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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 315, de 06/08/2021
cve: BOCG-14-D-315 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


6 de agosto de 2021


Núm. 315



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002926 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a condenar los actos vandálicos producidos contra las estatuas de Cristóbal Colón, Isabel la Católica y Gonzalo Jiménez de Quesada en la República de
Colombia ... (Página13)


161/002946 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a condenar y denunciar la represión de las protestas pacíficas, la limitación de la libertad de expresión y la vulneración de los derechos humanos por parte
del régimen comunista de Cuba ... (Página15)


161/002947 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre apoyo a las libertades fundamentales de la ciudadanía cubana ... (Página20)


161/002966 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre condena a la dictadura de Cuba ... (Página21)


Comisión de Justicia


161/002885 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la tramitación del acta matrimonial por notario prevista en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ... (Página22)


161/002954 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la modificación de la planta judicial de la provincia de Badajoz con el fin de constituir en Mérida dos Juzgados de lo Social ... href='#(Página23)'>(Página23)


Comisión de Defensa


161/002867 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a acordar la revocación de la concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al señor Antonio Garamendi Lecanda ... href='#(Página26)'>(Página26)


161/002953 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a garantizar el principio de neutralidad política de las Fuerzas Armadas ... (Página29)


161/002955 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la mejora de las capacidades del Arma de Artillería de las Fuerzas Armadas ... (Página35)



Página 2





Comisión de Hacienda


161/002846 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre la participación del Reino de España en el diseño y aprobación del mínimo efectivo en el impuesto sobre
sociedades a nivel mundial. Retirada ... (Página38)


161/002899 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso de las modificaciones legislativas pertinentes con el objetivo de ajustar la normativa fiscal de la fiducia estatal ... href='#(Página38)'>(Página38)


161/002901 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la ampliación del periodo de beneficios fiscales del Xacobeo 2021 hasta el año 2023 ... (Página40)


161/002911 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover un programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado que están vacíos o sin uso, ex artículo 131 de la Ley 33/2003, de 3
de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ... (Página41)


161/002925 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a modificar el artículo 104.3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido ... (Página45)


161/002936 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al Sistema de Vigilancia Aduanera del Campo de Gibraltar ... (Página48)


161/002944 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la insuficiencia en la corrección valorativa por deterioro de las deudas registradas en la Cuenta General del Estado, excluidas las de la Seguridad Social
... (Página53)


161/002951 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la optimización del gasto público para hacer frente a las posibles desviaciones en la recepción de los Fondos Europeos del Programa Next Generation EU ...
(Página58)


161/002973 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover la puesta a disposición de la red de fibra óptica por parte de Red Eléctrica de España a las zonas despobladas del país ... href='#(Página65)'>(Página65)


Comisión de Interior


161/002866 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso de un Plan para fomentar la implementación de desfibriladores automáticos, en los vehículos y dependencias policiales, de la
Policía Nacional, Guardia Civil, Policías Autonómicas y Policías Locales ... (Página71)


161/002887 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la rehabilitación de la comisaría de Fuengirola ... (Página72)


161/002912 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la construcción de una comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en el distrito municipal de Albaicín, en la ciudad de Granada ... href='#(Página75)'>(Página75)


161/002917 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a las comisiones de servicios en el Cuerpo Nacional de Policía ... (Página77)


161/002919 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a que el Gobierno habilite un sistema que permita seguir realizando las fotografías para el DNI 4.0, en las tiendas especializadas de
fotografía ... (Página80)



Página 3





161/002960 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a desarrollar medidas urgentes para facilitar los ascensos dentro del Cuerpo Nacional de Policía, previstos en la
Ley Orgánica 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional ... (Página82)


161/002961 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a la elaboración de un reglamento que regule la situación de las unidades caninas de los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado, así como de las entidades y organizaciones civiles que prestan también servicio empleando canes de servicio ... (Página85)


161/002962 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a paliar efectos y daños de las inundaciones en Asturias en el mes de junio ... (Página87)


161/002974 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la regulación de uso de cámaras corporales policiales ... (Página88)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002856 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre mejora de la N-547 entre Arzúa y Melide ... (Página91)


161/002861 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la construcción de una variante que rodee Parga (Guitiriz) y permita la retirada de la vía férrea del centro urbano ... href='#(Página92)'>(Página92)


161/002862 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a restablecer las líneas y frecuencias ferroviarias suprimidas en los últimos meses en la provincia de Huesca y acometer las inversiones
necesarias para paliar el déficit crónico de infraestructuras ferroviarias de la provincia ... (Página93)


161/002881 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la reposición de todos los servicios ferroviarios que RENFE venía prestando hasta la declaración del primer estado de alarma por el COVID-19
... (Página95)


161/002900 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la reducción de las tarifas aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ... href='#(Página96)'>(Página96)


161/002902 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso y promoción de la compañía Correos en el mundo rural ... (Página97)


161/002903 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la realización de los trabajos necesarios para acabar con el aislamiento ferroviario en la provincia de Lugo ... href='#(Página99)'>(Página99)


161/002904 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la denominación oficial del aeropuerto de Almería, como aeropuerto de Almería-Antonio de Torres ... (Página100)


161/002918 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Republicano, Plural y Euskal Herria Bildu, sobre la prórroga de la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin
alternativa habitacional ... (Página101)


161/002923 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impedir una subida de las tarifas aeroportuarias pagadas por las aerolíneas de la gestora aeroportuaria AENA ... (Página102)



Página 4





161/002929 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la construcción de un acceso directo de Montilla (Córdoba) a la autovía A-45 ... (Página105)


161/002930 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo del PIREP (Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos) ... (Página106)


161/002931 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la instalación en Ourense de un nuevo Centro de Competencias Digitales de Renfe en el marco del Plan de Deslocalización de los Recursos
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ... (Página107)


161/002952 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al apoyo de proyectos que impulsen el uso de energías alternativas sostenibles en el sector aéreo ... (Página108)


161/002958 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a favorecer la disponibilidad de suelo para la ejecución de 20.000 viviendas sostenibles para alquiler social ... href='#(Página114)'>(Página114)


161/002972 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre el mantenimiento de la línea directa entre Ponferrada y Vigo ... (Página116)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/002883 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la educación para la defensa de la libertad, la democracia y la paz ... (Página117)


161/002898 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a impulsar la formación medio ambiental y en biocircularidad en la formación profesional ... (Página118)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/002874 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la reforma del artículo 48 ET para reconocer el derecho de las familias monoparentales a ampliar su permiso por nacimiento, acogimiento o adopción por el
tiempo que correspondería al segundo progenitor ... (Página119)


161/002890 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a extender la bonificación del 50% en las cotizaciones a la Seguridad Social a los pequeños empresarios autónomos dedicados a la
actividad de la correduría de seguros en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla ... (Página121)


161/002920 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a traspasar a la Generalitat de Cataluña la gestión de las prestaciones por desempleo y las competencias de seguimiento de la
formación continua y a demanda ... (Página122)


161/002933 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la firma y adhesión por el Reino de España a la Convención de Naciones Unidas sobre la protección
de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares ... (Página123)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/002870 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la efectiva reactivación del programa de turismo social y de termalismo del IMSERSO ... (Página125)



Página 5





161/002888 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la elaboración de un plan de apoyo al sector industrial del dulce español ... (Página126)


161/002889 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre apoyo de la industria española del calzado ... (Página131)


161/002905 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la reducción de las tarifas aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
... (Página132)


161/002942 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la promoción e impulso del turismo histórico-militar ... (Página133)


161/002971 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción del refuerzo y fortalecimiento de los vínculos de cooperación y colaboración entre la Organización Mundial del Turismo
(OMT) y España en su condición de país sede de la Organización, así como maximizar su visibilidad como capital mundial del turismo ... (Página137)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002879 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al fomento de la atención temprana en menores con Trastorno del Espectro Autista ... (Página139)


161/002895 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre el reconocimiento de la genocida y continuada persecución histórica del pueblo gitano ... (Página142)


161/002949 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al estudio sobre la prevalencia del alzhéimer en España y el posible uso de sistemas de localización por parte de estos enfermos ... href='#(Página145)'>(Página145)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/002934 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa al establecimiento de una moratoria a la instalación y ampliación de granjas de ganadería industrial
... (Página149)


161/002935 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la defensa y fomento del sector equino y ecuestre español ... (Página153)


161/002945 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la reducción de capturas para la flota gallega en el acuerdo de la Unión Europea y el Reino Unido sobre los TAC y cuotas hasta finales de 2021 ... href='#(Página157)'>(Página157)


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/002865 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la realización de una auditoría de los recursos humanos en las Administraciones Públicas ... (Página159)


161/002871 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las Entidades de ámbito territorial inferior al municipio ... (Página161)


161/002908 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a cumplir con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas ... (Página162)



Página 6





161/002914 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a promover la modificación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, a fin de establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos para delimitar de forma expresa las categorías de puestos con funciones de dirección susceptibles de ser cubiertos por libre designación ... href='#(Página165)'>(Página165)


161/002938 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la reducción del personal eventual al servicio de las Delegaciones del Gobierno ... (Página169)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/002868 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la autorización del Parque Eólico Alto dos Borrallos y de su infraestructura de evacuación que afecta a los Ayuntamientos de Curtis, Sobrado y Friol ... href='#(Página172)'>(Página172)


161/002876 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el fomento de programas de retención del talento en el medio rural ... (Página175)


161/002913 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación del coipú (Myocastor coipus) en España ... href='#(Página176)'>(Página176)


161/002921 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la recuperación del humedal de San Lázaro en Noia ... (Página178)


161/002927 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a adoptar medidas que ordenen y planifiquen la implantación de energías renovables en España ... (Página180)


161/002932 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la puesta en marcha de un Plan de actuación que fije las bases de una transición justa en el sector de los carburantes y biocarburantes ... href='#(Página185)'>(Página185)


161/002939 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan nacional de prevención, lucha, control y erradicación de la almeja de río asiático (Corbicula fluminea) en España ... href='#(Página186)'>(Página186)


161/002943 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a incluir criterios de sostenibilidad en los proyectos de energías renovables ... (Página189)


161/002950 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación del cangrejo chino (Eriocheir Sinensis) en España ... href='#(Página191)'>(Página191)


161/002957 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la retirada de tuberías de fibrocemento con amianto abandonadas en la playa de A Barquiña en Noia ... (Página194)


161/002969 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la elaboración de un Plan Hidrológico Nacional que retome el trasvase del Ebro para el interés general de todos los españoles ... href='#(Página195)'>(Página195)


161/002970 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la apertura de los jardines del Observatorio Meteorológico de A Coruña para el uso de los vecinos y vecinas del barrio de A Agra do Orzán como zona verde
... (Página199)


Comisión de Cultura y Deporte


161/002872 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la candidatura del Teatro Circo de Albacete como Patrimonio Mundial de la UNESCO ... (Página201)



Página 7





161/002880 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al octavo centenario del nacimiento de Alfonso X el Sabio ... (Página202)


161/002940 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a apoyar la candidatura del Caminito del Rey y su entorno como Patrimonio Mundial de la UNESCO ... href='#(Página204)'>(Página204)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/002864 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la libertad de elección del consumidor en el nuevo DNI Electrónico (DNI 4.0) ... (Página205)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/002860 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la promoción de la salud mental juvenil ... (Página206)


161/002878 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al consentimiento informado que ha de recabarse para la vacunación contra la COVID-19 ... (Página207)


161/002891 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la acreditación de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo en el ámbito de protección de los usuarios del
transporte aéreo ... (Página208)


161/002892 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre las resoluciones de los servicios de reclamaciones del Banco de España ... (Página209)


161/002894 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la necesidad de una campaña informativa sobre las nuevas reglas del IVA en las transacciones de comercio electrónico incluidas en el
Real Decreto-ley 7/2021 ... (Página211)


161/002896 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre 'bebidas energéticas' ... (Página212)


161/002909 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la creación de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo en el ámbito de la actividad financiera ... href='#(Página214)'>(Página214)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/002873 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el fomento de la investigación e innovación dirigida a la prevención de enfermedades relacionadas con el estilo de vida y hábitos de consumo
de nuestra sociedad ... (Página215)


161/002875 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el fomento de programas de retención del talento en el medio rural ... (Página217)


161/002963 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo y fomento de la innovación abierta en la Administración Pública ... (Página218)


161/002964 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a dotar a nuestro país de un Sistema Sandbox ... (Página219)



Página 8





Comisión de Igualdad


161/002882 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los discursos de intolerancia y discriminación hacia las personas LGTBI de Polonia y Hungría ... (Página221)


161/002884 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre apoyo al reconocimiento e igualdad de las familias LGTBI ... (Página222)


161/002922 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas destinadas a mujeres mayores ... (Página224)


161/002967 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas destinadas a reducir la brecha salarial ... (Página225)


161/002968 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas destinadas a mejorar la vida de las mujeres con discapacidad ... (Página228)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/002893 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a fomentar entre los jóvenes la implantación de formación en maniobras de reanimación cardiopulmonar ... href='#(Página230)'>(Página230)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/002855 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre mejora de la N-547 entre Arzúa y Melide ... (Página232)


161/002863 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la creación de la Oficina Española de la Bicicleta ... (Página233)


Comisión de seguimiento y evaluación de los Acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género


161/002959 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a prorrogar la vigencia del Pacto de Estado contra la violencia de género ... (Página234)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión Constitucional


181/001184 Pregunta formulada por los Diputados don José María Sánchez García (GVOX), Contreras Peláez, Francisco José (GVOX), López Álvarez, María Teresa (GVOX), Zambrano García-Raez, Carlos José (GVOX) y Gil Lázaro, Ignacio (GVOX), sobre
forma en la que afecta a la seguridad nacional que el ex Vicepresidente Segundo del Gobierno y el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno dispongan de información a la que han tenido acceso en el ejercicio de tales cargos ... href='#(Página237)'>(Página237)


Comisión de Asuntos Exteriores


181/001189 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX), Sánchez del Real, Víctor Manuel (GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX)
y Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús (GVOX), sobre significado e implicaciones que tiene la expresión del Director General de Política Exterior y Seguridad cuando defiende una 'agenda positiva' con China y rechaza 'la visión en blanco y negro sobre
una nueva guerra fría' ... (Página237)



Página 9





181/001194 Pregunta formulada por el Diputado doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX), Sánchez del Real, Víctor Manuel (GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX) y
Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús (GVOX), sobre motivos por los cuales el Gobierno no concedió la protección internacional por razones humanitarias al opositor venezolano Rolando Figueroa ... (Página237)


181/001201 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX), Sánchez del Real, Víctor Manuel (GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX)
y Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús (GVOX), sobre actuaciones promovidas para apoyar a los defensores de la democracia que se han manifestado pacíficamente en las ciudades cubanas de San Antonio de los Baños, Matanzas y Palma Soriano ... href='#(Página238)'>(Página238)


Comisión de Justicia


181/001200 Pregunta formulada por los Diputados don Francisco Javier Ortega Smith-Molina (GVOX), Sánchez García, José María (GVOX), Ruiz Navarro, Eduardo Luis (GVOX), Zambrano García-Raez, Carlos José (GVOX) y De las Heras Fernández,
Patricia (GVOX), sobre actuaciones que van a llevarse a cabo por el Ministerio de Justicia para dar cumplimiento a las exigencias de la Ministra de Igualdad de que se establezca una 'justicia feminista' ... (Página238)


Comisión de Defensa


181/001199 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX), Mestre Barea, Manuel (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX) y Gestoso
de Miguel, Luis (GVOX), sobre razón por la que desde la Sección de Relaciones Internacionales del Estado Mayor del Ejército del Aire se dieron órdenes para que el personal que viajaba en el avión procedente de Argelia con código de autorización de
aterrizaje a la Base Aérea de Zaragoza (DZ-VIP-2021) concedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, no pasara control de pasaportes ni aduana ... (Página239)


181/001202 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Rosety Fernández de Castro, Agustín (GVOX), Mestre Barea, Manuel (GVOX), Asarta Cuevas, Alberto (GVOX), González Coello de Portugal, Víctor (GVOX) y Gestoso
de Miguel, Luis (GVOX), sobre razón por la que se ha acordado el traslado de los restos mortales de militares que reposan actualmente en los cementerios de las islas y peñones de soberanía española de Alhucemas y Vélez de la Gomera, al cementerio de
la Purísima Concepción en Melilla ... (Página239)


Comisión de Presupuestos


181/001175 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre cumplimiento con la Ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera ... (Página239)


181/001176 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre previsión que tiene el Gobierno respecto de la suspensión o no de las reglas fiscales para el año 2022 ... (Página240)


181/001177 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre cantidad de los 27.000 millones de euros presupuestados para el año 2021 en los Fondos de Recuperación y Resiliencia que estima el Gobierno que se van a
ejecutar ... (Página240)



Página 10





181/001190 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre valoración de la ejecución del presupuesto de gastos durante el primer semestre de 2021 ... (Página240)


181/001191 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre valoración de la ejecución del presupuesto de ingresos durante el primer semestre de 2021 ... (Página240)


181/001192 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre ajuste presupuestario que se va a realizar tras reducirse la cantidad en el Plan de recuperación aprobado por Bruselas de 27.000 millones para 2021 a
19.000 millones ... (Página241)


Comisión de Interior


181/001179 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Ortega Smith-Molina, Francisco Javier (GVOX), Alcaraz Martos, Francisco José (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Gil Lázaro, Ignacio (GVOX), sobre
previsión por parte de la Dirección General de la Policía de incluir el padecimiento del virus del SARS-CoV-19 como causa de excepción para la realización de las pruebas en los cursos de acceso y promoción en el Cuerpo Nacional de la Policía ... href='#(Página241)'>(Página241)


181/001180 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Ortega Smith-Molina, Francisco Javier (GVOX), Alcaraz Martos, Francisco José (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Gil Lázaro, Ignacio (GVOX), sobre
previsión por parte de la Dirección General de la Guardia Civil de incluir el padecimiento del virus del SARS-CoV-19 como causa de excepción para la realización de las pruebas en los cursos de acceso y promoción de la Guardia Civil ... href='#(Página241)'>(Página241)


181/001197 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Ortega Smith-Molina, Francisco Javier (GVOX), Alcaraz Martos, Francisco José (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Gil Lázaro, Ignacio (GVOX), sobre
motivos por los que no se han tramitado las 189 propuestas de condecoraciones a agentes de la Guardia Civil en enero de 2020, basadas en actuaciones durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 ... (Página242)


181/001198 Pregunta formulada por los Diputados doña Macarena Olona Choclán (GVOX), Ortega Smith-Molina, Francisco Javier (GVOX), Alcaraz Martos, Francisco José (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Gil Lázaro, Ignacio (GVOX), sobre falta
de tramitación y resolución de las distintas propuestas de condecoraciones a agentes de la Guardia Civil que intervienen y participan en operaciones destinadas a la investigación y enjuiciamiento de actividades relacionadas con el enaltecimiento del
independentismo ... (Página242)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/001172 Pregunta formulada por los Diputados don Tomás Fernández Ríos (GVOX), Rueda Perelló, Patricia (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Vega
Arias, Rubén Darío (GVOX) y Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre actuaciones previstas para aumentar y mejorar las conexiones ferroviarias entre Huelva y Madrid y entre Huelva y Zafra ... (Página242)


181/001173 Pregunta formulada por los Diputados don Tomás Fernández Ríos (GVOX), Rueda Perelló, Patricia (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Vega
Arias, Rubén Darío (GVOX) y Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre motivo por el que no se han restablecido las frecuencias de los trenes con origen o destino en Huelva que se suspendieron con ocasión de la epidemia de la COVID-19 una vez levantado
el estado de alarma ... (Página243)



Página 11





181/001174 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor Valentín Píriz Maya (GP), sobre opinión acerca de si se está tratando de manera desigual a los extremeños que carecen de conexiones por tren dignas y a los que ahora se les reduce de
nuevo sus conexiones aéreas con el resto del país ... (Página243)


181/001193 Pregunta formulada por los Diputados don Tomás Fernández Ríos (GVOX), Rueda Perelló, Patricia (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Vega
Arias, Rubén Darío (GVOX) y Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre previsiones acerca de promover las actuaciones necesarias dirigidas a mejorar las conexiones ferroviarias y la frecuencia de los trenes que conectan Huelva con el resto del
territorio nacional ... (Página243)


181/001195 Pregunta formulada por la Diputada doña Alicia García Rodríguez (GP), sobre validez que otorga el Gobierno a la Mesa del Ferrocarril de Ávila como interlocutor ... (Página243)


181/001196 Pregunta formulada por la Diputada doña Alicia García Rodríguez (GP), sobre planes del Gobierno para mejorar el ferrocarril de Ávila ... (Página244)


181/001204 Pregunta formulada por los Diputados doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX) y
Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre planes previstos para dar impulso a los proyectos de construcción del Corredor Mediterráneo y del Corredor Cantábrico-Mediterráneo ... (Página244)


181/001205 Pregunta formulada por los Diputados don Eduardo Luis Ruiz Navarro (GVOX), Mestre Barea, Manuel (GVOX), Sánchez García, José María (GVOX), De las Heras Fernández, Patricia (GVOX), Esteban Calonje, Cristina Alicia (GVOX), Figaredo
Álvarez-Sala, José María (GVOX) y Segura Just, Juan Carlos (GVOX), sobre actuaciones que está llevando a cabo el Gobierno para impulsar la integración urbana de las infraestructuras ferroviarias en la ciudad de Alicante ... href='#(Página244)'>(Página244)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/001166 Pregunta formulada por los Diputados doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX),
sobre impacto económico que va a suponer para el sector industrial la constante falta de materias primas ... (Página245)


181/001168 Pregunta formulada por los Diputados doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX), Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX),
Segura Just, Juan Carlos (GVOX) y Aizcorbe Torra, Juan José (GVOX), sobre estado en el que se encuentra el proyecto de reindustrialización de las plantas de Nissan en Barcelona ... (Página245)


181/001169 Pregunta formulada por los Diputados doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX),
sobre impacto previsto en las exportaciones y la producción de la industria del calzado por la reciente suspensión de aranceles por Estados Unidos a algunos productos ... (Página245)


181/001170 Pregunta formulada por los Diputados doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX),
sobre impacto que está teniendo en la industria, el comercio y el turismo de España el incremento del precio de la electricidad ... (Página246)



Página 12





181/001171 Pregunta formulada por los Diputados doña Patricia Rueda Perelló (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX),
sobre estado en el que se encuentran las negociaciones entre España y Estados Unidos, en el marco de la OCDE, para la eliminación de los aranceles impuestos a productos españoles como consecuencia de los impuestos establecidos por nuestro país sobre
los servicios digitales estadounidenses ... (Página246)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/001178 Pregunta formulada por los Diputados don Ricardo Chamorro Delmo (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX), Nevado del Campo, María Magdalena (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Mariscal Zabala, Manuel (GVOX), sobre medidas que
está promoviendo el Gobierno ante la Comisión Europea para que actúe frente a la creciente competencia de Marruecos, como solicitan los principales productores europeos de tomate ... (Página246)


181/001206 Pregunta formulada por el Diputado don Rubén Darío Vega Arias (GVOX), sobre medidas que se van a promover para evitar la retirada de la ayuda al gasóleo empleado en las actividades de la pesca extractiva ... href='#(Página247)'>(Página247)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión.


184/053197 Autor: Martínez Ferro, María Valentina González Vázquez, Marta Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción


Reunión en la Rioja de Andalahe Hamad, delegado del Frente Polisario, con la Consejera de Igualdad del Gobierno de La Rioja, así como asuntos relacionados con la llegada del Sr. Ghali a España que se trataron en la misma ... href='#(Página247)'>(Página247)


184/054555 Autor: Martínez Ferro, María Valentina González Vázquez, Marta Hispán Iglesias de Ussel, Pablo


Motivo por el que socialistas españoles buscan obstaculizar una resolución del Parlamento Europeo que condena a la dictadura castrista ... (Página248)


184/057053 Autor: Iñarritu García, Jon


Expediente o sanción a alguna empresa civil relacionada con la industria de la Defensa por utilizar campos de maniobras y tiro para 'adiestramiento de personal' ... (Página249)


184/058126 Autor: Bel Accensi, Ferran


Programas informáticos que utilizan los Servicios de Inteligencia y/o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para intervenir teléfonos móviles y comunicaciones telefónicas de ciudadanos españoles, desde el año 2010 ... href='#(Página250)'>(Página250)


184/058127 Autor: Bel Accensi, Ferran


Constancia que tiene el Gobierno de si los Servicios de Inteligencia y/o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado han utilizado el programa de la empresa israelí Candiru para realizar espionaje a ciudadanos ... href='#(Página251)'>(Página251)



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/002926


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Víctor Sánchez del Real y D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a condenar los actos
vandálicos producidos contra las estatuas de Cristóbal Colón, Isabel la Católica y Gonzalo Jiménez de Quesada en la República de Colombia, para su discusión en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. Después de la muerte de George Floyd -instrumentalizada por la extrema izquierda como confirmación de un 'racismo policial' desmentido por las estadísticas-, Estados Unidos estuvo inmerso en una ola de protestas 'antirracistas', a
menudo violentas, que adoptaron también la forma de una relectura en clave neomarxista de la historia de aquella nación, y de Occidente en su conjunto: ambas son presentadas como una larga noche de racismo, imperialismo y supremacismo blanco.


Así pues, la figura de Cristóbal Colón se ha convertido en uno de los objetivos principales de este movimiento de vil retrospectiva, a pesar de que el marino nunca pisó el actual Estados Unidos y murió tres siglos antes de la conquista del
suroeste americano. Tras la decapitación y derribo de estatuas de Colón en Boston (estado de Massachusetts) y Richmond (estado de Virginia), respectivamente, otra estatua fue derribada ante el Capitolio estatal de Saint Paul en el estado de
Minnesota. En Houston (estado de Texas), otro monumento a Colón amaneció con el rostro pintado de rojo, y en Miami (estado de Florida), las estatuas de Colón y de Juan Ponce de León aparecieron con pintadas.


Pero la figura de Colón ha sido objeto de controversia desde hace varios años. Así, en 2019, se cambió en numerosas ciudades norteamericanas la festividad del Día de Colón por la de los Pueblos Indígenas, también en Washington DC. Todo
ello según la norma aprobada por el Consejo del Distrito de Columbia, mediante la cual Colón 'esclavizó, colonizó, mutiló y masacró a miles de pueblos indígenas en las Américas'.


Esta decisión fue una noticia nefasta, pues ya no solo existe una lucha ideológica contra la historia y el legado español en las calles de los Estados Unidos, sino también en las instituciones públicas, en los que se impone un revisionismo
de la historia de una manera sesgada. Y lo peor de todo: esta ola de ataques a figuras históricas españolas y revisionismo histórico se está expandiendo ahora desde los Estados Unidos a diversos países de Hispanoamérica, de la mano de líderes de
izquierda relacionados con el comunismo, el chavismo y el castrismo.



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Segundo. El último ejemplo se ha vivido recientemente en la República de Colombia 1, dónde el Gobierno ha retirado dos monumentos a Cristóbal Colón y a Isabel la Católica que se encontraban situados en la capital, Bogotá. La excusa
utilizada ha sido la amenaza de vandalización por parte de grupos auto titulados como indigenistas que pretendieron derribarlas. La retirada ha costado alrededor de 6 millones de euros y la intención del Ministerio de Cultura colombiano es comenzar
un diálogo 'abierto' con comunidades étnicas, historiadores y patrimonialistas sobre monumentos, muchos de ellos vandalizados en varias regiones del país durante las protestas (como la del conquistador Gonzalo Jiménez de Quesada, que estaba situada
en el centro de Bogotá). En concreto, según ha detallado la Ministra de Cultura colombiana, Angélica Mayolo, se revisarán los monumentos existentes desde 1920.


No obstante lo anterior, cabe remarcar que tales aberraciones no son sino un mancillamiento de la imagen de España, de sus navegantes, de sus conquistadores y de su historia. La hazaña de Colón expandió los límites del mundo conocido y sacó
a los pueblos amerindios de la edad de piedra y de un aislamiento de 15.000 años. Por su parte, resulta perentorio recordar que hace 520 años, la Reina Isabel La Católica añadió, en su lecho de muerte, un codicilo a su testamento en el que rogaba a
sus sucesores que 'no consientan ni den lugar a que los indios [ ...] reciban agravio alguno en sus personas ni en sus bienes, sino que manden que sean bien y justamente tratados', prohibiendo así la servidumbre de los indios y exigiendo a sus
sucesores la evangelización y trato humanitario de los mismos. A la vista de tal documento, el historiador Rafael Altamira (1866-1951), indicaba lo siguiente: 'Fecha memorable para el mundo entero, porque señala el primer reconocimiento del
respeto debido a la dignidad y libertad de todos los hombres, por incultos y primitivos que sean; principio que hasta entonces no se había proclamado en ninguna legislación, y mucho menos se había practicado en ningún país'. Asimismo, las Leyes de
Burgos (1512) y las Leyes Nuevas de Indias (1542) tienen una inspiración tuitiva y adelantan con siglos de anticipación medidas de protección social y laboral (salarios, prohibición del trabajo de las embarazadas, etc.).


En definitiva, el imperio español sacó a los pueblos precolombinos de la antropofagia, la esclavitud, los sacrificios humanos y la prehistoria tecnológica. Todo ello sin olvidar que el imperio español fue el menos racista de la historia,
pues el mestizaje entre españoles fue intenso desde el principio, y aunque no exenta de la lacra de la esclavitud, la América española contaba con solo un 4 % de población africana en 1800 (compárese con el 90 % de las posesiones inglesas y
francesas del Caribe), y su trato era más humanitario, regulado por el Código Negro Carolino. El mismo Ramiro de Maeztu, en su obra la Defensa de la Hispanidad, afirmaba que 'la hispanidad está compuesta por hombre de las razas blanca, negra, india
y malaya, y sus combinaciones'.


Tercero. La Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural, que fue adoptada por la conferencia general de la Unesco en su XVII reunión realizada en París el 16 de noviembre de 1972 y ratificada por la República
de Colombia el 24 de mayo de 1983, reconoce que 'el patrimonio cultural y el patrimonio natural están cada vez más amenazados de destrucción, no sólo por las causas tradicionales de deterioro sino también por la evolución de la vida social y
económica que las agrava con fenómenos de alteración o de destrucción aún más temibles,' 2 y considera 'que, ante la amplitud y la gravedad de los nuevos peligros que les amenazan, incumbe a la colectividad internacional entera participar en la
protección del patrimonio cultural y natural de valor universal excepcional prestando una asistencia colectiva que sin reemplazar la acción del Estado interesado la complete eficazmente'.


Por su parte, dicha convención establece, en su artículo 1, lo siguiente:


'A los efectos de la presente Convención se considerará 'patrimonio cultural':


- Los monumentos: obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de
vista de la historia, del arte o de la ciencia.'


Asimismo, en su artículo 4, considera que 'Cada uno de los Estados Parte en la presente Convención reconoce que la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y
natural situado en su territorio, le incumbe primordialmente. Procurará actuar con ese objeto por su propio esfuerzo y hasta el máximo de los recursos de que disponga, y llegado


1 https://www.vozpopuli.com/internacional/colombia-monumentos-colon.html


2 https://whc.unesco.org/archive/convention-es.pdf



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el caso, mediante la asistencia y la cooperación internacionales de que se pueda beneficiar, sobre todo en los aspectos financiero, artístico, científico y técnico'.


Cuarto. El artículo 25.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, se manifiesta en los siguientes términos:


'La acción cultural exterior se dirigirá a promover las diversas manifestaciones de la cultura española, a potenciar la internacionalización de las industrias culturales, y a cooperar y fomentar los intercambios culturales y el conocimiento
de España.' 3


Por su parte, la actual Estrategia de Acción Exterior 2021-2024, recientemente aprobada por el Gobierno, dedica un apartado a la diplomacia cultural y educativa y donde desarrolla la supuesta importancia que le concede el Gobierno a este
aspecto, exponiendo por ejemplo que 'La diplomacia cultural y educativa merece una atención diferenciada debido al particular activo que supone para la acción exterior española en términos de impacto, influencia y proyección [ ...] Se ahondará
igualmente en la colaboración con el conjunto de instituciones latinoamericanas en la promoción y difusión de nuestro patrimonio lingüístico y cultural'. 4


Por todo ello, el Reino de España tiene una obligación legal, además de moral e histórica, de proteger el patrimonio histórico dentro y fuera de sus fronteras. No hacerlo no sólo repercutirá en un deterioro del patrimonio histórico mundial,
sino también en el deterioro y menoscabo de nuestros intereses como Nación en el exterior, contribuyendo a romper y dinamitar los vínculos que aún nos unen con nuestros hermanos hispanos por todo el mundo. Dichos vínculos son el resultado de la
historia de España y de la gran obra que es la Hispanidad.


Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, como representante del pueblo español y sede de su soberanía, expresa su absoluta condena y rechazo a los actos vandálicos producidos contra las estatuas de Cristóbal Colón, Isabel la Católica y Gonzalo Jiménez
de Quesada en la República de Colombia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de junio de 2021.-Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal, Agustín Rosety Fernández de Castro, Emilio Jesús del Valle Rodríguez y Víctor Sánchez del Real, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002946


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Víctor Sánchez del Real, D. Agustín Rosety Fernández de Castro y D. Emilio Jesús del Valle
Rodríguez, en sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a condenar y denunciar la represión de las protestas pacíficas, la limitación de la libertad de expresión y la vulneración de los derechos humanos por parte del régimen comunista de Cuba, para su discusión en
la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. Desde que los revolucionarios cubanos llegaran al poder en 1959, se dedicarían a instaurar una criminal dictadura que perdura en la actualidad. Así, este régimen ha venido imponiendo una


3 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-3248


4 http://www.exteriores.gob.es/Fortal/es/SalaDePrensa/ElMinisterioInforma/Documents/ESTRATEGIA%20ACCION%20EXTERIOR%20ESP.pdf



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insostenible situación a la población cubana, que en gran medida se ha visto obligada a abandonar el país, especialmente con destino a los Estados Unidos y a España.


Mediante el establecimiento de un sistema económico comunista, la confiscación de tierras y la instauración de granjas colectivas sumieron al país en el hambre y la pobreza, sólo atenuadas por la ayuda soviética primero y venezolana después.
Por su parte, mediante el establecimiento de un régimen de partido único comunista cercenaron las libertades y las posibilidades del pueblo cubano de decidir libremente su futuro y el rumbo político de su país.


Actualmente, para hacernos una idea acerca de las condiciones políticas y sociales de la isla, podemos contar con el informe de Situación de Derechos Humanos de Cuba del 2020, realizado por la Comisión Interamericana de Derechos Humano, el
cual 'aborda la situación de los derechos humanos en Cuba durante el período 2017 a 2019. La Comisión presenta un panorama general de las características del Estado cubano en la actualidad, identificando los principales asuntos de preocupación en
materia de derechos humanos y presentando recomendaciones al Estado' 5.


Así, por ejemplo, sobre la situación de los derechos políticos, cuestión de especial importancia dado el asunto que nos ocupa, este informe expone lo siguiente:


'De acuerdo con la información recibida por la Comisión, en Cuba persisten las restricciones a los derechos políticos y el sistema electoral continúa sin brindar garantías para el ejercicio libre de estos derechos. Además, los activistas,
opositores y defensores de derechos humanos serían objeto de múltiples restricciones a sus derechos de forma arbitraria.'


En vista de lo anterior, dicho informe recomienda lo siguiente:


'Adoptar mecanismos de prevención adecuados para evitar actos de hostigamiento, amenazas, agresiones, estigmatización, persecución y criminalización cometidas por las autoridades estatales, o con su aquiescencia, en perjuicio de las personas
disidentes, activistas, defensoras de derechos humanos, periodistas y trabajadores de medios de comunicación social. Como medidas necesarias, se recomienda incluir la condena pública a todo acto de agresión, el entrenamiento y capacitación a los
funcionarios públicos y en especial de las fuerzas policíacas o de seguridad; a tomar las medidas necesarias para prevenir la violencia en el marco de manifestaciones públicas; establecer límites razonables, regidos por los principios de
legalidad, necesidad y proporcionalidad, para asegurar el desarrollo pacífico de éstas, así como realizar investigaciones serias, imparciales y efectivas sobre las agresiones, amenazas y actos de intimidación cometidos en perjuicio de los ya
referidos.' 6


Por último, el informe propone:


'Liberar a las personas detenidas por razones políticas o de conciencia, así como periodistas procesados por razón de su oficio.'


Segundo. Desde el pasado domingo 11 de julio de 2021, la isla de Cuba está viviendo una situación sin precedentes cercanos, cuando gran parte del pueblo cubano ha salido a la calle a protestar contra el régimen comunista que viene sufriendo
el país. A pesar del miedo y del aparato de terror del régimen, la mecha prendió en las localidades de San Antonio de los Baños y Palma Soriano, extendiéndose luego a todo el país, incluyendo multitudinarias manifestaciones en la Habana. Todas
estas movilizaciones se han dado al grito de ¡Patria y Vida!, ¡Libertad!, ¡Abajo la Dictadura! y ¡Que se vayan!


En efecto, los manifestantes cubanos se encuentran hartos de la situación de pobreza en la que el régimen mantiene a la isla, acompañado ahora de una pésima gestión de la crisis del coronavirus, que se encuentra afectando duramente a la isla
en estos momentos. Así, la primera chispa de las protestas saltó a través de internet y las redes sociales por toda la isla.


Sin embargo, frente a este movimiento por la libertad del pueblo cubano, el régimen comunista, si bien fue sorprendido en un primer momento, no ha permanecido impasible. Así, una de las primeras acciones que realizó el régimen fue suspender
el servicio de internet en la isla 7, así como llamar a sus fieles a movilizarse y atacar a las protestas democráticas 8. Concretamente, el actual presidente de la isla, Miguel Díaz-Canel, sucesor de los hermanos Castro, realizó unas declaraciones
televisivas en sesión especial dónde azuzó a sus partidarios a


5 https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Cuba2020-es.pdf


6 https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Cuba2020-es.pdf


7 https://www.reuters.com/article/cuba-internet-idESKBN2AC2BZ


8 https://www.elmundo.es/internacional/2021/07/11/60eb3bcbe4d4d86e758b4643.html



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enfrentarse a los manifestantes pacíficos. En particular, el presidente expresó que 'La orden de combate está dada, a la calle los revolucionarios' y 'Estamos dispuestos a todo y estaremos en las calles combatiendo' 9, añadiendo que 'Habrá
una respuesta revolucionaria. Por eso convocamos a todos los revolucionarios comunistas a que salgan a la calle donde se vayan a producir estas provocaciones y enfrentarlas con decisión.' 10. Así, las fuerzas del aparato represivo comunista
siguieron las órdenes y comenzaron la represión de las protestas, dónde se han vivido acciones violentas y detenciones contra los manifestantes.


Por tanto, teniendo en cuenta que las manifestaciones están continuando, que las declaraciones del actual mandatario cubano están alentando al enfrentamiento civil y el conflicto, y que es de sobra conocido el punto al que son capaces de
llegar los comunistas con tal de mantenerse en el poder, podemos esperar que se desate sobre el pueblo una ola de terror y sangre que no debemos tolerar.


De hecho, la represión no ha hecho más que empezar. Así, preocupa especialmente la detención de la corresponsal del periódico español ABC, Camila Acosta, la cual había cubierto para dicho diario las protestas en Cuba, y en particular las
que tuvieron lugar en La Habana el pasado domingo. A última hora de ese día sufrió el bloqueo de internet y de su mensajería por whatsapp. Los cortes de internet, muy frecuentes, no responden a causas técnicas, sino que son una herramienta para
silenciar la voz de la disidencia e impedir que la población acceda a los medios de comunicación extranjeros para informarse de lo que sucede en Cuba. Según confirmó el medio independiente 'Cubanet', 'La periodista fue interceptada por varios
agentes de la policía política a las diez de la mañana -las 16.00 horas en España-, cuando salía de su casa para hacer un trámite personal en compañía de su padre, quien precisaba de una prueba PCR para detectar el COVID-19, ya que debía salir de
viaje el próximo viernes. Posteriormente, los agentes se personaron en su domicilio, donde llevaron a cabo un registro y se llevaron todos sus equipos de trabajo, entre ellos su ordenador personal.' 11


Según las fuentes consultadas, la Sra. Acosta va a ser procesada por 'delitos contra la seguridad del Estado'. Se encuentra detenida en la Cuarta Unidad de Policía de Infanta, municipio de Cerro. Una acusación similar a la que se ven
enfrentados los disidentes y cualquiera que aparezca como sospechoso ante el aparato represor del castrismo. Además de Acosta han sido detenidos una veintena de periodistas.


Tercero. La respuesta internacional a la nueva ola de protestas democráticas en Cuba no se ha hecho esperar, recibiendo gran cariño y apoyo desde buena parte del mundo el afán de libertad del pueblo cubano. En este sentido, desde la
Organización de Estados Americanos se ha condenado la represión que sufren los luchadores por la libertad en la isla y la represión de estas últimas manifestaciones 12, y también la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha manifestado en
este sentido 13.


[**********página con cuadro**********]


Condena del Secretario General de la OEA de la represión en Cuba.


9 https://www.vozpopuli.com/internacional/presidente-cuba-manifestaciones.html


10 https://www.infobae.com/america/america-latina/2021/07/11/la-dictadura-cubana-reprimio-y-detuvo-a-manifestantes-durante-las-multitudinarias-protestas-en-la-isla/


11 https://www.abc.es/internacional/abci-corresponsal-abc-camila-acosta-detenida-informar-protestas-cuba-202107122103 noticia.html


12 https://www.efe.com/efe/america/sociedad/la-oea-condena-al-gobierno-cubano-por-llamar-a-los-civiles-confrontacion/20000013-4583970


13 https://www.efe.com/efe/america/sociedad/cidh-denuncia-agresiones-en-cuba-y-pide-al-gobierno-respete-el-derecho-protestar/20000013-4583968



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Del mismo modo se ha venido pronunciando el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la subsecretaria interina para el Hemisferio Occidental del Departamento de Estado de Estados Unidos, Julie Chung, y el asesor de Seguridad
Nacional de la Casa Blanca, Jake Sullivan, que han expresado que condenan 'enérgicamente cualquier violencia o ataque contra manifestantes pacíficos que ejercen sus derechos universales' y que apoyan la libertad de expresión y manifestación en Cuba
14. También la Embajada de los Estados Unidos en la República de Cuba ha mostrado su preocupación por la represión de las protestas.


[**********página con cuadro**********]


Condena de la Violencia por parte de la Embajada de los Estados Unidos.


Cuarto. La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en su artículo segundo, sobre los principios y objetivos de la Política Exterior española, dispone lo siguiente:


'1. La Política Exterior de España tiene como principios inspiradores el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos. La Política Exterior de España defenderá y promoverá el respeto
y desarrollo del derecho internacional, en particular el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas. Promoverá los proyectos de construcción europea y de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, así como el multilateralismo en el
seno de la comunidad internacional.'


Definiendo al mismo tiempo como objetivos concretos:


'c) La promoción y consolidación de sistemas políticos basados en el Estado de Derecho u en el respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas.'


Del mismo, modo la actual Estrategia de Acción Exterior 2021-2024 plantea que:


'La protección y la promoción de los derechos humanos deben consolidarse como elemento distintivo y definidor de la acción exterior española.


España condenará y combatirá la violación de los derechos humanos allí donde se produzcan, y favorecerá una aproximación de carácter más preventivo y anticipatorio en materia de defensa de los mismos.


[ ...]


14 https://www.europapress.es/internacional/noticia-eeuu-apoya-derecho-reunion-pacifica-cuba-protestas-20210712012351.html



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España tendrá también la promoción y consolidación democráticas como vector de su acción exterior, aportando su propia experiencia histórica e institucional y promoviendo el impulso de las fuerzas democratizadoras allí donde operen.' 15


Y concretamente, sobre las relaciones en la región de Iberoamérica, plantea lo siguiente:


'En su relación con América Latina y el Caribe, España debe priorizar el fortalecimiento institucional, el respeto a los derechos humanos, la resolución política de las crisis.'


De este modo, la Acción Exterior española no puede ni debe permanecer por más tiempo ajena al movimiento de libertad, democracia, Estado de derecho y respeto de los derechos humanos que el pueblo cubano está reclamando después de una larga
noche de represión comunista de índole económica y social, que dura ya más de cincuenta años. Cuba, como pueblo hermano de España, dados sus vínculos históricos y culturales, debe ser objeto de atención de nuestro Gobierno, el cual no puede dejar
desamparados a nuestros hermanos allende el mar en su grito de libertad contra la tiranía.


Al amparo de todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados declara:


El Congreso de los Diputados, como representante de la soberanía popular en el ejercicio de sus libertades constitucionales y democráticas, condena rotundamente la represión y la limitación de la libertad de expresión en Cuba, y se
solidariza con el pueblo cubano en su lucha pacífica por la libertad, la democracia, el Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos.


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación:


1. Denunciar y condenar pública y rotundamente la represión de las manifestaciones pacíficas, la limitación de la libertad de expresión y la vulneración de los derechos humanos en Cuba.


2. Realizar todas aquellas gestiones diplomáticas que sean necesarias al objeto de evitar la represión del pueblo cubano y la vulneración de los derechos humanos por parte del Gobierno de la isla.


3. Promover todas las acciones diplomáticas que sean precisas al objeto de conseguir la inmediata liberación de todos los detenidos a consecuencia de las manifestaciones pacíficas en favor de la libertad y la democracia, en particular, de
los periodistas retenidos en el ejercicio de su actividad profesional, especialmente, de la corresponsal del diario ABC, Camila Acosta, por cuanto que su detención supone un grave ataque a la libertad de expresión y los derechos humanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de julio de 2021.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Alberto Asarta Cuevas, Víctor Manuel Sánchez del Real, Víctor González Coello de Portugal y Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Diputados.-Iván
Espinosa de los Monteros de Simón y Macarena Olona Choclán, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


15 http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/SalaDePrensa/ElMinisterioinforma/Documents/Proyecto%20Estrategia%20Accio%CC%81n%20Exterior%202021-2024.pdf



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161/002947


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de apoyo a las libertades fundamentales de la ciudadanía cubana, para su
debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


La dictadura cubana lleva más de 60 años sometiendo a la ciudadanía de ese país a un régimen de violación continua y sistemática de derechos humanos, y que ha sumido a los cubanos en la pobreza y la miseria durante generaciones. Gracias a
las alianzas internacionales de la tiranía de los hermanos Castro con potencias como Rusia, China o incluso Venezuela, cualquier intento de apertura hacia un modelo de economía de mercado o hacia una democracia liberal basada en el Estado de Derecho
ha sido reprimido duramente con la fuerza y la tortura.


En los últimos días, el régimen de Díaz Canel, que ha supuesto un relevo generacional de la tiranía de los Castro y ha tirado por tierra todas las esperanzas de un nuevo aperturismo en el país, ha admitido que estaba haciendo frente a un
repunte de los contagios y los fallecimientos por COVID-19. Esta situación, sumada a la pobreza y la miseria que sigue atenazando a Cuba, especialmente teniendo en cuenta el parón del turismo derivado de las restricciones a la movilidad impuestas
por la emergencia sanitaria global, ha provocado que los ciudadanos cubanos salgan espontáneamente a las calles a clamar por la libertad y por el fin del régimen comunista, así como solicitando acceso a las vacunas contra el COVID-19 y a medidas de
apoyo económico.


Por primera vez en décadas, miles de cubanos se sumaron a estas protestas, que han alcanzado una magnitud prácticamente sin precedentes en los últimos años, especialmente teniendo en cuenta que el régimen no ha autorizado estas
concentraciones. Es más, Díaz Canel ha comparecido ante los medios oficiales del régimen para pedir abiertamente a sus fieles que utilicen la violencia contra los manifestantes, afirmando que 'la orden de combate está dada, a la calle los
revolucionarios', alentando por tanto no ya sólo a una represión por parte de las fuerzas policiales y militares, sino a un enfrentamiento civil.


Estados Unidos ya se ha pronunciado sobre esta situación, demandando al régimen de Díaz Canel que respete los derechos y libertades fundamentales de los cubanos, que se manifiestan pacíficamente en lugares tan emblemáticos como el Malecón de
La Habana. Las protestas se han ido extendiendo por más poblaciones y han recibido ya el apoyo de notables figuras cubanas como Luis Manuel Otero Alcántara y también por parte del exilio cubano, principalmente localizado actualmente en la ciudad
estadounidense de Miami.


Como partido liberal, desde Ciudadanos hemos defendido en varias ocasiones la necesidad de acabar con la tiranía comunista, y siempre nos hemos situado del lado de los cubanos que demandan respeto y protección para sus derechos y libertades
más fundamentales. Del mismo modo que la verdadera libertad requiere poner en marcha medidas para garantizar la igualdad de oportunidades, no existe una verdadera igualdad cuando se reprime la capacidad de los individuos de tomar decisiones en
libertad para igualara todos los ciudadanos en la pobreza.


Por ello, además, consideramos que España debe liderar la respuesta de la Unión Europea hacia Cuba y el apoyo a los ciudadanos cubanos que se manifiestan pacíficamente por la libertad y contra el régimen comunista, puesto que nuestro país
comparte unos incomparables lazos históricos, sociales, culturales y económicos con Cuba. Sin embargo, la política exterior española hacia Cuba ha sido más bien tímida, evitando posicionar a España como líder en la defensa de los derechos y las
libertades en el país y perdiendo la oportunidad de situarnos como inversor europeo de referencia en la isla frente a Francia o Italia.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados expresa su apoyo a la ciudadanía cubana que ha salido pacíficamente a manifestarse en las calles contra la miseria, la pobreza y la represión perpetrada por el régimen del Partido Comunista de Cuba, así como su
rechazo a la llamada del Presidente Díaz Canel al enfrentamiento civil y la violencia callejera; e insta al Gobierno a:



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1. Expresar de forma explícita su apoyo a los derechos y libertades fundamentales en Cuba.


2. Comunicar formalmente al régimen cubano el rechazo del Gobierno de España a la violencia instigada por el Presidente Díaz Canel y el compromiso de España con una salida pacífica a las crisis sanitaria, económica y humanitaria en Cuba.


3. Solicitar, de urgencia, una reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea para tratar el apoyo que la Comisión Europea y los Estados miembros van a proporcionar a la ciudadanía de Cuba para evitar la represión y la
violencia del régimen.


4. Liderar una revisión de la acción exterior de la Unión Europea hacia Cuba para propiciar una transición pacífica hacia una democracia liberal en la isla, con una hoja de ruta compartida con las Naciones Unidas y la Organización de
Estados Americanos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de julio de 2021.-María Carmen Martínez Granados, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002966


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de condena a la dictadura de Cuba,
para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


La dictadura cubana es la más longeva de América Latina. Desde 1959 el pueblo cubano vive sometido a un régimen militar de partido único. A la ausencia de libertades, la negación del pluralismo político y la vulneración permanente de los
derechos humanos se le une un modelo económico que provoca una escasez crónica de alimentos y medicinas. En este contexto, la pésima gestión de la crisis sanitaria de la COVID-19 ha acentuado el malestar político y social en la isla.


Las manifestaciones espontáneas y pacíficas que el pasado 11 de julio comenzaron en San Antonio de los Baños y Palma Soriano se han extendido por todo el país, haciendo patente el deseo de cambio de una sociedad que no quiere seguir
soportando que todo siga igual.


Una vez más, el gobierno de Díaz-Canel ha respondido violando los derechos de los cubanos, encarcelando a cientos de manifestantes pacíficos. Esta respuesta se suma a la persecución que desde hace meses sufren los miembros del Movimiento
San Isidro, cuyo líder, Luis Manuel Otero Alcántara, fue detenido ilegalmente por las fuerzas de seguridad del gobierno de Díaz-Canel el pasado 2 de mayo, siendo recluido, contra su voluntad, en un hospital de la Habana. A ataques como esos se ha
sumado en las últimas horas la detención de la corresponsal de ABC, Camila Acosta.


Cuba es una dictadura. Cuba se sitúa en el 10% de los países menos democráticos del mundo según el último Liberal Democracy Index 16 del V-Dem Institute. El Freedom in the World Report de Freedom House califica a Cuba como 'no libre' y la
sitúa en el puesto número 13 17 en su ranking de libertad en el mundo, en la misma franja que países como Laos, Burundi o Bahrein. El Democracy Index de The Economist Intelligence Unit sitúa a Cuba en el puesto 140 de 167 y lo denomina 'régimen
autoritario' 18.


La represión desplegada en los últimos días por el régimen militar de partido único ha provocado la condena generalizada de las principales democracias, empezando por Estados Unidos. Esa ola represiva ha incrementado las detenciones de
disidentes políticos y periodistas independientes como la corresponsal de ABC Camila Acosta.


Todos los que defendemos las libertades y el respeto a los derechos humanos apoyamos que Cuba inicie una Transición a la democracia en la que los cubanos puedan elegir su destino en libertad y sin injerencias externas.


En todo ello España tiene el deber de liderar en la Unión Europea iniciativas que permitan terminar con la represión e iniciar el camino a la democracia.


16 https://www.v-dem.net/media/filer public/74/8c/748c68ad-f224-4cd7-87f9-8794add5c60f/dr 2021 updated.pdf (p. 33)


17 https://freedomhouse.org/country/cuba/freedom-world/2021


18 https://www.economist.com/graphic-detail/2021/02/02/global-democracv-has-a-verv-bad-vear



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Condenar a la dictadura y la represión a la que somete al pueblo de Cuba.


2. Exigir la liberación de todos los presos políticos y periodistas encarcelados como es el caso de la corresponsal de ABC Camila Acosta.


3. Apoyar desde la Embajada de España en La Habana a las fuerzas democratizadoras tal y como promueve la Estrategia de Acción Exterior 2021 2024 aprobada por el Gobierno.


4. Invitar en todas las recepciones oficiales que se hagan en la Embajada de España en La Habana a miembros de la oposición democrática.


5. Mantener encuentros con la oposición democrática en Cuba en todos los desplazamientos oficiales de miembros del Gobierno de España a la isla.


6. Promover una Posición Única de la UE que impulse una transición pacífica a la democracia en la que todos los cubanos puedan decidir su futuro en libertad y sin injerencias.


7. Sumarse al llamamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que el Gobierno de Cuba 'cumpla con sus obligaciones con los Derechos Humanos, en particular el derecho a la protesta'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de julio de 2021.-Pablo Hispán Iglesias de Ussel y María Valentina Martínez Ferro, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Justicia


161/002885


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la tramitación del acta matrimonial por notario prevista en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil para su debate en la Comisión de justicia.


Exposición de motivos


El pasado 30 de abril entró finalmente en vigor la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil y con ella, según se establece en la Disposición final undécima de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, por el que se
modifica la Ley de 28 de mayo de 1862, del Notariado para introducir un nuevo Título VII.


Según se establece en esta nueva normativa, a partir del 30 de abril, los notarios podrán, además de celebrar matrimonio, tramitar el acta matrimonial que se recoge en los artículos 51 y 52 de la Ley del Notariado y del artículo 58 de la Ley
del Registro Civil.


En primer lugar el artículo 51 establece que 'los que vayan a contraer matrimonio para el que se precise acta en la que se constate el cumplimiento de los requisitos de capacidad de ambos contrayentes, la inexistencia de impedimentos o su
dispensa, o cualquier género de obstáculos para contraer matrimonio, deberán instar previamente su tramitación ante el Notario que tenga su residencia en el lugar del domicilio de cualquiera de ellos'. Esta tramitación solicitud, tramitación y
autorización del acta se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil y, en lo no previsto, en esta Ley.


A continuación, el artículo 52 establece que 'si el acta fuera favorable a la celebración del matrimonio, este se llevará a cabo ante el Notario que haya intervenido en la tramitación de aquélla mediante el otorgamiento de escritura
pública', pero también podrá prestarse consentimiento ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien este delegue u otro Notario.



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Por su parte el artículo 58 de la Ley del Código Civil establece que la 'celebración del matrimonio requerirá la previa tramitación o instrucción de un acta o expediente a instancia de los contrayentes para acreditar el cumplimiento de los
requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos o su dispensa, o cualquier otro obstáculo, de acuerdo con lo previsto en el Código Civil. La tramitación del acta competerá al Notario del lugar del domicilio de cualquiera de los
contrayentes. La instrucción del expediente corresponderá al Secretario judicial o Encargado del Registro Civil del domicilio de uno de los contrayentes'.


Para la tramitación del acta matrimonial el Letrado de la Administración de Justicia, Notario o Encargado del Registro Civil deberá comprobar la inexistencia de impedimentos y acreditar el estado, capacidad o domicilio de los contrayentes.
Estas gestiones pueden ser realizadas con normalidad cuando ambos contrayentes tienen nacionalidad del Estado español y los antecedentes deben comprobarse en el Registro Civil. Sin embargo, en el caso de que una de las partes contrayentes tuviera
nacionalidad extranjera, la comprobación de su estado deberá hacerse en el registro del país de origen. Esto se realiza a través del sistema de auxilio entre Registros, pero no se prevé la posibilidad de que los Notarios puedan requerir esa
colaboración en el desempeño de estas nuevas funciones.


Por lo tanto, nos encontramos con un vacío legal, pues aunque se le atribuye a los notarios y notarías la tramitación del acta matrimonial, en estos casos no podrán hacerlo, debido a que los Consulados y Embajadas sólo cuentan con un sistema
de colaboración con registros civiles -aún así un sistema lento y burocrático a través de valija diplomática-, pero no han recibido instrucciones de si se llevará a cabo esa misma colaboración con los notarios, o como debe articularse ahora esa
colaboración.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a dar las instrucciones necesarias a través de los Ministerios de Exteriores y Justicia para que se puedan desarrollar las previsiones de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro
Civil que prevén la tramitación del acta matrimonial por el Notario del lugar del domicilio de cualquiera de los contrayentes, también en el caso de que uno de los contrayentes no posea la nacionalidad española y no esté registrado en el Registro
Civil del Estado español, para lo que se deberá establecer auxilio consular con las notarías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de junio de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/002954


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, en su condición de Portavoces Adjuntos y D. José María Sánchez García, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D. Carlos José Zambrano
García-Raez y D. Víctor Manuel Sánchez del Real, en su condición de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la Modificación de la Planta Judicial de la provincia de Badajoz con el fin de constituir en Mérida dos Juzgados de lo Social, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


Primero. La creación de nuevas unidades judiciales a causa de la situación generada por el COVID-19.


1. El Gobierno, a través del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19 correspondientes a la programación de 2020, ('R.D.1050/2020') ha creado 33 nuevas unidades judiciales. Entre
estas unidades judiciales, cabe destacar la creación del Juzgado de lo Social n.º 5 de Badajoz y del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Badajoz, entre otros.



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2. La creación de unidades judiciales se ampara, según la Exposición de Motivos de la norma, en la situación generada como consecuencia de la pandemia del COVID-19 que exige, en el ámbito de la Administración de Justicia, 'la adopción de
medidas inmediatas para conseguir una activación económica eficaz y la tutela de los derechos y libertades más afectados con carácter general'.


3. Por este motivo, 'Este real decreto centra su objeto en la creación de treinta y tres nuevas unidades judiciales, que, atendiendo a la carga de trabajo existente y siendo presupuestariamente posible la efectividad de las plazas de
Magistrado/a en órganos colegiados y la entrada en funcionamiento de los juzgados, son necesarias desde un punto de vista estructural, por cuanto las necesidades de carácter coyuntural se pueden solucionar con otras medidas de racionalización, que
establece la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial'.


Segundo. El acuerdo del CGPJ por el que se traslada la sede del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Badajoz a Mérida.


4. El pasado 4 de febrero de 2021 la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial dictó el Acuerdo por el que se dispone que el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Badajoz se constituirá en Mérida, desde su puesta en
funcionamiento, para despachar los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Mérida, Almendralejo, Castuera, Don Benito, Fregenal, Herrera del Duque, Jerez de los Caballeros, Llerena, Montijo, Villanueva de la Serena y
Villafranca de los Barros (BOE, 35, de 10 de febrero de 2021,15343 a 15344) 19.


5. Para la adopción de este acuerdo, el Consejo General del Poder Judicial ('CGPJ') se apoya en el art. 86 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ('LOPJ') que determina lo siguiente: '1. Con carácter general, en
cada provincia, con jurisdicción sobre toda ella y sede en su capital, habrá un juzgado de lo mercantil. 2. También podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de la provincia cuando, atendidas la población, la existencia de núcleos
industriales o mercantiles y la actividad económica lo aconsejen, delimitándose en cada caso el ámbito de su jurisdicción ...'. Amparándose en el precepto 'ut supra', el CGPJ acuerda el traslado de la sede del Juzgado de lo Mercantil número 2 de
Badajoz a Mérida para, conforme a lo indicado por el artículo primero del Acuerdo, 'despachar los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Mérida, Almendralejo, Castuera, Don Benito, Fregenal, Herrera del Duque, Jerez
de los Caballeros, Llerena, Montijo, Villanueva de la Serena y Villafranca de los Barros'.


6. Para la adopción de este acuerdo se realizan las siguientes consideraciones:


'a) Que la población de la provincia de Badajoz es de 673.559 habitantes, existiendo en la provincia un total de 17.946 empresas. Con arreglo a la propuesta del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura resulta que en el partido judicial
de Badajoz hay 180.204 habitantes y 7.447 empresas, en el de Olivenza 27.477 habitantes y 537 empresas, mientras que en el de Zafra los habitantes son 52.434 y las empresas 1.379. La suma de todos ellos implica que esta agrupación de partidos
congrega el 39% de la población y el 41% de las empresas.


b) Que, respecto al establecimiento de la sede del juzgado de lo mercantil n.º 2 de Badajoz en la ciudad de Mérida, para extender su conocimiento a los asuntos de naturaleza mercantil de los partidos judiciales de Mérida, Almendralejo,
Castuera, Don Benito, Fregenal, Herrera del Duque, Jerez de los Caballeros, Llerena, Montijo, Villanueva de la Serena y Villafranca de los Barros, supondrá que este órgano judicial congregará al 61 % de la población y el 59% de las empresas de la
provincia de Badajoz.


c) Que el juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Badajoz, aunque ha sido creado y constituido, aún no ha entrado en funcionamiento, por lo que es imposible que exista una petición concreta al respecto por el propio órgano sobre su constitución en
Mérida, pero sí existe un pronunciamiento favorable de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Así mismo, el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial ha emitido informe favorable a la constitución
de este juzgado en la ciudad de Mérida para conocer de los asuntos de naturaleza mercantil de los partidos judiciales antes referidos.


La medida que se adopta se justifica por razones de interés social, atendidas circunstancias de población, existencia de núcleos industriales y mercantiles y la actividad económica desarrollada, permitiendo que el órgano judicial afectado se
constituya en población distinta de su sede, deduciéndose


19 https://www.boe.es/boe/dias/2021/02/10/pdfs/BOE-A-2021-1957.pdf



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de manera implícita que mantiene en todo caso su sede, que no se ve alterada por la decisión del Consejo General del Poder Judicial.


Se adopta igualmente esta medida con carácter excepcional y en consideración a que la ciudad de Mérida es la capital de la comunidad autónoma de Extremadura, a la población, el número de empresas y el importante tejido industrial que se
localiza en Mérida y resto de partidos judiciales cuyos asuntos de naturaleza mercantil serán objeto de su competencia'.


7. Tal y como dispone el artículo segundo del Acuerdo de 4 de febrero de 2021, 'Esta medida se adopta con carácter excepcional, en base a que esta ciudad es la capital de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la población de la misma, el
número de empresas y el importante tejido industrial que se localiza en la misma'.


Tercero. Necesaria constitución de dos juzgados de lo Social en Mérida para dar una mayor operatividad a la Administración de Justicia en la Provincia.


8. La creación de dos juzgados de lo Social en Mérida sería muy positiva por varias razones: (i) el volumen de litigiosidad de esa amplia la circunscripción (61% de la población y al 59% de las empresas de la provincia de Badajoz); (ii)
por razones geográficas; (iii) por el bien los trabajadores litigantes, de los profesionales del Derecho, de los propios funcionarios del Ministerio de Justicia; y (iv) por el abaratamiento de costes de desplazamiento de todos ellos.


9. Además, el Palacio de Justicia de Mérida es un edificio moderno y de gran amplitud, con recursos humanos y tecnológicos centralizados y perfectamente capaz de albergar esta sede judicial; una situación diferente a lo que ocurre en
Badajoz que, al tener paralizada la construcción de su Palacio de Justicia, posee los juzgados de los distintos órdenes desperdigados por todo su casco urbano, a menudo en locales comerciales no adecuados para este fin.


Cuarto. Conclusión.


10. El correcto funcionamiento del Poder Judicial es uno de los pilares fundamentales del Estado democrático español. Para conseguir un buen funcionamiento de la Administración de Justicia es imprescindible dotar a la misma de los medios
suficientes. La actual crisis sanitaria y económica derivada de la COVID-19 provocará un grave impacto en la Administración de Justicia con carácter general, pero tendrá una mayor incidencia aún si cabe, en las regiones que poseen unos índices de
saturación y unas deficiencias más elevados que el resto de las Comunidades Autónomas.


11. Así pues, debido a las deficiencias ya existentes y a las mayores que vendrán como consecuencia de la actual crisis sanitaria y económica, urge (i) dotar de medios materiales suficientes y adecuados a la Administración de Justicia y
(ii) dotar de una mayor operatividad a los juzgados ya existentes y a los de nueva creación a causa de la crisis provocada por el COVID-19. Todo ello con el objetivo de permitir el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, pilar
fundamental de nuestro Estado de Derecho.


12. Para la consecución de tales fines, una solución provisional sería el traslado de la sede del Juzgado de lo Social n.º 5 de Badajoz a Mérida. Sin embargo, esta solución tendría carácter temporal, motivo por el cual es preciso la
adopción de otras medidas con carácter definitivo que doten a la Administración de Justicia en Extremadura de una solución que goce de cierta estabilidad y operatividad.


13. Por todo ello, es necesario crear dos Juzgados de lo Social en Mérida de la manera que sigue:


i. Mediante la creación del Juzgado n.º 1 de Mérida, lo que implicaría la supresión del Juzgado n.º 5 de Badajoz, creado por el Real Decreto 1050/2020;


ii. Mediante la creación de un Juzgado de lo Social n.º 2 de Mérida.


A estos dos nuevos juzgados les corresponderá despachar los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Mérida, Almendralejo, Castuera, Don Benito, Fregenal, Herrera del Duque, Jerez de los Caballeros, Llerena,
Montijo, Villanueva de la Serena y Villafranca de los Barros.



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Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a crear, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, dos Juzgados de lo Social en Mérida. La creación de estos dos
Juzgados se realizará:


i. Mediante la creación del Juzgado n.º 1 de Mérida, lo que implicaría la supresión del Juzgado n.º 5 de Badajoz, creado por el Real Decreto 1050/2020;


ii. Mediante la creación 'ex novo' del Juzgado de lo Social n.º 2 de Mérida.'


Palacio de Congreso de los Diputados, 14 de julio de 2021.-José María Sánchez García, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Patricia de las Heras Fernández, Carlos José Zambrano García-Raez y Víctor Manuel Sánchez del Real, Diputados.-Macarena Olona
Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Defensa


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Víctor González Coello De Portugal, D. Alberto Asarta Cuevas y D. Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a acordar la revocación de la
concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al señor Antonio Garamendi Lecanda, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Las recompensas militares.


El Derecho Premial Militar emana del artículo 62 f) de la Constitución Española, que señala expresamente lo siguiente:


'Corresponde al Rey:


f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.'


Asimismo, la Ley Orgánica 5/2005 de la Defensa Nacional establece, en su artículo 20, que 'mediante ley, de acuerdo con la Constitución, se establecerán las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares, en especial la
disciplina, la jerarquía, los límites de la obediencia, así como el ejercicio del mando militar'.


Así, el apartado primero de la disposición final primera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, señala claramente que las recompensas militares son las siguientes: la Cruz Laureada de San Fernando,
la Medalla Militar, la Cruz de Guerra, la Medalla de Ejército, la Medalla Naval, la Medalla Aérea, las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo rojo, azul, amarillo y blanco, la citación como distinguido
en la Orden General y la mención honorífica.


Siguiendo el mandato del legislador, de conformidad con el apartado tercero de la citada disposición, el Gobierno de la nación desarrolló en el año 2003 el reglamento general de las recompensas militares, aprobado por el Real Decreto
1040/2003 (en adelante, el 'Reglamento'). Dicho reglamento regula los hechos, servicios y circunstancias que determinan la concesión de las diferentes recompensas, así como sus trámites y procedimientos.


De acuerdo con el artículo 2.1 del Reglamento, las recompensas militares tienen por finalidad premiar y distinguir al personal militar o civil por la realización de acciones, hechos o servicios que impliquen



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reconocido valor militar, o porque sean de destacado mérito o importancia para las Fuerzas Armadas, así como para la Defensa Nacional 20.


Segundo. La Gran Cruz del Mérito Militar.


La Orden del Mérito Militar es la condecoración más importante del ejército español, y fue establecida por la reina Isabel II en el año 1864, con el fin de premiar acciones de valor y meritorias, así como servicios especiales prestados por
miembros del ejército. Posteriormente, y con el paso de los años, la Orden permitió, igualmente, la concesión de su ingreso a personalidades civiles.


Actualmente, dentro de la Orden del Mérito Militar, la Cruces son una de las más importantes distinciones y tienen por objeto, como señala expresamente el artículo 33 del Reglamento, recompensar y distinguir individualmente a los miembros de
las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, por la realización de acciones y hechos o la prestación de servicios de destacado mérito o importancia, así como al personal civil por sus actividades meritorias relacionadas con la Defensa
Nacional.


Podrán ser concedidas como Gran Cruz -para oficiales generales y personal civil que reúna las características establecidas en la ley- o como Cruz -para el resto del personal civil o militar 21.


Respecto a la concesión de tan alta distinción al personal civil, el apartado 3 del mismo artículo dispone que 'será preciso que los servicios o méritos por los que se concedan sean distinguidos y estén relacionados estrictamente con las
actividades propias de la Defensa Nacional y, preferentemente, del ejército que se trate'. Además, para determinar la concesión de la Gran Cruz o de la Cruz al personal civil se tendrá en cuenta el rango institucional, administrativo, académico o
profesional de la persona recompensada 22.


Dentro de esta categoría de recompensas militares se diferencian, a su vez, cuatro distintivos:


- Rojo: se conceden a aquellas personas que, con valor, hayan realizado acciones, hechos o servicios eficaces en el transcurso de un conflicto armado o de operaciones militares que impliquen o puedan implicar el uso de fuerza armada, y que
conlleven unas dotes militares o de mando significativas. Igualmente, podrán ser concedidas estas cruces del mérito, con distintivo rojo, a las personas que fallezcan en acto de servicio en misiones en el exterior, como consecuencia de acciones
violentas de elementos hostiles 23.


- Azul: se conceden por acciones, hechos o servicios extraordinarios que, sin estar contemplados en el ámbito de concesión anterior, se lleven a cabo en operaciones derivadas de un mandato de las Naciones Unidas o en el marco de otras
organizaciones internacionales 24.


- Amarillo: se conceden por acciones, hechos o servicios que entrañen grave riesgo y en los casos de lesiones graves o fallecimiento, como consecuencia de actos de servicio, siempre que impliquen una conducta meritoria. También podrán ser
otorgadas dichas cruces con distintivo amarillo a las personas que en acto de servicio o con ocasión de este fallezcan o sufran lesiones graves, sin haber contribuido, por imprudencia, desobediencia u otras circunstancias, a este resultado 25.


- Blanco: se conceden por méritos, trabajos, acciones, hechos o servicios distinguidos, que se efectúen durante la prestación de las misiones o servicios que ordinaria o extraordinariamente sean encomendados a las Fuerzas Armadas o que
estén relacionados con la Defensa, y que no se encuentren en el ámbito de concesión de las tres distinciones anteriormente mencionadas 26.


En cuanto al procedimiento de concesión de las Cruces del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico, con distintivo blanco, se regula en la Orden DEF/3594/2003, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las normas para la tramitación y concesión
ordinaria de las Cruces del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico, con distintivo blanco, y de las menciones honoríficas, la delegación de competencias en esta materia, y el uso de las condecoraciones representativas de las recompensas (la 'Orden').
Dentro de la citada


20 Del mismo modo, ab inítio, el Real Decreto establece lo siguiente: 'Las recompensas militares revisten gran trascendencia en los aspectos moral y orgánico de las Fuerzas Armadas, al constituir ( ...) un estímulo permanente para la
superación en el cumplimiento del deber y del servicio ( ...) al destacar a los miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil ( ...) por acreditar las condiciones morales, físicas e intelectuales ( ...)'


21 Artículo 34.1 del Reglamento.


22 Artículo 34.2 del Reglamento.


23 Artículo 36 del Reglamento.


24 Artículo 38 del Reglamento.


25 Artículo 40 del Reglamento.


26 Artículo 42 del Reglamento.



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orden, cabe destacar el artículo 2.1 f) que, referido a las propuestas de concesión de las recompensas, señala que toda propuesta deberá recoger una exposición clara y detallada de los actos, hechos, servicios, méritos o trabajos
distinguidos que la motivan, que deberá estar basada en datos objetivos y valorados con rigor, evitando, en todo caso, expresiones genéricas y describiendo, si la hubiera, la situación extraordinaria en la que se encontrará la persona propuesta.


Tercero. La Concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar con distintivo blanco al Sr. Garamendi Lecanda.


El pasado 15 de junio de 2021, el Sr. Garamendi Lecanda fue distinguido con la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, máxima condecoración castrense. Así se acuerda en el Real Decreto 436/2021, de 15 de junio, a propuesta de
la Ministra de Defensa, la Sra. Margarita Robles Fernández, previa deliberación del Consejo de Ministros.


Sin embargo, como señalan algunos medios de comunicación, el Gobierno no informó de esta decisión ni en la rueda de prensa de cada martes ni en la referencia escrita posterior que pública la Moncloa en su página web para dar cuenta de la
reunión del Consejo de ministros correspondiente 27.


Actualmente, el Sr. Garamendi Lecanda preside la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, organización empresarial que aglutina a casi dos millones de empresas y autónomos. Sin embargo, no se conoce, hoy en día, ningún
vínculo del Sr. Garamendi Lecanda con el ámbito de Defensa y menos aún servicio o mérito relacionados con las actividades propias de la Defensa Nacional -requisitos necesarios para concesión de tan alta distinción-.


Al contrario, son conocidas las inoportunas y erróneas declaraciones del presidente de la patronal, vertidas el pasado jueves 17 de junio en RTVE, a favor de los indultos de los condenados por los hechos enjuiciados en la Sentencia firme
núm. 459/2019 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, dictada en la causa especial 20907/2017, seguida por los hechos sucedidos en Cataluña en el otoño de 2017 en el marco del proceso secesionista -conocido como el 'procés'-.


Concretamente, el Sr. Garamendi Lecanda afirmó que los indultos a los sentenciados por el 1 de octubre de 2017 serían bienvenidos si llevan a que 'las cosas se normalicen' 28. Además, señaló, refiriéndose al encuentro entre S.M. Felipe VI
y el presidente de la Generalidad de Cataluña, Pere Aragonés, en la reunión anual del círculo de economía, 'que la foto es buena porque supone un acercamiento al diálogo' y que 'la clave de la normalidad es la estabilidad' 29.


No es extraño, por tanto, que el citado señor haya querido unir su voz a la de aquellos que, con evidente ruptura de la legalidad, de la justicia y de la misma equidad, ceden a favor de la 'estabilidad', curiosa forma de referirse a lo que
no es sino un camino hacia la inconstitucionalidad, la quiebra del Estado y la disolución de la Nación.


Cuarto. La necesaria revocación de la concesión.


Se da la atípica circunstancia de que el Sr. Antonio Garamendi Lecanda fue premiado con la Gran Cruz del Mérito Militar pocos días antes de las declaraciones expuestas a favor de los condenados por el 'procés'. Precisamente, dicha
condecoración supone la incorporación del premiado a un elenco de militares y civiles distinguidos por su sentido del honor, por su lealtad a España, por su espíritu de servicio y, en determinadas circunstancias, por su reconocido valor.
Circunstancias que no sintonizan con las actuaciones del presidente de la patronal pues, al contrario, constituyen una acción o hecho de demérito para la Defensa Nacional.


Así pues, el presidente de la CEOE no cumple con la excelencia necesaria para ser digno de la condecoración que, en nombre de Su Majestad el Rey, le ha sido concedida por el Consejo de ministros. Asimismo, desconocemos, a su vez, si el Sr.
Garamendi Lecanda cumple con los requisitos necesarios


27 https://www.larazon.es/espana/20210617/ugz7w5qlxraktkni4x47kgo7dq.html


28 Estas declaraciones chocan frontalmente con las vertidas por el vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor, que, después de rechazar la concesión de los indultos a los condenados por el 'procés', afirmó siguiente: 'para que haya indulto,
que es una prerrogativa constitucional, se tienen que dar unos reconocimientos y otros propósitos de enmienda y ni hay reconocimiento ni hay propósito de enmienda'. A estas declaraciones se adhirieron las del presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva,
que llamó a 'rechazar cualquier decisión contraria a la norma jurídica, se vista de indulto o de otra cosa, porque la excepción de hoy será la catástrofe de mañana'. https://www.elmundo.es/economia/2021/06/20/60cf7d00fdddffcald8b458b.html


29 https://www.larazon.es/cataluna/20210617/2swh7be25ngpreijzmzqqy5vki.html



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para ser digno de tan alta distinción, ya que, como anteriormente hemos mencionado, no se conoce vínculo alguno del presidente de la patronal con el ámbito de Defensa y menos aún servicio o mérito relacionados con las actividades propias de
la Defensa Nacional, condiciones necesarias para su concesión. Además, por si esto fuera poco, el Gobierno de la nación ha incumplido flagrantemente las normas para la concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar con distintivo blanco, recogidas en
el artículo 2 f) de la Orden, pues no ha motivado de ninguna manera los actos, hechos, servicios, méritos o trabajos distinguidos del Sr. Garamendi Lecanda que justifican tal concesión.


Por todo ello, y al amparo de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a acordar la revocación de la concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar con distintivo blanco al señor Antonio Garamendi Lecanda, retirándole el derecho al uso de las insignias
de la citada Gran Cruz y demás privilegios inherentes a dicha distinción.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de junio de 2021.-Víctor González Coello de Portugal, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Luis Gestoso de Miguel y Agustín Rosety Fernández de Castro, Diputados.- Macarena Olona Choclán
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002953


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D.ª Carla Toscano de Balbín, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Alberto Asarta Cuevas y D. Luis Gestoso de
Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a garantizar el principio de neutralidad política de las Fuerzas Armadas, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Es conocido el carácter restrictivo del régimen jurídico de los derechos políticos de los militares españoles. Así lo dispone expresamente el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los
miembros de las Fuerzas Armadas 30 (en adelante 'Ley Orgánica de derechos y deberes'), bajo la rúbrica 'La neutralidad política y sindical', señalando lo siguiente:


'El militar está sujeto al deber de neutralidad política. No podrá fundar ni afiliarse a partidos políticos y mantendrá una estricta neutralidad pública en relación con la actuación de los partidos políticos 31'.


Asimismo, el artículo 12.2 de la citada ley reitera el principio de neutralidad señalando que 'En cumplimiento del deber de neutralidad política y sindical, el militar no podrá pronunciarse públicamente ni efectuar propaganda a favor o en
contra de los partidos políticos, asociaciones políticas, sindicatos, candidatos a elecciones para cargos públicos, referendos, consultas políticas o programas u opciones políticas'.


Sin embargo, durante los últimos años, el Gobierno de la Nación no está respetando estos principios básicos de neutralidad que sustentan y definen una de las más valoradas instituciones de nuestro país, las Fuerzas Armadas. Al contrario, se
están intentando imponer una serie de ideas, meramente políticas


30 Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Disponible [en línea]: https://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BQE-A-2011-12961-consolidado.pdf


31 '( ...) mientras llevemos nuestro uniforme e invoquemos nuestra condición de militar, debemos olvidamos de toda causa política partidista, tanto en nuestros cuarteles, bases aéreas, arsenales y buques, como en nuestras reuniones y
manifestaciones públicas -orales o escritas- sin que nos sea lícito afiliamos, colaborar o prestar apoyo a ningún tipo de organización política o sindical, salvo el derecho a emitir nuestro voto electoral'. GUTIÉRREZ MELLADO, M., 'Líneas maestras
de la política militar'.



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-como es la ideología de género-, a nuestros militares, violando flagrantemente el principio de neutralidad política que debe guiar la actuación de los mismos. Por si fuera poco, desde el Ejecutivo se está utilizando a las Fuerzas Armadas
como altavoz propagandístico de su ideología, dejando a esta institución en una posición claramente debilitada ante la opinión pública, y obligándola a incumplir y apartarse de los deberes y fines que constitucionalmente tienen reconocidos.


En definitiva, resulta alarmante que la ideología del actual Gobierno haya alcanzado y permeado la institución de nuestras Fuerzas Armadas. Por tanto, a lo largo de esta iniciativa se explicará, a través de la normativa vigente, cuál es el
objeto prioritario de las Fuerzas Armadas y los valores castrenses con los que cumplir su misión, y cómo la imposición de unas ideas políticas pone en jaque la operatividad de nuestras Fuerzas Armadas.


Segundo. En primer lugar, es necesario destacar que la principal misión de las Fuerzas Armadas se encuentra recogida en el artículo 8.1 de la Constitución, que reza lo siguiente:


'Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.'


Por su parte, esta misión también viene recogida por la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional (en adelante, 'Ley Orgánica de la Defensa Nacional'). Concretamente, su artículo 15 manifiesta lo siguiente:


'1. Las Fuerzas Armadas, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Constitución, tienen atribuida la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


2. Las Fuerzas Armadas contribuyen militarmente a la seguridad y defensa de España y de sus aliados, en el marco de las organizaciones internacionales de las que España forma parte, así como al mantenimiento de la paz, la estabilidad y la
ayuda humanitaria.


3. Las Fuerzas Armadas, junto con las Instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas,
conforme a lo establecido en la legislación vigente.


4. Las Fuerzas Armadas pueden, asimismo, llevar a cabo misiones de evacuación de los residentes españoles en el extranjero, cuando circunstancias de inestabilidad en un país pongan en grave riesgo su vida o sus intereses. 32'


Así pues, este artículo sustancia las misiones de las Fuerzas Armadas, dando especial relevancia a lo recogido en nuestra Carta Magna. Además, siguiendo con la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, se contemplan -ex artículo 20- los valores
que definen el comportamiento de los militares. Merecen particular interés para el legislador 'la disciplina, la jerarquía, los límites de la obediencia, así como el ejercicio del mando militar', atendiendo a que son bienes constitucionalmente
protegidos.


En segundo lugar, y posterior a la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, se promulga la ya citada Ley Orgánica de derechos y deberes. En particular, esta ley orgánica tiene por objeto regular 'el ejercicio por los miembros de las Fuerzas
Armadas de los derechos fundamentales y libertades públicas establecidos en la Constitución, con las peculiaridades derivadas de su estatuto y condición de militar y de las exigencias de la seguridad y defensa nacional. También incluye sus derechos
y deberes de carácter profesional y los derechos de protección social 33'.


Ya en el preámbulo de la citada ley se establece el espíritu de la misma, que no es otro que actualizar las limitaciones de derechos fundamentales y libertades públicas de los miembros de las Fuerzas Armadas: 'Se deben establecer [las
restricciones] con el objetivo de que las Fuerzas Armadas, manteniendo sus características de disciplina, jerarquía y unidad y el principio de neutralidad, estén en condiciones de responder a las exigencias en el ámbito de la seguridad y la defensa
nacional'.


32 Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional. Disponible [en línea]: https://www.boe.es/buscar/pdf/2005/BOE-A-2005-18933-consolidado.pdf


33 Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Disponible [en línea]: https://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-12961-consolidado.pdf



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Así las cosas, además de repetir los valores de disciplina y jerarquía -ya recogidos en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional-, el citado preámbulo subraya el deber de 'defender a España, el de cumplir las misiones asignadas en la
Constitución y en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y el de actuar conforme a las reglas de comportamiento del militar que se basan en valores tradicionales de la milicia y se adaptan a la realidad de la sociedad española'.


En adición a lo anterior, estas reglas de comportamiento militar se sustancian en profundidad en el artículo 6.1 de la citada ley. Así, entre dichas reglas, destacan las siguientes:


'1. Las reglas esenciales que definen el comportamiento del militar son las siguientes:


Primera. La disposición permanente para defender a España, incluso con la entrega de la vida cuando fuera necesario, constituye su primer y más fundamental deber, que ha de tener su diaria expresión en el más exacto cumplimiento de los
preceptos contenidos en la Constitución, en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y en esta ley.


Séptima. Adecuará su comportamiento profesional, en cumplimiento de sus obligaciones militares, a las características de las Fuerzas Armadas de disciplina, jerarquía y unidad, indispensables para conseguir la máxima eficacia en su acción.


Octava. La disciplina, factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado, será practicada y exigida en las Fuerzas Armadas como norma de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento a la
Constitución y su manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas.


Novena. Desempeñará sus cometidos con estricto respeto al orden jerárquico militar en la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas, que define la situación relativa entre sus miembros en cuanto concierne a mando, subordinación
y responsabilidad.


Decimocuarta. Se comportará en todo momento con lealtad y compañerismo, como expresión de la voluntad de asumir solidariamente con los demás miembros de las Fuerzas Armadas el cumplimiento de sus misiones, contribuyendo de esta forma a la
unidad de las mismas.'


Además, el artículo 6.2 de esta misma ley prevé que las Reales Ordenanzas sean las que 'desarrollarán reglamentariamente las reglas de comportamiento del militar'. Y así lo hace el Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, por el que se
aprueban las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (en adelante, 'Real Decreto de Reales Ordenanzas').


Este Real Decreto tiene por objeto, ex artículo 1, 'definir los principios éticos y las reglas de comportamiento de acuerdo con la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico. Deben servir de guía a todos los militares para fomentar y
exigir el exacto cumplimiento del deber, inspirado en el amor a España, y en el honor, disciplina y valor'.


Por su parte, el artículo 3 del Real Decreto, que reitera el artículo 6.1.1 de la Ley Orgánica de derechos y deberes, vuelve a incidir en la disciplina, jerarquía y unidad como principales características de las Fuerzas Armadas e
indispensables para conseguir la máxima eficacia en su acción.


Por último, el artículo 5 del mismo Real Decreto recoge los principios que deben guiar la actuación del militar como servidor público, señalando expresamente lo siguiente:


'Deberá actuar con arreglo a los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez y
promoción del entorno cultural y medioambiental.'


Así las cosas, toda la normativa relativa al comportamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas se construye alrededor de varias ideas-fuerza. La primera de ellas es que el primer y principal deber de las Fuerzas Armadas es la defensa de
España. La segunda, que para cumplir con este deber, sus componentes deben actuar conforme a unos principios y valores propios del comportamiento militar, entre los que destacan la disciplina, jerarquía y unidad y el deber de neutralidad política.
Son precisamente esos valores los que configuran a las Fuerzas Armadas como un medio eficaz en orden al cumplimiento estricto de sus misiones constitucionales.



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Tercero. A tenor de lo expuesto anteriormente, la extensión e inclusión de conceptos ideológicos a las Fuerzas Armadas se encuentra en confrontación directa con el principio de neutralidad política que debe imperar en esta institución
armada, ya que este principio se consigue únicamente a costa de la limitación de los derechos y libertades de los militares.


Podemos destacar como ejemplos del uso con fines políticos que se pretende dar a las Fuerzas Armadas, incumpliendo el principio de neutralidad, los siguientes:


a) 'Liderar la Diversidad en las FAS', Revista Española de Defensa:


La Revista Española de Defensa, en su número 383, de mayo de 2021, publicó un artículo titulado 'Liderar la Diversidad en las FAS' 34. En concreto, el citado artículo tiene por objeto señalar las cualidades que un líder militar debe tener
para gestionar la diversidad -entendida esta como diversidad sexual 35- en su unidad. Asimismo, el autor destaca que el líder 'no se debe contentar con tolerar la diversidad dentro de su unidad, debe hacer una gestión activa de la misma para
potenciarla ( ...) evitando que la presión de grupo termine por producir la asimilación y diluya las diferencias 36'.


Son varios los apuntes que se deben realizar al respecto. En primer lugar, no hay que olvidar que las Fuerzas Armadas se han distinguido por ser una institución social igualitaria. Así, en la normativa que se ha citado anteriormente, se
encuentran sobradas muestras de ello. De hecho, la Ley Orgánica de derechos y deberes contempla, ex artículo 4, lo siguiente:


'1. En las Fuerzas Armadas no cabrá discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


2. Las autoridades competentes promoverán las medidas necesarias para garantizar que, en el ámbito de las Fuerzas Armadas, la igualdad entre el hombre y la mujer sea real y efectiva impidiendo cualquier situación de discriminación,
especialmente en el acceso, la prestación del servicio, la formación y la carrera militar.'


La Constitución española, en su artículo 14, aboga por la igualdad ante la ley entre españoles, sin que pueda prevalecer 'discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social' 37.


Si bien las tres normas parecen tener el mismo objeto, esto es, la promoción de la igualdad, lo cierto es que existen matices entre estas. En el caso de la Ley Orgánica de derechos y deberes -ex artículo 4- y del Real Decreto de Reales
Ordenanzas -ex artículo 73-, se han incluido términos como género y orientación sexual. Pudiese parecer, en un primer momento, que su inclusión tiene por objeto mejorar la protección del principio de igualdad en las Fuerzas Armadas. Sin embargo,
obedecen a intereses puramente ideológicos y políticos. Buen ejemplo de ello es la evolución del número de mujeres en las Fuerzas Armadas. El Observatorio militar para la igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas, dependiente de la
Subsecretaría de Defensa, en su Informe anual de 2020 38, muestra la evolución porcentual de la mujer en las Fuerzas Armadas.


34 ROJAS CAJA, Fernando: 'Liderar la Diversidad en las FAS', Revista Española de Defensa, n°383, mayo 2021, p. 26-29.


35 Según el citado artículo 'deben distinguirse conceptos como sexo, género, identidad y orientación sexual'. También se destaca que la suma de los conceptos de sexo, género, identidad y orientación sexual, 'da lugar a más de 25
posibilidades que se agrupan bajo las siglas LGTBI+'. Sin embargo, estas posibilidades no serían un cupo acotado, sino que 'el futuro (incluso el presente) está en cambio continuo, y es previsible que estos cambios afecten también al reconocimiento
de más colectivos que incrementen la diversidad de la sociedad española'.


36 Ibidem. p.29.


37 Constitución española. Disponible [en línea]: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229


38 'Informe 2020 de evolución de la mujer y el hombre en las Fuerzas Armadas', Observatorio militar para la igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa. Disponible [en línea]:
https://www.defensa.gob.es/Galerias/ministerio/organigramadocs/omi/Informe-2020-evolucion-muier-hombre-FAS.pdf



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Del gráfico se desprende que, si bien la participación de la mujer en las FAS ha tenido un importante aumento, pasando de un 6,6% en el año 2000 a un 12,3 en 2008, este nivel se ha mantenido estable hasta el día de hoy. Por tanto, la
inclusión de ambos términos no parece haber tenido un efecto atractivo a la hora de que se alisten más mujeres en las Fuerzas Armadas. La participación de la mujer en las Fuerzas Armadas es una historia de éxito. Más allá del porcentaje de
participación, de carácter cuantitativo, de la mujer, lo cierto es que ésta también se ha traducido en una inclusión cualitativa. Así lo demuestra la existencia de mujeres en todas las escalas, y desde el año 2019, en el generalato 39. Por tanto,
este hecho no es más que la constatación de la normalidad que existe en la institución militar, que únicamente se preocupa por la consecución de su máximo objetivo -la defensa de España-, sin entrar en cuestiones de la esfera privada de sus
miembros.


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En segundo lugar, la institución militar siempre ha destacado por priorizar el bien común por encima del individual. Una profesión en la que la entrega de la propia vida por España constituye el primer y más fundamental deber. Este hecho
se manifiesta, por ejemplo, en la utilización de uniformes reglamentarios y la exigencia de un estado de revista. Estas medidas tienen por objeto fomentar la cohesión de la unidad


39 'Patricia Ortega, primera mujer que asciende a general en la historia de España', Nota de Prensa del Ministerio de Defensa, 12.07.19. Disponible [en línea]:
https://www.defensa.gob.es/gabinete/notasPrensa/2019/07/DGC-190712-general-ortega.html



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en pos de una mejor eficacia. Sin embargo, el fomento de la 'diversidad' per se por parte del líder militar no va a contribuir de forma positiva a la cohesión de la unidad.


En definitiva, el artículo destaca que una buena gestión de la diversidad contribuye a la atracción del talento a las Fuerzas Armadas. Sin embargo, no parece la atracción de talento uno de los objetivos principales del Gobierno actual, ya
que se empeña en desperdiciar el talento ya existente en las mismas, obligando a miles de militares a abandonar esta institución por una mera cuestión de edad.


b) El uso indebido de la bandera LGTBI en las instalaciones de las Fuerzas Armadas.


En los últimos días, coincidiendo con la semana en la que el Gobierno de la Nación ha celebrado el orgullo LGTBI, algunas instalaciones militares -que constituyen edificios o espacios públicos- han ondeado la bandera LGTBI. Es el caso de la
Base Aérea de Morón de la Frontera, situado al sudeste de la ciudad de Sevilla.


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Este uso arbitrario de las instituciones es totalmente contrario a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), que prohíbe el uso de banderas no oficiales en edificios públicos. Concretamente la Sentencia de la Sala Tercera del TS, núm.
n.° 564/2.020, de 26 de mayo, señaló lo siguiente:


'No resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los
edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas.'


Por tanto, la bandera LGTBI no es oficial, pues no representa a todos los españoles ni a ninguna institución del Estado, por lo que su uso está prohibido en edificios o espacios públicos.


Cabe recordar, además, que nuestra Constitución consagra 'la igualdad de todos los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social'. Asimismo, el artículo 103.3 de la Constitución señala expresamente que 'la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía,
descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho'.


Cuarto. En conclusión, las sucesivas campañas que han llevado a cabo los últimos gobiernos socialistas a favor de una supuesta mayor diversidad en las Fuerzas Armadas no son sino una desvirtuación del cometido principal de éstas, que no es
otro que garantizar la soberanía y la independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


Además, constituye una instrumentalización de nuestras Fuerzas Armadas como medio para imponer la conocida como 'ideología de género' en todos los aspectos de nuestra vida social y nuestras instituciones.


Por tanto, esta imposición rompe con el principio de neutralidad política de la Institución Militar, que debe ser preservada como una de las garantías del ordenamiento constitucional.


Por encima de todo, resulta perentorio destacar que las Fuerzas Armadas como institución jamás se han opuesto a la diversidad, ni mucho menos a la igualdad, reconocida constitucionalmente en su



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artículo 14. La institución militar ha demostrado, a lo largo de su historia, ser un lugar en el que se han subordinado criterios como el lugar de procedencia, la raza, etnia, religión o clase social en favor de que los actos de cada
militar respondan por él mismo. Por tanto, las FAS son un refugio seguro para cualquier persona, ya que todos sus miembros son tratados como iguales (y una buena prueba de ello es la obligatoriedad de uniformidad y la distinción por rangos, no por
género ni otro elemento ideológico) sin tener en cuenta ningún criterio ajeno al puro adiestramiento y capacitación de las propias Fuerzas Armadas. Por tanto, reivindicar conceptos ideológicos de género, identidad u orientación sexual para su no
discriminación en el seno de las Fuerzas Armadas, resulta, en primer lugar, redundante y, en segundo lugar, artificial e inoperante, por cuanto que la propia naturaleza y funcionamiento de las FAS se ve alterada.


Por todo ello, y al amparo de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a adoptar todas las medidas que sean necesaria para garantizar el principio de neutralidad política en el seno de las Fuerzas Armadas, que constituye un valor esencial para el
cumplimiento de sus fines constitucionales. A tal efecto deben adoptar:


- Promover la modificación de la normativa oficial relativa a las Fuerzas Armadas al objeto de eliminar el uso del término 'género' y el concepto de 'identidad sexual', así como toda referencia a los mismas en las guías de comportamiento y
funcionamiento de esta institución.


- Retirar todas las banderas no oficiales que ondean en cualquier edifico o espacio público perteneciente al Ministerio de Defensa, de conformidad con la jurisprudencia asentada del Tribunal Supremo en la Sentencia núm. 564/2020, de 26 de
mayo de 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de junio de 2021.-Víctor González Coello de Portugal, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Luis Gestoso de Miguel, Agustín Rosety Fernández de Castro, Lourdes Méndez Monasterio y Carla Toscano
de Balbín, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002955


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Víctor González Coello de Portugal y D. Luis Gestoso de Miguel en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de las capacidades del
arma de Artillería de las Fuerzas Armadas, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Ante un panorama internacional globalizado que 'se caracteriza por el incremento permanente de la velocidad de cambio, en el que cada vez es más frecuente la aparición de hechos disruptivos especialmente de la mano de la tecnología
o de actores no estatales capaces de convertirse en riesgos y amenazas poliédricas, cambiantes, difíciles de evaluar y de predecir,' 40, se torna indispensable la anticipación y la proactividad por parte de los servidores públicos con el fin de
poder afrontar los desafíos y amenazas que deparan los nuevos tiempos.


Así, esta aceleración del cambio 'obrará como un impulso exponencial acumulativo que provocará la aparición de novedades a un ritmo cada vez más acelerado, obligando a un constante y creciente esfuerzo por dotarse de las capacidades
[militares] de última generación, que dejarán los equipos y materiales obsoletos a gran velocidad' 41.


40 'Panorama de tendencias geopolíticas: Horizonte 2040', Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE), Ministerio de Defensa. 2019. Pp. 7-8. Disponible [en línea]: file:///C:/Users/iorto/Downloads/panorama de tendencias
geopolíticas 2040.pdf


41 Ibidem. P. 148.



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Segundo. Uno de los hechos más evidentes desde el punto de vista de la evolución del modo de 'hacer la guerra' es el retorno de la guerra simétrica. Si bien es cierto que no podemos afirmar que ésta hubiese desaparecido formalmente, es
innegable que el paradigma vigente hasta hace unos años era el de operaciones de baja intensidad, centradas en neutralizar las amenazas -de carácter asimétrico- provenientes de grupos insurgentes (siendo Afganistán el caso paradigmático de esta
forma bélica en la época contemporánea). Por tanto, en este tipo de conflictos la aportación de la artillería de campaña ha sido discreta. En este sentido, el general de brigada Luis Torcal Ortega, ex Jefe del Mando de Artillería de Campaña (en
adelante, 'MACA'), lo definió de la siguiente forma:


'Resulta obvio el reconocer que la época por la que hemos pasado ha sido especialmente negativa para la Artillería de Campaña. En un escenario dominado por las operaciones de mantenimiento o imposición de la paz, el papel jugado por nuestra
Arma en el Ejército español no solamente ha sido nulo, sino que se ha llegado a cuestionar severamente la necesidad futura de contar con medios de apoyos de fuego artilleros.' 42


Sin embargo, esta situación tendría un punto de inflexión en los años 2013-2014. Así pues, tanto la intervención de la Federación Rusa en Crimea, como la expansión del autodenominado Estado Islámico, pusieron de relieve que los medios de
combate convencionales seguían estando de máxima vigencia. En palabras del general Torcal, 'parece redescubrirse la aportación de la artillería de campaña' 43.


De hecho, el escenario que definirá el conflicto del futuro, según el ex Jefe del MACA, 'será sin duda muy complejo, donde se mezclarán acciones convencionales y no convencionales y el empleo intensivo de nuevas tecnologías, como las
aeronaves no tripuladas o la lucha cibernética. Los espacios de batalla serán amplios, muchas veces sin frentes reconocibles, y comprendiendo muy a menudo zonas urbanizadas' 44.


Así, según el citado autor, si hasta la fecha se recurría de forma primaria al apoyo aéreo para la cobertura de las unidades en tierra, el amplio desarrollo de las capacidades antiaéreas, incardinado junto a las conocidas estrategias de
denegación de acceso (Anti-Access Area Denial, A2/AD), unido a la necesidad de una respuesta cuasi inmediata, hacen que los fuegos de artillería sean 'los únicos apoyos que puedan recibir nuestras unidades de maniobra'. Y en adición a lo anterior,
otro factor clave que decanta la utilización de la artillería es el coste inferior de ésta frente al poder aéreo.


Las municiones, junto a las bocas de fuego y plataformas de lanzamiento, forman uno de los tres pilares fundamentales del sistema de fuegos de artillería. Los otros dos son el sistema de mando y control y los medios de localización 45.


En cuanto a municiones, cabe destacar que las utilizadas por los medios artilleros han mostrado una mejora exponencial en cuanto a precisión, su mayor 'talón de Aquiles' frente al recurso aéreo. En este sentido, la munición Excalibur, por
ejemplo, tiene un alcance de 50 kilómetros y un error probable circular (en adelante 'CEP') de apenas 5 metros. Así, según informaciones publicadas por el portal especializado Infodefensa, 'la compañía Raytheon ha recibido el visto bueno del
Departamento de Defensa de Estados Unidos para la venta de un lote de munición de 155 mm Excalibur al Ejército de Tierra español por un importe de 7,5 millones de euros (9,1 millones de euros, al cambio)' 46.


Por su parte, atendiendo a las declaraciones del actual jefe del Mando de Artillería de Campaña (MACA), general de brigada Vicente Torres, 'a lo largo de 2022 y 2023 podamos contar ya con la entrada en servicio y suministro de esta munición.
Vamos a llevar todos los hitos de recepción de esta munición, así como el adiestramiento en su manejo y mantenimiento desde el Raca 63' 47.


En cuanto a bocas de fuego, el material básico de nuestra ACA es de 155mm. En la actualidad, existen dos piezas en dotación: el cañón remolcado SIAC 155/52 y el sistema autopropulsado M-109 155/39. Si bien ambos modelos (ruedas y cadenas)
tienen sus pros y sus contras, lo cierto es que en un marco temporal caracterizado por la baja inversión en Defensa, es motivo de preocupación la sustitución de los M 109, dada su obsolescencia y su larga permanencia en servicio, del orden de cuatro
décadas.


42 TORCAL ORTEGA, Luis: 'Análisis y reflexiones 2018', Memorial de Artillería, Número 174/1-Junio de 2018, p. 29-35.


43 Ibídem. P.30.


44 Ibídem. P.30.


45 TORCAL ORTEGA, Luis: 'Análisis y reflexiones 2020', Memorial de Artillería, Número 176-1, Junio de 2020. P.10.


46 CARRASCO, B: 'Raytheon suministrará munición de 155 mm Excalibur al Ejército español por 7,5 millones', Infodefensa, 16.06.21. Disponible [en línea]:
https://www.infodefensa.com/es/2021/06/16/noticia-raytheon-suministrara-municion-excalibur-eiercito-espanol-millones.html


47 CARRASCO, B: 'Gral. Torres (MACA): Estamos en reuniones para iniciar una digitalización del obús M-109', Infodefensa, 15.02.21. Disponible [en línea]:
https://www.infodefensa.com/es/2021/02/15/noticia-torres-estamos-reuniones-iniciar-digitalizacion.html



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Por otra parte, a los materiales de artillería-cañón, con sus municiones de precisión y alcance expandido, hay que añadir la artillería-cohete y los sistemas de misiles. Capaces de batir blancos de zona con fuegos masivos, y con un
considerable incremento de sus alcances, esta capacidad permitiría dar cobertura a las grandes unidades elementales de entidad brigada en operaciones defensivas, e incrementar la velocidad y flexibilidad de su maniobra en ofensiva. Este tipo de
material se encuentra en pleno desarrollo e innovación, lo que les permitirá en un futuro no muy lejano multiplicar sus alcances.


Tercero. El segundo elemento básico del sistema artillero son los sistemas de mando y control. El modelo operado por las Fuerzas Armadas es el TALOS, que es un sistema que permite realizar la coordinación y ejecución del apoyo de fuegos
integrado en la maniobra terrestre en los niveles de Brigada y Batallón, para su uso por el Ejército de Tierra, la Armada y la Infantería de Marina. Las capacidades de TALOS incluyen el planeamiento de la maniobra y del apoyo de fuegos con
herramientas de apoyo a la decisión para la selección de línea de acción, la conducción de la maniobra con el apoyo de fuegos integrado, seguimiento de fuerzas propias (FFT) y de las acciones tácticas de la maniobra, obtención de blancos, dirección
de los fuegos, y ejecución y observación de tiro, incluyendo a los morteros de Infantería, aportando el mapa de situación con el avance de la maniobra 48.


Tras la participación del Regimiento de Artillería Lanzacohetes de Campaña (RALCA) n.° 63 del Ejército de Tierra en el ejercicio Dynamic Front (DVIDS) a finales del mes de mayo, nuestro país es miembro de pleno de derecho de la comunidad
ASCA (.Artillen) Systems Cooperation Activities). Este es un paso vital, ya que 'nuestras unidades podrán contar con un sistema de mando y control que asistirá en el planeamiento y la coordinación de los fuegos, facilitará su integración con la
maniobra, y dará seguridad y estabilidad a la generación y transmisión de datos' 49. Por tanto, en materia de mando y control, la Artillería del Ejército español se encuentra bien posicionada para hacer frente a las amenazas actuales.


Es tal la importancia de la modernización del sistema de mando y control -no sólo del arma de Artillería, sino de todas las Fuerzas Armadas-, que el propio Jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), almirante general Teodoro López
Calderón, lo ratificó como su máxima prioridad 50.


Cuarto. El tercer pilar del sistema artillero son los sistemas de localización de blancos. El Ejército de Tierra está dotado de medios modernos y eficaces, destacando el radar ARTHUR y el sistema de localización por el sonido HALO 51. Tal
y como señala el general Torcal, 'el escenario de combate para el que nos debemos preparar contempla un uso intensivo de fuegos de contrabatería', resumiendo de forma magistral este pilar elemental para la artillería en los siguientes términos:


'Es preciso localizar los orígenes de fuego del enemigo con precisión y batirlos con rapidez. Y esto solo se consigue estando dotados de radares cuya información sea rápidamente transmitida a la unidad productora de Juego (sensor to
shooter). Pero para la supervivencia del sensor es preciso implementar un riguroso plan EMCON de control de emisiones, lo que implica necesariamente contar con un número adecuado de radares funcionando y cambiando de posición en rotación. Su
actuación es complementada por sistemas pasivos de localización como el mencionado HALO. Y con la tecnología actual, un elemento imprescindible es la dotación de medios aéreos no tripulados (RPAS), que con la profundidad y permanencia ajustadas a
los alcances de fuego disponibles, estén en permanente disposición para su empleo por la Artillería.' 52


En vista de todo lo anterior, la mejora de las capacidades del arma de artillería se torna esencial para poder afrontar con garantías las posibles amenazas que las Fuerzas Armadas deban afrontar en el campo de batalla, en especial, en
operaciones convencionales, una forma de conflicto cuya probabilidad será más acusada en los próximos años. Además, este perentorio proceso de modernización tiene entre sus rasgos una inversión relativamente baja -en términos absolutos-, que
tendría un enorme retorno y, sobre todo, permitiría a nuestras Fuerzas Armadas cumplir con el mandato constitucional de garantizar la soberanía, independencia e integridad territorial de España.


48 Página oficial de GMV. Disponible [en línea]: https://www.gmv.com/es/Productos/Talos/


49 TORCAL ORTEGA, Luis: 'Análisis y reflexiones 2020' ... op.cit. p.10.


50 CARRASCO, B: 'El Jemad fija como prioridad la modernización del sistema de mando y control', Infodefensa.com, 29.05.21.Disponible [en línea]:
https://www.infodefensa.com/es/2021705/29/noticia-jemad-prioridad-modernizacion-sistema-mando-control.html


51 TORCAL ORTEGA, Luis: 'Análisis y reflexiones 2018' ...op.cit. p.34.


52 Ibídem. p. 34.



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Por todo ello, y al amparo de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación:


1. Definir los objetivos de acopio y obtener los stocks de munición de precisión utilizada por la Artillería de Campaña, al objeto de reducir al mínimo los daños colaterales a la población civil.


2. Promover la sustitución de los obuses autopropulsados de 155 mm con los que opera actualmente el Mando de Artillería de Campaña por un sistema de cadenas o ruedas que conviviese con las piezas remolcadas SIAC.


3. Agilizar la adquisición de un sistema lanzacohetes del tipo HIMARS (High Mobility Artillen/Rocket System).


4. Impulsar la adquisición de radares de trayectoria y medios aéreos no tripulados (RPAS) específicos con el fin de mejorar su capacidad de localización de blancos de contrabatería.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de julio de 2021.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda


161/002846


Mediante escrito de fecha 22 de junio de 2021 se ha retirado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común la Proposición no de Ley sobre la participación del Reino de España en el diseño y aprobación
del mínimo efectivo en el impuesto sobre sociedades a nivel mundial, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 302, de 29 de junio de 2021.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/002899


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso de las modificaciones
legislativas pertinentes con el objetivo de ajustar la normativa fiscal de la fiducia estatal, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


La fiducia sucesoria aragonesa es una figura íntimamente ligada al derecho sucesorio aragonés desde su aparición en el derecho consuetudinario y escrito a partir del siglo XI.


En origen, la fiducia sucesoria aragonesa tenía por objeto privilegiar al pariente más idóneo para gestionar la fortuna familiar, fueran tierras, oficios o capitales, en la esperanza que ésta se mantuviera dentro de los límites familiares,
indivisa y, a la vez, pudieran ser el sustento de dicha familia, pasando la fiducia posteriormente a ser una garantía del fiduciario, es decir, del cónyuge sobreviviente del matrimonio, para asegurar, así, el comportamiento de los hijos hacia dicho
sobreviviente.



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El problema que plantea la fiducia sucesoria aragonesa respecto a la normativa fiscal deviene de las tres características propias de dicha figura: la fiducia nace en el momento de la muerte del causante; pendencia del patrimonio relicto
hasta la ejecución, y extinción de la misma, bien sea por ejecución, o bien sea por otras causas que puedan darse.


La legislación que grava las sucesiones y donaciones es de carácter estatal, aun cuando los gravámenes se ceden a las Comunidades Autónomas, y éstas tienen alguna competencia normativa. Las peculiaridades de los derechos torales, entre
ellos el de Aragón, no se tienen muy en cuenta en dichas normativas estatales, al menos de una manera directa, sin embargo, sí aparecen indirectamente en la legislación que afecta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones La peculiaridad de la fiducia
sucesoria aragonesa se plantea e intenta resolver en el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, concretamente en el artículo 54.8.


Los especialistas en derecho foral aragonés, desde el primer momento, criticaron la redacción del referido artículo basándose en dos motivos: desconocimiento de la figura e inconstitucionalidad del mismo.


El hecho es que, al no ser atribuida la herencia y no poder disponer de ella, ni siquiera conocer cuál será la distribución de la misma, no existe de hecho motivo para su tributación y, consecuentemente, aparece un agravio. Y a partir de
este momento se han producido una serie de disposiciones normativas (Ley 1/1999, de 24 de febrero, artículo 133.124/25) o sentencias de Tribunales Superiores en uno u otro sentido.


En concreto, el apartado 8 del artículo 54 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones fue declarado nulo por el Tribunal Supremo y la redacción del artículo 133.2 del texto Refundido de las disposiciones dictadas por la
Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, fue declarado 'inaplicable' por la resolución del TEAC, igual que la posterior redacción de este artículo.


La redacción actualmente vigente, recogida en la Ley 15/2018, de 22 de noviembre, sobre la tributación de la fiducia aragonesa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en vigor desde el 14 de diciembre de 2018, está pendiente de
modificación conforme al Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado.


Mientras, los órganos de gestión tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón siguen aplicando el esquema tradicional de tributación de las herencias ordenadas mediante fiducia, sobre la base de que, con independencia de la anulación del
precepto reglamentario por el Supremo, seguimos contando con la normativa propia de la Comunidad Autónoma que regula este asunto, en virtud de las competencias que se han ejercido en materia de tributos cedidos y que, en consecuencia, continúan
resultando plenamente vigentes y aplicables.


Sin embargo, tanto el Tribunal Económico Administrativo Regional de Aragón como el Tribunal Económico Administrativo Central entienden que, tras la intervención del Supremo, la normativa legal autonómica que establece la obligación de
practicar liquidaciones provisionales a los 'futuros beneficiarios' ha quedado desprovista del fundamento normativo que le permitía su efectiva aplicación.


En definitiva la normativa que regula a liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en los casos de fiducia aragonesa debe afrontarse definitivamente en el ámbito estatal, pues de lo contrario la incertidumbre sobre la tributación de
la fiducia puede acabar por desincentivar su utilización, poniendo en riesgo una tradición muy arraigada en nuestro derecho sucesorio.


Por todas estas circunstancias, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a impulsar las modificaciones legislativas pertinentes en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el Reglamento del Impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones, aprobado por Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, y en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el objetivo de ajustar la normativa fiscal estatal de la fiducia a la
regulación civil aragonesa de la misma, reconociendo su entidad como institución tradicional del Derecho Sucesorio aragonés, que debe ser objeto de una especial protección, tanto desde el punto de vista jurídico como tributario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Eloy Suárez Lamata, Carolina España Reina y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/002901


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la ampliación del período de
beneficios fiscales del Xacobeo 2021 hasta el año 2023, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


El Xacobeo 2021 fue uno de los proyectos a los que la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, en su disposición adicional 87, otorgó la consideración de acontecimiento de excepcional interés público, lo cual supone,
para las personas físicas y jurídicas que apoyen su celebración, la aplicación de los máximos beneficios fiscales establecidos en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativas y de los
incentivos fiscales al mecenazgo. El período establecido en la ley abarca del 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2022.


Los años santos xacobeos son aquellos en los que la fiesta de Santiago Apóstol, el 25 de julio, coincide en domingo. Este es un acontecimiento que se produce cada cinco, seis u once años. En 2021 habían transcurrido concretamente once años
desde el anterior año xacobeo, que había tenido lugar en 2010. A quienes visiten la catedral compostelana, reciban los Sacramentos y atraviesen la Puerta Santa de la basílica de Santiago, que solo se abre en estos años, se les concede indulgencia
plenaria. Según la tradición, habría sido el papa Calixto II en 1122 quien habría instituido la tradición de los años santos compostelanos, hoy llamados xacobeos.


Desde la aprobación de las exenciones fiscales para este acontecimiento, la pandemia de la COVID19, que comenzó en marzo de 2020 y sigue impidiendo el desarrollo de nuestra vida normal en el momento de redacción de esta Proposición no de
Ley, ha suspendido los planes de celebración del Xacobeo 2021, que han tenido que posponerse por la imposibilidad de realización de la mayoría de los proyectos, que no pueden ponerse en marcha por los límites a la presencialidad a los que la
COVID-19 aún nos obliga.


Por esta razón, el 31 de diciembre de 2020, durante la ceremonia de apertura de la Puerta Santa de la catedral compostelana, que es siempre el inicio solemne del año santo correspondiente, el Nuncio Apostólico del Papa Francisco, Bernardito
Auza, leyó al término de la liturgia el Decreto de la Penitenciaría Apostólica, por el cual los beneficios religiosos del jubileo, que corresponde siempre al año santo en su concreta duración, se trasladan por primera vez en la historia al año
siguiente, al 2022, debido precisamente a la intensidad con la que la COVID-19 continúa afectando a la población mundial y a la imposibilidad de que grandes multitudes puedan acudir a Santiago durante el año 2021.


La decisión papal supone en la práctica la ampliación del Año Santo Compostelano por un año más, y con ello, la capacidad de trasladar al año 2022 una serie de eventos y actuaciones previstas por las diferentes administraciones públicas,
lideradas por la Xunta de Galicia, que podrán realizarse con mayor seguridad, tanto en lo que se refiere a la situación sanitaria, como a su impacto a nivel económico, cultural y espiritual. Los años jacobeos previos han dado lugar, desde el
renacimiento de la peregrinación a Santiago a finales del siglo pasado, a una verdadera explosión económica, con el desarrollo de nuevas actividades en los pueblos por los que pasan los caminos a Compostela, el mantenimiento de la población, el
desarrollo del turismo y la hostelería en esos caminos y el despliegue por todo el mundo de un interés por la peregrinación como una experiencia única, de la que se beneficia no solo Galicia, sino todas las Comunidades Autónomas atravesadas por los
caminos a Santiago.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que actualice el período de aplicación de las exenciones fiscales a las fechas actuales en las que se desarrollará el Xacobeo 2021-2022, ampliándolo hasta el 31 de diciembre de 2023.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Marta González Vázquez, Jaime Eduardo de Olano Vela, Tristana María Moraleja Gómez, Joaquín María García Díez, María Valentina Martínez Ferro, Ana Belén Vázquez Blanco, Diego Gago
Bugarín, Celso Luis Delgado Arce, Javier Bas Corugeira y Juan Manuel Constenla Carbón, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/002911


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Rodrigo Jiménez Revuelta, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. Juan Carlos Segura Just, D. Pablo Juan
Calvo Liste y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan
la siguiente Proposición no de Ley relativa a promover un programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado que están vacíos o sin uso, ex artículo 131 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, para su discusión en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. Regulación normativa.


La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas ('Ley 33/2003') tiene por objeto establecer las bases del régimen patrimonial de las Administraciones públicas y regular, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 132 de la Constitución, la administración, defensa y conservación del Patrimonio del Estado.


Así, el régimen jurídico patrimonial de la Administración General del Estado ('AGE') y de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la AGE se rigen por lo dispuesto en la Ley supra.


El artículo 8.1 de la Ley 33/2003 desarrolla los principios relativos a los bienes y derechos patrimoniales señalando lo siguiente:


'La gestión y administración de los bienes y derechos patrimoniales por las Administraciones públicas se ajustarán a los siguientes principios:


'a) Eficiencia y economía en su gestión.


b) Eficacia y rentabilidad en la explotación de estos bienes y derechos.


c) Publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad en la adquisición, explotación y enajenación de estos bienes.


d) Identificación y control a través de inventarios o registros adecuados.


e) Colaboración y coordinación entre las diferentes Administraciones públicas, con el fin de optimizar la utilización y el rendimiento de sus bienes.'


En lo que concierne al inventario patrimonial, el artículo 32 de la Ley 33/2003 contempla la obligación de las AA.PP. de formar un inventario que recoja 'los bienes y derechos que integran su patrimonio, haciendo constar', con el suficiente
detalle, las menciones necesarias para su identificación y las que resulten precisas para reflejar su situación jurídica y el destino o uso a que están siendo dedicados.'


Así, el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado deberá incluir la totalidad de los bienes y derechos que integran el Patrimonio del Estado, con excepción de aquellos que hayan sido adquiridos por los organismos públicos 'con el
propósito de devolverlos al tráfico jurídico patrimonial de acuerdo con sus fines peculiares o para cumplir con los requisitos sobre provisiones técnicas obligatorias, y de aquellos otros bienes y derechos cuyo inventario e identificación
corresponda a los departamentos ministeriales u organismos públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.3 de esta ley 53'.


Respecto de cada bien o derecho, en el Inventario General tendrán que figurar 'aquellos datos que se consideren necesarios para su gestión y, en todo caso, los correspondientes a las operaciones que, de acuerdo con el Plan General de
Contabilidad Pública, den lugar a anotaciones en las rúbricas correspondientes del mismo 54'.


Dependiendo directamente de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, corresponde a la Dirección General del Patrimonio del Estado la administración general de los bienes del patrimonio estatal y la


53 Artículo 32.2 de la Ley 33/2003.


54 Artículo 32.3 de la Ley 33/2003.



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coordinación de la contratación pública en los términos establecidos en la ley, mediante el ejercicio de las siguientes funciones:


- 'La administración, explotación, defensa, investigación, inventario y demás actuaciones previstas en la normativa reguladora de los bienes del patrimonio del Estado. Así como la construcción, conservación, reforma y reparación de
edificios administrativos y demás que se le encomienden, y la conservación de bienes inmuebles patrimoniales.


- La formulación de propuestas y normas relativas a la contratación pública, así como de los informes y acuerdos que han de someterse a la consideración de los órganos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.


- La Clasificación de Contratistas y la llevanza del Registro de Contratos del Sector Público y del Registro Oficial de Lidiadores y Empresas Clasificadas del Estado.


- La gestión, tramitación e informe sobre los asuntos relacionados con las acciones y participaciones representativas del capital del Estado en empresas mercantiles y la actividad comercial e industrial del sector público.


- La coordinación de la implantación de la contratación electrónica 55'.


Adscritos a la Dirección General del Patrimonio del Estado se encuentran la Comisión de Coordinación Financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales y la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado.


Segundo. El resumen de actividades de la Dirección General del Patrimonio del Estado y los impedimentos a la transparencia.


El último informe que obra en el Portal de la Transparencia de la AGE que comprende la Relación de los bienes inmuebles que son propiedad de la AGE o sobre los que ésta ostente algún derecho real y que figuran en el Inventario General de
Bienes y Derechos del Estado data de enero de 2021 56.


En él se hace constar el Ministerio a que pertenece el bien inmueble o derecho sobre el mismo, el tipo de inmueble, la localización, la localidad, la provincia, el país, el uso y la superficie. Así, a 31 de diciembre de 2020, el Estado
ostentaba 27.805 bienes inmuebles. No obstante, en este informe, no se hace constar si el bien inmueble en cuestión está o no vacío y/o sin uso.


Para constatar dicha información se ha de acudir al Resumen de Actividades de la Dirección del Patrimonio del Estado, cuya última publicación se corresponde con el ejercicio 2019 57. Del mismo se desprende que prácticamente un 66% de los
bienes inmuebles patrimoniales del Estado carecen de uso.


Así, a cierre del ejercicio 2019, de los 32.941 inmuebles que ostentaban el Estado y los organismos públicos, 21.128 bienes patrimoniales se encontraban sin uso 58.


Además, durante el periodo de tiempo comprendido entre 2015 y 2019 el número de bienes patrimoniales del Estado a los que no se les ha dado uso representan en torno a un 65% del total 59.


No obstante lo anterior, lo cierto es que los datos que obran en el Resumen de Actividades de la Dirección del Patrimonio del Estado no son exactos. El Ministerio de Hacienda justifica esta inexactitud señalando lo siguiente:


'Debido al tamaño del inventario, a su formación secular, con inmuebles incorporados en diferentes épocas, y a la relativamente reciente informatización del mismo, es inevitable que puedan figurar de alta algunos inmuebles que ya no existen
(fincas rústicas, fundamentalmente), que existan entradas duplicadas o que haya operaciones de baja que no se llevaron en su momento al inventario.'


Por otra parte, el portal web del Sistema de Información General de Inmuebles Disponibles ('SIGIDISP') no funciona 60 y el acceso a la Central de Información de Bienes Inventariables del Estado ('CIBI'), sistema de información que gestiona
la tramitación de los expedientes patrimoniales


55 https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas % 20Tema ticas/Patrimonio % 20del% 20Estado/Paginas/Default.aspx


56 https://transparencia.gob.es/transparencia/transparencia Home/índex/PublicidadActiva/Fresupuestaria/Bienes-inmuebles.html?imprimir=l


57 https://www.hacienda.gob.es/Documentación/Publico/D,G.%2QPATRIMONIO/Memoria/memoria dgpe 2019.pdf


58 https://www.newtral.es/bienes-patrimoniales-inutilizados-estado/20210317/


59 Ibid., supra.


60 http://serviciostelematicos.minhap.gob.es/Sigidisp/



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y del inventario de los bienes inmuebles, requiere de un registro previo y una serie de requisitos técnicos 61.


Por otra parte, en el último informe publicado en el Portal de la Transparencia de la AGE, que comprende la Relación de los bienes inmuebles que son propiedad de la AGE o sobre los que ésta ostente algún derecho real y que figuran en el
Inventario General de Bienes y Derechos del Estado, destaca que los Ministerios de Interior y Defensa no han hecho público, a día de hoy, la información referente a su patrimonio adscrito, alegando intereses de seguridad nacional.


Tercero. Racionalización de los bienes inmuebles patrimonio del Estado.


El último Programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado es del año 2013 y se previo su aplicación para los ejercicios 2013, 2014 y 2015. Así, el 8 de mayo de 2012 se aprobó el Plan de Racionalización del
Patrimonio Inmobiliario de la Administración General del Estado, del que trae causa el Programa referido supra, integrado por cinco líneas de acción:


1. Realizar un diagnóstico preciso de la situación inmobiliaria, a través de un proceso global de recogida de información de los inmuebles del patrimonio del Estado.


2. Reducir el gasto en arrendamientos, obteniendo un recorte de un 20 por 100 de su importe global en un plazo de dos años.


3. Optimizar la ocupación de espacios, reduciendo la ratio de espacio ocupado por efectivo, y disminuyendo los gastos de mantenimiento.


4. Incrementar los ingresos públicos, impulsando los procesos de enajenación.


5. Plantear la construcción de nuevos equipamientos desde el presupuesto de su carácter autofinanciable a medio plazo, partiendo de que la construcción de nuevos espacios deberá estar justificada en la amortización de arrendamientos o en la
liberación de espacios para su enajenación.


Una de las ideas centrales sobre las que se articula el Plan es la de la necesidad de poner en valor los bienes integrados en el patrimonio estatal, procurando la movilización de los inmuebles ociosos a través de su utilización o de su
enajenación 62.


Si bien, según demuestra el gráfico adjunto, la tendencia durante los últimos años ha sido la de reducir el patrimonio inmobiliario de las AA.PP. (pese a no estar vigente el Programa aprobado por el Ejecutivo de D. Mariano Rajoy Brey):


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61 Ibíd., supra.


62 https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/D.G.%20PATRIMONIO/Plan%20de % 20ventas % 20del%20Estado/INTRODUCCION%20PROGRAMA%20PARA%2QLA%20PUESTA%20EN%20VALOR%20DE%20LQS%20INMUEBLES% 20ESTATALES.pdf



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Lo cierto es que el número de enajenaciones ha descendido desde el año 2016 al 2019:


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Resumen de Actividades de la Dirección del Estado, correspondiente al ejercicio 2019 63.


Así, el número de inmuebles en desuso o vacíos continúa representando un porcentaje muy elevado sobre el total de inmuebles patrimonio de las AA.PP. Por ello, es necesario promover un nuevo programa para la puesta en valor de los activos
inmobiliarios del Estado, alcanzando un doble objetivo:


- Racionalizar el extensísimo volumen de propiedades inmobiliarias de las AA.PP., reduciendo así el gasto y el deterioro que, con el transcurso del tiempo, sufren.


- Obtener liquidez para las arcas públicas que, en vista de las previsiones macroeconómicas, será más que necesaria.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Publicar la memoria correspondiente al ejercicio 2020 relativa al Resumen de Actividades de la Dirección General del Patrimonio del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


2. Activar el portal web del Sistema de Información General de Inmuebles Disponibles.


3. Elaborar, en el plazo de tres meses, un catálogo de los inmuebles patrimonio de las Administraciones Públicas que se encuentren vacíos o sin uso.


4. Promover, tras la elaboración del informe antedicho, un programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado que están vacíos o sin uso, ex artículo 131 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de julio de 2021.-Víctor González Coello de Portugal, José María Figaredo Álvarez-Sala, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Eduardo Luis Ruiz Navarro, Juan Carlos Segura Just, Pablo Juan Calvo Liste y
Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-Macarena Olona Choclán e Inés María Cañizares Pacheco, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


63 https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/D.G.%20PATRIMONIO/Memoria/memoria_dgpe_2019.pdf



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161/002925


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer, D. Rubén Silvano Manso Olivar y D. Rodrigo Jiménez Revuelta, en
sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a Modificar el artículo 104.3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. El peso del Estado en la economía española.


1. El gasto público en España, medido como porcentaje respecto del PIB, ha tomado una senda ascendente desde el año 2017, acelerada en el año 2020 por la pandemia COVID-19, representando actualmente un 52,30% del PIB.


[**********página con cuadro**********]


2. No obstante, el incremento del peso del Estado se manifiesta en otros muchos ámbitos, como por ejemplo el del empleo público. Si bien se produjo una reducción en su número como consecuencia de la crisis financiera iniciada en el año
2008, el año 2016 supuso un cambio de tendencia iniciándose una fase expansiva en el número de funcionarios públicos.


[**********página con cuadro**********]



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3. Del mismo modo, el peso del Estado en nuestra economía se materializa en un denso entramado de Sociedades Mercantiles Estatales, Entidades Públicas Empresariales y Fundaciones Estatales. En total, la Administración General del Estado
cuenta con 32 fundaciones, 180 Sociedades Mercantiles Estatales, Entidades Públicas Empresariales y otras Entidades no financieras, dos entidades de seguros, y una entidad de crédito.


Segundo. Un sector público empresarial viable gracias a las ayudas públicas.


4. Analizando los presupuestos de cada una de estas Entidades del sector público de la Administración General del Estado, observamos el elevado porcentaje de sus ingresos que dependen de ayudas públicas, en forma principalmente de
subvenciones. Estas subvenciones garantizan la viabilidad, ya que según podemos observar, los ingresos ordinarios cubren los gastos de personal y de aprovisionamientos y, por lo tanto, las subvenciones posibilitan soportar otros gastos, no
incluidos en la tabla, como son las amortizaciones.


[**********página con cuadro**********]


5. No obstante, el análisis individualizado muestra entidades que sobreviven casi en exclusiva por las ayudas públicas, como por ejemplo es el caso de la corporación radio televisión española, que cuenta con un importe de cifra de negocios
de 60 millones de euros y con una partida de subvenciones que alcanza los 1.065 millones de euros. O el caso del CDTI, que cuenta con una cifra de negocios de 43 millones de euros y unas subvenciones de 700 millones de euros.


Tercero. El tratamiento fiscal de las subvenciones.


6. Existen diferentes tipos de subvenciones 64:


a) Las subvenciones de capital, que tienen como objetivo favorecer la instalación o realización de inversiones en inmovilizado (terrenos, edificios, maquinaria, instalaciones, etc.). Se imputan como ingreso en la misma medida en que se
amorticen los bienes del inmovilizado en que se hayan materializado, excepto en el caso de bienes no susceptibles de amortización (como los terrenos), que se computarán como ingreso íntegro del ejercicio en que se produzca la enajenación o la baja
en inventario del bien financiado con dicha subvención, aplicando la reducción del 30 por 100 propia de los rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.


b) Las subvenciones corrientes, se conceden generalmente para garantizar una rentabilidad mínima o compensar pérdidas ocasionadas en la actividad. Se computan en su totalidad como un ingreso más del período en que se concedan, salvo que el
contribuyente haya optado por el criterio de cobros y pagos, en


64 AEAT



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cuyo caso se computarán en el período en que se cobren. Constituyen un ingreso computable a efectos del IRPF y del IS, en la medida que también lo son a efectos contables.


7. El Artículo 78 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido determina que no se considerarán subvenciones vinculadas al precio ni integran en ningún caso el importe de la contraprestación a que se refiere el
apartado uno del artículo señalado, las aportaciones dinerarias, sea cual sea su denominación, que las Administraciones Públicas realicen para financiar:


a) La gestión de servicios públicos o de fomento de la cultura en los que no exista una distorsión significativa de la competencia, sea cual sea su forma de gestión.


b) Actividades de interés general, cuando sus destinatarios no sean identificables y no satisfagan contraprestación alguna.


8. Por lo tanto, las subvenciones a la explotación detalladas en el Apartado segundo, punto 4 de la presente Proposición no de Ley no estarán afectadas por ningún tipo de IVA.


Cuarto. La repercusión de las subvenciones en el cómputo total del IVA a ingresar por la administración tributaria.


9. La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido establece la Regla de prorrata por la cual 'será de aplicación cuando el sujeto pasivo, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, efectúe
conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones de análoga naturaleza que no habiliten para el ejercicio del citado derecho'.


10. El Artículo 104 determina el porcentaje del IVA soportado que podrá ser deducido en cada período de liquidación. El porcentaje resultará de un cociente donde el numerador será el importe total, determinado para cada año natural, de las
entregas de bienes y prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción, realizadas por el sujeto pasivo en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional o, en su caso, en el sector diferenciado que corresponda y, en el
denominador, el importe total, determinado para el mismo período de tiempo, de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por el sujeto pasivo en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional o, en su caso, en el sector
diferenciado que corresponda, incluidas aquellas que no originen el derecho a deducir.


11. En el caso de empresas que reciban un elevado porcentaje de sus ingresos vía subvenciones de explotación, nos encontramos que el porcentaje total del IVA soportado que puede deducir del repercutido, se reduce notablemente.


12. Si aplicamos esta metodología a los datos expresados en el Apartado segundo, punto 4 de la presente proposición no de ley nos encontramos con los siguientes resultados:


IVA repercutido;5.379.119


Coeficiente de prorrata;84,7%


IVA Soportado;3.789.580


IVA Soportado deducible;3.211.254


Nota: se presupone un % del IVA tanto repercutido como soportado del 21% (miles de euros)


13. Es decir, con la prorrata originada por el impacto de los ingresos vía subvenciones, las empresas del sector público no pueden deducirse casi 600 millones de euros al año, lo cual genera tensiones de tesorería que les hacen depender más
aún de la financiación pública.


14. Por lo tanto, sería interesante que, en el marco de una política pública de eficiencia en la concesión de subvenciones a la explotación a empresas públicas, se eliminara el efecto de estas en la prorrata, maximizando el IVA soportado
que las empresas pueden deducirse.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la modificación del artículo 104.3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, añadiendo un apartado 7, 'Subvenciones a la explotación concedidas por
la Administración General del Estado a empresas públicas', de tal forma que estos ingresos no computen en el cálculo del porcentaje de prorrata.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de junio de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Rodrigo Jiménez Revuelta, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán
e Iván Espinosa de los Monteros de Simón, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/002936


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco Javier Ortega Smith- Molina, D. Rodrigo Jiménez Revuelta, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer, D. Ruben Silvano Manso Olivar, D. Víctor González Coello de Portugal, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D.
Agustín Rosety Fernández de Castro, y D. Carlos Zambrano García-Raez, en sus respectivas condiciones de Portavoces Adjuntos y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley en relación con el Sistema de Vigilancia Aduanera del Campo de Gibraltar, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. Origen del servicio de vigilancia aduanera.


Para determinar el origen del Servicio de Vigilancia Aduanera ('SVA') es necesario remontarse a finales del s. XVI, con la creación del Resguardo de Tabacos, una organización de carácter militar pero compuesta por personal civil que luchaba
contra el contrabando 65. El siguiente hito en la historia del SVA tuvo lugar a finales del s. XIX, con la fundación de la Compañía Arrendataria de Tabacos, en cuyo seno se formó el Servicio Especial de Vigilancia (la denominación primigenia del
actual SVA). Tras la creación de la Tabacalera S.A. en 1961, comenzó a regularse el Servicio Especial de Vigilancia Especial para la Represión del Contrabando ('SEVERC').


Así, se aprobó el Decreto 1002/1961, de 22 de junio, por el que se regula la vigilancia marítima del Servicio Especial de Vigilancia Fiscal para la Represión del Contrabando ('Decreto 1002/1961'). Este Decreto facultó al SEVERC para
disponer de los 'buques necesarios para la vigilancia marítima, que en todo case tendrán el carácter de auxiliares de la Marina de Guerra y la consideración legal de Resguardo Fiscal del Estado' (artículo 1 del Decreto 1002/1961). Entre las
facultades reconocidas al citado Servicio se encontraban las siguientes:


- 'Detener, registrar y aprehender a los buques españoles y también extranjeros sospechosos de conducir contrabando y que naveguen por las aguas fiscales españolas' (artículo 3 del Decreto 1002/1961);


- 'Entrar y salir libremente de los puertos y varar en cualquier punto de la costa, sin despacho de Aduanas ni patentes de Sanidad ni ningún otro requisito exigido o que se exija en el futuro a los buques dedicados al comercio. Darán
cuenta, no obstante, de sus movimientos a las Autoridades de Marina y a las de Hacienda' (artículo 6, párrafo primero, del Decreto 1002/1961);


- 'Efectuar rastreos en las costas y en los puertos sin previo aviso, pero dando cuenta oportuna de los motivos del rastreo y de sus resultados' (artículo 6, párrafo segundo, del Decreto 1002/1961).


65 Agencia Tributaria de España; https://www.aeenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La Agencia Tributaria/Aduanas e Impuestos Especiales/Presentación/Vieilancia Aduanera/INFORMACION/Historia/Historia.shtml.



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Finalmente, el SEVERC pasó a denominarse Servicio de Vigilancia Aduanera con la aprobación del Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero, por el que se reestructura y adscribe directamente el Servicio de Vigilancia Aduanera ('R.D.319/1982').


En definitiva, se puede comprobar fácilmente la importancia que ha tenido en nuestro país el SVA en la lucha contra el contrabando, tanto a nivel nacional como internacional, sobre todo por vía marítima.


Segundo. Las funciones del servicio de vigilancia aduanera en la actualidad.


El artículo 103. once de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, integró el organismo autónomo del SVA en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ostentando carácter de Dirección Adjunta
del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales (artículo quinto de la Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).


De acuerdo con el artículo 7.1. y) de la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, -por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias ('Orden 3581/2007')
le corresponde al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, en relación con el SVA, 'tos funciones y competencias atribuidas por la normativa vigente al Servicio de Vigilancia Aduanera'. En relación con el SVA, le corresponde las siguientes:


- 'la asistencia y apoyo a las unidades de Vigilancia Aduanera, así como la elaboración de criterios y pautas de actuación;


- la gestión y mantenimiento del sistema de información de Vigilancia Aduanera y, en particular, de la Base de Datos de Información;


- el análisis, la planificación de las necesidades y la asignación de los medios navales, aéreos, sistemas de comunicaciones y medios técnicos especiales necesarios para el cumplimiento de las actividades operativas de Vigilancia Aduanera,
así como la planificación, control y, previo acuerdo del titular del Departamento, gestión directa del mantenimiento y la operatividad de tales medios.'


En el mismo sentido, de acuerdo con el artículo 56. trece.2 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, le corresponde a este Departamento, además, desarrollar 'las funciones que se le
encomienden en el ámbito de la persecución, investigación y descubrimiento del fraude fiscal y de la economía sumergida'.


Del mismo modo, conforme al artículo 2 del R.D. 319/1982, el SVA ostenta la competencia en relación con:


'Uno. El descubrimiento, persecución y represión en todo el territorio nacional, aguas jurisdiccionales y espacio aéreo español de los actos e infracciones de contrabando; a cuyos efectos, y por la consideración legal de Resguardo Aduanero
que el Servicio ostenta, ejercerá las funciones que le son propias de vigilancia marítima, aérea y terrestre encaminada a dicho fin.


La vigilancia marítima se efectuará conforme a lo establecido en el Decreto mil dos de veintidós de junio de mil novecientos sesenta y uno.


Dos. La actuación en cuantas tareas de inspección, investigación y control le sean encomendadas por los Servicios de Inspección de Aduanas.


Tres. La participación en misiones de investigación, vigilancia y control en materia de impuestos especiales.


Cuatro. La colaboración con los Órganos competentes en la investigación y descubrimiento de las infracciones de control de cambios.


Cinco. Cualquier otro cometido que pudiera asignársele por el Ministro de Hacienda.


Seis. Las facultades anteriores lo serán sin perjuicio de las reconocidas en la normativa vigente a la Guardia Civil como Resguardo Fiscal del Estado.'


A lo expuesto, hay que añadir la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, en cuya Disposición Adicional primera se recoge lo siguiente:


'1. Las autoridades, los funcionarios y fuerzas a quienes está encomendada la persecución y el descubrimiento del contrabando continuarán desempeñando sus cometidos, con los derechos y facultades



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que, para la investigación, persecución y represión de estas conductas, han venido ostentando desde su creación.


El Servicio de Vigilancia Aduanera, en la investigación, persecución y represión de los delitos de contrabando, actuará en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y tendrá, a todos los efectos legales, carácter
colaborador de los mismos.


2. Los órganos de la Administración aduanera de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a requerimiento de los organismos y servicios encargados de la persecución del contrabando, podrán autorizar, sin interferencias obstativas, la
salida de mercancías de los recintos o lugares habilitados por la Administración aduanera, a fin de facilitar las investigaciones encaminadas al descubrimiento del contrabando.


3. Con idéntico fin los organismos y servicios encargados de la persecución del contrabando podrán establecer contactos e intercambiar información con otros servicios homólogos nacionales o internacionales.'


Respecto a la organización y jerarquía del SVA en nuestro país cabe señalar que, de acuerdo con el artículo 6 del R.D. 319/1982, 'en cada una de las Delegaciones de Hacienda Especiales, y con el mismo ámbito territorial, existirá una
Jefatura de Zona del Servicio de Vigilancia Aduanera'. El artículo 8 señala expresamente, además, que 'si las conveniencias del servicio lo exigieran, existirán, en las provincias que se determinen por el Ministerio de Hacienda, (destacamentos bajo
el mando de un Jefe que dependerá directamente del Jefe provincial)'.


En definitiva, el SVA es un instrumento clave en el control del contrabando en nuestro país, del mismo modo que lo es en la lucha contra el fraude fiscal.


Tercero. Plan anual de control tributario y aduanero de 2021.


La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) tiene como función principal garantizar la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero. A tal efecto, ejerce una labor de contribución a la consolidación de las
cuentas públicas, así como se encarga de conseguir los recursos necesarios para financiar los servicios públicos. Para tal fin, 'la Agencia Tributaria tiene establecidos como objetivos estratégicos fundamentales y permanentes desde su creación
tanto la prevención como la lucha contra el fraude fiscal 66'.


Para cumplir con estos objetivos estratégicos, el Ministerio de Hacienda aprobó la Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices
generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 (la 'Resolución'). Esta Resolución recoge las líneas de actuación de prevención y control del fraude más relevantes.


Respecto de la prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales, la Resolución señala que 'la Agencia Tributaria desarrollará específicamente una serie de actuaciones encaminadas a la neutralización de las
actividades del crimen organizado, actuando de manera integral contra las estructuras logísticas, financieras y patrimoniales de las organizaciones criminales'.


Asimismo, la Resolución pone un especial énfasis en la importancia en las actuaciones de vigilancia aduanera, señalando que 'la vigilancia terrestre, marítima y aérea constituye un pilar fundamental en el control de las fronteras y aguas
jurisdiccionales para prevenir y perseguir los delitos de contrabando, incluido el narcotráfico, por lo que deben adaptarse los medios a las nuevas necesidades derivadas de los 'modus operandi' de las organizaciones criminales, incorporando nuevos
medios y sistemas tecnológicos para potenciar las investigaciones'.


En cuanto a la actividad más importante, en relación con el contrabando, sigue siendo el tráfico de drogas, debido al volumen y a la importancia de las ganancias obtenidas por los distintos grupos criminales, y los efectos adversos que
producen a la sociedad en su conjunto. Este es el caso del Campo de Gibraltar.


Según la Resolución, 'las áreas de control prioritario seguirán siendo el tráfico ilícito de cocaína procedente de Sudamérica y el Caribe, así como procedente del norte de África. En este punto resulta prioritaria la zona del Campo de
Gibraltar, en la que se desarrollarán actuaciones operativas en coordinación con el resto de las autoridades policiales y judiciales, en aplicación del Plan Especial del Campo de Gibraltar, con especial atención a las investigaciones patrimoniales y
blanqueo de capitales'.


66 Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.



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Continua la Resolución apuntando que 'en relación con Gibraltar, la introducción irregular de tabaco desde ese territorio se realiza tanto por vía marítima, utilizando pequeñas embarcaciones que alijan clandestinamente en la costa próxima,
como por vía terrestre, mediante la introducción clandestina de tabaco empleando técnicas de ocultación y mediante el abuso por viajeros y transeúntes del derecho a la franquicia de derechos de aduanas y de impuestos a la importación establecido en
la normativa aduanera y tributaria. Para tratar de neutralizar ambos fenómenos, se reforzarán las actividades de control en frontera y las investigaciones sobre las redes contrabandistas, impulsando la coordinación y cooperación'.


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En definitiva, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 pone de manifiesto la importancia del Campo de Gibraltar en la lucha contra el contrabando, y la necesidad de adoptar medidas especiales para reforzar y coordinar con las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FYCSE) las actuaciones de vigilancia aduanera, con el fin de a acabar con esta actividad delictiva.


Cuarto. Servicio de vigilancia aduanera y la zona de Campo Gibraltar.


El 2 de julio del presente año, el Ministerio de Interior anunció la prórroga del Plan Especial de Seguridad para el Campo de Gibraltar (Plan Especial de Seguridad) hasta diciembre de 2021. Este Plan tiene su origen en la Instrucción núm.
9/2018, de la Secretaria de Estado de Seguridad, que tenía los siguientes objetivos:


'- Restablecer las condiciones de seguridad pública en los municipios del Campo de Gibraltar.


- Reforzar e integrar las capacidades operativas y de inteligencia disponibles por las unidades y servicios de la Policía Nacional y la Guardia Civil sobre el terreno, bajo el principio de unidad de actuación y de apoyo efectivo mutuo en las
intervenciones operativas.


- Reforzar la cooperación, la coordinación y la comunicación de los Cuerpos de Seguridad sobre el terreno con la acción del Ministerio Fiscal y los Tribunales.


- Poner a disposición de los Cuerpos de Seguridad y de los funcionarios de operan sobre el terreno aquellos medios materiales y tecnológicos que sean necesarios y adecuados para hacer frente a la amenaza y a las actividades delictivas
conexa.'


Para cumplir con tales objetivos, el Plan Especial de Seguridad previo la adopción de varias medidas entre las que destacan, entre otras, las siguientes:


'- Incrementar la plantilla de los grupos especiales contra el crimen organizado (GRECO en Policía Nacional y ECO en Guardia Civil), y reforzar las plantillas de las Unidades Centrales de lucha contra el crimen organizado y blanqueo de
capitales. El Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen



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Organizado (CITCO) ha puesto en marcha un grupo específico dedicado a labores de inteligencia sobre actividades delictivas relacionadas con grupos que operan en el territorio.


- Aumentar los medios aéreos y marítimos de Policía Nacional y Guardia Civil, y potenciar los canales para compartir información en tiempo real a través del Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) con el fin de desarrollar
actuaciones operativas.


- La constitución de una mesa de coordinación operativa para asegurar la cooperación entre las unidades de Guardia Civil, Policía Nacional y la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera (DAVA).


- Promover la comunicación y la cooperación con el tejido asociativo, económico y demás sectores de la sociedad civil.


- El reforzamiento de la coordinación de las operaciones desarrolladas por el Servicio de Vigilancia Aduanera, en cooperación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.'


En definitiva, se observa que el Plan Especial de Seguridad para el Campo de Gibraltar únicamente hace referencia al SVA a efectos de coordinación de actuaciones con los demás cuerpos policiales destinados en la zona. Los funcionarios de
vigilancia aduanera no se encuentran, por tanto, integrados de manera efectiva en el citado plan, a pesar de su importante papel e influencia en la lucha contra la delincuencia organizada.


Quinto. Propuestas y conclusión.


Sin embargo, y a pesar de lo expuesto anteriormente, el Plan Especial de Seguridad, aunque ha supuesto algunos avances, se ha considerado insuficiente. Así lo han denunciado algunas Asociaciones, como la Asociación Unificada de Guardias
Civiles de Cádiz. La secretaria de la citada Asociación denunció que 'el Plan Especial de Seguridad del Campo de Gibraltar nació pequeño y no se han ido implementando medidas'.


Por otro lado, son públicas y notorias las dificultades por las que los agentes FYCSE, destinados en el Campo de Gibraltar, cuentan a la hora de luchar contra el narcotráfico. Sin embargo, es menos conocida la labor que realizan los
funcionarios del Sistema de Vigilancia Aduanera (SVA 67), dependientes de la AEAT. La Asociación de Funcionarios de Vigilancia Aduanera Campo de Gibraltar (AFVA) lleva años denunciado las precarias condiciones con las que cuenta este cuerpo para
ejercer con garantías las funciones que tienen encomendadas. Son los grandes olvidados en la lucha contra el contrabando.


El vicepresidente de la asociación ya denunció en noviembre del año pasado la situación que estaban viviendo los agentes del SVA, señalando, respecto a la labor que realizan, lo siguiente: 'es especialmente desconocida por la sociedad.
Desde siempre hemos estado en primera línea en la lucha contra las mafias, operando a máximo nivel, y es hora de que se reconozcan y dignifiquen las labores policiales que realizamos, tanto a nivel fiscal como judicial, y pese a la peligrosidad, la
falta de medios adecuados y los derechos laborales y retributivos que soportamos, que hacen que exista una gran rotación en la plantilla, impidiendo el arraigo en la zona 68'.


Además, al igual que sindicatos y asociaciones de las FYCSE, AFVA ha reclamado, reiteradamente, que se reconozca 'la especial singularidad del Campo de Gibraltar de manera que se pueda incentivar a los funcionarios y fomentar su arraigo en
la zona. Ello posibilitaría, además, equipos de trabajo con mayor recorrido y un rendimiento más eficaz y seguro'.


Asimismo, AFVA ha denunciado y reclamado más medios materiales para combatir el contrabando, sobre todo embarcaciones o vehículos con las que poder igualar a los delincuentes: 'al igual que los compañeros del Cuerpo Nacional de Policía y de
la Guardia Civil, corren riesgos de ser embestidos por los 'narcos', acción está muy habitual en estos últimos años, realizando persecuciones con vehículos, y por si no fuera poco, cada vez se encuentran con más armas de fuego en poder de las mafias
del narcotráfico, inclusive ya se han producido tiroteos en operativos de entradas y registros en 'guarderías'.


Desde este Grupo Parlamentario ya se solicitó a través de una Proposición no de Ley (Núm. Registro General 61303) la declaración de la zona del Campo de Gibraltar como Zona de Especial Singularidad, aumentando las plantillas de las FCSE y
los medios materiales necesarios para el ejercicio de sus


67 El Servicio de Vigilancia Aduanera incautó, en el año 2020, en el Campo de Gibraltar, 8,3 toneladas de hachís, además de formar parte del operativo con el que se aprehendieron 35 toneladas de esta misma droga en varios veleros; 742 kilos
de cocaína en el puerto de Algeciras, siete narcolanchas y 11.500 cajas de tabaco de contrabando. https://sevilla.abc.es/andalucia/cadiz/sevi-servicio-vigilancia-aduanera-tambien-existe-202011081006_noticia.html


68 Ibid.



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funciones. Esta iniciativa, que sigue siendo fundamental para los Agentes de las FCSE y para la seguridad ciudadana de la zona, también requiere que se tenga en cuenta a las plantillas del SVA del Campo de Gibraltar.


Por último, cabe señalar que AFVA ha denunciado, igualmente, que, debido a su dependencia jerárquica de la AEAT y no del Ministerio del Interior, podría generarse una situación de desigualdad entre los funcionarios del SVA y las FYCSE
destinados al Campo de Gibraltar ante la posible declaración de singularidad de esta zona, como señaló públicamente el Ministro de Interior.


En este sentido, y debido también a la colaboración que el SVA desarrolla con las FCSE, como se ha apuntado ut supra, es fundamental que el Ejecutivo incluya nuevas medidas para reforzar el papel de los funcionarios destinados a la
Vigilancia Aduanera, así como nuevas actuaciones de coordinación entre estos y las FYCSE en la lucha contra el contrabando, el narcotráfico y el blanqueo de capitales.


En la nueva prórroga del Plan Especial de Seguridad no se ha tenido muy en cuenta la importancia de SVA y de la labor que ejercen en el Campo de Gibraltar, salvo en materia de coordinación de actuaciones con el Cuerpo Nacional de Policía y
Guardia Civil. Es necesario, por tanto, un reconocimiento por parte de los poderes públicos de las vitales funciones que ejercen estos agentes.


En definitiva, el SVA del Campo de Gibraltar parte, igual que las FCSE, de una situación de desamparo institucional que ha de ser diligentemente resuelta por el Gobierno, adoptando las medidas y políticas necesarias para dar la debida
protección y dotación de medios a los integrantes de este Servicio en la citada zona.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar todas las medidas que sean necesarias para garantizar la debida protección de los funcionarios destinados al Sistema de Vigilancia Aduanera en la zona del Campo de Gibraltar.
Concretamente, deben adoptarse las siguientes:


- Incluir de manera efectiva al Sistema de Vigilancia Aduanera en el Plan Especial de Seguridad para el Campo de Gibraltar.


- Dotar a los funcionarios del Sistema de Vigilancia Aduanera del número suficiente, necesario y permanente de efectivos, para cumplir de forma eficiente y segura con sus funciones.


- Dotar a los Servicios marítimos del SVA de patrulleras diseñadas para navegaciones exigentes como las que conllevan las operaciones que deben realizarse en las zonas mencionadas.


- Garantizar la seguridad de los funcionarios del SVA con la equipación individual adecuada que les permita afrontar las actuaciones violentas y los riesgos de contagio sanitario.


- Asignar a las unidades del SVA en el Campo de Gibraltar la retribución adecuada y justa teniendo en cuenta la peligrosidad y laboriosidad de su puesto de trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de julio de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer, Rubén Silvano Manso Olivar, Agustín Rosety Fernández de Castro, Carlos José Zambrano
García-Raez y Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-Macarena Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/002944


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario VOX.


Proposición no de Ley relativa a la insuficiencia en la corrección valorativa por deterioro de las deudas registradas en la Cuenta General del Estado, excluidas las de la Seguridad Social.



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Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión de comparecencia de la Ministra prevista en el punto 3 se haría, en todo caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite
como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Hacienda. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este
acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Rodrigo Jiménez Revuelta, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer y D. Rubén Silvano Manso Olivar, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la insuficiencia en la corrección valorativa por
deterioro de las deudas registradas en la Cuenta General del Estado, excluidas las de la Seguridad Social, para su discusión en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. El Tribunal de Cuentas y su función.


1. El artículo 136 de la Constitución Española define al Tribunal de Cuentas como el órgano fiscalizador supremo de las cuentas y de la gestión económica del sector público, todo ello, sin perjuicio de la función jurisdiccional que tiene
encomendada para el enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de fondos públicos.


2. La Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas desarrolla las competencias y funciones del órgano de control, la composición y la organización, los miembros del Tribunal y el personal a su servicio, la responsabilidad
contable y su funcionamiento. Dentro de las funciones del Tribunal se encuentra la fiscalizadora y la jurisdiccional, tal y como se refiere la Ley 'ut supra'. La primera consiste en el 'sometimiento de la actividad económico-financiera del sector
público a los principios de legalidad y de buena gestión financiera (economía, eficacia y eficiencia). Los resultados de la fiscalización se exponen mediante informes, memorias, mociones y notas, que se aprueban por el Pleno del Tribunal y se
elevan a las Cortes Generales y, en lo que les afecte, a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y a los Plenos de las Corporaciones locales'. La segunda se refiere al 'enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran
quienes tengan a su cargo el manejo de fondos públicos, siempre que se haya producido un menoscabo o perjuicio en los mismos. El Tribunal de Cuentas es único en su orden y extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional, sin perjuicio de que
las sentencias de la Sala de Justicia del Tribunal sean susceptibles de impugnación mediante el recurso de casación -y, en su caso, extraordinario de revisión- ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo'.


3. Los procedimientos de fiscalización 69 se rigen, además de por la legislación aplicable a los mismos, por las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas y los Manuales que las desarrollan. También resultan de aplicación las Normas
ISSAI-ES, que constituyen la adaptación española de las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores. En el marco de la planificación a medio y largo plazo 70, el programa anual de fiscalizaciones recoge, para cada ejercicio,
las iniciativas fiscalizadoras del Tribunal de Cuentas, las fiscalizaciones propuestas por las Cortes Generales -y, en su ámbito, las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas- y las que deban realizarse por mandato legal.


69 https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/fiscalizacion/NormasManuales/


70 https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/fiscalización/



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Los resultados de las fiscalizaciones que realiza el Tribunal de Cuentas se recogen en informes, memorias, mociones y notas.


4. La Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas se aprueba de acuerdo a lo preceptuado en la Ley 2/1982, con el objeto de ordenar el funcionamiento del Tribunal de Cuentas y de las atribuciones de sus órganos, así
como el estatuto de sus miembros. Además, recoge los procedimientos mediante los que el Tribunal de Cuentas lleva a cabo la función de fiscalización externa de la actividad económico-financiera del sector público y de las subvenciones, créditos,
avales y otras ayudas que, procedentes del mismo, sean concedidas a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Finalmente, establece los procedimientos mediante los que se lleva a efecto el enjuiciamiento de la responsabilidad contable en
que puedan incurrir quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos y el Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas.


Segundo. La declaración de la Cuenta General del Estado.


5. El artículo diez de la Ley 2/1982 establece que las Cortes Generales delegarán en el Tribunal de Cuentas el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado para su elaboración en un plazo de seis meses. A partir de la fecha en que
se haya rendido por la Administración General del Estado, el Pleno del Tribunal, oído el Fiscal, 'dictará la declaración definitiva que le merezca para elevarla a las Cámaras con la oportuna propuesta, dando traslado al Gobierno'. El artículo trece
señala que el análisis de la Cuenta General del Estado se extenderá a los siguientes principios:


a) La observancia de la Constitución, de las Leyes reguladoras de los Ingresos y Gastos del sector público y, en general, de las normas que afecten a la actividad económico- financiera del mismo.


b) El cumplimiento de las previsiones y la ejecución de los Presupuestos del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones Locales y de las demás Entidades sujetas a régimen presupuestario público.


c) La racionalidad en la ejecución del gasto público basada en criterios de eficiencia y economía.


d) La ejecución de los programas de actuación, inversiones y financiación de las Sociedades estatales y de los demás planes o previsiones que rijan la actividad de las Empresas públicas, así como el empleo o aplicación de las subvenciones
con cargo a fondos públicos.


6. El artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas afirma, en relación con la terminación de los procedimientos de fiscalización, que se pondrán de manifiesto las actuaciones practicadas a los
responsables del Sector o Subsector público fiscalizado, o a las personas o entidades fiscalizadas, y que el Informe aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas contendrá cuantas alegaciones y justificaciones hayan sido aducidas por la persona o
entidad fiscalizada.


Tercero. La declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2019 y el saldo de correcciones valorativas por deterioro de las deudas registradas.


7. El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el pasado 5 de julio la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2019, y acordó su elevación a las Cortes Generales y el traslado al Gobierno. En opinión del Tribunal, 'excepto
por los efectos de las salvedades señaladas a continuación, y que se desarrollan en el apartado III de esta Declaración, la CGE de 2019 presenta fielmente, en todos sus aspectos significativos, ( ...) de conformidad con el marco normativo que
resulta de aplicación a dicha Cuenta General y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo'.


8. Efectivamente, el Tribunal de Cuentas encuentra que la corrección valorativa por deterioro de deudas registradas en el ejercicio 2019 por 24.632 millones de euros fue 'insuficiente' en 7.558,4 millones, debido a 'la falta de dotación
mediante la estimación global del riesgo de fallidos para los créditos para los que no se efectúe un seguimiento individualizado'. Esta dotación a juicio del Tribunal de Cuentas debería haber ascendido a 7.586,2 millones de euros, mientras que
observa una corrección excesiva en la parte de deudas tributarias en litigio en 27,8 millones de euros.


'2.7. La corrección valorativa por deterioro de las deudas registradas en la CGE, excluidas las de la Seguridad Social como derechos reconocidos, que ascendió a 24.632 millones de euros, fue insuficiente en 7.558,4 millones. Esta
insuficiencia corresponde principalmente a la falta de dotación de una corrección



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valorativa mediante la estimación global del riesgo de fallidos para los créditos para los que no se efectúe un seguimiento individualizado; dotación que debería haber ascendido a 7.586,2 millones.


Por otra parte, la corrección fue excesiva en 27,8 millones en la parte correspondiente a las deudas tributarias en litigio, que están sobrevaloradas también en este mismo importe (párrafo 3.43).'


9. En este sentido, el fundamento de la opinión del Tribunal de Cuentas con respecto a deudores, deudores comerciales no corrientes y otras cuentas a cobrar a largo plazo de la parte del Balance, recogida en el párrafo mencionado 3.43,
consiste en que 'el saldo de correcciones valorativas por deterioro de las deudas registradas en la CGE, excluidas las de la Seguridad Social, ascendió al cierre del ejercicio 2019 a 24.632 millones de euros, de los que 22.420,8 millones
correspondían a los riesgos de insolvencia de las deudas de naturaleza tributaria, 989,7 millones al resto de derechos pendientes de cobro de la AGE (excluida la deuda de la Seguridad Social) que son gestionados por la AEAT y 234,2 millones a
créditos encomendados a la AEAT por Organismos públicos y Entes públicos'. En total, el deterioro de los créditos tributarios o encomendados legalmente o por convenio que corresponden a la AEAT alcanzó a finales de 2019 el 56,59% de los derechos
presupuestarios, excluida la Seguridad Social.


10. Según el Tribunal de Cuentas, el cálculo realizado por la AEAT sobre la cuantía del deterioro fue llevado a cabo por aplicación de procedimientos y criterios establecidos en la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999,
modificada por la Resolución de 26 de noviembre de 2003. En este sentido, continúa que se aplicó exclusivamente el procedimiento de seguimiento individualizado en las categorías de las deudas previstas en la norma. El Tribunal constata que este
hecho ha venido siendo repetido en los ejercicios anteriores y no sólo en el de 2019.


11. El órgano fiscalizador señala que la Resolución de la IGAE prevé la dotación de una corrección valorativa mediante la estimación global de riesgo de fallidos, en el caso de aquellos a los que no se le efectúe un seguimiento
individualizado, que realice la entidad sobre la serie temporal histórica, y concluye que ha existido una infradotación de al menos 7.558,4 millones de euros por la falta de dotación de una corrección valorativa por el método de estimación global y
el exceso de la corrección por la deuda en litigio judicial.


12. Por otro lado, la IGAE presentó las alegaciones oportunas a tal efecto, de tal forma que definiendo los modelos diferenciados para el registro de deterioro de créditos -el modelo de pérdida esperada y el modelo de pérdida incurrida-
señala que lo que 'no cabe en modo alguno es aplicar los dos modelos conjuntamente ya que ello daría lugar a una sobreestimación de los deterioros de derechos de crédito', instando justificadamente al Tribunal de Cuentas que 'debería revisar su
estimación de 7.586,2 millones, por la duplicidad que supone aplicar el porcentaje determinado por dicho Tribunal sobre el total de los derechos presupuestarios sin descontar el importe del deterioro ya contabilizado y las garantías que existen
sobre dichos créditos' y señala que el Tribunal calculó el porcentaje arbitrariamente sin tener en cuenta la evolución histórica de los créditos.


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13. Por su parte, la AEAT defiende en sus alegaciones que la información facilitada al Tribunal de Cuentas sobre el apartado referente a la corrección valorativa fue enviada por cauces informales. Además, señala que se dio respuesta de
esta forma ante 'los numerosos y sucesivos requerimientos recibidos del Tribunal de Cuentas por correo electrónico, con tiempos muy ajustados para realizar los trabajos solicitados', destacando de manera subrayada que los datos aportados
correspondían a la previsible dotación adicional del ejercicio 2018 y no a la del 2019, señalando que no había aportado nada al respecto de este ejercicio. Por tanto, la AEAT desconoce en su escrito cómo el origen de los datos por los que el



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Tribunal de Cuentas pudo llegar a las conclusiones mencionadas y el método utilizado para calcular el exceso de deterioro dotado respecto de las deudas de litigio, 'pues en el documento no se menciona y ni se explica de dónde y cómo se
obtienen'. La AEAT concluye justificadamente que el método utilizado de procedimiento de seguimiento individualizado es el corrector y que no procede una dotación adicional por la estimación global.


14. A pesar de las alegaciones, que son tomadas en cuenta por el Tribunal pero sin verse plasmado en una modificación o corrección por parte de este por no considerarlo oportuno, el órgano fiscalizador señala que la AEAT no ha aplicado el
seguimiento individualizado que defiende y reconoce el órgano recaudador en todas las deudas en cada momento, sino exclusivamente al final de cada uno de los ejercicios a la hora de dotar la corrección valorativa, e insta a la AEAT a que 'dado que
el seguimiento individualizado no se produce de manera continua, no se realiza en los términos requeridos por la citada Resolución de la IGAE, lo que hace necesario que se dote la corrección por el método de estimación global'. De esta manera, el
Tribunal de Cuentas se reafirma en su opinión y reitera que los cálculos se ejecutaron con base en la información dispuesta por la AEAT.


15. La magnitud del incremento de las dotaciones de las deudas por cobrar por parte de la AEAT y por ende de la AGE, así como las discrepancias valorativas y la aparente falta de comunicación de esta con el Tribunal de Cuentas a efectos de
transmisión correcta de información en tiempo y forma, tal y como es requerido, presenta un grave menoscabo para la labor de control y fiscalización, así como para el adecuado reflejo de la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios
del patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que integran la CGE, por lo que el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover la aplicación de las medidas que sean necesarias para suministrar toda la información requerida por el Tribunal de Cuentas en tiempo y forma, especificando los ejercicios y periodos concretos a los que se refiere la información
y siempre con la justificación motivada del uso de las normas contables y presupuestarias aplicadas.


2 Promover la modificación de la normativa presupuestaria, contable y de elaboración de la Cuenta General del Estado con el fin de reducir tanto el plazo legal de rendición por el Gobierno al Tribunal de la Cuenta General del Estado, como el
plazo de rendición de las cuentas individuales aprobadas, para que el Tribunal pueda emitir la Declaración en el año siguiente al ejercicio económico al que aquella se refiera y dotar a las Cortes, como vienen reclamando, del correspondiente
pronunciamiento en un plazo más breve y no alejado, en exceso, de dicho ejercicio.


3. Aclarar lo antes posible las discrepancias que existen entre el Tribunal de Cuentas y la AGE (IGAE y AEAT) sobre la insuficiencia en 7.558,4 millones de la corrección valorativa por deterioro de las deudas registradas en la CGE,
excluidas las de la Seguridad Social, ante la importante magnitud que supone y los efectos que se derivarían sobre las cuentas públicas de la AGE. Por ello:


- Deberá comparecer la Ministra de Hacienda en el Congreso de los Diputados para aclarar dicho extremo en un plazo no superior a 3 meses desde la aprobación de esta medida.


- Se promoverán reuniones al más alto nivel entre el Tribunal de Cuentas y el Ministerio de Hacienda y la AEAT con vistas a tomar una decisión sobre la metodología a llevar a cabo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de julio de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Víctor González Coello de Portugal, Rodrigo Jiménez Revuelta, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Iván Espinosa de los Monteros y de Simón, D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Pablo Sáez Alonso Muñumer, D. Rubén Silvano Manso Olivar y D. Rodrigo jiménez revuelta, en
sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a la optimización del gasto público para hacer frente a las posibles desviaciones en la recepción de los Fondos Europeos del Programa Next Generation EU, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. Las medidas adoptadas por el Gobierno para hacer frente a la crisis sanitaria originada por la pandemia de la COVID-19 han dado lugar a una crisis económica sin precedentes.


1. A lo largo del año 2020, España ha sufrido un durísimo impacto sanitario motivado por la pandemia COVID-19. Desde el 31 de enero de 2020, fecha en que se detectó el primer caso positivo en España -un turista alemán ingresado y aislado
en el Hospital Virgen de Guadalupe de la isla canaria de La Gomera-, la expansión del virus ha sido imparable, hasta alcanzar, según cifras oficiales, 3.757.442 contagiados y 80.650 fallecidos, si bien diversas estimaciones elevan la cifra de estos
por encima de las 100.000 personas.


2. Para hacer frente a la pandemia, el Gobierno de España decretó una serie de medidas. La reacción por parte del Ejecutivo fue la elaboración, el 14 de marzo de 2020, del Real Decreto 463/2020, que contemplaba la suspensión de
determinados derechos fundamentales, el cierre de fronteras y la limitación en la actividad de las empresas. Estas limitaciones supusieron un ele vado impacto en diferentes sectores económicos, que se materializaron en una drástica reducción de la
actividad económica. Excepto nuestro sector primario, que tuvo un papel fundamental durante los momentos más duros del confinamiento asegurando el suministro de alimentos a los españoles, el resto de los sectores económicos, han experimentado
caídas interanuales todos los trimestres del año 2020. Para el sector servicios y construcción, la tendencia negativa ha continuado con variaciones interanuales también en el primer trimestre del 2021.


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3. La crisis económica ha tenido un notable impacto sobre nuestro tejido productivo, hecho que supone una tensión adicional en nuestra recuperación.


4. A 1 de enero de 2020, existían en España 1.190.870 empresas. A 1 de abril de 2021, el número se ha reducido a 1.074.320 (un 9,8% menos), de las cuales 159.247 cuentan con ERTE. Por lo tanto, España afronta la recuperación con menos
empresas empleadoras y con el riesgo de que los trabajadores



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que están inmersos en un ERTE se incluyan finalmente en EREs por imposibilidad de la empresa de mantener su puesto de trabajo.


5. Especialmente intensa ha sido la reducción de PYMEs más sensibles al stress de liquidez generado por la menor demanda.


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6. El crecimiento del número de parados, amortiguado por el mecanismo de los ERTEs, da fe del impacto de las medidas adoptadas por el Gobierno sobre la actividad de las empresas.


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7. A lo anterior, se une el estado financiero de nuestro tejido empresarial, agravado por las expectativas de recuperación de la actividad previa a la pandemia.


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8. La tensión en la tesorería ha llevado a las empresas a solicitar financiación. Concretamente, hasta el segundo semestre del 2020, un 26,3% de nuestras empresas han necesitado financiación. (INE. Indicadores de confianza empresarial.
Módulo sobre el impacto del COVID-19).


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9. Las proyecciones económicas hacen prever que no se alcancen los niveles previos a la pandemia COVID-19 hasta el 4T del 2022 (en un escenario central).


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10. Estas estimaciones se cumplirán siempre y cuando se den una serie de factores como son la efectividad de las campañas de vacunación, el control de nuevas cepas del virus y la no irrupción de 'cisnes negros' como crisis de deuda, precio
de las materias primas o inflación.


Segundo. El programa Next Generation EU como respuesta a la crisis económica.


11. Como respuesta a esta crisis económica sin precedentes derivada de la pandemia COVID-19, el Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, el mayor instrumento de estímulo económico jamás
financiado por la Unión Europea.


12. Este Programa cuenta con dos instrumentos:


a. El Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR): dotado con 672.500 millones de euros a través de transferencias directas y préstamos, tiene por objetivo principal incrementar las



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inversiones públicas y acometer reformas que contribuyan a la recuperación de la economía y el empleo, y se orienten a abordar los principales retos económicos y sociales post COVID. España accederá a un total de 140.000 millones de euros
entre 2021 y 2026, de los cuales cerca de 70.000 millones serán en forma de transferencias.


b. Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE): dotada con 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de las crisis aplicadas a través de la Iniciativa de
Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. Estos recursos se ejecutarán a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (PEDER), el Fondo Social Europeo (FSE) y el Fondo de Ayuda Europea
para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).


13. Para poder acceder a estos Fondos, el Gobierno de España presentó en octubre del 2020 el 'Plan de recuperación, transformación y resiliencia', que se basa en 10 palancas:


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14. El Consejo de Ministros aprobó el 27 de abril el Plan, enviándolo a Bruselas para su evaluación por parte de la Comisión Europea, en un plazo máximo de dos meses.


15. El 16 de junio del 2021, la Comisión Europea ha aprobado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, asignando para el presente año 19.000 millones de euros.


16. Los 19.000 millones de euros son 7.634 millones de euros menos que lo presupuestado en los Presupuestos Generales del Estado 2021, en los que se estimaba en 27.634 millones de euros el montante. Textualmente el Libro Amarillo, en su
página 412, indica que 'En los PGE para 2021 se incluyen 26.634 millones de proyectos de transformación con cargo a los fondos de recuperación: 712.436 millones del REACT-EU y 24.198 millones del MRR'.


Tercero. El Gobierno ha expresado su intención de cubrir este desajuste de fondo mediante la emisión de Deuda Pública.


17. El Presidente del Gobierno D. Pedro Sánchez ha indicado que 'la diferencia, de algo más de 7.000 millones, es 'asumible' para el Tesoro español, que tendrá que asumir este año un mayor endeudamiento público'.


18. Este hecho es especialmente peligroso para el caso de España, ya que con tamos con una deuda equivalente al 125,3% de nuestro PIB. Este nivel de deuda compromete unos recursos públicos en forma de pago de intereses que para el año 2021
van a representar 31.000 millones de euros. Los incrementos en las previsiones de emisión de deuda requerirán partidas adicionales para el pago de intereses. A este hecho se une el riesgo del repunte de los tipos de interés debido a las tensiones


71 https://www.elperiodico .com/es/economia/20210616/comisíon-europea-aprobacion-plan-recuperacion­ espana-11829878



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inflacionistas, que encarece las nuevas emisiones de deuda, suponiendo un lastre para las arcas públicas.


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Cuarto. La emisión de deuda se destina en parte a cubrir el gasto político existente.


19. Frente a la austeridad que debería exigirse a cualquier gobierno, el actual Ejecutivo ha optado por un incremento del gasto público en partidas que no responden a necesidades de los ciudadanos, como por ejemplo la creación de nuevos
ministerios (Ministerio de Consumo con un coste de estructura de 10,2 millones de euros), Subvenciones a Radio Televisión Española ( 472 millones de euros), publicidad institucional (168 campañas de publicidad institucional, con un coste total
previsto de 123.382.342 euros, a lo que hay que sumar los 120.122.557 euros de campañas comerciales no sujetas a la Ley 29/2005), y el incremento en el año 2021 respecto al año 2020 de 1.700 millones de euros en el gasto de las direcciones y
servicios generales.


20. Sería deseable un mayor rigor que permitiera dedicar el gasto público a aquellas necesidades reales de ciudadanos y empresas, limitando la emisión de deuda pública.


21. En relación con el rigor en el gasto público, es destacable la iniciativa tomada por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) la cual inició el proyecto de análisis de gasto público 'Spending Review' a partir del
encargo realizado por el Gobierno en la Actualización del Programa de Estabilidad de 2017-2020. Hasta la fecha se han ejecutado dos fases con presentación de resultados en junio de 2019 y en julio-octubre de 2020. Los Informes emitidos en estas
dos fases han sido:


'a) Evaluación de la estrategia y los procedimientos seguidos en la con cesión de subvenciones públicas.


b) Evaluación del gasto público en recetas dispensadas en oficia de farmacia.


c) Evaluación del gasto público en Políticas Activas de Empleo (PAE).


d) Evaluación de las Becas de Educación Universitaria.


e) Programa de promoción del talento y su empleabilidad en I+D+I.


f) Evaluación de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos y la prestación del Servicio Postal Universal.


g) Fortalecimiento de la Competitividad Empresarial.


a) Análisis de 13 beneficios fiscales.


b) Gasto hospitalario del Sistema Nacional de Salud.


c) Incentivos a la contratación y al trabajo autónomo.


d) Eficiencia de las infraestructuras de transporte.'


Los Informes de la AIReF evidencian el amplio margen de mejora en la gestión de los fondos públicos en términos de eficiencia y eficacia. Por ejemplo, en relación con las subvenciones la AIReF indica que



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'no es posible determinar el volumen de gasto total en subvenciones públicas en España dado que no hay una única fuente ni existe un concepto único de subvención' (si bien lo estima en 14.000 millones de euros), concluyendo que las
subvenciones en España tienen un marco normativo desactualizado, falta de transparencia, con elevada carga administrativa y fallos en el control y régimen sancionador.


22. Incidiendo en los elevados niveles de deuda pública, el Informe sobre la Actualización del Programa de Estabilidad 2021-2024 (APE) de la AIREF destaca que es preocupante a todas luces 'el importante aumento del stock de deuda pública
legado de esta crisis, sumado a un elevado nivel previo' que 'sitúa la sostenibilídad de las finanzas públicas en el medía plazo en una posición de mayor vulnerabilidad'.


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23. Asimismo, alerta del riesgo que para la sostenibilidad financiera tiene el rá pido incremento de la deuda en un periodo tan corto de tiempo, así como el efecto de la contribución a la variación de la deuda en % del PIB derivado del
fuerte retroceso del crecimiento nominal de la economía. 'El importante aumento del stock de deuda pública legado de esta crisis sumado a un elevado nivel previo sitúa la sostenibilidad de las finanzas públicas en el medio plazo en una posición de
mayor vulnerabilidad'. Como factor positivo, la AIREF señala que 'el elevado crecimiento económico estimado para los próximos años será el principal factor en la reducción y estabilización de la ratio de deuda', si bien ello puede suponer un riesgo
si no se cumplen las previsiones marcadas por el Gobierno y vuelven a rebajar dichas proyecciones como ya lo han hecho recientemente.


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24. De todo ello, subyace la preocupación de la AIREF en cuanto a los niveles de déficit estructural que se están generando, y pone de manifiesto 'cómo la crisis sanitaria ha propiciado un incremento del déficit estructural de la economía
española, que ya partía de niveles elevados'. También destaca que 'cuando se recupere un nivel de brecha de producto equivalente al de antes de la pandemia, el déficit estructural' será del -4,4%. Entre las reformas que destaca el informe de la
AIREF para reducir el déficit estructural se encuentra el de la modernización de las administraciones públicas o el del mercado laboral.


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25. Por otro lado, el Informe Anual del Banco de España destaca que, de acuerdo con sus estimaciones, el déficit estructural de las administraciones públicas se habría situado en el entorno del -4,5%, con un aumento de 1,5 pp respecto al
ejercicio 2020. El organismo supervisor plantea la hipótesis de la implementación de un plan de saneamiento de las cuentas públicas, que implicara una reducción de 0,5 pp del PIB cada año. En ese caso, la economía española volvería a registrar los
niveles de deuda anteriores a la crisis económica generada por la COVID en al menos 10 años. Este planteamiento supone que el Gobierno de España habría adelantado en buena parte los impuestos que van a pagar los españoles en ese periodo al gasto
del presente ejercicio.


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Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diseñar sin más demora una estrategia fiscal nacional a medio plazo que garantice de manera realista y creíble la sostenibilidad financiera de las AA.PP, considerando sus realidades fiscales en materia de recursos y competencias, para
asegurar una adecuada coordinación y corresponsabilidad, considerando el riesgo que supone el nivel de deuda pública y los negativos saldos estructurales que arrastra históricamente la economía española.


2. Adoptar la metodología Base Cero para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, como pilar para la reducción del gasto público.


3. Cumplir las recomendaciones establecidas por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en el marco del Proyecto Spending Review.


4. Eliminar las subvenciones públicas a partidos políticos y sus fundaciones, sindicatos y patronales entre otros. Partidos y sindicatos deben ser sostenidos con las aportaciones de sus afiliados y simpatizantes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de julio de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Rodrigo Jiménez Revuelta, Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán
e Iván Espinosa de los Monteros de Simón, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida, D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D. Víctor
González Coello de Portugal, D. Rodrigo Jiménez Revuelta, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer y D. Rubén Silvano Manso Olivar, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en
los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a promover la puesta a disposición de la red de fibra óptica por parte de Red Eléctrica de España a las zonas despobladas del país, para
su discusión en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. Derecho a Internet.


1. En junio de 2013, el Gobierno aprobó el Plan de telecomunicaciones y redes ultrarrápidas, que fue componente para la construcción de la vigente Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, en cuya exposición de motivos se
establece lo siguiente:


'En la ejecución de esta Estrategia se podrán incluir medidas como la realización anual de convocatorias públicas de ayudas para la extensión de la cobertura de la banda ancha ultrarrápida que, bajo el principio de neutralidad tecnológica,
doten de cobertura a zonas en las que no existe oferta y en las que no esté prevista en el corto plazo, en particular, con el objetivo de permitir acortar plazos de conexión y abaratar costes en núcleos rurales de difícil orografía y baja densidad
de población. Estas convocatorias públicas garantizarán que las ayudas cubrirán solo un porcentaje de la inversión, que las ayudas se adjudicarán en régimen de concurrencia competitiva, y que la necesidad de la ayuda se encuentra justificada en la
existencia de un déficit comercial a corto o medio plazo que impide la ejecución del proyecto dada su baja rentabilidad, y contemple mecanismos para evitar una posible sobrecompensación.'


2. Asimismo, en el artículo 3.b) de la referida norma se establece como uno de los objetivos y principios de la Ley: 'desarrollar la economía y el empleo digital, promover el desarrollo del sector de las



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telecomunicaciones y de todos los nuevos servicios digitales que las nuevas redes ultrarrápidas permiten, impulsando la cohesión social y territorial, mediante la mejora y extensión de las redes, así como la prestación de los servicios de
comunicaciones electrónicas y el suministro de los recursos asociados a ellas'.


3. Igualmente, el artículo 12.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común impone a las Administraciones Públicas el deber de 'garantizar que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través
de medios electrónicos', añadiendo que 'si alguno de estos interesados no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario
público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello' (artículo 12.2).


4. Y, por último, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales establece en su artículo 81.1 que 'todos tienen derecho a acceder a Internet independientemente de su
condición personal, social, económica o geográfica' especificando en su apartado 5 que 'la garantía efectiva del derecho de acceso a Internet atenderá la realidad específica de los entornos rurales'.


5. Por tanto, el legislador ha ido fijando la obligación del sector público de garantizar el derecho a internet a toda la población al tiempo que muestra ser conocedor de la existencia de la pobreza digital de ciertos colectivos de la
ciudadanía. De hecho, en el texto del Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones del actual Gobierno vuelve a reflejar la necesidad de implantar las nuevas redes 'en cuanto palanca de vertebración territorial, ayudan a la fijación de la
población en el territorio, combatiendo la despoblación rural'.


6. No obstante, como se verá a continuación, en la actualidad son muchos los territorios que no disponen de una adecuada infraestructura y conectividad que permita la utilización de internet de alta velocidad. En consecuencia, deben
buscarse desde la administración pública medidas efectivas que permitan que el acceso a internet sea una realidad para toda la población española.


Segundo. Internet en España: brecha digital en las zonas rurales y despobladas.


7. En España prestan sus servicios 818 operadores de red de los cuales 45 son completos. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ('CNMC') dispone de un listado completo del Registro de Operadores de Telecomunicaciones de
Comunicaciones Electrónicas, que ascienden a 15.656 entre nacionales, autonómicos, provinciales y locales (siendo el 66,38 % a nivel nacional) 72.


8. Según el Instituto Nacional de Estadística ('INE'), el 95,4% 73 de las viviendas en España disponen de acceso a internet. Por autonomías, serían Melilla, Madrid y Cataluña las que más acceso tienen y Galicia y Castilla-La Mancha las que
menos.


[**********página con cuadro**********]


72 https://numeracionyoperadores.cnmc.es/operadores? token=vZYqsvEJxQTMy3DFH0vnxVtu0iK 7tZfpV1U9fyEF&buscar=l&nombre=&nombrec=&nif=&servicio=&ambito=&comunidad= [fecha de consulta: 14 de julio de 2021]


73 https://www.ine.es/dyngs/lNEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=125473617674l&men u=ultiDatos&idp=1254735576692 [fecha de consulta: 14 de julio de 2021].



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9. En relación con el acceso a red fija y red móvil, según el último informe anual de la CNMC correspondiente al ejercicio 2019 74:


- El parque de conexiones de banda ancha fija alcanzó la cifra de 15,6 millones, con un crecimiento del 2,9% y una penetración de 33,3 líneas por cada 100 habitantes.


- El 81,8 % de las líneas de banda ancha fija tenían una velocidad de 30 Mbps o superior, frente al 74,2% en 2018.


- El porcentaje de las líneas con velocidad de 100 Mbps o superior alcanzó el 76,2 %, 17 puntos porcentuales más que en 2018.


[**********página con cuadro**********]


10. En el caso del acceso a internet por líneas móviles, la CNMC registra que la penetración de la telefonía móvil aumentó 1,8 puntos porcentuales hasta las 117,9 líneas/100 habitantes y la de la banda ancha móvil subió más de 3,9 puntos
hasta las 102,5 líneas/100 habitantes, mientras que la banda ancha móvil registró 48,1 millones de líneas, 2,1 millones más que en 2018. La mayoría, 46,7 millones, se conectaron a Internet a través de un teléfono móvil 75.


[**********página con cuadro**********]


74 http://data.cnmc.es/datagraph/jsp/inf anual.jsp [fecha de consulta: 8 de julio de 2021].


75 Ídem.



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11. En cuanto a la evolución de la cobertura de banda ancha por cada tecnología, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital elabora desde el año 2013 el Informe de Cobertura de Banda Ancha en España. El último informe,
para 2020, refleja lo siguiente:


a) El ADSL (Asymmetric Digital Subscriber Line o Línea de Abonado Digital Asimétrico) es una técnica de transmisión que, aplicada sobre las líneas de abonado constituidas sobre pares de cobre de la red telefónica tradicional, permite la
transmisión sobre ellos de datos a alta velocidad.


i. Cobertura ADSL 2 Mbps: La cobertura de esta tecnología es del 89,1 % de media nacional, donde Madrid, Ceuta y Extremadura son las que mejor grado de cobertura presentan mientras que Galicia, Asturias y Murcia tienen el más deficiente.
El nivel de cobertura en municipios de menos de 100 habitantes es del 35,9 %.


ii. Cobertura ADSL 10 Mbps: En este caso, la cobertura media nacional es del 71,1 %, siendo la mejor en Castilla-La Mancha y la peor en Galicia con el 52,7 %. Atendiendo a población, en los municipios de menos de 100 habitantes la
cobertura es del 15,4 %.


b) La tecnología VDSL (Very high rate Digital Subscriber Line o bucle de abonado digital de muy alta tasa de transferencia). Esta tecnología tiene una cobertura muy inferior respecto al resto, del 11,6% de media nacional, y del 5,1 % en el
caso de los municipios de 100 habitantes.


c) La arquitectura de las redes de cable o HFC (Hybrid Fibre Coaxial, en español red Híbrida de Fibra y Coaxial), se basa en la utilización de la fibra óptica. La cobertura media de esta tecnología es del 45,9 % con una dispersión muy alta
en función de la Comunidad Autónoma. Así va desde el 88% en el caso del País Vasco hasta el 2,9% de Extremadura (en el caso de Ceuta es inexistente). Esta tecnología no llega a municipios de menos de 100 habitantes, mientras que a los que tienen
menos de 500 supone el 0,4%.


d) Las redes de fibra hasta el hogar (Fibre To The Home, FTTH) son redes puras de fibra óptica que se pueden compartir entre 64 usuarios. La cobertura de esta tecnología es del 84,9% de media nacional, destacando a Melilla con el 100% y
Madrid con el 96,8 % mientras que Galicia y Navarra cuentan con coberturas inferiores del 60% y del 71,3 %. La cobertura de esta tecnología en municipios con menos de 100 habitantes es del 4,4 %.


e) Coberturas Inalámbricas para la prestación de servicios de banda ancha desde una ubicación fija. La cobertura media de este tipo de tecnología fue en 2020 del 29,8 %. Navarra o Aragón tienen niveles superiores al 85% mientras Madrid o
País Vasco inferiores al 8 % (2,8 % en el caso de la primera). La cobertura en municipios de menos de 100 habitantes es de un 43,3%.


f) Las redes de móviles de tercera generación (3G) basadas en el estándar UMTS y equipadas con HSPA, conocidas como 3,5G. Prácticamente la totalidad de las Comunidades Autónomas tienen entre el 99,8% y el 100% de cobertura, así como los
municipios de menos de 100 habitantes, con el 99,2 %.


g) Las redes 4G tienen una amplia cobertura nacional con una media del 99,9 %. Sin embargo, en los municipios de menos de 100 habitantes la ratio es del 89,5%, lo que refleja que deja fuera a cerca del 11 % de los municipios con dicha
población.


12. De lo expuesto, se aprecia como la cobertura a 30 de junio de 2020 cubría la práctica totalidad de municipios rurales solo por redes móviles, siendo muy deficiente la cobertura de las redes fijas, y ya se refleja a nivel tecnologías la
diferencia de alcance que existe entre determinados municipios de España.


13. Así, un 10% de las zonas rurales todavía no cuenta con un acceso a internet de al menos 30 Mbps de velocidad y un 37% no dispone de una cobertura igual o superior a los 100 Mbps en cualquiera de sus tecnologías, esto es, a una conexión
de calidad y lo más homogénea posible con zonas más pobladas.



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Tercero. Importancia de Internet para las zonas rurales y el desarrollo de sus comercios e industrias.


14. La consecuencia de lo recogido en el expositivo anterior es que en las zonas rurales se hable de la existencia de una triple brecha: en las conexiones de banda ancha, en el desarrollo de las capacidades y en cuanto a la utilización de
las redes. Ello es debido a que no solo existe una falta de oferta de redes para acceso a Internet de última generación, sino que además los habitantes de estas regiones no disponen de la formación necesaria para hacer uso de estas tecnologías 76.


15. Asimismo, la crisis derivada de la COVID-19 y las medidas de confinamiento decretadas por el Gobierno han evidenciado y agudizado este problema, puesto que los ciudadanos que padecen esta situación no han podido realizar gestiones con
las administraciones públicas ni comunicarse con sus allegados y familiares.


16. Pese a todo, la pandemia por la COVID-19 ha sido vista como una oportunidad para estas regiones, puesto que han visto incrementada su población como consecuencia del teletrabajo. No obstante, para que esto ocurra la zona en cuestión
debe facilitar unas conexiones y cobertura suficientes que permitan el trabajo a distancia.


17. Igualmente, unas adecuadas infraestructuras y conectividad son claves para atraer y mantener empresas e industrias en las zonas despobladas, de forma que se promueva su desarrollo económico y social.


18. Como muestra el INE en su última nota de estadística'Uso de TIC y comercio electrónico en las empresas. Año 2019-Primer trimestre de 2020', las empresas con menos de 10 empleados (más comunes en zonas de menor población) que disponen
de ordenadores y de conexión a internet han experimentado un incremento exponencial desde el año 2017 77.


19. Asimismo, tal y como refleja la Estadística de Sociedades Mercantiles del INE referida al mes de mayo de 2021 78, se disolvieron 1.720 sociedades mercantiles en el citado periodo, lo que supone un incremento del 256,8 % respecto al año
anterior. Entre las sociedades disueltas destaca que el 20,4 % sea del sector comercio, el 16,6 % de la construcción y el 6 % de la hostelería.


76 https://confilegal.com/20191108-la-brecha-digital-entre-el-mundo-rural-y-urbano/[fecha de consulta: 14 de julio de 2021].


77 https://www.ine.es/dyng:s/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica C&cid=1254736176743&men u=ultiDatos&idp=1254735576692 [fecha de consulta: 14 de julio de 2021].


78 https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=l254 736177026&menu=ultiDatos&idp=1254735576550



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20. Por tanto, ahora con más motivos, deviene esencial facilitar las infraestructuras necesarias tanto para la atracción de estas empresas y como para conseguir su permanencia en el mundo rural.


Cuarto. El papel de Red Eléctrica de España en proyectos para llevar fibra óptica a las zonas de España despobladas.


21. Red Eléctrica de España ('REE'), grupo multinacional participado en un 20% de su capital social por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), ha colaborado recientemente en un proyecto innovador para llevar internet a
zonas despobladas de España 79.


22. Este proyecto ha sido una iniciativa de Nordesnet, asociación sin ánimo de lucro que se ha constituido como un operador de telecomunicaciones y ha creado una red de conexión ultrarrápida que se nutre de la fibra óptica oscura que
contienen los cables de una línea de REE. Su objetivo es llevar internet a velocidades iguales o superiores a 1 Gbps al medio rural de Castilla y León a través de fibra óptica, sin límites ni latencias 80.


23. Concretamente, este proyecto se ha desarrollado en tres municipios de la provincia de Segovia que no alcanzan en total los 180 habitantes, pero con intención de ampliar los trabajos a más de 50 municipios de la comarca cuya densidad de
población es inferior a seis habitantes por kilómetro cuadrado 81.


Quinto. Conclusión.


24. Como se ha analizado, muchos de los municipios con poca densidad de población que existen en España o no disponen de internet de alta velocidad o ni siquiera tienen conexión. Algunas grandes compañías ofrecen servicios concretos para
estos usuarios a través de internet radio o a través de un emutador con tarjeta SIM cuya velocidad no llega a 20 Mbps y depende de la cobertura LTE que, como se ha visto, en muchos municipios es mínima. Existe también la opción de internet por
satélite, sin embargo, suele tener un retardo considerable y que no permite muchas funciones.


25. En consecuencia, este tipo de soluciones es insuficiente para el trabajo y desarrollo de empresas e incluso para trabajadores que requieren el acceso a determinados contenidos que necesitan de una alta velocidad de subida y de bajada.
El resultado es una mayor emigración a zonas urbanas y la imposibilidad de que lleguen empresas e industrias.


26. Para solucionar esta situación las autoridades españolas competentes deben poner los medios a su alcance de la forma más eficaz y eficiente para dotar a todos los ciudadanos de una cobertura adecuada y de calidad de internet, todo ello
al objeto de impulsar la productividad, la competitividad, el crecimiento y el desarrollo de la economía española.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


' El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover, en su condición de accionista de control de Red Eléctrica de España, la puesta a disposición de la fibra óptica de la red de transporte de electricidad en aquellas zonas rurales de
la geografía española que tengan poca densidad de población, al objeto de crear redes de conexión ultrarrápidas, a través de la búsqueda y promoción de acuerdos análogos a los suscritos con Nordesnest, ya sea con esta o con similares
organizaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de julio de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, María de la Cabeza Ruiz Solás, Inés María Cañizares Pacheco, Víctor
González Coello de Portugal, Rodrigo Jiménez Revuelta, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


79 https://www.ree.es/es/sala-de-prensa/actualidad/nota-de-prensa/2021/05/red-electrica-lleva- internet-la-espana-despoblada [fecha de consulta: 14 de julio de 2021].


80 Ídem.


81 Ídem.



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Comisión de Interior


161/002866


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición no de Ley sobre el impulso de un Plan para fomentar la implementación de desfibriladores automáticos, en los vehículos y dependencias policiales, de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policías Autonómicas y Policías Locales.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contenida en el apartado cuarto se llevaría, en todo caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición no de
Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo
Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que el Gobierno impulse un Plan
para fomentar la implementación de desfibriladores automáticos, en los vehículos y dependencias policiales, de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policías Autonómicas y Policías Locales para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La muerte súbita es el fallecimiento inesperado y repentino de una persona sana, que 24 horas antes del evento cardiaco se encontraba bien. Su principal causa es la fibrilación ventricular, una arritmia cardiaca maligna que produce la
pérdida de latido efectivo y que provoca que el corazón se pare en pocos minutos.


El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud de los ciudadanos y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública, a través de las medidas preventivas y de las
prestaciones y servicios necesarios.


En este sentido, los investigadores coinciden en afirmar que el inicio de la actuación en los primeros ocho minutos desde la aparición de la parada cardiaca es vital para recuperar al paciente, ya que cada minuto que transcurre conlleva un
10 % menos de probabilidad de supervivencia, cuando no existe intervención alguna.


La muerte súbita es una de las primeras causas de fallecimiento en el mundo. En España se calcula que cada año se producen en nuestro país, aproximadamente, 30.000 nuevos casos de muerte súbita y cerca de 15.000 intentos de reanimación por
parte de los servicios de emergencia.


En España y en la actualidad, desgraciadamente, las posibilidades de sobrevivir a una parada cardiaca en la calle oscilan entre el 5 %y el 10 %. Sin embargo, en los países nórdicos esta cifra llega a ser de un 30 %.



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En España la formación en técnicas de reanimación cardiopulmonar es escasa siendo entre el 10 y el 12 % las personas que declaran el conocimiento de las mismas, frente a la realidad de otros países, donde conocen la maniobra de reanimación
el 50 %, donde es totalmente obligatoria la enseñanza de esta práctica, tanto en escuelas como universidades.


Numerosos estudios científicos han demostrado la efectividad, utilidad y seguridad de la utilización de desfibriladores (DEA) en los programas de atención inmediata realizados por personal no sanitario, en espacios públicos y de gran
afluencia, y avalan que dicha utilización puede salvar la vida a personas que sufren una fibrilación ventricular.


El servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Policía Nacional informó que la introducción del desfibrilador externo automático se ha demostrado eficaz en el tratamiento de la parada cardiorrespiratoria, lo que ha supuesto un profundo
cambio en las estrategias para su tratamiento, al permitir que la herramienta más eficaz a tal efecto pase de ser de uso casi exclusivamente médico a poder ser manejada por cualquier ciudadana.


Varios sindicatos policiales ya han solicitado en varias ocasiones que se proceda progresivamente a poner a disposición de los agentes desfibriladores, que pueden salvar vidas, ya que el tiempo de reacción de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad oscila entre tres-cuatro minutos, siendo los primeros que intervienen en la mayoría parte de las ocasiones.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. Fomentar la realización por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad - Policía Nacional, Guardia Civil, Policías Autonómicas y Policías Locales- del curso SVB+DEA del Consejo Europeo de Resucitación.


Segundo. Proceder a la instalación progresiva de desfibriladores automáticos en todos los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Tercero. Proceder a completar la instalación de desfibriladores en todas las dependencias policiales.


Cuarto. Dar cuenta a la Comisión de Interior en el plazo de tres meses de los trámites seguidos para la implantación de las medidas acordadas mediante esta Proposición no de Ley.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de julio de 2021.-Ana Belén Vázquez Blanco, Elena Castillo López y Carlos Rojas García, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002887


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina y D.ª Patricia Rueda Perelló, en sus condiciones de Portavoces Adjuntos y D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ignacio Gil Lázaro y D. Rubén
Silvano Manso Olivar, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la rehabilitación de
la comisaría de Fuengirola, para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Estado de las Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía en nuestra geografía.


1. Según datos extraídos de la página de la Dirección General de la Policía ('DGP'), nuestro Cuerpo Nacional de Policía (CNP) cuenta con 243 comisarías (provinciales, locales y de distrito), con una edad media que se aproxima a los 45 años.


2. En concreto, el 28 % de las dependencias policiales tienen más de 50 años. A mayor detalle, hay 21 dependencias que tienen más de 75 años de antigüedad, de las que 11 entraron en funcionamiento a



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principios del siglo 20: Morón (1920), La Laguna (1925), Palencia (1930), Igualada (1905) y Ferro! (1930), entre otras. El 44% tiene entre 25 y 50 años, como las de La Coruña, Álava, Asturias, Barcelona, Cuenca, Girona, Jaén, Lugo, Santa
Cruz de Tenerife, Soria, Teruel, Valencia, Vizcaya y Zamora, y en torno al 27% tiene menos de 25 años.


3. El informe elaborado por parte del Sindicato Unificado de Policía ('SUP') sobre 'Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía', de octubre de 2020, señala que las instalaciones en las que los policías
desarrollan su trabajo tienen suma importancia, pues es en dichas dependencias donde muchos de los agentes pasan su jornada laboral (Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano, Seguridad, Salas del 091-CIMACC, Brigadas operativas, etc)Además,
señalan que es en dichas instalaciones en donde los agentes del CNP reciben a los ciudadanos que acuden a realizar trámites documentales. Por lo que el edificio donde trabajan los policías y su situación, habitabilidad, espacio, climatización,
seguridad o accesibilidad tiene una importancia vital.


4. La antigüedad y la situación caduca, insegura e insalubre, en muchos casos, de los edificios y dependencias en los que nuestros agentes pasan la mayor parte de sus vidas, es altamente nociva, perjudicial y dañina para su salud, e insanas
y precarias las condiciones en las que prestan sus servicios.


Segundo. El ejecutivo debe garantizar la seguridad y salud de los Agentes del Cuerpo Nacional De Policía y el buen estado de las instalaciones en las que desarrollan sus funciones.


5. El departamento de Inspección y Servicios del Ministerio del Interior viene poniendo de manifiesto en los últimos tiempos el deterioro que sufren las instalaciones policiales por la antigüedad de las mismas y la insuficiencia de
inversiones. De esta manera, el Ministerio del Interior, con su inacción ante la dramática situación que viven las instalaciones y agentes del Cuerpo Nacional de Policía ('CNP') en el desempeño de sus funciones, está incumpliendo el mandato
recogido en el artículo 40 de nuestra Constitución, pues han de ser los poderes públicos quienes 'velarán por la seguridad e higiene en el trabajo', así como lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se
establecen las normas de prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Este último artículo señala expresamente que 'la Administración del Estado adoptará las medidas necesarias orientadas a
garantizar la seguridad y salud de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades profesionales, dentro de las peculiaridades que comporta la función policial'.


6. Por todo ello, la protección que se tiene que garantizar a todos los agentes del CNP pasa indudablemente por las infraestructuras en las que desarrollan mayoritariamente su labor, como son las comisarías. El buen estado de las mismas o
su reubicación, si es necesario, depende del Ministerio del Interior.


Tercero. Planes de infraestructuras del Ministerio del Interior y estado de las comisarías de Andalucía Oriental.


7. La DGNP elaboró el 'Plan Director de Infraestructuras Inmobiliarias 2014-2023' ('Plan Director'), actualmente en vigor, que contempla un análisis de todas las edificaciones del CNP y las inversiones necesarias para mantenerlas en un
estado de uso adecuado. La financiación de esas actuaciones procede de los créditos asignados a la propia DGPN en los Presupuestos Generales del Estado, que tal y como denuncian sindicatos como la Confederación Española de Policía ('CEP'), son
claramente insuficientes para acometer el Plan. Dicho Plan Director condensa en un solo soporte la situación actualizada de los edificios de la Dirección General de la Policía, clasificando el estado de los inmuebles en cuatro niveles: bueno,
regular, malo o muy malo, considerando la CEP que esa cuádruple clasificación es más que optimista y la realidad es que algunas de las instalaciones calificadas como regulares están mucho peor aún.


8. Además, el Consejo de Ministros de 18 de enero de 2019 aprobó el 'Plan de Infraestructuras para la Seguridad del Estado 2019-2025' 82 que, en el ámbito del CNP, contempla 49 actuaciones por un importe de 275 millones de euros. Este
documento no sustituye a las capacidades presupuestarias de inversión de la Dirección General de la Policía en nuevas dependencias.


9. Según recoge el propio Plan Director, hay actualmente muchas comisarías del CNP dependientes de la Jefatura Superior de Andalucía Oriental que se encuentran en pésimas condiciones. Así, en una doble clasificación son las siguientes:


82 https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2019/refc20190118.aspx? qfr=16#Seguridad



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Estado Malo: comisaría Distrito Sur (Granada), dependencias policiales de calle San Pablo (Granada), complejo policial en calle Alcalde Muñoz (Almería), comisaría Local (ODE) de Vélez Málaga.


Estado Regular: comisaría Local de Torremolinos-Benalmádena, comisaría Local de Ronda, complejo policial de Plaza Capuchinos (Málaga), comisaría de Distrito El Palo (Málaga), dependencias de calle Las Flores (Benalmádena), comisaría Local
de Estepona, comisaría provincial y dependencias de Jaén, comisaría Local de Andújar, comisaría Local de Baza.


Cuarto. Estado de la Comisaría de Fuengirola.


10. Varios sindicatos policiales, como CEP, SUP y JUPOL entre otros, han denunciado el mal estado de las infraestructuras policiales de varias comisarías y dependencias del Cuerpo Nacional de Policía de Andalucía.


11. El Informe sobre Deficiencias en Inmuebles de las Plantillas de la Dirección General de la Policía, de octubre de 2020, elaborado por el SUP, pone de manifiesto la importancia de dotar a la provincia de Málaga de las infraestructuras
necesarias y suficientes para garantizar que el CNP allí destinado ejerza sus funciones de manera adecuada. Algunas instalaciones del CNP en dicha provincia se encuentran en pésimas condiciones, destacando la antigüedad de sus infraestructuras y
los problemas estructurales que presentan sus edificios.


12. Prueba de lo expuesto es la situación en la que se encuentra la comisaría del CNP de Fuengirola. En el informe elaborado por el SUP, citado supra, el sindicato pone de manifiesto las deficiencias de la comisaría de Fuengirola,
señalando lo siguiente:


'Al igual que el resto de la provincia es una comisaría con falta de espacio, cuya problemática es cada día más latente al ir creciendo en el número de funcionarios. Ha sufrido varias reformas a nivel de infraestructuras, siendo todo ello
mejoras, pero existen deficiencias tanto en ubicación como en espacio.'


13. La Comisaría del CNP de Fuengirola fue inaugurada en 1979 en unos terrenos que el Ayuntamiento de este municipio cedió al Ministerio de Gobernación cuatro años antes. Esta comisaría cuenta con una plantilla muy amplia, con una
actividad de servicio alta y con unidades de policía judicial y de lucha contra el crimen organizado en la costa del sol.


14. Además, a mayor abundamiento, se añade que el municipio contiguo de Mijas carece de infraestructuras del CNP, y los mijeños se ven obligados a acudir a la Comisaría de Fuengirola a realizar todo tipo de gestiones: expedición o
renovación del DNI y del pasaporte; de trámites de extranjería; certificados y asignación de NIE; informes de nacionalidad, expedición del TIE; cartas de invitación y autorizaciones de regreso, entre otros. Estas gestiones se suman a los más de
18.000 actos de distinta naturaleza que realizan los funcionarios destinados en la comisaría del CNP en Fuengirola.


15. Esta comisaria fue construida para atender a una población y unas necesidades diferentes de las que existen en la actualidad. El sindicato de Policía Jupol, a través de su secretario provincial, ha denunciado, reiteradamente, el estado
de la comisaría de Fuengirola: 'Es inaceptable. Llevamos mucho tiempo denunciando que este edificio no tiene aparcamiento para los vehículos oficiales, que los calabozos no son suficientes y que las instalaciones no son las más adecuadas para
desempeñar el trabajo policial, pero la escena del acceso es el colmo. ( ...) Hace siete meses nos comunicaron que se harían cargo de la reparación, pero para los responsables de estas dependencias y de la Comisaría Provincial no parece que los
ciudadanos sean una prioridad. 'Las comisarías no son cortijos, son zonas de trabajo y de servicio al ciudadano' 83.


16. Igualmente, Jupol denunció, a través de su a Secretaría General de Prevención de Riesgos Laborales, la situación 'insostenible' de las condiciones de los calabozos de la comisaría. Consideran que las dimensiones de los mismos son
'absolutamente insuficientes' para el número de detenidos que normalmente aglutina la comisaría. El año pasado la situación sobrepasó todos los límites cuando, aseguran desde Jupol, llegaron a coincidir en las tres celdas al mismo tiempo 13
personas 84.


83 https://www.laopiniondemalaga.es/costa-sol-occidental/2020/08/05/acceden-personas-movilidad-reducida-comisaria-27476577.html


84 https://www.laopiniondemalaga.es/costa-sol-occidental/2020/12/11/denuncian-defensor-pueblo­condiciones-calabozos-27329463.hbnl



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17. De este modo, los funcionarios que trabajan en la comisaría de Fuengirola y los ciudadanos que acuden a su oficina se encuentran a diario con unas instalaciones cuyas carencias y limitaciones hacen evidente la necesidad de una
importante rehabilitación y renovación.


18. En relación con lo expuesto, el Ejecutivo contestando a una pregunta con respuesta por escrito realizada por este Grupo Parlamentario 85, señaló que no está prevista llevar a cabo ninguna rehabilitación de la comisaría de Fuengirola.


Sexto. Necesidad de impulsar con celeridad la rehabilitación de la Comisaría de Fuengirola.


19. Visto el reiterado abandono al que se somete a nuestro CNP, sin que el Gobierno adopte las medidas necesarias, ya no solo para proteger su integridad y salud física personal sino la salud de sus trabajadores, desde este Grupo
Parlamentario continuaremos exigiendo las condiciones mínimas indispensables para el correcto ejercicio de tan importantes funciones que desempeñan nuestros agentes.


20. En definitiva, es fundamental impulsar con carácter urgente las obras necesarias para que la comisaría de Fuengirola se adapte a las circunstancias y necesidades reales de la región, ya sea mediante la rehabilitación del edificio
existente o mediante la construcción de una nueva comisaría. Las obras de rehabilitación o construcción deben contemplar, al menos, lo siguiente: (i) ampliación y rehabilitación de los calabozos; (ii) habilitación de una zona de acceso para
personas con movilidad reducida; (iii) ampliación de las instalaciones y despachos de tal forma que se garantice el espacio suficiente para los funcionarios que trabajan en su interior; (iv) ampliación del aparcamiento con el fin de que disponga
de las plazas suficientes para el número de vehículos disponibles de la comisaría. Todo ello al objeto de que nuestros agentes del CNP destinados al municipio de Fuengirola puedan seguir desempeñando sus funciones en la región en unas condiciones
mínimas que garanticen la salubridad y la seguridad en dichas dependencias policiales.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar, con carácter urgente, las medidas necesarias para que, en el plazo no superior a seis meses, se inicien las obras necesarias para rehabilitar y acondicionar adecuadamente la
comisaría del municipio malagueño de Fuengirola, con el fin de cubrir las deficiencias existentes, dotándola de los medios humanos y materiales necesarios para el desarrollo de las funciones de la Policía Nacional en el citado municipio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Ignacio Gil Lázaro y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Francisco Javier Ortega Smith-Molina y
Patricia Rueda Perelló, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/002912


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina y D.ª Patricia Rueda Perelló, en sus condiciones de Portavoces Adjuntos y D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Ignacio Gil Lázaro, en sus
condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la construcción de una comisaría del Cuerpo
Nacional de Policía en el distrito municipal de Albaicín, en la ciudad de Granada, para su discusión en la Comisión de Interior.


85 Respuesta del Gobierno de fecha 18 de diciembre de 2020 con número de registro 78305: https://intranet.congreso.es/entradap/114p/e7/e 0078305 n 000.pdf



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Exposición de motivos


1. El Albaicín o Albayzín es uno de los ocho distritos municipales de la provincia de Granada. Está compuesto por los barrios de Albaicín, El Fargue, Haza Grande y Sacromonte 86, tal y como establece el último edicto de actualización de la
circunscripción territorial de los ocho distritos de Granada 87.


2. El Albaicín o Albayzín es un barrio de Granada que fue declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1994.


3. El número de población del distrito de Albaicín ha ido disminuyendo con el paso de los años, contando con 16.281 habitantes en el año 2009 88, 11.022 en el año 2013 y 10.757 en el 2016. Actualmente cuenta con una población de unos 9.000
habitantes aproximadamente.


4. Desde hace años se ha venido incrementando la delincuencia en este distrito municipal de la ciudad de Granada, produciéndose todo tipo de delitos en sus calles: robos en viviendas 89 y comercios, hurtos y robos a vecinos, asaltos a
punta de navaja, agresiones, ocupaciones y otros actos delictivos. El aumento de la delincuencia en este barrio granadino está provocando un verdadero problema de seguridad ciudadana.


5. Así lo han atestiguado varios vecinos del barrio de Albaicín:


- 'Lo que es romanticismo, belleza e historia se ha convertido en un estado de terror para todas las personas que vivimos aquí y que tenemos que atravesar estas callejuelas para llegar nuestros hogares 90.'


- 'Por la mañana interceptan a mujeres que van al trabajo, que van solas al trabajo ... y le quitan el bolso, el móvil, lo que pillen. Por las noches entran en casas. Incluso en casas ocupadas.'


- 'Son delincuentes, hace tres días me sacaron una navaja cuando iba a mi casa y huyeron cuando empecé a llamar a la Policía, pero es indignante que mi hijo, que lleva un reloj y un móvil, se arriesgue a una puñalada cuando viene de la
Universidad 91'.


6. El presidente de la asociación de vecinos de este distrito ha denunciado, igualmente, esta situación ante los medios de comunicación: 'Ninguna zona del Albaicín está libre de atracos y al no haber turistas, nos toca a los vecinos ( ...)
Lo que no puede ser es que se produzcan atracos a cualquier hora: a las 7:30 de la mañana o las 8:00 a vecinas que van a su trabajo, por la tarde o en casas incluso con gente dentro 92'.


7. Ante esta oleada de delincuencia en las calles, se han organizado durante los últimos meses sucesivas manifestaciones bajo el lema 'un Albaicín seguro' en protesta ante la situación de inseguridad que viven los vecinos de este barrio de
Granada. Paralelamente, y debido a la ausencia de una suficiente presencia policial, los propios vecinos han organizado las denominadas patrullas vecinales de acompañamiento 93, con el objetivo de impedir que se lleven a cabo este tipo de actos
delictivos 94.


8. El problema de inseguridad que vive Albaicín no es nuevo. En el pasado mes de febrero, el Área de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Granada ya puso en marcha una nueva patrulla policial, el denominado dispositivo 'Aljibe',
compuesta por ocho agentes, con el fin de garantizar y velar por la seguridad de los vecinos de la zona 95. Sin embargo, esta medida, y otras adoptadas con el mismo fin 96, no han sido suficientes para acabar con la delincuencia e inseguridad
ciudadana que se esta viviendo en este barrio granadino. Así lo ha afirmado el propio presidente de la asociación de vecinos, anteriormente citado: 'Necesitamos que esa vigilancia sea continua, permanente y también por la noche'.


86 https://www.granada.org/plano.nsf/v10barrios


87 Edicto del Ayuntamiento de Granada aprobado por acuerdo del pleno en su sesión del 24 de mayo de 2013. Anuncio núm. 5.921/2013: https://www.granada.org/inet/edictos.nsf/wwtod/2A66ADC81405281EC1257B940026AD10?0pen Document


88 Padrón municipal de habitantes en 2009. Ayuntamiento de Granada: http://www.granada.org/obj.nsf/in/BBNKKT/$file/PORSEXO.pdf


89 https://www.ahoragranada.com/noticias/sorprendidos-en-pleno-robo-en-una-vivienda-del- albaicin/


90 https://albayzin.info/2021/02/prensa-oleada-de-robos-en-el-barrio-del-albaicin-granada-se-ha- convertido-en-un-estado-de-terror/


91 https://www.granadahoy.com/granada/video-paliza-palo-joven-Albaicin- Granada O 1546945571.html


92 https://www.granadadigital.es/inseguridad-albaicin-ninguna-zona-libre-atracos-no-turistas-toca­ vecinos/


93 https://www.granadahoy.com/granada/patrullas-vecinales-Albaicin-Granada-delincuencia_0_1548145986.html


94 https://www.granadahoy.com/granada/patrullas-vecinales-Albaicin-Granada-delincuencia_0_1548145986.html


95 https://www.granada.org/inet/wprensa.nsf/wwnov/FCE21E4E10C9B366C12586DA003F08FD


96 En el Plan de Infraestructuras para la Seguridad del Estado 2019-2025, aprobado por el Gobierno en enero de 2019, se prevé la construcción de una nueva Comisaría de Distrito sur en Granada, debido al deficiente estado del actual edificio.
Sin embargo, la construcción de esta comisaría no terminaría con el problema del distrito municipal de Albaicín, debido a que no se aseguraría un puesto policial permanente en su zona para acabar con la oleada de delincuencia en sus calles.
Respuesta del Gobierno de fecha 17 de diciembre de 2020 con número de registro 78078.



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9. Por tanto, es necesario adoptar medidas mucho más contundentes y efectivas, que conlleven a una mayor presencia policial y atención ciudadana. Una solución que reduciría notablemente el número de actos delictivos y aumentaría la
seguridad sería la creación de una comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en el distrito municipal de Albaicín. Así lo vienen demandando los vecinos del barrio en boca del presidente de la asociación, que afirmó que para acabar con la inseguridad
es necesario que se instale 'una comisaría en el barrio o un punto policial. [Pues] ahora mismo lo que hay es un punto casi administrativo, una hora a la semana en la casa Zafra y otra hora en el Centro Cívico. Con solo dos horas a la semana, no
es lo mismo que si hubiera un punto de policía activa. Nos han dicho que no se puede, pero no lo entendemos. No tenemos bastante con esa atención solo esas dos horas a la semana 97'.


10. Sin perjuicio de la labor ejercida por el grupo municipal Vox en el Ayuntamiento de Granada, que ya viene denunciando la situación desde el año pasado, el Grupo Parlamentario VOX considera que es de vital importancia que desde el
Gobierno de la Nación se impulsen las medidas oportunas para acabar con la situación de inseguridad que viven los vecinos del distrito municipal de Albaicín. La construcción de una nueva comisaría en este barrio de la ciudad de Granada conllevaría
importantes consecuencias positivas como (i) aumentar la seguridad ciudadana en el distrito; (ii) reducir la tasa de criminalidad, aumentando la sensación de seguridad; (iii) independencia funcional, eliminando la necesidad de recurrir a la
Comisaría Provincial de Granada para solicitar efectivos ante cualquier circunstancia.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar, con carácter urgente, las medidas necesarias para que, en un plazo no superior a 6 meses, se inicien los trámites oportunos para la construcción de una nueva comisaría del Cuerpo
Nacional de Policía en el distrito municipal de Albaicín, en la ciudad de Granada, dotándola de los medios humanos y materiales permanentes y necesarios para el desarrollo de las funciones de la Policía Nacional en el citado distrito.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel e Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Francisco Javier Ortega Smith-Molina y Patricia Rueda Perelló,
Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/002917


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, en su condición de Portavoces Adjuntos y D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Ignacio Gil Lázaro, en su condición de Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a las comisiones de servicios en el Cuerpo Nacional
de Policía, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Comisión de Servicios.


1. De acuerdo con el artículo 3.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio (R.D. 462/2002) 'son comisiones de servicio [ ...] los cometidos especiales que circunstancialmente se ordenen al
personal comprendido en el artículo anterior y que deba desempeñar fuera del término municipal donde radique su residencia oficial, entendiéndose como tal el término municipal correspondiente a la oficina o dependencia en que se desarrollen las
actividades del puesto de trabajo habitual, salvo que, de forma expresa y según la legislación vigente, se haya autorizado la residencia del personal en término municipal distinto al correspondiente a dicho puesto de trabajo y se haga constar en la
orden o pasaporte en que se designe la comisión tal circunstancia'.


97 https://www.granadadigital.es/inseguridad-albaicin-ninguna-zona-libre-atracos-no-turistas-toca­ vecinos/



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2. Del mismo modo, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 783/2019 ('STSJM 783/2019') reconoce que la comisión de servicios es 'un mecanismo de atribución no definitiva de un puesto de trabajo, que supone el traslado
voluntario, excepcionalmente forzoso, de un funcionario a un puesto de trabajo vacante cuya provisión se considera de urgente e inaplazable necesidad, teniendo la misma, tanto la 'comisión' 'voluntaria' como la 'forzosa', legalmente establecidas una
duración máxima, siendo su carácter provisional intrínseco a su propia esencia y naturaleza, pues el espíritu y finalidad de los preceptos transcritos es, indudablemente, limitar el tiempo máximo de provisionalidad en el que puede estar nombrado un
funcionario en 'comisión de servicios'.


3. En el mismo sentido, el artículo 36.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción.


Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado ('R.D. 364/1995') dispone que los puestos de trabajo adscritos a funcionarios 'temporalmente podrán ser cubiertos mediante comisión de servicios y adscripción
provisional, en los supuestos previstos en este Reglamento'.


4. Asimismo, en el artículo 64 del R.D. 364/1995 se recoge lo siguiente:


'1. Cuando un puesto de trabajo quede vacante podrá ser cubierto, en caso de urgente e inaplazable necesidad, en comisión de servicios de carácter voluntario, con un funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la
relación de puestos de trabajo.


2. Podrán acordarse también comisiones de servicios de carácter forzoso. Cuando, celebrado concurso para la provisión de una vacante, esta se declare desierta y sea urgente para el servicio su provisión podrá destinarse con carácter
forzoso al funcionario que preste servicios en el mismo Departamento, incluidos sus Organismos autónomos, o Entidad Gestora de la Seguridad Social, en el municipio más próximo o con mejores facilidades de desplazamiento y que tenga menores cargas
familiares y, en igualdad de condiciones, al de menor antigüedad.


3. Las citadas comisiones de servicios tendrán una duración máxima de un año prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo [ ...]' 98.


5. En definitiva, la comisión de servicios supone una forma de adscripción temporal de puestos de trabajo de la que dispone la Administración Pública en el ejercicio de su facultad de autoorganización. Esta potestad para poder ser ejercida
requiere la concurrencia de los requisitos exigidos por la Ley, requisitos que legitiman el uso de esta forma de provisión de puestos de trabajo extraordinaria frente a la forma ordinaria de provisión 99.


Segundo. De la comisión de servicios en el Cuerpo Nacional de Policía.


6. En el caso del Cuerpo Nacional de Policía ('CNP'), el artículo 9 del Real Decreto 997/1989, de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía (R.D. 997/1989'
establece que 'solo se podrán cubrir puestos de trabajo provisionalmente por razones de servicio de carácter urgente tal situación no podrá exceder de seis meses' 100.


7. En cuanto a la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, su artículo 49.1 dispone que 'en caso de urgente e inaplazable necesidad, los puestos de trabajo podrán proveerse con carácter provisional
en comisión de servicios, en los términos que reglamentariamente se establezcan.


98 Del tenor literal del artículo citado, haciendo uso del término 'podrá' se puede observar como la figura de la comisión de servicios se trata de una potestad de la que dispone la Administración que, en ningún caso, es una obligación a la
que haya de acudir para cubrir puestos.


99 Artículo 20.1 Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, regula los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo: 'Los puestos de trabajo adscritos a fancionarios se proveerán de
acuerdo con los siguientes procedimientos:a) Concurso: Constituye el sistema normal de provisión y en él se tendrán únicamente en cuenta los méritos exigidos en la correspondiente convocatoria, entre los que figurarán los adecuados a las
características de cada puesto de trabajo, así como la posesión de un determinado grado personal, la valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad. b) Libre designación: Podrán cubrirse
por este sistema aquellos puestos que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo, en atención a la naturaleza de sus fanciones'.


100 Vid. Referencia artículo 64 R.D. 364/1994 sobre la potestad de la Administración en el uso de la comisión de servicios.



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En todo caso, una vez transcurrido un año desde el inicio de la comisión de servicios, deberá publicarse, dentro de los seis meses siguientes, la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo según el sistema establecido'.


8. En este sentido, se puede observar cómo, de acuerdo con el régimen de personal de la Policía Nacional, se puede cubrir de manera provisional un determinado puesto trabajo a través de la figura de la comisión de servicios, con un límite
temporal en el desempeño del trabajo comisionado de un año, prorrogable por otro más. Además de este límite, se han de dar los requisitos de 'urgente e inaplazable necesidad', sin que en ningún caso pueda hacerse un uso indiscriminado de este
instrumento extraordinario, supliendo, de alguna manera, la provisión de puestos de trabajo a través de los mecanismos ordinarios.


Tercero. Uso y abuso de la Comisión de Servicios en el Cuerpo Nacional de Policía.


9. A pesar de que la figura de la comisión de servicios se trata de una potestad de la que dispone el CNP para casos de 'urgencia e inaplazable necesidad', y siempre cumpliendo el límite temporal, estamos siendo testigos, hoy en día, de un
uso arbitrario y abusivo de esta figura por parte de algunas administraciones.


10. Ya en el año 2015, el Defensor del Pueblo en contestación a la queja número 14018029 señalaba, en relación con el uso de la comisión de servicios, que 'La Administración no está obligada a ofertar en los concursos todas las plazas
vacantes, pues ello no se deduce del contenido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, pues está dotada para decidir qué vacantes han de ofertarse. Esta apreciación, que se identifica con lo que se denomina
potestad de autoorganización, no implica que se ejerza sin sujeción a control alguno pues su ejercicio tiene como contrapartida que la exclusión de ciertas plazas se motive, se justifique y se integren conceptos como las 'necesidades organizativas'
que llevan a excluir ciertas plazas y a ofertar otras.


En este aspecto la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 1991 expresa que 'necesidades de servicio constituye un concepto jurídico indeterminado en cuya concreción actúa la Administración con un margen de apreciación que no la
dispensa de la necesidad de aportar al expediente el material probatorio necesario para acreditar que la decisión viene apoyada en una realidad fáctica que garantice su legalidad y oportunidad, así como la congruencia con los motivos y fines que la
justifican'.


Se reconocen esas facultades organizativas pero la Administración tiene que acreditar y motivar, en todo caso, que ha valorado la conveniencia de no sacar a concurso todas las plazas vacantes, incluidas las que están ocupadas en comisión de
servicio y en qué forma ese modo de proceder viene a satisfacer un interés público (entre otras, Sentencia de la Audiencia Nacional de 17 septiembre 2014)'.


11. El Defensor del Pueblo recomendaba, a su vez, 'motivar las razones y criterios que avalan la falta de convocatoria a través de concurso ordinario de méritos de las plazas que estén cubiertas en comisión de servicios, a efectos de
conciliar el interés público en el ejercicio de la función policial y el interés de los funcionarios que se materializa en las legítimas expectativas de cobertura de determinadas plazas'.


12. Cerca de seis años después de la recomendación del Defensor del Pueblo, siguen dándose situaciones en las que la Administración, en general, y la Dirección General de la Policía, en particular, acuden de manera indiscriminada a las
comisiones de servicios. En este sentido, son numerosas las resoluciones judiciales que han fallado en contra del uso abusivo de la Dirección General de Policía de estas comisiones frente a las formas ordinarias de provisión de puestos de trabajo
que se recogen en la legislación 101. Cabe destacar, entre otras, las siguientes:


- La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, núm. 783/2019, anteriormente referida, establece que 'la potestad genérica que se reconoce a la Administración en el marco que estamos analizando, como es obvio, se ha de ejercitar
en función de las 'necesidades de servicio' que a la propia Administración compete valorar, lo cual no implica que la potestad se ejerza sin posibilidad de sujeción a control alguno pues el ejercicio legítimo de cualquier potestad tiene, como
contrapartida básica y esencial, la posibilidad de ser revisada por los Órganos Jurisdiccionales.' Añadiendo, además, que 'en ningún caso un funcionario público en situación de comisión de servicios tiene derecho a ser mantenido en el puesto de
trabajo para el que se le comisionó hasta que se incorpore a dicha plaza su titular o sea reglamentariamente cubierta, y ello porque esa 'anormal' técnica de provisión de puestos de trabajo en la función pública tiene una duración temporal
necesariamente limitada, como se ha expuesto, y, además,


101 V. gr. artículo 20 Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.



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condicionada por la necesidad y urgencia de la cobertura del puesto de trabajo para el que se concede, así como por la satisfacción prevalente del interés del servicio'.


- Del mismo modo, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid núm. 660/2016 dispone que 'no resulta discutible que 'las comisiones de servicios' no pueden convertirse en un derecho a ocupar de manera definitiva un puesto de
trabajo concreto y determinado, ya que esto supondría la pérdida de su carácter provisional y su conversión en una adscripción permanente a un determinado puesto de trabajo, lo que no puede ser susceptible de amparo en esta vía judicial.


La comisión de servicios, además, no es una figura cuya utilización sea obligatoria para la Administración sino potestativa, como se comprueba por la utilización del , termino 'podrá' [ ... ]'.


Cuarto. Necesidad de regularizar la provisión de puestos del CNP por Comisión de Servicios.


13. No es asunto baladí, por tanto, la adscripción de puestos de trabajo por el CNP en la actualidad. El número de Agentes del CNP en comisión de servicios ha sido objeto de varios requerimientos ante la Administración.


14. Así, la organización Alternativa Sindical Policial ('ASP') reclamó que 'se cesen las comisiones de servicio que excedan los presupuestos legales y la duración establecida reglamentariamente para tal fin'. Además, denunció la necesidad
de 'dar las instrucciones oportunas a quienes convoquen los correspondientes puestos de trabajo, a fin de que tales convocatorias se ajusten a la legalidad vigente'.


15. En definitiva, ante el uso arbitrario de las comisiones de servicio por parte de algunas administraciones públicas es necesario adoptar todas las medidas que sean necesarias para garantizar que se cumple con todos los presupuestos
recogidos legalmente para hacer uso de esta provisión extraordinaria de puestos de trabajo, ajustándose tanto al límite temporal de un año de duración como a la existencia de esa 'urgencia e inaplazable necesidad'.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar todas las medidas que sean necesarias para garantizar que se cumple con todos los presupuestos recogidos legalmente para hacer uso de las comisiones de servicio en el CNP, ajustándose
tanto al límite temporal de un año de duración como a la exigencia del requisito de 'urgencia e inaplazable necesidad'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel e Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-Macarena Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo
Parlamentario VOX.


161/002919


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que el Gobierno habilite un
sistema que permita seguir realizando las fotografías para el DNI 4.0, en las tiendas especializadas de fotografía, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


El Gobierno ha empezado a implantar el nuevo DNI español en lugares como Castilla y León o Ceuta, la nueva versión del DNI electrónico 4.0, que hará efectivo a su vez el llamado 'DNI europeo'. El DNI electrónico 4.0, es un nuevo formato en
cumplimiento con el Reglamento UE 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019. Su objetivo es reforzar la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión Europea y la libre circulación.


La foto de carné tiene una importancia vital e histórica en el sector fotográfico. El sector fotográfico español, lleva setenta años realizando las fotografías de DNI, labor indispensable para la realización de



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los documentos oficiales, cumpliendo con los estándares que le comunica el ministerio del Interior para que estas sean consideradas oficialmente válidas.


La foto de carné a lo largo de estos años ha generado toda una industria y una red de comercios y cabinas de la cual dependen miles de personas, que ven peligrar sus negocios y sus puestos de trabajo a partir del día que se implante la
fotografía en comisarías. Una decisión que puede suponer el cierre de innumerables comercios y el paro a centenares de personas del negocio de la fotografía.


En España se emiten más de siete millones de documentos de identidad al año, cada uno con su correspondiente foto. El impacto económico que tendría eliminar la foto en papel sería demoledor para el sector. Se estima que el volumen de
negocio de foto DNI es de 45 millones de euros al año. Para una tienda de fotografía supone de media el 25 % de su facturación, pero es el 30% del beneficio de su comercio.


Hay innumerables comercios especializados en este servicio, al igual que las cabinas 'Fotomatón', que el carné es el 100 % de su negocio. Para ellos supondría el cierre inmediato. El colectivo afectado supera los 3.500 establecimientos y
hay 8000 puestos de trabajo en juego.


La implantación del nuevo DNI 4.0, puesto a prueba en algunas comisarías de Castilla León, es perfectamente factible sin tener que realizar la fotografía en comisarías. De hecho, en estas pruebas piloto, las fotografías aun las sigue
aportando el ciudadano y el DNI 4.0 que se expide, cumple con las nuevas normativas Europeas, con todas sus funcionalidades y protocolos de seguridad.


El presupuesto que cuenta el gobierno para implantar el servicio de DNI express, es de 6,5 millones de euros, para 2021, que proceden de los fondos europeos de recuperación y resiliencia. Es una contradicción utilizar fondos de recuperación
para hundir un sector y enviar al paro a miles de personas.


Según los responsables policiales, la fotografía 'in situ' no es imprescindible para el nuevo DNI 4.0, ni tampoco aporta un extra de seguridad en el proceso, ya que el funcionario siempre verifica la fotografía y los datos con la persona.


El sector foto, está siendo uno de los más afectados por el Covid 19, y está considerado como 'ultraprotegido' a efectos de las cotizaciones de los ERTEs. Sin fotos de eventos, sin fotos de celebraciones, sin fotos de viajes y vacaciones,
el sector está pasando un momento difícil, y esta noticia ha supuesto un golpe fuerte que ve amenazado su futuro.


La mayor parte de los países europeos están inmersos en un proceso de innovación de los documentos nacionales de identificación de sus ciudadanos para incorporar mejoras en su seguridad y en las prestaciones que ofrecen, esencialmente el
acceso a múltiples servicios con esos documentos.


Un proceso de digitalización que casi todos los países están abordando con procedimientos que permiten incorporar las fotografías de identificación de los ciudadanos sin necesidad de excluir a los fotógrafos profesionales.


Una tendencia que en España es justo la contraria, tras la decisión del Ministerio del Interior de poner en marcha el proyecto 'Identidad Digital DNle', que tiene como objetivo que cada ciudadano pueda llevar su documento de identificación
en una aplicación en el teléfono móvil, lo que implicaría dejar de usar las fotografías en papel en la confección del DNI ya que serían efectuadas por los funcionarios de la Policía Nacional en el momento de la expedición del documento.


En el Reglamento 2019/1157 se detallan las características del nuevo DNI 4.0 con el fin de unificar a los países de la Unión Europea. Se determina que el documento debe recoger 'una imagen facial y dos impresiones dactilares'. Los Estados
deben poder verificar la imagen para confirmar la identidad del titular. Sin embargo, el reglamento no hace ninguna referencia a cómo, o por quién, deben ser tomadas las fotografías.


Un análisis de esta situación en Europa revela que solo en Suiza y Suecia las fotografías para los documentos de identidad tienen que ser realizadas por la administración competente en sus dependencias. En el resto de los países se mantiene
un sistema mixto en el que conviven la fotografía en papel con las plataformas digitales para que los establecimientos de fotografía las hagan y las envíen por vía telemática a los centros oficiales emisores de documentos.


En varios países europeos como Francia, el gobierno ha colaborado con el sector fotográfico en desarrollar sistemas seguros basados en las nuevas tecnologías, que cumplen con los protocolos europeos, que facilitan la expedición de los
documentos oficiales y que no suponga la quiebra a los fotógrafos.


En Alemania se utilizan mayoritariamente las fotografías en papel para la emisión de documentos de identificación, aunque hay algunas ciudades donde se puede elegir que sea la propia administración quien las haga. A partir de 2025 todas las
fotografías serán digitales y las tiendas de fotografía podrán enviar las imágenes a una plataforma oficial para la elaboración de los documentos.



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Por su parte, en el Reino Unido los establecimientos de fotografía disponen de un sistema digital para enviar las fotografías a la administración, aunque para ciertos documentos como el pasaporte o los visados se pide foto en papel.


En Austria las fotos para los documentos de identificación solo pueden efectuarse en establecimientos autorizados y la administración solo acepta fotos en papel, aunque se está considerando un modelo de transmisión digital de imágenes desde
esos centros autorizados. Los mismo ocurre en Italia, aunque todavía no hay planes de digitalización. En Holanda y Bélgica las fotografías se toman en centros autorizados que las transmiten a la administración.


Eufoto, la plataforma creada por nueve empresas fotográficas y asociaciones del sector, Fujifilm, Fotoprix, Kodak, Cewe, Mitsubishi, Dnp, Casanova, el Centro Internacional de Fotografía y Cine (Efti) y la Federación Española de Profesionales
de Fotografía y Cine (Fepfi), asegura que en el proyecto del Ministerio del Interior de crear una aplicación en los teléfonos móviles para incorporar el DNI se pueden seguir utilizando fotografías en papel con todas las garantías de seguridad y que
es innecesario prescindir de ellas, como se prevé en ese proyecto.


Los profesionales de la fotografía señalan que disponen de los medios necesarios para hacer fotografías para documentos de identidad y transferirlas con total seguridad a las aplicaciones que diseñe la Administración y que esta puede
perfectamente verificar su autenticidad.


Según el sector, La foto en papel, cumple con todas las exigencias del Reglamento Europeo de 13 de diciembre de 2004 (CE) n.º 2252/2004 que establece las normas para los elementos de seguridad y elementos biométricos integrados en los
pasaportes y documentos de viaje emitidos por los Estados miembros. Aporta, además, niveles de seguridad que la fotografía digital todavía no puede garantizar.


El proyecto de Interior conocido como 'Identidad Digital DNle' tiene como objetivo que cada ciudadano pueda llevar su documento de identificación en una aplicación en el teléfono móvil, lo que implicaría dejar de usar las fotografías en
papel, que serían efectuadas por los funcionarios de la Policía Nacional en el momento de la expedición del DNI por renovación o nuevo documento. Consideramos que la fotografía en papel se puede incorporar sin problemas a este proyecto de
digitalización. No es necesario prescindir de ese elemento.


Además de que, varios sindicatos policiales han denunciado que, si las fotografías la tuviesen que realizar los funcionarios en las comisarías, tendrían una carga de trabajo adicional, debería enfrentarse a múltiples dificultades que
requieren de tiempo, provocando más colas y retrasos en la expedición del DNI.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a habilitar un sistema que permita seguir utilizando fotografías realizadas por el sector fotográfico, en papel o en medios digitales, con todas las garantías de seguridad, para incorporar al
nuevo DNI 4.0.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de julio de 2021.-Isabel María Borrego Cortés y Ana Belén Vázquez Blanco, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002960


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que el Gobierno desarrolle
medidas urgentes para facilitar los ascensos dentro del Cuerpo Nacional de Policía, previstos en la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional, para su debate en la Comisión de Interior.



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Exposición de motivos


La carrera profesional y la promoción interna se articula como un derecho en la Policía Nacional, conforme a los principios de igualdad de oportunidades, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad, mediante las modalidades básicas de
concurso-oposición y antigüedad selectiva.


La Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional modificó el régimen de ascensos y estableció una moratoria de cinco años para la exigencia de las titulaciones previstas en esta ley. Transcurrido el periodo transitorio,
sigue sin resolverse la problemática existente relacionada con las titulaciones que van a ser exigidas en los Procesos Selectivos de ascenso.


Se puede afirmar que se ha incumplido con la obligación establecida en la Disposición transitoria primera para resolver la falta de titulación por parte de los Policías Nacionales: 'La Dirección General de la Policía llevará a cabo las
actuaciones necesarias, tendentes a facilitar la obtención de las titulaciones referidas en el párrafo anterior por parte de los Policías Nacionales que no estuvieran en posesión de las mismas, con el fin de posibilitar su promoción interna'.


Esta problemática no está vinculada a las propias titulaciones exigidas, sino con las dificultades de acceso a las mismas a través de la carrera policial, ya que no todos los funcionarios policiales podrán optar a ellas, viendo así cercenada
su carrera profesional.


Para dar cumplimiento a la obligación de la Dirección General de la Policía, conforme a nuestra propuesta, es necesario realizar un análisis de la normativa en vigor respecto a la carrera profesional y promoción interna de la Policía
Nacional y respecto a la correspondiente a la admisión de las enseñanzas universitarias oficiales.


Según expone la disposición transitoria primera. Régimen transitorio de exigencia de titulaciones, de la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional:


'Las titulaciones a que se refiere el artículo 41.3 para acceder por promoción interna a la categoría superior a la que se ostente, se exigirán una vez transcurridos cinco años desde la entrada en vigor de esta Ley Orgánica.


La Dirección General de la Policía llevará a cabo las actuaciones necesarias, tendentes a facilitar la obtención de las titulaciones referidas en el párrafo anterior por parte de los Policías Nacionales que no estuvieran en posesión de las
mismas, con el fin de posibilitar su promoción interna'.


El artículo 41.3, perteneciente al título VIII Carrera Profesional y Promoción Interna de la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional, al que remite la disposición transitoria primera, de esta misma ley, expone:


Artículo 41. Promoción interna.


3. El ascenso por promoción interna exigirá estar en posesión de la titulación del subgrupo de clasificación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4.


Artículo 17. Estructura.


3. Las escalas se clasifican en los siguientes grupos y subgrupos profesionales:


a) Las Escalas Superior y Ejecutiva se clasifican ambas en el grupo A, subgrupo A1.


b) La Escala de Subinspección se clasifica en el grupo A, subgrupo A2.


c) La Escala Básica se clasifica en el grupo C, subgrupo C1.


Así mismo, en el presente artículo 17, en concreto, en su apartado 5, se expone literalmente:


Artículo 17. Estructura.


5. Para acceder a las escalas y categorías de la Policía Nacional y a las plazas de facultativos y técnicos citadas en los apartados anteriores será necesario estar en posesión de los títulos académicos oficiales exigidos por la Ley 7/2007,
de 12 de abril, para el ingreso en los respectivos grupos de clasificación en los que se encuentran encuadradas dichas escalas y plazas.



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Remitiendo así, a la Ley 7/2007, de 12 de abril Estatuto Básico del Empleado Público, la cual, en su Artículo 76, perteneciente al Título V Ordenación de la actividad profesional, Capítulo 11 Estructuración del empleo público.


Tras la moratoria de cinco años, reflejada en la Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional, los oficiales tendrán que contar con una titulación de Grado para poder presentar la
instancia en el proceso selectivo de ascenso a Subinspector.


Desde la Dirección General de la Policía se pretende realizar una convalidación de créditos ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System) a los oficiales de policía que cuenten con un Bachiller a efectos académicos o que tengan la
titulación de Técnico Superior o que la hayan conseguido a través de la equivalencia otorgada por la Orden ECl/1995/2007 de 29 de junio, por la que se establece la equivalencia de las categorías de Policía y Oficial de Policía, de la Escala Básica
del Cuerpo Nacional de Policía, a los títulos de Técnico y de Técnico Superior, respectivamente, correspondientes a la formación profesional del sistema educativo, para lo cual, según su artículo 3, se debe contar, igualmente, con el Bachillerato a
efectos académicos o sus equivalencias académicas.


La convalidación de créditos ECTS que se pretende realizar, está basada en la malla curricular, así como en las horas lectivas y horas de trabajo académico que han recibido y realizado, respectivamente, en el curso de formación profesional
de policía, más el curso de formación profesional de oficial. Toda esta formación arrojará un sumatorio de créditos ECTS, que junto con el curso complementario que se va a facilitar desde el Centro Universitario Policial, se pretende llegar a los
180 créditos ECTS del Grado Policial, optando de esta forma, los oficiales, a la titulación de Grado, pudiendo aportar la citada titulación a fecha de presentación de instancia a Subinspector.


Este sistema únicamente permitirá que los Oficiales que cumplan con la formación académica tengan acceso a este curso o cursos complementarios que se van a impartir desde el Centro Universitario Policial.


Debe tenerse en cuenta, que el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, en su Capítulo IV, Procedimientos
específicos de acceso y admisión, sección 2.ª Acreditación de experiencia laboral o profesional, artículo 16, Acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, expone:


'1. Podrán acceder a la universidad por esta vía los candidatos con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza, que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías y
cumplan o hayan cumplido los 40 años de edad en el año natural de comienzo del curso académico.


2. El acceso se realizará respecto a unas enseñanzas concretas, ofertadas por una Universidad, a cuyo efecto el interesado dirigirá la correspondiente solicitud a la Universidad de su elección.


3. A efectos de lo dispuesto en este artículo, las Universidades incluirán en la memoria del plan de estudios verificado, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de
las enseñanzas universitarias oficiales, los criterios de acreditación y ámbito de la experiencia laboral o profesional en relación con cada una de las enseñanzas, de forma que permitan ordenar a los solicitantes. Entre dichos criterios se
incluirá, en todo caso, la realización de una entrevista personal con el candidato, que podrá repetir en ocasiones sucesivas.'


Es necesario que se tenga en consideración el Real Decreto 412/2014 que habilita el acceso a los estudios de Grado a través de la experiencia profesional sin titulación habilitante a cualquier ciudadano y por tanto también a cualquier
Policía Nacional. Al no exigir Bachiller académico y estar basada en la experiencia profesional, daría una salida legal para aquellos que cuentan con una experiencia policial suficiente y que aprobaron la oposición con los requisitos de titulación
que se les exigió en su día, siendo actualmente titulaciones que se encuentran obsoletas.


Independientemente de lo anterior, para aquellos funcionarios policiales que no cumplan con las condiciones que se marcan en el Real Decreto 412/2014, se debe habilitar una prueba de acceso al Centro Universitario Policial. Esta propuesta
daría una vía a aquellos funcionarios policiales que no cuentan con los estudios previos que den acceso a Universidad y a su vez no cuentan con una experiencia profesional policial suficiente como para enmarcarles en la vía anterior.


Consideramos esencial que el funcionario policial cuente con motivación en su trabajo, ya que es una profesión que exige una dedicación plena.



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Esta motivación se ve perjudicada en el actual contexto de incertidumbre generado, al dejar expirar la moratoria sin proponer soluciones durante cinco años y no planteando vías alternativas. Se puede afirmar que se ha minado y desgastado a
multitud de funcionarios policiales, afectando a muchos de ellos en su labor policial diaria, por esta pérdida de expectativas.


Un Policía Nacional no puede ser excluido del derecho a la formación en el Centro Universitario Policial, que es imprescindible para su ascenso profesional, si cumple con los requisitos establecidos para cualquier ciudadano en el acceso a un
centro universitario cuando no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder al mismo por otras vías.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aplicar el Real Decreto 412/2014 para habilitar el acceso a los estudios de Grado a través de la experiencia profesional, sin titulación habilitante para los ascensos dentro del Cuerpo Nacional de Policía.


2. Para aquellos funcionarios policiales que no cumplan con las condiciones que se marcan en el Real Decreto 412/2014 habilitar una prueba de acceso al Centro Universitario Policial.


3. Regular normativamente los procesos de admisión a las enseñanzas universitarias de Grado del Centro Universitario Policial, ajustándose a lo establecido en el artículo 3 Acceso a los estudios universitarios oficiales de Grado, Capítulo
II del Real Decreto 412/2014 de 6 de junio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de julio de 2021.-Ana Belén Vázquez Blanco y Elena Castillo López, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002961


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a la elaboración de un reglamento que regule la situación de las unidades caninas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, así como de las entidades y organizaciones civiles que
prestan también servicio empleando canes de servicio.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que la previsión contenida en el apartado tercero se llevaría a cabo, en todo caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite como
Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este
acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al gobierno a la
elaboración de un reglamento que regule la situación de las unidades caninas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado así como de las entidades y organizaciones civiles que prestan también servicio empleando canes de servicio, para su debate
en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


A finales de 2017, fue aprobado por unanimidad en el pleno del Congreso las modificaciones del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil orientado a eliminar la cosificación de los animales ante el ordenamiento
jurídico, así mismo, cabe la posibilidad de plantear cuantas propuestas sean precisas para el desarrollo de la regulación protectora.


Por otro lado, existe un vacío legal que afecta al ámbito de las unidades caninas, tanto las que pertenecen a los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, como las que existen en empresas, instituciones y organizaciones civiles cuya labor
se desarrolla en colaboración con los anteriores.


Dentro del entorno europeo, existen países que ya han avanzado con la normalización de la situación jurídica de estos agentes caninos, también llamados perros de servicio, reconociendo así la labor esencial que realizan estos animales en la
detección de drogas, armas, explosivos, búsqueda y rescate, prevención o investigación de incendios, vigilancia medioambiental, etc ...


En nuestro país, cabe diferenciar dos problemas concretos de las unidades caninas: por un lado, la situación heterogénea en la que se encuentran las diferentes unidades caninas de los cuerpos públicos (Fuerzas Armadas, Policía Nacional,
Guardia Civil, Policías locales, Bomberos ....), que aún estando sometidos al orden institucional al que corresponden, aún siguen mostrando lagunas regulatorias; de otro lado, debido al vacío legal existente, en el ámbito civil, no están reguladas
la profesión de adiestrador canino ni tampoco existe la acreditación u homologación de centros de formación para adiestradores y guías caninos, así como tampoco está regulada la situación de los canes respecto de su identificación como agente
público o civil en relación al servicio que prestan dentro del binomio persona-perro, ni la evaluación a la que deberían someterse para mantener su acreditación, o la atribución de los derechos que les amparan para situaciones tales como el acceso a
espacios públicos, retiro de la actividad, delitos que atenten contra la integridad física o la seguridad de estos agentes caninos y una larga lista de aspectos que deberían ser legislado en pro de velar por los intereses de estos animales, de su
protección y de la calidad del servicio que pueden prestar durante su vida útil.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. La elaboración de un reglamento que regule la situación de las unidades caninas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de las empresas y organizaciones civiles, para así poder afrontar los problemas desarrollados en la
exposición de motivos de índole legal, técnico y de normalización del sector.


Segundo. Crear por parte del Ministerio del Interior en el marco de esta estrategia una mesa de estudio, junto con las Comunidades Autónomas, la FEMP y las entidades civiles del sector, para evaluar la revisión de las necesidades y
deficiencias existentes, la relevancia de su regulación y la definición clara y concreta de los diferentes espacios de trabajo y campos de especialización en la cual también se ven afectadas no solo el Código Civil sino también el resto del actual
marco legal, dando participación en todo caso a los representantes del conjunto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Tercero. Dar cuenta a esta Comisión en el plazo de tres meses del desarrollo de lo acordado en esta Proposición no de Ley.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de julio de 2021.-Víctor Valentín Piriz Maya y Ana Belén Vázquez Blanco, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para paliar efectos y daños de las
inundaciones en Asturias en el mes de junio para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Como consecuencia de las fuertes lluvias acaecidas la tercera semana del mes de junio en Asturias, algunas de las cuales concentradas en cortos espacios temporales y lugares concretos, se han producido cuantiosos daños materiales en diversas
zonas del Principado de Asturias.


En la tarde del miércoles 16 de junio, la tormenta se concentró en el Concejo de Oviedo con una tromba de agua (acompañada de granizo y relámpagos) cuyo periodo de retorno se sitúa más allá de 50 años en algunos puntos y cuyos destrozos
materiales fueron cuantiosos en negocios, viviendas e infraestructuras públicas.


La fuerte tormenta generó 40 inundaciones, más de una treintena de ellas en Oviedo, varias en Siero, Piloña y Grado, y se produjeron 596 llamadas al Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), en tan solo dos horas. Además,
se produjeron el corte a la circulación de varias carreteras en Oviedo, en Siero, en Llanera y en Belmonte de Miranda. Fue necesaria la activación de los servicios de limpieza de pavimento para eliminar de lodo y piedras el pavimento de varias
calzadas.


En concreto el Concejo de Llanes registró el record de lluvias en España, con 96 litros por metros cuadrado en poco más de una hora en la madrugada del viernes 18 de junio. La lluvia arrastró grandes cantidades piedras, tierra y barro,
anegando calles y provocaba también inundaciones en casas, sótanos y garajes, negocios, y obligado a cerrar el juzgado de la localidad. El agua llegó a las viviendas supero más de un metro en su interior. Igualmente afectó a carreteras y caminos,
como la N-634 o dificultado la circulación por la autovía A-8, y provocando el corte de la carretera AS-343 por un desprendimiento del firme de la calzada. Por otra parte, la línea de Feve también resultó afectada.


Entre otros municipios, especialmente afectados, los núcleos de Riego y Vidiago, en donde se vieron obligados a suspender las clases en el Centro Rural Agrupado de este último municipio. Así mismo fue cuantiosa la lluvia caída en Colunga,
Gijón, Avilés, el aeropuerto y Aller.


A las proposiciones no de ley sobre prevención de riesgos de inundaciones, mapas de riesgo, limpieza de cauces y riberas y planes de emergencia ya tramitadas, se propone que ante esta situación excepcional se actúe con el fin de paliar los
efectos en todos los ámbitos: económicos personales, medio ambientales, en infraestructuras, en agricultura, dotación de medios, etc ...


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar, en colaboración con las administraciones afectadas y a la mayor brevedad posible, un informe con la evaluación de los daños de las tormentas e inundaciones sucedidos durante el mes de junio de 2021 en el Principado de Asturias,
determinando y cuantificando el alcance real de los mismos.


2. Analizar la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, según el procedimiento y a los efectos de lo establecido en la Ley 17/2015, de 9 de julio, en los municipios afectados.


3. En atención a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, aplicar las medidas Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la
borrasca 'Filomena', acorde a lo dispuesto en el artículo 1.2 del mismo.


4. Activar, en todo caso, las ayudas para situaciones no declaradas como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, acorde a las características y necesidades del acontecimiento.


5. Evaluar, si procede, las medidas excepcionales de autorización de reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas siniestradas.


6. Que el Gobierno comunique a los Ayuntamientos afectados su decisión sobre la aprobación de las medidas de ayudas aplicadas de cara a la previsión de presupuestos municipales.



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7. Llevar a cabo la coordinación y seguimiento de las medidas para lograr su máximo desarrollo, creando una comisión de coordinación según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 17/2015, de 9 de julio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de julio de 2021.-Paloma Gázquez Collado y César Sánchez Pérez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002974


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, en su condición de Portavoces Adjuntos y D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Ignacio Gil Lázaro, en su condición de Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la regulación del uso de cámaras corporales
policiales, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Marco normativo.


1. El artículo 104 de la Constitucional Española establece que 'las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad
ciudadana'. Así lo reitera el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ('L.O. 2/1986').


2. Por otro lado, como señala la exposición de motivos de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos 102 (L.O. 4/1997), 'la
prevención de actos delictivos, la protección de las personas y la conservación y custodia de bienes que se encuentren en situación de peligro, y especialmente cuando las actuaciones perseguidas suceden en espacios abiertos al público, lleva a los
miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad al empleo de medios técnicos cada vez más sofisticados. Con estos medios, y en particular mediante el uso de sistemas de grabación de imágenes y sonidos y su posterior tratamiento, se incrementa
sustancialmente el nivel de protección de los bienes y libertades de las personas'.


3. El artículo 1 de la L.O. 4/1997 establece el objeto de la misma, señalando expresamente 'que la presente Ley regula la utilización por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de videocámaras para grabar imágenes y sonidos en lugares
públicos, abiertos o cerrados, y su posterior tratamiento, a fin de contribuir a asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como de prevenir la comisión de
delitos, faltas e infracciones relacionados con la seguridad pública. [ ...] Las referencias contenidas en esta Ley a videocámaras, cámaras fijas y cámaras móviles se entenderán hechas a cualquier medio técnico análogo y, en general, a cualquier
sistema que permita las grabaciones previstas en esta Ley'.


Segundo. Cámara Corporal Policial.


4. Uno de los últimos medios técnicos que actualmente está al servicio de nuestras FCSE es la denominada Cámara Corporal Policial (CCP). Este instrumento se puede definir como 'una pequeña cámara de batería utilizada en los uniformes de
policía que captura la interacción del público desde el punto vista oficial del policía' 103. Las CPP implican la captación de imágenes desde la perspectiva de un Agente de Policía en el ejercicio de sus funciones.


102 Esta Ley Orgánica tiene por objeto la 'regulación del uso de los medios de grabación de imágenes y sonidos que vienen siendo utilizados por la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, introduciendo las garantías que son precisas para que el
ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución sea máximo y no pueda verse perturbado con un exceso de celo en la defensa de la seguridad pública'.


103 APD Body Cam; https://www.austintexas.gov/department/apd-bodv-cam [Última visita 06/07/2021]



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5. Continuando con la L.O. supra, se prevé en su articulado la interceptación de imágenes, ya sea a través de instalaciones fijas o móviles (artículos 3 y 5), supeditando el uso de videocámaras móviles a 'casos excepcionales de urgencia
máxima o de imposibilidad de obtener a tiempo la autorización indicada en razón del momento de producción de los hechos o de las circunstancias concurrentes'. En definitiva, debe darse una situación de excepcionalidad para que los Agentes de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ('FCSE') puedan hacer uso de videocámaras móviles, un hecho que puede implicar la pérdida de oportunidad de poder captar las imágenes de hechos en los que intervienen.


6. Por otro lado, en nuestro ordenamiento jurídico se prevé igualmente el uso de sistemas de recepción de imágenes por parte de los Agentes de la Policía, cuando estos actúan como policía judicial 104.


7. Sin embargo, a pesar de la normativa anteriormente referenciada, no existe regulación específica en nuestro ordenamiento jurídico destinada a reglar el uso o existencia de CPP a nivel nacional. Una laguna que exige ser debidamente
abordada desde el Gobierno, cumpliendo los estándares mínimos de recepción de imágenes por parte de las FCSE.


Tercero. Principios en la captación de imágenes por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.


8. Recoge la Exposición de Motivos de la L.O. 4/1997 que las garantías en el uso del sistema de grabación por parte de las FCSE se basan 'en el principio de proporcionalidad, en su doble versión de idoneidad e intervención mínima' 105. En
este sentido, de acuerdo con el artículo 6 de la L.O. 4/1997, 'la idoneidad determina que solo podrá emplearse la videocámara cuando resulte adecuado, en una situación concreta, para el mantenimiento de la seguridad ciudadana, de conformidad con lo
dispuesto en esta Ley. En cuanto a la intervención mínima, señala el citado artículo, 'exige la ponderación, en cada caso, entre la finalidad pretendida y la posible afectación por la utilización de la videocámara al derecho al honor, a la propia
imagen y ala intimidad de las personas'.


9. Asimismo, el artículo 588 bis de la LECrim establece que los principios rectores que han de observarse en la práctica de alguna medida de investigación durante la instrucción de una causa por parte de la Policía Judicial, como puede ser
la captación de imágenes en lugares o espacios públicos, son los de 'especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad de la medida'.


10. Sobre la función de captación de imágenes por parte de la Policía Judicial, apuntaba la Fiscalía General del Estado en la Circular 4/2019, de 6 de marzo, de la Fiscal General del Estado, sobre utilización de dispositivos técnicos de
captación de la imagen, de seguimiento y de localización ('Circular 4/2019'), que es numerosa la jurisprudencia que viene 'considerando legítima y no vulneradora de derechos fundamentales la filmación de escenas presuntamente delictivas que suceden
en espacios o vías públicas (SSTS n.° 968/1998, de 17 julio; 67/2014, de 28 enero; 409/2014, de 21 de mayo; y 200/2017, de 27 de marzo).


11. La Circular 4/2019 continúa explicando, en relación con la L.O. 4/1997, que la función preventiva de esta Ley Orgánica no impide que 'las grabaciones realizadas al amparo de la misma puedan incorporarse a un procedimiento penal en
aquellos casos en los que llegaran a constituir pruebas o indicios de actividad delictiva. En estos supuestos, conforme al artículo 7 ...las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pondrán la cinta o soporte original de las imágenes y sonidos en su
integridad a disposición judicial con la mayor inmediatez posible y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas desde su grabación. De no poder redactarse el atestado en tal plazo, se relatarán verbalmente los hechos a la autoridad
judicial, o al Ministerio Fiscal, junto con la entrega de la grabación'.


12. Por tanto, la captación de imágenes por parte de agentes de las FCSE, a través de nuevos sistemas tecnológicos como es la CCP, requiere de un reforzamiento normativo que tenga en cuenta las necesidades actuales y el hecho de que suponen
un refuerzo en la seguridad ciudadana. En definitiva, el uso por parte de la Policía Nacional de CCP no se encuentra amparado actualmente por lo dispuesto en el artículo sexto de la L.O. 4/1997, algo que debería ser atendido desde el poder
Ejecutivo para el mejor desarrollo de las funciones del Cuerpo Nacional de Policía. En este sentido, la Comisión de Garantías de


104 V. gr. artículo 588 quinquies del Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) señalar que 'La Policía Judicial podrá obtener y grabar por cualquier medio técnico imágenes de
la persona investigada cuando se encuentre en un lugar o espacio público, si ello fuera necesario para facilitar su identificación, para localizar los instrumentos o efectos del delito u obtener datos relevantes para el esclarecimiento de los
hechos'.


105 Principio básico de actuación de las FCSE, y, que se encuentra recogido en el artículo 5.2.c) de la LO 2/1986; 'En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, y sin demora cuando de ello dependa evitar un
daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance'.



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Videovigilancia 106 de la delegación de Gobierno de Madrid, en una respuesta a una solicitud de informe en relación al uso de las CCP por parte de la Dirección General de la policía municipal del Ayuntamiento de Madrid, de 18 de febrero de
2021, apuntó lo siguiente: 'se llega a la conclusión de que debería haber una norma o protocolo que regule los requisitos o procedimientos concretos que deberían concurrir para realizar un uso legal y adecuado de las mencionadas cámaras. Al
tratarse de una necesidad de ámbito nacional y exceder esta tarea las competencias de esta Comisión de Garantías de la Videovigilancia, se acuerda que dicha regulación podría ser elaborada por el Ministerio del Interior, al cual se decide sea
trasladada esta consideración'.


Cuarto. Necesidad de una legislación específica destinada a regular las cámaras corporales policiales.


13. La Agencia Española de Protección de Datos resolvía en 2019 consulta sobre la captación de imágenes por parte de la policía judicial y su adecuación a la normativa de protección de datos, indicando lo siguiente: 'En el caso de que se
utilizasen dispositivos inteligentes que se hayan entregado con carácter oficial para su uso con fines policiales, estos deberán adoptarse todas las precauciones para impedir accesos indebidos a los datos que con ellos se capten 107'.


14. En este sentido, a principios del 2019, la Subdirección General de Gestión económica y Patrimonial de la Subsecretaría del Interior presentó una licitación pública cuyo objeto era el 'suministro de un mínimo de 300 cámaras personales
para su uso en diversas unidades del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil 108', con un valor estimado del contrato de 360.000, que fue finalmente adjudicada a la empresa 'Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España,
S.A.U.'.


15. Además, son varias las reclamaciones que desde sectores policiales vienen demandando la provisión y suministro de CPP para estos agentes. Entre otros, desde el Sindicato Unión de Policía Municipal (UPM), en escrito remitido a la
Delegación del Gobierno de Madrid, solicitaban el uso de CPP en vía pública. Esta solicitud fue, sin embargo, desestimada desde el Órgano institucional aduciendo la necesidad de 'identificar la situación peligro concreto que motive la necesidad e
idoneidad de ese medio, a fin de poder realizar una equitativa ponderación con los bienes jurídicos protegidos por el Ordenamiento, los derechos al honor, a la propia imagen y ala intimidad de las personas'. Continua la Delegación del Gobierno en
Madrid indicando que sí considera necesario el establecimiento de una regulación respecto a los 'requisitos o procedimientos concretos que deberían concurrir para realizar un legal y adecuado uso de las mencionadas cámaras', apuntando que da
traslado a la Dirección General de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior para instar a su estudio, del mismo modo que hizo anteriormente la Comisión de Garantías de la Videovigilancia de la misma
Comunidad.


16. En definitiva, es necesario una respuesta legislativa ante el avance tecnológico que se está viviendo en materia de videograbaciones. Es fundamental que los nuevos sistemas de videovigilancia al servicio de las FCSE sean reconocidos en
nuestro ordenamiento jurídico, y tengan un marco legal al que ampararse en su uso y desarrollo.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la modificación de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, al objeto
de articular jurídicamente el uso de los nuevos sistemas de videovigilancia al servicio de las fuerzas de seguridad, así como el uso adecuado de las Cámaras Corporales Policiales, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.'


Palacio de Congreso de los Diputados, 16 de julio de 2021.-Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel e Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-Macarena Olona Choclán y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Portavoces del Grupo
Parlamentario VOX.


106 Órgano colegiado regulado en el artículo tercero de la LO 4/1997.


107 Informe Jurídico AEPD 2019/09; https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-09/informe- iuridico-rgpd-uso-camaras-privadas-por-la-policia.pdf [Ultima visita 07/07/2021].


108 Número de expediente: 00000018M089.



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Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002856


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la mejora de la N-547 entre Arzúa y Melide para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


En el tramo de la N-547 que va desde Arzúa a Melide se registran hasta cuatro puntos negros que generan una alta concentración de accidentes, de hecho, este tramo es uno de los de mayor siniestralidad de la Red de Carreteras del Estado, lo
que hace imprescindible intervenir para mejorar la seguridad vial.


Aunque desde el Ministerio ya ha actuado en alguno de estos puntos, como por ejemplo eliminando el doble carril en los lugares de Ribadiso y A Portela, o la eliminación de las zonas de adelantamiento o la limitación de la velocidad a 70
km/h, estas acciones han demostrado ser meros parches que no han dado una solución definitiva al problema, pues sigue existiendo un alto número de accidentes muchos de ellos mortales.


El tramo de la N-547 Lugo-Santiago a su paso por Ribadiso tiene un amplio y triste registro de accidentes de tráfico que lo convierten en uno de los principales puntos problemáticos de esta vía, que se caracteriza por un trazado sinuoso, con
muchas curvas y un firme resbaladizo cuando llueve.


Pero como ya hemos mencionado, el trazado tiene más puntos con una alta siniestralidad y no solamente el que se sitúa a la altura de Ribadiso. Destaca así el tramo de curvas que discurren a la altura del núcleo de Boente, tanto en dirección
a Santigo como a Lugo. También puede citarse corro tramo especialmente peligroso el conocido como 'curvas do Barreño', situado ya en el término municipal de Melide, o el tramo de A Portela en la parroquia de A Castañeda en Arzúa.


La situación de peligrosidad se ha visto agravada debido al gran aumento de tráfico que está soportando en los últimos meses debido a que la autovía A-54 entre Arzúa y Palas de Rei está aún en obras. Así, todo el tráfico que circula por
esta vía de alta capacidad debe volver a la carretera convencional y circular por ella, atravesando núcleos de población, hasta que vuelve a incorporarse pasado Palas.


Especialmente preocupante es la situación que se vive en el centro de la villa de Arzúa, donde la N-547 atraviesa el casco urbano. Desde que se abrió al tráfico el tramo de la A-54 Lavacolla-Arzúa, el tráfico rodado ha sufrido un notable
aumento y ha supuesto también un incremento de los accidentes y atropellos. En los días de tráfico más intenso se forman largas colas y retenciones, sobre todo en el cruce entre la N-547y las AC-234y AC-905. Como consecuencia de todo ello, los
vecinos y vecinas de Arzúa, además de los peligros derivados del tráfico continuo en el centro, tienen que soportar las molestias derivadas del ruido y vibraciones derivadas del tránsito, sobre todo de los camiones y vehículos de transporte pesado.


La mejor solución al problema pasa por terminar lo antes posible los tramos pendientes de la A-54, que permitan reducir el tráfico rodado en el caso urbano, pero además, es necesario adoptar otras medidas de seguridad vial en las zonas más
conflictivas que ayuden a reducir la siniestralidad.


Así, en el centro de Arzúa debe acometerse la instalación de pasos de peatones elevados que obligarían a la reducción de la velocidad con la que circulan los vehículos y darían mayor seguridad a los viandantes. De hecho, el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana anunció su compromiso el pasado mes de abril de ejecutar un proyecto de mejora integral en la travesía que define la carretera nacional N-547 (Lugo-Santiago) a su paso por el casco urbano de Arzúa, pero no se
ha sabido nada más sobre cuando se materializará ni que actuaciones comprende.


Pero la actuación no puede limitarse al centro de Arzúa, sino que debe solucionar de forma definitiva todos los problemas existentes en esos tramos negros de la N-547 con alta concentración de accidentes.



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Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobiemo a:


1. Intervenir en el tramo de la N-547 entre Arzúa y Melide en el que se concentran hasta cuatro puntos negras para el tráfico y que acumula un elevado número de accidentes, estableciendo las correcciones del trazado, señalización y cuantas
medidas considere necesarias para reducir la peligrosidad de la vía, especialmente a la altura de los núcleos de Ribadiso, A Porrtela, Boente o Barreiro.


2. Acometer así mismo una actuación urgente en la travesía de la N-547 por el casco urbana de Arzúa para dar una solución a la actual situación de intenso tráfico que pone en riesgo el tránsito de peatones y viandantes, además de generar
atascos y contaminación acústica que dificulta la vida de los vecinos y vecinas. Para ello será necesario implementar las medidas necesarias para asegurar la reducción de velocidad de los vehículos y garantizar la seguridad del tránsito a pie, como
por ejemplo la instalación de pasos de peatones elevados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de junio de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/002861


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la construcción de una variante que rodee Parga (Guitiriz) y permita la retirada de la vía férrea del centro urbano para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


ADIF ha hecho público un proyecto para la eliminación de los tres pasos a nivel del casco urbano de Parga (Concello de Guitiriz), sin embargo, el diseño presentado no convence ni a los vecinos y vecinas, ni al equipo de Gobierno del
Concello, ni al BNG, pues sigue suponiendo la división del núcleo en dos mitades.


Desde 1875 los vecinos y vecinas de Parga han tenido que soportar el paso del tren por el centro de su pueblo, sufriendo las molestias que causa y, sobre el todo, el peligro de accidentes tanto para los vehículos como para las y los
peatones, que deben atravesar las vías diariamente para cruzar de un lado a otro del casco urbano utilizando para ello los tres pasos a nivel existentes en la actualidad.


Con el proyecto que avanza ADIF la división de Parga se vería acentuada, pues propone la construcción de una vía subterránea, para vehículos y peatones, a la altura del paso central y la sustitución de los otros dos pasos a nivel por pasos
peatonales también inferiores, construyendo un muro para impedir el acceso a las vías en la superficie.


La solución propuesta no sólo dificultaría o impediría totalmente la comunicación entre ambas partes de Parga, sino que también afectaría directamente a una de sus principales fuentes de ingresos y de dinamización económica, las dos ferias
mensuales, que serían muy difíciles de mantener con el proyecto previsto.


Tal y como la propia ADIF ha reconocido el Ministerio tiene la obligación de eliminar los pasos a nivel que superan la ratio, entre vehículos y trenes, de 1.500, que en el caso del paso a nivel situado en Parga, al lado de Casa de Lino pasa
de los 16.000 vehículos y 2.500 trenes. También tienen la obligación de suprimir los pasos en que exista menos de 500 metros entre cada uno, como sucede con los tres que hay en Parga.


Así, es necesario eliminar los pasos a nivel, pero no a cualquier precio, debe desarrollarse un proyecto que permita garantizar la seguridad viaria en Parga, pero no puede sacrificarse el futuro de esta localidad para conseguirlo.



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En este sentido, la propuesta de los vecinos y vecinas, que también es defendida por el BNG, es la construcción de una variante para sacar la vía férrea del centro de Parga. Sería para ello necesario modificar el trazado desde a Ponte da
Retorta por la parte norte de Parga y conectar de nuevo con la vía actual en Recemil. Esta opción tendría además la ventaja de reducir el actual trazado que pasaría de los 5 km actuales a sólo 3,7.


Esta opción no solo conseguiría evitar la división del núcleo en dos, sino que liberaría los terrenos ocupados por la vía en el centro que podrían ser destinados al disfrute público, lo que serviría para la mejora de la calidad de vida y
como revulsivo económico de Parga.


Recientemente, desde la iniciativa Parga non se vende, que agrupa a los vecinos y vecinas del municipio afectados por el trazado, han presentado otra propuesta de variante, elaborada por el equipo de infraestructuras de la Universidad de
Santiago de Compostela del campus de Lugo, otra alternativa que lograría el objetivo de no dividir en dos Parga.


Como es lógico, la realización de una variante que rodee el centro urbano implica un presupuesto mayor que el simple soterramiento de los pasos a nivel, pero es la alternativa con más ventajas y con una mayor proyección de futuro. Supondría
dar una mejor habitabilidad y seguridad al pueblo al tiempo que se logra una línea férrea en condiciones de poder afrontar el necesario desarrollo y potenciamiento futuro del trasporte ferroviario de mercancías y también de viajeros como opción más
sostenible.


Los vecinos y vecinas quieren que el tren siga pasando por el concello, Guitiriz debe tener una línea ferroviaria útil y provechosa, que permita la conexión de personas y empresas y, para ello, es necesario un trazado adaptado a las
necesidades del siglo XXI, que ayude al desarrollo económico de Guitiriz y de toda la comarca. En este momento lo vecinos soportan el paso de la vía por el centro de Parga, pero no cuentan con un servicio adecuado.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Descartar el actual proyecto propuesto por ADIF que prevé el soterramiento de los tres pasos a nivel de Parga que agravaría aún más el problema de la división del núcleo urbano en dos mitades incomunicadas, tal y como reclaman los
vecinos y vecinas, el grupo de gobierno municipal, organizaciones políticas, como el BNG, colectivos y asociaciones pues supondría mantener el paso del tren por el centro del pueblo y levantar un muro que lo dividiría en dos.


2. Abordar la redacción de un proyecto que permita la construcción de una variante de la vía férrea en Parga, con lo que se conseguiría sacar el tren del centro, mejorando así la calidad de vida y el desarrollo económico de esta vila, pero,
al mismo tiempo, mantener y adecuado servicio ferroviario y prepararse para los retos de futuro en que el tren será la principal alternativa de transporte sostenible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de junio de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/002862


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para restablecer las líneas y
frecuencias ferroviarias suprimidas en los últimos meses en la provincia de Huesca y acometer las inversiones necesarias para paliar el déficit crónico de infraestructuras ferroviarias de la provincia, para su debate en la Comisión de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El transporte ferroviario representa una modalidad esencial para garantizar la movilidad dentro del territorio de nuestro país y una vía indispensable para enraizar la población local. De manera singular, en



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provincias como Huesca donde el fenómeno de la despoblación es intenso, la presencia permanente del tren tiene que ser un factor vertebral de la conectividad interna, so pena de que la supresión de líneas y frecuencias acabaría condenando a
nuestro territorio a una decadencia irreversible. Indudablemente la pandemia ha podido generar ajustes y restricciones momentáneas de actividad ferroviaria, pero en modo alguno puede utilizarse esta circunstancia para mermar de manera crónica las
líneas y frecuencias preexistentes a la crisis sanitaria, que, como las líneas que se describen en esta proposición no de ley, ya habían sido afectadas por la resolución del convenio Renfe-Adif el 1 de enero de 2020.


Como antecedentes inmediatos, con fecha 1 de septiembre de 2014, el Gobierno de Aragón y la Entidad Pública Empresarial Renfe Operadora, firmaron un contrato de servicio público para la prestación de servicios de transporte de viajeros de
Media Distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón. Según la cláusula 2.2. del citado contrato, Renfe se comprometía a prestar los siguientes servicios de media distancia de interés para Aragón:


Trayecto;N.º servicios;Días de circulación


Zaragoza Delicias-Lleida.;1 en cada sentido.;Diario excepto domingos.


Zaraooza Míraflores-Teruel.;1 en cada sentido.;Diario.


Teruel-Caudiel.;1 en cada sentido.;LXVD/MJSD.


Caspe-Fayon (La Pobla de Massaluca).;2 en cada sentido.;Diario.


Zaragoza-Calatayud.;1 en cada sentido.;LMXJVD.


Calatayud-Ariza.;1 cada día de circulación.;Viernes y domingos.


Huesca-Jaca.;1 en cada sentido.;Sábados y domingos.


Como se puede observar, en el Acuerdo firmado se incluyen las líneas Zaragoza-Monzón-Lleida y Huesea-Jaca siendo que estas ya estaban consideradas como Obligación de Servicio Público según el Acuerdo de Ministros de 28 de diciembre de 2012.


Posteriormente, y considerando el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española por el que se atribuye la competencia al Estado en materia ferroviaria siempre que transcurra por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, el Gobierno
de Aragón decidió no prorrogar el Contrato con Renfe-Operadora. Sin embargo, en posteriores acuerdos de diciembre 2015 y 2016, Renfe Viajeros, S.A. se comprometió a seguir prestando, durante los años 2016 y 2017, de forma excepcional los servicios
objeto del citado contrato.


Posteriormente, con fecha 15 de diciembre de 2017, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo acuerdo estableciendo las OSP y, nuevamente, en su Anexo II se incluyeron las mencionadas líneas que transcurren por nuestra provincia.


El pasado viernes 12 de marzo 2021, desde el departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, se comunicó formalmente a Renfe su intención de no continuar asumiendo los servicios ferroviarios que se
prestan en Aragón de manera complementaria a los que están declarados como Obligación de Servicio Público (OSP), que financia el Gobierno de España.


En un primer momento, se comunicó públicamente que dichos servicios se dejarían de abonar por parte de la Diputación General de Aragón a partir del 31 de marzo 2021. Posteriormente y tras varias reuniones con los Ayuntamientos implicados
(Monzón, Binéfar, Sariñena, Grañén y Tardienta), se decidió prorrogar hasta el 31 de mayo de 2021 el plazo inicialmente otorgado y abrir un periodo de negociaciones para cristalizar un acuerdo con Renfe.


Finalmente, y a la vista de los prácticamente nulos avances en las negociaciones, el pasado 21 de mayo de 2021, la DGA decidió y comunicó que se ampliaba un nuevo mes, esto es, hasta el 30 de junio de 2021, el plazo para negociar con Renfe.
Actualmente, no tenemos ninguna noticia sobre el estado de las negociaciones, ni tampoco sobre la voluntad por parte del Estado de asumir el coste de las líneas que, hasta ahora, venía asumiendo nuestra comunidad autónoma.



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En definitiva, la situación actual de las dos líneas es la siguiente:


a) Línea Zaragoza-Lleida: se trata de una línea vital para la conexión de gran parte del territorio de la provincia de Huesca con la capital de Aragón. En este sentido, transcurre por tres comarcas altoaragonesas como son, Monegros, Cinca
Medio y Litera que, en conjunto, suman -aproximadamente- 63.000 habitantes, distribuidos como sigue: Monegros, 31 municipios en 49 núcleos de población representando más de 21.000 habitantes; Cinca Medio, 9 municipios que suman más de 24.000
habitantes; y Litera, 14 municipios, en torno a 18.000 habitantes.


En virtud del convenio suscrito en septiembre de 2014, la Comunidad Autónoma de Aragón asumía el coste de un servicio de ida y uno de vuelta todos los días excepto los domingos.


Hasta la declaración del estado de alarma, había tres servicios diarios (ida y vuelta), excepto los domingos que contaba con dos servicios. Tras la declaración del estado de alarma, se suprimió un servicio de ida y otro de vuelta que, a
fecha de hoy, todavía no ha sido repuesto (a pesar de haberse anunciado públicamente que la intención era que se restableciera).


b) Línea Huesca-Canfranc (origen desde Zaragoza): Se trata de una línea que, en 2014, circulaba todos los días un tren de ida y un tren de vuelta. El 1 de marzo de 2020 se encontraban implantados los horarios al completo, siendo una línea
fundamental como eje vertebrador del Alto Aragón. Tras la declaración del estado de alarma, se suprimieron diez líneas de servicio. De este modo, a día de hoy, la línea Zaragoza-Huesca-Jaca, presta un servicio muy reducido en comparación al
establecido a comienzos del 2020.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proceder de forma inmediata a:


1. El restablecimiento de las líneas y frecuencias ferroviarias suprimidas en la provincia de Huesca en los últimos dos años, con el fin de preservar el servicio necesario en un territorio que precisa del transporte por tren para promover
la movilidad y paliar los efectos devastadores de la despoblación.


2. La aprobación de un marco estable y continuado de financiación de las líneas indicadas, que permita garantizar el mantenimiento del servicio a lo largo de los próximos años.


3. La planificación y presupuestación de los recursos necesarios en los próximos años para que la provincia de Huesca supere el déficit crónico de infraestructuras ferroviarias y de transporte de tren que aqueja a la provincia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de julio de 2021.-Mario Garcés Sanagustín, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002881


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la reposición de todos los
servicios ferroviarios que Renfe venía prestando hasta la declaración del primer estado de alarma por el COVID-19, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Real Decreto-ley 463/2020 por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establecía en su artículo 14 distintas medidas en materia de transporte con el objeto de restringir
la movilidad. En este sentido, el Real Decreto abordaba la reducción de la oferta de operaciones y frecuencias ferroviarias en ciertos porcentajes.



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Una vez culminada la emergencia sanitaria y concluido los distintos estados de alarma, no hay razón alguna, ni explicación, para que las frecuencias de todos los servicios ferroviarios vuelvan a su estado anterior al primer estado de alarma.
Es más, durante los distintos estados de alarma, se ha venido diciendo por el propio Gobierno que una vez finalizados los estados alarma se repondrían todos los servicios y la oferta existente previa al 14 de marzo de 2020.


No podría entenderse que el COVID-19 se haya convertido en la excusa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para eliminar servicios elementales dentro de su obligación de servicio, como así podría parecer de distintas
declaraciones de los responsables del Gobierno, al decir que la operadora Rente carece aún de fecha para reponer los servicios existentes previos al 14 de marzo de 2020 y ahora suprimidos, pero prevé llegar al 75 % en media distancia en junio
mientras el resto se restituirá paulatinamente atendiendo al aumento de la demanda.


Transcurrido ya un mes de la finalización del estado de alarma último, todo indica a una mayor demanda de los servicios ferroviarios y de cómo, ya muchos de los servicios existentes van repletos de viajeros y todas las poblaciones por donde
pasan los servicios ferroviarios, reclaman de forma contundente la recuperación de los mismos.


En consecuencia, es pues llegado el momento de que Renfe ponga en funcionamiento la totalidad de las frecuencias y servicios preexistentes al 14 de marzo de 2020 y de que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, le inste
además, a llevar a cabo las propuestas que se señalan en esta Proposición no de Ley.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La reposición inmediata de todas las frecuencias ferroviarias de alta velocidad y tren convencional, existentes al 12 de marzo de 2020.


2. La utilización de las plazas de AVANT y AVE sin ocupar, a su paso y parada por otras localidades, una vez que salga el tren del origen, en un plazo mínimo de treinta minutos.


3. La prolongación inmediata de la extensión de la duración actual de los abonos ferroviarios.


4. La prestación inmediata en los trenes AVE y Larga Distancia del Servicio de Atención y Restauración a Bordo y su logística en condiciones idénticas a como se realizaba con anterioridad a la declaración del primer estado de alarma por el
COVID-19, con las medidas de prevención que garanticen la salud y la seguridad de viajeros y los trabajadores.


5. La implantación de una bonificación especial de un 25 % sobre los descuentos de los abonos actualmente existentes en el transporte ferroviario, por motivos laborales o universitarios, cuando se esté empadronado en una CC.AA. distinta a
aquella donde se trabaja o estudia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2021.-Andrés Lorite Lorite, Elvira Velasco Morillo, María del Carmen González Guinda, Eduardo Carazo Hermoso, Alicia García Rodríguez, Jaime Miguel Mateu Istúriz, José Ángel Alonso Pérez,
José Antonio Bermúdez de Castro Fernández, María Jesús Moro Almaraz, Miguel Ángel Paniagua Nuñez, Milagros Marcos Ortega, María Sandra Moneo Díez, Tomás Cabezón Casas y Jesús Postigo Quintana, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002900


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reducción de las tarifas
aeroportuarias en línea con la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



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Exposición de motivos


La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, fija el marco de regulación económica de las tasas que Aena tiene derecho a percibir por la prestación de los servicios
aeroportuarios. Así, cada quinquenio se establece un Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) en el que se concretan las obligaciones derivadas de este marco para el periodo regulatorio de referencia. El primer DORA está llegando a su
caducidad, la cual se producirá el próximo día 31 de diciembre de 2021 ya que su aplicación se produce durante el periodo regulatorio 2017-2021. De este modo, la aprobación del DORA 11 (periodo regulatorio 2022-2026) por parte del Consejo de
Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha de producirse de forma previa al próximo 30 de septiembre, recogiéndose en él las tarifas aeroportuarias que Aena aplicará a partir de 2022.


La CNMC, como autoridad independiente, ha aprobado el correspondiente informe previo a la elaboración del Documento que la Dirección General de Aviación Civil (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) elevará a la aprobación del
Consejo de Ministros. La CNMC ha analizado la propuesta que el gestor aeroportuario Aena ha realizado, la cual incluye un incremento de las tarifas en un 3,29 %; mientras, la propia CNMC ha propuesto la reducción de las tarifas aeroportuarias en
un 0,44 % anual durante los cinco años del periodo 2022-2026.


Y es que la CNMC ha analizado en su informe los diferentes parámetros contenidos en la propuesta de Aena y ha mostrado sus discrepancias con respecto al cálculo realizado por el gestor aeroportuario de las previsiones de tráfico y la
recuperación de los niveles previos a la pandemia, los estándares de calidad, los criterios de estimación de costes operativos y la metodología del cálculo del coste de capital. Como consecuencia de todas las discrepancias mencionadas, la CNMC ha
considerado necesaria una reducción anual de las tarifas de un 0,4 % en lugar del incremento del 3,29 % propuesto por Aena. Según sostiene la CNMC, con esta reducción quedaría garantizada la sostenibilidad económica de la red aeroportuaria en el
periodo del segundo DORA y se fomentaría la recuperación del tráfico aéreo tras el impacto derivado de la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia del COVID-19.


La mencionada Ley 18/2014 establece que las tarifas aeroportuarias no podrán incrementarse con carácter general hasta 2025, salvo alguna excepción debidamente justificada. Aena ha alegado en este sentido gastos sobrevenidos e imprevistos
por importe de 210,4 millones en materia de seguridad (inspección de equipaje de mano y en bodega, control sistemático de las fronteras de la UE, etc.), sin embargo el regulador, al igual que lo hicieron las compañías aéreas, discrepa de que estos
gastos pudieran tener esa condición de excepcionalidad que justifiquen una subida tarifaria ya que derivan de una normativa previa incluso al DORA l. Por todo ello, la CNMC entiende que no se cumplen las condiciones para reconocerse la exención a la
norma que impide incrementar las tasas hasta 2025.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acordar dentro del segundo Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA II) y en la línea del informe realizado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la reducción
anual de un 0,44 % en las tarifas aeroportuarias para el periodo 2022-2026.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Andrés Lorite Lorite, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002902


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el impulso y promoción de la
compañía Correos en el mundo rural, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



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Exposición de motivos


El Servicio Postal Público prestado por Correos, juega un indudable y valioso papel para contribuir a la cohesión social, territorial y económica del país, tanto a nivel estatal, como autonómico, provincial y, especialmente, municipal.


Lo hace atendiendo diariamente todas las localidades y municipios del Estado, garantizando la prestación del servicio postal público a la totalidad de los núcleos de población al margen de la rentabilidad económica.


Como muestra de su capacidad vertebradora y de cohesión territorial, el Correo público de nuestro país hace llegar los envíos postales a más de 8.000 municipios, 16 millones de hogares (familias), 3,2 millones de empresas (más de un 99 % son
Pymes) y un total de 7.100 puntos de atención al ciudadano en el ámbito rural (carteros/as rurales y oficinas); para lo que se realizan más de 100.000 kilómetros diarios.


La importancia de este servicio por tanto es fundamental en un contexto de despoblación del mundo rural, tanto por la importancia del mantenimiento de servicios en nuestros pueblos que contribuyen a fijar población como por los puestos de
trabajo que se generan.


Los Servicios Postales, declarados durante el estado de alarma como servicios esenciales, son un elemento arraigado en la vida social de los municipios de la provincia desde la prestación de un servicio Público, contribuyendo al desarrollo
económico de los mismos, facilitando y dando accesibilidad por derecho a ciudadanos/as, comercios, empresas y administraciones a disponer de un servicio a precio asequible y de calidad.


El debilitamiento del servicio público postal, que está llevando a cabo la Dirección de Correos, mediante el recorte de servicios rurales, la externalización de servicios o el trasvase de la actividad a otras empresas, está afectando
directamente al derecho de la ciudadanía a la recepción de correspondencia de forma accesible y asequible, especialmente en la España vaciada.


Estos hechos contrastan con el último anuncio por parte del Grupo Correos de la vuelta a resultados positivos con un beneficio de 4,7 M de euros en el primer trimestre del 2021. Y también lo hacen, con el anuncio que se hizo el pasado 20 de
abril del programa piloto de la compañía pública Correos, programa implementado en las provincias de Jaén y Lugo y en el que se está trabajando para que todas las carteras y carteros rurales de España puedan ofrecer en el domicilio muchos de los
servicios que se prestan en las oficinas, gracias a los dispositivos electrónicos portátiles (PDAs) con los que cuenta el personal de reparto. La previsión es que antes de que finalice el año, la plantilla de 6.400 personas que trabajan en el
reparto rural puedan ofrecer en el mismo domicilio muchos de los servicios que hasta ahora solo se prestaban en las oficinas o en la tienda online de Correos.


El resultado es que, concretamente, en la provincia de Jaén, Correos ha suprimido más de 200 puestos de trabajo tanto en la capital, como en Úbeda, Linares, Andújar, Jódar, Baeza, Castillo de Locubí, Porcuna, Mancha Real, Cazorla y otras
localidades. Además está fomentado la contratación parcial en oficinas, y la reducción del horario de atención al público. Ha cerrado el centro de tratamiento postal de Jaén, sin ningún tipo de negociación. Y todo esto está provocando una gran
carga de trabajo de los compañeros y compañeras que continúan prestando el servicio público postal en condiciones de estrés laboral continuado. Asimismo, la empresa pública está llevando a cabo un recorte en la contratación que está dejando sin
cubrir el empleo estructural y cualquier tipo.


Y en la provincia de León en el mes de abril se han perdido puestos de trabajo en Veguellina de Órbigo, Benavides y Carrizo y se ha producido el traslado de siete trabajadores de Mansilla de las Mulas a León capital sin previo aviso. Además
en los últimos dos años se han perdido un 30 % de las plazas en toda la provincia, más concretamente 22 vacantes en 2021.


Y así en el resto de España.


La actual Ley Postal, Ley 43/2010, de 30 de diciembre, reconoce que todos los usuarios, remitentes o destinatarios de envíos postales tienen derecho a un servicio postal universal de calidad, prestado de forma permanente en todo el
territorio nacional y a precios asequibles, al menos cinco días a la semana, conforme a la normativa europea y nacional de aplicación.


El alcance y la prestación efectiva del Servicio Postal Universal deberá responder a los principios de cohesión social y territorial, no discriminación por razón de cualquier circunstancia o condición personal, social o geográfica,
continuidad, eficacia y eficiencia en el servicio, y deberá adecuarse permanentemente a las condiciones técnicas, económicas, sociales y territoriales y a las necesidades de los/as usuarios, en



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particular en materia de densidad de puntos de acceso y de accesibilidad a los mismos, sin menoscabo de su calidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reforzar la financiación del servicio público postal, claramente insuficiente en la actualidad, en el próximo Plan de Prestación a aprobar por el Consejo de Ministros, de modo que se asegure un servicio de calidad para el conjunto de la
ciudadanía y para asegurar la cohesión social, económica y territorial.


2. Incluir a Correos, la mayor empresa pública de nuestro país, en el reparto de los Fondos para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, para que juegue un papel clave en la respuesta que, como sociedad, debemos dar a la crisis
sanitaria y económica provocada por la COVID.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Andrés Lorite Lorite y María del Carmen González Guinda, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002903


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la realización de los
trabajos necesarios para acabar con el aislamiento ferroviario en la provincia de Lugo, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Desde la sociedad civil lucense y en fechas recientes a través de los medios de comunicación, han recobrado actualidad algunas propuestas en la dirección de promover nuevas tramos de líneas de ferrocarril que permitan, utilizando las
existentes, conectar la capital lucense con, por una parte la capital de Galicia, y por otra con A Mariña lucense, concretamente con la localidad de Barreiros.


En el Plan presentado se plantean unas infraestructuras de mínimos que suponen costes bajos de inversiones ya que los trazados de nueva construcción se reducen a escasos kilómetros al aprovechar en gran medida las actuales líneas
ferroviarias que unen Lugo con A Coruña.


Así se sugiere para alcanzar la conexión con Santiago de Compostela construir solo 30 km de vía férrea, entre Curtís y Ordes con características tales como electrificación y aptas para permitir velocidades de 200 km/hora, siendo su coste
estimado de 330 millones de euros. Con esta infraestructura el viaje entre ambas capitales estaría en algo más de una hora, lo que supondría una seria alternativa al desplazamiento por carretera.


Por otra parte se podría abordar la conexión ferroviaria de la capital lucense con A Mariña. Para ello sería necesario plantear una conexión entre la actual línea Lugo-A Coruña en algún punto entre Baamonde y Begonte, con la localidad de
Barreiros, lo que supondría la construcción de unos 75 Km de nuevas vías aptas para velocidades de 160 Km/hora para mercancías y pasajeros. Una de sus claras ventajas sería la de potenciar el necesario corredor Cantábrico, conectando los puertos de
la fachada atlántica gallega con el norte de Portugal y con los de la cornisa cantábrica.


Estas infraestructuras unidas a la ejecución de los proyectos de mejora de la actual línea entre Lugo y Ourense por Monforte de Lemos, que incluyen la electrificación de los tramos si ella, la construcción de variantes y la modernización del
total de la vía en este tramo, en parte ya en marcha, permitiría a la provincia de Lugo no quedar aislada del mapa ferroviario español.


Estas infraestructuras son ampliamente demandadas por la sociedad lucense y supondrían un importante paso en la dirección de dejar atrás las obsoletas líneas férreas actuales permitiendo un mayor desarrollo económico que nos coloque en
igualdad de condiciones con el resto de las provincias gallegas.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. En el plazo de seis meses encargar los trabajos necesarios para diagnosticar y evaluar la viabilidad técnica y económica de la construcción de nuevos tramos de líneas ferroviarias para conectar la capital de Lugo con:


a) La capital de Galicia, mediante la construcción de 30 km de línea férrea entre Curtís y Ordes.


b) A Mariña lucense, mediante la construcción de 75 km de línea férrea entre la actual línea Lugo-A Coruña en un punto entre Baamonde y Begonte, y la localidad de Barreiros.


2. Poner en conocimiento de la Xunta de Galicia y de la sociedad lucense a lo largo de 2022 los resultados de los trabajos encargados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Joaquín María García Díez, Jaime Eduardo de Olano Vela, Mario Garcés Sanagustín, Andrés Lorite Lorite, Marta González Vázquez, María Valentina Martínez Ferro, Tristana María Moraleja
Gómez, Celso Luis Delgado Arce, Ana Belén Vázquez Blanco, Diego Gago Bugarín, Javier Bas Corugeira y Juan Manuel Constenla Carbón, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002904


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la denominación oficial del
aeropuerto de Almería, como aeropuerto de Almería-Antonio de Torres, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El aeropuerto internacional de Almería es un aeropuerto que forma parte de Aena, empresa pública que gestiona los aeropuertos de interés general en España. Es un aeropuerto que desde hace años (previos a la pandemia de 2020) ha visto
mejoradas sus instalaciones e incrementado tanto el número de pasajeros, hasta alcanzar la cifra de un millón de viajeros al año, como el número de vuelos nacionales e internacionales que operan en el mismo, hasta situarse en las casi 12.000
operaciones de aeronaves en 2019.


En los últimos años un buen número de aeropuertos españoles han modificado su nombre para hacer honor a personajes históricos o de gran relevancia social para la provincia o región donde se encuentran ubicados, o por razones de interés
regional o provincial. Es el caso por ejemplo del aeropuerto de Granada, de Santiago, de Málaga o del propio aeropuerto de Madrid.


En el caso de Almería, el Ayuntamiento aprobó por unanimidad la propuesta de solicitar que el aeropuerto de Almería pase a denominarse aeropuerto Antonio de Torres, el luthier que nació y murió en Almería en el siglo XIX y que es considerado
como el inventor de la guitarra flamenca y clásica.


Efectivamente Antonio de Torres Jurado es uno de los almerienses más influyente en el mundo contemporáneo. Nacido en La Cañada de San Urbano de Almería en 1817, fue un luthier conocido en el sector de los guitarristas como 'Torres' y está
considerado el inventor de la guitarra actual, tanto clásica como flamenca. Es por ello que popularmente se le conoce como el padre de la guitarra española.


Los mejores y más respetados guitarristas del mundo de los últimos tres siglos, han tocado las guitarras de Torres. Del mismo modo, los grandes compositores han encontrado en las guitarras de Torres, el instrumento perfecto para transmitir
y ejecutar sus composiciones musicales. Éstas han sido alabadas por personalidades como Isaac Albéniz, Julián Arcas, Narciso Yepes, Trepat, Manuel de Falla, Grondona, Francisco Tárrega, Tomatito, Romanillos ...



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Almería ha rendido homenaje a uno de sus almerienses más destacados, abriendo en 2013 el Museo de la Guitarra Antonio de Torres, un museo que ha servido no solo para destacar la guitarra como el instrumento musical más utilizado de la
historia, sino también para ensalzar la figura de Torres.


Como ocurre habitualmente en España, Antonio de Torres es más reconocido y celebrado en el extranjero que en nuestro país. Por ello, darle su nombre al aeropuerto de Almería contribuirá a reconocer su figura, su historia, su transcendencia
y su importancia y además conseguiremos que todos los que nos visitan y llegan a nuestra provincia a través del aeropuerto, puedan reconocer a Almería como la ciudad de la guitarra.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, de acuerdo con la propuesta aprobada por unanimidad en el Ayuntamiento de Almería, a llevar a cabo los trámites necesarios para que el aeropuerto de Almería pase a denominarse aeropuerto de
Almería-Antonio de Torres.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Juan José Matarí Sáez y Miguel Ángel Castellón Rubio, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002918


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes por representación de sus portavoces, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición no de Ley sobre la prórroga de la
suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, para su debate en instancia en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional que modifica el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias
en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, en su exposición de motivos, menciona que la pandemia causada por el virus SARS-CoV-2 no solo ha sido causa de una crisis sanitaria sino ha provocado una profunda crisis global,
económica y social que también ha golpeado a nuestro país. Por ello, se adoptaron una serie de medidas, no solo sanitarias, sino también de carácter económico y social, cuya eficacia estaba condicionada a la vigencia del estado de alarma.


Algunas de estas medidas fueron adoptadas para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica derivadas de las consecuencias que la pandemia ha provocado en todos los ámbitos. Entre otras medidas, se adoptó la
suspensión de los procedimientos y lanzamientos de vivienda en situaciones de vulnerabilidad, en determinados supuestos.


Mediante el Real Decreto-ley 8/2021, que modifica el Real Decreto-ley 11/2020, se extienden las medidas de protección en situaciones de vulnerabilidad en materia de vivienda, más allá del estado de alarma: se amplían tres meses más, hasta
el 9 de agosto. Esta extensión responde a razones de necesidad y urgencia, en un contexto en que la recuperación social y económica se prevé se producirá de forma lenta y progresiva.


Llegados al mes de julio de 2021, la situación de vulnerabilidad de muchas personas y familias ha empeorado por la pérdida del empleo, el cierre de negocios, el aumento de la precariedad o la disminución de facturación. Una amplia mayoría
de la población se ha visto afectada por una crisis social derivada de la pandemia sanitaria que, además, ha resultado inasumible por aquellas personas que se encontraban en situación de vulnerabilidad con anterioridad a dicha contingencia.



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En vista de lo expuesto, resulta imprescindible ampliar y extender las medidas de protección adoptadas para dar respuesta a la emergencia social vivida durante el último año y medio. Concretamente, es necesario ofrecer una respuesta en
materia de vivienda que ofrezca estabilidad e impida el empeoramiento de la lacra del sinhogarismo.


Como medida de mínimos, se propone ampliar de nuevo el plazo de suspensión de los procedimientos y lanzamientos de vivienda de personas y familias en situación de vulnerabilidad, por un periodo de tiempo concreto y mientras tales situaciones
de crisis y de especial vulnerabilidad subsistan. Se propone ampliar este periodo de suspensión, por lo menos, hasta el 31 de diciembre de 2021.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno Español a prorrogar, como mínimo hasta el día 31 de diciembre de 2021, la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional,
incluyendo los supuestos de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de julio de 2021.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.-Néstor Rego Candamil, Joan Baldoví Roda y Ferrán Bel Accensi, Diputados.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del
Grupo Parlamentario Plural.-Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.-Albert Botran Pahissa, Diputado.


161/002923


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias, y D. Juan Carlos Segura Just, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley dirigida a impedir una subida de las tarifas aeroportuaria pagadas por las aerolíneas a la gestora aeroportuaria Aena, para su discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Primero. Documento de Regulación Aeroportuaria.


1. En el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA), se incluyen cada cinco años los incrementos o decrementos que habrán de aplicarse sobre las tarifas que las aerolíneas han de pagar a Aena, S.M.E., S.A. (AENA) por hacer uso de sus
servicios básicos establecidos en el artículo 68.2 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.


2. A este respecto, tal y como regula Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (la Ley 18/2014), en su artículo 24.2, Aena debe realizar una propuesta de DORA
que posteriormente será remitida tanto a la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) como a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ('CNMC' o la 'Comisión'):


'De la propuesta de Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) y de la información relativa a dicha propuesta se dará traslado, para conocimiento, a la Dirección General de Aviación Civil y a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia en la misma fecha en que se remita a las asociaciones representativas de usuarios.'


3. Asimismo, conforme al artículo 25.3 de la Ley 18/2014, la CNMC deberá emitir informe sobre la propuesta de DORA antes del 1 de julio para la DGAC, y esta última será la encargada de emitir el DORA. Posteriormente, previo informe de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos



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(CDGAE), a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se aprobará el DORA (artículo 26 de la Ley 18/2014) por Acuerdo de Consejo de Ministros.


4. El primer DORA para el periodo regulatorio 2017-2021 ('DORA I') fue aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de enero de 2017, extendiéndose su eficacia hasta el 31 de diciembre de 2021, y fijó la necesidad de una reducción de la tasa
aeroportuaria del 2,22 % después de una propuesta de AENA de subida del 1,8% e informe de la CNMC recomendando una bajada del 2,02%.


5. Conforme se expresa en el informe de la CNMC al que ahora se hará referencia, en la propuesta de DORA para el periodo 2022-2026 (DORA II), Aena habría recogido que debe llevarse a cabo un incremento de las tasas del 0,52% cada año, desde
el 2022 hasta el 2025, y del 3,29 % en 2026 109. Ello se habría fijado como una excepción a lo establecido en la Disposición transitoria sexta de la Ley 18/2014, por la que se limita el incremento de las tarifas aeroportuarias al 0% hasta 2025,
justificándolo básicamente en un incremento de determinados costes operativos.


6. Por su parte, la CNMC ha aprobado el Informe en relación con el segundo Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA II) para el periodo 2022-2026, en el ámbito de sus funciones reguladoras del sector aeroportuario (STP/DTSP/013/21) 110
(el 'Informe'). En el Informe, la Comisión considera, a diferencia de Aena, que debe llevarse a cabo una reducción de las referidas tarifas en un 0,44% anual durante los cinco años del periodo 2022-2026 111.


7. Tras la publicación del Informe, según afirman algunos medios, Aena habría alegado que su propuesta implica 'congelar prácticamente las tarifas hasta que en 2026 esté recuperado el tráfico prepandemia'. Asimismo, la gestora
aeroportuaria defiende que en virtud del artículo 27 de la Ley 181/2014, Aena tiene derecho a una compensación si se dan circunstancias excepcionales, entre las que se encuentra una caída del tránsito de viajeros de más del 10%' 112. No obstante,
como será objeto de análisis, estás alegaciones se encuentran totalmente alejadas de la realidad.


Segundo. Discrepancias entre Aena y la CNMC en el cálculo de las tarifas aeroportuarias.


8. La diferencia entre la propuesta de DORA II realizada por AENA y el informe de la CNMC sería debida a una serie de discrepancias entre varios factores a valorar a la hora de calcular la actualización de las tarifas aeroportuarias. Estos
factores, resumidamente, son los siguientes 113:


a) Previsiones de tráfico: mientras que la CNMC estima que la recuperación de los niveles de tráfico se producirá entre el periodo 2024-2025 la gestora aeroportuaria calcula que será en el ejercicio 2026.


b) Indicadores de calidad: la Comisión propone actualizar las bandas neutras de penalizaciones e incentivos para determinados indicadores en tanto que el DORA I muestra un cumplimiento persistente de los objetivos de calidad.


c) Criterios de estimación de costes operativos: la CNMC discrepa de la estimación de los costes operativos para el periodo regulatorio, los cuales considera sobreestimados. Ello sería debido a que AENA ha realizado la proyección de los
gastos en términos reales, sin considerar actualización alguna asociada a variaciones. Igualmente, la gestora aeroportuaria habría estimado un incremento desmesurado de los costes de limpieza, personal y seguridad para los próximos años, que no
sería coherente precisamente con sus previsiones de recuperación, en total más 400 millones de euros en costes operativos.


d) Metodología de cálculo del coste de capital: sobre el coste de capital, la Comisión propone un coste medio de capital antes de impuestos del 6,02 %, una cifra en consonancia con la establecida en otros países de la Unión Europea y otros
sectores regulados, en lugar del 7,68 % que propone de Aena. Esta sobreestimación del coste de capital ya ocurrió con la elaboración del DORA I, en el que finalmente se estableció en 6,98 %, tras la propuesta de Aena de 8,4 % y de la de CNMC de un
6,26 %.


109 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia: Acuerdo por el que se emite el informe previsto en el artículo 25.3 de la ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la
eficiencia en relación al documento de regulación aeroportuaria, 16 de junio de 2021. También disponible en: https://www.cnmc.es/sites/default/files/editor contenidos/Notas%20de%20prensa/2021/20210628 NP %20NuevoDQRAII 2022 2026 .pdf [fecha de
consulta: 30 de junio de 2021],


110 Idem.


111 Ibid., pág. 113.


112 https://elpais.com/economía/2021-03-09/aena-propone-una-subida-del-5-de-las-tasas-aeroportuarias-hasta-2026-pese-a-la-pandemia.html [fecha de consulta: 5 de julio de 2021].


113 El Informe, pág. 19, y nota de prensa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia: 'La CNMC propone bajar un 0,44 % anual las tarifas de Aena hasta 2026' de 26 de junio de 2021.



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9. Por todo lo expuesto, la CNMC considera que lo acertado es reducir las tarifas aeroportuarias, de forma que se garantice la sostenibilidad económica de la red aeroportuaria en el periodo del segundo DORA, al tiempo que se procura la
recuperación del tráfico aéreo tras la crisis por la COVID-19 114.


10. No solo la CNMC ha mostrado su disconformidad con la propuesta de AENA, sino que numerosos representantes del sector aéreo 115, quienes han participado en el procedimiento de transparencia y consultas (artículo 24 Ley 18/2014), también
trasladaron su desacuerdo con determinados puntos con el futuro DORA II.


11. En concreto, en la última sesión plenaria (2 de marzo), en la que la gestora aeroportuaria presentó su propuesta definitiva de DORA, las asociaciones de la Aviación Comercial manifestaron no estar conformes en algunos puntos relevantes,
en particular, en los niveles de eficiencia de los costes operativos, la estimación del coste de capital, las proyecciones de tráfico, el ajuste en la imputación de los costes comerciales y el tratamiento de los costes debidos a la normativa de
seguridad aprobada con posterioridad a la Ley 18/2014 (pág. 11 del Informe).


12. Por otro lado, las asociaciones de la Aviación General, mediante escrito de fecha 2 de marzo de 2021, secundaron la posición de la Aviación Comercial durante el proceso de consultas del DORA en cuanto a los coeficientes de cálculo del
IMAP, previsiones de crecimiento de tráfico y costes, siendo contrarios a un escenario futuro de subida de tarifas aeroportuarias y de aplicación del artículo 27 de la Ley 18/2014 que, según ellos, perjudicaría el reparto equitativo de los costes de
la crisis y desincentivaría la recuperación del sector (pág. 11 del Informe).


Tercero. Necesidad de reducir las tarifas aeroportuarias. situación del sector aéreo.


13. Con independencia de lo referido en el expositivo segundo, se suman una serie de circunstancias que también sustentarían la necesidad de reducir las tarifas aeroportuarias.


14. En primer lugar, la situación actual que viven las aerolíneas. Según los datos de la propia Aena, en 2020 el volumen de pasajeros descendió un 72,4 % con respecto a 2019, las operaciones disminuyeron un 53,4 % y el tráfico de
mercancías un 26,3 %. Asimismo, el tráfico internacional de pasajeros descendió un 77,8 % y el nacional un 60,6 % 116.


15. En segundo lugar, este anuncio se suma a las medidas que el Gobierno ha publicitado recientemente y que perjudicarían más todavía al sector aéreo. Por un lado, la idea de crear un nuevo tipo impositivo que aplique sobre los billetes de
avión contemplada tanto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia como en la Estrategia España 2050. Y, por otro lado, la posible prohibición de aquellos vuelos que puedan ser realizados en menos de dos horas y media en tren,
recogida en la Estrategia España 2050.


16. En tercer lugar, no se debe olvidar que todas estas tarifas finalmente se repercuten en los billetes de avión a través de las tasas. Por tanto, nuevamente serían los bolsillos de los usuarios de rentas más bajas los que se verían más
perjudicados por estas subidas.


17. Igualmente, el turismo, sector clave para España, se vería enormemente afectado por este motivo en tanto que, como muestra la Estadística de Movimientos Turísticos en Fronteras publicada por el Instituto Nacional de Estadística para el
año 2019, de los 83,7 millones de turistas extranjeros 117 que visitaron España, 68,7 millones (82,1 %) llegaron por vía aérea 118. Y, también como consecuencia de la repercusión de las tarifas sobre los billetes, se vería afectada la movilidad
dentro del territorio nacional en general, viéndose especialmente perjudicadas las conexiones de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.


18. Por último, conviene recalcar que esta situación por la que Aena intenta justificar una sobreestimación de determinadas cifras de cara a conseguir un incremento de las tarifas aeroportuarias no es nueva. De hecho, ya ocurrió con el
DORA I, y en aquella ocasión también se produjo la acertada oposición de la CNMC que derivó en una reducción de las tasas.


114 Idem.


115 Asociación Española de Compañías Aéreas (AECA), Asociación de Pilotos Propietarios de Aeronaves (AOPA), Asociación de Líneas Aéreas (ALA), Comité Aerolíneas Operadoras (AOC) España, International Air Transport Association (IATA),
Asociación de Empresas de Servicios de Asistencia en Tierra en Aeropuertos (ASEATA), Real Aeroclub de España (RACE) y las compañías aéreas Easyjet, Jet2.com, Norwegian, Wamos Air, Condor, Ryanair y Vueling. Fueron también convocadas, aunque no
acudieron al proceso de consultas las asociaciones Airlines International Representation in Europe (AIRE), Airlines for Europe (A4E) y Real Federación Aeronáutica Española (RFAE).


116 https://portal.aena.es/es/corporativa/principales-datos-anuales.html [fecha de consulta: 6 de julio de 2021],


117 https://www.ine.es/daco/daco42/frontur/fronturl219.pdf [fecha de consulta: 6 de julio de 2021],


118 Idem.



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19. El problema es que esta medida se propone en el momento actual. Ahora que, precisamente, conviene más que nunca apoyar a las aerolíneas que tan afectadas se han visto como consecuencia de la COVID19, y no dificultar más su pésima
situación. Por todo lo expuesto, se debe evitar que se lleve a término esta pretensión injustificada y contraria a la Disposición Transitoria sexta de la Ley 18/2014 y, al contrario, se deben promover medidas dirigidas a apoyar al sector y a no
lastrar más su actividad.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar en Consejo de Ministros un Documento de Regulación Aeroportuaria que recoja la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de contemplar una reducción de al
menos un 0,44 % de las tarifas aeroportuarias para el período 2022-2026.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de julio de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Juan Calos Segura Just, Cristina Alicia Esteban Calonje y Rubén Darío Vega Arias,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la construcción de un acceso
directo de Montilla (Córdoba) a la autovía A-45, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Desde la tramitación del proyecto para la construcción de la autovía A-45 entre Córdoba y Málaga, teniendo en cuenta que su trazado tiene paso por el municipio de Montilla, por parte del Ayuntamiento se manifestó siempre la oportunidad y
conveniencia de dotar de un enlace de acceso a través de la CP-177 que une las localidades de Montilla y Montalbán que permitiese un acceso más directo, tanto al núcleo urbano como a la zona industrial denominada 'Llanos de Jarata'; así se
manifestó en el correspondiente acuerdo plenario municipal de 21 de agosto de 1996, con motivo del informe al Estudio Informativo de dicha actuación.


Posteriormente, han sido cuantiosos los acuerdos del Plano del Ayuntamiento de Montilla (todos ellos adoptados por unanimidad de la Corporación) reclamando esta reivindicación histórica y esencial para el desarrollo de la localidad, el
último de ellos corresponde al día 1 de julio de 2020.


Es importante resaltar la trascendencia que este enlace tendría para el desarrollo de una amplia zona del sur de la provincia de Córdoba, tanto de la propia Montilla, cabecera de una amplia comarca, como a una serie de localidades próximas
que de esta forma tendrían un acceso más rápido a esta vía de comunicación que, sin duda, redundaría en abrir nuevas posibilidades de desarrollo, tanto económico como social, contribuyendo a la implantación de nuevos proyectos empresariales más que
necesarios ante la nueva situación económica creada por la crisis sanitaria y el paulatino despoblamiento que las zonas rurales vienen sufriendo.


El propio Plan General de Ordenación Urbana de Montilla considera como una cuestión vital para el futuro del municipio contar con dicho acceso viario.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno al inicio inmediato de los trámites y estudios necesarios para la realización de un acceso viario directo para Montilla en la autovía A-45.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de julio de 2021.-Andrés Lorite Lorite, Diputado.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley referente al desarrollo del PIREP
(Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos), para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


En el Componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, presentado por el Gobierno en la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, el pasado 26 de Mayo de 2021, se establece el programa C02.I05 denominado PIREP
(Programa de impulso a la rehabilitación de Edificios Públicos) que se articula a través de transferencias y ayudas a la Administración autonómica y local, acompañada de medidas de asesoramiento, coordinación y apoyo, según se establece en el
referido Plan.


De acuerdo al mismo (cito textual):


'El programa persigue la rehabilitación sostenible del parque público institucional, con una visión integral y para todo tipo de edificios de titularidad pública de uso público: (administrativo, educativo, asistencial, deportivo, sanitario,
cultural o de servicio público, etc.) pero, además, también se busca el carácter integrado que reclama la UE y los tres objetivos esenciales que impulsa la nueva Bauhaus europea (sostenibilidad, inclusión y calidad estética). Todo ello, sin perder
de vista el principal objetivo de un ahorro energético medio por encima del 30 %, lo que se asegurará exigiendo que las intervenciones a financiar consigan una reducción de, al menos, un 30 % del consumo de energía primaria no renovable.


Se contempla la posibilidad de que los edificios que sean objeto de intervención se encuentren en desuso, con la finalidad de solucionar la problemática que supone para el entorno urbano la existencia de estos vacíos de actividad. En este
caso, se deberá hacer una estimación del consumo energético del edificio en desuso, suponiendo que se pusiese en funcionamiento en su estado actual.'


La idea es que esta inversión se destine íntegramente a las administraciones públicas territoriales que sean titulares de edificios públicos susceptibles de ser rehabilitados con los criterios definidos en el programa, tanto Comunidades
Autónomas y Ciudades Autónomas como Entidades Locales.


Al objeto de determinar el potencial de Intervención, desde el MITMA parece que se ha consultado a las citadas Administraciones Públicas, para que presenten, sin carácter vinculante, las expresiones de interés de proyectos que pudieran ser
susceptibles de rehabilitación con cargo a este programa, con la siguiente previsión:


- En el caso de las Comunidades Autónomas (CC.AA.) y las ciudades autónomas, se transferirán los fondos directamente, en función de las cuotas de reparto previamente fijadas, para el mejor equilibrio territorial. No obstante, en la
Conferencia Sectorial de mayo se ha aprobado como criterio de reparto el poblacional referido a enero de 2020. Por ahora es absolutamente indeterminado, debiéndose establecer los compromisos financieros y los proyectos elegibles en los
correspondientes Convenios MITMA-CC.AA.


- En el caso de Entidades Locales (municipio, islas y provincias), el objetivo es articular dos convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, de forma análoga al programa de ayudas a la rehabilitación de patrimonio
histórico con cargo al 1,5% cultural, que gestiona el Ministerio de



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Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, algo que en el momento de redactar esta Proposición no de Ley, resulta como en el caso anterior también absolutamente indeterminado.


En base a lo expuesto en el texto de la componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación, y Resiliencia, se presupone que las previsiones para la primera convocatoria apuntan a finales del 2021 para la publicación de la misma en el BOE
y su difusión. A partir de ahí, será cuando las Entidades Locales podrán preparar sus propuestas, concursos de proyectos y demás acciones administrativas para poder ser beneficiarías de alguna de estas obras.


Por todo ello y ante la ambigüedad de las determinaciones del texto enviado a la Comisión Europea en lo que respecta a este programa y la certeza de la complejidad de estos procedimientos, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a informar a los Ayuntamientos y Entidades Locales, de manera pormenorizada, de los trámites y gestiones precisos para ser beneficiarios del programa definido como C02.I05 PIREP (Programa de
Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos), estableciendo los términos, plazos, compromisos y acciones indispensables previas, así como el detalle de los edificios que pueden optar a la subvención, todo ello a efectos de conseguir la mayor
celeridad en la gestión en cuanto se produzca dicha convocatoria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de julio de 2021.-Ana María Zurita Expósito y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la instalación en Ourense
de un nuevo Centro de Competencias Digitales de Renfe en el marco del Plan de Deslocalización de los Recursos del MITMA, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Gobierno de España, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, deben dar continuidad a una de las medidas clave para marcar una agenda de cohesión
territorial e igualdad de oportunidades como es el desarrollo de proyectos que permitan la descentralización de centros de referencia de la Administración Pública.


Esta actuación se enmarca dentro de las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros para afrontar el reto demográfico, en concreto lo recogido en el Eje 7: Refuerzo de los servicios públicos e impulso de la descentralización, donde se
afirma: 'avanzar en la descentralización de actividades e infraestructuras públicas en el territorio, contribuyendo a frenar o revertir la tendencia a la concentración en las grandes áreas urbanas, y a generar innovación, actividad y empleo en las
zonas afectadas por el declive demográfico'.


El ministro José Luis Ábalos anunció el desarrollo de un plan de descentralización de centros de actividad de la empresa pública Renfe, con el fin de crear empleo cualificado en el conjunto de ciudades pequeñas o medianas de España.


Una de las iniciativas es la creación de estos centros de empleo digital (Centros de Competencias Digitales) que forma parte de la estrategia de transformación digital, internalización y eficiencia, recogida en el Plan Estratégico 2019-2023
del Grupo Renfe.


Con ellos, se busca principalmente activar la eficiencia de servicios tecnológicos externalizados, acelerar la trasformación digital de la empresa, situar a Renfe en el conocimiento y aplicación de



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tecnologías digitales y contribuir al proceso de descentralización geográfica de las capacidades y recursos de Renfe.


Según las informaciones facilitadas por la propia empresa, Renfe, se trata de los denominados servicios 'factorizables', es decir, aquellos que cumplen la condición de poderse prestar desde cualquier ubicación y tienen el volumen suficiente.


En este contexto, el MITMA y Renfe vienen realizado una serie de anuncios al respecto con el despliegue de centros de desarrollo en Teruel, Linares, Alcázar de San Juan (Toledo), Mérida o Miranda de Ebro (Burgos), que se convertirán en breve
en sedes de los nuevos Centros de Empleo Digital de la empresa pública Renfe. La suma de los centros anunciados, alcanzan más de 400 nuevos empleos en dichas ciudades.


En este contexto debemos indicar que Ourense cumple con los requisitos establecidos para acoger alguno de estos centros siguiendo los objetivos del reto demográfico:


- El primero de ellos, son las cifras mostradas en las tendencias de la pirámide poblacional de la ciudad y de la provincia. Recordemos que según el diagnóstico llevado a cabo en la Agenda urbana Española, el 80 % de la población de nuestro
país se concentra en áreas urbanas que suponen solo el 20 % del territorio. A medio camino, están las capitales de provincia de interior o ciudades pequeñas no capitalinas, que están perdiendo población y actividad económica de forma paulatina.


- El segundo, situarse en un enclave de especial relevancia ferroviaria ya que Ourense es y ha sido nudo ferroviario de gran importancia en la red norte del ferrocarril de la península ibérica. A nadie se le escapa además que será la
entrada del Ave a Galicia y al Norte de Portugal en un futuro.


- Y el tercero, que la propia Renfe tenga terrenos en el lugar. Tanto Renfe como el gestor de infraestructuras, Adif, cuentan con infraestructuras en la ciudad que requieren de un necesario proceso de recuperación, pero que sin duda serian
adecuados para acoger un centro de empleo digital de la empresa pública Renfe.


Además debemos añadir las sinergias que este tipo de infraestructuras pueden generar con la facultad de informática del campus de Ourense y con la futura titulación de ingeniería de inteligencia artificial a ubicar en el campus de Ourense.
También con la facultad de ingeniería Aeronáutica y la aplicación drones a la vigilancia de las redes ferroviarias en España y Europa o con los distintos centros de formación profesional y sus ramas técnicas y/o científicas como en el caso del nuevo
centro de l+D para la formación profesional que en breve estará al servicio de toda Galicia y que acogerá Ourense.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar la decisión de instalar en Ourense, en el marco del Plan de Deslocalización de los Recursos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, un nuevo Centro de Competencias
Digitales de Renfe.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de julio de 2021.-Celso Luis Delgado Arce y Ana Belén Vázquez Blanco, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D. Rubén Darío Vega Arias, y D. Juan Carlos Segura Just, en sus
respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de
Ley relativa al apoyo de proyectos que impulsen el uso de energías alternativas sostenibles en el sector aéreo, para su discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



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Exposición de motivos


Primero. Descarbonización energética.


1. La Comisión Europea presentó el 11 de diciembre de 2019 el Pacto Verde Europeo (European Green Deal) 119 ( el 'Pacto') como 'una nueva estrategia de crecimiento destinada a transformar la UE en una sociedad equitativa y próspera, con una
economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que no habrá emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y el crecimiento económico estará disociado del uso de los recursos'. Asimismo, se explicita su carácter
de 'parte integrante de esta estrategia de la Comisión para aplicar la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas'.


2. El Pacto tiene como objetivo que la Unión Europea ('UE') consiga la neutralidad climática en el año 2050. Para ello, fija unos objetivos intermedios de reducción en 2030 del 55% con respecto a los niveles del año 1990, de las emisiones
netas de gases de efecto invernadero (GEI). Entre estos gases se encuentran el dióxido de carbono (CO2), el metano (CH4), el óxido nitroso (N2O) o los compuestos halogenados, entre otros 120.


3. Para ello, el Pacto Verde recoge la necesidad de 'impulsar el despliegue de tecnologías e infraestructuras innovadoras, como las redes inteligentes, las redes de hidrógeno, la captura, el almacenamiento y el uso de carbono, y el
almacenamiento de energía, al tiempo que se facilita la integración sectorial' (punto 2.1.2 in fine).


4. En España, estos objetivos se han visto reflejados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), que tiene como objetivo en 2030 disponer de una cuota del 42% de energías renovables en el consumo de energía final y
en la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050 (ELP) por la que se requiere adaptar el sistema energético mediante herramientas como la digitalización de las redes, el almacenamiento y la gestión de la demanda.


Segundo. Plan de recuperación, transformación y resilencia: Impuesto sobre el billete aéreo.


5. Con motivo de la concesión de los fondos europeos Next Generation EU, el 13 de abril de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Econonúa Española (PRTR) que fue finalmente enviado
a Bruselas para su evaluación el 30 de abriI 121.


6. Este plan comienza fijando como primer eje el refuerzo 'de la inversión pública y privada para reorientar el modelo productivo, impulsando la transición verde, la descarbonización, la eficiencia energética, el despliegue de las energías
renovables, la electrificación de la economía, el desarrollo del almacenamiento de energía, la economía circular, las soluciones basadas en la naturaleza y la mejora de la resiliencia de todos los sectores económicos' (pág. 8). Y, como uno de los
puntos que podrían incluirse dentro de este eje, entre otras cuestiones, se recoge la necesidad de establecer un impuesto sobre el uso del transporte aéreo:


'Impuesto sobre el uso del transporte aéreo: El objetivo de este gravamen es el fomento del uso de medios de transporte más sostenibles y respetuosos con el medio ambiente así como el incentivo a la exploración de nuevas tecnologías y
carburantes menos contaminantes' (pág. 272 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).


7. Así, en el componente 28 del PRTR, denominado 'Adaptación del sistema impositivo o a la realidad del siglo XXI', se fija como uno de los objetivos 'Revisar la fiscalidad del sector aéreo para actuar sobre las emisiones de esos sectores'
(pág. 10) lo que se llevará a cabo mediante la 'creación de un comité de personas expertas para la reforma fiscal' (pág. 2).


8. Igualmente, en el mismo sentido, en la Estrategia España 2050, sobre la descarbonización del sector aéreo se indica lo siguiente:


'Disminuir el impacto medioambiental del transporte aéreo mediante la introducción de la tasa de viajero frecuente o el establecimiento de impuestos sobre los billetes de avión según la cercanía del


119 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52019DC0640


120 Ibid., pág. 5.


121 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/presidencia/Paginas/2021/300421-plan recuperacion.aspx [fecha de consulta: 29 de junio de 2021].



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destino. Ello ayudará a limitar sus externalidades negativas y a aproximar su tratamiento fiscal al de otros medios de transporte. Asimismo, se recomienda prohibir los vuelos en aquellos trayectos que puedan realizarse en tren en menos de
2,5 horas' (pág. 196) [énfasis añadido].


9. Esta medida impositiva ya habría sido objeto de análisis a finales de febrero de 2020. Exactamente, el 28 de febrero de 2020, se sometió a consulta pública previa la implantación de un impuesto que gravara el uso del transporte aéreo.
No obstante, este trámite quedó suspendido como consecuencia de la situación de pandemia por la COVID-19.


10. Aunque no se han señalado más datos al respecto en el PRTR, este gravamen sería una cantidad adicional que se impondrá a las aerolíneas por sus emisiones y tendrá una repercusión directa en la economía de los clientes. Precisamente,
esta falta de detalle, previsión y cuantificación ha sido objeto de crítica por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en su informe sobre la actualización del programa de estabilidad 2021-2024 de 11 de mayo de 2021 (pág. 12).
En concreto, sobre el referido Componente 28, en el informe de la AIReF se indica que 'el PRTR enumera las líneas principales de reforma, pero no especifica ningún objetivo de incremento que se pretende alcanzar. Asimismo, la entrada en vigor de la
reforma fiscal estaría prevista en el primer trimestre de 2023, aunque su impacto no está recogido en la APE' (pág. 108).


Por este motivo, precisamente, este grupo parlamentario presentó varias iniciativas en orden a esclarecer una serie de cuestiones en torno a esta medida comprometida ante la Comisión Europea en el PRTR, y reiterada en la Estrategia España
2050, como son 122:


i. Las reuniones mantenidas con representantes del sector aéreo con carácter previo al planteamiento de este nuevo gravamen.


ii. Criterios seguidos para la inclusión de la medida.


iii. Estudio de alternativas al impuesto que pudieran servir para conseguir los mismos objetivos, análisis de los perjuicios y beneficios de esta medida y el impacto económico y social que este gravamen tendría para el sector aéreo y
turístico.


iv. Valoración del informe elaborado por Fundación Alternativas 123 y del estudio realizado por la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio ('ETS1AE') 124 sobre este impuesto.


v. Consideraciones sobre las declaraciones del sector turístico sobre este impuesto.


12. No obstante, el Gobierno, lejos de responder a estas cuestiones, se limitó a contestar lo siguiente 125:


'En relación con la información interesada, sobre la posibilidad de establecer un gravamen sobre los billetes de avión, se informa que el componente 28 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia menciona 'revisar la fiscalidad
del sector aéreo para actuar sobre las emisiones de esos sectores.'


Asimismo, la reforma C28.R3, Creación de un comité de personas expertas para la reforma fiscal, prevé que se realice un análisis técnico sobre qué reformas convendría realizar atendiendo al escenario actual y futuro a medio y largo plazo,
con especial atención a las varias áreas, entre las que se encuentra la fiscalidad medioambiental.


Este Comité de personas expertas no entregará sus conclusiones hasta el 28 de febrero de 2022, por lo que no se pueden hacer valoraciones sobre las medidas a adoptar antes de ese momento'.


13. Por tanto, se sigue sin tener ningún detalle de la razón, origen o justificación de la mera inclusión de un compromiso de esta índole en el PRTR enviado a la Comisión Europea. Y esto cuando, precisamente, la situación de crisis
económica y sanitaria que ha golpeado especialmente al sector del turismo y del transporte requiere actualmente de acciones de impulso por parte del Gobierno, no de medidas que lastren aún más la recuperación del turismo como es un impuesto que
desincentive viajar.


122 Iniciativas con número de registro 124152 a 124154, 124156, y 124168 a 124170 de fecha 17 de mayo de 2021.


123 https://www.fundacionalternativas.org/public/storage/publicaciones_archivos/58ce043c930 b1da7b5d92cffac6f5215.pdf [fecha de consulta: 28 de junio de 2021]


124 BENITO, A. y ALGONSO, G.: 'Análisis de la aplicación de nuevas medidas impositivas ambientales sobre el transporte aéreo español', Madrid, diciembre de 2019.


125 Respuesta de 17 de junio de 2021 con número de registro 135902.



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14. Como se indicaba, esta iniciativa no es nueva, sino que fue propuesta justo antes del comienzo de la crisis, febrero de 2020. Y ya en aquel momento, se elaboraron determinados estudios que analizaban los efectos que podrían producirse
como consecuencia de esta medida.


15. La Fundación Alternativas a la que se hacía referencia, fundación íntimamente vinculada con el Gobierno, aunque se mostraba favorable a esta medida, al mismo tiempo afirmaba que este tipo impositivo supondría un incremento de los
billetes de 7,47 euros en los viajes de corta distancia, de 23,32 euros en media distancia y de 41,99 euros en larga distancia. Asimismo, señalaban que se conseguiría una reducción de emisiones de solo un 5 %, aunque se conseguiría una recaudación
de 1.366 millones de euros 126, lo que no deja de demostrar que la creación de este impuesto responde a un afán recaudatorio.


16. Asimismo, se recogen expresamente en este mismo informe las siguientes implicaciones negativas de establecer un impuesto sobre los billetes de avión, como son la pérdida de riqueza y el perjuicio a los viajeros con menos renta (pág.
10) 127:


'En todo caso, hay que tener en cuenta los posibles impactos negativos de esta medida. Por una parte, la introducción unilateral por parte de un país de este impuesto podría provocar un desplazamiento de pasajeros hacia los aeropuertos de
otros países cercanos a la frontera (Gordijn et al., 2011; Borbely, 2019). Por ello, hasta que haya un acuerdo a nivel europeo, el impuesto debería partir de un nivel reducido que podría elevarse si su aplicación se extendiese a los países
limítrofes. Asimismo, el impuesto tendría un impacto negativo sobre la industria turística (Mayor y Tal, 2007, 2010; Forsyth et al., 2014), algo preocupante para un país como España y que podría recomendar medidas compensatorias. Finalmente, en
términos distributivos, el impuesto encarece relativamente más los billetes de las compañías de bajo coste, por lo que afectaría principalmente a los viajeros de menor renta (Falk y Hagsten, 2019)' [énfasis añadido].


17. En el mismo sentido, en el estudio de la ETSIAE, perteneciente a la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), se habría concluido que un impuesto a los billetes de avión tendría una gran repercusión negativa para toda España. Según este
documento de la ETSIAE, por un 10% de impuesto aplicado sobre el billete de avión se producirían unas pérdidas en el sector turístico internacional de 916 millones de euros, una caída de 844.000 turistas internacionales y una destrucción de 34.000
empleos. No obstante, el ahorro de emisiones de CO2 alcanzaría únicamente el 0,6%. Además, no se debe olvidar, tal y como se indica en este informe, que esta medida perjudicaría enormemente a las conexiones de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla
128.


18. Por todo lo expuesto, se han propuesto alternativas a esta medida que cumplirían con el objetivo referido en la página 272 del PRTR que no impliquen una repercusión directa negativa en la economía de la sociedad civil, entre otras, la
mejora de la eficiencia de los aviones a través de la introducción de biocombustibles y la transición hacia el avión híbrido o el eléctrico.


Tercero. Combustibles alternativos en el sector aéreo.


19. Las aerolíneas siempre han sido conscientes de la necesidad de reducir emisiones de CO2. Así, ya se reflejó con la inclusión del transporte aéreo en el sistema europeo de comercio de emisiones (ETS) en el año 2008, aplicable a partir
de 2012 129, y con la aprobación por la Organización de Aviación Civil Internacional en 2016, aplicable a partir de 2020, del sistema CORSIA (Carbon Offsetting Reduction Scheme for International Aviation) 130.


20. Asimismo, con motivo de los objetivos internacionales de descarbonización, las propias compañías aéreas a la hora de adquirir nuevas aeronaves exigen unos mayores niveles de eficiencia a los


126 https://www.fundacionalternativas.org/public/storage/publicaciones_archivos/58ce043c930b1da7b5d92cffac6f5215.pdf [fecha de consulta: 11 de mayo de 2021]


127 Idem.


128 BENITO, A y ALGONSO, G., Op. Cit., pág. 41.


129 Directiva 2008/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE con el fin de incluir las actividades de aviación en el régimen comunitario de comercio de derechos de
emisión de gases de efecto invernadero.


130 La 39.ª Asamblea General de la OACI, celebrada en 2016, decidió, mediante la Resolución A39- 3, elaborar un plan mundial de medidas basadas en el mercado para limitar las emisiones de gases de efecto invernadero de la aviación
internacional a sus niveles de 2020. La posición de la Unión a este respecto fue establecida por la Decisión (UE) 2016/915 del Consejo. Y, el Consejo de la OACI, en la décima reunión de su 214.º período de sesiones, celebrada el 27 de junio de
2018, adoptó la Primera edición del Volumen IV del anexo 16 del Convenio: Normas y métodos recomendados internacionales, Protección del medio ambiente - Plan de compensación y reducción de carbono para la aviación internacional (en lo sucesivo,
'plan CORSIA').



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aviones y sus motores. Por ello, los fabricantes de la industria de la aviación llevan ya tiempo trabajando en nuevos materiales y combustibles que impliquen una menor contaminación atmosférica.


Así, se procura que la estructura de los aviones tenga un rozamiento cada vez menor y que su composición sea cada vez menos pesada, pero con mayor fuerza estructural 131. Se calcula que estos avances suponen mejoras de eficiencia energética
de alrededor del 1,5% anual, no obstante, se continúa avanzando en la aplicación de nuevos combustibles con menor emisión de CO2 distintos al queroseno, puesto que se considera la solución más idónea para reducir la contaminación 132.


a) Combustibles alternativos sostenibles.


22. Los especialistas apuntan a que, a corto y medio plazo, los combustibles alternativos sostenibles (SAF, por sus siglas en inglés Sustainable Aviation Fuels) son la mejor opción para reducir la huella de carbono. Según la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea son un tipo de combustibles de aviación utilizados en aviones a reacción y certificados como sostenibles por entidades independientes como la organización RSB 133.


23. Y, conforme define la referida organización, RSB, los combustibles sostenibles de aviación (SAF): a veces conocidos como biocombustibles de aviación o biocombustibles para reactores -son alternativas de combustibles con bajo contenido
de carbono para la industria de la aviación. Estos combustibles de aviación no derivados del petróleo se producen generalmente a partir de materias primas de origen biológico, incluidos desechos, residuos y productos al final de su vida útil, o
desechos fósiles como CO, desechos plásticos y llantas 134.


24. La ventaja de estos combustibles a corto plazo es la posibilidad de su implantación gradual (mezclando con queroseno) y sin necesidad de realizar modificaciones en los aviones actuales, al tiempo que se consigue reducir emisiones 135.


25. Dentro de este tipo de combustibles se encuentra el bioqueroseno, con el que, aunque formando un 20% de la composición, se realizó el primer vuelo en 2008 136. Desde entonces se habrían realizado números ensayos que han permitido crear
una primera especificación técnica para un determinado número de estos combustibles alternativos (ASTM D-7566) y certificar los motores para volar con una mezcla de hasta el 50 % de queroseno de origen fósil y orgánico. Esto habría permitido
reducir las emisiones netas de CO2 en un 25-30% 137.


26. No obstante, los expertos apuntan a que razones económicas están retrasando el empleo de bioquerosenos, puesto que su producción carece de economías de escala. En consecuencia, señalan que su posible introducción necesita de una acción
regulatoria por parte de las administraciones públicas, similar a la que se viene haciendo en Europa con las gasolinas de automoción 138.


b) Electricidad.


27. Otro tipo de energía a utilizar en el sector aéreo, aunque con vistas más a medio-largo plazo, es la electricidad. Con este tipo de motores ya existen proyectos internacionales como el ACCEL (Accelerating the Electrification on Flight)
incluido en el plan de colaboración con empresas del Gobierno británico 139.


28. En España, en marzo de 2021, se presentó al Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana un proyecto de reconversión y electrificación de flotas de aeronaves de corto y medio alcance que se estima que tenga un gran impacto en
toda la cadena de valor del sector aeroportuario, y que sitúe a España en una posición de liderazgo en el desarrollo de iniciativas de aviación sostenible 140.


131 https://www.hispaviacion.es/biocombustibles-en-aviacion/[fecha de consulta: 28 de junio de 2021]


132 BENITO, A. y ALGONSO, G., Op. Cit. pág. 43.


133 https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/comercio-de-emisiones/sostenibilidad-del-sector-aereo.-medidas-de-mitigacion-frente-al-cambio-climatico-y-preservacion-de-la-calidad-del-aire-local/combustibles-sostenibles-de-aviacion [fecha
de consulta : 28 de junio de 2021].


134 https://rsb.org/wp-content/uploads/2020/06/RSB-Aviation-Report-WEB Final.pdf [fecha de consulta: 28 de junio de 2021].


135 https://www.hispaviacion.es/biocombustibles-en-aviacion/[fecha de consulta: 28 de junio de 2021].


136 https://www.elmundo.es/mundodinero/2008/02/24/economia/1203857159.hbnl [fecha de consulta: 28 de junio de 2021].


137 BENITO, A. y ALGONSO, G., Op. Cit., pág. 45.


138 Idem.


139 https://www.elconfidencial.com/tecnología/novaceno/2021-03-05/el-avion-electrico-rapido-del-mundo-despegar 2979904/[fecha de consulta: 28 de junio de 2021].


140 https://www.eleconomista.es/tecnologia/noticias/11117165/03/21/Asi-es-el-avionelectrico-made-in-Spain-que-espera-ver-la-luz-gracias-al-Fondo-Europeo-de-Recuperacion.html [fecha de consulta: 28 de junio de 2021].



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29. No obstante, a diferencia de los biocarburantes, la utilización de este tipo de energía, ya sea sola o en modo híbrido, sí requiere de un proceso de adaptación tanto de las aeronaves como de los aeropuertos.


c) El Hidrógeno.


30. Se estima que empleando el hidrógeno como combustible de aeronaves se podría reducir el impacto climático durante el vuelo entre un 50% y un 75% si se utilizan turbinas de hidrógeno y entre un 75 % y un 90% con las pilas de hidrógeno
141.


31. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) aprobó en octubre de 2020 la Hoja de Ruta del Hidrógeno (la 'Hoja de Ruta') 142, con el fin de identificar las oportunidades con respecto a este tipo de energía y
los objetivos a alcanzar, así como las medidas necesarias para conseguirlo.


32. En esta Hoja de Ruta, para el sector del transporte aéreo, se prevé para 2030 la 'introducción de maquinaria de handling que utilice pilas de combustible de hidrógeno renovable y de puntos de suministro en los cinco primeros puertos y
aeropuertos en volumen de mercancías y pasajeros respectivamente' 143 y se afirma que 'se espera que las pilas de combustible constituyan una alternativa como medio de propulsión para aeronaves y para la maquinaria empleada en los aeropuertos y
terminales de carga'.


33. No obstante, al mismo tiempo se afirma que, en la práctica'solo se han desarrollado proyectos demostrativos para su uso en vuelos no comerciales' (pág . 22).


34. Sobre esta cuestión, el hidrógeno en el sector de la aviación, se pronunció la Sra. Valean, Comisaria europea de Transporte, el pasado 10 de junio de 2021, en una entrevista concedida al diario digital El Economista 144:


'En Europa se están desarrollando, con perspectivas muy prometedoras, ambiciosos proyectos industriales para lograr un transporte aéreo más ecológico en las próximas décadas. Los grandes aviones de emisión cero impulsados por hidrógeno
podrían convertirse en una realidad en 2035 o antes, al menos para los vuelos de corta distancia.'


35. Y, un ejemplo de ello es Francia, en donde ya se está trabajando para adaptar los aeropuertos a las tecnologías de hidrógeno y poder acoger a los aviones que funcionan con esta energía. En palabras de D. Edward Arkwright, director
adjunto del Grupo ADP (gestora de aeropuertos de París):


'Estamos dispuestos, con nuestros socios, a federar un ecosistema único que haga posible la integración progresiva del hidrógeno en los aeropuertos de París. Debemos prepararnos hoy para dar la bienvenida a los aviones de hidrógeno en 2035,
transformando nuestros aeropuertos en verdaderos centros de hidrógeno, en los que deseamos desarrollar diversos usos, con nuestros socios, en el entorno de la movilidad tanto en el lado aire como en el de la ciudad. Junto a otras soluciones, como
los combustibles alternativos sostenibles, el despliegue de hidrógeno tiene como objetivo acelerar la descarbonización del transporte aéreo 145.'


36. Sobre este respecto, uno de los problemas que trasladan empresas del sector es que los aviones movidos por electricidad, e incluso por hidrógeno, al menos actualmente, disponen de una autonomía más bien reducida. Por tanto, medidas
como la recogida en la Estrategia España 2050 por la que se pretende prohibir los vuelos en aquellos trayectos que puedan realizarse en tren en menos de 2,5 horas pueden desincentivar el desarrollo de este tipo de proyectos.


37. Por ello, España debe ponerse en marcha cuanto antes y promover proyectos que estudien tanto la implantación de nuevas tecnologías energéticas en los propios aeropuertos y sus maquinarias como en las aeronaves y, al mismo tiempo, evitar
medidas que desincentiven la inversión.


141 Aviones Propulsados por Hidrógeno, el camino hacia una aviación más sostenible (ferrovial.com)


142 https://www.miteco.gob.es/images/es/hojarutadelhidrogeno tcm30-513830.pdf, págs. 8 y 9.


143 Ibid., pág.43.


144 https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/11265158/06/21/Alina-Valean-comisaria-europea-de-Transporte- El-avion-de-hidrogeno-podria-ser-una-realidad-en-2035-oantes.html [fecha de consulta: 28 de junio de 2021].


145 https://fly-news.es/aviacion-comercial/hidrogeno-airbus-air-france-paris/[fecha de consulta: 28 de junio de 2021].



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38. En definitiva, España debe ser competitiva en todos y cada uno de los sectores industriales y productivos. Asimismo, hay que incidir en la importancia de desarrollar cadenas de valor para reindustrializar el país, situarlo como un
referente en el ámbito tecnológico y en la generación de energía renovable, al tiempo que se reduce la dependencia energética del exterior y se genera empleo.


39. Para ello, se hace necesario impulsar sistemas innovadores a nivel mundial sabiendo integrar el talento, a fin de retenerlo y atraerlo, y dando lugar a culturas especialmente creativas, innovadoras y competitivas. Son precisas
políticas en las que España sea un país referente en I+D+I y se luche contra la alta tasa de paro y desempleo juvenil.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer un plan coordinado de desarrollo y potenciación de nuevos combustibles en el sector aéreo español y, a tal efecto, a adoptar las siguientes medidas:


1. Impulsar todas las alternativas de combustibles sostenibles en el sector aéreo que reduzcan emisiones y sean eficientes, estableciendo un marco regulatorio del mercado claro, estable y predecible, de modo que las inversiones cuenten con
la necesaria seguridad jurídica y se aprovechen las ayudas públicas provenientes de los distintos fondos de la Unión Europea.


2. Promover e impulsar la adecuación y modernización de los aeropuertos nacionales para la implantación en ellos tanto de infraestructuras de hidrógeno, a fin de crear una economía de hidrógeno para su producción, uso, transferencia y
potencial exportación, como de recarga eléctrica.


3. Apostar de manera activa por la implantación del hidrógeno en las operaciones aeroportuarias y en la maquinaria desplegada en los aeropuertos, utilizando decididamente las fuentes de financiación puestas a disposición de nuestro país por
la Unión Europea y, en particular, los fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU).


4. Fomentar el diálogo y coordinación entre los agentes implicados en la implantación de las nuevas tecnologías de energía en los aeropuertos para establecer un marco adecuado y eficiente de colaboración público-privada en esta materia y de
coordinación de proyectos conjuntos en todo el territorio nacional.


5. Promover negociaciones y fomentar alianzas con los sectores públicos y privados de países vecinos y terceros tanto con la finalidad de realizar proyectos comunes de impulso de los combustibles sostenibles al objeto de alcanzar acuerdos
comerciales en relación con potenciales exportaciones de energía.


6. Promover el incremento de los medios técnicos y personales de las Administraciones Públicas para la búsqueda, evaluación y, en su caso, ejecución de inversiones públicas en: proyectos de construcción y desarrollo de nuevas aeronaves que
utilicen el hidrógeno o la electricidad como combustible; maquinaria de handling que utilice pilas de combustible de hidrógeno renovable; y puntos de suministro eléctrico y de hidrógeno en los cinco primeros aeropuertos en volumen de mercancías y
pasajeros.


7. Diseñar y promover un marco legal para el establecimiento de planes de formación intensivos en tecnología del hidrógeno y eléctrica aplicada a la materia aeroportuaria para asentar este modelo como un motor económico de futuro en
España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de julio de 2021.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala, Patricia de las Heras Fernández, Juan Carlos Segura Just, Cristina Alicia Esteban Calonje y Rubén Darío Vega Arias,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002958


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no



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de Ley relativa a favorecer la disponibilidad de suelo para la ejecución de 20.000 viviendas sostenibles para alquiler social, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Dentro de la Componente 2 de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se establece el 'Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes' definido como C02.I02 y dotado con 1.000
millones de euros.


De acuerdo al referido documento, la inversión tiene por objeto impulsar el desarrollo de un conjunto de medidas por parte de las distintas Administraciones Públicas para incrementar sustancialmente la oferta de vivienda en alquiler a precio
asequible, contando con la colaboración del sector privado.


Así el Programa establece diferentes acciones encaminadas a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes, con objeto de incrementar las infraestructuras de vivienda al servicio de las políticas
públicas de vivienda, en terrenos de titularidad pública: el objetivo es que, mediante la aportación de suelo público y de subvenciones, sea financieramente viable la construcción de un parque público de vivienda de alquiler social, actualmente
situado en el entorno del 2,5% del total de las viviendas de titularidad de la Administración, y siendo insuficiente para satisfacer las necesidades sociales de la población española.


La previsión es que, a través del Programa, se favorezcan mecanismos de colaboración público-privada para la construcción de las 20.000 viviendas, si bien no se descarta la financiación de actuaciones con recursos íntegramente públicos.


Resulta llamativa la similitud de este programa con otros dos en los que el Gobierno lleva tres años trabajando y con unos resultados muy deficientes:


- El Programa de Fomento del Alquiler del Plan Estatal 2018-2021.


- El Programa 20.000 viviendas.


Ambos fueron anunciados en 2018, bajo el objetivo de reorientar la política de Vivienda en cuanto el partido Socialista accedió al Gobierno. Los enunciados de ambos programas eran:


a) Fomento del parque de Vivienda en alquiler pública o cedida en uso, ya sea de titularidad pública o privada mediante subvención a la construcción y precio de alquiler tasado y con calificación energética mínima B.


b) Construcción de 20.000 viviendas de alquiler sobre suelo de SEPES, de titularidad pública, licitando el derecho de superficie para la construcción de viviendas por empresas públicas o privadas.


Los resultados de ambos programas, según datos de su propio Ministerio, son los siguientes:


a) Fomento del Alquiler del Plan 2018-2021: 1507 viviendas en proceso, y ninguna finalizada.


b) Plan 20.000: Únicamente se está redactado el proyecto de urbanización para la ejecución de 370 viviendas en Valencia.


Igualmente se ha informado de un total de 1.794 viviendas en 'propuesta', sin que se haya materializado convenio alguno.


Cabe aquí recordar además que a través del RDL 11/2020 se permitió a las CC.AA. disponer de todos los fondos del Plan de Vivienda 2018-2021, anualidades 2020 y 2021, para destinarlos a ayudas al alquiler, por lo que no se conoce con qué
recursos se financiaran todas esas actuaciones 'en estudio', 'apalabradas' con las CC.AA. Resulta llamativo por ello que en el Real Decreto por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia no se contemple dotación presupuestaria para este programa (Construcción de Viviendas en Alquiler Social en edificios energéticamente eficientes) para la anualidad 2021, y para el 2022 y siguientes,
según el coeficiente de reparto acordado en Conferencia Sectorial y en función de la cantidad asignada en los Presupuestos Generales del Estado.


Ante la experiencia de programas anteriores y los datos conocidos sobre suelo disponible para viviendas, se intuye un fracaso de este programa a no ser que se tomen las medidas oportunas, en cuanto a identificación de suelos, agilización
administrativa para su desarrollo y un sistema eficiente de colaboración público privada.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Informar a los Ayuntamientos y Entidades Locales, de manera pormenorizada, de los trámites y gestiones precisos para ser beneficiarios del programa definido como C02.I02, ('Programa de construcción de viviendas en alquiler social en
edificios energéticamente eficientes'), estableciendo los términos de la convocatoria, plazos, compromisos y acciones indispensables previas, a efectos de una mayor celeridad en cuanto se convoque la misma.


2. Identificar el suelo público disponible y finalista, susceptible de ser destinado a la construcción de viviendas en áreas donde sea viable el programa tal cual se ha diseñado: construcción sobre suelo público, subvención hasta 500
euros/m2, precio máximo de alquiler 5 Euros/m2 y obligatoriedad de alquiler social durante 50 años.


3. Preveer otras alternativas de obtención y disposición de suelo destinado a vivienda, en el caso de que sea inviable la utilización de suelo público y la fórmula del derecho de superficie.


4. Definir claramente las fórmulas de colaboración público-privada, compromisos, financiación y plazos y garantizar su viabilidad.


5. Aprobar la Ley de Seguridad Jurídica del planeamiento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de julio de 2021.-Ana María Zurita Expósito y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002972


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para el mantenimiento de la línea directa entre Ponferrada y Vigo, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Según ha podido conocer el BNG a través de distintos medios de comunicación, RENFE tiene previsto suprimir a partir del próximo día 19 de julio el servicio ferroviario directo entre Ponferrada y Vigo. Se trata del tren que sale a las 6:15
h de Ponferrada y llega a la estación de Guixar a las 11:27 h pasando por Ourense. Sin embargo, a partir del lunes el trayecto finalizará en Ourense a las 9:04 h y los viajeros y viajeras deberán esperar hasta las 11:35 h para poder enlazar con
otro tren en dirección a Vigo, a donde llegarían a las 13:35 h. Se pasa así de un viaje de cuatro horas y media a otro de más de seis horas.


Este nuevo recorte supone dejar incomunicados mediante transporte ferroviario a los principales pueblos y ciudades del sur de Lugo, de Ourense y Pontevedra, como es el caso de O Barco de Valdeorras, Monforte, A Rúa, Ribadavia, O Porriño o
Salvaterra. Esta decisión ahonda en la reducción de servicios, líneas y frecuencias que está llevando a cabo Renfe en los últimos tiempos, manteniendo sin reactivar la mayor parte de las conexiones suspendidas durante la restricción de movilidad
durante el confinamiento por la pandemia de la COVID-19.


Se han recuperado las conexiones de larga distancia pero sigue desmantelándose el servicio ferroviario que conecta las distintas ciudades de Galiza. La hoja de ruta que trasluce tras las decisiones de Renfe y el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana parece encaminada a la destrucción de los servicios ferroviarios en Galiza, pues se siguen suprimiendo líneas, frecuencias y cerrando estaciones. Las directrices del ejecutivo estatal parten de una visión centralista que
priman las conexiones con Madrid y deja que poco a poco desaparezcan los servicios ferroviarios del interior de Galiza. La oferta actual no favorece la promoción del transporte ferroviario pues no resulta atrayente a los usuarios



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y usuarias, precisamente por esa falta de conexiones, de frecuencias, de horarios que lo hagan un transporte útil.


Desde el Ministerio deben realizarse las inversiones necesarias para mejorar las conexiones ferroviarias entre las principales ciudades de Galiza pues se trata de un medio de trasporte colectivo y sustentable. Pero a pesar de tratarse del
medio de trasporte que el ejecutivo dice querer primar en los próximos años, el Gobierno del Estado tiene abandonadas las infraestructuras ferroviarias en Galiza y sigue sin poner los medios necesarios para la puesta en marcha de un verdadero tren
de proximidad que de servicio a las áreas metropolitanas gallegas y que sirva como eje vertebrador del todo el territorio interconectando vilas y ciudades. Así, mientras en el resto del Estado se invierte para la modernización del servicio de
cercanías, tanto para el trasporte de mercancías como de viajeros, en Galiza no existe siquiera un servicio que merezca ese nombre y, aun así, para el Ministerio sigue sin ser una prioridad.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Rectificar la decisión anunciada por Renfe y mantener la línea de conexión directa entre Ponferrada y Vigo que da servicio a todo el sur de Lugo, Ourense y Pontevedra.


2. Dar las instrucciones necesarias desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que Renfe recupere todas las líneas, frecuencias, horarios y conexiones suspendidos durante el estado de alarma por la limitación de
movimientos impuesta debido a la pandemia de la COVID-19.


3. Preveer desde el Ministerio de Transportes la realización urgente de las inversiones necesarias para dotar a Galiza de un servicio de cercanías ferroviarias y articular la interconexión entre las principales ciudades gallegas con un
transporte colectivo, ágil y sustentable.


4. Incluir entre las inversiones prioritarias del Ministerio la modernización de la red interior ferroviaria gallega, actuando como mínimo en los tramos A Coruña-Ferrol, A Coruña-Lugo y Vigo-Frontera Portuguesa, en la electrificación del
tramo Ourense-Lugo y la mejora en la línea de Feve entre Ferrol y Gijón, además de incluir el itinerario A Coruña-Vigo-Ourense-León como ampliación del Corredor Atlántico de Mercancías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de julio de 2021.-Néstor Rego Candamil, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/002883


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la educación para la defensa de la libertad, la democracia y
la paz, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


La Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, estableció, por primera vez, la protección integral de las víctimas del terrorismo. La exposición de motivos de esta Ley recuerda
que 'la significación política de las víctimas exige su reconocimiento social y constituye una herramienta esencial para la deslegitimación ética, social y política del terrorismo'. De igual modo, también determina que el recuerdo 'es un acto de
justicia y a la vez un instrumento civilizador, de educación en valores y de erradicación definitiva, a través de su deslegitimación social, del uso de la violencia para imponer ideas políticas'.



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La actividad de la organización terrorista nacionalista vasca Euskadi Ta Askatasuna (ETA) dejó una herida profunda en la sociedad de nuestro país, con 3.000 atentados, 864 muertos y más de 7.000 víctimas entre el año 1968 y el 20 de octubre
de 2011, fecha en la que la organización anunció el cese de su actividad.


A pesar de todo ello, según los resultados de una encuesta elaborada por GAD3 cuyos resultados se publicaron el pasado mes de octubre, el 20% de los jóvenes en España cree que la organización terrorista ETA sigue en activo mientras que el
60% no identificaría a Miguel Ángel Blanco. Asimismo, según los resultados de esta misma encuesta las principales fuentes de conocimiento sobre la banda terrorista entre los jóvenes 'han sido los medios de comunicación, seguidos de la familia y el
cine'.


El comprimo de nuestro Estado con las víctimas del terrorismo, así como con los valores constitucionales, obliga a los poderes públicos, en particular a las Administraciones educativas, a trabajar por la construcción de una sociedad
tolerante, crítica y libre que no se deje arrastrar por discursos contrarios a los derechos fundamentales, al pluralismo político, la libertad y la igualdad. Del mismo modo, a la vista de los datos expuestos, es necesario impulsar actuaciones
específicas en el ámbito educativo para reforzar el conocimiento de los más jóvenes sobre la historia organización terrorista ETA y el daño que causo en nuestro país.


Por todo lo anterior, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a garantizar, en coordinación con las comunidades autónomas, el cumplimiento al artículo 59 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las
Víctimas del Terrorismo, que determina que las administraciones educativas impulsarán planes y proyectos de educación para la libertad, la democracia y la paz, y que deberán contar con la participación del testimonio directo de las víctimas del
terrorismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de junio de 2021.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002898


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para impulsar la formación medio ambiental y en biocircularidad en la formación profesional, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


Actualmente la humanidad se encuentra en la encrucijada de tener que realizar un cambio de paradigma en el modelo económico que nos permita establecer un tipo de desarrollo totalmente sostenible.


Esta transformación se impulsa desde las Naciones Unidas a través de la Agenda 2030 y se establecen los Objetivos de Desarrollo Sostenible como desafío y guía para que los pueblos del mundo unidos consigamos el cambio necesario.


En Europa, este enorme desafío ha estimulado y espoleado el nuevo Marco Financiero Plurianual 2021-2027 que, junto con el programa Next Generation EU, conforman el Plan Europeo más ambicioso de nuestra historia reciente y pretenden ser el
gran punto de apoyo donde los estados miembro apoyen las 'políticas palanca' con las que realizar el cambio. El respeto al medio ambiente y la necesaria biocircularidad del modelo económico subyacen en todos los programas de este Plan.


Para poder hacer realidad este cambio de paradigma resulta necesario crear redes con actores formados en metodologías de bioeconomía circular, fortalecer líderes en cada sector e impulsar ecosistemas de bioeconomía que sean capaces de
encontrar nichos donde impulsar el cambio hacia el nuevo modelo de desarrollo.



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La transformación hacia la sostenibilidad total es también una oportunidad para generar empleo decente, articular instrumentos para atender a colectivos vulnerables y crear más oportunidades en el entorno rural fomentando su desarrollo y
protegiendo la biodiversidad. En este sentido, cobra especial relevancia el sector primario donde la actividad ganadera, silvícola y agraria junto con un turismo de naturaleza responsable pueden convertirse en palanca del desarrollo rural.


Le corresponde al sistema educativo sensibilizar y educar a los ciudadanos europeos en este reto. Tenemos la responsabilidad de formar personas con conocimientos y sensibilidad suficiente que sepan trabajar e impulsar esta nueva forma de
relacionarnos con el medio ambiente y de desarrollarnos. Para esto, es necesario crear planes educativos en esta dirección y proyectos donde generar ideas, ensayar oportunidades y empoderar a los principales agentes.


A nivel socioeconómico existen numerosos ejemplos de organizaciones, clústeres y grupos empresariales que trabajan e impulsan el cambio de paradigma, pero falta una tracción clara desde el sector educativo que permita formar y sensibilizar
en bioeconomía circular alineándose con la estrategia española de bioeconomía. El. impulso debe realizarse desde todos los niveles educativos aunque resulta especialmente relevante la formación profesional dado que proporciona niveles de
cualificación donde aparecerán y deben crearse gran parte de las oportunidades.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promocionar y reforzar la educación medio ambiental y de bioeconomía circular, así como las competencias relacionadas con ellas en todas las vías y niveles de la formación profesional.


2. Fortalecer las enseñanzas profesionales y la FP dual relacionadas con las actividades del sector primario, especialmente las relativas a la actividad ganadera, silvícola y agraria tan importantes en el desarrollo rural.


3. Impulsar la formación medio ambiental y de biocircularidad entre el profesorado de formación profesional.


4. Promover la coordinación entre distintos agentes relacionados con este ámbito con el objetivo de mejorar la formación y cualificaciones de sus profesionales e impulsar la creación de clústeres en el sector medio ambiental y de
bioeconomía, fomentando 'living labs' que agrupen y dinamicen de manera conjunta a agentes de educación, investigación y de empresas.


5. Promocionar la innovación y la investigación en las familias profesionales del sector medio ambiental y de bioeconomía circular para su posterior transferencia de conocimiento a la sociedad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de junio de 2021.-María Luz Martínez Seijo, Alfredo Sancho Guardia, Noemí Villagrasa Quero y Lázaro Azorín Salar, Diputados.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces
del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/002874


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG), Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la reforma del artículo 48 ET para reconocer el derecho de las familias monoparentales a ampliar su permiso por nacimiento, acogimiento o adopción por el tiempo que correspondería al segundo progenitor, para su debate en
la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.



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Exposición de motivos


El artículo 48 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la suspensión con reserva de trabajo, establece en su apartado 4 que 'el
nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica durante dieciséis semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores
al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para asegurar la protección de la salud de la madre'.


A continuación, la norma señala que 'el nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante dieciséis semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente
posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil'.


Así mismo, la disposición transitoria decimotercera del Estatuto para la aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación señala en su apartado 1.d) que 'a partir de 1 de enero de 2020, en el caso de nacimiento, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de doce semanas, de las cuales
las cuatro primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. La madre biológica podrá ceder al otro progenitor un periodo de hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio El disfrute de
este periodo por el otro progenitor, así como el de las restantes ocho semanas, se adecuará a lo dispuesto en el artículo 48.4'. Y sigue en su apartado 1.f) estableciendo que 'a partir de 1 de enero de 2021, cada progenitor disfrutará de igual
periodo de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo seis semanas de permiso obligatorio para cada uno de ellos, siendo de aplicación íntegra la nueva regulación dispuesta en el Real Decreto- ley 6/2019, de 1 de marzo'.


Haciendo una interpretación de esta reciente normativa, dos recientes sentencias dictadas en Galiza por los Juzgados de lo Social número 3 de Ourense y número 1 de Vigo reconocen el derecho de las madres demandantes en ambos casos a ampliar
el permiso por nacimiento, acogimiento o adopción en el tiempo que correspondería al segundo progenitor en el caso de una familia biparental. Es decir, se reconoce el derecho de las familias monoparentales a gozar de un permiso acumulado que suma
al tiempo de suspensión de la madre biológica el que correspondería a la otra persona progenitora en caso de una familia biparental con el objetivo de blindar el interés superior del menor y los derechos de los niños y niñas de familias
monoparentales. Ambas sentencias han sido recurridas por la Seguridad Social que no acepta el contenido de las resoluciones.


Es evidente que la normativa actual quiebra la igualdad entre los distintos modelos de familia y perjudica especialmente a las mujeres que constituyen la inmensa mayoría de los hogares monoparentales (ocho de cada diez) tanto en Galiza como
en el conjunto del Estado español.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Modificar la redacción actual del artículo 48 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la suspensión con reserva de trabajo
para incluir el derecho de las familias monoparentales a ampliar hasta las treinta y dos semanas el permiso por nacimiento y cuidado de hijos e hijas, permitiéndole disfrutar de las semanas que corresponderían a la otra persona progenitora, pudiendo
ejercer este derecho de forma ininterrumpida o por períodos semanales dentro de los doce primeros meses desde el nacimiento.


2. Dar instrucciones al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que, en tanto no se haga la reforma legislativa, se apliquen de oficio las resoluciones judiciales y se concedan los permisos cuando estos son solicitados en los
términos antes establecidos, eximiendo a las personas beneficiarias de la necesidad de judicializar el proceso para obtener su derecho.


3. Modificar el artículo 49 relativo a los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto para reconocer a las empleadas y empleados públicos que conforman una familia monoparental el derecho a



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ampliar hasta las treinta y dos semanas el permiso por nacimiento y cuidado de hijas e hijos, como ya se reconoce en el caso de fallecimiento de uno de los progenitores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/002890


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a extender la bonificación
del 50 % en las cotizaciones a la Seguridad Social a los pequeños empresarios autónomos dedicados a la actividad de la correduría de seguros en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para su debate en la Comisión de Comisión de Trabajo,
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Los agentes y corredores de seguros adscritos a los Colegios de Mediadores de Seguros de Ceuta y Melilla cotizan en su gran mayoría por el epígrafe 'Actividades de agentes y corredores de seguros'. Desde hace unos años existen
bonificaciones en las cuotas de autónomos para los trabajadores por cuenta propia o autónomos de Ceuta y Melilla para casi todos los sectores con algunas excepciones entre las que se incluye la de Actividades Financieras y de Seguros.


En concreto, la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social establece las siguientes
modificaciones:


En su artículo primero modifica de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, estableciendo en el punto ocho de dicho artículo que 'se introduce un nuevo capítulo II en el título V, bajo la rúbrica 'Incentivos y
medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo', en el que se integra el artículo 30 y se incluyen los nuevos artículos 31 a 39', quedando el artículo 36 redactado de la siguiente manera:


'Artículo 36. Trabajadores autónomos de Ceuta y Melilla.


Los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos dedicados a actividades encuadradas en los sectores de Agricultura, Pesca y Acuicultura; Industria, excepto Energía y Agua; Comercio;
Turismo; Hostelería y resto de servicios, excepto el Transporte Aéreo, Construcción de Edificios, Actividades Financieras y de Seguros y Actividades Inmobiliarias, que residan y ejerzan su actividad en las Ciudades de Ceuta y Melilla, tendrán
derecho a una bonificación del 50 por ciento en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes.


En su artículo segundo modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, estableciendo en el punto cuatro de dicho artículo que 'el apartado 2 de la
disposición adicional trigésima queda redactado como sigue:


'2. Los empresarios, excluida la Administración Pública y las entidades, organismos y empresas del sector público, dedicados a actividades encuadradas en los Sectores de Agricultura, Pesca y Acuicultura; Industria, excepto Energía y Agua;
Comercio; Turismo; Hostelería y resto de servicios, excepto el Transporte Aéreo, Construcción de Edificios, Actividades Financieras y de Seguros y Actividades Inmobiliarias, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, respecto de los trabajadores que
presten servicios en sus centros de trabajo ubicados en el territorio de dichas ciudades, tendrán derecho a una bonificación del 50 por ciento en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los
conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y fondo de garantía salarial.''



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La actividad profesional de los agentes y corredores de seguros se viene sintiendo amenazada desde hace unos años por la banca, Internet, la mala praxis y la deriva del propio sector, lo cual, unido a las circunstancias actuales de crisis
sanitaria, social, laboral y económica motivadas por la pandemia del COVID-19, que, en Ceuta y Melilla, reviste especiales características derivadas de su condición de ciudades fronterizas con Marruecos y con su frontera terrestre actualmente
cerrada en ambas ciudades, dificultando la sostenibilidad de las mismas.


Todo ello hace muy necesario ampliar la bonificación existente para otros sectores en las aportaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social al sector de los agentes y corredores de seguros que, en el caso de Ceuta y Melilla, adopta la
forma de pequeños autónomos, interpretando que la excepcionalidad contemplada en la ley, si acaso, debería referirse a las entidades bancarias y compañías aseguradoras y no a los pequeños autónomos que actúan como agentes y corredores de seguros.


Se acompaña una comparativa entre los sectores hostelero y de corredores de seguros en Ceuta y Melilla para poner de manifiesto el perjuicio ocasionado a los pequeños empresarios de esta actividad profesional.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a revisar el artículo 36 de la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajó
autónomo y de la Economía Social a fin de eliminar la excepcionalidad en la bonificación del 50% en las cotizaciones a la Seguridad Social para los pequeños empresarios autónomos dedicados a la actividad de la correduría de seguros en las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla a fin de hacerlos beneficiarios de dicha bonificación a semejanza con lo que ocurre con pequeños empresarios de otros sectores para, de esta manera, fomentar la actividad económica y posibilidad de generación de empleo
en el sector de los seguros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de junio de 2021.-Tomás Cabezón Casas y Fernando Adolfo Gutiérrez Díaz de Otazu, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002920


A la Mesa del Congreso


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias del Diputado del PDeCAT, Ferran Bel i Accensi, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Trabajo,
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a traspasar a la Generalitat de Catalunya la gestión de las prestaciones por desempleo y las competencia de seguimiento de la formación continua y a
demanda.


Exposición de motivos


El contexto de pandemia en el que vivimos y la consiguiente afectación al mercado de trabajo ponen de manifiesto la importancia de abordar a la mayor brevedad posible la gestión de las políticas de ocupación desde una visión integral. Para
ello, y en aras de una mayor eficiencia y eficacia en el uso de los recursos del erario, consideramos indispensable que estas estén gestionadas desde una única administración. En Catalunya la situación es hoy en día mixta; por un lado, las
políticas activas de ocupación, aquellas pensadas para que el ciudadano encuentre trabajo, son gestionadas mayormente por la Generalitat de Catalunya, mientras que las políticas pasivas, aquellas pensadas para proteger al ciudadano mientras está en
paro, las gestiona principalmente el Estado.


A nuestro parecer, la gestión de las prestaciones debe llevarla a cabo quien ejecuta las políticas activas, esto es, los servicios públicos de ocupación autonómicos (el SOC en Catalunya), vinculando las prestaciones contributivas con las
políticas activas. A ello habría que añadirle una mayor autonomía para los servicios de ocupación autonómicos en la distribución de los recursos. Estas medidas mejorarían la



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eficiencia del sistema, en línea con lo defendido por el Consejo de Europa, y nos acercarían al cumplimiento del principio de subsidiariedad, gestionando los servicios desde la administración más cercana al ciudadano, tal y como siempre
hemos reivindicado desde el PDeCAT.


Asimismo, debe establecerse un vínculo entre políticas activas y pasivas que conlleve un compromiso suficiente por parte de los servicios públicos de empleo y la persona beneficiaria. Esto permitiría una más rápida y efectiva activación de
las personas, minorando el tiempo de percepción de las prestaciones de paro y, por tanto, garantizando una mejor eficiencia de los recursos públicos y del mercado de trabajo. Las prestaciones económicas de desempleo son un derecho, pero a la vez un
deber, debiendo constituir un instrumento emancipador e impulsor para que los desempleados puedan centrar sus esfuerzos en volver a la ocupación.


Para Catalunya resulta imperativo juntar en el mismo organismo quien paga la prestación de desempleo (actualmente el SEPE, que depende del Ministerio de Trabajo) y quien ayuda al parado a encontrar trabajo (en Catalunya, el SOC, dependiente
del Departament d'Empresa i Treball).


Del mismo modo, apostamos también por la transferencia íntegra de las competencias de seguimiento de la formación continua y a demanda (bonificada) a las Comunidades Autónomas, con los recursos necesarios para que se pueda asumir esta
competencia desde el territorio, en aras de dar una respuesta rápida y ágil a las necesidades cambiantes de los sectores productivos y de las personas, en la línea del principio de subsidiariedad mencionado anteriormente.


Por todo ello, los Diputados del PDeCAT presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Traspasar, en el momento que la Generalitat de Catalunya así lo solicite, las competencias de gestión de las prestaciones por desempleo, con referencia al ámbito territorial de Catalunya, del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al
Servei Públic d'Ocupació de Catalunya (SOC) de la Generalitat de Catalunya.


2. Transferir íntegramente, en el momento que lo solicite la Generalitat de Catalunya, con referencia al ámbito territorial de Catalunya, las competencias de seguimiento de la formación continua y a demanda (bonificada) al Govern de la
Generalitat de Catalunya, con los recursos necesarios para que se pueda asumir esta competencia desde el territorio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de julio de 2021.-Ferran Bel Accensi, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/002933


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confedera! Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta esta Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, relativa a la firma y adhesión por el Reino de España a la Convención de Naciones Unidas sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares.


Exposición de motivos


El fenómeno de las migraciones, que afecta a millones de personas en todo el mundo y a todos los países, ha sido una constante histórica y forma parte del propio acervo de la humanidad. La Organización Internacional del Trabajo (OIT)
considera que actualmente están operando dos grandes fuerzas del mercado de trabajo que redundan en aumento de las migraciones por razones de empleo: muchas personas en edad de trabajar no pueden encontrar empleo o no pueden conseguir un empleo
adecuado para mantenerse ni mantener a sus familias en sus propios países, mientras que en otros países hay escasez de trabajadores para cubrir puestos en diversos sectores de sus economías. Entre otros factores



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que también influyen en esta situación, cabe citar los cambios demográficos, las crisis socioeconómicas y políticas y el aumento de las diferencias salariales tanto entre los países desarrollados y en desarrollo como dentro de los propios
países. El resultado es un intenso movimiento transfronterizo de personas con fines de empleo que conforma el colectivo de los trabajadores migratorios.


Es por ello que, más allá de acciones acotadas tanto en el espacio como en el tiempo, se requiere la aplicación de unos principios comunes entre los diferentes Estados sobre el tratamiento que las personas migrantes reciben en los países de
destino. Unas normas comunes que tengan en cuenta la situación de vulnerabilidad en la que con frecuencia se encuentran los trabajadores migrantes y sus familiares, que requieren de una protección internacional apropiada. Pero también unas reglas
comunes que eviten que determinadas empresas se aprovechen de la situación irregular de muchas personas migrantes empleándolas bajo condiciones cuanto menos desfavorables, con lo cual obtienen ventajas por medio de la competencia desleal con
respecto al resto de empresas, cumplidoras de la legalidad, a la vez que presionan hacia una mayor precarización de las condiciones laborales para el resto de personas trabajadoras, sean estas migrantes o nacionales. Y para evitar, asimismo, que se
den casos más extremos, como los de trata de personas, explotación infantil o trabajos forzados.


Dada esta situación, la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) adoptó, con fecha 18 de diciembre de 1990, la Resolución 45/158, y con ella se aprobó la Convención internacional sobre la protección de los derechos de
todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Este tratado entró en vigor el 1 de julio de 2003, fecha desde la cual se ha ido sucediendo su firma y adhesión por parte de diferentes países. El marco en el que se desarrolla es el de la
Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; y la Convención sobre los Derechos del Niño; entre otras convenciones, tratados, declaraciones y códigos de la ONU. Esto es, el
marco de los principios consagrados en los instrumentos fundamentales de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos.


Asimismo, esta Convención se asienta en los principios y normas establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre ellos el Convenio relativo a los trabajadores migrantes (N.º 97); el Convenio sobre las migraciones en
condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes (N.º 143); la Recomendación sobre los trabajadores migrantes (N.º 86); la Recomendación sobre los trabajadores migrantes (No.151); el
Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio (N.º 29); y el Convenio relativo a la abolición del trabajo forzoso (N.º 105).


Con todo ello, la Convención internacional sobre los trabajadores migratorios se establece como un marco jurídico básico sobre las condiciones laborales de estas personas, que busca armonizar las actitudes de los Estados mediante la
aceptación de unos principios fundamentales relativos al tratamiento de los trabajadores migratorios y de sus familiares, propone medidas adecuadas a fin de evitar y eliminar los movimientos y el tránsito clandestinos de los trabajadores
migratorios, asegurándoles a la vez la protección de sus derechos humanos fundamentales, y desincentiva la práctica de emplear a trabajadores migratorios que se hallen en situación irregular, promoviendo al mismo tiempo la concesión de determinados
derechos adicionales a los trabajadores migratorios y a sus familiares que se hallen en situación regular, lo que sirve de motivación a todos los trabajadores migratorios en orden a respetar y cumplir las leyes y procedimientos establecidos por los
Estados interesados.


Así, la firma y adhesión a la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, no solo sirve a la protección de los derechos humanos y laborales de las personas migrantes
y sus familias, sino que refuerza el marco legal que permite luchar contra la trata de personas, los trabajos forzosos, el trabajo infantil, la discriminación laboral, el empleo ilegal de inmigrantes, las prácticas de competencia desleal y la
precarización laboral.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a proceder, a la mayor brevedad posible, a la firma y adhesión a la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus
familiares, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de julio de 2021.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



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Comisión de Industria, Comercio y Turismo


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la efectiva reactivación del programa de turismo social y de Termalismo del
Imserso, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 ha cambiado por completo el escenario económico del país afectando, especialmente, a la cadena de valor del turismo, una de las actividades económicas donde España es líder mundial representando
el 12,4 % de su PIB y el 13,7 % de la afiliación a la Seguridad Social en el año 2019.


El alargamiento de la crisis sanitaria provocó la irremediable protección del colectivo de personas mayores, especialmente vulnerable a esta enfermedad, con medidas excepcionales como la de suspender temporalmente los programas de Turismo
Social y Termalismo Social del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ya consolidados desde 1985 y 1989 respectivamente.


Ambos programas tienen un doble objetivo: por un lado, elevar el nivel de bienestar facilitando el acceso al turismo a este segmento de la población y, por otro, impulsar la actividad turística y afrontar una de las principales debilidades
de nuestro modelo: la estacionalidad de la demanda. En 2019, el 45 % de los viajes se realizaron entre los meses de junio y septiembre, por lo que poner en marcha los programas y extender los plazos de descanso permitiría una pronta recuperación
del sector, una reducción de los posibles desequilibrios territoriales y una disminución en la presión sobre los servicios públicos y privados de los destinos.


Hasta entonces, más de un millón de personas se beneficiaban de ambos programas que complementan las prestaciones reconocidas en el Sistema de la Seguridad Social y permiten garantizar los preceptos constitucionales del derecho al ocio por
parte de la ciudadanía. La situación epidemiológica provoca que la vuelta de los programas y, por ende, de la reactivación económica total del sector turístico esté supeditada a alcanzar una inmunidad colectiva para el virus.


Gracias a un Sistema Nacional de Salud extraordinario, el rápido acceso de la población a la vacuna y, en especial, de las personas mayores a quienes se dirigen los programas, permitirá que España alcance la inmunidad de grupo antes de que
finalice el verano y del inicio de los viajes del programa. En el ámbito de la Unión Europea, España lidera, junto con otros países, el proceso de vacunación. Se han administrado más de 20 millones de dosis al conjunto de españoles y españolas,
permitiendo que las personas mayores de sesenta y cinco años beneficiarias de los servicios de los programas estén en su totalidad protegidos ante el virus.


La reactivación de los programas en la temporada 2021/2022 permitiría, no solo cumplir los objetivos de favorecimiento del envejecimiento activo y el fomento de la autonomía personal sino, además, poder superar las consecuencias de esta
pandemia con la dinamización de nuestra economía y la generación de empleo. No obstante, el inicio de la temporada requerirá una revisión de precios, así como garantizar ciertos elementos de seguridad para nuestros mayores que permitan a este
colectivo beneficiarse de los programas sin poner en riesgo su salud.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que se continúe con el rediseño de la actividad, convocatoria y contratación del programa de turismo social del lmserso para personas mayores, anteponiendo siempre la salud de todas las personas,



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con el objetivo de ofertar una actividad de envejecimiento activo y saludable combinada con la actividad turística.


2. Que en el rediseño de dicho programa se tenga en consideración, en todo momento, la seguridad y la protección de la salud de las personas usuarias participantes, de acuerdo siempre con las directrices de las autoridades sanitarias.


3. Que en la reconfiguración de los contratos se contemple la posibilidad de situaciones excepcionales y se tengan en cuenta las aportaciones de las personas mayores, a través de sus colectivos más representativos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de junio de 2021.-Adolfo Pérez Abellás, Alejandro Soler Mur, Ana María Botella Gómez, María Luisa Fanega López, Juan Bernardo Fuentes Curbelo, Sandra Guaita Esteruelas, Patxi López Álvarez, Cristina
López Zamora, María Ángeles Marra Domínguez, César Joaquín Ramos Esteban, Germán Renau Martínez, María del Pilar Rodríguez Gómez y Juan Francisco Serrano Martínez, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo
Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, don Ricardo Chamorro Delmo, doña Magdalena Nevado del Campo, don Rubén Darío Vega Arias, don Manuel Mariscal Zabala, doña Patricia Rueda Perelló, doña María de la Cabeza Ruiz Solás, don José María Figaredo
Álvarez-Sala, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida y doña Mireia Borrás Pabón, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para la elaboración de un plan de apoyo al sector industrial del dulce español, para su discusión en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. La importancia del sector del dulce.


1. Dentro de la industria alimentaria, el sector del dulce ocupa un puesto destacado. Tradicionalmente, este sector se ha caracterizado por su constante innovación y su calidad, siendo un pilar fundamental para la economía, cultura y
tradición gastronómica española.


2. La importancia de este sector se puede apreciar en el peso que tiene dentro de la industria de la alimentación y bebidas, tal y como queda acreditado en el Informe Anual de 2019 de la Asociación Española del Dulce (Produlce) 146. Este
estudio, basado a su vez en la clasificación DIRCE (Directorio Central de Empresas), indica que el número de empresas del sector del dulce supone el 46,4% de la industria de alimentación y bebidas.


3. Asimismo, según estimaciones del Centro de Predicción Económica (Ceprede), recogidos en el referido informe, en 2019, la cifra de negocio de la industria de los dulces alcanzó los 5.849 millones de euros, es decir, un 4,5 % del total del
sector alimentario, lo que se puede apreciar en el siguiente cuadro:


146 http://produlce.com/filemanager/source/lNFORME%20ANUAL%20PRODULCE%202019.pdf [fecha de consulta: 21 de junio de 2021]



Página 127





[**********página con cuadro**********]


Fuente: Datos publicados en el Informe Anual 2019 de Produlce


4. De igual forma, la potencia de esta industria se muestra en el empleo que genera, más de 24.000 puestos de trabajo que se caracterizan por lo siguiente 147:


- La mayoría están establecidos en regiones de la denominada 'España Vaciada'.


- Un 43,8 % son mujeres, 7 puntos por encima de la media del resto del sector de la industria alimentaria.


- El 21,7 % de estos puestos de trabajo lo ocupan menores de cuarenta años, por tanto, se constituye como un sector importante para dar empleo a jóvenes.


- El 78 % son puestos fijos.


5. El gran desarrollo de esta industria es debido a varios factores, entre ellos, la constante innovación y su internacionalización. Así, por un lado, las empresas han generado una amplia gama de productos que atienden al extenso espectro
de consumidores existente. Y es precisamente en este aspecto dónde se centran los esfuerzos de las compañías:


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Datos publicados en el Informe Anual 2019 de Produlce


147 Asociación Española del Dulce: ' Informe Anual 2019', pág. 36.



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Al mismo tiempo, estos trabajos han dado lugar a un sostenimiento de la demanda a pesar de la ralentización de la economía que se experimentó en 2019:


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Datos publicados en el Informe Anual 2019 de Produlce


7. Igualmente, otro de los elementos que ha permitido desarrollarse a este sector es la internacionalización de sus productos y las exportaciones, que permiten combatir la estacionalización y mantener una plantilla fija durante más tiempo.
De esta manera, en 2019, las exportaciones alcanzaron los 1.393,1 millones de euros, lo que equivale a que aproximadamenteel 24% del total de la producción de dulces se envíe al extranjero.


8. En este sentido, la Unión Europea es el destino mayoritario de estas exportaciones con un 69,3%, siendo Francia y Portugal los principales países a los que se exporta 148.


[**********página con cuadro**********]


Fuente : Datos publicados en el Informe Anual 2019 de Produlce


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Informe Anual 2019 de Produlce


9. Por último, hay que indicar que el sector del dulce no es solo importante a nivel económico, sino también en el ámbito social. Los dulces forman parte de nuestra historia y están vinculados con nuestra cultura y nuestras tradiciones.


148 Asociación Española del Dulce: 'Informe Anual 2019', pág. 59.



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10. De esta forma, numerosos dulces españoles están asociados a períodos concretos del año como son los clásicos polvorones, mazapanes y turrones del periodo navideño, o las torrijas y borrachuelos de Semana Santa, o los huesos de santos en
las fechas cercanas al Día de todos los Santos. Y también existe especial vinculación de los dulces a distintas regiones y municipios como, por ejemplo, las yemas de Santa Teresa (Ávila), las Pezuñas de Almonte (Huelva), los mantecados de Estepa
(Sevilla) y Antequera (Málaga), la tarta de almendra (Santiago), los bollos de aceite de Alhaurín (Málaga), Yemas del Tajo (Ronda, Málaga), la panchineta (San Sebastián), la torta de maíz (Guitiriz) o los sobaos pasiegos (Cantabria).


Segundo. Crisis de la industria del dulce.


11. Esta industria, hasta 2019, se encontraba en constante crecimiento. Así, en 2018 creció un 1,9% y en 2019 un 2,9 % 149. No obstante, la economía mundial sufrió una relativa desaceleración durante 2019, lo que se tradujo en una
ralentización del crecimiento que experimentaba este sector. A esto se suma la crisis provocada por el virus de Wuhan, que ha supuesto un importante golpe para toda la industria y a la que el sector del dulce no ha sido ajeno.


12. La industria del dulce se ha visto especialmente castigada por su dependencia del canal impulso (quioscos, tiendas de snacks, pequeños comercios de alimentación, etc.), puesto que estos establecimientos han sido sometidos a cierres y
serias restricciones.


13. Igualmente, la principal fuente de ingresos del sector, las exportaciones, se han visto afectadas. Durante 2020, si bien las exportaciones de la industria alimentaria aumentaron un 4,4 %, el sector del dulce perdió un 4,3 % del volumen
de facturación exterior respecto al 2019. Como se indicaba, en 2019 el mercado europeo era el más importante, no obstante, durante 2020 las exportaciones se contrajeron un 6%. Igualmente, en el mercado asiático, segundo principal destino de las
exportaciones, se produjo un descenso del 9,3 % en relación con el 2019 150.


14. A la situación expuesta se suman las actuaciones del Gobierno que atacan directamente a la industria el dulce, en primer lugar, a través de varias campañas lanzadas desde el Ministerio de Consumo o desde la Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición (AESAN) 151 y, en segundo lugar, con la subida del tipo impositivo aplicable a estos productos.


15. Estas campañas han generado el rechazo de muchos sectores 152, puesto que no solo los productores de bollería o de los chocolates se ven afectados. Así, asociaciones como ASAJA Valladolid han afirmado que las campañas de demonización
del azúcar, producto del que dependen el sector remolachero, el transporte, la industria, el riego, la hostelería y muchos empleos es 'irresponsable' y 'denota una gran falta de conocimiento y preparación' 153.


16. En concreto, el presidente de ASAJA Valladolid, D. Juan Ramón Alonso, en una entrevista para el diario El Economista afirmaba que: 'Estamos totalmente en contra de este tipo de campañas, pagadas con el dinero de todos. Lejos de
intentar buscar soluciones a problemas complejos como son enfermedades como la diabetes o la obesidad, solo buscan culpables y cabezas de turco. Eso es más fácil que ponerse a trabajar en conjunto y buscar soluciones consensuadas con expertos y
científicos que incidan en el consumo responsable' 154.


17. En la misma línea, la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas ha afirmado que 'esas campañas pueden generar una alarma infundada y miedo injustificado entre los consumidores sobre un ingrediente', y ha solicitado
'que se rectifiquen los mensajes emitidos' reiterando su 'voluntad y disposición para seguir colaborando y trabajar conjuntamente en la promoción de un estilo de vida saludable, basado en una alimentación variada y equilibrada y la práctica de
actividad física' 155.


149 Idem.


150 Asociación Española del Dulce: 'Infonne de comercio exterior del sector del dulce en 2020', pág. 3.


151 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/consumo/Paginas/2020/09102020_azucar.aspx https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/consumo/Paginas/2020/16102020_azucar.aspx
https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/nutricion/campanyas/aecosan_campanya_17.htm


152 https://www.eleconomista.es/castilla y leon/noti- cias/10853966/1 O/20/Indignacion-en-el-campo-por-la-campana-del-Ministerio-de-Consumoen-la-que-criminaliza-el-azucar.html [fecha de consulta: 22 de junio de 2021).


153 Ídem.


154 https://www.eleconomista.es/castilla_y_leon/noticias/10853966/10/20/Indignacion-en-elcampo-por-la-campana-del-Ministerio-de-Consumo-en-la-que-criminaliza-el-azucar.html [fecha de consulta: 22 de junio de 20211.


155 https://www.sweetpress.com/el-azucar-enfrenta-a-industria-y-gobierno/[fecha de consulta: 22 de junio de 2021).



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18. Como se apunta desde la Asociación Española del Dulce, no se puede responsabilizar de la prevalencia de la obesidad en la población española al azúcar, sino que es un 'problema multifactorial, en el que interaccionan factores genéticos
y ambientales', por lo que 'la clave está, por lo tanto, en el conjunto de la dieta, tal y como indica la Estrategia NAOS, que centra el foco en una alimentación equilib rada, junto con la necesaria práctica de actividad fisica' 156.


19. Además, las campañas expuestas han ido acompañadas de la subida del IVA, del 10% al 21%, aplicable sobre las bebidas que contienen azúcares añadidos, tanto naturales como con aditivos edulcorantes, tal y como se contempla en el artículo
69 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que modifica el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, medida que ya ha tenido una repercusión negativa
en las ventas de estos productos y en el alza de su precio 157.


20. Todo lo expuesto ha llevado a que un gran número de asociaciones del sector industrial y agroalimentario, representantes de comisiones de despoblación y reto demográfico y varias comunidades autónomas se adhieran a un manifiesto en
defensa del sector azucarero, el consumo responsable de azúcar y contra las subidas fiscales a alimentos y bebidas. Para ello se basan en los siguientes puntos 158:


i. Los graves efectos económicos y sociales que puede traer consigo este aumento de la presión fiscal.


ii. La mayor afectación de esta medida impositiva para las rentas más bajas.


iii. La falta de demostración científica de que esta medida tenga un efecto en el objetivo perseguido de reducir o prevenir la obesidad.


iv. La repercusión de esta medida en diversos sectores y en el conjunto de la cadena alimentaria e industrias auxiliares.


v. Las campañas realizadas, carentes de rigurosidad científica, además de incluir mensajes erróneos, generan alarma, miedo y trastornos en la conducta alimentaria.


Tercero. Necesidad de medidas de impulso de la industria del dulce.


21. Por todo lo expuesto, los poderes públicos deberían adoptar las medidas que sean necesarias para ayudar a este sector, para defenderlo y para impulsarlo durante estos momentos de crisis económica y sanitaria.


22. Para ello, en primer lugar, se deben abstener de realizar campañas concretas de demonización de determinados productos y enfocarlas a promover la actividad física y una alimentación saludable.


23. En segundo lugar, se deben eliminar tipos impositivos que suponen una mayor presión fiscal para los españoles y cuya utilidad en la lucha contra la obesidad no está acreditada.


24. Y, por último, se debe procurar la inclusión de los productos dulces regionales en la promoción de la imagen de España como destino turístico, puesto que son muchos los dulces típicos que presentan un atractivo turístico como parte de
la cultura gastronómica. Además, teniendo en cuenta que muchos productores de dulces son empresas familiares y centenarias, se deben establecer programas y planes que garanticen su supervivencia y faciliten su adaptación a las nuevas demandas del
mercado.


25. En definitiva, este sector que lucha contra la despoblación, que genera miles de puestos de trabajo y que aporta enormemente a nuestra economía, debe ser protegido como cualquier otro y con más razón en una situación de crisis como la
actual.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación, en coordinación con las Comunidades Autónomas y los representantes de este sector, de un Plan Nacional de defensa y apoyo al sector industrial del dulce, a fin de articular un
paquete de medidas que impulsen y aseguren la supervivencia del sector y que procure, al menos, las siguientes actuaciones:


1. Impulsar las medidas legislativas necesarias dirigidas a suprimir la subida impositiva al 21 % del IVA aplicable a determinados productos azucarados realizada a través del artículo 69 de la Ley 11/2020,


156 https://www.sweetpress.com/el-azucar-enfrenta-a-industria-y-gobierno/[fe- cha de consulta: 22 de junio de 2021].


157 https://elpais.com/economia/2021-02-12/la-subida-del-iva-a-las-bebidas-azu- caradas-se-deja-sentir-en-el-ipc-de-enero.html [fecha de consulta: 22 de junio de 2021].


158 https://fiab.es/es/archivos/documentos/Manifiesto en defensa del azu- car.pdf [fecha de consulta: 22 de junio de 2021).



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