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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 155, de 18/05/2017
cve: BOCG-12-D-155 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


18 de mayo de 2017


Núm. 155



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados... (Página3)


Control sobre las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000012 Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos
de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017. Convalidación... (Página9)


130/000013 Real Decreto-ley 7/2017, de 28 de abril, por el que se prorroga y modifica el Programa de Activación para el Empleo. Convalidación... (Página20)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000327 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la efectiva aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria Histórica.


Enmiendas... (Página26)


Aprobación... (Página30)


162/000396 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la crisis institucional en Venezuela.


Enmiendas... (Página32)


Aprobación con modificaciones... (Página34)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000040 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre la privatización de los servicios públicos y de salud y sus
efectos sobre la sostenibilidad del sistema sanitario y sobre la salud de la población... (Página35)



Página 2





172/000041 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad relativa a sus políticas sobre adopciones internacionales en España... (Página36)


172/000042 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista al Ministro de Justicia sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de las maniobras que se han producido en el seno del Ministerio Fiscal
dirigidas a obstaculizar determinadas causas judiciales contra la corrupción y de las propias actuaciones del Ministro en relación con estas causas... (Página37)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000025 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la postura del Gobierno en relación a la situación de las y los presos vascos sometidos a legislación antiterrorista gravemente
enfermos. Texto de la moción y rechazo por el Pleno de la Cámara... (Página38)


173/000026 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la política del Gobierno respecto de la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la
revisión del modelo energético.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página39)


Aprobación con modificaciones... (Página45)


173/000027 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la ausencia de una estrategia global en la política industrial del Gobierno.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página47)


Aprobación con modificaciones... (Página51)


173/000028 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación efectiva de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de
desarrollo sostenible del medio rural.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página53)


Aprobación con modificaciones... (Página56)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión Constitucional


181/000064 Pregunta formulada por el Diputado don Joan Tardà i Coma (GER), sobre accidente hípico de la Infanta Elena en las instalaciones hípicas del Palacio de la Zarzuela (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita
184/001823). Retirada... (Página57)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión... (Página57)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la declaración de bienes y rentas presentada, una vez calificada.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


HOMS MOLIST, Francesc (GMx) (núm. expte. 005/000082/0001) 2 … (Página 4)


2 Declaración final.



Página 4





[**********página con cuadro**********]



Página 5





[**********página con cuadro**********]



Página 6





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Página 7





[**********página con cuadro**********]



Página 8





[**********página con cuadro**********]



Página 9





CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000012


Se publica a continuación el Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, dicho Real Decreto-ley fue sometido a debate y votación de totalidad por el Congreso de los Diputados en su sesión del día de hoy, en la que se acordó su convalidación.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


REAL DECRETO-LEY 6/2017, DE 31 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EN LOS ÁMBITOS DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO Y UNIVERSITARIO, FUERZAS ARMADAS, FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y CUERPOS DE POLICÍA
DEPENDIENTES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA 2017


I


Las necesidades de funcionamiento de determinados sectores de actividad pública requieren de la incorporación de personal de nuevo ingreso conforme a una cadencia temporal preestablecida.


Esta situación se produce especialmente en los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios y de profesorado universitario, en el personal de las Fuerzas Armadas y en el personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de
los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.


Para poder garantizar la prestación de estos servicios públicos con estabilidad y con ajuste a las necesidades, es preciso contar con una adecuada planificación de medios personales, a lo que contribuye la aprobación por este real
decreto-ley de la Oferta de empleo público de los sectores referidos.


El artículo 70 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regula la Oferta de empleo público como instrumento de gestión de la incorporación de personal de
nuevo ingreso. Dada la extraordinaria y urgente necesidad de que se produzcan las incorporaciones de este personal a los citados sectores de actividad, este real decreto-ley aprueba una Oferta de empleo público para la inmediata convocatoria de los
respectivos procesos selectivos.


II


El derecho a la educación se consagra como derecho fundamental en el artículo 27 de la Constitución. La escolarización de la población en general y de la que se encuentra en etapas de la educación no universitaria y en particular,
obligatoria, constituye uno de los pilares esenciales para hacer efectivo su ejercicio.


En el caso del personal docente no universitario, la necesidad urgente e inaplazable surge del hecho consistente en que es un sector de actividad que requiere la incorporación de personal de nuevo ingreso al inicio de cada curso lectivo.



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Esto es, el proceso selectivo del personal perteneciente a los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios, debe desarrollarse de un modo necesariamente temporal y acompasado a los cursos lectivos. Este real decreto-ley garantiza la
necesidad inaplazable de cobertura de plazas para el comienzo del curso académico 2017-2018, a fin de proveer con medios personales fundamentales el derecho a la educación del artículo 27 de la Constitución, desarrollado por la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.


En concreto, este real decreto-ley prevé respecto de las Administraciones Públicas con competencias educativas, la convocatoria anticipada para acceso a los cuerpos de funcionarios docentes de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de un
número de plazas del cien por cien en términos de tasa de reposición de efectivos de dichos cuerpos, la cual se considera la estrictamente necesaria para garantizar el mantenimiento de los medios personales indispensables para la adecuada prestación
de este servicio esencial. En el ámbito de las competencias educativas de la Administración General del Estado, se procede a la aprobación de la oferta de empleo público para cuarenta y dos plazas del Cuerpo de maestros.


Asimismo y por los mismos motivos que se acaban de señalar, y que se desarrollan igualmente en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, este real decreto-ley prevé una tasa de reposición de efectivos de hasta un máximo
del cien por ciento para los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y para los profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.


III


Las Fuerzas Armadas requieren, para el cumplimiento de las misiones que constitucionalmente tienen asignadas y asegurar el nivel de operatividad necesario de sus unidades, unos efectivos mínimos, por debajo de los cuales resultaría difícil
la consecución de estos objetivos. Es preciso además, que tales efectivos tengan una distribución adecuada en el tiempo, que permita garantizar la operatividad de las unidades, por lo que es necesario un acceso anual a las distintas escalas de
oficiales en una cuantía determinada y sensiblemente constante.


Esta situación se ve agravada en las citadas escalas de oficiales por la complejidad y duración del periodo de formación previo al acceso a las mismas, en el que se requiere no solo superar los estudios correspondientes a sus futuras
funciones como militar de carrera, sino también la obtención de un título de grado universitario. En este caso, la programación de la enseñanza militar y especialmente, la correlativa enseñanza universitaria de grado en los Centros Universitarios
de la Defensa, determina que la aprobación de la oferta de las correspondientes plazas deba hacerse con la máxima urgencia, ya que la no aprobación inmediata de la misma conllevará el consiguiente retraso en el desarrollo de los procesos selectivos,
así como en el nombramiento como alumnos de quienes superen los mismos, lo que impediría el normal desarrollo del curso académico, dada la adscripción de estos centros a una determinada universidad.


Las mismas consideraciones pueden darse por reproducidas respecto a la oferta de empleo público para la escala de oficiales de la Guardia Civil, ya que, de acuerdo con lo previsto en la disposición final séptima de la Ley 39/2007, de 13 de
noviembre, de la carrera militar, en la provisión anual de plazas de las Fuerzas Armadas se incluyen las de ingreso en la enseñanza de formación para la incorporación a la escala superior de la Guardia Civil.


Respecto del personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, este real decreto-ley garantiza las necesidades de la defensa nacional y de la seguridad pública que se reflejan en las respectivas plantillas.
Asimismo, el período selectivo para el ingreso de este personal se ha de acompasar a los inmediatos períodos formativos posteriores exigidos, conforme al capítulo IV del título IV de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, al
artículo 29.2.a) de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, y al artículo 28.1.a) de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil, respectivamente, lo cual no puede
esperar a la aprobación de un nuevo presupuesto lo que justifica la extraordinaria y urgente necesidad de la norma.


En el caso del personal de las Fuerzas Armadas, el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, prevé la aprobación anual de la provisión de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, sobre la base de la
programación plurianual, de los créditos presupuestarios, de la evolución real de efectivos y de los procesos de formación definidos en dicha Ley. Al amparo de lo anterior, este real decreto-ley fija en mil seiscientas noventa y nueve el número de
plazas de ingreso en los centros docentes



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militares de formación, conforme a las modalidades que establece la citada Ley 39/2007, de 19 de noviembre, desglosadas en setecientas sesenta y seis plazas de acceso directo y novecientas treinta y tres plazas de promoción interna.


En el ámbito del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la Nación, conforme a la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se provee en 2017 a la Policía Nacional
de tres mil trescientas treinta y una plazas de nuevo ingreso y doscientas sesenta de promoción interna, de acuerdo con la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, y de dos mil trescientas cuarenta y seis plazas al Cuerpo de la Guardia Civil. De estas,
mil ochocientas una se destinan al ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, cuatrocientas ochenta adicionales son de promoción interna y sesenta y cinco son para la Escala de Oficiales de la Guardia Civil. Todas estas plazas se ofertan
conforme al artículo 26 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, y responden al previo análisis de las necesidades inmediatas de medios personales que requiere la seguridad pública.


Por su parte, respecto de los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas, regulados por la citada Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, son predicables las mismas razones de atención a las necesidades de seguridad pública y
de procesos de formación señalados anteriormente.


IV


Este real decreto-ley cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. De este modo, la norma persigue un interés general al permitir asegurar el correcto funcionamiento de sectores de actividad pública esenciales como son la educación, las
Fuerzas Armadas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no conlleva la restricción de derechos de los particulares, establece las medidas imprescindibles para cumplir su objetivo, no genera nuevas cargas administrativas y quedan
justificados suficientemente los objetivos que persigue.


V


Como ha señalado en diversas ocasiones el Tribunal Constitucional, corresponde al Gobierno apreciar cuál es el momento o la coyuntura económica más apropiada para adoptar medidas de política económica general, pudiendo adoptarse las mismas,
cuando así sea preciso, mediante la aprobación de disposiciones legislativas provisionales y de eficacia inmediata como las contenidas en un real decreto-ley.


Todos los argumentos expuestos justifican de manera adecuada y suficiente la urgente y extraordinaria necesidad de la adopción del presente real decreto-ley. En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la
Constitución española, a propuesta del Ministro de Hacienda y Función Pública, de la Ministra de Defensa, del Ministro del Interior y del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31
de marzo de 2017,


DISPONGO:


Artículo 1. Oferta de empleo público para acceso a los cuerpos de funcionarios docentes en Administraciones Públicas con competencias educativas, cuerpos docentes universitarios, profesores contratados doctores de Universidad y a los
cuerpos de policía dependientes de las Comunidades Autónomas.


1. Con respeto, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, se fija una tasa de reposición de efectivos de hasta un máximo del cien por ciento para los siguientes
sectores:


a) Las Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas de los cuerpos de funcionarios docentes no
universitarios.


b) Los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que
por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan



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se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente
Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


c) Los Cuerpos de Policía Autónoma de aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos propios de dicha Policía en su territorio.


2. La validez de la tasa autorizada en el apartado anterior estará condicionada a que las plazas resultantes se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el 'Boletín
Oficial de la Provincia', de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2017.


La validez de dicha autorización estará igualmente condicionada a que la convocatoria de las plazas se efectúe mediante publicación de la misma en el Diario oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo
improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyan las citadas plazas, con los requisitos establecidos en el párrafo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
70.1 texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.


3. Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Función Pública, además de cualquier otra información que les sea requerida, una
certificación del número de bajas y altas tenidas en cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, incluidas las altas y bajas por concursos de traslado producidas como consecuencia de los procedimientos de movilidad voluntaria entre distintas
Administraciones Públicas en el año inmediato anterior.


4. Para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar
servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo
público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de
excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de
retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas.


5. No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.


Artículo 2. Oferta de empleo público para acceso a sectores de actividad del ámbito competencial de la Administración General del Estado.


1. Durante el ejercicio 2017, en el ámbito de la Administración General del Estado, se autorizan para el acceso libre un total de 42 plazas para acceso libre en el Cuerpo de Maestros.


2. Durante el ejercicio 2017, se autorizan un total de 1.699 plazas de militares de carrera y militares de complemento de las Fuerzas Armadas, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2007 de 19 de noviembre, de la carrera militar, y 65
plazas para la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40.2 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil y en la disposición final séptima de la citada Ley 39/2007, de
19 de noviembre.


El número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, desglosadas en plazas de acceso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción y promoción interna de
militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas para la escala de oficiales de la Guardia Civil; así como plazas de acceso a una relación
de servicios de carácter permanente y plazas de reservistas voluntarios, se determinan en el Anexo de este real decreto-ley.



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3. Durante el ejercicio 2017, se autorizan un total de 3.331 plazas para el acceso a la Policía Nacional, con la siguiente distribución por escalas:


Escala Ejecutiva: 130.


Escala Básica: 3.201.


Del total de plazas autorizadas en la Escala Básica de la Policía Nacional se reservan 640 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo
20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Estas plazas, de no ser cubiertas, se acumularán a las autorizadas por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional.


Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, la autorización de la
convocatoria de 130 plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva, comporta la autorización de la convocatoria de 260 plazas para su provisión por promoción interna, desde la categoría de Subinspector.


4. Durante el ejercicio 2017, se autorizan hasta un total de 1.801 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.


Del total de plazas autorizadas en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil se reservan 721 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios efectivos como tales, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, y 175 plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes. En ambos casos, estas plazas, de no ser cubiertas, se acumularán a las autorizadas por oposición libre en la Escala
de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.


Asimismo, se autoriza la convocatoria, para ingreso por promoción profesional en los centros docentes de formación de la Guardia Civil, mediante la modalidad de promoción interna, de 80 plazas en la Escala de Oficiales y de 400 en la Escala
de Suboficiales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.


5. Las plazas autorizadas en el ámbito de la Administración General del Estado de acuerdo con lo previsto en este artículo se computarán a efectos de la tasa de reposición que durante 2017 corresponda a la Administración General del Estado
en los términos que se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017.


Disposición adicional primera. Normas por las que se desarrollarán los procesos selectivos del ámbito de la Administración General del Estado.


1. A los procesos selectivos que se aprueben en ejecución del artículo 2.1 de este real decreto-ley, les serán de aplicación los criterios generales sobre procesos, su publicidad y gestión, referentes a personal funcionario de carrera,
previstos por el artículo 3 y las normas sobre reserva de plazas para personas con discapacidad del artículo 4 del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016.


2. A los procesos selectivos que se aprueben en ejecución de los restantes epígrafes del artículo 2, se les aplicará la normativa específica de cada uno de los ámbitos a los que se refieren los mismos.


Disposición adicional segunda. Oferta de empleo público de la Policía Autónoma Vasca.


1. Con vigencia indefinida, la oferta de empleo público de la Policía Autónoma vasca será la que resulte necesaria para dar cumplimiento al Acuerdo de la Junta de Seguridad para el País Vasco sobre su composición numérica total, de
conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del País Vasco.


2. Lo establecido en el apartado anterior resultará igualmente de aplicación a las ofertas de empleo público de la Policía Autónoma Vasca de los años 2015 y 2016.


Disposición final primera. Títulos competenciales.


Las previsiones sobre la oferta de empleo público y la tasa de reposición de personal docente no universitario de las Administraciones públicas con competencias educativas, cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de
Universidad y profesores contratados doctores de Universidad



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regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2011, de 21 de diciembre, de Universidades y de Cuerpos de Policía Autónoma de aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos propios de dicha Policía en su territorio, así como la
disposición adicional segunda, tienen carácter básico y se dictan al amparo del artículo 149.1.13.ª, que atribuye al Estado las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y del artículo 156.1 de la Constitución
Española.


Respecto del personal de Fuerzas Armadas, este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre Defensa y Fuerzas Armadas. Y en
lo que se refiere al personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución, Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en
materia de seguridad pública.


Disposición final segunda. Entrada en vigor.


Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dado en Madrid, el 31 de marzo de 2017.


ANEXO


FUERZAS ARMADAS Y ESCALA DE OFICIALES DE LA GUARDIA CIVIL PLAZAS DE INGRESO EN LOS CENTROS DOCENTES MILITARES DE FORMACIÓN


Ingreso directo


1. Militares de carrera


Escalas de Oficiales


EJÉRCITO DE TIERRA;Cuerpo General (a) ;200


;Cuerpo de Intendencia ;13


;Cuerpo de Ingenieros Politécnicos ;8


ARMADA;Cuerpo General (b) ;62


;Cuerpo de Infantería de Marina (a) ;14


;Cuerpo de Intendencia ;11


;Cuerpo de Ingenieros ;8


EJÉRCITO DEL AIRE;Cuerpo General (c) ;65


;Cuerpo de Intendencia ;6


;Cuerpo de ingenieros ;5


CUERPOS COMUNES;Cuerpo Jurídico Militar ;10


;Cuerpo Militar de Intervención ;12


;Cuerpo Militar de Sanidad (d) ;65


;Cuerpo de Músicas Militares (e) ;1


Total Escalas de Oficiales ;;480



Página 15





Escalas Técnicas


EJÉRCITO DE TIERRA;Cuerpo de Ingenieros Politécnicos ;13


ARMADA;Cuerpo de Ingenieros ;1


EJÉRCITO DEL AIRE;Cuerpo de Ingenieros ;3


Total Escalas Técnicas ;;17


Escala de Oficiales Enfermeros


CUERPOS COMUNES;Cuerpo Militar de Sanidad ;23


Total Escala de Oficiales Enfermeros ;;23


Escalas de Suboficiales


EJÉRCITO DE TIERRA;Cuerpo General (f) ;100


ARMADA;Cuerpo General (g) ;26


;Infantería de Marina (f) ;5


EJÉRCITO DEL AIRE;Cuerpo General (h) ;52


CUERPOS COMUNES;Cuerpo de Músicas Militares (i) ;15


Total Escalas de Suboficiales ;;198


TOTAL MILITARES DE CARRERA ;;718


2. Militares de Complemento


Escalas de Oficiales


EJÉRCITO DE TIERRA;Cuerpo de Ingenieros Politécnicos ;4


ARMADA;Cuerpo General ;12


;Cuerpo de Infantería de Marina ;10


;Cuerpo de Intendencia ;8


;Cuerpo de Ingenieros ;2


EJÉRCITO DEL AIRE;Cuerpo General ;4


;Cuerpo de Intendencia ;2


;Cuerpo de Ingenieros ;2



Página 16





Escalas Técnicas


ARMADA;Cuerpo de Ingenieros ;4


TOTAL MILITARES DE COMPLEMENTO ;;48


TOTAL INGRESO DIRECTO ;;766


Promoción (v) (w)


Escalas de Oficiales;Militares de Carrera


(j);Militares de Complemento (k);Militares de Tropa y Marinería


(l);TOTAL


EJÉRCITO DE TIERRA;;;;


Cuerpo General (m) ;21;6;26;53


Cuerpo de Intendencia ;2;2;2;6


Cuerpo de Ingenieros Politécnicos ;3;2;1;6


ARMADA;;;;


Cuerpo General (n) ;7;2;7;16


Cuerpo de Infantería de Marina (ñ) ;2;2;4;8


Cuerpo de Intendencia ;2;2;2;6


Cuerpo de Ingenieros ;1;2;2;5


EJÉRCITO DEL AIRE;;;;


Cuerpo General (o) ;7;2;8;17


Cuerpo de Intendencia ;1;2;3;6


Cuerpo de Ingenieros ;5;2;1;8


CUERPOS COMUNES;;;;


Cuerpo Jurídico Militar ;1;2;1;4


Cuerpo Militar de Intervención ;1;2;1;4


Cuerpo Militar de Sanidad (p) ;4;9;5;18


Cuerpo de Músicas Militares (q)* ;1;0;1;2


Total Escalas de Oficiales ;49;37;73;159


(*) La plaza ofertada para Militares de Tropa y Marinería también podrá ser solicitada por Militares de Carrera.



Página 17





Escalas Técnicas;Militares de Carrera


(j);Militares de Complemento (k);Militares de Tropa y Marinería


(l);TOTAL


EJÉRCITO DE TIERRA;;;;


Cuerpo de Ingenieros Politécnicos ;1;2;1;4


ARMADA;;;;


Cuerpo de Ingenieros ;1;2;1;4


EJÉRCITO DEL AIRE;;;;


Cuerpo de Ingenieros ;4;2;2;8


Total Escalas Técnicas ;6;6;4;16


Escala de Oficiales Enfermeros;Militares de Carrera


(j);Militares de Complemento (k);Militares de Tropa y Marinería


(l);TOTAL


CUERPOS COMUNES;;;;


Cuerpo Militar de Sanidad ;1;2;1;4


Total Escala de Oficiales Enfermeros ;1;2;1;4


Escalas de Suboficiales;Militares de Tropa y Marinería


(r)


EJÉRCITO DE TIERRA;


Cuerpo General (f) ;400


ARMADA;


Cuerpo General (s) ;118


Infantería de Marina (t) ;21


EJÉRCITO DEL AIRE;


Cuerpo General (u) ;210


CUERPOS COMUNES;


Cuerpo de Músicas Militares ;5


Total Escalas de Suboficiales ;754


Total promoción: 933.



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Plazas de acceso y adscripción a Cuerpo y Escala


Militares de Carrera Oficiales (acceso) ;617


Militares de Carrera Suboficiales (acceso) ;840


Militares de Complemento (adscripción) ;45


TOTAL ;1.502


Plazas para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente


Militares de Complemento ;41


Militares de Tropa y Marinería ;150


Plazas para acceder a la condición de reservista voluntario


Para el conjunto de las Fuerzas Armadas ;100


Guardia Civil


Escala de Oficiales


Ingreso directo Centro Docente de Formación Militar (a) ;65


Acceso a Escala ;65


Notas:


(a) Plazas sin exigencia previa de titulación universitaria.


(b) De estas 62 plazas, se ofertarán 54 sin exigencia de titulación universitaria previa y 8 con exigencia de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera
militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. Las plazas no
cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.


(c) De estas 65 plazas, se ofertarán 60 sin exigencia de titulación universitaria previa y 5 con exigencia de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y en la disposición
transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero. Las plazas no cubiertas en uno de los cupos no se podrán acumular al otro.


(d) De estas 65 plazas, se ofertarán 25 para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma de ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa, según lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica
9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. En la convocatoria correspondiente podrán determinarse las plazas que se
ofertarán con créditos adquiridos, conforme a lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, modificado por el Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio. De las que se oferten para ingreso en la
especialidad fundamental de Medicina con exigencia de titulación previa, hasta un máximo de 10 podrán publicarse con exigencia de una especialidad médico-quirúrgica.


(e) Para la especialidad fundamental Dirección.


(f) Plazas sin exigencia previa de titulación de Técnico Superior.


(g) De estas 26 plazas, se ofertarán 2 con exigencia previa de titulación de Técnico Superior según lo establecido en el apartado b) del punto 6 del artículo 17 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, y 24 sin exigencia de titulación
previa; las ofertadas con exigencia de titulación que no se cubran se acumularán a las ofertadas sin exigencia de titulación y viceversa.



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(h) De estas 52 plazas, se ofertarán 8 con exigencia previa de titulación de Técnico Superior según lo establecido en el apartado b) del punto 6 del artículo 17 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, y 44 sin exigencia de titulación
previa; las ofertadas con exigencia de titulación que no se cubran se acumularán a las ofertadas sin exigencia de titulación y viceversa.


(i) Las plazas no cubiertas se acumularán a las ofertadas por promoción en el mismo cuerpo y escala.


(j) Para oficiales y suboficiales militares de carrera, excepto militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, en las condiciones establecidas en el artículo 62 de la Ley 39/2007, de
19 de noviembre. En los Cuerpos Generales de los Ejércitos e Infantería de Marina las plazas ofertadas lo serán exclusivamente para la forma de promoción para cambio de escala.


(k) Para promoción interna para cambio de escala y promoción para cambio de cuerpo de militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, y para promoción para cambio de escala de los militares de complemento de la Ley 39/2007, de 19
de noviembre, en las condiciones establecidas en la disposición transitoria quinta punto 4 y el artículo 62 punto 5 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y en la disposición transitoria tercera, apartado 4, del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.


(l) Para militares de tropa y marinería, en las condiciones establecidas en el artículo 62 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.


(m) De las 21 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 26 plazas ofertadas a militares de tropa y marinería se reservarán 6 y 12, respectivamente, en las condiciones establecidas en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto
35/2010, de 15 de enero, relativas a la promoción para cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa se acumularán a las de
promoción sin exigencia de titulación universitaria previa, y viceversa.


(n) De las 7 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 7 plazas ofertadas a militares de tropa y marinería se reservarán 2 y 3, respectivamente, en las condiciones establecidas en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto
35/2010, de 15 de enero, relativas a la promoción para cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa se acumularán a las de
promoción sin exigencia de titulación universitaria previa, y viceversa.


(ñ) De las 2 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 4 plazas ofertadas a militares de tropa y marinería se reservarán 1 y 2, respectivamente, en las condiciones establecidas en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto
35/2010, de 15 de enero, relativas a la promoción para cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa se acumularán a las de
promoción sin exigencia de titulación universitaria previa, y viceversa.


(o) De las 7 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 8 plazas ofertadas a militares de tropa y marinería se reservarán 2 y 5, respectivamente, en las condiciones establecidas en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto
35/2010, de 15 de enero, relativas a la promoción para cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa se acumularán a las de
promoción sin exigencia de titulación universitaria previa, y viceversa.


(p) De estas 18 plazas, se ofertarán 5 para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria, según lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de
julio, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. En la convocatoria correspondiente se podrán determinar las plazas que se ofertarán con créditos adquiridos, conforme a lo establecido en disposición
adicional cuarta del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, modificado por el Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio.


(q) De las dos plazas ofertadas una lo será para la especialidad fundamental de Instrumentista, reservada para suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, conforme a lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
La otra lo será para la especialidad fundamental de Dirección y podrá ser solicitada indistintamente por suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares y militares de tropa y marinería.



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(r) Para militares de tropa y marinería, en las condiciones establecidas en el artículo 62 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y el artículo 15 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.


(s) De estas 118 plazas, se ofertarán 8 con exigencia de titulación previa de Técnico superior, en las condiciones establecidas en el apartado b) del punto 6 del artículo 17 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero; de estas últimas, las no
cubiertas se acumularán a las 110 ofertadas sin exigencia previa de titulación de Técnico Superior.


(t) De estas 21 plazas, se ofertarán 5 con exigencia de titulación previa de Técnico superior, en las condiciones establecidas en el apartado b) del punto 6 del artículo 17 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero; de estas últimas, las no
cubiertas se acumularán a las 16 ofertadas sin exigencia previa de titulación de Técnico Superior.


(u) De estas 210 plazas, se ofertarán 32 con exigencia de titulación previa de Técnico superior, en las condiciones establecidas en el apartado b) del punto 6 del artículo 17 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero; de estas últimas, las
no cubiertas se acumularán a las 178 ofertadas sin exigencia previa de titulación de Técnico Superior.


(v) En las convocatorias correspondientes se podrán fijar normas específicas de acumulación, cumpliendo siempre el requisito de que las plazas no cubiertas por promoción o promoción interna no podrán acumularse, en ningún caso, a las plazas
ofertadas para ingreso directo.


(w) Las plazas ofertadas al personal que ostente cada una de las tres condiciones militares, que no resulten cubiertas, se ofertarán al personal que ostente las otras dos. El orden de prioridad en caso de que haya personal solicitante
procedente de condiciones diferentes será: primero militares de carrera, segundo militares de tropa y marinería, tercero militares de complemento para cambio de escala y cuarto militares de complemento para cambio de cuerpo. Esta oferta se hará
después de realizar la acumulación de plazas entre las dos formas de promoción de los militares de complemento. Para las plazas ofertadas al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulación previa, las
normas aplicables a la acumulación se determinarán en su convocatoria específica.


130/000013


Se publica a continuación el Real Decreto-ley 7/2017, de 28 de abril, por el que se prorroga y modifica el Programa de Activación para el Empleo.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, dicho Real Decreto-ley fue sometido a debate y votación de totalidad por el Congreso de los Diputados en su sesión del día de hoy, en la que se acordó su convalidación.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


REAL DECRETO-LEY 7/2017, DE 28 DE ABRIL, POR EL QUE SE PRORROGA Y MODIFICA EL PROGRAMA DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO


I


En aras a facilitar y fomentar el acceso de las personas desempleadas a los servicios de los Servicios Públicos de Empleo, una de las iniciativas recogidas en el Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el
crecimiento económico y el empleo, firmado el 29 de julio de 2014 por el Gobierno y los interlocutores sociales, fue el diseño de un programa de activación para el empleo para desempleados de larga duración con cargas familiares.



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El programa se distinguía por ofrecer contenidos específicos de orientación, formación, recualificación y reconocimiento de la experiencia de trabajo que, acompañado de una medida de protección, contribuyera a facilitar la reinserción
laboral de estos desempleados. En desarrollo de esta previsión, Gobierno e interlocutores sociales firmaron en diciembre del mismo año el Acuerdo sobre el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo, aprobado posteriormente por el Real
Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo, y prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2016, de 15 de abril.


La economía española acumula tres años de crecimiento del PIB. En este periodo, se han creado casi un millón y medio de empleos. Pese a ello, 3.702.137 personas siguen inscritas como desempleadas, y buena parte de ellas, algo menos de la
mitad, desde hace más de un año.


La evaluación del programa de activación para el empleo pone de manifiesto que hasta el 31 de enero de 2017 han sido atendidos 217.721 solicitantes; de los cuales 140.139 han accedido a la ayuda económica, y el 88 % de los que han percibido
la prestación y la han compatibilizado con el empleo, han mantenido el trabajo tras finalizar el programa. Además, uno de cada tres beneficiarios ha obtenido una colocación en los doce meses siguientes a su incorporación al programa.


Por todo ello, ante la finalización del plazo para acceder al programa de activación para el empleo el 15 de abril de 2017, Gobierno e interlocutores sociales han celebrado varias reuniones de trabajo en el marco de la mesa de diálogo social
para el diseño de un plan de choque por el empleo, en las que, en primera instancia, se ha procedido a evaluar el vigente programa de activación para el empleo y debatir propuestas de mejora.


Gobierno e interlocutores sociales coinciden en la necesidad de mantener los instrumentos existentes para la protección y activación de los desempleados de larga duración con cargas familiares y, en consecuencia, en la necesidad de prorrogar
el programa durante un año.


A través de las modificaciones que se introducen en el programa, se permite el acceso al mismo a cualquier desempleado que haya agotado cualquier prestación por desempleo, y no únicamente tras haber agotado el Programa de Recualificación
Profesional de las Personas que agoten su Protección por Desempleo, el Programa Temporal de Protección e Inserción o la Renta Activa de Inserción; se reduce el plazo de espera para solicitarlo desde que se ha agotado cualquier prestación de seis
meses a un mes; y se reduce el plazo de inscripción como demandante de empleo de 360 días a 270 días dentro de los 18 meses anteriores a la solicitud.


Las citadas modificaciones se aplican también a los desempleados que cumplan los nuevos requisitos y que no estando inscritos a la fecha de entrada en vigor de esta norma lo hubieran estado el 1 de diciembre de 2014 o el 1 de abril de 2016,
dándose cabida de esta forma a potenciales beneficiarios a los que la regulación inicial no permitió el acceso.


El texto del Real Decreto-ley ha sido consultado y debatido con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en la mesa de diálogo social para el diseño de un Plan de Choque por el Empleo, y las mejoras incorporadas
recogen parcialmente sus propuestas.


II


El Real Decreto-ley consta de un artículo único, una disposición transitoria y tres disposiciones finales.


El artículo único se refiere a las modificaciones introducidas en el programa de activación para el empleo. Las modificaciones operadas en el Real Decreto-ley persiguen tres objetivos esenciales: ampliar un año más la duración de la
medida; ampliar el colectivo de personas que pueden beneficiarse de este programa; y agilizar y facilitar el acceso al programa de los posibles beneficiarios.


Dichos objetivos tienen como fin último incrementar las posibilidades de acceso al mercado de trabajo de un importante número de personas que están en una situación de gran dificultad para acceder al mismo con el consiguiente riesgo de
exclusión social, a través de dos vías: la mejora de su empleabilidad y, simultáneamente, la cobertura de la situación de necesidad provocada por la insuficiencia de recursos económicos. Básicamente, se trata de profundizar en la finalidad del
Acuerdo tripartito suscrito por el Gobierno y los interlocutores sociales en diciembre de 2014 que dio lugar a la puesta en marcha del programa.



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El apartado uno de dicho artículo da nueva redacción a los párrafos a), b), c), f) y g) del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, ampliando la posibilidad de acceder al programa y facilitando el cumplimiento del
requisito a las personas en situación de desempleo más reciente. Mediante la modificación del artículo 2.1.a) de la norma se produce una importante ampliación del colectivo de posibles beneficiarios al incluirse entre los mismos a las personas que
hayan agotado una prestación contributiva o un subsidio por desempleo, de los regulados en el título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, dado que se
trata de un colectivo muy numeroso que se añade a los que han agotado el resto de las ayudas.


También contribuirá a la ampliación la eliminación del requisito consistente en haber agotado el tercer derecho a la Renta Activa de Inserción, que anteriormente se incluía dentro del mismo párrafo. Asimismo, la eliminación del requisito de
estar inscrito en una fecha anterior a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, así como la reducción de 360 días a 270 días del período de inscripción dentro de los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de
incorporación al programa que el solicitante debe acreditar, incrementarán notablemente el número de posibles beneficiarios.


La agilización del acceso al programa se consigue mediante la reducción de seis meses a un mes del plazo de espera posterior al agotamiento de cualquiera de las prestaciones o ayudas así como de la misma reducción del plazo de espera en el
caso de que tras el agotamiento de alguna de las prestaciones o ayudas se hubiese percibido cualquier tipo de rentas mínimas, salarios sociales, etc., concedidas por cualquier Administración Pública.


El apartado dos modifica el apartado b) del artículo 3 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, con el objetivo de facilitar a los solicitantes la acreditación de la búsqueda activa de empleo, potenciando la colaboración de las
agencias de colocación en el cumplimiento de dicho requisito.


El apartado tres modifica el artículo 4.1 para ampliar el plazo en el que se puede presentar la solicitud de incorporación al programa, de modo que las personas desempleadas puedan solicitar la admisión al programa durante el año siguiente a
la entrada en vigor de esta norma.


En línea con las modificaciones operadas por el apartado segundo, los apartados cuarto y quinto modifican el artículo 6 definiendo mejor el papel del tutor en el proceso de búsqueda activa de empleo que tiene que realizar el desempleado para
ser incluido en el programa, con el objeto de facilitar esta búsqueda y su acreditación.


La disposición final primera se refiere al título competencial que ampara la aprobación de esta norma.


La disposición final segunda adapta lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia a la estructura del ministerio, y afianza la efectividad de la
redacción dada al artículo 98 de esa ley por el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con el objeto de resolver ciertas dudas interpretativas.


La disposición final tercera prevé la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.


III


En cuanto a la extraordinaria y urgente necesidad que la Constitución exige en su artículo 86 para aprobar este Real Decreto-ley, concurre este requisito en la medida que se pretende adoptar con la presente norma.


El 15 de abril de 2017 venció el plazo para que los desempleados pudieran presentar la solicitud de incorporación al programa de activación para el empleo. Por ello, la necesidad de que la prórroga del programa entre en funcionamiento tan
pronto como sea posible para evitar situaciones de desprotección de los trabajadores desempleados justifica la aprobación urgente de la norma.


Es por ello urgente que se apruebe este Real Decreto-ley de modo que se puedan aplicar de forma inmediata las medidas contempladas en el mismo, otorgando una mayor protección a los trabajadores desempleados.


En su virtud, en uso de la autorización concedida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de abril de 2017,



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DISPONGO:


Artículo único. Prórroga y modificación del Programa de Activación para el Empleo.


El Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo, queda modificado como sigue:


Uno. El apartado 1 del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:


'1. Podrán ser beneficiarias del presente programa las personas desempleadas que, presentando la solicitud de incorporación dentro del plazo indicado en el artículo 4, reúnan los siguientes requisitos a la fecha de dicha solicitud:


a) Haber transcurrido al menos un mes desde el agotamiento de la última prestación o ayuda reconocida, siempre que haya sido alguna de las siguientes: la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo regulados en el título III del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre; la Renta Activa de Inserción (RAI) regulada en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el
Programa de Renta Activa de Inserción para Desempleados con Especiales Necesidades Económicas y Dificultad para Encontrar Empleo, o en las normas que le precedieron; el Programa Temporal de Protección e Inserción (PRODI) regulado por el Real
Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto, por el que se regula el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción; el Programa de Recualificación Profesional de las Personas que Agoten su Protección por Desempleo (PREPARA), regulado en el
Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, así como en los sucesivos reales decreto-leyes que han prorrogado dicho
programa.


A los efectos de este apartado no se considerará agotamiento la extinción derivada de una sanción o baja en el derecho por causa imputable al beneficiario.


b) Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo competente a fecha 1 de mayo de 2017. Este requisito se entenderá cumplido en los supuestos en que el trabajador, aun no estando inscrito como demandante de empleo
en dicha fecha, tenga interrumpida la inscripción debido a la realización de un trabajo por cuenta ajena, siempre que la duración del contrato haya sido por tiempo inferior a 90 días.


c) Haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante 270 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de incorporación al programa.


d) Carecer del derecho a la protección contributiva o asistencial por desempleo, o a la renta activa de inserción.


e) Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena previamente al agotamiento del último derecho de los contemplados en la letra a) anterior. Además, si se hubiera trabajado tras el agotamiento de dicho derecho, haber cesado
de forma involuntaria en el último trabajo realizado.


f) Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y acreditar responsabilidades familiares. La
consideración de rentas y la acreditación de las responsabilidades familiares se efectuarán conforme a lo establecido en los apartados 4 y 3 respectivamente, del artículo 275 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. A estos efectos no se tendrán en cuenta las rentas derivadas de las actividades compatibles con la ayuda.


g) En el caso de que tras el agotamiento de alguna de las prestaciones o ayudas incluidas en el apartado a) se hubiese percibido cualquier tipo de rentas mínimas, salarios sociales o ayudas análogas de asistencia social concedidas por
cualquier Administración Pública, deberá haber transcurrido como mínimo un mes desde la finalización de la percepción de estas rentas antes de la solicitud de este programa.


h) Cumplir con las obligaciones de activación previstas en el artículo 3'.



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Dos. El apartado b) del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:


'b) Acreditar, ante el Servicio Público de Empleo en el que se encuentre inscrito como demandante de empleo, que durante el plazo de un mes a partir de la presentación de la solicitud han realizado, al menos, tres acciones de búsqueda activa
de empleo (BAE). La acreditación se efectuará, dentro de los diez días hábiles siguientes al transcurso del citado plazo de un mes, en el modelo establecido por el Servicio Público de Empleo correspondiente y contendrá, al menos, la especificación
de las acciones de búsqueda activa de empleo realizadas y la fecha en que se ha realizado dicha acreditación; seguidamente el Servicio Público de Empleo comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal la acreditación certificada.


Se considerarán actuaciones de búsqueda activa de empleo cada una de las siguientes:


1.ª Trabajo por cuenta propia o ajena.


2.ª Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.


3.ª Envío o presentación de currículos en, al menos, tres empresas distintas.


4.ª Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.


5.ª Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.


6.ª Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo o por las agencias de colocación.


7.ª Cualesquiera otras ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo y específicamente acciones formativas o acciones de información y actuaciones dirigidas al autoempleo y emprendimiento.


Constituirá acreditación suficiente del cumplimiento de esta obligación el certificado expedido por una agencia de colocación que incluya, además de la inscripción del solicitante en la misma, la realización por el solicitante de dos de las
actuaciones de entre las recogidas en los apartados 3.ª a 6.ª anteriores'.


Tres. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:


'1. Para ser admitidos en el programa y obtener el reconocimiento de la ayuda económica de acompañamiento prevista en el artículo 7, las personas desempleadas deberán presentar la solicitud de incorporación dentro del año siguiente contado
a partir del 1 de mayo de 2017. La solicitud deberá presentarse, conforme al modelo que se determine, en la oficina de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal que corresponda a la persona desempleada. La solicitud deberá acompañarse de
la documentación acreditativa de que se reúnen los requisitos recogidos en el artículo 2 y contendrá el compromiso de actividad que deberá suscribirse por el solicitante.


2. Una vez comprobado por el Servicio Público de Empleo Estatal que se cumplen los requisitos de acceso recogidos en el artículo 2, se informará al solicitante de que, para proceder a su admisión al programa y al abono de la ayuda económica
correspondiente, deberá acreditar haber realizado las acciones de la búsqueda activa de empleo en los términos establecidos en el artículo 3, así como tener asignado un itinerario individual y personalizado de empleo, en los términos establecidos en
los artículos 3 y 6.2.


Asimismo, se dará traslado de la solicitud al Servicio Público de Empleo competente a los efectos de que inicie las actuaciones necesarias para la asignación de un tutor individual, el diagnóstico del perfil del solicitante, y la elaboración
del itinerario individual y personalizado de empleo en los términos establecidos en el artículo 6.


3. Una vez se haya asignado al trabajador el tutor individual, acreditada la búsqueda activa de empleo y elaborado el itinerario individual y personalizado de empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal dictará resolución reconociendo la
incorporación del trabajador al programa, lo que implicará su derecho a la percepción de la ayuda económica y la posibilidad, en su caso, de compatibilizarla con el trabajo en los términos previstos en el artículo 8. El Servicio Público de Empleo
Estatal resolverá la solicitud en el plazo máximo de los tres meses siguientes a la fecha en que esta se hubiera presentado. Transcurrido el plazo sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por
silencio administrativo.



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4. Contra la resolución adoptada por el Servicio Público de Empleo Estatal podrá interponerse reclamación previa a la vía jurisdiccional social en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma'.


Cuatro. El apartado 2 del artículo 6 queda redactado del siguiente modo:


'2. Con carácter previo a la admisión en el programa, el Servicio Público de Empleo competente asignará al solicitante un tutor individual, que facilitará la realización y acreditación de la búsqueda activa de empleo, en los términos
establecidos en el artículo 3.b) y elaborará el itinerario individual y personalizado de empleo, todo ello en el plazo de un mes desde la solicitud de la admisión al programa, a partir de una entrevista individualizada que permita realizar un
diagnóstico previo del perfil del trabajador.


Para facilitar la realización y acreditación de la búsqueda activa de empleo, el tutor podrá proporcionar al solicitante la información necesaria sobre las agencias de colocación existentes en su ámbito de actuación y los servicios que
prestan, a fin de que puedan realizar su inscripción en aquellas.


Asimismo, podrá informarle sobre los portales de empleo, las ofertas de empleo disponibles y cualesquiera otros instrumentos que le faciliten el cumplimiento de las actuaciones de búsqueda activa de empleo.


Las agencias de colocación que actúen como entidades colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo, deberán realizar la inscripción del solicitante en la misma y, al menos, dos de las acciones de las recogidas en los apartados 3.ª a 6.ª
del artículo 3.b) y asimismo emitir la certificación correspondiente'.


Quinto. El párrafo a) del artículo 6.6 queda redactado del siguiente modo:


'a) La identidad del tutor individual que se asigne al solicitante del programa, la acreditación de la búsqueda activa de empleo, los itinerarios que se elaboren, y las colocaciones que se realicen durante la vigencia de los itinerarios, así
como su seguimiento. Los itinerarios deberán ser comunicados inmediatamente después de su elaboración'.


Disposición transitoria única. Aplicación del requisito relativo a la inscripción como demandante de empleo.


Podrán incorporarse al programa de activación para el empleo las personas que aun no cumpliendo el requisito establecido en el artículo 2.1.b) del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, de estar inscritas como demandantes de empleo a
fecha 1 de mayo de 2017, lo hubiesen estado a fechas 1 de diciembre de 2014 o 1 de abril de 2016, siempre que reúnan los demás requisitos exigidos en el artículo 2 de la citada norma, modificada por el presente Real Decreto-ley.


Disposición final primera. Título competencial.


Este Real Decreto-ley se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.7.ª y 13.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las
comunidades autónomas, y las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.


Disposición final segunda. Modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.


La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, queda modificada de la siguiente manera:


Uno. Las referencias efectuadas a la 'Dirección General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social que tenga atribuidas las competencias para la administración del Fondo Social Europeo' en el apartado 3 del artículo 92, el apartado 2 del
artículo 95, los apartados 2 y 6 del artículo 98, el primer párrafo del artículo 102, las letras i) y j) del apartado 1 del artículo 111, el párrafo quinto de la letra a) del artículo 112, el párrafo primero de la disposición adicional vigesimoctava
y el apartado 4 de la disposición final segunda quedan sustituidas por la mención a la 'Unidad orgánica correspondiente que designe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social'.



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Dos. El apartado 5 del artículo 98 queda redactado de la siguiente manera:


'5. La inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 97. La fecha de inscripción
en el Sistema corresponderá con la fecha de inscripción o de renovación como demandante de empleo.


A estos efectos, se considerará que se cumple con el requisito establecido en la letra g) del artículo 97 en el momento en que se hubiera procedido a la inscripción como demandante de empleo.


Adicionalmente, los Servicios Públicos de Empleo podrán solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, desde el 1 de septiembre de 2013 hasta el 24 de diciembre
de 2016, que hubieran participado en alguna de las acciones recogidas en el artículo 106 y, al inicio de la acción, cumplieran con los requisitos recogidos en el artículo 105. En este caso, la fecha de inscripción corresponderá con la fecha de
inicio de la acción. Asimismo, los Servicios Públicos de Empleo informarán de esta circunstancia a la persona interesada a efectos de que la misma pueda ejercer sus derechos de acceso, modificación, cancelación y oposición'.


Tres. El párrafo tercero del artículo 112.a) queda redactado de la siguiente forma:


'La Comisión estará integrada por un máximo de tres representantes de cada una de las comunidades autónomas participantes en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de entre los ámbitos de empleo, educación, servicios sociales
y/o juventud, así como por los organismos intermedios del Fondo Social Europeo de las comunidades autónomas y por los interlocutores sociales. Igualmente, formarán parte de la Comisión aquellos miembros que designe el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social, un representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, un representante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como cualquier otro miembro que resulte competente por razón de la materia'.


Disposición final tercera. Entrada en vigor.


El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dado en Madrid, el 28 de abril de 2017.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


162/000327


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre la efectiva aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria Histórica, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 105, de 17 de febrero de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la efectiva
aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria Histórica que se verá en la Sesión Plenaria de hoy.


Enmienda


De adición.


Se añaden los siguientes puntos quedando la redacción:


'Proposición no de Ley


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias, incluidas las de carácter normativo, para revitalizar la aplicación de la Ley 52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen
medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, y, en particular, a:


- Reanudar las políticas públicas destinadas a la recuperación de la memoria histórica con su correspondiente dotación de las necesarias partidas presupuestarias.


- Retomar la expedición de declaraciones de reparación y reconocimiento personal para todas aquellas personas que padecieron persecución y prisión o violencia por razones políticas o ideológicas y, en su caso, constatar la ilegitimidad de
las sentencias emanadas de los tribunales ilegítimos, según el artículo 3 de la Ley.


- Asumir, en colaboración con el resto de administraciones públicas y las asociaciones, la realización de las actuaciones necesarias para la localización y exhumación de fosas e identificación de los cadáveres, removiendo los obstáculos que
lo impiden, como ejercicio inexcusable de dignificación que dé por cerrada la herida de las desapariciones forzadas. Dar un entierro digno a los restos de quienes todavía yacen anónimamente en montes y cunetas debe ser un deber de los poderes
públicos para con las víctimas y sus descendientes.


- En este sentido, es conveniente también estudiar la posibilidad de crear Bancos de ADN con la urgencia y celeridad a que obliga la avanzada edad de muchos de los familiares de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la
Dictadura.


- Proporcionar un mayor apoyo institucional, legal y financiero a los familiares y asociaciones de víctimas, caminando así hacia una mayor dignificación y reconocimiento de su trabajo.


- Proceder a la reapertura y potenciación de la Oficina de Ayuda a Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura como órgano de coordinación.


- Impulsar la retirada de símbolos y monumentos que honran la memoria de los vencedores o conmemoran el conflicto civil o la dictadura, aplicando de forma plena y no arbitraria la ley, y evitando así toda exaltación de la sublevación
militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura, en el convencimiento de que los símbolos y monumentos públicos han de ser ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio.


- No olvidar a los colectivos que no pudieron beneficiarse de la Ley 52/2007 para acceder a la nacionalidad española y, para ello, remitir a las Cortes Generales las iniciativas oportunas, en el plazo máximo de seis meses, prestando especial
atención a la inclusión de los siguientes supuestos: descendientes de mujeres españolas, justificado por el hecho de que hasta 1978 las mujeres no transmitían la nacionalidad; los descendientes de varón que tuvo que renunciar a la nacionalidad con
anterioridad al nacimiento de sus hijos; hijos mayores de edad de quienes han adquirido la nacionalidad en aplicación de la Ley 52/2007, puesto que la adquisición de la nacionalidad en esta ley se producía solo en favor de los hijos menores de
edad.


- Revisar, en su caso, la normativa en materia de archivos para garantizar el acceso a todos los fondos históricos, ajustándolo a los estándares internacionales aplicables.


- Abrir los archivos de instituciones y dependencias oficiales con información sobre la represión franquista. Asegurar que se razone debidamente en derecho la clasificación y secreto de los documentos. Respaldar las investigaciones que
profundicen en la recuperación de la memoria histórica.



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- Elaborar el censo completo de las infraestructuras y obras realizadas con trabajos forzados de represaliados tal como contempla el artículo 17 de la Ley 52/2017. Proceder a la colocación de placas o plafones informativos en memoria y
homenaje de los represaliados por la dictadura que fueron sometidos a trabajos forzados para la construcción de estas infraestructuras, reconociendo además en los textos de historia sobre las mismas la existencia y el contenido de los trabajos de
investigación que así lo avalan. Musealizar -en su caso- los espacios conservados.


- Afrontar, de forma decidida y urgente, las recomendaciones del informe de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos entregado al Ministerio de la Presidencia el 29 de noviembre de 2011. Con ello debemos proceder a resignificar la
función del Valle de los Caídos para que deje ser un lugar de memoria franquista y nacional-católica y reconvertido en espacio para la cultura de la reconciliación, de la memoria colectiva democrática, y de dignificación y reconocimiento de las
víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. En particular, dar cumplimiento preferente a la exhumación de los restos de Francisco Franco y su traslado fuera del Valle de los Caídos, así como a la exhumación de los restos de José Antonio Primo de
Rivera para su reubicación -en su caso- en un sitio no preeminente del edificio, tal como se recoge en la recomendación 31 del mencionado informe.


- Excluir de todo tipo de subvención o ayuda pública a cualquier organización o entidad que ensalce o defienda la Dictadura o la figura del dictador Franco, el nazismo, la xenofobia o cualquier otra expresión de carácter discriminatorio o
vejatorio para las víctimas.


- Promover la creación de una Comisión de la Verdad, en la línea de las recomendaciones de Naciones Unidas.


- Estudiar la cuestión de la nulidad de las condenas dictadas por los tribunales penales franquistas contra quienes defendieron la legalidad republicana.


- Establecer el 11 de noviembre, Día Europeo de las Víctimas del Fascismo, como día de recuerdo y homenaje a las víctimas del franquismo. Fomentar en el sistema educativo los contenidos que se deriven de todos los trabajos realizados a
favor de la memoria histórica.


- Que realice un inventario general de objetos, símbolos, banderas, y material perteneciente a instituciones, partidos políticos y centrales sindicales incautados en la Guerra Civil y que se guardan y/o exhiben como botín de guerra en museos
y archivos propiedad del Estado.


- Que una vez realizado el inventario y clasificación de dichos objetos, proceda a la devolución de los mismos a los propietarios a los que le fueron arrebatados.


- Que se tomen las medidas jurídicas o reglamentarias pertinentes para que la comercialización de los símbolos y objetos capturados o incautados, y que actualmente se encuentren en manos privadas, quede prohibida y sea penalizada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley para la efectiva aplicación y desarrollo de la
Ley de Memoria Histórica, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De sustitución.


Se sustituye el apartado 3:


'- Asumir, en colaboración con el resto de administraciones públicas y las asociaciones, la realización de las actuaciones necesarias para la localización y exhumación de fosas e identificación de los cadáveres, removiendo los obstáculos que
lo impiden, como ejercicio inexcusable de dignificación que dé por cerrada la herida de las desapariciones forzadas. Dar un entierro digno a los restos de quienes todavía yacen



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anónimamente en montes y cunetas debe ser un deber de los poderes públicos para con las víctimas y sus descendientes.'


Por:


'- Asumir como responsabilidad directa del Estado y las administraciones públicas la realización de las actuaciones necesarias para la localización y exhumación de fosas e identificación de los cadáveres, removiendo los obstáculos que lo
impiden, como ejercicio inexcusable de dignificación que dé por cerrada la herida de las desapariciones forzadas. Dar un entierro digno a los restos de quienes todavía yacen anónimamente en montes y cunetas debe ser un deber de los poderes públicos
para con las víctimas y sus descendientes.'


Enmienda


De sustitución.


Se sustituye el punto 15:


'- Estudiar la cuestión de la nulidad de las condenas dictadas por los tribunales penales franquistas contra quienes defendieron la legalidad republicana.'


Por:


'- Revisar y anular todas las condenas derivadas de Consejos de Guerra y de tribunales de represión política celebradas durante el franquismo.'


Enmienda


De adición.


Se incorpora un nuevo apartado al final del texto actual con el siguiente redactado:


'- Que el Gobierno inicie las acciones necesarias que permitan la anulación del Consejo de Guerra sumarísimo a que fue sometido el President de la Generalitat de Catalunya Lluís Companys i Jover, dando así cumplimiento a la Proposición no de
Ley aprobada por el Congreso de los Diputados el 28 de septiembre de 2004.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2017.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Carles Campuzano i Canadés, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
adición a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, para la efectiva aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria Histórica.


Enmienda


De adición.


Redacción que se propone:


'- El Congreso declara la nulidad jurídica de todos los juicios de cariz político acaecidos durante la Guerra Civil española y los cuarenta años del Franquismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Carles Campuzano i Canadés, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista sobre la efectiva aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria Histórica.


Enmienda


De modificación.


Se modifica el texto por el siguiente redactado:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


- Presentar en el plazo de seis meses una Ley de Memoria Histórica que contemple:


a) La aplicación de la doctrina de las NNUU sobre los Crímenes contra la Humanidad a los cometidos sistemáticamente por la Dictadura franquista.


b) El reconocimiento del derecho inalienable a la verdad y el deber de recordar por parte del Estado establecidos por la ONU.


c) El reconocimiento jurídico y moral de la condición de víctimas a todas las personas físicas y jurídicas que sufrieron persecución y muerte, y restituir moral y materialmente a todas las personas, instituciones públicas, organizaciones y
entidades de todo tipo que fueron perseguidas y represaliadas, y que hasta el momento no han obtenido su justo reconocimiento y reparación.'


Justificación.


La necesidad de tener una verdadera Ley de Memoria Histórica, ya que la actual mal llamada Ley de Memoria Histórica no es más que aquello que reza en su título: por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de
quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. Y, a pesar de ello, ni siquiera se reconocen jurídicamente las víctimas ni tampoco se reconocen a todas las víctimas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000327


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la efectiva aplicación y desarrollo de la Ley de Memoria Histórica, publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 105, de 17 de febrero de 2017, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias, incluidas las de carácter normativo, para revitalizar la aplicación de la Ley 52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen
medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, y, en particular, a:


- Reanudar las políticas públicas destinadas a la recuperación de la memoria histórica con su correspondiente dotación de las necesarias partidas presupuestarias.


- Retomar la expedición de declaraciones de reparación y reconocimiento personal para todas aquellas personas que padecieron persecución y prisión o violencia por razones políticas o ideológicas y, en su caso, constatar la ilegitimidad de
las sentencias emanadas de los tribunales ilegítimos, según el artículo 3 de la Ley.


- Asumir, en colaboración con el resto de administraciones públicas y las asociaciones, la realización de las actuaciones necesarias para la localización y exhumación de fosas e identificación de los cadáveres,



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removiendo los obstáculos que lo impiden, como ejercicio inexcusable de dignificación que dé por cerrada la herida de las desapariciones forzadas. Dar un entierro digno a los restos de quienes todavía yacen anónimamente en montes y cunetas
debe ser un deber de los poderes públicos para con las víctimas y sus descendientes.


- En este sentido, es conveniente también estudiar la posibilidad de crear Bancos de ADN con la urgencia y celeridad a que obliga la avanzada edad de muchos de los familiares de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la
Dictadura.


- Proporcionar un mayor apoyo institucional, legal y financiero a los familiares y asociaciones de víctimas, caminando así hacia una mayor dignificación y reconocimiento de su trabajo.


- Proceder a la reapertura y potenciación de la Oficina de Ayuda a Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura como órgano de coordinación.


- Impulsar la retirada de símbolos y monumentos que honran la memoria de los vencedores o conmemoran el conflicto civil o la dictadura, aplicando de forma plena y no arbitraria la ley, y evitando así toda exaltación de la sublevación
militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura, en el convencimiento de que los símbolos y monumentos públicos han de ser ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio.


- No olvidar a los colectivos que no pudieron beneficiarse de la Ley 52/2007 para acceder a la nacionalidad española y, para ello, remitir a las Cortes Generales las iniciativas oportunas, en el plazo máximo de seis meses, prestando especial
atención a la inclusión de los siguientes supuestos: descendientes de mujeres españolas, justificado por el hecho de que hasta 1978 las mujeres no transmitían la nacionalidad; los descendientes de varón que tuvo que renunciar a la nacionalidad con
anterioridad al nacimiento de sus hijos; hijos mayores de edad de quienes han adquirido la nacionalidad en aplicación de la Ley 52/2007, puesto que la adquisición de la nacionalidad en esta ley se producía solo en favor de los hijos menores de
edad.


- Revisar, en su caso, la normativa en materia de archivos para garantizar el acceso a todos los fondos históricos, ajustándolo a los estándares internacionales aplicables.


- Abrir los archivos de instituciones y dependencias oficiales con información sobre la represión franquista. Asegurar que se razone debidamente en derecho la clasificación y secreto de los documentos. Respaldar las investigaciones que
profundicen en la recuperación de la memoria histórica.


- Elaborar el censo completo de las infraestructuras y obras realizadas con trabajos forzados de represaliados tal como contempla el artículo 17 de la Ley 52/2007. Proceder a la colocación de placas o plafones informativos en memoria y
homenaje de los represaliados por la dictadura que fueron sometidos a trabajos forzados para la construcción de estas infraestructuras, reconociendo además en los textos de historia sobre las mismas la existencia y el contenido de los trabajos de
investigación que así lo avalan. Musealizar -en su caso- los espacios conservados.


- Afrontar, de forma decidida y urgente, las recomendaciones del informe de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos entregado al Ministerio de la Presidencia el 29 de noviembre de 2011. Con ello debemos proceder a resignificar la
función del Valle de los Caídos para que deje de ser un lugar de memoria franquista y nacional-católica y reconvertirlo en espacio para la cultura de la reconciliación, de la memoria colectiva democrática, y de dignificación y reconocimiento de las
víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. En particular, dar cumplimiento preferente a la exhumación de los restos de Francisco Franco y su traslado fuera del Valle de los Caídos, así como a la exhumación de los restos de José Antonio Primo de
Rivera para su reubicación -en su caso- en un sitio no preeminente del edificio, tal como se recoge en la recomendación 31 del mencionado informe.


- Excluir de todo tipo de subvención o ayuda pública a cualquier organización o entidad que ensalce o defienda la Dictadura o la figura del dictador Franco, el nazismo, la xenofobia o cualquier otra expresión de carácter discriminatorio o
vejatorio para las víctimas.


- Promover la creación de una Comisión de la Verdad, en la línea de las recomendaciones de Naciones Unidas.


- Estudiar la cuestión de la nulidad de las condenas dictadas por los tribunales penales franquistas contra quienes defendieron la legalidad republicana.


- Establecer el 11 de noviembre, Día Europeo de las Víctimas del Fascismo, como día de recuerdo y homenaje a las víctimas del franquismo. Fomentar en el sistema educativo los contenidos que se deriven de todos los trabajos realizados a
favor de la memoria histórica.'



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Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000396


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la crisis institucional en Venezuela, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 7 de abril de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la crisis institucional en Venezuela.


Enmienda


De modificación.


Se propone la modificación de la Proposición no de Ley que quedara redactada de la forma que sigue:


'El Congreso de los Diputados:


1. Reitera su solidaridad con los ciudadanos de Venezuela y su preocupación por la situación económica, social y política que vive la República Bolivariana de Venezuela y expresa una gran preocupación por la grave crisis institucional que
vive el país, a partir de la anulación de las competencias de la Asamblea Nacional.


2. Recuerda que estas decisiones no contribuyen a la normalización institucional y a la necesaria cooperación entre los poderes del Estado para hacer frente a la grave crisis, no solo humanitaria, si no también política, económica y social
que se está viviendo en Venezuela.


3. Reafirma su compromiso con la defensa de la separación de poderes y el respeto al Estado de derecho, base de toda democracia, y muestra su solidaridad con la Asamblea Nacional Venezolana, que debe tener garantizada la capacidad de actuar
con autonomía en el desarrollo de su labor legítima.


4. Insiste en su convencimiento de que solo un diálogo urgente, inclusivo y basado en el sincero reconocimiento mutuo de los distintos actores políticos y de las instituciones, con sus competencias y atribuciones, de la República
Bolivariana de Venezuela será efectivo para solucionar los problemas de Venezuela, y permitirá avanzar en la consecución de la paz social y la estabilidad política e institucional, con pleno derecho a la democracia y al respeto a los Derechos
Humanos. Apostando por medidas que promuevan la democracia, el diálogo y el reencuentro entre los venezolanos como única vía para la solución de la grave situación que atraviesa el pais y que, de manera urgente, son requeridas por la sociedad
venezolana.


5. Insta al Gobierno a que traslade al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y a Asamblea Nacional Venezolana este acuerdo y:


a) Exhorte al Gobierno venezolano que asuma sus responsabilidades con el fin de lograr el respeto de la democracia y el diálogo efectivo entre los poderes del Estado, garantizando de manera efectiva la



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separación de poderes y el Estado de Derecho, las libertades, los principios democráticos, y los Derechos Humanos así como la convocatoria de elecciones previstas por el ordenamiento jurídico y constitucional del país.


b) Continúe impulsando en colaboración con los distintos actores internacionales y regionales la búsqueda de soluciones que garanticen el cumplimiento de los principios democráticos. Y, de manera especial, respalde aquellas iniciativas que
tienen como objetivo contribuir al establecimiento de un dialogo sincero y democrático como garantía de una solución estable de la situación por la que atraviesa Venezuela.


c) Traslade al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela la plena disponibilidad de las instituciones españolas para colaborar con las instituciones venezolanas a la hora de paliar los efectos en la población venezolana de las crisis
por la que atraviesa el país.


d) Exija al Gobierno venezolano la inmediata liberalización de todos los presos políticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso sobre la crisis institucional en Venezuela.


Enmienda


De modificación.


Se modifica el texto por el siguiente redactado:


'- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Respetar el principio de no intervención y en consecuencia dejar de interferir en la política interna de la República Bolivariana de Venezuela.


2. Apoyar todas las iniciativas surgidas de UNASUR de diálogo y despolarización encaminadas a la pacífica superación de la tensa situación que vive la política venezolana.


Asimismo, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a defender los Derechos Humanos en todo el mundo y, en particular, a contribuir a ello dando estricto cumplimiento a Ley de comercio de armas y en tal sentido:


3. No vender ningún tipo de material militar a países donde puedan ser empleados en acciones que perturben la paz, la estabilidad o la seguridad en un ámbito mundial o regional, puedan exacerbar tensiones o conflictos latentes, puedan ser
utilizados de manera contraria al respeto debido y la dignidad inherente al ser humano, con fines de represión interna o en situaciones de violación de derechos humanos, tengan como destino países con evidencia de desvíos de materiales transferidos
o puedan vulnerar los compromisos internacionales contraídos por España. Para determinar la existencia de estos indicios racionales se tendrán en cuenta los informes sobre transferencias de material de defensa y destino final de estas operaciones
que sean emitidos por organismos internacionales en los que participe España, los informes de tos Órganos de derechos humanos y otros organismos de Naciones Unidas, la información facilitada por organizaciones y centros de investigación de
reconocido prestigio en el ámbito del desarrollo, el desarme y los derechos humanos, así como las mejores prácticas más actualizadas descritas en la Guía del Usuario del Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas.


4. Revocar la autorización de la exportación de 5 corbetas y cualquier otro tipo de material militar o de doble uso a Arabia Saudí, así como denegar cualquier tipo de exportación de armamento a Oriente Medio o a los países africanos en
conflicto o a sus vecinos por el riesgo de reexportación.'



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Justificación.


Lamentablemente el catálogo de violación de los Derechos Humanos en el mundo es extenso, siendo curiosa la obsesión de algunos Grupos Parlamentarios por los que se pueden producir solo en un país (curiosamente también, en un país de
ideología opuesta), mientras silencian las violaciones que se producen en otros países o, peor aún, legitiman y permiten la venta de armamento a ellos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, sobre la crisis
institucional en Venezuela.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados:


- Muestra una especial preocupación por el deterioro de los valores democráticos en Venezuela a partir de la reciente convocatoria por parte de su presidente, de una Asamblea Nacional Constituyente (ACN)


- Condena los últimos actos de violencia contra la población civil a partir de esta convocatoria.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000396


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la crisis institucional en Venezuela, publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 7 de abril de 2017, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados:


- Reitera su solidaridad con los ciudadanos de Venezuela y su preocupación por la situación económica, social y política que vive el país y expresa una gran preocupación por la situación en Venezuela, y por la grave crisis institucional a
partir de la anulación de las competencias de la Asamblea Nacional.


- Muestra una especial preocupación por el deterioro de los valores democráticos en Venezuela a partir de la reciente convocatoria por parte de su presidente, de una Asamblea Nacional Constituyente (ACN).


- Condena los últimos actos de violencia contra la población civil a partir de esta convocatoria.


- Recuerda que estas decisiones no contribuyen a la normalización institucional y a la necesaria cooperación entre los poderes del Estado para hacer frente a la grave crisis, no solo humanitaria, si no también política, económica y social
que se está viviendo en Venezuela.


- Reafirma su compromiso con la defensa de la separación de poderes y el respeto al Estado de Derecho, base de toda democracia, y muestra su solidaridad con la Asamblea Nacional Venezolana, que debe tener garantizada la capacidad de actuar
con autonomía, en el desarrollo de su labor legítima.



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- Insiste en su convencimiento de que solo un diálogo urgente, inclusivo y basado en el sincero reconocimiento mutuo de los distintos actores políticos y de las instituciones, con sus competencias y atribuciones, será efectivo para
solucionar los problemas de Venezuela, y permitirá avanzar en la consecución de la paz social y la estabilidad política e institucional, con pleno derecho a la democracia y al respeto a los Derechos Humanos. Apostando por medidas que promuevan la
democracia, el diálogo y el reencuentro entre los venezolanos como única vía para la solución de la grave situación que atraviesa el país y que, de manera urgente, son requeridas por la sociedad venezolana.


Insta al Gobierno a que traslade al Gobierno de Venezuela y a la Asamblea Nacional Venezolana este acuerdo y:


- Exhorte al Gobierno venezolano que asuma sus responsabilidades con el fin de lograr el respeto de la democracia y el diálogo efectivo entre los poderes del Estado, garantizando de manera efectiva la separación de poderes y el Estado de
Derecho, las libertades, los principios democráticos, y los Derechos Humanos así como la convocatoria de elecciones previstas por el ordenamiento jurídico y constitucional del país.


- Continúe impulsando en colaboración con los distintos actores internacionales y regionales la búsqueda de soluciones, que garanticen el cumplimiento de los principios democráticos. Y de manera especial, respalde aquellas iniciativas que
tienen como objetivo contribuir al establecimiento de un diálogo sincero y democrático como garantía de una solución estable de la situación por la que atraviesa Venezuela.


- Traslade la plena disponibilidad de las instituciones españolas para colaborar con Venezuela a la hora de paliar los efectos de la crisis por la que atraviesa el país.


- Exija al Gobierno venezolano la inmediata liberalización de todos los presos políticos.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000040


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre
la privatización de los servicios públicos de salud y sus efectos sobre la sostenibilidad del sistema sanitario y sobre la salud de la población, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados presenta la siguiente interpelación urgente al
Gobierno (o al miembro del mismo del que se trate) sobre la privatización de los servicios públicos y de salud y sus efectos sobre la sostenibilidad del sistema sanitario y sobre la salud de la población.



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Exposición de motivos


Desde que en el año 1997 el Congreso de los Diputados aprobara la Ley 15/1997, sobre habilitación de nuevas formas de gestión en el Sistema Nacional de Salud, han sido muchas las maneras en las que la empresa privada ha obtenido contratos
públicos para gestionar la sanidad pública o prestar otro tipo de servicios para la misma.


En este tiempo, los grandes grupos empresariales de sanidad privada y las grandes empresas de construcción se han aliado para recibir dinero público por la gestión y construcción de nuevas infraestructuras sanitarias, en un ejercicio de
privatización de la gestión sanitaria que ha estado presente en diferentes escándalos de corrupción. El modelo impulsado por el Partido Popular en la Comunidad Valenciana, denominado Modelo Alzira, que tuvo que ser rescatado y fue asignado a un
mayor coste a la misma empresa que lo había llevado a la bancarrota, saltó recientemente a la prensa al descubrirse que habían creado una empresa que nominalmente era una central de compras pero que no realizaba ninguna compras, sino que servía de
sociedad espejo para vehiculizar fondos y contratos de modo que se pudieran aumentar los márgenes de beneficio que la empresa concesionaria del Modelo Alzira tenía acordado por contrato.


Esta misma semana hemos sabido que en la Comunidad de Madrid se ha tenido que cesar a un Director Gerente de un hospital público porque compatibilizaba la gestión de un hospital público con sus negocios a cargo de una empresa de seguros
privados de salud.


Las grandes empresas de la burbuja inmobiliaria son ahora las grandes empresas de la gestión de la sanidad pública, y todo ello es gracias a un marco legislativo estatal que ahora cumple 20 años y a la voluntad de los diferentes gobiernos de
no poner coto a la transferencia constante de dinero público de la sanidad a empresas privadas.


Por todo lo anterior el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta esta interpelación urgente a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre la privatización de los servicios públicos y de
salud y sus efectos sobre la sostenibilidad del sistema sanitario y sobre la salud de la población.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


172/000041


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Ciudadanos a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad relativa a sus políticas sobre adopciones
internacionales en España, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, sobre sus
políticas sobre adopciones internacionales en España.


Exposición de motivos


En España existen, en la actualidad, y según algunas entidades sin ánimo de lucro del sector, en torno a 33.000 familias adoptantes en espera, mientras que hay 120 millones de huérfanos en el mundo y 16.000 niños y niñas en centros de
acogida españoles, según señala UNICEF.


La adopción internacional es para muchos ciudadanos y ciudadanas españoles la única alternativa para formar una familia, de la misma manera que, para muchos menores, es la única medida de protección



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posible cuando no pueden encontrar una familia o un lugar de acogida en sus países de origen, principio éste, el de subsidiariedad, que prevalece en virtud del Convenio de la Haya, de 29 de mayo de 1993, del que España es signataria desde el
27 de marzo de 1995.


Asimismo, la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, obliga a los Estados Parte, en su artículo 21, a establecer un sistema de garantías por las que el interés superior del menor debe
convertirse en el eje central.


En consecuencia, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente interpelación urgente a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre sus políticas sobre adopciones internacionales en España.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de mayo de 2017.-Patricia Reyes Rivera, Diputada.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


172/000042


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista al Ministro de Justicia sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de las
maniobras que se han producido en el seno del Ministerio Fiscal dirigidas a obstaculizar determinadas causas judiciales contra la corrupción y de las propias actuaciones del Ministro en relación con estas causas, cuyo texto se inserta a continuación
de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente interpelación urgente al Ministro de Justicia sobre
las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de las maniobras que se han producido en el seno del Ministerio Fiscal dirigidas a obstaculizar determinadas causas judiciales contra la corrupción y de las propias actuaciones del
Ministro en relación con estas causas, para su debate en la próxima sesión plenaria.


El día 8 de marzo tomó posesión el nuevo fiscal jefe nombrado por el Gobierno para la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.


Poco antes se habían conocido las actuaciones del Fiscal General del Estado dirigidas a impedir la investigación por un delito de corrupción del entonces presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, en contra del criterio de las fiscales del
caso.


Con la denominada 'Operación Lezo', se han puesto al descubierto otras actuaciones de estos Fiscales dirigidas también a obstaculizar la tarea de los fiscales encargados de la causa.


Entre otras, se han conocido sus instrucciones contrarias a la realización de determinados registros, que provocaron la invocación por los fiscales del caso del mecanismo previsto en el artículo 27 de su Estatuto Orgánico. También se han
hecho públicas determinadas maniobras con la intención de trasladar a otro destino a uno de los fiscales encargados de la causa en la que se desarrolló esta operación.


El Fiscal General del Estado, por su parte, en lugar de garantizar el sometimiento del Ministerio Público al principio de legalidad y preservar la posición de los fiscales encargados, ha venido respaldando estas actuaciones del Fiscal Jefe.


En el ámbito de esa operación se ha puesto también de manifiesto, entre otros extremos, que el Ministro mantuvo comunicaciones con el principal investigado en la causa.



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Por todo ello se presenta interpelación urgente al Ministro de Justicia sobre las responsabilidades políticas que piensa asumir como consecuencia de las maniobras que se han producido en el seno del Ministerio Fiscal dirigidas a obstaculizar
determinadas causas judiciales contra la corrupción y de las propias actuaciones del Ministro en relación con estas causas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de mayo de 2017.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000025


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la postura del Gobierno en relación a la situación de las y los presos vascos
sometidos a legislación antiterrorista gravemente enfermos, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada de EH Bildu, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente sobre la política del Gobierno en relación a la situación de las y los presos vascos sometidos a legislación antiterrorista gravemente enfermos.


En la actualidad hay en prisión presos vascos a los que la aplicación restrictiva de la legislación impide acceder a la libertad condicional o a la prisión atenuada, aun cuando son personas gravemente enfermas, lo que hace incompatible su
enfermedad con la estancia en prisión.


El derecho a la salud es un derecho universal, un derecho que tenemos reconocido todas las personas por ley, también aquellas que están encarceladas, así como el derecho a la dignidad, y la pena impuesta no puede cumplirse en contra de ambos
principios.


Las legislaciones estatal e internacional establecen mecanismos para una aplicación flexible de la política penitenciaria, y así poder ofrecer alternativas más favorables, tanto para recibir un tratamiento digno y unas condiciones de vida
favorables al tratamiento que requieren estas personas, que pasa por concederles la libertad condicional o la prisión atenuada, y que requieren únicamente para su aplicación de una actitud humanitaria.


Por todo ello, EH Bildu propone al Congreso de los Diputados y Diputadas la aprobación de la siguiente


Moción


'El Congreso de los Diputados solicita a las autoridades españolas competentes tengan en cuenta en las decisiones a adoptar en fechas próximas sobre la situación penitenciaria de los presos gravemente enfermos, la legislación vigente,
estatal e internacional, para la excarcelación de aquellas personas presas que sufren graves enfermedades.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2017.-Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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173/000026


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre la política del Gobierno respecto de la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión del modelo energético y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista se dirige a esa Mesa para, al amparo del artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Moción consecuencia interpelación urgente al Gobierno sobre la política
del Gobierno respecto de la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión del modelo energético.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Cumplir la Directiva 2008/50/CE del Parlamento y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire y a una atmósfera más limpia en Europa, en tanto corresponde al Gobierno garantizar la ejecución de la legislación básica
en materia medioambiental en nuestro país.


2. Colaborar, respetando la distribución constitucional de competencias, con las administraciones afectadas por el procedimiento formal de infracción por el incumplimiento por parte de España de la Directiva 2008150/CE en la puesta en
marcha de las medidas necesarias para cumplir la citada directiva y garantizar el cumplimiento de los niveles de calidad del aire establecidos en la normativa aplicable al respecto. El Gobierno, previa convocatoria de la Conferencia Sectorial de
Medio Ambiente, y en coordinación con las comunidades autónomas y las entidades locales, impulsará las modificaciones legales precisas para actuar de forma armonizada con las restantes administraciones competentes ante episodios de contaminación o
en espacios en los que sea necesario proteger su atmósfera.


3. Aprobar un nuevo Plan Nacional del Aire, que incluya un Programa Nacional de Control de la Contaminación atmosférica, en el que se establezcan medidas para la reducción de emisiones de contaminantes atmosféricos y de los precursores de
ozono troposférico.


4. Apostar decididamente por las energías renovables y la eficiencia energética, procediendo a revisar toda aquella normativa que se oponga al crecimiento de las energías limpias o a la cogeneración como herramienta clave para la
competitividad de la industria española. Proceder a incorporar, a la mayor brevedad, en nuestro ordenamiento jurídico las medidas recientemente aprobadas por la Unión Europea con el fin de liderar la transición energética global hacia energías
limpias. Reformar la regulación del autoconsumo para eliminar las barreras administrativas y económicas que impiden el desarrollo del mismo y transitar hacia un modelo energético de producción descentralizada que ponga a la ciudadanía en el centro
del proceso de producción y consumo de electricidad.


5. Incentivar cambios sustanciales en los patrones de movilidad vigentes en favor de la movilidad sostenible, en la que la apuesta por el uso del transporte público y del vehículo eléctrico ha de ser claves. En este sentido, se insta al
Gobierno a impulsar la aprobación de una ley de movilidad sostenible que mejore la calidad del aire y reduzca las emisiones que contribuyen al cambio climático; a desarrollar un plan de incentivos económicos a la adquisición de vehículos
eléctricos; a definir un modelo de despliegue de la infraestructura de recarga de acceso público, estableciendo objetivos consensuados de infraestructura pública de recarga para cada una de las administraciones competentes; a desarrollar una
estrategia industrial y de inversiones en I+D+i para el desarrollo de baterías y motores eléctricos y a consensuar medidas que reduzcan el tráfico de vehículos convencionales en las ciudades para reducir la contaminación.



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6. Implementar las medidas necesarias para impulsar en el medio plazo la incorporación de servicios energéticos avanzados en el marco de planes de rehabilitación de viviendas. Revisar las normas de edificación y rehabilitación aplicando
requisitos máximos de consumo energético o mínimos de eficiencia energética en edificios. Desarrollar instrumentos financieros específicos de apoyo e impulso a las empresas de servicios energéticos. Definir medidas de información, por medio de
campañas de concienciación o de la puesta a disposición del consumidor de información clara y transparente sobre emisiones de los equipos o inmuebles. Renovar el parque de viviendas, para incrementar la eficiencia energética de las mismas.
Fomentar la renovación y la reducción del consumo energético de los edificios de los organismos públicos.


7. Impulsar cambios reales y efectivos en nuestro modelo productivo y energético hacia un modelo sostenible. Fomentar el cambio de vector energético y la eficiencia energética en la industria. En este sentido, el Gobierno aprobará un Plan
específico para la transición del modelo energético para la industria, analizando su impacto en este sector y prestando especial atención a los riesgos de deslocalización por cada tipología de industria y, en el que entre otras cuestiones, se
contemplen mecanismos de financiación u otros instrumentos de apoyo para que la industria pueda realizar las inversiones necesarias.


8. Impulsar una fiscalidad medioambiental real cuyas magnitudes nos acerquen a la media de la Unión Europea. Una fiscalidad verde que aborde la protección al medio ambiente con un carácter global, desde el consumo de recursos hasta la
emisión de contaminante. Una fiscalidad comprometida con el medio ambiente que además de incidir sobre la energía también afronte los desafíos medioambientales a los que se enfrenta nuestro país, como el tratamiento de los residuos o la
contaminación del aire.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2017.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancia del Diputado Josep Vendrell Gardeñes, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta
las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista sobre la política del Gobierno respecto de la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión
del modelo energético.


Enmienda


Al punto número 2


De modificación.


Texto que se propone:


'2. Colaborar, respetando la distribución constitucional de competencias, con las administraciones afectadas por el procedimiento formal de infracción por el incumplimiento por parte de España de la Directiva 2008/50 CE en la puesta en
marcha de las medidas necesarias para cumplir la citada directiva y garantizar el cumplimiento de los niveles de calidad del aire establecidos en la normativa aplicable al respecto. El Gobierno, previa convocatoria de la Conferencia Sectorial de
Medio Ambiente para tratar el Plan de Calidad del Aire (2017-2020) que incluya la necesaria dotación de recursos económicos para que las CCAA y los Entes Locales puedan llevar a cabo las acciones en él definidas, y en coordinación con las
comunidades autónomas y las entidades locales, impulsará las modificaciones legales precisas para actuar de forma armonizada con las restantes administraciones competentes ante episodios de contaminación o en espacios en los que sea necesario
proteger su atmósfera, poniendo en marcha medidas para iniciar la transición hacia un modelo productivo más limpio y menos contaminante.'



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Enmienda


Al punto número 3


De modificación.


Texto que se propone:


'3. Aprobar durante el año 2017 un nuevo Plan Nacional del Aire, que incluya un Programa Nacional de Control de la Contaminación atmosférica, en el que se establezcan medidas para la reducción de emisiones de contaminantes atmosféricos y de
los precursores de ozono troposférico.'


Enmienda


Al punto número 4


De modificación.


Texto que se propone:


'4. Apostar decididamente por las energías renovables y la eficiencia energética, procediendo a reformar y en su caso derogar, toda aquella normativa que se oponga al crecimiento de las energías limpias o a la cogeneración como herramienta
clave para la competitividad de la industria española. Proceder a incorporar, en un plazo de dos meses, en nuestro ordenamiento jurídico las medidas recientemente aprobadas por la Unión Europea con el fin de liderar la transición energética global
hacia las energías limpias. Reformar la regulación del autoconsumo para eliminar las barreras administrativas y económicas, como entre otras el denominado 'impuesto al sol', que impiden el desarrollo del mismo y transitar hacia un modelo energético
de producción descentralizada que ponga a la ciudadanía en el centro del proceso de producción y consumo de electricidad. Todo ello, mediante incentivos y ayudas al autoconsumo, a equipos de acumulación de energía vinculados al autoconsumo, así
como mediante la implantación de sistemas fotovoltaicos en los techos de los edificios públicos, con el objeto de contribuir a la maduración del mercado fotovoltaico para autoconsumo.'


Enmienda


Al punto número 5


De modificación.


Texto que se propone:


'5. Incentivar cambios sustanciales en los patrones de movilidad vigentes en favor de la movilidad sostenible, en la que la apuesta por el uso del transporte público y del vehículo eléctrico ha de ser claves. En este sentido, se insta al
Gobierno a impulsar la aprobación de una ley de movilidad sostenible que mejore la calidad del aire y reduzca las emisiones que contribuyen al cambio climático; a incrementar la dotación presupuestaria del Plan MOVEA con incentivos económicos a la
adquisición de vehículos eléctricos; a definir un modelo de despliegue de la infraestructura de recarga de acceso público, estableciendo objetivos consensuados de infraestructura pública de recarga para cada una de las administraciones competentes;
a desarrollar una estrategia industrial y de inversiones en I+D+i para el desarrollo de baterías y motores eléctricos y a consensuar medidas que reduzcan el tráfico de vehículos convencionales en las ciudades para reducir la contaminación y promover
la renovación de vehículos turismos y profesionales contaminantes, por vehículos de bajas emisiones, teniendo en cuenta criterios sociales. Aprobar y ejecutar planes de mejora del servicio ferroviario de cercanías y regionales y potenciar el
transporte de mercancías por ferrocarril; aprobar una ley de financiación del transporte público e incrementar la financiación del transporte público, que permita un servicio de proximidad sin emisiones contaminantes, incluyendo actuaciones para la
habilitación de BUS VAO en los accesos a grandes núcleos urbanos.'



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Enmienda


Al punto número 6


De modificación.


Texto que se propone:


'6. Implementar las medidas necesarias para impulsar en el medio plazo la incorporación de servicios energéticos avanzados en el marco de planes de rehabilitación de viviendas. Revisar las normas de edificación y rehabilitación aplicando
requisitos máximos de consumo energético o mínimos de eficiencia energética en edificios. Definir en tres meses, un plan de rehabilitación y construcción con criterios de eficiencia energética que permita fomentar la creación de empleo.
Desarrollar instrumentos financieros específicos de apoyo e impulso a las empresas de servicios energéticos. Definir medidas de información, por medio de campañas de concienciación o de la puesta a disposición del consumidor de información clara y
transparente sobre emisiones de los equipos o inmuebles. Renovar el parque de viviendas, para incrementar la eficiencia energética de las mismas. Fomentar la renovación, la eficacia térmica y la reducción del consumo energético de los edificios de
los organismos públicos, mediante la financiación de actuaciones de apoyo a la eficiencia y el ahorro.'


Enmienda


Al punto número 8


De modificación.


Texto que se propone:


'8. Impulsar una fiscalidad medioambiental real cuyas magnitudes nos acerquen a la media de la Unión Europea, recuperando las deducciones fiscales por inversiones medioambientales del Impuesto de Sociedades, reconocidas por la ley 34/2007 y
eliminadas por el gobierno en 2014. Una fiscalidad verde que aborde la protección al medio ambiente con un carácter global, desde el consumo de recursos hasta la emisión de contaminantes. Una fiscalidad comprometida con el medio ambiente que
además de incidir sobre la energía también afronte los desafíos medioambientales a los que se enfrenta nuestro país, como el tratamiento de los residuos o la contaminación del aire. Entre otras, modificar el impuesto especial de carburantes para
desincentivar la compra de vehículos turismo tipo diésel y establecer ventajas fiscales a aquellos vehículos menos contaminantes en el impuesto de matriculación. Reformar la fiscalidad y las tasas de puertos y aeropuertos favoreciendo la eficiencia
energética y la reducción de las emisiones contaminantes.'


Enmienda


De adición de un nuevo punto 9.


Texto que se propone:


'9. Incluir en el informe anual de evaluación del aire del ministerio de Medio Ambiente los efectos e impactos de los contaminantes en la salud, con el fin de fomentar la concienciación de la ciudadanía y mejorar la información disponible
sobre calidad del aire. Elaborar anualmente, en colaboración con las Comunidades Autónomas, un informe con los datos de los números de casos que acuden a los servicios públicos de salud en episodios de contaminación altos y los costes sanitarios
asociados.'


Enmienda


De adición de un nuevo punto 10.


Texto que se propone:


'10. Impulsar la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, incorporando una infracción, grave o muy grave, por incumplimiento de las medidas especiales de



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ordenación del tráfico por razones ambientales, así como del Reglamento General de Circulación para posibilitar medidas de ordenación de la circulación por razones ambientales.'


Enmienda


De adición de un nuevo punto 11.


Texto que se propone:


'11. Apostar decididamente por la desnuclearización, presentando un plan de cierre de todas las centrales nucleares. Se procederá al cierre escalonado de todas las centrales existentes en nuestro territorio, tras la caducidad de los
permisos de explotación concedidos a las plantas nucleares. Se desarrollaran todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y los planes de emergencias hasta el cierre de la última central nuclear. lncentivar la instalación de plantas
renovables cercanas a las actuales centrales nucleares.'


Enmienda


De adición de un nuevo punto 12.


Texto que se propone:


'12. Impulsar subastas de electricidad renovable, en las que se incentive un funcionamiento óptimo de las plantas. Se deberán promover subastas en las que las condiciones de competición se establezcan en base a la retribución generada, en
las que las plantas cobren de acuerdo a la oferta realizada y en las que exista un procedimiento sencillo, transparente y comprensible para los potenciales participantes. Desarrollar las oportunidades que nos ofrecen estas nuevas tecnologías para
avanzar en la descarbonización del sistema eléctrico y en su democratización, con la promoción de pequeños actores mediante el uso de cláusulas sociales.'


Justificación.


Mejora técnica y profundización en las medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la reforma del modelo energético.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Josep Vendrell Gardeñes, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto, a instancia del Diputado Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la política del Gobierno respecto de la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión del modelo energético.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Fomentar la creación de más empleo contaminando menos y haciendo un uso más responsable de los recursos, impulsando entre las instituciones y empresas españolas las acciones de lucha contra el cambio climático.


2. Avanzar en los cambios hacia un modelo energético que incentive la preservación del medio ambiente y la adopción de actuaciones en defensa del medioambiente y de lucha contra el cambio climático para mejorar nuestra economía a la vez que
se abren nuevas oportunidades para la creación del denominado 'empleo verde'.



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3. Proseguir en el cumplimiento de los acuerdos adoptados en la XXI Conferencia internacional sobre el Cambio Climático de París como la oportunidad para transformar el modelo económico y productivo, generando nuevos ámbitos de actividad
compatibles con la sostenibilidad, contribuyendo al objetivo de esta cumbre mundial, para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.


Para ello, entre otras acciones, se propone:


- Fomentar proyectos industriales, comerciales y domésticos que permitan obtener reducciones importantes de la huella de carbono


- Incentivar la gestión forestal sostenible y la certificación.


- Apoyo y colaboración con las empresas para contribuir al objetivo propuesto de reducción de las emisiones.


4. Apoyo al medio rural, que da empleo al sector agroalimentario, con más de un millón de trabajadores, y que acoge el conjunto de patrimonio de biodiversidad más rico de toda la Unión Europea, que es necesario preservar para garantizar el
desarrollo sostenible de nuestra sociedad.


- Impulsar la eficiencia energética, la calidad ambiental y el uso de energías renovables en la industria agroalimentaria para poder difundir la imagen del sector en el extranjero.


- Apoyar la gestión forestal sostenible para mejorar la situación de nuestros montes y reducir la probabilidad de incendios.


- Promover el uso de biomasa como fuente energética renovable y autóctona, para lo cual se podrán transformar tierras no aprovechadas en agricultura para usos de biomasa energética.


5. Aplicar las 'Directrices de la Unión Europea sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía', que contemplan la aplicación de reducciones de la carga fiscal, coste acceso (uso de las Redes de Transporte y
Distribución) e incentivos a las energías renovables, para las industrias con estatus de consumidor electro-intensivo. Todo ello con el objetivo de favorecer sus inversiones, mantener y aumentar el empleo y fomentar la modernización de sus
instalaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la política del Gobierno respecto de la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión del modelo energético.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer los principios fundamentales que deben observar las Comunidades Autónomas en materia de calidad del aire y protección de la atmósfera, mediante la elaboración de normativa estatal básica.


2. Colaborar, respetando la distribución constitucional de competencias, con las administraciones afectadas por el procedimiento formal de infracción por el incumplimiento por parte de España de la Directiva 2008/50/CE en la puesta en
marcha de las medidas necesarias para cumplir la citada directiva y garantizar el cumplimiento de los niveles de calidad del aire establecidos en la normativa aplicable al respecto.



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3. Aprobar un nuevo Plan Nacional del Aire, que incluya un Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica, en el que se establezcan medidas para la reducción de emisiones de contaminantes atmosféricos y de los precursores de
ozono troposférico.


4. Continuar avanzando en la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética, donde se fomentará un modelo de transporte sostenible y bajo en carbono, que dé respuesta en el medio y largo plazo a los compromisos europeos e
internacionales adquiridos por España en materia de energía y clima, asumidos con la ratificación del Acuerdo de París.


5. Incentivar cambios sustanciales en los patrones de movilidad vigentes en favor de la movilidad sostenible, en la que la apuesta por el uso del transporte público y del vehículo impulsado mediante energías alternativas ha de ser clave; y
fomentar un modelo de despliegue de la infraestructura de recarga de los vehículos impulsados mediante energías alternativas.


6. Seguir impulsando la incorporación de servicios energéticos avanzados en el marco de planes de rehabilitación de viviendas. Y para ello, continuar: mejorando las normas de edificación y rehabilitación aplicando requisitos máximos de
consumo energético o mínimos de eficiencia energética en edificios; impulsando medidas de información dirigidas al consumidor y orientados a que disponga de información clara y transparente sobre emisiones de los equipos o inmuebles, fomentando la
renovación y la reducción del consumo energético de los edificios de los organismos públicos.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Carles Campuzano i Canadés, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
adición de un apartado 5 bis a la Moción consecuencia de interpelación urgente sobre la política del Gobierno respecto a la adopción de medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión del modelo energético.


Enmienda


De adición.


Redacción que se propone:


'5 bis. Multiplicar las inversiones anuales destinadas a reforzar los servicios de Cercanías de las grandes ciudades e incrementar las subvenciones estatales al transporte público municipal, por ser instrumentos básicos para garantizar los
cambios de hábitos de movilidad y reducción de la contaminación urbana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Carles Campuzano i Canadés, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


173/000026


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la política del Gobierno respecto de la adopción de
medidas para la reducción inmediata de la contaminación atmosférica y la revisión del modelo energético, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Cumplir la Directiva 2008/50/CE del Parlamento y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire y a una atmósfera más limpia en Europa, en tanto corresponde al Gobierno garantizar la ejecución de la legislación básica
en materia medioambiental en nuestro país.



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2. Colaborar, respetando la distribución constitucional de competencias, con las administraciones afectadas por el procedimiento formal de infracción por el incumplimiento por parte de España de la Directiva 2008/50/CE en la puesta en
marcha de las medidas necesarias para cumplir la citada directiva y garantizar el cumplimiento de los niveles de calidad del aire establecidos en la normativa aplicable al respecto. El Gobierno, previa convocatoria de la Conferencia Sectorial de
Medio Ambiente para tratar el Plan de Calidad del Aire (2017-2020) que incluye la necesaria dotación de recursos económicos para que las Comunidades Autónomas y los Entes Locales puedan llevar a cabo las acciones en él definidas, y en coordinación
con las Comunidades Autónomas y las entidades locales, impulsará las modificaciones legales precisas para actuar de forma armonizada con las restantes administraciones competentes ante episodios de contaminación o en espacios en los que sea
necesario proteger su atmósfera, poniendo en marcha medidas para iniciar la transición hacia un modelo productivo más limpio y menos contaminante.


3. Aprobar durante el año 2017 un nuevo Plan Nacional del Aire, que incluya un Programa Nacional de Control de la Contaminación atmosférica, en el que se establezcan medidas para la reducción de emisiones de contaminantes atmosféricos y de
los precursores de ozono troposférico.


4. Apostar decididamente por las energías renovables y el ahorro y la eficiencia energética, procediendo a reformar y, en su caso, derogar toda aquella normativa que se oponga al crecimiento de las energías limpias o a la cogeneración como
herramienta clave para la competitividad de la industria española. Proceder a incorporar, a la mayor brevedad, en nuestro ordenamiento jurídico las medidas recientemente aprobadas por la Unión Europea con el fin de liderar la transición energética
global hacia energías limpias. Reformar la regulación del autoconsumo para eliminar las barreras administrativas y económicas, como entre otras el denominado 'impuesto al sol', que impiden el desarrollo del mismo y transitar hacia un modelo
energético de producción descentralizada que ponga a la ciudadanía en el centro del proceso de producción y consumo de electricidad. Todo ello, mediante incentivos y ayudas al autoconsumo, con el objeto de contribuir a la maduración del mercado
fotovoltaico para autoconsumo.


5. Incentivar cambios sustanciales en los patrones de movilidad vigentes en favor de la movilidad sostenible, en la que la apuesta por el uso del transporte público y del vehículo eléctrico han de ser claves. En este sentido, se insta al
Gobierno a impulsar la aprobación de una ley de movilidad sostenible que mejore la calidad del aire y reduzca las emisiones que contribuyen al cambio climático; a incrementar la dotación presupuestaria del Plan MOVEA con incentivos económicos a la
adquisición de vehículos eléctricos; a definir un modelo de despliegue de la infraestructura de recarga de acceso público, estableciendo objetivos consensuados de infraestructura pública de recarga para cada una de las administraciones competentes;
a desarrollar una estrategia industrial y de inversiones en I+D+i para el desarrollo de baterías y motores eléctricos y a consensuar medidas que reduzcan el tráfico de vehículos convencionales en las ciudades para reducir la contaminación y promover
la renovación de vehículos turismos y profesionales contaminantes, por vehículos de bajas emisiones, teniendo en cuenta criterios sociales. Aprobar y ejecutar planes de mejora y refuerzo del servicio ferroviario de cercanías y regionales y
potenciar el transporte de mercancías por ferrocarril; aprobar una ley de financiación del transporte público e incrementar la financiación del transporte público, que permita un servicio de proximidad sin emisiones contaminantes, incluyendo
actuaciones para la habilitación de BUS VAO en los accesos a grandes núcleos urbanos.


6. Implementar las medidas necesarias para impulsar en el medio plazo la incorporación de servicios energéticos avanzados en el marco de planes de rehabilitación de viviendas. Revisar las normas de edificación y rehabilitación aplicando
requisitos máximos de consumo energético o mínimos de eficiencia energética en edificios. Aprobar, en el plazo de seis meses, un plan de rehabilitación y construcción con criterios de eficiencia energética que permita fomentar la creación de
empleo. Desarrollar instrumentos financieros específicos de apoyo e impulso a las empresas de servicios energéticos. Definir medidas de información, por medio de campañas de concienciación o de la puesta a disposición del consumidor de información
clara y transparente sobre emisiones de los equipos o inmuebles. Renovar el parque de viviendas, para incrementar la eficiencia energética de las mismas. Fomentar la renovación, la eficacia térmica y la reducción del consumo energético de los
edificios de los organismos públicos, mediante la financiación de actuaciones de apoyo a la eficiencia y el ahorro.


7. Impulsar cambios reales y efectivos en nuestro modelo productivo y energético hacia un modelo sostenible. Fomentar el cambio de vector energético y la eficiencia energética en la industria. En este sentido, el Gobierno aprobará un Plan
específico para la transición del modelo energético para la industria, analizando su impacto en este sector y prestando especial atención a los riesgos de deslocalización por



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cada tipología de industria y, en el que entre otras cuestiones, se contemplen mecanismos de financiación u otros instrumentos de apoyo para que la industria pueda realizar las inversiones necesarias.


8. Impulsar una fiscalidad medioambiental real cuyas magnitudes nos acerquen a la media de la Unión Europea. Una fiscalidad verde que aborde la protección al medio ambiente con un carácter global, desde el consumo de recursos hasta la
emisión de contaminante. Una fiscalidad comprometida con el medio ambiente que además de incidir sobre la energía también afronte los desafíos medioambientales a los que se enfrenta nuestro país, como el tratamiento de los residuos o la
contaminación del aire.


9. Incluir en el informe anual de evaluación del aire del ministerio de Medio Ambiente los efectos e impactos de los contaminantes en la salud, con el fin de fomentar la concienciación de la ciudadanía y mejorar la información disponible
sobre calidad del aire. Elaborar anualmente, en colaboración con las Comunidades Autónomas, un informe con los datos de los números de casos que acuden a los servicios públicos de salud en episodios de contaminación altos y los costes sanitarios
asociados.


10. Implantar de forma inmediata un calendario de cierre progresivo de las centrales nucleares para abordar el gran salto hacia el nuevo modelo a lo largo de la próxima década.


11. Impulsar subastas de electricidad renovable, en las que se incentive un funcionamiento óptimo de las plantas y en las que exista un procedimiento sencillo, transparente y comprensible para los potenciales participantes.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000027


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre la ausencia de una estrategia global en la política industrial del Gobierno y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista se dirige a esa Mesa para, al amparo del artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Moción consecuencia interpelación urgente al Ministro de Economía,
Industria y Competitividad sobre la ausencia de una estrategia en la política industrial del Gobierno.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una Estrategia Integral para el impulso de la Industria que contemple:


1. Recuperar y actualizar los observatorios industriales sectoriales con los agentes sociales y económicos, como espacio de diálogo y concertación permanente para el análisis, evaluación, e impulso de medidas de política industrial.


2. Elaborar un Plan estratégico industrial con el horizonte 2020, que establezca los objetivos prioritarios de impulso de los diferentes sectores industriales y, que desarrolle unos planes de acción sectoriales, con dotación presupuestaria
a corto y medio plazo, y con un sistema de evaluación permanente que facilite la adaptación de las medidas de acción a nuevos objetivos, remitiéndolo a la Comisión de Economía, Industria y Competitividad del Congreso, para su dictamen, con carácter
previo a su aprobación por el Consejo de Ministros.



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3. La Estrategia Integral para el Impulso de la Industria incluirá medidas transversales y complementarias para:


- Reducir los costes de suministro energético y facilitar la transición hacia un modelo seguro y sostenible, eficiente, bajo en carbono, construido sobre la base de un marco predecible y garante de precios estables.


- Mejorar las infraestructuras logísticas y de transporte, mediante la definición e impulso de cadenas logísticas completas, que respondan a las necesidades de los sectores productivos.


- Incrementar los recursos dirigidos a innovación e 1+0, recuperando como objetivo estratégico el horizonte europeo de alcanzar una inversión total, pública y privada, del 3% del PIB.


- Impulsar la propiedad intelectual e industrial, promover un sistema alternativo y gratuito para la protección del Diseño Industrial, con especial atención a las pymes y sectores tradicionales y desarrollar un marco jurídico para la
protección de las denominaciones de origen no agrícolas.


- Impulsar procesos de digitalización en los sectores industriales, poniendo especial atención e incrementando los recursos en la transformación digital de las PYMES.


- Analizar y afrontar los efectos de la sustitución de empleo por la mecanización y robotización de sistemas en los sectores industriales, identificando las necesidades de formación y capacitación del factor humano, y el reconocimiento de
nuevos nichos de mercado y de nuevos yacimientos de empleo.


- Favorecer el crecimiento y dinamismo de las pymes para mejorar su empleo, su productividad y su capacidad de internacionalización e innovación.


- Apostar por la diversificación de las fuentes de financiación empresarial y aumentar sustancialmente los recursos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para que se potencie su carácter de banco público de inversiones.


- Reforzar y potenciar todos los recursos públicos y privados de impulso a la internacionalización de la producción industrial.


- Revisar, mejorar y actualizar la normativa para el control reglamentario y la seguridad industrial.


- Favorecer y facilitar los procesos industriales que tiendan hacía la economía circular mediante objetivos enfocados a conseguir el vertido cero, el reciclaje, la reducción de los residuos, el ecodiseño de bienes y servicios que den lugar a
productos de más larga duración y la preparación para la reutilización de residuos como nuevas materias primas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2017.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez, y a través de su portavoz Antón Gómez-Reino, al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación urgente al Ministro de Economía, Industria y Competitividad, sobre la ausencia de una estrategia en la política industrial del Gobierno, presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista, para su debate en Pleno.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Crear un Ministerio de Industria que englobe las áreas de Industria, Comercio, Energía, Investigación, Agenda Digital e Innovación, Medio Ambiente y Pequeña y Mediana Empresa.


2. Elaborar un Plan estratégico industrial, con objetivos a medio plazo en 2020, para alinearse con los planes de la Unión Europea, pero con un horizonte a largo plazo: 2040. Este Plan debería establecer los sectores industriales
prioritarios para el país, alrededor de los cuales se articularía y pivotaría, toda la política industrial.



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En la elaboración de este Plan se debería involucrar a la sociedad civil, a través de observatorios industriales, agentes sociales y económicos y también la Universidad y centros de investigación, de tal forma que el Plan estratégico
industrial 2040 sea un objetivo compartido de transformación del país para los próximos tres lustros.


3. El Plan Estratégico Industrial, sin prejuzgar los sectores industriales prioritarios, debería desarrollarse dentro del siguiente marco:


- Reducir los costes de suministro y aumentar nuestra soberanía energética, con un modelo sostenible, basado en la utilización de energía primaria de origen renovable y producción y consumo distribuidos, lo que además de implicar a la
sociedad en el proceso de producción, reduciría costes y aumentaría la resiliencia del sistema energético.


- Abordar la mecanización y la robotización, no como un riesgo sino como una oportunidad para dar un salto cualitativo en la estructura productiva del país, recuperando talento perdido mediante programas ambiciosos y de largo aliento en el
ámbito de la Inteligencia Artificial e interfaces en lenguaje natural entre muchos otros.


- Considerando el atraso acumulado por España en la asignación de recursos para I+D+i, el Plan deberá delinear los procesos para absorber, de forma eficiente en 2020 el 3% del PIB y el 6% del PIB en 2040, en Investigación, desarrollo y
formación científico técnica.


- Soberanía tecnológica. Establecer procedimientos para lograr, dentro de los parámetros de la posición tecnológica y económica de España en cada momento, el mayor grado posible de soberanía tecnológica no solo en los sectores industriales
prioritarios, sino también servicios críticos para la sociedad como la administración pública, la energía o el transporte.


- Mecanismos extraordinarios de ayuda a la inversión y avales, mediante la creación de una Banco Público de Inversión Industrial e Innovación que concentre y expanda las funciones actuales del ICO, CESCE, ENISA, CERSA, etc.


4. El Plan Estratégico Industrial debe priorizar la igualdad de género en el sector, por lo que debe incluir, entre otras, las siguientes cuestiones:


- Diagnóstico de las brechas de género existentes en el sector, tanto en el sistema de acceso y estructura de plantillas, como en la remuneración y el acceso al crédito.


- Plan de acción para la inserción, el acompañamiento y la promoción y desarrollo de liderazgos de mujeres en la industria, con especial incidencia en la industria del conocimiento, desarrollo tecnológico, innovación e I+D.


- Estudio sobre mecanismos a implementar para mejorar las condiciones de acceso al crédito, atendiendo a su previsión de impacto de género positivo.


Estrategia de abordaje de las necesidades de conciliación de la vida laboral, personal y familiar en el sector.


5. El Plan estratégico industrial 2040 deberá contar con un amplio respaldo parlamentario para lo cual deberá ser remitido al Congreso para su aprobación previa a la del Consejo de Ministros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto, a instancia del Diputado Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario
Socialista sobre la ausencia de una estrategia global en la política industrial del Gobierno.



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Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La creación de una Secretaría de Estado de Industria y PYME con el suficiente peso específico como para poder lanzar medidas que transformen la industria nacional.


2. Mantener los sectores industriales tradicionales, que deben estar acompañados por sectores productivos emergentes basados en la industria ligera y las nuevas tecnologías.


3. Fortalecer nuestro tejido industrial, promoviendo el asociacionismo de empresas complementarias a los efectos de la colaboración para cohesionar un tejido industrial que en los últimos años ha sufrido un importante deterioro por la caída
de la actividad y la pérdida de competitividad.


4. Garantizar la competitividad de la industria básica electro-intensiva (metalurgia, siderurgia, cemento, gases industriales, química y otros) una reforma profunda del sistema de fijación de precios de la electricidad, para disponer de
unos costes energéticos semejantes a los que podrían obtenerse en otros mercados.


5. Reformar el marco actual para lograr una estructura de costes adecuada que permita a la industria española competir en igualdad de condiciones con la europea.


6. Elaborar un marco de apoyo a los astilleros españoles que garantice la igualdad de condiciones con los de los países europeos, mejorando los incentivos actuales para favorecer su competitividad.


7. Promover la implantación de medidas concretas con dotación presupuestaria para desarrollar el Plan Industria Conectada 4.0, fomentando la creación y desarrollo de empresas TIC en estos ámbitos.


8. Plantear urgentemente ante la Unión Europea una nueva propuesta sobre el futuro de la siderurgia española que manifieste con claridad el rechazo al actual proyecto de reforma de los instrumentos de defensa comercial y la aplicación de la
'regla del derecho inferior' (lesser duty rule).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre la ausencia de una estrategia global en la política industrial del Gobierno.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar trabajando en los observatorios industriales sectoriales con las aportaciones de los agentes sociales y económicos, como espacio de diálogo y concertación permanente para el análisis, evaluación, e impulso de medidas de
política industrial.


2. Continuar trabajando en la Agenda para el Fortalecimiento del Sector Industrial en línea con los objetivos del horizonte 2020, que establezca los objetivos prioritarios de impulso de los diferentes sectores industriales y, que desarrolle
unos planes de acción sectoriales, con dotación presupuestaria a corto y medio plazo, y con un sistema de evaluación permanente que facilite la adaptación de las medidas de acción a nuevos objetivos, remitiéndolo a la Comisión de Economía, Industria
y Competitividad del Congreso, para conocimiento, con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Ministros.



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3. La Estrategia Integral para el impulso de la Industria incluirá medidas transversales y complementarias para:


- Continuar promoviendo un suministro energético competitivo, mediante el acceso a la energía con costes asequibles, contribuyendo a avanzar en el cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad y contra el cambio climático de forma
eficiente, sobre la base del desarrollo de una política energética orientada al largo plazo.


- Mejorar las infraestructuras logísticas y de transporte, mediante la definición e impulso de cadenas logísticas completas, que respondan a las necesidades de los sectores productivos.


- Incrementar los recursos dirigidos a innovación e I+D, recuperando como objetivo estratégico el horizonte europeo de alcanzar una inversión total, pública y privada, del 2% del PIB.


- Impulsar la propiedad intelectual e industrial, promover un sistema alternativo y gratuito para la protección del diseño industrial, con especial atención a las pymes y sectores tradicionales y desarrollar un marco jurídico para la
protección de las denominaciones de origen no agrícolas.


- Avanzar en el impulso de la digitalización de la industria a partir de la iniciativa Industria Conectada 4.0.


- Analizar y afrontar los efectos de la sustitución de empleo por la mecanización y robotización de sistemas en los sectores industriales, identificando las necesidades de formación y capacitación del factor humano, y el reconocimiento de
nuevos nichos de mercado y de nuevos yacimientos de empleo.


- Favorecer el crecimiento y dinamismo de las pymes para mejorar su empleo, su productividad y su capacidad de internacionalización e innovación.


- Apostar por la diversificación de las fuentes de financiación empresarial y continuar con la actividad de financiación que viene realizando el Instituto de Crédito Oficial (ICO).


- Reforzar y potenciar todos los recursos públicos y privados de impulso a la internacionalización de la producción industrial.


- Revisar, mejorar y actualizar la normativa para el control reglamentario y la seguridad industrial.


- Favorecer y facilitar los procesos industriales que tiendan hacia la economía circular mediante objetivos enfocados a conseguir el vertido cero, el reciclaje, la reducción de los residuos, el ecodiseño de bienes y servicios que den lugar a
productos de más larga duración y la preparación para la reutilización de residuos como nuevas materias primas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la ausencia de una estrategia global en la política
industrial del Gobierno, ha acordado lo siguiente, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa de la Cámara, que la previsión contenida en el punto 2 se haría, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una Estrategia Integral para el impulso de la Industria que contemple:


1. Actualizar los observatorios industriales sectoriales con los agentes sociales y económicos, como espacio de diálogo y concertación permanente para el análisis, evaluación, e impulso de medidas de política industrial.


2. Elaborar un Plan estratégico industrial con el horizonte 2020-2030, que establezca los objetivos prioritarios de impulso de los diferentes sectores industriales y, que desarrolle unos planes de acción



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sectoriales, con dotación presupuestaria a corto y medio plazo, y con un sistema de evaluación permanente que facilite la adaptación de las medidas de acción a nuevos objetivos, remitiéndolo a la Comisión de Economía, Industria y
Competitividad del Congreso, para su conocimiento y aportaciones, con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Ministros.


3. La Estrategia Integral para el Impulso de la Industria incluirá medidas transversales y complementarias para:


- Promover un suministro energético competitivo y reducir nuestra dependencia energética del exterior, fomentando las energías renovables, mediante el acceso a la energía con costes asequibles, contribuyendo a avanzar en el cumplimiento de
los objetivos de sostenibilidad y contra el cambio climático de forma eficiente, en un marco predecible y transparente de precios competitivos y sobre la base del desarrollo de una política energética orientada al largo plazo.


- Mejorar las infraestructuras logísticas y de transporte, mediante la definición e impulso de cadenas logísticas completas, que respondan a las necesidades de los sectores productivos.


- Incrementar los recursos dirigidos a innovación e I+D, recuperando como objetivo estratégico alcanzar una inversión total, pública y privada, entorno al 3% del PIB.


- Impulsar la propiedad intelectual e industrial, promover un sistema alternativo y gratuito para la protección del Diseño Industrial, con especial atención a las pymes y sectores tradicionales y desarrollar un marco jurídico para la
protección de las denominaciones de origen no agrícolas.


- Avanzar en el impulso de la digitalización de la industria a partir de la iniciativa Industria Conectada 4.0.


- Analizar y afrontar los efectos de la sustitución de empleo por la mecanización y robotización de sistemas en los sectores industriales, identificando las necesidades de formación y capacitación del factor humano, y el reconocimiento de
nuevos nichos de mercado y de nuevos yacimientos de empleo.


- Favorecer el crecimiento y dinamismo de las pymes para mejorar su empleo, su productividad y su capacidad de internacionalización e innovación.


- Apostar por la diversificación de las fuentes de financiación empresarial y reforzar los recursos del Instituto de Crédito Oficial (ICO), CESCE, ENISA, CERSA, etc. para potenciar las ayudas y avales a proyectos estratégicos industriales.


- Reforzar y potenciar todos los recursos públicos y privados de impulso a la internacionalización de la producción industrial.


- Revisar, mejorar y actualizar la normativa para el control reglamentario y la seguridad industrial.


- Favorecer y facilitar los procesos industriales que tiendan hacia la economía circular mediante objetivos enfocados a conseguir el vertido cero, el reciclaje, la reducción de los residuos, el ecodiseño de bienes y servicios que den lugar a
productos de más larga duración y la preparación para la reutilización de residuos como nuevas materias primas.


- Favorecer la igualdad de género en el sector industrial, realizando un diagnóstico de las brechas de género existentes en el sector, tanto en el sistema de acceso y estructura de plantillas, como en la remuneración y el acceso al crédito;
impulsando un plan de acción para la inserción, el acompañamiento y la promoción y desarrollo de liderazgos de mujeres en la industria, con especial incidencia en la industria del conocimiento, desarrollo tecnológico, innovación e I+D. Así como una
estrategia para mejorar la conciliación de la vida laboral, personal y familiar en el sector.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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173/000028


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Confederal de
Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación efectiva de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente sobre relativa al desarrollo y aplicación efectiva de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural y una política de estado para el desarrollo rural.


Moción


'El Congreso de los Diputados:


Renueva el compromiso unitario de las fuerzas políticas por la revitalización e impulso de aplicación de la Ley 45/07 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, considerando que una política para enfrentar el reto demográfico y la lucha
contra la despoblación debe estar enmarcada en el desarrollo y aplicación de una política de estado para el desarrollo rural sostenible.


De acuerdo con el cronograma de seguimiento y evaluación que estaba previsto en el Real Decreto 752/2010, de 4 de junio en su capítulo 8, punto 8.2, El Congreso de los Diputados aprueba e insta al Gobierno a:


1. Presentar el informe de evaluación final del Primer Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural prevista inicialmente para junio de 2016 en el RD 752/2010.


2. Presentar una memoria de ejecución de las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en el periodo 2011-2016 dentro del Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible.


3. Convocar de forma inminente los organismos de seguimiento y participación previstos en la ley 45/07 y desarrollados en el RD 865/2008, de 23 de mayo, es decir; la Comisión Interministerial para el Medio Rural, del Consejo para el Medio
Rural y de la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural al objeto de poder informar, conocer y dar seguimiento a los informes presentados tal y como la ley prevé.


4. Hacer una evaluación de impacto de la situación de las 105 comarcas rurales consideradas como prioritarias en la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.


5. Que se prevea la inclusión de la dotación presupuestaria necesaria en los Presupuestos Generales de 2017 suficiente para poder reactivar la Aplicación de la Ley y que debería incluir; la evaluación final del Primer Programa de
Desarrollo Sostenible del Medio Rural, y el proceso de elaboración participativa del Segundo Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.


6. Teniendo en cuenta que el RD 752/2010 que aprobaba el Primer Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural contemplaba un marco presupuestario que comprometía una aportación orientativa por parte de la Administración General del
Estado de 905 millones de euros para todo el periodo de planificación anterior, instamos a que se hagan los cálculos orientativos aproximados para poder incluir en los presupuestos generales del estado sucesivos de los años 2018-2022 las partidas
presupuestarias que nos permitan un nivel de inversión similar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2017.-Pedro Arrojo Aguado, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente relativa al desarrollo y aplicación efectiva de
la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo punto a la sección propositiva de la moción, con la siguiente redacción:


'Actualizar los diagnósticos territoriales, con especial incidencia en los aspectos relativos a la población, de las comarcas delimitadas por la mencionada Ley, contando con la participación activa de las principales entidades
representativas del medio rural y con experiencia en gobernanza, participación y desarrollo local que operan en los territorios rurales (GAL-LEADER), e incidir en la nueva definición de las estrategias territoriales y la recuperación de las
expectativas generadas en el diseño y puesta en marcha de la Ley.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto, a instancia del diputado Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación efectiva de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Mantener el tejido social de las zonas rurales y mejorar las rentas de los productores estableciendo un sistema de generalización del conocimiento generado en la red de explotaciones nacionales, seleccionando las más viables en cada
modalidad concreta de producción, y orientándolo a mostrar las ventajas que representan.


Apoyar el desarrollo y mantenimiento de infraestructuras forestales y agrarias, y recuperación de las infraestructuras tradicionales adaptadas a las condiciones actuales.


Dar prioridad absoluta al rejuvenecimiento del sector agrario mediante el establecimiento de apoyos específicos para los jóvenes agricultores y ganaderos.


Impulsar un programa nacional de I+D+i como medida clave de innovación en el campo y en la industria agroalimentaria, de manera que permita a las explotaciones españolas competir en el mundo cada vez más globalizado.


Potenciar el asociacionismo como herramienta básica de vertebración del territorio, mejorando la organización agroindustrial y permitiendo mayores índices de rentabilidad.



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Hacer efectivo el acceso a Internet como servicio universal y desarrollar herramientas desde la administración que proporcionen valor añadido a nuestras explotaciones agrícolas y ganaderas, ayudando a la modernización del sector.


Revisar la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural, que ha tenido escasa aplicación práctica en España.


Aumentar la competitividad de las explotaciones agrarias y ganaderas mediante la implantación de la sociedad del conocimiento, a través de la adecuada formación y asesoramiento creando un Plan de formación rural y un Portal de Formación
Rural, a nivel nacional, adaptado a las necesidades de cada territorio y cuya formación pueda ser seguida vía web.


Fomentar el estudio e investigación de todas aquellas producciones agroalimentarias artesanales y tradicionales de nuestro país.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación efectiva de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar informe de evaluación final del Primer Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, prevista inicialmente para junio de 2016 en el RD 75212010.


2. Presentar una memoria de ejecución de las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en el periodo 2011-2016 dentro del Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, una vez analizada la información que
deben aportar las Comunidades Autónomas.


3. Convocar a los organismos de seguimiento y participación previstos en la Ley 45/07 y desarrollados en el RD 865/2008, de 23 de mayo, es decir; la Comisión Interministerial para el Medio Rural, del Consejo para el Medio Rural y de la
Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural al objeto de poder informar, conocer y dar seguimiento a los informes presentados tal y como la ley prevé.


4. Hacer una evaluación de impacto de la situación de las comarcas rurales consideradas como prioritarias en la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo
y aplicación efectiva de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural, ha acordado lo siguiente, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa de la Cámara, que la previsión contenida en el punto 5 se
trata de una manifestación de voluntad de la Cámara, en la medida en que no cabe instar al Gobierno a lo señalado en dicho punto, al encontrarse el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 en tramitación en la Cámara:


'El Congreso de los Diputados renueva el compromiso unitario de las fuerzas políticas por la revitalización e impulso de aplicación de la Ley 45/2007 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, considerando que una política para enfrentar el
reto demográfico y la lucha contra la despoblación debe estar enmarcada en el desarrollo y aplicación de una política de Estado para el desarrollo rural sostenible.


De acuerdo con el cronograma de seguimiento y evaluación que estaba previsto en el Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, en su capítulo 8, punto 8.2, el Congreso de los Diputados aprueba e insta al Gobierno a:


1. Presentar el informe de evaluación final del Primer Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural prevista inicialmente para junio de 2016 en el Real Decreto 752/2010.


2. Presentar una memoria de ejecución de las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en el periodo 2011-2016 dentro del Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible.


3. Convocar de forma inminente los organismos de seguimiento y participación previstos en la Ley 45/2007 y desarrollados en el Real Decreto 865/2008, de 23 de mayo, es decir, la Comisión Interministerial para el Medio Rural, del Consejo
para el Medio Rural y de la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural al objeto de poder informar, conocer y dar seguimiento a los informes presentados tal y como la ley prevé.


4. Hacer una evaluación de impacto de la situación de las 105 comarcas rurales consideradas como prioritarias en la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.


5. Que se prevea la inclusión de la dotación presupuestaria necesaria en los Presupuestos Generales de 2017 suficiente para poder reactivar la aplicación de la Ley y que debería incluir la evaluación final del Primer Programa de Desarrollo
Sostenible del Medio Rural, y el proceso de elaboración participativa del Segundo Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.


6. Teniendo en cuenta que el Real Decreto 752/2010 que aprobaba el Primer Programa de Desarrollo Sostenible del Medio Rural contemplaba un marco presupuestario que comprometía una aportación orientativa por parte de la Administración
General del Estado de 905 millones de euros para todo el período de planificación anterior, instamos a que se hagan los cálculos orientativos aproximados para poder incluir en los Presupuestos Generales del Estado sucesivos de los años 2018-2022 las
partidas presupuestaria que nos permitan un nivel de inversión similar.


7. Actualizar los diagnósticos territoriales, con especial incidencia en los aspectos relativos a la población, de las comarcas delimitadas por la mencionada Ley, contando con la participación activa de las principales entidades
representativas del medio rural y con experiencia en gobernanza, participación y desarrollo local que operan en los territorios rurales (GAL-LEADER), e incidir en la nueva definición de las estrategias territoriales y la recuperación de las
expectativas generadas en el diseño y puesta en marcha de la Ley.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión Constitucional


181/000064


Por escrito de fecha 10 de mayo de 2017, se ha retirado la pregunta formulada por el Diputado don Joan Tardà i Coma sobre accidente hípico de la Infanta Elena en las instalaciones hípicas del Palacio de la Zarzuela (procedente de la pregunta
al Gobierno con respuesta escrita 184/001823 (núm. expte. 181/000064), publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 105, de 17 de febrero de 2017.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de su autor, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a las Comisiones que se indican, las preguntas
al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a las Comisiones correspondientes, al Gobierno y al Sr. Diputado preguntante y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén


RELACIÓN DE PREGUNTAS


Comisión de Hacienda y Función Pública


Núm. expte.: 184/010874


Núm. registro: 27577


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM)


Objeto iniciativa: Ayuda concedida a la compañía Alestis Aerospace para el desarrollo de los aviones Airbus A350XWB, así como posición de los consejeros de la SEPI ante el ERE anunciado por dicha empresa para la planta sevillana de San José
de la Rinconada.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 140, de 10 de abril de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000384.


Comisión de Fomento


Núm. expte.: 184/010876


Núm. registro: 27579


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM)


Objeto iniciativa: Porcentaje de las mercancías que entran y salen por los puertos por vía ferroviaria y conexión de los mismos a red ferroviaria electrificada, así como planes de mejora de dicha conexión.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 140, de 10 de abril de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000382.



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Núm. expte.: 184/010877


Núm. registro: 27580


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM)


Objeto iniciativa: Situación de las obras para la construcción del bypass de la Salud para mejorar el acceso ferroviario al puerto de Sevilla, así como fecha prevista para la finalización de las mismas.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 140, de 10 de abril de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000383.


Núm. expte.: 184/010875


Núm. registro: 27578


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM)


Objeto iniciativa: Planes del Ministerio de Fomento para la línea Sevilla-Antequera.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 140, de 10 de abril de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000385.