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DS. Senado, Comisiones, núm. 515, de 26/08/2015
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COMISIÓN DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOSÉ LUIS SANZ RUIZ


Sesión extraordinaria


celebrada el miércoles, 26 de agosto de 2015


ORDEN DEL DÍA






Elección para cubrir la vacante existente en la Vicepresidencia
Primera de la Comisión.


541/000002






Designar Ponencia




Proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector
Público.


621/000150
ayuda a la modernización; empresa pública; institución
pública; reforma administrativa


GOBIERNO





Proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.


621/000151
administración pública; jurisdicción
contencioso-administrativa; procedimiento administrativo; responsabilidad
administrativa; sanción administrativa


GOBIERNO






Dictaminar




Proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector
Público.


621/000150
ayuda a la modernización; empresa pública; institución
pública; reforma administrativa


GOBIERNO





Proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.


621/000151
administración pública; jurisdicción
contencioso-administrativa; procedimiento administrativo; responsabilidad
administrativa; sanción administrativa


GOBIERNO






Designar Ponencia




Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.


621/000148
Derecho fiscal; control fiscal; fiscalidad; formalidad
administrativa; infracción administrativa


GOBIERNO





Proyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso y
publicidad de determinada información contenida en las sentencias
dictadas en materia de fraude fiscal.


621/000157
fraude fiscal; publicidad; sentencia

GOBIERNO






Dictaminar




Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.


621/000148
Derecho fiscal; control fiscal; fiscalidad; formalidad
administrativa; infracción administrativa


GOBIERNO





Proyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso y
publicidad de determinada información contenida en las sentencias
dictadas en materia de fraude fiscal.


621/000157
fraude fiscal; publicidad; sentencia

GOBIERNO




Se abre la sesión a las once horas y treinta y cinco minutos.


El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Se abre la sesión.


Vamos a dar comienzo a la Comisión de Hacienda y Administraciones
Públicas en su sesión extraordinaria del día de hoy, 26 de agosto.


El señor letrado dará lectura a la relación de miembros. Señor
letrado, tiene la palabra.


El señor letrado procede a la comprobación de los señores senadores
presentes.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor letrado.


¿Podemos dar por aprobada el acta de la sesión celebrada el pasado
día 2 de julio? (Asentimiento).


Así se proclama.







ELECCIÓN PARA CUBRIR LA VACANTE EXISTENTE EN LA
VICEPRESIDENCIA PRIMERA DE LA COMISIÓN.


541/000002



El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día:
elección para cubrir la vacante existente en la Vicepresidencia Primera
de la comisión.


Conforme a la práctica de la Cámara, si existe una única
candidatura la elección se llevaría a cabo directamente por
asentimiento.


Senadora Mar Angulo, ¿puede hacerme la propuesta de su grupo?


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Gracias, presidente.


La propuesta del Grupo Popular es la de la senadora Luisa Fernanda
Rudi Úbeda.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Angulo.


Si no hay ninguna otra propuesta, ¿podemos aprobarla por
asentimiento? (Asentimiento).


Queda cubierta la vacante de la Vicepresidencia Primera de la
comisión por doña Luisa Fernanda Rudi Úbeda, que toma posesión en este
momento. (Pausa).


Enhorabuena, señora Rudi, y bienvenida.








DESIGNAR PONENCIA





PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR
PÚBLICO.


621/000150

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día:
designación de las ponencias que informen los siguientes proyectos de
ley. Si lo tienen a bien, para agilizar el debate se tramitarán
conjuntamente el Proyecto de Ley de modificación parcial de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria y el Proyecto de Ley
Orgánica por la que se regula el acceso y publicidad de determinada
información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude
fiscal.


Vamos a designar la ponencia conjunta...


Señora Martínez, tiene la palabra.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Señor presidente, si no tienen problema
el resto de los grupos parlamentarios, yo quiero solicitar que se haga
una modificación del orden del día, de modo que se vean en primer lugar
los proyectos de ley que tienen que ver con la administración pública y,
en segundo lugar, los que tienen que ver con temas tributarios.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Martínez.


¿Lo ha consultado usted con el resto de portavoces y no ha habido
ningún problema?


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Sí.


El señor PRESIDENTE: De acuerdo.


Señor Vázquez, tiene la palabra.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Me ha parecido entender que el debate,
tanto en comisión como en el Pleno, del Proyecto de Ley de modificación
parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria y el
relativo a la publicación de la lista de morosos se hará conjuntamente.
¿O acaso no lo he entendido bien?


El señor PRESIDENTE: En comisión, sí.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: ¿Y en Pleno?


El señor PRESIDENTE: También.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: ¿Y no se podía haber informado de esto
antes? Lo digo porque por lo menos en mi grupo hemos repartido el trabajo
de los proyectos de ley entre varios ponentes y a estas alturas cada cual
se ha preparado lo suyo. Creo que se nos debía haber dado una mínima
información de que esto se iba a debatir conjuntamente, con lo que en
principio podemos estar de acuerdo, pero hubiéramos querido saberlo con
más antelación.


El señor PRESIDENTE: Me dice el señor letrado que lo único
conjunto es la ponencia. El debate de los vetos y de las enmiendas será
por separado.


Señor Bel Accensi, tiene la palabra.


El señor BEL ACCENSI: Según me comunica el senador Montilla, que
es portavoz, y según me ha informado mi portavoz lo que va a ser conjunto
va a ser el debate en el Pleno al menos, que es lo que se acordó en la
Junta de Portavoces ayer, se hará el debate de las enmiendas y de los
vetos de las dos leyes; lo que no sabíamos es que la ponencia fuera
conjunta. En todo caso, a nosotros nos parece bien todo.


El señor PRESIDENTE: Señor Vázquez, tiene la palabra.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Ante esta decisión —que según
parece ya se ha tomado—, lo que pido es que se permitan más
ponentes; por ejemplo, nosotros tenemos tres o cuatro ponentes para las
dos leyes, pues solicito que se puedan repartir el trabajo que ya han
hecho cada uno de los ponentes tanto en las intervenciones en comisión
como en Pleno y que se permita la designación de más ponentes si se hacen
conjuntamente o se mantengan los ponentes por ley.


El señor PRESIDENTE: Me dice el señor letrado que solo pueden ser
dos ponentes en el caso del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: ¿Dos por cada ley?


El señor BEL ACCENSI: ¿Pero hay algún inconveniente en hacer dos
ponencias? (Rumores).


El señor PRESIDENTE: De acuerdo, se harán ponencias
separadas.


Entonces, atendiendo al cambio del orden del día que ha propuesto
la senadora Martínez, pasamos a designar la ponencia que informe sobre el
Proyecto de Ley de régimen jurídico del sector público, con
número 621/000150.


Solicito a los grupos parlamentarios que designen su
ponencia.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la senadora
Angulo.


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Presidente, los ponentes del Grupo
Popular son: Juan Antonio de las Heras y Virginia Romero.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Angulo.


Para designar los ponentes del Grupo Socialista, tiene la palabra
el senador Vázquez.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Los ponentes serán Basilia Sanz y Nicanor
Jorge Sen, pero en nombre de Basilia Sanz intervendrá el senador Arcadio
Díaz para defender los vetos, tanto en comisión como en Pleno.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Vázquez.


Se entiende que en el caso del resto de grupos parlamentarios los
ponentes serán los representantes de esos grupos.


En consecuencia, la ponencia queda integrada por los siguientes
miembros: don Juan Antonio de las Heras, doña Virginia Romero, doña
Basilia Sanz y don Nicanor Jorge Sen, más los portavoces del resto de
grupos parlamentarios.


Les informo de que a este proyecto de ley se han presentado 5
propuestas de veto y 284 enmiendas. El veto número 1 ha sido presentado
por el senador Iglesias Fernández, del Grupo Mixto; el número 2 ha sido
presentado por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i d’Unió; el veto número 3 por los senadores Guillot
Miravet y Saura Laporta, del Grupo Entesa; el veto número 4 por los
senadores Almiñana Riqué, Boya Alós, Bruguera Batalla, Martí Jufresa,
Montilla Aguilera, Sabaté Borràs y Sequera García, también del Grupo
Entesa y, por último, el veto número 5 ha sido presentado por el Grupo
Socialista.


Las 284 enmiendas se distribuyen de la siguiente forma: las
enmiendas 1 a 40 han sido presentadas por el senador Iglesias Fernández,
del Grupo Parlamentario Mixto; las enmiendas 41 a 87 y 134 a 139 han sido
presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i d’Unió; las enmiendas 88 a 133 y 233 a 280 han sido
presentadas por el Grupo Entesa; las enmiendas 140 a 184 han sido
presentadas por el Grupo Vasco en el Senado; las enmiendas 185 a 232 han
sido presentadas por el Grupo Socialista y las enmiendas 281 a 284 han
sido presentadas por el Grupo Popular.









PROYECTO DE LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


621/000151

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Designamos ahora la ponencia que informe
sobre el Proyecto de Ley del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, número 621/000151.


Solicitamos a los grupos parlamentarios que designen los miembros
de la ponencia.


Senadora Angulo, tiene la palabra.


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Por el Grupo Popular, Juan Antonio de
las Heras y Virginia Romero.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el senador Vázquez.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Igual que en el caso anterior, proponemos
a doña Basilia Sanz, don Nicanor Jorge Sen y a don Arcadio Díaz como
interviniente con voz.


El señor PRESIDENTE: Para el resto de grupos parlamentarios, la
ponencia queda conformada por los portavoces.


La ponencia queda compuesta por el senador De las Heras, la
senadora Romero, la senadora Sanz, el senador Sen y el resto de
portavoces que forman parte de esta comisión.


A este proyecto de ley se han presentado 5 propuestas de veto
y 380 enmiendas.


El veto número 1 ha sido presentado por el senador Iglesias
Fernández, del Grupo Mixto; el veto número 2 lo ha presentado el Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d?Unió; el veto
número 3 los senadores Guillot Miravet y Saura Laporta, del Grupo Entesa;
el veto número 4 los senadores Almiñana Riqué, Boya Alós, Bruguera
Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera, Sabaté Borrás y Sequera
García, también del Grupo Entesa, y el veto número 5 lo ha presentado el
Grupo Socialista.


Las 380 enmiendas se distribuyen de la siguiente forma: las
enmiendas 1 a 116, que presenta el senador Iglesias Fernández, del Grupo
Mixto; las enmiendas 117 a 144 han sido presentadas por el Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i d?Unió, y el mismo
grupo ha retirado sus enmiendas 145 a 149; las enmiendas 150 a 239 y 327
a 380 han sido presentadas por el Grupo Entesa; las enmiendas 240 a 272
las ha presentado el Grupo Vasco y la 273 a la 326 el Grupo
Socialista.


Para que se reúnan las ponencias, suspendemos la comisión durante
cinco minutos.


Muchas gracias.


Eran las once horas y cincuenta y cinco minutos.


Se reanuda la sesión a las doce horas.









DICTAMINAR





PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR
PÚBLICO.


621/000150

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la comisión con el dictamen del
Proyecto de Ley de régimen jurídico del sector público.


Senador De las Heras, ¿cuál es el informe de la ponencia?


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias, señor presidente. Buenos
días a todos.


El informe de la ponencia es sencillo: incluir en la ponencia el
texto remitido por el Congreso de los Diputados más las enmiendas 281
a 284, que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador De las Heras.


Pasamos a debatir los vetos que se han presentado a este proyecto
de ley, que son 5.


Para defender el veto número 1, que presentó el senador Iglesias
Fernández, tiene la palabra el senador Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Muchas gracias, señor presidente.


Simplemente intervengo para dar por defendido el veto que presentó
el senador Iglesias Fernández, de Izquierda Unida, a este Proyecto de Ley
de régimen jurídico del sector público.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez Oblanca.


Para defender el veto número 3, que presentaron los senadores
Guillot Miravet y el senador Saura Laporta, tiene la palabra el senador
Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias.


Doy por defendido el veto de los senadores Guillot y Saura al
Proyecto de Ley de régimen jurídico del sector público.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Para defender el veto número 4, que presentaron la senadora
Almiñana Riqué, el senador Boya Alós, el senador Bruguera Batalla, el
senador Martí Jufresa y el senador Montilla Aguilera, tiene la palabra el
senador Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias.


De una manera muy breve, porque evidentemente en la sesión
plenaria tendremos ocasión de ampliar las razones que motivan este veto,
en primer lugar conviene señalar que la pretensión del Gobierno con la
presentación de este proyecto —al menos así se recoge en la
memoria— es responder a una de las propuestas contempladas en el
informe de la Comisión para la Reforma de las administraciones públicas,
en el sentido de dotar a nuestro sistema legal de un derecho
administrativo coherente y ordenado, y con esa misma intención además se
presenta el otro proyecto de ley, que es el de procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas. Con ello lo que se
provoca de alguna manera es la segregación del ordenamiento
administrativo básico actualmente vigente, la Ley 30/1992, en dos textos
legales: en una norma se trata de ubicar la organización administrativa y
en otra el procedimiento administrativo.


Esta segregación se realiza bajo la afirmación de que las reglas
que regulaban aspectos orgánicos del Poder Ejecutivo y las que
disciplinaban los procedimientos estaban tradicionalmente separadas hasta
la Ley 30/1992. Sin embargo, nosotros pensamos que tal afirmación carece
de fundamento y presenta serios inconvenientes, como reflejan además
algunos informes que acompañan el proyecto de ley, entre ellos el informe
del Consejo de Estado. Ello es así porque tal separación previa no
existía, ya que la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del
Estado del año 1957 estaba dedicada exclusivamente a aspectos
organizativos y la Ley de Procedimiento Administrativo del año 1958
regulaba, además de las normas de procedimiento, otros aspectos de
naturaleza orgánica en su título I. Por tanto, las razones de carácter
histórico que se invocan no tienen nada que ver con la realidad.


En segundo lugar, porque esta pretensión del Gobierno de
establecer y no de recuperar un criterio de distinción regido
exclusivamente por la separación entre la materia organizativa y la
procedimental, aparte de inconvenientes, tiene un objetivo importante
—yo creo que el principal—, que es centralizar. Es así porque
lo que se propicia es una confusión entre las normas básicas aplicables a
todas las administraciones públicas y otras que no deben tener ese
carácter básico, y el resultado será una afectación y una limitación de
competencias autonómicas, exclusivas en unos casos y de desarrollo y de
ejecución en otros. De alguna manera, continúa así el Gobierno la
ofensiva recentralizadora y antiautonómica que le ha caracterizado a lo
largo de la legislatura, y que también veremos en otros textos legales,
en concreto en estos dos Plenos que tendremos a primeros de
septiembre.


La regulación de los convenios interadministrativos, los
consorcios, el uso de los medios colectivos, etcétera, son prueba de todo
ello. El texto destila, como decía, desconfianza, espíritu de jerarquía y
colisiona, en definitiva, con la arquitectura autonómica que diseña
nuestro modelo constitucional. Al menos así lo vemos nosotros, de hecho
el propio dictamen del Consejo de Estado pone de relieve la regulación
extremadamente detallada, cuasi reglamentaria del proyecto de ley, y
critica además los propios títulos competenciales en los que se ampara el
texto.


Y por último, este proyecto de ley —al igual que el que hace
referencia al procedimiento administrativo común que veremos
después— contiene previsiones que pueden comportar gastos a las
administraciones territoriales, no solo a las comunidades autónomas sino
también a las corporaciones locales, y como viene siendo también la
lógica habitual a lo largo de esta legislatura no se prevén
compensaciones económicas por el impacto que supondrá la aplicación del
presente texto normativo.


En fin, todas estas razones y algunas otras que explicaremos en la
sesión plenaria son las que motivan la presentación del presento veto y
la petición de la devolución del texto al Gobierno.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Para defender el veto número 2, presentado por el Grupo Catalán en
el Senado de Convergència i d’Unió, tiene la palabra el senador Bel
Accensi.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, presidente.


Voy a intervenir brevemente también porque en el Pleno de la
segunda semana de septiembre tendremos tiempo de argumentar ampliamente
estos vetos.


Esencialmente, voy a centrar nuestra discrepancia radical respecto
a este proyecto de ley —y también del que vamos a discutir en el
próximo punto del orden del día— en cuatro puntos fundamentales.
Primero, la división de un cuerpo normativo único, que en aquel momento
supuso un avance, la Ley 30/1992, en dos cuerpos normativos, lo cual
desde nuestro punto de vista no tiene ningún tipo de justificación. No es
nuestra perspectiva, pero también el Consejo del Estado y la mayoría de
los posicionamientos doctrinales entienden que eso va a generar confusión
e inseguridad jurídica, no tanto en un primer momento —que
también—, sino que a lo largo del tiempo, a medida que se vaya
avanzando y se vayan generando diferentes modificaciones normativas en
cada uno de estos dos nuevos cuerpos legales, se van a producir
problemas.


Segundo, como ocurre en la mayoría de las leyes que están entrando
en esta Cámara, se desbordan las competencias básicas estatales y afectan
claramente y se limitan las competencias autonómicas exclusivas o de
desarrollo y ejecución. Esto es una constante, pero no por constante
debemos dejar de indicarlo en cada momento.


Tercero, al igual que se percibía en aquel informe CORA, cuando el
grupo mayoritario intenta concretar ese informe CORA con cuerpos legales
se constata que aquello no solo era una intención, sino que el informe
CORA tenía un objetivo recentralizador y que cada una de las leyes en que
se desarrolla el famoso informe CORA tienen un alto componente
recentralizador. Por tanto, esta ley y la siguiente no son,
efectivamente, ninguna excepción.


El cuarto motivo viene siendo también una constante y apelamos a
él en la mayoría de nuestros vetos: se imponen sin consulta previa
—y no podemos entender que el informe CORA lo fuera, porque tampoco
se consultó ni las comunidades autónomas ni a las corporaciones
locales— una serie de cargas económicas sin que se les ofrezca
ninguna alternativa de financiación, sin que se les dé mayor posibilidad
financiera. Claro, legislar para que otros niveles de administración
tengan que asumir unas cargas económicas —esencialmente en cuanto a
inversiones, pero no únicamente— sin darles financiación adicional
lo que va a generar —lo que está generando y esta legislatura ha
sido un ejemplo— es dejar en peor situación tanto a las comunidades
autónomas como a las corporaciones locales.


Por tanto, por estos cuatro motivos que expondremos de forma mucho
más extensa en el Pleno, nuestro grupo no solo plantea este veto, sino
que va a apoyar y votará favorablemente todos los vetos planteados por el
resto de grupos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Bel Accensi.


Y para defender el veto número 5, presentado por el Grupo
Socialista, tiene la palabra el senador Díaz.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Díaz es el apellido de mi padre, Tejera el apellido de mi madre;
no sé cuánto tiempo mi padre, que en paz descanse, pero mi madre seguro
que nueve meses. Por lo tanto, el apellido completo es Díaz Tejera.
Gracias por darme la palabra.


Señorías, intervengo en nombre del Grupo Socialista para
explicarles por qué razón creemos que este es un mal texto. No porque
provenga del Gobierno que está apoyado por el Partido Popular, en
absoluto —eso me parece de un sectarismo estúpido, porque el
Partido Popular puede hacer perfectamente propuestas razonables, sensatas
y que defiendan el interés general; jamás he defendido tal sectarismo
pueril, con todo respeto para los niños y las niñas—, sino porque
si ustedes se fijan en la exposición de motivos tanto de este texto como
del que veremos a continuación verán que una cosa es lo declarado,
proclamado como intención del texto y otra cosa es la articulación. ¿Por
qué razón? Porque, como ya han dicho el presidente Montilla y el portavoz
de Convergència en esta sesión, si ustedes leen detenidamente el informe
del Consejo de Estado —hay otros informes, por ejemplo, el de la
Agencia de Protección de Datos, todos muy interesantes, pero quiero
referirme particularmente al del Consejo de Estado— verán que
utiliza una terminología que hasta ahora yo nunca había leído, de una
contundencia que a veces da la impresión de que es una especie de ajuste
de cuentas entre el Cuerpo de Letrados del Consejo de Estado y el Cuerpo
de la Abogacía del Estado, que en gran parte, junto con el Cuerpo de
Interventores, son los que elaboraron este texto que proviene de la
propuesta de la CORA. ¿Qué ocurre? Que había que hacer algo para que no
quedara en nada, y de ahí el nacimiento de estos dos textos.


Empieza por decir el Consejo de Estado que la primera afirmación
que hace el prelegislador —como se dice ahora en este texto—
no tiene nada que ver con la realidad: es falso que hayan estado
escindidos y que solo temporalmente se hayan unificado. Lo que se llama
la década prodigiosa del derecho público, del derecho administrativo
español en los años cincuenta, dio a luz un conjunto de textos con un
gran sentido jurídico, con mucho rigor desde el punto de vista de amor
por el principio de legalidad y de embridar lo que sería el principio de
discrecionalidad, que en aquel entonces sobre todo era pura
arbitrariedad. Sin embargo, a pesar de que el Consejo de Estado les
insiste en que no hay razón alguna, ni siquiera histórica, para escindir,
no obstante, pretendiendo darle mayor coherencia y sistematicidad al
derecho administrativo lo que hace es precisamente lo contrario: darle
más incoherencia y menos sistematicidad. ¿Por qué razón? Porque dentro
del régimen jurídico del sector público incorpora asuntos que son más
propios del procedimiento administrativo, y luego podremos comprobar cómo
dentro del procedimiento administrativo incorpora asuntos más propios del
régimen jurídico del sector público.


Me gustaría explicarles a ustedes, por ejemplo, cómo no se regula
la figura del presidente; no tiene sentido cómo se está planteando,
incluso las competencias que se plantean para el secretario exceden con
mucho de dicha función. O cómo no se retira la prohibición de abstenerse,
impidiéndose al miembro de un órgano colegiado poder hacerlo. Y también
me gustaría preguntar si algún miembro de esta comisión tiene algún
argumento por el cual considera que un fondo sin personalidad jurídica
tiene la característica, la naturaleza de una administración pública.
¿Hay algún argumento que diga razonablemente, con un amparo, con un
anclaje jurídico, que un fondo sin personalidad jurídica es una
administración pública? Yo no lo entiendo. Por esta razón hemos planteado
la enmienda.


Por otra parte, respecto al artículo 109.2, está esa particular
obsesión para que la autoridad administrativa independiente sea
independiente de todo interés empresarial o comercial. ¿Es que se deja en
el aire que si es independiente de todo interés empresarial o comercial
pueda ser dependiente de otro interés que no sea de esa naturaleza? Me
parece un completo absurdo. Algunos de ustedes dirán: ¿Por qué plantea
esto ahora? Porque esto está contemplado en esta ley de régimen jurídico
del sector público.


¿Cuáles son los dos argumentos básicos en los que los socialistas
apoyamos nuestro veto? El primero de ellos es que, en términos generales,
hay una restricción de derechos de ciudadanía que ya estaban conquistados
en la actualidad. Esto es, como se diría en términos peninsulares, un
embudo —o en términos canarios un fonil—: en la actualidad
estamos en la parte ancha y lo que se hace es ir reduciendo en materia de
derechos de ciudadanía, y posteriormente tendremos oportunidad de ir
escogiendo cada uno de los argumentos donde hay tal restricción
progresiva.


Pero dado que estamos en el Senado, les llamo la atención a sus
señorías para que tengan la bondad de fijarse en los artículos 147 y 151:
las conferencias sectoriales. Fíjense ustedes en qué ocurre aquí. Que
posiblemente por la situación que estamos viviendo, hay una especial
obsesión del prelegislador por la palabra unidad, que está en el
artículo 2 de la Constitución, pero no tiene en cuenta que en ese mismo
artículo hay otra expresión, que es autonomía política. Es decir, las
comunidades autónomas tienen autonomía política, no son solo entes
administrativos o entes de gestión, tienen autonomía política, tienen una
legitimación directa que se basa en la soberanía de toda la ciudadanía
con su voto. ¿Qué ocurre? Que un órgano como es la conferencia sectorial,
que es un órgano político no una administración pública, no emite actos
administrativos; es un órgano político de cooperación multilateral en el
que las comunidades autónomas voluntariamente adoptan ponerse de acuerdo
en las formas de trabajar determinadas políticas sectoriales. Pues aquí
transforman las conferencias sectoriales en un órgano que adopta
decisiones que son recurribles ante la jurisdicción
contencioso-administrativa, donde se vota y se adoptan decisiones que
vinculan a los que han estado presentes y han votado y que, repito, se
pueden recurrir en la jurisdicción contencioso-administrativa. Es una
especie de tic al no ser conscientes de que las comunidades autónomas son
instituciones, son entes políticos, con autonomía política
—insisto, no solo entes instrumentales, no solo entes
administrativos, no solo entes de gestión, sino que son sujetos políticos
con autonomía política—, de forma que en el artículo 151 se
establece que los acuerdos, que suponen un compromiso de actuación
—fíjense ustedes— en el ejercicio de las respectivas
competencias, son de obligado cumplimiento. Es decir, se ha buscado una
fórmula para ver de qué manera en una instancia que es política y que no
es administrativa se puede imponer a una comunidad autónoma un obligado
cumplimiento y exigible de acuerdo con lo previsto en la Ley de
jurisdicción contencioso-administrativa, salvo para quienes hayan votado
en contra. Esto supone —y lo estoy subrayando aquí porque estamos
en el Senado— desvirtuar el Estado autonómico; si estuviéramos en
Francia yo no tendría nada que objetar porque esto cabe allí
perfectamente, pero es que en Francia las regiones no tienen autonomía
política, mientras que en el caso de España son sujetos políticos con
autonomía política.


Por tanto, restricción de derechos de ciudadanía; mala técnica
legislativa; mala sistemática en términos estrictamente técnicos y con un
contenido político que es un esfuerzo inútil porque no se ajusta a la
realidad de nuestro Estado. Si luego el presidente se comporta con la
misma benevolencia con que hasta ahora lo ha estado haciendo con este
senador —no he advertido, como otros, que iba a ser breve porque no
quería mentirle—, en mis siguientes intervenciones podré
desgranarles muchas más razones, no ya de tipo político sino de tipo
específicamente técnico, que abonan que esta es una ley, un subproducto
muy llevado desde la vanidad y la soberbia de algunos cuerpos del Estado
que compiten con otros a la hora de poner un apellido en unas leyes
concretas. No tiene nada que ver con lo que está en vigor en la
actualidad, créanme que esto lo único que hace prácticamente es sustituir
a la llamada LOFAGE, no tiene mayor contenido, excepto esta desvirtuación
del Estado autonómico con las conferencias sectoriales.


Nada más, presidente —coma—, por ahora.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor senador Díaz
Tejera.


Para hacer uso del turno en contra, tiene la palabra el senador De
las Heras.


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias, señor presidente. Buenos
días a todos.


Empiezo por el final, señor Díaz Tejera: vanidad y soberbia...
—puntos suspensivos—.


Cinco han sido los vetos presentados a este Proyecto de Ley del
régimen jurídico del sector público, como también ocurre en el siguiente
Proyecto de Ley que veremos del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, pero a juicio de este portavoz perfectamente
podrían agruparse en tres: aquellos que destilan el carácter comunista de
quien los representa; el de los socialistas, entre ellos, los señores
Díaz Tejera y Montilla, y el de los nacionalistas convergentes.


En el primero de ellos, el del senador Iglesias y la parte de
Entesa de Iniciativa por Cataluña-Los Verdes, los senadores Guillot y
Saura, en ambos casos se acusa a este proyecto de ley —como han
hecho otros miembros de esta comisión— de recentralizador, invasor
competencial, unilateral y retroceso democrático. Llevan toda la X
Legislatura diciendo prácticamente lo mismo y dedican a este proyecto de
ley —como viene ocurriendo de forma habitual en todos y cada uno de
los proyectos de ley que presenta el Gobierno y que defiende el Grupo
Parlamentario Popular— innumerables epítetos y adjetivos
descalificativos, como los descritos. Si tanto poder recentralizador
tienen las leyes que venimos aprobando en esta X Legislatura y hay tanta
invasión competencial, yo no he visto ninguna comunidad autónoma que haya
perdido competencia alguna en estos casi cuatro años de legislatura.


Nada más lejos de la realidad, señorías. La voluntad del Gobierno
y del Grupo Parlamentario Popular que lo sustenta tanto en el Congreso
como en el Senado es que esta ley no tenga carácter centralista, no
pretende con ella la aniquilación del régimen competencial —como
también se manifiesta en algunos de los vetos— y además elabora los
proyectos de ley con el más amplio sentido democrático, no como otros a
los que la democracia que los ampara sería aniquilada en el mismo
instante en el que llegaran al poder. Por cierto, y para simple
conocimiento de sus señorías, resto de senadores de esta comisión, el
veto de los senadores Guillot y Saura, de Iniciativa per Catalunya Verds
y que se integran en Entesa, se diferencia del veto de Izquierda Unida,
del senador Iglesias, en tan solo un párrafo: el senador Iglesias lo pone
al principio del veto y los senadores Guillot y Saura ponen el mismo
texto al final del primer párrafo. Eso sí, los senadores Guillot y Saura
introducen la queja sistemática de estos dos últimos meses sobre la
abundancia legislativa, los ritmos y los plazos de esta parte final de la
legislatura. Pero, señorías, este proyecto de ley entró en la Cámara el
día 31 de julio; tuvimos, tuvieron ustedes plazo para presentar enmiendas
hasta el día 19 del mes de agosto; se celebra hoy la comisión y, visto el
orden del día del Pleno de la semana que viene, del día 1, irá al Pleno
de los días 8, 9 y 10 de septiembre. Es decir, con tiempo más que
suficiente para que sus quejas queden para mejor olvido.


Los vetos de carácter socialista —aquellos que se presentan
por este orden: los senadores del PSC de Entesa y del Grupo Parlamentario
Socialista— tienen una justificación basada, a juicio de los que lo
presentan, en un dictamen demoledor del Consejo de Estado —al cual
ha hecho referencia también el senador Díaz Tejera—, que ni es
cierto ni es demoledor, pues tan solo afecta a cuestiones técnicas que ya
han sido corregidas por la Abogacía del Estado y en el texto aprobado por
el Congreso de los Diputados. Pero lo que no manifiestan los senadores
socialistas y sí manifiesta el Consejo de Estado —y abro comillas,
mayúsculas y subrayado— es que: «Las consideraciones contenidas en
el presente dictamen del Consejo de Estado no pueden ser entendidas»
—repito, no pueden ser entendidas— «como una reforma
administrativa a esta ley».


Sobre la ofensiva recentralizadora y antiautonómica, lo deben
decir ustedes por su experiencia política previa, en la que liquidaron al
Partido Popular con el cinturón anti-Partido Popular y que ahora
pretenden reeditar. Ya lo manifesté y nada más lejos de la realidad: ni
invasión competencial ni voluntad política alguna de realizarla.


La tercera cuestión en la que se centran es en el incremento del
gasto que conllevará este proyecto de ley. Y lo dicen precisamente
ustedes, la parte socialista del arco parlamentario, aquellos que
gastaron a manos llenas, sin tino ni medida y que dejaron al país y a
muchas comunidades autónomas al borde de la ruina. Pero saben
perfectamente que los gastos generados con este proyecto de ley se
compensarán más que de sobra con los ahorros que se vayan a generar,
tanto en el proyecto de ley presente como en el del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas. Señorías del Grupo
Parlamentario Socialista y de Entesa: reducción y eficacia
administrativa, justo lo contrario de lo que hicieron ustedes en los ocho
años de mal Gobierno del señor Zapatero.


Dejo para el final el veto de los senadores convergentes, que hoy
representan un nacionalismo cada vez más instalado en el radicalismo.
Veto que, por cierto, es literalmente idéntico al que presentan también
al proyecto de ley que discutiremos a continuación. En ambos, a juicio
del que suscribe, se roza el absurdo. Miren, señorías de Convergència, en
este proyecto de ley no existe inconveniente legal alguno, si no así se
hubiera manifestado por la Abogacía del Estado; no tiene carácter
recentralizador, no invade competencia alguna y, por supuesto, no
generará mayor gasto al conjunto de las administraciones públicas. Y
hablando de más gastos, más les valdría a ustedes, a los convergentes,
dejar de realizar algunos en los que incurren para financiar su afán
separatista.


Finalizo, señor presidente. Señorías, nosotros, al contrario que
el resto de los grupos parlamentarios, creemos que este proyecto de ley,
conjuntamente con el del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, garantizará la eficiencia y avanzará en la
transparencia del conjunto del sector público y de las administraciones
públicas, más aún, facilitará las relaciones entre los ciudadanos y las
empresas con las administraciones públicas; no recentraliza nada, repito,
no invade competencia alguna y, finalmente, sí generará importantes
ahorros a los ciudadanos, a las empresas y al conjunto del sector
público. Con este proyecto de ley nuestra administración pública será más
eficiente, totalmente electrónica y tendrá mayor seguridad jurídica, si
cabe, así como mayor calidad normativa.


Evidentemente, con lo dicho, comprenderán ustedes que votaremos en
contra de los cinco vetos presentados.


Nada más, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador De Las Heras.


Turno de portavoces.


Por el Grupo Mixto, senador Martínez Oblanca. (Denegaciones).


Por el Grupo Vasco, senadora Martínez. (Denegaciones).


Por el Grupo Parlamentario Entesa, senador Montilla.
(Denegaciones). Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado, tiene la
palabra el senador Bel Accensi.


El señor BEL ACCENSI: No sabía si contestar al señor De Las Heras
ahora o hacerlo posteriormente, pero creo que lo voy a tener más fresco
ahora.


Señor de Las Heras, que usted venga a decirnos hoy que no sabe en
qué gastamos y que si nuestros delirios independentistas generan gastos,
hoy, cuando ustedes esta tarde ustedes van a dictaminar en la Comisión de
Presupuestos una modificación presupuestaria para generar un crédito
adicional de más de 800 millones de euros para el Ministerio de Defensa,
con lo cual van a incrementar en el año 2015 un 42 % el presupuesto
inicial de dicho ministerio con todas las modificaciones presupuestarias.
Que hoy el Partido Popular pretenda darnos lecciones de cómo se deben
gastar los recursos públicos creo que no es muy acertado.


Dice que llevamos toda la legislatura señalando que todas las
leyes que está trayendo el Gobierno son recentralizadoras. Claro, es que
lo son, es que no hay ningún propósito de enmienda. Y si tienen alguna
duda hagan análisis de conciencia: vean cuál era la situación del mapa y
la configuración de las comunidades autónomas del Estado español cuando
ustedes llegaron al Gobierno y cuál va a ser cuando lo dejen. Y si creen
que esto ha pasado por generación espontánea y que ustedes no tienen
ninguna responsabilidad, evidentemente, deben continuar en la misma
línea, pero ya les digo yo que ustedes no están exentos de
responsabilidad, porque ha sido una constante, una constante en cada una
de las leyes. Y más allá de los delirios independentistas que podamos
tener algunos, la gente, la mayoría de la gente en determinadas
comunidades autónomas —y, por supuesto, en la mía— no cambia
porque sí, no cambia porque un presidente se haya vuelto en estos
momentos independentista radical —como si ser radical en la vida
fuese un problema—, sino que algo tendrán que ver ustedes.


Discutir en estos momentos que las diferentes iniciativas
legislativas no están mermando y limitando constantemente las
competencias de las comunidades autónomas, que se está haciendo una
interpretación, incluso de las leyes que estaban vigentes hasta este
momento, mucho más restrictiva y que no hay una intención
recentralizadora en la mayoría de las leyes —como la había
claramente en el informe de CORA— implica que ustedes defenderán lo
suyo pero los demás, legítimamente, defenderemos lo que tengamos que
defender. Ahora bien, hago una reflexión: si todos los grupos de esta
Cámara les están indicando algo, hombre, tengan un poco de humildad y
analícenlo, porque quizá aparte de que les tengamos manía, quizá tengamos
razón.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Bel Accensi.


Por el Grupo Socialista, senador Díaz Tejera.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Yo comprendo, señor De Las Heras, dicho sea con todo respeto, que
usted no quiera hablar de este texto. Yo lo entiendo, usted prefiere
hablar de Zapatero, prefiere hablar del separatismo. Lo entiendo, son 123
páginas y en agosto se prefiere leer otras cosas, lo entiendo. Yo
entiendo que no haya querido leer el informe del Consejo de Estado
—también lo entiendo— o el de la Agencia de Protección de
Datos, lo entiendo, humanamente lo entiendo. Yo habría preferido novela
negra, cualquier autor. De esto el presidente Montilla sabe muchísimo más
que yo y, por cierto, su gran aportación ha sido que gran parte de lo que
he dicho yo ya lo había dicho el presidente Montilla. A mí me enorgullece
que usted me diga que yo, como socialista, he dicho cosas semejantes a
las que ha dicho el presidente Montilla, a mí eso me llena de orgullo, no
me molesta. ¿Cree usted que está descubriendo algo por decir que los
socialistas tienen un cuerpo de ideas, tienen un cuerpo de valores,
tienen una cosa que se llama ideología? ¿Por eso cree usted que me
ofende? No. Yo quiero hablar del texto. Aquello que decía el señor
Umbral, que en paz descanse: «vengo a hablar de mi libro». Vamos a hablar
del texto.


Yo le he citado los artículos 149 y 151, sobre las conferencias
sectoriales. No ha dicho nada, nada, no ha acusado ni recibo. Se lo estoy
diciendo de manera concreta para que sepa encontrarlo.


Le he hablado del artículo 109.2, ahora se lo digo más
concretamente, respecto de la independencia de las autoridades
administrativas. La obsesión ahí es que esas autoridades sean
independientes de todo interés empresarial o comercial. A mí me parece
que es mucho más inteligente decir que tengan completa independencia
porque no se trata solo de independencia empresarial o comercial, sino de
todo grupo o interés ajeno al interés general, tenga esa naturaleza o
tenga otras. Es el artículo 109.2, para que lo encuentre de manera
concreta.


También le he preguntado: ¿Hay alguien aquí que pueda dar un
argumento que explique por qué un fondo sin personalidad jurídica es una
Administración Pública? Nadie dice nada. Para que lo encuentre de manera
concreta, es el artículo 84, apartado f). Por favor, den un argumento, si
tienen la bondad.


Hay más. Les he preguntado por qué razón un miembro de un órgano
colegiado tiene la prohibición de abstención si así lo estima oportuno.
Para que lo encuentre, artículo 19.3.c).


Le he preguntado respecto de las funciones del presidente en los
órganos colegiados, que está en los artículos 15 a 18, porque se puede
dar la situación de que un órgano colegiado se reúna y no haya un
presidente que convoque y presida.


Esos son cosas concretas. Le hice una consideración general sobre
las conferencias sectoriales, toda vez que estamos aquí en el Senado; no
sé si se acuerdan de que las conferencias sectoriales se reunían aquí. Yo
sé que usted me volverá a hablar de Zapatero, el separatismo y Viriato.
Lo que usted quiera, me da igual, pero ahora estamos hablando de este
texto —respecto de otras situaciones el electorado ya se ha ido
pronunciando—, ahora estamos en lo que estamos, aquí, en este
presente y ver cómo construimos el futuro. Respecto al pasado, lo
hablamos en otro momento, cuando usted quiera, en otro foro. Pero aquí,
ahora, en concreto, le hice el razonamiento en torno a que si se buscaba
sistematicidad y coherencia, se gana en incoherencia y falta de
sistematicidad. Le he dicho que esta Ley del régimen jurídico del sector
público traslada la LOFAGE, no se plantea otra cosa. Se plantean asuntos
de procedimiento que deberían estar en la Ley de procedimiento y hay
asuntos que están en la Ley de procedimiento que deberían estar aquí en
esta Ley de régimen jurídico del sector público.


Le ruego que, si al final todo esto le parece excesivo, se
concentre solo en el artículo 151 y me explique cómo es posible que un
órgano de composición voluntaria, un órgano que es cooperación
multilateral, que no es una Administración Pública, que es un órgano
político, se transmute y de pronto emita actos administrativos
susceptibles de recurso ante la jurisdicción
contencioso-administrativa.


Respecto de la otra ley, ya veremos que lo que hace es coger la
Ley 30/1992, meterle los sábados como día inhábil y cambiar los números
de los artículos, pero las expresiones que utiliza son absolutamente
idénticas. ¿Por qué razón? Porque cortar y pegar es de fácil acceso.


Lo de la soberbia y la vanidad lo digo porque el argumentario que
usa el Consejo de Estado es bastante rotundo. Por eso digo que actúan con
soberbia porque no aceptan que de otras personas se puede aprender. Ayer
yo citaba en la Comisión de Justicia cómo una vez la senadora Vindel me
hacía una corrección, yo la acepté y le pedí disculpas. Ayer mismo un
senador del Partido Popular volvió a cometer el error y le dije,
aplicando la misma doctrina: por favor, retire usted esa expresión. Yo
aprendo todos los días de todos los seres humanos. ¿Por qué razón el
prelegislador cuando lee el informe no se plantea esa posibilidad? Yo sé
que usted ha dicho que ha incorporado algunas cosas y lo he comprobado
durante esa tramitación pero, ¿cómo evaluamos que del conjunto de
enmiendas aquí presentadas, señor, solo ustedes planteen aceptar las de
ustedes mismos? Ayer, en la Comisión de Justicia, ¿sabe qué pasó? El
Grupo Popular no aceptó ni sus propias enmiendas; no aceptó las enmiendas
de ningún grupo pero ni siquiera las suyas, para que el texto quedara
como vino del Congreso, como si los que están en el Congreso se hubiesen
caído en la marmita de la sabiduría y la divinidad y lo que proviene de
ahí no fuera susceptible de mejora, cuando yo creo que toda obra humana
lo es. Entonces, ¿cómo calificamos que del conjunto de enmiendas no
acepten ni una? Hay algunas sugerencias, y no algunas, excepto la parte
relativa a la conferencia sectorial, que le acepto que tiene un contenido
político dado el Estado autonómico en el que estamos viviendo, la inmensa
mayoría de las propuestas que planteamos son de tipo técnico, para
mejorar. Nosotros no planteamos que cuanto peor, mejor; en absoluto.
Queremos mejorar siempre las cosas porque somos unos obsesivos de la
excelencia, de ver de qué manera podemos ayudar a que esto mejore.


A mí me parece que le he dado argumentos concretos. Aparte de
hablar de otras materias, me gustaría que usted acusara recibo de lo que
le he argumentado. Si no quiere hacerlo, lo puede dejar, no pasa nada,
espíritu deportivo. Pero al menos del argumento de la conferencia
sectorial, el 151, me gustaría saber qué opina usted como senador.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Díaz Tejera.


Senador De las Heras, tiene la palabra.


El señor DE LAS HERAS MUELA: También intervengo muy
brevemente.


Senador Bel, sobre el incremento de créditos del Ministerio de
Defensa, que dice usted que se producirá en la Comisión de Presupuestos
de esta tarde, usted conoce, porque además es alcalde, que el presupuesto
de cualquier institución, incluido el del Ministerio de Defensa, los
Presupuestos Generales del Estado, son materia viva y hay gastos que hay
que afrontar y es improrrogable darle la justificación legal. Otra cosa
es lo que hacían los compañeros del senador Díaz Tejera y algunos
socialistas, que incurrían en gastos sin ni siquiera tener consignación
presupuestaria.


Sobre la recentralización, senador Bel, le vuelvo a repetir,
¿dónde está la recentralización del Estado? ¿Dónde está la invasión
competencial que dicen ustedes continuamente en ese mantra que ha
ejercido la Administración General del Estado sobre las comunidades
autónomas? Yo no la veo. ¿La gente no cambia porque sí? Claro, cambia
cuando se le incita a hacer determinados cambios, pero la culpa de la
deriva independentista de la parte convergente de Convergència i
d’Unió no la va a tener ahora el Partido Popular, senador Bel, por
favor.


Senador Díaz Tejera, además de vanidoso y algo soberbio es usted,
si me apura y con el respeto de la Cámara —si tengo que pedir
perdón, lo pido—, algo faltón, porque yo sé leer. Yo, igual que
usted, me he pasado todo el mes de agosto con dos proyectos de ley y sé
lo que leo y cómo lo leo, pero evidentemente no me va a dictar usted mi
forma de actuar en esta comisión ni dirigir a mi grupo político a la hora
de aceptar o no enmiendas que se presenten a este proyecto de ley, al
proyecto de ley de la Comisión de Justicia o los que se están debatiendo
ahora en la Comisión de Fomento. Usted viene a hablar de su libro y yo
del mío, senador Díaz Tejera. Le vuelvo a repetir que sé leer y entiendo
lo que entiendo.


Respecto de la argumentación sobre determinados artículos, estamos
en el tema de los vetos. No se preocupe, ya entraremos en el tema de sus
enmiendas técnicas. Esa excelencia que ahora le ha dado a su grupo
parlamentario, el socialista, por incluir en todos los proyectos de ley,
más les valía haberlo hecho unos años antes. Eso sí, da la sensación, o
eso es lo que usted pretende, de que usted sabe más que todos los
abogados del Estado juntos que asesoran al ministerio y los propios
técnicos de la CORA.


Senador Díaz Tejera, votaremos en contra de su veto.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador De las Heras.


Pasamos a votar los vetos que han presentado los diferentes
grupos.


Votamos primero el veto número 1, del senador Iglesias Fernández,
del Grupo Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10;






en contra, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Pasamos a votar el veto número 3, de los senadores Guillot Miravet
y Saura Laporta, del Grupo Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra,  14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 4, de los senadores Almiñana Riqué, Boya
Alós, Bruguera Batalla, Marí Jufresa, Montilla Aguilera, Sabaté Borràs y
Sequera García, del Grupo de Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 2, del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado Convergència i d’Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Y finalmente votamos el número 5, del Grupo
Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Señorías, pasamos al debate de las enmiendas.


Enmiendas 1 a 40 presentadas por el senador Iglesias Fernández del
Grupo Parlamentario Mixto.


Para su defensa tiene la palabra el senador Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Gracias, señor presidente.


Doy por defendidas las 40 enmiendas presentadas por el senador
Iglesias Fernández de Izquierda Unida.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Martínez Oblanca.


Enmiendas 140 a 184 del Grupo Vasco.


Para su defensa tiene la palabra la senadora Martínez.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Gracias, señor presidente.


Voy a dar por defendidas las enmiendas, pero sí quisiera hacer un
comentario general sobre todas ellas.


Cuando el senador De Las Heras pregunta una y otra vez dónde está
la invasión competencial realmente me da la sensación de que no se ha
leído mis enmiendas, porque son 45 y cada una de ellas con una
justificación de carácter competencial en la que desglosamos uno a uno
cuáles son los artículos y los preceptos de nuestro ordenamiento
jurídico, y concretamente del Estatuto vasco y de las normas que lo
desarrollan, que no se están cumpliendo y por qué no se están respetando
las competencias que tiene Euskadi en este caso en materia de
administraciones públicas, como es el principio de autoorganización.


Nos pide reiteradamente que citemos un solo precepto de este
proyecto de ley en el que se estén invadiendo competencias, y yo no le
cito uno, sino 45, uno por cada una de las enmiendas que he presentado.
Por tanto, muestren un poco de respeto en su discurso hacia los trabajos
que hacemos otros grupos parlamentarios, porque efectivamente hay una
invasión competencial en esta ley y prácticamente en todas las que está
aprobando el Gobierno popular, particularmente en el ámbito de la
Administración pública.


Escudándose en el artículo 149 y en el régimen básico que
corresponde al Estado regular, están estableciendo mecanismos de carácter
reglamentario que quieren elevar a la categoría de normativa básica.
Incluso hay órdenes ministeriales que están acogiendo este concepto de
normativa básica dentro de este proyecto de ley. Si realmente son los
miembros del Grupo Parlamentario Popular quienes abrazan absolutamente y
sin discrepancias los informes de la CORA, que no buscan otra cosa que
recentralizar el Estado, díganlo abiertamente, porque este es un país
libre; si realmente la intención de este Gobierno es utilizar como excusa
el ahorro, utilizar como excusa la mayor eficiencia, acabar con las
duplicidades y con el solapamiento de las administraciones públicas, y lo
quiere hacer a costa de acabar con las administraciones locales y
autonómicas, que lo diga. Tiene mayoría para hacerlo, y además, lo están
haciendo durante toda la legislatura, pero no nos acusen a los demás de
no utilizar argumentos o de inventarnos invasiones competenciales, porque
no es así y las 45 enmiendas que presenta mi grupo parlamentario dan fe y
son un buen argumentario jurídico de todo ello, al menos en lo que se
refiere a este proyecto de ley.


Por tanto, mantenemos las enmiendas y estamos a favor de los vetos
a la espera de que efectivamente aquellas enmiendas transaccionales,
aquellos puntos de acuerdo que se iban a alcanzar con nuestro grupo
parlamentario se sustancien de aquí al debate en Pleno, algo que nos
podría llevar a modificar nuestra postura respecto de los vetos
presentados por el resto de los grupos. De no ser así, mantendremos
nuestro voto a favor de los vetos y en contra del proyecto de ley.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Martínez.


Enmiendas 88 a 133 y 233 a 280 del Grupo Parlamentario de
Entesa.


Para su defensa tiene la palabra el senador Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señor presidente.


Las doy por defendidas.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Enmiendas 41 a 87 y 134 a 139 del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i d’Unió.


Para su defensa tiene la palabra el senador Bel.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, señor presidente.


Las doy por defendidas y en todo caso ya las argumentaremos en el
Pleno.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.


Enmiendas 185 a 232 del Grupo Socialista.


Para su defensa tiene la palabra el senador Vázquez.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Gracias, señor presidente.


Nosotros también las damos por defendidas.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Vázquez.


Entiendo que las enmiendas 281 a 284 del Grupo Popular han quedado
incorporadas en ponencia. ¿Es así, senadora Romero?


La señora ROMERO BAÑÓN: Sí, señor presidente, pero aunque dichas
enmiendas hayan sido incorporadas y las demos evidentemente por
defendidas, me gustaría decir, a propósito de lo que decía el senador del
Grupo Socialista en su intervención en cuanto a que solo aceptábamos
nuestras enmiendas, que estas suponen simple y estrictamente una mejora
técnica del texto sin entrar en el fondo. Así, por ejemplo, está
enmienda 281 trata de empresas que afectan a la internacionalización de
la economía para adaptarla a las normas comunitarias; el resto de ellas
especifican los plazos de entrada en vigor de esta ley, y el hecho de que
hayan sido incorporadas no afecta a su contenido, pero sí clarifican y
mejoran técnicamente este proyecto.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Romero.


¿Turno en contra? (Denegaciones).


Turno de portavoces.


¿Algún grupo desea intervenir? (El señor Díaz Tejera pide la
palabra).


Tiene la palabra, señoría.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, señor presidente.


La enmienda 326, que pretende aclarar la desaparición de la
reclamación antes de presentar la demanda civil o laboral, debe suponer
un cambio en la legislación civil y también en la laboral. Leyes 1/2000,
de 7 enero, de Enjuiciamiento Civil, y 36/2011, reguladora de la
jurisdicción social. ¿Y por qué decimos esto? Pues porque si desaparecen
en esta formulación general, tienen que tener también esa precisión en
esos dos ámbitos. Y este es un tema estrictamente técnico. Es decir, no
se ha hecho ningún análisis ideológico de ninguna naturaleza, es una
cuestión puramente técnica.


En cuanto a la enmienda 325, respecto a un margen de razonabilidad
en la adaptación al esquema nacional de seguridad...


El señor DE LAS HERAS MUELA: Señor presidente, el señor Díaz
Tejera está hablando de otra ley.


El señor DÍAZ TEJERA: Es la de régimen jurídico.


La señora ROMERO BAÑÓN: No, señor presidente.


Estamos debatiendo el Proyecto de Ley de régimen jurídico del
sector público y a la Ley que usted se está refiriendo, señoría, es a la
de procedimiento administrativo común, que veremos posteriormente y que
sí tiene 370 enmiendas. En ese proyecto de ley sí se habla precisamente
de la supresión de la reclamación previa en la vía civil y laboral, pero
no en la que ahora nos ocupa, en la que se habla de la relación entre las
administraciones y no de la relación entre la Administración y el
ciudadano, que es a lo que usted se está refiriendo.


El señor DÍAZ TEJERA: Sí, señoría, pero déjeme que le explique.
Estamos debatiendo el Proyecto de Ley de régimen jurídico del sector
público. Hay una llamada permanente a la adaptación a todo el sistema
electrónico que tiene que ver con el esquema nacional de seguridad y con
que los programas operativos sean comunicables entre sí. Asimismo, y en
cuanto a los municipios pequeños, se plantea la necesidad de que tengan
una mayor comprensión en su progresiva adaptación a este nuevo sistema.
Pues bien, yo estaba intentando razonar y explicar algunas enmiendas que
no tienen un soporte ideológico y político general, como el del 151 en
relación con las conferencias sectoriales. A mí me parece que esos
planteamientos son absolutamente razonables en el régimen jurídico del
sector público. Mi intención era explicarlas, sobre todo para pedir
alguna explicación de por qué no se aceptan porque me parece que son
absolutamente técnicas y razonables, eso es lo que yo pretendía,
presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Díaz Tejera.


Senadora Romero, tiene la palabra.


La señora ROMERO BAÑÓN: Senador Díaz Tejera, yo no tengo
inconveniente en que hablemos de las enmiendas de otro proyecto de ley
pero por una cuestión de orden quería que constase en acta que el
proyecto de ley que ahora se está debatiendo, del que acabamos de votar
los vetos y del que vamos a votar el dictamen, no tiene las enmiendas a
las que usted se está refiriendo. En este proyecto de ley hay 284
enmiendas. Es cierto que la Administración electrónica se recoge en ambos
proyectos pero en este proyecto de ley únicamente nos estamos refiriendo
a la relación entre las administraciones públicas.


Algo que usted ha dicho de los ayuntamientos sí es materia
específica de este proyecto de ley y no de la Ley de procedimiento
administrativo común que ahora después debatiremos y en la que usted
podrá hacer referencia a esas enmiendas que ha citado para ver por qué no
se han aceptado hasta esta comisión, aunque ya le he dicho antes que
estamos estudiándolas y no descartamos que se pueda llegar a una
transacción.


Le voy a decir que en los ayuntamientos pequeños precisamente
gracias a la implantación de esta Administración electrónica en la
actualidad hay más de 8000 municipios que están conectados con la
Administración General del Estado y la carencia que algunos municipios
pequeños puedan tener en cuanto a la Administración electrónica, como
usted ha puesto de manifiesto, va a quedar suplida por el refuerzo que se
hace a la función de las diputaciones, y precisamente una de esas
funciones es el asesoramiento y el apoyo a los municipios pequeños.


Entrando propiamente en el turno de portavoces, sé que cada uno
interpreta el proyecto de ley con la buena intención de mejorarlo
técnicamente, por lo que sí me gustaría, en primer lugar, agradecer a
todos los grupos políticos la aportación de sus enmiendas; las estamos
estudiando y nuestra voluntad es llegar a aceptar el mayor número que nos
sea posible, siempre —y sí se lo digo señorías— que no se
aparten del objetivo del proyecto y no vayan en contra de este y del
espíritu de esta ley.


¿Y cuál es el espíritu de esta ley a la que tanto se ha referido
el senador del Partido Socialista? Esta ley está dentro de las más
importantes que el Gobierno ha hecho en cuanto a la reforma de la
Administración. ¿Y qué finalidad tiene esta reforma de la Administración?
La única, señorías, es hacer una Administración más ágil, más eficaz, más
sostenible y más cercana a los ciudadanos. Una Administración —y
eso es lo que estamos votando con este proyecto de ley— que se
acerque a las necesidades de los ciudadanos, que les facilite las
actuaciones y les elimine obstáculos, en definitiva una Administración
acorde con la Unión Europea y con un Estado moderno, eficaz y del siglo
XXI. Por eso, señorías, yo les pido el voto favorable para este proyecto
de ley.


En nuestra opinión, senadora Martínez, en ningún caso hay
injerencia en las competencias de las comunidades autónomas; no hay
invasión competencial, porque lo que se está regulando, al amparo del
artículo 149 de la Constitución Española, son criterios básicos; además,
se deja siempre en última instancia que la comunidad autónoma ejecute
esas instrucciones cuando lo crea conveniente, y se está intentando
reducir costes para esas administraciones.


Tampoco hay ningún informe del Consejo de Estado ni del Consejo
General del Poder Judicial que haya tachado de inconstitucional esta ley.
Y en cuanto al informe del Consejo de Estado mencionado por el senador
del Partido Socialista, hace unas recomendaciones que en ningún caso se
puede considerar que vayan en contra de esta reforma. Lo que se intenta
con esta ley, señorías, no es invadir las competencias de las comunidades
autónomas, pero para una mayor seguridad jurídica y para una mayor
facilidad a los ciudadanos es necesario contar con unos principios
generales que rijan la forma de actuar de las entidades y de los
organismos y que estos sean comunes y básicos para todo el sector público
institucional, pero —repito— siempre respetando el principio
de autonomía de las comunidades autónomas.


Ahora, muy brevemente, sí me gustaría detenerme en el apartado
relativo a las conferencias sectoriales a las que ha hecho referencia el
senador del Partido Socialista, porque ha dicho que no lo habíamos hecho.
Le diré que el artículo 149 referente a las conferencias sectoriales dice
—y usted ya lo ha mencionado— que aunque los acuerdos sean
jurídicamente vinculantes en absoluto suponen una injerencia en la
autonomía política de ninguna autonomía, porque, como usted también ha
dicho en su intervención, si se vota en contra de esos acuerdos, no son
vinculantes; en lo único que lo son es cuando se trata del principio de
coordinación de la Administración General del Estado, es decir, cuando
esta va a ejercer funciones de coordinación, y eso, señorías, es así
porque se está recogiendo la doctrina establecida por el Tribunal
Constitucional desde el año 2012. Esos acuerdos son los únicos en los que
va a ser obligatorio, en los demás no supone en absoluto una injerencia
en las competencias de las comunidades autónomas porque cuando se voten
en contra no tendrán que aceptar esos acuerdos.


Por lo tanto, la potestad de coordinación se va a ejercer
únicamente cuando el Estado tenga la competencia normativa en esta
materia, que es cuando va a ser obligatorio, y la finalidad es evitar
contradicciones o reducir disfunciones que, de subsistir, impedirían o
dificultarían el ejercicio de la competencia normativa estatal cuya
ejecución involucra a diferentes administraciones públicas.


Por lo tanto, lo que se hace es recoger unas lagunas legales que
existían; además se recoge la jurisprudencia y la doctrina del Tribunal
Constitucional. Y en lo que afectan a las comunidades autónomas, si no se
votan a favor, no tienen por qué ser vinculantes para ellas. Asimismo,
siguiendo también las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, las
comunidades autónomas podrán fijar la normativa de desarrollo que
consideren conveniente en los aspectos en los que ellas tengan
competencias.


Por todo ello, señorías, entendemos que es una ley que va a
facilitar la intercomunicación entre las propias administraciones y va a
suponer un ahorro —ya lo ha supuesto— con la factura
electrónica y una facilidad en la Agencia Tributaria y en la Seguridad
Social. Es una buena ley, moderna y que facilita la vida de los
ciudadanos. Votar a favor de esta ley, y el Grupo Popular lo va a hacer,
es votar a favor del avance y de la modernización y anticiparnos a las
demandas de los ciudadanos españoles. No me gustaría terminar sin
expresar el reconocimiento de nuestro grupo a todo el cuerpo de
funcionarios públicos que desde hace unos años ha realizado un gran
esfuerzo y ha hecho sostenible con su sacrificio en muchos casos el
servicio público y el sostenimiento de estas administraciones.


Muchísimas Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Romero.


¿Podemos pasar a votar? (El señor Díaz Tejera pide la
palabra).


Senador Díaz Tejera, tiene la palabra.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Antes, interrumpí la exposición que estaba haciendo por el error
numeral que cometí. Estaba tratando de explicar la diferencia entre las
propuestas de tipo técnico, sin contenido político e ideológico, de las
propuestas de contenido político e ideológico. Pero usted comprenderá,
señor presidente, que no voy a explicar ahora de la 185 a la 232, no es
esa mi intención; tan solo quiero preguntar por las enmiendas 230 y 231,
que tienen que ver con las bonificaciones en los billetes a Canarias,
Baleares, Ceuta y Melilla, porque si no, señor presidente, comprenderá
usted, que esta noche, cuando vuelva a Canarias, si alguien ha seguido
este debate y ve que no he preguntado por estas dos enmiendas, seguro que
no me dejarán entrar en mi tierra. Si tienen a bien, dadas las
características del debate anterior, darme algún argumento en contra de
la aceptación de estas enmiendas, lo agradecería si V.E., con su
benevolencia, así lo admite. Si le parece extemporánea tal pregunta, no
se preocupe, no pierdo el sueño, con haber dicho esto ya he
cumplido.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación.


De conformidad con el artículo 116 del Reglamento del Senado,
procedemos a votar el texto propuesto por la ponencia.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 16; en contra, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


En consecuencia, queda dictaminado por la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas el Proyecto de ley de régimen jurídico del
sector público.









PROYECTO DE LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


621/000151

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día:
Dictamen del Proyecto de Ley del procedimiento administrativo común de
las administraciones públicas.


Se da por reunida la ponencia.


Señor De las Heras, ¿cuál es el informe de la ponencia?


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias.


Pasará al Pleno del Senado sin ninguna enmienda, es decir, tal
como vino el texto aprobado por el Congreso de los Diputados.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor De las Heras.


Pasamos a debatir los vetos que se han presentado a este proyecto
de ley.


Para defender el veto número 1, presentado por el senador Iglesias
Fernández, senador Martínez Oblanca, tiene la palabra.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Muchas gracias, señor presidente.


Doy por defendido este veto presentado por el senador de Izquierda
Unida, dentro del Grupo Parlamentario Mixto.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Martínez Oblanca.


Para defender el veto número 3, presentado por el senador Guillot
Miravet, senador Montilla, tiene la palabra.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señor presidente.


Doy por defendido el veto presentado por los senadores Guillot y
Saura, del Grupo de la Entesa.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Para defender el veto número 4, presentado por la senadora
Almiñana Riqué, senador Montilla, tiene la palabra.


El señor MONTILLA AGUILERA: Muchas gracias, señor presidente.


Intervengo de manera muy breve, porque, en realidad, algunos
argumentos —con más extensión tendremos ocasión de darlos en el
Pleno— tienen conexión con los expresados en la defensa del veto de
la anterior ley. En definitiva, nosotros pensamos que ese objetivo del
Gobierno de abordar esa reforma integral y estructural de la normativa
aplicable a las administraciones públicas segmentando la actual
Ley 30/1992 en dos proyectos de ley, se hace con un enfoque que pensamos
que es erróneo. En este sentido, a pesar de lo que se ha dicho, hay
sobradas menciones en los dictámenes, especialmente en el Consejo de
Estado, que descalifican, o no avalan, esa separación, sobre todo los
argumentos a favor de la separación de la hasta ahora Ley 30/1992 en dos
proyectos de ley.


Pensamos que no sirve para clarificar y simplificar. Todo lo
contrario, lo que aporta es más confusión. De alguna manera, así se
recoge también en el dictamen del Consejo de Estado. Lo sustancial de las
deficiencias señaladas en este informe no han sido subsanadas; ni fueron
subsanadas por el Gobierno al aprobar el proyecto de ley ni durante su
tramitación en el Congreso de los Diputados. Ello puede comportar, en
este caso, teniendo en cuenta que estamos hablando de una ley que regula
no las relaciones entre la Administración —que es la que hemos
visto anteriormente— sino las relaciones de las administraciones
con los ciudadanos y de los ciudadanos con estas, problemas de seguridad
jurídica, lo que puede ser extremadamente contraproducente, ya que serían
los ciudadanos los principales afectados por la falta de claridad y la
confusión que, a nuestro entender, puede provocar el texto de este
proyecto de ley.


En segundo lugar, otra razón, que aducíamos al presentar el
anterior veto, tiene que ver con el desborde de las competencias
estatales. Se utiliza el artículo 149.1 o el 149.18 nuevamente con un
carácter absolutamente expansivo, que sobrepasa los límites
constitucionales de la legislación básica y que invade competencias de
las comunidades autónomas. Ha sido una práctica general. Nunca había
existido tal nivel de litigiosidad entre el Gobierno y las comunidades
autónomas como en esta legislatura, no solo por las comunidades
gobernadas por un partido diferente al partido del Gobierno, en este
caso, de España, sino que también —hay que recordar—
comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular le han llevado al
Tribunal Constitucional en más de una ocasión y en algunas lo hacen,
precisamente, defendiendo aquellas que creen que son —o han
sido— sus competencias. La legislación, en suma, rezuma, por así
decirlo, esa desconfianza hacia las comunidades autónomas, hacia sus
competencias propias, especialmente, hacia el carácter político de la
descentralización en nuestro país, como muy bien hacía alusión el senador
Tejera. Las comunidades autónomas no son entes descentralizados
administrativamente, sino que tienen competencias exclusivas que se
derivan de la Constitución y, por lo tanto, competencias de carácter
político.


En esta ley —también en la anterior, pero especialmente en
esta—, por su trascendencia, en el proceso que ha habido para su
elaboración, desde nuestro punto de vista, no se han tenido en cuenta
suficientemente las aportaciones que ha habido en un proceso poco
organizado de comunidades autónomas y corporaciones locales. Y no es
lógico que textos que afectan a la organización y al funcionamiento del
conjunto de las administraciones públicas, especialmente en aquello que
tiene que ver en su relación con los ciudadanos, se impongan, seguramente
sin más diálogo y más vocación de consenso, que creemos que a este
respecto no ha existido. Eso al margen de poner de relieve que la ley
ignora los costes de su aplicación. Los costes siempre son cero. Todos
sabemos que no son cero, entre otras cosas, cuando se derivan de la ley
obligaciones para las administraciones públicas que tendrán costes. Cero,
seguro que no es. En cualquier caso, estos ni se valoran ni, por
supuesto, se prevé compensar a las administraciones por los costes
derivados de este proyecto de ley.


Todas estas, y algunas más que explicaremos en el Pleno, son
razones que motivan nuestro veto y la petición de devolución del texto al
Gobierno.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Para defender el veto número 2, presentado por el Grupo Catalán en
el Senado de Convergència, señor Bel Accensi, tiene la palabra.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, presidente.


Lo voy a hacer de forma breve, pues los argumentos de nuestro veto
son, tal como he avanzado y como el senador De las Heras ha recordado
posteriormente, idénticos al anterior proyecto de ley. Por tanto, no los
voy a desarrollar más. Visto que la predisposición, la sensibilidad del
Grupo Popular hacia estos planteamientos ha sido, obviamente, como hemos
constatado, absolutamente nula, negando la realidad, no voy a esforzarme
más. Voy a intentar, a lo largo de estas dos semanas que quedan hasta el
debate en el Pleno, buscar nuevas formas de plantear nuestros argumentos
para ver si somos capaces de sensibilizar al grupo mayoritario respecto a
su bondad.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Bel.


Para defender el veto número 5 que presentó el Grupo Socialista,
senador Díaz Tejera, tiene la palabra.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


He de reconocer que algunos apartados que eran demasiado
extremistas los han ido corrigiendo en el transcurso de la tramitación.
Fíjense si no en la disposición adicional que ahora es segunda y en su
momento en el texto que salió era tercera. Ahí se planteaba que cada
comunidad autónoma podía tener su sistema telemático siempre que
cumpliese los requisitos del esquema nacional de interoperatividad y el
esquema nacional de seguridad, pero para tenerlo había que demostrar que
era más eficiente que el de la Administración General del Estado, y si
no, se tenían que enganchar al de la Administración General del Estado,
previo pago por ese enganche. Ese previo pago por ese enganche lo han
modificado; han incorporado un nuevo párrafo, y lo que era muy evidente y
muy manifiesto lo han podado para decorarlo un poco, para dignificarlo,
le han puesto un poco de maquillaje para hacerlo más digerible. En
cualquier caso, se sigue insistiendo en esta posibilidad de establecer
con el Título VI lo que llaman ese plan legislativo, que es algo que aquí
no se ha hecho de ninguna manera, pero sí se quiere obligar a los futuros
gobiernos a que lo hagan. Al comenzar cada legislatura el Gobierno de la
nación tendrá que decirle a las Cortes cuál es su plan legislativo de
futuro. Uno lee esto y le produce cierta ternura, porque al final qué
sentido tiene decirle a quien es el recipiendario de la soberanía de
todos los españoles y todas las españolas eso de usted tiene que decirnos
con antelación cuál es el plan legislativo que tiene y, si quiere usted
cambiar de plan legislativo y quiere poner alguna otra norma, tendrá que
razonar, motivar y explicar por qué razón quiere hacer eso. Se llama el
Título VI, de la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar
reglamentos y otras disposiciones. Pero, ¿qué ha dicho el Tribunal
Constitucional en las Sentencias 76/1983, 14/1986, 227/1988? Que la más
genuina expresión de la autonomía es la capacidad política para
establecer sus instituciones, para autogobernarse y para autoorganizarse.
Si de entrada ya, desde instancias ajenas a esa autonomía política, se
establece cómo tiene que plantearse su capacidad legislativa o su
capacidad reglamentaria no solo al Gobierno de la nación sino también a
las comunidades autónomas, yo creo que ahí sí que hay una vulneración
flagrante del Estado autonómico.


¿Qué otras razones argumentamos aparte de ir en contra del Estado
autonómico? Si hasta ahora usted podía comunicarse de manera presencial y
en papel o, en algunas administraciones que así lo establecen, de manera
electrónica, ahora se restringe ese derecho de la ciudadanía y se le
impone cómo tiene que ser. Es verdad que habrá una persona que estará
allí para asesorarle cómo puede hacerlo electrónicamente, pero se le
impone. Yo me pregunto ¿y los 46 millones de españoles estamos en esas
condiciones? Porque hay personas con distintos niveles culturales, con
niveles de aislamiento, etcétera. ¿Estamos en esas condiciones? No sé, yo
creo que hay una cierta restricción de derechos de ciudadanía.
Permítasele al ciudadano o ciudadana establecer cómo quiere presentar su
instancia, solicitud o recurso.


Argumento más. Antes, en todas las facultades siempre se explicaba
aquello de: el 62 es la nulidad, el 63 la anulabilidad, con el
procedimiento para el 62 del 102, con el procedimiento para el 63
del 103. Ahora, ¿qué es lo que se ha hecho? Con la misma expresión, hasta
con las mismas comas, ni siquiera se ha puesto un punto y coma donde
había una coma, o un punto y aparte o un punto y seguido; ni siquiera
eso: El mismo texto pero trasladado al 47 y el 48; es la 30/1992
declarando inhábiles los sábados.


Y aquí vuelvo a subrayar lo de antes, ¿sabe alguno de ustedes de
los que se dedican a dictar sentencias en el ámbito de lo contencioso si
los magistrados especialistas en lo contencioso pedían esto? Según mi
información, no. ¿En el ámbito de la academia, ya no digo los operadores
prácticos sino en términos de analistas, pedían esto? Tampoco. Es verdad
que en la CORA algunos abogados del Estado, no todos, algunos
interventores, no todos, sí se buscaron algunos especialistas, por
supuesto, los que tenían ya un pensamiento y eran parte de otras
escuelas. Yo he buscado artículos publicados sobre esto y he encontrado
dos de dos escuelas distintas y los dos coinciden en el análisis que
estoy haciendo: Uno de ellos, ya citado por mi compañero Manolo de la
Rocha en el Congreso, el profesor Santamaría Pastor, que no es un hombre
conocido por ser un rojo desalmado, sino al contrario, una persona citada
en muchas ocasiones por muchos autores, yo uso muchos de sus textos y son
bastante buenos. Lean ustedes el artículo que ha publicado en Digital
respecto a este texto. Todo esto sea dicho respetando la buena voluntad
de la gente, yo no tengo por qué poner en cuestión la buena voluntad de
los dos o tres abogados del Estado que estuvieron haciendo esto por
encargo, o de los dos o tres interventores que al final hicieron esto por
encargo, yo no pongo en duda su buena voluntad. Digo lo de la soberbia
por no aceptar ni siquiera una sola enmienda de nadie. No lo entiendo.
Hay una legitimación de origen en todos los senadores y hay una
legitimación de ejercicio en la práctica de lo que se está haciendo que
dignifica y prestigia la función o la degrada. Y yo vuelvo a insistir en
que nunca he aceptado que ningún ser humano se haya caído en la marmita
de la seguridad, la sabiduría y la divinidad y todo lo que haya hecho no
sea parte de la condición humana, errare humanum est, excepto en el caso
del Congreso de los Diputados, que no puede ser mejorado lo que plantean
porque es imposible que puedan errar dado que forman parte de esa
divinidad.


Aumento otro argumento respecto a esto que he dicho de restricción
de derechos de ciudadanía, y me gustaría, si a bien lo tienen, que
pudieran acusar recibo. Los recursos administrativos. ¿Qué sentido tiene
que el recurso de alzada siga siendo —y esto es algo bastante
unánime en general en toda la doctrina administrativista sea de una
corriente o de otra— qué sentido tiene que se siga planteando el
recurso de alzada como un presupuesto de admisión o un presupuesto de
procedibilidad para que luego pueda ir al recurso contencioso? ¿Por qué
no poner que el recurso de alzada sea potestativo como el de reposición?
Es verdad que el recurso de reposición es que el propio órgano que dictó
tenga oportunidad de reconsiderarlo, y salvo que aparezcan cosas nuevas,
no vas a reconsiderarlo, y si aparecieran cosas nuevas, ya está previsto
el recurso de revisión. Entonces, ¿el recurso de alzada qué es? ¿Que el
órgano superior al que dictó lo reconsidere? Pero es que el órgano que ha
dictado antes lo ha estudiado, lo ha fundamentado, lo ha motivado, lo ha
razonado, lo ha exteriorizado y lo ha explicado, porque todo se tiene que
motivar dado que es un recurso. Si eso en términos generales solo actúa
como un tiempo que se gana antes de que interpongan el recurso
contencioso, ¿por qué no plantearlo de manera potestativa? Es decir, si
usted quiere plantea la posibilidad de que la Administración reconsidere
ese recurso, y si no quiere, acude directamente a la jurisdicción
contenciosa para que establezca si lo que usted ha planteado se ajusta o
no a derecho, se mantiene o se expulsa del ordenamiento jurídico. Lo que
estoy tratando de decirles es que restringe derechos que habíamos
conquistado y, en mi opinión, sí hay un tic de soberbia al no aceptar
ninguna propuesta y un tic de vanidad al poner tantos esfuerzos en dar a
una ley un apellido, no tiene ningún sentido.


Y ahora sí hago una segunda invitación, ¿me podría alguien decir
alguna aportación cualitativa de este texto, aparte de lo de los sábados
y de esa curiosidad de los plazos por horas y no solo por días? ¿Aparte
de esa curiosidad, me podría alguien decir alguna aportación cualitativa
que no estuviese ya en la 30/1992? ¿O me podría alguien decir alguna cosa
que esté aquí que hayan pedido los especialistas administrativos
—no hablo de los de una corriente, incluso los de la otra— o
que hayan pedido los especialistas de lo contencioso en el ámbito del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo? Son dos preguntas
concretas que vuelvo a formular porque hasta ahora no he escuchado acuse
de recibo de las cosas concretas; formulaciones ideológicas generales
todas las que quieran, pero de las cosas concretas no, a excepción de la
senadora, que sí le agradezco el tono con que antes ha respondido.


Yo no soy nada faltón. Yo dije que no se había leído un texto; no
que no supiera leer, sino que no se había leído un texto. Y lo de la
vanidad y la soberbia lo he dicho con respecto a la aceptación de
enmiendas y con respecto a los cuerpos de élite del Estado, que entre sí
ajustan cuentas como pueden. Les invito a que si alguna vez pueden lean
el informe del Consejo de Estado para este texto. No conozco otro informe
del Consejo de Estado con la contundencia con que se ha expresado en este
texto, ninguno. Les invito a que lo busquen y vean si es así.


Todas estas razones nos parecen suficientes para explicar el veto
que ha interpuesto el Grupo Socialista.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Díaz Tejera.


Para turno en contra, tiene la palabra el señor De las Heras.


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias, señor presidente.


Senador Díaz Tejera, no es por enmendarle la plana, pero lo que
usted me está planteando en este turno de intervención —parece
mentira que usted sea jurista— corresponde al ámbito legislativo de
las enmiendas, como el tema de los recursos administrativos. Es decir,
plantea cuestiones en los vetos que ni siquiera se reflejan en el veto
que ha firmado el portavoz de su grupo.


Respecto de las enmiendas que aceptamos o no en el Grupo
Parlamentario Popular, evidentemente usted puede plantear en el veto
cuantas cuestiones crea oportunas y yo puedo criticárselas, como usted
comprenderá. ¿Que no aceptamos ninguna enmienda? Señor Díaz Tejera, creo
recordar que usted fue senador en la IX Legislatura. (El señor Díaz
Tejera: Sí). ¿Sabe usted cuántas enmiendas aceptaron al grupo mayoritario
de la Cámara, al Grupo Parlamentario Popular en la IX Legislatura? (El
señor Díaz Tejera: Muchas). Una o ninguna, senador Díaz Tejera.


Que restringe derechos lo dice usted, porque los abogados del
Estado de la CORA y del Ministerio opinan literalmente todo lo contrario
de lo que dice usted. No soy jurista, pero usted sabe que el derecho es
una fina línea que tiene dos caras opuestas y seguramente sean esas dos
caras las opuestas: lo que opinan los abogados del Estado del Ministerio
y de la CORA y lo que opina usted entre otros muchos. Nada se impone al
ciudadano, señor Díaz Tejera. Será libre de elegir entre una opción u
otra. Nada se le impone al ciudadano.


Respecto al resto de vetos presentados —incluso lo comentaba
el senador Bel—, los del Grupo Parlamentario Mixto a través del
senador Iglesias y los de los senadores Guillot y Saura son literalmente
idénticos al presentado al anterior proyecto de ley, como lo es
igualmente el del senador Bel. También es muy parecido el del senador
Montilla. No redundaré en argumentos que ya he dado con anterioridad,
pero el senador Bel hacía referencia a la sensibilidad de este grupo
parlamentario. Y que este grupo parlamentario muestre sensibilidad en
este ámbito —que es el de los vetos, senador Bel—
significaría que estaríamos devolviendo el proyecto de ley al Congreso de
los Diputados. Como comprenderá usted, este grupo parlamentario no está
por esa labor. Votaremos en contra de todos los vetos.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador De las Heras.


Para turno de portavoces, señor Martínez Oblanca.
(Denegaciones).


¿Señora Martínez? (Denegaciones).


¿Senador Montilla? (Denegaciones).


¿Senador Díaz Tejera?


Tiene la palabra su señoría.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Señor De las Heras, comprendo que no sea jurista, pero le invito a
que mire usted en este texto la posibilidad que tiene la Administración
pública, cuando hay muchas personas interesadas en un asunto —puede
ser una oposición, un concurso o una entrega de viviendas—, de
poner un modelo de solicitud. Y añado: la propia Administración impone
que en esa materia tiene que ser ese modelo y no otro. ¿Sabe cuál es el
problema? Que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ya ha
consolidado algo clásico —y le quiero aportar algo que pueda usar
toda la vida— que es el principio antiformalista. ¿Sabe usted qué
quiere decir el principio antiformalista? Que si una señora de cualquier
lugar de España, de ochenta años, por ejemplo, no sabe escribir pero pone
en un papel «no me gusta pagar tanto dinero por esta tasa», solamente con
que se deduzca la voluntad impugnatoria de ese escrito, que no está de
acuerdo con algo, y aunque no use ninguna palabra mágica, ningún ritual,
eso en sí mismo es un recurso. ¿Por qué razón? Porque no estamos en un
tribunal de justicia —a veces se confunde aquí—, no estamos
en el proceso, sino que esto es un procedimiento administrativo. El
principio antiformalista dice que si se deduce voluntad impugnatoria, eso
ya es un recurso. ¿Qué ocurre? Que ya hay sentencias del Constitucional
que establecen que si la expresión que utiliza esa persona es
suficientemente clara en castellano —en el supuesto de que estemos
en un ámbito territorial en el que no se admitiera otro idioma—, si
expone que quiere participar en un concurso, en unas oposiciones o en lo
que fuese, es suficiente. E incluso más, si se equivocase a la hora de
interponer el recurso y se dirigiera a un órgano distinto, la
Administración está obligada a dar por admitida a trámite esa instancia.
Esto se lo digo con toda lealtad, es así y puede usted consultarlo con
quien usted quiera. ¿Qué intento decirle con esto? Que no se respeta este
principio antiformalista, no se respeta la jurisprudencia del
Constitucional. Porque hay que ser comprensivos, hay momentos en que la
Administración se ve ante miles de personas que quieren presentarse a
algo y entonces razonablemente se pone un modelo de solicitud para todo.
Eso es comprensible. Pero si alguno o alguna presenta una instancia que
no se ajusta a ese modelo, la obligación de la Administración es
admitirla a trámite. Se podrá subsanar; tiene un plazo de diez días, pero
se podrá hacer. Entonces, los argumentos que estamos esgrimiendo
funcionan en el ámbito de lo técnico y de lo concreto, con el artículo
específico, o en el ámbito de lo político. Son los dos planos en los que
nos tenemos que mover. Somos senadores, estamos ejerciendo una función
parlamentaria y, por lo tanto, hay análisis ideológico y político,
incluso para el que diga que no tiene ninguna ideología. Todos lo tienen.
Y, por supuesto, siempre tenemos un anclaje jurídico a la hora de las
propuestas que hacemos.


Imagínense ustedes la ficción. ¿Qué ocurriría si ahora dijera el
Gobierno: Retiramos los dos textos? ¿Hay algún drama? Ninguno. Respecto a
este texto, ninguno. Tan solo que los sábados son inhábiles como en otros
ámbitos civiles. Pero a excepción de esto, ¿qué otro drama podemos
encontrar si sigue en vigor la Ley 30/1992, que en gran medida se copia
aquí, con alguna modificación, incluso hasta con las comas? Pues yo creo
que no pasaría nada. Por esa razón, como quiera que el propio Gobierno,
cuando argumenta que tiene que haber un plan normativo, un plan
legislativo, tiene que explicar el porqué de una norma, la pregunta es:
¿por qué esta norma? Esa es la pregunta para la que yo todavía no he
escuchado ninguna respuesta salvo la lectura de algunos
argumentarios.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Díaz Tejera.


¿Senador De las Heras?


El señor DE LAS HERAS MUELA: Gracias.


Vuelvo a reiterar lo mismo al senador Díaz Tejera. Lo que plantea
y sigue planteando de forma reiterada corresponde al ámbito del debate de
las enmiendas que se tratarán a continuación. Votaremos en contra.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador De las Heras.


Pasamos a votar los vetos. Votamos primero el veto número 1, que
presentó el senador Iglesias Fernández del Grupo Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 3, de los senadores Guillot Miravet y Saura
Laporta, del Grupo Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 4, de los senadores Almiñana Riqué, Boya
Alós, Bruguera Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera, Sabaté Borràs y
Sequera García, del Grupo Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 2, del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 5, del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Pasamos al debate de las enmiendas.


Para defender las enmiendas 1 a 116, que presentó el senador
Iglesias Fernández del Grupo Mixto, tiene la palabra el senador Martínez
Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Las doy por defendidas, señor
presidente.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Martínez
Oblanca.


Para defender las enmiendas 240 a 272, que presentó el Grupo
Vasco, tiene la palabra la senadora Martínez.


La señora MARTÍNEZ MUÑOZ: Gracias, señor presidente.


Doy por defendidas las enmiendas, y me voy a referir a ellas de
forma general, como he hecho en el anterior proyecto de ley, más que nada
para que luego el Partido Popular no nos diga que no hay invasión
competencial en este proyecto de ley. Son 33 enmiendas, todas y cada una
de ellas con una justificación de carácter competencial.


Concretando todavía mucho más, es difícil no repetir los
argumentos cuando trabajamos sobre dos proyectos de ley que versan
prácticamente sobre lo mismo. El régimen jurídico de la Administración
pública tiene mucho que ver con el procedimiento administrativo común; de
hecho, ambos estaban regulados hasta ahora por una misma ley, la
Ley 30/1992, aunque han vuelto a separarse, como ocurría anteriormente.
Y, evidentemente, es difícil, primero, mantener la coherencia en dos
discursos totalmente distintos cuando se habla de lo mismo, como también
que no se produzcan muchas veces filtraciones entre el debate de los
vetos, el debate de las enmiendas, e incluso entre ambos proyectos de
ley.


Como he dicho antes, en este proyecto asistimos una vez más a un
proceso de recentralización administrativa, porque en los argumentos
técnicos que puede establecer la CORA subyace la filosofía de que el
único poder real es el que corresponde al Estado y que el poder que
ostentan las administraciones públicas no estatales, como las comunidades
autónomas, las diputaciones forales o los ayuntamientos, no es sino un
poder delegado, y que, por tanto, corresponde al Gobierno o al legislador
—en este caso, al Congreso y al Senado— hacer con ello lo que
buenamente quiera. Pero no es así, porque el mismo blindaje y el mismo
nivel que puedan tener los poderes del Estado en este caso lo tienen las
comunidades autónomas, y más concretamente la comunidad autónoma vasca,
cuyo estatuto de autonomía encuentra amparo en la disposición adicional
primera de la Constitución Española. Por tanto, corresponde al Estado
regular el procedimiento administrativo común en el ámbito de sus
competencias, pero también a las comunidades autónomas en el ámbito de
sus competencias exclusivas, y de eso ustedes aquí se olvidan
sistemáticamente, por no hablar ya de los procedimientos especiales, que
tienen también las comunidades autónomas en el ámbito de las competencias
compartidas. Pero les da exactamente igual. Les da exactamente igual que
esto vaya contra la Constitución, que vaya contra las comunidades
autónomas o que vaya contra los estatutos de autonomía. Encuentran
siempre argumentos en la duplicidad, en las ineficiencias o en los
solapamientos que se establecen entre las administraciones públicas, pero
siempre encuentran como culpables a las administraciones autonómicas.
Ustedes desoyen todos los informes que dicen que la Administración
pública más sobredimensionada es concretamente la Administración central
del Estado. Ahí ustedes no meten la tijera, ahí ustedes no meten mano,
ahí ustedes no hacen autocrítica; lo que hacen es intentar, proyecto de
ley tras proyecto de ley, acabar con las competencias autonómicas. Y lo
hacen en cositas pequeñas y también en cositas grandes, pero no pierden
la ocasión de recentralizar el Estado. Les vuelvo a decir que es legítimo
que ustedes mantengan ese discurso —ahí ustedes y yo no nos vamos a
encontrar—, pero me gustaría que lo hiciesen de forma abierta y no
escudándose siempre en la mayoría absoluta que ostentan en el Gobierno
para acabar solapando y limando las competencias autonómicas, forales y
locales.


Sobre estas 33 enmiendas que hemos presentado me extenderé mucho
más y con mayor detalle durante el debate en el Pleno. Solo quiero
reiterar el posicionamiento de nuestro grupo parlamentario respecto de
este proyecto de ley, que es el mismo que hemos mantenido en el caso
anterior. Vamos a votar a favor de los vetos del resto de grupos
parlamentarios y lamentamos no haber presentado uno, porque lo deberíamos
haber hecho. Contábamos con una mayor disposición del Grupo Parlamentario
Popular a la hora de aceptar enmiendas que nosotros consideramos de
justicia, pero, como hasta ahora no ha sido así, mantendremos nuestro
voto negativo al proyecto de ley, aunque sigue todavía nuestra
disposición para transar todo lo que sea posible de aquí a su debate
final en el Pleno.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Martínez.


Para defender las enmiendas 150 a 239 y 327 a 380, presentadas por
el Grupo Entesa, tiene la palabra el señor Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señor presidente.


Damos por defendidas las enmiendas 150 a 239 y 327 a 380, que
argumentaremos en la sesión plenaria.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Pasamos a las enmiendas 117 a 144, presentadas por el Grupo
Catalán en el Senado de Convergència.


Para su defensa, tiene la palabra el señor Bel Accensi.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, señor presidente.


Doy por defendidas todas las enmiendas presentadas por mi
grupo.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Bel.


Para la defensa de las enmiendas 273 a 326, presentadas por el
Grupo Socialista, tiene la palabra el senador Díaz Tejera.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias.


Señorías, si ustedes miran el artículo 47 —el
antiguo 62—, el de la nulidad absoluta, lo que se llama nulidad ex
radice, verán que no se hace ninguna alusión al derecho de la Unión
Europea. Sin embargo, ese derecho de la Unión Europea tiene efecto
directo en nuestro ordenamiento y tiene primacía sobre el derecho
nacional, de ahí que se plantee una propuesta en la enmienda 302, que
dice: También serán nulas de pleno derecho las disposiciones
administrativas que vulneren la Constitución... (Rumores) —si me lo
permiten, por favor—... el derecho de la Unión Europea, las leyes u
otras disposiciones administrativas. Lo que se plantea es incorporar el
derecho de la Unión Europea. ¿Por qué razón? Porque si tiene efecto
directo y primacía sobre el derecho nacional, cualquier supuesto...
(Rumores). Estaba escuchando un comentario e iba a responder, aunque voy
a hacer caso omiso y me voy a concentrar en lo que tengo que
explicar.


Como decía, la incorporación del derecho de la Unión Europea se
propone en la enmienda 302 y pensamos que su infracción es una causa de
nulidad.


Desde la enmienda 273 hasta la enmienda 326 presentamos un
conjunto de propuestas técnicas. Es evidente que no hemos repetido el
argumento del escrito del veto. ¿Por qué razón? Porque esos son los
argumentos que ya se conocen por escrito. Aquí hay que incorporar nuevos
argumentos, como también en el Pleno incorporaremos nuevos argumentos que
no se han expuesto hoy. Y es que, así, la lectura de lo que se trae
escrito no tienen ningún sentido. Esta es una conversación parlamentaria,
esto es un Parlamento, se trata de hablar entre nosotros. Y no crean
ustedes que esto es propio del mes de agosto, de castigar por haber
obligado a estudiar durante el mes de agosto.






En la Comisión de Justicia
hago lo mismo: me gano mi sueldo explicando, razonando y motivando cada
una de las enmiendas en el tiempo que el presidente, con benevolencia,
establece. El que no quiera escuchar, que no escuche, pero yo me gano mi
sueldo con mi trabajo. (El señor De las Heras Muela: Los demás, no) Pues
los que trabajan menos, por supuestísimo que menos.


¿Qué es lo que se plantea en la enmienda 304? Hay una explicación
con respecto a las medidas provisionales. ¿Saben por qué? Es una
explicación sobre las medidas provisionales que se adoptan en el
procedimiento administrativo, y en otras ocasiones son, por ejemplo, las
informaciones previas. ¿Qué ocurre? Cuando alguien vive la condición de
administrado —no de miembro de ninguna élite que tiene relaciones
en el mundo del poder administrativo— en su relación con cualquier
Administración pública, en muchas ocasiones, mientras la Administración
pública hace esa información previa —luego decidirá si incoa el
procedimiento—, los ciudadanos no tienen acceso de ninguna manera,
y a veces consolida prueba, consolida un dato relevante a efectos de
tramitación algo que se ha obtenido durante esa información previa, sin
que haya sido sometido a contradicción por parte de todos los
interesados. Y lo que proponemos con estas enmiendas es el mantenimiento
y la ampliación de los derechos de la ciudadanía, en lugar de su
reducción o restricción.


En mi intervención anterior explicaba la posibilidad de hacer
potestativo el recurso de alzada porque nos parecía una manera de ir
avanzando, e incluso utilizaba el argumento —como muestra de una
propuesta absolutamente técnica en relación con la Ley de enjuiciamiento
civil, Ley 1/2000, de 7 de enero, y la Ley 36/2011, de la jurisdicción
social— de que si desaparecen las reclamaciones previas a la
demanda civil o a la social también habrá que plantear esto como una
disposición final nueva, porque si no se plantearía un conflicto respecto
de otras dos leyes. Y vuelvo a insistir en los ritmos y en la necesidad
de ir gradualizando la incorporación al ámbito de la telemática por parte
de las administraciones públicas y de la ciudadanía. Yo creo que hay que
hacer un esfuerzo para ajustarse a las condiciones reales en que están el
conjunto de los españoles y, sobre todo, algunos que se encuentran en
esos ayuntamientos pequeños.


En cualquier caso, señor presidente, señorías, me gustaría que
pudieran explicaran la razón por la que no aceptan nuestras enmiendas,
aunque comprendo que no se puede ir una por una, que eso es pedir
demasiado. Pero por ejemplo, ahí está la que hace referencia al Registro,
por escoger una que no tiene ningún contenido ideológico ni político ni
filosófico ni religioso, sino que es solo una pura sugerencia técnica. En
el caso del Registro —de la Administración pública— ¿por qué
se plantea que se tiene que registrar lo que entra
—obligación— y porqué se plantea como algo potestativo lo que
sale? Porque la expresión que se utiliza respecto de lo que sale es
«podrán» y no «deberán», como en el caso de lo que entra, pero cuando un
escrito sale de una Administración es importante saber en qué fecha lo
hace y adónde se remite.


Hay un conjunto de propuestas, las primeras de las cuales
—he de decirlo con toda sinceridad— mantienen el texto tal
cual está en la Ley 30/1992, porque esto no supone un avance respecto de
la actual regulación.


En relación con lo previsto en el apartado 2 del artículo 1,
parece exagerado establecer reservas de ley para esta materia cuando son
asuntos que en general se regulan por reglamentos. Y de todos es conocido
el petrificar el ordenamiento jurídico, obligando a hacer por ley
asuntos, digamos, de detalle específico y concreto, como en los
reglamentos —como ustedes saben, los reglamentos aterrizan un
mandato abstracto; lo aterrizan, lo precisan, lo concretan—. El
obligar a que eso se haga por ley es una manera de petrificar a los que
vayan a estar gobernando en tiempos posteriores. De ahí la
sugerencia.


En general, dada la atmósfera favorable a la explicación de las
enmiendas, para no ser linchado por algún senador, mejor lo dejo aquí,
señor presidente.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Díaz Tejera.


Para turno en contra, tiene la palabra la senadora Romero.


La señora ROMERO BAÑÓN: Gracias, señor presidente.


Senador Díaz Tejera, yo creo que aquí no se lincha a nadie. Y como
ya he dicho en relación con el anterior proyecto de ley, le agradecemos,
cómo no, al igual que a todos los portavoces de los diferentes grupos en
el Senado, sus aportaciones a este proyecto de ley con la intención de
mejorarlo.


Mi compañero y yo ya le hemos explicado en la designación de
ponencia la razón de que estas enmiendas no se incorporen al dictamen,
porque no se están rechazando. Estamos estudiándolas, y nuestra intención
es transar el mayor número de ellas; y las que puedan aceptarse,
evidentemente. Como tenemos tiempo hasta el Pleno del día 8, la única
razón es hacer un estudio más profundo de las enmiendas. Y no se van a
incorporar ni a votar en esta comisión porque, en líneas generales, no
compartimos que se diga que hay restricción de derechos —ya lo
explicaremos con más detalle—. Tampoco hay, en absoluto, invasión
de competencias de las comunidades autónomas. Y, al igual que en el
anterior proyecto de ley, lo que se pretende es una mayor eficacia y
mayor agilidad en la Administración y, sobre todo, facilitar su acceso a
los ciudadanos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Romero.


¿Turno de portavoces? (Pausa).


Tiene la palabra el senador Díaz Tejera.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Miren, una cosa es al procedimiento administrativo común y otra es
por qué razón han incorporado aquí dos procedimientos que tenían una
regulación precisa del año 1993: uno, el de la potestad sancionadora, y
otro, el de la responsabilidad patrimonial de la Administración pública.
En un campo y en otro toda la doctrina y todos los magistrados de lo
contencioso tenían consolidado en el ámbito del ejercicio de la potestad
sancionadora que se incorporaban un conjunto de principios y criterios
del ámbito penal. Eso ya estaba pacífico. Y en cuanto al ámbito de la
responsabilidad patrimonial, es verdad que hay materias que están
abiertas, pero en general todos coincidían en que tenía que ser
evaluable, individualizable, efectivo, e incluso estaban previstos los
plazos de interposición de la acción de responsabilidad. Sin embargo,
teniendo una regulación autónoma, no entiendo qué bondad tiene la
incorporación, cuando son dos procedimientos específicos. Aquí se trataba
de establecer el procedimiento administrativo común como está en la
Ley 30/1992 y lo que es básico para todas las administraciones, y luego
que cada una de ellas, en su ámbito, en su especialidad, lo pudiera
precisar.


Yo sigo insistiendo en que el título VI, sobre la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, supone aherrojar la autonomía de
gobiernos de futuro al deber atenerse a un plan previsto para cuatro años
cuando el Gobierno tiene toda la iniciativa del mundo para desarrollar
tales proyectos, y supone también vincular la potestad reglamentaria y la
iniciativa legislativa de entidades políticas que tienen autonomía
política, cuales son las comunidades autónomas. Yo veo con esperanza y
con ilusión el próximo Pleno, en donde argumentarán las razones por las
que estas enmiendas no se aceptan. Supongo que de aquí a allá todos
viviremos un ritmo trepidante para negociar muchas transaccionales. Al
menos yo recuerdo los ocho años que estuve apoyando al presidente
Zapatero —y es la primera vez que voy a aludir a algo que no tiene
nada que ver con el texto, y no como excusa por haber demostrado que no
he estudiado la materia—, y tengo que subrayar que en muchas
ocasiones estuvimos negociando hasta el último momento un montón de
asuntos. Como prueba de ello, apelo a los que estaban en la Comisión de
Justicia; pregunten ustedes al que fuera portavoz de Justicia del Grupo
Popular en aquel entonces, el hoy diputado Agustín Conde Bajén.
Pregúntenle si hasta última hora no estuvimos discutiendo mil y una
propuestas, intentando hacer que las leyes básicas —y esta Ley del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas es
clave— salieran con el máximo consenso.


En relación con los recursos administrativos, ¿no creen ustedes
que sería un gran avance para todos los españoles que esos recursos
fueran potestativos? Vuelvo a insistir en eso: ¿no creen ustedes que
ganaríamos mucho, cuando la inmensa mayoría de los recursos de alzada
—están en todas las estadísticas— no son aceptados porque la
Administración ya ha resuelto después de haber estudiado el asunto? A
veces un órgano administrativo ha instruido y el otro ha resuelto, como
hemos propuesto también aquí para distinguir al que acumula toda la
información, el instructor, del que luego resuelve, que es la autoridad
que asume esa responsabilidad. Planteemos incluso la posibilidad de
acoger lo que la doctrina denomina los recursos de alzada impropios, una
práctica que se está dando y que hay que recoger de alguna manera cuando
son órganos que tienen algún tipo de dependencia con la autoridad que les
ha nombrado.


Las enmiendas 273 a 326 recogen un conjunto de propuestas, y no
vamos a abdicar de la esperanza de que, de aquí a allá, alguien pueda
leerlas para argumentar en contra. Sé que a favor no va a ser, pero que
al menos tengan argumentos en contra, aparte de las consideraciones
generales sobre la existencia de la vida y el origen de los
cangrejos.


Nada más, presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Díaz Tejera.


Tiene la palabra la senadora Romero.


La senadora ROMERO BAÑÓN: Gracias, señor presidente.


A la senadora Martínez quiero decirle, como he dicho
anteriormente, que es lícito que cada grupo interprete la ley como
considere. La senadora Martínez considera que ahí sí hay una restricción
de derechos a las comunidades autónomas. Y nosotros, no por aplicación de
nuestra mayoría absoluta, sino porque entendemos de verdad que son
criterios básicos de legislación que están amparados por lo que dispone
el artículo 149 de la Constitución en sus diferentes apartados,
consideramos que no suponen una injerencia ni una invasión competencial
ni mucho menos una restricción de derechos a la competencia legislativa
ni política de las comunidades autónomas.


En las enmiendas, que, como he dicho, se están estudiando y que
tenemos voluntad de transar, se ha solicitado incluir una mención a las
especialidades forales del País Vasco. Pues bien, esta mención se recoge
en los mismos términos en que estaba recogida en la Ley de 1992, sin que
haya cambiado ninguna circunstancia que justifique el que se pueda dar
una inclusión nueva. De todas maneras, le reitero nuestra voluntad de
estudiarlas y de transar el mayor número posible de ellas.


En cuanto al senador Díaz Tejera, en sus dos intervenciones ha
hecho mención a varios aspectos que, como muy bien ha dicho mi compañero,
son propios de las enmiendas. Intentaré clarificar en lo posible nuestra
opinión inicial, aunque eso no quiere decir que no tengamos intención de
aceptar alguna. Repito que las enmiendas se están estudiando, y
aceptaremos todas aquellas que podamos, siempre que no vayan, como he
dicho en la defensa de la ley del sector público, contra el espíritu de
esta ley ni se desvíen de su objetivo.


Como digo, usted ha hecho referencia a varios aspectos de la ley.
De atrás a adelante. Ha hablado usted de las medidas provisionales. Pues
bien, aunque estamos estudiando esas enmiendas, quiero decirle que el
trámite de audiencia que ustedes proponen no dota de mayor garantía a los
ciudadanos porque las medidas provisionales ya tienen unas garantías
propias ya que solamente pueden adoptarse en los casos que la ley prevé y
deben finalizar en los casos también previstos por la ley. Por tanto, sin
perjuicio de que estudiemos con más profundidad el trámite de audiencia
que proponen, ni supone una restricción de derechos al ciudadano ni
aporta mayor seguridad jurídica porque ya existe, repito, un régimen
especial.


También ha hecho referencia en varias ocasiones a la supresión del
Título VI de la ley y se pregunta por qué se han eliminado como
procedimientos independientes el procedimiento de la responsabilidad
patrimonial y la potestad sancionadora. Sin perjuicio de que estudiemos
esas enmiendas en profundidad, quiero decirle lo que se pretende con esta
reforma. Señoría, la justificación del mantenimiento del título VI está
prevista en la Constitución, primero, por el derecho de audiencia a los
ciudadanos, como establece su artículo 105, y, segundo, por el principio
de seguridad jurídica. Lo que se pretende con esta reforma es garantizar
la audiencia de todos los ciudadanos en todos los procedimientos de
elaboración de las normas que les afecten, con independencia de la
Administración que haya ejercido esa iniciativa legislativa o esa
potestad reglamentaria; y eso, a su vez, repercute y garantiza aún más el
principio de seguridad jurídica. Entendemos que el título VI debe
mantenerse porque, repito, garantiza el derecho de audiencia de los
ciudadanos, permite que se incorporen las recomendaciones internacionales
sobre una regulación mejor y más profunda del conjunto de las
administraciones, y además permite hacer una evaluación ex ante y ex post
de la calidad normativa. Y entendemos igualmente que se siga manteniendo
porque crea un entorno más favorable a la actividad económica y fortalece
el crecimiento económico al reforzar la certidumbre y la trasparencia a
través de la incorporación de principios de buena regulación.


En cuanto a la desaparición de los dos procedimientos a los que
usted se ha referido, en realidad no han desaparecido sino que ahora se
integran como trámites especiales. ¿Por qué? Porque, en nuestra opinión,
mantenerlos como procedimientos independientes, como ocurría hasta ahora,
ocasionaba desventajas en lugar de ventajas, mientras que tenerlos como
procedimientos especiales dentro de una misma ley permite agilizar y
simplificar los trámites y procedimientos.


En relación con la estructura de la norma, a la que se ha referido
también el senador Bel, hay un principio de discrecionalidad del
legislador y por un criterio de oportunidad se ha considerado más
conveniente legislar en dos cuerpos lo que antes estaba en uno porque las
características de cada uno de los sujetos a quienes van dirigidos son
diferentes. La ley que hemos debatido anteriormente está dirigida a la
relación entre las administraciones, y la ley que debatimos en este
momento está dirigida a la relación de las administraciones con los
ciudadanos. Entendemos que estar en dos cuerpos diferentes es una mejora
técnica, aunque no habría ocurrido nada si solo hubiera habido uno; pero,
como digo, eso pertenece a la discrecionalidad del legislador para
establecer un proyecto o dos. Y en ningún caso hay ningún informe en
contra ni del Consejo General de la Abogacía ni del Consejo de Estado
sobre la inconstitucionalidad de esta forma.


Por lo que se refiere a los plazos, por mi experiencia como
concejal de Hacienda durante ocho años en un ayuntamiento le diré que los
plazos de horas y los plazos de días eran una petición de los técnicos,
sobre todo para clarificar a la hora de convocar comisiones, porque en la
Ley de haciendas locales cuando se habla de plazos a veces se habla de
horas y en otros casos, de días. Por tanto, establecer un plazo por horas
recoge una petición que se daba en la práctica en muchas
administraciones, sobre todo en las locales.


Y, señor Díaz Tejera, no creo que establecer los sábados inhábiles
sea una restricción de derechos, todo lo contrario. Como ciudadana y
administrada creo que es una ampliación de esos derechos, además de que
sirve para coordinarse con el resto de órdenes, porque, como usted sabe,
tanto en el orden civil como en el penal los sábados son inhábiles,
mientras que en el orden administrativo los tribunales tenían que ponerse
de acuerdo. Y en las administraciones se hace también por un criterio de
eficacia: los sábados no trabajan, y cuando al ciudadano le vencía el
plazo un sábado siempre tenía que hacer la presentación el día anterior,
mientras que de esta manera, al ser inhábil, lo hará el día posterior.
Creo que se gana en derechos y seguridad jurídica y que no se
pierde.


Señorías, esta ley, al igual que la anterior, pretende una mejora
de la Administración, recoger las demandas y necesidades que el ciudadano
ha ido solicitando en el día a día, agilizar y hacer una Administración
más moderna y eficaz, al igual que el anterior proyecto de ley, y por
ello les pido que reconsideren su postura y voten favorablemente este
proyecto de ley.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Romero.


De conformidad con el artículo 116 del Reglamento del Senado,
pasamos a votar el texto propuesto por la ponencia.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 16; en contra, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


En consecuencia, queda dictaminado por la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas el Proyecto de Ley del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.









DESIGNAR PONENCIA





DESIGNACIÓN DE LA PONENCIA EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE LEY
DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL
TRIBUTARIA.


621/000148

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Siguiente punto del orden del día. Vamos a
designar la ponencia que informe el Proyecto de Ley de modificación
parcial de la Ley 58/2003, general tributaria, de 17 de diciembre,.


¿Quién va a formar parte de la ponencia por el Grupo Parlamentario
Popular?


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Seremos la senadora Carlota Ripoll y yo
misma.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Angulo.


¿Y por el Grupo Parlamentario Socialista?


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: La senadora Marra Domínguez y Nicanor
Sen.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.


Y por el resto de grupos, entiendo que serán sus portavoces.


En consecuencia, la ponencia queda integrada por la senadora
Ripoll, la senadora Angulo, la senadora Marra y el senador Sen y por el
resto de portavoces que forman parte de esta comisión.









PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY 58/2003, DE
17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA.


621/000148

GOBIERNO





DESIGNACIÓN DE LA PONENCIA EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE LEY
ORGÁNCIA POR LA QUE SE REGULA EL ACCESO Y PUBLICIDAD DE DETERMINADA
INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS SENTENCIAS DICTADAS EN MATERIA DE FRAUDE
FISCAL.


621/000157

GOBIERNO





PROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE REGULA EL ACCESO Y
PUBLICIDAD DE DETERMINADA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS SENTENCIAS
DICTADAS EN MATERIA DE FRAUDE FISCAL.


621/000157

GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: Señorías, les informo de que al primero de
estos proyectos de ley se han presentado 4 vetos y 132 enmiendas. El veto
número 1 ha sido presentado por los senadores Guillot Miravet y Saura
Laporta, del Grupo Entesa. El veto número 2, por los senadores Almiñana
Riqué, Boya Alós, Bruguera Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera,
Sabaté Borràs y Sequera García, también del Grupo Entesa. El veto
número 3, del Grupo Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió.
Y el veto número 4, del Grupo Socialista.


Como he dicho, también se han presentado también 132 enmiendas,
que se distribuyen de la siguiente forma: enmiendas 1 a 22, del Grupo
Mixto, del senador Iglesias Fernández. Enmiendas 23 a 60, del Grupo
Entesa. Enmiendas 61 a 62, del Grupo Popular. Enmiendas 63 a 111, del
Grupo Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió. Enmiendas 112
a 127, del Grupo Socialista. Y enmiendas 128 a 132, de la senadora Julios
Reyes, del Grupo Mixto.


¿Se va a reunir la ponencia? (Asentimiento).


¿Por un tiempo de cinco minutos? (Asentimiento).


Hacemos, pues, un receso de unos minutos. (Pausa).


Señorías, una vez reunida la ponencia, reanudamos la comisión. (El
señor Bel Accensi pide la palabra).


Tiene la palabra, señor Bel.


El señor BEL ACCENSI: Presidente, quiero hacer una sugerencia.
Independientemente de que haya dos ponencias, dado que la Junta de
Portavoces acordó que los proyectos se tramitarían conjuntamente,
podríamos designar las dos ponencias, pero hacer conjuntamente la
presentación de los vetos y también de las enmiendas de las dos leyes, y
de esa manera seguramente ahorraríamos algo de tiempo.


El señor PRESIDENTE: Es lo que estaba previsto desde el primer
momento.


¿Lo hacemos así, entonces? (Asentimiento).


Hay que designar, por tanto, la ponencia del Proyecto de Ley
Orgánica por la que se regula el acceso y publicidad de determina
información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude
fiscal.


Por el Grupo Popular, ¿quién va a formar parte de la
ponencia?


La señora ANGULO MARTÍNEZ: La senadora Encina Regalado y yo
misma.


El señor PRESIDENTE: ¿Y por el Grupo Parlamentario
Socialista?


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: El senador Joan Lerma y yo mismo.


El señor PRESIDENTE: Y por el resto de grupos, los
portavoces.


La ponencia queda, pues, constituida por las senadoras Encina
Regalado y Angulo, los senadores Vázquez y Lerma, además del resto de
portavoces que forman parte de la comisión.


¿Se puede dar también por reunida la ponencia de este proyecto de
ley? (Asentimiento).


Entendemos que sí.


Les informo que a este proyecto de ley orgánica, por la que se
regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las
sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, se han presentado 4
propuestas de veto y 18 enmiendas.


Recuerdo que los vetos presentados al primer proyecto son, veto
número 1, de los senadores Guillot Miravet y Saura Laporta, del Grupo
Parlamentario Entesa. El veto número 2, de los senadores Almiñana Riqué,
Boya Alós, Bruguera Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera, Sabaté
Borràs y Sequera García, también del Grupo Parlamentario Entesa. El veto
número 3, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió. Y el veto número 4, del Grupo Parlamentario
Socialista.


En cuanto a las enmiendas, les comunico que se han presentado las
enmiendas 1 a 22, al proyecto de ley ordinaria, y 1 a 3, al proyecto de
ley orgánica, del senador Iglesias Fernández, del Grupo Parlamentario
Mixto. Las enmiendas 23 a 60, al proyecto de ley ordinaria, del Grupo
Entesa, y las enmiendas 5 a 10, al proyecto de ley orgánica. Enmiendas 61
a 62, al proyecto de ley ordinaria, del Grupo Popular en el Senado.
Enmiendas 63 y 111, al proyecto de ley ordinaria, y 11 a 14, al proyecto
de ley orgánica, que presenta el Grupo Catalán en el Senado de
Convergència i d’Unió. Enmiendas 112 a 127, al proyecto de ley
ordinaria, y 15 a 18, al proyecto de ley orgánica, que presenta el Grupo
Socialista. Enmiendas 128 a 132, al proyecto de ley ordinaria, de la
senadora Julios Reyes, del Grupo Parlamentario Mixto. Y enmienda 4, al
proyecto de ley orgánica, de la senadora Mora Grande, del Grupo
Mixto.


Pasamos al debate de los vetos.


Para defender el veto número 1, al proyecto de ley orgánica, por
el Grupo Mixto, ¿tiene la palabra la senadora Mora?


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Sí, señor presidente. Efectivamente, el
Grupo Parlamentario Mixto ha presentado una propuesta de veto, formulada
por la senadora Mora Grande, de Podemos, y solicito a la Presidencia y a
la Mesa que la propia senadora pueda defenderlo.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la senadora Mora.


La señora MORA GRANDE: Muchas gracias. Buenas tardes a todas y a
todos.


Podemos ha presentado un veto a esta modificación del artículo 235
ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial porque entendemos que realmente
no tiene fundamento suficiente ni consenso ni reflexión. Consideramos que
es una propuesta efectista de cara a las elecciones —puro
maquillaje— para intentar tapar un problema que afecta incluso a
miembros del partido del Gobierno, que no tiene ningún debate, que no ha
admitido ningún tipo de transacción con ningún grupo parlamentario y que,
además, tiene en contra el acuerdo del Consejo Fiscal y a la mitad
—justo a la mitad— del Consejo General del Poder Judicial. Es
una ley que crea desigualdad porque en realidad no lucha contra los
grandes defraudadores ni contra los grandes fraudes.


Efectivamente, el fraude fiscal es una lacra de nuestra sociedad
y, desde luego, más grave cuanto mayor es el poder adquisitivo, mayor la
notoriedad y mayor la responsabilidad pública de los defraudadores. Por
eso no podemos compartir de ninguna manera que en la exposición de
motivos se esté intentando argumentar que con esta modificación se
intenta luchar contra el fraude, cuando en realidad se está regulando
simplemente para no dar publicidad a los grandes defraudadores, que
tienen suficiente dinero, que son suficientemente millonarios como para
pagar por su anonimato. La realidad es que las grandes corporaciones, las
grandes fortunas, van a tener tiempo suficiente para prever cantidades en
su contabilidad y poder enmascarar o simplemente pagar para que no les
sea aplicable esta ley, para que les sea aplicable la excepción. Incluso
van a poder hacerlo aunque sean reincidentes, aunque sean condenados
varias veces por delitos de fraude fiscal, por delitos contra la Hacienda
pública, incluso con agravantes, repito, de reincidencia.
Independientemente de eso, van a poder prever el pago por su anonimato.
Entendemos que, desde luego, esta ley es demagogia política y populismo
normativo en un tema que es bastante grave para la sociedad y que tiene
bastante rechazo.


Por otro lado, entendemos que esta normativa, que no intenta
abordar la publicidad de sentencias condenatorias firmes de grandes
defraudadores, no debería regularse en la Ley Orgánica del Poder Judicial
sino en el Código Penal, entre otras cosas, porque la medida realmente
tiene un carácter aflictivo, y las sentencias que se utilizan en la
exposición de motivos vienen a reforzar esta idea. Incluso la
jurisprudencia que habla sobre la publicación de sanciones —me
refiero a la medida hermana de la Ley general tributaria— le da un
tratamiento similar a cualquier otra sanción. Por tanto, entendemos que
el encaje jurídico adecuado sería, repito, el del Código Penal. Y como
cualquier reforma del citado código, entendemos que debería hacerse con
la reflexión y el consenso suficientes, sin marginar el proceso
—como suele hacerse cada vez que se mete mano al Código
Penal— a los operadores jurídicos penales, a los expertos en
Derecho Penal y Criminología, para después no tener problemas en la
aplicación del Código Penal y encontrarnos en la práctica con situaciones
que nada tienen que ver con la orientación de la pena que da el
artículo 25 de la Constitución Española.


De la exposición de motivos se desprende que lo que se pretende
con esta medida viene a coincidir exactamente con los fines de la pena,
que son la retribución, la prevención especial y la prevención general.
En cuanto a la retribución, como he hablado ya del carácter aflictivo,
diré que entendemos que el régimen transitorio medio que se le ha dado a
esta reforma, a esta medida, sería inconstitucional por ser contrario al
artículo 9.3 de la Constitución Española, en cuanto que realmente es una
disposición sancionadora no favorable y restrictiva de derechos. Y
apoyaremos en su momento las enmiendas presentadas por otros grupos en
este sentido.


En relación con la prevención especial, no podemos entender cómo
se pretende evitar delitos de fraude fiscal cuando la ciudadanía va a
entender que esta medida no se aplica a las personas que tienen
suficiente dinero, es decir, que a los ricos no se les va a aplicar.
Consideramos que no va a tener sentido ni significación alguna respecto
de la prevención especial. Pero, además, para este grupo privilegiado al
que no se le va a aplicar la ley tampoco va a tener ningún sentido la
prevención especial, porque saben que a ellos no se les va a poder
aplicar y además van a poder prever que no se les aplique.


Creemos que esta reforma —y permítanme la expresión—
es una tomadura de pelo a la ciudadanía. Según la exposición de motivos,
su finalidad, lo que persigue, es reforzar los principios de publicidad
judicial, transparencia y eficacia de las actividades públicas. No
podemos comprender cómo se está argumentando que a través del principio
de transparencia se lucha contra el fraude fiscal, cuando en realidad
quien tenga suficiente dinero va a poder pagar para no hacer pública una
conducta absolutamente insolidaria y de una trascendencia social
increíble, a no ser que se pretenda tapar a las numerosas personas
relacionadas con el poder político a quienes sí afectaría esta norma.
Hablemos claro. Si realmente se quiere utilizar el principio de
transparencia para luchar contra el fraude fiscal, teniendo en cuenta
esta vorágine normativa en la que se está metiendo mano a todo tipo de
normas, incluida la Ley general tributaria, no entendemos cómo no se
utiliza dicho principio para hacer públicos los nombres de las personas
acogidas a la amnistía fiscal, cuando, hablando de prevención general,
eso sí sería útil para prevenir y evitar el fraude ante posibles
posteriores procedimientos extraordinarios de regulación tributaria. Sin
embargo, esto ni se lo plantean. Tampoco se plantean hacer públicos los
nombres de los grandes defraudadores fiscales en la medida hermana de la
Ley general tributaria. Y tampoco, por supuesto, se han planteado hacer
públicas las listas Falciani de contribuyentes con grandes fortunas en el
extranjero y paraísos fiscales, medida que, por cierto, ayudaría a crear
una conciencia social sobre la necesidad de contribuir en el Estado
español, máxime en estos momentos de crisis, en los que entendemos que lo
patriótico es, desde luego, tributar en España y no en el
extranjero.


Entendemos que esta reforma va a proteger a grandes defraudadores,
algunos de los cuales se encuentran relacionados con el poder político.
Este es realmente el sentido que tiene, con el que no podemos estar de
acuerdo y por eso presentamos el veto. Es más, en el Consejo General del
Poder Judicial ha habido algunos votos particulares, con los que estamos
de acuerdo, aparte de vetos y enmiendas de otros grupos parlamentarios,
lo que dice mucho de por qué se utiliza esta ley: nada más que para
vender una noticia y una imagen de cara al electorado. Y es que dentro
del Código Penal existen otros delitos en contra de bienes jurídicos de
la misma trascendencia e importancia para la ciudadanía, que incluso
están regulados en el mismo título del citado código, como son los
delitos contra la Seguridad Social —Título XIV: delitos contra la
Hacienda Pública y contra la Seguridad Social—, y los dejan
fuera.


Pero vamos más allá. A no ser que simplemente se quiera vender
humo y defender a determinados defraudadores fiscales, no entendemos cómo
otros delitos contra bienes jurídicos realmente importantes, que atentan
gravemente contra intereses generales, no se prevean en el Código Penal
en lo que se refiere a esta publicidad y lucha contra el fraude. El CIS
de julio de 2015, el último CIS, arroja el dato de que para la ciudadanía
el principal problema del Estado español después del paro es la
corrupción. ¿Por qué no se publican —y tenemos clara la
respuesta— los datos de las sentencias firmes relativas a los
delitos del Título IX del Código Penal, delitos contra la Administración
pública: delitos de prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de
influencias, fraudes y exacciones fiscales? Estos delitos sí socavan la
confianza de la ciudadanía en la democracia, en las instituciones
públicas. Son muy graves y tienen el mayor reproche social en la
conciencia colectiva de nuestro país. Incluso en el barómetro del CIS
tabulado según la ideología política, los votantes del PP también ven la
corrupción como el segundo mayor problema del Estado.


Teniendo en cuenta que ya argumentaremos suficientemente en el
Pleno el resto de nuestra postura para plantear el veto, finalizo
diciendo que entendemos que esta ley solo va destinada a vender humo de
cara a las elecciones, y que los ciudadanos se merecen leyes que
resuelvan sus problemas y no leyes que intentan enmascarar cosas que nada
tienen que ver con lo que se vende.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Mora.


Para defender el veto número 1, al proyecto de ley, y el veto
número 2, al proyecto de ley orgánica, que presentaron los senadores
Guillot Miravet y Saura Laporta, tiene la palabra el senador
Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Son los vetos 2 y 3, si no me
equivoco.


El señor PRESIDENTE: Son el veto número 1, al proyecto de ley, el
veto número 2, al proyecto de ley orgánica, y el veto número 2, al
proyecto de ley, y el veto número 3, al proyecto de ley orgánica.


El señor MONTILLA AGUILERA: Todos a la vez. Perfecto.


En primer lugar, intervengo para dar por defendidos el veto
número 2, al proyecto de ley orgánica, y el veto número 1, a la
modificación parcial de la Ley 58, presentados por los senadores Guillot
y Saura. Y, a continuación, voy a defender muy brevemente, en tanto en
cuanto tendremos ocasión de ampliarlo en el debate plenario, el veto
número 3, presentado al proyecto de ley orgánica.


El objetivo del presente proyecto de ley, según se desprende del
preámbulo, es aplicar el principio constitucional de publicidad de las
actuaciones públicas, especialmente de las actuaciones judiciales, así
como de las sentencias de los tribunales, aunque vayan referidas en este
caso a lo que prevé el artículo 31.1 de la Constitución, es decir, a la
obligación de todos los españoles de contribuir al sostenimiento de los
gastos públicos y a hacer un sistema tributario justo. Todo ello, con los
límites que marca, por supuesto, la doctrina del Tribunal Constitucional
y también la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En ese sentido, conviene poner de relieve tanto la sentencia del Tribunal
Constitucional 76/1990, que dice que la lucha contra el fraude fiscal es
un mandato que la Constitución impone a todos los poderes públicos y que
es inherente a un sistema tributario justo, como las sentencias del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, C 92 y C 93/2009, que
interpretan, por un lado, los artículos 18 y 20 de la Directiva
europea 95/46 y los artículos 7 y 8 de la Carta de Derechos Fundamentales
de la Unión Europea respecto de la validez de las disposiciones del
derecho de la Unión Europea que establecen la publicación de datos
personales de las personas físicas. Estas sentencias recogen que el
derecho a la protección de datos de carácter personal no constituye una
prerrogativa absoluta, sino que debe ser considerado precisamente en
relación con su función en la sociedad. Por tanto, en este caso no se da
una colisión entre el artículo 31.1 de la Constitución y el artículo 18.4
en lo que respecta a las posibilidades de desarrollo de esta ley y de la
publicación de estas, entre comillas, listas.


A pesar de ello, hay que decir que desde las pretensiones
iniciales, al menos las expresadas por el propio ministro de Hacienda en
esta Cámara, respecto de la publicación de las listas, los sucesivos
borradores o proyectos han ido descafeinando el texto inicial o las
pretensiones inicialmente expresadas por el Gobierno. En este sentido,
hemos visto que finalmente no se publicarán esas listas cuando el
condenado o, en su caso, el responsable civil, hubiera satisfecho o
consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones del órgano judicial
competente la totalidad de la cuantía correspondiente al perjuicio
causado a la Hacienda pública por todos los conceptos con anterioridad a
la firma de la sentencia, es decir, si se paga o se avala se elude,
evidentemente, la publicación. Por tanto, consideramos que esto
descafeína y convierte la pretensión inicialmente expresada en una
chapuza que seguramente tiene determinadas consonancias con la amnistía
fiscal aprobada por el Gobierno en esta legislatura. Además, se pierde la
oportunidad de regular otros comportamientos defraudatorios con
trascendencia para la Hacienda pública, como son los delitos de
defraudación a la Seguridad Social o la indebida obtención de
subvenciones y ayudas públicas.


En definitiva, estas y otras razones que expresaremos motivan la
presentación de nuestro veto al proyecto de ley orgánica.


Paso ahora, también brevemente, a defender el veto número 2, al
proyecto de ley de modificación parcial de la Ley General
Tributaria.


Los objetivos principales del proyecto de ley, también según su
preámbulo, son: el reforzamiento de la seguridad jurídica, tanto de los
obligados tributarios como de la Administración, y tratar de reducir la
litigiosidad en esta materia; la prevención del fraude fiscal,
incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias;
e incrementar la eficacia de la actuación administrativa en la aplicación
de los tributos, logrando un mayor aprovechamiento de los recursos a
disposición de la Administración.


En definitiva, la ley expresa que pretende mejorar, adaptar y
completar la regulación del sistema tributario español, haciéndolo más
justo y eficaz. Pero la cuestión es que, desde nuestro punto de vista, el
articulado del proyecto remitido a esta Cámara no cumple con los
objetivos que dice perseguir. En primer lugar, porque no responde a las
demandas sociales de más transparencia, en consonancia con el proyecto de
ley orgánica que también estamos examinando. Pensamos que la publicación
de los datos de los defraudadores sería indispensable para asegurar la
transparencia de los poderes públicos y la eficacia en la lucha contra el
fraude fiscal, el blanqueo, la corrupción y para que tuviera un efectivo
poder de carácter pedagógico. En ese sentido, ni el nuevo artículo 95 bis
de la Ley general tributaria ni tampoco el proyecto de ley orgánica que
estamos analizando regulan el acceso y la publicidad de determinada
información, salvo con unas limitaciones que, de hecho, lo
invalidan.


En segundo lugar, en aspectos importantes del proyecto de ley,
como el denominado conflicto en la aplicación de la norma tributaria o en
materia de prescripción, hay relevantes deficiencias, a nuestro modo de
ver, en la articulación de las infracciones y sanciones, por un lado, y
la prescripción, por otro, como pone de relieve también el informe del
Consejo de Estado, que reprocha la regulación de estos preceptos.


En tercer lugar, porque en lo referente a las actuaciones
inspectoras, si bien compartimos la necesidad de ampliar los plazos de
las actuaciones, no puede admitirse la desnaturalización de la
prescripción, como a nuestro entender propicia el texto del proyecto de
ley.


En cuarto lugar, porque el proyecto de ley viene a consagrar, en
materia de delito fiscal, la garantía de la impunidad que ya se instauró
con la reforma del Código Penal, que ha hecho desaparecer la pena para
quien regularice su situación tributaria.


En quinto lugar, porque el proyecto de ley, al introducir
regulaciones de cuestionada viabilidad constitucional, otorgando a la
Administración potestades de límites imprecisos, puede incidir
negativamente en el principio de seguridad jurídica, y especialmente en
el de igualdad de todos los contribuyentes ante la ley.


Y en sexto lugar, porque la reforma que plantea este proyecto de
ley deja de lado y orilla una reforma más ambiciosa que afronte las
necesidades reales y los nuevos problemas de la aplicación del sistema
tributario derivados de la globalización y de nuestra pertenencia a la
Unión Europea: reforzar el papel de la Agencia Tributaria, plantearse la
lucha contra el fraude y la evasión fiscal, los paraísos fiscales y las
jurisdicciones no cooperativas por razones éticas y sociales, pero
también económicas.


En fin, el Gobierno español, a nuestro entender, debería liderar a
nivel europeo e internacional esta lucha, y de alguna manera eso debería
tener también reflejo en este proyecto de ley.


Resumiendo, y para acabar, estamos delante de una reforma parcial
y limitada, con numerosas deficiencias, de la Ley general tributaria que
no da respuesta a los problemas que nuestro sistema tributario tiene hoy
en día, y por eso solicitamos la devolución al Gobierno del proyecto de
ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Montilla.


Para defender el veto número 3 al proyecto de ley, que presentó el
Grupo Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió, el señor Bel
Accensi tiene la palabra.


El señor BEL ACCENSI: Simplemente doy por defendido este veto, que
vamos a ampliar en el Pleno.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Bel Accensi.


Para defender los vetos número 4, al proyecto de ley, y número 4,
al proyecto de ley orgánica que presentó el Grupo Socialista, tiene la
palabra la senadora Marra.


La señora MARRA DOMÍNGUEZ: Gracias, presidente.


El Grupo Parlamentario Socialista formula propuesta de veto a los
dos proyectos de ley que hoy se debaten aquí conjuntamente: el de
modificación parcial de la Ley general tributaria y el proyecto de ley
que regula el acceso y publicidad de la información contenida en
sentencias en materia de fraude fiscal. Por tanto, proponemos la
devolución al Congreso de los Diputados de ambos proyectos de ley.


Con respecto a la Ley general tributaria, proponemos este veto
siendo consciente el Grupo Parlamentario Socialista de que es un pilar
básico y una norma fundamental para el correcto funcionamiento del
sistema tributario, siendo consciente de la necesidad de su adecuación a
las transformaciones del sistema jurídico español y también a la práctica
tributaria. Es, por tanto, un proyecto de ley que se inscribe en el marco
de la reforma fiscal, con todos los efectos negativos que podemos
constatar que tiene esta reforma fiscal en la ciudadanía. Es un proyecto
de ley que, además, se ha venido dilatando en los plazos, cuya
elaboración y presentación se ha venido retrasando por numerosos
problemas que en nada se han resuelto sino que, al contrario, siguen muy
vigentes con la modificación parcial que trae el Gobierno a esta Cámara.
Es un proyecto de ley que no cumple con la finalidad que en él se
declara. Ninguna de las declaraciones que se hace en él se cumple
respecto de las finalidades, es decir, ni va a incrementar la seguridad
jurídica en la aplicación de los tributos —muy al contrario, habrá
mayor inseguridad jurídica— ni va a disminuir los niveles de
litigiosidad —por el contrario, los incrementará—, a la vez
que hará más ineficaz la gestión de los tributos. Por tanto, no
contribuirá al efectivo cumplimiento del mandato del artículo 31 de la
Constitución y, por consiguiente, a la consecución de un sistema
tributario que sea más justo y equitativo.


Se trae una reforma parcial que es limitada, defectuosa y
claramente insuficiente, en especial en materia de publicidad de los
comportamientos defraudatorios. Se constata así la renuncia del Gobierno
del señor Rajoy a dar a conocer la identidad de los beneficiarios de la
amnistía fiscal, una amnistía fiscal que tiene graves consecuencias
económicas, además de ser muy cuestionable éticamente, tanto para la
sociedad en su conjunto como para la Hacienda pública. Es una medida que
es tremendamente injusta, y el secretismo que el Gobierno ha venido
ocultando a sus beneficiarios genera un rechazo unánime en toda la
ciudadanía. Fíjense, desde 2013, principalmente los medios de
comunicación han venido hablando de esta amnistía fiscal, que no
solamente ha servido para regularizar fondos hasta entonces ocultos a la
Hacienda pública, algo que es tremendamente injusto para el resto de los
ciudadanos, sino, sobre todo, para ocultar el origen de estos fondos, que
en muchas ocasiones proceden de actuaciones claramente delictivas.


No quisiéramos pensar mal, pero la pregunta que nos hacemos es
¿por qué? ¿Por qué el Gobierno del señor Rajoy y por qué el Partido
Popular no quieren hacer pública la identidad de personas, de sociedades
y de más entidades que se acogen a esta amnistía fiscal? Solo el
mantenimiento del artículo 95, tal como viene formulado en este proyecto
de ley, constituye para el Grupo Parlamentario Socialista, una clara
causa de oposición y de veto a este proyecto de ley. Pero quiero ir más
allá, porque con este artículo 95 el Gobierno de Rajoy no quiere publicar
la identidad de los infractores tributarios, es decir, personas físicas y
jurídicas que han sido sancionadas por la comisión de infracciones
tributarias —hablamos, pues, de fraude fiscal— cuando estos
hayan abonado la correspondiente sanción. Fíjense en lo terriblemente
injusto que es esto; es decir, que, como bien señaló el señor Montilla,
aquellos que pagan eluden que su identidad sea publicada. Esta medida es,
como digo, terriblemente injusta, además de claramente elitista. Con ella
se nos dice que, con independencia de la cuantía del fraude, de la
cuantía de la infracción tributaria que se cometa, aquel contribuyente
que posea recursos suficientes para evitar que su identidad se haga
pública, dejará de figurar en esas listas.


Con estas medidas, señorías, se está atentando contra el principio
de igualdad además de contra los de justicia y equidad que deben regir
siempre en un sistema tributario. Ahí están las críticas que proceden del
Consejo General del Poder Judicial así como del Consejo de Estado. Hace
falta referirse, por ejemplo, al Consejo de Estado, que habla de
numerosas deficiencias en la articulación de las infracciones y de las
sanciones en materia de prescripción e incluso en los plazos de actuación
inspectora. De hecho aquí hay una posición muy contrapuesta. En un
principio el Grupo Popular se posiciona en contra de incrementar esos
plazos y ahora está a favor, pero como bien dice el Consejo de Estado en
relación con este asunto, porque nuevamente tenemos aquí deficiencias,
únicamente las actuaciones inspectoras que persigan eficazmente el cobro
de un tributo y finalicen con una liquidación pueden producir el efecto
interruptor de la prescripción, y no las restantes.


Este proyecto de ley instaura garantías de impunidad en materia de
delito fiscal, que con la reforma del Código Penal hace que la excusa
absolutoria permita la exención de pena a quien regulariza su situación
tributaria. Desaparece, por tanto, el delito, así como los delitos
conexos regularizados, e incluso el blanqueo de capitales cuando
regularizamos la situación tributaria; de ahí que insista en que esta
regularización de la situación tributaria viene a ser, de hecho, como un
verdadero reverso del delito; una concepción de delito fiscal con la que
estamos completamente en contra y que rechaza el Grupo Socialista. Porque
cuando se introducen estas regularizaciones se incide negativamente en un
principio fundamental que aquí se está incumpliendo: la seguridad
jurídica; hay mayor inseguridad jurídica, pero sobre todo también se está
yendo contra la igualdad de todos los contribuyentes ante la ley. Por
tanto, no es admisible que se legisle en función de la capacidad
económica, en función de la distinta capacidad para recurrir los actos
que en su día se dicten a su amparo, porque cuando lo hacen, porque
cuando lo permiten con este proyecto de ley, lo que provocan, señorías
del Grupo Popular, es que aquellos contribuyentes de mayor capacidad
económica agoten todos los recursos en vía administrativa o judicial, lo
que claramente nos lleva a un sistema tributario más injusto, porque
aquellos que no tengan los recursos económicos suficientes para recurrir
no lo podrán hacer.


Y tampoco este proyecto de ley va a reducir los niveles de
litigiosidad. Todo lo contrario, señorías; se van a incrementar esos
niveles; ¿o es que, señorías del Grupo Popular, acaso creen ustedes que
aquellos contribuyentes que tengan capacidad económica no agotarán todos
los recursos existentes para regularizar su situación tributaria y para
que desaparezca el delito, incluso el de blanqueo de capitales? Todo lo
contario; estas personas agotarán hasta el último recurso, y por tanto,
se incrementarán los niveles de litigiosidad, con el objetivo de que
desaparezca el delito, incluso —y lo reitero— el de blanqueo
de capitales.


En consecuencia, señorías, con este proyecto de ley tenemos un
sistema tributario más injusto, con una mayor discriminación, menos
equitativo, que va a favorecer una redistribución de la carga tributaria
orientada a favorecer a los contribuyentes con mayores ingresos, y ello
nos lleva a una cruel desigualdad.


Pero además de las deficiencias y de los problemas que se pueden
observar en este proyecto de ley, con él se renuncia también a hacer
frente a uno de los mayores problemas que en este momento tenemos en la
sociedad española; se renuncia a la necesidad de incrementar los
efectivos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria destinados
especialmente a la lucha contra el fraude fiscal y donde España se sitúa
muy por encima de la media de los países de la Unión Europea para paliar
el efecto de la amortización de plazas previstas en dicha agencia. Y es
que si nos vamos a los presupuestos generales de este año, esos a los que
tanta propaganda se está dando y que tan electoralistas son, observaremos
que la Agencia Tributaria contará con 25 065 efectivos frente a
los 25 736 presupuestados para el año 2015. Estamos hablando de casi 700
efectivos menos para hacer frente al fraude fiscal; y de hecho los
efectivos que la Agencia Estatal de Administración Tributaria destinará a
luchar contra el fraude fiscal serán 16 813 en 2016 frente a las 17 143
personas previstas en 2015. Y señorías, está claro que con menos
efectivos tendremos menor capacidad para hacer frente a esta lacra que es
el fraude fiscal.


Además, y a pesar de la urgente e imperiosa necesidad que dice el
Gobierno del señor Rajoy que hay de adoptar medidas que reestablezcan la
independencia y la objetividad de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y que aporten seguridad y tranquilidad a sus funcionarios, el
Gobierno hace constantes injerencias en la dirección de dicha agencia,
unas injerencias, señorías del Grupo Popular, que están causando un daño
irreparable para luchar contra el fraude fiscal en España. De hecho, en
este proyecto de ley no hay ninguna medida concreta contra la evasión y
la elusión fiscal, en especial para las empresas multinacionales, ni se
han adoptado medidas de modificación legal necesarias para que la
legislación tributaria contemple infracciones específicas aplicables al
comportamiento de algunas entidades financieras y consultoras que
colaboran en el fraude y la evasión fiscal de grandes contribuyentes,
sean personas físicas o empresas multinacionales.


En definitiva —y termino, señorías— esta es una
reforma injusta, defectuosa, chapucera y desigual de la Ley General
Tributaria que no aborda las modificaciones legales necesarias y urgentes
para luchar con eficacia y equidad, y con todos los medios humanos y
materiales, contra el fraude y la evasión fiscal de los contribuyentes
con mayor capacidad económica. Por ello con este veto pedimos la
devolución al Congreso de los Diputados de ambos proyectos de ley.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Marra.


Para turno en contra tiene la palabra la senadora Angulo.


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Gracias, señor presidente.


Señorías, voy a tratar de defender el voto en contra del Grupo
Popular a todas las propuestas de veto presentadas, tanto a la
modificación parcial de la Ley 58/2003 general tributaria, como a la Ley
Orgánica para regular el acceso y publicidad del contenido de
determinadas sentencias en materia de fraude fiscal.


Los grupos de la izquierda, que han defendido los distintos vetos
que presentan a los dos proyectos de ley, critican no solo la ley, de la
que han hablado bastante poco, sino también otros aspectos de la política
fiscal que el Partido Popular ha aplicado a lo largo de toda la
legislatura, de lo cual han hablado bastante más. Ustedes nos dicen hoy
que van a votar en contra de importantes medidas en el ámbito tributario
y de importantes medidas en relación con la publicación de la identidad
de quienes no cumplen con sus obligaciones tributarias, que van a votar
en contra tal y como lo han hecho con todas y cada una de las medidas
económicas que, por cierto, nos están permitiendo salir de la crisis y
que han contribuido a la recuperación de nuestra economía. Ustedes
votaron en contra de la Ley de estabilidad; votaron en contra de la Ley
de emprendedores; votaron en contra de la reforma fiscal y ni siquiera
votaron a favor de la ley 7/2012, de prevención y lucha contra el fraude
fiscal.


Por lo tanto, sorpresas, a este grupo, pocas o ninguna. Sin
embargo, a pesar de ustedes, la política fiscal del Partido Popular está
demostrando ser un instrumento poderoso en la salida de esa crisis que
ustedes dejaron en una quiebra técnica, porque esa política fiscal
diferente está permitiendo la salida de la crisis. Ustedes desprecian
todo eso, desde el primer momento hasta el último, y no solo votaron en
contra, sino que hoy se permiten decir que la reforma fiscal que
aprobamos hace menos de un año ha tenido unas nefastas consecuencias
económicas; ¿para quién, senadora Marra, para esas familias numerosas que
han visto incrementar sus mínimos familiares hasta un 32 % cuando tienen
especialmente personas con discapacidad menores o mayores a su cargo, o
para esas familias numerosas que tiene hoy una ayuda de cien euros al mes
que cobran por anticipado, 1200 euros al año, para compensar las
situaciones de mayor necesidad? ¿Para quiénes ha sido las consecuencias
nefastas de la reforma fiscal? ¿Para los que menos ingresos tienen? ¿Para
los que tienen unos ingresos de 15 000 euros que están viendo como pagan
casi un 23 % menos de IRPF que lo que pagaban con el Gobierno socialista
ya en plena crisis en el año 2011, para esos han sido las nefastas
consecuencias? No pueden seguir repitiendo los mismos argumentos que
repetían hace uno, dos o tres años cuando los datos les desmienten y les
dejan a ustedes en muy mal lugar.


Por lo tanto, hoy van a votar en contra pero es esa política
fiscal la que está permitiendo hoy adoptar otras medidas, como, entre
otras cosas, adelantar la rebaja fiscal prevista para 2016 al mes de
julio del 2015. Votaron también en contra alegando —y hoy nos lo
vuelven a decir— la caída de los ingresos tributarios y nada de eso
se ha producido; ninguna de esas nefastas consecuencias que ustedes han
ido augurando a lo largo de estos tres años y medio, cerca de cuatro, se
ha producido. Ustedes también argumentaron que traería consecuencias muy
negativas la Ley 7/2012 de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y
también miraron para otro lado y tuvimos que aprobarla a pesar de
ustedes. Puede que no gustara esa ley a los que tenían datos ocultos o
bienes y derechos en el extranjero que se obligaron a declarar, pero no
les gustó, eso seguro, a ustedes que no votaron a favor. Sin embargo, esa
ley y esas medidas que se adoptaron en ese momento, senadores del Grupo
Socialista, de la Entesa y también de Podemos, aunque en ese momento no
había ninguno aquí, han permitido que estemos teniendo los mayores datos
de recaudación en la lucha contra el fraude de la historia; cerca
de 40 000 millones en los tres últimos ejercicios que hemos ido
recaudando.


Tampoco pueden seguir hablando permanentemente de un concepto que
es completa y rotundamente falso, el de amnistía fiscal; no pueden
llamar amnistía fiscal a esa declaración tributaria especial, a esa
regularización especial que se llevó a cabo con carácter totalmente
excepcional, en un momento que también lo era, y que ustedes habían
permitido como si nada, de caída en picado de los recursos tributarios
de hasta 70 000 millones en solo tres años, y que ha permitido algo
importante, que era lo que se pretendía con ella: ampliar las bases
imponibles, recaudar 1200 millones y sacar a la luz 40 000 millones de
euros que con ustedes estaban ocultos y no bajo el control de Hacienda;
eso sí era una verdadera amnistía: no hacer nada para aflorar esos 40 000
millones. Y no solo eso, sino que fue acompañada de ese modelo 720, de
esa obligación de declarar todo tipo de bienes y derechos en el
extranjero; un modelo que ha permitido que en tres ejercicios 197 000
contribuyentes hayan declarado por primera vez activos por valor
de 124 500 millones de euros. Si a ustedes les parece que todos esos
miles de millones de euros, controlados ahora por Hacienda, contribuyen
poco al sostenimiento de nuestros servicios públicos, que todos esos a
los que ustedes permanentemente llaman ricos contribuyen poco, cuando
gobernó el Partido Socialista durante ocho largos años no contribuían
absolutamente nada; eso sí era una verdadera amnistía y una auténtica
indulgencia, un auténtico perdón.


Ustedes van a votar en contra; ya lo hicieron y auguraron unas
consecuencias que hoy, en contra de lo que decían, no se han producido.
Por eso, nosotros vamos a votar en contra de sus vetos y a favor del
proyecto de ley; y vamos a hacerlo porque los objetivos de este proyecto
se van a cumplir y son muy claros: prevenir y potenciar la lucha contra
el fraude fiscal, buscar y poner al servicio de la Administración
Tributaria todos los instrumentos necesarios para esa lucha contra el
fraude fiscal, reducir la litigiosidad y reforzar la seguridad jurídica.
Voy a intentar ser más breve en la descripción de esas medidas porque
tendremos oportunidad de ampliar las intervenciones en el Pleno. No
obstante, hay temas importantes como esa nueva infracción tributaria o lo
que llamamos la «norma antiabuso» para evitar conflictos en la aplicación
de la norma; un instrumento que va en contra de los métodos, de las
estructuras y de los comportamientos más sofisticados de fraude fiscal,
en contra de quienes intentan obtener ahorros fiscales por la vía del
abuso de las normas, de manera que es una infracción que va a sancionar
los ahorros fiscales que se obtengan por actos o actividades que se hayan
realizado y que sean iguales a otros que ya hayan sido calificados como
abuso por parte de la Administración.


Una norma importante en esta prevención y lucha contra el fraude a
la que se han referido detenidamente —yo también lo haré y más
teniendo en cuenta que debatimos conjuntamente la Ley Orgánica— es
la publicidad de datos tributarios. Distintos portavoces, especialmente
el portavoz del Grupo Socialista, del Grupo Mixto y la senadora de
Podemos, han hablado permanentemente de que se va a ocultar y no; por
primera vez hemos dado un paso más hacia la transparencia de la
actividad pública y, además, creemos necesario potenciar la eficacia del
sistema tributario; los dos objetivos de la publicidad de los datos
tributarios; no es lo prioritario la publicación en sí misma; el objetivo
principal es conseguir que paguen los que son morosos, los que no están
cumpliendo con sus obligaciones, y que paguen también los que hayan
podido cometer delito contra la Hacienda pública. Por eso se hace esta
excepción, porque la información tributaria se rige por el principio de
confidencialidad; eso no lo pone el Partido Popular; eso es así; y ello
porque lo que queremos es que puedan ser objeto de publicidad las
conductas tributarias que generan un mayor perjuicio económico a la
Hacienda pública en el caso de deudas y sanciones por importe superior a
un millón de euros. De ahí que publiquemos la identidad de los deudores
de mayor cuantía. Además, con la Ley Orgánica se regula la posibilidad de
publicar la identidad de quienes hayan resultado condenados en sentencia
firme por delitos contra la Hacienda pública, por delitos de insolvencia
punible cuando el acreedor es el erario público y también por delitos de
contrabando.


En definitiva, de lo que estamos hablando es de publicación, no de
opacidad sino de transparencia, que es lo que persigue el Gobierno del
Partido Popular, contradiciendo algunas mociones o iniciativas que
ustedes han presentado a lo largo de la legislatura; sin modificar la
ley; haciendo las cosas bien; modificando el artículo 95 de la Ley
general tributaria porque el principio de reserva de ley está, para poder
excepcionar ese principio de confidencialidad, instaurado y como tal ha
sido expresado en numerosas ocasiones por la doctrina del Tribunal
Constitucional y, por eso, la necesidad de una ley; en el caso de los
defraudadores, de una Ley Orgánica porque se trata, como saben, de
introducir un artículo 235 ter en una Ley Orgánica como la del Poder
Judicial; por lo tanto, también se hace esa modificación con carácter
orgánico.


La senadora del Grupo Mixto hablaba de los distintos principios y
valores constitucionales. Lo hacemos con profundo respeto a los informes
y a los principios jurídicos. Por eso, en el caso de esta Ley Orgánica,
el Grupo Popular va a votar, convencido, a favor porque las leyes vienen
avaladas por principios y criterios jurídicos, pero también por razones
de convicción política. ¿Cómo se conjugan esos principios, esos derechos,
esos valores constitucionales de los que ustedes han hablado en algún
caso, en un tótum revolútum, eso que ustedes siempre dicen de que los
ricos no pagan, con los datos? Porque tanto los suyos como los nuestros
les desmienten con rotundidad, como les decía en el caso de la
regularización. Cumplimos el principio de publicidad de las actuaciones y
sentencias judiciales, amparado por la Constitución en el artículo 120;
el derecho al honor y a la protección de la intimidad, recogidos en el
artículo 18 de la Constitución, y cumplimos el artículo 31 de la
Constitución que establece el deber de todos de contribuir al
sostenimiento de los gastos públicos, lo que supone el deber de todos de
cumplir y el derecho del conjunto de la sociedad a exigir de todos el
cumplimiento de las obligaciones tributarias, pero también el derecho de
la sociedad a exigirnos el control de la actividad dirigida a la lucha
contra el fraude; y por ello ustedes han hablado de informes con carácter
genérico. De ahí que no renuncie, aunque intentaré ser breve, porque creo
que es importante, a leerles lo que dice el informe del Consejo General
del Poder Judicial. Dice: «Existen diversas razones de interés público
que justifican esta reforma, además de la coherencia con el nuevo modelo
de la Ley general tributaria»; coherencia, hago un inciso, porque no
tendría —se explica también en la Exposición de Motivos—
ningún sentido que diéramos publicidad o que posibilitáramos la
publicidad de los deudores y que dejáramos oculta, precisamente, la
identidad de los defraudadores, de quienes han delinquido contra la
Hacienda pública.


Además de la coherencia con la Ley general tributaria y las
razones de interés público que aduce el informe del Consejo General del
Poder Judicial, necesario es también el reforzamiento de los principios
de publicidad judicial y la trasparencia y eficacia de las actividades
públicas de prevención y represión del fraude fiscal. ¿Esto no les parece
suficientemente importante, señorías de la izquierda? Se impulsa la lucha
contra el fraude fiscal. Esto lo dice el Consejo General del Poder
Judicial, que es lo que pretende y lo que consigue esta Ley Orgánica con
la publicación de los defraudadores, incentivando el cumplimiento
voluntario de las obligaciones tributarias. ¿No es el fin principal de un
sistema tributario conseguir el cumplimiento voluntario de las
obligaciones tributarias de todos? El informe termina hablando de los
intereses que deben primar sobre los derechos individuales a la intimidad
y a la protección de datos. Y, en otro momento, dice que la publicidad de
estas condenas cumple fundamentalmente una función de información y en
gran medida de lucha contra el fraude fiscal. Pues hoy ustedes deben de
tener muy claro que lo que están tratando de vetar, que lo que están
tratando de impedir en esta Cámara, tras ocho años de no haberlo hecho,
es que demos, como dice el propio Consejo General del Poder Judicial, con
una modificación en la Ley Orgánica que regula precisamente el Poder
Judicial, publicidad a esas condenas, que es una función de información y
en gran medida una medida de lucha contra el fraude fiscal. Eso es lo que
están tratando de impedir.


Y hablaban de los límites, del acceso, del carácter sancionador y
procesal de la medida. En cuanto a este último, el informe del Consejo
General del Poder Judicial deja muy claro que no hay necesariamente una
naturaleza sancionadora por existir ese interés público que es inherente
a la publicidad de la resolución; es decir, que no es —nosotros así
lo entendemos también— una medida sancionadora, sino que estamos
aplicando un principio de carácter puramente procesal: la publicidad de
las actuaciones judiciales en un ámbito que es la Hacienda pública, que
es el que nos compete en esta comisión y cuya relevancia pública viene
dada por el carácter público del bien jurídico protegido. Por lo tanto,
por el hecho de que es una medida procesal que no tiene carácter de
sanción, estamos, como saben, incluyendo una disposición transitoria que
va a permitir que se publiquen los nombres de quienes están ya en un
proceso penal por un delito, aunque la sentencia firme pueda llegar
mañana o no llegue. Se está permitiendo esa retroactividad media de la
ley para que quienes están ya inmersos en un proceso judicial puedan
evitar la publicidad mediante el pago de la cuantía. Porque la situación
es de inseguridad jurídica y así lo plantea el propio informe del Consejo
General del Poder Judicial en relación con esta retroactividad media que
se establece; y no porque queramos ocultar a nadie; al contrario,
queremos que los efectos de la publicidad de los defraudadores de esta
ley se puedan aplicar cuanto antes.






¿Queremos nosotros ocultar los
nombres de quienes están proceso judicial aun sin sentencia firme? No.
Si hablamos de intencionalidades, a lo mejor nosotros —no voy a ser
yo— podríamos pensar que son ustedes los que están intentando
ocultar o evitar, poniendo nuevas excusas, que se publiquen desde ya los
nombres de los ciudadanos que ya están en un proceso penal aunque no
tengan sentencia firme y que no se pueda aplicar esa retroactividad media
que establece la ley. Pero al final, senadores de la izquierda, estamos
hablando de eficacia, de eficacia en la lucha contra el fraude, que
ustedes no supieron valorar, o no ponderaron adecuadamente en el momento
de la Ley 7/2012, que ha marcado un antes y un después en la lucha contra
el fraude en este país; tampoco hoy están sabiendo, pudiendo o queriendo
valorar la importancia que tiene esto, porque, al final, de lo que
hablamos es de asegurar, de incentivar, que es lo que podemos hacer, el
cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Esa es la
verdadera finalidad, que paguen. Ustedes han llegado a exclamar: ¡es que
van a pagar! ¿No queremos que paguen lo que estaban defraudando a
Hacienda o lo que estaban debiendo a Hacienda? ¿No queremos que paguen?
Esa es la finalidad fundamental del sistema tributario. Ustedes, que se
empeñan en eso de los ricos y los pobres, deben saber que esta ley no
diferencia entre ricos y pobres, que está diferenciando entre los que
cumplen con sus obligaciones tributarias, entre los que no tienen ningún
problema con esa medida, y los que incumplen, eso sí, con sentencia
firme. Esa es la condición que pone la ley; es decir, lo que está
probado en y por una resolución judicial de carácter firme.


Sobre otro tipo de medidas, a las que también se han referido,
como mayores potestades de investigación y comprobación para la
Administración tributaria y un procedimiento específico cuando se
aprecien indicios de delito fiscal, han llegado a decir que estamos poco
menos que perdonando a los defraudadores. No, al contrario. Aparte de lo
que acabo de mencionar, y en lo que me acabo de extender, en el Título
VI, que modifica la Ley general tributaria, se habla de adelantar y
garantizar el cobro del dinero defraudado, es decir, de adelantar y
garantizar el perjuicio causado a la Hacienda pública. Se establece un
procedimiento específico para cuando haya indicios de delito que permita
practicar la liquidación tributaria, primero, desarrollar la acción
recaudadora, asegurar la liquidación y el cobro, y después remitir el
tanto de culpa al juez o a la Fiscalía y no tener que esperar a practicar
liquidación o a cobrar a expensas de que luego haya delito o no haya
delito. Se pretende cobrar la deuda y adelantar y garantizar el cobro del
dinero defraudado. Ustedes eso tampoco lo hicieron; ustedes tampoco lo
pensaron o no quisieron. Por lo tanto, no hablen de intencionalidades,
porque apuntan a todo lo contrario de lo que está haciendo y de lo que
está demostrando el Partido Popular, en el Gobierno y en esta Cámara.
Reducir la conflictividad, reducir la litigiosidad, sí; porque planteamos
también medidas importantes, como esa facultad de la Administración
tributaria para dictar disposiciones interpretativas, como esa mejor
regulación del método de estimación indirecta, explicitando las fuentes
de las que pueden proceder los datos, o el adelanto de ese suministro
inmediato de información, de esa previsión del desarrollo reglamentario
para poder hacer efectivo un nuevo sistema de gestión del IVA que permita
información en tiempo real. Y reforzar la seguridad jurídica, también,
señorías, con medidas como la ampliación de los procedimientos de
inspección, mayor obligación de informar hasta que el contribuyente pueda
conocer con exactitud la fecha límite del procedimiento, con la
recuperación de ayudas del Estado que afectan al ámbito tributario, con
la nueva regulación de las reclamaciones económico-administrativas. En
definitiva, la lucha contra el fraude es una de las grandes prioridades
de estas modificaciones, la de la ley orgánica y la de la Ley general
tributaria, y ha sido una de las grandes prioridades del Gobierno del
Partido Popular desde el minuto uno. Esa fuerza, esa equidad, esa
justicia y esa contundencia en la lucha contra el fraude se escribe en
las leyes; no es cuestión de demagogia ni es cuestión de proclamas y de
soflamas, se escribe en las leyes. Y a la hora de incorporar medidas
coordinadas, coherentes y que responden a nuestro compromiso para
asegurar los recursos necesarios, para incrementar la recaudación
tributaria, pero también para erradicar comportamientos fraudulentos,
indeseables siempre y en algunos casos también delictivos, la fuerza y la
contundencia en las leyes la ha puesto siempre el Partido Popular, y
hemos tenido que hacerlo siempre, y por lo visto hoy también, a pesar de
ustedes.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Angulo.


Turno de portavoces. Senadora Mora, tiene la palabra.


La señora MORA GRANDE: Gracias.


Quizás no me he explicado demasiado bien, porque ha empezado su
intervención diciendo que no hemos hablado de la ley, sino de su política
de recuperación de la economía. Mi intervención y el veto de Podemos han
tratado única y exclusivamente de abordar de manera bastante técnica la
ley orgánica que estábamos vetando, y la mayoría de los puntos que he
expuesto no han tenido contestación.


Sobre la recuperación de la economía, le puedo decir que en el
mandato del Gobierno popular tenemos el récord en familias que no tienen
ningún ingreso, 770 000; la pobreza ha aumentado hasta el 20 %, y la
desigualdad entre los hogares españoles es la más alta que ha existido
nunca.


Nos ha comentado que el interés de esta ley es mejorar la
recaudación y que han tenido la mejor recaudación en la lucha contra el
fraude fiscal. Me gustaría saber, si se aumenta la recaudación, por qué
no se bajan los impuestos a las rentas más bajas; o si luchan contra el
fraude fiscal, por qué no hablamos de evitar el fraude en las sicav; de
eso no nos ha dicho nada. Está mezclando conceptos entre la publicidad de
las actuaciones judiciales y la publicidad de las sentencias, que no
tienen nada que ver, y menos con el pago de los defraudares. Nos dice que
intentan que paguen los defraudadores, y claro que queremos que paguen
los defraudares; nunca hemos hablado de opacidad, lo que decimos es que
se está regulando para evitar lo dispuesto en esta ley a cambio del
anonimato, pagando. Da igual las vueltas que quiera dar a la tortilla, la
realidad es que con esta regulación se quiere evitar la publicación de
nombres concretos de grandes defraudadores relacionados con cargos
públicos, y muchos son del Partido Popular. Esa es la realidad; de lo
contrario no nos van a convencer; la ciudadanía no es tonta, solamente
tiene que ver cuál va ser la consecuencia de la aplicación de esta norma,
y la desigualdad, obviamente, está clarísima.


Está mezclando muchas cosas. Cuando habla del Consejo General del
Poder Judicial dice que esta medida no es sancionadora, y justo la mitad
del Consejo General del Poder Judicial dice todo lo contrario, que la
función de esta medida no tiene ningún carácter de publicidad, de
información. El Consejo de Estado, además, hablando de la medida hermana
de la Ley General Tributaria, les dijo claramente que tenía una
naturaleza sancionadora y que lo tuvieran en cuenta en la reforma. En
fin, los informes previos a la ley nos los leemos todos. Y no solo el
Consejo de Estado, el Consejo Fiscal también dice que tiene una
naturaleza aflictiva y sancionadora. Es más, es bastante interesante leer
la jurisprudencia respecto de esta medida que usted utiliza en la
exposición de motivos, porque la jurisprudencia a la que se refieren
precisamente viene a avalar la naturaleza sancionadora.


Me gustaría que tuviera en cuenta que los argumentos que estamos
utilizando en los vetos son bastantes técnicos, y no nos diga que
hablamos de su política, porque el hablar de la política de recuperación
de la economía nos lo vamos a reservar para el Pleno.


No nos engañe, la realidad no es que se está intentando que se
pague, sino que se está intentando vender una medida de publicidad, de
sentencia firme, que va a facilitar que grandes corporaciones y grandes
fortunas no salgan a la luz, cuando ese es el interés de la ciudadanía,
vea la opinión de sus votantes en el CIS.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Mora.


Por el Grupo Entesa, senador Montilla. (Denegaciones).


Por el Grupo Socialista, senador Vázquez, tiene la palabra.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Muchas gracias.


Pensaba intervenir brevemente para hablar fundamentalmente de la
ley orgánica, pero la intervención de la señora Angulo me obliga a hacer
algunas consideraciones sin entrar en un debate profundo que, como bien
ha dicho la portavoz de Podemos, ya tendremos tiempo de hacer en las
próximas semanas. Hay una campaña electoral por medio, en la que cada
cual valorará la gestión que ha hecho el Gobierno y al final los
ciudadanos decidirán. Pero tener que escuchar aquí, a estas alturas, la
acusación de la senadora Angulo de que repetimos los argumentos, cuando
ella lleva tres años con el argumentario de la campaña de las elecciones
generales de 2011 de la herencia, repitiéndolo Pleno tras Pleno,
intervención tras intervención, causa un poco no ya de perplejidad sino
de sonrisa. Decir que no se ha hecho una amnistía fiscal cuando ella y el
señor Montoro son los únicos que no lo reconocen, porque la propia
vicepresidenta del Gobierno lo ha dicho, suena cacofónico.


Pero la cuestión no es lo que decimos los socialistas u otros
grupos de la oposición, lo que ha dicho mi compañera es que cuando
hablamos de estas últimas rebajas fiscales que ustedes han hecho
—porque reforma fiscal aquí no se ha hecho en toda la legislatura,
se han parcheado determinadas cosas como hemos puesto de manifiesto en
algunas ocasiones y hemos planteado alternativas de reforma fiscal muy
documentadas, no lo decimos los socialistas—, en esta última rebaja
fiscal el 1 % de los contribuyentes, los más ricos, aunque a ustedes no
les guste escuchar eso, los que más patrimonio y riqueza tienen, se van a
llevar tanto de esa rebaja, de esos 9000 millones, como 14 millones de
contribuyentes. Y eso lo dice Fedea, que depende del Ministerio de
Economía, del Gobierno, no lo decimos los socialistas. Esto es una
realidad constatable, hay otras cosas que pueden ser opinables; esto no
es opinable, esto lo han dicho los técnicos de Hacienda, que han hecho
sus valoraciones. Lo hemos leído en todos los medios de comunicación: los
más beneficiados, los que ganan más de 100 000 euros al año;
evidentemente, no es ni la clase media ni la clase trabajadora. ¿Que no
les quieren llamar ricos? Pues llámenles afortunados, pero esos son los
que realmente se benefician de esas reformas fiscales.


Nos acusa de que hemos votado en contra de sus leyes, de sus
reformas, de sus contrarreformas, señora Angulo. Hemos votado en contra,
y no solamente hemos votado en contra, sino que la aviso ya de que las
modificaremos cuando gobernemos, porque han sido absolutas
contrarreformas en contra de las clases trabajadoras y las clases medias
de este país. Esta es nuestra opinión y por eso hemos votado en contra,
mala labor hubiésemos hecho nosotros a nuestra propia ideología si
hubiésemos votado a favor de algunas cosas que ustedes han traído
aquí.


Esta reforma de la ley orgánica viene tarde y mal. Viene tarde
porque escuchamos en 2012 al ministro Montoro anunciarla como una de las
medidas estrella en la lucha contra el fraude en la tribuna de esta
Cámara. Nos lo comunicó aquí como novedad en 2012. Escuchamos al
presidente del Gobierno anunciarla también al principio de la
legislatura. Y es al final de la legislatura cuando viene, y lo hace de
esta forma tan descafeinada. Eso es lo que criticamos. No haga esa trampa
retórica de decir que si no estamos de acuerdo, que se publique. Claro
que estamos de acuerdo, pero no de la forma en que la traen. Ahora, qué
prisa tuvieron para aprobar una reforma laboral en tres meses; qué prisa
tuvieron para aprobar una amnistía fiscal que beneficiaba —no voy a
decir nombres propios— a gente muy reconocida y que ha provocado
escándalos en este país en los últimos tiempos,; qué prisa tuvieron en
establecer los recortes, los copagos. ¡Qué prisa tuvieron en todo eso y
qué poca prisa han tenido en traer esto! Pero además traen —y no
iba en sus primeros textos, sino una vez que ya ha informado, por
ejemplo, el Consejo de Política Fiscal— una reforma que permite
publicar la lista de morosos y defraudadores, pero le dicen a esa gente,
que habrá hablado durante todo este tiempo con el Gobierno: Ustedes
tranquilos, los que tienen mucho no se preocupen; hagan una reserva
económica por si les pilla y, si hay una sentencia firme, paguen, que su
nombre no será mancillado publicándolo en el Boletín Oficial del Estado
como defraudador o como moroso. Y es lo mismo que hicieron a finales
de 2012 con el Código Penal, cuando establecieron una modificación que le
decía a todos aquellos que podían ir a la cárcel por delito fiscal: No os
preocupéis, no pisaréis cárcel si pagáis, si regularizáis antes. El
mensaje que se está dando a esos grandes defraudadores es: Seguid
defraudando, haced una reserva económica por si tenéis la mala suerte de
que os pillen y no os preocupéis porque, antes de esa sentencia firme o
antes de ir a la cárcel por delito fiscal, depositáis el dinero o lo
avaláis y os libráis de eso. Esa es una realidad absolutamente
incuestionable. Lo han hecho de acuerdo con su ideología. Yo no critico
que el Partido Popular tenga una determinada ideología, un determinado
electorado y un determinado grupo de presión a los que tiene que hacer
caso. Yo eso no lo critico. Lo que estoy constatando es que esa es la
realidad.


Mire, señora Angulo —y no me quiero extender mucho—,
cuando se haga el relato de estos cuatro años se va a ver. Porque si
el 5 % de lo que usted ha dicho fuese verdad, todo el país votaría al
Partido Popular. Y no solo eso, tendríamos que ponerlo a gobernar el
mundo si fuese verdad el 5 % de todo lo que ha dicho, pero la realidad es
otra. La realidad es que Europa, a partir de determinadas decisiones del
Banco Central Europeo, comienza a crecer. Evidentemente, ese crecimiento
hace que se comience a generar empleo —esa es una realidad, nadie
lo niega—. Hay determinadas acciones externas que no controlan,
porque si me va a decir que es el Gobierno y su presidente quienes
controlan la caída del precio del petróleo, la bajada del euro con
respecto al dólar y todas estas variables, yo le digo que no. Esto hace
que se beneficie la economía y, aun así, ustedes van a dejar, después de
cuatro años de gobierno, una sociedad más desigual —tampoco lo
decimos nosotros, lo dicen entidades absolutamente serias y alejadas del
Partido Socialista—, mucho más empobrecida, con muchas menos
oportunidades para los jóvenes, con muchas menos oportunidades para
trabajar y con salarios para los que ya existe un concepto, el de
trabajador pobre, que no es que no llegue a final de mes, es que no llega
ni a mitad de mes por los salarios que la reforma laboral está
permitiendo. Y hay otro dato: el 50 % de los millones de parados que hay
ya no cobran nada frente al 80 % de hace cuatro años. Eso les está
permitiendo ahorrar dinero, 5000 millones en el año 2016, porque dejan de
pagar a la mitad y la dejan en un estado ya lamentable. Esta es la
sociedad española en su conjunto y, repito —y termino—, no lo
decimos los socialistas, lo dice el CIS cuando le pregunta a los
ciudadanos en qué situación se encuentra, cómo piensan que están. Por lo
tanto, bajen un poquito de la absoluta demagogia y de la absoluta
supervaloración de todo lo que han hecho; vendan cosas vendibles, que
también tienen, pero no intenten engañarnos y hacernos pasar por tontos a
los españoles haciéndonos pensar que estamos en Alicia en el país de las
maravillas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Vázquez.


Senadora Angulo, tiene la palabra.


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Gracias, presidente.


Pido disculpas por lo avanzado de la hora, pero desde luego hay
algunas cuestiones que no puedo dejar de matizar cuando no de
responder.


Primero, lo que yo he dicho es verdad. Senador Vázquez, si hay
algún dato que no sea cierto, desmiéntalo. Si es mentira que ustedes
destruyeron 3,5 millones de puestos de trabajo en tres años, que dejaron
caer la recaudación tributaria en 70 000 millones y si es mentira que
esos que usted llama ricos, los de los grandes grupos consolidados,
llegaron a pagar un tipo efectivo de cero en el impuesto sobre
sociedades, desmiéntalo. Si es mentira que las grandes empresas pagaban
un tipo efectivo en sociedades del 3,8 que se ha más que triplicado en
los años del Partido Popular, desmiéntalo. Si es mentira que la política
tributaria del Partido Popular se ha centrado en que esos pagos a cuenta
en el impuesto sobre sociedades para grandes empresas y grupos pasaran de
los 7500 millones de 2011, en plena crisis, cuando algunos pagaban cero,
hasta los más de 15 000 millones del año 2014, desmiéntalo. Yo no le he
dicho, como hace usted, que ustedes les decían a los grandes grupos y a
las grandes empresas: No os preocupéis, que mientras estemos aquí
nosotros, vosotros vais a pagar cero; para eso estamos nosotros, para que
los ricos paguéis cero. Yo no le he dicho eso a usted —esos son los
argumentos que ustedes utilizan—, pero es posible que fuera así
porque desde luego muchos grandes grupos consolidados pagaron cero
durante ocho largos años. Ese es el argumento que ustedes utilizan en su
veto, en lo que han escrito. Por eso, permítame que yo utilice los
números para traerles de vuelta a la realidad. Por lo tanto, no me diga a
mí que ni el 5 % de lo que digo es verdad, no. Desmienta uno solo de los
datos, porque el 100 % de lo que he dicho es verdad.


Han vuelto a hablar de la reforma fiscal, volveremos a tener un
debate en el Pleno, pero no puede seguir cuestionando una rebaja fiscal.
Por cierto, los efectos de 2016 se han adelantado hace muy pocas semanas
precisamente porque es una inyección de liquidez a los que más lo
necesitan y a los que menos tienen. Con la reforma fiscal se van a
devolver 9000 millones de euros a las familias españolas, especialmente a
las rentas medias y bajas, a quienes más lo necesitan; y se han
adelantado 1400 de esos millones al mes de julio de 2016. Todo eso, a
pesar de ustedes. No sigan insistiendo. Hay personas y familias que
necesitan mucha ayuda. Y, por supuesto, hay una tasa de paro insoportable
en este país —no lo vamos a negar—, pero estamos en
disposición de decir, porque tenemos ya asegurado que en menos de dos
años vamos a poder crear más de un millón de puestos de trabajo, que con
esta política fiscal y económica se está creando empleo y riqueza a más
del 3 %, mientras que con ustedes la tasa de destrucción de empleo y de
riqueza era imparable.


Nos han dicho que la reforma es insuficiente. Mire, insuficiente
es no hacer nada, que es lo que hicieron ustedes en muchas de las
materias de las que hemos estado hablando hoy. Insuficiente es no hacer
nada. Insuficiente también es no votar a favor porque lo propone el
Partido Popular. Ustedes no están para dar lecciones. Ustedes permitieron
que se hundiera la recaudación tributaria en las condiciones que le acabo
de describir: perdonando a quienes ustedes especialmente llaman siempre
ricos y poniendo en peligro el sostenimiento de los servicios públicos.
Me decía en su intervención la senadora Marra —también lo ha hecho
el senador Vázquez— que hemos esperado a final de legislatura. Es
que había cosas urgentes que hacer: 8 millones de facturas sin pagar,
un 9 % de déficit y 70 000 millones de euros de caída en la recaudación,
mientras ustedes cobraban cero a los grandes grupos consolidados,
mientras ustedes no hacían nada por exigir que quienes tenían sus bienes,
sus derechos o sus propiedades en el extranjero las declararan a la
Hacienda pública española. Por lo tanto, ustedes no están para dar
lecciones ni de eficacia en la recaudación tributaria ni mucho menos de
transparencia.


Usted vuelve a insistir en lo de la publicación de los
defraudadores, pero es el informe del Consejo General del Poder Judicial
el que dice que no tiene necesariamente una naturaleza sancionadora,
precisamente por el carácter público del bien jurídico protegido: la
obligación de contribuir al sostenimiento de los servicios públicos que
consagra el artículo 31 de la Constitución.


Senadora de Podemos, usted dice que esta ley es efectista y que lo
hacemos porque va a haber elecciones, pero si tan mala es la ley, ¿cómo
la íbamos a presentar justo cuando hay elecciones? Lo que usted nos ha
dicho aquí esta mañana es la esencia de la contradicción y del tótum
revolútum. Confunde los principios, confunde los dictámenes, confunde los
informes y, por tanto, confunde las conclusiones.


Senadores de la Izquierda, voy a terminar como he empezado: una
vez más, tenemos que estar explicando las bondades de una ley cuyos
resultados se pondrán de manifiesto en la recaudación —como los
conseguidos con la Ley 7/2012, que ustedes negaron a priori—, en
una mejor concienciación cívica a la hora de contribuir con las
obligaciones tributarias y en la mejora de esos fines que todos
pretendemos, como es tener un sistema tributario más justo y más
avanzado; cosa que persiguen estas leyes.


Muchas gracias, señorías.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Angulo.


Procedemos a votar los vetos que se presentaron al proyecto de ley
de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general
tributaria. En primer lugar, el veto número 1, presentado por los
senadores Guillot Miravet y Saura Laporta, del Grupo de Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 2, de los senadores Almiñana Riqué, Boya
Alós, Bruguera Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera, Sabaté Borràs y
Sequera García, también del Grupo de Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 3, del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència i d’Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Por último, votamos el veto número 4 presentado por el Grupo
Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos a continuación los vetos que se presentaron al Proyecto de
Ley Orgánica por la que se regula el acceso y publicidad de determinada
información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude
fiscal.


En primer lugar, votamos el veto número 1, presentado por la
senadora Mora Grande, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 2, de los senadores Guillot Miravet y Saura
Laporta, del Grupo de Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votamos el veto número 3, de los senadores Almiñana Riqué, Boya
Alós, Bruguera Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera, Sabaté Borràs y
Sequera García del Grupo de Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Por último, votamos el veto número 4 presentado por el Grupo
Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Pasamos al debate de las enmiendas. En primer lugar, las
enmiendas 1 a 22 presentadas al proyecto de ley por el senador Iglesias
Fernández, del Grupo Parlamentario Mixto, y las enmiendas 1 a 3 al
proyecto de ley orgánica.


Para su defensa, tiene la palabra el señor Martínez Oblanca.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Las doy por defendidas, señor
presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Martínez Oblanca.


La señora MORA GRANDE: Señor presidente, respecto a la enmienda
presentada por Podemos, voy a aprovechar este pequeño turno —aunque
nos reservaremos para el Pleno— para comentar que, diga lo que diga
la senadora del Grupo Parlamentario Popular, esta ley es efectista porque
vende algo que no se cumple, ya que su regulación permite a los grandes
defraudadores fiscales establecer fondos de contingencia para salvarse de
la ley. Y en cuanto a la confusión respecto a las conclusiones de los
informes, aprovecho para decirle que los tengo aquí delante.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Mora.


Pasamos al debate de las enmiendas 128 a 132 que presentó al
proyecto de ley la senadora Julios Reyes, del Grupo Parlamentario Mixto.
Para su defensa, el señor Martínez Oblanca tiene la palabra.


El señor MARTÍNEZ OBLANCA: Las doy por defendidas, señor
presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez Oblanca.


Para la defensa de las enmiendas 23 a 60 presentadas al proyecto
de ley y 5 a 10 al proyecto de ley orgánica por el Grupo Parlamentario
Entesa, tiene la palabra el señor Montilla.


El señor MONTILLA AGUILERA: Señor presidente, doy por defendidas
las enmiendas 9 y 10, por un lado, las enmiendas 5 y 8, por otro, las
enmiendas 23 a 44 y 45 a 60.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Montilla.


Para la defensa de las enmiendas 63 a 111 presentadas al proyecto
de ley y 11 a 14 al proyecto de ley orgánica por el Grupo Parlamentario
Catalán en el Senado de Convergència, tiene la palabra el señor Bel
Accensi.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, señor presidente.


Las doy por defendidas.


El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las enmiendas 112 a 127
presentadas al proyecto de ley y 15 a 18 al proyecto de ley orgánica por
el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el senador
Lerma.


El señor LERMA BLASCO: Intervendré muy brevemente.


El problema del sistema fiscal español es que, teniendo unos tipos
elevados, la recaudación no se corresponde con la riqueza nacional. Esto
debería hacer ver, fundamentalmente al Partido Popular, que tiene un
serio problema. Todo lo que nosotros hemos hecho mal es siempre evidente,
y siempre que habla el Partido Popular está claro que la culpa de todo lo
que pasa en España la tiene el Partido Socialista. Ese es su imaginario,
y no lo vamos a cambiar. Lo cierto es que deberían pensar que hay
partidos conservadores europeos que, teniendo unos tipos menores,
recaudan más y que, por tanto, podrían hacer alguna modificación en ese
sentido.


Ahora me referiré a las enmiendas. La ley establece que cuando se
paga, uno se libra de aparecer en la lista. Sin embargo, aparecer en la
lista tiene un carácter punitivo —socialmente, se entiende—,
diga lo que diga el Consejo General del Poder Judicial. La gente
castigará el comportamiento de aquellos que no quieren contribuir a las
cargas públicas como todos los ciudadanos, lo cual tendrá, además, un
efecto económico claro en la rentabilidad de sus empresas, pues cuando se
sabe que alguien es defraudador —como cuando se sabe que alguien
contamina, por ejemplo—, todas las empresas procuran separarse de
esa imagen porque es contraproducente para los beneficios económicos.
Lógicamente, el hecho de publicar estos datos implica la posibilidad de
restar beneficios a estas empresas en el futuro. Por tanto, no es que la
publicación tenga un carácter sancionador, sino que tiene claramente un
carácter preventivo del delito, porque el que lo haga ya sabe que su
actuación será publicada y que la rentabilidad de su empresa se verá
perjudicada en el futuro. No se trata solo de que tenga que pagar los
impuestos, sino que, además, podría ocurrir que no pueda vender lo que
produzca porque todo el mundo sepa que su empresa no es de fiar porque él
es un defraudador. Ese es el objetivo fundamental de esto que el Partido
Popular hurta a la ley: intentar evitar que se defraude, porque la
defraudación no solamente le supondrá compromiso de pagar —que eso
le supondrá a todos, se publique o no—, sino que, además, también
verá su conducta puesta en la picota —eso es lo que quiere
decir— y, por tanto, verá disminuidos sus beneficios futuros en el
negocio que lleve. Fíjense que esto lo que hace es una tremenda
injusticia, aparte de la calificación legal que le queramos dar, porque
es que el empresario cuya rentabilidad ha venido a menos y, por tanto, no
puede pagar los impuestos, es defraudador, efectivamente, y dependiendo
de la cantidad, obviamente, pero en realidad no se le supone al hombre la
intención de defraudar, sino que su negocio no tiene la rentabilidad
suficiente, o lo ha hecho mal y ha pasado por unas circunstancias
inadecuadas, pero él en realidad quería seguir su actividad, quería
seguir siendo empresario, quería seguir haciendo zapatos, quería seguir
fabricando lavadoras, lo que fuera, pero no ha podido pagar. Y como no ha
podido pagar los impuestos y ha defraudado, ese sí verá publicada su
lista en el diario oficial, a pesar de que él quería seguir con la
actividad, y después tendrá la carga sobre él de que es un defraudador y
no podrá empezar de nuevo la situación porque llevará la carga, a pesar
de que él no ha tenido la mala fe de defraudar. El que ha tenido la mala
fe de defraudar, porque podía pagar, porque ha pagado luego la multa o lo
que le tocara, el que podía pagar y no ha pagado, porque lo que quería
era tener más beneficios, a ese, que es un defraudador, a ese es al que
se le debería condenar, pero a ese no se le condenará. Por tanto, todo el
carácter preventivo que tenía el tema de la publicidad de las sentencias
desaparecerá. Es una situación legalmente no sé cómo calificarla, pero,
desde luego, moralmente es absolutamente impresentable lo que se nos
plantea en esta ley, y se debería modificar.


Además, las enmiendas plantean añadir otros comportamientos
defraudatorios contra la Hacienda pública, que también nos perjudican a
todos: los de la Seguridad Social, la indebida obtención de subvenciones,
la indebida obtención de ayudas públicas, etcétera. No sé por qué, si
afectan claramente a la Hacienda pública y es una muestra más de
insolidaridad, no se tienen que añadir a esta cuestión. Ese es el sentido
de nuestras enmiendas, y yo creo que están suficientemente justificadas
como para que el Gobierno, por lo menos, prestara atención,


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Lerma.


Para la defensa de las enmiendas 61 y 62 que mantiene el Grupo
Parlamentario Popular en el Senado al proyecto de ley, tiene la palabra
la senadora Ripoll.


La señora RIPOLL JUAN: Gracias, señor presidente.


Se incorporan a la ponencia. En la primera de ellas, la 61, se
modifican los apartados 1, 2, 4 y 5 del artículo 199, y la justificación
responde a la necesidad de regular las consecuencias derivadas del
incumplimiento de la obligación de presentación electrónica de documentos
con trascendencia tributaria y homogeneiza la cuantía de las sanciones
por tales incumplimientos.


En la enmienda 62 —lo indico para que conste también en
acta— se añade un nuevo apartado 3 al artículo 260. El título VII,
sobre recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario,
también será de aplicación a los supuestos en los que la recuperación de
una ayuda de Estado —algo tan importante— no tenga origen en
una decisión de la Comisión Europea.


Como he dicho, supongo que están incorporadas a la ponencia.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Ripoll.


¿Turno en contra? (Pausa)


Tiene la palabra la senadora Ripoll.


La señora RIPOLL JUAN: Gracias, señor presidente.


Seré muy breve en este turno en contra. Hay muchos argumentos que
tenía preparados, pero que ya se han utilizado, y por no ser más
reiterativa en los mismos ya que me referiré a ellos en el Pleno, no lo
hare ahora de nuevo.


Sí quiero referirme, aunque sea brevemente, a las enmiendas
presentadas, porque es en el turno en el que estamos, y les matizo que
son las enmiendas referidas a la modificación de la Ley General
Tributaria, de la que soy ponente. Esas enmiendas, tanto las del Partido
Socialista como las de Izquierda Unida —es verdad que el 50 por
ciento de las presentadas por la Entesa corresponden a las presentadas
por el Partido Socialista y el otro 50 por ciento, a las de Izquierda
Unida— así como otras cuatro de Coalición Canaria y las de
Convergència i d?Unió —si acaso, ya hablaré con el señor Bel porque
no está en este momento—, como decía, estas enmiendas en su
conjunto hacen referencia a los tres grandes objetivos de este proyecto
de ley que pretende, como decía la senadora Angulo anteriormente,
potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e
incrementar la seguridad jurídica, aunque no es menos cierto que,
descendiendo a algo más concreto en dichas enmiendas, esos tres grandes
bloques tienen sus particularidades, como así lo demuestra el contenido
de las diferentes enmiendas.


Por ello, señorías, el Grupo Parlamentario Popular defiende el
planteamiento que presenta dicho proyecto de ley por necesario, avanzado
respecto a otras legislaciones, adaptado a la realidad de una sociedad
cambiante, y responde igualmente a la normativa emanada de la Unión
Europea, integrando modificaciones, a veces, exclusivamente técnicas y,
otras, incorporando nuevas figuras sustantivas y procedimentales para
cubrir los vacíos legales existentes o adaptar la norma para superar
situaciones de controversia interpretativa tan importante administrativas
y jurisdiccionales que se han manifestado desde la aplicación de la
Ley 58/2003.


Creemos que la voluntad política de un gobierno y de cualquiera se
demuestra con hechos. Hemos intentado hacerlo durante toda la
legislatura, hemos trabajado mucho al respecto y creo que con la
modificación de esta Ley General Tributaria —se ha dicho por parte
del ministro y queremos volver a repetirlo aquí— se pone el broche
a toda una modificación del sistema tributario español que hacía tanto
falta y que hemos llevado adelante durante esta legislatura.


Es cierto que, con estos razonamientos, comprenderán sus señorías
que votemos en contra de las enmiendas planteadas por todos ustedes.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Ripoll.


Turno de portavoces.


Por el Grupo Parlamentario Mixto ¿la senadora Mora quiere hacer
uso de la palabra? (Denegaciones).


Por el Grupo de la Entesa ¿el senador Montilla quiere hacer uso de
la palabra? (Denegaciones).


¿Por el Grupo Socialista quieren intervenir?






(Denegaciones).


¿E l Grupo Popular quiere hacer uso del turno de portavoces?
(Pausa).


Tiene la palabra la senadora Ripoll.


La señora RIPOLL JUAN: Gracias, señor presidente.


Simplemente quiero comentar que ha llamado mucho la atención,
supongo que a todos y lo mismo ocurrirá en el Pleno, que estas leyes tan
importantes —entendemos que ambas son claves— que, como
decía, ponen el broche a la reforma fiscal y tributaria que se ha
producido en este país durante esta legislatura, es verdad que han tenido
otro punto de apoyo, que ha sido el debate que hubo ya sobre la reforma
fiscal, y estoy convencida de que se va a repetir en el Pleno. Por lo
tanto, esto va a ser una realidad, y tendremos tiempo de comentarlo
allí.


No quiero hacer demasiada sangre hoy, pero he escuchado las
intervenciones e igual que el senador del Partido Socialista hacía
referencia a mi compañera Mar Angulo, hay algunas cosas que tengo que
comentar, porque lo que está claro es que no se puede reiterar y repetir
las mismas falsas cifras, los mismos falsos planteamientos y pretender
que ello, por mucho repetirlo, sea verdad. Las cifras son las que son y
son las que están ahí. Lo más sorprendente de todo es escucharles, sobre
todo a ustedes, los del Partido Socialista, cómo enarbolan ahora aquello
de la bandera de la lucha contra el fraude y la elusión fiscal. Porque
¿para qué hablar de lo que ocurrió en el 84 o de lo que sucedió en el 91?
¿Para qué hablar de los paraísos fiscales si durante su mandato los
paraísos fiscales los teníamos en casa? ¿Por qué, como bien decía mi
compañera, respecto a los tipos impositivos del impuesto de sociedades,
por ejemplo, pagaban el cero por cien hasta empresas que cotizaban en el
Ibex? Repito, señorías, pagaban el cero por cien del impuesto de
sociedades. ¡Señorías, el cero por cien! Y somos nosotros los que
protegemos a los ricos, a los que más tienen, y ustedes, a los que menos
tienen. (Rumores).


Igual que usted ha tenido el uso de la palabra, y yo le he dejado,
creo, educadamente hablar… (El señor Vázquez García: Yo no he hecho
uso de la palabra en este turno.)


El señor PRESIDENTE: Por favor, senador Vázquez.


La señora RIPOLL JUAN: Estoy haciendo referencia a lo que usted ha
comentado. Señor senador, espero que no se ofenda por ello, e intento
decir por lo menos lo que está contrastado y son verdades.


También quiero decirles que en unos momentos dificilísimos esas
empresas del Ibex pagaban el cero por cien; entiendo que les pueda
molestar, pero se lo voy a volver a decir, pagaban el cero por cien, al
igual que les molesta que se hable de herencia. Pues lo siento mucho,
pero es lo que hay. Para valorar realmente la situación que tenemos en
este país, hay que valorar de dónde veníamos, hay que saber de dónde
veníamos para saber qué hemos tenido que hacer para llegar adonde
estamos.


Es verdad que ahora utilizan ustedes el eslogan haciendo
referencia a los más ricos, los que más tienen, en contraposición con los
que menos tienen, hablan de los ricos y los pobres, pero, al hilo de lo
que estamos diciendo, que tiene más que ver con la reforma fiscal que con
la modificación de la Ley General Tributaria que tramitamos hoy, quiero
recordarle que el que congeló las pensiones y bajó el sueldo a los
funcionarios no fue el Gobierno del Partido Popular, y que algunos
estamos trabajando para deshacer sus permanentes entuertos; es cierto,
trabajamos en el presente pero también de cara al futuro para hacer
realidad el que esa sociedad española esté saliendo adelante y, aunque
usted ha demostrado, una vez más, que no confía en absoluto en la
capacidad de esfuerzo y sacrificio del pueblo español, como digo, esta
sociedad está saliendo adelante, con o sin su apoyo —coma—,
una vez más —punto—.


Gracias. (El señor Vázquez García: En diciembre se verá).


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Ripoll.


De acuerdo con el artículo 116 del Reglamento del Senado, votamos
los textos propuestos por las ponencias.


En primer lugar, correspondería someter a votación el texto
propuesto por la ponencia al Proyecto de Ley de modificación parcial de
la Ley general tributaria 58/2003, de 17 de diciembre.


Tiene la palabra el senador Vázquez.


El señor VÁZQUEZ GARCÍA: Señor presidente, pregunto si se han
incorporado en la ponencia las enmiendas del PP, tanto en esta como en la
otra.


La señora ANGULO MARTÍNEZ: Nosotros solo tenemos enmiendas en la
tributaria.


El señor PRESIDENTE: Señorías, sometemos a votación el texto
propuesto por la ponencia en relación con el proyecto de ley señalado
anteriormente.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a
favor, 14; en contra, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


En consecuencia, queda dictaminado por la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas el Proyecto de Ley de modificación parcial de
la Ley general tributaria 58/2003, de 17 de diciembre.


Votamos ahora el texto propuesto por la ponencia al Proyecto de
Ley Orgánica por la que se regula el acceso y publicidad de determinada
información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude
fiscal.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a
favor, 14; en contra, 8.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Queda, por tanto, dictaminado por la Comisión de Hacienda y
Administraciones Públicas el Proyecto de Ley Orgánica por la que se
regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las
sentencias dictadas en materia de fraude fiscal.


Señorías, antes de levantar la sesión, entiende el presidente que
delegan en él para dar cuenta de los dictámenes. (Asentimiento).


Muchísimas gracias.


Se levanta la sesión.


Eran las quince horas y cuarenta y cinco minutos.