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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 32, de 11/10/2016
cve: BOCG-12-D-32 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


11 de octubre de 2016


Núm. 32



ÍNDICE


Página


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Justicia


161/000563 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la regulación de los Equipos Psicosociales adscritos a los Juzgados de Familia ... (Página10)


Comisión de Interior


161/000544 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la rehabilitación integral de la Comisaría de la Policía Nacional de la calle Mayandía de Zaragoza ... href='#(Página12)'>(Página12)


161/000547 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la integración de los funcionarios de prisiones en el Protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la Administración General del Estado
y los organismos públicos dependientes o vinculados a ella ... (Página13)


161/000557 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, para reprobar al Ministro del Interior e instar a su cese ... (Página14)


Comisión de Defensa


161/000559 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se censura la política de opacidad del Gobierno respecto al presupuesto del Ministerio de Defensa ... (Página16)


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000516 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al nombramiento del nuevo Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) ... href='#(Página17)'>(Página17)


Comisión de Fomento


161/000504 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la necesidad de aumentar los servicios ferroviarios del Eixo Atlántico ... href='#(Página18)'>(Página18)



Página 2





161/000525 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo de la regulación de las actividades en las que intervienen aeronaves tripuladas por control remoto ... href='#(Página20)'>(Página20)


161/000526 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a avanzar hacia un sistema de transporte integrado intermodal ... (Página21)


161/000527 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre procedimientos comunes relativos a la asistencia a las víctimas de accidentes marítimos ... (Página22)


161/000528 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la modificación de los pesos y dimensiones del transporte de mercancías por carretera ... (Página23)


161/000529 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la actualización de la declaración de Obligaciones de Servicio Público (OSP) de transporte ferroviario de viajeros ... href='#(Página24)'>(Página24)


Comisión de Educación y Deporte


161/000489 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la aprobación de una Estrategia Española para la Educación Superior ... (Página25)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000519 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al ERE presentado por la empresa Transformación Agraria S.A. (TRAGSA) ... href='#(Página26)'>(Página26)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000486 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a no ratificar el Acuerdo de Asociación Económica de la Unión Europea con la Comunidad de Estados de África del Sur ... href='#(Página28)'>(Página28)


161/000490 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la lucha contra la pesca ilegal no declarada y no documentada ... (Página29)


161/000523 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas en apoyo de la caza ... (Página30)


161/000524 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre un Pacto Nacional del Agua ... (Página31)


161/000532 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a garantizar el acceso al agua de uso doméstico a la conocida como Venta de la Inés en Ciudad Real ... (Página32)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000562 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la actualización y la mejora del manual «Diagnóstico precoz de la enfermedad celiaca» ... (Página33)


161/000564 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al diseño e implementación de un plan nacional de transparencia en el Sistema Nacional de Salud ... (Página34)



Página 3





Comisión de Cultura


161/000491 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la conmemoración del centenario del nacimiento de Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero ... href='#(Página36)'>(Página36)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000477 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la sensibilización de la sociedad en materia de discapacidad en la población infantil ... (Página37)


161/000478 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la especial atención que merecen los afectados de epidermólisis bullosa ... (Página38)


Dirigidas, en el caso de su aprobación, al Gobierno que se constituya


Comisión Constitucional


161/000561 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a modificar la Ley Orgánica de Régimen Electoral y a suprimir la fórmula actual sobre el ejercicio de voto para las personas que
viven en el extranjero, así como a establecer sistemas de votación electrónica ... (Página39)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000548 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la situación actual del bloguero Raif Badawi ... (Página41)


161/000549 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la promoción e internalización del idioma español en el mundo ... (Página42)


Comisión de Justicia


161/000380 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, relativa a la concesión de la nacionalidad a los saharauis. Corrección de error ... (Página44)


Comisión de Interior


161/000512 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la garantía y respeto a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional en
las interceptaciones en las fronteras de Ceuta y Melilla ... (Página45)


161/000513 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la garantía del Derecho de Asilo en España y la Unión Europea ... (Página47)


161/000522 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas urgentes en relación con la prestación del servicio de seguridad privada en los barcos atuneros que faenan en el Índico ... href='#(Página51)'>(Página51)


161/000546 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre los Centros de Internamiento de Extranjeros ... (Página53)



Página 4





Comisión de Defensa


161/000474 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la recuperación de la base naval en Las Palmas de Gran Canaria para uso ciudadano ... (Página55)


161/000488 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el desmantelamiento del campo de instrucción y adiestramiento aéreo de Bardenas Reales ... href='#(Página57)'>(Página57)


161/000517 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la militarización con drones y actuaciones de la OTAN del aeródromo de Rozas ... href='#(Página58)'>(Página58)


161/000521 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la retirada del callejero del arsenal de Ferrol de los nombres de connotados golpistas y ministros de la
dictadura franquista en cumplimiento de la Ley 52/2007 ... (Página60)


Comisión de Economía y Competitividad


161/000556 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a establecer un compromiso estable y prioritario con la inversión en actividades de I+D+i, como eje de transformación económica,
creación de empleo y de superación de la crisis ... (Página61)


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000168 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el 0,7% del IRPF destinado a fines de interés social. Pasa a tramitarse en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales ... href='#(Página63)'>(Página63)


161/000274 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la rebaja del IVA en productos de higiene íntima femenina, así como en pañales para infancia y adultos. Pasa a tramitarse en la Comisión
de Igualdad ... (Página63)


Comisión de Fomento


161/000500 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la elaboración de un mapa de viviendas vacías en manos de la SAREB y del Fondo Social, y a la transformación del Fondo Social de Vivienda para cubrir la
demanda de vivienda social existente ... (Página64)


161/000501 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la accesibilidad universal del transporte ferroviario en España ... (Página65)


161/000503 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a mejorar el servicio ferroviario y el traspaso integral de estas infraestructuras ferroviarias en Cataluña
... (Página67)


161/000520 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la supresión del servicio ferroviario que conecta Lugo con Bilbao ... href='#(Página69)'>(Página69)


161/000535 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la mejora de la financiación del transporte público metropolitano y para la movilidad sostenible ... (Página70)



Página 5





161/000536 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la realización de un estudio informativo del corredor de la AP-1 entre Burgos y Miranda de Ebro del tráfico tanto ligero como pesado que soportará
a partir de noviembre de 2018 cuando concluya la concesión ... (Página71)


161/000543 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la adaptación de todos los trenes y estaciones para personas con diversidad funcional ... (Página72)


161/000552 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa a la finalización de los trabajos de ejecución del Tren de Alta Velocidad en el tramo del llamado «Nudo de Bergara» de la «Y vasca» ... href='#(Página73)'>(Página73)


161/000554 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el proyecto de autovía entre Ciudad Real y Toledo ... (Página75)


Comisión de Educación y Deporte


161/000485 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el refuerzo de la Educación Cívico Tributaria ... (Página76)


161/000487 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a ampliar la cobertura de las becas al alumnado con necesidades educativas especiales ... href='#(Página77)'>(Página77)


161/000533 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre matriculación y expedición de títulos para el alumnado inmigrante ... (Página79)


161/000539 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la elaboración de una Plan nacional de retirada del amianto en centros públicos, especialmente centros escolares ... href='#(Página79)'>(Página79)


161/000560 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, con el fin de derogar la
licencia federativa única para las actividades deportivas ... (Página81)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000481 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la definición del régimen jurídico de los empleados de las entidades públicas empresariales, con especial consideración al caso de la Empresa Agraria de
Transformación, S.A. (TRAGSA) ... (Página82)


161/000482 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la modificación del artículo 17.5 de la Orden de 22 de febrero de 1996 para la aplicación y desarrollo del Reglamento General de la gestión financiera
de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1391/1995 de 4 de agosto ... (Página84)


161/000498 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a incrementar el salario mínimo interprofesional y para posibilitar el establecimiento de salarios mínimos de carácter autonómico o local ... href='#(Página86)'>(Página86)


161/000531 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el incremento de las transferencias de recursos para políticas activas de empleo a la Administración autonómica valenciana ... href='#(Página89)'>(Página89)



Página 6





161/000555 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la ratificación del Convenio número 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la
Recomendación número 201 sobre trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos ... (Página89)


Comisión de Industria, Energía y Turismo


161/000427 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la reactivación económica de las comarcas mineras. Pasa a tramitarse en la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas ... (Página91)


161/000534 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la participación del sector público en las empresas de distribución de energía eléctrica ... href='#(Página91)'>(Página91)


161/000545 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a agilizar el cambio de comercializadoras de energía ... (Página93)


161/000551 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de la concesión de explotación del almacén subterráneo de gas
natural «Castor» ... (Página95)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000459 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a garantizar la efectiva aportación de los recursos comprometidos, por parte del Estado, para la realización de los Juegos del
Mediterráneo de Tarragona 2017. Pasa a tramitarse en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas ... (Página97)


161/000475 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la construcción de un Almacén Temporal Individualizado (ATI) en la central nuclear de Almaraz ... href='#(Página97)'>(Página97)


161/000479 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre anulación de la prórroga de la concesión de ocupación de dominio público marítimo-terrestre en la ría de
Pontevedra otorgada por un Gobierno en funciones a ENCE ... (Página98)


161/000511 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la tramitación para la declaración de un Área Marina Protegida (AMP) con nomenclatura de Santuario
Internacional de Cetáceos ... (Página99)


161/000518 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al saneamiento de la ría de O Burgo en A Coruña ... (Página101)


161/000550 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la pesca artesanal ... (Página102)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000193 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al Protocolo de actuación integral en materia de mutilación genital femenina. Pasa a tramitarse en la Comisión de Igualdad ... href='#(Página104)'>(Página104)



Página 7





161/000473 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios
de salud, y de la adopción de medidas para consolidar como estructurales las plazas que ya tienen ese carácter ... (Página104)


161/000496 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a modificar el procedimiento de diagnóstico, reconocimiento, indemnizaciones, exenciones y pensiones vitalicias a las personas afectadas por la talidomida
en España ... (Página106)


161/000537 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la equidad sanitaria de ciudadanos con enfermedades raras en todo el territorio nacional ... (Página108)


161/000538 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la elaboración de un Plan nacional de retirada del amianto en centros públicos, especialmente centros escolares ... href='#(Página109)'>(Página109)


Comisión de Cultura


161/000515 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre un plan de choque por la diversidad de género en la cultura ... (Página110)


161/000553 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a potenciar la producción nacional y la coproducción internacional de la industria del videojuego en España ... href='#(Página113)'>(Página113)


161/000566 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la conmemoración del Quinto Centenario de la Primera Vuelta al Mundo ... (Página115)


Comisión de Igualdad


161/000480 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la inscripción en el Registro Civil de nombres de personas cuya identidad sexual no coincide con su mención registral relativa al sexo ... href='#(Página117)'>(Página117)


161/000484 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre las políticas de igualdad y conciliación entre vida familiar y laboral ... (Página119)


161/000497 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la modernización del sistema de permisos por nacimiento, adopción y acogimiento ... (Página123)


161/000530 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a establecer medidas de transparencia estadística de género ... (Página125)


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/000483 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la necesidad de emprender actuaciones de mejora del estado de la N-VI a su paso por la provincia de Lugo
... (Página127)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000476 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la mejora de la atención de las mujeres con discapacidad que quieran ser madres ... (Página128)



Página 8





161/000499 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a garantizar el uso correcto de los estacionamientos reservados en exclusiva para las personas con discapacidad que no se hallen en vías urbanas ... href='#(Página129)'>(Página129)


161/000514 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la accesibilidad universal del transporte ferroviario en España ... (Página130)


161/000542 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la adaptación de todos los trenes y estaciones para personas con diversidad funcional ... (Página132)


Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/000558 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, para instar al Gobierno a la ratificación del Acuerdo alcanzado por la XXI Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el cambio
climático en París ... (Página133)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/000510 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la firma de un Pacto de Estado por la inversión en Infancia ... (Página134)


161/000540 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para desbloquear la paralización de los procesos de adopción en España ... (Página137)


161/000541 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la elaboración de un Plan nacional de retirada del amianto en centros públicos, especialmente centros escolares ... href='#(Página138)'>(Página138)


161/000565 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a garantizar medidas efectivas y de amplia cobertura de reducción de los umbrales de pobreza infantil ...
(Página140)


161/000567 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la adecuación de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, al marco competencial
establecido ... (Página142)


161/000568 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la lucha contra la pobreza infantil ... (Página143)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


181/000013 Pregunta formulada por la Diputada doña Ángela Rodríguez Martínez (GCUP-EC-EM), sobre prórroga de la concesión de ocupación de dominio público marítimo-terrestre en la ría de Pontevedra otorgada por un Gobierno en funciones a ENCE
... (Página145)



Página 9





Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


230/000002 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el conflicto en defensa de la autonomía local número 570/2011, promovido por el Municipio de Abrucena y otros contra los artículos 32, 33, 78, 82.2, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de la
Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía ... (Página146)


232/000010 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1067/2014, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Socialista, contra la Ley 4/2013, de 27 de noviembre, de la
Generalitat, de supresión de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat, así como de disolución y liquidación de Radiotelevisión Valenciana, S.A.U. ... href='#(Página147)'>(Página147)


232/000011 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 5272/2015, promovido por el Presidente del Gobierno contra el Decreto-ley de la Generalidad de Cataluña 7/2014, de 23 de diciembre, por el
que se derogan la letra b) del apartado 3 y el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 9 del Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales ... (Página148)


232/000012 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 5061/2015, promovido por el Consejo de Gobierno de Andalucía, contra la Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, de modificación de la Ley
Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en concreto contra el artículo primero, apartado cinco, que
incorpora un nuevo apartado 5 en la disposición adicional octava, de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y la disposición final primera, apartado tres, por el que se añade una nueva disposición
final decimosexta en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad ... (Página149)


232/000013 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 2165/2016, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 1 de la Ley de Castilla-La Mancha 7/2015, de 2 de diciembre, por
la que se modifican la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de medidas complementarias para la aplicación del plan de garantías de servicios sociales, en materia de jornada de trabajo, y la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de presupuestos generales de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015, en materia de prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario y estatutario de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ... href='#(Página150)'>(Página150)


233/000006 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 1511/2015, planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en
relación con la disposición final segunda de la Ley de Galicia 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas por posible vulneración de los artículos 9.3, 14 y 149.1.1.ª y 18.ª de la Constitución española ... href='#(Página152)'>(Página152)



Página 10





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a tramite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Bolean Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Justicia


161/000563


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la regulación de los
Equipos Psicosociales adscritos a los Juzgados de Familia, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


La Comisión de Justicia, en su sesión del día 17 de diciembre 2013, aprobó la Proposición no de Ley relativa al establecimiento de unos requisitos mínimos en la formación de psicólogos y psiquiatras forenses y otros peritos judiciales
presentados por el Consejo General del Poder Judicial:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a establecer unos requisitos mínimos de conocimiento y profesionalidad de los psicólogos y psiquiatras forenses, así como de otros colectivos de peritos judiciales, con especial referencia al
ámbito jurídico, en la medida que realicen su actividad ante la Administración de Justicia.


Asimismo, a considerar la creación de un Registro a nivel nacional en el que se incluyan los profesionales de los diferentes ámbitos que cumplan tales requisitos mínimos, dependiente del Ministerio de Justicia.»


Pues bien, con el propósito de analizar desde la raíz la situación actual de estos equipos psicosociales, traemos a su consideración las siguientes reflexiones.


El Ministerio de Justicia, a instancia del Consejo General del Poder Judicial, creo en el mes de noviembre de 1983, con carácter experimental, diecinueve equipos formados por un psicólogo y un asistente social para los juzgados
especializados en Familia, si bien no existe norma reglamentaria que extienda esta experiencia, ni se ha reglamentado su funcionamiento.


La Ley 15/2005, de 8 de julio, que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de separación y divorcio, vino a modificar el artículo 92.5 del Código Civil donde se decía que el juez, de oficio o a petición de los
interesados podrá recabar el dictamen de especialistas, y en la modificación se hace referencia a dicho dictamen en el apartado 9 de dicho artículo 9 cuando dice que: «El juez, antes de adoptar alguna de las decisiones a que se refieren los
apartados anteriores, de oficio o a instancia de parte, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo a la idoneidad del modo de ejercicio de la patria potestad y del régimen de custodia de los menores».


La reforma también afecta a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y así en los artículos 770 y 777 de la Ley Procesal, se hace referencia a los especialistas y al «Equipo Técnico Judicial», diciendo en el



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artículo 770 apartado 4: «En las exploraciones de menores en los procedimientos civiles se garantizara por el Juez que el menor pueda ser oído en condiciones idóneas para la salvaguarda de sus intereses, sin interferencias de otras
personas, y recabando excepcionalmente el auxilio de especialistas cuando ello sea necesario».


Asimismo el apartado 5 del artículo 777, alude a los miembros del Equipo Técnico Judicial en caso de que hubiera hijos menores o incapacitados.


Pese a su utilización habitual y a la creencia de que dicha prueba tiene carácter de «prueba pericial», no existe en la normativa mas referencias a dichos «especialistas» que los precitados artículos del Código Civil y de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, no existiendo ninguna Ley que regule estos servicios de la Administración. Al no aparecer regulados, no se estipula como deben nombrarse, que titulación deben tener, que garantías debe proveer el órgano del cual dependen, como
deben emitir su informe, como debe incardinarse su actuación en el proceso de familia, etc…, siendo así que realizan un papel fundamental en una materia de concesión de custodias que afecta directamente a Derechos Fundamentales.


Constituyen una anomalía en el conjunto de los peritos judiciales, pues en los restantes casos (arquitectos, ingenieros, economistas, auditores...), los peritos son profesionales colegiados que se apuntan a una lista de entre las cuales el
juez esta obligado a llamar por orden correlativo y sus dictámenes son pagados por quien solicita su intervención.


De hecho esa ausencia de regulación especifica de los equipos psicosociales se puso de manifiesto en las comparecencias en relación con as proposiciones de Ley Orgánica de modificación de Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, para
proceder a la creación de la jurisdicción de familia. Y así lo expreso el Representante de la Asociación Española de Abogados de Familia, Sr. Zarraluqui Sánchez-Exnarriaga, dejando patente el problema de la no regulación de los equipos
psicosociales cuando dice que:


«Aquí viene uno de los estupores que produce el estudio de las leyes en materia familiar y es el que todos ustedes han mencionado, el equipo psicosocial. El equipo psicosocial no esta en la ley, no existe. Todo lo que podemos plantear como
similitud, por ejemplo, es con el forense en el ámbito penal. El forense este regulado y tiene su posición clarísima. El equipo psicosocial es un funcionario fantasma del Ministerio de Justicia, que lo hay —se dice— adscrito a un juzgado u otro,
pero que ni en la Ley Orgánica ni el ley procesal está. En el Código Civil se habla de especialistas, en la ultima reforma se habla de especialistas informados, hablamos de recurrir a unos ciudadanos que unas veces se les llama peritos, que parece
que es una prueba pericial, pero que tiene una característica propia que no esta regulada en ningún sitio.


Antes de que empecemos a hablar de su adscripción territorial que es lo que Usted propone, tendríamos que crearlos, tendríamos que inventarlos y darles una cabida en la ley porque hacen un papel fundamental.»


De igual modo y respecto a la naturaleza jurídica de la llamada «prueba psicosocial», parte de la doctrina mantiene que el informe elaborado por los equipos psicosociales adscritos a los juzgados, no puede considerarse como un dictamen de
peritos en los terminos en los que la ley procesal configura esta prueba, basándose en que los dictámenes que se están efectuando se hacen de espaldas a las normas reguladoras de la prueba pericial.


En la misma linea se pronuncian as conclusiones de las jornadas organizadas por el CGPJ y la Asociación de Abogados de Familia, dentro del «Seminario de encuentro de jueces y abogados de familia: Incidencia de la LEC en los procesos de
Familia», coordinado por el magistrado D. José Luis Utrera. Son inequívocas al alertar de la inexistencia de marco jurídico regulatorio: «Se insiste en la necesidad de dotar a los Equipos Técnicos adscritos a los Juzgados de Familia de un marco
jurídico que los regule en especial en cuanto su composición y funciones buscando una mayor calidad de los servicios que prestan».


El artículo 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es rotundo en cuanto a la aplicación del principio de legalidad en el ámbito procesal, al establecer que «En los procesos civiles, los tribunales y quienes ante ellos acudan e intervengan
deberán actuar con arreglo a lo dispuesto en esta Ley». La garantía que encierran las normas procesales, no se cumple en el caso de los equipos psicosociales.


Es por ello, que resulta conveniente estudiar el desarrollo del marco regulatorio mas adecuado para estos equipos.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera necesario estudiar la posibilidad de dotar a los Equipos Técnicos conocidos como ?equipos psicosociales” adscritos a los Juzgados de Familia, de un marco jurídico que los regule en cuanto a su
composición, funciones y responsabilidad.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Interior


161/000544


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a través de sus Diputados don Juan Antonio Delgado Ramos y don Pedro Arrojo Agudo al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la rehabilitación integral del Cuartel de la Policía Nacional de la calle Mayandía de Zaragoza, para su debate y aprobación la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La Comisaría de la Policía Nacional de la calle General Mayandía de Zaragoza, inaugurada en octubre de 1945, ocupa en la ciudad un lugar estratégico para prestar los servicios a los que está destinado. En él trabajan cerca de 650 agentes,
prácticamente la mitad de la plantilla de Zaragoza. La mayoría de los trabajadores pertenecen al área de Seguridad Ciudadana y de las Unidades Especiales, así como a la Comisaría Centro y a delegaciones administrativas, como las destinadas a
formación. Ademas, alberga el garaje de numerosos vehículos policiales de la ciudad.


En los últimos años, debido a la ausencia de inversiones y la inacción del Ministerio del Interior, el edificio ha experimentado un importante y progresivo deterioro, lo que afecta de manera directa a la calidad del servicio y a las
condiciones laborales, poniendo en peligro ademas la seguridad de los miembros de la Policía Nacional y de todos los trabajadores que allí desempeñan su labor, así como la de las ciudadanas y ciudadanos que hacen use de la de la Comisaría. Del
mismo modo, las condiciones del edificio ofrecen una imagen deplorable en pleno centro de Zaragoza.


Diferentes sindicatos policiales han denunciado en reiteradas ocasiones la situación de este edificio y sus múltiples deficiencias: goteras, tuberías rotas, cables sueltos, paredes agrietadas, persianas que no funcionan, humedad, piso del
patio/garaje en malas condiciones,... lo que convierte a estas instalaciones en obsoletas. Sin embargo, el Ministerio ha efectuado inversiones mínimas en el cuartel y tan solo ademas cuando se han dado situaciones de urgencia, como cuando en el
pasado mes de mayo parte de su perímetro tuvo que ser vallado ante la caída de cascotes a la acera y al patio interior.


Una Inspección Técnica de Edificios realizada en el inmueble en noviembre de 2015, detecto importantes deficiencias en la mayoría de los aspectos analizados por los arquitectos encargados de la revisión.


La situación del edificio se ha hecho insostenible. Tanto es así que uno de los sindicatos policiales, el Sindicato Unificado de Policía (SUP.), presentó el pasado mes de julio una denuncia en el Ayuntamiento de Zaragoza contra el
Ministerio del Interior por el estado de conservación del cuartel.


Por todo lo expuesto anteriormente se plantea la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Ministerio del Interior, como responsable de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a abandonar su pasividad y, en consecuencia, a efectuar con carácter inmediato todas las reformas necesarias
en las instalaciones del edificio de la calle Mayandía de Zaragoza, propiedad de la Dirección General de Policía, con el fin de mejorar el servicio, preservar las condiciones



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laborales de los agentes de la Policía Nacional que allí desempeñan su trabajo y salvaguardar la seguridad de los usuarios de la Comisaria Centro de Zaragoza.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Juan Antonio Delgado Ramos y Pedro Arrojo Agudo, Diputados.—Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000547


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz suplente del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la integración de los funcionarios de prisiones en el Protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la Administración General del Estado y los organismos publicos dependientes o vinculados a ella, para su debate en la Comisión
de Interior.


Exposición de motivos


En España, los cuerpos de funcionarios de instituciones penitenciarias dependen de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (la cual depende del Ministerio del Interior).


Entre las funciones de estos funcionarios figuran la vigilancia y el cuidado de los reclusos desde lugares estratégicos del recinto penitenciario como son, los accesos al recinto, los puestos de vigilancia, o los monitores de las cámaras de
vigilancia. El funcionario se encarga, entre otros, de encerrar a los presos en sus celdas, del conteo de los mismos, de permitir que salgan en los tiempos de ocio previstos, o de registrar las celdas en busca de droga o armas. Asimismo, realizan
labores tales como, la identificación de internos, la tramitación expedientes, o las labores de reinserción social y reeducación.


De acuerdo con el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de la Administración Pública de enero de 2016, a día de hoy existen 209.046 efectivos en la Administración General del Estado, de los cuales 23.439 efectivos corresponden a la
Secretaria General de Instituciones Penitenciarias (lo que supone un 11,21% del total del personal).


Igualmente, desde el año 2005 al 31 de marzo del 2016, se han registrado en las cárceles españolas 2.118 agresiones de presos a los trabajadores encargados de su custodia. Entre estas agresiones, 181 agresiones han sido catalogadas como
graves o muy graves. Estas cifras representan mas de la mitad de las agresiones sufridas por el conjunto de los trabajadores de la Administración General del Estado, y casi un 80% del total de las agresiones consideradas graves o muy graves.


Sin embargo, a pesar de las cifras reseñadas, el pasado día 30 de julio de 2015, fue aprobado en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, el Protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la
Administración General del Estado o los Organismos Publicos vinculados o dependientes de ella. Este Protocolo venia a dar respuesta a una de las situaciones que mas preocupan a un empleado público que es, sufrir algún percance en el desempeño de su
trabajo.


El Preámbulo de este Protocolo establecía específicamente que cuando se hace referencia a los riesgos que pueden afectar a la salud de los empleados públicos como consecuencia del trabajo que realizan, estos se suelen asimilar en la mayoría
de los casos a riesgos comunes tales como, caídas, golpes, cortes, intoxicaciones, o accidentes relacionados con la actividad del trabajo realizado. Sin embargo, no se suelen tener en cuenta aquellos riesgos causados por otras personas, como ocurre
en el caso de los funcionarios de prisiones.


Por este motivo, en dicha Mesa General de Negociación se acordó con respecto a los funcionarios de prisiones y centros de reinserción social dependientes de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, valorar en un corto periodo
de tiempo la posibilidad contemplar una regulación especial dentro del Protocolo, para lo que se constituiría en el seno de la Comisión técnica de Prevención de Riesgos Laborales, un grupo de trabajo con la participación de Instituciones
Penitenciarias.


De acuerdo con lo acordado, el 21 de octubre del 2015, se reunió el grupo de trabajo del protocolo de agresiones en Instituciones Penitenciarias, para valorar la necesidad de que el personal de esta Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias dispusiese de una regulación especifica dentro del Protocolo de



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actuación. Finalmente, este grupo de trabajo considero innecesaria la inclusión de una regulación especifica, por lo que el Protocolo de actuación fue publicado en el BOE el 10 de diciembre de 2015 (mediante resolución de 26 de noviembre de
2015), sin hacer mención especifica a los funcionarios de prisiones.


Se debe tener en cuenta ademas, el artículo 40.2 de la Constitución Española que afirma que «los Poderes Publicos fomentaron una política que garantice la formación y readaptación profesional y velarán por la Seguridad e higiene en el
trabajo».


A la vista de lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Incluir al colectivo de trabajadores de Instituciones Penitenciarias dentro del Protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella,
para cubrir el vacío legal que existe en relación con las agresiones sufridas en sus puestos de trabajo.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Domingo Lorenzo Rodríguez, Diputado.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000557


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Sergi Miquel i Valenti, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Català, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su
discusión ante la Comisión de Interior, una Proposición no de Ley para reprobar al Ministro del Interior e instar a su cese.


Antecedentes


En junio de este año salieron a la luz las grabaciones de dos conversaciones celebradas en el despacho del Ministro del Interior, entre el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y el Cap de la Oficina Antifrau del Parlament de
Catalunya, Daniel de Alfonso, llevadas a cabo pocas semanas antes del proceso participativo catalán del 9-N, en 2014. En ellas se escucha como ambos cargos institucionales conspiraban para fabricar escándalos que involucrasen a dirigentes
favorables a la independencia de Catalunya.


Algunas de las conversaciones son del todo impropias de dos representantes públicos:


«Ministro del Interior en funciones (MIF): Esto la Fiscalía te lo afina, hacemos una gestión.


Cap de la Oficina Antifrau (COA) Si la Fiscalía me dice: “oye, lo he leído”, yo entonces cierro los informes y...


MIF: ¿Y en cuanto tiempo puedes cerrar esto?


COA: En tres semanas.


MIF: Lo digo porque una vez lo tenga la Fiscalía ya puede salir.»


En estas conversaciones, también hablan de usar el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), órgano dependiente del Ministerio de Economía, para investigar las cuentas del
entonces alcalde de Barcelona, Xavier Trias. Pocos días después, a finales de octubre, apareció en un medio de comunicación una noticia acusando a Xavier Trias de tener cuentas en Suiza e incluso llegó a publicar el número de cuenta. Informaciones
que posteriormente, quedo claro que eran falsas, tal como confirmo posteriormente la Unión de Bancos Suizos.


Estas conversaciones concuerdan con las declaraciones de un comisario español, en julio de este ano, confirmando la existencia de la llamada «Operación Catalunya». En concreto se trataba de una unidad secreta de la Policía española, dentro
de la dirección operativa, que investigaba a políticos



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favorables al proceso de independencia de Catalunya sin ningún tipo de autorización judicial. Sin embargo, previamente, a principios de 2015, el Ministro del Interior en funciones había negado su existencia ante las noticias aparecidas en
los medios de comunicación sobre esta unidad secreta.


Todos estos hechos ponen de manifiesto la utilización partidista de las instituciones del estado, la falta de democracia, de transparencia y de veracidad en la actividad y las manifestaciones del Gobierno y más específicamente, en la
actividad y manifestaciones del Ministro del Interior, hoy en funciones.


El conocimiento de hechos como los descritos, hubiere llevado a la dimisión o cese inmediato del Ministro del Interior en cualquier estado democrático europeo. Resulta de una extrema gravedad no solo sospechar sino contar con numerosas
pruebas de que el aparato del Estado se utiliza y se ha utilizado para desacreditar e intentar destruir a adversarios políticos. Pruebas de que se articula a través de sus cloacas, para intentar cambiar la dirección de un partido del que el
Gobierno disiente, o para fabricar escándalos que involucren a dirigentes políticos y sus familiares, así como a cargos institucionales de máxima representación como fue el entonces alcalde de Barcelona o el mismo President de la Generalitat de
Catalunya.


Aún resulta mas incomprensible cuando recientemente, los medios de comunicación han puesto de manifiesto informaciones publicadas por periodistas —a quienes cabe atribuir una tradición de solvencia— señalando el pago de una cifra superior al
millón de euros destinados a adquirir estas informaciones falsas.


Sin duda resultar como poco sorprendente, si no inadmisible, para la inmensa mayoría de la población que el debate sobre las medidas y actuaciones en contra de la corrupción y por la renovación política se libre solamente como debate
dialéctico y ni el Presidente del Gobierno ni el Partido Popular sean capaces de concretarlo en un ejemplo tan flagrante de falta de ética política como la manifestada en sus conversaciones por el Ministro del Interior, de falta de calidad
democrática como la que pone de manifiesto que el Ministro siga «en funciones» sin dimitir ni ser cesado y, si se confirmara el pago de recursos públicos para fabricar informaciones falsas, por malversación de recursos publicos.


En las ultimas semanas hemos vivido intensamente los casos del bloqueo del nombramiento del ex ministro Soria para el cargo de Director ejecutivo del FMI y el caso de la Senadora Rita Barberà, que ha abandonado el Partido Popular. Se trata
de dos casos que persiguen evidenciar la adopción de medidas para luchar contra la corrupción, pero en ambas ocasiones se trata de personas que hoy no tienen responsabilidades ejecutivas. En cambio, una vez escuchadas de su propia voz las
conversaciones que el Ministro del Interior mantuvo can el Director de la Oficina Antifrau de Catalunya, donde describe actuaciones absolutamente faltadas de ética y de democracia, resulta absolutamente incomprensible que no haya dimitido, ni haya
sido cesado por el Presidente del Gobierno, al contrario, hoy siga siendo el titular del ministerio, en funciones.


Al conocerse las grabaciones sobre las conversaciones entre el Ministro y el antiguo Cap de la Oficina Antifrau de Catalunya, que ni el Ministro ni el fiscal han desmentido, el Parlament de Catalunya cesó de inmediato al Cap de la Oficina
Antifrau de Catalunya. ¿A qué espera el Presidente del Gobierno para cesar al Ministro del Interior? Donde esta la democracia española?


La gravedad de los hechos interpela a todos los demócratas y nos obliga a posicionarnos.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Pleno del Congreso de los Diputados:


1. Reprueba al Ministro del Interior en funciones por sus acciones y actitudes antidemocráticas y faltas de ética política, en contra de quienes piensan diferente del ministro.


2. Insta al Presidente del Gobierno en funciones a cesar de inmediato al Ministro del Interior en funciones.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Sergi Miguel i Valentí, Diputado.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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Comisión de Defensa


161/000559


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de la Diputada del Partit Demòcrata Català Miriam Nogueras i Camero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Defensa, una Proposición no de Ley por la que se censura la política de opacidad del Gobierno respecto al presupuesto del Ministerio de Defensa.


Una característica permanente de la política presupuestaria del Gobierno del Partido Popular durante toda la X, XI y XII Legislaturas ha sido su mala praxis y opacidad presupuestaria respecto al Ministerio de Defensa. Año tras año y a pesar
de la obligada austeridad que debían aplicar todas las administraciones, el Gobierno ha incrementado el presupuesto del Ministerio de Defensa en porcentajes superiores al 30% respecto a los presupuestos aprobados inicialmente. Esta mala praxis no
se ha limitado a algún ejercicio en concreto, sino en todos y cada uno de los ejercicios de la legislatura. Las magnitudes totales de las modificaciones son muy elevadas, se sitúan entre el 33% y el 44% respecto al inicialmente aprobado.
Desviaciones de esta magnitud, ejecutadas ano tras ano no son circunstanciales, sino que responden a una estrategia establecida por el Gobierno, al margen de la Ley General presupuestaria que esta obligado a cumplir, que le lleva a la ocultación de
los gastos destinados a Defensa en cada uno de los presupuestos generales del Estado que ha presentado el Gobierno Popular.


En euros, la desviación presupuestaria anual del Ministerio de Defensa ha ido desde los 1.900 a los 2.800 millones de euros, según el año que se analice, unos importes imposibles de justificar por causas imprevistas. Estos aumentos de
crédito son todavía mas punzantes en un periodo donde se ha obligado a las administraciones territoriales, comunidades autónomas y entidades locales, a aplicar severos ajustes y se les ha intervenido la gestión de sus cuentas publicas.


El Gobierno hubiera podido dar mas margen de gasto a las Comunidades Autónomas, que destinan un 75% de su gasto a fines sociales (educación, sanidad y servicios sociales), en lugar de dar mas margen de gasto al Ministerio de Defensa.


Por otra parte, el motivo principal de estos aumentos ha sido en gran medida el pago de equipamiento militar (aviones, tanques...) y armamento, gastos que evidentemente son del todo previsibles. Otro motivo reiterativo de desviación es la
participación del ejercito en misiones de paz, partidas que pueden tener alguna desviación, Pero no en cada ejercicio ni por los importes que se desvía. Así desde 2012, se han aprobado créditos extraordinarios por valor de 4.390 millones de euros a
través de varios Reales Decretos Ley. Recientemente el Tribunal Constitucional ha fallado que estas practicas son anticonstitucionales debido a que estos pagos se conocían con antelación al estar dentro de los llamados programas especiales de
armamento.


En 2016, el Gobierno, al encontrarse en funciones desde principios de año y sin mayoría parlamentaria que le apoye, no ha podido aprobar créditos extraordinarios. Sin embargo, en 2016 ha utilizado otros tipos de modificaciones
presupuestarias, como ampliaciones de crédito o transferencias. De este modo, hasta el mes de julio, el presupuesto del Ministerio de Defensa había aumentado en 1.100 millones de euros, un 20% mas de los inicialmente presupuestado en los
presupuestos generales del estado. Posteriormente, en el mes de agosto 97 millones de euros adicionales para actualizar aviones y helicópteros, de seguir por esta senda, la desviación presupuestaria del ministerio en 2016 va a ser como la de los
ejercicios anteriores.


Recientemente, otro tribunal, en este caso el Tribunal de Cuentas, ha puesto de manifiesto el mal uso de los recursos públicos por parte del Ministerio de Defensa. En concreto, abono de sobrecostes, exceso de financiación y renuncia a
cobrar penalizaciones por retrasos en programas de Defensa. Hecho que pone todavía más de manifiesto la incongruencia de aumentar el presupuesto del Ministerio de Defensa, una vez aprobado.



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Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados:


1. Censura la política de opacidad del Gobierno respecto al presupuesto del Ministerio de Defensa, así como del incumplimiento de la Ley General Presupuestaria, la cual obliga a presupuestar la totalidad de gastos comprometidos para el
ejercicio.


2. Insta al Gobierno en funciones a no realizar ninguna modificación mas de crédito en el presupuesto del Ministerio de Defensa de 2016.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Miriam Nogueras i Camero, Diputada.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000516


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a través de su Portavoz adjunta Alexandra Fernández y a iniciativa de la Diputada Yolanda Díaz Pérez, al amparo del artículo 193 del Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Industria relativa al nombramiento del nuevo Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).


Exposición de motivos


El Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), Ramón Aguirre Rodríguez, ceso de su cargo el pasado 15 de julio de 2016, tras presentar su renuncia para tomar posesión del acta de diputado en el Congreso de los
Diputados. Ramón Aguirre se había presentado en las Elecciones Generales del pasado 26 junio de 2016, por la provincia de Guadalajara, y una vez electo tuvo que decidir entre su cargo en la SEPI o el de Diputado en las Cortes Generales.


El Presidente de SEPI es también el presidente del Consejo de Administración y su nombramiento corresponde al Gobierno mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.


Hasta la fecha, el Gobierno en funciones aún no ha nombrado a ninguna persona para que ocupe el cargo de Presidente de la SEPI, por lo que el puesto sigue vacante más de dos meses después.


El ámbito de actuación de SEPI abarca quince empresas participadas de forma directa y mayoritaria, que constituyen el Grupo SEPI, con una plantilla final de mas de 73.000 personas en 2015. También tiene competencias sobre la Corporación
Radiotelevisión Española y el Ente Público RTVE, que esta adscrito a esta Sociedad Estatal, así como sobre su fundación pública tutelada. Asimismo, tiene participaciones directas minoritarias en diez empresas e indirectas en más de cien sociedades.


La pertenencia del Grupo SEPI al sector publico determina que SEPI y sus empresas estén sometidos a los mismos procedimientos de control que cualquier otra institución del sector público:


— Control económico-financiero, a través de la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas.


— Control de las relaciones laborales, por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva, la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas.


— Controles especificos de las privatizaciones, por el Consejo Consultivo de Privatizaciones, la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.


— Control parlamentario, mediante comparecencias informativas en el Congreso y en el Senado, iniciativas parlamentarias y el envío periódico de información político-financiera.



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— Control de la Unión Europea, a través de los órganos comunitarios en relación con la competencia y con políticas sectoriales.


Dada la importancia que tiene la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) para el desarrollo económico de nuestro país, sorprende comprobar que la dejadez de funciones del Gobierno del Partido Popular haya desembocado en un
vacío en la dirección de la SEPI, y que tras la renuncia de su anterior Presidente, el pasado 15 de julio de 2016, aún no se haya nombrado a nadie para ocupar este cargo.


Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú, Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«—El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proceder al nombramiento de la nueva Presidenta/Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) en el menor plazo de tiempo posible.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a informar de los criterios establecidos para la elección de la nueva Presidenta/Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Yolanda Díaz Pérez, Diputada.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Fomento


161/000504


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancia de la Diputada Alexandra Fernández Gómez, de la agrupación Parlamentaria de En Marea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la necesidad de aumentar los servicios ferroviarios del Eixo Atlántico, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El Eixo Atlántico ferroviario se puso en marcha en su integridad de A Coruña a Vigo el pasado año 2015, excluyendo del corredor a Ferrol y también la prolongación del Eixo hasta la frontera con Portugal, hasta Tui.


Ademas de la discriminación de una ciudad como Ferrol del mapa ferroviario, de no avanzar en la conexión ferroviaria de alta capacidad en la Euroregión Galiza-Portugal, y de haberlo operativizado sin contar con el sistema de máxima
seguridad, el ERTMS, en el corredor ferroviario que sufrió una de las mayores catástrofes ferroviarias de los últimos tiempos, debemos decir que el Eixo Atlántico adolece asimismo de una falta de adecuación de sus servicios ferroviarios a las
necesidades de los usuarios del tren.


Hay lagunas importantes en franjas horarias de horas punta en la mariana o en la tarde en la conexión ferroviaria del Eixo entre tres de las principales ciudades gallegas: Vigo, Santiago y A Coruña. Tres de las ciudades con mayor dinamismo
económico, social y administrativo del territorio gallego.


En la oferta de frecuencias actual nos encontramos con vacios de casi dos horas en franjas horarias matutinas que se consideran hora punta, o en franjas horarias de la tarde o del mediodía.


Como bien sabe el Ministerio de Fomento, Galicia es de las pocas CCAA que carecen de un servicio ferroviario de cercanías, a pesar de que se trata de una reclamación histórica y a pesar de contar con la infraestructura ferroviaria necesaria
para crear un tren de proximidad. Una carencia que de algún modo debe ser subsanada ofreciendo Renfe mas servicios y mayores frecuencias a fin de incentivar un transporte publico sostenible y ecológico, que de promoverse quitarla trafico de las
carreteras. Desde nuestro punto



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de vista, el tren debe ser un servicio público a los ciudadanos y facilitar las comunicaciones para las rutinas diarias como acudir al trabajo, a la Universidad, a centros hospitalarios o a la realización de tramites administrativos a
cualquiera de las ciudades de Galiza citadas.


Dada la falta de un tren de cercanías, seria deseable que Renfe incrementase las frecuencias y los servicios del Eixo Atlántico entre Vigo, Santiago y A Coruña con el objetivo de cubrir las necesidades horarias de los usuarios habituales del
tren. El Eixo Atlántico es un servicio muy utilizado por estudiantes, trabajadores, funcionarios, profesionales, o particulares para sus desplazamientos diarios.


El problema es que no cuentan con frecuencias adaptadas a sus necesidades horarias. Así, entre las 06.40 horas y las 08.50 horas no hay servicios ferroviarios del Eixo desde Vigo en dirección a Santiago o hacia A Coruña, aun tratándose de
uno de los tramos mas utilizados. Este vacío obliga a los usuarios a coger el tren de las 06.40 horas en la estación de Urzáiz que llega a Santiago a las 07.27 horas, con demasiado margen temporal para la hora de incorporación al trabajo o el
inicio de clases en la Universidad. Es una muestra evidente de la falta de adecuación de los servicios ferroviarios a las necesidades de rutina diaria de los usuarios.


Aunque parte un tren, el denominado tren regional, desde la estación de Guixar a las 06.58 horas, no es una solución práctica puesto que tarde una hora y media en llegar a Santiago. Ademas del factor tiempo, la hora de llegada resulta muy
ajustada para la incorporación a la actividad laboral o estudiantil de los usuarios. Seria conveniente reforzar los servicios ferroviarios del Eixo desde Vigo entre las 06.40 y las 08.50 horas, ofertando mas frecuencias.


En el caso de la franja horaria de la tarde sucede alga similar. Existen espacios horarios totalmente inactivos a pesar de que constituyen horarios de regreso a Vigo desde Santiago. Nos referimos a las horas situadas entre las 19.20 horas
y las 21.26 horas sin trenes que lleguen a Urzáiz en ese intervalo temporal. Tampoco hay trenes del Eixo que vuelvan a Vigo desde Santiago entre las 13.30 y las 15.30 horas, el intervalo de mediodía.


De igual modo, hay un vacío de frecuencias del Eixo entre las 09.30 y las 11.30 horas para viajar de Santiago a Vigo. Solo hay un tren regional a las 10.42 horas.


El problema se produce igualmente para las conexiones con A Coruña que adolecen también de falta de adecuación a las demandas de los usuarios diarios del tren.


Con el objetivo de promover e incentivar el transporte ferroviario, seria conveniente que Renfe reforzase los servicios y las frecuencias del Eixo Atlántico, adaptándolos a las necesidades de los viajeros que usan el tren a diario para
desplazarse por motivos laborales, de estudios, de tramites y de otro tipo. De ahí la pertinencia de aumentar las frecuencias desde la estación de Vigo-Urzáiz en la franja horaria comprendida entre las 06.40 y las 08.50 horas. Asimismo, estaría
bien reforzar el intervalo horario de mediodía de modo que pudiese haber un servicio que saliese de Santiago en torno a las 14.00 horas con destino a Vigo. Otra franja necesitada de más frecuencias es la situada a la tarde. No hay llegadas a Vigo
en el tramo comprendido entre las 19.20 horas y las 21.26 horas. Sería conveniente incrementar las partidas de Santiago.


Otro de los problemas habituales en los servicios del Eixo Atlántico que indican la necesidad urgente de incrementar las frecuencias se produce en las jornadas de los viernes y los domingos por la tarde debido a los desplazamientos de los
estudiantes universitarios desde Santiago de Compostela.


La saturación de los servicios ferroviarios del Eixo los viernes por la tarde desde la ciudad compostelana hacia Vigo, así como los domingos por la tarde desde Vigo con destino a Santiago, forma parte del largo elenco de las deficiencias del
tren en Galiza.


Trenes atiborrados de estudiantes que cursan sus estudios en Santiago y regresan los fines de semana a sus casas. O trenes masificados los domingos por la tarde debido a los traslados de estudiantes universitarios de nuevo a Santiago para
asistir a sus clases durante la semana. Son numerosos los jóvenes estudiantes universitarios que se desplazan los fines de semana a sus lugares de origen.


Sin embargo, a pesar de las constantes quejas de los usuarios que utilizan estos servicios, Renfe ha continuado con su política cicatera y raquítica, negándose a aumentar las frecuencias o las plazas a fin de aligerar la saturación que
sufren los trenes en las jornadas indicadas.


Consideramos que la política comercial de Renfe resulta mas que discutible dado que se trata de uno de los corredores ferroviarios mas rentables del estado. Resulta difícil entender por que no se atiende óptimamente la demanda existente,
tratando de ofrecer un servicio de calidad a los cientos de viajeros que utilizan la opción ferroviaria y que siempre se encuentran con vagones repletos de personas. La cuestión es tan sencilla como ajustar la oferta a la demanda existente. Podría
decirse que estamos ante una



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política comercial de ventas muy ventajosa para la compañía, y nada favorable para los viajeros que pagan unos billetes sin asignación de asientos. Los usuarios pagan el mismo precio por un billete que no les otorga un asiento, pagan lo
mismo por ir de pie o sentados en el suelo.


Las escenas de vagones llenos de jóvenes de pie o sentados en el suelo, son habituales de las tardes de los viernes o de los domingos. Una situación que incluso fue denunciada por organizaciones sindicales ferroviarias por revestir
condiciones de inseguridad evidentes porque el equipaje se distribuye sin sujeción alguna a lo largo de los pasillos de los vagones del tren.


La masificación de los trenes es fácilmente subsanable si existiese voluntad por parte del Ministerio de Fomento-Renfe de atender las demandas de los usuarios de uno de los corredores mas rentables de todo el estado. Baste con incrementar
las frecuencias o servicios ferroviarios o aumentar las plazas de los trenes.


El programa horario actual de servicios entre Santiago y Vigo los viernes por la tarde evidencia la insuficiencia de frecuencias. Tan solo existe un servicio en el Eixo Atlántico cada hora: 15.30, 16.27, 17.30, 18.30 horas o ya 19.50
horas.


Aunque la frecuencia de servicios es levemente mejor en el caso de la salida de servicios ferroviarios los domingos desde la estación de Urzáiz-Vigo hacia Santiago, tampoco colma la alta demanda existente. Los servicios en la jornada de
domingo por la tarde son los siguientes: 13.40, 16.35, 17.15, 18.15, 18.20, 19.35, 20.30. Existe una laguna de casi tres horas en la franja de mediodía sin servicios en el Eixo Atlántico. Y salvando el intervalo de 18.15 y 18.20, estamos
igualmente ante un tren cada hora.


Dada la situación descrita en esta Exposición de motivos, queda suficientemente justificada la necesidad de que Renfe proceda a un refuerzo de los servicios y frecuencias ferroviarias del Eixo Atlántico entre Vigo, Santiago y A Coruña,
ajustándolos a las necesidades horarias de los viajeros habituales y descongestionando los servicios masificados o saturados.


«El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Fomento-Renfe a:


— Realizar un análisis pormenorizado de los servicios y frecuencias del Eixo Atlántico ferroviario entre las ciudades gallegas de Vigo, Santiago de Compostela y A Coruña, con el objetivo de cubrir las demandas y necesidades de los viajeros
habituales que utilizan el tren para sus desplazamientos laborales, para acudir a la Universidad o realizar tramites y gestiones y ofrecer un servicio ferroviario de calidad.


— En concreto, aumentar los servicios ferroviarios del Eixo Atlántico en Vigo-Urzáiz hacia Santiago entre las 06.40 y las 08.50 horas, una franja considerada hora punta y muy utilizada para trasladarse a las actividades laborales.


— Incrementar las frecuencias ferroviarias del Eixo desde Santiago hacia Vigo tanto en el intervalo comprendido entre las 13.30 horas y las 15.30 horas, como en la franja de la tarde, hora habitual de salida de la jornada laboral o de los
estudios.


— Reforzar los servicios del Eixo Atlántico en Santiago los viernes por la tarde para evitar las aglomeraciones y masificaciones de trenes que son habituales debido a los desplazamientos de los estudiantes universitarios. De igual modo,
aumentar los servicios del Eixo en Vigo-Urzáiz los domingos por la tarde para reducir la saturación de vagones que se produce por los traslados de los estudiantes universitarios a Santiago.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000525


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el desarrollo de la regulación
de las actividades en las que intervienen aeronaves tripuladas por control remoto, para su debate en la Comisión de Fomento.



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Exposición de motivos


La aprobación del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que a continuación se tramitó como Ley 18/2014, de 15 de octubre, ha permitido establecer una
primera regulación para la realización de actividades con aeronaves tripuladas por control remoto, conocidas popularmente como drones.


Este novedoso marco normativo ha facilitado el crecimiento de un nuevo sector económico que apunta a un importante desarrollo en los próximos años, por cuanto permite la realización de un buen número de actividades aéreas de manera mucho más
eficiente y respetuosa con el medio ambiente al reducir los costes de operación y las emisiones contaminantes a la atmósfera.


Así, y según los datos ofrecidos por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ya se han registrado más de mil operadores de drones dedicados a las más variadas actividades; desde las destinadas a
la filmación o al levantamiento topográfico hasta las dedicadas a la búsqueda y el salvamento, sin olvidar otras muchas como las de tratamiento fitosanitario, calibración de equipos, exploración meteorológica, marítima, geológica, petrolífera o
arqueológica, o las de enlace y repetición de señales de radio o televisión.


Sin duda, una excelente iniciativa normativa, aprobada con carácter temporal y cuyo fin respondía a la necesidad de facilitar las oportunidades del sector conforme al estado de la técnica y la seguridad aérea. Confirmada esa creciente
trayectoria de actividad, es preciso sustituir la norma temporal por una regulación nueva y definitiva que regule exhaustivamente el régimen de uso de estas aeronaves, con nuevas facilidades operativas a fin de facilitar su despliegue en nuevos
ámbitos económicos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera fundamental desarrollar reglamentariamente la actual regulación de las operaciones en las que intervienen aeronaves tripuladas por control remoto, a fin de facilitar el crecimiento de un sector
económico emergente, con amplias posibilidades de desarrollo, en las necesarias condiciones de seguridad para las personas, los bienes y las cosas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000526


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a avanzar hacia un sistema
de transporte integrado intermodal, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La mejora de la movilidad es un objetivo compartido por todas las Administraciones Públicas en sus respectivas competencias. Para la consecución de este objetivo, la intermodalidad desempeña un papel clave, permitiendo que los viajeros
utilicen en cada momento el medio de transporte más adecuado para sus desplazamientos.


Sin embargo, el propio reparto de las competencias en infraestructuras y servicios de transporte, tanto en el ámbito urbano como en el interurbano, hace que en muchas ocasiones el sistema de transporte sea difícil de entender y de utilizar
por parte de los ciudadanos: mapas no integrados entre los distintos modos de transporte, horarios no coordinados, tarifas no compatibles, infraestructuras e inversiones planeadas con una visión fragmentada y con falta de coordinación, son
realidades con las que en muchas ocasiones se encuentran los usuarios.


Además, es importante considerar el peso cada vez mayor de las nuevas tecnologías, que si bien se ofrecen como instrumentos valiosos para avanzar en una mejora de la experiencia del usuario del



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transporte, en ocasiones se diseñan con un ámbito de aplicación restringido que impide una visión global e integrada.


Resulta por tanto esencial avanzar hacia un sistema de transporte integrado que mejore la experiencia del usuario, de forma que le brinde soluciones de movilidad «puerta a puerta» sin que tenga por que percibir que hay distintas
administraciones competentes o distintas empresas tras los servicios que recibe.


Este objetivo también se incluye en el Libro Blanco del Transporte publicado por la Comisión Europea en 2011, donde se recoge la necesidad de definir las medidas necesarias para integrar en mayor medida los distintos modos de transporte de
pasajeros para ofrecer viajes multimodales puerta a puerta sin solución de continuidad, así como crear las condiciones marco para fomentar el desarrollo y use de sistemas inteligentes interoperables y multimodales de confección de horarios,
información, sistemas de reservas en línea, y expedición de billetes inteligentes. Entre las medidas que plantea el Libro Blanco se incluye una propuesta legislativa para garantizar el acceso de los prestadores privados de servicios a información
de viaje y de trafico en tiempo real.


Por lo tanto, el avance hacia un sistema de transporte integrado, orientado al ciudadano y basado en la movilidad sostenible debe acometerse en el marco de las distintas iniciativas europeas e internacionales que avancen en este sentido.
Ejemplos de iniciativas que pueden contribuir a este objetivo son los programas europeos de infraestructuras de transporte (iniciativa TEN-T), de impulso a la investigación y desarrollo (Horizonte 2020) o a posibles iniciativas legislativas en el
marco de la UE, así como en iniciativas internacionales en el marco del «International Transport Forum» de la OCDE.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la voluntad de avanzar hacia un sistema de transporte integrado, con enfoque intermodal, orientado al ciudadano y basado en la movilidad sostenible, en el que se mejore la experiencia del usuario
proporcionándole soluciones de movilidad punto a punto sin perjuicio por parte de distintas administraciones competentes o distintas empresas tras los servicios que recibe.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000527


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre procedimientos comunes
relativos a la asistencia a las víctimas de accidentes marítimos, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El Convenio de Atenas relativo al transporte de pasajeros y sus equipajes por mar (en vigor desde 1987), nacido en el seno de la Organización Marítima Internacional, establece a nivel internacional un régimen de responsabilidad por los daños
sufridos por los pasajeros de transporte marítimo por la muerte o las lesiones de un pasajero y por la perdida o daño de equipaje y vehículos.


Asimismo, el Protocolo de 2002 (en vigor desde 2014), introdujo un seguro obligatorio para cubrir los pasajeros a bordo de buques y eleva los límites de indemnización de la responsabilidad por la muerte o lesiones corporales de un pasajero.
No obstante, el citado Convenio no contiene disposiciones relativas a la asistencia a las víctimas y sus familiares en caso de accidente.


En el ámbito del transporte aéreo, la Unión Europea ha regulado las obligaciones de asistencia a víctimas de accidentes aéreos y sus familiares por parte de las compañías aéreas, y España ha traspuesto la normativa europea en este ámbito.



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Accidentes como el del crucero Costa Concordia en el año 2012, hacen recomendable contar con una normativa similar en el ámbito del transporte marítimo. Sin embargo, España no puede avanzar aisladamente en este aspecto, que al igual que en
el modo aéreo debe abordarse a nivel internacional.


En este sentido, resulta necesario completar y perfeccionar el marco legislativo en base a un nuevo marco europeo e internacional que asegure una adecuada respuesta ante una emergencia en el ámbito de la actividad de los grandes buques de
pasaje, especialmente de la industria del crucero, para lograr una respuesta coordinada de las distintas administraciones que resulten involucradas y de las compañías navieras, todo ello con el fin de garantizar una asistencia integral a las
posibles víctimas y a sus familiares.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera esencial promover y apoyar cualquier iniciativa que en el marco de la Organización Marítima Internacional y de la Unión Europea suponga iniciar los trabajos y avanzar en una normativa que establezca
unos procedimientos comunes relativos a la asistencia a las víctimas de accidentes marítimos y sus familiares, con un enfoque especial en los barcos de crucero, sector cuya actividad ha experimentado un crecimiento muy importante en los últimos años
y que es generador de riqueza y puestos de trabajo para España.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000528


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la modificación de los pesos y
dimensiones del transporte de mercancías por carretera, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El pasado diciembre se aprobó la Orden que modifica el Reglamento General de Vehículos, y que ha incluido en nuestro ordenamiento jurídico la denominada «configuración euro-modular de vehículos pesados», según la cual se permite la
circulación en nuestro país de conjuntos de vehículos con una masa máxima de 60 toneladas y una longitud máxima de 25,25 metros —debiendo en todo caso estar supeditada a la obtención de una autorización expedida por el Órgano competente en materia
de tráfico— y que supone una ampliación muy relevante de las masas y longitudes máximas reguladas en nuestro país.


Sin embargo, es necesario profundizar el estudio de este tipo de medidas que permiten a nuestras empresas reducir los costes logísticos que soportan, permitiéndoles ser más competitivos en los mercados internacionales y en aquellos sectores
que tienen riesgos de deslocalización (como por ejemplo, en el sector de la automoción).


No hay que olvidar que nuestra situación periférica en Europa (que nos dificulta hacer llegar nuestros productos a los centros de actividad europeos) y las propias características de nuestro país (baja densidad de población, amplia extensión
geográfica) son factores que también aconsejan impulsar esta actuación.


Pero no solo existen razones de eficiencia económica o estratégicas para seguir en este camino. El aumento de la eficiencia de nuestro sistema de transporte daría lugar a un aumento del nivel de seguridad en la circulación, y una reducción
tanto de los gases de efecto invernadero como de nuestro consumo de combustibles fósiles, con los efectos medioambientales que ello conlleva.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de analizar la modificación de los pesos y dimensiones del transporte de mercancías por carretera, sobre la base del consenso entre los distintos



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sectores afectados, con objeto de contribuir a la mejora de la competitividad de los sectores económicos y la eficiencia y seguridad en el transporte por carretera.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000529


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la actualización de la
declaración de Obligaciones de Servicio Público (OSP) de transporte ferroviario de viajeros, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El fin último del Ministerio de Fomento en materia de transporte terrestre es garantizar el derecho a la movilidad de todos los ciudadanos, vivan donde vivan, de la manera más eficiente. Para la consecución de dicho objetivo, a lo largo de
la última legislatura se han llevado a cabo actuaciones para el diseño de una oferta de servicios de transporte público combinando los principales modos de transporte terrestre, el autobús y el ferrocarril, de forma que los dos sean complementarios.
La elección entre ambos modos debe guiarse por criterios objetivos de eficiencia social, medioambiental y económica.


Así, partiendo del objetivo irrenunciable de garantizar la movilidad de todos los ciudadanos, debe apostarse por aquel modo que, en cada caso, sea más eficiente, suponga menores costes para el ciudadano, y garantice los mayores estándares de
calidad y seguridad en la prestación del servicio.


Con este planteamiento, el Consejo de Ministros, en sendos acuerdos de 28 de diciembre de 2012 y de 5 de julio de 2013, declaró qué servicios ferroviarios de transporte de viajeros quedarían sujetos a Obligaciones de Servicio Público (OSP)
en servicios de media distancia, incluyendo los servicios de velocidad convencional, los servicios de media distancia y alta velocidad (servicios AVANT) y los servicios sobre vía de ancho métrico (antigua FEVE). A estos servicios se unen los
servicios ferroviarios de cercanías, también declarados OSP.


En el momento actual, habiendo transcurrido tres años desde la última declaración de OSP en servicios de media distancia, parece necesario revisar la adecuación de la oferta a las condiciones de demanda actuales. Asimismo, es importante
tener en consideración que en los próximos meses se va a producir la entrada en servicio de diversas infraestructuras que afectaran a las OSP actuales (nuevas líneas de alta velocidad, nuevas estaciones, etc.).


Por todo ello, resulta necesario trabajar en una actualización de la declaración de las OSP de servicios de transporte ferroviario de viajeros.


Esta revisión debe basarse en criterios de eficiencia global y sostenibilidad, y debe considerar la existencia de modos de transporte alternativos, en particular el mapa de concesiones de autobuses.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera fundamental que, habiendo transcurrido más de tres años desde la última declaración de Obligaciones de Servicio Público (OSP) de transporte ferroviario de viajeros, se trabaje en una actualización de
la misma basada en criterios de eficiencia global y sostenibilidad, que continúe garantizando la movilidad de los ciudadanos y su adecuación a las condiciones de demanda actuales, teniendo en consideración la entrada en servicio de nuevas
infraestructuras ferroviarias que se ha producido y la que se preve para los próximos meses, así como la existencia de modos de transporte alternativos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Comisión de Educación y Deporte


161/000489


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la aprobación de una
Estrategia Española para la Educación Superior, para su debate en la Comisión de Educación.


Exposición de motivos


El Sistema Universitario en España, con más de 1,5 millones de estudiantes, se asienta sobre una arquitectura compleja basada en la autonomía universitaria reconocida en la Constitución, la transferencia de competencias en la materia a las
comunidades autónomas y el deber del Estado de articular las políticas universitarias.


Las universidades españolas participan en la construcción de nuestra sociedad a través de la formación de ciudadanos cultos, libres, críticos, creativos con los mejores conocimientos, habilidades y competencias. Asimismo, las universidades
españolas cumplen con la función social de generar y transmitir conocimiento, impulsando la investigación e innovación, aspectos esenciales para mejorar su posicionamiento internacional y para convertirlas en la verdadera palanca sobre la que
promover la economía del conocimiento, especialmente en las regiones donde se encuentran.


La Agenda Europea 2020 para la educación superior marcada por la Comisión Europea, así como las recomendaciones emanadas de los comunicados de los ministros del Espacio Europeo de Educación Superior, tienen como objetivo promover un sistema
universitario competitivo con una visión holística, a través, de universidades internacionalmente excelentes pero también relevantes en el territorio en que se asientan.


Las Universidades más competitivas se caracterizan por tener modelos flexibles de gestión, ser internacionalmente reconocidas y formar a los alumnos en las competencias que el mercado laboral exige. Por ser intensivas en investigación
especializada, por ser protagonistas principales en los procesos de innovación abierta y por ser pioneras en el empleo de las tecnologías digitales.


Durante los pasados años, las medidas dirigidas a alcanzar estos objetivos han sido numerosas, siendo ejemplos el Programa Campus de Excelencia Internacional o la Estrategia para la Internacionalización de la Universidad Española.


Sin embargo, aún necesitan promover, mejorar, y lo que es más importante, coordinar entre administraciones, instituciones y agentes implicados en la educación superior, diferentes aspectos que preocupan al mundo universitario en particular y
a la sociedad en general. Estos objetivos se deben acometer con urgencia en el marco de una Estrategia Española pare la Educación Superior, con la participación y compromiso de todos los agentes implicados.


La Estrategia Española para la Educación Superior debe ser un compromiso compartido entre el Estado, las comunidades autónomas, instituciones, organizaciones y colectivos implicados en la educación superior con el objetivo de establecer un
horizonte común, con una duración de, al menos cinco años, y que pueda evaluarse a través de informes e indicadores de seguimiento y cumplimiento de los que deberá estar informado el Congreso de los Diputados.


Asimismo, la Estrategia Española para la Educación Superior deberá estar alineada con la Agenda Educativa Europea 2020, el Horizonte 2020 y la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de Innovación, así como establecer las sinergias y
relaciones entre todos los niveles de educación superior (enseñanzas universitarias, artísticas superiores, formación profesional de grado superior, de artes plásticas y diseño de grado superior y enseñanzas deportivas de grado superior).


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera conveniente que el Gobierno coordine la elaboración de la Estrategia Española para la Educación Superior con la implicación de los diferentes departamentos



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ministeriales, comunidades autónomas, universidades, instituciones y agentes implicados en la educación superior.


Esta Estrategia debe perseguir, entre otros, los siguientes objetivos:


1. Ubicar a los alumnos en el centro de la Estrategia y formarlos en competencias para que alcancen los resultados de aprendizaje que le faciliten el acceso al mercado laboral así como su formación a lo largo de la vida.


2. Establecer sistemas más flexibles en los que la autonomía universitaria junto con la rendición de cuentas, facilite un modelo de financiación estable y plurianual, asentado en la autonomía de las instituciones y en la rendición de
cuentas en docencia, investigación y transferencia de conocimiento.


3. Promover en las universidades la internacionalización y la especialización que facilite su competitividad, diferenciación y atracción de talento y recursos.


4. Establecer una carrera académica previsible con las escalas que requiere un sistema que reconozca mejor los méritos y capacidades de los profesores universitarios a través de un estatuto del personal docente e investigador.


5. Impulsar la relevancia, modernización, especialización e internacionalización de las instituciones de educación superior, asegurando una educación superior inclusiva entre estudiantes, profesores y personal de administración.


6. Garantizar un modelo de becas y ayudas al estudio, nacionales e internacionales, basado en la cohesión social y el acceso al mercado laboral.


7. Intensificar la movilidad y la relación entre las Universidades, los Organismos Públicos de Investigación y las Empresas, tanto para facilitar el empleo a los egresados como para incrementar la competitividad del sector empresarial a
través de actividades innovadoras y la excelencia en investigación.


8. Incrementar la relación y la presencia de la sociedad en las instituciones de educación superior y de estas en la sociedad, fomentando, asimismo, la relación entre los diferentes agentes en educación superior, investigación e innovación
tanto públicos como privados.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000519


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la Portavoz Adjunta Alexandra Fernández y las Diputadas y Diputados Ángela Rodríguez Martínez, Yolanda Díaz Pérez, Antón Gómez-Reino Varela y Miguel
Anxo Fernán Vello, y al amparo del artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social relativa al ERE presentado por la empresa
Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA).


Exposición de motivos


La empresa de Transformación Agraria, S.A. (Tragsa) se fundó en 1977, para la ejecución de obras y servicios de desarrollo rural, conservación medioambiental y actuaciones de emergencia. Esta es la empresa matriz del Grupo Tragsa, que en
1989 creó su primera filial Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A. (Tragsatec), para la realización de proyectos de consultaría e ingeniería. Asimismo, en noviembre de 1978, se creó la empresa Colonización y Transformación Agraria, S.A. (CYTASA)
en Paraguay. Recién, en el año 2013, se creó Tragsa Brasil Desarrollo de Proyectos Agrarios, Ltda., que constituye la última de las empresas del Grupo Tragsa.


Sus 37 años de experiencia trabajando para las Administraciones públicas supusieron que este grupo empresarial prestara servicios en sectores agrícolas, forestales, ganaderos y de desarrollo rural, hasta la conservación y protección
medioambiental.



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Realiza y gestiona cualquier trabajo asignado por las Administraciones públicas, relacionado con el desarrollo del medio rural y la conservación de la naturaleza; actúa también en todo tipo de emergencia social, catástrofe natural o
accidente climático, ofreciendo una respuesta inmediata.


La gran distribución nacional de la compañía, que cuenta con delegaciones en todas las provincias de las diecisiete comunidades autónomas españolas, le permite responder, con rapidez y eficacia, ante cualquier requerimiento urgente de la
Administración central, autonómica o local.


En Galicia, la empresa Tragsa ejecutó proyectos e infraestructuras rurales, agrarias, medioambientales, forestales, etc., hasta que en los últimos años se produjo un descenso muy acusado de encargos.


El Grupo Tragsa forma parte del grupo de empresas de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), por lo que son de capital público en exclusiva. El régimen jurídico de Tragsa y Tragsatec está regulado por la disposición
adicional 252 del Real Decreto legislativo 3/2011, del 14 de noviembre, por lo que se aprueba el Texto refundido de ley de contratos del sector público (BOE del 16 de noviembre de 2011) que entró en vigor el 16 de diciembre de 2011, así como por el
Real decreto 1072/2010, del 20 de agosto, por lo que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima y de sus filiales (BOE del 8 de septiembre de 2010).


Los problemas en esta empresa llegaron en los años de la crisis económica, con la poca obra pública que se puso en marcha y las tensiones en la cuenta de resultados llegaron con fuerza.


Por todo lo dicho, en septiembre de 2013 las direcciones de Tragsa y Tragsatec comenzaron a negociar un despido colectivo. Para llevarlo adelante argumentaron causas económicas, por una caída significativa de ingresos desde 2009. Esto,
según la reforma laboral de febrero de 2012, justificaría un despido colectivo, ya que se encadenaban más de tres meses consecutivos con caída interanual de ingresos. El proceso acabó sin pacto el 29 de noviembre y la empresa siguió adelante con el
despido colectivo de 1336 empleados, con una indemnización de veinte días por año.


En abril de 2014, la Audiencia Nacional anuló el ERE por tres causas, entre ellas la falta de criterio en la selección de las 726 personas afectadas por el expediente de la empresa pública. El tribunal concluyó por unanimidad que, si para
lograr un puesto de trabajo en la Administración hay que respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, debe garantizarse también a la hora de despedir, y la empresa pública Tragsa no lo hizo. También condenaba «solidariamente» la filial
Tragsatec, que realizó un despido colectivo de 601 trabajadores al mismo tiempo que la matriz.


El pasado 26 de noviembre, el Tribunal Supremo publicó la sentencia sobre el procedimiento de despido colectivo (PDC) iniciado por las empresas Tragsa y Tragsatec, ambas dependientes de la SEPI, que podría permitirle al grupo Tragsa despedir
a 1.336 personas en el conjunto del estado, de las que 127 serían en Galicia (113 en Tragsa y 14 en Tragsatec), es decir, alrededor del 18% de la plantilla.


El pasado 29 de diciembre, la dirección de la empresa comunicó que procedía, sin diálogo ni negociación ninguna, a la ejecución del PDC en los términos comunicados a la autoridad laboral (1.336 en grupo), y ejecutó en esta comunidad el
despido de 84 trabajadores y trabajadoras, el 12% de la plantilla.


En la actual situación de empleo en nuestro país y en Galicia, esta decisión sería absolutamente inaceptable por el profundo impacto que tendría sobre la economía del país y de nuestra comunidad autónoma. Además, los datos económicos y
productivos del grupo, pasados dos años del inicio del procedimiento, demuestran que la situación cambió en positivo sobre las estimaciones de pérdidas y de producción que hizo la empresa en el inicio del expediente. De hecho, los datos indican que
la empresa contrató después personal eventual por el aumento de la carga de trabajo.


Hablamos de un grupo de empresas públicas fundamentales para el desarrollo de sectores básicos de la economía castellana y leonesa, que pretende tomar una decisión basada en una previsión de pérdidas, para el período 2014-2019, de 64,3
millones en el conjunto del estado, aunque esta cifra varía de un mes a otro por el incremento de la cifra de negocio que está teniendo el grupo. Sin embargo, al mismo tiempo, el grupo prevé hacer unas reservas voluntarias de más de 261 millones de
euros, por lo que apenas utilizando un 28% de estas podría cubrir las previsiones de pérdidas.


Ante esta situación, parece lógico pensar que, así como se le pedía un esfuerzo a la plantilla, fuera necesario replantear la estructura directiva y los cargos ajenos a las necesidades de producción. Por el contrario, parece ser que se
siguieron abonando primas por objetivos con cifras astronómicas a mandos directivos e intermedios durante estos supuestos años de dificultades económicas para el grupo.


No debemos olvidar que el grupo Tragsa es 100% público, trabaja en exclusiva para la Administración y que la Xunta de Galicia ocupa una posición interesante en su cifra conjunta de negocio, razones por las



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que la Administración autonómica no puede quedar ajena a las decisiones injustificadas de reducción de empleo que se están formulando, sobre todo después de escucharle en los últimos meses al Gobierno central en relación al «supuesto» inicio
de la recuperación económica. Conviene, asimismo, apuntar el impacto negativo que tendría esta decisión de despido colectivo sobre los trabajos encomendados por la Xunta de Galicia al grupo, por lo que un buen elemento de reafirmación sería impedir
los despidos de este grupo y en el conjunto de la SEPI.


Por todo lo referido, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


«1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a manifestar que la ejecución del ERE en el grupo Tragsa es profundamente perjudicial para los intereses del país y de la comunidad autónoma en tener de empleo y para la realización
efectiva de los encargos de obras y servicios que necesita la Administración.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que hagas las gestiones oportunas a través de todos los canales y actuaciones necesarias posibles con el fin de parar la ejecución del mencionado ERE en el Grupo Tragsa y solicitar
la readmisión de los trabajadores y trabajadoras despedidos, revirtiendo la situación antes de la ejecución de los despidos.


3. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que la dirección del grupo de empresas públicas Tragsa abra una mesa de diálogo con la representación legal de los trabajadores, que permita formular un nuevo plan empresarial para
el grupo e incrementar su capacidad de producción y empleo.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.— Yolanda Díaz Pérez, Ángela Rodríguez Martínez, Antonio Gómez-Reino Varela y Miguel Anxo Elías Fernández Bello, Diputados.— Alexandra Fernández Gómez.—Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000486


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los Diputados de Compromís, don Joan Baldoví y don Enric Bataller, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición
no de Ley para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El Consejo de Ministros de la Unión Europea (UE) tomó la decisión de autorizar la firma del Acuerdo de Asociación Económica (AAE) con Botsuana, Lesoto, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Suazilandia —el llamado «grupo AAE de la SADC» o también
conocido como «Acuerdo Económico con la Comunidad de Estados de África del Sur»— el 1 de junio de 2016. Tras la firma, el acuerdo fue votado y aprobado por el Parlamento Europeo en su última sesión parlamentaria en Estrasburgo (septiembre de 2016)
por dos tercios a favor. A falta de ratificación por los veintiocho Estados miembros de la UE, el Acuerdo está provisionalmente aprobado.


Con la firma de este Acuerdo, las producciones mediterráneas pagarían, una vez más, el coste de las relaciones comerciales y políticas de la UE con países terceros. Dependiendo de la duración del proceso de ratificación el desmantelamiento
progresivo de aranceles podría comenzar para la cosecha de 2016. Hasta ahora, los cítricos procedentes de Sudáfrica solo podían entrar sin aranceles en territorio de la Unión hasta el 15 de septiembre de cada año. De ser ratificado este acuerdo
por el Consejo de la Unión Europea, se abriría la puerta al incremento del volumen de naranjas de Sudáfrica en el mercado comunitario y coincidiría con el periodo en el cual la producción valenciana de cítricos, en particular de las naranjas,



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se encuentra en pleno rendimiento y máxima productividad (meses de noviembre y diciembre), lo que haría reducir los precios recibidos por los productores valencianos y se incrementaría la vulnerabilidad económica de la agricultura
valenciana.


Por último, es necesario garantizar que las importaciones procedentes de África del Sur en Europa cumplan con los mismos requisitos que los productores valencianos han de afrontar con respecto a sus exportaciones. Diferentes organizaciones
profesionales agrarias manifiestan que se están ignorando las advertencias de la Agencia Europea de Salud Alimentaria, que sigue llamando la atención sobre el riesgo que entrañan las importaciones citrícolas desde Sudáfrica, porque no ofrece
garantías frente el posible contagio de la plaga de «mancha negra», conocida como «black spot», y que puede poner en peligro los cítricos en Europa.


Proposición no de Ley


«El Congreso insta al Gobierno a no ratificar el Acuerdo de Asociación Económica de la Unión Europea con la Comunidad de Estados de África del Sur suscrito por la Comisión Europea el 10 de junio de 2016 y por el Parlamento Europeo en su
sesión plenaria de Estrasburgo en septiembre de 2016; en tanto que este acuerdo contempla la extensión, hasta el 30 de noviembre de cada año, de la entrada de cítricos en la Unión Europea sin aranceles.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Joan Baldoví Roda y Enric Bataller i Ruiz, Diputados.—Ignasi Candela Serna, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000490


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la lucha contra la pesca
ilegal no declarada y no documentada, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La lucha contra la pesca ilegal no declarada y no documentada, conocida internacionalmente bajo las siglas INDNR o IUU, en sus siglas en inglés, ha sido una de las prioridades del Gobierno de España durante la pasada legislatura en materia
de pesca.


El Gobierno presidido por Mariano Rajoy ha impulsado una batería de medidas muy ambiciosas en estos cuatro años de mandato, contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR-IUU).


Al margen de los controles realizados a la flota española y en nuestras aguas, se ha reformado la Ley de Pesca marítima del Estado completando y reforzando el marco jurídico para permitir una mayor eficacia en la aplicación del Reglamento
INDNR. Con ello se culmina todo el trabajo técnico desarrollado y que han situado a España como la referencia a nivel europeo e internacional en la lucha contra la pesca ilegal.


En concreto, se ha introducido un mandato específico a los servicios de control e inspección para perseguir esta lacra con todas las herramientas posibles; se han endurecido seriamente las infracciones y sanciones cometidas por operadores
extranjeros que tratan de introducir en España capturas ilegales; se han establecido medidas para evitar que los infractores eludan su responsabilidad a través de entramados empresariales opacos; y se han dispuesto las necesarias actuaciones para
evitar que haya ciudadanos o empresas españolas vinculados con empresas y buques extranjeros que practican la pesca ilegal.


También lo ha hecho liderando la correcta aplicación del control de importaciones en la UE. Con ello, se ha constatado un alto número de rechazos por incumplir las normas UE recogidas en el Reglamento INDNR y que, en comparación con las
estadísticas totales de la UE, España representa más del 50% de las denegaciones de productos ilegales en la UE, a pesar de que los envíos a España representar únicamente el 20% del total de las importaciones a la UE.



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Para ello se han prestado importantes apoyos y esfuerzos presupuestarios al equipo técnico de control, consiguiendo con estos controles que las autorizaciones o rechazos de los productos de la pesca que pretenden importarse por nuestras
fronteras se realicen en base a un análisis de riesgos.


No ha tenido inconveniente el Gobierno en denunciar en el Consejo de Ministros comunitario, la deficiente aplicación del reglamento de pesca ilegal en determinados EEMM, que están contribuyendo a la desviación de flujos comerciales de
productos pesqueros hacia puertos en los que los controles y aplicación de los reglamentos UE no son completos. Con ello, indirectamente, se rompe la garantía de que el mercado UE de los productos de la pesca es un mercado responsable y, al mismo
tiempo, se fomenta la competencia desleal que tanto daño hace a los productores y transformadores de la UE.


Este posicionamiento y compromiso, unido a operaciones como «Sparrow» ha tenido el reconocimiento del sector pesquero español de altura y gran altura, y la felicitación de organizaciones ecologistas y países que se veían afectados por la
presencia de buques ilegales.


España hoy esta liderando la lucha contra la pesca ilegal, con el apoyo y el esfuerzo del sector pesquero español, promoviendo iniciativas como el observador electrónico y de transparencia en la actividad pesquera internacional, medidas de
conservación, participación en foros internacionales de lucha contra esta pesca ilegal, o colaborando con organizaciones internacionales como FAO y ONGs medioambientalistas la verificación de las licencias privadas a través de nuestras Embajadas o
actuando frente a nacionales enrolados en buques incluidos en lista de buques que practican la pesca INDNR.


Por ello nuestro país es hoy un modelo a seguir en la lucha contra la pesca INDNR-IUU.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta su voluntad de continuar con la política de control e inspección destinada a perseguir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada INDNR-IUU.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000523


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley en apoyo de la caza, para su debate en
la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Desde la VI Legislatura (1996-2000), el Grupo Parlamentario Popular trae al ámbito del Congreso de los Diputados, y por ello, de la acción política, problemas que afectaban a la actividad de cazar, y desde este ámbito hemos contribuido a la
solución de algunos de ellos.


Esta receptiva y positiva actitud en relación con la caza trae causa de reconocer el importante peso que tiene en el ámbito de la economía del medio rural como generadora de renta y empleo consecuencia de un turismo cinegético que se
practica fundamentalmente en otoño e invierno, y reportan un claro beneficio económico y social para las zonas geográficas en las que se practica esta actividad.


Si bien la razón antes expuesta es importante, no es menos cierto y hoy cuenta con amplio apoyo, que las poblaciones de fauna y los espacios naturales requieren gestión para su adecuada conservación ya que en caso contrario, por
sobrepoblación y por falta de atención, la naturaleza se acaba degradando, y la caza es un útil instrumento de gestión. Esta actividad, la caza, además forma parte de nuestra historia y tradiciones hasta el punto que ciertas modalidades solo
existen o surgen en nuestro país.


Desde el Grupo Parlamentario Popular, en absoluto respeto a la libertad individual y colectiva, siempre que esta no afecta a la de otras personas, hemos considerado necesario prestar atención a la actividad de caza por las razones ya
expuestas y por ello, ante el gran número de personas que la práctica y la



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importante cantidad de personas que trabajan en el sector, formulamos al inicio de la XI Legislatura la siguiente


Proposición no de Ley


«1. El Congreso de los Diputados:


— Se reafirma en considerar la caza como un subsector económico relevante en el conjunto del sector primario habida cuenta de su capacidad para generar renta y empleo.


— Considera que la caza en nuestro país cuenta con gran número de practicantes demostrando así sus raíces profundas en nuestras tradiciones.


— Valora la caza como instrumento de gestión fundamental para la conservación tanto de poblaciones de especies de fauna, como de espacios naturales.


2. El Congreso de los Diputados así entiende por ello oportuno que:


— Se debe continuar en el esfuerzo para simplificar el acceso a las licencias autonómicas y facilitar así la posibilidad de cazar en cualquier parte del territorio nacional con estricta observación de la legislación correspondiente.


— Se establezcan espacios de encuentro con los representantes del sector para conocer los problemas que pudieran surgir con la actividad y también para utilizar su información y conocimiento para buscar las oportunas soluciones.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000524


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para un Pacto Nacional del Agua, para
su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Con la aprobación del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte
española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, se finalizaba el segundo ciclo de planificación hidrológico, en lo referente a las cuencas intercomunitarias, según lo establecido por la
Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000 que establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.


Así, se daba cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 de la Directiva, respecto al proceso de Planificación Hidrológica, que establece que: los Estados miembros velarán para que se elabore un Plan Hidrológico de Cuenca, para cada
Demarcación Hidrográfica, situada totalmente en su territorio; que los Planes Hidrológicos de Cuenca se publicarán a más tardar nueve años después de la entrada en vigor de la presente Directiva; y que los Planes Hidrológicos de Cuenca se
revisarán y actualizarán a más tardar quince años después de la entrada en vigor de la presente Directiva, y posteriormente cada seis años.


En consecuencia, el primer proceso de planificación hidrológica de las demarcaciones debería estar finalizado en 2009, estar vigente para el período 2009-2015, y ser revisado antes del año 2015, para cubrir un nuevo periodo de ejecución
2015-2021.


El Gobierno, en solo cuatro años de legislatura, se ha puesto al día en los compromisos de planificación hidrológicos con la UE en materia de agua y está construyendo las bases de una nueva estrategia hidrológica.



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Al principio de la pasada legislatura, de las 25 demarcaciones definidas en España, solo se había aprobado el Plan de una cuenca intracomunitaria.


El esfuerzo del Gobierno de España durante el periodo 2012-2015, que ha permitido aprobar la planificación del primer ciclo (2009-2015) y todos los planes competencia del Estado del segundo ciclo (2016-2021), cumpliendo los compromisos de
acompasar el ritmo de planificación hidrológica al resto de Europa, ha sido reconocido por la Comisión Europea que ha archivado el expediente abierto a España, por no haber aprobado en 2009 los planes hidrológicos del primer ciclo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de:


1. Continuar la revisión del proceso de Planificación Hidrológicas de las Demarcaciones, que debe estar finalizado en el plazo de seis años.


2. Abrir un proceso político de negociación y adopción de un Pacto Nacional del Agua, cuyo objetivo será cumplir los compromisos asumidos con la UE, asegurar la atención de las demandas en las cuencas deficitarias del país y evitar la
sobreexplotación de determinados recursos, así como dotar al sistema español de gestión del agua de la suficiente estabilidad y solvencia financiera. Todo ello, siempre, desde una perspectiva de solidaridad y equilibrio territorial.


3. Impulsar un Plan Estatal del Agua y un Sistema Integral de Gestión del Agua, que incluya las medidas necesarias para coordinar y aplicar los planes hidrológicos de cuenca, y una gestión integrada de los recursos hídricos, que incorpore
los recursos no convencionales y que fomente la aplicación de nuevas tecnologías para reducir el consumo energético y, con ello, rebajar los costes para los usuarios.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000532


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para garantizar el acceso al agua de uso doméstico a la conocida como Venta de la Inés en Ciudad Real, para un debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La conocida como Venta de la Inés, es actualmente una vivienda situada en el término municipal de Almodóvar del Campo, Ciudad Real, en pleno Valle de Alcudia (Parque Natural Valle de Alcudia y Sierra Madrona). Su proyección cultural y
turística se debe a la literatura cervantina quien la refirió como Venta del Alcalde.


La Venta debe su nombre actual a su propietaria en 1761 Inés Ruiz Castellanos. Cuenta con un conjunto de edificaciones: cuadras, cocina exterior, la Venta propiamente dicha y cochera; que se alinean en la margen del Camino Real de Toledo
a Andalucía, o Camino Real de la Plata, al pie del collado que sirve para cruzar la Sierra de la Umbría de Alcudia. Esta venta cumple, más que otras, con la imagen literaria, ya que aparece citada en una de las novelas ejemplares de Miguel de
Cervantes en Rinconete y Cortadillo y en el Quijote cuando se refiere al entierro del pastor Grisóstomo, en el entorno de la Fuente del Alcornoque. Al tratarse de un paraje singular, fue declarada como Bien de Interés Cultural, pero más allá de esa
circunstancia, es una vivienda que vio interrumpido su acceso a una conducción de agua hace ya más de treinta años.


Felipe Ferreiro Alarcón, de 86 años, es el propietario de la Venta de la Inés y reside en ella junto a su hija discapacitada de 58 años. Debido a que el conducto de agua existente desde tiempo inmemorial



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había sido destruido en la parte que atraviesa una finca colindante, la Venta de la Inés se halla privada desde hace años del acceso al agua de uso doméstico.


En el año 2003, Felipe Ferreiro volvió a solicitar a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a quien corresponde la gestión del Río Tablillas desde el que se conducía el agua, las gestiones necesarias para su captación. La
Confederación concedió la mencionada captación de agua el 2 de julio de 2008. Desde entonces se está intentando que la entidad propietaria de los terrenos por donde ha de discurrir el conducto de la captación facilite la preceptiva servidumbre de
paso y el acceso a las aguas del cauce declaradas públicas. A pesar de haber obtenido el reconocimiento del derecho desde la Confederación Hidrográfica, un derecho de acceso que ha sido confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
en 2012 y por el Tribunal Supremo en 2013, este todavía no se ha hecho efectivo.


Los socialistas defendemos la garantía del acceso universal a un agua de buena calidad con un mínimo vital, así como el saneamiento antes de su devolución a los cauces naturales respetando la calidad ambiental. Por ello, hemos propuesto
políticas de discriminación positiva en el caso de las personas en riesgo de exclusión social para asegurarles un nivel básico de consumo de agua para cubrir sus necesidades esenciales. En este caso concreto, estamos ante una circunstancia en la
que la Confederación Hidrográfica debería hacer cumplir con los pronunciamientos judiciales y encontrar con urgencia la mejor fórmula para garantizar el acceso al agua a quienes viven en la mencionada Venta de la Inés.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a adoptar cuantas medidas sean necesarias para, de acuerdo con los
pronunciamientos de la Justicia, garantizar con urgencia la captación al agua de uso doméstico en las mejores condiciones a la vivienda conocida como Venta de la Inés, situada en el Municipio de Almodóvar del Campo, Ciudad Real.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Isabel Rodríguez García y José María Barreda Fontes, Diputados.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000562


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la actualización y la
mejora del manual «Diagnóstico precoz de la enfermedad celiaca», para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


La enfermedad celiaca es un tipo de enteropatía que afecta a individuos genéticamente predispuestos al entrar en contacto con alimentos que contienen gluten. Consecuencia de esta situación, pueden producirse, entre otros efectos,
malabsorción de nutrientes que conducen a estados carenciales responsables de manifestaciones clínicas diversas.


La patología consiste, en esencia, en una intolerancia permanente a las proteínas del gluten del trigo (gliadina), del centeno (secalina), de la cebada (hordeina) y del triticale (híbrido de trigo y centeno), y aunque sus causas son
desconocidas, factores genéticos (HLA DQ2 y DQ8), ambientales (gluten) e incluso inmunológicos contribuyen a su desarrollo.


Todas las manifestaciones, así como las alteraciones serológicas e histológicas, mejoran sensiblemente e incluso desaparecen al retirar el gluten de la dieta.



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En lo que a la prevalencia se refiere, la enfermedad celiaca es ciertamente frecuente en nuestro entorno y puede presentarse a cualquier edad y con manifestaciones sintomáticas, subclínicas e incluso latentes, lo que constituye un importante
reto para el sistema sanitario desde la perspectiva de la detección precoz.


Presente tanto en niños como en adultos, la relación mujer-varón de la patología es de 2:1, está presente tanto en Europa y los países poblados por personas de ascendencia europea como en Oriente Medio, Asia, Sudamérica y Norte de África, y
puede llegar a afectar hasta el 1% de la población en algunos países occidentales.


La prevalencia mundial se estima en 1/266, y en España oscila entre 1/118 en la población infantil y 1/389 en la población adulta. Sin embargo, se considera que la epidemiología de la enfermedad responde a las características de un iceberg,
ya que un porcentaje importante de casos permanece sin detectar (según los datos ofrecidos por la Federación de Asociaciones de Celiacos de España, esta cifra puede alcanzar el 75% de los pacientes).


Sobre estas consideraciones, el Ministerio de Sanidad editó, en colaboración con grupos de expertos de la Sociedad Española de Gastroenterología, Hepatología y Nutrición Pediátrica; la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria;
la Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria; la Sociedad Española de Aparato Digestivo; la Sociedad Española de Gastroenterología; la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria; la Sociedad Española de Médicos
Generales y de Familia, y la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria, el manual «Diagnóstico precoz de la enfermedad celiaca».


El manual, sin duda, ha contribuido a incrementar el conocimiento de los profesionales sanitarios sobre la patología y apoyar, en consecuencia, la promoción de mejoras en la detección precoz, en el diagnóstico y en la atención a los
pacientes en la práctica clínica diaria.


El tiempo transcurrido y los avances experimentados desde todos los puntos de vista, especialmente desde la perspectiva de los métodos diagnósticos, en relación con la enfermedad celiaca plantean la necesidad de llevar a la práctica una
actualización del manual.


Desde la epidemiología, formas clínicas de la enfermedad, grupos de riesgo, sospechas clínicas, determinación de marcadores, tratamientos, estudios genéticos, seguimiento de los pacientes, toda la información concisa y práctica sobre la
enfermedad celiaca, especialmente orientada a pediatras y médicos de familia, pero también a los facultativos de atención hospitalaria se puede actualizar y con ello redundar en una mejora del diagnóstico y constituir una herramienta esencial para
profesionales y pacientes.


En consecuencia, y teniendo presente el trabajo realizado en los últimos años por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, especialmente por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, en cuestiones
como el control de la cadena alimentaria, la información alimentaria facilitada al ciudadano y la adaptación de menús en centros educativos y comedores colectivos, entre otros ámbitos, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera necesario actualizar y desarrollar el manual “Diagnóstico precoz de la enfermedad celiaca” en colaboración con las sociedades científicas, las asociaciones de pacientes, las Comunidades Autónomas y el
Instituto de Salud Carlos III, con el ánimo de favorecer un mejor y más temprano diagnóstico de la patología, optimizar el abordaje de la enfermedad y contribuir a la mejora de la calidad de vida de los afectados.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000564


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no



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de Ley relativa al diseño e implementación de un plan nacional de transparencia en el Sistema Nacional de Salud, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno, «la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda
acción política».


Tal y como se contempla en el preámbulo de la citada norma, «solo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer como se toman las decisiones que les afectan, como se manejan los
fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes
públicos».


La Ley 19/2013, según la cual la transparencia permite «una mejor fiscalización de la actividad pública se contribuye a la necesaria regeneración democrática, se promueve la eficiencia y eficacia del Estado y se favorece el crecimiento
económico», fue concebida para incrementar y reforzar la transparencia —valga la redundancia— en la actividad pública, reconocer y garantizar el acceso a la información, y establecer las obligaciones de buen Gobierno que deben cumplir los
responsables públicos, así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.


Sobre estas premisas, el 10 de diciembre de 2014, fue puesto en marcha el Portal de la Transparencia, que depende del Ministerio de Presidencia.


De acuerdo con esta plataforma, todas las Administraciones Públicas, entes del sector público, órganos constitucionales y sus equivalentes a nivel autonómico, así como fundaciones del sector público, asociaciones constituidas por
administraciones públicas o sociedades mercantiles con participación pública mayoritaria y entidades privadas como los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones sindicales y otras entidades que perciban ayudas públicas, están obligadas
a cumplir la Ley de 19/2013, debiendo publicar la información que la normativa menciona y dar respuesta a las solicitudes de información que presenten los ciudadanos.


Por áreas de gobierno, la Sanidad, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, no es la excepción a este ejercicio de rendición de cuentas, siendo el citado departamento el séptimo del Ejecutivo en cuanto al número de
solicitudes de información registradas (292, el 4,87 por ciento del total, a 31 de agosto de 2016).


Además junto con la respuesta proporcionada a estas peticiones, el Ministerio de Sanidad pone a disposición de la sociedad un amplio catálogo de información con estadísticas periódicamente actualizadas, registros diversos e indicadores clave
sobre el estado global del Sistema Nacional de Salud, sobre la actividad y la calidad asistencial, las enfermedades, los centros asistenciales, la financiación, la valoración de los ciudadanos, el gasto, los medicamentos, las nuevas tecnologías, los
productos sanitarios, la sanidad electrónica.


Se trata de información a la que cualquier ciudadano puede acceder fácilmente mediante la página web del Ministerio (www.msssi.gob.es), que en muchos casos se precisa por Comunidades Autónomas y se contextualiza en el marco de la Unión
Europea y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos —entre otros marcos internacionales— y que resulta de gran utilidad para conocer la situación en la que se encuentra nuestro sistema sanitario, así como la evolución que ha
experimentado en los últimos años.


Es información que se configura como fundamental para diseñar y llevar a la práctica medidas con las que procurar mejoras en los resultados generados en el Sistema Nacional de Salud, esencialmente en términos asistenciales y de calidad de
vida así como de sostenibilidad y uso óptimo de los recursos disponibles, reflejando la aportación de los excelentes profesionales sanitarios. Con todo, y con el ánimo de incrementar las posibilidades de éxito en la consecución del objetivo
descrito en el párrafo anterior, cabe una reflexión sobre la idoneidad de ampliar en cantidad y calidad la información que trasciende públicamente sobre la salud de los ciudadanos y la actividad asistencial desarrollada en el Sistema Nacional de
Salud; información sobre la estructura, los procesos, los resultados... que además de facilitar a las administraciones la aplicación de medidas relacionadas con la gestión y la planificación, resulte de utilidad a los ciudadanos, que son la razón
de ser del sistema sanitario, para tomar decisiones sobre su salud y sobre la prevención, el tratamiento y la rehabilitación de sus enfermedades.



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Por todo lo expuesto, y teniendo presente el trabajo realizado así como la experiencia acumulada desde finales de 2014 por el Portal de la Transparencia, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera necesario crear y poner en marcha un Plan Nacional de Transparencia Sanitaria que, en coordinación con las Comunidades Autónomas, permita incrementar el conocimiento existente sobre la actividad
desarrollada y los resultados obtenidos en el Sistema Nacional de Salud, con el objetivo de incrementar la cantidad y la calidad de información existente, y de favorecer, en consecuencia, la consecución de avances en materia de calidad, cohesión,
equidad, seguridad, solvencia y sostenibilidad.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cultura


161/000491


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la conmemoración del
centenario del nacimiento de Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


En 2016 se cumple el centenario del nacimiento de tres de nuestros grandes escritores del siglo XX: Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero. Cada uno de ellos es ejemplo de la mejor creación española en los tres géneros
literarios: Cela en la novela, Blas de Otero en la poesía y Buero Vallejo en el teatro.


Camilo José Cela (1916-2002) es el más reconocido de los novelistas españoles posteriores a la Guerra Civil. Su novela «La familia de Pascual Duarte» (1942) es la obra literaria española traducida a más idiomas después del Quijote e
inauguró lo que se conoció como tremendismo, representando un punto de inflexión dentro del panorama desolador en el que se encontraba la cultura española después de 1939. Tras ella llegarían novelas tan innovadoras como «La Colmena» (1951), «San
Camilo 1936» (1969) y «Oficio de Tinieblas 5» (1973).


Su obra supone un viaje indispensable por las distintas regiones y provincias de España: en Extremadura ambienta la vida de Pascual Duarte, en Madrid transcurre la trama narrativa de «La Colmena», en la provincia de Guadalajara su inmortal
«Viaje a la Alcarria» (1948). Por Galicia, Asturias, Cantabria y el País Vasco transcurre su vagabundaje plasmado en la novela «Del Miño al Bidasoa» (1952), en Castilla y León se desarrolla su novela «Judíos, moros y cristianos» (1956), por
Andalucía su «Primer viaje andaluz» (1959) y por Cataluña su «Viaje al Pirineo de Lérida» (1965). Su propia trayectoria vital también está vinculada a su Galicia natal, donde ambienta otra de sus obras maestras: «Mazurca para dos muertos» (1983).
Camilo José Cela fue miembro de la Real Academia Española de la Lengua desde 1957 y, entre otros galardones, recibió el Premio Nobel de Literatura en 1989 y el Premio Cervantes en 1995.


La obra de Blas de Otero (1916-1979) resume como pocas lo que fue el nuevo rumbo poético en España tras la Guerra Civil. A un primer periodo de aprendizaje a la sombra de los místicos españoles, le seguirá una poesía existencial, en la que
prima la problemática personal y religiosa. Posteriormente comenzará su etapa más característica, con una producción marcadamente social, que le convierte en el más conocido representante de esta nueva forma de entender la poesía. En este cambio
de concepción creadora destacan «Ángel fieramente humano» (1950) y «Redoble de conciencia» (1951), agrupadas y revisadas en «Ancla».



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Sus últimos años los protagoniza una incesante búsqueda de nuevas formas de expresión poética. Blas de Otero es el poeta social por antonomasia, profundamente comprometido con España y con la realidad socio-política que le tocó vivir. Su
propia trayectoria hizo que conociera distintas regiones y realidades de nuestro país, desde su Bilbao natal hasta el Madrid donde vivió en tantas etapas de su vida, pasando por Barcelona, donde residió largas temporadas, o Majadahonda, donde
falleció.


Antonio Buero Vallejo (1916-2000) abordó en sus obras los problemas e inquietudes de su generación siguiendo, en muchos casos, las formas dramáticas tradicionales y, en otros, introduciendo importantes novedades. Desde su Guadalajara natal
viajó a Madrid para estudiar Bellas Artes. Con «Historia de una escalera» (1949) entra con fuerza en el panorama teatral español, en una primera etapa en la que predominan las preocupaciones existenciales con una técnica dramática caracterizada por
la estética realista, tratando el espacio y el tiempo teatral de forma tradicional. Después vendrá un periodo en el que se inclina por los temas sociales, enmarcando la trama argumental en dramas históricos y narraciones de carácter simbólico. Su
última etapa está protagonizada por la experimentación. A estas distintas formas de entender el teatro pertenecen las cinco piezas que, entre su magna obra, el propio Buero Vallejo destaca como sus títulos más significativos: «En la ardiente
oscuridad» (1950), «El concierto de San Ovidio» (1962), «El sueño de la razón» (1969), «El tragaluz» (1967) y «La Fundación» (1973). Antonio Buera Vallejo fue miembro de la Real Academia Española de la Lengua desde 1971 y en 1986 fue galardonado
con el Premio Cervantes.


Tres trayectorias vitales y creativas que resumen perfectamente lo que fue el devenir literario de una larga etapa de la historia de las letras españolas. Compartir año de nacimiento, especiales y difíciles circunstancias de vida y la
manera común de afrontar la situación postbélica, hacen que sea muy oportuno conmemorar el centenario de su natalicio conjuntamente y poner en diálogo la obra de estos destacados representantes de la narrativa, la poesía y el teatro español.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados considera necesario apoyar los actos conmemorativos de diversa naturaleza que se organicen con motivo del centenario de los nacimientos de los escritores Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero,
con el fin de divulgar el conocimiento de su obra literada, y, entre otras, las siguientes actuaciones:


1) Organizar o apoyar la organización de exposiciones, festivales, seminarios y encuentros en torno a la figura de cada uno de estos tres escritores.


2) Fomentar la lectura de su obra literaria.


3) Promover la representación de obras teatrales de Antonio Buero Vallejo.


4) Impulsar el turismo cultural vinculado a la figura de los tres escritores.


Los actos a realizar deben contar con la colaboración de las instituciones públicas y privadas que contribuyen a difundir y conservar el legado de estos tres grandes literatos, para garantizar un mejor cumplimiento de sus objetivos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000477


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la sensibilización de la
sociedad en materia de discapacidad en la población infantil, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.



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Exposición de motivos


En España, según los últimos datos disponibles del Instituto Nacional de Estadística, se calcula que existen unos 140.000 menores de 16 años con discapacidad.


Los niños y niñas con discapacidad se enfrentan a múltiples formas de exclusión que los sitúan entre los miembros más vulnerables de la sociedad. Los poderes públicos han de diseñar instrumentos normativos que, como la Convención sobre los
Derechos del Niño o la Convención de los Derechos de las Personas con discapacidad, dejen de lado el enfoque de estos menores como meros receptores pasivos de protección e incorporen una visión más activa.


En este sentido, el Gobierno, ahora en funciones, ha desarrollado políticas específicas para combatir la falta de visibilización de los menores con discapacidad. Destacan: la aprobación del segundo Plan Estratégico Nacional de Infancia y
Adolescencia, que además de contemplar medidas que persiguen la prevalencia del interés del menor, su protección y el fortalecimiento de sus derechos, contiene acciones específicas orientadas a los menores con discapacidad; la puesta en marcha del
Plan de atención integral a menores de tres años en situación o riesgo de dependencia, con el objetivo de facilitar la atención temprana de estos menores y la reforma de la legislación de protección a la infancia y la adolescencia que refuerza la
defensa de los menores, también de los que presentan algún tipo de discapacidad, asegurando la plena accesibilidad y la garantía de los servicios sociales especializados de los últimos.


Sin embargo, a pesar del trabajo realizado en favor de la garantía de los derechos de las personas con discapacidad y a los avances de nuestro ordenamiento jurídico en esta materia, en la actualidad las personas con discapacidad, en especial
en edades tempranas, encuentran obstáculos que dificultan su desarrollo y su plena participación en el curso ordinario de la vida social, lo que supone una vulneración de los derechos que debe tener garantizado todo ciudadano, con independencia de
sus circunstancias personales.


Los menores con discapacidad tienen necesidades especiales y riesgos que requieren ser conocidos y atendidos. Es necesario sensibilizar a la sociedad sobre la realidad a la que se enfrentan estos niños y niñas. La infancia es nuestro
futuro y por ello es preciso invertir en medidas que garanticen el ejercicio de sus derechos, en toda su diversidad.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de continuar promoviendo medidas que permitan sensibilizar a los ciudadanos de la situación a la que se enfrentan los niños y niñas con discapacidad, con el fin de lograr su plena
inclusión social desde edades tempranas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000478


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la especial atención que
merecen los afectados de epidermólisis bullosa, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Una enfermedad es considerada «rara» por existir menos de un caso por cada dos mil habitantes, además de por presentar síntomas y orígenes variados, en ocasiones desconocidos, que además necesitan del diseño de tratamientos farmacológicos
específicos.


De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), existen alrededor de siete mil enfermedades raras, que afectan al 7 por 100 de la población mundial. En España se estima que son tres los millones de personas afectadas por alguna
enfermedad rara o poco frecuente.



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Consciente de esta realidad, el Gobierno declaró 2013 «Año Español de las Enfermedades Raras», una iniciativa que respondía a la necesidad de atender de manera adecuada a la población afectada desde los ámbitos médico, social, económico,
asistencial y familiar, e impulsó en 2014 la actualización de la Estrategia en Enfermedades Raras del Sistema Nacional de Salud, que mejora la asistencia y tratamiento de estas enfermedades.


Dentro de las denominadas enfermedades raras nos encontramos con la epidermólisis bullosa o piel de mariposa, una enfermedad poco frecuente, crónica e incurable, caracterizada por una extrema fragilidad de la piel en la que aparecen ampollas
y heridas a partir del más leve traumatismo o incluso de forma espontánea. Asimismo, los enfermos pueden sufrir otras complicaciones como la afectación de las membranas mucosas y, en los casos más severos, ver mermada su esperanza de vida de forma
considerable.


En la actualidad, el único tratamiento que existe para combatir esta enfermedad es el cuidado de la piel y de las otras complicaciones. Por ese motivo, los afectados deben aprender a vivir con frecuentes y dolorosas curas, tras las cuales
gran parte su cuerpo debe ser vendado.


Por lo tanto, la epidermólisis bullosa, al ser una enfermedad rara, produce una doble discriminación a quien la padece, ya que, por un lado, las instituciones públicas y privadas, así como los diferentes profesionales, todavía están tras la
búsqueda de respuestas y, por otro, cuando estas se encuentran, no siempre se adaptan a las necesidades específicas de las personas con epidermólisis bullosa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de:


— Fomentar actuaciones de sensibilización que permitan dotar de una mayor visibilidad a la situación de las familias que cuentan entre sus miembros con una persona afectada de una enfermedad rara.


— Consolidar el abordaje diferenciado en el acceso de los pacientes de epidermólisis bullosa al material de cura que sea absolutamente imprescindible para el adecuado control de su sintomatología, en el marco de lo aprobado en el Consejo
Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de julio de 2015.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y, considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, entendiendo que, en el caso de su eventual aprobación, estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/000561


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del diputado del Partit Demòcrata Català don Jordi Xuclà i Costa, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta para su debate en la Comisión de
Asuntos Exteriores una Proposición no de Ley por la que se insta al



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Gobierno a modificar la Ley Orgánica de Régimen Electoral y a suprimir la fórmula actual sobre el ejercicio de voto para las personas que viven en el extranjero, así como establecer sistemas de votación electrónica.


Antecedentes


El 28 de enero del año 2011 se aprobó la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, la cual establecía, entre otras medidas, un nuevo procedimiento de participación de los ciudadanos españoles
residentes en el extranjero en los comicios celebrados en nuestro territorio, lo cual suponía una importante modificación del derecho de sufragio activo.


La norma legal modificó sustancialmente el contenido del artículo 75 de la mencionada Ley Orgánica, estableciendo a partir de entonces, una serie de requisitos para el ejercicio de un derecho fundamental como es el derecho de voto, e
instaurando el sistema denominado del «voto rogado» para los residentes en el exterior. Mediante esta nueva fórmula se impuso un trámite de petición del voto con plazos muy cortos y prácticamente imposibles de cumplir en la mayoría de países.


En concreto, se ha pasado del envío de oficio del certificado y las papeletas de votación por parte de las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, establecido en el redactado anterior del artículo 75 de la Ley, al
requisito de envío previo de la solicitud de voto por parte del residente en el extranjero, mediante impreso oficial dirigido a la correspondiente Delegación y a la posterior remisión de la documentación una vez recibida la petición, para ejercer el
derecho de voto por parte del residente. A partir de este momento es cuando puede ejercer el voto por correo o, como novedad, puede depositar en embajadas y consulados el voto en urna entre el cuarto y segundo día anteriores al día de la elección.


No cabe ningún tipo de crítica a la novedad de poder ejercer el derecho de voto en urna por parte de los residentes en el extranjero pero la incorporación del nuevo requisito de «voto rogado» se ha mostrado perjudicial para el efectivo
derecho al sufragio activo.


Como ejemplo de este perjuicio o dificultad añadido podrían citarse los datos recogidos en ocasión de las Elecciones autonómicas en Catalunya del 2012. Se contabilizaron un total de 9.538 votos de residentes en el extranjero, representando
una participación del 6,74% del total de 156.976 catalanes inscritos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) que tenían derecho a voto en esas elecciones. Hay que recordar que, en los anteriores comicios al Parlament de Catalunya de
2006, con el anterior sistema de voto, los porcentajes de participación fueron del 20,8%. De igual modo, en las elecciones al Congreso de 2016 y en las del Parlament de Catalunya de 2015, el porcentaje se situó en el 7,5%, claramente inferior al
que se alcanzaba con anterioridad.


El porcentaje de participación del voto exterior siempre, en todos los países donde existe, es inferior al correspondiente a la población residente, por lógicos motivos de distancia geográfica, política y sentimental, pero los datos de los
comicios celebrados con posterioridad a la reforma, como es el caso de los señalados, muestran descensos muy agudizados.


Asimismo, hay que recordar que el establecimiento de esta nueva fórmula de voto para los residentes en el extranjero ha sido ampliamente criticado por un gran número de entidades y de colectivos, así como por diversos grupos parlamentarios
que han presentado numerosas iniciativas en este mismo sentido. Y que, además, el número de inscritos en el CERA viene aumentando cada año.


En Catalunya, por ejemplo, a fecha de 1 de agosto de 2016 se hallaban inscritos 209.226, 12.624 votantes más que los 196.602 inscritos con derecho a voto de las elecciones al Parlament de Catalunya del 27 de septiembre de 2015, y 52.250 más
que los inscritos en 2012. Además, estos incrementos aún serían mayores si todos los residentes en el exterior se inscribieran, aproximando la cifra real de potenciales votantes en el exterior a la oficial.


A esta situación cabe añadir que si finalmente no hay acuerdo para la investidura y deben celebrarse nuevos comicios al Congreso de Diputados y al Senado en el mes de diciembre, y si además se modifica el artículo 42 de la LOREG (Ley
Orgánica de Régimen Electoral General) como se ha anunciado, para reducir los plazos del calendario electoral de 54 a 47 días, posibilitando que se pueda votar el domingo 18 de diciembre en lugar del día 25, día de Navidad, la reducción en una
semana del calendario electoral disminuirá y casi eliminará la posibilidad de participación electoral de los residentes exteriores, ya que no habrá tiempo material para cumplir con los plazos establecidos, por lo cual, si se modifica la LOREG para
reducir el calendario electoral, también se puede reducir para eliminar el requisito de «voto rogado».


Por otro lado, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata Català consideran que ya es momento de incorporar el voto electrónico a los procesos electorales, como sistema habitual de participación, especialmente para casos como el sufragio
ejercido por los residentes en el extranjero, tanto para facilitar



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la participación como para agilizar el posterior registro y validación de los votos emitidos. El voto electrónico es un sistema seguro que ya funciona y utilizan otros países de la Unión Europa y del mundo, por lo que resulta posible
adaptarlo e implementarlo a corto plazo en el Estado Español.


Por todo ello, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Proceder a modificar la redacción del artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para suprimir el sistema de voto rogado para el ejercicio de voto por personas que viven en el extranjero, y
volver a los principios de la anterior legislación, conservando la posibilidad de votar en embajadas y consulados, con objeto de que los derechos democráticos de todos los residentes en el extranjero se puedan ejercer fácilmente y con todas las
garantías.


2. Avanzar hacia un sistema de votación electrónica, tanto desde la perspectiva de la Administración electrónica como jurídica, que permita a los residentes en el extranjero el pleno ejercicio del derecho a sufragio mediante medios
telemáticos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Jordi Xuclà i Costa, Diputado.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000548


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la situación actual del bloguero Raif Badawi, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Desde que el bloguero Raif Badawi empezara una segunda huelga de hambre reclamando atención médica para tratar su diabetes, las autoridades penitenciarias de la cárcel de Dhahran en Arabia Saudí lo mantienen recluido en una celda de
aislamiento. Badawi publicó una página web titulada: «Liberales Saudíes», con la que pretendía crear un espacio de debate político. En 2012 fue juzgado por apostasía y por proferir insultos al Islam a través de canales electrónicos. La sentencia
al activista de 32 años fue de diez años de prisión además de una pena de mil latigazos. Tras recibir los primeros cincuenta golpes de látigo, el resto tuvo que posponerse debido a su grave deterioro físico y a la presión internacional.


Cuando su marido fue encarcelado, Ensaf Haidar empezó a trabajar intensa y eficazmente para su liberación. En Canadá —donde vive con sus tres hijos desde que el año pasado les concedieran la nacionalidad—, ha organizado el movimiento «Free
Raif» con el que se ha ganado el apoyo de gran parte de la opinión publica canadiense, que pide que a Raif Badawi también le concedan esta nacionalidad, algo que supuestamente le otorgaría mayores posibilidades de defensa.


En el plano internacional, el caso Badawi se ha convertido en un símbolo de la lucha por los derechos humanos en los países árabes. Fruto de esta lucha a nivel internacional, fue la concesión por el Parlamento Europeo del Premio Sajarov a
la Libertad de Conciencia el año pasado 2015. En la entrega de los Premios Sajarov, el presidente del Parlamento Europeo afirmó que las relaciones entre los Estados miembros y los órganos de la UE dependen también del respeto a los derechos
humanos.


La situación de Badawi pone el foco en el sistema judicial y en la manera feudal de imponer y aplicar la Sharia en Arabia Saudita. Aunque en teoría se trata de un Estado moderno, el Rey preside un Gabinete en el que todos los ministros son
familiares suyos, y elige personalmente a los 150 miembros del Consejo de la Shura. El poder del Rey —Custodio de los Santos Lugares de la Meca y Medina—, solo está limitado



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por el de la propia familia real, cuyos miembros también monopolizan los órganos de administración de justicia del país. En los primeros comicios celebrados en la historia del reino se votaría a la mitad de los miembros de los
ayuntamientos, puesto que el resto de los miembros los nombra directamente el Rey.


La monarquía saudita ha recrudecido la represión hacia su población en los últimos años y particularmente en los últimos meses. Al menos 151 personas han sido ejecutadas entre enero y noviembre de 2015, el número más alto de condenas a
muerte en veinte años. La reciente ejecución del influyente clérigo chíi, Sheikh Ninnr Baqir al Nimr, ha intensificado su enfrentamiento con Irán. Su apoyo a diferentes facciones sunitas que operan en Siria, y la coalición militar que lidera
contra el Yemen ha aumentado la inestabilidad de la región, donde estos conflictos exacerban las muertes civiles y las diversas crisis de refugiados.


El estado físico de Raif Badawi y la posible reanudación de los latigazos hace que sea necesario un posicionamiento público inmediato. Los rápidos cambios que se están sucediendo en Oriente Próximo y el Norte de África obligan asimismo a
prestar una especial atención a todas aquellas cuestiones de orden humanitario que puedan afectar aún más a la debilitada estabilidad de la región.


A la vista de lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apoyar el mensaje del movimiento “Free Raif” denunciando la situación física y jurídica de Raif Badawi con el fin de conseguir el perdón real.


2. Apoyar con firmeza la resolución del Parlamento Europeo aprobada el 29 septiembre de 2014 en la que denuncia que las supuestas medidas de lucha contra el terrorismo no pueden ser utilizadas como un medio para actuar contra defensores de
los derechos humanos. Asimismo, compartir la gran preocupación del Parlamento Europeo sobre la situación de los derechos humanos en general.


3. Seguir con atención el desarrollo del caso Raif Badawi para hacer visible a la silenciada sociedad civil saudita que cuenta con una de las más dinámicas comunidades de activistas en redes sociales de Oriente Próximo.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Fernando Maura Barandiarán, Diputado.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000549


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la promoción e internacionalización del idioma español en el mundo, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El idioma español tiene en la actualidad 559 millones de hablantes y representa entre el 15% y el 18% de nuestro producto interior bruto. Este activo económico intangible es para muchos expertos nuestro «oro negro» pero no ha sido lo
suficientemente bien gestionado ni explotado, hasta la fecha. En la actualidad el número de interesados en el español aumenta considerablemente en todo el mundo, con especial relevancia en Estados Unidos, Brasil, China y Europa.


Mientras el número de estudiantes crece, las matrículas en el Instituto Cervantes —herramienta de difusión de nuestro país del idioma español en el mundo— se estancan por dos motivos: el feroz crecimiento de la competencia privada, sobre
todo la de la enseñanza digital; y el precio de los cursos en muchos centros de su red, que cuenta con insuficiente presencia formativa a través de las nuevas tecnologías para una lengua mundial.


De los más de 21 millones de estudiantes de español en el mundo, prácticamente la mitad corresponden a los Estados Unidos, país que en 2050 superará a México como primer país hispanohablante del mundo. En la actualidad, la capacidad
económica de la población hispanoparlante de este país supone



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prácticamente el 10% del PIB de los Estados Unidos, un valor que supera los mil millones de dólares, cuantía muy superior a la de muchos países hispanoamericanos.


Aunque cuenta solo con cinco centros cervantinos —por debajo de Marruecos o Brasil— el futuro del español como lengua de comunicación internacional se juega allí. Tal es su importancia, que la prestigiosa Universidad de Harvard, ha creado
en 2013 el Observatorio de la Lengua Española y las Culturas Hispánicas para analizar los aspectos económicos, culturales, políticos, sociales y demográficos de una lengua que está transformado los Estados Unidos.


La sociedad estadounidense ha cambiado su percepción de nuestra lengua. El español ha pasado de ser una lengua de segunda categoría a una lengua de creciente prestigio intelectual y social que atrapa cada vez más a los angloparlantes
monolingües. De hecho, son cada vez más los hispanos de tercera e incluso cuarta generación que intentan recuperar la lengua de sus ascendientes. En este sentido, los currículos escolares con enseñanza dual en ambas lenguas están en pleno auge,
tanto en la instrucción pública como privada, en una sociedad que avanza a marchas forzadas hacia el bilingüismo de facto.


En otro orden de cosas, los medios de comunicación en español tienen elevada importancia en los Estados Unidos. Algunos periódicos de tirada regional tienen más lectores que muchos periódicos de países hispanoamericanos. Solo en el estado
de California hay más emisoras de radio en español que en toda América Central. En el ámbito televisivo, Univisión y Telemundo marcan records de audiencia cada día frente a los medios en lengua inglesa. Sin embargo, se hace necesario un impulso
consensuado entre toda la comunidad hispanoamericana para consolidar esta tendencia de fortaleza del idioma español en Estados Unidos.


En otras palabras, nuestro mejor activo económico internacional puede ser más y mejor explotado.


Pero no solo Estados Unidos demanda español. Otros países lo están demandando también, pero no llaman la atención de nuestros intelectuales ni estudiosos de la lengua. En algunos de ellos ni siquiera existe un Instituto Cervantes pese a
haber sido solicitado en varias ocasiones. El recorte a la financiación junto al desinterés de los gobiernos precedentes a comprometerse con la promoción y defensa de la lengua española ha impedido la implantación en lugares donde el español es
estratégico. Nunca hasta la fecha ha existido una política real y efectiva del español, que apueste por su difusión y protección. Tan solo a partir de los años 90 se crea el Instituto Cervantes frente a otros organismos de países de nuestro
entorno que nos llevan un siglo de ventaja en la difusión de su lengua y cultura.


Por todo ello, y dada la importancia de nuestra lengua en el contexto mundial actual y su relevancia como activo esencial para el desarrollo e internacionalización de nuestra economía, cultura y sociedad, resulta urgente adoptar medidas que
fomenten el desarrollo en internacionalización de nuestro idioma español.


A la vista de lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Crear una política de Estado del idioma español —extensible a otras lenguas de nuestro país— al igual que hacen otros estados europeos con sus idiomas nacionales, que no se vea alterada por los vaivenes políticos y que sea fruto del
consenso.


2) Reorganizar el Instituto Cervantes según prioridades geográficas y económicas de nuestra lengua y no en función de criterios partidistas o personalistas, mediante una mayor autonomía y flexibilidad para mejorar su capacidad de gestión
cultural. Por ende, es precisa la modificación de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, de creación del Instituto Cervantes, para hacer de esta institución un órgano panhispánico y realmente global, abierto a la participación y contribución presupuestaria
de otros países hispanohablantes. Asimismo, desarrollar otros modelos de enseñanza, además del presencial, basados en los métodos de enseñanza a distancia a través de Internet y las nuevas tecnologías audiovisuales.


3) Promover un acuerdo cultural de colaboración con Estados Unidos para colaborar en la difusión de los programas escolares de inmersión lingüística y formación dual en español en los Estados Unidos.


4) Fomentar la concienciación de la sociedad española de la importancia económica y cultural de nuestra lengua oficial como nexo de unión entre más de 550 millones de personas. Sería un gran acierto para ello establecer un “Comité
Internacional de personalidades del español” que abarque los ámbitos del deporte, la música o el cine, la arquitectura o la medicina que apadrinen las diversas campañas de difusión social del español.



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5) Reestructurar Televisión Española Internacional para crear un canal informativo y cultural más efectivo en la difusión de nuestros valores e intereses y en la creación de opinión. En el caso concreto de Estados Unidos, sería conveniente
promover un acuerdo con la mayor cadena de televisión en español del mundo, Univisión, para colaborar en la difusión de nuestra lengua y cultura, con especial atención en niños y adolescentes, los hablantes del futuro.


6) Potenciar el papel de España como referente con las asociaciones y centros hispanos en Estados Unidos, para fortalecer nuestra presencia entre la sociedad civil norteamericana a imagen y semejanza de otras naciones como Francia o Italia.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Fernando Maura Barandiarán, Diputado.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Justicia


161/000380


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Corrección de error en su Proposición no de Ley relativa a la concesión de la nacionalidad a los saharauis.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por corregida la iniciativa de referencia, así como comunicarlo a la Comisión de Justicia, al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.—La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 23, de 28 de septiembre de 2016.


A la Mesa de la Comisión de Justicia


El Grupo Parlamentario Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada Ester Capella i Farré, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente corrección de
errores a la Proposición no de Ley presentada por este mismo Grupo Parlamentario en materia de concesión de la nacionalidad a los saharauis presentada a Registro en fecha 16/09/2016, con número de entrada a registro 4685 y número de expediente
161/000380.


Corrección del punto primero de la Proposición no de Ley, que quedaría redactado tal y como se describe a continuación:


«1. Modificar el artículo 22 del Código Civil para incluir a los saharauis entre los que pueden adquirir la nacionalidad española mediante un plazo privilegiado de dos años de residencia.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de octubre de 2016.—Ester Capella i Farré, Diputada.—Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



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Comisión de Interior


161/000512


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de la Diputada lone Belarra, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente
Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, relativa a la garantía y respeto a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional en las interceptaciones en
las fronteras de Ceuta y Melilla.


Exposición de motivos


El pasado 1 de abril de 2015 entró en vigor la nueva disposición adicional décima de la LO 4/2000, sobre los Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX), introducida por el número 1 de la disposición
final primera de la LO 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana («BOE» de 31 de marzo).


Dicha disposición establece un «régimen especial» para el control fronterizo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla con el siguiente tenor literal: «1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación
territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España. 2. En todo caso, el rechazo se realizará
respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte. 3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se
tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.» La tramitación de la LO 4/2015 incluyó una fuerte contestación social, el rechazo prácticamente unánime de la oposición parlamentaria e informes muy
críticos de órganos consultivos en materia legislativa como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial, y la nueva disposición adicional décima, junto a otras disposiciones de la LO 4/2015, fueron objeto incluso de un recurso de
inconstitucionalidad y que está pendiente de resolución por el Tribunal Constitucional. El legislador, al aprobar la disposición adicional décima de la LOEX tenía la intención expresa de legalizar la práctica de las «devoluciones en caliente».
Esta práctica, que vienen desarrollando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado al menos desde 2005, consiste en la entrega directa y sin ningún procedimiento previo por parte de miembros de la Guardia Civil a agentes de la guardia auxiliar de
fronteras del Reino de Marruecos de las personas interceptadas intentando acceder a Ceuta y Melilla por zonas que no son los puestos fronterizos habilitados al efecto.


Esta práctica, como ha sido señalado por instancias nacionales e internacionales, carecía entonces de cualquier cobertura legal y constituía no solo una arbitraria vía de hecho sino una flagrante vulneración de garantías y derechos
fundamentales. La nueva regulación establecida en la disposición adicional décima de la LOEX, tal como se ha expuesto, se ha limitado a establecer la posibilidad de desarrollar un procedimiento de rechazo en frontera en estos específicos supuestos
de interceptación en las vallas de Ceuta y Melilla.


Dicho procedimiento debe respetar los estándares del derecho internacional de los derechos humanos y de protección internacional. Era innecesario que eso fuera afirmado por el legislador orgánico, pero es muy significativo que lo hiciera
constar expresamente. Confirma una absoluta desconfianza del Poder Legislativo tanto respecto de la constitucionalidad de estas prácticas del Ministerio del Interior antes de la reforma como respecto de la voluntad del Poder Ejecutivo para
establecer un procedimiento respetuoso con la legalidad nacional e internacional. Obviamente, y con independencia de la más que probable inconstitucionalidad de esta nueva regulación, su contenido y rango normativo solo alcanza a establecer una
cobertura legal para este procedimiento excepcional de rechazo en frontera en las vallas de Ceuta y Melilla.


Es después de su aprobación al Poder Ejecutivo al que correspondía desarrollar y concretar, dentro de esos estándares internacionales y con respeto al resto del ordenamiento constitucional y legal, un procedimiento para su ejecución. En
ausencia de este desarrollo reglamentario, la continuación con este



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tipo de prácticas sigue representando un supuesto de vía de hecho, que implica actuaciones administrativas llevadas a efecto prescindiendo de manera plena del procedimiento establecido o por órgano manifiestamente incompetente y, por lo
tanto, contrarias al art. 105 CE.


También es incuestionable que continuar con estas prácticas sin que se haya desarrollado reglamentariamente un procedimiento que determine y concrete las garantías de las que necesariamente debe estar revestido, supone una vulneración de los
principios de seguridad jurídica y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos consagrados por el art. 9.3 CE, en tanto que la habilitación ex lege que se establece para el desarrollo reglamentario de este procedimiento no ampara
una actuación arbitraria de la Administración.


Igualmente conlleva la vulneración de la tutela judicial efectiva y de las garantías procesales reconocidas en el artículo 24 de la CE, así como la negación de la potestad revisora de los tribunales de justicia otorgada por el artículo 106
CE. La vía de hecho que supone continuar con estas prácticas, al exclusivo amparo de esta disposición adicional, también impide que pueda garantizarse la aplicación del principio de no devolución. Sobre este principio se ha configurado una
jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de la que se ha hecho aplicación no solo a los supuestos de expulsión o deportación de solicitantes de asilo, sino a cualquier supuesto de expulsión, recordando que los Estados tienen
obligación de:


1. Obligación de asegurarse no solo el trato al que se exponen los migrantes que devuelven a sus países de origen o de procedencia... El Tribunal Constitucional también ha establecido esta misma limitación en relación con la posibilidad de
entrega de ciudadanos a otros países al amparo del art. 15 CE.


2. Obligación de garantizar el derecho al recurso efectivo previsto en el artículo 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH).


3. Prohibición expresa de las expulsiones colectivas de extranjeros, de acuerdo al artículo 4 del Protocolo número 4 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.


En el caso de las zonas fronterizas de Ceuta y Melilla, por tanto, un adecuado respeto del principio de devolución (establecido, entre otros, por el art. 33 Convención de Ginebra, art. 3 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, arts. 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos según la interpretación de los mismos basada en la citada jurisprudencia consolidada del TEDH...) emerge como una cuestión clave. La situación de las
personas migrantes en tránsito en Marruecos debería justificar la prevalencia del «principio de no devolución» en los supuestos que el Estado español se plantee la expulsión, devolución o rechazo a Marruecos de una persona migrante que haya entrado
por vías irregulares a España transitando por el territorio de este país. Esta prevalencia del principio de no devolución debería mantenerse al menos hasta que desde el Estado marroquí se ofrezcan garantías claras y sometidas al control de
organismos internacionales competentes en la materia de que los derechos fundamentales de las personas extranjeras en situación irregular que se hallen o sean devueltas a su territorio son respetados de acuerdo a los estándares mínimos
internacionales en materia de Derechos Humanos. La situación de falta de respeto de derechos fundamentales de las personas migrantes subsaharianas en Marruecos es puesta de manifiesto por informes de organismos nacionales e internacionales como los
elaborados por el Comité contra la tortura de Naciones Unidas (21 de diciembre de 2011 - CAT/C/MAR/C0/4 §26 y 28 de febrero de 2013 A/HRC/22/52/Add3 §24 y 25;); los informes del Departamento de Estado del Gobierno de Estados Unidos (Country
reporton Human RightsPracticesfor 2011 —pág. 18— Country reportan Human RightsPracticesfor 2012 —págs, 17 y 18—); el Résume du rapportannuel de 2011 (AssociationMarocaine des droitsHumains —pág. 26—), el informe Human RightsWatch (año 2013 —pág.
590—); el informe «Violencia, vulnerabilidad y migración: atrapados a las puertas de Europa» (Médicos sin Fronteras, marzo 2013[6]); documental «n.º 9» (—realizado en el marco de la campaña «Basta de violencia en la fronteras» impulsada por las
asociaciones marroquíes AMDH, GADEM y otros[7]—); Rapport sur l’applicationauMaroc de la Conventioninternationale sur la protection des droits de tous les travailleursmigrants et desmembres de leurfamille[8], (GADEM, ALECMA y otros; agosto de
2013), que denuncian las torturas y malos tratos sistemáticos a que son sometidas las personas migrantes expulsadas por parte de las fuerzas de seguridad marroquíes.


A esos efectos, debe hacerse especial incidencia en la recomendación realizada a España por el Comité Europeo para la prevención de la tortura de que «teniendo en cuenta el riesgo de malos tratos infligidos por los miembros de las fuerzas
auxiliares marroquíes a los migrantes irregulares, devueltos a



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Marruecos, la CPT recomienda que las autoridades españolas aseguren que ninguna persona es entregada a ellos» (informe al Gobierno español sobre la visita a España del Comité Europeo para la prevención de la tortura del 14 al 18 de julio de
2014 [CPT/inf (2015) 19], apartado 54). Por ello, la continuación con estas prácticas de «devoluciones en caliente» supone dar vía libre a la vulneración indiscriminada de dicho principio, al permitir la entrega por vías de hecho sin ningún tipo de
garantías jurídicas de personas a un país donde corren un riesgo fundado de sufrir graves violaciones de sus derechos fundamentales. La afectación de derechos, además, se incrementa y agrava en los supuestos que conciernen a colectivos o personas
especialmente vulnerables, que precisamente por esta condición, deben ser especialmente protegidos, de acuerdo con la legislación española e internacional.


Así, la continuación de estas prácticas impide el acceso al derecho de asilo contemplado en el artículo 13.4 CE que establece que «la Ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho
de asilo en España» así como a las garantías y al procedimiento establecido en la Ley 2/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, al impedir la identificación de personas necesitadas de protección internacional y el
análisis individualizado de sus circunstancias. Igualmente, impide la identificación de menores, fundamentalmente de menores en edad adolescente, colectivo especialmente vulnerable. Tampoco se contemplan mecanismos para la detección,
identificación y protección de las víctimas de trata que accedan a territorio español por puesto no habilitado.


Es necesario insistir en que la mención a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional que se refleja en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional no incorpora ningún procedimiento administrativo ni, por
tanto, garantías para hacer efectivo el cumplimiento de esta normativa, sino que son un llamamiento a que en el necesario desarrollo normativo de esta institución del rechazo en frontera se garanticen estos principios.


Todas estas cuestiones, trascienden nuestro Estado, en la medida que han sido planteadas y admitidas a trámite ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en al menos tres casos —denunciados por personas que han sufrido estas
denominadas «devoluciones en caliente»— como supuestos en que se han vulnerado garantías establecidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dicte instrucciones de manera inmediata y con suficiente publicidad (dada la ausencia de desarrollo normativo) para que en los casos de interceptación de personas intentando acceder a España por las vallas de Ceuta y Melilla, la Guardia
Civil se abstenga de la entrega directa de estas personas a las autoridades del Reino de Marruecos, procediendo en tales casos a aplicar bien los procedimientos de expulsión o de devolución actualmente desarrollados en la normativa de extranjería y,
en todo caso, con respeto escrupuloso a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional garantizando la posibilidad de acceder a los procedimientos de protección internacional y el principio de no devolución.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Ione Belarra Urteaga, Diputada.—Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000513


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de la Diputada lone Belarra, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente
Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, relativa a la garantía del Derecho de Asilo en España y la Unión Europea.



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Exposición de motivos


La tercera semana de abril de 2015 más de 1.000 personas murieron en aguas del Mediterráneo mientras trataban de alcanzar territorio europeo en endebles embarcaciones. En ese momento la opinión pública despertó, alertada por la tragedia, y
descubrió un drama que lleva produciéndose durante décadas en las fronteras europeas. Sin embargo, las organizaciones de los Derechos Humanos como Amnistía Internacional ya habían alertado de que las muertes se sucederían en el Mediterráneo en
primavera, con la llegada del buen tiempo, tras la desaparición de la operación italiana de salvamento Mare Nostrum. Esta fue sustituida por la operación Tritón, peor dotada económicamente, con un mandato único de control de fronteras, no de
salvamento; y con un perímetro de acción mucho más restringido.


Desde ese momento muchas otras personas han muerto tratando de llegar a Europa huyendo de distintas persecuciones y conflictos, convirtiendo al Mediterráneo en la mayor fosa común del mundo. Según la OIM (Organización Mundial para las
Migraciones) 3.165 personas han muerto en el Mediterráneo hasta agosto de 2016, superando así la cifra de personas fallecidas en la misma fecha del año anterior. Estas muertes son consecuencia directa de las políticas migratorias puestas en marcha
por la Unión Europea y de las vulneraciones en el derecho de asilo de las personas que tratan de buscar refugio en Europa. Mientras no existan vías legales y seguras de acceso a territorio europeo, las personas seguirán muriendo y las mafias que
trafican con personas continuarán operando, ofreciendo rutas cada vez más peligrosas a las personas refugiadas y migrantes.


Esta crisis, además, ha impactado especialmente en los niños y las niñas. Según Naciones Unidas, 1 de cada 3 personas que llegan a Europa es un menor de edad. Actualmente en Europa, uno de cada cuatro solicitantes de asilo es un menor de
18 años (800 al día). A finales de 2015, 90.000 menores no acompañados habrían pedido asilo. Según datos de Europol, en mayo de 2016, alrededor de 10.000 niños y niñas habrían desaparecido dentro de la Unión Europea. Los niños y las niñas son los
más vulnerables entre los que intentan acceder a Europa huyendo de la violencia, el conflicto y la persecución. Están en riesgo de sufrir violencia y abusos, de ser separados de sus familiares durante su viaje a través de Europa, y son
especialmente vulnerables a padecer enfermedades como la hipotermia y la neumonía, especialmente con las actuales bajas temperaturas y la falta de estructuras adecuadas para hacer frente al invierno. No podemos olvidar que los niños y las niñas
tienen derecho a ser protegidos ante todo por el hecho de ser niños y niñas, independientemente de su estatus migratorio o del de sus familias.


Entre 2007 y 2013 la Unión Europea ha gastado 2.000 millones de euros en blindar las fronteras y solo 700 en políticas de asilo. Sin embargo, menos del 10% de los refugiados en el mundo llegan a la UE, la mayor parte se quedan en países
limítrofes a los países de los que huyen. Como ejemplo, de los 11.695.806 millones de personas desplazadas por el conflicto en Siria, 6.600.000 son desplazados internos dentro de Siria, 4.597.436 refugiados en Turquía, Líbano, Jordania, Irak y
Egipto y tan solo 498.370 han cruzado a Europa, según ACNUR. Es hora de que la Unión Europea asuma sus compromisos internacionales y aplique su propia legislación en materia de asilo y adquiera un compromiso serio con los derechos de las personas
refugiadas y migrantes.


La voluntad política de la Unión Europea para abordar esta crisis humanitaria sin precedentes quedó en serio entredicho al tardar varios meses en adoptar un acuerdo sobre el número de personas refugiadas que podía reasentar cada Estado
miembro. No fue hasta el pasado septiembre cuando la UE decidió poner en marcha un programa de reasentamiento para 120.000 personas que ya se encontraban en Grecia e Italia. Distintas organizaciones y fuerzas políticas valoraron ese compromiso
como claramente insuficiente dado que Europa cuenta con una población de más de 500 millones de personas. A pesar de ello, y poniendo el foco en el caso español, solo 201 han sido reubicadas en el marco de dicho acuerdo (de las 15.888 a las que
España se comprometió). El pasado año una delegación de Podemos viajó a Atenas y Lesbos y pudo comprobar por sí misma que los programas de reasentamiento, tal y como están planteados, no están funcionando. Cuando se ofrece información sobre estos
programas a las personas refugiadas no se les explica a qué país de la Unión Europea pueden ser llevadas y eso puede significar cualquier lugar desde Hungría hasta Portugal. Las profundas diferencias en los sistemas de protección entre los
distintos países y estos altos niveles de incertidumbre están provocando que las personas refugiadas prefieran seguir su camino e intentar solicitar asilo en aquellos países donde cuentan con un cierto soporte social y/o familiar.


Por su parte, el Reglamento (UE) N.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro



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responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, conocido como Protocolo Dublín II, ha dificultado que exista un verdadero Sistema
Común de Asilo ya que las personas deben solicitar asilo en el primer país de la Unión Europea al que accedan. Dado que no existen vías legales y seguras de entrada de acceso a los Estados Miembro, esto supone que los países con frontera exterior
de la Unión Europea asumen una responsabilidad mucho mayor que el resto. Este es el caso de Grecia. solo en julio de 2015 recibió más personas refugiadas y migrantes que en todo el año 2014.


Es fundamental que España asuma, de una vez por todas, un compromiso firme con el derecho de asilo. España solo recibe alrededor del 1% de las solicitudes de asilo de la UE. Según Eurostat únicamente 14.780 personas pidieron protección
internacional en 2015 en España. En 2014, por su parte, de las 5.947 solicitudes presentadas solo 4.768 fueron admitidas a trámite (a valoración). Finalmente solo a 384 personas se les concedió el estatuto de refugiado y a 1.199 la protección
subsidiaria. En el 2015 el Gobierno del Partido Popular se comprometió a reasentar solo 724 personas sirias, más otras 130 personas (pendientes de reasentar del año 2014), en el marco de un conflicto que, como se señalaba más arriba, ha desplazado
ya a más de 11 millones.


El compromiso del Gobierno de España con esta crisis y con el derecho de asilo es, como muestran estos datos, inexistente; y puede resumirse en la siguiente frase de Ban Ki-Moon, Secretario General de Naciones Unidas, «es una crisis de
solidaridad, no una crisis de cifras». Actualmente las personas que tratan de solicitar asilo en Ceuta y Melilla siguen teniendo dificultades extremas para acceder a territorio español y se produce una segregación por origen que impide, en la
práctica, solicitar asilo a las personas subsaharianas. Asimismo, las condiciones de acogida de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla siguen siendo muy deficitarias, los traslados a la Península sufren retrasos
injustificados y las personas que solicitan asilo en las Ciudades Autónomas ven restringida su libertad de movimiento.


Por otra parte, el sistema de examen y admisión a trámite de las solicitudes de asilo en España es deficitario. Es necesario revisar dicho sistema a fin de ampliar el número de concesiones de asilo y protección internacional que otorga
España cada año, para terminar así con un racismo institucional manifiesto que ha situado tradicionalmente a España durante muchos años como uno de los países de la UE con menor número de concesiones de asilo. Es fundamental agilizar el
procedimiento y la resolución de todas las solicitudes sin incurrir en retrasos injustificados, como ha ocurrido hasta ahora, con el fin de esperar a que la situación en el país de origen evolucione. Por último, son preocupantes los recortes en
materia de acogida de personas refugiadas llevadas a cabo por el Gobierno de Partido Popular que están impidiendo en la práctica cubrir adecuadamente las necesidades de las personas solicitantes de asilo.


Finalmente, es importante reseñar que esta crisis ha de enmarcarse en su propio contexto y que la política exterior española aplicada por el Gobierno no puede meramente traducirse en perpetuos parches ante problemas que se perciben aislados.
Es urgente proceder al análisis estratégico de por qué perviven los conflictos internacionales como el sirio, donde múltiples actores están implicados, y ofrecer alternativas que logren constituirse en iniciativas multilaterales que demuestren
altura de Estado. Crisis como esta no son sino el fruto de décadas de políticas erradas tanto en Oriente Medio y Próximo como en África, y una política responsable de asilo, migración y refugio debe ir acompañada de profundas y urgentes
transformaciones en nuestra política exterior.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados, dada la gravedad de la situación, insta al Gobierno a que ponga en marcha de forma urgente las siguientes medidas concretas sobre las que tiene plena capacidad de decisión:


1. Articular vías legales y seguras de entrada en España para favorecer la lucha efectiva contra redes de tráfico de personas y poner fin al drama humano al que estamos asistiendo en nuestras fronteras. En concreto, restablecer la
posibilidad de solicitar protección internacional en todas las embajadas y consulados españolas, tal y como recogía la legislación anterior y se mantiene en el artículo 38 de la Ley 12/2009, y habilitar la concesión de visados humanitarios.


2. Y para ello, reglamentar de forma urgente la Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria que lo prevé, facilitar las instrucciones necesarias para poder aplicar esta medida con carácter inmediato en tanto
se desarrolla el mismo.



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3. Eliminar la exigencia del visado de tránsito por parte de España para aquellas personas que proceden de países en conflicto, especialmente Siria.


4. Agilizar la tramitación de los procedimientos de reunificación familiar y concesión de extensiones de asilo o autorizaciones de residencia por esta vía que garanticen los derechos básicos de las personas reagrupadas, incluido el derecho
a la salud. En la misma línea, flexibilizar los criterios para la reunificación familiar y la extensión de asilo.


5. Trabajar en la adopción de una política común de asilo y, mientras se desarrolla esta normativa, presionar a la UE para que derogue inmediatamente el Reglamento (UE) N.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de
2013 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un
apátrida. Este reglamento, conocido como Reglamento Dublín II, prevé el regreso de una persona refugiada al país al que accedió por primera vez a la Unión Europea desde otro país miembro de la UE e impide la libre circulación de estas personas.


6. Elaborar instrucciones cara a ampliar la aplicación de las disposiciones discrecionales recogidas en los artículos 16 y 17 del Reglamento de Dublín III, que permite a los Estados asumir la responsabilidad de estudiar cualquier solicitud
de protección, al margen de los criterios de reparto establecidos en el artículo 3, en especial por razones vinculadas al principio de unidad familiar y parentesco, o razones humanitarias.


7. Acordar un paquete de medidas en el seno de la Unión Europea para dar respuesta a las necesidades específicas de protección de la infancia migrante y refugiada, con objetivos concretos y medibles, y con los recursos adecuados para tal
fin. El interés superior del menor deberá ser la consideración primordial en la toma de todas las decisiones que puedan afectar a la infancia.


8. Crear un sistema permanente de reasentamiento y reubicación de personas refugiadas provenientes de otros países en España, y agilizar el proceso de reubicación ya aprobado por la Comisión Europea y con el que nuestro país se ha
comprometido.


9. Desplazar personal de los Ministerios competentes (Interior y Empleo y Seguridad Social) con formación específica en asilo y refugio a Grecia e Italia con el fin de explicar detalladamente en los centros de acogida a las personas
refugiadas cómo es el proceso de acogida en España y realizar procesos de acompañamiento a aquellas personas que deseen solicitar asilo en nuestro país.


10. En la misma línea, instar a la Unión Europea a modificar los criterios aplicados en la oferta de los programas de reubicación, permitiendo a las personas refugiadas elegir, al menos, el país de la Unión Europea en el que van a ser
reubicados, siempre que existan plazas disponibles.


11 Mejorar sustancialmente las condiciones de acogida de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) situados en Ceuta y Melilla y establecer por norma en 15 días el tiempo máximo de estancia en dichos centros, agilizando los
traslados a la Península.


12. Retirar el apoyo de España al Acuerdo de la Unión Europa y Turquía y trabajar activamente para la suspensión inmediata de su aplicación por vulnerar el derecho internacional humanitario y violar el principio de no devolución consagrado
en la Convención de Ginebra ratificada por el Estado Español.


13. Mejorar sustancialmente el sistema de examen de las solicitudes de asilo estableciendo criterios más flexibles y reduciendo los tiempos de tramitación. En concreto, modificar la actual política de la Oficina de Asilo y Refugio por la
que se inadmiten las solicitudes de asilo de las mujeres víctimas de trata derivando sus casos a la aplicación del artículo 59 bis de la Ley de Extranjería, que condiciona la protección internacional a la colaboración de la víctima con las
autoridades en la desarticulación de la red de trata, lo que supone una clara vulneración de su derecho a la protección internacional y una puesta en peligro de su vida y su integridad física. Asimismo, acabar con paralización del estudio de las
solicitudes de determinadas nacionalidades, que, en principio, parecerían estar en necesidad de protección, en ocasiones apoyadas por posiciones y llamamientos del ACNUR, como son los casos de Ucrania, Norte de Mali o Irak.


14. Modificar la Ley de Asilo 12/2009, que recoge diferentes procedimientos y causas de inadmisión/denegación para las solicitudes presentadas en CIE y frontera (art. 21) frente a las de territorio (art. 20) y asegurar que en ningún caso
la admisión a trámite se vea condicionada por el lugar en el que se presente la solicitud. Esto actualmente conlleva una considerable y menor admisión a trámite de las solicitudes presentadas en puestos fronterizos y CIE.


15. Promover una política exterior española y de la UE que, en un marco de coherencia de políticas, contribuya a atajar las distintas causas internas, regionales e internacionales que generan violaciones de



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derechos humanos en los países de origen o tránsito. Una política exterior que no priorice los intereses geopolíticos, defensivos o económicos (comercio de armas, recursos naturales como el petróleo, el gas, los minerales, la pesca, etc.)
sobre otros asuntos, y que ponga en el centro la promoción de los derechos humanos, la equidad de género, la democracia, el desarrollo inclusivo y sostenible en esos países y la solidaridad entre los pueblos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Ione Belarra Urteaga, Diputada.—Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000522


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre medidas urgentes en relación con la prestación del servicio de seguridad privada en los barcos atuneros que faenan en el Índico para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La flota atunera congeladora española lleva faenando en aguas del Océano Índico desde 1984. La piratería en la zona de Somalia es un problema desde hace décadas. Ya en el año 2000 se produjo un secuestro de un buque español que no
trascendió a la opinión pública. Esta actividad se multiplicó desde el año 2006. En el mes de abril 2006 se produce un primer asalto a un buque atunero español y el día 20 de abril de 2008 el secuestro del buque atunero congelador Playa de Bakio,
cuando se encontraba a 240 millas de la costa Somalí.


Es dato reseñable que en 2009 la flota con intereses españoles que faenaba en el Índico estaba compuesta por 33 buques, 18 de pabellón español, y el resto, aunque con pabellón distinto, de capital español. Debemos recordar que durante los
primeros meses del 2009 se produjeron actos de piratería a más de 1.000 kilómetros de la costa somalí, incluso dentro de las zonas de exclusión económica de Seychelles, Kenia y Tanzania. Ante esos hechos fue España quien lideró la puesta en marcha
de una operación en el seno de la Unión Europea que se denominó Atalanta, tras el secuestro del atunero español Playa de Bakio.


Según las cifras oficiales, de 2007 a 2009 fueron secuestrados en la zona de las aguas cercanas a las costas de Somalia más de 88 barcos con 1.550 rehenes a bordo.


Los ataques sufridos por dichos pesqueros españoles supusieron situaciones de grave riesgo para la vida e integridad de sus tripulantes, lo que aconsejó la adopción de medidas destinadas a mejorar específicamente la seguridad de dichas
embarcaciones y de sus tripulaciones.


Dichos ataques, que se estaban produciendo en aguas internacionales cercanas a las costas de Somalia, con la utilización de armas de guerra, exigía una respuesta adecuada a la entidad y carácter de la amenaza y, en consecuencia, la
utilización de los medios de defensa y de prevención adecuados y proporcionados a las mencionadas agresiones.


Nuestros armadores solicitaron protección mediante el embarque de militares a bordo ante la evidencia de que la operación Atalanta era insuficiente para atender la seguridad de los pesqueros comunitarios en el Índico. España respondió a esa
demanda y habilitó medidas excepcionales y propias, como fue la modificación de la Ley de Seguridad Privada. Dicha fórmula se complementó, con el permiso de defensa, para facilitar el uso de armas de guerra.


España aprobó el día 30 de octubre de 2009, en el Consejo de Ministros, una modificación de la Ley de Seguridad Privada, que se publicó el sábado 31 de octubre en el BOE, y posteriormente, el día 2 de noviembre de 2009 una Orden Ministerial
que desarrolla dicho Real Decreto. El Gobierno de España además de modificar la Ley de Seguridad Privada estuvo dispuesto a cofinanciar el coste de esta operación con las Comunidades Autónomas implicadas, a la vez que se ordenó a Defensa desplegar
un operativo de vigilancia.



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Si las condiciones en las que operan los buques atuneros congeladores en el Océano Índico se vieron muy alteradas por la presencia de acciones de piratería que ponían en peligro la integridad de la flota en el pasado, hoy prácticamente han
desaparecido.


Desde que accedió al Gobierno el Partido Popular, y ya vigentes las medidas adoptadas que permiten la utilización debidamente controlada del armamento adecuado para la protección y prevención de buques y tripulaciones, se han venido
sucediendo una serie de hechos relevantes que han puesto a los trabajadores que prestan estos servicios en una situación de vulnerabilidad inaceptable.


El actual Gobierno no cumple con las obligaciones que la Ley impone respecto al control de la prestación del servicio y la forma en que debe llevarse la misma, ni por supuesto con las de asegurar que la empresa adjudicataria cumple las
necesidades de formación y evaluación psicológica de las personas que llevan a cabo esta actividad.


Son reiteradas las denuncias de los afectados por el incumplimiento de las prescripciones de la Orden PRE/2914/2009, de 30 de octubre, que desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre, por el que se modifican
determinados preceptos del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, donde se limita su adquisición, uso y custodia.


Dado que quien autorizó a estos barcos pesqueros a embarcar a agentes de seguridad privada con permiso para el uso de armas rayadas de repetición o rifles semiautomáticos para repeler ataques de corsarios es el Ministerio del Interior, a él
compete realizar las inspecciones que aseguren que las empresas armadoras y la adjudicataria del servicio cumplen los requisitos técnicos como la habilitación de las embarcaciones con armeros adecuados, las medidas de seguridad exigidas y la
contratación de personal cualificado que haya recibido la necesaria y obligatoria formación.


Además, que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente debe asegurar el cumplimiento de los requisitos obligados para poder estar embarcado, y se haga obligatorio el seguimiento del curso STCW y el reconocimiento médico
ENG1. Y que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social vigile el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social por parte de las empresas.


La falta de controles mínimos por parte de la Administración, explican las reiteradas denuncias contra la empresa que presta este servicio desde el inicio, SEGURIBÉRICA. La misma ha bajado muy considerablemente los estándares de exigencia
profesional que requiere la normativa en vigor, y en consecuencia esto le ha permitido recabar profesionales que prestan estos servicios con una reducción sustancial de sus retribuciones. Y ello por no mencionar que según denuncias de miembros de
colectivos relacionados con la seguridad privada, empresas que navegan con bandera española están contratando seguridad con personas de terceros países que no tienen reconocida habilitación en España para prestar dichos servicios, ni cotizan a la
Seguridad Social ni al fisco español por IRPF.


De todos los hechos anteriores está al corriente el Gobierno de España, al menos desde la última renovación del contrato con SEGURIBÉRICA en 2014. El Gobierno conoce los trágicos sucesos del Txori Gorri donde se produjeron graves incidentes
con el resultado de muerte del jefe de seguridad, seguida del suicidio del agresor, sin que al parecer de nada sirvió alertar por mail hasta en «tres o cuatro» ocasiones de la peligrosidad del suicida a la empresa SEGURIBÉRICA.


Por todo lo anterior el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. En un plazo máximo de tres meses elabore un informe que recoja una valoración real de la situación de la prestación del servicio de seguridad privada en los barcos atuneros y de las personas que los prestan, para lo que :


a. Desde el Ministerio del Interior deberá llevarse a cabo una inspección generalizada sobre las condiciones en que se está prestando el servicio por la empresa adjudicataria, y en concreto:


i. Del cumplimiento estricto de las obligaciones que se le impone a la empresa que presta el servicio en la normativa vigente respecto contratación de personal.


ii. La formación que reciben los vigilantes previamente a su contrato.



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iii. Estado y cumplimiento de las obligaciones respecto a los armeros donde deberán ser custodiadas en cajas fuertes/armeros independientes.


iv. Del resto de obligaciones que la ley impone.


b. Que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente investigue si se cumplen los requisitos obligados por la Unión Europea para poder estar embarcado, tales como poseer la cartilla marítima.


c. Que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social lleve a cabo las actuaciones pertinentes para garantizar los derechos de los trabajadores que están prestando servicios en barcos con bandera española.


d. Que el Ministerio de Defensa, responsable del suministro de armas de guerra, revise si se cumplen las prescripciones obligatorias en esta materia.


2. Que las conclusiones de todo ello sean trasladadas para su conocimiento y valoración por la Cámara.


3. Así mismo, se solicita del Gobierno que preste toda la ayuda necesaria para minimizar lo más posible el impacto que la muerte de Juan Manuel Marchante ha causado a su familia, dado, además, que impidió con su actuación una tragedia mayor
en los sucesos que tuvieron lugar en el “Txori Gorri ”.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Antonio Ramón María Trevín Lombán y David Serrada Pariente, Diputados.—Miguel Ángel Heredia Ruiz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz suplente del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre los Centros de Internamiento de Extranjeros, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Un Centro de Internamiento de Extranjeros (C.I.E.) es un establecimiento público de carácter no penitenciario donde aquellos extranjeros sometidos a un expediente de expulsión del territorio nacional son internados de manera preventiva y
cautelar.


Los C.I.E., que fueron creados a raíz de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en virtud del acuerdo de política migratoria del Tratado Schengen, dependen del Ministerio
del Interior, siendo su custodia, vigilancia y control competencia de la Dirección General de la Policía.


Actualmente, España dispone de diez C.I.E.s por todo el territorio nacional, con una capacidad total de aproximadamente 1.200 personas, aunque actualmente hay internadas aproximadamente 650 personas, las cuales están a la espera de que se
les sea terminado su expediente de expulsión a sus países de origen.


Los trámites de ingreso de un extranjero se inician a partir de la incoación de un expediente sancionador, que tiene lugar cuando la persona extranjera incurre en alguno de los siguientes supuestos:


— No tener documentación;


— Estar implicado en actividades contra el orden público, o la seguridad interior o exterior del Estado;


— Haber sido condenado por delitos en España, o fuera de España;


— Carecer de medios lícitos de vida, desarrollar actividades ilegales o cualesquiera otras actividades que pudieran resultar contrarias al interés o seguridad nacional;


— Haber entrado ilegalmente en España.



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Actualmente, solo ingresan los extranjeros que han cumplido condena en prisión habiéndoseles incoado el expediente de expulsión desde el mismo momento de su detención, así como los que entran ilegalmente en España (a través de pateras,
camuflados en vehículos o medios de transporte, o saltando la valla), o causan alteraciones contra el orden público y no están dentro de los apartados anteriores. En ningún caso ingresan menores en estos Centros, ya que estos pasarían a entidades
públicas de protección de menores.


Una vez es incoado el expediente sancionador en el que se propone la expulsión del territorio nacional de la persona extranjera en cuestión, el instructor del expediente solicita al Juzgado de Instrucción de la localidad donde radica el
C.I.E. que disponga el ingreso del extranjero en ese Centro durante el tiempo en que se tramite el expediente de expulsión. Posteriormente, el Juez de Instrucción resolverá mediante auto, previa audiencia a la persona extranjera y al Ministerio
Fiscal.


La incoación del expediente, las medidas cautelares de detención, el internamiento, así como la resolución final de expulsión del extranjero, serán comunicados al Ministerio de Asuntos Exteriores, así como a la Embajada o Consulado del país
de origen de la persona expulsada.


El tiempo máximo de internamiento previsto en la ley será de 69 días, aunque el tiempo medio de internamiento está entre los 24 y 30 días (dependiendo del tiempo que tarden las Embajadas o Consulados de sus países de origen en tramitar su
documentación).


Los extranjeros que son internados en un C.I.E. tienen una serie de derechos, cuya finalidad última es salvaguardar sus derechos y libertades. Estos derechos son los siguientes:


— Ser informados de su situación;


— Proteger su vida, integridad física y salud;


— Facilitarles el ejercicio de sus derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico;


— Recibir asistencia médica y sanitaria;


— Comunicar de su ingreso a su abogado y a las personas que designe;


— Poder comunicarse durante las horas establecidas con sus familiares, su abogado, o con asociaciones o ONGs que sean de su interés;


— Poder entrevistarse con el Director del C.I.E. en caso de que lo solicitasen; así como con el Defensor del Pueblo;


— Ser asistido de un intérprete.


Como bien se menciona anteriormente, los C.I.E.s cuentan con un servicio médico y sanitario que es subcontratado con una mutua sanitaria, la cual acude diariamente a estos Centros para pasar consulta a los internos. Si, además, algún
extranjero necesitase ser atendido fuera de este horario de consultas, se le traslada a un centro hospitalario comunicándoselo al Juzgado de Instrucción.


Por otro lado, los internos en estos Centros tienen el deber de permanecer en el centro a disposición de la autoridad judicial, cumpliendo y respetando las normas de convivencia e instrucciones fijadas por el Centro.


No obstante, debido a que en muchas ocasiones estos Centros no reúnen las condiciones necesarias de habitabilidad, los Centros de Internamiento de Extranjeros han sido en muchas ocasiones motivo de críticas, quejas, e incluso denuncias, por
parte de los propios internos, sus familiares, sus abogados, políticos, u organizaciones entre otros. Al tratarse de estancias temporales, no se ha insistido en mejorar las condiciones de estos Centros dotándoles de otro tipo de infraestructura, si
bien estas han mejorado considerablemente desde su creación.


A la vista de lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Modernizar los diez Centros de Internamiento de Extranjeros existentes en España, adecuándolos a las necesidades actuales que persisten entre los internos, a través de nuevas y mejores infraestructuras.


2. Abrir los módulos de prisiones que actualmente están cerrados, y convertirlos en nuevos Centros de Internamiento de Extranjeros, al no estar aprovechados. Los internos en estos Centros estarían separados del resto de reclusos, por lo
que no tendrían ningún tipo de contacto con ellos y serían custodiados por el mismo tipo de personal que custodia los C.I.E.s ya existentes.



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3. Incorporar en el interior de los C.I.E.s seguridad privada para la vigilancia de los internos, a través de acuerdos de colaboración público-privada, manteniendo la tutela y vigilancia externa del Centro en el Cuerpo Nacional de Policía.


4. Privatizar la gestión de estos Centros de Internamiento de Extranjeros, de manera a optimizar recursos y alcanzar una gestión más eficaz.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Domingo Lorenzo Rodríguez, Diputado.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Defensa


161/000474


A la Mesa de la Comisión de Defensa


Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado de Nueva Canarias, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta para su debate en la
Comisión de Defensa la siguiente Proposición no de Ley sobre la recuperación de la Base Naval en Las Palmas de Gran Canaria para uso ciudadano.


Exposición de motivos


En 1940 el Ministro de Marina a través de un «radio urgente» ordenó a la Comandancia Naval de Canarias ocupar por «circunstancias de orden militar» el Muelle y Explanada Virgen del Pino, en Las Palmas de Gran Canaria. Con ello se pretendía
la construcción de «una base de hidroaviones y de las fuerzas navales» en un espacio propiedad de la Junta de Obras del Puerto, utilizado para la exportación de fruta y el tráfico pesquero, que tenía una superficie de unos 15.000 metros cuadrados.


Setenta y seis años después ese espacio sigue siendo ocupado para un uso militar, cuando es evidente, y así lo ha reconocido el propio Ministerio de Defensa en varias ocasiones (1978 y 1998), que los motivos que justificaron su ocupación ya
han quedado obsoletos.


Muchos han sido desde entonces los intentos de recuperar ese espacio para uso público de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria: desde el mismo momento de su ocupación, que contó con la oposición del poder civil de la época, hasta la
etapa democrática, en la que prácticamente todas las corporaciones se han manifestado, con mayor o menor intensidad, demandando su recuperación y su integración civil en la ciudad.


Desde el punto de vista institucional, el intento más contundente se produjo en el año 2004 cuando se aprobó por unanimidad de todas las fuerzas políticas que en aquel momento formaban la corporación local una declaración institucional a
través de la cual se solicitaba que la Base Naval fuera trasladada «a la mayor brevedad posible».


El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria volvió a aprobar en el mandato 2007-2011 un acuerdo en el que se declaró que «el espacio actualmente ocupado por la Base Naval no optimiza los usos urbanos que convienen al interés general», y
además se propuso la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Gobierno de España, el Gobierno de Canarias, el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria con el fin de buscar una nueva ubicación a la Base Naval
y la creación de un Consorcio que gestionara el desarrollo de ese espacio. Este acuerdo fue aprobado por todas las fuerzas políticas salvo el Partido Popular, que se abstuvo, y que en el mismo Pleno presentó una moción, aprobada por unanimidad, en
la que se solicitaba al Ministerio de Defensa que eligiera otra ubicación para la Base Naval.


En el año 2005, y por encargo de la Autoridad Portuaria, el despacho jurídico Moreno, Pérez y Asociados elaboró un extenso informe jurídico en el que se concluía que la ocupación tenía un carácter provisional y que esta se hizo incumpliendo
todos los requisitos para una expropiación, incluso aunque fuera de carácter militar. Señala también este informe que ni la ciudad ni el puerto jamás recibieron compensación económica alguna y que en cualquier caso, los motivos que llevaron a la
ocupación «provisional» ya habían cesado.



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En el año 2006 el entonces diputado por Las Palmas Román Rodríguez Rodríguez formuló una pregunta con ruego de respuesta por escrito al Ministerio de Defensa sobre los requisitos que este departamento ministerial planteaba a las autoridades
canarias para reubicar la Base Naval de Las Palmas de Gran Canaria. El 18 de abril de 2006 el Gobierno respondió señalando que «El Ministerio de Defensa considera necesaria la Base Naval de Las Palmas porque es estratégica para los intereses de la
defensa nacional. Como ya ha expresado en diferentes ocasiones, el Ministerio de Defensa está dispuesto a estudiar alternativas de ubicación en la isla de Gran Canaria siempre que el nuevo emplazamiento satisfaga todos los requisitos técnicos
exigidos por la Armada para una Base Naval moderna, y no suponga coste alguno para el presupuesto del Ministerio.» Esta es, en consecuencia la lógica en la que nos continuamos encontrando hoy en día. El Ministerio de Defensa mantiene su posición de
que sea Canarias la que tenga que resolver el problema de la nueva ubicación y el coste del traslado de la Base Naval.


En marzo de este año 2016 la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, a instancia del diputado de Nueva Canarias, Pedro Quevedo, aprobó por unanimidad de todos los grupos presentes en la comisión, con la inclusión de dos enmiendas
relativas al redactado de la misma presentadas por el PSOE y el PP, una Proposición no de Ley sobre la recuperación de la Base Naval de Las Palmas de Gran Canaria para uso ciudadano, que establecía que debían iniciarse por parte de todas las
administraciones implicadas los trabajos para la elaboración de una hoja de ruta que tenga como objetivo la total recuperación para la ciudad de los terrenos que ahora ocupa la Base Naval y el consiguiente traslado de la misma.


Con todos estos antecedentes y teniendo en cuenta que se cumplen ya 76 años de la ocupación de la Base Naval es opinión de Nueva Canarias que no podemos dejar pasar un mandato legislativo más sin lograr una solución al respecto, en la que
naturalmente debe ser la primera consideración garantizar la defensa de Canarias.


Es verdad que atravesamos un momento difícil en cuanto a las disponibilidades presupuestarias que quizás se necesiten para acometer un proyecto de esta envergadura, pero también es cierto que se requiere de un recorrido previo que no implica
ningún coste y que podría ser el momento de comenzar a acometer. No menos cierto es también que esta es una cuestión que no sido resuelta ni en las épocas de bonanza ni en las de crisis, por lo que no puede ser pretexto para acometerla en este
tiempo que nos está tocando vivir.


Es poco discutible que existe un consenso general, tanto político como social, para que la ciudad recupere la Base Naval y la integre con el resto de la capital. Muchos y conocidos son los proyectos y las inversiones que se tiene previsto
hacer en nuestro litoral de cara a integrar el puerto con la ciudad, como para permitir que uno de los espacios más relevantes e importantes como es la Base Naval, que se encuentra justamente en el centro no solo físico sino estratégico de Las
Palmas de Gran Canaria, se quede al margen de una estrategia integral de desarrollo de la ciudad y de uno de sus mayores activos, que no es otro que su frente litoral.


Por todo lo anteriormente expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a que haga efectivo el mandato que ya recibió en la XI Legislatura y que se recoge a continuación con las enmiendas aprobadas en su momento:


Crear un Grupo de Trabajo sobre la Base Naval de Las Palmas de Gran Canaria, integrado por el Ministerio de Defensa, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, el Cabildo de Gran Canaria, el Gobierno de Canarias y la Autoridad Portuaria
de Las Palmas, al objeto de determinar el futuro de un área clave para la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, tanto por su contacto con el mar, como por construir un espacio potencialmente receptor de equipamientos y dotaciones destinados al
espacio público y de ocio de los ciudadanos.


Las funciones del Grupo de Trabajo serían:


1. Estudiar las posibles alternativas para dar una nueva ubicación a la Base Naval de Las Palmas de Gran Canaria que reúna los requisitos operativos, logísticos y estratégicos necesarios para las Fuerzas Armadas y la Defensa.


2. Estimar el coste de acondicionamiento del nuevo emplazamiento y de construcción de las instalaciones necesarias, así como el período de ejecución de dichas actuaciones.



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3. Definir las posibles vías para la cesión del espacio actual de la Base Naval y las fórmulas de financiación y/o contraprestaciones conforme a la legalidad vigente, que pudieran hacer efectiva la recuperación de la Base Naval para la
ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.


Esta moción no conlleva coste económico.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000488


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el desmantelamiento del campo de instrucción y
adiestramiento aéreo de Bardenas Reales, para su debate en la Comisión de Defensa.


Las Bardenas Reales de Navarra tienen una extensión de 42.500 Has y son un espacio natural de mucha importancia biológica con una de las más altas figuras de protección ambiental, puesto que se trata de un Parque Natural y Reserva Mundial de
la Biosfera.


Sin embargo, pese a tener este altísimo grado de protección ambiental, las Bardenas Reales tienen en su territorio desde 1951 el mayor polígono de tiro y bombardeo de la OTAN en Europa. Es el único campo de tiro aéreo del que disponen el
ejército español y la Alianza Atlántica en Europa. La población de los 19 municipios de la zona debe coexistir con las 2.222 Has que ocupan el campo de tiro y bombardeo en el que se adiestran los aviones militares y que, al mismo tiempo, se
apropian de 50 Kms a la redonda del espacio aéreo alrededor del campo.


Esa instalación militar es fruto de un acuerdo suscrito en 1951 por el Gobierno de la dictadura franquista con la Junta de Bardenas que fue renovado, en 1976, por otros 25 años más.


Las poblaciones del entorno nunca han tenido oportunidad de dar su opinión al respecto y siempre han tenido que convivir con el polígono de tiro. No obstante, el rechazo y la oposición popular a esta instalación militar han sido
permanentes. A pesar de la represión sufrida, en noviembre de 1987 se constituyó la Asamblea Antipolígono que está apoyada, desde el principio, por partidos políticos y colectivos sindicales, culturales y sociales.


La Asamblea Antipolígono es, desde entonces, el referente de la lucha contra el polígono de tiro de las Bardenas y quien organiza, desde 1989, la marcha anual contra este. Miles de personas recorren anualmente los 4 kilómetros de marcha
para exigir el desmantelamiento de esta base militar.


Los entrenamientos y bombardeos efectuados en este polígono de tiro lo son con fuego real simulando guerras en otros lugares del mundo y, tal y como señala en su propia web el ejército del aire con motivo de la Operación Tormenta que se
realiza todos los años, «este entrenamiento permite mantener engrasada la maquinaria interna del Ejército del Aire para que pueda reaccionar con la suficiente rapidez y eficacia en los momentos de crisis en los que el Gobierno estime necesaria su
intervención, como ocurrió el pasado año con la crisis de Libia».


Durante muchos años este polígono fue utilizado por el ejército norteamericano mediante acuerdos bilaterales con el Gobierno español de turno. Su presencia en las Bardenas y en la Base Aérea de Zaragoza se mantuvo hasta 1991, fecha en la
que se completa la entrada de España en la OTAN. A partir de entonces el polígono es utilizado por cualquier miembro de la OTAN (28 países con EE.UU. a la cabeza) implicado en guerras, con lo que el uso de este polígono de tiro se intensifica, y
así se constató, especialmente en los días y noches previas a los bombardeos en Libia, Guerra del Golfo, Balcanes o Irak.


El polígono también sirve de adiestramiento para los ejercicios del programa militar «Livex» que incluye misiones de fuerzas especiales, desembarcos anfibios, paracaidistas y ofensivas terrestres.


Hoy continúan las maniobras y bombardeos con fuego real de los ejércitos de España y del resto de países miembros de la OTAN, sin que se conozca cuál es el armamento utilizado ni los riesgos que puedan entrañar para la población, la
biodiversidad o el medio ambiente.



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Han ocurrido decenas de accidentes graves relacionados con el polígono de tiro y han sido varios los accidentes en los que los aviones estrellados o las bombas «perdidas» han puesto en grave riesgo zonas urbanas y, por consiguiente, a la
población civil de las Bardenas.


El desmantelamiento de este polígono de tiro y bombardeo es una exigencia ciudadana que se sustenta en la defensa de la paz frente al militarismo y la guerra, en la necesidad de garantizar la seguridad de la población y en la preservación de
los valores ecológicos y ambientales de un territorio protegido como reserva de la Biosfera y Parque Natural.


Pero además, hoy su cierre es también una necesidad social y económica. Hemos sufrido una despiadada crisis económica con insoportables niveles de paro y pobreza y es más urgente todavía priorizar el gasto social frente al militar.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Suspender de manera permanente la realización de maniobras militares y bombardeos del ejército español y de ejércitos de los estados miembros de la OTAN que se realizan en Bardenas, incluyendo la Operación Tormenta.


2. Desmantelar de forma inmediata el polígono de tiro de las Bardenas Reales.


3. Acordar la salida del Estado español de la OTAN así como la retirada de las bases militares extranjeras.


4. Reducir drásticamente el presupuesto militar y renunciar a la venta de armas a países que violan los derechos humanos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Bustamente Martín, Diputado.—Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000517


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su portavoz adjunta Alexandra Fernández Gómez, y las diputadas y diputados Yolanda Díaz Pérez, Ángela Rodríguez Martínez, Antón Gómez-Reino Varela y
Miguel Anxo Fernán Vello conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para ser debatida en la Comisión de Defensa relativa a la militarización con drones y actuaciones de la OTAN del
aeródromo de Rozas.


Exposición de motivos


En la provincia de Lugo, en la Terra Cha, asistimos a una preocupante espiral militarista en los últimos tiempos. El Gobierno central y la Xunta de Galicia comparten la determinación de convertir en ámbito de negocio los drones militares en
Lugo y a hacerlo en relación con la estrategia belicista de la OTAN. Así, en marzo de 2011 conocimos el establecimiento de un programa de aviones no tripulados en el aeródromo de Rozas mediante un convenio decenal con el Instituto Nacional de
Técnica Aeronáutica (INTA), organismo dependiente del Ministerio de Defensa para la investigación, el desarrollo de proyectos y la divulgación en el campo aeronáutico.


El ministerio manifestaba el inicio de las pruebas con drones del programa de la multinacional AEDS en el aeródromo de Rozas. Así, en julio de 2012 se producía la visita del general de división Ignacio Azqueta y del subdirector general de
experimentación del INTA al aeródromo lucense. De su visita se desprendía su voluntad de radicar en Rozas una de las cinco bases de pruebas que los EE.UU. prevén instalar en Europa.



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La fiscalización realizada en el Parlamento Gallego por parte de AGE siempre fue contestada con la referencia al carácter civil de los proyectos y con la bruma de la opacidad. Todo ello aun después del vuelo del Atlante, avión no tripulado
capaz de misiones tanto civiles como militares, perteneciente a AEDS, consorcio europeo líder mundial en la venta de armamento y del que fue directivo el actual ministro de defensa en funciones Pedro Morenés.


Negocio privado, puertas giratorias y militarismo estadounidense se concentran en este punto y desmienten las afirmaciones acerca del carácter civil del proyecto. En enero de 2014, el INTA publicitó la inminente firma de un convenio con la
Xunta de Galicia para mejorar los equipamientos de Rozas (cercado, torre de control, nuevo hangar, instalación de un sistema de seguridad aérea, etc.) bajo siempre el mismo relato: se trataría de actuaciones de carácter civil. Actuaciones
presupuestadas por la Xunta de Galicia en aproximadamente 10 millones de euros.


Con posterioridad, se ha constituido el denominado Centro de Investigación Aerotransportado con sede en el mismo aeródromo de Rozas. El escuadrón militar de Searcher preparó las maniobras militares de la OTAN de Zaragoza en Rozas, y a
partir de esas maniobras se explican las operaciones ulteriores de la OTAN en Parga. La deriva militar es patente. Como las mentiras acerca del carácter civil del proyecto volcadas con anterioridad.


Se desprende de todo lo anterior que la OTAN ha realizado maniobras militares en el campamento de Parga entre el 26-28 de enero de 2016. Maniobras que vulneran las condiciones de cesión forzosa de los terrenos que albergan esta base
militar, que delimitaban su uso a escuela de ingenieros y no como campo de tiro o para maniobras militares. La conexión Rozas-Parga sitúa a la Terra Cha en el centro de una estrategia militarista que no comparte la ciudadanía gallega. Y este
proceso que aúna negocios privados e impulso belicista, dinero y armas, transcurre bajo el manto de la opacidad y la falsedad sin que los representantes del pueblo podamos fiscalizar adecuadamente su desarrollo.


Por lo referido, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


«— El Congreso de los Diputados demanda al Gobierno central la inmediata paralización de las pruebas con aviones no tripulados, también llamados “drones”, y ofrecer las oportunas explicaciones a la ciudadanía sobre los fines contemplados por
el Ministerio de Defensa para el Aeródromo de Rozas en Lugo.


— El Congreso de los Diputados demanda al Gobierno central información acerca de las pruebas realizadas en el Aeródromo de Rozas y acerca del contenido del Convenio firmado entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial dependiente del
Ministerio de Defensa, el Ayuntamiento de Castro de Rei, la Diputación Provincial de Lugo y el Real Aeroclub de Lugo.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a hacer públicos los contenidos del convenio firmado por la Xunta de Galicia con el Ministerio de Defensa para el establecimiento de una base para la experimentación con drones.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que aclare qué recursos económicos, así como la procedencia de los mismos, se van a invertir en el Aeródromo de Rozas.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que informe acerca de las certificaciones y autorizaciones de la Agencia Estatal y Europea de Seguridad Aérea para la realización de las pruebas con aviones no tripulados en el
territorio gallego.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que haga las gestiones oportunas para que se publique la documentación y estudios que dan razón de la privatización del no nato y denominado Centro de Investigación de Rozas.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que haga las gestiones oportunas para que se hagan públicos los criterios respecto del plan de inversiones asociado a la privatización y las previsiones en materia de compra pública
innovadora vinculada a la industria de los drones.


— El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a que se permita constituir una delegación parlamentaria que, junto con representantes de los concellos afectados, pueda visitar las instalaciones relacionadas con el proyecto: la
sede del Instituto Nacional de Tecnología Aeronáutica (INTA), las



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instalaciones del denominado Centro de Investigación Aerotransportada del aeródromo de Rozas y la base de la sede del Grupo de Obtención por Sistemas Aéreos (GROSA).»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Yolanda Díaz Pérez, Ángela Rodríguez Martínez, Antonio Gómez-Reino Varela y Miguel Anxo Elías Fernández Bello, Diputados.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo
Parlamentario de Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000521


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de sus Diputadas y Diputados Yolanda Díaz Pérez, Miguel Anxo Fernán Vello, y a través de su portavoz Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del
Reglamento del Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Defensa, relativa a la retirada del callejero del arsenal de Ferrol de los nombres de connotados golpistas y ministros de la dictadura franquista,
en cumplimiento de la Ley 52/2007.


Exposición de motivos


La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, resulta a juicio de las múltiples entidades
y asociaciones de memoria democrática que tanto han trabajado y siguen a trabajar, pese a la desidia gubernamental, para devolvernos como sociedad la dignidad que preservaron todas aquellas personas que lucharon en defensa de las libertades
republicanas, tan tardía como insuficiente.


La norma, por señalar un ejemplo dramático, renunció a consignar la declaración de nulidad de las sentencias condenatorias del franquismo. La norma apenas ha indicado un mínimo de exigencias a los poderes públicos para acabar con el
escándalo de los monumentos, reconocimientos públicos y otras expresiones públicas elogiosas a personas responsables de la mayor violencia colectiva que se haya abatido sobre los trabajadores y trabajadoras de los pueblos que componen España.


Esta ley ha resultado con todo insuperable para un gobierno del PP que permanece enfeudado en la práctica a lealtades con aquella parte de los poderes fácticos que promovieron un golpe de Estado contra la II República Española, que nos abocó
a una guerra civil en la que con el concurso del fascismo internacional se impuso la interminable dictadura franquista, a «Ionga note de pedra» que caracterizó Celso Emilio.


Durante la dictadura, todo el territorio del Estado se llenó de símbolos alusivos al régimen victorioso en la guerra civil. Circunstancia tan execrable como entendible en el reino de la paz de los cementerios. Lo ininteligible para
cualquier razonamiento democrático es que cuando han transcurrido más de 37 años de la aprobación de una Constitución que superaba el marco legal de la dictadura siga habiendo espacios públicos que honren la memoria de personajes de la dictadura.


El calificativo que se puede aplicar a un Gobierno que incumple esta ley menor es seguro que desborda los estrechos límites de la denominada cortesía parlamentaria. Pero ese calificativo tiene que ser áspero, dada la gravedad del
incumplimiento legal en el que ha restado instalado el Gobierno de Mariano Rajoy. No se puede gobernar en una democracia siendo tibio o coqueteando con la extrema derecha por la vía de incumplir la legalidad democrática aunque éste esté plagada de
insuficiencias como es el caso.


Fruto amargo de esa mala praxis democrática, en la ciudad natal del dictador, —y en relación con los incumplimientos de la Ley 52/2007—, permanece un espacio ajeno al carácter democrático y social del actual Estado español: el callejero del
arsenal militar de Ferrol está dedicado a personas que tienen las manos manchadas de sangre de demócratas y que participaron en el golpe de Estado y ocuparon significativas responsabilidades en la dictadura franquista: Salvador Moreno Fernández,
Manuel de Vierna y Belando, José María González-Llanos y Caruncho o el marqués de Alborán, Francisco Moreno y Fernández.



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Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podern-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a retirar todas las menciones que en el callejero del arsenal militar de Ferrol honran la memoria de personas que participaron en el golpe de Estado contra la II República y que ostentaron
altos cargos públicos durante la dictadura franquista.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Yolanda Díaz Pérez y Miguel Anxo Elías Fernández Bello, Diputados.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea.


Comisión de Economía y Competitividad


161/000556


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del diputado del Partit Demòcrata Català Jordi Xuclà i Costa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión de
Economía y Competitividad, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a establecer un compromiso estable y prioritario con la inversión en actividades de I+D+i, como eje de transformación económica, creación de empleo y de superación
de la crisis.


El gasto público en actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en España ha sufrido importantes disminuciones durante el largo periodo de crisis que hemos padecido. La obligada austeridad presupuestaria aplicable a las
administraciones no se aplicó a todos los gastos, pero si se aplicó a los gastos del Estado en I+D+i.


Sin embargo, prácticamente todas las recetas recomendadas por los expertos económicos para salir de la crisis y para mejorar la capacidad de generar riqueza de una economía tienen como uno de sus pilares a la inversión en I+D+i,
especialmente en economías sesgadas hacia actividades de bajo valor añadido, como sería el caso de la economía española.


La política económica que se ha llevado a cabo para hacer frente a la crisis en España ha consistido en propiciar la reducción de empleos y salarios para ser más competitivos, una estrategia que sin duda puede aportar resultados a corto
plazo, pero que no tiene recorrido.


Para economías de base productiva, como la existente en Catalunya y otros territorios del Estado, el futuro económico del tejido productivo exige mejorar la competitividad en valor añadido, es decir, en conocimiento, en nuevos productos y
servicios, en innovación y no en costes laborales. Esta no ha sido la prioridad de la centralista política económica que ha aplicado el Gobierno Popular en España. Durante los años de crisis la economía española ha retrocedido respecto la media
europea en cuestión de inversiones en I+D+i.


Si se analizan los importes anuales de los créditos no financieros destinados a investigación, desarrollo e innovación civil consignados en los Presupuestos Generales del Estado, se observa que en 2009 estos alcanzaron su importe máximo,
pero cuando empezaron las políticas de ajuste las partidas de I+D+i empezaron a caer año tras año hasta situarse a casi en la mitad en 2013, un 44% menos que en 2009. En los vigentes presupuestos para 2016 la situación se ha recuperado levemente
pero sigue estando muy lejos, cerca del 30% por debajo de lo que eran en 2009.


Si bien es cierto que el Estado ha debido abordar restricciones presupuestarias, no es menos cierto que ha tenido libertad para priorizar en qué políticas y áreas destinaba los recursos públicos. Así, frente al «ahorro» del Estado en gastos
en I+D+i, puede observarse que la estructura de la Administración General del Estado se ha mantenido prácticamente intacta. Asimismo, en lo que corresponde a las inversiones, el hecho es bien significativo, en cada uno de los presupuestos aprobados
en los últimos 5 años se han destinado más recursos a construir líneas de alta velocidad que a inversiones de I+D+i.



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Hay que tener en cuenta que tanto la rentabilidad financiera como la rentabilidad social de las líneas de alta velocidad que se han construido en el Estado son totalmente negativas, con el consiguiente despilfarro de recursos públicos que
ello ha comportado. En la misma tónica, pero en una cantidad sensiblemente inferior, durante cada uno de los ejercicios de este periodo, se han destinado centenares de millones de euros a construir tramos de autovías por donde pasan menos de 10.000
vehículos diarios de media, cantidad a partir de la cual empieza a estar justificada la construcción de una autovía.


En consecuencia, durante los años de crisis el Gobierno ha invertido en la construcción de tramos de AVE que serán insostenibles económicamente; ha invertido en la construcción de tramos de autovías de baja circulación; y en cambio, ha
ahorrado y reducido significativamente sus inversiones y gastos en I+D+i. Podía haber recursos para la I+D+i, pero las prioridades políticas e ideológicas del Gobierno han orientado el gasto a destinar estos recursos a políticas ineficientes para
contribuir a la salida de la crisis, a la reactivación económica o a la creación de empleo.


Un problema adicional de la inversión en I+D+i es que estas políticas necesitan estabilidad, los proyectos de investigación no pueden ser tratados como proyectos de inversión en infraestructuras de transporte, que se pueden interrumpir y
retomar años después. En el caso de la ciencia, si se interrumpe la financiación de un proyecto los científicos emigran, los equipos se disgregan, con lo que su conocimiento no se aprovecha y hay que volver a empezar. Además, sin la garantía de
unos contratos a largo plazo no se puede atraer el talento.


Contrariamente a esta realidad, durante los años de crisis la Comisión Europea ha venido planteando a los países miembros que mantengan sus inversiones en I+D+i, como una de las políticas básicas para salir de la crisis y como políticas
directas de apoyo a la política industrial. Así, en buena parte de los países de nuestro entorno, durante los años de crisis se han mantenido el volumen de inversiones en I+D+i y en diversos casos las han aumentado. Así, de 2009 a 2014, últimos
año con los datos disponibles, el porcentaje en I+D+i en relación al PIB ha crecido en el conjunto de la Unión Europea del 1,93 al 2,03% mientras que en el Estado español ha disminuido del 1,35% al 1,20% del PIB.


Precisamente en aquellos países europeos con un PIB per cápita más elevado que el del estado español (Alemania, Austria, Bélgica, Países Escandinavos, Francia...) el porcentaje de inversión en I+D+i en relación al PIB también es muy superior
(entre el 3,17 i el 2,26 del PIB). Señal evidente de cuáles son las políticas que corresponde adoptar.


No es casual que debido a la importancia de la I+D+i, uno de los cinco objetivos de la Unión Europea para el 2020 es lograr que el porcentaje de inversión en investigación y desarrollo sea del 3% del PIB.


Y a corto plazo, para la economía productiva de territorios como Catalunya, teniendo en cuenta el vasto tejido de pequeñas y medianas empresas en sectores industriales y de servicios, internacionalizadas y abocadas a la exportación, urge
estimular la innovación como instrumento fundamental de mejora de la competitividad.


En el próximo futuro, no son las políticas laborales de reducción salarial las que contribuirán a mejorar la competitividad de la economía, sino las sistemáticas políticas de innovación que incorporen los procesos productivos y ello debe
estimularse con medidas tales como incentivos fiscales y apoyos crediticios, especialmente aquellas medidas adaptadas a las necesidades de las PYMES, ya que demasiado a menudo las políticas económicas del Estado han descansado más en la visión
centralista de las necesidades de lo que fueron las grandes empresas privatizadas que en la visión territorial de las necesidades territoriales del tejido productivo.


Por todo ello, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso insta al Gobierno a establecer un compromiso de política económica con la Investigación, el Desarrollo y la Innovación como motor de un nuevo modelo de economía productiva más competitivo, más estable y sostenible a largo plazo,
a la vez que con mayores capacidades de creación de empleo de calidad. Para ello y, entre otras medidas, procederá a:


1. Garantizar, en el primer proyecto de presupuesto anual que apruebe que los compromisos de gasto en I+D+i serán como mínimo equivalentes a los inicialmente aprobados para el año 2009.


2. Establecer un presupuesto plurianual vinculante, enmarcado en un plan de apoyo a las actividades de I+D+i a largo plazo que tenga como objetivo destinar el 3 % del PIB a dichas actividades a finales de legislatura.



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3. Priorizar el apoyo a la innovación como principal vector de transformación de la actividad productiva a corto y medio plazo, para mejorar competitividad en las políticas industriales, energéticas y de carácter sectorial, especialmente
para las PYMES.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Jordi Xuclà i Costa, Diputado.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000168


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre el 0,7% del IRPF destinado a fines de interés social sea tramitada en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y trasladar a la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, comunicando este acuerdo a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, al Gobierno y al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa y
publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.—La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016.


161/000274


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre la rebaja del IVA en productos de higiene íntima femenina, así como en pañales para infancia y adultos, sea tramitada en la Comisión de Igualdad.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y trasladar a la Comisión de Igualdad, comunicando este acuerdo a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, al Gobierno y al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa y publicar en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales.



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En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.—La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 19, de 22 de septiembre de 2016.


Comisión de Fomento


161/000500


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del diputado del Partit Demòcrata Català, Lourdes Ciuró i Buldó, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la Comisión
de Fomento, una Proposición no de Ley relativa a la elaboración de un mapa de viviendas vacías en manos de la SAREB y del fondo social, y a la transformación del fondo social de vivienda para cubrir la demanda de vivienda social existente.


Desde inicios del año 2008 se han producido anualmente decenas de miles de lanzamientos de personas de sus viviendas, según las estadísticas publicadas por el Consejo General del Poder Judicial.


Demasiado a menudo, los desahuciados son familias que han perdido el empleo o que han avalado créditos de hijos y familiares. Muchos son pensionistas y generalmente no tienen otro lugar donde habitar.


Esta realidad coincide con la existencia de infinidad de viviendas vacías propiedad de promotores en quiebra, de entidades financieras, procedentes de ejecuciones hipotecarias, o fondos de inversión, que las han adquirido a lo largo de todo
este periodo.


Esta es una de las consecuencias más negativas de la crisis económica y financiera que afecta al Estado español. Las personas que sufren una ejecución hipotecaria y pierden la vivienda a menudo siguen manteniendo una elevada deuda con la
entidad financiera que difícilmente podrán devolver. Esto conlleva a que, en muchos casos, estas familias quedarán condenadas a vivir en el umbral de la pobreza de por vida y a depender en buena parte de los servicios sociales.


Ha sido la crisis, la pérdida de empleo y de actividad económica lo que ha propiciado esta situación, pero debe recordarle también que la regulación de la actividad financiera había sido excesivamente laxa en lo que se refiere a la concesión
de hipotecas que nunca debieran haberse otorgado.


¿Dónde está la acción de los poderes públicos destinada a promover las condiciones necesarias y las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada?


¿Qué soluciones se han adoptado para dar salida a un parque de viviendas vacías que evite la exclusión residencial?


Desde el inicio de la crisis se han abierto más de 350.000 procedimientos de ejecución hipotecaria y de desahucios, de los cuales 172.000 se han ejecutado. Quedan más de 178.000 casos pendientes de ser ejecutados, aparte de los que irán
incorporando a medida que avance la crisis.


Las normas que regulan el impacto de los desahucios sobre las familias se han ido adaptando a la nueva jurisprudencia estatal y europea ofreciendo soluciones a situaciones donde anteriormente el desahucio operaba de forma automática.


A pesar de ello, un importante problema a resolver radica en las personas que han sufrido el lanzamiento de su vivienda habitual y, por la precaria situación económica que padecen, sufren exclusión social residencial.


Existe una gran necesidad de vivienda en alquiler social que contrasta y coexiste con un gran parque de viviendas vacías en todo el territorio.


Nos referimos, sobre todo, a las viviendas, procedentes de ejecuciones hipotecarias en municipios con demanda, que están en posesión de la SAREB, el denominado «banco malo», de fondos de inversión que han adquirido paquetes de viviendas a
entidades financieras y a las mismas entidades financieras que actualmente no están dando ningún uso al mismo.



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Es preciso habilitar mecanismos para facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos que sufren exclusión residencial.


Es cierto que ya se han dado pasos en esta dirección, por ejemplo, en Catalunya, se han firmado convenios con la SAREB, Catalunya Caixa y Bankia para que cedan, inicialmente, 1.230 viviendas vacías para que se destinen al alquiler social.
Sin duda un número importante, pero insuficiente.


Urge ampliar este tipo de actuaciones de forma genérica, ya que una sociedad cuyos ciudadanos se encuentren amparados por políticas de vivienda digna siempre será capaz de hacer frente a la crisis con mayor solidez que una sociedad
desestructurada, con miles de familias desahuciadas, conviviendo en ciudades donde también hay miles de viviendas vacías, ocupaciones ilegales, viviendas que no se pueden mantener adecuadamente y que, consecuentemente, generan problemas e
inseguridad.


El 17 de enero de 2013 se creó el Fondo Social de Viviendas para dar respuesta más generalizada a esta problemática, pero la gestión del mismo no está siendo eficiente ni eficaz por, entre otras razones, el grave desequilibrio entre las
zonas de mayor demanda y la ubicación de las viviendas existentes, así como el estado de conservación y habitabilidad de las mismas no ha sido el adecuado.


Es por ello necesario arbitrar nuevas medidas: por un lado, debería impulsarse la elaboración de un mapa del parque de viviendas vacías de todo el Estado, procedentes de ejecuciones hipotecarias, propiedad de entidades financieras y fondos
de inversión, en municipios con demanda, a efectos de conocer la disponibilidad real de activos inmobiliarios en condiciones de ser habitados para destinarlos a vivienda social.


En segunda instancia, debe transformarse el Fondo Social de Viviendas, constituido el 17 de enero de 2013, para que sea un instrumento efectivo y cumpla con la finalidad con la cual fue creado: actuar en beneficio de los colectivos
desprotegidos por una situación de desahucio sobrevenida. En concreto, debe sustituirse el fondo por un Parque de Viviendas Sociales formado por las viviendas de las entidades financieras y los fondos de inversión, procedentes de ejecuciones
hipotecarias, susceptibles de ser destinadas a alquiler social. Estas viviendas deben ser gestionadas por las comunidades autónomas y los ayuntamientos, en colaboración con las entidades sociales.


Por todo ello, los diputados y diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Elaborar un mapa del parque de viviendas vacías que, procedentes de ejecuciones hipotecarias, actualmente son titularidad de la SAREB y de las que están aportadas al Fondo Social de Vivienda, a los efectos de conocer cuál es su situación
en relación a su disponibilidad y ubicación a los efectos de poder ser destinadas a alquiler social por un tiempo determinado.


2) Transformar el Fondo Social de Viviendas en un Parque de Viviendas Sociales, formado por las viviendas detectadas en el mapa elaborado cedidas por sus titulares de forma temporal, en función de los municipios en los que haya demanda real.
Dichas viviendas cedidas al Parque de Viviendas Sociales, serán gestionadas por las Comunidades Autónomas, en colaboración con los servicios sociales autonómicos y municipales.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Lourdes Ciuró i Buldó, Diputada.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000501


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para garantizar la accesibilidad universal del transporte
ferroviario en España, para su debate en la Comisión de Fomento.



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Exposición de motivos


La Accesibilidad Universal es un derecho fundamental de todos los españoles. Por ello, es necesario que nuestras infraestructuras se adecuen a todos los ciudadanos, requieran o no, actuaciones especiales. En el ámbito del transporte, nos
encontramos a un colectivo de personas muy concreto que demanda especial atención, son las personas con movilidad reducida.


En el seno europeo, se considera una persona con movilidad reducida, aquella persona cuya movilidad esté limitada, temporal o permanentemente, debido a cualquier discapacidad física, ya sea sensorial o locomotriz, deterioro de las facultades
intelectuales, o cualquier otra causa de discapacidad, al utilizar un medio de transporte y cuya situación requiera una atención especial y la adaptación de aquellos servicios que se encuentran a disposición de todos los pasajeros, a las necesidades
de esa persona.


La accesibilidad, en el tema que nos ocupa, es clave para poder asegurar y facilitar una vida digna a todos los ciudadanos, sin caer en ningún tipo de discriminación, en el ámbito de su vida cotidiana. Desde la Convención Internacional
sobre los Derechos de la Personas con Discapacidad, de la ONU, que España ratificó el 3 de mayo de 2008, se define el concepto de accesibilidad como «aquellas medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad
de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso
público, tanto en zonas urbanas como rurales».


A menudo, relegamos a las personas con discapacidades al carácter de especialidad, pero según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía personal y situaciones de Dependencia (EDAD), del año 2008, elaborada por el Instituto Nacional de
Estadística (INE), tan solo en España, contamos con 3,8 millones de personas con discapacidad, lo que supone el 8,5% de la población. Y con respecto a Andalucía, la cifra se elevaba hasta el 9,8%. Este dato no es para nada despreciable, por lo que
es de obligatorio cumplimiento atender a sus necesidades. De estas personas, 1,39 millones, no podían realizar alguna de las actividades básicas de la vida diaria sin ayuda. Dicho estudio muestra una realidad bastante dura cuando cataloga la
movilidad como el primer problema de discapacidad, ya que afecta a un 6,0% de la población, donde la restricción para desplazarse fuera del entorno del hogar, afecta a dos de cada tres personas que sufren este tipo de problema.


Si tomamos como referencia otro estudio, concretamente la Encuesta de Integración Social y Salud (EISS), elaborada por el INE en el año 2012, 1.440.070 personas mostraban problemas de discapacidad para hacer uso del transporte público, lo
que representa un porcentaje del 34,0%. La franja de edad en la que mayor predominancia surgen las dificultades para acceder al transporte, una vez más, se refleja en las personas de la tercera edad.


Todo esto sin contar las personas que de modo circunstancial tienen limitados sus movimientos, por ejemplo, por portar carritos de bebé o por haber sufrido lesiones o enfermedades de carácter temporal.


En materia legislativa, no fue hasta el año 1982 cuando España se implicó plenamente con la discapacidad, elaborando el texto de la Ley 13/1982 sobre Integración Social de las Personas con Discapacidad, amparándose en la Constitución
Española. A raíz de este texto, surgieron diferentes leyes como la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, o incluso la Ley 49/2007 que establecía
un régimen de infracciones y sanciones. Han sido numerosos textos los que en diferentes rangos, han establecido normas y directrices en materia de discapacidad. Tanto es así, que el año 2007, la Asamblea General de la Naciones Unidas, en su ya
mencionada, Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, puso de manifiesto la necesidad de universalizar los derechos de los mismos.


Con este espíritu de universalización de derechos, en diciembre de 2013, España refundió la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, la cual cita en su cuerpo que no tiene otro objeto que el de
«garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la
promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal...» Como principios, se rigen, según el artículo 3 de la misma, «el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individua, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y
la independencia de las personas», así como «La vida independiente y la no discriminación».


Por todo ello, creemos de obligatorio cumplimiento emprender las acciones pertinentes para las mejoras en materia de accesibilidad, al amparo de la legalidad vigente, que se sustenta en el Real Decreto



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1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, el cual recoge en su Anexo I, las
condiciones básicas de accesibilidades del transporte ferroviario y que dice textualmente: «serán de aplicación a las áreas de uso público y al material móvil de todos los sistemas de transporte ferroviario con las especificaciones que en él se
indican. Entre ellas, se deberán cumplir las disposiciones establecidas en las especificaciones técnicas de interoperabilidad (ETI) sobre accesibilidad de las personas de movilidad reducida que están vigentes según las normas de la Unión Europea».


Es el momento de acometer las acciones e inversiones que garanticen la accesibilidad universal en el siglo XXI, y por ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Exigir y requerir al Ministerio de Fomento, ADIF y Renfe, un Plan de Medidas Urgentes para que se desarrolle y garantice la Accesibilidad Universal en la red ferroviaria española.


2. Dotar presupuestariamente dicho Plan para el obligado cumplimiento del Gobierno español en materia de accesibilidad, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de septiembre de 2016.—Irene Rivera Andrés, Diputada.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000503


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para mejorar el servicio ferroviario y el traspaso integral de estas
infraestructuras ferroviarias en Catalunya, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El caos ferroviario en Catalunya viene de lejos y los estudios realizados por expertos, plataformas, administraciones locales y catalana apuntan en una clara dirección: la falta de mantenimiento e inversión. La larga lista de problemas que
acumula el tráfico ferroviario en la sexta área metropolitana de la Unión Europea tienen su epicentro en la red de cercanías y regionales. Estos dos servicios acumulan la mayor parte de las incidencias registradas en la red de transporte público.


En 2015, Adif registró en su estadística oficial 302 incidencias en «Rodalies», contando solo las que acumulan al menos 100 minutos de retraso en uno o varios servicios. De ellas, el 29% es directamente imputable a problemas de la
infraestructura. La cifra, similar a la de 2014, implica que uno de cada 4 días los servicios de «Rodalies» sufrieron incidencias considerables debido a la infraestructura de Adif.


Esta constante de fallos repercute en la satisfacción de los usuarios. Según la encuesta de Calidad Percibida de Renfe de 2014, las Rodalies de Catalunya es el servicio de la compañía a la que los usuarios le otorgan peor puntuación, un
6,68 que queda casi un punto por debajo de la media. Una encuesta publicada por la OCU en 2015 reafirmaba datos similares.


De las 8 ciudades analizadas por la organización de consumidores, Barcelona era la que salía peor parada, con 57 puntos, 5 por debajo de Murcia, que quedaba en penúltima posición. Entre 2006 y 2012 la cifra de usuarios de «Rodalies» cayó un
13%, unos años en los que los viajeros en metro y Ferrocarriles de la Generalitat aumentaban en porcentajes de hasta el 20%.


La antigua red de Renfe, ahora Adif, cosen la región más allá de la comarca del Barcelonés, y se extienden de forma radial desde la capital. Respecto a las «Rodalies», que utilizan la infraestructura de Adif, cuentan con 6 líneas que suman
unos 470 kilómetros y transportan unos 400.000 viajeros al día en 77 municipios.



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Esta red tiene importantes problemas de congestión, sobre todo en su epicentro, por el túnel de plaza Catalunya y paseo de Grácia y en el tramo Sants-Catalunya. Ambos pasos tienen una capacidad de 19 trenes a la hora y, en la segunda,
incluso circula un tren por encima de su capacidad en algunos momentos del día, ralentizando la circulación.


Según un informe presentado por el Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat de Catalunya en julio de 2012, en los últimos 20 años no se había hecho ninguna nueva línea ni ampliación, quitando 3 kilómetros de desdoblamiento
para mercancías, y solo se habían construido 5 nuevas estaciones.


Para lo que sí hubo planes es para la mejora de las cercanías, un servicio que todo el mundo reconoce como estratégico para la movilidad del área. El ambicioso Plan Rodalies Barcelona 2008-2015 fue aprobado en febrero de 2009 y preveía una
inversión de 4.000 millones, con la construcción de 14 estaciones, una línea y varios desdoblamientos. 7 años después, los expertos estiman su ejecución real en un 10%.


Adif ha ejecutado en 2015 un total de 31,7 millones de euros de los 118,4 que estaban presupuestados.


En la provincia de Tarragona los servicios de regionales, básicamente las líneas R15 y R16, son las más utilizadas por los usuarios del ferrocarril del Campo de Tarragona con más de tres millones de pasajeros al año entre el conjunto de las
estaciones del Camp de Tarragona.


La R 15 de Riba-roja/Reus hasta Barcelona con 18/19 circulaciones en cada sentido en días laborables, la mayor parte de las cuales tienen origen y destino Reus (10/11).


La R 16 desde Ulldecona/Tortosa hasta Barcelona con 24/27 circulaciones con origen y destino en Port Aventura (8/9), Cambrils (8/9) y Tortosa (8/9).


Estas dos líneas han sufrido una disminución de viajeros significativa entre los años 2004 y 2014 (último años con datos completos) que en caso de Tarragona ciudad se cuantifica en la pérdida de 358.000 viajeros/año por este medio de
transporte, un 21,4% de los viajeros. Otras poblaciones como Reus (-12,1%), Salou (-16,6%) y Torredembarra (-25,8%) muestran también un descenso preocupante en el número de viajeros. Entre las causas de esta disminución podemos apuntar la poca
fiabilidad de las dos líneas con constantes interrupciones y retrasos y el aumento en el tiempo de recorrido debido de básicamente al envejecimiento progresivo del material móvil utilizado y la carencia de inversiones en la infraestructura viaria.


Renfe ha invertido el 5,1% de los 115 millones presupuestados, con estos datos se entiende la desastrosa situación de la R16 y de la R15. Según los expertos el atraso histórico es tan importante que incluso mejorando ostensiblemente las
inversiones ahora el problema persistirá al menos durante los próximos años.


Para minimizar el problema entendemos necesario el traspaso integral de estas infraestructuras ferroviarias, de los medios materiales y humanos vinculados, y la dotación económica correspondiente, tanto para su administración y mantenimiento
como la correspondiente a las inversiones necesarias para su adecuación y mejora.


Es de resaltar que el Tribunal Constitucional confirma que el criterio territorial debe complementarse con el del interés general, en su caso, y esto es trascendente, con el del interés autonómico, en los siguientes términos:


«Cuando las infraestructuras ferroviarias sean de interés general la competencia para su ordenación y su realización corresponde al Estado (art. 149.1.24 CE), y cuando sean de interés de una Comunidad Autónoma, la competencia corresponderá
a esta Comunidad (art. 148.1.4 CE).»


La doctrina fijada en la materia por el Tribunal Constitucional señala, respecto a la delimitación de las líneas que pueden ser susceptibles de ser traspasadas, que:


«La simple circunstancia de que el itinerario de una línea férrea atraviese más de una Comunidad Autónoma no debe determinar por sí sola la incorporación de esta línea en la red estatal.»


A lo que añade, en el sentido de enunciar de qué manera se pueden complementar las competencias de ambas administraciones sobre una infraestructura ferroviaria que exceda del territorio autonómico:


«No se trata de que, en virtud de la flexibilización de una concepción rígida del criterio territorial, una comunidad autónoma pueda extender su competencia a una infraestructura ferroviaria que se encuentre fuera de su territorio, sino de
que la cooperación y la coordinación de las entidades competentes son



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imprescindibles para alcanzar la finalidad plenamente constitucional de la integración de las redes férreas que resulten de la competencia estatal y autonómica.»


En este sentido hay que tener en cuenta que la Administración General del Estado ha determinado qué líneas ferroviarias integran la Red Ferroviaria de Interés General (REFIG) mediante la Orden FOM/710/2015, de 30 de enero, por la que se
aprueba el Catálogo de líneas y tramos de la REFIG.


Por lo tanto, es una norma de rango reglamentario, una Orden del Ministerio de Fomento, la que determina y concreta, en base a los criterios fijados por la Ley, qué líneas ferroviarias resultan calificadas de interés general, como integradas
en la REFIG.


De acuerdo con el marco constitucional y estatutario expuesto, y con el fin de garantizar la adecuada prestación de estos servicios ferroviarios, resulta necesario que la Generalitat de Catalunya asuma la competencia plena sobre las
infraestructuras ferroviarias que sean de interés para Catalunya, con la dotación económica correspondiente y la adscripción de los medios materiales y humanos necesarios.


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados acuerda instar al Gobierno a:


1. Completar el Plan de infraestructuras ferroviarias de Rodalies de Barcelona 2008-2015, con una inversión prevista de 4.000 MEUR aprobado el 20 de febrero de 2009 por el Consejo de Ministros.


2. Aprobar un Plan de inversiones a corto plazo en infraestructura, estaciones y material móvil para mejorar las líneas más utilizadas, R14, R15 y R16 para conseguir unos trenes dignos, fiables, cómodos y accesibles.


3. Acordar con el Gobierno de la Generalitat de Catalunya el traspaso integral de las infraestructuras ferroviarias, de los medios materiales y humanos vinculados, y la dotación económica correspondiente, tanto para su administración y
mantenimiento como la correspondiente a las inversiones necesarias para su adecuación y mejora.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Félix Alonso Cantorné, Diputado.—Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000520


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su portavoz adjunta, Alexandra Fernández Gómez, y las diputadas y diputados Yolanda Díaz Pérez, Ángela Rodríguez Martínez, Antón Gómez-Reino Varela y Miguel Anxo
Fernán Vello, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para ser debatida en la Comisión de Fomento y Vivienda relativa a la supresión del servicio ferroviario que conecta Lugo con
Bilbao.


Exposición de motivos


Recortar para empeorar el servicio ferroviario convencional es el modo de funcionamiento dominante en la empresa pública Renfe en relación a Galicia. Conocemos ahora la decisión de dicha empresa de suprimir la conexión a Euskadi, que de
manera indirecta se mantenía desde Lugo a través del enlace en Monforte con el tren Vigo-Bilbao/Hendaya. Este servicio se suprimió el último domingo de enero del presente año. La motivación para llevarlo a cabo se sitúa entre el abandono y el más
atroz economicismo. Sin embargo, lo que no entra dentro de la hoja de cálculo de los gestores del PP es ofrecer explicaciones a la ciudadanía ante la pérdida de este servicio público. Lugo ya perdió hace varios años la conexión directa con
Euskadi. La fórmula de compromiso, hasta ahora planteada, pasaba por la venta de billetes en la estación lucense y la realización de un transbordo en Monforte. De esta manera cualquier incidencia horaria en ese enlace era responsabilidad de la
empresa. A partir de lunes 1 de febrero, la empresa evita asumir responsabilidades cancelando esta opción. Para poder coger el tren a Bilbao en Monforte, una



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persona usuaria del ferrocarril en Lugo tendrá que emplear varias horas para subirse primero, a un tren previo que la obligará a aguardar dos horas en Monforte a la llegada del intercity de Vigo.


Todo ello se realiza por no mantener el horario del enlace que había hasta ahora (tren Alvia de las 10.57 horas) o por no modificar en cinco minutos el horario que entró en vigor ese lunes.


Lugo sufre una pésima situación en materia de servicios ferroviarios: falta de una conexión adecuada con Coruña y Compostela, además de los enlaces a León y Ponferrada. Las inversiones acometidas para la realización de la estación
intermodal de Lugo no se rentabilizarán con estos cálculos economicistas, fase previa, quizás, al verdadero objetivo perseguido por el Ministerio de Fomento: una hipotética supresión de la conexión diurna con Madrid.


Por todo lo señalado, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las gestiones oportunas para que el Ministerio de Fomento rectifique una decisión que lastima innecesariamente los derechos de la ciudadanía lucense a disponer de una conexión
ferroviaria con Euskadi.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Yolanda Díaz Pérez, Ángela Rodríguez Martínez, Antonio Gómez-Reino Varela y Miguel Anxo Elías Fernández Bello, Diputados.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000535


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los Diputados de Compromís, don Joan Baldoví y don Enric Bataller, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición
no de Ley para la mejora de la financiación del transporte público metropolitano y para la movilidad sostenible, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


En aras a hacer de Valencia una ciudad más eficiente y más respetuosa con el medio ambiente, y a situar la ciudad al mismo nivel que las grandes urbes españolas y europeas que apuestan de manera decidida por la mejora del transporte público
urbano, es necesario incrementar la inversión pública para ofrecer un mejor y más digno servicio a la ciudadanía.


El gobierno actual de la ciudad de Valencia ha manifestado en repetidas ocasiones su firme apuesta por promover la movilidad sostenible, por luchar contra el cambio climático y por llevar a cabo un cambio del actual modelo de movilidad. Un
modelo que genera muchos efectos negativos sobre la salud de las personas, la contaminación y congestión de las ciudades, la dependencia energética del petróleo y el consiguiente déficit de la balanza de pagos.


El transporte público es una necesidad de primer orden para un desarrollo sostenible y, como tal, debe ser considerado una prioridad a todos los niveles. Un buen sistema de transporte público significa movilidad urbana más eficiente y un
mayor y mejor desarrollo económico para las ciudades. Cabe destacar que el transporte público es cuatro veces más económico que el privado y representa, además, uno de los pilares básicos para conseguir que la movilidad en las ciudades sea más
sostenible.


A día de hoy, España continúa siendo uno de los países europeos que no cuentan con una Ley Estatal de Financiación del Transporte Público, lo que supone que dicha financiación está sometida a variaciones y disminuciones drásticas como las
que ha venido padeciendo la ciudad de Valencia. La única referencia legislativa en este sentido queda recogida en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local que, desde el año 1985, determina que los municipios con más de 50.000 habitantes
deben prestar un servicio de transporte colectivo. En la disposición adicional decimoquinta invita a que los Presupuestos Generales del Estado incluyan crédito a favor de las entidades locales para este propósito.



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Actualmente, el Consistorio de la ciudad de Valencia destina 60 millones de euros para el transporte público de la ciudad; una cifra que podría verse incrementada de recibir la partida presupuestaria del contrato-programa que el Gobierno
central ha venido negando desde el año 2002 para subvencionar el transporte metropolitano como el que tienen las grandes áreas metropolitanas de Madrid (126 millones de euros recibidos del Estado en 2016) y Barcelona (98 millones). Se calcula que
dicha desinversión hacia el Área Metropolitana de Valencia ha supuesto la pérdida de más de 400 millones de euros que podrían haber financiado la mejora del servicio que prestan los sistemas de transporte público del área metropolitana, que a partir
del 1 enero 2017 estará dotada de un organismo de gestión y planificación del transporte, la Autoridad Metropolitana del Transporte, que está llamado a ser el verdadero instrumento para impulsar la intermodalidad del transporte en el área
metropolitana de Valencia.


El transporte público urbano en España tiene un equilibrio más que razonable entre tarifa y subvención, en comparación con los países que nos rodean. La política tarifaria de los últimos años nos ha acercado a los valores medios de nuestro
entorno; es más, si tenemos en cuenta la renta per cápita y el PIB, las tarifas del sistema de nuestras ciudades están ya en su punto máximo.


Con esta Proposición no de Ley no se pretende obtener únicamente un mayor subsidio, sino también una mayor implicación ciudadana en los objetivos de mejora del mismo y avance hacia un transporte público plenamente eficiente y competitivo;
hacia un transporte que garantice el acceso social a la movilidad, a unas ciudades más sostenibles, más verdes, más habitables y con mayor calidad de vida.


Proposición no de Ley


«El Congreso insta al Gobierno a:


1. Incorporar en los Presupuestos Generales del Estado 2017 una partida para el Contrato Programa del transporte del área metropolitana de Valencia, que solucione el agravio comparativo que sufre esta ciudad históricamente, y que
contribuirá a dotar a la Autoridad Metropolitana de Transporte de los recursos necesarios para un eficaz funcionamiento.


2. Elaborar una Ley de Financiación del Transporte Público, que incluya la participación de todos los niveles de gobierno en coherencia con las recomendaciones de la Unión Europea, y que garantice la estabilidad de recursos a los
municipios.


3. Elaborar una Ley de Movilidad Sostenible de acuerdo con la protección del territorio, el urbanismo sostenible, la vinculación del urbanismo a la movilidad y la financiación del transporte público.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Joan Baldoví Roda y Enric Bataller i Ruiz, Diputados.—Ignasi Candela Serna, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000536


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley, relativa
a la realización de un estudio informativo del corredor de la AP-1 entre Burgos y Miranda de Ebro del tráfico tanto ligero como pesado que soportará a partir de noviembre de 2018 cuando concluya la concesión, para su debate en la Comisión de
Fomento.


Exposición de motivos


La voluntad de los distintos grupos parlamentarios recogió, en la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados de diciembre de 2014, las demandas que, desde hace varios años, vienen realizando ciudadanos, plataformas, asociaciones y
ayuntamientos de la provincia de Burgos respecto a que gobierne quien gobierne no se prorrogue la concesión de la autopista AP-1, una vez finalice su vigencia en noviembre de 2018.


Esta modificación afectará sensiblemente el flujo de circulación a través de la actual AP-1, tanto de vehículos ligeros como pesados, que se incrementará notablemente. Se estima que el tráfico de vehículos por la N-1 en estos momentos
supera los 9.500 diarios. Gran parte de ese flujo se desviará por la AP-1 .



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Por ello, y al objeto de adecuar la funcionalidad de la AP-1 a su futura carga de tráfico, a la vez que garantizar la seguridad vial, es necesario elaborar un estudio informativo que permita contar con un diagnóstico precios de las
necesidades a ejecutar a corto y medio plazo, así como la evaluación y concreción de las actuaciones necesarias para garantizar la conectividad con los diferentes núcleos de población y asegurar la cohesión territorial.


Por otro lado, la AP-1 forma parte de la Red Transeuropea de Transportes (RTE-T), concretamente de la carretera europea E-05 que en el tramo español une Irún con Algeciras a través de diferentes carreteras enlazadas. La condición de la AP-1
como parte de esta red conlleva que pueda ser cofinanciada por la Unión Europea y por los Estados miembro. Una ayuda económica de la Unión que actúa de catalizadora mientras los Estados miembros aportan la mayor parte de los fondos.


Desde enero de 2014, la Unión cuenta con una nueva política de infraestructuras de RTE-T específica, con un presupuesto de más de 33.000 millones de euros hasta 2020: el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE).


El MCE tiene como objetivos apoyar la ejecución de los proyectos de interés común encaminados al desarrollo y construcción de infraestructuras y servicios nuevos o a la mejora de infraestructuras y servicios existentes en los sectores del
transporte. Asimismo, eliminar los cuellos de botella y realizar conexiones donde no existan. Por tanto, una buena parte de los fondos se destinan a carreteras como la AP-1.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España:


A realizar un estudio informativo del tráfico tanto ligero como pesado que soportará el corredor de la AP-1 entre Burgos y Miranda a partir de noviembre de 2018 cuando concluya la concesión. En dicho estudio se evaluarán y concretarán con
detalle las actuaciones a realizar en el corredor, así como la permeabilidad del mismo tanto de entrada como de salida a los distintos núcleos de población.


A priorizar la carretera E-05 como un eje de comunicación estratégico para España y, de esta manera, realizar todas las acciones necesarias en el seno de la UE para que esta participe en la financiación del estudio o estudios informativos y
en loa ejecución del proyecto de mejoras resultante mediante su inclusión en el Mecanismo “Conectar Europa” (MCE) 2014-20.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Esther Peña Camarero, Diputada.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000543


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Marta Sorlí Fresquet y don Joan Baldoví Roda, Diputados de Compromís, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición no de Ley de adaptación de todos los
trenes y estaciones para personas con diversidad funcional para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La accesibilidad es la posibilidad de tener acceso, paso o entrada a un lugar o actividad sin ninguna limitación por razones de diversidad funcional. La accesibilidad en los transportes es fundamental para que la gente con diversidad
funcional tengan las mismas oportunidades que el resto.


La Constitución española recoge en su artículo 49 que «hay que tener en cuenta la existencia en nuestra sociedad de un círculo considerable de personas que tienen algún tipo de diversidad funcional, psíquica o sensorial, lo cual hace
necesaria una política de previsión e integración de esas personas».


De la misma manera el Real Decreto 1544/2007 establece las condiciones y el plazo de aplicación de las medidas para el transporte ferroviario como por carretera para hacer posible la accesibilidad de las personas con diversidad funcional.



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«Cumplimiento de la ley en las estaciones de tren:


a) Las estaciones que soportan un tránsito superior a 1.000 personas/día de media anual o las de capitales de provincia en un plazo no superior a 8 años desde la entrada en vigor de la ley.


b) Las estaciones de tránsito menor o igual a 1000 personas/día y superior a 750 viajeros/día tendrán que cumplir solo algunas de las especificaciones apuntadas en un plazo no superior a 13 años.


c) Estas medidas son aplicables a las estaciones nuevas o las existentes que sufran modificaciones estructurales en el plazo de 2 años desde la entrada en vigor del Real Decreto.


Cumplimiento de la ley en estaciones de autobuses y los vehículos:


a) Las estaciones de autobuses y intercambiadores existentes que soportan un tránsito superior a 1.000.000 personas anuales y las estaciones de las capitales de provincia tienen que cumplir las condiciones apuntadas, íntegramente, en un
plazo no superior a los 8 años desde la entrada en vigor de la ley.


b) Las estaciones y intercambiadores con tránsito igualo inferior a 1.000.0000 de personas anuales, se adaptarán a las medidas referidas en un plazo no superior a los 13 años desde la entrada en vigor del Real decreto.


c) Las nuevas estaciones de autobús y intercambiadores serán accesibles, cumpliendo las condiciones básicas indicadas, a partir de los 2 años de la vigencia del Real decreto.


d) Las condiciones de accesibilidad exigidas para los autobuses se incluirán, con carácter de mínimos, en todos los pliegos de condiciones de las concesiones de los servicios de transporte.


e) Autobuses y servicios de líneas con un tránsito inferior a un millón de personas por kilómetro y año y la ruta más larga no supere los 100 kilómetros, solo se exigirán las previstas en las normas del anexo 1V.2, apartados 1.b) aI1.y) y 2
c).


Cumplimiento de la ley en el transporte urbano y en las estaciones:


a) Los autobuses urbanos tendrán que cumplir las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos.


b) Los plazos de cumplimiento en las paradas existentes de los servicios de transporte urbano y suburbano en autobús se adaptarán a las disposiciones de las condiciones básicas de accesibilidad establecidas en un plazo no superior a 4 años,
en todos los casos.»


A pesar de esto y de que han pasado 11 años, gran parte de estas medidas siguen sin aplicarse, o solo se han aplicado parcialmente.


Es por ello que presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso insta al Gobierno a:


1. Revisar el RD 1544/2007 para saber qué medidas han sido adoptadas en su totalidad, cuáles parcialmente, y cuales todavía no se han aplicado en absoluto y aplicarlo en su integridad.


2. Establecer un calendario de adaptación de estaciones de tren y autobuses que permita finalizar todas las obras pendientes en 2020, dotando presupuestariamente dichas obras en los próximos PGE desde el 2017 al 2020.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Joan Baldoví Roda y Marta Sorlí Fresquet, Diputados.—Ignasi Candela Serna, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000552


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la



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finalización de los trabajos de ejecución del tren de alta velocidad en el tramo del llamado «Nudo de Bergara» de la «Y Vasca», para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El llamado «Nudo de Bergara» constituye el núcleo central del tramo del Proyecto de Tren de Alta Velocidad que discurre por el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV en adelante).


Dicha línea de Alta Velocidad, que tendrá una longitud a su finalización cercana a los 180,5 km (sin contar el acceso a las capitales), y que integra la vía Vitoria-Bilbao-San Sebastián y frontera francesa, tiene como objeto convertirse en
nueva infraestructura de unión de las tres capitales de la CAPV, a la vez también de formar parte de la rama atlántica del proyecto prioritario n.º 3 de la Unión Europea, dando continuidad a la línea Madrid, Valladolid, Vitoria, frontera francesa,
que a su vez integra el eje peninsular hasta Lisboa, del llamado Corredor Atlántico de dicha línea de Alta Velocidad. De modo complementario, además, permitiría la interconexión de dicho eje y de las tres capitales citadas con la capital del Reino
de Navarra, Pamplona, a través del llamado «Corredor navarro».


Así pues, dicho tramo del proyecto se sitúa, desde el punto de vista geográfico, en el espacio central que integra los tres territorios históricos que constituyen la CAPV y, en términos aún más descriptivos, constituye su núcleo, en cuanto
es la infraestructura en la que se da el punto de unión de los tres brazos provenientes de Gipuzkoa, Araba y Bizkaia.


En abril de 2006, la Administración General del Estado, el Gobierno Vasco y ADIF firmaron un convenio de colaboración, mediante el cual se acordaba que la redacción de proyectos y el encargo de su ejecución sería abordado por una u otra
administración atendiendo a los diferentes tramos proyectados, y encomendando la ejecución de algunos de ellos a la administración general de la CAPV, Además, se acordó que la financiación de los tramos cuya ejecución correspondería al Gobierno
Vasco, se atendería a través de mecanismos previstos en la Ley 12/2002, del Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco.


Debido a su complejidad, el tramo del «Nudo de Bergara» se subdividió en cinco subtramos. Todos los proyectos correspondientes a los cinco tramos en que se divide fueron aprobados a finales del año 2012, y su licitación se produjo en
diferentes procedimientos autorizados por el Consejo de Ministros con fechas 30 de abril y 19 de septiembre 2014, y 27 de febrero de 2015.


Sin embargo, las obras de ejecución de esos cinco tramos han estado paralizadas desde su inicio —ni siquiera llegaron a arrancar—, como con secuencia de que el presupuesto de licitación planteado por el Ministerio de Fomento se redujo, en su
adjudicación final, en cantidades cercanas al 50 %, lo que nos lleva a entender que aquellas ofertas hubieran debido ser desestimadas como bajas temerarias.


En la última reunión de la Comisión interinstitucional de seguimiento de la encomienda de gestión (julio 2016), el Ministerio de Fomento y ADIF trasladaron al Gobierno Vasco que los contratos de dichas obras se iban a resolver, para a
continuación proceder a licitar las obras de nuevo «a finales del presente año 2016». Al mismo tiempo, se les adelantó que se plantea un nuevo sistema constructivo, en concreto realizar los túneles de este tramo mediante tuneladoras, lo que
requeriría de nuevos proyectos constructivos y, por ello, nuevos plazos para su tramitación.


A dicho efecto y teniendo en cuenta que algunos de estos subtramos requieren para su ejecución un plazo no inferior a 48 meses, parece no ya difícil, sino imposible, que el plazo de ejecución para dichas obras adelantado por la Ministra de
Fomento, el Ministro de Fomento en funciones y el Presidente de Gobierno en el debate de su fallido intento de investidura, que habían precisado para su finalización el año 2019, pueda ser cumplido.


Las anteriores consideraciones nos llevan a deducir el más que posible incumplimiento de los compromisos adquiridos para la correcta ejecución del proyecto, por lo que al Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) en el Congreso, interesa la
aprobación de la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que realice y presente, con urgencia, la planificación de todas las obras de infraestructuras y superestructuras que quedan pendiente hasta la puesta en funcionamiento y servicio del tramo del Proyecto de Tren de Alta Velocidad que
discurre por el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, conocido como “Y Vasca”.



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2. Para que colabore y concierte con el Gobierno Vasco y los Ayuntamientos de o Bilbao, Donostia-San Sebastián y Vitoria-Gasteiz, los proyectos de acceso y estaciones del Tren de Alta Velocidad en dichas capitales.


3. Para que acuerde con la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, un nuevo convenio de colaboración por el que se pueda encomendar a dicha administración autonómica la ejecución de las obras del “Nudo de Bergara” y
de los accesos y estación es a las tres capitales citadas, y su financiación a través de los métodos contemplados a dicho efecto en la Ley 12/2002, del Concierto Económico con el País Vasco.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


161/000554


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre el proyecto de autovía entre Ciudad Real y Toledo, para un debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


Las carreteras constituyen infraestructuras vitales para el transporte de personas y mercancías. Son fundamentales para garantizar la movilidad y proporcionan una amplia gama de beneficios económicos y sociales. Su adecuada conservación es
imprescindible para preservar y aumentar estos beneficios, además de resultar indispensable para garantizar la seguridad del tráfico. Los responsables de la toma de decisiones deben conocer la importancia de la conservación, así como la de
financiar y administrar adecuadamente estas infraestructuras para evitar graves consecuencias para la economía y el bienestar social.


La AP-41 nace en el año 2003 como un proyecto de autopista de peaje que debería haber llegado hasta Montoro (Córdoba), funcionando como trayecto alternativo a la autovía de Andalucía A-4. En mayo de 2007 este proyecto sufrió un primer
retraso cuando, los servicios técnicos del Ministerio de Medio Ambiente, negaban la declaración de impacto ambiental porque invadía dos zonas naturales protegidas por la legislación medioambiental de la Unión Europea. Una de ellas es la Zona de
Especial Protección de Aves (ZEPA) de los Montes de Toledo.


En octubre de 2010 el Gobierno de Castilla-La Mancha anunció un acuerdo con el Ministerio de Fomento que activaba la conexión entre Toledo y Ciudad Real por vía rápida con la redacción de un nuevo estudio informativo que se desarrollaría en
un proyecto dividido en tres tramos , facilitando así los trámites de impacto ambiental, la licitación y su posterior construcción. Este proyecto aprovechaba parte del trazado de la autovía de los Viñedos y contemplaba un importante número de
medidas correctoras y compensatorias para la protección medioambiental. El trazado propuesto en el estudio informativo aprobado y que contaba con declaración de impacto ambiental favorable fue recurrido por varias asociaciones ecologistas sobre
todo por el tramo que atravesaba los Montes de Toledo.


En mayo de 2013, la Consejería de Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha y el Ministerio de Fomento, anuncian un nuevo acuerdo y la renuncia al proyecto de los tres tramos, proponiendo la conexión por autovía entre Toledo y Ciudad Real
con la construcción por parte de la Junta de Castilla-La Mancha, de 22,9 kilómetros, la longitud del tramo entre la autovía de los Viñedos a la altura de Consuegra con la N-401, incluida una variante en Urda, mientras el Ministerio de Fomento
construiría el resto de la obra hasta Ciudad Real (45 kilómetros). Se anunció también que las obras para desdoblar la carretera N-401, hasta la A-43, que conectaría con Ciudad Real, comenzarían antes de mayo de 2015. A este nuevo trazado también
se opusieron las organizaciones ecologistas, lo que motivó la impugnación recurriendo la declaración de impacto ambiental.


Las sentencias, tanto de la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha (dictada el 27 de febrero de 2015) que anulaba el



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proyecto de conexión en alta capacidad entre Toledo y Ciudad Real, por «considerar demostrada la grave afección ambiental de esta autovía», recurrida en casación por el Gobierno de CLM, y la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (dictada en julio pasado) que desestimaba el recurso de casación antes citado, considerando el Alto Tribunal la anulación del proyecto al considerar que afecta «a la naturaleza de Montes de Toledo»,
invalidaron el trazado que había asumido el Gobierno de la Junta de Castilla-La Mancha en 2013.


En el transcurso de todo este tiempo, los retrasos en este proyecto y el deficiente mantenimiento de esta vía, el incremento de la densidad de tráfico, la inexistencia de variantes en algunas poblaciones como Fuente el Fresno y Peralbillo
(Miguelturra), han provocado un notable deterioro de la seguridad de la N-401, especialmente en el tramo desde Fuente el Fresno a Ciudad Real.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La licitación urgente de las actuaciones previstas en el proyecto de autovía entre Ciudad Real y Toledo, en el tramo desde Fuente el Fresno hasta Ciudad Real, conectando con la A-43, tramo que no estaría afectado por las resoluciones
judiciales a las alegaciones medioambientales.


2. Alcanzar un acuerdo con el Gobierno de Castilla-La Mancha para dotar de una solución definitiva al proyecto de autovía entre Ciudad Real y Toledo, respetando las exigencias medioambientales.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Isabel Rodríguez García, José María Barrera Fontes, María Guadalupe Martín González y José Miguel Camacho Sánchez, Diputados.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Deporte


161/000485


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para
el refuerzo de la Educación Cívico-Tributaria, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


Según los datos ofrecidos por la propia Agencia Estatal de la Administración Tributaria (en adelante AEAT), en 2014, en colaboración con la comunidad educativa, ha realizado diversas actuaciones dirigidas a niños y adolescentes para fomentar
una conciencia fiscal en los futuros contribuyentes de modo que asimilen la responsabilidad fiscal como uno de los valores sobre los que se organiza una sociedad democrática.


En 2014, todas las actuaciones en esta materia se han desarrollado por personal de la Agencia Tributaria que ha participado de manera voluntaria, desinteresada y no remunerada. En este ejercicio, las Delegaciones de la Agencia Tributaria
han realizado las siguientes actividades:


Jornadas de puertas abiertas (visitas a las Delegaciones) con la participación de cerca de 7.300 alumnos (Primaria, ESO y Bachiller).


Visitas a centros educativos por parte de personal de la Agencia Tributaria, con la participación de 17.700 alumnos.


También se han impartido cursos y charlas en Facultades y Escuelas Universitarias, con una participación de 1.500 alumnos.


Sin embargo, este esfuerzo realizado afecta a una mínima parte del alumnado en Enseñanzas de Régimen General no universitarias, dado que para el curso 2015/2016 se estiman en más de 6,3 millones



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de alumnos, según datos del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (Comisión de Estadística de la Conferencia Sectorial de Educación) que publica en su web dicho Ministerio la Secretaría General Técnica, para los estudios de Formación
Profesional, Bachillerato, ESO y Educación Primaria.


El actual Gobierno en funciones, pese a afirmar que la lucha contra el fraude fiscal ha sido una de sus banderas, ha mantenido durante toda la pasada legislatura una AEAT infradotada de medios humanos y materiales (recordamos que por cada
10.000 habitantes, tan solo hay 5,7 funcionarios en España, sin embargo la media europea se sitúa en el doble), lo que unido a los recursos destinados a concienciar y sensibilizar a nuestros jóvenes, futuros contribuyentes, reduce considerablemente
la efectividad de la AEAT en una sociedad sin valores cívicos tributarios.


El CIS efectúa de forma periódica encuestas sociológicas sobre la actitud de los españoles ante los impuestos y ante la Hacienda Pública, de la que puede destacarse una constante, el convencimiento de que es el miedo a las actuaciones
inspectoras de liquidación y sanción la que le lleva a realizar un tipo o no de conducta, dado que existe un alto porcentaje de encuestados (20% ) que considera que engañar Hacienda no tiene repercusiones sobre el resto de ciudadanos.


Si bien la lucha contra el fraude se debe acometer desde distintas actuaciones complejas, dada la dificultad a la cual nos enfrentamos, no es menos cierto que el cambio de mentalidad, sensibilización y cultura de nuestros jóvenes, será el
futuro de las conductas de los contribuyentes, de forma similar a otros países de nuestro entorno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reforzar la lucha contra el fraude fiscal a través de un impulso a la Educación Cívico-Tributaria, adoptando, entre otras, al menos las siguientes medidas:


1. EI incremento en el número de visitas a delegaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y de las charlas formativas realizadas en los centros docentes en materias relacionadas con las necesidades que motivan la
obtención de ingresos públicos, fundamentalmente tributarios, la aplicación de estos a los gastos y servicios públicos, así como los perjuicios que ocasionan las conductas fraudulentas en toda la sociedad, todo ello adaptado en función de la edad
del alumnado.


2. La ampliación, y siempre dentro de los márgenes legales y presupuestarios, del personal docente permanente de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) en todo el territorio nacional con el objeto de impartir cursos de
formación en materia de Educación Cívico-Tributaria a los alumnos de todas las etapas educativas.


3. La creación de una comisión dentro de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que impulse, supervise y evalúe, con plenas garantías de independencia funcional, los programas y acciones formativas que sean emprendidas
desde la Agencia, y que periódicamente rinda cuentas ante el Presidente de la AEAT en función de unos objetivos anuales de formación previamente establecidos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Marta Martín Llaguno, Diputada.—Antonio Roldán Monés, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000487


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para ampliar la cobertura de las becas al alumnado con
necesidades educativas especiales, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


La Resolución de 27 de julio de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, establece la convocatoria de las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso
académico 2016-2017.



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El colectivo al que se dirige este tipo de ayudas es el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada bien de algún tipo de discapacidad o trastornos de conducta de la que resulte la necesidad de recibir educación especial,
bien a una alta capacidad intelectual que precise actividades complementarias a la formación reglada.


Este alumnado sin duda requiere una especial protección, pero en la convocatoria para el curso 2016-2017 el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha introducido una serie de modificaciones que van a limitar sensiblemente a los
beneficiarios de estas ayudas. Estas modificaciones desvirtúan el carácter educativo de estas ayudas y las limita a los casos de discapacidad reconocida o de dictamen clínico. De esta forma se está excluyendo en la concesión de becas de educación
especial a la mayoría de los/as beneficiarios/as.


Efectivamente, en todos los centros educativos existen alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales reconocidas y avaladas por los equipos de orientación educativa, que son los profesionales que tienen las comunidades autónomas
para establecer las necesidades educativas y proponer las medidas de apoyo y recursos que precisan.


Las necesidades educativas son producto de multitud de factores y nos encontramos con alumnado con problemas de salud, físicos, personales, emocionales, o con trastornos en el desarrollo del lenguaje y en el proceso de aprendizaje y otros.
Estos problemas no siempre son atendidos suficientemente en los centros. Es un alumnado que debería ser potencial beneficiario de las becas de educación especial por precisar de medidas educativas especiales y porque los centros no cuentan con los
recursos suficientes para dar respuesta a estas situaciones.


En cualquier caso, pensemos que todos los problemas del lenguaje, a pesar de estar reconocidos como necesidades educativas para poder recibir apoyo por parte del profesorado especialista en audición y lenguaje, quedarían fuera de la
convocatoria de ayudas establecidas en la mencionada Resolución de 27 de julio, ya que quienes los soportan no se ajustan a la condición de beneficiarios.


Las becas y ayudas al estudio constituyen ciertamente uno de los instrumentos que contribuyen de forma más eficaz a hacer posible el principio de igualdad de oportunidades. Y conviene no olvidar que las becas y ayudas de las que aquí
hablamos son un recurso para atender las necesidades educativas.


Por otra parte, el calendario de aplicación de estas ayudas tiene una resolución definitiva, con el curso avanzado. En muchos casos ya iniciado el segundo semestre del curso. Esto limita su eficacia y plantea su necesaria mejora.


Por último, la Resolución que establece la convocatoria de estas ayudas exige que las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deban cumplimentarse exclusivamente mediante un formulario accesible por internet o a través de la sede
electrónica del Ministerio. Esta limitación puede dificultar, e incluso desincentivar, las solicitudes de ayudas de aquellas familias que no disponen de los medios tecnológicos necesarios, de conexión a internet, o de la mínima formación para el
manejo de los formularios que entrañan una relativa dificultad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Ampliar la cobertura de las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales que precisen de recursos especializados. Para ello debe mantenerse que el único
informe favorable de los equipos de orientación y valoración de las comunidades autónomas permita el acceso a las ayudas.


2. Modificar el calendario de aplicación de estas ayudas y agilizar su tramitación para que antes de finalizar el mes de octubre estén resueltas definitivamente.


3. Tomar las medidas necesarias para que el proceso de solicitud de estas ayudas sea más sencillo y accesible, permitiendo su cumplimentación y presentación en papel.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Bustamante Martín, Diputado.—Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre matriculación y expedición de títulos para el alumnado
inmigrante, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


El Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, en su capítulo preliminar, sección 1.ª, artículo 1 (derechos y libertades), apartado 2, dispone lo siguiente:


«Asimismo, los extranjeros son iguales a los españoles ante la ley en función de lo dispuesto por esta y los Tratados Internacionales suscritos por España, en especial al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 19 de
diciembre de 1996.»


En la sección 2.ª (derechos subjetivos), artículo 2 (derechos subjetivos de las personas), se establece que:


«1. Los extranjeros tienen plenamente garantizados en el territorio español, en igualdad de condiciones que los españoles, los derechos que son inherentes a las personas.


2. Los extranjeros tienen derecho a la educación en las mismas condiciones que los españoles.»


Y en la sección 4.ª (menores extranjeros), artículo 12 (menores extranjeros en general), se dispone que:


«Los menores extranjeros que se hallen en territorio español serán tratados conforme a lo previsto en la Convención de la Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, ratificada por España en 1990, y tendrán derecho a la educación
conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, sobre Ordenación General del Sistema Educativo, así como a la asistencia sanitaria y a las demás prestaciones sociales, conforme a lo dispuesto en la mencionada Convención y en el
artículo 103 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.»


En la actualidad, a pesar de todo lo expuesto anteriormente, se está dando una verdadera disociación entre la realidad y la teoría. Se admite a todos los alumnos y alumnas en los centros escolares sin exigirles ningún papel, pero no se les
entrega un título oficial sin el certificado de residencia legal. Lo que supone una discriminación al menor por la situación meramente administrativa de sus familias.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en colaboración con las Comunidades Autónomas, se adopten las medidas oportunas y se efectúen los cambios legislativos oportunos, si fuese necesario, para que a partir del presente curso
académico:


1. Se matricule, con todas sus consecuencias, a todo el alumnado inmigrante.


2. Los niños y niñas inmigrantes reciban el título o certificado oficial al terminar sus estudios con independencia absoluta de la legalidad o no de su residencia en España.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Ricardo Sixto Iglesias y Miguel Ángel Bustamante Martín, Diputados.—Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



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presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la elaboración de un Plan Nacional de Retirada del Amianto en centros públicos, especialmente centros escolares, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


El amianto o asbesto es un mineral utilizado en la construcción durante buena parte del siglo XX que ha tenido importantes consecuencias en la salud de los trabajadores que lo manipulaban sin ningún tipo de protección, así como de las
personas que se han visto rodeadas de este material por ser parte de las construcciones en las que residían o desempeñaban su actividad laboral. Los efectos perjudiciales de su uso dieron lugar a la prohibición de su comercialización y uso en el
año 2002.


La principal vía de exposición al amianto es la respiratoria, ya que por sus características, las partículas de amianto pueden permanecer en suspensión en el aire el tiempo suficiente, para que representen un riesgo respiratorio. Igualmente
pueden adherirse a la ropa y a la piel y desprenderse posteriormente con el consiguiente riesgo de inhalación.


La exposición al amianto puede dar lugar a tres tipos de patologías graves, de las cuales algunas tienen un alto índice de mortalidad. El cáncer de pulmón, el mesotelioma maligno y la asbestosis son las principales enfermedades relacionadas
con la inhalación de amianto. La primera causa de muerte relacionada con el amianto en los pacientes expuestos


En España se producen cientos de muertes al año derivadas del contacto e inhalación de amianto. De hecho, numerosas organizaciones destacan que un número sustancial de fallecimientos por estas causas no se recogen en los datos oficiales.
Un reciente estudio publicado por la revista BMC Cáncer, y elaborado por investigadores del Instituto de Salud Carlos III, ha señalado que el amianto seguirá causando muertes en España hasta, por lo menos, el año 2040.


Dada la incidencia del amianto en la génesis de diferentes patologías, numerosos Estados comenzaron a trabajar de manera conjunta para su retirada y posterior eliminación. Así por ejemplo, la Conferencia Europea sobre el Amianto, celebrada
en Dresde en 2003, dio lugar a una Declaración encaminada a reducir los riesgos derivados del trabajo con amianto, instando a la Organización Internacional del Trabajo, entre otras cuestiones, a ayudar a los Estados miembros a elaborar planes de
acción nacionales para la gestión, el control y la eliminación definitiva del amianto del entorno laboral y social.


El Parlamento Europeo, posteriormente, en marzo de 2013, aprobó una resolución sobre los riesgos para la salud en el lugar de trabajo relacionados con el amianto y perspectivas de eliminación de todo el amianto existente en la que instaba a
la Unión Europea y a los Estados miembros a que realicen una evaluación de impacto y un análisis de costes y beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación segura del amianto de los edificios públicos. Sin embargo, no
existe en la actualidad una legislación o planificación nacional que obligue a la retirada inmediata de este material en las construcciones pese a que el objetivo marcado por las instituciones europeas para su desaparición se ha fijado para el año
2028. Algunas Comunidades Autónomas han empezado, por cuenta propia y en base a sus competencias sobre normas técnicas de construcción, a retirar el amianto de los centros públicos en los que se encuentre, especialmente aquellos relacionados con la
infancia.


La presencia de amianto es especialmente preocupante en edificios en los que pequeñas reformas o trabajos de remodelación puedan afectar a las generaciones más jóvenes, por ejemplo en los centros escolares. Miles de centros educativos en
España todavía cuentan con amianto en sus construcciones. Por ejemplo, solo en Andalucía se han detectado más de 200 centros escolares con amianto. La guía no vinculante de buenas prácticas publicada por la Dirección General de Empleo, Asuntos
Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea, «Guía de buenas prácticas para prevenir o minimizar los riesgos del amianto en los trabajos en los que esté presente (o pueda estarlo) destinada a empresarios, trabajadores e inspectores
de trabajo», recoge también la posibilidad de que este material se encuentre presente en centros escolares, sobre todo en tuberías y calderas o en materiales para pavimentos.


De hecho, la presencia de este material en centros públicos relacionados especialmente con la infancia ha supuesto problemas y retrasos en trabajos de remodelación posponiendo la apertura de centros de cara al nuevo curso, como es el caso
del colegio Nuestra Señora del Rosario, del municipio de Santomera en la Región de Murcia.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos esencial que la Administración General del Estado se implique, en colaboración con las Comunidades Autónomas, en la identificación y retirada del amianto presente en centros públicos,
especialmente en aquellos que tienen una especial relación con la



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infancia y la adolescencia, a fin de evitar el contacto de los menores con este mineral y el desarrollo de posteriores patologías.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, un Plan nacional de retirada del amianto de centros públicos, prestando especial atención a los centros educativos, que:


a) Incluya procedimientos de mediciones por muestreo a fin de determinar los valores de partículas de amianto en los edificios de titularidad pública, sobre todo en centros educativos.


b) Contenga un calendario de retirada del amianto visible de los centros, siempre avalado por informes técnicos, comenzando por los inmuebles de titularidad pública que entrañen mayores riesgos de manera que todo el amianto quede retirado en
el plazo de diez años.


c) Garantice que la retirada del amianto cumpla con las normas de seguridad recogidas en el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo
de exposición al amianto.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000560


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de la Diputada del Partit Demòcrata Català doña Miriam Nogueras i Camero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta ante la Comisión de
Educación y Deporte, una Proposición no de Ley de modificación de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, con el fin de derogar la licencia federativa única para las
actividades deportivas.


Exposición de motivos


La Ley de Racionalización del Sector Público Estatal y otras Medidas de Reforma Administrativa implantó en el ámbito deportivo, una licencia deportiva única que, una vez obtenida, habilita a su titular para participar en cualquier
competición oficial, cualquiera que sea su ámbito territorial.


Hasta la fecha del 1 de julio, cuando entró en vigor la nueva normativa, eran las federaciones autonómicas las que emitían las licencias para participar en una competición autonómica; si el deportista deseaba participar en una competición
oficial española o internacional, debía homologar la licencia autonómica pagando el coste adicional establecido por la federación española.


Con la aprobación de la reforma, las federaciones autonómicas siguen siendo quienes expiden las licencias, pero desapareciendo la figura de la licencia autonómica, que ahora queda sustituida por la licencia deportiva única, más cara, si bien
permite participar tanto en competiciones autonómicas como estatales. Sin embargo un deportista —la mayoría— que solo compita en su Comunidad Autónoma, se ve obligado a obtener y pagar una licencia estatal, teniendo que renunciar a la licencia de
su Comunidad, y viéndose obligado a asumir un coste superior al que hasta ahora había tenido que abonar.


Por tanto, no solo se trata de unificar la actividad deportiva bajo una licencia federativa estatal, sino que la licencia única también incorpora una voluntad recaudatoria. La licencia única debe contemplar una «compensación suficiente a
las federaciones españolas», según estipula la Ley de Racionalización del Sector Público Estatal y otras Medidas de Reforma Administrativa, compensación que se aprobará por la asamblea general de la federación estatal.


Nos encontramos con el pretexto de simplificar la tramitación de las licencias (según la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, CORA) para unificarlas, en un nuevo empeño de eliminar la diversidad, de recentralizar el
estado español e invadir competencias autonómicas, pero también con una



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vía de recaudación compensar a las federaciones deportivas estatales por la reducción de financiación pública sufrida.


Por otro lado, la nueva licencia federativa única se inscribirá en el registro correspondiente de la federación estatal, algo que hasta ahora solo ocurría cuando se solicitaba la homologación de las licencias para participar en competiciones
estatales o internacionales.


Son por lo tanto dos, las principales consecuencias negativas que se derivan de la nueva regulación estatal: primera, serán los deportistas los principales afectados por esta nueva estrategia recentralizadora del Gobierno, ya que se verán
obligados a pagar más por una licencia que en la mayoría de los casos no necesitan, y se les carga con más trámites burocráticos al obligarles a estar inscritos en el registro de la correspondiente federación deportiva estatal.


Segunda, las federaciones deportivas autonómicas tendrán menos recursos, especialmente aquellas que hayan sido más activas en la difusión del deporte federado, ya que se abre la puerta a la expedición de licencias federativas con el carácter
«único» para todo el Estado, emitidas a bajo coste por federaciones alejadas del lugar de residencia del deportista, que ningún interés tienen en la difusión territorial de una determinada modalidad deportiva.


Con el fin de instar al Gobierno a corregir estos despropósitos se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«EI Congreso de los Diputados insta al Gobierno a suprimir la denominada “licencia deportiva única”, establecida en el artículo 23 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma
administrativa, que modificó la Ley 10/1990, del deporte, con el fin de:


— Favorecer la reducción del coste de las licencias de ámbito autonómico, al minorar las cargas que las federaciones estatales representan para las federaciones autonómicas.


— Mantener y reforzar las funciones de impulso y difusión del deporte que tienen las federaciones deportivas, conjuntamente con las comunidades autónomas, en sus territorios.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Miriam Nogueras i Camero, Diputada.—Francesç Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/000481


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la definición del régimen jurídico de los empleados de las
entidades públicas empresariales, con especial consideración al caso de la Empresa Agraria de Transformación, S.A. (TRAGSA), para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


Se ha constatado una manifiesta falta de regulación y definición del régimen jurídico de los empleados que prestan sus servicios en entidades públicas empresariales. Un ejemplo paradigmático de esta situación es el caso de la Empresa de
Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA), así como las distintas entidades que la conforman, cuyo régimen se encuentra regulado en la disposición adicional vigésimo quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:


«1. El grupo de sociedades mercantiles estatales integrado por la “Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima” (TRAGSA), y las sociedades cuyo capital sea íntegramente de titularidad de ésta, tiene por función la prestación de
servicios esenciales en materia de desarrollo rural, conservación



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del medioambiente, atención a emergencias, y otros ámbitos conexos, con arreglo a lo establecido en esta disposición.


2. TRAGSA y sus filiales integradas en el grupo definido en el apartado anterior tienen la consideración de medios propios instrumentales y servicios técnicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los poderes
adjudicadores dependientes de ellas, estando obligadas a realizar, con carácter exclusivo, los trabajos que estos les encomienden en las materias señaladas en los apartados 4 y 5, dando una especial prioridad a aquéllos que sean urgentes o que se
ordenen como consecuencia de las situaciones de emergencia que se declaren.


De acuerdo con esta obligación, los bienes y efectivos de TRAGSA y sus filiales podrán incluirse en los planes y dispositivos de protección civil y de emergencias.


Las relaciones de las sociedades del grupo TRAGSA con los poderes adjudicadores de los que son medios propios instrumentales y servicios técnicos tienen naturaleza instrumental y no contractual, articulándose a través de encomiendas de
gestión de las previstas en el artículo 24.6 de esta Ley, por lo que, a todos los efectos, son de carácter interno, dependiente y subordinado.


La comunicación efectuada por uno de estos poderes adjudicadores encargando una actuación a alguna de las sociedades del grupo supondrá la orden para iniciarla.


3. El capital social de TRAGSA será íntegramente de titularidad pública.


Las Comunidades Autónomas podrán participar en el capital social de TRAGSA mediante la adquisición de acciones, cuya enajenación será autorizada por el Ministerio de Economía y Hacienda, a iniciativa del Ministerio de Medio Ambiente, Medio
Rural y Marino. Las Comunidades Autónomas solo podrán enajenar sus participaciones a favor de la Administración General del Estado o de organismos de derecho público vinculados o dependientes de aquélla.


4. Las sociedades del grupo TRAGSA prestarán, por encargo de los poderes adjudicadores de los que son medios propios instrumentales, las siguientes funciones:


a) La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales, de desarrollo rural, de conservación y protección del medio natural y medioambiental, de acuicultura y de pesca, así
como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales, y para la mejora de los servicios y recursos públicos, incluida la ejecución de obras de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español en el medio rural, al
ampara de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.


b) La actividad agrícola, ganadera, animal, forestal y de acuicultura y la comercialización de sus productos, la administración y la gestión de fincas, montes, centros agrarios, forestales, medioambientales o de conservación de la
naturaleza, así como de espacios y de recursos naturales.


c) La promoción, investigación, desarrollo, innovación, y adaptación de nuevas técnicas, equipos y sistemas de carácter agrario, forestal, medioambiental, de acuicultura y pesca, de protección de la naturaleza y para el uso sostenible de sus
recursos.


d) La fabricación y comercialización de bienes muebles para el cumplimiento de sus funciones.


e) La prevención y lucha contra las plagas y enfermedades vegetales y animales y contra los incendios forestales, así como la realización de obras y tareas de apoyo técnico de carácter urgente.


f) La financiación, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de la construcción o de la explotación de infraestructuras agrarias, medioambientales y de equipamientos de núcleos rurales, así como la constitución de sociedades y
la participación en otras ya constituidas, que tengan fines relacionados con el objeto social de la empresa.


g) La planificación, organización, investigación, desarrollo, innovación, gestión, administración y supervisión de cualquier tipo de servicios ganaderos, veterinarios, de seguridad y sanidad animal y alimentaria.


h) La recogida, transporte, almacenamiento, transformación, valorización, gestión y eliminación de productos, subproductos y residuos de origen animal, vegetal y mineral.


i) La realización de tareas o actividades complementarias o accesorias a las citadas anteriormente.


Las sociedades del grupo TRAGSA también estarán obligadas a satisfacer las necesidades de los poderes adjudicadores de los que son medios propios instrumentales en la consecución de sus objetivos de interés público mediante la realización,
por encargo de los mismos, de la planificación, organización, investigación, desarrollo, innovación, gestión, administración y supervisión de cualquier tipo de asistencias y servicios técnicos en los ámbitos de actuación señalados en el apartado
anterior, o mediante la adaptación



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y aplicación de la experiencia y conocimientos desarrollados en dichos ámbitos a otros sectores de la actividad administrativa.


Asimismo, las sociedades del grupo TRAGSA estarán obligadas a participar y actuar, por encargo de los poderes adjudicadores de los que son medios propios instrumentales, en tareas de emergencia y protección civil de todo tipo, en especial,
la intervención en catástrofes medioambientales o en crisis o necesidades de carácter agrario, pecuario o ambiental; a desarrollar tareas de prevención de riesgos y emergencias de todo tipo; y a realizar actividades de formación e información
pública en supuestos de interés público y, en especial, para la prevención de riesgos, catástrofes o emergencias.


5. Las sociedades del grupo TRAGSA podrán realizar actuaciones de apoyo y servicio institucional a la cooperación española en el ámbito internacional.


6. Las sociedades del grupo TRAGSA no podrán participar en los procedimientos para la adjudicación de contratos convocados por los poderes adjudicadores de los que sea medio propio. No obstante, cuando no concurra ningún licitador podrá
encargarse a estas sociedades la ejecución de la actividad objeto de licitación pública.


En el supuesto de que la ejecución de obras, la fabricación de bienes muebles o la prestación de servicios por las sociedades del grupo se lleve a cabo con la colaboración de empresarios particulares, el importe de la parte de prestación a
cargo de estos deberá ser inferior al 50 por 100 del importe total del proyecto, suministro o servicio.


7. El importe de las obras, trabajos, proyectos, estudios y suministros realizados por medio del grupo TRAGSA se determinará aplicando a las unidades ejecutadas las tarifas correspondientes. Dichas tarifas se calcularán de manera que
representen los costes reales de realización y su aplicación a las unidades producidas servirá de justificante de la inversión o de los servicios realizados.


La elaboración y aprobación de las tarifas se realizará por las Administraciones de las que el grupo es medio propio instrumental, con arreglo al procedimiento establecido reglamentariamente.


8. A los efectos de la aplicación de la presente Ley, las sociedades integradas en el grupo TRAGSA tendrán la consideración de poderes adjudicadores de los previstos en el artículo 3.3.»


A la vista de lo expuesto, se constata una extensa regulación de las funciones y competencias en materia de contratación de estas entidades públicas empresariales, y una nula consideración al régimen jurídico de sus trabajadores. Es por
esto que en ocasiones son considerados trabajadores por cuenta ajena, a los efectos de la aplicación del régimen de despidos colectivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por ejemplo, y por otro lado, se encuentran con
la dificultad de actuar contra su entidad empresarial pública para el ejercicio de sus derechos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones normativas que procedan para la definición del régimen jurídico de los empleados contratados por entidades públicas empresariales, con el pleno reconocimiento
de sus derechos laborales en materia de salario, formación y extinción del contrato laboral, previa consulta y coordinación con las principales organizaciones representativas de los trabajadores y de los empresarios y con todas las Administraciones
Públicas implicadas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de septiembre de 2016.—José Cano Fuster, Saúl Ramírez Freire y Sergio del Campo Estaún, Diputados.—Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la modificación del artículo 17.5 de la Orden de 22 de
febrero de 1996 para la aplicación y desarrollo del Reglamento General



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de la gestión financiera de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


En ocasiones, solemos poner el foco en aquellas posibles novedades legislativas, para mejorar la situación de los ciudadanos u ordenar las distintas situaciones relativas al derecho público o al e derecho privado. Sin embargo, debemos
prestar especial atención a aquellos procedimientos que, aplicándose, se ponga de manifiesto su ineficacia o su inadecuación a la satisfacción del interés general.


Por tanto, una vez constatada la ineficacia de determinados procedimientos administrativos por una regulación insuficiente o que ha devenido escasa o inapropiada, que incluso conllevan una pérdida sustancial de ingresos al Estado, debe
acometerse su reforma, haciendo todo lo que esté en nuestra mano para que el Estado Social no sea mermado.


En España contamos con magníficos profesionales al frente de la dirección de la administración institucional, en sus distintas áreas de actuación, que nos pueden dar una visión muy certera del nivel de aplicación de las normas y de sus
carencias. Sin duda, debemos descender a aquellas administraciones más cercanas a los ciudadanos para que nos reporten su conocimiento sobre las carencias detectadas y áreas de mejora.


Detectado un grave problema en el abono de prestaciones de la Seguridad Social a través de entidades financieras, es preciso adoptar una inmediata solución:


— El Reglamento General de Gestión Financiera de la Seguridad Social, fue aprobado por el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, pretende ser el núcleo integrador de las demás normas sobre pagos del Sistema de la Seguridad Social, incluidas
las relativas a los pagos de prestaciones del mismo a través de entidades financieras.


— La Orden Ministerial de 22 de febrero de 1996 para la aplicación y desarrollo del reglamento general, regula de forma especial el pago de las prestaciones de la Seguridad Social dentro de ciertos límites. Así pues, hemos detectado un
grave problema en la aplicación de su artículo 17.5 que reza: «Las Entidades Financieras pagadoras comunicarán a la correspondiente Entidad Gestora, al menos una vez al año, la pervivencia de los titulares de aquellas pensiones y demás prestaciones
periódicas que convengan satisfaciendo mediante abonos en cuenta. A estos efectos, la Entidad pagadora podrá solicitar de la respectiva Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social que esta requiera a la totalidad o parte de
los titulares a quienes se hagan abonos en cuenta que acrediten dicha pervivencia.»


— La problemática radica en el constante incumplimiento por las entidades financieras de su deber de constatar, una vez al año, la pervivencia de los perceptores de las prestaciones, sin consecuencia en caso de incumplimiento de esta
obligación, lo que supone que, si las entidades financieras no comunican el fallecimiento de un pensionista, esta se sigue abonando indebidamente en las cuentas bancarias de los perceptores.


Ante este incumplimiento de la obligación de comunicación de la pervivencia, la administración se ve impedida de reclamar la totalidad de ingresos indebidos, por cuanto no está regulada la responsabilidad subsidiaria de las entidades
financieras que omiten su obligación de comprobar la vivencia de un pensionista, ni el procedimiento para reclamar las prestaciones indebidamente ingresadas.


No existe un verdadero sistema de detección inmediata de los fallecimientos, ya que no todas las poblaciones (sobre todo las rurales) están debidamente informatizadas y además no poseen registro civil.


Deseo recordar al Gobierno en este punto que el Tribunal de Cuentas detectó que 30.000 fallecidos cobran indebidamente pensión, solo entre 2012 y 2014; y que más de 27.860 aún lo seguían haciendo en 2015. Estas prestaciones ascienden a
25,3 millones de euros.


Por otra parte, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos ya advirtió en la anterior legislatura de este problema y dimos una posible solución, a la que no recibimos respuesta alguna.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acordar la modificación del artículo 17.5 de la Orden Ministerial de 22 de febrero de 1996, a fin de introducir la responsabilidad subsidiaria de las entidades financieras en la devolución de
las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente abonadas



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desde el fallecimiento del pensionista en caso de incumplimiento por aquéllas de su obligación de comprobación y comunicación anual de la vivencia del titular de la prestación.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2016.—José Cano Fuster, Diputado.—Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francesc Homs Molist, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Català, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión
ante la Comisión de Empleo y Seguridad Social, una Proposición no de Ley para incrementar el salario mínimo interprofesional y para posibilitar el establecimiento de salarios mínimos de carácter autonómico o local.


Antecedentes


La Carta Social Europea, firmada por España en 1978, para dar cumplimiento a lo establecido en su artículo 4.1: Derecho a una remuneración justa, recomienda situar el salario mínimo interprofesional entorno al 60% del salario medio neto.
Es evidente que España no cumple con la citada recomendación, lo cual incide negativamente sobre las desigualdades sociales.


Según el INE, el salario «bruto» medio anual en España en 2014 fue de 22.858 €, mientras que en aquel mismo año el salario mínimo interprofesional (SMI) estaba establecido en 9.034,20 €/año, es decir, el SMI significaba un 40% escaso del
salario medio anual, bruto. Para que alcanzase el 60% debería haberse situado entorno a los 13.700 € de aquel año, y en una cuantía superior si el 60% se calculase sobre el salario neto, que es lo que recomienda la Carta Social.


Cabe destacar también que en los últimos años el SMI ha aumentado por debajo de la inflación, se supone que para propiciar la creación de empleo de baja cualificación y para mejorar la competitividad de los productos y servicios españoles en
los mercados internacionales. Opinamos, sin embargo, que tal mejoría es efímera y que, por el contrario, agrava las desigualdades y nos aleja de una auténtica y sólida recuperación, ya que propicia la inversión en bienes y servicios de bajo valor
añadido, en vez de propiciar la inversión en innovación y en mejoras de la productividad y del empleo de calidad.


Para 2016 el SMI español es prácticamente el mismo que en 2014: 9.172,80 €/año (655,20 con 14 pagas), un 1,5% superior al de 2014.


Si lo comparamos con el de otros países de nuestro entorno: el SMI español para 2016 (655,20 €/mes con 14 pagas, o bien, en términos comparables con otros países, 764 €/mes con 12 pagas) es uno de los más bajos de la UE-15. Así, el de
Francia (1.467 €/mes) es un 92% más alto; el de Alemania (1.473 €/mes) un 93% más alto, el de Bélgica (1.502 €/mes) y el de Holanda (1.508 €/mes) un 97% más altos, el del Reino Unido (1.529 €/mes) un 100% más alto y el de Irlanda (1.546 €/mes) un
102% más alto.


En otras palabras, países que tienen un PIB per cápita alrededor de un 50% superior al español, tienen un salario mínimo un 100% superior.


También hay países, como Suiza, Austria y los países nórdicos, que no tienen estipulado un salario mínimo «strictu sensu», pero ello no significa que sea posible contratar personal por un salario inferior, puesto que los convenios colectivos
lo imposibilitan. Así, por ejemplo, el salario más bajo posible en Dinamarca es de 110 DKK/h, equivalente a 2.400 €/mes.


La decisión de política económica y laboral española de salarios bajos tiene múltiples consecuencias. El bajo nivel de salarios existente en España aviva las desigualdades. Así, España había sido tradicionalmente un país desigual pero a
partir de la crisis es ya el más desigual de Europa occidental. Una de las razones de esta lamentable situación es precisamente el nivel de ingresos de una parte muy importante de los que trabajan. De hecho, el SMI (9.172,8 €/año) se aproxima al
establecido como umbral de la pobreza para España en hogares con un solo miembro (unos 8.000 €/año) y se sitúa muy por debajo de dicho umbral (16.700 €/año) en hogares compuestos por dos personas. Que una persona que trabaje a jornada completa,
esté por debajo del umbral de pobreza, es decir sea pobre, constituye una perversión y una situación intolerable.



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Todo ello evidencia que los costes de la crisis no se han repartido de manera equilibrada sino de forma desigual e injusta. El peso del ajuste sobre los salarios y sobre otros servicios que afectan a los ciudadanos ha acabado siendo
excesivo.


Los bajos salarios tienen otra consecuencias, por ejemplo, sobre las pensiones actuales y futuras. En los últimos ejercicios se ha creado empleo, pero las reservas del Fondo de Pensiones se han reducido alarmantemente. La causa es la baja
cuantía de las cotizaciones, ya que los salarios de los nuevos empleos son bajos o muy bajos.


Los bajos salarios también inciden en el modelo productivo del país. Salarios altos comportan políticas laborales de estabilidad y de formación, comportan la inversión en mejoras de la productividad y del valor añadido por trabajador y ello
incide en una mejora global de la competitividad del país.


Sin embargo, en el último ciclo económico, España ha creado una elevada proporción de empleos ocupados por personas que tienen como máximo la ESO, una proporción que triplica la de cualquier país de nuestro entorno. Por ello la
productividad por hora trabajada, desde antes de la crisis ha aumentado lentamente en España.


Los salarios deben ser acordes con el nivel de vida y PIB de la sociedad. Ninguno de los países más competitivos del mundo tiene salarios bajos, porque un país no es competitivo a base de mantener bajos los salarios, sino que debe ser
productivamente competitivo para pagar salarios más altos.


Hoy se da la paradoja de tener un elevado porcentaje de la población joven, bien formada, que debe emigrar para conseguir empleos cualificados o debe renunciar a su formación para acceder a empleos de menor cualificación, con bajos salarios,
mientras que el empleo que se crea es de baja cualificación.


En términos de mantenimiento del Estado del bienestar, una persona que cobre el SMI a lo largo de una vida laboral media, que tenga cargas familiares como la media española y que tenga unos parámetros de salud y de longevidad como la media
de los españoles, habrá pagado a lo largo de su vida en impuestos el equivalente a tan solo una tercera parte de los recursos públicos invertidos en términos de enseñanza obligatoria, sanidad y ayuda a la dependencia, sin que haya contribuido al
resto de los servicios públicos, como la defensa, el orden público, la justicia, las infraestructuras, los asuntos exteriores o la Casa del Rey. Es posible y necesario que en un país haya trabajadores que contribuyan al Estado del bienestar menos
que lo que cuestan, pero no es sostenible que sean tantos y que su contribución sea tan baja.


Resulta muy significativo que una de las primeras medidas del gobierno conservador británico, inmediatamente después de ganar las últimas elecciones por mayoría absoluta, haya sido el anuncio del aumento del salario mínimo en un 34% a lo
largo de la legislatura. Estamos hablando de un salario mínimo que ya era un 26% más alto que el español en términos relativos (en relación al PIB per cápita). La razón que ha aducido el gobierno conservador ha sido su incapacidad para seguir
financiando el Estado del bienestar con salarios bajos y, por tanto, la necesidad de que los contribuyentes asuman una parte mayor de la carga.


Es frecuente argumentar que la subida del salario mínimo destruiría empleo y agudizaría, por tanto, el paro. Sin embargo, no hay ningún estudio empírico que sostenga esa afirmación, y se han hecho muchos al respecto. En particular en los
EE.UU., donde algunos estados como Washington, California, IIIinois o Nueva York han acordado aumentos del salario mínimo de alrededor de un 38% por encima del federal, y donde algunas ciudades como Seattle, San Francisco o Los Ángeles han decidido
aumentos de un 107% por encima del federal (hasta 15 $/hora). iQué diferente es la concepción del mercado único que se tiene en los Estados Unidos de la española! Todos esos aumentos están teniendo lugar escalonadamente a lo largo de unos pocos
años, pero las decisiones han sido tomadas después de realizar numerosos y rigurosos estudios económicos para prever su impacto. Ningún estudio empírico avala la tesis de que los aumentos del salario mínimo, cuando es tan bajo como el español,
destruya puestos de trabajo.


Urge, pues, recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores peor remunerados. De no hacerlo, pondríamos precisamente en riesgo lo que debemos proteger: un sistema económico y social que ofrezca trabajos y vidas dignas a nuestros
ciudadanos, que incentive aumentos de la competitividad y que nos permita mantener prestaciones y servicios públicos adecuados, en definitiva, un sistema económico y social que contribuya a minorar las desigualdades.


Si ahora hablamos de recuperación, es necesario adoptar medidas que contribuyan a reequilibrar los efectos negativos que los recortes han tenido sobre el conjunto de la sociedad y en especial, sobre las personas en situaciones más
vulnerables. Y entre las medidas que urge adoptar debe situarse la que se propone: aumentar el SMI.



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Su incremento progresivo no incidirá negativamente sobre el empleo y sobre la creación del mismo y sí, en cambio, permite avanzar en la reducción de las desigualdades¡ en la lucha contra la pobreza, nos orienta hacia los países más prósperos
de nuestro entorno y contribuye a aliviar la presión sobre nuestro Estado del bienestar.


Se trata de cumplir con la recomendación de la Carta Social Europea de aumentar el SMI hasta que alcance el 60% del salario medio neto.


Y en esta materia, recordar también que en la legislatura pasada, el Congreso de los Diputados ya aprobó en su sesión plenaria del 5 de abril de este año, una Proposición no de Ley que instaba al Gobierno a acordar con las organizaciones
sindicales y asociaciones empresariales más representativas en sus respectivos ámbitos de actuación, estatal y autonómico, un calendario de incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), acompasado a la evolución de nuestra economía y
productividad, que lo situara, en términos relativos, al nivel de los existentes en los Estados más prósperos y más equitativos de nuestro entorno europeo, con el objetivo de alcanzar lo antes posible los objetivos contemplados en la Carta Social
Europea, así como una reforma del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, para asentar sobre nuevas bases la determinación anual del SMI y evitar que se produzcan futuras pérdidas de su poder adquisitivo.


Por otro lado cabe añadir que, además del debate en relación al incremento del SMI, existe también un debate académico y aplicado sobre la conveniencia de ajustarlo al coste de la vida real en cada uno de los territorios.


En Estados Unidos hace tiempo que se han puesto en marcha medidas políticas orientadas a diferenciar el salario mínimo a escala local y/o regional. Tanto las autoridades estatales como las regionales y locales puedan modificar al alza el
salario mínimo federal si lo consideran oportuno y lo hacen. Nueva York, Los Ángeles u otras ciudades como Santa Fe o San Francisco tienen salarios específicos y adaptados a sus realidades económicas.


Diversos trabajos académicos han analizado los impactos sobre el empleo, los precios y la desigualdad salarial, de las medidas aplicadas. La conclusión es que la introducción de un salario mínimo local/regional que suponga un aumento
moderado respecto al nivel previo, consigue el objetivo de aumentar los salarios sin que conlleve impactos negativos destacables en los niveles de ocupación del territorio.


Teniendo en cuenta que bajo la vigente coyuntura la inflación no parece representar un riesgo importante y que en cambio urge combatir el aumento de las desigualdades, hoy resulta oportuno acelerar el aumento del SMI.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta su preocupación por el grave aumento de las desigualdades a causa, entre otras, de la disminución de las rentas salariales en el PIB, por lo que insta al Gobierno a:


1. Acordar con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas en sus respectivos ámbitos de actuación, estatal y autonómico, y con las comunidades autónomas, un calendario de incremento continuado del salario
mínimo interprofesional (S MI), que permita alcanzar, en el plazo de los próximos cuatro años, el objetivo de situarlo en los 12.000€/año, y posteriormente, de acuerdo con lo establecido en la Carta Social Europea, situarlo permanentemente en el
entorno del 60% del salario medio neto.


2. Impulsar las medidas legislativas necesarias para que las administraciones autonómicas y locales, de acuerdo con los interlocutores sociales más representativos en sus respectivos ámbitos de actuación, puedan ajustar el importe del
salario mínimo interprofesional en sus territorios, al coste de la vida real en cada territorio, posibilitando el establecimiento de Salarios Mínimos locales/regionales distintos, adaptados a sus respectivas realidades económicas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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161/000531


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
incremento de las transferencias de recursos para políticas activas de empleo a la administración autonómica valenciana, para su debate en la Comisión de Emp!eo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


A la vez que imponía una reforma laboral que recortaba los derechos de los trabajadores y degradaba las condiciones laborales, el Gobierno de Rajoy ha rebajado en más de un 30% los recursos destinados a políticas activas de empleo, lo que,
junto con las reducciones realizadas en las CCAA gobernadas por el PP, ha supuesto el desmantelamiento efectivo de los servicios públicos de empleo.


El recorte de fondos ha impedido desarrollar políticas que permitirían acometer el proceso de recualificación y formación que necesitan muchos de nuestros trabajadores y trabajadoras, tanto para las personas ocupadas como para las
desocupadas: tenemos casi 3 millones de trabajadores en desempleo con un nivel de estudios tan bajo que necesitarán formarse y reciclarse profesionalmente como única forma de tener esperanza de encontrar un trabajo.


La rebaja de fondos ha resultado especialmente agresiva en la Comunitat Valenciana, que a lo largo de la última legislatura ha experimentado un recorte de recursos superior a la media, y se ha situado todos los años a la cola en cuanto al
volumen de dinero transferido por desempleado.


Así, frente a los 305 millones de euros recibidos en el último año de gobierno socialista, se han asignado tan solo 163,5 millones de euros en el último reparto de recursos que ha efectuado el Gobierno (180 millones con el dinero destinado
al desempleo de larga duración), lo que supone una rebaja de más del 40%.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incrementar los recursos para políticas activas de empleo transferidos a la Generalitat Valenciana, hasta situarlos, al menos, en la media de euros por desempleado del conjunto de España, y
con el objetivo de incrementarlos a lo largo de la legislatura hasta alcanzar los 305 millones de euros que se recibieron en 2011.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.—Julián López Milla, Ciprià Císcar Casabán, Artemi Rallo Lombarte, José Luis Ábalos Meco, Ana María Botella Gómez y Patricia Blanquer Alcaraz, Diputados.—Miguel Ángel Heredia
Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000555


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, Izquierda Unida a través del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la ratificación del Convenio n.º 189 de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Recomendación n.º 201 sobre trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


En junio de 2011 la OIT adoptó el Convenio n.º 189 y la Recomendación n.º 201, sobre Trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos. Hasta la fecha, dicho convenio está en vigor en 17 países (Alemania, Argentina, Bolivia,
Colombia, Costa Rica, Ecuador, Filipinas, Finlandia, Guyana, Irlanda, Italia, Mauricio, Nicaragua, Paraguay, Sudáfrica, Suiza y Uruguay) y este año 2016 entrará en vigor en 5 más (Bélgica, Chile, República Dominicana, Panamá y Portugal).


El Convenio 189 establece las condiciones laborales mínimas en este sector de actividad. Dispone los derechos y principios básicos y exige a las Estados tomar una serie de medidas con el fin de lograr que el trabajo decente sea una realidad
para trabajadoras y trabajadores domésticos. Estas normas mínimas



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abarcan ámbitos como el respeto y protección de los derechos fundamentales en el trabajo (libertad de asociación, negociación colectiva, eliminación del trabajo forzoso y abolición del trabajo infantil), información sobre condiciones de
empleo, horas de trabajo (tiempo de trabajo y descanso, horas extra, vacaciones pagadas y remuneración) o seguridad social y cobertura de la maternidad.


La Recomendación 201, sobre trabajadoras y trabajadores domésticos, también adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo de 2011, complementa al Convenio 189. A diferencia de este, la Recomendación 201 no se ratifica, si bien
proporciona directrices prácticas sobre posibles medidas legales y de otro tipo para poder hacer efectivos los derechos y principios enunciados en el Convenio.


El Gobierno español, a pesar del compromiso adquirido en sede parlamentaria, acordó en la reunión del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2012 un Acuerdo para la no ratificación del Convenio n.º 189 de la OIT y su remisión, junto a la
Recomendación n.º 201, a las Cortes Generales a los efectos exclusivos de su conocimiento, sin proporcionar argumentos claros que motivasen tal decisión y dejando a las trabajadoras del hogar en condiciones de desigualdad con respeto al resto de
sectores.


El empleo en el sector de los servicios del hogar siempre se ha caracterizado en nuestro país por la precariedad, la irregularidad y la desprotección social. En este sentido, la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y
modernización del sistema de Seguridad Social y el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar representaron un avance indudable estableciendo la
equiparación con el resto de los trabajadores por cuenta ajena tanto en las condiciones de trabajo como en protección en seguridad social, exceptuando el despido y la prestación por desempleo.


A pesar de este balance positivo, se produce un paso atrás con el Real Decreto 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y
social, al establecer menor protección para las personas que trabajen menos de 60 horas, un aumento real de los costes de cotización debido a la reducción en los tramos de las bases de cotización e inseguridad jurídica para las familias.


A no ser que se acepte retroceder en el reconocimiento de derechos de este colectivo, en línea de la última reforma legal mencionada, es incompresible que no se ratifique un convenio dirigido a dignificar el trabajo doméstico.


Según los datos de la última encuesta de población activa el empleo doméstico ocupa a 614.000 personas en España, de las cuales un 90% son mujeres. Según el movimiento laboral registrado el 54% de las personas afiliadas al régimen del hogar
son extranjeras. Y el 30% de las personas empleadas en el sector doméstico en España no está afiliado a la Seguridad Social, según un informe de la propia OIT que subraya que la media del resto de colectivos en trabajo no declarado es 10 puntos
porcentuales menor, el 20%.


Esto último significa que, aunque las reformas legislativas de 2011 para regularizar a este colectivo supusieron una importante transformación, la situación se ha estancado y en la actualidad, 189.777 empleadas de hogar no declaran su
trabajo.


Apenas sin cobertura legal ni protección, sin salarios o tiempos de descanso reglados, sin prestaciones ni baja por maternidad. Las trabajadoras del hogar tienen unas de las condiciones laborales más paupérrimas de nuestro país: sin
derecho al subsidio de paro, sin posibilidad de jubilación anticipada o ayudas y sufriendo todo tipo de abusos incluidos los sexuales. Por todo ello, el Grupo Confederal de Izquierda Unida y de En Comú Podem-Podemos-En Marea ya en la XI legislatura
presentaron a pleno una proposición de ratificación del citado convenio. Proposición que fue aprobada con 224 votos a favor, 114 abstenciones y 1 voto en contra el pasado 15 de marzo de 2016.


Es preciso continuar apoyando a este sector y adquirir compromisos para que en nuestro país, y en el resto del mundo, se equipare a cualquier otra ocupación y deje de ser una ocupación infravalorada socialmente, invisibilizada, precarizada y
mal remunerada.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ratificar el Convenio n.º 189 de la OIT y la Recomendación n.º 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—María Isabel Salud Areste, Yolanda Díaz Pérez y Aina Vidal Sáez, Diputadas.—Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea.



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Comisión de Industria, Energía y Turismo


161/000427


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Solicitud de que su Proposición no de Ley sobre la reactivación económica de las comarcas mineras, sea tramitada en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y trasladar a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, comunicando este acuerdo a la Comisión de Industria, Energía y Turismo, al Gobierno y al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa y
publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.—La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016.


161/000534


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la participación del sector público
en las empresas de distribución de energía eléctrica, para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.


Exposición de motivos


La reciente venta del 20% de Repsol y Gas Natural al fondo de inversión norteamericano Global Infrastructure Partners, completa el control por parte de gobiernos extranjeros o fondos de inversión especulativos del sector de la energía
eléctrica en España.


Un proceso que se inició con la venta de Endesa a ENEL, controlada por el Gobierno de Italia, y siguió con el control de Iberdrola por parte del fondo soberano de Qatar y el fondo Blackrock y que culmina ahora con Gas Natural. A esto, hay
que añadir que los otros dos actores relevantes como EDP y Viesgo están controlados por el Gobierno chino y por el fondo de infraestructuras australiano Macquarie y Wren House Infraestructure del fondo soberano de Kuwait, respectivamente. Una
situación que caracterizaba perfectamente el presidente de Iberdrola Sánchez Galán cuando en la Junta de Accionistas de 2014 afirmaba: «Somos más británicos, americanos y mexicanos o brasileños que españoles».


Como resultado, el 70% de nuestra red de distribución, un monopolio natural de importancia estratégica, se encuentra en manos de las cinco empresas antes citadas, que a su vez controlan el 80% de la generación y la comercialización de
energía eléctrica.


La red de distribución es la red eléctrica a la que están conectados los hogares y la inmensa mayoría de las empresas. Su función tradicional ha sido llevar hasta los consumidores la energía desde la red de alta tensión, denominada red de
transporte, a la que se conectaban los generadores. Sin embargo, en el nuevo modelo de generación distribuida y gestión de la demanda, la red de distribución ha dejado de tener solo este papel y ya es la red a la que se conecta una gran parte de la
producción de origen renovable, y será la red a la que se conectarán dispositivos de almacenamiento de energía, generación fotovoltaica y eólica de pequeño y mediano tamaño, de



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forma que las necesidades de energía se puedan satisfacer en gran medida localmente. En realidad, cuando se habla de «Smart Grid», nos referimos fundamentalmente a redes de distribución eléctrica combinadas con modernas tecnologías de
información en las que la electricidad no solo va hacia un sentido, sino que es bidireccional.


En consecuencia, el control de la red de distribución es clave para cualquier proceso de transición energética, entendido como la transformación del modelo energético actual, caracterizado por el uso de energías convencionales y grandes
infraestructuras de generación, en un modelo energético que se apoye principalmente en las energías renovables y en la eficiencia energética.


Pero además, el modelo español del sistema de medidas eléctricas asigna a las empresas distribuidoras la propiedad y gestión de los contadores inteligentes que se utilizan para la facturación de la energía.


Estos contadores constituyen un elemento estratégico desde el punto de vista comercial debido tanto a la relación privilegiada que las distribuidoras establecen con los consumidores, como a la posibilidad de ser utilizados para establecer
barreras a la participación de nuevos actores.


Y sin olvidar que el modelo no cumple con el objetivo de garantizar una adecuada prestación del servicio mejorando la calidad del suministro y la reducción de las pérdidas en las redes de distribución.


Las empresas distribuidoras de electricidad reciben unos incentivos o penalizaciones, en función de la gestión que realicen de las pérdidas de energía que tiene lugar a través de sus redes y, según el informe que acaba de publicar la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre la cuantía que debe percibir cada empresa distribuidora sobre el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016,
se valora en 52,5 millones de euros las penalizaciones a estas distribuidoras por sus pérdidas de red en 2016. Las pérdidas suponen más de 1.000 millones de euros al año que pagarnos en el recibo del suministro eléctrico y cobran los productores.


Considerando la relevancia de la red de distribución, resulta llamativa la ausencia de participación del Estado en su propiedad y gestión, sobre todo si se considera la asimetría con la red de transporte, el otro monopolio natural reconocido
en la Ley del Sector Eléctrico, que desde 1985 cuenta, por imperativo legal, con una participación de control por parte del Estado a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).


Una situación que, además de en raíces históricas, tiene su fundamento legal en una transposición restringida de la Directiva 2009/72/CE, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad en la Ley del Sector Eléctrico, que
solo obliga a la separación completa de la actividad de transporte, pero que podría ser pertinente también para las redes de distribución.


Un ejemplo es Holanda, que con su Ley (2006) sobre gestión independiente de redes, impide que los gestores de redes de distribución de electricidad y gas estén en manos privadas y prohíbe que los gestores de dichas redes mantengan vínculos
con empresas que generan, suministran o comercializan electricidad o gas en Países Bajos o que desarrollen otras actividades ajenas a la gestión de la red.


Es una referencia legal a la hora de proponer la participación del Estado en la propiedad y gestión de las empresas de distribución de energía eléctrica.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar a las Cortes Generales una reforma de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico para modificar el régimen de propiedad de las empresas distribuidoras equiparándolo al del transportista Red Eléctrica de España
S.A., estableciendo una participación de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) en el capital de dichas empresas no inferior al 20 por ciento.


2. Reformar igualmente la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico para que la SEPI mantenga, en todo caso, una participación en Red Eléctrica Corporación, S.A. no inferior al 20
por ciento.


3. Establecer los mecanismos y procesos necesarios para alcanzar la nueva estructura de propiedad propuesta considerando, entre otros, la cesión gratuita de infraestructuras a las empresas distribuidoras de referencia de la zona, y el
estado físico de las redes de distribución y su relación con !a calidad del servicio.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Yolanda Díaz Pérez, Diputada.—Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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161/000545


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para agilizar el cambio de comercializadoras
de energía, para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.


Exposición de motivos


La reducida competencia en determinados sectores es ineficiente y costosa para la economía, al elevar innecesariamente los costes y los precios para los consumidores y las empresas. Mejorar la competencia efectiva en los mercados y evitar
el abuso de posición dominante, mediante una regulación inteligente llevada a cabo por organismos reguladores verdaderamente independientes del Gobierno, no solamente mejorará la transparencia sino que además fortalece el empleo y es garantía de un
crecimiento más sostenible


Los precios pagados por los hogares españoles en suministros energéticos (gas, electricidad y combustibles) son de los mayores de la UE. De acuerdo con las estadísticas de Eurostat España es el cuarto país con la electricidad más cara de
Europa. En el segundo semestre de 2015, los hogares españoles pagaron 0,237 euros por kilovatio, impuestos incluidos, más del doble que en el país más barato. Esto refleja diversas y profundas distorsiones que resulta crucial abordar.


Tabla A2.1 Precio de la electricidad y gas en la Unión Europea (en euros por unidad)


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Casi veinte años después de que se iniciase la liberalización del sector energético unos pocos grupos, históricamente dominantes, siguen suministrando casi al 90% de los clientes. Para favorecer la libertad de elección y la competencia
resulta necesario poner en marcha un sistema ágil para los cambios de suministrador eléctrico, similar al que existe desde hace años de portabilidad en el sector de la telefonía.


Según datos de la CNMC en telefonía móvil se realizan una media de 450.000 intercambios de portabilidades mensuales, cerca del 0,9% del total de líneas. Los cambios en el sector («switching») de la electricidad y el gas son muchos menos
numerosos en términos absolutos pero mayores como porcentaje del total de clientes, prueba de que estamos ante una cuestión de creciente importancia.


Sector Eléctrico: Tasa de «switching» por segmento de mercado. Año 2015


Subsector; Tasa de «Switching» ;Puntos de suministro; Media intercambios mensuales


DOMÉSTICO; 10,7%; 28.090.488 ;250.473


PYME; 26,6% ;736.005 ;16.314


INDUSTRIAL; 17,7%; 110.527; 1.630


Sector Gasista: Tasa de switching por segmento de mercado. Año 2015


Subsector ;Tasa de «Switching» ;Puntos de suministro; Media intercambios mensuales


DOMÉSTICO; 11,0%;7.567.319 ;69.367


PYME ;21,4%;46.034; 820


INDUSTRIAL ;14,4%; 4.032; 48


Fuente: CNMC


La liberalización del sector corre el riesgo de convertirse en un proceso fallido, a la vista de los altos índices de concentración de cuotas de las eléctricas tradicionales y la lenta transición de los clientes TUR a esquemas de suministro
libre (un 60% de los clientes con derecho a PVPC, unos 15,16 millones de usuarios, continuando siendo suministrados por las eléctricas de referencia).


Las Directivas y las leyes sectoriales establecen un tiempo máximo de 21 días para que el distribuidor ejecute el cambio de suministrador eléctrico, incluso cuando no concurran actuaciones en campo o cambio en las condiciones de acceso.
Esto favorece la aparición de elementos distorsionadores que pueden disuadir al consumidor de realizar el cambio y dan una pobre imagen, de falta de agilidad, a las compañías que lo ofrecen.


En la actualidad, existen publicados para el año 2015 los tiempos medios de cambio de comercializador que oscilan, entre los 13,1 y 14,2 días en el sector eléctrico y entre los 14 y 15,2 días en el sector del gas natural, según la
información obtenida de los comercializadores, contados desde la obtención del consentimiento del consumidor hasta la recepción del mensaje del distribuidor con la activación del cambio.


Las Directivas y Leyes sectoriales establece La evolución del mercado mayorista supone un desafío para el sistema eléctrico en su conjunto lo cual hace más necesario un impulso de medidas que favorezcan la competencia entre comercializadores
en el sector doméstico e, ineludiblemente, de una mejor y mayor comunicación a los consumidores.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el más breve plazo, realice las modificaciones legales necesarias para reducir el actual plazo de ejecución de cambio de suministrador eléctrico del actual máximo de 21 días a un
plazo máximo de 48 horas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—José Luis Martínez González y Rodrigo Gómez García, Diputados.—Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000551


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de la
concesión de explotación del almacén subterráneo de gas natural «Castor» para su debate en la Comisión de Industria, Energía y Turismo.


El proyecto de construcción de la planta de almacenamiento de gas natural «Castor» ha resultado ser uno de los fracasos más importantes de la historia de este país en lo que a infraestructuras energéticas se refiere. Un proyecto que nunca
debió iniciarse porque no era ni necesario ni viable. En el momento que se decidió su construcción, el Gobierno de entonces lo consideró una decisión estratégica para el sistema gasista español y sus intereses energéticos. El tiempo ha demostrado
que la decisión estratégica fue errónea y que respondió a una errática planificación en la política energética basada en un crecimiento ilimitado de la demanda que en ningún caso se ha correspondido con las necesidades energéticas reales del país.


El proyecto «Castor» se ha configurado como una pieza más de un modelo energético insostenible basado en combustibles fósiles, que requieren de mega infraestructuras faraónicas de gran coste, que solo benefician a los oligopolios que
castigan a la ciudadanía, y que además dificulta la puesta en marcha de políticas alternativas de eficiencia energética, de autoconsumo o de energías renovables.


El rescate con recursos de los ciudadanos de una inversión privada que ha terminado en fiasco es una práctica que lamentablemente se ha convertido en habitual en este país. Oficialmente, el despropósito del proyecto «Castor» de momento le
ha costado a la ciudadanía más de 1.350 millones de euros, a los que hay que sumarles por lo menos otros 295 millones de euros por los derechos retributivos devengados por la empresa concesionaria y que no han sido publicados en boletín oficial
alguno si no que su pago se ha revelado a través de los medios de comunicación. Según cifras procedentes de las organizaciones de consumidores más representativas, el coste final para la ciudadanía podría llegar a superar los 4.700 millones de
euros incluyendo la cantidad, el plazo y los intereses.


Un rescate más a añadir al del sector financiero, al del sector eléctrico, al de las autopistas, que tiene siempre el mismo guion y los mismos protagonistas: generar burbujas especulativas que producen grandes beneficios privados y que
cuando explotan o fracasan, los costes del desaguisado van a costa de la ciudadanía. Los beneficiarios siempre son los mismos, los concesionarios de turno que viven en concubinato permanente con el poder, sea cual sea el color del gobierno que lo
ejerce, para conseguir pingües beneficios. Los que pagan también son siempre los mismos, los ciudadanos, bien aportando recursos fiscales que detraen de sus derechos sociales o bien —como en este caso— cargándolo en el coste de las tarifas del gas.


Este proyecto se puso en marcha en plena bacanal especulativa que empujó a la compra masiva de gas y que se justificó para garantizar el suministro energético de un país que crecía y crecía y que iba a necesitar mucha electricidad. Pero la
adjudicación del proyecto «Castor» se hizo en junio de 2010, cuando ya era evidente la crisis y cuando se evidenciaba que ya no era necesaria toda esa energía con la que se justificaron todas las inversiones. En su momento fueron muchas las voces
quienes advirtieron de que este proyecto ni era necesario ni reunía las condiciones necesarias de seguridad. Se hicieron oídos sordos, y una vez los problemas de seguridad se han hecho evidentes y se han visto obligados a paralizar



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el proyecto, han pretendido que los costes de paralización vayan a costa de los usuarios del gas vía tarifas durante los próximos treinta años.


A pesar de ello, el proceso de especulación con el gas no ha terminado. Desde 2011, pero más intensamente en los últimos años, las empresas españolas siguen comprando gas a Azerbaiyán, a Rusia, a Estados Unidos, que se añade a los contratos
ya firmados con Argelia y que hacen de España el primer importador de gas natural licuado de Europa. Y no solo gas natural. En estos momentos España está comprando masivamente gas no convencional que no va a necesitar para nada, salvo para una
cosa: para hacer de España un «hub» gasístico que si funciona va a traer grandes beneficios, pero que si entra en pérdidas estas van a ser asumidas por la ciudadanía a costa de las tarifas y a costa de los impuestos públicos.


Ante esta situación, es necesario acabar con esta estafa permanente según la cual los lobbies han conseguido imponer un capitalismo de casino y el socialismo perfecto: se privatizan los beneficios y, cuando llegan las pérdidas, estas se
socializan. Hay que acabar con regulaciones como el Real Decreto 855/2008, de 16 de mayo de 2008 (BOE núm. 136, de 5 de junio de 2008), que dio paso a la adjudicación del proyecto «Castor», y que aseguró la recuperación de la inversión realizada
por la empresa concesionaria dificultando así la asunción de responsabilidades por parte de aquella en caso de fracaso del proyecto. También hay que acabar con regulaciones como el Real Decreto-ley 13/2014, de 3 de octubre, por el que se acepta la
extinción de la concesión presentada por Escal UGS, S.L., y se decide una rápida y millonaria indemnización pese a que el proyecto ha costado tres veces más de lo inicialmente presupuestado. Y por último hay que acabar con la opacidad y la falta de
transparencia. Tenemos la obligación ante la ciudadanía de poner luz y taquígrafos sobre un proceso administrativo y político lleno de sombras que no ha gozado en su adjudicación de la necesaria concurrencia competitiva y publicidad, y donde la
empresa no ha podido acreditar tener la suficiente capacidad técnica y económica para desarrollar la actividad con las suficientes garantías.


En definitiva, no es para nada aceptable que una empresa que ha construido con riesgo sísmico y sin tener en cuenta los informes que alertaban de ese riesgo, no asuma ningún tipo de responsabilidad y se le reconozca la extinción de la
concesión y de la indemnización sin la debida auditoría y estudios de la diligencia profesional. Y todo ello agravado por el hecho de mantener la amenaza sobre unas poblaciones que siguen viviendo con el temor a sufrir actividad sísmica en una zona
próxima a centrales nucleares.


Por último, en el marco del «peak oil», la solución al agotamiento de los recursos no va a venir por la explotación de nuevos espacios con reservas inciertas de combustibles fósiles y arriesgando el patrimonio natural y la biodiversidad sino
que vendrá por un nuevo modelo energético basado en las energías limpias y renovables. El castigo a las energías limpias y la apuesta ciega por actividades extractivas hipoteca nuestra autonomía, seguridad energética, y antepone los intereses
mercantilistas de unas multinacionales al interés colectivo y la preservación del territorio y del medio natural.


Por todo ello se presenta la siguiente:


Proposición no de ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer una calendarización de desmantelamiento de las instalaciones marinas y terrestres del almacén de gas natural “Castor”.


2. Impulsar las acciones legales necesarias que permitan recuperar la cantidad retribuida a la empresa Escal UGS, S.L. en concepto de extinción de la concesión, al entender que aquella incurrió en dolo o negligencia imputable y que por
tanto la compensación debería limitarse al valor residual de las instalaciones.


3. Impulsar la depuración de responsabilidades ambientales, administrativas y económicas de la empresa Escal UGS, S.L. por los más de 1.000 movimientos sísmicos consecuencia de la puesta en servicio del almacén de gas natural “Castor”.


4. Llevar a cabo los estudios técnicos sobre la afectación que la hibernación del proyecto puede tener sobre el medio ambiente de la zona y otras instalaciones de riesgo presentes en la zona.


5. Realizar un peritaje para cuantificar los daños materiales, y si cabe morales, que ha sufrido la ciudadanía de Terres de l’Ebre como consecuencia de los terremotos sufridos a efecto de realizar las reclamaciones que correspondan.



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6. Impulsar las modificaciones legislativas necesarias para impedir que en el futuro sean las arcas públicas las que asuman las indemnizaciones derivadas de la renuncia voluntaria de la concesión de explotación de una infraestructura o
servicio.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2016.—Josep Vendrell Gardeñes y Francesç Xavier Domènech Sampere, Portavoces del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000459


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Mixto.


Solicitud de que su Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a garantizar la efectiva aportación de los recursos comprometidos, por parte del Estado, para la realización de los Juegos del Mediterráneo de Tarragona 2017, sea
tramitada en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y trasladar a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, comunicando este acuerdo a la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, al Gobierno y al Grupo Parlamentario autor de la
iniciativa y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.—La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 27, de 4 de octubre de 2016.


161/000475


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la construcción de un almacén temporal individualizado
(ATI) en la Central Nuclear de Almaraz, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


El 23 de septiembre pasado el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) informó favorablemente la solicitud para construir un almacén temporal individualizado (ATI) en la central nuclear de Almaraz (Cáceres) que recogería los residuos radioactivos
generados por la central.


El permiso de explotación de los dos reactores de Almaraz acaba, tras una primera prórroga, el 8 de junio de 2020 y cumplirán 40 años de funcionamiento en 2021 y 2022, respectivamente. Hay cálculos basados en los propios datos del CSN según
los cuales las piscinas de los dos reactores pueden seguir almacenando los residuos hasta enero de 2022 y 2023, luego parece que no es necesario construir un



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almacén. Si esta construcción se realiza todo indica que es para facilitar otros 10 años o más de explotación, ya que de otro modo la inversión económica no tiene sentido.


El siguiente requisito legal es la autorización del Ministerio de Medio Ambiente preciso para que Industria entregue el permiso definitivo. Es decir, de ser así, un Gobierno en funciones estaría actuando para favorecer los intereses del
oligopolio del sector eléctrico, empeñado en mantener sus enormes beneficios, ya que el kWh de origen nuclear se paga al triple de su coste por producirlo cuando la central ya está amortizada. A pesar del enorme historial de irregularidades y
fallos de los dos reactores y de que se ha sobrepasado el tiempo de uso previsto en su diseño, las compañías propietarias tratan de alargar su vida y los gobiernos de España se pliegan una y otra vez a sus peticiones.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Rechazar la construcción de un almacén temporal individualizado (ATI) en la Central Nuclear de Almaraz.


2. No conceder en ningún caso la autorización para construir dicho almacén.


3. Mantener la fecha de cierre definitivo de la central nuclear de Almaraz cuando expire su prórroga en junio de 2020.


4. Diseñar un plan de reactivación económica para la comarca afectada.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Bustamante Martín y Eva García Sempere, Diputados.—Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000479


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de doña Ángela Rodríguez Martínez, don Antón Gómez-Reino Varela, doña Yolanda Díaz Pérez y don Miguel Anxo Elías Fernández Bello y a través de su
Portavoz doña Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de ley sobre anulación de la prórroga de la concesión de ocupación de dominio público
marítimo-terrestre en la ría de Pontevedra otorgada por un Gobierno en funciones a ENCE, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno en funciones del Partido Popular, con fecha 20 de enero de 2016, ha dictado resolución otorgando a ENCE Energía y Celulosa prórroga por 60 años de la concesión de
ocupación de dominio público marítimo-terrestre con destino a fábrica de pasta de celulosa «kraft», otorgada por OM de 13 de junio de 1958, a la Empresa Nacional de Celulosa, S.A. (INI), en los terrenos ganados al mar de las marismas de Lourizán,
Pontevedra.


Para consolidar ENCE Energía y Celulosa (que no es titular de la concesión) en la ría de Pontevedra hasta el año 2073, se ha modificado la Ley 22/1988 de Costas, que contemplaba para este tipo de concesiones el establecimiento de plazo en
2018 y se ha aprobado la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de «protección y use sostenible del litoral». esta ha sido una prórroga firmada en Madrid y basada en la arbitrariedad, sin escuchar la opinión ni de la ciudadanía gallega ni de los habitantes de
Pontevedra, Marín y Poio, que llevan más de cincuenta y cinco años sufriendo los efectos nocivos de la pastera y de su planta de biomasa, ilegal, como ha quedado patente en la sentencia por delito ecológico que condenó a ENCE y ELNOSA por
contaminación atmosférica e hídrica.


Esto se produce tras la negligente ejecución de la sentencia de la Audiencia Nacional de 19 de mayo de 2011, ratificada por otra del Tribunal Supremo del 11 de julio de 2014, que condenó al Estado a incoar expediente de caducidad de la
concesión y a adoptar todas las medidas legales para la paralización de



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las actividades y suspender el uso y explotación de las instalaciones. Lo que permitiría rescatar la concesión y regenerar la ría, recuperar los recursos naturales, y el medio ambiente para el uso y disfrute de los ciudadanos libre y
tranquilo.


Sin embargo, el Partido Popular instalado también en la Xunta de Galicia concede la autorización ambiental integrada a ENCE, y emite informe favorable a este proceso, como si no fuese poco la modificación de la Ley de Costas durante esta
legislatura que, convierten la caducidad de la concesión en una especie de amnistía, para lograr la permanencia de ENCE Energía y Celulosa, S.A., en la ría de Pontevedra, donde proyecta además instalar la ampliación de la planta de biomasa de 40 MW,
que le denegaron en el archipiélago canario, por suponer una altísima contaminación medioambiental y por causar daños irreversibles en la salud de las personas, tales como afecciones respiratorias, malformaciones y cáncer.


En su momento habrá que valorar si todos estos despropósitos medioambientales y administrativos pueden ser constitutivos de delitos contemplados en el Código Penal.


Por todo ello, se formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


— Derogar la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y use sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, con efecto retroactivo en lo referente al artículo 2 de la Ley y 172 del Reglamento General de
Costas.


— Anular la prórroga de la concesión otorgada a ENCE Energía y Celulosa, por ser nula de pleno derecho.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.—Ángela Rodríguez Martínez, Antonio Gómez-Reino Varela, Yolanda Díaz Pérez y Miguel Anxo Elías Fernández Bello, Diputados.— Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000511


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Como Podem-En Marea a iniciativa de los Diputados don Alberto Rodríguez Rodríguez, doña Carmen Valido Pérez y doña María del Carmen Pita Cárcenas, presenta, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, relativa a la tramitación para la declaración
de un área marina protegida (AMP) con nomenclatura de santuario internacional de cetáceos.


Exposición de motivos


En 2012, el Gobierno de España aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto 547/2012 de 16 de marzo, autorizando a un consorcio de tres multinacionales petrolíferas liderado por Repsol a iniciar actividades de prospección de hidrocarburos
en aguas profundas, sobre una extensión oceánica de 616.000 hectáreas, y situada a 9,6 kilometros de las costas de la Isla de Fuerteventura y a 18,1 kilómetros de la isla de Lanzarote. El Real Decreto fue aprobado bajo la Secretarla de Estado del
Sr. Fernando Marti Scharfhausen, un ex alto cargo de Repsol que había desarrollado gran parte de su actividad profesional en esta petrolera en calidad de Director de Planificación.


La decisión del Gobierno de España fue adoptada contra el criterio de los Cabildos de Lanzarote y Fuerteventura y del Parlamento y del Gobierno de Canarias. A partir de marzo de 2012, el Partido Popular ha protagonizado uno de los episodios
más flagrantes de la historia política y democrática de España, al haber utilizado su mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, en el Senado y en las instituciones ministeriales, para imponer por la fuerza al pueblo canario y, por tanto, al
pueblo español, la ejecución de unas operaciones de alto riesgo ambiental en connivencia directa con multinacionales petroleras privadas y en claro detrimento del interés general.



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Nunca en la historia de Canarias, de España y de Europa, se había registrado un rechazo social, político, científico y empresarial tan masivo y articulado contra unas perforaciones petrolíferas como las impuestas en Canarias por el Gobierno
de España. Todas las iniciativas parlamentarias promovidas en la anterior Legislatura en las Cámaras Alta y Baja para suspender las operaciones de prospección, obtuvieron el apoyo mayoritario de Grupos Políticos de todas las Comunidades Autónomas
de España, pero también el rechazo del PP, que sistemáticamente impuso su mayoría para desestimarlas en favor de la multinacional Repsol.


Universidades y entidades científicas de los cinco continentes, las ONG medioambientales más destacadas del mundo, treinta y tres fuerzas políticas de 20 países representadas en el Parlamento Europeo, las ocho federaciones de operadores
turísticos más importantes de Europa operando en Canarias (Finlandia, Reino Unido, Alemania, Estonia, Suecia, Noruega, Dinamarca y Suiza), el 75,4% de la población canaria (encuesta realizada en noviembre de 2014 por las Universidades de La Laguna y
de Las Palmas de Gran Canaria), el 90% de las cofradías de pescadores de las Islas Canarias, seis de los siete cabildos insulares, el Parlamento Autonómico y el Gobierno de Canarias, han mostrado de fauna reiterada y argumentada su rechazo o máxima
preocupación por las operaciones petrolíferas en Canarias.


Las perforaciones exploratorias, dada su proximidad a las costas y los inherentes riesgos de derrames en estas maniobras de alto riesgo, constituyen una amenaza de primer nivel para el suministro del 100% del agua potable que se produce y
consume mediante plantas desaladoras para más de 300.000 personas en las islas de Lanzarote y Fuerteventura.


El espacio marino es considerado además como una de las áreas marinas de mayor biodiversidad del planeta, de gran importancia para las pesquerías artesanales, con presencia de numerosas especies de fauna protegidas por la Red Natura 2000,
por la Directiva de Hábitats, por el Convenio de Berna, por diversas figuras de protección de Naciones Unidas (reservas de la biosfera, zona marítima especialmente sensible de la OMI), y constituye el área oceánica con mayor densidad de cetáceos de
la Unión Europea, con 29 especies presentes. La zona ha sido objeto de múltiples intentos de protección por las especies de delfines y ballenas que alberga, destacando el procedimiento actualmente en curso que tramita la Unión Europea para la
declaración de lugar de importancia comunitaria (LIC).


Sin embargo, esta área fue literalmente cercenada en un 50% por el Gobierno de España en 2013 con la finalidad exclusiva de que las operaciones de Repsol quedasen fuera del espacio a proteger, como finalmente ha sucedido. Simultáneamente,
en octubre de 2015, el Partido Popular rechazó en el Senado la creación de un Santuario de Cetáceos en la zona promovido por la ONG internacional WWF, iniciativa respaldada por la práctica totalidad de las fuerzas políticas de España con el apoyo
expreso del Parlamento y del Gobierno de Canarias.


Las operaciones de Repsol en Canarias han sido defendidas por el Partido Popular al tiempo que rechazaba prospecciones petrolíferas de otras multinacionales petroleras en las Islas Baleares y en las Comunidades Autónomas de Andalucía y
Valencia. Paralelamente, el Gobierno español se opuso y frenó la posibilidad de que la sociedad canaria, ante la gravedad, inquietud y trascendencia social y económica que estas operaciones industriales representaban para las islas, se pronunciara
en una consulta popular solicitada formalmente por el Parlamento Canario al ejecutivo español.


El 18 de noviembre de 2014, tras dos años y medio de intenso conflicto institucional, jurídico, social y político, la compañía Repsol inicia la perforación del primer pozo (Sandía-1X) apoyado por una patrullera de la Armada Española, cuyos
efectivos atacaron a activistas de Greenpeace que pacíficamente se manifestaban en la zona produciendo lesiones de gravedad a varias personas.


El 16 de enero de 2015, Repsol anuncia la retirada de las operaciones argumentando que los resultados de la exploración no han sido positivos; la compañía incumple los términos de la Resolución del Ministerio de Industria al no respetar los
plazos temporales y la perforación de un segundo pozo obligatorio, por lo que, a tenor de lo estipulado en la vigente Ley de Hidrocarburos, la concesión otorgada deberla resultar por lo tanto invalidada.


En junio de 2016 conocemos la decisión del Tribunal Supremos, de declarar los permisos de Repsol caducados el 21 de marzo de 2016, por haberse cumplido el periodo de cuatro años de trabajo para realizar la actividad. Lo cual vino a
significar que cualquier tipo de sondeo exploratorio se volvía inviable.


Sin embargo, el área marina en la que se permitió la realización de prospecciones sigue sin tener una protección adecuada y acorde a su riqueza, por lo que se vuelve necesario avanzar en la modificación de LIC y en aprobar una figura que
aleje el peligro de futuras prospecciones.



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Por todo ello, el Congreso insta al Gobierno a:


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


— Iniciar la tramitación para la declaración de un área marina protegida (AMP) con nomenclatura de santuario internacional de cetáceos, y comunicar a la Comisión Europea la modificación del área propuesta por España como LIC del Oriente y
Sur de Lanzarote y Fuerteventura para que la zona a proteger abarque las coordenadas establecidas en la Propuesta de LIC marino de WWF para este área:


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Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Alberto Rodríguez Rodríguez, Carmen Valido Pérez y María del Carmen Pita Cárdenes Diputados.—Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos
Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Cormú Podem-En Marea, a iniciativa de sus Diputadas y Diputados doña Yolanda Díaz Pérez, doña Ángela Rodríguez Martínez, doña Alexandra Fernández Gómez, don Antón Gómez-Reino Várela, y don
Miguel Anxo Elías Fernández Bello, conforme recoge el artículo 193 del reglamento del Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para ser



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debatida en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medioambiente relativa al saneamiento de la ría do Burgo en A Coruña.


Exposición de motivos


Numerosos colectivos de la sociedad coruñesa llevan decenios demandando una solución definitiva a la situación de degradación en que se encuentra Ia ría do Burgo, afectada por la contaminación procedente de grandes industrias del entorno,
las deficiencias del saneamiento de muchos «concellos» del área, pero sobre todo por la dejadez de unas Administraciones Públicas que dilatan en el tiempo acometer las inversiones necesarias para remediar su degradación.


La ría do Burgo es un valor económico y medioambiental fundamental para el conjunto del entorno, siendo los más afectados por esta situación los mariscadores y mariscadoras, que sufren un continuo goteo de perdidas de puestos de trabajo y
que arrastran enormes dificultades para alcanzar unos ingresos mínimos dignos que permitan mantener a sus familias, debido tanto a las pérdidas de riqueza de la ría cuanto a los periodos de inacción derivados del cierre de la ría a causa de los
altos niveles recurrentes de contaminación que registra O Burgo. Es imprescindible acometer la limpieza integral y la extracción completa de los lodos.


A pesar de las promesas, y de los diferentes foros creados para solventar la situación, la realidad a día de hoy es que continúan los vertidos, la presencia de hidrocarburos y los cierres generando una situación materialmente insostenible
para el colectivo de los y las trabajadores del mar, que a mayores conviven con la situación de furtivismo: asistimos a la «tormenta perfecta» contra la sostenibilidad de la ría y de su producción.


La degradación de la ría do Burgo afecta a las potencialidades que tiene la ría en materia social y turística y que no se pueden desarrollar en el actual estado de la misma. Urge una respuesta urgente, la aceleración de los plazos para
acometer las actuaciones de saneamiento y un plan de ayuda al colectivo de trabajadoras y trabajadores del mar que padecen el mal estado de la ría. Esta se encuentra a un 20% de su capacidad productiva y con apenas 90 mariscadores trabajando (hace
dos años eran 180).


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley para ser debatida en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medioambiente:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un calendario de actuaciones y de financiación que permita realizar de manera urgente el conjunto de las inversiones necesarias para regenerar la ría do Burgo, recuperar los bancos
marisqueros y realizar el dragado comprometido para hacer realidad el saneamiento integral de la ría.


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la aprobación de medidas compensatorias de carácter económico en apoyo al sector del marisqueo mientras se proceda a la recuperación de la ría, así como a posteriori mientras se procede a la
recuperación del entorno y la contratación del saneamiento, en todo caso estas medidas se mantendrán mientras la ría sea improductiva.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Yolanda Díaz Pérez, Ángela Rodríguez Martínez, Antonio Gómez-Reino Várela y Miguel Anxo Elías Fernández Bello, Diputados.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo
Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/000550


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez, y del Diputado don Antón Gómez-Reino Varela, de la agrupación parlamentaria de En Marea, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley relativa a la pesca artesanal para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



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Exposición de motivos


La pesca costera artesanal en Galicia tiene una gran importancia tanto desde el punto de vista social, como económico y cultural. Es fuente de riqueza y creación de miles de empleos directos e indirectos, a pesar de la gran destrucción de
empleo que Galicia ha sufrido en los últimos años en el sector de la pesca debido a las lesivas políticas de la UE y del estado español.


Son innumerables los beneficios de este tipo de pesca, que ayuda a fijar población en las localidades costeras gallegas, ya que su actividad diaria funciona como un motor dinamizador de las pequeñas economías.


Sin olvidar que la pesca artesanal adopta prácticas pesqueras sostenibles y respetuosas con el medio ambiente marino, algo que enfatizan organizaciones ecologistas tan conocidas como Greenpeace.


Es por tanto, una actividad y un medio de vida a preservar, incluso a incentivar y promover con políticas adecuadas que tengan en cuenta las históricas demandas de este tipo de pesca.


Sin embargo, la realidad en cuanto a políticos pesqueras es muy diferente, y este tipo de pesca en lugar de haber sido premiado, es víctima de prácticas discriminatorias por parte de la UE que la igualan a la pesca industrial o a gran
escala, sin tener en cuenta sus históricas peticiones.


Son ya legendarias sus críticas a los TAC (Total Admisibles de Capturas) puesto que por sus características consideran que deberían estar excluidos de los TAC y del sistema de cuotas. Demandan que la pesca artesanal en aguas interiores de
Estados y regiones quede fuera de los TAC. Considera el sector de litoral que no debería estar sometido al sistema de cuotas dictado por la UE, sino que se deberían seguir criterios de gestión de proximidad, descentralizada, y que tengan en cuenta
las características propias de cada zona.


Igual que son archiconocidas sus demandas de devoluciones cero. La política de descartes tampoco está pensada para este sector y las medidas contempladas al respecto les perjudican enormemente.


Cuando se llevo a cabo la reforma de la Política de Pesca Común (PPC), pidieron una vez más que se tuviesen en cuenta sus especificidades y que se elaborase una definición concreta de lo que es pesca artesanal, como medida adecuada
encaminada a la protección de este sector. Otra de sus reivindicaciones guarda relación con la necesidad de asentar una definición clara de lo que se entiende por pesca artesanal o costera que no se limite a la eslora de las embarcaciones. El
Reglamento de la UE n.º 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), define la pesca costera artesanal como la pesca practicada por buques pesqueros de eslora total
inferior a 12 metros que no utilicen las artes de pesca de arrastre.


Algo que irritó profundamente al sector gallego puesto que debido a las especiales condiciones de la costa gallega, debe utilizar barcos de mayor potencia. El criterio impuesto por la UE es considerado absurdo por parte del sector gallego
puesto que no responde a la realidad de la pesca costera gallega.


Llevan años pidiendo un sistema de gestión diferenciado y un fondo diferente para la pesca artesanal. Consideran que las políticas de la UE solo favorecen a la pesca industrial, a las grandes flotas, en detrimento de la pesca costera que se
realiza a pequeña escala, exenta de las dosis de agresividad propia de la pesca industrial a gran escala. Es un tipo de pesca más sostenible, que realiza menos descartes. Aun así, la UE no diferencia, sigue políticas lineales sin distinguir entre
las pesca a gran escala de la pesca sostenible, perteneciente a la microeconomía.


Sus características de sostenibilidad, sus criterios sociales, ambientales, económicos y culturales deberían ser tenidos en cuenta por quienes dictan las políticas pesqueras.


El sector de la pesca artesanal representa a mas del 70% de la flota total de la UE. Se calcula que genera 90.000 empleos.


Se necesita un compromiso férreo por parte del Gobierno del estado a fin de adoptar una posición de defensa del sector artesanal ante la UE, asegurando que esta actividad tenga un rendimiento digno que garantice su rentabilidad y
sostenibilidad.


Dado lo expuesto, quedan suficientemente explicados los problemas de la pesca costera artesanal, por tanto:


«El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a:


— Solicitar a la Comisión Europea que adopte una definición de pesca artesanal que esté consensuada con el sector y que tenga en cuenta las especiales características de este tipo de pesca sostenible, que fija población en las localidades
costeras y es respetuosa con el ecosistema marino.



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— Demandar a la UE que se desarrolle y se aplique el apartado 25 de la Resolución del Parlamento Europeo sobre una nueva PPC: “Estructura de medidas técnicas y planes plurianuales” que considera que la pesca artesanal accidental debe quedar
excluida de los TAC (Total Admisibles de Capturas).


— Plantear ante la UE que la pesca artesanal o de litoral se le apliquen las devoluciones cero.


— Adoptar políticas de protección, promoción e incentivación de la pesca artesanal dado que utiliza métodos de pesca sostenibles, es una forma de pesca a pequeña escala, genera miles de puestos de trabajo y dinamiza las localidades costeras.


— Promover el consumo de productos pesqueros procedentes de la pesca artesanal y del marisqueo, comenzando por la incentivación de su consumo en centros, instituciones y organismos públicos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Antonio Gómez-Reino Varela, Diputado.—Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000193


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de que su Proposición no de Ley relativa al Protocolo de actuación integral en materia de mutilación genital femenina, sea tramitada en la Comisión de Igualdad.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad y trasladar a la Comisión de Igualdad, comunicando este acuerdo a la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, al Gobierno y al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa y publicar en el Boletín Oficial de
las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de octubre de 2016.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.—La iniciativa de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016.


161/000473


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley de modificación de la Ley
55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y de la adopción de medidas para consolidar como estructurales las plazas que ya tienen ese carácter, para su debate en la Comisión de Sanidad y
Servicios Sociales.


El pasado 14 de septiembre, la Sala Décima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia a petición de decisión prejudicial planteada con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Juzgado de lo
Contencioso-administrativo número 4 de Madrid, y que tiene por objeto la interpretación de



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las cláusulas 3 a 5 del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la
UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (DO 1999, L 175, p. 43). En concreto, esta petición se presenta en el marco de un litigio entre una trabajadora del Servicio Madrileño de Salud y este último, en relación con la calificación
jurídica de su relación de servicio, que ha adoptado la forma de sucesivos nombramientos —hasta siete— de duración determinada como miembro del personal estatutario temporal eventual de dicho Servicio.


De acuerdo al fallo de la sentencia, la cláusula 5, apartado 1, letra a), del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE, del Consejo, de 28 de
junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, «debe interpretarse en el sentido de que se opone a que una norma nacional —el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios
de salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre—, sea aplicada por las autoridades del Estado miembro de que se trate de manera que la renovación de sucesivos nombramientos de duración determinada en el sector de la sanidad pública se
considera justificada por “razones objetivas, en el sentido de dicha cláusula, debido a que los nombramientos se basan en disposiciones que permiten la renovación para garantizar la prestación de servicios determinados de naturaleza temporal,
coyuntural o extraordinaria, siendo así que, en realidad, estas necesidades son permanentes v estables”; y de que “no existe ninguna obligación de crear puestos estructurales que pongan fin al nombramiento del personal estatutario temporal eventual
que incumba a la Administración competente y le permite proveer los puestos estructurales creados mediante el nombramiento de personal estatutario temporal interino, de modo que la situación de precariedad de los trabajadores perdura, mientras que
el Estado miembro de que se trata tiene un déficit estructural de puestos fijos en dicho sector”».


En este sentido, el Tribunal de justicia de la Unión Europea declara que el Derecho de la Unión se opone a una norma nacional que permite la renovación de nombramientos temporales, bajo la justificación de atender necesidades temporales en
materia de personal, cuando estas necesidades son en realidad permanentes. Si reconoce que la sustitución temporal de trabajadores para atender necesidades de duración limitada puede constituir «una razón objetiva», pero considera que los
nombramientos de duración determinada no pueden renovarse año tras año para desempeñar funciones permanentes y estables incluidas en la actividad normal del personal estatutario fijo. Y no pueden ni deben renovarse, como nombramientos temporales,
porque ello conlleva una precarización de las condiciones laborales que van en contra de los acuerdos europeos en esta materia, estando el Estado obligado a crear los puestos de carácter permanente.


No hay que olvidar que tal y como señala el último estudio sobre la situación laboral de los médicos en España de la Organización Medica Colegial (OMC), el 40% de los medicos de la sanidad publica en este momento ya no tiene plaza fija. Y
la temporalidad del personal sanitario y no sanitario en la sanidad pública es del 30,5% de media, cinco puntos por encima de la del conjunto de trabajadores. La precariedad de las condiciones de trabajo de los y las profesionales del sistema
sanitario supone un doble empeoramiento de la calidad del sistema: por un lado por su efecto sobre los profesionales, su salud y su capacidad para el desarrollo profesional y personal; y por otro sobre los/las usuarios/as porque en las condiciones
de precariedad creadas, solo puede conseguirse una asistencia de calidad poniendo duramente a prueba la vocación y entrega del personal sanitario (la calidad de la asistencia prestada en condiciones de precariedad no es deseable).


Por todo ello, es preciso que cuanto antes se de cumplimento a lo que dicta la citada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y se tomen las medidas necesarias para dignificar las condiciones laborales de los/las
trabajadores/as del Sistema Sanitario Público.


Por todo ello se presenta la siguiente:


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar la modificación de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la sentencia C-16/15 de la Sala Décima del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en los siguientes sentidos:



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a) Establecer que todas las necesidades de carácter permanente se cubran, obligatoriamente, con puestos o plazas de carácter estructural.


b) Establecer que los contratos y nombramientos de carácter interino y eventual no puedan tener, en ningún caso, una duración superior a 6 meses, aun para los supuestos de encadenamiento de distintos contratos o nombramientos, y también para
el supuesto de que el mismo puesto de trabajo sea ocupado por distintos trabajadores y trabajadoras.


c) Establecer que los procesos para la cobertura de los puestos de trabajo estructural se realicen en el plazo máximo de los 6 meses posteriores a su cobertura de forma temporal.


2. Iniciar, en el plazo de 3 meses, los tramites para las medidas legislativas pertinentes para consolidar como plazas estructurales del Sistema Público de Salud todos los puestos de trabajo que, a 1 de octubre de 2016, lleven mas de 12
meses cubiertos con contratos o nombramientos de carácter eventual o interino, independientemente de que hayan sido ocupados por distintos trabajadores y trabajadoras.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Marta Sibina Camps y Aina Vidal Sáez, Diputadas.—Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada doña Lourdes Ciuró i Buldo, del Partit Demócrata Català, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la
Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, una Proposición no de Ley para modificar el procedimiento de diagnóstico, reconocimiento, indemnizaciones, exenciones y pensiones vitalicias a las personas afectadas por la talidomida en España.


Reconocer los daños producidos y resarcir adecuadamente a las personas afectadas, victimas del medicamento denominado talidomida en España se ha convertido en un indicador de la capacidad de respuesta del sistema de protección al consumidor
español, un indicador que por el momento señala un resultado de suspenso.


Han trascurrido casi sesenta años desde que se comercializa y se ha demostrado una evidente relación causa efecto entre el medicamento y las anomalías congénitas de numerosas personas cuyas madres gestantes lo tomaron. La practica totalidad
de los estados donde se comercializo han indemnizado a los afectados, pero España sigue siendo la excepción.


El 13 de octubre de 2015, el Pleno del Congreso aprobó una Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió, sobre la política del Gobierno ante las injusticias de la Justicia,
particularizando en el caso de la talidomida. Y el pasado 19 de abril de 2016, la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, acordó aprobar dos Proposiciones no de Ley, tramitadas conjuntamente: La Proposición no de Ley sobre la modificación del
procedimiento de diagnóstico, reconocimiento, indemnizaciones, exenciones y pensiones vitalicias a las personas afectadas por la talidomida en España, presentada par el Grupo Parlamentario Catalán (Democracia i Llibertat); y la Proposición no de
Ley sobre la protección de las personas afectadas por la talidomida.


Es preciso dar una rápida y definitiva concreción a los compromisos aprobados y para ello urge modificar el Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la
talidomida en España durante el periodo 1960-1965.


A través de esta Proposición no de Ley, se pretende responder a la necesidad de superar las limitaciones y errores del Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, que han dado lugar a situaciones individuales injustas respecto a la tragedia de
la talidomida, de manera que de una vez por todas, se aborde un justo reconocimiento y apoyo a todas las personas afectadas por la sustancia activa «talidomida», según las diferentes situaciones personales que concurren en cada una de ellas, y
entronca con la linea seguida por la mayoría de países de nuestro entorno, y más concretamente Alemania, Reino Unido, Italia y otros, donde se han establecido esquemas solidarios de ayuda a las personas afectadas.



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Es necesario responder a la necesidad de reconocimiento y apoyo solidario de las personas afectadas por la sustancia activa de la «talidomida» ampliando el margen de los años entre los cuales se produjeron los nacimientos para poder amparar
efectivamente a las personas victimas de la tragedia. Así mismo, se recoge la necesidad de crear unidades de diagnóstico que a través de profesionales de diversas disciplinas, objetivamente aborden la labor de informar que peticionarios, con una
alto grado de probabilidad, padecen afecciones secundarias a talidomida. Para ello deberán incorporar los últimos criterios de la literatura médica y tomar en consideración los periodos reales en los que este principio activo pudo ser prescrito en
el Estado español.


En definitiva, entendemos justo y oportuno que el Gobierno, reconozca, asuma y repare las discriminaciones que este colectivo de ciudadanos ha recibido por parte de las instituciones. Las victimas de talidomida, también en España han pasado
inadvertidas, cuando su sacrificio ha servido para un incuestionable desarrollo de las legislaciones en materia de productos sanitarios y de consumo ordinario, haciendo de estos un producto sensible y especialmente controlado, para evitar
consecuencias tan terribles como las padecidas por estos ciudadanos.


Esta Proposición no de Ley es, además, una muestra de reconocimiento y gratitud a este colectivo de ciudadanos que con su sacrificio, salvaron a una incalculable cantidad de personas de padecer unas consecuencias similares e incluso peores a
la vez que, es justo que el Estado español repare, en la medida de lo posible, a este colectivo, de manera que se les procure unas vidas con dignidad y capacidad económica así como apoyo asistencial.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reabrir con urgencia el registro contenido en el Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, para ampliar el alcance, las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento a las personas que sufrieron malformaciones corporales durante el
proceso de gestación compatibles con las descritas para la talidomida, en el periodo 1955-1985, y cuyo origen no pueda ser explicado por otras embriopatías o alteraciones cromosómicas.


2. Constituir una unidad de diagnostico de daños por talidomida, en colaboración con las comunidades autónomas y a través del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a los efectos de su determinación.


3. La unidad que se cree, tendrá en cuenta criterios científicos aceptados internacionalmente.


4. Proceder a indemnizar a los pacientes de acuerdo a una tabla de valoración de discapacidad, así como a pagar prestaciones justas que procedan, y todo ello en el plaza máximo de 2018.


5. Facilitar en lo posible los tratamientos rehabilitadores y ortoprotésicos, así como eliminar el copago en otras prestaciones originadas por sus lesiones, mediante las modificaciones legales oportunas.


6. Analizar las exenciones fiscales y tributarias sobre las eventuales percepciones dinerarias, prestaciones y/o indemnizaciones percibidas par las victimas de la talidomida.


7. Abrir un periodo de negociación con la compañía Grünenthal, a fin de que esta asuma y contribuya económicamente a la reparación del daño causado.


8. Reconocer el trabajo y la contribución que todas las personas afectadas y sus familiares han tenido a lo largo de todos estos años, tanto para reivindicar su derecho a un justo resarcimiento por el daño causado coma por la contribución
que han hecho a mejorar el sistema de farmacovigilancia y evitar que situaciones como la de la talidomida pudieran llegar a reproducirse.


9. Crear un comité de seguimiento en el que participen las asociaciones de victimas, a fin de velar por el correcto cumplimiento de esta iniciativa.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Lourdes Ciuró i Buldo, Diputada.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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161/000537


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para garantizar la equidad sanitaria de ciudadanos con enfermedades raras en todo el territorio nacional, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


Las enfermedades raras son aquellas dolencias graves, potencialmente mortales o crónicamente debilitantes, que están asociadas a una baja prevalencia: en la UE se consideran enfermedades raras aquellas que afectan a menos de 5 de cada
10.000 personas. Se estima que existen mas de 6.000 enfermedades raras diferentes. Afectan a un porcentaje entre el 6% y 8% de la población de la UE, lo que equivale a una cifra entre 44 y 59 millones de afectados en Europa, y a cerca de 3
millones de afectados en España.


Como recuerda un estudio de la Agenda de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Instituto de Salud Carlos III, a pesar de su diversidad la mayor parte de las enfermedades raras comparten una serie de características comunes:


— Son graves, crónicas, a menudo degenerativas, y potencialmente mortales.


— En mas del 50% de ellas el comienzo de la enfermedad tiene lugar en la niñez.


— La calidad de vida y autonomía de los pacientes se ven seriamente comprometidas.


— Su diagnostico suele ser laborioso.


— Hay desinformación sobre especialistas o centros medicos a los que acudir.


— Requieren un tratamiento multidisciplinar.


— Implican una gran carga psicosocial a los pacientes y sus familias.


Por estas razones las enfermedades raras son tratadas en centros sanitarios específicos de ámbito nacional en los que se concentran el conocimiento y los pacientes: son los Centros, Servicios o Unidades de Referencia (CSUR). De acuerdo con
lo establecido por el Real Decreto 1302/2006 los CSUR deben dar cobertura a todo el territorio nacional y atender a todos los pacientes en igualdad de condiciones independientemente de su lugar de residencia.


Para compensar a las regiones que daban asistencia a ciudadanos no residentes en ellas, de forma que se les garantizaran las mismas posibilidades de acceder a un tratamiento, en 2001 se creo el Fondo de Cohesión Sanitaria. Este fondo,
pretendía garantizar la libre circulación de los ciudadanos entre las distintas comunidades autónomas y asegurar que, en caso de que no pudieran recibir tratamiento en sus comunidades por no disponer en ellas de CSUR, lo pudieran hacer en otra sin
encontrarse con trabas burocráticas y barreras de coste.


Con una dotación inicial de 150 millones de euros, el Fondo de cohesión sanitaria fue reduciéndose en los años posteriores, justificándose los Gobiernos de turno en la situación de crisis económica (87,2 millones en 2011; 93,3 en 2012;
36,3 en 2013; 22,7 en 2014; 2,3 en 2015) hasta desaparecer en los presupuestos de 2016. En la actualidad, el fondo tiene naturaleza extrapresupuestaria y compensa parte del tratamiento que las comunidades dispensan a pacientes desplazados.
Puesto que, en paralelo a la reducción del fondo, las comunidades autónomas habían ido reduciendo sus propios presupuestos sanitarios, la desaparición de aquel ha provocado obstáculos en la admisión de pacientes remitidos desde otras comunidades y,
en definitiva, problemas de equidad en la atención sanitaria.


El Fondo de Cohesión Sanitaria también se encargaba de financiar los medicamentos huérfanos. Estos fármacos son diseñados para tratar enfermedades raras. Dadas las características de la enfermedad —heterogeneidad, limitado conocimiento
sobre la misma, muestras pequeñas a la hora de realizar ensayos, escaso mercado— los medicamentos huérfanos suelen tener costes muy elevados. Por eso muchos paises —como el Reino Unido, Holanda, Australia— cuentan con fondos especificos controlados
de forma centralizada para mantener la equidad.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las medidas necesarias, en colaboración con las Comunidades Autónomas, para aumentar la cuantía del Fondo de cohesión sanitaria hasta niveles previos a la crisis económica de
manera que:


1. Se asegure la equidad en la atención sanitaria la ciudadanía que posee una enfermedad rara en toda España.


2. El Fondo de Cohesión Sanitaria también se destinara a financiar la atención en los CSUR de la población distinta a la de la comunidad autónoma donde se localice el CSUR y a financiar el use de medicamentos huérfanos y de use compasivo
tras aprobarse por el mismo por un comité científico centralizado.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000538


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no
de Ley sobre la elaboración de un Plan Nacional de Retirada del Amianto en centros publicos, especialmente centros escolares, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El amianto o asbesto es un mineral utilizado en la construcción durante buena parte del siglo XX que ha tenido importantes consecuencias en la salud de los trabajadores que lo manipulaban sin ningún tipo de protección, así como de as
personas que se han visto rodeadas de este material por ser parte de las construcciones en las que residían o desempeñaban su actividad laboral. Los efectos perjudiciales de su uso dieron lugar a la prohibición de su criminalización y uso en el ano
2002.


La principal vía de exposición al amianto es la respiratoria, ya que por sus características, las partículas de amianto pueden permanecer en suspensión en el aire el tiempo suficiente, para que representen un riesgo respiratorio. Igualmente
pueden adherirse a la ropa y a la piel y desprenderse posteriormente con el consiguiente riesgo de inhalación.


La exposición al amianto puede dar lugar a tres tipos de patologías graves, de las cuales algunas tienen un alto incide de mortalidad. El cáncer de pulmón, el mesotelioma maligno y la asbestosis son las principales enfermedades relacionadas
con la inhalación de amianto. La primera causa de muerte relacionada con el amianto en los pacientes expuestos.


En España se producen cientos de muertes al año derivadas del contacto e inhalación de amianto. De hecho, numerosas organizaciones destacan que un número sustancial de fallecimientos por estas causas no se recogen en los datos oficiales.
Un reciente estudio publicado por la revista BMC Cáncer, y elaborado por investigadores del Instituto de Salud Carlos III, ha señalado que el amianto seguirá causando muertes en España hasta, por lo menos, el año 2040.


Dada la incidencia del amianto en la génesis de diferentes patologías, numerosos Estados comenzaron a trabajar de manera conjunta para su retirada y posterior eliminación. Así por ejemplo, la Conferencia Europea sobre el Amianto, celebrada
en Dresde en 2003, dio lugar a una Declaración encaminada a reducir los riesgos derivados del trabajo con amianto, instando a la Organización Internacional del Trabajo, entre otras cuestiones, a ayudar a los Estados miembros a elaborar planes de
acción nacionales para la gestión, el control y la eliminación definitiva del amianto del entorno laboral y social.


El Parlamento Europeo, posteriormente, en marzo de 2013, aprobó una resolución sobre los riesgos para la salud en el lugar de trabajo relacionados con el amianto y perspectiva de eliminación de todo el amianto existente en la que instaba a
la Unión Europea y a los Estados miembros a que realicen una



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evaluación de impacto y un análisis de costes y beneficios de la posibilidad de crear planes de acción para la eliminación segura del amianto de los edificios publicos. Sin embargo, no existe en la actualidad una legislación o planificación
nacional que obligue a la retirada inmediata de este material en las construcciones pese a que el objetivo marcado por las instituciones europeas para su desaparición se ha fijado para el año 2028. Algunas Comunidades Autónomas han empezado, por
cuenta propia y en base a sus competencias sobre normas técnicas de construcción, a retirar el amianto de los centros públicos en los que se encuentre, especialmente aquellos relacionados con la infancia.


La presencia de amianto es especialmente preocupante en edificios en los que pequeñas reformas o trabajos de remodelación puedan afectar a las generaciones mas jóvenes, por ejemplo en los centros escolares. Miles de centros educativos en
España todavía cuentan con amianto en sus construcciones. Por ejemplo, solo en Andalucía se han detectado mas de 200 centros escolares con amianto. La guía no vinculante de buenas practicas publicada por la Dirección General de Empleo, Asuntos
Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea, «Guía de buenas practicas para prevenir o minimizar los riesgos del amianto en los trabajos en los que este presente (o pueda estarlo) destinada a empresarios, trabajadores e inspectores
de trabajo», recoge también la posibilidad de que este material se encuentre presente en centros escolares, sobre todo en tuberías y calderas o en materiales para pavimentos.


De hecho, la presencia de este material en centros públicos relacionados especialmente con la infancia ha supuesto problemas y retrasos en trabajos de remodelación posponiendo la apertura de centros de cara al nuevo curso, como es el caso
del Colegio Nuestra Señora del Rosario, del municipio de Santomera en la Región de Murcia.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos esencial que la Administración General del Estado se implique, en colaboración con las Comunidades Autónomas, en la identificación y retirada del amianto presente en centros publicos,
especialmente en aquellos que tienen una especial relación con la infancia y la adolescencia, a fin de evitar el contacto de los menores con este mineral y el desarrollo de posteriores patologías.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, un Plan nacional de retirada del amianto de centros públicos, prestando especial atención a los centros educativos, que:


a) Incluya procedimientos de mediciones por muestro a fin de determinar los valores de partículas de amianto en los edificios de titularidad sobretodo en centros educativos.


b) Contenga un calendario de retirada del amianto visible de los centros, siempre avalado por informes técnicos, comenzando por los inmuebles de titularidad pública que entrañen mayores riesgos de manera que todo el amianto quede retirado en
el plazo de diez años.


c) Garantice que la retirada del amianto cumpla con las normas de seguridad recogidas en el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo
de exposición al amianto.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Cultura


161/000515


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre un plan de choque por la diversidad de genero en
la cultura para su debate en la Comisión de Cultura.



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Exposición de motivos


Existe un consenso generalizado acerca de la importancia de la cultura como instrumento de autonomía y progreso social. La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce en su artículo 27 el derecho a la cultura y su retorno social.
El campo de lo simbólico es, además, esencial para erradicar el sexismo estructural presente en los ámbitos de la violencia, el empleo, la educación y la organización del tiempo y los trabajos. Sin embargo, la cultura sigue siendo un espacio de
discriminación por razón de genero. De hecho, es en este ámbito donde se produce de forma más patente el «espejismo de la igualdad»: una poderosa forma de discriminación de aquellos países que jurídicamente reconocen el derecho a la igualdad
formal pero que están lejos de la igualdad material.


La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ya instaba a las autoridades públicas a velar por la igualdad en todo lo concerniente a la creación y producción artística e intelectual y a la difusión
de la misma. Por otro lado, la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales —nacida en el seno de la Conferencia General de la Unesco, ratificada por la Unión Europea y que entró en vigor el 18 de
marzo de 2007— argumenta la necesidad de proteger la pluralidad de las expresiones culturales y artísticas. El informe, también de la Unesco, sobre género y cultura de 2014 —«Igualdad de Genero. Patrimonio y Creatividad»— reconoce la igualdad de
genero en el concepto de diversidad cultural y realiza un diagnóstico de género en la cultura, del que se desprende la discriminación que sufren las mujeres en este ámbito a nivel internacional.


La cultura, como sucede en otros ámbitos sociales, refleja los prejuicios y los estereotipos de género de un sistema patriarcal y heteronormativo que discrimina y excluye de manera estructural por razón de genero. El predominio de esta
única visión androcéntrica del hecho cultural ha invisibilizado e invisibiliza a día de hoy la representación de la diversidad cultural y expresiva de las artistas, de las intelectuales y de todas aquellas personas disidentes de las normas sexuales
y de genero dedicadas a la creación y a la promoción de la cultura. Esta discriminación no solo se produce en menoscabo de las mujeres y de la diversidad sexual y de genero, sino del conjunto de la sociedad.


En nuestro país, la discriminación por razón de género en la cultura se manifiesta de forma muy visible en las cifras de los estudios sobre la desigualdad entre hombres y mujeres. Por ejemplo, según los informes de MAV (Mujeres de las Artes
Visuales), a pesar de que las mujeres constituyen desde la década de 1960 la mayoría del alumnado en los estudios artísticos en España, la colección permanente de los 22 museos de arte contemporáneo más destacados se compone de un 82 % de obras
firmadas por hombres y un 18 % por mujeres. En 2015, el porcentaje de mujeres en ARCO ha sido del 25,63 %. En el campo de las artes escénicas existe una profunda segregación horizontal: en la temporada 2013-2014, de 513 proyectos teatrales solo
83 eran de directoras, y solo el 22 % de dramaturgas. Según datos del seminario «Mujeres y hombres en Ia industria cultural española» (diciembre, 2014), en literatura, y a pesar de que las mujeres firman un 45,5 % de las obras publicadas, las
galardonadas con los premios más importantes constituyen únicamente el 22 %. En el campo del cine, según el informe anual de CIMA, en 2015 solo un 19 % de las películas españolas estrenadas fueron dirigidas por mujeres; las guionistas representan
un 12 % y las directoras de fotografía un escaso 9 %.


La segregación, ya sea horizontal o vertical, en el ámbito cultural afecta tanto a artistas como a profesionales de la gestión cultural. Según el censo de población de 2011, la categoría de artistas está formada por un 76,76 % de hombres y
un 23,25 % de mujeres. En el sector cultural se da el fenómeno conocido como «techo de cristal»: en general, y a pesar de que hay un número superior de mujeres empleadas en el ámbito cultural, las mujeres tienen menos presencia con los órganos
directivos tanto de empresas públicas como privadas. Por ejemplo, en el caso de conservación, crítica y gestión del arte contemporáneo, en el acceso mediante pruebas objetivas las mujeres superan a los hombres en un porcentaje (67 %) cercano al 74
% de licenciadas en historia del arte, pero las mujeres directoras de museos y centros de arte contemporáneo solo representan un 22 % del total (datos de MAV).


Además de una discriminación en terminos cuantitativos se produce una discriminación cualitativa. No estamos solo ante una cuestión de cuotas, sino ante la necesidad de erradicar las reglas masculinizadas del sector y crear nuevas
metodologías y espacios que permitan la construcción de imaginarios democráticos y plurales. Nuestra cultura codifica demasiado a menudo una imagen machista de la mujer, y promueve estereotipos alejados de la diversidad sexual. Las consecuencias
de esto son graves, pues la cultura no solo refleja las relaciones sociales, sino que tiene la capacidad de modificarlas o perpetuarlas. Es por ello que es urgente equilibrar la inversión pública en cultura mediante políticas públicas que



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supongan una descentralización y democratización de la cultura, donde adquieran protagonismo personas que se han vista hasta ahora discriminadas.


Ocurre que las creadoras e intelectuales han hecho grandes aportaciones a la cultura y sin embargo han sido invisibilizadas históricamente. Esto también ha sucedido con la creación artística que desafía las normas establecidas de género.
Los feminismos y los movimientos LGTBIQ+ han luchado, tanto desde la teoría como desde las prácticas del activismo social, en favor de la justicia de genero. Sus aportaciones son una valiosa e irrenunciable contribución a nuestra sociedad, que
debería formar parte de manera más visible del acervo cultural compartido.


Es esencial que las administraciones públicas recojan el valioso trabajo realizado por las asociaciones que luchan por la diversidad de género en la cultura y den un paso adelante. A pesar de la existencia desde 2014 de un plan de trabajo
de la Unidad de Igualdad de Género del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, entendemos que es insuficiente a la vista de lo expuesto y defendemos que es necesario un trabajo específico y especializado en el sector cultural, que desarrolle
medidas más audaces y efectivas desde una perspectiva feminista.


Por todo ello el Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar un plan de choque para la diversidad de género en la cultura. Dicho plan será diseñado y desarrollado por una comisión de trabajo específica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Esta comisión estará integrada por
expertas del sector cultural, personas de los movimientos sociales y artistas. El desarrollo de este plan contará con recursos suficientes y una partida presupuestaria específica.


2. Trabajar para que los objetivos estratégicos del plan de choque incluyan, en todo caso:


2.1 El análisis cuantitativo y cualitativo de la diversidad de género en el ámbito cultural español, tanto público como privado. Dicho análisis debe incluir indicadores de género, diagnósticos específicos de los diferentes sectores y
entidades y estudios sobre la representación simbólica de las mujeres y la diversidad sexual y de género en la cultura. A pesar de que las asociaciones culturales han realizado una gran labor en este sentido, las instituciones deben asumir su
responsabilidad. Es necesario, por ejemplo, desarrollar estos diagnósticos en el ámbito LGTBIQ+, pues existe un déficit importante de estudios.


2.2 Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, velarán por la implementación, de acuerdo con el diagnóstico efectuado, de medidas para que la diversidad de género en la cultura este garantizada jurídicamente como una
cuestión de interés cultural y social, de forma que se garantice la participación y el retorno social de la cultura a toda la sociedad, incluidas las mujeres y todas las personas independientemente de su identidad de género u orientación sexual.


2.3 La colaboración en la creación de espacios e iniciativas alejados de un concepto mercantil de la cultura y basados en la horizontalidad y la cooperación, requisitos imprescindibles para la igualdad y el respeto a la diversidad.


3. Adoptar las medidas que se establezcan en el plan de choque, de acuerdo con el resultado del diagnóstico efectuado, las cuales incluirán, a modo orientativo, las siguientes:


3.1 En el ámbito de la educación, las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, velarán por la implementación de medidas destinadas a fomentar la coeducación y el cuestionamiento de las dinámicas
heteropatriarcales en el ámbito cultural.


3.1.1 Se revisaran los currículos de la educación primaria, secundaria y universitaria para que reconozcan a creadoras y creadores que no han tenido visibilidad por razones de género, y para que en su diseño se incluya la perspectiva de
genero.


3.1.2 Se incorporarán en los programas de enseñanzas artísticas y humanísticas contenidos específicos en materia de género que muestren la importancia de los feminismos y de las teorías de género en nuestra cultura.


3.2 Se llevarán a cabo medidas urgentes para corregir el desconocimiento e incumplimiento de nuestra legislación, en concreto, del artículo 26 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, relativo a las actuaciones



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en el ámbito de la creación y la producción artística e intelectual. Ello se combinará con la búsqueda de nuevas estrategias que eviten que la relación entre género y cultura responda a una lógica de mercado y heteropatriarcal. A estos
efectos:


3.2.1 Se creará una guía de buenas prácticas en materia de género en todas las instituciones culturales con participación pública estatal y se fomentará que las organizaciones privadas la apliquen. Se creará un sello distintivo para las
actividades culturales desarrolladas por entidades que cumplan con criterios de diversidad de género.


3.2.2 Se incentivarán los modelos de gestión cooperativa de la cultura operados por colectivos de mujeres o inspirados en la reivindicación de la diversidad sexual y de género.


3.2.3 Se realizarán estudios acerca de las posibles formas de censura de las grandes instituciones culturales a obras que cuestionen el heteropatriarcado y otras formas de opresión social, y se trabajará estrechamente con los creadores y
creadoras para su erradicación.


3.3 Se implementarán acciones que permitan el descubrimiento o la recuperación del olvido de mujeres creadoras o personas cuya obra haya sido invisibilizada por razones de orientación sexual o identidad de género. Esto afecta tanto a la
memoria como al presente, donde se incluyen aquellas creadoras que ejercen su trabajo desde una posición invisible y precarizada. Deberá prestarse un especial interés a la promoción de obra de personas con discriminaciones múltiples, como las
mujeres con diversidad funcional o migrantes. Por ejemplo, se proponen las siguientes actuaciones:


3.3.1 Los festivales, ciclos de conferencias y grandes eventos culturales de titularidad pública estatal o que cuenten con ayudas o subvenciones estatales, deberán incluir en sus programaciones un mínimo de un 50 % de mujeres u obras de
autoría femenina, así como en la configuración de jurados, en el caso de que los actos los requieran.


3.3.2 Los departamentos de conservación de los museos de titularidad pública desarrollarán una línea de género específica que establezca una perspectiva de género en la catalogación, conservación de las obras, su análisis crítico y el
tratamiento de su difusión. Los departamentos pedagógicos y de públicos de museos y centros culturales contarán con personal experto en materia de género para garantizar la perspectiva de género en los itinerarios, visitas guiadas y el material
pedagógico que se realice.


3.3.3 Se incrementarán los programas de cooperación con los departamentos universitarios de estudios de género y los programas específicos de investigación para recuperar el legado de las artistas y las obras relevantes en términos de género
de las humanidades de nuestra historia, con especial atención a las discriminaciones múltiples.


4. Se crearán espacios con una participación amplia y representativa del sector cultural (artistas, gestoras, académicas, asociaciones, etc.) que realicen un seguimiento del plan de choque. Para este seguimiento y para garantizar la
transparencia, se publicarán informes que rindan cuentas del trabajo realizado y sus resultados. Con este objetivo, se propiciarán encuentros con el sector cultural para concienciar y debatir acerca de la diversidad de género en la cultura.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre de 2016.—Mar García Puig, Sofía Fernández Castañón y Rosana Pastor, Diputadas.—Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para potenciar la producción nacional y la coproducción
internacional de la industria del videojuego en España, para su debate en la Comisión de Cultura.



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Exposición de motivos


La industria del videojuego es un sector productivo íntimamente ligado a la innovación, la tecnología y la cultura que el pasado año generó en nuestro país 1.083 millones de euros. En el último año, se han vendido en España casi diez
millones de videojuegos, un millón de videoconsolas y cuatro millones y medio de periféricos relacionados con éstas. Una cuantía que crece año tras año y que posee la misma tendencia en el ámbito internacional y que supera al volumen de negocio del
cine, que ronda los casi 600 millones de euros y la de la música grabada, que supera los 160 millones de euros.


A día de hoy, en España hay censadas 480 empresas de videojuegos en activo, aumentando un 20 % su número en el último año, alcanzando los 4.460 profesionales en todo el país empleados de manera directa y 7.849 de manera indirecta. También
se han registrado un total de 125 iniciativas y proyectos empresariales a la espera de consolidarse como empresas en el corto y medio plazo. Cabe destacar el corto recorrido de las empresas de nuestro país. El 80 % de las mismas no existían hace
diez años, lo que deja constancia del auge de este sector como motor económico. Si bien solo algunas de las empresas superan los 50 empleados, la mayor parte de las empresas españolas de este sector son equipos que cuentan con apenas cinco
personas. Pese a ello, la mitad de los empleados del sector se encuentran en las grandes empresas. La mayor parte del capital de éstas es de procedencia nacional (93 %) según el Libro Blanco del Desarrollo Español de Videojuegos 2016.


Pese a que el volumen de negocio de los videojuegos en nuestro país es relevante dentro del mundo cultural, en el ámbito internacional nuestro país está a la cola en lo que se refiere a la producción y desarrollo de éstos. Teniendo en
cuenta que se estima que en todo el globo existen cerca de 1.500 millones de jugadores, consideramos que el potencial de expansión internacional de los productos de nuestra industria tiene todavía un largo recorrido. También debemos dejar
constancia del empleo de alta calidad que genera esta industria, pues no solo precisa de programadores y desarrolladores, sino también de diseñadores gráficos, guionistas, músicos, actores de doblaje y especialistas en comunicación y marketing.


Una de las razones de este posicionamiento a nivel internacional lo encontramos en la formación. Según señala el Libro Blanco del Desarrollo Español de Videojuegos 2016, pese a que la oferta formativa en videojuego se ha multiplicado en los
últimos años tanto en centros públicos y privados, universidades y escuelas técnicas al ser posible encontrar titulaciones en las diferentes etapas formativas en nuestro país, la mayoría de empresas (un 55 %) sigue afirmando tener dificultades para
encontrar perfiles con formación adecuada en el mercado laboral español. No obstante, el número de empresas en esta situación ha descendido ligeramente —64 % en 2014 y 56 % en 2015— lo que demuestra una tendencia positiva en cuanto a la
disponibilidad de perfiles profesionales adecuados.


También consideramos que es preciso que las Administraciones Públicas creen más programas de ayudas a este sector. Si bien es cierto que en España existen diferentes programas de ayuda directa tanto específicos para el sector, como más
generalistas y orientados a industrias tecnológicas o a industrias culturales apenas el 33 % de las empresas declara haber recibido algún tipo de ayuda pública. Entre las principales quejas del sector están las barreras de acceso a este tipo de
ayudas como por ejemplo la estipulación de requisitos rígidos, véase tener un mínimo de años de actividad, o la dificultad de contar con ayuda profesional a la hora redactar propuestas de proyecto ganadoras.


La posición de nuestro país en producción y desarrollo de videojuegos también se debe, en parte, a la falta de inversión extranjera para que nuestras compañías desarrollen nuevos juegos. Las empresas líderes del sector concentran sus
inversiones internacionales en países como Canadá, Reino Unido o Francia, que tratan este sector como un elemento primordial en su economía. De hecho, supone un volumen de negocio e ingresos tan significativo que han implementado medidas para
facilitar las inversiones de la industria a través de exenciones fiscales para las empresas que invierten determinadas cuantías en el desarrollo de videojuegos, facilidades para la captación del talento internacional o la construcción de centros de
desarrollo. En España, por ejemplo, ya se han implementado incentivos fiscales de este tipo para el rodaje de películas. En la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades se crean una serie de deducciones por inversiones en
producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales como herramienta para atraer inversión extranjera en el ámbito de producciones culturales. Sin embargo, los videojuegos quedaron fuera de esta
norma.



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España posee el potencial necesario para ser un referente en el mundo del videojuego. Consideramos que desde las Administraciones se debe potenciar este sector cada día más en auge y que posee unos niveles de negocio que puede generar
riqueza para el país. Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos que es preciso potenciar la producción nacional y la coproducción internacional en el sector del videojuego a través medidas que faciliten la inversión extranjera en España
y faciliten la captación de talento a fin de crear empleo de calidad y con alto valor añadido.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incluir a los videojuegos en las bonificaciones existentes para producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.


2. Mejorar la oferta formativa en el ámbito público de cara a potenciar la formación en el desarrollo y producción de videojuegos.


3. Mejorar los sistemas de acceso a la financiación de este sector, incluyendo las nuevas formas de financiación —como el crowdfunding, family offices y business angels— como vía de captación de capital privado.


4. Dar continuidad al programa de apoyo a la producción de videojuegos creado en 2014 por la SETSI.


5. Rediseñar el apoyo institucional de la marca Games from Spain del ICEX en terceros países de éxito del sector.


6. Fomentar las coproducciones de videojuegos mediante la inclusión del sector en acuerdos, convenios o tratados de cooperación cultural de España con terceros países.


7. Llevar a cabo medidas de apoyo a la comunicación y visibilidad de la industria y sus contenidos mediante campañas institucionales nacionales e internacionales, así como mediante la creación de ayudas específicas para realizar campañas de
marketing y comunicación por las empresas del sector.


8. Llevar a cabo las medidas precisas para sensibilizar desde edades tempranas en materia de propiedad intelectual en colaboración con las Comunidades Autónomas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa, para presentar al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley relativa
a la conmemoración del Quinto Centenario de la Primera Vuelta al Mundo, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Entre los años 2019 y 2022 tendrá lugar la conmemoración del Quinto Centenario de la Primera Vuelta al Mundo.


Las ciudades de Sevilla y Sanlúcar de Barrameda eran en 1519 el punto de partida de esta extraordinaria epopeya y se convirtieron en el centro geográfico, estratégico y político de la primera visión global del planeta que habitamos.


La aventura de la expedición que inicialmente dirigió Fernando Magallanes, y que concluyó al mando del marino español Juan Sebastián de Elcano, abre una serie de grandes oportunidades para emprender proyectos conforme a cuantas necesidades
económicas, culturales, investigadoras y antropológicas se concitan hoy en día, para unir mundos de muy diversa idiosincrasia desde el punto de vista de la concordia y el empeño común en pos del conocimiento y la cultura, para rendir homenaje a
quienes abrieron sendas impensables en campos como el comercio o las rutas marítimas, para infundir el espíritu renacentista de



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creencia en el hombre como motor de un mundo más justo y avanzado y como mecanismo para engrandecer el conocimiento en tantas materias.


De hecho, el excelentísimo Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda y el excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla firmaron el 11 de enero de 2016 un Protocolo General de Colaboración por el que ambas ciudades pretenden aprovechar este hito
histórico que les une para proyectarse al exterior y generar oportunidades que pongan en valor su historia y patrimonio y para dinamizar su actividad económica y con ello generar empleo.


En consecuencia, se pretende, por parte de ambas ciudades firmantes del mencionado protocolo, promover el intercambio cultural, socioeconómico, empresarial, científico y tecnológico entre los distintos pueblos y comunidades que quieran
participar en la efemérides. Todo ello se hace contando con la participación de las instituciones, asociaciones y personas de reconocido prestigio que, a través de un Consejo Asesor, colaboran con los dos ayuntamientos en la configuración del
programa oficial de actividades de la citada conmemoración y en su ejecución.


A través de la conmemoración de la Primera Circunnavegación, se pretende en Andalucía continuar con el hecho de ser un referente histórico de primer orden, en esta ocasión a través del especial papel que jugaron las ciudades de Sevilla y
Sanlúcar de Barrameda en el acontecimiento histórico que se quiere rememorar.


Además, desde el punto de vista de las relaciones internacionales, esta conmemoración se presenta como una gran oportunidad para reforzar la conexión y entendimiento con las naciones iberoamericanas.


El Grupo Parlamentario Socialista, a través de los diputados abajo firmantes, entiende que la celebración de la conmemoración debe tratarse como «un asunto de Estado», como también lo fue en 2012 y en los años previos el segundo centenario
de la proclamación de la Constitución de Cádiz. Por ello, es necesario que se dispense el más firme compromiso con dicho fin por parte de todas las administraciones, entre ellas, el Gobierno de España. Todo ello, además, teniendo en cuenta que
hasta 2019 han de producirse diversos procesos electorales en cada una de las administraciones implicadas, que en modo alguno han de comportar merma en el apoyo que debe prestarse a esta efemérides.


A todo este apoyo institucional hemos de unir el de la iniciativa privada que, al tiempo de mostrar su respaldo al espíritu de este proyecto internacional, puede indagar en nuevos caminos para ampliar sus iniciativas comerciales más allá de
unos límites geográficos ya extinguidos gracias a la nueva amplitud de las nuevas tecnologías. Son muchas las empresas de muy diversos ámbitos, conjuntamente con el apoyo de fundaciones y obras sociales de distintas entidades, las que respaldan,
con sus aportaciones de diferente naturaleza, este proyecto.


Precisamente, para facilitar la participación del mayor número de patrocinadores y colaboradores en la conmemoración de este acontecimiento histórico, se estima de excepcional importancia que se conceda a este evento «V Centenario de la
Primera Vuelta al Mundo», la categoría de acontecimiento Excepcional de Interés Público, al amparo de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar la Ley que conceda al evento «V Centenario de la Primera Vuelta al Mundo», la categoría de acontecimiento de Excepcional Interés Público, al amparo de la ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de septiembre de 2016.—Miriam Alconchel Gonzaga, Salvador Antonio de la Encina Ortega, Juan Carlos Campo Moreno, Antonio Pradas Torres, Juana Amalia Rodríguez Hernández, Antonio Gutiérrez Limones y
Carmen Rocío Cuello Pérez, Diputados.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Igualdad


161/000480


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la inscripción en el Registro Civil de
nombres de personas cuya identidad sexual no coincide con su mención registral relativa al sexo, para su debate en Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


La identidad sexual es una vivencia interna e individual que puede corresponderse o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo y otras expresiones como el habla, la vestimenta o los modales.


La necesidad de garantizar la dignidad de las estas personas y el libre desarrollo de su personalidad conforme a su identidad sexual, llevó a que se facilitara la rectificación registral del sexo mediante el expediente que prevé la Ley
3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Sin embargo, al amparo de esta Ley las personas menores de edad no pueden rectificar la mención relativa al sexo que consta en su inscripción de
nacimiento.


Recientemente el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, mediante Auto de 10 de marzo de 2016, ha acordado plantear al Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad en relación al artículo 1 de dicha Ley, en cuanto que solo
reconoce legitimación a las personas mayores de edad para solicitar la rectificación de la mención registral del sexo y del nombre.


Por su parte, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en su Resolución 2048 (2015) aprobada el 22 de abril de 2015, sobre «La discriminación contra las personas transexuales en Europa», llama a los Estados miembros en lo que
concierne al reconocimiento jurídico del género, a instaurar procedimientos, rápidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminación, que permitan a las personas transexuales cambiar el nombre y el sexo en los certificados de
nacimiento, y a poner estos procedimientos a disposición de todas las personas que deseen utilizarlos, independientemente de su edad, así como a abolir los tratamientos médicos obligatorios y el diagnóstico de salud mental, como una obligación legal
previa para el reconocimiento de la identidad de género de una persona en las leyes que rigen el procedimiento de cambio del nombre y del género inscrito en el estado civil.


Como consta en el Informe Anual de 2015, entregado por la Defensora del Pueblo a los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado, desde el Defensor del Pueblo se solicitó a la Secretaría de Estado de Justicia valorar la
oportunidad de impartir instrucciones a fin de facilitar la rectificación del nombre propio de los menores, a efectos de que no resulte discordante con su identidad de género y queden garantizados tanto el interés superior de menor, como la
seguridad jurídica y las exigencias del interés general.


El artículo 54 de la todavía vigente Ley del Registro Civil de 1957 prohíbe nombres que induzcan a error en cuanto al sexo, por lo que algunos encargados Registros Civiles interpretan que no es posible el cambio de nombre de una persona
transexual cuyo sexo registral no ha sido previamente modificado. Sin embargo, las circunstancias excepcionales que concurren en los menores transexuales, con un sexo registral asignado al nacer que no coincide con su identidad sexual y sin
posibilidad de instar la rectificación del sexo registral al amparo de la Ley 3/2007, debe evitar abordar las solicitudes de cambio de nombre de estas personas interpretando el artículo 54 LRC como si de una situación común o general se tratara.
Añádase que la Ley del Registro Civil de 1957 debería estar derogada desde el 22 de julio de 2014, fecha en la que debería haber entrado en vigor la nueva Ley 20/2011, de 21 julio, del Registro Civil, de no ser porque por razones organizativas su
entrada en vigor ha quedado pospuesta primero hasta el 15 de julio de 2015 y actualmente hasta 30 de junio de 2017. En la nueva Ley desaparece cualquier referencia a aquella prohibición de nombres que induzcan a error en cuanto al sexo,
prohibiéndose sin embargo nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona, que es precisamente en lo que han devenido los nombres registrales de las personas transexuales menores de edad.


La Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, en su artículo primero, establece las modificaciones de la Ley Orgánica de Protección



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Jurídica del Menor (Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de Enjuiciamiento Civil, en adelante Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor).


En su preámbulo se refiere a que los cambios introducidos en la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor desarrollan y refuerzan el derecho del menor a que su interés superior sea prioritario, principio fundamental en esta materia. Por
ello, para dotar de contenido al concepto mencionado, se modifica el artículo 2 incorporando tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo de los últimos años como los criterios de la Observación general n.º 14, de 29 de mayo de 2013, del Comité de
Naciones Unidas de Derechos del Niño, sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial.


Este concepto se define desde un contenido triple:


1. Por una parte, es un derecho sustantivo en el sentido de que el menor tiene derecho a que, cuando se adopte una medida que le concierna, sus mejores intereses hayan sido evaluados y, en el caso de que haya otros intereses en presencia,
se hayan ponderado a la hora de llegar a una solución.


2. Por otra, es un principio general de carácter interpretativo, de manera que si una disposición jurídica puede ser interpretada en más de una forma se debe optar por la interpretación que mejor responda a los intereses del menor.


3. Pero además, en último lugar, este principio es una norma de procedimiento.


En estas tres dimensiones, el interés superior del menor tiene una misma finalidad: asegurar el respeto completo y efectivo de todos los derechos del menor, así como su desarrollo integral.


A la luz de estas consideraciones, es claro que la determinación del interés superior del menor en cada caso debe basarse en una serie de criterios aceptados y valores universalmente reconocidos por el legislador que deben ser tenidos en
cuenta y ponderados en función de diversos elementos y de las circunstancias del caso, y que deben explicitarse en la motivación de la decisión adoptada.


En el artículo 2, de la citada Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, referido al interés superior del menor, se dice:


«2. A efectos de la interpretación y aplicación en cada caso del interés superior del menor, se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales, sin perjuicio de los establecidos en la legislación específica aplicable, así como de
aquellos otros que puedan estimarse adecuados atendiendo a las circunstancias concretas del supuesto:


d) La preservación de la identidad, cultura, religión, convicciones, orientación e identidad sexual o idioma del menor, así como la no discriminación del mismo por estas o cualesquiera otras condiciones, incluida la discapacidad,
garantizando el desarrollo armónico de su personalidad.


4. En caso de concurrir cualquier otro interés legítimo junto al interés superior del menor deberán priorizarse las medidas que, respondiendo a este interés, respeten también los otros intereses legítimos presentes.


En caso de que no puedan respetarse todos los intereses legítimos concurrentes, deberá primar el interés superior del menor sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.»


Es por esto que uno de los principios rectores de la actuación de los poderes públicos en relación con los menores es el del respeto al libre desarrollo de su personalidad conforme a su orientación e identidad sexual, por lo que tal derecho
debe garantizarse a todos los menores cualquiera que sea su edad; e igualmente las medidas a adoptar para facilitar el cambio de nombre que consta en la inscripción de nacimiento han de ser independientemente de la edad del menor, como advierte la
Resolución del Consejo de Europa, sin que de acuerdo a dicha Resolución deba condicionarse el reconocimiento jurídico del género y el nombre del menor a un diagnóstico de salud mental. La transexualidad no es una decisión o una opción personal, ni
una patología mental, sino que es una condición innata, por tanto independiente de la edad y de la capacidad de obrar o del grado de madurez de la persona.


A día de hoy se dan situaciones dispares, menores que acceden al cambio registral de nombre y menores a los que le son negados, cuando en todos los casos el sexo social está reconocido tanto en los ámbitos educativos como sanitarios,
disponiendo de tarjeta sanitaria con el nombre social adecuado al sexo sentido.



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En muchas Comunidades Autónomas se han desarrollado leyes que reconocen el libre desarrollo de la personalidad, como ejemplo la de Extremadura, Ley 12/2015, de 8 de abril, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales,
transgénero e intersexuales y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que en su artículo 10 sobre el Protocolo de atención integral a personas transexuales
dice: «Se establecerá un protocolo de atención integral para las personas transexuales, para mejorar la detección temprana de las manifestaciones de transexualidad y la calidad de la asistencia sanitaria que se presta a este colectivo, que respete
los principios de libre autodeterminación de género, de no discriminación y no segregación.».


Leyes equivalentes a la de Extremadura se han aprobado en Madrid, Cataluña, Murcia y el País Vasco entre otras, pendiente de aprobarse en Valencia y en el resto de comunidades los respectivos Gobiernos Autonómicos se han comprometido a
desarrollar leyes similares.


Todas ellas dejan pendiente lo esencial que es el reconocimiento de identidad legal, que es competencia exclusiva del Estado. Pero difícilmente se puede conseguir la igualdad social si se niega lo fundamental, un nombre con el que la
persona se pueda definir, para garantizar su no discriminación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que a través del órgano competente, dicte instrucción aclarando que la prohibición de nombres que induzcan a error en cuanto al sexo que contiene el artículo 54 de la Ley del Registro Civil de 1957 no impide autorizar cambios de nombre
solicitados por personas cuya identidad sexual no coincide con su mención registral relativa al sexo, siempre que el nombre solicitado no induzca a error en cuanto a la identidad sexual de la persona solicitante, debiendo facilitarse el cambio de
nombre que consta en la inscripción de nacimiento de las personas transexuales menores de edad, atendiendo a su interés superior, independientemente de su edad y sin necesidad de someterse a tratamientos médicos obligatorios y a un previo
diagnóstico de salud mental.


2. Que se revisen los casos recurridos en la Dirección General de Registros y Notariado, para que se aplique la anterior instrucción tanto en casos pendientes como en los ya resueltos.


3. Que considere las solicitudes de rectificación registral de la mención de nombre, en estos casos, como de carácter urgente ya que afectan a un derecho fundamental que es el de la propia identidad.


4. A llevar a cabo las modificaciones legales precisas en la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas de manera que:


a. Se elimine el límite de edad establecido para poder solicitar la rectificación de la mención registral del sexo.


b. Eliminar la obligatoriedad de recibir tratamiento médico para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado como requisito para acordar la rectificación.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Elena Faba de la Encarnación, Diputada.—Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre las políticas de igualdad y conciliación entre vida familiar y laboral, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


Durante las últimas décadas, gran parte de las economías desarrolladas han visto un importante incremento de la participación de la mujer en el mercado laboral. En España esta ha pasado del 50 %



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en 1990 al 80 % en 2012, niveles similares a los que se observan en Reino Unido, Alemania y Francia. Esto supone un gran avance hacia la igualdad entre hombres y mujeres en el mercado laboral y plantea la necesidad de abordar el desafío de
la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral.


Lamentablemente, los datos parecen indicar que conciliar vida profesional y vida personal y familiar sigue siendo un reto importante en España, y que diversos factores (institucionales, sociales y de acceso a servicios) penalizan a las
mujeres con hijos en el mercado laboral.


Según los datos de la última EPA, la tasa de participación activa en el mercado laboral para la población entre 30 y 44 con hijos menores de 15 años es 14,6 puntos más alta en el caso de los hombres que en el de las mujeres; en cambio entre
hombres y mujeres sin hijos son bastante similares, del 93 % y del 91 % respectivamente. Además, las mujeres con hijos sufren tasas de paro muy superiores a la de los hombres con hijos (23,5 % vs 13,6 %) mientras que en la población sin hijos la
tasa de desempleo de las mujeres es ligeramente inferior a la de los hombres. Así, la tasa de empleo es del 64 % para las mujeres con hijos menores a 16 años frente al 85 % en el caso de los hombres.


Poniendo los porcentajes en contexto y según los datos de la EPA, de los 3,4 millones de mujeres entre 30 y 44 años con hijos, solo 2,1 millones trabajan, 660.000 están desempleadas y 570.000 son inactivas. De los 2,1 millones que trabajan,
620.000 lo hacen a tiempo parcial con una media de horas semanales habituales de 20,5 horas, cuando por promedio desearían trabajar 37 horas. A pesar de que estos simples estadísticos no implican una relación de causa-efecto, los datos de la EPA
parecen indicar de manera alarmante que el mercado laboral español penaliza a las madres de una forma desproporcionada.


A continuación analizamos las razones, institucionales, de servicios y culturales, más importantes por las cuales tantas mujeres optan por salir del mercado laboral o, si siguen trabajando, escogen la jornada parcial aunque les gustaría
trabajar a tiempo completo. Esto puede ayudar a entender que políticas de conciliación podrían ser más efectivas con el fin de aumentar la conciliación entre vida laboral y familiar en España.


Dentro del marco institucional tienen una importancia capital por un lado la organización de la empresa y los horarios laborales y, por otro lado, la regulación de la baja por maternidad y paternidad en nuestro país.


Es un hecho bien conocido, incluso a nivel internacional, que España exhibe un patrón de horarios laborales, escolares, comerciales y de ocio poco compatibles con la conciliación de la vida familiar y laboral. La típica jornada laboral en
España empieza entre las 8 y las 9 de la mañana, con una larga pausa al mediodía, y una gran parte (el 28 %) de la población aún en el trabajo a las 7 de la tarde. Esto supone un problema para las madres y padres trabajadores porque los horarios de
los centros escolares (tanto de guarderías como de escuelas primarias y secundarias) no coinciden con estos horarios.


Los problemas en términos de conciliación propiciados por la peculiar jornada laboral española se refuerzan con la falta de flexibilidad ofrecida por nuestras empresas. En este sentido, España se sitúa por debajo de la media de 23 países
estudiados, con solo el 80 % de las empresas con más de 10 empleados indicando que ofrece arreglos flexibles, cuando en Finlandia, Austria o Dinamarca casi el 100 % de las empresas lo hace. Adicionalmente, mientras en Holanda o Suecia el 35 % y 38
% de los trabajadores, respectivamente, indica que la empresa determina los horarios sin posibilidad de cambiarlo, esa cifra aumenta hasta el 73 % en España. En cuanto a la posibilidad de teletrabajo, únicamente el 7,2 % de los hombres y el 6,6 %
de las mujeres decía que había tenido la posibilidad de trabajar desde casa en España, cuando este número era del 36,6 % y del 30,3 % entre los daneses y danesas, respectivamente.


Una de las potenciales consecuencias de esta inflexibilidad es que las mujeres opten por la jornada reducida. En este momento parece uno de los pocos instrumentos disponible en España para la conciliación de la vida familiar y laboral. No
obstante, según los datos de la Encuesta Anual de Estructura Salarial de 2013, la ganancia media por hora de las personas que trabajaban a tiempo completo era de 15,19 euros, comparado con 11,06 euros para los trabajadores a tiempo parcial, lo que
se traduce en una diferencia entre la ganancia anual de más del 60 % (10,056 euros versus 26,345 euros) a favor del trabajador a tiempo completo. Estos datos reflejan la necesidad de tener políticas de conciliación alternativas a la opción de
acogerse a la jornada reducida.


Por otro lado, la medida más importante en materia de derechos y protecciones laborales de las madres y padres en España es el permiso por maternidad, que consta actualmente de 16 semanas ininterrumpidas. Las primeras 6 semanas tienen que
disfrutarle directamente después del parto y no se pueden compartir. Las últimas 10 semanas se pueden compartir o ceder en su totalidad al padre. El permiso de paternidad es de 15 días consecutivos, los cuales se pueden coger en modalidad de
jornada a tiempo parcial de un



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mínimo del 50 %. Aparte de los permisos de maternidad y paternidad, existen otras prestaciones relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral. Por ejemplo, el permiso de lactancia permite al padre o a la madre reducir su
jornada 1 hora cada día hasta que el menor cumpla 9 meses.


Con un total de solo 18 semanas entre padre y madre, la duración de las bajas maternal y paternal en España es corta, especialmente en comparación con otros países de la Unión Europea. Los países más generosos son Suecia, Dinamarca y
Alemania. Las madres en Dinamarca, por ejemplo, disponen de 4 semanas antes del parto, 14 semanas después del parto, más 32 semanas que pueden ser compartidas entre los dos padres. Los padres disponen de 2 semanas que pueden utilizar entre las 14
semanas después del parto. En Alemania las madres disponen de 6 semanas con anterioridad al parto, y de 2 meses con posterioridad al parto, más 12 meses que se pueden compartir entre los padres. Estos 12 meses pueden aumentar hasta los 14 meses si
los dos padres utilizan parte de sus respectivas bajas.


Un estudio sobre la introducción de una baja de 4 semanas reservado para el padre en Noruega (Kotsadam & Fenseraas, 2011) encontró efectos positivos sobre las actitudes de los padres hacia la igualdad de género, una reducción en los
conflictos entre las parejas y una distribución de tareas del hogar más igualitaria.


En España ya existe la posibilidad de compartir hasta 10 semanas la baja de maternidad. Según datos de la Seguridad Social, de todos los procesos de baja de maternidad contributivas (de madres trabajadoras) que empezaron en el año 2014 —un
total de 265.869— solo 3.436 fueron compartidos con el otro progenitor, equivalente al 1,29 % de todos los casos. Hay una cierta variabilidad entre Comunidades Autónomas, con el País Vasco mostrando la tasa compartida más alta (3,5 %) y la más baja
registrada en Murcia (0,53 %). En cambio, en países como Suecia los hombres tomaban el 20 % del total de la baja parental en 2012.


No es sorprendente que pocas parejas en España compartan la baja parental, porque probablemente es demasiado corta. Por ejemplo, la OMS recomienda la lactancia hasta por lo menos los 6 meses de edad, y en este momento la duración de la
totalidad de la baja solo llega a algo menos de 4 meses. Acercarnos al modelo nórdico, con una baja parental más igualitaria de 26 semanas, de las cuales 8 estarían reservadas para cada progenitor, y las 10 restantes podrían ser compartidas
costaría al INSS en torno a 800 millones de euros. Esto aumentaría la corresponsabilidad entre los padres, ayudaría a reducir la discriminación de la mujer en el mercado laboral y facilita una mejor conciliación laboral mediante el aumento de la
duración de la baja total de unas 8 semanas.


Un segundo grupo de razones u obstáculos a la conciliación se debe a la falta de servicios necesarios. Como muchos países de la Unión Europea, España dispone de guarderías públicas para niños de 0 a 3 años. La oferta pública está
complementada por la privada (centros privados o concertados) aproximadamente a partes iguales. Según datos de Eurostat, las diferencias más notables entre España y muchos otros países (en especial, los escandinavos), las encontramos en el bajo
número de horas semanales en las que los niños de 0 a 3 años participan en el sistema de educación temprana y de cuidado formal. Solo el 16 % de los niños acuden más de 30 horas a los centros y guarderías en España, comparado con el 36 % en
Portugal, el 37 % en Noruega y el 60 % en Dinamarca.


En España, la educación temprana no llega suficientemente a las familias menos favorecidas, lo que abre una brecha en la igualdad de oportunidades desde muy pronto. Desgraciadamente los niños de familia cuyos padres tienen bajo nivel
educativo, menores ingresos, o que están afectados por el paro o inactividad, tienen mucho menor acceso a este nivel educativo. No se trata pues de que estos niveles educativos sean totalmente gratuitos para todos, ni que la oferta de plazas
públicas produzca una sustitución de las plazas privadas. Garantizar el acceso a los centros públicos de estos colectivos se consigue haciendo que dispongan de suficiente información sobre los beneficios de acudir a la escuela en edad tan temprana
y que se les dé una prioridad absoluta en las reglas de acceso de las plazas públicas, a tarifas accesibles, o incluso gratuitamente. Sin embargo, los centros de educación y atención temprana, son también importantes para que los padres y las
madres puedan tener una participación laboral activa plena.


El acceso amplio a la educación preescolar no solo supone una ventaja para las madres trabajadoras que desean conciliar una vida personal y profesional. Es también una etapa clave en la formación de las competencias de los niños, y una
herramienta clave para reducir la influencia de la situación socioeconómica sobre el rendimiento académico futuro. Esto podría garantizarse mediante un crédito fiscal que podría utilizarse indistintamente en guarderías públicas y privadas. La
cuantía del crédito fiscal estará vinculada a los tramos del complemento salarial y será mayor para aquellas familias con menos recursos, a las que



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se financiará el 100 % de las tasas. El coste aproximado del programa se estima en 274 millones de euros al año y beneficiaría a unos 300.000 niños.


Por último, hay razones de tipo cultural. Hay todavía muchas diferencias entre las tareas del hogar/cuidado de niños asignadas a padres y madres en España. En la actualidad, la carga de trabajo recae mayoritariamente sobre la madre. Según
datos de la OCRE para varios países las mujeres dedican de media un 66 % más de tiempo al cuidado de los hijos que los hombres, en el caso de España dedican un 75 % que los hombres. Los datos de la Encuesta de Empleo del Tiempo de 2009-2010
muestran que entre las parejas donde las dos partes trabajaban, los hombres seguían pasando menos tiempo con sus hijos que las mujeres. El tiempo medio diario que los hombres pasaban solos con sus hijos era de 122 minutos, comparado con 188 minutos
entre las madres (Román, 2013). Además según datos de la EPA entre los hombres con hijos menores de 5 años, por promedio se desea trabajar una hora más por semana de las horas trabajadas habitualmente mientras que las madres que trabajan a tiempo
completo, sin embargo, muestran que desean trabajar unas 6 horas menos por semana.


Algunos estudios apuntan hacia la importancia de los modelos a seguir («role models») femeninos en ámbitos de liderazgo. Beaman, Duflo, Pande y Topalava (2012) muestran la importancia de la presencia de mujeres líderes en el ámbito local,
tanto para la educación como para las aspiraciones de las niñas en India. Una educación más igualitaria entre niños y niñas que no genere desiguales expectativas por razón de sexo, además de incentivar la visibilidad de modelos a seguir femeninos,
puede contribuir a que en el futuro se dé menos por hecho que la madre es la que tiene que cargar de manera desproporcionada con el peso de la conciliación familiar en España. Ante este hecho, estudiamos algunas de las políticas que se han empleado
para tratar de aumentar el número de modelos a seguir femeninos tanto en posiciones de altos cargos en empresas privadas, como en el sector público.


Algunos países han optado por introducir cuotas para los consejos de administración de las compañías cotizadas. España, mediante la Ley de Igualdad de 2007, introdujo el objetivo de «una presencia equilibrada de mujeres y hombres en un
plazo de ocho años [...]» en los consejos de administración de sociedades públicas o privadas con cierto tamaño. Es decir, se introdujo un objetivo legal de representación de personas de cada sexo no por debajo del 40 %, que se debería haber
cumplido hasta 2015. En 2015, el porcentaje de mujeres en consejos de empresas del IBEX 35 estaba en el 17,30 %, evidencia que el objetivo claramente no ha sido alcanzado.


En Francia se introdujo, en 2011, una cuota obligatoria del 40 % para la representación de mujeres entre los directivos de empresas cotizadas (objetivo para 2016). El porcentaje de mujeres en los consejos de administración de las empresas
del CAC 40 aumentó de un 8,5 % en 2007 a un 30,3 % en 2014. En el Reino Unido se formó una comisión especial sobre «Mujeres en los Consejos de Administración» en 2011 (que publicó el Informe Davies: «Women on boards»). La comisión optó por
recomendar un objetivo voluntario del 25 % de representación de mujeres en los consejos administrativos y los comités ejecutivos en el 2015. En 2015, el porcentaje de mujeres en las 100 empresas británicas más grandes fue del 26 %.


Estos hechos apuntan que la introducción de objetivos legales no funciona si no va acompañado por un cambio de cultura y los objetivos voluntarios pueden tener éxito si también se cambien los costumbres de las empresas en términos de
contratación, promoción y transparencia.


Por todo ello se insta al Gobierno


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que promueva los cambios legales necesarios para adoptar las siguientes medidas:


1. Impulsar un Pacto Nacional por la Racionalización de Horarios, la Conciliación Personal y Laboral, la Igualdad y la Corresponsabilidad, al objeto de generalizar una jornada laboral más compacta y flexible, que permita conciliar mejor el
tiempo destinado al trabajo y a usos familiares o personales y que impulse la igualdad y la corresponsabilidad.


Este Pacto incluirá incentivos para las empresas que:


a) Incorporen en sus convenios colectivos medidas de flexibilización de la jornada laboral que puedan ser utilizadas por todos sus empleados, con independencia de sus circunstancias personales:


a. Horarios flexibles de entrada y salida en el lugar de trabajo, permitiendo adelantar la hora de entrada antes de las 8 de la mañana.



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b. Flexibilidad para acumular horas de trabajo en bancos de tiempo que puedan utilizarse para reducir la jornada con posterioridad.


c. Posibilidad, si el sector de actividad lo permite, de implementar fórmulas de teletrabajo que pudieran utilizarse al menos un día por semana.


d. Reducir el tiempo reservado a la comida a 30-45 minutos.


e. Facilitar la posibilidad por el trabajador de diferentes posibles turnos, que se adapten particularmente al horario deseado por el trabajador.


f. Compatibilizar, en la medida de lo posible, el calendario escolar de festivos y la jornada escolar con el calendario laboral.


g. Creación de un portal web con información sobre buenas prácticas de flexibilidad laboral, donde se exponga un listado de las empresas adheridas al Pacto Nacional, que recibirían una certificación ISO al efecto, con evaluaciones periódicas
de sus políticas de conciliación.


h. Introducción en los pliegos de contratación de las entidades a las que se aplica la Ley de Contratos del Sector Público de criterios de puntuación positiva a las empresas que se adhieran al Pacto Nacional por los Horarios,
comprometiéndose a realizar mejoras concretas. La certificación podría ser revocada si un grupo de empleados manifiesta que la empresa no está cumpliendo las medidas acordadas.


i. Recuperación del huso horario GMT, que sirva de catalizador para el resto de medidas propuestas, en el marco de una campaña de concienciación sobre las ventajas económicas y sociales de racionalizar los horarios y flexibilizar la jornada
laboral.


2. Crear un crédito fiscal adicional por cada niño en edad comprendida entre los 0 y 3 años para guarderías públicas o privadas. Además, establecer programas de cooperación con las comunidades autónomas para garantizar que las familias con
menos recursos puedan acceder a centros públicos entre los 0 y 3 años, a tarifas reducidas o gratuitas.


3. Proveer incentivos y llegar a acuerdos en negociación colectiva para que las empresas que tengan facilidad ofrezcan servicio de guardería en la misma empresa. Para pequeños negocios, se podrían facilitar convenios con guarderías
cercanas al lugar de trabajo (incentivos a las empresas).


4. Incentivar un cambio cultural por el que se eduque a niños y niñas desde edades tempranas en los mismos valores (i.e., que no se generen expectativas desiguales, por ejemplo, en el tipo de educación o carrera profesional, por razón de
sexo).


5. Fomentar la visibilidad de modelos a seguir («role models») femeninos, sobre todo en ámbitos considerados normalmente como masculinos.


6. Promover activamente la igualdad de género dentro de las empresas, con el objetivo de concienciar a ejecutivos, gerentes y empleados, y poder identificar potenciales situaciones de discriminación a la hora de tomar decisiones sobre
promociones y contratación. Esto se puede conseguir con las siguientes medidas:


a. Crear una cultura de transparencia en el proceso de selección en todos los niveles de contratación, manteniendo estadísticas de contratación de hombres y mujeres en diferentes niveles jerárquicos de la empresa, que se deben publicar en el
informe anual.


b. Induciendo a las empresas cotizadas a establecer objetivos claros de representación de mujeres, introduciendo el requisito de incluir en los informes anuales un plan estratégico para aumentar la representación de mujeres en los altos
cargos y consejos de administración.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de septiembre de 2016.—Marta Martín Llaguno, Diputada.—Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000497


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francesc Homs i Molist, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Català, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su
discusión en la Comisión de Igualdad, una Proposición no de Ley para la modernización del sistema de permisos por nacimiento, adopción y acogimiento.



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Antecedentes


El sistema de permisos por nacimiento, adopción o acogimiento actualmente vigente, ocasiona un desigual acceso y permanencia de las mujeres en el mercado laboral, a la vez que coadyuva a la brecha salarial y a la precarización de sus
condiciones laborales, contraviniendo el principio de igualdad. Lesiona gravemente los derechos y necesidades de la infancia a la vez que no contribuye a la corresponsabilidad o lo que es lo mismo, a un reparto equitativo de las tareas laborales y
de cuidado de los hijos e hijas entre progenitores.


Sociológicamente, y una vez preguntada, una amplia mayoría de la ciudadanía prefiere «una familia en la que los dos miembros de la pareja tienen un trabajo remunerado con parecida dedicación y que ambos se repartan las tareas del hogar y el
cuidado de los hijos/as, si los hay» (Barómetro del CIS, septiembre de 2010). Sin embargo, el ordenamiento jurídico no permite a las familias llevar a cabo esas justas aspiraciones, por cuanto que discrimina a los padres en el acceso a derechos
para el cuidado, a la vez que a las madres en el acceso al empleo de calidad. Todo ello se agrava por la insuficiencia de servicios públicos de educación infantil que permitan cubrir las necesidades de cuidado de las criaturas cuando sus
progenitores se han reincorporado al trabajo remunerado.


Asimismo, el actual sistema de permisos de nacimiento, adopción y acogimiento no es el mejor sistema posible si se da prioridad al interés más necesitado de protección, es decir a los hijos e hijas. Nuestros hijos e hijas tienen derecho a
que ambos progenitores cuiden de ellos y velen por ellos. En este sentido, la Convención de Naciones Unidas de los Derechos del Niño establece las acciones que deben orientar todas las acciones institucionales en materia de infancia y entre ellas
velar por la responsabilidad compartida de los progenitores en su protección y bienestar.


Además, el artículo 39.4 de la Constitución establece el deber de protección a la infancia de acuerdo con los Tratados Internacionales que velan por sus derechos.


Para atender adecuadamente a este fin, el Estado tiene la obligación de establecer los mecanismos pertinentes para que esta protección sea efectiva. Junto con un sistema de servicios públicos de calidad y horarios racionales, el sistema de
permisos y prestaciones disponibles en casos de nacimiento, adopción o acogimiento de menores, es la vía para que ambos progenitores puedan ejercer convenientemente sus deberes de cuidado y manutención. Este sistema debe organizarse de manera que
asegure la atención de todas las necesidades sin que ningún derecho se vea vulnerado.


La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece en su artículo 44 que «los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores y las
trabajadoras en forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio».


En consecuencia, el Partit Demòcrata Català considera necesario, reformar y modernizar el sistema de permisos por nacimiento, adopción o acogimiento con una visión estratégica e integral para hacerlo equitativo entre ambos progenitores y
adecuarlo a la actual realidad social y económica del Estado español.


Además, entendemos imprescindible para favorecer la competitividad y la reactivación económica, articular medidas nuevas con la finalidad de que la maternidad no constituya una penalización para el mantenimiento de las mujeres en el mercado
laboral en las mismas condiciones que los hombres, y hacer de la conciliación y la corresponsabilidad herramientas en beneficio tanto de la familia, primer núcleo de solidaridad, como al servicio de la recuperación económica al permitir contar con
todo el capital humano al servicio de la productividad y de la reproductividad.


Por todo ello, el Partit Demòcrata Català presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de abordar, dentro del presente período de sesiones, una reforma efectiva de los permisos por nacimiento, adopción o acogimiento con los objetivos fundamentales de:


1. Velar por una mejor protección a la infancia y en su beneficio propiciar su derecho al cuidado por parte de cada uno/a de los miembros de la pareja en igualdad de condiciones.


2. Garantizar en plano de igualdad, los derechos de ambos miembros de la pareja a compatibilizar el empleo de calidad con la maternidad/paternidad, sin perder sus ingresos y sin verse privadas del



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disfrute de su vida personal y familiar, para que opere la plena conciliación y corresponsabilidad en el seno de la familia en beneficio de toda la sociedad.


A tales efectos insta al Gobierno a impulsar en el plazo más breve posible, las modificaciones legislativas necesarias para:


3. Que entre en vigor a partir de 1 de enero de 2017 y sin más dilación, la ampliación a 4 semanas del permiso de paternidad aprobado en la Ley 9/2009 de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de
nacimiento, adopción o acogida.


4. Equiparar por ley la duración de los permisos por nacimiento, adopción y acogimiento, de ambos progenitores a las 16 semanas, evitando la subrogación de derechos que han de ser individuales como su respectiva protección social en
beneficio de cada uno de los miembros de la pareja.


5. Elaborar y aplicar un calendario para la implementación gradual de la modificación de los permisos por nacimiento y adopción, de manera que se incremente el número de semanas anualmente y de forma progresiva, durante el mínimo plazo de
tiempo posible.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2016.—Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto


161/000530


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para establecer medidas de transparencia estadística de género, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


Las estadísticas de género son un campo de la estadística que cruza los indicadores tradicionales con el sexo de las personas para identificar, producir y difundir datos que permitan identificar la situación de mujeres y hombres y las
brechas entre ellos en la vida social, política, económica y cultural.


La elaboración de estadísticas de género ya se consideró de necesidad prioritaria en la Plataforma de Acción de Beijing de 1995.


Aunque el Instituto de la Mujer dispone de la base de datos «Mujeres en Cifras» no todos sus indicadores se actualizan con la regularidad que lo hacen otras series estadísticas de interés, como por ejemplo la Encuesta Cuatrienal de
Estructura Salarial. La periodicidad anual de estos informes no permite realizar los seguimientos que si permiten otras serias estadísticas publicadas por el INE.


La importancia de hacer públicos los datos desagregados por sexo en las encuestas que reflejan la situación de las mujeres en los distintos ámbitos de la sociedad es vital para la planificación y propuestas de política pública.


En España se está produciendo un apagón estadístico en las fuentes de información oficiales de la información relativa a la desagregación de los datos por sexo. Un apagón que impide tener conocimiento de las diferencias que hay entre
hombres y mujeres en ámbitos relevantes de su ciclo vital, como por ejemplo su participación en el mercado de trabajo y particularmente las condiciones salariales.


Un ejemplo de este apagón estadístico lo encontramos en la Encuesta Cuatrienal de Estructura Salarial que publica el Instituto Nacional de Estadística. La última información publicada el 28 de junio correspondiente a 2014 no ofrece de la
distribución de los salarios ni de la ganancia media anual en función del sexo, como se puede ver a continuación.



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En cambio la información disponible de años anteriores esta información si está disponible, como muestran los datos correspondientes a 2010.


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La proposición no de ley de igualdad salarial entre mujeres y hombres presentada en el Congreso de los Diputados por el Grupo Parlamentario Socialista ya incluyó un punto referido a adoptar medidas de transparencia estadística de tal manera
que se desagreguen por sexo, edad, nivel educativo y ocupación en todas las encuestas y registros que analizan el mercado de trabajo, incluidas aquellas que analizan específicamente las retribuciones de las personas trabajadoras.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Establecer medidas de transparencia estadística en todas aquellas encuestas y registros donde el sexo es una variable clave, entre otras, las educativas, las sanitarias, las relativas a dependencia, empleo y salario.


Establecer en el marco del INE una ?Comisión de Estadísticas de Género” que estudie y proponga la batería de Indicadores prioritarios para seguimiento y revise el conjunto de encuestas nacionales para identificar todas las variables
susceptibles de ser desagregadas por sexo y proponga los procedimientos para incorporarlas a la sistematización de información que habitualmente publica el INE.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de septiembre 2016.—Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/000483


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias del Diputado Miguel Anxo Fernández Vello, de la agrupación parlamentaria de En Marea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley relativa a la necesidad de emprender actuaciones de mejora del estado de la N-VI a su paso por la provincia de Lugo, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad
Sostenible.


Exposición de motivos


La carretera de titularidad estatal N-VI que comunica Galicia, desde A Coruña, con Madrid adolece de numerosos problemas de seguridad vial en muchos de sus tramos a su paso por el territorio gallego, tanto en la provincia de A Coruña como en
la de Lugo.


En este caso vamos a detenernos en dos de las zonas más deterioradas de la N-VI a su paso por la provincia de Lugo: la zona de O Corgo y la de la montaña de Lugo.


El mal estado del firme llega al colmo a la altura de O Corgo (Lugo). En concreto, se trata de unos diez kilómetros entre Nadela y Gomeán, que presenta una calzada destrozada debido a numerosos socavones y baches.


A lo que se deben añadir problemas de inseguridad vial debido a la existencia de cruces peligrosos, agravado todo por la falta de iluminación adecuada, la ausencia de pasos de peatones en zonas habitadas, la falta de señalización o
limitación de velocidad en determinadas áreas de riesgo como centros educativos, centros deportivos o sanitarios.


En los últimos meses, se publicaba el último informe de la Asociación Española de la Carretera que arroja elementos de preocupación. Galicia se encuentra entre las cinco CC.AA. que cuentan con carreteras con el peor estado de su firme.
Hablamos por tanto de graves problemas de mantenimiento.


Entre los viales en peor situación está la carretera objeto de esta iniciativa parlamentaria: la N-VI. Uno de los puntos reseñados es precisamente el tramo situado entre Nadela y O Corgo en Lugo.


En el área de la montaña de Lugo, el tramo que sube a Becerreá, presenta asimismo numerosos problemas de deterioro de la calzada. Al igual que en O Corgo, el firme adolece de las mismas deficiencias.



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Baches, socavones y mal estado generalizado de su firme. En concreto resulta especialmente reseñable entre los kilómetros 460 y 456. Los carriles tienen tantas deficiencias que obliga a los conductores a circular por el carril del centro
aunque no sea lo reglamentario.


La N-VI es un vial muy transitado por todo tipo de vehículos, y a nadie escapa que la alta densidad de tráfico empeora el estado de la calzada. Con lo cual, los problemas de inseguridad vial se agudizan, y su peligrosidad se acrecienta. La
falta de actuaciones de mantenimiento y mejora de su firme pone en serio riesgo a muchos usuarios y también a peatones por la falta de adecuación de la carretera a su paso por núcleos de población.



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