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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 161, de 16/10/2020
cve: BOCG-14-D-161 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


16 de octubre de 2020


Núm. 161



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000012 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, para el estudio y análisis de la actual Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que sirva para elaborar un Informe de diagnóstico y evaluación del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, conteniendo
propuestas de mejora, tanto del Sistema, como de la atención e intervención de estas personas, así como de la revisión del sistema de financiación, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ... (Página3)


PERSONAL


299/000003 Personal eventual para la atención de los señores Diputados.


Ceses ... (Página6)


Nombramientos ... (Página6)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000400 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a promover las medidas necesarias para paliar los daños provocados en diversos territorios por fenómenos meteorológicos adversos y otras situaciones
de naturaleza catastrófica ... (Página8)


162/000401 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la aprobación urgente de un Plan estratégico de respuesta a las necesidades de la industria turística española, sus trabajadores y
destinos ... (Página9)


162/000402 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a regular el uso de las aeronaves de la flota oficial a disposición de los miembros del Gobierno ... (Página12)


162/000403 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a la adopción de acciones para evitar el blanqueo de los crímenes de ETA, el de los presos de la organización
terrorista y el de sus herederos políticos, así como para garantizar la memoria, la verdad, la dignidad y la justicia para con las víctimas del terrorismo de ETA ... (Página17)



Página 2





162/000404 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la mejora de la atención del dolor en el Sistema Nacional de Salud ... (Página19)


162/000405 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre creación de una Autoridad Independiente para la Recuperación Económica ... (Página21)


162/000406 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a adherirse a la Resolución del Parlamento Europeo de 19 de septiembre de 2019 de condena de los totalitarismos
nazi y comunista ... (Página23)


162/000407 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, por la que se insta al Gobierno a hacer efectiva la reciprocidad de todas las televisiones autonómicas del Estado ... (Página24)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión ... (Página26)


Secretaría General


292/000011 Convocatoria de 21 de septiembre de 2020 de concurso, entre el personal laboral del Congreso de los Diputados que ostente la condición de Programador, para la provisión de diversas plazas en el Centro de Tecnologías de la
Información y de las Comunicaciones del Congreso de los Diputados. Resolución del concurso ... (Página28)


Otros textos


ESTADO DE ALARMA


091/000002 Comunicación del Gobierno que acompaña al Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas
por el SARS-CoV-2 ... (Página28)


ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA


430/000003 Comunicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2020, por el que se solicita del Congreso de los Diputados la apreciación de que España está sufriendo una pandemia, lo que supone una situación de emergencia
extraordinaria, a los efectos previstos en los artículos 135.4 de la Constitución y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera ... (Página35)



Página 3





Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000012


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, para el estudio y análisis de la actual Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que sirva para elaborar un Informe de diagnóstico y evaluación del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, conteniendo propuestas de
mejora, tanto del Sistema, como de la atención e intervención de estas personas, así como de la revisión del sistema de financiación.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso De Los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las
Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, solicita la creación de una Subcomisión de estudio y análisis de la actual Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia, que sirva para elaborar un Informe de diagnóstico y evaluación del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, conteniendo propuestas de mejora, tanto del Sistema, como de la atención e
intervención de estas personas, así como de la revisión del sistema de financiación, en el seno de la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, fue aprobada con el objetivo, tal y como se dispone en su artículo 1, de 'regular las condiciones básicas que
garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los
ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español'.


La referida Ley, que define el SAAD como el organismo que 'responderá a una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, y contemplará medidas en todas las áreas que afectan a las
personas en situación de dependencia, con la participación,



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en su caso, de las Entidades Locales', se sustenta en principios como el carácter público del modelo, la universalidad en el acceso a las prestaciones, la atención integral y transversal, la colaboración entre los servicios sanitarios y los
sociales, la personalización de las prestaciones, la adaptación de las medidas implementadas a las necesidades específicas de la mujer, y, entre otros, la participación del tercer sector y de la iniciativa privada.


La voluntad pretendida con esta norma fue crear y consolidar el cuarto pilar del Estado del Bienestar en nuestro país tras el sistema de pensiones, la Educación y la Sanidad. No obstante, y tal y como se constató en el análisis que las
entidades del tercer sector -sanitarias y sociales- hicieron en el décimo aniversario de la entrada en vigor de la Ley 39/2006, la propuesta padeció desde su génesis carencias y deficiencias especialmente tangibles en el ámbito de la financiación,
así como desde el punto de vista de la valoración de los ciudadanos solicitantes de prestación y desde la perspectiva de la concesión de las propias prestaciones.


Esta realidad se agravó como consecuencia de la crisis económica que afectó a España desde el año 2008 y aunque con el transcurso de los años se aplicaron cambios en aspectos como, el baremo de valoración o la transparencia en la gestión de
los recursos destinados a la implementación de los servicios contemplados en la Ley, el grado de desarrollo de la norma, así como en los niveles de acceso a las ayudas y la satisfacción mostrada por las personas con dependencia y sus familiares, no
fue el esperado y comprometido en 2006.


De esta forma, según los datos publicados por el IMSERSO, y recogidos en el XX Dictamen del Observatorio de la Dependencia, en su análisis del año 2019 a 31 de diciembre de 2019, el SAAD cuantificaba las personas atendidas en 1.115.183
personas, sin embargo, la atención a la dependencia no parece estar atravesando su mejor momento según los propios datos del IMSERSO.


De acuerdo con la información del XX Dictamen del Observatorio de la Dependencia, la lista de espera de las personas pendientes que se les concede o se les reconoce una prestación durante el año 2019 ha aumentado en 50.000 personas, una
tendencia que no sucedía desde 2016 (y entonces aconteció porque se incorporaron los dependientes moderados, que hasta entonces no habían podido solicitar las ayudas). Además, se registraron 38.000 servicios y prestaciones menos que en el año
anterior.


A 31 de diciembre de 2019 el incremento de personas atendidas fue un 39 % menos que el año anterior (99.400 beneficiarios más en 2018 y 60.904 en 2019). E igualmente en el Dictamen se recoge que los plazos de tramitación son de 426 días y
los profesionales de los Servicios Sociales alertan del grave deterioro de la situación.


Por este motivo, teniendo en cuenta la evolución de los datos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia del año 2019, teniendo presentes las conclusiones y el trabajo realizado a partir de la VI Conferencia de Presidentes
Autonómicos celebrada en el Senado el 17 de enero de 2017, así como del 'Informe de la Comisión para el Análisis de la situación actual del sistema de la dependencia, de su sostenibilidad y de los actuales mecanismos de financiación, para evaluar su
adecuación a las necesidades asociadas a la dependencia' de 6 de octubre de 2017 y según los últimos datos publicados recientemente por el Ministerio, referidos al año 2020, las tasas son muy negativas como consecuencia de la crisis generada por el
coronavirus, en lo que va de año se registran 46.936 solicitudes menos, 37.315 valoraciones menos, 38.668 beneficiarios con derecho a prestación pendiente de recibirla y 3.391 beneficiarios menos con prestación.


Parece necesario abordar, con urgencia, la revisión del Sistema para la Autonomía personal y atención a la dependencia, en colaboración con las CCAA y en el marco del Consejo Territorial, cumpliendo de igual manera con lo acordado en la
reunión de Presidentes Autonómicos del año 2017.


Por todo ello, se propone la creación de una Subcomisión de estudio y análisis de la actual Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que sirva para elaborar
un Informe de diagnóstico y evaluación del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y que contenga propuestas de mejora, tanto del Sistema, como de la atención e intervención de estas personas, así
como de la revisión del sistema de financiación en el seno de la de la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad cuyas características serán:


1. Objeto de la subcomisión.


Efectuar un estudio y análisis de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que sirva para elaborar un Informe de



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diagnóstico y evaluación del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, de tal modo que refuerce una gestión eficaz y sostenible y garantice la cohesión y equidad en el acceso a las prestaciones
en todo el territorio español del Sistema de la Autonomía Personal y Atención a las personas dependientes y con ello abordar la situación de los centros residenciales de carácter social (mayores y personas con discapacidad) y determinar las medidas
de actuación para evitar y eliminar las listas de espera.


Con este objetivo se propondrán la comparecencia de los agentes y entidades del Sistema para que, de las conclusiones que se extraigan, se puedan establecer propuestas de mejora que fortalezcan la situación del sistema para la Autonomía
personal y la Atención a las personas en situación de dependencia; así como la revisión del sistema de financiación.


2. Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de aquellos Grupos Parlamentarios que tengan más de cien diputados, dos cada Grupo que tengan entre veinticinco y cien diputados en la cámara, y un representante de cada uno de los
Grupos Parlamentarios restantes.


3. Adopción de acuerdos.


La elaboración de un Informe de diagnóstico de la situación actual del Sistema para la Autonomía personal y Atención a la Dependencia. De sus conclusiones se intentarán extraer los siguientes acuerdos:


- Revisar y actualizar el marco normativo vigente, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.


- Propuestas de mejora del Sistema para la Autonomía personal y Atención a la Dependencia con el fin de reforzar la calidad en la atención de la atención de las personas dependientes.


- Medidas para Eliminar y evitar las listas de espera en el Sistema para la Autonomía personal y Atención a la Dependencia.


En la adopción de Acuerdos que adopte la Subcomisión se adoptará el criterio del voto ponderado.


4. Información y funcionamiento.


De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 26 de junio de 1996, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 27 de junio de 1996 sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Comisiones de la Cámara,
para la realización del mencionado estudio la Subcomisión podrá recabar:


- La información y documentación que precise de las Administraciones Públicas competentes.


- La comparecencia de miembros de las Administraciones Públicas ante la misma, así como la de autoridades, funcionarios públicos, interlocutores sociales y cuantas personas y organizaciones resulten competentes en la materia.


5. Plazos.


Los trabajos de la Subcomisión concluirán a los seis meses a contar desde el inicio de los mismos, o en su caso, al finalizar el periodo de sesiones siguiente de aquel en que resulte constituida.


No obstante lo anterior, el plazo previsto en el párrafo anterior podrá ser objeto de prórroga por el Pleno de la Cámara cuando los trabajos de la Subcomisión así lo aconsejen, a juicio de la Mesa del Congreso, y previa propuesta motivada de
la Comisión Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2020.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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PERSONAL


299/000003


CESES


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 30 de septiembre de 2020, la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a
propuesta de la Excma. Sra. D.ª Macarena Olona Choclán, con efectos de 30 de septiembre de 2020, de D.ª Fátima García Manzano, como personal eventual en el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 30 de septiembre de 2020, la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a
propuesta de la Excma. Sra. D.ª Macarena Olona Choclán, con efectos de 30 de septiembre de 2020, de D.ª Clara María Arranz Hierro, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
VOX.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


NOMBRAMIENTOS


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 7 de octubre de 2020, la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª María Florentina
Raposo Pérez, a propuesta del Excmo. Sr. D. Guillermo Mariscal Anaya, con efectos de 7 de octubre de 2020 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asesora de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 8 de octubre de 2020 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a Dª. María Carmen
Cabrero Acosta, a propuesta del Excmo. Sr. D. Guillermo Mariscal Anaya, con efectos de 9 de octubre de 2020 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular.



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Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 30 de septiembre de 2020 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª Clara María
Arranz Hierro, a propuesta de la Excma. Sra. D.ª Macarena Olona Choclán, con efectos de 1 de octubre de 2020 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 30 de septiembre de 2020 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Salvador
Otamendi Fudio, a propuesta de la Excma. Sra. D.ª Macarena Olona Choclán, con efectos de 1 de octubre de 2020 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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162/000400


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para promover la medidas necesarias para paliar los daños provocados en diversos
territorios por fenómenos meteorológicos adversos y otras situaciones de naturaleza catastrófica, para su debate y aprobación en el Pleno.


Exposición de motivos


El pasado 11 de agosto de 2.020 varios municipios de las provincias de Ciudad Real, Toledo y Sevilla sufrieron diversos desastres naturales tras dos fenómenos meteorológicos generados por una nueva depresión aislada en niveles altos (DANA):
una granizada y una tormenta acompañada por una gran tromba de agua.


Ese mismo día la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) elevaba a nivel naranja el riesgo de fenómenos adversos. Ese cambio se debía a la peligrosidad de las tormentas en diferentes puntos del país, pero no se podía prever que la tormenta
azotase a estos municipios con tan fuerte virulencia.


Dichos fenómenos meteorológicos han causado cuantiosos daños materiales afectando a innumerables vehículos privados, ventanas, persianas, claraboyas, tejados, inundaciones de locales, mobiliario urbano, mobiliario de jardín, desprendimientos
y rotura de toldos, cables sueltos, huertos, etc.


En la provincia de Ciudad Real, el granizo ha causado múltiples daños materiales especialmente en la capital y municipios colindantes, afectando a vehículos, provocando desperfectos en ventanas, edificios, alcantarillado y daños en cultivos.


En la provincia de Toledo, también se han contabilizado incidencias en la tarde del martes 11 de agosto, principalmente en la comarca de Talavera y Torrijos. Además de los daños ya comentados la fuerte tromba de agua ha provocado el
desborde del arroyo Sanguesa, entrando en garajes y casas.


En la provincia de Sevilla la tromba de agua y granizo del pasado martes afectó especialmente a los municipios de la Sierra Sur, provocando numerosos daños en viviendas, infraestructuras públicas como alcantarillado, vehículos, mobiliario
urbano, caminos rurales y cultivos, especialmente en el olivar.


Los graves incendios del mes de agosto y septiembre pasados, en Almonaster la Real (Huelva) y en diversos puntos de la provincia de Ourense, que quemaron, según distintas fuentes, entre ocho y diez mil hectáreas cada uno, afectando a lugares
habitados y por tanto a viviendas, además de explotaciones ganaderas y de consumir una importante masa forestal, incluso dentro de parques naturales.


En definitiva, los daños han sido de una magnitud importante, llegando incluso a alterar la actividad cotidiana y económica de los municipios afectados. Consideramos que existen motivos para solicitar una actuación adecuada para paliar los
efectos causados por el granizo, la lluvia y el fuego.


Es pues imprescindible que las distintas Administraciones Públicas colaboren para ofrecer respuesta y ayuda a los afectados y que lo hagan a la mayor brevedad posible tal y como demandan las circunstancias.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar, en coordinación con el resto de Administraciones afectadas, el Informe sobre los daños producidos en diversos territorios por fenómenos meteorológicos adversos y otras situaciones de naturaleza catastrófica ocurridos en
municipios de las provincias de Ciudad Real, Sevilla, Toledo, Ourense y Huelva, aplicando, de manera inmediata, las previsiones del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades
derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.


2. Proceder a la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, según el procedimiento y a los efectos de lo establecido en la Ley 17/2015, de 9 julio, de los municipios afectados.



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3. A tenor de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, aplicar las medidas dispuestas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, que sean oportunas en cada caso concreto para subsanar los daños provocados
por las incidencias climáticas, entre ellas las siguientes:


- Puesta en marcha de ayudas directas por los daños materiales producidos, tanto en los bienes de las personas y empresas como en los de las Administraciones, así como por los gastos ocasionados para hacer frente a esta catástrofe.


- Indemnizaciones por daños en elementos afectos a explotaciones agrícolas o ganaderas.


- Beneficios fiscales aplicables a los bienes, empresas, establecimientos industriales, turísticos y mercantiles, explotaciones y otras actividades afectadas.


- Bonificaciones, exenciones y moratorias en los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social.


- Concesión de anticipos directamente por la Administración General del Estado sobre ayudas y subvenciones a las que se tuviera derecho por causa de esta catástrofe.


- Habilitar los créditos extraordinarios necesarios para dar cobertura inmediata a estas medidas.


4. Facilitar a los ayuntamientos y vecinos afectados el apoyo necesario para la tramitación de seguros y ayudas.


5. Llevar a cabo la coordinación y asesoramiento pertinente entre Administraciones para el desarrollo de dichas ayudas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2020.-David Serrada Pariente, Cristina López Zamora, Uxía Tizón Vázquez, María Luisa Faneca López, Beatriz Micaela Carrillo de los Reyes, Sergio Gutiérrez Prieto, Adolfo Pérez Abellás,
Diputados.-Felipe Jesús Sicilia Alférez y Rafael Simancas Simancas, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000401


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la aprobación urgente de un
Plan estratégico de respuesta a las necesidades de la industria turística española, sus trabajadores y destinos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Durante 2020, España se encuentra viviendo el peor año turístico de su historia, habiendo recibido tan sólo 17,4 millones de pasajeros internacionales -cifra que representa un -73 % menos que en el mismo periodo del año anterior-, y habiendo
perdido cerca de 60.000 millones de € en ingresos procedentes del turismo extranjero como consecuencia de que más de 165 países hayan establecido restricciones de diferente intensidad a la movilidad internacional para los viajeros procedentes de
España, vinculadas a la situación epidemiológica de nuestro país hasta el momento.


En el contexto de una crisis de salud pública a nivel mundial, el sector turístico español registra pérdidas semanales por valor de 5.000 millones € y el escenario más probable anticipa que nuestro país podría afrontar pérdidas de actividad
este ejercicio por importe de más de 100.000 millones €. A finales de julio, España contaba con 823.000 empleados menos en términos interanuales, de los cuales 300.00 han perdido ya sus puestos de trabajo y otros 500.000 se encuentran afectados por
ERTEs. De otro lado, agosto -el mes más potente para el sector turístico español, cerró con una pérdida de casi -40.000 cotizantes menos con respecto al mes anterior y las pernoctaciones hoteleras se hundieron cerca de un 65 % en tasa interanual.


Con estos antecedentes y en el curso de una segunda fase de la pandemia recorriendo el continente europeo, mientras no se estabilice la evolución de la crisis sanitaria y el hallazgo de una solución sanitaria efectiva al COVID-19 que permita
la reactivación de la demanda turística internacional, en paralelo resulta aconsejable ir concentrando los esfuerzos en el estímulo de la demanda interna y el fomento del turismo doméstico dentro de aquellas zonas con menor incidencia en la
transmisión del virus.



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Por otra parte, a la hora de abordar la planificación de la hoja de ruta del sector condicionado por el escenario COVID-19 y el cambio de paradigma que se producirá dentro de la industria turística, de cara al relanzamiento de la imagen de
la Marca España a nivel internacional, resulta esencial contrarrestar la deficiente gestión en materia de comunicación proyectada a lo largo de estos meses y disponer de herramientas que posibiliten reconquistar a nuestros mercados emisores
tradicionales, poniendo de nuevo en valor a España como un destino turístico único y seguro en el mundo.


Ante la ausencia de medidas de calado convincentes y valientes hasta este momento por parte del Gobierno de España para salir al auxilio de las empresas, agentes y operadores que conforman el sector turístico español, desde el pasado 8 de
marzo, antes incluso de declararse el estado de alarma en todo el territorio español, el Grupo Popular ha venido planteando de manera reiterada a través de numerosas iniciativas la necesidad de articular un sistema especial de protección del turismo
español en materia laboral, económica, fiscal, etc., que diese soporte en forma de plan de contingencia a la problemática específica y coyuntural de un sector que por su participación destacada en el PIB español (12,5 %), podía arrastrar en su
desplome a múltiples subsectores interdependientes como son el alojamiento, la hostelería, medios de transporte, ocio, comercio o las agencias de viaje; subsectores todos ellos, intensivos en mano de obra, con una fuerte concentración de actividad
en determinada áreas geográficas de España y sin pieza de recambio a corto o medio plazo en la configuración actual del sistema productivo español.


Dado el carácter horizontal de la industria turística, desde el Grupo Popular se ha venido demandando al Ejecutivo un plan integral de emergencia en forma de un gran acuerdo social para situar a la política turística nacional en el epicentro
de las decisiones del Gobierno de España dada la evolución de las circunstancias, promoviendo la adopción de medidas acompasadas al ritmo de deterioro de la actividad turística con el fin de amortiguar y minimizar los graves daños de tipo
socioeconómico ocasionados.


Así pues, a día de hoy, ciertamente la industria de viajes y del turismo española se presenta en términos globales como la rama de actividad económica más golpeada y perjudicada por los efectos de la actual coyuntura, sin que además se
vislumbre en el horizonte de forma certera una salida inminente de la crisis.


Según las estimaciones de los principales analistas del sector, la contracción del mercado en forma de cierres de establecimientos, situaciones de insolvencia empresarial y destrucción de valor, se traduciría en que no se puedan recuperar
los niveles de actividad pre-COVID como muy pronto hasta 2023 o 2024.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción urgente de las siguientes medidas:


Medidas de protección del empleo y de mejora de la capacidad de generación de valor


- En primer lugar, prorrogar y extender en su caso, el sistema de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) para toda la cadena de valor turística hasta como mínimo el próximo el 1 de junio de 2021, sin menoscabo de contemplar
otros plazos posteriores en función de la evolución de la pandemia y hasta tanto en cuanto, se normalicen los flujos turísticos en nuestro país.


- Con la finalidad de mejorar la competitividad de nuestras empresas y destinos, generando servicios y productos más diferenciales en un entorno cada vez más globalizado, debe apostarse por sacar el máximo rendimiento a este periodo para
mejorar la cualificación técnica de los trabajadores del sector turístico español en aspectos clave, tales como las competencias digitales, el dominio de lenguas extranjeras o a partir de ahora, la seguridad e higiene sanitarias; por consiguiente,
dentro de una alianza entre el mundo formativo y el de la empresa, deben diseñarse y ejecutarse durante este periodo de hibernación planes de formación innovadores y a medida para las plantillas que posibiliten dar un salto de calidad a la industria
turística española.


Medidas en materia de movilidad


- La adopción de medidas coordinadas, previsibles, no discriminatorias, proporcionadas y coherentes a nivel comunitario como única vía para evitar imposiciones unidireccionales de restricciones fronterizas, restablecer el derecho a la
libertad de tránsito de los ciudadanos entre todos los Estados Miembros y posibilitar la reactivación de un pilar básico de la economía europea.



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- Activar cuanto antes en el ámbito de la UE un procedimiento único de control sanitario aplicable al tráfico común de pasajeros y tripulaciones en las estaciones portuarias y aeroportuarias, destinado a la implantación de pruebas rápidas y
fiables para la detección del virus en origen y destino, mediante coste asumido en nuestro caso por el Gobierno de España, así como de aquellos sistemas de rastreo que se consideren adecuados.


- De forma transitoria, hasta que resulte efectiva la libertad de circulación en el seno de la Unión Europea y se recuperen los flujos con terceros países, establecer corredores seguros entre territorios o regiones que presenten una
situación epidemiológica análoga mediante la realización generalizada de testeos masivos.


- Liderar proactivamente desde Presidencia del Gobierno de España una ofensiva diplomática desde un punto de vista estratégico para poder estar cuanto antes en disposición de alcanzar acuerdos con nuestros mercados emisores principales,
estableciendo negociaciones bilaterales a fin de levantar toda clase de recomendaciones, restricciones y cuarentenas a la mayor brevedad y de manera particular con respecto a aquellos destinos dentro de la Marca España, que en las últimas fechas
cuenten con una curva epidemiológica asumible de cara a no perder definitivamente la temporada de invierno.


Medidas de alcance económico


- Destinar como mínimo un 30 % del Fondo Europeo de Reconstrucción (Next Generation EU) a la ayuda de las empresas turísticas españolas mediante una asignación de recursos eficiente y ágil, estableciendo prioridades en cuanto a objetivos y
ámbitos en compañía de la participación y colaboración de expertos y el talento del sector privado.


- Destinar igualmente por su impacto económico como mínimo un 30 % del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas creado mediante Real Decreto-ley 25/2020 a empresas del sector turístico.


- Ampliar la cuantía de las líneas de créditos y de avales concedidas por el ICO para asegurar la supervivencia y viabilidad de nuestras empresas y extender el periodo de carencia de pago de los créditos durante un año más a la espera de
poder mejorar los volúmenes de actividad de las mismas.


- Creación de una línea de créditos ICO diseñada específicamente para las agencias de viaje, uno de los subsectores más fuertemente penalizados por los efectos de la pandemia.


- De forma transitoria, establecer una fórmula excepcional alternativa a los bonos canjeables para poder contribuir a aliviar las tensiones de tesorería o eventuales quiebras del sector de las agencias de viaje.


- En materia de conectividad, continuar disminuyendo y bonificando toda clase de tasas aéreas en el entorno de un -25 % de momento durante 2020 y 2021 como mecanismo para incentivar dicha conectividad.


- Seguir impulsando la adopción de medidas que puedan otorgar flexibilidad en la renegociación de los contratos de alquiler de negocios turísticos por parte de los operadores de acuerdo a las nuevas condiciones de actividad.


- Facilitar y agilizar por parte del conjunto de Administraciones las inversiones privadas en los establecimientos turísticos por su doble efecto palanca en el empleo y en la mejora de la oferta.


Medidas de contenido fiscal


- Cancelar cualquier propuesta del Gobierno que contemplase la posibilidad de incremento de la carga fiscal a empresas de servicios vinculadas a actividades turísticas.


- Diseño y aprobación de un plan de choque de tipo fiscal que se prolongue hasta 2021 y que contenga medidas específicas en materia de exenciones, bonificaciones y desgravaciones temporales, permitiendo diferir en el tiempo el pago de
impuestos estatales, autonómicos y locales y pagos a cuenta, entre ellos:


a) De manera particular, establecer que el tipo I de IVA a las actividades del sector turístico durante 2020 y 2021 sea el tipo súper reducido.


b) Reducción a la mitad del Impuesto de Sociedades a empresas del sector turístico.


c) Eliminación de tasas que graven pernoctaciones.


d) Mantenimiento de la vigencia y ampliación del ámbito de aplicación de los aplazamientos de deudas tributarias y de Seguridad Social.



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- Reducciones y bonificaciones de impuestos y tasas (181, tasas de basura, ocupación de la vía pública, etc.) por parte de los Ayuntamientos en un contexto de ingresos cero o casi cero turísticos por parte de las empresas durante un periodo
prolongado.


Medidas de dinamización e incentivos a la reactivación de la demanda


- Activar de manera urgente el diseño y la organización de un programa de viajes alternativo y planes de estímulo, destinando la partida presupuestaria del IMSERSO a planes de incentivo al turismo, bien por medio de bonos, y/o incentivos
fiscales mediante la confección de un programa dirigido a diferentes segmentos de la población.


- Una vez estabilizada la situación y se pueda reanudar el funcionamiento de los flujos turísticos con cierta normalidad, diseño y lanzamiento de una gran campaña de promoción y comunicación por parte de Turespaña en coordinación con las
Comunidades Autónomas, Diputaciones, Cabildos, Consells y colaboración privada, destinada a reposicionar la Marca España bajo parámetros de confianza, transparencia, credibilidad y seguridad sanitaria, calidad y excelencia turística ante los
mercados consolidados con la finalidad de incentivar el incremento continuo de la rentabilidad de los destinos españoles, así como su sostenibilidad y desplegando mayores esfuerzos de fidelización hacia el segmento de turista cosmopolita en un
escenario post-COVID.


- Compensar temporalmente la falta de demanda internacional mediante el impulso de medidas específicas para mejorar la promoción de la oferta de productos y experiencias de turismo rural, activo y de naturaleza, enogastronómico, patrimonial,
cultural, etc., contribuyendo con ello a seguir desestacionalizando los destinos de la España interior.


Medidas de fomento de colaboración público-privada


- Constituir de manera urgente la mesa de trabajo anunciada a principios de año por el Gobierno, de la que forman parte todos los operadores de la industria de viajes para rediseñar y adaptar los programas IMSERSO al entorno COVID-19 y
mejorar el programa de vacaciones de cara a su reactivación.


- Crear de manera inmediata un grupo de trabajo interministerial 'Turismo español-entorno COVID-19', coordinado por la Secretaría de Estado de Turismo y del que formen parte representantes de las Comunidades Autónomas y las organizaciones
sectoriales más representativas del país para poder dotar de mayor coordinación interinstitucional a una estrategia transversal de actuación en la política turística, así como la búsqueda de sinergías de cara a los retos de la reconstrucción y
transformación del modelo turístico país tras el impacto COVID-19 bajo un nuevo esquema de gobernanza público-privada.


- Reforzar al máximo en la presente coyuntura la funcionalidad y la labor de la red de Consejerías de Turismo en el exterior como recurso estratégico al servicio de los intereses de la marca turística española en medio de una crisis sin
precedentes con un alto componente internacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de octubre de 2020.-Agustín Almodóbar Barceló y María Isabel Borrego Cortés, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000402


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro, D.a María de la
Cabeza Ruiz Solás, D. Juan José Aizcorbe Torra, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. Carlos José Zambrano García-Ráez y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX),
al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a regular el uso de las aeronaves de la flota oficial a disposición de los miembros del Gobierno , para su
discusión en Pleno.



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Exposición de motivos


Primero. El Gobierno de España tiene una flota aérea a su disposición


1. El Gobierno de España tiene a su disposición una flota compuesta por diversos aviones y helicópteros. Su misión principal es transportar a la Familia Real y a los máximos dirigentes del Gobierno, tanto en territorio nacional como
internacional:


- El 45 Grupo de las Fuerzas Aéreas de España es una unidad operativa del Ejército del Aire español. Su flota está compuesta por siete aviones: cinco Dassault Falcon 900B y dos Airbus A310.


- El coste aproximado de una hora de vuelo del Falcon 900B es de 5.600 euros, lo que incluye el salario del personal, el combustible y el mantenimiento. Todo ello se abona con cargo a las partidas presupuestarias del Ministerio de Defensa.


- Por otro lado, el 402 Escuadrón del Ejército del Aire, con base en Cuatro Vientos (Madrid), dispone de dos helicópteros Super Puma para el transporte de personalidades de la Casa Real, Presidencia, Vicepresidencia, Ministerios y otros
organismos oficiales. En total, desde su creación han realizado más de 43.000 horas de vuelo.


El coste aproximado de una hora de vuelo en estos helicópteros es de 5.000 euros.


2. Además, cada desplazamiento en una de estas aeronaves (ya sean aviones o helicópteros) origina el viaje de otros acompañantes, como asesores y escoltas, cuyo transporte, alojamiento y manutención también son pagados por el dinero de
todos los españoles.


Segundo. Todos los gobiernos han hecho un uso abusivo y para su beneficio personal de la flota oficial


3. El 18 de febrero de 2005 el Consejo de Ministros aprobó el Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado (BOE de 7 de marzo de 2005, ref. BOE-A-2005-3724) 1,
posteriormente derogado por la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. La Exposición de motivos de la norma señala como una necesidad que:


'Los poderes públicos ofrezcan a los ciudadanos el compromiso de que todos los altos cargos en el ejercicio de sus funciones han de cumplir no sólo las obligaciones previstas en las leyes, sino que, además, su actuación ha de inspirarse y
guiarse por principios éticos y de conducta que hasta ahora no han sido plasmados expresamente en las normas'.


3. Sin embargo, la concepción patrimonialista del Estado de los dos grandes partidos que han gobernado España y su deslealtad sistémica les hace ignorar las reglas que ellos mismos dictan y que, en teoría, les vinculan. Así, los diferentes
Gobiernos del Partido Socialista Obrero Español y del Partido Popular han hecho un uso de los medios de transporte aéreo del Estado que en absoluto responden al compromiso con los debidos principios éticos y positivizados primero en el código y
luego en la Ley referidos.


Así, el número de vuelos (nacionales e internacionales) realizados por los diferentes Presidentes del Gobierno de España durante los últimos años ha sido el siguiente:


- Don José María Aznar López (1996-2004): 319 viajes.


- Don José Luis Rodríguez Zapatero (2004-2011): 339 viajes.


- Don Mariano Rajoy Brey (2011-2018): 260 viajes.


- Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón (junio de 2018-noviembre de 2019): 79 viajes.


6. Existen ejemplos de mala praxis en el uso del avión oficial Falcon por parte de todos los Gobiernos de la democracia. Así:


- Del registro total de vuelos realizados en el avión oficial Falcon 2 destaca que, de las 26 visitas realizadas por todos los presidentes democráticos a la ciudad de León, 24 fueron llevadas a cabo por don


1 https:/ /www.boe.es/buscar/ doc.php?id=B0E-A-2005-3724


2 https:/ /maldita.es/app/uploads/ 2020/ 07/REGISTRO FALCON.pdf



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José Luis Rodríguez Zapatero. Como bien se conoce, el señor Rodríguez Zapatero es originario de León y residía en esta ciudad antes de ostentar el cargo de Presidente del Gobierno.


- Diversas fuentes periodísticas 3 apuntaron en su momento que el señor Aznar López se trasladó por estos medios en más de 20 ocasiones a las Islas Baleares, destino de sus vacaciones. Asimismo, los medios indican 4 que el entonces
presidente del Gobierno y sus Ministros acudieron a varios mítines del Partido Popular en estas aeronaves.


- Don Mariano Rajoy Brey también frecuentaba su ciudad de residencia durante su mandato y sus Ministros hacían uso de la flota oficial para acudir a actos en sus ciudades natales durante el fin de semanas 5 6.


Tercero. El uso de la flota para beneficio exclusivamente personal por el actual Presidente del Gobierno es obsceno.


7. El actual Gobierno ha superado todos los límites de uso de lo público para el beneficio personal. Desde que don Pedro Sánchez Pérez-Castejón accediera a la Presidencia del Gobierno, en junio de 2018, hasta mayo de 2019, el número de
vuelos realizados por el Presidente del Gobierno ascendía a la cantidad de 59, esto es, 4,92 vuelos al mes. Así, solo en 2018:


- El 30 de junio, ni siquiera un mes después de acceder al cargo, el señor Sánchez Pérez-Castejón y su mujer, doña Begoña Gómez Fernández, volaron en un helicóptero Súper Puma hasta La Rioja, donde estaban invitados a una boda.


- El 20 de julio, el matrimonio presidencial viajó de nuevo en el Falcon para asistir a un concierto en el Festival Internacional de Benicasim.


- Durante este año, llegó a utilizar hasta 5 veces en cuatro días el Super Puma para trasladarse desde La Moncloa a la base aérea de Torrejón de Ardoz (entre ambos puntos hay una distancia aproximada de 25 kilómetros).


- A finales de año se movilizaron un Falcon 900B y un Airbus A310 para viajar de Madrid a Valladolid y acudir a la Cumbre Hispanoportuguesa. En el primer avión voló el señor Sánchez Pérez-Castejón, mientras que en el segundo viajaron sus
Ministros. Entre ambos puntos hay una distancia aproximada de 200 kilómetros.


8. En 2019 se continúa la misma tónica de uso de medios de transporte del Estado para viajes particulares que se disimulaban con eventos oficiales. En este sentido:


- El 4 de marzo viajó a Granada para iniciar la precampaña mediante un mitin junto con Susana Díaz. La coartada oficial fue la clausura de las jornadas Estrategia Española para la Inteligencia Artificial en I+D+i.


- El 6 de marzo se desplazó a Vitoria para un mitin con la líder del Partido Socialista vasco, doña Idoia Mendia Cueva. La coartada oficial fue la apertura de la Conferencia Internacional sobre Cambio Climático Change the Change en San
Sebastián y una visita a la Real Academia de la Lengua Vasca en Bilbao.


- El 13 de marzo acudió a Gijón para participar en un mitin junto con la portavoz del PSOE en el Congreso de los Diputados, doña Adriana Lastra Fernández. La coartada oficial fue un acto en la Casa Malva.


- El 25 de marzo viajó a Málaga en Falcon para acudir a un mitin con doña Susana Díaz Pacheco. La coartada oficial fue una visita al Campus de Excelencia Internacional del Mar de la Universidad de Cádiz.


- El día siguiente acudió a Salamanca (a dos horas de Madrid en coche) a un acto de precampaña en el Teatro Liceo con, entre otros, el líder del PSOE castellano-leonés, don Luis Tudanca Fernández. La coartada oficial fue un encuentro con el
rector de la Universidad de Salamanca y otro con jóvenes emprendedores.


3 https:/ /www.elconfidencial.com/espana/2010-06-16/los-socialistas-sacan-a-relucir-la-boda-de-la-hija-de­aznar-para-no-regular-el-uso-de-los-falcon 243092/


4 https:/ / cadenaser.com/ser/ 2009/ 05/30/espana/ 1243641013 850215.html


5 https:/ /www.ekonfidencial.com/ espana/ 2018-05-21/ agenda-oficial-gobierno-ministros-gastos-viajes 1565863/


6 https: / / ep00.epimg.net/ descargables/ 2018/ 01/12/ 7472aa08a8c9c54aaeed457918ef340b.pdf



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- El 3 de abril se desplazó en avión oficial a Huelva, ya que tenía previsto acudir a Sevilla para entrevistarse con el presidente de Estados Unidos, don Barack Obama, en el marco de la Cumbre Mundial de Turismo.


- Por último, el 9 de abril intervino en un acto del PSOE en León en compañía del expresidente don José Luis Rodríguez Zapatero. La coartada oficial fue una visita al Instituto Nacional de Ciberseguridad.


9. Los abusos de las aeronaves oficiales realizados por el actual Presidente del Gobierno incluyen los viajes junto a los miembros de su familia en verano. Así, el pasado 31 de julio de 2020 un avión Falcon 900B despegó desde Madrid con
destino a Lanzarote (destino habitual de vacaciones del señor Sánchez Pérez-Castejón y su familia desde que este es Presidente) sin que se facilitaran detalles sobre el motivo del vuelo ni los pasajeros que volaron a bordo. Todo encaja cuando se
conoció que el 4 de agosto de 2020, don Pedro Sánchez Pérez-Castejón se trasladó en uno de estos aviones a Lanzarote para reunirse con su familia, que se encontraba allí desde el 31 de julio.


Cuarto. El uso por el Gobierno de la flota oficial a su disposición no está regulado


10. El uso que realizan los miembros del Gobierno de las aeronaves oficiales no se encuentra regulado por ninguna norma. No obstante, el artículo 37 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno ('Ley de Transparencia') dispone que:


'Los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública, archivos y registros en los términos y con las condiciones establecidas en la Constitución, en la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y
demás leyes que resulten de aplicación'.


11. El Gobierno de España, desde la Presidencia de don Mariano Rajoy Brey, ha dificultado en numerosas ocasiones el acceso del público a los datos concernientes a los vuelos realizados a bordo de las aeronaves. Para ello, ha calificado la
información como 'materia clasificada con el máximo grado de protección'. Ello se apoyaría, según la postura gubernamental, en:


1) la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales;


2) una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de 23 de octubre de 2017 7; y


3) una resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ('CTBG') de 15 de febrero de 2016 88.


12. Sin embargo, es necesario matizar cada uno de los apartados anteriores:


i) La Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales


La norma supra no determina que todos los vuelos realizados por los miembros del Gobierno deban calificarse como materia clasificada, sino que:


'la calificación a que se refiere el artículo anterior [materia clasificada] corresponderá exclusivamente, en la esfera de su competencia, al Consejo de Ministros y a la Junta de Jefes de Estado Mayor'.


Es decir, estos vuelos no son per se materia clasificada. Más al contrario, dicha calificación se acuerda por los propios miembros del Gobierno o del Estado Mayor del Ejército. Los acuerdos deben justificar los motivos por los que se
considera secreta esta información, si bien en la mayoría de los casos se hace una referencia genérica a motivos de seguridad.


ii) La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, de 23 de octubre de 2017


El fallo de la sentencia dispone que 'la información proporcionada no podrá referirse a aquellos viajes o acompañantes cuando se trate de viajes que hayan sido calificados como materia clasificada'. Contrario sensu, la sentencia no impide
facilitar los datos sobre los vuelos realizados ni de los pasajeros cuando


7 La sentencia dispone que: 'la información proporcionada no podrá referirse a aquellos viajes o acompañantes, cuando se trate de viajes que hayan sido clasificados como materia clasificada'.


8 Resolución R/0509/2016:?https: / / www.ecestaticos.com/file/22b7ba68576de261ebdfc9ef0754fbd0/1546440341- resolucion2016 ctbg.pdf



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estos no hayan sido calificados como 'materia clasificada', correspondiendo esta tarea de encuadramiento al propio Gobierno que va a hacer un uso abusivo de estos medios de transporte o a la Junta de Jefes de Estado Mayor.


iii) La resolución del CTBG


El 5 de noviembre de 2019 el CTBG, tras varias solicitudes interpuestas por otros grupos parlamentarios y ante la negativa a facilitar respuestas por parte de la Secretaría General de la Presidencia, indicó a este respecto lo siguiente 9:


'A nuestro juicio, y tal y como hemos manifestado en expedientes precedentes, no ampara la calificación con carácter general como secreto de toda información relativa a los desplazamientos del Presidente del Gobierno, más aún por cuanto gran
parte de los mismos son de conocimiento público por cuanto se incardinar en su actividad como Presidente'.


Este organismo independiente instó a la Secretaría General de la Presidencia a suministrar la información requerida, señalando que:


'Esta ausencia de justificación y la relevancia pública del conocimiento de la información solicitada como instrumento de rendición de cuentas, tal y como antes se han destacado, lleva a concluir a este Consejo de Transparencia, que no
procede la aplicación de ningún límite al acceso a esta información'.


Quinto. El uso de las aeronaves oficiales debe ser regulado para mejorar la transparencia y restaurar la confianza de los ciudadanos en sus gobernantes


13. El Grupo Parlamentario VOX considera que el uso abusivo por los altos cargos del Estado de las aeronaves de la flota oficial no es compatible con la necesaria honorabilidad y probidad de que deben hacer gala estas autoridades. La
utilización de estos vuelos para viajes ajenos a las funciones que estas personas desempeñan, ya sean personales o de partido, supone un gasto injustificado que no debe ser repercutido a los españoles.


14. Por ello, consideramos que es necesario encomendar a una norma la regulación del uso de esta flota por parte de las altas autoridades del Estado y, en particular, de miembros del Gobierno. Esta disposición deberá estar imbuida del
principio de transparencia consagrado legalmente y contendrá un procedimiento estricto para la calificación de un viaje de este tipo como materia clasificada. Asimismo, se establecerán umbrales objetivos (número de kilómetros del desplazamiento,
número de viajes realizados, número de acompañantes, etc.) que no podrán ser traspasados.


15. La norma supondría un paso más para restaurar la depauperada confianza de los ciudadanos en los poderes públicos.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a regular el uso por los altos cargos de la Administración General del Estado de la flota oficial a disposición del Gobierno, para acabar con el uso particular o partidista llevado a cabo por
todos los Gobiernos de la democracia y, en particular, por los presididos por don Pedro Sánchez Pérez-Castejón.


Esta regulación deberá contener, al menos:


1. El establecimiento de un numerus clausus de requisitos objetivos que deban concurrir para que el Consejo de Ministros o de la Junta de Jefes del Estado Mayor pueda calificar como materia clasificada los vuelos realizados por las
aeronaves de uso oficial.


2. El establecimiento de una distancia mínima de 250 kilómetros por debajo de la cual el traslado del alto cargo no podrá hacerse en avión, salvo imperiosa necesidad debidamente justificada.


3. La obligación de que, en caso de que se considere adecuada la calificación del desplazamiento como materia clasificada, el acuerdo del Consejo de Ministros o de la Junta de Jefes del Estado Mayor incorpore un informe con el coste que
para las arcas públicas ha supuesto el traslado realizado.


9 Resolución R/0565/2019:?https://www.consejodetransparencia.es/ct Home/Actividad/Resoluciones/resoluciones AGE/AGE 201 9/11.html



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4. Para aquellos vuelos que no cumplan los requisitos para ser calificados como materia clasificada, la publicación de un informe en el Portal de Transparencia con posterioridad a la realización del desplazamiento con, al menos, los
siguientes datos:


a. Ciudades de origen y destino.


b. Horas de vuelo.


c. Propósito del desplazamiento.


d. Fecha y hora de realización del vuelo;


e. Número de vuelos comprendidos en el desplazamiento.


f. Número de pasajeros.


g. Identificación de todos los pasajeros.


h. Coste extra que supone las pernoctas, así como, de las dietas de la tripulación si se diera el caso.


5. La elaboración de un mecanismo de cobros y reintegros para cualquier alto cargo de la Administración General del Estado que se demuestre que ha hecho un uso particular y ajeno a sus funciones de alguna de las aeronaves oficiales, así
como para aquellos acompañantes que hagan uso de las citadas aeronaves y no desempeñen ninguna función pública.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2020.-Eduardo Luis Ruiz Navarro, María de la Cabeza Ruiz Solás, Juan José Aizcorbe Torra, José María Figaredo Álvarez-Sala, Pablo Juan Calvo Liste, Carlos José Zambrano García-Ráez,
Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea, Alberto Asarta Cuevas, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


162/000403


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a la adopción de acciones
para evitar el blanqueo de los crímenes de ETA, el de los presos de la organización terrorista y el de sus herederos políticos, así como para garantizar la memoria ,la verdad, la dignidad y la justicia para con las víctimas del terrorismo de ETA,
para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Grupo Popular en el Congreso observa con preocupación el intento de imponer un relato tras el fin del terrorismo de ETA basado en un blanqueamiento de sus crímenes, así como del movimiento social y político que dio cobertura y apoyo a la
banda asesina.


Se quiere, mediante técnicas de manipulación social y propaganda creciente, imponer una postverdad consistente en que se habría logrado una especie de paz entre partes enfrentadas en un conflicto político violento, que habría tenido su
origen en disputas ideológicas y territoriales. Lograrían con ello situar en un plano de igualdad tanto a los verdugos, como a las víctimas.


Es, sin duda, una infamia en toda regla. No se puede minusvalorar la práctica sistemática del terror con fines de limpieza identitaria contra los no nacionalistas cometida en las Comunidades Autónomas Vasca y Navarra, sin caer con ello en
conductas propias de ideologías totalitarias que niegan los genocidios practicados por sus correligionarios.


Dentro de esta estrategia de manipulación se encuentran los argumentos empleados para lograr beneficios penitenciarios para los presos etarras, incluidos los que tienen delitos de sangre, que pretenden que sean previos a su traslado a
cárceles vascas y navarras y a su posterior excarcelación.


Para lograrlo, intentan presentar a los autores de gravísimos delitos de terrorismo, como víctimas de un Estado represor que los mantiene presos después de haberse alcanzado un supuesto acuerdo de paz.


En esta línea se pretende normalizar la definición dirigida a los asesinos y sus compañeros de la organización criminal ETA que cumplen la pena a la que fueron condenados por los Tribunales de Justicia, como 'presos políticos'.



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Recientemente, diputados defensores de esta vergonzosa estrategia volvieron a calificar a las mujeres condenadas por crímenes etarras como 'presas políticas', ante la pasividad de la Presidenta del Congreso y la complicidad de los grupos que
apoyaron la investidura de Sánchez.


No nos pueden extrañar, por tanto, las recientes actuaciones de este Gobierno, con una hoja de ruta que responde a un acuerdo político sobre el fin de ETA, con el que paga las exigencias de sus socios BILDU y PNV, que les exigen una agenda
vasca, con soluciones favorables para los presos de ETA y desfavorables e injustas para sus víctimas y para la sociedad española. No todo vale para sacar adelante unos Presupuestos Generales del Estado.


La gran mayoría de los españoles comprueba con indignación como el jefe del Gobierno lamenta profundamente el suicidio de un terrorista de ETA y traslada su pésame a Bildu, reconociéndolos públicamente como la familia política de ETA. Nunca
un Presidente de España había mostrado sus condolencias por el suicidio de un etarra, ni había omitido el adjetivo terrorista, al referirse a la organización a la que Igor González Sola pertenecía, ni había llamado 'presos vascos' a los terroristas
de ETA, algo gravísimo. Consideramos que estas actuaciones por parte del Jefe de Gobierno de España muestran un enorme desprecio por las víctimas de la sangrienta organización terrorista.


Respecto a los presos de la banda ETA, estamos observando cómo se está acometiendo de forma continuada un proceso de acercamiento a cárceles de la Comunidad Vasca y por tanto el inicio del fin de la política de dispersión.


Si a esto le unimos la posibilidad de la aplicación de la progresión de grado establecida en el artículo 72 de la Ley General Penitenciaria para favorecer a los presos de ETA, el anuncio de la transferencia de Prisiones al Gobierno vasco o
al navarro y la posibilidad de la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario por las autoridades autonómicas a terroristas que no están arrepentidos, que no colaboran con la Justicia en el esclarecimiento de los crímenes sin resolver
y que no pagan a las víctimas la responsabilidad civil correspondiente, la alarma no para de crecer.


Un relato de la verdad con la victoria del Estado de Derecho, el reconocimiento al sufrimiento padecido por las víctimas del terrorismo, la declaración de la plena culpabilidad de la banda ETA y su entramado social y político de apoyo, es
una necesidad histórica irrenunciable.


No olvidamos que están pendientes de esclarecimiento 379 crímenes de ETA y que el Gobierno, la Fiscalía y los Tribunales de Justicia deben impulsar decididamente el mismo. Y tampoco olvidamos que dentro de esta macabra maniobra de
manipulación de la verdad y la memoria para blanquear a ETA y a sus herederos políticos, el Gobierno parece haber tirado la toalla y que de la pasividad han pasado a la colaboración.


Así, el Grupo Socialista en el Parlamento Europeo ha cambiado de criterio para pasar, ahora que su partido encabeza el Gobierno, a bloquear una misión a España de la Comisión Europea de Peticiones para impulsar la resolución de estos
crímenes de ETA pendientes. Sus familiares tienen derecho a conocer la verdad y a que se imparta justicia.


Desde el Grupo Popular consideramos que este proceso de manipulación de la verdad -que se acelera desde que cuenta con el apoyo de los partidos que conforman el Gobierno de España-, es intolerable. Pactos de gobierno en Navarra, alianzas
municipales, acuerdos parlamentarios en el Congreso, son el camino desarrollado por el PSOE desde que levantaron el veto a Bildu para convertirlo en un socio 'respetable'.


Las víctimas del terrorismo se merecen un relato en el que prevalezca su derecho a la dignidad, a la verdad, a la memoria y a la justicia. Víctimas entre las que incluimos a toda la sociedad española que vio condicionado el ejercicio de sus
libertades y derechos constitucionales; a todos los que se vieron coaccionados y amenazados directamente por no compartir la ideología que quería imponer ETA y su brazo político, o por defender la prevalencia de la libertad frente al terror, o por
cumplir con sus obligaciones como servidores públicos de la democracia española; a los que se les impuso mediante la amenaza el llamado 'impuesto revolucionario'; a los que se tuvieron que exiliar de las Comunidades Autónomas Vasca y Navarra; a
los que sufrieron un atentado, padecieron lesiones o fueron asesinados; y a las familias de todos ellos.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo, a la mayor brevedad posible, acciones para evitar el blanqueo de los crímenes de ETA, el de los presos de la organización terrorista y



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el de sus herederos políticos, así como para garantizar la memoria, la verdad, la dignidad y la justicia para con las víctimas del terrorismo de ETA, que se concretan en las siguientes peticiones:


1. No transferir la competencia penitenciaria a las administraciones autonómicas.


2. No modificar la política penitenciaria de dispersión que hasta la fecha se ha mantenido por el Estado para los presos por terrorismo.


3. Estudiar y elaborar las propuestas de modificación necesarias en la legislación vigente, con el fin de reforzar la protección a las víctimas del terrorismo.


4. Reformar el sistema de beneficios penitenciarios para evitar su uso arbitrario, así como los agravios comparativos entre presos e impedir que se pueda abrir la puerta a la impunidad de los condenados. Se debe garantizar que el modelo de
ejecución previsto en el Reglamento General Penitencio sea realmente excepcional e individualizado y en todo caso exija como condición imprescindible para ser aplicado que el penado reniegue de los actos delictivos cometidos, muestre
arrepentimiento, abandone la voluntad de reincidir y colabore en la investigación y prevención de delitos análogos a los que motivaron su condena.


5. Mantener y reforzar el principio de memoria, verdad, dignidad y justicia para con las víctimas de ETA, adoptando todas las medidas necesarias para que el relato del fin del terrorismo reconozca de manera inequívoca:


- La victoria del Estado de Derecho y la derrota de los terroristas.


- La deuda moral que para con ellos tiene el conjunto de la sociedad y en concreto las Administraciones Públicas y los Poderes del Estado.


- La culpa absoluta de la banda terrorista ETA y de los movimientos sociales y políticos que apoyaron o justificaron unos crímenes que deben ser considerados de lesa humanidad.


6. Adoptar todas las modificaciones legales precisas para impedir los homenajes públicos a terroristas y para que los crímenes de ETA sean considerados crímenes contra la humanidad con el fin de evitar su prescripción.


7. Interesar de la Fiscalía General del Estado la creación de un órgano especifico destinado a la investigación de los 379 crímenes de ETA pendientes de esclarecimiento.


8. Excluir de los pactos y acuerdos políticos promovidos desde el Gobierno a los partidos que no condenan explícitamente los crímenes de ETA e intentan legitimar su existencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2020.-María Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Jaime Miguel Mateu Istúriz y Carlos Rojas García, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


162/000404


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la mejora de la atención del dolor en el Sistema Nacional de Salud,
para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


El dolor se define como 'una experiencia sensorial y emocional desagradable asociada a daño tisular real o potencial o descrito en términos de tal daño', según la Asociación Internacional para el Estudio del Dolor International (IASP). Se
distinguen dos tipos básicos de dolor, agudo y crónico, y mientras que el primero es predominantemente un síntoma o manifestación de una lesión, el dolor crónico se considera como una enfermedad en sí mismo. De hecho, la Organización Mundial de la
Salud (OMS) ha incluido el dolor crónico como una enfermedad, en su última revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11).


El dolor agudo asociado con intervenciones quirúrgicas, lesiones y otras condiciones puede producir complicaciones, incluido el riesgo de progresión a dolor crónico. Las acciones para mejorar el abordaje del



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dolor agudo y la identificación precoz de pacientes a riesgo de desarrollar dolor crónico pueden ayudar a avanzar en la prevención y en la disminución de la prevalencia de dolor crónico. Por su parte, el dolor crónico persiste durante un
período de tiempo superior a los tres meses y, con frecuencia, es de difícil tratamiento. Puede causar problemas importantes al paciente y tiene repercusiones negativas sobre su calidad de vida.


El dolor afecta de forma relevante la calidad de vida de la población, causando graves perjuicios en el ámbito personal, familiar y social. Se estima que un 20 % de los adultos en todo el mundo padecen dolor y que el 10 % son diagnosticados
con dolor crónico cada año. En el caso de Europa, se estima que 1 de cada 5 europeos sufre dolor crónico, mientras que en España en torno al 17 % de las personas padecerían esta dolencia. No es de extrañar, por tanto, que el dolor crónico sea uno
de los motivos más frecuentes de utilización de los servicios de salud.


El dolor es también un problema de salud pública de gran repercusión socioeconómica. El dolor crónico reduce considerablemente la capacidad laboral de las personas. En España, el 30 % de quienes lo padecen ha estado de baja a lo largo de
su vida laboral. El 22 % han perdido su empleo y el 8 % han visto perjudicada su promoción profesional por su causa. Un 4 % se han visto obligados a cambiar de puesto de trabajo. El tiempo promedio de baja médica por episodios de dolor crónico es
de 14 días. Como resultado, se estima que en España el coste total, directo e indirecto, que ocasiona el dolor crónico asciende a 16.000 millones de € anuales, lo que supone el 2,5 % del PIB. En Europa este impacto es similar, dado que el coste
total del dolor se sitúa los 300 billones de euros, esto es, en torno al 1,5-3 % del PIB europeo.


En la experiencia del dolor interactúan una serie de factores no solo biológicos, sino también emocionales y sociales. El 50 % de las personas que padecen dolor crónico sufren trastornos del sueño, el 47 % sufren un cuadro depresivo
asociado, el 36 % consideran que tiene un impacto negativo en su familia o amigos, y 27 % afirman sentirse aislados socialmente a causa del dolor. Es preciso conocer todos estos factores y su interrelación para realizar un abordaje integral,
multidimensional e interdisciplinar.


Para conseguir un mejor control del dolor y mejorar la calidad de vida de las personas que lo padecen es necesario contemplar junto al tratamiento analgésico, también medidas no farmacológicas y de promoción de estilos de vida saludables.
Es importante promover un abordaje del dolor biopsicosocial y más centrado en la persona, a través de la información y formación de los pacientes, la formación de profesionales y la promoción del autocuidado.


Con esta finalidad, el Consejo Interterritorial de Salud aprobó en 2014 el Acuerdo Marco para la Mejora del Abordaje del Dolor, dentro de la Estrategia de Abordaje de la Cronicidad de 2012, a su vez dentro del Plan de Calidad del Sistema
Nacional de Salud. Asimismo, desde entonces hasta la fecha, distintas Comunidades Autónomas han desarrollado sus propias estrategias y planes para el abordaje y la atención del dolor de carácter territorial, como el Plan Andaluz de Atención a las
Personas con Dolor desde 2009, la Estrategia de Atención Integral al Paciente con Dolor de Galicia desde 2010 o la Estrategia de Atención al Dolor 20172020 de la Comunidad de Madrid, así como otras iniciativas en proceso de implementación.


Teniendo todo ello presente, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que impulse las medidas necesarias para mejorar de la atención del dolor en el Sistema Nacional de Salud, incluidas, entre otras, las siguientes:


1. Aprobar una Estrategia en Dolor del Sistema Nacional de Salud que articule un marco común de actuación en el tiempo para el abordaje del dolor crónico, que aborde el dolor de forma global y multidisciplinar desde un enfoque
biopsicosocial, actualizando y ampliando el Acuerdo Marco para la Mejora del Abordaje del Dolor en el SNS de 2014, en coordinación con los planes y estrategias en dolor territoriales.


2. Revisar los baremos para la determinación de la discapacidad y la dependencia para ofrecer una acción protectora adecuada las limitaciones generadas por el dolor crónico.


En este sentido, en particular se considerará que presentan una discapacidad igual o superior al 33 por ciento a todos los efectos las personas que padezcan enfermedades crónicas, neurodegenerativas o autoinmunes, incluido procesos de dolor
crónico, desde el momento de su diagnóstico y con independencia de su estadio de desarrollo.



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3. Impulsar, a través del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud:


a. La creación de Unidades del Dolor de carácter multidisciplinar en los servicios públicos de salud, integradas dentro de una red asistencial que facilite el acceso de los pacientes al servicio más adecuado atendiendo a sus circunstancias.


b. El papel de la Atención Primaria en la coordinación de los procesos de atención sanitaria relacionados con la prevención y la atención con la cronicidad.


c. La mejora del diagnóstico precoz y el tratamiento del dolor crónico.


d. La formación de todos los profesionales sanitarios en materias específicas relacionadas con la atención del dolor.


4. Promover una mayor visibilización y concienciación social sobre el dolor asociado a la enfermedad crónica y como enfermedad en sí misma, así como una mayor comprensión hacia quienes lo padecen en todos los ámbitos, especialmente en el
ámbito laboral.


5. Facilitar la puesta a disposición de las personas que sufren dolor crónico y sus familias de información y recursos formativos, así como de servicios de asesoramiento y apoyo, tanto en el abordaje del dolor como en materia de cuidados y
autocuidados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2020.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000405


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición no de Ley sobre creación de una Autoridad Independiente para la Recuperación Económica.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, y entendiendo que la previsión contenida en el último párrafo se haría, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición
no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la creación de una Autoridad
Independiente para la Recuperación Económica, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Unión Europea ha activado diversos mecanismos para ayudar a reparar los daños económicos y sociales que ha provocado la pandemia de coronavirus, activar la recuperación y preparar un futuro mejor para la próxima generación.



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La mayoría de las medidas de recuperación propuestas estarán impulsadas por el Fondo Next Generation EU, con una capacidad financiera de 750.000 millones de euros. Será, pues, un instrumento excepcional y temporal. La financiación se hará
posible mediante la 'Decisión sobre el sistema de recursos propios', que permitirá de manera excepcional que la Comisión, a través de la emisión de obligaciones, tome a préstamo ese importe en nombre de la Unión para destinarlos a medidas durante el
período 2021-2024.


La Comisión, mediante subvenciones y préstamos, dirigirá los fondos a las nuevas necesidades específicas de financiación que la crisis ha dejado al descubierto. De ese modo, la Unión está articulando un apoyo enérgico a los Estados miembros
sin ejercer presión adicional sobre los presupuestos nacionales, ahora que se encuentran sometidos a una tensión máxima.


El instrumento temporal de recuperación que presenta una capacidad financiera de 750.000 millones de euros para el conjunto de la Unión Europea, Next Generation EU descansa en tres pilares:


- instrumentos para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros por recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis;


- medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en dificultades;


- refuerzo de los programas clave de la UE, hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente, y acelerar la doble transición ecológica y digital.


Está previsto que España reciba 140.000 millones de euros de ese fondo de recuperación europeo, de los que 72.700 millones serán en forma de ayudas directas y el resto en préstamos. Una cantidad de fondos muy significativa para poder
relanzar la recuperación en nuestro país y propiciar la restructuración y la modernización de sectores productivos muy dañados por la crisis. Se antojan vitales, pues, para procurar una recuperación rápida y sobre todo para propiciar una mayor
competitividad y productividad de nuestras empresas en el futuro.


El Gobernador del Banco de España, en su comparecencia, ante la Comisión de Economía y Transformación Digital del pasado 6 de octubre, conminó al Gobierno a usar de forma eficaz y eficiente los fondos europeos para la reconstrucción de la
economía y así intentar paliar la crisis en el mercado laboral que, en los próximos trimestres, traerá tasas de desempleo que pueden superar el 20 % en 2022.


El Gobernador apuntó que los riesgos de empeoramiento de la economía española podrían ser menores, siempre y cuando los fondos NGEU sean utilizados con eficiencia y que podrían ayudar a luchar contra el paro de larga duración bajo la forma
de políticas activas en el mercado laboral con el fin de aumentar la empleabilidad.


Así mismo, el Gobernador señaló que, según la rapidez con la que se ejecuten los programas financiados con los fondos y dependiendo de si son vía préstamos o transferencias, el impacto sobre la actividad en los próximos años de estos fondos
puede variar entre apenas unas décimas de PIB a varios puntos. Por lo que se antojan vitales para la recuperación de nuestra economía.


Los fondos de NGEU tienen una finalidad concreta y determinada definida en el Consejo Europeo de julio de 2020, deben destinarse fundamentalmente a gastos de inversión productiva, y deben ser objeto de una administración y rendición de
cuentas separadas. Este sistema de gestión separada será sin duda bien considerado por las instituciones de la UE.


La creación de una Autoridad Independiente para la Recuperación permitirá que puedan recibirse y gestionarse en España los fondos de NGEU, con independencia de los avatares presupuestarios e incluso del calendario político y electoral.
Lanzará un mensaje inequívoco de unidad y certidumbre en torno a la recuperación de nuestra economía, de eficaz y necesaria colaboración público-privada y de unidad en torno a la principal prioridad de los españoles: doblegar la pandemia sanitaria
y superar la crisis económica.


Se propone que la Autoridad Independiente para la Recuperación la presida un profesional independiente sin adscripción partidista y de reconocido prestigio nacional e internacional. En el Consejo Rector de la Autoridad deberían participar
otras Administraciones Públicas, lo cual permitiría incorporar a las Comunidades Autónomas e incluso a representantes de las Corporaciones Locales. Además, permitiría igualmente la incorporación de representantes de la Comisión Europea en la forma
que estos prefiriesen, que sería probablemente la figura de observador.


El personal al servicio de la Autoridad Independiente para la Recuperación será, con carácter general, funcionario de carrera de las Administraciones Públicas. Si bien también podrá ser personal laboral procedente de organismos nacionales o
internacionales o personal eventual que permita atraer gestores competentes del sector privado, con una trayectoria y exepriencia que se pueda contrastar.



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Como Autoridad actuará con plena independencia orgánica y funcional en el desarrollo de su actividad, independencia que es condición necesaria para alcanzar sus objetivos con éxito. Ni su Presidente ni los miembros de los órganos de gestión
ni el resto de personal podrán solicitar o aceptar instrucciones de ninguna entidad pública o privada.


La Autoridad estará sujeta tanto a un control parlamentario como a la rendición de cuentas ante la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.


Las funciones a encomendar a la Autoridad podrían ser, entre otras, las siguientes:


- La propuesta, o determinación, de las prioridades de inversión a las que deben destinarse los fondos de NGEU.


- La propuesta, o determinación, de los criterios de reparto entre las diversas Administraciones Territoriales (Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales).


- La convocatoria, gestión y resolución de los procedimientos de concurrencia competitiva de aquellos proyectos que fueran competencia del Estado.


- La adecuada documentación de todos los programas de gasto que deban llevarse a cabo con cargo a NGEU.


- El control de los proyectos ejecutados por otras administraciones territoriales.


- La preparación de la documentación que deba ser presentada ante la UE por parte del Reino de España para la adecuada gestión de NGEU.


Con la aprobación de una Autoridad Independiente para la recuperación económica, España lanzaría un mensaje de certidumbre sin precedentes en nuestro país y serviría para aprovechar el efecto multiplicador de las inversiones que no podemos
desaprovechar mientras sigamos sufriendo una crisis económica con unas consecuencias sociales tan graves para los españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Aprobar, con la máxima urgencia posible para que esté operativa en enero de 2021, el Real Decreto Ley para la creación de una Autoridad Independiente para la Recuperación de la Economía Española liderada por una personalidad de reconocido
prestigio profesional que tenga entre sus funciones la de establecer las prioridades de inversión de los fondos Next Generation EU (NGEU), optimizar los recursos públicos y que estos tengan un efecto multiplicador en la economía española y que, en
colaboración con la inversión privada, propicien el crecimiento económico, así como la reestructuración y la modernización de nuestros sectores económicos más vulnerables.


- Someter a consideración del Congreso de los Diputados, la designación de la persona elegida para asumir la Presidencia de la Autoridad, que deberá ser una personalidad de reconocido prestigio profesional y estar avalado por una mayoría
cualificada de la Cámara, como muestra de un amplio consenso en torno a la necesidad de articular las reformas necesarias para la recuperación de nuestra economía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2020.-Miguel Ángel Castellón Rubio, Mario Garcés Sanagustín y María Elvira Rodríguez Herrer, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


162/000406


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a adherirse a la
Resolución del Parlamento Europeo de 19 de septiembre de 2019 de condena de los totalitarismos nazi y comunista, para su debate en Pleno.



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Exposición de motivos


El Parlamento Europeo aprobó el pasado 19 de septiembre de 2019, con 535 votos a favor, 66 en contra y 52 abstenciones, una resolución histórica de condena de los crímenes de los totalitarismos nazi y comunista.


Esta resolución considera en su exposición de motivos que los crímenes nazis fueron evaluados y castigados en los juicios de Nuremberg, pero 'que sigue existiendo la necesidad urgente de sensibilizar sobre los crímenes perpetrados por el
estalinismo y otras dictaduras, evaluarlos moral y jurídicamente, y llevar a cabo investigaciones judiciales sobre ellos'. Asimismo, la resolución considera que 'la integración europea ha sido una respuesta a los sufrimientos provocados por dos
guerras mundiales y por la tiranía nazi, que condujo a la expansión de los regímenes comunistas totalitarios y antidemocráticos en la Europea Central y Oriental', y que 'deben mantenerse vivos los recuerdos del trágico pasado de Europa con el fin de
honrar la memoria de las víctimas, condenar a los autores y establecer las bases para una reconciliación basada en la verdad y la memoria'.


Es una resolución histórica porque corrige definitivamente la diferenciación que algunas instituciones y líderes europeos han realizado tradicionalmente entre unos totalitarismos y otros, condenando en muchos casos solo a una parte de ellos,
los totalitarismos fascistas, pero justificando u olvidando a otros, los totalitarismos comunistas. Se trata de un problema que afecta igualmente a nuestro país, en el que hemos condenado reiteradamente la dictadura franquista y los totalitarismos
fascistas, pero, sin embargo, no hemos condenado desde las instituciones los totalitarismos comunistas y los crímenes cometidos por los comunistas tanto en la República como en la Guerra Civil. Tanto es así, que miembros del actual Gobierno aún
siguen reivindicando el comunismo y su memoria.


Una Memoria auténticamente democrática debe condenar todos los totalitarismos, y no sólo una parte de ellos. Nuestra Memoria debe incluir la condena del fascismo y del comunismo, y de todos los crímenes cometidos en sus nombres. Por ello
es necesario que España adopte medidas que den cumplimiento a las declaraciones contenidas en la Resolución del Parlamento Europeo. Y también, que las haga extensivas al tratamiento que se le da a la banda terrorista ETA y a sus herederos
políticos, inspirados en buena medida por el comunismo.


Por tanto, el marco normativo de encaje y cumplimiento de esta Resolución es clara, en el ámbito de la memoria histórica o democrática como política de Estado. El Gobierno de España debe tener en cuenta todas y cada una de las declaraciones
contenidas en la citada Resolución a la hora de aplicar la ley 52/2007, llamada Ley de la Memoria Histórica, y también en el anunciado Anteproyecto de ley de Memoria Democrática.


Por todo ello el grupo parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los diputados insta al Gobierno:


1. A suscribir la Resolución del Parlamento Europeo de 19 de septiembre de 2019 de condena de los totalitarismos nazi y comunista.


2. A adoptar las medidas contempladas en las declaraciones de la citada Resolución del Parlamento Europeo mediante su incorporación a la legislación vigente española sobre memoria histórica o democrática y a los cambios que en ella se
planteen en un futuro'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2020.-Edurne Uriarte Bengoechea, Jaime Miguel Mateu Istúriz, Isabel María Borrego Cortés y Macarena Montesinos de Miguel, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia Joan Baldoví Roda, diputado de Compromís, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley sobre la reciprocidad de todas las televisiones autonómicas del Estado, para su debate en el Pleno de la Cámara.


Exposición de motivos


Por iniciativa del Consejo de Europa, cada 26 de septiembre se celebra el Día Europeo de las Lenguas. Así los 47 estados miembros del Consejo animan a los más 800 millones de ciudadanos europeos a aprender más lenguas con la convicción que
la diversidad lingüística es una herramienta para conseguir una mayor comprensión intercultural y para poner en valor la rica herencia cultural de nuestro continente.


En el Estado Español, casi la totalidad de las comunidades autónomas -13 de 17-, así como de las dos ciudades autónomas, cuentan con corporaciones públicas de radio y televisión. En este sentido, la reciprocidad de todas las televisiones
públicas autonómicas sería de gran utilidad para mejorar la cohesión interterritorial y también para fomentar y proteger el pluralismo cultural y lingüístico del Estado.


Las recomendaciones de los expertos sobre la aplicación de la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias recogidas en el informe 'Proteger y promover la diversidad cultural, para fortalecer Europa' del Comité Europeo de las Regiones
publicado en el año 2018, van justamente en esta línea y propone esa reciprocidad para garantizar el derecho a la información y a la comunicación en las lenguas regionales.


La regulación de los medios audiovisuales públicos emana del artículo 20.3 de la Constitución Española, que dispone lo siguiente:


(...) La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos
significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.


Encontramos esta regulación posterior en la Ley 7/2020, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, que compendió la normativa vigente hasta el momento. De hecho, en el capítulo I del título II se consagra íntegramente 'la
garantía de los derechos de los ciudadanos a recibir comunicación audiovisual en condiciones de pluralismo cultural y lingüístico'; hecho que implica la protección de las obras audiovisuales europeas y españolas en sus diferentes lenguas.


Así, el artículo 4 establece que:


1. Todas las personas tienen el derecho a que la comunicación audiovisual se preste a través de una pluralidad de medios, tanto públicos, comerciales como comunitarios que reflejen el pluralismo ideológico, político y cultural de la
sociedad. Además, todas las personas tienen el derecho a que la comunicación audiovisual se preste a través de una diversidad de fuentes y de contenidos y a la existencia de diferentes ámbitos de cobertura, acordes con la organización territorial
del Estado. Esta prestación plural debe asegurar una comunicación audiovisual cuya programación incluya distintos géneros y atienda a los diversos intereses de la sociedad, especialmente cuando se realice a través de prestadores de titularidad
pública.


(...)


3. Los operadores de servicios de comunicación audiovisual promoverán el conocimiento y la difusión de las lenguas oficiales en el Estado y de sus expresiones culturales. En este sentido, los operadores de titularidad pública contribuirán
a la promoción de la industria cultural, en especial a la de creaciones audiovisuales vinculadas a las distintas lenguas y culturas existentes en el Estado.


Y, por último, el artículo 5.1 dispone que:


5. Todas las personas tienen el derecho a que la comunicación audiovisual incluya una programación en abierto que refleje la diversidad cultural y lingüística de la ciudadanía.


Por otro lado, tal y como establece el título IV de la Ley, los medios de comunicación audiovisuales públicos tienen entre sus objetivos generales la formación de una opinión pública plural, la difusión de la diversidad lingüística y
cultural y la difusión del conocimiento y las artes, así como la atención a las minorías.



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Por todo ello, y con el objetivo de impulsar el reconocimiento de la diversidad cultural, territorial y lingüística y el fomento de la convivencia a través de los medios de audiovisuales, tal y como recoge la legislación española,
presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a tomar las medidas necesarias para hacer efectiva la reciprocidad de todas las cadenas de televisión públicas en el conjunto del Estado y a rendir cuentas en un máximo de tres meses
desde la toma en consideración de dicho acuerdo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2020.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de sus autores, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a las Comisiones que se indican, las
preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a las Comisiones correspondientes, al Gobierno y a los Sres. Diputados preguntantes y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


Núm. expte.: 184/021713.


Núm. registro: 52033.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu) Matute García de Jalón, Oskar (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Actuaciones acerca del ciudadano don Ángel Ramón Ruiz de Urra Fernández que se encuentra preso en la cárcel de Tetuán (Marruecos) acusado por un delito de narcotráfico y a la espera de juicio.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000493.


Comisión de Defensa


Núm. expte.: 184/021550.


Núm. registro: 51717.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Estados con los que han realizado maniobras y ejercicios las Fuerzas Armadas españolas en los últimos diez años.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000498.


Núm. expte.: 184/021551.


Núm. registro: 51718.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Número de maniobras militares conjuntas que han realizado las Fuerzas Armadas con el Ejército de Turquía.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000499.



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Núm. expte.: 184/021710.


Núm. registro: 52006.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Capacitación de los miembros de las Fuerzas Armadas para realizar labores de rastreadores del COVID-19.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000501.


Comisión de Interior


Núm. expte.: 184/021333.


Núm. registro: 51459.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Realización de espionaje político a un europarlamentario, interviniendo las conversaciones de su entorno político, familiar y amistoso.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000494.


Núm. expte.: 184/021405.


Núm. registro: 51534.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Protocolo, dietas y complementos que se asignan a los agentes policiales que realizan labores de escolta a personalidades del Estado cuando estos se encuentran en el exterior.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000495.


Núm. expte.: 184/021547.


Núm. registro: 51714.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Cronograma de los hechos que se produjeron el 20 de agosto de 2020 en la valla de Melilla.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000496.


Núm. expte.: 184/021549.


Núm. registro: 51716.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Número de polizones que han llegado a los puertos del Estado en los últimos cinco años.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000497.


Núm. expte.: 184/021552.


Núm. registro: 51719.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Resolución del Ministerio del Interior por la que se acuerda la adquisición, por 1,5 millones de euros, de material policial para su posterior donación a siete países africanos con el fin de ayudarles 'a combatir la
inmigración'.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000500.


Núm. expte.: 184/021711.


Núm. registro: 52007.


Autor iniciativa: Iñarritu García, Jon (GEH Bildu).


Objeto iniciativa: Número de solicitantes de asilo existentes en Melilla y en Ceuta, así como autorización por el Gobierno a la circulación de estas personas.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 15 de septiembre de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000502.



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SECRETARÍA GENERAL


292/000011


Examinadas las solicitudes presentadas en el concurso de traslados para la provisión de diversas plazas de Programador en el Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Congreso de los Diputados, por personal laboral
de la Cámara que ostente la condición de Programador, convocado el día 21 de septiembre de 2020.


Visto el baremo aplicable a los concursos para la provisión de puestos del personal laboral previstos en la plantilla orgánica del Congreso de los Diputados, aprobado con fecha 23 de julio de 2014 y publicado en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, número 503, serie D, de fecha 28 de julio de 2014,


Visto el artículo 7.1º del Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados,


He resuelto adjudicar las plazas convocadas, con efectos de 13 de octubre de 2020, de acuerdo con el orden de antigüedad como Programador dentro de la Cámara, que a continuación se señalan y en función de las preferencias manifestadas por
los aspirantes:


ORDEN DE ANTIGÜEDAD


1. D. Diego Izquierdo Villar


SECRETARÍA GENERAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones


Área de Atención a Usuarios


Queda adscrito D. Diego Izquierdo Villar a una plaza de Programador, en régimen de jornada completa, con horario ordinario, con dedicación normal y sin complemento de destino.


Contra esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, podrá interponerse recurso ante la Mesa del Congreso de los Diputados, dentro del plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


OTROS TEXTOS


ESTADO DE ALARMA


091/000002


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(91) Actos en relación con los estados de alarma, excepción y sitio.


Autor: Gobierno.


Comunicación del Gobierno que acompaña al Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el
SARS-CoV-2.



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Acuerdo:


Trasladar a la Comisión Constitucional a los efectos previstos en el artículo 116.2 de la Constitución y en el artículo 162.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Constitución, y de conformidad con lo previsto en el artículo 162.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados, tengo el honor de comunicar a V.E. que el Consejo de Ministros en
su reunión del día nueve de octubre, ha acordado declarar el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia para la salud pública mediante el Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para
responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, cuyo texto se acompaña.


Madrid, 9 de octubre de 2020.-La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo Poyato.


REAL DECRETO 900/2020, DE 9 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA RESPONDER ANTE SITUACIONES DE ESPECIAL RIESGO POR TRANSMISIÓN NO CONTROLADA DE INFECCIONES CAUSADAS POR EL SARS-CoV-2


I


La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional.


La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requirió la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud. En este sentido, el estado de
alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, permitió hacer frente a la situación de emergencia sanitaria con medidas para proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar
el Sistema Nacional de Salud.


El día 21 de junio finalizó el proceso de desescalada y la vigencia del estado de alarma, entrando el país en la etapa de nueva normalidad. En este escenario de control, fue preciso adoptar una serie de medidas para seguir haciendo frente a
la pandemia y evitar un nuevo incremento de casos. Con este objetivo, se aprobó el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la emergencia sanitaria ocasionada por el
COVID-19, donde se establecen las medidas generales de prevención y control que se deben mantener durante esta nueva normalidad.


Asimismo, con el fin de intensificar las medidas de prevención, seguimiento y control de la epidemia y ofrecer una respuesta coordinada del conjunto de Administraciones, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el
pasado 16 de julio de 2020 el 'Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19', en el que se prevé que, al objeto de 'reducir al máximo la transmisión del virus, minimizando su impacto en la salud y en la sociedad,
las instituciones deben estar preparadas para responder a cualquier escenario de riesgo para la salud pública, asumiendo que es necesaria la coordinación y la toma de decisiones conjunta en función de los diferentes escenarios'.


Si bien es cierto que las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas han hecho y continúan haciendo importantes esfuerzos en el seguimiento y vigilancia de la epidemia, con grandes avances en los sistemas de detección temprana de la
enfermedad, el refuerzo de los servicios de salud pública y la adopción de diferentes medidas dirigidas a controlar los brotes y frenar los contagios, desde principios de agosto comenzó a detectarse un incremento de la incidencia de la enfermedad en
todas las comunidades autónomas que incluyó un componente de transmisión comunitaria.



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Desde entonces y viendo la necesidad de tomar medidas coordinadas para el conjunto de las Administraciones, se adoptaron diversos acuerdos en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En concreto en tres de ellos,
con fechas de 14 de agosto, 27 de agosto y 9 de septiembre, se llegaron a acuerdos en torno a: i) la toma de actuaciones extraordinarias coordinadas en salud pública en varios sectores para responder a la situación de especial riesgo derivada del
incremento de casos positivos por COVID-19; ii) actuaciones coordinadas en salud pública frente al COVID-19, tanto para centros educativos durante el curso 2020-2021, como en relación con la vacunación frente a la gripe estacional; y iii) medidas
de consenso relacionadas con la vacuna frente a la COVID-19, la continuación del Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID, la realización de cribados o la coordinación con las entidades locales, respectivamente.


II


Dentro de la tarea de seguimiento continuo de la evolución de la epidemia, se viene observando en las últimas semanas una situación de transmisión comunitaria del SARS-CoV-2 en diversos territorios y un aumento significativo de las tasas de
hospitalización e ingresos en unidades de cuidados intensivos. Por este motivo, además de las medidas de prevención y protección individuales y colectivas ya establecidas, es necesario considerar la implementación de medidas más estrictas que
permitan facilitar el control de la epidemia en aquellos territorios más afectados por la misma.


Es recomendable que estas medidas más estrictas se dirijan específicamente a aquellos territorios o zonas geográficas con mayor propagación, en los que las medidas adoptadas en el marco del Plan de Respuesta Temprana y otros protocolos de
actuación no han dado el resultado esperado. Todo ello con la finalidad de lograr el mayor beneficio para la salud pública y minimizar el impacto social y económico para el conjunto de la población.


Medidas similares ya fueron implementadas en el país en fases anteriores de la epidemia y se observaron útiles. Estas intervenciones son acordes con las orientaciones de la Organización Mundial de la Salud.


La incidencia acumulada de catorce días de COVID-19 en España en la última semana ha superado los 250 casos por 100.000 habitantes (con un rango entre las diferentes comunidades autónomas que oscila desde 96 a 656 casos por 100.000, a día 7
de octubre), muy por encima de las tasas propuestas en la Unión Europea para países de riesgo (60 casos por 100.000 habitantes). Esta incidencia observada además de no ser homogénea entre las comunidades autónomas, tampoco lo es dentro del
territorio de cada una de ellas, viéndose esta tasa influenciada, en muchos casos, por municipios con incidencias muy superiores a la media de la comunidad autónoma.


Si bien es cierto que la incidencia de COVID-19 en un territorio no es el único indicador para valorar el riesgo poblacional y que las propuestas de actuación deben considerar también criterios de transmisión o de capacidad de detección
precoz y del sistema asistencial, también es cierto que la incidencia es un indicador prioritario, reconocido y recomendado por organismos internacionales, que permite valorar la efectividad de las medidas de control implementadas.


Una tasa de incidencia por encima de los 250 casos por 100.000 habitantes puede considerarse un indicador de alto riesgo para la salud pública en el territorio afectado y, por lo tanto, se debe garantizar un alto nivel de capacidad de
detección, control de la transmisión y refuerzo asistencial para evitar un gran impacto en la población y, en particular, en los grupos más vulnerables. La concurrencia de una tasa superior a la señalada demuestra que tanto las medidas de control
como las de refuerzo de capacidades no han logrado alcanzar en los territorios afectados por esa incidencia el efecto deseado para hacer frente a la evolución ascendente de la curva epidémica. En particular, una tasa de incidencia superior a los
500 casos por 100.000 habitantes, que duplica la considerada de alto riesgo, permite establecer un umbral significativamente elevado a partir del cual puede calificarse la situación como extrema, y da perfecta cuenta de la enorme gravedad de la
propagación de la enfermedad en las unidades territoriales que la experimentan. A partir de este umbral, resulta imprescindible la adopción con urgencia de medidas de choque dirigidas a tratar de controlar en el menor tiempo posible la situación
extrema generada. Todo ello, sin perjuicio de recordar la conveniencia de actuar en todo caso con medidas proporcionales de intensidad variable desde el momento mismo en que la incidencia sobrepasa las tasas establecidas por los organismos
internacionales en sus recomendaciones.



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De esta manera, incidencias superiores a las mencionadas en el párrafo anterior en núcleos poblacionales grandes, con más volumen de intercambio de personas con otras zonas de la comunidad autónoma o del país, reducen substancialmente la
capacidad de control de la transmisión, haciendo necesaria la implementación de medidas más severas. El control de la transmisión en estos núcleos poblacionales en situación de muy alto riesgo tendría además un impacto beneficioso importante en el
resto del territorio.


III


A fecha 7 de octubre, y estimando la incidencia acumulada de catorce días corregida por retrasos de notificación, en España hay once municipios de más de 100.000 habitantes, que incluyen 4.917.255 habitantes, con tasas de incidencia
superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes. La tasa promedio de estos municipios es de 662 casos por 100.000 en los catorce días valorados, más de dos veces la incidencia nacional, si bien la situación de estos territorios no es homogénea en
términos de capacidad diagnóstica y asistencial. Esta incidencia representa un total de 32.530 casos notificados en estos once municipios en un periodo de catorce días, aproximadamente un 25% del total de casos notificados en toda España en ese
periodo.


Esta situación conlleva un impacto importante en los sistemas asistenciales tanto de atención primaria como hospitalarios, que ya tienen ocupaciones de camas en unidades de cuidados intensivos (en adelante, UCI) del 18% a nivel nacional, con
seis comunidades autónomas que superan ya el 25% y una por encima del 35% de las camas actualmente disponibles. Dado que el impacto en UCI se incrementa y mantiene hasta dos y tres semanas después del máximo pico de transmisión, el esfuerzo de
control se debe mantener más allá del punto de inflexión de la curva epidémica para reducir suficientemente el impacto en el sistema sanitario.


Otro de los indicadores que establece el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (ECDC, en sus siglas en inglés) como indicador de tendencia preocupante en su último informe es el porcentaje de resultados positivos en el
total de pruebas de diagnóstico de infección activa realizados, señalando como riesgo que este porcentaje sea mayor o igual al 3%.


Por este motivo, con fecha 30 de septiembre, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó, después de haber dado audiencia a todas las comunidades y ciudades autónomas, que se declarasen como actuaciones coordinadas, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, una serie de medidas relacionadas con la restricción del contacto social en municipios especialmente afectados por una
elevada propagación de la epidemia. Entre estas medidas, de aplicación para los municipios de más de 100.000 habitantes en los que concurran una serie de circunstancias, se incluyó la limitación de la entrada y salida de personas de los municipios
afectados y su participación en agrupaciones, el aforo máximo, la distancia y el horario de lugares de culto, velatorios, establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, establecimientos de hostelería y restauración, de juegos
y apuestas, academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza y de instalaciones deportivas, y asimismo se estableció el refuerzo de las capacidades de detección precoz y el control de las enfermedades. Todo ello con el objetivo de proteger
al máximo a las poblaciones afectadas, preservar la capacidad asistencial y minimizar el riesgo de exportación de una situación epidemiológica grave de un territorio a otro, tratando, en definitiva, de reducir las tasas de transmisión por debajo de
los niveles de riesgo establecidos por los organismos internacionales.


En concreto, aunque es importante implementar medidas de control en todos los municipios con transmisión de SARS-CoV-2, sea cual sea su nivel, resulta especialmente urgente implementar las medidas necesarias para controlar la transmisión en
los municipios de más de 100.000 habitantes que cumplan los siguientes criterios:


a) Que el municipio presente una incidencia acumulada por fecha de diagnóstico en los últimos catorce días de 500 casos o más por 100.000 habitantes (medida hasta cinco días antes de la fecha de valoración) en base a la información que se
notifica al Sistema para la Vigilancia en España (SIVIES), salvo que al menos el 90% de los casos detectados en el municipio se correspondan con brotes no familiares perfectamente identificados y controlados, siempre que estos hayan sido comunicados
al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad.



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b) Que el municipio presente un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infección activa por COVID-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10%.


c) Que la comunidad autónoma a la que pertenezca el municipio presente una ocupación de camas por pacientes COVID-19 en unidades de cuidados intensivos superior al 35% de la dotación habitual.


A fecha de este decreto, son nueve los municipios de más de 100.000 habitantes que cumplen con los tres criterios señalados y en los que las medidas de restricción en relación con la entrada y salida no se encuentran en vigor, todos
pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Madrid, a saber, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. En estos municipios, la media de la incidencia acumulada según el criterio establecido, es
de 679,61 casos por 100.000 habitantes, siendo más del doble que la media nacional. Por otro lado, los dos criterios restantes alcanzan porcentajes más elevados, siendo el porcentaje de positividad en las pruebas diagnósticas de infección activa en
dichos municipios en torno al doble del porcentaje nacional, que se situó en el 10,1% en la última semana. Del mismo modo, el porcentaje de ocupación de camas UCI por pacientes COVID19 es del 39,81% en la comunidad autónoma frente al 18,04%
nacional.


Dada la localización geográfica central en el territorio nacional de estos municipios y la gran densidad demográfica con la que cuentan, resulta preciso adoptar medidas concretas y urgentes para estas localidades, a fin de controlar la
epidemia y proteger la salud de sus habitantes y del resto de la población, en aplicación de los criterios mencionados.


Debe señalarse al respecto que estos municipios cuentan con una movilidad diaria de personas que se desplazan entre las propias localidades afectadas y entre estas y otras comunidades autónomas que hace necesario el establecimiento de
restricciones a su entrada y salida para lograr los fines mencionados. Asimismo, esta medida es avalada por la situación de concentración y radialidad de sus vías de comunicación, que, además, constituyen un punto estratégico de desplazamiento
hacia el exterior.


Entre las medidas contempladas en la Orden Comunicada del Ministro de Sanidad de 30 de septiembre, por la que se aprobó la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por
transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, se incluyó como medida que las Comunidades Autónomas, al amparo de la Ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, estaban obligadas a
aplicar en los municipios de más de 100.000 habitantes en los que concurran las circunstancias anteriormente señaladas, la limitación de la entrada y salida de personas de los municipios afectados.


La Comunidad de Madrid es la única comunidad autónoma que, encontrándose algunos de sus municipios en las circunstancias previstas en la Declaración de Actuaciones Coordinadas de 30 de septiembre de 2020, no ha visto ratificada judicialmente
la medida de restricción en relación con la entrada y salida de los municipios afectados prevista en la Orden que aprobó en el ejercicio de las competencias que le son propias (Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la
que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la Comunidad de Madrid en ejecución de la Orden del Ministro de Sanidad, de 30 de septiembre de 2020, por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública).


Teniendo en cuenta que en relación con dicha Orden de la Comunidad de Madrid, la autoridad judicial no ha ratificado la medida referida a la limitación de la entrada y salida de personas de los municipios afectados, única medida contemplada
en Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad susceptible de ratificación o autorización judicial por limitar o restringir derechos fundamentales, resulta necesario ofrecer una cobertura jurídica puntual e inmediata que resulte
suficiente para continuar con la aplicación de esta medida, ante la grave situación epidemiológica existente en los municipios afectados y con el fin de evitar el riesgo que se ocasionaría en caso de no ser posible continuar con su aplicación.


Por ello, el presente real decreto regula específicamente la medida referida a la restricción de entrada y salida de los municipios en los que concurran las circunstancias señaladas anteriormente y lo hace con la única y exclusiva finalidad
de proteger la salud de la población.



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IV


Debe señalarse que el artículo cuarto, apartado b), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, habilita al Gobierno para, en el ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 116.2 de la
Constitución, declarar el estado de alarma en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzcan crisis sanitarias, tales como epidemias, lo cual concurre en la situación presente, tal y como se ha venido señalando.


En concreto, a través de esta norma, se pretende limitar el contacto social entre personas que residen en diferentes municipios, con el fin de disminuir la probabilidad de transmisión entre zonas con distinta situación epidemiológica, como
medida urgente, necesaria, proporcionada y estrictamente indispensable para evitar la cadena de transmisión del virus y su expansión.


En este marco, las medidas previstas en la presente norma se encuadran en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de la ciudadanía y contener la progresión de la enfermedad.


Para hacer frente a esta situación, grave y excepcional, y con el fin de garantizar la normalidad, es indispensable proceder a la declaración del estado de alarma. Las medidas que se contienen en el presente real decreto son las
imprescindibles para hacer frente a la situación, resultan proporcionadas a la extrema gravedad de la misma y no suponen la suspensión de ningún derecho fundamental, tal y como prevé el artículo 55 de la Constitución.


En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y del Ministro de Sanidad, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día
9 de octubre de 2020,


DISPONGO:


Artículo 1. Declaración del estado de alarma.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo cuarto, apartado b), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, se declara el estado de alarma con el fin de establecer las medidas necesarias para
responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.


Artículo 2. Ámbito territorial.


El estado de alarma declarado por el presente real decreto resultará de aplicación en el territorio de los siguientes municipios de la Comunidad Autónoma de Madrid:


a) Alcobendas.


b) Alcorcón.


c) Fuenlabrada.


d) Getafe.


e) Leganés.


f) Madrid.


g) Móstoles.


h) Parla.


i) Torrejón de Ardoz.


Artículo 3. Duración.


La duración del estado de alarma que se declara por el presente real decreto es de quince días naturales.


Artículo 4. Autoridad competente.


A los efectos del estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno.



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Artículo 5. Limitación de la libertad de circulación de las personas.


1. Se restringe la entrada y salida de personas de los municipios recogidos en el artículo 2 a aquellos desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:


a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.


b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.


c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.


d) Retorno al lugar de residencia habitual.


e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.


f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse.


g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.


h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.


i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.


j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.


k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.


2. La circulación de las personas en tránsito a través de los ámbitos territoriales que constituyen el ámbito de aplicación de este real decreto no estará sometida a las restricciones establecidas en el apartado anterior.


Artículo 6. Gestión de los servicios.


Cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente, así como la gestión de sus servicios y de su personal, para adoptar las medidas que estime necesarias, sin perjuicio de lo establecido en este real
decreto.


Artículo 7. Régimen sancionador.


El incumplimiento del contenido del presente real decreto o de las órdenes de las autoridades será sancionado con arreglo a las leyes.


Disposición adicional única. Información al Congreso de los Diputados.


De acuerdo con lo establecido en el apartado uno del artículo octavo de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, el Gobierno remitirá semanalmente al Congreso de los Diputados información documental estructurada de la ejecución de las
distintas medidas adoptadas y valoración de su eficacia para contener el virus COVID-19 y mitigar su impacto sanitario, económico y social.


Disposición final primera. Habilitación.


Durante la vigencia del estado de alarma declarado por este real decreto, el Gobierno podrá dictar sucesivos decretos que modifiquen lo establecido en este, de los cuales habrá de dar cuenta al Congreso de los Diputados, de acuerdo con lo
previsto en el artículo octavo dos de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.


Disposición final segunda. Entrada en vigor.


El presente real decreto entrará en vigor desde el instante mismo de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dado en Madrid, el 9 de octubre de 2020.



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ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA


430/000003


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(430) Objetivo de estabilidad presupuestaria.


Autor: Gobierno.


Comunicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2020, por el que se solicita del Congreso de los Diputados la apreciación de que España está sufriendo una pandemia, lo que supone una situación de emergencia
extraordinaria, a los efectos previstos en los artículos 135.4 de la Constitución y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


Acuerdo:


Someter a la deliberación del Pleno, a los efectos previstos en los artículos 135.4 de la Constitución y 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y publicar en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ACUERDO POR EL QUE SE FIJA EL LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO PARA 2021


La situación sanitaria provocada por la Covid-19 ha supuesto un cambio en la economía mundial que se enfrenta a una crisis sin precedentes.


En España, el impacto ha sido especialmente intenso por lo que ha sido necesario adoptar una serie de medidas urgentes, inmediatas y eficaces de carácter sanitario para proteger la salud y la wguri dad de los ciudadanos en primer lugar y,
seguidamente, medidas de carácter extraordinario para mitiga los efectos que esta crisis tiene sobre la economía y los ciudadanos.


Así, desde el mes de marzo se han aprobado numerosos Reales Decretos Leyes con medidas sanitarias, económicas y sociales adoptadas con el fin de amortiguar el impacto económico y social que esta pandemia ha provocado.


La adopción de estas medidas se ha visto amparada y reforzada en el seno de la Unión Europea, que consciente de la difícil situación a nivel mundial originada por la pandemia de la Covid-19 ha puesto de manifiesto la necesidad de avanzar en
una mayor coordinación de los Estados miembros tanto en materia económica, como institucional, social y medioambiental.


En la respuesta a la presente crisis el papel de las finanzas públicas de los Estados Miembros es determinante y requiere una habilitación específica por parte del marco normativo europeo que se adapte a las nuevas necesidades.


En este sentido en los últimos meses se han aprobado una serie de iniciativas en el ámbito europeo orientadas a reforzar la respuesta a la crisis y desarrollar un marco de reconstrucción, transformación y resiliencia para seguir avanzando en
una Europa más fuerte en el mundo.


En la articulación de esta respuesta, el pasado 20 de marzo de 2020 la Comisión Europea adoptó una Comunicación relativa a la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.


En su Comunicación la Comisión compartía la opinión del Consejo de que, teniendo en cuenta la grave recesión económica que se preveía como consecuencia de la pandemia y dado que, la crisis actual es un acontecimiento que escapa al control de
los gobiernos y que tiene un impacto importante en las



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finanzas públicas, se aplica la disposición sobre acontecimientos inusuales del Pacto que permitía para el ario 2020 la activación de la cláusula, facilitando la coordinación de las políticas presupuestarias.


El 23 de marzo de 2020, los ministros de Hacienda de los Estados miembros manifestaron su acuerdo con la evaluación de la Comisión. De este modo la activación de la cláusula general de salvaguardia permite una desviación temporal respecto
de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, siempre que dicha desviación no ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. La cláusula general de salvaguardia no suspende los procedimientos del
Pacto de Estabilidad y Crecimiento, pero permite a los Estados miembros posponer el cumplimiento de los requisitos presupuestarios que se aplicarían en condiciones normales y a la Comisión y al Consejo tomar las medidas necesarias de coordinación de
políticas en el marco del Pacto.


En la misma línea las Recomendaciones del Consejo relativas al Programa Nacional de Reformas de 2020 de España y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 para España, se recomienda que, durante
2020 y 2021, y en consonancia con la cláusula general de salvaguardia, se combata eficazmente la pandemia, se sostenga la economía y se respalde la posterior recuperación de forma eficaz, permitiendo a España apartarse temporalmente de la
trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo.


Finalmente, en septiembre de 2020 la Comisión Europea ha manifestado que la política fiscal de los Estados Miembros debe continuar apoyando la recuperación a lo largo de 2021. A la luz de esta necesidad y de la elevada incertidumbre en
torno a la evolución de la pandemia y sus consecuencias socio-económicas, la cláusula general de salvaguardia, que fue activada en marzo por la Comisión y el Consejo y que no suspende las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, se mantendrá
activa en 2021 como se indicó en la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible 2021. Cuando las condiciones económicas lo permitan, será el momento de poner en marcha políticas fiscales encaminadas a alcanzar posiciones fiscales prudentes en el
medio plazo.


Además de la Unión Europea, otras instituciones económicas también apuestan por mantener una política fiscal orientada a consolidar la recuperación económica Así, por ejemplo, la OCDE publicó el pasado 16 de septiembre su informe de
Perspectiva Económica, donde afirma que 'el apoyo de la política fiscal debe mantenerse en 2021 y los anuncios recientes de medidas presupuestarias adicionales en muchos países son bienvenidas; el objetivo debe ser evitar un ajuste fiscal prematuro
en un momento en que las economías son aún frágiles'.


El artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, relativo al 'Principio de estabilidad presupuestaria' señala en su apartado primero que 'la elaboración, aprobación y
ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa
europea.'


La normativa europea es, por tanto, el anda de estabilidad sobre el que España debe elaborar su marco de planificación presupuestaria tanto a medio como acorto plazo.


En compromiso de la estabilidad presupuestaria, el pasado 11 de febrero de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se adecúan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de
Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el año 2020 para su remisión a las Cortes Generales, y se fija el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para 2020, siendo posteriormente ratificado este Acuerdo por
el Congreso de los Diputados y por el Senado los días 27 de febrero y 4 de marzo, respectivamente.


De manera paralela, también con fecha 11 de febrero de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada
uno de sus subsectores para el período 2021-2023 para su remisión a las Cortes Generales, y el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para 2021, Acuerdo refrendado tanto por el Congreso de los Diputados como por el Senado también
los días 27 de febrero y 4 de marzo, respectivamente.


A consecuencia del impacto económico derivado de la pandemia de la Covid-19, ambos Acuerdos han devenidos en inaplicables, quedando por tanto suspendidos debido a la activación de la cláusula general de salvaguardia por parte de la Comisión
Europea y del Consejo.


Siguiendo la línea que ha iniciado la Unión Europea, España debe activar también la cláusula prevista en nuestro ordenamiento jurídico que permite una suspensión temporal de las reglas fiscales. El artículo 135.4 de la Constitución
establece que los límites de déficit estructural y de volumen de



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deuda pública 'sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la
sostenibilidad económica o social del Estado apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados'. En el mismo sentido el artículo 11.3 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
dispone que 'Excepcionalmente, el Estado y las Comunidades Autónomas podrán incurrir en déficit estructural en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las
Administraciones Públicas y perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados. Esta desviación temporal no puede poner en
peligro la sostenibilidad fiscal a medio plazo.


Teniendo en cuenta que la Unión Europea ya ha apreciado la existencia de las circunstancias que permiten activar la cláusula de salvaguardia, en la medida en que la crisis actual derivada de la pandemia es un acontecimiento que escapa al
control de los gobiernos y tiene un importante impacto tanto social como económico, España debe seguir esta senda y activar los mecanismos previstos para esta situación excepcional.


Se considera que en este momento España debe seguir las recomendaciones de las instituciones comunitarias y tener todos los instrumentos para combatir eficazmente la pandemia, así como respaldar la recuperación de la economía de la forma más
eficaz. Por ello, el Consejo de Ministros procede a solicitar del Congreso de los Diputados la apreciación prevista en los artículos 135.4 de la Constitución y 11.3 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


Así, el Consejo de Ministros, procede a fijar un límite de gasto no financiero que sirva de base para la elaboración de unos Presupuestos Generales del Estado que contribuyan a paliar los efectos negativos de la actual crisis y definan las
bases de la reconstrucción económica, medioambiental y social del país, además, de ser instrumento de canalización eficiente de los recursos que se recibirán de la Unión Europea.


Los Presupuestos Generales del Estado de 2021 deben ser la herramienta que permita a España salir lo antes posible de la crisis generada por la emergencia sanitaria y hacerlo con pilares más robustos, competitivos y con mayor cohesión
social.


Por tanto, el techo de gasto para 2021 que ahora se acuerda incluye en su cuantificación, tanto las principales medidas de política económica, medioambiental y social y de reformas a implementar con recursos nacionales como los proyectos a
financiar con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia europeo de manera que dichas medidas y reformas se orientarán al cumplimiento de la Recomendación formulada por el Consejo a nuestro país.


La aprobación del límite de gasto no financiero en este ejercicio y en un contexto de suspensión de reglas fiscales cobra especial relevancia ya que hay que determinar cuál es el nivel máximo de gasto que la Administración General del Estado
ha de realizar para posibilitar la reconstrucción del país en esta situación extraordinaria.


Con el objetivo de presentar unos Presupuestos eficaces y eficientes que palien los efectos de esta crisis sanitaria y social, el límite de gasto no financiero para 2021 se situaría inicialmente en 136.779 millones de euros, sin contabilizar
los fondos procedentes de la Unión Europea.


Ahora bien, es necesario tener en cuenta que las medidas que se han adoptado a través de los distintos Reales Decretos Leyes aprobados por el Gobierno con el objetivo de amortiguar el impacto económico y social han recaído en el Servicio
Público de Empleo Estatal y en la Seguridad Social, que han asumido gran parte de los gastos derivados de esta situación de emergencia extraordinaria, a través de las distintas prestaciones aprobadas.


Este gasto extraordinario ha provocado que el subsector de la Seguridad Social incurra en un déficit mayor, por lo que, en aras de garantizar la sostenibilidad financiera de la Seguridad Social, el Estado asumirá, con mayores transferencias
de las habituales, parte de su déficit, por un importe de 18.396 millones de euros.


Adicionalmente, con el fin de no tensionar la situación financiera de las Comunidades Autónomas, administraciones que son las principales garantes de los servicios públicos fundamentales prestados a la ciudadanía, tales como educación y
sanidad, el Estado hará un esfuerzo adicional y asumirá en 2021 la mitad de su déficit, lo que implica realizar una transferencia adicional de 13.486 millones de euros.



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Incluyendo estas mayores y extraordinarias aportaciones a la Seguridad Social y a las Comunidades Autónomas, el techo de gasto de 2021 se situaría en 168.661 millones.


Por otro lado, el pasado 21 de julio se alcanzó un acuerdo histórico en el Consejo Europeo para movilizar 750.000 millones de euros, financiados mediante la emisión de deuda comunitaria, a lo que hay que sumar más de 1 billón de euros del
Marco Financiero Plurianual 2021-2027.


El nuevo Fondo de Recuperación permitirá a España movilizar un volumen de recursos sin precedentes. En concreto, dicho fondo se compone del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Programa ReactEU. El Mecanismo contará con 672.500
millones de euros de los que a España le corresponden 59.168 millones de euros en transferencias.


El Plan de Recuperación que España presentará a las instituciones europeas recogerá 25.000 millones de euros de transferencias del Mecanismo de recuperación en 2021, que se incorporan al techo de gasto y lo incrementan en dicha cantidad.


A su vez, el programa ReactEU va a contar con 47.500 millones de euros en transferencias, de los que a España le corresponden 12.436 millones de euros. La mayor parte de estos recursos se asignará a las comunidades autónomas, aunque 2.436
millones pasarán a formar parte del Presupuesto de Sanidad.


Así, los fondos de recuperación comunitarios elevarán en 27.436 millones de euros el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado, fijándolo definitivamente en 196.097 millones.


En este contexto se presenta el presente acuerdo del Consejo de Ministros, que deja en suspenso la senda de consolidación fijada con anterioridad a la crisis, a fin de limitar y controlar la propagación de la pandemia, aumentar la
resiliencia de los sistemas sanitarios nacionales y paliar las consecuencias socioeconómicas mediante medidas de apoyo destinadas a las empresas y los hogares.


En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 6 de octubre de 2020,


ACUERDA


1. El límite máximo de gasto no financiero del Estado en 2021 se fija en 196.097 millones de euros.


2. Solicitar del Congreso de los Diputados la apreciación de que en España estamos sufriendo una pandemia, lo que supone una situación de emergencia extraordinaria que se ajusta a lo dispuesto en el artículo 135.4 de la Constitución y en el
artículo 11.3 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


Quedan suspendidos el Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2020 por el que se adecúan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus
subsectores para el año 2020 para su remisión a las Cortes Generales, y se fija el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para 2020, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2020 por el que se fijan los
objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2021-2023 para su remisión a las Cortes Generales, y el límite de gasto no financiero del
presupuesto del Estado para 2021.


De conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Ministerio de Hacienda informará al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas sobre
el límite máximo de gasto no financiero del Estado de 2021.



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INFORME DE SITUACIÓN DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA (octubre de 2020)


ÍNDICE


Página


1. INTRODUCCIÓN... (Página40)


2. ENTORNO ECONÓMICO Y PREVISIONES... (Página40)


2.1. Situación macroeconómica 2020... (Página40)


Primer semestre... (Página40)


Segundo semestre... (Página42)


2.2 Respuesta de política económica... (Página44)


2.3 Escenario macroeconómico 2020-2021 ... (Página47)


2.3.1 Hipótesis técnicas del escenario macroeconómico... (Página47)


2.3.2 Análisis del escenario macroeconómico 2020-2021... (Página48)


2.3.3 Riesgos asociados al escenario ... (Página54)


Evolución de la pandemia... (Página54)


Histéresis... (Página54)


Brexit y tensiones comerciales... (Página55)


Riesgos relacionados con el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia... (Página55)


2.4. Posición cíclica de la economía española... (Página56)



Página 40





1. INTRODUCCIÓN


La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece, en su artículo 15.5, que la propuesta de fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública se acompañará de un
informe en el que se evalúe la situación económica para cada uno de los años contemplados en el horizonte de fijación de dichos objetivos.


A través del presente Informe de Situación de la Economía Española, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital da cumplimiento a dicha disposición, habiendo consultado previamente al Banco de España (BE) y teniendo en
cuenta las previsiones del Banco Central Europeo (BCE) y de la Comisión Europea (CE), tal y como establece la ley.


Las circunstancias excepcionales provocadas por la crisis sanitaria del COVID-19 justificaron el pasado mes de marzo la activación, a nivel europeo, de la cláusula de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Esta cláusula, que
estará vigente también en 2021, permite a los Estados Miembros posponer el cumplimiento de las reglas fiscales, centrando sus esfuerzos en el apoyo de la recuperación económica. Estas circunstancias delimitan el contenido del Informe.


El Informe de Situación presenta el escenario macroeconómico para el período 2020-2021, especificando, entre otras variables, la evolución prevista del Producto Interior Bruto (PIB), la brecha de producción y la evolución del producto
potencial. El informe se elabora en unas circunstancias de alta incertidumbre en torno a la evolución de la pandemia e incorpora una visión de los principales riesgos en el corto plazo.


2. ENTORNO ECONÓMICO Y PREVISIONES


2.1 Situación macroeconómica 2020.


Primer semestre.


A principios de 2020, la economía española se encontraba en una fase positiva de crecimiento, que duraba más de cinco años y cuyos fundamentos eran más sólidos que en ciclos pasados, pese a la persistencia de ciertos legados de la crisis.
Frente a anteriores fases expansivas, el ciclo económico iniciado en 2014 ha tenido un patrón más equilibrado, creciendo por encima de los principales socios europeos, pero sin generarse desequilibrios exteriores o tensiones en los precios y con una
situación financiera saneada de empresas y familias. Sin embargo, la economía española seguía arrastrando importantes desequilibrios, consecuencia de la crisis financiera de 2008-2013, principalmente en términos de una elevada ratio de deuda sobre
PIB, histéresis en materia de desempleo, alta tasa de temporalidad y una creciente desigualdad en la distribución de la renta.


El escenario económico ha cambiado por completo debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y el impacto de las medidas necesarias para contenerlo. En paralelo a la evolución de la pandemia, la actividad económica mundial ha ido
pasando por distintas fases, con un epicentro que se ha desplazado desde el continente asiático a principios de año a Europa y América en primavera. La evolución de la pandemia requirió una respuesta decidida en el plano sanitario, con medidas de
restricción de la movilidad y la actividad económica tanto en España como en el resto de mundo. Estas medidas se tradujeron en un impacto súbito y pronunciado en la actividad económica, con una disrupción de las cadenas de valor internacionales,
seguida de restricciones a la oferta y contención de la demanda.


El segundo trimestre ha registrado una intensa caída de la actividad para la mayoría de las economías europeas, con un mínimo en el mes de abril, seguido de una recuperación más gradual, en forma de 'V asimétrica'. Tal y como muestran los
indicadores de coyuntura y la evolución del mercado laboral, la pandemia impactó con toda su dureza a las economías europeas en el mes de abril, como consecuencia de la generalización de las medidas de contención de la movilidad y restricción a
ciertas actividades productivas. Desde entonces, y en paralelo con los procesos de desescalada y vuelta a la 'nueva normalidad', se ha registrado un punto de inflexión y la actividad económica se ha ido recuperando de forma progresiva. Sobre la
base de los indicadores disponibles y teniendo en cuenta la elevada incertidumbre existente en torno a las previsiones, los analistas apuntan a un perfil en forma de 'V asimétrica', con una caída brusca inicial seguida de una recuperación más
gradual para las principales economías europeas en los próximos dos años.


La economía española se ha visto particularmente afectada, debido a la intensidad de las medidas adoptadas y su estructura productiva. Si bien las políticas de distanciamiento físico o aislamiento han sido



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imprescindibles para controlar la tasa de contagio y transmisión de la enfermedad, suponen un coste económico muy elevado, con un impacto particularmente intenso en determinados sectores tractores. España está entre los países que han
adoptado medidas más intensas (gráfico 1 y 2) y, además, se ve particularmente afectada debido al peso de los sectores más directamente impactados por las restricciones, como puede verse en el gráfico 3 (restauración, ocio, hostelería, cultura,
turismo y transporte de pasajeros).


Gráfico 1. Caída del PMI servicios e Índice de Severidad en las medidas de confinamiento.;Gráfico 2. Evolución de la movilidad, Ocio y Comercio (tasa interanual respecto a la semana equivalente)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Markit, Oxford Stringency Index;Fuente: Google


Gráfico 3. Valor añadido bruto por secciones de actividad, según grado de afectación por el COVID-19 (% sobre el total en el cuarto trimestre de 2019)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: INE y Eurostat


Las debilidades estructurales relacionadas con el mercado de trabajo y la demografía empresarial suponen un factor de riesgo adicional ante el shock provocado por la pandemia. La alta tasa de temporalidad (gráfico 4) presente en la economía
española supone un factor amplificador de los ciclos económicos en el mercado de trabajo. Además, en términos comparados, España presenta una mayor concentración de micro, y pequeñas empresas (por debajo de 50 trabajadores), más vulnerables ante
shocks de liquidez provocados por caídas repentinas de los ingresos, como puede observarse en el gráfico 5.



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Gráfico 4. Tasa de temporalidad (% de asalariados, cuarto trimestre de 2019);Gráfico 5. Número de asalariados por tamaño de empresa (% de asalariados totales, 2017)


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Fuente: INE, Eurostat;Fuente: INE, Eurostat


Segundo semestre.


Una vez finalizado el Estado de Alarma e iniciada la etapa de convivencia con el virus a finales de junio, el pulso económico ha continuado recuperándose de forma progresiva en el tercer trimestre, donde se espera un crecimiento de dos
dígitos, confirmando la señal de evolución en forma de V asimétrica. Tal y como reflejan los indicadores de coyuntura, en paralelo a la recuperación de la movilidad se ha ido recuperando el terreno perdido por el impacto del COVID-19. Por ejemplo,
los indicadores de mercado de trabajo apuntan a una clara mejoría en los últimos meses, con una reincorporación sustancial de los trabajadores en ERTE, en torno al 80? % de los 3,4 millones registrados a finales de abril (ver gráfico 6), y una
dinámica positiva de los afiliados a la Seguridad Social, que ha recuperado más de 500.000 trabajadores de los 950.000 perdidos desde mediados de marzo hasta finales de abril. Otros indicadores de actividad, como el gasto con tarjeta de crédito por
terminal en punto de venta (gráfico 7), el consumo de energía eléctrica o las ventas facturadas a través del sistema de información inmediata del IVA, apuntan igualmente hacia una recuperación gradual continuada en el tercer trimestre.


Gráfico 6. Ajustes en el mercado laboral desde el inicio de la crisis (millones de trabajadores);Gráfico 7. Evolución del gasto con tarjeta por Terminal en Punto de Venta (% variación interanual)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones;Fuente: BBVA



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Los datos disponibles del tercer trimestre permiten estimar que se ha producido un crecimiento intertrimestral por encima del 10 %. El indicador agregado de actividad elaborado a partir de la información coyuntural de muy alta frecuencia
10, sintetiza la evolución durante los últimos meses (ver gráfico 8). La recuperación gradual de la actividad en el tercer trimestre apuntaría, con todas las cautelas que aconsejan los altos niveles de incertidumbre existente, a un crecimiento en
torno al 13 %. En esta línea se han pronunciado recientemente instituciones como el Banco de España y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal 11.


Gráfico 8. Indicador diario de actividad


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Fuente: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


En este contexto, el principal riesgo a corto plazo se encuentra en la situación epidemiológica y en el impacto económico que puedan estar teniendo los brotes, ralentizando la recuperación. En los últimos meses España se encuentra en una
fase de la pandemia caracterizada por brotes heterogéneos a nivel geográfico, que surgen en distintos momentos y que son de magnitud desigual. El análisis de la experiencia acumulada desde el inicio de la desescalada arroja dos conclusiones
importantes:


- La capacidad de recuperación de la actividad económica podría estar más marcada por la situación sanitaria y epidemiológica que por las restricciones a la oferta y de determinadas actividades socioeconómicas. En otras palabras, la
incertidumbre por la evolución de la pandemia y el riesgo de contagio en el consumo de algunos bienes y servicios son los factores que más limitan la evolución de la economía y que posiblemente se disiparán de forma completa cuando haya una solución
sanitaria consolidada.


- El análisis econométrico de la fase de rebrotes sugiere que el impacto de la incidencia sobre la actividad (sobre el consumo con tarjetas) se produce cuando la incidencia supera un umbral en el número de casos. En ese momento, los
factores limitativos de la actividad son (i) la incertidumbre por la evolución de la pandemia y (ii) el riesgo de contagio en el consumo de algunos bienes y servicios y no tanto las medidas de limitación de aforo o actividad que se han ido adoptando
tras el Estado de Alarma. Así, las medidas de restricción de la movilidad no parecen tener un impacto significativo en el gasto con tarjetas cuando la incidencia es elevada.


10 1Indicador de actividad sintético definido como una media ponderada de los siguientes indicadores: (i) índice de comercio minorista, (ii) índice de actividad del sector servicios y (iii) índice de producción industrial. Los indicadores,
de frecuencia mensual, se desagregan temporalmente con indicadores de alta frecuencia como los datos de gasto con tarjeta y por terminal en punto de venta, el indicador de ventas de grandes empresas de la Agencia tributaria o el consumo eléctrico.


11 2Ver el informe trimestral del Banco de España (aquí), y los resultados del modelo MIPred (aquí).



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El gráfico 9 recoge esta idea y muestra la distinta evolución del gasto con tarjetas entre las provincias que han tenido una incidencia alta, media y baja del virus. Por una parte, el mantenimiento de una incidencia persistentemente mayor
supone una afectación en la recuperación, con unas menores tasas de crecimiento en el grupo de incidencia alta. Por otra parte, se observa en este mismo grupo la rápida reacción al alza del gasto, ante la mejora en la situación epidemiológica que
se produjo a finales del mes de agosto en varias provincias con alta incidencia.


Gráfico 9. Evolución del gasto con tarjetas según el nivel de incidencia de la pandemia (datos a nivel provincial)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: BBVA


Nota: Madrid, Navarra y Teruel pertenecen al grupo de incidencia alta. En el intermedio se encuentran La Rioja, Zamora, Ciudad Real, Palencia, Toledo, Salamanca, Guadalajara, Valladolid, Zaragoza, Murcia, Cáceres, Álava, Melilla, Gipuzkoa,
Burgos, Badajoz, Ávila, Segovia, Huesca, Bizkaia y León. En el más bajo se encuentran las demás provincias.


Bajo este prisma, se refuerza la idea de una evolución paralela de la actividad económica y la situación epidemiológica. A falta de un análisis más exhaustivo que tenga en cuenta el grado de severidad/restricción de las medidas, la adopción
de medidas tempranas con el objetivo de controlar el aumento de casos cuando la incidencia es todavía baja permitiría minimizar al mismo tiempo el coste económico de la pandemia.


2.2 Respuesta de política económica.


En este contexto de enorme complejidad y elevada incertidumbre, la respuesta de política económica ha sido eficaz para reforzar la resistencia de la economía española, minimizar el impacto social y facilitar que la actividad se recuperara
cuanto antes, para que los efectos negativos sean transitorios y evitar histéresis en el comportamiento del mercado de trabajo y la dinámica empresarial. Para ello se articuló un apoyo presupuestario y de liquidez y solvencia por una cantidad
superior al 20 % del PIB, 5 puntos en apoyo presupuestario directo (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, Ceses de Actividad para autónomos, etc.) y el resto relacionado con medidas de apoyo a liquidez y solvencia (líneas ICO, ampliación de
plazos tributarios, etc.).


Así, a partir de marzo se desplegó un Plan de Choque seguido, a partir de junio, por un Plan de Reactivación para acompañar la desescalada en el segundo semestre de 2020. Estos planes han incorporado medidas de apoyo a la liquidez, de
adaptación de jornada y teletrabajo, de flexibilización y apoyo público a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) y de sostenimiento de rentas familiares, con una especial atención a los autónomos. Además, se han puesto en marcha
planes



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sectoriales para contribuir a cerrar la brecha de producción en los ámbitos más afectados por las restricciones a la movilidad y caídas de demanda, como turismo, transporte y automación, con gran peso en el PIB y en la exportación y un
elevado efecto arrastre sobre el resto de la economía.


Los instrumentos de respuesta económica puestos en marcha en España se encuentran entre los de mayor impacto en el ámbito internacional, como puede verse en los gráficos 10 y 11. En particular:


- La financiación movilizada por los instrumentos españoles se encuentra significativamente por encima de las mayores economías europeas. Gracias al aval público, se han movilizado más de 102.000 millones de euros en créditos a través de
casi 830.000 operaciones, de las cuales un 98 % afectan a PYMEs y autónomos.


- Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) han permitido cubrir a casi 3,4 millones de trabajadores en el momento álgido de la pandemia y más de 500.000 empresas, proporcionando un instrumento ágil para la reincorporación y
la reactivación tras la hibernación. A principios de octubre, más de 2,7 millones de trabajadores han salido de ERTE (80 %), con una reincorporación prácticamente completa a su puesto de trabajo (superior al 94 %). Para hacerse una idea de la
suavización del impacto sobre el empleo que han proporcionado los ERTEs, basta comparar la crisis actual con la de 2008-2009. Durante el primer semestre de 2020, la caída en afiliación ha sido similar a la ocurrida en el período que va desde
octubre de 2008 a junio de 2009, de un 5,3 %. Sin embargo, esta caída de empleo ha sido la respuesta a una caída de la actividad de un 22 % en 2020, frente a apenas un 4,2 % en la crisis anterior.


- La prestación extraordinaria para los autónomos ha cubierto hasta 1,5 millones de trabajadores, amortiguando en gran medida la paralización de su actividad. Las solicitudes de la prestación a principios de septiembre se situaban en apenas
150.000.


- Los distintos mecanismos de moratoria y apoyo a los más vulnerables han permitido proteger las rentas familiares, con más de 1,3 millones de operaciones aprobadas, proporcionando una base para la recuperación del consumo doméstico en el
tercer trimestre del año.


- Además, se han aprobado medidas específicas para los sectores más afectados, cuya actividad tardará más en recuperarse. Es el caso, en particular, del turismo, la automación y el transporte. Por ello se han instrumentado planes
sectoriales en todos ellos, por importe total de más de 11.500 millones de euros, instrumentados a través de garantías, créditos o ayudas concedidos para la competitividad o medidas de capacitación profesional, entre otras. El apoyo sectorial se
justifica también desde un punto de vista de impacto económico. Estos sectores, además de ser los más afectados por las restricciones a la movilidad, tanto interna como externa, suponen más del 25 % del PIB en España y poseen una mayor capacidad de
generar actividad en el resto de ramas (efecto multiplicador mayor a la media), una gran vocación exportadora (principalmente la fabricación de automóviles) y un elevado peso en términos de empleo, como puede verse en el gráfico 12.


- También se han puesto en marcha medidas de protección de la solvencia y las inversiones. Si bien en la primera fase la preocupación principal fue mantener la liquidez de las empresas y del conjunto de la economía, el paso a la fase de
reactivación en el segundo semestre está orientando la atención hacia la protección de la solvencia y las inversiones de futuro. El aval público de los créditos del sistema financiero para pagos ordinarios y capital circulante de las empresas, que
ha jugado un papel fundamental, se ha visto complementado con nuevos instrumentos de financiación empresarial, que refuerzan la capitalización del sistema e impiden la salida de empresas solventes afectadas temporalmente por la caída de la demanda
interna y mundial.


Gracias a esta rápida respuesta, se ha conseguido amortiguar el impacto económico, concentrando las ayudas en los sectores más necesitados y preservando un punto de resistencia sobre el que basar la reactivación de la producción y de la
demanda. A diferencia de ciclos anteriores, las medidas adoptadas han permitido un ajuste alternativo al despido, amortiguando el impacto en términos de destrucción de empleo y evitando así un daño más permanente que hubiese puesto en riesgo la
recuperación. Además, se ha podido preservar buena parte del tejido productivo y mantener un nivel de renta que vaya permitiendo la recuperación del consumo. Todo ello ha sido posible gracias no sólo al alcance de las medidas, sino también a su
eficiente canalización, llegando a aquellos sectores más directamente afectados por el shock. En efecto, los sectores relacionados con comercio y hostelería han recibido el mayor apoyo relativo, en términos laborales y de apoyo a la financiación
(gráficos 13 y 1 4).



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Gráfico 10. Medidas de apoyo presupuestario (% PIB 2019);Gráfico 11. Medidas de apoyo a la liquidez (% PIB 2019)


[**********página con cuadro**********]


Nota: medidas aprobadas hasta 15 de junio.;Nota: importe de la financiación movilizada.


Fuente: Bruegel a partir de fuentes nacionales y elaboración propia.;Fuente: ICO, Banca d'Italia, Etalab.fr, KfW.


Gráfico 12. Indicadores estructurales de relevancia económica de los distintos sectores


[**********página con cuadro**********]


Fuente: INE, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones 12


En definitiva, y a modo de resumen del impacto de las medidas de soporte adoptadas, en su ausencia el shock hubiera tenido un impacto disruptivo en la economía, pudiendo llegar a suponer una caída del PIB hasta el 25 % y la pérdida de en
torno a 3 millones de empleos. Atendiendo al balance financiero de las empresas y al alcance sectorial del shock de pérdida de ingresos, alrededor de un 30 % de las sociedades financieras hubieran entrado en situación de sobre-apalancamiento, con
dificultades para hacer frente a sus compromisos financieros. La destrucción de este tejido empresarial hubiera tenido un efecto sobre el PIB cercano al 25 %, afectando a más de 3 millones de empleos 13.


12 3Los sectores representados se corresponden con los siguientes códigos CNAE: automoción o fabricación de vehículos de motor (20); servicio alojamiento y comidas y bebidas (36); y transporte terrestre (31), marítimo (32) y aéreo (33).
Efecto multiplicador o Índice de centralidad Bonacich-Katz, registra la contribución cada rama a la demanda de forma directa e indirecta. Puede interpretarse como el peso total de una rama sobre la demanda final.


13 4Estos resultados surgen de un análisis de las necesidades de liquidez de las empresas españolas derivadas del impacto económicos del COVID-19. Partiendo de un análisis empresa a empresa con datos pre-COVID se estresan los balances
simulando el impacto sectorial del COVID dando lugar así a las necesidades de liquidez de la economía. Fruto de este análisis se concluye que hasta un 32% de empresas, representativas del 18% del valor añadido bruto, podrían haber desaparecido
debido a su incapacidad para hace frente a sus obligaciones de pago. Estos resultados desencadenarían efectos inducidos vía pérdida de rentas que podrían haber llevado a la economía a perder hasta en torno a un 25% del PIB y un coste en términos de
empleo de alrededor de 3 millones de puestos de trabajo. La modelización de los efectos inducidos se lleva a cabo a través de un modelo de demanda input-output.



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Gráfico 13. Trabajadores en ERTE, evolución sectorial;Gráfico 14. Financiación movilizada por sectores (mill. €)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.;Fuente: ICO.


2.3 Escenario macroeconómico 2020-2021


2.3.1 Hipótesis técnicas del escenario macroeconómico.


En lo que se refiere al contexto internacional, el escenario macroeconó.mico se sustenta en unas hipótesis de recuperación del crecimiento mundial en 2021. Las previsiones del BCE sobre la economía mundial excluida la UE apuntan a una
aceleración del crecimiento en 2021 hasta el 6,2 %. De igual modo, la zona euro experimentará una aceleración en 2021, hasta el 5 %.


En línea con la previsión del BCE, se supone una evolución a la baja de los tipos de interés a largo plazo en 2020 y una estabilización en niveles muy favorables en 2021. Concretamente, los tipos de interés a largo plazo pasarán del 0,7 %
en 2019 al 0,4 % en 2020, estabilizándose en ese nivel en 2021. Por su lado, los tipos a corto plazo permanecen en negativo durante todo el periodo de previsión.


Respecto a los mercados de exportación, en línea con la reactivación del crecimiento de nuestros principales socios, se supone una intensa recuperación de los mercados de exportación en 2021, alcanzando un 7,3 % en 2021, tras registrar una
caída del 13,1 % en 2020.


En cuanto a la evolución del tipo de cambio, tras la estabilidad del tipo de cambio mostrada en 2019-2020, se supone una apreciación del euro en 2021, hasta alcanzar los 1,20 dólares/euro, en línea con las previsiones del BCE.


En relación con los precios de las materias primas, el petróleo Brent, llegó a cotizar por encima de los 70 dólares por barril en abril de 2019 y se moderó posteriormente hasta alcanzar, a finales de septiembre, niveles en el entorno de los
60 dólares. Desde entonces y hasta principios de enero de 2020 tomó una senda ascendente hasta acercarse a los 70 dólares, pero en el transcurso del primer semestre de 2020 experimentó una notable caída debido al impacto del COVID-19 sobre la
demanda global. Posteriormente, se recuperó para estabilizarse ligeramente por encima de los 40 dólares/barril. En este contexto, el precio del petróleo se espera que se recupere muy lentamente, hasta el entorno de los 46 dólares, en 2021.



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Cuadro 1. Hipótesis técnicas


Variación anual en %, salvo indicación en contrario


[**********página con cuadro**********]


2.3.2 Análisis del escenario macroeconómico 2020-2021.


Las previsiones para 2020 apuntan a una caída del PIB del 11,2 %, en línea con el consenso, revisando a la baja la previsión realizada en el Programa de Estabilidad. Teniendo en cuenta la última información coyuntural de alta frecuencia
referida al tercer trimestre y la revisión de la Contabilidad Nacional realizada por el INE, se prevé una caída del PIB en 2020 del 11,2 %. Esta revisión respecto al Programa de Estabilidad procede esencialmente de los datos registrados en el
segundo trimestre, lastrado por la debilidad del consumo privado y la inversión, y que se verá parcialmente compensada por un mayor crecimiento al previsto en el tercer trimestre, como puede verse en el gráfico 15, según apuntan los datos
disponibles. La evolución del cuarto trimestre supone una ralentización relativa de la recuperación, conforme se modera el impulso inicial de la reactivación.


Gráfico 15. Previsiones de PIB, perfil trimestral (% variación interanual)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: INE, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Nota (*): previsiones.



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Para 2021 se prevé un crecimiento inercial en línea con los principales organismos y analistas, del 7,2 %, que se verá reforzado por el Plan, que puede permitir alcanzar un crecimiento del 9,8 % (ver cuadro 2). La previsión de crecimiento
para 2021 supone una continuación de la senda de recuperación iniciada en el tercer trimestre de 2020. En términos inerciales (sin medidas de apoyo adicionales), esta senda llevaría a un crecimiento ligeramente por encima del 7 % (en consonancia
con otros organismos, tanto nacionales como internacionales, como puede verse en el gráfico 16). A este escenario inercial hay que sumarle la contribución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con una inversión prevista para 2021
de 25.000 M€ procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia europeo y 2.000 M€ del instrumento REACTEU. La traslación del impacto del Plan al cuadro macroeconómico, esencialmente a través de una inversión más dinámica, supondría cerrar, en
gran medida, la brecha abierta por la caída de 2020 (ver recuadro 1).


En términos de composición del crecimiento, la intensa recuperación que la economía española experimentará durante el 2021 vendrá impulsada por la demanda interna. La demanda interna liderará tanto la contracción en 2020 (9,7 puntos
porcentuales) como la recuperación en 2021 (+9,3 p.p.). Por su lado, el sector exterior contribuirá en el mismo sentido que la demanda interna durante el bienio 2020-2021, pero de forma más moderada aportando al crecimiento del PIB, -1,5 p.p y 0,5
p.p, respectivamente.


La positiva evolución del empleo y la previsible reducción de la incertidumbre impulsarán el consumo privado en 2021. La revitalización del empleo permitirá impulsar la renta disponible de los hogares en 2021. Asimismo, la moderación de la
tasa de ahorro, debido a la previsible reducción de la incertidumbre (ahorro precautorio) junto a la flexibilización de las medidas de restricción a la movilidad respecto a la situación de 2020 (ahorro forzoso) permitirán alentar el consumo privado,
que pasará a crecer por encima del 10 % en 2021.


El impacto del Plan se traducirá en un fuerte aumento de la inversión en 2021, especialmente en bienes de equipo, lo que permitirá que la formación bruta de capital fijo crezca un 15 % tras una caída del 18,3 % en 2020. En términos de peso
en el PIB, el impulso de la inversión gracias a los fondos europeos hará posible recuperar una parte importante de la caída que experimentó en 2020. De representar casi el 21 % del PIB en 2019, la formación bruta de capital caería al 19 % del PIB
en 2020 para recuperar prácticamente el 20 % en 2021.


El consumo público se desacelerará en 2021. Una vez se han llevado a cabo las compras de material sanitario y la contratación extraordinaria de personal y servicios para hacer frente al COVID-19 en 2020, el consumo público tenderá a moderar
su crecimiento en 2021.


En relación con el sector exterior, las previsiones apuntan hacia un fuerte repunte de las exportaciones en 2021. Esta recuperación va en línea con la evolución prevista para el comercio mundial fruto de la recuperación económica global
esperada para 2021 junto a un contexto de menor incertidumbre y relajación de las restricciones de movilidad. Se prevé que tras una caída superior al 20 %, las exportaciones registren un crecimiento del 18 % en 2021. Por su lado, las importaciones
se recuperan de forma acompasada con la evolución del consumo privado y de la inversión, alcanzando un crecimiento del 17 % en 2021.



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Gráfico 16. Previsiones para el bienio 2020-2021, comparativa con el panel (% variación interanual)


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Nota: el intervalo representa las previsiones del panel de analistas publicada por FUNCAS, recogiendo los valores mínimo y máximo, así como el primer y segundo tercil (intervalo más claro).


Fuente: INE, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.



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En cuanto a los precios, la evolución del deflactor del PIB durante el bienio 2020-2021 estará estrechamente vinculada a la evolución de la demanda interna y al comportamiento de los precios de la energía. En este sentido, conviene destacar
la intensa caída que los precios del petróleo experimentaron durante el primer semestre del 2020, como consecuencia del impacto del COVID-19 sobre la demanda mundial. No obstante, la evolución del consumo privado también resulta relevante a la hora
de explicar la significativa desaceleración del deflactor en 2020 (0,0 %) y su posterior recuperación en 2021 (0,9 %).


Gráfico 17. Ley de Okun (tasa de crecimiento del PIB frente variación de la tasa de paro)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: INE, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


A pesar de que el empleo presenta un perfil en línea con el conjunto de la actividad económica durante el bienio 2020-2021, las medidas de flexiguridad han conseguido amortiguar su impacto sobre el desempleo. Las medidas de flexibilización
y apoyo en el mercado laboral han supuesto una amortiguación del impacto en términos de empleo respecto a crisis anteriores. En efecto, se prevé una tasa de desempleo en el entorno del 17 %, con una subida de apenas 3 p.p. respecto a 2019, muy por
debajo de los más de 8 puntos de subida de paro que anticiparía la relación histórica entre PIB y empleo, vigente en las crisis anteriores (ver la representación de la Ley de Okun en el gráfico 17). Asimismo, la reactivación del empleo en 2021
permitirá reducir suavemente el desempleo hasta cerca del 16 %. Por su lado los costes laborales unitarios aumentarán significativamente, en buena medida como resultado de la pérdida significativa de productividad registrada en 2020. No obstante,
el intenso crecimiento de la productividad previsto para 2021, así como una evolución de los salarios alineada con el empleo, permitirán registrar una reducción de los costes laborales unitarios en más del 2 %, lo que podría redundar en mayores
ganancias de competitividad para las exportaciones españolas.



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Cuadro 2. Escenario Macroeconómico 2020-2021


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El impacto sectorial del COVID-19 ha sido asimétrico, siendo los sectores vinculados con la actividad turística los más afectados (ver gráfico 18). En cuanto a la desagregación del PIB por el lado de la oferta, la crisis económica desatada
por el COVID-19 ha afectado con especial dureza a aquellos sectores más vinculados con el turismo y el transporte, que se encontrarían a finales de 2020 todavía lejos de recuperar su nivel de actividad pre-COVID. La progresiva recuperación en 2021
permite ir cerrando esta brecha, aunque de nuevo, a un ritmo desigual, con una recuperación más lenta de aquellos sectores con afectación alta de las medidas de distanciamiento que permitirán una convivencia controlada con la pandemia hasta la
aplicación de la vacuna o la llegada de una solución médica.


Gráfico 18. Perfil trimestral VAB 2020 - 2021 (Índice 2019T4 = 100)


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Nota: sectores con alto impacto [Transporte y hostelería, comercio, actividades profesional] científicas y técnicas y construcción], sectores con impacto medio [Información y comunicación] actividades inmobiliarias e industria] y sectores
con impacto bajo [agricultura, administración pública y actividades financieras y de seguros].


Fuente: INE, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.



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Recuadro 1. Simulación del impacto del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia


El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es muy ambicioso, tanto en su cuantía, como en la profundidad de las medidas que aborda. Con este Plan se ponen a disposición de la economía española en una primera fase, entre otros,
unos 60.000 millones de euros en transferencias procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de los cuales 25.000 corresponderían al primer año. Este impulso desde el lado de la oferta asciende aproximadamente a 2,6 puntos de PIB
anuales durante el periodo 2021-2023. El verde y el digital son los vectores dominantes, completados por una apuesta por la I+D, la educación y formación y el refuerzo de la inclusión social en todo el territorio. Este esfuerzo permitirá recuperar
niveles de inversión pública en línea con los máximos del último ciclo y cerrar la brecha con los países más inversores.


La estimación del impacto realizada para el segmento correspondiente a las transferencias del fondo de recuperación (60.000 millones), se ha realizado con un enfoque bottom-up, atendiendo a los planes específicos que integran el Plan. El
ejercicio de evaluación de impacto se ha realizado mediante modelos de equilibrio general, que permiten captar los canales de afectación del plan y reflejan su impacto en las principales variables macroeconómicas. La multiplicidad de planes se
transmite a la economía a través de canales variados, como la mejoría de la productividad total de los factores, la canalización de fondos privados, una reducción en la intensidad energética, un impulso a la capacidad exportadora, un aumento en la
cualificación y capacidades digitales y mejoras de eficiencia en el mercado de trabajo con un mejor emparejamiento entre vacantes y trabajadores, así como una reducción de la tasa de destrucción de empleo, y un mayor ajuste a través del margen
intensivo.


El conjunto de planes y reformas instrumentados tiene una orientación eminentemente transformadora del tejido productivo y social, con vocación de largo plazo, llevando el crecimiento potencial por encima del 2 %. El impacto a largo plazo
(2030) del plan puede llegar a suponer un incremento en el PIB potencial de la economía de entre 4 y 5 décimas, lo que permitiría situarlo por encima del 2 %. En este ámbito, destacan de nuevo los planes digitales, que llegan a suponer casi un 50 %
de esta mejoría. Cabe resaltar el efecto positivo de las medidas relacionadas con las mejorías en la formación y la modernización de las políticas activas de empleo.


Adicionalmente, supone un impacto a corto plazo como impulso de demanda a través de la inyección de fondos públicos, que permitirán recuperar la senda de crecimiento pre-COVID a finales de 2023. En paralelo a la absorción de los fondos, el
Plan supondrá un importante impulso para la economía. En efecto, las medidas simuladas permitirán una recuperación más rápida de los niveles de PIB pre-crisis (inicios de 2022). En los próximos 3 años, el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia será un instrumento fundamental para que la economía española recupere en 2023 la senda de crecimiento económico que tenía antes la pandemia. Las previsiones contemplan que el PIB de la economía española se sitúe 6 p.p. por encima del
nivel que se hubiera alcanzado en 2023 sin el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (escenario inercia) en el gráfico 19).


El multiplicador para el año 2021 se sitúa en 1,2, aunque es muy heterogéneo entre los distintos planes destacando especialmente los digitales y la inversión en I+D, con multiplicadores en el entorno de 2.


En términos agregados, el empleo generado por el Plan podría alcanzar los 880.000 puestos de trabajo al cabo de los 3 años, lo que equivaldría a unos 15 empleos por cada millón de euros invertido.



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Gráfico 19. Previsiones de PIB, distintos escenarios (2015=100)


[**********página con cuadro**********]


Fuente: INE, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


2.3.3 Riesgos asociados al escenario.


Evolución de la pandemia.


Como se indica en la sección 2.1, cierto grado de rebrotes de la pandemia no produce necesariamente unos efectos económicos graves siempre y cuando sean atajados con rapidez. El principal riesgo en materia sanitaria radica en la existencia
de aumentos de la incidencia que no pudieran ser contenidos con restricciones parciales de la movilidad, del aforo de establecimientos públicos y otras, teniendo que recurrir a confinamientos más estrictos y generalizados como los de marzo y abril,
en cuyo caso los efectos sobre la economía serían significativos.


Las expectativas sobre la producción de una vacuna eficaz han ido mejorando de forma exponencial en los últimos meses, merced al enorme esfuerzo de desarrollo e inversión que se está produciendo a nivel mundial, con más de 300 proyectos en
marcha y entre ellos 9 en fase 3, previa a la producción masiva 14. La Organización Mundial de la Salud (OMS) espera que la vacunación generalizada pudiera comenzar a partir de 2021. Si no se retrasa más allá de esa fecha, gran parte de la
población podría estar vacunada a lo largo del segundo semestre de 2021, permitiendo una vuelta a la normalidad. Por el contrario, si hubiera dificultades no previstas en el desarrollo de vacunas eficaces, el período de convivencia con el virus
deberá prolongarse, manteniéndose ciertas restricciones, aunque localizadas y esporádicas, que limitarían los niveles de utilización de la capacidad productiva, particularmente en algunos sectores de especial relevancia para España, como el
turístico, la hostelería o el comercio.


Histéresis.


La especialización productiva de nuestra economía y la dualidad del mercado de trabajo español pueden suponer un riesgo adicional en caso de prolongarse el shock sanitario más allá de lo previsto inicialmente, derivando en problemas de
solvencia empresarial y de histéresis. La economía española afronta esta crisis sanitaria arrastrando importantes legados relacionados con la dualidad del mercado laboral y con una especialización productiva expuesta en mayor medida que otros
países de nuestro entorno a las restricciones y medidas de distanciamiento social. Estos condicionantes representan un riesgo a la baja en el escenario macroeconómico, ya que podrían surgir problemas de solvencia en algunas empresas, a priori
viables ante un shock temporal de ingresos, especialmente en aquellos sectores más expuestos, que podrían condicionar la recuperación en los próximos trimestres. En paralelo, estos riesgos se podrían trasladar a nuestro mercado de trabajo que, con
una situación de partida


14 5Ver la recopilación del estatus de las diferentes vacunas realizado por el Financial Times el pasado 23 de septiembre (aquí)



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vulnerable debido a las persistentes y elevadas tasas de temporalidad, podrían derivar en problemas de histéresis, dificultando la reincorporación al mercado de trabajo y la creación de empleo.


Como se ha descrito anteriormente, estos riesgos están siendo atajados con las medidas adoptadas durante estos meses en el marco del plan de choque y del plan de recuperación y se abordarán en los próximos trimestres con las medidas
estructurales y las inversiones incluidas en el Plan de Recuperación y Resiliencia. Por un lado, ya se han adoptado medidas encaminadas a proteger la liquidez, la solvencia empresarial y la capitalización del sistema, así como para flexibilizar los
ajustes temporales en el mercado de trabajo. Por otro lado, el Plan de Recuperación y Resiliencia pretende transformar el tejido productivo, apoyándose entre otros vectores en la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión
territorial, la reducción de la brecha de género, en el impulso de la ciencia, la innovación y en la educación y el conocimiento. La eficacia de las medidas de política económica implantadas es esencial para evitar estos riesgos.


Brexit y tensiones comerciales.


Otro de los riesgos a tener en cuenta es la posibilidad de un Brexit sin acuerdo, de una salida del Reino Unido desordenada, lo que podría empeorar las perspectivas de crecimiento de la economía española para los próximos años 15. La Unión
Europea (UE) y Reino Unido (RU) se enfrentan desde el martes día 29 de septiembre al comienzo de la última ronda de negociación que tendrá como objetivo evitar una salida desordenada del RU. Dos son las fechas clave en este proceso. Por un lado,
el 31 de diciembre, fecha en la que termina el periodo transitorio, que comenzó el pasado 1 de febrero, acordado por ambas partes para la salida definitiva de RU. Por otro lado, el día 15 de octubre, fecha límite impuesta por el primer ministro
británico para alcanzar un acuerdo.


El Reino Unido representa un importante socio económico para la economía europea y la economía española no es una excepción. Aunque desde un punto de vista comercial la exposición de España es algo inferior a la media de la eurozona,
constituyendo algo más del 3 % del PIB, el Reino Unido se sitúa actualmente como el quinto destino de nuestras exportaciones y el principal emisor de turistas a España. Centrándonos en las exportaciones de bienes, entre las ramas con mayor
exposición destacan los automóviles, los alimentos, bebidas y tabaco y el material de transporte. En cuanto a los servicios, además del mencionado turismo (RU representa en torno al 20 % de las entradas de turistas y del gasto total), sobresalen
los servicios de telecomunicaciones y financieros.


Desde el punto de vista financiero, la exposición de España al RU es algo inferior a la media de la zona euro, si bien es también muy significativa. Los activos y pasivos exteriores españoles frente a RU ascendieron en 2019 al 16,5% y 17,2%
del PIB, respectivamente. Dentro de los activos cabe destacar a RU como el principal destino de nuestra inversión extranjera directa (IED). En cuanto a los pasivos también destaca la IED alcanzando el 7% del PIB. Por último, cabe señalar que el
RU constituye el mayor comprador extranjero de vivienda libre.


Así, la ausencia de acuerdo situaría a RU en la posición de cualquier miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC) con el que la UE no tiene suscrito ningún régimen preferencial y, por tanto, quedaría sometido a las pertinentes
barreras arancelarias y no arancelarias. Esto tendría dos efectos sobre las ramas de actividad españolas. Uno directo, que afectaría a la mencionada base exportadora nacional de bienes y servicios, y otro indirecto, al ser tanto España como RU dos
economías altamente globalizadas y que forman parte de las cadenas globales de valor. Un Brexit desordenado supondría, además, una mayor dificultad de movimiento, con un efecto directo sobre el mercado laboral, así como el gasto de los británicos
en España, de especial relevancia para algunas regiones geográficas.


Riesgos relacionados con el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Residencia.


La eficacia del Plan dependerá de contar con instrumentos de ejecución y control ágiles, así como de una gobernanza que garantice la coherencia de las actuaciones y su continuidad en el tiempo. Por ello, el Gobierno ha puesto en marcha un
proceso participativo para incorporar las propuestas de los principales agentes económicos, sociales y políticos. Se están poniendo en marcha los necesarios mecanismos de coordinación a nivel del Estado y con las administraciones territoriales.
Entre ellos destaca la Comisión Parlamentaria para la reconstrucción, constituida en el Congreso de los Diputados, cuyas conclusiones y recomendaciones se adoptaron el 22 de julio de 2020.


Por otro lado, la estimación realizada del impacto del Plan es prudente en el sentido de no incorporar los efectos positivos procedentes de la dimensión europea del instrumento Next Generation EU. Para estimar el


15 6El Banco de España estima el impacto acumulado sobre el PIB de un Brexit sin acuerdo en un -0,71% al cabo de 5 años (aquí).



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impacto del Plan para la economía española es necesario tener en cuenta que forma parte de un shock positivo que tiene lugar en el conjunto de la Unión Europea de forma simultánea. De esta forma, es muy probable que España vaya a verse
beneficiada de importantes efectos desbordamiento positivos por un mayor crecimiento de sus principales socios. Una vez conocidos los Planes de países como Francia, Italia, Portugal o Alemania, podrá estimarse este efecto, que redundaría en un
mayor impacto en el crecimiento.


2.4 Posición cíclica de la economía española.


Con objeto de analizar la situación cíclica de la economía española, el presente informe presenta estimaciones de la brecha entre la producción efectiva y potencial (output gap en adelante). Para ello, en línea con lo establecido en la Ley
Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se parte de la metodología de la función de producción utilizada por la Comisión Europea (CE) y acordada en el seno del Grupo de Trabajo del Output Gap del Comité de Política
Económica de la UE.


Es importante tener en cuenta la elevada incertidumbre a la que están sujetas las estimaciones de output gap basadas en la metodología común de la CE, especialmente en el caso de la economía española, y más aún en las circunstancias
actuales. Las notables discrepancias existentes en las estimaciones del nivel de output gap y la consiguiente incertidumbre sobre la posición cíclica son especialmente relevantes puesto que el output gap (brecha de producción) es una variable
central para valorar la orientación de la política fiscal. En las circunstancias actuales, y debido al impacto que la pandemia del COVID-19 ha tenido sobre los modelos de previsión se ha hecho necesario modificar puntualmente la metodología de la
función de producción 16.


Al observar la evolución estimada del output gap, ésta refleja claramente el cambio súbito que el shock causado por el COVID-19 ha provocado sobre la posición cíclica de la economía española, así como el carácter más transitorio e intenso
del propio shock. Concretamente, el output gap se fue cerrando progresivamente desde 2013, año en que alcanza su mínimo, hasta situarse en 2018 y 2019 en niveles ligeramente superiores a los de su potencial. Sin embargo, el impacto del COVID-19 ha
provocado que la economía española vuelva a tener una brecha negativa, registrando tasas cercanas al -10% en 2020, de los cuales se recuperarían cerca de 7 puntos en 2021 (ver cuadro 3). Asimismo, la propia evolución del output gap está muy ligada
con la evolución de los saldos fiscales. Concretamente, el saldo cíclico pasó de ser ligeramente superavitario durante el bienio 2018-2019, al registrarse tasas positivas del output gap, a ser deficitario durante el periodo 2020-021, debido al
shock económico generado por el COVID-19.


Cuadro 3. PIB potencial y output gap


[**********página con cuadro**********]


Nota: NAWRU calculada con curva de Phillips forward-looking no centrada.


Fuente: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


7 Concretamente se han realizado tres ajustes.


- En primer lugar, se utilizan como horas trabajadas por ocupado la media de las horas de 2019 y 2021 para corregir los efectos de los ERTEs.


- En segundo lugar, se ha ajustado el índice de utilización de la capacidad, que interviene en la estimación de la tendencia de la productividad total de los factores, tomando como referencia la experiencia de los años 2008 y 2009.


- Finalmente, se han utilizado dummies para limitar el cambio de la NAWRU ante las variaciones esperadas de los Costes Laborales Unitarios reales.


Las modificaciones están detalladas en el documento OGWG Note TELCO on COVID shock 27042020_clean.docs disponible en https://circabc.europa.eu/ en el apartado dedicado a la documentación sobre output gap
https://circabc.europa.eu/ui/group/671d465b-0752-4a2e-906ca3effd2340ba en la documentación de las previsiones de primavera de 2020.