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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 141, de 11/04/2017
cve: BOCG-12-D-141 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


11 de abril de 2017


Núm. 141



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Justicia


161/001719 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la defensa del derecho fundamental de libertad de expresión ... (Página7)


161/001757 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, por la que se insta a la reforma de la legislación civil en materia de capacidad de las personas con discapacidad
sensitiva para testar y otorgar escritura pública ... (Página10)


Comisión de Interior


161/001767 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la externalización del servicio de traducción e interpretación del Ministerio del Interior ... href='#(Página12)'>(Página12)


Comisión de Defensa


161/001735 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la conmemoración del 300 aniversario de la Real Compañía de Guardias Marinas ... (Página15)


161/001750 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la conmemoración del centenario de la Aviación Naval (1917-2017) ... (Página16)


161/001776 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la situación de los suboficiales de las Fuerzas Armadas en situación de servicios especiales en el CNI ... (Página16)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/001725 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la utilización de las viviendas de titularidad estatal, la regulación de los espacios y medios públicos y la supresión de privilegios ...
(Página19)


161/001747 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para reducir la deuda tributaria pendiente de cobro, los plazos de resolución de los Tribunales Económico-Administrativos y sus correspondientes
intereses de demora ... (Página19)



Página 2





161/001758 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre modificación de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo) ... (Página23)


161/001759 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre modificación de la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera ... href='#(Página26)'>(Página26)


Comisión de Fomento


161/001729 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la realización de obras de mejora de la seguridad vial en la carretera N-332 ... (Página27)


161/001753 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a retomar las actuaciones contempladas en el Plan de Infraestructuras Ferroviarias de Cercanías de la Comunidad de Madrid y
actualizarlo con las demandas surgidas desde su aprobación, señalando los plazos y compromisos de ejecución de cada una de las medidas incluidas, en el plazo de seis meses y, específicamente, las actuaciones incluidas en los Presupuestos Generales
del Estado ... (Página28)


161/001756 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al proyecto del eje ferroviario Cantábrico-Mediterráneo, en sus tramos entre Zaragoza-Teruel y Teruel-Valencia ... href='#(Página29)'>(Página29)


161/001774 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el interés de vivienda protegida ... (Página30)


Comisión de Educación y Deporte


161/001740 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el desarrollo de las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo ...
(Página31)


161/001741 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la mejora de la seguridad en centros educativos ... (Página32)


161/001766 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la derogación del artículo 6 (núm. 4) del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes
de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, por sus efectos negativos en la consecución de una docencia e investigación de calidad para el conjunto de la institución universitaria ... (Página34)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/001760 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la creación de un plan de choque para ayudar a las personas paradas de larga duración ... (Página37)


161/001773 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a reconocer el accidente in itinere como acaecido en acto de servicio ... (Página38)


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/001720 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre protección de los derechos digitales de la ciudadanía ... (Página40)


161/001723 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el impulso de las ciudades inteligentes (smart cities) en España ... (Página42)



Página 3





Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/001733 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la presentación de un Proyecto de Ley de Protección Integral de la Dehesa ... (Página44)


161/001738 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas para garantizar la conservación de los suelos y la seguridad alimentaria ... (Página45)


161/001739 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a continuar en el apoyo a las denominaciones de origen del vino, como motor económico, social y de fijación de población en el rural ...
(Página46)


161/001744 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la defensa de modelos productivos ganaderos sostenibles que apuesten por la calidad ... href='#(Página47)'>(Página47)


161/001746 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre aprobación de un Plan Renove de electrodomésticos eficientes ... (Página48)


161/001748 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al proyecto de recuperación medioambiental del litoral del Cap Salou y construcción del Camino de Ronda ... (Página50)


161/001761 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la conservación del lobo y su declaración como especie protegida ... (Página51)


161/001769 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el regadío en las perspectivas vigentes de cambio climático ... (Página54)


161/001771 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la elaboración de una estrategia de fomento y apoyo integral a la ganadería extensiva ... href='#(Página56)'>(Página56)


161/001772 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo en el seno del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de Recursos
Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación, la conservación in situ y los derechos de los agricultores y agricultoras ... (Página59)


161/001777 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre modificación del Reglamento 1224/2009 ... (Página62)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001721 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la protección de los consumidores en relación con la actividad publicitaria de las actividades de juego de azar ... href='#(Página62)'>(Página62)


161/001724 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre la prohibición de campañas publicitarias con lemas 'sin IVA' ... (Página64)


161/001726 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la elaboración de un Plan Estratégico de recursos humanos para el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ... href='#(Página65)'>(Página65)


161/001728 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la protección socio-laboral de los donantes vivos de un órgano ... (Página66)



Página 4





161/001732 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el reconocimiento de la sordoceguera y sus necesidades específicas ... (Página67)


161/001737 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la mejora de la calidad de vida de las personas que padecen diabetes ... (Página68)


161/001743 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la creación de un Plan nacional de prevención contra el suicidio ... (Página70)


161/001768 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al cribado neonatal de inmunodeficiencias combinadas graves ... (Página71)


161/001770 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la clasificación VIH como infecto-transmisible y la igualdad de derechos en la función pública ... (Página72)


161/001775 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el etiquetado y comercialización de pan obtenido mediante harinas refinadas blancas bajo la denominación de 'pan integral' ... href='#(Página73)'>(Página73)


Comisión de Cultura


161/001734 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la declaración del año 2017 como 'Año de Azorín' ... (Página74)


Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/001745 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre aprobación de un Plan Renove de electrodomésticos eficientes ... (Página76)


161/001762 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la promoción del Empleo Verde para cumplir el objetivo de descarbonización de la economía ... href='#(Página77)'>(Página77)


161/001763 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a un Plan de Transición Energética para el cumplimiento de los Acuerdos del Clima de París ... href='#(Página79)'>(Página79)


161/001764 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la justicia climática desde una perspectiva de género ... (Página81)


161/001765 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre reconocimiento y protección de las personas migrantes por razones ambientales y climáticas ... href='#(Página82)'>(Página82)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/001727 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la creación de una red de colaboración entre los Colegios de Educación Especial ... (Página84)


161/001730 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas para hacer más accesible la formación, que sea más inclusiva para las personas con diversidad funcional
... (Página85)


161/001731 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el reconocimiento de la sordoceguera y sus necesidades específicas ... (Página85)



Página 5





161/001749 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la adopción de medidas legislativas a los efectos de garantizar la permanencia del trabajador en la empresa en caso de discapacidad sobrevenida ...
(Página87)


161/001751 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar programas orientados a captar a turistas que viajan fuera de temporada como las personas con discapacidad ... href='#(Página90)'>(Página90)


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/001752 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la creación de la escala del funcionariado examinador de tráfico y su adecuado reconocimiento ... href='#(Página91)'>(Página91)


161/001754 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la inclusión de la Seguridad Vial en la Ley Básica de Educación ... (Página92)


161/001778 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la influencia de las drogas en la conducción ... (Página93)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001736 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la publicidad infantil de alimentos y bebidas ... (Página95)


161/001742 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la mejora de la seguridad en centros educativos ... (Página96)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Defensa


181/000312 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco Javier Cano Leal (GCs), sobre ejes de su mandato sobre la función de preparar la fuerza, promulgar la doctrina militar nacional y establecer la Fuerza Conjunta ... href='#(Página98)'>(Página98)


Comisión de Economía, Industria y Competitividad


181/000285 Pregunta formulada por el Diputado don Josep Vendrell Gardeñes (GCUP-EC-EM), sobre reuniones o contactos mantenidos con las entidades financieras para tratar la cuestión del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)
... (Página98)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


181/000313 Pregunta formulada por el Diputado don Sergio Del Campo Estaún (GCs), sobre fecha prevista para aprobar el desarrollo reglamentario de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley General
de la Seguridad Social en relación con el Régimen Jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social ... (Página99)


181/000314 Pregunta formulada por el Diputado don Sergio Del Campo Estaún (GCs), sobre medidas para reducir la temporalidad de nuestro mercado de trabajo y acabar con la dualidad ... (Página99)


181/000315 Pregunta formulada por el Diputado don Sergio Del Campo Estaún (GCs), sobre opinión del Gobierno acerca de si se puede gastar el dinero de formación en otras actuaciones distintas a la formación de los trabajadores ... href='#(Página99)'>(Página99)


181/000316 Pregunta formulada por el Diputado don Saúl Ramírez Freire (GCs), sobre medidas para resolver el déficit de la Seguridad Social y dotar de más ingresos al sistema ... (Página100)



Página 6





181/000317 Pregunta formulada por el Diputado don Saúl Ramírez Freire (GCs), sobre medidas en relación a la restricción de las pensiones de viudedad y orfandad a casos de vulnerabilidad económica o su financiación vía impuestos ... href='#(Página100)'>(Página100)


181/000318 Pregunta formulada por el Diputado don José Cano Fuster (GCs), sobre realización por la Tesorería General de la Seguridad Social de proyecciones y previsiones sobre la esperanza de vida ... (Página100)


181/000333 Pregunta formulada por el Diputado don Sergio Del Campo Estaún (GCs), sobre previsiones acerca de regular y aclarar la grave situación discriminatoria en la que se encuentran trabajadoras como, por ejemplo, las camareras de piso
... (Página100)


181/000334 Pregunta formulada por el Diputado don José Cano Fuster (GCs), sobre medidas previstas para incrementar la tasa de cobertura por desempleo y lograr la incorporación al mercado de trabajo de las personas desempleadas ... href='#(Página101)'>(Página101)


181/000335 Pregunta formulada por el Diputado don Sergio Del Campo Estaún (GCs), sobre medidas previstas para aumentar los porcentajes de ejecución de fondos y aumentar los recursos que reciben los centros especiales de empleo ... href='#(Página101)'>(Página101)


181/000336 Pregunta formulada por el Diputado don José Cano Fuster (GCs), sobre medidas para reducir las cifras de siniestralidad laboral, especialmente in itinere ... (Página101)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/010649 Autor: Moya Matas, Jaume


Nombramiento de don Juan José Pereña Muñoz, incurso en una causa de incompatibilidad, como Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Salamanca ... (Página102)


184/010749 Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María


Previsiones acerca del nombramiento del Sr. Peña Echevarria como responsable de Formación de la Policía Nacional. Retirada ... (Página103)



Página 7





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Justicia


161/001719


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la defensa del derecho fundamental de
libertad de expresión, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


La libertad de expresión es un derecho esencial en la democracia. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en
forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. Desde el punto de vista individual, la libertad a manifestar las propias opiniones es clave para el libre desarrollo de la personalidad consagrado por el artículo 10 de
la Constitución española.


Desde el punto de vista social, la libertad de expresión es un pilar fundamental y condición necesaria del sistema democrático, pues toda democracia supone el derecho de los ciudadanos a participar en el Gobierno y este derecho no se podría
ejercer si los ciudadanos no pudiesen expresar libremente sus opiniones y convicciones políticas.


Debido a su gran importancia para la persona y la sociedad, la libertad de expresión ha sido consagrada en toda declaración internacional de derechos, así, la misma se recoge en el articulo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
de 1948, en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, o en el artículo 21 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.


En nuestro país, el artículo 20 de la Constitución española consagra la libertad de expresión como derecho fundamental de los ciudadanos y ciudadanas.


Por todo lo anteriormente expuesto, la libertad de expresión es un derecho que ha de ser protegido y garantizado por el Estado, y los limites que legalmente se establezcan a la misma deben de respetar su contenido esencial.


No obstante, toda persona es responsable por sus opiniones, y estas pueden generar responsabilidad en caso de que estas lesionasen el derecho de un tercero a la intimidad y el honor, como ha recogido tradicionalmente el ordenamiento
jurídico.


Con la aparición de las redes sociales, la difusión de opiniones e informaciones ha experimentado un auge sin precedentes, tanto en número como en alcance de las mismas, potenciado por la inmediatez de su propagación por la red.


Ante este hecho, y en el actual contexto de crítica y protesta social, algunos Gobiernos han optado por presentar las redes sociales como un problema de orden público que había de ser regulado de forma inmediata. En este contexto, el
Gobierno emprendió en 2015, una reforma del código penal que supuso



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un terrible retroceso para los derechos fundamentales, en particular para la libertad de expresión, como ha denunciado la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI).


Sin embargo, nuestro ordenamiento jurídico ya contaba con instrumentos suficientes para perseguir la injuria, la amenaza o la calumnia, no siendo necesario establecer tipos delictivos adicionales. El hecho de que una persona pueda proferir
comentarios desagradables en la red no requiere una regulación distinta; lo que no es delito en la calle, no es delito en twitter.


Además, que un comentario en las redes sociales pueda ser de mal gusto y condenado socialmente, no justifica la utilización del derecho penal. Al contrario, desde la consideración del Derecho penal como última ratio o último lugar al que
acudir para afear una conducta, bastaría con acudir al Derecho civil y sus instrumentos para demandar una indemnización por considerar que determinadas expresiones podrían ser lesivas para la dignidad y el honor del ofendido. En el orden civil no
se contemplan las mismas medidas coercitivas que en el penal y, [o que es más importante, una demanda civil solo se activa a iniciativa del afectado. En dicho orden no caben acusaciones populares y la Fiscalía interviene más limitadamente que en un
proceso penal.


Sin embargo, en nuestro país, son numerosos los artículos del código penal que han recogido delitos relacionados con las opiniones proferidas por la persona, y que pueden ser incluso castigados con penas de prisión, lo cual resulta a todas
luces contrario a la proporcionalidad requerida a la pena.


Los delitos relacionados con las opiniones podrían dividirse en dos bloques:


a) Delitos contra el honor.


El Código Penal recoge en el título XI los delitos contra el honor, tipificando de manera general la injuria (arts. 208, 209) y la calumnia (arts. 205, 206). A estos tipos generales se añaden otros tipos cualificados en función del sujeto
ofendido, así por ejemplo se castigan las ofensas a los sentimientos religiosos (arts. 524 y 525), las ofensas a la Corona (arts 490.2 y 491) o al Estado (art. 543 referido a los ultrajes a España).


b) Artículo 578 del código penal tras la reforma del Partido Popular de 2015.


Dentro de los delitos de terrorismo se engloba el tipo referido a enaltecimiento del terrorismo. La redacción actual se ha configurado de una forma tan falta de concreción, que está llevando últimamente a que la Audiencia Nacional juzgue a
personas que nada tienen que ver con organizaciones terroristas por proferir manifestaciones que se engloban en el denominado 'humor negro', y que si bien pueden ser de mal gusto o incluso ofensivas, no pueden tildarse de acto terrorista.


El delito de apología ya estaba introducido en nuestro Código Penal, más o menos evolucionado, desde que se incorporó en el siglo XIX. Este delito hoy en día tiene que ver con la provocación directa mediante la difusión de ideas favorables
al delito, de forma que cree adeptos y anime directamente a la comisión del mismo. Su evolución nunca estuvo exenta de debate, por cuanto no es lo mismo castigar la provocación previa a la comisión del delito, como un acto preparatorio del propio
delito, que castigar el 'elogio prospectivo y generador de conductas frituras', con lo que esto podía significar en un Estado democrático: la creación del delito de opinión.


Por tanto, el enaltecimiento terrorista -que quedó incorporado como delito en nuestro Código Penal hace dieciséis años- ha sufrido un endurecimiento inusitado con ocasión de los atentados en París, expresado en la última reforma del Código
Penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015. También vino precedido por un 'pacto antiterrorista' entre los dos partidos mayoritarios del arco parlamentario.


Hay que destacar que el propio Preámbulo de la Ley ya apuntaba a situaciones indeseables. Así cuando se afirma que 'se sanciona la difusión de mensajes que inciten a la comisión de alguno de los delitos agravados de alteración del orden
público. De este modo se evita la sanción general'.


No se comprende cómo puede evitarse la sanción general de una conducta que por no estar tipificada resultaba impune, cuando lo que efectivamente se estaba haciendo con la reforma es incriminar conductas hasta ahora sin castigo y que eran muy
difíciles de delimitar. Es decir, posibilitando la sanción general.


Es por ello que la mayoría de la doctrina ha efectuado comentarios muy críticos a esta regulación, calificando el precepto en algún caso de superfluo o como un abuso de las efectos simbólicos por parte del legislador. Estas opiniones
parecen acertadas en la medida en que se ha aplicado escasamente, generando además un conflicto interpretativo con el delito de enaltecimiento del terrorismo del artículo 578



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del Código Penal y calificándolo como un delito de riesgo abstracto, y valorando el riesgo creado de forma subjetiva, lo que aumenta la inseguridad jurídica sobre su aplicación.


'El artículo 578 bis. 1 b) castiga la difusión o distribución de mensajes o consignas, que por su contenido sean idóneos para incitar a otros a la comisión de alguno de los delitos de este capítulo o para reforzar la decisión de cometerlos,
independientemente de que promuevan o no directamente la comisión de los delitos de terrorismo.


También Amnistía Internacional estima que el articulo 578 578 bis. 1 b) constituye una limitación desproporcionada, innecesaria e ilegal del derecho a la libertad de expresión e información. Esta disposición es demasiado amplia y general,
al no exigir un elemento claro de intencionalidad. De nuevo, este articulado invierte la carga de la prueba respecto al elemento de intencionalidad, puesto que no se asigna al Estado la responsabilidad de demostrar que la persona que divulgó la
información lo hizo con la finalidad de fomentar la comisión de un acto de terrorismo o de inducir a otra a perpetrarlo. Al contrario, parece castigarse la idoneidad de los contenidos, -un concepto jurídicamente indeterminado- y es el acusado el
que tiene que demostrar que no pretendía proporcionar o facilitar la comisión o preparación de un acto de terrorismo.


De acuerdo con las normas internacionales sobre la libertad de expresión (artículos 10 y 5 del CEDH, y 7 y 19 del PIDCP) el legislador debe castigar la incitación a la comisión de actos de terrorismo, pero únicamente cuando ésta constituye
una incitación clara y directa a cometer actos violentos.


Últimamente se han sucedido una serie de juicios en nuestro país, con base en los artículos anteriormente citados, que ponen de manifiesto que en España la propia opinión puede ser castigada penalmente e incluso con penas de prisión. El
componente subjetivo en la apreciación de la ofensa permite investigar cualquier opinión crítica bajo el pretexto del agravio realizado.


Así, se han sucedido en nuestro país actuaciones policiales y judiciales que resultan desconcertantes para la ciudadanía, particularmente en relación al artículo 578, relativo al enaltecimiento del terrorismo, por el que han sido juzgados
diversos artistas y tuiteros. El caso de los dos titiriteros ilegalmente encarcelados por representar una obra de ficción refleja el paroxismo y el disparate de la existencia misma de este delito, pues a esta situación surrealista nos lleva la
subjetividad del delito. Recientemente ha resultado llamativo el caso de Cassandra, una joven investigada únicamente por reproducir en una red social chistes ya conocidos sobre el fallecimiento de Carrero Blanco. Sin pertenencia a ninguna banda u
organización criminal, sin intención de ofender y a pesar de que los familiares de Carrero Blanco confirman no sentirse ofendidos, Cassandra ha sido juzgada por la Audiencia Nacional por estos hechos.


Asimismo, y en otro asunto clave, asociaciones judiciales como Jueces para la Democracia han criticado la condena de un año de cárcel al cantante del grupo Def con Dos, César Augusto Montaña, conocido como César Strawberry, impuesta por el
Tribunal Supremo por un delito de enaltecimiento del terrorismo o humillación de las víctimas en varios tuits de 2013 y 2014, defendiendo que 'Io razonable' es el voto particular emitido respecto de esta sentencia por el magistrado emérito Perfecto
Andrés Ibáñez, en el que defiende la prevalencia de la libertad de expresión.


Por otra parte, esta asociación ha llamado en repetidas ocasiones la atención sobre el hecho de que 'una tercera parte de los delitos sobre terrorismo que investiga la Audiencia Nacional tienen que ver con la libertad de expresión, tuits o
retuits, o 'me gustan' en redes sociales'.


También opinan que 'desdibuja totalmente el delito de terrorismo, que se ha de caracterizar por elementos como el aspecto organizativo y la posesión de armas o explosivos'.


'Creemos que esos elementos esenciales se acaban desdibujando y considerándose figuras del entorno del terrorismo, como algunos tuits, que son cosas de mal gusto, pero que no deben merecer sanción penal.'


En 2008, el relator de la ONU para la protección de los Derechos Humanos ya alertaba de los peligros que una 'ambigua' normativa podía conllevar: 'Supone el riesgo de que, poco a poco, se vaya ampliando la noción de terrorismo a actos que
no lo constituyen. Y cuando se empieza a caer por esa pendiente se corre el riesgo de conculcar muchos derechos'.


Además de los citados juicios relativos al delito de enaltecimiento del terrorismo, en España estamos asistiendo a una retahíla de juicios por diferentes ofensas o injurias: es el caso de Rita Maestre o las recientes investigaciones por
diferentes manifestaciones artísticas en los carnavales de 2017, así la fiscalía llegó a abrir diligencias (ya cerradas) a Drag Sethlas, ganador del concurso de Carnaval en las Palmas de Gran Canaria por su número transgresor, solo por el hecho de
ser una Drag Queen disfrazado de una figura religiosa. Tras esto, José Manuel Sande, concejal de cultura del Ayuntamiento de A Coruña, ha sido citado a declarar en relación a un cartel de carnaval que refleja un disfraz de Papa. En un Estado



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democrático y aconfesional, parece resulta esperpéntico que se siga juzgando a la gente por delito de blasfemia.


Por último, el caso del rapero conocido como Valtonyc, condenado a tres años y medio de cárcel por sus canciones, ha provocado la indignación social en cuanto no es propio de un estado democrático. Privar a una persona de su libertad
personal en base a sus expresiones es contrario al artículo 25 de la Constitución, al principio de mínima intervención del derecho penal y a la garantía debida al derecho a la libertad de expresión.


Todo lo anterior refleja dos tareas pendientes de nuestro país para garantizar y defender nuestro derecho fundamental a la libertad de expresión, y no instaurar un tipo de delitos de opinión y de clima de miedo entre la población a verter
cualquier tipo de crítica, ya sea en forma de opinión, creación artística o humorística.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


a) Revisar inmediatamente los delitos relativos a las injurias y calumnias, y sus tipos cualificados, así como otras disposiciones jurídicas que puedan limitar o coartar el derecho a la libertad de expresión, y presentar una reforma de los
mismos que sea coherente con la garantía de este derecho.


b) Presentar en el plazo de un mes en la Cámara un Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal en el sentido de suprimir el artículo 578 del Código Penal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Sara Carreño Valero y Eduardo Santos Itoiz, Diputados.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú-Podem-En Marea.


161/001757


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley ante la Comisión de Justicia, por la que se insta a la reforma
de la legislación civil en materia de capacidad de las personas con discapacidad sensitiva para testar y otorgar escritura pública.


Exposición de motivos


Primero. La legislación actualmente vigente en el Estado español en materia de otorgamiento de testamento incluye determinadas especialidades relativas a los colectivos de personas con discapacidad visual y/o auditiva que, siendo
comprensibles en el siglo XIX, devienen inaceptables en el marco de nuestro actual desarrollo tecnológico y realidad social.


En concreto y en su artículo 697, el Código Civil, para el acto de otorgamiento del testamento, obliga al uso de dos testigos en el caso de personas ciegas o de personas sordas que no supieran o no pudieran leer el testamento.


Por su parte, el artículo 708 de Código Civil, impide expresamente a las personas ciegas otorgar testamento cerrado. Respecto al testamento ológrafo, si bien es cierto que su otorgamiento por una persona ciega no está expresamente prohibido
por el Código Civil, no es menos cierto que, por sus propias características -debe ser escrito de puño y letra del testador-, es infrecuente que se realice por una persona con dicha discapacidad visual.


Segundo. En nuestros días, las disposiciones relatadas son discriminaciones evidentes e inaceptables en tanto en cuanto están únicamente sustentadas en la deficiencia sensorial, obviando la existencia del braille, del alfabeto y sistema de
lecto-escritura de los invidentes, de la lengua de signos de las personas sordas y de los avances tecnológicos e informáticos que permiten superar en gran medida las limitaciones derivadas de la diversidad funcional.



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Además, en el caso del otorgamiento del testamento, la exigencia de los testigos supone un ataque a la intimidad del testador a quien se obliga a realizar un acto personalísimo con la participación de terceros que, inevitablemente, serán
conocedores del contenido de las disposiciones testamentarias.


Tercero. Para evitar las referidas discriminaciones, sería preciso fomentar que las notarías estén dotadas de adaptaciones informáticas -lector de pantalla y/o línea braille y programas OCR de reconocimiento de caracteres- para que los
testigos, los otorgantes de escrituras y los testadores con discapacidad visual puedan, antes de la impresión, leer por sí mismos los testamentos y documentos públicos en los que intervengan. Junto a ello, los modernos sistemas de firma digital, ya
introducidos con el nuevo DNI electrónico, permitirían incluso firmar electrónicamente los documentos si el otorgante o testador no sabe firmar.


Por lo que respecta al testamento cerrado, podría editarse un modelo protocolizado digital que el testador pudiera cumplimentar electrónicamente, cumpliendo así los requisitos de validez y eliminando la prohibición de otorgarlo por una
persona ciega, salvo en el caso de desconocimiento o imposibilidad de uso de la tecnología.


Y por lo que respecta al testamento ológrafo, por su parte, bien podría aceptarse si estuviera escrito en braille.


Cuarto. En la línea apuntada en esta moción, de acuerdo con el objetivo de igual reconocimiento ante la ley de la persona discapacitada, se pronuncia el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Así, en su Observación
General num. 1 (2014), establece que el artículo. 12 de la Convención Internacional (que entró en vigor en España el 3 de mayo de 2008), debe suponer un cambio de paradigma: 'el modelo de la discapacidad basado en los derechos humanos implica
pasar del paradigma de la adopción de decisiones sustitutiva a otro que se base en el apoyo para tomarlas'.


Al respecto, debe tenerse en cuenta que las observaciones generales son pautas que marcan los Comités para aclarar el alcance de las obligaciones contenidas en los tratados y que, de acuerdo con nuestra normativa -en concreto, con el art.
35.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales- 'en la interpretación de los tratados adoptados en el ámbito de una organización internacional se tendrá en cuenta toda norma pertinente de la organización'.


Conclusión. Por tanto, a tenor de lo anteriormente expuesto, y de acuerdo al compromiso adquirido por el Estado español -con la ratificación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad- de garantizar
el pleno y efectivo ejercicio de todos los derechos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad,


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar ante esta Cámara, en un plazo máximo de seis meses:


1.o Las modificaciones de la normativa necesarias para eliminar de la legislación civil española la exigencia de la presencia de dos testigos en el otorgamiento de un testamento abierto realizado por personas con discapacidad visual y/o
auditiva así como la prohibición de otorgar testamento cerrado prevista para las personas ciegas.


2o Un plan de adaptación progresivo de las notarías a las nuevas tecnologías para disponer de manera obligatoria de los medios necesarios para suplir las deficiencias sensoriales de los otorgantes, ya sean auditivas y/o visuales, de
cualquier documento notarial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Jaume Moya Matas, Diputado.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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Comisión de Interior


161/001767


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley relativa
a la externalización del servicio de traducción e interpretación del Ministerio del Interior, para su debate y aprobación en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


En el año 2008, el Ministerio del Interior contaba con una plantilla de 260 traductores e intérpretes, dedicados a la interpretación de declaraciones orales, traducciones escritas y escuchas telefónicas en varias dependencias del Ministerio
de Interior de todo el territorio nacional (comisarías policiales, aeropuertos internacionales, oficinas de asilo, etc.). El aumento progresivo de los flujos migratorios en España, así como la creciente amenaza del terrorismo internacional y el
aumento de las operaciones policiales de investigación produjeron el aumento significativo de la demanda del personal contratado para estas actividades. El entonces Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, decidió no ampliar la oferta de
plazas públicas y externalizar el servicio mediante la contratación de varias empresas privadas.


Entre las empresas privadas contratadas, se destaca, por ejemplo, el contrato de servicios firmado entre la empresa Seprotec S.L. y la Dirección General de la Policía y la Dirección General de la Guardia Civil, para el servicio de
traducción e interpretación, que entró en vigor el 1 de mayo de 2008, por un valor total de 2,6 millones de euros. 1 Esta práctica de externalización de servicios se ha mantenido hasta la actualidad, repitiéndose la adjudicación en sucesivos
contratos en favor de la empresa Seprotec S.L. y posteriormente de la empresa Ofilingua S.L. 2


El sindicato de Comisiones Obreras (en adelante CCOO) ha venido denunciado, desde la formalización del primer contrato, las graves irregularidades que se están produciendo en los servicios que prestan las empresas adjudicatarias 3. Por su
parte, el Sindicato Unificado de Policía (en adelante SUP) ha advertido del riesgo que entraña para los agentes el trabajar con personas subcontratadas por empresas privadas en investigaciones con acceso a información reservada. Muchas de estas
investigaciones exigen un compromiso de confidencialidad, imparcialidad y fiabilidad que no está suficientemente garantizado.


En este contexto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea considera especialmente preocupante la situación descrita. Los servicios de traducción e interpretación de las distintas dependencias del
Ministerio del Interior nunca deberían haber sido privatizados. Existen tres razones que evidencian los graves problemas de la privatización de los servicios de intérpretes y traductores:


1. Riesgos para la seguridad nacional.


La externalización de estos servicios supone un peligro para toda la ciudadanía española, para las fuerzas y cuerpos de seguridad y en términos genéricos, para la seguridad nacional, pues implica dejar en manos de empresas privadas
investigaciones judiciales y cuestiones estratégicas y de inteligencia nacional, así como también datos sensibles y personales de cientos de ciudadanos.


El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público 4 prohíbe expresamente suscribir contratos públicos con empresas


1 Fuente: Informe La externalización del servicio de traducción-interpretación en la DGP y GC, CCOO, Sección sindical estatal de Interior. La DGPN externalizó a una empresa privada tareas como el servicio de interpretación de declaraciones
orales, traducciones escritas, escuchas telefónicas y transcripción de cintas de audio u otros soportes informáticos grabados en lenguas distintas del castellano, en el marco de las actuaciones policiales en el ámbito de todo el territorio nacional.


2 Fuente: Anuncio de adjudicación, Número de Expediente 005/15/CO/05 (BOE 30 de noviembre de 2015), Plataforma de contratación del sector público.


3 Fuente: Informe La externalización del servicio de traducción-interpretación en la DGP. y G.C., CC.OO., Sección sindical estatal de Interior.


4 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: Artículo 301. Contenido y límites. 1.No podrán ser objeto de estos contratos los servicios que
impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos. Artículo 275. Ámbito del contrato. 1. La Administración podrá gestionar indirectamente, mediante contrato, los servicios de su competencia, siempre que sean susceptibles de
explotación por particulares. En ningún caso podrán prestarse por gestión indirecta los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.



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privadas para aquellos 'servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos', es decir, los servicios de seguridad ciudadana, defensa exterior, las actividades jurisdiccionales, entre otros. Por lo tanto, el
servicio de traducción e interpretación de escuchas telefónicas a sospechosos de delitos de terrorismo o vinculados con él, está directamente relacionado con la seguridad nacional y no debería ser susceptible de privatización o externalización por
estar enmarcado en esta restricción.


A lo largo de los últimos años, el Ministerio del Interior ha reducido sistemáticamente la plantilla de funcionarios públicos en labores de traducción e interpretación, no ha convocado nuevos procesos de oposiciones para vacantes en la
plantilla, y adicionalmente, ha contratado personal en calidad de empleo público interino. Esto implica reducir el personal público más idóneo, con obligación legal de confidencialidad y probidad profesional, y reemplazarlo por personal privado
temporal sobre el que existe reducida capacidad de fiscalización y control.


2. Externalización injustificada y deterioro del servicio.


La tercerización laboral de estas funciones no está justificada, pues no cumple los criterios por los que la Administración Pública puede externalizar un servicio. La Constitución Española (en adelante CE) establece en su artículo 103.1 el
principio de eficacia como criterio para la externalización de servicios, de manera que la privatización de la prestación de un servicio público solo estaría justificada por motivos de eficiencia, productividad y/o especialización. La aplicación de
este principio significa que las empresas privadas deberían prestar los servicios con mayor eficiencia y a un coste menor que la entidad pública encargada de garantizarlos.


No es el caso de la adjudicación del servicio de traducción e interpretación que presta, por ejemplo, la empresa Seprotec. Según informes del Tribunal de Cuentas, los servicios que brinda esta empresa supondrían un coste aproximado de un
30% más para las arcas públicas, que la prestación directa del servicio sin externalización 5 Por lo tanto, la subcontratación de los servicios a una empresa privada es injustificada y no resulta más conveniente que la gestión directa. 6


Adicionalmente, se está produciendo un contrastado deterioro del servicio, repercutiendo negativamente en la calidad de su prestación. Los medios de comunicación han hecho públicas las deficiencias de este servicio y han evidenciado que el
número de traductores actuales no cubre las necesidades, especialmente en los casos de procedimientos judiciales, donde se requieren traductores jurados. Igualmente, la falta de calidad y eficiencia de estos servicios puede suponer una vulneración
al derecho de los ciudadanos a un debido proceso, puesto que el Estado está en la obligación de proveer un intérprete a todas las personas que hablen una lengua extranjera, para que les asistan en sus declaraciones, solicitudes de asilo,
procedimientos judiciales, etc. Cualquier fallo o ineficiencia en estas labores podría acarrear la responsabilidad del Estado en el ejercicio de sus funciones.


3. Condiciones laborales.


Las empresas privadas han generado unas condiciones de precariedad laboral para los trabajadores subcontratados que brindan estos servicios, pues en su gran mayoría son contratados temporalmente sin ninguna garantía de estabilidad. Esta
situación ha generado que la cualificación académica y profesional de los intérpretes sea deficiente o escasa. Las empresas ofrecen bajos salarios y precarias condiciones de trabajo, lo que significa que sea muy difícil contratar profesionales
probadamente cualificados.


5 Moción del Tribunal de Cuentas N.o 827 de fecha 26/2/2009.


6 Economía Digital, 08/09/2016, La defensora del pueblo investiga los traductores judiciales low cost, Fuente: http://www.economiadigital.es/politica-v-sociedad/la-defensora-del-pueblo-investiga-los-traductores-iudiciales-low-cost 185907
102.html ABC, 23/02/2015, El jefe de una mafia india, chantajeado por traductores de la Policía. Fuente: http://www.abc.es/espana/20150223/abci-traductores-detenidos-201502211951.html



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Esta falta de estabilidad laboral implica además un incumplimiento de los Pliegos de Cláusulas administrativas particulares, en los que se especifica que las empresas adjudicatarias deben aportar documentación acreditativa de solvencia
técnica, y cumplir con el número mínimo de profesionales intérpretes de cada idioma que se especifica para cada uno de los servicios. Al carecer de una plantilla de trabajadores estable y con cualificación profesional probada, Seprotec y Ofilingua
podrían estar incumpliendo las condiciones por las que se les adjudicó el contrato público.


Según informes de CCOO existen varios casos de intérpretes que, tras trabajar para Seprotec, han comprobado que en su Vida Laboral no constan las cotizaciones a las que estaba obligada la empresa según el contrato que tenían suscrito. Esto
supondría un incumplimiento grave de las obligaciones de cotización a la Seguridad Social que tienen todas las empresas que mantengan contratos con Administraciones Públicas 7.


El presente caso de los servicios de traducción e interpretación en dependencias policiales y asociadas al Ministerio del Interior demuestra claramente cómo una privatización provoca que las entidades públicas necesiten cada vez menos
personal propio, pudiendo justificar a medio plazo la desaparición del servicio por causas ajenas al desenvolvimiento de las actividades que le son propias.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas:


1. Revertir la externalización de los servicios de traducción e interpretación, contratados con empresas privadas, que se prestan en varias dependencias del Ministerio del Interior.


2. Investigar si las empresas contratantes cumplen con las disposiciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como can
las condiciones establecidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares para los Contratos de Servicio y los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Particularmente, debería investigar si las empresas contratadas cumplen con la obligación
de proveer personal con la experiencia, formación y titulación que corresponde a las labores ejecutadas.


3. Investigar las condiciones de precariedad laboral que estarían sufriendo los trabajadores subcontratados de los servicios de interpretación y traducción del Ministerio del Interior. Concretamente se solicita:


a) Determinar si se cumplen las obligaciones de afiliación a la seguridad social de los trabajadores;


b) Establecer si se ha producido cesión ilegal de trabajadores entre las empresas Seprotec y Ofilingua;


c) Investigar las condiciones de temporalidad y falta de estabilidad laboral de los trabajadores subcontratados;


4. Convocar las plazas de empleo público necesarias para satisfacer la demanda del servicio de traducción e interpretación en todas las dependencias del Ministerio del interior, tanto para cubrir vacantes de plantilla como para crear nuevos
puestos en aquellos servicios donde el número de traductores e intérpretes resulte insuficiente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Juan Manuel del Olmo Ibáñez, Diputado.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú-Podem-En Marea.


7 Fuente: Informe La externalización del servicio de traducción-interpretación en la DGP. y GC, CCOO, Sección sindical estatal de Interior



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Comisión de Defensa


161/001735


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la conmemoración del 300
aniversario de la Real Compañía de Guardias Marinas, para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


La formación del oficial de la armada ha sido durante siglos un elemento esencial en la evolución y los acontecimientos que han dibujado la historia de la Armada y constituye el cimiento sobre el que descansa el presente y futuro de la
Institución.


La preocupación de España y de la propia Armada, por definir, dotar y mantener un modelo de enseñanza que proveyera de oficiales más capacitados para marinar y combatir en sus unidades siempre ha sido una realidad. Han pasado trescientos
años desde que el General de la Armada José Patiño impulsará la creación de la Real Compañía de Guardias Marinas, que finalmente abrió sus puertas en Cádiz el 15 de abril de 1717, como centro de formación de los futuros oficiales de la Armada.


Desde su creación la Real Compañía de Guardias Marinas, se convirtió en uno de los principales generadores del conocimiento en España, en particular en ciencias como la cartografía, la náutica, la artillería, la meteorología, la geodesia, la
ingeniería, la hidrografía, la oceanografía o la astronomía.


Desde entonces, con diferentes denominaciones y ubicaciones, la Escuela Naval Militar, ha sido y es el único centro docente donde los oficiales de la Armada española reciben la formación científica, humanística, militar, marinera y moral
necesaria para el desempeño de sus cometidos.


Por sus aulas han pasado, como profesores o alumnos, algunas de las más destacadas personalidades de nuestro país, no solo en el ámbito de la guerra naval como Méndez Núñez, Churruca o Gravina. También en el de la política, como Escaño,
Císcar o Topete y en las humanidades, como Fernández-Duro, de Salas o Salgado Alba. Por lo que respecta a las ciencias, han dado gran relevancia internacional a España los Jorge Juan, Ulloa, Malaspina o Isaac Peral.


Todo lo anterior sirve para subrayar que la importancia del 300 aniversario de la creación de la Real Compañía de Guardias Marinas descansa en el hito que supuso la Compañía en la sistematización de la formación de oficiales y el impacto que
ello tuvo en la propia concepción de la Armada, en el prestigio que adquirió en diversos campos de conocimiento y en la valiosa aportación de sus alumnos a la creación de instituciones científicas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Colaborar en la difusión nacional y en la conmemoración del 300 aniversario de la creación de la Real Compañía de Guardias Marinas.


2. Divulgar, promover y facilitar aquellos actos que fomenten el conocimiento de la Real Compañía de Guardias Marinas, su aniversario, historia e importancia actual.


3. Colaborar, dentro de los distintos ámbitos de competencia, con las Instituciones Autonómicas y Locales en aquellas iniciativas tendentes a la conmemoración de la creación de la Real Compañía de Guardias Marinas,


4. Promover la colaboración público-privada, en especial de las industrias del ámbito de la defensa, en la conmemoración de este aniversario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/001750


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la conmemoración del centenario
de la Aviación Naval (1917-2017), para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Durante este año se conmemora el centenario de la Aviación Naval en España, creada por el Rey Alfonso XIII, el 15 de septiembre del año 1917. Cien años de existencia en los que la Aviación Naval ha sufrido un proceso de transformación
continuo hasta convertirse en un arma multidisciplinar y singular de especial relevancia para garantizar la Defensa y Seguridad de los Intereses de España.


Hoy, en los albores del siglo XXI, la Armada cuenta con una Flotilla de Aeronaves moderna y equilibrada que, desde tierra o embarcada en buques de desembarco y proyección, fragatas o patrulleros de última generación, aporta unas capacidades
irrenunciables para la Armada que se deben seguir fomentando.


La Armada ha organizado una serie de actividades para conmemorar este centenario con el objeto de difundir su importancia desde el punto de vista social, cultural, histórico y profesional. Para ello, se ha elaborado una exposición
itinerante que ha viajado en marzo a Madrid para tomar parte en la Feria HOMSEC y, también lo hará en la capital de España durante la Semana Naval de la Armada en septiembre. Posteriormente, hará lo propio en el Salón Náutico y el Museo Marítimo de
Barcelona. Una exposición de fotografías a disposición de Comandancias y Ayudantías Navales y Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa y una exposición temporal eminentemente histórica a exponer en el Museo Naval de Madrid.


Además, también se ha organizado un Acto militar y Demostración aeronaval en Rota, que coincidirá con la fecha de creación de la Aviación Naval, entre los días 15 y 16 de septiembre, así como otros eventos entre los que destacan la emisión
de un cupón de la ONCE o ciclos de conferencias en toda la geografía española sobre la historia de la Aviación Naval y del Arma Aérea actual.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Colaborar en la difusión nacional del Centenario de la Aviación Naval, así como en la divulgación de los actos programados por la Armada para conmemorar este evento.


2. Ayudar a fomentar el conocimiento de la Aviación Naval de la que es heredera y depositaria el actual Arma Aérea de la Armada.


3. Concienciar sobre la importante labor desarrollada por el Arma Aérea para, como una de las capacidades de la Armada, contribuir a garantizar la Defensa y Seguridad de España.


4. Promover la colaboración público-privada, en especial de las industrias del ámbito de la defensa, en la conmemoración de este aniversario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001776


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la situación de los suboficiales de las Fuerzas Armadas en situación de servicios especiales en el CNI, para su debate en Comisión de Defensa.



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Exposición de motivos


La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar supuso una importante transformación de las condiciones que regulaban el desarrollo de la carrera profesional de los suboficiales y oficiales de las Fuerzas Armadas.


Sabedor del impacto de la misma y de la necesidad de minimizar los efectos negativos que sobre los miembros ya en activo de la Fuerzas Armadas, que habían planificado su desarrollo profesional con normativas anteriores (en especial la Ley
17/1989 y Ley 17/1999), el legislador contempló un complejo régimen transitorio. En el marco de ese régimen transitorio se encontraba la disposición transitoria séptima, en la que se contemplaba el ascenso de suboficiales al empleo de teniente y
disponía:


'1. Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1990, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del
Personal Militar Profesional, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente, podrán obtener el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas
Armadas, en el momento de su pase a la situación de reserva si lo solicitan previamente, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso.


2. El personal del apartado anterior que se encuentre en la situación de reserva y que no hubiera podido acogerse a lo previsto en la disposición adicional octava. 3 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas
Armadas, podrá obtener el empleo de teniente si lo solicita en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta ley, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de 1 de enero de 2008.'


A la vista de la insuficiencia de la redacción y ante las reivindicaciones de los afectados esta disposición transitoria séptima fue modificada en 2008, 2009 y 2015; esta última reforma se produjo en el marco del proceso de reforma del
régimen transitorio de la Ley de carrera militar que se llevó a cabo con la tramitación debate y aprobación de la Ley 46/2015, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y dejó la literalidad
de la disposición transitoria séptima de la siguiente forma:


'1. Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 20 de mayo de 1999, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las
Fuerzas Armadas, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente, podrán obtener, previa solicitud, el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, que se les concederá con la fecha en la
que hubieran pasado o pasen a la situación de reserva en los términos establecidos en esta ley, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso, sin perjuicio de lo establecido en los apartados 2 y 3 siguientes.


2. A los suboficiales que hubieran ascendido o asciendan al empleo de teniente con más de cincuenta y ocho años en virtud de esta disposición, se les concederá tal empleo con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la
fecha en que cumplieron dicha edad. Además, a los suboficiales mayores que hubieran pasado a la situación de reserva por seis años de permanencia en el empleo hasta el 1 de agosto de 2013, se les concederá el empleo de teniente con antigüedad,
tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha en que cumplieron cincuenta y seis años.


3. Los suboficiales mencionados en el apartado 1 que hubieran pasado o pasen a la situación de reserva en aplicación del artículo 113.3 podrán obtener, previa solicitud, el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999,
de 18 de mayo, cuando cumplan los requisitos necesarios para el pase a la reserva establecidos en la disposición transitoria octava, o en el artículo 113, apartados 1.b y 4, todos de esta ley, computando a estos efectos el tiempo en reserva.


4. Los suboficiales que hayan ascendido o asciendan al empleo de teniente, en aplicación de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, o de esta disposición, a los solos efectos de la determinación del orden de escalafón en la situación de reserva,
ocuparán, cada uno de ellos, el puesto que les corresponda según el empleo alcanzado en la situación de servicio activo y la antigüedad que tuvieran en el mismo.'


Durante los trabajos parlamentarios de esta ley y en relación con la citada disposición transitoria, desde el colectivo de los suboficiales de las Fuerzas Armadas destinados en el Centro Nacional de Inteligencia (en adelante CNI) se puso de
manifiesto la siguiente situación: a diferencia de lo que ocurre



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con los suboficiales en situación servicio activo en las Fuerzas Armadas que, cumpliendo con los requisitos exigidos en la disposición transitoria, al pasar con cincuenta y seis o cincuenta y ocho años a la reserva son ascendidos al empleo
de teniente, los suboficiales de las Fuerzas Armadas en situación de servicios especiales destinados en el CNI (cabe presumir que en resto de destinos también), al llegar a la edad establecida, y pese al cumplir el resto de requisitos, al no pasar a
la reserva no son ascendidos al empleo de teniente. Con los consiguientes perjuicios económicos que tiene a la hora de pasar a retiro, o en caso de defunción para sus cónyuges.


Esta situación fue puesta en conocimiento de todos los grupos entonces presentes en las cámaras y objeto de solidaridad de los mismos, incluido el grupo Grupo Parlamentario Popular, si bien solo el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA:
La izquierda Plural (enmienda n° 23), el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia (enmienda n° 46) y el Grupo Parlamentario Socialista (enmienda n° 59), presentamos las correspondientes enmiendas al Proyecto de Ley para solucionar esta
situación.


Durante el proceso de negociación de las enmiendas este grupo chocó con una 'comprensiva' oposición del Ministerio de Defensa. Comprensiva puesto que reconocía el problema, pero oposición al fin y al cabo ya que no aportaba más solución que
o señalar que siempre podían solicitar el paso a la reserva y luego volver a la situación de servicios especiales, o bien que era un problema de la regulación del CNI.


En este marco se llegó al acuerdo sobre una transacción en el texto de la disposición transitoria séptima que aunque mejoraba sustancialmente la regulación existente, no conseguía nuestro objetivo al completo, ya que no resolvía de manera
expresa la situación de estos suboficiales con servicios especiales en el CNI; si bien parecía que abría la puerta a ello. Por este motivo, y entendiendo que el debate y complejidad de la regulación de la disposición transitoria séptima había sido
razonablemente resuelto es por lo que optamos por presentar una enmienda muy similar a esta iniciativa durante la tramitación del Proyecto de Ley en el Senado (enmiendas n° 28 y 63), que pretendía señalar que el texto existente era de aplicación a
estos suboficiales; iniciativa que tampoco tuvo éxito.


Ha transcurrido más de un año desde la aprobación y entrada en vigor de la reforma del régimen transitorio de la Ley 39/2007, realizado por la Ley 46/2015, de 14 de octubre, y según le consta este Grupo, desde el Gobierno no se ha hecho nada
para solucionar el problema de estos suboficiales.


Es decir, sigue habiendo un grupo de suboficiales de las Fuerzas Armadas que por decidir continuar prestando un incalculable servicio a la patria en un ámbito tan sensible como el CNI se ven perjudicados y discriminados respecto a sus
compañeros que deciden pasar a la reserva y obtienen el ascenso al empleo de teniente.


El Grupo Parlamentario Socialista entiende que esta diferencia de trato no está justificada y que, por tanto, constituye un acto de discriminación. Un acto de discriminación que, según señalaba el gabinete de la anterior subsecretaria, no
necesita para su finalización de la modificación de la ley sino de una adecuada voluntad en su aplicación y desarrollo y, en todo caso la modificación de algunas disposiciones infralegales.


Esto es lo que pedimos hoy, que el Gobierno cumpla con lo expresado en la negociación y adopte las medidas necesarias para solucionar el problema.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a implementar las medidas necesarias para garantizar la aplicación a los suboficiales de las Fuerzas Armadas destinados en el Centro Nacional de inteligencia (en adelante CNI), la disposición
transitoria séptima de la Ley 39/2007, con los mismos criterios que a los miembros de su cuerpo y escala, pudiendo permanecer, en su caso, en la situación de servicios especiales.


De forma que, en virtud de esa disposición, los suboficiales destinados en el CNI que hubieran ascendido o estuvieran en condiciones de ascender al empleo de teniente con más de cincuenta y seis años hasta el 31 julio de 2013, o que hayan
ascendido con más de cincuenta y ocho años a partir de esa fecha, se les concederá el empleo de teniente con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha en que cumplieran dicha edad.


Así mismo, en el caso de fallecimiento, el cónyuge tendrá derecho a las clases pasivas que proceda, desde la fecha que le hubiese correspondido al finado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-Ricardo Cortés Lastra, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Hacienda y Función Pública


161/001725


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Gabriel Rufián Romero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
utilización de las viviendas de titularidad estatal, la regulación de los espacios y medios públicos y la supresión de privilegios, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


Periódicamente, los medios de comunicación se hacen eco de noticias sobre el uso privilegiado de medios e instalaciones de titularidad pública por parte de cargos y funcionarios públicos. El último ejemplo de ello ha sido la información
difundida por el programa 'El Objetivo' de La Sexta, en que se daba cuenta de la adjudicación por parte del Ministro del Interior de una vivienda en Madrid al Director General de Tráfico, en este caso sin tener derecho a ello. Asimismo, el programa
informaba de las obras de acondicionamiento de la vivienda por un valor superior a los 50.000.


Otros casos polémicos como este fueron la utilización por parte de la entonces Ministra de Sanidad, Leire Pajín, de un complejo en la pequeña isla menorquina de Llatzeret destinado al uso exclusivo del personal del Ministerio de Sanidad a un
precio privilegiado. O el uso de una residencia militar en Pollença, de uso exclusivo de miembros del Ejército del Aire, por parte de Telma Ortiz, la hermana de la actual Reina consorte cuando esta era princesa de Asturias.


Más allá del uso ilegítimo de estas instalaciones por parte de personas que no tenían derecho a ello, estos casos han puesto de relieve que existen espacios públicos reservados exclusivamente para funcionarios de las Administraciones
Públicas Estatales, especialmente en el caso del Ministerio de Defensa.


Por otro lado, hace unos años también fue objeto de polémica el uso que hizo el entonces Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, del avión militar Falcon 900 en los años 2009 y 2011 para acudir a actos electorales de su
partido. En este sentido, el propio Tribunal de Cuentas reclamó la regulación específica.


Por todo ello se presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Enviar al Congreso de los Diputados, en el plazo máximo de 6 meses, un informe con la relación de todas las viviendas y residencias de titularidad estatal, las personas que hacen uso y la finalidad del mismo, con el coste de
mantenimiento desglosado, incluyendo reparaciones y acondicionamientos.


2. Presentar un Proyecto de Ley para la reglamentación de los espacios y medios públicos, en que se eliminen las posibles prebendas y privilegios de los funcionarios y cargos públicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


161/001747


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las medidas para reducir la deuda tributaria pendiente de cobro,
los plazos de resolución de los Tribunales Económico-Administrativos y sus correspondientes intereses de demora, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.



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Exposición de motivos


La morosidad, tanto la pública como la privada, son una lacra para cualquier economía, donde las consecuencias negativas de esta al final la pagan los ciudadanos, bien en recortes de gasto social, bien en incremento de la presión fiscal
aquellos contribuyentes cumplidores.


Según los últimos datos disponibles de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (en adelante AEAT), en 2015, el saldo pendiente de cobro a 31 de diciembre es de 49.272 millones de euros. Esto supone 4,5 puntos de PIB, por lo que a
pesar de que han mejorado levemente desde 2014, seguimos teniendo altas tasas de morosidad en la recaudación tributaria, en torno al doble que antes de la crisis que se inició en 2007.


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Agencia Tributaria.


Según declaraciones del Director de la Agencia Tributaria a los medios de comunicación el pasado 7 de marzo, en lo que se refiere a la deuda pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2016, la cuantía se situó en 45.849 millones de euros, dato
aún muy elevado y sobre el que se evidencia además rigidez dado que sobre el 88% de la deuda pendiente el organismo 'no puede hacer ninguna actuación', ya que éstas pueden estar suspendidas por una reclamación o pueden corresponder, por ejemplo, a
sociedades en concurso de acreedores, y además, empeora en un 5% los resultados obtenidos por la AEAT en 2016 (14.883 M €) en el ejercicio de sus funciones de prevención y lucha contra el fraude, respecto del año 2015 (15.664 M €).


La merma de recursos tributarios por la falta de recursos humanos y materiales (recordemos que desde 2011 se han perdido cerca de 3.000 funcionarios en la AEAT), junto a la reducción de recaudación en Impuestos directos como el de
Sociedades, así como la brecha de recaudación con países europeos de nuestro entorno, hacen más que nunca imprescindible acometer reformas legislativas en aras de mejorar la recaudación fundamentalmente en periodo ejecutivo, por lo que debemos
fijarnos en varios aspectos que incidan en dicha lucha contra la morosidad, a saber:


A) Según establece el artículo 95 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, añadido por el artículo único 18 de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, sobre la publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las
obligaciones tributarias.


'... 1. La Administración Tributaria acordará la publicación periódica de listados comprensivos de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias cuando concurran las siguientes circunstancias:



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a) Que el importe total de las deudas y sanciones tributarias pendientes de ingreso supere el importe de 1.000.000 de euros.


b) Que dichas deudas o sanciones tributarias no hubiesen sido pagadas transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario.


A efectos de lo dispuesto en este artículo no se incluirán aquellas deudas y sanciones tributarias que se encuentren aplazadas o suspendidas.


2. En dichos listados se incluirá la siguiente información:


a) La identificación de los deudores conforme al siguiente detalle:


- Personas físicas: Nombre, apellidos y NIF.


- Personas jurídicas y entidades del artículo 35.4 de esta Ley: Razón o denominación social completa y NIF.


b) El imparte conjunto de las deudas y sanciones pendientes de pago tenidas en cuenta a efectos de la publicación....'


Por su lado, el artículo 41 de esta misma Ley General Tributaria establece que:


... '1. La ley podrá configurar como responsables solidarios o subsidiarios de la deuda tributaria, junto a los deudores principales, a otras personas o entidades. A estos efectos, se considerarán deudores principales los obligados
tributarios del apartado 2 del artículo 35 de esta Ley...'


Por lo tanto, y a pesar de que la investigación de las conductas fraudulentas tendentes a evitar el pago, la detección de posibles responsables con los que realizar y/o continuar el cobro de las deudas, el descubrimiento de terceras personas
interpuestas, etc., son actuaciones de cobro que se desarrollan con carácter habitual, tanto respecto de los deudores que aparecen en el listado como de cualquier, con los datos que se cuentan, no ha producido un gran efecto beneficioso en la
recaudación en esta lista de morosos.


La publicación de una lista de morosos con solo el nombre de la persona jurídica, en muchos casos meras pantallas para esconder a individuos dolosos, poco dice a la opinión pública y diluye el efecto disuasorio de esta lista de morosos ante
una situación alarmante de fraude fiscal en España, con cifras en torno a 80.000 millones de euros.


La publicación del nombre de los administradores, con nombres y apellidos, de las sociedades que deban más de un millón de euros haría más eficaz el efecto disuasorio de la medida contemplada en la reforma de la Ley General Tributaria y, con
una deuda tributaria pendiente de cobro cerca de 50.000 millones, parece una medida justificada y proporcionada, incluso de acuerdo con la última actualización del plan presupuestario del Gobierno, remitido a Bruselas en diciembre de 2016, esta
medida podría aumentar la recaudación fiscal en 150 millones de euros.


B) En segundo lugar, el artículo 43.2 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) establece que:


'Serán responsables subsidiarios de las deudas tributarias derivadas de tributos que deban repercutirse o de cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, los administradores de hecho o de derecho de las
personas jurídicas obligadas a efectuar la declaración e ingreso de tales deudas cuando, existiendo continuidad en el ejercicio de la actividad, la presentación de autoliquidaciones sin ingreso por tales conceptos tributarios sea reiterativa y pueda
acreditarse que dicha presentación no obedece a una intención real de cumplir la obligación tributaria objeto de autoliquidación.


Se entenderá que existe reiteración en la presentación de autoliquidaciones cuando en un mismo año natural, de forma sucesiva o discontinua, se hayan presentado sin ingreso la mitad o más de las que corresponderían, con independencia de que
se hubiese presentado solicitud de aplazamiento o fraccionamiento y de que la presentación haya sido realizada en plazo o de forma extemporánea.


A estos efectos no se computarán aquellas autoliquidaciones en las que, habiendo existido solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, se hubiese dictado resolución de concesión, salvo Incumplimiento posterior de los mismos y con
independencia del momento de dicho incumplimiento, no computándose, en ningún caso, aquellos que hubiesen sido concedidos con garantía debidamente formalizada.



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Se considerará, a efectos de esta responsabilidad, que la presentación de las autoliquidaciones se ha realizado sin ingreso cuando, aun existiendo ingresos parciales en relación con todas o algunas de las autoliquidaciones presentadas, el
importe total resultante de tales ingresos durante el año natural señalado en el segundo párrafo no supere el 25 por ciento del sumatorio de las cuotas a ingresar autoliquidadas.


Se presumirá que no existe intención real de cumplimiento de las obligaciones mencionadas en el párrafo primero, cuando se hubiesen satisfecho créditos de titularidad de terceros de vencimiento posterior a la fecha en que las obligaciones
tributarias a las que se extiende la responsabilidad establecida en esta disposición se devengaron o resultaron exigibles y no preferentes a los créditos tributarios derivados de estas últimas.'


Por otro lado, el artículo 41.5 de esta misma Ley General Tributaria (LGT) establece:


...'5. Salvo que una norma con rango de ley disponga otra cosa, la derivación de la acción administrativa para exigir el pago de la deuda tributaria a los responsables requerirá un acto administrativo en el que, previa audiencia al
interesado, se declare la responsabilidad y se determine su alcance y extensión, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 a /76 de esta ley. Con anterioridad a esta declaración, la Administración competente podrá adoptar medidas
cautelares del artículo 81 de esta ley y realizar actuaciones de investigación con las facultades previstas en los artículos 142 y 162 de esta ley.


La derivación de la acción administrativa a los responsables subsidiarios requerirá la previa declaración de fallido del deudor principal y de los responsables solidarios.'


Por lo tanto, en el supuesto de responsabilidad subsidiaria que contempla dicho artículo 43.2 de la LGT, los órganos de recaudación de la AEAT se encuentran supeditados a la previa declaración de fallido del deudor principal y de los
responsables solidarios, lo que puede producir un alargamiento en el tiempo de los procedimientos de apremio y embargo.


Hay responsables subsidiarios, administradores de hecho o de derecho, que utilizan esta figura para evitar sus obligaciones tributarias, dilatando en el tiempo las medidas coercitivas de la Administración para el cobro de las deudas y,
llegado el caso, tener la posibilidad de vaciamiento patrimonial para eludir el pago de forma intencionada, por lo que se precisa un cambio de calificación a estas conductas.


C) Por último, en tercer lugar, cabe también atribuir parte del aumento de la deuda pendiente al aumento de la litigiosidad en los procedimientos de gestión tributaria, así como de comprobación e investigación (inspección). Las
reclamaciones y recursos por discrepancias tributarias que presentan los contribuyentes ante los tribunales competentes se han multiplicado desde el comienzo de la crisis, según la Memoria del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC). La
entrada de reclamaciones pasó de unas 122.000 en 2007 a más de 223.000 cinco años más tarde, en 2012. El último dato disponible de 2015 es de 204.698 entradas de asuntos en los Tribunales Económico Administrativos (TEA) por 195.749 asuntos
resueltos. Como lleva ocurriendo desde 2009, todos los años entran más reclamaciones de las que se resuelven. El mayor número de entradas de asuntos que de resoluciones ha provocado una acumulación de casos pendientes desde 2009 y de la deuda
pendiente de liquidación.


Diversas fuentes estiman en torno a 7.000 millones la deuda pendiente de resolución de los Tribunales Económico Administrativos. Si los TEA estiman en torno a un 40% de los recursos a favor del contribuyente, esto supondrá que habrá que
devolver unos 2.800 millones de euros del principal más intereses de demora, actualmente del 3,75% más el interés legal del dinero del 3% sobre los avales que pudieran haberse prestado. Suponiendo que el retraso en resolver sea de entre uno y dos
años de media, nos enfrentamos a un recargo sobre la administración de más de 180 millones de euros. Por otra parte, transcurrido el año para resolver, se dejan de devengar los intereses de demora a favor de la Administración. Esto es relevante si
la reclamación se desestima total o parcialmente.


Reducir la deuda pendiente de liquidación ante los TEA podría ahorrar importantes costes a los ciudadanos, las empresas y a la misma Administración. Una manera lógica de reducir la deuda tributaria pendiente de cobro es reforzar los medios
personales y materiales de los organismos involucrados, es decir, tanto en la AEAT como en los Tribunales Económicos Administrativos (TEA).


En el caso de los TEA, a pesar del aumento tan espectacular de carga, en los últimos cinco años el personal encargado de la resolución de ponentes y personal de apoyo se redujo un 13% de 777 a 677, cuando el periodo medio de resolución está
en torno a los 3 años y medio y la prescripción acecha la nulidad de dichas liquidaciones (recordemos que son 4 años).


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Modificar de manera urgente la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, en su artículo 95 bis, incorporando la figura del administrador de hecho o de derecho de las personas jurídicas que sean susceptibles de cumplir dichos
requisitos.


2. Modificar de manera urgente la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, eliminando el contenido del artículo 43.2 como responsable subsidiario e incorporarlo en el artículo 42 como responsable solidario.


3. Aprobar un Estatuto de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para reforzar su independencia y profesionalidad e incrementar sus recursos hasta equipararlos a los de los países de nuestro entorno, en especial para su refuerzo
en la lucha contra el fraude fiscal, la morosidad y recaudación tributaria.


4. Reforzar los medios personales y materiales de los Tribunales Económico Administrativos hasta resolver todos los asuntos acumulados pendientes y en consonancia con la carga de trabajo extraordinaria, originada en los años de crisis
económica, ajustando los plazos de resolución a los establecidos legalmente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Vicente Ten Oliver y Francisco de la Torre Díaz, Diputados.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001758


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado de Compromis, don Joan Baldoví Roda, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, sobre la
modificación de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en su disposición adicional 6.a establece que la ley determinará tanto los requisitos formales como los parámetros que permitan calificar una
inversión como financieramente sostenible.


En este sentido, la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) establece los requisitos y naturaleza de las inversiones financieramente
sostenibles. En esta clasificación no se contempla una gran parte de la que pueden realizarse los servicios básicos públicos, ni de bienestar comunitario, la protección social, cultura, deportes o educación.


Por otra parte cabe recordar que la Administración Local es la única que ha cumplido los objetivos de control del déficit desde el año 2012. Recogemos una reivindicación de sobra conocida por el municipalismo de ampliar el abanico de
inversiones financieras sostenibles.


Por todo lo anteriormente expuesto, realizamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), ampliando los supuestos de inversiones
financieramente sostenibles a aquellas que tengan reflejo presupuestario en los siguientes grupos de programas recogidos en la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se
aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales:



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Área de gasto 1. Servicios Públicos Básicos.


Política de gasto 13. Seguridad y movilidad ciudadana.


133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.


134. Movilidad urbana.


136. Servicio de prevención y extinción de incendios.


Política de gasto 15. Vivienda y urbanismo.


151. Urbanismo: Planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística.


152. Vivienda.


153. Vías públicas.


Política de gasto 16. Bienestar comunitario.


160. Alcantarillado.


161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.


162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.


163. Limpieza viaria.


164. Cementerios y servicios funerarios.


165. Alumbrado público.


Política de gasto 17. Medio ambiente.


171. Parques y jardines.


172. Protección y mejora del medio ambiente.


Área de gasto 2. Actuaciones de protección y promoción social.


231. Asistencia social primaria.


241. Fomento del empleo.


Área de gasto 3. Producción de bienes públicos de carácter preferente.


311. Protección de la salubridad pública.


312. Hospitales, servicios asistenciales y centros de salud.


320. Administración general de educación.


321. Creación de Centros docentes de enseñanza infantil y primaria.


322. Creación de Centros docentes de enseñanza secundaria.


323. Funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especial.


324. Funcionamiento de centros docentes de enseñanza secundaria.


325. Vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.


327. Fomento de la convivencia ciudadana.


Política de gasto 33. Cultura.


332. Bibliotecas y archivos.


333. Equipamientos culturales y museos.


334. Promoción cultural.


336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-Artístico.


337. Instalaciones de ocupación del tiempo libre.


Política de gasto 34. Deporte.


341. Promoción y fomento del deporte.


342. Instalaciones deportivas.



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Área de gasto 4. Actuaciones de carácter económico.


410. Administración general de agricultura, ganadería y pesca.


412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos.


414. Desarrollo rural.


415. Protección y desarrollo de los recursos pesqueros.


419. Otras actuaciones en agricultura, ganadería y pesca.


Política de gasto 42. Industria y energía.


425. Energía.


Política de gasto 43. Comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas.


431. Comercio.


432. Información y promoción turística.


433. Desarrollo empresarial.


Política de gasto 44. Transporte público.


441. Transporte de viajeros.


442. Infraestructuras del transporte.


443. Transporte de mercancías.


Política de gasto 45. Infraestructuras.


452. Recursos hidráulicos.


453. Carreteras.


454. Caminos vecinales.


459. Otras infraestructuras.


Política de gasto 46. Investigación, desarrollo e innovación.


462. Investigación y estudios relacionados con los servicios públicos.


463. Investigación científica, técnica y aplicada.


Política de gasto 49. Otras actuaciones de carácter económico.


491. Sociedad de la información.


492. Gestión del conocimiento.


493. Protección de consumidores y usuarios.


Área de gasto 9. Actuaciones de carácter general


Política de gasto 92. Servicios de carácter general.


922. Coordinación y organización institucional de las entidades locales.


923. Información básica y estadística.


924. Participación ciudadana.


925. Atención a los ciudadanos.


Política de gasto 93. Administración financiera y tributaria.


931. Política económica y fiscal.


932. Gestión del sistema tributario.


933. Gestión del patrimonio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Joan Baldoví Roda, Diputado.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.



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161/001759


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado de Compromís, don Joan Baldoví Roda, al amparo de !o dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, sobre la
modificación de la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica, 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en su artículo 32 obliga a los Ayuntamientos a destinar su superávit a la reducción de deuda. Si bien la disposición adicional sexta corrige mínimamente
esta, estableciendo determinadas condiciones excesivamente estrictas para poder destinarlo a inversiones financieramente sostenibles.


La misma disposición adicional establece que para los ejercicios posteriores a 2014, mediante Ley de Presupuestos Generales del Estado se podrá habilitar, atendiendo a la coyuntura económica, la prórroga del plazo de aplicación previsto en
este artículo. En estos momentos, los Ayuntamientos que cumplen las condiciones exigibles para la aplicación de la disposición adicional sexta se encuentran a expensas de la eventual aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2017.


Por todo lo anteriormente expuesto, realizamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar la disposición adicional sexta LOEPSF Reglas especiales para el destino del superávit presupuestario, que debe quedar redactada como sigue:


'Disposición adicional sexta. Reglas especiales para el destino del superávit presupuestario.


1. Será de aplicación lo dispuesto en los apartados siguientes de esta disposición adicional a las Corporaciones Locales en las que concurran estas dos circunstancias:


a) Cumplan o no superen los límites que fije la legislación reguladora de las Haciendas Locales en materia de autorización de operaciones de endeudamiento.


b) Que presenten en el ejercicio anterior simultáneamente superávit en términos de contabilidad nacional y remanente de tesorería positivo para gastos generales.


2. A los efectos de la aplicación del artículo 32, relativo al destino del superávit presupuestario, se tendrá en cuenta lo siguiente:


a) Las Corporaciones Locales deberán destinar, en primer lugar, el superávit en contabilidad nacional o, si fuera menor, el remanente de tesorería para gastos generales a atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto,
contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior, en la cuenta de Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto, o equivalentes en los términos establecidos en la normativa contable y presupuestaria que resulta de aplicación,
y a cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con proveedores, contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio anterior.


b) En el caso de que, atendidas las obligaciones citadas en la letra a) anterior, el importe señalado en la letra a) anterior se mantuviese con signo positivo y la Corporación Local optase a la aplicación de lo dispuesto en la letra c)
siguiente, se deberá destinar, como mínimo, el porcentaje de este saldo para amortizar operaciones de endeudamiento que estén vigentes, que sea necesario para que la Corporación Local no incurra en déficit en términos de contabilidad nacional en el
ejercicio de aplicación.


c) Si cumplido lo previsto en las letras a) y b) anteriores la Corporación Local tuviera un saldo positivo del importe señalado en la letra a), este se podrá destinar a financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la
inversión esta sea financieramente sostenible. A estos efectos la Ley determinará tanto los requisitos formales como los parámetros que permitan calificar una inversión como financieramente sostenible, para lo que se valorará especialmente su
contribución al crecimiento económico a largo plazo.



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4. El importe del gasto realizado de acuerdo con lo previsto en el apartado dos de esta disposición no se considerará como gasto computable a efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12.''


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Joan Baldoví Roda, Diputado.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Fomento


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la realización de obras de mejora de la seguridad vial
en la carretera N-332, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La carretera N-332, una de las carreteras más transitadas de España, presenta graves y acreditados problemas de seguridad vial a su entrada en el municipio de Santa Pola. Concretamente, las salidas hacia esta carretera son tremendamente
problemáticas: en dirección a Santa Pola, Elche y Torrevieja, la incorporación a la N-332 se produce desde un puente que culmina en un carril de aceleración insuficiente. Esto provoca que los vehículos tengan que reducir drásticamente la velocidad
y se produzcan retenciones y maniobras temerarias en la incorporación. Asimismo, los conductores que se dirigen hacia Alicante y al aeropuerto deben incorporarse a la N-332 desde un carril de aceleración de escasos metros.


El municipio de Santa Pola viene reclamando en múltiples ocasiones que el Ministerio de Fomento ponga en marcha el desdoblamiento de la nacional, como sucedió en 2014, cuando se le insistió al Ministerio de Fomento que debía realizar las
obras pendientes en la N-332 y mejorar los accesos al municipio. La Dirección General de Carreteras, dependiente del Ministerio de Fomento, informó, el 23 de diciembre de 2009, mediante oficio, que estaban pendientes dos proyectos de mejora de los
accesos del municipio de Santa Pola, con claves 39-A-4410 y 33-A-4070.


En su respuesta a la pregunta para la que se solicitó respuesta por escrito sobre la situación de la carretera N-332 formulada por nuestro Grupo Parlamentario, con fecha de 30 de enero de 2017, el Gobierno comunicó que 'existen dos proyectos
en fase de redacción': dos proyectos de mejora, reordenación de accesos y acondicionamiento con claves 39-A-4410 y 33-A-4070, que 'se ejecutarán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y la programación de actuaciones del Ministerio de
Fomento'.


A finales del pasado año, el punto negro de la N-332, en su kilómetro 88 a su paso por el municipio de Santa Pola, había sufrido un total de 24 accidentes desde el año 2009. El pasado 2 de marzo, conocíamos la noticia de que un motorista
resultaba herido grave en un accidente en la N-332, a la altura de Santa Pola, que se suma a los tres accidentes ocurridos desde el mes de septiembre (uno de ellos, mortal), sin que se hayan abordado en ningún momento los riesgos presentes en ese
punto del vial de forma correcta.


El Ayuntamiento, en el pleno de septiembre de 2016, aprobó por unanimidad una moción del grupo municipal de Ciudadanos para reforzar las medidas de seguridad en la N-332 y para pedir la ejecución de los proyectos pendientes por parte de
Fomento.


Creemos que es urgente tomar medidas paliativas de estos riesgos. Una de las mejores maneras de evitar los accidentes es dando al conductor la máxima información posible sobre la vía en la que transita y los imprevistos que puede
encontrarse en su camino. Por ello, consideramos fundamental, como primera medida paliativa, la señalización de este tramo de vía como punto negro, mediante señales verticales en cada uno de los tramos que conducen al tramo en cuestión, además, de
ejecutarse de inmediato las correspondientes obras de mejora de la seguridad vial.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Señalizar el tramo de la N-332, en su kilómetro 88, a su paso por el municipio de Santa Pola, como punto negro, mediante señalización vertical en cada uno de los tramos que conducen al tramo en cuestión, así como a extender esta medida
al resto de puntos negros de las carreteras nacionales, a fin de dar conocimiento al conductor de que debe extremar la precaución en dichos tramos.


2. Realizar inmediatamente las obras de conservación y mantenimiento en la N-332 en Santa Pola; en concreto, aunque no exclusivamente, el carril de aceleración de Gran Alacant en dirección a Alicante, el de incorporación de Gran Alacant a
Santa Pola y el paso soterrado de la entrada a Santa Pola, con el fin de mejorar las condiciones de seguridad vial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2017.-Marta Martín Llaguno, José Cano Fuster y Fernando Navarro Fernández-Rodríguez, Diputados.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001753


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
por la que se insta al Gobierno de España a retomar las actuaciones contempladas en el Plan de Infraestructuras Ferroviarias de Cercanías de la Comunidad de Madrid y actualizarlo con las demandas surgidas desde su aprobación, señalando los plazos y
compromisos de ejecución de cada una de las medidas incluidas, en el plazo de 6 meses y, específicamente, las actuaciones incluidas en los Presupuestos Generales del Estado, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La red de Cercanías de la Comunidad de Madrid registra más de un millón de viajes diarios de los municipios de la red en la Comunidad de Madrid así como de municipios de Castilla-La Mancha, a los que también da cobertura esta red.


Casi 400 kilómetros de vía en 8 líneas radiales con 99 estaciones en la Comunidad de Madrid incluidas las de Azuqueca de Henares, Seseña y Guadalajara, ubicadas en Castilla-La Mancha.


Sin embargo, la red actual se muestra deficiente en aspectos de cobertura, funcionalidad y accesibilidad para dar respuesta a la demanda que ha evolucionado los últimos años, siendo necesario acometer un proceso de modernización, renovación
y ampliación de la capacidad de la red.


Este proceso ya fue incluido en el Plan de Infraestructuras Ferroviarias de Cercanías de Madrid, aprobado en 2009, que recogía aspectos como: ampliar la cobertura poblacional, mayor funcionalidad y capacidad de la red, reducir los tiempos
de espera y de trayecto, la accesibilidad para personas con discapacidad y diversidad funcional y mejorar la conectividad con otros medios de transporte.


En definitiva, una potenciación de las Cercanías como modo de transporte básico en la movilidad metropolitana de Madrid, incluyendo ciudades próximas de Castilla-La Mancha, y hacerlo en coordinación con el Gobierno de la Comunidad de Madrid
en las actuaciones a desarrollar por la misma y que se integran en la red de Cercanías.


El transporte es uno de los principales causantes de emisiones de gases de efecto invernadero y un contribuyente clave al cambio climático. Al mismo tiempo, el ferrocarril es el medio de transporte que de mejor manera vertebra los
territorios haciéndolo además de manera sostenible. Por consiguiente, en el marco del cumplimiento del Acuerdo de París y por el compromiso con una movilidad sostenible que contribuya a la reducción de emisiones, se antoja prioritario actualizar la
red de transporte de viajeros por ferrocarril.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Retomar las actuaciones contempladas en el Plan de Infraestructuras Ferroviarias de Cercanías de la Comunidad de Madrid y actualizarlo con las demandas surgidas desde su aprobación, señalando los plazos y compromisos de ejecución de cada
una de las medidas incluidas, en el plazo de 6 meses y, específicamente, las actuaciones incluidas en los Presupuestos Generales del Estado.


2. Mejorar el servicio actual de Cercanías de Madrid incrementando frecuencias y realizando un adecuado mantenimiento de trenes e infraestructuras.


3. Ampliar el servicio en la línea C-3 desde la estación de El Escorial hasta la estación de Santa María de la Alameda, tal y como se ha aprobado por unanimidad en la Asamblea de Madrid.


4. Ampliar el servicio en la línea C-2 desde la estación de Madrid-Atocha hasta la estación de Guadalajara, tal y como se ha aprobado por unanimidad en las Cortes de Castilla-La Mancha.


5. Construir una estación de ferrocarril de cercanías en la línea C-4 en el polígono industrial Cobo Calleja del municipio de Fuenlabrada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Carlota Merchán Mesón, Rafael Simancas Simancas y Pablo Bellido Acevedo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001756


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley relativa al proyecto del eje ferroviario Cantábrico-Mediterráneo, en sus tramos entre Zaragoza-Teruel y Teruel-Valencia, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


Desde hace mucho tiempo, una de las infraestructuras ferroviarias más demandas por la sociedad turolense es el eje Cantábrico-Mediterráneo. Esta obra permitiría construir un corredor ferroviario de altas prestaciones para tráfico mixto
(viajeros y mercancías) en ancho estándar o UIC. Así, se uniría Valencia con la futura Y Vasca y con Cantabria, pasando por Teruel, Zaragoza y Pamplona, contemplándose también la conexión de Logroño con Miranda de Ebro.


Este proyecto ferroviario está incluido en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (2012-2024). De hecho, una vez finalizado, se dispondrá de una nueva infraestructura que se podría incluir en la Red Transeuropea de Transporte en
su paso por Teruel. Par lo tanto, no solo es un proyecto vital para nuestro país, sino que además podría tener una dimensión europea.


Esta infraestructura es fundamental para provincias como Teruel. El principal problema de este territorio es la despoblación. Para poder revertir este problema es necesario atraer inversiones que generen empleo. Uno de los factores que
más influyen en la generación de puestos de trabajo son las infraestructuras. Por ello, la logística es un sector muy estratégico desde el punto de vista de la generación de tejido productivo. Pero en el caso de Aragón este sector es algo más que
estratégico. Proyectos como la Plataforma Logística de Zaragoza (PLAZA) y PLATEA en Teruel están permitiendo situar a Aragón en un referente en el sector de la logística.


El eje ferroviario Cantábrico-Mediterráneo permitiría conectar no solo las distintas plataformas logísticas de Aragón, sino que además uniría dos corredores ferroviarios tan relevantes como el Norte y el Mediterráneo, donde se produce gran
parte del transporte de mercancías. Además, los puertos de Valencia, Sagunto, Bilbao y Santander disfrutarían de una conexión extraordinaria en el desarrollo de su tarea.


Este proyecto ferroviario tuvo un impulso importante entre 2004 y 2011. En aquellos años se pusieron en servicio nuevos tramos, se iniciaron obras de mejora y comenzó a redactarse el proyecto de electrificación de la línea. La inversión
total prevista fue de 395 millones de euros que iban a permitir



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mejorar 173 kilómetros de la línea. Todas estas actuaciones iban a quedar integradas en el futuro corredor de altas prestaciones Cantábrico-Mediterráneo. Pero con la llegada del Partido Popular al Gobierno en 2012, no solo muchas de estas
inversiones se paralizaron, sino que además, en cumplimiento del Real Decreto-ley 22/2012 por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios, el funcionamiento de las líneas Zaragoza-Teruel y Teruel-Valencia
empeoró notablemente. De hecho, los datos comparados han mostrado una clara discriminación de la provincia de Teruel frente a otros territorios, ahondando en el desequilibrio territorial ya existente. En estos momentos, todos los tramos de este
corredor de altas prestaciones siguen en periodo de estudios informativos o proyectos.


Producto de la dejadez del Gobierno del Partido Popular, en las últimas semanas hemos sabido que Renfe ha decidido desviar el convoy ferroviario para el transporte de vehículos de General Motors hacia el puerto de Tarragona, en detrimento
del eje Zaragoza-Teruel-Valencia. Es un ejemplo de las consecuencias económicas que está teniendo la parálisis de este corredor ferroviario.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Se proceda a retomar la iniciativa política, agilizando y dando celeridad en todos los trámites (estudios previos, estudios informativos, proyectos constructivos) previos a la licitación de los tramos correspondientes al corredor
ferroviario de altas prestaciones y tráfico mixto de mercancías y pasajeros del corredor Cantábrico-Mediterráneo en sus tramos entre Zaragoza-Teruel y Teruel-Valencia, estableciendo un programa de actuaciones para culminar este proyecto en el
periodo de tiempo más breve posible.


2. Se incluya en los Presupuestos Generales del Estado las partidas presupuestarias obligadas para llevar adelante, con toda la celeridad posible, los trámites e inversiones necesarios en los tramos entre Zaragoza-Teruel y Teruel-Valencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Ignacio Urquizu Sancho, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001774


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
interés de vivienda protegida, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


En los últimos años, los tipos de interés fijados por el Gobierno los préstamos hipotecarios protegidos no han cumplido con la función social de protección del derecho a la vivienda, infringiendo así la normativa nacional y europea básica.


Para los planes de vivienda 2005-2008 y anteriores, los tipos de interés para la vivienda protegida no han seguido la misma tendencia a la baja que los del mercado libre. Incluso, para determinados planes de vivienda y períodos, los tipos
de interés protegidos sufrían incrementos mientras los del mercado libre bajaban. Además, algunos planes no han sido revisados con la periodicidad adecuada, por lo que sus tipos de interés no han podido ser corregidos a la baja de acuerdo con la
coyuntura del mercado.


Es necesario resaltar que, para el cálculo de estos tipos, el Gobierno de España ha utilizado el IRPH de bancos y, posteriormente, el IRPH de entidades, indicadores rechazados por la normativa europea. A esto se suman las arbitrariedades en
el procedimiento de cálculo de los tipos cometidas por el Gobierno de España en 2015, que únicamente han beneficiado a las entidades financieras.


En el caso del plan de vivienda 2009-2012, cuyos tipos de interés se encuentran vinculados al Euribor, no se ha producido este desajuste con la tendencia seguida en el mercado libre. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que, en muchos
casos, estas hipotecas fueron negociadas con el diferencial máximo permitido, en una época en que este valor era a menudo superior al ofrecido en el mercado libre.



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Todo este desorden se ha producido en un período de grave crisis económica, que ha golpeado con dureza a muchas de estas familias que compraron una vivienda protegida. A esto se añade que, en los años 2012 y 2013, el Gobierno de España
eliminó retroactivamente las prórrogas de subsidiación de estos préstamos protegidos, unas ayudas con las que las familias afectadas contaban cuando compraron su vivienda protegida, agravando la situación económica de estas familias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las iniciativas necesarias para compensar la diferencia entre las cuotas derivadas de la aplicación de los tipos de interés de los préstamos destinados a la adquisición de vivienda protegida y los del mercado libre, que han
tenido que pagar de más muchas familias españolas durante los últimos años.


2. Fijar un nuevo procedimiento de cálculo de estos tipos de interés de préstamos destinados a la adquisición de vivienda protegidos, más justo y orientado a su función social. Este nuevo procedimiento debe incluir mecanismos correctivos
que impidan que los tipos fijados excedan a los del mercado libre. En ningún caso debe seguir empleándose el IRPH de entidades. El Gobierno deberá tener en cuenta a las asociaciones de afectados antes de la modificación del procedimiento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-María del Mar Rominguera Salazar, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Deporte


161/001740


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José Manuel Villegas Pérez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el desarrollo de las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo, para su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regulaba en sus artículos 59, 60, 61 y 62 las enseñanzas de idiomas de régimen especial y establecía que estas enseñanzas se organizarían en tres niveles: Básico, intermedio y avanzado.
En consonancia con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley, el Gobierno debía fijar los aspectos básicos del currículo que constituían las respectivas enseñanzas mínimas, con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los
certificados correspondientes. De acuerdo con lo previsto en el artículo 61.1, en la definición de los aspectos básicos del currículo de las distintas lenguas, debían determinarse los efectos de los certificados acreditativos de la superación de
las exigencias académicas correspondientes a los diferentes niveles.


Estos efectos fueron fijados por Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, que establece en el artículo 3.6 que: 'El título de bachiller habilitará para acceder directamente a los estudios del idioma de nivel intermedio de la primera
lengua extranjera cursada en el bachillerato'. Y en el artículo 4.1 que: 'Para obtener los certificados de los niveles intermedio y avanzado será necesaria la superación de unas pruebas terminales específicas de certificación'. En su disposición
final segunda el citado real decreto establece que 'El Ministro de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, podrá dictar cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto'.


Este Real Decreto ha quedado desfasado respecto a la realidad educativa y a las demandas sociales, pues solo contempla el reconocimiento del aprendizaje de un idioma extranjero en la enseñanza reglada



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(en este caso el Bachillerato) en los niveles básicos del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.


Con la entrada en vigor de la LOMCE establecía en el punto cuarenta y ocho que el apartado 1 del artículo 62 de la LOE queda redactado de la siguiente manera:


'1. El Gobierno determinará, previa consulta a las Comunidades Autónomas, las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo.'


Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido hasta ahora no ha habido un desarrollo ulterior que actualizara o sustituyera el ya mencionado Real Decreto de 2006 y lo adaptara a la norma superior vigente.


A la vista de todo lo anteriormente expuesto, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar, mediante los mecanismos legislativos pertinentes, las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo.


2. Garantizar con este desarrollo normativo la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos y la homologación de títulos en todo el estado al igual que se efectúa con los títulos de Graduado de la ESO, de Bachiller y las titulaciones
de la Formación Profesional. De esta forma se evitaría que la expedición de certificados en lenguas extranjeras por algunas administraciones educativas vulnere principios de equidad, pudiéndose originar el no reconociendo de titulaciones de unas
comunidades respecto a otras y la utilización de los idiomas extranjeros en políticas de inmersión lingüística.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001741


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de la seguridad en centros educativos, para
su debate en la Comisión de Educación y Deporte.


Exposición de motivos


Los centros escolares son el espacio donde nuestros hijos pasan una gran parte de su tiempo, aprendiendo y realizando actividades deportivas, culturales y lúdicas. Los centros deben, por tanto, ser espacios seguros y saludables tanto para
los alumnos, como también para los trabajadores que desarrollan su actividad en estas instituciones.


El alumnado y el profesorado tienen derecho, tal y como recogen el Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, sobre los derechos, deberes y normas de convivencia de los alumnos de centros sostenidos con fondos públicos y la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, a que sus actividades se desarrollen 'en las debidas condiciones de seguridad e higiene', tal y como se enuncia en el artículo 15 del citado Real Decreto 732/1995.


El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, completa la
legislación en materia de seguridad, higiene, acústica y accesibilidad en centros escolares.


Sin embargo, esto es claramente insuficiente. Diariamente, en los centros educativos, se producen accidentes (golpes, caídas, accidentes estructurales y de la edificación, etcétera) que podrían haberse evitado con una adecuada planificación
e implementación de medidas preventivas.



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Entre los elementos que habitualmente son origen de accidentes en los centros educativos se encuentran algunos tan habituales como barandillas de altura inferior a 1,10 metros, barrotes situados a una distancia superior a 10 centímetros, la
ausencia de bandas antideslizantes en rampas y escaleras o de suelo antideslizante en las zonas en las que el alumnado realiza actividades de tipo lúdico, así como la falta de puertas y ventanas que cuenten con protecciones adecuadas para evitar
atrapamientos y roturas. Como dato, un alto porcentaje de los centros no realiza un mantenimiento adecuado de los elementos lúdicos y propios de las zonas de juego.


Concretamente, las actividades en horario lectivo y extraescolar, como la práctica de la educación física o de deportes en general, suponen en sí mismas una actividad potencialmente de riesgo, por los componentes que la determinan: manejo
de objetos móviles, uso de equipamiento específico, delimitación de espacios, edad de los participantes, condiciones meteorológicas y, sobre todo, por la velocidad de ejecución como determinante más prioritario.


Por otro lado, el uso de las instalaciones y equipamiento deportivos debe hacerse bajo estrictos principios de seguridad, teniendo en cuenta las características del pavimento, eliminando irregularidades o charcos del terreno de juego o de la
pista ante la posibilidad de caídas y esguinces, retirando elementos que puedan ocasionar heridas incisivas, punzantes y por abrasión, valorando los desperfectos de postes, tableros y porterías y vigilando sus contrapesos para que no se desplomen
ante un peso añadido.


Para evitar este tipo de situaciones que, aunque en la mayoría de casos, no son de gravedad, constituyen un grave problema para los alumnos y sus familias, se requiere aplicar concienzudamente la normativa de seguridad y vigilar
permanentemente los entornos y actividades educativas.


Es necesario desarrollar una política integral de protección de la comunidad escolar, mediante la prevención de los riesgos derivados del diseño de los edificios, de la labor docente, del equipamiento, de las instalaciones y de las
emergencias que puedan producirse en los centros educativos. Para ello, se deben realizar los correspondientes análisis de riesgos, considerando la geología o la sismología del entorno del centro, su situación y emplazamiento, sus accesos y
características constructivas externas e internas y sus instalaciones, así como la implantación de las medidas de protección necesarias (con los adecuados medios de extinción de incendios, sistemas de aviso y alarma, de alumbrado de emergencias,
equipos y material de primera intervención) y los correctos diseños de la evacuación en caso de que sea necesaria.


Para saber si un centro educativo es seguro es necesario, en primer lugar, desarrollar los procesos evaluativos necesarios que permitan identificar cuáles son los peligros presentes y saber si las acciones preventivas que la comunidad
educativa aplica son suficientes y adecuadas, requiriendo que en los centros educativos se establezcan procesos dirigidos a la identificación y control de los peligros presentes en el entorno escolar. La anticipación y la articulación de planes de
actuación adaptados a la realidad e idiosincrasia de cada centro permitirían reducir la presencia de los peligros y reducir el riesgo de daños, tanto personales como materiales.


No obstante, las administraciones educativas no siempre han afrontado estos procesos de identificación y control de peligros ni han implementado las medidas de seguridad integral necesarias en centros escolares. Un ejemplo del atraso
existente en este ámbito es el hecho de que se sigan empleando manuales de seguridad en centros educativos editados hace 15 años.


Por otra parte, el estudio 'La Seguridad Integral en los Centros de Enseñanza Obligatoria de España', realizado por el Grupo de Investigación en el Análisis de las Políticas Públicas Vinculadas a la Gobernanza del Riesgo en el Ámbito Escolar
y Educativo, de la Universidad Autónoma de Barcelona, más reciente, fue editado en mayo de 2012.


Es necesario, por tanto, que exista una Ley de Prevención de Riesgos en los Centros Escolares, puesto que restringir el desarrollo del que es un derecho de los niños y adolescentes al ámbito exclusivamente reglamentario es claramente
insuficiente, así como llevar a cabo todas las medidas que garanticen que dicho derecho se ejerce y disfruta de forma efectiva.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar los procesos evaluativos necesarios que permitan identificar cuáles son los peligros presentes en los centros educativos, tanto en horario lectivo como en actividades extraescolares, con el



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fin de saber si las acciones preventivas que las administraciones públicas y la comunidad educativa aplican son suficientes y adecuadas.


2. Llevar a cabo las medidas que garanticen que las actividades académicas, deportivas, culturales y lúdicas de todos los alumnos se desarrollan, efectivamente, en las debidas condiciones de seguridad e higiene, en particular, aquellas que
resulten de los procesos evaluativos mencionados en el punto anterior.


3. Presentar un Proyecto de Ley de Prevención de Riesgos en los Centros Escolares, que garantice un marco jurídico estable que permita a todos los estudiantes desarrollar su actividad académica en las debidas condiciones de seguridad e
higiene.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Marta Martín Llaguno y María Virginia Millán Salmerón, Diputadas.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001766


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Educación y Deporte, relativa a la derogación del artículo 6 (núm. 4) del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, por sus
efectos negativos en la consecución de una docencia e investigación de calidad para el conjunto de la institución universitaria.


Exposición de motivos


El Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, en el artículo 6 (núm. 4) propone una nueva redacción para el artículo 68 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, sobre Régimen de Dedicación del profesorado universitario. Esta nueva redacción establece que la actividad docente a desarrollar por el profesorado universitario se gradúa en atención a la 'intensidad y excelencia' de
la actividad investigadora reconocida. De este modo, la carga docente del profesorado pasa a depender (en función de su categoría profesional) del número de evaluaciones positivas de la actividad investigadora que se hayan obtenido (sexenios), pero
siempre que dicha evaluación positiva se haya llevado a cabo en los últimos seis años (sexenio vivo).


La aplicación de esta medida (aprobada unilateralmente sin diálogo, discusión y consenso de la comunidad universitaria) a lo largo de, aproximadamente, cuatro años en aquellas universidades que la han implementado, ha generado efectos
indeseables que trataremos de exponer a continuación. Efectos que merecen una reflexión colectiva y profunda.


En primer lugar, el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (artículo 6, núm. 4) consolida un desigual reconocimiento y estatus entre la actividad docente y
la actividad investigadora. La docencia se define como actividad devaluada, como actividad menor, situada jerárquicamente en una posición inferior a la actividad investigadora. El incremento de la docencia constituye un 'castigo' para el
profesorado que no ha obtenido una evaluación positiva de la actividad investigadora o bien, la ha obtenido pero han transcurrido más de seis años desde la última evaluación y que, por ello, aumentará su carga docente hasta 32 créditos ECTS. Y
simultáneamente, la reducción de docencia constituye un 'premio' para el profesorado que, de acuerdo a una serie de reglas, ha obtenido un número determinado de evaluaciones positivas de la actividad investigadora, habiéndose superado la más
reciente en los últimos seis años y que verá como su carga docente desciende hasta los 16 créditos ECTS. En este sentido, es importante señalar que el profesorado ve incrementada sus horas de docencia como consecuencia sancionadora de la no
obtención del tramo sexenio, pero ello no implica inactividad investigadora sino investigación en formatos y formas de difusión que no se someten a los criterios reduccionistas que permiten obtener una evaluación positiva. El mensaje que se envía
tanto al profesorado como a la sociedad es inequívoco: la docencia carece del valor que se otorga a la investigación, constituye una carga, un castigo para el profesorado (o un premio cuando se reduce) mientras que es la actividad investigadora la
que genera prestigio y estatus.



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Se construye, por tanto, un imaginario que vincula jerárquicamente docencia e investigación y que consideramos urgente problematizar. Por un lado, ha favorecido un cambio en la cultura y en las prácticas del profesorado que encuentra en la
investigación y no en la docencia un espacio de reconocimiento. Frente a la docencia, la práctica investigadora se ha ido transformando en los últimos años en una inversión en el propio currículum que sí reporta beneficios materiales y simbólicos
(complementos retributivos, posibilidad de formar parte de las comisiones de acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, mérito clave para solicitar un proyecto o formar parte de un programa de doctorado). Sin embargo, en
este proceso, la lógica que introduce este RD solo consigue legitimar e intensificar la tarea investigadora a costa de devaluar el espacio de la docencia. Se crean las condiciones para que el profesorado deserte de la docencia, actividad de segundo
orden y obstáculo para la promoción académica y concentre sus esfuerzos en la obtención del sexenio investigador que es lo que proporciona no solo incentivos materiales y simbólicos sino una reducción importante de la docencia. La investigación se
convierte en actividad rentable; inversamente, dedicar esfuerzo a la docencia es 'perder el tiempo'. Sabemos, sin embargo, que la tarea de pensamiento, problematización y formación que se atribuye a la docencia universitaria necesita dedicación,
tiempo y cuidado. Cuando la docencia se concibe como una actividad que entorpece los objetivos de promoción en la carrera profesional, una actividad que consume energías y que no es instrumentalizable en términos productivistas, se vuelve imposible
atender a la relación pedagógica y se produce una delegación de la responsabilidad educativa con el estudiantado y con la sociedad.


Además, este proceso está provocando una desvinculación de la investigación y la docencia como procesos diferenciados, también en el aula. De modo que la enseñanza universitaria se concibe como un mero acto de trasmisión y repetición,
ordenada y previsible (apoyada en una burocratización infantilizadora del proceso de aprendizaje y en el uso de material didáctico simplificador) y desprovista de las preguntas e inquietudes que mueven el proceso de investigación y producción de
conocimiento (y que permiten que la docencia sea una experiencia formativa 'viva'). La universidad es un espacio de creación y recreación del saber, el aula universitaria también lo debería ser.


Por otro lado, la fractura entre investigación y docencia ha favorecido una reducción irreflexiva (alentada por determinados discursos mediáticos) de las funciones de la universidad que pone en un primer plano la actividad investigadora
(únicamente la cuantificable y visible en los rankings) y oscurece o silencia el valor social de la docencia, la importancia de la relación pedagógica, las condiciones que favorecen una docencia de calidad. Así, de la consideración de la función de
la universidad como servicio público de la educación superior 'mediante la investigación, la docencia y el estudio' (artículo 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades) se pasa a una priorización de la producción
investigadora como elemento central a la hora de conceptualizar la calidad de una universidad.


En segundo lugar, el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (artículo 6, núm. 4), sostiene su propia legitimidad en un instrumento de evaluación de la
actividad investigadora, el sexenio, que opera de acuerdo a criterios de calidad de la producción investigadora que, actualmente, son objeto de crítica y cuestionamiento, especialmente en el espacio de las ciencias humanas y sociales. En este
sentido, es importante reiterar que el profesorado ve incrementada sus horas de docencia como consecuencia sancionadora de la no obtención del tramo sexenio, pero ello no implica ausencia de dedicación a la investigación sino, en muchos casos,
actividad investigadora que no se somete a los parámetros (arbitrarios) que permiten obtener una evaluación positiva.


La evaluación de la investigación no solo constituye un instrumento para incentivar la producción investigadora sino -y esta cuestión es clave- para disciplinarla y encauzarla de acuerdo con determinadas lógicas. El juicio positivo, el
reconocimiento de que la labor investigadora es de calidad se hace en base a criterios globales de productividad/calidad que permiten la cuantificación y exhibición de la producción investigadora (rankings, estadísticas, memorias de investigación,
tablas comparativas, informes...) y la competición en el mercado de la Educación Superior. Criterios que la CNEAI (organismo que reconoce, a través de los sexenios, la actividad investigadora realizada en períodos de cinco años), al igual que otras
instancias evaluadoras, adopta y prescribe. En este sentido, asume que aparecer en los índices internacionales que ordenan por grado de difusión las publicaciones de reconocido prestigio en los distintos ámbitos del saber científico, técnico y
social, 'es garantía para que los contenidos publicados en esa revista tengan suficiente calidad' (Resolución de 25 de octubre de 2005 de la Presidencia de la Comisión Nacional de la Actividad Investigadora). La evaluación no se centra en procesos
intrínsecos sino



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extrínsecos; en la calidad de la publicación en que se difunde, avalada por el cumplimiento de determinados estándares formales pero sobre todo por el número de citas que acumula. Se trata de un intento de objetivación formal de los
indicios de calidad (a imagen y semejanza de las ciencias experimentales y de la naturaleza), donde la publicación de artículos en determinadas revistas científicas (aquellas que se incluyen en determinadas bases de datos internacionales con índices
medibles de impacto, principalmente WoS y Scopus elaboradas por dos empresas privadas: Thomson Reuters y Elsevier) se convierte en el criterio que valida el conocimiento producido, en detrimento de otros formatos y modos de canalizar la actividad
investigadora.


Este modo de evaluar la actividad investigadora ha sido objeto de numerosas críticas por parte de la comunidad científica. Algunas de ellas, se han centrado en el uso incorrecto generalizado de los indicadores cuantitativos en la evaluación
del desempeño científico (Manifiesto de Leiden), especialmente el uso del factor de impacto como herramienta en los procesos de evaluación de la actividad científica (Declaración de San Francisco); en el sesgo lingüístico y cultural (y por tanto
colonial) de las revistas mayoritarias (anglosajonas) y sus consecuencias y en la intromisión de intereses privados y corporativos en la producción académica universitaria. Mientras que otras críticas han analizado las consecuencias de la
introducción en el trabajo investigador de una lógica instrumental. En este sentido, se pone de manifiesto el proceso de disciplinamiento de la producción de conocimiento que genera la adopción de estos criterios de valoración así como la pérdida
de la dimensión social del conocimiento, abriendo una discusión sobre el sentido, valor y uso del conocimiento que se produce en las universidades. Por un lado, la necesidad de obtener una evaluación positiva de la actividad investigadora para
obtener visibilidad y reconocimiento institucional provoca que buena parte del profesorado reaccione dando importancia únicamente a aquello que se considera clave en la evaluación. El conocimiento elaborado se transforma en producto que pueda ser
aceptado por aquellas revistas que certifiquen que tienen calidad y se vuelve dependiente de criterios de valoración que prescriben parámetros temporales, contenidos prioritarios, metodologías legítimas, modos de enunciación y por ello, disciplinan,
estandarizan y empobrecen el trabajo investigador (esta dependencia se manifiesta de forma diferente en las distintas áreas de conocimiento). Se abandona progresivamente o se descuida todo aquello que no resulte rentable de acuerdo con estos
criterios de valoración: monografías o libros, determinados estilos de pensamiento y escritura. Por otro, la producción de conocimiento se clausura en términos autorreferentes y pierde su dimensión social en dos sentidos vinculados intrínsecamente
con la misma función de la universidad pública: la necesaria implicación y conexión del conocimiento con realidades y problemas con el objetivo de colaborar en procesos de transformación social (convertida en una apuesta continua de valorización de
sí y del propio curriculum vitae) y el valor del conocimiento como bien común que debe circular para producir efectos, alianzas y resonancias (convertido en un producto inocuo que se difunde en circuitos cerrados).


En tercer lugar, el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (artículo 6, núm. 4), ha producido una individualización de las condiciones laborales disfuncional
y corrosiva desde el punto de vista de la mejora real de la institución universitaria en su conjunto. El RD asume una lógica competitiva que ha segregado, fragmentado y jerarquizado al profesorado dificultando prácticas colaborativas y acciones
colectivas: el aumento de la docencia de una parte del profesorado es lo que ha permitido la disminución de las obligaciones docentes de otros y la posibilidad de disponer de tiempo para dedicar a la investigación rentable.


Esta redistribución desigual del trabajo docente está acompañada de una heterogeneidad de compensaciones laborales (salariales, posibilidad de obtener proyectos de investigación, posibilidad de dirigir becas de investigadores o profesorado
en formación, posibilidad de formar parte de un tribunal de tesis doctoral...) que se traducen en una estructura desigual de oportunidades para el desarrollo profesional del profesorado y que tiende a reproducirse y cronificarse. Así, una parte
importante del profesorado sufre un empeoramiento sustantivo de sus condiciones laborales; el incremento de sus obligaciones docentes redunda en una imposibilidad de poder responder a las exigencias investigadoras y ello, a su vez, sitúa a este
colectivo en una situación de marginalidad académica. Este proceso está teniendo consecuencias que van más allá de lo individual: las condiciones desfavorables para el desempeño profesional adecuado se traducen en un deterioro de la calidad
docente e investigadora de la universidad pública.


Por otro lado, el concepto 'sexenio vivo' que articula el RD y que opera reconociendo únicamente las evaluaciones positivas consecutivas siempre que la última se haya superado 'en los últimos seis años', ha provocado un aumento de la presión
y del estrés laboral. La producción de conocimiento se valora de acuerdo a un horizonte inalcanzable que supone hiperactividad y esfuerzos constantes, ninguno de ellos



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completamente satisfactorio ni definitivo (el reconocimiento tiene siempre fecha de caducidad) y esto se traduce, en muchos casos, en ansiedad, desgaste psíquico, incertidumbre, culpa (la lógica del RD no se aviene con los tiempos del
cuidado y de la reproducción). Se asume que no responder de modo continuo a determinados estándares (que se elevan progresivamente) supone una amenaza constante de posibles pérdidas (según la posición que se ocupe), de la que además cada uno/a será
responsable. Se produce una psicologización de la realidad que no cuestiona los parámetros de éxito académico, pero sí a aquellos/as que no han sido capaces de alcanzarlas. Sin embargo, esta lógica olvida que no todo el profesorado tiene las
mismas posibilidades de alcanzar los resultados que se presentan como potencialmente alcanzables por todas/os sino que ello depende de su posición diferencial en el contexto académico-laboral: la posición de género y las redes o grupos en las que
cada uno/a está inserto continúan distribuyendo desigualmente al colectivo. De modo que los nuevos excluidos serán aquellos/as que o bien no poseen las condiciones para responder a las exigencias que marcan los modos de producir conocimiento
establecidos (profesorado que investiga en grupos pequeños o sobre temáticas, problemas o metodologías minoritarias en la disciplina y difícilmente aceptables por las revistas prescritas; profesoras que siguen soportando la doble jornada...) o bien
aquellos/as que rechazan someterse y someter su trabajo investigador a criterios que cuestionan.


Este escenario además de provocar condiciones laborales indeseables, perfila unas reglas de juego incompatibles con una producción reflexiva y responsable de conocimiento. Ya no hay logros acabados y duraderos, no hay metas fijas a las que
se pueda llegar ni tampoco se permiten tiempos vacíos en la carrera investigadora. Esta amenaza obliga a estar siempre en movimiento, permanentemente en curso y a demostrar la flexibilidad necesaria para digerir cantidades cada vez mayores de
exigencias y en un marco temporal homogéneo. La penalización de los períodos en los que la producción investigadora no ha sido constante provoca que el ritmo de trabajo se ajuste a los requisitos temporales y estandarizados que exigen los
dispositivos evaluadores: se 'trocean' las investigaciones de forma que salgan varios artículos; se publica aunque la investigación no esté concluida y los resultados sean escasos o poco sólidos; se provocan ('fiddling with the data...')
resultados positivos porque los negativos son menos publicables; se apuesta por investigaciones breves, que puedan permitir publicar con rapidez. Y ello está generando una relación con el conocimiento desencarnada, instrumental, acelerada, regida
por el corto plazo y que pone en peligro el carácter artesanal, reflexivo y creativo de los procesos de producción de conocimiento. Se trata de un nuevo modo de expandir la sumisión en el trabajo intelectual. Una pérdida de la dimensión crítica de
la investigación que, paradójicamente, se asocia al aumento de la excelencia de nuestras universidades.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a derogar el artículo 6 (núm. 4) del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, que propone una nueva redacción
para el artículo 68 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, sobre Régimen de Dedicación del Profesorado Universitario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Nayua Miriam Alba Goveli, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


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A la Mesa del Congreso


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada de Compromís, doña Marta Sorlí Fresquet, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley,
sobre la creación de un plan de choque para ayudar a las personas paradas de larga duración, para su debate en la Comisión de Sanidad y Seguridad Social.



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Exposición de motivos


Los datos de las personas paradas de larga duración son escalofriantes. Sobre los datos al finalizar 2016, cuando la EPA registraba más de cuatro millones de personas desempleadas en el Estado, casi una de cada cuatro de estas personas
(24,7%) estaba en esta situación. Eso significa que son más de 1,1 millones.


Estar más de dos años en situación de desempleo, además del grave problema económico que representa, conlleva situaciones de desmotivación, baja autoestima y pérdida de capacidades para el empleo. Por eso es lógico que casi 400.000 personas
reconozcan que han dejado de buscar empleo.


Estas son situaciones extremadamente graves a nivel económico, personal y convivencial, realmente un 'problema de Estado', un problema que se ha enquistado en la sociedad y en la economía, por lo que requiere un 'rescate', del mismo modo que
se han realizado rescates a otras instituciones. Es necesario arbitrar las medidas de choque imprescindibles para resolver esta dramática situación que afecta a una parte tan considerable de la ciudadanía.


Por todo lo anteriormente expuesto, realizamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación de un plan de choque para ayudar a las personas paradas de larga duración que contemple:


1. Dotar a una partida específica en los PGE 2017 para transferir a las CCAA.


2. Estudiar la posibilidad legal de hacer reserva de plazas en las nuevas ofertas públicas de empleo para este colectivo.


3. Incentivar la contratación de personas desempleadas de larga duración en el sector privado, mediante ayudas públicas, al menos seis meses.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


161/001773


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa
reconocer el accidente in itinere como acaecido en acto de servicio, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


La Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en su artículo 156, apartado 2, letra a), establece que tendrán la consideración de accidentes de trabajo 'los que sufra
el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo', esto es, el accidente 'in itinere'.


Por su parte, la Ley de Clases Pasivas del Estado, texto refundido aprobado por Real Decreto 670/1987, de 30 de abril, no dispone de una disposición similar, debiendo acudir a las reglas de interpretación de las normas jurídicas para
esclarecer qué calificación tiene el accidente in itinere y a qué clase de pensión da lugar.


Partiendo de esta consideración es preciso señalar que la Ley de Clases Pasivas del Estado solo se refiere al accidente en cuanto al hecho causante de la pensión en el artículo 47, apartado 2, al establecer que 'dará origen a pensión
extraordinaria de jubilación o retiro la incapacidad permanente para el servicio o inutilidad del personal siempre que la misma se produzca, sea por accidente o enfermedad, en acto de servicio o como consecuencia del mismo'. Disponiendo este mismo
artículo en su apartado 4 que 'se presumirá el acto de servicio, salvo prueba en contrario, cuando la incapacidad permanente o el



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fallecimiento del funcionario hayan acaecido en el lugar y tiempo de trabajo'. Es decir, el accidente da lugar a pensión extraordinaria cuando el mismo ocurre en el lugar del trabajo y durante el horario de servicio, pues, en otro caso, ya
no se estima que es consecuencia directa de la realización de ese servicio, estimándose rota la relación de causalidad. Debiendo colegirse a sensu contrario que cuando el accidente es in itinere el derecho generado es a una pensión ordinaria, como
de hecho así sucede, teniendo la consideración de un accidente común.


En consecuencia, la Ley de Clases Pasivas del Estado excluye el accidente in itinere como accidente laboral, al catalogado como accidente común, con las consiguientes consecuencias para los funcionarios afectados -solo los contemplados en el
artículo 2 de dicha Ley-, especialmente para aquellos que, como consecuencia de este tipo de accidentes, sean calificados como incapacitados para el servicio. Y se separa de la Ley General de la Seguridad Social, generando un agravio en relación
con las personas trabajadoras.


No obstante, cada vez con más frecuencia esta interpretación es contestada por los Tribunales de Justicia, que en sus sentencias reconocen el accidente in itinere en el ámbito de los funcionarios de clases pasivas como accidente de trabajo,
aunque no sea todavía la interpretación mayoritaria en la doctrina ni en la jurisprudencia.


Al respecto conviene recordar que el accidente in itinere fue una figura de creación jurisprudencia! en el orden social, que se encuentra incorporada a la Ley General de la Seguridad Social desde el texto refundido aprobado por el Decreto
2065/1974, de 30 de mayo, y que hoy sigue ampliándose en atención a las circunstancias de la prestación de la relación laboral, como demandan las reglas de interpretación jurídica que señalan que las normas deben ser aplicadas en relación a la
realidad social de su tiempo, teniendo en cuenta su espíritu y finalidad. Finalidad que en este caso, tanto en el orden laboral como por lo que respecta a los funcionarios de clases pasivas, es garantizar la máxima protección a las personas que con
ocasión de la prestación laboral o el servicio -no necesariamente en el lugar y en el tiempo de trabajo- han tenido un accidente que debe considerarse de trabajo.


Así lo viene haciendo la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que, con fecha de 26 de diciembre de 2013 (Recurso núm. 2315/2012), modificó el criterio de la sala sobre la consideración de accidente in itinere y lo amplió para incluir en
el mismo aquellos supuestos en los que el trabajador tiene que desplazarse una gran distancia desde su domicilio familiar hasta su lugar de residencia por razones laborales. Argumenta razones de 'realidad social' a la vista de 'las nuevas formas de
organización del trabajo'.


Es esta finalidad de protección la que sin duda persigue la Ley de Clases Pasivas del Estado en la regulación de las pensiones, por lo que se estima que la misma debe modificarse para considerar en su regulación el accidente in itinere como
acto de servicio, pues se produce con ocasión de su realización, evitando un trato diferenciado no solo en relación al orden laboral sino también en el ámbito funcionarial. De este modo, también se eliminaría la inseguridad jurídica que dimana de
la norma y que está produciendo que los tribunales de justicia, en su interpretación, reconozcan en algunos casos el accidente in itinere como accidente derivado de la prestación del servicio, lo que obliga, con el consiguiente incremento de la
litigiosidad, a las personas afectadas a recurrir a los mismos para ver reconocido su derecho a pensión extraordinaria por accidente in itinere.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Clases Pasivas del Estado, texto refundido aprobado por Real Decreto 670/1987, de 30 de abril, con el fin de reconocer el accidente
in itinere como producido en el tiempo de trabajo, y en consecuencia, derivado de un acto de servicio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-María Aurora Flórez Rodríguez y María Jesús Serrano Jiménez, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/001720


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre protección de los derechos digitales de la ciudadanía, para su debate en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital.


Exposición de motivos


Internet se ha convertido en una realidad omnipresente tanto en nuestra vida personal como colectiva. Una gran parte de nuestra actividad profesional, económica y privada se desarrolla en la red y adquiere una importancia fundamental tanto
para la comunicación humana como para el desarrollo de nuestra vida en sociedad. Ya en los años noventa y conscientes del impacto que iba a producir internet en nuestras vidas, los pioneros de la red propusieron elaborar una Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano en internet .


Hoy identificamos con bastante claridad los riesgos y oportunidades que el mundo de las redes ofrece a la ciudadanía. Corresponde, sin duda, al Gobierno y al Parlamento el impulso de políticas públicas que hagan efectivos los derechos de la
ciudadanía en internet promoviendo la igualdad de los ciudadanos y de los grupos en los que se integran para hacer posible el pleno ejercicio de los derechos fundamentales en la realidad digital.


La Vicepresidenta del Gobierno manifestó con motivo de su primera comparecencia ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados la voluntad de trabajar en el impulso de la garantía de los derechos de los españoles en el mundo
de internet . Sin ningún género de dudas, las políticas vinculadas a internet deben ser políticas de Estado, capaces de comprometer el consenso y la unanimidad de todos los grupos parlamentarios. internet debe ser una apuesta compartida de
progreso y transformación que permita construir una sociedad digital segura y competitiva, pero también democrática y participativa que promueva la justicia y la igualdad de oportunidades.


La transformación digital de nuestra sociedad es ya una realidad en nuestro desarrollo presente y futuro tanto a nivel social como económico. La suma de innovaciones que se están produciendo de manera acelerada en ámbitos corno la robótica,
la inteligencia artificial, las redes 5G y la computación cuántica nos está llevando a un nuevo paradigma de convivencia social de tal envergadura que ya no podemos hablar de una era de cambios sino de un cambio de era. En este contexto, países
como Italia, que ya ha aprobado una Declaración de Derechos en Internet, y Francia, que en su ley de impulso digital ha reforzado los derechos digitales de la ciudadanía, están señalando inequívocamente el camino.


El despliegue de la legislación europea sobre transparencia y 'open data', y la entrada en vigor en mayo de 2018 del Reglamento General de Protección de Datos ponen de manifiesto el carácter fundamental que el Impulso de internet tendrá para
nuestras vidas. Pero, más allá del desarrollo de la administración electrónica, de la puesta a disposición de la ciudadanía de información reutilizable generadora de crecimiento económico de riqueza o del uso de las redes sociales, internet exige
una comprensión global de los retos a los que nos enfrentamos.


Las administraciones españolas tienen mucho camino que recorrer mediante un esfuerzo concertado del gobierno, del conjunto de las fuerzas políticas y de los agentes sociales en los ámbitos económico, cultural, asociativo y participativo.


Los constituyentes españoles ya intuyeron el enorme impacto que los avances tecnológicos provocarían en nuestra sociedad y, en particular, en el disfrute de los derechos fundamentales. Pero el artículo 18.4 de la Constitución evidencia unas
claras limitaciones para atender las necesidades contemporáneas de garantía de los derechos en la Red. Una deseable futura reforma de la Constitución debería incluir entre sus prioridades la actualización de la Constitución a la era digital y,
específicamente, elevar a rango constitucional una nueva generación de derechos digitales. Pero, en tanto no se acometa este reto, los poderes públicos deben asumir el impulso de iniciativas legislativas dirigidas a perfeccionar el sistema de
garantía de los derechos digitales de los ciudadanos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las iniciativas políticas y legislativas necesarias para satisfacer los siguientes objetivos:


1.º Garantizar los derechos fundamentales y de ciudadanía en Internet.


El Gobierno presentará un Proyecto de Ley ante el Congreso de los Diputados para garantizar:


- Derechos de ciudadanía:


a) El derecho a la libertad de expresión, al acceso a la información y a la veracidad de las informaciones en la red.


b) El derecho al honor y a la propia imagen en la red.


c) El derecho a la desconexión laboral.


d) El derecho a la reutilización online de los datos generados por las administraciones públicas.


- Derechos prestacionales de acceso y uso:


e) El derecho de acceso a internet independientemente de la condición social, económica, de género o geográfica.


f) El derecho a la neutralidad de la red garantizado un internet abierto, equitativo, innovador y en libertad.


g) El derecho a la formación y capacitación digital.


h) El derecho a acceder online, en régimen de apertura, a los datos, innovaciones, creaciones y conocimiento generado con fondos públicos.


i) El derecho a recurso, indemnización y reparación por conductas ilícitas en la red.


- Derechos de protección de datos personales:


j) El derecho a la privacidad y a la protección de datos personales preservando la transparencia e información en las relaciones entre proveedores de contenidos y usuarios.


k) El derecho a la identidad online y a la protección del anonimato.


I) El derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación de los datos personales.


m) El derecho al olvido.


n) El derecho a la seguridad y a la confidencialidad de las comunicaciones electrónicas y de los datos que circulan por la red.


o) El derecho a la portabilidad de los datos.


p) El derecho a la huella digital.


q) El derecho a la gestión del patrimonio y al testamento digital.


2.º Acometer políticas de protección de los menores en internet.


a) El Gobierno debe impulsar una legislación específica que garantice los derechos del menor y que contemple con detalle el impacto de internet en los derechos de los menores (tanto desde el punto de vista de la garantía de su seguridad e
integridad como de la generación de oportunidades en los ámbitos educativos y de desarrollo personal).


b) El Gobierno deberá prestar particular atención al desarrollo de estrategias de formación tanto en la educación obligatoria (en todos sus niveles) como en los planes de estudio universitarios de las profesiones dirigidas a los menores (en
particular, en la formación de maestros y profesores de enseñanza media) así como en la implementación de planes de formación del profesorado en materias relacionadas con internet , la seguridad, y la privacidad.


c) El Gobierno deberá proponer legislación específica para la protección de los menores en el sector de las comunicaciones y de la publicidad.


3.º Acometer políticas para reducir la brecha de género en internet y para combatir en la red la violencia machista.



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a) El Gobierno impulsará políticas para reducir la brecha de género en el acceso y el uso de internet tanto en el ámbito personal como laboral garantizando que mujeres y hombres se incorporen en condiciones de igualdad a la sociedad de la
información. A tal fin, el Gobierno adoptará las iniciativas necesarias, en el ámbito educativo, que cubran todo el itinerario formativo de la infancia y, en el ámbito laboral, en colaboración con organizaciones sociales.


b) El Gobierno impulsará a través de las redes sociales iniciativas para luchar contra la violencia machista mediante campañas de concienciación, educación y detección de actitudes machistas que vulneran la ley y que puedan derivar en
violencia machista.


4.º Acometer políticas que garanticen el derecho de acceso universal y no discriminatorio a internet .


a) El Gobierno, partiendo de la consideración de internet como un servicio universal, debe impulsar iniciativas legislativas dirigidas a garantizar el acceso asequible y no discriminado de toda la población a la red de banda ancha; teniendo
en cuenta, en particular, la situación concreta de los entornas rurales donde el acceso es limitado.


b) El Gobierno adoptará las políticas que garanticen el acceso pleno a internet a través de cualquier tipo de tecnología disponible. El acceso a internet debe garantizar condiciones de igualdad para aquellas personas que cuenten con
necesidades especiales.


5.º Acometer políticas que garanticen la protección de la privacidad digital en el ámbito laboral y la desconexión de los trabajadores fuera del horario de trabajo.


El Gobierno presentará un Proyecto de Ley para reformar el régimen laboral vigente a fin de:


a) Garantizar la privacidad de los trabajadores en la utilización de medios digitales.


b) Preservar la intimidad de los trabajadores ante las tecnologías utilizadas por los empresarios para controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales.


c) Garantizar el derecho a la desconexión digital de los trabajadores fuera del horario laboral.


6.º Acometer políticas que impulsen la transparencia y participación tecnológica hacia una democracia digital avanzada.


El Gobierno elaborará un Plan con políticas dirigidas a garantizar los derechos de la ciudadanía en internet y a ampliar las políticas de transparencia y reutilización de la información pública para facilitar un Gobierno abierto sustentado
en la rendición de cuentas sobre las políticas públicas y la participación democrática de la ciudadanía en la gestión de las políticas públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Artemi Rallo Lombarte, Óscar Galeano Gracia, Gregorio Cámara Villar y Patricia Blanquer Alcaraz, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso de las ciudades inteligentes
(smart cities) en España, para su debate en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital.


Exposición de motivos


Según la asociación RECI (Red Española de Ciudades Inteligentes), son Ciudades Inteligentes aquellas que disponen de un sistema de innovación y de trabajo en red para dotarse de un modelo de mejora de la eficiencia económica y política
permitiendo el desarrollo social, cultural y urbano.



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Esta asociación de entidades municipales tiene por objeto intercambiar experiencias y trabajar conjuntamente para desarrollar un modelo de gestión sostenible y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Las cuales han de promover la
gestión automática y eficiente de las infraestructuras y los servicios urbanos, así como la reducción del gasto público y la mejora de la calidad de los servicios, consiguiendo de este modo atraer la actividad económica y generando progreso.


Como soporte de este crecimiento se realiza una apuesta por las industrias creativas y por la alta tecnología que permita ese crecimiento urbano basado en el impulso de las capacidades y de las redes articuladas, todo ello a través de planes
estratégicos participativos que permitan mejorar el sistema de innovación local.


La aplicación de las nuevas tecnologías en la gestión local, permite a la ciudadanía beneficiarse de una mayor rapidez y transparencia en sus trámites diarios, notificar a la administración cualquier eventualidad relacionada con la vía
pública (desperfectos en la calzada, deficiencias en la gestión de residuos, etc.) o incluso resolver cuestiones relacionadas con sus obligaciones tributarias y sanciones.


Además de dotar a la ciudadanía de una herramienta de comunicación eficaz y rápida, la digitalización como rasgo principal de las ciudades inteligentes puede contribuir a la sostenibilidad medioambiental, promoviendo herramientas de gestión
del consumo energético y de otros suministros básicos, fomentando el ahorro medioambiental y económico.


El mayor atractivo del concepto de smart cities quizás sea su multidimensionalidad, ya que persigue mejorar la calidad de vida en las ciudades mediante la aplicación de nuevas tecnologías y métodos de gestión en diversas áreas desde la:


- Infraestructuras medio ambiente, y habitabilidad urbana: calidad ambiental, edificación sostenible, domótica, gestión infraestructuras y residuos, etc.


- Energía y eficiencia energética: alumbrado público, renovables, autogeneración, etc.


- Movilidad urbana: movilidad eléctrica, sistemas inteligentes de transportes.


- Participación social y calidad democrática: consultas y e-participación; gobierno abierto y 'opendata', educación, deporte y ocio, etc.


- Facilitación de la actividad económica: administración electrónica, e-Comercio, plataformas de pago electrónicas, etc.


Esta pluralidad de áreas de actuación, aumenta la complejidad de los proyectos, suponiendo un reto de coordinación entre administraciones. A pesar de las evidentes ventajas y aunque se llegase a constituir la mencionada Red de Ciudades
Inteligentes, las iniciativas desarrolladas en los últimos años, han carecido de una cierta coordinación interadministrativa e incluso se ha venido denotando una cierta ralentización en los procesos de las mismas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Definir la metodología y el procedimiento de elaboración de la referida Agenda Digital Española en los municipios, en coordinación con la Red de Ciudades Inteligentes.


2. Crear un grupo de trabajo interministerial que coordine esfuerzos en materia de vivienda, medioambiente y agenda digital para impulsar las smart cities.


3. Promover la internacionalización de las empresas españolas que desarrollan proyectos en el ámbito de las smart cities.


4. Potenciar la imagen de España y sus ciudades como líderes en el desarrollo de iniciativas que promueven el bienestar de los ciudadanos.


5. Atraer capital para el desarrollo de proyectos de smart cities en ciudades españolas.


6. Potenciar y posibilitar el efecto arrastre de pymes proveedoras españolas en proyectos adjudicados a una gran empresa española-ICEX INTEGRA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Vicente Ten Oliver, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la presentación de un Proyecto de Ley de Protección
Integral de la Dehesa, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La dehesa es el ecosistema más importante de España y uno de los principales y más valiosos ecosistemas de toda la Unión Europea, desde el punto de vista medioambiental, social y cultural, tal y como reconocen organismos internacionales como
la UNESCO ('Reserva de la Biosfera') y la Unión Europea (Directiva 43/92/CEE relativa a la conservación de los hábitat naturales y la fauna y flora silvestres). Además, forma parte de los Espacios Naturales Protegidos a nivel nacional (Red Natura
2000).


Debe tenerse en cuenta, también, su contribución al desarrollo de las zonas más desfavorecidas y a la lucha contra el fuego y la desertización, así como su efecto amortiguador sobre el cambio climático, además del importante papel que juega
como productora de bienes públicos para toda la sociedad (paisaje, biodiversidad, variados y ricos lugares de ocio, paz, tranquilidad, armonía, agua, aire puro...).


La dehesa tradicional, aun siendo uno de los sistemas agrarios (ganaderos) más valiosos y sostenibles (patrimonio histórico) que España puede ofrecer a la Política Agraria Común (PAC) está sumida en una grave crisis, muy profunda y compleja,
que puede acabar en su desaparición.


Esta crisis se debe al mal planteamiento que España hace de ella desde hace muchos años: se inicia en las décadas 60-80, se agudiza con nuestra entrada en la CEE (1987) y se profundiza en ella en el año 2003, cuando, por un lado, se negocia
una PAC basada en los derechos históricos (periodo 2000-2002) y, por otro, se decide incorporarla en la Ley 43/2003, de Montes, nacional, en la que se encuentra mezclada con los montes, bosques, tierras abandonadas e improductivas. Su definición y
su declaración como 'superficie forestal' por la Administración española la deja fuera de las ayudas directas más importantes de la PAC, al considerarse actualmente como superficie forestal, dentro del grupo de pastos permanentes, el peor tratado
económicamente en las ayudas directas de la PAC y sometida además al coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP).


La conjunción de esta grave crisis económica con otra serie de problemas, como la 'seca', la falta de regeneración de la arboleda, la falta de relevo generacional, la prevalencia de la tuberculosis bovina, la norma de calidad del cerdo
ibérico, etcétera, la hace inabordable económicamente en la actualidad por parte del ganadero, quien, sin embargo, sí podría superarla si saliese de la injusta situación en la que se encuentra dentro de los pastos permanentes, en la PAC, y se
incorporase a donde en justicia debe estar, dentro del grupo de cultivos permanentes, como así lo permite el Reglamento (UE) 1307/2013, junto a cultivos de sierra similares a ella, como el olivar en pendiente y el almendro, que tienen aplicado el
lucro cesante que les pertenece por su función social, cultural y medioambiental, y que a la dehesa injustamente no se le reconoce.


La salvación de este tesoro genético, patrimonio de los españoles, solo depende de una decisión política innovadora, capaz de sacarla administrativamente de la situación injusta y vulnerable en la que se encuentra (la Ley de Montes) y lo
equipararía a otros cultivos con los que comparte suelo, clima y mano de obra. Esta nueva situación estaría mucho más de acuerdo con la consideración de la dehesa como superficie agraria (ganadera), que es como la define la Sociedad Española para
el Estudio de los Pastos.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar en las Cortes un Proyecto de Ley de Protección Integral de la Dehesa, distinto de la vigente normativa reguladora de los montes, con el fin de que su superficie integrante pueda percibir las



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ayudas de la Política Agraria Común (PAC) y tener derecho a ser incluida en igualdad de condiciones con otros sistemas agrarios (cultivos permanentes) en la reciente negociación y aplicación de la PAC actual (2015-2020).


2. Establecer un Marco Estratégico sobre la Dehesa y la Ganadería Extensiva, que cuente con la participación del sector, con el fin de diseñar futuros objetivos viables dentro de la PAC, teniendo en cuenta los aspectos económicos, sociales,
culturales y ambientales de la dehesa y de la ganadería extensiva y su gran influencia en la fijación de la población al medio natural en el que se encuentra, considerando además su contribución al desarrollo de las zonas más desfavorecidas, a la
lucha contra el fuego y la desertización, su efecto amortiguador sobre el cambio climático y el importante papel que juega como productora de bienes públicos para toda la sociedad. Este Marco Estratégico permitirá establecer un nuevo marco agrario
común para la dehesa y la ganadería extensiva, en el que estén incluidos y representados, por un lado, su peculiaridad de sistema agrario (recogido en el pilar 1, pagos directos) y, por otro lado, su importancia ambiental, con el desarrollo
complementario de las medidas agroambientales previstas en el pilar 2 (la política de desarrollo rural), dentro de los Programas de Desarrollo Rural.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las medidas para garantizar la
conservación de los suelos y la seguridad alimentaria, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Según la definición de la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación, se entiende por degradación de las tierras la 'reducción o pérdida de la productividad biológica o económica y la complejidad de las tierras
agrícolas de secano, las tierras de cultivo de regadío o las dehesas, los pastizales, los bosques y las tierras arboladas, ocasionada, en zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, por los sistemas de utilización de la tierra o por un proceso o
una combinación de procesos, incluidos los resultantes de actividades humanas y pautas de poblamiento'.


La FAO estima que un 33% de los suelos del mundo están degradados y cada año se pierde más superficie. La degradación se produce por la acción erosiva de los agentes climáticos, que se hacen más agresivos por motivo del cambio climático, y
por la propia actividad humana.


En latitudes como la española el problema se agudiza; la desertificación ha alcanzado un 20% del territorio y un 75% se encuentra en zonas susceptibles de sufrir este proceso. Aquí, se considera el fenómeno de la erosión del suelo como el
más determinante para desertificación. Por este motivo se lleva años trabajando en cuantificar y reflejar cartográficamente los principales procesos de erosión en el territorio nacional y determinar su evolución en el tiempo mediante una
información actualizada de forma continua.


La erosión y la falta de fertilidad de los suelos tienen su origen, además de los factores naturales, en factores socioeconómicos, como el monocultivo, en la sobreexplotación de la tierra y las inadecuadas prácticas de manejo de suelo y
agua, que producen compactación y salinidad.


A su vez, la pérdida de suelo provoca una disminución de la fertilidad, del potencial agronómico y productivo de la tierra, que tiene funestas consecuencias para la seguridad alimentaria y el sustento económico de muchas familias.


Por otra parte, la aplicación de técnicas de agricultura de conservación, la utilización adecuada de fertilizantes, especialmente los orgánicos, el mantenimiento de restos y podas en los suelos y la gestión eficiente de ganadería, han
servido para demostrar que la agricultura es capaz de asegurar y mejorar la estructura de los suelos, aumentando la capacidad que tiene el suelo para superar circunstancias adversas, adaptarse a los cambios climáticos y desarrollar la biodiversidad,
y mejorando las condiciones de productividad.



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La agricultura es, a la vez, parte del origen de este problema de la situación de nuestros suelos, el sector más directamente perjudicado por su deterioro y, también, parte de la solución a la degradación del mismo.


Por estos motivos, el Grupo Parlamentario Popular, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Aumentar el conocimiento actualizado de los suelos, impulsando la finalización del Inventario Nacional de Erosión de Suelos.


- Incorporar, en la futura Estrategia de Agricultura, Clima y Medio Ambiente, anunciada por el ministerio, un diagnóstico sobre los suelos en España, las medidas técnicas oportunas y los apoyos financieros necesarios para el mantenimiento y
la recuperación de los suelos, que avale una agricultura más adaptada y eficiente de cara a los desafíos agroalimentarios futuros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001739


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para continuar en el apoyo a las
denominaciones de origen del vino, como motor económico, social y de fijación de población en el rural, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Los vinos con denominación de origen protegida, amparados por una figura de calidad, regulados por los artículos 92 a 111 del Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se crea la organización común de
mercados de los productos agrarios, quedan clasificados en nuestro país por cuatro menciones tradicionales, en las que actualmente se agrupan 69 denominaciones de origen (DO), 2 de ellas calificadas (DO Ca.), 14 vinos de pago (VP) y 7 vinos de
calidad (VC).


Estas figuras de calidad son los términos tradicionales que se emplean en nuestro país para designar las figuras de calidad vitivinícolas, todos ellos englobados en la mención tradicional protegida por la UE 'Denominación de Origen
Protegida' (DOP), con una superficie que potencialmente puede producir vinos, teniendo en cuenta la que produce y la que aún no lo hace, del 88,3% del total de la superficie de viñedo.


Las 69 denominaciones de origen de vino en España agrupan a 4.079 bodegas de todo el país, que representan el 99% del total de bodegas adscritas a las DOP del vino que existen hoy en España, que comercializan 11.573.104 hectolitros de vino
con DO, e integran a 123.259 viticultores, el 99,7% de los viticultores adscritos al conjunto de DOPs de nuestro país, que son titulares de 572.445 Ha de viñedo.


El valer económico de los vinos con denominación de origen protegida en la campaña 2014-2015 fue de 3.206,4 millones de euros, de los que 1.745.590.822 € fueron fruto de la comercialización interior y 1.460.763.297 € de comercio exterior. A
nivel exterior el valor del conjunto del sector del vino fue de 2.954 millones de euros, de los que aproximadamente el 49,5% fue aportado por el vino con DOP. Del valor del vino comercializado por el conjunto de las DOP, las 69 denominaciones de
origen de vino aportan 3.199,9 millones de euros, el 99,8%.


La función social que cumple la vitivinicultura de las denominaciones de origen, contribuyendo a fijar población a estos territorios, a abrir una oportunidades de trabajo sostenible que permitan a los jóvenes incorporarse al mercado laboral,
además de contribuir a la riqueza económica de los mismos, pues las denominaciones de origen son inherentes a los territorios en los que se asientan y los ingresos generados se quedan en sus propias zonas.



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Las DO protegen y potencian un saber hacer consolidado a lo largo del tiempo por los que producen (viticultores) y elaboran (bodegas) el vino de esa zona, dando reconocimiento a una marca ligada con la calidad y dotando al producto de un
valor comercial añadido. Además, los vinos con DO llevan el nombre de esa zona por todo el país y por cuantos países se comercializa el vino con esa denominación de origen.


El valor añadido que los vinos con DO proporcionan a los territorios en términos de imagen y de prestigio es muy importante y favorece la atracción de turismo para estos territorios, la captación de inversión extranjera, la financiación de
estas zonas y de sus empresas y la internacionalización de sus productos.


Además, las instituciones de la DO trabajan por un adecuado control de la producción y realizan labores de marketing y promoción de la marca para abrir y consolidar mercados para sus bodegas.


En definitiva, las DO proporcionan seguridad alimentaria al consumidor, información veraz y garantía de calidad. Llevan el nombre de las zonas a las que prestigian más allá de los límites de las mismas. ayudan a fijar población en las
zonas rurales y no permiten que la elaboración del vino sea deslocalizada.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar con el apoyo de las denominaciones de origen de vino como motor económico y de fijación de población de zonas rurales en nuestro país, y seguir protegiéndolas desde la
Administración, como bienes de titularidad pública que representan intereses comunes y generales de viticultores y bodegas de una zona geográfica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001744


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la defensa de modelos productivos ganaderos
sostenibles que apuesten por la calidad, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El sector lácteo estatal vive una situación delicada con la pérdida de miles de granjas en los últimos años. En Navarra, en concreto, se pasó de 350 explotaciones de leche en 2006 a las 170 que sobrevivían a finales de 2016. La cabaña
bovina de leche asciende en la actualidad a unas 25.000 cabezas y el 80% de las explotaciones tienen menos de 150 vacas.


La supresión por parte de la Unión Europea (UE) del control de la cuota láctea en abril de 2015, dejó al sector a merced del mercado produciéndose una verdadera liberalización del mismo. A pesar de establecerse diversas medidas para tratar
de amortiguar los efectos de la deregularización, estas se han demostrado ineficaces y/o insuficientes, por lo que cada vez son más las voces que reclaman el restablecimiento de las herramientas regulatorias con motivo de la próxima revisión de la
PAC.


Cada uno de los veintisiete países que integran la UE redactará próximamente sus aportaciones al proceso de construcción de una nueva PAC más allá de 2020. En lo que respecta al sector ganadero, y más concretamente al vacuno, se deberán
afrontar los retos de la PAC referidos a la conservación del paisaje en toda la UE, al mantenimiento de una economía rural viva o al cambio climático.


Sin duda que habrá de tratarse el modelo de producción por el que se apuesta en el futuro. Si es el típico de EEUU o China, las megaexplotaciones, se contribuirá a consolidar la deslocalización de la producción concentrando la misma en un
escaso número de ganaderías. Esto conllevará al cierre de pequeñas y medianas explotaciones, las cuales tendrán muy difícil mantener su competitividad. Pero además, será un duro golpe para el mundo rural, sobre todo para las zonas de montaña donde
se encuentran más diseminadas las explotaciones. La pérdida de empleo de calidad contribuirá a la desertización y al despoblamiento rural, afectando negativamente a la economía local y al paisaje social y medioambiental.



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Mientras países como Francia, que impide la construcción de macrogranjas rechazando por ejemplo recientemente el establecimiento de una explotación de más de 1.000 vacas, u Holanda, que decidió revertir ese modelo agro-industrial hace tiempo
tras apostar por él en el pasado, una cooperativa navarra quiere establecer una megaexplotación con 20.000 vacas en un pueblo de Soria, Noviercas, que pasaría a convertirse en la mayor de Europa cuadruplicando la más grande existente en Caparroso
(Navarra), propiedad de la misma cooperativa.


Las cifras asustan: 900 hectáreas para instalaciones ganaderas; consumo de agua entre 4 y 6,5 millones de litros al día; 368.000 toneladas de excrementos al año, el equivalente a una población de 4,4 millones de personas; y 2 millones de
litros de purines al día, sin contar las emisiones de CO2 y de metano inevitables en este tipo de instalaciones. Es preciso recordar que el metano tiene un efecto invernadero 23 veces más potente que el CO2.


El consumo de piensos a base de soja también incrementa la huella ecológica de este modelo. Se habla de 180 millones de litros de leche al año, cuando Navarra produce unos 245 millones de litros de leche anuales. Representaría el 10% de la
producción láctea de Galicia y el 20% de Castilla y León. Según la escasa información oficial suministrada, se prevé la creación de unos 250 puestos de trabajo directos, pero organizaciones sindicales agrarias castellanas estiman la pérdida de 750
empleos y la sustitución de 432 explotaciones ganaderas de llevarse a cabo este proyecto.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apostar por un modelo de producción ganadera que vele por el mantenimiento del medio de vida de los/as ganaderos/as priorizando el desarrollo rural vertebrados del territorio y la fijación de población, frente a los beneficios de grandes
empresas con inversores nacionales e internacionales.


2. Trabajar en la próxima reforma de la PAC para tratar de conseguir modelos productivos ganaderos sostenibles que apuesten por la calidad, frente a un modelo agroindustrial con graves consecuencias negativas en materia social, económica y
medioambiental.


3. Tomar las medidas oportunas para contribuir a mantener la competitividad del sector lácteo de Navarra y Castilla y León.


4. Estudiar el impacto que el proyecto de megaexplotación de Noviercas pudiera tener en Navarra y Castilla y León, y programar medidas tendentes a paliar los previsibles efectos negativos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Eva García Sempere, Diputada.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001746


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de aprobación de un Plan Renove de electrodomésticos
eficientes, para su debate en Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


España tiene importantes retos en el necesario ahorro energético e hídrico, además de en el aumento de sus objetivos de recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos si quiere cumplir sus objetivos impuestos por Europa. El
sector de los electrodomésticos, de alta cualificación e importante volumen tiene un enorme potencial latente de ahorro energético. Considerando que en España hay unos 18 millones de hogares y que de media hay 5 aparatos electrodomésticos por
hogar, obtenemos un parque de electrodomésticos de 90 millones de aparatos de los cuales, estudios de la Federación Española de Comerciantes de Electrodomésticos (FECE) estiman que un 37% tienen más de 10 años de antigüedad.



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Debido a la crisis, no se han cumplido los ratios normales de renovación, existiendo una gran demanda embalsada, con el consiguiente gasto de electricidad y agua. Para valorar la importante caída en más de un 50%, del mercado de
electrodomésticos de línea blanca en España durante la crisis, podemos comparar el cierre del año 2013 con un volumen total de poco más de cinco millones de unidades vendidas (5.023.900), con la venta que se obtuvo en el año 2006 de algo más de 10
millones de unidades (10.004.845).


Ha sido un sector duramente golpeado por la crisis con graves consecuencias para: i) el empleo, con la pérdida de 8.500 empleos solo en la distribución y 2.800 empleos directos en los productores; ii) la competitividad, este es un sector
exportador, con una fabricación que supera al consumo en territorio nacional. Especializado en el desarrollo de nuevas tecnologías, desarrollo y producción de electrodomésticos de alta eficiencia energética, como medio para evitar la
deslocalización Entre el 70 y el 80% de los electrodomésticos fabricados actualmente en España son de alta clasificación energética (A++ y A+++) iii) la eficiencia energética, los hogares son responsables del 18% aproximadamente del consumo
energético total en España. Un hogar medio gasta unos 4.000 kW al año y la mitad de ese consumo corresponde a los electrodomésticos. Un frigorífico combi A+++ puede suponer hasta 211 euros de ahorro anual en la factura de la luz, y una lavadora
A+++ hasta 4.840 litros de ahorro al año, con respecto a los modelos antiguos; iv) el incumplimiento de otros objetivos medioambientales como recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, ya que al no haber reposición, no se genera el
residuo en cantidad suficiente, y al no haber plan Renove, que obliga a la entrega del antiguo para beneficiarse de la bonificación, no se está reciclando el aparato antiguo sino que se conserva para una segunda vivienda, se regala, etc., y v) el
coste para las familias dados los incrementos del coste de la energía.


En este contexto se considera muy favorable recuperar medidas de estímulo de la demanda de electrodomésticos, mediante planes de renovación e incentivación de electrodomésticos eficientes similares en su operativa a los exitosos Planes PIVE
en el sector del automóvil.


Estos planes de incentivos a la compra de bienes nuevos a cambio de la entrega de otro de cierta antigüedad, a su claro componente medio ambiental, unen otros muchos aspectos muy postivivos, destacando su contribución: i) al mantenimiento y
creación de empleo, dado que el aumento de demanda que conlleva un Plan Renove genera un efecto multiplicador en sectores relacionados que permitirá mantener el tejido empresarial de plantas de producción (5.987 empleos directos) y distribución
(276.148 empleos directos, incluido gran distribución), ii) a la mejora de la eficiencia energética, con un sensible ahorro de energía eléctrica y también hídrica ya que os productos eficientes consiguen un importante ahorro en energía eléctrica en
los hogares, existen estimaciones de un ahorro anual de más de 175 millones de euros, iii) a la recaudación fiscal por vía de los impuestos directos e indirectos, iv) al cumplimiento de objetivos medioambientales con un importante incremento de la
recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, efecto acreditado por planes anteriores (más de un 40%), esencial para el cumplimento de los objetivos de recogida impuestos por Europa. Dada la obligatoriedad de aportar el aparato
antiguo para beneficiarse del Plan, y la trazabilidad inherente a dicha entrega, se ayudará sensiblemente al cumplimiento de los objetivos impuestos por Europa en lo relativo a la gestión de estos residuos, como ya ha quedado acreditado con los
Planes Renove anteriores.


También se conseguiría fomentar la cultura de la etiqueta energética como herramienta para el consumidor, un acercamiento a tasas europeas de antigüedad de electrodomésticos y la mejora de la posición respecto al resto de países en relación
con el cumplimiento de las obligaciones y objetivos en materia de eficiencia energética.


Por último, un plan Renove de estas características no supone un mayor gasto público. Dado que la ayuda a la compra de un electrodoméstico nuevo se fija por debajo del IVA, la recaudación del impuesto indirecto cubre la propia medida. Un
nuevo plan Renove con un crédito de 47,4 millones reportarían a la Administración Pública un retorno teórico de más de 50 millones de euros en IVA y otros impuestos. Con esta inversión se podrían sustituir alrededor de 500.000 electrodomésticos
antiguos por nuevos de alta eficiencia energética.


Entre 2005 y 2010 se destinaron 282 millones de euros anuales a la mejora de la eficiencia energética del parque de electrodomésticos, sustituyendo 3.907.745 de electrodomésticos. Esto supone un coste de unos 70 euros por aparato. Según
IDAE los ahorros directos e indirectos logrados con estos planes Renove fueron de 470 ktep de energía final y 1.086 ktep de energía primaria. Traducido a euros (a 0,789728 millones de euros por ktep) representan un ahorro de unos 1.229 millones de
euros, a lo que hay que sumar un ahorro de 2.217 ktCO2 con un valor de 15,5 millones de euros.



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A pesar que el Pian de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020 contaba con mantener planes Renove de electrodomésticos hasta 2020 y que estos probaron ser una inversión muy beneficiosa, desde hace estos no han vuelto a reeditarse
salvo excepcionalmente en Extremadura y País Vasco.


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha en el plazo de tres meses un nuevo Plan Renove de Electrodomésticos a nivel nacional, a través del IDAE en colaboración con las Comunidades Autónomas, para la sustitución de
500.000 electrodomésticos anuales por otros nuevos, del mismo tipo y superior eficiencia energética.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de marzo de 2017.-Antonio Cantó García del Moral, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/001748


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al proyecto de recuperación medioambiental del litoral
del Cap Salou y construcción del Camino de Ronda, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Con el proyecto de recuperación medioambiental del litoral del Cap Salou y construcción del Camino de Ronda, concebido como un recorrido peatonal que une Salou con La Pineda (Vila-seca), se pretende recuperar un espacio público de gran
interés natural y paisajístico, así como redescubrir panorámicas marinas hasta ahora inaccesibles, mejorando también los accesos a las calas y playas que conforman el litoral del Cap Salou.


La redacción y aprobación de este proyecto fue posible por un compromiso y un acuerdo firmado por el Ministerio de Medio Ambiente en virtud del cual la administración central se haría cargo del coste de las obras (previstas inicialmente en
tres fases) y el Ayuntamiento de las expropiaciones necesarias, que ya se han llevado a cabo. Un compromiso que se cumpliría con el desarrollo de una primera fase de la obra adjudicada en 2008, con una inversión de 2,8 millones de euros.


Fruto de ello, el 17 de diciembre del año 2010, se inauguraba la primera fase del proyecto de 'Camino de Ronda', que comprende el tramo entre Els Pilons y la Cala Llenguadets, con lo que, junto con el tramo de la playa Larga realizado con
anterioridad, se daban por terminados casi 2 kilómetros de este paseo junto al mar, hasta la zona de Els Replanells.


En enero de 2011, se acordó la revisión del proyecto. En otoño de 2011, se estableció un compromiso técnico y político para desarrollar el proyecto a lo largo de 2013 en base a las modificaciones introducidas. Así, la segunda y última
fase, que comprende desde Els Replanells hasta la zona del 'Rincón', de 4,5 kilómetros de recorrido, completaría este paseo natural.


A partir de ese momento se sucedieron varios encuentros para dar el impulso necesario al proyecto, hasta que se acordó aprobar un convenio de cofinanciación de la fase pendiente de ejecutar, la elaboración de un documento actualizado del
tramo que va desde Els Replanells hasta Mollet del Faro, del proyecto modificado en 2012, para que esta actuación sea incluida en el calendario de actuaciones del Ministerio de 2016.


A fecha de hoy, a excepción de una pequeña actuación de mantenimiento y mejora realizada por el Ministerio en el ámbito en cuestión, la administración central no ha dotado presupuesto ni partida destinada a actuaciones correspondientes al
proyecto de 'Camino de Ronda'. Por todo ello, se ha manifestado en varias ocasiones la preocupación por la falta de interés en dar impulso a un calendario de ejecución de las obras de la segunda fase del proyecto, tal como estaba convenido con
representantes del Ministerio de Medio Ambiente, situación que ha provocado un retraso evidente respecto a lo que ya estaba comprometido de ejecutar en 2013.



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Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar, a la mayor brevedad, un calendario de ejecución de las obras de la segunda fase del proyecto de recuperación medioambiental del litoral del Cap Salou y construcción del Camino de
Ronda.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Sergio del Campo Estaún y Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, Diputados.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001761


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a instancia del Diputado don Juan José López de Uralde al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente relativa a la conservación del lobo y su declaración como especie protegida.


Exposición de motivos


El lobo ibérico ('Canis lupus signatus') es una especie incluida en el anexo II de 'Especies de fauna estrictamente protegidas' del Convenio de Berna (1979) relativo a la Conservación de la Vida Silvestre y el Medio Natural de Europa, aunque
cuando España ratifica este acuerdo en 1986 lo pasa al anexo III de 'Especies de Fauna protegida'. Así mismo es una 'Especie de interés comunitario' según la Directiva 92/43/CEE (Hábitats) incluyendo la especie al norte del río Duero en su anexo IV
'Especies animales y vegetales de interés comunitario, cuya recogida en la naturaleza y explotación puede ser objeto de medidas de gestión'.


El lobo es un predador apical -no tiene predadores naturales aparte del hombre-, a la vez que una especie clave en los ecosistemas en los que se encuentra; su presencia y actividad regulan la competencia y predación entre otras especies de
la comunidad y, por tanto, la composición y estructura de la misma. Sus efectos sobre el resto de especies son complejos y a menudo no lineales, como la regulación de las redes tróficas u otros efectos indirectos como la regulación del
comportamiento y usos del hábitat de las presas. Así, pueden regular las poblaciones de ungulados como el corzo y el jabalí, cuyo exceso actual también genera daños importantes (tanto en los ecosistemas como en las explotaciones agrarias), con
efectos sobre el conjunto de la vegetación, sobre otras especies animales y el paisaje en su conjunto. Estos efectos indirectos rara vez han sido tenidos en cuenta en la elaboración de políticas públicas.


En la fauna española el lobo es una de las especies más significativas y notables, tanto por el importante papel ecológico que desarrolla en los ecosistemas, como por ser una 'especie clave' de los mismos, y formar parte del patrimonio y
acervo cultural de todos los pueblos de España, al ser incorporado como animal mítico en el imaginario, la iconografía, y la cultura popular de nuestra sociedad. Durante siglos ha sido una especie abundante en Europa Occidental. Sin embargo, a lo
largo del siglo XX fue desapareciendo de una buena parte de ésta. Mientras que a principios del siglo XX estaba presente en la mayor parte de la península Ibérica, actualmente solo habita en el cuadrante noroccidental, concretamente en las
Comunidades Autónomas de Galicia, Castilla y León, Asturias, Cantabria, La Rioja y País Vasco. En menor medida se encuentra también en Andalucía y Castilla-La Mancha, habiendo llegado recientemente a Madrid. Sin embargo, el lobo se extinguió hace
poco tiempo en Extremadura (aunque es posible que pudieran llegar nuevos lobos desde Castilla y León), y en Andalucía las manadas existentes en Sierra Morena a principios del nuevo siglo parecen haber desaparecido hoy, quedando en el mejor de los
casos individuos aislados. En el pasado siglo fue objeto en nuestro país de una intensa persecución, al ser considerado, al igual que el resto de depredadores, como una alimaña a exterminar. Sin embargo, cuando la mayoría de estos pasaron de ser
alimañas a especies estrictamente protegidas, como el oso o el lince



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ibérico, al lobo se le mantuvo al margen de esa protección, debido fundamentalmente a los daños que en determinados momentos puede generar al ganado doméstico.


La predación sobre ganado es uno de los factores importantes de la difícil relación entre humanos y grandes carnívoros que hay que resolver, y dado que influye sobre un sector como el de la ganadería extensiva tremendamente frágil y
castigado, y que además conlleva enormes beneficios ambientales, es necesario buscar fórmulas de coexistencia basadas en la prevención y medidas de gestión adecuadas. La irregular distribución de los daños en el espacio y en el tiempo, donde
existen 'puntos calientes' de daños en zonas limítrofes con otras que prácticamente carecen de ellos hace que culturalmente se transmitan percepciones de riesgos con una alta componente de subjetividad, lo cual contribuye a que el lobo sea una de
esas especies que crea por igual odios y adulaciones entre diferentes grupos de personas, todos ellos legitimados como ciudadanía para una participación activa en la toma de decisiones alrededor de su gestión. Estos factores en conjugación con el
paisaje humanizado, y con una importante actividad ganadera, hacen que la conservación de las poblaciones de lobos pueda parecer difícilmente compatible con los intereses económicos de las poblaciones humanas. Los problemas, las pérdidas, los daños
y los perjuicios que sufre parte de la población del mundo rural no están siendo asumidos de forma suficientemente solidaria por el conjunto de la sociedad; la conservación del lobo es un beneficio de interés colectivo, por tanto ha de ser toda la
sociedad quien asuma el coste de su conservación y no solo quien vive de la ganadería. Aunque los daños generados por el lobo a la ganadería se deberían compensan económicamente desde las administraciones ambientales, el complejo y heterogéneo
sistema actual de indemnizaciones de cada Comunidad Autónoma parece ineficiente habida cuenta de que solo cubren los daños por muerte de cabezas de ganado, pero no reconoce ni los animales desaparecidos, ni los daños sobre hembras o los colaterales
derivados del estrés del ganado atacado, lo que no ha supuesto la reducción de tensiones sociales, al no potenciarse además las ayudas públicas para la adopción de medidas preventivas, que se han demostrado eficaces en muchos lugares de España y
Europa.


Por todo ello, actualmente en una buena parte de España se eliminan legalmente individuos todos los años por unas u otras razones, concretamente en Galicia, Castilla y León, Asturias, Cantabria, La Rioja y País Vasco. En cambio, la Ley
42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, transponiendo la Directiva Europea de Hábitat, protege de forma estricta al lobo ibérico al sur del río Duero, prohibiendo así su caza. Además, las poblaciones de lobo de las comunidades de
Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía se encuentran incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Real Decreto 139/2011). Al no estar protegido en la mayor parte de su actual área de distribución, e incluso
permitirse su caza, todos los años se sacrifican en España de forma legal varios cientos de lobos, en muchos casos por cazadores que pagan un dinero porque se les permita disparar a un lobo esperando sentado en un puesto de caza, delante del cual se
le ha puesto comida para atraerlo. A estos lobos abatidos, hay que añadir los que se cazan de manera furtiva e ilegal, debido fundamentalmente a la falta de control y vigilancia, lo que suele frenar la expansión natural de la especie hacia el sur y
el este de la Península, e incluso la desaparición temporal de la especie de amplias zonas. Además, los lobos son cazadores sociales, con una gran complejidad en la estructura de sus manadas; diferentes estudios científicos apuntan a que la
eliminación de algunos individuos, normalmente los de más experiencia, desestructuran las manadas y alteran su comportamiento, de forma tal que se incrementa la probabilidad de ataques al ganado, pues sin la guía de los lobos expertos en la caza de
animales silvestres, los de menor experiencia tienden a atacar a las presas más fáciles (esto es, el ganado). Pero incluso aunque no sean individuos expertos los abatidos, la retirada de diferentes individuos de la manada, con diferentes roles,
parece que reduce la eficacia de esta en la caza, orientando así sus ataques a la cabaña ganadera, en la que se necesitan menos lobos para ser exitosa la caza. Incluso en el caso de la eliminación de individuos jóvenes, esto supone una liberación
de cargas familiares para la manada, que puede provocar una alimentación basada en las partes más nutritivas de sus presas, aumentando el número de estas.


Asimismo, diferentes estudios económicos realizados en los últimos años, demuestran que el lobo vivo puede generar ingresos económicos en las zonas donde habita. En los últimos años, en algunos espacios naturales protegidos de Castilla y
León, se está desarrollando un turismo de observación del lobo en su estado natural. Es una modalidad de turismo en alza en numerosos países, incluido el nuestro. Concretamente, en la Reserva Nacional de Caza de la Sierra de la Culebra (Zamora),
el turismo de observación del lobo genera todos los años varias veces más ingresos que su caza. Ingresos que además van a parar directamente a una buena parte de la población de los pueblos que conforman la Reserva.



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Por todo ello, es preciso abordar de manera profunda las políticas de gestión del lobo, desde una perspectiva científica y participativa con los vecinos y vecinas del mundo rural, alejados de sectarismos y dogmatismos para desarrollar
medidas encaminadas a la conservación de la especie, garantizando la diversidad genética mínima necesaria para la viabilidad presente y futura de las poblaciones de lobo en la península ibérica y trabajando en la compatibilidad de la conservación
del lobo y el mantenimiento de los manejos pastoriles de la ganadería extensiva.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. Declare al lobo ibérico especie de interés especial al norte del Duero a través de la incorporación de las poblaciones de la especie de todas las Comunidades Autónomas al Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial,
desarrollado por el Real Decreto 139/2011, por motivos ecológicos, científicos, sociales, culturales y éticos. Además, todas las poblaciones situadas al sur del río Duero deberán incluirse en el Catálogo Español de Especies Amenazadas con la
categoría de 'En peligro de extinción', en coherencia con la consideración que el propio Libro Rojo de los Mamíferos Terrestres de España hace de las poblaciones andaluzas, evaluadas como 'En peligro crítico (D)' según criterios de la Unión
Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN).


Ello obligaría a las Comunidades Autónomas involucradas a desarrollar los correspondientes planes de recuperación de la especie, así como a garantizar el buen estado de conservación de sus poblaciones y la conectividad poblacional con las
del norte de la Península.


2. Propicie mesas y foros de encuentro y debate entre los distintos sectores sociales interesados en la gestión del lobo: ecologistas, profesionales de la ganadería, personal técnico, ayuntamientos, sector de la ciencia, administraciones
autonómicas, cazadores, profesionales del turismo, etc., con el ánimo de fomentar la cooperación, el consenso y los acuerdos.


Igualmente, se promoverán políticas públicas de planes educativos y de divulgación social local en los que se promocione y se ponga en valor al lobo, apostando por su conservación como un atractivo indiscutible que reporte beneficios y
atraiga riqueza a la economía rural.


3. Elabore una nueva Estrategia Nacional de Conservación del Lobo ibérico consensuada con todos los sectores implicados. Esta Estrategia y planes asociados deberán incluir, de forma coordinada a escala nacional, la necesidad de fomentar la
conectividad entre poblaciones a través de la creación efectiva de corredores ecológicos, pasos de fauna específicos, la reducción de vallados cinegéticos, etc. Además, deberá coordinar, estructurar y unificar las medidas de fomento de la
coexistencia del lobo ibérico con la ganadería extensiva, así como con el modelo de caza practicada en grandes fincas cinegéticas.


4. Elabore un proyecto ambicioso de investigación seria y rigurosa que nos aporte conocimientos sobre su etología, sus patrones de predación o su dinámica poblacional, que nos permita adecuar la estrategia al conocimiento de la especie. La
estrategia contendrá un régimen específico de sanciones al furtivisrno de la especie. El objetivo de la gestión de las poblaciones de lobo ibérico ha de ser mantener una población de la especie en estado favorable de conservación, como dicta la
Directiva de Hábitat de la Unión Europea, con independencia de intereses particulares en contra.


5. Adopte las medidas necesarias para asegurar que las administraciones informen, sensibilicen y ayuden a la población del mundo rural para lograr la coexistencia entre el lobo y la ganadería. De manera especial, tanto la Estrategia
Nacional como el Plan de Gestión deben ser acorde con el diseño de un Plan Especial de Apoyo y Fomento de la Ganadería Extensiva.


6. Impulse una mesa sectorial, del sector ganadero, que establezca de manera consensuada los criterios para que la compensación económica de los daños directos y de los colaterales, así como del lucro cesante se realice de forma rápida,
eficaz y adecuada, valorándose la totalidad del daño generado, directa e indirectamente, introduciendo medidas consensuadas con las personas afectadas que corresponsabilicen a estas con la administración competente.


7. Prevea ayudas de carácter permanente a las explotaciones ganaderas existentes en territorios con presencia de lobos a través del instrumento del Contrato Territorial de Explotación regulado en el Real Decreto 1336/2011 de 3 de octubre,
ligándolas a la adopción efectiva de medidas preventivas, así como al mantenimiento de la sostenibilidad ambiental y de la conservación de la naturaleza.



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8. Impulse la creación de un 'Sello/Marca Lobo' que proporcione valor añadido tanto a los productos provenientes del sector primario coexistente con poblaciones de lobo ibérico como para la actividad turística derivada de la presencia y
también coexistencia con la especie, en base a criterios de respeto y tolerancia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Juan Antonio López de Uralde Garmendía, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001769


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podernos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley sobre
el regadío en las perspectivas vigentes de cambio climático, para su debate y aprobación en Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


España dispone hoy del orden de 3,7 millones de hectáreas de regadío fruto de ingentes esfuerzos financieros del erario público, así como desgarradores traumas sobre miles de familias que vieron inundados sus pueblos y graves impactos
ambientales sobre nuestros ríos, por las grandes presas construidas. Sacrificios, traumas e impactos que, sin embargo, han permitido generar beneficios sociales y económicos indudables, al multiplicar la productividad de la tierra.


Partiendo de esta valoración socioeconómica positiva del regadío en su conjunto debemos afrontar una seria reflexión sobre sus perspectivas de viabilidad en los escenarios de cambio climático vigentes, contando con que se estima una
reducción de las precipitaciones de entre el 2 y el 5%, y de la escorrentía y caudales fluviales, de entre el 5 y el 15%, en los próximos 20 años. En este contexto, debemos valorar la calidad agronómica de las tierras en riego, evaluando con rigor
su rentabilidad económica, su valor social en la vertebración de un medio rural vivo, y sus impactos ambientales.


Sin duda, disponemos de las mejores tierras en las vegas y huertas tradicionales, tanto en fertilidad como buen drenaje. Proteger estos regadíos como un verdadero tesoro patrimonial y productivo, frente a la voracidad depredadora del
urbanismo, es un reto que debemos asumir, favoreciendo la producción de alimentos de calidad en la cercanía de nuestras ciudades.


En el ámbito de los nuevos regadíos, generalmente vinculados a grandes sistemas, aunque la calidad de las tierras es muy variada, abundan las que adolecen de graves problemas de salinidad y drenaje: decenas de miles de hectáreas de muy baja
productividad que inducen, para colmo, graves impactos difusos por retornos gravemente salinizados, que llegan a suponer más de 10 toneladas de sal por hectárea y año. Superficies en las que el riego, a menudo, induce una progresiva salinización
del suelo fértil por la ascensión de sales desde capas inferiores, esterilizando esas tierras que finalmente se abandonan y quedan a merced de la erosión, favoreciendo así el avance de la desertización en nuestro país. Por otro lado, en bastantes
casos, se han transformado superficies de elevada pendiente, que ofrecen malas condiciones agronómicas e imponen altos consumos energéticos de bombeo.


Respecto a la rentabilidad real y efectiva de los diversos regadíos, nunca hemos hecho un balance riguroso de costes y beneficios. Obviamente, para hacerlo es preciso tomar en cuenta los costes reales -financieros, ambientales y del
recurso-, tal y como exige la Directiva Marco de Aguas (DMA), superando el enfoque productivista, que no económico, desde el que se suele mitificar, de forma general, el regadío, eludiendo contrastar beneficios y costes reales. En todo caso, hoy ya
son muchos los estudios económicos coste/beneficio que demuestran la rentabilidad negativa de decenas de miles de hectáreas de regadío, especialmente en tierras salobres y de mal drenaje, o condiciones climáticas poco propicias, y que, a pesar de
todo, se riegan, al contar con caudales subvencionados por el Estado y subvenciones europeas muy superiores para el regadío que para el secano.



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Igualmente resulta injustificable seguir eludiendo, en plena crisis, la exigencia de racionalidad económica en materia de nuevos regadíos. Sirvan de ejemplo los nuevos regadíos del Canal de Navarra, en los que la privatización de la gestión
del sistema (como puro negocio para grandes empresas -ACCIONA, CAIXA, AGBAR y OHL-), se ampara con un 'peaje en la sombra' a esas corporaciones, de 680 €/Ha/año de dinero público, frente a los 280 €/Ha/año pagados por los regantes; y ello sin
contar con la escasa recuperación efectiva de las ingentes inversiones en las grandes obras de regulación y transporte (Itoiz y Canal de Navarra).


Respecto a la valoración social del regadío queda fuera de duda su enorme valor histórico en la revitalización del medio rural en muchas comarcas. Aragón, de donde vengo, vio nacer en Graus, allá en el Pirineo, a Joaquín Costa; y con él
vio nacer el Regeneracionismo que impulsó, bajo el lema de 'despensa y escuela', el papel vital del regadío, bajo iniciativa pública, en la lucha de aquella época contra el hambre, especialmente en el medio rural. Sin embargo hoy no podemos seguir
hablando del regadío, bajo una interesada mitificación del costismo, que queda fuera del contexto actual, en pleno siglo XXI.


Tomar en consideración el enorme valor social del regadío que aún tiene en nuestro país, exige distinguir, cuando menos, el valor social de la explotación familiar, frente al del agronegocio y al de la agricultura como actividad secundaria.
Siendo todas ellas actividades legítimas, es necesario y urgente centrar la consideración de 'interés general' en el regadío vinculado a la explotación familiar, especialmente si desarrolla buenas prácticas agro-ambientales, de forma que se
concentren las subvenciones y las políticas públicas de apoyo en las explotaciones que por razones sociales y ambientales merezcan esa consideración de 'interés general'.


Respecto a la valoración ambiental del regadío, se deben considerar, por un lado, los graves impactos generados por la contaminación difusa, por nitratos y pesticidas, de los retornos de riego; más allá de la contaminación salina en zonas
salobres. Por otro lado, es necesario respetar el equilibrio que la UE nos exige, entre zonas regadas y espacios naturales esteparios protegidos por ley. Un equilibrio desde el que se deben valorar, cuidar y respetar patrimonios naturales, pero de
forma que la población del entorno pueda beneficiarse de ellos como oportunidades para desarrollar un medio rural vivo.


En todo caso, este análisis del regadío, en sus dimensiones económica, social y ambiental, debe hacerse sin demora en la perspectiva que nos impone el cambio climático desde los escenarios esperables, caracterizados por:


- Una fuerte recesión de caudales fluviales (hasta un 15%, según cuencas), por recesión pluviométrica y crecimiento de la evapotranspiración, por incremento de las temperaturas.


- Un duro incremento de la variabilidad climática y pluviométrica que incrementa los riesgos de sequía y de crecidas.


- Mayores demandas de riego, al aumentar la evapotranspiración por el aumento de temperaturas debido al calentamiento global, lo cual, unido a la menor disponibilidad de caudales, obligaría a dejar de regar entre el 10 y 20% del actual
regadío.


En este contexto, basar la estrategia del regadío en las tradicionales megainfraestructuras no solo es ineficaz, sino económicamente inasumible y contradictorio con la legislación ambiental vigente en la UE, por insostenible.


En la medida que las sequías suelen ser regionales, los trasvases son una herramienta ineficaz para gestionar los ciclos de sequía. Sirva de ejemplo el Proyecto de Trasvase del Ebro que proyectaba el PHN del 2000, cuando el propio proyecto
preveía que, en ciclos de sequía, el trasvase no operaría. Análogamente resulta insensato basar nuestra garantía de riego en sequía, en nuevos grandes embalses. En ciclos de sequía no faltan embalses (están vacíos); lo que falta es agua. Basar
la estrategia en hacer más embalses, es como regalar un monedero a un pobre. Incluso si se piensa en esos grandes embalses desde estrategias de regulación plurianual, que sin duda hay que considerar, habrá que tener en cuenta el coste de esa
plurianualidad (un coste de regulación anual de 0,1 €/m3, se transforma en 0,5 €/m3, impagable por el regadío, si el periodo de regulación es de 5 años).


Por todo ello, promovemos la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Promover en colaboración con las CCAA, y con pleno respeto a sus competencias en esta materia, un nuevo Plan Nacional de Regadíos a fin de adecuar el regadío a las perspectivas de cambio climático vigentes, sobre la base de:


- Evaluar rigurosamente la disponibilidad que puede esperarse de caudales en las diversas cuencas y redimensionar con base en ello la superficie regable.


- Promover la retirada del riego, con adecuadas compensaciones, sobre la base del lucro cesante, en suelos de baja productividad, ya sea por problemas de salinidad y drenaje, elevado consumo energético o condiciones agronómicas o climáticas
poco propicias.


- Establecer medidas que permitan disminuir drásticamente la contaminación difusa producida por los agroquímicos utilizados en el regadío y promover la producción integrada y ecológica.


- Introducir una política de tarifas y cánones del agua que, teniendo realmente en cuenta el principio de recuperación de costes exigido por la DMA, se adapte a las circunstancias económicas, sociales, ambientales y territoriales de los
diversos regadíos y tipos de explotación.


- Condicionar cualquier nuevo regadío a la disponibilidad de caudales en escenarios previsibles de cambio climático, garantizando la sostenibilidad de los ecosistemas acuáticos que brindan esos caudales, siempre que se asegure su
rentabilidad desde estudios coste/beneficio rigurosos y la disponibilidad a pagar por parte de los futuros beneficiarios.


- Recuperar los acuíferos sobreexplotados en la actualidad, redimensionando extracciones, para conservarlos como reserva estratégica en ciclos de sequía.


- Proteger específicamente la explotación familiar en el regadío existente, favoreciendo su modernización y la transición a cultivos y buenas prácticas acordes a las perspectivas impuestas por el cambio climático.


- Reactivar la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, como herramienta de diversificación productiva, fortalecimiento social y valorización del patrimonio ambiental existente en el medio rural.


- Apoyar la modernización de grandes sistemas sobre la base de desarrollar la regulación en tránsito.


- Apoyar una reforma de la PAC más justa para los diversos agricultores, que promueva un buen uso de los recursos naturales y una drástica disminución de la contaminación difusa, y que procure alimentos sanos para la población.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Pedro Arrojo Agudo, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo recogido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, relativa a la elaboración de una estrategia de fomento y apoyo integral a la ganadería extensiva.


Exposición de motivos


La ganadería extensiva es uno de los sectores económicos que encuadraríamos en lo que consideramos economía circular y que además, resultan ser más eficaces para la creación y mantenimiento de la actividad económica en el medio rural,
produciendo alimentos de alta calidad y generando elevados beneficios sociales y ambientales, potenciando, conservando y promoviendo la hiodiversidad, ayudando a prevenir incendios y a luchar contra el cambio climático, y facilitando el cumplimiento
de los compromisos internacionales adoptados por la Unión Europea (COP21 SUBMIT, Agenda 21, Protocolo de Kioto...). Sin



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embargo, la falta de valoración social, la incomprensión de nuestros sistemas ganaderos por parte de las políticas europeas y un enfoque inadecuado de las políticas españolas están poniendo en peligro su viabilidad y contribuyendo al
abandono y la ruina del sector. A pesar del reconocimiento científico generalizado sobre los beneficios que comporta este sistema productivo, se constata en los últimos años cómo numerosos factores han ido dificultando cada vez más la actividad
ganadera basada en el pastoreo. Se estima que en los últimos 10 años se ha reducido la cabaña en extensivo en cerca de un 45%.


En la base de la problemática se sitúa la falta de diferenciación entre la ganadería extensiva y aquellas modalidades de carácter más intensivo o industrial, condenando a la primera a regulaciones absurdas y excesivas, que no se corresponden
con su realidad. Pero no es este el único problema, también una aplicación injusta y desacertada de la Política Agraria Común (PAC), que no reconoce adecuadamente sus necesidades específicas en materia de pastos y territorio, especialmente en los
ámbitos mediterráneos, ni sus valiosas aportaciones socioeconómicas y ambientales, la castiga en el momento del cobro de las ayudas. La PAC actual está poniendo en graves dificultades a ganaderos y ganaderas, situándolos incluso en riesgo de perder
ayudas y de ver comprometida la viabilidad económica de sus explotaciones. A esta situación se añade una regulación sanitaria inadaptada a las peculiaridades del ganado extensivo y que supone la inmovilización de las ganaderías y en el peor de los
casos, el sacrificio de rebaños enteros por positivos poco contrastados. Un marco legal cargado de burocracia pero incapaz de reconocer, por ejemplo, la movilidad del ganado y las personas como una herramienta clave en el mantenimiento de la
biodiversidad a pesar del contrastado valor de la trashumancia y la transtermitancia en esta cuestión. Finalmente, tampoco podemos dejar de lado la indiferencia, cuando no el desprecio, tanto público como privado, ante el valor histórico, cultural,
científico y ambiental que acredita en nuestro país una tradición pastoril y ganadera que se remonta a épocas prehistóricas y que ha escrito algunas de las líneas más importantes de nuestro devenir como sociedad.


Este conjunto de dificultades y problemas se reflejan en el abandono y la pérdida paulatina de explotaciones, rebaños y áreas de pastoreo de enorme valor natural para la sociedad; una caída de la actividad pastoril y ganadera en extensivo
que pone en riesgo su supervivencia si no se adoptan las medidas necesarias, a la vez que la continua pérdida de las infraestructuras tradicionales para el tránsito ganadero trashumante que son las vías pecuarias, elementos de un patrimonio público
histórico, que si bien están protegidas legalmente, no son objeto de la recuperación posesoria que debiera realizarse.


Aunque ha habido esfuerzos desde la Administración central española, apoyando o liderando otras iniciativas en apoyo y diferenciación de la ganadería extensiva, como fue la creación desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente del grupo de trabajo específico que elaboró en el año 2011 el Libro Blanco de la Transhumancia, el Grupo de trabajo de ganadería extensiva y cambio climático, y los catálogos de razas autóctonas, muchos de estos esfuerzos no han tenido
continuidad en su aplicación, están dispersos y fragmentados, no respondiendo a una estrategia definida, consensuada y eficaz para defender y apoyar la ganadería extensiva. En definitiva, estos esfuerzos no se concretaron en ningún caso en medidas
coordinadas y definidas en un medio o largo plazo.


Existen ya medidas que son aceptadas y consensuadas tras un amplio trabajo compartido entre los ganaderos y ganaderas, las entidades profesionales y de apoyo, los grupos de investigación y universidades, las organizaciones conservacionistas
y las organizaciones vinculadas al desarrollo rural y la sostenibilidad. Es necesario la adopción de una estrategia que adopte y articule esas medidas junto con cuestiones legales, y que integre otras consideraciones importantes.


Por ejemplo, el establecimiento de medidas específicas de apoyo a los ganaderos en extensivo, incluyendo asesoramiento técnico, programas específicos de formación, apoyo al asociacionismo y al trabajo en red, fomento de las nuevas
tecnologías, apoyo a jóvenes y mujeres ganaderas, incorporación a los instrumentos de planificación, gestión y conservación del medio natural, etc. La integración de la ganadería extensiva dentro de los mecanismos de innovación promovidos a nivel
europeo, estatal y autonómico, definiendo líneas de trabajo tanto de carácter tecnológico como también socioambiental, de manejo de los ecosistemas, innovación social, etc.


Asimismo, el impulso a la aplicación de las propuestas del Libro Blanco de la Trashumancia, para proteger la trashumancia y solucionar sus problemas más acuciantes: la descoordinación administrativa, la desprotección educativa y sanitaria
de los pastores trashumantes y sus familias, el laberinto burocrático en torno a la movilidad de los animales, la conectividad de la red de vías pecuarias, etc.


Por todo ello, promovemos la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


La elaboración de una Estrategia de Fomento y Apoyo a la Ganadería Extensiva con objetivos a corto, medio y largo plazo, con indicadores de recuperación en todos los aspectos y con instrumentos vinculados tanto a las líneas de ayudas ya
existentes como a nuevas que puedan generarse. El Plan resultante deberá incluir una serie de medidas urgentes y necesarias para garantizar la supervivencia de esta actividad y lo que ella conlleva.


La estrategia debe ser diseñada y consensuada por el propio sector y las diferentes instituciones y organizaciones que lo apoyan y adecuadamente dotada con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para su puesta en
funcionamiento. El objetivo consiste en garantizar un escenario de futuro viable para la ganadería extensiva, potenciando sus aspectos clave, económicos y de rentabilidad, por supuesto, pero también sociales, culturales y ambientales.


La estrategia deberá incluir los siguientes aspectos que se concretarán en objetivos y acciones e indicadores de ejecución:


a) Mejora de la posición de la ganadería extensiva en la Política Agraria Común (PAC). En el contexto de la revisión y debate sobre la reforma de la PAC 2020, es necesario desarrollar las peculiaridades de la ganadería extensiva y potenciar
sus beneficios en un marco agrario común, integrando de forma eficiente los pilares 1 y 2 de la PAC. Respecto al primero, una cuestión primordial es el reconocimiento de los sistemas ganaderos basados en pastos leñosos como superficies elegibles
(en función de su uso ganadero real ya recogido en la definición de la actividad agrícola del pilar 1) y dotados de una admisibilidad adecuada. Entre los segundos, el desarrollo de medidas agroambientales específicas en los Programas de Desarrollo
Regional. De igual forma, se aboga por la utilización del contrato territorial de explotación como el instrumento idóneo para abordar el apoyo integral a este sector y que por otra parte está ya regulado y en vigor a través del Real Decreto
1336/2011, de 3 de octubre.


b) Marco regulatorio específico y diferenciado para la ganadería extensiva. La ganadería extensiva necesita un marco legal diferenciado, comenzando por una identificación adecuada en la caracterización utilizada tanto en el REGA como en el
Censo Agrario que permita su correcta identificación, una legislación básica de pastoralismo y ganadería extensiva, que proteja a los ganaderos y ganaderas y a todas las personas que ejercen esta actividad, incluidas los trabajadores por cuenta
ajena, facilite su trabajo y unifique el reconocimiento de esta actividad en todas las Comunidades Autónomas. Además, estas normas deben reconocer y adaptarse a sus peculiaridades: la movilidad de personas y ganado, incluso entre Comunidades
Autónomas, los procedimientos sanitarios y burocráticos, las razas locales, y, sobre todo, los servicios ambientales que se prestan al territorio y la sociedad.


c) Promoción de la visibilidad y la consideración social de la ganadería extensiva. Implantación de medidas que pongan de relieve su eficacia como herramienta de gestión y conservación del medio, los servicios que presta a la sociedad, la
calidad de sus productos y el inmenso patrimonio histórico, artístico y cultural que la cultura ganadera atesora en nuestro país.


d) Desarrollo de medidas especiales para el relevo generacional en el sector y para la integración de las mujeres en la actividad de la ganadería extensiva y el pastoralismo. Siendo el futuro del sector dependiente de estas incorporaciones,
se desarrollarán medidas especiales integradas dentro del segundo pilar de la PAC. Se desarrollarán y extenderán las experiencias formativas ya en funcionamiento y que han demostrado su éxito en el relevo generacional como son las Escuelas de
Pastores.


e) Medidas que desarrollen la coexistencia entre la ganadería extensiva y la fauna salvaje. No solo en relación a los predadores naturales, sino al resto de especies transmisoras de enfermedades controladas dentro de la política nacional de
sanidad animal, y que en este momento suponen enormes pérdidas al sector. Las medidas deberán ser tanto indemnizatorias de los daños y del lucro cesante, como preventivas.


f) Nueva política nacional sanitaria para la ganadería, que parta de una evaluación de la actualmente aplicada, y que de acuerdo a los objetivos de la Unión Europea desarrolle medidas adecuadas a las peculiaridades de la ganadería extensiva.


g) Diferenciación fiscal para los productos artesanales emanados de la actividad ganadera y pastoril.


h) Fomento del consumo de los productos de la ganadería extensiva especialmente por la administración. Realización de campañas de publicidad para el fomento de su consumo como productos ecológicos con trazabilidad reconocida, como productos
de cercanía, tanto en establecimientos privados como públicos (comedores, colegios y hospitales).



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i) Actuaciones para la recuperación posesoria de las vías pecuarias. Estas vías tradicionales son imprescindibles para el tránsito ganadero trashumante y son elementos de un patrimonio público histórico, que si bien protegidas legalmente,
no son objeto de la recuperación posesoria que debiera realizarse.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-Rosana Pastor Muñoz, Txema Guijarro García y Eva García Sampere, Diputados.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo recogido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, relativa al desarrollo en el seno del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación, la
conservación in situ y los derechos de los agricultores y agricultoras.


Exposición de motivos


En el año 2017 se reunirán los 143 países cuyos parlamentos nacionales han ratificado el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura. Entre ellos estarán por primera vez Argentina, Bolivia,
Chile y Estados Unidos. Este histórico Tratado fue aprobado por consenso por todos los países y con el apoyo de la totalidad de actores implicados, desde los agricultores y agricultoras a las industrias de semillas pasando por los centros de
investigación. En la próxima reunión, los países discutirán mejoras encaminadas a incrementar la capacidad de la comunidad científica y de los agricultores y agricultoras para dar respuesta a los desafíos de producir más, mejores y más diversos
alimentos en condiciones de cambio climático. Se debatirá, además, cómo asegurar en el siglo XXI una distribución más justa y equitativa de los beneficios derivados del intercambio de conocimientos que supone el manejo de los recursos fitogenéticos
recogido en la Parte IV del Tratado, y sobre cómo hacer realidad los derechos del agricultor recogidos en el artículo 9 del mismo Tratado.


La pérdida de biodiversidad agrícola es algo de lo que apenas se habla pero que tendrá un impacto creciente en la vulnerabilidad de nuestras sociedades y en los sistemas de producción de alimentos en un contexto de cambio climático. Más del
80% de las variedades de semillas cultivadas que había hace un siglo, se han perdido para siempre. Todos los estudios realizados hasta la fecha enfatizan la gran dependencia que existe entre los países respecto a cultivos originarios de otras
regiones. Uno de los más recientes sitúa un nivel de dependencia media entre países, del 69%. Por el contrario, los estudios revelan cómo el 63% de las variedades vegetales que se conservan se mantienen por la actividad directa en los campos por
parte de pequeños y medianos agricultores y agricultoras. Esta conservación de los recursos fitogenéticos (semillas) que se desarrolla en las fincas de los agricultores y agricultoras, y que es fundamental para el futuro de la agricultura y la
alimentación, es lo que se denomina 'Conservación in situ'.


Por ello, una parte esencial del Tratado, así como de las Leyes nacionales y reglamentos promulgados desde su entrada en vigor, ha recogido el reconocimiento de los derechos de los agricultores y agricultoras en este ámbito. Es así porque
en esta actividad de conservación y multiplicación, son ellos/ellas, y no las empresas y los obtentores, los sujetos fundamentales, y sus derechos deben ser protegidos y apoyados. El artículo 9.1 del Tratado dice literalmente: 'Las Partes
Contratantes reconocen la enorme contribución que han aportado y siguen aportando las comunidades locales e indígenas y los agricultores de todas las regiones del mundo, en particular los de los centros de origen y diversidad de las plantas
cultivadas, a la conservación y el desarrollo de las recursos fitogenéticos que constituyen la base de la producción alimentaria y agrícola en el mundo entero'; y continúa diciendo en el artículo 9.2: '... cada Estado deberá, según proceda y con
sujeción a su legislación nacional, adoptar las medidas pertinentes para proteger y promover los derechos del agricultor...', y en particular se refiere a tres derechos derivados:



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a) La protección de los conocimientos tradicionales de los agricultores y agricultoras en la conservación y utilización de las semillas y recursos fitogenéticos.


b) El derecho a participar equitativamente en la distribución de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos fitogenéticos.


c) El derecho a participar en la adopción de decisiones, a nivel nacional, sobre asuntos relativos a la conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos.


La importancia de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación es tal que su competencia recae en el Estado, en concreto en el Ministerio de Agricultura, en coordinación con el Instituto Nacional de Investigación y
Tecnología Agraria y Alimentación, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. En el año 2006 se aprobó la nueva Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas, plantas de vivero y de recursos fitogenéticos. La ley actualizaba la normativa
existente en la materia e incluía la trasposición de algunas cuestiones incluidas en el Tratado Internacional, pero focalizando el esfuerzo normativo en lo referido a los derechos de registro y la comercialización de los recursos, es decir,
focalizaba el interés legislativo en los derechos de las empresas y obtentores, y no en el de los agricultores y agricultoras. Así, la mayor parte del texto se dedica a regular el Registro de Variedades Comerciales y los Requisitos para la
Producción y Comercialización de semillas y plantas de vivero.


Sin embargo, el título IV de la Ley referido en términos generales a los recursos fitogenéticos y el capítulo III dentro del mismo título, habla del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos
para la Agricultura y la Alimentación. En concreto, se refiere a ello en los artículos 48 a 50. Relacionado con lo anterior, el artículo 51 de la Ley se refiere a los derechos de los agricultores pero en realidad, nuestra ley nacional rebaja mucho
el umbral de derechos incluido en el Tratado. Además del Programa Nacional, dentro del título referido se abordan otros temas importantes como el Centro Nacional de Recursos Filogenéticos, la Red de Colecciones del Programa Nacional y por último de
los derechos de los agricultores. Sin embargo, algo esencial en cualquier Programa Nacional de Conservación de este tipo de recursos es que se contemplen medidas tanto para la conservación 'ex situ', es decir, la que se realiza en centros o
institutos de investigación o en bancos de semillas, como la que se realiza 'in situ' en los propios campos o parcelas de producción o en las unidades agrarias, y resulta cuanto menos curioso que la Ley de semillas en ninguno de estos artículos
habla de la conservación in situ.


A partir de estos preceptos el Gobierno debía elaborar el Reglamento de! Programa Nacional que diseñara la política de conservación de nuestros propios recursos fitogenéticos nacionales, que desde luego debe incluir la conservación in situ y
los derechos de los agricultores y agricultoras. En los 11 años que han transcurrido desde la aprobación de la Ley de semillas, el borrador del Programa ha sido discutido en tres ocasiones, en los años 2011, 2012 y 2014, se abrieron procesos de
consulta y propuesta a las organizaciones hasta que no se supo nada más de él, pero el 18 de marzo de 2017 de manera sorpresiva nos hemos encontrado con su publicación en el BOE. Real Decreto 199/2017 de 3 de marzo por el que se aprueba el
Reglamento del Programa Nacional de Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación. El Programa ha cogido de sorpresa a todo el sector, sobre todo a las asociaciones que gestionan los bancos de semillas y al propio sector agrario.
Habida cuenta de su publicación sin haberse realizado la última de las consultas y sin haber incluido ninguna de las enmiendas que en su día se plantearon al borrador presentado, se ha vuelto a constatar como la conservación in situ y los derechos
de los agricultores y agricultoras han quedado de nuevo relegados ante los derechos de empresas y obtentores.


Mientras tanto, como el registro de variedades comerciales y todo el título referido a la inscripción y comercialización de semillas sí que estaba suficientemente detallado en la ley, las empresas productoras han ido avanzado camino. Los
catálogos de semillas comerciales impulsan y favorecen la utilización de variedades comerciales protegidas de manera que el acceso del agricultor a la semilla se ve cada vez más grabado por protecciones legales de las obtenciones vegetales desde las
diferentes leyes de propiedad intelectual. En este tiempo desde la promulgación de la ley, se ha consolidado la Asociación Nacional de Obtentores Vegetales (ANOVE) y esta misma asociación ha generado el sistema conocido como GESLIVE (Gestión de
Licencias Vegetales) que apunta la tendencia de las empresas de semillas hacia un mayor control no ya solo de los mercados de semillas de origen, sino de la propia semilla producida por el agricultor o agricultora para su autoconsumo y su
intercambio y/o comercialización. Mientras tanto, seguimos sin tener un Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de recursos fitogenéticos.



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Por todo ello, promovemos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incluir entre los objetivos del Programa Nacional contemplados en el artículo 2 del RD 199/2017, de 3 de marzo, la realización efectiva de los derechos de los agricultores y agricultoras a producir -intercambiar- cultivar y vender sus
propias semillas de variedades locales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Tratado RFFAA y con lo desarrollado en el Protocolo de Nagoya y el Reglamento Europeo 511/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014,
relativo a las medidas para garantizar el acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización.


2. Incluir dentro de los objetivos del Programa Nacional contemplados en el artículo 2 del Real Decreto 199/2017, de 3 de marzo, la conservación in situ de los recursos como elemento básico de conservación.


3. Desarrollar de manera específica la conservación in situ dentro del Real Decreto incluyendo los siguientes aspectos:


a) Un Registro de Variedades de Conservación con caracterización morfológica, agronómica y etnobotánica, memoria agraria y cultural y territorio asociado, circunscribiendo las restricciones geográficas como mínimo al ámbito de la Comunidad
Autónoma para evitar la erosión genética. Esto requiere igualmente la incorporación de otros criterios distintos a la productividad en la inscripción de variedades.


b) Un Sistema de Cooperación coordinada entre grupos de agricultores y centros de conservación para poner en marcha un sistema de conservación colaborativa.


c) El marco de apoyo financiero a agricultores y agricultoras, y a redes de semillas para el fomento del uso de variedades locales; lo que incluye el fomento de la puesta en marcha de medidas agroambientales para la conservación de
variedades locales y favorecer su uso en agricultura ecológica y convencional.


d) Favorecer el fitomejoramiento participativo a través de Asociaciones de Defensa Vegetal y Asociaciones y redes de semillas locales. Lo que incluye proyectos puestos en marcha en colaboración con las instituciones de investigación y los
bancos de germoplasma para la recuperación de los conocimientos sobre mejora genética local. Puesta en marcha de proyectos participativos de mejora de variedades locales en la investigación pública. Desarrollo de experiencias de mejora en finca
por los agricultores y las agricultoras.


e) Programas de formación de agricultores y agricultoras en mejora genética que les permita una mayor autonomía en esta fase del ciclo productivo.


f) Consolidación de una red de agricultores y agricultoras conservadoras y multiplicadoras in situ de los recursos fitogenéticos.


g) Apoyo técnico y financiero a los bancos de semillas comunitarios para consolidar la red de conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos.


4. Desarrollar el Plan de Actuación cuatrienal al que se refiere en el artículo 4.1 del Real Decreto para antes de finalizar el año 2017, de manera que pueda entrar en vigor en enero de 2018.


5. Integrar en el mismo Real Decreto 199/2017, de 3 de marzo, o en su caso en un nuevo Real Decreto, el desarrollo incluido en el Reglamento de la UE 511/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativo a las
medidas de cumplimiento del Protocolo de Nagoya sobre acceso a recursos genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios que se derivan de la utilización de los recursos en el ámbito de la Unión Europea, en especial, la
participación justa y equitativa de los agricultores y las agricultoras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-Rosana Pastor Muñoz, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre modificación del Reglamento 1224/2009, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


El Reglamento 1224/2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, en sus artículos 15 y 17 establece la obligación de los barcos de eslora superior
a 12 metros de notificar a las autoridades competentes de su Estado miembro de pabellón, por lo menos cuatro horas antes de la hora estimada de llegada a puerto, entre otras cuestiones, las cantidades de cada especie que vayan a ser desembarcadas o
transbordadas.


Las especies pelágicas que son objeto de la pesca del cerco, suelen estar mezcladas, esto hace necesaria una selección previa a la comunicación de la información del preaviso de capturas antes de la entrada al dique del puerto.


Los barcos se ven obligados a parar en las bocanas de los puertos para hacer tal selección. Esto conlleva un riesgo debido al tráfico marítimo, a la marejada y demás fenómenos adversos propios de la costa, además de la pérdida de
visibilidad consecuencia de la luz del puente del barco, que es necesaria para el adecuado envío de los datos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que solicite de la Unión Europea la modificación del Reglamento 1224/2009 en el sentido de que se establezca alguna excepción a la obligación de notificar los kilos de cada especie antes de
la llegada a puerto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-Margarita Pérez Herráiz y Josefa Inmaculada González Bayo, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/001721


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre protección de los consumidores en relación con la actividad publicitaria de las actividades de juego de azar, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Motivación


Como señala el informe 'Con los jóvenes no se juega', realizado por el Consejo Audiovisual de Cataluña en 2016, la publicidad de los juegos de azar conecta con emociones y sentimientos muy arraigados desde el punto de vista psicológico, que
se ven potenciados en el marco de la cultura de consumo actual. Establece una relación más o menos explícita entre la diversión, el deporte, la emoción, la competición, la amistad, etc. y los valores asociados a la adolescencia y la juventud, como
la relación de pertenencia, la necesidad de ponerse a prueba uno mismo y ante los demás, la baja percepción del riesgo o la falsa conciencia de invulnerabilidad. Se presenta el juego mediante esta publicidad como una



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actividad incluso familiar. Se destaca la referencia continua a la facilidad de ganar o ser ganador o ganadora sin hacer mención a las posibilidades reales de perder. Esta publicidad proporciona imágenes engañosas que pueden tener
consecuencias en la incitación al juego, muy especialmente con respecto a los adolescentes y los jugadores de riesgo.


El grupo de los adolescentes constituye una población de riesgo respecto del juego problemático. Sin llegar a los niveles de otros países donde el juego adolescente se ha considerado como un problema grave de salud pública, los estudios
realizados en España estiman que entre el 3,5 y 5% de jugadores adolescentes pueden considerarse como jugadores patológicos.


Los medios de comunicación ejercen un poder de persuasión muy importante sobre los jóvenes. Los juegos de azar se reflejan en la publicidad y en los medios de comunicación no solo como una forma de entretenimiento con los amigos, sino
también corno una actividad con la que se puede ganar dinero. La publicidad de juegos de azar y todas sus estrategias (regalos, bonos, premios y promociones) se desarrolla en los diferentes medios de comunicación no solo para incitar a los
consumidores a los juegos de azar, sino, sobre todo, para conseguir su participación inmediata conectando estas prácticas promocionales a los diferentes dispositivos tecnológicos interactivos.


Desde distintos foros académicos, científicos y de protección de los consumidores se viene demandando la regulación de la publicidad de los juegos de ámbito estatal, públicos y privados, como instrumento para modular el impacto negativo del
juego sobre menores, jóvenes y jugadores problemáticos, así como la intensificación de las previsiones normativas en materia de juego responsable.


Con la aprobación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, se ha intensificado en nuestro país la actividad publicitaria relacionada con el juego, en televisión, radio e Internet, especialmente del juego online, sin haberse
procedido todavía al cumplimiento del mandato previsto en su artículo 7, que remite al desarrollo reglamentario las condiciones para la inclusión de anuncios u otras modalidades publicitarias de los juegos en los medios de comunicación y otros
soportes publicitarios. Esta falta de desarrollo reglamentario deriva a la aplicación de la normativa general sobre publicidad este tipo de actividades, sin someterla a un régimen más estricto derivado de su especial incidencia sobre la salud
pública.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar reglamentariamente, en el plazo de tres meses, los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego en relación con la actividad publicitaria de las actividades de juego de ámbito estatal y la
protección de los consumidores y políticas de juego responsable.


2. Restringir los horarios, con el objeto de proteger a los menores, para la difusión de comunicaciones comerciales relacionadas con juegos de azar y apuestas.


3. Establecer como obligatorios, con independencia del tipo de juego, de la práctica asociada y del canal de difusión, para todas las comunicaciones comerciales y en todos los espacios relacionados con los juegos y apuestas en línea, los
mensajes de 'juego responsable', 'juego seguro' y 'no recomendado para menores de 18 años', de forma clara y legible.


4. Limitar la presencia de personajes populares en las comunicaciones comerciales de juegos de azar y apuestas.


5. Establecer, con el objeto de proteger a los menores, la prohibición total de publicidad del juego on-line en espacios específicamente destinados a ellos, tales como webs, redes sociales, juegos o aplicaciones.


6. Evitar la utilización de mensajes que banalicen el desembolso a realizar por los jugadores o que hagan referencia a la facilidad para ganar.


7. Restringir la utilización de bonos de regalo o las bonificaciones por la inscripción o participación de la persona jugadora.


8. Evitar que las comunicaciones de juegos de azar y apuestas incluyan elementos de atracción para los menores como determinadas sintonías, mascotas de marca, narrativas cercanas al público infantil, etc.


9. Restringir, con el objeto de proteger a los menores, la promoción o publicidad del nombre o de los productos de juego mediante patrocinio de equipos deportivos.


10. Realizar campañas de sensibilización y prevención dirigidas a la población juvenil.



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11. Reforzar la implantación de políticas activas de juego responsable dirigidas a maximizar la protección de los sectores de la población más vulnerables y especialmente de los menores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Victoria Begoña Tundidor Moreno, María Aurora Flórez Rodríguez y Miriam Alconchel Gonzaga, Diputadas.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001724


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, sobre la prohibición de campañas publicitarias con
lemas 'sin IVA', para su debate en Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


Cuando las personas consumidoras adquirimos cualquier bien o somos receptoras de la prestación de un servicio, debemos pagar a la parte vendedora o prestadora de dicho servicio un importe que incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Posteriormente, es esta parte -vendedora o prestadora de servicios- y no las personas consumidoras finales, quien, por regla general, debe ingresar en Hacienda las cuotas correspondientes del IVA que está obligada a repercutir a su clientela.


El Impuesto constituye una de las principales fuentes de financiación del sector público, y por lo tanto, un recurso fundamental para la provisión de bienes y servicios públicos por parte de las Instituciones.


En este contexto, observamos con preocupación algunos tipos de estrategia comercial que se vienen consolidando, principalmente entre las grandes superficies, y que creemos favorecen una percepción distorsionada sobre el pago del IVA. Nos
referimos a las campañas publicitarias con lemas tales como 'Día sin IVA', 'Ahórrate el IVA', 'Te descontamos el IVA', 'Semana sin IVA', etc. Las instituciones públicas deben incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de
la ciudadanía, impulsando medidas tendentes a concienciar a la opinión pública de la importancia de contribuir y de pagar los impuestos, evitando actuaciones fraudulentas; prácticas publicitarias como las mencionadas no resultan un buen ejemplo
para ello.


Ha de quedar claro, sin ningún género de duda, que, siendo el IVA un impuesto que grava el consumo, cada compra que las personas consumidoras realicen en los establecimientos que llevan a cabo este tipo de campañas publicitarias está sujeta
al IVA, digan lo que digan las mencionadas campañas publicitarias. Las ofertas promocionales podrán, en su caso, contar con un descuento en el precio del producto, pero nunca será admisible que la compra en cuestión se exima de la obligación de
pagar el IVA por el hecho de que la parte vendedora decida ofertar sus productos a un precio más bajo. Por lo tanto, además del efecto pernicioso respecto a la concienciación ciudadana al que nos hemos referido, es evidente que los eslóganes de las
campañas no resultan veraces, porque en ningún caso las empresas que los promueven evitan a su clientela soportar el IVA que ellas deben ingresar.


Dichas campañas hacen un flaco favor a un funcionamiento transparente de la economía, fomentan valores que poco tienen que ver con la solidaridad y la honradez, no aportan nada a la construcción de un potente sistema de protección social y
no contribuyen al desarrollo de una sociedad más justa y más solidaria. Se debe de controlar los perjuicios que este tipo de campañas publicitarias pueden crear en la economía familiar y la conciencia fiscal de los ciudadanos, y perseguir las
prácticas de publicidad engañosa que llevan a cabo.


Por todo ello, proponemos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado español a revisar y en su caso modificar las Leyes 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad, y 29/2009, de 30 de diciembre, por el que se modifica el régimen general de la
competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección



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de los consumidores y usuarios para la prohibición de las campañas publicitarias con lemas que anuncien cualquier tipo de campaña 'sin IVA'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


161/001726


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para
elaborar un plan estratégico de recursos humanos para el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad tiene la responsabilidad de articular las políticas que la Constitución y las Leyes determinan en cada una de las materias que son de su competencia, con pleno respeto a las
competencias de las Comunidades Autónomas y desarrollando políticas de coordinación general y de cohesión territorial.


El correcto ejercicio de las competencias en materia de sanidad, servicios sociales e igualdad tiene una enorme importancia para el bienestar del conjunto de la sociedad en un trabajo vinculado y coordinado con las Comunidades Autónomas, en
un marco de lealtad institucional.


Para el desarrollo de dichas funciones y competencias, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad debe disponer de la estructura organizativa más adecuada, así como la dotación de recursos humanos suficientes, con el número de
profesionales necesarios, tanto desde el punto de vista cualitativo como cuantitativo.


En los últimos años y como consecuencia de medidas adoptadas tales como la limitación de la tasa de reposición y otras, la plantilla del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha sufrido una disminución relevante.


Los cambios demográficos, tecnológicos, sociales y económicos hacen que el sistema de bienestar en el que tiene que intervenir el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en el marco de sus competencias, requiera una redefinición
en relación al tipo y cuantía de profesionales que deben conformar sus plantillas.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el plazo máximo de un año y en colaboración con las organizaciones sindicales, proceda a definir un plan estratégico de recursos humanos para el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


Dicho plan estratégico debe permitir potenciar y modernizar la estructura ministerial y definir el número necesario de profesionales y los perfiles competenciales adecuados para el eficaz cumplimiento de sus funciones y competencias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2017.-Jesús María Fernández Díaz, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/001728


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para la
protección socio-laboral de los donantes vivos de un órgano, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El trasplante de órganos entre personas vivas es una técnica ya asentada en el sistema de trasplantes español desde hace unos años. Se trata de personas vivas que ceden en la mayor parte de los casos uno de sus riñones o una parte de su
hígado de manera altruista. Existen también casos de donación de partes de otros órganos, pero son mucho menos frecuentes. En el futuro es previsible que se pueda extender el trasplante entre vivos a otros órganos (es el caso del útero). Los
donantes entre vivos suelen producirse entre familiares o allegados al receptor, existiendo también dos figuras altruistas. La primera es el conocido como cruzado, por el que una persona dona un órgano a un desconocido, a cambio de que un familiar
o un amigo del receptor haga lo mismo con alguien relacionado con el primer donante; y la donación del 'buen samaritano' por la que un voluntario ofrece alguno de sus órganos en vida, no a un familiar o conocido, sino al paciente de la lista de
espera al que más pueda beneficiar o a un trasplante cruzado. Los resultados del trasplante de órganos entre vivos son siempre mejores que los procedentes de fallecidos por la calidad del órgano trasplantado, además de contribuir de manera eficaz a
la siempre escasa disposición de órganos de fallecidos, por más que España disponga del mejor sistema de donación de órganos de fallecidos del mundo.


Según la normativa aplicable (Ley 30/1979 sobre extracción y trasplante de órganos y Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los
órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad) la donación en vida es un procedimiento gratuito que requiere: la mayoría de edad, plenas facultades y buena salud del donante; su consentimiento
debidamente informado, de forma expresa, libre, consciente y desinteresada, ratificado por escrito ante el Juez, presentes los médicos que intervienen en el proceso; informe preceptivo del Comité de Ética; compatibilidad de la extracción con la
vida y la posibilidad de la compensación funcional; que el destino del órgano sea una persona determinada con el propósito de mejorar sustancialmente su pronóstico vital o sus condiciones de vida; así como amplias posibilidades de éxito del
trasplante que habrá de realizarse en centro debidamente autorizado.


Según datos de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), en 2016 las donaciones de donantes vivos fueron alrededor de 400 personas para un trasplante de riñón y 30-40 para el de hígado. Suponían un 11% del total de trasplantes,
apreciándose, después de un crecimiento permanente desde su introducción, un ligero descenso en los dos últimos años.


Esta donación, por definición solidaria y desinteresada, tiene ventajas indudables tanto para el receptor (mayor expectativa de vida, mejor calidad de vida...) como para el sistema (en términos de ahorro para el Sistema Nacional de Salud,
dado el menor coste que tiene un trasplante frente a un tratamiento de diálisis por vida, por ejemplo). En consecuencia, ha de ser promovida y protegida desde los poderes públicos. La propia ONT ha asumido como uno de sus objetivos, desde el Plan
Estratégico Donación 40 (2008), el impulso de la donación entre vivos.


El citado Real Decreto señala que deberá proporcionarse al donante vivo asistencia sanitaria para su restablecimiento y se facilitará su seguimiento clínico en relación con la obtención del órgano. Sin embargo nada regula sobre su
asistencia y protección socio-laboral.


Además de los riesgos sanitarios, que pueden considerarse menores, hay que tener en cuenta las consecuencias para la vida laboral o perjuicios patrimoniales que puede sufrir el donante, al no haber una legislación específica que proteja al
donante vivo.


La incapacidad temporal, según el artículo 169 de la vigente Ley General de la Seguridad Social, requiere la alteración de la salud derivada de enfermedad o accidente. De acuerdo con una interpretación restrictiva, podría entenderse que el
donante, al no estar enfermo previamente ni haber sufrido accidente,



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no reúne tal requisito, con lo que no podría disfrutar de la baja laboral ni la prestación correspondiente, de manera que puede verse obligado a someterse a la extracción durante el período vacacional.


En lo tocante a las consecuencias patrimoniales, se puede tener en cuenta también que el donante en vida frecuentemente sufre el aumento de las primas a la hora de contratar o renovar seguros de asistencia sanitaria, seguros de vida,
préstamo bancarios,...


Todo ello tiene como resultado evidente una clara repercusión negativa en la calidad de vida futura de los donantes en vida y sus entornos familiares; y consecuentemente también, una falta de estímulo a la donación altruista entre vivos,
tan necesaria hoy en España.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las modificaciones legales necesarias para:


- Convertir la extracción de un órgano para donación entre vivos en causa específica de incapacidad temporal para el trabajo, con el consiguiente disfrute de una prestación monetaria de la Seguridad Social durante la extracción del órgano y
la posterior recuperación del donante.


- Garantizar que el cambio en las circunstancias de salud que puede sufrir una persona debido a su condición de donante en vida no conlleve penalizaciones en la contratación o renovación de seguros o préstamos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Jesús María Fernández Díaz, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001732


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el reconocimiento de la sordoceguera y sus necesidades específicas, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


La sordoceguera es una discapacidad que se caracteriza por la combinación de dos deficiencias sensoriales, deficiencia visual y deficiencia auditiva, que produce problemas de comunicación y necesidades únicas en las personas que la padecen.
Según la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas, las personas sordociegas son definidas como: 'Aquellas personas con un deterioro combinado de la vista y el oído que dificulta su acceso a la
información, a la comunicación y a la movilidad. Esta discapacidad afecta gravemente las habilidades diarias necesarias para una vida mínimamente autónoma, requiere servicios especializados, personal específicamente formado para su atención y
métodos especiales de comunicación'.


La sordoceguera no es un término absoluto. Existen personas que poseen diferentes niveles de discapacidad auditiva y visual, que conjuntamente, producen una variabilidad de necesidades muy dispares en todas las actividades básicas de su
vida diaria. De esta combinación de factores, podemos encontrar:


- Las personas con sordoceguera congénita son aquellas que nacen sordociegas o adquieren la sordoceguera en edad muy temprana.


- Las personas con sordoceguera adquirida a su vez se pueden subdividir en tres grupos:


• Personas sordociegas con deficiencia auditiva congénita y una pérdida de visión adquirida durante el transcurso de la vida.



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• Personas sordociegas con una deficiencia visual congénita y una pérdida de audición adquirida durante el transcurso de la vida.


• Personas nacidas sin deficiencias visuales ni auditivas y que sufren una pérdida de audición y de visión durante el transcurso de la vida.


Pese a esta variabilidad, el efecto de incomunicación y desconexión que produce la conjunción de estas deficiencias, en todos sus espectros, supone una grave dificultad para acceder a la información, a la educación, al mercado laboral, e
incluso desarrollar una vida social plena.


En base a todas estas dificultades a las que las personas sordociegas deben hacer frente, en el año 1999 se celebró la XII Conferencia Mundial sobre Sordoceguera de la Dbl. En esta conferencia se hizo un llamamiento a los gobiernos
nacionales de todo el mundo, para que al considerar la definición de las discapacidades y las descripciones de sus distintas categorías, reconozcan la sordoceguera de forma específica.


En nuestro país, sin embargo, las personas con sordoceguera no poseen el apoyo institucional adecuado para garantizar que puedan desarrollar sin complicaciones actividades básicas de su vida diaria.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover y garantizar, con el resto de Administraciones Públicas, los derechos de las personas con sordoceguera en nuestro país, así como el desarrollo de políticas y la instauración de los medios necesarios para que estos consigan su
plena equiparación y participación social.


2. Llevar a cabo las modificaciones legales oportunas a fin de reconocer la sordoceguera como una discapacidad, y que puedan poseer las ayudas precisas reconocidas al respecto por la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación de dependencia, además de contar con la asistencia personal que precisen.


3. Llevar a cabo un estudio, en colaboración con las asociaciones de sordociegos, sobre las necesidades generales de los sordociegos.


4. Ofrecer asesoramiento y orientación a las personas sordociegas, a sus familiares y a profesionales de la Administración, tanto a nivel local, autonómico y nacional, en la búsqueda de soluciones a sus problemas y en el aprovechamiento de
los servicios y recursos existentes.


5. Colaborar, con las Comunidades Autónomas, a la creación de programas educativos, de rehabilitación general y cualquier otro tipo de programa para facilitar el acceso de los sordociegos a la educación, sanidad y mercado laboral.


6. Facilitar el acceso a la información y a la cultura de las personas sordociegas, adaptando las páginas web de la Administración General del Estado y órganos dependientes a sus capacidades comunicativas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Francisco Igea Arisqueta, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/001737


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de la calidad de
vida de las personas que padecen diabetes, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.



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Exposición de motivos


Desde 1980 el número de personas con diabetes casi se ha cuadruplicado. La prevalencia de esta enfermedad está aumentando en todo el mundo, especialmente en los países de ingresos bajos y medios. Aunque las causas de este incremento son
complejas, se debe en parte al aumento del número de personas con sobrepeso u obesidad y a la inactividad física generalizada.


La prevalencia de esta enfermedad en nuestro país en la población adulta ha pasado del 4,1% en 1993 a cerca del 7% en 2014, según los datos publicados en la Encuesta Nacional de Salud de 2014.


Los diferentes tipos de diabetes pueden provocar complicaciones en diversas partes del organismo e incrementar el riesgo de muerte prematura. Existen dos tipos principales de diabetes: la diabetes de tipo 1, que se caracteriza por la falta
de producción de insulina, y la diabetes de tipo 2, que se debe a una utilización ineficaz de la insulina por el organismo. Si bien la diabetes de tipo 2 puede prevenirse, las causas y los factores de riesgo de la diabetes de tipo 1 siguen siendo
desconocidos y las estrategias de prevención no han sido eficaces por el momento.


En abril de 2016, la OMS publicó el Informe mundial sobre la diabetes, en el que se hizo un llamamiento a la acción para reducir la exposición a los factores de riesgo conocidos de la diabetes de tipo 2 y mejorar el acceso y la calidad de la
atención sanitaria para las personas que sufren la enfermedad en cualquiera de sus variantes.


Se han conseguido numerosos avances en la lucha contra esta enfermedad. Con hábitos de vida saludables se puede prevenir hasta el 70% de la diabetes tipo 2, que representa en torno al 90% de los casos mundiales de diabetes. Es por ello,
que la Estrategia en Diabetes del Sistema Nacional de Salud, actualizada en 2012, proporciona un marco de referencia en el conjunto del sistema sanitario, con el objetivo de reducir la incidencia de esta enfermedad, promover políticas de promoción
de la salud y prevención, garantizar una atención integral de calidad y en condiciones de equidad en todo el territorio nacional y mejorar la calidad de vida de los pacientes.


Asimismo, los factores de riesgo de la diabetes son comunes a los del resto de enfermedades crónicas. Por ello, es fundamental abordarlos de forma integral a través de la Estrategia de Abordaje de la Cronicidad, que establece actuaciones de
mejora en la prevención y en la eficiencia. No debe olvidarse que los factores más ligados al aumento de casos de diabetes han sido la obesidad, el sobrepeso y el sedentarismo, aunque la tendencia de los últimos años es descendiente.


Por todo lo expuesto, se hace necesario seguir trabajando en la mejora de la calidad de vida de las personas que padecen esta enfermedad, en su prevención, en el tratamiento y también en la formación de éstos y sus familias para un correcto
seguimiento y para evitar posteriores complicaciones, como pueden ser la ceguera, el tratamiento sustitutivo renal y las amputaciones en los países occidentales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Evaluar y revisar la Estrategia en Diabetes, en colaboración con las Administraciones territoriales, asociaciones de diabéticos y las sociedades científicas relacionadas.


2. Promover en el ámbito de la Educación para la Salud, programas específicos informativos y formativos sobre la diabetes, tanto para los pacientes como sus familiares.


3. Impulsar desde edades tempranas programas de prevención y protocolos de actuación en los centros escolares.


4. Seguir promoviendo la formación continua en el ámbito de la diabetes para los profesionales tanto de atención primaria como especializada.


5. Intensificar las labores de investigación a todos los niveles (promoción de la salud, epidemiología, investigación básica, clínica y asistencial).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/001743


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, Diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la creación de un Plan nacional de prevención contra el suicidio, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


El suicidio es, además de un drama personal y familiar, un importante problema de salud pública. El Instituto Nacional de Estadística sitúa en 3910 la cifra de las personas que fallecieron en España como consecuencia de suicidio, 2938
hombres y 972 mujeres, en 2014, último año del que se han ofrecido datos. No obstante, en 2015 si bien el suicidio se mantuvo como la primera causa de muerte externa, con 3.602 fallecimientos estimados, 2.680 hombres y 922 mujeres, puede apreciarse
una ligera pero importante disminución en el número de muertes, que puede deberse a las diferentes acciones preventivas que se están realizando en España a nivel autonómico y local.


La relevancia de estas cifras es tal que baste compararlas con el número de fallecidos por accidente de tráfico en 2015, 1.880 personas. A nivel mundial, según estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en torno a 800.000
personas se suicidan todos los años, que también apunta que estos datos podrían multiplicarse hasta por 20 para obtener el número de intentos. Es decir, se trata de un problema que produce no solo muertes, sino graves consecuencias físicas y
emocionales derivadas de los intentos autolíticos. Se calcula que un suicidio tiene un serio impacto sobre, al menos, otras 6 personas y que en el caso de jóvenes, este impacto es mucho mayor.


En los últimos años se multiplican las iniciativas para prevenir los suicidios, encabezadas por la Organización Mundial de la Salud, que ya en 1999 lanzó el programa SUPRE (Suicide Prevention/Prevención del Suicidio).


En España son varias las Comunidades Autónomas que cuentan con documentos encaminados a la prevención del suicidio y el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad publicó en 2011 la 'Guía de Práctica Clínica de Prevención y
Tratamiento de la Conducta Suicida' orientada al ámbito sanitario.


El fenómeno del suicidio requiere para su correcto abordaje la atención tanto de diferentes administraciones públicas -no sólo sanitarias- como de las organizaciones de la sociedad civil. En concreto, en España la Asociación Internacional
del Teléfono de la Esperanza (ASITES) lleva más de 45 años trabajando activamente en diversos programas tanto de prevención de la conducta suicida como de intervención ante la misma, liderando y colaborando en diferentes protocolos junto a
diferentes administraciones públicas, como son el Gobierno de Navarra, el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Málaga, entre otras.


Diversas investigaciones indican que la prevención del suicidio requiere una serie de actividades que van desde la provisión de las mejores condiciones posibles para la educación de jóvenes y niños y el tratamiento eficaz de los trastornos
mentales, hasta el control rnedioambiental de los factores de riesgo. Por tanto, es necesaria la colaboración y coordinación de distintas instituciones para hacer frente a este importante problema social y de salud. La comunicación. apropiada de
información y la sensibilización del problema son igualmente necesarias para el éxito de los programas de prevención.


Pero todavía la prevención del suicidio es un campo en el que la evidencia científica sobre los programas más eficaces es escasa. Por ello, las propuestas de abordaje de este fenómeno deben ser abiertas y en gran parte dirigidas a aumentar
nuestro conocimiento, tanto de las conductas suicidas en nuestro entorno, como de los más eficaces protocolos de prevención. Cabe pensar, en todo caso, que la coordinación y colaboración entre las distintas instancias implicadas en la atención a la
población de riesgo no puede sino aumentar la eficacia de las acciones preventivas y de la respuesta dada a cada situación. Y es que, si bien no hay evidencia sobre la eficacia diferencial de los distintos programas preventivos, se sabe que en los
países en los que se han desarrollado políticas de prevención, es decir, políticas encaminadas a impedir el acto suicida, las tasas de suicidio han descendido claramente.


Sin embargo, y a pesar de la recomendación de la OMS la cual, en su primer informe global sobre el suicidio de 2014, reseñaba que 'una manera sistemática de dar una respuesta nacional al suicidio es



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establecer una estrategia nacional de prevención', España todavía no ha desarrollado ninguna estrategia ni plan nacional e interestatal al respecto.


Por todo lo expuesto, se propone la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión Nacional de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a desarrollar, en el plazo de seis meses, un Plan Nacional de Prevención contra el Suicidio con medidas, políticas y programas
concretos actualmente inexistentes en España, con especial incidencia en la población adolescente y anciana así como en las personas que presentan algún trastorno mental, proporcionando pautas prácticas de actuación a educadores, familiares, agentes
sociales, cuidadores y profesionales sanitarios, difundiendo una información veraz y científica permitiendo, a su vez, la disminución del estigma asociado al suicidio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Íñigo Jesús Alli Martínez y Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputados.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al cribado neonatal de
inmunodeficiencias combinadas graves, para su debate en Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


Las inmunodeficiencias primarias (IDP) son un grupo de más de 300 enfermedades causadas por defectos heredados de componentes del sistema inmunitario. La inmunodeficiencia combinada grave (IDCG) es la forma más grave de la IDP y constituye
una urgencia pediátrica. Como consecuencia, los pacientes sufren infecciones graves por bacterias, virus y hongos. Los pacientes son generalmente asintomáticos hasta la edad de 2 a 6 meses y hasta un 35% de los pacientes fallecen en el primer
episodio.


Las inmunodeficiencias combinadas graves son una de las enfermedades con peores consecuencias para los niños si no se responde con agilidad. El trasplante de precursores hematopoyéticos o células madre de la sangre puede mejorar mucho su
tratamiento pero debe realizarse en las fases iniciales de la enfermedad.


Los programas de cribado neonatal constituyen uno de los pilares fundamentales dentro de las actuaciones de prevención en materia de Salud Pública. El cribado se puede definir como la aplicación de procedimientos de selección a poblaciones
de individuos aparentemente sanos con el objeto de identificar a aquellos que pueden estar enfermos o que presentan un riesgo de padecer una determinada enfermedad. El cribado neonatal tiene como finalidad identificar en los recién nacidos, antes
de que empiecen los síntomas una serie de enfermedades que de no tratarse precozmente pueden producir graves consecuencias.


Actualmente existe un cribado neonatal o prueba del talón que es un análisis de sangre que pretende un diagnóstico muy precoz de enfermedades que tienen muy buen pronóstico si se detectan pronto, como hipotiroidismo, fenilcetonuria, fibrosis
quística, etc.


La prevalencia de las inmunodeficiencias combinadas graves es muy difícil de estimar, pues muchas de ellas no están diagnosticadas, lo que supone un gran problema, dado que la detección tardía provoca infecciones atípicas, invasivas,
recurrentes y potencialmente letales que además suponen un enorme gasto para el sistema sanitario.


La IDCG cumple los criterios para ser incluida en el programa de cribado neonatal dado que comprende un grupo de IDP con un grado de prevalencia muy superior al de la mayoría de enfermedades actualmente



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incluidas en el cribado ampliado que llevan a cabo diversas comunidades autónomas, por lo que sería conveniente su inclusión en el programa de cribado neonatal de la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en consenso con las Comunidades Autónomas, a incluir en la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud el cribado neonatal de inmunodeficiencias combinadas graves (IDCG).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001770


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley en
relación con la clasificación VIH como infecto-transmisible y la igualdad de derechos en la función pública, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) es un lentivirus (un subgrupo de los retrovirus) que causa la infección por VIH y con el tiempo el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida). El VIH sólo se puede transmitir a través del
contacto entre fluidos corporales que poseen una alta concentración viral. El virus no se transmite de manera casual. De acuerdo con los CDC (Centros para el control y la prevención de enfermedades) de Estados Unidos, no se han encontrado casos en
que abrazos, besos secos o saludos con las manos hayan sido causantes de infección. El virus ha sido aislado en la saliva, las lágrimas, la orina, el semen, el líquido preseminal, los fluidos vaginales, el líquido amniótico, la leche materna, el
líquido cefalorraquídeo y la sangre, entre otros fluidos corporales humanos. Las tres principales formas de transmisión son la sexual (contacto sexual sin protección), la sanguínea (intercambio del virus a través de la sangre o derivados, sea por
uso compartido de jeringuillas u otros instrumentos punzantes, incluidos piercings y tatuajes, accidentes por punción y uso de derivados sanguíneos contaminados) y la perinatal (madre a hijo/a). En los tres casos existen mecanismos eficaces para
evitar la transmisión del virus. No se produce una contagiosidad del virus de manera natural o generalizada y el riesgo de transmisión se reduce prácticamente a cero cuando se adoptan las estrategias de prevención individuales y comunitarias
existentes para cada una de las tres vías de transmisión.


El Grupo Español de Estudio del SIDA (Gesida) ha hecho un llamamiento a los grupos parlamentarios para que la enfermedad pase a estar considerada como infecto-transmisible en lugar de infecto-contagiosa. Una enfermedad infecto-contagiosa se
transmite por contagio directo cuando se toca a la persona enferma o por las gotitas de Flügge, que el enfermo elimina al hablar, al toser, al estornudar. La gripe por ejemplo es una enfermedad infecto contagiosa. Por eso es la principal causa de
baja laboral de nuestro país. La tuberculosis también lo es.


El VIH está clasificado como enfermedad infecto contagiosa y sin embargo no lo es, por las razones expuestas. Y esto discrimina a los portadores del virus indefectiblemente. Entre otras muchas cosas porque, aunque esté médicamente tratado
y se encuentre en buenas condiciones físicas y psíquicas, no puede acceder a determinados trabajos en la administración pública porque las normas de aceptación así lo especifica. Un portador de VIH no puede ser policía, no puede ser militar, no
puede ser guardia civil y tampoco puede ser funcionario de prisiones.


Además hay que destacar que las personas seropositivas tienen también dificultades y se les excluye en ocasiones del acceso a determinados servicios públicos como son gimnasios, centros de día, residencias de mayores, etc.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revisar toda la normativa sanitaria y de función pública existente con el objeto de que la infección por VIH pase a estar considerada como enfermedad o infección infecto-transmisible en lugar de infecto-contagiosa.


2. Adoptar todas las medidas necesarias para evitar que la infección por VIH constituya una causa genérica de exclusión del acceso, promoción o traslado en la función pública; valorando las características del puesto de trabajo y las
condiciones individuales de cada persona en su caso, y adoptando todas las medidas preventivas disponibles con el objeto de preservar la igualdad de derechos de las personas portadoras del virus.


3. Adoptar las medidas necesarias para evitar que la condición de seropositividad sea causa de exclusión para el uso de determinados servicios públicos como gimnasios, centros de día, residencias de mayores, etc.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2017.-Antonio Hurtado Zurera, Jesús María Fernández Díaz y María Jesús Serrano Jiménez, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001775


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el etiquetado
y comercialización de pan obtenido mediante harinas refinadas blancas bajo la denominación de 'pan integral', para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Exposición de motivos


El pan integral está elaborado con harina no refinada, sal, agua y levadura activa y posee una gran cantidad de fibra dietética. Su principal ingrediente es la harina no refinada, eso quiere decir que la harina se obtiene del grano entero
del trigo, cebada o centeno, entre otros. El grano completo molido aporta el salvado, el germen y el endospermo.


El salvado posee fibra, vitaminas del grupo B y minerales en abundancia. El germen es rico en proteína vitaminas del grupo E, ácidos grasos y magnesio. Mientras que el endospermo es puramente almidón y por tanto tiene glucosa y cierto
nivel de proteína. Así pues, si se consigue una harina con estos tres componentes (salvado, germen y endospermo) y se hace una masa para que posteriormente sea fermentada y horneada, se obtendrá pan integral.


El pan integral conserva todos los nutrientes antes descritos propios del salvado, germen y endospermo, además de que su aporte de fibra logre retrasar la absorción de azúcares, de modo que no suban tanto los niveles de glucosa en nuestra
sangre y evitando forzar el páncreas a fabricar insulina. Numerosos expertos en nutrición avalan el consumo de pan integral ante los altos niveles de azúcar de nuestro organismo a raíz de una dieta descompensada.


El pan blanco, por su parte se obtiene mediante la separación de las tres partes del grano mediante un proceso de filtrado y tamizado que lleva a la obtención de la harina blanca o refinada. Es harina de color blanco ya que solamente
contiene endospermo, mayoritariamente almidón, y es la base del pan blanco. Éste es considerado por un creciente número de nutricionistas una de las causas de la obesidad.


El mayor valor nutritivo e idoneidad glucémica del pan blanco pasaron desapercibidos hasta la segunda mitad del siglo XX. Sin embargo existe una razón de fondo para que la industria panadera se inclinara por la producción industrial del pan
blanco frente al pan integral, su mayor y mejor conservación.



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Un hecho que contrasta con los nuevos hábitos de consumo alimentario de la sociedad basados en productos más sanos y más naturales y en el que se ha producido un aumento de la demanda y consumo de pan integral. Este aumento de la demanda,
sin embargo, ha sido respondido por las grandes superficies mediante la comercialización de pan obtenido mediante harinas refinadas blanca bajo la etiqueta de 'pan integral'.


Este falso pan integral se obtiene mediante el aumento de la proporción de fibra en la harina una vez refinada, con la intención de disminuir el impacto del almidón en la harina refinada y la posterior subida de los niveles de azúcar en la
sangre. Sin embargo, en ningún caso se puede considerar pan integral ya que la ausencia del germen elimina las numerosas enzimas que contiene.


El falso pan integral, tendrá no obstante un porcentaje de fibra vegetal cercano al 11%, muy por encima del 3% del pan blanco, pero sin embargo su nivel de lípidos será cercano al 1%, mientras que el pan integral auténtico estará próximo al
3%.


En la legislación española la denominación de la harina integral queda contemplada en el artículo 2.5 del Real Decreto 1286/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y
comercio de las harinas y sémolas de trigo y otros productos de su molienda, para consumo humano.


Mientras que la definición del pan integral queda comprendida en el artículo 7.1 del Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y
Panes Especiales. Sin embargo, esta legislación parece no importar a los fabricantes y distribuidoras que comercializan pan enriquecido como falso pan integral y en el etiquetado de dicho producto consta como pan integral.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Instar a la Comisión Europea y a las instancias europeas oportunas para la modificación del reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor para que los fabricantes, productores distribuidores e importadores de pan
enriquecido deban informar del contenido de este producto en sus envases o etiquetas de una manera legible y visual sin poder utilizar, en ningún caso, la distinción de pan integral.


2. Colaborar con las Comunidades Autónomas, respetando en todo caso el actual marco de distribución de competencias, a fin de facilitarles la labor de investigación de comercialización de pan enriquecido como pan integral.


3. Llevar a cabo las actuaciones oportunas, en colaboración con las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias, para velar que la publicidad de pan enriquecido no pueda realizarse utilizando la distinción de pan integral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Comisión de Cultura


161/001734


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la declaración del año 2017 como
'Año de Azorín', para su debate en la Comisión de Cultura.



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Exposición de motivos


José Martínez Ruiz, Azorín, nació en Monóvar (Alicante), el día 8 de junio de 1873 y murió, en Madrid, el 2 de marzo de 1967. Sus restos mortales descansan, desde el 9 de junio de 1990, en el Panteón de Hijos Ilustres de la Ciudad de
Monóvar.


Azorín, en 1888 se traslada a Valencia, donde cursa estudios de Derecho. En 1896, se instaló en Madrid, iniciándose como articulista de El País. En 1897 publica Charivari y traslada una semblanza corrosiva del ambiente vivido a su llegada
a la Capital de España. Más tarde, se incorpora a El Progreso. En esa época, era un defensor del anarquismo de ideas.


En 1904 escribió Las confesiones de un pequeño filósofo, y, simultáneamente, como cronista del Diario España, analizó las Cortes Españolas haciendo una valiosísima aportación al periodismo del siglo XX con sus 'Impresiones Parlamentarias' en
las que se refiere a las políticas de los primeros años del reinado de Alfonso XIII.


En 1905, con el artículo 'Confesión de un autor', publicado en el periódico España, inicia una nueva etapa en su trayectoria literaria. Utilizando por primera vez del seudónimo Azorín publica uno de sus libros más importantes Los Pueblos.
Ya en El imparcial, y gozando de ganada fama, escribe La Ruta de Don Quijote, coincidiendo con el tricentenario de la publicación cervantina.


En 1907 se asienta en el plano político y crítico con el apoyo de Antonio Maura. Es elegido Diputado a Cortes por el distrito de Purchena (Almería). Diez años más tarde, es elegido Diputado por tercera vez y es designado Subsecretario del
Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes. Fue Diputado hasta en cinco ocasiones.


El 16 de octubre de 1924, bajo la presidencia de don Antonio Maura, Azorín, ingresa y se convierte en miembro de pleno derecho de la Real Academia de la Lengua Española. Ocupó la Silla de la letra P hasta 1967.


En 1936 inicia su largo y penoso exilio en París, junto a Baroja, Ortega, Marañón, Ayala y Menéndez Pidal entre otros. Vuelve a España en 1939.


Azorín publicó además de libros, novelas y ensayos, más de 6.000 artículos y colaboraciones periodísticas tanto en la prensa nacional como en la prensa extranjera de su época.


La Casa Museo Azorín, de la Fundación Caja Mediterráneo, ha contribuido enormemente a extender el conocimiento de su figura gracias a que atesora innumerables recuerdos y una magnífica biblioteca, que es visitada por eruditos de todo el
mundo.


Les Corts Valencianes no han sido ajenas a los homenajes que, a través de los años, se han ofrecido a este insigne literato.


A Azorín le fueron concedidas, entre otras las siguientes distinciones: Gran Cruz de Isabel la Católica; Gran Cruz de la Orden de Alfonso X El Sabio y la Medalla de Oro de Madrid.


Ahora, en 2017, se cumplen cincuenta años de su muerte y es el momento de homenajear nuevamente a quien es el legítimo representante de la Generación del 98, declarando el 2017 'Año Azorín', así como la publicación de algunas de sus obras y
la celebración de diversos actos culturales.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Declarar el año 2017 como 'Año Azorín' coincidiendo con la conmemoración del cincuenta aniversario de la muerte del insigne escritor.


2. Colaborar, con la Casa Museo Azorín, perteneciente a la Fundación Caja Mediterráneo, la Excelentísima Diputación de Alicante y el Excmo. Ayuntamiento de Monóvar y, en su caso, de la Generalitat Valenciana, en los actos conmemorativos
que se lleven a cabo para la difusión de la obra de José Martínez Ruiz, 'Azorín', dentro del marco de la disponibilidad presupuestaria.


3. Colaborar con el Congreso de los Diputados a la edición de la reproducción de El Político y de Parlamentarismo Español, obras de Azorín, de 1908 y 1916 respectivamente, para su divulgación en las bibliotecas públicas del Estado.


4. Que de la adopción de este acuerdo se informe, para su conocimiento y efectos oportunos, a Presidencia de la Generalitat Valenciana, a Presidencia de la Excma. Diputación de Alicante, a los



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ayuntamientos de Monóvar, Petrer, Yacía, Sorbas, Purchena y Almería, así como a la Casa Museo Azorín.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión para el Estudio del Cambio Climático


161/001745


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de aprobación de un Plan Renove de electrodomésticos
eficientes, para su debate en Comisión para el Estudio del Cambio Climático.


Exposición de motivos


España tiene importantes retos en el necesario ahorro energético e hídrico, además de en el aumento de sus objetivos de recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos si quiere cumplir sus objetivos impuestos por Europa. El
sector de los electrodomésticos, de alta cualificación e importante volumen tiene un enorme potencial latente de ahorro energético. Considerando que en España hay unos 18 millones de hogares y que de media hay 5 aparatos electrodomésticos por
hogar, obtenemos un parque de electrodomésticos de 90 millones de aparatos de los cuales, estudios de la Federación Española de Comerciantes de Electrodomésticos (FECE) estiman que un 37% tienen más de 10 años de antigüedad.


Debido a la crisis, no se han cumplido los ratios normales de renovación, existiendo una gran demanda embalsada, con el consiguiente gasto de electricidad y agua. Para valorar la importante caída en más de un 50%, del mercado de
electrodomésticos de línea blanca en España durante la crisis, podemos comparar el cierre del año 2013 con un volumen total de poco más de cinco millones de unidades vendidas (5.023.900), con la venta que se obtuvo en el año 2006 de algo más de 10
millones de unidades (10.004.845).


Ha sido un sector duramente golpeado por la crisis con graves consecuencias para: i) el empleo, con la pérdida de 8.500 empleos solo en la distribución y 2.800 empleos directos en los productores; ii) la competitividad, este es un sector
exportador, con una fabricación que supera al consumo en territorio nacional. Especializado en el desarrollo de nuevas tecnologías, desarrollo y producción de electrodomésticos de alta eficiencia energética, como medio para evitar la
deslocalización entre el 70 y el 80% de los electrodomésticos fabricados actualmente en España son de alta clasificación energética (A++ y A+++); iii) la eficiencia energética, los hogares son responsables del 18% aproximadamente del consumo
energético total en España. Un hogar medio gasta unos 4.000 kW al año y la mitad de ese consumo corresponde a los electrodomésticos. Un frigorífico combi A+++ puede suponer hasta 211 euros de ahorro anual en la factura de la luz, y una lavadora
A+++ hasta 4.840 litros de ahorro al año, con respecto a los modelos antiguos; iv) el incumplimiento de otros objetivos medioambientales como recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, ya que al no haber reposición, no se genera el
residuo en cantidad suficiente, y al no haber plan Renove, que obliga a la entrega del antiguo para beneficiarse de la bonificación, no se está reciclando el aparato antiguo sino que se conserva para una segunda vivienda, se regala etc., y v) el
coste para las familias dados los incrementos del coste de la energía.


En este contexto se considera muy favorable recuperar medidas de estímulo de la demanda de electrodomésticos, mediante Planes de Renovación e Incentivación de Electrodomésticos Eficientes similares en su operativa a los exitosos Planes PIVE
en el sector del automóvil.


Estos planes de incentivos a la compra de bienes nuevos a cambio de la entrega de otro de cierta antigüedad, a su claro componente medioambiental, unen otros muchos aspectos muy positivos, destacando su contribución: i) al mantenimiento y
creación de empleo, dado que el aumento de demanda que conlleva un Plan Renove genera un efecto multiplicador en sectores relacionados que permitirá mantener el tejido empresarial de plantas de producción (5.987 empleos directos) y distribución



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(276.148 empleos directos, incluido gran distribución), ii) a la mejora de la eficiencia energética, con un sensible ahorro de energía eléctrica y también hídrica ya que los productos eficientes consiguen un importante ahorro en energía
eléctrica en los hogares, existen estimaciones de un ahorro anual de más de 175 millones de euros, iii) a la recaudación fiscal por vía de los impuestos directos e indirectos, iv) al cumplimiento de objetivos medioambientales con un importante
incremento de la recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, efecto acreditado por planes anteriores (más de un 40%), esencial para el cumplimento de los objetivos de recogida impuestos por Europa. Dada la obligatoriedad de aportar
el aparato antiguo para beneficiarse del Plan, y la trazabilidad inherente a dicha entrega, se ayudará sensiblemente al cumplimiento de los objetivos impuestos por Europa en lo relativo a la gestión de estos residuos, corno ya ha quedado acreditado
con los Planes Renove anteriores.


También se conseguiría fomentar la cultura de la etiqueta energética como herramienta para el consumidor, un acercamiento a tasas europeas de antigüedad de electrodomésticos y la mejora de la posición respecto al resto de países en relación
con el cumplimiento de las obligaciones y objetivos en materia de eficiencia energética.


Por último, un plan Renove de estas características no supone un mayor gasto público. Dado que la ayuda a la compra de un electrodoméstico nuevo se fija por debajo del IVA, la recaudación del impuesto indirecto cubre la propia medida. Un
nuevo plan Renove con un crédito de 47,4 millones reportarían a la Administración Pública un retorno teórico de más de 50 millones de euros en IVA y otros impuestos. Con esta inversión se podrían sustituir alrededor de 500.000 electrodomésticos
antiguos por nuevos de alta eficiencia energética.


Entre 2005 y 2010 se destinaron 282 millones de euros anuales a la mejora de la eficiencia energética del parque de electrodomésticos, sustituyendo 3.907.745 de electrodomésticos. Esto supone un coste de unos 70 euros por aparato. Según
IDAE los ahorros directos e indirectos logrados con estos planes Renove fueron de 470 ktep de energía final y 1.086 ktep de energía primaria. Traducido a euros (a 0,789728 millones de euros por ktep) representan un ahorro de unos 1.229 millones de
euros, a lo que hay que sumar un ahorro de 2.217 ktCO2 con un valor de 15,5 millones de euros.


A pesar que el Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020 contaba con mantener planes Renove de electrodomésticos hasta 2020 y que estos probaron ser una inversión muy beneficiosa, desde hace estos no han vuelto a reeditarse
salvo excepcionalmente en Extremadura y País Vasco.


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha en el plazo de tres meses un nuevo Plan Renove de Electrodomésticos a nivel nacional, a través del IDAE en colaboración con las comunidades autónomas, para la sustitución de
500.000 electrodomésticos anuales por otros nuevos, del mismo tipo y superior eficiencia energética.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de marzo de 2017.-José Luis Martínez González y Antonio Cantó García del Moral, Diputados.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001762


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión para el Estudio del Cambio Climático, relativa a la promoción del Empleo Verde para cumplir el objetivo de descarbonización de la economía.


Exposición de motivos


El desempleo es uno de los principales problemas de la sociedad española. Con más de cuatro millones de personas desempleadas las políticas de fomento del empleo y reactivación de la economía



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sólo pueden ser calificadas de fracaso. La mayor parte del empleo generado en España es temporal, precario, y mal pagado. En España el 14% de quienes trabajan son pobres a pesar de tener un empleo. Según la Comisión Europea el SMI español
no garantiza una vida digna.


Nuestro modelo productivo ineficiente y contaminante, es incapaz de generar empleos estables, de calidad y con valor añadido. El sector primario sigue su declive, la industria está desapareciendo lentamente, obsoleta y arrastrada por la
crisis de sobreproducción global, la construcción sigue pagando las consecuencias de la burbuja inmobiliaria y el sector servicios en general se caracteriza por su precariedad y sus malos salarios. Las sucesivas reformas laborales han resultado ser
un fracaso en términos de creación y mejora de la calidad del empleo. Ni la flexibilización del mercado ni el abaratamiento del despido han servido para mejorar la empleabilidad ni las oportunidades laborales.


Las instituciones públicas, y en especial el gobierno, deben liderar la creación de empleo. Las políticas activas de empleo han de ser uno de los instrumentos para transformar el modelo productivo, apostando por sectores de alto valor
añadido que generen más riqueza -económica, social y ecológica- y también empleos de mayor calidad.


Por otra parte el cumplimiento de los acuerdos internacionales de lucha contra el cambio climático exige a España la descarbonización de su economía para 2050 como único camino para lograr el objetivo de mantener el aumento de la temperatura
global por debajo de 1,5 ºC.


Esto supone una gran oportunidad para lanzar un gran plan de empleo verde en nuestro país que transforme nuestro modelo productivo para adaptarlo a un mundo dominado por la escasez energética y el cambio climático. Una financiación
público-privada liderada por las instituciones permitiría avanzar hacia una economía verde, así como luchar de forma eficaz contra el desempleo. Diversos estudios y publicaciones constatan que las inversiones en una economía sostenible crean y
sostienen gran cantidad de puestos de trabajo, tanto en sectores emergentes como tradicionales.


Podríamos definir los empleos verdes como aquellos que 'reducen el impacto ambiental de las empresas y los sectores económicos hasta alcanzar niveles sostenibles, ayudan a reducir el consumo de energía, materias primas y agua mediante la
eficiencia, contribuyen a la descarbonización de la economía y a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, a minimizar o evitar por completo todas las formas de contaminación y a proteger y restablecer los ecosistemas y la
biodiversidad'. En definitiva, un empleo verde es cualquier actividad profesional que ayude a proteger el medio ambiente y combatir el cambio climático ahorrando energía y materias primas, fomentando las energías renovables, reduciendo los desechos
y la polución, o protegiendo nuestros espacios naturales'. En general, se trata de actividades que permitirán ir cumpliendo de forma paulatina con los principios de la transición verde de la economía para acoplar nuestro desarrollo y necesidades a
los límites físicos del Planeta.


La Organización Internacional del Trabajo en su informe 'Empleos Verdes para un desarrollo sostenible. El caso español' estima que con las políticas y las medidas adecuadas se podrían crear hasta 2 millones de empleos verdes en España.


Así, en primer lugar la transición energética hacia las renovables es el gran reto para reducir nuestra dependencia de las energías fósiles, y es también la mayor fuente de creación de empleo hoy en día en España. Un Plan de ámbito estatal
que movilice una inversión público-privada equivalente a un 1,5 anual del PIB durante veinte años en los campos del ahorro y la eficiencia energética, y en el impulso de las energías renovables, supondría la creación de 300.000 empleos estables en
el primer año de funcionamiento, que llegarían a los 400.000 en la fase final. Alemania es un ejemplo: 210.000 empleos netos creados entre 2004 y 2010, según datos del propio Gobierno alemán, gracias a su Plan de Reconversión Energética, y que al
mismo tiempo lidera el ranking de eficiencia energética entre las 16 economías más desarrolladas del planeta.


Además tenernos también importantes retos en el sector agropecuario, responsable del 20% de los Gases de Efecto Invernadero emitidos por nuestro modelo productivo, y que constituye otro sector clave en la creación de empleo. Una apuesta
decidida por la agroecología supondría incrementar entre un 20-30% la mano de obra empleada, a la vez que se mejoraría la calidad y seguridad de los alimentos. Si a esto le sumamos la potenciación de los circuitos locales de comercialización de los
productos agropecuarios los empleos indirectos se incrementarían generando riqueza local.


En lo que se refiere al sector del transporte, un aumento del 31% en las redes de transporte sostenibles crearía unos 150.000 empleos adicionales. En materia de gestión de residuos, sucesivos informes de la Comisión Europea avalan que el
reciclaje genera hasta diez veces más empleos y con mejor salario que su vertido o su incineración, y que un uso más eficiente de las materias primas y la energía presenta un



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potencial de ahorro de hasta 630 billones de euros anuales para la industria europea, con el consiguiente impacto en su competitividad.


Sin embargo, solo será posible crear empleos verdes y mantenerlos a largo plazo si las políticas que fomentan una transición verde son estables y adecuadas. Es por ello que se necesita el compromiso del Gobierno para cumplir con el Acuerdo
de París sobre el clima, y para que el cambio de modelo productivo hacia sectores sostenibles sea una prioridad en la política económica y de empleo del Gobierno a lo largo de los próximos años.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner en marcha un plan de transición energética basado en la eficiencia y las energías renovables, encaminado a reducir drásticamente la dependencia de España de las energías fósiles, y a la descarbonización de la economía en
cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París.


2. Analizar los mecanismos de financiación público-privados más adecuados para llevar a cabo el plan de transición energética y el plan nacional de empleos verdes.


3. Impulsar la convergencia de la presión fiscal medioambiental española (1,6% del PIB) hacia la media de la Unión Europea (2,4% del PIB), dirigiendo ese esfuerzo fiscal adicional a financiar el desarrollo de sectores sostenibles que
permitan transformar nuestro sistema productivo.


4. Asegurar que el plan de transición energética y el desarrollo de los sectores económicos emergentes ofrece oportunidades justas a todas las personas: jóvenes y mayores, hombres y mujeres, con mayor o menor formación, personas
desempleadas o empleadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-María Rosa Martínez Rodríguez, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001763


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión para el Estudio del Cambio Climático, relativa a un Plan de Transición Energética para el cumplimiento de los Acuerdos del Clima de París.


Exposición de motivos


La firma y posterior entrada en vigor del Acuerdo de París abre un nuevo ciclo en lo referente a la acción climática. El objetivo de mantener el aumento de la temperatura global por debajo de 1,5 ºC a final de siglo necesita del compromiso
y de la acción decidida de todos los países firmantes para hacer efectivos los acuerdos y objetivos alcanzados.


En España al menos el 70% de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero tiene su origen en el sector energético, destacando el transporte (24%) y la generación de electricidad (24%). El cumplimiento de los acuerdos internacionales de
lucha contra el cambio climático, y más en concreto el Acuerdo de París, pasa irremediablemente por intervenir en el sector energético para reducir sus emisiones. Es necesario por lo tanto iniciar una transición hacia un modelo energético basado en
la eficiencia energética y las energías renovables. Además, la transición energética posee la capacidad de actuar como motor de cambio de nuestro actual modelo productivo y de crear numerosos puestos de trabajo.


El nuevo modelo energético ha de tener dos características fundamentales: en primer lugar, mediante una combinación de ahorro y eficiencia energética debe reducir drásticamente los niveles de consumo de energía primaria. En segundo lugar,
la energía que siga siendo requerida debe ser generada



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mayoritariamente con energías renovables. El objetivo último y de largo plazo de esta transición energética debe ser la descarbonización y soberanía energética de la economía española.


La reducción del consumo de energía primaria puede suponer importantes ahorros y beneficios económicos para el Estado. En 2015, y a pesar de la importante bajada del precio del petróleo, la balanza comercial ha tenido un déficit de 24.000
millones de euros. Pero si descontásemos la compra de combustibles al exterior nos encontraríamos con un superávit de 1.900 millones de euros.


El sector de la edificación es esencial cuando se habla de ahorrar energía. La rehabilitación energética de edificios puede suponer ahorros superiores al 80%, generando al mismo tiempo puestos de trabajo de calidad que podrán ocupar
aquellos trabajadores que fueron expulsados del mercado laboral tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria. La Agencia Internacional de Energía estima que el sector de edificación sólo ha desarrollado un 20% del potencial de ahorro disponible.


El sector del transporte requiere también de un plan estratégico de movilidad sostenible que apueste por el transporte no motorizado, el transporte público y la movilidad compartida para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero
asociadas al mismo.


El sector industrial debe emprender un cambio de modelo, optando por métodos productivos que sean menos intensivos en energía, siempre que sea posible, los combustibles fósiles por electricidad de origen renovable. Además, el uso de la
cogeneración permite un ahorro importante en la energía primaria necesaria en procesos industriales. Estas técnicas son aplicables también en edificación para sistemas de calefacción de distrito.


Por supuesto, el sector eléctrico es fundamental en este plan y un ejemplo paradigmático de las posibilidades de la transición energética puesto que resulta técnicamente posible su completa descarbonización: para ello es necesario el
fomento activo de la instalación de nueva potencia renovable, el cierre progresivo de las centrales nucleares y de carbón mediante un proceso de transición justa que evite la pérdida de puestos de trabajo, y un cambio en el marco regulatorio que
retribuya las fuentes de energía en base a sus costes reales de producción, relegue las fuentes no renovables a un papel de apoyo y acabe con las prácticas oligopólicas y las ayudas directas e indirectas a los combustibles fósiles.


En particular, el autoconsumo supone una oportunidad excepcional para aumentar la generación de electricidad renovable en nuestro país con todas las ventajas asociadas a ello (disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero, la
reducción de importaciones de combustibles fósiles y la reactivación del mercado laboral en este sector). Pero además, el autoconsumo tiene asociadas una serie de ventajas propias como son un significativo ahorro de energía, ya que la producción de
electricidad tiene lugar muy próxima a su consumo; la democratización del sistema eléctrico ligada al aumento del número de generadores particulares; y la concienciación de los ciudadanos, que se convierten al mismo tiempo en productores de la
energía que consumen.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Plan de Transición Energética que considere al menos los siguientes elementos:


1. Plan de Ahorro Energético orientado a la mejora de la eficiencia energética en edificios, pero también en el transporte, la industria y los sistemas de distribución eléctrica. El plan incluirá medidas como la rehabilitación energética
de viviendas, el fomento de la cogeneración, el fomento de la movilidad no motorizada, el transporte público y el transporte compartido. El plan debe conseguir una reducción de al menos el 25% del consumo de energía primaria en 2020. Asimismo, se
elaborará un plan de gestión de la demanda energética de la población que incluya la educación y sensibilización ciudadana hacia nuevos usos más conscientes y responsables de la energía.


2. Plan de Energías Renovables, incorporando todos los eslabones en la cadena de investigación, desarrollo, fabricación e instalación. El objetivo de dicho plan ha de ser alcanzar al menos el 25% del consumo de energía en 2020 procedente
de fuentes renovables. El plan a largo plazo incluirá alcanzar un sistema eléctrico 100% renovable en 2050. Se hará especial hincapié en el autoconsumo mediante la aprobación de una legislación en la cual: a) la energía autoconsumida
instantáneamente quede libre de cualquier tipo de imposición; b) la energía vertida al sistema eléctrico sea justamente retribuida por la empresa comercializadora; c) los trámites administrativos sean ágiles; d) se permitan instalaciones
compartidas.



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3. Cierre definitivo de la central nuclear de Garoña y no extensión de los permisos de operación para el resto de las centrales nucleares en funcionamiento, de modo que la mayoría estén cerradas en 2021 y todas en 2024. Plan de transición
justa de los empleos directos e indirectos del sector energético térmico a otros sectores productivos.


4. Modificación del marco regulatorio en el sistema eléctrico para que todas las fuentes de energía reciban una retribución razonable basada en los costes reales de producción, y realización de una auditoría de costes de todo el sistema
eléctrico, así como de la deuda acumulada por el déficit de tarifa.


5. Eliminación de bonificaciones fiscales a los combustibles fósiles, e imposición de una tasa extra al carbón de importación, cuya producción no cumpla con los estándares laborales y medioambientales de la UE y cuyo transporte genere una
huella ecológica superior al autóctono.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-María Rosa Martínez Rodríguez, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001764


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión para el Estudio del Cambio Climático, relativa la justicia climática desde una perspectiva de género.


Exposición de motivos


El cambio climático es una injusticia global al que tienen que enfrentarse las generaciones presentes y futuras. Aunque los principales responsables son los países llamados desarrollados (Europa, Estados Unidos, Canadá), no son los que a
día de hoy están sufriendo sus consecuencias de una manera más dura (al menos no todavía y no por mucho tiempo, en todo caso). Son los países que menos han contribuido al cambio climático, y por tanto, la población mundial más pobre la que más está
viendo afectado su, ya de por sí, precario modo de vida.


El cambio climático es responsable directo de miles de muertos por desastres naturales y ya es la primera causa de migración en el mundo: más de 40 millones de personas tuvieron que abandonar sus hogares en 2011, y se prevén que sean hasta
250 millones en 2050 según ACNUR. Las sequías y los procesos de desertificación producidos por el aumento de las temperaturas globales están produciendo graves crisis alimentarias y destrozando el modo de vida de cientos de millones de personas en
el mundo que se ven abocadas a la pobreza y la exclusión.


Como la mayor parte de las cuestiones que afectan a los derechos, el cambio climático no es neutral al género. Las mujeres, por norma general más pobres y más vulnerables en cualquier sociedad, son también desproporcionadamente las más
afectadas por las consecuencias del cambio climático:


- Las mujeres y niñas son mayoritariamente responsables del aprovisionamiento de agua y combustible para la familia. Las sequías y la desertificación complica esta tarea a la que tienen que dedicar más tiempo y recorriendo más distancia.
Esto repercute en su tiempo de escolarización y multiplica las horas trabajo.


- El empobrecimiento de los suelos incrementa la dedicación y la dureza del trabajo agrícola. Esta tarea recae mayoritariamente en las mujeres: el 70% al 80% de la producción de alimentos depende de las mujeres en África Subsahariana, 65%
en Asia y 45% en América Latina.


- Según la ONU las mujeres y los niños y niñas tienen 14 veces más probabilidades de morir en una catástrofe natural que los hombres (en 2004, más del 70% de las personas fallecidas en el tsunami de Asia eran mujeres).


- Las mujeres son 20 de los 26 millones de personas desplazadas en el mundo por causas medioambientales y climáticas, es decir 80% del total. Además de los peligros y penurias de la migración, las mujeres y las niñas son más vulnerables a
la violencia sexual y al tráfico de personas.



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Con estos datos sobre la mesa es imprescindible integrar la perspectiva de género en tanto en las políticas ambientales como migratorias. En este sentido, las acciones y fondos disponibles para adaptación y mitigación del cambio climático
deben priorizar los lugares y la población donde el impacto es mayor. Se movilizan 360 millones de dólares al año: el 32% de este dinero acaba en Europa y sólo el 4% en el África subsahariana. Además menos del 1% está enfocado a las necesidades
de las mujeres en los países más afectados.


En lo que se refiere a la representación de las mujeres en los organismos internacionales relacionados con el cambio climático, la presencia de las mujeres es más bien escasa. Las negociaciones climáticas están en manos de hombres: sólo el
20% de los miembros los comités de la ONU para cambio climático son mujeres y el 10% del equipo directivo del Green Climate Fund (responsable de la distribución de fondos).


El cambio climático es una cuestión de derechos humanos, igualdad de género y desarrollo. El enfoque de derechos y de justicia climática desde una perspectiva de género tiene que estar presente en la acción climática mundial.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer el mayor impacto del cambio climático en las mujeres de los países empobrecidos y trabajar en esa dirección en los organismos internacionales competentes.


2. Introducir la perspectiva de género en las acciones de adaptación y mitigación.


3. Comprometerse a incrementar la presencia de mujeres en las representaciones y delegaciones españolas y europeas presentes en las negociaciones climáticas y organismos internacionales relacionados con el cambio climático.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-María Rosa Martínez Rodríguez, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001765


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión para el Estudio del Cambio Climático, sobre reconocimiento y protección de las personas migrantes por razones ambientales y climáticas.


Exposición de motivos


La crisis ecológica, causada principalmente por el cambio climático de origen antrópico, agrava los problemas sociales, económicos y económicos de muchos países y regiones, principalmente en el Sur. Esta situación acelera e incrementa los
flujos migratorios para los que no existe actualmente ningún régimen jurídico internacional de reconocimiento ni protección, lo que tiene consecuencias sobre el respeto de los derechos de las personas que se ven obligadas a dejar sus casas bien por
desastres naturales o por el cambio climático.


El cambio climático ya es la mayor causa de migración en el mundo: más de 30 millones de personas en 2011 y hasta 250 millones en 2050 según ACNUR, la mayor parte en los países empobrecidos. Entre 2010 y 2012, 42 millones de personas se
vieron forzadas a abandonar sus hogares en la zona Asia-Pacífico debido a las catástrofes naturales. La subida del nivel del mar hará inhabitables los estados insulares del Pacífico en pocos años, y comunidades esquimales de Alaska ya están
abandonando sus hogares en la costa.



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Las migraciones climáticas también van a afectar a España: El informe europeo EACH-FOR señala el sudeste de España como una de las zonas de Europa en la que su población se verá obligada a emigrar. Las consecuencias del cambio climático
(desertificación y sequías) harán inviable el actual modo de vida basado en el turismo de masas y la agricultura industrial intensiva.


Estos datos dan la razón a la Organización Internacional para las Migraciones, quien apuesta por reconocer sin ambigüedades que existen 'migrantes medioambientales', es decir, 'personas o grupos de personas que, por razones imperiosas de
cambios repentinos o progresivos en el medio ambiente que afectan negativamente a la vida o las condiciones de vida, se ven obligados a abandonar sus hogares habituales'.


El Acuerdo de París sobre cambio climático es el primer paso decidido, aunque insuficiente, para abordar el origen de las migraciones ambientales y climáticas. Este incluye también un punto dedicado a la financiación y desarrollo de
acciones de adaptación y mitigación del cambio climático, algo fundamental en lo que se refiere a 'evitar, reducir al mínimo y afrontar los desplazamientos relacionados con los efectos adversos del cambio climático' (punto 51 del Acuerdo de París).
En este sentido, las políticas ambientales deben integrarse con las migratorias y tener en cuenta los recursos necesarios para prever la acogida de las personas migrantes (urbanización de polos de atracción, alojamiento, empleos, protección social).
Considerar la migración como una estrategia de adaptación a las consecuencias del cambio climático y dedicarle los recursos necesarios redundaría en la protección de los derechos de las personas migrantes ambientales y climáticas.


Las personas que se desplazan dentro de sus países están protegidas por las leyes nacionales y el derecho internacional de derechos humanos, los principios de la ONU para desplazamientos internos y diferentes mecanismos regionales. Sin
embargo, actualmente existe un vacío en lo relativo a personas desplazadas por causas ambientales o climáticas que lo hacen fuera de sus países. Estas personas no son consideradas refugiadas según los convenios internacionales, y no hay regulación
en lo relativo a su admisión o derechos básicos. En este sentido, la iniciativa Nansen, lanzada en 2012 por Noruega y Suiza, busca construir una Agenda de protección para las personas desplazadas fuera de sus países por desastres naturales o causas
vinculadas al cambio climático.


La comunidad internacional, en especial las potencias industriales, responsables de gran parte de las emisiones de efecto invernadero causantes del cambio climático debe asumir su responsabilidad en el desplazamiento y migraciones forzosas
de millones de personas y trabajar por un marco jurídico y político global en materia de migraciones medioambientales.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Hacer de la lucha contra el cambio climático y el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París del clima una prioridad política para actuar sobre la causa última de millones de desplazamientos y migraciones anuales en el mundo.


- Apoyar la iniciativa Nansen y contribuir activamente para definir un marco jurídico internacional que asegure protección legal a las personas que tienen que abandonar sus países por causas medioambientales y climáticas.


- Promover en la UE la introducción del concepto de refugiados ambientales en la legislación de migración y asilo europea.


- Introducir el concepto de refugiados ambientales en la legislación de migración y asilo española.


- Considerar la migración como estrategia de adaptación al cambio climático estableciendo una mayor cooperación entre políticas ambientales y migratorias, planificando y financiando acciones a facilitar la movilidad y asegurar los derechos y
bienestar de las personas desplazadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-María Rosa Martínez Rodríguez, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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Comisión para las Políticas integrales de la Discapacidad


161/001727


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la creación de una red de colaboración entre los Colegios de Educación Especial, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de Discapacidad.


Exposición de motivos


Los Colegios de Educación Especial son centros educativos, de titularidad pública o privada, que dan respuesta a las necesidades de alumnos para los que, por causa de las necesidades de adaptaciones significativas y en grado extremo, y tras
la evaluación por los equipos de orientación educativa y psicopedagógica, se considere que su nivel de integración en un centro ordinario sería mínimo, por ello, son alumnos de estos centros los que determinan los equipos de orientación educativa y
psicopedagógica, en contacto con los padres de los alumnos.


Existen Centros de Educación Especial específicos para alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a un determinado tipo de discapacidad.


Las funciones de estos centros corresponden a los niveles educativos del sistema educativo ordinario, con etapas de educación infantil y primaria y transición a la vida adulta y laboral. Pero también existen Centros en los que se ofrece una
formación profesional especial adaptada.


La edad de escolarización comprende, de forma habitual, las edades de educación primaria y secundaria. De forma excepcional, se escolarizan alumnos en edad de segundo ciclo de educación infantil. Igualmente, puede extenderse de forma
excepcional la edad de escolarización en programas de transición a la vida adulta y laboral hasta los 20 años.


Además de la atención educativa y rehabilitadora, los centros de educación especial pueden ofrecer los servicios que ofrecen los centros educativos ordinarios: comedor, transporte y residencia.


Los centros de educación especial cuentan con personal educador y rehabilitador, y otros profesionales de atención directa. Dependiendo de las necesidades concretas de los alumnos que escolaricen, pueden incluir en sus equipos Profesores de
Educación Especial, Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, además de los correspondientes a lenguas oficiales propias, si es el caso, y Profesores de Educación Física. Pueden contar también con diplomados en Logopedia y Fisioterapia,
Psicólogos y Psicomotricistas. Y pueden contar también, según las necesidades de los alumnos, con personal cuidador.


Este tipo de centros cuentan con profesionales con una alta profesionalización y vocación; son profesionales que innovan día a día y generan proyectos motivadores y singulares para adaptarse a las particularidades de las discapacidades de
cada alumno o alumna. Por ello, es importante que el trabajo y experiencias que se desarrollan y se crean desde cada colegio puedan ser compartidas con profesionales de otros centros y de otros territorios.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias, a adoptar las medidas necesarias para:


1. Crear una Red Estatal de coordinación y colaboración entre los Colegios de Educación Especial de todas las Comunidades Autónomas para que los profesionales dedicados a la atención y formación de alumnos y alumnas con distintos tipos de
discapacidad compartan recursos, experiencias, proyectos de innovación, metodologías, etc.


2. Generar una plataforma online para disponer de materiales y recursos compartidos, facilitar el trabajo en red de los distintos profesionales, y establecer un diálogo y foro profesional.



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3. Potenciar la celebración de jornadas y congresos de profesionales dedicados a la educación especial con el objetivo de que los profesionales dedicados a ello, mejoren la atención y calidad de vida de los alumnos con discapacidad
escolarizados en estos colegios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2017.- María Luz Martínez Seijo, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001730


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para hacer más accesible la formación, que
sea más inclusiva para las personas con diversidad funcional para su debate en la Comisión para las Políticas integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, contempla una serie de aspectos relacionados con la accesibilidad universal y la no discriminación,
señalando en sus objetivos que estas enseñanzas prestarán una atención adecuada, en condiciones de accesibilidad universal y con los recursos de apoyo necesarios, en cada caso, a las personas con diversidad funcional. Sin embargo, a día de hoy hay
un colectivo que sufre una grave discriminación a la hora de acceder a estas enseñanzas: el colectivo de alumnos y alumnas con discapacidad que ha cursado la ESO con adaptaciones curriculares significativas. Dicho colectivo no obtiene, cuando
llega a 4.° de la ESO, el título de graduado correspondiente, y se le obliga a seguir derroteros diferentes al resto del alumnado, más difícil e inaccesible si cabe, si quieren obtenerlo, aparte de que únicamente se le aboca a la FP Básica si acaso
decidiera seguir en el sistema educativo. No existe ninguna Formación Profesional de Grado Medio, cuyas adaptaciones permitan continuar estudiando al alumnado que ha titulado, en la actualidad, con un certificado de notas de 4.° de la ESO, en el
que un asterisco señala su condición de titulo con adaptaciones curriculares significativas.


Por ello, y porque apostamos por una educación realmente inclusiva, presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer el título oficial de graduado en ESO, los estudios cursados con adaptaciones curriculares significativas del alumnado que ha alcanzado sus objetivos.


2. Realizar las actuaciones necesarias para poner un marcha una Formación Profesional de Grado Medio con adaptaciones que permitan al alumnado con discapacidad intelectual seguir formándose.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Amparo Botejara Sanz, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001731


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el reconocimiento de la sordoceguera y sus necesidades específicas, para su debate en la Comisión para las Políticas integrales de la Discapacidad.



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Exposición de motivos


La sordoceguera es una discapacidad que se caracteriza por la combinación de dos deficiencias sensoriales, deficiencia visual y deficiencia auditiva, que produce problemas de comunicación y necesidades únicas en las personas que la padecen.
Según la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas, las personas sordociegas son definidas como: 'Aquellas personas con un deterioro combinado de la vista y el oído que dificulta su acceso a la
información, a la comunicación y a la movilidad. Esta discapacidad afecta gravemente las habilidades diarias necesarias para una vida mínimamente autónoma, requiere servicios especializados, personal específicamente formado para su atención y
métodos especiales de comunicación'.


La sordoceguera no es un término absoluto. Existen personas que poseen diferentes niveles de discapacidad auditiva y visual, que conjuntamente, producen una variabilidad de necesidades muy dispares en todas las actividades básicas de su
vida diaria. De esta combinación de factores, podemos encontrar:


- Las personas con sordoceguera congénita son aquellas que nacen sordociegas o adquieren la sordoceguera en edad muy temprana.


- Las personas con sordoceguera adquirida a su vez se pueden subdividir en tres grupos:


• Personas sordociegas con deficiencia auditiva congénita y una pérdida de visión adquirida durante el transcurso de la vida.


• Personas sordociegas con una deficiencia visual congénita y una pérdida de audición adquirida durante el transcurso de la vida.


• Personas nacidas sin deficiencias visuales ni auditivas y que sufren una pérdida de audición y de visión durante el transcurso de la vida.


Pese a esta variabilidad, el efecto de incomunicación y desconexión que produce la conjunción de estas deficiencias, en todos sus espectros, supone una grave dificultad para acceder a la información, a la educación, al mercado laboral, e
incluso desarrollar una vida social plena.


En base a todas estas dificultades a las que las personas sordociegas deben hacer frente, en el año 1999 se celebró la XII Conferencia Mundial sobre Sordoceguera de la Dbl. En esta conferencia se hizo un llamamiento a los gobiernos
nacionales de todo el mundo, para que al considerar la definición de las discapacidades y las descripciones de sus distintas categorías, reconozcan la sordoceguera de forma específica.


En nuestro país, sin embargo, las personas con sordoceguera no poseen el apoyo institucional adecuado para garantizar que puedan desarrollar sin complicaciones actividades básicas de su vida diaria.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover y garantizar, con el resto de Administraciones Públicas, los derechos de las personas con sordoceguera en nuestro país, así como el desarrollo de políticas y la instauración de los medios necesarios para que estos consigan su
plena equiparación y participación social.


2. Llevar a cabo las modificaciones legales oportunas a fin de reconocer la sordoceguera como una discapacidad, y que puedan poseer las ayudas precisas reconocidas al respecto por la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación de dependencia, además de contar con la asistencia personal que precisen.


3. Llevar a cabo un estudio, en colaboración con las asociaciones de sordociegos, sobre las necesidades generales de los sordociegos.


4. Ofrecer asesoramiento y orientación a las personas sordociegas, a sus familiares y a profesionales de la Administración, tanto a nivel local, autonómico y nacional, en la búsqueda de soluciones a sus problemas y en el aprovechamiento de
los servicios y recursos existentes.



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5. Colaborar, con las Comunidades Autónomas, a la creación de programas educativos, de rehabilitación general y cualquier otro tipo de programa para facilitar el acceso de los sordociegos a la educación, sanidad y mercado laboral.


6. Facilitar el acceso a la información y a la cultura de las personas sordociegas, adaptando las páginas web de la Administración General del Estado y órganos dependientes a sus capacidades comunicativas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Francisco Igea Arisqueta, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernandez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001749


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para la adopción de medidas legislativas a los efectos de garantizar la permanencia del trabajador en la empresa en caso de discapacidad sobrevenida, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Los poderes públicos deben garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones respecto del resto de
ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a
los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.


La realidad del mercado laboral de las personas con discapacidad viene marcada por el hecho de que su tasa de actividad es cuarenta y cuatro puntos inferior a la de las personas trabajadoras sin discapacidad, la tasa de paro es nueve puntos
superior, los empleos suelen estar centrados en el sector servicios y en las ocupaciones más elementales y, en cuanto al tipo de empleo, los Centros Especiales de Empleo han sido refugio durante la crisis de los trabajadores con discapacidad, frente
a la empresa ordinaria donde la mayoría no cubre la cuota del 2%.


El objeto de esta Proposición no de Ley es abordar un aspecto concreto del trabajo de las personas con discapacidad, cual es, su mantenimiento cuando la incapacidad es sobrevenida.


Las características laborales de la discapacidad sobrevenida, según un estudio del CERMI, son:


- Un 44% de las personas encuestadas no volvieron a trabajar tras la discapacidad, lo que muestra en qué medida la discapacidad sobrevenida supone una ruptura sociolaboral.


- Además, en la gran mayoría de los casos (77%) de aquellas que trabajaron tras sobrevenir la discapacidad, la reincorporación al mundo laboral supuso un cambio de puesto y de empresa, lo que demuestra la incapacidad actual del mundo
empresarial para asimilar la reincorporación al trabajo del grupo que nos ocupa.


- Los tiempos de reincorporación al mundo laboral no son demasiado significativos: uno de cada cuatro se reincorporó en menos de seis meses, pero en gran parte de los casos esta supuso una disminución de la calidad y condiciones del empleo:
peores contratos (más cortos, a menudo no acordes con la formación completada, etc.).


- Entre las vías de acceso al empleo tras la discapacidad, predominan claramente los contactos personales (36%). En todo caso, si nos centramos en la precariedad laboral que se asocia claramente a la discapacidad sobrevenida, podemos
concluir que tanto desde instituciones públicas como privadas es necesaria una mayor inversión en recursos, formación, concienciación y adaptación a las necesidades de este grupo.



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Es cierto que sobre el mantenimiento del empleo en este supuesto de discapacidad sobrevenida nos encontramos con una amplio elenco de normas laborales, verbigracia, las relativas a la extinción y suspensión de la relación laboral, a la
prevención de riesgos sobre la protección de personas trabajadoras con discapacidad y de vigilancia de la salud, relacionadas con la declaración de aptitud, y, también, normas de Seguridad Social como las determinantes del grado de incapacidad. No
obstante, el concurso de todas esas normas no asegura el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida, ni garantizan el cumplimiento de la obligación de adaptar el puesto de trabajo a la persona que ve alterada su capacidad
para desarrollar el mismo. Más bien, sucede todo lo contrario, pues, la normativa actual pivota sobre un principio general basado en la extinción del contrato laboral cuando un trabajador es declarado en situación de incapacidad permanente.
Además, la regulación vigente protege al trabajador con discapacidad sobrevenida 'sólo en el caso en que se produzca una mejoría y recupere su capacidad para desempeñar un puesto de trabajo similar al que ocupaba con anterioridad', sin que se
contemple la obligación de adaptar o cambiar de puesto de trabajo como paso previo a la extinción.


En la legislación preventiva actual no existe una protección clara de los trabajadores con discapacidad sobrevenida en relación a la necesidad de adaptar el puesto de trabajo, ni mucho menos a la necesidad de mantener el empleo. Así, el
artículo 25, apartado 1 , de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que 'el empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que por sus propias características personales o
estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica y sensorial debidamente reconocida, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo, a tal fin se adoptarán las
medidas preventivas y de protección necesarias y que no se emplearán en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus especiales características, puedan ponerse en riesgo a sí mismos o a otras personas'. No obstante, a pesar de que no lo
exige la norma, la práctica judicial ha venido reconociendo la obligación de intentar la adaptación de las condiciones de trabajo.


Y no se pronuncia esta Ley de Prevención de Riesgos sobre, si ante la imposibilidad de adaptación o la persistencia del riesgo, aun cuando aquélla se haya llevado a cabo, procede el cambio a otro puesto de trabajo exento de riesgo para el
trabajador. También en este caso los tribunales han venido aceptando su aplicación de manera muy similar a lo establecido por el apartado segundo del artículo 26 del mismo cuerpo legal en relación a la maternidad.


Es preciso que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se implique en la protección de las personas con discapacidad sobrevenida, regulando la necesidad de adaptar el puesto, no solo desde el punto de vista preventivo sino desde la
adaptación de las condiciones de trabajo y la obligación de proporcionar, si lo anterior no es posible, un puesto de trabajo compatible que exista en la empresa. La obligación de no adscribir a trabajadores a puestos de trabajo incompatibles con su
estado de salud debe, pues, reinterpretarse con la finalidad de garantizar la conservación del empleo y de propiciar un empleo seguro y saludable a través de la adaptación del puesto de trabajo en supuestos de discapacidad sobrevenida, pues, de lo
contrario, puede verse utilizada como pretexto para acabar con un despido del trabajador con discapacidad.


En cuanto a las disposiciones laborales sobre extinción y suspensión de la relación laboral dada la incapacidad sobrevenida, nos encontramos que el artículo 52, letra a), de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, contempla como despido por causas objetivas la ineptitud sobrevenida de la persona trabajadora. De la existencia de este artículo no cabe, pues, inferirse la obligación de adaptación o el
cambio a otro puesto de trabajo, más bien todo lo contrario, la empresa puede acudir al despido objetivo cuando el trabajador o trabajadora, de forma sobrevenida o conocida con posterioridad a la contratación, no puede, por un menoscabo de su salud
que conlleve o no una discapacidad sobrevenida, desempeñar su actividad laboral en la forma en que la venía desarrollando.


Es en el momento en el que el despido acaba en el Juzgado de lo Social, cuando este valorará la posibilidad empresarial de adaptar el puesto o reasignar tareas compatibles con la salud del trabajador, declarando entonces su procedencia o
improcedencia.


La jurisprudencia exige cada vez una mayor actitud probatoria a la empresa, en el sentido de no bastar la mera exhibición del 'no apto' por una incapacidad sobrevenida para fundamentar la extinción, y exigirse que se demuestre la
incompatibilidad con el puesto de trabajo y la imposibilidad de su adaptación. Aunque no esté previsto en las normas laborales como obligación, ni siquiera como opción, por lo que serían



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necesarios cambios normativos que transpongan esta orientación jurisprudencial, por ser la única que garantiza el mantenimiento del puesto de trabajo.


Por otra parte, si atendemos al procedimiento para la declaración de incapacidad sobrevenida, observamos como la calificación de la incapacidad y el eventual despido del trabajador pueden coincidir en el tiempo, cuando se trate de un examen
de salud por reincorporación tras un periodo de incapacidad temporal, con la valoración de secuelas por parte de Mutuas o del propio Instituto Nacional de la Seguridad Social, y con el consiguiente reconocimiento o denegación de la situación de
incapacidad.


Si bien la casuística es innumerable, la normativa en materia de declaración de incapacidad permanente hace que se produzcan discordancias en perjuicio de la persona trabajadora con discapacidad sobrevenida, que a veces se queda sin empleo y
sin protección de la Seguridad Social.


De este modo, nos encontramos con que la denegación de una Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual no garantiza la permanencia en el puesto de trabajo, por cuanto hay sentencias que admiten la procedencia del despido basado
en la imposibilidad de adaptar el puesto en la empresa. Y sin embargo, esta declaración de incapacidad no obstaría al desempeño su profesión en otra empresa, donde concurran circunstancias, por ejemplo, organizativas, ambientales o técnicas
distintas.


Asimismo, la calificación de 'no apto' y, en su caso, el despido por causas objetivas del empleado, no garantizan el posterior reconocimiento de una incapacidad permanente total, lo que puede dar lugar a la pérdida del empleo por
discapacidad sobrevenida sin obtención de una pensión de la Seguridad Social.


La declaración de incapacidad permanente total o absoluta da lugar a la extinción automática del contrato de trabajo, sin derecho a indemnización, según los términos del artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores y solo el artículo
48, apartado 2, de dicho texto legal prevé un supuesto de suspensión, al regular que, cuando el órgano de calificación considere que la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser previsiblemente objeto de revisión por mejoría que permita su
reincorporación al puesto de trabajo, el contrato no se extingue sino que solo se suspende. El trabajador, en este supuesto, y solo en este supuesto, tiene derecho de reserva de puesto de trabajo, siempre que no transcurran más de dos años desde la
resolución. Transcurrido este plazo sin que se produzca mejoría la relación laboral queda definitivamente extinguida.


Así pues la declaración de incapacidad permanente total o absoluta, que tiene, en general, efectos extintivos sobre el contrato de trabajo, protege al trabajador que pasa a estas situaciones desde la discapacidad sobrevenida solo en el caso
de que se prevea y produzca una mejoría y recupere su capacidad para desempeñar su puesto o un puesto similar al que ocupaba con anterioridad, pero no lo ampara en el resto de los casos, ni favorece la situación de un trabajador que puede
desarrollar un trabajo distinto en la misma empresa con o sin las adaptaciones necesarias.


Es necesario impulsar decididamente la conservación del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida que, por tal hecho, no son incapaces para desarrollar otras tareas compatibles con su estado de salud y capacidad en la empresa, y
garantizar la adaptación de la regulación vigente a la Directiva de la Comisión Europea sobre Igualdad de Trato en el Empleo y la Ocupación, y a la Convención de la ONU, desarrollando una serie de medidas con el objetivo de mejorar la situación de
las personas con discapacidad sobrevenida y favorecer su mantenimiento en el empleo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, de acuerdo con los agentes sociales, en el marco del Diálogo Social, y con el movimiento asociativo del sector de la discapacidad, adopte las siguientes medidas:


1. Presentar un Proyecto de Ley que, con el fin de garantizar el mantenimiento en el empleo de las personas con discapacidad sobrevenida, contemple, al menos, los siguientes aspectos:


a) La modificación del art 52, letra a), de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, recogiendo la actual doctrina judicial para que los supuestos en que la
ineptitud sobrevenida tenga su causa en el deterioro de la salud y la incapacidad sobrevenida no constituyan una causa de despido, con el fin de obligar a las empresas a adaptar el puesto o a cambiar de puesto de trabajo, como paso previo y
necesario para que esa discapacidad o incapacidad constituya una causa de extinción de su contrato de trabajo.



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b) La modificación de los artículos 49, apartado 1, letra e), y 48, apartado 2, del mismo texto legal, en relación a los supuestos de extinción y suspensión del contrato en el momento de la declaración de los grados de invalidez, a los
efectos de que la suspensión por un tiempo adecuado y la reserva de puesto de trabajo no se produzca solo cuando se prevea una posible mejoría, sino en todos los supuestos en que se declare la invalidez permanente en los grados de incapacidad
permanente total o absoluta, mientras no haya un puesto adecuado, con las adaptaciones y ajustes razonables que sean precisos, con la obligación de la empresa, cuando exista alguna vacante o puesto de trabajo adaptado a su capacidad, una vez
realizados los ajustes o adaptaciones que sean necesarios. Dando un plazo razonable si la empresa carece de puesto de trabajo adecuado o éste no ha sido adaptado, similar al que existe hoy para el supuesto de pronóstico de mejoría.


c) La modificación del artículo 25, apartado 1, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, incluyendo la necesidad de adaptación de las condiciones de trabajo y la previsión de que si, en los supuestos de
personas trabajadoras que tengan reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, la adaptación de las condiciones de trabajo no fuera posible para garantizar su seguridad, se cambie a estas personas a un puesto de
trabajo distinto y compatible con su estado.


2. Impulsar políticas activas de empleo con el fin de incentivar el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida.


3. Promover el papel de las Mutuas en materia de rehabilitación y recuperación profesional, así como los planes de apoyo a las empresas en materia de adaptación de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.


A tal efecto, se articularán ayudas para las empresas que permitan compensar los gastos derivados de la adaptación adecuada de los puestos de trabajo y la accesibilidad de los centros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.- María del Rocío de Frutos Madrazo, Diputada.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001751


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar programas orientados a
captar a turistas que viajan fuera de temporada como las personas con discapacidad, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El turismo es uno de los sectores clave para la economía española, ya que se trata de una actividad altamente competitiva, que supone un 11% del PIB y que constituye el 12% del empleo. Una realidad que acreditan organismos internacionales
como el Foro Económico Mundial, que situó por primera vez a España como líder del índice de Competitividad Turística de Viajes y Turismo en 2015.


Además, según la Estadística de Movimientos Turísticos en Frontera (FRONTUR) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, en 2016 visitaron España 75,6 millones de turistas, batiendo así la marca de 2015, que alcanzó 68 millones.


Adicionalmente, el gasto total realizado por los turistas que visitaron España ascendió a 77.000 millones de euros, cifra también récord que representa un incremento del 8,3% respecto al año anterior. Los motivos para visitar nuestro país
varían, desde la actividad empresarial, ferias y conferencias, al ocio, recreo y vacaciones, estableciéndose esta última razón como la más numerosa con 64,4 millones de turistas, lo que supone un crecimiento del 10,1% respecto al periodo anterior.


Estos datos avalan la posición estratégica de España en el sector turístico, un país que por su clima, geografía, historia, arquitectura, costumbres y gastronomía, entre otras características, atrae a numerosas



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personas del exterior que deciden disfrutar su tiempo en territorio español y por tanto invertir su dinero en servicios y productos nacionales.


Consciente de la importancia del turismo para la economía y sociedad españolas, el Gobierno ha puesto en marcha instrumentos como el Plan Nacional Integral de Turismo 2012-2016; el Plan específico de Promoción Exterior del Turismo Rural y
el Plan de Turismo de Compras, así como iniciativas como la campaña de publicidad institucional 'La España que llevas dentro' que persigue estimular la demanda turística nacional, o la actualización del portal web 'spain.info' con la que se da
respuesta a las necesidades del turista digital y se introduce, por primera vez, la comercialización del producto turístico español.


Sin embargo, es necesario seguir profundizando en las potencialidades de un sector en auge y en constante cambio, ampliando al máximo la actuación sobre diferentes nichos de mercado, como por ejemplo el de los turistas que viajan fuera de
temporada, como !as personas con discapacidad, los jóvenes ('millenials') o las personas mayores.


Además, al hecho de que España es un destino turístico por excelencia, se suma que está realizando un enorme esfuerzo de adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad a través de la eliminación de barreras; la promoción del
acceso a propuestas culturales y de naturaleza y la creación de normativas en materia de transporte, edificación y urbanismo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, a impulsar los programas turísticos orientados a captar a turistas que viajan fuera de temporada, como las personas con
discapacidad, favoreciendo con ello un turismo social e inclusivo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/001752


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la creación de la escala del
funcionariado examinador de tráfico y su adecuado reconocimiento, para su debate en la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Exposición de motivos


Partiendo del hecho que la educación es un pilar fundamental de la seguridad vial, se hace urgente abordar la degradación de la situación del funcionariado examinador de tráfico que viene ya de largo y muestra un abandono que parece ocultar
la voluntad de privatizar el sector. La privatización pone en peligro la pervivencia de múltiples pequeñas y medianas empresas e incontables autónomos que no podrían sobrevivir a los grandes grupos de formación que se harían con el mercado en su
amplio espectro.


Además el sector se ha manifestado en diversas ocasiones porque no se siente valorado. Desde que se inició la crisis no ha habido repuestos a las jubilaciones que se han producido, no se han hecho convocatorias para funcionariado y solo se
repone al funcionariado examinador a partir del correspondiente al de otros ámbitos. Hablamos de un descenso de la bolsa que ha pasado de 900 personas a unas 600.


Los centros de formación vial de muchas provincias y su alumnado soportan continuas demoras y retrasos en !as pruebas de los exámenes de conducir, con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo para quien aspira a examinarse y para las
autoescuelas que los preparan. Y cada día que pasa la situación empeora, ya que la oferta pública de empleo está bloqueada desde el inicio de la crisis: así que



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sólo se cubren las plazas con funcionariado ya existente, antes solo de la Dirección General de Tráfico, pero después también con persona! de correos o de prisiones.


El funcionariado que quiere ser examinador de tráfico pasa una prueba teórica y una práctica y después atienden unos cursos de dos meses más un período de prácticas, pero ni siquiera se cubren todas las plazas de los cursos. Este problema
también se ve agravado por La falta de personal administrativo, y se da el caso que hay examinadores y examinadoras que acaban haciendo también estas tareas.


Así, es lógico que si la demanda o las necesidades de la población que implican al funcionariado no han disminuido y no se reponen ni siquiera las bajas, nos encontremos con un problema en la atención a la ciudadanía, en la DGT y en otros
sectores.


Para mejorar esta situación la creación de una nueva escala técnica específica es un paso imprescindible para la dignificación de este puesto, pero este paso tan importante debe estar perfectamente perfilado en todos los extremos para que
sea eficaz para la sociedad y mantener el carácter público de los exámenes.


Por otra parte, al contar el proceso selectivo con temario y pruebas propias y adecuadas para el trabajo que se iba a desarrollar con posterioridad, sería ya un paso importante en la preparación y una forma razonablemente más rápida de
conseguir funcionarios examinadores, independientemente de que se diseñaran los cursos presenciales y prácticas que dictan las normas nacionales y europeas con el fin de conseguir la habilitación necesaria para ejercer y garantizar una mejor
educación vial.


Por todo ello, el grupo parlamentario confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La creación de la escala con oposiciones y temario propio para que todos aquellos que por formación y vocación quisieran ser funcionarios examinadores.


2. Dicha escala deberá incluir mayor retribución que compense la complejidad técnica, el riesgo de agresiones, accidentes, trabajo a la intemperie, penosidad, horario especial y otras especificidades de esta plaza y que no tienen otros
puestos de oficina con los que en los últimos años se ha equiparado el sueldo de examinador.


3. Que esta escala de nueva creación se adscriba al grupo B del Estado, el grupo profesional y se dote de un nivel adecuado a sus altas responsabilidades.


4. Convocar plazas suficientes para cubrir las necesidades, especialmente en las provincias deficitarias de acuerdo con los servicios territoriales competentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Sònia Farré Fidalgo, Diputada.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/001754


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la inclusión de la Seguridad Vial en la Ley Básica de
Educación, para su debate en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Exposición de motivos


Según el balance de siniestralidad vial de 2016 presentado a principios de enero de 2017 por el Director General de Tráfico, D. Gregorio Serrano, durante el pasado año se produjeron 1.038 accidentes mortales en vías interurbanas en los que
fallecieron 1.160 personas. Otras 5.067 necesitaron hospitalización



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como consecuencia de las heridas sufridas. Las carreteras convencionales siguen siendo las vías donde fallece el mayor número de personas (alrededor del 75%).


Estos datos son especialmente alarmantes porque, por primera desde el año 2003, aumenta el número de personas que han perdido la vida en las carreteras españolas. Estamos hablando, en cualquier caso, de cifras no consolidadas, que cuando se
consoliden darán resultados aún superiores en víctimas.


Pero quizás lo más grave, si observamos la evolución de la siniestralidad en los últimos años, se observa un claro estancamiento desde el año 2013, en que la curva de descenso de la siniestralidad se convierte prácticamente en una línea
recta, una asíntota que no consigue vencer la barrera de los 1000 fallecidos al año, más de tres víctimas diarias en las carreteras españolas.


Con esta perspectiva, es sin duda necesario incidir en políticas viales efectivas a corto plazo, pero también pensar en qué podemos hacer para mejorar y concienciar a la población de lo importante que es ser solidario en la conducción,
respetar las normas y, en definitiva, ser conscientes de que las víctimas de tráfico lo son para siempre en sus familias.


Cuando antes empiece esta concienciación, antes tendremos resultados, y es por ello que apostamos por la inclusión de la Seguridad Vial como asignatura, que la Educación Vial se imparta desde el colegio, como clave para reducir lo que hoy es
una de las principales causas de muerte en España.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir la Seguridad Vial dentro del marco de la Ley Básica de Educación que resulte del Pacto Nacional por la Educación en el Congreso de los Diputados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Irene Rivera Andrés y Marta Martín Llaguno, Diputadas.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/001778


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la influencia de las drogas en la conducción, para su debate en la
Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Exposición de motivos


Durante la campaña de control de seguridad vial realizada por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en diciembre de 2016, en tan solo una semana, 1.912 conductores fueron denunciados por conducir habiendo consumido alcohol y/o drogas.


Como viene siendo habitual, en estas campañas de seguridad vial de la DGT colaboran policías autonómicos y locales, ya que los controles de alcohol y drogas se realizaron tanto en vías interurbanas como en urbanas.


La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó 1.417 pruebas de detección de drogas a aquellos conductores que presentaban síntomas de haberlas ingerido, habían cometido alguna infracción o se habían visto implicados en algún
accidente. 518 dieron positivo en el test salival (36,5%). A 514 se les abrieron expedientes sancionadores por vía administrativa y 4 fueron puestos a disposición judicial por presentar signos evidentes de conducir bajo la influencia de drogas
tras haberse visto implicados en un accidente y otro, por negarse a someterse a la prueba.


Las drogas más consumidas fueron el cannabis (387), cocaína (187) y anfetaminas (46). Cabe destacar que de los 85 conductores sometidos al test salival por cometer una infracción, más de la mitad (46) dieron positivo por drogas.


Comparando estos resultados con el número de pruebas de alcoholemia realizadas durante esta misma campaña y positivos detectados (127.892 pruebas de alcoholemia, de las cuales dieron positivo



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1.394 conductores), se observa una mayor concienciación en el consumo cero de alcohol al volante que no se corresponde con la misma en el caso del consumo de sustancias ilegales.


A pesar del incremento en el número de conductores que conducen bajo el efecto de las drogas y/o fármacos detectado ya en 2015, es destacable el inferior número de pruebas realizadas específicamente para la detección de drogas frente a las
pruebas de alcohol, salvo que se trate de alguna campaña de seguridad vial, como la anteriormente mencionada.


En concreto, la Dirección General de Tráfico a través de la ATGC realizó hasta noviembre de 2016 4,6 millones de pruebas de alcoholemia resultando positivas 68.852, el 1,5%; frente a 60.942 pruebas de detección de drogas ilegales,
resultando positivas 23.822 (39%).


Ello es debido a los siguientes motivos: carencia de recursos materiales debido a la limitación de la disponibilidad de kits para realizar las pruebas indiciarias por su precio, a lo que hay que sumar el coste de los análisis de las
muestras de saliva que se realizan en el laboratorio de detección de drogas, así como a la escasez de medios humanos debido a la reducción de agentes de la guardia civil tráfico quienes además tienen que estar capacitados para poder realizar las
citadas pruebas.


Los resultados de los análisis toxicológicos realizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) son alarmantes: el alcohol, las drogas de abuso o los psicofármacos, solos o combinados, están presentes en más del
43% de los conductores fallecidos en accidente de tráfico, un porcentaje superior al de 2014 (39%), y en el 46% de los peatones que murieron atropellados en 2015.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incrementar las pruebas preventivas de detección de drogas hasta generalizarse tanto como las de alcoholemia a través de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en los ámbitos de su competencia, así como colaborar con las distintas
administraciones locales y autonómicas para su refuerzo, especialmente en aquellas vías y tramos horarios en las que el número de accidentes registrados y/o positivos detectados con anterioridad sea mayor.


2. Incrementar la participación en estudios nacionales e internacionales sobre los efectos de las drogas sobre la conducción para con ello llevar a cabo las mejoras oportunas en lo que se refiere a la prevención, concienciación de usuarios
de la vía hacia el consumo de sustancias, detección de comportamientos peligrosos al volante, intervención y reeducación de los consumidores/conductores, por parte de las instituciones oportunas.


3. Incluir como medidas que conduzcan a la reducción de la multa no solo el pronto pago, actualmente un 60% de la cuantía de la falta, sino también el sometimiento a cursos de reeducación del conductor en el caso de los reincidentes por
consumo esporádico de drogas, aunque conserven puntos que no lo hiciera obligatorio, y el sometimiento al tratamiento de deshabituación siempre que se finalice el mismo en el caso de consumidores habituales.


4. Fomentar la realización de campañas de concienciación dirigidas a colectivos donde esta problemática presenta especial incidencia, en las que se involucre a las asociaciones de víctimas y otros colectivos que se considere idóneo,
especialmente en aquellas zonas de ocio y zonas detectadas de consumo tanto por la propia Dirección General de Tráfico como por el resto de las administraciones con competencias en la materia.


5. Introducir la educación en seguridad vial y en promoción de la salud, con el consenso de las Comunidades Autónomas y respetando escrupulosamente sus competencias, en la educación formal desde el inicio de la escolarización y en todas las
etapas obligatorias a través de su inserción en el currículo de contenidos mínimos en las áreas pertinentes y de la inclusión de programas estructurados insertados dentro de las programaciones propias de determinadas asignaturas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-María Aurora Flórez Rodríguez y Pablo Bellido Acevedo, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/001736


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la publicidad infantil de
alimentos y bebidas para su debate en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


En España una cuarta parte de los anuncios de televisión tienen como protagonistas bebidas y comidas con alto contenido en grasas saturadas, ácidos grasos trans, azúcares simples y/o sal, y más de la mitad están dirigidos a los menores de
edad.


Estas campañas publicitarias fomentan hábitos poco saludables entre la población infantil que ponen en riesgo su correcto desarrollo. Por ese motivo es necesario impulsar políticas públicas que garanticen la salud y el bienestar de la
infancia y adolescencia de nuestro país.


En consecuencia, en los últimos años se ha tomado conciencia de la situación a la que se enfrentan millones de niños y niñas, cuando hacen uso de medios como la televisión, internet o aplicaciones móviles, y son objetivo de una publicidad
alimentaria inadecuada.


En ese sentido, se han impulsado instrumentos como el Código PAOS de autorregulación de la publicidad de alimentos dirigido a menores, para la prevención de la obesidad y la promoción de la salud, o el Plan HAVISA, una campaña de
comunicación en hábitos saludables, ambos en consonancia con la Estrategia NAOS.


El Código PAOS, modificado en 2012, establece un conjunto de reglas que guían a las compañías adheridas en el desarrollo, ejecución y difusión de sus mensajes publicitarios dirigidos a menores de hasta 12 años para los medios audiovisuales y
escritos, y a menores de 15 años para internet. Con su aplicación se ha conseguido mejorar la calidad del mensaje publicitario y reducir el impacto y la exposición comercial a los menores de edad como segmento de población más vulnerable.


Por otro lado, el Plan HAVISA persigue fomentar una alimentación equilibrada, variada y moderada y promover la práctica habitual de actividad física entre la población.


Sin embargo, a pesar de haber avanzado en la regulación de la publicidad infantil de alimentos y bebidas, algunos estudios, como 'Publicidad infantil, publicidad insana' realizado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), ponen
de manifiesto la importancia de seguir avanzando en la promoción de una alimentación saludable en la infancia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Facilitar los acuerdos con los diferentes sectores para el Plan Nacional de Colaboración para la Mejora de la Composición de los Alimentos y Bebidas, favoreciendo una publicidad de productos con un perfil más saludable con menos sal,
menos grasas saturadas y azúcares y potenciando una menor ingesta de estos alimentos en la dieta de los menores.


2. Promover campañas de publicidad institucional sobre hábitos saludables en la alimentación, y sobre los efectos nocivos para la salud del abuso de ciertos alimentos y bebidas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/001742


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de la seguridad en centros educativos, para
su debate en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


Los centros escolares son el espacio donde nuestros hijos pasan una gran parte de su tiempo, aprendiendo y realizando actividades deportivas, culturales y lúdicas. Los centros deben, por tanto, ser espacios seguros y saludables tanto para
los alumnos, como también para los trabajadores que desarrollan su actividad en estas instituciones.


El alumnado y el profesorado tienen derecho, tal y como recogen el Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, sobre los derechos, deberes y normas de convivencia de los alumnos de centros sostenidos con fondos públicos y la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, a que sus actividades se desarrollen 'en las debidas condiciones de seguridad e higiene', tal y como se enuncia en el artículo 15 del citado Real Decreto 732/1995,


El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, completa la
legislación en materia de seguridad, higiene, acústica y accesibilidad en centros escolares.


Sin embargo, esto es claramente insuficiente. Diariamente, en los centros educativos, se producen accidentes (golpes, caídas, accidentes estructurales y de la edificación, etcétera) que podrían haberse evitado con una adecuada planificación
e implementación de medidas preventivas.


Entre los elementos que habitualmente son origen de accidentes en los centros educativos se encuentran algunos tan habituales como barandillas de altura inferior a 1,10 metros, barrotes situados a una distancia superior a 10 centímetros, la
ausencia de bandas antideslizantes en rampas y escaleras o de suelo antideslizante en las zonas en las que el alumnado realiza actividades de tipo lúdico, así como la falta de puertas y ventanas que cuenten con protecciones adecuadas para evitar
atrapamientos y roturas. Como dato, un alto porcentaje de los centros no realiza un mantenimiento adecuado de los elementos lúdicos y propios de las zonas de juego.


Concretamente, las actividades en horario lectivo y extraescolar, como la práctica de la educación física o de deportes en general, suponen en sí mismas una actividad potencialmente de riesgo, por los componentes que la determinan: manejo
de objetos móviles, uso de equipamiento específico, delimitación de espacios, edad de los participantes, condiciones meteorológicas y, sobre todo, por la velocidad de ejecución como determinante más prioritario.


Por otro lado, el uso de las instalaciones y equipamiento deportivos debe hacerse bajo estrictos principios de seguridad, teniendo en cuenta las características del pavimento, eliminando irregularidades o charcos del terreno de juego o de la
pista ante la posibilidad de caídas y esguinces, retirando elementos que puedan ocasionar heridas incisivas, punzantes y por abrasión, valorando los desperfectos de postes, tableros y porterías y vigilando sus contrapesos para que no se desplomen
ante un peso añadido.


Para evitar este tipo de situaciones que, aunque en la mayoría de casos, no son de gravedad, constituyen un grave problema para los alumnos y sus familias, se requiere aplicar concienzudamente la normativa de seguridad y vigilar
permanentemente los entornos y actividades educativas.


Es necesario desarrollar una política integral de protección de la comunidad escolar, mediante la prevención de los riesgos derivados del diseño de los edificios, de la labor docente, del equipamiento, de las instalaciones y de las
emergencias que puedan producirse en los centros educativos. Para ello, se deben realizar los correspondientes análisis de riesgos, considerando la geología o la sismología del entorno del centro, su situación y emplazamiento, sus accesos y
características constructivas externas e internas y sus instalaciones, así como la implantación de las medidas de protección necesarias (con los adecuados medios de extinción de incendios, sistemas de aviso y alarma, de alumbrado de emergencias,
equipos y material de primera intervención) y los correctos diseños de la evacuación en caso de que sea necesaria.



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Para saber si un centro educativo es seguro es necesario, en primer lugar, desarrollar los procesos evaluativos necesarios que permitan identificar cuáles son los peligros presentes y saber si las acciones preventivas que la comunidad
educativa aplica son suficientes y adecuadas, requiriendo que en los centros educativos se establezcan procesos dirigidos a la identificación y control de los peligros presentes en el entorno escolar la anticipación y la articulación de planes de
actuación adaptados a la realidad e idiosincrasia de cada centro permitirían reducir la presencia de los peligros y reducir el riesgo de daños, tanto personales como materiales.


No obstante, las administraciones educativas no siempre han afrontado estos procesos de identificación y control de peligros ni han implementado las medidas de seguridad integral necesarias en centros escolares. Un ejemplo del atraso
existente en este ámbito es el hecho de que se sigan empleando manuales de seguridad en centros educativos editados hace 15 años.


Por otra parte, el estudio 'La Seguridad Integral en los Centros de Enseñanza Obligatoria de Esparta', realizado por el Grupo de Investigación en el Análisis de las Políticas Públicas Vinculadas a la Gobernanza del Riesgo en el Ámbito
Escolar y Educativo, de la Universidad Autónoma de Barcelona, más reciente, fue editado en mayo de 2012.


Es necesario, por tanto, que exista una Ley de Prevención de Riesgos en los Centros Escolares, puesto que restringir el desarrollo del que es un derecho de los niños y adolescentes al ámbito exclusivamente reglamentario es claramente
insuficiente, así como llevar a cabo todas las medidas que garanticen que dicho derecho se ejerce y disfruta de forma efectiva.


Teniendo presente lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar los procesos evaluativos necesarios que permitan identificar cuáles son los peligros presentes en los centros educativos, tanto en horario lectivo como en actividades extraescolares, con el fin de saber si las acciones
preventivas que las administraciones públicas y la comunidad educativa aplican son suficientes y adecuadas.


2. Llevar a cabo las medidas que garanticen que las actividades académicas, deportivas, culturales y lúdicas de todos los alumnos se desarrollan, efectivamente, en las debidas condiciones de seguridad e higiene, en particular, aquellas que
resulten de los procesos evaluativos mencionados en el punto anterior.


3. Presentar un Proyecto de Ley de Prevención de Riesgos en los Centros Escolares, que garantice un marco jurídico estable que permita a todos los estudiantes desarrollar su actividad académica en las debidas condiciones de seguridad e
higiene.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-María Virginia Millán Salmerón y Marta Martín Llaguno, Diputadas.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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Comisión de Defensa


181/000312


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Defensa


Diputado don Francisco Javier Cano Leal


Texto:


¿Cuáles van a ser los ejes de su mandato sobre la función de preparar la fuerza, promulgar la doctrina militar nacional y establecer la Fuerza Conjunta?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Francisco Javier Cano Leal, Diputado.


Comisión de Economía, Industria y Competitividad


181/000285


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(181) Pregunta oral al Gobierno en Comisión.


Autor: Vendrell Gardeñes, Josep (GCUP-EC-EM).


Reformulación de su pregunta sobre reuniones o contactos mantenidos con las entidades financieras para tratar la cuestión del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del Reglamento, y encomendar su conocimiento a la Comisión de Economía, Industria y Competitividad. Asimismo, dar traslado del
acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


181/000285


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Economía, Industria y Competitividad


Diputado don Josep Vendrell Gardeñes



Página 99





Texto:


¿El Gobierno ha mantenido reuniones o contactos con las entidades financieras para tratar la cuestión del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)? ¿Con qué interlocutores?


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-Josep Vendrell Gardeñes, Diputado.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


181/000313


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Sergio del Campo Estaún


Texto:


¿Cuándo piensa el Gobierno aprobar el desarrollo reglamentario de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de
accidentes de trabajo enfermedades profesionales de la Seguridad Social?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Sergio del Campo Estaún, Diputado.


181/000314


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Sergio del Campo Estaún


Texto:


¿Qué medidas tiene previsto adoptar el Gobierno para reducir la temporalidad de nuestro mercado de trabajo y acabar con la dualidad?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Sergio del Campo Estaún, Diputado.


181/000315


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Sergio del Campo Estaún


Texto:


¿Considera el Gobierno que se puede gastar el dinero de formación en otras actuaciones distintas a la formación de los trabajadores?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Sergio del Campo Estaún, Diputado.



Página 100





181/000316


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Saúl Ramírez Freire


Texto:


¿Qué medidas tiene previsto adoptar el Gobierno para resolver el déficit de la Seguridad Social y dotar de más ingresos al sistema?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Saúl Ramírez Freire, Diputado.


181/000317


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Saúl Ramírez Freire


Texto:


¿Tiene previsto su Ministerio tomar alguna medida en relación a la restricción de las pensiones de viudedad y orfandad a casos de vulnerabilidad económica o su financiación vía impuestos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Saúl Ramírez Freire, Diputado.


181/000318


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don José Cano Fuster


Texto:


¿Realiza la Tesorería General de la Seguridad Social proyecciones y previsiones sobre la esperanza de vida?


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-José Cano Fuster, Diputado.


181/000333


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Sergio del Campo Estaún



Página 101





Texto:


¿Piensa el Gobierno regular y aclarar la grave situación discriminatoria en la que se encuentran trabajadoras como, por ejemplo, las camareras de piso?


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Sergio del Campo Estaún, Diputado.


181/000334


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don José Cano Fuster


Texto:


¿Que medidas tiene previsto llevar a cabo el Gobierno para incrementar la tasa de cobertura por desempleo y para lograr la incorporación al mercado de trabajo de las personas desempleadas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-José Cano Fuster, Diputado.


181/000335


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don Sergio del Campo Estaún


Texto:


¿Qué medidas tiene previsto implementar el Gobierno para aumentar los porcentajes de ejecución de fondos y aumentar los recursos que reciben los centros especiales de empleo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Sergio del Campo Estaún, Diputado.


181/000336


Grupo Parlamentario Ciudadanos


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputado don José Cano Fuster


Texto:


¿Qué medidas ha adoptado o piensa adoptar el Gobierno para reducir las cifras de siniestralidad laboral, especialmente in itinere?


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-José Cano Fuster, Diputado.



Página 102





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/010649


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Moya Matas, Jaume (GCUP-EC-EM).


Reformulación de su pregunta sobre nombramiento de don Juan José Pereña Muñoz, incurso en una causa de incompatibilidad, como Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Salamanca.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, Jaume Moya i Matas, diputado adscrito al Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea plantea, al Gobierno
la siguiente pregunta con respuesta por escrito.


El pasado 25 de febrero, el BOE publicaba el Real Decreto 179/2017 por el que el Ministro de Justicia nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Salamanca a don Juan José Pereña Muñoz. Días más tarde, el 17 de marzo, en un acto
presidido por el propio Fiscal General del Estado, don José Manuel Maza Martín, el Sr. Pereña tomaba posesión de su cargo.


El apartado 6 del artículo 57 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece la incompatibilidad del ejercicio de cargos fiscales 'con el ejercicio de la abogacía (...) de su cónyuge o persona a quien se halle ligado de forma estable
por análoga relación de afectividad' y el apartado 4 del artículo 58 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece la prohibición de ejercer su cargo a los Fiscales Jefes en las Fiscalías 'donde ejerzan habitualmente como abogado o
procurador su cónyuge o persona a quien se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad'. Se da la circunstancia que, cómo han advertido diversos medios de comunicación, el Sr. Pereña es el cónyuge de la Sra. Belén García
Muriel, abogada colegiada en el Iltre. Colegio de Salamanca, y con despacho profesional en el Paseo Canalejas 37-41 1.oC de la misma ciudad.


Por ello, el Sr. Pereña no puede ejercer su cargo de fiscal y, mucho menos, ocupar el cargo de Fiscal Jefe de la Fiscalía de Salamanca y, de acuerdo con el apartado siete del art. 62 del EOMF,,consciente de su incompatibilidad, concurre en
una falta muy grave merecedora de sanción. De la misma manera, el Fiscal General del Estado, que formuló la propuesta al Ministerio de Justicia para que el Consejo de Ministros deliberara la idoneidad del Sr. Pereña, caso de ser conocedor de dicha
circunstancia, debiera ser también amonestado.


De hecho, el Sr. Pereña es fiscal con ejercicio en la provincia de Salamanca desde 1993, circunstancia que ya le ha llevado en diversas ocasiones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Estatuto, en relación con el art. 219.1
de la LOPJ, a abstenerse del conocimiento de causas en las cuales la Sra. García Muriel ejercía la defensa letrada de alguna de las partes.



Página 103





Pregunta:


¿Le consta al Gobierno la incompatibilidad legal del Sr. Pereña Muñoz a ocupar el cargo de Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Salamanca por el que ha sido nombrado?


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Jaume Moya Matas, Diputado del Grupo Parlamentario Confederal de Podemos-En Comú Podem-En Marea.


184/010749


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS). Serrada Pariente, David (GS).


Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca del nombramiento del Sr. Peña Echevarría como responsable de Formación de la Policía Nacional.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG Congreso de los Diputados', serie D, núm. 135, de 3 de abril de 2017.