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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 73, de 13/05/2016
cve: BOCG-11-D-73 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XI LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


13 de mayo de 2016


Núm. 73



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DISOLUCIÓN DE LA XI LEGISLATURA Y CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA XII LEGISLATURA


420/000016 Real Decreto 184/2016, de 3 de mayo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones... (Página4)


DIPUTACIÓN PERMANENTE


061/000009 Composición de la Diputación Permanente... (Página6)


DIPUTADOS


042/000003 Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre incompatibilidades, así como Addenda a dicho Dictamen. Aprobación por el Pleno... (Página9)


PERSONAL


299/000004 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Diputados de los Grupos Parlamentarios del Congreso.


Cese... (Página67)


Nombramientos... (Página67)


299/000005 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Presidentes de Comisión. Ceses... (Página71)


Control de la acción del Gobierno


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión... (Página73)


184/001569 Autor: Gordo Pérez, Juan Luis


Previsiones acerca de la puesta en funcionamiento del AVE en Euskadi, así como medidas para corregir irregularidades e impulsar el final de las obras y de sus conexiones... (Página75)



Página 2





184/001572 Autor: Gordo Pérez, Juan Luis


Acuerdo Renfe Operadora, ADIF y ADIF AV para la reposición parcial de superficie cuyo derecho de uso sin contraprestación se reconoce a Renfe Operadora, así como la adquisición por ADIF y ADIF AV de los derechos de uso no repuestos... href='#(Página76)'>(Página76)


184/001681 Autor: Garzón Espinosa, Alberto


Información aparecida en los medios de comunicación referida a que el Ministro don José Manuel Soria estaría vinculado a sociedades creadas en Panamá... (Página77)


184/002375 Autor: Martín Llaguno, Marta


Centros de referencia para implantar desfibriladores automáticos implantables... (Página78)


184/002560 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Implicación de la Fundación Guardia Civil en medidas concretas de formación para la reinserción y reintegración laboral, especialmente dirigidas al colectivo de retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas, así como actuaciones de las
asociaciones Pro-Huérfanos en relación a las políticas económicas y situación especial de los retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas que son socios... (Página79)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000053 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 301/2013, promovido por el Gobierno de Cataluña, contra los artículos 3; 4; 6.Uno; 6.Tres; 6.Cuatro y 7 del Real Decreto-ley 14/2012,
de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo... (Página82)


232/000054 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 3492/2015, promovido por el Presidente del Gobierno contra el inciso último 'o previa autorización del Gobierno, de la puesta en
funcionamiento de nuevos servicios públicos' del artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015... (Página83)


232/000055 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 9888/2007, promovido por el Presidente del Gobierno en relación con la Ley de la Comunitat Valenciana 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen
Económico Matrimonial Valenciano... (Página84)


232/000056 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 7774/2014, promovido por el Gobierno de Canarias contra los artículos 1.2, 3, 5.2, 11, 12, 13, 14, 17 a 33, 34, 35 y 37 de la Ley 2/2014,
de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado... (Página85)


233/000008 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 7331/2015, planteada por la Sección Séptima de la Audiencia Nacional, en relación con la letra 'c' de la disposición adicional
decimoquinta de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, por posible vulneración de los artículos 9.2 y 14 CE... (Página86)



Página 3





233/000020 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 4912/2014, planteada por el Juzgado de lo Social número 3 de Alicante, en el procedimiento de conflicto colectivo número 1136/2013, en
relación con los artículos 2.1 y 2.2.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible
vulneración del artículo 9.3 de la Constitución... (Página87)


233/000021 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 5794/2014, planteada por el Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara, en el procedimiento sobre conflicto colectivo número 1127/2013,
en relación con los artículos 2.2 y 6 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución... href='#(Página88)'>(Página88)


233/000024 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 2577/2015, planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en relación con los
apartados 2.b) y 3 de la disposición transitoria novena de la Ley 7/2003, de 25 de abril, de protección de la salud, de la Comunidad Autónoma de Cataluña, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del
Instituto Catalán de la Salud, por posible vulneración de los artículos 14 y 23.2 de la Constitución española... (Página89)



Página 4





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DISOLUCIÓN DE LA XI LEGISLATURA Y CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA XII LEGISLATURA


420/000016


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha acordado la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del Real Decreto 184/2016, de 3 de mayo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y
de convocatoria de elecciones.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


REAL DECRETO 184/2016, DE 3 DE MAYO, DE DISOLUCIÓN DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y DEL SENADO Y DE CONVOCATORIA DE ELECCIONES


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99.5 de la Constitución, y de conformidad con lo previsto en el artículo 167.4 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General,


DISPONGO:


Artículo 1. Disolución del Congreso de los Diputados y del Senado.


Quedan disueltos el Congreso de los Diputados y el Senado elegidos el día 20 de diciembre de 2015.


Artículo 2. Convocatoria de elecciones.


Se convocan elecciones a ambas Cámaras, que se celebrarán el domingo 26 de junio de 2016.


Artículo 3. Diputados y Senadores que corresponden a cada circunscripción.


1. En aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el número de Diputados correspondiente a cada circunscripción es el que se acompaña en el anexo.


2. En aplicación del artículo 165 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en cada circunscripción provincial se eligen cuatro Senadores; en las circunscripciones insulares se eligen tres en Gran Canaria,
Mallorca y Tenerife, y uno en Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.


Las poblaciones de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos Senadores.


Artículo 4. Campaña electoral.


La campaña electoral durará quince días, comenzando a las cero horas del viernes 10 de junio y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 24 de junio.


Artículo 5. Reunión constitutiva de las Cámaras.


Celebradas las elecciones convocadas por este real decreto, las Cámaras resultantes se reunirán, en sesiones constitutivas, el día 19 de julio de 2016, a las diez horas.



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Artículo 6. Normas por las que se rigen estas elecciones.


Las elecciones convocadas por el presente real decreto se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y su normativa de desarrollo.


Disposición final única. Entrada en vigor.


El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dado en Madrid, el 3 de mayo de 2016.


ANEXO


Circunscripción;Diputados


Albacete ;Cuatro.


Alicante/Alacant ;Doce.


Almería ;Seis.


Araba/Álava ;Cuatro.


Asturias ;Ocho.


Ávila ;Tres.


Badajoz ;Seis.


Balears (Illes) ;Ocho.


Barcelona ;Treinta y uno.


Bizkaia ;Ocho.


Burgos ;Cuatro.


Cáceres ;Cuatro.


Cádiz ;Nueve.


Cantabria ;Cinco.


Castellón/Castelló ;Cinco.


Ciudad Real ;Cinco.


Córdoba ;Seis.


Coruña (A) ;Ocho.


Cuenca ;Tres.


Gipuzkoa ;Seis.


Girona ;Seis.


Granada ;Siete.


Guadalajara ;Tres.


Huelva ;Cinco.


Huesca ;Tres.


Jaén ;Cinco.


León ;Cuatro.


Lleida ;Cuatro.


Lugo ;Cuatro.


Madrid ;Treinta y seis.


Málaga ;Once.


Murcia ;Diez.


Navarra ;Cinco.


Ourense ;Cuatro.


Palencia ;Tres.


Palmas (Las) ;Ocho.



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Circunscripción;Diputados


Pontevedra ;Siete.


Rioja (La) ;Cuatro.


Salamanca ;Cuatro.


Santa Cruz de Tenerife ;Siete.


Segovia ;Tres.


Sevilla ;Doce.


Soria ;Dos.


Tarragona ;Seis.


Teruel ;Tres.


Toledo ;Seis.


Valencia/València ;Dieciséis.


Valladolid ;Cinco.


Zamora ;Tres.


Zaragoza ;Siete.


Ceuta ;Uno.


Melilla ;Uno.


DIPUTACIÓN PERMANENTE


061/000009


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha acordado la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la composición de la Diputación Permanente.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Presidente


LÓPEZ ÁLVAREZ, Patxi (GS)


Vicepresidenta Primera


VILLALOBOS TALERO, Celia (GP)


Vicepresidenta Segunda


NAVARRO GARZÓN, Micaela (GS)


Secretaria Primera


SÁNCHEZ-CAMACHO PÉREZ, Alicia (GP)


Secretario Segundo


PRENDES PRENDES, José Ignacio (GCs)


Vocales


ÁBALOS MECO, José Luis (GS)


ALONSO ARANEGUI, Alfonso (GP)



Página 7





ASIAN GONZÁLEZ, Matilde Pastora (GP)


BALDOVÍ RODA, Joan (GMx)


BALLESTER MUÑOZ, Ángela (GP-EC-EM)


BÁÑEZ GARCÍA, María Fátima (GP)


BATET LAMAÑA, Meritxell (GS)


BERMÚDEZ DE CASTRO FERNÁNDEZ, José Antonio (GP)


BESCANSA HERNÁNDEZ, Carolina (GP-EC-EM)


BUSTINDUY AMADOR, Pablo (GP-EC-EM)


CAMPUZANO I CANADÉS, Carles (GC-DL)


CASADO BLANCO, Pablo (GP)


CATALÁ POLO, Rafael (GP)


CHACÓN PIQUERAS, Carme (GS)


DE COSPEDAL GARCÍA, María Dolores (GP)


DÍAZ PÉREZ, Yolanda (GP-EC-EM)


DOMÈNECH SAMPERE, Francesc Xavier (GP-EC-EM)


ERREJÓN GALVÁN, Íñigo (GP-EC-EM)


ESTEBAN BRAVO, Aitor (GV-EAJ-PNV)


FERNÁNDEZ DÍAZ, Jorge (GP)


FLORIANO CORRALES, Carlos Javier (GP)


GARCÍA TEJERINA, Isabel (GP)


GARCÍA-MARGALLO Y MARFIL, José Manuel (GP)


GARZÓN ESPINOSA, Alberto (GMx)


GIRAUTA VIDAL, Juan Carlos (GCs)


GONZÁLEZ VERACRUZ, María (GS)


GUTIÉRREZ VIVAS, Miguel Ángel (GCs)


HEREDIA DÍAZ, Miguel Ángel (GS)


HERNANDO FRAILE, Rafael Antonio (GP)


HERNANDO VERA, Antonio (GS)


HERNANZ COSTA, Sofía (GS)


HOMS MOLIST, Francesc (GC-DL)


HONORATO CHULIÁN, María Auxiliadora (GP-EC-EM)


IGLESIAS TURRIÓN, Pablo Manuel (GP-EC-EM)


LASTRA FERNÁNDEZ, Adriana (GS)


LUENA LÓPEZ, César (GS)


MARTÍN LLAGUNO, Marta (GCs)


MARTÍNEZ-MAILLO TORIBIO, Fernando (GP)


MAYORAL PERALES, Rafael (GP-EC-EM)


MÉNDEZ DE VIGO MONTOJO, Íñigo (GP)


MONTERO GIL, Irene María (GP-EC-EM)


MONTORO ROMERO, Cristóbal Ricardo (GP)


PASTOR JULIÁN, Ana María (GP)


PÉREZ DOMÍNGUEZ, María Soledad (GS)


PRADAS TORRES, Antonio (GS)


RAJOY BREY, Mariano (GP)


REYES RIVERA, Patricia Isaura (GCs)


RIVERA DÍAZ, Albert (GCs)


RODRÍGUEZ GARCÍA, Isabel (GS)


ROMERO SÁNCHEZ, Rosa María (GP)


RUFIÁN ROMERO, Gabriel (GER)


SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN, María Soraya (GP)


SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN, Pedro (GS)


TARDÀ I COMA, Joan (GER)


VENDRELL GARDEÑES, Josep (GP-EC-EM)


VILLEGAS PÉREZ, José Manuel (GCs)



Página 8





Vocales suplentes


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


AYLLÓN MANSO, José Luis.


BONILLA DOMÍNGUEZ, María Jesús.


DEL RÍO SANZ, Emilio.


ECHÁNIZ SALGADO, José Ignacio.


GARCÍA EGEA, Teodoro.


GARCÍA HERNÁNDEZ, José Ramón.


GONZÁLEZ MUÑOZ, Ángel Luis.


GONZÁLEZ VÁZQUEZ, Marta.


MARISCAL ANAYA, Guillermo.


MATARÍ SÁEZ, Juan José.


MERINO LÓPEZ, Rafael.


MONEO DÍEZ, María Sandra.


MONTSERRAT MONTSERRAT, Dolors.


MORAGAS SÁNCHEZ, Jorge.


MORENO BUSTOS, Ramón.


MORENO PALANQUES, Rubén.


NADAL BELDA, Alvaro María.


POSADA MORENO, Jesús.


ROJAS GARCÍA, Carlos.


VERA PRÓ, Juan Carlos.


ZOIDO ÁLVAREZ, Juan Ignacio.


Grupo Parlamentario Socialista


CAMPO MORENO, Juan Carlos.


CAMPOS ARTESEROS, Herick Manuel.


CANCELA RODRÍGUEZ, Pilar.


FERRER TESORO, Sonia.


FRANQUIS VERA, Sebastián.


GONZÁLEZ RAMOS, Manuel Gabriel.


LUCIO CARRASCO, María Pilar.


MUÑOZ GONZÁLEZ, Pedro José.


RAMÓN UTRABO, Elvira.


RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, María Luz.


RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, Germán.


SÁNCHEZ AMOR, José Ignacio.


SIMANCAS SIMANCAS, Rafael.


SUMELZO JORDÁN, Susana.


Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea


BELARRA URTEAGA, Ione.


DEL OLMO IBÁÑEZ, Juan Manuel.


DELGADO RAMOS, Juan Antonio.


ELIZO SERRANO, María Gloria.


EXPÓSITO PRIETO, Marcelo.


GÓMEZ-REINO VARELA, Antonio.


GUIJARRO GARCÍA, Txema.


SÁNCHEZ MELERO, Tania.


SIBINA CAMPS, Marta.


TERRÓN BERBEL, Ana Belén.


YLLANES SUÁREZ, Juan Pedro.



Página 9





Grupo Parlamentario Ciudadanos


CANTÓ GARCÍA DEL MORAL, Antonio.


DE LA TORRE DÍAZ, Francisco.


HERVÍAS CHIROSA, Francisco Javier.


MAURA BARANDIARÁN, Fernando.


RIVERA DE LA CRUZ, Marta María.


RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, Melisa.


ROLDÁN MONÉS, Antonio.


Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana


CAPELLA I FARRÉ, Ester.


JORDÀ I ROURA, Teresa.


Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat)


CIURÓ I BULDÓ, Lourdes.


XUCLÀ I COSTA, Jordi.


Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)


AZPIAZU URIARTE, Pedro María.


Grupo Parlamentario Mixto


BEITIALARRANGOITIA LIZARRALDE, Marian.


SALVADOR ARMENDÁRIZ, Carlos Casimiro.


DIPUTADOS


042/000003


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 28 de abril de 2016, aprobó el Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades, así como Addenda a dicho Dictamen, con los textos que se
insertan a continuación.


Se ordena la publicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


La Comisión del Estatuto de los Diputados, en su sesión del día de la fecha, bajo la presidencia del Excmo. Sr. D. Leopoldo Barreda de los Ríos (GP) y con la asistencia de los Excmos. Sres. Diputados D.ª Mónica Lafuente de la Torre (GS),
D. Rubén Martínez Dalmau (GP-EC-EM), D.ª Patricia Isaura Reyes Rivera (GCs), D. Joan Capdevila i Esteve (GER), D.ª Elena Ribera i Garijo (GC-DL), D. Joseba Andoni Agirretxea Urresti (GV-EAJ-PNV) y D. Isidro Manuel Martínez Oblanca (GMx), vistas las
declaraciones de actividades que pueden constituir causa de incompatibilidad y de otras actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, formuladas por los Excmos. Sres. Diputados que más adelante se mencionan, ha acordado
por unanimidad elevar al Pleno de la Cámara el siguiente



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DICTAMEN


Primero.


La Comisión ha tomado en consideración para emitir su Dictamen las previsiones de la LOREG y los criterios fijados en anteriores dictámenes y ratificados por el Pleno de la Cámara en los siguientes términos:


a) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.1.b) de la Constitución, la Comisión ha venido declarando compatible la condición de Diputado con la de miembro del Gobierno, así como de los cargos de la Administración General del Estado
que ostentan los miembros del gobierno en su condición de tales. Igualmente, la Comisión, siguiendo el criterio ya sentado en anteriores Legislaturas y aceptado por el Pleno de la Cámara, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.1.b) de la
Constitución en relación con lo dispuesto por los artículos 6.1.f) y 155.1 de la LOREG, ha declarado compatible la condición de diputado con la de secretario de Estado.


b) En relación con el desempeño de cargos representativos locales la Comisión, siguiendo el criterio ya sentado en anteriores legislaturas y aceptado por el Pleno de la Cámara, entiende que los cargos locales no son incompatibles con el de
Diputado (no se encuentran comprendidos en los artículos 155 a 159 de la LOREG), siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1 de la LOREG. Por esta razón,
así como la previsión del artículo 158.1, no se podrán desempeñar los cargos locales en régimen de dedicación absoluta, ni percibir retribución, sino únicamente dietas por asistencia a las reuniones de los órganos locales. Igualmente, es criterio
reiterado de la Comisión que deben comprenderse incluidos en el desempeño de las funciones representativas locales, la participación en otros entes locales como mancomunidades y consorcios, en los organismos públicos locales y en otros entes
públicos, en su condición de representantes locales, sin que tal posibilidad pueda comprender la pertenencia a empresas con participación pública mayoritaria, directa o indirecta, cualquiera que sea su forma, prohibida por el artículo 155.2.e) de la
LOREG. En este último caso, la Comisión ha admitido la pertenencia de los cargos locales a la Junta General de dichas empresas cuando sus estatutos así lo prevén expresamente, pero nunca a los Consejos de Administración, requiriendo en su caso,
bien la modificación estatutaria, o la delegación de dicho cargo en otro representante local.


c) El desempeño de la función pública (salvedad hecha de las funciones docentes extraordinarias a que se refiere el artículo 157.4 de la LOREG y del desempeño de cargos representativos locales), resulta incompatible con la condición
parlamentaria (artículo 157.1). Por eso se hace constar que el funcionario pasa a la situación de servicios especiales y tiene incompatibilidad de retribuciones, sin perjuicio de la percepción de los trienios. La situación equivalente en el ámbito
privado (trabajo por cuenta ajena a tiempo completo) determina la excedencia con reserva a puesto de trabajo.


d) En relación con la actividad de impartición de cursos e intervención en actividades docentes en centros universitarios, es criterio de la Comisión, aceptado por el Pleno de la Cámara, que se trata de actividades compatibles cuando son
actividades docentes o de investigación, a tiempo parcial, de carácter extraordinario, que no afecten a la dirección y control de los servicios, pudiendo percibir por tales actividades las indemnizaciones reglamentarias establecidas, en los términos
del artículo 157.4 de la LOREG. En particular, entiende la Comisión que la realización de dicha actividad como compatible puede llevarse a cabo en calidad de profesor asociado y percibiendo la correspondiente indemnización reglamentaria, a cuyo
respecto, la condición de profesor asociado a tiempo parcial es una de las formas de prestación de los servicios docentes extraordinarios, declarados compatibles con el cargo de Diputado por el artículo 157.4 de la LOREG, con la posibilidad legal de
percibir en dicha condición las indemnizaciones reglamentarias establecidas al respecto.


e) En relación con el cargo de Consejero General de la Caja de Ahorros, vino entendiendo la Comisión, de acuerdo con el criterio reiteradamente fijado por la misma y aceptado por el Pleno de la Cámara, que no se trataba de cargo comprendido
como incompatible en los artículos 155.2.e) (miembro del Consejo de Administración de Caja de Ahorros de fundación pública) y 156.1 (miembros de órganos colegiados de dirección o Consejos de Administración de organismos , entes públicos, o empresas
con participación pública mayoritaria), ambos de la LOREG, sino actividad susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, con la limitación de no poder realizar en su ejercicio actividades comprendidas en el artículo 159.2 y
de no poder invocar o hacer uso de la condición de parlamentario para



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el ejercicio de dicha actividad y siempre que el ejercicio de las mismas no suponga menoscabo de la dedicación absoluta a la actividad parlamentaria establecida en el artículo 157.1.


El Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, dispuso (artículo 1.tres), que el ejercicio del cargo de miembro de los órganos de gobierno de una Caja de
Ahorros (entendiendo por tales la Asamblea General, el Consejo de Administración y la Comisión de Control sería incompatible con el de todo cargo político electo. A tal efecto, la disposición transitoria sexta de dicha norma dispuso que 'Los
miembros de los órganos de gobierno que deban cesar en el ejercicio de su cargo como consecuencia de lo dispuesto en el apartado tres del artículo 3 de este Real Decreto-ley lo harán cuando concluya el mandato que ostenten a la entrada en vigor del
presente Real Decreto-ley y, en todo caso, antes de transcurridos tres años desde dicha entrada en vigor, sin que en ningún caso sea posible su renovación'. Cumplido ya ese plazo, la pertenencia a dichos órganos de gobierno de las Cajas de Ahorro,
resulta hoy ya, en todo caso, incompatible con la condición de Diputado.


f) En relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios, es criterio constante de la Comisión, aceptado por el Pleno de la Cámara, su consideración de actividad compatible con la condición de Diputado,
dada la relación íntima entre el desempeño de unas y otras funciones.


g) En relación con la actividad de producción y creación literaria, científica, artística o técnica, así como las publicaciones derivadas de ellas, es criterio de la Comisión que se trata de una actividad compatible, conforme al artículo
159.3.b) de la LOREG, siempre que mediante la misma no se desempeñe, por sí o mediante sustitución, cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, salario, arancel,
honorarios o cualquier otra forma de retribución, y que no se incurra en ninguno de los supuestos de actividades privadas declaradas expresamente como incompatibles en el artículo 159.2 de la LOREG.


h) En relación con las actividades de conferenciante, de participación en coloquios, mesas redondas y tertulias en medios de comunicación, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que se trata de una
actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3.c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en actividades comprendidas en
el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la actividad, tal como
dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


i) En relación con la pertenencia a asociaciones de utilidad pública o de fundaciones privadas, dado que esa forma jurídica no permite entender comprendidas a dichas entidades en la noción de compañías o empresas que se dediquen a contratar
con el sector público a que se refiere el artículo 159.2 b) de la LOREG, es criterio de la Comisión que se trata de actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3 c) de la LOREG. Por ello, la Comisión podrá otorgar
autorización para el ejercicio de la actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en actividades comprendidas en el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal,
autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer
menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


j) En relación con el ejercicio libre y por cuenta propia de actividades profesionales (abogados, economistas, médicos, farmacéuticos, veterinarios, etc.), es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara que se
trata de actividad privada susceptible de autorización conforme al artículo 159.3 c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la citada actividad, con las limitaciones de no poder incurrir en las
comprendidas en el artículo 159.2 citado, no poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local y no poder invocar o hacer uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de la
actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la
LOREG.



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k) En relación con la pertenencia a cargos representativos en Corporaciones de derecho público de defensa de intereses profesionales, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que no resulta incompatible con
la condición de Diputado, siempre que en el ejercicio de dicho cargo no se incurra en las actividades prohibidas por el artículo 159.2 a) de la LOREG, no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1 de la LOREG, y que en las actividades que se realicen en el desempeño del cargo no se ejerzan funciones públicas, sino únicamente de representación y defensa de los intereses de los colegiados y de la profesión, de naturaleza privada.


l) En relación con la pertenencia a órganos de representación y dirección de empresas privadas, es criterio reiterado de la Comisión, confirmado por el Pleno de la Cámara, que se trata de actividades privadas susceptibles de autorización
conforme al artículo 159.3 c) de la LOREG, por lo que la Comisión puede otorgar la autorización para el ejercicio de la citada actividad, siempre que no se incurra en ninguna de las actividades prohibidas expresamente en el artículo 159.2 de la
LOREG, especialmente las de contratar con el sector público estatal, autonómico o local, no se invoque o haga uso de la condición parlamentaria para el ejercicio de la actividad, tal como dispone el artículo 17 del Reglamento de la Cámara, y sin que
en ningún caso el disfrute de la autorización pueda suponer menoscabo de la dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, que establece el artículo 157.1 de la LOREG.


m) En relación con la pertenencia a Comisiones Mixtas designadas por las Comunidades Autónomas (Comisiones Bilaterales y Comisiones Mixtas de Transferencias), tiene reiteradamente declarado la Comisión, siguiendo el criterio fijado por la
Junta Electoral Central en cuanto a la elegibilidad de quienes los ostentan, que no se trata de cargos públicos en el sentido del artículo 154.2 de la LOREG, por lo que no están comprendidos en la causa de incompatibilidad prevista en el artículo
155.1, ni tampoco en el 157.2 y 3, de modo que, si el Sr. Diputado no percibe remuneración del sector público, no está incurso en incompatibilidad por razón de la mencionada actividad.


n) El cargo de miembro del Consejo de Administración de Ente Público de Radio Televisión de una Comunidad Autónoma, cuando es designado por la Asamblea Parlamentaria y no percibe retribución sino únicamente dietas por asistencia a las
sesiones, se considera compatible conforme a lo previsto en el artículo 156 .1 de la LOREG.


Segundo.


La Comisión, atendiendo a los criterios anteriormente expuestos, acuerda declarar la compatibilidad de actividades, o tomar conocimiento de las declaraciones, sin que sea necesario realizar ningún otro pronunciamiento, de los Excmos/as.
Sres. y Sras. Diputados/as que se detallan:


D. Jordi Xuclà i Costa (núm. expte. 004/000001/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Antoni Postius Terrado (núms. expte. 004/000002/0000 y 004/000002/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Lleida, con retribución por asistencia a plenos del Ayuntamiento desde el 6 de enero de 2016. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Renuncia con fecha 29 de diciembre de 2015 a la condición de miembro de los órganos de Gobierno de: 'Empresa Municipal d'Urbanisme, S.L.', 'Llotja Agropecuaria Mercolleida, S.A.', 'Consorci Globalleida', 'Fundació Pública Teatre de la
Llotja', 'Fundació Fira de Lleida' y 'Consorci de Residus del Segrià'. La Comisión toma conocimiento.


- Alquiler bien inmueble de su propiedad. Actividad que no requiere dictamen de la Comisión al constituir un mero activo patrimonial.


D.ª Elena Ribera i Garijo (núm. expte. 004/000003/0000).


- Jefe de los Servicios Jurídicos de la Universidad de Girona, desde el 20 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.



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- Miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Político Demócrates de Catalunya, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


D. Ramón Luis Molinary Malo (núms. expte. 004/000004/0000, 004/000004/0001 y 004/000004/0002).


- Veterinario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Asesor veterinario en la plaza de toros de Talavera de la Reina, designado por la JCCM, a propuesta del Colegio de Veterinarios de Toledo. Actividad realizada conforme al artículo 54 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero,
percibiendo, en su caso, indemnización por servicio y dietas abonadas por la empresa organizadora si hubiera festejos taurinos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidente de la Fundación de Fabricantes de Piensos Compuestos de España, solo percibiendo dietas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Ángel Heredia Díaz (núm. expte. 004/000005/0000).


- Funcionario de la Universidad de Málaga, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario General PSOE-A Málaga. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Pilar Auxiliadora Serrano Boigas (núm. expte. 004/000006/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Luis Carlos Sahuquillo García (núm. expte. 004/000007/0000).


- Funcionario del Grupo B, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario de Organización y Administración del PSOE de Cuenca, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Pedro Ramón Gómez de la Serna y Villacieros (núms. expte. 004/000008/0000 y 004/000008/0001).


- Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, en ejercicio. Se trata de una actividad en sí misma compatible en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, siempre que no se perciban remuneraciones del sector público y sin que
se pueda incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Menciona la entidad SCARDOVI S.L., 'mercantil dedicada a la consultoría empresarial'. La Comisión, con fecha 2 de marzo de 2016, acordó requerirle en relación con dicha referencia que aclarase 'el tipo de relación que mantiene con la
referida entidad (titularidad y/o administración); su objeto social (con aportación de sus Estatutos sociales); el ámbito nacional o internacional de su actuación; el régimen de dedicación a dicha entidad (precisando, en particular, si entraña
obligaciones de desplazamiento dentro y fuera del territorio nacional), y la relación, en su caso, de dicha entidad con el sector público estatal, autonómico o local, así como con entes públicos o privados de otros Estados'. En su contestación, de
fecha 30 de marzo de 2016, el Sr. Diputado declara que es titular del 51 % de las acciones de la referida



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entidad y el cargo de Administrador único de la misma; que no tiene relación con el sector público estatal, autonómico o local; que su dedicación a la entidad es parcial, sin que entrañe obligación de desplazamiento ni dentro, ni fuera de
España, si bien precisa que en materia de asesoría jurídica y fiscal el ámbito de la actividad es nacional e internacional, en tanto que en materia de asesoría comercial y outsourcing de empresas el ámbito es internacional; que no tiene relación
con entes públicos de otros Estados, aunque sí con entidades privadas (despachos, consultores, empresas, etc.), y aporta copia de los Estatutos sociales. Examinados dichos Estatutos la Comisión entiende que el objeto social descrito en el apartado
2.º h de los Estatutos de dicha entidad ('prestación de servicios de colaboración con entidades de crédito o de seguros mediante contratos de agencia, franquicia u otra modalidad'), en los términos en que aparece descrito, puede entrar en conflicto
con lo dispuesto en el artículo 159.2.f) de la LOREG, por lo que procede declarar su incompatibilidad. En consecuencia, la Comisión, en los términos del artículo 19.2 del Reglamento de la Cámara, emite dictamen en el sentido de que el Excmo. Sr.
Diputado D. Pedro Gómez de la Serna Villacieros está incurso en incompatibilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 159.1 y 2 f) de la LOREG por razón de su condición de Administrador único de la entidad SCARDOVI, S.L.


D. David Serrada Pariente (núms. expte. 004/000009/0000 y 004/000009/0001).


- Funcionario eventual del Ayuntamiento de Salamanca, desde el 03 de enero de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


D. Carlos Casimiro Salvador Armendáriz (núm. expte. 004/000010/0000).


- Vocal del Comité Ejecutivo de Unión del Pueblo Navarro, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D.ª María Jesús Moro Almaraz (núm. expte. 004/000011/0000).


- Profesora titular de Derecho Civil en la Universidad pública de Salamanca, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Actividad de docencia o investigación de carácter extraordinario. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones científicas o universitarias e informes, percibiendo derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, ponencias o seminarios en Universidades públicas y privadas u otras entidades. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Felipe Jesús Sicilia Alférez (núms. expte. 004/000012/0000 y 004/000012/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Bailén, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía (Ministerio del Interior), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María de la Paz Del Moral Milla (núms. expte. 004/000013/0000 y 004/000013/0001).


- Alcaldesa de Valdepeñas (Jaén), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Consejera del CES Provincial de Jaén, desde el 20 de diciembre de 2015 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª Celia Villalobos Talero (núms. expte. 004/000014/0000 y 004/000014/0001).


- Vocal (Patrono) de la Fundación FAES (Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales). Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir
en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Silvia Valmaña Ochaíta (núms. expte. 004/000015/0000, 004/000015/0001, 004/000015/0002 y 004/000015/0003).


- Profesora Titular de la Universidad de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Docencia extraordinaria; dirección de tesis y trabajos de investigación sin que suponga dirección de servicios, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones de carácter científico-académico o de opinión. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos y jornadas con compensación de gastos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Ana María Pastor Julián (núm. expte. 004/000016/0000).


- Ministra de Fomento en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Funcionaria del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Ejecutivo del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Patrono de la Fundación FAES, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la Fundación Manuel Fraga, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Beatriz Marta Escudero Berzal (núm. expte. 004/000017/0000).


- Tutora de la UNED Segovia, a tiempo parcial (hasta febrero de 2016). Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según
lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretaria de Actos del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Jorge Luis Bail (núm. expte. 004/000018/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Irene Garrido Valenzuela (núm. expte. 004/000019/0000).


- Profesora Titular de la Universidad de Vigo, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.



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D. Rafael Catalá Polo (núm. expte. 004/000020/0000).


- Ministro de Justicia en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Carolina España Reina (núm. expte. 004/000021/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Juan Luis Gordo Pérez (núm. expte. 004/000022/0000).


- Funcionario Grupo A Técnico Instituciones Sanitarias, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Jesús Posada Moreno (núms. expte. 004/000023/0000 y 004/000023/0001).


- Jubilado del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, en situación de suspensión de la percepción de la pensión de jubilación. La Comisión toma conocimiento.


D. Santiago Pérez López (núm. expte. 004/000024/0000).


- Profesor de Educación Secundaria de la Junta de Andalucía, desde el 28 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Ignacio Urquizu Sancho (núms. expte. 004/000025/0000 y 004/000025/0001).


- Profesor doctor contratado en la Universidad Complutense de Madrid, desde el 18 de junio de 2015 en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


- Colaboración esporádica en medios de comunicación (El País, eldiario.es,...). Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias o cursos de verano en universidades. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Eduardo Fernández García (núm. expte. 004/000026/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María del Carmen González Guinda (núm. expte. 004/000027/0000).


- Alcaldesa del Ayuntamiento de Garrafe de Torío (León) (sin dedicación ni exclusiva ni parcial), sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo dietas por asistencias. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre
que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Junta de Castilla y León, desde el 30 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Andrés José Ayala Sánchez (núm. expte. 004/000028/0000).


- Técnico de la Administración General en el Ayuntamiento de Cartagena, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni



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menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, cursos y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Isabel María Borrego Cortés (núm. expte. 004/000029/0000).


- Secretaria de Estado de Turismo en funciones, percibiendo retribución por dicho cargo. Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara.


- Personal laboral de la empresa pública Instituto Balear de la Vivienda, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D. Teodoro García Egea (núms. expte. 004/000030/0000 y 004/000030/0001).


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos, seminarios, tertulias de radio y televisión. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Docencia, a tiempo parcial, en universidad privada y participación en proyectos de investigación sin realizar labores de investigador principal. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan María Vázquez Rojas (núm. expte. 004/000031/0000).


- Catedrático de la Universidad de Murcia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios y sexenios. La Comisión toma conocimiento.


- Coinventor de dos familias de patentes y 'know-How', propiedad de la Universidad de Murcia, que pueden generar rendimientos económicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Publicaciones especializadas que pueden generar ingresos económicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en Tribunales de Oposición y Conferencias en programas de formación o investigación, percibiendo remuneración por la actividad realizada. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María José García-Pelayo Jurado (núms. expte. 004/000032/0000 y 004/000032/0001).


- Concejala en el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias.


D.ª Teófila Martínez Saiz (núm. expte. 004/000033/0000).


- Concejala del Ayuntamiento de Cádiz, sin dedicación absoluta, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que
en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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D.ª María Jesús Bonilla Domínguez (núm. expte. 004/000034/0000).


- Concejala de Tarancón (Cuenca), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Secretaria del Comité Electoral Nacional del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Eloy Suárez Lamata (núm. expte. 004/000035/0000 y 004/000035/0001).


- Miembro del Cuerpo de Funcionarios de Habilitación Nacional, Grupo A, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Concejal del Ayuntamiento de Zaragoza, desde el 1 de febrero de 2016 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D. Celso Luis Delgado Arce (núm. expte. 004/000036/0000).


- Funcionario de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ourense, en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Tertuliano en programas radiofónicos, ocasionalmente invitado a participar en alguna 'mesa redonda' o 'panel', en todos los casos sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Administrador único de la Compañía Mercantil 'Delgado Arce Abogados, S.L.N.E.', cuyo objeto social es la prestación de servicios jurídicos (sin relación con la Administración Pública), no percibiendo remuneración como administrador pero sí
como director de la misma. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José María Barrios Tejero (núms. expte. 004/000037/0000 y 004/000037/0003).


- Concejal del Ayuntamiento de Morales del Vino (Zamora), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta
a las tareas parlamentarias.


- Vicepresidente tercero de la Diputación Provincial de Zamora, desde el 8 de enero de 2016 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Margarita Pérez Herraiz (núm. expte. 004/000038/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Administrativo de la Xunta de Galicia, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Pensión de viudedad. Percepción compatible con el artículo 158.2 de la LOREG, según criterio reiterado de la Comisión desde su dictamen de 11 de noviembre de 1993.


D. José Alberto Herrero Bono (núm. expte. 004/000039/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Calanda, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo dietas. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias.



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D.ª María Dolores Marcos Moyano (núm. expte. 004/000040/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Miguel Barrachina Ros (núms. expte. 004/000041/0000 y 004/000041/0001).


- Diputado provincial en Castellón, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo dietas por asistencias. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Concejal del Ayuntamiento de Segorbe, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Agricultor, dado de alta en Hacienda. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Susana López Ares (núm. expte. 004/000042/0000).


- Profesora titular de la Universidad de Oviedo, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Gloria Elizo Serrano (núm. expte. 004/000043/0000).


- Participación ocasional en actividades académicas. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en
el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Presidencia de la Comisión de Garantías Democráticas estatal de Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicaciones de artículos, ponencias, libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Participación ocasional en tertulias televisivas, conferencias y encuentros políticos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en
las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Letrada del Partido Político Podemos; representante legal a efectos penales, civiles o electorales, sin retribución. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin
la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D.ª M.ª Concepción Bravo Ibáñez (núm. expte. 004/000044/0000).


- Catedrática de Instituto de Educación Secundaria, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. José Manuel García-Margallo y Marfil (núms. expte. 004/000045/0000 y 004/000045/0001).


- Ministro, en funciones, de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Pensión de jubilación del Parlamento Europeo, en suspensión. La Comisión toma conocimiento.


D. Emilio Del Río Sanz (núms. expte. 004/000046/0000, 004/000046/0001 y 004/000046/0002).


- Profesor titular de Filología Clásica de la Universidad de La Rioja, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.



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- Publicaciones relacionadas con su especialidad de filología. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Conferencias relacionadas con su especialidad de filología. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan Bravo Baena (núm. expte. 004/000047/0000).


- Funcionario (Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, Cuerpo Técnico de Hacienda y Agente de la Hacienda Pública) de la Agencia Estatal de Administración, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes
trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Juan Antonio López de Uralde Garmendia (núm. expte. 004/000048/0000).


- Propietario de central solar fotovoltaica de 2,5 KW. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Isidro Manuel Martínez Oblanca (núm. expte. 004/000049/0000).


- Miembro del Patronato de la Fundación Ágora de Ciudadanos, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Trabajador del Hospital Cruz Roja de Gijón; central de procesado de material estéril y trabajador de la mutua Asepeyo en excedencia en ambas empresas desde julio de 2011. La Comisión toma conocimiento.


D. Arturo García-Tizón López (núm. expte. 004/000050/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Toledo y Diputado Provincial, solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Alejandro Ramírez del Molino Morán (núm. expte. 004/000051/0000).


- Presidente del Comité de Derechos y Garantías Regional del Partido Popular de Extremadura, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Vocal del Comité de Dirección Provincial del Partido Popular de Badajoz, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Miembro del Comité Ejecutivo Provincial de Badajoz y Regional de Extremadura, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Adjunto al Presidente Provincial del Partido Popular de Badajoz, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Licenciado en Farmacia con oficina de farmacia en Badajoz. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG, debiendo a este efecto el Sr. Diputado arbitrar las correspondientes medidas conforme a la legislación
farmacéutica vigente.



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D. Carlos Rojas García (núms. expte. 004/000052/0000 y 004/000052/0001).


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


- Accionista con participación minoritaria y sin cargo de gestión en Agrícola Roga, S.L., cuyo objeto social es la producción agrícola de productos tropicales y hortalizas. No contrata con el sector público, ni recibe subvenciones no
regladas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a
las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María de la Concepción De Santa Ana Fernández (núm. expte. 004/000053/0000).


- Asistencia a tertulias y debates en medios de comunicación social y conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Antonio Hurtado Zurera (núm. expte. 004/000054/0000).


- Funcionario de la Diputación de Córdoba, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Rafael Antonio Hernando Fraile (núm. expte. 004/000055/0000).


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Javier Antón Cacho (núm. expte. 004/000056/0000).


- Concejal Delegado de Medioambiente y Sostenibilidad Urbana y Portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Soria, sin remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se
menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Técnico de Programas Educativos de Cruz Roja Española en excedencia, sin percibir ningún tipo de remuneración. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Rosa Martínez Rodríguez (núm. expte. 004/000057/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Juan Ignacio Zoido Álvarez (núms. expte. 004/000058/0000 y 004/000058/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Sevilla, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Magistrado, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Alfonso Alonso Aranegui (núm. expte. 004/000059/0000).


- Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1.b) de la Constitución.


- Presidente del Partido Popular del País Vasco, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Patrono de la Fundación Fernando Buesa, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª María Fátima Báñez García (núm. expte. 004/000060/0000).


- Ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


D. Juan José Matarí Sáez núm. expte. 004/000061/0000).


- Secretario ejecutivo del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Amparo Botejara Sanz (núm. expte. 004/000062/0000).


- Funcionaria de la Consejería de Sanidad de la Junta de Extremadura (médico de familia), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesora asociada de la Facultad de Medicina de la Universidad de Extremadura, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Pedro Arrojo Agudo (núms. expte. 004/000063/0000, 004/000063/0002 y 004/000063/0003).


- Profesor jubilado con suspensión de la percepción de la pensión. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor Emérito de la Universidad de Zaragoza. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el
artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Conferencias ocasionales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Observatorio Ciudadano de Aguas de Jalisco (México), en su calidad de observador internacional, de carácter honorario y eventual, sin percibir ningún tipo de remuneración. La Comisión, atendiendo a la naturaleza honorífica y
no retribuida del cargo, así como a la falta de desempeño de funciones que comporta únicamente recibir información periódica y ofrecer su valoración, entiende que, en estas condiciones, no se vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


D. José María Eiros Bouza (núms. expte. 004/000064/0000 y 004/000064/0001).


- Catedrático de Microbiología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid con plaza vinculada asistencial en el Hospital Universitario 'Río Hortega', de Valladolid (SACYL), en situación de servicios especiales. La Comisión
toma conocimiento.


- Participación ocasional en tribunales de tesis doctorales. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Elaboración y publicación de artículos y libros científicos en su área de conocimiento. Actividad compatible conforme al artículo 159.3.b) de la LOREG.


- Asesoría para compañías farmacéuticas, así como participación en proyectos convocados por entidades financiadoras de los mismos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración
del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pedro José Muñoz González (núm. expte. 004/000065/0000).


- Alcalde del Ayuntamiento de Cebreros (Ávila), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Vocal de la Mancomunidad Pinares de Ávila, sin percibir ningún tipo de remuneración. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible,



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conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Abogado en procedimientos judiciales y asesoramiento jurídico a miembros del Partido Socialista Obrero Español, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Eduardo Santos Itoiz (núms. expte. 004/000066/0000 y 004/000066/0001).


- Diputado Foral de Navarra, desde el 29 de diciembre de 2015 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


- Renuncia al contrato en la Universidad como Profesor Asociado de Derecho Penal y Penitenciario en la Universidad Pública de Navarra con fecha 8 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida no requiere dictamen de la Comisión.


- Arrendador en copropiedad de dos oficinas. Actividad que no requiere dictamen de la Comisión al constituir un mero activo patrimonial.


D. Pablo Matos Mascareño (núm. expte. 004/000067/0000).


- Ejercicio de la abogacía sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Marcial Gómez Balsera (núms. expte. 004/000068/0000 y 004/000068/0001).


- Procurador de los tribunales, haciendo constar que en dicho ejercicio no presta servicios a ninguna Administración Pública, no percibiendo, por tanto, derechos u honorarios del sector público. Se autoriza en los términos del artículo
159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo
157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan Manuel Del Olmo Ibáñez (núms. expte. 004/000069/0000 y 004/000069/0001).


- Declara no realizar, en la actualidad, ninguna actividad. Si en el futuro realiza alguna actividad, según manifiesta en su declaración, deberá comunicarlo a la Comisión.


D.ª María del Carmen Pita Cárdenes (núm. expte. 004/000070/0000).


- Gestora Procesal de la Administración de Justicia, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Luis Miguel Salvador García (núms. expte. 004/000071/0000 y 004/000071/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Granada, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario de carrera, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Sofía Fernández Castañón (núms. expte. 004/000072/0000 y 004/000072/0002).


- Participación esporádica en encuentros literarios, recitales de poesía y presentaciones coloquio de trabajos audiovisuales con retribución económica en concepto de desplazamiento y dietas. Actividad compatible conforme al artículo
159.3.b) de la LOREG.


- Administradora de la productora audiovisual Señor Paraguas, S.L. Dicha productora no percibe ninguna subvención de carácter no reglado ni tiene vinculación alguna con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c)
de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector



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público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Francisco Igea Arisqueta (núm. expte. 004/000073/0000).


- Facultativo especialista de área Complejo Hospitalario de Palencia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Cese en la actividad de prestación de servicios médicos para Endoscopia Palentina, S.L. desde 30 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. David Bravo Bueno (núm. expte. 004/000074/0000).


- Participación esporádica en conferencias y cursos relacionados con la especialidad de jurista. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogado en ejercicio sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Íñigo Jesús Alli Martínez (núms. expte. 004/000075/0000 y 004/000075/0001).


- Socio con el 50 % de la Sociedad Síndrome Up: Consultoría en responsabilidad social corporativa e innovación social, aclarando que dicha entidad no tiene relación con el sector público y no percibe subvenciones públicas de carácter no
reglado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Joaquín Albaladejo Martínez (núms. expte. 004/000076/0000 y 004/000076/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Torrevieja, desde el 28 de enero de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


- Agente de la propiedad inmobiliaria colegiado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


- Administrador de fincas urbanas colegiado, no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D.ª Ana Marcello Santos (núm. expte. 004/000077/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Jaime Miguel Mateu Istúriz (núms. expte. 004/000078/0000 y 004/000078/0001).


- Inspector de Hacienda del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Javier Sánchez Serna (núms. expte. 004/000079/0000 y 004/000079/0001).


- Docente de Filosofía, Teoría Política o Sociología. Comunica que con fecha 30 de junio de 2014 cesó en la colaboración que tenía con el Centro de Documentación y Estudios Avanzados de Arte Contemporáneo de la Región de Murcia. La
Comisión toma conocimiento.


- Trabajador Grupo Parlamentario Podemos en la Asamblea Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia hasta 31 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª Marta Domínguez Álvarez (núm. expte. 004/000080/0000).


- Funcionaria de carrera de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Consejera ciudadana municipal de Podemos Sevilla. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Consejera ciudadana de Podemos Andalucía. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Juan Pedro Yllanes Suárez (núm. expte. 004/000081/0000).


- Magistrado de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Asunción Jacoba Pía De la Concha García-Mauriño (núm. expte. 004/000082/0000).


- Cese de actividad de pequeño comercio de libros y talleres con fecha 31 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Félix Alonso Cantorné (núms. expte. 004/000083/0000 y 004/000083/0001).


- Alcalde de Altafulla, solo percibiendo dietas por asistencias. Actividad compatible conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Artemi Vicent Rallo Lombarte (núms. expte. 004/000084/0000 y 004/000084/0001).


- Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Jaume I de Castellón, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos, conferencias, ponencias o clases impartidos en centros docentes o de investigación, públicos y privados, sin vinculación contractual permanente. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio
no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Derechos de autor por libros, trabajos científicos o materiales docentes publicados. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Colaboraciones en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Isabel Medina Suárez (núm. expte. 004/000085/0000).


- Cursos de formación en mediación y resolución extrajudicial de conflictos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogada. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Sergio Pascual Peña (núm. expte. 004/000086/0000).


- Funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D. Alberto Rodríguez Rodríguez (núm. expte. 004/000087/0000).


- Publicación de artículos en diferentes medios, sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.



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- Participación en tertulias y similares en medios de comunicación, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Obrero industrial, operador de Refinería de Cepsa en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Rosa Ana Alonso Clusa (núm. expte. 004/000088/0000).


- Funcionaria interina del Cuerpo de Maestros, especialidad Educación Infantil, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La
Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en tertulias, debates o similar en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Victoria Rosell Aguilar (núms. expte. 004/000089/0000 y 004/000089/0001).


- Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, percibiendo los correspondientes trienios, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias, tertulias, mesas redondas o ponencias, sin remuneración, solo compensación de gastos por desplazamiento. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Ione Belarra Urteaga (núms. expte. 004/000090/0000 y 004/000090/0003).


- Baja el 7 de enero de 2016 de la Beca FPI de Formación de Personal Investigador de la Universidad Autónoma de Madrid. La Comisión toma conocimiento.


D. Juan Antonio Delgado Ramos (núm. expte. 004/000091/0000).


- Guardia Civil, Grupo C1, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Josep Vendrell Gardeñes (núm. expte. 004/000092/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Isabel Franco Carmona (núm. expte. 004/000093/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Auxiliadora Honorato Chulián (núm. expte. 004/000094/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Consejera electa del Consejo Ciudadano Estatal de Podemos; Consejera electa del Consejo Ciudadano Andaluz de Podemos; Secretaria de Acción Institucional del Consejo de Coordinación Estatal de Podemos. Actividad compatible según criterio
reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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D.ª Aina Vidal Sáez (núm. expte. 004/000095/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Eugenia Romero Rodríguez (núm. expte. 004/000096/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Alfonso Candón Adán (núms. expte. 004/000097/0000 y 004/000097/0001).


- Concejal del Ayuntamiento del Puerto de Santa María (Cádiz), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Antonio Pradas Torres (núm. expte. 004/000098/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Raimundo Viejo Viñas (núms. expte.. 004/000099/0000 y 004/000099/0001).


- Socio de Artefakte, SCP, al 50 % (Sociedad Civil Particular), tiene por objeto la edición de libros, la organización de ciclos formativos. La única relación mantenida con el sector público ha sido la edición del libro 'Vidas dañadas', a
cargo de un proyecto de investigación de la Universidad Pompeu Fabra, y no ha recibido jamás subvención alguna. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Luz Rodríguez Fernández (núm. expte. 004/000100/0000).


- Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real de la Universidad de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria de Empleo de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Letrada no ejerciente en el Colegio de Abogados de Madrid. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Fernando Martínez-Maillo Toribio (núms. expte. 004/000101/0000, 004/000101/0001 y 004/000101/0002).


- Alcalde de Casaseca de las Chanas (Zamora), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Vicesecretario General de Organización y Electoral del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado, no ejerciente, desde el año 2003. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Joan Miquel Mena Arca (núm. expte. 004/000102/0000).


- Profesor de Secundaria, interino, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.



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D. Diego Clemente Giménez (núms. expte. 004/000103/0000 y 004/000103/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Arquitecto no ejerciente con obras en ejecución de promotores y encargos privados sin que estén relacionadas con entidades o administraciones públicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Perito judicial. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Jaume Moya Matas (núms. expte. 004/000104/0000 y 004/000104/0001).


- Procurador de los Tribunales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3.c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Guía intérprete; prestación de servicios culturales; organización de eventos. Actividades por cuenta propia, con dedicación esporádica y, en ningún caso, contratadas por la administración pública. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. César Joaquín Ramos Esteban (núms. expte. 004/000105/0000, 004/000105/0001 y 004/000105/0002).


- Producción y creación literaria, científica o técnica y publicaciones, sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


- Accionista al 5 % de la empresa Open Minds-Open Ideas, S.L. sin haber percibido dividendos de dicha sociedad y habiendo sido vendidas con fecha 21 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Luz Martínez Seijo (núm. expte. 004/000106/0000).


- Funcionaria de carrera del cuerpo de Profesores de Educación Secundaria de la Administración Autonómica de Castilla y León, especialidad de inglés, desde el 04 de enero de 2016 en situación de servicios especiales. La Comisión toma
conocimiento.


D.ª María del Puerto Gallego Arriola (núm. expte. 004/000107/0000).


- Pediatra de Atención Primaria (Pediatra de Área en el Centro de Salud de Colindres), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.



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D. Alberto Montero Soler (núms. expte. 004/000108/0000 y 004/000108/0002).


- Profesor colaborador de la Universidad de Málaga, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Docencia de carácter extraordinario. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo
157.1, ambos de la LOREG.


- Cursos, conferencias y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Ascensión Carreño Fernández (núm. expte. 004/000109/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Juan Manuel Juncal Rodríguez (núms. expte. 004/000110/0000 y 004/000110/0001).


- Propietario del 100 % del capital social y administrador único de la entidad mercantil JUNCAL AUDITORES, S.L., sociedad sin actividad, únicamente a efectos de presentación de las obligaciones mercantiles y fiscales a la que está legalmente
obligada; en todo caso, la entidad no tiene contratos de obras, servicios o suministros con la Administración, organismos, empresas del sector público estatal, autonómico, local o provincial. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de
la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


- Propietario del 100 % del capital social de la entidad mercantil FERROLPYME, S.L. cuyo objeto social es la asesoría fiscal, laboral y contable a empresas,que no mantiene ni ha mantenido contratos de obras o servicios con ningún ente
público (administración central, autonómica, local, provincial). Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Dolors Terradas Viñals (núms. expte. 004/000111/0000 y 004/000111/0002).


- Funcionaria de enseñanza secundaria, en situación de suspensión de la percepción de la pensión de jubilación. La Comisión toma conocimiento.


D. Jaime Eduardo de Olano Vela (núm. expte. 004/000112/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Viveiro (Lugo), solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Ramón García Cañal (núms. expte. 004/000113/0000, 004/000113/0001 y 004/000113/0002).


- Delegado en Asturias de la Empresa Pública TRAGSA, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Vocal del Consejo Rector de la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias, desde el 08 de marzo de 2016 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


- Cese en la actividad de Vocal del Consejo de Administración de CASER, compañía de seguros, desde el 22 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª María Pilar Ardanza Uribarren (núm. expte. 004/000114/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Joseba Andoni Agirretxea Urresti (núm. expte. 004/000115/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Micaela Navarro Garzón (núm. expte. 004/000116/0000).


- Presidenta PSOE y Presidenta PSOE-A, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Pedro María Azpiazu Uriarte (núm. expte. 004/000117/0000).


- Funcionario del Gobierno Vasco, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Marta González Vázquez (núms. expte. 004/000118/0000 y 004/000118/0001).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Mikel Legarda Uriarte (núm. expte. 004/000119/0000).


- Funcionario de carrera en la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Grupo A2, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Íñigo Barandiaran Benito (núms. expte. 004/000120/0000 y 004/000120/0001).


- Profesor-Tutor UNED, Centro de Bergara, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Letrado consistorial de la Dirección Jurídica del Ayuntamiento Donostia-San Sebastián, Grupo A2, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor-Tutor, a tiempo parcial en la Fundación UNED, Bergara. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D.ª Pilar Rojo Noguera (núms. expte. 004/000121/0000 y 004/000121/0001).


- Presidenta del Parlamento de Galicia hasta el 12 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Funcionaria de Hacienda (Arquitecta), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Esther Peña Camarero (núm. expte. 004/000122/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Aitor Esteban Bravo (núm. expte. 004/000123/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D.ª María del Mar García Puig (núm. expte. 004/000124/0000).


- Excedencia en la Editorial Seix Barral del Grupo Planeta desde el 13 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Marcelo Expósito Prieto (núm. expte. 004/000125/0000).


- Coordinador del Plan de Culturas de Barcelona, por encargo del Consejo de Cultura, Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB), remunerado en calidad de trabajador autónomo, en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D. Juan Carlos Campo Moreno (núm. expte. 004/000126/0000).


- Magistrado-Juez, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Autor de la Monografía 'Comentarios a la reforma del Código Penal en materia de Terrorismo: la L.O. 2/2015', derechos de autor no percibidos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


D.ª Miriam Alconchel Gonzaga (núm. expte. 004/000127/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Carlos Javier Floriano Corrales (núm. expte. 004/000128/0000).


- Profesor universitario titular, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias y tertulias de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Ricardo Tarno Blanco (núms. expte. 004/000129/0000 y 004/000129/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Ramón Moreno Bustos (núm. expte. 004/000130/0000).


- Coordinador territorial del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Conferencias y tertulias de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Lucía Martín González (núm. expte. 004/000131/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Marta Sibina Camps (núm. expte. 004/000132/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Rafael Merino López (núm. expte. 004/000133/0000).


- Cargo en el Grupo Parlamentario Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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D. Ángel Luis González Muñoz (núm. expte. 004/000134/0000).


- Concejal y Portavoz del Partido Popular del Ayuntamiento de Antequera, solo percibiendo indemnizaciones por asistencia a Plenos y otros órganos municipales. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Coordinador territorial del Partido Popular nacional. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Salvador Antonio De la Encina Ortega (núm. expte. 004/000135/0000).


- Funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor universitario de Derecho del Trabajo y Seguridad Social 1993-2011 en excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D. José Enrique Fernández de Moya Romero (núm. expte. 004/000136/0000).


- Profesor titular de la Universidad de Jaén hasta 29 de diciembre de 2015, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Jesús Serrano Jiménez (núm. expte. 004/000137/0000).


- Abogada no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Francesc Xavier Domènech Sampere (núm. expte. 004/000138/0000).


- Profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Jorge Fernández Díaz (núm. expte. 004/000139/0000).


- Ministro del Interior en funciones, solo percibiendo retribución por el cargo de Ministro/a. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Funcionario del Cuerpo Técnico Superior del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Inspección del Trabajo y Seguridad Social), percibiendo los trienios correspondientes, en situación de servicios especiales. La Comisión
toma conocimiento.


- Secretario del Patronato de la Fundación 'Antoni Serra Santamans', de carácter benéfico, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Yolanda Díaz Pérez (núm. expte. 004/000140/0000).


- Diputada del Parlamento de Galicia. Cese: enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. José Vicente Marí Bosó (núms. expte. 004/000141/0000 y 004/000141/0001).


- Diputado Parlamento Islas Baleares, desde el 4 de enero de 2016 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Baja con fecha 7 de marzo de 2016 en la actividad por cuenta ajena de Auditor de cuentas en 'ALM AUDITORES PITIUSOS, S.L.', cuyo objeto social es la prestación de servicios de auditorías de cuentas, sin ninguna relación con la
Administración Pública. La Comisión toma conocimiento.



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D. David Bruzos Higuero (núms. expte. 004/000142/0000 y 004/000142/0001).


- Profesor de Educación Secundaria de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor para preparación de procesos selectivos de acceso a la función pública, percibiendo remuneración. Actividad por cuenta ajena en régimen de dedicación temporal a tiempo parcial y sin relación con el sector público. Se autoriza en
los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Sara Carreño Valero (núms. expte. 004/000143/0000 y 004/000143/0002).


- Trabajadora por cuenta ajena en el Departamento Internacional de la clínica de reproducción asistida 'CEMGIMA, S.L.', sin relación con la administración pública, efectuando labores comerciales, marketing, traducción y atención al paciente.
En situación de excedencia desde el 8 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Eduardo Javier Maura Zorita (núms. expte. 004/000144/0000, 004/000144/0001 y 004/000144/0003).


- Profesor Ayudante Doctor (Universidad Complutense de Madrid), solicitada excedencia con fecha 8 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Docencia extraordinaria a tiempo parcial (máster, doctorado, etc.) sin dirección de servicios. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones periódicas y libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Rubén Moreno Palanques (núm. expte. 004/000145/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Fernando Iglesias García (núm. expte. 004/000146/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Nayua Miriam Alba Goveli (núm. expte. 004/000147/0000).


- Miembro del Consejo Ciudadano Estatal de Podemos, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª María del Rocío De Frutos Madrazo (núms. expte. 004/000148/0000 y 004/000148/0001).


- Inspectora de Trabajo y Seguridad Social de la Xunta de Galicia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en cursos y seminarios. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Árbitro en elecciones sindicales y AGA, a propuesta de organizaciones sindicales y empresariales más representativas, para intervenir puntualmente en conflictos en elecciones a representantes legales de los trabajadores. Este nombramiento
es independiente de su condición de inspectora de trabajo y



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seguridad social por lo que no está sujeto a pase a servicios especiales. Desde diciembre de 2015 no ha participado en ningún laudo, no obstante tiene presentada su renuncia a este nombramiento con fecha 10 de marzo de 2016. La Comisión
toma conocimiento.


D. Teófilo de Luis Rodríguez (núms. expte. 004/000149/0000, 004/000149/0001, 004/000149/0002 y 004/000149/0003).


- Miembro del Consejo de Dirección del Grupo Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Colaboración (artículos) en prensa escrita. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Tertulias en medios de comunicación; Conferencias y seminarios en universidades y fundaciones y otros de ámbito similar. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Economista. Asesoramiento a empresas de sociedades privadas, sin relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Juan Carlos Vera Pró (núm. expte. 004/000150/0000).


- Coordinador de organización del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado en ejercicio. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Ricardo Antonio García Mira (núms. expte. 004/000151/0000 y 004/000151/0001).


- Funcionario del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, así como Profesor Tutor de Psicología Social de la UNED, percibiendo trienios, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Presidente de la entidad 'International Association for People-Environment Studies' (Asociación Internacional de Científicos Medioambientalistas), para el período 2014-2018, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los
términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Evaluador de proyectos de investigación de las Agencias de Investigación ANEP y AGAUR, percibiendo, ocasionalmente, compensación por la evaluación de los proyectos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


- Miembro del Consejo Asesor de los Consorcios GLAMURS y TRANSIT, que asistirá a algunas reuniones de proyectos de investigación, por los que percibirá gastos de desplazamiento. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


- Conferencias, ocasionales, como profesor universitario, percibiendo remuneración así como gastos de desplazamiento. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª María Aurora Flórez Rodríguez (núm. expte. 004/000152/0000).


- Profesora de Enseñanza Secundaria, Grupo A1, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Pablo Manuel Iglesias Turrión (núms. expte. 004/000153/0000 y 004/000153/0002).


- Secretario General de Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicación de diversos libros como autor, co-autor o coordinador; publicación de artículos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, encuentros políticos, académicos, sectoriales o regionales de forma irregular; participación ocasional, en programas de televisión; todos ellos sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


- Presentador y director del programa televisivo Fort Apache por cuenta propia. Esta actividad se realiza con la productora 360 Global Media SL. Dicha actividad le supone una dedicación a la semana de 2 horas. Se autoriza en los términos
del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido
en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Irene María Montero Gil (núm. expte. 004/000154/0000).


- Realización de tesis doctoral en la Universidad Autónoma de Madrid. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Consejo Ciudadano Estatal y de su Consejo de Coordinación; Coordinadora de la Oficina del Secretario General y Secretaria de Coordinación de Áreas. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y
actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicación de artículos, ponencias, libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación ocasional en tertulias televisivas, ponencias, conferencias y encuentros políticos, sectoriales o regionales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Joaquín María García Díez (núm. expte. 004/000155/0000).


- Funcionario de la Diputación Provincial de Lugo, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Colaborador con un artículo quincenal en el diario 'El progreso de Lugo', sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


D. José Alberto Martín-Toledano Suárez (núm. expte. 004/000156/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Malagón (Ciudad Real), solo percibiendo dietas correspondientes por la asistencia a los órganos colegiados a los que pertenece. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Representante del Ayuntamiento de Malagón en el Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios del Servicio Contra Incendios y de Salvamento de la provincia de Ciudad Real (SCIS). Función pública aneja a dicho cargo electivo local,
según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.



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D.ª María del Carmen Quintanilla Barba (núm. expte. 004/000157/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Técnico de la Administración Civil del Estado (Organismos Autónomos), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Presidenta Nacional de la Confederación Nacional de Asociaciones y Federaciones de Familias y Mujeres del Medio Rural, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Gonzalo Palacín Guarné (núm. expte. 004/000158/0000).


- Concejal-Portavoz Socialista del Ayuntamiento de Monzón (Huesca), solo percibiendo dietas por asistencia a plenos, comisiones, juntas de gobierno y de portavoces. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que
en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Administrador de la empresa Monzón Sugar, S.L., negocio de hostelería sin actividad. La Comisión toma conocimiento.


- Excedencia forzosa desde el 3 de enero de 2016 como Gerente de Empresas del Banco Santander, por desempeño de cargo público. La Comisión toma conocimiento.


D. Antonio Pablo González Terol (núms. expte. 004/000159/0000 y 004/000159/0001).


- Alcalde del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, renunciando a la remuneración de Diputado. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Diputado Autonómico de la Asamblea de Madrid. Cese el 12 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ana María Botella Gómez (núms. expte. 004/000160/0000 y 004/000160/0001).


- Funcionaria de carrera de la Generalitat Valenciana, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Contratada laboral indefinida en el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), ente adscrito a la Consellería de Economía de la Generalitat Valenciana, en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria de Sectores Productivos y Empleo, de la Comisión Ejecutiva Nacional de PSPV-PSOE, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


D. José Luis Ábalos Meco (núm. expte. 004/000161/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Such Palomares (núm. expte. 004/000162/0000).


- Abogada no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. José María Chiquillo Barber (núm. expte. 004/000163/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Miguel Ángel Gutiérrez Vivas (núm. expte. 004/000164/0000).


- Trabajador por cuenta ajena, en situación de excedencia desde el 4 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.



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- Administrador único de una sociedad limitada, cuyo objeto social es la consultoría de seguridad de la información. Sin actividad desde enero de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Zaida Cantera de Castro (núms. expte. 004/000165/0000 y 004/000165/0001).


- Pensión extraordinaria como consecuencia de su pase a retiro, en situación de suspensión de la percepción. La Comisión toma conocimiento.


- Derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, ponencias y clases en universidades y entidades públicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Elena María Bastidas Bono (núms. expte.. 004/000166/0000 y 004/000166/0001).


- Concejala del Ayuntamiento de Alzira, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Profesora-Tutora de la UNED, a tiempo parcial. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el
artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D. Juan Vicente Pérez Aras (núms. expte. 004/000167/0000).


- Profesor asociado de la Escuela Internacional de Protocolo. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Soledad Pérez Domínguez (núm. expte. 004/000168/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Rafael Simancas Simancas (núm. expte. 004/000169/0000).


- Profesor contratado, a tiempo parcial, en la Universidad Rey Juan Carlos. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias,
según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Patrono de las fundaciones Pablo Iglesias y Sistema, sin retribución. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Patricia Sierra Rojas (núm. expte. 004/000170/0000).


- Abogado no ejerciente desde el 30 de noviembre de 2015. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. José Ignacio Sánchez Amor núm. expte. 004/000171/0000).


- Letrado Abogacía General de la Junta de Extremadura, desde el 1 de diciembre de 2011 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones de libros y artículos académicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en conferencias, seminarios, jornadas académicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder



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incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Conselho Geral del Instituto Politécnico de Portalegre (Portugal). Órgano colegiado de representación similar a los consejos sociales de las universidades españolas, sin remuneración solo compensación por gastos de traslado.
Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Patronato de la Fundación Rodríguez Ibarra, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Pilar Cancela Rodríguez (núms. expte. 004/000172/0000 y 004/000172/0001).


- Funcionaria de carrera, Grupo A, del cuerpo superior de la Administración General en la Xunta de Galicia, desde el 4 de enero de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma
conocimiento.


- Secretaria de Organización del PSdG, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Tomás Burgos Gallego (núm. expte. 004/000173/0000).


- Secretario de Estado de la Seguridad Social, en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara


D.ª Meritxell Batet Lamaña (núm. expte. 004/000174/0000).


- Docencia en la Universidad Pompeu Fabra, sin remuneración. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretaria de Estudios y Programas de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Artículos o participación en publicaciones académicas, sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Miembro del Patronato de las Fundaciones Rafael Campalans y Pablo Iglesias, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Tertulias u otra clase de programas en medios de comunicación y conferencias, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Antonio Hernando Vera (núm. expte. 004/000175/0000).


- Miembro del Patronato de la Fundación Pablo Iglesias, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Fernando Maura Barandiarán (núms. expte. 004/000176/0000 y 004/000176/0001).


- Cese de la colaboración con la correduría de seguros 'Ferrer y Ojeda' por haber quedado concluida. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Patricia Isaura Reyes Rivera (núms. expte. 004/000177/0000 y 004/000177/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, sólo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Abogada sin relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Administradora de la Entidad Mercantil 'YATAY EDICIONES, S.L.', sin relación con el sector público, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Ángel Viso Diéguez (núms. expte. 004/000178/0000 y 004/000178/0001).


- Personal Laboral de la Consellería de Medio Rural (Xunta de Galicia). Subgrupo A2 Servizo Territorial de Lugo. FOGGA, solicitada excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario del Colegio de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Ourense. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Viticultor, a título principal en la Denominación de Origen Ribeiro, Ourense. Explotador de viñedos familiares y venta de uvas a bodegas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pedro Saura García (núms. expte. 004/000179/0000 y 004/000179/0001).


- Miembro del Comité Federal del PSOE y el Comité Regional del PSRM-PSOE sin retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Artículos en periódicos, sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Consejo de redacción de la Revista Temps para el debate, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público
y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Guillermo Antonio Meijón Couselo (núm. expte. 004/000180/0000).


- Maestro (Xunta de Galicia), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª Lídia Guinart Moreno (núm. expte. 004/000181/0000).


- Producción y creación literaria así como publicaciones derivadas de ella. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos y jornadas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José María Barreda Fontes (núm. expte. 004/000182/0000).


- Profesor (Universidad Castilla-La Mancha), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participante en tribunales de tesis doctorales. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el
artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D.ª Sol Sánchez Maroto (núm. expte. 004/000183/0000).


- Participación en publicaciones editoriales. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Perito judicial. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en seminarios, medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Alberto Garzón Espinosa (núm. expte. 004/000184/0000).


- Elaboración y publicación de libros y artículos de revistas. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en tertulias, programas de televisión, seminarios y actividades universitarias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Fernando Navarro Fernández-Rodríguez (núm. expte. 004/000185/0000).


- Personal estatutario fijo en el Servicio de Salud de las Islas Baleares, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. José Juan Díaz Trillo (núm. expte. 004/000186/0000).


- Profesor, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones literarias. Actividad compatible conforme al art. 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Colaboración esporádica en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir



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en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Óscar Clavell López (núm. expte. 004/000187/0000) (expte. núm. 004/000187/0003).


- Concejal del Ayuntamiento de Vall D'uixó (Castellón), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Profesor de Secundaria del centro concertado 'Obispo Pont' (Vila Real-Castellón), desde el 01 de enero de 2016 en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D. José Cano Fuster (núm. expte. 004/000188/0000).


- Apoderado de la mercantil 'Xato Restauración, S.L., cuyo objeto social es la restauración, así como la celebración de eventos y catering, sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de
la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D. Vicente Ten Oliver (núm. expte. 004/000189/0000).


- Técnico de Hacienda del Estado, desde el 21 de diciembre de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Domingo Lorenzo Rodríguez (núms. expte. 004/000190/0000 y 004/000190/0001).


- Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Director de Seguridad de la Empresa MEGA 2, S.L. cuya actividad es la vigilancia y seguridad, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Noelia Vera Ruiz-Herrera (núms. expte. 004/000191/0000 y 004/000191/0001).


- Socia de la Cooperativa 'La Barraca Producciones', sin relación con el sector público ni percibir subvenciones de carácter no reglado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Redactora y presentadora del programa de televisión 'La Barraca'. Actividad que se realiza esporádicamente, de forma voluntaria, por cuenta ajena y sin remuneración alguna. No tiene ninguna relación con el sector público, ni percibe
subvenciones de carácter no reglado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Segundo González García (núm. expte. 004/000192/0000).


- Artículos de opinión en prensa escrita; artículos científicos y académicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, cursos y participación en debates en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Ramón Antonio Socias Puig (núms. expte. 004/000193/0000 y 004/000193/0001).


- Médico de atención primaria, desde el 21 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.



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- Autónomo. Servicios de formación, en nombre propio, realizando, talleres, conferencias, procesos de coaching, cuya duración aproximadamente es de tres cursos de seis horas cada año; sin relación con Administraciones Públicas. Se
autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Isabel Rodríguez García (núm. expte. 004/000194/0000).


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Posgrados Españoles e Internacionales, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica o de cualquier
otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta
a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Antonio Calle Fuentes (núm. expte. 004/000195/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Enrique Bueno Prado (núm. expte. 004/000196/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Patricia Blanquer Alcaraz (núm. expte. 004/000197/0000).


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir, por ello, ningún tipo de remuneración económica o de cualquier
otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta
a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Herick Manuel Campos Arteseros (núm. expte. 004/000198/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Guadalupe Martín González (núm. expte. 004/000199/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. José Miguel Camacho Sánchez (núm. expte. 004/000200/0000).


- Funcionario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Loreto Cascales Martínez (núms. expte. 004/000201/0000 y 004/000201/0001).


- Incluida en la bolsa de trabajo de interinos de Profesores de Secundaria de Filología Inglesa, sin ningún tipo de nombramiento ni ejerciendo ninguna actividad. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Alicia Sánchez-Camacho Pérez (núm. expte. 004/000202/0000).


- Funcionaria del Servicio de Seguridad Social, Técnico Superior de Seguridad Social, Tipo A, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.



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- Presidenta del Partido Popular, con remuneración de dietas. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Matilde Pastora Asian González (núm. expte. 004/000203/0000).


- Inspectora de Hacienda del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Popular, con remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Antonio Ramón María Trevín Lombán (núm. expte. 004/000204/0000).


- Funcionario del Cuerpo de Profesores de Educación Primaria, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Pensión de viudedad. Percepción compatible con la condición de diputado/a, según criterio consolidado de la Comisión desde su Dictamen del 11 de noviembre de 1993, ratificado por el de 2 de julio de 2004.


D.ª Ana María Madrazo Díaz (núm. expte. 004/000205/0000).


- Funcionaria del Cuerpo Técnico A.E.A.T., en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación con carácter esporádico en charlas, tertulias radiofónicas y televisivas, sin percibir remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Carmen Navarro Lacoba (núm. expte. 004/000206/0000).


- Funcionaria de carrera de la Comunidad de Madrid prestando servicios en otras Administraciones Públicas (Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La
Comisión toma conocimiento.


D. Julián López Milla (núm. expte. 004/000207/0000).


- Profesor Titular de Universidad, desde el 7 de enero de 2016 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María del Carmen Dueñas Martínez (núm. expte. 004/000208/0000).


- Asesora Jurídica (personal laboral) del Centro de Información y Asesoramiento a la Mujer adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla, en situación de excedencia. La Comisión toma
conocimiento.


D. Francisco Molinero Hoyos (núm. expte. 004/000209/0000).


- Vocal del Comité Nacional de Derechos y Garantías del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado, sin prestación de servicios para la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, debates, charlas sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª Rosa María Romero Sánchez (núm. expte. 004/000210/0000).


- Concejal-Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Ciudad Real, sin dedicación absoluta, solo percibiendo dietas por asistencias. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no
se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D.ª María Belén Guerra Mansito (núm. expte. 004/000211/0000).


- Miembro del Consejo Ciudadano Estatal de Podemos, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Miguel Ángel Paniagua Núñez (núms. expte. 004/000212/0000 y 004/000212/0001).


- Socio 50 % de PANIAGUA NÚÑEZ ASOCIADOS, S.L. sin realizar actividad de gestión alguna de actividad mercantil. La Comisión toma conocimiento.


- Economista asesor financiero de baja desde el 31 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Baja como agente-consultor financiero de Santander Private Banking el 31 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Rafael Mayoral Perales (núms. expte. 004/000213/0000, 004/000213/0003 y 004/000213/0004).


- Secretario de relaciones con la Sociedad Civil y movimientos sociales de Podemos, sin percibir remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Publicación de artículos, ponencias y libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en tertulias televisivas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, encuentros académicos, sectoriales o regionales de forma irregular. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogado no ejerciente. La Comisión toma conocimiento y le comunica que si quiere desarrollar la actividad deberá formular la correspondiente declaración de actividad.


- Miembro del Patronato del 'Instituto 25 de Mayo', sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Luz Bajo Prieto (núm. expte. 004/000214/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Pilar Cortés Bureta (núm. expte. 004/000215/0000).


- Concejal del Ayuntamiento de Fuentes de Jiloca, sin remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Profesora de la Universidad de Zaragoza, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria Ejecutiva del Partido Popular de Aragón, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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D.ª María Virginia Millán Salmerón (núm. expte. 004/000216/0000).


- Abogada. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pablo Yáñez González (núm. expte. 004/000217/0000).


- Secretario Asesor Técnico del Grupo Ciudadanos en la Excma. Diputación de Valladolid. Cese en dicho cargo el 7 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. José María Lassalle Ruiz (núm. expte.. 004/000218/0000).


- Secretario de Estado de Cultura en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara.


- Secretario de Cultura del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicaciones renunciando a remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


D. José Zaragoza Alonso (núm. expte. 004/000219/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Íñigo Errejón Galván (núm. expte. 004/000220/0000).


- Secretario Político de Podemos, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Libros y publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Charlas y conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Albert Rivera Díaz (núm. expte. 004/000221/0000).


- Libros publicados que generan derechos de autor. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


D.ª Melisa Rodríguez Hernández (núms. expte. 004/000222/0000 y 004/000222/0001).


- Diseñadora de joyería contemporánea marca 'Lepa Punca', sin remuneración. Baja desde el 11 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D. Juan Carlos Girauta Vidal (núms. expte. 004/000223/0000 y 004/000223/0001).


- Eurodiputado, desde el 11 de enero de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


- Autor de diversos libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Colaborador del programa 'JELO' en la emisora Onda Cero. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Carlos Pracht Ferrer (núms. expte. 004/000224/0000 y 004/000224/0001).


- Suspensión de la pensión de la Seguridad Social. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª María Dolores De Cospedal García (núms. expte. 004/000225/0000, 004/000225/0001 y 004/000225/0002).


- Renuncia con fecha de 20 de abril al cargo de Vocal del Consejo de Administración del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid. La Comisión toma conocimiento.


- Abogada del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretaria General del Partido Popular; Presidenta del Partido Popular de Castilla-La Mancha, sin percibir retribución. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y
grupos parlamentarios.


- Vicepresidenta del Patronato de la Fundación FAES, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Carmelo Romero Hernández (núm. expte. 004/000226/0000).


- Alcalde de Palos de la Frontera (Huelva), solo percibiendo dietas por asistencia a los órganos de gobierno. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Teresa de Lara Carbó (núm. expte. 004/000227/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Marta Martín Llaguno (núm. expte. 004/000228/0000).


- Funcionaria de carrera y Catedrática de la Universidad de Alicante, desde el 20 de diciembre de 2015 en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos de doctorado, dirección de tesis, participación tribunales de tesis. Actividad docente e investigadora de carácter extraordinario. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se
menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones académicas y científicas. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Miembro del Jurado Autocontrol de la Publicidad, entidad de carácter privado (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial). Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, masters, cursos de verano, cursos de experto y especialista. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Marta María Rivera de la Cruz (núm. expte. 004/000229/0000).


- Escritora. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferenciante y miembro de Jurados de premios literarios como consecuencia de su actividad como escritora. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y
sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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- Colaboradora en la sección cultural del programa 'La Linterna' de la Cadena COPE. Colaboraciones en prensa escrita: revista 'Mujer Hoy' y 'Glamour'; periódico digital 'El Español' y periódico 'El Progreso'. Se autoriza en los términos
del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido
en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Antonio Roldán Monés (núm. expte. 004/000230/0000).


- Artículos para prensa remunerados. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Antonio Cantó García del Moral núm. expte. 004/000231/0000).


- Actor, contrato de trabajo para una serie de televisión para la productora Diagonal TV. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir
en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Mónica Lafuente de la Torre (núms. expte. 004/000232/0000 y 004/000232/0001).


- Excedencia forzosa por cargo público a partir de 12 de enero de 2016 del contrato laboral en el Partit dels Socialistas de Catalunya (PSC). La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Sergio Del Campo Estaún (núm. expte. 004/000233/0000).


- Funcionario de carrera para la Administración General del Estado, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. José Manuel Villegas Pérez (núm. expte. 004/000234/0000).


- Administrador único de Mabex Gestión, S.L., asesoría jurídica, contable, fiscal y laboral, que no presta ningún servicio a la Administración, no recibiendo remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin
la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Miguel Ángel Garaulet Rodríguez (núms. expte. 004/000235/0000 y 004/000235/0001).


- Socio trabajador de la Cooperativa AKYS Instalaciones S.COOP., cuyo objeto social es la instalación de telecomunicaciones y soluciones informáticas, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Administrador único de la mercantil Garaulet y Asociados, consultoría de servicios de valor añadido para empresas sin relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de
percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Administrador único de la mercantil Fresacomp Consulting, con objeto social 'intermediarios de comercio' que nunca ha tenido relación con las Administraciones públicas. Inactiva desde el 31 de diciembre de 2015. La Comisión toma
conocimiento.



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D. José Antonio Nieto Ballesteros (núms. expte. 004/000236/0000 y 004/000236/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Córdoba. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. José Luis Martínez González (núm. expte. 004/000237/0000).


- Baja con fecha 31 de enero de 2015 de la actividad de Administrador único de una empresa de objeto social: comercio al por menor de muebles, máquinas y equipos de oficina. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Dolors Montserrat Montserrat (núm. expte. 004/000238/0000).


- Vicesecretaria de organización del Partido Popular de Cataluña, sin percibir ningún tipo de remuneración salvo dietas puntuales. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


- Consejo de Dirección del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogada no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D.ª Tania Sánchez Melero (núm. expte. 004/000239/0000).


- Colaboradora en medios de televisión hasta el día 30 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Colaboraciones en libros y otras actividades editoriales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Miguel Lorenzo Torres (núms. expte. 004/000240/0000 y 004/000240/0001).


- Concejal electo por el Concello de A Coruña, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D.ª María Dolores Galovart Carrera (núm. expte. 004/000241/0000).


- Magistrada, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Cristóbal Ricardo Montoro Romero (núm. expte. 004/000242/0000).


- Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Catedrático de Universidad, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ángeles Isac García (núm. expte. 004/000243/0000).


- Concejal-Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Linares (Jaén) y Diputada Provincial, solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la
LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Saúl Ramírez Freire (núms. expte. 004/000244/0000 y 004/000244/0001).


- Servicios como visitador médico para el laboratorio médico LUNDBECK ESPAÑA, S.A., en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.



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D. José Javier Lasarte Iribarren (núm. expte. 004/000246/0000).


- Funcionario de la Diputación Foral de Álava (Jefe de Servicio de Desarrollo Económico), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. José Ignacio Prendes Prendes (núm. expte. 004/000247/0000).


- Diputado y Secretario Primero de la Mesa de la Junta General del Principado de Asturias hasta cese el 29 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Onésimo Eduardo González Martínez (núm. expte. 004/000248/0000).


- Cese como responsable comercial en FORMALBA, S.L. el 30/11/2015, sin percibir ningún tipo de remuneración. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Elena Faba de la Encarnación (núms. expte. 004/000249/0000 y 004/000249/0001).


- Participación en tertulias de programas de medios públicos de televisión o radiodifusión, así como participación en canales privados de internet televisión o radio internet, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo gastos de
desplazamiento, relaciones públicas y otros. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Presidenta del Círculo de Mujeres de Negocios, sin percibir ningún tipo de remuneración, salvo reembolso por los gastos realizados en el desempeño de sus funciones. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


- Administradora única de la mercantil 'Deimos Informática y Servicios S.L.'; Administradora única de la mercantil inactiva 'Minoritaria S.L.'; Administradora solidaria de la mercantil inactiva 'Edu Calia, S.L.' y Administradora única de
la mercantil 'DTV Comunicación y Estrategia Digital'. Dichas mercantiles se dedican a la Informática, telecomunicaciones y ofimática; asesoramiento estratégico en comunicación y marketing digital de última generación; implantación y explotación
de canales de televisión por internet; formación, selección de personal y asesoría en recursos humanos; economía social, sin percibir ningún tipo de remuneración y sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del
artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el
artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Fidel Prieto Romero (núms. expte. 004/000250/0000 y 004/000250/0001).


- Concejal y Portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía en el Excmo. Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla), sin dedicación exclusiva, solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad
compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Rodrigo Gómez García (núm. expte. 004/000251/0000).


- Abogado, solicitada la baja y el pase a colegiado no ejerciente con efectos desde el día 1 de enero de 2016. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Francisco Javier Cano Leal (núm. expte. 004/000252/0000).


- Concejal y Portavoz de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía en el Excmo. Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la
LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.



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- Funcionario de carrera: Técnico de la Administración General-Letrado de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Abogado no ejerciente desde el 1 de enero de 2016. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D.ª Orlena María Miguel Muñoz (núm. expte. 004/000253/0000).


- Concejal en el Ayuntamiento de Torrejón del Rey (Guadalajara), solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. José Andrés Torres Mora (núm. expte. 004/000254/0000).


- Profesor titular de la Universidad Complutense de Madrid, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias en cursos realizados en universidades, fundación y centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


- Patrono de la Fundación Pablo Iglesias y la Fundación Ortega Marañón, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Francese Homs Molist (núm. expte. 004/000255/0000).


- Vicesecretario General de Convergencia Democrática de Cataluña. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Jesús María Fernández Díaz (núm. expte. 004/000256/0000).


- Participación en medios de comunicación, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias en cursos realizados por universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. José Luis Ayllón Manso (núm. expte. 004/000257/0000).


- Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes (Ministerio de la Presidencia), sólo percibiendo retribución por el cargo de Secretario/a de Estado. Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la
Cámara.


- Patrono de la Fundación Internacional y para Iberoamérica y Políticas Públicas (FIAPP); Vocal de la Junta de Gobierno del Consorcio del Teatro del Liceo; Presidente del Consorcio para la Conmemoración del II Centenario de la Constitución
de 1812. Cargo anejo a la condición de Secretario de Estado.


- Vocal de la Junta Directiva Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.



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- Participación eventual en cursos, seminarios, conferencias y tertulias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Irene Rivera Andrés (núm. expte. 004/000258/0000).


- Jefa de Patrulla de Helicópteros de Málaga, en situación de servicios especiales, desde el 15 de abril de 2015 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Cursos en el INAP y UMA, sólo percibiendo gastos de desplazamientos y otros. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María Soraya Sáenz de Santamaría Antón (núm. expte. 004/000259/0000).


- Vicepresidenta, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Presidenta Comisión Interinstitucional Conmemoración VIII Centenario de la creación de la Universidad de Salamanca. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no
vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


- Presidenta del Patronato Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera
lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


- Patrono Fundación Carolina. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de la LOREG.


- Patrono Fundación Centro para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera lo dispuesto en el artículo 157.3 de
la LOREG.


- Presidente de la Comisión Nacional IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes. Cargo anejo a la condición de Vicepresidencia del Gobierno y Ministra de la Presidencia. Actividad compatible ya que no vulnera lo dispuesto en el
artículo 157.3 de la LOREG.


- Abogada del Estado (Ministerio de Justicia), en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro Junta Directiva y del Comité Ejecutivo Nacional PP. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Tertulias, conferencias, cursos y debates, de forma eventual, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Álvaro María Nadal Belda (núm. expte. 004/000260/0000).


- Director de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno (Categoría de Secretario de Estado). Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Técnico Comercial y Economista del Estado en situación de servicios especiales, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Secretario de Economía del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Artículos de prensa, sin remuneración. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Íñigo Méndez de Vigo Montojo (núm. expte. 004/000261/0000).


- Ministro de Educación, Cultura y Deporte en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Letrado de Cortes Generales en servicios especiales, percibiendo quinquenios. La Comisión toma conocimiento.


D. Pablo Bustinduy Amador (núm. expte. 004/000262/0000).


- Miembro electo del Consejo Ciudadano Estatal de la formación política Podemos, donde desempeña la función de Secretario de Relaciones Internacionales y Coordinación de la actividad en el Parlamento Europeo. Actividad compatible según
criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Publicación de artículos y libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Tertulias en medios de comunicación, conferencias, ponencias y encuentros políticos y sectoriales y/o regionales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Empleado en el Parlamento Europeo en situación de excedencia desde el 15 de octubre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Francisco Javier Hervías Chirosa (núm. expte. 004/000263/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Manuel Gabriel González Ramos (núm. expte. 004/000264/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Águeda Reynés Calvache (núms. expte. 004/000265/0000 y 004/000265/0001).


- Concejala, Portavoz del grupo municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Mahón, sin percibir retribuciones por asistencia a Comisiones informativas ni a Juntas de Portavoces. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la
LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Antonio Rodríguez Vázquez (núms. expte. 004/000266/0000 y 004/000266/0001).


- Abogado (representante legal de la Inmobiliaria 'Cortizos, S.L.'), cuyo objeto social es la promoción inmobiliaria, sin ninguna relación con el sector público. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Gregorio Cámara Villar (núm. expte. 004/000267/0000).


- Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, percibiendo trienios y quinquenios como docente, en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias y participación en cursos. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el
artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Autor de Manuales y otros materiales propios de su especialidad en derecho constitucional. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.



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D.ª María Mercè Perea i Conillas (núms. expte. 004/000268/0000, 004/000268/0001, 004/000268/0002 y 004/000268/0003).


- Concejal del Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat, sin percibir retribuciones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Vocal del Consejo de Administración de la Empresa municipal 'La Farga', en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


- Consejera del Consejo de Administración de 'Transportes Metropolitanos de Barcelona' y de 'Ferrocarrils de la Generalitat', en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


- Administrador de patrimonio familiar de las empresas Perea i Conillas CB y AVPERME CB, ambas sin facultades de administración. Actividad compatible según el artículo 159.3 a) de la LOREG.


D. Miguel Anxo Elías Fernández Bello (núms. expte. 004/000269/0000 y 004/000269/0001).


- Publicación de libros (derechos de autor). Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Editor. Socio de la empresa 'Ediciones Espiral Maior, S.L.'. No contrata con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y
sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, ponencias congresuales, ocasionalmente. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Antonio Gómez-Reino Varela (núms. expte. 004/000270/0000 y 004/000270/0001).


- Trabajos de traducción. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen
de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Inspector del LIGAL (Laboratorio Interprofesional Gallego de Análisis de Leche. Asociación sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, cuya actividad finalizó en octubre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Alexandra Fernández Gómez (núm. expte. 004/000271/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Ángela Rodríguez Martínez (núm. expte. 004/000272/0000).


- Secretaria de Coordinación de Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Josefa Inmaculada González Bayo (núm. expte. 004/000273/0000).


- Ingeniera Técnica Agrícola del Ayuntamiento de Cartaya, personal laboral indefinida, desde el 29 de diciembre de 2015 en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Ester Capella i Farré (núm. expte. 004/000274/0000).


- Senadora designación Parlament de Catalunya, desde el 07 de enero de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.



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D.ª Ana Isabel Alós López núm. expte. 004/000275/0000).


- Concejala del Ayuntamiento de Huesca, sin dedicación exclusiva ni remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas
parlamentarias.


- Cese como Diputada en la Diputación Provincial de Huesca el 04/02/2016, sin percibir ningún tipo de remuneración. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Teresa Jordà i Roura (núms. expte. 004/000276/0000, 004/000276/0001 y 004/000276/0002).


- Concejala del Ayuntamiento de Ripoll, sin dedicación exclusiva, solo percibiendo indemnización por asistencia. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Participación en la empresa 'NERINET, S.L.', servicios de limpieza y maquinaria industrial que no presta servicios a entidades públicas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Ana Belén Terrón Berbel (núms. expte. 004/000277/0000 y 004/000277/0001).


- Apoyo Secretaría Sociedad Civil y Movimiento Sociales de Podemos Andalucía, desde el 31 de diciembre de 2015 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D. Sebastián Franquis Vera (núm. expte. 004/000278/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. José Ignacio Echániz Salgado (núm. expte. 004/000279/0000).


- Colaboraciones académicas de carácter extraordinario (universidades, universidades de verano, máster,...) recibiendo exclusivamente indemnizaciones o compensación por gastos en el caso de centros públicos. Actividad compatible en los
términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretario Nacional de Sanidad y Asuntos Sociales del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Escritor, derechos de autor; actividad de creación literaria, científica, artística o técnica; publicaciones derivadas de ellas, con carácter extraordinario, recibiendo exclusivamente indemnizaciones o compensación por gastos, en el caso
de entes públicos. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Jurado de varios premios, con carácter extraordinario, recibiendo exclusivamente indemnizaciones o compensación por gastos, en el caso de entes públicos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad
de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Participación en conferencias, seminarios, coloquios y mesas redondas; tertulias u otros programas de radio y televisión; consejos de redacción, editoriales y científicos, con carácter extraordinario, recibiendo exclusivamente
indemnizaciones o compensación por gastos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª Carme Chacón Piqueras (núms. expte. 004/000280/0000, 004/000280/0001, 004/000280/0002 y 004/000280/0003).


- Consultor docente en Fundación Ortega-Marañón. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Professor in Residence at Miami Dade College (Florida-USA). Servicios de asesoría docente, asistiendo al Rectorado y, puntualmente, impartiendo conferencias que puntualmente será de modo presencial, en su caso, siempre fuera de periodos
de sesiones parlamentarias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Marta Sorlí Fresquet (núm. expte. 004/000281/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Ignasi Candela Serna (núm. expte. 004/000282/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Rosana Pastor Muñoz (núms. expte. 004/000283/0000 y 004/000283/0001).


- Actividad docente (culturales y académicas), que se encuentran suspendidas. La Comisión toma conocimiento.


- Publicación de artículos, libros y ponencias. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Actriz. Realizará la actividad por cuenta propia o ajena contratada por entidades privadas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Directora de teatro. Actividad que ha quedado interrumpida. La Comisión toma conocimiento.


- Tertulias televisivas, conferencias, actos culturales, académicos, políticos, sectoriales o estatales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin
poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Por su actividad de actriz y por tenerlo comprometido con anterioridad, ha realizado y realizará en el primer semestre del año 2016 alguna actuación contratada por entes públicos, si bien ha renunciado al sueldo de diputada durante el
periodo comprendido entre el 20 de diciembre de 2015 y el 10 de enero de 2016, y renunciará a la retribución de dichas actividades. Procede, a juicio de la Comisión y según acuerdo en casos similares y aceptado por el Pleno de la Cámara, autorizar
a la Sra. diputada, a la conclusión del citado contrato.


D. Joan Baldoví Roda (núm. expte. 004/000284/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D.ª Rita Gertrudis Bosaho Gori (núm. expte. 004/000285/0000).


- Personal estatutario interino de la Consejería de Sanidad de la Generalitat Valenciana, desde el 29 de diciembre de 2015 en situación de renuncia. La Comisión toma conocimiento.


D.ª María Sandra Moneo Díez (núm. expte. 004/000286/0000).


- Secretaria de Educación e Igualdad del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Seminarios y Conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Manuel Blasco Marqués (núms. expte. 004/000287/0000 y 004/000287/0001).


- Alcalde del Ayuntamiento de Teruel, desde el 01 de febrero de 2016 en situación de cese. La Comisión toma conocimiento.


D. Enric Bataller i Ruiz (núms. expte. 004/000288/0000 y 004/000288/0001).


- Profesor Asociado al departamento de derecho civil de la universidad de Valencia, desde el 07 de enero de 2016 en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Publicación de libros y artículos científicos, percibiendo derechos de autor y asimilados. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferenciante en universidades y otras instituciones académicas, percibiendo remuneración y gastos de desplazamiento. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector
público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Abogado, no ejerciente desde el 12 de enero de 2016. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


D. Txema Guijarro García (núm. expte. 004/000289/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Ángela Ballester Muñoz (núm. expte. 004/000290/0000).


- Publicación de artículos, ponencias y libros. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Participación en cursos universitarios, tertulias televisivas, conferencias, encuentros políticos, académicos o sociales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del
sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. César Luena López (núm. expte. 004/000291/0000).


- Secretario General del PSOE de la Rioja desde febrero de 2012, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Secretario de Organización y Acción Electoral de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE desde julio de 2014, sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades
en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de Postgrado Españoles e Internacionales, sin percibir ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase.
Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin



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la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos
de la LOREG.


- Miembro del Patronato de la Fundación 'Pablo Iglesias' desde el 10 de diciembre de 2014, sin percibir, por ello, ningún tipo de remuneración económica ni de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D.ª María del Mar Rominguera Salazar (núm. expte. 004/000292/0000).


- Secretaria General de la Agrupación Local del PSOE de Zamora, sin percibir por ello remuneración o compensación de ningún tipo. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Carolina Bescansa Hernández (núms. expte. 004/000293/0000 y 004/000293/0002).


- Profesora e Investigadora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología en la Universidad Complutense de Madrid, en situación de excedencia. La Comisión toma conocimiento.


- Actividades docentes en diferentes instituciones académicas. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo
establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Responsable de la Secretaría de Análisis Político y Social de Podemos, Programa y Proceso Constituyente de Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Artículos, publicación de libros; elaboración de estudios de investigaciones sociológicas de distinta naturaleza, de forma ocasional y retribuida o no. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Impartición de cursos, conferencias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar
el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Mariano Rajoy Brey (núm. expte. 004/000294/0000).


- Presidente del Gobierno en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


D. José Manuel Girela de la Fuente (núm. expte. 004/000295/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Carmen Rocío Cuello Pérez (núm. expte. 004/000296/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Odón Elorza González (núm. expte. 004/000297/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Teresa Angulo Romero (núm. expte.. 004/000298/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.



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D. Germán Rodríguez Sánchez (núm. expte. 004/000299/0000).


- Participación en medios de comunicación y en conferencias, jornadas y cursos, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica ni de ninguna otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Gerardo Camps Devesa (núm. expte.. 004/000300/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Ana María Oramas González-Moro (núm. expte. 004/000301/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª Belén Hoyo Juliá (núm. expte. 004/000302/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Jordi Roca Mas (núms. expte. 004/000303/0000 y 004/000303/0003).


- Administrador único de la entidad Presencia Internet S.L. dedicada a la administración de sistemas informáticos, diseño y programación de soluciones informáticas, sin ninguna relación con las Administraciones públicas. Se autoriza en los
términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias
establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Marc Lamuà Estañol (núm. expte. 004/000304/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Joan Ruiz i Carbonell (núm. expte. 004/000305/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Ferran Bel Accensi (núms. expte. 004/000306/0000 y 004/000306/0001).


- Alcalde del Ayuntamiento de Tortosa, sin dedicación exclusiva, solo percibiendo dietas por asistencias. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Miembro de la Mancomunitat Tortosa-Roquetes, del Consorcio de la Ruta de los Tres Reyes, y del Consorcio Universitario Centro Asociado Tortosa UNED, sin retribución de ninguna clase. Función pública aneja a dicho cargo electivo local,
según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- En su condición de cargo electo local, miembro de la Junta General de GESAT SA TORTOSA, SALUT SL y EMPS SL, sin retribución de ninguna clase. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión.
Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Presidente del Consejo de Administración de GESAT S.A.; TORTOSA SALUT S.L. y EMSP S.L., cargos en su condición de Alcalde por previsión estatutaria, encontrándose en trámite la modificación de los Estatutos, todos ellos sin retribución.
Se autoriza, en tanto que se produzca la modificación estatutaria,



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conforme al criterio de la Comisión, ratificado por el Pleno, en relación con la interpretación del artículo 155.2 e) de la LOREG.


- Profesor asociado de la Universitat Rovira i Virgili a tiempo parcial. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias,
según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


D. Pablo Casado Blanco (núms. expte. 004/000307/0000 y 004/000307/0001).


- Vicesecretario General de Comunicación del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Abogado colegiado no ejerciente. La Comisión toma conocimiento.


- Non resident Fellow, Center for Transatlatic Relations, Johns Hopkins University (investigación académica, cursos, ponencias, seminarios). Miembro Honorario. Sin relación contractual. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c)
de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1,
todos ellos de la LOREG.


D. Francisco De la Torre Díaz (núm. expte.. 004/000308/0000).


- Inspector de Hacienda del Estado (Agencia Estatal de Administración Pública, Delegación Especial de Madrid, Dependencia Regional de Inspección), en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Publicaciones. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Conferencias, seminarios y colaboraciones en prensa. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Ramón García Hernández (núms. expte. 004/000309/0000 y 004/000309/0001).


- Funcionario Carrera Diplomática, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Profesor y Coordinador Universitario, actividad ocasional que no entraña la dirección de servicios administrativos ni de gestión de presupuesto a su cargo. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Secretario Ejecutivo de Relaciones Internacionales del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Escritor y articulista. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


- Patrono de las Fundaciones: 'FAES', 'Humanismo y Democracia' y 'Aprocor', sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferenciante, participación en tertulias. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. José Antonio Bermúdez de Castro Fernández (núm. expte. 004/000310/0000).


- Portavoz sustituto y Secretario General del Grupo Parlamentario del Partido Popular (en funciones). Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Conferencias, mesas redondas o análogas en cursos o universidades de verano de forma ocasional. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª Miriam Nogueras i Camero (núm. expte. 004/000311/0000).


- Concejala del Ayuntamiento de Cardedeu, solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias.


- Participación en tertulias de medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Socia de Bonclasif, S.L., sector textil, fabricación y comercialización de hilos de coser, sin relación con la Administración Pública. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Irene Lozano Domingo (núm. expte. 004/000312/0000).


- Colaboración en medios de prensa escrita y digital. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


D.ª Elvira Ramón Utrabo (núm. expte. 004/000313/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Leopoldo Barreda de los Ríos (núms. expte. 004/000314/0000 y 004/000314/0001).


- Abogado. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación
absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Vocal de la ONG 'Comité Español de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina (UNRWA). Varias reuniones al año, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D.ª María Soraya Rodríguez Ramos (núms. expte. 004/000315/0000 y 004/000315/0001).


- Funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Medina del Campo, desde el 09 de abril de 2008 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Presidenta del Partido Socialista de Castilla y León, sin remuneración ni contraprestación económica alguna. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Renuncia como miembro del Patronato de la Fundación Ideas para el Progreso, con fecha 22 de diciembre de 2015, cargo por el que no percibía remuneración ni contraprestación económica alguna. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en jornadas, cursos y seminarios realizados por instituciones, entidades, asociaciones, universidades, fundaciones y centros de postgrado españoles e internacionales, sin percibir
ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de
dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D.ª Juana Amalia Rodríguez Hernández (núm. expte. 004/000316/0000).


- Funcionaria de la Junta de Andalucía del Cuerpo de Administradores Generales de la Junta de Andalucía, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


D. Juan Jiménez Tortosa (núms. expte. 004/000317/0000 y 004/000317/0001).


- Alcalde del Ayuntamiento de Benahadux (Almería), sin percibir ningún tipo de remuneración. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Diputado de la Diputación Provincial de Almería, solo percibiendo dietas por asistencias. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las
tareas parlamentarias.


- Profesor de Enseñanza Secundaria (Consejería de Educación de la Junta de Andalucía), en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


D. Joan Tardà i Coma (núm. expte. 004/000318/0000).


- Catedrático de Secundaria de la Generalitat de Catalunya, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias y artículos, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Joan Baptista Olòriz Serra (núm. expte. 004/000319/0000).


- Catedrático de Instituto jubilado, desde el 13 de enero de 2016 en situación de suspensión de la percepción de la pensión de jubilación. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias y artículos, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Carles Campuzano i Canadés (núms. expte. 004/000321/0000 y 004/000321/0001).


- Presidente de la Fundación Privada ACSAR. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la Fundación privada ROCA I GALES. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la fundación privada BEQUIAL. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni
menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Patrono de la Fundación CATDEM. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Consejo Asesor de la Fundación FORMACIÓ I TREBALL. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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- Miembro del Consejo Asesor de la Fundación RANDSTAD. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo
159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN SALUD Y FAMILIA. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Conferencias, seminarios, colaboraciones en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades
del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Miembro del Consejo Asesor de la Fundación ESPLAI. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2,
ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Joan Capdevila i Esteve (núm. expte. 004/000322/0000).


- Veterinario de pequeños animales. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Patxi López Álvarez (núm. expte. 004/000323/0000).


- Secretario de Acción Política y Ciudadanía de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, sin remuneración desde la toma de posesión como diputado. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los
partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación, conferencias en cursos realizados por Universidades, Fundación y Centros de Postgrado Españoles e Internacionales, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG,
sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de
la LOREG.


D. Antonio Gutiérrez Limones (núm. expte. 004/000324/0000).


- Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira, solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D.ª María Pilar Lucio Carrasco (núms. expte. 004/000325/0000 y 004/000325/0001).


- Secretaria de Cambio Climático y Sostenibilidad de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos
parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación y conferencias en cursos realizados por Universidades, Fundación y Centros de postgrado españoles e internacionales, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D. Francisco Hernández Spínola (núms. expte. 004/000326/0000 y 004/000326/0001).


- Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Jefe de servicio de normativa, análisis y estudios de la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Canario de Salud, desde el 13
de enero de 2016 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.



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- Viticultor, percibiendo subvenciones del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias POSEI (Programas de opciones específicas por la lejanía y la insularidad). Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c)
de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1,
todos ellos de la LOREG.


D.ª Adriana Lastra Fernández (núm. expte. 004/000327/0000).


- Secretaria Política Municipal del PSOE, sin remuneración desde la toma de posesión como diputada. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación y conferencias, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las
actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª María González Veracruz (núm. expte. 004/000328/0000).


- Secretaria de Ciencia, Participación y Política en Red de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE desde julio de 2014, sin remuneración. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos
políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Sofía Hernanz Costa (núm. expte. 004/000329/0000).


- Funcionaria del Ayuntamiento de Ibiza, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Participación en medios de comunicación y conferencias en cursos realizados por Universidades, Fundaciones y Centros de postgrado españoles e internacionales, sin remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la
LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.


D.ª Sonia Ferrer Tesoro (núm. expte. 004/000330/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Tamara Raya Rodríguez (núm. expte. 004/000331/0000).


- Concejala en el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz (Santa Cruz de Tenerife), sólo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al art. 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se
menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Directora de Recursos Humanos en la empresa 'Finca Puntagorda, S.L.', en excedencia forzosa con efectos del día 21/12/2015. La Comisión toma conocimiento.


D. Mateo Isern Estela (núm. expte. 004/000332/0000).


- Vocal del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional hasta 05/01/2016. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Marian Beitialarrangoitia Lizarralde (núm. expte. 004/000333/0000).


- Diputada autonómica en el Parlamento vasco, por el Territorio de Gipuzkoa, desde octubre de 2012 hasta el 7 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


- Participación periódica en tertulias en EITB, sólo percibiendo gastos de desplazamientos y otros. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.



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D. Guillermo Mariscal Anaya (núms. expte. 004/000334/0000 y 004/000334/0001).


- Abogado no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.


- Conferencias, seminarios y tertulias en medios de comunicación. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del
artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D.ª Onintza Enbeita Maguregi (núm. expte. 004/000335/0000).


- Bertsolari, con contratación normalmente a cargo de la empresa Lanku Bertso Zerbitzuak, generalmente de un día (el de la actuación). Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir
remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Óscar Galeano Gracia (núm. expte. 004/000336/0000).


- Baja de autónomo como Agente Comercial el 31 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Socio Administrador de la empresa 'Espazio Inmobiliario ZG, S.L. durante el 2015. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Susana Sumelzo Jordán (núm. expte. 004/000337/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D. Gabriel Rufián Romero (núms. expte. 004/000339/0000 y 004/000339/0001).


- Cese de la prestación de desempleo desde el 20 de diciembre de 2015. La Comisión toma conocimiento.


- Conferencias, participación en programas de televisión, etc. recibiendo compensación por gastos. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Jordi Salvador i Duch (núm. expte. 004/000340/0000).


- Profesor en la escuela Sagrat Cor de Tarragona (empresa: Fundació Vedruna Sagrat Cor) solicitada excedencia forzosa con fecha del 13 de enero de 2016. La Comisión toma conocimiento.


D.ª Lourdes Ciuró i Buldó (núm. expte. 004/000341/0000).


- No declara ostentar ningún cargo ni ejercer ninguna actividad, por lo que no está incurso/a en causa alguna de incompatibilidad.


D.ª María Elena Álvarez Simón (núms. expte. 004/000342/0000 y 004/000342/0001).


- Concejal del Ayuntamiento de Breña Baja (Santa Cruz de Tenerife), solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionaria interina en el Cabildo Insular de La Palma (Canarias), desde el 13 de enero de 2016 en situación de servicios especiales. La Comisión toma conocimiento.


- Abogada no ejerciente. Profesión que al no ser ejercida, no requiere dictamen de la Comisión.



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D. Jorge Moragas Sánchez (núm. expte. 004/000343/0000).


- Director de Gabinete de la Presidencia del Gobierno (categoría de Secretario de Estado). Cargo compatible con el de Diputado/a según acuerdo reiterado por el Pleno de la Cámara.


- Secretario del Consejo de Seguridad Nacional, en su condición de Secretario de Estado. Cargo anejo a la condición de Secretario de Estado.


- Miembro de la carrera diplomática, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


- Miembro del Comité Ejecutivo Regional del Partido Popular de Cataluña. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D. Francesc Xavier Eritja Ciuró (núms. expte. 004/000344/0000 y 004/000344/0001).


- Administrativo en la Empresa Pública CATSALUT (Departament de Salut de la Generalitat de catalunya), desde el 13 de enero de 2016 en situación de excedencia forzosa. La Comisión toma conocimiento.


D. Miguel Vila Gómez (núm. expte. 004/000345/0000).


- Cargos internos en el Partido Político Podemos. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y grupos parlamentarios.


D.ª Isabel García Tejerina (núm. expte. 004/000346/0000).


- Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en funciones. Cargo compatible con el de Diputado/a conforme al artículo 70.1 b) de la Constitución.


- Titular de planta fotovoltaica. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el
régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


D. Pedro Quevedo Iturbe (núm. expte. 004/000347/0000).


- Concejal del Área de Promoción Económica, Empleo, Turismo y Movilidad del Ayuntamiento de las Las Palmas de Gran Canaria, solo percibiendo dietas por asistencia a plenos y comisiones. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la
LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Presidente del Instituto Municipal de Empleo y Formación (IMEF). Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Presidente del Consejo Sectorial de Turismo y Congresos de las Palmas de Gran Canaria. Función pública aneja a dicho cargo electivo local, según criterio reiterado de la Comisión. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la
LOREG, siempre que en su ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


D. Pedro Sánchez Pérez-Castejón (núm. expte. 004/000348/0000).


- Secretario General de la CEF-PSOE, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica o de cualquier otra clase. Actividad compatible según criterio reiterado en relación con los cargos y actividades en los partidos políticos y
grupos parlamentarios.


- Participación en medios de comunicación y conferenciante en cursos realizados por universidades, sin percibir por ello ningún tipo de remuneración económica o de cualquier otra clase. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de
la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos
ellos de la LOREG.



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D. Rubén Martínez Dalmau (núms. expte. 004/000349/0000 y 004/000349/0002).


- Senador suplente inactivo (suplente por designación de les Corts Valencianes), cargo al que solo accedería en el caso de que cesara la senadora principal; en ese momento optaría por el escaño al Congreso o al Senado. La Comisión toma
conocimiento.


- Profesor Titular de Derecho Constitucional en la Universitat de Valencia, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


- Actividad docente, de carácter extraordinario, consistente en la dirección y coordinación de masters que no entraña dirección de servicios administrativos. Actividad compatible en los términos del artículo 157.4, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias, según lo establecido en el artículo 157.1, ambos de la LOREG.


- Publicaciones académicas a través de las Editoriales: Tirant y Akal, percibiendo derechos de autor a través de Cedro. Actividad compatible conforme al artículo 159.3. b) de la LOREG.


D.ª María del Carmen Álvarez-Arenas Cisneros (núm. expte. 004/000350/0000).


- Pensión de viudedad. Percepción compatible con el artículo 158.2 de la LOREG, según criterio reiterado de la Comisión desde su dictamen de 11 de noviembre de 1993.


- Miembro del Patronato de Fundación Benéfica Privada, sin percibir ningún tipo de remuneración. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder
incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la LOREG.


- Consejera Delegada de empresas familiares de prestación de servicios, sin contratación con el sector público, sin perjuicio de percepción de subvenciones regladas. Se autoriza en los términos del artículo 159.3. c) de la LOREG, sin la
posibilidad de percibir remuneración del sector público y sin poder incurrir en las actividades del artículo 159.2, ni menoscabar el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias establecido en el artículo 157.1, todos ellos de la
LOREG.


D. Francisco Domingo Cabrera García (núm. expte. 004/000351/0000).


- Concejal del Excelentísimo Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote (Las Palmas), solo percibiendo dietas por asistencia a los plenos del Ayuntamiento. Actividad compatible, conforme al artículo 157.1 de la LOREG, siempre que en su
ejercicio no se menoscabe el régimen de dedicación absoluta a las tareas parlamentarias.


- Funcionario docente, en situación de servicios especiales, percibiendo los correspondientes trienios. La Comisión toma conocimiento.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.- El Presidente de la Comisión, Leopoldo Barreda de los Ríos.-El Secretario de la Comisión, Rubén Martínez Dalmau.


La Comisión del Estatuto de los Diputados, en su sesión del día de la fecha, bajo la presidencia del Excmo. Sr. D. Leopoldo Barreda de los Ríos (GP) y con la asistencia de los Excmos. Sres. Diputados D.ª Mónica Lafuente de la Torre (GS),
D.ª Patricia Isaura Reyes Rivera (GCs), D. Joan Capdevila i Esteve (GER), D.ª Elena Ribera i Garijo (GC-DL) y D. Joseba Andoni Agirretxea Urresti (GV-EAJ-PNV) vistas las declaraciones de actividades que pueden constituir causa de incompatibilidad y
de otras actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos, formuladas por los Excmos. Sres. Diputados que más adelante se mencionan, ha acordado por unanimidad elevar al Pleno de la Cámara la siguiente


ADDENDA AL DICTAMEN DEL 21 DE ABRIL DE 2016


Único.


D.ª Ana María Surra Spadea (núm. expte. 004/000320).


La señora Diputada declaró la percepción de una prestación de jubilación a cargo del Banco de Previsión Social de Uruguay.



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Con fecha 9 de marzo de 2016, la Comisión del Estatuto de los Diputados acordó requerirle aclaración sobre si se trataba de una entidad financiera pública y de una prestación de jubilación pública, o de un fondo de pensiones de naturaleza
privada, y en su caso, si la percepción de dicha prestación se encontraba interrumpida o se continuaba percibiendo en la actualidad.


Con fecha 20 de abril de 2016 la señora Surra Spadea comunicó que había solicitado la referida información sin que hubiera obtenido respuesta todavía de las autoridades de la República Oriental de Uruguay manifestando que, para el caso de
que se le confirmara la naturaleza pública de la prestación, optaría por mantener su condición de diputada e 'iniciaría inmediatamente trámite de solicitud de interrupción de dicha percepción con efectos de la fecha de su acta de diputada'.


La Comisión del Estatuto de los Diputados celebrada ese mismo día 20 de abril de 2016 consideró procedente concederle más plazo para la contestación del requerimiento, excluyendo hasta tanto su declaración del Dictamen, criterio que fue
confirmado en la sesión del día siguiente de 21 de abril de 2016.


Con fecha 26 de abril de 2016 la señora Surra Spadea manifiesta a la Comisión que ha obtenido respuesta a su solicitud de información y que, precisada la naturaleza pública de la prestación, ha procedido a 'solicitar que se suspenda el
devengo de la prestación con efectos del 20 de diciembre de 2015'. Aporta con su escrito burofax por el que comunica su solicitud de suspensión del devengo de la prestación.


En su sesión del mismo día de 26 de abril de 2016, la Comisión acordó tomar conocimiento de dicha renuncia e incluirla en una Addenda al Dictamen de Actividades precisando que no está incursa en ninguna situación de incompatibilidad.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 2016.-El Presidente de la Comisión, Leopoldo Barreda de los Ríos.


PERSONAL


299/000004


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. Francesc Xavier Domènech Sampere, con efectos de 8 de mayo de 2016, de D. Oriol Casas Centelles, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú
Podem-En Marea.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


299/000004


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 28 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª María Ávila
Fernández, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 28 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 68





De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 28 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Javier Blasco
Pedrajas, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 28 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª Ana María Castillo
Gutiérrez, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 28 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª Julieta de Micheo
Carrillo-Albornoz, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 28 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 28 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Jesús Fernández Moral,
a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 28 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Francisco Galeote
Perea, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro



Página 69





Fernández, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª M.ª Lourdes Gómez
Montejano, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Marius Ionel Ioan, a
propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª Myriam López
Corbelle, a propuesta del Excmo, Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 28 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª María José Mazas
Gómez, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 28 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.



Página 70





Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 28 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. José Javier Meana
Gutiérrez, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 28 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª Ana Isabel Orgaz
Torrecillas, a propuesta del Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 4 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª María de Gracia Marín
González, a propuesta del Excmo. Sr. D. Antonio Hernando Vera, con efectos de 4 de mayo de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 29 de abril de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Joan Carles Clavería
Pérez, a propuesta del Excmo. Sr. D. Francesc Xavier Domènech Sampere, con efectos de 29 de abril de 2016 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Podemos-En
Comú Podem-En Marea.



Página 71





Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


299/000005


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Marta Alarcón Cediel, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Naroa Atxurra Lasfuentes, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Estefanía Contreras Plaza, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de la Presidenta de la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Aniza Fernanda García Morales, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión de Empleo y Seguridad Social.



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Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª María de Gracia Marín González, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión de Defensa.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Ana Belén Perianes Bermúdez, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión Mixta para la Unión Europea.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Remedios Rodríguez Sánchez, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión de Economía y Competitividad.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D. Ignacio Trillo Imbernón, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión de Fomento.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 3 de mayo de 2016 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos de 3 de
mayo de 2016, de D.ª Helena Viles Mitxelena, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión para el Estudio del Cambio Climático.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de sus autores, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a las Comisiones que se indican, las
preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a las Comisiones correspondientes, al Gobierno y a los Sres. Diputados preguntantes y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


RELACIÓN DE PREGUNTAS


Comisión de Defensa


Núm. expte.: 184/000235


Núm. registro: 2293


Autor iniciativa: Gómez García, Rodrigo (GCs)


Objeto iniciativa: Cierre del cuartel militar Sancho Ramírez de Huesca, así como medidas para paliar los perjuicios de tal decisión.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29, de 8 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000036.


Comisión de Interior


Núm. expte.: 184/000151


Núm. registro: 2036


Autor iniciativa: Igea Arisqueta, Francisco (GCs)


Objeto iniciativa: Necesidades de la comandancia de la Guardia Civil en Valladolid.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 25, de 1 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000037.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Núm. expte.: 184/000152


Núm. registro: 2037


Autor iniciativa: Igea Arisqueta, Francisco (GCs)



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Objeto iniciativa: Medidas para garantizar la equidad en el acceso a los medicamentos huérfanos y de uso compasivo, al amparo de los dispuesto en la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 25, de 1 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000038.


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


Núm. expte.: 184/000404


Núm. registro: 2694


Autor iniciativa: Navarro Fernández-Rodríguez, Fernando (GCs)


Objeto iniciativa: Plan de Revisión catastral que está llevando a cabo el Ministerio de Hacienda 2013-2016.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 35, de 16 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000039.


Comisión de Fomento


Núm. expte.: 184/000169


Núm. registro: 2094


Autor iniciativa: Navarro Fernández-Rodríguez, Fernando (GCs)


Objeto iniciativa: Trabajos de limpieza en las estaciones de Adif en Barcelona.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 25, de 1 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000040.


Núm. expte.: 184/000405


Núm. registro: 2695


Autor iniciativa: Navarro Fernández-Rodríguez, Fernando (GCs)


Objeto iniciativa: Previsiones acerca de las obras de la carretera N-232 que une Vinaròs (Castellón) con Santander.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 35, de 16 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000041.


Comisión Constitucional


Núm. expte.: 184/000036


Núm. registro: 1651


Autor iniciativa: Rivera de la Cruz, Marta María (GCs)


Objeto iniciativa: Motivos por los que se ha aplazado el desarrollo reglamentario de la nueva Ley de Altos Cargos, así como previsiones acerca de su realización.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 17, de 18 de febrero de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000042.


Comisión de Industria, Energía y Turismo


Núm. expte.: 184/000486


Núm. registro: 2991


Autor iniciativa: Rodríguez Hernández, Melisa (GCs)


Objeto iniciativa: Requisitos para la designación en los puestos de Consejeros y Consejeros Adjuntos de Turismo en embajadas españolas.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 40, de 23 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000044.



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Comisión de Educación y Deporte


Núm. expte.: 184/000285


Núm. registro: 2414


Autor iniciativa: Yáñez González, Pablo (GCs)


Objeto iniciativa: Conmemoración del VIII Centenario de la Universidad de Salamanca.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29, de 8 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000045.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


Núm. expte.: 184/000286


Núm. registro: 2415


Autor iniciativa: Yáñez González, Pablo (GCs)


Objeto iniciativa: Aumento de ataques al ganado por parte de lobos en Castilla y León.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29, de 8 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000046.


Comisión de Cultura


Núm. expte.: 184/000498


Núm. registro: 3017


Autor iniciativa: Garaulet Rodríguez, Miguel Ángel y Martínez González, José Luis (GCs)


Objeto iniciativa: Situación estructural de la Catedral de Santa María La Mayor de Cartagena.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 40, de 23 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000034.


Núm. expte.: 184/000313


Núm. registro: 2458


Autor iniciativa: Martínez González, José Luis y Garaulet Rodríguez, Miguel Ángel (GCs)


Objeto iniciativa: Situación del Convento-Monasterio e Iglesia de San José de la Congregación Carmelitas de Caravaca de la Cruz.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29, de 08 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000035.


Núm. expte.: 184/000496


Núm. registro: 3008


Autor iniciativa: Rivera de la Cruz, Marta María (GCs)


Objeto iniciativa: Cierre de la Casa Buñuel.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 40, de 23 de marzo de 2016.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000043.


184/001569


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).


Reformulación de su pregunta sobre previsiones acerca de la puesta en funcionamiento del AVE en Euskadi, así como medidas para corregir irregularidades e impulsar el final de las obras y de sus conexiones.



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Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
comunicando este acuerdo al autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las
siguientes preguntas para que le sean contestadas por escrito.


¿Por qué se encuentran paralizados cuatro tramos de obra adjudicada en el punto clave de la 'Y' vasca conocido como 'nudo ferroviario de Bergara'?


¿Por qué está paralizado desde hace más de un año el tramo de la LAV Hernani-Astigarraga?


¿Qué medidas está adoptando el Gobierno en funciones para corregir irregularidades y adoptar medidas precisas para impulsar el final de las obras y de sus conexiones?


¿Afectan estas incidencias a la puesta en funcionamiento del AVE en Euskadi en la fecha anunciada por la Ministra de Fomento en funciones?


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2015.-Juan Luis Gordo Pérez, Diputado.


184/001572


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).


Reformulación de su pregunta sobre acuerdo Renfe Operadora, ADIF y ADIF AV para la reposición parcial de superficie cuyo derecho de uso sin contraprestación se reconoce a Renfe Operadora, así como la adquisición por ADIF y ADIF AV de los
derechos de uso no repuestos.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
comunicando este acuerdo al autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 77





A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las
siguientes preguntas para que le sean contestadas por escrito.


En relación al Acuerdo Renfe Operadora, ADIF y ADIF AV para la reposición parcial de superficie cuyo derecho de uso sin contraprestación se ha reconocido a Renfe Operadora mediante Orden ministerial, así como la adquisición por ADIF y ADIF
AV de los derechos de uso no repuestos, se formulan las siguientes preguntas:


¿Conoce el Gobierno en funciones las razones por las que el importe a abonar a Renfe Operadora asciende a 141,8 millones de euros? ¿Conoce los criterios que se han seguido para determinar esa cantidad?


¿Conoce el Gobierno en funciones los criterios por los que se ha determinado que la cantidad a abonar a Renfe por ADIF ascienda a 64,4 millones de euros, y por ADIF AV a 77,4 millones de euros?


¿Ha justificado el presidente de ADIF la existencia de una base sustantiva sólida para esta contraprestación entre entidades?


¿Conoce el Gobierno en funciones si la firma del Convenio ha tenido como principal motivación poder situar la cuenta de explotación de Renfe Operadora en números negros?


¿Ha sido informada la Ministra de Fomento en funciones de los motivos y detalles de esta operación financiera en todo momento?


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2015.-Juan Luis Gordo Pérez, Diputado.


184/001681


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GMx).


Retirada de la cuestión 5 planteada en su pregunta sobre información aparecida en los medios de comunicación referida a que el Ministro don José Manuel Soria estaría vinculado a sociedades creadas en Panamá.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente retirada, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando
este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto del Congreso de los Diputados a instancia del Diputado de la coalición IU-UP Alberto Garzón Espinosa, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
preguntas para las que se solicita respuesta por escrito sobre la



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información aparecida en los medios de comunicación y referida a que el Excmo. Sr. Ministro D. José Manuel Soria estaría vinculado a sociedades creadas en Panamá.


El Sr. Soria ha desempeñado cargos públicos desde los 22 años y, aún cuando en su biografía aparecen datos referidos a su participación en diversas empresas, siempre han sido empresas públicas.


A lo largo de su vida se ha visto involucrado de diversas formas en distintos casos de corrupción habiendo salido, hasta la fecha, indemne de todos ellos como con los casos: Eolo, Chalet, Salmón (este último archivado por prescripción) y a
principios de 2008 salen a la luz irregularidades referentes a grandes proyectos urbanísticos para la capital grancanaria realizadas durante sus mandatos en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (periodos comprendidos entre 1995 a 1999 y
1999 a 2003) y en el Cabildo insular de Gran Canaria (de 2003 a 2007).


El caso más reciente fue el de sus vacaciones de lujo en República Dominicana que fueron pagadas, presuntamente, por un empresario propietario, entre otros, de un hotel construido ilegalmente en Canarias (según consta en Sentencia firme, ese
hotel es ilegal, es de destacar que este empresario también aparece en los 'papeles de Panamá'). A raíz de esta polémica y las noticias aparecidas en un medio de comunicación de ámbito estatal (www.eldiario.es), la respuesta del Sr. Ministro no
fue otra que demandar al medio, a su director y al periodista en cuestión sin que el Sr. Soria haya dado nunca explicaciones en esta sede sobre dichas vacaciones.


En el día de hoy se ha hecho pública su vinculación con sociedades creadas por el bufete Mossack y Fonseca de Panamá, en los denominados 'Papeles de Panamá', pero en la declaración de bienes realizada por el Sr. Soria en este Congreso de
los Diputados no consta ninguna empresa constituida en dicho país ni en ningún otro paraíso fiscal, mucho menos alguna radicada en Bahamas.


1. ¿Va a cesar el Presidente del Gobierno al Sr. Soria?


2. Si no le va a cesar, ¿cuál es el motivo para mantenerle en su cargo?


3. ¿Se ha dado algún tipo de instrucción a la Fiscalía Anticorrupción para que investigue esa empresa y el origen de los dineros con los que se haya podido constituir y los que haya podido manejar dicha sociedad?


4. ¿Cuándo se enteró el Gobierno de la existencia de dicha empresa vinculada al Sr. Soria?


5. [...]


6. ¿Sabe el Gobierno si existe algún tipo de hecho que impida que la Sala Segunda del Tribunal Supremo investigue ya al Sr. Soria?


7. ¿Puede el Gobierno asegurar que ningún otro miembro del Gobierno tiene empresas en Panamá u otro paraíso fiscal?


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2016.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.


184/002375


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Martín Llaguno, Marta (GCs).


Centros de referencia para implantar desfibriladores automáticos implantables.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, excepto la pregunta 1 ya que, en los términos en que se encuentra redactada,
supondría consulta de índole estrictamente jurídica, en contra de lo dispuesto en el artículo 186.2 del Reglamento de la Cámara, comunicando este acuerdo a la Sra. Diputada autora de la iniciativa.



Página 79





En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


La Diputada, y Portavoz Adjunta, Marta Martín Llaguno, del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que se
solicita respuesta por escrito sobre los centros de referencia para implantar desfibriladores automáticos implantables.


Exposición de motivos


El pasado mes de febrero, un joven de la Comunidad Valenciana de 19 años sufrió una parada cardiorrespiratoria practicando deporte. Estuvo hospitalizado a la espera de que se le pudiera implantar un desfibrilador automático implantable
(DAI) sin que se le diera una solución a su problema puesto que el hospital en el que se encontraba, Hospital del Vinalopó, no estaba autorizado a llevar a cabo este tipo de operaciones. El 28 de febrero de 2012 la Secretaría Autonómica de la
Agencia Valenciana de Salud mandó una circular indicando que solo los centros acreditados podrían implantar estos dispositivos, limitando estas intervenciones a unos ciertos hospitales, en este caso el de la ciudad de Alicante. Dadas las
complicaciones que podían surgir, los médicos en este caso, desaconsejaban el traslado del paciente. Desde la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valencia, a través de diferentes medios de comunicación, se alegó reiteradamente que no era
responsabilidad suya determinar qué hospitales pueden llevar a cabo este tipo de operaciones, sino del Ministerio de Sanidad.


En relación a lo anterior, se formulan las siguientes preguntas:


1. [...]


2. En ese caso, ¿qué criterios específicos se han seguido a la hora de determinar los hospitales de referencia en la implantación de desfibrilador automático implantable (DAI)?


3. ¿Considera el Gobierno que limitar la cantidad de hospitales que pueden llevar a cabo este tipo de operaciones es beneficioso para el conjunto de la población? ¿Por qué?


4. ¿Qué estudios sobre la medición del impacto a este respecto existen? ¿Qué coste y qué beneficio supone esta centralización frente al implante en los hospitales próximos a los pacientes como se venía haciendo desde hace años?


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2016.-Marta Martín Llaguno, Diputada.


184/002560


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Implicación de la Fundación Guardia Civil en medidas concretas de formación para la reinserción y reintegración laboral, especialmente dirigidas al colectivo de retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas, así como actuaciones de las
asociaciones Pro-Huérfanos en relación a las políticas económicas y situación especial de los retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas que son socios.



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Acuerdo:


Calificar la pregunta contenida en los puntos 8 y 9 del escrito registrado con el número 6274 (núm. expte. correspondiente al resto 186/000292) como pregunta al Gobierno con respuesta escrita, trasladar al Gobierno a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 7 del Reglamento del Congreso de los Diputados, y habiéndolas comunicado previamente a mi Grupo Parlamentario, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En
Marea, realiza las siguientes preguntas al Gobierno con respuesta escrita.


Justificación


La esencia de esta consulta radica en valorar la dimensión de los obstáculos e impedimentos encontrados en la reinserción social y laboral del colectivo de Clases Pasivas retirado tras un expediente de pérdida de aptitudes psicofísicas y,
concretamente, en el contexto promovido para con los componentes de la Guardia Civil.


Desde el 1 de enero de 2009, amparándose en la situación económica del país, se plantearon una serie de medidas de estabilización económica a través de la Ley de Presupuestos del Estado para ese mismo año. Dentro del compendio de normas
legales afectadas se encuentran aquellas que regulan el régimen del personal integrado en Clases Pasivas, entre los que se hallan colectivos con riesgo de exclusión social y laboral como son los discapacitados, a los que, de modo inadecuado se les
denomina institucionalmente 'retirados por inutilidad'.


Sobre este colectivo desfavorecido, reconocido con un grado de discapacidad, se hacen recaer medidas que merman su capacidad económica, como puede ser el recorte en un 25 % de sus haberes. Sin embargo la norma, entendida ésta en sentido
general, parece querer avanzar en otros derechos sociales y laborales. En este sentido, se atisba una tímida apertura en el concepto de reinserción laboral, consignándose la posibilidad de desempeñar una nueva actividad laboral en el sector
privado, que después vemos que no son tales.


En este sentido encontramos condicionantes y trabas que bien específicamente se fijan o bien se dejan para 'posterior' regulación reglamentaria, adquiriendo así un carácter lejano a la esencia que requiere el concepto de reinserción social y
laboral, además de suponer un freno a derechos tan fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad de este colectivo de discapacitados en relación con la garantía real y efectiva de autonomía personal y rehabilitación que sí debería
perseguirse con la norma.


Crear una facilidad para obstaculizarla con impedimentos convierte una medida positiva en negativa, recordando la esencia que subyace bajo el término 'inutilidad' usado con este colectivo, el cual denota una falta de fe en las personas por y
para las cuales trabajamos. La ley en sentido general resulta insensible a este colectivo no generando un clima de progreso sino de estancamiento con medidas que, directa o indirectamente, se traducen en los siguientes términos:


1. La necesidad de una petición de compatibilidad para volver a ejercer una actividad laboral, con la peculiaridad de que la misma, como cualquier procedimiento administrativo, puede tardar hasta tres meses en resolverse, tiempo que es
incongruente con las normas del mercado pues ningún empresario esperará este tiempo para formalizar un contrato.


2. La petición de un contrato previo antes de cursar la solicitud de compatibilidad anterior, pues si es incongruente esperar incluso un mes para obtener el resultado, más aún lo es que un empresario, tras



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considerarle el más apto para un puesto con el consiguiente proceso de selección, deba realizar una muestra de su buena voluntad esbozando un contrato que no sabe cuando va a formalizar.


3. La necesidad de recabar consulta a la unidad o cuerpo de origen (Guardia Civil en el caso que nos atañe) sobre la compatibilidad, siendo esta situación incongruente ya que en el acta de cualquier retirado por pérdida de aptitudes
psicofísicas ya figura cuál es la única exclusión 'desempeñar ese mismo trabajo en ese mismo cuerpo, escala y empleo'; es decir, si alguien fue guardia civil de la especialidad de Seprona, no volver a ese mismo trabajo como guardia civil en el
Seprona pero ello no debería ser un impedimento para que ayudara a la conservación de un entorno natural.


4. La aplicación del derecho de opción en la percepción de pensiones. Si algo resulta totalmente contradictorio es que una persona discapacitada no pueda mejorar los devengos que pueda percibir durante su tercera edad, cuando sus
necesidades previsiblemente aumentarán.


5. La falta de una coordinación entre la herramienta legal que posibilita unos cuadros de aptitudes psicofísicas que excluyen a un trabajador con un 25 % de discapacidad y la herramienta legal que motive, proteja y proyecte la reinserción
social del discapacitado y su capacitación ofreciéndole una formación continua y planes de reinserción laboral bien en organismos públicos, ocupando vacantes que de otra forma deberían salir a oferta pública (con el consiguiente incremento del gasto
público) o mediante acuerdos con entidades privadas que aseguren la continuidad de la formación y seguimiento de la evolución del desempeño de estos trabajadores tan singulares.


Concebimos, en línea con nuestra actuación, un diseño constructivo en el que abogamos por la rehabilitación frente a la exclusión del sistema, más en el caso de personas que han pasado un proceso selectivo, han sido formados para un trabajo
particular y que ahora carecen de un plan de adaptación a otros sectores en defecto de medidas de adaptación y reubicación para seguir contando con ellos. Además, ofrecer una mayor protección económica y social, otorga un marco de condiciones
favorables que trasciende a los propios retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas, quienes, con su recuperación, realzan el valor de nuestras Instituciones, nacidas por y para el pueblo, como garantes de sus derechos y libertades.


Como reflexión final simplemente añadir que es necesario un cambio profundo que comience por la palabra; es decir, por el lenguaje utilizado con los discapacitados de este sector. En una era de avances en todos los ámbitos donde se tiende
a eliminar barreras, no es adecuado que encontremos excusas para crearlas, asociando términos como 'inutilidad' a la discapacidad, creando una etiqueta que no solo vulnera la dignidad y el honor de quien la porta, sino que ofrece una imagen de
abandono público y falta de fe en los valores humanos.


Preguntas:


1 a 7. [...]


8. Implicación de la Fundación Guardia Civil en medidas concretas de formación para la reinserción y reintegración laboral, especialmente dirigidas al colectivo de retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas, indicando: número de
medidas realizadas, empleo y escala de los seleccionados, resultado de las medidas, situación actual de aquellos que recibieron la formación y papel actual de la Fundación en relación con este colectivo de discapacitados.


9. Actuaciones de las asociaciones Pro-Huérfanos en relación a las políticas económicas y situación especial de los retirados por pérdida de aptitudes psicofísicas que son socios, indicando: si en las residencias de mayores que poseen
tienen en cuenta la merma económica en las pensiones de estos retirados tan especiales para ofrecerles plaza en los distintos servicios de alojamiento que ofrecen (para tercera edad y otros) a un precio inferior y adaptado a su situación económica,
número de medidas de este tipo llevadas a cabo, sí se establecieron criterios de prioridad para favorecer a los descendientes de este colectivo por carecer de recursos y poseer el asociado condición de discapacitado y si existen medidas formativas
encaminadas a favorecer la reintegración social y laboral del discapacitado o de su cónyuge elaboradas o desarrolladas por este órgano.


Se ruega discriminar los datos por años naturales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000053


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 301/2013, promovido por el Gobierno de Cataluña, contra los artículos 3; 4; 6.Uno; 6.Tres; 6.Cuatro y 7 del Real Decreto-Ley 14/2012, de 20 de abril,
de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González
Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 301-2013, promovido por la Generalitat de Cataluña contra los arts. 3, 4, 6, apartados Uno, Tres y Cuatro, y 7 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización
del gasto público en el ámbito educativo. Ha sido Ponente el Magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,



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Ha decidido


1.º Declarar que ha perdido objeto la impugnación de los apartados Uno y Tres del artículo 6 del Real Decreto-ley 14/2012.


2.º Desestimar el recurso en todo lo demás.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 28 de abril de 2016.


232/000054


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 3492/2015, promovido por el Presidente del Gobierno contra el inciso último 'o previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos
servicios públicos' del artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González
Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 3492/2015 interpuesto por el Abogado del Estado en nombre del Presidente del Gobierno contra el inciso último del artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de Presupuestos de la Generalidad de
Cataluña para 2015. Ha comparecido y formulado alegaciones la Generalidad de Cataluña. Ha sido Ponente el Magistrado don Juan Antonio Xiol Ríos, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]



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FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar el recurso y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad del inciso 'o previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos' del artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo,
de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 28 de abril de 2016.


232/000055


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 9888/2007, promovido por el Presidente del Gobierno en relación con la Ley de la Comunitat Valenciana 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico
Matrimonial Valenciano, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González
Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 9888-2007 promovido por el Presidente del Gobierno contra la totalidad de la Ley de la Comunidad Valenciana 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano. Han sido parte la
Generalitat Valenciana y las Cortes Valencianas y ha sido Ponente la Magistrada doña Encarnación Roca Trías, quien expresa el parecer de este Tribunal.


[...]



Página 85





FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar el recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia:


1.º Declarar inconstitucionales y nulos los arts. 15, 17.2, 27.2, 30, 33, 37, 39, 42, 46, 47 y 48 de la Ley de la Comunidad Valenciana 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, con los efectos previstos en el
fundamento jurídico 8.


2.º Declarar igualmente inconstitucionales y nulos por conexión con lo dispuesto en el apartado primero de este Fallo, el resto de artículos y disposiciones de la Ley de la Comunidad Valenciana 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico
Matrimonial Valenciano con los efectos previstos en el fundamento jurídico 7.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 28 de abril de 2016.


232/000056


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 7774/2014, promovido por el Gobierno de Canarias contra los artículos 1.2, 3, 5.2, 11, 12, 13, 14, 17 a 33, 34, 35 y 37 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo,
de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González
Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Rios, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado



Página 86





EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 7774/2014 promovido por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias contra los arts. 1.2, 3, 5.2, 11, 12, 13, 14, 17 a 33, 34, 35 y 37 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del
Servicio Exterior del Estado. Ha comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Pedro González-Trevijano Sánchez, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar el recurso de inconstitucionalidad núm. 7774/2014.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 28 de abril de 2016.


233/000008


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 7331/2015, planteada por la Sección Séptima de la Audiencia Nacional, en relación con la letra 'c' de la disposición adicional decimoquinta de la Ley
51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, por posible vulneración de los artículos 9.2 y 14 CE, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 87





La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García y don Juan Antonio Xiol Ríos,
Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 7331-2015, planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en relación con la letra c) de la disposición adicional decimoquinta de la Ley
51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. Han comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado, la Fiscal General del Estado y doña Concepción Indarte Aparicio representada por la Procuradora doña
Ana María Arauz de Robles Villalón. Ha sido Ponente el Magistrado don Santiago Martínez-Vares García, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucional y nula la letra 'c) Que el causante y el beneficiario hubieran tenido hijos comunes', de la disposición adicional decimoquinta de la Ley
51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 25 de abril de 2016.


233/000020


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 4912/2014, planteada por el Juzgado de lo Social número 3 de Alicante, en el procedimiento de conflicto colectivo número 1136/2013, en relación con los
artículos 2.1 y 2.2.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible vulneración del
artículo 9.3 de la Constitución.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



Página 88





En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por doña Adela Asua Batarrita, Presidenta, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio
Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4912-2014, promovida por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante contra los arts. 2.1 y 2.2.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del artículo 9.3 CE. Han formulado alegaciones el Fiscal General del Estado y el Abogado del Estado. Ha sido Ponente la Magistrada doña Adela Asua Batarrita, quien expresa
el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Declarar la extinción de la presente cuestión de inconstitucionalidad por desaparición sobrevenida de su objeto.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 25 de abril de 2016.


233/000021


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 5794/2014, planteada por el Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara, en el procedimiento sobre conflicto colectivo número 1127/2013, en relación con
los artículos 2.2 y 6 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



Página 89





En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por doña Adela Asua Batarrita, Presidenta, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio
Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5794-2014, promovida por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Guadalajara contra los arts. 2.2 y 6 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del artículo 9.3 CE. Han formulado alegaciones el Fiscal General del Estado y el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, quien
expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Declarar la extinción de la presente cuestión de inconstitucionalidad núm. 5794-2014 por desaparición sobrevenida de su objeto.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 25 de abril de 2016.


233/000024


La Mesa de la Diputación Permanente, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 2577/2015, planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en relación con los apartados 2.b) y 3 de la
disposición transitoria novena de la Ley 7/2003, de 25 de abril, de protección de la salud, de la Comunidad Autónoma de Cataluña, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la
Salud, por posible vulneración de los artículos 14 y 23.2 de la Constitución española.



Página 90





Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de mayo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González
Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Rios, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2577-2015, planteada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 3970/2013, en relación con los apartados 2.b) y 3 de la
disposición transitoria novena de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 7/2003, de 25 de abril, de protección de la salud, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la
Salud, por posible vulneración de los arts. 14 y 23.2 CE. Han comparecido y formulado alegaciones las Letradas de la Generalidad y del Parlamento de Cataluña, la Fiscal General del Estado y don Pere Serra Costa, recurrente en el proceso 'a quo',
representado por el Procurador de los Tribunales don Luis José García Barrenechea y asistido por el Abogado don Jaume Ribera Masgrau. Ha sido Ponente el Magistrado don Andrés Ollero Tassara, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucionales y nulos los apartados 2.b) y 3 de la disposición transitoria novena de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 7/2003, de 25 de abril,
de protección de la salud, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud, en cuanto establecen una 'especial valoración de los servicios prestados por los aspirantes' en
el proceso descrito en el primero de los apartados citados.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 28 de abril de 2016.