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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 36, de 21/10/2016
cve: BOCG-12-D-36 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de octubre de 2016


Núm. 36



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000189 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a continuar impulsando el proceso de adopción de un Estatuto Internacional para las Víctimas del Terrorismo … (Página 4)


162/000194 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la incorporación de mujeres a la estiba en el Puerto Bahía de Algeciras... (Página5)


162/000198 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción de la convivencia pacífica en los centros educativos … (Página 6)


162/000199 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad... (Página7)


162/000205 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre las medidas que tiene pensado adoptar el Gobierno ante la prolongada suspensión del pago de pensiones, por parte del Gobierno de Venezuela, a sus
beneficiarios en España … (Página 8)


162/000207 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a impulsar y presentar la candidatura de Barcelona como sede de la Agencia Europea del Medicamento … (Página 9)


162/000208 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a potenciar la contratación indefinida … (Página 11)


162/000209 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la anulación del Consejo de Guerra al Presidente Lluís Companys y de todos los Consejos de Guerra y sentencias
del conjunto de tribunales políticos bajo el franquismo … (Página 12)


162/000210 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el cumplimiento de las recomendaciones del Informe del Grupo del Consejo de Europa de Estados contra la Corrupción (GRECO)... href='#(Página13)'>(Página13)



Página 2





Dirigidas, en el caso de su aprobación, al Gobierno que se constituya


162/000122 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de concatenación de contratos temporales en el personal sanitario. Pasa a tramitarse en la Comisión de
Sanidad y Servicios Sociales... (Página17)


162/000143 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía. Retirada... href='#(Página17)'>(Página17)


162/000181 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de la concesión de explotación del almacén subterráneo de gas
natural 'Castor'. Retirada... (Página18)


162/000187 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de la concesión de explotación del almacén subterráneo de gas
natural 'Castor' … (Página 18)


162/000188 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el IVA cultural … (Página 20)


162/000190 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el plátano de Canarias … (Página 22)


162/000191 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas para erradicar la pobreza energética … (Página 23)


162/000192 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el diseño y la aplicación de la Regla de Gasto en los Ayuntamientos españoles … (Página 25)


162/000193 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la ratificación del Convenio número 188 de la OIT sobre el trabajo en la pesca … (Página 27)


162/000195 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la aplicación del tipo reducido en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a la prestación de servicios de
reparaciones de ciertos productos … (Página 28)


162/000196 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre ratificación del Convenio número 189 de la OIT y la Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos …
(Página 29)


162/000197 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la territorialización de los fondos destinados a subvenciones del área de servicios sociales y otros fines de interés social, incluidos los de carácter
medioambiental, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF … (Página 31)


162/000200 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la modificación del régimen jurídico de los animales de compañía en el Código Civil … (Página 33)


162/000201 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre pensiones … (Página 34)


162/000202 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la prevención y detección del acoso escolar así como de atención a las víctimas … (Página 36)



Página 3





162/000203 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al Expediente de Regulación de Empleo iniciado por ADECCO SA/EXTEL … (Página 37)


162/000204 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a establecer una bonificación en la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados en el arrendamiento de la vivienda habitual … (Página 39)


162/000206 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el sistema de becas y ayudas al estudio … (Página 40)



Página 4





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000189


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a continuar impulsando el
proceso de adopción de un Estatuto Internacional para las Víctimas del Terrorismo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Frente al terror que representa el terrorismo yihadista y otras formas de fanatismo y falta de respeto a los principios fundamentales de democracia y de respeto al Estado de Derecho es necesaria la acción conjunta y la cooperación de todas
las naciones. Esta tarea debe ser llevada a cabo desde el respeto pleno de los Derechos Humanos y de los principios de la Carta de las Naciones Unidas, porque en la lucha contra el terrorismo, cualquier tentación de seguir caminos intermedios no
hace más que fortalecer a los criminales y con ello debilitar a los demócratas.


España ha sufrido durante más de cincuenta años la lacra del terror y con especial virulencia el de la banda terrorista ETA, quien ha causado 857 muertes, recordando, también, al resto de víctimas ocasionadas por otros grupos terroristas.
Se trata de una deuda moral para con ellos y un deber democrático de la sociedad española de ahora y del futuro. Por ello, condenar cualquier tipo de acto terrorista y deslegitimar política y socialmente aquellos hechos y actitudes que pretenden
justificar la trayectoria y existencia de la banda terrorista son las líneas maestras que deben guiar cualquier acción política en nuestro país.


La conquista del reconocimiento de las víctimas ha sido un largo camino y por eso no se puede consentir que se frivolice o se califique como 'sátira' o 'humor negro' el enaltecimiento del terrorismo, así como tampoco se puede asumir que se
utilice el concepto de 'preso político' con individuos detenidos, juzgados y condenados por la justicia por pertenencia a organización terrorista. Sin duda, España cuenta con grandes héroes de la libertad, pero estos no son quienes han intentado
acabar con ella; los verdaderos héroes son quienes dieron su vida por defenderla, es decir, las víctimas del terrorismo.


Por este motivo, es especialmente importante la protección y la reivindicación de las víctimas del terrorismo, así como la unidad política y social como principios fundamentales para combatir cualquier forma de terrorismo. A diferencia de
otras categorías de víctimas, las víctimas del terrorismo se convierten en tales al ser utilizadas por grupos terroristas para atacar a la democracia y al Estado de Derecho con el fin de imponer por la fuerza un proyecto totalitario. Siempre hay un
vínculo entre el ataque terrorista y una política de Estado sobre la que se quiere influir. Es esta utilización y ese objetivo lo que hace que las víctimas del terrorismo no puedan ser consideradas como simples víctimas del delito, sino que es
necesario que posean una especificidad propia, diferente de las demás categorías de víctimas, es decir, una norma internacional vinculante de carácter universal que tenga por objeto específico la protección de los derechos de las víctimas del
terrorismo.



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Desde el año 2011 se han puesto en marcha medidas que invitan a pronosticar un cambio de situación. Así, en noviembre de 2011, la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito presentaba un informe en el cual se reconocía la
especialidad del delito de terrorismo del que se deriva la necesidad de tratamiento específico para las víctimas del terrorismo durante el proceso penal.


En junio de 2014, la ONU lanzaba un Portal Informático de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, un recurso muy útil dedicado a ayudar a víctimas de terrorismo de todo el mundo, a las que ofrece información sobre todo tipo de apoyos que tienen
a su disposición y también les permite conectarse entre sí.


En octubre de 2015, España lograba abrir por primera vez las puertas del Consejo de Seguridad a las víctimas del terrorismo con el fin de reflejar a través de su voz la crudeza del sufrimiento que han experimentado por culpa del terror,
testimonio necesario para deslegitimar el discurso terrorista. Este hecho histórico permitió a España impulsar ante la ONU un Estatuto internacional que defienda a las víctimas del terrorismo, con el fin de protegerlas con normas comunes, abriendo
así un esperanzador camino que en algún momento conducirá al reconocimiento de los derechos de las víctimas a través de un instrumento internacional.


España cuenta con un amplio sistema de protección, que es un modelo de referencia a nivel mundial. Pero en otros países no existe nada parecido. Son muy pocos los que siguen atendiendo a los afectados una vez terminada su asistencia
sanitaria. Por este motivo nuestra experiencia en la lucha contra el terrorismo puede ser muy valiosa en el marco de los esfuerzos internacionales destinados a la lucha contra el terrorismo y a la obtención de la máxima protección de la
Organización de Naciones Unidas hacia las víctimas del terrorismo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta la importancia de continuar trabajando en el ámbito de la Organización de Naciones Unidas con el fin de aprobar un Estatuto Internacional de Reconocimiento y Protección a las Víctimas del Terrorismo
para lograr que, independientemente del lugar donde resida o haya sufrido el atentado, la víctima esté atendida y respaldada por los Estados y sus instituciones y pueda tener su reparación integral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000194


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la incorporación de mujeres a la estiba en el Puerto Bahía
de Algeciras, para su debate en Pleno.


La presencia de mujeres en el trabajo de la estiba es relativamente reciente, comenzando su incorporación paulatina en la década de los noventa. Su excelente rendimiento y su compromiso sindical activo ha permitido que las reticencias
iniciales se fuesen disipando, y medidas como los turnos fijos a media jornada en las rotaciones o los dos meses de descanso compensatorio en el periodo de lactancia, así como otras sobre la conciliación de la vida laboral y familiar incorporadas a
los convenios colectivos han permitido la asunción de un papel activo de las mujeres en el trabajo portuario y su normalización en el sector de la estiba.


Además de los principales puertos europeos, en nuestro país Bilbao, Barcelona o Valencia son puertos en los que ya hace años que se produjo la incorporación de mujeres, y en Andalucía, Cádiz o Málaga también tienen a mujeres entre el
personal de estiba. Es algo que, aunque a un ritmo lento, ya es una realidad no sólo en ámbito de países en los que se supone que la igualdad entre hombres y mujeres es un valor poco cuestionable por la sociedad, sino que la presencia de mujeres en
los muelles se está produciendo incluso en países en los que aun esa igualdad ni siquiera se pregona en términos meramente formales.



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Toda regla tiene una excepción y el Puerto de Algeciras, el más importante de España, cuenta con 1.879 estibadores, todos hombres. La Sociedad de Estiba y Desestiba del Puerto Bahía de Algeciras, S.A., de gestión de estibadores portuarios,
cuenta en Algeciras con 1.522 trabajadores fijos y 357 eventuales. Todos los puertos de interés general del Estado, de entidad similar al algecireño, han superado ya un anacronismo de este tipo tan inexplicable como injustificado.


Esta situación viene siendo denunciada por una asociación de Mujeres Estibadoras, que nació hace dos años en Algeciras tras cosechar en tiempo récord miles de adhesiones a través de las redes sociales, que además ha emprendido la labor
constante de dar a conocer el problema y reclamar con toda justicia la superación del actual estado de cosas.


No se puede tolerar por más tiempo que se permita esta flagrante discriminación a las mujeres en suelo andaluz, en un puerto de esta importancia y con unos índices de desempleo devastadores en la provincia, que para las mujeres sobrepasan
ampliamente el límite de lo asumible.


No hay que olvidar que la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (organismo público dependiente del Ministerio de Fomento) es quien gestiona el puerto de interés general Bahía de Algeciras.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en el marco de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, a:


1. Tomar las medidas políticas y administrativas necesarias para garantizar mecanismos que aborden la composición exclusivamente masculina de la plantilla de estiba en el Puerto Bahía de Algeciras.


2. Acordar las medidas oportunas para que la Sociedad de Estiba y Desestiba del Puerto Bahía de Algeciras elimine de inmediato las trabas que están impidiendo la incorporación de las mujeres al trabajo portuario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Eva García Sempere y Miguel Ángel Bustamante Martín, Diputados.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000198


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la promoción de la
convivencia pacífica en los centros educativos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En mayo de 2009, la Comisión Europea estableció el nuevo Marco Estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, 'ET 2020', fijando como tercer objetivo la promoción de la equidad, la cohesión social y la
ciudadanía activa, desde la siguiente fundamentación: '[...] La educación debería promover las aptitudes interculturales, los valores democráticos y el respeto de los derechos fundamentales y del medio ambiente, así como la lucha contra toda forma
de discriminación, dotando a todos los jóvenes de las herramientas necesarias para interactuar positivamente'.


España, como Estado miembro, se ha comprometido firmemente a participar en este proceso de mejora de la educación y de las políticas educativas y es en este contexto en el que, por mandato de la Conferencia Sectorial de Educación, se
construye el Plan Estratégico de Convivencia Escolar. Un Plan con el que se pretende, desde el diálogo y el consenso, dar una respuesta eficaz a la necesidad de colaboración y coordinación entre las diferentes instituciones para lograr que los
centros educativos sean espacios seguros, libres de violencia, inclusivos y favorecedores del éxito para todos.


La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aprobada en 2013, ya recoge este propósito en su preámbulo, donde se pone de manifiesto que el abandono educativo temprano es una de



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las debilidades de nuestro sistema educativo, incidiendo en la importancia de favorecer la convivencia pacífica como factor clave para elevar los niveles de educación.


Considerando que uno de los principios que inspira nuestro sistema educativo es la transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto, la justicia y la
superación de cualquier tipo de discriminación; dicha ley contempla la incorporación de la educación cívica y constitucional de forma transversal en la educación básica, debiendo estar presente en todas las asignaturas.


Además, en su artículo primero recoge como principios básicos del sistema educativo español: la equidad, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades y la superación de cualquier discriminación; así como la educación
para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social y, especialmente, la prevención del acoso escolar. Aspectos a los que se suma el desarrollo en la
escuela de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género.


En enero de 2016, se presentó el Plan Estratégico de Convivencia Escolar. Entre sus medidas se incluía la puesta en marcha de un teléfono de atención a víctimas del acoso escolar. Este servicio se ha autorizado por el Gobierno para ser
prestado ya en este curso escolar 2016/2017, con la finalidad de atender a aquellos casos de malos tratos o acoso en el ámbito escolar, dentro o fuera del aula.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de continuar con la línea de trabajo iniciada en la pasada legislatura en el área de coordinación de políticas y planes de mejora de la convivencia en los centros educativos, teniendo
como base la educación en valores democráticos y el trabajo en las competencias sociales y cívicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000199


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la conmemoración del Día
Internacional de las Personas con Discapacidad, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La atención a las personas con discapacidad es una prioridad dentro de las políticas sociales del Gobierno del Partido Popular. La discapacidad forma parte de la condición humana, ya que cualquier persona puede verse afectado por esta
circunstancia, ya sea de forma transitoria o permanente, a lo largo de su vida.


Según los últimos datos publicados por la Organización Mundial de la Salud y el Banco Mundial, más de mil millones de personas en el mundo, el 15 % de la población mundial, y alrededor de cuatro millones en España, viven con algún tipo de
discapacidad.


Con frecuencia, las personas con discapacidad se encuentran con obstáculos para disfrutar plenamente de su desarrollo personal y participar en su entorno social. El acceso a la educación, al empleo, a la protección social, a la salud, a la
cultura, a los medios de transporte, a la información son, entre otros, derechos básicos a los que todavía muchas personas con discapacidad no pueden acceder o no pueden hacerlo en igualdad de condiciones. Por esta razón, los países deben promover,
proteger y asegurar el goce pleno e igualitario de los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad.


En coherencia con la importancia de este objetivo, en el año 1992, Naciones Unidas proclamó el día 3 de diciembre Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Posteriormente, la Asamblea



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General de las Naciones Unidas hizo un llamamiento a los Estados miembros para que destacaran la celebración del día, con miras a fomentar una mayor integración en la sociedad de las personas con discapacidad.


Así, este Día Internacional brinda una oportunidad única para promover actividades encaminadas a lograr el disfrute pleno y en igualdad de oportunidades de los derechos humanos y la participación en la sociedad de las personas con
discapacidad, según lo establecido en el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1982.


Por otro lado, algunos países, entre ellos España, conscientes de la importancia de la discapacidad, han impulsado la puesta en marcha de instrumentos normativos como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su
Protocolo Facultativo, cuyo propósito primordial es salvaguardar el disfrute pleno y por igual del conjunto de derechos humanos por las personas con discapacidad.


Desde el Grupo Parlamentario Popular, manifestamos nuestro total apoyo y adhesión a la conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, y promoveremos todas aquellas iniciativas parlamentarias que apuesten por la
igualdad de derechos y la plena integración de las personas con discapacidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta su apoyo y su adhesión a la conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, y manifiesta su voluntad de:


- Promover la toma de conciencia sobre el apoyo que necesitan las personas con discapacidad desde todos los aspectos y sectores de la vida política, social, económica y cultural.


- Salvaguardar de forma especial los derechos de las personas con discapacidad y sus familias, apostando por su plena inclusión en todos los ámbitos de la sociedad.


- Mejorar la coordinación entre Estado y las Comunidades Autónomas para reducir los factores de exclusión de las personas con discapacidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000205


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre las medidas que tiene pensado adoptar el Gobierno ante la prolongada suspensión del pago de pensiones, por parte del Gobierno de Venezuela, a sus beneficiarios en España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El pasado mes de diciembre de 2015 el Gobierno de Venezuela que preside Nicolás Maduro interrumpió el pago de las pensiones a sus beneficiarios en el exterior. Se calcula que en España la suspensión afecta a unas 3.800 personas, aunque este
número podría ser mayor, dado que se desconoce la cifra oficial. Muchos de ellos son residentes en Asturias.


Se trata de españoles retornados que tienen derecho a percibir una pensión después de haber trabajado y cotizado en Venezuela durante años, así como de ciudadanos venezolanos que residen en nuestro país y a los que corresponde una pensión
por jubilación u otros motivos.


La Seguridad Social de nuestro país tiene suscrito un convenio con el Instituto Venezolano de Seguridad Social por el que se garantiza la exportación, esto es, el pago en el extranjero, en este caso, España, de las pensiones de las personas
que habiendo cotizado en Venezuela han decidido desplazarse a alguno de los países con los que se ha suscrito ese convenio.



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Este convenio, que fue firmado el 12 de mayo de 1988 y entró en vigor el 1 de julio de 1990, da cobertura actualmente a unas 11.000 personas en España y Venezuela, según la Seguridad Social. Fundamentalmente se trata de emigrantes
retornados a España, pero también hay abundantes casos de nacionales venezolanos que decidieron venir a nuestro país después de alcanzar la edad de jubilación.


Estas personas llevan nueve meses sin percibir su pensión correspondiente, en una vulneración flagrante de sus derechos. Esta situación está dando lugar a episodios dramáticos, pues para muchas familias ha supuesto la suspensión de una
fuente de ingresos fundamental, en algunas ocasiones la única renta del hogar.


Esta semana hemos conocido por la prensa casos muy duros, como el de una pensionista que vivía en Oviedo y que falleció sin poder pagar su medicación para una insuficiencia renal, o el de otra persona que se suicidó porque no disponía de
recursos económicos para costearse el tratamiento del cáncer que padecía. Además, se han producido varios desahucios, ante la imposibilidad de hacer frente a los gastos de la vivienda, y son muchas las personas que han acudido a comedores sociales.


Los afectados por el impago de las pensiones por parte del Gobierno de Venezuela han solicitado a la Comunidad Autónoma donde residen ayudas que contribuyan a mitigar la suspensión del cobro. Sin embargo, solo se han puesto en marcha
mecanismos de compensación en algunos lugares, como el Ayuntamiento de Tenerife o la Comunidad de Madrid; y solo aquellos que son españoles o residen en nuestro país desde hace más de diez años pueden beneficiarse de las ayudas.


Se trata de un problema que afecta a miles de familias y que ha dado lugar a un conflicto entre España y Venezuela, después de que el Gobierno de Maduro incumpliera el convenio bilateral que tiene suscrito con nuestro país y que, por tanto,
le obliga y compromete con los pensionados de Venezuela en España.


A la vista de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Exigir explicaciones al Gobierno venezolano de Nicolás Maduro ante el incumplimiento del Convenio Bilateral suscrito entre el Gobierno de España y el Instituto de Seguridad Social de Venezuela.


2. Exigir al Gobierno venezolano de Nicolás Maduro el cumplimiento de las obligaciones suscritas en el anteriormente referido Convenio, las cuales se aplicarán de forma retroactiva a los pensionistas venezolanos residentes en España
perjudicados por esta cuestión


3. En caso de recibir negativa por parte del Gobierno venezolano, presentar otro tipo de alternativa política que permita a los pensionistas venezolanos residentes en España recuperar las cantidades monetarias debidas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.-José Ignacio Prendes Prendes y Fernando Maura Barandiarán, Diputados.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000207


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Català Francesc Homs i Molist, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante el Pleno,
una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a impulsar y presentar la candidatura de Barcelona como sede de la Agencia Europea del Medicamento.


Una de las múltiples consecuencias de la decisión de la Gran Bretaña de salir de la Unión Europea es que la Agencia Europea del Medicamento (AEM), cuya sede se encuentra en Londres, deberá trasladarse a un país de la Unión Europea.



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La principal responsabilidad de la AEM es la protección y promoción de la salud pública y animal, mediante la evaluación y supervisión de los medicamentos de uso humano y veterinario. En este sentido se encarga de la aprobación de aquellos
medicamentos cuya solicitud se circunscribe en todo el ámbito de la UE; así como también, de todos los medicamentos de uso humano y veterinario derivados de la biotecnología y de otros procesos de alta tecnología y de los medicamentos para el
tratamiento del VIH. La AEM también tiene una función de control ex post, es decir, de vigilar la seguridad de los medicamentos puestos en el mercado gracias a una red de farmacovigilancia.


En 1992, bajo presidencia española de la Unión Europea, se presentó la candidatura de Barcelona para ser la sede de la AEM. En aquel momento Barcelona estuvo muy cerca de conseguir su objetivo, sin embargo finalmente la Agencia se creó en
Londres en 1995.


Barcelona es, sin lugar a duda, la ciudad más idónea para ser postulada por parte del Gobierno del Estado como candidata a sede de la Agencia Europea del Medicamento.


La mitad de las empresas farmacéuticas estatales e internacionales instaladas en el estado tienen la sede en Catalunya. Catalunya cuenta con 230 laboratorios farmacéuticos, de los cuales 90 son fabricantes. La industria farmacéutica ocupa
a 21.200 personas en Catalunya, el 3,3 % de la ocupación industrial en Catalunya y el 56,2 % de la ocupación del sector farmacéutico español.


En el ámbito europeo Catalunya es una potencia farmacéutica situándose dentro de los cinco países con mayor producción. Así la industria farmacéutica catalana representa el 3,5 % de la producción europea y es asimilable a la de los Países
Bajos, con un 4 %, a la de Dinamarca, con un 3,7 %, o la de Suecia, con un 3,6 %.


Aparte de una industria farmacéutica muy potente, Catalunya cuenta con un modelo singular de investigación hospitalaria reconocido internacionalmente con institutos de investigación configurados alrededor de los grandes hospitales
universitarios. Este modelo garantiza el traspaso del conocimiento científico a la práctica asistencial y otorga un papel clave al sector hospitalario como tractor en innovación en productos farmacéuticos y en equipos médicos.


Los beneficios de albergar la sede de la Agencia Europea del Medicamento son múltiples. Por un lado cuenta con un presupuesto de más de 300 millones de euros, una parte muy importante se gasta en el territorio donde se encuentra la sede,
con la consiguiente generación indirecta de valor añadido y de puestos de trabajo en otros sectores de actividad.


Por otro constituye un excelente polo de atracción de las delegaciones de toda la industria farmacéutica industrial internacional y favorece la instalación de laboratorios farmacéuticos, industrias y actividades de investigación relacionadas
con el medicamento.


Hay otras ciudades europeas que han mostrado su interés en captar la sede de esta Agencia como Milán, u otras situadas en Francia y en los países escandinavos, por lo que urge impulsar con decisión la opción Barcelona.


El Govern de la Generalitat de Catalunya está trabajando en la candidatura de Barcelona para ser la sede de la AME y para que se sumen a esta iniciativa todos los actores interesados: universidades, centros e institutos de investigación,
red hospitalaria, industria farmacéutica o colegios profesionales. Pero todo este trabajo no puede dar sus frutos si el Gobierno Central no apuesta por él y lo apoya, ya que es quien tiene la capacidad de presentarlo ante el Consejo Europeo.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar todas las gestiones que le corresponden ante las instituciones europeas para impulsar y presentar la candidatura de Barcelona para que sea la nueva sede de la Agencia Europea del
Medicamento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a potenciar la contratación
indefinida, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En diciembre de 2011, cuando el Partido Popular llegó al Gobierno, la rigidez de nuestro mercado laboral nos llevaba a una destrucción masiva de empleos. Sin alternativas al despido, el número de parados se incrementó en más de 3.500.000
personas entre el segundo trimestre del 2007 y el cuarto trimestre de 2011, elevándose la tasa de paro en más de 14.5 puntos porcentuales. El 65 % del incremento del paro que se producía en Europa se originaba en nuestro país.


Este panorama hizo que el principal objetivo del Gobierno del Partido Popular al inicio de la Legislatura fuera frenar la destrucción de empleo. Se aprobaron reformas estructurales, orientadas a una mayor flexibilidad en el mercado laboral
que daban alternativas para que la última opción fuera el despido. Hoy podemos decir que, con la ayuda de todos, ese primer objetivo lo hemos conseguido.


Una vez superada la masiva destrucción de empleo, el siguiente objetivo fue el de la creación de empleo y la consolidación del mercado laboral. Con el esfuerzo de todos, también se ha conseguido cambiar la tendencia en el mercado laboral;
hoy en vez de hablar de destrucción de empleo, se habla de creación de empleo. Hemos recuperado uno de cada dos empleos que se perdieron con la crisis. Cuando el PP llegó al Gobierno el paro aumentaba un 7,86 % anual (SEPE diciembre 2011), en la
actualidad el paro se reduce en un 9,13 % (SEPE septiembre 2016). Desde el peor momento de la crisis (febrero 2013) el paro se ha reducido en 1.319.925 personas y se han creado 1.561.274 puestos de trabajo. Hoy podemos confirmar que la
recuperación ha llegado al empleo para quedarse, hoy España es el país de Europa donde más empleos se están creando.


Los datos acreditan que hemos superado dos grandes retos: el de frenar la destrucción masiva de empleo y el de la consolidación del mercado laboral. Sin embargo, todavía nos queda mucho por hacer, y debemos seguir trabajando por cada uno
de los 3.720.297 desempleados que hay en nuestro país (SEPE septiembre 2016), para que puedan reintegrarse con la mayor brevedad en el mercado laboral con un empleo de calidad.


La calidad del empleo es el tercer gran reto al que nos enfrentamos, el objetivo es crear empleo estable y de calidad. Con la finalidad de avanzar en este nuevo reto, el Gobierno ha implementado medidas orientadas a potenciar la
contratación indefinida. Las medidas adoptadas por el Gobierno, están dando sus frutos, la situación hoy es muy diferente a la que España vivía a cierre de 2011, cuando se destruían 355.000 empleos al año, el paro aumentaba en 322.000 personas, y
la contratación indefinida caía a un ritmo superior al 29 % interanual. Hoy tenemos menos paro, más empleo, y más empleo estable y de calidad. Porque, al contrario de lo que ocurría en diciembre de 2011, hoy la contratación indefinida aumenta a un
ritmo interanual del 11,83 % (SEPE septiembre 2016). En nuestro país 3 de cada 4 trabajadores tiene un contrato indefinido.


El incremento de contratos indefinidos es esperanzador, por lo que debemos continuar por la senda del fomento del contrato indefinido, por la mayor estabilidad que otorga al trabajador pero también al empresario. A pesar de la evolución
positiva del contrato indefinido, no podemos obviar que en nuestro país tenemos una alta tasa de contratación temporal.


Es cierto que, en su gran mayoría, los contratos temporales vienen motivados por necesidades transitorias de la empresa y siempre se les exige causa justificada, pero no es menos cierto, que esta modalidad de contrato puede encontrar una
alternativa en cualquiera de las modalidades existentes para la contratación indefinida.


Resulta por tanto interesante potenciar la contratación indefinida en cualquiera de sus modalidades como alternativa a la contratación temporal, ya que resulta beneficiosa tanto para el trabajador como para el empresario, ya que otorga mayor
estabilidad y mayor implicación laboral a ambos.


En definitiva, en el actual contexto de recuperación en que nos encontramos, nuestra prioridad debe ser la creación de empleo estable y de calidad, y trabajar para que este empleo llegue a todas las personas, familias, sectores y rincones
del país, porque el empleo es la clave del Estado de Bienestar.



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El Gobierno del Partido Popular, ha aprobado a lo largo de su legislatura diversas medidas que fomentan la contratación indefinida consistentes en aplicar interesantes bonificaciones a las cotizaciones sociales y que en vista de los
resultados obtenidos es evidente que están dando sus frutos, sin embargo, debemos ir más allá, y trabajar juntos para que el derecho a un empleo de calidad sea una realidad en nuestro país.


Debemos potenciar la contratación indefinida ampliando las medidas adoptadas hasta el momento. Es nuestra responsabilidad, conseguir que los empresarios y empleadores encuentren más atractivo crear un empleo indefinido que utilizar la
contratación temporal.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de ampliar las medidas orientadas a potenciar la contratación indefinida frente a la contratación temporal. Para ello, solicitamos se lleven a cabo las actuaciones pertinentes para:


- Que los nuevos contratos indefinidos estén exentos de pagar en los primeros 500 euros las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante cuatro años.


- Que las conversiones de contratos temporales en indefinidos se puedan beneficiar de esta bonificación por igual periodo de tiempo de cuatro años.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000209


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Confederal de Unidos Podemos -En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la Anulación del Consejo de Guerra al President Lluís Companys y de
todos los Consejos de Guerra y sentencias del conjunto de tribunales políticos bajo el franquismo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El día 15 de octubre de 1940 era fusilado por parte de las fuerzas franquistas en el foso de Santa Eulalia del castillo de Montjuïc de Barcelona el presidente de la Generalitat de Catalunya, Lluís Companys i Jover. Meses antes había sido
detenido por la Gestapo, a petición de Francisco Franco, torturado y entregado a las fuerzas sublevadas contra el régimen democrático de la II República. Se convirtió así en el único gobernante democrático fusilado durante el período de la Segunda
Guerra Mundial en Europa.


Después de años de silencio y oscuridad, de 40 años de franquismo, y recuperadas las libertades democráticas era el momento de restaurar de la dignidad de todas aquellas personas que lucharon al lado de la libertad y la democracia, como el
presidente Lluís Companys. Pero no fue así, durante la transición se obvió la necesidad de recuperar la memoria de los miles de fusilados y perseguidos por el franquismo.


Transcurridos 38 años desde la proclamación de la Constitución que declara España como un estado democrático y de derecho que propugna como valores superiores la libertad, la justicia y la igualdad, es necesario rehabilitar aquellas personas
que fueron asesinadas por defender la democracia. Rehabilitación que no será completa hasta que se declaren nulos de pleno derecho los juicios practicados por un estado que, como el franquista, en ningún caso puede ser considerado como un Estado de
Derecho ni, en ningún caso, como proveedor de seguridad jurídica.


La reivindicación de la anulación del Consejo de Guerra a que fue sometido Lluís Companys es una forma de iniciar la rehabilitación del honor de todas las personas perseguidas por el franquismo. La anulación de su juicio debe ser así
también el prólogo de la anulación de todos los juicios de todos los tribunales especificos para la represión política (Consejos de Guerra, Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas, Tribunal Especial contra la Masonería y el Comunismo,
Tribunal de Orden Público, etc.).



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De esta forma se lanza un mensaje al conjunto de la sociedad, y a las futuras generaciones, que las instituciones del Estado están con todas aquellas personas que han defendido, defienden y defenderán los principios democráticos.


Por todo ello, el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Cumplir la Proposición no de Ley aprobada por el Congreso el 28 de septiembre de 2004 que insta al Gobierno a 'iniciar las acciones necesarias que permitan la anulación del Consejo de Guerra sumarísimo a que fue sometido el President de
Catalunya Lluís Companys'.


2. Llevar a cabo las medidas políticas y jurídicas pertinentes para la anulación de todas las condenas derivadas de Consejos de Guerra y de los tribunales de represión política celebradas durante el franquismo.


3. Pedir perdón a los familiares de Lluís Companys i Jover, a la Generalitat de Catalunya y a todo el pueblo de Catalunya, como reconocimiento del dolor infringido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2016.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000210


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Proposición no de Ley sobre el cumplimiento de las recomendaciones del Informe del Grupo del Consejo de Europa de Estados contra la Corrupción (GRECO).


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno y que la adopción de las medidas a las que la misma se refiere se haría, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición no
de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario autor de la
iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
cumplimiento de las recomendaciones del Informe del Grupo del Consejo de Europa de Estados contra la Corrupción (GRECO), para su debate en Pleno.



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Exposición de motivos


El 10 de octubre de 2016 se hizo público el Informe de Conformidad sobre España, aprobado en la 72 sesión plenaria de 1 de julio de 2016, del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa en el marco de su Cuarto Ciclo
de Evaluación sobre 'Prevención de la corrupción de parlamentarios, jueces y fiscales'.


El Informe GRECO 2016 supone un severo correctivo ante la inacción de las autoridades españolas - y, en particular, del Gobierno del PP - al concluir que nuestro país no ha cumplido de manera satisfactoria ninguna de las once recomendaciones
contenidas en su Informe de Evaluación del Cuarto Ciclo de 2014 (adoptado en su 62 sesión plenaria de 2-6 de diciembre de 2013 y hecho público el 15 de enero de 2014).


Sin paliativos, el GRECO califica como 'globalmente insatisfactorio' el grado de cumplimiento de sus recomendaciones anteriores y conmina a España a presentar un nuevo Informe en el que se dé cuenta sobre nuevos progresos antes, como fecha
límite, del 31 de julio de 2017.


El Informe GRECO 2016 sobre España concluye que no se han cumplido, en su integridad, las recomendaciones siguientes:


- Analizar el marco legislativo del Consejo General del Poder Judicial y sus efectos sobre su independencia tanto real como aparente evitando que las autoridades políticas intervengan en los procesos de designación de la magistratura y, en
consecuencia, preservándolo de toda influencia política efectiva o de la apariencia de la misma.


- Legislar criterios objetivos y reglas de evaluación para el nombramiento de altas magistraturas judiciales como las Presidencias de las Audiencias Judiciales y de Tribunales Superiores de Justicia o de magistrados de la Audiencia Nacional
o del Tribunal Supremo a fin de evitar cualquier duda sobre su independencia, imparcialidad o transparencia.


- Prolongar el plazo de prescripción de los procedimientos disciplinarios en la judicatura.


- Regular las relaciones entre parlamentarios y grupos de interés o terceros que pretendan influir en el proceso legislativo.


- Aprobar en las Cámaras parlamentarias un 'código de conducta de los parlamentarios' sobre, entre otros asuntos, los conflictos de intereses, regalos y beneficios personales, actividades adicionales, intereses financieros y obligaciones
declarativas. Dicho código de conducta debería tener carácter público y estar acompañado de medidas prácticas que garantizasen su vigencia.


- Adoptar las medidas necesarias para garantizar el control y la efectividad de las existentes y futuras obligaciones declarativas de los parlamentarios y del resto de reglas deontológicas que les sean aplicables.


De hecho, el Informe GRECO 2016 sobre España solo admite como cumplidas, parcialmente, las siguientes recomendaciones referidas a iniciativas supuestamente en proceso de tramitación pero, a fecha de hoy, no concluidas:


- Adoptar un código deontológico para jueces de carácter público y apoyado en servicios de asesoramiento especializados sobre conflictos de intereses y garantía de la integridad.


- Revisar el procedimiento de selección y duración del mandato del Fiscal General del Estado.


- Establecer legalmente obligaciones y procedimientos claros que mejoren la transparencia en las relaciones entre el Fiscal General y el Gobierno.


- Aumentar la autonomía del Ministerio Público en la gestión de sus medios.


- Adoptar un código deontológico para los fiscales de carácter público y con reglas específicas sobre conflictos de intereses y otros aspectos para la garantía de la integridad.


- Establecer un marco reglamentario específico para las sanciones disciplinarias de los fiscales con garantías suficientes de equidad y eficacia y sometido a un control independiente e imparcial.


- Aumentar las categorías y la precisión de los datos solicitados a los parlamentarios en sus obligaciones declarativas.


El Gobierno del PP ha buscado crear la apariencia de que durante la X Legislatura impulsó un ambicioso paquete de iniciativas dirigidas a luchar contra la corrupción pero tanto la realidad socio-política española como el Informe GRECO 2016
desmienten incontestablemente esta pretensión.


El Informe GRECO 2016 refuta de forma inapelable el intento del Gobierno popular de validar las escasas y limitadas iniciativas gubernamentales adoptadas hasta la fecha como un marco suficiente para



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prevenir y perseguir el que la ciudadanía considera como el segundo problema más importante de España: la corrupción.


Ni el 'Plan de regeneración democrática' impulsado por el Gobierno (con sus reformas relativas a la actividad económica de los partidos políticos, al control de actividades de los altos funcionarios y cargos públicos o a las sanciones
penales) ni la Ley de Transparencia ni los mínimos avances protagonizados en sede parlamentaria cubren suficientemente las exigencias preconizadas por el Consejo de Europa.


La mayoría parlamentaria del PP en ambas Cámaras durante la X Legislatura ha negado el impulso necesario que posibilitara una reforma reglamentaria que permitiera adoptar las medidas propuestas por el Informe GRECO de 2013/2014 a fin de
prevenir conductas irregulares o corruptas en sede parlamentaria. Ha habido que esperar al cambio político iniciado con la XI Legislatura para que el Congreso de los Diputados tomara en consideración una proposición de reforma del Reglamento del
Congreso de los Diputados para la creación del Registro de los Grupos de Interés o Lobbies. Iniciativa desgraciadamente frustrada al agotarse prematuramente la Legislatura. Las escasas medidas de trasparencia de la actividad de los parlamentarios
adoptadas por la presión social no han ido acompañadas, por la denodada resistencia del PP, de otras iniciativas que garantizaran más eficazmente la probidad e integridad de los parlamentarios.


La lucha contra la corrupción requiere que las instituciones y órganos pilares del Estado de Derecho funcionen con plena eficacia y, a tal fin, la independencia de jueces y magistrados constituye una exigencia constitucional inexcusable que
debe obtener sus garantías no sólo durante el ejercicio de la función jurisdiccional sino, también, desde el momento mismo de la selección de los integrantes del Poder Judicial.


El Informe GRECO 2016 invita a analizar el sistema de selección de los integrantes del CGPJ y a perfeccionarlo complementando su irrenunciable legitimidad parlamentaria con mecanismos transparentes, objetivos y profesionalizados en el
proceso de selección, En particular, la garantía efectiva de la independencia de jueces y magistrados obliga a proscribir la más mínima apariencia de influencia política en el procedimiento de selección de jueces y magistrados por lo que deberían
perfeccionarse legalmente los criterios objetivos y reglas de evaluación para el nombramiento de las altas magistraturas judiciales enunciados en el Informe GRECO a fin de evitar cualquier duda sobre su independencia, imparcialidad o transparencia.
Adicionalmente, la garantía de la integridad de jueces y magistrados en el ejercicio de su función jurisdiccional obliga a culminar los trabajos para la adopción de un código deontológico efectivo y a revisar la legislación que posibilite la
impunidad de conductas merecedoras de sanciones disciplinarias a causa de los límites temporales a los que se ajustan los procedimientos disciplinarios.


El Ministerio Público desempeña una función crucial en la lucha contra la corrupción pero, en no pocas ocasiones, se ha cuestionado que dicha tarea estuviera exenta de influencias políticas gubernamentales. Por ello, aunque el Gobierno del
PP haya hecho oídos sordos a las recomendaciones del Informe GRECO, resulta ineludible revisar el procedimiento de selección del Fiscal General del Estado y su marco de relaciones con el Gobierno. La eficacia del Ministerio Público exige aumentar
la autonomía en la gestión de sus medios. Al igual que jueces y magistrados, la integridad de los fiscales exige de un código deontológico que evite conflictos de intereses y preserve su probidad. Adicionalmente, parece necesario revisar la
normativa disciplinaria de los fiscales para adecuarla a las recomendaciones del Consejo de Europa contenidas en su Informe GRECO 2016.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, con objeto de dar cumplimiento a las recomendaciones dirigidas a España por el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa en el marco de su Cuarto Ciclo de Evaluación sobre 'Prevención
de la corrupción de parlamentarios, jueces y fiscales':


1. Acuerda incorporar a sus reglas de funcionamiento y, en su caso, acometer la reforma de su Reglamento y adoptar las normas o medidas adicionales necesarias para:


a) Modificar el procedimiento de designación parlamentaria de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial conforme a los siguientes criterios: convocatoria pública de las vacantes; evaluación de la competencia e idoneidad de los
candidatos por un Comité Asesor de composición profesional variable cuyos miembros serán designados por insaculación entre los propuestos por los grupos parlamentarios; publicidad de los informes de evaluación; sesiones de audiencia en las
correspondientes comisiones parlamentarias; aprobación por la mayoría requerida por las Cámaras competentes. No podrán acudir a



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esta convocatoria pública quienes en los últimos dos años hayan sido cargos electos, miembros del Gobierno, de gobiernos autonómicos o altos cargos de las AAPP.


b) Reforzar las obligaciones de información relativas a las declaraciones de actividades y bienes patrimoniales de los diputados, que deberán homologarse a las que rijan para los altos cargos y que deberán incluir la manifestación de otros
intereses específicos o sectoriales del parlamentario, por las tareas recientes, por la titularidad de participaciones o por cualquier otra circunstancia que no se deduzca claramente de sus declaraciones.


c) Establecer la obligación de los Diputados de presentar, al comienzo y fin de su mandato, una Certificación de Hacienda sobre su situación patrimonial y sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.


d) Atribuir a la Comisión del Estatuto de los Diputados, además de sus funciones preparatorias de las decisiones del Pleno en materia de incompatibilidades, la capacidad para comprobar la veracidad de las declaraciones sobre actividades y
bienes patrimoniales de los diputados y, concretamente, para investigar las omisiones o falseamientos en las mismas, así como el incumplimiento de las autorizaciones concedidas por la Cámara.


e) Aprobar un código de conducta de los parlamentarios, entre otros, sobre conflictos de intereses, regalos y beneficios personales, actividades adicionales, intereses financieros y obligaciones declarativas.


f) Crear un Registro público de Grupos de Interés o Lobbies y regular las relaciones entre los parlamentarios y dichos grupos que pretendan influir en el proceso legislativo, de forma que se evite la influencia indebida y los riesgos de
corrupción que derivan del tráfico de influencias.


g) La información a que se refieren los epígrafes anteriores se dará a través de mecanismos fácilmente accesibles y reutilizables para los ciudadanos.


2. Insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias, incluidas las correspondientes iniciativas normativas, dirigidas a:


a) Establecer legalmente los criterios objetivos y reglas de evaluación adicionales necesarios para evitar cualquier duda en la preeminencia de los principios de mérito y capacidad en el nombramiento de altas magistraturas judiciales como
las Presidencias de las Audiencias Judiciales y de Tribunales Superiores de Justicia o de magistrados de la Audiencia Nacional o del Tribunal Supremo.


b) Prolongar el plazo de prescripción de los procedimientos disciplinarios de jueces y magistrados.


c) Promover la adopción de un código deontológico para jueces que los preserve frente a conflictos de intereses.


d) Revisar el régimen de compatibilidades de los Vocales del CGPJ sin dedicación exclusiva para evitar conflictos de intereses, públicos y privados, en el ejercicio de sus funciones.


e) Reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal, al menos, en los siguientes extremos:


- Con carácter previo al nombramiento por el Gobierno del Fiscal General del Estado, el candidato comparecerá ante la Comisión de Justicia que podrá rechazar de forma razonada la propuesta por una mayoría cualificada.


- Fijar obligaciones y procedimientos que garanticen la transparencia de las relaciones entre el Fiscal General y el Gobierno.


- Delimitar las facultades del Fiscal General del Estado potenciando las funciones del Consejo Fiscal, de las Juntas de Fiscales y de la Junta de Fiscales de Sala.


- Aumentar la autonomía del Ministerio Público en la gestión de sus medios y, en particular, establecer un plan especial para dotar de medios humanos y materiales adecuados para la lucha contra la corrupción a los órganos judiciales y a las
fiscalías que concentran mayoritariamente los casos de corrupción.


- Adoptar un código deontológico para los miembros del Ministerio Fiscal y revisar su régimen disciplinario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2016.-Artemi Rallo Lombarte, Diputado.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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162/000122


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Mixto.


Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de concatenación de contratos temporales en el personal sanitario, pase a debatirse en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y, considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, disponer su conocimiento por la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación, estaría
dirigida al Gobierno que se constituya. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Corles Generales (nuevo núm. de expte. 161/000598).


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 18, de 21 de septiembre de 2016.


162/000143


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Retirada de su Proposición no de Ley relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Corles Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 25, de 30 de septiembre de 2016.



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162/000181


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Retirada de la Proposición no de Ley sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de la concesión de explotación del almacén subterráneo de gas natural 'Castor'.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Corles Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 30, de 7 de octubre de 2016.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, entendiendo que, en el caso de su eventual aprobación, estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000187


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Unidos Podemos- En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de la concesión de
explotación del almacén subterráneo de gas natural 'Castor', para su debate en Pleno.


El proyecto de construcción de la planta de almacenamiento de gas natural 'Castor' ha resultado ser uno de los fracasos más importantes de la historia de este país en lo que a infraestructuras energéticas se refiere. Un proyecto que nunca
debió iniciarse porque no era ni necesario ni viable. En el momento que se decidió su construcción, el Gobierno de entonces lo consideró una decisión estratégica para el sistema gasista español y sus intereses energéticos. El tiempo ha demostrado
que la decisión estratégica fue errónea y que respondió a una errática planificación en la política energética basada en un crecimiento ilimitado de la demanda que en ningún caso se ha correspondido con las necesidades energéticas reales del país.


El proyecto 'Castor' se ha configurado como una pieza más de un modelo energético insostenible basado en combustibles fósiles, que requieren de megainfraestructuras faraónicas de gran coste, que solo benefician a los oligopolios que castigan
a la ciudadanía, y que además dificulta la puesta en marcha de políticas alternativas de eficiencia energética, de autoconsumo o de energías renovables.



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El rescate con recursos de los ciudadanos de una inversión privada que ha terminado en fiasco es una práctica que lamentablemente se ha convertido en habitual en este país. Oficialmente, el despropósito del proyecto 'Castor' de momento le
ha costado a la ciudadanía más de 1.350 millones de euros, a los que hay que sumarles por lo menos otros 295 millones de euros por los derechos retributivos devengados por la empresa concesionaria y que no han sido publicados en boletín oficial
alguno si no que su pago se ha revelado a través de los medios de comunicación. Según cifras procedentes de las organizaciones de consumidores más representativas, el coste final para la ciudadanía podría llegar a superar los 4.700 millones de
euros incluyendo la cantidad, el plazo y los intereses.


Un rescate más a añadir al del sector financiero, al del sector eléctrico, al de las autopistas, que tiene siempre el mismo guión y los mismos protagonistas: generar burbujas especulativas que producen grandes beneficios privados y que
cuando explotan o fracasan, los costes del desaguisado van a costa de la ciudadanía. Los beneficiarios siempre son los mismos, los concesionarios de turno que viven en concubinato permanente con el poder, sea cual sea el color del gobierno que lo
ejerce, para conseguir pingües beneficios. Los que pagan también son siempre los mismos, los ciudadanos, bien aportando recursos fiscales que detraen de sus derechos sociales o bien -como en este caso- cargándolo en el coste de las tarifas del gas.


Este proyecto se puso en marcha en plena bacanal especulativa que empujó a la compra masiva de gas y que se justificó para garantizar el suministro energético de un país que crecía y crecía y que iba a necesitar mucha electricidad. Pero la
adjudicación del proyecto 'Castor' se hizo en junio de 2010, cuando ya era evidente la crisis y cuando se evidenciaba que ya no era necesaria toda esa energía con la que se justificaron todas las inversiones. En su momento fueron muchas las voces
de quienes advirtieron que este proyecto ni era necesario ni reunía las condiciones necesarias de seguridad. Se hicieron oídos sordos, y una vez los problemas de seguridad se han hecho evidentes y se han visto obligados a paralizar el proyecto, han
pretendido que los costes de paralización vayan a costa de los usuarios del gas vía tarifas durante los próximos treinta años.


A pesar de ello, el proceso de especulación con el gas no ha terminado. Desde 2011, pero más intensamente en los últimos años, las empresas españolas siguen comprando gas a Azerbaiyán, a Rusia, a Estados Unidos, que se añade a los contratos
ya firmados con Argelia y que hacen de España el primer importador de gas natural licuado de Europa. Y no solo gas natural. En estos momentos España está comprando masivamente gas no convencional que no va a necesitar para nada, salvo para una
cosa: para hacer de España un hub gasístico que si funciona va a traer grandes beneficios, pero que si entra en pérdidas éstas van a ser asumidas por la ciudadanía a costa de las tarifas y a costa de los impuestos públicos.


Ante esta situación, es necesario acabar con esta estafa permanente según la cual los lobbies han conseguido imponer un capitalismo de casino y el socialismo perfecto: se privatizan los beneficios y, cuando llegan las pérdidas, éstas se
socializan. Hay que acabar con regulaciones como el Real Decreto 855/2008, de 16 de mayo de 2008 (BOE núm. 136, de 5 de junio de 2008), que dio paso a la adjudicación del proyecto 'Castor', y que aseguró la recuperación de la inversión realizada
por la empresa concesionaria dificultando así la asunción de responsabilidades por parte de aquella en caso de fracaso del proyecto. También hay que acabar con regulaciones como el Real Decreto-ley 13/2014, de 3 de octubre, por el que se acepta la
extinción de la concesión presentada por Escal UGS, S.L. y se decide una rápida y millonaria indemnización pese a que el proyecto ha costado tres veces más de lo inicialmente presupuestado. Y por último hay que acabar con la opacidad y la falta de
transparencia. Tenemos la obligación ante la ciudadanía de poner luz y taquígrafos sobre un proceso administrativo y político lleno de sombras que no ha gozado en su adjudicación de la necesaria concurrencia competitiva y publicidad, y donde la
empresa no ha podido acreditar tener la suficiente capacidad técnica y económica para desarrollar la actividad con las suficientes garantías.


En definitiva, no es para nada aceptable que una empresa que ha construido con riesgo sísmico y sin tener en cuenta los informes que alertaban de ese riesgo no asuma ningún tipo de responsabilidad y se le reconozca la extinción de la
concesión y de la indemnización sin la debida auditoría y estudios de la diligencia profesional. Y todo ello agravado por el hecho de mantener la amenaza sobre unas poblaciones que siguen viviendo con el temor a sufrir actividad sísmica en una zona
próxima a centrales nucleares.


Por último, en el marco del peak oil, la solución al agotamiento de los recursos no va a venir por la explotación de nuevos espacios con reservas inciertas de combustibles fósiles y arriesgando el patrimonio natural y la biodiversidad sino
que vendrá por un nuevo modelo energético basado en las energías limpias



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y renovables. El castigo a las energías limpias y la apuesta ciega por actividades extractivas hipoteca nuestra autonomía, seguridad energética y antepone los intereses mercantilistas de unas multinacionales al interés colectivo y la
preservación del territorio y del medio natural.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer una calendarización, con la participación mancomunada de la Generalitat Valenciana, la Generalitat de Catalunya y los ayuntamientos de las localidades afectadas, para desmantelamiento de las instalaciones marinas y terrestres
del almacén de gas natural 'Castor', mediante una solución responsable, transparente y no onerosa para las arcas públicas.


2. Impulsar las acciones legales necesarias que permitan recuperar la cantidad retribuida a la empresa ESCAL UGS, S.L. en concepto de extinción de la concesión, al entender que aquella incurrió en dolo o negligencia imputable y que por
tanto la compensación debería limitarse al valor residual de las instalaciones.


3. Impulsar las acciones legales para establecer las responsabilidades ambientales, administrativas y económicas de la empresa ESCAL UGS, S.L. por los más de 1.000 movimientos sísmicos consecuencia de la puesta en servicio del almacén de
gas natural 'Castor'.


4. Llevar a cabo los estudios técnicos sobre la afectación que la hibernación del proyecto puede tener sobre el medio ambiente de la zona y otras instalaciones de riesgo presentes en la zona.


5. Realizar un peritaje para cuantificar los daños materiales, y si cabe morales, que ha sufrido la ciudadanía de Terres de l'Ebre (Tarragona) i Baix Maestrat (Castelló) como consecuencia de los terremotos sufridos a efecto de realizar las
reclamaciones que correspondan.


6. Impulsar las modificaciones legislativas necesarias para impedir que en el futuro sean las arcas públicas las que asuman las indemnizaciones derivadas de la renuncia voluntaria de la concesión de explotación de una infraestructura o
servicio.


7. Que, tal como requirieron el Parlament de Catalunya en resolución de 1 de julio de 2015 y les Corts Valencianes en resolución del 19 de noviembre de 2015, se hagan llegar al Juzgado de Primera Instancia de Vinarós los informes elaborados
por la Universidad de Standford y el Massachussetts Institute of Technology (MIT) relativos a las responsabilidades en las fases de tramitación y adjudicación del proyecto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.-Josep Vendrell Gardeñes y Ángela Ballester Muñoz, Diputados.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000188


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Xavier Eritja Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el IVA
cultural, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En los últimos años los Presupuestos Generales del Estado han evidenciado un progresivo descenso de las aportaciones económicas a las artes escénicas y a la cultura audiovisual. Efectivamente, las partidas de los últimos años alcanzan un
recorte respecto al presupuesto del año 2011 de hasta un 24 % (teatro) y 35 % (cinematografía), lo cual sin duda ha repercutido en las capacidades del sector.


Paralelamente, el contexto económico depresivo afectaba negativamente al sector de las industrias culturales, tal como se refleja en los datos relativos al descenso del 12,2 % en el número de conciertos de música en vivo desde el año 2008,
acompañado de una reducción del 23,2 % en el número de espectadores y del 11,3 % en facturación. Asimismo, datos provenientes de las asociaciones empresariales y profesionales indican que los conciertos promovidos por iniciativa privada la misma
facturación cayó en el



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año 2011 en un 12,6 %. No se libran de estos descensos las Artes Escénicas, como se refleja en el número de espectadores y de recaudación del 10 % en las ciudades de Madrid y Barcelona, y del 60 % en cuanto a la contratación en el resto del
territorio estatal. Por último, en el periodo 2004-2011, la asistencia a salas de cine evolucionó hacia la reducción en un 32 %.


Según los datos del informe sobre el impacto del incremento del IVA en las artes escénicas entre septiembre de 2012 y agosto de 2013, de la Federación Estatal de Asociaciones de Empresas de Teatro y Danza, la recaudación en relación con el
mismo período del año anterior descendió un 26 % y la recaudación neta un 34 %, dejando de ingresar 84 millones de euros, mientras que el número de espectadores cayó un 29 %.


Además, según datos de la Federación de Empresarios de Cine de España, FECE, de septiembre de 2012 a marzo de 2013 la taquilla neta en las salas de cine se había reducido un 5 %. Debido al impacto del IVA, a lo largo de 2012 cerraron 141
pantallas de cine y 17 complejos cinematográficos, y se perdió el 12,7 % del empleo en el sector de salas de cine.


Se estima que el sector de artes escénicas ha perdido 1.800 puestos de trabajo directos y el informe concluye que la subida del IV A en artes escénicas ha tenido un impacto muy negativo sobre la recaudación global de impuestos, perdiéndose
en la totalidad del empleo cultural más de 75.000 puestos en el conjunto del país y una disminución progresiva de las empresas dedicadas al sector.


A pesar de todo ello, recientemente, el gobierno en las modificaciones del Impuesto de Valor Añadido (IVA) incluyó el incremento del 8 % al 21 % para los espectáculos escénicos y el cine, lo cual entendemos que está afectando gravemente al
sector cultural, cuya aportación al producto interior bruto nacional alcanza el 3,2 %, empleando a cerca de 500.000 trabajadores.


Consecuencias nefastas, pues, para con la producción y creación culturales, pero también potencialmente nefastas para la pluralidad cultural y el acceso a la cultura por parte de la ciudadanía.


Sin duda, esta medida del gobierno sitúa el Estado español en un escenario de excepcionalidad. En efecto, los porcentajes (IVA) de los Estados europeos oscilan entre el 0 % de Noruega hasta al 13 % de Portugal, pasando por Francia, en donde
el gobierno, incluso, lo rebajó al 4,5 %. De igual manera, Alemania (7 %) y Holanda (6 %) son prueba fehaciente de hasta qué punto el porcentaje español se nos presenta difícilmente comprensible y asumible. Valga el caso holandés como ejemplo de
corrección por parte de su gobierno, que ante las consecuencias negativas de un incremento corrigió la medida situando el porcentaje en el 6 % actual.


Esta situación ha generado una extraordinaria alarma en las asociaciones y entidades representantes de las industrias de las artes escénicas, música en vivo y cine atendiendo al hecho que se calcula que en los próximos meses llegarán a
destruirse hasta 4.226 empleos directos y un 20 % de las empresas cerradas podrían cerrar sus puertas, lo cual será reflejo y consecuencia de la pérdida de 43 millones de espectadores y un nuevo descenso en las contribuciones a la Seguridad Social,
en la recaudación del impuesto de sociedades, en el IRPF y un mayor gasto en prestaciones por desempleo.


Más allá de un sector económico tractor, la cultura debe ser considerara como la cuarta pata del Estado del Bienestar juntamente con los servicios sociales, la salud y la educación. Sin un acceso universal a la cultura y el conocimiento en
igualdad de condiciones no se podrá avanzar hacia una sociedad libre y justa. Es por este motivo que es necesario facilitar el acceso y el consumo de productos culturales así como rebajar sus tipos impositivos para entrar en armonía impositiva con
los países comunitarios sino también para hacer de la cultura un auténtico bien público al alcance de toda la ciudadanía.


En este mismo sentido, en un contexto en que los modelos de consumo cultural están en transformación y en que el sector se ha de adaptar a las nuevas realidades y tiene que encarar las dificultades propias de las dinámicas culturales,
corresponde a los poderes públicos hacer una tarea de acompañamiento y aplicar políticas de soporte y de fomento para que la cultura continúe llegando al máximo número de población posible.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Aplicar a todas las actividades y productos culturales, y a todos los servicios que se deriven, el tipo superreducido de IVA del 4 %, de manera que se pueda facilitar el acceso universal a la cultura, dar salida a las capacidades creativas
del sector y fortalecer las industrias culturales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno,
la siguiente Proposición no de Ley sobre el plátano de Canarias.


Exposición de motivos


España es el país más importante en lo que a producción europea de plátano o banana se refiere, representando, a través de las producciones de Canarias, más del 55 % de la producción comunitaria de dicha fruta.


El Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen y destino en las Islas Canarias, abría la
puerta a que el Gobierno de España abonara el coste del transporte del plátano producido en Canarias hasta el territorio peninsular en un porcentaje mínimo del 50 por ciento.


Sin embargo, el Gobierno de España, siete años después, sigue sin poner en marcha esta medida, a pesar de la difícil situación que vive este cultivo como consecuencia del acoso al que está sometido por los Acuerdos de Asociación de la UE con
países de Centro y Sudamérica y de la fuerte competencia de las bananas de países ACP, que entran en la UE libres de aranceles en cantidades no contingentadas, y que compromete el futuro de un producto identitario de la alimentación en España y es
pieza fundamental de la economía, el empleo y la cultura de Canarias.


La entrada en vigor de la ayuda al transporte del plátano a la Península ha sido objeto en este tiempo de numerosos pronunciamientos favorables en instituciones europeas, nacionales y canarias. En Europa, mediante la autorización de las
Autoridades Comunitarias a la incorporación del plátano a estas ayudas de Estado. En las Cortes Generales, con la aprobación de numerosas iniciativas parlamentarias instando al Gobierno de la Nación a hacer efectiva la ayuda. Y en el Parlamento de
Canarias, a través del respaldo a proposiciones en el mismo sentido. En definitiva, iniciativas, proposiciones y propuestas de resolución, aprobadas en Bruselas, Madrid y Canarias, que no han surtido efecto alguno.


Durante todo este tiempo, además, se ha dado pie a que aprovechando el enorme reconocimiento que posee la producción canaria en nuestro país, se haya extendido una práctica comercial de incitación a la compra por confusión de banana de
terceros países como plátano de Canarias. Este fenómeno que se estima alcanza hasta los 20 millones de kilogramos anuales, representa no sólo un perjuicio directo para los productores, sino también un perjuicio grave para la población española al
tratarse de la fruta de mayor consumo y que alcanza a más de 16 millones de hogares a lo largo del año.


Por último, tras la aplicación del Acuerdo de Asociación Unión Europea-Marruecos en vigor desde marzo del año 2000, ha habido una rebaja progresiva de los aranceles a la importación de productos europeos en Marruecos que culminó el 1 de
marzo de 2012 con el desmantelamiento arancelario para muchos productos, pero no para todos. Aún hay algunos, como es el caso de la mayoría de las frutas y hortalizas que están sujetos a derechos de importación en Marruecos, mientras las
producciones agrícolas del Reino de Marruecos están favorecidas por acuerdos preferenciales. Actualmente el arancel del plátano originario de cualquier país de la Unión Europea es del 29,4 %, a lo que hemos de añadir el 20 % de IVA, el 0,25 % de
Tasa Parafiscal a la Importación y 0,005 dirhams/kg en concepto de inspección Sanitaria de Vegetales.


Es por lo que ante la coyuntura actual, que pone en peligro la supervivencia de un sector de gran importancia social, económica, cultural y paisajística, surgida como consecuencia de un record de producción y comercialización que ha
ocasionado una alarmante disminución de los precios, los descrestes arancelarios para la banana americana y la entrada de plátanos sin aranceles procedentes de los países ACP.


'El Congreso de los Diputados insta a:


1. Que el Gobierno de España ponga en marcha a la mayor brevedad la ayuda al transporte para el plátano.



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2. Que el Gobierno de España emprenda las actuaciones necesarias para la persecución del fraude agroalimentario que supone la venta de Banana como Plátano de Canarias.


3. Que el Gobierno de España, en el marco de la política de gran vecindad de la Unión Europea, abra negociaciones con el Reino de Marruecos para lograr una exención a la aplicación de aranceles de aduana para la entrada de plátanos de
Canarias en Marruecos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000191


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para erradicar la pobreza energética, para su
debate en Pleno.


Disponer de agua, luz y gas en el hogar es una cuestión básica para poder vivir con dignidad. Es por ello que estos servicios debieran ser de titularidad pública, es decir, compartida y, no siendo así actualmente, el control de los precios
debiera ser mucho más exhaustivo y supeditado al interés general.


Sin embargo, a día de hoy, según el último informe de la Asociación de Ciencias Ambientales (ACA), alrededor de un 17 % de la población de España sufre pobreza energética, es decir, tiene dificultades severas para poder pagar las facturas de
estos suministros. Se calcula que el año pasado dos millones de familias sufrió cortes de suministro al no poder hacer frente a los recibos, y se estima que ello causó entre 2.300 y 9.000 muertes prematuras. La pobreza energética tiene un impacto
profundo en la vida de las personas y puede influenciar en su esperanza de vida.


Según la última Encuesta de condiciones de vida del INE, más de uno de cada diez hogares no puede permitirse mantener la vivienda a una temperatura adecuada (11,1 %). Y el porcentaje prácticamente se ha doblado durante la crisis (en 2008
eran el 6,2 %). Las consecuencias de la pobreza energética son múltiples: la falta de calefacción afecta a la higiene, la salud (dilema 'heat or eat', afecciones respiratorias, etc.) y, a menudo, genera sobremortalidad y sobreendeudamiento, así
como aislamiento social y geográfico.


Y es que la pobreza energética se puede definir como aquella situación que sufren las familias que no tienen garantizado el acceso a servicios básicos de agua y energía en condiciones de dignidad.


Además, se trata de un fenómeno in crescendo, pues mientras el desempleo y la crisis económica merman el poder adquisitivo de la ciudadanía, los servicios básicos como la electricidad, el gas o el agua, cuyos precios se han encarecido sin
tregua, están acaparando cada vez mayor proporción del presupuesto familiar.


El Estado español carece de una política específica dirigida a prevenir el fenómeno de la pobreza energética que sufren cada vez más familias y hogares; una política para garantizar unos consumos mínimos vitales a todas las familias en
función del número de miembros y según los periodos estacionales.


Si bien es cierto que algunas de las compañías suministradoras aseguran disponer de bonos sociales para las familias más desfavorecidas, estos bonos no tan solo son insuficientes sino que a menudo provocan que quien más los necesite se quede
fuera. El Estado debería mejorar el actual bono social, para tener en cuenta también las condiciones de la vivienda y el nivel de ingresos familiares y no sólo la potencia contratada o la situación familiar/laboral. También habría que valorar la
posibilidad de establecer un bono social para el gas butano, como ya hacen otros países.


Lo cierto es que la electricidad y el gas cuestan en España más que en la mayoría de países europeos. Según Eurostat, la electricidad que pagan los ciudadanos de este país es la cuarta más cara de toda Europa, solo por detrás de Irlanda,
Dinamarca y Alemania, y no para de crecer.


La Encuesta de presupuestos familiares del INE, para el año 2013 (último dato disponible), cifra el gasto medio por hogar en electricidad, gas y otros combustibles en 1.172,9 euros, conociendo un aumento del 44 % durante los años de la
crisis.



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La UE también comparte el diagnóstico y ya en las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del mercado interior de electricidad y gas, respectivamente, plantean exigencias que obligan a los Estados Miembros a adoptar medidas para abordar el
fenómeno de la pobreza energética.


El Dictamen del CESE -Comité Económico y Social Europeo- de 2011 sobre 'La Pobreza Energética en el contexto de la liberalización de la crisis económica' ya señalaba por entonces que la pobreza energética es una nueva prioridad social que
necesita apoyo a todos los niveles y propone que la pobreza energética se tenga en cuenta a la hora de elaborar cualquier política energética.


En el mismo sentido, el Dictamen del CESE de 2014 'Por una acción europea coordinada para prevenir y combatir la pobreza energética' manifiesta que la energía es un bien común esencial, debido a su papel indispensable en todas las
actividades cotidianas, que permite a cada ciudadano/a tener una vida digna, mientras que carecer de él provoca dramas. Añade que la pobreza energética mata física y socialmente. En Europa afecta a más de 50 millones de personas (Proyecto europeo
'European Fuel Poverty and Energy Efficiency').


Esta situación intolerable tiene que cambiar. De ahí que Europa exhorte a emprender acciones urgentes y el CESE abogue por un Compromiso Europeo de Seguridad y Solidaridad Energéticas para fomentar una auténtica política europea de lucha
contra la pobreza energética.


A todo esto, es urgente limitar los precios de la energía para el conjunto de la ciudadanía. Lo cierto es que vivimos en uno de los países donde los y las consumidoras pagan la electricidad más cara. Según un informe de Octubre de 2015 de
Eurostat, pagamos la cuarta electricidad más cara del continente. El recibo de la luz ha subido en diez años un 76 % para el usuario medio, que ha pagado en 2015 unos 400 euros más que en 2005. Así lo pone de manifiesto un estudio realizado por
FACUA-Consumidores en Acción, que responsabiliza de la descomunal subida 'a las políticas energéticas de los sucesivos gobiernos, plegadas a los intereses de las grandes eléctricas'.


Así, mientras ayuntamientos y entidades sociales incrementan las ayudas destinadas a urgencia social, y concretamente las referidas al pago de facturas de gas, luz y agua; y mientras la ciudadanía se organiza para garantizar el acceso a
servicios básicos de energía, las grandes compañías de suministro continúan obteniendo beneficios millonarios. Las tres grandes compañías eléctricas que operan en España (Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa) acumulan unas ganancias de 56.624
millones de euros desde que comenzó la crisis. Tomando el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el tercer trimestre de 2015 (último del que hay datos), su beneficio neto asciende a más de veinte millones diarios. Así pues, al mismo
tiempo que ordenan el corte de suministros por deudas irrisorias, al mismo tiempo que la factura de la luz no deja de subir, las empresas suministradoras de servicios básicos reparten miles de millones en dividendos a sus accionistas. Eso, con un
servicio que por su naturaleza debiera ser público y que jamás debería haberse privatizado.


Un apunte aparte merecen los propietarios de centrales amortizadas, sean hidroeléctricas o nucleares, que venden la luz al precio de la energía generada por la última tecnología que entra, normalmente más cara.


A todo esto, es hora de que se afronte una reforma en profundidad de la legislación del sector eléctrico. Para ello es imprescindible la realización de una auditoría del sector eléctrico, y que esta sea realizada por actores independientes
y con acceso a todos los datos. Debe ser una reforma que cuente con aquellos sectores de la ciudadanía que han venido organizándose y luchando para garantizar el acceso a suministros básicos de agua y energía en condiciones de dignidad. Una
reforma que siga el ejemplo de lo se ha venido impulsando en varias comunidades autónomas. En Catalunya, por ejemplo, gracias a la participación de organizaciones ciudadanas como la Aliança contra la Pobresa Energètica, que luchan para presionar y
denunciar el inmovilismo de las administraciones públicas ante las prácticas de las empresas suministradoras, se alcanzó la aprobación de una ley -la Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia habitacional en el
ámbito de la vivienda y la pobreza energética- que protege de los cortes de suministros y obliga a las compañías suministradoras a asumir la responsabilidad del problema de la pobreza


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


I. Considerar la energía como bien público estableciendo garantías para que todos los hogares puedan mantener unas condiciones adecuadas de temperatura y demás servicios energéticos esenciales a un precio justo.



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II. Regular el sistema de suministros básicos del hogar para establecer tarifas progresivas que incentiven el ahorro, penalicen el consumo ineficiente con elementos de fiscalidad energética y consideren la renta como criterio principal a la
hora de establecer precios sociales favorables para las familias en función de los ingresos económicos.


lll. Legislar la prohibición de los cortes de suministros aplicando el principio de precaución, de manera que no puedan llevarse a cabo suspensiones de los mismos hasta que no existan informes previos emitidos por los servicios sociales
competentes que determinen el grado de vulnerabilidad de las familias y su capacidad económica.


IV. Responsabilizar económicamente a las empresas a la hora de garantizar un suministro mínimo y descuentos en las facturas. El precio social no implicará un gasto presupuestario extraordinario para las administraciones públicas
competentes y tampoco se podrá repercutir sobre las y los usuarios, corriendo a cargo de las compañías suministradoras de energía.


V. Apoyar toda iniciativa de las comunidades Autónomas y los Ayuntamientos desarrollen en esta dirección, y coordinar acciones contra la pobreza energética con las distintas administraciones, así como con asociaciones de consumidores,
asociaciones ecologistas, entidades sociales, expertos y expertas en la materia y empresas suministradoras de energía.


VI. Publicar trimestralmente, por parte de las empresas suministradoras, información sobre el número de consumidores que no pueden abonar la factura, así como el número de consumidores que se ven afectados por cortes de suministro. Exigir
a las empresas suministradoras una mayor y mejor información acerca de los conceptos incluidos en la factura, los servicios energéticos contratados, medidas de eficiencia energética y disponibilidad de bonos sociales.


VII. Aplicar un tipo de IVA del 4 % (primera necesidad) para el agua, el gas, la electricidad y el transporte público, para hacer frente a la pobreza energética. Para ello, se modificará la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto
sobre el Valor Añadido, añadiendo un nuevo epígrafe al número 2 del apartado uno del artículo 91. Y para ello, se informará a la Comisión Europea, en aplicación del artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE.


VIII. Realizar urgentemente una auditoría sobre el conjunto del sistema del sector eléctrico y sobre los costes reales del sector. La auditoría del sector eléctrico debe ser realizada por actores independientes y con acceso a todos los
datos. A su vez, realizar una auditoría específica sobre el déficit de tarifa, su origen y su legitimidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Josep Vendrell Gardeñes y Lucía Martín González, Diputados.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre el diseño y la aplicación de la Regla de Gasto en los Ayuntamientos españoles, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El deterioro generalizado de las finanzas públicas en la zona euro desde el comienzo de la crisis económica llevó a la Unión Europea a modificar las normas relativas a la estabilidad presupuestaria incluidas en el Pacto de Estabilidad y
Crecimiento (PEC) con el fin de corregir los desequilibrios fiscales de algunos Estados Miembros, prevenir la repetición de estas delicadas situaciones y mejorar la coordinación de las políticas presupuestarias de los países de la eurozona. Una de
las novedades introducidas en el PEC y replicada posteriormente por los Estados Miembros es la denominada regla de gasto (expenditure benchmark). Se trata de una norma que limita el crecimiento anual del gasto público, neto de medidas
discrecionales de ingresos, vinculándola al PIB potencial de la economía a medio plazo. La regla de gasto, junto con el ajuste anual del saldo estructural, son los dos instrumentos destinados a



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garantizar que cada Estado Miembro alcanza su objetivo presupuestario a medio plazo (MTO), lo que, según la Comisión Europea, garantiza la sostenibilidad de las finanzas públicas.


Siguiendo el modelo europeo, también en España el gobierno introdujo en 2012 una Regla de Gasto, que pasó a constituir una de las tres reglas fiscales de obligado cumplimiento insertas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera (LOEPSF): estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto.


El artículo 12 de la LOPESF define la regla de gasto en los siguientes términos: 'la variación del gasto computable de la Administración Central, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de
crecimiento del PIB a medio plazo de la economía española'.


Por tanto, la regla de gasto surge como un instrumento de disciplina presupuestaria de carácter anti cíclico que trata de garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas de manera que el crecimiento a medio plazo del gasto de las AAPP
esté limitado por la capacidad de financiarlo con ingresos estables y sostenidos en el tiempo. Es decir, la aplicación de esta regla trata de impedir que el gasto público crezca por encima de la tasa de referencia de crecimiento del PIB a medio
plazo de la economía española, siendo posible superarla, únicamente, en el supuesto de que ese exceso se compense con aumentos de ingresos de carácter permanente.


La actual regla de gasto, se aplica por primera vez en el ejercicio 2013 tras la aprobación de la LOEPSF. Sin embargo, el diseño y cálculo de la regla de gasto ha estado sujeta a numerosos problemas que han impedido su correcta aplicación
en España. Entre otros, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AiREF) ha señalado que la falta en un inicio de una metodología clara y transparente para el cálculo de los empleos no financieros computables a nivel de cada
administración pública, sobre todo para la estimación exante de los mismos, ha impedido a muchas administraciones públicas, notablemente corporaciones locales aplicar la regla de gasto. En 2014 y 2015 el Ministerio de Hacienda y AAPP publicó unas
Guías para la determinación de la regla de gasto en Corporaciones Locales y CCAA. Pese a ello, siguen existiendo numerosas dudas metodológicas y cuestiones procedimentales y de intercambio de información aún no resueltos, por lo que se requiere de
una mejor regulación normativa con una metodología clara, transparente y replicable para el cálculo de la regla.


A diferencia de la norma española, la regla de gasto europea no está sujeta a normas rígidas de aplicación automática, sino que se integra en un análisis global de la evolución fiscal de cada Estado Miembro, en la que se analiza
conjuntamente con otros indicadores de esfuerzo fiscal (como el saldo estructural) y de la situación cíclica de la economía del país, para evaluar el cumplimiento del objetivo presupuestario a medio plazo (MTO). En el caso de nuestro país, uno de
los problemas de la regla de gasto es que en el año que se comenzó a aplicar, en 2013, la economía española venía de atravesar una crisis económica muy profunda pero no había cerrado la brecha de producción, manteniendo todavía un output gap
negativo. Esta situación ha implicado dos efectos importantes en la aplicación de la regla:


- En primer lugar, en el cálculo de la Tasa de Referencia de crecimiento del gasto: al tener en cuenta los 5 años anteriores a 2013, ha incorporado plenamente los efectos de la crisis en el cálculo, rebajando las posibilidades de
crecimiento del gasto en un momento en que resultaba necesario consolidar el apoyo público a la recuperación del crecimiento, en particular, mediante la inversión pública.


- En segundo lugar, en el 2013 las cuentas públicas venían de sufrir un duro proceso de consolidación fiscal centrado primordialmente en recortes de gasto, lo que ha provocado que el nivel inicial de gasto sobre el que se aplicó la
limitación impuesta por la regla de gasto fuera claramente insuficiente para continuar garantizando unos servicios públicos de calidad. Es decir, la aplicación inicial óptima de una regla de gasto es una situación de equilibrio estructural de las
cuentas públicas, lo cual está lejos de ser el caso de España en 2013, año en el que las diferentes administraciones presentaban un nivel de gasto público insuficiente para atender sus necesidades debido a la caída de los ingresos públicos por la
crisis económica. A lo anterior hay que añadirle una interpretación errónea en la determinación del nivel de gasto base sobre el que aplicar la tasa de referencia anual que, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda, debe calculase a partir del
gasto computable efectivamente liquidado el año anterior, lo que consolida cada año los recortes o aumentos de gasto precedentes. Esto último provoca que la regla de gasto se desvincule del crecimiento potencial de la economía, que es su objetivo
último, para fluctuar según las decisiones discrecionales de política presupuestaria.


La aplicación rígida y automática de la Regla de Gasto, con los problemas señalados, está penalizando especialmente al sector de las Corporaciones Locales. En efecto, el conjunto de los Ayuntamientos de



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España ha mantenido un superávit presupuestario desde 2012 y desde ese mismo año la deuda municipal de los ayuntamientos en España ha caído de forma sostenida (en un 32,5 % la de los municipios de más de 300.000 habitantes según datos del
BdE), siendo el único sector de la administración que reduce su nivel de endeudamiento. En esta situación de evolución positiva en el saneamiento de las cuentas públicas municipales, la exigencia de cumplimiento estricto y automático de la regla de
gasto está generando remanentes de tesorería positivos en muchas corporaciones locales y constriñendo más allá de lo razonable la capacidad de numerosos ayuntamientos para atender las enormes necesidades sociales actuales, sin poner en riesgo el
cumplimiento de los objetivos de déficit, ni la reducción de la deuda pública municipal.


En definitiva, tal y como ha señalado la AiREF en múltiples ocasiones y en varios informes, las deficiencias en la aplicación de la regla de gasto exigen una revisión de su diseño y un mayor conocimiento de las condiciones y criterios de
cálculo y aplicación de la misma.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. De manera general, llevar a cabo una revisión del diseño y aplicación de la regla de gasto siguiendo las mejores prácticas internacionales y teniendo en cuenta criterios de sostenibilidad de las cuentas públicas a lo largo del ciclo.


2. Entre tanto, modular la aplicación actual de la regla de gasto en las Corporaciones Locales que presenten cuentas públicas saneadas, en función de la posición cíclica de la economía, en el marco de un análisis integral de la evolución
fiscal y financiera de cada Ayuntamiento, en el que se tenga en cuenta conjuntamente con otros indicadores de esfuerzo fiscal, como el nivel de superávit fiscal, el cumplimiento de los objetivos de reducción de deuda o el volumen de los remanentes
de tesorería.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Pedro Saura García y Julián López Milla, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la ratificación del Convenio número 188 de la OIT sobre el trabajo en
la pesca, para su debate en Pleno.


La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adopta, con fecha catorce de junio de dos mil siete, el Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007, teniendo en cuenta:


- Que la globalización tiene profundas repercusiones en el sector pesquero.


- La Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, de 1998.


- Los derechos fundamentales plasmados en los siguientes convenios internacionales del trabajo: Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29); Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm.
87); Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98); Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100); Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105); Convenio sobre la
discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111); Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), y Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182).


- Los instrumentos pertinentes de la Organización Internacional del Trabajo, y en particular del Convenio (núm. 155) y la Recomendación (núm. 164) sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981, y el Convenio (núm. 161) y la
Recomendación (núm. 171) sobre tos servicios de salud en el trabajo, 1985.


- El Convenio sobre la Seguridad Social (norma mínima), 1952 (núm. 102), y considerando que las disposiciones del artículo 77 de dicho Convenio no deberían constituir un obstáculo para la protección que los Miembros otorgan a los pescadores
en el marco de los regímenes de Seguridad Social.



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- Que la Organización Internacional del Trabajo considera que la pesca es una ocupación peligrosa en comparación con otras ocupaciones.


- El párrafo 3 del artículo 1 del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (núm. 185).


- Que el mandato fundamental de la Organización es la promoción de condiciones de trabajo decentes.


- La necesidad de proteger y promover los derechos de los pescadores a este respecto.


- La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982.


- La necesidad de revisar los siguientes convenios internacionales adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo que se refieren de forma específica al sector pesquero, a saber, el Convenio sobre la edad mínima (pescadores), 1959
(núm. 112), el Convenio sobre el examen médico de los pescadores, 1959 (núm. 113), el Convenio sobre el contrato de enrolamiento de los pescadores, 1959 (núm. 114), y el Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (pescadores), 1966 (núm.
126), a fin de actualizarlos y de abarcar a un mayor número de pescadores del mundo entero, y en especial a los que trabajan en las embarcaciones de menor tamaño.


El pasado 23 de abril de 2014, compareció en la Comisión de Empleo y Seguridad Social, el Sr. Joaquín Nieto Sainz, Director de la Oficina de la OIT para España, explicando la situación del convenio n.º 188 y la importancia de su
ratificación por España.


El Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188) es el punto de partida para establecer unas mínimas condiciones de trabajo y de vida para los más de 36 millones de trabajadores del sector en relación a su seguridad y salud en el
trabajo: atención médica a bordo y en tierra, horarios regulados de trabajo para evitar la fatiga, contratos por escrito, remuneraciones periódicas, derecho a repatriación, Seguridad Social, etc., en definitiva, promover una serie de derechos,
mínimos, pero ajenos a estos trabajadores en pleno siglo XXI.


Es importante recalcar que España es uno de los principales países pesqueros a nivel mundial.


En el año 2010, el Consejo de la Unión Europea emitió un dictamen autorizando la ratificación del convenio. Paralelamente, los agentes sociales han elaborado una propuesta de directiva europea en común para que se adopte por las
instituciones europeas. En este sentido, hay que destacar la cita que tuvo lugar en mayo de 2012, en Gotemburgo, con la presencia del comisario europeo, donde se llegó a un importante acuerdo de propuesta de directiva entre las organizaciones de
empleadores de las empresas, Europech, y las organizaciones de trabajadores, la Federación Europea de Trabajadores del Transporte y del Mar (ETF).


La propuesta de Directiva se encuentra actualmente en proceso de estudio por parte de la Comisión Europea a fin que pueda ser una propuesta de directiva legalmente consistente.


España debe ser país puntero en el planteamiento de los cambios que requiere el sector pesquero, en el seno de la UE y en la comunidad internacional, trabajando para ello por la ratificación urgente del Convenio 188 y cualesquiera otras
normas aplicables a los trabajadores del sector.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ratificar de manera inmediata el Convenio número 188 de la OIT sobre el trabajo en la pesca.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Eva García Sempere y María Isabel Salud Areste, Diputadas.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000195


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la aplicación del tipo reducido en el Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA) a la prestación de servicios de reparaciones de ciertos productos, para su debate en Pleno.



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En el año 2009, los ministros de Economía de la Unión Europea (UE) aprobaron extender la aplicación del tipo reducido del IVA en los servicios prestados localmente y que requieren mucha mano de obra. La lista final de servicios a los que se
permitió aplicar el IVA reducido incluyó pequeños servicios de reparación de bicicletas, calzado y artículos de cuero, prendas de vestir y ropa blanca; limpieza de cristales y limpieza de viviendas particulares; servicios de asistencia a
domicilio, como la ayuda doméstica, el cuidado de niños y la ayuda a los ancianos, enfermos o personas con discapacidad; y peluquería.


Los tipos reducidos del IVA se encuentran en la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, en su artículo 98. Así, los Estados miembros pueden aplicar uno o
dos tipos reducidos, que solo pueden aplicarse a las entregas de bienes y a las prestaciones de servicios de las categorías que figuran en su Anexo III.


Entre los tipos impositivos reducidos del IVA en España, no se incluyen los pequeños servicios de reparación antes mencionados y relacionados en el número 19 del Anexo III de la Directiva del IVA: pequeños servicios de reparación de
bicicletas, calzado y artículos de cuero, prendas de vestir y ropa blanca (incluidos los remiendos y arreglos).


Por el contrario, la Ley española del IVA sí incluye en el tipo reducido las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, cuando el destinatario es persona física o una
comunidad de vecinos, como recoge el número 10 bis del Anexo III.


Seguramente, reducir el IVA de las reparaciones de ciertos productos podría contribuir en cierto sentido a hacer frente a la cultura de 'usar y tirar' y fomentar un cambio de actitud en los consumidores, reducir emisiones, o potenciar la
prestación de servicios de reparaciones domésticas intensivos en empleo.


España puede incorporar en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, a los pequeños servicios de reparación relacionados en el número 19 del Anexo III de la Directiva entre las prestaciones de servicios
gravadas al tipo reducido. Ampliar la lista a otros servicios de reparación de productos, como electrodomésticos por ejemplo, solo podría hacerse si así lo acepta la UE, ya que el IVA es un impuesto indirecto de ámbito comunitario cuya aplicación
en nuestro país se define por lo que establezcan las directivas que lo regulan.


Y como tributo indirecto que es, también es, por definición, regresivo, ya que los consumidores lo soportamos por igual independientemente de nuestra capacidad económica. Por eso entendemos que es positivo hacer bascular la tributación
hacia los impuestos directos, que gravan la capacidad económica del contribuyente puesta de manifiesto a través de su renta o patrimonio. Nuestras administraciones públicas necesitan recaudar más, pero también hacerlo con mayor equidad y
progresividad.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aplicar el tipo reducido del 10 por ciento a los pequeños servicios de reparación relacionados en el número 19 del Anexo III de la Directiva del IVA.


2. Impulsar, en los foros comunitarios competentes, las reformas necesarias que permitan ampliar los servicios de reparaciones domésticas, como electrodomésticos, a los que les es de aplicación el tipo reducido del 10 % en el IVA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Eva García Sempere, Diputada.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000196


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre ratificación del Convenio número 189 de la OIT y la



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Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras o trabajadores domésticos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Durante la crisis económica, la reducción de los ingresos de los hogares ha provocado una reducción en paralelo del trabajo remunerado de cuidados, que, movido por el 'traslado de las desigualdades de clase y de género' de que habla la
doctrina especializada, casi siempre realizan las mujeres y en no pocas ocasiones las mujeres inmigrantes. Así, desde el comienzo de la crisis, y según datos de la Encuesta de Población Activa, se han perdido 110.200 puestos de trabajo en el sector
del empleo del hogar familiar.


No obstante, las estadísticas de afiliación a la Seguridad Social de trabajadores/as empleados/as del hogar familiar parecen desmentir esa evolución, ya que, en el mismo periodo, se ha producido un incremento de afiliación de 238.716
trabajadores/as. La causa de esta aparente contradicción es la doble intervención legislativa habida en 2011, donde, de una parte, se obligaba a los/as empleadores/as a dar de alta en la Seguridad Social a los/as empleados/as de hogar, cualquiera
que fuera la duración de su jornada de trabajo, y, de otra, se regulaba de manera más garantista en lo concerniente a los derechos laborales la llamada relación laboral especial de empleados/as en el hogar familiar.


Ambas medidas tenían una doble finalidad: formalizar el trabajo informal existente desde siempre en este sector de actividad productiva (de hecho es muy significativo que, mientras la Encuesta de Población Activa alude a 637.000 ocupados/as
en este sector, el número de afiliados/as a la Seguridad Social sea de 427.801) y asimilar los derechos laborales y de protección social de los/as trabajadores/as de este sector con el del resto de trabajadores/as. Objetivos que habían de
beneficiar claramente a las mujeres y, entre ellas, a las mujeres inmigrantes, en la medida que son las mujeres inmigrantes las que mayoritariamente realizan el trabajo remunerado dentro del hogar familiar.


Y así fue. Desde enero de 2012, fecha de entrada en vigor de ambas medidas, hasta el 1 de abril de 2013, fecha en que terminó la vigencia de la primera, el número de empleados/as de hogar afiliados/as a la Seguridad Social creció en más de
146.000, más del 98 por 100 de los/as cuales eran mujeres y casi el 54 por 100 de los/as mismos/as extranjeras. Lo que significaba haber sacado a la luz el empleo de todas esas mujeres, sin importar su nacionalidad, para reconocer sus derechos
laborales y garantizarles la correspondiente protección social (igual que la del resto de trabajadores/as a excepción de la protección por desempleo).


No obstante, en diciembre de 2012 el Gobierno del Partido Popular volvió al régimen anterior a 2011.


A partir de entonces es nuevamente el/la empleado/a del hogar familiar el/la que tiene que responsabilizarse del pago de la cotización a la Seguridad Social cuando trabaja menos de 60 horas al mes por cada empleador/a (es decir, la gran
mayoría de los/as empleados/as de hogar). Una vuelta atrás en los derechos de miles de mujeres que propende el crecimiento en este sector del empleo informal.


Con todo, lo peor es la causa que motivó semejante retroceso en la legislación española en materia de empleo en el hogar familiar. No se trató de razones económicas, ya que es obvio que la medida no supuso ahorro alguno en el gasto público.
Fueron razones de falta de consideración social hacia el trabajo remunerado que desarrollan las mujeres en el seno del hogar familiar, especialmente si son inmigrantes, las que están detrás de este paso atrás. Algo que vendrá a confirmar la
reiterada e injustificada negativa del Gobierno del PP a ratificar el Convenio 189 de la OIT, sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos.


En efecto, a pesar de que el 8 de mayo de 2013 la Comisión de Empleo y Seguridad Social consensuó y aprobó por unanimidad una enmienda transaccional a una Proposición de Ley que instaba al Gobierno a 'que en un plazo razonable evalúe la
posibilidad de someter a ratificación el Convenio número 189 y la Recomendación número 201 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y, en consecuencia, adapte la legislación española en el sentido que regulan los citados textos', casi 3
años después dicha ratificación aún no se ha producido.


Es verdad que, en respuesta a preguntas escritas de la entonces Diputada del Grupo Parlamentario Socialista, doña María Virtudes Monteserín Rodríguez, el Gobierno del PP señaló la existencia de 'peculiaridades en nuestro ordenamiento de
empleados de hogar que obligan a reflexionar sobre la inmediata ratificación del Convenio' y que esas peculiaridades estaban referenciadas en los artículos 7, 13 y 14 del propio Convenio. Pero desde que ambas respuestas se produjeron (mayo y julio
de 2014) ha pasado más de un año y medio sin que el Gobierno haya hecho movimiento alguno en relación con la



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normativa vigente en materia de empleo en el hogar familiar que pudiera, según su versión, ajustar dicha normativa al Convenio 189 de la OIT de manera que pudiera ser ratificado.


Más aún, es más que dudoso que deba ser necesaria la plena y completa adaptación de la normativa nacional a los requerimientos del Convenio 189 de la OIT como condición imprescindible para la ratificación de este Convenio, tal y como esgrime
el Gobierno del PP. Y ello porque tanto el artículo 13 como el artículo 14 de dicho Convenio establecen que las medidas recogidas en los mismos (y que son las opuestas como impedimento para su ratificación por el Gobierno del PP) podrán aplicarse
progresivamente previa consulta con los organizaciones de trabajadores y empresarios más representativas. De lo que se deduce que es perfectamente posible la ratificación del Convenio 189 y después el inicio de un proceso de consultas con las
organizaciones de trabajadores y empresarios más representativas para la adaptación de la normativa nacional sobre empleo en el hogar familiar a los requerimientos de dicho Convenio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ratificar, sin más dilación, el Convenio número 189 de la OIT y la Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2016.-Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000197


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Català don Francesc Homs i Molist, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante el
Pleno, una Proposición no de Ley para territorializar los fondos destinados a subvenciones del área de servicios sociales y otros fines de interés social, incluidos los de carácter medioambiental, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del
IRPF.


Antecedentes


De manera reiterada en los últimos años, diversas sentencias del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo han fallado en favor de la Generalitat de Catalunya respecto al reparto y la gestión de los fondos procedentes del 0,7 % del IRPF
destinados a programas de interés social. Ahora, rompiendo dicha tendencia, el Tribunal Supremo ha emitido recientemente, una sentencia (610/2016) en sentido contrario, causando la consiguiente alarma entre las organizaciones sociales de Catalunya.


En esta ocasión, tras años de conflictos judiciales y a pesar de numerosas sentencias a favor de las demandas autonómicas, los magistrados consideran ahora, que la distribución de estos fondos debe continuar llevándola a cabo la
Administración General del Estado y rechazan el recurso del ejecutivo catalán que lo considera una irrupción en sus competencias. Éste es el resultado del esfuerzo continuado del Gobierno para conseguir eludir la ley, transformando la ley.


El ejecutivo central no ha descansado hasta dar con el modo en que los tribunales le dieran la razón. En lugar de cumplir con las sentencias anteriores y ajustar su acción a su competencia, ha modificado las normas, las reglas, los
argumentos que las justifican, hasta conseguirlo. Ha modificado el marco normativo hasta hacerlo a su medida, a su conveniencia.


No hay ninguna duda razonable de que las actividades susceptibles de obtener subvenciones estatales con arreglo al Real Decreto 536/2013, objeto de esta última sentencia, o con arreglo a otros Decretos que establecen las bases para acceder a
las subvenciones con cargo a esta asignación tributaria, inciden sobre la materia denominada 'asistencia social', una competencia constitucional y estatutariamente correspondiente en exclusiva, a la Generalitat de Catalunya. Tampoco hay ninguna
duda, de que el Gobierno a través de sus acciones y disposiciones comete un fraude de ley en este ámbito, al eludir el



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orden de distribución de competencias establecido utilizando referencias a títulos competenciales horizontales, usando una artimaña jurídica.


De acuerdo con la citada sentencia, es como poco sorprendente o curioso que atendiendo a la finalidad de los recursos: 'financiar los gastos de funcionamiento de entidades del Tercer Sector colaboradoras de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad', se considere que competencialmente correspondía a la Generalitat de Catalunya (sentencia respecto a R.D. 535/2013), puesto que se incidía en la materia 'asistencia social', pero que en cambio, atendiendo a las
actividades susceptibles de financiación: 'actividades prestacionales sustantivas' de estas mismas entidades del Tercer Sector, ya no sea así (sentencia respecto a R.D. 536/2013).


Es decir, la cuestión es que si consideramos que los recursos se destinan a los gastos de funcionamiento de las entidades del Tercer Sector, la competencia es autonómica, pero si consideramos que los recursos se destinan a las actividades de
estas entidades la competencia es estatal. Debe ser materialmente imposible que entre los gastos de funcionamiento de las entidades del Tercer Sector se incluyan actividades prestacionales sustantivas. Y evidentemente, las entidades del Tercer
sector deben tener numerosísimos gastos de funcionamiento que no tengan nada que ver con las actividades que prestan.


El grado de contorsionismo argumentativo es admirable. En el segundo caso (R.D. 536/2013) a diferencia del primero (R.D. 535/2013), ya no importa cuál es la naturaleza de las entidades potencialmente beneficiarias de las subvenciones, es
decir entidades del Tercer Sector, sino cuál es la naturaleza de las actividades susceptibles de ser subvencionadas. Resulta que la naturaleza de las entidades nada debe tener que ver con la naturaleza de las actividades que éstas prestan. La
atención a personas con necesidades educativas o de inserción laboral, el fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia, no tienen nada que ver con estados de carencia, asociados a la materia asistencia social, y las deben
desarrollar entidades que en ningún caso deben ser del Tercer Sector.


Para el Tribunal Supremo se trata, de materias bien distintas que nada tienen que ver. Y evidentemente, por si alguien tenía alguna duda y no le parecía que los argumentos fueran suficientes, cabe añadir un concepto: el requisito de la
supraterritorialidad para poder acceder a las subvenciones. Esta circunstancia acaba de justificar sin que quepa ya duda alguna, la intervención de la Administración General del Estado. En opinión del Tribunal Supremo y del Gobierno puesto que es
quien fija el requisito, no es posible alcanzar la finalidad perseguida adecuadamente, en el estricto ámbito autonómico. Solamente en el ámbito supraterritorial estatal es posible atender y desarrollar adecuadamente, programas relativos a
necesidades educativas, integración laboral, seguridad ciudadana o prevención de la delincuencia. Huelgan palabras. ¿Es realmente acorde en esencia, el último pronunciamiento del Tribunal Supremo con la distribución competencial derivada de la
Constitución y del Estatut, o se basa en la utilización por parte del Gobierno, de un amaño jurídico para eludirlo?


El Tribunal Supremo en su Sentencia 610/2016 ha roto con la jurisprudencia consolidada (13 sentencias del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo favorables a la gestión autonómica del 0,7 % del IRPF y otras subvenciones destinadas al
área de servicios sociales) y ha fallado a favor del Estado, por primera vez. ¿Cuánto valor más tiene este pronunciamiento que todos los anteriores en sentido contrario?


Los estamentos jurídicos habían venido indicando hasta el momento y reiteradamente, que el Estado puede decidir asignar parte de sus fondos presupuestarios a materias exclusivas de las CC.AA. como la asistencia social, pero que puede
hacerlo de manera limitada. Solamente puede determinar el destino de las partidas presupuestarias correspondientes de forma genérica o global, por sectores o subsectores enteros de actividad, y los fondos deben integrarse como un recurso que nutra
la hacienda autonómica, es decir, de manera que la asignación de fondos quede territorializada, a ser posible, en los mismos presupuestos generales.


Y si bien en estas materias, puede considerarse en el ámbito de la competencia estatal la regulación de los aspectos centrales, sin duda se sitúa dentro de la competencia autonómica, lo relativo a su gestión, esto es, la tramitación,
resolución y pago de las subvenciones, así como la regulación del procedimiento correspondiente a todos estos aspectos.


También han venido señalando hasta el momento los estamentos jurídicos, que no deben duplicarse estructuras administrativas para el ejercicio de unas mismas competencias. Quien dispone de las competencias debe disponer de los recursos para
ejercerlas. Si no existe duda alguna respecto a las competencias de las CC.AA. en materia de asistencia social, acción social, servicios sociales, voluntariado, asociaciones y fundaciones, no deberían existir dudas sobre quien las debe ejercer -y
la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo así lo ha afirmado en múltiples ocasiones. El Estado no



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podría y no debería condicionar o limitar el ejercicio de estas competencias a través de su poder de gasto. ¿Ha ajustado el Gobierno su actuación a la Ley en estos años o ha ido cambiando la Ley hasta dar con una versión a su conveniencia?


¿Por qué razones además el Gobierno continúa obcecado en discriminar a las entidades del Tercer Sector de ámbito autonómico en Catalunya y en desatender a sus ciudadanos? Catalunya es la comunidad que más aporta a través de la casilla de
fines sociales. En 2015, aportó el 25 % de los fondos de todo el Estado y sólo recibió el 13,9 %. Las entidades sociales catalanas pueden dejar de ingresar 20 millones de euros recaudados en Catalunya y además el Gobierno impone como requisito la
supraterritorialidad para mantener su acción y burlar la ley.


La Comisión Europea ha publicado un índice de progreso social basado en la media de los años 2011-2013. Según este índice, las necesidades básicas, que son las que miden la cobertura básica en sanidad, vivienda, higiene y seguridad pública,
estaban cubiertas en Catalunya peor que en cualquier otra comunidad autónoma del Estado, excepto Canarias. Catalunya se ha empobrecido y el Estado ni lo reconoce ni hace nada para resolverlo. La redistribución de recursos públicos sigue
considerando a Catalunya una comunidad rica cuando sufre problemas de bienestar y pobreza como el que más. Esto ya lo detectan las estimaciones de redistribución de recursos públicos. El 0,7 % lo radiografía simplificadamente: sólo se destina a
Catalunya el 56,6 % de lo que aporta. Es un porcentaje que el Estado aplica con toda naturalidad, pero que impide progresar a los ciudadanos de Catalunya.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar con la mayor celeridad posible, las disposiciones normativas oportunas para:


a) Territorializar por Comunidades Autónomas, para la convocatoria en curso de este año 2016, los recursos recaudados en la asignación tributaria del IRPF destinada a fines de interés social correspondiente.


b) Ceder a cada Comunidad la recaudación que se haya obtenido de las declaraciones efectuadas en su territorio en concepto de la citada asignación.


c) Garantizar que los recursos pertenecientes al referido tramo sean gestionados íntegramente, por los respectivos gobiernos autonómicos y destinados efectivamente, al Tercer Sector.


d) Distribuir de igual modo, territorialmente por comunidades autónomas, otros recursos en materia de concesión de subvenciones destinadas al área de servicios sociales, familias, discapacidad y otros fines de interés social, incluidos los
de carácter medioambiental.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000200


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José Manuel Villegas Pérez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre la modificación del régimen jurídico de los animales de compañía en el Código Civil, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El bienestar animal es una inquietud compartida por la gran mayoría de los españoles. En las últimas décadas los españoles han variado su comportamiento hacia nuestras mascotas incrementándose el número de hogares en los que se convive con
animales domésticos. Este aumento de la convivencia con animales de compañía, ha supuesto, también, un incremento de la sensibilidad y la preocupación por el bienestar de los animales, pero, sobre todo, una mayor concienciación contra las
agresiones, muchas de ellas salvajes, que sufren cientos de animales de compañía en España cada año.


Nuestra legislación actual, en lo que respecta a la calificación de los animales de compañía es, a todas luces, obsoleta. Si bien el Código Penal ya tipifica como delito la tortura o el abandono de los animales de



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compañía, reconociendo un estatus especial a los animales respecto a las cosas, el Código Civil no hace la misma distinción. Este último, al definir y regular las relaciones entre las personas y las cosas, considera a las mascotas un como
cualquier otro bien patrimonial, manteniendo el concepto que de estos se tenía en la norma originaria, del siglo XIX.


Las consecuencias de esta calificación, que equiparan a los animales de compañía a otros bienes de carácter mueble, llevan al absurdo de que actualmente puedan ser embargados y ejecutados por los acreedores, subastados para liquidar una
comunidad de gananciales; o introducidos en lotes y sorteados en supuestos hereditarios, obviándose en todo caso la especial relación afectiva que existe entre la mascota y sus dueños.


Considerar a los animales de compañía como algo más que meras cosas es una sensibilidad cada vez mayor en la sociedad española. Es evidente que tratar a un perro o un gato como a un televisor no se corresponde con la realidad. Hemos de
considerar que son un valor extrapatrimonial que constituye un soporte para los derechos de la persona. Nuestra legislación civil ha quedado completamente desfasada en esta concepción de estos seres que son mucho más que objetos, más que mero
patrimonio. Además, una categoría general de animal de compañía, en el Código Civil, puede servir de base común para homogeneizar las numerosas y distintas normas con las que las Comunidades Autónomas, en sus competencias, intentan dotar a la
figura de la modernidad que tanto necesita. Nuestro Código Civil debe cambiar para dar una categoría especial a los animales de compañía que tantos ciudadanos reconocen como auténticos amigos y avanzar hacia la protección y el bienestar de nuestros
animales de compañía. Unos objetivos que llevan siendo una asignatura pendiente muchos años.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que promueva las reformas legales necesarias para crear una categoría especial en el Código Civil que ubique a los animales de compañía fuera de la masa patrimonial a todos los efectos
legales, de forma que resulten inembargables, absolutamente indivisibles en situaciones de comunidad, e intransferibles en negocios onerosos. Y, en consecuencia, que se reconozca la naturaleza extrapatrimonial de los animales de compañía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2016.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000201


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada de EH BILDU, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre Pensiones, para debate en Pleno.


Exposición de motivos


El acceso a una pensión que permita llevar una vida digna a las personas que deben percibirla, es un derecho que debe ser garantizado por los poderes públicos, algo que está lejos de ser una realidad a día de hoy y en serio riesgo de
empeorar a futuro si no se toman medidas correctoras de forma inmediata.


Desde la aprobación del Real Decreto 1/1994 que regula el Sistema General de la Seguridad Social y ampara de forma directa el sistema de pensiones y protección social, lejos de lograr este objetivo, las políticas aplicadas han llevado a
amplios sectores de la ciudadanía a no poder acceder a una pensión digna, realidad que se ha extendido a miles de personas más a consecuencia de las reformas realizadas en los últimos años. Y ello con el único propósito de cumplir con los objetivos
de déficit, cuando el principal debe ser garantizar a todas las personas pensionistas ingresos suficientes para hacer frente a sus necesidades vitales.


Si bien las pensiones de viudedad, las pensiones mínimas no garantizaban unos ingresos mínimos ya desde su origen, a estos colectivos se suman ahora otras muchas personas pensionistas que ven como la brecha entre salario y pensión va
aumentando, a la par que disminuye su capacidad de gasto. Todo ello



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sin olvidar que las diferentes reformas realizadas han supuesto que miles de personas cotizantes queden excluidas del derecho mismo a una pensión pública.


Para justificar los recortes aplicados por medio de estas reformas, el Gobierno utiliza como excusa, por un lado, la crisis económica que estamos padeciendo y, en segundo término, las repercusiones negativas que puede tener el incremento de
la esperanza de vida en el sistema de pensiones.


Sin embargo, la crisis económica no está determinando por sí misma el déficit que se está dando en el sistema de pensiones, sino que el principal factor es la política económica y social del Gobierno del PP. Según ésta, todo el gasto
presupuestario, incluido el social, debe subordinarse a cubrir los objetivos fijados en materia de disminución del déficit público y, en esta medida, se busca esencialmente en la reducción del gasto público la forma de cuadrar las cuentas
presupuestarias. Todo ello a pesar del evidente fracaso de esta política y de comprobarse que las políticas de austeridad y recorte social extremo no sirven para alcanzar los objetivos previstos sino para extender aún más la crisis social que se
padece: paro, pobreza, desigualdad social.


Es evidente, en esta medida, que la solución al déficit actual del régimen de pensiones debe buscarse en una dirección contraria a la apuntada por el Gobierno, para quien el objetivo de cuadrar las cuentas debe hacerse siempre por la vía del
recorte de las pensiones. Se trata, en definitiva, de impulsar una política opuesta que busque el incremento de los ingresos del sistema con el fin, no solo de solucionar los problemas de déficit y mantener los actuales estándares de cobertura y
cuantías de las pensiones, sino de mejorar las mismas ya que, no hay que olvidarlo, partimos de un gasto en pensiones que está cinco puntos por debajo del promedio existente en la Unión Europea.


A la hora de hablar de incrementar los ingresos de la Seguridad Social no podemos olvidar que a lo largo de las últimas décadas el reparto del pastel del PIB ha sido favorable a las rentas empresariales, que cada vez se han hecho con una
parte mayor del mismo, y desfavorable para las rentas del trabajo. Se trata por tanto de reequilibrar este desajuste impulsando una política clara de redistribución de rentas y revertir así esta evolución que no ha hecho más que disparar las
desigualdades sociales.


En definitiva, se trata de apostar por un modelo que permita incrementar los ingresos públicos, materializar una política favorable al impulso del empleo y, en consecuencia, aumentar los ingresos de la Seguridad Social (más cotizantes,
mayores aportaciones) y disminuir sus gastos por la vía de la reducción substancial del desempleo.


Esa es la única manera de garantizar las pensiones presentes y futuras, partiendo de una premisa clara, las personas pensionistas tienen derecho a percibir unos ingresos suficientes para hacer frente a sus necesidades vitales.


Ello supone conseguir un sistema que garantice que la cuantía de las mismas no sea inferior al umbral de la pobreza, que la UE define debe calcularse sobre el equivalente al 60 % del salario medio de los trabajadores de su entorno.


En Euskal Herria existe una mayoría social, política y sindical contraria a las políticas aplicadas en esta materia en los últimos años, así como una demanda de instrumentos para hacer frente a las necesidades de las personas pensionistas.
En la actualidad la pensión media en Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa es de 1.050 euros, pero ese dato esconde una realidad a superar: casi el 70 % percibe menos de 1.000 euros y el 47 % cobra entre 150 y 650 euros. Si aplicamos los criterios
de la UE las pensiones mínimas deberían ser de 1.080 euros.


Por todo lo anterior, y sin perjuicio de las competencias propias que en estas materias corresponden a la Comunidad Autónoma Vasca y Foral de Navarra, se plantea a este Congreso la adopción de la presente


Proposición no de Ley


'Instando al Gobierno en los términos siguientes:


a) Proceder a la trasferencia inmediata a la Comunidad Autónoma Vasca y Foral de Navarra de todas las competencias pendientes relativas a la Seguridad Social y exigencia de la necesidad de contar con un marco propio y soberano en estas
materias (Seguridad Social, Pensiones) que responda a nuestra propia realidad social y laboral y, sobre todo, tal cual debe ser en democracia, a las mayorías políticas, sociales y sindicales existentes en nuestro país, marco éste que deberá
sustentarse en bases firmes de justicia social y solidaridad.


b) Proceder a garantizar que no habrá pensiones por debajo del umbral de la pobreza, tomando como referencia: La UE define que el umbral de la pobreza se debe calcular sobre el equivalente al 60 %



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del salario medio de los trabajadores del entorno y La Carta Social Europea, suscrita por el Estado Español sitúa la cuantía del SMI en un valor igual al 60 % del salario medio neto. En el caso de Euskal Herria equivale a 1.080 euros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2016.-Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la prevención y detección del acoso escolar así como de atención a las víctimas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Grupo Parlamentario Ciudadanos considera que la finalidad básica de la educación debe ser el formar buenas personas, buenos ciudadanos y buenos profesionales.


Alcanzar tales fines sólo es posible si en las aulas existe un adecuado clima escolar. El acoso escolar es una forma de violencia que constituye una grave amenaza para el logro de objetivos esenciales tales como el pleno desarrollo de la
personalidad y de las capacidades de los alumnos, en suma, impide el logro de cualquiera de los fines de nuestro sistema educativo, asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en la Constitución.


La Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su artículo 1 los principios en los que se inspira el sistema educativo español.
En concreto en su apartado k) establece como principio 'la educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social y en especial en
el del acoso escolar'.


Asimismo en el artículo 124 se establece que cada centro elaborare un plan de convivencia que incorpore a la programación general anual y que recoja todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un buen clima de convivencia
dentro del centro escolar. En el mismo también se insta a las administraciones educativas a facilitar que los centros en el marco de su autonomía puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.


La Disposición adicional vigesimoprimera establece que las administraciones educativas asegurarán la escolarización inmediata de las alumnas y alumnos que se vean afectados por cambios de centro derivados de actos de violencia de género o
acoso escolar y facilitarán que los centros educativos presten especial atención a dichos alumnos.


De la lectura de la propia normativa básica en materia educativa se deduce que las Administraciones educativas deben implicarse en el apoyo de una serie de medidas que fomenten el buen clima en los centros docentes.


Se necesitan, por un lado recursos económicos y humanos y por otro lado, medidas organizativas que permitan prevenir el acoso escolar, identificarlo cuando se produzca y combatirlo.


El pasado mes de enero el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte anunció la puesta en marcha, de manera coordinada con las Comunidades Autónomas, un protocolo de actuación para poder prevenir los casos de acoso escolar en las aulas y
actuar de manera inmediata en el caso de que se produjeran junto con una guía de padres, así como la activación del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar, el Registro Estatal de la Convivencia y la celebración anual del Congreso Estatal de
Convivencia Escolar.


Sin embargo, y pese a que los casos siguen en aumento, a fecha de hoy se desconoce el estado de desarrollo de este Plan Estratégico de Convivencia Escolar, así como qué administraciones y organizaciones están participando en la elaboración
de medidas concretas.


Valorando los pasos que se han dado para concienciar a la sociedad sobre la gravedad Grupo Parlamentario de Ciudadanos considera que deben con urgencia adoptarse medidas más eficientes y concretas que las tomadas hasta el momento.



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar y a ejecutar con urgencia un Plan Estratégico de Convivencia Escolar en coordinación con los Ejecutivos autonómicos, las Administraciones locales y los centros escolares antes de la
finalización del curso escolar 2016/2017 y con carácter prioritario que contenga las siguientes medidas encaminadas a la prevención, detección del acoso escolar así como de atención a las víctimas, a saber:


a. Presentar un Proyecto de Ley Orgánica que proteja el derecho de los niños y niñas a su integridad física y moral.


b. Poner en marcha el teléfono de atención a las víctimas del acoso escolar.


c. Elaborar la guía de padres en materia de prevención, detección y actuación en casos de acoso escolar.


d. Elaborar el manual de apoyo a las víctimas de violencia escolar a nivel estatal.


e. Activar urgentemente el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar.


f. A elaborar el Registro Estatal de la Convivencia Escolar y darle suficiente publicidad.


g. Poner en marcha el Programa de Cooperación Territorial que permita la recogida de datos, los resultados y la información sobre su incidencia e impacto en la mejora de la convivencia de manera conjunta por las administraciones competentes.


h. A celebrar el Congreso Estatal de la Convivencia Escolar en los próximos seis meses.


i. Reconocer a los centros educativos que demuestren haber mejorado su convivencia mediante la implementación de planes y proyectos de participación e inclusión educativa, que prevenga situaciones de violencia, que contemple medidas seguras
de apoyo a las víctimas y que reduzcan la discriminación hacia los colectivos en situación de vulnerabilidad.


j. Implementar un curso de formación, de asistencia obligatoria para todos los docentes, en el propio centro escolar, impartido por profesionales y expertos en prevención y detección del acoso escolar. El curso deberá tener contenidos
teórico-prácticos que permitan al docente identificar y saber actuar en tales situaciones.


k. Constituir una Comisión de Trabajo contra el acoso escolar en cada centro escolar compuesta por el director, jefe de estudios y representantes del profesorado, padres, ayuntamiento, personal de administración y servicios y alumnos
preferentemente de entre los que integran el Consejo Escolar del centro así como de las Unidades de Emergencias.


l. Establecer un protocolo de actuación para la prevención, la identificación y la intervención contra el acoso escolar que será impulsado y supervisado por la Comisión de Trabajo en el centro educativo.


m. Simplificar los trámites burocráticos con el fin de agilizar los procesos de intervención y de sanción en los casos de acoso escolar.


n. Suministrar a las víctimas de acoso escolar de la atención psicológica necesaria orientada a evitar los efectos no siempre visibles en un primer estadio, del trauma vivido: depresión, trastornos de ansiedad, fobia social, entre otros.


o. Organizar en los centros escolares de España de una jornada dedicada a la concienciación sobre el acoso escolar en la que participarán todos los miembros de la comunidad educativa, con el objeto de que se reconozca la gravedad del
problema y se programen actividades orientadas a mejorar el clima escolar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez y a través de su Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en Pleno, relativa al Expediente de Regulación de Empleo iniciado por ADECCO SA/EXTEL.



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Exposición de motivos


La empresa Extel es la división de contact center del grupo multinacional Adecco y está especializada en la gestión de la atención telefónica para los clientes de sus clientes, lo que hace años se llamaba telemarketing. Tiene plataformas de
atención en Barcelona (Hospitalet de Llobregat, A Coruña, Madrid (Alcobendas), Málaga, Zaragoza, Lisboa y Arequipa (Perú). Cuenta con una plantilla de más de seis mil trabajadores y atiende un volumen de más de sesenta millones de llamadas anuales.
Sus principales clientes son Telefónica Movistar y BBVA.


Este mes de septiembre la dirección de Extel ha anunciado a los representantes de sus trabajadores que va a ejecutar un expediente de regulación de empleo en sus plataformas en España que, según fuentes sindicales, podría afectar a más de
tres mil trabajadores, es decir, a más de la mitad de su plantilla. La empresa alega razones productivas y de organización, algo que ha sorprendido a los Comités de Empresa de dichas plataformas porque Extel no tiene problemas económicos y está
pagando puntualmente las nóminas de sus trabajadores, además de que sus cuentas principales son muy estables.


Por tanto, si no hay causas económicas y la empresa alega causas productivas y de organización, ¿qué ha provocado esta decisión de Extel? Todo apunta a que su principal cliente, Telefónica Movistar, tiene planteada una nueva deslocalización
de la actividad, y será otra subcontrata con sedes fuera del país quien se ocupe de ofrecer el servicio que hasta ahora realizaba Extel.


Por tanto, nos encontramos ante un nuevo caso de deslocalización salvaje de actividad en un sector ya muy castigado por los procesos off shore. Sin embargo, la atención al cliente no es el único sector en el que se están deslocalizando
puestos de trabajo que deberían encontrarse en España. Lo peor de todo es que los trabajadores no pueden defenderse ni tienen el apoyo de las instituciones públicas.


Cuando hablamos de deslocalización de servicios nos encontramos con un escenario en el que los clientes finales de las empresas que trasladan su actividad, total o parcialmente, a terceros países reciben un servicio de mucha menor calidad.
Sin embargo, la rebaja en los costes salariales que provoca la deslocalización no se traslada al precio de venta por el que contratan esos clientes dichos servicios. ¿No les parece que esto se acerca a la definición de estafa?


No piensen solo que hablamos de los servicios de atención al cliente sino a otros muchos que las multinacionales españolas han trasladado a países con salarios muy inferiores a los nuestros y con unas condiciones laborales sin la protección
del mundo occidental. Departamentos de facturación, contabilidad o de consultoría se gestionan fuera de España con la inseguridad en el tratamiento de los datos personales y bancarios que eso conlleva.


El expediente de regulación de empleo de Extel es un ejemplo más. La empresa pretende despedir a 355 trabajadoras/es indefinidas/os o de obra o servicio y 330 empleadas/os eventuales que llevan encadenando contratos de manera fraudulenta y
que la empresa dejará de contratar. El reparto de despidos por centros es el siguiente: en A Coruña 205 despidos, en Zaragoza 104, en Madrid 29, en Barcelona 13 y en Málaga 4.


La empresa Adecco SA/Extel defendió ante los sindicatos que plantea el despido colectivo por razones productivas y organizativas porque su principal cliente, Telefónica Movistar, le anunció que a partir de octubre reducirá la carga de
trabajo de uno de los servicios que tiene contratados.


Otro hecho relevante es que a Adecco SA/Extel se le ha adjudicado un contrato por parte de Correos para el servicio de atención al cliente. Esto supone que la empresa tiene 120/130 puestos de trabajo nuevos que cubrir. Esta información tan
relevante ha sido ocultada en todo momento a la mesa de negociación.


A este respecto, creemos que no existen causas justificadas ni acreditadas para este expediente de regulación de empleo. Hay que tener presente que tanto Telefónica Movistar como sus subcontratas (ADECCO, S.A.) tienen beneficios
millonarios. Según la memoria presentada por ADECCO, S.A. en el Registro Mercantil, la empresa cerró el ejercicio 2015 con beneficios de 1,5 millones de euros, y el curso 2014 con ganancias de 1,6 millones de euros. Factura más de 80 millones de
euros anuales.


El procedimiento para llevar a cabo el despido colectivo se regula mediante el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1483/2012, del 29 de octubre, que contempla la apertura de un periodo de consultas con los
representantes de los trabajadores y la presentación de una memoria explicativa de las causas del despido colectivo, así como de la documentación contable y fiscal y los informes técnicos. En este caso concreto del Expediente de Regulación de
Empleo presentado por



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ADECCO, S.A., los representantes de las/los trabajadoras/es denuncian que la empresa no está facilitando toda la información solicitada en la mesa de negociación.


Anteriormente las empresas tenían que solicitar una autorización administrativa para poder llevar a cabo un despido colectivo, ya que son situaciones excepcionales y es necesario justificar las razones por las que se lleva a cabo la
regulación de la plantilla. La Reforma Laboral (Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral) ha suprimido el requisito de autorización administrativa previa y la empresa puede tomar la
iniciativa de llevar a cabo el ERE.


Ahora, el control sobre si realmente existen causas que justifiquen el ajuste de plantilla tienen que realizarlo los Tribunales, cuando los trabajadores afectados, sus representantes o la propia autoridad laboral impugnan el expediente.
Actualmente no es necesaria ni la autorización previa de la autoridad laboral ni el acuerdo con los representantes de los trabajadores, lo que deja en total indefensión a las/los propias/os trabajadoras/es ante la decisión unilateral de la empresa
de ejecutar los despidos.


El sector del telemarketing es, lamentablemente, un ejemplo de la precariedad laboral, de la eventualidad y de unas condiciones incompatibles con la dignidad en el puesto de trabajo.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a través de su Diputada Yolanda Díaz Pérez, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Poner y disponer de todos los medios a su alcance para el mantenimiento de los puestos de trabajo objeto del expediente de regulación evitando la destrucción de los mismos mediante otros mecanismos alternativos que el ordenamiento jurídico
laboral pone al alcance de la empresa y que carecen del carácter traumático que para las/los trabajadoras/es afectadas/os implica la desaparición de su puesto de trabajo y su consiguiente expulsión del mercado laboral.


- Utilizar los instrumentos de arbitraje y mediación de los que dispone para posibilitar que la empresa reconsidere su decisión respecto a la desaparición de puestos de trabajo que, en el caso concreto de A Coruña, al afectar a más de 200
trabajadoras, supone un quebranto socioeconómico de consecuencias mayúsculas tanto para la ciudad como para Galicia en general.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.- Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para establecer una bonificación en la cuota del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el arrendamiento de la vivienda habitual, para su debate en Pleno.


El arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda se encuentra sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), en su modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas.


Efectivamente, el artículo 7.1.B) del Real Decreto Legislativo, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados establece que son
transmisiones patrimoniales sujetas la constitución de derechos reales, préstamos, fianzas, arrendamientos, pensiones y concesiones administrativas.


El tributo, en el supuesto de arrendamientos, gira exclusivamente sobre operaciones que no constituyan actos de tráfico empresarial, limitando así su ámbito a las operaciones entre personas físicas particulares. En suma, toda vez que un
arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda constituya una operación entre particulares, se encuentra sujeto al ITP y AJD. Quien debe pagar el tributo es el inquilino o



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arrendatario, pero si el arrendador recibe el primer pago sin haber exigido al inquilino el justificante de haber abonado el ITP, será responsable subsidiario de su pago.


Se trata de un tributo estatal cuya recaudación está cedida a las comunidades autónomas, que son las administraciones que lo aplican. Cada comunidad autónoma es libre de fijar la cuantía del ITP que aplica a los arrendamientos, aunque
cualquiera de ellas puede adherirse al tipo general que marca el Estado. El cálculo del tributo se realiza con relación a la cuantía del alquiler y a la duración del contrato de arrendamiento.


El acceso a una vivienda a través del alquiler es una política a promocionar para evitar que dicho acceso dependa en una proporción muy elevada del endeudamiento vía crédito hipotecario.


Sin embargo, para las familias de menor capacidad económica que pagan un alquiler por su vivienda habitual, el ITP puede suponer un impedimento a la hora de contribuir a facilitarles el derecho a una vivienda digna.


Por tanto, se propone articular una bonificación en el ITP para arrendatarios de su vivienda habitual con un límite de ingresos. La bonificación sería del 100 % cuando los ingresos fuesen inferiores a dos veces el Indicador Público de Renta
de Efectos Múltiples (IPREM) e iría disminuyendo conforme los ingresos se aproximen a cuatro veces el IPREM.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas necesarias para establecer una bonificación en la cuota del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados sobre el arrendamiento de la vivienda
en la que el contribuyente establezca su residencia habitual, siempre que los ingresos de dicho contribuyente no superen cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual en 14 pagas.


Se establecerá una fórmula para regular el beneficio fiscal de la siguiente forma:


1. La bonificación será del 100 por cien cuando los ingresos del contribuyente sean inferiores a dos veces el IPREM anual en 14 pagas e irá disminuyendo conforme dichos ingresos se aproximen a cuatro veces el IPREM.


2. Los contribuyentes que puedan beneficiarse de la bonificación del 100 por cien en la cuota del tributo no estarán obligados a presentar la declaración del ITP sin ingreso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2016.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre el sistema de becas y ayudas al estudio, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La combinación de recortes presupuestarios, reformas legales y decisiones de gestión han conducido a un cambio de modelo que implica una regresión importante en un derecho fundamental como es la educación, sacrificando la equidad que había
constituido una de nuestras mayores fortalezas educativas y dejando un futuro de oportunidades educativas, accesible para unos pocos.


Uno de los capítulos de mayor regresión es el de las ayudas y becas al estudio. Al descenso en los recursos disponibles en materia de becas y ayudas de los últimos cuatro años, acompañado de una



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subida desproporcionada de la tasa de los precios públicos de matrícula universitaria han supuesto una combinación letal para miles de estudiantes que han visto como la crisis hacía estragos en sus economías familiares, dificultando de
manera injusta sus posibilidades de acceso a la educación universitaria.


Estas decisiones vinieron acompañadas de las modificaciones introducidas en el Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, que dificulta el acceso a las becas y suprime algunas de las ayudas. Con esta modificación el Gobierno del Partido Popular
endureció los requisitos académicos para el acceso a una beca del sistema general y, de otro, redujo las cuantías garantizadas cuando se cumplen los requisitos.


Los precios públicos de matrícula y el sistema de becas y ayudas al estudio forman un binomio central para la garantía de la igualdad de oportunidades y deben asegurar en conjunto que ninguna persona deje de estudiar por carecer de recursos
económicos.


Sin embargo, con el sistema implantado, la partida de becas se fija sin atender al número de becarios, lo que deja fuera a alumnos que cumplen los requisitos económicos para obtener beca.


El nuevo sistema ha tenido enormes dificultades de aplicación por la falta de coherencia, de previsión e incertidumbre sobre el que se ha definido. Entre la consecuencias más graves están el retraso en el pago de las becas, una disminución
generalizada en la cuantía de las mismas a la que se añade la imposibilidad de conocer con suficiente antelación la cuantía y, por tanto, la dificultad de reclamar en caso de recibir una dotación inferior.


En definitiva, nos encontramos ante una situación de grave deterioro de las condiciones de los propios becarios y de una profunda degradación de la igualdad de oportunidades, más aún si tenemos en cuenta que entre los nuevos criterios el
becario ha de demostrar un rendimiento superior al resto para poder seguir estudiando.


Esta reforma ha sido también un ejemplo de la falta de diálogo y participación en la toma de decisiones de las políticas en materia educativa. La reforma del sistema de becas implantada por el PP ha sido una decisión unilateral que ha
obviado, no solo a las partes afectadas, sobre todo el alumnado, sino que, además, ha incumplido la propia normativa que obliga a convocar el Observatorio de Becas, foro pertinente para la toma de decisiones en esta materia creado a través del Real
Decreto 1.220/2010, de 1 de octubre.


El Gobierno tiene la obligación de actuar con medidas efectivas que garanticen la recuperación de la consideración de la beca como derecho, que restituyan e incrementen las becas y ayudas al estudio, así como el número de perceptores y las
correspondientes partidas económicas, y que eliminen las dificultades que se han impuesto para optar a otras.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades, insta al Gobierno a:


1. Modificar la normativa reguladora de las becas para recuperar el verdadero sentido de las becas como derecho subjetivo, sin dificultar el acceso y mantenimiento a las mismas por los estudiantes, al mismo tiempo que garantizará un sistema
de becas que asegure que ningún estudiante abandone los estudios postobligatorios por motivos económicos. Para ello, el Gobierno pondrá en marcha las siguientes medidas:


- Establecerá criterios claros, objetivos y ponderables para su obtención, de tal manera que el solicitante pueda conocer de antemano los criterios por los cuales se le otorgan y la cuantía que percibirá si le es concedida.


- Recuperará las convocatorias, los créditos y las cuantías de las becas generales, restituirá las Séneca e incrementará el número de la FPU, además de restablecer los requisitos dispuestos en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre,
por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.


- En lo que respecta a las becas Erasmus, eliminará las trabas establecidas con los nuevos requisitos recuperando los anteriores, y ampliará los créditos presupuestarios destinados para este programa.


- Fijará un periodo máximo de tres meses para la resolución de los expedientes de solicitud de beca.


2. En el marco de la Conferencia General de Política Universitaria y del Consejo de Universidades, el Gobierno promoverá un nuevo marco estatal de precios públicos de matrícula que tenga en cuenta los



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niveles de renta de la unidad familiar a la que pertenezca cada estudiante y permita mantener un marco coherente en el conjunto del Estado asegurando así la igualdad de oportunidades.


Para ello, reducirá el importe de las matrículas y facilitará el acceso a las becas de los estudiantes universitarios, homogeneizando los precios tanto de los grados como de los másteres, y restablecerá los precios públicos en los niveles
anteriores a la aplicación de lo dispuesto por el Real Decreto-ley 14/2012, facilitando su pago.


3. Convocar con carácter de urgencia el Observatorio de Becas creado a través del Real Decreto 1220/2010, de 1 de octubre.


4. Impulsar una modalidad de convocatoria que incluya el pago de la matrícula a los licenciados y graduados en situación de desempleo que realicen estudios de postgrado en universidades públicas con el fin de mejorar su cualificación.


5. Eliminar la obligatoriedad de devolución a posteriori de la beca a aquellos alumnos que no hayan superado los créditos exigidos aun cuando su derecho se generara el curso anterior.


6. Incluir en las convocatorias de concesión de becas y ayudas al estudio la realidad de aquellos alumnos que, por haberse modificado sustancialmente sus circunstancias económicas, queden excluidos en los umbrales económicos exigidos para
la concesión de la beca o ayuda al estudio en el ejercicio de la convocatoria, arbitrando los procedimientos adecuados para que puedan acceder a éstas mediante la acreditación documental que sea precisa para poder demostrar la reciente modificación
de su situación económica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre 2016.-Manuel Cruz Rodríguez y María Luz Martínez Seijo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.