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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 188, de 06/07/2017
cve: BOCG-12-D-188 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


6 de julio de 2017


Núm. 188



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


042/000009 Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades. Aprobación por el Pleno... (Página3)


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


154/000002 Subcomisión para un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género. Ampliación del plazo para finalizar sus trabajos... (Página60)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000416 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al impulso de la Red de Alta Velocidad en la Comunidad Foral de Navarra, la Segunda Fase del Canal de Navarra y los tramos pendientes de la Autovía de
Navarra A-15, infraestructuras estratégicas y esenciales para el desarrollo de la Comunidad Foral.


Enmiendas... (Página60)


Aprobación con modificaciones... (Página64)


162/000423 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmiendas... (Página65)


Aprobación con modificaciones... (Página69)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000036 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir el Ministro de Hacienda y Función Pública como consecuencia de la Sentencia del
Tribunal Constitucional que declara inconstitucional y nula su amnistía fiscal.


Texto de la moción ... (Página70)


Aprobación ... (Página70)



Página 2





173/000037 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, para garantizar la libertad ideológica, religiosa y de culto.


Texto de la moción así como enmienda formulada... (Página71)


Aprobación... (Página72)


173/000038 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la negativa del Gobierno a equiparar de manera igualitaria e intransferible los permisos
de paternidad y maternidad.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página72)


Aprobación con modificaciones... (Página74)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


042/000009


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 29 de junio de 2017, aprobó el Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades con el texto que se inserta a continuación.


Se ordena la publicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


La Comisión del Estatuto de los Diputados, en su sesión del día de la fecha, bajo la presidencia del Excmo. Sr. D. Leopoldo Barreda de los Ríos (GP) y con la asistencia de los Excmos. Sres. Diputados D. Luis Carlos Sahuquillo García
(GS), D. Carlos Casimiro Salvador Armendáriz (GMx), D. Francisco Javier Cano Leal (GCs) (por sustitución) y D. Eduardo Santos Itoiz (GCUP-EC-EM) (por sustitución), vistas las declaraciones de actividades que pueden constituir causa de
incompatibilidad y de otras actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, formuladas por los Excmos. Sres. Diputados que más adelante se mencionan, ha acordado por mayoría elevar al Pleno de la Cámara el siguiente


DICTAMEN


Primero.


La Comisión ha tomado en consideración para emitir su Dictamen las previsiones de la LOREG y los criterios fijados en anteriores dictámenes y ratificados por el Pleno de la Cámara en los siguientes términos:


a) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.1.b) de la Constitución, la Comisión ha venido declarando compatible la condición de Diputado con la de miembro del Gobierno, así como de los cargos de la Administración General del Estado
que ostentan los miembros del gobierno en su condición de tales. Igualmente, la Comisión, siguiendo el criterio ya sentado en anteriores Legislaturas y aceptado por el Pleno de la Cámara, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.1.b) de la
Constitución en relación con lo dispuesto por los artículos 6.1. f) y 155.1 de la LOREG, ha declarado compatible la condición de Diputado con la de Secretario de Estado.


b) En relación con el desempeño de cargos representativos locales la Comisión, siguiendo el criterio ya sentado en anteriores Legislaturas y aceptado por el Pleno de la Cámara, entiende que los cargos locales no son incompatibles con el de
Diputado (no se encuentran comprendidos en los artículos 155 a 159 de la LOREG), siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1 de la LOREG. Por esta razón,
así como la previsión del artículo 158.1, no se podrán desempeñar los cargos locales en régimen de dedicación absoluta, ni percibir retribución, sino únicamente dietas por asistencia a las reuniones de los órganos locales. Igualmente es criterio
reiterado de la Comisión que deben comprenderse incluidos en el desempeño de las funciones representativas locales, la participación en otros entes locales como mancomunidades y consorcios, en los organismos públicos locales y en otros entes
públicos, en su condición de representantes locales, sin que tal posibilidad pueda comprender la pertenencia a empresas con participación pública mayoritaria, directa o indirecta, cualquiera que sea su forma, prohibida por el artículo 155.2.e) de la
LOREG. En este último caso, la Comisión ha admitido la pertenencia de los cargos locales a la Junta General de dichas empresas cuando sus estatutos así lo prevén expresamente, pero nunca a los Consejos de Administración, requiriendo en su caso,
bien la modificación estatutaria, o la delegación de dicho cargo en otro representante local.



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c) El desempeño de la función pública (salvedad hecha de las funciones docentes extraordinarias a que se refiere el artículo 157.4 de la LOREG y del desempeño de cargos representativos locales), resulta incompatible con la condición
parlamentaria (artículo 157.1). Por eso se hace constar que el funcionario pasa a la situación de servicios especiales y tiene incompatibilidad de retribuciones, sin perjuicio de la percepción de los trienios. La situación equivalente en el ámbito
privado (trabajo por cuenta ajena a tiempo completo) determina la excedencia con reserva a puesto de trabajo.


d) En relación con la actividad de impartición de cursos e intervención en actividades docentes en centros universitarios, es criterio de la Comisión, aceptado por el Pleno de la Cámara, que se trata de actividades compatibles cuando son
actividades docentes o de investigación, a tiempo parcial, de carácter extraordinario, que no afecten a la dirección y control de los servicios, pudiendo percibir por tales actividades las indemnizaciones reglamentarias establecidas, en los términos
del artículo 157.4 de la LOREG. En particular, entiende la Comisión que la realización de dicha actividad como compatible puede llevarse a cabo en calidad de profesor asociado y percibiendo la correspondiente indemnización reglamentaria, a cuyo
respecto, la condición de profesor asociado a tiempo parcial es una de las formas de prestación de los servicios docentes extraordinarios, declarados compatibles con el cargo de Diputado por el artículo 157.4 de la LOREG, con la posibilidad legal de
percibir en dicha condición las indemnizaciones reglamentarias establecidas al respecto.


e) En relación con el cargo de Consejero General de la Caja de Ahorros, vino entendiendo la Comisión, de acuerdo con el criterio reiteradamente fijado por la misma y aceptado por el Pleno de la Cámara, que no se trataba de cargo comprendido
como incompatible en los artículos 155.2.e) (miembro del Consejo de Administración de Caja de Ahorros de fundación pública) y 156.1 (miembros de órganos colegiados de dirección o Consejos de Administración de organismos , entes públicos, o empresas
con participación pública mayoritaria), ambos de la LOREG, sino actividad susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, con la limitación de no poder realizar en su ejercicio actividades comprendidas en el artículo 159.2 y
de no poder invocar o hacer uso de la condición de parlamentario para el ejercicio de dicha actividad y siempre que el ejercicio de las mismas no suponga menoscabo de la dedicación absoluta a la actividad parlamentaria establecida en el artículo
157.1.


El Real Decreto Ley 11/2010 de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, dispuso (artículo 1.tres), que el ejercicio del cargo de miembro de los órganos de gobierno de una Caja de
Ahorros (entendiendo por tales la Asamblea General, el Consejo de Administración y la Comisión de Control sería incompatible con el de todo cargo político electo. A tal efecto la Disposición Transitoria Sexta de dicha norma dispuso que 'Los
miembros de los órganos de gobierno que deban cesar en el ejercicio de su cargo como consecuencia de lo dispuesto en el Apartado tres, del artículo 3 de este Real Decreto-ley lo harán cuando concluya el mandato que ostenten a la entrada en vigor del
presente Real Decreto-ley y, en todo caso, antes de transcurridos tres años desde dicha entrada en vigor, sin que en ningún caso sea posible su renovación'. Cumplido ya ese plazo, la pertenencia a dichos órganos de gobierno de las Cajas de Ahorro,
resulta hoy ya, en todo caso, incompatible con la condición de Diputado.


f) En relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios, es criterio constante de la Comisión, aceptado por el Pleno de la Cámara, su consideración de actividad compatible con la condición de Diputado,
dada la relación íntima entre el desempeño de unas y otras funciones.


g) En relación con la actividad de producción y creación literaria, científica, artística o técnica, así como las publicaciones derivadas de ellas, es criterio de la Comisión que se trata de una actividad compatible, conforme al artículo
159.3.b) de la LOREG, siempre que mediante la misma no se desempeñe, por sí o mediante sustitución, cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, salario, arancel,
honorarios o cualquier otra forma de retribución, y que no se incurra en ninguno de los supuestos de actividades privadas declaradas expresamente como incompatibles en el artículo 159.2 de la LOREG.


h) En relación con las actividades de conferenciante, de participación en coloquios, mesas redondas y tertulias en medios de comunicación, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que se trata de una
actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en actividades comprendidas en
el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local



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y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo
de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


i) En relación con la pertenencia a asociaciones de utilidad pública o de fundaciones privadas, dado que esa forma jurídica no permite entender comprendidas a dichas entidades en la noción de compañías o empresas que se dediquen a contratar
con el sector público a que se refiere el artículo 159.2.b) de la LOREG, es criterio de la Comisión que se trata de actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG. Por ello la Comisión podrá otorgar
autorización para el ejercicio de la actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en actividades comprendidas en el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal,
autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer
menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


j) En relación con el ejercicio libre y por cuenta propia de actividades profesionales (abogados, economistas, médicos, farmacéuticos, veterinarios, etc.), es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara que se
trata de actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la citada actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en las
comprendidas en el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la
actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la
LOREG.


k) En relación con la pertenencia a cargos representativos en Corporaciones de derecho público de defensa de intereses profesionales, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que no resulta incompatible con
la condición de Diputado, siempre que en el ejercicio de dicho cargo no se incurra en las actividades prohibidas por el artículo 159.2.a) de la LOREG, no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1 de la LOREG y que, en las actividades que se realicen en el desempeño del cargo, no se ejerzan funciones públicas, sino únicamente de representación y defensa de los intereses de los colegiados y de la profesión, de naturaleza
privada.


I) En relación con la pertenencia a órganos de representación y dirección de empresas privadas, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que se trata de actividades privadas susceptibles de autorización
conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la citada actividad, siempre que no se incurra en ninguna de las actividades prohibidas expresamente en el artículo 159.2 de la
LOREG, especialmente las de contratar con el sector público estatal, autonómico o local, no se invoque o haga uso de la condición parlamentaria para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que
en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


m) En relación con la pertenencia a Comisiones Mixtas designadas por las Comunidades Autónomas (Comisiones Bilaterales y Comisiones Mixtas de Transferencias), tiene reiteradamente declarado la Comisión, siguiendo el criterio fijado por la
Junta Electoral Central en cuanto a la elegibilidad de quienes los ostentan, que no se trata de cargos públicos en el sentido del artículo 154.2 de la LOREG, por lo que no están comprendidos en la causa de incompatibilidad prevista en el artículo
155.1, ni tampoco en el 157.2 y 3, de modo que, si el Sr. Diputado no percibe remuneración del sector público, no está incurso en incompatibilidad por razón de la mencionada actividad.


n) El cargo de miembro del Consejo de Administración de Ente Público de Radio Televisión de una Comunidad Autónoma, cuando es designado por la Asamblea Parlamentaria y no percibe retribución sino únicamente dietas por asistencia a las
sesiones, se considera compatible conforme a lo previsto en el artículo 156.1 de la LOREG.



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Segundo.


La Comisión, atendiendo a los criterios anteriormente expuestos, acuerda declarar la compatibilidad de actividades, o tomar conocimiento de las declaraciones, sin que sea necesario realizar ningún otro pronunciamiento, de los Excmos/as.
Sres. y Sras. Diputados/as que se detallan:


D. Luis Carlos Sahuquillo García (núm. expte. 004/000001/0000).


- Funcionario del Grupo B, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario de Organización y Administración del PSOE de Cuenca, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Jaime Miguel Mateu Istúriz (núm. expte. 004/000002/0000).


- Inspector de Hacienda, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Margarita Pérez Herráiz (núm. expte. 004/000003/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Administrativo de la Xunta de Galicia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Pensión de viudedad. Percepción compatible con el artículo 158.2 de la LOREG, según criterio reiterado de la Comisión desde su dictamen de 11 de noviembre de 1993.


D. Avelino De Barrionuevo Gener (núm. expte. 004/000004/0000).


- Procurador de los Tribunales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Ana María Pastor Julián (núm. expte. 004/000005/0000).


- Funcionaria del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Ministra de Fomento, en funciones, desde el 19 de julio de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Ejecutivo del Partido Popular (sin retribución). Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Patrono de la Fundación FAES (sin retribución). Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la Fundación Manuel Fraga (sin retribución). Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Marta Martín Llaguno (núm. expte. 004/000006/0002).


- Funcionaria de carrera y Catedrática de Universidad, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes, trienios, quinquenios y sexenios. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos de doctorado, dirección de tesis. Participación en: Tribunales de tesis, Proyectos de Investigación, en Entidades de Evaluación, en Asociaciones y Comisiones Académicas. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4,
siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.



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- Conferencias, másteres, cursos de verano, cursos de experto y especialista, artículos de opinión en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro de la directiva ACOP (Asociación sin ánimo de lucro, constituida por profesionales, académicos y consultores de la comunicación política). Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Sergi Miquel i Valentí (núm. expte. 004/000007/0000).


- Regidor del Ayuntamiento de Llagostera, sin remuneración ni dietas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Francisco Igea Arisqueta (núm. expte. 004/000009/0000).


- Facultativo especialista del Complejo Hospitalario de Palencia (SACyL), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Ernesto Aguiar Rodríguez (núm. expte. 004/000010/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Jesús Moro Almaraz (núm. expte. 004/000011/0000).


- Profesora titular de Derecho Civil en la Universidad de Salamanca, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Actividad de docencia o investigación de carácter extraordinario. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones científicas o universitarias, percibiendo derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, ponencias, informes o seminarios en universidades públicas y privadas u otras entidades. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Bienvenido De Arriba Sánchez (núm. expte. 004/000012/0000).


- Gerente de Atención Primaria de Salamanca (SACyL), desde el 1 de julio de 2016 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Carolina España Reina (núm. expte. 004/000013/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Celia Villalobos Talero (núm. expte. 004/000014/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D. Luis Miguel Salvador García (núm. expte. 004/000015/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Granada, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Eloy Suárez Lamata (núm. expte. 004/000016/0000).


- Funcionario de Habilitación Nacional A, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. José Miguel Camacho Sánchez (núm. expte. 004/000017/0000).


- Funcionario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Arturo García-Tizón López (núm. expte. 004/000018/0000) (núm. expte. 004/000018/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Toledo y Diputado Provincial, sólo percibiendo dietas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Suspensión de la percepción de la pensión de jubilación. La Comisión toma conocimiento.


D. Celso Luis Delgado Arce (núm. expte. 004/000019/0000).


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Administrador único de la compañía mercantil 'Delgado Arce Abogados S.L.N.E.', cuyo objeto social es la prestación de servicios jurídicos (en ningún caso a la Administración Pública), no percibiendo retribución como administrador de esta
Sociedad pero sí como director de la misma. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Tertuliano en programas radiofónicos, sin percibir retribución; ocasionalmente participación en 'mesa redonda' o 'panel', sin percibir retribución. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- En situación de excedencia laboral forzosa en la Cámara Oficial de Comercio Industria y Servicios de Ourense. La Comisión toma conocimiento.


D. José Jaime Alonso Díaz-Guerra (núm. expte. 004/000020/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Fuensalida y Diputado de la Diputación Provincial de Toledo, sólo percibiendo dietas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario docente del Cuerpo de Educación Primaria perteneciente a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes
trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Manuel Blasco Marqués (núm. expte. 004/000021/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D.ª Ana Belén Vázquez Blanco (núm. expte. 004/000022/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Superior de la Diputación Provincial de Ourense, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Pilar Cortés Bureta (núm. expte. 004/000023/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Fuentes de Jiloca (Zaragoza), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Profesora de la Universidad de Zaragoza, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria Ejecutiva del Partido Popular de Aragón, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Silvia Valmaña Ochaíta (núm. expte. 004/000024/0000).


- Profesora titular de Derecho Penal en la Universidad de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Docencia extraordinaria; dirección de tesis y trabajos de investigación no remunerados sin que suponga dirección de servicios. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones de carácter científico-académico o de opinión. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos y jornadas con compensación de gastos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Fernando Navarro Fernández-Rodríguez (núm. expte. 004/000025/0000).


- Personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Carlos Casimiro Salvador Armendáriz (núm. expte. 004/000026/0000).


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D.ª María Guadalupe Martín González (núm. expte. 004/000027/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Patricia Blanquer Alcaraz (núm. expte. 004/000028/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Julián López Milla (núm. expte. 004/000029/0000).


- Profesor Titular de Universidad, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Juan Carlos Campo Moreno (núm. expte. 004/000030/0000).


- Magistrado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos y conferencias organizados por organismos públicos y universidades, tanto nacionales como internacionales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de



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percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Fernando Martínez-Maíllo Toribio (núm. expte. 004/000031/0000).


- Alcalde de Casaseca de las Chanas (Zamora), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Vicesecretario General de Organización y Electoral del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. José María Barrios Tejero (núm. expte. 004/000032/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Morales del Vino (Zamora), sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. José Javier Lasarte lribarren (núm. expte. 004/000033/0000).


- Funcionario de la Diputación Foral de Álava, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Patricia Reyes Rivera (núm. expte. 004/000034/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Administradora de la entidad mercantil 'Yatay Ediciones, S.L.', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Ejercicio de la abogacía, sin ninguna relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Carmen Álvarez-Arenas Cisneros (núm. expte. 004/000035/0000).


- Pensión de viudedad proveniente del sector privado. Percepción compatible con el artículo 158.2 de la LOREG, según criterio reiterado de la Comisión desde su dictamen de 11 de noviembre de 1993.


- Miembro del Patronato de Fundación Benéfica Privada, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Consejera Delegada de empresa familiar de prestación de servicios, sin contratación con el sector público y una de ellas como centro especial de empleo, percibe subvenciones regladas de aplicación automática de la normativa vigente. Se
autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Teresa de Lara Carbó (núm. expte. 004/000036/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D. Juan Manuel Del Olmo Ibáñez (núm. expte. 004/000037/0000).


- Miembro del Consejo Ciudadano de Podemos, sin retribución económica. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Carles Campuzano i Canadés (núm. expte. 004/000038/0000).


- Presidente de la Fundación Privada ACSAR, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro de la Junta Directiva de la Asociación Salud y Familia, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, seminarios y colaboraciones en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Consejo Asesor de las Fundaciones:' Esplai', 'Formacio i Trevall' y 'Randstad', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de las Fundaciones privadas ' Bequal', 'Catdem' y 'Roca i Gales', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Alberto Montero Soler (núm. expte. 004/000039/0000) (núm. expte. 004/000039/0001).


- Personal laboral contratado en la Universidad de Málaga, desde el 3 de enero de 2016 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Docencia de carácter extraordinario. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo
157.1, ambos de la LOREG.


- Conferencias, másteres. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Rubén Moreno Palanques (núm. expte. 004/000040/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María del Carmen Quintanilla Barba (núm. expte. 004/000041/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Técnico de la Administración Civil del Estado (Organismos Autónomos), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Presidenta Nacional de la Confederación de Federaciones y Asociaciones de Familias y Mujeres del Medio Rural (AFAMMER), sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Juan José Matarí Sáez (núm. expte. 004/000042/0000).


- Secretario Ejecutivo del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Leopoldo Barreda de los Ríos (núm. expte. 004/000043/0000).


- Vocal de la Junta Directiva Nacional del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Vocal del Comité Español de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina (UNRWA), sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Dolores Marcos Moyano (núm. expte. 004/000044/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Miguel Ángel Heredia Díaz (núm. expte. 004/000046/0000).


- Funcionario Titulado Superior Cultivos Celulares en la Universidad de Málaga, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario General PSOE-A Málaga. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Victoria Begoña Tundidor Moreno (núm. expte. 004/000047/0000) (núm. expte. 004/000047/0001) (núm. expte. 004/000047/0002).


- Enfermera del Servicio Andaluz de Salud. Hospital de Málaga, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Subdirectora de Enfermería de los hospitales 'Virgen de la Victoria' y 'Regional de Málaga', desde el 5 de agosto de 2015 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María del Carmen Hernández Bento (núm. expte. 004/000048/0000).


- Funcionaria de Carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria del Gobierno de Canarias, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ana María Zurita Expósito (núm. expte. 004/000049/0000) (núm. expte. 004/000049/0001).


- Consejera del Cabildo Insular de Tenerife, Portavoz del Grupo Popular, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria de carrera de la Administración Especial, Subescala Técnica Grupo A, Subgrupo Al, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro de los Consejos de Administración de las empresas públicas: Metropolitano de Tenerife; Recinto Ferial de Tenerife y Viviendas Municipales de Santa Cruz de Tenerife, en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.



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- Arquitecta. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pablo Matos Mascareño (núm. expte. 004/000050/0000).


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Rosa María Romero Sánchez (núm. expte. 004/000051/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Ignacio Tremiño Gómez (núm. expte. 004/000052/0002) (núm. expte. 004/000052/0003).


- Pensión abonada por el INSS. Proviene de la calificación de la condición de incapacidad permanente en grado de gran invalidez. Percepción compatible con la condición de Diputado/a, según criterio consolidado de la Comisión desde su
Dictamen del 11 de noviembre de 1993, ratificado por el de 2 de julio de 2004.


- Colaboración en la columna de opinión del Diario 'Día de Valladolid'. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la Fundación de Lesionado Medular, sin ánimo de lucro, dedicada a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por lesión medular, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Noelia Vera Ruíz-Herrera (núm. expte. 004/000053/0000) (núm. expte. 004/000053/0001) (núm. expte. 004/000053/0002).


- Publicación de libros y artículos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Redactora y presentadora del programa de televisión, emitido en la página web del diario público 'La Tuerca', sin relación con el sector público y sin percibir subvención de carácter no reglado. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales, de forma esporádica. Participación, ocasional, en programas de televisión, con o sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG,
sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de
la LOREG.


D. Íñigo Méndez de Vigo Montojo (núm. expte. 004/000054/0000) (núm. expte. 004/000054/0001).


- Ministro de Educación, Cultura y Deporte en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016. Ministro de Educación, Cultura y Deporte. Portavoz del Gobierno. Real Decreto 417/2016 de 3 de noviembre. Cargo compatible con el de Diputado/a
conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Letrado de las Cortes Generales, percibiendo quinquenios, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.



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D. Pedro Arrojo Agudo (núm. expte. 004/000055/0000).


- Profesor Emérito, jubilado, de la Universidad de Zaragoza, en situación de suspensión de la percepción de la pensión de jubilación. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Observatorio Ciudadano para la Gestión Integral del Agua de Jalisco (México) con dedicación esporádica, sin percibir ningún tipo de remuneración. La Comisión, atendiendo a la naturaleza honorífica y no retribuida del cargo así
como a la falta de desempeño de funciones que comporta únicamente recibir información periódica y ofrecer su valoración, entiende que, en estas condiciones, no se vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


D. Francisco De la Torre Díaz (núm. expte. 004/000056/0000).


- Inspector de Hacienda del Estado (Agencia Estatal de Administración Tributaria), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, seminarios y colaboraciones en prensa. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Jorge Luis Bail (núm. expte. 004/000057/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Juan Vicente Pérez Aras (núm. expte. 004/000059/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Óscar Galeano Gracia (núm. expte. 004/000060/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. José Cano Fuster (núm. expte. 004/000061/0000) (núm. expte. 004/000061/0001).


- Apoderado de la empresa familiar fundada en 1915 El Xato, sita en la Nucía, Alicante; la mercantil se denomina Xato Restauración, S.L., y tiene por objeto social la restauración, así como la celebración de eventos y catering. Se autoriza
en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Elena María Bastidas Bono (núm. expte. 004/000062/0000).


- Concejala del Ayuntamiento de Alzira, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Profesora-tutora de la UNED dos horas a la semana. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en
el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D.ª Margarita Robles Fernández (núm. expte. 004/000063/0000).


- Magistrada, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación, conferenciante en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Postgrados españoles e internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración



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del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Teodoro García Egea (núm. expte. 004/000064/0000).


- Publicaciones de carácter científico y técnico. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos, seminarios, tertulias de radio y televisión. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Docencia a tiempo parcial en universidad privada y participación en proyectos de investigación sin realizar labores de investigador principal. Evaluación de proyectos de investigación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de
la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D. José María Barreda Fontes (núm. expte. 004/000065/0000).


- Profesor Titular de Universidad, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Francisco Martín Bernabé Pérez (núm. expte. 004/000066/0000) (núm. expte. 004/000066/0001).


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en tertulias de medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Ejercicio de la abogacía. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Docencia. Comunica que en la actualidad no realiza esta actividad. La Comisión toma conocimiento y le comunica que si quiere desarrollar la actividad deberá formular la correspondiente declaración de actividad.


D. Carlos Javier Floriano Corrales (núm. expte. 004/000067/0000).


- Profesor universitario titular, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en conferencias y tertulias de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. César Joaquín Ramos Esteban (núm. expte. 004/000068/0000).


- Producción y creación literaria, científica o técnica y publicaciones, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por universidades, fundaciones y centros de posgrado españoles e internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración



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del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Beatriz Marta Escudero Berzal (núm. expte. 004/000069/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Mar Cotelo Balmaseda (núm. expte. 004/000070/0002).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Emilio Del Río Sanz (núm. expte. 004/000071/0000).


- Profesor Titular de Filología Latina de la Universidad de La Rioja, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones de su especialidad universitaria. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias de su especialidad universitaria. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Ignacio Urquizu Sancho (núm. expte. 004/000072/0000).


- Profesor contratado, Doctor de la Universidad Complutense de Madrid, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Colaboración en medios de comunicación e impartición de conferencias y seminarios en universidades, sólo percibiendo gastos de desplazamientos y otros. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Jesús Postigo Quintana (núm. expte. 004/000073/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Eugenia Romero Rodríguez (núm. expte. 004/000074/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Alfonso Candón Adán (núm. expte. 004/000075/0000).


- Concejal en el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, sin dedicación exclusiva, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Santiago Pérez López (núm. expte. 004/000076/0000).


- Profesor de Educación Secundaria de la Junta de Andalucía, desde el 20 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Zaida Cantera de Castro (núm. expte. 004/000077/0000).


- Militar en situación de retiro. La Comisión toma conocimiento.


- Pensión extraordinaria como consecuencia de su situación de retiro con suspensión de la percepción. La Comisión toma conocimiento.



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- Derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, ponencias, clases en universidades y entidades privadas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Dolors Montserrat Montserrat (núm. expte. 004/000080/0000) (núm. expte. 004/000080/0001).


- Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Real Decreto 417/2016, de 3 de noviembre. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Vicesecretaria de Organización del Partido Popular en Cataluña, sin percibir ningún tipo de remuneración salvo dietas puntuales. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


- Consejo de Dirección del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogada no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D.ª María Dolores Alba Mullor (núm. expte. 004/000081/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Teófilo de Luis Rodríguez (núm. expte. 004/000082/0000) (núm. expte. 004/000082/0001) (núm. expte. 004/000082/0002).


- Docencia en universidad privada a tiempo parcial y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Asesoría a empresas por cuenta propia sin relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la Fundación 'Línea Directa', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Rafael Antonio Hernando Fraile (núm. expte. 004/000083/0000).


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en conferencias y medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Marta González Vázquez (núm. expte. 004/000084/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Eduardo Fernández García (núm. expte. 004/000085/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D. Rafael Simancas Simancas (núm. expte. 004/000086/0000).


- Profesor contratado a tiempo parcial en la Universidad Juan Carlos I de Madrid. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D. José Ramón García Hernández (núm. expte. 004/000087/0000).


- Funcionario Carrera Diplomática, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor y Coordinador Universitario. Actividad ocasional que no entraña dirección de servicios administrativos ni gestión de presupuesto. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se
menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretario de Relaciones Internacionales del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Escritor y articulista. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferenciante, tertulias en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de las Fundaciones 'Faes', 'Humanismo y Democracia' y 'Aprocor', sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir
en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María de la Concepción de Santa Ana Fernández (núm. expte. 004/000088/0000).


- Conferencias y seminarios; asistencia a tertulias y debates en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en
las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Isabel María Borrego Cortés (núm. expte. 004/000089/0000) (núm. expte. 004/000089/0001).


- Secretaria de Estado de Turismo, percibiendo retribución por dicho cargo. Cese Real Decreto 446/2016, de 11 de noviembre. Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara.


- Personal laboral de la empresa pública Instituto Balear de la Vivienda, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Alicia Sánchez-Camacho Pérez (núm. expte. 004/000090/0000) (núm. expte. 004/000090/0001) (núm. expte. 004/000090/0002).


- Funcionaria del Cuerpo Técnico Superior de la Seguridad Social, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Con fecha 3 de enero de 2017 comunica renunciar a la actividad de Profesor Asociado 3+3 en la Universidad Rey Juan Carlos. La Comisión toma conocimiento.


- Colaboraciones puntuales en dirección de másteres. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en
el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Presidenta del Partido Popular de Catalunya, percibiendo dietas y Presidenta del Comité Electoral Nacional. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


D. Francesc Homs Molist (núm. expte. 004/000091/0000).


- Vicesecretario General de Convergència Democrática de Catalunya. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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D. Juan Pedro Yllanes Suárez (núm. expte. 004/000092/0000).


- Magistrado de la Audiencia Provincial de las Illes Balears, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ana María Oramas González-Moro (núm. expte. 004/000093/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Albert Rivera Díaz (núm. expte. 004/000094/0000).


- Libros publicados que generan derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Encuentros académicos, políticos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en tertulias de Televisión, Radio; Conferencias, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Marta María Rivera de la Cruz (núm. expte. 004/000095/0000).


- Escritora. Publica con las Editoriales Planeta y Anaya. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Colaboradora en prensa escrita: Diario digital 'El Español' (un artículo a la semana), 'El Progreso' (un artículo a la semana) y Revista 'Glamur' (un artículo cada dos meses). Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la
LOREG.


- Por su condición de escritora, de forma ocasional, participa en actividades literarias tales como coloquios, conferencias, mesas redondas o jurados de concursos literarios, actividades todas ellas remuneradas. Se autoriza en los términos
del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en
el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Ángel Gutiérrez Vivas (núm. expte. 004/000096/0000).


- Administrador único de una Sociedad Limitada cuyo objeto social es la consultoría de seguridad de la información. Sin actividad desde enero de 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Trabajador por cuenta ajena en excedencia especial desde el 4 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Antonio Roldán Monés (núm. expte. 004/000097/0000).


- Artículos en prensa. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Manuel Villegas Pérez (núm. expte. 004/000098/0000).


- Administrador único de la mercantil 'Mabex Gestión, S.L.' dedicada a la asesoría jurídica fiscal y laboral, sin prestar ningún servicio a la Administración pública, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Ricardo Antonio García Mira (núm. expte. 004/000099/0000) (núm. expte. 004/000099/0001) (núm. expte. 004/000099/0002).


- Funcionario del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Profesor Tutor de Psicología Social de la UNED, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Dirección de tesis doctorales (dos al año), sin percibir ningún tipo de remuneración por estas actividades. A juicio de la Comisión, declarar la compatibilidad de esta actividad en cuanto comprendida en las de docencia o investigación de
carácter extraordinario, contempladas en el artículo 157.4 de la LOREG.


- Como Profesor Titular de la Universidad de A Coruña, en situación de servicios especiales, esporádicamente es nombrado miembro de comisiones de selección de funcionarios. En escrito posterior comunica haber cesado en la actividad de
formar parte en comisiones de selección de personal. La Comisión toma conocimiento.


- Catedrático Honorario de la University of Bath, Institute for Policy Research (Reino Unido). Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias en Universidades y Centros de Investigación, sólo percibiendo gastos de desplazamientos y otros. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y
sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Evaluación ocasional de proyectos de investigación para Agencias Nacionales e Internacionales (AGNUR, ANEP), sólo percibiendo indemnizaciones. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidente del Consejo Asesor (Chair Advisory Committee) del Consorcio de Investigación Europeo 'GLAMURS', en el proyecto sobre 'Estilos de Vida Sostenibles y Economía Verde'. En escrito posterior, comunica a la Comisión hacer cesado en
esta actividad por finalización de dicho proyecto, sólo percibiendo gastos de desplazamiento. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Consejo Asesor de (Advisory Committee) del Consorcio de Investigación Europeo 'TRANSIT', en el proyecto sobre 'Teoría de la Innovación Social Transformativa', sólo percibiendo gastos de desplazamientos y otros. Se autoriza en
los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Consorcio de Investigación 'Connecting' (Proyecto Europeo de Investigación e Innovación', sólo percibiendo gastos de desplazamientos y otros. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Marcelo Expósito Prieto (núm. expte. 004/000100/0000) (núm. expte. 004/000100/0001).


- Comunica haber cesado en la actividad de docente desde la toma de posesión del cargo de Diputado. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Ángeles Álvarez Álvarez (núm. expte. 004/000101/0000).


- Máster sobre igualdad en la Universidad Complutense (ocho horas aproximadamente). Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen



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de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Conferencias, charlas, cursos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Ángel Viso Diéguez (núm. expte. 004/000102/0000) (núm. expte. 004/000102/0001).


- Presidente del Consejo Regulador de la denominación de origen Ribeiro hasta enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Técnico de la Consellería de Medio Rural de la Xunta de Galicia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Viticultor, a título principal en la denominación de origen Ribeiro. Ourense. Explotador de viñedos familiares y venta de uvas a bodegas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Mariano Rajoy Brey (núm. expte. 004/000103/0000).


- Presidente del Gobierno en funciones hasta el 29 de octubre de 2016. Nombramiento Presidente del Gobierno el 30 de octubre (Real Decreto 414/2016). Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


D. José Alberto Martín-Toledano Suárez (núm. expte. 004/000104/0000) (núm. expte. 004/000104/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Malagón (Ciudad Real), sólo percibiendo dietas correspondientes por la asistencia a los órganos colegiados a los que pertenece. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Representante del Ayuntamiento de Malagón en el Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios SCIS. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al
artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Felipe Jesús Sicilia Alférez (núm. expte. 004/000105/0000).


- Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Jordi Roca Mas (núm. expte. 004/000106/0000) (núm. expte. 004/000106/0001).


- Administrador de la Entidad 'Presencia Internet, S.L.', dedicada a la administración de sistemas informáticos, sin ninguna relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D.ª María Jesús Bonilla Domínguez (núm. expte. 004/000107/0000) (núm. expte. 004/000107/0001).


- Concejala del Ayuntamiento de Tarancón, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Catedrática extraordinaria en Liderazgo, Gestión y Dirección de Empresas de la Universidad Católica de Murcia (UCAM), sin remuneración. Cargo honorífico que no entraña dirección de los servicios. Actividad compatible en los términos del
artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.



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- Directora de la Cátedra Internacional de Mujer, Empresa y Deporte de la Universidad Católica de Murcia (UCAM), sin remuneración. Cargo honorífico que no entraña dirección efectiva de los servicios. Actividad compatible en los términos
del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretaria del Comité Electoral Nacional del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Francisco Molinero Hoyos (núm. expte. 004/000108/0000).


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, tertulias y participación en Congresos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Ignacio Llorens Torres (núm. expte. 004/000109/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María del Carmen González Guinda (núm. expte. 004/000110/0000).


- Alcaldesa del Ayuntamiento de Garrafe del Toro (León), sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Eduardo Madina Muñoz (núm. expte. 004/000111/0000) (núm. expte. 004/000111/0001).


- Pensión por atentado terrorista, en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Federal del Partido Socialista Obrero Español. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Colaboraciones en medios de comunicación, conferenciante, cursos y seminarios realizados por instituciones, entidades, asociaciones, universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales. Se autoriza en los
términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Patronato de la Fundación 'Sistema' y del Consejo de redacción de la revista 'Tiempo de Paz', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Co-director del Programa ESADE (Agenda Pública: Aproximación Multidisciplinar al Origen y Desarrollo de Políticas Públicas), sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Miguel Ángel Garaulet Rodríguez (núm. expte. 004/000113/0000).


- Administrador único de la mercantil Garaulet y Asociados, consultoría de servicios de valor añadido para empresas sin relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la



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LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1,
todos ellos de la LOREG.


- Socio trabajador de la Cooperativa AKYS Instalaciones, S. COOP., cuyo objeto social es la instalación de telecomunicaciones y soluciones informáticas, en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento,


- Administrador único de la mercantil Fresacomp Consulting, con objeto social 'Intermediarios de comercio' que nunca ha tenido relación con las Administraciones públicas. Inactiva desde diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Jesús Posada Moreno (núm. expte. 004/000114/0000).


- Jubilado del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, en situación de suspensión de la percepción de la pensión de jubilación. La Comisión toma conocimiento.


D. Francisco Javier Cano Leal (núm. expte. 004/000115/0000).


- Concejal y Portavoz de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, en el Excmo. Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la
LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario Técnico de la Administración General-Letrado de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado no ejerciente desde 1 de enero de 2016. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Marcial Gómez Balsera (núm. expte. 004/000116/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. José Luis Martínez González (núm. expte. 004/000117/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. César Luena López (núm. expte. 004/000118/0000) (núm. expte. 004/000118/0001) (núm. expte. 004/000118/0002).


- Secretario General del PSOE de La Rioja, desde febrero de 2012 hasta octubre de 2016, sin haber percibido ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario de Organización y Acción Electoral de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE desde julio de 2014 hasta octubre de 2016, sin percibir ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según
criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Postgrado Españoles e Internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase.
Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro de patronato de la 'Fundación Pablo Iglesias' desde 10 de diciembre de 2014, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG,
sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de
la LOREG.



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- Miembro del consejo asesor de la revista Sistema desde el 31 de enero de 2017, sin realizar funciones de dirección, administración o representación de la misma, y sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier
otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Salvador Antonio De la Encina Ortega (núm. expte. 004/000120/0000).


- Profesor universitario de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Patxi López Álvarez (núm. expte. 004/000121/0000) (núm. expte. 004/000121/0001).


- Secretario de Acción Política, Ciudadanía y Libertades de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE hasta octubre de 2016, sin haber percibido por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. La Comisión toma
conocimiento.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos organizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Postgrado Españoles e Internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra
clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Ángel Paniagua Núñez (núm. expte. 004/000122/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Juan Manuel Juncal Rodríguez (núm. expte. 004/000123/0000).


- 100 % de participaciones en Juncal Auditores, S.L. La Sociedad no tiene actividad, y en todo caso no contrata obra o servicio alguno con la Administración del Estado, Autonómica o Local. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c)
de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1,
todos ellos de la LOREG.


D.ª Micaela Navarro Garzón (núm. expte. 004/000124/0000) (núm. expte. 004/000124/0001).


- Presidenta del PSOE hasta octubre de 2016, sin haber percibido por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Patronato de la Fundación Pablo Iglesias, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª M.ª Mar Blanco Garrido (núm. expte. 004/000127/0000).


- Miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Secretaria de Sectorial Gestora Partido Popular en Madrid, Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación, conferencias y mesas redondas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público



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y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidenta Fundación Víctimas del Terrorismo, sólo percibiendo dietas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidenta Fundación Miguel Ángel Blanco, sólo percibiendo dietas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Asesora del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Pilar Rojo Noguera (núm. expte. 004/000128/0000).


- Funcionaria del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Loreto Cascales Martínez (núm. expte. 004/000129/0000).


- Incluida en la bolsa de trabajo de interinos de Profesores de Secundaria de Filología Inglesa, actualmente en fase de suspensión. La Comisión toma conocimiento.


D. Pedro Acedo Penco (núm. expte. 004/000130/0000) (núm. expte. 004/000130/0001).


- Concejal y Portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de Mérida, sólo percibiendo dietas correspondientes por la asistencia a los órganos colegiados a los que pertenece. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG,
siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Guillermo Díaz Gómez (núm. expte. 004/000131/0000).


- Responsable de Gestión en la empresa pública 'Festival de Cine de Málaga', en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


- Colaboración en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Félix Álvarez Palleiro (núm. expte. 004/000132/0000).


- Actor de cine, teatro y televisión, sin relacion contractual con sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Colaboración en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Luz Bajo Prieto (núm. expte. 004/000133/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Diego Clemente Giménez (núm. expte. 004/000134/0000).


- Concejal Portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos Partido de la Ciudadanía en el Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento.



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Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Perito Judicial. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Arquitecto con obras aún en periodo de garantía decenal y pendientes de facturar por emitir el certificado final de obra, todas ellas de promotores privados, ninguna obra pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D.ª María Ascensión Carreño Fernández (núm. expte. 004/000135/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Pedro Saura García (núm. expte. 004/000136/0000).


- Profesor Titular de la Universidad de Murcia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Federal del PSOE y del Comité Regional del PSRM-PSOE, sin retribución económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


- Miembro del Consejo de Redacción de la Revista 'Temas para el debate', sin retribución económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias y cursos impartidos por universidades, centros de postgrado u otros, tanto nacionales como internacionales, sin retribución económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG,
sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de
la LOREG.


- Artículos en periódicos, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Virginia Millán Salmerón (núm. expte. 004/000137/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Silvia Heredia Martín (núm. expte. 004/000138/0000) (núm. expte. 004/000138/0001).


- Concejala del Excmo. Ayuntamiento de Écija, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


D. José Vicente Marí Bosó (núm. expte. 004/000139/0000).


- Abogado en ejercicio, sin prestar servicio a las administraciones públicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Juan Bravo Baena (núm. expte. 004/000140/0000).


- Delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Delegado del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en Ceuta, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma
conocimiento.


D. Juan Antonio Delgado Ramos (núm. expte. 004/000141/0000).


- Funcionario, Grupo C1, destinado en la Dirección General de la Guardia Civil, desde el 18 de noviembre de 2015 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Rodrigo Gómez García (núm. expte. 004/000142/0000).


- Abogado no ejerciente desde el 1 de enero de 2016. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Antonio Hurtado Zurera (núm. expte. 004/000143/0000).


- Funcionario de la Diputación de Córdoba, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Saúl Ramírez Freire (núm. expte. 004/000144/0000).


- Visitador médico en Lundbeck España, S.A., en excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D. José Ignacio Echániz Salgado (núm. expte. 004/000145/0000).


- Colaboraciones académicas de carácter extraordinario en universidades, universidades de verano, máster. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta
a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretario Nacional de Sanidad y Asuntos Sociales del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Escritor, derechos de autor, actividad de creación literaria, científica, artística o técnica y publicaciones derivadas de ellas, con carácter extraordinario, sólo percibiendo indemnización. Actividad compatible conforme al artículo
159.3.b) de la LOREG.


- Participación en conferencias, seminarios, coloquios y mesas redondas, con carácter extraordinario, sólo percibiendo indemnización. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración
del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Jurado de varios premios con carácter extraordinario, sólo percibiendo indemnización. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en
las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Colaboraciones en medios de comunicación, consejo de redacción, editoriales y científicos, con carácter extraordinario, sólo percibiendo indemnización. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Gloria Elizo Serrano (núm. expte. 004/000146/0000).


- Colaboraciones académicas de carácter extraordinario. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido
en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.



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- Presidencia de la Comisión de Garantías Democráticas estatal de Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicaciones de artículos, ponencias, libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Letrada del partido político Podemos; representante legal a efectos penales, civiles o electorales, sin retribución. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin
la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


- Participación ocasional en tertulias televisivas, conferencias y encuentros políticos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en
las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Antonio Pradas Torres (núm. expte. 004/000147/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Isidro Manuel Martínez Oblanca (núm. expte. 004/000148/0000).


- Excedencia desde junio de 2011 como trabajador de Cruz Roja de Gijón y de la mutua Asepeyo (Gijón). La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Patronato de la fundación 'Ágora de Ciudadanos', sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Carmen Valido Pérez (núm. expte. 004/000149/0000).


- Personal laboral indefinido de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural de Canarias-Consejería de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias, desde el 27 de junio de 2016 en situación de excedencia forzosa, percibiendo
los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María del Carmen Pita Cárdenes (núm. expte. 004/000150/0000).


- Funcionaria de la Administración de Justicia, desde el 27 de junio de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Jaime Eduardo de Olano Vela (núm. expte. 004/000151/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Viveiro (Lugo), sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Soraya Rodríguez Ramos (núm. expte. 004/000152/0000).


- Funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Medina del Campo, desde el 9 de abril de 2008 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Federal del PSOE, Presidenta del PSOE de Castilla-León y miembro del Comité Provincial del PSOE de Valladolid, sin retribución ni contraprestación económica alguna. Actividad compatible según criterio reiterado en
relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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- Participación en medios de comunicación, conferenciante en jornadas, cursos y seminarios realizados por instituciones, entidades, asociaciones, universidades, fundaciones centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir por
ello ningún tipo de remuneración económica o de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Irene María Montero Gil (núm. expte. 004/000153/0000).


- Realización de tesis doctoral en la Universidad Autónoma de Madrid. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Consejo Ciudadano Estatal y de su Consejo de Coordinación de Podemos. Coordinadora de la Oficina del Secretario General. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


- Publicación de artículos, libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación ocasional en tertulias televisivas, ponencias, conferencias y encuentros políticos, sectoriales o regionales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pedro José Muñoz González (núm. expte. 004/000154/0000).


- Alcalde del Ayuntamiento de Cebreros (Ávila), sin retribución. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Presidente de la Mancomunidad Pinares de Ávila, en su condición,de alcalde, sin percibir ningún tipo de remuneración. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible,
conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Abogado en procedimientos judiciales y asesoramiento jurídico a miembros o cargos del PSOE, sin retribución, minuta, ni contraprestación económica ni de cualquier otro tipo, por esas actuaciones. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Gerardo Camps Devesa (núm. expte. 004/000155/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Juan Luis Gordo Pérez (núm. expte. 004/000156/0000).


- Funcionario Grupo A1 Técnico de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. José Andrés Torres Mora (núm. expte. 004/000157/0000).


- Profesor Titular de Universidad, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica o de cualquier
otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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- Patrono de las Fundaciones 'Pablo Iglesias' y 'Ortega Marañón', sin retribución en ambos casos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Sebastián Franquis Vera (núm. expte. 004/000158/0000).


- Secretario General del PSC-PSOE de Las Palmas de Gran Canaria, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades
en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Tertulias en medios de comunicación, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pablo Manuel Iglesias Turrión (núm. expte. 004/000159/0000).


- Asistencia puntual a encuentros, charlas, talleres de carácter docente con o sin retribución; participación ocasional en actividades académicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales de forma irregular, participación ocasional en programas de televisión con o sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


- Presentador y director del programa televisivo Fort Apache por cuenta propia. Esta actividad le supone una dedicación a la semana de 2 horas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Óscar Clavell López (núm. expte. 004/000160/0000) (núm. expte. 004/000160/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de La Vall d'Uixó, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Profesor en el Colegio Concertado Obispo Pont de Vila-real (Castellón), en excedencia desde diciembre de 2015, sin percibir ninguna remuneración económica. La Comisión toma conocimiento.


D. Guillermo Antonio Meijón Couselo (núm. expte. 004/000161/0000).


- Funcionario de la Xunta de Galicia-Consellería de Educación-orientador escolar, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Javier Sánchez Serna (núm. expte. 004/000162/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Teófila Martínez Saiz (núm. expte. 004/000163/0000).


- Concejala del Ayuntamiento de Cádiz, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.



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- Miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª María José García-Pelayo Jurado (núm. expte. 004/000164/0000).


- Concejala en el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias.


- Abogada no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Rafael Catalá Polo (núm. expte. 004/000165/0000).


- Ministro de Justicia en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016, habiendo asumido el despacho del Ministerio de Fomento desde el 15 de abril de 2016. Nombramiento de Ministro de Justicia. Real Decreto 417/2016 de 3 de noviembre. Cargo
compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


D.ª María González Veracruz (núm. expte. 004/000166/0000) (núm. expte. 004/000166/0001).


- Secretaria de Ciencia, Participación y Política en Red de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE desde julio de 2014 hasta octubre de 2016, sin haber percibido ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. La Comisión
toma conocimiento.


- Colaboración en medios de comunicación, sin ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. David Serrada Pariente (núm. expte. 004/000167/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Jorge Fernández Díaz (núm. expte. 004/000168/0000).


- Ministro del Interior en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016, sólo percibiendo retribución por el cargo de Ministro/a. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Funcionario del Cuerpo Técnico Superior del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo-Inspección del Trabajo y Seguridad Social, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión
toma conocimiento.


- Vicesecretario del Patronato de la Fundación 'Antoni Serra Santamans', de carácter benéfico, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Luis Ábalos Meco (núm. expte. 004/000169/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Antonio González Terol (núm. expte. 004/000170/0000).


- Alcalde del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, sólo percibiendo dietas por asistencia a Plenos y otros órganos colegiados. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Sergio Pascual Peña (núm. expte. 004/000171/0000).


- Funcionario Grupo A. Ingeniero de Telecomunicaciones de la Junta de Andalucía, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª María Auxiliadora Honorato Chulián (núm. expte. 004/000172/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Superior de Gestión Administrativa de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Consejera andaluza en el Consejo Ciudadano Andaluz de Podemos, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Consejera estatal en el Consejo Estatal de Podemos y Secretaria de Acción Institucional y Políticas Anticorrupción, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


D. Antonio Gutiérrez Limones (núm. expte. 004/000173/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Ana Belén Terrón Berbel (núm. expte. 004/000174/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Pablo Bellido Acevedo (núm. expte. 004/000175/0000) (núm. expte. 004/000175/0001).


- Técnico-administrativo en el Partido Socialista de Castilla-La Mancha hasta el 25 de junio de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Soledad Pérez Domínguez (núm. expte. 004/000176/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Pilar Lucio Carrasco (núm. expte. 004/000177/0000) (núm. expte. 004/000177/0001).


- Miembro de la Ejecutiva Federal del PSOE, hasta octubre de 2016, sin haber percibido retribución ni contraprestación económica alguna. La Comisión toma conocimiento.


- Articulista y otras colaboraciones en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferenciante en jornadas, cursos y seminarios realizados por distintas instituciones, asociaciones, fundaciones y universidades sin percibir por ello retribución ni contraprestación económica. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Elvira Ramón Utrabo (núm. expte. 004/000178/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. José Manuel García-Margallo y Marfil (núm. expte. 004/000179/0000) (núm. expte. 004/000179/0001).


- Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Publicación de libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias y tertulias en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Jordi Xuclà i Costa (núm. expte. 004/000000180/0000).


- Producción literaria y publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación en tertulias en medios de comunicación públicos. Participación en mesas redondas, sólo percibiendo indemnización. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración
del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª lone Belarra Urteaga (núm. expte. 004/000181/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María del Mar Rominguera Salazar (núm. expte. 004/000182/0000).


- Secretaria General de la Agrupación Local del PSOE de Zamora, sin percibir remuneración o compensación de ningún tipo. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y
grupos parlamentarios.


D. José Alberto Herrero Bono (núm. expte. 004/000183/0000) (núm. expte. 004/000183/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Calanda, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


D. Manuel Monereo Pérez (núm. expte. 004/000184/0000) (núm. expte. 004/000184/0001).


- Pensión de jubilación suspendida con efectos del día 11 de julio de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Colaboración en medios de comunicación, conferencias y coloquios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Íñigo Errejón Galván (núm. expte. 004/000185/0000).


- Libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Asistencia puntual a conferencias,charlas,talleres de carácter docente, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales de forma irregular; participación ocasional en programas de televisión con o sin remuneración. Se autoriza
en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Nayua Miriam Alba Goveli (núm. expte. 004/000186/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Rosa Martínez Rodríguez (núm. expte. 004/000187/0000) (núm. expte. 004/000187/0001).


- Coportavoz de Equo. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Colaboración en medios de comunicación; ponente en cursos, seminarios y conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en
las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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- Conferencia: 'La crisis ecológica'. Curso: 'Los Límites del Planeta', percibiendo compensación de fundación privada. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Eduardo Javier Maura Zorita (núm. expte. 004/000188/0000).


- Profesor Ayudante Doctor en la Universidad Complutense de Madrid, desde el 11 de junio de 2016 en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos de postgrado en Universidades Públicas y Privadas (sin dirección de servicios). Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretaría Política de Podemos Euskadi y Consejo Ciudadano Estatal de Podemos, sin sueldo. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Conferencias y participación en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Carmen Navarro Lacoba (núm. expte. 004/000191/0000) (núm. expte. 004/000191/0001) (núm. expte. 004/000191/0002).


- Asesora Jurídica en la Diputación Provincial de Albacete, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Jesús Serrano Jiménez (núm. expte. 004/000192/0000).


- Personal laboral (Técnico) de la Mancomunidad de Municipios de Guadajoz y Campiña Este, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Josefa Inmaculada González Bayo (núm. expte. 004/000193/0000).


- Ingeniera Técnica Agrícola del Ayuntamiento de Cartaya, personal laboral indefinida, en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Carmen Rocío Cuello Pérez (núm. expte. 004/000194/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Isabel Franco Carmona (núm. expte. 004/000195/0000).


- Conferencias, encuentros públicos, académicos, sectoriales o regionales y participación ocasional en programas de televisión con o sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan Antonio López de Uralde Garmendia (núm. expte. 004/000196/0000).


- Propietario de Central solar fotovoltaica de 2,5 kW. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del articulo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación esporádica en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder



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incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Ignacio Sánchez Amor (núm. expte. 004/000197/0000).


- Funcionario de la Junta de Extremadura, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones de libros y artículos académicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Miembro del Conselho Geral del Instituto Politécnico de Portalegre (Portugal) sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, cursos y participación esporádica en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Sonia Ferrer Tesoro (núm. expte. 004/000198/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Javier Antón Cacho (núm. expte. 004/000199/0000) (núm. expte. 004/000199/0001).


- Concejal Delegado de Medioambiente y Sostenibilidad Urbana del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Soria, en situación de renuncia desde el 17 de noviembre de 2016, sin haber recibido ninguna percepción. La Comisión toma
conocimiento.


- Secretario de Organización Provincial del PSOE de Soria, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Técnico de programas educativos de Cruz Roja Española en excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ana Isabel Alós López (núm. expte. 004/000200/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Cristóbal Ricardo Montoro Romero (núm. expte. 004/000201/0000) (núm. expte. 004/000201/0001).


- Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas con fecha 3 de noviembre (Real Decreto 417/2016). Cargo compatible con el de Diputado/a
conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Catedrático de Universidad, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Vicente Ten Oliver (núm. expte. 004/000202/0000).


- Técnico de Hacienda del Estado, desde el 20 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Odón Elorza González (núm. expte. 004/000204/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D. Miguel Barrachina Ros (núm. expte. 004/000205/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Segorbe, sólo percibiendo indemnización por asistencia, que dona en su integridad. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Dado de alta en Régimen Agrario, aún sin rentas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Ricardo Sixto Iglesias (núm. expte. 004/000206/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Ángel Luis González Muñoz (núm. expte. 004/000207/0000).


- Concejal y Portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de Antequera, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se
menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Coordinador territorial del Partido Popular Nacional. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Fernando Maura Barandiarán (núm. expte. 004/000208/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª Belén Hoyo Juliá (núm. expte. 004/000209/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. Íñigo Jesús Alli Martínez (núm. expte. 004/000210/0000).


- Socio fundador con el 50 % de la Sociedad Síndrome Up, consultoría en responsabilidad social corporativa e innovación social. Sociedad que no percibe ningún tipo de subvención pública ni trabaja para ninguna Administración Pública. Ha
renunciado a los derechos económicos que genere dicha Sociedad durante el ejercicio de su responsabilidad pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Lourdes Ciuró i Buldó (núm. expte. 004/000211/0000).


- Colaboraciones en medios de comunicación y otros foros de debate. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Ricardo Tarno Blanco (núm. expte. 004/000212/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


D. Ramón Moreno Bustos (núm. expte. 004/000213/0000).


- Coordinador territorial nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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- Conferencias y tertulias de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan Ignacio Zoido Álvarez (núm. expte. 004/000214/0000) (núm. expte. 004/000214/0001).


- Ministro del Interior. Real Decreto 417/2016 de 3 de noviembre. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Concejal del Ayuntamiento de Sevilla, desde el 3 de noviembre de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Magistrado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Antonio Ramón María Trevín Lombán (núm. expte. 004/000215/0000).


- Funcionario del Cuerpo de Maestros de Educación Primaria (Consejería de Educación y Cultura) Gobierno del Principado de Asturias, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma
conocimiento.


- Pensión de viudedad. Percepción compatible con el artículo 158.2 de la LOREG, según criterio reiterado de la Comisión desde su dictamen de 11 de noviembre de 1993.


D.ª Míriam Nogueras i Camero (núm. expte. 004/000216/0000) (núm. expte. 004/000216/0001).


- Concejala del Ayuntamiento de Cardedeu, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Socia de Bonclasif, S.L., sector textil, fabricación y comercialización de hilos de coser, sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Rosana Pastor Muñoz (núm. expte. 004/000217/0000).


- Publicación de artículos, libros o ponencias. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación puntual, de forma retribuida o no, en largometrajes, cortometrajes, documentales, obras audiovisuales, obras teatrales, lecturas dramatizadas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad
de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, actos culturales, actos académicos, cursos o seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Actriz y directora teatral o audiovisual. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Rita Gertrudis Bosaho Gori (núm. expte. 004/000218/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.



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D.ª Marta Sorlí Fresquet (núm. expte. 004/000219/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. Ignasi Candela Serna (núm. expte. 004/000220/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª María del Carmen Dueñas Martínez (núm. expte. 004/000221/0000).


- Asesora jurídica (personal laboral) del Centro de la Mujer adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ángela Ballester Muñoz (núm. expte. 004/000222/0000).


- Miembro del Consejo Ciudadano, Secretaria de Coordinación Ejecutiva del Consejo de Coordinación de Podemos. Miembro del Consejo Ciudadano de la Comunidad Valenciana. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los
cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicación de libros y artículos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación en cursos universitarios, tertulias televisivas, ponencias, conferencias, encuentros políticos, académicos o sociales de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2. ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Observadora Electoral en organismos internacionales y misiones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Ana María Madrazo Díaz (núm. expte. 004/000223/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Técnico de la AEAT, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación con carácter esporádico en charlas, tertulias radiofónicas y televisivas, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración
del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Enric Bataller i Ruiz (núm. expte. 004/000224/0000) (núm. expte. 004/000224/0001).


- Profesor asociado al Departamento de Derecho Civil de la Universidad de Valencia, desde el 31 de agosto de 2016 en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


- Publicación periódica de libros y artículos científicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferenciante ocasional en universidades y otras instituciones académicas, actividad por la que suele percibir remuneraciones y compensaciones por gastos de desplazamiento. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG,
sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de
la LOREG.


D. Joan Baldoví Roda (núm. expte. 004/000225/0000) (núm. expte. 004/000225/0001).


- Maestro de la Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.



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D. Miguel Vila Gómez (núm. expte. 004/000226/0000).


- Participación en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Águeda Reynés Calvache (núm. expte. 004/000227/0000).


- Concejala, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Mahón, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Teresa Palmer Tous (núm. expte. 004/000228/0000) (núm. expte. 004/000228/0001).


- Delegada del Gobierno en las Islas Baleares, desde el 20 de mayo de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Titular de Universidad. Facultad de Economía y Empresa. Universidad de Illes Balears, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Mikel Legarda Uriarte (núm. expte. 004/000230/0000).


- Funcionario de Carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Joseba Andoni Agirretxea Urresti (núm. expte. 004/000231/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Altor Esteban Bravo (núm. expte. 004/000232/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Íñigo Barandiaran Benito (núm. expte. 004/000233/0000) (núm. expte. 004/000233/0001).


- Letrado del Ayuntamiento de San Sebastián, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor-Tutor del centro asociado de la UNED de Bergara, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Amparo Botejara Sanz (núm. expte. 004/000234/0000).


- Funcionaria de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura (médico de familia), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesora asociada de la Facultad de Medicina de la Universidad de Extremadura, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ana María Botella Gómez (núm. expte. 004/000236/0000).


- Contratada laboral indefinida en el Instituto Valenciano de competitividad empresarial (IVACE) , en situación de excedencia forzosa, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria de Sectores Productivos y Empleo de la Comisión Ejecutiva Nacional del PSPV-PSOE, sin percibir por ello retribución alguna. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.



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D.ª Susana López Ares (núm. expte. 004/000237/0000).


- Profesora Titular de la Universidad de Oviedo, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Manuel Gabriel González Ramos (núm. expte. 004/000238/0000).


- Funcionario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Jesús María Fernández Díaz (núm. expte. 004/000239/0000).


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Postgrado españoles e internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase.
Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Ángel Bustamante Martín (núm. expte. 004/000240/0000).


- Funcionario de la Junta de Andalucía (maestro), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios y sexenios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Eva García Sempere (núm. expte. 004/000241/0000) (núm. expte. 004/000241/0001).


- Gerente Empresa Pública Rivamadrid (renuncia a percepción desde 16 de junio a 18 de julio), desde el 18 de julio de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Con fecha 3 de noviembre de 2016, comunica no realizar publicaciones ni derechos a editoriales. La Comisión toma conocimiento.


- Con fecha 3 de noviembre de 2016, comunica no participar en conferencias ni proyectos en universidades. La Comisión toma conocimiento.


D. Alberto Garzón Espinosa (núm. expte. 004/000242/0000) (núm. expte. 004/000242/0001).


- Con fecha 3 de noviembre de 2016, comunica que no va a dirigir proyectos de investigación. La Comisión toma conocimiento.


- Elaboración y publicación de libros y artículos de revistas con derechos editoriales. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación de carácter privado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias en universidad, puntualmente. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Isabel Salud Areste (núm. expte. 004/000243/0000) (núm. expte. 004/000243/0001).


- Funcionaria del Ayuntamiento de Eibar (Gipuzkoa), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Cese con fecha 17 de julio de 2016 de su contrato en el Partido Político Ezker Anitza-IU. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª Irene Rivera Andrés (núm. expte. 004/000244/0000).


- Jefa de Patrulla de helicópteros de Málaga-Dirección General de Tráfico-Ministerio del Interior, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Curso en el UMA, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D. Juan Carlos Vera Pró (núm. expte. 004/000245/0000).


- Coordinador de organización del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Isabel Rodríguez García (núm. expte. 004/000246/0000).


- Secretaria General de la Agrupación Local del PSOE de Puertollano (Ciudad Real), sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica o de cualquier clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y
actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Posgrados españoles e internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Félix Alonso Cantorné (núm. expte. 004/000247/0000).


- Alcalde de Altafulla, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Miembro de la Federación de municipios de Catalunya, en su condición de alcalde, sólo percibiendo gastos de desplazamiento. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad
compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Periodista del Diario Sport 'Edecasa', en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Yolanda Díaz Pérez (núm. expte. 004/000248/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª Sònia Farré Fidalgo (núm. expte. 004/000249/0000).


- Trabajadora eventual del Congreso de los Diputados del 2 de febrero al 30 de junio (solicitado ya el cese). La Comisión toma conocimiento.


- Profesora de Secundaria en el Ateneu Instructiu (centro concertado) en excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Meritxell Batet Lamaña (núm. expte. 004/000250/0000) (núm. expte. 004/000250/0001).


- Docencia en la Universidad Pompeu Fabra, sin remuneración ni compensación. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias,
según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretaria de Estudios y Programas de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE hasta octubre de 2016 sin haber percibido remuneración ni compensación. La Comisión toma conocimiento.



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- Secretaria de Impulso Federal de la Comisión Ejecutiva del PSC desde noviembre de 2016, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con
los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Artículos o participación en publicaciones académicas, sin remuneración ni compensación. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Miembro del Patronato de las Fundaciones Rafael Campalans y Pablo Iglesias, sin remuneración, ni compensación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y
sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencia y tertulias u otra clase de programas en medios de comunicación, sin remuneración ni compensación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público
y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Josep Vendrell Gardeñes (núm. expte. 004/000251/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª María Mercè Perea i Conillas (núm. expte. 004/000252/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat hasta el 28 de junio de 2016, sin percibir ningún tipo de remuneración. La Comisión toma conocimiento.


- Administración del Patrimonio Familiar Perea i Conillas, CB, y Avperme, CB, ambas en liquidación y sin facultades de administración. Actividad compatible según el artículo 159.3.a) de la LOREG.


D. Joan Mena Arca (núm. expte. 004/000253/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. José María Chiquillo Barber (núm. expte. 004/000254/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. Joaquín Albaladejo Martínez (núm. expte. 004/000255/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª Aina Vidal Sáez (núm. expte. 004/000256/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. Rafael Mayoral Perales (núm. expte. 004/000257/0000).


- Miembro del Patronato del 'Instituto 25 de Mayo', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir
en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales de forma irregular, participación ocasional en programas de televisión con o sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin



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poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogado no ejerciente. Manifiesta la posibilidad de realizar actividad de la abogacía de forma esporádica, modificando el régimen actual de no ejerciente a ejerciente. De hacerlo, será por cuenta propia. La Comisión toma conocimiento y
le comunica que si quiere desarrollar la actividad deberá formular la correspondiente declaración de actividad.


D.ª Carolina Bescansa Hernández (núm. expte. 004/000258/0000).


- Profesor Docente Investigador de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología en la Universidad Complutense de Madrid, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- De forma ocasional, retribuida o no, desarrollo de actividades docentes en diferentes instituciones como impartición de cursos, conferencias y otras actividades académicas. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre
que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicación de artículos y libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Elaboración de estudios e investigaciones sociológicas de distinta naturaleza: Actividad por cuenta propia desarrollada en los últimos años al amparo del artículo 82 de la LOU, mediante contratos de investigación y/o consultoría. Dicha
actividad no guarda relación con ningún servicio público docente, ni existe relación con la Administración Pública. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales de forma irregular, participación ocasional en programas de televisión con o sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Antonio Hernando Vera (núm. expte. 004/000259/0000).


- Miembro del Patronato de la Fundación Pablo Iglesias desde el 5 de febrero de 2010, sin percibir por ello ningún otro tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación, cursos y conferencias impartidos por organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se
autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Lídia Guinart Moreno (núm. expte. 004/000260/0000).


- Producción y creación literaria así como publicaciones derivadas de ella. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos y jornadas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedícación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Manuel Cruz Rodríguez (núm. expte. 004/000261/0000).


- Catedrático de Filosofía de la Universidad de Barcelona, desde el 18 de julio de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Creación literaria. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.



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- Colaboraciones en medios de comunicación, conferencias y asesoramiento editorial. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Marc Lamuà Estañol (núm. expte. 004/000262/0000) (núm. expte. 004/000262/0001).


- Cursos y ciclos formativos, impartidos por centros públicos y privados. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias,
según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Joan Ruiz i Carbonell (núm. expte. 004/000263/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. José Zaragoza Alonso (núm. expte. 004/000264/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª María del Mar García Puig (núm. expte. 004/000265/0000).


- Editora en la Editorial Seix Barral, Grupo Planeta en excedencia desde enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Jaume Moya Matas (núm. expte. 004/000266/0000).


- Procurador de los tribunales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Actividades de guía intérprete, prestación, de servicios culturales y organización de eventos, prestadas por cuenta propia, con dedicación esporádica, y en ningún caso, contratada por ninguna administración pública. Se autoriza en los
términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Raimundo Viejo Viñas (núm. expte. 004/000267/0000).


- Socio de Artefakte, SCP (Sociedad Civil Particular), al 50 %. Tiene por objeto la edición de libros, la organización de ciclos formativos. La única relación mantenida con el sector público ha sido la edición del libro 'Vidas dañadas', a
cargo de un proyecto de investigación de la Universidad Pompeu Fabra y no ha recibido jamás, subvención alguna. Ha sido disuelta recientemente a raíz del cambio del propio marco legislativo que regulaba las Sociedades Civiles Particulares. La
Comisión toma conocimiento.


D.ª Marta Sibina Camps (núm. expte. 004/000268/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D. Francesc Xavier Domènech Sampere (núm. expte. 004/000269/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.



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D.ª Pilar Cancela Rodríguez (núm. expte. 004/000270/0000).


- Funcionaria de carrera, Grupo A, del Cuerpo Superior de la Administración General de la Xunta de Galicia, desde el 4 de enero de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma
conocimiento.


- Presidenta de la Gestora del Partido Socialista de Galicia sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en
los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Lucía Martín González (núm. expte. 004/000271/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. José Juan Díaz Trillo (núm. expte. 004/000272/0000).


- Profesor de Educación Secundaria y coordinador de publicaciones. Funcionario público en la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios y sexenios. La Comisión toma conocimiento.


- Eventualmente, publicaciones literarias y colaboraciones periodísticas. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias y colaboraciones periódicas en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Tania Sánchez Melero (núm. expte. 004/000273/0000) (núm. expte. 004/000273/0001).


- Actividades formativas, puntuales, y a tiempo parcial. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Colaboración en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Actividades editoriales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Sofía Fernández Castañón (núm. expte. 004/000274/0000).


- Administradora de la productora audiovisual Señor Paraguas, S.L., ubicada en Xixón (Asturias) fundada en 2006. Actualmente no tiene actividad como trabajadora en dicha productora aunque continúa como socia solidaria de la misma. No
percibe ninguna subvención de carácter no reglado ni tiene vinculación alguna con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir
en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en encuentros literarios, recitales de poesía, presentaciones coloquios de trabajos audiovisuales, sólo percibiendo indemnizaciones y dietas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad
de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª Elena Faba de la Encarnación (núm. expte. 004/000275/0000).


- Administradora única de la mercantil 'Deimos Informática y Servicios S.L.'; Administradora única de la mercantil 'Minoritaria, S.L.' (inactiva); Administradora solidaria de la mercantil 'Edu Calis, S.L.' (inactiva); Administradora única
de la mercantil 'DTV Comunicación y Estrategia Digital'. Dichas mercantiles se dedican a la informática, telecomunicaciones y ofimática; asesoramiento informático, audiovisual o telemático en general. Relaciones públicas, comunicación, marketing.
Servicios empresariales. Asesoramiento estratégico en comunicación y marketing digital de última generación. Implantación y explotación de canales de televisión por Internet. Formación, selección de personal y asesoría en recursos humanos.
Economía Social. Ninguna de estas mercantiles presta servicios a la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidenta de la Asociación Minoritaria, sin percibir ningún de remuneración, salvo reembolso por los gastos realizados en el desempeño de sus funciones. Dicha asociación es sin ánimo de lucro y se dedica al apoyo, formación, promoción,
divulgación y sensibilización sobre las más de 7.500 enfermedades minoritarias existentes que afectan a tres millones de personas en España. Promueve e impulsa el desarrollo de proyectos para los afectados, sus familiares y personal
profesional/sanitario vinculado a las mismas. No tiene relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidenta del Círculo de Mujeres de Negocios, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo reembolso por los gastos realizados en el desempeño de sus funciones. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


- Participación en tertulias u otros programas en medios públicos de TV o radiodifusión, sin remuneración. Participación en tertulias y programas privados de internet TV o radio, sin remuneración salvo gastos de desplazamiento. Se autoriza
en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Miriam Alconchel Gonzaga (núm. expte. 004/000276/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María del Rocío De Frutos Madrazo (núm. expte. 004/000277/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Gregorio Cámara Villar (núm. expte. 004/000278/0000).


- Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario de Ideas de la Ejecutiva provincial del PSOE de Granada, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y
actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Miembro del Patronato de la Fundación Alfonso Perales, de la Fundación Peter Häberle y de la Fundación Cives, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar



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el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Cursos y conferencias impartidos por universidades y centros de postgrado de ámbito nacional e internacional, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Carmelo Romero Hernández (núm. expte. 004/000279/0000).


- Alcalde de Palos de la Frontera (Huelva), sólo percibiendo dietas por asistencia a los órganos de gobierno. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Rosa Ana Alonso Clusa (núm. expte. 004/000280/0000).


- Funcionaria interina del Cuerpo de Maestros, en situación de cese por cargo político. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación en tertulias, debates o similar en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Ramón García Cañal (núm. expte. 004/000281/0000).


- Delegado en Asturias de la empresa pública TRAGSA, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Francisco Martínez Vázquez (núm. expte. 004/000282/0000) (núm. expte. 004/000282/0001).


- Secretario de Estado de Seguridad. Cese, según Real Decreto 495/2016 de 18 de noviembre. La Comisión toma conocimiento.


- Funcionario del Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias y cursos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Ejercicio de la abogacía, sin relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Artemi Rallo Lombarte (núm. expte. 004/000283/0000) (núm. expte. 004/000283/0001).


- Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Jaume I de Castellón, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos, conferencias, ponencias o clases impartidos en centros docentes o de investigación, públicos y privados, sin vinculación contractual permanente. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio
no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Libros, trabajos científicos o materiales docentes publicados o de futura publicación, con derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.



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- Colaboraciones en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Adriana Lastra Fernández (núm. expte. 004/000284/0000) (núm. expte. 004/000284/0001).


- Secretaria de Política Municipal de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE hasta octubre de 2016, sin haber percibido ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante, sin ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Soraya Sáenz de Santamaría Antón (núm. expte. 004/000285/0000) (núm. expte. 004/000285/0001).


- Vicepresidenta, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016. Vicepresidenta y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales con fecha 3 de noviembre (Reales
Decretos 416/2016 y 417/2016). Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Patrono de la Fundación Carolina. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


- Patrono de la Fundación Centro para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera lo dispuesto en el artículo
157.3 de la LOREG.


- Presidenta de la Comisión Nacional IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera lo dispuesto en el
artículo 157.3 de la LOREG.


- Presidenta del Patronato Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera
lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


- Presidenta de la Comisión Interinstitucional Conmemoración VIII Centenario de la creación de la Universidad de Salamanca. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya
que no vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


- Funcionaria de la Abogacía General del Estado (Ministerio de Justicia), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro Junta Directiva y del Comité Ejecutivo Nacional Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Tertulias, conferencias, cursos y debates de forma eventual, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Luis Ayllón Manso (núm. expte. 004/000286/0000).


- Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes-Ministerio de la Presidencia. Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara.


- Vocal Junta de Gobierno Consorcio del Teatro del Liceo. Cargo anejo a la condición de Secretario de Estado.


- Patrono Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas públicas (FIIAPP). Cargo anejo a la condición de Secretario de Estado.



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- Presidente Consorcio para la Conmemoración del II Centenario de la Constitución de 1812. Cargo anejo a la condición de Secretario de Estado.


- Participación eventual en cursos, seminarios, conferencias y tertulias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Álvaro María Nadal Belda (núm. expte. 004/000287/0000) (núm. expte. 004/000287/0001).


- Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital. Real Decreto 417/2016 de 3 de noviembre. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Director de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno (Secretario de Estado), desde el 02 de noviembre de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Técnico Comercial y Economista del Estado, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones de artículos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Cursos de formación, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Aurora Flórez Rodríguez (núm. expte. 004/000288/0000).


- Funcionaria de Carrera -Profesora de Enseñanza Secundaria, Grupo A1- Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Antonio Cantó García del Moral (núm. expte. 004/000289/0000).


- Actor, contrato de trabajo para una serie de televisión. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Sergio Del Campo Estaún (núm. expte. 004/000290/0000).


- Funcionario de Carrera de la Administración General del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Dolores De Cospedal García (núm. expte. 004/000291/0000) (núm. expte. 004/000291/0001).


- Ministra de Defensa. Real Decreto 417/2016 de 3 de noviembre. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Abogacía General del Estado-Ministerio de Justicia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria General del Partido Popular, Presidenta del partido Popular de Castilla-la Mancha, sin percibir retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y
grupos parlamentarios.


- Vicepresidenta Patronato Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES) hasta nombramiento de nuevo Patronato. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Óscar Gamazo Micó (núm. expte. 004/000292/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Potries (Valencia), sin percibir ningún tipo de remuneración ni indemnización por asistencia Plenos y/o Comisiones Informativas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.



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- Eventual adscrito a la Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia, desde el 13 de julio de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones, con derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


D. Rafael Merino López (núm. expte. 004/000293/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Ferran Bel Accensi (núm. expte. 004/000294/0000).


- Alcalde del Ayuntamiento de Tortosa, sin dedicación exclusiva, sólo percibiendo dietas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Profesor asociado de la Universitat Rovira i Virgili. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido
en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D. Miguel Lorenzo Torres (núm. expte. 004/000295/0000) (núm. expte. 004/000295/0001).


- Concejal electo por el Ayuntamiento de A Coruña, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Profesor asociado en la Escuela Universitaria de Relaciones laborales adscrita a la Universidad de A Coruña, en excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Teresa Angulo Romero (núm. expte. 004/000296/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Luz Martínez Seijo (núm. expte. 004/000297/0000).


- Funcionaria de carrera del cuerpo de Profesores de Educación Secundaria de la Junta de Castilla-León, desde el 04 de enero de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma
conocimiento.


D.ª María Teresa Arévalo Caraballo (núm. expte. 004/000298/0000).


- Cese como personal eventual (asistente del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea). La Comisión toma conocimiento.


D. Diego Cañamero Valle (núm. expte. 004/000299/0000) (núm. expte. 004/000299/0001).


- Solicitud de baja del subsidio REASS con fecha 15 de julio. La Comisión toma conocimiento.


- Recogida de aceitunas y otros cultivos para empresas, sin relación con el sector público y particulares de carácter privado, por un periodo de quince días al año. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D.ª Ester Capella i Farré (núm. expte. 004/000300/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D.ª Tristana María Moraleja Gómez (núm. expte. 004/000301/0000).


- Concejala en el Ayuntamiento de Oleiros (A Coruña), sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria de la Xunta de Galicia (Grupo A), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. José Ignacio Prendes Prendes (núm. expte. 004/000302/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Esther Peña Camarero (núm. expte. 004/000303/0000).


- Secretaria General del Partido Socialista Obrero Español en Burgos, desde febrero de 2015, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación
con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Pere Joan Pons Sampietro (núm. expte. 004/000304/0000).


- Secretario de Ideas, Programas y Formación del Partido Socialista Obrero Español en las Illes Balears, desde febrero de 2012, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Actividad compatible
según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Presidente de la Fundación Gabriel Alomar, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración
del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Colaborador honorífico en cursos de cooperación internacional y ayuda al desarrollo, organizados por la Universidad de les Illes Balears. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del articulo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Sofía Hernanz Costa (núm. expte. 004/000305/0000).


- Funcionaria en el Ayuntamiento de Ibiza, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados en universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir, por ello, ningún tipo de remuneración económica o de cualquier
otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta
a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Juana Amalia Rodríguez Hernández (núm. expte. 004/000306/0000).


- Funcionaria de la Junta de Andalucía, Cuerpo de Administradores Generales, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Carlos Rojas García (núm. expte. 004/000307/0000).


- Accionista con participación minoritaria y sin cargo de gestión en Agrícola Roga, S.L., cuyo objeto social es la producción agrícola de productos tropicales y hortalizas. Esta sociedad no contrata con el sector público, ni recibe
subvenciones no regladas. Actividad que no requiere dictamen de la Comisión al constituir un mero activo patrimonial.



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D. Pablo Casado Blanco (núm. expte. 004/000309/0000).


- Vicesecretario General de Comunicación del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Artículos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Non-resident Fellow, Center for Transatlatic Relations, Johns Hopkins University (Miembro Honorario sin relación contractual). Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogado y economista colegiado no ejerciente. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos, ponencias y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pablo Bustinduy Amador (núm. expte. 004/000310/0000).


- Miembro electo del Consejo Ciudadano Estatal de la formación política Podemos, donde desempeña la función de Secretario de Relaciones Internacionales. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades
en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicación de artículos y libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Ocasionalmente, de forma retribuida o no, participación en tertulias televisivas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Ponencias o actividades similares y puntuales académicas o a través de medios de comunicación; conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales, de forma irregular. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Antonio Bermúdez de Castro Fernández (núm. expte. 004/000311/0000).


- Portavoz sustituto y Secretario General del Grupo Parlamentario del Partido Popular (en funciones). Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Conferencias, mesas redondas o análogas en cursos o universidades de verano de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Jorge Moragas Sánchez (núm. expte. 004/000312/0000).


- Director de Gabinete de la Presidencia del Gobierno (categoría de Secretario de Estado). Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara.


- Secretario del Consejo de Seguridad Nacional, en su condición de Secretario de Estado. Cargo anejo a la condición de Secretario de Estado.


- Miembro de la Carrera Diplomática, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Miembro del Comité Ejecutivo Regional del Partido Popular de Cataluña. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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D.ª Susana Sumelzo Jordán (núm. expte. 004/000313/0000) (núm. expte. 004/000313/0001).


- Miembro de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, como Secretaria de Administraciones Públicas, desde el 26 de julio de 2014 hasta octubre de 2016, sin haber percibido por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra
clase. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Sandra Moneo Díez (núm. expte. 004/000314/0000).


- Secretaria de Educación e Igualdad del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Seminarios y conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Txema Guijarro García (núm. expte. 004/000315/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Isabel García Tejerina (núm. expte. 004/000316/0000) (núm. expte. 004/000316/0001).


- Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016. Ministra de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Real Decreto 417/2016 de 3 de noviembre. Cargo compatible con el de
Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Titular de planta fotovoltaica. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Fátima Báñez García (núm. expte. 004/000317/0000).


- Ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones hasta el 2 de noviembre de 2016. Asume el despacho ordinario del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad desde el 16 de agosto. Ministra de Empleo y Seguridad Social desde
el 3 de noviembre (Real Decreto 417/2016). Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


D. José David Carracedo Verde (núm. expte. 004/000318/0000) (núm. expte. 004/000318/0001).


- Con fecha 3 de noviembre de 2016, comunica que las clases que impartía en la Universidad del País Vasco, terminaron en el 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Con fecha 3 de noviembre de 2016, comunica que el puesto de asistente al grupo juntero de Podemos en las Juntas Generales de Guipúzcoa fue del 1 de julio al 4 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Observador Electoral Internacional. Aclara que es una actividad voluntaria y esporádica, de corta duración (seis-siete días, excepcionalmente, trece). No se percibe sueldo sólo dietas por desplazamiento, pernoctar y alimentación. Se
autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Guillermo Mariscal Anaya (núm. expte. 004/000319/0000).


- Conferenciante ocasional y colaborador en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogado no ejerciente. La Comisión toma conocimiento.


D. Ramón Aguirre Rodríguez (núm. expte. 004/000320/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Gonzalo Palacín Guarné (núm. expte. 004/000321/0000).


- Concejal y Portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Monzón, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos, comisiones, juntas de gobierno y de portavoces. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre
que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D.ª María Tamara Raya Rodríguez (núm. expte. 004/000322/0000).


- Concejala en el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Eduardo Santos Itoiz (núm. expte. 004/000323/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Joaquín María García Díez (núm. expte. 004/000324/0000).


- Funcionario de la Diputación Provincial de Lugo, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Asunción Jacoba Pía De la Concha García-Mauriño (núm. expte. 004/000325/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Dolores Galovart Carrera (núm. expte. 004/000326/0000).


- Magistrada-Juez del Juzgado de Familia núm. 12 de Vigo, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Segundo González García (núm. expte. 004/000327/0000).


- Coordinador del Área de Finanzas y Transparencia en Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Artículos académicos y periodísticos de forma ocasional. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación ocasional en foros y conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Alberto Rodríguez Rodríguez (núm. expte. 004/000328/0000) (núm. expte. 004/000328/0001).


- Publicación de artículos en diferentes medios, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.



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- Participación en tertulias y similares en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y
sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Obrero industrial, operador de refinería de petróleo (CEPSA), en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Sara Carreño Valero (núm. expte. 004/000329/0000) (núm. expte. 004/000329/0001).


- Excedencia en empresa privada desde el 8 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado, sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan Jiménez Tortosa (núm. expte. 004/000330/0000) (núm. expte. 004/000330/0001).


- Profesor de Educación Secundaria, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro de la Comisión Ejecutiva Provincial del PSOE de Almería. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Joan Tardà i Coma (núm. expte. 004/000331/0000).


- Catedrático de Enseñanza Secundaria de la Generalitat de Catalunya, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias y artículos, sin retribución. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Jordi Salvador i Duch (núm. expte. 004/000332/0000).


- Profesor en la escuela Sagrat Cor de Tarragona (empresa: Fundació Vedruna Sagrat Cort-G43643477), desde el 13 de enero de 2016 en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D. Gabriel Rufián Romero (núm. expte. 004/000333/0000).


- Conferencias y participación en programas de radio y televisión percibiendo en algunas ocasiones compensación por los gastos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Joan Olòriz Serra (núm. expte. 004/000334/0000).


- Artículos, sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, Congresos, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Teresa Jordà i Roura (núm. expte. 004/000335/0000).


- No declara ningún cargo ni actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.



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D. Joan Capdevila i Esteve (núm. expte. 004/000336/0000).


- Accionista (socio no laboral) de C.V. Capdevila, S.L.. Actividad que no requiere dictamen de la Comisión al constituir un mero activo patrimonial.


D. Francesc Xavier Eritja Ciuró (núm. expte. 004/000337/0000) (núm. expte. 004/000337/0001).


- Administrativo en la empresa pública Catsalut (Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya), desde el 13 de enero de 2016 en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ana Marcello Santos (núm. expte. 004/000338/0000).


- Conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales, regionales de forma irregular y participación ocasional en programas de televisión con o sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Juan Carlos Girauta Vidal (núm. expte. 004/000339/0000) (núm. expte. 004/000339/0001).


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Colaboración con medios de comunicación; conferencias y coloquios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Melisa Rodríguez Hernández (núm. expte. 004/000340/0000) (núm. expte. 004/000340/0001).


- Diseñadora de joyas para la sociedad Lepa Punga, S.L. (Sociedad de la cual es propietaria mayoritaria de sus acciones), sin relación con la Administración Pública, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Marian Beitialarrangoitia Lizarralde (núm. expte. 004/000341/0000).


- Acude periódicamente (una o dos veces al mes) a tertulias en EITB por las que le abonan cantidades en concepto de gastos de desplazamiento. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Oskar Matute García de Jalón (núm. expte. 004/000342/0000).


- Parlamentario en el Parlamento Vasco, con cese desde el 15 de julio de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Antonio Gómez-Reino Varela (núm. expte. 004/000343/0000).


- Inspector del LIGAL (Laboratorio Interprofesional Gallego de Análisis de Leche). Asociación sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, cuya actividad finalizó en octubre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Miguel Anxo Elías Fernández Bello (núm. expte. 004/000344/0000).


- Escritor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Colaborador en medios de comunicación y conferenciante. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª Alexandra Fernández Gómez (núm. expte. 004/000345/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Ángela Rodríguez Martínez (núm. expte. 004/000346/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Antoni Postius Terrado (núm. expte. 004/000348/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Lleida, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


D.ª Ana María Surra Spadea (núm. expte. 004/000349/0000) (núm. expte. 004/000349/0001) (núm. expte. 004/000349/0002) (núm. expte. 004/000349/0003).


- Con fecha 19 de octubre de 2016 comunica haber cursado al Banco de Previsión Social de Uruguay orden de suspensión de la percepción de la pensión de jubilación que venía percibiendo. Con fecha 2 de febrero de 2017 el Instituto de
Seguridad Social (BPS) de Montevideo (Uruguay) comunica haber accedido a la petición administrativa y disponer la suspensión en el pago de dicha jubilación. La Comisión toma conocimiento.


D. Pedro Quevedo Iturbe (núm. expte. 004/000350/0000).


- Concejal en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Personal estatutario del Servicio Canario de Salud, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Ciprià Císcar Casabán (núm. expte. 004/000351/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Víctor Valentín Píriz Maya (núm. expte. 004/000352/0000) (núm. expte. 004/000352/0001).


- Excedencia forzosa por cargo público en la Fundación pública Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor asociado a tiempo parcial en la Universidad de Extremadura, sin investigación, sólo docencia. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta
a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D. Ricardo Cortés Lastra (núm. expte. 004/000353/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Sandra Julià Julià (núm. expte. 004/000354/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Moncofa, sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Subdelegado Territorial en C'S Ciudadanos hasta el 17 de octubre de 2016. La Comisión toma conocimiento.



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- Administrativo en oficina BBVA de Oropesa hasta el 10 de julio de 2016 y en Moncofa LTD, Edimburgo hasta el 14 de octubre de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Javier Maroto Aranzábal (núm. expte. 004/000355/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Victoria, en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Vicesecretario Nacional de Acción Sectorial del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Carlota Merchán Mesón (núm. expte. 004/000356/0000).


- Concejala del Ayuntamiento de Madrid, percibiendo dietas por asistencia a los plenos. Manifiesta que ha presentado carta de renuncia a dicho cargo. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio
no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Tomás Javier Fole Díaz (núm. expte. 004/000357/0000) (núm. expte. 004/000357/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Villagarcía de Arousa (Pontevedra). Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Miembro de la Mancomunidad de Municipios del Salnés. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio
no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Miembro del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Villagarcía de Arousa, desde el 28 de noviembre de 2016 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D. Javier Calvente Gallego (núm. expte. 004/000358/0000).


- Concejal y Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Baeza (Jaén), sólo percibiendo dietas por asistencia a Plenos o Comisiones Informativas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre
que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Abogado en ejercicio sin relación con las Administraciones Públicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Celia Alberto Pérez (núm. expte. 004/000359/0000) (núm. expte. 004/000359/0001).


- Apoderada de la empresa familiar 'Grupo Ganaderos de Fuerteventura, S.L. Con fecha 30 de noviembre, envia escritura de renuncia a su apoderamiento. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Raquel Alonso Hernández (núm. expte. 004/000360/0000).


- Concejala del municipio de Alaejos (Valladolid), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Arquitecta. Socia de 'Pejarbo, S.L.', sociedad del sector privado, dedicada al cálculo de estructuras de edificación, sin contratar con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad
de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª María del Carmen Navarro Cruz (núm. expte. 004/000361/0000).


- Participación en tertulias y colaboraciones en prensa, de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Isabel Cabezas Regaño (núm. expte. 004/000362/0000) (núm. expte. 004/000362/0001).


- Concejala del Ayuntamiento de Fuente Obejuna (Córdoba), sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Javier Ruano García (núm. expte. 004/000363/0000).


- Presidente del Consejo Social de la Universidad de Murcia de 19 de septiembre de 2014 hasta 28 de noviembre de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Consultor de organización. Especialización en la elaboración de protocolos familiares y supervisión de la sucesión entre generaciones, sin ninguna relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c)
de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1,
todos ellos de la LOREG.


- Ponente en cursos y conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación ocasional en actividades de la Cátedra de Empresa Familiar de la Universidad de Murcia (dieta de 335 € en 2016). Participación ocasional en actividades de la Cátedra de Responsabilidad Social Corporativa de la Universidad de
Murcia, sin retribución. En ambos casos sin ninguna relación funcionarial ni laboral con la Universidad de Murcia. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Idoia Sagastizabal Unzetabarrenetxea (núm. expte. 004/000364/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Lekeitio (Bizkaia), sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Técnico de empleo en la empresa Dema Garc Peña en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D. Diego Movellán Lombilla (núm. expte. 004/000365/0000).


- Concejal-Portavoz del Ayuntamiento de Camargo (Cantabria), sólo percibiendo dietas por asistencia a Plenos o Comisiones Informativas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se
menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D.ª María Torres Tejada (núm. expte. 004/000366/0000).


- 2.º Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Bailén, Concejal Delegada del Área de Recursos Humanos, Festejos y Urbanismo y Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Bailén, renunciando al sueldo con
efectos del 14 de febrero de 2017, percibiendo sólo dietas por asistencia a órganos colegiados. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Leopoldo Barreda de los Ríos.-La Secretaria de la Comisión, Sara Carreño Valero.



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COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


154/000002


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el punto Tercero.2 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, en relación con
la solicitud de la Subcomisión para un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, creada en el seno de la Comisión de Igualdad, de prórroga del plazo para la finalización de sus trabajos, ampliar dicho plazo hasta el 31 de julio de 2017.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000416


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Mixto, relativa al impulso de la Red de Alta Velocidad en la Comunidad Foral de Navarra, la Segunda Fase del Canal de Navarra y los tramos pendientes de la Autovía de Navarra A-15, infraestructuras estratégicas y esenciales para el
desarrollo de la Comunidad Foral, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 156, de 19 de mayo de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada de EHBildu, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo dispuesto en el reglamento de esta Cámara, presenta unas enmiendas a la Proposición no de Ley relativa al impulso de la Red
de Alta Velocidad en la Comunidad Foral de Navarra, la Segunda Fase del Canal de Navarra y los tramos pendientes de la Autovía de Navarra A-15, infraestructuras estratégicas y esenciales para el desarrollo de la Comunidad Foral, que se debatirá en
Pleno.


Enmienda


De sustitución del punto 1


Quedaría redactado del siguiente modo:


'El Pleno del Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España:


1. En relación a la red de alta velocidad:


a) Realizar conjuntamente un debate entre el Gobierno de Navarra y la ciudadanía navarra en torno al tren que Navarra necesita realmente. No tomar ninguna decisión que implique avanzar en el proyecto actual mientras no se realice ese
debate.'



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Justificación.


En estos momentos el debate en Navarra no se está produciendo en torno al modelo de tren que necesitamos. Lo que se ha producido es un intento de reflotar el Convenio que el Gobierno de UPN y el del PSOE en Madrid firmaron en 2010 para la
ejecución del tramo navarro de alta velocidad entre Castejón y Esquíroz -junto a lruñea-. La propuesta que recientemente ha hecho el Ministro de Fomento al actual Gobierno de Navarra no contempla nada nuevo respecto del Convenio de 2010, a
excepción de la actualización del coste de la obra que de 675 millones pasará en este mismo tramo a casi 1000 de euros. Por ello, hemos solicitado que no firme ese convenio.


Por otra parte, resultan llamativas las prisas del Gobierno español cuando en 26 años no han desarrollado el proyecto. Tampoco es casualidad que el tema se mueva ahora, porque UPN trata de dar una imagen de rentabilidad de sus dos diputados
para la aprobación de los Presupuestos Generales. No se nos escapa que esta es ante todo una maniobra para intentar desestabilizar el Gobierno del cambio en Navarra buscando contradicciones entre las fuerzas políticas que lo sustentan. A UPN no le
preocupan las necesidades de la sociedad navarra, su máxima preocupación es intentar volver al Gobierno de Navarra cueste lo que cueste.


La proposición no de ley que ha presentado es parte de una mera estrategia electoralista, no obedece al debate sobre el TAV ni sobre el Canal de Navarra.


Navarra tiene que desarrollar un amplio debate político y social sobre el modelo de tren que necesita, no puede admitir sin más el modelo de tren de alta velocidad que se ha impuesto en todo el Estado español. Modelo denostado y cuya
característica más significativa es la de no responder a las verdaderas demandas sociales. Además ha sido un despilfarro económico que solo ha beneficiado a las grandes constructoras, algunas de ellas por cierto citadas en algunos de los procesos
judiciales en curso contra miembros referenciales del PP.


Es necesario actuar con transparencia. No se puede volver a repetir el modelo del año 2010, donde la sociedad navarra asistió como convidada de piedra a la firma de un Convenio para la ejecución de las obras del tren de alta velocidad.


Es preciso analizar la infraestructura desde el punto de vista de la rentabilidad social y económica que va a aportar a Navarra.


Por eso se solicita que además de no firmar el Convenio propuesto, se abra un proceso de debate y reflexión, para que decidamos entre todos y todas las navarras qué modelo de tren queremos. La prioridad debe ser salvaguardar las necesidades
de la sociedad navarra.


En este sentido entendemos que un proyecto tan importante como éste debe tener en cuenta la opinión y las aportaciones de la ciudadanía. En definitiva, creemos que lo debe decidir la sociedad navarra.


Enmienda


De sustitución del punto 2.


Quedaría redactado del siguiente modo:


'El Pleno del Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España:


2. Respecto al Canal de Navarra:


a) Entendemos que satisfacer las necesidades de agua para consumo humano, de calidad de la misma así como de agua de riego en la Ribera de Navarra es una prioridad tanto para el Gobierno de Navarra como para las fuerzas políticas que lo
sustentan. La alternativa que se adopte ha de responder a criterios de rentabilidad social y económica, y debe conllevar al mismo tiempo un proyecto claro de recuperación de los acuíferos de la Ribera Navarra.'


Justificación.


Con respecto a la llamada 'Segunda fase del Canal de Navarra', el Gobierno de Navarra ha estudiado a lo largo de este último año diversas alternativas. El objetivo es responder de manera satisfactoria a las necesidades de agua de boca de
calidad, agua para servicios industriales y agua de riego. El Gobierno de Navarra está apostando por una de esas alternativas y ha puesto en marcha un proceso de participación con la Mancomunidad de la Ribera y con los regantes de la zona. La
primera conclusión es que la demanda de agua de riego está muy lejos de las previsiones que anteriores Gobiernos de Navarra habían aireado



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y que UPN viene a recordar en su proposición no de ley. Por tanto, está quedando meridianamente claro que la infraestructura que el anterior Gobierno de UPN había planteado no respondía en modo alguno a las necesidades existentes y era un
ejercicio de despilfarro unido a oscuros intereses económicos. Tan oscuros como el peaje a la sombra que está padeciendo la ciudadanía navarra por la construcción de la primera fase del Canal.


Debe haber una postura de racionalidad y sentido común a la hora de afrontar la construcción de infraestructuras en el territorio. Dicho de otra manera, apoyar las infraestructuras que respondan a necesidades reales y que valoren en su
justa medida la repercusión social, ecológica y económica de las mismas.


Por todo ello, planteamos esta enmienda de sustitución, ya que la proposición no de ley, en los términos que estaba planteada, no respondía a los intereses de la ciudadanía navarra sino a una burda campaña para intentar desgastar al Gobierno
del cambio, en la que UPN está contando con la estimada colaboración del Gobierno del Estado.


Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto 4.


Quedaría redactado del siguiente modo:


'El Pleno del Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España:


4. A no actuar desde la injerencia sino desde el respeto a las decisiones que se tomen en Navarra en torno a estos y a cualquier otro tema que afecte directamente a la ciudadanía navarra.'


Justificación.


Mejora técnica.


Supone añadir este mínimo democrático porque entendemos que se debe tener en cuenta la opinión y las aportaciones de la ciudadanía, especialmente para proyectos tan importantes como estos.


En definitiva, creemos que debe decidir la sociedad navarra y respetar las leyes que apruebe su Parlamento, no pasando por encima de la voluntad de la mayoría política y social de Navarra e impedir que tome decisiones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley del Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Alli y Sr. Salvador), relativa al impulso de la Red de Alta Velocidad en la Comunidad Foral de Navarra, la Segunda Fase del Canal de Navarra y los tramos pendientes de la Autovía de Navarra A-15,
infraestructuras estratégicas y esenciales para el desarrollo de la Comunidad Foral.


Enmienda


De sustitución.


'El Pleno del Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. En relación con el desarrollo de la Red de Alta Velocidad:


a) Impulsar el corredor navarro del TAV como parte integrante del Eje Cantábrico-Mediterráneo, en uso mixto de pasajeros y mercancías, definiendo fechas fijas para cada uno de los tramos de dicho corredor navarro, con el objetivo de su
puesta en funcionamiento no después de 2023.



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b) Licitar, durante 2017, las obras de construcción de los tramos Villafranca-Peralta y Peralta-Olite, para desarrollar el Tren de Alta Velocidad en Navarra. Para ello, se promoverán las acciones necesarias a fin de garantizar el avance de
esta infraestructura, así como la dotación presupuestaria en este y en los próximos ejercicios, con cargo al presupuesto de inversiones de Adif.


c) Iniciar el estudio de mejora de la infraestructura del tramo Zaragoza-Castejón para la viabilidad de su adaptación a la circulación de trenes de alta velocidad.


d) Realizar este año el proceso de información pública del estudio informativo del Proyecto Pamplona-Y vasca.


e) Promover desde Adif el pago de 45 millones de euros al Gobierno de Navarra, que corresponderían al tramo Castejón-Villafranca, cuyas obras de plataforma ya han finalizado.


f) Promover un nuevo convenio de colaboración entre el Gobierno de España y el Gobierno de Navarra para la ejecución de este corredor aprovechando los instrumentos de autogobierno de la CF de Navarra, incluyendo la posibilidad del adelanto
de la financiación por parte del Gobierno de Navarra y su compensación a través del convenio económico.


2. Respecto al Canal de Navarra:


a) Mantener el compromiso del Gobierno con esta magna obra y su proyecto de ampliación, que implica llevar el riego a 21.500 hectáreas y mejorar el suministro de agua en la zona de la Ribera navarra, a través de la licitación de la redacción
del proyecto en 2017, con cargo al presupuesto de inversiones del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.


b) Realizar una planificación del caudal necesario de dicha fase de acuerdo con las comunidades de regantes afectados, los Ayuntamientos afectados y el Gobierno de Navarra.


3. Y en cuanto a la Autovía de Navarra A-15:


a) Agilizar la tramitación de los dos proyectos que se han sometido a información pública: Fuensaúco-Ágreda (Oeste) y Ágreda (Este)-Tudela, de la autovía A-15, para que se pueda solicitar la Declaración de Impacto Ambiental a la mayor
brevedad posible.


b) Licitar la redacción del proyecto de enlace Tudela-LP Navarra-Zaragoza, ya presupuestado en los PGE-2017, en colaboración con el Gobierno de Navarra.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley relativa al impulso de la Red de Alta Velocidad en la
Comunidad Foral de Navarra, la Segunda Fase del Canal de Navarra y los tramos pendientes de la Autovía de Navarra A-15, infraestructuras estratégicas y esenciales para el desarrollo de la Comunidad Foral presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el apartado 1, que queda redactado en los siguientes términos:


'1. En relación con el desarrollo de la Red de Alta Velocidad:


a) Estudiar, en el marco del Acuerdo de Estado por el Transporte y las Infraestructuras, la licitación de las obras de construcción de los tramos Villafranca-Peralta y Peralta-Olite, para desarrollar el Tren de Alta Velocidad en Navarra,
promoviendo, en su caso, las acciones necesarias para garantizar el avance de esta infraestructura y garantizando las correspondientes dotaciones presupuestarias con cargo al presupuesto de inversiones de Adif.



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b) Iniciar el estudio de mejora de la infraestructura del tramo Zaragoza-Castejón para la viabilidad de su adaptación a la circulación de trenes de alta velocidad y para potenciar el eje Cantábrico-Mediterráneo, reconocido en la Red de
Transporte Ferroviario para conector puertos de Cantabria y el País Vasco con la Comunidad Valenciana, especialmente en lo que se refiere al transporte de mercancías.


c) Realizar este año el proceso de información pública del estudio informativo del Proyecto Pamplona-Y vasca.


d) Revisar y actualizar los Convenios y Protocolos existentes con la Comunidad de Navarra para impulsar la conexión Zaragoza-Pamplona, coordinando los calendarios de ejecución de las obras con las de la Y Vasca, y creando una página web
oficial especifica con enlaces ubicados en la página web del Ministerio de Fomento y en la de la Comunidad Foral de Navarra donde se vayan recogiendo las vicisitudes del Convenio y los avances de las obras, de modo que ciudadanos dispongan, de forma
transparente y participativa, de toda la información.'


Texto que se sustituye:


'1. En relación con el desarrollo de la Red de Alta Velocidad:


a) Licitar, durante 2017, las obras de construcción de los tramos Villafranca-Peralta y PeraltaOlite, para desarrollar el Tren de Alta Velocidad en Navarra. Para ello, se promoverán las acciones necesarias a fin de garantizar el avance de
esta infraestructura, así como la dotación presupuestaria en este y en los próximos ejercicios, con cargo al presupuesto de inversiones de Adif.


b) Iniciar el estudio de mejora de la infraestructura del tramo Zaragoza-Castejón para la viabilidad de su adaptación a la circulación de trenes de alta velocidad.


c) Realizar este año el proceso de información pública del estudio informativo del Proyecto Pamplona-Y vasca.


d) Promover desde Adif el pago de 45 millones de euros al Gobierno de Navarra, que corresponderían al tramo Castejón-Villafranca, cuyas obras de plataforma ya han finalizado.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2017.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000416


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, relativa al impulso de la Red de Alta Velocidad en la Comunidad Foral de
Navarra, la Segunda Fase del Canal de Navarra y los tramos pendientes de la Autovía de Navarra A-15, infraestructuras estratégicas y esenciales para el desarrollo de la Comunidad Foral, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D,
núm. 156, de 19 de mayo de 2017, en los siguientes términos:


'El Pleno del Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. En relación con el desarrollo de la Red de Alta Velocidad:


a) Impulsar, en el marco del futuro acuerdo nacional de infraestructuras, el corredor navarro de alta velocidad como parte integrante del Eje Cantábrico-Mediterráneo, en uso mixto de pasajeros y mercancías, con el objetivo de su puesta en
funcionamiento no después de 2023.


b) Licitar, durante 2017, las obras de construcción de los tramos Villafranca-Peralta y Peralta-Olite, para desarrollar el Tren de Alta Velocidad en Navarra. Para ello, se promoverán las acciones necesarias a fin de garantizar el avance de
esta infraestructura, así como la dotación presupuestaria en este y en los próximos ejercicios, con cargo al presupuesto de inversiones de Adif.



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c) Iniciar el estudio de mejora de la infraestructura del tramo Zaragoza-Castejón para la viabilidad de su adaptación a la circulación de trenes de alta velocidad, y para potenciar el eje Cantábrico-Mediterráneo, reconocido en la Red de
Transporte Ferroviaria para conectar los puertos de Cantabria y País Vasco con la Comunidad Valenciana, especialmente en lo que se refiere al transporte de mercancías.


d) Realizar este año el proceso de información pública del estudio informativo del Proyecto Pamplona-Y vasca.


e) Promover desde Adif el pago de 45 millones de euros al Gobierno de Navarra, que corresponderían al tramo Castejón-Villafranca, cuyas obras de plataforma ya han finalizado.


f) Promover un nuevo convenio de colaboración entre el Gobierno de España y el Gobierno de Navarra para la ejecución de este corredor aprovechando los instrumentos de autogobierno de la Comunidad Foral de Navarra, incluyendo la posibilidad
del adelanto de la financiación por parte del Gobierno de Navarra y su compensación a través del Convenio Económico.


2. Respecto al Canal de Navarra, mantener el compromiso del Gobierno con esta magna obra y su proyecto de ampliación, que implica llevar el riego a 21.500 hectáreas y mejorar el suministro de agua en la zona de la Ribera navarra, a través
de la licitación de la redacción del proyecto en 2017, con cargo al presupuesto de inversiones del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.


3. Y en cuanto a la Autovía de Navarra A-15:


a) Agilizar la tramitación de los dos proyectos que se han sometido a información pública: Fuensaúco-Ágreda (Oeste) y Ágreda (Este)-Tudela, de la autovía A-15, para que se pueda solicitar la Declaración de Impacto Ambiental a la mayor
brevedad posible.


b) Licitar la redacción del proyecto de enlace Tudela-L. P. Navarra-Zaragoza, ya presupuestados en la Ley de Presupuestos Generales para 2017, en colaboración con el Gobierno de Navarra.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000423


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, relativa a la seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 170, de 9 de junio de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos sobre seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición del punto siguiente:


'4. Revisar la Ley 50/1980, del Contrato de Seguros, en lo que se refiere al cobro de la defensa jurídica por parte de los propios asegurados y hacer sancionable las oposiciones injustificadas para su abono por parte de las aseguradoras.'



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Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición del punto siguiente:


'5. Revisar la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, en lo referente al procedimiento que deben afrontar las víctimas para
reclamar las correspondientes indemnizaciones ante las aseguradoras.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición del punto siguiente:


'6. Introducir en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, un procedimiento especial, plenario y rápido, con inversión de la iniciativa del contradictorio, específico para la reclamación de los daños y perjuicios en accidentes de tráfico, en
el cual se forme un título ejecutivo y no contemple la imposición de costas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Jorge Luis Bail, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Carles Campuzano i Canadés, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Català integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a
la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmienda


De adición.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implantar un plan específico de medidas para reducir la accidentalidad de los ciclistas y, en particular:


a) Identificar en toda la red de carreteras del Estado en el ámbito de sus competencias, los tramos de concentración de víctimas ciclistas y (ii) los tramos de concentración de accidentes causados por el consumo de drogas y alcohol.


[...].'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2017.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Carles Campuzano i Canadés, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Català integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
modificación a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmienda


De modificación.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


3. Establecer un ámbito abierto de colaboración de 'buenas prácticas' en materia de prevención, divulgación de información y colaboración entre todas las Comunidades Autónomas competentes en materia de seguridad vial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2017.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos,
relativa a la seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmienda


De adición.


Se propone añadir cuatro nuevos puntos:


'- La apremiante puesta en marcha en España, al igual que ya existe en otros países europeos, del primer Plan Estratégico Estatal de la Bicicleta sobre el que la DGT ya está trabajando en colaboración con otras administraciones, organismos,
instituciones y sectores muy implicados con el ciclismo deportivo y recreativo, y como medio de transporte.


- Fomentar, en colaboración con Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, la señalización de más tramos viales conocidos como 'rutas seguras' de los que solo existen 56 en toda España.


- Promover el conocimiento de las normas de circulación y de seguridad vial en relación con el tráfico de bicicletas en vías interurbanas y urbanas, así como el uso por los ciclistas de casco, prendas reflectantes, iluminación y, en
definitiva, instrumentos, elementos y útiles homologados de prevención y de mayor seguridad.


- Incorporar modificaciones de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, y adaptaciones del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de la Conducción en defensa de los usuarios de la bicicleta.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la



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siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmienda


De adición.


Se propone añadir un párrafo nuevo en la letra a) del punto 1, así como otros dos puntos nuevos. Quedando el texto como sigue:


'1. Implantar un plan específico de medidas para reducir la accidentalidad de los ciclistas y, en particular:


a) Identificar en toda la red de carreteras (i) los tramos de concentración de víctimas ciclistas y (ii) los tramos de concentración de accidentes causados por el consumo de drogas y alcohol. Actuar con celeridad desde los diversos
departamentos del Gobierno ante el aumento de la siniestralidad de ciclistas, para reducir los riesgos de atropellos, estableciendo para ello medidas de choque, entre ellas la sanción por incumplimiento de respetar la distancia de 1,5 m en
adelantamiento a ciclistas y acciones preventivas, actuaciones de control policial, estrategias para promover la mejora general de las infraestructuras viarias considerando a los y las ciclistas y soluciones como los carriles bicis, actuando en
coordinación con las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, así como medidas de sensibilización y formación de los conductores de todo tipo de vehículos.


b) Igual.


c) Igual.


2. Igual.


3. Igual.


4. Realizar el máximo esfuerzo de participación para disponer de una legislación integral de movilidad sostenible y avanzar en la fijación consensuada con las entidades de la Mesa de la Bicicleta de unas directrices para poder aprobar un
Plan Estratégico Estatal de la Bicicleta.


5. Abordar la reforma del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de la Conducción para adaptarlos a las nuevas realidades de la sociedad y a las necesidades de una movilidad sostenible y segura, ante el auge de los
usuarios de la bicicleta, tanto como medio de transporte en las ciudades como para practicar deporte en las carreteras y vías verdes. Sin olvidar que los ciclistas son los actores más indefensos en la utilización de las vías interurbanas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la
seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras carreteras.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implantar un plan específico de medidas para reducir la accidentalidad de los ciclistas y, en particular:


a) Identificar en toda la red de carreteras los tramos de concentración de víctimas ciclistas.



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b) En aquellos tramos detectados en los que tenga lugar un mayor número de accidentes con víctimas ciclistas, intensificar los controles realizados por los agentes de la Guardia Civil, así como movilizar en estas zonas a los helicópteros de
la Dirección General de Tráfico en misiones de vigilancia.


c) Divulgar toda esta información a las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos para que éstas implementen las correspondientes medidas de prevención y realicen los oportunos controles, en el ámbito de sus
respectivas competencias.


2. Reafirmar su compromiso con el objeto de crear en el Código Penal una figura especial del delito de abandono del lugar del accidente de tráfico, que asegure que el tipo del delito se cumpla cuando el conductor abandone el lugar del
accidente sin atender a las víctimas, con independencia de cuál fuera el estado físico en el que quedasen estas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000423


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la seguridad vial y jurídica de los ciclistas en nuestras
carreteras, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 170, de 9 de junio de 2017, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Implantar un plan específico de medidas para reducir la accidentalidad de los ciclistas y, en particular:


a) Identificar en toda la red de carreteras (i) los tramos de concentración de víctimas ciclistas y (ii) los tramos de concentración de accidentes causados por el consumo de drogas y alcohol.


b) En aquellos tramos detectados en los que tenga lugar un mayor número de accidentes (i) con víctimas ciclistas y (ii) causados por el consumo de drogas y alcohol, y especialmente donde concurran ambos y en los horarios que éstos se
produzcan, intensificar los controles realizados por los agentes de la Guardia Civil, así como movilizar en estas zonas a los helicópteros de la Dirección General de Tráfico, vigilando especialmente la distancia de 1,5 metros en adelantamiento a
ciclistas.


c) Divulgar toda esta información a las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos para que éstas implementen las correspondientes medidas de prevención y realicen los oportunos controles, en el ámbito de sus
respectivas competencias.


2. En el plazo de tres meses, presentar en el Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal a fin de que todos aquellos accidentes con resultado de muerte o lesiones graves que requieran de tratamiento
médico y quirúrgico, sean juzgados en el orden penal.


3. En el plazo de tres meses, presentar en el Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal con el objeto de crear una figura especial del delito de omisión del deber de socorro específica para accidentes
de tráfico, que asegure que el tipo del delito se cumpla cuando el conductor abandone el lugar del accidente sin atender a las víctimas, con independencia de cuál fuera el estado físico en el que quedasen éstas.


4. Revisar el ordenamiento jurídico actual a fin de cumplir los objetivos previamente referidos y, en particular, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro; la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la
valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación; y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, así como el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Conductores, y avanzar en
la redacción del primer Plan



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Estratégico Estatal de la Bicicleta con el objeto de reforzar los nuevos modelos de movilidad y el respeto a todos los usuarios de la vía.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000036


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir el Ministro de Hacienda y Función Pública como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional y nula su amnistía fiscal.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Moción consecuencia de
interpelación urgente al Ministro de Hacienda y Función Pública sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional y nula su amnistía fiscal.


Moción


'El Congreso de los Diputados, a la vista la Sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de junio de 2017, por la que se declara inconstitucional y nula la disposición adicional primera del Real Decreto- ley 12/2012, de 30 de marzo, por el
que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, acuerda la reprobación del Ministro de Hacienda y Función Pública, D. Cristóbal Montoro Romero, por haber beneficiado a los defraudadores
mediante la amnistía fiscal que contemplaba dicha norma, vulnerando principios constitucionales, mientras se incrementaba de forma notable la carga impositiva de los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales, actuando en contra de los
principios de capacidad económica y justicia del sistema tributario y de su deber de promover la conciencia fiscal entre los españoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de junio de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


173/000036


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir el Ministro de
Hacienda y Función Pública como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional y nula su amnistía fiscal, sin modificaciones con



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respecto al texto inicial que se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara:


'El Congreso de los Diputados, a la vista de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 8 de junio de 2017, por la que se declara inconstitucional y nula la disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo, por el
que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, acuerda la reprobación del Ministro de Hacienda y Función Pública, don Cristóbal Montoro Romero, por haber beneficiado a los defraudadores
mediante la amnistía fiscal que contemplaba dicha norma, vulnerando principios constitucionales, mientras se incrementaba de forma notable la carga impositiva de los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales, actuando en contra de los
principios de capacidad económica y justicia del sistema tributario y de su deber de promover la conciencia fiscal entre los españoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000037


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana, para garantizar la libertad ideológica, religiosa y de culto y de la enmienda presentada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente para garantizar la libertad ideológica, religiosa y de culto, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Es necesario avanzar hacia una sociedad más laica, en la que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos en condiciones de libertad e igualdad. Asimismo, todas las instituciones del Estado deben mantener una actitud de neutralidad religiosa.
La laicidad debe ser vista básicamente como un hecho positivo, como una oportunidad no solo para regular la libertad de pensamiento y de conciencia, sino también para actualizar una ley claramente obsoleta de libertad religiosa sobre la base y con
sometimiento, sobre todo, al principio de igualdad y al principio de libertad.


La Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio de 1980, de Libertad Religiosa es una Ley obsoleta que omite en su regulación y aplicación otras opciones de conciencia diferentes de las religiosas y deja al margen de toda regulación el tratamiento de
la libertad ideológica. Debe garantizarse una igualdad de trato de todas las opciones de conciencia para garantizar la libertad de pensamiento sean o no de carácter religioso.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Presentar un Proyecto de Ley Orgánica de libertad ideológica, religiosa y de culto antes de finalizar el próximo periodo de sesiones que sustituya y actualice la actual Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio de 1980, de Libertad Religiosa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de junio de 2017.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, para garantizar la libertad ideológica, religiosa y de culto.


Enmienda


De adición de un nuevo punto:


'- Poner fin a la práctica de ondear a media asta la bandera constitucional en la sede del Ministerio de Defensa y en las instalaciones de las Fuerzas Armadas, durante la Semana Santa, por ser una práctica injustificable al ser contraria a
la Constitución (artículo 16) por no respetar el principio de aconfesionalidad del Estado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


173/000037


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, para garantizar la libertad ideológica, religiosa y de culto,
sin modificaciones con respecto al texto inicial que se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Presentar un Proyecto de Ley Orgánica de libertad ideológica, religiosa y de culto antes de finalizar el próximo periodo de sesiones que sustituya y actualice la actual Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio de 1980, de Libertad Religiosa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000038


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Confederal de
Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la negativa del Gobierno a equiparar de manera igualitaria e intransferible los permisos de paternidad y maternidad y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente relativa a la promoción de una ley de igualación de permisos de maternidad y paternidad por nacimiento, acogida u adopción, para su debate y aprobación en el Pleno de la Cámara.



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Moción


'El Congreso de los Diputados:


Muestra su voluntad de promover una ley de igualación de permisos de maternidad y paternidad que los haga iguales, intransferibles y 100 % remunerados, como parte de una política activa por la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos
del empleo, la conciliación, la corresponsabilidad y la lucha contra la discriminación.


De acuerdo con el mandato expresado en la cámara el 18 de octubre de 2016 con la aprobación de una Proposición no de Ley para la igualación de estos permisos, así como en cumplimiento del artículo 14 de la Constitución que garantiza la
igualdad de la ciudadanía sin que medie discriminación por razón de sexo y de acuerdo con el reconocimiento del permiso de paternidad iniciado en nuestra legislación en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el Congreso de
los Diputados aprueba e insta al Gobierno a:


1. Deponer su actitud de veto a la igualación de permisos de maternidad y paternidad, cumpliendo la voluntad de la cámara expresada el 18 de octubre de 2016.


2. Reconocer el derecho al cuidado y la crianza en igualdad de quienes pueden gozar del permiso de paternidad (sea el padre u otra persona progenitora).


3. Sumarse al trabajo con el resto de grupos para la aprobación de una Ley de permisos igualitarios, intransferibles y 100 % remunerados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de junio de 2017.-Sofía Fernández Castañón, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la negativa del Gobierno a equiparar de manera igualitaria e intransferible los permisos de paternidad y maternidad.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


-- Promover la racionalización de horarios laborales para alcanzar los objetivos de conciliación personal y familiar que, además, también sirva como instrumento que mantenga y mejore los niveles de eficacia, eficiencia y productividad de las
empresas.


- Valorar, acreditar y, en su caso, certificar con distintivos a favor de la igualdad a todas aquellas empresas y entidades que apliquen horarios racionales de trabajo, así como medidas específicas en pro de los objetivos de conciliación
personal y familiar, y amplíen en sus convenios colectivos los permisos legales retribuidos de maternidad y paternidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la negativa del Gobierno a equiparar de manera igualitaria e intransferible los permisos de paternidad y maternidad.



Página 74





Enmienda


De modificación.


Se propone la modificación del número 2 de la Moción, con la siguiente redacción:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


2. Reconocer el derecho al cuidado en igualdad de quienes puedan disfrutar del permiso de paternidad, por encontrarse en algunas de las situaciones protegidas recogidas en el artículo 183 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la negativa del Gobierno a equiparar de manera igualitaria e intransferible los permisos de paternidad y maternidad.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Que una vez analizadas, conjuntamente con los agentes sociales dentro del marco del Dialogo Social, las nuevas recomendaciones que elabore la Comisión del Pacto de Toledo, remita un calendario en el que se asuma paulatinamente la
equiparación de los permisos de maternidad y paternidad.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


173/000038


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la negativa del
Gobierno a equiparar de manera igualitaria e intransferible los permisos de paternidad y maternidad, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados:


Muestra su voluntad de promover una ley de igualación de permisos de maternidad y paternidad que los haga iguales, intransferibles y 100 % remunerados, como parte de una política activa por la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos
del empleo, la conciliación, la corresponsabilidad y la lucha contra la discriminación.



Página 75





De acuerdo con el mandato expresado en la Cámara el 18 de octubre de 2016 con la aprobación de una Proposición no de Ley para la igualación de estos permisos, así como en cumplimiento del artículo 14 de la Constitución que garantiza la
igualdad de la ciudadanía sin que medie discriminación por razón de sexo y de acuerdo con el reconocimiento del permiso de paternidad iniciado en nuestra legislación en la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el Congreso de
los Diputados aprueba e insta al Gobierno a:


1. Deponer su actitud de veto a la igualación de permisos de maternidad y paternidad, cumpliendo la voluntad de la Cámara expresada el 18 de octubre de 2016.


2. Reconocer el derecho al cuidado en igualdad de quienes puedan disfrutar del permiso de paternidad, por encontrarse en algunas de las situaciones protegidas recogidas en el artículo 183 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.


3. Sumarse al trabajo con el resto de grupos para la aprobación de una Ley de permisos igualitarios, intransferibles y 100 % remunerados.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.