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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 68, de 27/03/2017
cve: BOCG-12-CG-A-68 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCIÓN CORTES GENERALES


XII LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


27 de marzo de 2017


Núm. 68



ÍNDICE


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000010 (CD)


771/000009 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante los ejercicios 2006 a 2009 por el Instituto de Mayores
y Servicios Sociales, así como dicho Informe ... (Página3)


251/000036 (CD)


771/000035 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de la utilización de la Encomienda de Gestión regulada en la legislación de contratación pública por los
Ministerios, Agencias y Organismos Autónomos del Área Político-Administrativa del Estado, ejercicios 2008-2012, así como dicho Informe ... (Página5)


251/000043 (CD)


771/000042 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización para el análisis de la adecuación de los procedimientos de contratación aplicados por las
Empresas estatales no financieras al marco legal establecido a partir de la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como dicho
Informe ... (Página6)


251/000097 (CD)


771/000096 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ejercicios 2013 y
2014, así como dicho Informe ... (Página7)


251/000119 (CD)


771/000117 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página8)


251/000121 (CD)


771/000119 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página9)



Página 2





251/000122 (CD)


771/000120 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página10)


251/000126 (CD)


771/000125 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página11)


251/000127 (CD)


771/000126 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página12)


251/000148 (CD)


771/000145 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página13)


251/000158 (CD)


771/000158 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la contratación celebrada en 2013 por los Ministerios, Organismos y otros Entes
dependientes del Área de la Administración Económica del Estado, así como dicho Informe ... (Página14)


251/000169 (CD)


771/000168 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de Gestión, regulada en la legislación de contratación
pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico español durante el ejercicio 2013, así como dicho Informe ... (Página16)


251/000177 (CD)


773/000005 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Moción a las Cortes Generales sobre la necesidad de desarrollar un adecuado Marco Legal para el empleo de las
encomiendas de gestión por las Administraciones Públicas, así como dicha Moción ... (Página17)



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000010 (CD)


771/000009 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante los
ejercicios 2006 a 2009 por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA DURANTE LOS EJERCICIOS 2006 A 2009 POR EL INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS
SOCIALES, EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante los
ejercicios 2006 a 2009 por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Ministerio de Empleo y Seguridad Social a:


- Hacer cumplir el principio de objetividad en la adjudicación en sus contrataciones públicas, viniendo a:


• Eliminar los criterios de adjudicación que respondan a juicios de valor, no objetivables plenamente, eliminando el alto grado de discrecionalidad en la contratación del Instituto.


• Evitar la utilización de pliegos genéricos para cada una de las categorías de los contratos, así como el uso de fórmulas o métodos que, puedan alterar la ponderación establecida en las PCAP.


• Justificar debidamente la elección de criterios para la adjudicación del contrato en contratos que vayan a ser adjudicados por concurso o procedimiento abierto con más de un criterio de adjudicación.


• Eliminar de los criterios de adjudicación características concretas de las empresas (certificados de aseguramiento de calidad, estructura organizativa, medios personales o técnicos puestos a disposición,...)


- Establecer el sistema de bajas temerarias establecido legalmente, cesando en la práctica de establecer umbrales de saciedad en la adjudicación de contratos públicos.


- Cumplir la obligación legal del IMSERSO a remitir al Tribunal de Cuentas la integridad de las relaciones certificadas, la integridad de los extractos de los contratos en el plazo establecido y conforme a las instrucciones del Pleno del
Tribunal de Cuentas, así como la documentación que sea requerida en el seno de sus labores de fiscalización y las comunicaciones de oficio sobre las vicisitudes de la ejecución de los contratos como las prórrogas, modificaciones o extinción normal o
anormal de dichos contratos.


- Publicar en las convocatorias de contratos los criterios de adjudicación y su ponderación, así como la adjudicación de todos los contratos de cuantía igual o superior a 100.000 euros o cuando proceda, por ser su duración superior a 5 años.


- Resolver las deficiencias en los proyectos de obras y planificación de estas, así como sobre los criterios de adjudicación de contratos de obras, a los efectos de evitar las incidencias en la ejecución de estas, sus modificados, reajustes
de anualidades y obras complementarias.



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- Restringir el uso del procedimiento negociado, limitativo de la libre concurrencia, a los supuestos en que la imperiosa urgencia esté claramente justificada y acreditada.


3. Instar al IMSERSO a:


- Adoptar las medidas necesarias para el envío en los términos y plazos legales al Tribunal de Cuentas, tanto de las Relaciones Certificadas anuales de los contratos que celebra como de los extractos de los expedientes de contratación. En
particular, el IMSERSO debe extremar el rigor en la comunicación de todas las modificaciones, prórrogas, variaciones de precio o de plazo, el importe final, la nulidad y la extinción normal o anormal de los citados contratos, dentro de los tres
meses siguientes a la fecha en que se hayan producido.


- Evitar la utilización de modelos de pliegos de cláusulas administrativas de carácter genérico y, en su lugar, aprobar modelos de pliego específicos para cada una de las categorías de contratos de naturaleza análoga, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 115.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, entendiendo como tales los del mismo tipo contractual, mismo procedimiento de adjudicación y similar objeto y clausulado.


- Motivar, sin formulismos, todos los expedientes de contratación, y en particular en los contratos de obras, la elección del procedimiento y de los criterios de adjudicación.


- Extremar el rigor en la redacción, comprobación y supervisión de los correspondientes proyectos de obras.


- Considerar la conveniencia de adjudicar los contratos de obras atendiendo únicamente al precio como criterio de adjudicación, justificando suficientemente en el expediente la utilización del procedimiento abierto con más de un criterio de
adjudicación para la contratación de obras.


- Determinar con la máxima precisión, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, los criterios de adjudicación de los contratos y los métodos o fórmulas para su valoración.


- Establecer con la máxima precisión, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, el sistema de determinación del precio del contrato, como exige el artículo 87.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
particularmente en los contratos de servicios continuados, como pueden ser los de limpieza o vigilancia, en los que la retribución del contratista debe adecuarse a los periodos de tiempo de prestación efectiva del servicio.


4. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Incluir un apartado en sus informes de fiscalización para el análisis de la gestión económica (también conocida como auditoría de desempeño): cuya finalidad será revisar la racionalidad de los gastos y su adecuación a los principios de
buena gestión, el cumplimiento de los objetivos del gasto y si se han realizado conforme a los principios de eficacia, eficiencia y economía, en desarrollo del artículo 1 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.


- Fiscalizar, más allá del mero control legal y formal, los expedientes de contratación, la elección del procedimiento y los criterios de adjudicación, examinando estos bajo criterios de oportunidad y verificando que se estén aplicando las
mejores prácticas en el mejor interés del servicio público.


- Emitir una valoración global de la gestión de la entidad fiscalizada que incluya un examen del grado de cumplimiento de los objetivos encomendados en relación a los medios disponibles.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000036 (CD)


771/000035 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de la utilización de la Encomienda de Gestión regulada en la
legislación de contratación pública por los Ministerios, Agencias y Organismos Autónomos del Área Político-Administrativa del Estado, ejercicios 2008-2012. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA POR LOS MINISTERIOS,
AGENCIAS Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL ÁREA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL ESTADO, EJERCICIOS 2008-2012, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de la utilización de la Encomienda de Gestión regulada en
la legislación de contratación pública por los Ministerios, Agencias y Organismos Autónomos del Área Político-Administrativa del Estado, ejercicios 2008-2012:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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Página 6





251/000043 (CD)


771/000042 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización para el análisis de la adecuación de los
procedimientos de contratación aplicados por las Empresas estatales no financieras al marco legal establecido a partir de la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN PARA EL ANÁLISIS DE LA ADECUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN APLICADOS POR LAS EMPRESAS ESTATALES
NO FINANCIERAS AL MARCO LEGAL ESTABLECIDO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE FEBRERO
DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización para el análisis de la adecuación de los
procedimientos de contratación aplicados por las Empresas estatales no financieras al marco legal establecido a partir de la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno a:


- Indicar en la nueva Ley sobre Contratación del Sector Público, y establecer de manera más clara y precisa los criterios a considerar en la calificación de las empresas a los efectos de la legislación aplicable a su actividad contractual.


- Regular convenientemente las limitaciones a la contratación con terceros por parte de los medios propios y servicios técnicos de poderes adjudicadores y limitar la contratación con terceros, de manera que se garantice que sea efectivamente
el medio propio el que realiza, al menos en su mayor parte, las tareas que le encomiende el poder adjudicador al que sirve o que, en caso contrario, las contrataciones del medio propio con terceros se sometan al régimen jurídico de contratación
aplicable al poder adjudicador encomendante.


- Establecer en el marco de la nueva Ley de Contratos del Sector Público que las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores, regulen los procedimientos de contratación de forma que se garanticen, entre
otros, los principios de concurrencia, transparencia, igualdad y no discriminación.


- Garantizar que los poderes adjudicadores ejerzan una influencia decisiva en los objetivos estratégicos y las decisiones importantes de sus medios propios de manera que estos no puedan perseguir intereses distintos a los de sus poderes
adjudicadores.


3. Instar a las empresas estatales no financieras a perseverar en la adopción de medidas tendentes a garantizar el respeto de los principios rectores de la contratación pública, y a la adecuación de su normativa interna a la legislación
vigente en materia de contratación, en especial en lo relativo a los encargos a medios propios, a la implementación de las instrucciones internas, y al cumplimiento de los principios de publicidad y transparencia a través de los medios establecidos
para ello.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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Página 7





251/000097 (CD)


771/000096 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la contratación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, ejercicios 2013 y 2014. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EJERCICIOS 2013 Y 2014, EN SU SESIÓN
DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, ejercicios 2013 y 2014:


ACUERDA


- Asumir el contenido del citado Informe así como sus conclusiones y recomendaciones.


1. Instar al Gobierno a:


- Dotar a la AEAT de los medios necesarios para reducir las deudas tributarias pendientes de liquidación gestionadas por la AEAT antes de que prescriban.


2. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Realizar una valoración global del informe de fiscalización de la contratación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ejercicios 2013 y 2014, tomando como base los doce puntos recogidos en sus propias conclusiones del informe.


- Establecer criterios y plazos de seguimiento para evaluar la puesta en marcha y el grado de cumplimiento de los cinco puntos recogidos en el informe de fiscalización como recomendaciones.


- Fiscalizar, más allá del mero control legal y formal, los expedientes de contratación, la elección del procedimiento y los criterios de adjudicación, examinando estos bajo criterios de oportunidad y verificando que se estén aplicando las
mejores prácticas en el mejor interés del servicio público.


- Incluir en las recomendaciones una valoración global de la gestión de la entidad fiscalizada que incluya un examen del grado de cumplimiento de los objetivos encomendados en relación a los medios disponibles.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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Página 8





251/000119 (CD)


771/000117 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe
correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2013:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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Página 9





251/000121 (CD)


771/000119 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe
correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2013:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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Página 10





251/000122 (CD)


771/000120 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al
Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2013:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000126 (CD)


771/000125 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe
correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2013.


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000127 (CD)


771/000126 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al
Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2013:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000148 (CD)


771/000145 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe
correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO DE LAS CIUDADES AUTÓNOMAS DE CEUTA Y MELILLA, EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, ejercicio 2013:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000158 (CD)


771/000158 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la contratación celebrada en 2013 por los
Ministerios, Organismos y otros Entes dependientes del Área de la Administración Económica del Estado. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA EN 2013 POR LOS MINISTERIOS, ORGANISMOS Y OTROS ENTES DEPENDIENTES DEL ÁREA DE
LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO, EN SU SESIÓN DEL DÍA 9 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación celebrada en 2013 por
los Ministerios, Organismos y otros Entes dependientes del Área de la Administración Económica del Estado:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Ratificar la totalidad de las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas.


3. Instar al Gobierno a:


- Prevenir el uso inadecuado de los procedimientos negociados a instancia de motivos de urgencia, de modo que se maximice el uso del procedimiento público y de libre concurrencia.


- Reforzar las medidas de seguimiento en la ejecución de la obra pública con el objetivo de evitar retrasos y las desviaciones económicas en los plazos.


- Enviar en los términos y plazos legales al Tribunal de Cuentas, las Relaciones Certificadas anuales de los contratos que celebra como de los extractos de los expedientes de contratación.


- Concretar los medios de acreditación de la solvencia para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea.


- Que las valoraciones de las ofertas llevadas a cabo por las mesas de contratación no sean la mera constatación de unas tablas de puntuaciones, sino que se acompañen de la debida y suficiente motivación de los criterios de valoración
aplicados para otorgar dichas puntuaciones, apoyándose cuando sea preciso, en los informes técnicos necesarios debidamente motivados a tal efecto, de los que debe quedar constancia en los expedientes.


- Establecer con claridad y de forma expresa en los pliegos los aspectos técnicos o económicos sobre los que ha de versar la negociación en los contratos adjudicados mediante procedimiento negociado (tanto con publicidad como sin
publicidad).


- En los contratos de servicios que supongan alguna intervención en el ejercicio ordinario de competencias administrativas, evitar el ejercicio de potestades administrativas por parte de los trabajadores de empresas contratistas debido a las
carencias de medios personales propios por parte de la Administración.


- Retener el 1 por 100 cultural en el presupuesto en los contratos de obras que reúnan los requisitos para ello.


- Extremar el rigor en las fases de planificación previas a la contratación para evitar urgencias innecesarias en la tramitación de los procedimientos y sobrecostes.


- Proponer mejorar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares para recoger con el detalle, garantía suficiente y la precisión que exige el artículo 94 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
el modo en que el órgano de contratación ha de llevar a cabo la



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supervisión de la actuación del contratista en el desarrollo de la ejecución del contrato sin que, a estos efectos, pueda considerarse suficiente la mera designación de una persona como responsable del contrato.


- Establecer mecanismos de seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas en materia de contratación por el Tribunal de Cuentas en sus informes y por la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas.


- Cumplir con la legislación de contratación y adoptar las medidas oportunas para solucionar en los futuros contratos las prácticas o deficiencias que se han puesto de manifiesto en este informe y en anteriores informes por el Tribunal de
Cuentas.


4. Instar a los Ministerios, Organismos y otros Entes dependientes del Área de la Administración Económica del Estado a:


- Incluir en los procedimientos negociados sin publicidad los aspectos técnicos a negociar.


- Que las actas de las mesas de contratación motiven suficientemente la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas presentadas.


- Corregir la insuficiente justificación del recurso al procedimiento negociado sin publicidad y la ausencia de justificación de la negociación de las condiciones del contrato.


- Que todas las áreas de gestión, especialmente la Dirección General de Carreteras y la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento, cumplan los plazos de ejecución de los contratos y los plazos establecidos para la
recepción y liquidación de los contratos de obras.


- Revisar las fórmulas o métodos concretos en la valoración, pues en diferentes contratos celebrados por diversos órganos de la Administración y a opinión del Tribunal de Cuentas en la materia relativa a los criterios de valoración para la
adjudicación, el PCAP estableció, en algunos casos, las puntuaciones máximas posibles a otorgar, pero no fijó las fórmulas o métodos concretos para su valoración, con lo que deja abierta la discrecionalidad y por ello se hace necesario atender esta
cuestión.


- Evitar la aparición de duplicidades en los contratos celebrados por los diversos organismos pues se han observado duplicidades en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, y si bien en un
primer análisis no debiera significar problemas o incidencias de tramitación, sí que parece que en el ánimo de mejorar la formalidad que debe acompañar a los contratos celebrados por el sector público, esta cuestión debiera ser objeto de revisión y
mejora.


- Promover que se establezcan condiciones especiales de ejecución con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres en consideración de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres, sin olvidar el carácter potestativo de esta medida.


5. Instar al Tribunal de Cuentas a: Promover un sistema de remisión de la documentación objeto de fiscalización normalizado, de manera que se eviten las incidencias producidas en el sentido de duplicidades de remisión, documentos que
aparecen incluidos en otros, etc., y que provoca una mayor carga de trabajo, tanto para el Tribunal de Cuentas, como para la entidad objeto de fiscalización. A modo de ejemplo, proponemos se tome como referencia el sistema establecido entre los
Tribunales económico administrativos y la AEAT.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000169 (CD)


771/000168 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico español durante el ejercicio 2013. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN, REGULADA EN LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
APLICABLE, POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO ESPAÑOL DURANTE EL EJERCICIO 2013, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre la utilización de la Encomienda de
Gestión, regulada en la legislación de contratación pública aplicable, por las entidades del sector público autonómico español durante el ejercicio 2013:


ACUERDA


Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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251/000177 (CD)


773/000005 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre la Moción a las Cortes Generales sobre la necesidad de desarrollar un
adecuado Marco Legal para el empleo de las encomiendas de gestión por las Administraciones Públicas. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder a la Moción correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2017.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON LA MOCIÓN A LAS CORTES GENERALES SOBRE LA NECESIDAD DE DESARROLLAR UN ADECUADO MARCO LEGAL PARA EL EMPLEO DE LAS ENCOMIENDAS DE GESTIÓN
POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN SU SESIÓN DEL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2017


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca de la Moción a las Cortes Generales sobre la necesidad de desarrollar
un adecuado Marco Legal para el empleo de las encomiendas de gestión por las Administraciones Públicas:


ACUERDA


- Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


Instar al Gobierno a:


- Garantizar el cumplimiento ejemplar de la Administración del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores que tipifica como cesión ilegal de trabajadores la mera puesta a disposición de trabajadores.


- Evitar que las encomiendas de gestión puedan producir una alteración de la titularidad de las competencias de los órganos de naturaleza administrativa o una traslación del ejercicio de las mismas a los entes instrumentales, y muy
especialmente del ejercicio de potestades públicas, reservado por ley a los funcionarios públicos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2017.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Saúl Ramírez Freire.


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