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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 120, de 10/05/2018
cve: DSCD-12-PL-120 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2018 XII LEGISLATURA Núm. 120

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª ANA MARÍA PASTOR JULIÁN

Sesión plenaria núm. 115

celebrada el jueves,

10 de mayo de 2018



ORDEN DEL DÍA:


Exclusión del orden del día:


- Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales:


- Convenio sobre las relaciones personales del menor, hecho en Estrasburgo el 15 de mayo de 2003, y Declaración que España desea formular. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 115, de 8 de septiembre de 2017. (Número de expediente
110/000049) ... (Página7)


Convalidación o derogación de reales decretos-leyes:


- Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico
español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017. ('BOE' núm. 91, de 14 de abril de 2018). (Número de
expediente 130/000029) ... (Página7)


- Real Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor. ('BOE' núm. 97, de 21 de abril de 2018).
(Número de expediente 130/000030) ... (Página19)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales:


- Acuerdo entre el Principado de Andorra y el Reino de España sobre el ejercicio de actividades profesionales remuneradas por parte de familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones
diplomáticas, oficinas consulares y representaciones permanentes ante organismos internacionales de un Estado en el otro, hecho en Madrid el 31 de octubre de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 157, de 15 de diciembre de 2017. (Número
de expediente 110/000068) ... (Página32)



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- Convenio de Asociación Estratégica en materia de Desarrollo y de Cooperación Cultural, Educativa y Deportiva entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, hecho 'ad referendum' en Rabat el 3 de octubre de 2012 y Canje de Notas
interpretativas de determinados artículos del mismo. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 163, de 12 de enero de 2018. (Número de expediente 110/000069) ... (Página32)


- Acuerdo marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Australia, por otra, hecho en Manila el 7 de agosto de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 167, de 2 de febrero de 2018. (Número de expediente
110/000070) ... (Página32)


- Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Reino de España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, hecho en Madrid el 9 de mayo de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 172, de 9 de febrero de
2018. (Número de expediente 110/000071) ... (Página32)


- Protocolo número 15 de enmienda al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Estrasburgo el 24 de junio de 2013, y Declaración que España desea formular. 'BOCG. Cortes Generales',
serie A, número 173, de 9 de febrero de 2018. (Número de expediente 110/000072) ... (Página32)


- Acuerdo entre el Reino de España y la República Dominicana sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, hecho en Santo Domingo el 18 de octubre de 2017. 'BOCG. Cortes Generales',
serie A, número 175, de 16 de febrero de 2018. (Número de expediente 110/000073) ... (Página32)


- Acuerdo entre el Reino de España y Ucrania sobre libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, hecho en
Madrid el 30 de octubre de 2013. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 178, de 2 de marzo de 2018. (Número de expediente 110/000074) ... (Página32)


- Tratado entre el Reino de España y la República Portuguesa por el que se establece la línea de cierre de las desembocaduras de los ríos Miño y Guadiana y se delimitan los tramos internacionales de ambos ríos, hecho en Vila Real el 30 de
mayo de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 179, de 2 de marzo de 2018. (Número de expediente 110/000075) ... (Página32)


- Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Corea relativo al Programa de movilidad juvenil, hecho en Madrid el 18 de diciembre de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 180, de 2 de marzo de
2018.(Número de expediente 110/000076) ... (Página33)


- Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Uzbekistán sobre transporte internacional por carretera, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 181, de 2 de
marzo de 2018. (Número de expediente 110/000077) ... (Página33)


- Tratado de asistencia judicial en materia penal entre el Reino de España y la República del Ecuador, hecho en Madrid el 18 de diciembre de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 184, de 16 de marzo de 2018. (Número de
expediente 110/000078) ... (Página33)


- Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Reino de España y la República de Uzbekistán, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2017. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 185, de 16 de marzo de 2018. (Número de expediente 110/000079)
... (Página33)



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- Convención para reducir los casos de apatridia, hecha en Nueva York el 30 de agosto de 1961, y Declaraciones y Objeción que España desea formular. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 186, de 16 de marzo de 2018. (Número de
expediente 110/000080) ... (Página33)


Toma en consideración de proposiciones de ley de comunidades y ciudades autónomas. (Votación) ... (Página33)


Toma en consideración de proposiciones de ley. (Votación) ... (Página33)


Proposiciones no de ley. (Votación) ... (Página34)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página34)


Convalidación o derogación de reales decretos-leyes. (Votación) ... (Página35)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. (Votación) ... (Página36)


SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.


Exclusión del orden del día ... (Página7)


De conformidad con lo dispuesto por el artículo 68.1 del Reglamento y con la unanimidad de los portavoces, la Presidencia somete al Pleno la exclusión del orden del día del Convenio sobre las relaciones personales del menor, hecho en
Estrasburgo el 15 de mayo de 2003, y Declaración que España desea formular, lo que se aprueba por asentimiento.


Convalidación o derogación de reales decretos-leyes ... (Página7)


Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico
español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017 ... (Página7)


El señor ministro de Educación, Cultura y Deporte (Méndez de Vigo y Montojo) expone a la Cámara las razones que han llevado al Gobierno a la promulgación del real decreto-ley de referencia.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Martínez Oblanca, Bataller i Ruiz y Miquel i Valentí, del Grupo Parlamentario Mixto; y Agirretxea Urresti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Rivera de la Cruz, del
Grupo Parlamentario Ciudadanos; y los señores Maura Zorita, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea; Torres Mora, del Grupo Parlamentario Socialista, y Del Río Sanz, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.



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Real Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor ... (Página19)


El señor ministro de Fomento (De la Serna Hernáiz) expone a la Cámara las razones que han llevado al Gobierno a la promulgación del real decreto-ley de referencia.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Martínez Oblanca, Matute García de Jalón y Bel Accensi, del Grupo Parlamentario Mixto; y Barandiaran Benito, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Jordà i Roura, del
Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana; y los señores Roldán Monés, del Grupo Parlamentario Ciudadanos; Mayoral Perales, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea; Ramos Esteban, del Grupo Parlamentario
Socialista, y Herrero Bono, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales ... (Página32)


Acuerdo entre el Principado de Andorra y el Reino de España sobre el ejercicio de actividades profesionales remuneradas por parte de familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones
diplomáticas, oficinas consulares y representaciones permanentes ante organismos internacionales de un Estado en el otro, hecho en Madrid el 31 de octubre de 2017 ... (Página32)


Convenio de Asociación Estratégica en materia de Desarrollo y de Cooperación Cultural, Educativa y Deportiva entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, hecho 'ad referendum' en Rabat el 3 de octubre de 2012 y Canje de Notas
interpretativas de determinados artículos del mismo ... (Página32)


Acuerdo marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Australia, por otra, hecho en Manila el 7 de agosto de 2017 ... (Página32)


Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Reino de España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, hecho en Madrid el 9 de mayo de 2017 ... (Página32)


Protocolo número 15 de enmienda al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Estrasburgo el 24 de junio de 2013, y Declaración que España desea formular ... href='#(Página32)'>(Página32)


Acuerdo entre el Reino de España y la República Dominicana sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, hecho en Santo Domingo el 18 de octubre de 2017 ... href='#(Página32)'>(Página32)



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Acuerdo entre el Reino de España y Ucrania sobre libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, hecho en
Madrid el 30 de octubre de 2013 ... (Página32)


Tratado entre el Reino de España y la República Portuguesa por el que se establece la línea de cierre de las desembocaduras de los ríos Miño y Guadiana y se delimitan los tramos internacionales de ambos ríos, hecho en Vila Real el 30 de mayo
de 2017 ... (Página32)


Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Corea relativo al Programa de movilidad juvenil, hecho en Madrid el 18 de diciembre de 2017 ... (Página33)


Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Uzbekistán sobre transporte internacional por carretera, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2017 ... (Página33)


Tratado de asistencia judicial en materia penal entre el Reino de España y la República del Ecuador, hecho en Madrid el 18 de diciembre de 2017 ... (Página33)


Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Reino de España y la República de Uzbekistán, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2017 ... (Página33)


Convención para reducir los casos de apatridia, hecha en Nueva York el 30 de agosto de 1961, y Declaraciones y Objeción que España desea formular ... (Página33)


La Presidencia informa de que ningún grupo parlamentario ha solicitado intervenir en estos puntos del orden del día.


Toma en consideración de proposiciones de ley de comunidades y ciudades autónomas. (Votación) ... (Página33)


Sometida a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Parlamento de Cataluña, de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, de despenalización de la eutanasia y la ayuda al suicidio
(Orgánica), se aprueba por 173 votos a favor más 2 votos telemáticos, 175, 135 en contra más 1 voto telemático, 136, y 32 abstenciones.


Toma en consideración de proposiciones de ley. (Votación) ... (Página33)


Sometida a votación la proposición de ley el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los
ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de



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índole internacional, se aprueba por 250 votos a favor más 2 votos telemáticos, 252; 91 en contra y 1 abstención de un voto telemático.


Proposiciones no de ley. (Votación) ... (Página34)


Sometida a votación la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y el Grupo Parlamentario Ciudadanos a la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la implantación de un sistema
de selección y formación docente, Docente Interno Residente (DIR), basado en el MIR de los facultativos médicos, se rechaza por 166 votos a favor y 175 en contra.


Sometida a votación la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y el Grupo Parlamentario Mixto (señora Nogueras i Camero y
señor Martínez Oblanca), a la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a reforzar la Formación Profesional Dual del sistema educativo español, se aprueba por 180 votos a favor, 154 en contra y 7 abstenciones.


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página34)


Sometida a votación la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y el Grupo Parlamentario Mixto, a la moción consecuencia de
interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para recuperar un Sistema Nacional de Salud de calidad, orientado a la mejora de la salud y a la reducción de las desigualdades, se aprueba por 206 votos a favor, 132 en contra
y 2 abstenciones.


Sometida a votación la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la situación del bloqueo administrativo y financiero de la investigación pública, se aprueba por 202 votos a favor y 139 abstenciones.


Convalidación o derogación de reales decretos-leyes. (Votación) ... (Página35)


Sometida a votación la convalidación del Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se
incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017, se aprueba por 148
votos a favor más 1 voto telemático, 149, 2 en contra y 191 abstenciones más 2 votos telemáticos, 193.


Sometida a votación su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, se aprueba por 341 votos a favor más 3 votos telemáticos, 344.


Sometida a votación la convalidación del Real Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, se
aprueba por 305 votos a favor más 2 votos telemáticos, 307, 2 en contra y 34 abstenciones más 1 voto telemático, 35.


Sometida a votación su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, se rechaza por 118 votos a favor más 2 votos telemáticos, 120, 222 en contra más 1 voto telemático, 223 y 1 abstención.



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Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. (Votación) ... (Página36)


Sometidos a votación conjunta los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales que figuran en el orden del día, son aprobados todos por asentimiento.


Se levanta la sesión a las once y treinta y cinco minutos de la mañana.


Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.


EXCLUSIÓN DEL ORDEN DEL DÍA:


- DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES.


- CONVENIO SOBRE LAS RELACIONES PERSONALES DEL MENOR, HECHO EN ESTRASBURGO EL 15 DE MAYO DE 2003, Y DECLARACIÓN QUE ESPAÑA DESEA FORMULAR. (Número de expediente 110/000049).


La señora PRESIDENTA: Se reanuda la sesión.


De conformidad con lo dispuesto por el artículo 68.1 del Reglamento, y con la unanimidad de los portavoces, esta Presidencia somete al Pleno de la Cámara la exclusión del orden del día de la presente sesión del punto 32, correspondiente al
Convenio sobre las Relaciones Personales del Menor, hecho en Estrasburgo el 15 de mayo de 2003, y declaración que España desea formular. ¿Lo acuerda así la Cámara? (Asentimiento). De acuerdo.


CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES:


- REAL DECRETO-LEY 2/2018, DE 13 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1996, DE 12 DE ABRIL, Y POR EL QUE SE INCORPORAN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO
ESPAÑOL LA DIRECTIVA 2014/26/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE FEBRERO DE 2014, Y LA DIRECTIVA (UE) 2017/1564 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 130/000029).


La señora PRESIDENTA: Pasamos ahora al punto correspondiente a la convalidación o derogación de reales decretos-leyes. En primer lugar, corresponde el debate sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril,
por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva de la UE 2017/1564, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017. Para presentar el real decreto-ley tiene la palabra en nombre del Gobierno el señor ministro de
Educación, Cultura y Deporte.


El señor MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE (Méndez de Vigo y Montojo): Señora presidenta, señorías, buenos días.


Comparezco ante ustedes para solicitar la convalidación del Real Decreto-ley 2/2018, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual para incorporar al ordenamiento jurídico español las Directivas 26/2014 y
1564/2017 de la Unión Europea. La trasposición de ambas directivas es el objeto del real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes 13 de abril, y publicado en el Boletín Oficial del Estado al día siguiente. La primera
directiva citada, la 26/2014, o Directiva de Entidades de Gestión y Licencias Multiterritoriales, tiene su origen en la comunicación de la Comisión Europea sobre un mercado único para los derechos de propiedad intelectual, en el marco de la Agenda
Digital para Europa y la Estrategia 2020, aprobada en el año 2011. Dicha comunicación pretendía crear un marco jurídico armonizado para la gestión colectiva de los derechos de propiedad



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intelectual, fomentando simultáneamente a dicha protección el acceso de los consumidores a contenidos digitales en un entorno transfronterizo.


El retraso en la trasposición de dicha directiva, cuyo plazo finalizó el 30 de abril de 2016, se originó por la imposibilidad de llevarla a cabo -se trata de una modificación de la Ley de Propiedad Intelectual- debido a la existencia de un
Gobierno en funciones. A causa de dicho retraso la Comisión Europea inició el pasado 6 de diciembre un procedimiento por incumplimiento contra el Reino de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, procedimiento que podría desembocar
en una condena o en una sanción económica de hasta 123 928 euros diarios a partir de la fecha de la sentencia. (Rumores).


La señora PRESIDENTA: Silencio, señorías, por favor; silencio.


El señor MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE (Méndez de Vigo y Montojo): El Gobierno aprobó este real decreto-ley que hoy sometemos a la convalidación de esta Cámara para evitar dicha posibilidad. Además es coherente con el plan de
acción del Gobierno para garantizar la trasposición de directivas en riesgo de multa a lo largo de 2018, acordado por el propio Consejo de Ministros el pasado 9 de febrero.


La Directiva 26/2014 tiene un doble objetivo. En primer lugar, conformar un marco jurídico para la gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito de la Unión Europea, con la pretensión de mejorar la eficiencia,
exactitud y transparencia del servicio prestado por las entidades de gestión, y la obligación de rendir cuentas a los titulares proveedores de servicios y consumidores. En segundo lugar, esta directiva pretende modificar el sistema de concesión de
licencias sobre obras musicales para terminar con las dificultades a las que se enfrentan los proveedores de servicios de música online cuando desean adquirir licencias de repertorios agregados para el territorio de varios Estados miembros. La
actual fragmentación del mercado interior en estos servicios dificulta la difusión y también la remuneración de las obras musicales a los autores. El Plan Cultura 2020 diseñado en este ministerio incluye en su estrategia la introducción en el
ordenamiento jurídico español de estas denominadas licencias multiterritoriales.


Resumiré las principales novedades que la Directiva europea 26/2014, traspuesta mediante este real decreto-ley, introducirá en nuestro ordenamiento jurídico, y en concreto en la Ley de Propiedad Intelectual. Primero, un nuevo marco
regulatorio de las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual. Las entidades de gestión son aquellas que facilitan la negociación para que los usuarios obtengan la autorización para el uso de obras culturales. Por otra
parte, aseguran que el creador de estas obras cobre por su uso. Estas autorizaciones y cobros serían impensables mediante la simple acción o negociación individual. Igualmente estas entidades de gestión desempeñan un importante papel en la
protección de la diversidad cultural, al permitir el acceso al mercado de aquellos repertorios culturales locales o menos populares que no gozan del mismo éxito comercial que otros.


Este real decreto-ley incorpora previsiones derivadas de la Directiva 26/2014, orientadas a subsanar los problemas detectados en el funcionamiento de las entidades de gestión en el conjunto de la Unión Europea. En particular se incrementan
las obligaciones de transparencia de las entidades de gestión colectivas. Estas nuevas obligaciones afianzan la posición de los titulares de derechos en el seguimiento y control de las entidades e igualmente reducen sus costes de gestión.
Destacaré entre ellas el establecimiento de un órgano de control interno de las entidades de gestión al servicio de los socios, quienes podrán ejercer una fiscalización constante de sus órganos de gobierno y representación en tareas cruciales, como
la supervisión de la ejecución del presupuesto o el reparto de la recaudación a los titulares de derechos de propiedad intelectual. Igualmente se introduce la obligación de elaborar un informe anual de transparencia para facilitar ese mismo control
interno.


Quiero destacar que en este punto la reforma que ha introducido el Gobierno va más allá de lo que exige el texto de la propia directiva, particularmente para aquellas entidades de gestión con una recaudación superior a 100 millones de euros
al año, a las cuales se les exigirá el nombramiento de terceros independientes y con conocimientos profesionales pertinentes como miembros de ese órgano de control. Son destacables también las mejoras introducidas en la recaudación, gestión y
reparto de ingresos. El reparto y pago de los derechos recaudados se efectuará en el plazo máximo de nueve meses, manteniendo los importes recaudados de forma separada a cualquier otro activo que tuviese la entidad.


En segundo lugar, quiero referirme a la introducción de nuevos operadores en el mercado de derechos de propiedad intelectual. Con la nueva regulación pretendemos garantizar que los titulares de derechos



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de la propiedad intelectual se beneficien plenamente del mercado interior cuando dichos derechos se gestionen colectivamente. Las cifras de este mercado interior son muy relevantes. Solo en el año 2015 las entidades de gestión recaudaron
356,5 millones de euros. Esa cantidad se incrementa año tras año. Asimismo se amplía el número de sujetos que pueden operar en el mercado de gestión colectiva de derechos patrimoniales. Actualmente existen ocho entidades de gestión colectiva por
establecimiento de España autorizadas para operar por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Este real decreto-ley reconoce la posibilidad de que presten servicios en España las entidades de gestión establecidas en otros Estados y los
operadores de gestión independiente, hasta ahora beneficiarios de una laguna legal para la cual no debían satisfacer el régimen de control exigible a otros operadores. Este real decreto-ley va a colmar esa laguna y a resolver esta cuestión. Ambas,
unas y otras, deberán cumplir una reglamentación estricta, que favorece en nuestra opinión la igualdad de condiciones de competencia. Estamos seguros por tanto de que la introducción de un mayor grado de competencia generará mayor eficiencia en la
gestión de los derechos y por tanto también mayores ganancias.


En tercer lugar, la regulación de las licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea. Se trata de aquellas autorizaciones que permiten a un titular prestador de servicios de música online
explotar sus derechos de reproducción y uso de una obra musical en todo el territorio de la Unión Europea. Este modelo de autorización multiterritorial, regulado por la Directiva 26/2014, se basa en la concesión de una autorización con ámbito
territorial paneuropeo, limitada a los derechos del repertorio directo de una entidad de gestión expresamente mandatada para este tipo de licencias multiterritoriales y monorrepertorio. Dichas autorizaciones se otorgarán por aquellas entidades de
gestión que dispongan de capacidad suficiente para procesar por vía electrónica los datos necesarios para identificar el repertorio y controlar su autorización, para proceder a la facturación de los usuarios, recaudar los derechos y pagar a los
titulares de los mismos. A estas entidades se les impondrá la obligación de representar a otras entidades de gestión sin la capacidad suficiente para cumplir con dichas tareas. Ello facilitará la agregación voluntaria de repertorios musicales y
derechos. El régimen de tarifas aplicables se sujeta a las condiciones establecidas en la directiva: que sean tarifas generales, simples, claras y razonables y que atiendan al valor económico de la utilización de los derechos negociados, al uso de
las obras y al valor económico del servicio prestado por la entidad de gestión.


Estas licencias multiterritoriales tendrán efectos positivos para los titulares de derechos, que optimizarán sus ingresos; para los usuarios y prestadores de servicios de música online, que dispondrán de mejor acceso a licencias en todo el
territorio de la Unión Europea, y para los consumidores, que disfrutarán de una mayor variedad de productos a nivel europeo. Desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley todas las entidades de gestión dispondrán de un año para
adecuar sus estatutos a esta nueva normativa, excepto aquellas con una recaudación superior a 100 millones de euros al año, que dispondrán de tres meses. Dicha adecuación será verificada y aprobada por el ministerio.


En resumen, señorías, esta actualización reguladora de las entidades de gestión españolas las adapta al marco normativo de la Unión Europea, y con ello contribuye a estimular la creación y producción de nuevos contenidos culturales
protegiendo el repertorio cultural español, parte muy importante de nuestro patrimonio.


El real decreto-ley traspone una segunda directiva, la Directiva 1564/2017, conocida también como Directiva Marrakech, sobre ciertos usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos
afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual u otras dificultades para acceder a textos impresos. En virtud del Tratado de Marrakech antes mencionado, de 27 de junio de 2013, cuyas obligaciones se plasman en esta directiva europea
del año 2017, las personas ciegas o con discapacidad visual podrán acceder a obras protegidas por derechos de propiedad intelectual sin autorización del titular de dichos derechos. Aunque la regulación de estos supuestos, de los supuestos
contemplados en nuestra Ley de Propiedad Intelectual desde el año 2006 tienen ya una perspectiva muy amplia, y se aplican también a cualquier tipo de discapacidad, es necesario modificar la ley para adecuarla al contenido de esta directiva y
garantizar la vigencia de este límite a los derechos en el caso del tráfico intracomunitario de obras en formato accesible, sea en el sistema Braille o mediante la adaptación al formato audiolibro. Por tanto esta exención está en consonancia con el
Tratado de Marrakech y también con los postulados recogidos en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta directiva debería ser traspuesta antes del 11 de octubre de 2018, por tanto estamos en plazo,
pero no había mejor ocasión que este real decreto-ley para ampliar los derechos del



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colectivo de personas con discapacidad visual y mantener a España a la cabeza de los Estados de la Unión Europea que más avanzan en la defensa de sus derechos.


Junto a la trasposición de ambas directivas el Gobierno ha querido aprovechar las disposiciones finales de este real decreto-ley para solucionar algún problema puntual. Incluimos una modificación de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico
Español, con objeto de aclarar el régimen de exportación que concede la Administración del Estado a aquellos bienes muebles cuya importación haya sido realizada legalmente y esté debidamente documentada. En la nueva redacción se clarifica la
posibilidad de que los poseedores de estos bienes puedan solicitar sucesivas prórrogas, siempre que cumplan los requisitos exigidos y una vez oído el dictamen de la junta de evaluación, calificación y exportación de bienes del patrimonio histórico
español. Incluimos igualmente la modificación de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, autorizando al Gobierno a elaborar antes del 31 de diciembre de 2019 un texto refundido en el que se integren,
debidamente regularizadas, la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la citada Ley 10/2015, así como otras disposiciones en materia de protección del patrimonio histórico contenidas en normas con rango de ley. Finalmente la
disposición adicional quinta de este real decreto-ley regula las normas comunes aplicables a los contratos por obra y servicios celebrados por el Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música, con arreglo a la regulación de la relación
laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos. (Rumores). El límite de la duración máxima de estos contratos, fijado en tres años, según exige el Estatuto de los Trabajadores, es incompatible con la duración de los
proyectos artísticos a los que se vinculan dichos contratos. Por lo tanto conviene establecer una regulación específica que permita adaptar la duración de los contratos a...


La señora PRESIDENTA: Silencio, por favor.


El señor MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE (Méndez de Vigo y Montojo): Por tanto es conveniente, repito, establecer una regulación específica que permita adaptar la duración de los contratos a la de los proyectos artísticos a los que
van vinculados.


Señora presidenta, señorías, en el procedimiento de elaboración del texto, en aras de la transparencia tan valorada por este Gobierno, han participado todos los actores interesados, desde entidades de gestión a usuarios, la Organización
Nacional de Ciegos, cinco ministerios -Economía, Energía, Justicia, Sanidad y Hacienda- y otros órganos especializados, incluido el dictamen del Consejo de Estado y la consulta a las comunidades autónomas que tienen competencia en la materia. Hemos
recogido también propuestas realizada por los grupos parlamentarios, y estamos abiertos a la máxima colaboración durante la tramitación posterior de este real decreto-ley como proyecto de ley, que apoyamos. Señorías, estoy seguro de que todos
compartimos el mismo interés en otorgar el mejor marco jurídico a nuestros creadores. Las industrias culturales españoles son sinónimo de creación de riqueza y de puestos de trabajo. Son industrias altamente competitivas dentro y fuera de nuestras
fronteras. La cultura es, como he dicho muchas veces, el alma de la nación, lo que nos proporciona ganas y alegría de vivir. Alcanzar hoy un acuerdo para convalidar este real decreto-ley es sinónimo de voluntad de comprometerse en la defensa del
talento artístico español, y merece la pena, señorías.


Por tanto, en nombre del Gobierno, solicito la convalidación del Real Decreto-ley 2/2018.


Muchas gracias, señora presidenta; muchas gracias, señorías. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


En el turno de fijación de posiciones interviene por el Grupo Parlamentario Mixto, en primer lugar, el señor Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Muchas gracias, presidenta.


Muy buenos días. El Gobierno, a través de su ministro de Educación, Cultura y Deporte, solicita a la Cámara la convalidación de un real-decreto ley que es imprescindible aprobar para cumplir los plazos de trasposición de directivas europeas
a la legislación española sobre una materia extraordinariamente importante y compleja, como es la relativa a la propiedad intelectual.


Mi voto favorable no estará exento del recuerdo a la tramitación parlamentaria que a lo largo de 2014 modificó el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Una tramitación que desechó prácticamente todas las enmiendas de la
oposición; pero algunas, precisamente ahora, van a tener que aplicarse como consecuencia de que la directiva europea, a diferencia de la vigente ley española, afronta importantes



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cuestiones de fondo que han surgido con los enormes cambios generados con la sociedad digital desde mediados de los pasados años noventa. Yo mismo califiqué entonces desde la tribuna del Senado la modificación legislativa de timorata y
confusa, y consideré perdida la gran oportunidad que se tenía para avanzar en una cuestión que continúa ocupando y preocupando cada vez más a nuestra sociedad de cara a la protección de los derechos intelectuales.


Ahora la aplicación conjunta de varias directivas europeas de forma extraordinaria y con urgencia para evitar las sanciones por el incumplimiento prolongado de plazos sí permite incorporar a nuestro ordenamiento jurídico nuevas normas que
aclaren el contenido de la Ley de Propiedad Intelectual. La falta de tiempo hace imposible analizarlo todo; pero sí quisiera resaltar la división en siete capítulos de la gestión colectiva de los derechos reconocidos en la ley, que impone un toque
europeo avalado por su uso en muchos otros países miembros, y pulido por diferentes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. La nueva normativa clarifica cuestiones importantes como las relativas al reparto, al pago y a la
prescripción de los derechos, algo que había subrayado la oposición en todo momento.


Otra cuestión singular es la armonización que aplica la trasposición de directivas sobre las denominadas entidades de gestión y que abarca un conjunto de grandes áreas, como precisa el texto que estamos debatiendo y que ha explicado el señor
Méndez de Vigo. En definitiva esta transposición, además de ser obligada por nuestra pertenencia a la Unión Europea, será de gran utilidad para un marco normativo que, reconozcámoslo, es complejísimo y que por ello, tanto su contenido como sus
dimensiones, no evitará los retos que el avance de la tecnología planteará en un futuro. Pero creo que con este real-decreto ley se da un paso necesario para disponer de la mejor Ley de Propiedad Intelectual en estos momentos.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Tiene la palabra el señor Bataller i Ruiz.


El señor BATALLER I RUIZ: Señora presidenta, señorías, el Gobierno provisional que padecemos continúa instalado en el vicio de los malos estudiantes, que es hacer siempre los deberes tarde y mal, y ahora, por enésima vez, nos traen aquí
para que convalidemos agónicamente un decreto-ley con unos plazos de trasposición pasadísimos. Y esta actitud contrasta con la obstrucción sistemática que estamos viviendo en la labor parlamentaria con el recurso excesivo a los vetos por cuestiones
aparentemente presupuestarias; con la obstrucción que hace sistemáticamente este Gobierno a la tarea de las comunidades autónomas que sí que hacen sus deberes; pero al final resulta que a este Legislativo para lo que sí lo quieren es para que no
nos vengan multas de Europa y convalidemos el trabajo que ustedes no han hecho cuando debían.


Miren, este decreto-ley es además una ocasión perdida para entrar en el fondo de la cuestión que nos debe ocupar, que es ver cómo vamos a tratar la situación de los creadores, que son el verdadero sujeto que hay que proteger en esta materia,
en la propiedad intelectual, y si vamos a utilizar los recursos de las tecnologías digitales para avanzar, porque las entidades de gestión han sido hasta ahora el mecanismo menos malo para la recaudación de los derechos, pero cabría plantearse ya el
paso a situaciones en las cuales la autogestión de sus derechos por los creadores fuera posibilitada, y no continuar en el exceso de las prerrogativas que han tenido las entidades de gestión. En Compromís no pondremos una vez más palos en las
ruedas. Nos vamos a abstener en la votación. Vamos a dejar que el grupo que apoya a este Gobierno con sus votos lo saque adelante. Pero sí que estamos esperando el trámite de enmiendas, porque hay muchas cosas que tocar, por ejemplo, el
restrictivo papel que se reserva a las comunidades autónomas en el artículo 155 en la vigilancia e inspección de las entidades de gestión, o también el exorbitante derecho de retención que el artículo 158 otorga a las entidades de gestión frente a
los titulares en casos de revocación, o la inconcreta regulación de las obligaciones que se derivan para las entidades de la función social que deben cumplir, recogido en el artículo 178, o esa evanescente referencia en el artículo 176 a que los
descuentos que apliquen las entidades deben ser razonables. Estas y otras cuestiones que verdaderamente interesan para mejorar la protección de los creadores esperamos poder verlas en el trámite de enmiendas. En cualquier caso, insisto, por favor,
hagan los deberes a tiempo.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Tiene la palabra el señor Miquel i Valentí.



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El señor MIQUEL I VALENTÍ: Buenos días, señorías.


Buenos días, ministro. Le avanzo que el voto de mi grupo será favorable y paso a comentar por qué. En primer lugar, porque compartimos el sentido de lo que incorpora a la normativa española la trasposición de estas directivas europeas.
Estamos a favor de mejorar la regulación de las entidades de gestión, estamos a favor de regular la introducción de los operadores de gestión independiente, y estamos a favor por supuesto de regular las licencias multiterritoriales. En segundo
lugar, votaremos a favor porque es inevitable incorporar estas directivas europeas a la normativa española.


¿En qué discrepamos -y en eso sí que nos gustaría que lo tuviera en cuenta-? Es en la forma, ministro. Ministro... (El señor ministro de Educación, Cultura y Deporte, Méndez de Vigo y Montojo, mantiene una conversación con otra señoría).
Ministro; ministro; ministro... (El señor ministro de Educación, Cultura y Deporte, Méndez de Vigo y Montojo: Perdón). No, faltaría más. Es que es raro hablarle si no me mira. Le decía que vamos a votar favorablemente la trasposición, pero
que discrepamos de la forma. Por eso quería decírselo, porque no es la primera vez que su Gobierno y su ministerio utilizan vías rápidas para hacer cosas que se deberían haber hecho hace tiempo. Yo no sé si usted es el procrastinador oficial del
reino o algo peor, pero usted parece cada vez más un ministro del Gobierno de Mariano Rajoy, que como usted sabe es experto en no resolver los problemas o en hacerlo tarde o por la vía judicial. Pero a pesar de eso, a pesar de ese fallo en la
forma, nosotros vamos a votar a favor de la trasposición porque no podía ser de otra forma, entre otras cosas por nuestro compromiso con Europa que sí que es real, efectivo e inmutable.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor Agirretxea Urresti.


El señor AGIRRETXEA URRESTI: Gracias, señora presidenta.


Buenos días, señorías. Señor ministro, mi grupo parlamentario ya lo hizo saber: votará a favor de esta convalidación, entre otras cosas porque desde el principio creíamos que lo que se incorpora ahora es lo que se tenía que haber
incorporado en su momento, y era lo que en la Ley de Propiedad Intelectual tenía que haberse planteado. Un compañero lo ha dicho: se desestimaron casi todas las enmiendas de la oposición allá en 2014, si no me equivoco, y hoy el tiempo está dando
la razón y Europa está dando la razón a algunas cuestiones que desde la oposición se planteaban. Se ha parcheado afortunadamente con algunas cuestiones a las que antes se negaron desde el Gobierno, y en las que después no ha habido más remedio que
rectificar porque así lo ha exigido Europa. La explicación que ha dado usted de que no se pudo aplicar esta directiva previamente porque no había Gobierno, hombre... Yo creo que si se hubieran hecho los deberes a tiempo y las cosas de otra manera
esto ya estaría aplicado. Así y todo, entendemos que ya hay que insertar en la legislación española estas directivas europeas y hay que empezar a aplicarlas.


Tal y como su propio título indica esta ley tiene por objeto la modificación de la vigente Ley de Propiedad Intelectual e incorpora la directiva europea que usted ha citado. Con independencia de que el proyecto contemple determinadas
modificaciones de relevancia, entre ellas la que supone la adicción al texto de un nuevo artículo 31 ter -que usted ha comentado- de accesibilidad para personas con discapacidad, en la parte central, también consideramos que las partes que usted ha
indicado -que yo diría que son las positivas-, como la referida a las entidades de gestión, con las cuales estamos totalmente de acuerdo, consideramos que ya es hora de que se empiece a llevar esta cuestión con más seriedad de la que se ha hecho
hasta ahora, ya que creemos que tiene una serie de omisiones. Me fijaré en esas omisiones y esperemos que en la fase de enmiendas estas omisiones se puedan corregir.


El proyecto propone una regulación en la que las referencias a las competencias de las comunidades autónomas en materia de propiedad intelectual resultan casi inexistentes o cuando menos testimoniales, cuando en el caso de la Comunidad
Autónoma de Euskadi, por ejemplo, disponemos de competencia de ejecución de la legislación del Estado en esta materia. Además, junto a esta atribución competencial por medio del Real Decreto 896/2011, de 24 de junio, sobre ampliación de servicios
de la Administración General del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Euskadi por el Real Decreto 3069/1980, de 28 de septiembre, en materia de ejecución de la legislación sobre la propiedad intelectual, se traspasaron a la comunidad
autónoma determinadas funciones y servicios en esta materia, algunas de las cuales, como por ejemplo la autorización y la revocación de autorización de las entidades o asociaciones de entidades que pretendan dedicarse de manera exclusiva o
mayoritariamente en el ámbito de la Comunidad



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Autónoma del País Vasco o la mediación y el arbitraje de las entidades que operan en este mismo ámbito territorial son objeto de regulación en el proyecto, sin que la existencia de esta realidad competencial autonómica esté presente en el
articulado de la norma. No se trata de cuestionar la competencia del Estado sobre la legislación de propiedad intelectual -que es el artículo 149.1.9.ª de la Constitución española-, sino de visualizar que en este ámbito material de actuaciones las
comunidades autónomas, como por ejemplo la vasca, disponen de determinadas competencias que el texto propuesto omite de forma significativa.


Por ello, mi grupo planteará una serie de enmiendas que ya le adelanto que estarán referidas a incidir en este asunto, en incorporar en este real decreto en lo que sería el proyecto de ley estas competencias de las comunidades autónomas, así
como en el de las lenguas cooficiales en aquellos ámbitos en los que lo son, como por ejemplo en la Comunidad Autónoma de Euskadi. También está la competencia y la capacidad de arbitraje en situaciones en las que esta se deba dar ya que, como le he
indicado, también en esta materia somos competentes.


No me voy a alargar más. Solo quiero decirle que veíamos necesaria ya esta incorporación; ha tenido que ser por este sistema, pero en cualquier caso esperamos que en la fase de enmiendas se puedan corregir estos errores o estas lagunas que
tiene este real decreto.


Muchísimas gracias, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos tiene la palabra la señora Rivera de la Cruz.


La señora RIVERA DE LA CRUZ: Gracias, señora presidenta.


Señorías, señor ministro, hoy y sobre el tiempo de descuento, como viene siendo habitual, el Gobierno trae al Pleno un real decreto-ley para modificar nuestra ley de propiedad intelectual con el objeto de trasponer una directiva europea.
(Rumores).


La señora PRESIDENTA: Silencio, por favor.


La señora RIVERA DE LA CRUZ: Nos llama poderosamente la atención que en la exposición de motivos del decreto-ley el Gobierno diga -y leo-: 'A pesar de su importancia, la regulación de las entidades de gestión ha sido ajena a la labor del
legislador europeo hasta la aprobación de la Directiva 2014/26/UE'. Digo que nos llama la atención, porque ha sido el propio Gobierno el que, aun teniendo clara la importancia capital de esta materia, se ha tomado cuatro años para tramitar esta
directiva que se podía haber tramitado desde 2014. El límite para trasponerla venció el 10 de abril de 2016 y ustedes la llevaron al Consejo de Ministros el 13 de abril de 2018. Llegan dos años tarde, 733 días después de que expirase el plazo.
Hace usted alusión a que el Gobierno estaba en funciones. El Gobierno estaba en funciones, pero hace año y medio que tenemos Gobierno. Yo creo que año y medio es tiempo suficiente para haber cogido este toro por los cuernos, pero nos encontramos
aquí todos con buena voluntad salvando los muebles por la habitual laxitud que es la seña de identidad del Gobierno de Mariano Rajoy.


Ya les anticipo que vamos a dejar avanzar la convalidación para evitar males mayores, porque, como reconoció el propio señor ministro, estaba prevista una sanción económica para castigar este retraso. (Rumores). Sin embargo, también les
anticipo que hay aspectos que son susceptibles de mejora y que se deberán atender vía enmiendas. Repasado el texto que nos presentan, creemos que es irrenunciable que se lleve a cabo un proceso de adaptación a la realidad española y a los problemas
específicos de nuestros creadores y de nuestras entidades. Entrando en el fondo de la cuestión, este real decreto-ley viene a mejorar seis ámbitos del ordenamiento jurídico español en relación con la propiedad intelectual. (Rumores).


La señora PRESIDENTA: Silencio, por favor. Silencio, señorías.


Continúe.


La señora RIVERA DE LA CRUZ: Estos son: la representación de los titulares de derechos de propiedad intelectual y condición de miembro de una entidad de gestión, su organización interna, la gestión de la recaudación por derechos, los
acuerdos de reciprocidad, la concesión de licencias, las obligaciones de transparencia e información y lo relativo a las licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior. Estando
Ciudadanos muy de



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acuerdo, como no podía ser de otra manera, con los objetivos perseguidos por la directiva, ya dijimos que este real decreto tiene particulares áreas de mejora que debemos afrontar a lo largo del proceso legislativo.


Por mencionar algunas de las modificaciones que creemos que necesita este texto, diré, por ejemplo, que debemos buscar una mayor eficiencia en todo lo relativo a la seguridad de las transacciones entre los agentes del sector. También es
esencial que los nuevos mecanismos de control que impone la directiva sean acordes con la naturaleza de nuestros agentes y sus particularidades. Voy a algo muy concreto: el órgano de control que instituye esta directiva. Es una muy buena idea y
es necesario, pero tiene que ser diseñado para poder ejercer una vigilancia efectiva sobre la gestión de las entidades. Si se piensa solamente en una especie de entramado decorativo -y hay peligro de que ocurra-, vamos a seguir teniendo los mismos
problemas que hasta ahora. El órgano de control debe estar integrado por personas que actúen con total independencia, que tengan a su disposición toda la información que necesiten y que puedan llevar a cabo siempre un control real. Eso hay que
garantizarlo.


Por último, creemos necesario mejorar el irrenunciable equilibrio entre los compromisos adquiridos por los titulares de derechos de propiedad intelectual y la lógica protección de su libertad para la explotación de los derechos de sus obras.
Quiero decir que si se va a facilitar a los creadores el paso de una entidad de gestión a otra -paso que ahora es muy complicado-, hay que revisar las condiciones en las que esto va a suceder. Recordemos siempre que en última instancia el creador
no debe perder nunca el control sobre su obra ni sobre los rendimientos que esta genere. Cualquier cambio normativo tiene que redundar siempre en beneficio del autor, que podrá decidir a quién encarga la salvaguarda de sus derechos. Este proceso
legislativo es farragoso, complicado, muy arduo y a lo mejor no es lo más interesante para escuchar hoy por la mañana, pero lleva cuatro años esperando este momento para ver la luz y no puede hacernos perder de vista que por encima de todo queremos
proteger los derechos de los creadores.


Para terminar, nos sorprenden ustedes con una disposición adicional que pretende regular las normas aplicables a los contratos de duración determinada celebrados por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Inaem, con
arreglo a la regulación de la relación laboral de carácter especial de los artistas. Los problemas relacionados con el Ballet Nacional y la Compañía Nacional de Danza son una marejada continua desde hace demasiado tiempo. En realidad, todo el
Inaem vive esa marejada y sus unidades de producción ven cómo se multiplican sus problemas y se lastra su capacidad de actuar. El último capítulo es esta disposición adicional quinta y la disposición transitoria que la sigue. Están encajadas sin
ningún sentido en medio de un real decreto con el que no tienen absolutamente nada que ver y uno no puede por menos que preguntarse por qué se hace esto ahora y por qué se hace así. Da la impresión de que esto se ha hecho de una forma un poco
precipitada. Ustedes dicen que han contado con la opinión del sector. Nosotros sí nos hemos reunido con representantes de los bailarines y les puedo decir que no están contentos con esta redacción. Creemos que los bailarines merecen que se les
escuche y, sobre todo, que se les tenga en cuenta, porque al final estamos hablando de su futuro laboral. Les pido por favor que reconsideren este texto, que se tenga en cuenta a los directamente afectados y que avancemos en una redacción mejor.
Es el momento de demostrar -creo que estamos todos en sintonía- respeto por unos profesionales que trabajan en unas condiciones muy difíciles y que han llegado adonde están a base de esfuerzo, de talento y de sacrificio.


Si la tramitación de este texto -que a todas luces, insisto, nos parece mejorable- queda interrumpida hoy, la Unión Europea nos impondrá la correspondiente multa con la que se castiga habitualmente la lentitud de los Gobiernos, así que por
el bien de todos una vez más -y ya van varias- ayudaremos al Gobierno a evitar los perjuicios de lo que en términos de gestión de la cultura podemos empezar a denominar la losa de su propia herencia recibida, pero pediremos que la convalidación de
este decreto se haga como proyecto de ley para tener ocasión de enmendar todo aquello que no nos convence. Hay un amplísimo espacio de mejora y ahí estaremos, con esfuerzo y con responsabilidad, para hacer el trabajo que queda.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra el señor Maura Zorita.


El señor MAURA ZORITA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, debatimos un decreto del Gobierno que reforma la Ley de Propiedad Intelectual con el fin de adaptar dos directivas europeas de 2017 y 2014, respectivamente, que ya es decir. Digo sinceramente



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-y lo pienso sinceramente- que no pasaría nada por llegar tarde y bajo amenaza de multa si estos años hubieran servido para abordar la situación de la gestión colectiva y de la SGAE en particular, por un lado, y para pensar a fondo el
paradigma legislativo español en materia de propiedad intelectual, por el otro, y sin embargo no se ha hecho. Yo puedo entender que lleguemos tarde, aunque no me convenzan sus excusas, pero sobre todo lo que me preocupa es que llegamos mal
preparados. Igual que ya ocurrió en esta Cámara con el decreto de copia privada, basaré mi intervención en una idea muy sencilla. No es que al Gobierno le falte capacidad de anticipación y de previsión en esta materia, que también, es que milita
en un paradigma en declive que no es capaz de identificar ni la importancia estratégica de la gestión colectiva en el campo digital ampliado ni de comprender el potencial de la propiedad intelectual como herramienta de protección y de avance social.
Por este motivo, cuando llega la hora de cambiar las leyes, y en este caso con el relativo poco margen de actuación que deja una directiva europea, se pierde la oportunidad de avanzar, de proteger y de mejorar las condiciones de vida de muchísimas
personas. A la legislación española le hace falta, por tanto, un cambio de paradigma, no reformas que solucionan un problema al tiempo que generan dos.


Por ejemplo, José María Lasalle decía recientemente que el desafío de nuestro tiempo en materia de propiedad intelectual -que ya es decir- es la elaboración de una teoría de la propiedad de los datos. Yo sinceramente no estoy de acuerdo y
mi grupo tampoco, el reto consiste si acaso en construir normas y prácticas que garanticen los derechos de los usuarios y la sostenibilidad de la vida y del trabajo cultural, o lo que es igual, debemos garantizar que dibujar, componer, diseñar,
escribir, editar, distribuir, exhibir, colajear o archivar puedan ser actividades y/o profesiones de las que vivir dignamente y con derechos a lo largo y ancho de la cadena de valor, desde el primero hasta el último eslabón. Muchas biografías del
siglo XXI se extraerán de estados de Facebook; algunos de los libros del presente ya son producto de las redes sociales. Estos procesos son complejos, desiguales socialmente y paulatinos, pero asistimos ya a la difuminación de las fronteras entre
libro y colaje digital, entre canción y nota de audio, entre entrada de diario y post, y entre cuadro e 'instagrama'. El reto de la propiedad intelectual entiendo que es ayudar a ordenar cuando sea necesario, y solo cuando sea necesario, este campo
ampliado, y es que la Ley de Propiedad Intelectual puede ser una buena herramienta si la convertimos en parte de un sistema de garantías sociales abierto y solidario con toda la cadena de valor de la cultura, redes sociales incluidas. Por ejemplo,
la legislación en materia de propiedad intelectual puede cooperar con otros ámbitos de producción de norma para equilibrar la balanza digital y luchar contra los abusos de las grandes empresas que están detrás del negocio web, que compran y venden
datos con fines poco claros, como hemos visto recientemente con Facebook y Cambridge Analytica, y que se hacen millonarias vendiendo como datos lo que puede leerse en nuestros estados de Facebook, así como las imágenes y sonidos que producimos y
compartimos en las redes sociales. Hasta aquí el paradigma, hasta aquí la ausencia de cambio de paradigma de la que me vengo quejando habitualmente. Asumo que no está en esta reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.


Dicho esto, voy a la letra mediana y pequeña de la cuestión que nos compete hoy. En primer lugar, esta reforma podría haber servido para eliminar el artículo 71, que lleva décadas perjudicando a autores musicales y favoreciendo a empresas
editoriales vinculadas a las grandes discográficas. El Gobierno no quiso hacerlo -recibió la propuesta personalmente de mi parte- y sigo sin saber a fecha de hoy sus motivos. Tampoco aceptamos la disposición adicional quinta ni la disposición
transitoria única del decreto. No tienen nada que ver con las directivas europeas, como es natural. Afectan a cuestiones muy sensibles en materia de contratación por parte del Inaem en un contexto en el que el conflicto con los trabajadores del
Teatro de la Zarzuela sigue abierto y en un momento en el que las reivindicaciones de los trabajadores, bailarinas y bailarines, de la Compañía Nacional de Danza y del Ballet Nacional de España son de sentido común, de tal manera que resulta
doblemente inoportuno en tiempo y en forma introducir cambios legislativos de esta manera. Queremos que este decreto sea tramitado como proyecto de ley sobre todo para suprimir estas dos disposiciones, adicional quinta y transitoria única. Lo que
los tribunales vienen diciendo al Inaem es que tiene que pagar y contratar a sus trabajadores en condiciones estables. Ningún bailarín, como se imagina usted, señor ministro, quiere ser funcionario, porque nadie puede bailar a ese nivel hasta los
sesenta y cinco o sesenta y siete años, y quién sabe si todavía más allá. Lo que quieren es que se les contrate tal como corresponde a los niveles de exigencia y de compromiso que requiere su actividad. La justicia les ha dado la razón veintidós
veces y hay trece sentencias firmes. En esto, en el asunto que tiene que ver con la contratación del Inaem y, concretamente, del Ballet Nacional de España



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y de la Compañía Nacional de Danza, no se trata de que cambien la ley, se trata, señor Méndez de Vigo, de que cumplan las sentencias, y nada más.


Por el lado bueno -voy terminando-, compartimos algunas de las medidas de control del funcionamiento de las entidades de gestión, en particular a las que recaudan más de 100 millones de euros, es decir, la SGAE. En todo caso, son medidas
susceptibles de mejora, y para eso está el trámite parlamentario, y allí nos veremos. Es importante reivindicar la gestión colectiva en un momento en el que las malas prácticas y la situación interna de la SGAE están perjudicando a entidades de
gestión que trabajan perfectamente y hacen muy bien sus deberes. Ese es un asunto que hay que abordar con absoluta seriedad. También vamos a votar a favor de que este decreto se tramite como proyecto de ley, aunque no nos guste el contenido,
porque queremos que el trámite parlamentario sea, en general, fructífero y cooperativo. Está en vigor. Hay aspectos importantes que ha dejado fuera y aspectos importantes que resuelve mal.


Voy a enumerar apenas tres -seré muy breve, presidenta-, y termino. En primer lugar, el Supremo ha tumbado la orden de metodología de las tarifas generales y esta reforma puede permitirnos abordar esta cuestión con más garantías y con
mejores soluciones. Hay que abordar el problema del préstamo bibliotecario, y estamos de acuerdo todos los grupos en ello. Por último, hay que modificar el artículo 158, apartado quinto. Decía antes la portavoz de Ciudadanos que es dificilísimo
que un titular de derechos pueda cambiar de entidad de gestión -lo es-, y esto ha favorecido históricamente a la SGAE con respecto a Adama. No se puede tolerar que haya un artículo, en este caso el 158, apartado quinto, que favorezca a quienes peor
lo hacen y perjudique a quienes mejor lo vienen haciendo.


Estas son solo algunas de las cuestiones en las que ya venimos trabajando los grupos parlamentarios. Solo puedo decir que este no es un buen decreto, que no nos gusta, pero necesitamos un buen trámite parlamentario, cooperativo y
fructífero, en el que nos veremos y al que llevaremos todas las propuestas que tenemos y en las que -insisto- estamos ya trabajando con el resto de grupos.


Muchas gracias a todos. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Torres Mora.


El señor TORRES MORA: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, señorías, la tradición republicana aconseja que cuando una ley o una institución han resistido largamente la impugnación del tiempo conviene modificarlas con cuidado. (La señora vicepresidenta, Navarro Garzón, ocupa la
Presidencia). En ocasiones, sin embargo, el principal problema para la supervivencia de las instituciones es que, precisamente por haber cumplido la misión para la que fueron creadas, han hecho olvidar las razones de su creación. Y cuando los
seres humanos olvidamos el propósito que nos llevó a hacer una tarea, enseguida la descuidamos y, finalmente, la abandonamos. Por eso conviene recordar, ahora que legislamos sobre las entidades de gestión colectiva, las circunstancias de su
creación.


Hoy, no solo cualquiera de nosotros que disfrutamos y nos enriquecemos espiritualmente con las creaciones de la cultura, sino incluso muchos artistas y creadores hemos olvidado las razones por las que Víctor Hugo junto con Balzac, George
Sand o Alejando Dumas padre crearon en la Francia de 1838 la primera entidad de gestión, aunque ya había algún precedente en el siglo XVIII. Ya nadie recuerda, salvo los historiadores especializados, quién fue el empresario -hoy lo llamaríamos
emprendedor cultural- Florencio Fiscowich y Díaz de Antoñana y Valverde, pero hubo un tiempo, a finales del siglo XIX, en que este señor tuvo la cultura de nuestro país en sus manos y, más aún, en sus bolsillos, todo ello gracias a que la ley le
permitía comprarles a perpetuidad los derechos sobre sus obras presentes y futuras a nuestros más preeminentes autores y músicos.


En la España del siglo XIX un único empresario podía controlar temporadas enteras de los teatros de Madrid y provincias, en las que solo se representaban las obras que le pertenecían. Aquel modelo de gestión no beneficiaba ni a los autores
ni a la cultura ni a la sociedad española. Y de la lucha de los autores españoles contra aquel monopolio surgió la Sociedad de Autores de España en 1899, que inauguró la gestión colectiva en España. Y lo hizo con el impulso de un músico, Ruperto
Chapí, y de un periodista y escritor, el socialista Sinesio Delgado, que el 23 de junio de ese año, de 1899, publicaba una carta en El Socialista en la que daba noticia de la firma ante notario de los estatutos de la Sociedad de Autores de España,
con arreglo a los cuales decía Sinesio Delgado, abro comillas: 'Los trabajadores del teatro se administrarán a sí mismos, sin la más pequeña intervención del capital'. Cierro comillas. Hoy tenemos en



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España ocho entidades de gestión colectiva de derechos de creadores y artistas que protegen sus intereses y también los de nuestra cultura. A saber: SGAE, Cedro, Vegap, DAMA, AIE, Aisge, Agedi y Egeda. Todas ellas son propiedad de los
titulares de derechos y todas ellas carecen de ánimo de lucro.


Sinceramente, después de varias legislaturas desempeñando la portavocía de cultura del Grupo Socialista debo decir que, más allá de lo que pueda ocurrir en algún caso particular que a todos nos preocupa y con las imperfecciones de cualquier
obra humana, el papel de estas entidades es fundamental tanto para sus socios como para nuestra cultura. Si sospechamos cualquiera de nosotros enseguida de quien ante los errores de un Gobierno democrático aprovecha para atacar la democracia como
forma de Gobierno, también debemos sospechar de quienes ante los fallos de una entidad de gestión colectiva aprovecha para atacar al sistema de gestión colectiva de los creadores. (Aplausos). Hay que tirar el agua sucia en cuanto la hay, en cuanto
aparece, pero sería un inmenso error, como quieren algunos sea por ingenuidad o por un interés nada ingenuo, tirar al niño con el agua sucia. Porque con la excusa de unos pocos casos muy reprobables, estas entidades son objeto de un ataque desleal,
duro y prolongado, cuyo verdadero objetivo es expropiar a los creadores y artistas de los derechos de propiedad sobre sus obras y devolverlos a la condición estructural que tenían en el feudalismo o en el capitalismo manchesteriano; todo ello en
nombre de una utopía tecnológica, que es una verdadera distopía social. Esta es una conclusión a la que cualquiera puede llegar sin necesidad de ver ningún capítulo de Black Mirror, aunque lo recomiendo.


En este contexto, ideológicamente adverso a la gestión colectiva, en el que el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales estamos legislando una reforma que, sin duda, es necesaria, pero sobre la que les confieso mi inquietud, la
aparición de los llamados operadores de gestión independiente, que, al contrario de las entidades, no son propiedad de los artistas y creadores y sí tienen ánimo de lucro, nos debería poner sobre aviso, no sea que nos encontremos a nuestros
creadores y a nuestra cultura bajo la férula de un señor como Florencio Fiscowich.


En ese sentido también debemos ser prudentes para que el nuevo órgano de control que exige la directiva europea sea útil para la gobernanza de estas entidades y no un caro y disfuncional instrumento de colocación de vacas sagradas y demás
miembros de esa abundante fauna de ex a la que el sombrero no le tocó en la tómbola. Los modelos de gestión colectiva son perfectamente adecuados para la sociedad de hoy en día y suponen un beneficio social, especialmente en el caso del entorno
digital. Por eso es esencial que protejamos la gestión colectiva como mecanismo de garantía para los autores y evitemos que la misma desaparezca absorbida dentro de un mercado confuso en el que las plataformas digitales -que ofertan la gestión de
los derechos sin ser propiedad de los titulares y sin verificar esta titularidad ni el cumplimiento de las licencias por parte de los usuarios- hagan su agosto. De modo que, para corregir los defectos que pueda haber en el funcionamiento interno o
en la función económica y social de las entidades de gestión, es mejor fomentar la democracia interna de las mismas y ponerlas bajo mejor control y amparo de la ley que sustituirlas por un mercado y una tecnología que difícilmente satisfarán la
función social de protección y acceso a la cultura, algo que sí les exigimos a las entidades de gestión colectiva (aplausos) y de las que es un muy buen ejemplo -como aquí se ha citado- el cumplimiento del Tratado de Marrakech para facilitar el
acceso a los libros de las personas ciegas, que incluye el real decreto que hoy trae el Gobierno para su convalidación.


Los socialistas creemos -y con esto acabo- que hay cosas muy importantes que mejorar en el real decreto que presenta el Gobierno, pero que es una base para empezar a trabajar. No obstante, al igual que la mayor parte de los grupos de la
oposición, los socialistas nos vamos a abstener en la votación de convalidación y votaremos favorablemente a su tramitación como proyecto de ley precisamente para poder enmendar aquello que no nos convence. Y si hay algo que no nos convence en
absoluto es que se haya tratado de regular las relaciones laborales del Ballet Nacional en la trasposición de una directiva europea sobre los derechos de propiedad intelectual. No es objeto de este debate, señor ministro, pero algo va mal en el
Inaem y este es otro ejemplo. Es necesario que escuchen a los trabajadores y a sus representantes sindicales. Pertenezco a una familia de trabajadores manuales y le aseguro que los trabajadores no van a la huelga por deporte, algo serio está
fallando en este asunto. No se lo digo para que pierda un minuto buscando a los culpables, sino para que lo emplee buscando soluciones.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Navarro Garzón): Muchas gracias, señor Torres Mora.


Por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso tiene la palabra el señor Del Río Sanz.



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El señor DEL RÍO SANZ: Gracias, presidenta.


Señorías, estamos ante la convalidación de un real decreto que trae el Gobierno de España para la trasposición de dos directivas comunitarias. Al Grupo Popular le parece un buen decreto, además de que hay que trasponer las directivas
comunitarias. Lo que se recoge en él, en la parte europea, y en lo que mejora la parte europea, que ha enriquecido el propio Gobierno de España, es una buena solución para completar y mejorar las políticas que se están llevando a cabo con el fin de
favorecer la cultura en nuestro país y, sobre todo, para favorecer y proteger a los creadores de cultura en nuestro país. Se puede decir que se está mejorando la fontanería de la cultura; es algo no visible, es algo que puede parecer farragoso,
pero es algo fundamental si lo que queremos es seguir teniendo una cultura que es uno de los elementos esenciales de la nación, que es también una industria y uno de los estandartes de la marca España.


He escuchado algún reproche a propósito de la tramitación de este real decreto, pero la culpa no ha sido del Gobierno, porque ha habido un Gobierno en funciones durante un tiempo y un Gobierno en funciones no podía tramitar el decreto-ley, y
el hecho de que el Gobierno estuviera en funciones no ha sido responsabilidad del Partido Popular, que era el primer interesado y el que más ha hecho para que hubiera un Gobierno lo antes posible. Una vez que se ha constituido el Gobierno, esto
lleva un tiempo de tramitación. Quien haya leído el decreto-ley habrá visto todos los informes y las memorias que lo acompañan. Por tanto, no se le puede reprochar en absoluto ningún retraso en la tramitación.


Como señalaba, estamos hablando de algo que, aunque no sea muy visible, es absolutamente fundamental para la protección de los derechos de los creadores y tiene que ver con la mejora en la gestión de un elemento nuclear, que son las
entidades de gestión... (Rumores).


La señora VICEPRESIDENTA (Navarro Garzón): Señorías, silencio, por favor.


El señor DEL RÍO SANZ: Gracias.


... que facilitan la negociación para que los usuarios obtengan la autorización para el uso de obras culturales y que aseguran nada más y nada menos que el creador de estas obras cobre por su uso.


Al Partido Popular no le produce ninguna inquietud la directiva europea. Me sorprende lo que ha dicho algún querido portavoz sobre la inquietud que le produce esta directiva europea. A nosotros no; además, la compartimos plenamente. Todo
lo que sea mejorar la transparencia y la eficacia en nada más y nada menos que los derechos de los creadores nos parece extraordinario. Eso no quiere decir que se ponga en duda la gestión de todas las entidades de gestión. Es verdad que hay
problemas, y muy serios, en alguna, pero el resto lo está gestionando extraordinariamente bien, y de lo que se trata es de mejorar esos mecanismos de gestión. Se van a fortalecer el control y la gobernanza de estas entidades de gestión de los
derechos de propiedad intelectual y se van a evitar algunas situaciones que se han producido y que no nos gustan a ninguno. Se contribuye a la creación y producción de nuevos contenidos culturales, se protege el repertorio cultural español y, como
se ha señalado también ya, se amplían, en cumplimiento de la denominada Directiva Marrakech, los derechos del colectivo de personas con discapacidad visual y se pone a España a la cabeza de los Estados de la Unión Europea que más avanzan en la
defensa de sus derechos.


Se ha hecho mención también a que algunas de las disposiciones adicionales tienen que ver con la situación de un grupo de bailarines de la Compañía Nacional de Danza. El Gobierno de España, el ministerio, pretende dar solución a un problema
que hay. No sé si saben sus señorías que el contrato de estos bailarines termina en agosto de este año. (Rumores).


La señora VICEPRESIDENTA (Navarro Garzón): Señorías, por favor, guarden silencio.


El señor DEL RÍO SANZ: Si no se cambia la normativa que hay al respecto, a estos bailarines, una vez que haya finalizado su contrato de obra y servicio en función del proyecto artístico del ballet, se les rescindirá el contrato.
Precisamente a la vista de las sentencias que ha habido a propósito de la renovación de otros contratos, tendría que rescindirse el contrato, porque se estaría haciendo mal algo que los tribunales han dicho que está mal hecho; luego, o los dejamos
en la calle o cambiamos la normativa legal para que se pueda ampliar el contrato. Si hay algún grupo parlamentario que tiene una solución mejor que esta que ha propuesto el Gobierno de España, a través del Ministerio de Educación, del Ministerio de
Trabajo y del Ministerio de Función Pública, el Partido Popular estaría encantado, feliz de ver cuál es, pero esta es la única solución que nos parece viable. Si hay otra, como digo, en el trámite parlamentario de la ley, estaremos encantados de
escucharla y de votar a favor si es el caso, pero no se puede hacer algo que



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los tribunales han dicho ya que está mal hecho. Además, con esto hay que hacer muy poca demagogia y no se puede alargar en el tiempo, porque los contratos finalizan el 31 de agosto de este año. Por cierto, el régimen de contratación de
estos bailarines no lo ha cambiado el Gobierno del Partido Popular, se lleva haciendo así en los últimos veintitantos años.


Dicho todo esto, desde el Partido Popular defendemos los derechos de los creadores. Entendemos que este decreto que se aprueba hoy es extraordinariamente importante para mejorar y proteger a los creadores en nuestro país. Las industrias
culturales, como señalaba el ministro, son sinónimo de creación de riqueza y de puestos de trabajo, son un elemento esencial de la marca España, son el alma de la nación, de la patria. Desde el Partido Popular estamos a favor de la transparencia y
a favor de la eficacia en la gestión de las entidades de gestión, que es como se denominan, y estamos a favor de seguir apoyando a los creadores y a la cultura. Los españoles quieren soluciones y no debates estériles, y por eso estamos a favor de
este decreto-ley que hoy trae el Gobierno.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Navarro Garzón): Muchas gracias, señor Del Río Sanz.


- REAL DECRETO-LEY 3/2018, DE 20 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 16/1987, DE 30 DE JULIO, DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS CON CONDUCTOR. (Número de expediente 130/000030).


La señora VICEPRESIDENTA (Navarro Garzón): Pasamos a la convalidación o derogación del Real Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres en materia de
arrendamiento de vehículos con conductor. Para presentar el real decreto, tiene la palabra, en nombre del Gobierno, el señor ministro de Fomento.


El señor MINISTRO DE FOMENTO (De la Serna Hernáiz): Muy buenos días. Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, comparezco en esta Cámara para someter a la misma la convalidación del Real Decreto-ley 3/2018, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres en materia de arrendamiento de
vehículos con conductor, aprobado por Consejo de Ministros el pasado 20 de abril. El objetivo principal de este real decreto-ley es, como saben, en primer lugar, garantizar la aplicación en todo el territorio nacional de unas condiciones únicas de
prestación de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor y, en segundo lugar, permitir el desarrollo armónico y la convivencia equilibrada entre las dos modalidades de transporte de viajeros en vehículos de turismo que contempla
nuestro ordenamiento jurídico: el taxi y el arrendamiento de vehículos con conductor.


Me gustaría empezar explicando brevemente el entorno normativo que regula el transporte público en materia de vehículos de turismo. Como saben, la reglamentación de la Unión Europea deja fuera de este ámbito de aplicación el transporte de
viajeros en esta clase de vehículos, de tal forma que su regulación compete exclusivamente a cada uno de los Estados miembros. En España existen dos modalidades de transporte público de viajeros en vehículos de turismo: el taxi, cuya actividad, en
el ámbito urbano, está regulada por la legislación autonómica y municipal y, en el interurbano, por la legislación del Estado, y el arrendamiento de vehículos con conductor, cuya actividad está exclusivamente regulada por la legislación del Estado,
que resulta aplicable tanto si se desarrolla en el ámbito urbano como en el interurbano. (La señora presidenta ocupa la Presidencia).


La prestación del servicio del taxi en el ámbito urbano está sujeta a la preceptiva obtención de una licencia municipal y al cumplimiento de la normativa aprobada por las entidades locales y, en algunos casos, por las comunidades autónomas
en el ámbito de sus respectivas competencias. Dicha normativa impone en todos los casos un determinado régimen tarifario e incluye condiciones relativas a las características de los vehículos, los puntos de parada, los horarios, los calendarios de
servicio, etcétera. Sin embargo, para prestar ese servicio de taxi en el ámbito interurbano es necesario disponer de una autorización de la clase VT, que otorgan las comunidades autónomas por delegación del Estado. Esta autorización únicamente se
expide a quienes previamente son titulares de una licencia municipal de transporte urbano, otorgada por la correspondiente entidad local, y habilita para realizar transporte en todo el territorio nacional, sea cual fuere el destino, siempre que el
viajero se haya tomado en el municipio al que pertenece el taxi. Por su parte, el arrendamiento de vehículos con conductor es una actividad cuya



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prestación se encuentra sujeta a la previa obtención de una autorización de la clase VTC, otorgada, como he dicho antes, por las comunidades autónomas por delegación del Estado. Esta autorización habilita para prestar servicios en todo el
territorio nacional sin limitaciones por razón de origen o destino y, consecuentemente, permite a su titular desarrollar su actividad tanto en el ámbito urbano como en el interurbano. A diferencia del taxi, esta actividad no está sujeta a tarifas,
horarios y calendarios establecidos por parte de la Administración.


Como saben, la diferencia sustancial entre ambas actividades es que los servicios de VTC deben ser siempre precontratados y las normas que les resultan de aplicación prohíben a los arrendadores llevar a cabo actuaciones destinadas a
propiciar la captación en la calle de clientes que no hubiesen contratado previamente el servicio. Así, no es legal que un usuario pare un vehículo de arrendamiento con conductor mientras circula para a continuación demandarle un servicio, ni que
estos vehículos aguarden estacionados en puntos de parada estratégica preestablecidos para atraer la demanda de servicios por parte de los posibles usuarios, en tanto que se trata, como he dicho, de modalidades de contratación expresamente
reservadas al taxi. No obstante, lo cierto y verdad, como sus señorías conocen perfectamente, es que los servicios prestados por los taxis y por los VTC atienden a demandas de transporte que resultan muy difíciles de distinguir en algunos
segmentos, especialmente en los servicios que se prestan en los ámbitos urbanos y metropolitanos. Es en esos segmentos en donde se produce en cierta medida una competencia desigual entre ambas modalidades de transporte, en tanto que los servicios
de arrendamiento de vehículos con conductor, como he dicho, no están sujetos a un régimen tarifario obligatorio ni a otra serie de rigideces relativas a horarios, calendarios, etcétera, como los taxis, lo que permite a sus titulares competir con
algunas ventajas frente a estos en esos segmentos.


Con objeto de racionalizar la competencia entre ambas modalidades de transporte, desde finales de los años noventa del siglo pasado se establecieron reglas destinadas a garantizar una cierta proporcionalidad entre el taxi y la autorización
de arrendamientos de vehículos con conductor, que finalmente se concretaron en una autorización de VTC por cada treinta licencias de taxi, para mantener un cierto equilibrio en la competencia entre estas dos formas de transporte. Estas reglas de
proporcionalidad permitieron durante años la convivencia pacífica de ambas realidades de transporte de viajeros en vehículos de turismo. Sin embargo, como todos ustedes también conocen, diversas sentencias judiciales recaídas en tribunales
ordinarios a partir del año 2011 y en el Tribunal Supremo a partir del año 2014, fundamentadas en la Ley ómnibus aprobada en 2009, han determinado la entrada en el mercado de una gran cantidad de nuevas autorizaciones VTC, alterando la relación
1/30, que había permitido una coexistencia pacífica en ambos sectores. De hecho, la proporción a nivel nacional entre ambas modalidades de transporte se sitúa actualmente en una autorización de VTC por cada nueve licencias de taxi, llegando incluso
en alguna comunidad autónoma a ser una de VTC por tres licencias de taxi. Además, se ha de tener en cuenta que todavía están pendientes de resolución numerosos procesos judiciales que podrían determinar la entrada de miles de nuevas autorizaciones
VTC adicionales, lo que probablemente nos situaría en un ratio de VTC por cada tres licencias de taxi a nivel nacional e incluso en algún caso en ratios más reducidos en aquellas comunidades autónomas con grandes poblaciones y una fuerte demanda
turística.


Durante los últimos años el Ministerio de Fomento ha impulsado diversas iniciativas para tratar de facilitar esa convivencia equilibrada entre los diversos servicios. Primero, la Ley 9/2013, de modificación de la Ley de ordenación del
transporte terrestre, que volvió a legitimar el establecimiento de limitaciones al otorgamiento de nuevas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor bajo criterios de proporcionalidad con el número de licencias de taxi existentes en
cada territorio. Segundo, el Real Decreto 1057/2015, que restableció la exigencia de una proporción de una autorización VTC por cada treinta licencias de taxi, que según la doctrina jurisprudencial había sido, como he dicho antes, anulada en 2009
por la Ley ómnibus. Para determinar el contenido de ese real decreto se trató de alcanzar el máximo consenso posible con las asociaciones representativas de los taxistas y también con los arrendadores de vehículos con conductor. Este real decreto
fue finalmente acompañado por una orden ministerial complementaria que señaló las condiciones técnicas y de calidad que debían ser cumplidas por las empresas dedicadas al arrendamiento de vehículos con conductor y por los vehículos utilizados en la
prestación de estos servicios. Por último, el Real Decreto 1076/2017, aprobado el pasado mes de diciembre, que prohíbe la transmisión de autorizaciones VTC en el plazo de dos años desde su otorgamiento original por la autoridad competente. Esta
limitación temporal es, por cierto, regla general en el sector del taxi. Unos ayuntamientos la limitan a dos, otros a cuatro, otros a diez y otros incluso prohíben que se produzca la transmisión, pero en la inmensa mayoría de los ayuntamientos se
establece un plazo en el



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que no se permite transmitir esas autorizaciones. Además, el real decreto obliga a los operadores a comunicar a un registro nacional los datos de cada servicio que vayan a realizar previamente a su inicio. Esto, además de ir en la senda
del proceso de digitalización de la economía española, facilita también la gestión y el control de las VTC.


En paralelo, el Plan nacional de inspección del transporte por carretera, acordado por el Ministerio de Fomento con las comunidades autónomas, ha sido...


La señora PRESIDENTA: Silencio, señorías, por favor, silencio.


El señor MINISTRO DE FOMENTO (De la Serna Hernáiz): ... reforzado en los últimos años para la lucha contra el fraude y el intrusismo en la prestación de los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor, impulsando el control del
mantenimiento de los requisitos exigidos para obtener las correspondientes autorizaciones, así como el cumplimiento de las condiciones de prestación de los servicios reglamentariamente establecidos. Durante todo este proceso, el Ministerio de
Fomento ha mantenido un contacto permanente con los representantes de ambos sectores, así como con las comunidades autónomas, especialmente con aquellas que se han visto más afectadas por el crecimiento del número de autorizaciones VTC.


El crecimiento exponencial experimentado por el número de autorizaciones VTC que operan en el mercado, unido al eventual acceso de un número significativo de nuevas autorizaciones como consecuencia de los procesos judiciales todavía
pendientes de sentencia, comienza a poner seriamente en peligro la eficacia de cualquier política abordada en el ámbito local destinada a racionalizar el transporte urbano y metropolitano. Por otra parte, es un hecho que el enorme incremento del
número de autorizaciones VTC está alterando las condiciones del mercado en las principales poblaciones y centros turísticos del país, y esto ha afectado de manera significativa a las condiciones de prestación de los servicios que tradicionalmente
han sido atendidos por el taxi. Esta situación de conflicto, unida al hecho de que las vigentes reglamentaciones reguladoras de la actividad desarrollada por el taxi en el ámbito urbano, aprobadas por las entidades locales y comunidades autónomas,
destacan inequívocamente su vinculación al interés general, viene propiciando que en los últimos meses hayan comenzado a proliferar iniciativas en el ámbito de las administraciones locales y autonómicas dirigidas muchas de ellas a limitar la
operatividad de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor en el ámbito urbano, con el objeto de mantener, insisto, el statu quo de la actividad del taxi. Así, tenemos varios ejemplos, como el de agosto del año 2017, cuando la
Generalitat de Catalunya aprobó un real decreto-ley regulando determinados aspectos del arrendamiento de vehículos con conductor, que obligó al Gobierno a interponer un recurso de inconstitucionalidad por cuanto invadía competencias que la
Constitución atribuye exclusivamente al Estado. En el mes de marzo, las Cortes Valencianas iniciaron la tramitación de una proposición de ley destinada a regular también el arrendamiento de vehículos con conductor, con el objetivo de limitar la
operatividad de las autorizaciones de ámbito nacional. También la Comunidad de Madrid se ha comprometido a modificar el reglamento del taxi. Ha pedido al Ministerio de Fomento que endurezca las sanciones y se ha encargado un informe jurídico para
conocer hasta dónde llegan sus competencias en relación con esa actividad. Independientemente de lo anterior, en un número creciente de ayuntamientos se están aprobando declaraciones institucionales que proponen que se establezcan condiciones de
prestación de los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor más restrictivas que las actuales.


Creemos sinceramente que todas estas iniciativas y proyectos normativos no solo entrañan una amenaza para la unidad de mercado, sino que, en cierta medida, pueden poner en cuestión la eficacia del título competencial que corresponde al
Estado para regular el régimen jurídico de unas autorizaciones, las VTC, que habilitan el servicio de transporte en todo el territorio nacional. Por ello, el Gobierno ha considerado absolutamente necesario adoptar cuanto antes una medida
legislativa que, por un lado, garantice mediante una norma con rango legal la efectividad de las reglas que aseguran la convivencia armónica de las dos modalidades de transporte, sin que ninguna de ellas se vea obligada a competir con la otra en
condiciones de inferioridad, y por otro lado, garantice la homogeneidad de condiciones de prestación de los servicios en todo el territorio nacional, evitando una cierta conflictividad, que ya se apunta, como consecuencia de la desigualdad en la
aprobación de normas en diferentes comunidades autónomas, tanto en el ámbito constitucional como en el contencioso-administrativo, por razones -repito- de competencia en la materia. Se trata en definitiva de dotar de mayor seguridad jurídica a las
reglas aplicables a la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, con la finalidad de garantizar el



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adecuado equilibrio entre la oferta de estos servicios y la del taxi, preservando así la convivencia de ambos sectores y las garantías al usuario.


Brevemente describo el contenido del real decreto-ley, que se compone de un artículo único, una disposición adicional primera, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales. El artículo único modifica tres artículos de la
Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres y, en concreto, eleva a rango de ley dos preceptos que ya existían con rango reglamentario y que se establecieron con el consenso de los sectores del taxi y del arrendamiento
de vehículos con conductor. A tal efecto, se recoge, en primer lugar, el denominado criterio de proporcionalidad entre la oferta de servicios de VTC y de taxi. Se determina que la comunidad autónoma competente en cada caso procederá a denegar el
otorgamiento de una nueva autorización VTC cuando en su territorio ya exista más de una autorización de arrendamiento de vehículos con conductor por cada treinta de taxi. Esta regla tiene como finalidad mantener el adecuado equilibrio entre la
oferta de servicios de VTC y de taxi. No obstante, hay que decir que se permite a las comunidades autónomas que puedan modificar esa regla de proporcionalidad siempre que la aplicación sea menos restrictiva, dándoles así un cierto nivel de
discrecionalidad que les permita su adecuación cuando entiendan que las circunstancias de movilidad de pasajeros en su territorio así lo aconsejan.


En segundo lugar, se incluye el denominado criterio de habitualidad, mediante el que simultáneamente se refuerza el ámbito nacional de las autorizaciones VTC y, sin contradicción, su ligazón con el territorio de la comunidad autónoma en la
que se hayan obtenido. Así, se señala expresamente que las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor habilitan para prestar servicios en todo el territorio nacional, es decir, sus titulares pueden iniciar y terminar un servicio en
cualquier punto del país conforme a lo que en cada caso les solicite su cliente, pero, y sin perjuicio de lo anterior, se establece que los vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor deben ser utilizados habitualmente para
prestar servicios cuyo objeto sea atender necesidades relacionadas con el territorio de la comunidad autónoma en la que se encuentra domiciliada su autorización de VTC. Es decir, si bien pueden operar en todo el territorio, su actividad debe
dirigirse principalmente a servir las necesidades de transporte de la comunidad autónoma que expidió la autorización. No tendría sentido que para el otorgamiento de la autorización VTC se tuviera en cuenta la proporción de autorizaciones de taxi y
de arrendamiento de vehículos con conductor existentes en una comunidad autónoma si, una vez que uno tiene la autorización, su titular se pone a trabajar siempre o principalmente en otra comunidad autónoma distinta. Con objeto de permitir una
aplicación efectiva de este criterio, se establece que se entenderá que no se cumple esa regla de habitualidad cuando más del 20 % de los servicios realizados con el vehículo adscrito a la autorización VTC en un periodo de tres meses no haya
discurrido ni siquiera parcialmente por el territorio de la comunidad autónoma que le expidió la autorización.


Por último, el real decreto-ley pretende impulsar los mecanismos de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas para la mejora de la competitividad y la coordinación de la actividad desarrollada por las distintas modalidades del
transporte de viajeros en vehículos de turismo tanto en el ámbito urbano como en el ámbito interurbano. A tal efecto, se modifica el precepto legal que regula las funciones de la Conferencia Nacional de Transportes para incluir expresamente entre
aquellas la mejora de la competitividad del sector de transporte de viajeros y, en coherencia con los objetivos perseguidos por el real-decreto ley, se establece la necesidad de convocar de manera extraordinaria esa conferencia nacional para
identificar y analizar todos aquellos aspectos de la reglamentación del Estado y autonómica que pudieran ser susceptibles de revisión, al objeto de mejorar la competitividad y coordinación en el ámbito urbano e interurbano de la actividad
desarrollada por las distintas modalidades de transporte de viajeros en vehículos de turismo, que servirá entre otras cosas para abordar temas tan relevantes como el sistema tarifario o la forma de poder contratar estos servicios. Esto es muy
importante, porque refleja la voluntad del Gobierno de seguir trabajando junto con el sector en la adopción de nuevas medidas dirigidas a mejorar la competitividad.


El Gobierno ya ha adoptado dos medidas: el real decreto de finales del año pasado y este real decreto-ley. No se trata, como alguien ha dicho, de medidas que vayan a transformarse en parches; más bien al contrario, son reformas y pasos
que vamos dando para conseguir mejorar esa competitividad y garantizar una convivencia armónica. Y en este real decreto-ley ya abrimos la puerta para el siguiente paso, que es que, en el marco de esa conferencia nacional, se puedan abordar otra
serie de medidas de forma serena y en coordinación con las comunidades autónomas, los ayuntamientos y los representantes de las principales asociaciones del sector que avancen en ese proceso de mejora de la competitividad.



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En conclusión, una vez analizada la situación y ratificadas ampliamente las razones de necesidad y urgencia constitucionalmente exigidas, el Gobierno decidió en el Consejo de Ministros del pasado 20 de abril la aprobación de este real
decreto-ley. Estamos absolutamente convencidos de que había que adoptar las medidas que hemos tomado para recuperar la estabilidad jurídica en el ámbito del transporte de viajeros con vehículos turismo y para garantizar esa convivencia ordenada y
armónica entre los servicios de VTC y del taxi. El Gobierno considera que la convalidación del real decreto-ley es necesaria para alcanzar ese objetivo, y para ello ha tratado de obtener el mayor acuerdo con los grupos que integran esta Cámara.
Por eso, quiero mostrar mi agradecimiento a los grupos que ya han avanzado su apoyo a la convalidación, y a los que todavía no lo han expresado, quiero solicitarles el voto favorable para la convalidación este real decreto-ley.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


En el turno de fijación de posiciones interviene, por el Grupo Parlamentario Mixto, en primer lugar, el señor Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Muchas gracias, señora presidenta.


Ante la solicitud de convalidación de este real decreto-ley que promueve la modificación de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, resulta oportuno señalar que estamos ante
cambios reglamentarios que llegan tras periodos de incertidumbre, quejas y conflictividad contra la competencia desleal derivada de la proliferación de vehículos que, de forma descontrolada, estaban ocasionando un gran daño al gremio del taxi, sobre
todo en grandes ciudades; un gremio que, como servicio público y reglado, está sometido a las obligaciones derivadas de su licencia municipal y no podía competir en igualdad de condiciones contra el fraude, la especulación y el intrusismo derivados
de las novedosas formas de arrendamiento de vehículos con conductor. Las altísimas tasas infractoras detectadas y la constatación de numerosos actos irregulares para la captación de pasajeros reflejaron una clarísima competencia desleal frente al
taxi.


Este real decreto-ley persigue dar una mayor seguridad jurídica al alquiler de vehículos con conductor y estimula el equilibrio entre la oferta de estos servicios y el del taxi, teniendo en cuenta que la competencia de la gestión y
otorgamiento de títulos habilitantes para el ejercicio de las actividades y profesiones reguladas está atribuida a las comunidades autónomas. De hecho, el nuevo texto incide en la coordinación entre las administraciones para asegurar con ello la
existencia de un sistema común de transportes en todo el territorio nacional, y también avanza en las garantías para aplicar en toda España las condiciones únicas de prestación de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor.


Sin embargo, nos surgen dudas, porque los efectos negativos, evidentes en las grandes capitales, no se perciben en aquellas ciudades donde la competencia frente al taxi tradicional no es tan atractiva como en las grandes poblaciones, pero a
partir de este real decreto-ley se abre un mayor espacio de concesión de licencias para las VTC en aquellos lugares donde este problema es hoy prácticamente inexistente, como es el caso de Asturias. Por lo tanto, este blindaje legal nos parece que
será efectivo y favorecerá el gremio del taxi en las grandes ciudades, pero puede acarrear efectos secundarios en aquellos lugares de tamaño medio o pequeño donde no se ha percibido la competencia de las VTC y donde, sin embargo, a partir de este
real decreto-ley, queda habilitada la posibilidad de un margen de concesión de licencias que con el tiempo se puede volver en contra del taxi, porque va a ser administrativamente mucho más fácil conseguir una licencia para el arrendamiento de
vehículos con conductor de VTC y también va a ser económicamente mucho más asequible la obtención de esa licencia que la del taxi tradicional. Nos genera dudas este texto y, por ello, nos vamos a abstener de su convalidación.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Tiene la palabra el señor Matute García de Jalón.


El señor MATUTE GARCÍA DE JALÓN: Egun on guztioi.


Comienzo señalando el voto contrario de Euskal Herria Bildu a la convalidación de este real decreto y explicaré en qué se basa ese voto contrario. En primer lugar, mostramos nuestra sorpresa por las formas empleadas. En el real decreto que
hoy se nos presenta para convalidación se dice que existe o subyace una urgente necesidad pero a la vez, en el mismo texto, se dice que la eclosión de esta realidad de las



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licencias y arrendamiento con conductor nace en 2014. Desde entonces hasta ahora todos y todas hemos sido testigos de la conflictividad que se ha generado entre los taxistas y estos nuevos sectores de mercado. Sin embargo, ahora, cuatro
años después, sin buscar otro procedimiento que hubiera sido más participativo, nos meten este real decreto con la excusa de la urgente necesidad. (Rumores).


Pero también por el fondo, porque en el fondo ustedes siguen dando por bueno...


La señora PRESIDENTA: Silencio, por favor.


El señor MATUTE GARCÍA DE JALÓN: ... que la sociedad colaborativa es una nueva forma de competencia en el mercado cuando en realidad de lo que se trata es de una desregulación y una precarización de las condiciones laborales. Se esconden
bajo economía colaborativa las nuevas formas de mercado, las nuevas formas de expansión del capital que lo que hacen es precarizar las condiciones laborales. Por eso ustedes hablan de la necesidad de garantizar y mejorar la competitividad, pero no
hablan de la necesidad de garantizar las condiciones laborales o de no precarizar y desregular aún más un mercado como este. Nos habla de las rigideces del mercado establecido por las exigencias que se les pone a los taxistas en vez de hablar de
derechos o de garantías para las personas que utilizan ese servicio que, les recuerdo, es público.


Termino con una cuestión que para nosotros también es capital: ustedes con este decreto vuelven a apostar por la recentralización, vuelven a apostar por negar la capacidad de decisión de otros ámbitos. Impiden, en este caso a los vascos y
a las vascas, que decidamos cómo queremos regular también la oferta de este servicio público, sin que sean ustedes, con su rango superior, quienes determinen cómo tenemos que regular nosotros esta realidad. ¿Dónde queda nuestra capacidad de
decidir? Es evidente que ante esto no podemos sino votar en contra y anunciarles que nos tendrán, evidentemente, enfrente.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Tiene la palabra el señor Bel Accensi.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, presidenta.


Señor ministro, va a tener nuestro voto favorable, pero vamos a hacerle algunas consideraciones. Nosotros entendemos que esta es una solución transitoria, es un parche para llegar a una solución definitiva que no se ha afrontado y que
deberíamos afrontar entre todos. Después le voy a hacer alguna reflexión al respecto.


Segunda cuestión. Llega tarde, y usted lo ha reconocido. La Generalitat reguló para intentar solucionar esta situación; esta regulación fue recurrida una vez más. El conseller Rull, que les quiero recordar que está en prisión preventiva
de forma absolutamente incomprensible y no homologable en el resto de países de la Unión Europea, dijo que era una regulación puntual porque se iba a afrontar y se estaba trabajando en ello. El Govern de la Generalitat, este Govern que solo estaba
pensando en el monotema, estaba regulando los asuntos que les preocupaban a los ciudadanos y estaba trabajando por una ley de modernización del taxi que es imprescindible. Es imprescindible, señor ministro, porque nosotros entendemos,
evidentemente, que son dos sectores que están en situaciones muy diferentes. El sector del taxi está muy regulado -desde nuestra óptica hiperregulado- y se tendría que afrontar que pudiesen competir, pero en igualdad de condiciones, no
restringiendo estrictamente la actividad del VTC. Entendemos que a corto plazo es una solución, pero a medio y largo plazo nos lo deberíamos de replantear. (El señor vicepresidente, Prendes Prendes, ocupa la Presidencia).


El taxi está generando con esta hiperregulación un sobrecoste y en el siglo XXI con todas las nuevas tecnologías que tenemos a nuestra disposición seguramente tendríamos que plantearnos tener un servicio a disposición de los ciudadanos y de
los consumidores y deberíamos pensar qué es lo mejor para los consumidores. Por tanto, instamos a elaborar entre todos -esto es responsabilidad de la Administración local, de la Administración autonómica y también de esta Cámara- una regulación
propia del siglo XXI y que deje competir en igualdad de condiciones -pero competir- a todos los sectores implicados.


Muchísimas gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señor Bel.


Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) tiene la palabra el señor Barandiaran Benito.



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El señor BARANDIARAN BENITO: Buenos días, señor presidente.


Señoras y señores diputados, la explicación que nos ha dado el señor ministro ha sido exhaustiva y, desde luego, justificativa de la necesidad y del carácter de urgencia de la modificación que se nos propone de la Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres. Esta modificación pretende de alguna manera sustituir la antigua regulación que existía en los artículos 181 y 182 del reglamento del transporte y está justificada en principio por la existencia de un ámbito de
conflictividad entre el sector del taxi y la nueva actividad económica que ha surgido con los vehículos de transporte con conductor. Como ha recordado, su ordenación contiene determinadas normas relativas al establecimiento de unas medidas que
antes estaban contempladas en el reglamento y que ahora se contemplan en el ámbito de la ley -la limitación 1/30 del número de vehículos- y a que se podría reducir esa restricción por parte de las comunidades autónomas, que son las competentes a
efectos de conceder esta licencia. También hace referencia al concepto de la habitualidad en el tráfico cuando se presta el servicio en el ámbito terrestre de la comunidad autónoma: si supera o no el 20 % va a indicar si se rebasa esa habitualidad
o no. Todo esto sin perjuicio de otra medida, que es la creación de una Conferencia Nacional del Transporte, se supone que con labores exclusivamente coordinadoras y no invasivas de las competencias, que siguen residenciadas en las comunidades
autónomas.


Hasta ahí la descripción de los caracteres generales de la propia modificación que se nos señala. Sin embargo, por detrás hay también una doble motivación. En primer lugar está la necesidad de respetar la reserva legal de determinadas
limitaciones a las actividades económicas, que hasta ahora se venía haciendo en una norma con rango de reglamento. Sin embargo, una sentencia de 16 de diciembre de 2017 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ya indicaba al
Ejecutivo que peligraba la vigencia de aquella limitación y, por tanto, que el conflicto se podría agravar. También subyace otra cuestión, que es la que de alguna manera entendemos que no se termina de solucionar y que podría provocar nuevos
conflictos, que es la relativa a la proporcionalidad de la medida. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció también en septiembre o diciembre de 2017 -no me acuerdo ahora- señalando que las actividades de VTC, como Uber,
corresponden al ámbito del transporte y, por tanto, son las autoridades competentes en materia de transporte de cada país las que podrían hacer ese tipo de regulación. También es cierto que el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea exige
que las restricciones a la libertad de la actividad económica como tal hayan de estar suficientemente justificadas. En caso contrario, se podría entender que es una restricción incompatible con el principio de libre competencia. A esto me quería
referir como aspecto crítico de la redacción del texto legal para señalar que tanto la Unión Europea como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y las autoridades de competencia de Euskadi y de Cataluña -por lo que conozco- han
señalado determinados criterios de carácter general -he escogido un párrafo que me ha parecido especialmente indicativo- que dicen que cualquier intervención pública en la regulación económica ha de estar justificada por la existencia de fallos en
el mercado o por la necesidad de proteger determinados bienes jurídicos que puedan justificar una actuación limitativa por parte de la Administración -dice textualmente- necesaria, proporcional y no discriminatoria.


La medida de la evaluación del texto legal que se nos propone ha de estar soportada en si respeta o si se adecua o no a la justificación, si en su motivación se contempla el respeto a esos principios de necesidad, proporcionalidad y no
discriminación. Respecto a la no discriminación, al tratarse de un servicio público, de la caracterización de una actividad de servicio público, como ocurre con el taxi, está claro que puede haber un ámbito limitativo como tal. En cuanto a la
necesidad y la proporcionalidad, es verdad que intenta de alguna manera presentárnoslo, pero permítanos también afirmar que el texto legal puede adolecer quizás de cierto defecto de motivación y lo que nos hace es vaticinar que quizás también sea
posible que esa regla de 1/30 o incluso cualquier otra limitativa -ha expuesto muy bien el señor Martínez Oblanca que no es la misma experiencia en pequeñas ciudades que en grandes ciudades- vaya a estar finalmente resuelta por lo que nos pueda
señalar al respecto la jurisdicción competente en la materia. Es decir, es una modificación necesaria fundamentalmente por la elevación a rango legal de la limitación que ha existido hasta la actualidad, pero quizás sus reglas vuelvan a ser
cuestionadas porque el principio de proporcionalidad podría ser puesto en cuestión por los diferentes intereses en juego.


No obstante, señor ministro, conoce usted nuestra posición favorable a la convalidación de este real decreto-ley.


Muchas gracias.



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El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señor Barandiaran.


Por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana tiene la palabra la señora Jordà i Roura.


La señora JORDÀ I ROURA: Molt bon dia. Gracias, señor presidente.


Señor ministro, hoy es su día de suerte, también Esquerra Republicana de Cataluña va a votar a favor de la convalidación del Real Decreto-ley de ordenación de transportes terrestres y de arrendamiento de vehículos con conductor. No le voy a
sorprender si le digo que no es el texto que Esquerra Republicana habría sometido a convalidación, pero sí es cierto que se trata de un primer paso, se trata de un primer paso imprescindible para la regulación de un sector, el del arrendamiento de
vehículos con conductor, que es cierto que ha experimentado un gran crecimiento en los últimos años, y también para la defensa y la protección de un sector tan importante como es el del taxi.


Es verdad que el texto que se somete hoy a votación llega tarde y que es una prueba más de que los legisladores vamos -y no digo van, digo vamos- varios pasos por detrás de la ciudadanía, y no solo de la ciudadanía sino también varios pasos
por detrás de las nuevas realidades sociales y de las nuevas iniciativas económicas, y digo esto porque tendríamos que aprender de una vez por todas la lección. Sin embargo a nuestros ojos se trata de un primer paso indispensable para poner en
orden un asunto tan delicado y que es cierto que ha originado fuertes protestas del sector que nos ocupa, del sector del taxi. Vemos pues con buenos ojos la voluntad del Gobierno de crear mecanismos de coordinación y mecanismos de cooperación entre
comunidades autónomas, como es por ejemplo la creación de la Conferencia Nacional de Transportes. Sin embargo, nos gustaría que esta conferencia ultrapasara el carácter consultivo que se le pretende dar y que en realidad se convirtiera o en
realidad fuese un auténtico órgano rector de la ordenación de transportes terrestres con conductor.


Solamente quisiera remarcar -esto sí que debo hacerlo- que las competencias que puedan tener las diferentes comunidades autónomas en materia de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor no son, señorías, por delegación del
Estado, como establece este real decreto, sino porque la mayoría de la ciudadanía de estos territorios y porque la mayoría de sus representantes políticos así lo han decidido y del mismo modo se ha acordado de esta manera con el Estado; he querido
hacer esta puntualización porque me parece bastante importante. Ustedes, señoras y señores del Gobierno, junto con una visión patrimonial de las instituciones, tienen siempre esta visión completamente paternalista de lo que supone el reparto
competencial, y yo creo que no debe ser así. Y es que este no parte de una delegación sino que parte de un acuerdo, parte de un pacto y parte de un diálogo, algo de lo que es verdad que a ustedes les falta un poco.


Esquerra Republicana entiende este real decreto como un punto de partida para la ordenación del sector. Del mismo modo, debo decir que estaremos pendientes de su cumplimiento, así como del respeto de los derechos y, a la vez, de los deberes
del sector del taxi, de los VTC y, sobre todo, de los usuarios.


Nada más y muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señora Jordà.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos tiene la palabra el señor Roldán Monés.


El señor ROLDÁN MONÉS: Muchas gracias, presidente, es un placer hablar de temas de futuro en esta Cámara.


En primer lugar, quería agradecer su presencia a la Federación del Taxi, a Cabify y a Uber -creo que han venido todos-. El principal mensaje que tenemos que mandar a los ciudadanos desde esta Cámara es que este Congreso no se mira solo el
ombligo, que no solo viene a defender los chiringuitos de cada uno sino que piensa en los ciudadanos de este país. Como tenemos la obligación de pensar en los ciudadanos, tenemos la obligación de avanzar en la integración del sector del taxi y de
VTC. Tenemos que avanzar en una integración ordenada que permita competir en igualdad, que nos permita tener un servicio mejor, que nos permita tener un servicio de calidad, que nos permita tener ciudades menos contaminantes, que nos permita no
poner frenos a la tecnología, que nos permita que los ciudadanos disfruten de un servicio -insisto- más competitivo, de una competencia sana. Por eso, tenemos que regular, y no para poner parches, que es lo que hace el real decreto del señor De la
Serna una vez más en este sector.


El sector, señor De la Serna, usted lo sabe muy bien, se ha transformado enormemente en las últimas décadas. Hay unas tecnologías que permiten reducir los costes de información asimétrica. Hay unas nuevas demandas de los consumidores,
porque las ciudades están llenas de gente y hay muchos coches y mucho tráfico. Por tanto, hay una serie de cambios que en otras ciudades como París, Ámsterdam u



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otros lugares han decidido regular, precisamente en beneficio de los ciudadanos, para poder integrar estos sectores, para poder integrar las diferentes plataformas de movilidad urbana y de esta manera favorecer, como digo, a los
consumidores, pero internalizando, eso sí, los costes de transición, como pasa en todas las transformaciones económicas del mundo, y este es uno de los sectores más disruptivos del mundo. Déjenme que les diga que entiendo a los del sector del taxi
cuando dicen: Yo he pagado una licencia, y la licencia me ha salido muy cara; tengo derecho a esa licencia, que no he amortizado. Entiendo a los señores del taxi cuando dicen: Yo quiero flexibilidad en las tarifas, quiero más espacio para poder
competir. Y también entiendo a los señores de las plataformas VTC cuando dicen: ¡Cómo voy a frenarme a la demanda de los ciudadanos, cómo voy a dejar de ofrecer un servicio y un avance tecnológico que los ciudadanos quieren! ¿Qué vamos a hacer,
señor De la Serna? ¿Decir a Netflix que deje de ofrecer series porque a un burócrata no le gustan? (Aplausos). ¿Qué vamos a hacer? ¿Decir a los señores de Spotify que volvemos a la regulación de los años noventa, al videocasete para ofrecer
música, a los derechos de propiedad de los años noventa? No. Lo que hacen los países valientes, lo que hacen las naciones avanzadas es entender los cambios, asumirlos y, con valentía, sentar a la gente a la mesa, sentar a los diferentes sectores,
sentar a las comunidades autónomas, a los ayuntamientos, al Estado, para hablar, para buscar los modelos de éxito. Insisto en que no tiene usted que inventar demasiado. Mire fuera, mire más allá de las fronteras. Dejemos de pensar como una
diputación provincial y pensemos como un Gobierno de una nación moderna. (Aplausos). Señor De la Serna, el peor enemigo del taxi, el peor enemigo de los VTC y el peor enemigo de los usuarios es el inmovilismo exasperante de su Gobierno y del
anterior, que son incapaces de enfrentarse a un sector en transformación


¿Saben la ley que nos trae el Gobierno hoy? Dicen: No, es que traemos una nueva ley para actualizar el sector y demás. ¿Saben de qué año exactamente es la regulación que proponen? ¡Del año 1990, señor De la Serna! ¿De verdad que no ha
cambiado el mundo? ¿De verdad que no ha cambiado uno de los sectores más disruptivos de todos, como para que usted nos venga con una regulación de 1990? Le voy a decir lo que pasa, que como no ha hecho nada usted, ha venido la CNMC y ha dicho:
¡Ostras!, a lo mejor hay que avanzar hacia la integración del sector; y no estoy de acuerdo con estos ratios que se ofrecen y con esta limitación geográfica. Y dentro de poco va a haber una sentencia del Tribunal Supremo que a lo mejor le da la
razón a la CNMC, causando una liberalización rapidísima y enormemente perjudicial para el sector. Y como usted no ha sido capaz de regular nada, porque ha sido incapaz de sentar a los sectores para ofrecer una regulación que internalice esos costes
de transición, ahora nos encontramos con este parche que probablemente tampoco sirva para nada. Ese es el resultado del inmovilismo desastroso de este Gobierno. (Aplausos).


Yo entiendo que los que están en contra -y el colega Mayoral hablará de este asunto- de la competencia y a los que les gustaría que hubiera monopolios estatales en prácticamente todos los sectores, como la señora Colau, que al final va a
conseguir que no podamos tener acceso al transporte en Barcelona o que tengas que ir al mercado negro a pagar bonus a los taxis porque no hay, porque están en contra de la competencia, y como están en contra de la competencia suban los precios. Hay
mucho más espacio para la competencia. Hay espacio para todos, para integrar a las nuevas plataformas, al taxi, para que se internalicen esos costes de transición, incluso las plataformas están dispuestas a pagar potencialmente una tasa de
transición, señor De la Serna. ¿Por qué no lo trata con ambición? ¿Por qué no les sienta y habla de los principales temas? ¿Usted cree que es normal que no se puedan compartir taxis en España, que no podamos tener carpooling como en todas las
ciudades modernas? ¿Está usted a favor de la contaminación? ¿Está usted a favor de que todo el mundo coja el coche privado? ¿Cuál es su planteamiento de futuro? ¿Por qué los taxis cuando se van a Alcalá de Henares tienen que volver vacíos? ¿Por
qué cree usted, señor De la Serna, que las licencias desde el año 1987 hasta 2016 han subido el precio en un 500 %, señor De la Serna, mientras el IBEX lo ha hecho al 250 %? Quizá hay un problema ahí; quizá tenemos que abordarlo; quizá tendremos
que comprar una parte de esas licencias.


Abordemos con valentía la regulación, señor De la Serna. No se puede estar contra el progreso. Yo creo que hay unos que llegan antes, otros llegan un poquito más tarde, pero se puede encontrar una regulación que garantice los derechos de
los trabajadores, que garantice que se paguen impuestos, que al mismo tiempo permita la competencia y que al mismo tiempo esté a favor de los ciudadanos. Insisto, señor De la Serna, no se olvide, los que le pagan el sueldo son los usuarios, son los
ciudadanos. Responda también ante ellos. Con su regulación está jugando a la ruleta rusa en el sector del taxi.


Muchas gracias. (Aplausos).



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El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señor Roldán.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea tiene la palabra el señor Mayoral Perales.


El señor MAYORAL PERALES: Gracias, señor vicepresidente.


Buenos días a todos y a todas. Lo primero que quiero es agradecer la lucha del sector del taxi, fundamentalmente por cuatro razones: por haber defendido los puestos de trabajo en nuestro país; por haber defendido una fiscalidad justa;
por haber defendido sus condiciones de vida y sus condiciones de trabajo; y por haber defendido el servicio público, que se oye poco. ¡Servicio público! Garantizar los intereses de la gente por medio de la regulación. También quiero agradecerles
algo que creemos que es muy importante, porque lo que está ocurriendo en estos momentos en el sector del taxi, en el sector del transporte, no es algo ajeno al resto de la economía. Debemos agradecer al sector del taxi haber puesto en el orden del
día cuál es el modelo económico que se está poniendo en marcha en nuestro país, y se llama 'uberización' de la economía. (Aplausos). Es un modelo de empresa basado en los paraísos fiscales, basado en la elusión fiscal, basado en la precarización
del trabajo, basado en la economía extractiva de los grandes monopolios especuladores. Esto no pasa solo en el taxi; pasa en la vivienda, con Airbnb, con las Socimis y los fondos buitre que disparan los precios del alquiler. Pasa también en el
reparto de comida a domicilio, donde les dicen a los chavales que ir con una bici es ser un emprendedor que trabaja para Deliveroo o para Glovo. (Aplausos). Son unos explotadores que vienen a chupar de la economía de nuestro país a costa de la
gente trabajadora y de los consumidores. (Rumores).


Hay que decir que esto no es simplemente un debate entre taxis y las VTC. Creo que decir eso no sería honesto. Además, aquellos que saben un poco de economía -yo no sé mucho- lo tienen claro. Lo que está viviendo nuestro país es un ataque
económico de sectores que quieren construir un monopolio en el servicio de transporte urbano de viajeros de nuestro país basado en la economía extractiva, en el dumping y en la precarización del trabajo. De eso es de lo que estamos hablando.
Frente a ese debate, en el que grandes empresas van a arrasar con un sector económico basado en un servicio público, en la prestación privada por parte de pequeños propietarios, nos plantean la necesidad de la competitividad. ¿Cómo podemos hablar
de la competitividad cuando están atacando el país? ¿Alguien va a defender este país frente a los grandes monopolios o vamos a seguir mirando para arriba y diciendo que es lo mismo la gente trabajadora, que echa muchas horas de trabajo, paga sus
impuestos y mantiene las escuelas y el sistema sanitario, que aquellos que quieren dirigir el transporte desde las islas Bermudas? ¿Vamos a ponerles en el mismo plano? Yo tengo claro con quién estoy, no tengo dudas. (Aplausos).


Este ataque supone la ruina para el taxi, pero también supone la ruina para los incautos que compren VTC, porque ahora lo que se está planteando es una sobresaturación del mercado para realizar una estrategia de dumping. No les importa qué
va a ganar un conductor en la calle, no les importa si se van a saturar nuestras ciudades de coches, no les importa si se va a depauperar el servicio; eso no les importa. Lo único que les importa en estos momentos es hacerse con el mercado con
estrategias de dumping, estrategias de monopolio, señor Roldán, pero de los monopolios que les gustan a ustedes, de los monopolios privados con sede en paraíso fiscal. (Aplausos). Existe la amenaza de la entrada de 60 000 licencias, 60 000
autorizaciones de VTC. Pero el problema no son solo las autorizaciones de VTC, sino también quién va a hacer uso de esas autorizaciones, por qué se piden 60 000, por qué hay fondos buitre comprando autorizaciones. Esa es la pregunta que habría que
hacerse. Es evidente que existe ese riesgo de que el transporte urbano de viajeros deje de tener una regulación pública, es decir, que los ciudadanos por medio del voto, cuando votan en las municipales o en las autonómicas, puedan definir cuál es
el modelo de transporte, y en vez de eso lo decidan los CEO de las grandes trasnacionales desde Delaware o desde las islas Bermudas. Nosotros y nosotras creemos que esto es una cuestión de soberanía popular, de que la gente tenga capacidad para
determinar cómo es el transporte en su país.


Este real decreto llega tarde, es insuficiente y además es muy duro porque tenemos que asumir que vamos a aprobar una norma que no se va a cumplir, y plantear eso es muy duro. Nosotros no podemos oponernos a una ley que plantea la necesidad
del 1/30 y poner límites al ataque económico que sufre nuestro país por parte de empresas extractivas radicadas en paraísos fiscales. Claro, ¡cómo nos vamos a oponer a eso! Pero hacen falta medidas efectivas para que esos porcentajes se conviertan
en reales porque, si no, estamos engañando a la gente. Nosotros creemos que se está perdiendo la ocasión para poder hacerlo, y quizás, ya que se abre el debate, sea bueno que pueda transformarse también en proyecto de ley para que se introduzcan
más cuestiones que faltan.



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Yo querría decirles algunas cosas porque sé que para el señor Roldán es lo mismo un taxista que vive en Vallecas que un CEO que tiene su sede en Delaware, pero para mí no. Se lo digo porque hay algunas diferencias. Por ejemplo, la
estructura societaria de Cabify son 320 millones de dólares y su matriz está en Delaware; constituyó veintiocho sociedades bajo el nombre Fiesta Ómnibus y todavía no paga impuestos, le sale a devolver. Uber, un holding ubicado en Holanda y que
utiliza una ingeniería fiscal denominada el sándwich holandés, estrategias claras de elusión fiscal. Y al final, ¿quién va a pagar esto? En primer lugar lo va a pagar el sector del taxi. En segundo lugar lo van a pagar los usuarios, y el ejemplo
está en San Francisco, donde consiguieron entrar, arrasaron un sector y ahora las tarifas no son más baratas, señor Roldán, son un 30 % más caras. Los monopolios privados es lo que tienen, que no tienen interés público; eso lo tienen los servicios
públicos, que la gente tiene capacidad de controlar a través de sus representantes elegidos en las urnas, y no a través de CEO en paraísos fiscales.


Para nosotros parece que hay dos posiciones: quienes planteamos la posibilidad de que se transforme en un proyecto de ley y que se pueda discutir y podamos abordarlo ahora y quienes plantean que se discuta después. Seguramente vamos a
perder esa votación, lo tenemos claro, pero queremos decir que la voluntad de acuerdo se tiene que demostrar, la voluntad de acuerdo para evitar el caos en nuestras ciudades, una amenaza que tenemos en estos momentos por parte de los buitres que
quieren saturar las calles de nuestras ciudades. Ahí tiene que haber un compromiso de todos y se tendrá que demostrar, si no sale el proyecto de ley, si es verdad eso que se está diciendo de que existe ese compromiso. Y hago una llamada a todas
las administraciones públicas, a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos para que tomen medidas para defender nuestra economía frente al ataque que está sufriendo por parte de la economía extractiva, por parte de las empresas radicadas en
paraísos fiscales.


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Tiene que ir concluyendo, señor Mayoral.


El señor MAYORAL PERALES: Concluyo ya.


Es una pena que nos veamos aquí y en esta situación y que haya tenido que ser el sector, a golpe de movilización, quien fuerce para que empiecen a cambiar las cosas. Pero quiero decirle al sector que se mantenga unido porque es necesario
para poder enfrentar los retos del futuro. Una vez más volvemos a demostrar aquello que decía Violeta Parra: 'El pueblo amando la patria y tan mal correspondido'. Frente a esto nosotros y nosotras lo tenemos muy claro: ¡Patria sí, colonia no!.
(Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señor Mayoral.


Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra señor Ramos Esteban.


El señor RAMOS ESTEBAN: Gracias, presidente.


Hoy hemos visto este Parlamento, como otras veces, los tres tipos de intervenciones que hay. El primer tipo de intervención es la del que sale aquí a que los suyos le aplaudan a rabiar, a darse golpes en el pecho y a decir: qué bien lo
hacemos, somos los mejores y hemos venido aquí a ver si ganamos este debate. (Aplausos). Después está la gente que quiere dirigirse al público en general para que entiendan de qué estamos hablando. Sinceramente, si yo fuera un profesor de
escuela, de instituto o de universidad y pidiera a los diputados que levantará la mano quién conoce de qué hemos hablado, cuáles son las características de los problemas del taxi y de los VTC, creo que muy poca gente levantaría la mano. Y hay otro
tipo de intervención en la que lo que se busca es hablar de lo que hemos hecho en este tiempo, poner soluciones encima de la mesa y ver cómo podemos afrontar un problema que es muy grave. Yo voy a hacer una cosa, voy a utilizar la transparencia
total y voy a decir lo que ha hecho el Partido Socialista, lo que va a hacer y lo que hemos hecho en estos días. Hemos hablado con el sector durante el año pasado todas las semanas y todos los meses, hemos hablado con el sector estos días -anoche,
esta mañana, antes de ayer-, hemos hablado con el ministro, hemos hablado con las comunidades autónomas y ayuntamientos y creemos que tenemos una fórmula que vamos a proponer.


Aquí, Podemos ha dicho que va a votar a favor de la convalidación pero que va a pedir que se tramite como proyecto de ley. Voy a decir por qué nosotros creemos que es una equivocación tramitarlo como proyecto de ley. ¿El portavoz de
Podemos cree que si abrimos el debate como proyecto de ley se va a poner de acuerdo con el PP o Ciudadanos para mejorar las condiciones de este decreto? ¿Lo cree de verdad? Han vendido al sector del taxi que, si se debate como proyecto de ley, al
final se podrán hacer mejoras. Sinceramente, en esta Cámara los presupuestos van a salir adelante con peores condiciones laborales, con peores salarios, y con peores... (Rumores).



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El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Un momento, señor Ramos. (Pausa). Continúe.


El señor RAMOS ESTEBAN: ... condiciones sociales, con más liberalización, ¿cree el portavoz de Podemos que si traemos aquí el debate de cómo mejorar el sector vamos a conseguir mejorarlo? Yo digo que no, me parece incluso una
irresponsabilidad con el sector, y por eso yo voy a hacer una propuesta. Como hemos dicho, yo creo que el sector necesita mejorar, por eso presentamos una PNL en este Parlamento pidiendo la modernización del sector del taxi. Es curioso ver cómo
Podemos se pone al frente de las manifestaciones pero no ha traído a este Parlamento ninguna iniciativa sobre el sector del taxi. Está muy bien que se manifiesten, pero aparte de manifestarse, los parlamentarios tenemos la obligación y la
responsabilidad de tratar aquí los problemas de los ciudadanos y no han traído ninguna iniciativa sobre el sector del taxi a este Parlamento. Eso demuestra lo que le interesa a Podemos el sector del taxi. Y ahora hablamos de Ciudadanos. ¿Se van a
poner de acuerdo con Ciudadanos? Porque, ¿cuál es la posición de Ciudadanos? ¿Defender la liberalización total o proteger el sector del taxi? ¿Alguien se ha enterado? ¿O un día una cosa y al día siguiente la contraria? (Aplausos). ¿De verdad
creen que se van a poner de acuerdo?


Pues bien, como decía que creo que hay que hacer propuestas, nosotros vamos a apoyar la convalidación, se lo dijimos al ministro en privado y se lo decimos públicamente. Vamos a pedir que no se tramite como proyecto de ley porque sería una
irresponsabilidad con el sector. Pero como creemos que es un parche -sí creemos que es un parche- y que hay determinadas mejoras que hacer, vamos a pedir que a partir de la semana que viene el Gobierno convoque a comunidades autónomas,
ayuntamientos y a todo el sector -repito, a todo el sector, no solo a una parte- para ver las modificaciones que hay que hacer, pactarlas previamente y traerlas a esta Cámara para su convalidación. Si abrimos un debate en esta Cámara y dejamos que
Ciudadanos y Podemos jueguen a ver cuántos votos se lleva cada uno de este debate, creo que se podrán llevar muchos votos pero los ciudadanos pueden salir perjudicados.


Nosotros creemos que lo que se está produciendo en el sector del taxi es algo que se produce en muchos sectores y que va a producirse en muchos más. La tecnología ha cambiado radicalmente todo. Antes el sector del taxi tenía un mercado, un
público objetivo, y la VTC tenía otro mercado, otro público objetivo, eran distintos. A partir de que surge la tecnología y la precontratación que pide la VTC se puede hacer a través del móvil, la VTC ha entrado dentro del mercado y del público
objetivo que tenía el sector del taxi y además ha aplicado las peores prácticas que se pueden aplicar. Es cierto lo que decía el portavoz de Podemos. Lo que han hecho en otras partes del mundo al entrar en el sector del taxi es, aprovechando que
no tienen unas tarifas reguladas, bajar las tarifas al principio y hacerlas muy atractivas, pero cuando han acabado con el sector del taxi las tarifas suben y los ciudadanos, los usuarios no pueden utilizarlo porque deja de ser un servicio público,
por eso creemos que hay que regularlo. Yo creo que el problema que se da con el sector del taxi es un problema que se da en muchos sectores en este país. La tecnología va a un ritmo, va por una parte, y la clase política vamos por otra. Vamos a
ritmos radicalmente distintos. Hay que entender que tenemos que adaptarnos, que tenemos que entender a la nueva sociedad y que la nueva sociedad y la tecnología no pueden suponer en ningún caso peores condiciones laborales, peores salarios y peor
calidad de vida para los trabajadores de este país. Hagamos una regulación que no permita esto, porque hasta ahora se ha demostrado que no somos capaces de aprovechar la tecnología para que los ciudadanos, los usuarios, puedan ser mucho más
competitivos y aprovecharse, pero tampoco hemos conseguido que la tecnología sirva para que la gente viva mejor. Creo que tenemos un problema como clase política -aunque suene muy feo eso de clase política-, porque no entendemos una realidad que
nos come el terreno, una realidad que sí han entendido las empresas privadas y que están aprovechando para tener más beneficios, para que haya una sociedad mucho más desigual y para crear muchos conflictos. Existe el conflicto de la vivienda, el
conflicto del sector del taxi, ahora hablamos del conflicto en la robotización y mañana será el conflicto del coche autónomo. Sinceramente, señorías, si nos ponemos las pilas, nos ponemos a trabajar, nos ponemos a estudiar, nos ponemos a entender
la nueva sociedad y hacemos frente a los retos del futuro con una serie de principios, como mejor calidad de vida para los ciudadanos, mejores derechos y mejores condiciones laborales y salariales, veremos que la política ha servido para algo. De
este debate no tengo claro que los ciudadanos tengan la sensación de que la política sirve para algo. El Grupo de Podemos se irá satisfecho porque han aplaudido a su portavoz unas cuantas veces y además ha creado aquí un conflicto con Ciudadanos, y
Ciudadanos saldrá muy contento porque ha hecho ver que tiene una posición radicalmente distinta a la de sus competidores, pero yo me pregunto -y finalizó así-: ¿les sirve eso a los ciudadanos? ¿Le sirve eso al sector del taxi? Yo sé



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que en el sector del taxi hay visiones distintas sobre cómo afrontar esto. Nosotros hemos hecho pública y privadamente nuestro planteamiento. Hoy le decimos al ministro que la semana que viene convoque a todos los sectores, que pactemos un
texto, veamos las mejoras, garanticemos las condiciones, las traigamos a esta Cámara y convalidemos lo que haya que convalidar. Pensemos en los ciudadanos por una vez y dejemos de pensar en nuestros intereses y en los intereses de los partidos.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señor Ramos.


Por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso tiene la palabra el señor Herrero Bono.


El señor HERRERO BONO: Gracias, presidente, señoras y señores diputados. Bienvenido, señor ministro, y un saludo muy especial al sector del taxi, que hoy nos acompaña desde la tribuna. Esta mañana, como muchos días, cogía el taxi para
venir aquí, al Parlamento, y conversaba con el taxista sobre los temas de actualidad del día. Se llama Luis, es autónomo desde hace dieciséis años y me decía que se ha levantado a las seis de la mañana y que no llegaría a casa antes de las siete de
la tarde. Este no es un caso especial, sino el ejemplo de los miles de taxistas que circulan por Madrid, gente trabajadora, gente que se deja la piel todos los días para sacar a su familia adelante, pero sobre todo gente humilde, con ganas de
seguir mejorando y que trabaja para que este país siga saliendo hacia adelante. (Aplausos). Todos ellos merecen hoy que este Parlamento se ponga de acuerdo para respetar a un sector que ha sido, es y va a seguir siendo el mejor embajador de lo que
significa la marca España.


Hoy venimos aquí para debatir la convalidación del real decreto-ley que este Gobierno pretende poner en marcha, un real decreto-ley que hace frente a un tema muy complejo, un real decreto-ley que trata de mediar entre dos tipos de transporte
muy diferentes pero que a la vez son parecidos, un real decreto-ley acorde con la nueva realidad social y tecnológica de que hoy disponemos todos los españoles. Este es un real decreto-ley que preserva la convivencia en nuestras calles entre ambos
sectores y da garantías a los usuarios de los mismos. En definitiva, es un real decreto-ley que viene a salvaguardar el servicio del taxi y a ordenar un conflicto que, de no ponerse remedio, podría acabar con los más de 64 217 taxistas de toda
España en la cola del paro.


Señorías, este es un conflicto que tiene un origen con nombre y apellidos: José Luis Rodríguez Zapatero, el Partido Socialista y la aprobación de la ya famosa ley ómnibus (Protestas.-Aplausos), una ley que afectaba especialmente a la
actividad del taxi y que avaló no solo una actividad paralela, sino además desregularizada; una ley que ya en su debate en el año 2009 nuestro portavoz del Partido Popular y hoy compañero, el señor Celso Delgado, ya calificaba como una modificación
inoportuna. Y de aquellos polvos, estos lodos, porque escuchando las intervenciones de hoy nadie lo diría, ¿verdad, señor Roldán? Un sector del taxi que pudo tener su remate definitivo de haber salido adelante el Gobierno de los señores Pedro
Sánchez y Albert Rivera. ¿O es que, señores de Ciudadanos, ya no recuerdan la página 11 del acuerdo con el Partido Socialista, en la que proponían ustedes la ponencia parlamentaria para identificar los obstáculos que impedían el desarrollo de la
economía colaborativa? ¿También han cambiado de opinión en esto o simplemente es un cálculo electoralista? (Aplausos). Lo que yo le pediría, señor Roldán, es que tuvieran un poquito más de respeto hacia un sector del taxi que no es un
chiringuito, como usted acaba de nombrar hoy aquí. (Aplausos). Eso lo digo porque las casi 65 000 familias taxistas seguro que no olvidan ni esto ni que querían eliminar ustedes la tributación de módulos en el llamado acuerdo del abrazo. Pero,
como decía, la aprobación de la Ley ómnibus supuso la creación de un vacío legal por el que más de 7058 licencias de VTC ya fueron concedidas y además otras muchas siguen pendientes de resolución en los tribunales. Por ello, quiero agradecer hoy el
esfuerzo, el trabajo y la excelente labor que ha realizado el ministro de Fomento, el señor Íñigo de la Serna; un ministerio que, junto al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid, por ejemplo, está llevando a cabo el mayor índice de
inspecciones para salvaguardar al sector del taxi.


Señorías, una vez más los de la nueva política enredan y el Partido Popular resuelve. (Aplausos). Y no me refiero solo a este real decreto, sino a todas las medidas que se han ido desarrollando a través de los últimos años, medidas como la
adoptada en julio de 2013 en la que se acordó la proporcionalidad del 1/30 entre las licencias del taxi y de las VTC para salvaguardar el status quo del taxi o la aprobación del reglamento de noviembre de 2015, en el que se establecieron una serie
de medidas como que los servicios de arrendamiento de vehículos como conductor debían haber sido contratados antes del inicio del servicio o que las VTC no podían estacionarse o circular por las vías públicas para captar clientes que



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no hubiesen contratado antes. O más recientemente la que se produjo a finales del año pasado por la que se impedía la trasmisión de autorizaciones de VTC en los dos años posteriores a su concesión.


Por lo tanto, señorías, hoy no les sirve de nada su demagogia de siempre. Hoy no pueden decir que este Gobierno no está trabajando en este tema tan importante para todos nosotros. Hoy no pueden venir a ponerse ninguna medalla como
defensores de un sector que han ninguneado o, mejor dicho, que han perjudicado. Por ello, solicitamos a los distintos grupos parlamentarios el apoyo para la convalidación de este real decreto-ley tan importante y tan necesario para el sector del
taxi. Señorías, hoy ustedes tienen la oportunidad de resarcirse porque también de ustedes depende que hoy salgamos todos satisfechos por haber dado solución a un tema tan complejo que afecta a ellos y a miles de españoles.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Muchas gracias, señor Herrero.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES.


- ACUERDO ENTRE EL PRINCIPADO DE ANDORRA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PROFESIONALES REMUNERADAS POR PARTE DE FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE MISIONES
DIPLOMÁTICAS, OFICINAS CONSULARES Y REPRESENTACIONES PERMANENTES ANTE ORGANISMOS INTERNACIONALES DE UN ESTADO EN EL OTRO, HECHO EN MADRID EL 31 DE OCTUBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000068).


- CONVENIO DE ASOCIACIÓN ESTRATÉGICA EN MATERIA DE DESARROLLO Y DE COOPERACIÓN CULTURAL, EDUCATIVA Y DEPORTIVA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL REINO DE MARRUECOS, HECHO 'AD REFERENDUM' EN RABAT EL 3 DE OCTUBRE DE 2012 Y CANJE DE NOTAS
INTERPRETATIVAS DE DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL MISMO. (Número de expediente 110/000069).


- ACUERDO MARCO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y AUSTRALIA, POR OTRA, HECHO EN MANILA EL 7 DE AGOSTO DE 2017. (Número de expediente 110/000070).


- ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REGIÓN ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE HONG KONG DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, HECHO EN MADRID EL 9 DE MAYO DE 2017. (Número de expediente 110/000071).


- PROTOCOLO NÚMERO 15 DE ENMIENDA AL CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES, HECHO EN ESTRASBURGO EL 24 DE JUNIO DE 2013, Y DECLARACIÓN QUE ESPAÑA DESEA FORMULAR. (Número de expediente
110/000072).


- ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DOMINICANA SOBRE EXENCIÓN DE VISADOS PARA ESTANCIAS DE CORTA DURACIÓN PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, HECHO EN SANTO DOMINGO EL 18 DE OCTUBRE DE 2017. (Número de expediente
110/000073).


- ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y UCRANIA SOBRE LIBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES, HECHO EN
MADRID EL 30 DE OCTUBRE DE 2013. (Número de expediente 110/000074).


- TRATADO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA POR EL QUE SE ESTABLECE LA LÍNEA DE CIERRE DE LAS DESEMBOCADURAS DE LOS RÍOS MIÑO Y GUADIANA Y SE DELIMITAN LOS TRAMOS INTERNACIONALES DE AMBOS RÍOS, HECHO EN VILA REAL EL 30 DE
MAYO DE 2017. (Número de expediente 110/000075).



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- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COREA RELATIVO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD JUVENIL, HECHO EN MADRID EL 18 DE DICIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000076).


- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE UZBEKISTÁN SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA, HECHO EN MADRID EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000077).


- TRATADO DE ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, HECHO EN MADRID EL 18 DE DICIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000078).


- ACUERDO SOBRE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE UZBEKISTÁN, HECHO EN MADRID EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000079).


- CONVENCIÓN PARA REDUCIR LOS CASOS DE APATRIDIA, HECHA EN NUEVA YORK EL 30 DE AGOSTO DE 1961, Y DECLARACIONES Y OBJECIÓN QUE ESPAÑA DESEA FORMULAR. (Número expediente 110/000080).


El señor VICEPRESIDENTE (Prendes Prendes): Señorías, pasamos a examinar el punto del orden del día relativo a los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales, con números de expediente 110/68 a 110/80.
Dado que no se han solicitado intervenciones, los dictámenes se someterán a votación al final de esta sesión por asentimiento.


Finalizado el debate de los puntos del orden del día, en tres minutos procederemos a votar.


Muchas gracias. (Pausa.-La señora presidenta ocupa la Presidencia).


TOMA EN CONSIDERACIÓN DE PROPOSICIONES DE LEY DE COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS (VOTACIÓN):


- PROPOSICIÓN DE LEY DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA, DE REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL, DE DESPENALIZACIÓN DE LA EUTANASIA Y LA AYUDA AL SUICIDIO (ORGÁNICA). (Número de expediente 125/000017).


La señora PRESIDENTA: Comenzamos las votaciones.


Votamos en primer lugar la toma en consideración de proposiciones de ley de Comunidades y Ciudades Autónomas. Proposición de ley del Parlamento de Cataluña de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, de
despenalización de la eutanasia y la ayuda al suicidio (Orgánica).


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 340 más 3 votos telemáticos, 343; a favor, 173 más 2 votos telemáticos, 175; en contra, 135 más 1 voto telemático, 136; abstenciones, 32.


La señora PRESIDENTA: En consecuencia, se toma en consideración. (Prolongados aplausos).


TOMA EN CONSIDERACIÓN DE PROPOSICIONES DE LEY. (VOTACIÓN):


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL, PARA TRANSPONER DIRECTIVAS DE LA UNIÓN EUROPEA EN LOS ÁMBITOS FINANCIERO Y DE TERRORISMO, Y
ABORDAR CUESTIONES DE ÍNDOLE INTERNACIONAL. (Número de expediente 122/000200).


La señora PRESIDENTA: Pasamos ahora a votar la proposición de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para trasponer directivas de la
Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341 más 3 votos telemáticos, 344; a favor, 250 más 2 votos telemáticos, 252; en contra, 91; abstenciones, 1 voto telemático.



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La señora PRESIDENTA: En consecuencia se toma en consideración.


PROPOSICIONES NO DE LEY. (VOTACIÓN):


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO CIUDADANOS, SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE SELECCIÓN Y FORMACIÓN DOCENTE, DOCENTE INTERNO RESIDENTE (DIR), BASADO EN EL MIR DE LOS FACULTATIVOS MÉDICOS. (Número de expediente 162/000610).


La señora PRESIDENTA: Señorías, pasamos a votar las proposiciones no de ley.


Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos sobre la implantación de un sistema de selección y formación docente, Docente Interno Residente (DIR), basado en el MIR de los facultativos médicos. La votamos en los términos de la
enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341; a favor, 166; en contra, 175.


La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.


- PROPOSICIÓN NO DE LEY DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, RELATIVA A REFORZAR LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. (Número de expediente 162/000562).


La señora PRESIDENTA: Votamos la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso relativa a reforzar la formación profesional dual del sistema educativo español. Se vota en los términos de la enmienda transaccional
presentada por los grupos parlamentarios Popular en el Congreso, Ciudadanos, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, señora Nogueras y señor Martínez Oblanca.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341; a favor, 180; en contra, 154; abstenciones, 7.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES. (VOTACIÓN):


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, SOBRE MEDIDAS PARA RECUPERAR UN SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE CALIDAD, ORIENTADO A LA MEJORA DE LA SALUD Y A LA REDUCCIÓN DE LAS DESIGUALDADES. (Número de expediente 173/000088).


La señora PRESIDENTA: Votamos, señorías, las mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. En primer lugar, la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para recupera un Sistema
Nacional de Salud de calidad orientado a la mejora de la salud y a la reducción de la desigualdades. La vamos a votar en los términos de la enmienda transaccional presentada por los grupos parlamentarios Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En
Comú Podem-En Marea y Mixto.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 340; a favor, 206; en contra, 132; abstenciones, 2.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO CONFEDERAL DE UNIDOS PODEMOS-EN COMÚ PODEM-EN MAREA, SOBRE LA SITUACIÓN DEL BLOQUEO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DE LA INVESTIGACIÓN PÚBLICA. (Número de expediente 173/000089).


La señora PRESIDENTA: Votamos la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la situación de bloqueo



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administrativo y financiero de la investigación pública. La vamos a votar en los términos de la enmienda transaccional presentada por los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341; a favor, 202; abstenciones, 139.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


CONVALIDACIÓN O DEROGACIÓN DE REALES DECRETOS-LEYES. (VOTACIÓN):


- REAL DECRETO-LEY 2/2018, DE 13 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1996, DE 12 DE ABRIL, Y POR EL QUE SE INCORPORAN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO
ESPAÑOL LA DIRECTIVA 2014/26/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE FEBRERO DE 2014, Y LA DIRECTIVA (UE) 2017/1564 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 130/000029).


La señora PRESIDENTA: Votamos las convalidaciones o derogaciones de reales decretos-leyes. En primer lugar, el Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada
por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva 2017/1564, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341 más 3 votos telemáticos, 344; a favor, 148 más 1 voto telemático, 149; en contra, 2; abstenciones, 191 más 2 votos telemáticos, 193.


La señora PRESIDENTA: Queda convalidado el real decreto-ley.


Se ha solicitado la tramitación de este real decreto-ley como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, por lo que procedemos a votar dicha solicitud.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341 más 3 votos telemáticos, 344; a favor, 341 más 3 votos telemáticos, 344.


La señora PRESIDENTA: En consecuencia, se tramita como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.


- REAL DECRETO-LEY 3/2018, DE 20 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 16/1987, DE 30 DE JULIO, DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS CON CONDUCTOR. (Número de expediente 130/000030).


La señora PRESIDENTA: Votamos ahora, señorías, el Real Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con
conductos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341 más 3 votos telemáticos, 344; a favor, 305 más 2 votos telemáticos, 307; en contra, 2; abstenciones, 34 más 1 voto telemático, 35.


La señora PRESIDENTA: Queda convalidado el real decreto-ley. (Rumores).


Ruego silencio, por favor.


Vamos a votar ahora, señorías, la tramitación de este real decreto-ley como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, por lo que procedemos a votar dicha solicitud.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 341 más 3 votos telemáticos, 344; a favor, 118 más 2 votos telemáticos, 120; en contra, 222 más 1 voto telemático, 223; abstenciones, 1.


La señora PRESIDENTA: En consecuencia no se tramitará por el procedimiento de urgencia.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES. (VOTACIÓN):


- ACUERDO ENTRE EL PRINCIPADO DE ANDORRA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PROFESIONALES REMUNERADAS POR PARTE DE FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE MISIONES
DIPLOMÁTICAS, OFICINAS CONSULARES Y REPRESENTACIONES PERMANENTES ANTE ORGANISMOS INTERNACIONALES DE UN ESTADO EN EL OTRO, HECHO EN MADRID EL 31 DE OCTUBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000068).


- CONVENIO DE ASOCIACIÓN ESTRATÉGICA EN MATERIA DE DESARROLLO Y DE COOPERACIÓN CULTURAL, EDUCATIVA Y DEPORTIVA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL REINO DE MARRUECOS, HECHO 'AD REFERENDUM' EN RABAT EL 3 DE OCTUBRE DE 2012 Y CANJE DE NOTAS
INTERPRETATIVAS DE DETERMINADOS ARTÍCULOS DEL MISMO. (Número de expediente 110/000069).


- ACUERDO MARCO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y AUSTRALIA, POR OTRA, HECHO EN MANILA EL 7 DE AGOSTO DE 2017. (Número de expediente 110/000070).


- ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REGIÓN ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE HONG KONG DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, HECHO EN MADRID EL 9 DE MAYO DE 2017. (Número de expediente 110/000071).


- PROTOCOLO NÚMERO 15 DE ENMIENDA AL CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES, HECHO EN ESTRASBURGO EL 24 DE JUNIO DE 2013, Y DECLARACIÓN QUE ESPAÑA DESEA FORMULAR. (Número de expediente
110/000072).


- ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DOMINICANA SOBRE EXENCIÓN DE VISADOS PARA ESTANCIAS DE CORTA DURACIÓN PARA TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, HECHO EN SANTO DOMINGO EL 18 DE OCTUBRE DE 2017. (Número de expediente
110/000073).


- ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y UCRANIA SOBRE LIBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES, HECHO EN
MADRID EL 30 DE OCTUBRE DE 2013. (Número de expediente 110/000074).


- TRATADO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA POR EL QUE SE ESTABLECE LA LÍNEA DE CIERRE DE LAS DESEMBOCADURAS DE LOS RÍOS MIÑO Y GUADIANA Y SE DELIMITAN LOS TRAMOS INTERNACIONALES DE AMBOS RÍOS, HECHO EN VILA REAL EL 30 DE
MAYO DE 2017. (Número de expediente 110/000075).


- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COREA RELATIVO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD JUVENIL, HECHO EN MADRID EL 18 DE DICIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000076).


- ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE UZBEKISTÁN SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA, HECHO EN MADRID EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000077).



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- TRATADO DE ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, HECHO EN MADRID EL 18 DE DICIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000078).


- ACUERDO SOBRE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE UZBEKISTÁN, HECHO EN MADRID EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2017. (Número de expediente 110/000079).


- CONVENCIÓN PARA REDUCIR LOS CASOS DE APATRIDIA, HECHA EN NUEVA YORK EL 30 DE AGOSTO DE 1961, Y DECLARACIONES Y OBJECIÓN QUE ESPAÑA DESEA FORMULAR. (Número de expediente 110/000080).


La señora PRESIDENTA: Vamos a votar ahora los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. Haremos una votación conjunta de los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales. ¿Se pueden entender aprobados por asentimiento? (Asentimiento).


En consecuencia quedan aprobados dichos dictámenes.


Se levanta la sesión. Muchas gracias.


Eran las once y treinta y cinco minutos de la mañana.