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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 264, de 27/04/2021
cve: BOCG-14-D-264 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


27 de abril de 2021


Núm. 264



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/002402 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la unificación en un solo Ministerio de las competencias relativas a la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las políticas más relevantes para el
crecimiento económico nacional... (Página5)


Comisión de Defensa


161/002394 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la creación de una misión internacional en el Golfo de Guinea... (Página15)


Comisión de Hacienda


161/002383 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a retrasar la entrada en vigor del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales hasta que se apruebe de forma coordinada en la Unión
Europea... (Página18)


161/002409 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, por la que se insta al Gobierno a declarar la nulidad del acuerdo de concesión de un apoyo financiero de 53 millones de euros a Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A. y a
reclamar la devolución de las cantidades entregadas... (Página20)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002382 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la apertura a la actividad comercial del dique norte de Morás y la creación de la Autoridad Portuaria de San Cibrao... (Página29)


161/002414 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la necesidad de evaluación de las inversiones en transportes y vivienda del programa de inversiones Next Generation UE... href='#(Página31)'>(Página31)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/002401 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre el desarrollo de un plan específico para pymes y microempresas en relación con la implementación efectiva del trabajo a distancia... href='#(Página32)'>(Página32)



Página 2





Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/002396 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a impulsar el turismo taurino... (Página35)


161/002406 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al apoyo a los operadores de la hostelería, restauración y comercio aeroportuarios y de defensa de la consecución de una solución
negociada y un acuerdo equilibrado de rentas de los contratos de arrendamiento de espacios en el entorno COVID-19... (Página40)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002389 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre desarrollo de estrategias de inclusión del ingreso mínimo vital... (Página43)


161/002393 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la agilización de los procesos de valoración y concesión de prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)... href='#(Página44)'>(Página44)


161/002407 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre el refuerzo del programa del IMSERSO, en el contexto de la pandemia... (Página47)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/002385 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre las medidas que contempla el Reglamento de Control de Pesca y su afectación a la flota artesanal de Galicia... (Página49)


161/002400 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre incremento de la cuota de atún para Canarias... (Página51)


161/002404 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la rebaja del IVA aplicado al pescado y el marisco... (Página52)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/002395 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la reforma del nuevo ciclo de planificación hidrológica (2021-2027) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)... href='#(Página53)'>(Página53)


161/002397 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a la presentación de un anteproyecto de Ley Integral del Amianto... (Página57)


161/002403 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad en la factura eléctrica... (Página59)


161/002405 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre evaluación de impacto estratégico de las políticas climáticas del Gobierno sobre el medio rural y el reto demográfico... href='#(Página60)'>(Página60)


161/002408 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la ordenación del despliegue de instalaciones para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables... (Página62)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/002381 Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre la necesidad de ofrecer soluciones a los jóvenes, sea debatida ante la Comisión de Asuntos Económicos



Página 3





y Transformación Digital, en lugar de ante la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad... (Página66)


161/002410 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el impulso al desarrollo y la adopción de tecnologías disruptivas basadas en la Inteligencia Artificial y las encaminadas a aumentar la confiabilidad en
esta... (Página67)


161/002411 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre brecha de género en conocimientos financieros... (Página69)


161/002412 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre incentivar el uso de los vales de comida como medida para la reactivación económica... (Página71)


161/002413 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a que la ubicación del SandBox se sitúe en la ciudad de Barcelona... (Página72)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/002384 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el refuerzo de la detección temprana de la enfermedad de Parkinson... (Página73)


161/002386 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la exención de los derechos de propiedad intelectual en las vacunas de la COVID19 y el cambio en su política de adquisición... href='#(Página75)'>(Página75)


161/002388 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre liberalización temporal de las patentes de las vacunas contra la COVID-19... (Página76)


161/002391 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre regulación de los servicios de atención al cliente... (Página77)


161/002398 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la urgente autorización de comercialización y dispensación de autotest de diagnóstico de la COVID-19 en oficinas de farmacia... href='#(Página79)'>(Página79)


161/002399 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, sobre la creación y desarrollo de un Plan Estratégico de abordaje integral de la obesidad... (Página80)


Comisión de Igualdad


161/002390 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a desarrollar un Plan integral y específico destinado a atajar el desempleo femenino... (Página83)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Asuntos Exteriores


181/000949 Pregunta formulada por el Diputado don Víctor González Coello de Portugal (GVOX), sobre asuntos que han sido abordados en el encuentro de la Secretaria de Estado de Asuntos Exteriores con la Vicepresidenta de Venezuela y encargada
de Economía y Finanzas, Delcy Rodríguez... (Página86)


Comisión de Defensa


181/000998 Pregunta formulada por el Diputado don Agustín Rosety Fernández de Castro (GVOX), sobre previsiones acerca de si el Gobierno va a proceder al nombramiento de un nuevo Arzobispo Castrense tras el fallecimiento de su titular, Juan
Del Río, en el marco del cumplimiento del acuerdo entre el Estado



Página 4





español y la Santa Sede sobre la asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y el Servicio Militar de clérigos y religiosos, firmado en Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979... (Página86)


Comisión de Interior


181/000952 Pregunta formulada por la Diputada doña Alicia García Rodríguez (GP), sobre única sede principal en Ávila, en la Escuela Nacional de Policía, del Centro Universitario de la Policía Nacional... (Página86)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/000996 Pregunta formulada por el Diputado don Celso Luis Delgado Arce (GP), sobre licitación o encargo de la redacción del proyecto de una terminal logística ferroviaria de mercancías en el Polígono Industrial de San Cibrao das Viñas,
Ourense... (Página87)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/000953 Pregunta formulada por el Diputado don Joaquín María García Díez (GP), sobre actuaciones concretas para tratar de corregir las medidas aprobadas en el Parlamento Europeo en relación al Reglamento de Control Pesquero... href='#(Página87)'>(Página87)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/000950 Pregunta formulada por el Diputado don Eloy Suárez Lamata (GP), sobre motivos para no recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso de SEO Birdlife y la Asociación
Jalón Vivo contra la construcción del pantano de Mularroya... (Página87)


181/000954 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Zurita Expósito (GP), sobre términos en los que se realizará el trasvase de competencias de costas a la Comunidad Autónoma de Canarias... (Página87)


181/000955 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Zurita Expósito (GP), sobre previsión del Gobierno de ejecutar las obras correspondientes a la regeneración y adecuación de la playa de los Tarajales en Los Cristianos... href='#(Página88)'>(Página88)


Secretaría General


292/000012 Convocatoria pública de 26 de enero de 2021, para la provisión de once plazas vacantes de Auxiliar de Informática con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del
Congreso de los Diputados. Relaciones provisionales de candidatos admitidos y excluidos... (Página88)


292/000013 Convocatoria pública de 26 de enero de 2021, para la provisión de siete plazas vacantes de Analista con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Congreso de los
Diputados. Relaciones provisionales de candidatos admitidos y excluidos... (Página123)



Página 5





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/002402


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Emilio Jesús del Valle Rodríguez, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D. José María Sánchez García, D. Pablo Juan Calvo Liste y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta
y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la unificación en un solo Ministerio de las competencias
relativas a la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las políticas más relevantes para el crecimiento económico nacional, para su discusión en la Comisión Constitucional.


Exposición de motivos


Primero. El diseño orgánico y personal del Gobierno es una competencia exclusiva del Presidente.


La Constitución Española de 1978 ('CE') establece en su artículo 97 que:


'El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.'


Asimismo, el segundo inciso del artículo 98 atribuye al presidente del Gobierno la potestad de dirigir 'la acción del Gobierno y coordina[r] las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad
directa de éstos en su gestión'. Por su parte, el artículo 100 CE dispone que 'los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente'.


En desarrollo de estos preceptos, el artículo 2.2.j), la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno ('LG') contempla la facultad del jefe del Ejecutivo para:


'Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado. Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.'


De la lectura conjunta de los preceptos anteriores resulta que el nombramiento y separación de 'los demás miembros del Gobierno' (vicepresidentes, en su caso, y ministros, ex artículo 1.2 LG) es una decisión discrecional del presidente, que
se formaliza a través del Real Decreto que firma el Rey con el refrendo de aquel. La formación del Gobierno en su conjunto queda, de esta manera, desvinculada de la confianza parlamentaria que, por el contrario, sí se exige al presidente y a su
programa político para poder gobernar.



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Así, compete al presidente del Gobierno de la Nación la determinación y configuración del Ejecutivo y de sus distintos departamentos ministeriales, además de los 'órganos superiores de la Administración General del Estado, directamente
responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica de un Departamento o de la Presidencia del Gobierno', que son los Secretarios de Estado.


Y ello con absoluta libertad, a salvo de las cortapisas legales que imponen el artículo 11 LG para acceder al cargo 1 y el artículo 14 LG en relación con el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno 2, así como las
contenidas en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.


Segundo. La estructura del actual Gobierno es excesiva y cuenta con un duplicado exento de escrutinio: el Gabinete de la Presidencia.


Como se anticipó, el diseño del Gobierno se corresponde con las prioridades del programa político que ha obtenido la confianza de los votantes y del Congreso de los Diputados, y atiende a la agenda y acción políticas que este pretende llevar
a cabo.


A estos efectos, el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (el 'RD 2/2020') señala en su brevísima exposición de motivos que este tiene por objeto:


'[...] impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado, [para lo cual]
se considera necesario reformar la vigente estructura ministerial.'


Sin embargo, es llamativo que el Gobierno presidido por el señor Sánchez Pérez-Castejón considere necesaria para su 'eficacia' y 'eficiencia' la existencia de una estructura elefantiásica compuesta por un total de 22 ministerios y 4
vicepresidencias, con sus correspondientes secretarías de Estado, secretarías generales y secretarías generales técnicas, direcciones y subdirecciones generales, gabinetes y asesores (que superan el millar).


A todos estos efectivos, ya de por sí demasiado numerosos, ha de sumarse el Gabinete de la Presidencia del Gobierno, dirigido por don Iván Redondo Bacaicoa, que se concibe normativamente como un 'órgano de asistencia política y técnica del
Presidente del Gobierno', de acuerdo con el artículo 2.1 in principio del Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.


Excediendo su configuración normativa, este órgano actúa como un Consejo de Ministros en la sombra, pero no se somete a escrutinio público ni parlamentario alguno y su director y director adjunto no están sujetos a responsabilidad política.
Se estima que este 'gobierno paralelo' cuenta con unos 700 trabajadores en nómina, entre personal eventual y funcionario, agrupados en los siguientes órganos (artículo 3.2 Real Decreto 136/2020):


'a) La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.


b) La Dirección adjunta del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.


c) La Secretaría General de Asuntos Económicos y G20, cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.


d) El Departamento de Seguridad Nacional, cuyo titular tendrá el rango de Director General.


e) El Departamento de Asuntos Exteriores, cuyo titular tendrá el rango de Director General.


f) El Departamento de Unión Europea, cuyo titular tendrá el rango de Director General.


g) La Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo, cuyo titular tendrá el rango de Director General.'


Asimismo, en las elecciones regionales de Cataluña se evidenció que el Gabinete de la Presidencia no está al servicio del Gobierno y de todos los españoles, sino del Partido Socialista Obrero Español


1 'Ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme y reunir el resto de requisitos de idoneidad previstos en
la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.'


2 '1.Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. 2.Será de
aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado.'



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('PSOE') y su líder. En este sentido, el candidato de este partido a la presidencia autonómica, don Salvador Illa Roca, agradeció al director y al director adjunto del Gabinete de la Presidencia su trabajo antes y durante la campaña
electoral 3. Los españoles financian, así, un costoso instrumento que trabaja para el partido gobernante. Todo ello, en un contexto de severa emergencia económica y social como la que se vive desde marzo de 2020.


Tercero. En la Administración General del Estado existen varios ministerios, órganos y entidades con competencias económicas, lo que obedece a una división artificial y perjudicial.


Es conocido que el acuerdo entre el PSOE y Unidas Podemos para acceder al Gobierno de la Nación supuso que se creasen un número excesivo de departamentos ministeriales, con el objeto de satisfacer las cuotas de poder de los distintos socios
de la coalición. Varios de estos ministerios tienen carácter económico.


A) El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Uno de los 22 ministerios referidos es el de Asuntos Económicos y Transformación Digital ('MINECO'), presidido por doña Nadia María Calviño Santamaría. Esta es, a su vez, vicepresidenta segunda del Gobierno, desde la salida del Gobierno de
don Pablo Manuel Iglesias Turrión 4.


El artículo 16 Real Decreto 2/2020 refiere el objeto de este departamento, así como la denominación de los órganos superiores que lo componen:


'1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, las telecomunicaciones y la sociedad
de la información.


2. Asimismo corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para la transformación digital y el desarrollo y fomento de la inteligencia artificial.


3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:


a) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.


b) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.


c) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.'


En el siguiente escalón, el artículo 15 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (el 'RD 139/2020') hace referencia a la estructura orgánica básica
del MINECO:


'1. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:


La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.° La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.


2.° La Dirección General de Política Económica.


3.° La Dirección General de Análisis Macroeconómico.


4.° La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.


B) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.° La Secretaría General de Administración Digital, con rango de Subsecretaría.


2.° La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.


C) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de la que depende la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.


3 https://www.elmundo.es/espana/2021/02/17/602d5aebfc6c8300148b4691.html


4 https: / /www.boe.es / diario boe /txt.php?id=BQE-A-2021-5045



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D) La Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la que depende la Secretaría General Técnica [...]'


Por último, el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (el 'RD 403/2020') completa la pléyade de normas reglamentarias en
materia organizativa del MINECO. Su artículo 1.1 señala:


'El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta, coordinación y ejecución de la política del Gobierno en materia económica, de apoyo a la
empresa y de reformas para la mejora del crecimiento potencial y de la necesaria interlocución en estos asuntos con la Unión Europea y otros Organismos Económicos y Financieros Internacionales; así como de la política de telecomunicaciones y para
la transformación digital, en particular impulsando la digitalización de las Administraciones Públicas. Igualmente le corresponde el establecimiento de las disposiciones y directrices necesarias para su funcionamiento, así como el resto de
competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.'


b) El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


Al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ('MINCOTUR'), dirigido por doña María Reyes Maroto Hiera, corresponde, de acuerdo con el artículo 10 Real Decreto 2/2020, 'la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
industria, comercio y turismo'. El artículo 9 Real Decreto 139/2020 detalla lo siguiente:


'1. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:


A) La Secretaría de Estado de Comercio, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.° La Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.


2.° La Dirección General de Política Comercial.


B) La Secretaría de Estado de Turismo.


C) La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.


D) La Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo de la que depende la Secretaría General Técnica [...]'


La última de las normas organizativas de este departamento es el Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, cuyo artículo 1.1 dispone:


'El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de industria, comercio y turismo que abarca, entre otros
aspectos, el desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa, la promoción y defensa de la propiedad industrial, la política comercial de internacionalización y de inversiones y transacciones exteriores, así como la política de turismo y el
resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.'


c) El Ministerio de Hacienda: la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales y la Secretaría General de Fondos Europeos.


El Ministerio de Hacienda es, conforme al artículo 1.1 del Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda ('RD 689/2020'), el 'departamento de la Administración
General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos y de empresas públicas [...] Igualmente es competencia de este Ministerio la aplicación y gestión de los
sistemas de financiación autonómica y local y la provisión de información sobre la actividad económico-financiera de las distintas administraciones públicas, así como la estrategia, coordinación y normativa en materia de contratación pública'.



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Este departamento es, así, el encargado de la administración de los ingresos y gastos del Estado en sentido amplio y, por ello, tiene encomendadas las labores de recaudación, gestión y control de los ingresos y gastos del Estado a través de
los instrumentos de fiscalización que le han sido legalmente conferidos. Es posible afirmar, así, que este Ministerio es la 'dirección contable' de la Administración General del Estado. Por el contrario, el MINECO debe desarrollar las funciones
inherentes a la política económica y financiera. En términos similares a los anteriormente utilizados, es la 'dirección financiera' del Estado, a la que se encomienda la generación de las condiciones necesarias para la creación de riqueza, la
inversión por parte del Estado y la construcción de las bases necesarias para el crecimiento económico.


Tres elementos de este departamento son particularmente relevantes en el ámbito de la política económica del Gobierno.


1. La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.


De acuerdo con su propia página web, 'la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) es un instrumento estratégico en la aplicación de la política diseñada por el Gobierno para el sector público empresarial. Su misión es
rentabilizar las participaciones empresariales y orientar todas las actuaciones atendiendo al interés público. De esta forma, la gestión de SEPI debe aunar la rentabilidad económica y la rentabilidad social'.


SEPI tiene la naturaleza jurídica de entidad pública empresarial ('EPE') y fue establecida por la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de determinadas entidades de derecho público, asumiendo las funciones del Instituto Nacional de
Industria (INI).


Esta EPE se encuentra adscrita al Ministerio de Hacienda, bajo la dependencia orgánica de la ministra, doña María Jesús Montero Cuadrado. Sin embargo, es llamativo que el artículo 10 de la citada Ley 5/1996 dispuso la adscripción de SEPI
'al Ministerio de Industria y Energía, el cual ejercerá el control de eficacia sobre su actividad', algo indudablemente más apropiado al carácter y la misión de la entidad. De hecho, es llamativo que el instrumento estatal dirigido a rentabilizar y
maximizar las participaciones empresariales del Estado sea atribuido al departamento que ha de controlar el gasto y el cumplimiento del presupuesto, y no al Ministerio de Industria o al de Economía. Ello es, sin duda, una buena muestra de la escasa
mentalidad innovadora y empresarial de quienes se han alternado en los Gobiernos de la Nación.


SEPI es la matriz de un grupo de sociedades formado por 15 empresas participadas de forma directa y mayoritaria por el Estado. Estas constituyen propiamente el Grupo SEPI y reúnen una plantilla final de 80.000 personas. Entre ellas se
encuentran Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, Navantia, SA, SME o Mercados Centrales de Abastecimiento, SA, SME.


Asimismo, SEPI posee el 100% de la Corporación RTVE, dispone de una fundación pública tutelada y ostenta participaciones directas minoritarias en nueve empresas (entre otras, Enagás, SA, Ebro Foods, SA o Red Eléctrica Corporación, SA) e
indirectas en más de 100 sociedades.


En consecuencia, SEPI es uno de los mayores grupos empresariales de España. Es claro que una correcta gestión de esta entidad, enfocada en la inversión y en la maximización del beneficio empresarial, con un dividendo social a la altura,
sería extremadamente beneficiosa para España y para sus ciudadanos.


2. La Secretaría General de Fondos Europeos.


Por su parte, el Real Decreto 1182/2020, de 29 de diciembre creó en el seno del Ministerio de Hacienda la Secretaría General de Fondos Europeos ('SGFE').


La instauración de este órgano directivo, con rango de Subsecretaría, trae causa de las medidas adoptadas 'como consecuencia de la crisis económica provocada por la COVID-19, [...] muy relevantes y en un corto espacio temporal que exigen
cambios organizativos profundos. Entre estas medidas destaca la decisión adoptada por el Consejo Europeo el pasado 21 de julio de 2020, en la que acordó un paquete de medidas económicas de gran alcance que abarcan el futuro marco financiero
plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación ('Next Generation EU'). Con cargo a dicho instrumento el Reino de España será destinatario de importantes recursos económicos en forma de
préstamos y transferencias que requieren cambios organizativos inmediatos que permitan una gestión eficiente en tiempo y forma de dichos fondos'.


La creación de la SGFE tiene como objetivo 'que la persona titular de la misma cuente con el rango jerárquico adecuado para llevar a cabo una mejor interlocución con las Instituciones europeas y pueda coordinar adecuadamente las actuaciones
que en esta materia se implementen con el resto de departamentos ministeriales'.



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En consecuencia, el artículo segundo dos ibidem atribuye a esta Secretaría General 'la dirección, el impulso y la coordinación de las competencias atribuidas al Departamento en relación con la definición de la posición española en las
negociaciones para la aprobación y revisión de los sucesivos Marcos Financieros Plurianuales de la Unión Europea, [...] el diseño, planificación, coordinación y seguimiento de las actuaciones relativas a los fondos europeos y a su financiación y las
relaciones presupuestarias con la Unión Europea, la Política de Cohesión y la política económica regional, la política de incentivos regionales, el Mecanismo de Recuperación y Residencia y el Plan Nacional de Recuperación y Residencia'.


A tal efecto, el precepto le otorga, 'en particular' y entre otras, las siguientes competencias:


'a) La coordinación, a través del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Residencia, de las acciones financiadas en el Marco Financiero Plurianual y las correspondientes al Mecanismo de Recuperación y Residencia, con el fin de
garantizar la coherencia entre las mismas.


b) En relación con la Comisión Europea, la responsabilidad general de los planes de recuperación y residencia, actuando como punto de contacto de la Comisión Europea, coordinador.


c) La actuación como autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Residencia ante las instituciones europeas, en los términos que se establezcan en la normativa europea, desarrollando a tal efecto las competencias que legal y
reglamentariamente tenga establecidas.


d) La coordinación con los ministerios, organismos públicos, comunidades autónomas y entidades locales y resto de entidades nacionales y comunitarias implicadas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Residencia.


e) La supervisión de los progresos en relación con los hitos y objetivos del Plan.


f) Las funciones correspondientes al Estado miembro en relación con el cuadro integral de mandos de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. [...]


h) La dirección del Comité Técnico del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, coordinando sus trabajos.[...]'


Lo anterior se dicta en el marco del artículo 20 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia ('RDL 36/2020') desarrolla la calificación de la SGFE como 'autoridad responsable' del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a efectos de la normativa europea en la materia. Asimismo, le atribuye las siguientes
funciones:


'a) En relación con la Comisión Europea, la responsabilidad general de los planes de recuperación y resiliencia, actuando como punto de contacto de la Comisión Europea ('coordinador').


b) Asegurar la coordinación con los ministerios, organismos públicos, comunidades autónomas y entidades locales y resto de entidades nacionales y comunitarias implicadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


c) La supervisión de los progresos en relación con los hitos y objetivos del Plan.


d) La presentación de los informes previstos en la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de las solicitudes de pago de la contribución financiera y, cuando proceda, del tramo de préstamo previsto en la misma.
Todo ello, sobre la base del resultado de los controles realizados, en los términos y condiciones que prevea dicha normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.


e) La dirección del Comité Técnico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, coordinando sus trabajos.


f) Las funciones de secretaría técnica de la Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.'


Dependiendo orgánicamente de la SGFE se encuentran las direcciones generales de Fondos Europeos (DGFE) y del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DGPMR).


El RDL 36/2020 justifica en diversas ocasiones cómo la programación, presupuestación, gestión, ejecución, control y evaluación de los fondos y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) son cuestiones de
política económica estrictamente, y no de otro campo:


- El Preámbulo señala que 'la movilización de un volumen tan importante de recursos abre una oportunidad extraordinaria para nuestro país, comparable a los procesos de transformación económica producidos a raíz de la incorporación a las
Comunidades Europeas'.



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- También da cuenta de que 'la rápida absorción de este volumen de recursos acelerará la recuperación del nivel de empleo y actividad económica' y que ello 'resultará clave para la transformación del modelo económico español'.


- Se regulan como figuras clave y con vocación de permanencia los denominados Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).


- El recorte de controles y fiscalización que lleva a cabo el RDL 36/2020 se ampara en la necesidad de 'acelera[r] la recuperación económica tras la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-COV-2 y logra[r] que la economía nacional entre
de nuevo en una senda de crecimiento'.


De lo anterior deriva que las actuaciones y proyectos financiables en el marco de los 140.000 millones de euros que corresponderán a España por mor del referido Instrumento Europeo de Recuperación deberían ser gestionados no por el
Ministerio de Hacienda, sino por el MINECO 5.


3. La Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales.


Por último, dentro del Ministerio de Hacienda, el artículo 15.2.e) RD 689/2020 se refiere a la Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales ('SGEPE'), que encuadra en la Dirección General de Patrimonio del Estado. A esta le
atribuye la competencia del apartado l.e) ibidem, a saber, 'la gestión, tramitación e informe sobre los asuntos relacionados con las acciones y participaciones representativas del capital del Estado en empresas mercantiles y la actividad comercial e
industrial del sector público' 6.


Bajo la SGEPE se encuentra el llamado 'Grupo Patrimonio', que 'integra principalmente un grupo heterogéneo de empresas públicas encuadradas en sectores no industriales, que operan como instrumentos flexibles en la ejecución de políticas
públicas singulares, o como herramientas al servicio de las políticas de los Departamentos a los que estén funcionalmente adscritas' 7. Entre ellas se encuentran Paradores de Turismo de España, SA, SME, Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del
Estado, SA, SME, Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, Compañía de Seguros y Reaseguros, SME (CESCE), Sociedad Estatal de Acción Cultural, SA (SEACSA), Empresa Nacional de Innovación, SA (ENISA) o una participación en Empresa
de Transformación Agraria, SA (TRAGSA).


Grupo Patrimonio es, junto con SEPI, el otro pilar sobre el que se asienta el sector público empresarial del Estado. Se trata de compañías 'no industriales', de dispar facturación, capitalización y relevancia, pero que también deben ser
regidas por criterios de generación de riqueza y maximización de la inversión, así como contribuir al cumplimiento de los objetivos en materia de política económico. Este enfoque solo se lo puede otorgar un liderazgo ministerial con competencias en
esta materia, y no en otras de control y fiscalización del gasto.


d) Otros ministerios con competencias en materia económica.


Muy relevante a estos efectos es también el Ministerio de Trabajo y Economía Social, cuya titular es doña Yolanda Díaz Pérez y que se encarga de 'la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo, economía social y
responsabilidad social de las empresas'. Para ello cuenta con la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, de la que dependen la Dirección General de Trabajo y la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la
Responsabilidad Social de las


5 En ese sentido, y como se señaló anteriormente, el artículo 16.1 RD 2/2020 dispone que 'corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de
reformas para la mejora de la competitividad, las telecomunicaciones y la sociedad de la información', mientras que el artículo 1 RD 403/2020 establece que este 'es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta,
coordinación y ejecución de la política del Gobierno en materia económica, de apoyo a la empresa y de reformas para la mejora del crecimiento potencial y de la necesaria interlocución en estos asuntos con la Unión Europea y otros Organismos
Económicos y Financieros Internacionales; así como de la política de telecomunicaciones y para la transformación digital, en particular impulsando la digitalización de las Administraciones Públicas'. Por último, el apartado 2 dispone que 'en el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital recae la presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, órgano colegiado del Gobierno encargado de garantizar la plena coordinación y coherencia de las políticas de
los distintos departamentos ministeriales con los criterios de la política económica'.


6 El propio tenor del precepto es ilustrativo de la concepción de gestión de la actividad comercial e industrial del Estado, que no se enfoca en modo alguno a la inversión o a la obtención de rendimientos económicos.


7 https:/ / www.hacienda, gob.es/es­es/areas%20tematicas/patrimonio%20del% 20estado/Sociedades%20del%20Grupo%20Patrimonio/Paginas/default.aspx



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Empresas, así como con la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, de la que depende la Secretaría General Técnica.


Adicionalmente, la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2013-2020 señaló que 'la generación y el uso del conocimiento científico y técnico y de la innovación [deben ser] las palancas del futuro desarrollo social y
económico del país'. En consecuencia, entre los departamentos de contenido económico ha de mencionarse también al Ministerio de Ciencia e Innovación, a cargo de don Pedro Duque Duque.


Este 'es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, incluyendo la investigación
científica' (artículo 1 del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación) y cuenta con la Secretaría General de Investigación, de la que depende la Dirección
General de Planificación de la Investigación, con la Secretaría General de Innovación y con la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, de la que depende la Secretaría General Técnica.


Paralelamente, debe recordarse que el MINECO se encarga, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del 'impulso a la digitalización de la sociedad y economía [...]. A tal fin, le corresponden las
funciones de fomento y regulación de los servicios digitales y de la economía y sociedad digitales, la interlocución con los sectores profesionales, industriales y académicos [y] el impulso de la digitalización del sector público' (artículo 8 RD
403/2020).


Cuarto. La dispersión de las competencias en materia económica ralentiza el funcionamiento de la Administración General del Estado, eleva el gasto de forma innecesaria y entorpece la acción política del Gobierno.


Como se puede observar del análisis del Expositivo anterior, existen un gran número de órganos que realizan funciones que se solapan, superponen y, en muchos casos, estorban. Se aumenta así el gasto político e improductivo de una forma
inasumible, se profundiza en la descoordinación entre distintos departamentos y liderazgos, y se abandona el cumplimiento de objetivos de interés social.


El MINECO, el MINCOTUR y los restantes departamentos mencionados se ocupan de una misma parcela de la realidad social: la economía española. Es indiscutible que la industria, el comercio y el turismo son sectores de un enorme peso y
relevancia en la generación de actividad económica en nuestro país. Es claro que las políticas de empleo que adopte el Gobierno deben ir de la mano de las medidas de política económica. Es también evidente que la ciencia y la innovación han de
sentar las bases del crecimiento económico futuro. Por su parte, la SEPI tiene un enorme potencial para conseguir réditos económicos para el Estado y ser un modelo de gestión y eficacia, y la SGFE es clave para la correcta absorción de unos fondos
con evidente carga de política económica. No se comprende el motivo de la separación del liderazgo de estas materias en tantos órganos diferentes ni del consecuente desperdicio de sinergias, solapamiento de competencias e ineficiencias.


Por lo anterior, la presente iniciativa aboga por una fusión en un único Ministerio de contenido económico de las competencias relativas a Economía, Industria, Comercio, Turismo, Empleo, Investigación e Innovación, SEPI y SGFE. Las razones
para ello son diversas.


- En primer lugar, esa unificación ya ha estado vigente en el pasado. Así, las normas organizativas de distintos Ministerios han reconocido la íntima unión de estas materias y han ubicado su dirección en un solo Ministerio. Así, el
artículo 1.1 del Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía señaló que 'el Ministerio de Economía es el Departamento de la Administración General del Estado
encargado de la propuesta y ejecución de las medidas generales de la política económica del Gobierno, y en especial, de las relativas a la política comercial, turística, de la pequeña y mediana empresa, energética y minera, así como las que en
materia de energía y telecomunicaciones le atribuye el ordenamiento vigente'.


Años después, el Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad señaló como competencia de este 'la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de desarrollo industrial y de la pequeña y mediana empresa, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, de política
comercial y de apoyo a la empresa según su artículo 1.1.



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En lo que se refiere a SEPI, no fue hasta el año 2000 cuando se dispuso su adscripción al Ministerio de Hacienda, ex Real Decreto 1330/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.


- En segundo lugar, y derivado de lo anterior, ello contribuiría a unificar bajo un mismo mando la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las políticas más relevantes para el crecimiento económico de la Nación a corto, medio y
largo plazo. El liderazgo único en la persona titular del MINECO y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos debería tener como metas (i) evaluar, simplificar y reducir la actual estructura expuesta, rebajando el gasto político
ineficiente; (ii) asumir la implementación de una verdadera política económica integral en el ámbito nacional y de carácter estructural; y (iii) coadyuvar, en estrecha colaboración con el sector privado, a la consecución de un modelo productivo
adecuado y a la formación de un ecosistema favorable a la actividad económica y empresarial.


- En tercer lugar, supondría el adelgazamiento orgánico y la consecución de sinergias en la Administración. La estructura creada por los Reales Decretos mencionados y sus concordantes implica que el Gobierno que abogaba por 'un mejor uso de
los recursos públicos' y que mejoraría 'la eficiencia del gasto público' (Acuerdo de coalición PSOE-Podemos) es el que dedica el mayor importe a ministros y a altos cargos de la historia de la democracia española. Teniendo en cuenta que en este
momento el Estado tiene menos competencias de las que ha ostentado nunca, no parece que ello se corresponda con necesidades operativas. Tampoco es moralmente ético vista la gravísima situación económica por la que España se dispone a atravesar. En
consecuencia, urge que el Ejecutivo simplifique su entramado político-administrativo mediante la eliminación de ministerios creados de manera artificial y por razones únicamente partidistas. Como se ha señalado, la multiplicación excesiva de
órganos eleva el gasto político improductivo de forma innecesaria, ralentiza el buen funcionamiento de la Administración General del Estado y entorpece, por su inoperatividad, la acción pública en pro de los ciudadanos.


- Por último, esta fusión favorecería la correlativa reducción de cargas normativas y burocráticas y de ineficiencias tanto de los ciudadanos y empresas en su relación con la Administración como de los propios órganos administrativos entre
sí. Por ejemplo, la patente dispersión de las competencias en materia económica no es especialmente diligente con los principios de buena regulación plasmados en el artículo 129.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, que declara que 'en aplicación del principio de eficiencia, la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos
públicos'.


Es conocido que uno de los problemas fundamentales para el crecimiento económico y el desarrollo empresarial radica en la calidad de las instituciones que producen el marco normativo y regulatorio en el que deben desenvolverse los distintos
agentes económicos: a mayor calidad institucional, mayor y mejor crecimiento 8.


Quinto. La fusión de ministerios, entidades públicas y órganos es indispensable para coordinar adecuadamente la política económica del Gobierno y para recortar el gasto superfluo e improductivo.


El artículo 31.2 de la Constitución Española señala que 'el gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía'.


En los momentos de necesidad económica para la Nación, los gobernantes tienen la obligación ética y moral de impulsar políticas que disminuyan la carga que para los ciudadanos supone la existencia de superestructuras de Gobierno, de vigilar
que el gasto público se programa y ejecuta con criterios de


8 En este sentido, el estudio Instituciones y Economía de la Fundación Ramón Areces, dirigido por el profesor don Carlos Sebastián, señala cuatro pilares que evidencian cómo la calidad de las instituciones económicas es una causa fundamental
del crecimiento económico en el largo plazo. 1.Las normas que regulan la actividad de los agentes económicos, su calidad, si obstaculizan o incentivan la actividad empresarial, profesional y laboral. 2.La seguridad jurídica, en tanto que la
garantía del cumplimiento de las leyes y de los contratos necesita una Administración de Justicia eficaz e independiente. 3.La eficacia y transparencia de las Administraciones públicas. 4.Los valores sociales, que contribuyen a la persistencia o
no de las instituciones.



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eficiencia y economía y que este no se supedita a una agenda ideológica, al reparto de prebendas o a la devolución de favores.


Las instituciones públicas están para 'servir con objetividad los intereses generales' (artículo 103.1 de la Constitución), para favorecer la mejor calidad posible en la vida de los ciudadanos y, lógicamente, para promover las condiciones
para la creación de riqueza por los españoles. Nunca para obstaculizarla, para torpedearla ni para someterla a exacción. La eliminación del gasto político superfluo e improductivo debe ser una prioridad. A tal efecto, deben buscarse las sinergias
y la máxima eficacia posible con una menguante cantidad de recursos debido al deterioro de la actividad económica por causa de las restricciones impuestas por los poderes públicos, que se han revelado inadecuadas, pero aun así se mantienen y
endurecen.


Por ello, la gestión adecuada de las arcas públicas ha de traducirse en una Administración General del Estado eficiente y ágil en su organización, funcionamiento y trámites. La existencia de ministerios, entidades públicas empresariales u
otros órganos por razones meramente políticas choca frontalmente con esos principios de racionalización del presupuesto y eficiencia administrativa en sus actuaciones y debe ser eliminada.


Se considera necesario, por las razones expuestas, concentrar bajo un solo liderazgo y en un único Ministerio todos los departamentos del Gobierno que poseen competencias en materia económica, industrial y empresarial. Este habría de tener
el máximo rango político y ostentar la Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Asimismo, poseería la auctoritas suficiente para ejecutar la transformación pendiente de la economía española, que necesita comenzar
por sostener una concepción de lo público que invierta, genere riqueza y administre recta y sabiamente las posesiones del Estado.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones normativas que sean necesarias para unificar en un solo Ministerio las competencias relativas a la definición, propuesta, ejecución y evaluación de las
políticas públicas más relevantes para el crecimiento económico de la Nación a corto, medio y largo plazo y, en particular, las que actualmente se residencian en los siguientes ministerios, entidades públicas y órganos de la Administración General
del Estado:


- El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


- El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.


- Dentro del Ministerio de Hacienda:


- La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, adscrita a este departamento a través de su persona titular.


- La Secretaría General de Fondos Europeos.


- La Subdirección General de Empresas y Participaciones Estatales.


- El Ministerio de Trabajo y Economía Social.


- El Ministerio de Ciencia e Innovación.


Este Ministerio tendrá rango de Vicepresidencia del Gobierno y su titular asumirá la Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2021.-Pablo Juan Calvo Liste, Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Eduardo Luis Ruiz Navarro, José María Sánchez García y José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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Comisión de Defensa


161/002394


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.º Agustín Rosety Fernández de Castro, D.º Manuel Mestre Barea, D.º Alberto Asarta Cuevas, D.º Víctor González Coello de Portugal y D.º Luis Gestoso de Miguel, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la creación de una misión
internacional en el Golfo de Guinea, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. La Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional (en adelante, 'Ley de Seguridad Nacional'), en su artículo tercero, define el concepto de Seguridad Nacional como 'la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los
derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como a contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en el cumplimiento de los compromisos
asumidos'.


Asimismo, definido el concepto central, el artículo 4.2. describe los principios básicos que deben orientar la política de Seguridad Nacional, a saber, los siguientes: '... la unidad de acción, anticipación, prevención, eficiencia,
sostenibilidad en el uso de los recursos, capacidad de resistencia y recuperación, coordinación y colaboración'. Resulta evidente, por tanto, que el enfoque que tiene que regir la política de Seguridad Nacional debe ser proactivo.


Tras la definición del objeto central y mencionados los principios rectores, la ley estipula los ámbitos de especial interés para la Seguridad Nacional. Concretamente, en su artículo 10, señala lo siguiente:


'Se considerarán ámbitos de especial interés de la Seguridad Nacional aquellos que requieren una atención específica por resultar básicos para preservar los derechos y libertades, así como el bienestar de los ciudadanos, y para garantizar el
suministro de los servicios y recursos esenciales. A los efectos de esta ley, serán, entre otros, la ciberseguridad, la seguridad económica y financiera, la seguridad marítima, la seguridad del espacio aéreo y ultraterrestre, la seguridad
energética, la seguridad sanitaria y la preservación del medio ambiente.'


Segundo. Por su parte, y en el siguiente plano normativo, se encuentra la Estrategia de Seguridad Nacional (ESN,) la cual es, según el artículo 4.3 de la Ley de Seguridad Nacional, 'el marco político estratégico de referencia de la Política
de Seguridad Nacional. Contiene el análisis del entorno estratégico, concreta los riesgos y amenazas que afectan a la seguridad de España, define las líneas de acción estratégicas en cada ámbito de actuación y promueve la optimización de los
recursos existentes'.


En concreto, cabe destacar que la citada Estrategia de Seguridad Nacional -vigente desde 2017- en referencia a las zonas geográficas del continente africano claves para España, señala lo siguiente:


'Desde el punto de vista estratégico y de la seguridad, destacan el Cuerno de África, el Sahel y el Golfo de Guinea, un arco donde se concentran desafíos y amenazas que traspasan fronteras y están interrelacionados entre sí, además de
intereses económicos y energéticos relevantes para España.


El Golfo de Guinea es importante para la seguridad de España pues presenta amenazas que incluyen actos de robo a mano armada en la mar y piratería, pesca ilegal no declarada y no reglamentada y el tráfico ilícito de personas, sustancias
estupefacientes y armas. Es además fuente de importantes recursos energéticos para España y objeto de inversión en infraestructuras e intereses agrícolas, industriales y pesqueros 9.'


En vista de lo anterior, no cabe sino reconocer la relevancia geoestratégica del Golfo de Guinea para nuestros intereses.


9 Estrategia de Seguridad Nacional 2017, Departamento de Seguridad Nacional. Disponible [en línea]: https://www.dsn.gob.es/sites/dsn/files/Estrategia de Seguridad Nacional ESN%20Final.pdf



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De hecho, para España, como potencia marítima, la vulnerabilidad del espacio marítimo es un tema de gran relevancia estratégica. Así las cosas, la Estrategia de Seguridad Nacional también apunta que 'las rutas marítimas son vitales para las
transacciones comerciales y el transporte. Además, el aprovisionamiento energético se basa en gran medida en este medio, y gran parte del intercambio de información digital en España transcurre por cables submarinos' 10.


Por su parte, en relación con las amenazas derivadas de actos intencionados y de naturaleza delictiva en dicho dominio, la ESN destaca lo siguiente:


' ...actos como la piratería, el terrorismo, los tráficos ilícitos, actos contra la conservación del patrimonio cultural subacuático, las redes de inmigración irregular por vía marítima o la explotación incontrolada de los recursos marinos.
La piratería y la criminalidad organizada en el mar en el Cuerno de Africa y en aguas del Golfo de Guinea, así como el aumento de flujos migratorios irregulares por vía marítima, con trágicas consecuencias humanitarias, reafirman la importancia
estratégica esencial del espacio marítimo, prioritario para España, y refuerzan la necesidad de su protección 11.'


Tercero. En este estado de cosas, el pasado 14 de noviembre de 2020 el Departamento de Seguridad Nacional (DSN) publicó una nota sobre la piratería marítima en las costas africanas 12. En dicho documento, se señala al Golfo de Guinea como
'el principal foco de ataques relacionados con la piratería marítima del mundo'. Así, según los datos publicados en esta nota de prensa, en los últimos diez años estos delitos han aumentado de forma continuada en la región. Una tendencia contraria
a lo que ocurre en otras áreas como el Golfo de Adén en la costa de Somalia.


A continuación se insertan una serie de gráficos comparativos de la piratería entre ambos golfos:


[**********página con cuadro**********]


10 Ibíd. p. 66.


11 Ibíd. p. 66-67.


12 'Piratería Marítima en las Costas Africanas', Departamento de Seguridad Nacional, 14.11.20. Disponible [en línea]: https://www.dsn.gob.es/es/actualidad/sala-prensa/pirater%C3%ADa-mar%C3%ADtima-costas-africanas#:~:text=El %20Golfo%20de%
20Guinea%20se,con%20pirater%C3 %ADa%20mar%C3%ADtima%20del%20mundo.&text=Entre%20enero%20y% 20septiembre %20deLmismo%20periodo%20del%20a%C3%Blo%20anterior.



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[**********página con cuadro**********]


De hecho, entre enero y septiembre del 2020, el 95% del total de secuestros de tripulación de todo el mundo se registró en el Golfo de Guinea, con un incremento del 40% respecto al mismo periodo del año anterior.


Así pues, las tendencias de seguridad en los golfos de Guinea y Adén relativas a las actividades relacionadas con la piratería son opuestas. En concreto, los motivos para esta disparidad se deben, según el propio Gobierno, a las siguientes
razones:


'La presencia de seguridad armada a bordo de la mayor parte de buques de carga que transitan esta zona [Golfo de Adén], así como la adopción de medidas de evasión son factores disuasorios clave, que explican la falta de ataques exitosos en
los últimos años en la zona.


Por otro lado, otros factores aún más determinantes para erradicar la piratería en aguas somalíes son el progresivo fortalecimiento de la capacidad de garantizar la seguridad y la ley en las costas de Somalia gracias al esfuerzo de la misión
de la Unión Europea (UE) EUCAP Somalia; y también la disuasión y vigilancia internacional en las aguas del Golfo de Adén, especialmente la Operación EUNAVFOR Atalanta, que lidera España desde 2019 13.'


A tenor de lo expuesto 'ut supra', queda patente el gran impacto positivo que tiene la presencia de fuerzas militares encuadradas en misiones multinacionales como las ya citadas EUCAP Somalia y EUNAVFOR Atalanta. Si a ello añadimos el bajo
coste para España de estas misiones 14, no parece existir inconveniente para aumentar los esfuerzos que actualmente realizan nuestras Fuerzas Armadas -particularmente la Armada española- en el Golfo de Guinea. Así las cosas, el pasado mes de
diciembre el Consejo Europeo aprobó la creación del Fondo Europeo de Paz (European Peace Facility), cuyo objetivo es 'financiar acciones exteriores con implicaciones militares o de defensa, en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común,
con el objetivo de prevenir conflictos, preservar la paz y fortalecer la segundad y estabilidad internacionales' 15. En concreto, este instrumento extrapresupuestario está dotado con 5.000 millones de euros para el período 2021-2027.


Por último, resulta perentorio señalar que la propia ministra de Defensa, Margarita Robles, destacó en su comparecencia ante la Comisión de Defensa el pasado 10 de marzo de 2021 que las actuaciones de la Armada en el Golfo de Guinea
'contribuyen a crear un entorno más seguro y estable en esta región que es de interés para España, porque buques de bandera española transitan y operan en estas aguas' 16.


13 Ibídem.


14 Según la Ministra de Defensa, en su comparecencia ante la Comisión de Defensa con fecha del 10 de marzo de 2021, la aportación económica española en 2020 a la operación EUNAVFOR Atalanta asciende a 79 millones de euros. Disponible [en
línea]: https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?codOrgano=304&codSesion=ll&idLegislaturaElegida=14


15 'Council reaches a political agreement on the European Peace Facility', Council ofthe EU, Nota de prensa. 18.12.20. Disponible [en línea]:
https://www.consilium.europa.eu/en/press/press-releases/2020/12/18/council-reaches-a-political-agreement-on-the-european-peace-facilitv/


16 Ibídem.



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No obstante, visto el tránsito activo de buques españoles por aguas del Golfo de Guinea, se antoja necesario redoblar los esfuerzos de vigilancia y lucha contra la piratería en esa zona, en estrecha cooperación con la Unión Europea y demás
organismos internacionales.


Por todo ello, y al amparo de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación, a promover en el seno de la Unión Europea y de la OTAN la creación de una misión internacional en el Golfo de Guinea al objeto de combatir el auge de la piratería en la zona y
contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2021.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Víctor González Coello de Portugal y Luis Gestoso de MIguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda


161/002383


A la Mesa de la Comisión de Hacienda


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para retrasar la entrada en vigor
del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales hasta que se apruebe de forma coordinada en la Unión Europea.


Exposición de motivos


A la crisis sanitaria del coronavirus le está siguiendo una crisis económica y social que afecta de manera más intensa a nuestro país, tanto por nuestra propia estructura productiva como por la errónea gestión llevada a cabo por el Gobierno
socialista. Los datos son demoledores:


- Una caída del PIB del -10,8%, la mayor caída desde la guerra civil,


- un déficit del -11,0%, -123.000 millones de euros,


- una deuda pública en máximos históricos, 120% del PIB,


- y casi seis millones de personas que quieren trabajar y no pueden hacerlo,


El Gobierno socialista lo ha hecho casi todo mal, y no puede ni siquiera alegar ignorancia, porque no sólo desde el Partido Popular sino de los principales organismos nacionales de regulación y control (Banco de España y AIReF) se le
advirtió de muchos de los errores que estaban cometiendo. Ese fue el caso de los Presupuestos Generales del Estado, un documento que ha quedado invalidado porque se realizaron con un irreal escenario de crecimiento del 9,8% que el Gobierno se ha
visto obligado a rebajar al 6,5% tan solo cuatro meses después de aprobarse de forma definitiva, lo que invalida todo el cuadro fiscal (ingresos, gastos y déficit públicos).


Unos presupuestos que, como advertimos en el Grupo Parlamentario Popular, suponían más gasto, más déficit, más deuda, más impuestos y más desempleo. Y no se trataba como en otras ocasiones de una mera cuestión meramente ideológica (la
izquierda siempre sube impuestos y el Partido Popular siempre los baja) sino que la gravedad de la situación económica y social derivada de la pandemia desaconsejaba una subida de impuestos que no solo va a recaudar mucho menos de lo estimado por el
Gobierno, sino que además va a lastrar la recuperación económica y la creación de empleo en un momento crítico para nuestro país.


Así lo manifestó el Gobernador del Banco de España al inicio del proceso de tramitación de los presupuestos señalando que 'no es idóneo subir la presión fiscal en un momento de recuperación aun en curso, de fragilidad y de riesgos a la baja,
por lo que recomiendo retrasarlas subidas de impuestos a otro momento'.


Y así lo entendieron todos los gobiernos europeos, tanto de derechas como de izquierdas, puesto que ninguno ha subido impuestos en plena pandemia y, prácticamente todos, han realizado bajadas selectivas



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en determinadas figuras tributarias para sostener a los sectores económicos más importantes para sus países. En la subida de impuestos Sánchez se ha quedado solo en Europa.


Y siendo grave subir impuestos en la situación actual, aún más grave resulta implantar nuevos gravámenes que, al no implantarse de forma coordinada con el resto de los países de nuestro entorno, generan distorsiones y perjudican la
competitividad de nuestras empresas.


Algo que también advirtieron en su momento el Gobernador del Banco de España, 'las nuevas figuras impositivas se deberían coordinar a nivel europeo para evitar distorsiones' y la AIReF, 'los nuevos impuestos recaudarán mucho menos de lo
previsto por el Gobierno'; y que ahora vuelve a advertir Bruselas señalando que 'una acción coordinada a nivel UE es necesaria respecto a la tasa Google para ser eficaces y preservar el funcionamiento del mercado interior.


Respecto a la implantación de este impuesto sobre el uso de Determinados Servicios Digitales la posición del Partido Popular ha sido muy clara desde el principio: coincidimos en la necesidad de adaptar la fiscalidad a la realidad de las
nuevas empresas digitales que operan en un entorno global y explotan las diferencias de tributación entre los estados y la compleja red de acuerdos fiscales bilaterales existente para trasladar de forma artificial, pero dentro de la legalidad,
beneficios a aquellos territorios con una fiscalidad más ventajosa.


Por eso, desde el Gobierno defendimos en los foros correspondientes, tanto de la UE como de la OCDE, la necesidad de avanzar en medidas para garantizar la correcta fiscalización de estas empresas. Pero, para que estas medidas sean efectivas
y no generen ineficiencias ni distorsiones en unos países respecto a otros, deben adoptarse de forma global, homogénea y simultánea en todos los países.


Implantarlo de forma unilateral y con unos requisitos más duros que los incluidos en la propuesta que se está trabajando a nivel europeo, como ha hecho erróneamente el Gobierno socialista, nos deja en una situación de desventaja competitiva
que perjudicará a nuestras pymes, que verán reducida su productividad, su competitividad y sus ventas, y a los consumidores finales, a los que se les traslada parcialmente el impuesto vía precios.


El estudio de Price Waterhouse Coopers (PWC) sobre el efecto de la Tasa Google en nuestro país cuantificaba un impacto económico negativo de entre 586 y 662 M€ sobre el PIB a corto plazo, pero lo que es más grave, señalaba que 'a largo
plazo, la ralentización del proceso de digitalización de las empresas españolas hará a la economía menos productiva, menos innovadora, menos emprendedora y, en consecuencia, menos competitiva a nivel global.


A ello hay que añadir el daño indirecto que se va a producir en algunos sectores que nada tienen que ver con la Tasa Digital como consecuencia de la subida de aranceles anunciada el pasado 26 de marzo por parte de Estados Unidos, a través de
la Oficina del Representante de Estados Unidos (USTR), como represalia por la aprobación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales por parte de España. Este es el caso del sector del calzado que, de confirmarse esta subida de aranceles
por parte de Estados Unidos, sufriría un daño irreparable que provocaría la destrucción de 1.500 puestos de trabajo directos y 5.600 indirectos; de los cuales, el 46% son realizados por mujeres.


Y todo este daño tanto directo como indirecto a nuestra economía, a empresas como las del calzado que nada tienen que ver con la Tasa Google, y a miles de personas que van a perder su empleo se hace con la coartada de recaudar 968 millones
de euros; una cifra que la AIReF rebaja a 542 millones de euros, siendo por tanto inferior al coste en términos de PIB y empleo de adoptar unilateralmente esta medida, tal y como señaló PWC.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a retrasar la entrada en vigor del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales hasta que se apruebe de forma coordinada a nivel Unión Europea para garantizar su eficacia y preservar el
funcionamiento del mercado interior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/002409


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Inés María Cañizares Pacheco, D.º Víctor González Coello de Portugal, D.º Rodrigo Jiménez Revuelta, D.º Pablo Sáez Alonso-Muñumer y D.º Rubén Silvano Manso Olivar, en sus respectivas condiciones de Portavoz
Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a declarar la nulidad del
acuerdo de concesión de un apoyo financiero de 53 millones de euros a Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A. y a reclamar la devolución de las cantidades entregadas, para su discusión en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. El Gobierno de España creó un fondo para apoyar financieramente la continuidad y solvencia de empresas estratégicas de nuestro país.


1. El artículo 2 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo (el 'RDL 25/2020') creó el 'Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, F.C.P.J.' (el 'Fondo' o
'FASEE'), un nuevo fondo carente de personalidad jurídica adscrito a la Administración General del Estado a través del Ministerio de Hacienda.


2. El Fondo fue dotado con 10.000 millones de euros en la aplicación presupuestaria 15.01.923M.879 'Aportación patrimonial al Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas'. Esta cantidad se financia con cargo a Deuda Pública.


3. El FASEE tiene por objeto dar apoyo financiero temporal a 'empresas no financieras, que atraviesen severas dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia del COVID-19 y que sean consideradas estratégicas para el tejido
productivo nacional o regional' que así lo soliciten. El meritado apoyo podrá instrumentarse a través de 'la concesión de préstamos participativos, deuda subordinada, suscripción de acciones u otros instrumentos de capital'.


4. Por su parte, el carácter 'estratégico' de la compañía susceptible de recibir la ayuda ha de determinarse, 'entre otros motivos, por su sensible impacto social y económico, su relevancia para la seguridad, la salud de las personas, las
infraestructuras, las comunicaciones o su contribución al buen funcionamiento de los mercados'. Como se observa, ni el Real Decreto-ley 25/2020 ni su normativa reglamentaria de desarrollo definen de forma objetiva qué ha de entenderse por empresa o
sector con carácter estratégico. Al contrario, la norma enumera una serie de conceptos jurídicos indeterminados que conceden al órgano decisor una enorme discrecionalidad en la elección de la empresa beneficiarla. La problemática que se expone en
la presente iniciativa ejemplifica esta excesiva discrecionalidad.


5. La norma citada crea también el Consejo Gestor del Fondo, 'órgano colegiado interministerial adscrito al Ministerio de Hacienda a través de la Subsecretaría de Hacienda'. A este, a través de la Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales ('SEPI' ), se le encomienda la gestión del FASEE y la competencia para resolver las solicitudes formuladas, para lo cual dispone de un plazo de seis meses. La composición y funcionamiento de este Consejo se determinaría mediante
Acuerdo del Consejo de Ministros, como se abordará en el Expositivo siguiente.


6. En cualquier caso, la autorización del Consejo de Ministros será necesaria para la aprobación de cualquier operación que haya de financiarse con cargo al SAFEE.


7. Por último, el Fondo podrá adquirir acciones o participaciones en el capital social de las compañías apoyadas, lo que estará exento de la obligación de formular oferta pública de adquisición. Del mismo modo, 'los votos que corresponden
al Consejo Gestor, sus consiguientes derechos políticos y su incorporación al órgano de administración de la entidad mediante la designación del número de consejeros equivalente a su cuota de participación redondeada al número entero más próximo, se
determinará sin necesidad de ningún acto o acuerdo salvo la notificación al Registro Mercantil'.


8. En cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto-ley 25/2020, el 21 de julio de 2020 el Consejo de Ministros aprobó el 'Acuerdo por el que se establece el funcionamiento del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas', que
fue publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' mediante la Orden PCM/679/2020, de 23 de julio (la 'Orden'). Entre otras cuestiones, la Orden:


- Dispone que el Consejo Gestor está integrado por el presidente de SEPI (cuyas funciones ejerce de forma interina el actual vicepresidente, don Bartolomé Lora Toro) y por las personas titulares de la



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Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la Subsecretaría de Hacienda, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y de la Secretaría de Estado de Energía.


- Fija en 25 millones de euros la cantidad mínima a otorgar por beneficiario, 'salvo casos excepcionales debidamente justificados'.


- Es particularmente relevante a efectos del establecimiento de los criterios de elegibilidad para que una determinada compañía pueda resultar beneficiaría de alguno de los instrumentos financieros de apoyo a la solvencia del Fondo.


Segundo. El apoyo financiero concedido a Plus Ultra no cumple los criterios de elegibilidad establecidos por la orden.


9. El 9 de marzo de 2021 el Consejo de Ministros adoptó el 'Acuerdo por el que se autoriza al Consejo Gestor del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas la aprobación de la operación de apoyo público temporal solicitada por
Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A.' ('Plus Ultra').


10. La referencia del Consejo de Ministros de esa fecha señala lo siguiente:


'El Consejo de Ministros ha autorizado al Consejo Gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas la aprobación de dos nuevas operaciones de respaldo público temporal solicitadas por la empresa Duro Felguera y la compañía
Plus Ultra Líneas Aéreas S.A.


Las ayudas proceden del Fondo de Apoyo a la Solvencia, que está dotado con un total de 10.000 millones de euros. Este instrumento fue aprobado por el Gobierno el pasado julio con el objetivo de aportar apoyo público temporal para reforzar
la solvencia de empresas no financieras afectadas por la pandemia de la COVID-19 que sean consideradas estratégicas para el tejido productivo nacional o regional.


[...] Por otra parte, el Consejo de Ministros también ha aprobado hoy ayudas con cargo a este fondo para la compañía Plus Ultra Líneas Aéreas. El importe de la ayuda asciende a un total de 53 millones de euros, que se canalizará a través de
un préstamo participativo de 34 millones de euros y un préstamo ordinario de 19 millones de euros.


La empresa dispondrá de un plazo máximo de siete años para amortizar en su totalidad los préstamos recibidos. Los tipos de interés para el préstamo participativo son también los contemplados en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros
de 21 de julio de 2020 y en el marco Temporal de la Comisión Europea.


El transporte aéreo en España constituye un sector estratégico por su contribución al turismo, uno de los principales motores económicos del país. En este sentido, Plus Ultra es una aerolínea de nicho que opera vuelos de larga distancia a
países de Latinoamérica (especialmente, Ecuador, Perú y Venezuela).


El tipo de cliente de Plus Ultra es distinto al de otros competidores, centrándose principalmente en residentes en España u otros destinos que viajan principalmente a visitar familiares o por ocio, además de también turismo. Su oferta, por
tanto, cubre un ámbito de servicios en el mercado complementario a los servicios que proporcionan las compañías de mayor tamaño. Además, la compañía emplea a 345 trabajadores directos, considerando los puestos de trabajo indirectos generados por su
actividad superiores a los 2.500 empleos.


Las dos operaciones aprobadas hoy se suman a la autorizada para Air Europa el pasado 3 de noviembre y muestra el compromiso del Gobierno para proteger el tejido productivo español.'


11. La práctica totalidad de los criterios de elegibilidad especificados en el apartado 2 del Anexo II de la Orden ha sido incumplida por el Consejo de Ministros. Es preciso, a continuación, analizar los más relevantes.


1.° Criterio: Incumplido:


'a) Constituir una empresa no financiera con domicilio social y principales centros de trabajo situados en España.'


12. El Reglamento (CE) n° 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos señala que 'la autoridad competente para la concesión de licencias de un
Estado miembro concederá licencias de explotación a empresas a condición de que [...] más del 50% de la propiedad de la compañía, así como su control



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efectivo (ya sea directo, a través de una o varias empresas intermediarias), recaigan en los Estados miembros o sus nacionales.'


13. El Gobierno ha insistido reiteradamente en la españolidad de la compañía.


14. Sin embargo, de acuerdo con los datos obrantes en el Registro Mercantil, desvelados por el diario Voz Pópuli, tres empresarios de nacionalidad venezolana (don Rodolfo Reyes Rojas, don Roberto Roselli y don Raif El Arigie Harbie)
controlan el 45,33% de Plus Ultra a través de la sociedad instrumental Snip Aviation, SL, de la que es administrador único el primero de ellos y cuyo objeto social es la 'tenencia de participación en el capital de otras entidades', según las cuentas
anuales de esta compañía correspondientes a 2018.


15. Adicionalmente, la sociedad Fly Spain, SL ('FlySpain'), de la que el señor Reyes Rojas es administrador único, posee el 11,47% del capital social de esta aerolínea considerada 'estratégica'.


16. Por último, el mismo diario digital da cuenta de que en 2018 otros dos empresarios venezolanos, don Flavio Pedro Antonio Borquez Tarff y don Héctor Antonio Tobías Roye, suscribieron cada uno de ellos acciones de Plus Ultra por un valor
de 1,237 millones de euros, si bien se desconoce su porcentaje de participación en el capital social de esta.


17. En suma, la parte de capital social no español de la compañía supuestamente española asciende a, como mínimo, el 56,80%. Ello determina el incumplimiento de la normativa europea para que la aerolínea pueda ser considerada española y,
en consecuencia, que no pueda conservar la licencia de explotación española que concede la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.


18. Por consiguiente, no se cumple el primer requisito exigido por la Orden.


2.° Criterio: Incumplido:


'b) No constituir una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019, en los términos establecidos por el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión (UE) n.° 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda
compatibles con el mercado interior por aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.'


19. Plus Ultra nunca ha presentado cuentas anuales con resultado positivo desde su fundación en 2011. En 2016 comenzaron sus operaciones y, desde ese momento, arrastra unas pérdidas acumuladas de 10,6 millones de euros.


20. Así, en 2019 su facturación fue de 63,5 millones de euros (solo 10,5 millones de euros más que la totalidad del apoyo financiero prestado por el Gobierno), con un resultado negativo de 2,1 millones de euros.


21. Por su parte, en 2020 su cifra de negocio ascendió a 94 millones de euros, una vez la aerolínea se enfocó a la realización de vuelos de carga de material sanitario y de repatriación de pasajeros, y a pesar de reducir su número de
aviones de cuatro a solo uno.


22. En este último sentido, resulta sorprendente que el citado diario Voz Pópuli informase de que Plus Ultra realizó 58 viajes a China entre los meses de abril y diciembre de 2020, más incluso que una compañía de mucho mayor tamaño como Air
Europa. Sin embargo, 'en el portal de contratación del Estado no constan hasta el momento contratos públicos a la aerolínea Plus Ultra con este objeto, según ha podido cotejar Vozpópuli. Fuentes solventes informan a este periódico de que el motivo
es que la aerolínea operaba los vuelos 'públicos' adjudicados a otras empresas de transporte aéreo y que, a su vez, colaboraban con Plus Ultra. Una de ellas es One Airways, una aerolínea que se adjudicó por la vía de urgencia un contrato de la
Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Canario de la Salud por valor de 1,12 millones de euros para operar vuelos de material sanitario entre Shanghai y Gran Canaria, según ha podido comprobar este periódico. A su vez, esta empresa
subcontrató a Plus Ultra para operar esos vuelos' 17.


23. Tampoco en 2020 se registraron beneficios, alcanzándose un resultado antes de impuestos de -3,5 millones de euros.


24. Asimismo, distintas informaciones han dado cuenta de que Plus Ultra solicitó el apoyo del FASEE después de que, al menos, tres entidades financieras españolas (Banco Santander, BBVA y Bankinter) declinaran las solicitudes de
financiación de la aerolínea por su escasa viabilidad y su excesivo riesgo. Los equipos de riesgos de estas compañías crediticias no consideraron factible que la compañía tuviese


17 https://www.vozpopuli.com/economia y finanzas/plus-ultra-china.html



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capacidad financiera para devolver el montante que solicitaba en un plazo adecuado. Y lo anterior, a pesar de que el Instituto de Crédito Oficial ('ICO') podría avalar la mayor parte de la petición de fondos 18.


25. En este sentido, la compañía habría señalado en su informe anual que, 'debido a la negativa de la banca por la aversión del riesgo sobre el sector no ha sido posible alcanzar dicha financiación del ICO', aversión que no existió respecto
de Iberia y de Air Europa, que obtuvieron, respectivamente, 1.000 y 141 millones de euros en créditos avalados por el ICO.


26. Por lo tanto, el apoyo financiero prestado por el Gobierno español a Plus Ultra fue posterior a las negativas de las distintas entidades de crédito. La situación patrimonial altamente deficitaria, que determinó la negativa de tres
entidades a prestar financiación, no fue óbice para que el Consejo Gestor aprobase y el Ejecutivo autorizase la concesión por el FASEE de 53 millones de euros a la aerolínea.


27. Además de distinta financiación menor, Plus Ultra solo ha obtenido en 2017 un préstamo participativo de 6,3 millones de euros de la compañía panameña PANACORP, SA, entidad vinculada al mayor accionista individual de la compañía y
administrador único de FlySpain, don Rodolfo Reyes Rojas, a un tipo de interés muy superior al de mercado. Se da la circunstancia de que esta última compañía aparece vinculada a los papeles de Panamá a través de dos de sus accionistas (los
referidos señores Borquez Tarff y Tobías Roye) 19, así como a la dictadura venezolana.


28. En otro orden de cosas, según la propia compañía la concesión de la ayuda se habría acordado tomando como período de referencia el balance de situación correspondiente al último trimestre de 2019. Sin embargo, el Reglamento al que
remite este criterio de elegibilidad (Reglamento de la Comisión (UE) n.° 651/2014, de 17 de junio 20) exige que se tomen en cuenta los dos últimos ejercicios económicos.


29. Como se observa, tampoco se cumple el segundo requisito exigido por la Orden.


3.° Criterio: Cumplido:


'd) En ausencia de apoyo público temporal recibido con cargo al Fondo, el beneficiario cesaría en su actividad o tendría graves dificultades para mantenerse en funcionamiento. Estas dificultades podrán demostrarse por el deterioro, en
particular, del coeficiente deuda/capital del beneficiario o por indicadores similares.'


30. Este es uno de los pocos requisitos normativos que se cumple.


31. Anteriormente se ha señalado que la aerolínea de capital mayoritariamente venezolano nunca ha registrado un resultado positivo. Debido a ello, vio rechazadas sus solicitudes de crédito tanto por distintos bancos como por el ICO, por su
baja capacidad de repago y elevado riesgo.


32. En diversas ocasiones la sociedad incurrió en causa de disolución conforme al artículo 363.l.e) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. Asimismo, la ayuda
concedida por el Estado representó casi la totalidad de la facturación de la compañía en el ejercicio 2019 (63,5 millones de euros) y el 56% de la registrada en el ejercicio 2020 (94 millones de euros).


33. De no haberse obtenido la ayuda de 53 millones de euros, la aerolínea habría quebrado indudablemente.


4.° Criterio: Incumplido:


'e) Justificar que un cese forzoso de actividad tendría un elevado impacto negativo sobre la actividad económica o el empleo, a nivel nacional o regional. La apreciación del impacto económico y sobre el empleo, directo e indirecto, se
medirá en relación con la situación de la empresa al cierre del ejercicio 2019.'


34. Se trata de uno de los principales argumentos del Gobierno para justificar la ayuda millonaria y el carácter 'estratégico' de la empresa. La referencia del Consejo de Ministros de 9 de marzo supra transcrita señalaba que 'la compañía
emplea a 345 trabajadores directos, considerando los puestos de trabajo indirectos generados por su actividad superiores a los 2.500 empleos'.


35. No se efectúa mayor explicación sobre en qué centros se ubican tales empleados o cuáles de ellos se encuentran en situación de suspensión temporal de empleo. Solo algunas informaciones dan cuenta de que la proporción de trabajadores en
ERTE ascendería al 65%.


18 https://www.elmundo.es/economía/2021703/28/6060b457fc6c8350778b462a.html


19 https://www.elindependiente.com / economía / 2021703/28/ phis-ultra-pago-un-7-mas-por-un-credito-a-una-sociedad-vinculada-a-los-papeles-de-panama/


20 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014R0651&from=:DA



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36. El dato de empleo proporcionado por el Gobierno contrasta con el hecho de que Plus Ultra solo disponía a 9 de marzo de un único avión, modelo Airbus A340-300 y de 17 años de antigüedad, en régimen de alquiler, que permanecería
estacionado desde el pasado mes de enero.


37. De la misma manera, no se explica una plantilla tan abultada cuando la compañía no ha operado ningún vuelo entre los meses de enero y marzo, y en todo 2021 solo ha fletado dos vuelos (Madrid-Caracas y Caracas-Madrid), transportando a
726 pasajeros en total. Este dato representa el 0,08% de la movilidad aérea en nuestro país.


38. No se aprecia, en suma, ningún 'elevado impacto negativo' de una eventual quiebra de Plus Ultra en el sector aéreo ni en la economía en su conjunto. Por tanto, esta condición tampoco se ha cumplido en la concesión de apoyo financiero a
Plus Ultra.


5.° Criterio: Incumplido:


'f) Demostrar su viabilidad a medio y largo plazo, presentando a tal efecto en su solicitud un Plan de Viabilidad para superar su situación de crisis, describiendo la utilización proyectada del apoyo público solicitado con cargo al Fondo,
los riesgos medioambientales, las previsiones para afrontarlos y su estrategia energética.'


39. Como se ha señalado con anterioridad, las cuentas anuales de la sociedad desde su fundación en 2011 (así como, en particular, desde la obtención de la licencia de operaciones en 2015), jamás han arrojado beneficio para la compañía. La
situación de restricción generalizada de movimientos de la pandemia no es, por consiguiente, la que ha provocado su déficit. En consecuencia, es dudoso que la aerolínea haya 'demostrado su viabilidad a medio y largo plazo', cuando nunca ha sido
viable.


40. Presumiblemente, y con base en los negativos antecedentes contables de la compañía, esta condición tampoco ha sido cumplida.


6.° Criterio: Incumplido:


'g) Presentar una previsión de reembolso del apoyo estatal con un calendario de amortización de la inversión nominal del Estado y de abono de las remuneraciones y las medidas que se adoptarían para garantizar el cumplimiento del plan de
reembolso del apoyo estatal.'


41. El artículo 1.4 y el apartado 5 del Anexo II de la Orden regulan, respectivamente, la salida del Estado del capital de la compañía apoyada y las características del reembolso de su participación. A este respecto, se dispone que 'todos
los créditos a favor del Fondo, derivados de las operaciones financiadas con cargo al mismo, deberán satisfacerse por los beneficiarios en los plazos y condiciones que sean fijados por el Consejo Gestor en el Acuerdo de Apoyo Financiero Público
Temporal' y que 'el reembolso de la participación del Estado deberá acompasarse con la recuperación y estabilización de la economía, previéndose en la resolución de otorgamiento de la ayuda las adaptaciones oportunas del calendario de reembolsos
para asegurar este objetivo, teniendo debidamente en cuenta la situación y perspectivas del mercado en que opera el beneficiario'. El apoyo financiero que presta el FASEE tiene carácter temporal y, por lo tanto, debe ser devuelto.


42. De la misma manera que respecto de la condición anterior, la capacidad de reembolso de la compañía está determinada por sus resultados económicos. La pobreza de estos desde su fundación, evidenciados en la negativa tanto del ICO como
de distintas entidades crediticias privadas a prestarle financiación, no auguran que Plus Ultra pueda devolver puntualmente el dinero temporalmente concedido.


43. A este respecto, y tomando como referencia un plazo de devolución de siete años, la compañía debería obtener un beneficio neto medio por ejercicio de, aproximadamente, 7,5 millones de euros. Teniendo en cuenta que el año de mayor
facturación (2020) arrojó un resultado antes de impuestos de -3,5 millones de euros, que sus pérdidas acumuladas eran de más de 13 millones de euros y que el sector aéreo está siendo uno de los más castigados por la crisis, resulta muy poco probable
que Plus Ultra pueda reembolsar alguna cantidad.


44. Por lo tanto, esta condición tampoco ha sido cumplida.


7.° Criterio: Cumplido con matices:


'i) No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes
y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.'



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Por el momento, no consta que Plus Ultra haya sido condenada en firme como persona jurídica por ninguno de los delitos referidos y a la pena señalada. Sin embargo, distintos medios informan de que en los juzgados y tribunales españoles se
sustancian distintos procesos que afectan a la compañía, a saber:


- Una demanda formulada por la agencia de viajes Aquatravel (hoy en liquidación) en julio de 2016, tras la resolución anticipada por Plus Ultra de un contrato de vuelos chárter y no haber devuelto esta el depósito de casi un millón de euros
efectuado por aquella.


- Una demanda por incumplimiento de contrato formulada en 2018 por Boliviana de Aviación (BoA) contra la aerolínea por no cumplir un contrato de leasing ACMI (también llamado wet tense) en las rutas de Madrid a Santa Cruz de la Sierra
(municipio más poblado de Bolivia).


46. Asimismo, con carácter extrajudicial, debe señalarse que Plus Ultra fue la segunda aerolínea con más denuncias de pasajeros per cápita ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en 2019 21, recibiendo casi el cuádruple de
reclamaciones que la media del sector y solo por detrás de Evelop Airlines. Igualmente, se da cuenta de que Plus Ultra debe 155.000 euros a sus clientes por retrasos, cancelaciones, overbooking o problemas con los equipajes 22.


47. Por otro lado, los fundadores, directivos y accionistas de la compañía, vinculados a diversos prohombres del régimen dictatorial de don Nicolás Maduro, han sufrido diversos problemas con la justicia 23. Así:


- Don Fernando González Enfedaque y don Julio Martínez Sola, fundadores de la compañía, eran directivos de la compañía Air Madrid cuando en la Navidad del año 2006 esta cesó repentinamente sus operaciones, dejando en tierra a decenas de
miles de pasajeros horas antes de que la Dirección General de Aviación Civil les revocase la licencia para operar por supuestos reiterados incumplimientos en materia de mantenimiento de sus aviones. La compañía se declaró en concurso de acreedores
en 2007, con un pasivo cercano a los 145 millones de euros.


- Por su parte, el señor González Enfedaque habría sido condenado en febrero de 2020 a 11 meses y 29 días de prisión, así como a abonar una multa de 1,5 millones de euros y a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas
públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante tres años. La causa fue la comisión de distintos delitos fiscales a través de la sociedad Glass Costa Este Salou.


- Asimismo, don Fernando González Enfedaque también ejercía el cargo de representante persona física del administrador persona jurídica Welcoming Internacional, SL. Tanto el señor González Enfedaque, a título personal, como la sociedad
referida cesaron como miembros del Consejo de Administración de Plus Ultra el pasado mes de febrero, un año después de la condena y simultáneamente a la preparación del rescate por el Gobierno. Se desconoce a cuánto asciende, en su caso, la
participación actual de este y de la mercantil en el capital social de la aerolínea. Debe recordarse que Welcoming Internacional, SL estaba participada hasta tiempos recientes por la sociedad FlySpain, controlada por el referido señor Reyes Rojas.


- De la misma manera, otro de los fundadores de Plus Ultra, don José Ignacio Unsain, habría sido condenado en 2019 por la Audiencia Provincia del Zaragoza a dos años de cárcel por delitos de fraude continuado contra la Administración
Pública, en el marco del caso La Muela, la mayor trama de corrupción urbanística de Aragón. El señor Unsain y su constructora se habrían beneficiado en distintas ocasiones de una sucesión de irregularidades urbanísticas y adjudicaciones
fraudulentas desarrolladas entre 1987 y 2011 por la exalcaldesa de esta localidad. Este habría actuado como representante de Plus Ultra desde su fundación hasta julio de 2013, fecha en la que abandonó el Consejo de Administración.


48. Por último, como se ha anticipado, cada día se descubren nuevos vínculos de los propietarios y administradores de Plus Ultra con personas estrechamente relacionadas con la cúpula de la dictadura venezolana e investigadas por las
agencias antifraude de distintos países y, en particular, de los Estados Unidos. A este respecto:


- El nexo de Plus Ultra con el régimen venezolano de Nicolás Maduro pivota en torno a don Camilo Ibrahim Issa. Este empresario venezolano-libanés ha declarado que los señores Reyes Rojas y el Arigie


21 https://www.vozpopuli.com/economia y finanzas/plus-ultra-denuncias.html


22 https: / /www.elmundo.es/economía/empresas/2021 /03/18/60539545fdddff35bd8b4598.html


23 https:/ /www.vozpopuli.com/economía y finanzas/plus-ultra-cesa-fundador.html



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Harbie son 'amigos' y 'socios en distintos proyectos' 24. El señor Issa es muy próximo a la vicepresidenta de Venezuela, doña Deley Rodríguez, y al ministro de Petróleo e Industria de ese país, don Tarek El Eissami, perseguido por tráfico
de drogas por Estados Unidos. Adicionalmente, el sobrino de don Camilo Ibrahim Issa, don Mohamed Ibrahim Ibrahim, sería administrador de PANACORP, la sociedad panameña que concedió un préstamo de 6,4 millones de euros a Plus Ultra y a la que se ha
hecho referencia anteriormente.


- Asimismo, el director comercial de Plus Ultra, don Gibson Preziuso, habría sido vicepresidente de Avior Airlines, compañía aérea que tiene restringidas las operaciones en la Unión Europea y en los Estados Unidos por su vinculación directa
con Nicolás Maduro y que está incluida en la lista negra de la Unión Europea por 'deficiencias de seguridad no resueltas'.


- El director de Sistemas de Plus Ultra, don Zaki Aroutin, fue durante 12 años vicepresidente de Informática de la referida Avior Airlines.


- Adicionalmente, el director financiero de Plus Ultra, don Alejandro Delgado, fue presidente, durante tres años y hasta su quiebra, de la aerolínea venezolana Santa Bárbara Airlines (SBA). El señor Delgado habría recalado en la aerolínea
rescatada por el Gobierno en 2017 como gerente general adjunto, de manera coetánea a la entrada de capital venezolano en el accionariado de la compañía.


- Igualmente, otros dos exdirectivos de SBA, don Daniel Lapera (director financiero) y don Rafael Betancourt (director de Catering), se encontrarían en la actualidad prestando sus servicios en Plus Ultra: el primero, como gerente de
Planificación y Presupuesto; el segundo, como responsable de Compras.


49. Incluso, en 2017 el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) investigó la llegada al capital social de Plus Ultra de nuevos accionistas con participaciones en sociedades radicadas en paraísos fiscales, como Panamá. El órgano sospechaba
que Plus Ultra era utilizada para el lavado de dinero.


8° Criterio: Incumplido:


'm) Adicionalmente, la decisión de utilización del Fondo atenderá, entre otros elementos, a la importancia sistémica o estratégica del sector de actividad o de la empresa, por su relación con la salud y la seguridad pública o su carácter
tractor sobre el conjunto de la economía, su naturaleza innovadora, el carácter esencial de los servicios que presta o su papel en la consecución de los objetivos de medio plazo en el ámbito de la transición ecológica, la digitalización, el aumento
de la productividad y el capital humano.'


50. El fundamento de la concesión por el SAFEE de 53 millones de euros del erario público a Plus Ultra se encuentra, según el Gobierno, en su carácter 'estratégico'.


Este calificativo se contradice con distintos hechos que afectan a la aerolínea:


- Plus Ultra dispone de un solo avión, que posee en régimen de alquiler y que cuenta con 17 años de antigüedad.


- En 2019 operó 823 vuelos, lo que la colocó en la posición 166a en términos de tráfico, y el número de pasajeros transportado por la compañía en 2019 representó el 0,03% del total nacional.


- Según datos de AENA, Plus Ultra transportó 99.885 pasajeros en 2018,156.139 personas en 2019 y 47.194 clientes en 2020. Air Europa, la otra aerolínea destinataria de la ayuda del SAFEE, trasladó a más de 17 millones de personas en 2018, a
más de 19 millones en 2019 y a casi 6,5 millones en 2020.


- Las rutas cubiertas por Plus Ultra ya se encuentran sobradamente satisfechas por otras compañías españolas.


- El Gobierno señala que Plus Ultra tiene 345 empleados directos, si bien las cuentas anuales de la aerolínea correspondientes al ejercicio 2019 dan cuenta de 268 empleados medios. La ayuda por empleado rondaría los 200.000 euros. Air
Europa, por su parte, emplea a casi 4.500 trabajadores, por lo que la ayuda pública ha ascendido a poco más de 100.000 euros por trabajador.


- El apoyo financiero del SAFEE supone casi la totalidad de la facturación de la compañía en el ejercicio 2019 (63,5 millones de euros) y el 56% de la registrada en el ejercicio 2020 (94 millones de euros).


- Tal ayuda ha sido concedida después de la negativa tanto del ICO como de distintas entidades crediticias privadas a conceder financiación a la compañía por su escasa viabilidad y elevado riesgo.


24 https://www.vozpopuli.com/economia y finanzas/plus-ultra-delcy-narcotrafico.html



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- La aerolínea nunca ha registrado resultados positivos y difícilmente ejerce un 'efecto tractor' sobre su sector ni sobre la economía española en su conjunto. De la misma manera, es difícil imaginar cómo esta empresa puede contribuir a 'la
consecución de los objetivos de medio plazo en el ámbito de la transición ecológica, la digitalización, el aumento de la productividad y el capital humano'.


51. Recientemente se ha conocido que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha considerado ajustada al Derecho europeo la garantía estatal de 600 millones de euros concedida por el Gobierno de Finlandia a favor de la aerolínea
Finnair. El Tribunal señala como argumentos a favor la elevada cuota de mercado de la compañía en transporte de pasajeros (67% del total nacional), su carácter de principal operador de carga aérea del país, su elevado número de empleados (casi
7.000) y su altísima contribución a la producción finlandesa. Por ello, ha concluido que 'un eventual incumplimiento de las obligaciones de Finnair habría tenido graves consecuencias para la economía finlandesa, de suerte que la garantía estatal,
en la medida en que pretende mantener las actividades de Finnair y evitar que su eventual insolvencia perturbe más la economía finlandesa, es adecuada para contribuir a poner remedio a la grave perturbación de la referida economía causada por la
pandemia de COVID-19'.


52. Por consiguiente, la cualidad de compañía 'estratégica' para ser destinaria de la ayuda tampoco se cumple.


53. Por último, debe señalarse que la concesión de la ayuda de 53 millones de euros a Plus Ultra contó con tres informes independientes 25:


- La consultora Deloitte, que habría dado cuenta de la titularidad de las acciones de la aerolínea y las retribuciones de sus consejeros y directivos, y señaló que 'Plus Ultra no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de
pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos'.


- La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), adscrita al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ('MITMA'), que consideró que Plus Ultra cumplía los requisitos legales y se mostró favorable a la concesión de la ayuda. Este
departamento está dirigido por don José Luis Ábalos Meco, que ha negado reiteradamente la participación del MITMA en la tramitación y resolución de esta ayuda.


- La consultora Daiwa Corporate Advisory, que habría justificado que Plus Ultra merecía el rescate por el correcto estado de sus cuentas y por el carácter estratégico para España de su negocio.


54. No parece, de todo lo expuesto, que Plus Ultra reuniera las condiciones necesarias para ser beneficiaría de una ayuda pública de 53 millones de euros. Como señala De la Nuez, 'la cuestión es que probablemente alguien desde la esfera
política entendió que, por motivos también políticos era conveniente conceder la ayuda solicitada. Y esta decisión se avaló después con los formalismos y los informes correspondientes, siendo ésta una manera de funcionar bastante habitual en
nuestro sector público, donde la opacidad y el clientelismo político son, desgraciadamente, muy frecuentes' 26.


55. Sin embargo, es imposible negar la realidad: la ayuda financiera otorgada por el FASEE y autorizada por el Gobierno ha infringido radicalmente el ordenamiento jurídico, por cuanto ha concedido una cantidad muy elevada de dinero público
a una compañía que, como se ha demostrado, carece de los requisitos esenciales para ser beneficiaría de la ayuda, detallados en el apartado 2 del Anexo II de la Orden.


56. El acuerdo de autorización de la operación es, en consecuencia, nulo de pleno derecho, y el Derecho Administrativo dispone, afortunadamente, de mecanismos suficientes para erradicar ex tune los actos del poder público que vulneran la
legalidad.


Tercero. El Consejo de Ministros debe instar la revisión de oficio del acuerdo de autorización de la concesión de la ayuda, dando traslado al Consejo de Estado para su dictamen.


57. El artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ('Ley 39/2015' o 'LPACAP') establece como principio general en el ámbito del Derecho Administrativo la presunción
de validez de los actos dictados por la Administración. A pesar


25 https: / /www.vozpopuli.com/economía y finanzas/sepi-rescate-plus-ultra.html


26 https:/ /hayderecho.expansion.com/2021 /04/11 /rescate-plus-ultra-politizacion-sector-publico/



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de este principio general, los artículos 106 y siguientes ibidem regulan la revisión de oficio de las disposiciones y actos dictados por la Administración.


58. La revisión de oficio puede definirse como la retirada de un acto administrativo por la propia Administración que lo dicta, con base en unas causas tasadas y siguiendo un determinado procedimiento. Encuentra su fundamento en el
principio de legalidad de la actuación administrativa.


59. En este sentido, el Consejo de Estado declara que 'el procedimiento de revisión de oficio de los actos firmes nulos de pleno derecho constituye un cauce extraordinario para expulsar del ordenamiento jurídico aquellos que, no obstante su
firmeza, carecen de los presupuestos o requisitos esenciales exigidos por la ley para su propia existencia; esto es, cuando concurren las causas relacionadas en el artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en otras leyes. Se trata de un
procedimiento excepcional (Sentencias del Tribunal Supremo 251/2018, de 19 de febrero, de 13 de mayo de 2013 y de 18 de diciembre de 2007). Sacrifica la seguridad jurídica en beneficio de la legalidad cuando esta es vulnerada de manera radical
(Sentencia del Tribunal Supremo 1768/2018, de 13 de diciembre)'.


60. En relación con los actos administrativos nulos, el apartado 106.1 LPACAP establece lo siguiente:


'Las Administraciones Públicas, en cualquier momento, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, y previo dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere, declararán de
oficio la nulidad de los actos administrativos que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el artículo 47.1.'


61. En relación con las causas de nulidad, el artículo 47.1 ibidem contempla:


'1. Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes:


a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.


b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.


c) Los que tengan un contenido imposible.


d) Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta.


e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.


f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.


g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición con rango de Ley.'


62. Asimismo, en materia de competencia, el artículo 111 LPACAP regula que 'en el ámbito estatal, serán competentes para la revisión de oficio de las disposiciones y los actos administrativos nulos y anulables: a) El Consejo de Ministros,
respecto de sus propios actos y disposiciones y de los actos y disposiciones dictados por los Ministros'.


63. En el procedimiento de revisión de oficio es particularmente relevante la intervención que el artículo 108.1 LPACAP atribuye al Consejo de Estado, 'supremo órgano consultivo del Gobierno' (artículo 107 de la Constitución Española). De
acuerdo con el artículo 22.10 de su ley orgánica reguladora (Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado), en el seno de este órgano corresponde a la Comisión Permanente el conocimiento de la 'revisión de oficio de disposiciones
administrativas y de actos administrativos, en los supuestos previstos por las leyes'.


64. Se permite, así, que este órgano de relevancia constitucional ejerza su función consultiva en relación con actos en los que no concurren los presupuestos y requisitos esenciales preceptuados por la ley y que, en consecuencia, han de ser
expulsados del ordenamiento jurídico.


65. Como se ha expuesto supra, el pasado 9 de marzo de 2021 el Consejo de Ministros adoptó el 'Acuerdo por el que se autoriza al Consejo Gestor del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas la aprobación de la operación de
apoyo público temporal solicitada por Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A.'. Así consta en la referencia del Consejo de Ministros de dicha fecha.


66. Pues bien, el Expositivo Segundo de la presente iniciativa ha detallado cómo este acuerdo fue adoptado por el Consejo de Ministros infringiendo el ordenamiento jurídico, por cuanto concede derechos (económicos, por valor de 53 millones
de euros) a una compañía que no cumplía la práctica totalidad de los criterios de elegibilidad exigibles a las empresas beneficiarlas, especificados en el apartado 2 del Anexo II de la Orden.



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67. En consecuencia, el Consejo de Ministros debe iniciar el procedimiento de revisión de oficio del acuerdo referido para declarar la nulidad radical de la concesión por el SAFEE de 53 millones de euros a una aerolínea inviable
económicamente, irrelevante en términos estratégicos y sospechosa de vínculos con paraísos fiscales y con regímenes genocidas. A tal efecto, deberá dar traslado al Consejo de Estado para que emita informe a los efectos oportunos.


De manera consecuente con lo anterior, ha de reclamarse a Plus Ultra el reembolso definitivo e inmediato del apoyo público temporal recibido con cargo al FASEE.


En atención a lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Declarar, previo Informe del Consejo de Estado, la nulidad del 'Acuerdo por el que se autoriza al Consejo Gestor del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas la aprobación de la operación de apoyo público temporal solicitada
por Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A.', al incumplir la empresa beneficiaría la práctica totalidad de los criterios de elegibilidad aplicables a las operaciones susceptibles de ser financiadas con cargo al Fondo de apoyo a la solvencia de empresas
estratégicas, F.C.P.J.


- Reclamar a Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A. la devolución inmediata de los 53 millones de euros recibidos como apoyo público temporal con cargo al Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, F.C.P.J.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Inés María Cañizares Pacheco, Víctor González Coello de Portugal, Rodrigo Jiménez Revuelta, Pablo Sáez Alonso-Muñumer y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/002382


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de ley sobre la apertura a la actividad comercial del dique norte de Morás y la creación de la Autoridad Portuaria de San Cibrao, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


En el año 2002 se crea la Provincia Marítima de Lugo mediante el Real Decreto 432/2002, de 10 de mayo, no obstante, a día de hoy y transcurridos casi veinte años, sigue sin tener una Autoridad Portuaria propia, a pesar de que en la comarca
de A Mariña se encuentra el Puerto de Alcoa que genera un alto volumen de negocio.


El Puerto de Morás en San Cibrao, declarado de interés general en virtud de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sigue estando gestionado por la Autoridad Portuaria Ferrol-San Cibrao creada por
el Real Decreto 1590/1992, de 23 de diciembre, por el que se agrupa el puerto de San Cibrao en la autoridad portuaria de Ferrol-San Cibrao y se enumeran las autoridades portuarias y los puertos de interés general que administra. Sin embargo,
existen sobrados motivos, tanto de índole económica, como de ordenación del territorio, de planificación de infraestructuras y de carácter social y político, para que la zona marítima lucense cuente con una Autoridad Portuaria propia. Conseguir una
Autoridad independiente que administre los puertos de Lugo dotaría a esas infraestructuras de un mayor dinamismo, mejor organización y redundaría en beneficio de la economía de la comarca y de las distintas empresas asentadas en Lugo.



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Los datos hechos públicos por la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao anualmente, reflejan que, aunque recauda anualmente unos 10 millones de euros aproximadamente en el Puerto de Morás (San Cibrao) por tasas y otros conceptos, el
organismo estatal no llega a invertir en los puertos de Lugo, ni en el de San Cibrao ni en el conjunto de la comarca de A Mariña, el 5% de lo recaudado.


Esta misma tendencia se aprecia en los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Así, en el Anexo en el que se recogen las Inversiones Reales previstas y la programación plurianual anualizada, las partidas destinadas al mantenimiento,
mejora o modernización del ámbito portuario de A Mariña es inexistente, salvando alguna pequeña cantidad que pueda ser asignada de las partidas genéricas, mientras que bajo el epígrafe 'Ferrol-San Cibrao' las inversiones contempladas se refieren
únicamente a Ferrol y no al conjunto del territorio que abarca la Autoridad Portuaria e ignorando por completo las instalaciones portuarias lucenses.


A todo ello se suma que dependiente de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, y en régimen de concesión hasta 2023, la multinacional Alcoa está explotando el puerto comercial de San Cibrao, puerto que en su día fue construido por el
Instituto Nacional de Industria (INI). De acuerdo a esta concesión, Alcoa utiliza solo el dique sur, lo que supone que no se está aprovechando el dique norte que podría ser también utilizado para el tránsito comercial.


A este respecto se debe tener en cuenta que la puesta en funcionamiento del dique norte, tal y como consta en diferentes estudios y anteproyectos elaborados, incluidos algunos de organismos públicos, permitiría habilitar un puerto de atraque
de 240 metros de longitud para buques de hasta 222 metros de eslora y 11,5 metros de calado y la utilización de 50.000 m2 de esplanada portuaria, siendo perfectamente compatible con el uso que hace Alcoa del dique sur. Así por ejemplo, Puertos de
Galiza realizó en el año 2010 un 'Informe de viabilidad de la apertura del Dique Norte de San Cibrao-Morás al tráfico comercial''en el que se demuestra la viabilidad operativa, constructiva, de tráficos y económica (30 M€).


Por lo tanto, las dos cuestiones están directamente vinculadas y relacionadas, debe acometerse la liberalización del denominado dique norte de Morás y situar la frente de la gestión y administración de esta infraestructura una autoridad
portuaria propia, un factor decisivo para su mejor aprovechamiento. El Puerto de San Cibrao es el de mayor calado de A Mariña y con esta actuación se optimizarían sus instalaciones portuarias al permitir llevar a cabo una actividad comercial
portuaria independiente y/o complementaria a la que en la actualidad se desarrolla por Alcoa.


La utilización de la zona portuaria ahora en desuso traería consigo una mayor dinamización socioeconómica de toda A Mariña y de toda su área de influencia. Se trata de una actuación más necesaria que nunca ante la incertidumbre del futuro
industrial de la comarca y que permitiría que los beneficios generados en el Puerto de San Cibrao reviertan directamente en ese territorio. En definitiva, es necesario que A Mariña cuente con un puerto comercial en el Dique Norte de Morás,
dependiendo de una Autoridad Portuaria propia para administrarlo.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Crear la Autoridad Portuaria de San Cibrao segregándola de la Autoridad Portuarias de Ferrol- San Cibrao.


2. Dar las instrucciones necesarias a la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao para que, mientras no se cree la Autoridad Portuaria de San Cibrao, proceda a una redistribución de los ingresos obtenidos a través del Puerto de San Cibrao,
de modo que los mismos reviertan en beneficio de la costa lucense.


3. Iniciar los trámites y gestiones necesarias para liberalizar y abrir al tráfico comercial el dique norte del Puerto de Alcoa en San Cibrao.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Miriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.



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161/002414


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad
de evaluación de las inversiones en transportes y vivienda del programa de inversiones Next Generation EU para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Desde Ciudadanos venimos alertando desde que el pasado abril comenzaran las conversaciones en las instituciones de la Unión Europea, que esta es una oportunidad histórica que no podemos desperdiciar. La Unión Europea ha puesto en marcha lo
que será el mayor balón de oxígeno que recibirán los países miembros para mitigar el impacto económico y social de la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia global de COVID-19. Una oportunidad en forma de un paquete de recuperación nunca
visto y que, además, se financiará por primera vez y en gran parte, de forma autónoma mediante la emisión de bonos conjuntos a nivel europeo. Sin embargo, este paquete de recuperación no es un cheque en blanco con el que gastar sin control, sino
que incluye condiciones muy tasadas para el destino de las inversiones y su gestión por parte de los diferentes niveles institucionales.


Para ello, y debido a la cantidad histórica de fondos europeos que debemos absorber, es más importante que nunca hacerlo de forma racional, también en el ámbito de los transportes y vivienda. Sin embargo, ahora mismo estos extremos no
quedaban realmente garantizados, por lo que era necesario introducir cambios que aseguraran que nuestra normativa está perfectamente alineada con los criterios establecidos por la estrategia europea para la transformación digital, los objetivos
europeos para la transición ecológica y los pilares para una economía sostenible, justa y resiliente dibujados en las recomendaciones del Semestre Europeo.


Estas transformaciones esenciales para nuestro país deben hacerse desde la más estricta objetividad, sin que los intereses políticos o partidistas jueguen ningún papel. Por ello, es necesario hacer uso, por fin de una institución creada
precisamente para asegurar la eficiencia de las inversiones, la Oficina Nacional de Evaluación, entidad dependiente del Ministerio de Hacienda y que la desidia de los Gobiernos del Partidos Popular y el Partido Socialista ha dejado en el olvido.
Sin embargo, el momento no puede ser más propicio y la necesidad más acuciante de contar con un organismo que vele por una ejecución transparente, eficiente, equilibrada y despolitizada de los recursos procedentes de la Unión Europea en materia de
transportes y vivienda. La creación de esta Oficina, que se dotó de responsabilidad en la Ley de Contratos del Sector Público, respondía a una demanda clara por la transparencia, la despolitización y la capacidad de fiscalización de las actuaciones
del Gobierno en materia de infraestructuras. Años de corrupción asociada a la aprobación y ejecución de estos proyectos y su papel como moneda de cambio en múltiples negociaciones de Presupuestos Generales del Estado, sesiones de investidura y
otras ocasiones políticas hacen de esta una apuesta irrenunciable para un partido como Ciudadanos.


Esta politización ha llevado a España a tener infraestructuras infrautilizadas, políticas públicas completamente ineficientes, carentes de cualquier tipo de evaluación y reforma basada en la evidencia. Los fondos europeos, por su cuantía y
conveniencia temporal, no pueden ser objeto de nuevo de las mismas conductas porque nos jugamos el futuro de un país que debe decidir si quedarse a la cola de Europa o seguir liderando con una economía resiliente, sostenible, justa y eficiente.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Dotar de los fondos suficientes y necesarios a la Oficina Nacional de Evaluación para que acometa los análisis ex-ante, seguimiento en la implementación y evaluación de impacto posterior, para asegurar la rentabilidad social y económica
de los proyectos ejecutados así como los objetivos marcados por la Unión Europea con los fondos de recuperación y resiliencia.


2. La dotación presupuestaria deberá asegurar una correcta dotación de medios y personal para acometer de manera eficaz, ágil y eficiente sus funciones.



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3. Comprometerse con la evaluación basada en criterios objetivos, medibles, transparentes y homogéneos en la elección y ejecución de proyectos financiación con fondos europeos en materia de transportes y movilidad, así como actuaciones en
el ámbito de la vivienda.


4. La ONE deberá elaborar un manual de evaluación de las inversiones financiadas con fondos de modo que asegure el cumplimiento de los objetivos exigidos por la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/002401


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Juan José Aizcorbe Torra y D.ª María de la Cabeza Ruiz Solás, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo
establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para el desarrollo de un plan específico para pymes y microempresas en relación con la implementación
efectiva del trabajo a distancia, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Primero. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) 27, en el año 2019, antes del estallido de la crisis de salud pública por COVID-19, ya existía una tendencia al alza de personas que trabajaban desde casa, bien de forma permanente, bien
ocasionalmente. En particular, este estudio informa de un alza del 4,3% al 4,8% en el primer grupo, y del 3,2% al 3,5% en el segundo.


Sin embargo, las medidas de confinamiento y otras restrictivas de libertad y de movilidad han supuesto que muchos sectores económicos y empresariales se hayan visto obligados a implantar forzosamente, en unos casos, y a generalizar, en
otros, el llamado trabajo a distancia 28. En este sentido, un estudio realizado a partir de una encuesta por Eurofound 29 da cuenta de que el teletrabajo en España se ha incrementado hasta alcanzar un 30,2%, una cifra muy por encima de la existente
un año antes.


Debido a esta situación, el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia (el 'RDL 28/2020'), abordó una regulación minuciosa del trabajo a distancia, que había quedado obsoleto e insuficiente. Posteriormente, el
Congreso de los Diputados acordó su convalidación y tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.


Es preciso destacar que las disposiciones normativas que recoge el Real Decreto-ley citado se aplican a todas las empresas sin distinción (microempresa, pymes y grandes empresas), lo cual carece de sentido, teniendo en cuenta que no tienen
las mismas necesidades ni tampoco los mismos recursos y medios personales y materiales para implementar efectivamente el trabajo a distancia. Este aspecto es especialmente relevante en España, donde más del 94% de las empresas tiene menos de 10
trabajadores. Por ello, es preciso que, además de aprobar el RDL 28/2020, el Gobierno de España promueva, junto con los agentes sociales y las organizaciones empresariales, un plan específico destinado a pymes y microempresas, que tenga por objeto
medidas para desarrollar de manera efectiva el trabajo a distancia en este tipo de empresas.


Segundo. Como se acaba de indicar, España es un país de microempresas, donde la mayoría de las empresas tienen dos o menos trabajadores.


De acuerdo con los datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), entre el 68 y el 98% de las empresas instaladas son micropymes (micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con el Reglamento 651/2017 de
la Comisión Europea, de 6 de mayo de 2003). Concretamente


27 dittps://www.ine.es/ss/Satellite7L-es ES&c=INECifrasINEC&cid=1259952649680&p=1254735116567&pagename=ProductosYServicios%2FINECifrasINE
C%2FPYSDetalIeCifrasINE#:~:text=Teletrabaio%20en%20Espa%C3%Bla%3A%20Tendencia%20moderada%20al%20alza%20en%202019&text=Tanto%20de%201as%20que % 201o, % 25 % 20al % 203 % 2C5 % 25.


28 De acuerdo con el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, es preciso distinguir el trabajo a distancia del teletrabajo, que es una subespecie del primero.


29 https:/ /theconversation.com/asi-se-teletrabaia-en-otros-paises-europeos-148767



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en España, según datos del informe de la OCDE denominado 'Entrepreneurship at a Glance 2017' 30, el 94,8% de las empresas españolas son micropymes y con una plantilla inferior a diez empleados 31. No en vano, por delante de España solo hay
11 países en el mundo con un mayor porcentaje de minoristas en su tejido empresarial, con el siguiente orden: Italia (95%), Polonia (95,1%), Países Bajos (95,2%), Portugal (95,3%), Francia (95,5%), República Checa (96%), Grecia (96,4%), Eslovaquia
(96,7%), Australia (97,2%).


Tercero. Uno de los objetivos del trabajo a distancia es equilibrar las ventajas del teletrabajo entre empresa y trabajador. Por ello, el artículo 2 del RDL 28/2020 establece lo siguiente:


a) Trabajo a distancia: 'forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral conforme a la cual esta se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar elegido por esta, durante toda su jornada o parte
de ella, con carácter regular'.


b) Teletrabajo: 'aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación'.


c) Trabajo presencial: 'aquel trabajo que se presta en el centro de trabajo o en el lugar determinado por la empresa'.


La formalización del acuerdo de trabajo a distancia debe hacerse por escrito y la obligación de tal formalización recae sobre la empresa. En cuanto al contenido mínimo, queda regulado en el artículo 7, que establece lo siguiente:


'a) Inventario de los medios, equipos y herramientas que exige el desarrollo del trabajo a distancia concertado, incluidos los consumibles y los elementos muebles, así como de la vida útil o periodo máximo para la renovación de estos.


b) Enumeración de los gastos que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así como forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y momento y forma para
realizar la misma, que se corresponderá, de existir, con la previsión recogida en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación.


c) Horario de trabajo de la persona trabajadora y dentro de él, en su caso, reglas de disponibilidad.


d) Porcentaje y distribución entre trabajo presencial y trabajo a distancia, en su caso.


e) Centro de trabajo de la empresa al que queda adscrita la persona trabajadora a distancia y donde, en su caso, desarrollará la parte de la jornada de trabajo presencial.


f) Lugar de trabajo a distancia elegido por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia.


g) Duración de plazos de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad, en su caso.


h) Medios de control empresarial de la actividad.


i) Procedimiento a seguir en el caso de producirse dificultades técnicas que impidan el normal desarrollo del trabajo a distancia.


j) Instrucciones dictadas por la empresa, con la participación de la representación legal de las personas trabajadoras, en materia de protección de datos, específicamente aplicables en el trabajo a distancia.


k) Instrucciones dictadas por la empresa, previa información a la representación legal de las personas trabajadoras, sobre seguridad de la información, específicamente aplicables en el trabajo a distancia.


l) Duración del acuerdo de trabajo a distancia.'


En este sentido, la nueva regulación del trabajo a distancia obliga a todas las compañías -sin distinción- a adoptar los medios necesarios para la implementación del trabajo a distancia. Así resulta de los artículos 11 y 12 del RDL 28/2020,
que establecen lo siguiente:


'Artículo 11. Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas.


1. Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el
inventario incorporado en el acuerdo referido en el artículo 7 y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación.


2. Asimismo, se garantizará la atención precisa en el caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.'


30 https: / /www.oecd-ilibrary.org/docserver/entrepreneur aag-2017-en.pdf?expires=1615974839&id=id&accname=guest&checksum=E3DE404D159CA10713A3480ACFD01085


31 https://cincodias.elpais.com/cmcodias/2018/01/26/pvme/1516952092 487839.html



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'Artículo 12. El derecho al abono y compensación de gastos.


1. El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al
desarrollo de su actividad laboral.


2. Los convenios o acuerdos colectivos podrán establecer el mecanismo para la determinación, y compensación o abono de estos gastos.'


Como puede apreciarse, la regulación española del trabajo a distancia se aplica a todas las empresas, independientemente de su tamaño y del tipo de contrato y la antigüedad del trabajador y sin distinguir en función del tipo de empresa,
regulando la aplicación del trabajo a distancia a todas las empresas sin distinción. Es más, el RDL 28/2020 no contiene una sola referencia a las pymes y microempresas, lo cual es especialmente preocupante, teniendo en cuenta que este tipo de
empresas conforman más del 90% del tejido empresarial español.


Por ello, la aplicación efectiva de la obligación del trabajo a distancia no es asumible en igual medida por las pymes y microempresas que por las grandes empresas. Lógicamente, estas últimas tienen una mayor y mejor capacidad e
infraestructura para adoptar las medidas oportunas. Sin embargo, para las pymes y las microempresas la implementación de estas medidas supone un mayor esfuerzo económico y de capacidad organizativa y productiva.


Teniendo en cuenta las circunstancias actuales, el aspecto reseñado es especialmente relevante, ya que cualquier esfuerzo adicional que se exija a las empresas puede tener consecuencias drásticas e irreversibles. En este sentido, la
adaptación de las instalaciones de acuerdo con los requerimientos sanitarios está suponiendo un gran coste para las pequeñas y medianas empresas que, tal y como ha denunciado CEPYME, están destinando de media para una microempresa de cinco
trabajadores más de 2.000 euros, a lo que habría que añadir el coste de las pruebas PCR.


Hay que tener en cuenta que la gran mayoría de las empresas llevan un año sufriendo directamente las medidas restrictivas a la libertad de todos los españoles, lo cual está provocando pérdidas económicas y de puestos de trabajo. Sin ir más
lejos, a día de hoy hay más de 750.000 personas cuyo contrato de trabajo está suspendido como consecuencia de un ERTE, y cerca de 4 millones de personas en paro, lo que supone cerca del 16% de la población activa.


Cuarto. La transición hacia el trabajo a distancia supone para las empresas el desarrollo de una estructura organizacional, así como una gran inversión destinada a la adquisición de equipos, que en muchos casos excede la capacidad de
empresas de pequeño tamaño y las condena a la extinción.


Por lo tanto, es necesario estudiar cuáles son las inversiones que puede asumir cada tipo de empresa, tomando como referencia, a modo de ejemplo, el gasto medio de cada trabajador en uno o varios ejercicios sociales previos. En definitiva,
es preciso desarrollar y establecer, en el plazo de un año, un plan específico destinado a pymes y microempresas cuyo objeto sea articular medidas para la efectiva implementación del trabajo a distancia, sin que la misma pueda acarrear un coste que
las lleve a la desaparición. Y es que, como se ha indicado anteriormente, la regulación del trabajo a distancia no articula medidas para el más del 94% de los más de dos millones de empresas que forman el tejido empresarial español.


Por todo ello, es necesario que el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los agentes sociales y económicos más representativos impulsen y desarrollen un plan específicamente destinado a las pymes y microempresas, que recoja medidas que
tengan por finalidad ayudar a este tipo de compañías en la implementación efectiva del trabajo a distancia.


De acuerdo con todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a promover, junto con los agentes sociales y económicos más representativos, un plan específico destinado a las pymes y microempresas que tenga por objeto la implementación efectiva
del trabajo a distancia en este tipo de compañías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 2021.-Mireia Borrás Pabón, Juan José Aizcorbe Torra y María de la Cabeza Ruiz Solás, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/002396


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. Ricardo Chamorro Delmo, D. José Ramírez del Río, D. José María Figaredo Álvarez-Sala, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D.ª María de la Cabeza Ruiz
Solás, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley dirigida a impulsar el turismo taurino, para que se debata en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. Historia del mundo taurino y su integración en la cultura española.


1. Las fiestas populares, en sus más diversas manifestaciones, son reflejo de la civilización y la herencia histórica y cultural y, además, se constituyen como recursos turísticos del país. En España, el mundo del toro, la tauromaquia y
todo lo que engloba se han posicionado como elementos fundamentales de nuestra tradición.


2. La interacción del hombre con el toro bravo dio como resultado la celebración de festejos, encontrando los precedentes más directos en España en las fiestas celebradas en Ávila en 1080 32, aunque existen evidencias de la celebración de
espectáculos relacionados con el toro bravo ya en la Hispania romana.


3. En el siglo XVI se produjo cierta oposición a estas celebraciones con motivo de la Bula 'De Salutis gregis dominici' 33, de San Pío V de 1567 (suavizada por Gregorio XIII, su sucesor). E, igualmente, a lo largo de la historia se han
producido muchos intentos de prohibir estos festejos, pero no dieron sus frutos debido al apoyo popular a estos eventos 34.


4. De esta manera, la fiesta de los toros fue evolucionando durante la segunda mitad del siglo XVIII con figuras como Joaquín Rodríguez (Costillares), José Delgado (Pepe Hillo) o Pedro Romero. Posteriormente, surgiría la conocida como Edad
de Oro del toreo, protagonizada por José Gómez (El Gallo o Gallito) y Juan Belmonte en la década de 1910. Con la muerte de El Gallo en 1920 35 se daría paso a la Edad de Plata del Toreo, con Ignacio Sánchez Mejías, Domingo Ortega o Francisco Vega
de los Reyes (Gitanillo de Triana).


5. Asimismo, muchas corrientes artísticas se han inspirado en los toros y todo lo que rodea a la fiesta. La corriente del Romanticismo supo ver lo trágico de la Fiesta y lo incorporó a sus expresiones artísticas. Las generaciones del 98,
del 14 y del 27 tienen numerosísimas obras relacionadas con el mundo del toro. Algunos ejemplos de artistas que se han visto muy influidos serían Benlliure, Alberti, Ortega y Gasset, Lorca, Próspero Merimée, Picasso, Goya, Bergamín o Hemingway.


6. En palabras de Federico García Lorca, 'el toreo es probablemente la riqueza poética y vital de España, increíblemente desaprovechada por los escritores y artistas, debido principalmente a una falsa educación pedagógica que nos han dado y
que hemos sido los hombres de mi generación los primeros en rechazar. Creo que los toros es la fiesta más culta que hay en el mundo'. Eso mismo influyó en filósofos como Ortega y Gasset 36, Tierno Galván 37 o en la obra tardía de Eugenio D'Ors 38.


7. En los últimos años, la oposición hacia esta tradición ha procedido del sector de la izquierda. No obstante, intentos de prohibir los espectáculos taurinos como el ocurrido en Cataluña en el año 2010


32 https://www.tribunaavila.com/blogs/curiosidades-y-anecdotas-de-la-historia/posts/el-inicio-de-la-lidia-de-los-toros


33 https://www.eroj.org/paginas/piov.htm


34 https://www.taurologia.com/articulo_imprimir.asp?idarticulo=1161&accion=


35 https://www.elimparcial.es/noticia/213105/opinion/joselito:-un-siglo-de-conmocion.html


36 https://elpais.com/diario/2007/05/29/cultura/1180389611_850215.html


37 'Los Toros, acontecimiento nacional', de Enrique Tierno Galván, Editorial Turner, Madrid 1988.


38 'El vivir de Goya', de Eugenio D'Ors, Editorial Planeta, Barcelona, 1980.



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fueron tumbados por el Tribunal Constitucional con su sentencia n° 177/2016 de 20 de octubre de 2016 39. Aunque en ese espacio temporal se produjeron efectos negativos para el sector, como fue el cierre de la Monumental.


8. En cualquier caso, no existen ideologías en lo taurino, sino que todas las corrientes de pensamiento político se han visto atraídas. Es más, se trata de una manifestación democrática, exenta de clases y construcciones artificiales.


9. En definitiva, y consecuencia de todo lo anterior, dentro de la cultura española el mundo del toro ocupa un lugar central. El arte de la tauromaquia, con sus diversas manifestaciones, así como otros espectáculos taurinos, son un
atractivo turístico de primer orden, tanto a nivel nacional como internacional. En 2015, según el Barómetro Imagen de España, diciembre 2014-enero 2015 (5.ª Oleada) publicado por el Real Instituto Elcano 40, la fiesta de los toros se situaba como
uno de los elementos que más se identifican de forma espontánea con la marca España, por encima del sol.


Segundo. Aportaciones del sector taurino a España.


10. Una cuestión innegable en relación con el sector taurino es que éste reporta grandes beneficios para España, tanto a su economía y a su sociedad, como a su espacio medioambiental.


11. En primer lugar, la celebración de espectáculos taurinos tiene un impacto económico importantísimo. Según fuentes del sector, esta tradición cultural genera una actividad económica de 4.000 millones de euros 41. Además, conforme al
estudio realizado por la Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos ('ANOET') de 2019, los espectáculos taurinos habrían recaudado 139 millones de euros de IVA y generaron casi 200.000 empleos 42.


12. Por otro lado, son muchos los que se dedican y viven de este mundo. De acuerdo con datos del propio Ministerio de Cultura y Deporte, reflejados en su Anuario de Estadísticas Culturales de 2020, el número total de profesionales taurinos
inscritos en su Registro General fue de 9.993. Estos profesionales se dividen entre matadores, rejoneadores, novilleros, banderilleros, mozos de espada, picadores o toreros cómicos 43.


13. Asimismo, según el referido anuario, el número de empresas ganaderas de reses de lidia inscritas en 2019 fue de 1.339, y el número de escuelas taurinas inscritas en el Registro fue de 62 44.


14. En cuanto a su repercusión económica en algunas comunidades autónomas, hemos de mencionar el caso de Madrid. Se estima que en la Feria de San Isidro de Madrid, este espectáculo movió unos 72,8 millones de euros, de los que 24,5 fue el
impacto que tuvo en la restauración y 16,5 millones en la hostelería. También, dentro de la comunidad madrileña, hay 64 fincas ganaderas que generan 13.000 toros y vacas y, a su vez, suponen 12.000 puestos de trabajo 45.


15. De igual forma, en la Comunidad Valenciana, los espectáculos taurinos generaron 148,8 millones de euros en 2018 (el 0,08% de su PIB), de los que 54,8 se originaron en la hostelería y 15 millones en transporte. Respecto al empleo, se
calcula que suponen el 0,16% de la ocupación total de la región 46.


16. En Andalucía, se estima que el movimiento económico que genera el sector taurino es de un 0,2% del PIB andaluz, que tiene un impacto económico indirecto de más de 40 millones de euros al año, y que cuenta con más de 3.000 personas que
se vinculan de forma directa a los festejos taurinos 47.


17. En segundo lugar, este tipo de espectáculos ha tenido una gran repercusión en el desarrollo de la flora y fauna española. El toro bravo recibe un especial cuidado para el que se usan métodos


39 https://www.boe.es/diario boe/txt.php?id=BOE-A-2016-11124. Esta sentencia declara nulo el art. 1 de la Ley del Parlamento de Cataluña 28/2010, de 3 de agosto, que prohibía la celebración de espectáculos taurinos en esa comunidad
autónoma.


40 http: //www.realinstitutoelcano.org/ wps/portal/rielcano_es/encuesta?WCM_GLO- B AL_CONTEXT=/ elcano / elcano_es / observatoriomarcaespana / estudios / resultados/barome- tro-imagen-espana-5


41 https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/la-tauromaquia-y-los-to-ros-en-los-programas-de-los-partidos / 6497398 /


42 https: // www.mundotoro.com/noticia/mentiras-tauromaquia-estudio-el-dia- rio/1555458#:-:text=Los % 20toros % 20tuvieron % 20un % 20impacto,al­canza % 20el % 201 % 2C5 % 20 % 25


43 Ministerio de Cultura y deporte: 'Anuario de Estadísticas Culturales 2020. Principales resultados', pág. 43.


44 Idem.


45 https://www.libremercado.com/2019-05-28/un-mes-de-toros-en-madrid-san-isidro-mueve- 600000-espectadores-y-73-millones-de-euros-1276639101/


46 https://www.lasprovincias.es / comunitat/facultad-economia-atribuye-20191003003457-ntvo.html?ref=https:%2F%2Fes.wikipedia.org%2F


47 https://elcorreoweb.es/toros/iuanma-moreno-destaca-el-impacto-del-sector-taurino-en-la-economia-de-andalucia-AA6673673



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tradicionales unidos a la experiencia de los propios ganaderos, así como las más modernas técnicas veterinarias.


18. Además, los toros son criados en dehesas, espacios naturales que se mantienen en su estado primitivo, sin otra intervención humana más allá de las propias instalaciones ganaderas, motivo por el que son consideradas por la Unión Europea
como Sistemas de Alto Valor Natural (AVN). La crianza del toro ocupa cerca de una séptima parte de la superficie de dehesa ibérica y ejerce un efecto beneficioso para su conservación. Asimismo, rejuvenece las partes bajas al evitar la invasión del
matorral, previene la erosión del suelo y la desertización gracias al pastoreo equilibrado que permite el aprovechamiento óptimo de los recursos naturales 48. A lo anterior, habría que sumar el cuidado de otras especies, tanto las relacionadas con
los toros (por ejemplo, el caballo), como aquellas salvajes que conviven en las dehesas, muchas de ellas protegidas, quienes encuentran un refugio en estos espacios libres de la amenaza humana.


19. Por último, en cuanto a su impacto social, existe un gran interés de los ciudadanos en los espectáculos taurinos. Este interés queda confirmado por el propio Ministerio de Cultura y Deporte en su Estadística de Asuntos Taurinos
2015-2019 49. Así, en 2019 se celebraron 1.425 festejos taurinos (349 corridas de toros, 146 corridas de rejones, 222 novilladas con picadores, 198 festivales, y 117 festejos mixtos). A ello se sumarían los 16.915 festejos populares celebrados en
2019 en los que estuvieron presentes actividades del mundo del toro. De hecho, según esta misma estadística, un 8% de la población asistió a alguno de estos festejos durante la temporada 2018-19.


20. Entre los asistentes a estos festejos, siguiendo lo publicado por el Ministerio de Educación y Cultura, se puede apreciar un interés muy alto en otros eventos culturales: el 45,8% de los asistentes visitaron un museo frente al 40,5%
del resto de la población. Lo mismo se puede predicar de la tasa de lectura: un 70,3% frente al 65,8%. También es superior la asistencia a teatros, cines y espectáculos musicales de la población que asiste a eventos taurinos en comparación con el
resto de la población.


21. Por último, se debe subrayar que las ganaderías de toro bravo contribuyen a aumentar la población rural agraria en zonas deprimidas, a través del desarrollo de trabajo directo e indirecto para la ganadería y la mejora de salarios 50.


22. Todo lo expuesto son datos que han ido manteniéndose durante años, y fueron los que llevaron a que la tauromaquia fuera reconocida como Patrimonio Cultural español 51.


23. Pese a lo anterior, el Gobierno español ha descuidado constantemente a este sector, como por ejemplo con la ínfima subvención concedida en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 en comparación con las otorgadas a otros eventos
culturales. Simplemente se contempla la aplicación presupuestaria 24.05.333B.48511 'Transferencias Corrientes', que contiene una partida dirigida 'A la Fundación del Toro de Lidia para la compilación del conjunto de conocimientos y actividades
artísticas, creativas y productivas que integran la Tauromaquia como patrimonio cultural y su difusión en el entorno digital' por importe de 35.000,00 €.


Tercero. Situación del sector taurino como consecuencia de la pandemia por la COVID-19.


24. El sector taurino se ha visto terriblemente afectado por la irrupción del virus chino, así como por las medidas y restricciones impuestas por el Gobierno. Durante 2020, justo al comienzo de la primavera, que es cuando empieza la
temporada taurina, se decretó el confinamiento de la población y la mayor parte de los festejos programados para ese año se vieron suspendidos.


25. La aparición del virus de Wuhan, la crisis provocada como consecuencia del mismo, la nefasta gestión del Gobierno de esta situación y las políticas públicas contrarias a esta fiesta, han sumido al sector taurino en una gravísima
situación que amenaza con su desaparición.


26. Durante 2020, en España se redujeron los espectáculos taurinos un 89% respecto al año anterior. Previamente a la declaración del primer estado de alarma, se habían celebrado 13 espectáculos y, una


48 Unión de Criadores de Toros de Lidia: 'Toro bravo. Guardián de la Biodiversidad. Exposición Parla­mento Europeo del 5 al 8 de noviembre de 2019', pág. 14.


49 http:/ /www.culturaydeporte.gob.es/dam/icr:fl0d0075-7206-4290-ald4-4bfa2c2flc6f/estadistica-de-asuntos-taurinos-2015-2019.pdf [Consultado el 25 de marzo de 2021]


50 Unión de Criadores de Toros de Lidia: 'Toro bravo. Guardián de la Biodiversidad. Exposición Par­lamento Europeo del 5 al 8 de noviembre de 2019', pág. 12.


51 La Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural.



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vez finalizado, desde julio hasta noviembre de 2020, se celebraron 75 espectáculos taurinos. Si se compara esta cifra con los 793 de 2019, se da una idea de la crisis que vive el sector 52.


27. Además, estos espectáculos consistieron en corridas de toros, novilladas picadas y festejos de rejones, quedando excluidos otros tipos de festejos taurinos como recortes, encierros y demás. Esta reducción de la celebración de corridas
ha supuesto la pérdida de más de 15.000 contratos a profesionales de la tauromaquia, sin contar todo el empleo que genera el mundo de los toros y que también se ha perdido 53.


28. Por indicar un ejemplo específico, según un informe de la Plataforma Toro Bravo Andaluz 54, el sector ganadero andaluz ha sufrido unas pérdidas de 31,11 millones de euros, por las que no se ha recibido ninguna ayuda pública.


29. En general, el sector turístico es uno de los sectores más afectados debido, entre otras cuestiones, a las restricciones impuestas. Así, según la última Estadística de Movimientos Turísticos en Fronteras (FRONTUR) referida a enero de
2021 55 España recibió un 89,5% menos de turistas internacionales. En la misma línea, la Encuesta de gasto turístico (EGATUR) 56 del mismo periodo muestra que el gasto de turistas extranjeros ha caído un 90,52%. Y, respecto a los últimos datos
disponibles de la Encuesta de turismo de residentes (ETR/Familitur) 57, referentes al tercer trimestre de 2020, el turismo interior también disminuyó un 24,5 % 58. Todos estos datos han tenido una evidente repercusión directa en el mundo taurino.


Cuarto. Potencial turístico del mundo del toro.


30. Como se comenzaba indicando, las fiestas populares se acaban configurando como recursos turísticos de un país. En lo que al mundo taurino se refiere, por todo lo que aporta y todo lo que lo forma, puede ofrecer una oferta turística
desde diferentes ámbitos: turismo antes del festejo (cría y preparación del toro, las dehesas, etc.), durante el festejo (tipos de festejos, artesanía, la liturgia, la plaza, etc.) y después del festejo (la gastronomía).


31. Ante el desolador panorama que vive el turismo, es necesario ofrecer nuevos productos turísticos y mejorar los existentes, incidiendo en la diversificación. Además, tratándose de una industria tractora, el apoyo a este sector traerá
beneficios a numerosos sectores conectados.


32. Para empezar, se puede potenciar el turismo rural con las visitas a las dehesas y ganaderías. De hecho, en las propias ganaderías se produce una tradición única en la selección de los animales que engendrarán el futuro toro para lidia.
El toro bravo español es el fruto de una selección genética con siglos de historia a la que se van sumando los últimos avances de la ciencia para mejorar los encastes y proporcionar un animal único en el mundo.


33. Según explican en su página web la Unión de Criadores de Toros de Lidia 'el turismo de ganaderías o también denominado taurismo consiste en una visita a una ganadería en donde se muestra cómo vive el toro de lidia en su hábitat natural,
las instalaciones necesarias para su manejo y el ecosistema donde se desarrolla su crianza' y 'añadir el 'taurismo', como atractivo turístico, supone una fuente de ingresos para las ganaderías, al tiempo que permite una dinamización de la economía
del medio rural en aquellas zonas más deprimidas' 59.


34. De esta forma, las explotaciones ganaderas del toro bravo tienen un carácter especial y tradicional que lo hace ideal para ser mostrado. Asimismo, dado que estos espacios se encuentran en zonas escasamente pobladas, puede suponer un
impulso a contrarrestar la despoblación que sufre España.


52 https://www.elmundo.es/cultura/toros/2020/12/01 /5fc62fl efdddffb60e8b4622.html


53 ídem.


54 Plataforma Toro Bravo Andaluz: 'El toro bravo andaluz. La Covid 19 pone en grave peligro la gené­tica y la actividad económica del campo bravo', febrero 2021.


55 https:/ / www.ine.es/dvngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadis- tica C&cid=1254736176996&menu=ultiDatos&idp=1254735576863


56 https: / / www.ine.es/ dyngs /INEbase/ es / operacion.htm?c=Estadis- tica C&cid=1254736177002&menu=ultiDatos&idp=1254735576863


57 https:/ / www.ine.es/dvngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadis- tica C&cid=1254736176990&menu=ultiDatos&idp=1254735576863


58 https: / / www.elespanol.com/invertia/empresas/turismo / 20200607/tiendas-souvenir-lan-zan-sosesperamos-no-acabar-sepe/495700881 O.html [fecha de consulta: 24 de marzo de 2021]


59 https://torosbravos.es/sostenibilidad/turismo/



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35. Cuanto al festejo en sí mismo, habrá que poner en valor y promocionar no solamente la conocida corrida de toro, sino el resto de festejos, como son: el rejoneo, las novilladas con picadores, los festivales, festejos mixtos, corridas
mixtas con rejones, becerradas, novilladas sin picadores y el toreo cómico.


36. Igualmente, dentro del propio festejo, hay que darle especial importancia a la artesanía y gastronomía que rodea al mundo del toro.


37. En cuanto a la artesanía, por su valor en este mundo y también por su gran dependencia del turismo, debe protegerse. Partiendo de que la artesanía está vinculada al patrimonio cultural y a las tradiciones como es el mundo taurino, si
no se procura el adecuado mantenimiento y fomento de la tauromaquia no va a poder protegerse a los artesanos que viven del mismo sector, como son los sastres taurinos en peligro de extinción, los últimos de purísima y oro, o los fabricantes de
estoques, banderillas, capotes, muletas y otra gran variedad de elementos que intervienen en la fiesta.


38. Otro aspecto importante es la relación que tiene esta fiesta con la gastronomía. La industria cárnica derivada de las fiestas con espectáculos taurinos ha dado lugar a productos de altísima calidad y a platos típicos como, por ejemplo,
el rabo de toro que, tal y como se conoce actualmente, procede del siglo XVII y es un plato que nace con las corridas de toros.


39. Igualmente, la propia fiesta en sí tiene muchos conocimientos que ofrecer: historia, el porqué de la fiesta, de los trajes, la liturgia de los toros, los encierros, los recortes, etc. Tampoco hay que olvidar que los festejos 'menores'
son uno de los principales atractivos turísticos que presentan las fiestas de muchos pueblos de España, como los Bous al Carrer, los encierros de Cuéllar o los concursos de recortes, capeas, tentaderos, etc.


40. Sumado lo expuesto, el patrimonio arquitectónico relacionado con la tauromaquia es excepcional y es otro atractivo turístico a potenciar. Las plazas de toros son uno de los edificios más representativos de la arquitectura de los
pueblos y ciudades de España. Muchos de ellos, además, tienen sus propios museos taurinos, como el de la Plaza Monumental de Las Ventas de Madrid. Otros cosos presentan una arquitectura única, como por ejemplo las plazas de la Real Maestranza de
Caballería de Ronda o de Sevilla. Por esto mismo, debe evitarse la adopción de medidas como las de Cataluña, que trajeron consigo el cierre de la Monumental de Barcelona o la transformación de la plaza de las Arenas en un centro comercial.


41. La tauromaquia es patrimonio histórico y cultural que forma parte de nuestra identidad, se encuentra arraigada a nuestras tradiciones y cultura centenaria y refuerza la marca España. Igualmente, la tauromaquia está amparada por la
propia Constitución española, en sus artículos 20, 27, 44.1, 46 o 149.2 y especialmente protegida por la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural y la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la
salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial. Por tanto, debe ser impulsada desde el Gobierno como un verdadero atractivo turístico.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar el turismo taurino y, a tal efecto, adoptar las siguientes medidas:


1. Incluir al mundo del toro, la tauromaquia y los festejos taurinos en la promoción turística de España a través de las campañas y planes que lleve a cabo TURESPAÑA.


2. Promover la elaboración de los convenios oportunos con las administraciones competentes y con el sector privado para el fomento del turismo relacionado con el sector taurino y, más concretamente, para lo siguiente:


- La promoción de las dehesas de ganado bravo como destino turístico activo, dando a conocer las características propias del toro de lidia, las técnicas ganaderas y el ecosistema donde se desarrolla su crianza.


- El impulso de la celebración de festejos taurinos de cualquier índole en todos los pueblos de España como producto turístico que muestre las tradiciones populares.


- La promoción de la gastronomía derivada del toro de lidia.


- La creación de rutas turísticas que muestren la riqueza del patrimonio arquitectónico relacionado con la tauromaquia, como visitas a cosos, museos taurinos, etc.



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3. Promover programas turísticos culturales sobre la tauromaquia y todo lo que engloba, con el fin de dar a conocer qué significa y su alcance como parte integrante de nuestra cultura.


4. Promover la adopción de medidas dirigidas a proteger e impulsar la artesanía producida en el sector taurino. Entre otras, el diseño de campañas que protejan e impulsen productos típicos y artesanales relacionados con este sector.


5. Garantizar el cumplimiento por parte de las administraciones públicas en todo el territorio nacional de la obligación de preservación del patrimonio cultural común. En concreto, y de conformidad con la Ley 18/2013 de 12 de noviembre,
para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural, a garantizar la conservación y promover el enriquecimiento de la tauromaquia como institución que pertenece al patrimonio cultural español.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 2021.-Patricia Rueda Perelló, Ricardo Chamorro Delmo, José Ramírez del Río, José María Figaredo Álvarez-Sala, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y María de la Cabeza
Ruiz Solás, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002406


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al apoyo a los operadores de
la hostelería, restauración y comercio aeroportuarios y de defensa de la consecución de una solución negociada y un acuerdo equilibrado de rentas de los contratos de arrendamiento de espacios en el entorno COVID-19, para su debate en la Comisión de
Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


En la presente situación pandémica, no cabe la menor duda que el sector de la aviación mundial y de las industrias relacionadas se han convertido desgraciadamente desde marzo de 2020 en eje y protagonista central de las consecuencias de un
sector turístico prácticamente laminado por causa de las restricciones a la movilidad derivadas del problema sanitario, hasta el extremo de que durante 2020 las aerolíneas han venido perdiendo 1.000 millones de euros de media cada tres días según
IATA. Hay que recordar que en España, -que es el tercer país de Europa por volumen de tráfico aéreo, sólo por detrás del Reino Unido y Alemania y aporta el 11% del total de pasajeros-, el tráfico de pasajeros en la red de los 46 aeropuertos
españoles gestionados por Aena descendió hasta un -72,4% en 2020.


Con la fase de la cuarta ola activa, las infraestructuras aeroportuarias españolas han terminado el mes de marzo de este 2021 con un -84% menos de pasajeros que en el mismo mes de 2019 y un -60,6% menos respecto a 2020. En este punto,
habría que recordar que Aena SME, S.A., -en cuya configuración de su accionariado se encuentra presente la Administración del Estado a través de Enaire que posee un 51% del capital y que cotiza en Bolsa desde febrero de 2015-, cerró el ejercicio
2019 con un beneficio bruto de explotación (EBITDA) de 2.766,2 millones y un beneficio neto de 1.442 millones de euros, de los cuales el Estado ingresó la cifra de 580 millones en concepto de dividendo. Se trata de acuerdo con el consenso de los
analistas de una compañía que a pesar del impacto de la crisis del Coronavirus sobre su balance, sigue contando con una sólida posición financiera, gozando de una elevada calificación crediticia en medio de una coyuntura tan excepcional.


Por otro lado, de acuerdo con los últimos escenarios a corto plazo estimados por parte de Eurocontrol, hasta el tercer trimestre de 2021 como muy pronto en la situación europea general no se prevén mejoras razonables en los viajes aéreos
debido a la no relajación de las medidas nacionales de restricción de viajes en respuesta a las nuevas olas del virus, así como la aparición de sus nuevas variantes, unido también a los retrasos en el despliegue de las vacunaciones, todo lo cual en
conjunto seguiría provocando una contracción de la demanda y en consecuencia, una reducción drástica de la capacidad de la aerolíneas. De igual manera, la previsión del gestor aeroportuario Aena pronostica en el mejor de los escenarios lograr una
recuperación del 50% de los pasajeros del año 2019.



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Al propio tiempo, resulta necesario hacer mención a la aprobación de la propuesta el pasado mes de marzo por parte de Aena del nuevo Documento de Regulación Aeroportuaria para el periodo 2022-2026 (DORA II), el cual no prevé que la plena
recuperación del tráfico de pasajeros llegue a los aeropuertos españoles antes de 2026 con una estimación de 279,1 millones de pasajeros, no siendo en ese supuesto hasta entonces cuando se lograran superar los 275 millones registrados en el año 2019
antes de la pandemia.


En un contexto plagado de incertidumbres, de falta de predictibilidad y de ausencia de criterios comunes para el sector del transporte aéreo y el turístico, -hay que recordar que resultan piezas claves y estratégicas para la recuperación y
el crecimiento económico europeo post-pandemia-, Aena ha mantenido desde hace casi un año aproximadamente un proceso de negociación con los operadores de los restaurantes y tiendas minoristas ubicados dentro de las instalaciones aeroportuarias de su
red y de cuyo desenlace, depende la continuidad de más de 12.000 puestos de trabajo directos (en la actualidad un 75% de estos empleos se encuentran afectados por ERTE}, junto con la viabilidad y solvencia muy a corto plazo de numeroso tejido
empresarial. Resulta preciso exponer que Aena cuenta con múltiples contratos en vigor con diferentes cadenas de restauración, puntos de venta de comidas y bebidas, sector retail, duty-free, farmacia, estética, cambios de divisas, tiendas de
equipaje y otros operadores multiservicios que abonan al arrendador una Renta Mínima Garantizada Anual y otra variable de carácter mensual vinculada a las ventas.


A pesar de que el proceso de discusión en torno al ajuste y actualización de las rentas de los locales como consecuencia del impacto de la pandemia sobre el normal funcionamiento de la actividad aeroportuaria se inició en el mes de mayo de
2020, no obstante, las distintas variaciones en las propuestas efectuadas por parte del gestor en sus pretensiones, culminaron con la última consistente en una comunicación girada unilateralmente por parte de Aena el pasado mes de enero imponiendo
unas condiciones relativas a la minoración de las Rentas Mínimas Garantizadas Anuales de un alcance del todo insuficiente a juicio de los arrendatarios (reducción de un 100% en el período de confinamiento estricto, de marzo a junio de 2020; 50%
desde el 22 de junio de 2020 hasta el 8 de septiembre de 2021; y el cobro íntegro al 100% de estas RMGA a partir del 9 de septiembre de 2021 en un escenario aún previsto de excepcionalidad y tomando como referencia el alcance de las medidas
previstas en el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria e incluyendo además la renuncia expresa a iniciar cualquier otro tipo de negociación
en otro momento posterior, independientemente de la evolución de la pandemia y sin contemplar en ningún caso cualquier extensión de contratos). Cabe añadir que ante la negativa a aceptar las anteriores condiciones por parte de determinados
operadores, Aena procedió inmediatamente a facturar el 100% de la RMGA del año 2020, lo que significa que el importe de las rentas facturadas en el período marzo-diciembre puede llegar a ser hasta 7 veces superior al nivel de las ventas de ese mismo
periodo y en el caso de aceptar sus condiciones sería más de 3 veces superior.


Convendría poner de manifiesto que a continuación el pasado mes de febrero las organizaciones Hostelería de España, Marcas de Restauración que representa a los principales operadores de la Hostelería en los Aeropuertos, conjuntamente con los
sindicatos mayoritarios CCOO y UGT, se dirigieron sin éxito por escrito al mismo Presidente del Gobierno de España, trasladándole su ''profunda inquietud ante el inmovilismo de Aena y la falta de respuesta a nuestras reclamaciones', preocupados por
la situación tanto de empresas como de trabajadores de las zonas comerciales de la red de Aena, reclamando su intercesión directa y mediación al respecto, si bien desde el Gabinete de la Presidencia se optó por derivar el asunto al Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Asimismo, no podemos obviar las recientes declaraciones del Presidente/Consejero-Delegado de Aena, don Maurici Lucena manifestando que 'se está dando por supuesto que Aena tiene que asumir unas pérdidas que
no se considerarían razonables si nuestro accionariado fuera otro', evidenciando desde su posición de máximo responsable de una entidad de capital mayoritariamente público, su voluntad de acuerdo y sensibilidad para con un sector como el de la
hostelería y el comercio con una contribución tan destacada a la riqueza nacional.


A fecha de hoy la situación se puede resumir en que concluido el plazo de aceptación de la propuesta de las nuevas cuotas de arrendamiento por parte del gestor aeroportuario, de 123 arrendatarios comerciales, un número importante de los
mismos ha aceptado dicha propuesta del gestor, si bien éstos en términos de facturación significan alrededor del 15%, al tiempo que existen otros cinco grandes inquilinos que representan cerca del 90% de los ingresos comerciales de la compañía
semipública y que se muestran en su mayoría disconformes. Amparándose entre otros fundamentos en la doctrina 'rebus



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sic stantibus', que permitiría revisar las obligaciones y contratos por causas sobrevenidas como la pandemia actual, determinados operadores por su parte han acudido ya a la vía judicial para solicitar la adopción de medidas cautelares que
impidiesen la ejecución de los avales de garantía, con el resultado de que hasta el momento las resoluciones judiciales se vienen pronunciando al respecto en ambas direcciones, si bien con una inclinación favorable sobre las pretensiones planteadas
por las firmas comerciales a favor de suspender de manera cautelar las obligaciones de pago de la RMGA del año 2020 y de no ejecutar los avales con los que concurrieron a las licitaciones. No obstante, este amparo de los tribunales no supone en
ningún caso que los concesionarios no estén sufriendo una lenta asfixia económica, ya que los mismos han sido requeridos depositar dinero en garantía, caución, para frenar de momento los deseos de Aena, oscilando la mayoría de peticiones entre las
cantidades de 8.000-12.000 euros, lo que refleja la dureza de la situación que están enfrentando a día de hoy.


En este sentido, conviene señalar que diversos inquilinos de Aena representados por una nueva organización, AEOCA (Asociación Española de Operadores Comerciales de Aeropuertos), demandan a Aena un esfuerzo y tratamiento análogo al llevado a
cabo por otros de sus homólogos ofreciendo condiciones más ventajosas a sus operadores y por ello se plantean acudir ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En concreto, de acuerdo con el análisis realizado por AEOCA, en
aeropuertos de Italia, Francia o Estados Unidos se ha eliminado la conocida renta mínima garantizada anual dentro de la estrategia de negociación con los arrendatarios.


De otro lado, no podemos desdeñar el valor añadido que aporta a la oferta turística de calidad española y a la propia imagen de modernidad de la Marca España los altos estándares de los servicios comerciales prestados a lo largo de más de
220.000 m2 de superficie dentro de las terminales aeroportuarias y que tiene un notable impacto sobre el gasto turístico, máxime si tenemos en cuenta que más del 80% de los turistas llegan a nuestro país por vía aeroportuaria y el destino España es
además el segundo país del mundo en volumen de ingresos procedentes del turismo internacional (con una cifra superior a los 73.000 millones de dólares), sin olvidar tampoco su repercusión en términos de generación de empleo. Por último, cabría
añadir que nuestras sobresalientes infraestructuras han contribuido a lo largo de los últimos años a la consecución del éxito del liderazgo mundial de España en materia de competitividad de viajes y turismo, aspecto éste que ha puesto de relieve
expresamente en su Informe de 2019 el Foro Económico Mundial de Davos.


Por todo lo anteriormente expuesto, debido a la trascendencia de este conflicto enquistado y parcialmente judicializado, que puede erosionar gravemente la imagen reputacional de Aena, unido a la elevada incertidumbre y la imposibilidad de
anticipar de manera certera el inicio de la recuperación de la actividad aeroportuaria, a fin de salvaguardar y evitar la posible destrucción de una decena de miles de puestos de trabajo en nuestro país, junto con una eventual ola de insolvencias
sobrevenidas por parte de operadores hosteleros y del comercio del mercado aeroportuario español y procurar en definitiva la consecución a la mayor brevedad de un acuerdo negociado y beneficioso para todas las partes, el Grupo Parlamentario Popular
presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción y ejecución inmediata de las siguientes medidas:


- Despliegue de acciones institucionales al máximo nivel, implicando a todos los actores, encaminadas a la mediación, flexibilización y búsqueda de una solución pactada y un acuerdo colectivo global que evite la quiebra de empresas y la
pérdida de empleo, considerando la condición de accionista mayoritario de Aena SME, S.A. por parte del Estado.


- Reconsideración y restablecimiento de un marco general de negociación de buena fe, reequilibrio y adaptación de las condiciones contractuales fundamentadas en el tráfico actual derivado de las consecuencias de la pandemia, a la facturación
real que están registrando las empresas en los aeropuertos españoles y acotado en todo caso temporalmente hasta la superación definitiva de la crisis sanitaria y la plena restauración de la actividad aeroportuaria, en lógica concordancia con la
actuación desarrollada por el resto de los grandes operadores aeroportuarios mundiales.


- Propiciar el logro de un acuerdo equitativo que vincule al máximo las rentas de arrendamiento de los espacios a la evolución del tráfico aéreo real actual, acompasando para ello el importe de las Rentas Mínimas Anuales Garantizadas a la
caída del tráfico aéreo sólo en el año 2020 cercana al -75%, así como



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contemplando una extensión de los contratos que garantice el retorno de las inversiones y la viabilidad de las empresas.


- Establecimiento por parte del Gobierno dada la situación de enorme excepcionalidad, de medidas que favorezcan la reactivación del tráfico aéreo internacional a través de un plan ambicioso de reducciones de tarifas aeroportuarias e
incentivos comerciales extraordinarios.


- Garantizar la continuidad en la prestación de actividades y servicios de calidad (experiencias gastronómicas, turismo de compras, etc.) en las áreas comerciales aeroportuarias españolas como factor estratégico vinculado a la marca-país de
la segunda potencia turística mundial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Agustín Almodóbar Barceló, Andrés Lorite Lorite e Isabel María Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002389


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de desarrollo de estrategias de
inclusión del Ingreso Mínimo Vital, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de Discapacidad.


Exposición de motivos


El Real Decreto Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital, fue sometido a debate y votación de totalidad en el Congreso de los Diputados en su sesión del día 10 de junio de 2020, en la que se acordó su
convalidación, así como su tramitación como Proyecto de Ley, para lo que, en ambos casos, contó con el voto favorable del Grupo Parlamentario Popular.


El apartado III de la Exposición de Motivos de dicho Real Decreto-ley establece que 'Esta prestación nace con el objetivo principal de garantizar, a través de la satisfacción de unas condiciones materiales mínimas, la participación plena de
toda la ciudadanía en la vida social y económica, rompiendo el vínculo entre ausencia estructural de recursos y falta de acceso a oportunidades en los ámbitos laboral, educativo, o social de los individuos. La prestación no es por tanto un fin en
sí misma, sino una herramienta para facilitar la transición de los individuos desde la exclusión social que les impone la ausencia de recursos hacia una situación en la que se puedan desarrollar con plenitud en la sociedad. Aunque la situación de
privación económica que sufren las personas a las que va dirigida esta medida esté en el origen de su situación de vulnerabilidad, la forma concreta que tomará su inclusión social variará en función de las características de cada individuo: para
algunos, será el acceso a oportunidades educativas, para otros, la incorporación al mercado de trabajo o, la solución a una condición sanitaria determinada'.


Para el Grupo Parlamentario Popular las mejores herramientas para conseguir esa plena incorporación a la sociedad son la formación y el empleo. Por ello, el apoyo a las personas en su transición hacia la inserción laboral ha de ser uno de
los pilares del Ingreso Mínimo Vital. Un apoyo que debe consistir en la atención individualizada y personalizada de cada individuo, que tenga en cuenta no solo su situación económica y social, sino sus capacidades y las circunstancias personales,
familiares, entorno social, etc. con objeto de diseñar el itinerario de inclusión más acorde a las necesidades, tanto de los titulares de la prestación como de sus beneficiarios, que incentive su participación activa y continua en el mismo y con
ello facilite la mejor y más rápida inclusión sociolaboral de los mismos.


Unas Estrategias e itinerarios de inclusión que habrán de tener en cuenta, además, las especiales dificultades que para el acceso al mercado laboral sufren determinados colectivos como las personas con discapacidad, familias monoparentales o
determinados grupos sociales que vienen padeciendo mayores índices de vulnerabilidad social, como es la población gitana, personas sin hogar, entre otros colectivos más vulnerables.



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Por ello, y dado que el fin principal del Ingreso Mínimo Vital ha de ser el de ser una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una de participación plena en la sociedad, las Estrategias y Planes
Individualizados de Inclusión, más que una obligación que han de cumplir los titulares y beneficiarios de la prestación económica, han de ser concebidos como un derecho al que han de poder acceder de manera inmediata a la consideración de titular
y/o beneficiario de la prestación.


Sin embargo, y a pesar de que el artículo 28 del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de junio, establece que, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones promoverá, en el ámbito de sus competencias, estrategias de inclusión de las
personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital mediante la cooperación y colaboración con las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, las organizaciones empresariales y sindicales y las entidades del Tercer Sector de Acción Social,
transcurridos más de diez meses desde la aprobación de la norma, nada se ha desarrollado en esta importante materia, a pesar de que, según los últimos datos facilitados por el propio Gobierno, se han concedido a unos 203.000 hogares del 1,2 millones
de solicitudes.


Así las cosas, el Gobierno de España está negando a todas esas personas la posibilidad de acceder a recursos educativos, sociales, laborales y con ello ese tránsito hacia la plena integración sociolaboral, contribuyendo con ello a ese efecto
no deseado conocido como trampa de la pobreza.


A todo esto se une la falta de agilidad en la tramitación y resolución de los Expedientes de Ingreso Mínimo Vital, ya que solo se han autorizado a 203.00 hogares de las más de un millón doscientas mil solicitudes, así como la problemática
existente en la falta de información del mismo, lo que ha supuesto que únicamente un 27% de las personas que atiende Caritas lo haya solicitado, y que según Oxfam lntermón si se hubiera implementado en su totalidad habría salvado de la pobreza a
277.000 personas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar y definir, a la mayor brevedad posible, en coordinación con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en el marco de sus competencias, las organizaciones empresariales y
sindicales más representativas y las entidades del Tercer Sector de Acción Social, las Estrategias de Inclusión previstas en el artículo 28 del Real decreto-ley 20/2020 del Ingreso Mínimo Vital, de forma tal que a todas las personas que resulten
beneficiarios de la referida prestación, suscriban de manera inmediata a la consideración de titular y/o beneficiario de la prestación el Plan individualizado de inclusión más acorde con sus circunstancias personales y sociales en el marco de las
Estrategias de Inclusión contempladas en la referida normativa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.-María Teresa Ángulo Romero, Alicia García Rodríguez y Margarita Prohens Rigo, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002393


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Rocío de Meer Méndez, D.ª María de los Reyes Romero Vilches, D.ª Cristina Alicia Esteban Calonje, D.ª Lourdes Méndez Monasterio y D.ª Georgina Trías Gil, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición No de Ley relativa a la agilización de los procesos de valoración y concesión
de prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), para su discusión en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Primero. Fundamento Jurídico de la existencia del SAAD.


Se conoce como SAAD al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, introducido en España en virtud de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia
('LAPAD').



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Se trata de una herramienta que permite la consecución de los derechos de las personas que presentan algún tipo de dependencia, definida en el artículo 2.2 LAPAD como:


'El estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o ala pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de
la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.'


La creación y el mantenimiento del SAAD es una de las formas en que los poderes públicos cumplen con sus obligaciones de protección de las personas de la tercera edad o con discapacidad, recogidas en los artículos 49 y 50 de la Constitución
Española ('CE').


Segundo. Creciente necesidad del SAAD en España.


La promulgación de la LAPAD fue un hito reseñable en tanto que 'el SAAD suponía un importante salto cualitativo respecto a la protección que se venía prestando, en el ámbito de la discapacidad y a las personas mayores, de manera fragmentaria
con diferentes instrumentos, dispositivos y prestaciones públicas, especialmente desde los servicios sociales' 60. El Expositivo segundo LAPAD habla, en este sentido, de la 'necesidad de garantizar un marco estable de recursos y servicios para la
atención a la dependencia', y que su progresiva importancia lleva ahora al Estado a intervenir en este ámbito con la regulación contenida en esta Ley'.


Tal necesidad no ha hecho sino aumentar en España con el transcurso de los años:


- En 2006, un 16,64% de la población era mayor de 65 años. En 2020, ese porcentaje ya había crecido hasta el 19,58% 61.


- De igual modo ha ocurrido con la población con discapacidad, que en 2008 (fecha de la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística 'Discapacidad, Autonomía Personas y situaciones de Dependencia') 62 era de 3,8 millones. Diversas
fuentes 63 apuntan que actualmente esa cifra se ha elevado a 4,1 millones.


- El número de solicitudes de prestaciones por dependencia también ha aumentado: de 374.000 en mayo de 2008 (la fecha más remota que publica el IMSERSO) 64 a 1.845.862 en enero de 2021 65.


- En cuanto al número de personas beneficiarlas del SAAD, en mayo de 2008 fue de 200.690 66 , mientras que en enero de 2021 fue de 1.422.173 67.


Tercero. Diseño legal del SAAD.


El SAAD está diseñado como un sistema que requiere la actuación coordinada de todas las Administraciones Públicas (artículo 1.2). Este principio se concreta, v. gr., en el artículo 7, que establece que la protección de la ley se presta
desde tres niveles diferenciados:


'1.º El nivel de protección mínimo establecido por la Administración General del Estado en aplicación del artículo 9.


2.º El nivel de protección que se acuerde entre la Administración General del Estado y la Administración de cada una de las Comunidades Autónomas a través de los Convenios previstos en el artículo 10.


3.º El nivel adicional de protección que pueda establecer cada Comunidad Autónoma'.


60 CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE ESPAÑA, Informe. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, N° 3, 2020, p. 56.


61 https:/ /www.ine.es/iaxiT3/Datos.htm?t=1488


62 https: / / www.ine.es/iaxi/Datos.htm?path=/tl5/p418/a2008/hogares/p01/modulol 710/ &file-01001.px


63 https://www.observatoriodeladiscapacidad.info/category/ documentos/observatorio/breves-observatorio/ #:~:text=Se%20estima%20que%20en%20Espa%C3%Bla,que%20Ias%20personas%20sin %20discapacidad.


64 https: / / www.imserso.es/InterPresent2 / groups / imserso / documents /binario / estsisaad20Q80505.pdf


65 https: / / www.imserso.es/InterPresent2 / groups /imserso / documents /binario /estsisaad20210131.pdf


66 https: / / www.imserso.es / InterPresent2/ groups / imserso / documents /binario / estsisaad20080505.pdf


67 https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20210131.pdf



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Se articula además como una 'red de utilización pública que integra, deforma coordinada, centros y servicios, públicos y privados', ex artículo 6.2 LAPAD.


En el marco referido, a las personas beneficiarias se les otorgan una o varias prestaciones económicas o de servicios, destinadas 'a la promoción de la autonomía personal' y 'a atender las necesidades de las personas con dificultades para la
realización de las actividades básicas de la vida diaria' (artículo 14.1 LAPAD).


Cuarto. Falta de agilidad del SAAD.


La mayor de las críticas que el SAAD recibe actualmente es la excesiva prolijidad de sus trámites y la tasa de espera que se genera a resultas de ello. Y es que, para comenzar a percibir las prestaciones a las que nos hemos referido en el
Expositivo anterior, las personas interesadas han de culminar un proceso poco ágil y accesible, regulado en los artículos 28 y 29 LAPAD:


1. La persona afectada por la dependencia tiene que iniciar el procedimiento para el reconocimiento de dicha situación. A tal efecto, ha de completar y presentar una solicitud expedida por la autoridad autonómica competente.


- Téngase en cuenta que la mayor parte de los interesados carece de habilidades digitales, por lo que necesitarán de la ayuda de un tercero para descargar y rellenar el formulario de solicitud. De no disponer de dicha asistencia, tendrán
que acudir a una Oficina de atención a la dependencia.


2. Presentada la solicitud, la administración autonómica correspondiente debe reconocer y valorar la situación de dependencia para, posteriormente, emitir una resolución declarativa de la dependencia.


- Según dispone el art. 28.5 LAPAD, 'los criterios básicos de procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia [...] serán acordados por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia'.


- El tiempo de espera para que recaiga dicha resolución es, según la media en España, de varios meses a contar desde la presentación de la solicitud.


3. Una vez reconocida la dependencia en un grado concreto (siendo el I una dependencia moderada; el II una dependencia severa; y el III una gran dependencia), 'los servicios sociales correspondientes del sistema público establecerán un
programa individual de atención ('PIA') en el que se determinarán las modalidades de intervención más adecuadas a sus necesidades' (artículo 29.1 LAPAD).


4. El proceso de valoración y reconocimiento del derecho a la prestación finaliza aquí, si bien comienza entonces la segunda deriva del asunto: la financiación. Pese a no ser el objeto de esta Proposición No de Ley, no podemos por menos
de mencionar que la dotación presupuestaria del SAAD es claramente inferior a la demanda existente en España, por lo que una buena parte de los solicitantes nunca llegarán a percibir las prestaciones a las que tienen derecho, o lo harán transcurrido
un tiempo.


5. Adicionalmente, tanto el grado de dependencia como el PIA pueden ser objeto de revisión -de oficio o a instancia del interesado o sus representantes legales-, en cuyo caso habrán de repetirse las gestiones descritas, a contar desde el
paso número 2.


El proceso descrito implica, de facto, que los interesados han de hacer frente a un elevado número de gestiones y a un tiempo de espera considerable. La Asociación Estatal de directores y gerentes en Servicios Sociales manifiesta que se
trata de un 'disparatado y proceloso entramado burocrático creado por las diferentes administraciones que, lejos de garantizar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, se convierte en una trampa mortal para el acceso al disfrute de
prestaciones y servicios' 68.


A título de ejemplo, en agosto de 2020 diversos medios de comunicación publicaban que cada 8 minutos moría en España una persona que se encontraba tramitando las ayudas de la LAPAD 69. Según datos proporcionados por el IMSERSO, en
referencia a ese mismo mes y año 70:


- 234.577 personas tenían reconocido el derecho a prestaciones aparejadas al SAAD, pero aún se hallaban a la espera de recibirlas;


68 ASOCIACIÓN ESTATAL DE DIRECTORES Y GERENTES EN SERVICIOS SOCIALES, XX Dictamen del Observatorio, febrero 2020, p. 30.


69 https:// elpais.com / sociedad 72020-08-03/ cada-ocho-minutos-muere-una-persona-en-la-lista-de-espera-de-la-dependencia.html


70 https: / / www.imserso.es / InterPresent2 / groups / imserso / documents /binario /estsisaad compI20200831.pdf



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- en Andalucía, el caso más flagrante, un 48,63 % de los beneficiarios con Grado I de dependencia aún no había percibido la prestación solicitada;


- en Cataluña, el 31% de los declarados beneficiarios de cualquier grado de dependencia tampoco había recibido los servicios aparejados a la dependencia.


Un portal web especializado en dependencia publicaba, el pasado mes de enero, lo siguiente:


'Durante 2020 se registraron en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia 248.751 fallecimientos de personas con solicitud de dependencia. El exceso de mortalidad por el impacto del Covid-19 asciende a 52.835 fallecimientos
más de lo esperado. De las 248.751 personas fallecidas, el 22,26% (casi una de cada cuatro) fallecieron a la espera de resolución de grado o de prestación (limbo), en total fallecieron 55.375 personas en lista de espera' 71.


Sobre este particular se ha pronunciado también el Defensor del Pueblo, en su último Informe anual (2019):


'El SAAD sigue sin tener capacidad para incorporar en un plazo razonable a todas las personas reconocidas como dependientes, pero sin prestación o servicio aprobados. En algunas comunidades autónomas, además, la valoración del grado de
dependencia se demora en exceso. Con todo, lo más preocupante es que las personas con su situación de dependencia ya valorada y con su prestación o servicio reconocidos, han de esperar a veces largos períodos de tiempo para acceder a ellos, bien
por insuficiencia de recursos públicos o concertados para proporcionar los servicios reconocidos, o bien por falta de crédito para pagar las prestaciones económicas concedidas' 72.


'Las administraciones competentes incumplen los plazos previstos legalmente para resolver sobre la situación de dependencia y respecto al Programa Individual de Atención (PIA) 73.


Se trata, sin duda, de una cuestión preocupante, toda vez que muchas familias españolas, especialmente en momentos de crisis económica como la que atravesamos actualmente, viven como un auténtico drama el hecho de no percibir, o de hacerlo
con meses de retraso, las ayudas que el Estado les brinda para hacer frente a la situación del cuidado de una persona dependiente.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la agilización del procedimiento de valoración de la dependencia, el reconocimiento del derecho a las prestaciones y la concesión efectiva de estas, de manera que en todo el
territorio nacional se garantice la consecución de los derechos que consagra la LAPAD'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2021.-Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Cristina Alicia Esteban Calonje, Lourdes Méndez Monasterio y Georgina Trías Gil, Diputadas.-Macarena Olona Choclán, Portavoz
del Grupo Parlamentario VOX.


161/002407


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de la diputada de Junts per Catalunya, Pilar Calvo Gómez, y al amparo de lo que se dispone en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para el refuerzo del programa del IMSERSO, en el contexto de la pandemia, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


71 https: / / dependencia.info / noticia 4250 / actualidad / se-reducen-las-listas-de-espera-de-dependencia-porque-fallecen.html


72 DEFENSOR DEL PUEBLO, Informe Anual 2019. Volumen I. Informe de gestión, Madrid, 2020, pp. 518-519. Acceso en línea: https: / / www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2020/05/I Informe gestión 2019.pdf


73 Ibid., p. 557.



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A partir de la declaración del estado de alarma del día 14 de marzo de 2020, el conjunto del sector turístico se vio volcado a una absoluta y total parálisis, solo rota, inicialmente, por los establecimientos de alojamiento que se
determinaron como servicios esenciales y que orientaron su actividad a la propia atención de la gestión de la crisis. A partir de abril, la actividad ya fue nula, hasta finales del mes de junio. Los rebrotes sufridos posteriormente volvieron a
situar el sector ante la imposibilidad de recuperar su normalidad, con especial impacto en los mercados internacionales. La afectación a nivel mundial ha sido enorme, situando la caída de la actividad en el movimiento de turistas internacionales el
año 2020 en un -74%. Esta situación ha llevado a tener que establecer también medidas de especial estímulo sobre la demanda doméstica.


El instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) es una de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social de España, responsable de la gestión de los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad
Social, de las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como del ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de tercera edad y en materia de personas en situación de
dependencia.


Los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social incluyen el turismo social o viajes de vacaciones de la tercera edad y el termalismo social o estancias de personas de la tercera edad en balnearios.


El programa de turismo social que se creó en 1985 tiene dos grandes objetivos: por una parte favorecer una vida más activa entre las personas mayores y, por otra, mantener el empleo en las zonas turísticas actuando sobre la estacionalidad,
haciendo que los establecimientos puedan estar abiertos más tiempo durante el invierno, teniendo un efecto indirecto sobre otros sectores complementarios.


En la última convocatoria del IMSERSO se ofrecieron 900.000 plazas y el programa supuso una inversión de 63M €.


Los últimos procesos de contratación han sido enormemente polémicos y han dificultado la puesta en marcha ordenada del programa. El añadido de los efectos de la COVID-19 llevó a que la primera anualidad fuera cancelada (acuerdo del Consejo
de Ministros del 10 de marzo de 2020). Más adelante también se canceló la segunda (acuerdo del Consejo de Ministros del 22 de septiembre de 2020).


Los precios con los que el Estado líquida los servicios provistos por los responsables del alojamiento es de un máximo 22,50 € (IVA incluido) por la pensión completa/persona/día, con las bebidas incluidas. No es aceptable que desde la
administración pública se quiera contratar bajo precio de coste y que se fuerce al sector a trabajar bajo un modelo de precios que imposibilita una orientación hacia la calidad.


La definición de un programa social, con una adecuada dotación extraordinaria y con unos precios justos para los proveedores, atenderá los objetivos planteados históricamente y a la vez será un estímulo para la demanda en un momento en el
que el sector necesita recuperar su actividad.


El refuerzo del programa contribuirá también al mantenimiento de los puestos de trabajo en un momento tan difícil para la generación de empleo.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción de las siguientes medidas:


1. Que se agilice el proceso de contratación del próximo programa de turismo social de manera eficiente, estableciendo unos trámites y un calendario que evite todas las incidencias que, últimamente, se han tenido que sufrir por el
desarrollo de las ediciones anteriores.


2. Que, como herramienta de respuesta a la COVID-19, se dote el programa, extraordinariamente, hasta los 125 M € para propiciar la ampliación del mismo y alcanzar el objetivo de duplicar el número de pernoctaciones a generar.


3. Que se saque a concurso el programa para dos ejercicios, con la posibilidad de establecer prórrogas por dos años más en total.


4. Que se establezca el período del programa de 15 de octubre a 30 de abril. Que se establezca como temporada baja, dentro del programa, el periodo comprendido entre el 1 y el 21 de diciembre y entre el 7 de enero y el 10 de febrero. Que
en Canarias se definan las temporadas de manera diferente, atendiendo a la singularidad de esta destinación.


5. Que el IMSERSO incorpore en los pliegues de contratación un estudio de costes que justifique los importes que exige a los proveedores del alojamiento.



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6. Que se establezca un precio mínimo a liquidar en los alojamientos de 26 € (IVA no incluido) por la pensión completa en establecimientos de 4 estrellas y 24 € (IVA no incluido) en establecimientos de 3 estrellas, para poder determinar
pautas de servicio bajo parámetros mínimos de calidad y dignidad.


7. Que se active de manera extraordinaria un programa especial para el periodo de abril, mayo y junio, a partir del 2022, orientado a un espectro más amplio de potenciales beneficiarios (mayores de 50 años) y con otro rango de precios que
contribuya a la recuperación del sector ante la pandemia.


8. Que se premie la fidelidad y se priorice la incorporación al programa de los establecimientos de alojamiento que hayan participado habitualmente en el mismo, entendiendo 'habitualmente' haber participado en el 50% de las 10 últimas
ediciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Pilar Calvo Gómez, Diputada.-Míriam Nogueras i Camero,Portavoz Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/002385


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre las medidas que contempla el Reglamento de Control de Pesca y su afectación a la flota artesanal de Galiza, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


La reforma del Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común que acaba de
aprobarse recientemente en el Pleno de la eurocámara es la penúltima estocada al sector pesquero gallego y, concretamente, a su flota artesanal.


Efectivamente, este reglamento era la única norma de la Política Pesquera Común (PPC) que estaba pendiente de actualización, siendo desde su entrada en vigor en 2010, uno de los instrumentos centrales para permitir el monitoreo y la
inspección de las actividades pesqueras en las aguas comunitarias.


Con esta modificación, que todavía no es definitiva y que se prevé que no entre en vigor antes del año próximo, se incluyen, entre otras, medidas como las siguientes:


- Establece la obligación de instalar cámaras a bordo para controlar las capturas y el cumplimiento de los descartes para buques de más de 12 metros. Las cámaras serán, en principio, voluntarias buques que 'probablemente no cumplan' o que
'representen un grave riesgo de incumplimiento'. Conceptos que obviamente no son lo suficientemente precisos y que quedan a la espera de que el Consejo fije los criterios exactos para su aplicación.


Se establecen 'incentivos' para aquellos buques que adopten esta medida voluntariamente, como puede ser la asignación de cuotas adicionales o la eliminación de los puntos de infracción. Como queda patente, con esta regulación se orienta de
forma intencionada la norma convirtiendo en la práctica una medida 'voluntaria' en obligatoria ante la necesidad de muchos buques de poder acogerse a esos beneficios.


- Impone la geolocalización permanente de toda la flota de más de cuatro metros, incluida la recreativa, con el pretexto de garantizar la seguridad de la misma.


- Obliga a llevar un diario electrónico de pesca (DEA) a bordo de todos los barcos de más de 4 metros para que notifiquen desde el barco sus capturas.


La normativa ahora reformulada vuelve a ignorar por completo la realidad de la flota gallega y su singularidad, sin atender al tamaño de sus barcos, a las zonas donde habitualmente faenan, a la duración de las mareas, al modo de faenar o a
la operativa de venta del producto obtenido.


Galiza, a pesar de las sucesivas normativas de la Unión Europea y del Estado español sigue a contar con una de las principales flotas de Europa y es la primera del Estado. Posee cerca de 4.000 barcos de



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artes menores, de los que la inmensa mayoría son de menos de 12 metros de eslora y que desarrollan su actividad mayoritariamente en el interior de las rías y, por lo tanto, con mareas inferiores a 24 horas, de modo agrupado en el caso de los
miles de mariscadores y mariscadora a flote y donde el propietario coincide, casi siempre, con el patrón, que también es la persona que realiza las capturas y que, luego, las pone a la venta en lonjas, donde se pesan y registran.


Una flota, por lo tanto, que no tiene parangón, con unas condiciones, medios y capacidades singulares, pero que, aun así, sigue insistiéndose en equipararla a otras en dentro de la obsesión de normativizar e uniformizar de la Unión Europea
que, incluso a día de hoy, sigue considerando a los buques de eslora mayor a 12 metros o con artes no consideradas artesanales como flota industrial. Es claramente un despropósito que el único factor a tener en cuenta para encuadrar la pesca en
artesanal o industrial sean los metros de eslora, desoyendo nuevamente las peticiones del sector pesquero gallego que demanda incorporar también otros criterios como la distancia del caladero, la duración máxima de las mareas, la utilización de
artes de pesca sostenibles o el número máximo de tripulantes a bordo.


Este Reglamento es, en definitiva, una nueva norma que incide en presentar a todo un sector como sospechoso permanente, como presunto delincuente habitual y como depredador de los propios recursos que le dan sustento. De otro modo, no se
entiende la lamentable actuación de la Dirección General de Asuntos Marítimos y de Pesca (DG MARE), organismo encargado de velar por los intereses de la flota europea, al intentar interferir en el sentido del voto de los eurodiputados y
eurodiputadas por medio de una 'nota aclaratoria' que criticaba abiertamente la posición adoptada previamente por la Comisión de Pesca y que trataba de endurecer aún más la normativa.


Las decisiones adoptadas en la UE en materia de pesca han supuesto, de forma sistemática, no solo la reducción de la flota y del número de empleos en el sector, sino también la desaparición paulatina de un modelo propio de organización y
funcionamiento del sector en Galiza. La hiperregulación aplicada solo ha beneficiado a la gran pesca industrial, a la que ahora se suma el Reglamento de Control como un eslabón más en la cadena que tiene como trasfondo someter a la flota artesanal
a TACs y cuotas de las principales especies de las que dependen (caballa, jurel, merluza, raya, abadejo, sardina...) y que no le garantiza un mínimo para la supervivencia.


Con la excusa de mantener la actividad pesquera y contribuir a la sostenibilidad ambiental, económica y social de las comunidades costeras a largo plazo, la Política de Pesca Común ignora precisamente su escasa incidencia medioambiental y a
su gran importancia como generadora de empleo en las poblaciones costeras de las regiones altamente dependientes de la pesca, como es el caso de Galiza.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Oponerse a las medidas que contempla la reforma del Reglamento de Control de la Pesca (Reglamento (CE) n o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009) y concretamente a la inclusión de las cámaras a bordo, a la imposición de la
geolocalización y a la obligación del Diario Electrónico de Pesca.


2. Proponer otras medidas alternativas y no invasivas dialogadas con el sector.


3. Impulsar la modificación de la definición de flota artesanal teniendo en cuenta los criterios que formula el propio sector desde hace años.


4. Realizar todas las actuaciones precisas para excluir a la flota artesanal del sistema de TACs y cuotas.


5. Negociar una mayor dotación de los fondos europeos, en concreto del FEMPA, para atender la eventual obligatoriedad de los mecanismos de control recogidos ahora en el Reglamento sin que se imputen a partidas destinadas a otras necesidades
del sector ni, en ningún caso, al propio sector.


6. Posicionarse públicamente en contra de la reforma del Reglamento del Control de la Pesca que acaba de aprobarse en el Parlamento europeo por ser claramente lesivo para los intereses de la flota gallega y el conjunto del Estado español.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Plural.



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161/002400


A la Mesa de la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria Nueva Canarias, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Congreso de los Diputados presenta, para su debate en Comisión, la
siguiente Proposición no de Ley sobre incremento de la cuota de atún para Canarias.


Exposición de motivos


La Orden APA/372/2020, de 24 de abril, es la que regula por primera vez la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico y establece un censo de buques autorizados a la pesca de esta especie.


Asimismo, quedó especificado en esta Orden la elaboración de un censo integrado por buques pesqueros, entro los que están claramente identificados los grupos de buques pesqueros de la flota artesanal canaria y atuneros canarios cañeros,
estos últimos, integrados por 35 buques atuneros para esta campaña de pesca.


El pasado miércoles día 31 de marzo de 2021, el Gobierno de España, a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, tomó la terrible decisión de cerrar el precautorio de la pesquería de patudo que afecta especialmente a los 202
buques de la flota canaria polivalente y no así al grupo de atuneros canarios cañeros.


Resulta más que evidente que el criterio utilizado por el Gobierno de España, a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, discrimina a la flota canaria, en su totalidad .


Desde el Gobierno de España se ha favorecido a una pesquería industrial y poco sostenible, en lugar de aplicar los criterios de la Política Pesquera de la UE que se basa en criterios sostenibles de los recursos pesqueros y del medio ambiente
marino.


Por ello no puede poner en riesgo a la flota artesanal Canaria . Cabe recordar, que la flota canaria es completamente artesanal y sostenible, como dicen los propios pescadores 'un hombre, un anzuelo, un atún, si pica'.


El Gobierno de España es consciente y permite que dentro de las 100 millas, faenen atuneros de otras flotas que no son canarias. En Canarias siempre hemos sido solidarios con el resto de las flotas, pero eso que permite el Gobierno de
España conlleva una serie de consecuencias:


- Espacio: se encuentran faenando en el mismo espacio atuneros de flota canaria con los de fuera de Canarias haciendo imposible el buen funcionamiento de la actividad


- Mercado: si dejamos que faenen atuneros de flota no canaria, se produce una saturación en el mercado en la época más factible para los atuneros canarios.


- Recursos económicos: la descarga de los túnidos en puertos canarios por atuneros de flota no canaria, hace que las ayudas del POSEI se puedan ir a barcos que no pertenecen a la flota de Canarias, con ello, se minoran los recursos a
atuneros canario.


Por lo expuesto, se formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Incrementar la cuota de pesca artesanal de tuna (conocido como patudo en península) hasta las 4.500 toneladas anuales para Canarias.


2. Solicitar la anulación del cierre precautorio de la pesquería de patudo y la reapertura de la pesquería de manera inmediata para la flota que ha quedado parada.


3. Modificar la Orden APA/372/2020, de 24 de abril, que es la que regula por primera vez la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico y establece un censo de buques autorizados a la pesca de esta especie conjuntamente con
el sector en Canarias.


4. Que actúe de inmediato poniendo en marcha estas medidas para que no se genere un enfrentamiento gratuito entre el sector pesquero canario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2021.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.-José María Mazón Ramos, Portavoz Grupo Parlamentario Mixto.



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161/002404


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la rebaja del IVA aplicado al pescado y el marisco, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Las patronales y asociaciones del sector de la pesca y la acuicultura llevan años reclamando la rebaja del Impuesto del Valor Añadido (IVA) de los productos pesqueros del actual 10% al tipo superreducido del 4%. Esta reducción equipararía
los productos del mar con el resto de alimentos de primera necesidad (pan, leche, queso, fruta, verduras, cereales, legumbres...) a los que se les aplica ya el IVA superreducido.


En la práctica totalidad de los países de la Unión Europea el pescado y el marisco tienen ya un IVA más bajo que el que se aplica actualmente en el Estado español. Así por ejemplo, en Francia se les aplica un tipo del 5,5%; en Luxemburgo
del 3%; en Chipre, Hungría y Polonia del 5%; en Bélgica y Portugal del 6%; y en Alemania se aplica, ahora mismo, un 7%, aunque el Gobierno ya ha anunciado que lo reducirá próximamente. En otros países europeos directamente se excluye a estos
productos de la aplicación del impuesto, considerándolos exentos, como es el caso de Irlanda y Malta.


El pescado es un alimento básico y esencial en una dieta sana y equilibrada. Autoridades y organizaciones de salud y nutrición internacionales como la OMS (Organización Mundial de la Salud) o la FAO (Organización de las Naciones Unidas para
la Alimentación y la Agricultura), pero también estatales, como la Agencia de Seguridad Alimentaria y Nutrición o la Fundación Española del Corazón, han indicado que su consumo es beneficioso para la salud cardiovascular.


Todos estos organismos públicos de defensa y promoción de la salud recomiendan la ingestión de 3-4 raciones de pescado y marisco por semana, pues se trata de un alimento con tantas proteínas como la carne, rico en vitaminas y minerales. Son
también una importante fuente de Omega3, ácidos grasos que reducen los niveles de colesterol LDL (el denominado como colesterol 'malo·) y retardan el proceso de acumulación de placa grasa en las arterias. Además, distintos estudios recientes han
concluido que el consumo de pescado se puede asociar con un menor riesgo de desarrollo de diabetes. Así mismo, el pescado es un alimento de bajo o moderado valor calórico, lo que contribuye a combatir el importante y creciente problema en la
sociedad occidental actual de la obesidad.


Todos los datos expuestos deberían ser ya suficientes para justificar la aplicación del IVA superreducido del 4% al pescado y marisco y así fomentar un mayor consumo entre la población. Pero además la situación económica en la que se
encuentra tanto Galiza como el Estado español en la actualidad hace que la adopción de esta medida sea más urgente que nunca.


La caída del empleo y la reducción de la capacidad de gasto de las familias tanto gallegas como del conjunto del Estado, supondrá una reducción de la compra de pescado pues no va a poder entrar en su presupuesto, y como consecuencia se
producirá una importante rebaja en la calidad de su dieta. La caída en las ventas tendrá también el efecto de dificultar, aún más, la recuperación económica del sector pesquero gallego.


En este sentido, la reducción del IVA aplicado a los productos pesqueros facilitará el acceso a su consumo a más personas, lo que supondrá un factor positivo para la salud de toda la población y, al mismo tiempo, ese aumento de ventas
permitirá la recuperación de un sector fundamental para la economía de Galiza, como es el pesquero.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a reformar la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido para aplicar el tipo superreducido del IVA del 4% a los productos pesqueros (pescado y marisco) en
lugar del 10% actual por tratarse de bienes de primera necesidad, medida que fomentaría el consumo, lo que sería beneficioso tanto para la salud de las personas como para la recuperación de la economía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Plural.



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Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/002395


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Ángel López Mara Ver, D. Luis Gestoso de Miguel, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D.ª Magdalena Nevado del Campo, D. Francisco José Contreras Peláez y D. Pedro
Jesús Requejo Novoa, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente Proposición no de Ley para la reforma del nuevo ciclo de planificación hidrológica (2021-2027) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), para su discusión en la Comisión para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. La Importancia del regadío en España.


El regadío es uno de los pilares básicos del desarrollo rural y regional, ya que dinamiza el territorio y tiene efectos beneficiosos en los ámbitos económico, social y medioambiental. Además, contribuye de forma excepcional a la cohesión
social y territorial porque genera una fuerte demanda de mano de obra y favorece el intercambio comercial, incide en la renta y en la economía de un territorio, asienta población, genera empleo y produce una revalorización de los productos. Además,
el regadío también crea patrimonio cultural. Los mosaicos de parcelas que caracterizan los ecosistemas agrarios ganan variedad y color cuando se riegan; las acequias y canales son elementos paisajísticos ricos en diversidad y característicos del
regadío; o los ingenios y las estructuras hidráulicas que son a menudo tesoros de la ingeniería y que completan nuestro paisaje como es el Canal de Castilla o las aceñas de Zamora. La sociedad valora esta diversidad paisajística y prueba de ello
son los intentos de proteger estas construcciones.


Por este motivo, la prioridad en la política de regadíos debe ser la modernización de los mismos para hacer un uso eficiente del agua y de la energía, pero también sostenibles para reducir la cantidad y mejorar la calidad de los retornos.
De ahí que los futuros planes hidrológicos de cuenca deberían tener en cuenta todos estos aspectos socioeconómicos, al igual que los medioambientales, en relación al uso, demanda y necesidades del agua.


El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) Y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), en sus respectivas competencias sobre la gestión del agua en España, no se pueden desentender de las
políticas de incremento de la eficiencia de nuestros regadíos porque son la principal y más importante medida para ahorrar agua, como se ha demostrado en los últimos veinticinco años. 74


No obstante, parece que puede imponerse en el nuevo ciclo de planificación hidrológica un enfoque más propio del ecologismo radical, que busca exclusivamente objetivos medioambientales sin evaluar ni tener en cuenta las necesidades de la
población, las demandas existentes o las peculiaridades de cada territorio. No se puede dar más importancia a los objetivos ambientales que al resto de los objetivos de la planificación hidrológica.


Segundo. La necesidad del regadío para resolver el problema del reto demográfico en España.


El regadío es un sector clave dentro de la agricultura y, como hemos mencionado, uno de los pilares básicos del desarrollo rural, del desarrollo regional y de la ordenación del territorio. Estos resultados se obtienen gracias a los efectos
económicos, como sociales y antrópicos que ofrece. Esto contribuye a la cohesión y estabilidad social pues genera un intercambio comercial de productos e insumos favoreciendo el asentamiento de poblaciones en las zonas rurales.


74 http://www.chebro.es/che/EsQuemaTemasImportantes/AportacionesOrdenadasWeb/109fenacore3.pdf



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Por ejemplo, en la siguiente tabla se muestra la densidad de población (habitantes/km2) según el porcentaje de superficie regada y se compara con el promedio nacional y que pone de relieve que cuanto mayor es el peso de la superficie regada,
mayor es la densidad de población:


[**********página con cuadro**********]


[FENACORE 75]


Así pues, como se observa, el regadío es un sector clave dentro de la agricultura para mantener la población en el territorio, más incluso en relación con el regadío modernizado. Por tanto, la prioridad debe ser la modernización que permita
incrementar la eficiencia de los regadíos en cuanto al uso del agua y de la energía, al mismo tiempo que garantice la sostenibilidad al reducir la cantidad y mejorar la calidad de los retornos.


Esta definición de objetivos que deben contenerse en la planificación hidrológica es la que se deriva del artículo 40 del TRLA y del artículo 1 del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación
Hidrológica: 'La planificación hidrológica tendrá por objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y de las aguas objeto de esta ley, la satisfacción de las demandas de agua, el equilibrio y
armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales'.


Tercero. La modernización del regadío en España.


En los últimos veinticinco años, las distintas administraciones públicas y los regantes españoles han hecho un esfuerzo enorme para la modernización de los regadíos en España con resultados muy positivos. Por un lado, los regadíos son
eficientes en el uso del agua y de los fertilizantes; se han reducido los consumos, las asignaciones y las concesiones después de la modernización; y se ha conseguido una reducción del 22% del consumo de agua en el sector agrario entre los años
2000 y 2020 76


[**********página con cuadro**********]


[Unión de Uniones 77]


Por otro lado, las comunidades de regantes han podido aplicar tarifas binómicas por volumen de agua suministrado y por superficie gracias a la modernización de los regadíos garantizando que se beneficien de ello casi 2.700.000 de hectáreas
en España 78.


75 http://www.chtaio.es/LaCuenca/Planes/PlanHidrologico/Planif 2021-2027/Documents/PHT3-EPTI POS/PHT3-


76 https://www.campocvl.es/categorv/riego/el-sector-agrario-reduio-un-22-el-uso-de-agua-en-menos-de-20-anos-pese-a-aumentar-la-superficie/


77 https://www.campocvl.es/categorv/riego/el-sector-agrario-reduio-un-22-el-uso-de-agua-en-menos-de-20-anos-pese-a-aumentar-la-superñcie/


78 http://www.chebro.es/che/EsquemaTemasImportantes/AportacionesQrdenadasWeb/109fenacore3.pdf



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No obstante, todavía quedan 900.000 hectáreas por modernizar 79 y, 'de las que hay modernizadas, más de dos millones se tienen que ir renovando poco a poco con segundasmodernizaciones', afirma el presidente de la Federación Nacional de
Comunidades de Regantes de España (FENACORE), D. Andrés del Campo 80.


Por tanto, es fundamental finalizar la citada modernización para conseguir que la totalidad del regadío español sea sostenible desde el punto de vista económico y medioambiental; pero también que los planes hidrológicos tengan en cuenta la
realidad del regadío español con más de cinco mil comunidades de regantes menores de 500 hectáreas a través de proyectos de menor cuantía que contemplen las medidas para los pequeños regadíos.


Cuarto. El plan hidrológico nacional.


De acuerdo con la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, con la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de
medidas fiscales, administrativas y del orden social 81, con el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA) 82 y con la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional
(PHN) 83, el proceso de planificación hidrológica se establece mediante ciclos de seis años siguiendo el siguiente esquema:


[**********página con cuadro**********]


[MITECO 84]


Por este motivo, el 19 de octubre de 2018 el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dio comienzo al proceso de elaboración del nuevo ciclo de planificación hidrológica (2021-2027) 85.


Como se puede observar en el esquema, tras la consolidación de los Documentos Iniciales del proceso 86 y antes de la elaboración del proyecto de Plan Hidrológico, se elaboran los Esquemas provisionales de Temas Importantes (EpTI) de cada
demarcación hidrográfica, que juegan un rol fundamental en este proceso de planificación, ya que en ellos se plantean y analizan los temas principales que en una determinada demarcación ponen en riesgo el cumplimiento de los objetivos fijados.


El 25 de enero de 2020 comenzó el plazo de seis meses de consulta pública para presentar alegaciones a los EpTI 87. Sin embargo, tuvo que ser suspendido desde el día 14 de marzo de 2020 por la


79 https://www.lara2on.es/economia/20200602/45sn3iv4andrdivu622aisqfa4.html


80 http://www.chebro.es/che/EsquemaTemasImportantes/AportacionesQrdenadasWeb/109fenacore3.pdf


81 https:/ /www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23936


82 https:/ /www.boe.es/buscar/act.php?id=BQE-A-2001-14276


83 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BQE-A-2001-13042


84 https: / / www.miteco.gob.es / es / agua / temas / planificacion-hidrologica /planificacion-hidrologica / nuevo-proceso-planificacion /


85 https: / / www.boe.es/boe/dias/2018/10/19/pdfs/BQE-B-2018-49521.pdf


86 https: / / www.miteco.gob.es / es / agua / temas / planificacion-hidrologica / planificacion-hidrologica/cpdocsini.aspx


87 https://www.boe.es/boe/dias/2020/01/24/pdfs/BQE-B-2020-2913.pdf



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disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COV1D-19 88.


El cómputo del plazo se reanudó el 1 de junio de 2020 por el artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prórroga el estado de alarma 89 y el plazo de consulta y alegaciones a los EpTI del tercer ciclo de planificación
hidrológica finalizó el 30 de octubre de 2020 90.


Quinto. Críticas a los nuevos planes hidrológicos elaborados por el Ministerio.


La primera crítica que se puede hacer a los nuevos planes hidrológicos reside en la falta de credibilidad en la planificación hidrológica del Gobierno por haberse incumplido durante varias legislaturas, por las distintas administraciones,
los acuerdos alcanzados con el regadío español en los sucesivos planes que se han elaborado. Sobre todo cuando el regadío español es usuario del 70% del agua en España.


Por otro lado, este incumplimiento reiterado ha generado falta de confianza en cualquier reforma hidrológica, en especial porque el Gobierno continúa acogiendo y apoyando posiciones totalmente beligerantes y contrarias a este sector. Todo
ello, además, a pesar tanto del enorme esfuerzo que han hecho los regantes para ser más sostenibles y eficientes como de todas las externalidades positivas de los regadíos. Cabe recordar que España es el segundo país del mundo con más porcentaje de
regadío a goteo y con más porcentaje de superficie modernizada 91.


Sexto. Apoyo al regadío y a su modernización para ahorrar agua.


Por estos motivos, es necesario cumplir con los actuales planes hidrológicos vigentes y con sus programas de medidas para que los regantes españoles recuperen la confianza en la Administración. Los programas de medidas son el conjunto de
acciones que se han de llevar a cabo en cada una de las demarcaciones hidrográficas para alcanzar los objetivos previstos en los planes hidrológicos y, por tanto, deben permitir evolucionar desde la situación actual hasta alcanzar la situación
deseada.


Si analizamos cada plan hidrológico en detalle, resulta llamativo el gran número de medidas relacionadas con la modernización de regadíos, de obras de regulación y de infraestructuras hidráulicas que están declaradas de interés general y que
se han recogido en los sucesivos planes hidrológicos desde 1998 (1998, 2009 y 2015), o que todavía están pendientes de ejecutar.


El conjunto de Administraciones Públicas, y de manera muy especial el MITECO y los Organismos de Cuenca que tienen las competencias sobre el agua en España, deben dar un impulso al cumplimiento de los programas de medidas comprometidas con
los regadíos nuevo ciclo de planificación.


Por estos motivos, es fundamental que se siga manteniendo la política de fomento de la modernización de regadíos: con una financiación que haga posible culminar este proceso en las hectáreas de regadío pendientes de modernizar por la
Dirección General del Agua y los Organismos de Cuenca (MITECO); que se apruebe un Plan de Regadíos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) que mantenga la financiación de estas infraestructuras a través de la Sociedad Estatal
de Infraestructuras Agrarias (SEIASA) con cargo al Capítulo VI. Además, se debe asegurar que el Plan de Reconstrucción para Europa y el Plan de Recuperación Nacional del Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, así como los fondos
de la Política Agraria Común (PAC), permitan financiar la modernización del regadío, principalmente con cargo a los Fondo Europeos Agrícolas de Desarrollo Rural (FEADER).


*/Impacto Ambiental de los proyectos de modernización de regadíos, pues su finalidad es el uso eficiente del agua de riego, y porque las obras necesarias para proceder al acondicionamiento de los regadíos existentes no van a producir
impactos ambientales negativos. Ello es debido a que el marco físico de las mismas es el existente en la actualidad, no se acometen nuevos trazados, sino que se mejoran.


Séptimo. Conclusiones.


Por todos estos motivos y teniendo en cuenta la importancia que tiene el regadío para España, es necesario que la planificación hidrológica contemplada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el


88 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BQE-A-2020-3692


89 https:/ /www.boe.es/buscar/act.php?id=BQE-A-2020-5243


90 https: / /www.boe.es / boe / dias /2020 706/04/ pdf s / BQE-B-2020-14827.pdf


91 https: / / www.diariosur.es/economia/agroalimentacion /201706/09/agricultura-consume-entre-agua-?20170609004317-?v.html#:~:text=Seg%C3%BAn%201a%20Federaci%C3%B3n%20Nacional%20de,170.000%20hect%C3% Airea?s%2C%20el%2075%25%20del



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Reto Demográfico para los años 2021-2027 sirva para hacer una gestión eficiente del agua, busque el equilibrio entre el medioambiente y la satisfacción de las demandas de la población, y contribuya a finalizar los proyectos de reforma y
modernización de los regadíos. Los poderes públicos tienen la obligación de llevar el agua donde se necesite.


Al mismo tiempo, es necesario que el Gobierno, en el ámbito de la confección de los nuevos planes hidrológicos, abandone las proposiciones ecologistas que se alejan de la realidad. No se pueden amparar las propuestas que nacen de una
criminalización injustificada del regadío español.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Bajo los principios de solidaridad, cooperación y justicia distributiva, elaborar un nuevo Plan Hidrológico Nacional que promueva el interés general y vertebre nuestro territorio garantizando el acceso al agua de calidad para atender
todas las necesidades económicas y ambientales.


2. Cumplir con los planes hidrológicos vigentes, ejecutando los acuerdos alcanzados.


3. Apoyar el regadío y su modernización, y con ello el ahorro de agua.


4. Encontrar el necesario equilibrio entre el medioambiente y la satisfacción de las demandas.


5. Contemplar en el nuevo ciclo de planificación hidrológica (2021-2027) los siguientes elementos:


- Mantener la financiación de obras de modernización de regadíos por la Dirección General del Agua y los Organismos de Cuenca (MITECO).


- Agilizar la declaración de innecesariedad en las Evaluaciones de Impacto Ambiental de los proyectos de modernización de regadíos, pues su finalidad es el uso eficiente del agua de riego.


- Contemplar la financiación suficiente para la realización de las obras que son necesarias en colaboración con la Dirección General del Agua y los Organismos de Cuenca que dependen del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.


- Recuperar las concesiones hidráulicas con los convenientes pactos con las empresas energéticas beneficiarias de dichas concesiones.


6. Aprobar un Plan de Regadíos por el Ministerio de Agricultura que mantenga la financiación del Ministerio con cargo al Capítulo VI y a través de la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA).


7. Asegurar que el Plan de Reconstrucción Nacional de la Unión Europea, del Estado y de las Comunidades Autónomas, así como la Política Agraria Común (PAC) permitan financiar la modernización del regadío, principalmente con cargo a los
fondos destinados a desarrollo rural.


8. Ejecución de un plan de trasvases necesario para satisfacer las demandas dentro del concepto de unidad hidrológica y apoyo a la reforestación que ayude a crear empleo, incremente la producción española y coadyuve a reducir la deuda
pública española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2021.-Ricardo Chamorro Delmo, Mireia Borrás Pabón, Ángel López Mara Ver, Luis Gestoso de Miguel, Lourdes Méndez Monasterio, Pedro Jesús Requejo Novoa, Magdalena Nevado del Campo y
Francisco José Contreras Peláez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/002397


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Más País Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto
Demográfico, instando al Gobierno a la presentación de un anteproyecto de Ley Integral del Amianto.



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Exposición de motivos


El asbesto o amianto ha sido utilizado durante décadas en multitud de materiales, productos y aplicaciones por sus propiedades aislantes, mecánicas, químicas y de resistencia al calor y a las llamas. Sin embargo numerosos estudios
demostraron que la inhalación de sus microfibras es causante de graves enfermedades respiratorias, fundamentalmente mesotelioma y adenocarcinoma de pulmón. Estas microfibras se liberan con el progresivo deterioro del material, que tiene una vida
útil de aproximadamente 35 años, por lo que los materiales que se usaron en construcciones e instalaciones de los años 70 y 80 ya han llegado al final de su vida útil y se han convertido en un peligro para la salud pública.


En 2002 se prohíbe la utilización del amianto y de los productos que los contienen pero no se eliminan los productos ya instalados o en servicio. Desde entonces las muertes por exposición al amianto han ido en aumento. En este sentido el
Comité Económico y Social Europeo emitió un dictamen en 2019 sobre 'Trabajo con amianto en la renovación energética' (2019/C240/04) en el que señala que las cifras de víctimas anuales en Europa ronda las 88.000 personas, lo que representa el 55-85 %
de los cánceres de pulmón en el trabajo.


El 14 de marzo de 2013 el Parlamento Europeo hace pública una Resolución sobre los riesgos para la salud en el lugar de trabajo relacionados con el amianto y perspectivas de eliminación de todo el amianto existente (2012/2065(INI)), e insta
a los estados miembros a identificar y censar el amianto instalado, a desarrollar planes de erradicación del mismo en el menor plazo posible, y a facilitar el reconocimiento de las enfermedades relacionadas con el amianto.


Además el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE) sobre 'Erradicar el amianto en la UE'(2015/C 251/03) establece como objetivo prioritario en la Unión Europea la eliminación de todo el amianto a través de planes de acción de
los estados miembros, como un objetivo prioritario de la Unión Europea. Y fija como objetivo eliminar todo el amianto antes de 2032 en Europa.


A pesar de ello los planes de desamiantado en España no han contado hasta ahora con los recursos y la coordinación necesarias para cumplir el objetivo fijado por la Unión Europea de erradicar el amianto, poniendo en riesgo la salud de miles
de personas que se exponen al amianto tanto a nivel laboral, como doméstico y ambiental no laboral, en función de la contaminación del aire que provoca esta materia.


El amianto está presente en colegios, infraestructuras de transporte como el metro, sistemas de aislamiento y canalización, tejados, etc. La previsión es que para 2040 todo el amianto existente en España haya llegado al límite de su vida
útil, por lo que urge poner soluciones para atajar este grave problema de salud pública


Por todo ello el Grupo Parlamentario Plural presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. En el plazo de un año presentar un anteproyecto de Ley Integral del Amianto que permita una visión global y transversal del problema con la correspondiente reglamentación para intervenir y canalizar las soluciones en los distintos
ámbitos que pudieran estar afectados, de acuerdo con la Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2013.


2. Elaborar una Estrategia Estatal con horizonte 2030 que abarque los siguientes aspectos:


a) Una planificación para la erradicación segura del amianto, que comprenda el asbesto instalado, los residuos controlados o no controlados, y los suelos contaminados.


b) Planes autonómicos y municipales de erradicación del amianto en los correspondientes sectores, de acuerdo con los censos, prioridades y fases de actuación; y que contemplen la correspondiente financiación por parte de las
administraciones y sectores afectados. En dichos planes autonómicos o municipales se priorizarán las actuaciones en función de los riesgos de exposición, atendiendo especialmente a transporte público, colegios, polideportivos y entornos con
presencia de niños y niñas, debido a su especial sensibilidad al amianto; y continuando por hospitales, edificios e instalaciones públicas, infraestructuras de transporte o rehabilitación de viviendas.


c) La Estrategia Estatal, así como los diferentes planes autonómicos y municipales, deberán contemplar la gestión y control de residuos con amianto, que incluya la destrucción segura de las fibras utilizando las mejores técnicas disponibles
para su conversión en residuos no peligrosos y su posible valorización. También deberá abordar la eliminación progresiva de su almacenamiento en vertederos, tras



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la elaboración de un inventario de vertederos con esos residuos, para evitar trasladar el problema a las generaciones futuras.


d) La creación de proyectos de investigación científica para el desarrollo de métodos de diagnóstico precoz en los cánceres relacionados con el amianto, particularmente el mesotelioma, así como en el tratamiento de las personas afectadas y
con una especial atención al campo de la inmunoterapia.


e) Impulsar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, programas de información, formación y cualificación de profesionales sanitarios para el tratamiento y la detección temprana, así como para técnicos y de trabajadores cualificados
que estén implicados en la retirada y gestión del amianto.


f) Poner en marcha una campaña de divulgación y concienciación general de los problemas relacionados con el amianto, coordinada con las administraciones locales y regionales.


g) Participación y liderazgo en el fomento y desarrollo de políticas internacionales para la erradicación universal del amianto, con especial atención al control y prohibición del tránsito de materiales con amianto en nuestro territorio.


3. Poner en marcha, junto con las Comunidades Autónomas y las administraciones locales, un estudio y diagnóstico de la situación para poder establecer un censo del amianto instalado en sus diferentes aplicaciones y contextos: en edificios,
infraestructuras, instalaciones, vertidos y vertederos en todo el territorio Español.


A fin de mejorar la detección precoz y anticipar los problemas de sociosanitarios que podría llegar a causar, el diagnóstico pondrá un especial interés en señalar aquellos lugares y actividades que, por exposición intensa o prolongada al
amianto antes o después de su prohibición, sean de especial riesgo.


4. Desarrollar un proyecto enmarcado dentro de los Fondos de Recuperación Next Generation EU, y junto con las comunidades autónomas y las administraciones locales, para la planificación del desamiantado y el tratamiento de residuos con el
objetivo de que España sea un país libre de amianto en 2030.


5. Realizar de forma transversal a través del Ministerio de Sanidad, y en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el despliegue de normativa necesaria para el reconocimiento de las víctimas del amianto y su
consiguiente reparación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2021.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz adjunto Grupo Parlamentario Plural.


161/002403


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del Diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad en la factura eléctrica para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El pasado 9 de marzo de 2021 el Consejo de Ministros, a propuesta del MITECO, aprobó el Real Decreto por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico que, junto a los peajes del sistema fijados por la
Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) en la circular 3/2020 conformarían la parte regulada de la factura eléctrica de cada consumidor o consumidora.


Esta reforma, que estaba prevista para el año 2020 y fue demorada por la pandemia, está previsto que entre en vigor a partir del próximo 1 de junio. Esta norma no fija los cargos concretos, si no que regularán por un proyecto de orden
ministerial que se encuentra sometido a audiencia pública hasta el próximo 18 de marzo. Tras analizar el contenido de la citada orden, el BNG considera que puede generar un impacto negativo en los consumidores y consumidoras, daños colaterales
importantes que deberían llevar, a nuestro juicio, a la retirada y reconsideración de la norma, más teniendo en cuenta que afectará a importantes sectores de la población que ya están sufriendo las graves consecuencias derivadas del fuerte impacto
económico de las restricciones impuestas en la lucha contra la COVID-19.



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Este será el caso del consumo doméstico y singularmente, de aquellos consumidores y consumidoras adheridos ya con anterioridad al sistema de discriminación horaria, tarifa 2.0DHA, que sustituyó a la antigua tarifa nocturna. En Galiza hay
más de medio millón de hogares adheridos a esta modalidad y que verán como su factura experimenta un aumento que puede llegar a superar el 30%.


Así mismo, debe destacarse el impacto que también tendrá el cambio en determinadas actividades económicas con una fuerte implantación en Galiza como son las pequeñas explotaciones ganaderas. Debe recordarse que los horarios del periodo
punta de la tarifa 2.0 TD coinciden con tareas de alto consumo energético. Si se observa el perfil típico de una explotación ganadera, puede verse que el 40% del consumo se concentra precisamente entre las 8 y las 13 horas por la mañana y entre las
18 y las 23 horas por la tarde, justo en los periodos punta, por lo que el incremento medio de la factura anual será de más del 50%. En Galiza existen más de diez mil explotaciones que se van a ver afectadas por estos cambios sin alternativa
posible.


De igual forma, otros consumidores con un perfil de consumo semejante al descrito, como puede ser el de la hostelería, que ya ha sido duramente golpeado por la pandemia, y el resto de PyMES, sufrirán igualmente las consecuencias, pues su
actividad debe desarrollarse necesariamente durante las horas de mayor coste de la energía.


Además, debe señalarse que muchas de los cambios que se incorporan tendrán una difícil aplicación en el actual contexto de pandemia. Así, para los cambios en las tarifas 3.0, para poder determinar con precisión la potencia a contratar en
cada uno de los periodos diseñados y no ser penalizados por exceso de potencia, deberán realizarse pruebas o estudios de consumo. Datos que será necesario recoger físicamente en el equipo y que en las circunstancias actuales será imposible de
realizar.


También debe hacerse referencia a que se señala una entrada en vigor apresurada y prematura pues no dará tiempo a la adaptación en tiempo y forma de la totalidad del equipo de contadores, por lo que parece contradictorio el período de
transición que se propone con el espíritu de la norma.


Finalmente, queremos hacer hincapié en que, a nuestro entender, no resulta lógico acometer un cambio normativo de este calibre sin tener en cuenta otros aspectos de la composición de la factura cuyo peso es relevante y cuya necesaria
revisión se demanda también desde amplios sectores de la sociedad, como puede ser el importe del impuesto especial de la electricidad o el tipo de IVA que debe aplicársele.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Retirar el Proyecto de orden por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021 para abrir un nuevo proceso que permita
acometer con garantías, técnicas, sanitarias y económicas los cambios que en ella se deben incluir.


2. Reconsiderar la repartición de costes y peajes, singularmente en la tarifa 2.0 TD de forma que el impacto en los consumidores domésticos con consumos térmicos debido al efecto joule, explotaciones ganaderas y sectores como la hostelería
o las PyMEs en general, no sufran el impacto que el actual diseño tendría.


3. Reconsiderar el conjunto de los impuestos que gravan el consumo de energía eléctrica acometiendo la eliminación del Impuesto Especial de la Electricidad y la reducción del Impuesto sobre el Valor Añadido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogueras i Camero, Portavoz del Grupo Plural.


161/002405


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no



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de Ley, sobre evaluación de impacto estratégico de las políticas climáticas del Gobierno sobre el medio rural y el reto demográfico para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El retraso en la presentación por parte del Gobierno de un Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, y la lentitud parlamentaria de su tramitación, han hecho que se invierta el orden establecido, en el propio Proyecto de
Ley, sobre la gobernanza del clima y de la energía. Así, el PLCCTE establece la creación de dos nuevas figuras fundamentales para determinar el marco de actuación en materia de acción contra el cambio climático. Se trata de las dos grandes
herramientas de gobernanza de clima y energía establecidas en el Reglamento 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima: los Planes Nacionales
Integrados de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a 2050. Ambas herramientas han de ser coherentes entre sí, ya que no hay otra forma de asegurar, de manera fiable, inclusiva, transparente y predecible, el logro de los
objetivos y metas para el año 2030 y para el largo plazo.


Dicho reglamento de la UE establece en su artículo 1 que, a más tardar el 31 de diciembre de 2019 y, posteriormente, a más tardar el 1 de enero de 2029 y luego cada diez años, cada Estado miembro debe comunicar a la Comisión un plan nacional
integrado de energía y clima. El primer plan abarcará el período de 2021 a 2030, teniendo en cuenta la perspectiva a más largo plazo, y los planes siguientes abarcarán el período decenal inmediatamente siguiente al final del período abarcado por el
plan anterior.


Pues bien, de acuerdo con el mencionado Reglamento, el Gobierno remitió a la Comisión Europea el PNIEC 2021-2030 previsto en este Proyecto de Ley, sin que estuviera aprobada la ley, lo que obligará, en la fase de tramitación parlamentaria de
este PL, a adaptar los objetivos de uno y otro instrumento, con el fin de que sigan siendo coherentes para cumplir con lo previsto en la normativa comunitaria, y en definitiva, con el Acuerdode París.


El PLCCTE establece que el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) es el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático. El PNACC define los
objetivos, criterios, ámbitos de aplicación y acciones para fomentar la resiliencia y la adaptación. Establece, además, la definición de un sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, así como la elaboración de informes de
riesgo. El PNACC fue aprobado por el Gobierno en septiembre de 2020. De nuevo, invirtiendo el orden de lo previsto en el Proyecto de Ley.


Por otra parte, la Estrategia de Descarbonización· a 2050, aprobada por el Gobierno en noviembre de 2020, es el documento previsto para proyectar una senda coherente con los objetivos de descarbonización de la economía para el año 2050, y
con las actuaciones previstas a 2030, que exigirá la movilización de distintas administraciones y actores privados.


Nos encontramos por tanto con un Proyecto de Ley superado por sus propias previsiones, en la medida en que las principales herramientas de gobernanza y documentos estratégicos previstos en la ley han sido ya aprobados, remitidos a la
Comisión Europea en el caso del PNIEC, y por tanto, con impacto en la economía y sectores productivos de este país.


Por otra parte, la política climática de este Gobierno, de enorme impacto sobre las distintas actividades económicas, pero también sobre el territorio, carecen de una evaluación de impacto sobre el medio rural, y sobre el desafío del reto
demográfico en general, a pesar de que ambas cuestiones recaen bajo la responsabilidad de la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Presentar en este periodo de sesiones, un estudio y evaluación de impacto de la ley de cambio climático y transición energética, y de toda la política climática del Gobierno, cuantitativo y cualitativo, con una metodología transparente,
que aporte los siguientes datos e información:


- Datos sobre la plusvalía estratégica de las medidas propuestas en la ley, en todos los sectores de actividad económica, con especial incidencia en las zonas despobladas.



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- Datos sobre la capacidad de la ley para alcanzar los objetivos de reducción de GEI de cada sector, previstos en el PNIEC.


- Disposiciones complementarias previstas por el Gobierno, en el caso de no cumplimiento de los objetivos previstos en el PNIEC.


- Impacto global del PLCCTE sobre los objetivos previstos en el PNIEC y en la Estrategia de Descarbonización a 2050.


- Evaluación de impacto de la ley, teniendo en cuenta dos escenarios: uno tendencial con las medidas ya en marcha, y otro con las medidas previstas en el proyecto de ley.


- Evaluación de impacto del propio PLCCTE sobre el PNIEC, sobre la Estrategia de Descarbonización a 2050, y sobre las emisiones de GEI de cada sector referenciado en la ley, en el horizonte 2023 y 2030, fechas ambas de revisión previstas en
el Acuerdo de París.


- Evaluación de impacto económico y social sobre el mundo rural y la lucha contra el reto demográfico.


- Incorporar dicho estudio de impacto estratégico a Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico y a la Agenda de Actuaciones en materia de Reto Demográfico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002408


A la Mesa de la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


El Diputado Tomás Guitarte Gimeno de la Agrupación de Electores Teruel Existe, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
ley para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico sobre la ordenación del despliegue de instalaciones para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.


Exposición de motivos


En España el despliegue territorial acelerado de los parques eólicos, las plantas fotovoltaicas y las termosolares que se ha producido en los últimos quince años, está provocando una acusada transformación territorial. Se ha pasado de unas
pocas instalaciones, de dimensiones reducidas, cuyo impacto quedaba amortiguado, a una masificación del territorio con unos equipos de grandes dimensiones, aerogeneradores que alcanzan los 200 metros de altura, y enormes extensiones de instalaciones
energéticas y redes eléctricas.


Se ha producido un salto en las dimensiones, un cambio de escala, que está provocando el cambio radical de uso del suelo en más de 260.000 hectáreas, cuyo impacto paisajístico representa necesariamente un alcance mucho más amplio. Esta
transformación territorial de naturaleza industrial conlleva un aprovechamiento lucrativo sobre el medio ambiente, un bien común, de una enorme dimensión económica e importantes impactos territoriales, ambientales y paisajísticos.


Una transformación realizada sin una legislación específica, ni adaptada, para la ordenación de un proceso técnico-industrial, de dimensiones desconocidas hasta hace sólo veinte años, con enorme capacidad de transformación. Hasta el punto
que los planes de ordenación territorial de las comunidades autónomas, aprobados en las décadas anteriores, no contemplaban figuras específicas ni métodos para integrar un proceso de cambio territorial de esta naturaleza.


La percepción social sobre el despliegue de las energías renovables también ha experimentado un cambio paralelo. De la aceptación de unas instalaciones puntuales, como iconos de una economía sostenible, en la década de los 90 del siglo XX,
a una preocupación y malestar creciente, hasta una oposición cada vez más amplia y conflictos sociales que pueden dificultar el éxito del propio proceso. Este cambio en la percepción social manifestado, entre otras formas, en una importante
reacción ciudadana organizada en muchos territorios de España, se puede explicar tanto por las propias dimensiones de un proceso de expansión masivo, con mínimos controles y escasa transparencia en los procesos de implantación, sin suficiente
participación de las comunidades locales en los proyectos, como por el



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contraste con los modelos de gestión de los despliegues en Europa. Del mismo modo esta reacción social está motivada por los cambios de valores sociales que comportan un creciente aprecio por la naturaleza y la vida rural, así como la
defensa de postulados medioambientalistas y ecologistas, además del impulso del turismo de naturaleza como fuente de desarrollo; y seguramente también por el conocimiento de la ciudadanía de las estrategias de algunos agentes del proceso con
métodos especulativos. Un cambio que está suscitando una importante reacción social, en línea con los cambios económicos y de usos del suelo que comporta y con el modelo 'desde arriba hacia abajo' con el que se gestiona desde el punto de vista
administrativo.


Esta proposición no de ley surge de un compromiso político en la lucha contra el cambio climático, se plantea desde el apoyo a las políticas y leyes para luchar contra la emergencia climática e impulsar la transición energética. Entendemos
que la descarbonización de la economía es un avance histórico con el que estamos comprometidos por lo que apoyamos el necesario impulso de las energías renovables. Los beneficios de las energías renovables son múltiples y evidentes. En línea con
las instituciones internacionales y españolas, con los acuerdos internacionales sobre el clima, consideramos que es absolutamente necesaria y urgente impulsar la transición energética para luchar contra el cambio climático y contra la pérdida de la
biodiversidad, de una forma sostenible.


En relación al despliegue masivo de los parques y plantas de energías renovables, consideramos que, en primer lugar, las políticas y leyes de ordenación del territorio deben cumplirse en todas las Comunidades Autónomas, y del mismo modo, que
las cartas de paisaje deben obligatoriamente de constituir una garantía para el medio natural y para las sociedades futuras. Que la legislación sobre protección de medio ambiente y las evaluaciones de impacto ambiental deben respetarse de manera
escrupulosa, sin artificios ni estrategias para aminorar sus exigencias.


Trasladamos al Congreso la preocupación por el proceso acelerado de expansión de los macroparques de energías renovables sin criterios de sostenibilidad territorial. Una preocupación que es compartida con muchas organizaciones sociales,
territoriales, culturales y ecologistas en todas las Comunidades Autónomas. Una preocupación que es expresada por miles de ciudadanos y que está directamente relacionada con la manera de gestionar la implantación de las energías renovables, sin
atención a los intereses y expectativas de las comunidades locales.


Debemos recordar que desde los años 90 del siglo pasado, 'Alemania y especialmente Dinamarca alentaron el desarrollo de grupos de base y crearon una legislación para favorecer el desarrollo de parques eólicos gestionados por cooperativas
locales. La amplia aceptación del público sobre la energía eólica en estos países está directamente asociada con la política de fomento de la propiedad local.' 92


Hasta el momento en España existe una normativa europea y española muy detallada para casi todas las cuestiones del sector eléctrico que están directa o indirectamente vinculadas con el despliegue territorial de renovables. Así, en el
ámbito europeo existe una amplia normativa: directiva 2018/2001, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y directiva 2018/844 relativa a la eficiencia energética de edificios, directiva 2018/2002 sobre eficiencia
energética, reglamento 2018/ 1999 del Parlamento Europeo sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, directiva 2019/944 y reglamento 2019/943 sobre normas comunes para el mercado de la electricidad. Entre la
legislación española: ley 20/2013 sobre el sector eléctrico, y también la normativa que regula las subastas de energía renovable, los derechos de acceso y conexión a las redes eléctricas, y finalmente una necesaria ley de cambio climático en
proceso de aprobación por las Cortes Españolas. En la misma línea el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha diseñado una amplia gama de herramientas de planificación: el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima
2021-2030 que incorpora un Estudio ambiental estratégico y el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030.


Sin embargo, sobre el despliegue territorial de las instalaciones de energías renovables, un proceso que en 15 años (2005-2020) habrá construido parques y plantas por una potencia de 161 gigavatios sobre parcelas agrícolas, espacios
forestales o pastizales, no existe normativa para su ordenación y regulación, cuando va a provocar un cambio radical en el uso del suelo de al menos 260.000 hectáreas (en 2030), así como múltiples e importantes impactos ambientales, paisajísticos y
territoriales y la transformación de numerosas economías locales.


Junto a estos hechos consumados, la importancia de los nuevos proyectos de energías renovables, anunciados o en vías de ejecución, tanto por la concentración de la capacidad productiva en numerosos macro-parques y macro-plantas que superan
los 100 MW, como por su desarrollo vertiginoso, está


92 1Dan Van der Horst (2010) https://core.ac.uk/download/pdf/143455524.pdf



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suscitando en España un importante rechazo social, como había sucedido en Reino Unido a finales del siglo XX.


Es compartido por numerosos y respetados científicos que, en España, muchos de los estudios de evaluación de impacto ambiental sobre el despliegue de energías renovables han sido expuestos al público con precipitación y que, siendo
documentos muy extensos, muchos de sus contenidos no se ajustan a la calidad exigible. Que algunos de estos estudios presentan grandes carencias en el inventario de valores a conservar, establecen valoraciones que minimizan sin fundamento los
impactos negativos y para atenuarlos proponen unas supuestas medidas correctoras que en muchas ocasiones son ridículas e imposibles de cumplir y de controlar. En definitiva, son meros instrumentos para ajustarse al índice legal y justificar un
impacto ambiental que más que analizar soslayan.


Es imprescindible que los análisis técnicos de posibles impactos se efectúen transversalmente y con rigor, siguiendo las directrices del Consejo de Europa sobre Patrimonio y Paisaje Rural (2007) respaldadas por la propia Unión Europea en
Bruselas (2009) y Roma (2017) y mandatadas mundialmente por Naciones Unidas a través de múltiples convenios y programas, tomando en cuenta que, en este caso, no solo se trata de la devaluación estética e impacto visual que produce la masiva
implantación de parques eólicos y áreas fotovoltaicas, sino también del enorme perjuicio que causan sus elementos complementarios (longitud y anchura de caminos de acceso a las instalaciones y a los apoyos, remoción de tierras, kilométricas líneas
de alta tensión para la evacuación energética, etcétera) destruyendo suelo natural y los elementos patrimoniales etnológicos, pecuarios y agrícolas.


Diferentes científicos han señalado que el 'monocultivo' de energías renovables si no va acompañado de un desarrollo industrial paralelo, si no fomenta el desarrollo complementario de las actividades agropecuarias, va a fomentar aún más la
despoblación. Si el despliegue de renovables se hace a costa de los recursos que tiene el territorio para fijar población, si los proyectos de renovables no se diseñan racionalmente para impulsar una economía verdaderamente sostenible,
complementada con el turismo sostenible que ya cuenta con importantes inversiones; si no se utilizan como recurso la naturaleza escasamente antropizada y de aire y cielo limpios, el patrimonio cultural y el patrimonio social de convivencia,[...] el
deterioro del medio rural va a crecer, incluso aunque los proyectos de renovables que se están implementando proporcionen algunos ingresos en las arcas municipales o en a los propietarios agrícolas.


Frente a estos hechos parece evidente, ante el acelerado despliegue de renovables en España, que el proceso desborda tanto los instrumentos legales que se utilizan para su ordenación como a la capacidad de control de la Administración; que
la legislación española y las administraciones públicas carecen de un modelo físico de implantación para estas instalaciones, cuyo alcance está transformando, de manera radical, amplios territorios rurales (con usos agrarios, forestales, de pastos y
de turismo sostenible) en áreas de industrialización extensiva.


Este proceso, apoyado en una gestión de 'arriba hacia abajo', está provocando, en numerosas comarcas de toda España, una honda preocupación social, una crispación y enfrentamiento de posiciones entre los diferentes agentes y grupos sociales.
La ausencia de control en las evaluación de impacto ambiental y una regulación que facilita la implantación de macroparques y olvida la generación distribuida, que no contempla un proceso de negociación regulado con los propietarios del suelo donde
se va a implantar el proyecto ni compensaciones claras a la comunidad local, pero que se puede apoyar en la expropiación forzosa, anuncian un grave problema social que debemos evitar.


Es oportuno recordar que la propia Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica, 'insta a la administración del Estado -al ser la competente en la tramitación de parques de más de 50 MW-, y a las administraciones locales y
autonómicas, a que articulen, con carácter de urgencia, todas las medidas que sean necesarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, para limitar la dimensión de los nuevos proyectos fotovoltaicos y ordenar la distribución territorial de
estos proyectos, para avanzar en la necesaria implantación de generación fotovoltaica de una manera más equilibrada'.


Según la Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica, 'en España, cuentan con inscripción definitiva (2016-2020) 99 grandes instalaciones de generación fotovoltaica: 41 instalaciones son de 10-50 MW, 52 son de 50-100 MW y 6
mega instalaciones cuentan con más de 100 MW, en total 5.489 MW; a lo que habría que agregar, en pocos meses, 4 de la primera categoría ,13 de la segunda y 2 de más de 100 MW, que ya cuentan con su inscripción previa, lo que agregaría otros 1.216
MW adicionales en el corto plazo.



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Una tendencia que se acelerará en los años venideros, en una espiral sin sentido desde el punto de vista de las necesidades energéticas del país. Si el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima establecía el objetivo de incorporar 26.134
MW de fotovoltaica en nuestro país entre 2021 y 2030, a día de hoy tenemos una potencia de acceso solicitada de 96.000 MW, 70.641 MW más de todo lo esperado.' 93


Al contrario de lo que ha sucedido hasta el momento y de lo que anuncia la presión de las solicitudes, es necesario conseguir que las instalaciones fotovoltaicas y eólicas sean compatibles con la biodiversidad, los pastos y los cultivos
agrarios. Es necesario que todos los nuevos proyectos desarrollen instalaciones agrovoltaicas o que la eólica establezca sinergias con las actividades agropecuarias. En caso contrario, los parques de renovables serán un factor de expulsión en la
corriente migratoria. Del mismo modo, es necesario conseguir una tarifa eléctrica diferenciada que facilite la instalación de las industrias electrointensivas en las comarcas con parques de energías renovables.


En la legislación y en las prácticas administrativas de los países europeos, en especial en el caso de Dinamarca y Alemania que han seguido un modelo de planificación y gestión 'desde abajo hacia arriba', se pueden encontrar modelos de éxito
para ordenar la expansión de las energías renovables con respeto al medio ambiente, a la ordenación del territorio y al paisaje. Del mismo modo, en estos países existen modelos físicos de implantación y modelos de participación de las comunidades
locales en los proyectos de energías renovables que garantizan la aceptación social y el éxito del despliegue de los parques de renovables.


Por todo lo expuesto el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Tomás Guitarte Gimeno de la Agrupación de Electores Teruel Existe, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a ordenar el despliegue de instalaciones para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, mediante instrumentos de planificación y el desarrollo de una ley
específica.


1. La aprobación de un instrumento de planificación, a modo de hoja de ruta, para ordenar la expansión de las energías renovables que contenga los siguientes elementos:


a) Una estrategia estatal para el despliegue de energías renovables basada en las siguientes opciones:


i. El respeto a la normativa para la protección del medio ambiente y de la biodiversidad,


ii. La modificación, si es el caso, de la normativa de ordenación del territorio para que contemple específicamente la regulación de la implantación de instalaciones de energías renovables, y la obligación de respetar las indicaciones de
las cartas de paisaje,


iii. El impulso prioritario de la generación distribuida, apoyado con medidas específicas y la asignación del 80% de las nuevas subastas de energías renovables,


iv. La repotenciación de los parques eólicos más antiguos, a través de subastas específicas,


v. La priorización de parques y plantas agrovoltaicos en todas las subastas,


vi. El fomento de proyectos industriales y sistemas intensivos de aprovechamiento energético en las comarcas receptoras, para aquellos proyectos con plantas, centrales y parques superiores a 50 MW.


b) El fortalecimiento de las comunidades energéticas, incluyendo en esta función a las cooperativas agropecuarias.


c) Un código de buenas prácticas sobre la participación de las comunidades locales en los proyectos empresariales de cada comarca, en aplicación del modelo físico de implantación para parques y plantas de energías renovables superiores a 1
MW, que será regulado por ley.


d) La evaluación del despliegue de parques, plantas y centrales de energías renovables realizado hasta abril de 2021 y, en su caso, la adopción de medidas correctoras.


2. La aprobación urgente de una ley para ordenar la expansión territorial de las energías renovables y la regulación del aprovechamiento lucrativo de un bien común, como es el medio ambiente, que obtienen los parques, plantas y centrales de
energías renovables, con los siguientes objetivos:


93 https://anpier.org/2021/03/02/los-macroparques-toman-espana-frente-al-modelo-mas-distribuido-de-europa/



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a) Asegurar la adecuación estricta de cualquier parque de energía renovable con las normas de ordenación del territorio correspondientes y con las cartas de paisaje, así como con la economía local.


b) Garantizar el cumplimiento riguroso de la normativa sobre protección del medio ambiente y de la biodiversidad, de acuerdo con las normas autonómicas, estatales y europeas.


c) Crear e implementar un modelo físico de implantación para parques de energías renovables superiores a 1 MW.


i. Que favorezca la participación de las comunidades locales en los proyectos energéticos,


ii. Que excluya la aplicación de la expropiación forzosa,


iii. Que impulse el desarrollo de proyectos agrovoltaicos,


iv. Que impida la fragmentación de grandes proyectos para salvar las limitaciones de la normativa ambiental o de ordenación del territorio,


v. Que las subastas prioricen las plantas, centrales y parques, o conjuntos de ellos, superiores a 50 MW, con un proyecto industrial en la comarca de implantación.


d) La creación y regulación de un canon extrafiscal sobre los parques, plantas y centrales de energías renovables para impulsar el desarrollo territorial de las comarcas afectadas, para minimizar las afecciones ambientales y para compensar
el aprovechamiento lucrativo de un bien común, el medio ambiente.


e) Regular e implementar los planes autonómicos para el despliegue de energías renovables, en el marco de la ley de cambio climático y transición energética, del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y del Plan nacional de adaptación al
cambio climático.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Tomás Guitarte Gimeno, Diputado.-José María Mazón Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/002381


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre la necesidad de ofrecer soluciones a los jóvenes, sea debatida ante la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en lugar de ante la Comisión de Derechos Sociales y Políticas
Integrales de la Discapacidad.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación
Digital en lugar de por la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, al Grupo Parlamentario proponente y a las Comisiones de Asuntos Económicos y Transformación Digital
y de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos a través del presente escrito pide a la Mesa del Congreso de los Diputados la remisión de la iniciativa Proposición no de Ley sobre la necesidad de ofrecer soluciones a los
jóvenes a la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


La parte dispositiva de esta iniciativa hace referencia a asuntos competencia del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital como parte del Plan de Reformas Estructurales de la economía española que han sido presentadas en
comparecencia por la propia ministra y vicepresidenta segunda del Gobierno en múltiples ocasiones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/002410


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso al desarrollo y la adopción de tecnologías disruptivas basadas en
la Inteligencia Artificial y las encaminadas a aumentar la confiabilidad en esta, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


El ingenio y la innovación han impulsado el avance de las sociedades a lo largo de la historia. La Inteligencia Artificial (IA) es otra de estas innovaciones disruptivas fundamentales. La Comisión Europea se ha referido recientemente a la
IA como 'sistemas de software (y posiblemente también de hardware) diseñados por humanos que, ante un objetivo complejo, actúan en la dimensión física y digital. Y es que la ingente proliferación de datos, los avances en los sistemas de computación
y almacenamiento y la existencia de sofisticados algoritmos y métodos de aprendizaje automático están haciendo de la IA un proceso irreversible en expansión dentro de nuestro sistema económico y social. Hablamos de una cuarta revolución industrial
que abarca a todos los países avanzados y, por tanto, también a España.


La IA ha sido identificada a nivel mundial como una de las tecnologías con mayor proyección e impacto en todas las áreas de actividad. Su potencial de transformación es enorme, desde el punto de vista tecnológico, económico, ambiental o
bien social, dada su gran penetración intersectorial (salud, industria, seguridad, transporte, educación, gestión energética, etc), elevado impacto, rápido crecimiento y contribución a la mejora de la competitividad. De hecho, ya es es una
realidad, con incidencia en actividades cotidianas (buscadores de internet, aplicaciones para móviles, asistentes virtuales de voz, recomendaciones de comercio electrónico, sistemas de reconocimiento facial y de voz, aplicaciones del internet de las
cosas, robotización, etc), así como en los ámbitos de investigación multidisciplinar, en los que esta tiene un elevado potencial de transformación. Así, la IA no se contempla sólo como un ámbito de investigación científica o de desarrollo
industrial, sino como una gran oportunidad para aplicarla en la transformación de la economía y la sociedad con significativas mejoras en eficiencia y productividad. Los datos lo avalan. En 2018, la IA contribuyó con 1760 millones de euros al PIB
mundial. Esta ya es una cifra lo suficientemente alta como para considerar a la IA como imprescindible en la planificación económica, pero se estima que su potencial es aún mayor. Los expertos señalan que en 2030 su aportación superará los 14
billones de euros cada año.


Por todo ello, se hace necesario impulsar desde los poderes públicos los procesos de inversión tanto pública como privada que permitan aprovechar al máximo nuestra capacidad como país para afrontar los retos y oportunidades que la IA
plantea. Además, debe darse una adecuada respuesta a los múltiples impactos que, sin duda, traerán estos cambios tecnológicos disruptivos, y que requerirán de una perspectiva interdisciplinar: desde la ingeniería técnica o la informática, a otras
disciplinas como las



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matemáticas, la economía, la biología, las ciencias ambientales, la neurociencia, el derecho, la filosofía, la sociología, etc. Se trata con ello de incorporar aspectos vinculados que van desde optimizar el consumo energético en los
procesos informáticos, proteger los derechos de la ciudadanía en la elaboración y explotación de grandes bases de datos, la perspectiva de género para cerrar brechas tecnológicas, equiparar el acceso independientemente del lugar del territorio donde
se viva, avanzar en la transición ecológica, mejorar las capacidades digitales de empresas y trabajadores o bien reforzar competencias digitales en el conjunto de la población, etc.


El Gobierno de España ha presentado, en diciembre del año pasado, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), para el período 2020-2025. Esta Estrategía se enmarca en la Agenda España Digital 2025, la cual, a su vez, es un
componente central del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. La ENIA se estructura en seis ejes estratégicos de actuación que se centran en impulsar la investigación científica y la innovación en IA; promover
las capacidades digitales y potenciar el talento; desarrollar plataformas que den soporte de datos e infraestructuras tecnológicas; integrar la IA en las cadenas de valor; potenciar el uso de la IA en la administración pública y establecer un
marco ético y normativo que refuerce la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, tanto individuales como colectivos, salvaguardando su privacidad y valores éticos de manera que garanticen una plena inclusión y garantice el
bienestar de la sociedad.


Además, la ENIA está alineada con las políticas digitales marcadas por la Comisión Europea para el nuevo periodo, recogidas en la Agenda Digital para Europa, la Estrategia 'IA para Europa' adoptada en febrero de 2018, el Plan Coordinado de
la IA 2019-2027, la Comunicación COM (2020) 65 final 'Configurar el futuro digital de Europa' o, más recientemente, el Libro Blanco sobre la Inteligencia Artificial, publicado en febrero de 2020. Además, los objetivos de la Estrategia están en
línea con la Agenda 2030 y con las Recomendaciones de la OCDE, para que la acción pública integre los ámbitos económicos, sociales y ambientales. Por tanto, esta estrategia se alinea con el compromiso compartido europeo, de contribuir a reducir el
déficit de inversión de Europa respecto a Estados Unidos y China, para aprovechar sus capacidades y pugnar por situarse como una economía líder en la materia.


Cabe destacar que nuestro país parte de una posición favorable. Contamos con décadas de inversión en infraestructuras y tecnologías de la información y la comunicación (TIC), empresas destacadas internacionalmente en el terreno de las
telecomunicaciones, instalaciones de alto rendimiento computacional para el procesado masivo de datos, grandes grupos de investigación públicos y privados o bien una red de infraestructuras digitales de las mejores de Europa, todo ello con un
importante efecto tractor sobre la actividad económica en su conjunto.


Sin embargo, esta posición favorable convive con la necesidad de reforzar, a partir de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, en el impulso del desarrollo y la integración de la IA en el tejido productivo, la economía y la
sociedad, al tiempo que se afrontan grandes desafíos sociales para avanzar hacía una IA más fiable, inclusiva y sostenible, al tiempo que se afrontan grandes desafíos sociales como la reducción de la brecha de género digital, favorecer la transición
ecológica y beneficiar la digitalización y desarrollo de la IA que impulse la vertebración territorial del país.


Por último, el fuerte impacto que la IA supone en tantos ámbitos, los cambios y grandes novedades que esta acarrea, requerirá de una adecuación de nuestro marco ético y normativo (tal como recoge el sexto eje estratégico de la Estrategia
Nacional de IA), de manera que regule esta nueva realidad y garantice los derechos de la ciudadanía frente a posibles usos indebidos. Así, por ejemplo, la preservación de nuestra intimidad frente a la explotación de datos masivos, las normas de
tráfico ante el posible uso de vehículos autónomos sin conductor, el control ante un posible uso indebido de imágenes falsas creadas con IA (deepfake) para difundir bulos, las repercusiones de la IA sobre la seguridad, la regulación ante un posible
diseño sesgado de algoritmos que reproduzcan prejuicios y comportamientos discriminatorios, protección de derechos de autor, son algunos de los muchos elementos que habremos de considerar en términos de código ético y como nuevas realidades que
incorporar en nuestro marco jurídico.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar, a partir de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), el desarrollo y la adopción de la Inteligencia Artificial en el conjunto de la actividad económica, tanto en el sector público



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como el privado, y su integración en las cadenas de valor para favorecer un crecimiento económico y social, inclusivo y sostenible.


2. Impulsar la adopción de nuevas tecnologías disruptivas para la digitalización de las pymes, en especial la IA para su aplicación en los distintos sectores productivos, en línea con los ejes de actuación y medidas previstas por el Plan de
Digitalización de Pymes 2021-2025.


3. Reforzar la incorporación y uso de la IA en la Administración Pública, entre otras cuestiones, para mejorar la eficiencia y eliminar cuellos de botella administrativos, en línea con el Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas.


4. Trabajar en línea con la Unión Europea para disponer de un marco ético y normativo adecuado en torno a la IA, garantizando la privacidad de la ciudadanía y en consonancia con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.


5. Impulsar las inversiones en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en IA.


6. En el marco del Plan Nacional de Competencias Digitales, impulsar las competencias digitales en todos sus niveles, así como en el ámbito concreto de la IA, de forma que se potencie el talento en estas nuevas tecnologías, al tiempo que se
logre un uso inclusivo y equitativo para toda la ciudadanía.


7. Promover la intensificación del aprendizaje relacionado con la digitalización y el uso de nuevas tecnologías vinculadas a la IA, en el marco de la formación continua de los trabajadores.


8. Favorecer el desarrollo de plataformas de datos e infraestructuras tecnológicas para dar soporte a la IA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.- María Ángeles Marra Domínguez, Pedro Casares Hontañón, Javier Alfonso Cendón, Patricia Blanquer Alcaráz, Valentín García Gómez, Manuel Gabriel González Ramos, Antonio Hurtado
Zurera, José Luis Ramos Rodríguez, Tamara Raya Rodríguez, Germán Renau Martínez, José Antonio Rodríguez Salas y Diego Taibo Monelos, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002411


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de ley sobre brecha de género en conocimientos financieros, para su debate en Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Un reciente estudio ('Diferencias de género en competencias financieras', publicado en el Boletín Económico 1/2021 por el Banco de España), ponía de relieve la desigualdad en términos de conocimientos financieros en perjuicio de las mujeres
con respecto a los hombres. Un fenómeno en absoluto exclusivo de nuestro país, sino que está lamentablemente presente tanto en economías desarrolladas como en desarrollo. Y un fenómeno que no es sino otro síntoma más de un problema estructural de
desigualdad de género.


Ya un estudio previo, elaborado en 2016 por la Red Internacional de Educación Financiera (CINFE, por sus siglas en inglés) de la OCDE (véase ATKINSON et al (2016) OECD/INFE international survey of adult financial literacy competencies),
medía los resultados separados por sexos, de conocimientos financieros en total de 30 países incluida España, a partir de un total de siete preguntas. En el caso de nuestro país el porcentaje de hombres que respondía bien a al menos cinco de esas
siete preguntas estaba por encima del promedio (67 % frente al 61 %), mientras que para el caso de las mujeres esta ratio se situaba algo por debajo de la media (50 % frente al 51 %). Esta tasa para el caso de las mujeres situaba a España en el
puesto vigésimo, mientras que para el caso de los varones nos situaba en decimocuarto lugar. En todos los países el porcentaje de aciertos era siempre mayor para los hombres.


También para ese mismo 2016 se elaboró la primera Encuesta de Competencias Financieras (ECF), en colaboración entre Banco de España, el INE y la CNMV dentro del Plan de Educación Financiera.



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El estudio ahora publicado en el Boletín Económico del Banco de España, elaborado por Laura Hospido, Sara Izquierdo y Margarita Machelett analiza los resultados a partir de los microdatos de aquella ECF, observando un patrón de respuestas
similar al de la CINFE-OCDE. Los varones tienden a responder correctamente a más preguntas que las mujeres, si bien se da la particularidad de que la respuesta errónea predominante en ellas era en realidad 'no sabe, no contesta'. Este dato es
coherente con el hecho observado en la ECF de una menor autopercepción de las mujeres sobre conocimientos financieros.


Ante estas diferencias en conocimientos podría plantearse la idea de diferentes capacidades entre hombres y mujeres, cuestión desmentida sin embargo por la ciencia. El motivo no es sino una desigualdad entre mujeres y hombres, perjudicial
para ellas. Esto puede observarse si atendemos a la brecha salarial en el propio sector financiero. Así, en términos de brecha salarial bruta, es decir, sin ajustar por las características del individuo o puesto, este 'gap' es el más alto respecto
a los demás sectores económicos, tanto en Estados Unidos como en buena parte de países de la UE (España aquí se situaría en la parte baja del ranking). Esta mayor brecha salarial para este sector tiene al menos dos causas fundamentales. La primera
es una mayor facilidad por parte de los varones para acceder a puestos de mayor responsabilidad, y con ello también mejor salario. Y segunda, al ser un sector donde se priman especialmente las horas extra, la presencialidad y la disponibilidad para
atender clientes en cualquier momento deja a las mujeres en una peor situación relativa, debido esto al desigual reparto sexual del trabajo en el hogar. Es en ellas sobre quienes mayormente recaen las tareas del hogar y cuidados, lo que dificulta
en mayor medida su disponibilidad o capacidad para realizar más horas extras. El hecho además de la maternidad puede afectar a su vez en que reciban menos formación laboral, en comparación con los hombres.


En consecuencia, aunque no existe aún consenso sobre los factores explicativos concretos (culturales, educativos, socioeconómicos, laborales, institucionales...) que expliquen la diferencia de conocimientos financieros entre mujeres y
hombres, parece en todo caso razonable pensar que los factores que incidan en este hecho derivan en última instancia de esta desigualdad de fondo estructuralmente desfavorable para las mujeres. Esta desigualdad estructural de género ayuda a
entender, de hecho, la situación brecha de género en el ámbito laboral del sector financiero, tal como se ponía de relieve en uno de los capítulos del libro La brecha de género en el ámbito económico y financiero, publicado por el Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital en 2020. Como dice en la citada obra, 'es un hecho contrastado que las brechas de género en el mercado laboral están muy ligadas a la situación familiar, en particular la tenencia o no de hijos. Penaliza
a la mujer mientras que es neutral o incluso premia al hombre'. Y esas mismas brechas de género en el mercado laboral están a su vez relacionadas con las habilidades cognitivas, tal como explica la investigadora Sara de la Rica en el citado libro.


Así pues, en definitiva, subsanar la brecha en conocimiento financiero de las mujeres con respecto a los hombres implica tomar medidas formativas concretas que aborden esta cuestión, pero sin olvidar que estas habrán de ser dentro de una
política de más amplio espectro y enfoque transversal que parta del diagnóstico de una situación real de desigualdad que sufren las mujeres, así como la necesidad de superar definitivamente tal injusta situación que afecta a la mitad de la
población.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reforzar, dentro del Plan de Educación Financiera que se lleva a cabo en colaboración con la CNMV y el Banco de España, de manera que la eliminación de la brecha de género en conocimientos financieros sea elemento troncal de este.


2. Impulsar y apoyar la elaboración de estudios e investigaciones que permitan profundizar en un mejor conocimiento sobre los posibles determinantes estructurales que coadyuvan a esa brecha de género en formación financiera, y que un mejor
conocimiento permitirá unos mejores recursos para hacer frente a esta desigualdad.


3. Con el fin de facilitar dicho conocimiento, impulsar que el Instituto Nacional de Estadística (INE), lleve a cabo la actualización de la Encuesta de Empleo del Tiempo, cuya última revisión fue publicada



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en 2011, y que tiene por objetivo conocer la dimensión del trabajo no remunerado y distribución de las responsabilidades familiares en el hogar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Pedro Casares Hontañón, Javier Alfonso Cendón, Patricia Blanquer Alcaráz, Valentín García Gómez, Manuel Gabriel González Ramos, Antonio Hurtado Zurera, María Ángeles Marra
Domínguez, José Luis Ramos Rodríguez, Tamara Raya Rodríguez, Germán Renau Martínez, José Antonio Rodríguez Salas, Diego Taibo Monelos y Laura Berja Vega, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario
Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Joan Capdevila i Esteve, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre incentivar el
uso de los vales de comida como medida para la reactivación económica para su debate en instancia en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La situación social y económica a consecuencia de la pandemia sanitaria del COVID-19 y las medidas de contención necesarias para combatirla ha comportado una situación preocupante para muchos sectores que se han visto gravemente afectados.


A nivel sectorial, se ha evidenciado que el sector de la restauración y la hostelería es uno de los más castigados por esta crisis. Las medidas que se han establecido para prevenir el avance de la pandemia (limitaciones de aforos,
confinamientos selectivos, limitaciones de reuniones, mayores medidas de seguridad, etc.), unidas a la contracción de la demanda y el consumo, han supuesto en muchos casos la insostenibilidad de muchos negocios que, con anterioridad a la aparición
del COVID-19 eran perfectamente viables desde el punto de vista empresarial. En este sentido, es imprescindible que las administraciones públicas adopten nuevas medidas para paliar los efectos de la pandemia.


Una de estas propuestas sería la adopción de la normativa necesaria para incentivar el uso de los vales de comida. Así, esta propuesta parte de la necesaria e imprescindible actuación política de apoyo y fomento a la reactivación económica
que se debe adoptar de inmediato y que, si se hace, contribuirá al mantenimiento de actividades económicas y, en consecuencia, puestos de trabajo. Asimismo, la medida aspira a contribuir a la recuperación económica tan pronto y en tanta medida como
la situación epidemiológica lo permita.


En el marco descrito, resulta primordial dirigir una parte de los esfuerzos al impulso del sector de la restauración que, como es sabido, dada la estructura de la economía del estado español, tiene un peso muy relevante en la formación del
PIB y se caracteriza por su composición mayoritaria de trabajadores autónomos y pequeñas empresas.


En este sentido, el auge del teletrabajo ha supuesto el cierre de numerosos bares y restaurantes cuya fuente principal de ingresos son los menús diarios que ofrecen cerca de las oficinas o zonas industriales. Debe tenerse en cuenta que este
tipo de establecimientos sólo son rentables cuando venden grandes cantidades, pues el margen en los menús diarios es muy reducido.


De conformidad con lo expuesto, una modificación normativa tendente a la incentivación del uso de los vales de comida se verá acompañada, necesariamente y de manera directa e inmediata, de un aumento de la demanda en el sector de la
hostelería y, consecuentemente, del empleo.


Es por ello por lo que se propone las modificaciones necesarias para permitir la deducción para las empresas que entreguen vales de comida a sus empleados, deducción que se antoja imprescindible teniendo en cuenta el impacto en el sector de
la restauración de las fórmulas indirectas de pago. Además, también es necesario adoptar la normativa para solventar la problemática vinculada a los gastos de manutención en los que incurre el propio contribuyente en el desarrollo de la actividad
económica y dotar así a los trabajadores autónomos de mayor seguridad jurídica en la deducción de sus gastos de



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manutención. Con este fin, se cree necesario establecer una exención relativa a los rendimientos de actividades económicas por el importe equivalente a la adquisición de tarjetas de comida.


Es por ello por lo que la modificación normativa descrita pretende, además de incrementar el poder adquisitivo de los autónomos que verán reducida su carga fiscal, la reactivación del sector de la restauración mediante el incremento de la
demanda de consumo no vinculado al ocio.


Es por todo ello que el Grupo Parlamentario Republicano presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a adoptar, en el plazo de un mes, las siguientes modificaciones normativas para incentivar el uso de los vales de comida y reactivar el sector de la hostelería y de la restauración:


- Crear una deducción para las empresas que entreguen vales de comida a sus empleados.


- Cambiar el tratamiento fiscal de los gastos de manutención, de gasto deducible a exención, para evitar toda litigiosidad en esta cuestión.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Joan Capdevila i Esteve, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


161/002413


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Joan Capdevila i Esteve, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que la ubicación
del SandBox se sitúe en la ciudad de Barcelona para su debate en instancia en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


El Título II de la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la Transformación Digital del Sistema Financiero regula un espacio controlado de pruebas (Regulatory SandBox) que permitirá probar proyectos financieros que aporten innovación
tecnológica y valor añadido de una forma segura para los clientes y los mercados, pero con una férrea vigilancia de las autoridades en garantía de los consumidores. Este espacio depende de la Secretaría General del Tesoro y Financiación
Internacional y en su supervisión participarán el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y/o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.


El SandBox debe ubicarse cerca del talento y cerca de las nuevas ideas e iniciativas, esto es, justo en medio del dinamismo emprendedor FinTech que es Barcelona.


Barcelona es el quinto startup hub Europeo y el primero del sur de Europa (EU-Start-ups, 2018). De todo este universo dinámico, las startups del ámbito FinTech y InsurTech representan el 4,3 % en Catalunya. Por ello, Barcelona es
reconocida internacionalmente como una ciudad innovadora y tecnológica. De acuerdo con el informe del índice de Ocupación FinTech en Europa del pasado mes de agosto, Barcelona mantiene por cuarto año consecutivo su condición de cuarta ciudad
europea más atractiva para las empresas FinTech, solo por detrás de Londres, Berlín y París (Madrid está en sexta posición). Según dicho documento, Barcelona ha captado 182M€ de financiación de capital riesgo del sector FinTech durante los últimos
5 años, cantidad muy superior a los 80M€ de la ciudad de Madrid.


Además, la Generalitat de Catalunya se ha propuesto crear un clúster financiero en Catalunya y Barcelona que tendrá un efecto multiplicador en la economía, creando un ecosistema de innovación financiera. Para ello se está trabajando en
convertir el edificio de la Bolsa de Barcelona -propiedad de la Generalitat- en un hub de empresas e instituciones financieras y tecnológicas pionero en Europa: el Barcelona FinTech Hub. Además, BME (Bolsas y Mercados Españoles) ha llegado a un
acuerdo con Barcelona Tech City, asociación abierta al ecosistema tecnológico y digital e impulsada por emprendedores locales, cuya misión es posicionar Barcelona como uno de los principales hubs tecnológicos internacionales. La alianza entre ambas
instituciones refuerza la apuesta por la innovación en el sector



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FinTech. El Barcelona FinTech Hub tiene potencial para convertirse en uno de los más importantes en Europa, resultado de las sinergias entre la iniciativa privada (BTC, BME e ICF) y la pública (GdC).


Adicionalmente, se ha impulsado la iniciativa Barcelona & Catalonia Startup Hub para contribuir al crecimiento del sector, conectando a las startups FinTech con emprendedores e inversores de todo el mundo.


Barcelona cuenta también con sedes de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC) y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), siendo esta última uno de los órganos supervisores del SandBox.


En definitiva, Barcelona tiene la capacidad y potencial para crear un entorno propicio y atraer el desarrollo de empresas FinTech, y promover la colaboración entre talento y organizaciones que permitan acelerar el ecosistema tecnológico.


La cercanía con el talento y el dinamismo de nuevas ideas e iniciativas emergentes determinará el éxito del SandBox y, por ello, la capital catalana resulta la ubicación idónea para localizar dicho espacio.


Es por todo ello que el Grupo Parlamentario Republicano presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a adoptar las disposiciones necesarias para que los servicios de la CNMV para control seguimiento y ejecución de sus funciones alrededor del Sandbox Financiero se ubiquen, en
coordinación con la Generalitat de Catalunya y sus departamentos correspondientes, en la ciudad de Barcelona.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2021.-Joan Capdevila i Esteve, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


Comisión de Sanidad y Consumo


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el refuerzo de la Detección Temprana de la
Enfermedad de Parkinson, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


La enfermedad de Parkinson es uno de los trastornos neurodegenerativos que afecta a un mayor número de personas en nuestro país, siendo la segunda enfermedad de este tipo más prevalente en la actualidad por detrás de la enfermedad de
Alzheimer. El sistema nervioso se ve afectado de manera crónica y la enfermedad avanza de forma progresiva, provocando la pérdida o degeneración de neuronas en la sustancia negra, una zona de la parte media del cerebro humano. Esto causa, a su
vez, una falta de dopamina, una sustancia clave en la transmisión de información necesaria para poder realizar movimientos con normalidad. De este modo, se producen síntomas motores típicos como el temblor en reposo o la rigidez, llevando a que se
considere a esta enfermedad como uno de los llamados trastornos del movimiento. Sin embargo, es necesario alertar también de que el perfil de persona afectada con la enfermedad de Parkinson está lejos de ser homogéneo, con un 20 % de afectados
menores de 50 años en el momento de su diagnóstico y con un 30 % de los pacientes que nunca llegan a experimentar temblor en reposo, el síntoma más tradicionalmente asociado a este trastorno.


Según datos de la Sociedad Española de Neurología de abril del pasado año 2020, la enfermedad de Parkinson afecta a entre 120.000 y 150.000 personas en España, de las cuales el 70 % tiene más de 65 años. Entre el 20 % y el 25 % de los
pacientes afectados, además, requieren al menos un ingreso hospitalario anual, con las consecuencias que esto tiene para la autonomía del paciente, para su bienestar y para el de sus familiares y personas cuidadoras. Cada año se diagnostican,
además, unos 10.000 casos



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nuevos de esta enfermedad. Esto hace que, sumado al envejecimiento de la población y a un incremento de la capacidad de diagnóstico, haga temer a los expertos que el número de pacientes se duplique en los próximos 20 años y que llegue
incluso a triplicarse en 2050.


Sin embargo, el diagnóstico temprano de la enfermedad de Parkinson sigue encontrándose varios retos que abordar. Por un lado, los pacientes tardan una media de entre uno y tres años en obtener un diagnóstico, lo que retrasa cualquier tipo
de tratamiento que pueda ser útil para convivir con esta enfermedad. Asimismo, se estima que hasta un 25 % de los pacientes diagnosticados con la enfermedad de Parkinson sufren en realidad otra patología, lo que puede ser contraproducente para el
paciente, puesto que este diagnóstico erróneo puede evitar detectar la enfermedad que realmente sí padece y retrasar así su tratamiento adecuado.


Esto se debe a que no existe a día de hoy ningún examen específico para diagnosticar la enfermedad de Parkinson, sino que el facultativo realiza este diagnóstico de la forma lo más precisa posible en base a la historia clínica del paciente,
a un análisis de los signos y síntomas que presenta, y a una exploración física y neurológica. La evidencia científica aún no es clara sobre los determinantes de la enfermedad de Parkinson, aunque los expertos apuntan a factores como la edad, la
exposición a factores medioambientales o incluso factores genéticos como posibles indicadores de riesgo para sufrir la enfermedad. Es por esto que los diagnósticos tardan en realizarse y que puede haber algún margen de error en los mismos,
especialmente con enfermedades que presentan síntomas similares.


Un diagnóstico temprano y correcto es esencial, aunque la enfermedad de Parkinson no tiene cura actualmente, porque sí existen medicamentos y tratamientos que pueden ayudar a mantener sus síntomas bajo control, mejorando la autonomía de los
pacientes y de sus familiares y personas cuidadoras. Por ejemplo, bien es conocido el uso de la levodopa, que al inyectarse en el cerebro se convierte en dopamina, supliendo la falta de esta sustancia que provoca la enfermedad. Sin embargo, el
efecto de la levodopa se difumina con el paso del tiempo y el avance de la enfermedad. También se pueden obtener importantes progresos con cambios en hábitos de vida, como la realización de ejercicios aeróbicos constantes, o la atención
fisioterapeuta y logopeda.


Por estas razones, y con motivo del Día Mundial del Parkinson que se celebra el 11 de abril, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Redoblar los esfuerzos realizados en materia de investigación y ciencia sobre los determinantes que hacen a una persona más propensa a sufrir la enfermedad de Parkinson, facilitando así los diagnósticos tempranos y su precisión.


2. Facilitar la colaboración con el sector biotecnológico y el farmacéutico para fomentar la innovación en herramientas de análisis de síntomas de la enfermedad de Parkinson que ayuden a los facultativos a emitir diagnósticos tempranos,
reduciendo los tiempos de espera actuales.


3. Estrechar la colaboración con las sociedades médicas, científicas y de pacientes para reforzar el proyecto Aula Parkinson de la Federación Española de Parkinson y favorecer la transferencia de conocimientos y buenas prácticas en el
diagnóstico y tratamiento de los síntomas de la enfermedad de Parkinson.


4. Fomentar el uso de la Red de Escuelas de Salud para la Ciudadanía en todo el territorio nacional para mejorar el conocimiento de la población general sobre la enfermedad de Parkinson, sus síntomas y su evolución, así como sobre recursos
a disposición de pacientes, familiares y personas cuidadoras, con el objetivo de desterrar estereotipos y prejuicios sobre la enfermedad en la sociedad española.


5. Establecer, en colaboración con las Comunidades Autónomas, las sociedades médicas y las asociaciones de pacientes, un Plan de Acción para el Abordaje de la Enfermedad de Parkinson y de los Parkinsonismos que contemple actuaciones
concretas a todos los niveles para mejorar el diagnóstico temprano de estos trastornos y asegurar la calidad de vida y el bienestar de las personas afectadas, de sus familiares y personas cuidadoras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2021.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia del diputado del Bloque Nacionalista Galego (BNG) Néstor Rego Candamil, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la exención de los derechos de propiedad intelectual en las vacunas de la COVID-19 y el cambio su política de adquisición para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Desde el inicio de la pandemia provocada por la COVID-19 hace un año, la búsqueda de tratamientos para los pacientes o de vacunas ha sido una urgente necesidad. Sin embargo, las decisiones politicas adoptadas más parecen responder a
intereses geopoliticos y económicos, alejados de las necesidades y la salud de la población, sin apostar decididamente por favorecer que se cuenten con los medios que permitan hacer frente al virus y lograr la inmunización global contra el mismo.


Así, el Estado español apoyó junto con el resto de Estados de la Unión la decisión de centralizar en las instituciones comunitarias la adquisición de vacunas. A partir de ese momento, toda la actuación realizada solo puede calificarse de
escandalosa y negligente, llevada además con una total falta de transparencia. En la gestión desarrollada se evidencia con total claridad la posición de la Comisión Europea de servir a los intereses económicos de la poderosa industria farmacéutica
y al negocio de las multinacionales.


De este modo, lo que debería ser una prioridad sanitaria absoluta, quedó convertida en una pura transacción económica, tal y como ha quedado demostrado en los contratos firmados, que incluso tras los escándalos de los retrasos en las
entregas de dosis comprometidas, se siguen manteniendo ocultos, y su contenido censurado a los representantes de la ciudadanía y la población en general.


Resulta vergonzosa la incapacidad para exigir de las multinacionales el cumplimiento de los acuerdos firmados, y en parte pagados, para el suministro de vacunas, y la evidencia de que para las empresas priman los intereses de mercado antes
que los compromisos asumidos y la salud pública.


Todo indica que no existió control ni seguimiento en los procesos de producción, no se verificó por parte de la Unión Europea si se estaba funcionando adecuadamente, simplemente se sentaron a esperar su llegada. Así, las primeras tímidas
reacciones se dieron cuando las propias farmacéuticas comunicaron que preveían retrasos en las fechas de entrega y una disminución en el número de dosis previstas.


Resulta sorprendente que, cuando lo que está en juego es la salud y la vida de millones de personas, no se adoptara una posición proactiva, de verificación de las instalaciones de las empresas para asegurar la producción de las dosis
precisas en el menor tiempo posible.


Tampoco puede entenderse que solo se esté produciendo la vacuna en tres países de la Unión Europea y que no se hayan realizado las actuaciones precisas para garantizar un mayor nivel de producción, dedicando para ello todas las empresas con
capacidad para ello, adecuando las fábricas existentes o creando instalaciones nuevas en aras de conseguir una producción masiva y ágil.


A todo lo anterior debe añadirse la negativa a negociar la adquisición de vacunas que no pertenezcan al 'territorio OTAN', postura que se desprende claramente de las críticas por parte de responsables de la Unión Europea a la vacuna
fabricada en Rusia, de la negativa a negociar con China que ya dispone de varias vacunas y con una amplia capacidad de suministro o la decisión de no liberar las patentes. Estos son solo algunos ejemplos que evidencian que, una vez más, la Unión
Europea funciona en base a intereses que no son los de la población en general, sino que se mueve para beneficiar a las grandes multinacionales y grupos de presión.


Contrasta con esta actitud, la demostrada por otros Estados, preocupados realmente por la salud de su población, y que han vacunado ya a un porcentaje de la población al que se tiene a día de hoy tanto en Galiza, como en el conjunto del
Estado español. Estos estados han conseguido ese nivel de inmunización mayor gracias a utilizar todas las vacunas a su alcance sin atender a presiones políticas, geoestratégicas o económicas.


El BNG considera que las Administraciones Públicas tienen la obligación de responsabilizarse de la salud de su población, por lo que es impensable que se externalice la gestión de algo tan esencial en este momento, dejando en manos de
empresas privadas las decisiones sobre la cantidad y fechas de entrega



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de vacunas, haciendo negocio, en lugar de promover una producción masiva que permita alcanzar la inmunización lo antes posible.


Debe censurarse la opacidad con la que se está gestionando todo lo referente a las diferentes vacunas y la hipocresía de la Unión Europea que se indigna ante el incumplimiento de las farmacéuticas en sus entregas mientras que al mismo tiempo
se bloquea la adquisición de otras distintas o se impide el levantamiento de las patentes.


En este sentido, cabe recordar que a finales del 2020 el Estado español se alineó con el resto de la Unión Europea, Estados Unidos, Japón y otros países ricos en contra de la exención de patentes de las vacunas contra la COVID mientras dure
la pandemia. Esta propuesta que partía de la India y Sudáfrica contando con el apoyo de otros 100 países, organizaciones sociales y sindicatos, fue debatida en el Consejo del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que de no haber sido bloqueada por los países ricos, se habría logrado el abaratamiento del precio de las vacunas y una producción mucho más rápida que facilitaría
la adquisición de un nivel de inmunización planetario, lo que favorecería especialmente a los países con mayores dificultades y también el objetivo global de inmunizar rápidamente al 70 % de la población mundial.


En el momento actual de la pandemia es necesario activar todos los mecanismos que permitan una producción masiva de vacunas, garantizando que todas las personas tengan acceso a productos médicos, de protección, medicamentos y vacunas
existentes para la lucha contra la COVID-19, para así salvar el mayor número de vidas humanas posible.


Por todo lo expuesto anteriormente, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Rectificar su postura y apoyar internacionalmente la exención de los Derechos de Propiedad intelectual relacionados con el Comercio propuesta en su día por la India y Sudáfrica y apoyada por más de 100 países, organizaciones sociales y
sindicatos, destinados a fármacos, vacunas, pruebas diagnósticas, tecnología... etc. relacionadas con la COVID-19, mientras dure la pandemia y hasta que se logre alcanzar la inmunidad de grupo a nivel mundial.


2. Establecer la incorporación de toda vacuna que haya demostrado su seguridad y superado los preceptivos controles sanitarios a los procesos de adquisición.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.-Néstor Rego Candamil, Diputado.-Míriam Nogeras i Camero, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, a instancia del diputado Oskar Matute Garcia de Jalón , al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre
liberalización temporal de las patentes de las vacunas contra la COVID-19 para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


Nos encontramos ante una crisis sanitaria global que requiere de soluciones globales. Frente a la pandemia generada por el COVID-19 que ya se ha cobrado más de 2,5 millones de vidas, las vacunas suponen la mayor esperanza para que el mundo,
todos los países y sus sociedades, puedan acabar con la pandemia. Las vacunas son por tanto, un bien común global que debería ser accesible a todo el mundo lo antes posible.


Pero lejos de alcanzar este objetivo, la disponibilidad de las vacunas es hoy limitada e insuficiente. Su producción se concentra en unas pocas empresas farmacéuticas y su distribución es acaparada por países ricos. Esto está provocando
una desigual distribución e inoculación entre países, limitando el



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acceso a las vacunas solo a los países que disponen de capacidad económica y recursos suficientes para poder costearlas, dando paso a la especulación por parte de las farmacéuticas que ostentan el monopolio de la producción.


Según Médicos Sin Fronteras, nueve de cada diez personas de países del Sur global, no recibirán la vacuna de la COVID-19 en 2021. Según el Centro de Innovación en Salud Global de la Universidad de Duke, más de la mitad de las vacunas las
han adquirido países enriquecidos, que tan solo suman el 14 % de la población mundial. Esta situación es no solo tremendamente injusta e insolidaria, sino tremendamente peligrosa para todos los países.


Porque como avisa la OMS, si no se inmuniza a la mayor parte de la población mundial posible en el menor tiempo posible, el virus mutará como ya está ocurriendo, y las vacunas podrían perder su efectividad. Por lo que todos, tanto las
personas de los estados ricos como de los empobrecidos, volveremos a estar en peligro y la pandemia seguirá avanzando, como avanzarán sus terribles consecuencias sanitarias, sociales y económicas.


India y Sudáfrica solicitaron en octubre a la OMC suspender temporalmente, mientras dure la pandemia, la exención de determinadas obligaciones recogidas en los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados
con el Comercio (ADPIC), es decir, las patentes para las vacunas. El propio acuerdo de la OMC estipula que se puede renunciar a las mismas en circunstancias excepcionales, y esta sin duda lo es. 100 países apoyaron la iniciativa, bastantes menos,
pero más poderosos, incluyendo a Estados Unidos y la Unión Europea en su totalidad, se opusieron.


La exención propuesta por Sudáfrica y la India facilitaría la posibilidad de compartir la propiedad intelectual y el know-how. Permitiría compartir el conocimiento y la tecnología de las vacunas contra el COVID-19, permitiendo una
colaboración que aumente y acelere la disponibilidad, accesibilidad y asequibilidad de las vacunas, pruebas y tratamientos para la COVID-19 a nivel mundial.


Aprobar esta liberalización temporal permitiría una producción de vacunas a escala global, una distribución a escala global y lo más importante, una inmunización a escala global. Supondría convertir las vacunas en un bien común global,
evitando más contagios, más muertes y nuevas variantes que recrudecerían la pandemia. Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a adoptar, ante la OMC y el Consejo Europeo, un posicionamiento favorable del Estado Español a la liberalización temporal de las patentes de las vacunas contra la COVID-19,
permitiendo una colaboración que aumente y acelere la disponibilidad, accesibilidad y asequibilidad de las vacunas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2021.-Oskar Matute García de Jalón, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre regulación de los servicios de atención al cliente, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


La globalización de los mercados, el incremento y diversificación constante de la oferta de bienes y servicios y de las vías de acceso a los mismos, supone cada vez un mayor volumen de operaciones comerciales en las que participan
consumidores y empresarios, aumentando la complejidad en la toma de decisiones y las ocasiones de conflicto. A esta mayor conflictividad también ha contribuido el cada vez mayor nivel de exigencia de la ciudadanía sobre la calidad de los productos
y servicios y la mayor conciencia sobre sus derechos y la forma de reclamarlos.



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La obligación por parte de las empresas de disponer de un servicio eficaz y accesible de atención al cliente que facilite información, atienda y resuelva las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia que se planteen por el cliente, debe
de constituir un elemento fundamental para garantizar la satisfacción de los consumidores y reducir la litigiosidad en las relaciones de consumo. Además, la ineficiencia de los servicios de atención al cliente, provoca que los servicios públicos
acaben convertidos en servicios de atención al cliente de las empresas y que en muchas ocasiones estas sólo respondan a las reclamaciones recibidas a través de una OMIC y no a las presentadas directamente por los consumidores y usuarios, lo que
supone un incremento ineficiente del gasto público.


Por otro lado, la canalización formal de dudas y disconformidades a través de los servicios de atención al cliente, constituye un mecanismo de comunicación entre empresas y consumidores. Un diálogo que es necesario para reforzar la calidad
y la competencia, pues el conocimiento de los motivos de una insatisfacción puntual proporciona información útil a las empresas, a los distintos sectores económicos y a las administraciones.


La Constitución Española establece en su artículo 51.1 que corresponde a los poderes públicos garantizar la defensa de los legítimos intereses económicos de los consumidores y usuarios, mediante procedimientos eficaces. En cumplimiento este
mandato constitucional, el legislador estatal ha calificado la protección de los derechos de los consumidores mediante procedimientos eficaces, en especial en relación con las personas consumidoras vulnerables, como un derecho básico de los
consumidores y usuarios (artículo 8,f del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias [TRLGDCU)] y exige
que el régimen de comprobación, reclamación, garantía y posibilidad de renuncia o devolución que se establezca en los contratos con consumidores permita no sólo asegurarse de las características y condiciones del bien o servicio, sino también
reclamar con eficacia en caso de error, defecto o deterioro, hacer efectivas las garantías de calidad o nivel de prestación ofrecidos y obtener la devolución equitativa del precio de mercado del bien o servicio, total o parcialmente, en caso de
incumplimiento o cumplimiento defectuoso (artículo 21.1 TRLGDCU).


Como señala el Consejo de Consumidores y Usuarios, la normativa vigente no ha logrado alcanzar el resultado perseguido, demostrando la experiencia que la mayor parte de los servicios de atención al cliente presentan importantes deficiencias,
a veces interesadas, que sitúan a los consumidores y usuarios en una posición de inexcusable vulnerabilidad e indefensión.


Por todo ello, el Grupo parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un proyecto de ley que regule los servicios de atención al cliente en el que, entre otros aspectos, se contemple:


1. La fijación de unos parámetros mínimos obligatorios de calidad y transparencia en la prestación de los servicios de atención al cliente.


2. La garantía en las condiciones de acceso a estos servicios y la protección de derechos de los consumidores vulnerables.


3. La obligación de disponer de números de teléfono gratuitos a disposición de los clientes para atender sus quejas y reclamaciones o cualquier incidencia que planteen.


4. La fijación de plazos reducidos, no superiores a 10 días, para resolver las reclamaciones e incidencias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2021.-María Soledad Sánchez Jódar, Ana Prieto Nieto, José Ramón Ortega Domínguez, Carmen Andrés Añón, Julio Navalpotro Gómez, Josefa Andrés Barea, Laura Berja Vega, María Luisa Carcedo
Roces, Andrea Fernández Benéitez, Sandra Guaita Esteruelas Elvira Ramón Utrabo, Daniel Vicente Viondi y Agustín Zamarrón Moreno, Diputados.-Guillermo Antonio Meijón Couselo y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Antonio Salvá Verd, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida, D.ª. Mercedes Jara Moreno y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados
del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para la urgente autorización de comercialización y
dispensación de autotest de diagnóstico de la COVID-19 en oficinas de farmacia, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Ante la epidemia de COVID-19, originada en Wuhan debida al coronavirus llamado de Wuhan o SARS-CoV-2, la estrategia seguida por el Gobierno de España para luchar contra ella, básicamente, se ha centrado en la restricción de la
libre circulación y la obligatoriedad de uso de unas mascarillas, que el Gobierno se ha negado reiteradamente a hacer más baratas y asequibles a los españoles, como evidencia su obstinada resistencia a bajar su IVA y a financiarlas.


Sin embargo, el Gobierno siempre ha ido retrasado en cuanto a la estrategia de detección, como prueba tenemos el hecho de que España, ajustando el número de tests realizados por la incidencia acumulada, siempre ha estado por debajo de la
media europea.


Para complicar las cosas, han surgido nuevas variantes, popularmente conocidas como Británica (B.1.1.7), Sudafricana (B.1.351) o Brasileña P1 (B.1.1.28.1, alias P.1), y algunas de ellas precisan PCRs más sofisticadas, ya que el ARNm de la
proteína S puede no ser amplificado.


Por otra parte, las variantes B.1.1.7 y B.1.351 se han asociado con cargas virales más altas, en comparación con las variantes existentes en los análisis preliminares, lo que resulta en valores de umbral de ciclo (Ct) más bajos para las
pruebas de PCR. La sensibilidad con las pruebas de antígeno puede aumentar debido a la mayor concentración de antígeno en las muestras.


Asimismo, la mayoría de los test antigénicos se dirigen a la proteína N, que acumula pocas mutaciones, comparada con la S, y el consenso científico concluye que los tests antigénicos deberían detectar las variantes que no son amplificadas en
la PCR cuya diana es el ARN de la proteína S.


Segundo. Recientemente, el Gobierno Inglés (PHE-Public Health England) ha evaluado cinco tests antigénicos frente a la variante británica 94. Lo hicieron con muestras con escape (drop-out) del gen S y un Ct menor de 27, que son las que
definen como de 'infecciosidad'.


Los tests antigénicos evaluados han sido los siguientes:


1. Abbott Panbio.


2. Fortress.


3. Innova.


4. Roche/SD Biosensor hisopo nasal


5. Surescreen.


No hubo fallo de detección ni en muestras de pacientes ni en diluciones de virus cultivado.


Tercero. También se ha publicado, en fecha reciente, un estudio de concordancia entre el test PanBio y la PCR para detectar la variante sudafricana. El PanBio tuvo una sensibilidad global del 69,2 % y una especificidad del 99 %. En
muestras de alta probabilidad de infecciosidad (Ct menor o igual a 30) la sensibilidad era mayor del 89 %, y era de1100 % con un CT <20. 95


Cuarto. La administración estadounidense de alimentos y fármacos (FDA), por su parte, ya ha autorizado varias pruebas para su uso sin receta médica. Además de las pruebas autorizadas en ese


94 https://www.gov. u k/govern ment/publications/sars-cov-2-lateral-flow-antigen-tests-evaluation-of-vui­20201201/sars-cov-2-lateral-flow-antigen-tests-evaluation-of-vui-20201201


95 Field performance evaluation of the PanBio rapid SARS-CoV-2 antigen assay in an epidemic driven by 501Y.v2 (lineage B.1.351) in the Eastern Cape, South Africa Oluwakemi Laguda Akingba, Kaitlin Sprong, doi:
https://doi.org/10.1101/2021.02.03.21251057



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sentido, se autorizó una prueba de cribado en serie para su uso en un entorno de sanitario sin receta, y se autorizó una prueba de cribado adicional para su uso en entorno sanitario con receta.


El doctor Jeff Shuren, director del Centro de Dispositivos y Salud Radiológica de la FDA, ha afirmado: 'Con la autorización de la FDA de múltiples pruebas, el público puede estar seguro de que estas pruebas han cumplido con nuestros
estándares científicos para autorización de uso de emergencia. Como hemos dicho siempre, si es una buena prueba, la autorizaremos'.


En total, la FDA ha autorizado tres pruebas para cribado en serie (es decir pruebas a personas asintomáticas varias veces de forma rutinaria). Las pruebas específicas autorizadas han sido:


- Quidel QuickVue At-Home OTC COVID-19 test - autorizado para el cribado en serie en el hogar.


- Abbott BinaxNOW (múltiples configuraciones).


- Abbott BinaxNOW COVID-19 Antigen. Self Test - autorizado para el cribado en serie en casa y de venta libre.


- Abbott BinaxNOW COVID-19 Ag Card 2 Home Test - autorizado para el cribado en serie en casa, y de venta libre en casa, con aplicación de telesalud.


- Tarjeta Abbott BinaxNOW COVID-19 Ag 2 - autorizada para el cribado en serie en punto sanitario, sin receta médica.


- Sistema BD Veritor para la detección rápida del SARS-CoV-2 - autorizado para el cribado en serie en punto sanitario con receta médica.


Estas pruebas habían sido autorizadas previamente por la FDA (algunas con diferentes nombres) para realizar pruebas a las personas con síntomas de COVID-19, pero las últimas decisiones autorizan la realización de pruebas a personas
asintomáticas cuando se utilizan para pruebas en serie.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Promover la aprobación por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), por la vía de urgencia, la autorización para la dispensación en oficinas de farmacia de las siguientes pruebas de autodiagnóstico:


a) Quidel QuickVue At-Home OTC COVID-19 test - autorizado para el cribado en serie en el hogar.


b) Abbott BinaxNOW COVID-19 Antigen Self Test - autorizado para el cribado en serie en casa y de venta libre (OTC).


c) Abbott BinaxNOW COVID-19 Ag Card 2 Home Test - autorizado para el cribado en serie en casa y de venta libre (OTC).


2. Instar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), por la vía de urgencia, a que siguiendo similares pasos y metodología de la PHE- Public Health England antes citada, evalúe los tests antigénicos denominados
Fortress, Innova, Roche/SD Biosensor hisopo nasal y Surescreen.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2021.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Antonio Salvá Verd, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Mercedes Jara Moreno y Tomás Fernández Ríos, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del
Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª. Macarena Olona Choclán, D.ª Mercedes Jara Moreno, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Antonio Salvá Verd, D. Andrés Alberto Rodríguez Almeida y D. Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados
del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presentan la siguiente Proposición no de Ley para la creación y desarrollo de un Plan Estratégico de abordaje integral de la obesidad , para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. La obesidad se considera una epidemia de salud mundial, con crecimiento continuado en el número de casos nuevos cada año en los países desarrollados y en vías de desarrollo. Hay que concienciar al Gobierno central, así como a los
autonómicos acerca de la obesidad como enfermedad, y no como una situación no deseada, molestia o problema estético.


Es un problema complejo que obedece a múltiples factores entre los que se encuentran los siguientes:


a) Una base genética, alrededor del 20-25 %


b) Factores externos, como son cuestiones socioeconómicas, siendo prevalente en los sectores más desfavorecidos de la sociedad.


c) Nivel de actividad física.


d) Nutrición.


e) Fármacos que favorecen la obesidad, como corticoides y psicofármacos.


f) El estrés.


g) Factores prenatales.


h) La alimentación de la madre durante la gestación.


i) Factores fisiopatológicos como el sueño, edad, alteraciones hormonales, disruptores endocrinos, plásticos disueltos en el agua que interrumpen los mecanismos de control y se comportan como estrógenos, etc.


j) Enfermedad psiquiátrica.


k) Microbiótica intestinal.


El espectro que ocasiona la obesidad es muy variado y, por ello, debe abordarse desde muchas perspectivas. Las principales complicaciones son:


1. Acúmulo de grasa, que aumenta el peso y sobrecarga de articulaciones.


2. Problemas metabólicos como esteatosis hepática, dislipemias y diabetes.


3. Enfermedades cardiovasculares como ictus, hipertensión y cardiopatía isquémica.


4. Cáncer, deterioro cognitivo y demencia.


Segundo. En la situación de pandemia por la que estamos atravesando, la obesidad es un factor que agrava la enfermedad de la COVID-19. Además, ha quedado demostrado que los pacientes obesos se contagian más y acumulan una carga viral más
elevada, teniendo un 74 % más de posibilidades de ingreso en UCI, un 48 % de incremento en exceso de mortalidad y un 66 % de más necesidad de ventilación asistida.


En España, el 21,6 % de la población adulta manifiesta obesidad, con un índice de masa corporal (en adelante, IMC) igual o superior a 30kg/ m2, y esto resulta ser un drama. Las consecuencias sanitarias inmediatas son que la obesidad mata al
paciente y arruina al sistema sanitario, produciendo un sobrecoste de 2.000 millones de euros al ario, lo cual supone el 2 % del presupuesto del Sistema Nacional de Salud. A esas circunstancias se suma el coste directo que supone una reducción de
500.000 trabajadores al año, que no se incorporan o que están de baja laboral.


Existen diversos medios para dar solución a medio y largo plazo a esta situación:


La primera, sería la prevención: es necesario un abordaje integral, comenzando con pediatras y médicos de familia, fomentando campañas de información y promoción de las dietas saludables, principalmente la mediterránea, actualmente en
desuso progresivo.


La segunda, la farmacoterapia: en todo paciente con IMC superior a 30 -que representan entre el 27-30 % del total-, si hay comorbilidades, debe sumarse la farmacoterapia a la dieta y el ejercicio regular.


En última instancia, se encuentra la cirugía bariátrica, a partir de IMC de 40, o de 35 si se acompaña de comorbilidades.


La pérdida de peso induce la curación de la mayoría de los problemas de salud relacionados con el sobrepeso (la diabetes tipo II, el síndrome de apnea sueño, la hipertensión o las artropatías). El estudio



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sueco de obesidad (SOS- Sjöstrom y cols, 2004 y 2007), de cohorte, el de mayor envergadura relacionado con la cirugía bariátrica, no sólo ha demostrado la diferencia en resultados, en términos absolutos, de pérdida ponderal, al comparar la
cirugía bariátrica con las medidas no operatorias, sino que además se asocia con un mantenimiento a 10 años del 14 %-25 % en reducción de peso. Del mismo modo, la cirugía bariátrica induce un efecto protector sobre la mortalidad en el paciente
obeso, con una reducción del riesgo de fallecimiento del 24 %. No existe un consenso internacional para definir con absoluta precisión qué pacientes son candidatos a cirugía de la obesidad. Lo más comúnmente aceptado es el criterio basado en el
Índice de Masa Corporal (IMC o BMI, en inglés) y la existencia de comorbilidades: IMC de 40 kg/ m2. Y también aquellos pacientes con IMC de 35 kg/m2, añadido a la presencia de comorbilidades imputables al exceso de peso.


Existen varios tipos de cirugía bariática:


1. Bypass gástrico, considerado el gold standard, es el procedimiento más comúnmente realizado. La pérdida ponderal es del 60-70 % a 3 años (similar a la gastrectomía tubular), con una mortalidad inferior al 0,25 %. Combina la acción
restrictiva y la malabsortiva, siendo la técnica de elección en los denominados 'pacientes golosos', con marcada tendencia a la ingesta de líquidos y sustancias hipercalóricas, como los dulces.


Tubular Gástrico: Consiste en la extirpación casi total y en sentido longitudinal del estómago, dejando un reservorio gástrico de forma tubular -en la vertiente de la curvadura menor- , sobre una sonda orogástrica que sirve de guía,
normalmente calibrada sobre un 34 Fr-36 Fr (dividir por 3 para obtener el calibre en mm, es decir entre 12 mm de diámetro aprox). Este tubo gástrico, tubular o sleeve, actúa como una operación restrictiva inicialmente, limitando el volumen
ingerido.


Con respecto a esta intervención, existen complicaciones asociadas al procedimiento a largo plazo: la pérdida de exceso ponderal que induce la gastrectomía tubular a largo plazo es similar a la obtenida con el bypass, alcanzando el 84.5 % a
3 años y un 45 %60 % a 5 años. Por definición, la gastrectomía tubular no genera un síndrome de malabsorción, y ocasionalmente produce déficit de vitamina B12, por disminución de la secreción del factor intrínseco.


En conclusión, cabe indicar que la cirugía de la obesidad reduce las complicaciones asociadas a la obesidad y aumenta la supervivencia de los pacientes. La cirugía bariátrica induce un efecto protector sobre la mortalidad en el paciente
obeso, con una reducción del riesgo de fallecimiento del 24 %, ofreciendo el sleeve (tubular gástrico) resultados similares al by-pass gástrico. Resulta pues segura y viable y es una alternativa óptima a los cambios de vida encaminados a la pérdida
ponderal, que han resultado infructuosos.


En todo caso, es preciso un abordaje multidisciplinar, si bien la cirugía de la obesidad debe ser considera un opción válida para los pacientes que necesitan perder peso para reducir las morbilidades asociadas al sobrepeso. En España la
cirugía bariática está integrada en la cirugía endocrina o en la gástrica, es decir, están asimilados a otras patologías, mientras en la sanidad privada sí existen unidades bariáticas específicas que integran a cirujanos, psiquiatras, endocrinos y
dietistas.


Siendo así, con la llegada de la COVID-19 a nuestro país se han suspendido las cirugías bariáticas y los pacientes se están muriendo, debiendo reseñarse que, en la actualidad, tenemos 11.000 pacientes esperando y se operan menos del 3 %,
siendo de 18 meses la media en las listas de espera.


Ni la medicación ni la cirugía están a la altura deseable en España, y aun estando reconocida la obesidad como una enfermedad crónica, no existe aún ninguna estrategia global nacional para el tratamiento y prevención.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover la elaboración de un Plan Estratégico de abordaje integral de la obesidad en Atención Primaria, con optimización de los programas de prevención infantil y control de peso durante el embarazo, y control de los factores
predisponentes. Asimismo, deberá promoverse la creación de Unidades de obesidad en centros de especialidades específicos, y no asimilables a otras patologías, así como Unidades de obesidad hospitalarias.


2. Promover la creación de Unidades específicas de cirugía bariátrica, con dos técnicas principales como son la manga gástrica y el by-pass gástrico. Asimismo, deberán adoptarse las medidas oportunas



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para que las listas de espera no superen los 90 días, como en cualquier otra patología que precise tratamiento quirúrgico, y si se superara, deberá dotarse al paciente de un cheque sanitario equivalente al promedio de los precios de mercado,
de tal manera que pueda recibir atención en la sanidad privada'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2021.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Antonio Salvá Verd, Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Mercedes Jara Moreno y Tomás Fernández Ríos, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del
Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Igualdad


161/002390


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a desarrollar un Plan
integral y específico destinado a atajar el desempleo femenino, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


España es el país de la Unión Europea donde más creció el desempleo entre las mujeres en el año 2020 después de Lituania. Casi tres puntos. Más del doble de la media europea.


Estudios como 'COVID-19 y la desigualdad de género en España' publicado por el Centro de Políticas Económicas de ESADE, muestran como el confinamiento y el acusado aumento del paro en España afecta de manera desigual a mujeres y hombres,
siendo éstas, las más afectadas, puesto que la destrucción de empleo afecta más a sectores altamente feminizados. Esto es, más de dos tercios de las madres españolas se quedaron en casa debido a que no trabajan en sectores no esenciales o
directamente no trabajan, algo que repercutirá en sus perspectivas profesionales a medio y largo plazo.


Además, según el barómetro elaborado por GAD-3, se pone en evidencia el escaso protagonismo del teletrabajo en España antes de la pandemia, existiendo en este campo también diferencia entre hombres y mujeres. En España hay menos proporción
de mujeres que de hombres que trabajen normalmente desde casa, aun siendo las que más se encargan de las labores domésticas y del cuidado de familiares, justo lo contrario de lo que pasa con el teletrabajo en los países de la Eurozona. Este reparto
de tareas se ha mantenido o agravado durante el confinamiento con el cierre de los centros escolares.


Según el SEPE, la tasa de paro femenino es del 20,8 %, un 43,7 % más alta que la tasa de paro masculino (14,2 %). En 2020, España es el país de la Unión Europea donde hubo más paro femenino después de Grecia.


Además, también el desempleo juvenil creció hasta el 40,7 % entre los menores de 25 años.


En el año 2020, de los 400.117 empleos destruidos, 197.172 los ocupaban mujeres, lo que significa un 49,28 %.


En febrero de 2021 hay 2.304.779 mujeres en paro, 31.404 más que en el mes de enero, lo que implica una subida del 1,36 %.


Desde que gobierna Pedro Sánchez (junio de 2018), hay 846.627 parados más, de los cuales 437.969 son mujeres, lo que supone un 51,73 %.


Casi el 30 % de las mujeres participantes en los programas de empleo de Acción contra el Hambre consideran que la pandemia ha limitado sus oportunidades laborales, frente al 15,5 % de los hombres. Así se desprende de una encuesta sobre las
necesidades durante la pandemia de las personas usuarias de la ONG, que también muestra que el 23 % de las mujeres con menores a cargo no han tenido acceso al ordenador siempre que lo han necesitado (frente al 14,9 % de los hombres).


Solo una de cada tres mujeres encuestadas ha tenido acceso a un empleo de más de 1.000 euros. En el caso de los hombres son dos de cada tres. El grupo que ha sufrido mayor malestar psicológico ha sido el de mujeres menores de 30 años,
especialmente aquellas con menores a su cargo.


Según el INE, esta brecha salarial, por cómputo anual, alcanza el 21,4 %, y datos de Eurofund señalan un aumento del 0,4 % de la brecha de género en el ámbito laboral entre abril y septiembre de 2020.



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121 años. Este es el tiempo que hará falta para poner fin a la brecha salarial en España, después de que esta haya aumentado en 33 euros durante el último año, según los cálculos de los Técnicos de Hacienda (Gestha) publicados en febrero de
2021, llegando al 22 %.


En la actualidad, las mujeres cobran 4.948 euros menos que los hombres, según se recoge en la quinta edición del 'Informe Brecha salarial y techo de cristal'.


Los técnicos admiten que las mujeres tendrían que cobrar un 27,6 % más para igualar el sueldo de los hombres, tal y como demuestran los últimos datos de la AEAT.


Aunque sindicatos como CSIF ha denunciado que la brecha salarial entre hombres y mujeres se sitúa en estos momentos en el 23 %, una cifra que se remonta a los registros de 2013.


Este sindicato también se ha remitido a los últimos trabajos realizados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en los que advertía en su Informe Mundial de los Salarios 2020-2021 de que en España los salarios de las mujeres se
han visto reducidos un 14,9 %, frente al 11,3 de los hombres durante la segunda mitad de 2020, teniendo en cuenta la pérdida de empleo y el descenso en el número de horas trabajadas.


Pero es en las zonas rurales donde la brecha salarial de género es aún mayor, llegando al 40 %. Las mujeres del ámbito rural padecen con mayor intensidad dobles y triples jornadas. Por una parte laboral, de apoyo y pilar familiar en las
actividades agrarias y, por otra, largas jornadas de cuidados. Que asuman estos compromisos produce una invisibilización de su rol social, puesto que son desarrollados en el ámbito privado y estas tareas no se remuneran de manera económica ni se
valoran socialmente, limitan la disponibilidad de tiempo y condicionan el acceso al mercado y la promoción laboral, cuando además, son claves en el desarrollo sostenible de nuestros pueblos; para luchar contra la despoblación, la preservación y
conservación de los espacios naturales, así como la preservación de nuestro patrimonio histórico y cultural y de nuestra sociedad en su conjunto.


Una de las conclusiones que recoge el Informe de Closingap relativo al año 2020, presentado en marzo de 2021, es que las mujeres cada vez participan más en el mercado laboral y durante más años, pero trabajan menores horas y con un menor
salario que los hombres, lo que se refleja en pensiones de jubilación más bajas. Además, también referencian que queda mucho camino por recorrer en cuanto a las mujeres en posiciones de liderazgo y toma de decisiones, especialmente dentro del
ámbito privado.


Asimismo señalan que las mujeres asumen la mayor parte del trabajo no remunerado lo que repercute en unas tasas de inactividad y parcialidad laboral más elevadas.


Según el Índice Closingap sobre el coste de oportunidad de la desigualdad de género en la economía española, en el empleo se sitúa en el 65 % en 2020, por lo que aún queda un 35`)/0 de brecha de género por cerrar, y según sus datos, se
calcula que podría desparecer en 2043, dentro de 23 años.


Las mujeres solo generan un 41,5 % del PIB, mientras representan el 51,4 % de la población en edad de trabajar, en consecuencia, el Informe de Closingap apunta a que, si se equiparase la participación laboral de las mujeres a la de los
hombres, el PIB español podría aumentar un 10,1 %.


Del mismo modo, si las horas trabajadas de las mujeres fuesen las mimas que las de los hombres, el PIB nacional podría crecer hasta un 7,5 %. Por último, si se igualase la distribución sectorial del empleo femenino a la de los hombres, el
PIB se incrementaría hasta un 1 %.


Esto es, si alcanzáramos la paridad en la tasa de actividad y empleo, el PIB español podría incrementarse en 230.847 millones de euros, lo que se traduciría en un aumento del 18,5 % en el PIB de 2019.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer un Plan integral y específico destinado a atajar el desempleo femenino, que contenga, entre otras, las siguientes medidas:


- Desarrollar un plan extraordinario de empleo femenino en materia de transición ecológica, para la contratación de trabajadoras en proyectos generadores de empleo en el ámbito de la energía y el clima, energías renovables, agricultura
ecológica, etc.


- Superar la brecha de género en el ámbito rural, garantizando el acceso a un empleo remunerado y estable a las mujeres que viven en nuestros pueblos, dado que es pieza clave para garantizar el desarrollo sostenible de los mismos y
constituye un importante valor para fijar su población y garantizar el relevo generacional.



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- Promover el emprendimiento femenino facilitando la formación específica, la creación de empresas y el autoempleo de mujeres.


- Facilitar y promover la financiación de las empresas formadas por mujeres, diseñando e implantando medidas de fiscalidad más favorables a las mismas.


- Incentivar fiscalmente a las empresas para impulsar la conversión de los contratos a jornada parcial de las mujeres a jornada completa.


- Incentivar fiscalmente a las empresas para promover la conversión de los contratos temporales de las mujeres en indefinidos.


- Promover una cultura empresarial que combine trabajo presencial y a distancia de manera flexible.


- Impulsar e incentivar la digitalización en el sector público y privado con el fin de promover la transformación organizativa y el teletrabajo.


- Fomentar los programas que contribuyan a la contratación de mujeres desempleadas y al mantenimiento y sostenibilidad de los puestos de trabajo de mujeres en nuestro mercado laboral.


- Desarrollar medidas específicas y de apoyo para aquellas mujeres cuya exposición al impacto económico de la COVID-19 haya sido mayor, como autónomas, mujeres con contratos temporales y mujeres que trabajan en el ámbito doméstico.


- Establecer actuaciones singulares dirigidas a mujeres que se encuentran en desempleo de larga duración y aquellas otras especialmente vulnerables ante el empleo.


- Fortalecer el compromiso con la formación integral y con la cualificación de las mujeres jóvenes, desarrollando las actuaciones y medidas contenidas en el Plan de Choque por el Empleo Joven.


- Apoyar el emprendimiento, en especial el fomento de las empresas de Economía Social.


- Impulsar políticas de formación para aquellos sectores donde las trabajadoras hayan visto suspendida temporalmente su actividad fruto del covid-19.


- Impulsar y dar visibilidad a mujeres que ya están trabajando en puestos de responsabilidad y que pueden ser ejemplo para atraer talento femenino a los sectores menos atractivos o más desconocidos para la mujer.


- Fomentar el conocimiento de los sectores que actualmente cuentan con menor atractivo para las mujeres, (p.ej. el sector de los concesionarios de automoción, el sector de la construcción) y que constituye una barrera a la hora de
considerarlos como una oportunidad profesional para las mujeres.


- Fomentar la implantación del currículum vitae anónimo o ciego para la selección de personal y evitar la discriminación a la hora de contratar.


- Incentivar medidas que impulsen el liderazgo femenino para ocupar puestos directivos y de representación y liderar equipos dentro de las empresas, así como en las cooperativas agrarias, etc.


- Fomentar la participación de la mujer en la negociación colectiva.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.-María Auxiliadora Pérez Díaz y Margarita Prohens Rigo, Diputadas.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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Comisión de Asuntos Exteriores


181/000949


Grupo Parlamentario VOX.


Diputado don Víctor Guido González Coello de Portugal.


Dirigida a la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.


Texto:


Según las informaciones publicadas, la secretaria de Estado de Asuntos Exteriores, Cristina Gallach, se ha reunido el pasado martes 30 de marzo en Caracas con la vicepresidenta de Venezuela y encargada de Economía y Finanazas, Delcy
Rodríguez. ¿Podría indicar el Gobierno qué asuntos han sido abordados en este encuentro?


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2021.-Víctor Guido González Coello de Portugal, Diputado.


Comisión de Defensa


181/000998


Grupo Parlamentario VOX.


Diputado don Agustín Rosety Fernández de Castro.


Dirigida a la Ministra de Defensa.


Texto:


¿Podría indicar el Gobierno si va a proceder al nombramiento de un nuevo arzobispo castrense tras el fallecimiento de su titular, Juan Del Río, en el marco del cumplimiento del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre la
asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y el Servicio Militar de clérigos y religiosos, firmado en Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2021.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Diputado.


Comisión de Interior


181/000952


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Diputada doña Alicia García Rodríguez.


Texto:


¿Tendrá el nuevo Centro Universitario de la Policía Nacional una única sede principal en Ávila, en la Escuela Nacional de Policía?


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2021.-Alicia García Rodríguez, Diputada.



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Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


181/000996


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Diputado don Celso Luis Delgado Arce.


Texto:


¿Está dispuesto el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a licitar o encargar la redacción del proyecto de una terminal logística ferroviaria de mercancías en el Polígono Industrial de San Cibrao das Viñas, Ourense?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2021.-Celso Luis Delgado Arce, Diputado.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/000953


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Diputado don Joaquín María García Díez.


Texto:


¿Que actuaciones concretas lleva a cabo el Gobierno para tratar de corregir las medidas aprobadas en el Parlamento Europeo en relación al Reglamento de Control Pesquero?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2021.-Joaquín María García Díez, Diputado.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/000950


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Diputado don Eloy Suárez Lamata.


Texto:


¿Cuáles son los motivos para no recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso de SEO Birdlife y la Asociación Jalón Vivo contra la construcción del pantano de Mularroya, según
anunció el pasado viernes el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico?


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de abril de 2021.-Eloy Suárez Lamata, Diputado.


181/000954


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Diputada doña Ana María Zurita Expósito.



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Texto:


¿En qué términos se realizará el trasvase de competencias de costas a la CCAA de Canarias?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2021.-Ana María Zurita Expósito, Diputada.


181/000955


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Diputada doña Ana María Zurita Expósito.


Texto:


¿Tiene previsión el Gobierno ejecutar las obras correspondientes a la regeneración y adecuación de la playa de los Tarajales en Los Cristianos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2021.-Ana María Zurita Expósito, Diputada.


SECRETARÍA GENERAL


292/000012


RESOLUCIÓN DE 21 DE ABRIL 2021, DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE ONCE PLAZAS DE AUXILIAR, POR LA QUE SE APRUEBAN Y HACEN PÚBLICAS LAS RELACIONES PROVISIONALES DE CANDIDATOS ADMITIDOS Y EXCLUIDOS AL
CITADO PROCESO SELECTIVO


De conformidad con lo establecido en la base Séptima de la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de once plazas de Auxiliar con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las
Comunicaciones de la Secretaría General del Congreso de los Diputados (Convocatoria Pública de 26 de enero de 2021), en su reunión de 21 de abril de 2021, la Comisión de Selección ha resuelto lo siguiente:


Primero. Aprobar y ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Congreso de los Diputados, y en la página web del Congreso de los Diputados de la presente Resolución y de los Anexos I, II y III, con las
relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo (con expresión de los motivos de exclusión en cada caso) y el escrito de subsanación de defectos.


Segundo. Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en las relaciones de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución a
fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.


La subsanación deberá realizarse mediante la presentación del modelo de subsanación de defectos que se adjunta como Anexo III de la presente Resolución, en el correo electrónico auxiliarestic2020@congreso.es adjuntando, en su caso, copia de
la documentación correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2021.-La Presidenta de la Comisión de Selección, Sofía Hernanz Costa.



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ANEXO I


Relación provisional de admitidos (*)


Turno general


Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


ABAURREA;VELARDE;JORGE;***8652**


ADALID;ANGUIANO;JOSE MARIA;***9290**


ADSUAR;LLEDO;JESUS;***3481**


AFUERA;DIAZ;IGNACIO;***3933**


AGUDO;AVILA;MARIO;***5755**


AGÜERO;OLIVERA;GASTON DAVID;***9217**


AGUIAR;MARTIN;JOSE ANGEL;***6743**


AHARRAM;FARES;MOHSIN;***4443**


ALCAIDE;DELGADO;JOSE MARIA;***5194**


ALCAIDE;PELETERO;VICTOR;***1631**


ALCAZABA;BUSTAMANTE;CARLOS JOEL;***1970**


ALCAZAR;GOMEZ;MARIA JOSE;***7190**


ALDEA;PELAYO;OSCAR;***8460**


ALDEANUEVA;RODRIGUEZ;PABLO;***3467**


ALEGRE;ALVAREZ;IGNACIO;***9658**


ALEJO;MORENO;IVAN;***9775**


ALEMANY;DE AGUINAGA;NURIA;***3161**


ALMENDRO;PLIEGO;ISRAEL;***5284**


ALONSO;GRANDE;DAVID;***2917**


ALONSO;MARTINEZ;MIGUEL ANGEL;***2183**


ALONSO;PALLARES;PEDRO SANTIAGO;***2774**


ALONSO;REGUERO;CELIA;***6888**


ALONSO;RIVAS;DAVID;***3802**


ALONSO;VIANA;MARIA ARANZAZU;***6673**


ALONSO-CARRIAZO;MARTIN;SERGIO;***0902**


ALVAREZ;ARAGON;ALFONSO;***5002**


ALVAREZ;FERNANDEZ;MANUEL;***7586**


ALVAREZ;GARCIA;CARLA;***9370**


ALVAREZ;ROSON;JOSE MARIA;***1428**


ALVAREZ;TORRES;TOMAS JESUS;***1164**


ALVAREZ;TURRION;SARA;***8153**



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Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


AMANTE;LUNA;JAVIER;***2121**


AMIGO;GONZALEZ;JESUS;***2207**


AMOR;CAÑADAS;CELSO;***9847**


ANTON;MARTINEZ-CARRASCO;MANUEL;***4222**


APARISI;PEINADO;JAVIER;***2408**


ARACIL;PEREZ;CARLOS;***0578**


ARAGON;CRESPO;OSCAR;***2229**


ARANDA;ANDUJAR;ANDRES;***6976**


ARECES;ZARCO;IGNACIO;***8387**


ARELLANO;AVALOS;AURELIO;***3589**


ARENAS;ALVAREZ;SAMUEL;***8321**


AREVALO;ANDRES;CARLOS DANIEL;***0516**


AREVALO;TORRES;JUAN JOSE;***1492**


ARIAS;HERNANDO;FRANCISCO;***6106**


ARRABE;MURILLO;PABLO;***9197**


ARRANZ;LANCHA;HECTOR;***0026**


ARREGUI;HERNANDEZ;ERNESTO SANTIAGO;***0828**


ARRIBAS;VALERO;MIGUEL ANGEL;***6414**


ARRIETA;AGUILETA;OLATZ;***4311**


ARROYO;GARCIA;DAVID;***3666**


ARROYO;SIMON;RICARDO;***3967**


ASENSIO;PALAO;RAMON;***6192**


AYALA;HUANAY;HENRY BRAULIO;***5485**


AYALA;QUINTANA;HECTOR;***2328**


BADA;SANCHEZ;JESUS;***5581**


BALLESTEROS;CARRETERO;MARIA NELIDA;***0194**


BAO;LOPEZ;MARIA DEL SOL;***8331**


BAQUE;TARAMONA;GUILLERMO;***1378**


BARAHONA;GARCIA;PABLO;***6815**


BARBA;BAÑOS;ALICIA;***7130**


BARBA;PAREJA;LAURA;***2221**


BARBER;GARCIA;LAURA;***9779**


BARREDA;PINTADO;ANGEL;***7126**


BARRERA;GALIANO;RAFAEL;***0105**



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Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


BARRIGA;RAMOS;CRISTINA PILAR;***2741**


BARROS;DIAZ;CARLOS;***2984**


BARROSO;MUÑOZ;DANIEL;***3396**


BARTOLOME;CORREIA;ROSARIO;***7359**


BARTOLOME;DE CASTRO;SERGIO;***8526**


BATANERO;MARCOS;JAVIER;***3867**


BELLVER;CARVAJAL;SUSANA;***3599**


BELTRAN;GARCIA;ANTONIO;***5723**


BELTRAN;MUÑOZ;RUBEN;***9402**


BEN EL CADI;SAKIAT;AADIL;***4608**


BEN JAAFAR;KHAITAR;MOAAD;***7252**


BENAVENTE;DE LA PIEDAD;JOSE CARLOS;***3840**


BENDALA;RODRIGUEZ;ALMA;***9058**


BENITEZ;GUERRA;CARLOS;***8255**


BENITEZ;RUIZ;CHRISTIAN;***1205**


BENITO;BARCENILLA;RAUL;***6807**


BENITO;CARRASCO;VICTOR MANUEL;***6755**


BERMEJO;AYLLON;SERGIO;***4469**


BERMEJO;CALLEJO;MIGUEL;***6427**


BERMEJO;CHILLERON;JAVIER;***6036**


BERMEJO;RODRIGUEZ;GUZMAN;***1975**


BESADA;JUEZ;MARIA;***2224**


BIENZOBAS;GARCIA;PABLO;***4263**


BLANCO;ANES;JOSE MANUEL;***5571**


BLANCO;GAÑAN;CARLOS;***3900**


BLANCO;RAMOS;MANUEL;***4823**


BLANCO;ROSAS;SERGIO;***8811**


BLAZQUEZ;FERNANDEZ;MARTA;***7266**


BOILLOS;FERNANDEZ;DAVID;***4650**


BOIX;GUIJARRO;REBECA;***6764**


BONED;LONGARES;MARTIN MANUEL;***3118**


BORREGUERO;GOMEZ;ANA;***4940**


BOTIA;DE CASTRO;PABLO;***8400**


BOTICA;SALAMANCA;JAVIER;***5676**



Página 92





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


BRAVO;SANCHA;JORGE;***1284**


BRENES;FLORES;MANUEL JESUS;***2356**


BRIZ;RODERO;JUAN CARLOS;***8681**


BRUÑA;GONZALEZ;BENJAMIN;***3812**


BUENAVIDA;BAYON;SERGIO;***8483**


BUENO;HERRERO;ALONSO;***6752**


BUENO;MARTINEZ;MARIA LOURDES;***1299**


BURGOS;LAGUARTA;ALBERTO;***1722**


CABALLERO;GARCIA;SERGIO;***7843**


CABALLERO;PADRINO;MARCOS;***0568**


CABELLO;FERNANDEZ;HECTOR;***3316**


CABELLO;GALLARDO;JAVIER;***6514**


CABEZUDO;LAGUNA;CARLOS;***9566**


CABRERA;MARTIN;PEDRO;***4761**


CABRERIZO;GOMEZ;NOEMI;***1337**


CABRERO;BARTOLOME;SERGIO;***6173**


CABRERO;LUENGO;MIGUEL ANGEL;***2831**


CALDERER;SORIANO;FERNANDO;***8448**


CALERO;BERMEJO;MARIA DOLORES;***2344**


CALERO;CORDEIRO;RUBEN;***7758**


CALLE;SAGARRA;LAURA;***3482**


CALLES;HERRERA;ALBERTO;***0358**


CALVO;GONZALEZ;BEATRIZ;***8765**


CALVO;SANCHEZ;JOSE MANUEL;***0586**


CAMARA;GALLEGO;FRANCISCO JAVIER;***2260**


CANDELA;SALINAS;BORJA;***0869**


CANET;POLIT;MARIA SANDRA;***5705**


CANO;LOPEZ;ABRAHAM;***4988**


CANO;MORALES;RAFAEL;***5062**


CANO;REDONDO;JAVIER;***8880**


CANTORAL;MARTINEZ;ALVARO;***0506**


CAÑADILLAS;PEREA;JOSE MIGUEL;***4807**


CARBAJO;RODRIGUEZ;MIGUEL ANGEL;***3238**


CARCABOSO;MORALES;FRANCISCO;***3857**



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Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


CARMONA;JURADO;MANUEL;***3643**


CARNICERO;ESCOBAR;SONIA ESTHER;***0343**


CARRASCO;ESPEJEL;ROBERTO;***0681**


CARRASCO;GONZALEZ;EVA MARIA;***0366**


CARRASCO;RODRIGUEZ;SUSANA;***0219**


CASADO;IMEDIO;BEATRIZ;***9423**


CASADO;RUIZ;ALEJANDRO;***1185**


CASADO;RUIZ;PABLO;***1394**


CASTAÑO;MOREIRA;JOSE MIGUEL;***1055**


CASTEJON;TORRES;HECTOR;***2860**


CASTELLANO;NOGALES;IRENE;***5641**


CASTILLO;ANDREU;HECTOR;***4529**


CASTILLO;AVILA;MARIA TERESA;***2262**


CASTILLO;RIO;MIGUEL;***7838**


CATALINA;LEDESMA;EDUARDO;***1026**


CAVA;PEREZ;PEDRO;***2278**


CEBADERA;SANCHEZ;DIEGO;***1280**


CEBRIAN;NUÑEZ;JESUS;***2281**


CEJUDO;VECINO;SANTIAGO FRANCISCO;***9232**


CENTENO;CORDOVA;JUAN ANTONIO;***1896**


CEVALLOS;RIVERA;JONATHAN RAUL;***1456**


CHACON;LOZANO;ESTHER;***2182**


CHAMIZO;CACERES;CRISTINA;***6510**


CHAMORRO;DIEZ;VICTOR;***4847**


CHENLO;GARCIA;BERNARDO JOSE;***3044**


CHICO;ABARCA;ANDRES;***2800**


CHICO;MUÑOZ;JAVIER;***2436**


CHISVERT;PEÑARROCHA;ESTEBAN;***8461**


CID;QUIROS;ARTURO;***5836**


CID;RODRIGUEZ;JUAN PABLO;***3717**


CID;VERDEJO;RUBEN;***1082**


CIFUENTES;RODRIGUEZ;JOSE CARLOS;***5125**


CIPRIAN;SANCHEZ;FERNANDO TOMAS;***3374**


COBEÑAS;MATEO;IGNACIO;***8947**



Página 94





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


COBO;GARRIDO;ALEJANDRO;***5285**


COCA;POZO;JOSE;***0865**


COLINAS;LANGA;DANIEL;***8401**


COLLADO;ESCALANTE;JUAN LUIS;***0760**


COLOMER;CHAPMAN;ANA;***6713**


COMPAÑ;CALAMONTE;ALBERTO;***8093**


CONTRERAS;PASCUAL;CESAR;***8996**


COQUE;SAEZ;Mª TERESA;***3968**


CORREDOR;ANTON;JUAN ARIES;***6882**


CORTES;GARCIA;ANTONIO;***0553**


CORTES;GIMENO;VANESA;***3635**


CORTES;MENDEZ;LUIS VICENTE;***4310**


CORTES;VALCARCEL;ELENA;***5763**


CORZO;MARTIN;IÑAKI;***5120**


COSIO;CERVIÑO;JOSE ANDRES;***4837**


COSTELA;MARTIN;RUBEN DAVID;***6246**


COTIN;MONTERO;CARMEN;***1944**


CRESPILLO;ROMERO;RICARDO;***5477**


CRESPO;BENAVENTE;LUIS MIGUEL;***0219**


CRESPO;MACIAS;RAUL;***9958**


CRUZ;GONZALEZ;MARIA LUISA;***6104**


CRUZ;HERNANDEZ;FERNANDO;***9162**


CUADRADO;MARCOS;FRUCTUOSO;***1582**


CUADRADO;MARTIN;MIRIAM;***8727**


CUBAS;MAYOR;JUAN LEONARDO;***2810**


CULEBRAS;DUFORT;RAMON;***3815**


DACOSTA;GUISADO;IRENE;***7169**


DE ANDRES;LOPEZ;DAVID;***9366**


DE CASTRO;ROMERO;DAVID;***4250**


DE DIEGO;MUÑOZ;SUSANA;***1668**


DE FERMIN;SAN MARTIN;ARTURO;***6231**


DE FRANCISCO;DIAZ;MIGUEL;***0037**


DE LA CAL;BRUÑA;ALBERTO;***9026**


DE LA CASA;RINCON;JUAN ANTONIO;***3571**



Página 95





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


DE LA CERA;GALACHE;RUBEN;***1080**


DE LA CRUZ;MARTINEZ;LUIS MIGUEL;***0070**


DE LA FLOR;CEJUDO;SANTIAGO;***4888**


DE LA FLOR;PICADO;ANA ISABEL;***6880**


DE LA FUENTE;VERDASCO;ROBERTO;***1257**


DE LA MONTAÑA;GUTIERREZ;DAVID;***2817**


DE LA TORRE;POLO;DIANA;***5338**


DE LA TORRE;VIEL;GEMMA;***8703**


DE MARTIN;RUIZ;JUAN MANUEL;***3689**


DEL ARCO;RODRIGUEZ;ANDRES;***1496**


DEL CASTILLO;GONZALEZ;JESUS ARIEL;***8554**


DEL CERRO;DEL PUERTO;JUAN CARLOS;***1944**


DEL LLANO;LOMBARDO;MIGUEL;***7502**


DEL OLMO;GARCIA;ALFONSO;***1954**


DEL PINO;LLORENS;ANA;***4161**


DEL RIO;FERNANDEZ;JONATAN;***0963**


DEL VALLE;MUÑOZ;TOMAS;***0060**


DELGADO;NAVERO;MARIA DEL CARMEN;***3688**


DELGADO;SANCHEZ;FRANCISCO JOSE;***3301**


DIAGO;MANZANARES;CESAR VICENTE;***8535**


DIAZ;BOUZA;JAVIER;***7983**


DIAZ;DIONIZ;EDUARDO JESUS;***3705**


DIAZ;ELVIRA;DAVID;***4255**


DIAZ;LARA;LUIS MANUEL;***2218**


DIAZ;LOPEZ;LUIS MIGUEL;***6194**


DIAZ;MAGDALENO;JUAN;***6268**


DIAZ;MURILLO;SILVIA;***5158**


DIAZ;PEREZ-SERRANO;MARIA DEL PRADO;***4986**


DIAZ;PUYOL;MARIA DEL MAR;***9029**


DIAZ;RODRIGUEZ;MOISES;***3160**


DIAZ;RUBIO;MIGUEL ANGEL;***2765**


DIAZ;SANCHEZ;PATRICIA;***8958**


DIAZ;SEOANE;MARTA;***3141**


DIAZ;SOTO;JAVIER;***8525**



Página 96





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


DIAZ;VELAZQUEZ;MIGUEL;***5714**


DIAZ DE SONSECA;PUERTAS;GERMAN;***3090**


DIEZ;BUENO;EDUARDO;***4013**


DIEZ;MENENDEZ;PABLO;***7316**


DOMBROVSKYI;LESANOV;KOSTIANTYN;***0854**


DOMENECH;RINCON;JAVIER;***9496**


DOMINGUEZ;CARBALLO;MARIA JOSE;***1331**


DOMINGUEZ;CASTRO;KEVIN;***0948**


DOMINGUEZ;GALVEZ;ARTURO;***7196**


DOMINGUEZ;MARTIN;JOSE ALVARO;***6266**


DOMINGUEZ;QUIROS;DAVID;***2300**


DOMINGUEZ;SANCHEZ;JAVIER;***5957**


DUQUE;CASTILLO;DIEGO BLADIMIR;***4687**


DURAN;ROMERO;JOSUE;***7530**


ECHEVARRIA;BRUNO;ANA;***0141**


EGUZQUIZA;ECHARRI;MARIA SUSANA;***5269**


ENCINAS;MATEOS;FRANCISCO;***8710**


ESCOBAR;BENITO;CRISTINA;***6875**


ESPADA;RUBIO;RAFAEL;***0979**


ESTEBAN;PEREZ;CARLOS;***4773**


EXPOSITO;PALOMAR;MARIA CRISTINA;***3229**


FAURA;TALAVERA;CESAR;***2128**


FELIX;MEDINA;PABLO;***6737**


FELIZ;VARGAS;CRISTIAN GERMAN;***1694**


FENOY;RAMON;ANTONIO JOSE;***5206**


FERNANDEZ;ALFONSO;CARLOS;***1274**


FERNANDEZ;ALONSO;ANTONIO;***0949**


FERNANDEZ;AULLON;JOSE LUIS;***8034**


FERNANDEZ;CALVO;MARIA DE LAS MERCEDES;***7865**


FERNANDEZ;CASTAÑO;MARIA CRISTINA;***9315**


FERNANDEZ;CASTAÑO;VICTOR;***2874**


FERNANDEZ;CASTRO;NELSON ALEJANDRO;***9528**


FERNANDEZ;CELADA;LUIS;***4024**


FERNANDEZ;DIAZ;ALFREDO;***9498**



Página 97





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


FERNANDEZ;GONZALEZ;HELIODORA;***0288**


FERNANDEZ;LOMBARDIA;OSCAR;***5333**


FERNANDEZ;LOMBAS;CARLOS;***8681**


FERNANDEZ;MERINO;ADOLFO;***3710**


FERNANDEZ;MUÑOZ;CESAR;***1448**


FERNANDEZ;NIETO;ELENA;***2385**


FERNANDEZ;NIETO;LOURDES;***2385**


FERNANDEZ;OLMEDO;JORGE;***5508**


FERNANDEZ;PERALTA;JAIME;***3993**


FERNANDEZ;PEREZ;DANIEL;***6172**


FERNANDEZ;PONCE;CONCEPCION;***1601**


FERNANDEZ;RACERO;RAFAEL;***2855**


FERNANDEZ;RINCON;JUAN;***7695**


FERNANDEZ;RODRIGUEZ;JORGE;***5859**


FERNANDEZ;SIERRA;ANA BELEN;***0120**


FERNANDEZ;UÑA;ANGEL;***2572**


FERNANDEZ CABALLERO;ZAMORA;JOSUE;***5211**


FERREIRA;GOMEZ;RAUL;***1215**


FERRERO;FERNANDEZ;MIGUEL ANGEL;***0452**


FERRERO;RIAÑO;LAURA;***5707**


FILLOY;MIGUEZ;MANUEL;***7064**


FLORES;TERRON;MIGUEL ANGEL;***4982**


FONTANA;TERCERO;MARIO;***6045**


FORONDA;APILANEZ;ARANZAZU;***7046**


FRAGO;FERNANDEZ;AGUSTIN;***6824**


FRAILE;GARCIA;JAIME;***6416**


FREAZA;PEREZ;JOSE ANTONIO;***9142**


FREILE;PELEGRIN;PATRICIA;***7771**


FRISUELOS;GRZYBOWSKI;SERGIO;***4198**


FUENTES;DOCTOR;DAVID;***5725**


FUENTES;FERNANDEZ;ESTEBAN;***4377**


FUENTES;TALAVAN;RAUL;***0353**


GALAN;GALAN;VIRGINIA;***2439**


GALAN;PEÑA;ALVARO;***6647**



Página 98





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


GALAN;RODRIGUEZ;DIEGO;***7247**


GALEANO;MOLINA;ISABEL MARIA;***8235**


GALINDOS;PEREZ;ROBERTO;***1694**


GALLARDO;CABRERA;VICENTE;***9157**


GALLARDO;LOPEZ;ANTONIO;***6955**


GALLEGO;ALCAZAR;SANTIAGO;***6742**


GALLEGO;BOLAÑOS;JOSE JOAQUIN;***2812**


GALLEGO;GARCIA;ROBERTO;***4560**


GALLEGO;IGLESIAS;MARIA ELENA;***4760**


GARAITA;PARRA;FERNANDO;***0648**


GARCES;ANDREU;RAFAEL ANGEL;***3683**


GARCIA;ACOSTA;DIEGO;***9284**


GARCIA;BEJERANO;ROBERTO;***7460**


GARCIA;CAJA;RAQUEL;***2756**


GARCIA;CALERO;MARIA HENAR;***0115**


GARCIA;CASTILLO;YOLANDA;***7184**


GARCIA;CEJUDO;MIGUEL ANGEL;***8146**


GARCIA;CORPA;FRANCISCO JOSE;***2269**


GARCIA;CORTADO;ALEJANDRO;***1180**


GARCIA;DE LA CASA;MARCOS;***2197**


GARCIA;DIAZ-CANO;MANUEL;***7533**


GARCIA;DORADO;FRANCISCO JAVIER;***9849**


GARCIA;ESTEBAN;ANTONIO;***4522**


GARCIA;FERNANDEZ;CAROLINA;***5692**


GARCIA;GAITAN;CARLOS;***6245**


GARCIA;GALAN;ALEJANDRO;***5430**


GARCIA;GARCIA;ALEJANDRO;***2982**


GARCIA;GONZALEZ;CESAR;***2548**


GARCIA;GONZALEZ;GUILLERMO;***2890**


GARCIA;GONZALEZ;IRENE;***4415**


GARCIA;HERAS;AIDA LAURA;***6991**


GARCIA;HERNANDO;RUBEN;***5479**


GARCIA;HERREROS;NICASIO;***6072**


GARCIA;LAJARA;ABRAHAM;***5931**



Página 99





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


GARCIA;LOPEZ;MARIA CONSOLACION;***4052**


GARCIA;MANSO;RICARDO;***4007**


GARCIA;MARTIN;ALBERTO;***3826**


GARCIA;MARTIN;GERARDO;***0210**


GARCIA;MARTIN;SERGIO;***7874**


GARCIA;MARTINEZ;JAVIER;***0087**


GARCIA;MESA;JESUS SANTIAGO;***5111**


GARCIA;MIGUEL;VICENTE;***7309**


GARCIA;NAVARRO;JUAN;***0678**


GARCIA;PACHECO;JOSE LUIS;***1087**


GARCIA;PEINADO;DANIEL;***6175**


GARCIA;PEREZ;RAMON;***6192**


GARCIA;PEREZ;ROBERTO;***2151**


GARCIA;POLO;ENRIQUE;***1387**


GARCIA;PORTAL;MARCOS;***3244**


GARCIA;PRADALES;GUILLERMO;***5550**


GARCIA;RAMIRO;JOSE LUIS;***1657**


GARCIA;RAMOS;HECTOR;***9473**


GARCIA;REGODON;DAVID;***7201**


GARCIA;RIVAS;FERNANDO;***3866**


GARCIA;ROMERO;ELENA;***1676**


GARCIA;RUITIÑA;ANTONIO;***4132**


GARCIA;SANCHEZ;GEMA;***0532**


GARCIA;SANZ;CECILIA;***1079**


GARCIA;SANZ;RAQUEL;***8588**


GARCIA;SEVILLA;LUIS FELIPE;***2382**


GARCIA;SOTO;MIGUEL ANGEL;***3957**


GARCIA MAROTO;FERNANDEZ;SONIA;***1945**


GARRIDO;CASTRO;MILAGROS;***1649**


GARRIDO;CORONEL;JUAN ANTONIO;***4634**


GARRIDO;GUTIERREZ;ROBERTO;***1404**


GARVIA;HONRADO;JULIO;***3817**


GASTELUT;CORREA;DANIEL;***6366**


GEANGU;GEANGU;STEFAN SEBASTIAN;***8542**



Página 100





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


GIL;CALDERON;ANA ISABEL;***8634**


GIL;ESTEVEZ;MARCIO;***6339**


GIL;GONZALEZ;JUAN PABLO;***4091**


GIRALDEZ;GRAÑA;MARCELA;***4075**


GOMEZ;BONILLA;JOSE LUIS;***7088**


GOMEZ;GARCIA;JESUS CECILIO;***1892**


GOMEZ;MARTIN;JAIME;***9420**


GOMEZ;MARTINSANZ;JESUS JAVIER;***7039**


GOMEZ;MORENO;FELIPE;***7236**


GOMEZ;OLMEDA;MONICA;***3879**


GOMEZ;OTERO;LUIS MARIANO;***5693**


GOMEZ;PARRA;DIEGO MARIA;***3629**


GOMEZ;PEÑA;ALVARO;***2652**


GOMEZ;REYES;SERGIO;***6051**


GOMEZ DE LAS HERAS;DIZ;RODRIGO;***7604**


GONZALES;JEMIO;MARCO ANTONIO;***7262**


GONZALEZ;BARRIENTOS;GUILLERMO JOSE;***2796**


GONZALEZ;BERJANO;PATRICIA;***3642**


GONZALEZ;BRAVO;ANGEL LUIS;***2483**


GONZALEZ;CHICHARRO;FRANCISCO;***6945**


GONZALEZ;CUENCA;DAVID;***4140**


GONZALEZ;DOMINGUEZ;TOMAS;***7120**


GONZALEZ;GARCIA;JESUS;***8513**


GONZALEZ;GOMEZ;DAVID;***9783**


GONZALEZ;HERNANDEZ;AARON;***0202**


GONZALEZ;HERRERA;LUIS ENRIQUE;***6242**


GONZALEZ;MACHO;LAURA;***1908**


GONZALEZ;MARTINEZ;MIGUEL;***9923**


GONZALEZ;NUÑEZ;VICTOR;***2581**


GONZALEZ;PALACIOS;DANIEL;***5635**


GONZALEZ;PALOMO;ESTHER;***2548**


GONZALEZ;PASTOR;ANTONIO;***9589**


GONZALEZ;PEÑA;ALICIA;***8916**


GONZALEZ;PERDONES;ANA MARIA;***0329**



Página 101





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


GONZALEZ;PEREZ;LUIS;***1091**


GONZALEZ;PINEL;CRISTINA;***6597**


GONZALEZ;RIO;JESUS;***8534**


GONZALEZ;SANTOS;JAVIER;***8468**


GONZALO;SANCHEZ;MARIA LARA;***6674**


GORDILLO;CAMPANARIO;LUIS ALFONSO;***7501**


GORDO;RUFES;FRANCISCO JAVIER;***6073**


GORRIZ;BARROSO;MARC;***9060**


GOZALO;MENDO;JORGE;***4269**


GRANDE;PEREZ;DANIEL;***8185**


GRANERO;RONDA;ANTONIO;***0766**


GUARDEÑO;RUIZ;FERNANDO;***8281**


GUERRA;MIRANDA;PAMELA RAQUEL;***1902**


GUIJARRO;CARRASCO;ANDRES;***1506**


GUILLEN;BARBA;FRANCISCO ASIS JAVIER;***4299**


GUTIERREZ;ANDRES;ALVARO;***9630**


GUTIERREZ;ESPINOZA;LIGDAMIS ANAXIS;***6671**


GUTIERREZ;FERNANDEZ;MARIO;***2513**


GUTIERREZ;HERRERA;GUILLERMO;***0312**


GUTIERREZ;PEREZ;LAURA;***6060**


GUTIERREZ;RODRIGUEZ;RUBENJACOB;***4127**


GUTIERRREZ;HERRERO;ALVARO;***5929**


HANAWA;SIMON;MATIAS-TENJIN;***8687**


HENCHE;CABANILLAS;DAVID;***1917**


HERAS;VERDE;JOSE ANGEL;***7464**


HEREDERO;PARRA;JOAQUIN SALVADOR;***1355**


HERNAMPEREZ;MANSO;JOSE MARIA;***7487**


HERNANDEZ;JIMENEZ;ALVARO;***2069**


HERNANDEZ;MARTIN;VICTOR MANUEL;***4990**


HERNANDEZ;MIRANZO;VICTOR;***2597**


HERNANDEZ;PEREZ;IGNACIO;***4176**


HERNANDEZ;SABOYA;MARCO ANTONIO;***0649**


HERNANDEZ;SEVILLA;RAUL;***7553**


HERNANDO;DE LA PLAZA;MIGUEL ANGEL;***8081**



Página 102





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


HERNANDO;FONSECA;MONICA;***8343**


HERNANDO;MORILLO;JESUS FRANCISCO;***3148**


HERNANZ;CELADA;OSCAR;***1555**


HERNANZ;GARCIA;MARIA BELEN;***7633**


HERNANZ;LOPEZ;DAVID;***4616**


HERRAN;CASTRILLO;PABLO;***6208**


HERRERA;MENDEZ;VANESSA PAOLA;***8128**


HERRERO;BENITO;ANDONI;***9583**


HERRERO;CARRIO;NOELIA;***7927**


HERRERO;PARRON;JAVIER;***3952**


HERRERO;VALLE;DAVID;***1344**


HERVAS;RODRIGUEZ;DAVID;***0674**


HERVIAS;REDONDO;OSCAR;***8076**


HIDALGO;BERMUDEZ;ROSA MARIA;***4649**


HIDALGO;JIMENEZ;JUAN CARLOS;***4367**


HUERTAS;GARRIDO;JOSE MARIA;***5149**


IBAÑEZ;CORDO;IRENE;***3477**


INCHAURRONDO;GARCIA;PEDRO MARIA;***4124**


INFANZON;FERNANDEZ;WILLIAMS HUMBERTO;***5516**


IZQUIERDO;BLAZQUEZ;ALEJANDRO;***8482**


IZQUIERDO;CAMACHO;MIGUEL TOMAS;***4317**


JAEN;GARCIA;IBAN;***0253**


JEREZ;JIMENEZ;LAURA;***4266**


JIMENEZ;AREVALO;MIGUEL;***6010**


JIMENEZ;BAREA;MARIA AMPARO;***0706**


JIMENEZ;CALLES;FERNANDO;***3568**


JIMENEZ;HIDALGO;MARTA;***7612**


JIMENEZ;MARTIN;GEMA;***5575**


JIMENEZ;MARTIN;SILVIA;***6623**


JIMENEZ;ORTIZ;ROBERTO;***2414**


JIMENEZ;RODRIGUEZ;DANIEL;***0272**


JIMENEZ;UTIEL;MARIO;***5425**


JIMENO;PIQUENQUE;RUBEN;***6745**


JORGE;RICO;SONIA;***6258**



Página 103





Primer apellido;Segundo apellido;Nombre;NIF


JORRO;ARAGONESES;CLARA;***7484**


JUANES;QUINTANA;DANIEL;***1786**


JUAREZ;GONZALEZ;MARTA;***3173**


JUEZ;GALLEGO;DAVID;***5509**



parte 1 parte 2