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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 61, de 30/10/2017
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2017 XII LEGISLATURA Núm. 61

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ELOY SUÁREZ LAMATA

Sesión núm. 14

celebrada el lunes,

30 de octubre de 2017

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Álvarez de Miranda García), para informar sobre:


Bloque II. Reestructuración y supervisión del sistema financiero:


- Informe de fiscalización del proceso de reestructuración bancaria, ejercicios 2009 a 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000174 y número de expediente del Senado 771/000180) ... href='#(Página3)'>(Página3)


- Informe de fiscalización del cumplimiento de la legalidad y de sistemas y procedimientos de la función supervisora del Banco de España, ejercicio 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000193 y número de expediente
del Senado 771/000189) ... (Página3)


Bloque III:


- Informe de fiscalización sobre la gestión realizada por las consejerías del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en Europa. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000070 y número de expediente del Senado 771/000071)
... (Página13)


Bloque IV:


- Informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas en relación con los planes económico-financieros, planes de reequilibrio y planes de ajuste previstos en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y con la gestión del plan de pago a proveedores. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000095 y número de expediente del Senado 771/000094) ... href='#(Página17)'>(Página17)



Página 2





Bloque V:


- Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicios 2012
a 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000137 y número de expediente del Senado 771/000136) ... (Página25)


Bloque I. Organismos, entidades y otros órganos públicos:


- Informe de fiscalización sobre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000032 y número de expediente del Senado 771/000031) ... href='#(Página31)'>(Página31)


- Informe de fiscalización de la gestión de personal llevada a cabo por el ente público RTVE con motivo del expediente de regulación de empleo. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000081 y número de expediente del Senado
771/000079) ... (Página31)


- Informe de fiscalización del consorcio para la conmemoración del II Centenario de la Constitución de 1812, periodo 2007-2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000131 y número de expediente del Senado 771/000132) ...
(Página31)


- Informe de fiscalización del organismo Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, ejercicio 2013. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000156 y número de expediente del Senado 771/000156) ... href='#(Página31)'>(Página31)


- Informe de fiscalización del Consejo Superior de Deportes, ejercicio 2013. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000180 y número de expediente del Senado 771/000169) ... (Página31)


- Informe de fiscalización del Fondo de Cooperación para el Agua y Saneamiento, ejercicios 2009-2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000210 y número de expediente del Senado 771/000211) ... href='#(Página31)'>(Página31)


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:


- Declaración sobre la cuenta general del Estado del ejercicio 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 250/000005 y número de expediente del Senado 770/000003) ... (Página44)


Emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia y, en su caso, debate y votación de las propuestas de resolución presentadas sobre:


- Declaración sobre la cuenta general del Estado del ejercicio 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 250/000005 y número de expediente del Senado 770/000003) ... (Página44)



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Se abre la sesión a las diez y treinta minutos de la mañana.


COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (ÁLVAREZ DE MIRANDA GARCÍA), PARA INFORMAR SOBRE:


BLOQUE II. REESTRUCTURACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN BANCARIA, EJERCICIOS 2009 A 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000174 y número de expediente del Senado 771/000180).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD Y DE SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA FUNCIÓN SUPERVISORA DEL BANCO DE ESPAÑA, EJERCICIO 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000193 y número de expediente
del Senado 771/000189).


El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías.


Vamos a comenzar la intensa sesión que tenemos hoy, dándole en primer lugar la bienvenida al señor Álvarez de Miranda, como no puede ser de otra forma.


Pasamos, sin más dilación, al primer punto del debate correspondiente al bloque de reestructuración y supervisión del sistema financiero. Concretamente, son dos los informes que agrupa este bloque: Informe de fiscalización del proceso de
reestructuración bancaria, ejercicios 2009 a 2015, e Informe de fiscalización del cumplimiento de la legalidad y de sistemas y procedimientos de la función supervisora del Banco de España, ejercicio 2015. Tiene la palabra el presidente del Tribunal
de Cuentas para presentar estos informes.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


El informe de fiscalización del proceso de reestructuración bancaria de los ejercicios 2009 a 2015 fue aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de diciembre de 2016 dando continuidad al anterior informe sobre esta materia referido
al periodo 2009-2012, que se aprobó en el año 2014. Al igual que en el referido antecedente, se ha fiscalizado la actividad llevada a cabo por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, FROB; los Fondos de Garantía de Depósitos, tanto los
tres anteriores como el actual, y el Banco de España. También cabe citar el papel desarrollado por la Sociedad de gestión de activos procedentes de reestructuración bancaria, Sareb.


Los recursos públicos comprometidos en la reestructuración bancaria comprenden el importe monetario de todas las medidas de disposición o compromiso de tales recursos, adoptadas por las entidades fiscalizadas en ejecución de estos procesos.
El importe total de los recursos públicos comprometidos, como consecuencia de las actuaciones realizadas entre 2009 y 2015, fue de 122 122 millones de euros, si bien no todos los componentes de este importe representan un coste en términos
económicos. Aproximadamente, la mitad de los apoyos se ha materializado en aportaciones al capital y a cuotas participativas. La diferencia con el coste de la reestructuración es debida a que en los comprometidos puede que no llegue a
materializarse la salida de recursos o que se recuperen posteriormente, y además deben computarse como ingresos los intereses y comisiones obtenidos en alguna de las operaciones de reestructuración.


Al margen del importe anterior, la Administración General del Estado otorgó avales por un máximo de 85 965 millones de euros, si bien el saldo vivo de la única emisión no amortizada a la fecha del informe ascendía a 1059 millones. Respecto
a las emisiones de deuda sénior de Sareb, el saldo vivo a 31 de diciembre de 2015 de 43 476 millones de euros está también avalado por el Estado.


Por lo que se refiere al coste estimado del proceso de reestructuración bancaria con arreglo a los criterios definidos en el propio informe, el importe acumulado de los recursos públicos empleados se situaba al cierre de 2015 en 60 718
millones de euros, cifra que no puede considerarse definitiva en tanto no estén finalizadas todas las consecuencias de cada uno de los procesos. De este importe total, destaca el coste de los procesos de Catalunya Banc, 12 676 millones de euros;
BFA-Bankia, 12 347 millones; Banco CAM, 11 065 millones y Novacaixagalicia Banco, 9159 millones. El principal componente del coste deriva de las aportaciones de capital y cuotas participativas por 46 021 millones de euros.


Respecto a las cuentas rendidas por el FROB, no estaban consolidadas con las entidades participadas por aquel desde 2011, de acuerdo con la consulta que formuló al Banco de España y a la Comisión Nacional



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del Mercado de Valores considerando que ello sería contrario al principio de imagen fiel. Desde su creación en 2009, el FROB había recibido aportaciones públicas a su fondo patrimonial por 42 170 millones de euros. Como consecuencia de
haber aplicado las sucesivas aportaciones a los resultados negativos de cada ejercicio, el fondo patrimonial al cierre del ejercicio 2015 era positivo por importe de 77 millones.


Del análisis del cumplimiento de la legalidad, en líneas generales, las entidades fiscalizadas cumplieron adecuadamente la normativa reguladora de los procesos de restructuración y resolución bancaria durante el periodo 2009-2015. En
ciertos procesos la comisión rectora del FROB no detalló todas las garantías que fueron formalizadas en los contratos de venta. Excepto en los casos de Novacaixagalicia y Catalunya Banc, el FROB no aprobó un procedimiento con las reglas básicas
aplicables a cada una de las ventas de entidades de crédito. Como consecuencia de ello, no se definieron los trámites que debía realizar cada unidad administrativa para fundamentar las decisiones sobre apoyos financieros a adoptar por la comisión
rectora. En el caso de la venta de la cartera Hércules y de las acciones de Catalunya Banc, no se acreditó documentalmente la valoración y cuantificación del coste de las alternativas posibles de venta, frente a la canalización a través de un fondo
de titulización de activos. El FROB no analizó el impacto fiscal de la utilización de este vehículo ni consultó a la Dirección General de Tributos sobre el asunto. Los rendimientos abonados al inversor por la sociedad gestora del fondo de
titulización de activos ascendieron a 48 millones de euros, sobre los que no se efectuaron retenciones fiscales, a pesar de que pudieran estar sometidos al impuesto sobre la renta de no residentes. Las condiciones económicas aplicadas a los bonos
que el FROB se obligó a suscribir al cierre de la venta de dicha cartera hicieron prácticamente imposible desde antes de la consumación de la operación la recuperación de los 525 millones de euros aportados a su suscripción; importe que fue
provisionado en 2014. Según se indicó en el informe anterior, la comisión rectora del FROB acordó repercutir los costes de los informes de valoración a las entidades de crédito, pese a lo cual no los ha repercutido. A la vista de un informe
solicitado a la Abogacía General del Estado, se concedió cobertura a esta falta de repercusión de tales costes. El FROB no estableció un sistema de contabilidad analítica que permitiera conocer los recursos aplicados en cada una de las actuaciones,
así como los ingresos y gastos imputables a ellas.


Respecto al seguimiento del grado de cumplimiento de los planes de reestructuración en el denominado FROB 3, se ha subsanado la ausencia de documentación anterior, y las instrucciones dictadas por la comisión rectora han sido adecuadamente
cumplidas. De las recomendaciones del informe precedente, no ha sido necesaria la puesta en práctica de una y se consideran cumplidas las otras dos.


Entrando ya en el informe de fiscalización del cumplimiento de la legalidad y los sistemas y procedimientos de la función supervisora del Banco de España, ejercicio 2015, fue aprobado por el Tribunal de Cuentas el 23 de febrero de 2017.
Debe tenerse en cuenta la profunda modificación de la regulación comunitaria como consecuencia de la crisis financiera internacional producida en 2009, llegándose al acuerdo político de crear una unión bancaria europea, que implica una regulación
única para todas las entidades de crédito. Desde noviembre de 2014, la supervisión común se lleva a cabo mediante el Mecanismo Único de Supervisión, conocido como MUS, conforme al cual corresponde al Banco Central Europeo la supervisión directa de
las llamadas entidades de crédito más significativas, SI, según sus siglas en inglés. Por su parte, corresponde al Banco de España supervisar las entidades de crédito menos significativas, LSI, así como las entidades distintas a las de crédito y
otras áreas de supervisión no traspasadas al mecanismo. El Banco de España modificó su estructura organizativa interna de acuerdo con la nueva distribución de competencias y el desarrollo de las funciones y procedimientos derivados de la nueva
normativa sobre supervisión bancaria.


Respecto a la supervisión prudencial, en 2015 se supervisaron directamente por el Banco Central Europeo un total de catorce grupos de SI españolas, que suponían el 95,6 % de los activos del sistema bancario. El Banco de España supervisó
directamente cincuenta y siete entidades LSI, catorce mediante un régimen de seguimiento a distancia ordinario, y cuarenta y tres en régimen de seguimiento a distancia simplificado. El Banco de España también supervisó a otras entidades distintas
de las de crédito en el ejercicio de competencias propias fuera del ámbito del Mecanismo Único de Supervisión y con una base jurídica diferente según el tipo de entidad. La planificación de las actuaciones de supervisión sobre las SI españolas, su
ejecución y la adopción de las decisiones de capital y de liquidez es competencia del Banco Central Europeo. El reglamento marco del Mecanismo Único de Supervisión prevé equipos conjuntos de supervisión para realizar su supervisión continuada.
Este sistema da lugar a una doble dependencia de los miembros de los equipos del Banco Central Europeo a través del coordinador del equipo y de sus superiores en el Banco de España. En 2015 el Banco de España aportó a la plantilla de los equipos



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conjuntos de supervisión en torno al 70 % de su personal. La designación de los miembros se hizo, a falta de un procedimiento preestablecido, conforme a sus propios criterios y evaluaciones de conocimientos e idoneidad. Ningún nombramiento
propuesto fue rechazado por el Banco Central Europeo.


Respecto a las actuaciones de supervisión directa de las LSI, se concretaron en el marco de supervisión y plan de actuaciones para 2015 aprobado por la comisión ejecutiva del Banco de España. En el año 2015 no se adoptaron decisiones de
liquidez en relación con las LSI al no estar vigente dicha obligación legal. Las decisiones de capital sobre las LSI se materializaron en la fijación de un nivel específico de capital, en términos de capital de máxima calidad, CET1, que debe
alcanzar cada entidad o grupo. El Banco de España requirió a todas las LSI niveles de CET1 del 9,25 % como mínimo, por lo que hay que entender cumplidos, además, los requisitos de la ratio de capital TIER1 y de capital total. Todas las entidades
supervisadas cumplieron los requerimientos exigidos por el Banco de España en las fechas establecidas. No se alcanzaron, en cambio, los objetivos establecidos por el Banco de España sobre la periodicidad de las inspecciones in situ a las LSI
españolas y a las entidades distintas de las de crédito, que no deberían ser superiores a los tres años. Los informes previstos en los procedimientos para la evaluación de la idoneidad de los altos cargos de las LSI y de las entidades no de crédito
carecieron de contenido uniforme y exhaustivo en aspectos relevantes, como las funciones del puesto a desarrollar y los análisis de la concurrencia de los requisitos de idoneidad.


En relación con la actividad de las medidas macroprudenciales sobre las entidades de importancia sistémica que se incorporaron a la regulación internacional tras la crisis financiera, el Banco de España cumplió las previsiones legales para
la identificación de tales entidades y para el cálculo de los colchones de capital. La regulación del nuevo régimen sancionador no se ha adaptado a las singularidades de las entidades distintas de las de crédito.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra la señora Etxano.


La señora ETXANO VARELA: Muchas gracias, señor presidente.


Gracias, señor Álvarez de Miranda, por la presentación de estos dos informes de reestructuración y supervisión del sistema financiero que nos van a servir y mucho para poder hacer nuestra labor parlamentaria.


Me resulta inevitable al leer los dos informes contraponerlos a lo que venimos conociendo de las comparecencias en las distintas sesiones de la Comisión de investigación sobre la crisis financiera de España y el programa de asistencia
financiera que se vienen celebrando en esta Cámara. Por un lado, hemos conocido con el informe de fiscalización del FROB el coste de la reestructuración bancaria, que nos lo ha contado el Tribunal de Cuentas, con un coste provisional de más de 60
000 millones de euros, cifra que coincide con lo que en junio publicó el Banco de España, aunque concluyó que son importes que resultan muy difíciles de recuperar. Esto no es lo que parece que dice el Gobierno, al considerar que para poder
determinar el coste final del proceso se deberá conocer el importe que el Estado obtenga de las desinversiones pendientes básicamente de BFA-Bankia.


El informe que nos presenta hoy recomienda al FROB aprobar un procedimiento que establezca las reglas básicas aplicables a cada una de las ventas de las entidades afectadas por procesos de reestructuración o de resolución. Lo que ya parece
evidente es que una de las formas más detalladas con la que vamos conociendo los costes de la reestructuración y resolución bancaria es a través de estos informes del Tribunal de Cuentas, de la fiscalización del Fondo de reestructuración, del Fondo
de garantía de depósitos, de la Sareb. En definitiva, de eso se trata, de conocer el coste para los contribuyentes españoles que ha tenido el rescate que el Gobierno dijo que no costaría ni un euro. Por tanto, porque estos informes facilitan
enormemente nuestra labor -ya se lo he dicho- le haré la pregunta de si por parte del Tribunal de Cuentas tienen previsto continuar con una nueva fiscalización que abarque un mayor periodo, hasta 2017 o 2018, para conocer el ajuste real del coste y
el seguimiento de la venta de entidades y la posible recuperación de fondos públicos.


El segundo informe se refiere al cumplimiento de la legalidad y de sistemas y procedimientos de la función supervisora del Banco de España. Al hablar del coste que ha tenido el rescate bancario, tampoco nos podemos dejar de preguntar -y
este también es un tema central del que se viene hablando en esta Comisión- cuál fue el papel del supervisor, sobre todo tras la intervención en dicha Comisión del presidente de la Asociación de Inspectores del Banco de España que centra el debate
de la crisis financiera en si la regulación fue insuficiente o lo que fue deficiente fue la labor de supervisión o ambas.



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La crisis financiera vivida ha dejado, a nuestro entender, bastante claro que existía legislación aplicable que hubiera podido mitigar el efecto de la crisis, pero que los supervisores nacionales demostraron ser insuficientes, ineficaces y,
en algunos casos, abiertamente negligentes para asumir sus funciones de control. De lo que se trata de ver ahora con esta fiscalización -se inicia este nuevo seguimiento- es si la regulación de supervisión de la que se dispone ahora es mejor que la
que se disponía en el momento de crisis del sistema financiero iniciada en 2007 o, dicho de otra forma, que la entidad que más competencias, medios humanos y técnicos dispone, el Banco de España, en coordinación con el Banco Central Europeo, cuenta
con medios y si han planificado correctamente y han reorganizado la entidad para realizar una supervisión adecuada que evite una nueva crisis e inestabilidad del sistema financiero. De otra manera, comprobar si efectivamente los sistemas puestos en
marcha, el Mecanismo Único de Supervisión, el cumplimiento de las directivas, la LOSS y la necesaria coordinación con el Banco Central y el Banco de España, serán suficientes para evitar una nueva crisis, que parece ser que no está tan claro.


A nuestro entender, del informe de auditoría se desprende que el Banco de España no ha hecho más que iniciar la puesta en marcha de todas las medidas en las que todavía falta coordinación con el Banco Central Europeo, comunicación con las
entidades y una cierta lentitud, o esperemos que no sea falta de interés, en poner en marcha el régimen sancionador que se regula con la LOSS, con sanciones más severas que en anteriores regulaciones y que no se han aplicado en ninguno de los
expedientes incoados.


En nuestra opinión, al supervisor se le debe exigir, a diferencia de lo que ocurrió en 2007, que utilice las herramientas de supervisión con las que cuenta. En cualquier caso, dado que desde finales de 2014 la supervisión de las entidades y
el resto de países de la eurozona se encuentra a cargo del Mecanismo Único de Supervisión, la pregunta sería si desde el Tribunal de Cuentas prevén hacer alguna labor de fiscalización conjunta o complementaria con el Tribunal de Cuentas Europeo.


Eskerrik asko. Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Etxano.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ten.


El señor TEN OLIVER: Muchas gracias, señor presidente.


Bienvenido, señor Álvarez de Miranda.


La verdad es que desde nuestro grupo parlamentario Ciudadanos no tenemos más que felicitarle por este informe de fiscalización del proceso de reestructuración bancaria. Además, es un informe mucho más claro que lo habitual. Resulta muy
útil porque arroja luz y respuesta oficial a esa pregunta que todos nos hacíamos: ¿Cuánto nos ha costado el rescate de las cajas de ahorros? Ciudadanos, desde luego, impulsó esa Comisión de investigación sobre la crisis financiera. Además, nos
interesa saber si hubo, señor Álvarez de Miranda, algunas resistencias internas a incluir este informe en su programa anual de 2015. Porque esto es un ejemplo de independencia y cabe recordar que en 2014, a pesar de que el PP bloqueara esta
Comisión, había una solicitud propuesta por otros grupos parlamentarios, Grupo Socialista, en su día UPyD o Convergència i Unió, y el propio tribunal decidió de motu proprio incluir este informe en su programa anual de fiscalización del Tribunal de
Cuentas correspondiente a 2015. Por eso le preguntaba si hubo alguna resistencia interna.


En cualquier caso, en cuanto al informe del Tribunal de Cuentas, aplaudimos esa oportunidad, ese timing y esa claridad, distinguiendo con sencillez estas cifras de dinero público. Los hechos los conocemos todos, los datos están claros, el
coste total, ya nos ha contado, asciende a más de 60 000 millones de euros, de los cuales 41 000 millones los costeó el FROB y los otros 18 000 el Fondo de Garantía de Depósitos. Además, hay unos avales del Estado que en su actualidad están
prácticamente cancelados. Por último, la deuda de Sareb avalada por el Estado.


La pregunta de la anterior portavoz, y me reitero, es si tiene previsto el Tribunal de Cuentas continuar con esta labor de fiscalización más actualizada. Una apreciación: Como se observa en el anexo II, BMN permanecía entonces en el
balance del FROB a 31 de diciembre de 2015. Ahora ha sido integrado en Bankia, con una valoración de 825 millones, por lo que al rescate habría que sumar una pérdida, ampliándolo un poco, de casi mil millones de euros, exactamente 917 millones, con
lo cual vamos a 42 762 millones de euros.


Respecto al cuadro 5, el coste del proceso de reestructuración, la verdad es que asusta ver estos cuadros. Las entidades que más recursos utilizaron -lo ha dicho usted- fueron Catalunya Banc, Bankia, la CAM, Novacaixagalicia e incluso
nuestro querido Banco de Valencia, que se pasó por un euro. Aquí tengo que mencionar a quienes se encontraban en esos consejos de administración. Estaban los partidos



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que tenemos en la Cámara -el Partido Popular, el Partido Socialista e incluso Izquierda Unida, ahora integrada en Unidos Podemos- y los sindicatos y tenemos que hacer una reflexión sobre ello. El sector bancario es fundamental para la
actividad económica, señor Álvarez de Miranda, y la creación del Mecanismo Único de Supervisión no supone una merma en la relevancia de esta función por cuanto el Banco de España sigue teniendo un papel principal dentro del marco europeo, tanto en
la supervisión compartida de las entidades financieras más relevantes como en la supervisión casi en exclusiva de las de menor tamaño.


España se ha enfrentado a una gravísima crisis financiera y quiero mencionar rápidamente tres casos escandalosos. El primero se refiere al año 2006, cuando los inspectores del Banco de España alertaron por carta, sin éxito, de una burbuja
inmobiliaria, esa crisis bancaria que padeció el país y que fue ignorada por el entonces gobernador don Miguel Ángel Fernández Ordóñez. El segundo está relacionado con la autorización de salida a bolsa de Bankia en 2011. Y el tercero hace
referencia al Banco Popular, que realizó una ampliación de capital de 2500 millones de euros en mayo de 2016 y un año más tarde, en cuestión de días, pasaba de una situación de liquidez a una de completa insolvencia y de nuevo fue vendido por un
euro al Banco Santander.


El informe de fiscalización cubre el año 2015, año en que pudo ponerse vigilancia especial al Popular e incluso al Sabadell, las entidades supervisadas más débiles en ese momento, y el gobernador del Banco de España ha defendido que desde
noviembre de 2014 el Banco de España no era el supervisor de las entidades de mayor tamaño, que, por tanto, no lo era del Popular y que esa función la ejercía el Banco Central Europeo. El informe no entra en detalle, señor Álvarez de Miranda, de la
supervisión de cada una de las entidades, de modo que me gustaría que concretase qué actuaciones fiscalizadas realizó el Banco de España sobre el Popular. Como mínimo, el Banco de España tuvo que revisar la metodología aplicada, elaborar informes
periódicos y valorar el informe de autoevaluación de capital. ¿Se dirigieron recomendaciones del Banco de España al Popular en 2015? ¿Hubo algún indicio o alerta respecto a los supuestos en los que concurren los umbrales para la adopción de
medidas de actuación temprana? ¿Considera el Tribunal de Cuentas que hubo debilidades subsanables en la supervisión del Banco Popular durante el año 2015? ¿Podría haberse evitado esa intervención del Banco Popular con otras actuaciones del Banco
de España? Nosotros estamos convencidos de que sí.


Termino, señor presidente. Ciudadanos presentó una proposición de ley en abril de 2015 en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad. Era una proposición de regeneración del Banco de España para su debate y, lamentablemente, como
muchas veces pasa, la pinza PP-PSOE la bloqueó. Básicamente, pedíamos un proyecto de ley de reforma de los procedimientos del Banco de España -de todos los datos que hemos cuestionado y de los que ha proporcionado en este informe el propio Tribunal
de Cuentas se deduce la importancia que esto tiene- con la finalidad de garantizar la supervisión financiera eficiente mediante la adecuada firma y documentación de las actuaciones de control, garantizando que los órganos de dirección tengan toda la
información relevante derivada de las actuaciones que los inspectores realizan en las entidades. Pues bien, señor Álvarez de Miranda, las recomendaciones del tribunal hacen referencia a lo propuesto por nosotros hace unos meses y que el
bipartidismo tumbó. Tiene mucha relevancia y tenemos que hacer especial esfuerzo para modificar estos mecanismos de control, porque no han funcionado a la luz de los hechos y este dinero público -más de 60 000 millones de euros- lo van a pagar los
contribuyentes.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ten.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos PodemosEn Comú PodemEn Marea, tiene la palabra el señor González.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


El informe de fiscalización del proceso de reestructuración bancaria del período 20092015 muestra el proceso de socialización de pérdidas privadas con el que se ha resuelto la crisis financiera y económica a costa del bienestar de la mayoría
de la población de este país. Fueron 122 000 millones de euros de recursos comprometidos, que van a suponer un coste final de al menos 60 000 millones de euros, equivalente a más del 5 % del PIB del conjunto de la economía. Es una cifra que
equivale al triple de los recortes acumulados en el conjunto de las políticas de gasto consignadas en los Presupuestos Generales del Estado entre 2009 y 2015. Solo habiendo dedicado un tercio del importe del coste que está suponiendo el rescate se
podría haber evitado el conjunto de recortes que se llevaron a cabo en la Administración



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central durante este período. En junio de 2012 el presidente Mariano Rajoy anunció que no habría rescate financiero por parte de la troika para la banca y el Gobierno dijo entonces que aquella era una línea de crédito que finalmente pagaría
la banca. Sin embargo, la realidad que muestra este informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas se encuentra a años luz de esa afirmación.


Como señala el informe, de las aportaciones de capital a la banca apenas se había recuperado un 5 % en 2015. Además, la reciente absorción de BMN en Bankia ha supuesto otros 1100 millones de euros de pérdidas, a los que se podría sumar una
proporción importante de los 22 000 millones inyectados por el FROB en Bankia, que podrían perderse también si el Gobierno ejecuta sus planes de venta de dicha entidad. Además, aún no se ha disipado el riesgo, como demuestran las fluctuaciones del
Liberbank que hemos comprobado en los últimos meses. Para lo único que ha servido el proceso de reestructuración bancaria ha sido para cargar sobre las cuentas públicas los costes de los desmanes financieros que se encuentran detrás de la brutal
crisis que ha sufrido el conjunto de la sociedad española. Debido a esas ayudas públicas, la banca española es la que más se ha concentrado en toda Europa durante los últimos años. En concreto, las cinco mayores entidades bancarias han pasado de
poseer el 31 % del mercado en 1997 a tener el 61,8 % en 2016. De este modo, comprobamos cómo, en contra de una de las lecciones básicas de esta crisis mundial, se está configurando un sistema financiero en nuestro país en el que el tamaño de
aproximadamente la mitad de las entidades supone un riesgo sistémico potencial para el conjunto del sistema a nivel del sector bancario nacional -too big to fail- y al menos dos de ellas a nivel europeo. Esta es una consecuencia directa de este
proceso de reestructuración bancaria que se analiza en el informe.


El informe del tribunal refleja también el cumplimiento general de la normativa reguladora por parte de las entidades financieras. Más allá de algunas actuaciones del FROB que ha señalado el propio presidente, el informe también afirma que
se han seguido dos de las tres recomendaciones realizadas en el anterior informe de fiscalización. Sin embargo, ni la normativa ni las recomendaciones hechas por el tribunal están evitando que sigan produciéndose pérdidas cuantiosas como las que
están sufriendo las cuentas públicas como consecuencia de este proceso de reestructuración. En este sentido, cobra especial importancia la regulación macroprudencial, como se señala en el informe, y los sistemas de supervisión. Justamente hace una
semana, como ya se ha señalado anteriormente, comparecía en la Comisión de investigación de la crisis el presidente de la Asociación de Inspectores del Banco de España, Pedro Luis Sánchez, y decía en esa comparecencia que el Banco de España tenía
las herramientas para haber evitado la crisis. En su comparecencia presentó una situación en la que muestra al supervisor, al Banco de España, como dócil ante la presión de los banqueros, minimizando las provisiones anticíclicas porque -según dijo-
restan beneficios a cuenta. Estas declaraciones llamaron bastante la atención; a nosotros nos supusieron un impacto muy grande.


En el informe de fiscalización de los sistemas y procedimientos de la función supervisora del Banco de España se detalla la adaptación de la entidad a las nuevas normas derivadas de la creación del MUS, el Mecanismo Único de Supervisión, y
se observan algunas deficiencias en la función de supervisión. Destacan las observaciones que hace el tribunal en materia de evaluación de la idoneidad de altos cargos de las entidades que supervisa. Según el tribunal, los informes de las
entidades no tenían un contenido ni uniforme ni exhaustivo en aspectos tan relevantes para la valoración de los candidatos como la descripción de funciones del puesto de desarrollar y los análisis de la concurrencia de los requisitos de idoneidad.
Además, las entidades no han cumplido con la inscripción en el Registro de altos cargos y la identificación de puestos clave y los responsables de control interno. Esto nos parece especialmente relevante teniendo en cuenta que una de las
principales causas del colapso financiero fue la mala actuación de los gestores de estos organismos, como fue el caso de Rodrigo Rato, que puede ser el más sonado. Otro aspecto que señala el informe del Tribunal de Cuentas es la inconcreción de los
informes de autoevaluación de capital elaborados por las entidades. También señala las actuaciones de supervisión de conducta y protección de clientela, entre las que se incluyen las cláusulas suelo. En ese sentido, me gustaría saber si el
Tribunal de Cuentas conoce si los expedientes incoados por el Banco de España a los que se refiere en su informe finalmente terminaron en sanciones durante el periodo fiscalizado o si conoce cuál fue el seguimiento de estos expedientes.


Por último, se señala el incumplimiento de la Recomendación JERS/2011/3 y de la propia Ley de ordenación, de supervisión y solvencia de las entidades de crédito en la designación de una autoridad específica encargada de la supervisión
macroprudencial. En general, me gustaría conocer la opinión del Tribunal de Cuentas sobre si cree que España cuenta con un marco regulatorio de supervisión del sector



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financiero adecuado y si considera que la actual Ley de Autonomía del Banco de España sirve para blindar su independencia respecto al poder político, que, dada la información que tenemos y las declaraciones que hizo aquí el presidente de la
Asociación de Inspectores, parece que no. En definitiva, el Banco de España no escuchó las recomendaciones de los...


El señor PRESIDENTE: Tiene que ir acabando, señor González.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Sí, me quedan dos minutos.


El Banco de España no escuchó las recomendaciones de los inspectores impidiendo la burbuja a tiempo y, una vez que estalló, salió al rescate de estas entidades con dinero público.


En nuestro grupo parlamentario creemos que hace falta reforzar los mecanismos de supervisión macroprudencial, asegurando la independencia de los entes supervisores, y al mismo tiempo, en este contexto de mayor concentración del sector
bancario en unas pocas entidades, creemos que resulta fundamental el desarrollo de una banca pública mediante la paralización de los planes de privatización de Bankia. Para nuestro grupo parlamentario esta es la única vía para poder parar la
sangría de recursos públicos que ha supuesto el proceso de reestructuración bancaria y de esta manera poner las bases para que una crisis como la que hoy seguimos sufriendo no se vuelva a producir. Nuestra responsabilidad es evitar que alguien
vuelva a pronunciar la celebre frase de Reinhart y Rogoff -This time is different, esta vez es diferente- para mirar hacia otro lado cuando el capitalismo de casino juega con la vida de los ciudadanos y con los recursos públicos.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz, el señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Gracias, señor presidente.


Gracias, presidente del tribunal, por la comparecencia y por el informe tan exhaustivo que presenta sobre el saneamiento y el rescate bancario. Este es el segundo que hace; el primero se presentó en 2014 y este es una continuación,
ampliando desde el año 2009 al año 2015 los ejercicios de análisis.


Es un tema que preocupa a todo el mundo, a toda la ciudadanía. Todos nos hacemos las mismas preguntas. En primer lugar, ¿cuánto ha supuesto el saneamiento y el rescate bancario? ¿Qué coste han tenido que soportar las arcas públicas y por
tanto los bolsillos de los contribuyentes? En segundo lugar, ¿cuáles han sido las causas? ¿Por qué se ha tenido que llegar a esa situación de necesidad de rescate? La tercera pregunta que nos hacemos es por qué el rescate o el saneamiento
financiero en España es el más caro, el de mayor coste de toda la Unión Europea, superando a países como Irlanda, Alemania, Italia u otros que fueron rescatados, como Portugal o Grecia. La cuarta pregunta es por qué no están en la cárcel los que lo
han provocado, los que han requerido que inyectemos dinero público al rescate bancario.


Este informe nos arroja un poco de luz sobre la primera pregunta, sobre cuál el coste del rescate bancario, que coincide con el último informe del Banco de España. Hace unos meses el Banco de España cifró el coste financiero, a 31 de
diciembre de 2015, en una cantidad aproximada a la que ha señalado el Tribunal de Cuentas, 60 718 millones; el Banco de España decía 105 millones menos. Esta es una cifra muy aproximada, tanto la del Banco de España como la del Tribunal de
Cuentas. El propio informe dice que ese es el coste, pero que el dinero que estaba comprometido era de 122 122 millones de euros. Eso significa un presupuesto de la Seguridad Social anual, que es de aproximadamente 130 000 millones de euros; lo
señalo para que veamos la importancia del dinero que se ha puesto a disposición de la banca. Pero esta cifra no es definitiva, lo dice el propio tribunal y también lo dice el Banco de España. ¿Por qué? Porque existen muchas contingencias todavía
pendientes de concretar. Todavía no es una cifra definitiva, pero es bastante cercana, aunque existen contingencias a destacar, la primera, los numerosos litigios que tienen las entidades participadas, bien por cláusulas suelo, bien por gastos de
formalización, que pueden suponer un aumento de los gastos de las entidades participadas en estos momentos, Bankia y BMN, ya en proceso de fusión. Por otra parte, el informe también dice que están pendientes de venderse estas dos entidades, o esta
única entidad una vez que se fusione, y se habla de una valoración, a 31 de diciembre, de 11 198 millones de euros. Asimismo, todavía quedan, a 31 de diciembre, las EPA, los esquemas de protección de activos, por más de 10 000 millones de euros.
Son EPA vigentes a esa fecha y todavía está por ver si al final hay que significar aportación adicional o no. Además, todavía hay garantías, tanto del Fondo de Garantía de Depósitos como del FROB, así como avales pendientes de la propia
Administración del Estado.



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El informe ya menciona a la Sareb, y lo hace de forma muy preocupante, ya que pone de manifiesto el escaso control que se viene haciendo por parte del FROB sobre la Sareb. No solo han sido los 2197 millones de aportación que se hicieron al
capital -el 45 % de la Sareb- sino que existe un aval de una emisión de deuda senior por más de 43 000 millones de euros, lo que, evidentemente, puede significar futuras pérdidas en el caso de que las ventas de los activos de la Sareb no sean
conformes a las previsiones iniciales. Esto quiere decir que están todavía por concretar la cantidad y el coste financiero del rescate, pero que desde luego no va a ser menor que la aportación que en su día hizo el MEDE, que fue de 41 333 millones
de euros. Esto delata, por de pronto, que este país ha tenido que aguantar una enorme mentira...


El señor PRESIDENTE: Señor Hurtado, tiene usted que ir acabando.


El señor HURTADO ZURERA: Pues no he empezado casi.


El señor PRESIDENTE: Señor Hurtado, ha pasado usted ya en cuarenta y cinco segundos su tiempo.


El señor HURTADO ZURERA: Concluyo.


En otros países seguro que hubiese tenido que dimitir el ministro de Economía y Hacienda por decir que no iba a costar ni un céntimo de euro al erario público. Como mínimo, va a significar -ahora mismo son 60 718 millones- la aportación del
MEDE, que fue de 41 333 millones y que ha significado una emisión de deuda pública, que estamos pagando todos, de más de 50 000 millones de euros.


También pone el informe de manifiesto que hay irregularidades en el FROB: estudios sobre entidades que no han requerido ayudas; utilización reiterada de los contratos negociados sin publicidad; una línea de crédito de 3000 millones de
euros para urgencias, que nunca se llegaron a utilizar, y -concluyo- la venta de esa cartera de Hércules de Catalunya Banc, en concreto, 48 000 millones de euros de rendimientos abonados sobre los que no se efectuó ningún tipo de retención y que
puede ser objeto de tributación en el IRPF. Concluyo. Son muchísimas las irregularidades y, por tanto, el Tribunal de Cuentas debe contribuir a conocer las causas reales.


Por otra parte, es necesario que se estudie el comparativo con los países de la Unión Europea, las razones por las cuales es el más costoso rescate de toda Europa a la banca. Por último, como he dicho, también es necesario colaborar de
forma insistente con la justicia. La justicia tiene que ser ágil y, desde luego, los responsables tienen que estar en la cárcel.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Hurtado.


Para finalizar, por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Juncal Rodríguez tiene la palabra.


El señor JUNCAL RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor presidente. Señor Álvarez de Miranda, quiero agradecerle su presencia, como no, para presentar estos nuevos informes.


Después de las intervenciones de los distintos portavoces, permítanme ser un poco frívolo. Saben el chiste aquel del loro ¿no? Sigue hablando así del loro que lo vas a vender... Yo soy gallego, así que se pueden imaginar ustedes el
adjetivo que va a continuación. Me refiero a la sensación de martirizarse en exceso o de querer plantear una situación más catastrófica de lo que realmente es. Yo no quiero que nadie me tache de frívolo por decir que no hemos tenido un problema
con el sistema financiero. ¡Claro que hemos tenido un problema muy gordo con el sistema financiero!, pero es verdad que el informe, en la página 41, dice que las aportaciones a 31 de diciembre de 2015 son, en total, de 46 021 millones de euros, una
parte del FROB y otra parte del Fondo de Garantía de Depósitos. ¿Que hay avales y que los compromisos son mayores? Bueno, esperemos a que vayan evolucionando y veamos si efectivamente hay que ejecutar esos avales. Tenemos un activo muy
importante, como es Bankia, que, a pesar de lo que dice el señor González, en vez de ser banca pública, a día de hoy está cotizando en bolsa y recuperando un valor importante, por lo que será una parte sustancial a disminuir de ese coste que existe
hasta la fecha.


El señor Hurtado me deja también un poco perplejo. Le recuerdo que don Mariano Rajoy tomó posesión como presidente del Gobierno en noviembre de 2011 y que el Partido Popular dejó el Gobierno en 2004, con lo cual, indudablemente, en la
crisis financiera tuvo más responsabilidades otro grupo político, el suyo. Yo soy de los que digo que vayan a la cárcel los que tengan que ir, después de pasar, obviamente, por los respectivos tribunales. Por eso les contaba el chiste del loro,
porque la situación fue



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la que fue y los datos son los que son, pero no podemos estar inflándolos de forma artificial. No creo que sea bueno para nadie y mucho menos para la economía del país. Es importante señalar esto: una cosa son los compromisos y otra es el
coste. Y vuelvo a insistir -página 41 del informe- en las aportaciones que hay a 31 de diciembre de 2015, porque, salvo la variación de esos 800 millones del banco que absorbió Bankia, no ha habido variaciones sustanciales.


Sí que quiero destacar, en los informes que presenta el Tribunal de Cuentas, en la página 54, que la legalidad se ha cumplido adecuadamente según la normativa. Hay unas pequeñas incidencias, a las que hizo también referencia el señor
presidente del Tribunal de Cuentas, en cuanto a la recuperación de gastos. Leyendo las alegaciones del FROB, te das cuenta de que estaban en un documento; no estaban en el documento final, pero constaban, es decir, que también sería difícil
recuperar esos gastos, que en el 99 % son gastos profesionales, auditorías, sociedades de valoración, etcétera. Quiero destacar también que el informe reconoce que las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas, a raíz del primer informe
2009-2014, se habían cumplido. En cuanto a la contabilidad analítica, sigue habiendo un déficit para tener una contabilidad analítica que refleje las imputaciones en cada una de las operaciones.


Esto es lo que hay que destacar de este primer informe. No hay que confundir -no quiero yo atribuirme palabras del señor presidente, pero me ha parecido que lo ha dicho claramente- recursos comprometidos con el coste definitivo, porque,
obviamente, pasarán años hasta que podamos cerrar y saldar la cuenta. Por cierto, señor González, usted dice que es saldar una cuenta a costa de los ciudadanos; claro que es a costa de los ciudadanos, a costa de la riqueza de todo el país, y eso
nos ha empobrecido. Podemos ver cifras que indican que en este momento estamos empezando a recuperar niveles de 2007 en términos de PIB, de empleo, de recaudación fiscal, etcétera. Ha pasado una década en la que hemos estado viviendo una crisis.
Pero, señor González, vuelvo a insistir, porque ustedes siguen con eso de que ha sido a costa de los ciudadanos y yo también voy a seguir con la verdad. Si no se hubiese actuado de esta manera, los que lo hubieran pagado hubiesen sido todos los
ciudadanos depositantes de las distintas cajas -también se ha hecho mención al Banco Popular-, que eran semipúblicas pero públicas en definitiva. Los ciudadanos, que tenían sus depósitos en la práctica totalidad de las cajas de ahorro de este país,
se hubiesen vistos inmersos en una quiebra en la que a lo mejor hubieran recuperado el 10 % de los activos; porque, por la experiencia que tengo en concursos, suspensiones de pago y demás, le aseguro que en una situación de quiebra es difícil
recuperar más allá de un 6 o un 10 % del valor del activo. Eso sí hubiese supuesto un empobrecimiento brutal de la población.


Con respecto al Banco Popular, también se hacen comentarios...


El señor PRESIDENTE: Señor Juncal, tiene que ir acabando.


El señor JUNCAL RODRÍGUEZ: Termino, señor presidente.


En cuanto al Banco Popular, en los test de estrés que se hicieron en 2015 ya se detectó que tenía una necesidad de capitalización -3200 o 3500 millones creo recordar- y los accionistas del Banco Popular -como también se recoge en otro
informe del Tribunal de Cuentas, los accionistas de cajas asumieron la pérdida en su integridad, no como los depositantes- decidieron no acogerse a las ayudas financieras y hacer una ampliación y seguir adelante con el Banco Popular. Salió una
operación fallida y ahí sí que ya ha tenido que intervenir el Banco Central Europeo a fin de evitar daños económicos.


Con esto termino. Decía el señor Hurtado -insistiendo en el coste- que nos cuesta más que a Irlanda, Grecia y Portugal. Señor Hurtado, hay que conocer la importancia y el volumen de la economía de los países que ha citado -Irlanda, Grecia
y Portugal- en comparación con España. No son magnitudes comparables. (El señor Hurtado Zurera: Alemania, Italia, Francia. Francia ha ganado dinero).


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Para finalizar este primer bloque, tiene la palabra, para contestar a sus señorías las cuestiones planteadas, el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Son muchas cuestiones, pero espero contestar a la mayor parte de ellas. Como en algunos casos se ha producido una coincidencia en las preguntas y en la petición de información, empezaré por aquella que



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hace referencia a si el Tribunal de Cuentas tiene previsto realizar algún tipo de seguimiento del informe del FROB. Quiero indicarles que está previsto, si se aprueba el programa de fiscalización de 2018 en los términos en los que está
proyectado, que se realice una nota de la situación del FROB a fecha del 30 de junio de 2018. Por lo tanto, en el momento en que esta nota se haya realizado y se valore la situación tanto de los compromisos como de los costes, les será remitida a
ustedes.


También, aprovechando la cuestión sobre los programas de fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas y la pregunta que me ha formulado el señor Ten sobre si hubo o no resistencias a la realización tanto del primer informe del coste de la
reestructuración bancaria como del segundo, quiero indicarle que no hubo resistencias, es decir, que el tribunal acordó la realización de este informe por voluntad propia. Por otra parte, teniendo en cuenta que uno de los hechos de más
trascendencia económica que sufrió nuestro país fue precisamente la necesidad de abordar esta crisis financiera, el tribunal pretende cuando menos verificar los costes y recursos que ha supuesto para nuestro país. En este sentido, quería destacar
que en España la crisis financiera tiene elementos también positivos, como la transparencia. Tanto el Banco de España como el Tribunal de Cuentas han rendido cuentas de lo que este proceso ha significado, cuestión que no está demostrada ni mucho
menos en otros países que han pasado por una situación similar y que no han explicado las cifras concretas de lo que les han costado los saneamientos.


Esto me lleva a contestar una cuestión que puede plantear una cierta polémica, porque me pregunta si está previsto que el Tribunal de Cuentas haga algún tipo de fiscalización conjunta con el Tribunal de Cuentas Europeo respecto de la
supervisión bancaria. He de indicarles que el Tribunal de Cuentas Europeo no tiene mandato suficiente para fiscalizar la supervisión bancaria, tiene un mandato limitado, y esa circunstancia impide la realización de una fiscalización como esta.
También quiero indicarles que en el año 2016 los presidentes de todos los tribunales de cuentas que pertenecen a la eurozona nos reunimos para dirigirnos a la Comisión Europea e indicarle que, con anterioridad a la aprobación de este cometido de
supervisión del Banco Central Europeo, nueve tribunales de cuentas o entidades fiscalizadoras superiores de Europa tenían un mandato pleno para fiscalizar la solvencia de sus respectivos países. Sin embargo, mediante la aprobación del ejercicio de
esta competencia por parte del Banco Central Europeo, no teniendo el Tribunal de Cuentas Europeo un mandato completo de fiscalización, se producía un gap o un riesgo de auditoría que debería ser necesariamente resuelto y, por lo tanto, instábamos a
la Comisión Europea a que otorgara mandato suficiente al Tribunal de Cuentas Europeo para fiscalizar al Banco Central Europeo, no en el ejercicio concreto de las labores de supervisión, pero sí, como nosotros hemos tenido, en si las medidas
adoptadas por él se estimaban suficientes. Con ello respondo a la pregunta. Efectivamente no está previsto realizar esas fiscalizaciones porque el mandato limitado del Tribunal de Cuentas Europeo, que solo fiscaliza en determinadas áreas del
banco, no permite realizar una fiscalización como la que ustedes solicitan.


Me han preguntado diferentes intervinientes sobre un posible análisis de las causas de la crisis financiera, sobre si el saneamiento ha sido más caro de lo que debería haber sido, y me han planteado cuestiones relacionadas con la situación
penal de las personas implicadas. Como comprenderán, todas estas son cuestiones que se encuentran al margen del informe de fiscalización que yo les presento, que tiene una mucho más modesta ambición, la de preguntarse cuánto ha costado la crisis
financiera y qué recursos se han utilizado y, por otra parte, hacer una previsión de cuál va a ser el futuro en relación con estas medidas. Creo que hemos cumplido con el mandato que nos propusimos realizar. Por otra parte, creo que en esta Cámara
ya existen iniciativas de investigación y comisiones específicas que seguramente están dando respuesta a todas las preguntas que ustedes han formulado. Lo que es cierto es que lo que estamos viendo es que todo el proceso de revisión de este tipo de
situaciones manifiesta que, con el paso del tiempo, posiblemente habrá más noticias positivas que negativas -esperemos-, porque de lo que se trata en la actualidad -y creo que las autoridades tanto del FROB como del Banco de España están en ello- es
de poder conseguir que la recuperación de cantidades comprometidas y de coste incurrido en este proceso reviertan a través de la venta de participaciones que se encuentran en cartera.


Hay preguntas relacionadas con el ejercicio del régimen sancionador. Hay que indicar que lo que analizamos en el informe son las medidas que se adoptaron mediante el régimen sancionador aplicable en el periodo anterior, dado que no había
entrado en práctica el nuevo régimen, que es mucho más duro, y no se ha podido valorar su aplicación real. Por lo tanto, en el futuro les podré dar, en su caso, información respecto de estos temas.


También quiero indicar que la cuestión de la retención fiscal de la cartera Hércules -en contestación a una pregunta formulada por el señor Hurtado- no afecta al FROB sino a la sociedad gestora. El tribunal,



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por otra parte, no se ha pronunciado sobre la retención, solo advierte del riesgo que fue señalado por el experto contratado para el diseño de la venta de la cartera, y esta circunstancia se comunicó al Ministerio de Hacienda.


No tengo más cuestiones que indicar. Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Álvarez de Miranda.


BLOQUE III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA GESTIÓN REALIZADA POR LAS CONSEJERÍAS DEL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL EN EUROPA. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000070 y número de expediente del Senado 771/000071).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate del tercer bloque del orden del día, correspondiente al informe de fiscalización sobre la gestión realizada por las consejerías del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en Europa. Tiene de nuevo la
palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para exponerlo.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Las consejerías y secciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social se configuran como órganos técnicos de las misiones diplomáticas permanentes de España que realizan funciones de asistencia y protección a los ciudadanos en el
extranjero. Algunas de sus funciones tradicionales ya no son ejercidas por las consejerías ubicadas en Europa debido a los cambios producidos, especialmente los derivados del marco normativo comunitario. A este respecto se cuestionaba la
existencia de algunas secciones en Europa al no tener plantilla ni desarrollar actividad alguna.


En relación con los inmuebles gestionados, el ministerio estaba procediendo a trasladar e integrar oficinas de las secciones en los consulados, lo que redundaba en una reducción de costes. Por otra parte, varios inmuebles gestionados por
consejerías eran utilizados por la UNED, sin abonar esta al Ministerio de Empleo y Seguridad Social los gastos incurridos desde mayo de 2011, pese a estar previsto en el protocolo firmado por ambas partes.


Respecto a los recursos humanos de las consejerías y secciones, sus plantillas son muy diversas, con una ratio población-plantilla demasiado dispar entre ellas. Las nuevas incorporaciones de funcionarios entre 2011 y 2013 se produjeron
mediante comisiones de servicio y adscripciones provisionales, superando incluso el tiempo máximo de permanencia de dichas situaciones sin convocatoria pública de los puestos. Asimismo, el ministerio abonaba los costes salariales de cuatro
trabajadores que no prestaban servicios en las consejerías o secciones, sino a terceros, no ajustándose estas cesiones al Estatuto de los Trabajadores ni a la normativa administrativa.


Por lo que se refiere a los libramientos de fondos, los expedientes relativos a 2011 y 2012 se gestionaban en soporte papel, con desplazamiento de la documentación entre las consejerías y los servicios centrales. Tanto la rendición de las
cuentas justificativas como su aprobación o reparo sufrieron retrasos generalizados.


En el caso de los recursos informáticos disponibles, las consejerías y secciones carecían de aplicaciones para la gestión de algunos procedimientos recurrentes, como los de gestión de subvenciones y viajes del Imserso, en especial el
programa de vacaciones para mayores, lo que generaba una significativa carga de trabajo. En cuanto a las actividades de información, asesoramiento y fomento del empleo, se encontraban en aumento por el movimiento migratorio, si bien no existían
protocolos de general aplicación. No consta la existencia de una planificación de las actuaciones con objetivos orientados al fomento del empleo. El canal Eures, cuya función consistía en relacionar ofertas y demandas de empleo, no resultaba
eficaz acaso por la excesiva información que solicitaba.


Respecto a la actividad de gestión de los programas de ayudas a los españoles en el exterior, las convocatorias de ayudas en 2011 no se ajustaban a las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a programas de actuación para la
ciudadanía española en el exterior y a los retornados solventándose en 2012. Subsisten las limitaciones en la constitución y composición de las comisiones de evaluación, que ya fueron puestas de manifiesto por el tribunal, en su informe de
fiscalización de las ayudas otorgadas con cargo a los créditos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a favor de emigrantes españoles no residentes en España o retornados, aprobadas a finales de 2011. La existencia de reparos alargaba los
plazos entre las fechas de resolución y las de pago de ayudas incluso hasta siete



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meses. Han sido frecuentes los reparos de la Intervención a las cuentas justificativas de libramientos para el pago de las ayudas en las consejerías y secciones de Andorra y Países Bajos. En los supuestos en que los beneficiarios
realizaron reintegros no consta que se liquidaran los correspondientes intereses de demora, si bien se trataba de importes de escasa cuantía. En el caso concreto de las convocatorias de las ayudas de los programas de asociaciones y de centros, las
consejerías no reclamaron sistemáticamente las justificaciones no presentadas en plazo a los beneficiarios de la aplicación de las ayudas obtenidas para la convocatoria de 2011. Tampoco procedieron a acordar y notificar a los interesados el inicio
de los procedimientos de reintegro, salvo a dos beneficiarios de subvenciones concedidas por las consejerías de Alemania y de Francia, que indicaron que procederían a pagar de forma fraccionada sin que se les comunicara su improcedencia.


Respecto a la actividad de gestión de las ayudas asistenciales extraordinarias para emigrantes, no había un procedimiento único de estas prestaciones y ninguno de los existentes estaba informatizado. En algún caso, los plazos de gestión de
solicitudes superaron el máximo de seis meses para resolver y hubo retrasos generalizados para aprobar las cuentas justificativas. En la gestión de la prestación a favor de los programas de turismo social para mayores y de termalismo, las
consejerías y secciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social participaban en la gestión del programa desarrollado por el Imserso. No obstante, carecían de instrucciones para gestionarlo, recibiendo únicamente un dosier con información
técnica, lo que da lugar a diferencias en la actuación que repercute a los beneficiarios. A pesar de que el pliego de prescripciones técnicas del contrato establece que los viajes tendrían lugar entre los meses de octubre y junio del año siguiente,
en las consejerías analizadas los viajes ofertados estaban restringidos a unos pocos meses del año. Se constataron diferencias no aclaradas entre la información sobre las plazas ofertadas recibidas de las consejerías de Alemania y de Suiza y la
recibida del Imserso. Asimismo, no se pusieron de manifiesto incumplimientos de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Finalmente, como hecho posterior a este informe, el Gobierno suprimió en 2015 las secciones de
empleo y de Seguridad Social dando así cumplimiento a una de las recomendaciones del tribunal para evitar las disfunciones observadas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ramírez.


El señor RAMÍREZ FREIRE: Muchas gracias, señor presidente.


Muchísimas gracias al señor presidente del Tribunal de Cuentas por la clarificación a la hora de exponer el informe y por su presencia en el día de hoy. Las consejerías de Empleo y Seguridad Social -como estaba diciendo el presidente- son
órganos técnicos de las misiones diplomáticas permanentes del Reino de España y dependientes funcionalmente de la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tal y como está contemplado en el Real Decreto 1052/2015. Al frente de cada
consejería tiene que haber un consejero de Empleo y Seguridad Social, que ostenta su jefatura sin perjuicio de la superior autoridad que corresponde al jefe de la misión diplomática. Las consejerías de Empleo que se están contemplando en este
informe son diez, las que estaban presentes en Alemania, en Andorra, en Bélgica, en Dinamarca, en Francia, en Italia, en Países Bajos, en Portugal, en Reino Unido y en Suiza, y empleaban a 74 funcionarios y a 72 empleados laborales, 146 en total.
Las funciones principales que desarrollaban se supone que eran de carácter institucional, informativo, asistencial y cualquier otra que les fuese encomendadas en el marco de sus competencias, y para esto voy a ser muy breve.


Señor presidente del Tribunal de Cuentas, en su opinión ¿está justificada su existencia? Según el Tribunal de Cuentas, dice directamente en el informe, no guarda relación con la población que atienden ni la actividad que desarrollan, con lo
cual no nos parece, desde el punto de vista óptimo en una organización, que no haya una relación directa entre el número de personas cuya asistencia depende de estos centros y su presencia y el sistema de recursos humanos. ¿Cuántos de los
trabajadores, como bien decía, están en la nómina de las consejerías, pero en la práctica trabajaban para terceros, para la UNED, para un consulado y para una asociación privada? En ese caso, naturalmente, nos tendríamos que cuestionar su
existencia además de poder calificarlo -según sus palabras- de posibles cesiones irregulares cuando no ilegales. También nos gustaría saber qué coste tienen las consejerías, porque en un elemento como este de recursos limitados, la eficiencia tiene
que ser máxima, pero sobre todo la eficacia, y el coste no conlleva una serie de premisas porque, tal como usted ha relatado, ya no realiza las funciones tradicionales porque han sido suprimidas por ordenamientos de la Unión Europea. En cuanto a la
eficiencia, hay que



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tener en cuenta que no tienen ni siquiera un protocolo reglado y homogéneo para algunas las prestaciones que realizan, que el sistema informático es prácticamente inexistente, y que siguen utilizando soporte papel. Este es un ejemplo claro
de lo que deberíamos evitar en la Administración pública, sobre todo, por un principio básico, que es el de eficiencia.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra el señor González.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


Ese informe fue aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 19 de diciembre de 2014, hace casi ya tres años, y consideramos que los informes deberían llegar en un plazo más corto de tiempo para que tengan mayor actualidad, como es el
caso del informe que hemos visto anteriormente. El informe en cuestión pone de manifiesto numerosas deficiencias. Señala, por ejemplo, la insuficiencia normativa y de actualización sobre la regulación de las consejerías y secciones; la falta de
estudios y análisis sobre la existencia de estos órganos y sus necesidades de medios, así como la planificación de actividades, ausencia de manuales de procedimientos y de protocolos para el ejercicio de funciones; deficiencias en el cobro de
cuotas, así como en la gestión de personal, donde predominan adscripciones provisionales y comisiones de servicios; falta de formación del personal y de actualización de sistemas informáticos; deficiencias en la gestión de subvenciones y falta de
planificación y evaluación. En resumen, hay un montón de deficiencias en el funcionamiento de estas entidades que, desde luego, llaman nuestra atención. Por eso, en este estado de la situación me gustaría conocer si se han implantado las
recomendaciones que plantea el informe una vez transcurridos los tres años. En el caso de que el tribunal no disponga de esta información, me gustaría instar a que se realice una nueva fiscalización para verificar el cumplimiento de estas
recomendaciones, porque nos parece bastante urgente que se implanten.


Nada más; he sido breve para compensar el exceso de tiempo de la anterior intervención. Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González. Agradezco su brevedad.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Mato.


El señor MATO ESCALONA: Gracias, señor presidente.


Muchas gracias también al presidente del Tribunal de Cuentas. Por no repetirme en muchos de los argumentos que han dado los portavoces de los otros grupos, lo que deja muy claro el informe de fiscalización es una absoluta dejadez que se ha
tenido en relación con las consejerías de Empleo y Seguridad Social a lo largo de estos años. Queda evidenciado en el informe, tal y como se ha dicho, que existe esta dejadez en relación con la gestión de recursos humanos, incluso imputando el
propio ministerio fiscal la condición de malversación a esa persona que trabajaba para una entidad privada. También se ha comentado la falta de eficiencia en la gestión administrativa. Me resulta bastante sorprendente que ni siquiera algo tan
sencillo como las resoluciones de los expedientes de reintegro no hayan sido cobradas. Por otro lado, es necesario determinar si estos servicios pueden tener interés, si son realmente necesarios, o si se pueden prestar de alguna manera desde otra
entidad del propio ministerio, porque es imprescindible -también se ha repetido- optimizar los recursos. Pero, desde luego, si son necesarios lo que tampoco tiene ninguna lógica, tal y como se recoge en el informe, es que en algunos casos haya
consejerías y secciones que tengan una relación de personal muy dispar, sin atender ni a la población a la que se da la prestación ni haber ninguna relación entre plantillas y población a la que se atiende.


Por último, son muy relevantes, y en mi opinión forma parte de ese desinterés o de esa ineficiencia a la hora de gestionar los servicios públicos, los incumplimientos en cuanto a las notificaciones y resoluciones en relación con las ayudas
que se da a los españoles en el exterior. Si esas personas requieren de esas ayudas, no tiene sentido que cuando se establezca un plazo de diez días para el pago de esas ayudas aparezca en el informe que se ha tardado más de seis meses.


En definitiva, me gustaría saber si consideran que son prescindibles estos servicios y, si no, saber cuál es su opinión en relación con las medidas que se han tomado al respecto.


Muchas gracias.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mato.


Para finalizar, por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la señora Antoñanzas tiene la palabra.


La señora ANTOÑANZAS GARRO: Muchas gracias.


El Ministerio de Empleo y Seguridad Social sí está trasladando e integrando oficinas de secciones en los consulados, lo que redunda en una reducción de costes. También las superficies de las sedes de consejerías y secciones son muy
dispares, si se pone este dato en comparación con el número de personas que prestan servicios en ellas, pero sí continúa la cesión de espacios de inmuebles gestionados para las consejerías por la UNED en Frankfurt, Bruselas, Londres, Berna. Las
plantillas reales de las consejerías y de las secciones son muy dispersas, las nuevas incorporaciones durante los años 2011-2013 se han ido produciendo mediante comisiones de servicio y adscripciones provisionales. Ha sido escaso el número de
actuaciones formativas promovidas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en las que han participado personas que integran las plantillas de las consejerías y las secciones no dependientes de la consejería en Europa, aunque sí se ha observado
un aumento de la oferta de cursos en 2013. La gestión de los nombramientos entre 2011 y 2012 se ha realizado en soporte papel, lo que sí ha originado una mayor carga de trabajo. Además, se produjo un retraso en las cuentas justificativas debido a
los tiempos utilizados por las unidades involucradas, tanto en los servicios centrales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social como en las consejerías y secciones no dependientes de consejería. Estas mismas carecen de aplicaciones informáticas
para la gestión de algunos procedimientos, como gestión de subvenciones y viajes de Imserso. Estas unidades tampoco pueden obtener directamente información sobre las visitas a sus páginas web, así que toda la gestión genera una significativa carga
de trabajo. Todas estas actividades de información, asesoramiento y fomento del empleo van en aumento debido al actual movimiento migratorio. La mayor complejidad de las solicitudes de información también exige una formación profesional continua
del personal que realiza esta actividad. Las convocatorias de ayudas de 2011 relativas a los programas de asociaciones y centros presentaban ciertas diferencias con lo establecido en la orden, para lo que se establece en las bases reguladoras de la
concesión de subvenciones a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y retornados; problema que sí desapareció en la nueva orden de bases de 2012, que regula estas ayudas de una forma más completa y precisa. A partir
de 2013, el programa de centros también ha implementado un procedimiento de gestión electrónica que nos permite prescindir de soporte papel.


En el desarrollo de este procedimiento fiscalizador no se ha puesto de manifiesto incumplimiento en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Entre las recomendaciones cabe destacar la actualización de la
normativa específica que regula las fundaciones, adaptándolas a los cambios especialmente aquellos derivados del marco normativo comunitario. También en lo referente al fomento del empleo se aconseja incluir la planificación e intensificar la
formación de ese personal, para hacer un mayor uso de las herramientas informáticas con el fin de agilizar la gestión y disminuir sus costes.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Para dar respuesta a las cuestiones planteadas tiene de nuevo la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Intervengo con brevedad para indicar que, en primer lugar, este es un informe que se refiere a un tiempo muy pasado pero que fue aprobado en 2014, como bien se ha dicho, fue comunicado a esta Comisión, a este Parlamento en 2014 y también fue
publicado en la página web del tribunal en 2014. Con esto quiero decir que el tribunal ha adoptado las medidas para que el informe sea conocido lo más rápidamente posible por todos sus destinatarios, y también por cualquier ciudadano que haya
querido o podido acceder a nuestra página web para consultarlo.


En relación con los datos que incluye este informe, me solicitan la valoración sobre si ha habido un efectivo cumplimiento de las recomendaciones y, por otra parte, si el tribunal piensa hacer una nueva fiscalización relativa a estas
consejerías.



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Indico que el tribunal está trabajando en la opción de una herramienta interna y propia de seguimiento de recomendaciones de los informes, que va a permitir indudablemente disponer de una información en el futuro mucho más adecuada sobre en
qué medida se puede estar produciendo una evolución positiva o no de las recomendaciones formuladas por el tribunal, cuando menos desde el punto de vista de las circunstancias comunicadas por las entidades gestoras, que muchas veces publican la
superación de los defectos puestos de manifiesto y que no existe un trámite o un procedimiento para poderlo poner de manifiesto ante ustedes. Por tanto, con la aplicación de esa futura herramienta, el seguimiento de muchas recomendaciones
seguramente podrá mejorar y podrán tener ustedes la información más oportuna.


El tribunal ha recomendado mejorar la gestión de las gestorías, teniendo en cuenta, por supuesto, la regulación comunitaria, y teniendo en cuenta una cuestión que no debemos perder de vista que son las necesidades de los españoles en el
extranjero. Por tanto, aun siendo un campo de actuación donde se utilizan no en exceso un número de grande de funcionarios -contratados o laborales, como se ha puesto de manifiesto-, lo que sí está justificado es atender a esas necesidades de los
españoles en el extranjero y, por otra parte, hacerlo evidentemente con la eficacia y la eficiencia que se ha planteado.


Para finalizar, hay que verificar que esta eficacia y eficiencia se están produciendo con la introducción o no de instrumentos de gestión más eficaces y más actuales, y será materia de ese seguimiento que en su momento podremos realizar.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE IV:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DESARROLLADAS POR LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CIUDADES AUTÓNOMAS EN RELACIÓN CON LOS PLANES ECONÓMICO-FINANCIEROS, PLANES DE REEQUILIBRIO Y PLANES DE AJUSTE PREVISTOS EN LA LEY ORGÁNICA 2/2012,
DE 27 DE ABRIL, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA, Y CON LA GESTIÓN DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000095 y número de expediente del Senado 771/000094).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate del bloque IV del orden del día correspondiente al informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas en relación con los planes
económico-financieros, planes de reequilibrio y planes de ajuste previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y con la gestión del Plan de Pago a Proveedores.


Tiene de nuevo la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


La estabilidad presupuestaria consagrada en el artículo 135 de la Constitución, tras su reforma aprobada en septiembre de 2011 constituye un elemento esencial sobre el que se fundamenta la recuperación económica, así como la base necesaria
para impulsar el crecimiento y la creación de empleo en la economía española.


La Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera constituye el marco legal para la consecución del citado mandato constitucional en el que tienen un papel de gran relevancia las comunidades autónomas. La ley
establece que, en el caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, las comunidades autónomas deberán presentar un plan económico y financiero con las medidas para su
corrección. Cuando el déficit se deba a circunstancias excepcionales como una recesión económica, tiene que presentar un plan de reequilibrio. Asimismo, en caso de solicitar al Estado el acceso a medidas de financiación extraordinarias, vendrán
obligadas a acordar con el Ministerio de Hacienda un plan de ajuste dinámico en el tiempo.


Por otra parte, se han adoptado mecanismos de financiación para la reducción de la morosidad en las comunidades autónomas que han presentado distintas modalidades a lo largo de los últimos años: Plan de Pago a Proveedores, Fondo de Liquidez
Autonómico, etcétera.



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Respecto a la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y su grado de cumplimiento por las comunidades autónomas, el Consejo de Política Fiscal y Financiera informó favorablemente de los objetivos de déficit y de deuda pública,
sin perjuicio de que los mismos fueran modificados por la evolución de la coyuntura.


Cabe resaltar el considerable esfuerzo realizado por las comunidades autónomas para reducir el déficit, en especial en el ejercicio 2012. Destacan las comunidades de Castilla-La Mancha y Andalucía, que redujeron en tres años su déficit
alcanzado en 2011 en más de un 80 %. No obstante, el ejercicio 2014 supuso una interrupción en la reducción del déficit al haberse incrementado para el conjunto de las comunidades autónomas. Todas las comunidades presentaron el Plan
Económico-financiero de Reequilibrio por haber incumplido el déficit de 2010 o para poder acogerse al objetivo revisado de estabilidad de 2012, del 1,5 %.


El déficit registrado por las comunidades autónomas en 2012 se elevó a 18 913 millones de euros, el 1,84 % del PIB nacional, lo que implica el incumplimiento del objetivo indicado. Las comunidades que incumplieron el objetivo fueron las de
Andalucía, Illes Balears, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Región de Murcia y Comunidad Foral de Navarra.


En el ejercicio 2013, se establecieron objetivos diferenciados para cada una de las comunidades, representando en su conjunto un 1,3 % del PIB. El déficit registrado por la globalidad de las comunidades, según datos provisionales, ascendió
a 15 906 millones de euros, lo que supone el 1,52 % del PIB nacional. Las comunidades de Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Región de Murcia y Navarra registraron un déficit superior al objetivo con distintos
grados de incumplimiento. En este ejercicio 2013 se establecieron por primera vez la regla de gasto, que cumplieron todas las comunidades, y el objetivo de deuda pública; y aunque este último se cumplió en su conjunto, las comunidades autónomas de
Aragón, Castilla-La Mancha y Foral de Navarra incumplieron sus objetivos individuales de deuda.


Por lo que se refiere al ejercicio 2014, el objetivo se estableció en el 1 % del PIB, siendo el déficit registrado, según los datos de avance, el 1,65 %. Según datos definitivos posteriores al informe, el déficit real ascendió al 1,74 %.
Cumplieron con su objetivo de estabilidad presupuestaria las comunidades de Galicia, Navarra y País Vasco. El objetivo de deuda pública, que fue del 21 %, lo incumplieron las comunidades autónomas de Aragón, Castilla y León, Cataluña y La Rioja.
En cambio, la regla de gasto se incumplió por las comunidades de Illes Balears, Cataluña, Extremadura y País Vasco. Los presupuestos iniciales autonómicos no permiten verificar el cumplimiento de aquella regla, según diversas instituciones.


En todo caso, a no ser que la coyuntura económica lo permita, los datos de evolución de deuda pública autonómica muestran la dificultad para la consecución del objetivo del 13 % en 2020, salvo que se revise la senda de reducción de deuda y
se usen los mecanismos legales procedentes para ampliar el periodo transitorio. Por lo que se refiere a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, se rigen por la normativa sobre estabilidad presupuestaria aplicable a las entidades locales. Ambas
ciudades cumplieron los objetivos de estabilidad presupuestaria en los ejercicios comprendidos en el ámbito temporal de la fiscalización, por lo que no dispusieron de planes económico-financieros a lo largo del mismo periodo. Las comunidades que
incumplieron los objetivos de estabilidad presupuestaria o de deuda pública o la regla de gasto, presentaron los correspondientes planes económico-financieros, cuyo seguimiento trimestral se ejerce por el Ministerio de Hacienda. Únicamente
aplicaron medidas adicionales, a requerimiento del ministerio, las comunidades de Andalucía, Extremadura y Canarias, pese a que en otras también se constataron desviaciones, si bien no se adoptaron las posibles acciones previstas en la Ley Orgánica
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


Haciendo referencia a los mecanismos extraordinarios de financiación, todas las comunidades, salvo las de Galicia, Navarra y el País Vasco, y la ciudad autónoma de Melilla se adhirieron entre 2012 y 2014 al Fondo para la Financiación de los
Pagos a Proveedores o al Fondo de Liquidez Autonómico en alguna de sus fases. En ese mismo periodo, se financiaron a través de los diferentes mecanismos extraordinarios de liquidez vencimiento de principal de deuda financiera, gastos por intereses
y pagos a proveedores por un importe total de 93 103 millones de euros. Más del 73 % de este importe se distribuyó entre Cataluña por 31 878 millones de euros, el 34 % de esta cantidad; para la Comunidad Valenciana 20 526 millones, el 22 %; y
Andalucía, 16 390 millones, el 17 %. El acceso a estos mecanismos se condiciona a la obligación de acordar planes de ajuste con el Ministerio de Hacienda. Se observa que las medidas incluidas en los mismos son coherentes con las previstas en los
planes económico-financieros y de reequilibrio en los casos en que estas eran necesarias, sin suponer la adopción de medidas adicionales, lo que ha limitado su eficacia.



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Las comunidades cumplieron en general con la obligación de suministro de información relativa a los planes de ajuste, salvo el preceptivo informe de las intervenciones generales autonómicas. A pesar de estar previsto que los planes de
ajuste fueran públicos, la información relativa a los mismos no había sido difundida a través de la central de información económico-financiera de las administraciones públicas, excepto determinados datos concretos. Respecto a los efectos de las
medidas de ajuste adoptadas a mediados de 2014, el grado de reducción de entidades del sector público autonómico suponía un 141 % de los compromisos iniciales corregidos, representando un ahorro de 21 587 millones de euros. Finalmente, aunque el
periodo medio de pago a proveedores se redujo de forma considerable por la adhesión a los mecanismos de liquidez, en febrero de 2015 se superaba todavía en 25,31 días el plazo máximo de 30 días previsto en la normativa para su cumplimiento.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ten.


El señor TEN OLIVER: Gracias, presidente.


Señor Álvarez de Miranda, este informe ha sido realizado a iniciativa propia y nos parece de lo más correcto, aunque nos hubiera gustado -se lo recomendamos al tribunal- que incluyese una justificación explícita de la oportunidad y
conveniencia de realizar una fiscalización del período seleccionado, porque entendemos que no es lo mismo que el objeto del informe. Algunos informes que ustedes nos han presentado, por ejemplo, el de supervisión del Banco de España, decía que era
para comprobar la aplicación de una nueva normativa en materia de supervisión; pero en este informe no está.


El Tribunal de Cuentas explica el origen de la Ley Orgánica 2/2012 y nos ha hablado del artículo 135 y la modificación en la Constitución española. Ciudadanos entiende que no hay dilema entre la estabilidad presupuestaria y los servicios
públicos; al contrario, deben formar un binomio. La estabilidad presupuestaria no es un fin en sí misma, sino que cobra sentido como garantía de unos servicios públicos de calidad, y no se pueden prestar servicios públicos de calidad si no se
cuenta con la debida estabilidad presupuestaria. La mejor política social y de bienestar público es aquella que se puede pagar. Es muy fácil vender humo, pero el humo produce frustración. Además, la Ley Orgánica de estabilidad presupuestaria
establece unos principios importantes -pluralidad, transparencia, eficiencia- para la utilización de los recursos públicos y responsabilidad y lealtad institucional.


Quería detenerme en este último principio. Nos gustaría recalcar la importancia de este último principio, la lealtad de todos en el marco de convivencia que nos hemos dado para defender y mejorar la prosperidad y la libertad logradas. Es
necesario que estos principios se apliquen en toda la Administración pública, porque en decenas de informes que nos presenta el Tribunal de Cuentas vemos cómo se repite la falta de planificación, transparencia y eficiencia en múltiples áreas.


El informe consiste fundamentalmente en verificar la tramitación y ejecución de los planes financieros. Nos ha informado de los distintos incumplimientos de las comunidades autónomas, y me paro en el cuadro número 2 1.9, que ofrece un
resumen de la evolución del déficit y del esfuerzo de las comunidades autónomas. Es frecuente que algunos grupos en este Congreso y otras administraciones insistan en flexibilizar las normas de estabilidad presupuestaria. Una pregunta que resulta
obvia, señor Álvarez de Miranda, es: ¿considera el propio tribunal que la fijación de objetivos de estabilidad es lo suficientemente democrática o, por el contrario, han detectado algún déficit democrático en el procedimiento de fijación?


De 2011 a 2013 parece que las comunidades autónomas cumplen cada vez mejor con los objetivos de estabilidad, pero en 2014 hay una recaída. ¿A qué se debe el retroceso? ¿Hay incentivos adecuados para el cumplimiento? Existe además un
debate recurrente sobre la pertinencia de fijar objetivos de déficit diferenciados; la Airef en algunas ocasiones nos lo ha comentado por voz de su presidente. Solo ha habido objetivos diferenciados en 2013, que además fue el año que las
comunidades autónomas cumplieron mejor estos objetivos. El propio tribunal concluye que, dado que en la práctica habitual se ha fijado el mismo objetivo para todas las comunidades autónomas -excepto en el año 2013, como comentaba-, ello cuestiona
la eficiencia del procedimiento establecido.


Entre las conclusiones del informe se dice que los presupuestos de las comunidades no disponen de información necesaria para permitir verificar el cumplimiento de la regla de gasto. Mi pregunta es si esta imposibilidad ha sido subsanada por
la orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas 2082/2014, de 7 de noviembre, que establecía que trimestralmente debería hacerse una valoración del cumplimiento de la regla de gasto al cierre del ejercicio. Llama la atención además
que



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Cataluña, cuyos dirigentes sabemos que han estado muy preocupados por el proceso secesionista todos estos años, no cumpliera con los objetivos ni una sola vez, además con un amplio margen cada año y con uno de los menores esfuerzos fiscales,
junto a la Comunidad de Madrid. Lo pregunto directamente, ¿ha habido en Cataluña o en cualquier otra comunidad autónoma una diligencia menor de la exigible?


Me gustaría detenerme en algo que el Tribunal de Cuentas destaca. Nos ha estado hablando de los planes económico-financieros, de los planes de reequilibrio, y es que se han producido distintas desviaciones, pero no nos consta sin embargo
que el Ministerio de Hacienda adoptase ninguna de las siguientes medidas previstas en el artículo 25: la de aprobar la no disponibilidad de créditos, la de constituir un depósito con intereses en el Banco de España, o incluso la de envío y bajo la
dirección del ministerio de una comisión de expertos. Yo le pregunto, señor Álvarez de Miranda, ¿en cuántas ocasiones pudo intervenirse y no se hizo? ¿Y en cuantas de esas veces no se intervino para no parecer intervencionista? ¿No hay en esto
algo del Gobierno central federal, que casi lo vemos acomplejado por parecer recentralizador?


Voy terminando. Durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 han accedido a distintos mecanismos extraordinarios de financiación -el Fondo de Financiación de Pago a Proveedores, el propio Fondo de Liquidez Autonómico- todas las comunidades
salvo Galicia, Navarra, País Vasco y la ciudad autónoma de Melilla. Es evidente que no parten todas las comunidades de la misma situación, y aquí me limitaré a destacar el tema de Cataluña. Cataluña fue la principal receptora de ayuda, más de un
34 % del total, permitiendo pagar casi ochocientas mil facturas por valor de más de 6000 millones de euros. Desde luego Ciudadanos entiende que estamos ante un complejo sistema de solidaridad que da sentido además al Estado, pero desde luego, por
si hay dudas, yo le pregunto, ¿encontró el Tribunal de Cuentas algún tipo de evidencia de que estos mecanismos de financiación hubieran sido ejercicios de forma autoritaria, lesiva a la dignidad de las comunidades autónomas, o para ejercer alguna
influencia o control político impropio?


Termino. El próximo 21 de diciembre habrá elecciones autonómicas en Cataluña por aplicación del artículo 155, sin haber resuelto todavía en el Congreso, señor Álvarez de Miranda, la reforma de la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades
Autónomas. Yo le pregunto, señor Álvarez de Miranda, habida cuenta de estos mecanismos de financiación, habida cuenta de que estos mecanismos son temporales, ¿no encuentra usted que es objetivo prioritario solucionar el problema de la financiación
de las comidas autónomas a través de la reforma de la Lofca?


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ten.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos, tiene la palabra el señor Martínez.


El señor MARTÍNEZ RUIZ: Muchas gracias, señor presidente.


Como todas y todos ustedes saben, tal como dice el informe, la reforma del artículo 135 supuso la constitucionalización de las políticas de ajuste, que son responsables directas de la crisis social que hemos vivido y que sigue viviendo una
buena parte de la gente de este país. Esta reforma del artículo 135 de la Constitución tiene su desarrollo en la Ley de Estabilidad Presupuestaria y de Sostenibilidad Financiera, que establece fuertes mecanismos de control del Estado sobre las
comunidades autónomas y las corporaciones locales, es decir, los objetivos de déficit, el objetivo de deuda pública y la regla de gasto. De modo que la reforma del artículo 135 está también en la base de la crisis territorial que estamos viviendo,
y es absolutamente funcional a la estrategia recentralizadora del Partido Popular.


Hay que resaltar que existen diferencias fundamentales entre lo que supone la aplicación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera para el Estado y lo que supone para las comunidades autónomas. En primer lugar,
porque el sistema de financiación autonómico dota a las comunidades autónomas con una financiación insuficiente para cubrir sus competencias. Como ustedes bien saben las comunidades autónomas a lo largo de los años han ido asumiendo competencias, y
sin embargo no han recibido los ingresos o los recursos necesarios para cubrir estas competencias. Además se trata de un sistema que genera asimetrías injustificables y que desincentiva la corresponsabilidad fiscal. De hecho estamos esperando
ansiosos la reforma del sistema de financiación autonómico que se comprometió a presentar el señor Montoro y que no puede retrasarse más. A este respecto me sorprende que el señor Ten, portavoz de Ciudadanos, no se haya referido a la situación
inaceptable que sufre la Comunitat Valenciana con respecto a la financiación autonómica y se haya dedicado a hablar mucho de Cataluña. Mucho hablar de Cataluña, pero de defender los intereses de las y los valencianos cero. En segundo lugar, el
margen de maniobra del que disponen las comunidades autónomas es muchísimo menor del que dispone el Estado.



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Las comunidades autónomas concentran la mayor parte del gasto social, que es un gasto no discrecional, pero es que además tienen una capacidad menor para aumentar sus ingresos, por ejemplo, a través de una reforma fiscal progresiva como la
que proponemos. Es decir, las comunidades autónomas tienen menor capacidad de contraer gastos y menor capacidad de aumentar sus ingresos. En tercer lugar, las comunidades autónomas se ven obligadas por tanto a recurrir a los mecanismos adicionales
de financiación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que conllevan aceptar las condiciones especiales de control y seguimiento. El informe presentado de hecho dice textualmente que el acceso a los mecanismos extraordinarios de apoyo a la
liquidez se condiciona a la obligación de acordar con el Ministerio de Hacienda y Función Pública un plan de ajuste. Esto en resumidas cuentas supone reducir más todavía la capacidad de maniobra de las comunidades autónomas. Y en último lugar,
quien fija la regla de gasto, los objetivos de déficit y los objetivos de deuda pública es el Estado, y como no podría ser de otro modo quien parte y reparte se queda con la mejor parte. Hemos visto que en todos estos años hay un reparto injusto de
los objetivos que carga mucho más a las comunidades autónomas y a los municipios que al Estado. Se prima la unilateralidad por encima de la coordinación entre administraciones públicas. Quisiéramos preguntarle al presidente del Tribunal de Cuentas
sobre este extremo.


Por otra parte, encontramos que en términos técnicos la Ley de Estabilidad Presupuestaria y de Sostenibilidad Financiera y los mecanismos de control sobre las comunidades autónomas para su cumplimiento tienen puntos ciegos y elementos muy
cuestionables. La propia fijación de los objetivos de déficit y de deuda pública no responde a ningún criterio económico; al contrario, es completamente arbitraria, y sobre esto también queremos preguntarle al presidente del Tribunal de Cuentas.
¿Considera usted que hay factores de orden económico que explican por qué la cifra de estos objetivos es una y no otra?


Como se dice en las conclusiones del informe presentado por el Tribunal de Cuentas no se establecen, pese a que procedimentalmente así debería ser, unos objetivos concretos para cada comunidad autónoma, sino que se establecen para el
conjunto de ellas, como si las necesidades, los problemas y la coyuntura fueran los mismos en el conjunto de las comunidades autónomas, sin ningún tipo de diferencia o de matiz. Sobre este punto también nos gustaría conocer la opinión del
presidente del Tribunal de Cuentas.


El informe también explica que no han existido ni una metodología ni unos criterios uniformes que permitan verificar el cumplimiento de la regla de gasto, por lo que se abre un espacio importante para la arbitrariedad; es decir, que el
Gobierno central pudiera tener una especial dureza con determinadas comunidades autónomas y manga ancha con otras. Estos déficits muestran que la aplicación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y de Sostenibilidad Financiera ha sido en muchos
aspectos chapucera.


Queremos añadir una última cuestión. El informe del Tribunal de Cuentas en sus conclusiones dice que, en relación a las reformas estructurales para fomentar el crecimiento económico y la creación de empleo, se ha verificado la adopción por
parte de las comunidades autónomas de medidas de esa naturaleza, así como otras actuaciones para reducción de cargas administrativas -repito: fomentar el crecimiento económico y la creación de empleo-. Queremos preguntarle al presidente del
Tribunal de Cuentas cuáles considera que han sido las principales reformas estructurales acometidas desde las comunidades autónomas para fomentar el crecimiento económico y la creación de empleo entre 2011 y 2014, porque nosotros debemos habernos
perdido algo en este sentido.


Termino ya. Dejo paso a los portavoces del Partido Socialista y del Partido Popular para que puedan felicitarse una vez más por haber reventado nuestro sistema de bienestar, nuestro modelo territorial y haber deteriorado gravemente la
soberanía del país.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Martínez, por hacer mi trabajo. En cualquier caso, le daré yo paso al portavoz del Partido Socialista. Señora Moreno.


La señora MORENO RUIZ: Muchas gracias, señor presidente.


También quisiera agradecer al presidente del Tribunal de Cuentas su presencia y el interesante informe que ha traído a la Cámara. Es verdad que estamos ante una fiscalización que ha afectado a todas las comunidades y ciudades autónomas, a
todos los planes económicos y financieros que ha sido preceptivo aprobar para acudir a los mecanismos extraordinarios de financiación para el pago de proveedores y de apoyo a la liquidez. Da la sensación, leyendo el informe, de que ha sido una
fiscalización integral de cumplimiento de legalidad operativa y de gestión, que en lo que se refiere al cumplimiento de legalidad no hay grandes incumplimientos ni grandes irregularidades, y algunas que se han señalado da la sensación de que se
están corrigiendo. No obstante el informe, que como digo es muy interesante,



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merece algunos comentarios. El primero de ellos es destacar cómo la reforma constitucional impulsada en el año 2011 por el Gobierno socialista, cuando la tormenta financiera perfecta azotaba los mercados de deuda de la eurozona, ha
resultado ser absolutamente útil. Sobre ella se basa la legislación que estamos analizando, y sin duda sobre aquellas medidas, impopulares pero necesarias, se ha sustentado la solvencia económica de España y una recuperación económica que no voy a
entrar a analizar, porque sería objeto de otra comisión, ya que ahí podemos tener severas discrepancias con el Gobierno del Partido Popular, pero es verdad que entonces y ahora, entonces en el año 2011 y ahora en el año 2017, entonces ante una
crisis económica sin precedentes y hoy ante una crisis institucional secesionista también sin precedentes, al PSOE nunca le ha temblado el pulso a la hora de asumir sus responsabilidades, nunca. Lo cierto es que con aciertos y desaciertos -siempre
se puede revisar lo que se ha hecho- jamás nos hemos refugiado en el populismo, nunca hemos jaleado a la ciudadanía con las mentiras que algunos querían contar y que muchos, por desinformación, querían oír. Por eso en el año 2011 teníamos duras
obligaciones internacionales en materia de déficit y de deuda pública, cuya desatención hubiera significado mucho más sufrimiento para la ciudadanía del país y mucha más ruina para nuestra sociedad. Igual que hoy, en el año 2017, tenemos
obligaciones con la integridad territorial de España, que estamos atendiendo exactamente con la misma honestidad. Y es curioso que los que más cuestionaron los sacrificios en el año 2011, hoy representados en el Grupo Podemos, dieron lugar a que
gobernara España el Partido Popular, con mucha menos sensibilidad social que el PSOE, y que son los mismos que hoy protegen y sirven de coartada a los independentistas, que se han saltado por completo la legalidad.


Señorías, en segundo lugar y pasando al informe o a otro comentario político, quiero agradecer el considerable esfuerzo realizado por las comunidades autónomas para reducir el déficit. Seguramente a partir de 2014 hubo procesos electorales
que hicieron que las obligaciones se enfocaran un poquito menos, pero ya que además soy senadora por la Comunidad Autónoma de Andalucía permítanme destacar el enorme esfuerzo y lealtad con los que Andalucía ha administrado sus cuentas durante la
profunda crisis económica y financiera que hemos vivido. Andalucía ha realizado un sincero esfuerzo de contención, al tiempo que ha preservado el profundo carácter social de sus políticas públicas.


Por último, también quiero destacar cómo el Ministerio de Hacienda, si bien efectuó los obligados informes trimestrales, como era preceptivo, sin embargo es verdad que en ningún momento ha aplicado medidas coercitivas; y eso en mi opinión
se ha traducido en un esfuerzo muy desigual de las comunidades autónomas en el cumplimiento de sus obligaciones, y desde luego estimamos que el Gobierno central tiene que ser firme exigiendo el cumplimiento de los compromisos adquiridos; tiene que
ser también equitativo a la hora de revisar el sistema de financiación, y como digo tiene que ser exigente, aunque algunas de las comunidades incumplidoras sean del partido del Gobierno.


Termino, señorías. Haremos propuestas de resolución, que no quiero detallar por no extenderme en el tiempo, pero quiero felicitar una vez más al Tribunal de Cuentas por la labor que desarrolla.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Moreno.


Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Fole para finalizar.


El señor FOLE DÍAZ: Gracias, presidente.


Quiero felicitar y agradecer de nuevo la presencia del presidente del Tribunal de Cuentas, señor Álvarez de Miranda, para en este caso tratar la fiscalización de estos informes respecto a las actuaciones desarrolladas por las comunidades
autónomas y las ciudades autónomas, en relación -como se dijo- con planes de ajuste económico-financieros, de reequilibrio y planes de ajustes previstos en la Ley Orgánica 2/2012 así como con la gestión de pago a proveedores.


Voy a intentar resumir el expediente en los bloques que plantea el propio documento: tramitación y ejecución de los planes; análisis de planes de ajuste adoptados por las comunidades autónomas que se adhirieron a los mecanismos adicionales
de financiación, y -en el tercer bloque no voy a entrar, por lo extenso que es- análisis individualizado de los planes económico-financieros de todas las comunidades autónomas. En todos estos bloques se fiscalizan los siguientes aspectos:
cumplimiento por las comunidades autónomas del principio de estabilidad presupuestaria, de la regla de gasto, del endeudamiento; de la tramitación adecuada de los planes económico-financieros y de reequilibrio, si se han cumplido o no la
transparencia y la información para el seguimiento de tales planes, y la consecución de los objetivos establecidos en los planes y medidas correctoras propuestas.



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Podemos establecer a modo de conclusión que la crisis puso en evidencia que los mecanismos de la Ley de Estabilidad Presupuestaria eran insuficientes para acometer el déficit público, lo que provocó -ya se ha dicho aquí anteriormente- la
reforma constitucional del 27 de septiembre de 2011, concretamente respecto a su artículo 135, que implica que se reviste con el máximo nivel normativo a la regla fiscal que limita el déficit público de carácter estructural y limita la deuda
pública. Así, con esta Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, todas las administraciones públicas deben presentar equilibrio, sin incurrir en déficit estructural. Se fija el límite de deuda pública para las
administraciones públicas: un 60 % del PIB distribuido en un 43 % para el Estado, un 14 para las comunidades autónomas y un 3 para las entidades locales, si no recuerdo mal. La ley establece procedimientos para la obligación efectiva de los
principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, el establecimiento del déficit y la deuda, los mecanismos de corrección de las desviaciones y los instrumentos para hacer efectiva la responsabilidad de las administraciones
públicas en caso de incumplimiento. También hace referencia y establece la aplicación del principio de transparencia.


Si vamos al primer bloque, la tramitación, en la fijación de objetivos de la estabilidad financiera o presupuestaria y el grado de cumplimiento por las comunidades autónomas la normativa contempla -ya se habló de ello aquí también- como
situación normal la existencia de objetivos con déficits distintos para cada comunidad autónoma; sin embargo en la práctica se ha fijado el mismo para todas. Cuestiona así la eficacia de los objetivos individuales para las comunidades autónomas, y
creo que efectivamente podemos ahondar en eso -y ahora le preguntaré al respecto- ya que se han ido modificando a través de diferentes acuerdos del Consejo de Ministros, lo que ha provocado que la elaboración de los planes se hayan basado en
parámetros distintos. A modo de ejemplo hay que decir que los objetivos individualizados para 2012 fueron del 1,3, que se modificó en un acuerdo de Consejo de Ministros al 1,5 y finalmente ese déficit ascendió al 1,84, incumpliendo el objetivo.


Comunidades autónomas incumplidoras: Andalucía, Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña, Valencia -aquí se hace referencia a que no se miraba por Valencia, pero Valencia es una de las frecuentemente incumplidoras-, Navarra, Murcia, que
tuvieron que elaborar un plan financiero de reequilibrio. De 2014 a 2020 se fija el déficit en el 1 % y la estabilidad en un 20; finalmente el déficit va al 1,65. Comunidades autónomas cumplidoras: Galicia, Canarias, País Vasco, Navarra.
Preguntamos, ¿deberían aplicarse medidas especiales, requisitos o métodos de seguimiento quizá para esas comunidades autónomas que continuamente, en diferentes ratios, en diferentes requisitos, en diferentes principios van incumpliendo
constantemente? ¿Deberían estudiarse o aplicarse los objetivos -que parece que serían mejores- individualizados para cada comunidad autónoma?


Respecto a la tramitación de los planes económico-financieros y de reequilibrio el artículo 24 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria establece que el Ministerio de Hacienda y Función Públicas elaborará trimestralmente un informe
de seguimiento para la aplicación de medidas contenidas en estos planes. Según los informes referidos al cuarto trimestre de 2014 todas las comunidades autónomas incumplen estos objetivos establecidos. Respecto a la transparencia también hay
incumplimientos continuados, y hay un matiz que quizá sea importante decir, y es que las cuentas y la contabilidad de las comunidades autónomas no coinciden con las de la Intervención General de la Administración del Estado, siendo una de las
propuestas y recomendaciones del Tribunal de Cuentas procurar homogeneizar ese tipo de contabilidades.


Respecto a la consecución de objetivos existen comunidades autónomas que no envían toda la información y otras que tienen desviaciones en distintos trimestres respecto a las medidas adoptadas. El ministerio -importante, ya se ha planteado
por otros ponentes- no adopta las medidas previstas en el artículo 25 -aprobar una disponibilidad de créditos, efectuar retenciones de créditos u otras que se plantean-, por lo que pregunto, ¿este artículo 25, a criterio del tribunal, debería
recoger algún tipo de medidas excepcionales -siempre se habla de excepción cuando se habla de incumplimiento- para las comunidades autónomas incumplidoras?


Respecto al segundo bloque -y entro a plantear también el tema catalán y las propuestas, planteamientos o definiciones de los catalanes independentistas- el 73 % de los fondos de liquidez autonómica de 2012-2014 fueron el 34 % para Cataluña,
el 22 % para Valencia -hay quien se queja- y el 17 % para Andalucía. En este cuadro podemos ver -aquí cada uno saca pecho de su comunidad autónoma- que Galicia recibió un 0 %, pero contribuimos a que los demás pudieran tener el 22 %. Si nos
ponemos en términos de lealtad, también podemos decir que no es cuestión de aplicar -como dijo la portavoz del Partido Socialista- en un momento extremo algunas medidas, es que hay que ir cada año,



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en cada mandato y cada gestión intentando que no se produzcan esas desviaciones como, insisto, ha hecho la Comunidad Autónoma de Galicia, que es de las más cumplidoras. La parábola del buen samaritano creo que en política no...


El señor PRESIDENTE: Señor Fole, tiene que ir acabando.


El señor FOLE DÍAZ: Voy acabando, presidente. Muchas gracias, por la generosidad con el tiempo.


Quisiera hacer una pregunta. ¿Debería contemplarse algún tipo de medida, a modo de incentivo o prima -no sé de qué forma-, para aquellas comunidades autónomas que cumplen con los requisitos? O, por el contrario, ¿debería contemplarse algún
tipo de medida -no quiero decir penalizadora porque a veces suena mal- restrictiva de acceso a los fondos de liquidez parar las comunidades autónomas que continuamente van incumpliendo?


Se habla en las recomendaciones de más estudios, más requisitos, más objetivos que se deben reconsiderar o restablecer. No quiero entrar en ellos por el tiempo, pero le haré una pregunta resumen, ¿cree desde el tribunal que estos
incumplimientos son debidos a la mala fijación de objetivos, medidas o seguimientos o quizá a la necesidad de aplicar medidas que el artículo 25 de la ley contempla?


Muchas gracias, presidente (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Fole.


Para finalizar de nuevo tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


El cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria es un requisito esencial para seguir contando con el apoyo de la Unión Europea, que es fundamental para la salida de la crisis. Creo que este es el principal elemento que les
puedo plantear en esta Comisión. Es difícil que yo les pueda resolver una diferencia política existente entre los diferentes grupos de esta Comisión y de la Cámara; ustedes tienen ideas diferentes de cuáles son las causas de la crisis económica,
cuáles son las eventuales responsabilidades de esas causas e incluso cuál es la verdadera y necesaria política económica a realizar en casos de crisis. Lógicamente ustedes tienen diferentes opiniones y no voy a entrar a valorarlas. Lo que sí me
parece fundamental es que, cuando ustedes están planteando si se han fijado objetivos arbitrarios, tengan en cuenta que como he dicho los objetivos de estabilidad presupuestaria nos vienen muy condicionados por nuestra pertenencia a un club, un club
que por otra parte nos permite tener la fortaleza suficiente para encontrarnos en una zona cómoda -por lo menos más cómoda de lo que estaríamos si no perteneciéramos a él- para enfrentarnos a la crisis que estamos viviendo.


En la introducción del informe se explican las razones que justifican la realización de la fiscalización. Y aquí contesto a una de las preguntas que me ha formulado el señor Ten. Por otra parte, visto el debate, la relevancia de la
estabilidad presupuestaria y de la sostenibilidad financiera, poca justificación requieren. Lo que ustedes han planteado hoy aquí es un debate de indudable calado sobre el funcionamiento de las instituciones de nuestro país, de la política para
salir de la crisis económica, y del reparto que esa política para salir de la crisis económica representa desde el punto de vista territorial.


Ustedes me hacen muchas preguntas sobre si en la fijación de los objetivos o en las relaciones Estado-comunidades autónomas ha habido arbitrariedad, sobre si existen asimetrías; me preguntan una serie de cuestiones que no les puedo
contestar debidamente. El informe da todos los datos que desde un punto de vista técnico se pueden valorar, pero creo que hay una cuestión que queda muy clara, y es que indudablemente todos los detalles de este tipo de políticas sería más fácil
poder abordarlos si existiera una reforma del sistema de financiación de las comunidades autónomas que estuviera consensuada y aceptada por todos los grupos parlamentarios y por todas las comunidades autónomas. Si el consenso social y territorial
sobre cómo abordar esta crisis existiera, lógicamente todos los datos concretos relativos a porcentajes de incumplimiento de cada comunidad autónoma e incluso de las medidas especiales o individualizadas para abordar estos incumplimientos tendrían
menos importancia, y por otra parte sería más obvio que es necesario encontrar para el tratamiento de incumplimientos soluciones que fueran o bien incentivadoras o bien desincentivadoras, pero en definitiva soluciones para que entre todos, las
comunidades autónomas y el Estado, pudiéramos reducir nuestro déficit y nuestro desequilibrio presupuestario y de deuda, porque es indudable que unas cuentas públicas saneadas fomentan el empleo y el crecimiento económico. Se podrá argumentar que
durante un cierto tiempo y a muy corto plazo un



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desequilibrio presupuestario puede llegar a fomentar determinado empleo o crecimiento económico, pero son situaciones, como la experiencia nos ha puesto de relieve, que acaban mal, es decir, el crecimiento económico está directamente
vinculado con la estabilidad, porque la estabilidad también está vinculada con la confianza, y el crecimiento se logra fundamentalmente con confianza de los agentes económicos y con la existencia de objetivos coincidentes por parte de toda una
economía nacional.


No creo que el tribunal se pronuncie sobre si es más o menos democrático el sistema de fijación de objetivos de estabilidad presupuestaria. Lo único que hemos querido decir en este informe, porque nos ha parecido importante, es que el
avance obtenido mediante la fijación de objetivos diferenciados, que solo es aplicado en el año 2013, es algo positivo y que debería seguir planteándose.


Para terminar -ya lo he dicho y no quiero repetirlo- diré que lo fundamental para afrontar una crisis financiera es la necesidad de actuar coordinadamente entre todas las administraciones públicas, y en ese sentido este informe pone de
manifiesto los elementos necesarios para que verdaderamente por parte de las diferentes administraciones y la Administración central exista un consenso para abordar la crisis financiera y hacerlo de una manera coordinada.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE V:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE INDEMNIZACIONES RECIBIDAS POR CESE DE ALTOS CARGOS Y DEL RÉGIMEN RETRIBUTIVO DE ALTOS DIRECTIVOS DE DETERMINADAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL, EJERCICIOS 2012
A 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000137 y número de expediente del Senado 771/000136).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate del siguiente bloque, correspondiente al informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos, y del régimen retributivo de altos
directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicios 2012 a 2014. De nuevo tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El pleno del tribunal, en su sesión de abril de 2016, aprobó este informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por
cese de altos cargos, y del régimen retributivo de los altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicios 2012 a 2014. Durante el periodo fiscalizado, entre otras medidas de naturaleza económica dirigidas a contener
la expansión del gasto público, se introdujeron relevantes novedades en la normativa de contratos de alta dirección de las entidades del sector público estatal. El Real Decreto-ley 3/2012 y el Real Decreto 451/2012 establecieron la nueva estructura
retributiva de los altos directivos, y también se aprobaron los nuevos modelos de contratos de alta dirección y se definió una clasificación de las entidades del sector público, junto con los límites al número de directivos y a su remuneración en
función de dicha clasificación. Con idéntico objetivo, el Real Decreto-ley 20/2012 obligó a quienes estuvieran percibiendo alguna pensión indemnizatoria, con ocasión del cese de cualquier cargo o tuvieran reconocida tal posibilidad, a comunicar a
la Oficina de Conflictos de Intereses su opción entre dicha percepción o la retribución de la actividad pública o privada que estuvieran desempeñando o, en su caso, la percepción de la pensión de jubilación o de retiro al pasar a ser incompatibles.
El informe pone especial énfasis en el análisis de la actividad de la Oficina de Conflictos de Intereses al ser el órgano competente para la gestión del régimen de incompatibilidades de los registros de bienes y actividades y de examinar las
declaraciones patrimoniales y de actividades presentadas así como para valorar cualquier posible conflicto de interés al declarar el inicio de actividades.


Respecto al control y pago de las prestaciones compensatorias de altos cargos cesados, la Oficina de Conflictos de Intereses no desarrolló las facultades de verificación e investigación de datos, que tiene legalmente atribuidas, limitándose
a examinar formalmente las declaraciones y en ocasiones a solicitar su subsanación. En ese sentido, requería y controlaba la presentación de declaraciones al cese e informaba sin utilizar criterios expresos y uniformes siquiera mediante la
comparación de las ya inscritas. Todas las declaraciones se presentaban en papel, algunas con defectos u omisiones, sin que se desarrollara y generalizara -como estaba previsto- una aplicación informática adecuada para su presentación telemática.



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La Oficina de Conflictos de Intereses se limitó a recibir las declaraciones y a gestionar los registros sin servirse de la colaboración de las administraciones tributarias y de la Seguridad Social para la verificación de los datos declarados
y la detección de omisiones. Solo se pidieron aclaraciones sobre lo declarado o sobre noticias publicadas sin hacerse comprobaciones sobre los altos cargos que no declararon actividades ni aparecieron en prensa. No se valoró la existencia de
posibles conflictos de interés en los casos de reingreso en la función pública, de incorporación a organismos internacionales o de inicio de una actividad en una sociedad de nueva creación. Por el inicio de una actividad pública no se consideró la
posible existencia de dicho conflicto en un alto cargo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, tres de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, dos de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, cinco de la Comisión
Nacional de la Energía y tres de la Comisión Nacional del Sector Postal. Tampoco se valoró la existencia de un alto cargo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que inició una actividad en organismo internacional y la declaró como actividad
privada ni sobre otro de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones que ejerció la abogacía en su despacho propio de nueva creación. En cambio, sí se analizó el posible conflicto y se pronunció sobre la compatibilidad en los casos de inicio
de actividad privada de un consejero de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y dos de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, que la solicitaron para ejercer la abogacía.


La normativa específica propia del Banco de España permitió que un alto cargo de la institución, que dejó su cargo para incorporarse a una sociedad perteneciente al grupo de una entidad de crédito, cobrara las indemnizaciones que dicha
normativa le reconocía y además iniciara la actividad privada una vez transcurridos seis meses desde su cese sin incurrir en conflicto de intereses. La Oficina de Conflicto de Intereses no conoció denuncias de incumplimientos del régimen de
incompatibilidades ni realizó de oficio actuaciones de investigación de los datos declarados o las omisiones que permitieran iniciar el procedimiento sancionador. A partir de la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley 20/2012, dejaron de
percibir la pensión compensatoria cuatro consejeros de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, tres de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y cuatro de la Comisión Nacional de la Energía, lo que produjo un ahorro efectivo
de fondos públicos. La Oficina de Conflictos de Intereses elaboró cada seis meses y remitió al Congreso los informes acerca del cumplimiento de las obligaciones sobre incompatibilidades, las infracciones cometidas y las sanciones impuestas con
indicación de los responsables. Sin embargo, tales informes resultan poco útiles para obtener información relevante sobre las actividades y los posibles conflictos de intereses y su contenido no facilita extraer conclusiones.


En cuanto a las modificaciones de los contratos de alta dirección, ninguna entidad adoptó en plazo sus contratos de alta dirección, entre otros motivos por cuanto el Real Decreto 451/2012 no fue desarrollado hasta abril de 2012 y comunicado
posteriormente, adaptándose gradualmente por las entidades afectadas. La aplicación de la limitación numérica de altos directivos se tradujo en su reducción únicamente en el Instituto Cervantes, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el
ICEX. La Comisión Nacional de la Energía no redujo los directivos antes de su extinción y su asunción por la nueva Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, lo que provocó que esta última superara el número máximo previsto de directivos
al concluir la fiscalización. Con carácter general se cumplió la previsión de que la adaptación de los contratos no produjese un incremento retributivo, si bien se produjo dicho incremento en algunos directivos del Instituto Cervantes, la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia e ICEX-España, Exportación e Inversiones.


Aunque la nueva estructura no contempla retribución alguna en concepto de antigüedad, se abonaron retribuciones por este concepto en el Instituto Cervantes, Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Museo Nacional del Prado, Universidad
Nacional de Educación a Distancia, Comisión Nacional del Mercado de Valores, Red.es, Consorcio de Compensación de Seguros, ICEX, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia. El Museo
Nacional del Prado abonó gratificaciones por servicios extraordinarios, pese a que este concepto no está recogido en los contratos adaptados ni se acomoda a la nueva regulación. Por otra parte, el día anterior a la publicación del Real Decreto-ley
3/2012, y en otras fechas próximas, cesaron directivos del Instituto de Crédito Oficial y de Red.es, recibiendo indemnizaciones muy superiores a las que les habría correspondido con la nueva normativa si hubieran cesado después de su entrada en
vigor. Las entidades fiscalizadas difundieron en sus páginas web las retribuciones percibidas por sus altos directivos y las remitieron en general al Registro del personal directivo del sector público estatal.



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Por último, no se ha alcanzado la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en la composición de los consejos o máximos órganos colegiados ni en los puestos de alta dirección. De las doce entidades fiscalizadas con más de 250 empleados,
siete no aprobaron el Plan de igualdad previsto por la Ley orgánica 3/2007.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Álvarez de Miranda.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ramírez.


El señor RAMÍREZ FREIRE: Gracias, señor presidente.


Muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas. Este informe trata sobre la fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia retributiva de altos cargos, algo que, lógicamente, preocupa mucho al conjunto de la sociedad,
ya que es un elemento a tener en cuenta, puesto que se está exigiendo a los ciudadanos que cumplan con sus obligaciones tributarias y que hay cierto pensamiento global sobre que los altos cargos tienen retribuciones muy superiores a las que
realmente se merecen. El informe analiza las indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos entre 2012 y 2014, y cubre decenas de entidades públicas. Además, se comprueba la actividad de la Oficina de Conflictos de Intereses, y del seguimiento
y control sobre la protección de las prestaciones indemnizatorias y cumplimiento del régimen de incompatibilidades de los altos cargos cesados precisamente en las entidades fiscalizadas. Por último, también se fiscaliza la adaptación de la
estructura retributiva de los directivos a la nueva normativa, la que se contempló con los reales decretos 3/2012 y 451/2012, y las conclusiones que destacan no son todo lo óptimas que uno debería esperar en estos altos cargos. Parece que son
prácticas muy poco respetuosas con los esfuerzos que los españoles hacen a la hora de pagar impuestos.


En relación con el control y pago de las prestaciones, la Oficina de Conflictos de Intereses se limitó a gestionar los registros de bienes y actividades, como bien ha relatado el señor presidente del Tribunal de Cuentas, sin desarrollar las
facultades que le atribuye la ley, que es la de verificar precisamente si los datos que se están aportando son verídicos, veraces y si hay alguna omisión en la declaración de algunos de ellos. En este sentido quería preguntarle al presidente del
tribunal, si no cree que es necesario que la Oficina de Conflictos de Intereses lleve hasta sus últimas consecuencias las facultades, es decir, que desarrolle totalmente las facultades que tiene atribuidas, sobre todo por un elemento de
transparencia que creo que es fundamental. Para continuar, la fiscalización puso de manifiesto que el día anterior a la publicación del real decreto, como bien nos ha dicho, cesaron algunos directivos del ICO y de Red.es, lo que llevó a que
recibieran unas indemnizaciones de mayor cuantía a las que se hubiesen contemplado si hubiesen cesado al día siguiente. En ese sentido, me gustaría saber cuál es el motivo, en su opinión, del cese el día anterior, porque, claro, algún malpensado
podría creer que han sido desarrolladas para tener una retribución superior, ya que lo que nos costaron al erario público esas indemnizaciones fueron 192 617 euros. Yo, que soy una persona que creo que el hombre es bueno por naturaleza y que además
confía en alta catadura moral de nuestros altos cargos y de sus responsables, estoy seguro de que habrá algún motivo por el que cesaron justo un día antes para poder beneficiarse de una indemnización superior a la que les hubiese correspondido si
hubiesen cesado en días posteriores. También me gustaría saber si tiene conocimiento de quién autorizó el cese en los días anteriores, o si fueron ellos mismos los que lo decidieron. Entiendo que no, porque cesar es un verbo que obliga a que haya
un alto o alguien responsable que produzca ese cese. Además, hubo directivos, como bien ha relatado, del Instituto Cervantes, del Museo Reina Sofía, del Museo del Prado, de la UNED, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de Red.es, del
Consorcio de Compensación de Seguros, del ICEX, de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que tuvieron retribuciones por antigüedad, algo que estaba prohibido como
retribuciones en los reales decretos. Por tanto, quería saber si ha habido alguna consecuencia o algún reparo en el informe y las consecuencias de esos reparos, si es que los ha habido, a estas retribuciones que han percibido los altos cargos en
estas instituciones. El Prado también pagó gratificaciones por servicios extraordinarios a altos directivos, pese a que dichos conceptos tampoco están previstos en la normativa. Por tanto, también me gustaría saber si ha habido algún reparo en el
informe y si existen consecuencias del mismo. Las retribuciones abonadas a los altos cargos entre 2012 y 2014 suman casi 38 millones de euros, destacando los 17,8 millones destinados al Instituto Cervantes, instituto del que ya tuvimos un informe
de fiscalización muy riguroso por parte del Tribunal de Cuentas y que, desde luego, detectaba fallos en la gestión de los recursos que se estaban poniendo a su disposición para la consecución de los fines. También hay que resaltar los 3,92



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millones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, los 3,28 millones del ICEX y los 3,14 millones de la Comisión Nacional de la Energía. Desde luego, consideramos que algunos de estos sobrecostes no pudieron autorizarse sino con una
total falta total de lealtad al servicio público. Por ello nos gustaría conocer su opinión al respecto.


Por último, lamentamos que no haya habido avances reseñables en materia de igualad efectiva entre hombres y mujeres, ya que en el informe se constata que ni en la composición de los consejos o máximos órganos colegiados ni en los puestos de
alta dirección de las entidades fiscalizadas se ha producido la igualdad real. El informe muestra que en siete de las doce entidades con más de 250 empleados ni siquiera se aprobaron planes de igualdad entre 2012 y 2014, a pesar de ser obligatorio.
Desde luego esto a Ciudadanos le parece de todo punto inaceptable. Estamos en el siglo XXI aunque algunos quieran seguir en el XIX.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos tiene la palabra la señora Farré.


La señora FARRÉ FIDALGO: Gracias, presidente.


Estamos ante un tema que en los últimos años ha despertado mucha atención en el conjunto de la ciudadanía porque las indemnizaciones recibidas por los ceses de altos cargos y el régimen retributivo de los altos directivos de entidades del
sector público es un elemento indispensable para evaluar las políticas de transparencia de cualquier Gobierno. Por ello le voy a transmitir algunos de los asuntos que más nos han preocupado del informe para que nos pueda decir usted su parecer y
qué propuestas cree que se pueden hacer para modificarlos.


En primer lugar, lo que ha destacado sobre la Oficina de Conflictos de Intereses, que no desarrolló las facultades que le atribuye la ley para verificar e investigar los datos declarados. Informó a los altos cargos de sus obligaciones tras
el cese pero el contenido de esta información no fue homogéneo en todos. Tampoco utilizó la posibilidad legal de servirse de la colaboración de las administraciones tributarias y de la Seguridad Social para comprobar las declaraciones. Por ello
estaría bien saber cuáles han sido los motivos para no optar a esta posibilidad legal. En cuanto a los altos cargos a los que no se tuvo en consideración si había un conflicto de intereses al inicio de la actividad pública, quisiera destacar que
nos preocupa la laxitud con que se aplica la normativa relacionada con los conflictos de intereses, puesto que esta es la principal vía de entrada para las diferentes puertas giratorias que acaban pervirtiendo nuestro sistema democrático.
Consideramos muy significativo lo que ha explicado sobre el Banco de España y nos gustaría saber si desde el Tribunal de Cuentas tienen alguna propuesta para evitar que se repita un caso así.


Asimismo, nos preocupan varios elementos sobre la modificación de contratos de la alta dirección, puesto que ninguna de las entidades fiscalizadas adoptó sus contratos de alta dirección a la nueva normativa dentro del plazo previsto. La
Comisión Nacional de la Energía no redujo el número de directivos antes de su extinción y la asunción de estos por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia provocó que esta entidad fuese la única al concluir el periodo en
superar el número máximo de directivos previsto. La reducción del número de directivos se hizo con carácter general con la conversión de los contratos de alta dirección en relaciones laborales ordinarias, fuera de convenio, manteniendo en algunos
casos las mismas funciones, condiciones retributivas y titulares de contrato, por lo que no se produjo un ahorro significativo, como se ha comentado, del gasto público. Esto nos parece preocupante, ya que en los ceses de las diferentes entidades
nombradas no se contempla la nueva estructura de retribuciones, cuestión que usted ha comentado.


Para finalizar, nos preocupa lo que ya es un mal estructural del sistema público, que creemos que hay que atajar, y es lo que se refiere a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres puesto que no se ha alcanzado ni en la composición de los
consejos o máximos órganos colegiados ni en los puestos de alta dirección de las entidades fiscalizadas. Es muy grave que siete de las doce entidades con más de 250 empleados no aprobaran un plan de igualdad, contraviniendo lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2007.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Farré.


Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra la señora Iglesias.



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La señora IGLESIAS PARRA: Gracias, señor presidente.


Gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas. Desde el Grupo Socialista queremos felicitar al Tribunal de Cuentas por este informe que, aunque es muy aséptico, como es habitual por su carácter técnico, nos parece que es muy
contundente.


El resumen que hacemos de este informe desde el Grupo Socialista es que la Oficina de Conflictos de Intereses no cumple con las importantes funciones que tiene encomendadas o lo hace muy deficientemente, tanto en materia de seguimiento y
control de la percepción de las prestaciones indemnizatorias como en las funciones relativas al cumplimiento del régimen de incompatibilidades de altos cargos. Como digo, son funciones muy importantes, ya que estamos hablando de prevención de
corrupción o al menos de propiciar la integridad de nuestros altos cargos. Estamos hablando también de las tristemente famosas puertas giratorias. Efectivamente, creemos que la OCI no cumple debidamente su función y eso teniendo en cuenta que es
ciertamente muy limitada y muy concreta y que realizó en el periodo fiscalizado actuaciones de gestión y control del régimen de incompatibilidades sobre 212 altos cargos de los más de 650 que existían en ese momento.


Estamos hablando también de una cuantía económica muy importante en cualquier caso, pero, desde luego, en términos relativos, casi 4 millones de euros de dinero público que se abonaron a tan solo 45 personas. Pero del examen de este informe
se desprende que la OCI, como ya se ha dicho, no verifica los datos que contienen las declaraciones de los altos cargos, limitándose a ser un mero órgano de recepción y custodia de los documentos. No revisa, no compara y no utiliza los medios que
tiene a su disposición para hacer estas comprobaciones sin que, a nuestro juicio, sirva de excusa que no existen criterios para determinar en qué modo puede servirse la OCI de la colaboración de la Agencia Tributaria o la Seguridad Social. Desde
luego, no es una cuestión muy complicada y en este caso nos parece claro que querer es poder. Nos llama poderosamente la atención y es desalentador que un organismo que está encargado de verificar los datos de las declaraciones de los altos cargos
afirme, como hace la OCI en sus alegaciones, que los altos cargos son los responsables de la veracidad y actualidad de sus datos, obviamente, pero desde luego en un organismo de control esto es una respuesta inaudita.


Por otra parte, en lo que se refiere al control de incompatibilidades, las evaluaciones de la OCI son absolutamente laxas y nada exigentes y, por tanto, tampoco cumplen su función, dicho esto con carácter general porque es verdad que en los
casos de declaración de inicio de actividad privada en una empresa ya constituida sí se siguió el procedimiento establecido, aunque tampoco podemos pasar por alto que prácticamente el 100 % de las solicitudes de autorización son concedidas. Como
digo, con carácter general en estos casos se cumplió el procedimiento, pero no se tuvo en cuenta la normativa específica del régimen de altos cargos, del Consejo de Seguridad Nuclear, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ni de la
Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Tampoco valoró la OCI la posible existencia de conflicto de intereses en los casos de reingreso en la función pública, de incorporación a organismos internacionales o de inicio de una actividad en una
sociedad o empresa de nueva creación y compartimos plenamente el criterio del Tribunal de Cuentas en cuanto a que debe hacerse esta valoración porque puede existir conflicto de intereses.


Con estos antecedentes, la buena noticia es que algunas de esas irregularidades han sido detectadas por el ministerio fiscal, que ha visto indicio de responsabilidad contable en dos supuestos de incompatibilidad de la compensación económica
pagada por cese a dos altos cargos del Consejo de Seguridad Nuclear, percepción indebida de varias retribuciones públicas por un alto cargo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y cobro de prestaciones simultáneas en organismos
internacionales de un alto cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.


En cuanto a las modificaciones de los contratos de alta dirección, las conclusiones más importantes del informe desde el punto de vista político se refieren a que la aplicación de los límites sobre el número de directivos de las entidades
fiscalizadas apenas ha supuesto una reducción de los mismos -solo en tres entidades- y en todo caso la reducción no ha supuesto un ahorro significativo del gasto público, pues simplemente se han convertido los contratos de alta dirección en
relaciones laborales ordinarias, con las mismas funciones y las mismas condiciones retributivas. A pesar de la nueva normativa, ha habido entidades que han abonado retribuciones superiores a las máximas permitidas, se ha incrementado la retribución
de algunos directivos respecto a su situación anterior y se han pagado conceptos como antigüedad y gratificaciones por servicios extraordinarios a altos directivos que no estaban previstas en la ley. Son casos verdaderamente llamativos que han dado
lugar a que se aprecie posible existencia de responsabilidad contable tanto por la Abogacía del Estado como por el ministerio fiscal, que coinciden



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plenamente, por ejemplo en dos contratos de alta dirección del Instituto Cervantes, en el Museo del Prado, en el ICEX o en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Y también es muy llamativo, como ya se ha dicho aquí -a falta
de más detalles, nos atrevemos a calificarlo de sospechoso-, el hecho de que el día anterior a la publicación del Real Decreto-ley 3/2012, que establece estas medidas dirigidas a la contención del gasto público, el ICO y Red.es percibieran unas
indemnizaciones por cese de altos cargos apenas unos días antes de entrar en vigor la nueva normativa.


Para terminar, quisiera conocer la opinión del presidente del Tribunal de Cuentas, si está en condiciones de dárnosla, porque, tal y como está configurada la OCI no es independiente, sino que depende del Ministerio de Hacienda, sobre si
sería conveniente algún tipo de cambio en este sentido; por ejemplo, que pasara a depender del Congreso o garantizar de alguna manera su independencia.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Iglesias.


Para finalizar, por el Grupo Parlamentario Popular tiene a palabra la señora Aparicio.


La señora APARICIO CALZADA: Buenos días. Como siempre, agradezco al señor Álvarez de Miranda su presencia en esta Comisión y el trabajo que realiza en la misma transmitiéndonos estos informes de fiscalización sobre los temas que hemos
tratado en la presente.


Hablando del informe en cuestión, respecto a los altos cargos cesados, la Oficina de Conflictos de Intereses ha gestionado, tal y como dice el informe correctamente, los registros de bienes y actividades encomendados y ha realizado un
control de la efectiva presentación de las declaraciones de actividad y patrimoniales tras el cese de los altos cargos e informado de sus obligaciones tras el mismo a estos cargos cesados, si bien, tal y como ha dicho el presidente en su
intervención, ha habido pronunciamientos acerca de incompatibilidades sobre altos cargos tras su cese, tanto en el CSN como en la CNC, en la CMT o en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. No se conoce la existencia de ninguna tramitación de
denuncia sobre presuntos incumplimientos de la Ley de regulación de conflictos de intereses de miembros del Gobierno y de altos cargos de la Administración General del Estado y no se ha instruido ni se ha iniciado ni resuelto expediente sancionador
alguno en relación con los mismos. La entrada en vigor del Real Decreto 20/2012 obligó a los altos cargos, tal y como se ha dicho, a optar entre seguir percibiendo la prestación compensatoria o cualquier otra remuneración pública o privada, lo que
produjo, a pesar de lo que han dicho compañeros de otros partidos previamente, un ahorro efectivo de los fondos públicos.


En relación con las modificaciones de los contratos de alta dirección, las previstas en el Real Decreto 451/2012 sobre el número de directivos y sus retribuciones, es cierto que se hicieron de forma gradual en las distintas entidades
fiscalizadas, tal y como ha indicado el presidente, debido a cuando fue notificado el desarrollo de dicho real decreto. La nueva regulación redujo también sensiblemente las indemnizaciones en caso de extinciones por desistimiento por el empresario,
lo que produjo, a pesar de lo que han dicho mis compañeros previamente, un ahorro en las indemnizaciones satisfechas tras la entrada en vigor de las entidades fiscalizadas. Cuando analizamos estos informes, entiendo que políticamente mis compañeros
quieran vender la realidad para obtener beneficios partidistas, pero tenemos que analizarlos en general. Si bien es cierto que hay muchas cosas que hay que mejorar -y para ello estamos-, también es cierto que hay que analizarlas de una manera
global, tal y como ha hecho el Tribunal de Cuentas.


Por último, respecto a la igualdad efectiva de mujeres y hombres, a lo largo de mis intervenciones desde el principio siempre he manifestado que espero que con el paso de los años y tras estos informes -estamos hablando del periodo 20122014-
dicha igualdad sea ya más efectiva. Como siempre digo, es un anhelo que esta igualdad no sea algo que haya que exigir por ley, sino que sea una realidad.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Aparicio.


Para finalizar, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


En estos debates se pone de manifiesto la diferente opinión que ustedes tienen respecto a cualquier tema, pero en este caso concreto, cuando se analiza una nueva regulación, el informe del tribunal indudablemente señala aspectos positivos y
negativos. Lo que ocurre es que muchas veces, cuando se



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informa por excepción, los aspectos negativos tienen una visibilidad mayor, porque suponen retos para que las entidades afectadas y todos los concernidos hagamos por conseguir que se superen las situaciones que pueden considerarse negativas.
En este caso, únicamente quiero decir a lo que ustedes han planteado que con posterioridad al final de la fiscalización se han reforzado el rango y las funciones de la Oficina de Conflictos de Intereses, lo que creo que tendrá que proporcionar un
mejor desempeño de sus competencias en el futuro; seguramente ya se estará produciendo. En cuanto a lo que se ha planteado por parte de la señora Farré sobre la situación relativa al Banco de España, quiero indicar que aquí nos encontramos con una
normativa específica que el informe no ha entrado a valorar. Tiene su propia normativa, pero hemos querido reflejarla en el informe porque de alguna manera contrasta la indemnización a que dio lugar cuando el alto cargo cesó.


También quiero indicar que en el caso de los ceses que se han señalado en el ICO, planteado por el señor Ramírez, estos se produjeron entre los días 17 de enero y 10 de febrero de 2017 y no existe contravención legal alguna. No podemos
decir que sean ilegales, pero el tribunal, ante una circunstancia tan notoria, la ha puesto en su informe. No podemos especular sobre las razones del cese. En cualquier caso, usted me hace una pregunta concreta, que es quién autorizó el cese, y no
se la puedo contestar en este momento.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE I. ORGANISMOS, ENTIDADES Y OTROS ÓRGANOS PÚBLICOS:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000032 y número de expediente del Senado 771/000031).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE PERSONAL LLEVADA A CABO POR EL ENTE PÚBLICO RTVE CON MOTIVO DEL EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000081 y número de expediente del Senado
771/000079).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSORCIO PARA LA CONMEMORACIÓN DEL II CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812, PERIODO 2007-2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000131 y número de expediente del Senado 771/000132).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL ORGANISMO CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL, EJERCICIO 2013. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000156 y número de expediente del Senado 771/000156).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES, EJERCICIO 2013. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000180 y número de expediente del Senado 771/000169).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL AGUA Y SANEAMIENTO, EJERCICIOS 2009-2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000210 y número de expediente del Senado 771/000211).


El señor PRESIDENTE: Pasamos ahora al debate del último punto del orden del día en lo que afecta a presentación de informes. Corresponde el siguiente bloque al informe de fiscalización sobre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional
sobre Drogas, el informe de fiscalización de la gestión de personal llevada a cabo por el ente público RTVE con motivo del expediente de regulación de empleo, el informe de fiscalización del Consorcio para la conmemoración del II centenario de la
Constitución de 1812, el informe de fiscalización del organismo Consejo de Administración del Patrimonio Nacional del ejercicio 2013, el informe de fiscalización del Consejo Superior de Deportes del ejercicio 2013 y el informe de fiscalización sobre
el Fondo de Cooperación para el Agua y Saneamiento de los ejercicios 20092014. Para su exposición, tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda.



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El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Muchas gracias, presidente.


En el informe de fiscalización de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas se han observado deficiencias en la gestión del fondo de bienes decomisados relativas a los procedimientos internos y a la base de datos del
inventario. Entre otras incidencias, destaca la carencia de un espacio adecuado para el almacenaje, identificación y depósito de los bienes decomisados; deficiencias en las relaciones con los órganos judiciales; dilaciones en el procedimiento de
enajenación de bienes, que provocan pérdidas significativas de su valor y mayores gastos; y problemas en la valoración y tasación de los bienes. En los procedimientos de enajenación directa no se consiguió cubrir el coste derivado del
mantenimiento y conservación de los bienes. En cuanto a la gestión de subvenciones, se aprecian deficiencias que afectan tanto al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que carecía durante el periodo fiscalizado de un plan
estratégico de subvenciones, como a la propia Delegación del Gobierno, puesto que los informes de valoración de las solicitudes presentadas no estaban suficientemente motivados.


En relación con el informe de fiscalización de la gestión de personal llevada a cabo por el ente público RTVE con motivo del expediente de regulación de empleo, el primer Plan de saneamiento y futuro, elaborado en febrero de 2006, fijó la
plantilla objetivo de RTVE en 4765 efectivos, lo que suponía una reducción del 48 % sobre los 9212 empleados que tenía el ente en ese momento. No obstante, el plan fue actualizándose hasta la aprobación del definitivo, fijándose la plantilla
objetivo en 6400 empleos o puestos de trabajo. En el acuerdo de los Peñascales firmado con los agentes sociales se pactó que de los 1124 trabajadores contratados de RTVE, 450 pasarían a fijos. Sin embargo, se convirtieron en fijos 866 efectivos,
así como un número significativo del resto de contratados, al otorgársele una puntuación adicional en la convocatoria libre que se realizó. Además, el 58 % de los casos analizados no cumplían con alguno de los criterios básicos de conversión, por
lo que no deberían haber pasado a ocupar un puesto fijo. Aunque uno de los objetivos del acuerdo era el rejuvenecimiento de la plantilla de la futura corporación, el mismo no se ha cumplido, puesto que se sustituyeron trabajadores acogidos al ERE
por otros de mayor edad, incluso superior a los sesenta años. Durante el periodo 2007-2013 la subida de la base salarial bruta aplicada ha sido la misma que en la Corporación RTVE, lo que supone un incremento del 9,39 %, a lo que se añade otro
acumulativo anual del 2,5 %, que carece de justificación económica. El efecto de esta doble subida supone que en el ejercicio de 2016 la media que reciben los trabajadores del ERE supere el 92 % del sueldo actualizado que cobrarían si siguieran en
activo. A partir del ejercicio 2020, un trabajador acogido al ERE ganará más en neto que el cien por cien de lo que percibiría de haber seguido en activo. El coste real del ERE para el periodo 2007-2013 ha ascendido a 1051,3 millones de euros,
incluyendo las cantidades pagadas por el ente público y las abonadas por el Servicio Público de Empleo Estatal en concepto de prestaciones por desempleo. Las estimaciones realizadas sobre el coste del ERE para el periodo 2014-2022, incluidos
determinados ajustes respecto al calculado por el ente público, suponen 671,3 millones de euros, que, sumados a la cifra anterior, ascienden a un coste total de 1722,6 millones.


En el informe de fiscalización del Consorcio para la conmemoración del II Centenario de la Constitución de 1812, periodo 2007-2012, el desorden y dispersión de la documentación, la falta de registros informáticos y la inexistencia de
relaciones completas de los expedientes tramitados han supuesto limitaciones a la fiscalización. Se han observado debilidades significativas en el sistema de control interno relacionadas con la deficiente formalización de los acuerdos adoptados por
la junta de gobierno, la insuficiencia del sistema de planificación y seguimiento de las actividades programadas, la acumulación de competencias en la gerencia del consorcio y la omisión de la aprobación previa del expediente de gasto. El tribunal
ha detectado asimismo falta de coordinación entre las actuaciones de conmemoración del bicentenario de la Constitución de 1812 realizadas por el consorcio y las llevadas a cabo por las distintas administraciones públicas integradas en él. No se ha
podido emitir opinión sobre la representatividad de las cuentas debido a las limitaciones, los errores contables observados y la omisión de numerosos justificantes de operaciones. En las subvenciones convocadas en concurrencia competitiva, se
observó la falta de competencia para su regulación y convocatoria, así como la falta de indicación de los criterios de concesión. Se aprecian irregularidades en el análisis de los gastos de personal y en materia de contratación, así como numerosas
deficiencias en la formalización de la documentación contable y la incorrecta utilización de contratos de patrocinio para la concesión de subvenciones directas, con elusión de la publicidad y de la concurrencia.



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Respecto del informe de fiscalización del organismo Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, ejercicio 2013, el control interno presentaba múltiples carencias relativas a los medios personales y materiales, los procedimientos y la
contabilidad. Las cuentas anuales del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional expresan razonablemente la imagen fiel del patrimonio y la situación financiera de la entidad, si bien con salvedades debidas a incertidumbres, omisiones y
deficiencias indicadas en el informe. La mayor parte del patrimonio correspondiente a bienes inmuebles y a bienes muebles de carácter histórico-artístico no figuraba en el balance, en la mayoría de los casos por la imposibilidad de su valoración
conforme al Plan General de Contabilidad Pública. Se observa que en las estancias de Patrimonio Nacional figuran elementos identificados como bienes privados de la familia real, cuya custodia y gestión deberían ser objeto de regulación o de firma
de un convenio de colaboración con la Casa de Su Majestad el Rey. Los ingresos por arrendamientos también presentan deficiencias, resultando insuficiente el control sobre esta área de gestión. En ocasiones, los cobros de alquileres se encontraban
minorados por el coste de las obras que asumen los arrendatarios, incumpliendo el principio de no compensación de ingresos y gastos. En el examen de una muestra de expedientes de contratación se han detectado deficiencias, destacando la existencia
de prestaciones concertadas verbalmente, así como una cláusula de indemnización a un contratista en caso de no renovar o prorrogar el contrato.


El coste de construcción del Museo de las Colecciones Reales, que constituye el principal proyecto de inversión del organismo, se eleva a 119,5 millones de euros a 31 de diciembre de 2014 y el coste total previsto puede superar los 156
millones de euros. Patrimonio Nacional lleva a cabo la gestión y administración de los Reales Patronatos y también de la Fundación del Valle de los Caídos, instituciones que adolecen de una falta de regulación jurídica y, en muchas ocasiones, de
medios económicos suficientes. Las relaciones entre Patrimonio Nacional y los Reales Patronatos no cuentan con un amparo suficiente en la normativa, asumiendo aquel una parte significativa de los gastos, las inversiones y la gestión de estos
últimos, que no disponen de cuentas separadas.


En el informe de fiscalización del Consejo Superior de Deportes, ejercicio 2013, la opinión sobre las cuentas es favorable. No obstante, destaca la ausencia de contabilización de pérdidas del ejercicio y de ejercicios anteriores, por
importe de 11,5 millones de euros, en relación con el inmovilizado no financiero y la duplicidad en la contabilización de ingresos en concepto de activos construidos para otras entidades por importe de 10 millones de euros. En materia de personal,
destaca el abono del sueldo íntegro, incluida la productividad, a una trabajadora que no asistió a su puesto de trabajo durante más de tres años, sin presentar los oportunos partes de baja laboral. Respecto a la distribución de la recaudación de
las apuestas deportivas del Estado, el convenio firmado para determinar el destino y aplicación de la financiación transferida por el Consejo Superior de Deportes a la Real Federación Española de Fútbol en el ejercicio 2013 se suscribió cuando las
actividades subvencionadas estaban prácticamente finalizadas. En relación con el importe transferido a la Liga Nacional de Fútbol Profesional para la amortización del préstamo concedido para la cancelación anticipada del plan de saneamiento, no se
han justificado todas las finalidades a las que se destinó el mismo.


Por último, el informe de fiscalización del Fondo de Cooperación para el Agua y Saneamiento, ejercicios 2009-2014, las cuentas reflejan fielmente su situación financiera y patrimonial, con varias salvedades derivadas de la falta de registro
contable de la primera aportación realizada, así como el registro en 2012 de gastos por evaluación y seguimiento de proyectos correspondiente a servicios realizados y facturados en el ejercicio siguiente. Se observan deficiencias en la gestión,
como una carencia de un plan de actuaciones específicas hasta 2013. Se detectaron demoras significativas en la elaboración de la documentación necesaria para iniciar la ejecución de los proyectos bilaterales; deficiencias en el proceso de
seguimiento e imprecisiones en la información relativa al estado de ejecución de los proyectos aprobados. En junio de 2016 se encontraba pendiente de revisión, por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la
justificación de las subvenciones correspondientes a los cinco proyectos finalizados a 31 de diciembre 2014. Se encontraba pendiente de reintegro, por incumplimiento de las condiciones de concesión, una subvención para acceso al agua potable para
las poblaciones rurales y comunidades campesinas indígenas, concedida en 2009 a una fundación privada de la República Argentina por un importe de 1,6 millones de euros.


Nada más y muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Álvarez de Miranda, sobre todo por la capacidad de síntesis de estos informes.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos tiene la palabra el señor Ramírez.



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El señor RAMÍREZ FREIRE: Muchas gracias, señor presidente.


Muchas gracias al señor presidente del tribunal. La verdad es que este bloque es el que presenta mayor heterogeneidad, y es cierto que la capacidad de análisis y de síntesis que ha puesto de manifiesto hoy es digna de elogio.


Permítanme que me centre, precisamente por la naturaleza de heterogeneidad, en los informes que fiscalizan un mayor gasto, que son el ERE de Radiotelevisión Española y el de Fondo para el agua, y en los que revelan una incidencia más grave,
que desde nuestro punto de vista son el del II Centenario de la Constitución de 1812 y el del Consejo Superior de Deportes.


Voy a empezar con el del ERE de Radiotelevisión Española. Mi grupo ha insistido en la necesidad de que el Gobierno, en lugar de resolver los problemas y las dificultades económicas de la Administración subiendo impuestos, es necesario hacer
una administración más eficaz y más eficiente, sobre todo porque este informe pone de relieve lo justificado de nuestra reivindicación y los obstáculos e incapacidades para llevarlo a cabo. Según los expertos, España era el único país europeo donde
se triplicaba la cobertura territorial pública en los medios, que sigue ocurriendo en la actualidad, es decir, a nivel nacional, a nivel autonómico y a nivel local, teniendo unos costes operativos que algunas veces superaban hasta nueve veces a los
de otros países con un producto interior bruto parecido al nuestro. Además, las desconexiones territoriales tenían una limitada audiencia y un coste/hora hasta siete veces el de una emisión normal, habiendo dos casos que ya eran límite, como es el
de Cataluña y el de Canarias.


En radio la situación es igual. En el resto de los países de nuestro entorno que podemos estudiar los costes de radio pública eran superiores en un 50 % a los de Reino Unido, en un 200 % a los de Francia y en un 650 % a los de Italia. La
Orquesta y Coro tenía un volumen de actividad menor que en otros referentes europeos, ocupando el puesto quince de un total de veinte de los analizados. Al final del Plan de saneamiento y futuro, la Orquesta y Coro sigue sin contar con una
estructura jurídica independiente que pudiese facilitar la optimización de su modelo organizativo y de su funcionamiento, en línea con lo que está sucediendo con otros países europeos. En este sentido, le quería preguntar al presidente del Tribunal
de Cuentas si, después del Plan de saneamiento y futuro y sus múltiples modificaciones, ha cumplido con los objetivos establecidos en la disposición adicional trigésima quinta de la Ley de Presupuestos de 2006; y si, en su opinión, no es cierto que
Radiotelevisión Española ha tenido pérdidas millonarias durante cada ejercicio después de los ERE. Adjunto un gráfico que, lógicamente, yo le puedo decir que sí, y, en su opinión, quién es el responsable de esas pérdidas que se siguen acumulando.


En sus conclusiones dice que el acuerdo de 12 de julio de 2006 pone de manifiesto que deja escaso margen de maniobra en algunos temas relevantes de gestión. De todo este proceso objetivo del informe me llaman varias cosas la atención. No
sé si puede tratarse de una falta de transparencia en las negociaciones, en las decisiones o en los acuerdos tomados por personas que se han excedido de sus competencias. En primer lugar, le quería preguntar también a este respecto si considera
correcto el contrato de consultoría de 5,3 millones de euros negociado sin publicidad, porque no hay referencia alguna a la justificación y eficiencia de ese gasto. Además, no parece que se escuchase demasiado, ya que -como usted bien ha dicho- el
primer plan de saneamiento tenía una plantilla objetivo de 4765 efectivos, lo que suponía una reducción del 48 % sobre los 9212 que existían previamente, pero al final el acuerdo con los sindicatos estableció que se quedase con una plantilla
objetivo de 6400 miembros y se regularon, asimismo, una serie de aspectos relevantes de gestión que limitaban la actuación de los futuros gestores de la corporación. Tampoco parece muy necesario contar con consultores si al final va a pactar un ERE
con los sindicatos que van a ir todos los mayores de cincuenta y dos años, sin tener ni siquiera en cuenta la meritocracia o las consideraciones de necesidades técnicas para desarrollar de forma óptima las necesidades organizativas del ente. Con
todo, el coste real del ERE para el periodo 2007-2013 ha ascendido, como bien decía usted, a 1051,3 millones de euros. De hecho, los trabajadores acogidos al ERE, en los últimos años han tenido un incremento salarial muy superior al del sector
público en su conjunto, en total un 9,39 % en estos seis años frente al 0,94 % de los que no se acogieron al ERE. Esto significa que en 2020 van a ganar más estando en situación de ERE que en situación activa, como trabajadores. La verdad es que
esto pone de manifiesto la poca planificación que se estuvo realizando, la poca capacidad de gestionar un ERE de un ente tan importante como Radiotelevisión Española. Para colmo, como le decía, el ERE no tuvo en cuenta las necesidades técnicas y,
por lo tanto, se tuvo que volver a contratar a miles de técnicos.


¿Cómo se articula, en su opinión, el control por el Ministerio de Economía y Hacienda de la ejecución del convenio y de los resultados derivados de su aplicación y las medidas necesarias para asegurar su



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efectividad, establecidas en la disposición adicional trigésima quinta de los Presupuestos Generales de 2016? ¿Pudo la autoridad laboral haber ejercido un control más estrecho de las condiciones del ERE que estableciendo incrementos
salariales superiores a si se hubiesen quedado trabajando? ¿Cómo puede ser que en la convocatoria de empleo 1/2007 se fijase a efectos de antigüedad la incorporación al 16 de enero de 2008, independientemente de la fecha real en la que se produjese
esa incorporación?


Paso a relatar ahora el informe sobre el II Centenario de la Constitución de 1812. Yo creo que en este informe el Tribunal de Cuentas ha hecho un trabajo fantástico y lo que se puede sacar de relevancia es que se ha producido la enumeración
de un desastre contable ya que hay expedientes incompletos, un sistema de control interno totalmente inútil, una falta de planificación y seguimiento de las acciones, errores contables, falta de documentación justificativa de gasto, es decir, un
conjunto de irregularidades que consideramos inaceptables y que esperamos que tengan consecuencias. En ese sentido, sí me gustaría preguntarle si ha habido -y entiendo que sí- reparos y cómo está el seguimiento de los mismos.


Paso al Fondo de Cooperación para el Agua. Se establece como un instrumento de la cooperación española, que tiene como principal objetivo asegurar el acceso a agua potable y saneamiento de las poblaciones más necesitadas de América Latina y
el Caribe. Es un fondo fundamental y está encuadrado dentro de los sistemas de cooperación internacional de nuestra Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo. La dotación del fondo ascendió en el periodo fiscalizado a 819,5 millones
de euros, procedentes de los créditos consignados en el capítulo octavo, el de activos financieros, del presupuesto del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. A 31 de diciembre, tal y como relata el informe, la cartera del fondo estaba
constituida por sesenta y siete proyectos, de los cuales cuarenta y siete eran bilaterales y veinte multilaterales. Me parece que falta un plan de actuaciones específico y la falta de definición de criterios previos para encuadrar los proyectos en
los distintos procedimientos establecidos. A pesar de la importante cuantía del fondo, el Tribunal de Cuentas refleja que se han producido varias limitaciones que han impedido la elaboración en términos de eficacia de gestión. Una y otra vez este
tribunal nos trae informes en los que nos damos de golpes contra la misma pared. Queremos que el Tribunal de Cuentas nos diga si el gasto es eficaz, así como si la Administración es ineficaz en su actuación y el Tribunal de Cuentas no puede
fiscalizar concretamente a la Administración. Desde luego creemos que si la Administración no está bien gestionada la imposibilidad de poder hacer una fiscalización por parte del Tribunal de Cuentas nos lleva a una opacidad de la que creo que ya
estamos un poco hartos todas las administraciones y el conjunto de la sociedad.


Entre los resultados de la revisión de una muestra de planes bilaterales, el informe señala demoras en las delimitaciones de los proyectos que retrasaron el inicio de su ejecución, así como modificaciones de objetivos y ampliaciones
considerables de los plazos inicialmente previstos. Se comprueba también que se encontraban pendiente de reintegro por incumplimiento de las condiciones de la concesión una subvención concedida en 2009 por importe de 1,6 millones de euros. Estamos
hablando de agua potable para países que lo necesitan. Yo creo que en esto tenemos que ser todavía más estrictos.


Por último, voy a referirme de forma muy somera al Consejo Superior de Deportes. Creemos que es necesaria una adecuada planificación estratégica de las subvenciones y definir indicadores de gestión, de forma que nos pueda proporcionar
información útil para el seguimiento de los objetivos y la toma de decisiones. Además, se recomienda por parte del informe que se realice una evaluación exhaustiva de los procedimientos implantados para la gestión de las subvenciones concedidas.
Volvemos a lo mismo, yo creo que es fundamental saber si los recursos públicos, que son limitados, que proceden de los bolsillos de los ciudadanos, que proceden de los impuestos de los ciudadanos, se están gastando de forma eficaz. Pero también
tenemos que saber si se produce el gasto de forma eficiente y, sobre todo, con transparencia.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


Por el Grupo Confederal de Unidos Podemos tiene la palabra la señora Palencia.


La señora PALENCIA GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente. Bienvenido, presidente del Tribunal de Cuentas.


No da el tiempo, efectivamente, para detenerse en los detalles de seis informes y no sé si voy a tener la capacidad de síntesis que ha mostrado el presidente, por lo que me voy a centrar en preguntarle sobre varios aspectos y voy a intentar
ser bastante concreta.


En el primer informe, el de la delegación del Gobierno sobre el Plan Nacional sobre Drogas, se señala que el Ministerio de Sanidad e Igualdad carece de un plan estratégico de subvenciones que está previsto



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en la ley. La pregunta es si usted es conocedor de que en el momento actual existe o no este plan estratégico. Quiero destacar también que graves deficiencias en los protocolos, en los procedimientos, la falta de recursos, la
descoordinación de la información de expedientes entre administraciones y delegación para el Plan Nacional sobre Drogas, procedimientos de contratación de peritos dudosos y otras deficiencias más que nombra el informe, han provocado la pérdida de
oportunidad por no gestionar incrementos importantes de remanente en 2009 y 2010, para destinarlos a actividades de prevención, de investigación, de persecución y de represión de delitos relacionados con la droga. La prevención en materia de
problemas con la droga cada vez está menos financiada. También la gestión del fondo de bienes decomisados por problemas derivados de su custodia, peritación y otros fue deficitario, es decir, el coste de gestión de este fondo de bienes era mayor
que el importe recaudado con la venta de dichos bienes. Asimismo, señala un posible incumplimiento de las funciones que corresponden al secretario de la mesa coordinadora de adjudicaciones.


Le quería preguntar si ha habido un voto particular del jefe de la fiscalía del Tribunal de Cuentas que tiene que ver con este último aspecto, un voto particular que no avalaba el informe que estamos viendo hoy y si se ha desprendido alguna
actuación de la fiscalía a raíz de este informe. Y, dado que los informes son antiguos, quería preguntarle al presidente si tiene conocimiento de que se hayan aplicado las recomendaciones contenidas en el informe.


Sobre el segundo informe, el del ente público Radiotelevisión Española, con motivo del expediente de regulación de empleo, ya ha explicado el presidente el coste del expediente -no me quiero repetir-, pero sí le quiero preguntar si conocemos
el coste a fecha 2017. Usted ha explicado el coste a fecha 2013 y quería preguntarle... (Pausa). No sé si me está atendiendo. Quería preguntarle si usted cree que este ERE ha servido para el cumplimiento del objetivo del mismo en materia de
estabilidad y déficit en el organismo Radiotelevisión Española.


Sobre el informe de fiscalización del consorcio para la conmemoración del bicentenario de la Constitución de 1812, tengo que decir efectivamente que este informe es demoledor. Señala graves irregularidades, como la falta de información
completa, ordenada y sistemática de las actuaciones programadas y realizadas, la falta de constancia de justificaciones de operaciones y numerosos errores contables, la inexistencia de relaciones completas y fiables en los expedientes tramitados y
la tramitación de expedientes de gasto sin la aprobación previa de la junta de gobierno. Quería preguntarle si se ha realizado la liquidación de este consorcio, que estaba prevista en 2013, así como sobre el estado de las condiciones de las
operaciones de liquidación.


Sobre el cuarto informe, el informe de fiscalización del organismo Consejo de Administración de Patrimonio Nacional en el ejercicio 2013, tenemos que decir, señorías, que, según se desprende del informe que analizamos hoy, la gestión que
este organismo está haciendo de nuestro patrimonio, el patrimonio de toda la ciudadanía, es simplemente deplorable. La inexistencia de un sistema de control interno adecuado provoca numerosos errores de balance, de inventario, no se guardan
registros históricos, no es posible conocer la situación de los fondos a una fecha pasada ni controlar las altas y bajas de un periodo. Estamos hablando en muchos casos de piezas de muchísimo valor: muebles, cuadros, esculturas, piezas de museo,
joyas, incunables, manuscritos, libros, grabados, mapas, documentos históricos de nuestro patrimonio. Pero, seguramente, esta mala gestión se explique por los aspectos -y no voy a nombrar todos por falta de tiempo- que se encuentran en el informe.
En 2013, señorías, el consejo de administración celebró once reuniones, se abonó a cada uno de los cinco vocales 9900 euros en concepto de asistencias, a razón de 900 euros por reunión. Según este tribunal, algunos pagos fueron indebidos por
corresponder a reuniones a las que el perceptor no había asistido, es decir, se cobra la dieta, 900 euros, por asistir a una reunión a la que no se ha asistido. Cobrar, sí, y bien, pero asistir, no.


Respecto a la tesorería, cinco personas sin relación con el organismo tienen autorización de disposición en varias cuentas bancarias. Además, en la gestión de cajas se han observado riesgos de control interno importantes, también en las
recaudaciones de las entradas a palacios y a templos religiosos, no coincidiendo los arqueos que se realizan. Se custodian bienes privados de la familia real en varias salas del Palacio Real, en la cámara de seguridad del Palacio de la Quinta o en
el edificio Instituto Llorente, pero, de acuerdo con la naturaleza privada de estos bienes, su custodia y gestión no corresponden a Patrimonio Nacional, sino a la Casa Real. Se realiza lo que se conoce como troceo de contratos menores sin ajustarse
a la Ley de Contratos del Estado y a los principios de concurrencia y publicidad. Esta forma de proceder beneficia año tras año además a las mismas personas y a las mismas empresas. Se contratan alquileres de edificios y solares públicos por
cantidades ridículas -los hay de



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menos de 3 euros mensuales- y cesión de bienes públicos a terceros a cambio de nada. Sobre subvenciones y transferencias recibidas en el caso del Monasterio de San Lorenzo de El Escorial, de la abadía benedictina del valle de Cuelgamuros o
la comunidad religiosa del Monasterio de Yuste, con carácter general las subvenciones tienen como finalidad, junto con las actividades de carácter cultural, el mantenimiento de comunidades religiosas en un Estado laico. No se explica la
conveniencia e interés público de los convenios, no consta el cálculo de las subvenciones, no se especifican los gastos subvencionables, no existe un régimen claro de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Le pregunto al presidente
del Tribunal de Cuentas si cree que estas subvenciones deben gestionarse desde Patrimonio Nacional, si se deben dedicar recursos desde Patrimonio Nacional a subvencionar comunidades religiosas.


Señorías, de este informe de fiscalización que hoy analizamos se desprende que se está gestionando el patrimonio -nuestro patrimonio, el patrimonio de la ciudadanía- de una forma simplemente deplorable y más propia de regímenes del siglo XV
que de democracias modernas del siglo XXI.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Palencia.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Galeano.


El señor GALEANO GRACIA: Gracias, señor presidente.


Muchas gracias por su comparecencia, señor Álvarez de Miranda.


Como el señor presidente, el señor Suárez, sabe que en Zaragoza el viento es notorio hoy, se me han volado los papeles de la síntesis y necesitaré un poco más de tiempo, pero vamos a ello.


El señor PRESIDENTE: Señor Galeano, no me cabe la mínima duda de que usted va a tener la capacidad de síntesis que requiere la situación dada la hora. (Risas).


El señor GALEANO GRACIA: No me aplique el 155, señor presidente. Vamos a utilizar el tiempo de la mejor manera.


En primer lugar, voy a comenzar por el informe sobre Patrimonio Nacional que ya mi compañera de Unidos Podemos ha comentado anteriormente. Quiero felicitar al Tribunal de Cuentas por la fiscalización de estos organismos no solamente por su
relevancia cuantitativa sino también por la relevancia cualitativa que implica una fiscalización de este tipo. Señorías, las actividades que desarrolla el organismo -después de la exposición que ha manifestado, como digo, la compañera de Unidos
Podemos- a juicio de este informe de fiscalización trascienden ampliamente del ámbito que se deduce del artículo 2 de la Ley reguladora de Patrimonio Nacional. Es evidente que la mayor parte de este patrimonio no está destinado al uso habitual de
la Casa Real. Patrimonio Nacional dispone de bienes que o bien no son utilizados, salvo excepcionalmente para el servicio del monarca, o bien han perdido sus fines fundacionales y son económicamente inviables y carecen de adecuación al modelo
actual de Estado aconfesional en el cual nos encontramos. Dentro de la primera categoría que decía de los bienes que no son utilizados de forma habitual, tenemos palacios como el de Aranjuez, La Granja, El Escorial o el Monasterio de Yuste, y en la
segunda categoría, relativa a los bienes que han perdido sus fines fundacionales -por ejemplo, celebrar misas por la salvación de nuestras almas o las de otros-, se encuentran los reales patronatos y la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los
Caídos. Nuestro portavoz Antonio Hurtado, aquí presente, ya registró algunas preguntas al Gobierno sobre la necesidad de la independencia de las cuentas de estas entidades.


Conclusiones relevantes en este informe son, por ejemplo, que han existido importantes limitaciones en el alcance de los trabajos desarrollados, la imposibilidad de valorar la corrección de los ingresos contabilizados por ventas de entradas,
por ventas de artículos en las tiendas y por arrendamientos que comprenden numerosas deficiencias, como ha comentado ya la anterior compañera, o de gestiones, por ejemplo, de fincas cedidas a terceros de modo gratuito, utilizadas como viviendas
habituales del personal del organismo o arrendadas a precios simbólicos; por supuesto, no hay expedientes en donde se informe del cálculo de estos precios, de los alquileres contratados o de su relación con precios de mercado. Luego, hay una
situación muy curiosa, como puede pasar a cualquier ciudadano particular, y es que se reducen los cobros de los alquileres a cambio del que los arrendatarios ejecuten obras que corresponden a la propiedad, algo realmente cuestionable. Por lo que
respecta al área de subvenciones, las más importantes son las destinadas precisamente a financiar los reales patronatos a través de subvenciones



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nominativas que comprenden deficiencias como, por ejemplo, la inexistencia de expedientes administrativos que soporten la concesión, gestión y justificación de estas subvenciones a esta serie de reales patronatos. En este sentido, hay que
destacar la confusión jurídica en la que se encuentran estos organismos y que manifiesta este informe del Tribunal de Cuentas, una confusión, señorías, que dificulta en definitiva el control de los recursos públicos destinados al mantenimiento de
estas entidades, y es que ocho -según aparece en un cuadro muy claro de este informe- de los once reales patronatos carecen de recursos financieros para su subsistencia y viven de las subvenciones de Patrimonio Nacional.


Como conclusiones, podemos decir que creemos necesario abrir un debate y una reflexión para aclarar los bienes que efectivamente justifican la gestión por este organismo, los afectados al uso y servicio de su majestad el rey y la familia
real y los que, aun no cumpliendo esta función, puedan tener una ligazón histórica con la Casa Real considerable. En segundo lugar, proceder a dar el destino adecuado al resto de bienes gestionados -viviendas, locales, instalaciones deportivas,
instalaciones faunísticas, etcétera- para los que el organismo carece de cobertura competencial. Abordemos las modificaciones presupuestarias y de dotación de recursos humanos que resulten necesarias para que los gastos propios del funcionamiento
de la Casa de Su Majestad el Rey dejen de ser asumidos por este organismo, como dice el tribunal, y puedan ser atendidos directamente por la alta institución.


Nos queda también una duda sobre si se han tomado las diligencias oportunas en relación con una serie de deficiencias de las que ha alertado el tribunal acerca del Hipódromo de la Zarzuela. Me gustaría que el señor presidente nos pudiera
aclarar algo este sentido.


Paso al siguiente informe que tengo aquí reseñado, sobre el Plan Nacional sobre Drogas. A diferencia del anterior, no se han producido limitaciones al alcance de los trabajos desarrollados en este informe y parece que el grado de
implantación de las recomendaciones efectuadas por el propio tribunal y por esta Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas se ha considerado satisfactorio. No obstante, hay una serie de cuestiones que me gustaría plantear. La
primera es si existe ya un procedimiento que garantice que la delegación del Gobierno tenga conocimiento de todas las sentencias firmes por las que se decreta la integración en el fondo de determinados bienes decomisados. Sigue -no lo sé- sin
regularse el procedimiento de enajenación directa de los bienes de escaso valor económico y el tiempo de permanencia de determinados bienes en el inventario sigue siendo muy elevado. No podemos entender, señorías, que desde el momento en que se
reciben los bienes y el momento de su tasación el periodo medio sea de 561 días. Esto provoca, claro está, entre otras cuestiones, su deterioro y disminución de valor. Se han subsanado también las divergencias entre la base de datos del inventario
de bienes decomisados y la aplicación informática que gestiona los procedimientos de enajenación. Hago un llamamiento aquí a la digitalización de la Administración pública, señorías. Y destacamos, igual que ha dicho el señor presidente, la
inexistencia de espacios adecuados para el almacenaje de estos bienes. Además, creo que no existen los recursos humanos necesarios para su identificación, control y registro.


En cuanto al expediente sobre Radiotelevisión Española, quiero manifestar algo que aquí no se ha mencionado, y es que, en primer lugar, a este expediente de regulación de empleo se llega después de un acuerdo mayoritario de todos los actores
implicados: SEPI, Radiotelevisión Española, trabajadores y sindicatos. No es un tema baladí este. El informe de fiscalización nos dice que se ha comprobado el cumplimiento de la normativa vigente en todo el proceso de elaboración y aprobación del
ERE, que los trabajadores que se acogieron al ERE cumplían todos los requisitos necesarios para ello y que la determinación de la base salarial bruta y del plan de rentas también se ha llevado a cabo conforme a la legislación establecida. Nos
parece una reflexión interesante la del tribunal cuando dice que esto de vincular los ERE a los planes de prejubilación, al criterio de edad, y luego llevar a cabo contrataciones de trabajadores que superan los sesenta años resulta cuando menos
surrealista. Nos gustaría saber también si se ha establecido algún tipo de control a las contrataciones con productoras que se han llevado a cabo desde Radiotelevisión Española y si en estas productoras existe personal que se ha acogido en este
caso al expediente de regulación de empleo. En cualquier caso, hago un llamamiento a algo que creo que debemos recalcar -y desde el Grupo Socialista lo hacemos siempre que podemos-, y es la calidad de nuestra de televisión pública, porque cuando se
tiene una televisión pública de calidad la relación calidad-rentabilidad en todas las esferas de la vida suele ser una consecuencia notoria.


Hablo ahora del informe sobre el Consejo Superior de Deportes. Este informe nos manifiesta incumplimientos clásicos, no por ello menos denunciables, de ese tipo de organismos en lo que a la contratación pública se refiere: fraccionamiento
de contratos; restricción de libre concurrencia, infringiendo



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también la Ley de contratos; retrasos en la ejecución, etcétera. También se incumple la Ley de subvenciones, con aspectos tales como requisitos en términos muy genéricos, problemas de compatibilidad con otras subvenciones, etcétera.
Espero que con la nueva Ley de Contratos del Sector Público se pongan en la práctica limitaciones a este tipo de irregularidades.


En cuanto al informe de fiscalización del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, hay que poner en valor el que fuera un fondo...


El señor PRESIDENTE: Señor Galeano, ha excedido usted en cuatro minutos su tiempo de intervención. Le recuerdo que ha dedicado al primer informe cinco minutos, todo el tiempo que tenía. Le ruego que acabe.


El señor GALEANO GRACIA: Pongo en valor el que fue el mayor fondo nacional de cooperación para el Objetivo de Desarrollo del Milenio. El informe de fiscalización da algunas pistas de cómo un buen instrumento, señorías, con un grandísimo
potencial en diferentes dimensiones de mejora de la vida de millones de personas y de liderazgo de España en una materia tal como es el agua y el saneamiento público puede quedarse a mitad de camino o incluso generar dudas sobre su pertinencia por
su desarrollo posterior. Este fondo ha sido una víctima más del abandono y desmantelamiento de la política de cooperación para el desarrollo que ha llevado a cabo el Gobierno del Partido Popular. No cabe duda de que la transparencia es una
obligación de la gestión pública y es preocupante que su ausencia sea una característica aludida aquí por muchos de los portavoces. Quiero destacar que todo programa y toda política pública necesitan de un sistema de seguimiento sin el cual el
riesgo de errar y no alcanzar los resultados esperados es francamente alto.


Del resto de informes puedo decir, entre otras cosas, que la falta de archivos en ocasiones y la falta de conocimiento de expedientes se solucionarían, entre otras cuestiones -y como portavoz de la agenda digital del Grupo Socialista aquí lo
recalco-, con el hecho de tener una Administración pública digitalizada que nos deparara una administración mucho más pública, mucho más transparente y mucho más efectiva con el paso de los años.


Muchas gracias, señor presidente, y disculpen el esfuerzo de síntesis.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Para finalizar, tiene la palabra el señor Fernández González.


El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Muchas gracias, señor presidente.


Obviamente, me sumo al agradecimiento al presidente del Tribunal de Cuentas por la exposición de estos seis informes de fiscalización relativos a materias muy distintas sobre diferentes organismos, entidades y órganos públicos.


En cuanto al informe de fiscalización de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, quisiera resaltar la variedad de las recomendaciones recogidas en el mismo, así como la claridad y la concreción de dichas
recomendaciones, que abarcan desde aspectos normativos, como el relativo a la actualización y desarrollo de la normativa que regula la gestión del Fondo de Bienes Decomisados, procediendo a la modificación del actual reglamento del fondo, hasta
propuestas de mejora en la planificación y en la gestión a través de un amplio catálogo de sugerencias dirigidas a los distintos órganos con competencias sobre la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas.


En cuanto al segundo de los informes, el relativo a la gestión de personal llevada a cabo por el ente público Radiotelevisión Española con motivo del expediente de regulación de empleo, el informe explica cómo, tras distintas actuaciones, el
12 de julio de 2006 se aprobó un acuerdo para la constitución de la Corporación de Radiotelevisión Española e inmediatamente después, el 13 de julio de 2006, el ente público solicitó a la Dirección General de Trabajo y Asuntos Sociales del
Ministerio de Trabajo el inicio del expediente administrativo de despidos colectivos, que fue autorizado tres meses después, el 15 de noviembre de 2006, por la autoridad laboral. Pues bien, el informe pone de manifiesto distintas disfunciones y
errores durante la ejecución de este expediente de regulación de empleo, que son precisamente los que justifican las recomendaciones que realiza el informe para cualquier futura reestructuración de la que pudiera ser objeto la Corporación
Radiotelevisión Española, de manera que no vuelvan a repetirse los errores en los que se incurrió a lo largo de todo este proceso y que se detallan en el informe. Estas deficiencias y errores que tuvieron lugar en la ejecución del expediente de
regulación de empleo



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supusieron un importante incremento de su coste económico, lo que supone un problema importante para los fondos públicos, de donde salen, en definitiva, todos estos incrementos de costes.


Por lo que se refiere al informe sobre el Consorcio para la conmemoración del II centenario de la Constitución de 1812 -periodo 2007-2012-, hay que hacer también referencia a los elementos fácticos que tienen aquí presencia. Este convenio
de creación del consorcio se suscribe el 19 de marzo de 2007 y sus estatutos preveían su disolución en el momento en el que se aprobaran las operaciones de liquidación, que deberían estas concluidas el primer trimestre de 2013. De hecho, en enero
de 2013 se inicia ya la liquidación del consorcio y se procede al cierre de su sede. El personal o bien se reincorpora a las administraciones de procedencia o bien se extinguen sus contratos y, por otro lado, se ordenan los últimos pagos,
realizados en función de los cobros pendientes de las administraciones y patrocinadores. Como consecuencia de todo ello, hacia el verano de 2013 el consorcio no tenía personal ni sede ni actividad. Hoy el consorcio, aunque jurídicamente sigue
siendo una entidad viva, está cerrado de facto y, por decirlo de una manera gráfica, hoy por hoy es un conjunto de cajas con documentación que se almacenan en un despacho a la espera de poder proceder a su liquidación y extinción jurídica de forma
definitiva. Precisamente por esta situación pendiente de liquidación desde 2013, el Tribunal de Cuentas recomienda que se adopten las medidas por parte de la comisión liquidadora y por parte del Gobierno en última instancia para proceder a la mayor
brevedad posible a la liquidación definitiva del consorcio y a su consiguiente disolución. En realidad el consorcio no ha podido extinguirse porque tiene pendiente por cobrar un patrocinio con una empresa por valor de 472 000 euros y dicha empresa
se encuentra actualmente en situación de concurso de acreedores. La dificultad para cobrar esta deuda impide a su vez el único pago pendiente a la Sociedad Estatal de Acción Cultural Española, ya que una vez realizada esta operación quedaría un
superávit de unos 25 000 euros y se podría liquidar definitivamente este consorcio.


Han existido en este caso -y así lo refleja el informe del Tribunal de Cuentas- dificultades en la fiscalización y hay que tener en cuenta que la mayoría de las deficiencias descritas por el Tribunal de Cuentas solo se pueden constatar desde
el punto de vista del archivo y conservación de la documentación, pero no desde el punto de vista de la gestión ordinaria, ya que esta gestión no se ha podido comprobar al estar la entidad cerrada físicamente y sin personal. Esta circunstancia es
la que explica que en este caso, de forma excepcional, con posterioridad a la fiscalización se haya localizado documentación que ya estaba almacenada y que ha permitido acreditar la corrección del gasto en muchos casos y aclarar muchos extremos a
los que se aludía en el informe del Tribunal de Cuentas. Con la documentación aportada tras la fiscalización -y que, como he dicho antes, ha aclarado muchos de los aspectos cuestionados en el informe- se evidencia que los recursos que se utilizaron
durante la vida del consorcio siempre fueron destinados a la realización de actividades relacionadas con la celebración y que se corresponden con servicios efectivamente prestados y debidamente acreditados, actuando siempre los distintos gestores
con la diligencia debida. Además, hay que tener en cuenta que el consorcio del bicentenario contó desde un primer momento con un convenio de asistencia jurídica con la Abogacía del Estado y que las funciones de control interno, intervención y
fiscalización las realizó la Intervención general de la Administración General del Estado de Cádiz, a través de un interventor designado expresamente para el consorcio. Asimismo, las cuentas anuales fueron siempre auditadas por la Intervención
General de la Administración del Estado.


Un aspecto que hay que tener en cuenta es que cuando el Partido Popular asumió la gestión del consorcio ya estaba iniciado el año de la conmemoración, es decir, se asumieron estas responsabilidades después de cuatro años de funcionamiento de
este consorcio. El último presidente del consorcio se nombró el 23 de enero del año 2012 y el último gerente el 1 de enero del año 2012. Con anterioridad al año 2012, el consorcio ya había gastado más del 70 % de su presupuesto total disponible,
lo que condicionó en gran medida su celebración. A 31 de diciembre de 2011, la mayor parte de los gastos del ejercicio 2012 ya estaban comprometidos, el margen financiero con el que se contaba desde enero de 2012 era casi nulo, aproximadamente unos
90 000 euros, y el consorcio no contaba con ninguna actividad para la ciudadanía entorno a la fecha del 19 de marzo. Por todo ello, hubo que tomar importantes decisiones para minimizar esta serie de problemas y conseguir una celebración digna.
Hubo que negociar y llevar a cabo quitas con acreedores, reducir gastos de funcionamiento, disminuir el coste de actividades y obtener nuevos ingresos por patrocinio. Con esta gestión, orientada a la reducción de la deuda del consorcio, se
pretendía poder llegar al 31 de marzo de 2013 con un saldo positivo en la tesorería, de manera que se pudiese liquidar la entidad. A pesar de que el consorcio todavía no ha podido liquidarse por las razones expuestas, la entidad finalizó sus
actividades con superávit. De hecho, en el primer



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trimestre de 2013 se realizaron las últimas actividades organizadas por el consorcio y ya se inició, como decía, la liquidación del mismo. Lo cierto es que desde el verano de 2013 el consorcio no tiene ni oficinas ni personal adscrito y
toda la documentación está archivada en cajas, y esto -que es muy poco habitual en un entidad pública- fue lo que hizo más complejas las labores de fiscalización del Tribunal de Cuentas, fue lo que dificultó la aclaración de algunos extremos al
tribunal y es lo que explica que con posterioridad a la fiscalización se hayan aclarado gran parte de las deficiencias detectadas en la fiscalización.


Por lo que se refiere al informe sobre el organismo Consejo de Administración del Patrimonio Nacional en el ejercicio 2013, lo primero que quisiera destacar del informe es que, tal y como se señala en el mismo, el Tribunal de Cuentas no
había aprobado hasta ese momento ningún informe específico relativo a la gestión económico-financiera del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, con lo que este no había tenido oportunidad de ir adecuando su actuación a las conclusiones
y recomendaciones que hace el tribunal en sus informes. Precisamente el hecho de tratarse del primer informe del Tribunal de Cuentas sobre la gestión económico-financiera del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional va a servir para que
dicha gestión se vea mejorada en el futuro al incorporar en la actuación de esta entidad las recomendaciones que formula el Tribunal de Cuentas. De hecho, tras la recepción y análisis del informe del Tribunal de Cuentas, el Consejo de
Administración del Patrimonio Nacional, en su sesión de 20 de septiembre de 2016, tomó conocimiento y aprobó ya un plan de actuaciones para dar cumplimiento en el ámbito de las competencias de la entidad a las recomendaciones contenidas en el
informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas. Así, en un informe muy reciente, de 23 de octubre de 2017, la Gerencia del Patrimonio Nacional ya da cuenta de las actividades desarrolladas y a desarrollar en Patrimonio Nacional derivadas
precisamente del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas sobre el ejercicio 2013. Este informe de la Gerencia de Patrimonio Nacional pone de manifiesto todas las actuaciones realizadas en prácticamente todos los aspectos a los que se
refería el informe del Tribunal de Cuentas. También hay que tener en cuenta que el informe del Tribunal de Cuentas se refiere al ejercicio 2013 y parte de sus observaciones ya se refieren a situaciones que habían sido detectadas y cuya revisión
había sido programada durante la vigencia del Plan de Actuación 2013-2016 del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional. Por otra parte, en la cuenta de 2015 del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional se procedió ya a regularizar
la mayoría de las incidencias relativas a desajustes o disparidades de criterios contables. Es decir, a partir del año 2013 el Consejo de Administración de Patrimonio Nacional ya emprendió una intensa labor para dar cumplimiento a las
recomendaciones contenidas en el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, labor que llega prácticamente al día de hoy, como refleja este recientísimo informe de 23 de octubre de 2017.


El señor PRESIDENTE: Señor Fernández, ha excedido ya con creces su tiempo. Tiene que acabar ya, por favor.


El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Voy terminando, señor presidente.


Paso ya a los otros dos informes muy brevemente. Según el informe del Consejo Superior de Deportes, los estados financieros rendidos por el Consejo Superior de Deportes sí presentan ya la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial
del organismo y del resultado de sus operaciones durante el ejercicio fiscalizado y solamente hay algunas salvedades en la contabilización de pérdidas de ejercicios anteriores y duplicidad de contabilización de ingresos en concepto de activos
construidos para otras entidades. También se indica expresamente que el Consejo ha avanzado en la implantación de las recomendaciones señaladas en informes anteriores, aunque persisten algunas deficiencias.


Por último, en cuanto al Fondo de Cooperación para el Agua y Saneamiento, ejercicios 2009-2014, el informe señala que las cuentas rendidas para este fondo reflejan fielmente su situación financiera, con una salvedad relativa a la falta de
registro contable de la primera aportación. El informe pone de manifiesto deficiencias observadas en la gestión inicial del fondo, como la carencia hasta el año 2013 de un plan de actuaciones específico y la falta de definición de criterios previos
para encuadrar los proyectos de los distintos procedimientos establecidos. Asimismo, recoge distintas deficiencias que deben ser tenidas en cuenta a los efectos de ser solventadas en futuros ejercicios. Por tanto, son informes distintos sobre
materias distintas, con distintas recomendaciones y su cumplimiento seguramente va a servir para mejorar el funcionamiento de todas estas entidades y organismos en el futuro.


Muchas gracias por su paciencia, señor presidente.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Fernández.


Esta Presidencia observa que en el Sardinero sopla mucho más viento que el cierzo de Zaragoza, porque usted ha consumido más tiempo.


Para finalizar, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, señor presidente.


Intentaré agrupar las preguntas formuladas siguiendo un guión que es el de los propios informes presentados. Espero que me disculpen, porque es bastante complicado referirse a todos estos informes y al múltiple planteamiento de preguntas
que me han realizado.


En primer lugar, en cuanto al informe de fiscalización sobre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, tengo que pedir disculpas a la señora Palencia. No es que no estuviera atendiendo a su intervención, sino que ha
formulado una pregunta que tenía necesariamente que tener una contestación por parte de la letrada de la Comisión. Me ha preguntado por el voto particular del fiscal en ese informe, y tengo que decirle que en la tramitación de los informes, como es
habitual, ustedes reciben el contenido de los votos particulares, es decir, conocen el contenido de dicho voto particular porque se les ha remitido con el informe. En todo caso, el fiscal planteó un voto particular exclusivamente por razones
procedimentales vinculadas con el plazo de tiempo dispuesto para realizar las observaciones en la tramitación interna, debido a que en esa época la acumulación de informes impedía a la fiscalía, dotada con menor número de efectivos y de
funcionarios, desarrollar su trabajo. Ese fue el verdadero motivo del voto particular. El fiscal en este informe -es la duda que tenía- formuló peticiones de responsabilidad penal por diferentes asuntos de presunta prevaricación administrativa y
falsedad documental y estas peticiones se tramitaron oportunamente.


En relación con este mismo informe, diferentes intervinientes me han preguntado por la existencia o no de un plan estratégico de tramitación respecto de la recuperación de droga. No les puedo informar. En la actualidad se hace un
seguimiento de este tipo de cuestiones y, en la medida en que, como he dicho antes, la implantación de un sistema de seguimiento de recomendaciones lo pueda facilitar, estaré en condiciones de poderles informar sobre esta cuestión.


Por lo que se refiere al informe de gestión de personal llevado a cabo por el Ente Público RTVE con motivo del expediente de regulación de empleo, lo importante es que dicho expediente respondió a una necesidad de reducción de plantilla para
hacer sostenible el modelo de Radiotelevisión Española, el modelo público de radio y televisión. Se formuló con el objetivo de contener los gastos de este proceso, pero las diferentes modificaciones realizadas con posterioridad dejaron ese objetivo
en una situación bastante alejada de la realidad. El informe hace un análisis de si la ejecución de esa reducción de plantilla se ha realizado de la mejor manera posible, así como de los efectos que ha producido en el ente público. La definición
del modelo de gestión del servicio de ente público no corresponde al tribunal, no vamos a entrar a valorar esa circunstancia. Lo que le puedo decir es que el fiscal del Tribunal de Cuentas formuló una petición de eventual responsabilidad penal,
porque de los cinco representantes de la dirección que acudieron a la constitución de este expediente, cuatro de ellos estaban apuntados al ERE y se entendía que habían excedido las decisiones del marco de sus competencias.


En relación con el informe de fiscalización del Consorcio para la conmemoración del II centenario de la Constitución de 1812, el informe es muy crítico por la falta de documentación y por la dificultad de acceder a ella. Indudablemente
tiene mucho que ver el hecho de que esta documentación careciera de los responsables adecuados para justificarla. Ya en ese momento, cuando fiscalizamos, nos encontramos con un conjunto de documentación, pero no teníamos la posibilidad de tener a
las personas y a los responsables de dar las explicaciones oportunas. Esperaremos esas explicaciones, que se nos ha anunciado que se han producido, para poderlas valorar, pero el tribunal ha visto la deficiencia que se ha puesto de manifiesto y,
por lo tanto, se han formulado los términos del informe con la dureza que ustedes conocen. En relación con este informe, también he de indicar que se ha formulado petición de eventual responsabilidad penal por la comisión de presuntas infracciones
advertidas en el contrato para la prestación de servicios de un evento musical y, por otra parte, responsabilidad tributaria por una aportación de 300 000 euros realizada por una compañía al consorcio, al no darse los requisitos exigidos para la
obtención de beneficios fiscales. Por lo tanto, este es un tema que se está estudiando por la Administración tributaria en la actualidad.


En relación con el informe de fiscalización del organismo Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, empezaré por las responsabilidades para indicar que no se han formulado responsabilidades



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distintas a las contables y las contables han sido archivadas. Con ello lo que quiero decir es que el informe del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional plantea situaciones muy peculiares no existentes en la Administración
pública, como es el conjunto de gestiones que lleva a cabo el propio organismo, que el informe ha puesto de manifiesto que son muy mejorables y cuya mejora debe acometerse. En definitiva, lo que se ha puesto de manifiesto hoy aquí es un plan de
actuación para resolver esas actuaciones desarrolladas. Lo que no pretende el informe del tribunal es poner en duda y poner en situación de riesgo la existencia de reales patronatos que están gestionados por Patrimonio Nacional. El informe pone de
manifiesto que la existencia de estos reales patronatos no supone ni implica la financiación de actividades religiosas, sino vinculadas a una función de carácter social, histórico o cultural. Lo que importa es clarificar el régimen económico y
presupuestario de tales patronatos y sus relaciones con Patrimonio Nacional y lo que se exige es la existencia de unas cuentas individualizadas que permitan valorar esa gestión.


También se ha formulado el asunto relacionado con las asistencias al Consejo de Administración de Patrimonio Nacional. Hay que indicar que existe un informe de la Abogacía del Estado que considera posible el abono de estas indemnizaciones
en el caso de que existiera delegación en su participación. En todo caso, lo que ha hecho el tribunal es, por una parte, recoger los argumentos y el relato de los hechos y, por otra parte, los de la Abogacía del Estado y el propio criterio del
tribunal para solicitar que estas situaciones se regularicen.


En relación con el informe de fiscalización del Consejo Superior de Deportes, quiero indicar que sobre este se ha formulado petición de responsabilidad tributaria por haberse efectuado el registro presupuestario de ingresos cuando
correspondía haberlo hecho en el apartado correspondiente de concesiones administrativas y por no repercutirse en este ingreso el IVA correspondiente a la actividad prestada.


En relación con el informe de fiscalización del Fondo de cooperación para el agua y el saneamiento, es indudable que este fondo supone la gestión de un importante volumen de recursos, 851 millones, según queda señalado en el informe. Este
Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento pone de manifiesto en las diferentes operaciones, que muchas veces no queda claro si se están financiando verdaderamente procedimientos de cooperación para mejorar esta situación de agua y saneamiento o
si verdaderamente son acuerdos bilaterales fundamentados en otro tipo de cuestiones. Por lo tanto, lo que se requiere de este fondo es una mayor claridad en las operaciones, una mayor justificación de las mismas y, por supuesto, que sean
operaciones efectivamente fiscalizables porque no se sitúen en el exterior sin que pueda existir en su ejecución una fiscalización de la Administración española.


Nada más, muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Álvarez de Miranda.


Como viene siendo habitual, suspendemos por dos minutos la Comisión para despedir al señor presidente del Tribunal de Cuentas. Quiero dejar constancia -estoy seguro de que en nombre de todos- de nuestro agradecimiento, tanto por el
importante esfuerzo que el presidente hace en escucharles, en anotar sus preguntas, como sobre todo por el esfuerzo importantísimo que hace en contestarles. (Pausa).


RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:


- DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 250/000005 y número de expediente del Senado 770/000003).


El señor PRESIDENTE: El siguiente punto, tras la presentación de los informes, es ratificar la ponencia designada para informar la declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2015. La ponencia ha estado
integrada por don Juan Manuel Juncal Rodríguez, del Grupo Popular; don Antonio Hurtado Zurera, del Grupo Parlamentario Socialista; don Segundo González García, del Grupo de Podemos; don Vicente Ten Oliver, del Grupo Ciudadanos; don Robert Masih
i Nahar, de Esquerra Republicana; doña María Dolores Etxano Varela, del Grupo Parlamentario Vasco; y don Ferran Bel Accensi, del Grupo Mixto. Les pregunto a sus señorías si se ratifica por asentimiento la ponencia. (Asentimiento).


Luego entiendo que sí.



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EMITIR DICTAMEN A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA Y, EN SU CASO, DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN PRESENTADAS SOBRE:


- DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 250/000005 y número de expediente del Senado 770/000003).


El señor PRESIDENTE: Antes de entrar ya en lo que son las propuestas de resolución, lo que correspondería ahora, una vez estudiada la declaración sobre la Cuenta General del Estado por la ponencia, es proponer a la Comisión la aprobación
del informe. ¿Se entiende aprobado por asentimiento? (Asentimiento).


Se entiende aprobado por asentimiento.


El señor PRESIDENTE: Ahora pasaremos a votar las propuestas de resolución. Parece ser que tenemos un problema y, por tanto, vamos a votar a mano alzada. (Rumores). Les garantizo que esta Presidencia no tiene la culpa de que el
dispositivo no funcione.


Procedemos a votar la número 3 del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta número 1 del Grupo Confederal Podemos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de propuestas.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Propuestas del Grupo Parlamentario Ciudadanos. Votación desde la número 9 a la número 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas números 16 y 17 del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 17; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta número 18 del mismo grupo parlamentario.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas números 19 a 22 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta número 23 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votación de las propuestas números 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 36 y 38.



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Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votación de la propuesta número 27 del mismo grupo.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas 23, 33, 35 y 37 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación de las propuestas 40 a 46 del Grupo Parlamentario Popular. Les advierto que la 39 ha sido retirada.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas números 47, 49, 54 a 58, 60 y 62 del Grupo Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 9; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas 48 y 50 del Grupo Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: en contra, 26; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación de las propuestas 51 a 53 del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 26; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas 59, 61 y 63 a 65 del Grupo Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: en contra, 26; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Se levanta la sesión.


Eran las dos y quince minutos de la tarde.