo-terrestre, pasan a considerarse de titularidad del Estado. Aunque en los escritos remitidos, el Catastro concede un plazo de alegaciones, las resoluciones se están demostrando inamovibles, lo que equivale a una incautación o
expropiación encubierta de estas tierras de propiedad colectiva expropiadas en beneficio de la comunidad.


Estas resoluciones se amparan en el artículo 9 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas que establece que no podrán existir terrenos de propiedad distinta de la demanial del Estado en ninguna de las pertenencias del dominio público
marítimo-terrestre, ni aun en el supuesto de terrenos ganados al mar o desecados en su ribera.


En primer lugar cabe destacar que el artículo citado trata por igual a todo tipo de propiedades, sin embargo, en el momento actual debería plantearse una revisión del mismo para permitir que en la zona de dominio público marítimo terrestre,
que como indica su nombre, debe ser de titularidad pública, puedan coexistir otras titularidades que respeten ese carácter demanial y no privado. Así, se plantea la posibilidad de permitir la titularidad municipal o autonómica, no sólo la estatal,
como se reclama en muchos municipios costeros, pero también, en este caso, la titularidad colectiva o vecinal, en beneficio de la comunidad, que aunque tratada como privada no tiene esas características.


No es acertada la equiparación de los montes vecinales en mancomún a bienes de titularidad privada, pues su naturaleza es colectiva, tal y como reconoce el artículo de la vigente Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano
común. Por lo tanto, recogiendo las reclamaciones de la ORGACCMM, entendemos que no debería tener encaje legal en las detentaciones privadas, sino considerarse como de naturaleza colectiva como corresponde a su naturaleza y régimen jurídico.


El mantenimiento de la titularidad pública o colectiva no afectaría en ningún momento a la obligación de respetar los límites que la Ley de Costas establece en este momento a respecto de las actividades a desarrollar en la zona de dominio
público marítimo y de las preceptivas autorizaciones de la Demarcación de Costas. Recuérdese que la normativa actual de costas ya permite mantener los derechos de uso y aprovechamiento, por lo que sería perfectamente posible mantener este aspecto
pero respetando la titularidad de las comunidades de montes.


En segundo lugar, debe recordarse que a pesar de que la previsión del artículo 9 se publicó en 1988, tras la aprobación de la Ley de Montes Vecinales en Man Común, se procedió a inscribir y registrar propiedades a nombre de esas
Mancomunidades incluidos los terrenos incluidos en la zona de dominio público marítimo terrestre, probándose la compatibilidad de mantener la titularidad y el respeto de la normativa que impone restringir lo usos en esas zonas afectadas.



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También puede alegarse a favor de esta reforma legislativa que permita conciliar ambas titularidades es que la necesaria protección que se da otros bienes público-demaniales como son los cauces fluviales o humedales, por ejemplo, que podrían
equiparse, no impide la titularidad sobre eses terrenos, pero sí limita sus usos.


Por lo tanto es necesario revisar la legislación vigente para que recoja de forma clara la realidad, es decir, la existencia de montes vecinales en mancomún que no son ni titularidades públicas ni privadas. Existe una tercera categoría en
la que se incluyen los montes en mancomún, la propiedad colectiva. Esta forma de propiedad tiene una importancia capital en Galiza en la que ocupan la cuarta parte del territorio, más de 700.000 hectáreas gestionadas por 2800 comunidades de montes,
probando que supone una señal de identidad y de la cultura gallega, además de un motor económico y productivo decisivo. Se trata de un tipo característico y diferenciado de copropiedad colectiva, cuyas características se han mantenido y
evolucionado en Galiza desde tiempo inmemorial, que debe ser preservado, mantenido y protegido.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Iniciar los trámites necesarios para proceder a reformar el artículo 9 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, para que las titularidades de carácter comunitario como son los montes vecinales en mancomún puedan existir legalmente
dentro de la zona de dominio público marítimo terrestre y del deslinde de costas, sometidas en todo caso a los límites de uso y autorizaciones que se consideren necesarias.


2. Promover también la modificación del artículo 338 del Código Civil para reconocer de forma expresa la propiedad de carácter colectivo o comunitaria, como la que se da en los montes vecinales, a la par de los bienes de dominio público y
la propiedad privada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Cultura y Deporte


161/003230


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la cesión de la titularidad
de la torre de Campanitx o d'en Valls, de Santa Eulària des Riu (Ibiza), para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


La torre de Campanitx o d'en Valls es una construcción que se sitúa en el en el litoral de la costa ibicenca, en concreto en la parroquia de San Carlos de Peralta, término municipal de Santa Eulària des Riu (Ibiza). Se trata de una
edificación en forma de torre que tenía por objeto defender y avisar a la población de la presencia de piratas que se aproximaran por mar. Forma parte del sistema de vigilancia erigido entre los siglos XVI y XVIII en puntos estratégicos de la costa
ibicenca para la defensa del territorio, ante la elevada inseguridad de la época, motivada por los continuos ataques marítimos.


Fue construida en el siglo XVIII (se sabe que el 1763 ya había finalizado su construcción), posiblemente proyectada por el ingeniero Ballester. Se trata de un edificio troncocónico de dos pisos y plataforma con parapeto, realizado con
ladrillos de piedra calcárea y mortero de cal. El año 1846 sufrió graves daños por una explosión del polvorín a causa de una tormenta eléctrica y fue restaurada en 1982. Desde entonces permanece cerrada con algunos episodios de ocupación ilegal,
mostrando asimismo signos de abandono y deterioro progresivo.



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La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la declaró Bien de Interés Cultural al amparo de la Ley 6/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y la Ley 12/1988, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas
Baleares.


La torre está situada en un emplazamiento de alto valor estratégico desde el punto de vista ambiental y ecológico puesto que se encuentra en un punto de la costa desde donde se puede observar una amplia zona del interior de la isla y también
de la costa y de los islotes adyacentes.


Esta ubicación permite la observación de diferentes elementos etnológicos característicos del aprovechamiento agrícola, ganadero y pesquero del territorio (viviendas tradicionales, molinos de agua, zonas de cultivo, enclaves pesqueros...).
Además, se encuentra en una zona de migración de cetáceos y aves, y también de cría de muchas especies de aves y reptiles, algunas de ellas endémicas de la isla, como por ejemplo la lagartija (Podarcis Pityusensis). La torre y su entorno son ya muy
visitados por excursionistas, grupos escolares y turistas.


La solicitud de cesión de titularidad por parte del Gobierno de España al Ayuntamiento de Santa Eulária des Riu viene motivada por el interés de este Ayuntamiento por la conservación de todos los valores patrimoniales, culturales y naturales
de su territorio y por la divulgación de estos mismos valores entre la población residente y los numerosos visitantes que recibe el municipio cada año.


La titularidad municipal permitiría intensificar las medidas de conservación y vigilancia. Asimismo, permitiría su uso por parte del Ayuntamiento para actividades culturales y de divulgación del patrimonio.


El Govern de les Illes Balears a través de la Consellería de Presidencia, Cultura e Igualdad se ha dirigido al Ayuntamiento de Santa Eularia des Riu manifestando su incondicional apoyo a la petición del consistorio a fin de obtener la cesión
de la titularidad o, en su caso, la gestión de la torre de Campanitx o d'en Valls.


Y en este mismo sentido, a finales del año pasado, el Consell Insular de Eivissa también se pronunció en favor de la cesión de la titularidad o cesión de la gestión de la edificación al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu a través de una
carta dirigida a la institución local.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a la cesión de la titularidad o, en su defecto, la cesión de la gestión de la torre de Campanitx o d'en Valls, situada en la parroquia de San Carlos, termino municipal de Santa
Eulària des Riu en la isla de Ibiza.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2021.-Miguel Ángel Jerez Juan, Margarita Prohens Rego y María Soledad Cruz-Guzmán García, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural en el
Congreso.


161/003266


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Contreras Peláez, D. José Ramírez del Río, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Pedro Requejo Novoa, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Víctor Sánchez del Real, D. Agustín
Rosety Fernández de Castro y D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez en sus condiciones de diputados del Grupo Parlamentario VOX (GP VOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a solicitar al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos el adecentamiento y señalización del Sepulcro de don Hernán Cortés de Monroy y Pizarro Altamirano, para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


Primero. El 13 de agosto de 2021 se cumplieron 500 años de la toma de Tenochtitlán por las tropas españolas de Hernán Cortés y sus aliados indígenas, que marcó la culminación de la conquista de México, iniciada en 1519. Se trata de un hito
fundamental de la historia de España y de los países



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hispanoamericanos. Aquellos hechos supusieron el salto de la presencia española desde las Antillas a Tierra Firme (excepción hecha del precedente de los asentamientos de Nicuesa, Enciso y Núñez de Balboa en el Darién, en la Panamá actual);
un salto no solo territorial sino también conceptual, con la superación del 'modelo antillano' -más extractivo- y el desarrollo del modelo novohispano, que concibe a América, no como un campo de recursos a disposición de los conquistadores, sino
como una verdadera nueva España que debe integrar a los indígenas y elevarlos a la civilización y la posibilidad de la salvación, con arreglo a las categorías religiosas de la época.


La presencia española, sobre todo en su fase más temprana, no estuvo exenta de abusos. Sin embargo, el imperio español representa un caso único en la historia universal en lo que se refiere al constante autocuestionamiento moral y el libre
debate en torno a la justicia de la conquista. Los denunciadores de excesos -incluso los mixtificadores como Bartolomé de las Casas- no solo no eran reprimidos, sino que eran invitados a la corte y escuchados por unos reyes obsesionados por
escrúpulos morales. Así lo reconoció, por ejemplo, Lewis Hanke en su obra clásica The Spanish Struggle for Justice in the Con quest of America: 'En el Archivo de Indias de Sevilla duermen miles de cartas e informes [sobre asuntos indianos] que
amonestan, exhortan e incluso amenazan a los monarcas más poderosos de su tiempo.


'[...] Y los reyes permitieron e incluso estimularon en ocasiones la discusión sobre un asunto tan delicado como su derecho a gobernar el Nuevo Mundo. [...] Ningún otro pueblo de Europa se ha entregado antes o después a una tal lucha por la
justicia' 148.


En su lecho de muerte, Isabel la Católica añadió un codicilo a su testamento en el que rogaba a sus sucesores que 'no consientan ni den lugar a que los indios [...] reciban agravio alguno en sus personas ni sus bienes, sino que manden que
sean bien y justamente tratados'. El Derecho indiano prefigura con cuatro siglos de adelanto la moderna legislación social: por ejemplo, las Leyes de Burgos (1512) reglamentan el jornal, vivienda y descanso de los indígenas de las encomiendas, y
prohíben el trabajo de las embarazadas a partir del cuarto mes. Y en 1550, Carlos I paraliza la expansión española en América, a la espera del resultado de la Controversia de Valladolid, debate público -juzgado por una comisión de teólogos y
juristas- en el que Juan Ginés de Sepúlveda y el hipercrítico Bartolomé de las Casas discuten la legitimidad de la empresa colonial: 'Nunca antes o después un emperador en la cima de su poder ha ordenado que cesen sus conquistas hasta que se
pudiera decidir si eran justas' (Lewis Hanke) 149.


Segundo. Gustavo Bueno propuso una distinción entre 'imperios depredadores' e 'imperios generadores'. El español -como el alejandrino o el romano- forma parte de estos últimos. En las Indias, España intentó trasplantarse a sí misma a
través de instituciones como el cabildo. Los imperios depredadores solo fundan factorías y plantaciones; los generadores construyen ciudades, iglesias y universidades. Lo característico de los imperios generadores es la vocación civilizadora, el
compromiso de compartir las ventajas tecnológicas y espirituales con una población más amplia. Los conquistadores aspiraban ciertamente al enriquecimiento y la gloria, pero se tomaban también muy en serio la evangelización de los indígenas, en
contraste con otros imperios que solo buscaron la explotación de los colonizados. En su primera entrevista con Moctezuma, referida por Bernal Díaz del Castillo, Hernán Cortés le explica que '[el emperador Carlos] nos envió para que no adoren
aquellos ídolos ni les sacrifiquen más indios ni indias, pues todos somos hermanos, ni consientan sodomías ni robos' 150. El imperio generador eleva a los conquistados a la misma categoría jurídica y moral de los habitantes de la metrópoli
('españoles americanos') y propicia la hibridación racial de forasteros y naturales.


148 Lewis Hanke, The Spanish Struggle for Justice in the Con quest of America [1949], Little, Brown, and Company, Boston, 1965, notas 1 a 8.


149 Lewis Hanke, The Spanish Struggle..., cit., p. 117.


150 'Y Cortés le comenzó a hacer un razonamiento con nuestras lenguas [intérpretes] doña Marina [Malinche] y Aguilar; y dijo que había [...] cumplido el viaje y mando que nuestro gran rey y señor le mandó; [...] que somos cristianos y
adoramos a un solo Dios verdadero, que se dice Jesucristo, el cual padeció muerte y resurrección por nos salvar; [...] y que aqueste nuestro Dios resucitó al tercer día y está en los cielos, y es el que hizo el cielo y la tierra y la mar, y crió
todas las cosas que hay en el mundo [...] y que aquellos que ellos [los mexicas] tienen por dioses, que no lo son, sino diablos, que son cosas muy malas [...]. Y luego le dijo [...] cómo todos somos hermanos, hijos de un padre y de una madre, que
se decían Adán y Eva; y como a tal hermano, nuestro gran emperador, doliéndose de la perdición de las ánimas, que son muchas las que aquellos ídolos llevan al infierno, donde arden en vivas llamas, nos envió para que esto que ha oído lo remedie, y
no adoren aquellos ídolos ni les sacrifiquen más indios ni indias, pues todos somos hermanos; ni consientan sodomías ni robos; y más les dijo, que el tiempo andando enviaría nuestro rey unos hombres que entre nosotros viven muy santamente
[frailes], mejores que nosotros, para que se lo den a entender' (Bernal Díaz del Castillo, Historia verdadera de la conquista de Nueva España, cap. CI).



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La Monarquía Hispánica sacó a los pueblos precolombinos de la antropofagia, la esclavitud, los sacrificios humanos y la prehistoria tecnológica (no conocían ni la rueda, ni la escritura, ni los animales de carga: el transporte de mercancías
se hacía a espaldas humanas). El primer arzobispo de México, Juan de Zumárraga, insiste en que se envíen asnos desde España, para no usar porteadores. Se crean pronto instituciones de enseñanza para indígenas, como el Colegio de Santa Cruz de
Tlatelolco, y hospitales como el de Jesús, fundado en 1524 por el propio Hernán Cortés - todavía en funcionamiento-, el de San José de los Naturales o el de San Cosme y San Damián. En 1539 se establece en México la primera imprenta del Nuevo Mundo,
filial de la de Cronemberg en Sevilla. En la década de 1550, las primeras universidades: la de San Marcos de Lima (1551) y la Real y Pontificia de México (1553). En ellas se crearán cátedras de lenguas indígenas, en las que se escriben las
primeras gramáticas quechua o náuhatl; los frailes las habían aprendido desde el principio (Fray Andrés de Olmos, Arte para aprender la lengua mexicana, 1547), para impulsar una evangelización que fue muy rápida y exitosa.


Uno de los políticos españoles que mejor ha glosado la empresa española en América fue el socialista Indalecio Prieto, exiliado en México tras la Guerra Civil, que publicó el 28 de noviembre de 1946 en la revista Novedades el artículo
titulado 'Mano española violó el secreto de los restos'. Dijo entonces lo siguiente: '¿Quién puede negar la grandeza a la obra de España en América? ¿Y quién puede negar la grandiosidad de esa misma obra en las tierras de México? [...] Este
hombre descreído no puede menos de reconocer la inmensa superioridad de la religión católica sobre los cultos idolátricos practicados por las razas que poblaban México cuando el país fue conquistado, porque en los altares católicos no hay
inmolaciones, no se sacrifican vidas humanas, no se depositan, en holocausto a los ídolos, dioses o no de la guerra, corazones palpitantes de hombres a quienes al pie del ara se les desgarraban las entrañas para el sacrificio. Idioma, costumbres,
cultura, religión, todo eso trajo España a México. Pero, además, cualesquiera que sean las salpicaduras crueles de la conquista, y que se hayan repetido durante la dominación -¿qué conquista y qué dominación están libres de ellas?- queda aquí un
testimonio irrecusable del sentido humano que tuvo la empresa española. ¿Cuál es ese testimonio? Los millones de indios que todavía pueblan el territorio mexicano. España no los exterminó, sino que respetó su vida'.


Tercero. La realidad histórica de México es el producto de la campaña de Cortés en 1519-1521. El concepto mismo de México puede decirse que es creación cortesiana: el imperio mexica apenas abarcaba el tercio meridional del México actual,
cuyos contornos se corresponden aproximadamente con lo conquistado o al menos explorado por Cortés y sus hombres.


Lo que decimos de México podría decirse de América en general: los españoles la descubrieron, no sólo en el sentido de encontrarla geográficamente -por sorpresa, pues buscaban Asia- sino también en el de poner en contacto entre sí a pueblos
que hasta entonces vivían encerrados en microcosmos incomunicados; América se descubrió a sí misma como totalidad a través de la conquista hispano-portuguesa. (De la misma forma que, como ha señalado Emilio Lamo de Espinosa, Hispania fue
'inventada' por la conquista romana: turdetanos, vacceos, etc. se ignoraban hasta entonces los unos a los otros).


Los territorios españoles en América nunca recibieron el nombre de 'colonias', término que sólo se utilizará en el siglo XIX en referencia a Cuba, Puerto Rico y Filipinas; tampoco era frecuente el término 'imperio'. Se les consideraba
reinos agrupados bajo una misma Monarquía Católica (o Monarquía Hispánica), aludiéndose a ellos en plural ('estos reinos'); el rey de España lo era de Castilla, Aragón, Navarra.., y también del Perú o de Nueva Granada (la titulación enumerativa se
conservó hasta Carlos IV); los territorios americanos eran gobernados mediante virreyes. En 1809, los delegados hispanoamericanos presentes en la Junta Suprema Central que asume el poder en ausencia de Fernando VII se preocupan de precisar que
'los vastos y preciosos dominios que España posee en las Indias no son propiamente colonias o factorías como los de otras Naciones, sino una parte esencial de la monarquía española'. La Constitución de Cádiz aludirá a 'los españoles de ambos
hemisferios'.


Lo anterior permitió a Julián Marías escribir que 'durante tres siglos, España no será simplemente una nación, una nación como las demás que tras ella se van organizando, es decir, una nación intraeuropea, sino una supernación transeuropea,
un complejo de pueblos con un repertorio de relaciones todavía no bien comprendidas, y con un proyecto histórico, a la vez coherente y múltiple, que llevamos casi dos siglos intentando oscurecer' 151.


La Monarquía Hispánica fue, pues, un ente transoceánico agrupado por el vínculo político de la sujeción a un mismo rey, el legal del Derecho indiano y el religioso-cultural del catolicismo y la lengua española; un ente multipolar en el que,
más que de un centro y una periferia, hay que hablar de varios


151 Julián Marías, España inteligible [1985], Alianza, Madrid, 2014, p. 182.



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centros en interacción ('México o Lima, pero también Cuzco o Puebla, dejaron desde muy pronto de ser espacios periféricos para convertirse en focos principales de creación artística') 152. Tras el relativo declive de España en la segunda
mitad del siglo XVII y la pérdida de muchos territorios europeos con el tratado de Utrecht (1713), crecerá la importancia del polo americano: los recursos de Nueva España serán los que permitan a España mantener un papel importante en el escenario
internacional. De esta forma, como ha indicado López Viejo, la Monarquía Hispánica del siglo XVIII 'es una potencia mucho más americana de lo que hasta entonces había sido y de lo que ninguna de las europeas lo sería jamás, la primera y hasta ahora
única potencia euroamericana de la historia de la humanidad' 153.


Varios viajeros europeos ponderan a finales del siglo XVIII el florecimiento de los territorios hispanoamericanos, que resisten con ventaja la comparación con los recién nacidos Estados Unidos de América e incluso con muchos europeos.
Alexander Von Humboldt teoriza en su Ensayo Político sobre el Reino de la Nueva España (1804) la centralidad de México en la Monarquía Hispánica, por el desarrollo urbano de su capital (más poblada en la época que el mismo Madrid, y ciertamente más
que Filadelfia o Nueva York), sus recursos naturales y su equidistancia respecto a los territorios hispánicos de Europa y Asia: 'Un rey de España que residiese en la capital de México haría pasar sus órdenes en cinco semanas a la península de
Europa y en seis semanas a Asia, esto es, a las Islas Filipinas' 154; 'entre las posesiones sujetas al dominio del rey de España, México ocupa actualmente el primer lugar, así por sus riquezas territoriales como por lo favorable de su posición para
el comercio con Europa y Asia' 155; Humboldt anota también que los establecimientos científicos [Escuela de Minas, Jardín Botánico, etc.] de Ciudad de México son 'más grandes y sólidos que los de cualquier ciudad del Nuevo Continente, sin exceptuar
las de los Estados Unidos' 156. Durante los siglos XVII y XVIII el 'galeón de Manila' (o' nao de China') asegura el comercio asiático-americano-europeo: las sedas, marfiles y porcelanas orientales son desembarcadas en Acapulco, para ser
comercializadas en parte en los territorios hispanoamericanos y en parte llevadas a Veracruz para ser expedidas a España (en el viaje de vuelta, el galeón llevaba artículos hispanoamericanos a Filipinas). En la Plaza de Armas de Ciudad de México
floreció en el siglo XVIII el enorme mercado del Parián: el término 'Parián' no procede del náhuatl, sino del tagalo ('mercado de chinos'). El fraile novohispano José Servando de Mier, de viaje por España en 1806, escribe: 'Las iglesias en Madrid
no son templos magníficos y elevados, como acá, sino una capilla'.


Cuarto. El mundo hispánico se ha mostrado siempre ingrato con Hernán Cortés. Ya en 1804, antes de las independencias, Alexander Von Humboldt se sorprende de la ausencia de reconocimientos: 'Es bien reparable que en toda América, desde
Buenos Aires a Monterrey, desde Trinidad y Puerto Rico a Panamá y Veraguas, en ninguna parte se halla un monumento nacional levantado por la gratitud pública a Cristóbal Colón ni a Hernán Cortés' 157. La excepción era, desde luego, el propio
sepulcro de Cortés en la iglesia del Hospital de Jesús, que desde 1794 disponía al menos de un mausoleo a la altura del personaje. Como indica Iván Vélez 158, la tumba estuvo sellada entre 1794 y 1823 con una placa que contenía el siguiente texto:


'Aquí yace el grande héroe Hernán Cortés, conquistador de este reino de Nueva España, gobernador y capitán general del mismo, caballero del orden de Santiago, primer marqués del Valle de Oajaca y fundador de este santo hospital é iglesia de
la Inmaculada Concepción y Jesús Nazareno. Nació en la villa de Medellin, provincia de Extremadura en España, año de 1485, y falleció á 2 de diciembre de 1547 en la villa de Castilleja de la Cuesta, inmediata á Sevilla. Desde esta se le condujo al
convento de la orden de San Francisco en la de Tezcuco, y de esto el año de 1629 á sus casas principales en esta ciudad de Méjico, con motivo de haber fallecido en las mismas á 30 de enero su nieto don Pedro Cortés, cuarto marqués del referido
título del Valle de Oajaca. En 24 de febrero de dicho año de 1629, habiendo precedido el fúnebre aparato correspondiente á tan grande héroe, con asistencia de los Sres. arzobispo y virrey, real audiencia, tribunales, cabildo, clero, comunidades
religiosas y caballeros, se depositaron en diferentes cajas abuelo y nieto, en el sitio en que se


152 Tomás Pérez Viejo, 'Colonia, ¿qué colonia?', en Emilio Lamo de Espinosa (ed.), La disputa de/pasado: España, México y la leyenda negra, Turner, 2021, p. 71.


153 Tomás Pérez Viejo, 'Colonia, ¿qué colonia?', cit., p. 66.


154 Alexander Von Humboldt, México [Antología de fragmentos del Ensayo político sobre el Reino de Nueva España], Casimiro Libros, Madrid, 2019, p. 23.


155 A. Von Humboldt, op.cit., p. 20.


156 Humboldt, op.cit., p. 30.


157 Humboldt, op.cit., p. 63.


158 Vid. capítulo 'Las reliquias de Cortés' en Iván Vélez, El mito de Cortés: De héroe universal a icono de la leyenda negra, Encuentro, Madrid, 2016.



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hallaban en la iglesia del convento de San Francisco de esta ciudad, de donde se trasladó a este panteón en 2 de julio de 1794, Gobernador el marqués de Sierra Nevada.'


Treinta años después comienza la rocambolesca peripecia de los restos 159: proclamada la independencia de México en 1821, el 16 de septiembre de 1823 el Gobierno dispone la exhumación y quema de los huesos de Cortés; el ministro de
Exteriores Lucas Alamán se adelanta y, acompañado de Fernando Lucchesi y del capellán del Hospital de Jesús, Joaquín Canales, oculta los despojos bajo la tarima del altar. El mausoleo será desmantelado, pero los restos de Cortés están a salvo. En
1836, de nuevo clandestinamente, Alamán manda abrir un nicho en el muro del lado del Evangelio de la iglesia, que será sellado sin señalización alguna: allí reposarán los restos durante 110 años. En 1843, Alamán entrega a la Embajada de España un
acta que revela el emplazamiento de la urna: los diplomáticos españoles mantendrán el secreto durante más de un siglo (en el que se suceden, tanto en España como en México, regímenes de signo diverso). El secreto será violado en 1946 por José de
Benito, un secretario del entorno del 'Gobierno republicano en el exilio'. El Gobierno mexicano interviene para comprobar que los restos se encuentran en el lugar indicado por el acta de 1843: se abre el muro... y allí están. Indalecio Prieto,
en varios artículos de 1946, recriminó a Benito su ligereza y pidió al Gobierno mexicano la erección de un mausoleo digno:


'El pueblo de México está ya en posesión de los restos mortales de tan gigantesca figura humana. No sólo porque cuanto hay en suelo de México pertenece a los mexicanos, sino porque, además, según su voluntad postrera, el Conquistador yacerá
para siempre aquí, en la patria que fundó, en unión de los nobles indios: aquí deben quedar los huesos. Pero han de quedar dignamente, glorificándolos, elevando sobre ellos un majestuoso monumento. ¿Obra solo de los mexicanos? No, obra de
mexicanos y españoles. Hernán Cortés es vuestro, mas también nuestro, muy nuestro. ¿Por qué no hermanarnos, más aún, en torno a su glorificación?' (Indalecio Prieto, 'Mano española violó el secreto de los restos', Novedades, 28 de noviembre de
1946).


Quinto. Pero el Gobierno mexicano no atendió la petición de Prieto. El 9 de julio de 1947 se reinhumaron los restos -en la misma iglesia del Hospital de Jesús, también llamada 'Iglesia de Jesús Nazareno'- colocándose tras una placa de
bronce (1,26 x 0.85 m.) con su escudo de armas y la lacónica inscripción: 'Hernán Cortés 1485-1547'.


A día de hoy, el templo está abandonado y la tumba deliberadamente descuidada, sin ninguna señalización pública. En un reportaje de 2015, el periódico El País contaba esto:


'- ¿Viene alguien a visitarla?


- No viene nadie. Aquí no hay permiso para sacar fotos ni hacer turismo. Eso nos lo tienen prohibido.


La secretaria de la iglesia ha respondido sin levantarse de la silla. Está apostada a la entrada y mira con displicencia al recién llegado. El templo, enclavado en una concurrida avenida del centro histórico, parece medio abandonado. A un
lado se acumulan muebles antiguos; a otro, andamios y sacos. La tumba no se aprecia a simple vista ni está indicada por ningún letrero. Hay que llegar al fondo y mirar a la izquierda del altar. A tres metros del suelo, se encuentra la placa que
señala el lugar donde descansa el conquistador. Es de metal anaranjado. Sólo dice: Hernán Cortés, 1485-1547 160.'


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las gestiones diplomáticas necesarias ante el Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos con el fin de promover que se proceda al adecentamiento y adecuada señalización del
sepulcro de Hernán Cortés, permitiéndose su visita.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-Francisco José Contreras Peláez, José Ramírez del Río, Mireia Borrás Pabón, Pedro Requejo Novoa, Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Víctor Manuel Sánchez
del Real, Agustín Rosety Fernández de Castro y Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


159 Vid. Iván Vélez, 'Hernán Cortés y la peripecia de sus reliquias', El Catoblepas, n.º 2163, Septiembre 2015.


160 Jan Martínez Ahrens, 'La tumba secreta de Hernán Cortés', El País, 3 Junio 2015.



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Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/003235


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso al Plan Nacional de Tecnologías del Lenguaje y el desarrollo de
recursos en la iniciativa de Lengua Española en la Inteligencia Artificial (LEIA) fomenten el buen uso correcto del español en el universo de la Inteligencia Artificial, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La Inteligencia Artificial (IA) ha sido identificada a nivel mundial como una de las tecnologías con mayor proyección e impacto en todas las áreas de actividad. Su potencial de transformación es enorme, desde el punto de vista tecnológico,
económico, ambiental o social, dada su gran penetración intersectorial (salud, industria, seguridad, transporte, educación, Administraciones Públicas, etcétera), elevado impacto, rápido crecimiento y contribución a la mejora de la competitividad.
De hecho, en la actualidad su incidencia en actividades cotidianas es enorme, desde buscadores de Internet, aplicaciones para móviles, asistentes virtuales de voz, recomendaciones de comercio electrónico, sistemas de reconocimiento facial y de voz,
aplicaciones de la Internet de las cosas, robotización..., así como en los ámbitos de investigación multidisciplinar, en los que esta tiene un elevado potencial de transformación. En este sentido, la IA no se contempla solo como un ámbito de
investigación científica o de desarrollo industrial, sino como una gran oportunidad para aplicarla en la transformación de la economía y la sociedad con significativas mejoras en eficiencia y productividad.


Una de las principales tecnologías habilitadoras en áreas estratégicas en IA lo constituye el procesamiento del lenguaje natural. Según los datos de Ethnologue más recientes, el idioma español es la lengua materna más para gente en todo el
mundo (463 millones de personas) solo después del chino mandarín (921 millones), y la cuarta en número de quienes la hablan, como primer o segundo idioma, con un total 543 millones de hispanoparlantes, solamente por detrás del inglés, mandarín e
hindi respectivamente. En Internet el uso de del idioma español está en alza y es la tercera lengua más utilizada en la Red, tras inglés y mandarín, con un 7,9 % de los usuarios que utilizan la lengua de Cervantes.


Para 2030 se prevé que sea la segunda lengua de intercambio económico en el mundo, debido principalmente al crecimiento mercado latinoamericano. Sin embargo, la IA se expresa fundamentalmente en inglés, por lo que se debe avanzar para que
el español tenga una posición eminente en el universo de la IA. Es decir, asegurarnos de que no sólo la inteligencia artificial sea una tecnología inclusiva para la lengua castellana, sino que además esta se hable correctamente. En la actualidad,
España dispone de un Plan de Impulso de las Tecnologías del Lenguaje para apoyar el desarrollo, entre otras cuestiones, del procesamiento del lenguaje natural, la traducción automática y los sistemas conversacionales en lengua española y lenguas
cooficiales del Estado, con el objetivo de favorecer la internacionalización de empresas e instituciones para mejorar la participación española en I+D+i en TIC en el ámbito internacional, promoviendo así la cooperación con el resto de Iberoamérica.


Además, con el objetivo de favorecer la proyección, defensa y avanzar en el buen uso de la lengua española en el universo digital (enseñar a las máquinas hablar bien el español), en especial en el ámbito de la Inteligencia Artificial y las
nuevas tecnologías, recientemente se ha llegado a un acuerdo entre la Red de Academias de la Lengua Española con los principales operadores de plataformas digitales. Un acuerdo denominado Proyecto LEIA (Lenguaje Español e Inteligencia Artificial)
cuyo objetivo es el de liderar a escala mundial el desarrollo de herramientas, tecnologías y aplicaciones para la proyección y uso de la lengua española en los ámbitos de aplicación de la IA.


Se hace pues necesario y urgente desarrollar los recursos en el Proyecto LEIA como componentes y materiales para el desarrollo y despliegues de asistentes conversacionales, máquinas de procesamiento del lenguaje mediante texto, buscadores y
demás, así como incluir el español como lengua disponible en sus productos o servicios. En este ámbito, además se tendrá en cuenta las especificidades del lenguaje natural en el ecosistema de las Administraciones Públicas y en el ámbito jurídico,
tanto en la prestación de servicios a la ciudadanía como a la gestión interna.



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Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar, en el marco de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, el Plan Nacional de Tecnologías del Lenguaje, que sirva para liderar desde España el mercado de PLN en español, a la vez que asegurar la presencia digital del
resto de lenguas cooficiales del Estado.


2. Desarrollar y desplegar, en el marco del Proyecto LEIA que promueve la Real Academia de la Lengua Española y el Plan de Impulso de Tecnologías del Lenguaje, asistentes conversacionales, máquinas de procesamiento de lenguaje de texto y
buscadores, entre otros, para la defensa, proyección y buen uso de la lengua española en el ámbito de la Inteligencia Artificial y las nuevas tecnologías. En especial en el ecosistema de las Administraciones Públicas y en el ámbito jurídico, al
tiempo que la IA favorezca crear herramientas que fomenten el uso correcto del español.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de septiembre de 2021.-Ángeles Marra Domínguez, José Antonio Rodríguez Salas, Javier Alfonso Cendón, Patricia Blanquer Alcaraz, Pedro Casares Hontañón, Valentín García Gómez, Manuel González Ramos,
Antonio Hurtado Zurera, José Luis Ramos Rodríguez, Tamara Raya Rodríguez, Germán Renau Martínez y Diego Taibo Monelos, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003240


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre actualización del cuadro
macroeconómico para los PGE 2022, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos presentó el pasado martes 21 de septiembre las previsiones macroeconómicas del Gobierno que servirán de marco para la elaboración de los presupuestos generales del estado para
el año 2022.


En la misma destacó que el informe de situación de la economía española refleja un crecimiento robusto desde mediados de marzo, que se ha consolidado en el segundo y tercer trimestre por el empuje del consumo interno, manteniendo las
previsiones de crecimiento del 6,5 % para 2021 y del 7 % para 2022, en línea con las previsiones macroeconómicas ya formuladas en el mes de abril.


Sin embargo, tan solo apenas 48 horas después, el INE tiraba por tierra las previsiones de la vicepresidenta rebajando del 2,8 % al 1,1 % su estimación de crecimiento del PIB del segundo trimestre, y del -0.4 % a -0.6 % en el primer
trimestre, dejando el crecimiento semestral en un pírrico 0,5 %. De la misma manera, ese mismo día, la AlReF ajustó su previsión a tiempo real, formulando una tasa interanual de crecimiento del 2.0 %. Tasa esta que hace imposible cumplir el
objetivo del Gobierno del 6,5 % y que por tanto invalida el cuadro macro para los próximos PGE del ejercicio 2022, presentado por el Gobierno esa misma semana.


La ministra, cuya capacidad de predicción se ha mostrado nula en diversas ocasiones, afirmaba el 21 de septiembre que el cuadro macro del Gobierno 'es absolutamente realista' y que 'está basado en toda la información disponible y avalado por
la AIReF: responde a las previsiones que tenemos sobre la evolución de la economía en 2021 y 2022'.


Por su parte, Banco de España -antes de incorporar esta información- ya estimaba un crecimiento del 5.9 % frente al 7 % del Gobierno, y es esperable que haga un nuevo ajuste a la baja para incorporar la información hecha pública por el INE.



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Este año, el Gobierno ya ha pasado el bochorno de tener que revisar su previsión de crecimiento del 9.8 % al 6.5 % del PIB. Dato este que sabemos tampoco se va a cumplir, por lo que no debemos incurrir en el mismo error en los presupuestos
para 2022 que el Gobierno está negociando con sus socios parlamentarios. Sería inadmisible e irresponsable que el Gobierno presentara unos PGE basados en un cuadro macroeconómico que ha quedado desautorizado por la propia realidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un nuevo cuadro macroeconómico como base para la elaboración del proyecto de presupuestos generales del estado 2022 que sea realista con la coyuntura económica actual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 septiembre de 2021.-Miguel Ángel Castellón Rubio y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003243


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de la Diputada de Junts per Catalunya, Miriam Nogueras i Camero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la
Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital, una Proposición no de Ley para excluir de las ayudas financiadas con fondos Next Generation EU a aquellas empresas que incumplan los plazos legales de pago con sus proveedores.


Exposición de motivos


Los fondos europeos Next Generation EU que inyectarán aproximadamente 140.000 millones de euros en la economía del Estado español representan una magnífica oportunidad para avanzar en la reconstrucción social y económica. De invertirse de
manera eficiente y racional, los fondos europeos contribuirán a dar los primeros pasos hacia un modelo económico más productivo, digital y sostenible. Sin embargo, esto es incompatible con una distribución opaca, no competitiva y centralizada de
los fondos.


El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que tiene como objeto establecer las disposiciones generales para programar, ejecutar y gestionar las actuaciones financiadas con fondos europeos, y que recoge las medidas necesarias para
agilizar la llegada de dichos fondos, así como las principales características del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deja entrever que las grandes empresas, por su mayor capacidad tractora y de generación de riqueza y puestos de
trabajo, serán las grandes beneficiadas de un instrumento europeo que de esta manera llegará en una medida absolutamente insuficiente al principal tejido económico y empresarial del país, la pequeña y mediana empresa y los autónomos.


Según datos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las grandes empresas deben alrededor de 80.000 millones de euros a las PYMES, de los cuales 56.000 millones, de acuerdo con un estudio de la Plataforma Multisectorial contra la
Morosidad, corresponden a deudas de empresas no financieras con sus proveedores. Se trata de cantidades correspondientes al volumen de deuda que sobrepasa el límite legal de sesenta días, que incumplen la directiva europea 2011/7/UE contra la
morosidad que regula los plazos de pago.


En el año 2020, el plazo medio de pago de estas empresas ha sido de 193 días, triplicando así el plazo legal de sesenta días. Esto es posible debido a la no aprobación del régimen sancionador de la ley de morosidad, que sigue estancado en
el trámite parlamentario del Congreso de los Diputados. Estas circunstancias podrían provocar que corporaciones que están contraviniendo la normativa vigente obtengan ayudas europeas, dejando fuera a otras empresas que sufren las devastadoras
consecuencias de la morosidad. A su vez, puede por tanto darse la situación de que empresas beneficiarias de fondos



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europeos y de créditos preferenciales contraten a pequeñas y medianas empresas a las que seguirán pagando fuera de los plazos establecidos por la ley.


Cualquier autónomo o pequeño empresario que opta a una ayuda pública tiene que presentar una declaración que confirme que está al corriente con sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. Resulta inconcebible que no se aplique la
misma regla a las grandes empresas, y que se pueda llegar a recompensar mediante la adjudicación de fondos europeos, es decir de ayudas públicas, a empresas que mantienen unos niveles de morosidad ilegales con sus proveedores, pymes y autónomos que
se han visto perjudicados doblemente durante la actual crisis, por el descenso en la actividad económica y por la desidia de las autoridades en la concesión de ayudas directas que pudieran compensar las pérdidas ocasionadas por la pandemia.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas de Junts per Catalunya, presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las reformas necesarias para excluir a aquellas grandes empresas cuyo plazo de pago a pymes y autónomos supere los sesenta días de las ayudas europeas financiadas con los fondos Next
Generation EU.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Sanidad y Consumo


161/003267


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre mejora de la formación y el reconocimiento académico y profesional de los
Técnico Especialista en Radiodiagnóstico y Técnico Especialista en Medicina Nuclear, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


En España existen alrededor de 15.000 Técnicos Superiores en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y Técnicos Superiores en Radioterapia y Dosimetría. En 1978 el Ministerio de Educación mediante OM de 1 de septiembre (BOE del 8)
estableció en el ámbito de la Formación Profesional de Segundo Grado las titulaciones de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico y Técnico Especialista en Medicina Nuclear. Del mismo modo, el 23 de mayo (BOE de 13 de junio de 1980) la titulación
de Técnico Especialista en Radioterapia.


Competencialmente, se inicia su regulación con la Orden Ministerial de 14 de junio de 1984, del Ministerio de Sanidad y Consumo, sobre competencias y funciones de los técnicos especialistas, y posteriormente por la Ley 44/2003, de 21 de
noviembre de 2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS). Así, en la disposición transitoria tercera de esta Ley ya se establece la previsión de adecuación de las profesiones sanitarias de formación profesional al espacio europeo de
enseñanza superior.


La formación de esta profesión en España se encuentra muy alejada de la de sus homólogos de los Estados miembros de la Unión Europea. La normativa vigente en materia educativa que afecta a los Técnicos Superiores en Radiodiagnóstico y
Medicina Nuclear, y de Radioterapia los sitúa actualmente en el ámbito de la formación profesional de grado superior, siendo regulada esta figura por diversos Reales Decretos del año 2014, que establecen la titulación de las diferentes
especialidades, y por Órdenes del año 2015, que establecen el currículum de los ciclos formativos correspondientes.



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Posteriormente, los Reales Decretos 1087/2005, de 16 de septiembre, 140/2011, de 4 de febrero y 887/2011, de 24 de junio, establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, situando a la mayoría de los TSS en un nivel 3 de cualificación profesional, dentro de la familia profesional de sanidad, en la formación profesional de grado superior.


Estas titulaciones han sufrido a lo largo del tiempo, siempre en el ámbito de la FP, distintas adaptaciones curriculares al albur de las reestructuraciones que se han ido introduciendo en el Sistema de FP Estas modificaciones nunca han dado
respuesta a las demandas y necesidades que se han venido solicitando desde todas las Organizaciones Profesionales, fundamentadas en los avances científicos, tecnológicos, asistenciales y curriculares para su equiparación con la de los Estados de la
UE.


Más tarde, el Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero, por el que se modifican los Reales Decretos 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), y 1393/2007, de 29
de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, las titulaciones de estos Profesionales quedan situadas en el Nivel 1 del MECES (120 créditos ECTS, equivalentes a 2.000 horas de formación); cómo así se
refleja, posteriormente, en lo articulado en el Real Decreto 770/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y se fijan sus enseñanzas mínimas, en el Real Decreto
772/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría y se fijan sus enseñanzas mínimas.


Ocurre, precisamente, que en el Espacio Educativo Europeo existen las titulaciones de sus homólogos profesionales (por ejemplo, 'Radiographer-Radiotherapist') que realizando funciones análogas a las de los titulados españoles; exigen una
formación y reconocimiento de grado universitario, con una exigencia de carga lectiva y desarrollo de competencias también superior (180 a 240 créditos ECTS). Es decir, de tres a cuatro años académicos a tiempo completo, la mayoría con 4 años y en
un Grado Universitario. Su clasificación EQF (European Qualification Framework) se encuentra en el Nivel 6; España tiene dos años en una formación no universitaria y que no supera los 120 créditos. El nivel EQF de los titulados españoles es el
cinco.


Esto obliga a los TSS españoles que desean ver reconocida su titulación o ejercer en otro país europeo a realizar cursos o prácticas de formación que compensen la diferencia en los programas formativos entre los países. Con ello se
perjudica la libre circulación de estos profesionales dentro del espacio europeo y, en ocasiones, se promueven determinados comportamientos que no benefician a nadie, como, por ejemplo, la matriculación de españoles en escuelas de formación
extranjeras con el fin de lograr la homologación de sus títulos. Ejemplo de ello es el número, cada vez más numerosos Técnicos de Radiología y Radioterapia españoles que acuden a instituciones académicas universitarias de Portugal en busca de esa
formación que España no facilita.


Es evidente que una mejora de la formación y cualificación de estos profesionales redundaría en la mejora de la calidad técnico-asistencial que reciben los usuarios de la sanidad española en áreas técnicas, por otra parte, sometidas a una
acelerada innovación y tecnificación en muchas de sus especialidades. Esto es particularmente importante al tratarse de profesionales sobre los que recae la responsabilidad del uso y aplicación de radiaciones ionizantes sobre las personas, bien
para el diagnóstico y/o el tratamiento de las enfermedades, así como de su protección radiológica. En este sentido es sumamente importante tener en cuenta la Directiva 2013/56/Euratom de Consejo de 5 de diciembre de 2013, que establece normas de
seguridad para la protección radiológica contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes. Hacemos especial hincapié en el punto 29 transcrito, así como el artículo 18 de la citada Directiva.


La citada Directiva en sus consideraciones 28 y 29 expone textualmente:


(28) 'En el ámbito médico, importantes novedades tecnológicas y científicas han dado lugar a un aumento notable de la exposición de los pacientes. En este sentido, la presente Directiva debe poner de relieve la necesidad de justificar la
exposición médica, incluida la de personas asintomáticas, y debe proponer requisitos más estrictos en cuanto a la información que debe proporcionarse a los pacientes, el registro y la notificación de las dosis de los procedimientos médicos, el uso
de niveles de referencia para diagnóstico y la disponibilidad de dispositivos indicadores de dosis. Cabe señalar que, según la Organización Mundial de la Salud, se considera que el concepto de salud abarca el bienestar físico, mental y social de la
persona, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades'.



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(29) 'Con objeto de garantizar una protección adecuada de los pacientes sometidos a procedimientos de radiodiagnóstico médico o de radioterapia, es fundamental que exista un alto nivel de competencia y una clara definición de
responsabilidades y funciones entre todos los profesionales implicados en la exposición médica. Esto se aplica a los médicos, odontólogos y otros profesionales sanitarios autorizados para asumir la responsabilidad clínica de una exposición médica
individual, a los facultativos y otros profesionales que intervienen en los aspectos prácticos de los procedimientos médico-radiológicos, como los radiólogos y técnicos de medicina radiodiagnóstica, medicina nuclear y radioterapia'.


Artículo 18.


'Educación, información y formación en el campo de la exposición médica.


1. Los Estados miembros garantizarán que los profesionales sanitarios habilitados y las personas involucradas en los aspectos prácticos de los procedimientos médico-radiológicos tengan una educación, información y formación teórica y
práctica adecuadas para las prácticas médicas radiológicas, así como la competencia pertinente en materia de protección radiológica.'


'Con esta finalidad los Estados miembros garantizarán que se establezcan los programas de formación adecuados y reconocerán los correspondientes diplomas, certificados u otros títulos oficiales.'


El último informe que se conoce realizado por el Ministerio de Sanidad y Consumo de agosto de 2006 ('Informe de Síntesis: La profesión de técnico especialista de laboratorio clínico y radiología médica en Europa: Situación actual y
principales tendencias de evolución') ya avanza que en esos años la mayoría de los países europeos están revisando sus planes de estudio para adaptarlos al marco educativo de Bolonia. También es cierto que en la mayoría de los países europeos
existe una titulación única para las dos especialidades radiológicas: imagen para el diagnóstico (que incluye medicina nuclear) y radioterapia.


Los Técnicos Superiores en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, y de Radioterapia y Dosimetría españoles llevan cerca de 30 años luchando por una mejora de su formación, cualificación y reconocimiento académico y profesional, así
como por su homologación en el espacio europeo.


Por último, el Congreso de los Diputados no ha sido ajeno a esta problemática, habiéndose tramitado, a lo largo de las VIII y IX Legislaturas, diferentes iniciativas parlamentarias, sobre todo preguntas escritas al Gobierno, pero también una
Proposición no de Ley de la VIII Legislatura que fue debatida, aunque no prosperó su aprobación.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud:


1. Impulsar un grupo de trabajo en el seno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, que analice la situación actual relativa al reconocimiento académico y profesional de los Técnicos Superiores en Imagen para el
Diagnóstico y Medicina Nuclear, Radioterapia y Dosimetría, así como de su adaptación a la realidad tecnológica actual y futura de las instituciones sanitarias.


2. A partir del análisis de la situación, valorar la conveniencia, por existir ya una clara armonización europea, de la unificación de las especialidades de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y Radioterapia y Dosimetría, en una
sola: Grado en Imagen Médica y Radioterapia, homologando su formación a los estándares europeos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2021.-María Tamara Raya Rodríguez y Ana Prieto Nieto, Diputadas.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/003249


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la ampliación de la cobertura de riesgos a cooperantes víctimas en conflictos
bélicos, para su debate en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


La cooperante española María Hernández, madrileña de 35 años, miembro de la ONGD Médicos Sin Fronteras, estaba trabajando en la región de Tigray (Etiopía) cuando fue asesinada el pasado 25 de junio junto a dos cooperantes locales, Yohannes
Halefom y Tedros Gebremariam.


María Hernández era una de las coordinadoras de emergencia de Médicos Sin Fronteras en zona de guerra en Tigray (Etiopía), Yohannes Halefom Reda era asistente de coordinación y Tedros Gebremariam Gebremichael trabajaba como conductor. La
ONGD perdió contacto con ellos y el coche en el que viajaban la víspera por la tarde y en la mañana del día 25 de junio el vehículo fue hallado vacío y, a unos metros de distancia, sus cuerpos sin vida.


El caso de María Hernández está siendo investigado por la Audiencia Nacional para conocer los hechos y establecer quiénes fueron los autores de su asesinato. Sin embargo, pudiera darse la situación paradójica e injusta de que su familia no
tenga derecho a recibir una indemnización del Estado por tratarse de una víctima en un conflicto bélico y no como consecuencia de la acción de un grupo terrorista.


Hoy por hoy, lo cierto es que en la amplia normativa española que puede servir de referencia para las situaciones de riesgo que sufren las personas cooperantes en el desarrollo de su labor humanitaria, como la Ley 29/2011, de 22 de
septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, el Real Decreto Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los
participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, o el Real Decreto 519/2006 por el que se establece el Estatuto de los Cooperantes, no contemplan la situación en la que ha perdido la vida la cooperante María Hernández en Tigray. En
efecto, aquellas personas que mueran o sufran heridas de cualquier tipo en el marco de una guerra no dispondrán del derecho a recibir ayudas, prestaciones e indemnizaciones del Estado.


Concretamente, y pese a que el ya mencionado Real Decreto-ley 8/2004 establece un sistema de indemnizaciones cuando se produzca la muerte o daños físicos o psíquicos de la ciudadanía española con motivo de su participación en una operación
de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria, él mismo únicamente refiere su aplicación a las y los militares españoles, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y al personal al servicio de las Administraciones públicas, no reconociendo
el derecho de las y los cooperantes de nacionalidad española que contribuyen con su esfuerzo al efectivo cumplimiento de los derechos humanos en terceros países.


De ahí la necesidad urgente de prever situaciones que se dan en el trabajo generoso y arriesgado de las mujeres y hombres cooperantes, resolviendo una laguna existente en la legislación española mediante la ampliación, tanto de la aplicación
del Real Decreto como en la reforma de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo, del concepto 'deber de cuidado' por parte del Estado, traducido en un derecho de protección reconocido para los casos de riesgo hacia las personas
cooperantes que resultaran víctimas en una guerra o conflicto armado.


Precisamente, el 29 de diciembre de 2020 el Pleno del Congreso acordó crear, en el seno de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, una Subcomisión para estudiar las bases de un nuevo marco normativo que contribuya a
actualizar la Ley de Cooperación mediante la aprobación de un informe, lo que aconteció el pasado 29 de junio.


Siguiendo el espíritu ratificado en el mismo, urge proceder a la modificación correspondiente de la Ley de Cooperación Internacional al Desarrollo para que, con efecto retroactivo limitado a diez años, la situación en la que se encuentran
las y los cooperantes que desarrollen su actividad en el extranjero en zonas de conflictos bélicos, se asimile a la de los soldados a los efectos de posibles ayudas e indemnizaciones y deber de cuidado por parte de la Administración del Estado.



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Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Condenar el ataque que ha costado la vida a María Hernández, cooperante española de la ONG Médicos Sin Fronteras en Tigray (Etiopía) el pasado 25 de junio de 2021, y a sus dos compañeros Yohannes Halefom y Tedros Gebremariam, así como
transmitir su pesar profundo, la solidaridad y condolencias a sus familias y seres queridos.


2. Que, en tanto no se contemple aún de forma expresa en la Ley de Cooperación, y dando así cumplimiento al deber de cuidado, las condiciones de las y los cooperantes de nacionalidad española inscritos en el correspondiente Consulado y que
fallezcan o sufran daños físicos o psicólogos en el desarrollo de su actividad en conflictos bélicos, sean asimiladas a las contempladas para las y los militares, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y personal al Servicio de las
Administraciones públicas, a los efectos de posibles ayudas e indemnizaciones.


3. Que, en el anteproyecto de la nueva Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo Sostenible, se incluya el deber de cuidado para con las personas cooperantes de nacionalidad española inscritas como tal en los Consulados, cuyo
desarrollo normativo se incorporará en el futuro Estatuto del y la Cooperante.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2021.-María Guijarro Ceballos, Javier Cerqueiro González, Julio del Valle de Iscar, José Losada Fernández, Esther Padilla Ruiz y Odón Elorza González, Diputados.-Ana Belén Fernández
Casero y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Igualdad


161/003270



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