Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 11, de 12/09/2016
cve: BOCG-12-D-11 PDF


parte 1 parte 2


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


12 de septiembre de 2016


Núm. 11



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000043 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la finalización de emisiones de corridas de toros en horario infantil... (Página8)


162/000048 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la devolución inmediata de los papeles de Salamanca... (Página9)


162/000049 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la restitución a sus archivos originarios de la documentación del Gobierno catalán requisada por la Gestapo en París en 1940, que se
conserva en el archivo de Ávila... (Página11)


162/000063 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la defensa de la libertad religiosa y su ejercicio... (Página12)


162/000064 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la defensa de la tauromaquia... (Página14)


162/000069 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la paralización de los requerimientos de disolución de empresas públicas municipales por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas... href='#(Página16)'>(Página16)


162/000073 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre garantía, ante el cierre del ejercicio presupuestario 2016, de la percepción por las Comunidades Autónomas de los recursos económicos que les
corresponden para la prestación de los servicios públicos fundamentales y para su desarrollo económico y social... (Página17)


162/000077 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la Sentencia 131/2016, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional contra Izar Construcciones
Navales, S.A./SEPI... (Página18)


162/000078 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al cese del pago del complemento salarial vitalicio de las y los pensionistas de la antigua E.N. Bazán...
(Página19)



Página 2





162/000082 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la Sentencia del Tribunal Supremo 1966/2016 por la que se anula el Plan de Emergencia Exterior de la
Regasificadora del Noroeste, S.A. (Reganosa) de Mugardos (A Coruña)... (Página20)


162/000083 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al proceso de selección y posterior contratación de varios ingenieros para la empresa pública Navantia
S.A.... (Página21)


162/000086 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el reconocimiento a la labor e historia del Teatro Real... (Página23)


Dirigidas, en el caso de su aprobación, al Gobierno que se constituya


162/000001 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la derogación de la reforma laboral y a la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores... (Página23)


162/000002 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la dignificación del Salario Mínimo Interprofesional acercándolo al 60% del salario medio, tal y como establece la Carta Social Europea... href='#(Página25)'>(Página25)


162/000003 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el impulso de un acuerdo político y social para derogar la LOMCE y para la aprobación de una ley básica de educación... href='#(Página26)'>(Página26)


162/000004 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a promover un Pacto Social, Político e Institucional que recupere el espíritu de consenso de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas
de protección integral contra la violencia de género, vinculando a todos los partidos políticos, poderes del Estado y sociedad civil en un compromiso firme en pro de una política sostenida para la erradicación de la violencia de género... href='#(Página27)'>(Página27)


162/000005 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la implantación inmediata y con carácter urgente de un ingreso mínimo vital para atender a las familias en situación de necesidad por carecer de
recursos económicos de cualquier naturaleza... (Página29)


162/000006 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a recuperar el Pacto de Toledo como expresión de consenso político y el diálogo social con el fin de acordar las medidas que permitan asegurar
pensiones dignas y fortalecer la viabilidad del sistema público de pensiones... (Página30)


162/000007 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local... (Página33)


162/000008 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la derogación de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana... (Página34)


162/000009 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la promoción de una Ley de Cambio Climático... (Página36)


162/000010 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre reforma fiscal, lucha contra el fraude y la evasión fiscal y Cooperación Fiscal Internacional... (Página38)



Página 3





162/000011 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la desviación del déficit público, las medidas para corregirlo y la posición a adoptar ante el procedimiento sancionador abierto por la Unión Europea
... (Página43)


162/000012 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía y en Extremadura... href='#(Página46)'>(Página46)


162/000013 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la modificación del Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020... (Página47)


162/000014 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el impulso de modificación de los artículos 25 y 31.2 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), según la redacción dada en la Ley
21/2014, de 4 de noviembre, para adaptar nuestra normativa a la legalidad europea definida en doctrina del Tribunal de Justicia Europeo, y especialmente a la sentencia del 9 de junio de 2016... (Página48)


162/000015 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el impulso del turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias... (Página49)


162/000016 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el transporte en Canarias... (Página50)


162/000017 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la reforma de los aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias... (Página51)


162/000018 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la reforma del sistema de financiación autonómica... (Página55)


162/000019 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el servicio de inspección fitosanitaria en la Comunidad Autónoma de Canarias... (Página56)


162/000020 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la política aduanera y el impulso del comercio electrónico en las Islas... (Página57)


162/000021 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la derogación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa... (Página58)


162/000022 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el reconocimiento de la denominación de origen protegida 'miel de palma' de la Isla de La Gomera... (Página59)


162/000023 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el reparto de la cuota de atún rojo a la Comunidad Autónoma de Canarias... (Página61)


162/000024 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven (Garantía Juvenil)... (Página62)


162/000025 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el rescate del Plan Integral de Empleo de Canarias... (Página63)


162/000026 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el impulso del sector industrial en la Comunidad Autónoma de Canarias... (Página65)


162/000027 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el rescate del Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) en materia de infraestructura educativa... (Página66)



Página 4





162/000028 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la supresión de los coches oficiales de los cargos públicos... (Página67)


162/000029 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la adopción de medidas urgentes contra la pobreza infantil... (Página67)


162/000030 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el recorte del presupuesto militar... (Página68)


162/000031 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la prohibición de prácticas de competencia desleal de las grandes distribuidoras e industrias transformadoras hacia las explotaciones
agrícolas y ganaderas... (Página69)


162/000032 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la revisión inmediata del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro... (Página70)


162/000033 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el establecimiento de un techo salarial vinculado al salario mínimo en relación de 1:12... (Página72)


162/000034 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la devolución de ayudas públicas en caso de deslocalización... (Página73)


162/000035 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el no reconocimiento oficial de las distinciones y títulos nobiliarios... (Página74)


162/000036 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado... (Página75)


162/000037 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local... href='#(Página76)'>(Página76)


162/000038 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la paralización del calendario de implantación y posterior derogación de la LOMCE... (Página78)


162/000039 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de la pena de prisión permanente revisable... (Página81)


162/000040 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de las últimas reformas legislativas que perjudican la protección del medioambiente... (Página82)


162/000041 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, relativa a la despenalización del derecho de huelga... (Página85)


162/000042 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la moratoria y la prohibición de técnicas de prospección de hidrocarburos mediante el sistema de fractura hidráulica (fracking)... href='#(Página86)'>(Página86)


162/000044 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la prohibición del maltrato y muerte del animal en las corridas de toros y demás actividades relacionadas con la tauromaquia... href='#(Página88)'>(Página88)



Página 5





162/000045 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la supresión de la categoría de trabajadores taurinos del régimen especial de jubilación anticipada por razón del grupo o actividad
profesional... (Página90)


162/000046 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la supresión de las subvenciones públicas a la tauromaquia... (Página91)


162/000047 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la derogación de la tauromaquia como patrimonio cultural... (Página93)


162/000050 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el reconocimiento internacional de la República de Kosovo... (Página95)


162/000051 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática... (Página96)


162/000052 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a garantizar el desarrollo y la financiación del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia... (Página98)


162/000053 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la igualdad salarial entre mujeres y hombres... (Página99)


162/000054 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el restablecimiento del subsidio por desempleo para las personas mayores de 52 años... (Página102)


162/000055 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el inicio del procedimiento para la reforma del sistema de financiación autonómica... (Página103)


162/000056 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el desarrollo del autoconsumo con balance neto... (Página104)


162/000057 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la aprobación de un Plan de retorno del talento científico y profesional... (Página106)


162/000058 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a la puesta en práctica de un Plan contra la Explotación Laboral... (Página108)


162/000059 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la ratificación del Convenio número 189 de la OIT y la Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras o trabajadores
domésticos... (Página112)


162/000060 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para corregir el déficit de la Seguridad Social... (Página113)


162/000061 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la reducción del IVA para los bienes y servicios culturales... (Página115)


162/000062 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la valoración de discapacidad para las personas con enfermedades neurodegenerativas... (Página116)


162/000065 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, relativa al traspaso de becas y ayudas al estudio... (Página117)



Página 6





162/000066 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, de apoyo a las entidades catalanas del tercer sector social y para la transferencia a la Generalitat de Cataluña de la recaudación de la
asignación tributaria del porcentaje del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinado a fines sociales... (Página118)


162/000067 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas de urgencia en el sistema educativo... (Página119)


162/000068 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre conciliación y corresponsabilidad... (Página121)


162/000070 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la aprobación de una verdadera ley de segunda oportunidad... (Página124)


162/000071 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la industria 4.0... (Página126)


162/000072 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la reforma de la regulación del Gobierno en funciones contenida en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno... href='#(Página128)'>(Página128)


162/000074 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la necesidad de evaluar la participación española en la guerra, ocupación y reconstrucción de Irak... href='#(Página130)'>(Página130)


162/000075 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la creación de un Sistema Nacional Público de Evaluación de la Producción Científica en Abierto... href='#(Página133)'>(Página133)


162/000076 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a las previsiones del Gobierno para garantizar las condiciones de la subastas para el servicio de
interrumpibilidad del suministro eléctrico y definición de un modelo energético gallego social y sostenible... (Página137)


162/000079 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los astilleros públicos de la Ría de Ferrol... (Página138)


162/000080 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la elaboración de un plan financiero para los astilleros públicos gallegos... href='#(Página139)'>(Página139)


162/000081 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al Puerto Exterior de A Coruña... (Página140)


162/000084 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al incremento de la siniestralidad laboral... (Página142)


162/000085 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la anulación de la sentencia a Blas Infante y a todas las víctimas del franquismo... href='#(Página143)'>(Página143)


162/000087 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el establecimiento de una base permanente de hidroaviones en las Islas Canarias... (Página144)


162/000088 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas urgentes frente a la LOMCE... (Página146)



Página 7





162/000089 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la gradual disminución en la producción de energía eléctrica por centrales nucleares... (Página150)


162/000090 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas contra las agresiones LGTBIfóbicas y la necesidad de una ley estatal... href='#(Página154)'>(Página154)


162/000091 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la creación de un pacto social, político e institucional para la mejora, modernización, agilización e independencia de la Justicia... href='#(Página156)'>(Página156)


162/000092 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la declaración del día 24 de agosto como Día Oficial de la Resistencia Antifascista, en homenaje a los
combatientes republicanos españoles de 'La Nueve', protagonistas de la liberación de París en la Segunda Guerra Mundial... (Página160)


162/000093 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la clausura definitiva de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE)... (Página162)


162/000094 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a las previsiones del Gobierno para garantizar las condiciones de las subastas para el servicio de
interrumpibilidad del suministro eléctrico y definición de un modelo energético gallego social y sostenible... (Página163)


162/000095 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la privatización del aparcamiento de la estación de ferrocarril de Vilagarcía de Arousa... href='#(Página164)'>(Página164)


162/000096 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al cierre y la paralización de la planta de regasificación de Reganosa ubicada en Punta Promontoiro-Mugardos
(A Coruña)... (Página165)


162/000097 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la demolición del colegio San Juan de la Cruz de Valladolid y al futuro uso de la parcela que ocupaba el
inmueble... (Página167)


162/000099 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el Plan de Reactivación Industrial en Castilla y León... (Página168)



Página 8





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000043


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Capdevila i Esteve, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
finalización de emisiones de corridas de toros en horario infantil, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Las corridas de toros son espectáculos violentos donde, tras el supuesto 'arte' acrobático o coreográfico de picadores, banderilleros y toreros, se lleva a cabo la tortura de los animales con instrumentos de acero cortantes hasta su
sangrante muerte, con la única finalidad de servir de diversión a los espectadores.


La tortura del animal y su 'preparación para el espectáculo' comienza 24 horas antes de la corrida propiamente, cuando se encierra a oscuras al toro, de manera que al soltarlo a la plaza el toro trate de huir dando una imagen de mayor
ferocidad. Por otro lado, se siguen toda una serie de estrategias para debilitar al animal, como son colgarles sacos de arena en el huello durante horas, inducirles diarreas o golpearles. Finalmente, se le unta grasa en los ojos para dificultar su
visión y una sustancia en las patas que le producen ardor para que no se quede inmóvil.


Una vez en la plaza, en el llamado 'primer tercio de la lidia', el toro se enfrenta a los picadores que desde lo alto de un caballo, le clavan una lanza en el lomo con la finalidad de desangrarlo para debilitarlo aún más. En el llamado
'castigo', el toro pierde unos cinco litros de sangre -más de un 15% de su totalidad- al lesionar varios vasos sanguíneos. Además, la lanza destroza varios músculos, provocando la 'humillación': el toro baja la cabeza porque no puede sostenerla.
Esto, además de transmitir al espectador la imagen de sometimiento del animal, beneficia posteriormente la introducción de las banderillas y el estoque, y reduce el riesgo de cogida (el toro pierde fuerza y siente dolor al cornear de abajo a
arriba). Habitualmente, y pese a la prohibición del Reglamento taurino, el picador 'barrena' con la vara, como si fuera un sacacorchos, para profundizar la herida.


Asimismo, el caballo del picador también recibe heridas provocadas por el toro, siendo habitual que sufran múltiples quebraduras de las costillas o destripamientos (ocultadas por un peto que no los protege de ello) que tienen como
consecuencia que estos caballos no sobrevivan a varias corridas.


Después del picador, en el 'segundo tercio de lidia', se clavan al toro entre cuatro y seis banderillas (arpones de acero cortante de seis u ocho cm de longitud) que desgarran los tejidos y la piel y que, beneficiadas además por su forma y
peso, garantizan una constante hemorragia del animal.


El toro va perdiendo, pues, sangre durante prácticamente toda la corrida y va debilitándose hasta quedar exhausto. Es el momento de mayor 'lucimiento' del torero que culmina con el toro atravesado por una espada de 80 cm de longitud y que
puede destrozarle el hígado, el esófago, los pulmones, etc., según



Página 9





la trayectoria de la misma. Una vez tiene el estoque dentro, el movimiento de tórax agudiza los daños internos, motivo por el cual el torero mueve el capote de un lado a otro en el conocido 'mareo'. Cuando la espada destroza la gran
arteria, el toro agoniza entre vómitos de sangre. Si el toro se resiste a caer, se le apuñala en la nuca con el descabello, otra larga espada que termina en una cuchilla de diez cm con tope.


A la postre, cuando el toro cae al suelo, si no consigue morir, se le remata con una puntilla (cuchillo-puñal de diez cm), que pretende seccionarle la médula espinal para que el toro quede paralizado, muriendo por la imposibilidad de
realizar movimientos respiratorios o ahogado en la sangre que brota por nariz y boca. A veces, todavía sigue vivo cuando se le cortan las orejas o el rabo y cuando sale arrastrado de la plaza.


El artículo 22 de la Ley 25/1994, transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva Europea 89/552/CEE, establece que los Estados miembros de la Unión Europea adoptarán las medidas oportunas para proteger a los menores de
escenas gratuitas de violencia en emisiones televisivas. A pesar de ello, TVE en horario de programación infantil continúa emitiendo corridas de toros, que son espectáculos violentos donde se lleva a cabo la tortura de los animales con instrumentos
de acero cortantes y hasta su sangrante muerte, con la única finalidad de servir de diversión a los espectadores.


TVE retomó la emisión de corridas de toros el 13 de septiembre de 2013. La programación de las corridas de toros en horario infantil ha provocado el rechazo de distintas asociaciones de defensa de los derechos de los menores. Por ejemplo,
el Consejo Independiente de Protección de la Infancia ha recordado en varias ocasiones que la retransmisión podría contravenir las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. En uno de sus informes, dicho organismo
afirma que 'El Comité está preocupado por el bienestar físico y mental de los niños que participan en clases de tauromaquia y las actuaciones asociadas a ella, así como el bienestar mental y emocional de los niños espectadores que están expuestos a
la violencia de la tauromaquia'.


En este sentido, cabe también recordar que la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) ya presentó el 16 de octubre de 2003, una denuncia ante la Comisaria Europea de Educación y Cultura, Viviane Reding,
por permitir la emisión de corridas de toros en horario infantil. A esta denuncia se unieron diversas organizaciones europeas, ya que el canal internacional de TVE retransmite las corridas de toros a otros países europeos, vulnerando así el
artículo 2.º de la Directiva 89/552/CEE.


La emisión por la televisión pública de eventos tauromáquicos, como las corridas de toros, en horario infantil constituyen una apología televisada de la tortura, el sufrimiento y el maltrato animal que una sociedad democrática y pacífica,
basada en valores de respeto tolerancia y no violencia no puede permitir ni tolerar.


Por todo ello, a la espera de su definitiva abolición, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Adoptar las medidas legales oportunas para suprimir de la programación televisiva en horario infantil las corridas de toros.


2. Incentivar la programación de contenidos educativos dirigidos la infancia acerca del respeto animal y a la biodiversidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Joan Capdevila i Esteve, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000048


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Xavier Eritja Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
devolución inmediata de los papeles de Salamanca, para su debate en Pleno.



Página 10





Exposición de motivos


Hace más de 75 años de la partida de Barcelona del último tren con 35 toneladas de documentos requisados en Catalunya en dirección a Salamanca. Después de este tiempo y cuando todavía están vivas las palabras 'es vuestro por derecho de
conquista', pronunciadas por el escritor Torrente-Ballester desde el balcón del ayuntamiento de Salamanca en relación a los documentos, la devolución todavía no solamente no se ha llevado a cabo sino que todo apunta a que existe la voluntad política
de entorpecer, una vez más, el desarrollo y cumplimiento de la Ley 21/2005, de 17 de noviembre. De hecho, la última entrega de documentación data del año 2011. Desde entonces, y a pesar de los trabajos realizados por la Comisión Mista Ministerio
de Cultura-Generalitat de Catalunya, no se ha llevado a cabo ninguna otra devolución.


Lo afirmado no es baladí y es constatable: el día 27 de febrero de 2013, la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados debatió y aprobó por 41 votos a favor y una abstención una Proposición no de Ley presentada por Esquerra
Republicana de Catalunya (161/1313) sobre la devolución de la documentación del Archivo General de la Guerra Civil Española incautada en Catalunya. El texto aprobado fue el siguiente: 'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a finalizar en
el plazo de seis meses el proceso de restitución, en colaboración con la Generalitat de Cataluña y en los términos previstos en la Ley 21/2005, de 17 de noviembre, de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil que se encuentran en el
Archivo General de la Guerra Civil Española y de creación del Centro Documental de la Memoria Histórica, y según la sentencia del Tribunal Constitucional 020/2013, de 30 de enero de 2013'.


La razón que hizo posible este acuerdo tan mayoritario, que incluso ponía fecha para la culminación el proceso de retorno, radicaba en la aceptación por parte del Gobierno que de forma recurrente se comprometía en plazos que, posteriormente,
no se cumplían. Prueba de ello es que el actual ministro había afirmado en el inicio de sus responsabilidades al frente del Ministerio de Cultura en una entrevista con el Conseller de Cultura de la Generalitat de Catalunya que el día 20 de junio de
2012 ya habrían culminado todos los retornos de la documentación incautada y depositada en el Salamanca que por ley tenían que ser devueltos a sus propietarios vía Generalitat de Catalunya. Sin duda, el reconocimiento de los múltiples
incumplimientos hizo posible el acuerdo del día 27 de febrero de 2013 en sede parlamentaria.


A pesar que la ley fue aprobada en el año 2005 (Ley 21/2005, de 17 de noviembre), a pesar que las tareas de digitalización de la documentación concluyeron en el mes de julio de 2013, a pesar de haberse celebrado ya en la última legislatura
de gobierno del Partido Popular la convocatoria de la Comisión Mixta Ministerio de Cultura-Generalitat de Catalunya encargada de la evaluación y aprobación de los fondos a retornar y de haber acordado -con carácter vinculante- su transferencia en el
pazo de tres meses, han transcurrido diecinueve meses y no se ha llevado a cabo los envíos.


Paralelamente, en Catalunya el inconcebible retraso ha ido intensificando la preocupación en la medida que, además de los documentos pertenecientes a instituciones, a sindicatos, a entidades sociales, etc, también buena parte de ellos
provienen de personas físicas, muchas de ellas en una edad muy avanzada. Preocupación y en buena medida indignación porque es evidente que el gobierno pretende blindar, mediante una actuación arbitraria y contraria a la ley, blindar la requisa y
mantener el oprobio de las víctimas. En este sentido, es importante reseñar que la ley mandata a la Generalitat de Catalunya ordenar y llevar a cabo el proceso de retorno y localización de los herederos de quienes fueron expoliados.


A pesar de todo ello, existe en Catalunya la constatación de uso político del retorno de la documentación por parte del PSOE y el PP. En este sentido, ya se denunciaron las presiones que en su día recibió la Ministra de Cultura del PSOE
González-Sinde desde su mismo Gobierno para que no ejecutara una parte del retorno de la documentación pocos meses antes de la celebración de las elecciones generales del mes de noviembre de 2011, ante el riesgo electoral que ello pudiera provocar o
las mismas declaraciones del Ministro de Cultura señor Wert reconociendo que no era buen momento el llevar a cabo el traslado ante la celebración de las elecciones europeas.


Con posterioridad, el Ministro manifestó a la prensa que tenía prevista la devolución de 238 cajas, 350 libros y otros elementos, una cantidad inferior a la reclamada por parte de la Generalitat de Catalunya consistente en 546 cajas, 4.139
libros, 259 carteles y otros documentos. El Gobierno español aduce para no cumplir la sentencia del Tribunal Constitucional emitida en el mes de enero de 2013, que avalaba que la Generalitat de Catalunya percibiera la documentación para restituirla
a sus propietarios lícitos, que algunos de ellos ya no existen. Es evidente que deberá ser responsabilidad del Gobierno catalán el llevar



Página 11





a cabo el procedimiento de entrega de los documentos a sus propietarios cuando la devolución por parte del Ministerio de Cultura se haya completado.


De igual manera, tal como fue acordado por el Consell de l'Advocacia Catalana el 30 de junio de 2014, se reclama la restitución a Catalunya de la documentación de los tribunales catalanes y del Departament de Justícia de la Generalitat
republicana que existen en el fondo de la Causa General atendiendo a la importancia que este fondo posee para la historia de la justicia catalana. Exigencia que debe hacerse extensible a los fondos relativos a la Conselleria d'Interior, que el
gobierno español se niega a devolver aduciendo que, a raíz de los hechos acaecidos en el mes de mayo de 1937 en Barcelona fue retirada esta competencia al gobierno de Catalunya, tal como resolvió en sentencia de 19 de diciembre de 2008 la Audiencia
Nacional.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Proceder a la devolución inmediata de la documentación referida en la Ley 21/2005 de 17 de noviembre, de restitución a la Generalidad de Cataluña de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil custodiados en el Archivo
General de la Guerra Civil Española y de creación del Centro Documental de la Memoria Histórica, que ya ha sido identificada y digitalizada, en cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Mixta Ministerio de Cultura Generalitat de Catalunya de 2011
y 2013.


2. Promover un encuentro con el Gobierno de Catalunya para establecer el procedimiento adecuado para hacer efectiva la devolución de la documentación incautada perteneciente al Departament de Justícia e Interior de la Generalitat de
Catalunya.


3. Proceder a la devolución de la documentación incautada requisada a los municipios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000049


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Xavier Eritja i Ciuró, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
restitución a sus archivos originarios de la documentación del gobierno catalán requisada por la Gestapo en París en 1940, que se conserva en el archivo de Ávila, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En 1939, el gobierno legítimo de la Generalitat presidida por Lluís Companys i Jover se trasladó a Francia y estableció en París su sede. El verano de 1940, las tropas alemanas rompieron el frente francés y ocuparon el norte de Francia y la
capital. El día 16 de junio ocuparon las oficinas de la Generalitat establecidas en aquella capital, y en concreto la de Presidencia, incautando toda la documentación que encontraron. Dos días antes la policía alemana había detenido al Presidente
Companys que fue deportado y entregado a la policía española en Hendaya. Fue conducido a Madrid donde fue torturado en los interrogatorios de la Dirección general de la Puerta del Sol y después trasladado a Barcelona donde se le sometió a un
Consejo de Guerra ignominioso, que le condenó a muerte.


La Comissió de la Dignitat ha enviado una carta al Ministro de Defensa, Pedro Morenés, reivindicando que se devuelvan al Gobierno catalán los documentos incautados por la policía Nazi en París y que se han localizado en el Archivo Militar de
Ávila. Es un acto de justicia democrática, restableciendo un acto de la violencia Nazi contra una institución catalana y en homenaje al Presidente Companys, con quien el ejército español tiene una deuda como condena de su asesinato.


Como manifiesta la Comissió de la Dignitat en su carta, mucha de la documentación requisada por la DERD fue trasladada en los años 1939-1945 al Archivo Histórico Militar. Estas transferencias



Página 12





de documentación se realizaron en tiempos del gobierno franquista, como testimonio y trofeo del acto de conquista llevada a cabo por las columnas del ejército de ocupación respecto las personas e instituciones republicanas. En el caso de
Catalunya, contra el Gobierno legítimo de la Generalitat, que fue suprimido por ley de abril de 1939 y no restablecido hasta la anulación de esta ley franquista por el Real Decreto-ley 41/1977.


Como reconoció el preámbulo de la Ley 21/2015 'el restablecimiento de la Generalitat de Catalunya mediante el Real Decreto-ley 41/1977, de 29 de septiembre -antes de la entrada en vigor de la Constitución-, y la derogación expresa de la Ley
de 5 de abril de 1938, supuso también el renacimiento del derecho de sus instituciones a recuperar su memoria histórica y a la restitución de su archivo institucional', (según sentencia de la Audiencia Nacional de 19 de diciembre de 2008). Por
tanto, desde su restitución, la Generalitat tiene legitimidad para recuperar el archivo que, tras su disolución, fue dispersado y trasladado a diversos archivos y depósitos del Estado.


La documentación requisada a la Generalitat por la Gestapo en París bajo la denominación de 'Layetana Ofice', se componía de documentos generados de la actuación realizada en Francia entre 1939 y 1940, dedicada a la difusión de la cultura
catalana desde la 'Fundació Ramon Llull' y al auxilio de los numerosos refugiados, y también de documentos reservados de su archivo institucional que se trasladaron desde Barcelona, referida a su acción de gobierno.


La policía Nazi intervino estos documentos que formaban parte del archivo reservado de presidencia de la Generalitat, junto con documentación del Gobierno Vasco, y los puso a disposición de la embajada española franquista y, por orden del
director general de seguridad, Gabriel Coronado, se trasladaron a Madrid. El resto de la documentación quedó en París y al fin de la guerra la recuperó el Gobierno Vasco que después de su retorno del exilio la devolvió a la Generalitat que la
reintegró a su archivo.


Recientemente, un historiador consultó unos documentos de la Generalitat en el archivo del Ministerio de Defensa en Ávila y llegó a la conclusión de que son los documentos requisados por los nazis, tanto a la Generalitat como al Gobierno
Vasco. Por ello, la Comissió de la Dignitat ha puesto en conocimiento del Ministerio de Defensa estos hechos, para que se proceda a restituir este fondo a la Generalitat.


La restitución de los abusos y actos de incautaciones nazis son un deber asumido de forma general por todos los gobiernos e instituciones europeas, como lo han hecho recientemente los reyes de Holanda en devolver a sus legítimos propietarios
el cuadro 'El bosque de la Haya con una vista del Palacio Huis ten Bosch' del pintor del siglo XVII Joris van der Haagen, al descubrir que había sido requisado por los nazis.


Este 2015, en que se cumplen 75 años de la detención del President Lluís Companys y del precinto de la sede en París de la Generalitat en el exilio, sería una buena fecha para hacer efectiva la devolución de los papeles incautados.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Proceder a la identificación de la documentación del gobierno catalán requisada por la Gestapo en París el 1940 que se conserva en el archivo de Ávila.


2. En un período no superior a seis meses, devolver dicha documentación a la Generalitat para que la reincorpore a su archivo institucional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000063


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, Diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes



Página 13





del Reglamento, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la defensa de la libertad religiosa y su ejercicio, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La libertad religiosa es una de las libertades públicas que nuestra Carta Magna garantiza, regulando su contenido material en la Sección Primera 'de los derechos fundamentales y de las libertades públicas', del Capítulo Segundo 'derechos y
libertades', del Título I 'De los derechos y deberes fundamentales', esto es, reconociéndole el mayor nivel de protección que la Constitución reserva únicamente para una lista tasada de derechos y libertades. En concreto, el artículo 16, en su
apartado 1 la formula en los términos siguientes: 'se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público
protegido por la ley'.


El artículo 9 en su apartado 1 establece que 'los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento'. Y añade en el apartado 2 que 'corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para
que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica,
cultural y social'.


Expuesto el marco constitucional que ampara la libertad religiosa, sin embargo, en demasiadas ocasiones y con una excesiva contemporización o indiferencia general observamos que los ataques y ofensas al sentimiento religioso son cada día más
frecuentes y, mucho tememos, más organizados.


En especial, en los últimos tiempos, se han acentuado los ataques y ofensas contra la religión católica y sus fieles.


Así, recientemente, hemos conocido innumerables actos algunos de los cuales bien han sido protagonizados personalmente por cargos públicos bien han sido promovidos y financiados desde distintas administraciones públicas. Cabe recordar,
entre otros, la actuación de la actual concejal del Ayuntamiento de Madrid Rita Maestre irrumpiendo en la capilla de la Universidad Complutense mientras otros estudiantes y personal de la Universidad rezaban, pasando por el contenido de la obra 'La
bruja y Don Cristóbal', de la compañía 'Títeres desde abajo', incluida en la programación municipal de los Carnavales Madrid 2016, la exposición organizada por el Ayuntamiento de Pamplona del 'artista' local Abel Azcona basada en el robo de formas
consagradas o la versión del Padrenuestro de la 'poetisa' Dolors Miguel con motivo de los Premios Ciudad de Barcelona el pasado lunes y saludado con entusiasmo por la alcaldesa de Barcelona -la misma que ha sido acusada por la propia 'poetisa' de
haber sido utilizada imponiendo en ese acto la lectura del poema sacrílego-.


Si la convivencia deja de alimentarse de tolerancia, sencillamente se seca. La proliferación de actos ofensivos contra la libertad religiosa supone un retroceso objetivo de nuestra convivencia.


El ejercicio de las libertades de cada cual exige un espacio de respeto con las libertades de los demás, y así el Estado en todas sus manifestaciones y foros debe, a juicio de Unión del Pueblo Navarro/UPN, contribuir positivamente a que ese
espacio no sea violado. De forma nítida, el artículo 10 apartado 1 de la Constitución proclama que 'la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los
derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social'.


Ese respeto, además, debiera incluir una mínima neutralidad ante las expresiones, las manifestaciones individuales o colectivas de quienes profesan su fe de forma pública.


Si bien algunos tratan de amparar dichas manifestaciones dentro del paraguas de la libertad de expresión y de creación 'artística', deben carecer de justificación o amparo constitucional los actos ofensivos, las campañas injuriosas, los
'escraches' o, todavía más doloroso, los actos de acoso acompañados de presión o violencia en las personas.


En un momento de nuestra historia en el que algunos hablan de la necesidad de iniciar una segunda transición, merece la pena incidir en la conveniencia de reafirmar un compromiso institucional con el respeto a la libertad religiosa y de
culto.


Nada hay en la historia que nos invite a pensar que la intolerancia o la indiferencia frente a las muestras de odio antirreligioso prologarán un tiempo político mejor. Todo lo contrario.


De este modo, el éxito de la transición española sólo se explica desde la tolerancia, el respeto y la defensa compartida de la libertad de pensamiento, expresión y manifestación. Ese respeto debe incluir a los que creen y a los que no
creen.



Página 14





Unido a este aumento de las ofensas a los sentimientos religiosos en nuestro país, se produce un repunte de ataques a los cristianos en Europa. El último caso, el asesinato del sacerdote francés Padre Jacques Hamel secuestrado junto a
varios fieles en la iglesia Saint-Etienne-du-Rouvray (Francia) grabado por los propios asesinos.


No es posible construir un edificio de convivencia mejorado desde la ofensa, el agravio y la violencia. Tanto los hechos que denunciamos en esta iniciativa, como la posibilidad de que en el futuro su frecuencia aumente, son las razones que
justifican su presentación.


Por todo ello, queriendo contribuir a evitar desde ahora mismo la eventualidad de que pudiéramos llegar a ese fracaso social, UPN presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados reafirma la vigencia del artículo 16.1 de la Constitución española de 1978 que establece:


'se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.'


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- promover aquellas condiciones que mejor garanticen el ejercicio de la libertad religiosa en España,


- perseguir todos aquellos ataques y ofensas que atenten gravemente la libertad religiosa y el derecho de los ciudadanos a profesar su fe de forma libre, pública y pacífica,


- velar para que, en cumplimiento del artículo 16.3, el Estado y las distintas confesiones religiosas mantengan las 'consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones',


- fiscalizar la actuación de las administraciones públicas de modo que respeten el carácter aconfesional del estado, sin que se transforme en laicidad negativa,


- mantenerse en alerta ante los riesgos de instrumentalización de la religión para fines distintos de los que le son propios, y


- extremar la vigilancia para combatir eficazmente el fenómeno de la radicalización.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz e Íñigo Jesús Alli Martínez, Diputados.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000064


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Carlos Salvador Armendáriz y don Íñigo Alli Martínez, Diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento, presentan la
siguiente Proposición no de Ley relativa a la defensa de la tauromaquia, para su debate en Pleno.


A lo largo de este año 2016 son numerosas las ocasiones en las que los aficionados a los toros han tenido que reivindicar el valor de la tauromaquia. Por ejemplo, el domingo 13 de marzo se celebraba en Valencia una manifestación, organizada
por la Unión Taurina de la Comunidad Valenciana, a la que acudieron miles de aficionados, figuras del toreo y ganaderos para reivindicar la tauromaquia bajo el lema 'Por nuestra cultura, por nuestras raíces y por nuestra libertad'. El diestro
Enrique Ponce leyó el siguiente manifiesto:


'Somos fuertes. Y muchos. Y responsables. Lo hemos demostrado hoy aquí. Lo estamos demostrando. Y por todo ello somos felices y estamos orgullosos de ser aficionados a los toros. Que se entere quien debe enterarse, ¡que se entere el
mundo!



Página 15





Somos españoles con derechos, españoles de estos tiempos, españoles de todas las sensibilidades y orígenes, también tenemos que resaltar, gracias, que nos acompañan muchos compañeros de países europeos y americanos donde la Tauromaquia tiene
reconocimiento y tratamiento de arte, aprendamos de ellos.


Somos, insisto, españoles con derecho a nuestra identidad, a nuestra cultura, al buen nombre de nuestros padres a los que les gustó la Tauromaquia en todas sus expresiones, en la calle y en la plaza, e hicieron del toro el símbolo de sus
pasiones y las plazas lugar de encuentro y descanso tras las duras añadas de trabajo que levantaron a este país. Somos españoles a los que nos horrorizan las guerras, y la explotación infantil y las desigualdades, hombres y mujeres que lloramos
frente a las fosas comunes en las que se han convertido los mares, a los que nos duelen las apreturas de nuestro país, cuestiones todas ellas que precisan urgente y prioritaria atención de las administraciones. Hagan el favor pues de no utilizarnos
como materia de distracción. Por todo eso y por más, no podemos consentir, que ahora por intereses espurios y economicistas, venga nadie a decir que sus pasiones (las de nuestros padres y abuelos) eran perversas o crueles.


Ni lo eran ellos ni sus costumbres ni lo somos nosotros. Como tampoco lo fueron, no lo son, tantos y tantos intelectuales y artistas de reconocimiento universal que se vieron ganados por la belleza y los valores del toreo.


Reivindicamos la Tauromaquia como portadora de valores sociales y humanos, como soporte básico y principal de la biodiversidad en nuestro país, 500.000 hectáreas de dehesa se mantienen gracias a la cría del toro bravo, dónde estarían si no
esos paraísos, en qué incendio hubiesen desaparecido, quién las mantendría... Reivindicamos la Tauromaquia también por su animalismo, que incluye especialmente la defensa del toro y todas las especies que se refugian en su ambiente. Reivindicamos
la Tauromaquia como herramienta económica dinamizadora de tantas y tantas ciudades, por su capacidad de crear puestos de trabajo, por los efectos en la fijación de la población rural, por sus aportaciones a las arcas del estado y fundamentalmente
porque son raíces de nuestra cultura a las que tenemos derecho a no renunciar.


No pretendemos repudiar a nadie, ni avergonzar a quienes combaten el toreo como pretenden hacer con nosotros, somos gente de paz y concordia, a quienes no les guste que no vengan a la plaza, a quien no le guste el toreo bastante pena tiene
con ello, pero sí exigimos, como es propio en un estado de derecho, la libertad de elegir, de pensar, un tratamiento de igualdad respecto a otras actividades y artes, tanto en lo que se refiere a aportaciones fiscales como a la promoción. No más,
pero tampoco menos. Y por descontado no aceptamos la injuria y el insulto.


Hoy tenemos que agradecer la magnífica labor de las autoridades en la protección de este acto, hoy sí, otros días nos sentimos abandonados y no queremos que se repita.


Por todo eso nos hemos reunido aquí. Hemos reclamado lo nuestro con argumentos, en una exhibición de cordura, con el peso de nuestros sentimientos, con la contundencia de nuestras cifras. Y una recomendación, no nos nieguen sin conocernos.
Gracias. ¡Viva el toreo!. Por nuestra cultura, por nuestras raíces y por nuestra libertad.'


En la novena legislatura, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural, en cuyo preámbulo se recogen las siguientes consideraciones sobre la
Tauromaquia: 'forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles, en cuanto actividad enraizada en nuestra historia y en nuestro acervo cultural común'; 'es signo de identidad colectiva, y ello justifica que su
preservación corresponda y competa a todos los poderes públicos'; 'El carácter cultural de la Tauromaquia es indiscutible y merece ser preservado como un tesoro propio de nuestro país, rico en culturas distintas(...) ha sido, incluso, exportada a
otros países que la desarrollan, promocionan y protegen'; 'es una manifestación artística en sí misma desvinculada de ideologías en la que se resaltan valores profundamente humanos como puedan ser la inteligencia, el valor, la estética, la
solidaridad, o el raciocinio como forma de control de la fuerza bruta'; 'La fiesta de los toros y los espectáculos taurinos populares son algo vivo y dinámico, sujetos a constante evolución, sin que se puedan hacer conjeturas sobre de qué manera se
adaptarán a las sensibilidades cambiantes de nuestros tiempos u otros venideros. Esto dependerá de que se mantenga la afición popular y de que la misma sea capaz de renovarse en las nuevas generaciones de aficionados que son los que, en su caso,
deberán mantener, actualizar y conservar la fiesta de los toros. Pero en todo caso, será desde la libertad de la sociedad a optar y desde la propia libertad que significa la cultura, no cercenando el



Página 16





acceso a esta'; 'la Tauromaquia conforma un incuestionable patrimonio cultural inmaterial español, que no ostentamos en exclusiva, sino que compartimos con otros lugares como Portugal, Iberoamérica y el sur de Francia'; 'Pero, además del
aspecto cultural, la Tauromaquia tiene una indudable trascendencia como actividad económica y empresarial, de dación de bienes y servicios al mercado, produce un flujo económico que se traduce en miles de puestos de trabajo'; 'La Tauromaquia
constituye un sector económico de primera magnitud, con una incidencia tangible en ámbitos diversos y dispersos como son el empresarial, el fiscal, el agrícola-ganadero, el medioambiental, el social, el alimentario, el industrial o el turístico'.


Por último, algunos detractores de la fiesta de los toros, recurren a un argumento que resulta especialmente ofensivo para los aficionados y amantes de la tauromaquia, y es considerarles a todos ellos como un colectivo que carecería de
sensibilidad o de humanidad, tratando de trasladar al resto de la opinión pública la falsa imagen de que todos ellos fueran personas proclives a la violencia. Conviene traer a colación en este punto, y como respuesta a dichas acusaciones, la
reflexión de Antonio Lorca recogida en un diario nacional al día siguiente de la manifestación celebrada Valencia: 'No es la tauromaquia, además, una escuela de violencia, esa que los niños aprenden en la televisión en horario infantil o en los
videojuegos; es, por el contrario, una universidad de valores en la que se forjan mujeres y hombres en el sacrificio, el esfuerzo, la superación y la búsqueda de la gloria'.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados:


'1. Reitera el deber de los poderes públicos de protección, conservación y promoción de la Tauromaquia como patrimonio cultural.


2. Ratifica el deber de los poderes públicos de velar por la tutela del derecho de todos a su conocimiento, acceso y libre ejercicio en sus diferentes manifestaciones.


3. Reconoce el valor y la contribución social, cultural, económica de la tauromaquia en España.


4. Asimismo, insta al Gobierno a continuar en el impulso de los trámites necesarios para la solicitud de la inclusión de la Tauromaquia en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad a que se refiere el
artículo 16 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial aprobada, el 17 de octubre de 2003, en París por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz e Íñigo Jesús Alli Martínez, Diputados.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000069


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para la paralización de los requerimientos de disolución de empresas públicas municipales por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha remitido a diversos Ayuntamientos una carta en la que les requiere que adopten las medidas oportunas para proceder a la extinción de diferentes entidades públicas dependientes de los
mismos.


La medida se adopta en aplicación del apartado 2 de la disposición adicional novena de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (en adelante LBRL), en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL).


Según la carta remitida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la extinción de dichas entidades ha de producirse necesariamente al haber tenido pérdidas en los dos últimos ejercicios.


Entre las entidades cuya disolución se pretende se encuentran empresas municipales que realizan determinados servicios públicos, como el transporte de viajeros, el abastecimiento de agua, la recogida



Página 17





de basuras, patronatos de escuelas infantiles o agencias locales de desarrollo; e incluso entidades que según los ayuntamientos afectados no estarían afectadas por las disposiciones de la LRSAL.


Este requerimiento supone por sí mismo un nuevo ataque del Ministro en funciones señor Montoro a la autonómica local; pero además, de ejecutarse, supondría que los ciudadanos de los municipios afectados verían como dejan de prestarse los
servicios públicos a cargo de estas entidades y que resultan esenciales para su vida cotidiana, servicios que ninguna administración está en condiciones de dejar de prestar, así como actividades destinadas a implementar el desarrollo local o la
recuperación económica.


Todo ello, se pretende llevar a cabo sin ofrecer un plan alternativo para la prestación de dichos servicios ni soluciones para los empleados que trabajan en dichas empresas.


Además, nos encontramos con una exigencia realizada en aplicación de una norma cuya constitucionalidad se encuentra impugnada ante el Tribunal Constitucional por el recurso presentado ante dicho órgano por más de tres mil ayuntamientos, por
entender que dicha norma vulnera el principio de autonomía local reconocido, recogido y protegido por la Constitución.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que realice de manera inmediata todas las actuaciones necesarias para paralizar la disolución de las entidades dependientes de las entidades locales (ayuntamientos y diputaciones
provinciales de régimen común) que prestan servicios públicos a la ciudadanía o realicen actividades de impulso económico o social, y en especial aquéllas que estén prestando servicios públicos esenciales, como el abastecimiento domiciliario y
depuración de aguas, la recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos o el transporte público de viajeros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000073


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre garantía, ante el cierre del ejercicio presupuestario 2016, de la percepción por las Comunidades Autónomas de los recursos económicos que les corresponden para la prestación de los servicios públicos fundamentales y para su desarrollo
económico y social, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Los objetivos de estabilidad presupuestaria de los ejercicios 2016, 2017 y 2018 y límite máximo de gasto convalidados en el Congreso de los Diputados, hace ahora un año, fijaban un objetivo de déficit para el conjunto de administraciones del
2,8% del PIB para 2016 que podría situarse, sin embargo, en el 4,7%, de acuerdo con las estimaciones de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). Gran parte de esta desviación se debe a una reforma fiscal que ha tenido un coste
cercano a los 13.000 millones de euros y que básicamente ha beneficiado a las rentas más altas y a las grandes corporaciones.


En definitiva, el Gobierno manipuló burdamente los cifras en unos 20.000 millones de euros para justificar la bajada de impuestos a las rentas más altas en 2015 y 2016, desarrollando, en conjunto, una política fiscal y presupuestaria que
transfiere bienestar a los poderosos costeándolo la mayoría de la sociedad. El agujero provocado por la injusta reforma fiscal va a implicar recortes adicionales en el estado del bienestar, del que son principales beneficiarios las rentas bajas y
medias.


Efectivamente, a finales de abril del presente año, el Consejo de Ministros aprobó un acuerdo de no disponibilidad de crédito en los Presupuestos Generales del Estado de 2016, por importe de 2.000 millones de euros y, recientemente, ha
decidido el insólito 'cierre' del ejercicio presupuestario 2016 en el mes de



Página 18





julio, lo que convierte los Presupuestos Generales del Estado para 2016, en la práctica, en unos presupuestos 'para medio año'.


A tal efecto, la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016, relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, ha ordenado, en el ámbito de la Administración
General del Estado, Organismos Autónomos del Estado, Agencias Estatales y otros Organismos públicos, que los Servicios Gestores tendrán como fecha límite para el envío a fiscalización previa de los expedientes de aprobación del gasto a las
Intervenciones Delegadas y Regionales y Territoriales el día 20 julio.


Como es bien sabido, las Comunidades Autónomas, además de haber soportado el mayor peso del ajuste fiscal realizado los últimos años, son las administraciones que prestan el grueso de los servicios públicos esenciales como la sanidad, la
educación y los servicios sociales. Es más a 30 de junio, las comunidades autónomas tenía un déficit del 0,36% del PIB, la mitad del objetivo del ejercicio 0,7%. Sin embargo, la administración central estaba una décima por encima del objetivo
anual. El Gobierno en funciones presiona a las comunidades para compensar su incumplimiento. El que incumple pretende castigar a las que incumplen.


Desde esta perspectiva, el citado 'cierre' del ejercicio presupuestario no puede afectar a aquellos recursos económicos que las mismas utilizan para la prestación de los indicados servicios y que por vía de acuerdo, convenio o cualquier otra
fórmula jurídica o económica, perciben del Estado.


De igual modo, el unilateral e imprevisible 'cierre' presupuestario por parte del Estado, no debe afectar a los compromisos adquiridos con determinadas Comunidades Autónomas (por ejemplo Baleares o Extremadura), en materia de inversiones en
infraestructuras, reestructuración, modernización y diversificación del sector turístico, investigación, innovación y sociedad de la información, etc.


Es decir, el Gobierno, en funciones, del PP no puede limitar, restringir o condicionar, una vez más, los recursos a los que las Comunidades Autónomas tienen derecho, y que les resultan indispensables, bien para la prestación de los servicios
públicos fundamentales, o bien para su desarrollo económico y social.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar que los recortes y limitaciones de gasto que puedan derivarse de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, por la que se regulan las
operaciones de cierre del ejercicio 2016:


1. No afectarán a aquellos créditos que, en virtud de acuerdo, convenio o cualquier otra fórmula jurídica o económica, tengan como destinatario a una Administración Pública. En especial, garantizará la percepción por las Comunidades
Autónomas de todos los recursos económicos que les correspondan relacionados con la financiación de los servicios públicos fundamentales (sanidad, educación, servicios sociales, dependencia).


2. No afectarán a aquellos compromisos adquiridos con las Comunidades Autónomas que, en virtud de Convenios o Protocolos de Intenciones, tengan por finalidad la financiación de actuaciones inversoras necesarias para su adecuado desarrollo
económico y social (inversiones en infraestructuras, reestructuración, modernización y diversificación del sector turístico, investigación, innovación y sociedad de la información, etc.).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000077


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez y a través de su Portavoz Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate



Página 19





en Pleno, relativa a la Sentencia 131/2016, de la Sala de lo Social de Audiencia Nacional contra Izar Construcciones Navales, S.A./SEPI.


Exposición de motivos


En el año 2004 Izar Construcciones Navales, S. A. y los trabajadores de la empresa pública extinguieron su relación laboral en virtud del Expediente de Regulación de Empleo n.º 67/2004 aprobado por la Dirección General de Trabajo, en
Resolución de 16 de marzo de 2005 y cuya indemnización por cese no ha sido satisfecha en su totalidad.


El acuerdo marco firmado entre SEPI-IZAR/Federaciones Sindicales sobre Izar especificaba que la empresa 'garantizaría inicialmente a todas y todos los trabajadores incluidos en el expediente, el 76% de sus retribuciones brutas asignadas en
el momento del cese'.


Y en el apartado de prejubilaciones, sentenciaba que 'los complementos abonados por la Empresa se considerarían indemnizaciones diferidas en el tiempo, en razón de la extinción de las relaciones laborales de los trabajadores afectados'.


Así, a partir del 1 de enero de 2005 y durante el periodo de prejubilación, también se indicaba que 'la citada garantía económica será objeto de actualización anual, con efecto 1 de enero, en el porcentaje del IPC real de cada año'.


En cumplimiento de lo acordado, desde el primer año se fueron efectuando las actualizaciones correspondientes, hasta que en el año 2014, debido al resultado de un IPC negativo en el 1%, se les descontó a las y los extrabajadores el citado
importe (1%) de su remuneración, lo que llevó al colectivo a presentar demanda ante la Sala de lo Social dé la Audiencia Nacional.


Ahora, con fecha 20 de julio de 2016 la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional declara la nulidad de minorar las retribuciones a las prejubiladas y los prejubilados en un 1 % por cuenta del IPC real de 2014 (-1 %), el único negativo
registrado desde que hay estadísticas al respecto.


Según la Audiencia Nacional, hay jurisprudencia más que sobrada del Tribunal Supremo respecto a las conocidas como 'cláusulas de revisión salarial', en la que se reitera que nunca se podrá abonar en un ejercicio, cantidades inferiores por
regularizaciones a la baja 'excepto que tal operación se pacte expresamente' (sentencia de 19 de noviembre de 2013, entre otras).


Como en ningún texto de los ERE's pactados en el naval en estos últimos años se hace referencia a aplicar el IPC a la baja, estos descuentos no son acordes a derecho.


Por lo expuesto, Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a cumplir con la sentencia y abonar las cantidades adeudadas a las y los extrabajadores de Izar Construcciones Navales, S. A.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones que indique cuando se abonarán las cantidades adeudadas.


3. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a no recurrir la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional 131/2016, de fecha 20/07/2016.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000078


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez y a través de su Portavoz Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en



Página 20





Pleno, relativa al cese del pago del complemento salarial vitalicio de las y los pensionistas de la antigua E. N. Bazán.


Exposición de motivos


Con motivo del ERE realizado en la empresa pública naval Bazán entre 1994 y 1996, hasta 300 personas tuvieron que ser prejubiladas y prejubilados, perdiendo de este modo el derecho a parte de su pensión, al no poder cotizar durante algunos
años.


En ese momento, y tras presiones de las trabajadoras y los trabajadores, Bazán ofreció pagarles un complemento salarial vitalicio que compensase esta pérdida a las afectadas y los afectados. A partir 1996, estas jubiladas y jubilados
comenzaron a cobrar dichas cantidades de manera directa. En el año 2000 el pago se externalizó a la compañía aseguradora MAPFRE Vida, y era esta empresa privada quien venía sufragando, puntualmente, el abono de dichos complementos salariales.


El pasado mes de junio, sin ningún tipo de aviso, este complemento dejó de llegar a las y los extrabajadores, por lo que su salario habitual se vio reducido, en cantidades que oscilan entre los 650 y 750 euros brutos, hecho oficiosamente
relacionado con el Real Decreto-ley 20/2011, del 30 de diciembre, resolución que ordenaba que 'durante 2012 no se podrían realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la
contingencia de jubilación'.


Por lo expuesto, Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a que explique cuál es causa por la que han dejado de pagar el complemento salarial vitalicio que las y los pensionistas llevaban cobrando desde 1996.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a dar las instrucciones a IZAR para que abone a la aseguradora MAPFRE Vida las cuantías devengadas en concepto de complemento salarial.


3. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a que solicite a IZAR el desbloqueo de los abonos a la aseguradora MAPFRE Vida para que ésta cumpla con los compromisos adquiridos con las trabajadoras y los trabajadores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000082


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez y a través de su Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en Pleno, relativa a la sentencia del Tribunal Supremo 1966/2016, por la que se anula el Plan de Emergencia Exterior de la Regasificadora del Noroeste, S. A. (Reganosa), de Mugardos (A
Coruña).


Exposición de motivos


El pasado mes de julio de 2016, la Asesoría Jurídica del Comité Ciudadano de Emergencia de Reganosa presentó, ante el Tribunal Supremo, el recurso contencioso administrativo, contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de mayo de 2016,
por el que se declaraban excluidos del trámite de evaluación de impacto ambiental a los proyectos de la planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en Mugardos, A Coruña'.


El Tribunal Supremo estimó este recurso, en el que se pedía la anulación del Plan de Emergencia Exterior de la planta de Regasificadora del Noroeste S. A. (Reganosa) ubicada en Punta Promontoiro



Página 21





(Mugardos-A Coruña), así como del Real Decreto 144/2007, de 9 de julio, de la Xunta de Galicia, por el que se aprobó.


Así, en la Sentencia 1966/2016 con fecha del pasado 26 de julio de 2016, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictaminado 'Declarar la nulidad del Acuerdo del Consejo de Ministros recurrido y de todos aquellos actos que tuvieran causa
en el Acuerdo declarado nulo, incluyendo cualesquiera autorizaciones que le hayan sido otorgadas a Reganosa con base en el Acuerdo del Consejo de Ministros y, en consecuencia, sin haber superado la correspondiente evaluación ambiental, en la que se
debe incluir en todo caso la alternativa 0, esto es la paralización inmediata de la planta como consecuencia de las Sentencias de 28 de marzo y de 25 de abril de 2016, que declararon nulas las autorizaciones previa y de construcción de la
instalación de Reganosa, y ordenar de manera inmediata y expresa la paralización de la actividad en la planta de regasificación'.


El Tribunal Supremo apunta en esta nueva sentencia que para realizar un plan de emergencia exterior con un mínimo de eficacia, se ha de tener en cuenta el emplazamiento o ubicación de la instalación, cuyos riesgos se trata de prevenir. Esto
contradice una sentencia anterior del Tribunal de Justicia de Galicia que consideraba que no era relevante la relación entre el plan de emergencia y la declaración como nulo de pleno derecho la modificación del Plan General de Ordenación Municipal
de Mugardos que daba cobertura urbanística a la planta en cuestión.


Además, la sentencia del Tribunal Supremo incide en que el plan de emergencia debe ser anulado 'si no se conoce el lugar del emplazamiento de la instalación'. Por todo ello, deja claro en varias ocasiones a lo largo del escrito que 'hasta
que no se determine un nuevo planeamiento urbanístico, no es posible aprobar un eficaz plan de emergencia'.


Asimismo, y vista la ilegalidad de la empresa de gas, hay que destacar que Reganosa percibe del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, retribuciones económicas anuales 'en función de disponibilidad de instalaciones y de continuidad de
suministro'. Lo grave de esta situación es que la empresa gasista mantiene su actividad por debajo del 30 % de su capacidad, y aún así solicita duplicar esta capacidad de regasificación con el único objetivo de acceder a mayores retribuciones.


Lo expuesto anteriormente pone de manifiesto que Reganosa es una instalación ilegal, además de prescindible debido a su baja eficiencia. No existe ningún motivo que pueda justificar mantener operativa una planta de gas con la inseguridad
que supone Reganosa y su alto coste medioambiental y económico.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a anular el plan de emergencia exterior de Regasificadora del Noroeste S. A. (Reganosa), tal y como sentencia el Tribunal Supremo.


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a adoptar las medidas necesarias para subsanar la inexistencia de plan de emergencia exterior de Reganosa.


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a que proceda al cierre definitivo de la planta de Reganosa en Mugardos.


A la vista de la ilegalidad, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a eliminar a Reganosa del sistema de retribuciones estatal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000083


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez y a través de su Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate



Página 22





en Pleno, relativa al proceso selección y posterior contratación de varios ingenieros para la empresa pública Navantia, S. A..


Exposición de motivos


El pasado mes de junio de 2016 la dirección de Navantia y el Comité de Empresa de la factoría mantuvieron varias reuniones en las que los representantes sindicales fueron informados de la intención de la empresa pública de iniciar un proceso
de contratación de 25 ingenieros para la factoría de Ferrol y de una treintena para la factoría de San Fernando (Cádiz).


Según informa la dirección de Navantia, se trata de técnicos superiores que se incorporarán a la plantilla para cubrir la demanda que se está generando, ligada, por ejemplo, al trabajo en Australia o Noruega. Parte de estas contrataciones
serán fijos y el resto temporales (12 y 13, respectivamente, en el caso de Navantia Ferrol).


El Comité de Empresa solicitó a la dirección de Navantia su participación en el proceso de selección, ya que así aparece regulado en el artículo 31 (apartado ingresos) y en el artículo 66 (derechos de los representantes) del Convenio
colectivo de Navantia S. A., en los que se indica que cualquier ingreso en la factoría tiene que tener 'consenso de la parte social' y debe respetar los criterios de igualdad, mérito y capacidad que se tienen que dar en la administración pública
para acceder a un puesto de estas características.


Sin embargo, desde la dirección del astillero público se le niega la participación a los representantes sindicales en este proceso, aduciendo que los puestos de técnicos superiores no están regulados por el Convenio colectivo de Navantia.
Esto solo es cierto en parte, ya que si es verdad que los técnicos superiores no entran en la regulación del convenio, pero una vez sean contratados. Y aquí se está negociando aún la participación de la base social de la empresa en el proceso de
selección previo.


De hecho, el único requisito que se les está exigiendo a los candidatos al puesto ofertado de ingenieros es la presentación del currículo, que da acceso directo a la entrevista, lo que convierte el proceso en poco transparente.


Ante la negativa de la dirección de Navantia a que el Comité de Empresa participe en el proceso de selección para estas contrataciones, la. representación sindical denuncia los hechos ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, organismo que acaba de emitir un informe favorable a los denunciantes, en el que se le requiere a la Dirección de Navantia a realizar un proceso transparente, abierto y participativo para la selección y posterior contratación de
los puestos ofertados.


El informe emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social también expone que de no acatarse este requerimiento, la empresa pública podría ser sancionada con una multa grave, además de que se procedería a la paralización del proceso
de selección de personal.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a que presente en esta Cámara el informe emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a actuar conforme a los requerimientos que se indican en el mencionado informe.


- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a exigir a la dirección de Navantia, S. A., que dé marcha atrás en este proceso y permita la participación y consulta del Comité de Empresa en el mismo, tal y como se indica los
artículos 31 y 66 del Convenio Colectivo de la empresa pública.


- El Congreso de los Diputados insta al Gobierno en funciones a exigir a la dirección de Navantia el desarrollo de un proceso de selección que respete los criterios de igualdad, mérito y capacidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 23





162/000086


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el reconocimiento a la labor e historia del Teatro Real, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Durante la temporada 2016-2017, el Teatro Real conmemorará su segundo centenario. En estos doscientos años, el Teatro Real se ha consolidado como una institución cultural en España de tal forma que el Observatorio de la Cultura de 2015 lo
considera como una de las tres principales instituciones culturales españolas, siendo un claro referente nacional en la lírica y la ópera.


Sin embargo, el Teatro Real ha sido también el epicentro de otras actividades distintas a la cultura. Por ejemplo, fue el núcleo político de España en el año 1841 cuando tras declararse en ruina la entonces sede del Congreso de los
Diputados, en el ruinoso Convento del Espíritu Santo en la Carrera de San Jerónimo, el Gobierno de España dio orden de habilitar el Salón de Baile del Teatro Real como sede temporal del mismo. Durante unos meses, de diciembre de 1841 a julio de
1842, la Cámara Baja celebró sus reuniones en el Real.


Por ello, consideramos que sería justo que el Congreso de los Diputados se uniese formalmente a las celebraciones del segundo centenario de la institución, y que la Comisión de Cultura, así como sus componentes, colaboren con los actuales
responsables del Teatro Real transmitiéndoles, además, su reconocimiento por la labor desarrollada a favor de la música, al tiempo que se recuerdan y conmemoran esos años en los que nuestro teatro de la ópera alojó la actividad parlamentaria en
España.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta su reconocimiento a la labor que desarrolla el Teatro Real como institución cultural, deseando unirse a los actos conmemorativos de su segundo centenario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de agosto de 2016.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, disponer su conocimiento por este, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000001


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para la derogación de la reforma laboral y elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores, para su debate en Pleno.



Página 24





Exposición de motivos


La primera medida que adoptó el Gobierno del Partido Popular en la X Legislatura fue la 'reforma laboral'. Una reforma laboral que tenía un único objetivo: eliminar cualquier obstáculo que interfiriera la desregulación absoluta del mercado
laboral y poner las bases para la creación de empleos de baja calidad, por su duración, por el tipo de jornada, por el salario y por las condiciones laborales.


En términos de actividad, ocupación y desempleo desde que gobierna el Partido Popular el balance es desolador: menos empleo, más precariedad y explotación laboral, más paro y menos protección frente al desempleo. Hoy tenemos casi 4,8
millones de personas en nuestro país que quieren trabajar y no pueden. De ellas, más de dos millones llevan más de dos años en situación de desempleo, un millón de las cuales tienen más de cuarenta y cinco años. Más de 400.000 jóvenes han tenido
que abandonar nuestro país en busca de oportunidades de empleo y 2 millones de menores de treinta y cuatro años están en el paro. España ostenta el vergonzoso récord de ser el país con la tasa de desempleo juvenil más alta de la Unión Europea, un
46,5 %.


También las personas que trabajan sufren una precarización de sus condiciones laborales sin precedente durante el periodo democrático, de devaluación salarial y de pérdida de la protección que les otorgaba el convenio colectivo.


Así, en 2014 y 2015 menos de uno de cada diez contratos firmados fueron indefinidos y la tasa de temporalidad ha crecido hasta situarse en el primer trimestre de 2016 en el 25,6 %. Hemos pasado de 3,4 millones de asalariados temporales hace
un año a 3,7 millones en 2016 y hemos perdido casi 200 mil asalariados (198 mil) con contrato indefinido desde que gobierna Rajoy, pasando de 11,4 en 2011 a 11,2 en 2016. Y ello a pesar de que uno de los objetivos declarados de la reforma laboral
fue combatir la dualidad del mercado de trabajo. Durante este mismo periodo de tiempo, la duración media de un contrato de trabajo fue de alrededor de 54 días y el 25 % dura menos de siete días.


Asimismo, se ha intensificado el proceso de sustitución de empleo a tiempo completo por empleo parcial no querido. La tasa de parcialidad se sitúa en más del 15 %. La tasa de involuntariedad en este tipo de jornada se situó en 2015 en
relación a 2014 (según datos Eurostat) en un 64 %, cerca de un punto más que el año anterior, cuando en la UE 28 esa involuntariedad, que también ha crecido, no llegaba al 30 %.


A partir de 2012, las estadísticas nos muestran una prolongación del tiempo de trabajo, con un claro incremento de las horas extraordinarias, fundamentalmente en los contratos a tiempo parcial, que además se corresponden con horas extras no
pagadas, hecho que choca no solo con la atonía de nuestra actividad productiva sino con la naturaleza de un contrato definido por su menor jornada. En 2016 se trabajan 3,4 millones de horas más a la semana en jornadas de menos de 21 horas que en
2011.


La devaluación salarial, resultado de esa política de desregularización e individualización de las relaciones laborales y de fijación de las condiciones laborales desde la potestad unilateral del empresario, ha provocado una reducción de los
salarios desconocida hasta la fecha. Los salarios han caído cerca de un 4 % y su poder de compra es el mismo que tenían a principios de los años 90. Hoy el 34 % de las personas trabajadoras reciben salarios equivalentes al salario mínimo
interprofesional y casi la mitad perciben salarios de poco más de 900 euros al mes. En nuestro país existen hoy más de 2,5 millones de trabajadores pobres y más del 13 % viven en hogares por debajo del umbral de pobreza. La brecha salarial entre
mujeres y hombres se ha incrementado en más de un punto porcentual en relación a 2011, situándose en cerca de un 24 %.


Desde que entró en vigor la reforma laboral del Partido Popular, el número de convenios colectivos se ha reducido en un 30 %, y hay 3,5 millones de trabajadores menos protegidos por la negociación colectiva, pasando de 10,6 millones en 2011
a 7,1 millones en 2015. Todo ello resultado de la implantación de un modelo de relaciones laborales autoritario que ha roto el equilibrio de poder entre los trabajadores y empresarios y debilitado la negociación colectiva.


Los trabajadores en paro han visto además cómo la política de recortes se ha extendido al sistema de protección por desempleo provocando una caída en la tasa de protección que ha ido en aumento durante el periodo de gobierno del Partido
Popular, casi más de 17 puntos porcentuales entre parados registrados y casi 27 puntos entre los parados EPA.


Y todo ello ha venido acompañado de la reducción de los créditos presupuestarios destinados a políticas activas de empleo, de alrededor de un 40 %, y el fracaso de los programas que puesto en marcha el Gobierno. Ni el programa de garantía
juvenil ni el programa de activación para el empleo han tenido los resultados previstos.



Página 25





Es urgente, por tanto, abordar e impulsar de forma decidida medidas que garanticen los derechos de los trabajadores, medidas que recuperen la centralidad de la negociación colectiva y que combatan de forma eficaz la precariedad en el empleo.
Es necesario abrir un proceso de diálogo social para, desde el acuerdo, recuperar el sentido original del Estatuto de los Trabajadores, como carta de derechos fundamentales laborales que garantice la dignidad en el trabajo, la seguridad y la salud,
y la igualdad de todas las personas trabajadoras en el acceso y la permanencia en el empleo, con especial atención a la igualdad retributiva entre hombres y mujeres.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para derogar la reforma laboral que el Partido Popular impuso en la X Legislatura, y abrir un proceso de diálogo social que desde el acuerdo
culmine con la aprobación de un nuevo Estatuto de los Trabajadores que recupere su naturaleza originaria de carta de garantía de los derechos laborales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000002


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
de dignificación del salario mínimo interprofesional, acercándolo al 60 % del salario medio, tal y como establece la Carta Social Europea, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La garantía de suficiencia de la retribución salarial proclamada por el artículo 35 de la Constitución como un derecho de los trabajadores por la prestación laboral se ha visto seriamente comprometida por la política del Gobierno del Partido
Popular en la X Legislatura. En 2012 y 2014 el Gobierno congeló el salario mínimo interprofesional y los mínimos incrementos experimentados en 2013, 2015 y 2016 no han compensado la pérdida de su poder adquisitivo. Esta política también ha
cuestionado seriamente el artículo 131 del texto constitucional, al obstaculizar una justa distribución de la riqueza.


La pérdida de poder de compra experimentada por el salario mínimo interprofesional durante estos años cuestiona sus funciones básicas, entre ellas, la de actuar de mecanismo de cohesión social, pues no se está produciendo un reparto más
equitativo de la renta, ni de impulso del consumo y la economía, tan importantes en fases de crisis. Asimismo, se incide en el presente de los trabajadores y en su seguro de vejez, pues no podemos olvidar los efectos directos en los ingresos del
sistema de la Seguridad Social del SMI, al ser el indiciario del incremento de las bases mínimas, y con ello, de las carreras de seguro de los trabajadores que lo perciben.


Además, con los niveles de paro y pobreza que tenemos en la actualidad, esta pérdida de poder adquisitivo tan severa está afectando fundamentalmente a aquellas unidades familiares donde solo hay una fuente de ingresos y esta está
referenciada al SMI, en un momento en que se incrementan los beneficios empresariales y aumentan las retribuciones de los ejecutivos.


En el ámbito europeo, la evolución del SMI nos aleja del cumplimiento del objetivo que establece la Carta Social Europea suscrito por España, consistente en que este salario alcance el 60 % del salario medio. Según el último decil de
salarios de la Encuesta de Población Activa, el salario medio en España en 2014 fue de 1.881,3 euros mensuales, por lo que el SMI, fijado en 645,3 euros mensuales, representó el 34,3 % del mismo, perdiendo además dos décimas porcentuales respecto
del año anterior.


El compromiso de la Carta Social Europea debe ser cumplido, porque mejora la dignidad de las personas, aumenta la cohesión social y tiene efectos positivos en el crecimiento económico y la sostenibilidad de nuestro sistema de protección
social.



Página 26





Todas estas razones urgen a dignificar el salario mínimo interprofesional, situándolo en una cuantía equivalente al 60 % del salario medio del país, y hacerlo de forma gradual y recuperando cuanto antes su poder de compra.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incrementar, el salario mínimo interprofesional para 2016, al menos, en un 5 %, con el fin de recuperar su pérdida de poder adquisitivo y para que alcance, en el término de dos legislaturas,
el 60 % del salario medio neto, cuantía que señala la Carta Social Europea como retribución mínima suficiente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000003


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre impulso de un acuerdo político y social para derogar la LOMCE y para la aprobación de una ley básica de educación, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución de 1978 reconoce la educación como un derecho fundamental reclamando a los poderes públicos las acciones políticas necesarias para poder ejercitarlo incorporándolo como derecho social al ordenamiento jurídico.


La educación es, sin duda, un bien de interés público que nos concierne a todos, y de ella depende en gran medida el presente y el futuro de nuestro país. Su importancia es fundamental para contribuir al desarrollo de sociedades
cohesionadas, abiertas y con escasos riesgos de exclusión social.


Durante la X legislatura, la educación pública en España ha estado sometida a un proceso de fuerte desprestigio en el que se pretendió deslegitimar todo lo preexistente para instalar un nuevo modelo educativo, ideologizado y regresivo, en un
contexto de recortes y normativas que han incidido de forma muy negativa en la igualdad de oportunidades y en las posibilidades de desarrollo de nuestro país. Con todas estas medidas asistimos a una profunda modificación del derecho a la educación
tal y como fue concebido en nuestra Constitución y en las leyes que lo desarrollaron, tanto en la LODE de 1985 como en la LOE de 2006. Son unas modificaciones que constituyen una verdadera ruptura del pacto constitucional y del contrato social
entre generaciones actuales y futuras.


España se enfrenta a retos cruciales, entre los que se encuentra la necesidad de alcanzar definitivamente un gran Acuerdo social, político e institucional en torno a la educación que asegure un modelo educativo público estable y de calidad,
que garantice que, como derecho, se desarrolla a la largo de toda la vida, que haga posible un sistema educativo universitario y no universitario fundamentado en la igualdad entre mujeres y hombres, en la equidad, asentado en la inclusividad,
orientado a la excelencia en los resultados y basado en la cooperación institucional y la disposición a la mejora continua en todas las instituciones educativas.


Es necesario hacer un esfuerzo para construir las reformas del sistema educativo desde el diálogo, recuperando el sentido constitucional del derecho a la educación, garantizando la igualdad de oportunidades en el acceso y recuperando un
sistema de becas que permita el acceso o la continuidad de los estudios con independencia de su situación económica, asegurando el derecho a una equitativa distribución de oportunidades de aprendizaje y el éxito escolar de todos y todas.


La educación es un derecho fundamental, y la escuela pública debe ser una garantía insustituible para el efectivo ejercicio de ese derecho. Por ello, se debe garantizar una oferta de plazas públicas suficientes en todos los niveles
educativos y fortalecer la cooperación institucional entre todas las Administraciones



Página 27





Públicas, garantizando una financiación pública y unos servicios comunes adecuados para todo el sistema educativo. La educación inclusiva, comprometida con los valores constitucionales y democráticos, debe estar presente en nuestro sistema
educativo, así como promover la participación activa de toda la comunidad educativa.


Hay que seguir trabajando para reducir la tasa de abandono escolar temprano y mejorar las tasas de titulación en todas las enseñanzas, así como los resultados en las evaluaciones nacionales e internacionales, y es necesario establecer un
progresivo descenso de las ratios de alumnado por clase como factor de atención individualizada y de éxito escolar.


Es necesario universalizar la educación desde los cero hasta los dieciocho años, evitando todo tipo de segregación y facilitando que todas las personas puedan obtener el título correspondiente a la educación obligatoria y ampliando la oferta
pública de formación profesional.


Del mismo modo, la universidad debe ser objeto de especial atención recuperando el diálogo y dotándola de más medios a través de una financiación adecuada, al igual que el resto del sistema educativo.


En definitiva, tenemos que conseguir recuperar la equidad perdida y una mejora de la calidad en todos los niveles educativos para poder afrontar los retos de futuro, que permitan a los ciudadanos conseguir capacidades y competencias para
vivir y actuar en un mundo globalizado, y poder así decidir con libertad nuestro futuro.


Para dar hoy ese nuevo impulso a la educación, es necesario anular las disposiciones de carácter regresivo adoptadas por el Gobierno durante la pasada legislatura y restaurar las grietas producidas en elementos muy sensibles del sistema
educativo. Pero es imprescindible hacerlo a través de un gran acuerdo social y político por la educación que aporte a nuestro sistema educativo estabilidad, legislativa y normativa, de objetivos y recursos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para:


1. Suspender urgentemente el calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, previsto en su disposición final quinta, así como derogar del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de
abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.


2. Impulsar la apertura de un proceso de negociación y diálogo real con las administraciones y la comunidad educativa, los interlocutores sociales y las fuerzas políticas, con el objetivo de alcanzar, con el máximo consenso, un gran acuerdo
político y social para la mejora de nuestro sistema educativo, y remitir a las Cortes Generales el acuerdo alcanzado a través de un proyecto de Ley básica de educación que, además de derogar la Ley Orgánica 8/2013, asegure un sistema educativo
público, estable y de calidad, basado en la equidad, la igualdad entre mujeres y hombres y la inclusividad, garantice la universalidad de la educación de los cero a los dieciocho años, a través de la ampliación de la oferta pública de plazas, y
contenga las medidas necesarias para mejorar el aprendizaje, la formación educativa y la adquisición de competencias en todas las enseñanzas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000004


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
relativa a promover un Pacto Social, Político e Institucional que recupere el espíritu de consenso de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, vinculando a todos los partidos
políticos, poderes del Estado y sociedad civil



Página 28





en un compromiso firme en pro de una política sostenida para la erradicación de la violencia de género, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La violencia que se ejerce contra las mujeres es una de las principales causas de vulneración de los derechos fundamentales y libertades públicas. Constituye un atentado contra el derecho a la vida, a la seguridad, a la libertad, a la
dignidad y a la integridad física y psíquica de la víctima y es por tanto un obstáculo para el desarrollo de una sociedad democrática.


En la IV Conferencia Mundial de las Mujeres, celebrada en Beijing (Pekín, 1995), fue considerada como 'una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, que ha conducido a la dominación
masculina, a la discriminación y a impedir el pleno desarrollo de las mujeres'. Este tipo de violencia es un obstáculo para la igualdad y el desarrollo democrático ya que impide que las mujeres disfruten de sus derechos y libertades fundamentales.
Puesto que está vinculada al desequilibrio en las relaciones de poder entre los sexos en el ámbito, social, económico y político, todas las administraciones públicas, los y las responsables de entidades y la sociedad en general deben de participar
en la lucha por erradicar este grave problema social.


España ha establecido un conjunto de leyes y normas consolidando un marco jurídico para la prevención, protección y atención e intervención en materia de violencia de género. Pero ese marco jurídico necesita estar dotado de medios
suficientes para cumplir su objetivo: prevención, protección de las mujeres víctimas sus hijos e hijas, recuperación integral de quienes la han sufrido y reparación y lucha contra la impunidad.


Cada persona desde su ámbito puede implicarse activamente en la lucha contra la violencia a través de la eliminación de estereotipos y barreras que dificulten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.


La finalidad del pacto social, político e institucional que proponemos pasa por recuperar el espíritu de consenso alcanzado en torno a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de
género, para volver a vincular a todos los partidos políticos y poderes del Estado en un compromiso firme en pro de una política sostenida y efectiva para la erradicación de la violencia de género con la responsabilidad de todos los organismos,
entidades y personas implicadas en su aplicación.


Para conseguir un rechazo a la violencia de género y dar suficiente protección a las víctimas, es esencial que en el marco de un gran acuerdo social y político, el Gobierno de España y las Comunidades Autónomas concierten la incorporación de
medidas de sensibilización y prevención y se estipule la garantía de recursos adecuados para todas las mujeres a través de una red de protección que precisa de la participación de los ayuntamientos, Fiscalía, CGPJ, centros escolares, centros de
salud, asociaciones, sindicatos, organizaciones empresariales, partidos políticos, medios de comunicación, ciudadanía, etcétera.


El impulso para la sensibilización de la población, su implicación real y el compromiso directo contra la violencia de género debe estar liderado por el Gobierno que a través de un mensaje nítido y persistente debe promover un acuerdo para
que las políticas públicas contra el machismo criminal no estén sujetas a los vaivenes de cambios de gobierno y garantice una respuesta sostenida y firme de vital importancia para las futuras generaciones.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover un pacto social, político e institucional para construir una sociedad segura y libre de violencia contra las mujeres. Un pacto que recupere el espíritu de consenso de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, vinculando a todos los partidos políticos, poderes del Estado y sociedad civil en un compromiso firme en pro de una política sostenida para la
erradicación de la violencia de género. Este pacto tendrá como base las siguientes medidas urgentes:


1. Reponer y dotar suficientemente las partidas presupuestarias, que se han venido recortando en los últimos años, especialmente los recursos destinados a la prevención y a la asistencia social de las



Página 29





víctimas de violencia de género, dependientes tanto de las Comunidades Autónomas como de los servicios de proximidad de los ayuntamientos.


2. Creación de la Unidad de Coordinación contra la Violencia de Género en cada Comunidad Autónoma.


3. Crear un fondo de apoyo a los ayuntamientos para dar refuerzo a la red de servicios públicos, impulsando el papel que desempeñan y deben seguir desempeñando los servicios sociales municipales y centros de la mujer para el desarrollo y
cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.


4. Puesta en marcha, en los juzgados especializados en violencia de género, del acompañamiento judicial personalizado para hacer accesible la información a las mujeres víctimas de violencia de género sobre el itinerario y procedimiento más
seguro, en su recorrido judicial desde el momento en el que ponen la denuncia hasta el final del proceso.


5. Establecimiento de protocolos de intervención específicos para la atención integral a las mujeres que han retirado la denuncia por violencia de género.


6. Activar de forma permanente el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.


7. Incorporar al currículo la formación específica en igualdad, educación afectivo-sexual y de prevención de la violencia de género en todas las etapas educativas.


8. Poner en marcha un plan integral para prevenir, proteger y reparar el daño a menores víctimas de violencia de género.


9. Obligatoriedad de que tanto los magistrados al frente de órgano jurisdiccional especializado, como abogados, forenses y equipos psicosociales que intervengan en los juzgados especializados de violencia de género tengan certificada,
previamente a ocupar su puesto, formación específica en la materia impartida por una institución acreditada.


10. Ampliar las disposiciones preventivas, procesales, punitivas y protectoras de la ley de 2004 para abarcar, con las adaptaciones necesarias, todas las formas de violencia contra la mujer, tal como exige la Recomendación General n.º 19 de
la CEDAW y el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), que España ha ratificado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000005


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa mesa para, al amparo de lo establecido en el articulo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para la implantación inmediata y con carácter urgente de un ingreso mínimo vital para atender a las familias en situación de necesidad por carecer de recursos económicos de cualquier naturaleza, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La crisis económica ha generado en España un alarmante incremento de las desigualdades y los mecanismos de protección social no han sido capaces de corregirlas.


El incremento de la desigualdad se ha acelerado con el debilitamiento de la protección social llevado a cabo durante la etapa de gobierno del PP, lo que ha hecho recaer las consecuencias de la crisis sobre las clases medias y trabajadoras,
especialmente las de rentas más bajas, lo que ha disparado la cantidad de personas en riesgo de pobreza, situando a España con las mayores cifras de los países de la OCDE.


Todas las evidencias y la experiencia en los países con mayor justicia social demuestran que la inversión social es el activo más sólido para el desarrollo y la competitividad del país.



Página 30





Por ello hay que seguir avanzando en la consolidación del Estado de Bienestar por ser el sistema de protección que garantiza la cohesión social y lucha contra la desigualdad y la pobreza, así como en su adecuación a las nuevas necesidades y
nuevos retos sociales del siglo XXI.


Y entre lo más urgente se encuentra establecer un sistema de garantía de ingresos que actúe como última red de protección social y ofrezca recursos mínimos a familias en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social, de forma
que se les proporcione una renta que les permita afrontar las necesidades más básicas inherentes a la dignidad humana y que afronte la situación de pobreza, especialmente en los hogares con niños y niñas, que viven con rentas por debajo del umbral
de la pobreza, con objeto de combatir la pobreza infantil y lograr la eliminación de la pobreza severa.


Para ello es preciso establecer un sistema de garantía de ingreso mínimo vital, como prestación de carácter no contributivo, de la Seguridad Social para familias en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social que incluya:


- La creación de una prestación nueva dirigida a los hogares sin ingresos o en situación de necesidad, sea cual sea la causa, como prestación no contributiva de la Seguridad Social que cuente, para su reconocimiento, con la colaboración
pactada de los servicios sociales de las CC.AA.; y cuya gestión se coordine con los Planes de Inclusión Social y de Atención Integral a la Familia.


- El incremento de la cobertura de la prestación por hijo a cargo y el aumento de su cuantía, de forma escalonada, en función de las rentas familiares, y vinculado a los ingresos del hogar independientemente de la situación laboral de los
padres.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar, con carácter urgente, las medidas necesarias para la implantación de un ingreso mínimo vital para atender a las familias en situación de necesidad por carecer de recursos económicos
de cualquier naturaleza. A tal efecto, se establecerá una nueva modalidad no contributiva dentro de las prestaciones familiares de la Seguridad Social que consistirá en una asignación económica cuya cuantía será igual al 80 por ciento del indicador
público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento. Esta cuantía se incrementará en función del número de miembros a cargo en la unidad familiar.


Asimismo, de forma inmediata, se regulará la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, en los términos establecidos en la modalidad no contributiva de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, con independencia de la
situación laboral o social de la familia, incrementando su cuantía, de forma escalonada, en función de las rentas familiares.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000006


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para recuperar el Pacto de Toledo como expresión de consenso político y el diálogo social con el fin de acordar las medidas que permitan asegurar pensiones dignas y fortalecer la viabilidad del sistema público de pensiones, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el año 1995, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el informe de la ponencia para el análisis de los problemas del sistema de la Seguridad Social y de las principales reformas que debían acometerse', más conocido como 'Pacto de
Toledo'. Un Acuerdo en virtud del cual todos los grupos parlamentarios adquirían un compromiso sólido con el mantenimiento y consolidación del sistema de la Seguridad Social, dejando de lado las diferencias partidistas. Acuerdo político que se
articula desde 1999



Página 31





en la Comisión, primero no permanente, de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo.


A partir del Pacto de Toledo y de sus recomendaciones, el Congreso de los Diputados acordó, casi de forma unánime, los principios básicos de evolución del sistema de la Seguridad Social, con especial incidencia en el ámbito de las pensiones
públicas, con un triple objetivo: en primer lugar, reafirmar la vigencia de un sistema de Seguridad Social, basado en los principios de solidaridad intergeneracional, contribución y equidad, que combina las modalidades contributivas y no
contributivas y adecua su estructura financiera a la naturaleza de las diferentes prestaciones; su segundo objetivo es mantener la suficiencia de las pensiones, garantizando en todo momento el mantenimiento de su poder adquisitivo; y, por último,
fortalecer la seguridad y la viabilidad del sistema de Seguridad Social, a través de su constante adecuación a los continuos cambios sociales y económicos. Todo ello en un contexto de consenso político y de diálogo social.


En el desarrollo del Pacto de Toledo, y previo el Acuerdo social de 1996, la Ley 24/1997, de 15 de julio, de consolidación y racionalización del sistema de la Seguridad Social, llevó al ordenamiento jurídico de la Seguridad Social, parte de
las medidas contenidas en las recomendaciones del Pacto. En años sucesivos, el Pacto de Toledo fue renovado en dos ocasiones, 2003 y 2011. A la renovación del Pacto de Toledo de 2003, le siguió el Acuerdo social de abril de 13 de julio de 2006, y,
en base a sus contenidos, la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social. O, tras la renovación de 25 de enero de 2011, prosiguió el Acuerdo social y económico, de 2 de febrero de 2011, y la Ley 27/2011, de 1 de
agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.


Frente a las actuaciones seguidas en el periodo descrito, que coadyuvaron a un fuerte desarrollo del sistema de la Seguridad Social, a una mejora del poder de compra de las pensiones, a una mayor legitimación social del sistema y a un
fortalecimiento de sus elementos básicos, la actuación seguida por el gobierno del Partido Popular en la pasada legislatura ha implicado una grave ruptura de los consensos políticos y sociales anteriores, mediante la adopción de medidas de forma
unilateral, que han supuesto, además, un fuerte deterioro de la viabilidad del sistema de pensiones, mediante la merma intencionada de sus ingresos, así como un empobrecimiento real de la cuantía de las pensiones, con mayor incidencia en las
pensiones de importes más reducidos.


Sin ánimo de exhaustividad, como causas de la situación en que se encuentra el sistema de Seguridad Social y del empeoramiento de las condiciones de vida de los pensionistas, pueden citarse las siguientes:


a) Las políticas del Partido Popular con respecto a los jubilados han supuesto un recorte importante fundamentalmente por el copago sanitario, ya que si el Gobierno, en los años 2014, 2015 y 2016 ha dedicado a la revalorización de las
pensiones unos 200 millones de euros por año, los pensionistas han tenido que pagar, en concepto de copago de los medicamentos, más de 800 millones cada año. Tales son los efectos, en esta materia, de la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, respecto
del nuevo índice de actualización de las pensiones, combinada con la aplicación del Real Decreto-ley 16/2012, respecto del pago por los pensionistas de parte (o de todo) del precio de los medicamentos.


b) Además, el gobierno del Partido Popular no ha respetado el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, ya que en 2012, de forma sorpresiva y sin acudir previamente al Parlamento, suspendió la aplicación de recuperación del poder
compra de las pensiones, que supuso detraer de los pensionistas más de 1.800 millones de euros, suspensión que se transformó en eliminación tras la entrada en vigor de la Ley 23/2013.


c) Asimismo, y como consecuencia del establecimiento del factor de sostenibilidad, a través de la Ley 23/2013, adoptada de forma unilateral por el Gobierno y al margen de los contenidos pactados en la materia en la Ley 27/2011, a los futuros
pensionistas los recortes se extenderán a su pensión inicial y será para toda la vida del pensionista, sin que pueda hacer nada para cambiar esta situación.


d) Ha empeorado fuertemente las expectativas de derecho a pensión de los trabajadores de más edad, que son arrojados del mercado de trabajo a partir de los 50 años, ya que el Partido Popular procedió a suprimir el subsidio para mayores de 52
años, dificultando el acceso a este subsidio a los mayores de 55 años, ya que se les imputa las rentas familiares. Además, ha reducido la cotización durante el desempleo para los desempleados mayores de 52 años en un 20 por 100, al eliminar la
cotización por el 125% de la base mínima que pactaron el Gobierno socialista y los agentes sociales en 2007. A mayor abundamiento, las políticas del Partido Popular obligan a estos desempleados a jubilarse anticipadamente ya que el



Página 32





subsidio se extingue cuando se llega a la edad de acceso a cualquier tipo de jubilación, aun cuando pudieran seguir cotizando, lo que reduce la cuantía de la pensión.


e) Frente a los compromisos pactados en 2011 y que se recogieron en la Ley 27/2011, el Partido Popular ha endurecido (Real Decreto-ley 5/2013) las condiciones de la jubilación anticipada a los 61 años o a los 63 años. Y ha rebajado la
cuantía para la integración de lagunas de cotización.


f) El Gobierno del Partido Popular en sus informes ante los organismos de la Unión Europea ha venido presumiendo de recortar el gasto en pensiones en tres puntos del PIB como consecuencia del factor de sostenibilidad, mientras engañan a los
pensionistas asegurándoles que nunca sus pensiones tendrán merma retributiva, y ello cuando los incrementos suponen prácticamente en una congelación constante de las pensiones.


Pero, además, toda esa política de recortes ha venido acompañada de una decidida actuación de deprimir los ingresos de la Seguridad Social, mediante la congelación del salario mínimo, lo que ha tenido su traslación a las bases mínimas de
cotización, la reducción de los salarios (con su directa traslación a las bases de cotización de los trabajadores) o el establecimiento de 'tarifas planas' u otras medidas de minoración de las cotizaciones sociales, que es asumida exclusivamente por
la Seguridad Social, pues esa minoración no es compensada desde el Presupuesto del Estado, conforme a las orientaciones del Pacto de Toledo (en cualquiera de sus renovaciones) y a las tesis defendidas en dicho Pacto por los representantes del
Partido Popular. De ahí que, a pesar de las proclamas gubernamentales sobre el crecimiento de los afiliados a la Seguridad Social en la legislatura -más de 500.000- sin embargo el volumen de las cotizaciones sociales prácticamente se ha congelado
en la legislatura, frente al crecimiento de los gastos.


Esta situación ha motivado que, por primera vez en democracia, nuestro sistema de pensiones haya presentada déficit durante los cuatro años de legislatura, más de 17.000 millones de euros al cierre de 2015. Déficit que ha provocado que el
Gobierno del Partido Popular haya hecho uso de forma masiva de los recursos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Desde el año 2012 a junio de 2016, el Gobierno ha dispuesto de 55.901 millones de euros del Fondo de Reserva, que con los
Gobiernos socialistas había alcanzado la cifra de 66.815 millones de euros.


No es de extrañar, en esta coyuntura, que hayan arreciado las voces sobre la 'próxima quiebra' del sistema de pensiones de la Seguridad Social, y la necesidad de complementar las mismas con sistemas complementarios, los cuales difícilmente
puede ser suscritos por la gran mayoría de la población trabajadora, dada la fuerte depreciación salarial y el gran incremento de la contratación temporal. Todo lo cual podría ser un 'caldo de cultivo' propicio para, en un futuro, ir situando el
sistema obligatorio de pensiones en la gestión privada.


Por todo ello, se hace necesario recuperar el consenso parlamentario sobre la vigencia del sistema público de Seguridad Social, la defensa de la suficiencia de las pensiones, el fortalecimiento de la viabilidad de las pensiones,
estableciendo, a través de los cauces que se previeron en la Ley 27/2011, fuentes alternativas y complementarias de financiación, en un marco de pacto social y económico con los interlocutores sociales. En definitiva, se trata de volver a situar el
sistema de la Seguridad Social como una de las señas básicas de identidad de la ciudadanía española y como un baluarte en la protección social colectiva.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reconstituir de forma urgente el Pacto de Toledo, como expresión de consenso político, y el diálogo social, con el fin de acordar las medidas que permitan asegurar pensiones dignas y
recuperar el poder adquisitivo de las pensiones, especialmente las pensiones mínimas, así como fortalecer la viabilidad del sistema público de pensiones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 33





162/000007


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, vino a reformar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de forma que ha supuesto un ataque frontal a la
autonomía local y a su capacidad de prestar servicios a la ciudadanía. También a la consideración que hasta ahora se había tenido del municipio como gobierno político, convirtiéndolo en un mero gestor de decisiones ajenas. Los ayuntamientos han
sido las administraciones públicas que han sufrido las políticas de austeridad más agresivas e insolidarias.


La reforma planteada priva a las entidades locales de las competencias en materia de prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social, así como en otras competencias: sanidad, consumo, igualdad, políticas de empleo,
etc.


La nueva Ley consagra una visión exclusivamente economicista de las funciones mismas del Estado, y en especial de las Entidades Locales, al citar la estabilidad presupuestaria como principio rector que debe presidir las actuaciones de todas
las Administraciones públicas en vez de situar la atención en los ciudadanos/as y la calidad en la prestación de servicios en el centro de la reforma. Paradójicamente, esta medida de supuesto ahorro se establece sobre la Administración Local, la
única que se mantiene sin déficit público en 2015 y las previsiones hasta 2019 se sitúan en el 0,0 %.


Desde el principio, el PSOE se ha opuesto frontalmente a esta reforma porque ataca y daña a la raíz misma del gobierno municipal, recorta competencias a los ayuntamientos y abre el camino a la desaparición o la privatización de los servicios
sociales que prestan los ayuntamientos. El texto es, además, un ataque a la Carta Europea de Autonomía Local. También se han opuesto el resto de los grupos de la oposición y alcaldes de toda España, incluidos muchos del Partido Popular. Por ello,
se presentó un recurso de inconstitucionalidad contra esta Ley.


Igualmente, más de 3.000 ayuntamientos de toda España, que representan a más de 16 millones de ciudadanos y ciudadanas, plantearon un conflicto ante el Tribunal Constitucional en defensa de la autonomía local constitucionalmente garantizada.
Tanto los recursos presentados como el conflicto planteado fueron admitidos a trámite por el Tribunal Constitucional y están pendientes de tramitación y sentencia.


La crisis económica plantea nuevos retos para las entidades locales, retos que, unidos a la necesaria derogación de la Ley para la Reforma Local, abren un escenario que debe estar protagonizado por las propuestas, el diálogo y el consenso
político para resolver con eficacia los problemas que vienen arrastrando las entidades locales y cuyos primeros afectados son los ciudadanos y ciudadanas.


El principal objetivo debe ser aplicar el principio de subsidiariedad. Las entidades locales son las administraciones más próximas a la ciudadanía. Por ello, reforzar su carácter democrático y mejorar su capacidad para prestar servicios
deben ser las prioridades. Para ello es fundamental la participación de la ciudadanía en las decisiones más importantes de los ayuntamientos, mediante mecanismos efectivos de participación. La segunda característica ha de ser la transparencia. La
ciudadanía necesita saber de forma clara qué hace la administración que tienen más próxima. Solo así se podrá juzgar y controlar a los gobiernos locales y a sus representantes con responsabilidad. El tercer rasgo es la suficiencia presupuestaria.
Desde hace mucho tiempo nuestros ayuntamientos necesitan unas competencias claras y unos ingresos suficientes para llevarlas a cabo. Solo una administración que atiende a sus ciudadanos y ciudadanas es una administración útil.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias para:


1. Derogar la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.



Página 34





2. Aprobar una Ley de Régimen Local que refuerce la autonomía local, que garantice un sistema de financiación estable y proporcional a unas competencias bien definidas de los entes locales y aquellas que no siendo propias, previo convenio,
puedan desarrollarse sin comprometer la estabilidad presupuestaria con garantías de control y transparencia de la gestión pública.


3. Impulsar, desde el consenso, una nueva ley de haciendas locales, que dote de estabilidad, rigor y recursos las competencias asumidas por las entidades locales, de forma coordinada con la de la financiación autonómica, definiendo con
claridad la participación de las haciendas locales en los tributos del Estado (PIE) y en los de las Comunidades Autónomas (PICAs).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000008


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre derogación de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Según la exposición de motivos, la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, tiene como objetivo central sancionar conductas que representan un ejercicio extralimitado del derecho de reunión y
manifestación. Y ello es así, a pesar de que según datos ofrecidos en esta cámara por responsables del Ministerio del Interior, solo actuó la fuerza pública en menos del uno por mil de las mismas.


Solo una necesidad social apremiante puede justificar una norma que recorta derechos recogidos en nuestra Constitución, porque, como reiteradamente ha proclamado el Tribunal Constitucional, la fuerza expansiva de todo derecho fundamental
restringe el alcance de las normas limitadoras que actúan sobre el mismo. Es evidente que en España hoy la mayoría ciudadana entiende que no concurre esa premisa.


La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, vino a establecer un nuevo marco jurídico donde se lleva a cabo una degradación, hasta hacerlos prácticamente irreconocibles en su inicial configuración
constitucional, de derechos y libertades como las de expresión, reunión, manifestación, y huelga, entre otros, convirtiendo al ciudadano activo, al ciudadano crítico, en el enemigo de la seguridad, lo que provoca que, como la mayoría de las personas
no cometen delitos penales cuando se manifiestan, se les impone con esta Ley el derecho administrativo del enemigo.


Las razones de esta ley, al menos las confesadas, se resumieron por el Ministro del Interior en cuatro motivos, y vemos que ninguno de ellos alcanza la categoría de disculpa. El transcurso del tiempo o los cambios sociales pueden justificar
retoques o modificaciones, pero no un cambio íntegro de la ley, y la demanda social, si existe, es mínima. Más sorprendente aún es que se diga que se pretende adecuar la normativa a la jurisprudencia constitucional, porque va precisamente en la
dirección opuesta.


Entre los elementos preocupantes en esta Ley, que tiene varios y para señalar algunos, es relevante la supuesta finalidad de garantizar condiciones de normalidad en la prestación de servicios básicos, porque claramente permite que sea
utilizada para establecer nuevas condiciones y límites al derecho de huelga violando las garantías constitucionales. Con la Ley de Orden Público de 1959 como inspiración el texto ha desarrollado ahora un régimen sancionador al margen del control
judicial inmediato para conductas relacionadas con derechos civiles y políticos vinculados a la protesta social.


Esta Ley, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, vino a sustituir a la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, pero por el contrario de su antecesora, sitúa como principal objetivo la seguridad
ciudadana y no el libre ejercicio de los derechos fundamentales. Esta ley, a la vez que se aleja de los valores constitucionales, se aproxima a las viejas leyes que ya padecimos de orden público ya que trata, simplemente con otro lenguaje, de
promover, de manera primordial, la defensa de un determinado orden social, mediante la represión de la exteriorización y expresión de la protesta social por los recortes en los derechos sociales y laborales, la limitación de libertades y derechos



Página 35





fundamentales, y con un uso de la estructura de seguridad como instrumento de defensa de ese orden y no de los derechos y libertades que es el mandato constitucional del artículo 104.


Es también la desconfianza en la actuación de los jueces uno de los elementos centrales de la nueva norma. Es por ello que viene a sustraer de la valoración judicial toda una serie de conductas del Código Penal, que pasan a ser con la nueva
ley infracciones administrativas, lo que garantiza a la administración un papel de Juez y parte.


Además, es de reseñar que la tipificación de conductas antes delictivas, se recoge de manera que las hace confusas debido al solapamiento con acciones que tienen correlación con conductas tipificadas como delito en el Código Penal y que
directamente inciden el principio ne bis in ídem, lo que permite que en el caso de que los tribunales no consideren delito una determinada conducta, sancionarla como infracción administrativa.


La nueva norma, en lugar de incrementar la tutela judicial de los derechos, la difumina, toda vez que los ciudadanos para acceder a la misma tienen que soportar cargas difícilmente asumibles como pagar la sanción para recurrir, pagar abogado
y no pueden beneficiarse de reducción alguna si finalmente no son tenidos en cuentas sus argumentos por los jueces de lo contencioso. Esto pone de manifiesto que la verdad no es como reiteradamente afirmaba el Gobierno que la promovió, que lo que
pretende sea que se castigue menos, sino con menos garantías. El objetivo no es pues sancionar a quien comete actos socialmente aceptados como gravemente contrarios a los valores, sino al disidente, al que protesta, al considerar que quien protesta
altera, no la seguridad, sino la 'tranquilidad pública', que por otra parte es un valor sin concreción constitucional.


Hay que romper con una normativa que permite la concatenación del derecho penal y del derecho administrativo, de manera que la penalización de ciertas conductas habilitan a la policía para el ejercicio de poderes exorbitantes de inspección,
retención, investigación, represión y sanción, dándose de hecho una gubernamentalización del sistema de garantías de los derechos fundamentales.


Igualmente, se debe derogar la norma que lo que ha venido a hacer es instaurar un derecho administrativo sancionador preventivo, fundado en sospechas y dirigidas a generar desaliento en el ejercicio de derechos fundamentales.


Por ello, se debe establecer un sistema sancionador ligado a la prevención o represión de la lesión o puesta en riesgo real, efectivo e inminente de la integridad física, moral, la vida o los bienes de terceros y no un sistema que se solape
y castigue las mismas conductas que el derecho penal, acumulando así el reproche jurídico de conductas, lo que está prohibido por el artículo 9 CE, en sus apartados 2 y 3, que no vulnere, los principios de legalidad, tipicidad y proporcionalidad en
la sanción y que no se fundamente en una definición abierta y ambigua de los tipos sancionadores y en la fijación de multas desproporcionadas y que atribuya a la policía poderes de decisión y represión fundados en meros indicios y sospechas, que
desplazan las garantías judiciales, y que adolecen de un margen enorme de discrecionalidad, lo que vulnera el artículo 24 CE (tutela judicial efectiva).


Es fundamental que el derecho administrativo de la seguridad pública, no se conciba o se emplee como instrumento para proteger y asegurar la actuación policial al margen de los controles judiciales, ya que ello vulnera el artículo 24 de la
CE, el cual reconoce el derecho a la tutela judicial efectiva.


Tampoco esta Ley distingue el concepto de seguridad ciudadana de otros bienes constitucionales como la seguridad pública y, lo que es peor, esta confusión, intencionada, faculta al Gobierno para utilizar al Cuerpo Nacional de Policía y a la
Guardia Civil en el control de la población, en lugar de destinarlos fundamentalmente a asegurar la libertad y seguridad públicas. Aceptar esto sería como cargar a nuestros guardias civiles y a nuestros policías con la ingrata obligación de ser la
mordaza que impida la protesta contra el Gobierno del partido que promovió esta norma.


Finalmente, la Constitución de 1978 es la única que nació del consenso parlamentario. Las anteriores fueron imposiciones del partido en el poder. Mantener el consenso constitucional, precisa mantener su espíritu en las leyes que afectan a
nuestros derechos y libertades fundamentales y que estas nazcan con vocación de permanencia. La aprobación de esa Ley con el voto exclusivo del Partido Popular, rompió en mil pedazos ese espíritu.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para:



Página 36





1. Derogar Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, la cual incide de una manera directa y negativa en el ejercicio y desarrollo de diversos derechos fundamentales, procediendo a promover una nueva
normativa más respetuosa con los derechos y libertades fundamentales previstas en la Carta Magna.


2. Paralizar la ejecución de las sanciones directamente vinculadas al ejercicio de derechos y libertades fundamentales adoptadas de conformidad con la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000009


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la promoción de una Ley de Cambio Climático, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El cambio climático y los impactos que de él se derivan constituyen uno de los retos globales más importantes que nuestra sociedad debe afrontar. La reducción de estos impactos constituye un objetivo para el que es necesario diseñar los
procesos socioeconómicos adecuados que permitan:


a) Identificar las trayectorias socioeconómicas que producen más riesgo.


b) Los programas de actuación que han de permitir la adaptación y mitigación del riesgo.


c) Identificar las políticas a poner en marcha y estilos de gobernanza para gestionar y afrontar la exposición y la vulnerabilidad.


El quinto informe de evaluación realizado por el Panel Intergubernamental de Expertos en Cambio Climático (IPCC) evidencia las interacciones complejas y probabilidades cambiantes en el impacto del cambio climático, y analiza el riesgo
implicado y las decisiones que es necesario adoptar a nivel gubernamental. El informe evalúa la vulnerabilidad de los sistemas humanos y confirma científicamente los cambios que están ocurriendo, sugiriendo mecanismos de adaptación y estableciendo
una clara vinculación entre la producción del riesgo y la vulnerabilidad y su carácter claramente antropogénico. El informe concluye que el origen del calentamiento global y, por tanto, del cambio climático, es ya incuestionable, está causado por
la actividad humana, con una probabilidad superior al 95% y está causado, esencialmente, por las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) provocadas por el uso de combustibles fósiles y el cambio en los usos del suelo y la agricultura.


El cambio climático es un problema global que afecta transversalmente a la economía, la salud, la seguridad, la gestión y acceso al agua, la construcción, o la alimentación, entre otras, por cuanto se deriva de cambios en variables
climáticas como la temperatura, las lluvias, el nivel del mar, etc. y el aumento en la frecuencia o intensidad de fenómenos meteorológicos extremos como sequías, inundaciones, u olas de calor, que ponen en riesgo a las personas y a los ecosistemas.


La Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia, forma parte de la Estrategia Española de Desarrollo Sostenible, establece un horizonte de políticas de actuación entre 2007 y 2020, y cuenta como marco de referencia precisamente
la 'Estrategia Española para el cumplimiento del Protocolo de Kioto', que fuera aprobada por el Pleno del Consejo Nacional del Clima el 5 de febrero de 2004, y tenía presente las medidas y programas adoptados por las Comunidades Autónomas en estos
años. Sin embargo, a lo largo de estos años se hizo necesario introducir cambios en la planificación inicial al observarse cambios de escenarios y tendencias, que plantean la necesidad de un nuevo marco normativo con políticas adicionales que
contribuyan al desarrollo económico, social y medioambiental sostenible.



Página 37





La Convención Marco sobre el Cambio Climático celebrada en París el pasado mes de diciembre de 2015, exigió la cooperación más amplia posible de todos los países y su participación en una respuesta internacional efectiva y apropiada para
reducir las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero. El acuerdo de París supone la aprobación de algunas líneas de actuación que han de servir de guía para la puesta en marcha de políticas públicas de reducción de emisiones y políticas
de prevención con estrategias adecuadas en las zonas más vulnerables.


Las partes firmantes del acuerdo establecen como responsabilidad común respetar, promover y tomar en consideración la necesidad de dar una respuesta progresiva y eficaz a la amenaza del cambio climático sobre la base de los mejores
conocimientos científicos disponibles.


El acuerdo de París reconoce igualmente la importancia de garantizar la integridad de los ecosistemas, los océanos, la protección de la biodiversidad, y la 'justicia climática'. Reafirma la importancia de tres dimensiones clave. En primer
lugar, la educación, la formación, la sensibilización y la participación del público, con acceso público a la información y la cooperación a todos los niveles. En segundo lugar, resalta la importancia del compromiso de todos los niveles de gobierno
y de los diversos actores, de acuerdo a la legislación nacional. Finalmente, destaca la necesidad de explorar y adoptar estilos de vida y pautas de consumo y producción sostenibles.


En su artículo 2, el acuerdo de París, establece que la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, pasa por:


- Mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 ºC con respecto a los niveles preindustriales, estableciendo un esfuerzo para limitar ese aumento a 1,5 ºC.


- Aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, de un modo que no comprometa la producción de alimentos.


- Elevar las corrientes financieras a un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero.


La Unión Europea se constituye también en una Parte más dentro del Acuerdo de París. Las partes recibirán financiación económica para activar las necesarias modificaciones en sus procesos tecnológicos para reducir el impacto del cambio
climático y ayudarán a los países menos desarrollados a mitigar los impactos negativos.


Todo este horizonte exige establecer un conjunto de objetivos a alcanzar a nivel nacional y un marco normativo integral que instrumente las acciones y disposiciones normativas a adoptar con objetivos consistentes con nuestros compromisos
internacionales.


Se hace necesario contribuir a la toma de conciencia de la urgencia del cambio ambiental y en eso España debe dar una respuesta institucional clara al reto de la sostenibilidad promoviendo programas de educación ambiental, sensibilizando a
la población y proporcionando medios para acceder a la información, pero también promoviendo los cambios que sea necesario iniciar en nuestros modelos económicos explorando el impacto sobre nuestras vidas y definiendo políticas y trayectorias hacia
la sostenibilidad.


A pesar de las dificultades que entraña un cambio de modelo económico y de un estilo de vida consecuente, hay algunos intentos de caminar hacia estilos de vida más sostenibles, y algunas organizaciones están trabajando en esa dirección. Son
iniciativas sostenibles, que emprenden proyectos de innovación social que van por delante de los gobiernos en cuanto a situar el problema, implicar a una parte de la población en la iniciativa, y responder al reto del cambio climático con impactos a
pequeña escala que pretenden facilitar la supervivencia de economías sostenibles en campos relacionados con la movilidad, la nutrición, la construcción, el uso de la energía o la reducción o racionalización del consumo, por mencionar algunas. La
nueva legislación impulsaría políticas consistentes con la necesidad de escalar el impacto a pequeña escala a una escala mayor promoviendo impactos positivos de más amplio espectro.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Proyecto de Ley de Cambio Climático que promueva un modelo de crecimiento verde, sustentado en un modelo económico que considera el



Página 38





crecimiento como un elemento fundamental, pero con un nivel incrementado de ecoeficiencia de nuestros sistemas productivos y de consumo, y que entre otras, persiga las siguientes finalidades:


1. Integrar y armonizar la legislación, considerando las estrategias existentes, los protocolos y los compromisos adquiridos por España en relación con el cambio climático en general.


2. Promover políticas tendentes a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, estableciendo un marco de ecoeficiencia en la gestión energética, con énfasis especial en las energías renovables.


3. Orientar políticas alternativas a nivel industrial, con sistemas de producción bajos en carbono.


4. Adoptar un sistema de gestión de la información de libre y público acceso.


5. Promover una política de movilidad sostenible.


6. Promover la exploración y el escalamiento hacia estilos de vida más sostenibles y menos dependientes del carbono.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000010


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre reforma fiscal, lucha contra el fraude y la evasión fiscal y Cooperación Fiscal Internacional, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Reforma fiscal.


España no tiene una elevada presión fiscal agregada. De hecho, nuestros ingresos públicos en relación al PIB se sitúan en el 37,8% frente al 45,2% del promedio de los países de la Unión Europea y no superaron el 41%, ni en plena burbuja
inmobiliaria. Nuestro problema es que esa presión fiscal se concentra mucho sobre pocos contribuyentes y pocas bases imponibles. La consecuencia es que el sostenimiento del gasto público recae de forma casi exclusiva sobre las rentas del trabajo,
fundamentalmente medias y bajas, que soportan directamente, e indirectamente a través de las cotizaciones sociales, el grueso de la presión fiscal, en torno a nueve de cada diez euros recaudados, según algunas estimaciones.


Necesitamos una nueva política fiscal que simplifique nuestro sistema tributario, haciéndolo más eficiente y que promueva la transición hacia un nuevo modelo económico, incentivando la inversión productiva, el emprendimiento y la innovación,
frente a otro tipo de actividades, que deben ser desincentivadas como la especulación, la contaminación o aquellas que contribuyen al cambio climático.


Nuestro actual sistema fiscal descansa demasiado, como queda dicho, sobre la tributación de la renta anual y del factor trabajo. Aspiramos a desplazar el peso de la carga tributaria, en parte, hacia la riqueza y el uso de recursos naturales
finitos. Al mismo tiempo, la fiscalidad debe recuperar el principio de equidad, tanto vertical, que pague más quien más gana, como horizontal, es decir que a igual nivel de renta, tributación similar independientemente de las fuentes de renta.


Nuestra Constitución establece entre los deberes de los ciudadanos el contribuir al mantenimiento de las cargas generales del Estado de acuerdo con la capacidad de pago de cada uno. Por eso establece un sistema tributario progresivo en el
que aporte proporcionalmente más, quien más riqueza tiene y no solo quien más renta gane. Sin embargo, la actual descoordinación entre el IRPF, IS, y el Impuesto de Patrimonio impide gravar adecuadamente la riqueza, dando lugar a una doble no
tributación que permite que determinadas grandes fortunas y patrimonios no contribuyan de forma adecuada al sostenimiento de los gastos públicos.


Que nuestro sistema fiscal precisa de una reforma en profundidad se ha puesto de manifiesto, además, a raíz de las desafortunadas decisiones del Gobierno del PP en la X legislatura, que aprobó una irresponsable bajada del IRPF a favor de los
contribuyentes de más altas rentas, así como una injustificada



Página 39





e inequitativa bajada del Impuesto sobre Sociedades. Ello ha conducido a España a incumplir, una vez más, los compromisos de reducción del déficit, exponiendo a nuestro país a la aplicación de importantes sanciones, en especial en relación
con el desembolso de los fondos europeos. La Comisión Europea está estudiando también la exigencia de medidas para efectuar un duro ajuste adicional, que podría poner en riesgo el mantenimiento del Estado de bienestar en un contexto de elevada
desigualdad. En este sentido resulta claro que acometer, con urgencia, una reforma del sistema fiscal no es sólo una exigencia de los principios de justicia y equidad tributaria, sino una necesidad inaplazable para el sostenimiento de los servicios
públicos fundamentales.


Lucha contra el fraude y la evasión fiscal.


Lograr una mayor equidad del sistema tributario, implica luchar de forma decidida contra el fraude, la elusión y la evasión fiscal e incorporar todas las manifestaciones de capacidad económica, de manera efectiva al sistema tributario, como
reclama la Constitución. Ello ayudará a un reparto más justo de las cargas, a la sostenibilidad y estabilidad del Estado del Bienestar y a una mayor competitividad de la economía española y a la creación de empleo de calidad.


Pese al consenso existente en esta materia, el Gobierno del PP aprobó una 'amnistía fiscal' que ha tenido graves consecuencias económicas y éticas tanto para la sociedad en su conjunto como para la Hacienda Pública. La injusticia de esta
medida y el secretismo en relación a sus beneficiarios, han provocado desde el principio un rechazo generalizado en la ciudadanía española.


Acabar con el fraude no ha sido una prioridad para el Gobierno si nos atenemos a las decisiones tomadas durante la X legislatura y a tenor de la ausencia de medidas a lo largo de la misma.


Y así, nuestro país tiene el nivel de recursos humanos más bajo de la UE de los 27 en la Administración Tributaria (5,7 inspectores por cada 10.000 habitantes, comparados con los 17,5 de Francia o 14 de Alemania, por ejemplo), sólo superado
por Italia. Además, se ha reducido en 2.847 personas el número de efectivos de la AEAT. Por ello, es necesario abordar una reforma integral de la Administración Tributaria que incremente de forma efectiva y gradualmente los recursos humanos y
materiales de la misma.


Conocidas son también las constantes injerencias del Gobierno en la dirección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), destacando los incesantes ceses producidos desde enero de 2012 (cúpula de la Oficina Técnica de Control
de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, Dirección del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia Tributaria, etc.), la pretensión de condicionar las actuaciones inspectoras (caso CEMEX), la arbitraria, reprobable y
escandalosa negativa de la AEAT a prestar el debido auxilio a los órganos jurisdiccionales (trama Gürtel), o la utilización política del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas de datos con transcendencia tributaria, bien con fines
estrictamente partidistas, o bien como instrumento de coacción política.


En consecuencia resulta necesario adoptar, con carácter urgente, aquellas medidas que permitan una corrección inmediata de los comportamientos que están propiciando el citado deterioro de la administración tributaria y de la conciencia
fiscal de los ciudadanos, adoptando igualmente medidas eficaces para acabar con la evasión fiscal, especialmente de las grandes empresas.


Cooperación Fiscal Internacional.


La globalización económica ha aportado elementos positivos para mejorar el bienestar de los ciudadanos. Sin embargo, el hecho de que las grandes multinacionales planteen sus estrategias de negocio globalmente, y la competencia fiscal se
atribuya individualmente a cada jurisdicción, ha puesto en tela de juicio la adecuación del sistema fiscal internacional para gravar los beneficios que estas empresas generan en cada Estado. Este sistema, creado hace unos 80 años, ha quedado
obsoleto ante la nueva realidad económica. Se hace necesaria, por tanto, la Cooperación Internacional en materia fiscal para que siga siendo eficaz. Ahora se está abordando precisamente la lucha contra la evasión y elusión fiscal de las grandes
empresas tanto por la Comisión Europea como por el Parlamento Europeo. El diálogo sobre posibles medidas para abordar este tema entre estas instituciones y el Consejo, es cada vez más intenso. De hecho, actualmente hay tres propuestas de directiva
que incluirían la aplicación de medidas antielusión sobre las que el Consejo se tendrá que pronunciar en breve y, el 6 de julio del presente mes y año, el Parlamento Europeo ha aprobado una Resolución sobre resoluciones fiscales y otras medidas de



Página 40





naturaleza o efectos similares (TAXE 2) (2016/2038(INI)), que contiene importantes orientaciones y decisiones para luchar con eficacia contra la evasión y elusión fiscal internacional.


La Comisión Europea estima que la magnitud de la evasión y la elusión fiscales se cifra en 1 billón de euros al año, mientras que la OCDE calcula que la pérdida de ingresos a nivel mundial se sitúa entre el 4% y el 10% del total de ingresos
derivados del impuesto de sociedades, lo que representa entre 75 000 y 180 000 millones de euros al año (niveles de 2014). La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (CNUCED) considera que los países en desarrollo se ven
afectados de manera desproporcionada por la elusión del impuesto de sociedades, que se calcula provoca unas pérdidas anuales de ingresos tributarios de 100.000 millones de dólares estadounidenses; dicha situación priva a estos países de los
recursos fundamentales para financiar los servicios más básicos y perjudica las políticas de cooperación al desarrollo de la UE.


El problema de la evasión y elusión fiscal viene facilitado por la competencia a la baja que provoca una competencia desleal entre grandes empresas multinacionales -que se benefician de las fisuras del sistema fiscal internacional- y las
pymes nacionales que no pueden aprovechar estas fisuras para reducir su 'coste/inversión fiscal'. En definitiva, las consecuencias negativas que conllevan estas prácticas para los presupuestos de los Estados miembros y los ciudadanos son obvias,
perjudicando la confianza en la democracia, erosionando las bases imponibles de los Estados miembros y, por tanto, provocando una pérdida de ingresos fiscales que debilitan las economías y la capacidad de los Gobiernos de proporcionar un nivel
adecuado de servicios públicos, inversiones y seguridad social.


Además, la citada Resolución de 6 de julio del Parlamento Europeo ha puesto de manifiesto que sigue sin existir, pese a su urgencia, una definición y una lista comunes para toda la Unión de jurisdicciones no cooperativas; que algunas
entidades financieras y empresas de auditoría o bufetes de abogados han desempeñado un papel de intermediarias en la creación de estructuras legales complejas que han desembocado en los sistemas de planificación fiscal abusiva utilizados por
empresas multinacionales, tal y como se ha puesto de manifiesto con 'LuxLeaks' y los papeles de Panamá; que los Estados miembros y la Comisión deben aprobar más propuestas legislativas sobre elusión del impuesto de sociedades dado que los Estados
miembros aún tienen margen para endurecer sus normas contra las prácticas abusivas a fin de luchar contra la erosión de la base imponible; que debe avanzarse en la presentación de una propuesta sobre una base imponible consolidada común del
impuesto sobre sociedades (BICCIS) antes de finales de 2016; que debe ponerse en marcha rápidamente el marco legislativo necesario para iniciar el intercambio automático de información sobre resoluciones fiscales; que los Estados miembros deben
reforzar sus administraciones tributarias con la disponibilidad adecuada de personal, con el fin de asegurar una recaudación tributaria eficaz y de hacer frente a las prácticas fiscales perniciosas; que los Estados miembros deben adoptar sanciones
efectivas, proporcionadas y disuasorias, incluso de carácter penal, contra directivos de empresas implicados en evasión fiscal, así como la posibilidad de revocar las licencias profesionales de los trabajadores y las empresas con participación
demostrada en el diseño de sistemas de planificación fiscal agresiva o evasión fiscal; que debe crearse un nuevo Centro de coordinación y coherencia de la política fiscal de la Unión en la estructura de la Comisión para garantizar un funcionamiento
correcto y coherente del mercado único y la aplicación de normas internacionales; que la OCDE y otros organismos internacionales han de empezar a trabajar en un plan de acción BEPS II ambicioso; que debe avanzarse y extenderse el proyecto piloto
de intercambio automático de información sobre titularidad real entre autoridades fiscales, iniciado en abril por los cinco Estados miembros más grandes de la Unión, creándose un registro público de la Unión sobre la titularidad real dotado de
normas armonizadas de acceso a información sobre titularidad real; y, por último, que debe apoyarse la creación de un organismo mundial, en el marco de las Naciones Unidas, bien dotado y con recursos adicionales suficientes, con el fin de
garantizar que todos los países puedan participar en igualdad de condiciones en la elaboración y la reforma de las políticas fiscales a escala mundial.


Dada la amplitud de los objetivos perseguidos, el Gobierno español, además de colaborar activamente a nivel europeo e internacional en la lucha contra los paraísos fiscales y la evasión fiscal, debería llevar a cabo una estrategia nacional,
incluyendo actuaciones eficaces para avanzar decididamente en dicha lucha, concretando medidas contra la evasión y la elusión fiscal de las empresas multinacionales.



Página 41





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reforma fiscal.


- Crear una Comisión de Expertos/as que, en el plazo de seis meses, presentarán sus conclusiones para una reforma en profundidad de nuestro sistema tributario, que mejore la incorporación de la riqueza al sistema general de tributación.


Mientras tanto:


- Establecer un mínimo común en todo el territorio nacional tanto en el Impuesto de Sucesiones como en el de Patrimonio, para evitar en la práctica, su vaciamiento.


- Estudiar la creación de un Impuesto Extraordinario sobre las Grandes Fortunas, garantizando que se sometan a tributación efectiva todos los grandes patrimonios, independientemente del vehículo financiero utilizado para canalizar la
riqueza.


- Reformar en profundidad el Impuesto de Sociedades, con el objetivo de ensanchar las bases imponibles y elevar la recaudación. Para ello, se revisarán las múltiples exenciones y bonificaciones del Impuesto, muchas de ellas de escasa
justificación. Entre tanto, se establecerá una tributación mínima del 15% en el Impuesto de Sociedades sobre el resultado contable de las grandes empresas que no haya generado bases imponibles que hayan tributado de forma efectiva en otro país, de
modo que contribuyan a recuperar la recaudación y estabilizarla en el tiempo.


- Rebajar el tipo del IVA a las actividades culturales, como cine, teatro y música.


- Promover la modificación de la normativa armonizada europea para que se puedan aplicar tipos reducidos a los libros, periódicos y revistas electrónicos o digitales, considerando su carácter cultural, así como a bienes de primera necesidad.


- Impulsar la puesta en marcha definitiva de un Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), tal y como ya han acordado once países de la Unión Europea, entre ellos España. El ITF será un impuesto de base amplia, que incluya el mayor
número posible de productos financieros, acciones, bonos y derivados, para desincentivar la especulación financiera.


- Revisar la configuración de los impuestos especiales para hacer de los mismos unos auténticos impuestos medioambientales, en línea con los principales países europeos. Dicha fiscalidad medioambiental se pondrá en marcha en concertación
con las CC.AA.


2. Lucha contra el fraude y la evasión fiscal.


- Incrementar en 5.000 empleados públicos los efectivos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria destinados a la lucha contra el fraude en los próximos cuatro años.


- Destinar al Presupuesto de la AEAT, para luchar contra el fraude fiscal, un porcentaje real y automático de la recaudación bruta derivada de los actos de liquidación y gestión recaudatoria.


- Revisar el régimen de estimación objetiva con el objetivo de minimizar el fraude fiscal que se pudiera producir a través de tal instrumento tributario.


- Modificar la figura del delito fiscal para hacerla más efectiva. En todo caso, se modificará el artículo 305 del Código Penal para que todos los delitos fiscales sean considerados como graves (pena de prisión de dos a seis años y
prescripción a los diez años) y aquellos que revistan especial gravedad, las penas a imponer siempre serán en su mitad superior.


- Potenciar el papel del Servicio de Vigilancia Aduanera y la coordinación de la AEAT con la Fiscalía, el SEPBLAC y las fuerzas de seguridad del Estado. En particular se promoverá la creación de juzgados especializados en delitos
económicos, fraude fiscal y a la Seguridad Social, dotados con medios adecuados y suficientes.


- Elaborar una estrategia de lucha contra la economía sumergida, en particular, se considerarán medidas puestas en práctica en otros países como la ampliación de la limitación en el uso de efectivo en las transacciones económicas y la
estandarización de los sistemas de facturación de las pequeñas empresa.



Página 42





- Elaborar una Ley Antifraude que incorpore las modificaciones necesarias para corregir los vacíos legales y aquellas interpretaciones normativas que posibilitan la elusión fiscal. Remitir al Parlamento un informe anual con la evaluación de
los resultados de la lucha contra el fraude y su comparación internacional.


- Adquirir el firme compromiso de no aprobar una nueva amnistía fiscal. Dentro del marco de una reforma constitucional debe prohibirse de forma absoluta el recurso general o individualizado a la amnistía fiscal.


- Introducir cambios del artículo 95 de la Ley General Tributaria, dentro de los límites constitucionales, que permitan conocer el nombre de los defraudadores, acogidos a la amnistía fiscal.


- Exigir a las entidades financieras que operan en España que notifiquen a las autoridades españolas los clientes que tienen cuentas en paraísos fiscales y, en caso de que dichas entidades no colaboren con las autoridades españolas, ser
sancionadas económicamente e, incluso, en caso de reincidencia en la falta de colaboración, retirada de la ficha bancaria en su caso.


- Establecer un mayor control de las SICAV mediante: (i) Establecimiento de un porcentaje de participación máximo para cada inversor; (ii) Se estudiará la fijación de un período de permanencia máximo de las plusvalías acumuladas sin que
tributen; (iii) Dotar legalmente a la AEAT de competencias para supervisar e inspeccionar a las SICAV.


- Revisar la figura de la Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVES), que se ha convertido en una fuente de elusión fiscal importante. Se endurecerá el régimen de exención tributaria de los beneficios y dividendos de esta figura.


- Hacer pública la identidad de los contribuyentes beneficiarios de incentivos tributarios que superen determinados umbrales. Además, se institucionalizará la evaluación permanente de los incentivos fiscales, tanto desde el punto de vista
recaudatorio como desde la perspectiva de la eficiencia económica y su impacto. Esto abarca también las memorias de los proyectos de ley que incorporen incentivos fiscales.


- Impulsar las modificaciones necesarias para que la legislación tributaria contemple como infracción las prácticas de elusión repetitiva, no solo de los clientes, sino también de las consultoras o comercializadoras, así como la inclusión
del correspondiente tipo delictivo en el Código Penal.


- Aprobar un Estatuto de la Agencia Tributaria que refuerce su independencia y profesionalidad, evitando las injerencias políticas.


- Revisar el procedimiento de auxilio judicial de la AEAT con el objeto de mejorar la colaboración con los órganos jurisdiccionales, asegurando que dicho auxilio se presta en condiciones de objetividad y atendiendo estrictamente a criterios
técnicos, evitando cualquier tipo de injerencia por parte de la dirección de la Agencia.


- Aprobar un plan para mejorar el cumplimiento voluntario, reducir la litigiosidad en el ámbito tributario, reforzar la seguridad jurídica y favorecer la relación cooperativa entre los contribuyentes cumplidores y la administración
tributaria.


3. Cooperación Fiscal Internacional.


España debe liderar en el Consejo Europeo y en los foros internacionales las siguientes políticas, entre otras, para luchar contra la elusión fiscal de las grandes empresas:


- Apoyar la creación de un organismo mundial, en el marco de las Naciones Unidas, bien dotado y con recursos adicionales suficientes, con el fin de garantizar que todos los países puedan participar en igualdad de condiciones en la
elaboración y la reforma de las políticas fiscales a escala mundial. Impulsar la celebración de una cumbre mundial sobre asuntos fiscales que persiga el objetivo de la creación del mencionado organismo intergubernamental.


- Apoyar que todos los Parlamentos nacionales colaboren entre sí para garantizar un control adecuado y la coherencia de los sistemas fiscales de los Estados miembros, reforzando el compromiso con la labor de foros interparlamentarios sobre
cuestiones fiscales.


- Apoyar la presentación de una propuesta sobre una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS) antes de finales de 2016.


- Apoyar que las empresas multinacionales hagan constar en sus balances de forma clara y comprensible, para cada Estado miembro y país tercero en los que estén establecidas, una serie de informaciones, en particular los beneficios o las
pérdidas antes de impuestos, los impuestos sobre los



Página 43





beneficios o las pérdidas, el número de trabajadores y las operaciones efectuadas; dicha información será de acceso público.


- Apoyar el establecimiento en el seno de la Unión Europea de un intervalo con un tipo mínimo de gravamen del Impuesto de Sociedades.


- Apoyar la presentación, lo antes posible, de una definición común para la Unión y una lista de jurisdicciones no cooperativas ('lista negra de paraísos fiscales'), basadas en criterios objetivos y sólidos y que incluyan la aplicación de
las recomendaciones de la OCDE, las medidas de transparencia fiscal, las acciones BEPS y las normas sobre el intercambio automático de información. A tal efecto, se establecerá un marco regulador concreto de la Unión para las sanciones contra las
jurisdicciones no cooperativas que figuren en la lista negra, incluida la posibilidad de reexaminar y, en última instancia, suspender los acuerdos de libre comercio, suspender los convenios para evitar la doble imposición y prohibir el acceso a
financiación de la Unión


- Apoyar el establecimiento de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, incluso de carácter penal, contra directivos de empresas implicados en evasión fiscal, así como la posibilidad de revocar las licencias profesionales de los
trabajadores y las empresas con participación demostrada en el diseño de sistemas de planificación fiscal agresiva o evasión fiscal, el asesoramiento sobre su uso o su uso. Introducir una responsabilidad financiera proporcional para los bancos y
las instituciones financieras que faciliten las transferencias a paraísos fiscales y jurisdicciones no cooperativas desde el punto de vista fiscal.


- Apoyar el comienzo de los trabajos de un plan de acción BEPS II ambicioso que deberá basarse principalmente en normas mínimas y objetivos concretos para su aplicación.


- Apoyar el proyecto de intercambio automático de información sobre titularidad real entre autoridades fiscales, iniciado en abril por los cinco Estados miembros más grandes de la Unión, y la creación de un registro público de la Unión sobre
la titularidad real dotado de normas armonizadas de acceso a información sobre titularidad real


4. Creación de Subcomisión.


El Congreso de los Diputados considera necesaria la creación, por los procedimientos establecidos en el Reglamento de la Cámara, de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre la armonización y
coordinación fiscal europea e internacional y lucha contra el fraude fiscal y los paraísos fiscales.


En particular, se analizarán y evaluarán las medidas de aplicación directa en la legislación interna del Plan de Acción 'Base Erosion and Profit Shifting' (BEPS en sus siglas en inglés), la lucha contra la evasión y la elusión fiscal de las
empresas multinacionales ('Tax Rulings', acuerdos de precios de transferencia transfronterizos, tasa 'Tobin', etc.), y las medidas en relación con aquellas personas, entidades financieras y empresas consultoras o asesoras que colaboran en el fraude
fiscal, la ocultación de fondos y el blanqueo de capitales.


5. Comisión de investigación.


El Congreso de los Diputados considera necesaria la creación, por los procedimientos establecidos en el Reglamento de la Cámara, de una Comisión de investigación sobre los denominados 'Papeles de Panamá' así como su relación con la amnistía
fiscal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de julio de 2016.-Pedro Saura García, Diputado.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000011


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre la desviación del déficit público, las medidas para corregirlo y la



Página 44





posición a adoptar ante el procedimiento sancionador abierto por la Unión Europea, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La economía española necesita ir reduciendo progresivamente los desequilibrios macroeconómicos persistentes así como la desigualdad para garantizar un crecimiento sostenido y sostenible que aumente el bienestar social a largo plazo. Ante la
posibilidad de un largo periodo de elevado desempleo de larga duración, precarización laboral, desigualdad y exclusión social, baja inflación y persistente déficit estructural, es prioritario cambiar la orientación de la política fiscal y
presupuestaria adoptada hasta el momento.


Si bien la economía española ha encadenado dos años de crecimiento económico, no es menos cierto que ha sido a costa de incrementar la precariedad laboral y reducir los niveles de protección social. Asimismo, la política económica llevada a
cabo por el Gobierno no ha resuelto los principales desequilibrios relacionados con la productividad, la deuda externa y los problemas de desigualdad y pobreza que afectan a los colectivos más desfavorecidos de la sociedad. Es más, en la última
legislatura la deuda pública aumentó en 30 puntos de PIB, mientras el déficit público en España en 2015 fue el segundo más elevado de la zona euro.


A nivel europeo, la viabilidad a largo plazo de la eurozona también requerirá una combinación de políticas públicas de carácter nacional y un cambio en el diseño institucional de la unión monetaria para que el BCE se convierta en un
verdadero prestamista de última instancia, un nuevo pacto de estabilidad y crecimiento con mecanismos de control y aplicación, un aumento de la movilidad laboral en la zona euro y una mayor integración fiscal y política entre los Estados miembros.


Recientemente hemos conocido el desvío en el cumplimiento del objetivo de estabilidad acordado con la Comisión Europea situado en el 5,1% del PIB en 2015, por encima de los objetivos fijados del 4,2% del PIB, algo que ya advertimos los
socialistas en la presentación de los Presupuestos del pasado año en sede parlamentaria. Este incumplimiento se debe básicamente a la temeraria e irresponsable orientación de la política fiscal basada en bajar impuestos a las rentas altas y a las
grandes empresas en año electoral, lo que ha incrementado el déficit estructural el año pasado, como bien han señalado las autoridades comunitarias. El saldo estructural se deterioró en un 1% del PIB en 2015. Por ello, el ECOFIN abrió por primera
vez un procedimiento sancionador a España que podría finalizar en una mayor monitorización de la política presupuestaria y en la congelación del desembolso de fondos europeos. Los Presupuestos de 2016 han durado tan sólo 7 meses, la Comisión
Europea está estudiando nuevos ajustes adicionales, que pondrá en riesgo el mantenimiento del Estado de bienestar en un contexto de elevada desigualdad.


La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) acaba de alertar sobre el 'progresivo deterioro' en la evolución de las cuentas públicas en 2016 desde la última evaluación realizada en el mes de abril con ocasión de la
Actualización del Programa de Estabilidad 2016-2019. La Airef ha elevado su escenario de déficit público en 2016 a un nivel entre el 4,1% y el 4,7% del PIB, 'dependiendo del grado de aplicación de las medidas comprometidas por el Gobierno', es
decir, una desviación de las cuentas entre los 2.000 y los 8.000 millones de euros. Son precisamente los niveles de la administración dependientes del Gobierno (Administración Central y Seguridad Social) 'donde se encuentra en este momento el
principal origen del incumplimiento'.


Es por tanto urgente y prioritario cambiar la política fiscal y presupuestaria adoptada por el Gobierno reorientándola a la prioridad del crecimiento, la creación de empleo y el reforzamiento de la cohesión social en España. Ello implica,
en primer lugar, negociar ante las autoridades europeas una mayor flexibilidad en la reducción del déficit público, para no poner en riesgo la recuperación económica, manteniendo el compromiso con la estabilidad presupuestaria y los nuevos objetivos
de déficit sin reducir nuestros niveles de bienestar social. Para ello, un requisito imprescindible es llevar a cabo una profunda reforma fiscal que mejore la progresividad de nuestro sistema tributario, promueva el crecimiento y contribuya a
recuperar la recaudación y estabilizarla en el tiempo. España tiene un nivel de ingresos públicos 8 puntos de PIB por debajo de la media de la eurozona. Al mismo tiempo, a medida que se va ganando espacio fiscal será necesario reforzar el gasto en
los principales pilares del Estado del bienestar para recuperar la cohesión social y también luchar contra la pobreza y la exclusión, al tiempo que se aumenta la inversión pública en sectores que como la I+D+i que permitan acelerar el cambio de
modelo productivo y aumentar el crecimiento potencial.



Página 45





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Acordar, en el marco de negociaciones con las autoridades de la Unión Europea, un nuevo ritmo y composición de la reducción del déficit público (entre gastos e ingresos y entre los distintos niveles de la administración) en base a la
situación real de las finanzas públicas sin dañar el crecimiento y la creación de empleo y sin reducir nuestros niveles de bienestar social, con el fin lograr un año más y situar el déficit por debajo del 3% del PIB en 2018, hasta lograr unas
finanzas públicas saneadas al final de la legislatura.


2. Respetar el principio de lealtad institucional entre administraciones públicas para evitar cualquier tipo de imposición injustificada a las Comunidades Autónomas sobre la fijación del objetivo de estabilidad. Revisar los objetivos de
estabilidad presupuestaria, permitiendo una distribución del objetivo de déficit entre el conjunto de las administraciones públicas más realista, equitativa y eficaz. Se promoverá el establecimiento de procesos transparentes, objetivos y
verificables para fijar la participación de las diferentes administraciones en el objetivo de déficit que corresponda al conjunto de las mismas, tomando en consideración variables como el peso del gasto de cada Administración en el total o el nivel
de gasto mínimo que es necesario para prestar servicios públicos fundamentales, con independencia de las oscilaciones cíclicas de la economía. Para ello, se encargará a la Airef un informe que analice y haga recomendaciones sobre la distribución
del déficit entre la Administración Central, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y los fondos de la Seguridad Social.


3. Llevar a cabo una reforma fiscal que eleve la recaudación sin subir los impuestos a la clase media trabajadora, ensanchando las bases imponibles, mejorando la eficiencia recaudatoria, simplificando el sistema, desplazando parte del peso
de la carga tributaria hacia la riqueza y el uso de recursos naturales finitos. Reformar en profundidad el Impuesto de Sociedades, con el objetivo de ensanchar las bases imponibles y elevar el tipo efectivo. Impulsar la puesta en marcha definitiva
de un Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), tal y como ya han acordado once países de la Unión Europea, entre ellos España, así como poner en marcha una fiscalidad ambiental adecuada que nos acerque a los estándares europeos.


4. Poner en marcha una auténtica estrategia integral de lucha contra el fraude, la economía sumergida y la elusión fiscal que aumente los recursos humanos y materiales dedicados a perseguir el fraude; incorpore medidas normativas,
organizativas y operativas que conviertan a la administración española en una administración, más eficaz, eficiente e independiente, de referencia internacional en la persecución del fraude y la economía sumergida y promueva una mayor armonización y
coordinación en la esfera de la lucha contra el fraude internacional y los paraísos fiscales.


5. No aplicar ningún recorte de gasto en protección social (sanidad, pensiones, dependencia, etc,) en educación y en I+D+i, tras años de austeridad que han deteriorado los servicios públicos fundamentales y han aumentado los niveles de
pobreza y exclusión social en nuestro país. Revertir gradualmente los recortes del Estado de bienestar de la última legislatura.


6. Poner en marcha un Ingreso Mínimo Vital dirigido a los más de 700.000 hogares sin ingresos y a las familias con bajos recursos para erradicar la pobreza infantil extrema y combatir el incremento de la desigualdad.


7. Duplicar la inversión pública en I+D+i civil, que representará al menos el 2,5% de los Presupuestos Generales del Estado al final de la legislatura, y recuperar como objetivo estratégico el objetivo europeo de alcanzar una inversión
total del 3% del PIB, así como defender en las Instituciones Europeas la aplicación de la 'regla de oro'; que excluye a las inversiones en I+D+i del cómputo del déficit público.


8. Defender ante las instituciones europeas la inaplicabilidad de sanciones a España, en especial, la congelación de los compromisos de gasto con cargo a los fondos europeos igualmente, la no aplicación de medidas adicionales de
monitorización de la política económica y presupuestaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de julio de 2016.-Pedro Saura García, Diputado.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 46





162/000012


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Proposición no de Ley relativa al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía y en Extremadura.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección de error contenida en el escrito registrado con el número 1374, y considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194
del Reglamento, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación, estaría dirigida al Gobierno que se constituya. Asimismo, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y al Grupo proponente y publicarla en el
Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa, para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley relativa
al apoyo y mejora de la situación de los trabajadores y las trabajadoras eventuales del campo en Andalucía y en Extremadura, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en los dos últimos años diferentes iniciativas en defensa de los trabajadores y trabajadoras eventuales del campo. Hemos puesto de manifiesto y denunciado la difícil situación por la que
atraviesan los trabajadores y trabajadoras en el campo extremeño y andaluz para poder hacer frente al requisito de aportar las 35 peonadas para tener derecho al cobro del subsidio agrario y la renta agraria, dadas las circunstancias derivadas tanto
de la crisis económica global como de la particular del medio rural y de la agricultura, como consecuencia tanto de los avatares climatológicos, especialmente la sequía, o recientemente el pedrisco en determinadas comarcas, así como de los costes de
las materias primas, la energía y del cada vez mayor grado de mecanización de las tareas agrarias.


Tras distintos anuncios al respecto de rebajar el número de peonadas, finalmente el Consejo de Ministros el 27 de febrero de 2015 aprobaba una rebaja por un periodo de 6 meses, según recoge el BOE de fecha 28 de febrero de 2015.
Fundamentalmente el motivo que según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se argumentaba para ello era los efectos de la sequía, especialmente en el olivar.


El resto de las resoluciones aprobadas, tanto las referidas a poner en marcha un Plan Extraordinario de empleo agrario, para compensar la ausencia de jornales, así como que los trabajos en otros programas locales de Ayuntamientos o
Diputaciones computasen para percibir el subsidio, no han sido asumidas por el Ministerio.


Por otra parte, desde el acceso al gobierno del Partido Popular, ninguno de los cinco Presupuestos Generales aprobados ha contemplado incremento alguno de las partidas destinadas al Programa de Fomento de Empleo Agrario, estando sometido a
una congelación que no se corresponde con el esfuerzo llevado a cabo por otras administraciones locales, provinciales o autonómicas. Esta congelación, unida a



Página 47





la incorporación de numerosos trabajadores de otros sectores en crisis, hace totalmente insuficientes las cantidades destinadas a un programa, que sirve para compensar la adquisición de peonadas en momentos de crisis como los que se están
viviendo en el campo.


Como tampoco ayuda la falta de compromiso del gobierno central en relación al reparto de la PAC, dejando fuera de las ayudas acopladas a cultivos como el olivar de pendiente, la uva pasa y otros cultivos generadores de mano de obra en la
agricultura.


En septiembre de 2015 advertimos a través de una Proposición no de Ley que la sequía persistía, y la necesidad de eliminar o suprimir el número de peonadas. A fecha de hoy, persisten y se han agravado las razones para solicitar la rebaja
del requisito o, en su caso, la eliminación, para impedir que el mismo no sea excluyente al amplio número de potenciales beneficiarios del subsidio o renta, que suponen 119.500 en Andalucía, de los cuales más de la mitad pueden verse afectados,
especialmente las trabajadoras agrarias eventuales. En concreto, persisten, entre otros, problemas por los grandes costes de producción, como la factura eléctrica o el coste de las materias primas, que determinan una disminución de la actividad
como consecuencia de la pérdida de rentabilidad de muchos productos, e inclemencias meteorológicas que han perjudicado los cultivos y disminuido o eliminado la mano de obra necesaria para su recolección.


Ante esta situación no solo caben medidas de apoyo a los agricultores y ganaderos, sino también a los trabajadores y trabajadoras que eventualmente dependen del empleo generado en las explotaciones agroganaderas andaluzas y extremeñas,
siendo estas la principal actividad laboral en muchos pequeños y medianos municipios de ambas Comunidades.


Este programa, desde su puesta en marcha por los Gobiernos Socialistas en los años ochenta, ha sido fundamental para crear empleo y fijar a la población en los territorios rurales, evitando la despoblación de muchos de nuestros pueblos.


El marco jurídico actual que aprobó en el año 2003 el Gobierno de la Nación, priorizó para acceder a los jornales del PFEA a beneficiarios de la Renta Agraria, frente a los beneficiarios del subsidio agrario. Esta situación es paradójica
puesto que estos jornales no computan para tener acceso a la Renta Agraria, excluyendo a los posibles beneficiarios del subsidio agrario.


Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Eliminar de forma inmediata, o reducir, en su caso, las peonadas necesarias como requisito para acceder a la prestación del Subsidio Agrario y Renta Agraria por parte de los trabajadores y trabajadoras eventuales del campo, hasta tanto
persistan los motivos que provocaron su reducción.


2. Poner en marcha de manera urgente un Programa Extraordinario de Fomento del Empleo Agrario Especial, así como aumentar los fondos del Ordinario para atender las necesidades de Andalucía y Extremadura en la demanda de jornales para los y
las eventuales del campo.


3. Solicitar que de manera extraordinaria, mientras que persista esta situación, se permita que los trabajos y jornales de los programas de Ayuntamientos y Diputaciones computen para percibir el Subsidio y Renta Agraria de los trabajadores
y trabajadoras.


4. Solicitar que las peonadas realizadas en el ámbito del PFEA computen como requisito para acceder a la Renta Agraria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de julio de 2016.-Antonio Pradas Torres y María Soledad Pérez Domínguez, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000013


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente



Página 48





Proposición no de Ley para modificar el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Gobierno anterior aprobó el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 justo antes de finalizar la legislatura. Tal y como establece el artículo 4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, la planificación de las infraestructuras energéticas tiene para los agentes carácter indicativo. Como excepción, la planificación de aquellas infraestructuras de especial relevancia para garantizar la seguridad del suministro, como es el
caso del transporte de electricidad, tiene carácter vinculante para los agentes.


En definitiva, las decisiones de planificación vinculante se refieren a las grandes infraestructuras sobre las que descansa el sistema energético nacional y que permiten su vertebración para los próximos años, incluyendo las líneas y
subestaciones que se deben construir. Se trata de instalaciones necesarias, por tanto, para la seguridad del suministro eléctrico, como es el caso del AVE o la evacuación de las energías renovables, entre otros aspectos.


El contenido del Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 ha castigado una vez más a Extremadura, al no incluir seis subestaciones que estaban ya incluidas en la anterior planificación energética de 2008,
como son las de Pinofranqueado, Alange, Alburquerque, Maimona, Montijo y Campomayor y otras tres que desde Extremadura se habían solicitado para la nueva planificación: nueva subestación de la Serena y las ampliaciones de San Serván y Brovales.


Extremadura es una de las regiones que mayores tasas de desempleo tiene en la actualidad. Asimismo, es una región donde las energías renovables tienen un mayor potencial de desarrollo en el futuro y de creación de empleo. Cada subestación
no incluida en la planificación impide el desarrollo de proyectos renovales, pero hay cuatro casos que, por su situación, son especialmente dañinos para el futuro de las energías renovables en Extremadura: Pinofranqueado, Alburquerque, La Serena y
ampliación de San Serván.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, para introducir con carácter vinculante en el mismo las subestaciones de Pinofranqueado, Alburquerque,
La Serena y ampliación de San Serván, por ser de vital importancia para el desarrollo económico y social de Extremadura.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de julio de 2016.-María Pilar Lucio Carrasco, María Soledad Pérez Domínguez, César Joaquín Ramos Esteban y José Ignacio Sánchez Amor, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.


162/000014


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para el impulso de modificación de los artículos 25 y 31.2 del TRLPI según la redacción dada en la Ley 21/2014, de 4 de noviembre, para adaptar nuestra normativa a la legalidad europea definida en doctrina del Tribunal de Justicia Europeo y
especialmente a la sentencia del 9 de junio de 2016, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia dictada el 9 de junio de 2016, señala como contrario al Derecho de la Unión Europea un sistema de compensación equitativa de la copia privada con cargo a los Presupuestos Generales
del Estado y declara que la obligación de compensar la copia privada



Página 49





para reparar el daño causado a los titulares de derechos, incumbe únicamente a las personas físicas beneficiarias de ese límite o excepción.


El fallo del Tribunal de Luxemburgo supone una clara defensa del respeto a la propiedad intelectual, y el reconocimiento de la obligación de los Estados miembros de garantizar una justa y equitativa compensación a los titulares de derechos,
algo que se ha visto quebrado en España durante los últimos cuatro años.


En consecuencia, la legislación impuesta por el Gobierno del Partido Popular vía Real Decreto 1657/2012 y posteriormente en la reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, no se ajusta al Derecho de la UE. Dicho cambio de
modelo, además, se produjo sin consenso con el sector cultural ni con los grupos de la oposición, y ha supuesto una merma injusta de los derechos de los propios creadores durante estos años. Es por todo ello que resulta imprescindible la corrección
inmediata y en el menor tiempo posible de esta anomalía y que el Gobierno adecue el sistema por compensación de copia privada a la legalidad europea. A estos motivos de justicia y legalidad para resolver el problema que el cambio de modelo ha
creado, también hay que añadir una más que posible responsabilidad patrimonial del Estado por los ingresos dejados de percibir por los titulares de derechos durante los últimos cinco años con motivo de la aprobación de un sistema contrario a sus
intereses patrimoniales y declarado ahora ilegal, y que suponen una sobrecarga al erario público.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva la necesaria protección de la propiedad intelectual y de los derechos del creador, compatibilizándola con el mayor acceso posible
al patrimonio cultural mediante el impulso de una propuesta en el plazo de un mes de modificación de los artículos 25 y 31.2 del TRLPI relativos a la copia privada, su compensación y su ámbito, para adaptar nuestra normativa a la de los países de
nuestro entorno y a la legalidad europea definida en la sentencia de 9 de junio de 2016 y toda la doctrina del Tribunal de Justicia Europeo y garantizar una justa compensación a los titulares de derechos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de julio de 2016.-José Andrés Torres Mora, Diputado.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000015


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta, para su
debate en Pleno, la siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso del turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias.


Exposición de motivos


En un escenario económico como el actual, el turismo se erige en el sector con perspectivas de crecimiento en el futuro y con capacidad para ejercer como motor del crecimiento económico en Canarias. Ha sido, precisamente, el empuje de dicho
sector lo que ha propiciado el grado de desarrollo que ha transformado profundamente la sociedad canaria en las últimas décadas y ha permitido alcanzar niveles de bienestar social y económico no igualables a épocas anteriores.


Tenemos unas condiciones envidiables, vivimos en uno de los sitios más privilegiados del mundo por nuestra situación, nuestro clima, nuestro mar, nuestras playas, nuestra naturaleza o nuestra biodiversidad.


Tenemos un destino excepcional, el más importante de Europa como acaba de proclamar la UE, y uno de los más relevantes del mundo. El objetivo es seguir trabajando para que siga siéndolo.


El turismo seguirá siendo el motor de nuestra economía y, junto a las políticas de fidelización de los turistas que nos visitan y la apertura de nuevos mercados, se debe avanzar en la mejora de la conectividad, la rehabilitación y la
modernización de establecimientos y zonas turísticas, así como la mejor cualificación



Página 50





de los trabajadores del sector. La consolidación de estas vías es necesaria para que sea un sector sostenible en el tiempo y amplíe sus opciones de crecimiento.


Ello requiere una apuesta no solo política sino de la sociedad canaria en su conjunto, de las administraciones y del sector, en torno a un proyecto de modelo turístico capaz de mantener la competitividad frente a las exigencias de una
competencia creciente en una economía turística global, y así poder seguir manteniendo nuestra posición de privilegio en el mercado internacional.


Estamos ante un escenario complejo, cambiante y altamente competitivo en el que las diferentes islas no compiten entre sí, sino con otros destinos y otras zonas turísticas. Por lo tanto, y reconociendo las particularidades de cada isla, las
competencias de los diferentes niveles de la administración, y la libertad de empresa, se hace necesario seguir profundizando en líneas estratégicas consensuadas entre los sectores públicos y privados, que orienten los diferentes esfuerzos de
desarrollo y mejora del turismo en una misma dirección. Un destino como Canarias requiere de acciones integradas encaminadas a su rejuvenecimiento y a su renovación, de manera que garantice su permanencia en el mercado y se generen mayores de
niveles de rentabilidad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. La regeneración integral de las zonas turísticas de Canarias debe seguir siendo una prioridad ya que la calidad del espacio público turístico es uno de los factores principales para marcar la calidad de un destino. Para ello, es
importante la dotación de presupuesto para acometer obras en las zonas turísticas que mejoren y acompañen el esfuerzo privado en la regeneración de zonas obsoletas. Para ello, rescatará el Plan de Infraestructuras Turísticas para Canarias, que se
suprimió en 2012.


2. Canarias necesita una política de tasas aeroportuarias diferenciadas del resto de España, adaptada a su condición de destino turístico, que garantice los ingresos necesarios para el mantenimiento de la red, pero que también haga factible
la aplicación de políticas comerciales que permitan el incremento de la conectividad, especialmente en su temporada más baja.


3. El Gobierno del Estado impulsará en Canarias un convenio similar al aplicado por Renfe, Turespaña y la Red de Ciudades AVE para que los turistas que se desplazan a Canarias dispongan de un pase que les permita acceder a otras Islas con
un precio cerrado y durante un periodo limitado para favorecer especialmente a aquellos aeropuertos que no disponen de conexiones directas con la Península o cualquier ciudad europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000016


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta, para su
debate en Pleno, la siguiente Proposición no de Ley sobre el transporte en Canarias.


Exposición de motivos


Alcanzar la cohesión territorial y sacar provecho a la posición geográfica de Canarias pasa por el desarrollo de las redes de transporte y la adecuación de sus infraestructuras marítimas y aéreas.


Los canarios pagamos ocho veces más que un peninsular por el uso del transporte, pese a que es un servicio esencial para garantizar la cohesión social y económica del archipiélago.


Las medidas aprobadas por el Gobierno del Estado no siempre han servido para compensar el sobrecoste que supone la lejanía y la insularidad, pese a que existen razones que justifican la consolidación y la mejora de las políticas que
garanticen dicha cohesión.



Página 51





Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Activar la obligación de servicio público (OSP), estableciendo un precio máximo para las compañías que operen en los trayectos Canarias-Península para que se eliminen las diferencias que, por lejanía, suponen los precios en el transporte
aéreo, especialmente en fechas señaladas.


2. El establecimiento de la OSP para la isla de La Palma que garantice la conectividad diaria con Madrid y Barcelona.


3. Una nueva regulación y mejor aprovechamiento de las subvenciones al transporte, incrementando las bonificaciones a los pasajeros en las rutas de débil tráfico, sobre todo en las islas de menor población, hasta un 75% del precio del
billete.


4. Recuperar las bonificaciones al transporte de mercancías agrícolas e industriales hasta el 100% del coste del transporte, aplicando un nuevo sistema de bonificación más eficaz que permita que el desarrollo repercuta en el precio final
del producto.


5; El impulso de nuevas rutas aéreas y marítimas (dentro de las autopistas del mar) y la bonificación de todas las operaciones de concentración y distribución de tráficos, potenciando el papel como 'hub' o plataforma logística de
continentes.


6. Mejorar la conectividad de la isla del Hierro en términos de calidad y regularidad en la prestación del servicio de transporte marítimo.


7. Recuperar para el interés público los aeropuertos canarios, concebidos como red específica, en la que las administraciones públicas canarias y los agentes económicos y sociales de Canarias jueguen un papel determinante en su estrategia
comercial y de desarrollo de estas infraestructuras (segunda pista de Tenerife Sur y Gando, ampliación de las pistas de Lanzarote y el Hierro).


8. Completar el desarrollo de la red de puertos, aeropuertos, carreteras, zonas logísticas e intercambiadores, en consonancia con las necesidades de conectividad de cada isla y de éstas con el resto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000017


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en, los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta, para su
debate en Pleno, la siguiente Proposición no de Ley sobre la reforma de los aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias.


Exposición de motivos


El Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias tiene como antecedente un conjunto de normas, particularmente fiscales pero también económicas, que históricamente han intentado hacer frente a los inconvenientes que se planteaban para el
bienestar de los residentes canarios por la lejanía y el aislamiento del continente europeo y también para potenciar las ventajas compensatorias de la renta de situación del archipiélago.


A lo largo de más de cinco siglos, y adaptándose a la evolución de la economía y del comercio, ha ido adoptando formas diversas con la permanencia de un principio genérico de baja imposición fiscal y apertura al comercio internacional, con
breves períodos de suspensión, como consecuencia de políticas de uniformidad que fueron letales para la economía isleña o por los conflictos bélicos en que se veía envuelto el Reino de España.


Por lo que se refiere a la parte fiscal, las directrices de ayuda con finalidad regional, aprobadas cada siete años por la Comisión Europea, determinan la necesidad de proceder a la renovación periódica de la



Página 52





autorización de los incentivos del REF, habiéndose modificado, pues, en repetidas ocasiones la parte fiscal de la Ley 19/1994 desde su aprobación. La última modificación de los incentivos fiscales tuvo lugar recientemente -con efecto desde
el 1 de enero de 2015- ajustándose la misma a lo dispuesto en las directrices europeas para el periodo 2014-2020.


Sin embargo, la parte económica del REF, que no está sujeta a la supervisión y autorización periódica de las instancias europeas, ha permanecido inalterada durante los más de veinte años de vigencia de la Ley 19/1994, quedando al albur de
las circunstancias políticas y presupuestarias de cada momento el cumplimiento de sus disposiciones.


Resulta, pues, imprescindible, insistir en la reclamación de la renovación de los incentivos económicos y en el fortalecimiento institucional del REF.


El objetivo de la reforma ha de consistir en articular, dentro de sus fundamentos históricos, un sistema de incentivos de fomento y compensación robusto y eficaz que dé respuesta a las desventajas estructurales que lastran la economía
canaria y que han propiciado su consideración de RUP de la UE. Pero también ha de favorecer un desarrollo equilibrado del archipiélago y la reducción de las diferencias estructurales con el resto del territorio nacional, y promover una verdadera
igualdad de oportunidades entre las personas, siempre teniendo en cuenta que actualmente el principal objetivo y desafío de cualquier modelo de desarrollo económico en Canarias ha de ser crear más y mejores empleos y preservar la cohesión social.


Desde el punto de vista institucional, es necesario garantizar al más alto nivel la permanencia y vertebración del REF, consolidando sus principios inspiradores dentro del bloque constitucional, a través de una modificación parcial del
título IV del Estatuto de Autonomía de Canarias.


Dicha modificación debe incorporar, en particular, los principios y normas derivados del reconocimiento de Canarias como región ultraperiférica de la UE en el Tratado de Funcionamiento de la Unión; en concreto, el principio de modulación de
las políticas y actuaciones legislativas, reglamentarias y financieras de los poderes públicos del Estado.


Así, la legislación estatal habría de dar un tratamiento específico a aquellas materias que lo requirieran en atención a la lejanía, insularidad y limitaciones estructurales permanentes de Canarias. En particular, en materia de política
aduanera, política de transportes y telecomunicaciones y sus infraestructuras, mercado interior, política comercial interior y exterior, políticas energética y medioambiental, puertos y aeropuertos, política fiscal, zonas francas,
internacionalización, políticas agrícola y pesquera, condiciones de abastecimiento de materias primas y de bienes de consumo esenciales, política industrial y las condiciones de acceso a las ayudas públicas.


Partiendo de la resolución del Parlamento de Canarias de 17 de julio de 2012, y de las distintas iniciativas desarrolladas con posterioridad, la presente propuesta de revisión se ha llevado a cabo teniendo en cuenta los distintos documentos
de reflexión elaborados por diferentes colectivos económicos y sociales, y cuenta con el consenso y la unanimidad de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del archipiélago.


Objetivos y principios de la reforma.


La Ley 19/1994 ha jugado un papel muy importante para paliar las desventajas de carácter estructural que afectan al archipiélago: un conjunto de sobrecostes añadidos respecto al territorio continental y que ha determinado su consideración
en el Derecho primario de la Unión Europea como región ultraperiférica (RUP) en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la UE (Lisboa, 2009). Unos sobrecostes que padecen los ciudadanos, las empresas y las administraciones públicas.


La finalidad de la ley debe ser, por tanto, paliar dichas desventajas, poniendo el acento en la necesidad de alcanzar el desarrollo y la cohesión económica, social y territorial de Canarias.


Desde este punto de vista, los principales ejes de la estrategia económica de futuro de Canarias para alcanzar un sólido crecimiento son la competitividad, el impulso de aquellos sectores de actividad con mejores perspectivas de progreso en
las islas, el refuerzo de la productividad del tejido económico local y la internacionalización de la empresa canaria.


La puesta en marcha de esa estrategia económica debe propiciar, por otra parte, la creación de empleo como objetivo prioritario y garantizar una verdadera igualdad de oportunidades entre las personas.


Este enfoque estratégico debe completarse con la aplicación de una serie de principios básicos consagrados por la propia Ley 19/1994. En concreto:


- Garantizar en Canarias el principio de libertad comercial de importación y exportación y la prohibición de monopolios.



Página 53





- El principio básico de que el coste de la actividad económica en Canarias no debe situar al archipiélago en una situación de desventaja respecto de la media de las restantes comunidades del territorio español.


- Garantizar que este régimen económico y fiscal específico en el Archipiélago no dará lugar, en ningún supuesto, a la disminución del volumen de gasto público estatal corriente y de inversión y que, de acuerdo con la disposición adicional
cuarta de la LOFCA, no puede significar una reducción de la financiación estatal.


- Introducir los principios derivados de la consideración de Canarias como RUP de la UE, enmarcando el modelo de desarrollo de Canarias en su especial régimen de integración en el ámbito de la Unión Europea; es decir, modulando las
actuaciones de los poderes públicos e inscribiéndose en la estrategia de desarrollo para las regiones ultraperiféricas establecida por la Comisión Europea y en los principales documentos estratégicos europeos, singularmente la estrategia Europa
2020, porque estos constituyen el marco europeo en el que se moverá Canarias en el futuro.


- Resaltar los principios derivados de la necesaria cohesión social y territorial del archipiélago, en particular teniendo en cuenta que la lejanía e insularidad y las demás limitaciones estructurales permanentes tienen especial incidencia
en las islas no capitalinas como consecuencia de los efectos de la doble insularidad. Una singularidad que se complementa con la responsabilidad social que las empresas beneficiarias de los incentivos económicos tienen que asumir.


- Los principios de accesibilidad y continuidad territorial dentro, desde y hacia Canarias, tanto de pasajeros como de mercancías, que garanticen a la ciudadanía y a las empresas una conectividad efectiva entre las islas, con el territorio
continental europeo y con los países de nuestro entorno.


Medidas.


Partiendo de los principios básicos y objetivos mencionados resulta asimismo necesario concretarlos, impulsando y reforzando una estrategia de medidas e incentivos en sectores clave de nuestra economía para garantizar que la lejanía,
insularidad y demás limitaciones estructurales permanentes de Canarias sean compensadas a través de políticas específicas y suficientes.


En este contexto, resulta necesario, en primer lugar, preservar aquellos aspectos de la Ley 19/1994 que siguen teniendo actualidad y vigencia, asegurándose de que su cumplimiento no queda simplemente al albur de las disponibilidades
presupuestarias plasmadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.


Partiendo de esta premisa, resulta asimismo necesario actualizar el contenido de la ley teniendo en cuenta, en particular, las siguientes propuestas:


- En el ámbito del transporte, debe destacarse su consideración como un servicio público esencial, especialmente en lo que se refiere al transporte de personas, actualizando la cuantía de las subvenciones, posibilitando una mayor
compensación de determinadas situaciones económicas y sociales singulares y garantizando el principio de continuidad territorial, incluso introduciendo la posibilidad de fijar precios máximos de los billetes si lo exigen razones imperiosas de
interés general.


Se debe subrayar el carácter esencial de los puertos y aeropuertos canarios para la cohesión económica, social y territorial del archipiélago, asegurar su tratamiento diferenciado dentro de la política general de transportes y garantizar la
participación de las instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias en la planificación y gestión del modelo portuario y aeroportuario.


Ha de apostarse decididamente por medidas que incentiven una mayor conectividad de Canarias, facilitando su papel como centro de distribución de tráficos aéreos entre tres continentes, en particular mediante la aplicación de la quinta
libertad del aire y de la renovación de las autorizaciones requeridas para que los poderes públicos puedan incentivar con carácter permanente el desarrollo de nuevas rutas.


Se debe impulsar, asimismo, la consolidación y actualización del sistema de compensaciones al coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías interinsular y entre las islas Canarias y la Península y el resto de la Unión Europea.


- En el ámbito de las telecomunicaciones, se han de compensar adecuadamente los sobrecostes que garanticen el acceso de toda la población de Canarias a la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación en condiciones similares
de calidad y precio a las existentes en el resto del territorio nacional, incluyendo la necesidad de equiparar a la población de Canarias en disponibilidad y condiciones de acceso a todo tipo de servicios audiovisuales de banda ancha.



Página 54





- Otro de los objetivos prioritarios debe ser asegurar la moderación de los precios de la energía en Canarias, manteniendo precios equivalentes a los del resto del territorio español, y estableciendo para ello un marco regulatorio energético
propio que se adapte a la condición de región ultraperiférica de Canarias y que asegure la viabilidad y estabilidad del sistema eléctrico. En este contexto se propone asimismo dejar exentas de tributación las instalaciones de generación ubicadas en
los sistemas energéticos de Canarias.


Se propone, asimismo, elaborar y poner en marcha un Plan para la implantación de un nuevo modelo energético basado en las energías renovables y poner en marcha un Plan de optimización y ahorro de consumos energéticos y de agua, con una
política tarifaria que prime el uso racional y el ahorro.


Se ha de establecer un marco regulador específico y medidas de apoyo financiero que promuevan la autogeneración y el autoconsumo de energía basado en energías renovables.


Se deben introducir medidas sobre gestión, valorización, reciclaje y descontaminación de los residuos en Canarias financiando, cuando no sea de aplicación la responsabilidad ampliada del productor, los costes de traslado de los residuos
desde las otras islas hasta la isla donde exista planta de tratamiento, y en su caso, hasta la península, cuando no sea posible su tratamiento en el archipiélago aplicando, cuando ello sea posible, el principio general de proximidad en la política
sobre gestión y tratamiento de residuos en Canarias.


- Ha de procurarse un sistema de compensación consignado anualmente en los Presupuestos Generales del Estado para que la población de Canarias pague unos precios equivalentes al resto del territorio nacional por la utilización de agua
desalinizada, regenerada o reutilizada.


- En el ámbito de la promoción comercial, se propone reforzar la promoción de los productos elaborados en Canarias y dar un nuevo impulso al Consejo Asesor para la Promoción del Comercio con África Occidental, ampliando su composición e
incluyendo asimismo dentro de su campo de acción la estrategia de potenciación de Canarias como plataforma atlántica en sus distintas dimensiones.


- Se han de establecer nuevos planes de promoción turística; en concreto, un Plan Estratégico del Turismo que además tenga en cuenta las consecuencias de la estacionalidad para favorecer el mantenimiento de la actividad económica y el
empleo; un Plan específico de Formación Profesional en el sector turístico, en el que se dé especial importancia, además de los idiomas, a la utilización de las nuevas tecnologías; y un Plan de Inversiones Públicas en infraestructuras en las áreas
turísticas, dotado financieramente en los Presupuestos Generales del Estado y gestionado por la Comunidad Autónoma de Canarias.


Dentro de la difusión y fomento del turismo deben adoptarse medidas económicas orientadas a la protección y defensa del paisaje y patrimonio histórico y cultural de Canarias, con el objetivo de lograr un modelo de desarrollo sostenible,
respetuoso con el medio ambiente y con el patrimonio cultural canario.


- En los incentivos económicos regionales han de primar la inversión en las islas con una prima adicional cuando los proyectos se desarrollen en islas no capitalinas. Además de a las pequeñas y medianas empresas, debe prestarse especial
apoyo a las cooperativas y empresas de economía social y primar la creación de empleo de calidad. Se ha de promover asimismo la aplicación del principio de responsabilidad social de las empresas en las entidades beneficiarias de incentivos
económicos regionales, habilitando al Gobierno de Canarias para modificar los requisitos de dimensión y autofinanciación exigidos a los proyectos de inversión y para definir los sectores y actividades prioritarias.


- En el ámbito de la creación de empleo, el Estado debe financiar un Plan integral de Empleo que, partiendo de la consideración de Canarias como región ultraperiférica de la UE, apueste por el empleo de calidad, tenga en cuenta las
singularidades del mercado laboral canario y que incluya medidas específicas de protección social para colectivos vulnerables en situación de desempleo.


- Se debe incluir un nuevo artículo dentro del REF dedicado a las universidades, destacando su importancia como centros de referencia al servicio del desarrollo económico y social del archipiélago y su necesaria vinculación a la economía
productiva de Canarias. Para ello, se asegurará una dotación financiera suficiente equiparable al resto del sistema universitario español y la aprobación de medidas para incrementar su competitividad.


Se debe potenciar el papel de las universidades como centros de conocimiento de referencia en su ámbito geográfico. En este contexto, han de establecerse programas para el desarrollo de actividades docentes, de investigación y cooperación
al desarrollo en los que intervengan las universidades establecidas en Canarias e instituciones europeas y de otros países, especialmente con terceros países vecinos y otras regiones ultraperiféricas.



Página 55





Es necesario favorecer, en especial, la movilidad de estudiantes y profesores. Los estudiantes y profesores de las universidades canarias han de tener derecho a una ayuda económica suplementaria para compensar los costes adicionales de la
lejanía, equivalente a los gastos de transporte desde su lugar de residencia hasta el de destino, en los programas de investigación, formación y movilidad.


- Es prioritario establecer un programa específico de becas de estudio para los estudiantes canarios que no encuentren en su isla de residencia la oferta educativa que demanden. Asimismo, debe potenciarse un programa específico de becas de
desplazamiento para los jóvenes canarios que hayan finalizado su formación profesional y que realicen prácticas en empresas peninsulares y en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.


Los establecimientos económicos situados en Canarias que reciban ayudas o subvenciones públicas deben participar en los programas de prácticas en empresas desarrollados por las universidades canarias u otros organismos públicos.


Se han de ejecutar asimismo Planes de Formación Profesional para el Empleo dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.


- Es necesario incluir medidas específicas dirigidas al sector primario con los objetivos de alcanzar una mayor capacidad de autoabastecimiento y garantizar el futuro y el desarrollo a largo plazo de los sectores agrícola y ganadero de
Canarias en su condición de región ultraperiférica.


En este contexto, para garantizar la competitividad de estos sectores, el Gobierno de España debe consignar anualmente en los Presupuestos Generales del Estado una dotación suficiente para garantizar la totalidad de la financiación adicional
de las medidas de fomento de las producciones agrícolas locales autorizada por la Unión Europea en el marco del Programa de Opciones Específicas de Alejamiento e Insularidad (POSEI). Asimismo, los poderes públicos han de adquirir el compromiso de
promover la utilización de productos agrícolas, ganaderos y pesqueros locales en los establecimientos turísticos de Canarias.


- Por último, como parte de la estrategia de promoción de Canarias como plataforma atlántica, deben poder establecerse zonas francas en todo el territorio de Canarias asegurando, tanto para las existentes como para las de nueva creación, la
suficiencia financiera. En este sentido, ha de gestionarse ante las instituciones de la Unión Europea su clasificación como zonas de control de tipo II en los términos previstos en el artículo 799 del Código Aduanero comunitario.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


Que reanude las negociaciones iniciadas en 2015 con el Gobierno de Canarias para reformar los aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, teniendo en cuenta las directrices de las iniciativas aprobadas por
unanimidad por el Parlamento de Canarias, que cuentan con el consenso y la unanimidad de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del Archipiélago.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000018


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta, para su
debate en Pleno, la siguiente Proposición no de Ley sobre la reforma del sistema de financiación autonómica.



Página 56





Exposición de motivos


La reforma del sistema de financiación autonómica es uno de los principales retos de esta legislatura. Una reforma que debe contribuir a consensuar un sistema que sea más justo y equilibrado.


Existen razones más que de sobra para pedir responsabilidad y altura de miras, sobre todo cuando abordamos fondos vitales para el futuro del Estado. Está en juego el Estado del bienestar que tanto esfuerzo nos ha costado alcanzar y que
debemos garantizar a toda costa. Y está en juego el actual modelo territorial, que se resquebraja por el inmovilismo y la ausencia de soluciones políticas.


El actual sistema mantiene a Canarias a la cola en los ingresos estatales para sufragar la sanidad, la educación y los servicios sociales y, además, amplifica con el paso del tiempo las diferencias entre el Archipiélago y el resto del
Estado. Los agravios no desaparecen por sí solos y, mucho menos, se ocultan huyendo del debate. Los agravios se corrigen equilibrando los recursos independientemente de que sean pocos o muchos porque lo que está en juego es la equidad y el
principio de igualdad de todos los ciudadanos.


Canarias recibe anualmente 800 millones de euros menos de los que nos corresponde. Un déficit causado por un sistema de financiación injusto con las Islas. La decisión del Gobierno del Estado de no actualizar el sistema de financiación
aprobado en 2009 ha agrandado la brecha entre Canarias y la media del resto del Estado.


La diferencia entre Canarias y la media de las Comunidades Autónomas supera los 300 euros por habitante, que en términos globales supone 3.436 millones durante el periodo 2009-2013. La brecha entre la región mejor financiada, que es
Cantabria, y Canarias crece cada año. En 2009 era de 680 euros y en 2013 aumenta hasta 984.


El sistema de financiación vigente, a partir de 2009, tiene como objetivo incrementar la autonomía financiera y la corresponsabilidad de las Comunidades Autónomas. Esto afecta a la proporción de recursos que se obtienen en base a la
capacidad fiscal, en detrimento de la proporción de los fondos de nivelación asignados presupuestariamente.


Este sistema ha generado una disminución de las posiciones canarias en el modelo de financiación, que requería una revisión quinquenal, con efectos 2014, recogida en la disposición adicional octava de la actual ley, en aras a una mejor
coordinación financiera, garantizando la autonomía y suficiencia de las comunidades autónoma y el equilibrio y sostenibilidad del sistema.


La convivencia de Canarias dentro del sistema general de financiación de las Comunidades Autónomas, en el denominado régimen común, se debe desarrollar con especial atención a sus singularidades. El nuevo diseño del modelo de financiación
autonómica debe respetar escrupulosamente el Régimen Económico y Fiscal ya recogido en la propia Constitución.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


Abrir, en el plazo de seis meses, para su aplicación en 2016, el debate sobre la reforma del sistema de financiación autonómica, para garantizar la suficiencia en la financiación de los servicios públicos fundamentales y la equidad en el
reparto de los recursos entre las Comunidades Autónomas del régimen común; y acabar así con la situación de comunidades autónomas que, como Canarias, se han visto perjudicadas gravemente con el actual sistema.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000019


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre el servicio de inspección fitosanitaria en la Comunidad Autónoma de Canarias.



Página 57





Exposición de motivos


La Orden de 12 de marzo de 1987 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y publicada el 25 de mayo del mismo año en el Boletín Oficial del Estado establece las normas fitosanitarias relativas a la importación, exportación y
tránsito de vegetales y productos vegetales para Canarias. A su vez, la Orden APA/3290/2007, de 12 de noviembre, establece la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera utilizados en el comercio con terceros países y el
procedimiento administrativo de autorización.


Estas dos disposiciones establecen que la inspección fitosanitaria en las islas debe velar por que todos los productos vegetales que entren cumplan con lo establecido en la normativa sanitaria. De esta forma, en los puertos de Canarias han
de inspeccionarse tanto las mercancías procedentes de terceros países como las que llegan de la Unión Europea.


Sin embargo, los medios que el Gobierno de España destina a las Islas para cumplir con esta función o son escasos o ni siquiera existen, sobre todo en el caso de las islas no capitalinas, con un déficit de personal y de medios técnicos
inasumible. Un ejemplo claro es el caso de Fuerteventura cuyo puerto no cuenta con un escáner para inspeccionar la mercancía, eso sin contar con las plazas de inspectores que están vacantes.


Nuestro territorio insular tiene una exigencias fitosanitarias especiales y su incumplimiento repercute en el desarrollo de actividades agrícolas locales como el cultivo de frutas tropicales e, incluso, cítricos y de otras hortalizas con las
que se abastece el mercado isleño.


Además, esa falta de inspección supone la entrada de muchas plagas y enfermedades vegetales para las que no está preparado el campo de Canarias.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Dotar con los medios materiales y humanos necesarios los puestos de inspección de los puertos y aeropuertos de la Comunidad Autónoma de Canarias.


2. Dotar presupuestariamente el departamento de Sanidad Exterior para que se puedan llevar a cabo dichos incrementos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000020


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre política aduanera y el impulso del comercio electrónico en las Islas.


Exposición de motivos


El estatuto singular de Canarias como RUP nace con el objetivo de propiciar una mayor competitividad de las empresas canarias y de la economía insular, a través de una política fiscal y aduanera acertada, logrando el desarrollo de
actividades económicas con un amplio potencial de especialización. Para ello, resulta crucial la consolidación de una serie de incentivos fiscales orientados a mejorar la aceleración del triángulo del conocimiento, investigación, innovación y
enseñanza superior con una política ambiciosa de desarrollo sostenible.


Las políticas fiscales a impulsar deben estar orientadas a superar las limitaciones económicas de las RUP a causa de sus costes adicionales, que generan altos índices de desempleo. La dirección de la política fiscal debe apuntar a la
necesidad de establecer mecanismos e incentivos que compensen las desventajas estructurales. En esta línea, debe tenerse en cuenta la nueva generación de políticas para la puesta en práctica de la estrategia Europa 2020.



Página 58





Dadas las circunstancias específicas que se derivan de la condición de región ultraperiférica de Canarias, la garantía de continuidad en el transporte marítimo y aéreo de mercancías resultan esenciales para la actividad económica de las
islas. A los efectos de asegurar el cumplimiento de dicho principio de continuidad territorial, por la Administración del Estado se garantizará que los servicios públicos de competencia estatal que intervienen en los procesos de importación,
exportación y tránsito de mercancías con origen o destino en Canarias serán planificados y prestados teniendo en cuenta esta circunstancia.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Mejorar el tratamiento aduanero y fiscal de Canarias en, al menos, los siguientes apartados:


- Los procedimientos aduaneros en la actividad de suministro de buques en Canarias.


- La simplificación de los trámites aduaneros para la exportación de productos del REA en el marco del comercio regional y las corrientes tradicionales de comercio.


- La situación aduanera existente en Canarias y sus consecuencias en la proyección exterior de las obras producidas por los artistas residentes en Canarias.


- En el caso de los incentivos fiscales del REF, AIEM, RIC, ZEC, etcétera, que han sido aprobados y renovados hasta finales de 2020, garantizar su renovación a partir de esa fecha en las negociaciones que se abrirán a partir de 2018.


2. Apostar, en materia de emprendimiento e innovación, por la adecuación de los distintos instrumentos del Régimen Económico y Fiscal (REF) para incentivar el establecimiento y el desarrollo en Canarias de empresas innovadoras de alto valor
añadido, que proporcionen trabajo cualificado y de calidad y, con ello, contribuyan a la prosperidad del Archipiélago.


3. Eliminar aquellas trabas administrativas que dificultan el despliegue de las infraestructuras de telecomunicaciones, así como el cumplimiento de los incentivos a los operadores legalmente estipulados para que desarrollen las mismas en
condiciones equivalentes a las del resto del Estado.


4. Propiciar la integración plena de Canarias en el Mercado Único Digital Europeo para evitar que ciudadanos y empresas sigan sufriendo de forma cotidiana las dificultades para participar en el comercio electrónico, sea como vendedores o
como compradores. En este sentido, acordará con la Unión Europea medidas que aseguren que la compra desde Canarias no se vea sujeta a extracostes de intermediación abusivos, teniendo acceso efectivo al conjunto de la oferta comercial disponible en
la UE. Y corregirá los frecuentes errores impositivos en la compra de bienes digitales, en los que se daña al consumidor canario y a la Hacienda pública canaria, por recaudarse IVA en vez de IGIC en múltiples contrataciones electrónicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000021


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre la derogación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.


Exposición de motivos


La Educación es uno de los pilares fundamentales del Estado de Bienestar. Un pilar que, a su vez, debe sustentarse en el consenso social y político y, por lo tanto, mantenerse ajeno a polémicas partidistas o intereses electorales.



Página 59





La Educación es uno de los ejes que sostiene el crecimiento económico y la cohesión social y el que posibilita la formación y mejora de nuestro capital humano.


La Educación debe ser entendida como un elemento central y un sector estratégico que debe abordar las distintas perspectivas que confluyen en su definición como motor de cambio, pero cuyas propuestas deben contar con la idea de que su
financiación debe ser asumida también como una inversión estratégica, su gestión como un referente de autonomía, sostenibilidad y eficiencia, así como sus indicadores como garantía de equidad y mejora continua de su calidad.


Una de esas perspectivas, la social, se deriva de su consideración como derecho universal, lo que determina su inclusión dentro de los parámetros que definen los indicadores de calidad de vida y de desarrollo humano, por ello, hacer posible
esa dimensión social de la educación como ámbito en el que se compensen desigualdades y se garantice la equidad en el acceso a la educación de todas las personas, independientemente de su edad, su procedencia, su lugar de nacimiento, etcétera, ha de
ser un aspecto esencial del sistema educativo español.


Por otra parte, su carácter capacitador incorpora una vinculación directa con la mejora del capital humano y con su papel en la definición del modelo económico del Estado. Así pues, la conexión entre el sistema educativo y el productivo es
también un aspecto esencial, en la medida que la mejora de la cualificación y la facilitación del acceso al empleo, establecen que la formación constituye el principal motor de cambio en las perspectivas económicas de quienes se incorporan al
mercado de trabajo y un factor de calidad en la conformación de un modelo de desarrollo.


Hemos perdido demasiados años en debates estériles, en reformas educativas marcadas por un incuestionable sello partidista. Siete reformas en más de treinta y cinco años no han servido para consolidar un sistema que sigue sin contar con los
elementos que necesita para facilitar el tránsito del estudiante hacia el mercado laboral. Por todo ello, planteamos las siguientes iniciativas:


- Instar al Gobierno de España, al conjunto de las fuerzas políticas, a todos los agentes sociales a dotar de la necesaria estabilidad al sistema educativo como paso previo a un gran pacto de Estado, en torno a objetivos, prioridades y
acciones, garantizando en dicho marco nuestra capacidad para ampliar y desarrollar plenamente nuestras competencias educativas.


- Aprobar el progresivo incremento anual de la inversión en materia educativa para acercarnos a niveles de inversión de la Unión Europea.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


Derogar la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa y abrir un proceso de diálogo para abordar con el máximo consenso político y social las medidas necesarias para la mejora del sistema educativo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000022


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre el reconocimiento de la denominación de origen protegida 'miel de palma' de la Isla de La Gomera.



Página 60





Exposición de motivos


Desde tiempos anteriores a la Conquista de las Islas Canarias, los agricultores y ganaderos de la Isla de La Gomera han tenido que salvar los obstáculos de la orografía para llevar a cabo su labor, siempre dura, por las condiciones extremas
de dificultad y aislamiento en las que esta se producía.


Pocas especies de plantas se ha convertido un cultivo agrícola tan estrechamente conectado con la vida humana como algunas palmeras de género 'Phoenix', entre ellas la 'palma canaria', que se ha convertido en un emblema característico y
distintivo del paisaje canario y ha formado parte de su propia identidad. Esta crece repartida por distintos paisajes, unas veces formando densos palmerales, otras ofreciendo su estampa diseminada o en solitario. Es el caso de La Gomera, donde hay
contabilizadas más de 110.000 palmas y donde su aprovechamiento deriva en una actividad singular: la de los guaraperos que le extraen la savia con una técnica artesanal para posteriormente hervir la misma durante horas y, así, obtener la 'miel de
palma', producto dulce y nutritivo, recogido en las crónicas desde el siglo XVIII, como muchos otros productos de utilidad extraídos de la palmera canaria y originarios, de manera exclusiva, de la Isla de La Gomera.


Ya el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA) de Canarias, intentó proteger el término 'miel de palma' con una denominación de origen, fundamental para la protección de este producto. Sin embargo, la denominación citada, a pesar
de tener varios siglos y amplia difusión entre la población, entró en colisión con la directiva 2001/110/CE relativa a la miel y con el Real Decreto 1049/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la norma de calidad relativa a la miel. Tanto el
Estado español como la Unión Europea indicaron que podría crear confusión en el consumidor el término 'miel' cuando el producto no provenía de la abeja, y, por tanto, no podía permitirse el uso del término 'miel de palma' para su comercialización.


La 'miel de palma' es un producto tradicional cuyas técnicas de producción y elaboración se han trasmitido de generación en generación contribuyendo al enriquecimiento del patrimonio cultural de la isla de La Gomera.


Sin embargo, esta cuestión quedó refutada por un informe emitido por la Academia Canaria de la Lengua de 22 de marzo de 2014, en el que se confirmaba que la primera edición del Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española,
en 1796, ya recogía una segunda acepción del término 'miel' (la miel vegetal), más allá de la de abeja.


El término 'miel de palma' hace alusión al producto más representativo de la gastronomía tradicional gomera, teniendo, además, valores históricos, culturales y etnográficos, tratándose de un producto ecológico, de producción casi artesanal,
en pequeñas empresas que se esfuerzan en innovar y crear empleo, siendo, asimismo, un atractivo turístico y sostenible.


Teniendo en cuenta que el Parlamento de Canarias aprobó el 18 de diciembre de 2013 una PNL presentada por Coalición Canaria y aprobada por unanimidad de los grupos que formaban la Cámara en la VIII Legislatura, y que ha vuelto a ser
aprobada, recientemente, una Proposición no de Ley de todos los grupos allí representados para la defensa de esta denominación de origen protegida.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Defender y aceptar la excepcionalidad y el uso legal del concepto 'miel de palma', y la denominación de origen para este producto genuino de la isla de La Gomera, de nuestra alimentación, identidad culinaria, economía insular y, en
definitiva, de forma sostenible de producción de alimentos.


2. Crear una Denominación de Origen Protegida e instar a la Unión Europea a que se exceptúe y permita en la Directiva 20011/110/CE relativa a la miel y, asimismo, permitir en el Decreto 1049/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la
norma de calidad relativa a la miel, el uso y comercialización del término 'miel de palma' en exclusividad a este producto agroalimentario proveniente de la Isla de La Gomera.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 61





162/000023


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre el reparto de la cuota de atún rojo a la Comunidad Autónoma de Canarias.


Exposición de motivos


La cuota de pesca del atún rojo está regulada por un Convenio Internacional en el marco de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT). Es este organismo el que asigna a cada país la cuota que le corresponde
para que, luego, cada uno de esos países reparte entre su flota el total recibido.


El 29 de abril de 2008, el BOE publicaba la Orden Ministerial por la que se regula la pesquería del atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo, una orden que perjudicaba notablemente a la flota canaria al asignarle solo el 1,2% del
total que el ICCAT le otorgó. Esa orden se modificaba de forma puntual en 2011 para adecuar la temporada de pesca al paso del atún rojo por Canarias y permitir que la pesca fuera dirigida y no accidental.


Los incrementos de cuota otorgados por el ICCAT a España, hasta alcanzar las 3.577 toneladas actuales, no han modificado el porcentaje de reparto inicial entre la flota española, continuando así con el perjuicio creado a los pescadores
canarios que, en los años setenta contaban con unas capturas autorizadas que representaban la misma cantidad que en la actualidad tiene toda la flota de la península.


Los pescadores canarios cifran las pérdidas que el cambio de criterio de 2008 les ha causado en unos 45 millones de euros en siete años, pues, desde ese año, un solo barco cerquero tiene la misma cuota asignada que un toda la flota canaria
que, además, realiza prácticas artesanales.


El artículo 17 del Reglamento número 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo establece de forma clara que la cuota autorizada 'ha de ser repartida bajo criterios transparentes y objetivos, incluidos aquellos de carácter
medioambiental, social y económico. Los criterios empleados podrán incluir, entre otros, el impacto de la pesca en el medio ambiente, el historial del cumplimiento, la contribución a la economía local y los niveles históricos de captura. Los
Estados miembros, dentro de las posibilidades de pesca que se les hayan asignado, se esforzarán por prever incentivos a los buques pesqueros que utilicen artes de pesca selectivos o técnicas de pesca con un reducido impacto ambiental, tales como un
bajo consumo de energía o menores daños al hábitat'.


Todos estos condicionantes son cumplidos por la flota canaria, sostenible y de la que dependen de forma directa 1.200 familias, de ahí la importancia de una cuota justa para el desarrollo local. A todo esto se añade que las capturas que se
realizan en Canarias son de adultos que ya han desovado entre cinco y seis meses como mínimo, con lo que no existe daño a la especie.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Modificar la Orden Ministerial de reparto de atún rojo con especial atención de lo contemplado en el Reglamento n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la Política Pesquera Común previa constatación de haberse alcanzado
el stock suficiente para garantizar la sostenibilidad de la especie.


2. Realizar un reparto de la cuota de pesca de atún rojo en base a los criterios preestablecidos en el artículo 17 del citado Reglamento Europeo.


3. En el ámbito de la citada revisión, de acuerdo con las administraciones autonómicas y las flotas pesqueras autorizadas canarias, se tengan en cuenta las posibilidades de pesca reales de la flota y principalmente, su carácter artesanal y
respetuoso con el Medio Ambiente, así como el impacto en el empleo y economía local, a atendiendo a la condición del Archipiélago corno Región Ultraperiférica.


4. La duración de la temporalidad de la pesca de atún rojo en Canarias será del máximo permitido, 4 meses.



Página 62





5. Regular la venta de cuotas de pesca de atún rojo a barcos cerqueros, priorizando las flotas de pesca artesanales existentes que puedan asumir dichas cuotas, como mecanismo para proteger e impulsar las flotas artesanales de acuerdo con la
normativa europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000024


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven (Garantía Juvenil).


Exposición de motivos


Uno de los efectos que más preocupa de la crisis es el alto porcentaje de desempleo juvenil. Conscientes de este problema, en el ámbito de la Unión Europea se está desarrollando un programa, la Garantía Juvenil, que en nuestro Estado se
enmarca en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.


Sus objetivos pasan por mejorar la empleabilidad de los jóvenes, aumentar la calidad y la estabilidad del empleo, promover la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado laboral y fomentar el espíritu emprendedor. Los ejes sobre los
que se vertebra la Estrategia son: incentivar la contratación y la iniciativa empresarial entre los jóvenes, adecuar la educación y la formación que reciben a la realidad del mercado de trabajo y reducir la tasa de abandono escolar temprano.


Sin embargo, resulta evidente que la dotación presupuestaria del programa es insuficiente, considerando la magnitud del problema que pretende abordar. Por este motivo, es imprescindible que se acometa el desarrollo de una Garantía Juvenil
con una ficha financiera lo suficientemente amplia como para dar cumplimiento a su objetivo declarado: que todo joven en desempleo pueda acceder a las políticas orientadas a la inserción laboral.


La tasa de paro juvenil en España es de 46,6 por ciento, según datos de la Encuesta de Población Activa del tercer trimestre del 2015. En Canarias, más del 62% de activos menores de veinticinco años se encuentran en situación de desempleo.
Un porcentaje que refleja la gravedad de un problema que afecta a toda una generación.


Entendemos que esta iniciativa, aplicando el mismo criterio de la Unión Europea en el reparto de los fondos entre sus Estados miembros, debe priorizar aquellos territorios con las tasas más altas de desempleo juvenil y contribuir a paliar
varios de los problemas fundamentales: la falta de formación, el poco peso específico que tiene la Formación Profesional y el acceso de los jóvenes al mercado laboral a través de los contratos en práctica.


El futuro a corto y medio plazo en materia de empleo juvenil depende de las decisiones que adopte el Gobierno y, cuando menos, debería afrontarlo junto a las Comunidades Autónomas para intentar ofrecer respuestas más realistas y eficaces
para combatir las diferentes aristas de una tragedia que ha sumido en un profundo pesimismo a toda una generación.


De hecho, el programa no se está implantando como debiera en Canarias. La forma de importar el proyecto europeo y la centralización telemática de los trámites están entre las razones que ha hecho que el porcentaje de desarrollo de esta
estrategia haya sido tan reducido en las islas.


Teniendo en cuenta el escaso impacto que ha tenido esta iniciativa en Canarias, pese a que 40.000 jóvenes canarios reúnen las condiciones para acceder al mismo, presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Revisar de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven (Sistema Nacional de Garantía Juvenil), reorientando la Garantía Juvenil española, dotándola de mecanismos de control de calidad del



Página 63





empleo, así como de un plan de desprecarización. A tal efecto, se convocarán los grupos allí contemplados cuyas funciones son de seguimiento y evaluativas, y específicamente el grupo de trabajo en el que se integran los interlocutores
sociales, al objeto de analizar y evaluar la implantación de la Estrategia y conocer las actuaciones de formación e inserción realizadas, desagregadas por sexo. Y, de forma inmediata, se corregirán los registros para inscribirse en la Garantía
Juvenil, garantizando que cualquier joven pueda acceder de forma ágil y sencilla en los Servicios de Empleo de su Comunidad Autónoma.


2. Incrementar la dotación de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven (Sistema Nacional de Garantía Juvenil).


3. Establecer medidas en la Garantía Juvenil de creación de empleo de calidad.


4. Desarrollar campañas de comunicación más eficaces para dar a conocer esta iniciativa entre la población juvenil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000025


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, y integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno,
la siguiente Proposición no de Ley sobre el rescate del Plan Integral de Empleo de Canarias.


Exposición de motivos


La reducción de la tasa de paro pasa por la definición y puesta en vigor de un conjunto de medidas estratégicas que afectan a todos los factores de producción de la economía canaria. Medidas que se deben complementar necesariamente con una
política decidida de las administraciones públicas para garantizar la creación de empleo en un territorio que precisa de acciones específicas.


En 2015 se alcanzó en Canarias un crecimiento por encima del 3% del PIB y todo apunta que en 2016 se registrarán parecidas tasas de crecimiento. Se ha superado la cifra de trece millones de turistas, la máxima de nuestra historia; se ha
creado empleo y el consumo crece de forma notable.


A pesar de estos buenos indicadores, no se puede olvidar el nivel de paro insoportable que sufre la sociedad canaria, hasta el punto que los expertos pronostican que para alcanzar el nivel de desempleo con que iniciamos la crisis tardaremos
aproximadamente cinco años más.


Por ello, una de las decisiones más desafortunadas e inexplicables de la pasada legislatura fue la supresión del Plan Integral de Empleo de Canarias. Pese a ser la Comunidad Autónoma más castigada por la crisis económica, el Gobierno del
Estado eliminó el plan que permitía a las Islas ofrecer una respuesta a miles de desempleados de larga duración sin apenas oportunidades para retornar al mercado laboral.


Recuperar el Plan Integral de Empleo de Canarias es un acto de justicia con un territorio que necesita un tratamiento diferenciado por nuestras singularidades geográficas. Un tratamiento que sí reconoce la Unión Europea, pero no siempre el
Gobierno del Estado.


La disposición adicional quinta de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, establece lo siguiente:


'Considerando la situación económica, social y laboral de Canarias, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y por el artículo 299.2 del Tratado de
la Unión Europea y, respecto de las ayudas de los fondos estructurales, por el artículo 3.1 del Reglamento (CE) n.º 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, en orden a incrementar el empleo en su territorio, el Estado podrá participar en la
financiación de un Plan integral de empleo que se dotará, de forma diferenciada, en el estado de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, para su gestión directa por dicha comunidad autónoma, no integrado en la reserva de crédito a



Página 64





que se refiere el artículo 13.e) de esta ley y que será independiente de la asignación de los fondos de empleo de ámbito nacional, regulados en el artículo 14, que le corresponda'.


Esta disposición dejó de ser aplicada por el Gobierno del Estado a través de una disposición que introdujo por primera vez en 2012 en los Presupuestos Generales del Estado, y que dejaba sin efecto su aplicación. Una medida que ha restado
recursos económicos y ha dejado sin empleo a miles de canarios en los últimos cuatro años.


Con el Plan Integral de Empleo se pretendía contribuir al logro del pleno empleo sostenible en Canarias, teniendo en cuenta los siguientes objetivos:


- Favorecer y promover la integración laboral de los desempleados residentes en Canarias y mejorar la tasa de empleo de la Comunidad.


- Que los trabajadores residentes en Canarias pudiesen acceder, en igualdad de condiciones, a todos los puestos de trabajo generados en las islas, favoreciendo la movilidad laboral.


- Mejorar la adaptabilidad de los trabajadores y su cualificación profesional.


- Facilitar el acceso a las acciones de formación de todos los trabajadores (ocupados y desempleados), sin discriminación por razón de edad, desarrollando un plan de becas y ayudas que facilitase dicho acceso a los trabajadores en situación
de desempleo, con mayores gastos de transportes y, en definitiva, a los más necesitados, y promoviendo en especial, las acciones formativas relacionadas con las nuevas tecnologías de información y comunicaciones.


- Ampliar las acciones de formación a todas las edades, en concordancia con la prolongación de la vida activa a que hace referencia tanto las Directrices comunitarias, como el Programa Nacional de Reformas.


- Facilitar la readaptación y tránsito de desempleados hacia nuevos sectores de empleo, en particular todos los relacionados con las nuevas tecnologías, los servicios de proximidad, en especial los relacionados con la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, y los de ocio relacionados tanto con los residentes como con los turistas.


- Facilitar la transición hacia una economía del conocimiento, en particular para mejorar la calidad de los puestos de trabajo y la productividad laboral.


- Fomentar la empleabilidad de los jóvenes, favoreciendo especialmente su ocupación en empleos con perspectivas de futuro, y reducir la tasa de desempleo juvenil.


- Mejorar la empleabilidad de los parados de larga duración, mediante itinerarios integrados y personalizados de inserción.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Aplicar la disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, de Empleo, que sustituye a la Disposición adicional quinta de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, que prevé el Plan Integral de
Empleo de Canarias, para recuperarlo, considerando la situación económica, social y laboral de las Islas, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y por el
artículo 299.2 del Tratado de la Unión Europea.


2. Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de los efectos del Plan Integral de Empleo de Canarias sobre los diferentes índices laborales en el Archipiélago canario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 65





162/000026


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre el impulso del sector industrial en la Comunidad Autónoma de Canarias.


Exposición de motivos


El sector industrial es un sector estratégico para Canarias, y como tal debe ser considerado, al generar economías de arrastre sobre el resto del tejido económico, siendo por ello esencial garantizar la sostenibilidad, crecimiento y
diversificación de la industria canaria, de forma que incrementemos la participación industrial en el PIB y dispongamos de un tejido industrial sólido y desarrollado.


El sector industrial es especialmente vulnerable a amenazas como la globalización y deslocalización industrial, la competencia de las producciones exteriores y la dependencia del crudo y de las materias primas del exterior.


El apoyo decidido a la producción local es una parte importante de la solución a la actual crisis global, por los innumerables efectos de arrastre que ejerce sobre otros sectores, por su valor añadido, por el empleo de calidad que genera y
por el arraigo que determinadas actividades productivas guardan con las Islas Canarias.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Consolidar las medidas específicas que compensen los sobrecostes, estructurales que limitan el desarrollo de la industria en Canarias, rebajando la condiciones de acceso a los Incentivos Económicos Regionales para que las empresas
canarias puedan optar a estas ayudas en lo relativo a la cantidad mínima de inversión requerida.


2. Adoptar medidas específicas para las industrias localizadas en las islas no capitalinas, al objeto de garantizar el mantenimiento de su tejido productivo.


3. Adaptar las condiciones de acceso a las ayudas a la reindustrialización del programa Reindus, del Ministerio de Industria, a la realidad de la industria en el archipiélago.


4. Conseguir un aumento de la balanza comercial tanto en el mercado interior como en el exterior, reforzando la imagen de los productos elaborados en Canarias, implicándose el Gobierno del Estado en el desarrollo de un Plan Canarias Exporta
para la industria.


5. Avanzar en reducir al máximo los procesos administrativos que afecten a la industria, especialmente los de índole territorial y medioambiental. Sin menoscabo del cumplimiento estricto de la legislación ambiental, velando siempre por la
sostenibilidad económica, social y ambiental de la industria y su entorno.


6. Garantizar las ayudas al transporte de mercancías en Canarias y aumentar su cuantía. Así como introduciendo en los procedimientos para su percepción los ajustes necesarios a los efectos de que dichas ayudas tengan una repercusión final
sobre la cesta de la compra del consumidor.


7. Favorecer el desarrollo de nuevas actividades de reciclaje y valorización de los residuos, de forma que sienten las bases para el desarrollo de un nuevo nicho económico preferente, en el marco de los requerimientos de sostenibilidad.


8. Crear un plan de eficiencia energética específico para la industria canaria, con especial incidencia en la industria del agua. Es necesario impulsar el autoconsumo en los ciclos del agua y mejorar las líneas de financiación para
facilitar la incorporación de nueva tecnología que potencie el ahorro y la eficacia energética, de manera que repercuta directamente en el precio final al consumidor.


9. Fomentar el desarrollo de las políticas de investigación, desarrollo e innovación, en coordinación con las universidades canarias e instituciones relacionadas, para dirigir el futuro del tejido productivo canario hacia una industria de
alto valor añadido, enfocado entre otros elementos hacia las energías limpias, que tanto potencial poseen en las islas por sus privilegiadas condiciones climáticas y geográficas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 66





162/000027


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso presenta, para su debate en Pleno, la
siguiente Proposición no de Ley sobre el rescate del Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) en materia de infraestructura educativa.


Exposición de motivos


La reducción de la tasa de paro pasa por la definición y puesta en vigor de un conjunto de medidas estratégicas que afectan a todos los factores de producción de la economía canaria. Medidas que se deben complementar necesariamente con una
política decidida de las administraciones públicas para garantizar la creación de empleo en los diferentes sectores y en un territorio que precisa de acciones específicas.


Por otro lado, Canarias, por su especial conformación y la dispersión de sus núcleos, debe hacer un esfuerzo económico superior en el mantenimiento, ampliación y mejora de sus centros educativos, así como en la creación de otros nuevos para
cumplir distintos objetivos.


Por ello, una de las decisiones más desafortunadas e inexplicables de la pasada legislatura fue la supresión del Plan Integral de Empleo de Canarias en materia de Infraestructura Educativa. Pese a ser la Comunidad Autónoma más castigada por
la crisis económica, el Gobierno del Estado eliminó un plan que permitía a las Islas cumplir varios objetivos: remodelar, ampliar, mejorar y construir nuevos centros educativos, dando respuesta a zonas más desfavorecidas, con la consiguiente mejora
en la calidad de la educación; crear centros de Formación Profesional en determinadas zonas de las Islas (que sirvieron para la recualificación de parados de sectores como el de la construcción, afectados de manera especial por la crisis) y
contratar a más de 200 pequeñas empresas locales en cada ejercicio, para la ejecución de los trabajos objeto del Plan, con la consiguiente creación de empleo y más de un millar de actuaciones en centros de todas las Islas.


Recuperar el Plan Integral de Empleo de Canarias en materia de Infraestructura Educativa es un acto de justicia con un territorio que necesita un tratamiento diferenciado por nuestras singularidades geográficas. Un tratamiento que sí
reconoce la Unión Europea, pero no el Gobierno del Estado.


Al desaparecer el presupuesto del Plan Integral de Empleo de Canarias en materia de Infraestructura Educativa, las obras que se han tenido que mantener, a expensas de financiación alternativa, son tan solo las que se había iniciado en
ejercicios anteriores y cuyo crédito se encontraba reservado. La construcción de nuevos centros se ha restringido, ya que esta eliminación ha significado que el presupuesto destinado a nuevos centros se haya destinado, en su totalidad, a la
finalización de los centros cuya construcción se encontraba en marcha y alguna ampliación realizada para sustituir aulas provisionales o prefabricadas por aulas de construcción.


Por otro lado, las acciones de reforma se han tenido que ajustar a casos de emergencia y atención de aquellas incidencias que afectaran directamente al desarrollo de la actividad.


En caso de que no se generen de nuevo, con el compromiso de mantenimiento del déficit, la construcción de nuevos centros se ralentizaría hasta casi su paralización.


Igualmente, se verían afectadas las ampliaciones de centros que en este momento deben utilizar infraestructuras provisionales como son las aulas prefabricadas.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


Recuperar el Plan Integral de Empleo de Canarias en materia de Infraestructura Educativa -que cumple los objetivos de rehabilitar, mejorar, ampliar y crear nuevos centros educativos, al tiempo que se genera empleo- considerando la situación
económica, social y laboral de las Islas, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y por el artículo 299.2 del Tratado de la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de julio de 2016.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 67





162/000028


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Gabriel Rufián Romero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
supresión de los coches oficiales de los cargos públicos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En un momento de crisis en qué se están recortando desde gastos suntuarios a gasto social, pasando incluso por derechos sociales y laborales, sorprende que la clase política mantenga prebendas.


Los representantes políticos deben ganar un sueldo digno por su trabajo y tener cubiertos los recursos y desplazamientos necesarios para el buen desarrollo del mismo, de la misma manera que debiera tenerlo cualquier otro trabajador. Pero
los privilegios no deben ser pagados con dinero público.


Uno de los gastos suntuarios más visibles, polémicos e indignantes para la población es el excesivo uso de coches oficiales con sus respectivos conductores. Existe una gran cantidad de cargos oficiales cuyo coche oficial con conductor no se
justifica desde un punto de vista de seguridad, sino tan solo desde el punto de vista de la comodidad, del mantenimiento de un privilegio, privilegio aún mayor en estos tiempos.


No obstante, se considera que en algunos casos como el del propio Presidente del Gobierno, la seguridad aconseja el uso de coches oficiales. Para que la razón de la seguridad sea la excepción a la regla y para dar publicidad y legitimidad
al uso de coches oficiales se considera oportuno que estos sean aprobados por el Congreso de los Diputados.


A pesar de que en la anterior Legislatura, el Consejo de Ministros anunció la reducción de un 66% los coches de representación de altos cargos de la Administración General del Estado, esta medida se considera insuficiente, atendiendo al gran
número de coches oficiales de que gozan los cargos públicos. Ciertamente, se ha limitado el número de altos cargos y autoridades con coche asignado, pero no el derecho de éstos a usarlo. Lo que se limita es el derecho a usarlo de manera exclusiva,
pero no compartida.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Suprimir, en el plazo máximo de un año, todos los coches oficiales de los cargos públicos, con sus respectivos conductores.


2. Exceptuar de lo establecido en el punto anterior aquellos cargos públicos que tengan asignados más de dos guardaespaldas, para garantizar su seguridad. Las excepciones concretas deberán ser aprobadas por el Congreso de los Diputados.


3. Enviar un informe al Congreso respecto al número y uso de los coches oficiales de la Administración General del Estado, así como el Plan de eliminación de los mismos en virtud de los puntos anteriores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000029


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
adopción de medidas urgentes contra la pobreza infantil, para su debate en Pleno.



Página 68





Exposición de motivos


El artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño establece el deber de los Estados a reconocer el derecho de los niños y niñas a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Aun así, uno
de cada tres niños y niñas en el Estado español ven limitado este derecho ya que viven en hogares que están por debajo del umbral de la pobreza. De hecho, uno de cada diez viven en la pobreza severa.


Datos publicados por UNICEF remarcan que el incremento de la pobreza en la infancia ha sido significativamente mayor que el del total de la población. Es decir, el impacto de la crisis ha sido más duro en los hogares con niños y niñas que
en el conjunto de los hogares. La situación de desempleo de los progenitores representa sin lugar a dudas uno de los factores relacionados directamente con la pobreza de las familias, pero no es el único.


Diferentes informes han evidenciado la incapacidad del Estado español para reducir la pobreza entre la población infantil. Esta debilidad en la protección de la infancia se ha visto agravada por la reducción del gasto público en ayudas a
las familias, en becas escolares de comedor o libros de texto. Medidas como la supresión de la prestación por nacimiento o adopción de hijos e hijas establecida en la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, o la reducción de más de 300 euros de la
prestación por hijos e hijas a cargo de la Seguridad Social para menores de tres años son un claro ejemplo de los recortes que afectan directamente a la infancia. Por otro lado, el ahogamiento presupuestario económico y financiero a las Comunidades
Autónomas, cuyos presupuestos están destinados en 3/4 partes a gasto social, también está teniendo un fuerte impacto directo e indirecto sobre la pobreza infantil, tanto por la reducción de ayudas a las familias como por los recortes en servicios
sociales, educativos y de salud.


Los índices de pobreza infantil en el Estado español representan la cifra más alta de la Unión Europea sólo por debajo de Rumania, haciendo patente una vez más la incapacidad de la Administración para afrontar la pobreza estructural del
Estado ya constatada en las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño hizo en el examen CRC/C/ESP/CO/3-4, de 3 de noviembre de 2010. Es absolutamente vergonzoso que años más tarde de estas recomendaciones y de las advertencias de
diferentes organizaciones internacionales así como de ONGs que trabajan por los derechos de la infancia, las tasas de pobreza infantil -lejos de reducirse- sigan incrementándose y que siga sin desarrollarse un plan de acción para atajarla.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Crear, de manera inmediata, un Fondo de lucha contra la pobreza infantil con una asignación inicial de 800 millones de euros que será distribuido entre las Comunidades Autónomas (a excepción de aquellas que cuentan con régimen foral)
según el porcentaje de pobreza infantil de cada una de ellas.


2. Mantener esta cantidad, como mínimo, en los sucesivos Presupuestos Generales del Estado de la Legislatura y procurar incrementarlo para cumplir con eficiencia los objetivos del Fondo, garantizando que las Comunidades Autónomas puedan
realizar políticas propias para la erradicación de la pobreza infantil en el marco de sus competencias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000030


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Gabriel Rufián Romero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente, Proposición no de Ley sobre recorte
del presupuesto militar, para su debate en Pleno.



Página 69





Exposición de motivos


El gasto militar español se ha situado desde el Gobierno Aznar entre los 40-50 millones de euros diarios. A pesar de ello se arrastra una deuda militar de más de 30.000 millones que hipoteca los Presupuestos del Estado hasta 2040 en el pago
de grandes superproyectos armamentísticos como los tanques 'Leopard', los aviones 'Eurofighter', o los helicópteros 'Tigre'. Por si fuera poco, el Ministro de Defensa, Pedro Morenés, ya anunció su intención de comprometerse en nuevas adquisiciones
armamentísticas por valor de 10.000 millones más.


Más allá del endeudamiento cotidiano, en los últimos años el incremento del gasto militar se ha llevado a cabo directamente a costa de deuda pública. No en vano, en el mes de mayo de 2015, se aprobaba un crédito de más de 800 millones de
euros a costa de deuda pública para gasto militar.


El exagerado gasto militar implica recortes sociales, directa e indirectamente. Por un lado, porque ha generado y sigue generando una deuda que es la principal excusa de los recortes sociales. Por otra parte, para que el dinero destinado a
gasto militar podrían ser destinados a gasto social, y en esta línea cabe destacar que los 800 millones de euros de la última ampliación del gasto militar es lo que se necesitaría para financiar adecuadamente la Ley de la Dependencia y que todas las
personas del Estado tuvieran efectivamente reconocido el derecho.


En la encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) de Actitudes hacia el Estado del Bienestar se preguntaba respecto a la distribución en políticas y servicios públicos de los recursos del Estado. En dicha encuesta, el gasto
militar fue, con diferencia, el más criticado: un 27% de la población consideraba que los gastos destinados a Defensa son 'demasiados' y más del 40% creía que si hay que recortar políticas públicas se deberían recortar en este ámbito. De hecho, en
consonancia con esta opinión, el recorte del gasto en Defensa es el que menos oposición suscita (ni la mitad de la población).


En sentido inverso, los ámbitos en que la población cree que se debe reforzar el gasto público son la sanidad, la enseñanza y las pensiones. Asimismo, se considera que los sectores de la población más desfavorecidos y cuya atención es
prioritaria son las personas mayores que viven solas de forma independiente y las familias con personas mayores o con personas con discapacidad a su cargo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reducir en un 40% el Presupuesto de Defensa de los próximos Presupuestos Generales del Estado y mantener este recorte durante toda la Legislatura.


2., Destinar los recursos recortados a financiar la Ley de Dependencia y a gasto público en sanidad, educación y pensiones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000031


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Xavier Eritja Ciuró al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
prohibición de prácticas de competencia desleal de las grandes distribuidoras e industrias transformadoras hacia las explotaciones agrícolas y ganaderas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Estado español es el cuarto estado exportador europeo de productos alimentarios y el octavo del mundo. El sector agroalimentario español emplea a más de dos millones de personas y genera el 9% del PIB según datos oficiales. A pesar de
la importancia de este sector de la economía española y de los esfuerzos de la industria agroalimentaria para adaptarse a los retos del siglo XXI como la seguridad



Página 70





alimentaria, el cambio climático y la gestión sostenible de los recursos naturales o la conservación del paisaje y el mantenimiento de la economía rural viva; persiste una situación de abuso económico premeditado por parte de las industrias
transformadoras y cadenas de distribución respecto a los productores y explotadores agrícolas y ganaderos.


La práctica del 'dumping', se ha hecho cada vez más generalizada en el sector de la agroalimentación. Consiste en la fijación de precios de venta al público situados por debajo de los costes de producción de los agricultores y ganadores.
Una práctica por la que las industrias transformadoras y las cadenas de distribución engrosan márgenes de venta a costa de las explotaciones agrícolas y ganaderas, las cuales ven como los precios pagados no cubren ni siquiera los costes de
producción. Una situación de monopolio y de posición de dominio en la fijación de precios por parte de las grandes distribuidoras que también se caracteriza por la falta total de transparencia lo cual facilita, aún más, estas prácticas abusivas.


La práctica del 'dumping', está contemplada por la Ley 3/1991, de 10 de enero de Competencia Desleal. Concretamente el artículo 17 incluye la venta a pérdida como un acto de competencia desleal y también en el artículo 14 de la Ley 7/1996,
de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.


Además esta situación de indefensión y abuso a la que se ven sometidos los agricultores y ganaderos pone en cuestión la garantía de una competencia justa, leal y efectiva puesto que no se mantiene un adecuado nivel de precios, tal como
reivindica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Una situación que en un contexto socio-económico como el actual, empuja a muchos productores a cerrar sus explotaciones debido a la falta
de liquidez, que contrasta con los aumentos de los márgenes de venda de las grandes superficies distribuidoras.


Existen ya casos de intervención por parte de los poderes públicos para poner fin a los abusos de las distribuidoras comerciales e industrias transformadoras hacia las explotaciones ganaderas y agrícolas. El Parlamento de Cantabria aprobó
por unanimidad una iniciativa a favor de la intermediación entre ganaderos y empresas transformadoras para evitar la compra de leche por debajo del coste de producción.


Por su parte, el Parlament de Catalunya, en su Resolución 739/X, sobre el mundo agrario, instó al Gobierno catalán a la creación de bancos de datos que permitiesen analizar los diferentes factores relacionados con la formación de los precios
de los productos alimentarios así como la puesta en marcha de sistemas de referencia de precios relacionados con los costes de producción, que impidan la venta a pérdida.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Realizar las modificaciones legales oportunas para prohibir la venta a pérdida y las prácticas de competencia desleal por parte de las cadenas distribuidoras y las industrias transformadoras puesto que el ofrecimiento de productos a precios
bajo coste de producción o adquisición inducen al error de los consumidores y consumidoras acerca del nivel real de los precios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000032


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de los Diputados Xavier Eritja Ciuró y Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la revisión inmediata del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El nuevo Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro (PHCE), se ha redactado bajo la plena vigencia de la Directiva Marco del Agua (DMA), aprobada el octubre del año 2000 (2000/60/CE), la cual establece un marco comunitario de actuación en el
ámbito de la política de aguas, y que fija como principal objetivo



Página 71





garantizar el 'buen estado ecológico' de todas las masas de agua de la Unión Europea (UE) a partir de 2015.


El análisis técnico, social y político de este Plan Hidrológico nos permite afirmar que el PHCE puede vulnerar en muchos aspectos los principios y disposiciones de la DMA, las principales carencias que quedan recogidas en las alegaciones
presentadas por la Generalitat de Catalunya.


- Mientras que el documento aprobado prevé un caudal ecológico por el río Ebro de 3.100 hectómetros cúbicos al año, las cifras consensuadas en Catalunya establecen una horquilla que va desde los 5.871 hectómetros cúbicos a 9.907, según la
pluviometría de cada año; así como un caudal excepcional en caso de sequía de 3.518 hectómetros cúbicos al año.


- Puede estar en conflicto con la directiva Europea del agua, la de hábitats y la de aves; el Delta del Ebro es uno de los lugares estratégicos en los movimientos migratorios de las aves europeas.


- Una identificación y delimitación incorrectas de las masas de agua, y falta de inclusión del registro de zonas protegidas, afectaciones en zonas Natura 2000 entre otros.


- Falta de inclusión de algunos indicadores obligatorios para la medida del estado ecológico de las masas de agua. Esto hace que la evaluación del estado ecológico dé unos resultados mucho más positivos de los que se obtendrían si se
utilizaran todos los indicadores obligatorios.


- Falta de fijación de los caudales ambientales en los principales puntos de detracción o derivación de caudales, así como en zonas protegidas.


- No se tienen en cuenta una cuarentena de recomendaciones de la Unión Europea, entre las que hay que revisar los caudales ambientales, el programa de regadíos y la política de hacer nuevos embalses. La DMA dice claramente que los caudales
ambientales son previos a los otros usos y son una restricción a los mismos.


- Incumplimiento de los criterios técnicos en la determinación de los caudales ecológicos, vulnerando la propia normativa estatal recogida en la Instrucción Técnica de Planificación Hidrológica y en la Disposición adicional décima de la Ley
del Plan Hidrológico Nacional, relativa al Plan Integral de Protección del Delta del Ebro. Estos apuntan la necesidad de un caudal ecológico de entre 159 m3/s y 223 m3/s, mientras que en el Plan Hidrológico actual acaban fijando caudales que bajan
hasta los 100 m3/s igual a 3.100 hm3/año.


- Inclusión de reservas estratégicas de agua para la irrigación en todas las comunidades autónomas aguas arriba, que implica hipotecar casi el 80% de los recursos hídricos disponibles.


- Incumplimiento del principio de recuperación de costes que establece la DMA.


- El PHCE afecta a toda la cuenca fluvial, por tanto también determina un máximo de cinco metros cúbicos por segundo de caudal en el Segre a su paso por Lleida y que afecta a todo un tramo de río de unos 25 kilómetros, muy por debajo del
caudal que pidieron el Ayuntamiento de Lleida y la propia Diputación de Lleida: entre los 14 y los 18 m3/s.


En definitiva el PHCE está diseñado para reservar legalmente el máximo de agua posible aguas arriba y dejar el tramo final del Ebro con unos caudales exiguos y una calidad del agua insuficiente, lo que incumple de forma flagrante la DMA e
hipoteca los usos ambientales y económicos de la cuenca catalana del Ebro.


De hecho, este Plan Hidrológico ha sido aprobado por decreto por un gobierno en funciones, lo que indica la falta de voluntad de diálogo del Gobierno hacia este tema, además del impulso político que permite aprobar este Plan no tiene su
correlación en Catalunya, donde la inmensa mayoría de las fuerzas políticas están en contra.


El PHCE aprueba por imposición, contra la voluntad expresada por la ciudadanía de Cataluña, los partidos políticos y las instituciones, que ya hicieron el esfuerzo de debate y consenso respecto a los caudales ecológicos necesarios.


Con la aprobación del PHCE se intenta, de forma velada, generar división social y territorial. Haciendo ver que los intereses del sector agrícola son incompatibles con la conservación del medio natural y los recursos hídricos, o bien que
territorios ubicados aguas arriba sólo defienden los intereses de la actividad económica local y no los de todos.


Los valores ecológicos, de sostenibilidad, de conservación de hábitats, especies y de mantenimiento, por lo tanto, de caudales hídricos que lo hagan posible son, para nosotros, los mismos valores que defendemos para la sostenibilidad
territorial, la agricultura y la actividad económica derivada del mundo agrario en general.



Página 72





Por lo tanto, y atendiendo al hecho que el Estado español incumple de manera sistemática normativas europeas referentes al estado de los acuíferos, los hábitats y los caudales ecológicos de los ríos, instamos al gobierno a la revisión
inmediata del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


La revisión inmediata del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro y a la adecuación del régimen de caudales con el fin de conseguir el cumplimiento de los objetivos marcados por la Directiva Marco del Agua (DMA), y en especial la adecuación
de los caudales fijados para el tramo final del río Ebro y su Delta, de acuerdo con la propuesta de caudales de la Comissió per la Sostenibilitat de les Terres de l'Ebre y de acuerdo con los requerimientos de caudales y aportación de sedimentos
establecidos en la Disposición adicional décima del Plan Hidrológico Nacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró y Jordi Salvador i Duch, Diputados.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000033


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el
establecimiento de un techo salarial vinculado al salario mínimo en relación de 1:12, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En octubre de 2008, al inicio de la crisis económica, el entonces Presidente de turno de la Unión Europea, Nicolas Sarkozy, anunció el acuerdo unánime de los líderes de los Veintisiete para la refundación del sistema capitalista mundial.
Desde entonces se han impuesto una serie de llamadas reformas estructurales, que en el caso de los Estados más endeudados ha supuesto recortes de derechos y servicios sociales, así como de derechos laborales y económicos, especialmente para las
clases medias y bajas.


Sin embargo, los límites y recortes no han afectado -en justa correlación- a las clases más pudientes, que lejos de recortar sus beneficios, los han visto ampliados. De esta manera, si en 2007, los altos directivos de las empresas del IBEX
35 ganaban 23 veces más que sus empleados, hoy cobran unas 25 veces más. Según otras cifras, las de la Encuesta de Estructura Salarial del INE, la diferencia salarial media entre directivos y personas no cualificadas se amplió de 44.075,17 euros a
49.679,43 de 2008 a 2010, indicando una tendencia que se mantiene.


En otras palabras, los discursos de austeridad, sacrificios y de 'apretarse el cinturón' por parte de las clases dirigentes parecen realizarse verticalmente y excepcionar a estas mismas clases, que cada vez son más ricas -en términos
absolutos y relativos- mientras la gran mayoría de la población se empobrece. Una de las propuestas que se barajan en algunos Estados europeos para frenar esta desigual tendencia es la limitación de los salarios de los directivos, vinculándose
proporcionalmente al salario mínimo dentro de una misma empresa. En este sentido, nació en Suiza la Iniciativa 1:12, según la cual se pretende limitar constitucionalmente que una persona pueda ganar en un mes más de lo que un trabajador de la
misma empresa gana en un año. Hay que señalar que algunas empresas, como el banco ético Triodos, ya establece este tipo de limitación salarial.


Si bien a priori podría parecer compleja la reforma propuesta, su lógica en materia de política retributiva subyace en que la limitación se establece empresa por empresa, y aún más, podría establecerse en núcleos más acotados incluso. En
cualquier caso, nuestro ordenamiento jurídico permitiría una modificación de este tipo con una pequeña reforma del artículo 26 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,



Página 73





por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Debemos recordar en este sentido que la regulación laboral en nuestro país ha pretendido siempre proteger (como en la mayoría de países) los derechos
mínimos indisponibles de los trabajadores, y que por ello, una limitación de máximos no contravendría nuestra tradición en materia de derecho social.


Por todo ello representa la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Realizar las reformas legislativas oportunas con la finalidad de establecer un techo salarial máximo bruto vinculado al salario más bajo en relación de 1:12 dentro de una misma empresa. Esta proporción incluiría el salario fijo y los
posibles bonos, incentivos, complementos y cualquier forma de retribución directa o indirecta, tanto a nivel mensual como anual.


2. Realizar las reformas legislativas oportunas para establecer esta misma vinculación salarial entre el salario máximo y mínimo en relación de 1:12 entre todos los sueldos del sector público de cualquier tipo, entendiendo como tal tanto
la administración y las instituciones del Estado así como aquellas otras instituciones, organizaciones, empresas, fundaciones u otras formas organizativas en las que exista participación pública directa o indirecta, bien sea en su capital, en sus
órganos de administración o mediante la aportación de recursos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000034


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
devolución de ayudas públicas en caso de deslocalización, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el contexto de una economía neoliberal globalizadora, las empresas transnacionales y multinacionales, trasladan su producción a países donde las garantías y derechos sociales, laborales y medioambientales son especialmente limitados y/o
reprimidos. Esta deslocalización, argumentada por la 'reducción de costos' de producción, supone la drástica reducción o la total eliminación de las plantillas de trabajadoras y trabajadores locales.


Ante la amenaza de trasladar su producción a otros países, aumentando el paro, el gobierno estatal y los gobiernos autonómicos conceden diferentes medidas ventajosas para las empresas, y particularmente subvenciones, con el fin de retener la
producción y mantener la ocupación. No obstante, a menudo estas medidas y subvenciones solo consiguen su finalidad temporalmente, y después de recibir -e incluso exigir- cantidades ingentes de dinero público para quedarse, dichas empresas acaban
marchándose a otros países donde la producción es más barata.


Los poderes públicos deben tomar las medidas adecuadas para garantizar que las inversiones que realiza y las subvenciones que otorga se ajusten a la finalidad pretendida, exigiendo la devolución de éstas en caso de que no sea así.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Realizar las modificaciones legales oportunas con la finalidad de que las ayudas públicas o subvenciones concedidas a las empresas en relación a la investigación, la creación o el desarrollo de sus



Página 74





proyectos empresariales, sean devueltas en caso de que estas decidan trasladar la producción a otro país.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000035


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a iniciativa de los Diputados Joan Tardà i Coma y Gabriel Rufián Romero, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente
Proposición no de Ley sobre el no reconocimiento oficial de las distinciones y títulos nobiliarios, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La distinción de títulos nobiliarios nace de privilegios establecidos en la Edad Media y que han sido legitimados, perpetuados y ampliados por sucesivas legislaciones a lo largo de la historia.


El origen de la legitimidad en el actual Estado español legalmente proviene de las Siete Partidas del rey Alfonso X (señor de Castilla, Toledo, León, Galicia, Sevilla, Córdoba, Murcia, Jaén y el Algarve). Dicho reconocimiento, que sería
refrendado por las Cortes de Alcalá de 1348 de Alfonso XI y traspuesto a la legislación de la Edad Moderna mediante la Novísima Recopilación impulsada por Felipe III en 1615, permanecerá tal cual hasta el siglo XIX, momento en que se produce el
tránsito del Antiguo Régimen al Estado liberal.


En la práctica, dicha distinción suponía la legalización de un sistema feudal, clasista, en que por razones de nacimiento, unas clases poderosas y ociosas (nobleza) vivían con lujos a costa de unas clases trabajadoras, explotadas y sumisas
(plebeyos), que sobrevivían sin más derechos, libertades ni recursos que aquellos que la graciosa voluntad de los señores les permitían.


El tránsito del Estado feudal al Estado liberal supondrá una primera limitación de los privilegios al reconocer la igualdad de derechos y deberes civiles y políticos de los ciudadanos (no de las 'ciudadanas'). A pesar de ello, reconocerá la
distinción por 'rango y honor' de las personas, afirmando así en parte la validez del Derecho Histórico. No obstante, los privilegios suprimidos por la Ley de 11 de octubre de 1820, serán restablecidos por un Decreto de las Cortes el 30 de agosto
de 1836, una vez finalizada la etapa política de reformas liberales.


Esta situación se mantendrá hasta el advenimiento de la I República Española, donde se da un paso más y, en virtud del Decreto de 25 de mayo de 1873, se establece no conceder más títulos nobiliarios en un futuro. Nuevamente, la finalización
de este periodo político conllevará la restitución de la situación anterior con la aprobación del Decreto de 25 de junio de 1874.


Ya en el siglo XX se produce un nuevo avance en la limitación de los privilegios de los títulos nobiliarios con la promulgación de la Constitución republicana de 1931, que en su artículo 25 -el primero del Título III donde se fijan los
'Derechos y deberes de los españoles'- se establece que 'el Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios'. No obstante, la finalización del periodo democrático y la instauración de la dictadura totalitaria retornará los títulos nobiliarios
a la situación anterior, mediante la Ley de 4 de mayo de 1948 (desarrollada por el Real Decreto de 4 de junio de 1948).


La recuperación de los derechos y libertades democráticas no supuso, no obstante, la derogación de la legislación franquista en este ámbito. Es más, el Estado democrático y de Derecho no solo ha reconocido la validez de los títulos
nobiliarios y sus mecanismos de sucesión -con el consentimiento del propio Tribunal Constitucional al amparo de la legislación franquista vigente-, sino que los ha legitimado nuevamente y ha creado nuevos títulos nobiliarios -incluso sucesorios-.


El Estado democrático actual debe entroncar con la herencia de los procesos de democratización de 1812-20, 1873 y 1931, en detrimento de la herencia de las etapas autoritarias, y en esta línea suprimir el reconocimiento de las distinciones
clasistas de la nobleza por parte del Estado.


Por todo ello se presenta la siguiente



Página 75





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Realizar las modificaciones legales oportunas a fin de que el Estado no reconozca distinciones y títulos nobiliarios. Dicha modificación, que incluirá a todas las instituciones del Estado y a los diferentes reconocimientos actualmente
vigentes (legislación, Registro Civil, protocolo...), implicará tanto el no reconocimiento de los vigentes como el no otorgamiento de nuevas distinciones y títulos nobiliarios en el futuro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.- Joan Tardà i Coma y Gabriel Rufián Romero, Portavoces del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000036


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Capdevila i Esteve, al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la derogación de
la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, es fruto de la visión nacionalista, centralista y homogeneizadora del Estado mantenida por el Gobierno del Partido Popular. El único objetivo de dicha Ley es laminar
las competencias de las Comunidades Autónomas sustrayéndoles cualquier ámbito de decisión y subordinando sus políticas a los dictados del Gobierno del Estado. Se trata, a fin de cuentas, de reducir las Comunidades Autónomas a meras delegaciones de
la Administración General del Estado dedicadas a la ejecución de las políticas elaboradas por el Gobierno español.


Esta Ley pretende enmarcarse en el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimento de los
deberes constitucionales; prevista en el artículo 149.1.1.a de la Constitución. Se trata de una competencia de carácter transversal que es utilizada de forma sistemática por el Estado para laminar las competencias autonómicas, dejando sin efecto
muchas de las competencias exclusivas asumidas estatutariamente por las Comunidades Autónomas.


Reiterada jurisprudencia constitucional, iniciada con la sentencia 37/1981, de 16 de noviembre, afirma que dicha igualdad no puede ser entendida en modo alguno 'como una rigurosa y monolítica uniformidad del ordenamiento de la que resulte
que, en igualdad de circunstancias, en cualquier parte del territorio nacional se tienen los mismos derechos y obligaciones'. Sin embargo, esta Ley no pretende otra cosa que lograr que en cualquier parte del Estado se tengan los mismos derechos y
obligaciones. De este modo, se reduce la descentralización política a mera descentralización administrativa.


Pero además, si bien la unidad de mercado podría constituir un principio esencial para el funcionamiento competitivo de la economía del Estado, tal y como se defiende en el preámbulo de la presente Ley, este principio no puede ser entendido
como rigurosa y monolítica uniformidad. El Tribunal Constitucional se ha afirmado que tal unidad 'no significa uniformidad, ya que la misma configuración del Estado español y la existencia de Entidades con autonomía política, como son las
Comunidades Autónomas, supone necesariamente una diversidad de regímenes jurídicos' (entre otras, sentencia del Tribunal Constitucional 88/1985, de 1 de julio).


Mediante esta Ley, el Gobierno ha pretendido, pretende y pretenderá justificar la necesidad de favorecer la construcción del mercado interior a nivel europeo. Por ello, se escuda en diversas directivas europeas que necesariamente deben ser
aplicadas en el Estado español. Sin embargo, la existencia de una regulación europea no modifica el orden de distribución de competencias que se establece en las normas del denominado bloque de constitucionalidad, especialmente en la propia
Constitución y en los Estatutos de Autonomía.



Página 76





En este sentido, la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, fomenta la competencia sobre la desregulación o flexibilización de las condiciones normativas para el ejercicio de actividades propiciando la creación
de una suerte de paraísos administrativos. Esta promoción de la rebaja de los estándares normativos en materias como la seguridad, la salud, el medio ambiente, los derechos de los consumidores y tantos otros, puede llegar a situar las actividades
económicas en el umbral del incumplimiento de los propios estándares europeos. Ello cuando la verdadera unidad de mercado que debe construirse es la europea.


Estamos, por tanto, ante una Ley que se ha hecho al margen de la reiterada jurisprudencia constitucional sobre la materia. Ello, pese a que el Gobierno ha mantenido como incuestionables sus pronunciamientos y sagradas sus sentencias. Una
Ley que desacredita al propio al Tribunal Constitucional al desoír las sentencias que no interesan y que supone la puerta de entrada a un concepto de Estado unitario, centralista y homogeneizados frente a una realidad autonómica heterogénea.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Derogar de forma inmediata la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Joan Capdevila i Esteve, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000037


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada Teresa Jordà i Roura, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
derogación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local es una Ley que ataca la autonomía local, recortando en democracia y alejando el poder de la ciudadanía, obvia las competencias autonómicas en
régimen local y administración territorial y no resuelve el problema de financiación de los entes locales. Se trata de una Ley aprobada sin ningún tipo de consenso y que ha provocado un nivel de conflictividad nunca visto, llevando a la práctica
totalidad de la oposición, los Parlamentos de Catalunya, Extremadura y Navarra y los gobiernos de Catalunya, Andalucía, Asturias y Canarias a presentar recursos de inconstitucionalidad y a cerca de 2.500 ayuntamientos del conjunto del Estado a
presentar un conflicto en defensa de la autonomía local ante el Tribunal Constitucional.


De hecho, en sentencia emitida el pasado 8 de marzo de 2016, el Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de la Asamblea de Extremadura contra la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local, y ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de algunos de los preceptos impugnados por entender que invaden competencias de las Comunidades Autónomas o que incumplen la reserva de ley orgánica prevista en el artículo 157.3
de la Constitución española. Consecuencia de la sentencia, los entes locales mantendrán las competencias respecto a servicios sociales y la promoción y reinserción social, así como las competencias de atención primaria en la salud. Del mismo modo,
ha declarado inconstitucional el artículo 57 bis de la Ley que establece la garantía según la cual en caso de impago por parte de las Comunidades Autónomas a los entes locales para el ejercicio de competencias delegadas, el Estado podía hacer
efectivo este coste, reteniéndolo tras las transferencias hacia las Comunidades Autónomas. Un artículo que obviaba la realidad financiera de la Generalitat de Catalunya, consolidaba el espolio que padece Catalunya y vulnera su autonomía. Asimismo,
aún debe pronunciarse respecto del resto de recursos presentados.



Página 77





La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, refleja la visión de absoluta desconfianza del Gobierno del momento respecto de la administración local. Lejos de reforzar los mecanismos de
cooperación y coordinación entre las distintas administraciones, el Estado se sitúa en una posición de tutela. Por ello, se disminuye la capacidad de decisión de los entes locales y se establecen nuevos mecanismos de control sobre su
funcionamiento. La reforma planteada supone un duro golpe a la autonomía local, pese a estar garantizada constitucionalmente, en contra de los principios europeos de autonomía local y subsidiariedad cuya puesta en práctica determina que se
atribuyan las competencias a la administración más cercana a la ciudadanía salvo que por su naturaleza se justifique que sean prestadas por un ente más alejado.


Se justifican en la necesidad de implementar los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera para reforzar el control financiero y presupuestario de las entidades locales y favorecer que la prestación de los
servicios sea llevada a cabo por las Diputaciones Provinciales, en lugar de ahorrar con su supresión. El Gobierno español prefiere ahorrar en democracia dotando de competencias a unos órganos de elección indirecta. Ello implica que no quepa exigir
a estas entidades responsabilidad política en caso de que la gestión desarrollada no se considere adecuada por la ciudadanía lo que, en palabras del propio Consejo de Estado, puede llegar incluso a desvirtuar el propio principio democrático.


Esta Ley no afronta el verdadero problema de sostenibilidad financiera de los entes locales: su sistema de financiación. Después de más de treinta años desde la recuperación de los ayuntamientos democráticos, aún no se ha logrado dotar de
suficiencia financiera a las haciendas locales, pese a lo establecido en el artículo 142 de la Constitución. Los impuestos propios son absolutamente insuficientes y la configuración actual de la participación en los ingresos del Estado no garantiza
en absoluto la suficiencia financiera de los entes locales y mucho menos su autonomía. A todo ello, cabe añadir la absoluta deslealtad institucional del Estado respecto de los entes locales mediante medidas, como las recientes subidas del IVA, que
atacan enormemente la sostenibilidad financiera de los municipios.


El Estado se atribuye la competencia para regular la administración local bajo una concepción expansiva de su competencia exclusiva prevista en el artículo 149.1.18.a en materia de las bases del régimen jurídico de las Administraciones
públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios; así como atribuyéndose un título competencial en virtud de la necesidad de garantizar la autonomía local -ello pese a que en realidad, mediante esta Ley, más que garantizarla se desnaturaliza-
y, de este modo, limita la competencia exclusiva de la Generalitat de Catalunya, y del resto de Comunidades Autónomas, en materia de régimen local más allá del límite sustantivo de la autonomía local. Se trata de una competencia de carácter
transversal que es utilizada de forma sistemática por el Estado para laminar las competencias autonómicas, dejando sin efecto muchas de las competencias exclusivas asumidas estatutariamente por las Comunidades Autónomas.


La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, obvia por completo las previsiones contenidas en el Estatuto de Autonomía de Catalunya respecto de los entes locales y las singularidades de
Catalunya respecto del mundo local. El municipio forma parte del sistema institucional de la Generalitat de Catalunya y así lo expresa el Estatuto de Autonomía. Siendo, por ello, la Generalitat la primera implicada en la garantía de la autonomía
local, pues se remarca la mayor vinculación entre instituciones autonómicas y locales en Catalunya. Pues, no solo al Estado le corresponde garantizar la autonomía local. Ello, además, en aplicación de la recomendación 121 del Consejo de Europa del
año 2002 sobre la aplicación en el Estado español de la Carta europea de la autonomía local.


El Gobierno del momento hizo oídos sordos y pese a la nueva regulación estatutaria de las competencias en las materias de organización territorial y régimen local en Catalunya, aprobó una Ley que lejos de incorporar las modificaciones
necesarias para acomodar la legislación del Estado al nuevo marco de distribución de competencias, supone una centralización aún mayor. Imponiendo, a la postre, una reducción de las competencias propias de los municipios y acrecentado las
atribuciones a las Diputaciones Provinciales. Se impone una regulación homogénea a una realidad territorial heterogenia. Todo ello, fruto de una política profundamente homogeneizadora.


Asimismo, se obvia que el Estatuto de Autonomía de Catalunya requiere de la necesidad de reconocer un régimen especial a Catalunya mediante la modificación de la Ley de Bases del Régimen Local. Una Ley que, de hecho, ya reconoce situaciones
singulares como son los regímenes especiales de las ciudades de Madrid y Barcelona. En este sentido, para garantizar el despliegue normativo de las previsiones estatutarias en este marco jurídico, más aun después de la discutible y discutida
sentencia 31/2010, de 28



Página 78





de junio, sobre el Estatuto de Autonomía de Catalunya, se hace necesario incorporar un marco normativo singular en cuanto a la Administración local en Catalunya.


Se trata de una Ley elaborada desde la más absoluta desconfianza respecto de la Administración Local, obviando por completo los principios de autonomía local y suficiencia financiera que tiene como único objetivo continuar con el proceso de
centralización y homogenización del Estado. Una Ley que lamina las competencias locales y autonómicas, sustrayéndoles cualquier ámbito de decisión y subordinando sus políticas a los dictados del Gobierno del Estado.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Derogar la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


2. Reconocer que los entes locales forman parte del sistema institucional de la Generalitat de Catalunya y respetar la competencia exclusiva de Generalitat de Catalunya en materia de régimen local.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Teresa Jordà i Roura, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000038


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
paralización del calendario de implantación y posterior derogación de la LOMCE, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La aprobación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de noviembre, para la mejora de la calidad educativa, únicamente con los votos del Grupo Parlamentario que apoyaba al Gobierno, constituyó un enorme error que demostraba la nula capacidad de
consenso del Gobierno del momento. Sin él la perdurabilidad de la reforma y la estabilidad del sistema era y es nula. Las elecciones del pasado 20 de diciembre del 2015 han constatado que la mayoría excluyente que sirvió para apoyar la ley se ha
volatilizado, siendo hoy mayoría en el Congreso las fuerzas políticas que se opusieron y que llevaron en sus programas electorales la derogación de la ley.


La Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa responde a una concepción partidista, intervencionista, clasista, jerárquica y reaccionaria de la educación que avala una metodología tradicional, autoritaria, disciplinaria y acrítica,
que supuestamente pretende afrontar los principales retos educativos y, en particular, el abandono y el fracaso escolar. En su lógica, establece un modelo que pretende obligar al estudio, en lugar de estimularlo, mediante la reintroducción de
reválidas que provocarán regresiones pedagógicas y didácticas (al dirigirse a aprobar el examen) y mayores tasas de abandono escolar por parte del alumnado que no supere las pruebas.


La LOMCE establece, asimismo, un modelo educativo inspirado en una ideología nacionalista española que tiene como objetivo, tal como el mismo Ministro tuvo la voluntad de dejar evidenciado, que los profesores y profesoras enseñasen a sus
alumnos el orgullo de ser españoles, a vertebrar la nación española y a españolizar 'a todos los niños catalanes'. En este sentido, y fiel a esa ideología nacionalista española que históricamente ha prohibido y perseguido las lenguas minoritarias y
minorizadas, esta ley representa un episodio más en la historia de la persecución de la lengua catalana. La LOMCE está coherentemente enmarcada en una estrategia de minorización y marginación de la lengua catalana por parte del Partido Popular allá
donde han gobernado: proceso contra la inmersión lingüística en las Illes Balears; rechazo de la Generalitat Valenciana al derecho de estudiar en la lengua propia reclamado



Página 79





por 125.000 familias valencianas; surrealista invención de una 'nueva' lengua LAPAO para negar la lengua catalana en Aragón.


Más allá de que estos ataques puedan ser revertidos por los nuevos gobiernos autonómicos, la LOMCE en sí niega la diversidad lingüística de las Comunidades Autónomas con lengua propia y supone un ataque al modelo de inmersión lingüística,
que garantiza el conocimiento del catalán y el castellano al finalizar la formación obligatoria y que ha sido fundamental para la cohesión social y la convivencia lingüística en Catalunya. Un modelo que ha contado históricamente con un amplísimo
consenso social y político.


Por otro lado, el carácter recentralizador, segregador y elitista de la contrarreforma del Gobierno del PP también supone una amenaza para el conjunto del sistema educativo catalán. Un sistema que se fundamenta, entre otros, principios, en
la universalidad y la equidad, como garantía de la igualdad de oportunidades, y en la inclusión escolar y la calidad de la enseñanza, de acuerdo con lo establecido en el Estatut d'Autonomia de Catalunya y en la Llei d'Educació de Catalunya.


Efectivamente, el carácter recentralizador se refleja en todo lo que afecta al ámbito curricular al romper los acuerdos entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en cuanto a los porcentajes de elaboración de los
currículos, reservando a la primera la potestad de establecer todo el currículum de las asignaturas troncales y de las específicas. De igual manera, queda evidenciada la voluntad recentralizadora en la pretensión de establecer procesos evaluadores
unitarios a final de primaria, secundaria y bachillerato.


El proyecto de ley se inspira en valores reaccionarios que responden a fórmulas de escuela no comprensiva y no inclusiva, que rechaza el trabajo por competencias, que entiende el aprendizaje como una carrera de obstáculos y no como la
facilitación de los medios adecuados y las ayudas que cada alumno requiera para progresar. Asimismo, ignora las desigualdades y atenta contra el principio de igualdad de oportunidades al consolidar un modelo segregacionista que establece dos
tipologías en 4.º de ESO: una, tendente a lo que denomina 'enseñanzas académicas', y la otra 'enseñanzas aplicadas', devaluando la Formación Profesional, y discriminando, en definitiva, por origen y procedencia social a través de una tipología de
centros especializados que favorece la exclusión y la estabulación del alumnado con dificultades.


Propugnan un carácter conservador, ultraliberal, clasista y regresivo de la educación, que deja de ser un derecho para convertirse en un servicio y que abre camino a la escuela selectiva. La LOMCE actúa como un catalizador del proceso de
privatización de la educación, tal como se refleja a través de la oficialización del concierto a los centros de élite que rompen los principios de coeducación.


De igual manera, se consolida un modelo de escuela confesional, heredero del nacionalcatolicismo negador de la libertad de conciencia, que establece la religión como materia fundamental, agravando aún más la actual situación -no compartida
por el republicanismo- de presencia de la enseñanza de la religión en el sistema escolar público a través de un profesorado, pagado por la Administración pública, pero designado y controlado por la propia Iglesia. La ofensiva de la jerarquía de la
Iglesia Católica es tanto más inaceptable -y lamentable su asunción por parte del gobierno- en cuanto corrió en paralelo a la expulsión del currículo de la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que había sido cuestionada por la Conferencia
Episcopal.


Asimismo, mientras se potencia la enseñanza de una materia dogmática como la religión, son suprimidas o relegadas otras materias imprescindibles para la formación integral del alumnado como el Conocimiento del Medio como Área de Educación
Primaria, la Historia Contemporánea para los estudiantes de Secundaria de las ramas científicas y tecnológicas, la Música u otras.


La ley representa un paso atrás en todo aquello que estimula la cogestión de los integrantes de la Comunidad Educativa en el proyecto educativo, al suprimir el carácter decisorio del Consejo Escolar, así como la participación de la sociedad
hasta el extremo de menoscabar el papel de los ayuntamientos como administración educativa.


Todo ello nos hace concluir que la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa no responde a una sincera voluntad de aspiración de mejora del actual sistema, tal como quedó demostrado, más allá de la voluntad de imposición,
intolerancia y rechazo al diálogo demostrada por el Gobierno, en la ausencia de una memoria económica suficiente y creíble. Al contrario, su contenido, sin duda, fractura más que cohesiona al conjunto de la comunidad escolar e impide alcanzar los
objetivos que se pretenden en la Unión Europea para el año 2020 de reducir el fracaso escolar y la tasa de abandono escolar, así como el de aumentar el porcentaje de alumnado que finaliza con éxito los estudios postobligatorios.



Página 80





Por otro lado, el inicio de la implantación de la LOMCE que se puso en marcha en el curso 2014-2015 ha traído aparejada multitud de variables e inconvenientes por la forma dispar que se ha llevado a cabo en las Comunidades Autónomas. Las
prisas del Ministerio por imponer esta ley, acelerando el calendario de implantación de la misma, sin el apoyo de la mayoría de la comunidad educativa y en contra de varias Comunidades Autónomas, está generando problemas en la aplicación de la
misma. Problemas en las administraciones educativas para adaptar sus normativas, lo que lleva aparejado desconcierto y desorganización en los centros; problemas para el alumnado que está sufriendo las consecuencias de este desorden; problemas
para las familias que viven con preocupación e incertidumbre la educación de sus hijos e hijas y, fundamentalmente, problemas para el profesorado que son los que tienen que aplicar los cambios de la normativa educativa sin tiempo para asumirlos y
prepararlos.


Los datos que aportan los estudios realizados sobre la implantación de la LOMCE al finalizar el curso 2014-2015, revelan que en cada Comunidad Autónoma la situación es distinta. En los cursos de implantación tanto de Primaria (1.º, 3.º y
5.º) como en 1.º de FP Básica en muchos casos se comenzó el curso sin la normativa requerida o bien aprobada en el último momento sin tiempo para conocerla y prepararla adecuadamente. Existen Comunidades Autónomas con desarrollos normativos nuevos,
otras con los antiguos, en otras conviven los dos, e incluso se han dado situaciones tan caóticas como implantar un curso LOMCE pero utilizando material del currículo anterior. Con respecto a la prueba individualizada de 3.º de Primaria que se
presentó como un pilar fundamental para mejorar el sistema educativo, también ha tenido una puesta en marcha dispar. Si se profundiza en la normativa para la realización de esta evaluación externa se vuelve a observar un gran número de variables
dependiendo de cada Comunidad Autónoma. En Andalucía y Asturias no la han realizado. En Canarias y Euskadi se ha realizado con carácter muestral. En el resto de territorios con carácter censal, pero con múltiples casuísticas, tanto en las
competencias evaluadas como en la aplicación de las pruebas. Un ejemplo de ello es que en unos territorios son aplicadas por profesorado externo, en otros por profesorado del centro que no imparte clase al grupo evaluado, en otros es el propio
profesorado del grupo el que la aplica... Con este panorama difícilmente se pueden sacar conclusiones fiables sobre la validez y eficacia de estas pruebas. En el curso 2015-2016 se ha iniciado la implantación de 1.º y 3.º de la ESO y 1.º de
Bachillerato, sin el desarrollo normativo adecuado, por lo que se corre el peligro de que este nuevo curso sea todavía más problemático que el pasado.


Ante la situación descrita de desconcierto se hace necesaria que con urgencia se derogue la ley para impedir males mayores a los descritos y permitir el respeto a las competencias de las Comunidades Autónomas (especialmente con aquellas que
tienen leyes vigentes como es el caso de Catalunya) y a la realidad de diferentes nacionalidades.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Suspender el calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, previsto en su disposición final quinta.


2. Derogar el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, y el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las pruebas de la evaluación
final de Educación Primaria.


3. Derogar definitivamente la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.


4. Detener el proceso de recentralización y homogeneización en materia educativa y respetar plenamente las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas, garantizando la implementación en su plena integridad de la Ley de
Educación de Catalunya.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



Página 81





162/000039


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada Ester Capella i Farré, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
derogación de la pena de prisión permanente revisable, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, aprobada únicamente con los votos del Grupo Parlamentario que apoyaba al Gobierno, ha supuesto la introducción de
penas y medidas desterradas hace años del sistema jurídico-penal español. Así, desde el más absoluto populismo punitivo ha construido un discurso populista que enaltece el endurecimiento del Código Penal conduciendo a reiteradas reformas que
suponen retrocesos constantes en el sistema español de derechos y libertades. Esta política regresiva de agravamiento constante de las penas tiene como máximo exponente la introducción de la cadena perpetua.


El Estado español presenta uno de los índices de criminalidad más bajos de Europa y, sin embargo, una de las tasas más alta de población reclusa. Algo que no parece corresponderse con el discurso mediático y político que propugna la
necesidad de un Derecho Penal más gravoso y contundente. Según el Ministerio del Interior, la tasa de criminalidad en el Estado español en el año 2010 fue de 45 delitos por cada mil habitantes, muy inferior a la media europea (67,6), solo por
encima de Grecia y Portugal, y lejos de Suecia (121), Bélgica (95,1), el Reino Unido (84,7) o, incluso, de Francia (56,4). Además, desde hace veinte años la línea de criminalidad es descendente en el Estado español. Estas cifras se compadecen poco
con el hecho de que los 87 centros penitenciarios del Estado albergan a más de 76.000 internos, frente a los 33.000 de 1990: un incremento del 130 % en los últimos veinte años, cuando el aumento de la población española ha sido del 20 %. La
comparación con Europa es igual de llamativa. Si en el Estado español hay 160 presos por cada cien mil habitantes, en Alemania hay 88, en Italia 108, en Francia 102 y en Suecia 68; la media de la Unión Europea es de 126. Todo ello según los datos
ique recoge Eurostat.


Esta situación se explica porque la aprobación del Código Penal de 1995 supuso un grave endurecimiento del sistema punitivo debido al aumento de la duración de las condenas de prisión, consecuencia, entre otras razones, de la eliminación de
la redención de penas por trabajo, sin que se hubiera procedido a una disminución equivalente de las penas. De tal manera que, como muestran las estadísticas del Consejo de Europa, el Estado español se sitúa entre los Estados de la Unión Europea en
los que el periodo medio de estancia en la cárcel es mayor (13 meses, frente a 8 en la media de la Unión Europea). Esta misma tendencia de endurecimiento de las penas, propugnada por el populismo punitivo practicado, se ha mantenido también en las
posteriores reformas del Código Penal. En resumen, cada vez entran más presos y salen menos. Además, todo ello tiene un elevado coste para la sociedad, pues con normas penales más duras no se resuelven los problemas y, por contra, se está dando
una falsa imagen de seguridad.


Lejos de romper esta tendencia, La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, persiste en esta concepción y sigue desarrollando la política regresiva de
agravamiento de las penas e introduce una nueva pena de prisión permanente revisable que oculta una pena a perpetuidad que busca apartar indefinidamente a las personas en lugar de buscar su reinserción. La denominación utilizada pretende burlar las
limitaciones que para ello impone el artículo 25 de la Constitución española que exige que las penas privativas de libertad estén orientas hacia la reeducación y la reinserción social. Sin embargo, la introducción de la cadena perpetua, aunque con
distinta denominación, supone apartarse de los principios que deben inspirar cualquier sistema penal, renunciando, justamente, a la reeducación y la reinserción social.


Por todo ello, se presenta la siguiente



Página 82





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Derogar inmediatamente la pena de prisión permanente revisable introducida por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Ester Capella i Farré, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000040


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre derogación
de las últimas reformas legislativas que perjudican la protección del medioambiente, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Gobierno del Partido Popular, respaldado por la mayoría absolutísima que detentaba parlamentariamente, impulsó unas reformas legislativas en el ámbito medioambiental que han supuesto -obviando las directivas europeas- un importante
retroceso en la protección del medioambiente, al aplicarle una óptica neoliberal en la senda de su privatización y mercantilización. Asimismo, estas reformas supusieron una importante recentralización e invasión competencial.


Es urgente revertir las medidas adoptadas por el Partido Popular en estas Leyes (Ley de Montes, Ley de Costas, Ley de Parques Nacionales, Ley de Patrimonio Natural y de Biodiversidad y Ley de Evaluación Ambiental) antes de que supongan un
irrecuperable daño al medio ambiente.


Ley de Montes.


La Ley por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, es un ataque directo a los agentes forestales y les impide denunciar delitos medioambientales; es una reforma acuñada desde el interés por la explotación de
recursos naturales que supone la desregularización del medio natural. En este sentido, abre la posibilidad de poder construir en terrenos incendiados a pesar de no haber pasado los treinta años prescritos en la Ley de 43/2003, lo que nos puede
llevar a especular con el medio ambiente; retira la obligatoriedad de que los montes particulares y los públicos no catalogados, dispongan de planes de gestión; permite el aprovechamiento de los montes protectores; y desprotege el medio ambiente,
al evitar que los agentes forestales puedan investigar delitos ambientales como lo venían haciendo hasta ahora.


La modificación de la Ley de Montes altera el carácter y funcionamiento de los agentes forestales -en Catalunya, Agents Rurals- limitando su capacidad de investigar delitos medioambientales. Se pretende que estos cuerpos especializados
actúen únicamente de forma auxiliar y, en este sentido, limita de forma expresa las actuaciones investigadoras al ámbito de las infracciones administrativas, y establece que en caso de descubrir hechos que puedan constituir un delito medioambiental,
los agentes forestales deberán entregar todas la pruebas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, en ningún caso, podrán redactar los atestados.


Las drásticas medidas adoptadas por el Gobierno en contra de los casi 6.000 agentes forestales de todo el Estado -cerca de 500 Agents Rurals en Catalunya-, que prácticamente supone la total supresión de su autonomía de actuación en el
ejercicio de sus funciones de policía judicial genérica, incluso privándoles de la posibilidad de realizar un simple atestado, quedando relegados únicamente a investigar las pequeñas agresiones, incurriendo el texto de la propuesta en una regulación
incompleta, generadora de inseguridad jurídica, y en graves contradicciones con la normativa procesal penal contenida en la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, suponen subordinar a un personal funcionario especializado en la



Página 83





protección medioambiental a otro que no lo está y no cuenta con los medios necesarios para garantizar una correcta protección.


La única justificación que se aprecia en la exposición de motivos de la ley, hace referencia a las medidas propuestas por el Gobierno para el adelgazamiento de las Administraciones Públicas, conocida como CORA; si bien el resultado que se
propicia con este proyecto de ley es todo lo contrario al espíritu del mencionado CORA, para el desempeño de las funciones de policía judicial ambiental que en la actualidad vienen realizando los agentes forestales en su condición de funcionarios
especializados en la materia, de manera coordinada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se vería imposibilitado, al quedar totalmente subordinados dichos agentes forestales a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en general, de lo cual
resulta que para realizar dichas funciones se requeriría de un agente forestal y además de un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, duplicando la necesidad de recursos públicos para la consecución de un mismo fin de interés general, con el
correspondiente incremento de coste en recursos públicos y pérdida de eficacia en la labor prestada hasta el momento por los cuerpos y escalas de agentes forestales.


En el caso concreto de Catalunya, el Cuerpo de Agents Rurals redacta y lleva ante la autoridad judicial entorno 200 atestados anuales por presuntos delitos contra el medio ambiente y de incendios forestales. La Fiscalía de Medio Ambiente
del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha felicitado reiteradamente la tarea investigadora del Cuerpo de Agents Rurals en materia de delitos medioambientales, especialmente los delitos contra la flora y la fauna, los delitos contra los
espacios naturales y los delitos de incendios forestales. Más de la mitad de los delitos medioambientales en Catalunya son directamente investigados por el Cuerpo de Agents Rurals que cuenta con presencia en toda Catalunya. Dado el carácter básico
de la Ley, su aprobación supondrá restringir la actuación de los Agents Rurals e impedir la protección del medio ambiente en Catalunya.


Además, se aprecia la ausencia de una mínima referencia al impacto económico que tendrá para Catalunya, y el resto de Comunidades Autónomas que cuenten con agentes forestales en sus plantillas, el cumplimiento de la obligatoriedad de poner a
sus agentes de la autoridad (con sus correspondientes medios materiales de trabajo), a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, creando con ello una especie de doble dependencia de los agentes forestales en el ejercicio de sus funciones de
policía judicial, por un lado y orgánicamente de sus Administraciones de origen, y por otro y funcionalmente del Ministerio del Interior, creando de esta manera un terreno sembrado a futuras confusiones y conflictos entre las Administraciones
Públicas implicadas; separándose además de lo dispuesto expresamente en el artículo 126 de la Constitución que dispone expresamente la dependencia de la policía judicial de Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal, y no de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad en general, como sucede con la reforma de la Ley de Montes del último Gobierno del PP.


Ley de Costas.


La Ley de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, es una traición al título de la misma, ya que lejos de proteger y dar un uso sostenible al litoral, se favorece su inseguridad
y se ampara la destrucción de los ecosistemas y el mantenimiento de la especulación urbanística, que tanto ha afectado a la costa. Es decir, la Ley no está motivada por la protección de la costa, sino para dar seguridad jurídica a la especulación
costera. Especialmente, con la tremenda reducción de la servidumbre de protección, la ampliación de la moratoria por setenta y cinco años y, además, permitiendo el derecho a compra-venta.


La determinación de los bienes de dominio público del litoral no es clara y objetiva, permitiendo la subjetividad, las interpretaciones interesadas y, por tanto, la inseguridad jurídica. Asimismo, las excepciones de la Ley tampoco son
objetivas ni motivadas por la protección del medio, de manera que parecen responder más bien a intereses particulares.


Medioambientalmente, esta Ley supone la sentencia de muerte para determinados ecosistemas y paisajes costeros, con una especial afectación en marismas, salinas, dunas o acantilados. Asimismo, se legitima y ampara la destrucción de valiosos
espacios naturales como Es Trenc en Sa Ràpita.


Finalmente, en un contexto de crisis como el actual, hay que señalar el coste económico que supone: pérdida del capital natural (Naciones Unidas estima una gran pérdida económica y ambiental por el urbanismo y la contaminación producida por
la especulación de los últimos años), inversiones para frenar los efectos de la agudización de temporales y subida del nivel del mar como consecuencia del cambio climático (obviando las recomendaciones de la Agencia Europea de Medio Ambiente),
posibles



Página 84





indemnizaciones a las personas afectadas por la última reforma de la Ley de Costas (que este Proyecto de Ley desacredita y revierte), etc.


Ley de Parques Nacionales.


La Ley de sus llamados Parques Nacionales supone la primera fase de privatización de estos parques, abriendo la puerta a declararlos urbanizables, a convertirlos en cotos privados de caza o en una zona de recreo lúdico-deportivo.


La Ley compromete el patrimonio natural y el mantenimiento de especies, hábitats e incluso de ecosistemas. Supone un ataque a la biodiversidad y riqueza geológica, patrimonio de siglos y siglos de la Tierra y de sus especies, para ponerlas
al servicio del mercado, en un inmoral mercantilización de unas zonas naturales especialmente protegidas por su especial valor y riqueza. Es decir, legaliza un espolio del patrimonio natural colectivo para el beneficio comercial de unos pocos.


La Ley supone una recentralización e invasión competencial, cosa que hacen determinando el carácter básico, de la Ley, al amparo de la competencia básica sobre la protección del medio ambiente y pese a recibir las advertencias previas
realizadas por el propio Consejo de Estado en tal sentido (lo cual transita por el límite de la prevaricación). El Gobierno español necesitaba sustraer a las Comunidades Autónomas las competencias para que en base a ellas no puedan evitar la
destrucción ecológica que legalizan. La invasión competencial va más allá de la visión nacionalista, centralista y homogeneizadora del Estado que concibe a las Comunidades Autónomas como meras delegaciones y pretende blindar que en todo el
territorio del Estado se puedan mercantilizar los 'Parques Nacionales'.


Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.


La Ley por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, supone una descarada e inaceptable invasión de las competencias autonómicas en favor de una recentralización estatal. Esta ansia
legislativa contrasta con la pasividad en la protección del Patrimonio Natural y la Biodiversidad en otros ámbitos de competencia estatal, como por ejemplo a la hora de desarrollar medidas para la consecución de los objetivos comprometidos en el
Convenio Europeo del Paisaje que el Estado español ratificó.


Asimismo, es paradójico que los objetivos que afirma pretender la Ley se subordinen a los intereses que determine el Ministerio de Defensa respecto a los terrenos de su propiedad, algunos de ellos contaminados por la acción del Ejército y en
otros casos terrenos de disfrute exclusivo de los militares (simples prebendas), herencia de otras épocas históricas.


Por otro lado, nuevamente una disposición adicional afirma que 'Las medidas incluidas en esta ley no podrán suponer ningún incremento de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal'. En definitiva, la disposición
adicional de la Ley deja en papel mojado las posibles buenas intenciones de la misma.


Ley de Evaluación Ambiental.


La Ley de Evaluación Ambiental se tramitó antes de la revisión prevista de la normativa comunitaria, obligando en breve a una nueva reforma legislativa para adaptarse a las nuevas Directivas comunitarias. En este sentido, se produce una
importante inseguridad jurídica -que se suma a la inseguridad jurídica provocada por la confusión generada por la invasión competencial-, provocando la consiguiente desorientación e incertidumbre que cuestiona el propio incentivo de inversión que en
teoría pretende la Ley.


La Ley de Evaluación Ambiental supone una importante desregulación de los requisitos medioambientales y, por extensión, una lesión a la calidad de vida de las personas y poblaciones afectadas. Se recorta el control y fiscalización por parte
de los órganos competentes de la Administración en evaluación medioambiental, delegando esta función en órganos no competentes, a la vez que se recorta la información y participación ciudadana.


Se pretende incentivar la inversión económica mediante la supresión de los derechos conseguidos a nivel ambiental. En este sentido, se argumenta -como hacía la Ley de unidad de mercado- la eliminación de trabas burocráticas y marañas
institucionales, obviando que las trabas burocráticas son los derechos conseguidos y la maraña institucional, el Estado descentralizado.



Página 85





En esta misma línea, la Ley de Evaluación Ambiental supuso otra descarada invasión competencial, no solo por el proceso de recentralización en materia medioambiental, sino que también por la delegación a un posterior desarrollo reglamentario
por parte del Gobierno español que, por definición, excede de las competencias básicas del Estado. Es más, realiza una interpretación expansiva de la legislación básica sobre el medio ambiente (149.1.23.ª CE), al imponer como tal artículos hasta
ahora desarrollados por las Comunidades Autónomas, que ven recortadas aún más sus competencias.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Derogar las últimas reformas legislativas que han supuesto un retroceso en la protección del medioambiente:


a) Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.


b) Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.


c) Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales.


d) Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.


e) Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000041


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la
despenalización del derecho de huelga, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El derecho de huelga está reconocido en su artículo 8 por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (una de las partes de la Carta Internacional de los Derechos Humanos), firmado y ratificado por el Estado español.
Asimismo, la Constitución española de 1978 lo recoge en su artículo 28: 'se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas
para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad'. Casi cuatro décadas más tarde de su aprobación, el desarrollo de este precepto constitucional no se ha producido y la regulación de la huelga se contiene en una norma
preconstitucional: el Real Decreto Ley de Relaciones de Trabajo de 4 de marzo de 1977.


No obstante, a pesar de formar parte del derecho básico internacional y de estar constitucionalizado por el ordenamiento jurídico español, el derecho de huelga está siendo limitado de facto en los últimos tiempos mediante una política
represiva que usa el apartado 3 del artículo 315 del Código Penal como mordaza del ejercicio del derecho fundamental y advertencia al sindicalismo activo. Dicho artículo permanece como rémora del articulado legislativo franquista y ha sido y es
interpretado, en plena etapa de recortes económicos y de libertades -entre ellas, las relacionadas con la negociación colectiva-, en contra del efectivo ejercicio del derecho a la huelga o lo que es lo mismo en clara contradicción con el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como con el propio artículo 28 de la Constitución.



Página 86





Su consecuencia inmediata es la existencia de más de 300 trabajadores y trabajadoras procesados en virtud del citado artículo, así como un incremento de la actividad sancionadora por parte del Estado criminalizando la actividad legal del
ejercicio de huelga y su información a través de los piquetes informativos, única posibilidad con la que cuenta los trabajadores y sindicatos ante la presión y coacción que pudiera ejercer los empresarios frente a esta situación.


En toda nuestra experiencia democrática si algo ha caracterizado a la actividad de los trabajadores y sus sindicatos ha sido la de reivindicación pacífica dentro de los cauces democráticos y legales.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Suprimir el apartado 3 del artículo 315 de la Ley Orgánica 10/1985, de 23 de noviembre, del Código Penal.


2. Instar al Ministerio fiscal a realizar las actuaciones que corresponda con el objeto de sobreseer las causas en tramitación, así como para revisar las sentencias condenatorias dictadas de conformidad al apartado 3 del artículo 315 la Ley
Orgánica 10/1985, de 23 de noviembre, del Código Penal, que se deroga, para anular las condenas y restaurar o indemnizar por los daños ocasionados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000042


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada Teresa Jordà i Roura y del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la moratoria y la prohibición de técnicas de prospección de hidrocarburos mediante el sistema de fractura hidráulica (fracking), para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


A finales de los años ochenta se empezó a experimentar en Estados Unidos con la fractura hidráulica (fracking) como técnica prospectiva de gas natural. Esta técnica se ha ido extendiendo desde entonces y en los últimos años han proliferado
los expedientes de solicitud y prospección de tierras en el Estado español, superando actualmente el centenar de permisos repartidos entre concesiones de explotación vigentes, condiciones de almacenamiento subterráneo y permisos de investigación
pendientes y vigentes.


Son numerosos los incidentes medioambientales sucedidos -sobre todo en Estados Unidos, país donde hasta el momento se están explotando las diferentes fuentes de gas natural no convencional de manera masiva desde los años noventa- que pueden
estar relacionados directamente con las prácticas del fracking. Ello ha conducido a una oposición social y a diferentes escándalos medioambientales, principalmente relativos a la contaminación de acuíferos, poniendo en alerta la Agencia de
Protección Ambiental (EPA), quien anunció en marzo de 2010 la puesta en marcha de una investigación.


Los principales interrogantes de esta técnica de prospección es la afectación sobre los acuíferos, sobre la actividad sísmica de la zona afectada, sobre los elevados consumos de agua, sobre la gestión de las aguas residuales producidas y
sobre la liberación no controlada de gas metano.


Ante la situación de alarma de diferentes grupos sociales, recientemente la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo solicitó un estudio sobre el impacto de la extracción del petróleo y gas de
pizarra mediante la técnica de fractura hidráulica sobre el medio ambiente y la salud humana.



Página 87





Las conclusiones a las que llega el informe son:


'En unos tiempos en que la sostenibilidad es la clave de futuras operaciones, se puede cuestionar si la inyección subterránea de productos químicos tóxicos se debería permitir, o se debería prohibir, ya que tal práctica podría restringir o
excluir cualquier uso posterior de la capa contaminada (p.e., para propósitos geotérmicos), y los efectos a largo plazo no han sido investigados. En un área activa de extracción de gas de pizarra, se inyectan entre 0,1-0,5 litros de productos
químicos por metro cuadrado. Esto se ve poco justificado, ya que los yacimientos potenciales de gas de pizarra son demasiado pequeños para tener un impacto sustancial en la situación del suministro del gas europeo. Los privilegios actuales para la
exploración y extracción de petróleo y gas deberían ser reevaluados en vista del hecho de que los riesgos y cargas medioambientales no son compensadas por su correspondiente beneficio potencial ya que la producción específica de gas es muy baja.'


Y se hacen las siguientes recomendaciones:


- No hay ninguna directiva europea en materia de minas y tampoco se ha realizado un análisis detallado, exhaustivo y accesible públicamente del marco regulatorio de la extracción del gas de pizarra y del petróleo de rocas duras. Ambos
deberían desarrollarse.


- El marco regulatorio actual de la UE sobre la fractura hidráulica, que es el elemento central en la extracción de gas de pizarra y petróleo de rocas duras, tiene varias lagunas. Además, el umbral por el que se deben someter las
actividades de fractura hidráulica en extracción de hidrocarburos a evaluación de impacto ambiental es más permisivo que en cualquier actividad industrial de este tipo, y por tanto, se debería disminuir sustancialmente.


- Se debería reevaluar con especial atención el alcance de la Directiva Marco del Agua en relación a las actividades de fractura y sus posibles impactos en el agua de superficie.


- Los Análisis de Ciclo de Vida (ACV) podrían resultar una buena herramienta para evaluar los beneficios globales para la sociedad y sus ciudadanos, proporcionado minuciosos análisis de costes/beneficios. Se deberían desarrollar de forma
armonizada en toda la UE27 por autoridades responsables y se deberían poner a disposición del público para debatirlas con la ciudadanía.


- Se debería evaluar la prohibición general del uso de productos químicos tóxicos en este tipo de técnicas. Por lo menos, se deberían conocer públicamente todos los productos químicos utilizados, restringir el número de productos químicos
permitidos y monitorizar su uso. Se deberían recopilar las estadísticas sobre las cantidades inyectadas y el número de proyectos llevados a cabo a nivel europeo.


- Se deberían fortalecer las autoridades regionales para la toma de decisiones sobre proyectos que impliquen la fractura hidráulica. La participación pública y las evaluaciones de ACV deberían ser obligatorias para tomar estas decisiones.


- Donde los permisos de proyectos estén concedidos, la monitorización de los cursos de agua superficial y las emisiones a la atmósfera deberían ser obligatorios.


- Se deberían recoger las estadísticas de las quejas y accidentes ocurridos a nivel europeo. Donde los proyectos estén permitidos, una autoridad independiente debería recoger y examinar las quejas presentadas.


- Dada la compleja naturaleza de los posibles impactos y riesgos para el medio ambiente y la salud humana de la fractura hidráulica, debería dársele consideración a desarrollar una nueva directiva a nivel europeo que regule todas las
cuestiones sobre esta área de una manera exhaustiva.


En junio de 2011, la Asamblea Nacional francesa decidió, mediante la Ley 835 de 2011, la prohibición de la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos mediante la técnica de fractura hidráulica. En el mismo
sentido se han pronunciado las autoridades nacionales del Reino Unido, Bulgaria y Holanda, quienes han prohibido cautelarmente estos tipos de explotación. En el resto del mundo también, Sudáfrica han congelado preventivamente los permisos de
exploración debido a las dudas en torno a la seguridad de esta técnica por lo que respecta a la población y al medio ambiente.


Asimismo, el Parlament de Catalunya, en un informe de conclusiones perteneciente a una Comisión de Estudio sobre los permisos de explotación de hidrocarburos por medio de la fractura hidráulica, concluyó que, teniendo en cuenta las dudas
generadas y la inexistencia de soluciones a la gestión de los residuos procedentes del fracking, así como los costes sociales y medioambientales, el fracking se puede considerar una técnica poco fiable y de dudosa rentabilidad energética y
económica.



Página 88





En el Estado español, la regulación mediante la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, y el reglamento que la despliega permiten sin condición alguna el uso de la técnica de fractura hidráulica, hecho que provoca la indefensión del
territorio ante las peticiones de exploración.


En estos momentos, las más que razonables dudas y los datos sobre los efectos de esta técnica, suficientes para motivar las actuaciones preventivas en el seno de la Unión Europea y en países como Francia, aconsejan la máxima prudencia de las
autoridades y una actuación decidida para evitar efectos irreversibles en el territorio.


Por todas estas razones, en base al principio de precaución, y teniendo en cuenta la situación y experiencia en otros países, debe plantearse en el Estado español la prohibición y explotación del sistema de fracturación hidráulica para la
extracción de gas no convencional.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Prohibir la técnica del fracking en el Estado español.


2. Decretar, de manera inmediata y mientras no se prohíba esta técnica, una moratoria en la concesión de cualquier tipo de autorización o concesión para la exploración, investigación y explotación de los yacimientos de hidrocarburos que
utilicen la técnica de la fractura hidráulica para su extracción.


3. Incluir dentro de esta moratoria a todos los permisos o peticiones de autorización para realizar investigaciones, prospecciones o explotaciones que estén actualmente en trámite y todas aquellas que, aun habiendo sido objeto de concesión,
no hayan iniciado los trabajos que les fueron autorizados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Teresa Jordà i Roura y Joan Olòriz Serra, Diputados.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000044


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
prohibición del maltrato y muerte del animal en las corridas de toros y demás actividades relacionadas con la tauromaquia, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Las corridas de toros son espectáculos violentos, donde, tras el supuesto 'arte' acrobático o coreográfico de picadores, banderilleros y toreros, se lleva a cabo la tortura de los animales con instrumentos de acero cortantes hasta su
sangrante muerte, con la única finalidad de servir de diversión a los espectadores.


La tortura del animal y su 'preparación para el espectáculo' comienza veinticuatro horas antes de la corrida propiamente, cuando se encierra a oscuras al toro, de manera que al soltarlo a la plaza el toro trate de huir dando una imagen de
mayor ferocidad. Por otro lado, se siguen toda una serie de estrategias para debilitar al animal, como son colgarles sacos de arena en el huello durante horas, inducirles diarreas o golpearles. Finalmente, se le unta grasa en los ojos para
dificultar su visión y una sustancia en las patas que le producen ardor para que no se quede inmóvil.


Una vez en la plaza, en el llamado 'primer tercio de la lidia', el toro se enfrenta a los picadores que desde lo alto de un caballo, le clavan una lanza en el lomo con la finalidad de desangrarlo para debilitarlo aún más. En el llamado
'castigo', el toro pierde unos 5 litros de sangre -más de un 15 % de su totalidad-al lesionar varios vasos sanguíneos. Además, la lanza destroza varios músculos, provocando la 'humillación': el toro baja la cabeza porque no puede sostenerla.
Esto, además de transmitir al espectador la imagen de sometimiento del animal, beneficia posteriormente la introducción de las banderillas y el estoque, y reduce el riesgo de cogida (el toro pierde fuerza y siente dolor al cornear de abajo a
arriba).



Página 89





Habitualmente, y pese a la prohibición del Reglamento taurino, el picador 'barrena' con la vara, como si fuera un sacacorchos, para profundizar la herida.


Asimismo, el caballo del picador también recibe heridas provocadas por el toro, siendo habitual que sufran múltiples quebraduras de las costillas o destripamientos (ocultadas por un peto que no los protege de ello) que tienen como
consecuencia que estos caballos no sobrevivan a varias corridas.


Después del picador, en el 'segundo tercio de lidia', se clavan al toro entre 4 y 6 banderillas (arpones de acero cortante de 6 u 8 cm de longitud) que desgarran los tejidos y la piel y que, beneficiadas además por su forma y peso,
garantizan una constante hemorragia del animal.


El toro va perdiendo, pues, sangre durante prácticamente toda la corrida y va debilitándose hasta quedar exhausto. Es el momento de mayor 'lucimiento' del torero que culmina con el toro atravesado por una espada de 80 cm de longitud y que
puede destrozarle el hígado, el esófago, los pulmones, etc., según la trayectoria de la misma. Una vez tiene el estoque dentro, el movimiento de tórax agudiza los daños internos, motivo por el cual el torero mueve el capote de un lado a otro en el
conocido 'mareo'. Cuando la espada destroza la gran arteria, el toro agoniza entre vómitos de sangre. Si el toro se resiste a caer, se le apuñala en la nuca con el descabello, otra larga espada que termina en una cuchilla de 10 cm con tope.


A la postre, cuando el toro cae al suelo, si no consigue morir, se le remata con una puntilla (cuchillo-puñal de 10 cm), que pretende seccionarle la médula espinal para que el toro quede paralizado, muriendo por la imposibilidad de realizar
movimientos respiratorios o ahogado en la sangre que brota por nariz y boca. A veces, todavía sigue vivo cuando se le cortan las orejas o el rabo y cuando sale arrastrado de la plaza.


Otro evento taurino de gran notoriedad mediática es el Torneo del Toro de la Vega, celebrado en la localidad de Tordesillas (Valladolid), se celebra el martes de la segunda o tercera semana de septiembre coincidiendo con las fiestas
patronales de dicha localidad. El 'torneo' consiste en la caza o persecución de un toro de lidia por diferentes 'concursantes' armados de picas y lanzas con la intención de alcanzarlo hasta la muerte. Tal cruel evento es, paradójicamente,
considerado como fiesta de interés turístico desde 1980 y espectáculo de interés taurino desde 1999. Las últimas celebraciones de este evento han causado diferentes heridos y detenidos como consecuencia de los enfrentamientos entre partidarios y
detractores de este evento.


En el Estado español ya se han producido diferentes iniciativas con la intención de abolir este tipo de espectáculos. La primera iniciativa legislativa que se aprobó fue la Ley 8/1991, de 30 de abril, de Protección de los Animales, aprobada
por el Parlamento de Canarias, por la que se prohibían las corridas de toros de manera implícita tal como resume el artículo 5 de dicha ley por el que 'Se prohíbe la utilización de animales en peleas, fiestas, espectáculos y otras actividades que
conlleven maltrato, crueldad o sufrimiento.'


Ya en 2010, el Parlament de Catalunya aprobó la Ley 28/2010, de 3 de agosto, de modificación del artículo 6 del texto refundido de la Ley de protección de los animales, aprobado por el Decreto legislativo 2/2008, por la cual se prohibían las
corridas de toros en Catalunya.


Los eventos tauromáquicos, como las corridas de toros o el Torneo del Toro de la Vega, en los que se produce la muerte del toro de lidia, así como otros animales como los caballos, que son usados por los rejoneadores, son eventos organizados
entorno al sufrimiento, maltrato y tortura animal. Una sociedad democrática y pacífica basada en valores de respeto, tolerancia y no violencia no puede permitir ni tolerar aún su existencia.


Por todo ello, teniendo en cuenta que las corridas de toros han ido evolucionando a lo largo de la historia para que fueran menos cruentas y que hay países donde los espectáculos taurinos no incluyen la muerte del animal, a la espera de su
definitiva abolición, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1.. Realizar las modificaciones legales oportunas para prohibir la tortura y muerte del animal en las corridas de toros y otros tipos de eventos tauromáquicos.


2. Realizar las modificaciones legales oportunas para prohibir la participación de caballos en las corridas de toros.


3., Cumplir, con carácter inmediato, el artículo 3 de la Directiva 98/58/CE del Consejo de la Unión Europea, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas



Página 90





por el que 'Los Estados miembros adoptarán las disposiciones necesarias para que el propietario o criador tome todas las medidas adecuadas para asegurar el bienestar de los animales con vistas a garantizar que dichos animales no padezcan
dolores, sufrimientos ni daños inútiles'.


4. Realizar las modificaciones legales oportunas para excluir al Torneo del Toro de la Vega como fiesta de interés turístico nacional, tal como recoge la Resolución de la Secretaria de Estado de Turismo por la que se publica la relación de
Fiestas de Interés Turístico Internacional, Fiestas de Interés Turístico Internacional y Fiestas de Interés Turístico, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' número 41, de 16 de febrero de 1980.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000045


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
supresión de la categoría de trabajadores taurinos del régimen especial de jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Existen diferentes casos en los que la edad de jubilación puede ser rebajada o anticipada, especialmente en aquellos grupos o actividades que desempeñen labores de naturaleza excepcionalmente peligrosas, tóxicas o insalubres o que acusen
elevados índices de morbilidad o mortalidad. Los trabajadores y trabajadoras afectadas deben acreditar en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que establece cada grupo o actividad profesional, que se encuentren en situación de
alta o asimilada a la de alta y que cumplan los demás requisitos exigidos.


Dentro de este tipo de grupos podemos encontrar los trabajadores de la minería o los trabajadores de mar, el personal de vuelo y de trabajos aéreos, los trabajadores ferroviarios así como los bomberos al servicio de las administraciones
públicas y organismos públicos.


Resulta evidente que dichos grupos de actividad profesional realizan o desempeñan un trabajo importante para la sociedad así como que quedan expuestos a diferentes peligros o situaciones nocivas para su salud durante el desempeño de su
actividad laboral. Sin embargo, en este conjunto de grupos que por actividad profesional pueden disponer la jubilación anticipada podemos encontrar también a los trabajadores taurinos, tal como contempla el Real Decreto 1024/1981, de 22 de mayo,
Orden de 21 de julio de 1982, relativos al Régimen Especial de Toreros, y normas de desarrollo y aplicación.


Las corridas de toros son espectáculos violentos donde, tras el supuesto 'arte' acrobático o coreográfico de picadores, banderilleros y toreros, se lleva a cabo la tortura de los animales con instrumentos de acero cortantes hasta su
sangrante muerte, con la única finalidad de servir de diversión a los espectadores. Sacrificar a un animal en un espectáculo público no parece asociarse a ningún avance cultural contemporáneo así como tampoco parece que en el desempeño de sus
labores, los trabajadores taurinos estén desempeñando un trabajo importante para la sociedad como sí lo pueden estar realizando los trabajadores ferroviarios, de la minería o del mar. El sacrificio de un animal es difícilmente asociable a un avance
cultural, a una expresión cultural o tan siquiera al concepto de 'arte' con la que determinada legislación del Estado español ampara esta cruel práctica.


Existen otros sectores de actividad profesional como el de los deportistas de élite en que pese a gozar de vidas profesionales especialmente cortas, no disponen de ningún régimen especial para poder gozar de una jubilación anticipada a costa
de las arcas de la Seguridad Social. Los salarios del grupo de profesionales taurinos vienen fijados por la Resolución de 23 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional
taurino. Un torero puede llegar a cobrar por corrida entre 36.000 y 450.000 euros, en función del tipo de plaza en la que toree y de la propia categoría del matador. Para banderilleros y picadores se mueven en una horquilla entre 1.360 y 680
euros, dependiendo también de la plaza y del porte del matador. Sólo el tercer banderillero, es decir,



Página 91





el que hinca la puntilla al toro, cobra algo menos (aunque nada desdeñable). En este caso, el salario ronda entre los 1.051 y los 607 euros por corrida.


Los profesionales taurinos pueden acogerse a la jubilación anticipada bajo los siguientes criterios:


- A los cincuenta y cinco años para los matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos, siempre que acrediten estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y
haber actuado en un determinado número de espectáculos taurinos:


Matadores de toros, rejoneadores y novilleros, 150 festejos en cualquiera de estas categorías.


Banderilleros, picadores y toreros cómicos, 200 festejos en cualquiera de estas categorías o en alguna de las categorías indicadas en el párrafo anterior.


- A los sesenta años para los puntilleros, siempre que acrediten estar en alta o en situación asimilada a la de alta en el momento del hecho causante y haber actuado en 250 festejos en cualquier categoría profesional.


- A los sesenta y cinco años o la edad ordinaria exigida en cada momento, para los mozos de estoques y de rejones y sus ayudantes. No obstante, podrán jubilarse a partir de los sesenta años con aplicación de un coeficiente reductor de un 8%
por cada año de anticipación, siempre que acrediten estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y haber actuado en 250 festejos en cualquier categoría profesional.


Los eventos tauromáquicos en los que se produce la muerte del toro de lidia así como otros animales como los caballos, que son usados por los rejoneadores, son eventos organizados en torno al sufrimiento, maltrato y tortura animal. Una
sociedad democrática y pacífica basada en valores de respeto, tolerancia y no violencia no puede permitir ni tolerar su existencia. Y aún menos contribuir con arcas públicas a la jubilación anticipada de este colectivo, equiparándolo con otros
colectivos profesionales en los que en el desempeño de su actividad profesional contribuye sobremanera al progreso social y económico.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Suprimir con carácter inmediato, la categoría de trabajadores taurinos del régimen especial de jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000046


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Teresa Jordà i Roura, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
supresión de las subvenciones públicas a la tauromaquia, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El negocio de las corridas de toros y otros eventos tauromáquicos es un negocio privado subvencionado por las administraciones públicas.


Las vías de subvención del negocio de la tauromaquia abarcan diversos ámbitos como son la subvención directa a empresarios taurinos, a criadores de toros de lidia, a dehesas o a peñas y asociaciones taurinas; la promoción de la 'fiesta';
la subvención de ferias y encuentros taurinos, así como museos; la construcción y remodelación de plazas de toros; los pagos de las cadenas públicas por las emisiones televisivas.



Página 92





La Fundación Altarriba, dedicada a defender los derechos de los animales, llegó a cuantificar estas subvenciones en más de 500 millones de euros anuales.


Estas subvenciones tienen su amparo en la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, que en su artículo 4 establece que la Administración del Estado podrá adoptar medidas destinadas a
fomentar y proteger las actividades tauromáquicas, 'en atención a la tradición y vigencia cultural de las fiestas de los toros'.


La otorgación de subvenciones a las corridas de toros ya ha sido puesta en cuestión por instituciones como el Parlamento Europeo, el cual, en la enmienda 1.437 al proyecto de presupuestos de la UE para 2016, pedía expresamente que 'los
créditos no se utilicen para apoyar la reproducción o la cría de toros, destinados a las actividades de tauromaquia'. Dicha propuesta fue aprobada por mayoría absoluta y a mano alzada por 438 votos a favor, 199 en contra y 55 abstenciones. Cabe
recordar además que la financiación con fondos comunitarios a actividades relacionadas con la tauromaquia supone una violación clara del Convenio Europeo sobre protección de animales en las ganaderías.


Además, la Directiva 98/58/CE del Consejo de la Unión Europea, de 20 de junio de 1988, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas indica en su artículo número 3 que 'los Estados miembros adoptarán las
disposiciones necesarias para que el propietario o criador tome todas las medidas adecuadas para asegurar el bienestar de los animales con vistas a garantizar que dichos animales no padezcan dolores, sufrimientos ni daños inútiles'. Las corridas de
toros suponen, por tanto, una vulneración clara de este artículo ya que las reses siguen siendo propiedad de la ganadería en el momento en que son lidiados y sacrificados en una plaza pública.


Por un lado, hay que cuestionar el carácter 'nacional' de la llamada fiesta, ya que según un sondeo de 2006, sólo 1 de cada 4 ciudadanos del Estado tienen algún interés en ella. Tanto es así que el negocio de la tauromaquia, que da
importantes beneficios a los grandes empresarios y ganaderos del sector, se sostiene gracias a las subvenciones públicas.


Además, por otro lado, hay que señalar que cada vez son menos las ciudadanas y ciudadanos del Estado que consideran que la tortura y muerte de una animal para el disfrute público sea una expresión cultural o una fiesta. Lamentablemente, la
legislación no ha sabido adaptarse a este cambio social.


Los eventos tauromáquicos en los que se produce la muerte del toro de lidia así como otros animales como los caballos, que son usados por los rejoneadores, son eventos organizados en torno al sufrimiento, maltrato y tortura animal. Una
sociedad democrática y pacífica basada en valores de respeto, tolerancia y no violencia no puede permitir ni tolerar aún su existencia.


Por todo ello, teniendo en cuenta que las corridas de toros han ido evolucionando a lo largo de la historia para que fueran menos cruentas y que hay países donde los espectáculos taurinos no incluyen la muerte del animal, a la espera de su
definitiva abolición, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Iniciar las iniciativas legislativas correspondientes para prohibir todas las ayudas o subvenciones públicas a las corridas de toros y a la cría de toros de lidia, procedentes de la Administración general del Estado y demás entes u
organismos dependientes de ella, o cualquier otro gasto derivado de la organización o el desarrollo de espectáculos taurinos.


2. Iniciar las iniciativas legislativas correspondientes para prohibir todas las ayudas o subvenciones públicas a los actos de difusión y publicidad de los espectáculos taurinos, así como cualquier actividad, sea cual sea su carácter u
objetivo principal, que suponga una difusión de la tauromaquia.


3. Excluir, de manera inmediata, a los criadores de toros de lidia de las ayudas de la Política Agraria Común así como de los demás programas de asistencia de la Unión Europea.


4. Cumplir, con carácter inmediato, el artículo 3 de la Directiva 98/58/CE del Consejo de la Unión Europea, de 20 de julio de 1998 relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas por el que 'Los Estados miembros
adoptarán las disposiciones necesarias para que el propietario o criador tome todas las medidas adecuadas para asegurar el bienestar de los animales con vistas a garantizar que dichos animales no padezcan dolores, sufrimientos ni daños inútiles'.


5. No subvencionar, directa o indirectamente, los negocios privados relacionados con la tauromaquia.



Página 93





6. Iniciar las iniciativas legislativas correspondientes para que cualquier gasto relacionado con la celebración de eventos tauromáquicos como la organización de dispositivos policiales así como el control sanitario y veterinario de las
reses, pasen a correr a cuenta de la organización del evento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-Teresa Jordà i Roura, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000047


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Xavier Eritja Ciuró, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la
derogación de la tauromaquia como patrimonio cultural, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Las corridas de toros son espectáculos violentos donde, tras el supuesto 'arte' acrobático o coreográfico de picadores, banderilleros y toreros, se lleva a cabo la tortura de los animales con instrumentos de acero cortantes hasta su
sangrante muerte, con la única finalidad de servir de diversión a los espectadores.


La tortura del animal y su 'preparación para el espectáculo' comienza veinticuatro horas antes de la corrida propiamente, cuando se encierra a oscuras al toro, de manera que al soltarlo a la plaza el toro trate de huir dando una imagen de
mayor ferocidad. Por otro lado, se siguen toda una serie de estrategias para debilitar al animal, como son colgarles sacos de arena en el huello durante horas, inducirles diarreas o golpearles. Finalmente, se le unta grasa en los ojos para
dificultar su visión y una sustancia en las patas que le producen ardor para que no se quede inmóvil.


Una vez en la plaza, en el llamado 'primer tercio de la lidia', el toro se enfrenta a los picadores que desde lo alto de un caballo, le clavan una lanza en el lomo con la finalidad de desangrarlo para debilitarlo aún más. En el llamado
'castigo', el toro puede perder entre 3 y 5 litros de sangre al lesionar varios vasos sanguíneos; lo que supone entre un 8 y un 13% de su volumen sanguíneo total. Además, la lanza destroza varios músculos, provocando la 'humillación': el toro
baja la cabeza porque no puede sostenerla. Esto, además de transmitir al espectador la imagen de sometimiento del animal, beneficia posteriormente la introducción de las banderillas y el estoque, y reduce el riesgo de cogida (el toro pierde fuerza
y siente dolor al cornear de abajo a arriba). Este tipo de lesiones anatómicas son posibles por las maniobras ilegales de los picadores como son: colocar la puya por detrás de la cruz, barrenar, es decir utilizar la vara como si fuera un
sacacorchos, meterla y sacarla varias veces en un solo puyazo, o impedir la huida del animal cuando siente dolor tapando su salida con el caballo. Todas estas maniobras están prohibidas por los reglamentos de espectáculos taurinos.


Asimismo, el caballo del picador también recibe heridas provocadas por el toro, siendo habitual que sufran múltiples quebraduras de las costillas o destripamientos (ocultadas por un peto que no los protege de ello) que tienen como
consecuencia que estos caballos no sobrevivan a varias corridas. Algunas veces las lesiones y cornadas sufridas en la corrida obligan a su sacrificio en la misma plaza.


Después del picador, en el 'segundo tercio de lidia', se clavan al toro entre 4 y 6 banderillas (arpones de acero cortante de 6 u 8 cm de longitud) que desgarran los tejidos y la piel y que, beneficiadas además por su forma y peso,
garantizan una constante hemorragia del animal.


El toro va perdiendo, pues, sangre durante prácticamente toda la corrida y va debilitándose hasta quedar exhausto. Es el momento de mayor 'lucimiento' del torero que culmina con el toro atravesado por una espada de entre 80 y 88 cm de
longitud y que, según su trayectoria, puede destrozarle el hígado, el esófago, los pulmones, llegando a seccionar venas, arterias, bronquios y lóbulos pulmonares. Una vez tiene el estoque dentro, el movimiento de tórax agudiza los daños internos,
motivo por el cual el torero mueve el capote de un lado a otro en el conocido 'mareo'. Cuando la espada destroza la gran arteria, el toro agoniza entre vómitos de sangre. Si el toro se resiste a caer, se le apuñala en la nuca con el descabello,



Página 94





otra larga espada que termina en una cuchilla de 10 cm con tope que secciona la médula espinal dejando al animal tetrapléjico, aunque plenamente consciente de lo que ocurre a su alrededor.


A la postre, cuando el toro cae al suelo, si no consigue morir, se le remata con una puntilla (cuchillo-puñal de 10 cm), que pretende seccionarle la médula espinal para que el toro quede paralizado, muriendo por la imposibilidad de realizar
movimientos respiratorios o ahogado en la sangre que brota por nariz y boca. La puntilla no produce la muerte instantánea del animal, existiendo estudios que demuestran que los bovinos pueden tener reflejos compatibles con la vida entre 1 y 4
minutos después de haber sido apuntillados. Esto haría posible que todavía permanezcan vivos cuando se les cortan las orejas y que incluso cuando llegan al desolladero no estén muertos.


Resulta complicado justificar el sufrimiento y el maltrato animal en base a un concepto de 'arte' en el que se sacrifica públicamente y muchas veces en directo por la televisión pública y en horario infantil a un animal. El sacrificio de un
animal es difícilmente asociable a un avance cultural, a una expresión cultural o tan siquiera al concepto de 'arte' con la que determinada legislación del Estado español ampara esta cruel práctica, tal como recoge el Real Decreto 1151/2011, de 29
de julio, por el que se modifican el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y el Real Decreto 1181/2008, de 11 de julio, por el que se modifica y desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. En dicho Real Decreto, el Gobierno de España decidió traspasar al Ministerio de Cultura las competencias en materia taurina.


Además, hay que señalar que cada vez son menos las ciudadanas y ciudadanos del Estado que consideran que la tortura y muerte de una animal para el disfrute público sea una expresión cultural o una fiesta. Lamentablemente, la legislación no
ha sabido adaptarse a este cambio social.


Los eventos tauromáquicos en los que se produce la muerte del toro de lidia así como otros animales como los caballos, que son usados por los rejoneadores, son eventos organizados en torno al sufrimiento, maltrato y tortura animal. Una
sociedad democrática y pacífica basada en valores de respeto, tolerancia y no violencia no puede permitir ni tolerar aún su existencia.


Por todo ello, teniendo en cuenta que las corridas de toros han ido evolucionando a lo largo de la historia para que fueran menos cruentas y que hay países donde los espectáculos taurinos no incluyen la muerte del animal, a la espera de su
definitiva abolición, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados rechaza la calificación de la tauromaquia como arte, cultura o fiesta e insta al Gobierno español a:


1. Excluir la tauromaquia y los asuntos taurinos del organigrama del Ministerio de Cultura. En tal sentido, derogar el Real Decreto 1151/2011, de 29 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y el Real Decreto 1181/2008, de 11 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.


2. Modificar el Reglamento de Espectáculos Taurinos, para la exclusión de los Ministerios de Educación y Cultura de la Comisión Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos.


3. Derogar la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural y, por extensión, la disposición final sexta de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguarda del Patrimonio Cultural
Inmaterial.


4. Instar a la Real Academia de la Lengua Española a revisar las definiciones relacionadas con la tauromaquia o las corridas de toros que describen a las mismas como arte o fiesta.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-Francesc Xavier Eritja Ciuró, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



Página 95





162/000050


A la Mesa del Congreso de los Diputados.


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de su Portavoz don Joan Tardà i Coma, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el
reconocimiento internacional de la República de Kosovo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Parlamento de Kosovo aprobó, el 17 de febrero de 2008, su declaración de independencia, constituyéndose oficialmente como la República de Kosovo y convirtiéndose de este modo en el quincuagésimo Estado del continente europeo. La
República de Kosovo cuenta con una población de 1.805.000 habitantes y una extensión de 10.887 kilómetros cuadrados. Este hecho le confiere una densidad de población de 159,81 habitantes por kilómetro cuadrado, superior a la de otros países vecinos
de la península de los Balcanes como Serbia, Croacia, Bosnia-Herzegovina o Montenegro.


La independencia de Kosovo se enmarca en la nueva oleada de independencias acontecidas en el continente europeo durante la última década del siglo XX y los primeros años del siglo XXI. Países que ni tan siquiera existían en 1990 ya son
Estados miembros de la Unión Europea y forman parte de la Eurozona o bien tienen planificado unirse próximamente a la moneda única.


Hasta su declaración de independencia Kosovo se rigió por un particular estatus en el que pese a ser una provincia de la República Federal de Yugoslavia (después Serbia y Montenegro y más tarde Serbia) se encontraba administrado por la
Organización de las Naciones Unidas (ONU) mediante la Resolución del Consejo de Seguridad 1224 de 10 de junio de 1999 (S/RES/1244). El 26 de enero de 2007 el enviado especial de la ONU, Martti Ahtisaari, dio a conocer la propuesta de dicho
organismo para Kosovo. La propuesta, más allá del reconocimiento de la soberanía de los ciudadanos kosovares, establecía un ámbito de tutela internacional para la nueva República.


Días y meses después de la declaración de independencia de la República de Kosovo se sucedió, por parte de la comunidad internacional, el reconocimiento internacional del nuevo Estado. A fecha de 15 de marzo de 2016, la República de Kosovo
cuenta con 108 reconocimientos diplomáticos formales como Estado independiente y de cuarto Estados con reconocimiento limitado. Entre estos 108 estados se encuentran 23 de los 28 miembros de la Unión Europea, 22 de los 27 de la OTAN y 7 de los 8
miembros del G8.


Sin embargo, en torno a la declaración de independencia de Kosovo se generó una importante disputa en relación a su encaje con la legalidad vigente. Así pues, la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 64/298 instó a
la Corte Internacional de Justicia a emitir una sentencia en relación a la legalidad y encaje en el ordenamiento jurídico internacional de la declaración de independencia de Kosovo. En palabras del entonces ministro de exteriores serbio, Según
Jeremic, era 'la vía más prudente para resolver el conflicto'. Así mismo, el titular de exteriores serbio dijo que Serbia respetaría el fallo del tribunal.


El 22 de julio de 2010, la Corte de Justicia Internacional, en su sentencia 2010/2, dictaminó el encaje de la declaración de independencia de la República de Kosovo en el ordenamiento jurídico y al derecho internacional así como su perfecta
concordancia con la resolución 1224 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.


Las relaciones bilaterales de la República de Kosovo con la Unión Europea se abrieron en octubre de 2012 con la decisión del Consejo de Europa por la que se autorizó a la Comisión Europea a iniciar las negociaciones sobre un acuerdo marco
con Kosovo relativo a la participación en los programas de la Unión Europea.


Es ya en abril de 2013 y con la mediación de la entonces Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, que la República de Serbia y la República de Kosovo firmaron el Acuerdo de Bruselas.
En dicho acuerdo, la República de Kosovo se emplazaba a garantizar y proteger a la minoría serbia residente en Kosovo así como que la provincia de Kosovo y Metohija, en la cual reside la mayoría de la población serbia de Kosovo, podría disponer de
un cuerpo de policía propio dentro del ordenamiento y la legalidad constitucional kosovar así como ciertas competencias a través de una asociación de municipios de dicha provincia. Por su parte, la República de Serbia se comprometió al



Página 96





desmantelamiento de las estructuras policiales y judiciales paralelas que existían en la región de Kosovo y Metohija.


Finalmente, el pasado 22 de octubre de 2015, los gobiernos de los veintiocho Estados miembros de la UE dieron luz verde al Acuerdo de Asociación y Estabilización entre la UE y Kosovo. Fue ratificado tanto por la Asamblea de Kosovo, en fecha
2 de noviembre de 2015, como por el Parlamento Europeo, el 21 de enero de 2016. Un acuerdo que ya firmaron en su momento otros países balcánicos con la perspectiva de ingresar en la Unión Europea así como para estrechar lazos políticos y económicos
con la Unión Europea. El cual es considerado como un preacuerdo para la adhesión al bloque comunitario. Sin embargo, el Estado español es uno de los cinco miembros de la Unión Europea, junto con Chipre, Grecia, Rumania y Eslovaquia, que aún no han
reconocido internacionalmente a la República de Kosovo y que más reacios fueron a la negociación y aceptación de dicho acuerdo.


La firma del Acuerdo de Asociación y Estabilización entre la Unión Europea y Kosovo contrasta con la negación del Estado español al reconocimiento internacional de la República de Kosovo y al establecimiento de relaciones diplomáticas. Una
posición que aún se vio más comprometida el pasado 4 de febrero de 2016 con la aprobación por 403 votos a favor por 103 en contra, de una resolución en la que el Parlamento Europeo instaba al Estado español, así como a los demás estados miembros
(Chipre, Grecia, Rumanía y Eslovaquia) al reconocimiento internacional de la República de Kosovo ya que 'contribuiría a reforzar la estabilidad de la región y aumentaría la credibilidad de la UE en su política exterior, a la vez que ha valorado el
progreso en la normalización de las relaciones entre este país y Serbia'.


Esquerra Republicana siempre ha mantenido un firme compromiso con Kosovo y su independencia, presentando ya durante la IX Legislatura sendas Proposiciones no de Ley instando al Gobierno al reconocimiento de la República de Kosovo que fueron
rechazadas por la mayoría parlamentaria del PSOE.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reconocer a la República de Kosovo como Estado independiente.


2. Iniciar, con la menor brevedad posible, las relaciones diplomáticas con la República de Kosovo.


3. Aprobar, en el marco del Consejo de la Unión Europea, la propuesta legislativa del Plan de Acción para la Liberación de Visados para que las personas de nacionalidad kosovar puedan viajar libremente al Estado español y la UE durante tres
meses.


4. Trabajar en el marco de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la adhesión de la República de Kosovo a dicho organismo internacional así como las otras organizaciones de la ONU.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000051


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a iniciativa del Diputado don Joan Tardà i Coma y la Diputada doña Ana María Surra Spadea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Estado español comenzó su colonización sobre el Sahara en 1884, proclamando un protectorado en la costa de Saguia el Hamra. Mediante los acuerdos de 1900, 1904 y 1912 España definirá las fronteras de las tierras colonizadas con Francia,
la potencia dominante en la zona al tener bajo control Marruecos, Argelia y Mauritania. A pesar de ello, la ocupación efectiva de todo el territorio saharaui no será hasta 1936.



Página 97





La entrada de España en las Naciones Unidas, en 1955, comportó la aceptación de los principios de descolonización establecidos. No obstante, el Estado español fue dilatando el proceso hasta que en 1965 es invitado a iniciar los trámites de
descolonización y las partes reconocen el derecho de autodeterminación.


El camino hacia la independencia se estableció entonces por fases, siendo la primera de ellas un proceso de Autonomía que debía culminar en el Referéndum para la autodeterminación en 1975. En este período, se produjo una movilización del
pueblo saharaui, que será cruelmente reprimida por las fuerzas de ocupación españolas. Fue en este contexto cuando se creó el Frente por la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro, conocido como Frente Polisario, en 1973.


En mayo de 1975, una Comisión de Encuesta de la ONU visitó los territorios saharauis, comprobando los deseos de independencia y el miedo a las ansias anexionistas de Marruecos y Mauritania. Dichos temores se verían confirmados en noviembre
de 1975, al producirse la invasión mauritana y la 'Marcha Verde' marroquí acompañada de crueles bombardeos aéreos contra la población civil cuando intentaba huir.


El 14 de noviembre de 1975, en los últimos días del dictador español Franco, se firmaron los Acuerdos Tripartitos de Madrid, según los cuales, el territorio del Sahara Occidental fue repartido entre Marruecos y Mauritania. Estos acuerdos
serían posteriormente modificados de facto cuando, en agosto de 1979, Mauritania firmó un Acuerdo de paz con el Frente Polisario y se retiró de los territorios ocupados, que serían anexionados entonces por Marruecos.


Como consecuencia de los Acuerdos de Madrid, España abandonó definitivamente el Sahara el 26 de febrero de 1976. El día siguiente, el 27 de febrero, el Frente Polisario, proclamó la constitución de la República Árabe Saharaui Democrática,
reconocida por la OUA y por diferentes Estados.


Después de la invasión mauritano-marroquí, 175.000 saharauis huyeron y se establecieron como refugiados en la zona desértica e inhóspita de Hamada, en la región argelina de Tindouf, que se ha convertido en un enorme campo de refugiados desde
hace más de treinta años. Las personas refugiadas todavía se mantienen allí, sobreviviendo gracias a la cooperación internacional y a la estructura político-social creada y gestionada por el Frente Polisario.


El pueblo saharaui lleva más de cuarenta años esperando la celebración del referéndum, en un proceso dilatado deliberadamente por Marruecos y ante la pasividad de una comunidad internacional que no quiere alterar los equilibrios estratégicos
regionales.


El Estado español tiene una responsabilidad histórica y una deuda moral con la población saharaui y la RASD todavía confía en el papel protagonista que debe desarrollar en el proceso hacia la independencia saharaui.


Cuatro décadas más tarde de la descolonización española y de la creación de la RASD es hora que el Estado español asuma sus responsabilidades. Y especialmente en un momento en que la represión marroquí se acentúa y la paciencia saharaui se
agota.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reconocer oficial e internacionalmente a la República Árabe Saharaui Democrática.


2. Establecer relaciones bilaterales horizontales, con todo su reconocimiento diplomático al Frente Polisario como legítimo representante, con la República Árabe Saharaui Democrática.


3. Fomentar la colaboración con la RASD en las necesidades básicas de la población saharaui, así como impulsar becas de estudio en el Estado español para la población saharaui.


4. Insistir, en las instancias internacionales oportunas, en la urgencia de resolver la situación anómala de los territorios saharauis y en la necesidad de realizar el referéndum de autodeterminación del pueblo saharaui.


5. Subordinar los acuerdos con el Estado marroquí a garantizar el cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas respecto al Sahara, especialmente la celebración del referéndum, y de los derechos humanos con la población saharaui.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de julio de 2016.-Ana María Surra Spadea, Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



Página 98





162/000052


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para garantizar el desarrollo y la financiación del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, fue aprobada con alto grado de acuerdo de las fuerzas políticas parlamentarias, con la participación de las
Comunidades Autónomas, las entidades locales, los agentes sociales y el movimiento asociativo.


Esta Ley reconoce el derecho subjetivo de las personas que no pueden valerse por sí mismas a ser atendidas por los poderes públicos, un derecho universal y con garantía pública, lo que supuso un importante avance hacia la consolidación del
estado social y democrático de derecho que proclama nuestra Constitución.


Para dar contenido a este derecho se establecía la cooperación de todas las administraciones implicadas y se creaba el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que contaba con un calendario de implantación que se desplegaría de
forma gradual. El Sistema se fue implantando según lo previsto hasta la llegada al Gobierno del Partido Popular, en noviembre de 2011. En aquel momento, un 80,7% de personas beneficiarías encuestadas consideraban positiva o muy positiva la
atención que recibían.


En diciembre de 2011, pocos días después de la constitución del Gobierno de Mariano Rajoy, éste decidió paralizar el calendario de aplicación de la Ley, impidiendo a las personas con dependencia moderada acceder a una prestación o servicio.


Posteriormente, en los primeros Presupuestos Generales del Estado que elaboró ese Gobierno, correspondientes al año 2012, eliminó la partida correspondiente al nivel acordado que ascendía a 283 millones de euros. Este nivel de financiación
previsto en la Ley volvió a ser suprimido en los Presupuestos de 2013, 2014, 2015 y 2016.


El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad, introdujo numerosas modificaciones en la regulación del Sistema que causaron enorme perjuicio a las
personas en situación de dependencia. Entre ellas destacan la supresión de los dos niveles en que se dividía cada grado; la reducción en un 13% de la aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo; la
reducción en un 15% de la prestación económica por cuidados en el entorno familiar; la revisión de la regulación del convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales, cuyas cotizaciones pasan a ser
exclusivamente a su cargo; la aplicación de un plazo suspensivo de hasta dos años para las nuevas prestaciones económicas por cuidados en el entorno familiar. Además, se volvió a revisar el calendario para retrasar, más aún, la entrada de
dependientes moderados; se introdujo un régimen de incompatibilidad de las prestaciones; y se excluyó del silencio positivo el reconocimiento de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar.


A ello hay que añadir que la Resolución de 13 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
aprobó criterios y contenidos sobre capacidad económica y participación del beneficiario en el coste de las prestaciones que suponían un importante incremento del copago. Además, se permitió a las Comunidades Autónomas establecer una mayor
participación del beneficiario en el coste de los servicios y de las prestaciones económicas, algo que hicieron muchas de ellas.


En definitiva, el Gobierno del PP ha reducido el contenido prestacional del derecho y realizado importantes recortes presupuestarios, con el dramático resultado de que los beneficiarios están recibiendo servicios y prestaciones claramente
insuficientes; al tiempo que se encuentran sin atender cientos de miles de personas en situación de dependencia.



Página 99





Además, se ha producido un gran retroceso en la financiación estatal del Sistema. Mientras ha caído la aportación de la Administración General del Estado, se ha incrementado sustancialmente la de las Comunidades Autónomas y el copago de los
usuarios.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias, en coordinación con las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, para:


1. Recuperar los principios inspiradores de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.


2. Modificar la Ley para eliminar las medidas incorporadas desde que el PP llegó al Gobierno, suprimiendo las restricciones en materia de incompatibilidades y cuidados familiares, garantizando el acceso con carácter universal y con equidad.


3. Eliminar el incremento del copago introducido en 2012.


4. Establecer la garantía de gestión pública de la valoración, seguimiento e inspección.


5. Reforzar la gestión pública del sistema, priorizando la titularidad pública de los recursos sociales, sin perjuicio de que el sector privado pueda desarrollar actividades complementarias. Desarrollar los aspectos de la Ley que lo
requieran, como el caso del asistente personal.


6. Promover mecanismos de financiación adicionales en la atención a la dependencia que se vinculen a la reducción de listas de espera, la incorporación al sistema de todas las personas en situación de dependencia moderada, la mejor calidad
del servicio prestado, y la creación de empleo de calidad.


7. Priorizar los servicios sobre las prestaciones económicas vinculadas a los mismos y potenciar la red de centros y servicios, que generan empleo estable y garantizan atenciones de calidad.


8. Realizar una evaluación de la aplicación de la Ley por la AEVAL a fin de detectar las carencias existentes en su aplicación, y poner en marcha las mejoras que se requieran a partir de las conclusiones y recomendaciones de dicha
evaluación.


9. Incorporar, con carácter inmediato, al Régimen General de la Seguridad Social a los cuidadores familiares de las personas en situación de dependencia.


10. Promover un Pacto con las Comunidades Autónomas para garantizar la financiación y el desarrollo de la Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las personas en situación de dependencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000053


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
de igualdad salarial entre mujeres y hombres, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La igualdad entre hombres y mujeres, tanto en el acceso al mercado laboral, como en las condiciones laborales y retributivas, continúa siendo un reto en nuestro país y en el resto de Europa.


La última Encuesta Anual de Estructura Salarial sobre 2014 muestra que el salario promedio anual femenino representó el 76,7% del masculino, es decir, fue casi un 24% inferior al de los hombres. Es decir, las mujeres trabajadoras en España
para percibir de media las mismas retribuciones que los hombres tendrían que trabajar 79 días más al año. Y esta desigualdad también las sitúa en peor posición en el sistema de protección social, donde esta brecha alcanza el 39%.


La mayor precarización del empleo femenino respecto del masculino no sólo se manifiesta por esta desigualdad retributiva. También lo constata una menor tasa de actividad, una menor tasa de ocupación y una tasa de paro más elevada.



Página 100





España se encuentra entre los países con menor contribución femenina al empleo: sólo el 54,03% de la población femenina entre veinte y sesenta y cuatro años trabajaba en el primer trimestre de 2016, 9 puntos menos que la media europea y muy
alejado del 74% que establece el objetivo Europa 2020. Para alcanzar ese objetivo, en España se tendrían que crear en torno a 3 millones de empleos ocupados por mujeres hasta 2020.


Alcanzar esa mayor participación de la mujer en el mercado de trabajo es acuciante para conseguir un mayor ritmo de crecimiento económico, dada la infrautilización de la fuerza de trabajo de las mujeres a pesar de su mayor y mejor formación.
Así se pronuncian numerosos organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional que, en un informe de 2014, sostiene que 'las pérdidas del PIB per cápita atribuibles a la disparidad de género en el mercado laboral llegan hasta el 27% en
determinadas regiones', y mantiene que la equiparación de las mujeres en la fuerza laboral es el instrumento que permitiría elevar de forma permanente el PIB de los Estados.


Es urgente remover los obstáculos que sitúan a la mujer en una peor situación en el mercado de trabajo. En este sentido cabe señalar que la asunción en exclusiva de responsabilidades familiares es determinante de la mayor precarización del
empleo femenino frente al masculino y su gran diferencia salarial. La mayor demanda de participación en el mercado laboral de la mujer no puede realizarse a costa de su extenuación. La conciliación parecer seguir siendo un asunto de mujeres y
actúa situando a la mujer en peores condiciones laborales debido a su hipotética menor disposición en el mercado de trabajo.


Corregir la brecha salarial es una cuestión de justicia y equidad, y exige situar a la mujer en igualdad de condiciones que los hombres en el empleo, tanto en el acceso, como en su permanencia, promoción interna y formación. Y avanzar en su
mayor participación en los órganos de decisión, la ruptura del denominado 'techo de cristal', conscientes de la mejora que esto supondría también en la gobernanza de las empresas al incidir en la selección de los más cualificados, hombres y mujeres.
Y, por supuesto, exige articular medidas de corresponsabilidad familiar y para el cuidado de los otros.


En la remoción de los obstáculos que impiden esta igualdad los poderes públicos tienen un papel determinante. Por mandato constitucional, que les compele a garantizar de forma real y efectiva esta igualdad. Más específicamente, en
desarrollo de dicho mandato en el ámbito laboral, porque así lo demanda el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores. Y también porque así lo establecen los Tratados de la Unión Europea. El Estado debe asumir su responsabilidad en la atención y
el cuidado de los otros, favoreciendo otra política de familia y articulando una red pública de servicios educativos y sociales que atiendan a la infancia, los menores y dependientes.


Sin embargo, la política de derechas desarrollada por el Gobierno del Partido Popular ha desmantelado los servicios sociales y la Ley de Dependencia, a la par que ha recortado drásticamente la inversión en sanidad y en educación. A ello se
añade la desregulación del tiempo de trabajo producida por la reforma laboral, que implica extralimitación horaria, contratos a tiempo parcial que encubren jornadas completas y reducciones horarias para el cuidado de menores que, al ser concretadas
por los empleadores, atentan contra la corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar y laboral. Todos estos elementos dificultan la participación de la mujer en el ámbito laboral, volviendo a situarlas en peor poder de negociación frente al
empresario al ser ellas las que continúan asumiendo la casi totalidad de la responsabilidades familiares. Son políticas que tratan de devolver a la mujer a 'casa'.


Desde el primer trimestre de 2014, la EPA nos viene mostrando la caída paulatina de la población activa femenina. Según la EPA del primer trimestre de 2016 la tasa de actividad femenina se sitúa en el 53,64%, frente al 54% que llegó a
alcanzar en el tercer trimestre de 2013, hecho que confirma la expulsión de las mujeres del mercado laboral: en los últimos dos años la población activa femenina se ha reducido en casi 60.000 personas. Por su parte, el número de mujeres
desempleadas apenas ha visto reducir su número: 16.000 mujeres menos en paro que en el cuarto trimestre de 2011, un 22,9% frente al 22,7% que arroja la EPA del primer trimestre de 2016, habiendo alcanzado en 2013 máximos históricos próximos al 27%.


Las medidas laborales incorporadas en la Ley Orgánica 3/2007, de Igualdad, que remite, en muchos casos, a la negociación colectiva, han mostrado unos efectos limitados como consecuencia del debilitamiento de los sindicatos y la reducción de
la cobertura de la negociación colectiva, consecuencia directa de la reforma laboral del Partido Popular.


La recomendación de la Comisión Europea sobre Transparencia Empresarial en materia de igualdad salarial no se está impulsando con carácter general. Tampoco se está aplicando en el sector público.



Página 101





Lograr la igualdad de género, además de un objetivo democrático para el cumplimento de los derechos fundamentales básicos, entre ellos a la no discriminación, es el gran reto que tiene planteado nuestro país para desarrollar la potencialidad
económica y social que necesitamos.


Alcanzar este objetivo es urgente. Según el último informe sobre brecha global de género -Global Gender Gap-, en 2015 España ocupa el puesto veinticinco frente al duodécimo que ocupaba en 2011. En estos cuatro años España ha descendido
trece puestos en este ranking.


Las políticas del PP han sido políticas miopes que no sólo desatienden los compromisos de los países del G20 compelidos a reducir la brecha entre la participación de hombres y mujeres en un 25% para 2025, para sumar a más de 100 millones de
mujeres a la fuerza laboral, aumentar significativamente el crecimiento global y disminuir la pobreza y la desigualdad, sino que desconocen la mejora de la actividad productiva y los sustanciales incrementos del PIB que esa incorporación produciría.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar de forma inmediata las medidas que permitan reducir la desigualdad salarial entre mujeres y hombres con el fin de eliminarla. Para ello el Gobierno:


1. Presentará urgentemente un Proyecto de Ley de Igualdad Salarial entre mujeres y hombres que garantice de forma real y efectiva la igualdad de retribución por el desempeño de un trabajo de igual valor y, por tanto, que garantice la
igualdad de género en el empleo, en su acceso y permanencia, en la formación y en promoción interna en las empresas, removiendo los obstáculos que la impiden o dificultan.


2. Dicho Proyecto de Ley establecerá objetivos específicos, entre ellos alcanzar una tasa de empleo de las mujeres del 74%, en línea con lo acordado en el seno de la Unión Europea en la Estrategia 2020.


3. Los contenidos de este Proyecto de Ley incorporarán:


a) Una nueva articulación de los derechos y permisos relativos a la maternidad y paternidad que asegure la corresponsabilidad, así como una red pública de servicios educativos y sociales para los cuidados de la infancia y de personas
dependientes. La recuperación de los derechos de conciliación familiar y laboral; la mejora de las prestaciones por hijo e hija a cargo en atención a los niveles de rentas.


b) Medidas para avanzar en corresponsabilidad y favorecer la conciliación familiar y laboral, que apuesten por la racionalización de horarios y recuperen la seguridad en la jornada laboral y la contratación laboral.


c) Medidas positivas para garantizar el acceso y estabilidad en el empleo y la promoción en el seno de las empresas, especialmente en las profesiones y niveles donde las mujeres están subrepresentadas, estableciendo objetivos concretos y
penalizaciones a los incumplimientos.


d) Medidas que mejoren las condiciones laborales para los trabajadores pobres, mayoritariamente mujeres. Entre otras, el incremento del Salario Mínimo Interprofesional, la ratificación del Convenio 189 OIT y la regulación de prestaciones no
contributivas por maternidad y paternidad.


e) Medidas que reconozcan el mérito y capacidad de las mujeres en el desarrollo de su carrera profesional y evitar la discriminación actual que lo impide por razón de sus sexo.


f) Establecer cuotas para el acceso de las mujeres a los puestos directivos, comités de dirección y consejos de administración de las empresas, también para los puestos de responsabilidad y órganos directivos de cooperativas y organizaciones
agrarias y pesqueras con el objetivo de llegar a una representación paritaria de mujeres y hombres en los órganos de dirección económicos.


g) Medidas para hacer efectiva la transparencia en las empresas.


h) Medidas de transparencia estadística. A tal efecto, se desagregarán por sexos, edad, nivel educativo y ocupación todas las encuestas y registros que analizan el mercado de trabajo, incluidas aquéllas que analizan específicamente las
retribuciones de las personas trabajadoras.


i) Un Acuerdo interinstitucional para hacer posible el pacto local por la igualdad de género de tal forma que todas las mujeres, independientemente de que vivan en zonas urbanas o en el ámbito rural, pueden acceder al conjunto de servicios y
equipamientos que hagan eficaces el conjunto de medidas que



Página 102





integren el contenido básico de este Proyecto de Ley de igualdad salarial mandatado en esta Proposición no de Ley.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000054


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre restablecimiento del subsidio por desempleo para las personas mayores de cincuenta y dos años, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En la X Legislatura, el Gobierno del Partido Popular, lejos de afianzar el papel de estabilizador social del sistema de protección por desempleo, emprendió una política fuertemente agresiva contra las personas que estaban perdiendo su empleo
como consecuencia de la crisis. Su objetivo, lejos de introducir las medidas que frenaran la sangría del desempleo, fue reducir el gasto, mediante una merma continua del número de beneficiarios.


Y su celo se dirigió fundamentalmente a las personas mayores de cincuenta años, las cuales vieron que, a la par que se eliminaban las contenciones que dificultaban que fueran arrojadas del mercado de trabajo ante la constatación de su mayor
dificultad para la inserción laboral, se les endurecían los requisitos de acceso a los subsidios por desempleo o la calidad de la prestación.


De este modo, el Partido Popular facilitó el despido a los mayores de cincuenta años en las empresas con beneficios, sobre todo en las empresas multinacionales, y eliminó los incentivos para el mantenimiento del empleo de mayores de sesenta
años y para la contratación de mayores de cincuenta y dos años.


Y también suprimió el subsidio para mayores de cincuenta y dos años, incrementando la edad de acceso hasta los cincuenta y cinco años, al mismo tiempo que dificultó el acceso a este subsidio al imputar a los posibles beneficiarios las rentas
familiares, único subsidio en que se tienen en cuenta las rentas de la unidad familiar. Así, las personas sin protección entre cincuenta y dos y cincuenta y cinco años aumentaron un 93% y la caída en la protección pasó del 64,7% al 48,1% entre el
tercer trimestre de 2011 y el mismo período de 2015.


Pero además el Gobierno del Partido Popular redujo la cotización durante el desempleo para estas personas paradas mayores de cincuenta y dos años en un 20%, al eliminar la cotización del 125% de la base mínima, cuantía que pactaron el
gobierno socialista y los agentes sociales en 2007. Esta medida, de incidencia directa en la cuantía de la pensión, también se vio agravada ante la exigencia de que se jubilasen anticipadamente, aun cuando pudieran seguir cotizando y completar su
carrera de cotización. A mayor abundamiento, el Partido Popular endureció la jubilación a los sesenta y un años de edad y el relleno de lagunas de cotización, también pactada con los agentes sociales en 2011.


Con las medidas señaladas, diseñadas contra los mayores de cincuenta años, la generación del 'baby boom', el Gobierno del Partido Popular pretendió ajustar 'el gasto público asociado al envejecimiento de la población', terminología empleada
en la Actualización del Programa de Estabilidad 2014-2017, presentado por el Gobierno a la Comisión Europea. Este documento es muy significativo pues expresamente señala que gracias a las reformas de 2013, en 2060 el ahorro en el gasto en pensiones
español habrá supuesto 4,1 puntos porcentuales del PIB, teniendo un gasto en 2030 igual al de 2010 (10 puntos porcentuales PIB) e inferior al del 2020 (10,2 puntos), situándose en 2060 en el 9,6, y ello a pesar de la llegada del 'baby boom' en los
albores del 2030.


El Gobierno del Partido Popular ha legislado pues contra las personas mayores en desempleo por la crisis, ha llevado a cabo una política deliberada cuyo objetivo era la bajada de la protección por desempleo de estas personas y, en
consecuencia, también de sus futuras pensiones. Con estos graves recortes, el Gobierno del Partido Popular ha dado otro paso en el debilitamiento de uno de los pilares básicos del Estado de Bienestar: el sistema de pensiones, y precisamente para
las personas que más lo necesitan.



Página 103





Es urgente pues adoptar las medidas que permitan recuperar la protección al desempleo de las personas mayores de cincuenta y dos años y con ello asegurar también pensiones suficientes y dignas para estas personas que se han visto arrojadas
del mercado laboral durante la crisis y que mayores dificultades de acceso presentan para su vuelta al trabajo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que de forma urgente adopte las medidas que permitan reestablecer el subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos años en las condiciones previamente existentes a las reformas de
2012 y 2013, especialmente en lo referente al umbral de renta, que se situará exclusivamente en el correspondiente a la persona beneficiaria y no en la unidad familiar, a la cotización a la Seguridad Social, que será el 125% de la base mínima, y a
su duración, que se extenderá hasta que el beneficiario encuentre un nuevo puesto de trabajo o hasta el cumplimiento de la edad de acceso ordinaria a la jubilación, salvo que optara por acceder a una edad inferior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000055


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre el inicio del procedimiento para la reforma del sistema de financiación autonómica, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En 2013, el Gobierno de España debería haber iniciado el procedimiento para la revisión del sistema de financiación autonómica, pero hasta 2015 no se ha hecho un primer balance de la eficiencia del actual sistema para garantizar una adecuada
financiación de las competencias de las Comunidades Autónomas. Y dicho balance se limitó simplemente a presentar una cuestionable síntesis de los datos aportados por las Comunidades Autónomas. La conclusión es que, si bien el sistema actual supuso
una mejora en la suficiencia financiera de las comunidades autónomas, siguen existiendo situaciones de infrafinanciación.


Ante el debate y la reivindicación social e institucional que surgió meses antes de las elecciones autonómicas, el Gobierno anunció que en julio se pondrían en marcha los procedimientos para iniciar la reforma de la LOFCA. Pasadas las
elecciones autonómicas, y pese a que se ha alargado la X Legislatura, el Gobierno no ha tomado ninguna decisión técnica o política previa a la definición, debate, y aprobación del nuevo sistema.


La demora injustificada en el inicio y aprobación de la reforma está agravando la viabilidad económica de las comunidades autónomas. Además, limita la capacidad de sus gobiernos para desarrollar políticas que ayuden a acelerar la salida de
la crisis sin pérdida de calidad de vida, pues tienen competencias para ejecutar políticas en materias imprescindibles para ello que no pueden ejercer plenamente, como pueden ser las políticas activas de empleo, industria, turismo, agricultura, etc.


No cabe más demora. Si bien el texto concreto del proyecto de ley de reforma de la LOFCA lo ha de aprobar el nuevo Gobierno, no es menos cierto que la Administración General del Estado cuenta con altos cargos y técnicos que no están 'en
funciones' y sí pueden adelantar todos los trabajos de recopilación de información, informes y datos de la propia AGE y las Comunidades Autónomas, que son preceptivos realizar antes de la reforma o que se requerirán en el trámite de elaboración,
debate, y aprobación de dicha reforma en el Gobierno, el Consejo de Política Fiscal y Financiera, y las Cortes Generales.



Página 104





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dar las indicaciones oportunas para que, de forma inmediata, se inicien o aceleren los trámites técnicos y la elaboración de informes oportunos de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas que sean necesarios para
reformar el sistema de financiación autonómica, para su posterior tramitación en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, su aprobación como proyecto de ley, y su debate y tramitación en las Cortes Generales.


2. El nuevo sistema de financiación debe garantizar la igualdad y la suficiencia financiera para todas las Comunidades Autónomas. Se debe elaborar y negociar un nuevo sistema que corrija los déficits de financiación y garantice los
principios de autonomía, coordinación y solidaridad recogidos en la Constitución Española, así como la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de manera que todos los ciudadanos y ciudadanas, con
independencia de donde vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios.


3. Analizar los déficits de financiación que han soportado de forma recurrente las Comunidades Autónomas, y su impacto sobre la deuda autonómica, a fin de poner en marcha el mecanismo de compensación previsto en la LOFCA.


4. Mientras tanto, se debe garantizar que los sistemas habilitados para posibilitar la financiación de las Comunidades Autónomas se ejecutan con parámetros objetivos, con la adecuada diligencia, y permitiendo que las Comunidades Autónomas
puedan ejecutar puntualmente los pagos para el cumplimiento de sus competencias, especialmente las referentes a la sanidad, la educación, la atención a la dependencia, las restantes políticas sociales, y las políticas activas de empleo, sin cercenar
su autonomía política y financiera.


5. Establecer sistemas objetivos y transparentes para asignar los objetivos de déficit a las distintas Administraciones Públicas, que eviten la discrecionalidad y la arbitrariedad en la distribución de dicho déficit.


6. El Gobierno rendirá cuentas ante el Congreso de los Diputados en el plazo de seis meses.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000056


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre el desarrollo del autoconsumo con balance neto, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Necesitamos un amplio consenso sobre la hoja de ruta de la transformación de nuestro modelo energético. El sector energético está abocado a una profunda transformación, impulsada por el desarrollo tecnológico y la lucha contra el cambio
climático. Queremos definir una política energética de largo alcance, que asegure a la ciudadanía el acceso a la energía a precios asequibles y convierta el sector energético en factor de competitividad y en motor de innovación, desarrollo y
generación de empleo, reduciendo nuestra dependencia de los combustibles fósiles, impulsando el autoabastecimiento, fortaleciendo la seguridad de suministro, y luchando eficazmente contra el cambio climático.


Por ello, necesitamos un Pacto de Estado de la Energía a partir del diálogo de todas las fuerzas políticas y los representantes de la sociedad civil, para dotar a la política energética de una estabilidad mayor de la que ha tenido en los
últimos años y facilitar la transición energética hacia un modelo seguro



Página 105





y sostenible, eficiente, bajo en carbono, construido sobre la base de un marco predecible y garante de precios estables.


La Directiva 2009/28/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE,
establece la obligación de racionalizar y acelerar los procedimientos administrativos de autorización y conexión de redes de distribución y transporte de energía eléctrica, instando a establecer procedimientos de autorización simplificados.
Igualmente regula las líneas generales que deben regir el acceso a las redes y funcionamiento de las mismas en relación con las energías renovables teniendo en cuenta el futuro desarrollo.


Con la aprobación del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, 'por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución y a la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones de producción
de energía eléctrica a partir de cogeneración, fuentes de energía renovables y residuos', se produjo la paralización, por tiempo indefinido, del sistema de fomento de las energías renovables existentes hasta la fecha en España, basado en la
asignación de tarifas de inyección a red, y a su vez, en el control, mediante cupos, del volumen de nueva potencia a instalar.


En consecuencia, se produjo una paralización de los diversos sectores afectados por el Real Decreto-ley, por lo que es necesario profundizar en el avance de nuevas fórmulas laterales que a la vez de impedir el frenazo tecnológico que la
norma conlleva en nuestro país, puedan abrirse nuevos horizontes y fórmulas de distribución al amparo de la normativa en vigor y para lo cual exponemos a continuación la argumentación pertinente. Algunas tecnologías pueden encontrar en el
autoconsumo con balance neto una alternativa a las tarifas de inyección de red.


A menos de tres meses de las elecciones de diciembre de 2015, el Gobierno del PP aprobó el Real Decreto que regula el autoconsumo eléctrico, es decir, la capacidad de los ciudadanos y las empresas de producir y consumir su propia
electricidad, manteniendo una conexión a la red para complementar el suministro cuando lo necesiten y verter, en su caso, el excedente a la red. El Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas,
técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, ha supuesto un duro golpe al desarrollo y utilización de las energías renovables y una restricción al impulso del
autoabastecimiento energético si la comparamos con la regulación de los países de nuestro entorno. Los autoconsumidores tendrán que hacer frente a numerosos trámites administrativos y a los peajes por respaldo e interrumpibilidad e incluso las
instalaciones con baterías también deben pagar el peaje de respaldo.


En resumen, el citado Real Decreto responde a una idea profundamente conservadora de la innovación tecnológica y el progreso individual porque supone frenar una tendencia al desarrollo del autoconsumo, lo cual tiene muy poca racionalidad, en
un país con abundante sol y con potencial en la microcogeneración y las baterías.


El sector terciarlo y el doméstico configuran grandes consumidores energéticos en forma de electricidad y calor y está constituido por numerosos consumidores de pequeñas potencias que suelen estar mayoritariamente conectados en baja tensión
hasta 400 V, aunque algunos grandes edificios se conectan en alta tensión entre 1 kV y 36 kV. El pequeño tamaño de algunas instalaciones de energías renovables y de cogeneración de pequeña escala y el conocimiento disponible del sistema de
distribución en ciudades permite determinar un conjunto de situaciones en las que la conexión a la red es siempre factible sin que requiera costosos estudios y tiempo de dedicación por parte de las empresas distribuidoras. Esta estructura
específica del sector terciario y doméstico debe ser tenida en cuenta a la hora de adoptar medidas concretas que fomenten una mayor penetración de las tecnologías de energías renovables y de la tecnología de cogeneración. Por ello, la
racionalización y aceleración de los procedimientos administrativos para la obtención de los permisos que permitan una mayor capacidad de generación se considera una prioridad para la consecución de los objetivos señalados.


Es suficientemente conocido que el sistema de generación de energía eléctrica tradicional se ha caracterizado por un esquema de generación centralizado, unidireccional y con pocas medidas de control sobre la actuación de la demanda. Por
ello, a lo largo de los últimos años, se ha ido evolucionando hacia un nuevo modelo en el que la generación de electricidad distribuida, generalmente de pequeña potencia, se vaya integrando de manera eficaz en la red como un elemento de eficiencia,
de producción y de gestión y no tan sólo como una simple conexión para la entrega de la energía eléctrica producida. Este modelo de generación distribuida presenta beneficios para el sistema con la reducción de pérdidas en la red, la



Página 106





reducción de necesidades de inversiones en nuevas redes y en definitiva una minimización del impacto de las instalaciones eléctricas en su entorno.


Asimismo, la evolución tecnológica y comercial de las energías renovables en la actualidad y la prevista para el futuro, está permitiendo la reducción de sus costes de inversión. Por otro lado, en un contexto de mercado eléctrico
liberalizado, en el que los precios finales de la electricidad, reflejan las fluctuaciones de los mercados diarios, las energías eléctricas renovables representan una opción de interés para los usuarios tanto mayor cuanto más se asemejen sus
perfiles de consumo y de generación.


Este escenario facilita la llegada de la paridad de red para las energías eléctricas renovables, entendiendo esta paridad de red como el punto de indiferencia entre la compra de energía eléctrica al sistema y la producción individual de la
misma para el propio consumo.


Cuando se alcanza este punto de paridad de red para el consumidor, el coste de producción individual de energía para el propio consumo es igual al precio de referencia de electricidad consumida de la red, de manera que el coste de
oportunidad del consumidor es nulo.


Se trata pues de avanzar hacia un sistema de generación distribuida mediante un mecanismo de compensación diferida de saldos de energía en instalaciones de pequeña potencia para el consumo en la misma ubicación. Por tanto, definida la
modalidad de suministro de balance neto como aquel sistema de compensación de saldos de energía de manera instantánea o diferida, que permite a los consumidores la producción individual de energía para su propio consumo para compatibilizar su curva
de demanda; este sistema se aprecia como especialmente interesante para las instalaciones de generación eléctrica con fuentes renovables no gestionables, como eólica o solar, ya que les permite adecuar su producción al consumo sin necesidad de
acumulación. El sistema de balance neto se podrá aplicar a cualquier tecnología renovable de generación eléctrica.


En definitiva, la transición energética consiste en avanzar hacia un sistema eléctrico más limpio, eficiente, innovador y autosuficiente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Eliminar las trabas administrativas, técnicas y económicas al desarrollo del autoconsumo de energía eléctrica, incluido el denominado 'impuesto al sol', contenidas en el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que regula las modalidades
de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, para promover así un marco regulatorio estable y propicio a la generación a pequeña escala, que suponga un gran impulso en la descentralización de la generación
eléctrica, lo cual constituirá una gran fuente de empleo e impulso tecnológico y facilitará la producción energética sostenible y limpia.


2. Impulsar el desarrollo del autoconsumo eléctrico en la modalidad de balance neto, entendiendo que éste se ha de configurar como un sistema de compensación de créditos de energía en un periodo de tiempo tasado, que se ha de aplicar al
consumidor que disponga de una instalación de generación conectada a su red eléctrica interior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000057


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre aprobación de un Plan de retorno del talento científico y profesional, para su debate en Pleno.



Página 107





Exposición de motivos


La salida de España de cientos de miles de personas jóvenes en busca de una oportunidad laboral que no encontraban en nuestro país se ha constituido en una de las expresiones más amargas de la crisis económica. Esta salida, además del
sacrificio personal y familiar que ha supuesto y supone, representa una descapitalización de talento que, de no revertirse, perjudicará gravemente a nuestro futuro desarrollo social y económico.


Una parte importante de la pérdida de capital humano desplazado a otros países ha afectado al sistema de ciencia, tecnología e innovación de nuestro país. Una situación motivada y acrecentada, sin ningún género de duda, por los recortes
presupuestarios realizados por el Gobierno durante la pasada legislatura y por la mala gestión y el abandono de las políticas de ciencia e innovación por parte del mismo.


En la Décima legislatura se han producido los mayores recortes en materia de I+D+i de los últimos cuarenta años. Se han recortado las partidas correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado en un 25% desde 2011, lo que ha
supuesto un retroceso de quince años en cuanto al peso que representa la I+D+i sobre el total de los Presupuestos Generales del Estado. Y lo que es todavía más grave, se renunció al objetivo europeo de destinar el 3% del PIB en 2020 a I+D+i,
sustituyéndolo por un 2% cuyo logro se fía exclusivamente a la aportación del sector privado.


España, bajo el gobierno del Partido Popular, ha llegado a un grado de abandono del sistema de ciencia que va mucho más allá de las grandes cifras presupuestarias. Se han producido retrasos inaceptables en los pagos de las convocatorias del
Plan Nacional y en la convocatoria del nuevo Plan Estatal; la burocratización a la que están sometiendo al sistema de ciencia está suponiendo el retraso o la paralización del auténtico trabajo de científicos e investigadores; la Agencia Estatal de
Investigación establecida por la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (aprobada en 2011 con consenso de la mayoría de los grupos parlamentarios) se creó, deprisa y corriendo, en el tiempo de descuento de la pasada legislatura, y se hizo
sin consenso y sin respetar la naturaleza y los objetivos atribuidos por la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; e incluso se ha castigado desde el gobierno central a universidades y centros de investigación por el incumplimiento de
los objetivos de déficit de sus respectivas comunidades autónomas.


Además, se ha limitado drásticamente la tasa de reposición de personal en el ámbito de la I+D+i, lo que ha supuesto una importante reducción del número de científicos y la ausencia prácticamente total de oportunidades para muchísimos jóvenes
investigadores a la hora de iniciar o proseguir una carrera científica.


Estos ejemplos son solo una parte de las actuaciones y decisiones erráticas y sin sentido del ejecutivo durante la pasada legislatura. Decisiones que han agravado los efectos económicos de la crisis en nuestro sistema de ciencia, tecnología
e innovación.


Esto evidencia la necesidad urgente de un cambio de políticas, para adecuarlas a la realidad del sistema de ciencia de nuestro país y a las necesidades de nuestros científicos.


La ciencia y la tecnología debe ser una prioridad para España, apostando por la estabilidad en la financiación y por poner en marcha las reformas que permitieran hacer más estable y eficiente la actividad científica e investigadora.


Como pieza clave de ese cambio, el PSOE considera fundamental impulsar un Plan para la recuperación, incorporación y consolidación del talento científico, cuyo propósito sea ofrecer oportunidades para retomar su carrera investigadora en
España a los jóvenes investigadores que han tenido que abandonar la actividad científica o se han visto obligados a emigrar para poder continuarla.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar en el plazo de dos meses un 'Plan de Retorno del Talento Científico y Profesional', dirigido a la contratación de personas jóvenes investigadoras que no sean residentes en España, así
como a facilitar el retorno de personal directivo y técnico joven. Este Plan incluirá dos programas específicos:


a) Un 'Programa de Talento Investigador' dirigido al retorno de jóvenes investigadores que trabajen fuera de España, favoreciendo su incorporación a la investigación pública y privada y mejorando sus condiciones laborales.



Página 108





Este programa, cuyo diseño y puesta en marcha se hará contando con la participación y en coordinación de las universidades, centros de investigación, representantes de la comunidad científica y agentes sociales, así como con las
instituciones públicas y privadas que promuevan, fomenten y desarrollen la investigación científica en cualquier ámbito de actuación, incluirá acciones de formación y oportunidades de desarrollo profesional para que continúen avanzando en su carrera
profesional y en el desarrollo del sistema científico universitario español.


Este programa también incluirá acciones específicas de incorporación y consolidación del talento investigador dirigidas a evitar la emigración de personas investigadoras que estuvieran desarrollando su actividad investigadora en nuestro
país, incluidos estudiantes de doctorado y personal docente e investigador, así como, en el supuesto de que hubieran emigrado, a facilitar su retorno y el de aquellos científicos que habiendo salido fuera de España tuvieran experiencia investigadora
reconocida, ofreciéndoles empleos de calidad.


El programa deberá constituir una auténtica acción de 'choque' que permita recuperar, incorporar y consolidar a 10.000 jóvenes investigadores e investigadoras en cuatro años, se financiará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y
contará con una inversión que deberá fijarse en un mínimo de 1.500 millones de euros durante los próximos cuatro años.


La gestión del programa se encomendará a la Agencia Estatal de Investigación.


b) Un 'Programa de Talento Profesional' dirigido a personal directivo y técnico joven para que, tras una experiencia laboral internacional, pueda volver a nuestro país garantizándoles condiciones de calidad en el empleo. A tal efecto, se
realizarán convenios de colaboración con las empresas.


Este programa también incluirá un sistema de incentivos y ayudas para aquellas empresas que contraten a jóvenes españoles de cualificación media o superior que aun trabajando en el extranjero quieran retornar a España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000058


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley para
solicitar del Gobierno la puesta en práctica de un Plan contra la Explotación Laboral, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Estatuto de los Trabajadores, después de establecer en su artículo 34, apartado 1, que la duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo y que no podrá exceder el máximo de cuarenta
horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, limita en su artículo 35, apartado 2, el número de horas extraordinarias, que no podrá ser superior a ochenta al año.


A pesar de estas previsiones legales, a partir de 2012 las estadísticas nos muestran una prolongación del tiempo de trabajo, con un claro incremento de las horas extraordinarias, fundamentalmente en los contratos a tiempo parcial, que además
se corresponden con horas extras no pagadas, hecho que choca no sólo con la atonía de nuestra actividad productiva sino con la naturaleza de un contrato definido por su menor jornada.


Según la Encuesta de Población Activa, en el primer trimestre de 2016, los trabajadores de nuestro país han realizado cerca de 6 millones de horas extraordinarias a la semana, es más, según la misma encuesta se trabajan 3,4 millones de horas
más a la semana en jornadas de menos de veintiuna horas que en 2011. Horas que además en un porcentaje superior al 50% ni siquiera se remuneran por parte del empleador. Esta cifra, aun descontando el número de horas extraordinarias compensadas con
descanso, resulta sorprendente e invita a la reflexión. Sobre todo teniendo en cuenta que en los países de nuestro entorno la jornada ha descendido durante la crisis. Así, y según datos de la OCDE, si en 2014 la jornada



Página 109





en España fue de 1.689 horas por persona trabajadora al año, en Francia fue de 1.489 y de 1.371 horas en Alemania.


Sin lugar a duda la explicación de este incremento encuentra respuesta en la desregulación del mercado laboral que se realiza a partir del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de reforma del mercado de trabajo -Ley 3/2012, de 6 de
julio-, que, entre otros efectos, provoca una ruptura del equilibrio de las relaciones laborales, aumentando la potestad discrecional y unilateral del empleador en la fijación de las condiciones laborales, incluidas las salariales, y desarticula la
negociación colectiva, tan importante en la determinación del tiempo de trabajo.


Fue esta disposición legal la que permitió la realización de horas extraordinarias en los contratos a tiempo parcial; horas extraordinarias posteriormente prohibidas por el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre. Real Decreto-ley
que, sin embargo, articuló dos vías para prolongar la duración de la jornada parcial: las horas complementarias pactadas y las horas complementarias voluntarias, cuyo cúmulo permite que se pueda alcanzar una jornada de hasta el 90% de la jornada
ordinaria. Esta permisibilidad en la amplitud horaria, unida a la posibilidad de distribución irregular de la jornada de hasta el 10%, también modificada por dicho Real Decreto-ley, y a la mayor discrecionalidad del empresario en la concreción de
los tiempos para su realización, pone las bases para la sustitución del contrato indefinido a tiempo completo, sometido a un control más estricto de la normativa laboral, por un contrato parcial, fuera de control legal. El contrato a tiempo parcial
pierde su naturaleza y su función básica: la ordenación de un tiempo de trabajo que posibilite una conciliación real y efectiva de la vida personal, familiar y laboral de la persona trabajadora y las necesidades productivas de la empresa.


De este modo, la extralimitación de la duración de la jornada se convierte en regla general y en el trabajo a tiempo parcial, por mandato legal, se convierte en un tiempo completo. Un tiempo completo que, además, queda fuera de los
estándares generales de la regulación del tiempo de trabajo, relegado a la esfera de los contratos individuales de trabajo y sometido casi en exclusiva a los dictados del empresario.


Y si la desregulación y la individualización del contrato de trabajo a tiempo parcial impide el control de las irregularidades que en su desarrollo se cometan, lo mismo cabe decir de las irregularidades y fraude en el uso de las horas
extraordinarias, también facilitadas por la desregulación y desarticulación de los mecanismos de protección de la persona trabajadora frente al poder unilateral del empresario. Irregularidades que suponen una lesión a los derechos laborales y
fraude en las arcas de la Seguridad Social al dejar de ingresar las cotizaciones sociales devengadas por su realización.


En definitiva, desde la reforma laboral de 2012, y posteriores, se aprecia una clara voluntad de prolongación de la jornada laboral, mediante la desregulación de los mecanismos que favorecen una ordenación equilibrada y pactada del tiempo de
trabajo y con una incentivación legal expresa en el trabajo a tiempo parcial, que no encuentra contrapeso en la regulación colectiva y en la acción representativa, pues es la misma reforma la que quiso que el tiempo de trabajo se individualizase y
la negociación colectiva se debilitase. Y es esta desregulación la que permite franquear la legalidad laboral.


A mayor abundamiento, la degradación de las condiciones laborales, elevada a partir de la reforma laboral a problema estructural de nuestro mercado de trabajo, encuentra su máxima expresión en la extralimitación de la jornada de trabajo,
mediante la realización de horas extraordinarias y en el trabajo a tiempo parcial, fuera de control por la combinación de desregulación, erosión de la negociación colectiva y debilitamiento de la acción sindical, elementos que sitúan a la persona
trabajadora al albur de los dictados del empresario.


Una extralimitación horaria que, además, confluye e incide en una mayor devaluación salarial, también componente inescindible de la pérdida de calidad de nuestro mercado de trabajo. Bajos salarios que, a su vez, obligan a la persona
trabajadora a realizar horas extras, la cual se ve sumergida en un círculo vicioso de precariedad laboral de difícil salida.


El Gobierno, a través de la desregulación del tiempo de trabajo y del tiempo de trabajo parcial, renunció a la mejora del empleo a través de la racionalización de la organización del trabajo y optó por favorecer la realización de un tiempo
completo encubierto a través de la utilización de una modalidad contractual diseñada para atender las necesidades objetivas de ordenación del tiempo de trabajo, favoreciendo la discrecionalidad empresarial. Optó, pues, por desregulación en vez de
adaptabilidad, por fraude en vez de por seguridad jurídica.


Este uso perverso del trabajo a tiempo parcial y, en general, de la desregulación del tiempo de trabajo, tiene un impacto negativo en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y en la igualdad



Página 110





efectiva entre hombres y mujeres; mujeres que no sólo tienen menos disposición para la realización de las horas extraordinarias sino que están siendo expulsadas del mercado laboral por la imposibilidad de adaptación a estos nuevos tiempos
de trabajo. El Gobierno, pues, al desaprovechar la oportunidad de llevar a cabo una reforma equilibrada del trabajo a tiempo parcial e incentivar legalmente una ordenación del tiempo de trabajo desordena, actuó en contra de un tiempo de trabajo
favorecedor de la conciliación y la igualdad.


Una ordenación equilibrada del tiempo de trabajo hubiera supuesto también una apuesta decidida por la mejora de la productividad, ante la constatación de la escasa relación entre los buenos resultados económicos y más horas de trabajo y sí
de los daños derivados para la productividad del exceso de horas de trabajo; y para el trabajador, en su salud y seguridad. Al respecto se señala que, según datos del Observatorio Europeo de Relaciones Laborales países como Dinamarca, Suecia,
Finlandia, Holanda, Noruega, Alemania, Reino Unido, Bélgica, Chipre e Italia tienen mejores resultados económicos que España y la duración de su jornada laboral es inferior a la española.


Por estas razones es necesario actuar urgentemente en una doble dirección, con acciones específicas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la de lucha contra esta explotación laboral, que frenen los daños derivados de las reformas
acometidas en el ámbito socio-laboral desde 2012; y cambiar esa regulación, única forma eficaz de eliminar la fuente del daño.


De otra parte, las tasas de precariedad en la contratación laboral de nuestro país son nuevamente inasumibles. Según los últimos datos publicados por Eurostat, España es el segundo país de la Unión Europea con mayor tasa de temporalidad en
la contratación, solo superado por Polonia y alcanzando en este momento un 25,6%, cuando la media de los países de la Unión Europea es del 14,8%. Esto supone que España supera en más de 10 puntos porcentuales la tasa de temporalidad media de los
países de la Unión Europea y que, a diferencia de lo que sucede allí, en nuestro país 1 de cada 4 trabajadores es un trabajador temporal.


Este dato, bien significativo por sí solo de la precariedad existente en España, se agrava por el hecho de que la gran mayoría de la contratación realizada en nuestro país tras la reforma laboral del PP ha sido de carácter temporal. En el
último año nueve de cada diez contratos de trabajo firmados han sido temporales, y de muy corta duración además, de manera que se han realizado más de 17 millones de contratos en precario, 1,7 millones de contratos temporales más que en el año
inmediatamente anterior. Es probable que algunos de estos contratos respondan a la legalidad vigente, pero también que muchos más estén al margen de la legalidad y que no se detecten como tales por el escaso e insuficiente control que la Inspección
de Trabajo y de Seguridad opera sobre la contratación laboral. Y ello no tanto o no solo por falta de planificación o de medios, sino, fundamentalmente, por la falta de voluntad política del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que prefiere
utilizar esta institución para controlar la situación de las personas en desempleo y no para verificar el cumplimiento de las normas laborales y prevenir el abuso, más que posible, de la contratación temporal.


Poner fin a la precariedad exige, de seguro, la derogación de la reforma laboral del Partido Popular y la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores, con base en el diálogo social, pero también que la Inspección de Trabajo y de
Seguridad Social realice un control exhaustivo de la contratación temporal que se produce en nuestro país, para detectar aquellos supuestos de abuso o contratación fraudulenta, que son, sin ninguna duda, millones de ellos más que los 37.946
contratos temporales fraudulentos que dicha Institución localizó a lo largo del último año.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar que la jornada de trabajo se efectúe respetando los límites legales o pactados, bien en el convenio colectivo bien en el contrato de trabajo, y promoverá, previo diálogo con los
interlocutores sociales, las medidas que posibiliten que las necesidades adicionales de producción de las empresas se atiendan haciendo una utilización racional del tiempo de trabajo, compatible con la conciliación personal, familiar y personal, y
favoreciendo la creación de nuevos puestos de trabajo.



Página 111





A tal efecto, y entre otras medidas:


En primer lugar, y con objeto de combatir los excesos de jornada, y reforzar de forma efectiva y real la vigilancia del cumplimiento de las normas sobre tiempo de trabajo, promoverá un 'Plan Contra la Explotación Laboral' que se centrará en
los siguientes ejes:


- La modificación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) con el objeto de:


a) Considerar una infracción por cada trabajador afectado en caso de transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada y horas extraordinarias. Actualizando las cuantías establecidas en la LISOS.


b) Tipificar expresamente como infracción grave realizar una jornada de trabajo superior o fuera del horario pactado en los contratos a tiempo parcial, considerando una infracción por cada trabajador afectado, equiparándose la misma, a la
falta de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.


- Establecer el horario en el contrato de trabajo a tiempo parcial y en su comunicación a través de Contrat@ y de Seguridad Social. Las modificaciones del horario deberán realizarse de la misma forma. Su no concreción (salvo prueba en
contrario) supondrá su conversión automática en tiempo completo.


- Suprimir temporalmente de la posibilidad de compensación de las horas extraordinarias por descansos en los cuatro meses siguientes a su realización. Esta supresión dejará de tener efecto cuando la tasa de desempleo se sitúe por debajo del
15%.


- Incrementar sustancialmente las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el control del cumplimiento de la normativa sobre jornada de trabajo, así como los medios humanos y materiales necesarios al efecto. En
particular, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá poner en práctica dos planes de actuación específicos, uno destinado al control de la contratación temporal y otro al control de la contratación a tiempo parcial. Para ello, se dotará
también a la Inspección de Trabajo de un personal administrativo específico en el análisis de bases de datos, con el objetivo de preparar las actuaciones planificadas a desarrollar.


En segundo lugar, promover la simplificación de la regulación del contrato a tiempo parcial y efectuar una nueva regulación del mismo que corrija la situación creada por la desregulación efectuada por la Ley 3/2012, corregida en 2013 de
forma incompleta, para lo que se insta a que se adopten las siguientes medidas:


- Derogar la desregulación del trabajo a tiempo parcial contenida en la Ley 3/2012, y en la reforma llevada a cabo por el Real Decreto-ley 16/2013, que convierte a este contrato en el contrato de inserción en el mercado laboral tal y como
reflejan los datos de contratación, constituyendo una nueva forma de precarización de las condiciones de trabajo y que tiene especial incidencia sobre las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, desarticulando por completo las medidas
que con este fin han sido promovidas en los últimos diez años.


- Abordar en diálogo con los interlocutores sociales una nueva regulación del trabajo a tiempo parcial homologable con la existente en otros países europeos y que recupere su vocación de elemento flexibilizador y ordenador del tiempo de
trabajo, compatible con las responsabilidades familiares y laborales, incluidas las formativas. Para ello se reformará la regulación del pacto de horas complementarias, y se eliminará el ofrecimiento de realización de horas complementarias
establecidas en la actual regulación.


- Los contratos a tiempo parcial deberán contener el horario del trabajador, pudiendo modificarse por acuerdo entre las partes y notificándose de forma previa a través de los sistemas telemáticos existentes al efecto (sistema RED y
Contrat@).


En tercer lugar, se insta al Gobierno a modificar el Real Decreto-ley 20/2012, para evitar que los subsidios por desempleo puedan tener carácter parcial. La actual regulación laboral consolida salarios de pobreza y cuando se extingue la
relación laboral: subsidios de miseria.


Finalmente, se insta igualmente al Gobierno a que, previo diálogo con los interlocutores sociales, adopte una regulación del tiempo de trabajo, incluido el trabajo a tiempo parcial, que permita recuperar el equilibrio en las relaciones
laborales individuales y colectivas y la racionalización en su organización, en atención a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador así como a las necesidades productivas de la empresa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 112





162/000059


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a la Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
ratificación del Convenio número 189 de la OIT y la recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras o trabajadores domésticos, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Durante la crisis económica, la reducción de los ingresos de los hogares ha provocado una reducción en paralelo del trabajo remunerado de cuidados, que por el 'traslado de las desigualdades de clase y de género' de que habla la doctrina
especializada, casi siempre realizan las mujeres y en no pocas ocasiones las mujeres inmigrantes. Así, desde el comienzo de la crisis, y según datos de la Encuesta de Población Activa, se han perdido 110.200 puestos de trabajo en el sector del
empleo del hogar familiar.


No obstante, las estadísticas de afiliación a la Seguridad Social de trabajadores/as empleados/as del hogar familiar parecen desmentir esa evolución, ya que, en el mismo periodo, se ha producido un incremento de afiliación de 238.716
trabajadores/as. La causa de esta aparente contradicción es la doble intervención legislativa habida en 2011, donde, de una parte, se obligaba a los/as empleadores/as a dar de alta en la Seguridad Social a los/as empleados/as de hogar, cualquiera
que fuera la duración de su jornada de trabajo, y, de otra, se regulaba de manera más garantista en lo concerniente a los derechos laborales la llamada relación laboral especial de empleados/as en el hogar familiar.


Ambas medidas tenían una doble finalidad: formalizar el trabajo informal existente desde siempre en este sector de actividad productiva (de hecho es muy significativo que, mientras la Encuesta de Población Activa alude a 637.000 ocupados/as
en este sector, el número de afiliados/as a la Seguridad Social sea de 427.801) y asimilar los derechos laborales y de protección social de los/as trabajadores/as de este sector con el del resto de trabajadores/as. Objetivos que habían de
beneficiar claramente a las mujeres y, entre ellas, a las mujeres inmigrantes, en la medida que son las mujeres inmigrantes las que mayoritariamente realizan el trabajo remunerado dentro del hogar familiar.


Y así fue. Desde enero de 2012, fecha de entrada en vigor de ambas medidas, hasta el 1 de abril de 2013, fecha en que terminó la vigencia de la primera, el número de empleados/as de hogar afiliados/as a la Seguridad Social creció en más de
146.000, más del 98% de los/as cuales eran mujeres y casi el 54% de los/as mismos/as extranjeras. Lo que significaba haber sacado a la luz el empleo de todas, esas mujeres, sin importar su nacionalidad, para reconocer sus derechos laborales y
garantizarles la correspondiente protección social (igual que la del resto de trabajadores/as a excepción de la protección por desempleo).


No obstante, en diciembre de 2012, el Gobierno del Partido Popular volvió al régimen anterior a 2011. A partir de entonces es nuevamente el/la empleado/a del hogar familiar el/la que tiene que responsabilizarse del pago de la cotización a
la Seguridad Social cuando trabaja menos de sesenta horas al mes por cada empleador/a (es decir, la gran mayoría de los/as empleados/as de hogar). Una vuelta atrás en los derechos de miles de mujeres que propende el crecimiento en este sector del
empleo informal.


Con todo, lo peor es la causa que motivó semejante retroceso en la legislación española en materia de empleo en el hogar familiar. No se trató de razones económicas, ya que es obvio que la medida no supuso ahorro alguno en el gasto público.
Fueron razones de falta de consideración social hacia el trabajo remunerado que desarrollan las mujeres en el seno del hogar familiar, especialmente si son inmigrantes, las que están detrás de este paso atrás. Algo que vendrá a confirmar la
reiterada e injustificada negativa del Gobierno del PP a ratificar el Convenio 189 de la OIT, sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos.


En efecto, a pesar de que el 8 de mayo de 2013, la Comisión de Empleo y Seguridad Social consensuó y aprobó por unanimidad una enmienda transaccional a una Proposición de Ley que instaba al Gobierno a 'que en un plazo razonable evalúe la
posibilidad de someter a ratificación el Convenio número 189 y la Recomendación número 201 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y, en consecuencia, adapte la legislación española en el sentido que regulan los citados textos', casi tres
años después dicha ratificación aún no se ha producido.



Página 113





Es verdad que, en respuesta a preguntas escritas de la entonces Diputada del Grupo Parlamentario Socialista, doña María Virtudes Monteserín Rodríguez, el Gobierno del PP señaló la existencia de 'peculiaridades en nuestro ordenamiento de
empleados de hogar que obligan a reflexionar sobre la inmediata ratificación del Convenio' y que esas peculiaridades estaban referenciadas en los artículos 7, 13 y 14 del propio Convenio. Pero desde que ambas respuestas se produjeron (mayo y julio
de 2014) ha pasado más de un año y medio sin que el Gobierno haya hecho movimiento alguno en relación con la normativa vigente en materia de empleo en el hogar familiar que pudiera, según su versión, ajustar dicha normativa al Convenio 189 de la OIT
de manera que pudiera ser ratificado.


Más aún, es más que dudoso que deba ser necesaria la plena y completa adaptación de la normativa nacional a los requerimientos del Convenio 189 de la OIT como condición imprescindible para la ratificación de este Convenio, tal y como esgrime
el Gobierno del PP. Y ello porque tanto el artículo 13 como el artículo 14 de dicho Convenio establecen que las medidas recogidas en los mismos (y que son las opuestas como impedimento para su ratificación por el Gobierno del PP) podrán aplicarse
progresivamente previa consulta con los organizaciones de trabajadores y empresarios más representativas. De lo que se deduce que es perfectamente posible la ratificación del Convenio 189 y después el inicio de un proceso de consultas con las
organizaciones de trabajadores y empresarios más representativas para la adaptación de la normativa nacional sobre empleo en el hogar familiar a los requerimientos de dicho Convenio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ratificar, sin más dilación, el Convenio número 189 de la OIT y la Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000060


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
medidas para corregir el déficit de la Seguridad Social, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Como consecuencia de la crisis económica y de la destrucción de empleo vividas en nuestro país en los últimos años, pero también, y especialmente, como consecuencia de las políticas de empleo desarrolladas por el Partido Popular, nuestra
Seguridad Social presenta unas cuentas realmente preocupantes. Así, de las informaciones conocidas se desprenden los siguientes datos:


RESULTADOS DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015


Considerando las partidas presupuestarias relativas a las gastos en prestaciones contributivas, y en términos de derechos reconocidos y obligaciones reconocidas (sin tener en cuenta datos de ingresos de caja, ni los gastos en referencia a
los pagos efectivamente efectuados).


I EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015


A) EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE LOS INGRESOS QUE FINANCIAN LAS PRESTACIONES DE CARÁCTER CONTRIBUTIVO



Página 114





Los derechos reconocidos, excluidas las operaciones corrientes, ascendieron a 106.609 millones de euros.


Quedan incluidos en este apartado las cotizaciones sociales, las tasas y otros ingresos, los ingresos patrimoniales, y las transferencias corrientes de Seguridad Social.


B) EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE GASTOS QUE SE FINANCIAN A TRAVÉS DE LOS INGRESOS DE NATURALEZA CONTRIBUTIVA


Las obligaciones reconocidas supusieron 123.945 millones de euros.


Quedan incluidos en este apartado los gastos de personal, los gastos en bienes corrientes y servicios y las transferencias corrientes realizadas para financiar las prestaciones del nivel contributivo.


Resultado de la ejecución presupuestaria.


La diferencia entre los ingresos vinculados a prestaciones contributivas y los gastos por prestaciones contributivas arroja un déficit de 17.336 millones de euros.


II. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE LOS INGRESOS DE 2015: DATOS LIMITADOS A LAS COTIZACIONES SOCIALES


Los derechos reconocidos por cotizaciones sociales ascendieron a 100.492 millones de euros, lo que supuso que se obtuviese el 91,5% del objetivo presupuestado para el año 2015.


En 2014 se obtuvieron por el mismo concepto 99.198 millones de euros, alcanzándose una ejecución presupuestaria del 96,4%.


El número de trabajadores en alta en los meses de diciembre de 2014 y de 2015 era el siguiente:


- Año 2014: 16.775.214.


- Año 2015: 17.308.400 (+533.186 sobre 2014; +3,08%).


En consecuencia, a pesar de registrarse un crecimiento en el número de cotizantes entre los años 2014 y 2015 de 533.186, la recaudación en los citados años solo se incrementó en 1.294 millones de euros (+1,28%).


Este desfase entre el incremento del número de cotizantes a la Seguridad Social y el incremento habido en la recaudación, así como -y ello es lo más importante- el déficit que arrastra nuestra Seguridad Social guardan relación directa, como
se ha dicho antes, con las políticas de empleo del Partido Popular.


Así, en lugar de revalorizar las políticas activas de empleo, el Gobierno del Partido Popular ha utilizado la exención y reducción de cotizaciones a la Seguridad Social como única solución ante la falta de creación de puestos de trabajo y la
exacerbada precariedad en el empleo. Lo que supone importantes pérdidas de ingresos a la Seguridad Social a cambio de una más que insuficiente e ineficiente política de creación de empleos de calidad.


La excesiva temporalidad, la corta duración de los contratos de trabajo que se conciertan y los bajos salarios, que se han convertido en los rasgos característicos del mercado de trabajo con el Partido Popular, son, a su vez, la causa de que
apenas se noten los incrementos de afiliación en la propia recaudación por cotizaciones a la Seguridad Social. Empleos precarios y con bajos salarios no nutren de manera conveniente la caja económica de nuestras pensiones.


Finalmente, la casi completa falta de control sobre las horas extraordinarias y el trabajo a tiempo parcial, que muchas veces encubren situaciones fraudulentas, también condicionan los bajos ingresos de las Seguridad Social. Es, en
definitiva, la política de empleo del Partido Popular la que está provocando el riesgo de nuestro sistema de pensiones y, por ello, la que necesita ser modificada de raíz para que nuestra Seguridad Social vuelva a ser sostenible social y
económicamente.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las siguientes medidas:


1. Suprimir todas las reducciones y exenciones de pago de cotizaciones a la Seguridad Social como política activa de empleo, salvo para los colectivos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y las víctimas de violencia
de género.



Página 115





2. Controlar exhaustivamente, mediante planes específicos de actuación de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, las horas extraordinarias y los contratos de trabajo a tiempo parcial que se realizan en nuestro país.


3. Iniciar un proceso paulatino y progresivo de subida del Salario Mínimo Interprofesional, de manera que alcance el 60% del salario medio percibido, tal como ordena la Carta Social Europea, así como reformar la normativa relativa al mismo
para que se garantice desde la legalidad que el Salario Mínimo Interprofesional no pierda poder adquisitivo y alcanza, efectivamente, y en consonancia con nuestros, compromisos internacionales, el porcentaje marcado por la Carta Social Europea.


4. Abrir un proceso de Diálogo Social con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de nuestro país que conduzca, en el plazo de un año, a la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores que recupere el
sentido originario del mismo, como carta de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y concluya con la completa derogación de la reforma laboral del Partido Popular.


5. Reconstruir el Pacto de Toledo y abordar, dentro de él, la posibilidad de crear una figura impositiva, similar a la existente en el modelo francés, destinada directamente a la financiación de nuestro sistema público de pensiones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000061


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para la reducción del IVA para los bienes y servicios culturales, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En julio del 2012 el Gobierno del Partido Popular impuso una subida generalizada del tipo impositivo del IVA, que además implicaba el cambio de la consideración sobre los bienes y servicios culturales, con excepción del libro que se mantuvo.
Así, a partir del 1 de septiembre del 2012, actividades como el cine, el teatro y las obras plásticas, sufrieron un incremento de 13 puntos en el IVA, pasando del 8% al 21%. Con esta decisión España se ha situado en la franja más alta de Europa,
precisamente en un país en el que la cultura genera cerca del 4% del PIB, colocando a la ciudadanía en clara desventaja para acceder a la misma.


Desde un primer momento se sucedieron las advertencias, que señalaban claramente, que la desorbitada subida del IVA a la cultura tendría consecuencias muy negativas sobre el sector, así como el enorme daño que se infligía a nuestra cultura.
Creadores, artistas, productores y distribuidores han asistido con desazón; a un vaivén de declaraciones sobre su posible rectificación cuando la recuperación económica llegase. La realidad es que frente a lo retiradamente afirmado y demandado por
el conjunto de la sociedad española, el IVA cultural sigue siendo el más alto de Europa.


Por estas razones el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para rebajar el tipo del IVA a las actividades culturales como, cine, teatro y música del 21 al 10% e impulsar el reconocimiento de la necesidad de un IVA
cultural en el seno de la UE, que permita su armonización.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de agosto de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 116





162/000062


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, Diputados de Unión del Pueblo Navarro/UPN, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento, presenta la siguiente
Proposición no de Ley sobre la valoración de discapacidad para las personas con enfermedades neurodegenerativas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El abordaje de las enfermedades neurodegenerativas y sus consecuencias constituyen uno de los grandes retos a los que nos enfrentamos como sociedad.


Las enfermedades neurodegenerativas tienen como atributo común el curso progresivo de sus síntomas, reflejo del daño paulatino de una parte o partes del sistema nervioso. Todas ellas presentan algunas características clínicas comunes, en
cuanto que su inicio es insidioso y su curso crónico y progresivo.


El pasado martes, se presentaban en Madrid los resultados de un informe que acaba de presentar la Alianza Española de Enfermedades Neurodegenerativas (Neuroalianza), junto con la Universidad Complutense de Madrid (UCM), en el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Dicho informe ha analizado los contextos de las más de 1.150.000 familias afectadas que engloban Neuroalianza, constituida por cinco asociaciones de pacientes con Alzheimer y otras demencias, Parkinson,
esclerosis múltiple, las enfermedades neuromusculares o ELA (esclerosis lateral amiotrófica), que no son las únicas, pero sí las más numerosas y las que más costes provocan y más recursos necesitan.


Según datos estimados en el Informe, la prevalencia de afectados a nivel mundial por enfermedades neurodegenerativas es de 64.074.000 personas afectadas y a nivel europeo de 8.559.462 personas afectadas. En España, la prevalencia de
afectados sería de 988.000 personas afectadas con un coste total medio de 23.345 euros por afectado y año.


Además, el escenario en el que se plantea este desafío es complejo. 'Por un lado existe una combinación de factores sociológicos y técnicos (incremento de la esperanza de vida, incremento de la población, envejecimiento creciente de esa
población, mayor dificultad de avances científico-técnicos, previsible cronificación de las enfermedades). Por otro, hay que tener también en cuenta los factores socio-económicos (tasa de paro elevada y sostenida, incremento de la precariedad
laboral, empobrecimiento de las clases medias, incremento de los costes sanitarios y debilitamiento de la inversión social y sanitaria públicas)', como cita el Informe.


Las personas con discapacidad por enfermedades neurodegenerativas, no responden al patrón de otras discapacidades de modo que en muchas ocasiones se dan claras situaciones de desprotección social. Así, en los supuestos en los que el
afectado no alcanza un grado de discapacidad mínimo, el sistema no le ampara sino hasta que el grado de deterioro físico es muy importante, habiéndole privado del acceso a servicios básicos y recursos imprescindibles para prevenir o paliar efectos
de este tipo de enfermedades.


Por todo ello, se propone la presente


Proposición no de Ley


'En virtud de la cual el Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Aprobar a la mayor brevedad posible la Estrategia Nacional de Enfermedades Neurodegenerativas.


2. Modificar el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en concreto el punto 2.º del Capítulo 1 'Normas generales' del Anexo I donde establece
'El diagnóstico de la enfermedad no es un criterio de valoración en sí mismo. Las pautas de valoración de la discapacidad que se establecen en los capítulos siguientes están basados en la severidad de las consecuencias de la enfermedad, cualquiera
que esta sea', en el sentido de que el diagnóstico de la enfermedad sí sea un criterio de valoración en sí mismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de agosto de 2016.- Casimiro Salvador Armendáriz e Íñigo Jesús Alli Martínez, Diputados.-Ana María Oramas González-Moro, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 117





162/000065


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley en materia de
traspaso de becas y ayudas al estudio, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El actual sistema unitario y centralista de becas es injusto e insolidario. No tiene en cuenta el distinto nivel de vida en cada territorio ni la distinta realidad territorial. Un sistema que perjudica enormemente a los estudiantes de
Catalunya, la Comunitat Valenciana y las Illes Balears. En este sentido, de forma reiterada, los estudiantes catalanes han sido perjudicados por la distribución hispanocéntrica de las ayudas. Anualmente, en lo que se refiere al sistema
universitario, los estudiantes que reciben beca en Catalunya están un 20% por debajo de la del conjunto del Estado, una media de cinco puntos por debajo del conjunto de la población universitaria de Catalunya. Es decir, cada año, 9.000 de los
180.000 universitarios catalanes han dejado de recibir una beca para cursar sus estudios. Dicha situación, en términos semejantes, ocurre también en la Comunitat Valenciana y las Illes Balears.


Resulta una evidencia que la no transferencia de las becas y el no despliegue máximo de las plenas competencias en Catalunya, la Comunitat Valenciana y las Illes Balears ha propiciado un sistema injusto y ha perjudicado la capacidad para
garantizar la igualdad de oportunidades en los Països Catalans. El centralista y homogéneo sistema de becas actual ha perjudicado y perjudica la capacidad de la Generalitat de Catalunya, la Generalitat Valenciana y el Govern de les Illes Balears de
desarrollar unas políticas públicas justas y en concreto, ofrecer un sistema de becas y ayudas adaptado a la propia realidad.


El Estatuto de Autonomía de Catalunya, aprobado por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, establece en su artículo 131.3.d) que corresponde a la Generalitat de Catalunya, en materia de enseñanza no universitaria, la competencia compartida,
respetando los aspectos esenciales del derecho a la educación y a la libertad de enseñanza en materia de enseñanza no universitaria y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución española, sobre el régimen de fomento del
estudio, de becas y de ayudas estatales. Asimismo, el Estatuto de Autonomía de Catalunya establece en su artículo 172.1.g) que corresponde a la Generalitat de Catalunya en materia de enseñanza universitaria, sin perjuicio de la autonomía
universitaria, la competencia exclusiva sobre la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas a la formación universitaria y, si procede, la regulación y gestión de los fondos estatales en esta materia. Finalmente, el artículo 114
del Estatuto de Autonomía de Catalunya determina, las funciones que corresponden a la Generalitat en relación con las subvenciones estatales territorializables y señala que la misma participa en la determinación del carácter no territorializable de
dichas subvenciones, así como en su gestión y tramitación, en los términos que fije el Estado.


Tanto el artículo 83 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, como el artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, atribuyen al Estado el establecimiento con cargo a sus Presupuestos Generales,
de un sistema general de becas y ayudas al estudio, con el fin de que todas las personas, con independencia de su lugar de residencia, disfruten de las mismas condiciones en el ejercicio del derecho a la educación, sin detrimento de las competencias
normativas y de ejecución de las Comunidades Autónomas. En particular, el artículo 45.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades dispone que el desarrollo, ejecución y control del sistema general de becas y ayudas al estudio
corresponde a las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia y en colaboración con las universidades, con el fin de facilitar la gestión descentralizada y la atención a las peculiaridades territoriales que la legislación
contemple.


Mediante el Real Decreto 2809/1980, de 3 de octubre, se traspasaron a la Generalitat de Catalunya las funciones y servicios en materia de enseñanza, y por el Real Decreto 305/1985, de 6 de febrero, se traspasaron a la Generalidad de Cataluña
servicios en materia de Universidades, procediendo ahora completar y ampliar el traspaso efectuado. Asimismo, mediante convenios de colaboración, y a la espera del correspondiente traspaso, la Generalitat ha asumido desde el año 2005, la gestión de
los procedimientos



Página 118





de atoramiento de becas y ayudas al estudio universitario y no universitario. En dichos convenios, el Estado remetía la cuantificación y la liquidación de los costes de gestión en el momento de la aprobación del traspaso, que aún no se ha
producido.


Existe reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ignorada por el Gobierno del Estado, respecto al traspaso a la Generalitat de Catalunya de la competencia de becas y ayudas al estudio. En este sentido, en relación a las becas y
ayudas de carácter general para estudios universitarios y de nivel medio, el Tribunal Constitucional dicto la Sentencia 188/2001, de 20 de diciembre, en la que resolvió el conflicto planteado por el gobierno de la Generalitat de Catalunya contra la
Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 15 de junio de 1994, y reconoció la competencia de la Generalitat para la gestión y concesión. El estado ha modificado en parte el modelo de gestión pero aún no ha dado pleno cumplimento a la
delimitación de competencias que establece el Estatuto de Autonomía de Catalunya y que reconoció entonces el Tribunal Constitucional.


Por todo ello se presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Transferir a la Generalitat de Catalunya la competencia en materia de becas y ayudas al estudio. Dicho traspaso debe permitir la asunción por la Generalitat de Catalunya de la regulación, convocatoria, ejecución, tramitación,
resolución, notificación, acreditación, pago, control, verificación e inspección de los sistemas de becas y ayudas al estudio territorializadas respecto de los solicitantes cuyo domicilio familiar radique en el territorio de Catalunya y que cursen,
asimismo en Catalunya, estudios conducentes a la obtención de un título con validez en todo el territorio del Estado y debe prever la participación de la Generalitat de Catalunya en la gestión y tramitación de las becas y ayudas al estudio no
territorializadas, así como en otras medidas de fomento económico del estudio impulsadas por la Administración General del Estado.


2. Transferir, en los mismos términos, las becas y ayudas al estudio a la Generalitat Valenciana y el Govern de les Illes Balears.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de agosto de 2016.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000066


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Olòriz Serra, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de apoyo a las
entidades catalanas del tercer sector social y para la transferencia a la Generalitat de Catalunya de la recaudación de la asignación tributaria del porcentaje del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinado a fines sociales,
para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Las entidades del tercer sector social tienen un papel fundamental en la prestación de servicios a menudo públicos de atención a las personas. Estas entidades aportan un valor añadido, que por su naturaleza civil han ayudado históricamente
a innovar y generar nuevas demandas ciudadanas de atención social y de salud. Su naturaleza de base ciudadana, así como su vocación social, comunitaria y no mercantil, ha generado una confianza ciudadana hacia un tejido asistencial de primer orden
en ámbitos donde la Administración no llega directamente. Miles de entidades del tercer sector social realizan en los Països Catalans un esfuerzo diario y constante en la atención y defensa de las personas y de las situaciones de vulnerabilidad
social que sufren.


En este sentido y para garantizar la viabilidad económica de las entidades, la Generalitat de Catalunya ha manifestado siempre su voluntad de gestionar los fondos provenientes del 0,7% para programas



Página 119





sociales, de acuerdo con las competencias exclusivas que le otorga la Constitución en su artículo 149.20 y el Estatuto de Autonomía de Catalunya en su ámbito de las políticas sociales. En el transcurso de los últimos años Catalunya ha
aportado el 25% de la recaudación estatal del 0,7% del IRPF para fines sociales, pero solo recibe anualmente el 14% en forma de programas sociales que tienen lugar en el territorio de Catalunya. Esto significa que el conjunto de entidades catalanas
deje de recibir este año un total de 26,5 millones, con la consecuente pérdida de ayuda y oportunidades para la ciudadanía catalana más vulnerable.


En trece ocasiones distintas en los últimos veinte años, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional habían dictado sentencias estableciendo que el Estado Central no es competente para gestionar y distribuir estas subvenciones, sino que
deben hacerlo las Comunidades Autónomas. Sin embargo, el pasado 17 de marzo, el Tribunal Supremo ha desestimado un recurso contencioso-administrativo de la Generalitat de Catalunya contra el real decreto que regula el sistema de reparto estatal del
de fondo a las entidades sociales mediante el 0,7% del IRPF. La sentencia del Tribunal Supremo 610/2016, del 17 de marzo de 2016, contradice las trece sentencias anteriores del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo que daban la razón a la
Generalitat en este tema.


La Mesa de entidades del Tercer Sector Social de Catalunya, que agrupa a más de 3.000 entidades sociales catalanas, ha rechazado la sentencia y ha expuesto que supondrá que unas sesenta entidades sociales catalanas queden excluidas de la
recepción de fondos del IRPF, ya que el modelo actual limita la distribución de estas ayudas a las entidades que sean de ámbito estatal, dejando fuera las que actúan sólo en el ámbito local o autonómico y perjudicando las personas usuarias a las que
atienden.


Las entidades del tercer sector también se han mostrado críticas con el hecho de que en las últimas convocatorias el Estado eliminó el concepto de asistencia social de las bases de las subvenciones para esquivar estas sentencias
desfavorables del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, aunque es evidente que el conjunto de las entidades beneficiarias de estas subvenciones se dedican a la asistencia social, y que los proyectos subvencionados tienen todos relación con
la asistencia social, un materia de competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas.


Por todo ello se presente la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


- Establecer un nuevo sistema de gestión de los fondos procedentes del 0,7% del IRPF para fines sociales que permita a las Comunidades Autónomas fijar las bases para la distribución y control de los proyectos subvencionados.


- Garantizar que la distribución de dichos fondos entre Comunidades Autónomas se realizará de acorde con lo aportado por los contribuyentes en cada una de ellas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de agosto de 2016.-Joan Olòriz Serra, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000067


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre medidas de urgencia en el sistema educativo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el mes de septiembre comienza un nuevo curso escolar que culminaría el proceso de implantación de la LOMCE. Una ley que ha sido rechazada por la Comunidad educativa y por los Grupos Parlamentarios



Página 120





del Congreso de los Diputados, como se pudo constatar en la pasada Legislatura con la aprobación de una Proposición de Ley que tenía como finalidad paralizar el calendario de implantación.


Meses después y a punto de comenzar el nuevo curso escolar, el gobierno no ha dado ningún paso para corregir y evitar algunos de los desastres que esta ley puede producir en el futuro académico y formación de nuestros jóvenes.


Por el contrario, el Gobierno, aun estando en funciones y desoyendo a la comunidad educativa, ha seguido adelante con su proyecto de reválidas para 4.º de ESO y 2.º de Bachillerato aprobando el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el
que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.


También ha continuado con la estructura actual del Programa de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento (PMAR) y no ha tomado ninguna medida para que los alumnos que cursan la Formación Profesional Básica puedan lograr el título de ESO.


Tampoco se ha modificado ninguna de las medidas de la LOMCE que limitan la gestión educativa de los consejos escolares, ni se ha puesto freno para recuperar el equilibrio entre la red pública y la concertada seriamente dañado por la
regulación de esta ley, que incluso permite la concesión de conciertos en centros de educación diferenciada.


Los efectos de la LOMCE se han visto agravados por la política de recortes que han reducido significativamente los recursos económicos en los centros educativos así como el número de profesores en nuestro país, dañando además sus condiciones
laborales, además de haber limitado de manera importante todo tipo de ayudas y becas.


La aplicación de la LOMCE en los centros exige ciertas reparaciones de urgencia antes de que el daño a nuestro sistema educativo sea irreparable y que los perjuicios causados al futuro de muchos jóvenes sean insalvables.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en práctica de forma inmediata las siguientes medidas para el próximo curso escolar:


1. Derogar el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, y evitar la doble titulación al acabar 4.º de ESO.


2. Recuperar la diversificación curricular (prolongación del PMAR) en 4.º de ESO con la posibilidad de titulación.


3. Posibilitar la titulación de quienes sigan los programas de Formación Profesional Básica.


4. Mantener la actual Prueba de Acceso a la Universidad para que se sigan garantizando las condiciones de igualdad y seguridad jurídica en el acceso a la Universidad de todos los estudiantes.


5. Eliminar el modelo de nombramiento de directores y directoras que establece la LOMCE y restituir las competencias de los consejos escolares.


6. Suspender con carácter inmediato la posibilidad de que la asignatura confesional de religión pueda ser evaluable y que su calificación pueda tener cualquier tipo de repercusión académica.


7. Garantizar que no se produzcan nuevos recortes en la educación pública, así como garantizar la recuperación de los recursos materiales y humanos destinados a la misma.


8. Restituir las ratios, horarios y condiciones de trabajo para todo el profesorado previas al Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.


9. Convocar de manera inmediata a la Conferencia Sectorial de Educación para acordar la aplicación de todas estas medidas y definir todas aquellas de urgencia en la aplicación y desarrollo de la LOMCE.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 121





162/000068


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre conciliación y corresponsabilidad, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Las políticas del Gobierno del Partido Popular han supuesto un grave retroceso para la igualdad entre hombres y mujeres.


Según el último informe sobre brecha global de género de 2015 -Global Gender Gap-, España ocupa el puesto veinticinco frente al duodécimo que ocupaba en 2011. En esos cuatro años España descendió trece puestos en este ranking. La última
Encuesta Anual de Estructura Salarial sobre 2014, muestra que el salario promedio anual femenino representó el 76,7% del masculino, es decir, las mujeres tienen de promedio un salario casi un 24% inferior al de los hombres, casi un punto más en
relación a 2011.


Las políticas de derechas del Partido Popular no solo reflejaron la ausencia de compromiso político con la igualdad de género, sino que parecían haber tenido entre sus objetivos el retorno de la mujer al hogar para desempeñar los roles
tradicionales, expulsándola del mercado de trabajo.


De esta forma, la política conservadora desarrollada por el Gobierno del Partido Popular en la X Legislatura desmanteló los servicios sociales y la Ley de Dependencia. Asimismo, recortó drásticamente la inversión en sanidad y en educación,
y desarticuló los organismos específicos encargados de avanzar en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como la red local de apoyo a las mujeres, con incidencia directa en la lucha contra la violencia de género.


A estos graves recortes en el Estado de bienestar se añadió la desregulación del tiempo de trabajo producida por la reforma laboral, que implica extralimitación horaria, contratos a tiempo parcial que encubren jornadas completas y
reducciones horarias para el cuidado de menores que, al ser concretadas por los empleadores, atentan contra la corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar y laboral. Por su parte, el debilitamiento de los sindicatos y de la negociación
colectiva supuso un o duro golpe en el desarrollo de los planes de igualdad en las empresas.


Sin olvidar la destrucción de empleo en el sector público: más de 300.000 puestos de trabajo destruidos, empleos estables ocupados fundamentalmente por mujeres.


Todos estos elementos han venido expulsando a las mujeres del mercado laboral y han precarizado las condiciones de aquellas que aún conservan un empleo al tiempo que asumen, prácticamente en solitario, la casi totalidad de las
responsabilidades familiares.


En España las mujeres emplean entre cuatro y cinco horas diarias a tareas domésticas, mientras que los hombres emplean poco más de una hora a estas actividades. En los países nórdicos y Alemania esa relación es más equilibrada y los hombres
asumen cerca del 40% de las tareas domésticas.


Asimismo, en España, según el barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas, el 82% de las personas cuidadoras principales de los niños de cero a tres años son las madres, el 7,5% las abuelas y solo el 4,8% los padres.


Las mujeres de hoy ya no se identifican con el estereotipo de cuidadoras universales y trabajadoras intermitentes. Tampoco creen que se haya alcanzado la igualdad real y de oportunidades. Las mujeres no aceptan este retroceso en las
políticas de igualdad ni su expulsión del mercado de trabajo.


Los roles femeninos han cambiado. Las mujeres con responsabilidades familiares ya no aceptan su retorno al hogar, sino que exigen una vinculación permanente con el mercado de trabajo al ser también sustentadoras económicas de sus hogares.
Las mujeres exigen la corresponsabilidad de sus parejas y la del Estado en la educación y cuidados de menores y dependientes.


Además, hay una clara relación entre carga de trabajo por la asunción de responsabilidades familiares y la actividad laboral de las mujeres en cada país. En España, un país con una clara falta de equidad en ese reparto de tareas, la mujer
también participa menos en el mercado de trabajo.


Con las políticas de derechas del Partido Popular, por primera vez en cuarenta años cayó la población activa femenina y descendió la tasa de actividad hasta el 53,9%.



Página 122





Con sus políticas, el Gobierno del Partido Popular profundizó en un modelo ineficiente que gana en competitividad a costa de precarizar las condiciones laborales y la devaluación salarial, fundamentalmente de las mujeres; un modelo además
injusto que pone en grave riesgo la autonomía y el derecho que tienen las mujeres españolas a decidir sobre su proyecto de vida.


Se trataba de políticas miopes que no solo desatendían los compromisos adquiridos en los Tratados europeos en materia de igualdad y la Estrategia 2020, sino que renunciaban a la perspectiva de género y al potencial de las mujeres como motor
de crecimiento económico y en el cambio de un modelo productivo más inclusivo y de mayor cohesión social.


Para los socialistas, las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar y un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares, un necesario avance en corresponsabilidad, es una de las mayores reformas estructurales que
pueda llevar a cabo nuestro país. Por supuesto para garantizar de forma efectiva la igualdad real entre hombres y mujeres y su no discriminación, y también por su correlato en la economía y en la calidad de la sociedad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias que permitan alcanzar una conciliación laboral y familiar real y avanzar en corresponsabilidad, como aspectos inescindibles en la erradicación de la
discriminación entre mujeres y hombres y por suponer incrementos sustanciales en el ámbito económico y productivo y de calidad y cohesión social.


A tal efecto, adoptará medidas concretas para:


- Abordar con los interlocutores sociales una nueva regulación del trabajo a tiempo parcial, homologable con la existente en otros países europeos y que recupere su vocación de elemento flexibilizador y ordenador del tiempo de trabajo,
compatible con las responsabilidades familiares y laborales, y derogar la desregulación del trabajo a tiempo parcial contenida en la Ley 3/2012 y en la reforma llevada a cabo por el Real Decreto-ley 16/2013.


- Incrementar sustancialmente las actuaciones, así como los recursos humanos y materiales, de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social, con el fin de controlar el cumplimiento de la normativa sobre jornada de trabajo, así como de las
horas extraordinarias. En particular, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá poner en práctica dos planes de actuación específicos, uno destinado al control de la contratación temporal y otro al control de la contratación a tiempo
parcial.


- Promover la incorporación en la negociación colectiva, y en particular en el marco de los acuerdos intersectoriales, de contenidos y medidas relacionadas con la racionalización de los tiempos y las jornadas laborales, así como el
establecimiento de fórmulas de disponibilidad horaria que permitan a los trabajadores y trabajadoras acumular créditos de horas para la atención de responsabilidades personales y de cuidado.


- Dar cumplimiento inmediato a las previsiones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, específicamente las relativas a la ordenación del tiempo de trabajo y de flexibilización de horarios
para permitir la conciliación a través de planes de igualdad, con una atención especial a los sectores y actividades con modelos de organización de turnos.


- Adoptar las medidas legales y de incentivos que permitan la conciliación para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.


- Poner en marcha de forma inmediata el permiso de paternidad de cuatro semanas incluido en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la Ley 9/2009 de ampliación del permiso de paternidad, además de
configurarlo como obligatorio e intransferible. Igualmente, se debe implantar un calendario para establecer la equiparación gradual del permiso de paternidad al de maternidad.


- Universalizar la oferta pública de Educación infantil en la primera etapa, de cero a tres años, para que todo el que lo solicite tenga una plaza accesible.


- Fomentar las iniciativas para crear escuelas infantiles en centros laborales tanto públicos como privados.


- Desarrollar íntegramente la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.


- Poner en marcha programas de desarrollo de educación en la igualdad y la coeducación que incluyan objetivos relacionados con un reparto equitativo de las responsabilidades familiares (incluidas las actividades de formación en tareas
domésticas, nutrición y cuidados), incorporando al currículo la



Página 123





formación específica en igualdad, educación afectivo-sexual y de prevención de la violencia de género en todas las etapas educativas.


- Poner en marcha campañas de concienciación social sobre los beneficios de la conciliación y un reparto de tareas justo y corresponsable.


- Impulsar el cumplimiento íntegro en las Administraciones Públicas, empezando por la Administración General del Estado, del Plan Concilia 2005 y la Resolución de 20 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Administraciones
Públicas que señala que la jornada laboral debe finalizar a las 18:00 horas.


- Seleccionar, de acuerdo con los interlocutores sociales, los sectores económicos y servicios públicos susceptibles por la naturaleza de su actividad de ofrecer jornada continua a la mayoría de sus plantillas. Una vez establecidos estos
sectores, se articularán incentivos para que las empresas procedan a la implantación de estos horarios.


- Poner en marcha incentivos a las empresas por la implantación de un 'Horario Racional': Las empresas que obtengan el sello Horario Racional tendrán una valoración positiva adicional en cuanto a ofertas de contratación pública. Tendrán,
además, una deducción en el Impuesto de Sociedades, siempre que se haya obtenido a través de la negociación colectiva. Estos incentivos contribuirán además a la difusión e implantación de buenas prácticas. Asimismo se contemplarán incentivos
tendentes a promover una 'innovación organizativa' que mejore el equilibrio entre la vida profesional y personal de sus empleados, con especial atención al teletrabajo.


- Adoptar una nueva regulación del teletrabajo, en especial en relación con los derechos laborales y los costes asociados al desempeño de la actividad.


- Desarrollar una prestación no contributiva por maternidad en el ámbito de la Seguridad Social, a fin de evitar la desprotección que supone que un tercio de los nacimientos de nuestro país no genere prestaciones de maternidad. A este fin,
las mujeres demandantes de empleo que tengan un hijo y no tengan derecho a la prestación contributiva de maternidad disfrutarán de una prestación no contributiva por esa contingencia de seis semanas de duración.


- Reconocer a todas las mujeres un 'bonus' de dos años de cotización por cada hijo (nacido o adoptado) a efectos del cálculo de las pensiones.


- En materia de fiscalidad, revisar el sistema de tributación conjunta en el IRPF para incentivar la incorporación de las mujeres al empleo.


- Promover la implantación de horarios racionales fuera del trabajo. En este sentido, en relación a los calendarios y horarios escolares:


• se impulsarán programas de acogida temprana (matutina) en los centros escolares,


• se promoverá el acceso al servicio de comedores escolares también en etapas vacacionales, y


• se generalizarán las actividades en horario extraescolar, la apertura de los centros educativos con actividades lúdicas, deportivas y culturales en vacaciones y festivos.


- En relación con las actividades culturales y los medios de tan comunicación:


• se promoverán acuerdos con los sectores de la cultura y el ocio para el adelanto de los horarios de mayor consumo de su oferta,


• se pondrán en marcha campañas de concienciación sobre los beneficios del cambio de horarios hacia los que se desenvuelven los países de nuestro entorno, y


• se impulsará el cumplimiento efectivo de las normas sobre equidad en la publicidad y para desligar los géneros de los roles, tareas y oficios, así como en relación con el uso del lenguaje no sexista.


- Poner en marcha campañas de sensibilización sobre el rol del hombre y la mujer en las responsabilidades domésticas y en el cuidado de los hijos e hijas, en el sector educativo o en el sector de los cuidados a dependientes, entre otros.
Para ayudar a la sensibilización, se incluirán medidas e indicadores en la Encuesta Nacional de Salud y la Encuesta de Condiciones de Vida del INE relativas a los niveles de conflicto de los ciudadanos y ciudadanas a la hora de conciliar los
distintos aspectos que componen nuestra vida.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 124





162/000070


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para aprobar una verdadera ley de segunda oportunidad, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El elevado nivel de endeudamiento de familias y pequeñas empresas está actuando como una verdadera carga para una recuperación económica sostenida, debido al elevado porcentaje de la renta que está siendo destinado a hacer frente al servicio
de la deuda (pago de los intereses y amortización). Asimismo, las personas con menor capacidad económica son las que acumulan mayores niveles de deuda en relación con su renta. Por ello, es necesario establecer algún tipo de mecanismo para minorar
la carga financiera a través de la reestructuración ordenada de la deuda privada.


En los años anteriores a la crisis, el sector privado en España se endeudó muy por encima del resto los países europeos. Ello vino aparejado de otros desequilibrios, como el elevado déficit por cuenta corriente (que llegó a representar el
10% del PIB en 2008) o el excesivo crecimiento de la inversión en el sector residencial frente al resto de sectores productivos (llegó a representar el 13% del PIB en 2007).


La gran mayoría de los organismos internacionales que se dedican a evaluar la sostenibilidad de nuestra economía consideran el nivel de endeudamiento privado como el principal lastre para una recuperación en nuestro país. La Comisión
Europea en su informe sobre los desequilibrios macroeconómicos señala que procedimientos de insolvencia eficientes podrían reducir el lastre para el crecimiento que supone el desendeudamiento. Entre los objetivos de la Recomendación de 12 de marzo
de 2014, sobre un nuevo enfoque frente a la insolvencia y el fracaso empresarial, está el 'animar a los Estados miembros a establecer un marco que permita la reestructuración eficiente de las empresas viables con dificultades financieras, y ofrecer
una segunda oportunidad a los empresarios honrados, con el fin de fomentar el espíritu empresarial, la inversión y el empleo, y contribuir a reducir los obstáculos para el buen funcionamiento del mercado interior'.


El actual contexto de bajos tipos de interés gracias a la acción del Banco Central Europeo está ocultando la vulnerabilidad financiera de nuestro país ante un hipotético repunte de los mismos. Por ello, es necesario establecer un marco
jurídico flexible y seguro que permita un proceso más intenso de desapalancamiento para las pequeñas empresas y hogares más endeudados y con menor nivel de renta.


El Gobierno presentó en la X legislatura tres iniciativas legislativas que modificaron la Ley Concursal (Ley de Emprendedores, Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y
reestructuración de deuda empresarial y la Ley de Medidas Urgentes en Materia Concursal procedente del Real Decreto-ley 11/2014) que no han funcionado adecuadamente dado su escaso alcance para las familias y las pequeñas empresas. En el fondo, los
cambios introducidos por el Gobierno están orientados a facilitar la viabilidad de las grandes empresas pero sin efecto sobre la insolvencia sobrevenida de la persona natural.


Son claramente insuficientes para familias y pequeños empresarios porque: 1) se mantienen requisitos de acceso al procedimiento extrajudicial que carecen de justificación para las personas físicas y 2) los beneficios de la exoneración de
deudas no es efectiva porque si mejora sustancialmente la situación económica del deudor, se recuperan los créditos extinguido al cabo de cinco años. Por otro lado, no se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de tasaciones
inmobiliarias. El informe del Banco Mundial sobre el tratamiento de la insolvencia de la persona natural establece que 'los beneficios de la exoneración de deudas pueden convertirse en ilusorios si no se respeta la exoneración de deudas una vez que
el procedimiento concursal ha concluido'.


Por ello, el Grupo Socialista presentó en la última reforma de la Ley Concursal más de 50 enmiendas dirigidas a facilitar que familias y autónomos endeudados que no pueden hacer frente a sus pagos puedan rehacer sus vidas e incluso de
arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer. Asimismo es urgente facilitar alojamiento a los hogares desahuciados como consecuencia de sentencias de los procedimientos de
ejecución hipotecaria y por el impago del alquiler.



Página 125





En definitiva, no se ha realizado una reforma integral de la insolvencia de las personas físicas. En nuestro ordenamiento jurídico no existe todavía una verdadera Ley de Segunda Oportunidad asimilable a la de los países de nuestro entorno.
De hecho, durante las estadísticas sobre personas físicas que acuden al procedimiento concursal son notablemente bajas, lo que explica la carencia absoluta de esta norma en cuanto protectora de los particulares, en el que el préstamo con garantía
hipotecaria es la causa fundamental de situaciones de insolvencia en persona física. En España solo se realizaron 716 concursos de personas físicas sin actividad empresarial en 2014 a diferencia de lo que ocurre en otros países como Francia
(173.000 en 2011), o Alemania (105.000 en 2011), según los datos facilitados por los Jueces Decanos de España.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover una reforma de la llamada Ley de Segunda Oportunidad para, por un lado, permitir al juez paralizar la ejecución hipotecaria en caso de insolvencia justificada no dolosa y, en caso de que sea imposible, acordar la aplicación de
la dación en pago, valorando la vivienda en el precio establecido para la concesión del préstamo. Para ello será necesario modificar Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas
de orden social, optando por un modelo de segunda oportunidad alternativo al contenido en dicha norma:


a) Eliminar el periodo de cinco años en el que las deudas exoneradas pueden volver a ser reclamadas.


b) Los créditos públicos tendrán un tratamiento similar al que gozan las entidades mercantiles en los concursos.


c) Reducir los requisitos o condicionantes para poder acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho de la persona natural.


d) Otorgar facultades al juez para valorar la actitud y el grado de cumplimiento de los deberes legales de préstamo responsable por los bancos.


e) Proteger la situaciones de colectivos especialmente vulnerables, por ejemplo, si el deudor tuviese a cargo a un menor de edad o a una persona en situación de dependencia para paralizar la ejecución hipotecaria en caso de insolvencia
justificada no dolosa; en estos casos y si fuese necesario, promoveremos la puesta a disposición de la familia de una vivienda en régimen de alquiler social procedente del parque público existente.


f) Excluir de la ejecución de los avales que se hayan podido producir en caso de insolvencia justificada no dolosa la vivienda habitual del avalista.


g) Cuando se produzca la ejecución de garantía real sobre la vivienda habitual del deudor, aprobaremos que el valor de tasación del bien a efectos de la ejecución de la garantía por incumplimiento de pago no pueda ser inferior al valor de
tasación que sirvió para la concesión del préstamo.


h) Potenciar la figura del Convenio de Acreedores con intervención de notario o autoridad judicial.


2. Crear una oficina central anti desahucios que coordine la creación de oficinas por todo el territorio y unifique criterios y ayude a su mantenimiento. Reconocer el derecho de las personas que hayan perdido su vivienda como consecuencia
de una situación de insolvencia sobrevenida en un procedimiento de desahucio a que se les facilite una vivienda en régimen de alquiler social a un precio acorde a sus circunstancias económicas y familiares y, en su caso, a un plan de rescate
personal sobre la deuda pendiente que mantengan, que no debe superar el 30% de sus ingresos.


3. Establecer la eliminación automática de las cláusulas declaradas abusivas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la jurisprudencia del Tribunal Supremo por parte de las entidades financieras y sin previa exigencia del titular
de una hipoteca.


4. Impulsar la modificación de lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil para declarar inembargable la renta activa de inclusión, las prestaciones de Servicios Sociales, las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a las
Personas en Situación de Dependencia, las del Plan Prepara, la renta agraria y el subsidio para trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, los subsidios por desempleo, las ayudas y becas al estudio, y otras análogas a estas.


5. Desarrollar un nuevo modelo de vivienda protegida en alquiler, con precio de referencia tasado objetivamente, al margen del precio de mercado de la vivienda libre, bajo estricto control público en la



Página 126





selección del destinatario de menores rentas y en el seguimiento de su ocupación, estableciendo un esfuerzo razonable para toda la ciudadanía, fijando el umbral de esfuerzo económico de acceso en el máximo de un tercio de la renta familiar
disponible, así como estableciendo su calificación de protegida con carácter permanente. Los hogares destinatarios de las viviendas protegidas no deberán tener ingresos superiores a tres veces el IPREM.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000071


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la industria 4.0, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Existe cierto consenso en afirmar que hoy nos encontramos ante la cuarta revolución industrial. De ahí que muchos hablen de industria 4.0. La primera revolución industrial fue con la incorporación de la máquina del vapor, la segunda con la
electricidad, la tercera con el uso de la electrónica y la informática y ahora, el motor de la revolución son las tecnologías digitales, con base en internet.


Se persigue una producción más eficiente, con menores plazos de comercialización para consumidores más impacientes y mayor flexibilidad para fabricar productos personalizados para consumidores cada vez más exigentes. Para ello se requieren
cambios organizativos, optando por un modelo en red.


Algunas de las tecnologías englobadas en la industria 4.0 son la explotación inteligente de los datos (el denominado 'big data'), la utilización de plataformas compartidas de almacenamiento para acceder desde cualquier aplicación (la nube),
la fabricación aditiva e impresión 3D, una nueva relación maquinaria-personas a través de la robótica colaborativa y la proliferación de sistemas ciberfísicos, configurando una nueva generación de elementos interconectados donde los robots se
encargan del trabajo manual y las personas de la supervisión y el diseño. También, recientemente, estamos viendo como a pasos agigantados se está intentando integrar la realidad virtual en nuevas aplicaciones como para el comercio electrónico o
turismo.


Es evidente que, con la gran velocidad con la que se están produciendo los avances tecnológicos, en los próximos años vamos a asistir a profundas transformaciones que incidirán de forma radical en la vida de los ciudadanos y ciudadanas.


Es difícil imaginar hasta qué punto puede cambiar el mundo tal y como lo conocemos, pero sí podemos intuir que con mucha probabilidad aumentará nuestra esperanza de vida, existirán nuevas demandas de consumo, las relaciones comerciales se
realizarán de forma distinta, los sistemas de producción serán más avanzados, aparecerán nuevas oportunidades de actividad económica y se plantearán nuevos retos de seguridad y de protección de derechos.


Así pues la utilización combinada de las distintas tecnologías impulsadas por la utilización de las redes digitales abre la puerta a un proceso de transformación en la industria que va a suponer cambios fundamentales a nivel económico y
social, al igual que se produjeron en las tres revoluciones industriales anteriores.


Cambios que, sin la acción mediadora y protectora de los Estados, pueden generar brechas económicas y sociales que deberán afrontarse. Ante una demanda de productos personalizados y de entrega inmediata se requiere un proceso de
transformación tecnológica e inteligente de las empresas que comporta mucha inversión en I+D, en creatividad e innovación y en formación permanente. El que se tarde en afrontar este proceso de transformación será decisivo para asegurar la
supervivencia del tejido productivo del país en un mundo empresarial competitivo y en un entorno cada vez más globalizado.


Además, es previsible que se produzca un impacto mayor sobre el mercado de trabajo que, sin duda, producirá una nueva sustitución de mano de obra por robots/ sistemas tecnológicos.



Página 127





El informe 'Work crisis-a divided tale of labour markets' del Deutsche Bank señala que: '...la fuerza laboral va a ser cada vez menos necesaria para mantener y aumentar los niveles de producción. Esto ya está comenzando a ser un factor
evidente en varios países que siguen creciendo sin la necesidad de crear empleos y subir salarios. Este profundo cambio conllevará con toda seguridad inmensos cambios económicos e implicaciones sociales'.


'En los países desarrollados estamos acercándonos al mayor cambio visto en generaciones. Por primera vez desde la revolución industrial las nuevas tecnologías están destruyendo más empleo del que van a conseguir crear.'


En la conferencia de Davos, celebrada este mes de enero, se publicaba un informe en el que se señalaba que en los próximos cinco años pueden perderse más de siete millones de empleos en los países desarrollados debido a la automatización de
procesos repetitivos actualmente desempeñados por personas.


Por tanto, se agrandará la brecha entre mano de obra cualificada y no cualificada, entre trabajos repetitivos e innovadores, dejando sin oportunidades a los trabajadores sin formación y experimentados en tareas estrictamente manuales o
mecánicas. Se requerirá de un perfil de trabajador más sofisticado, creativo e innovador. Este proceso hace que la masa salarial cada vez tenga menos peso dentro de la renta nacional con el consiguiente impacto en la desigualdad.


Según informaba un periódico de tirada nacional, la empresa de recursos humanos Randstad ha publicado un estudio en el que se pone de manifiesto que en 2020 dos millones de empleos no podrán ser cubiertos en España por el enorme desajuste
entre la formación de nuestros profesionales y las necesidades de nuestras empresas.


Por tanto, para afrontar estos cambios transcendentales en la producción y en el mercado laboral, y sus consecuencias, es necesario adoptar un plan de acción coordinado entre las distintas administraciones, que garantice una adaptación que
no deje atrás a los más desfavorecidos, así como que mejore nuestra competitividad como país para generar un crecimiento sólido, sostenido en el tiempo y generador de empleo de calidad.


Es necesario adoptar una estrategia consensuada que nos permita afrontar, de la mejor manera, el tsunami tecnológico que está redefiniendo las relaciones económicas, la creciente desigualdad y los nuevos desajustes que se intuyen, definiendo
una hoja de ruta que permita avanzar y competir en un escenario muy incierto y desigual.


España se sitúa en el puesto 35 del índice de competitividad del Foro Económico Mundial y no ha conseguido realizar la urgente y necesaria transición hacia la economía del conocimiento, la innovación y el emprendimiento tecnológico.


Por todo lo expuesto, urge la adopción de medidas que impulsen la economía 4.0, entendida como la plasmación del cambio de modelo de crecimiento que asegure más empleo y de mayor calidad. Una economía con mayores niveles de productividad,
dinámica, más global, más internacionalizada, con mayores niveles de inversión en I+D, con mayor absorción tecnológica de las empresas, con uso eficiente de los recursos y con un impulso decidido de la digitalización de los sectores económicos y de
la sociedad en general.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una Estrategia Integral para la Transformación Digital de España que contenga:


1. La Agenda Digital 2020.


2. Una institucionalidad público-privada para gobernarla: El Consejo Nacional para la Transformación Digital.


3. Un instrumento para seguir y hacer transparente el progreso de su aplicación: El Observatorio Digital.


4. Establecer, en cooperación con el resto de Administraciones, una Agenda de Inversión en infraestructuras de banda ultra-ancha y servicios de contenidos seguros y fiables para universalizar dicho servicio al final de la próxima
legislatura. Garantizar la conectividad digital de calidad en todo el territorio y que reduzca la brecha digital.



Página 128





5. Garantizar una economía y sociedad digital integradora e inclusiva, asegurando la formación y capacitación digital de la ciudadanía y de las empresas para poder beneficiarse de los servicios avanzados de base digital, tanto públicos como
privados.


6. Potenciar el actual Plan de Transformación Digital de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como sus medidas prácticas de implementación efectiva. Se prestará especial atención a la usabilidad de los
sistemas de información para ciudadanos y empresas, que en todo caso deberán ser de fácil manejo y de posible realización telemática a través de dispositivos móviles.


7. Impulsar una normativa estable que dé confianza al inversor y garantice la competencia leal, además de la protección al consumidor. Se pretende establecer garantías y la promoción de derechos en la era digital.


8. Asegurar una educación y formación flexible y adaptada a las necesidades de una actividad económica en permanente evolución.


9. Favorecer la colaboración entre el sector educativo y el sector productivo mediante la implantación de mecanismos de transferencia del conocimiento bidireccionales más ágiles. Promover un acuerdo con las Universidades españolas con el
objetivo de ajustar la oferta educativa a las previsiones de formación derivadas del desarrollo de nuevos sectores productivos y de la implantación de las nuevas tecnologías en el ámbito de las empresas.


10. Impulsar y fomentar la creatividad y la formación permanente mediante políticas activas de empleo acompasadas al tejido productivo y a la innovación.


11. Restablecer como objetivo estratégico el horizonte europeo de alcanzar una inversión total, pública y privada, del 3 % del PIB y defender en las instituciones europeas la regla de oro que permite que las inversiones en I+D+i no computen
como gastos en el cálculo del déficit público.


12. Desarrollar el programa 'España Economía 4.0' para la modernización y dinamización de los sectores tradicionales, mediante la inclusión de planes sectoriales específicos y planes de apoyo a las PYMES.


13. Promover nuevos modelos de comercialización tecnológica destinados a las PYMES mediante comunicación y sensibilización a las empresas proveedoras de tecnología.


14. Impulsar un plan de potenciación del papel internacional de las empresas españolas como proveedores de servicios desde nuestro país, especialmente tecnológicos.


15. Llevar a cabo planes de cualificación, reciclaje y en su caso recolocación de los trabajadores de aquellas empresas que se vean afectados por la automatización de sus procesos de producción, con la finalidad de revertir en todo lo
posible las ganancias de productividad asociadas a medidas que favorezcan el mantenimiento del empleo.


16. Impulsar la creación de un ecosistema industrial innovador de PYMES altamente especializadas que permita a las empresas tractores un pleno desarrollo de la industria 4.0 y la eficiencia energética, así como la modernización de sus
procesos industriales.


17. El Congreso de los Diputados considera necesaria la constitución, mediante los procedimientos reglamentarios oportunos, de una Subcomisión para el análisis de los problemas estructurales y de competitividad del sector industrial y el
estudio de medidas que modernicen la industria a través de la transformación digital y el desarrollo de la industria 4.0 en la Comisión de Industria, Energía y Turismo, con el objetivo de incorporar las recomendaciones de dicha Subcomisión en la
Estrategia Integral para la Transformación Digital de España que pondrá en marcha el Gobierno.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de agosto de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000072



parte 1 parte 2